Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno federal, el SAT y la Administración General de Aduanas del AICM a indagar a su personal para esclarecer lo ocurrido con la artesana textil oaxaqueña Ricarda García Merino por violentar sus derechos humanos, suscrita por la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Ana Laura Bernal Camarena, diputada integrante de la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo señalado en los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El pasado 10 de diciembre de 2021 se publicó una nota periodística en donde se dio a conocer lo siguiente: “Artesana textil retenida por el SAT: “Ni en New York me trataron como aquí, en mi mismo México” publicado por Proceso, en donde se reportó la retención arbitraria durante tres horas de la ciudadana Ricarda García Merino por parte de personal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), para obligarla a pagar impuestos por las prendas que ella elaboró, después de participar en la exhibición de artesanías de mujeres oaxaqueñas en Nueva York.1

“Los funcionarios del SAT exigieron a la indígena mixteca pagar 3 mil 706 pesos de impuestos por ropa valorada en 950 dólares, según consta en el acuse de recibo. Y amagaron con retener la maleta con sus creaciones si se negaba a cubrir la cuota solicitada”.2

Lo cual es una gran injusticia para una persona trabajadora como lo es la C. Ricarda García Merino, y esto solo es uno de muchos casos de abusos, los cuales no salen a la luz por parte del personal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) con los contribuyentes.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 13 menciona:

“Artículo 13

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país”.3

La Convención Americana sobre los Derechos Humanos en su artículo 22 en su primer párrafo menciona:

“Artículo 22. Derecho de Circulación y de Residencia

1. Toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y, a residir en él con sujeción a las disposiciones legales.

2. Toda persona tiene derecho a salir libremente de cualquier país, inclusive del propio”.4

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su primer párrafo en el artículo 11 menciona lo siguiente:

“Artículo 11. Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país”.5

Se tienen que acabar las malas costumbres de abuso de poder, corrupción e intimidación por parte de los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) con los connacionales y respetar el libre tránsito tomando en cuenta la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Se tiene que respetar el derecho al libre tránsito por parte de los connacionales, debemos eliminar de raíz el abuso de poder, la intimidación y amenazas por parte de cualquier servidor público sin importar el rango que tenga.

Por lo anterior, hago un llamado a la Jefa del Servicio de Administración Tributaria para que prepare de mejor manera a su personal y tengan tacto humano para eliminar cualquier clase de discriminación por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la aduana del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).

Mencionado lo anterior quiero hacerle saber a esta Cámara de Diputados sobre una situación controversial, la exhibición de la nota periodística “Artesana textil retenida por el SAT: “Ni en New York me trataron como aquí, en mi mismo México”, difundida por la revista Proceso.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me sirvo someter a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión por el que se exhorta al gobierno federal, a Raquel Buenrostro Sánchez, jefa del Servicio de Adminsitración Tributaria y a Horacio Duarte Olivares, administrador general de Aduanas del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, a indagar a su personal para esclarecer los hechos ocurridos a la artesana textil Ricarda García Merino, originaria de Oaxaca por violentar sus derechos humanos.

Notas

1 Proceso. Artesana Textil retenida por el SAT: “Ni en New York me trataron como aquí, en mi mismo México”. 10/12/21.

https://www.proceso.com.mx/nacional/estados/2021/12/10/a rtesana-textil-retenida-por-el-sat-ni-en-nueva-york-me-trataron-como-aq ui-en-mi-mismo-mexico-277309.html

2 Ídem.

3 Declaración Universal sobre los Derechos Humanos, 2021.

4 Convención Americana sobre los Derechos Humanos, 2021.

5 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2021.

Dado en el Salón de Sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a los siete días del mes de enero de 2022.

Diputada Ana Laura Bernal Camarena (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno federal a mantener los mecanismos existentes para garantizar la integridad, la seguridad y los derechos humanos de migrantes mexicanos de retorno durante la temporada invernal, suscrita por la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Julieta Kristal Vences Valencia, diputada federal de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite presentar a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes:

Consideraciones

Por su ubicación geográfica y sus condiciones socioeconómicas, México se ha constituido como un país de origen, tránsito, destino y retorno de personas migrantes, presenciando diversas manifestaciones del fenómeno de movilidad humana que responde a diversas causas.

De acuerdo con Russel King, la migración de retorno se refiere a “cuando una persona regresa a su país o región de origen después de un periodo de tiempo significante fuera o dentro de la misma región”.1 En este sentido, existen diversas razones por las cuales las personas migrantes deciden regresar a sus lugares de origen, siendo motivadas algunas de ellas por su voluntad propia y de manera temporal.

La Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de la Secretaría de Gobernación registró que de 2013 a 2018 se presenciaron 7 millones 218 mil 549 eventos de entrada de mexicanas y mexicanos residentes en el extranjero. De ellos, solamente 2 millones 857 mil 352 correspondieron a la entrada de emigrantes con residencia en Estados Unidos que regresaron de forma voluntaria y por vía terrestre, es decir, en promedio cada año existen 476 mil 225 desplazamientos de retorno temporal de nuestras y nuestros connacionales.2

Es importante resaltar que de acuerdo con los resultados de encuestas levantadas por el Colegio de la Frontera Norte destaca que las temporadas de mayor afluencia de personas migrantes de retorno temporales se da durante verano e invierno, siendo que 76.38 por ciento de esta población ha señalado que su regreso corresponde a motivos personales como la visita de familiares o la asistencia a un evento social.3

Como respuesta a este fenómeno migratorio, el Programa Héroes Paisanos, coordinado por el Instituto Nacional de Migración, es una política pública de atención a las personas mexicanas migrantes de retorno, que contempla un esfuerzo intergubernamental e interinstitucional para garantizar la seguridad, integridad y derechos humanos de la población mexicana que regresa temporalmente al territorio nacional.4

El espíritu del programa busca atender problemas públicos como la inseguridad existente durante el traslado de nuestras y nuestros paisanos por las carreteras mexicanas hasta su punto de destino al interior de México; y también la prevención de actos de corrupción por parte de las autoridades al momento de internarse en el país.

Las principales líneas de acción que se desglosan del programa son la difusión de información relativa a los derechos y trámites administrativos a los que están sujetos los ciudadanos mexicanos al momento de su ingreso, así como el de sus familias y bienes que los acompañan.

Por otro lado, se atienden peticiones, quejas y denuncias que son canalizadas a las autoridades competentes; y se refuerza la presencia de cuerpos de seguridad pública a lo largo de las carreteras en donde se hayan detectado la comisión de diversos delitos o el incremento de los índices de violencia.

Cabe resaltar que, de acuerdo con el diseño del Programa Héroes Paisanos, se establece que esta política pública es de carácter permanente, sin embargo, “refuerza sus acciones en los periodos de mayor afluencia de mexicanos a territorio nacional estableciendo, a través de operativos especiales (Semana Santa, verano e invierno)”.5

En este sentido, es que el 29 de noviembre de 2021, el Instituto Nacional de Migración anunció el arranque del Operativo Invierno 2021 del programa, que abarcaría un periodo de tiempo desde la fecha de arranque hasta el 31 de diciembre, contando con la participación de personas voluntarias de la sociedad civil y autoridades de 40 instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno.6

A partir de lo anterior, es posible advertir que la temporada de invierno abarca del 21 de diciembre de 2021 al 20 de marzo de 2022, mismo en el cual se desarrollan festividades no oficiales como el Día de los Reyes Magos, que independientemente de cualquier motivación religiosa, incentiva a las familias mexicanas a reunirse y convivir de manera fraterna.

Por ello, es que resulta necesario que el fortalecimiento del Programa Héroes Paisanos que se encuentra desplegado durante el Operativo de Invierno pueda prolongarse hasta el día 10 de enero, siendo esta una fecha tentativa del regreso de nuestras y nuestros connacionales a los Estados Unidos.

Esto, permitirá a las personas migrantes de retorno mantener una percepción de mayor seguridad para ellas y sus familias, y conocer de antemano el acompañamiento de las autoridades federales, estatales y municipales que realizan las acciones adecuadas para su regreso a casa.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno federal a mantener los mecanismos existentes para garantizar la integridad, la seguridad y los derechos humanos de las personas migrantes mexicanas de retorno durante la temporada de invierno.

Notas

1 King, Russel, Return Migration and Regional Economic Problems, Londres, Routledge, página 4.

2 Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad, Total de entradas según condición de estancia, México, Secretaría de Gobernación, 2019.

3 Colegio de la Frontera Norte, Encuesta sobre Migración en la Frontera Norte 2018, México, Colef.

4 Instituto Nacional de Migración, Programa Héroes Paisanos. Consultada en https://www.gob.mx/inm/acciones-y-programas/programa-heroes-paisanos

5 Ibídem.

6 Instituto Nacional de Migración, Arranca Operativo Invierno 2021 del Programa Héroes Paisanos del INM, México, Boletín Número 621/2021.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 7 de enero de 2022.

Diputada Julieta Kristal Vences Valencia (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía se pronuncia y solicita diversas acciones en torno a la grave violación de derechos laborales del personal de la FGR y los derechos humanos de los mexicanos, al debilitar la institución con despidos injustificados de personal profesional y especializado, suscrita por el diputado Gerardo Peña Flores, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Gerardo Peña Flores, diputado federal por el estado de Tamaulipas y los diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Violando flagrantemente lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Agencia de Investigación Criminal de la Fiscalía General de la República (FGR), de manera arbitraria desde el pasado 28 de diciembre del 2021, ha realizado el despido de personal especializado, policías, peritos y agentes del Ministerio Público mediante notificaciones por oficio justificando que tal acto responde a “razones presupuestales”; ante ello, en el Partido Acción Nacional consideramos que existen graves violaciones a la legalidad que afectan a los mexicanos y por eso solicitaremos que se esclarezcan de manera puntual y pormenorizada las razones por las cuales se tomó esta determinación que, como se mencionó, violan los derechos laborales del personal afectado, los derechos humanos de los mexicanos de manera progresiva al verse debilitada la institución encargada de la procuración de justicia y no menos importante que estas acciones ponen en riesgo la seguridad del país.

Como se mencionó con anterioridad, el pasado 28 de diciembre de 2021, mediante oficio suscrito por el director general de mandamientos ministeriales y judiciales de la FGR, se inicio un proceso de notificaciones a personal profesionalo y especializado de la FGR, respecto de que su plaza sería suprimida por razones presupuestales, razón que no justifica, ni es un supuesto legal con relación a lo que establece el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como causales para terminar la relación laboral, por lo que esta acción de la FGR es a todas luces ilegal.

Ante esta violación a los derechos humanos y laborales consagrados en la Constitución, se presentan riesgos inminentes para la Seguridad Nacional al despedir injustificadamente al personal que maneja información sensible, solo basta pensar en que, el personal despedido y en estado de vulnerabilidad económica puede verse acosado o presionado por la delincuencia que en últimas fechas, con las políticas federales implementadas parece que ha sido muy fortalecida en lugar de combatida, por ello solicitaremos en la Comision Permanente del Congreso de la Unión, que la Fiscalía General de la República (FGR) rinda un informe pormenorizado sobre el destino y ejecución de su presupuesto, con la finalidad de determinar si existen las fuentes presupuestales que permitan conservar las fuentes de trabajo.

Uno de los principios que rigen la justicia en Mexico, señala que la procuración de justicia debe ser, imparcial, pronta, expedita, apegada a la legalidad y con estricto respeto a los derechos humanos y, en este caso de manera particular las acciones implementadas por la FGR son claras violaciones a la legalidad y los derechos humanos de los mexicanos, empezando por el ambito laboral. Por lo que es menester que la FGR informe sobre el cumplimiento y respeto de los derechos laborales del personal separado de su cargo sin responsabilidad para ellos como trabajadores, toda vez, que como ya se mencionó y fue de conocimiento público, el despido se justifica por razones presupuestales y no por faltas a su régimen interno, responsabilidades de servidores públicos o deficiencias en su desempeño, como en su caso mandata la ley.

En este mismo sentido, es prioritario tambien que con a finalidad de reestablecer los derechos laborales del personal afectado, el Servicio Nacional de Empleo implemente una atención y acompañamiento inmediato para asistir al personal separado de su cargo y recuperar ese capital humano con habilidades en la procuración de justicia e investigaciones del delito, para que junto con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo intervengan para asesorar, representar y asistir al personal afectado.

Personalmente y a nombre de Acción Nacional consideramos que el sistema de impartición de justicia en Mexico debe ser fortalecido, siendo la procuración de justicia imparcial, pronta, expedita, apegada a la legalidad y con estricto respeto a los derechos humanos y, en este caso las acciones de la FGR violenta estos principios, por eso, reprobamos estos hechos, que son un desprecio a las instituciones mexicanas y al capital humano, que es el principal recurso del Estado, por ello, exigimos que se busquen y apliquen los mecanismos necesarios para que se restablezcan los derechos laborales de manera inmediata, de todos los profesionistas y el personal especializado de la FGR y además, se tomen las medidas pertinentes para que se garantice la secrecía y confidencialidad de la información de las investigaciones ministeriales que obran en poder de estos colaboradores.

En acción nacional velaremos por un estado garante del bienestar de la sociedad con las garantías que otorga la Constitución.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. – La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General de la República (FGR), para que a la brevedad rinda un informe sobre el destino de su presupuesto, con la finalidad de determinar si existen fuentes de financiamiento que permitan conservar las fuentes de trabajo

Segundo.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General de la República para que informe de manera pormenorizada sobre el cumplimiento y respeto de los derechos laborales del personal separado de su cargo sin responsabilidad para ellos como trabajadores, toda vez que se justifica por cuestiones presupuestales y no por faltas a su régimen interno, responsabilidades de servidores públicos o deficiencias en su desempeño.

Tercero.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a que el Servicio Nacional de Empleo implemente una atención y acompañamiento inmediato para asistir al personal separado de su cargo y recuperar ese capital humano con habilidades en la procuración de justicia e investigaciones del delito.

Cuarto.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo intervenga para dar acompañamiento, asesorar, representar y asistir al personal afectado y separado de su cargo.

Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a 7 de enero de 2022.

Diputado Gerardo Peña Flores (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a diversas autoridades a remitir a esta soberanía un informe sobre la estrategia por implantar en 2022 para enfrentar el alarmante aumento de la pobreza en México, suscrita por la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, Ana Lilia Herrera Anzaldo, diputada del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 59 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La pobreza se ha definido como un fenómeno multidimensional que puede traducirse en factores como la falta de recursos para satisfacer las necesidades básicas para la supervivencia; Es decir, que el total de ingresos disponibles no satisface el mínimo necesario para la subsistencia de una persona o de su familia. Ahora bien, la Organización Internacional del Trabajo considera entre las necesidades básicas la educación y la vestimenta, como esenciales para poder contar con una calidad de vida digna, sin la cual las personas que no gocen de esta se consideran en el índice de pobreza.1

Aunado a lo anterior, se han considerado distintos niveles de pobreza, entre los que se encuentran los más comunes, los cuales son los siguientes:2

Pobreza: Se le atribuye a una persona que tiene al menos una carencia social, pudiendo ser el rezago educativo, acceso a servicios de salud, acceso a la seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación; Asimismo, su ingreso es insuficiente para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades alimentarias y no alimentarias.

Pobreza extrema: Se le atribuye a una persona que tiene tres o más carencias, y que, además, se encuentra por debajo de la línea de bienestar mínimo, siendo que las personas en esta situación disponen de un ingreso tan bajo que, aun si lo dedicase por completo a la adquisición de alimentos, no podría adquirir los nutrientes necesarios para tener una vida sana.

Pobreza moderada: Se le atribuye a una persona que, siendo pobre, no se considera en el nivel de pobreza extrema.

De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la pobreza va más allá de la falta de ingresos y recursos para garantizar unos medios de vida sostenibles, considerándose uno de los mayores problemas para garantizar los derechos humanos de las personas, generando afectaciones en las personas como malnutrición a consecuencia de la falta de comida, falta de una vivienda y el acceso limitado o nulo a servicios básicos como educación y salud, así como agua y electricidad, fundamentales para todas las personas. Para visibilizar esta problemática de carácter mundial, se llevó a cabo el reconocimiento del Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza el 17 de octubre de 1987.3

Por esta razón, el Banco Mundial realizó la creación de la “línea de pobreza”, como un costo monetario para que una persona en un determinado momento y lugar pudiera satisfacer un nivel de bienestar de referencia, por lo que en 2015 se clasificó como persona que vive en pobreza, la que vive con menos de 1.90 dólares al día; es decir, menos de 40 pesos diarios.4

Por lo anterior, el primero de los objetivos de desarrollo sostenible es el poner fin a la pobreza en el mundo, siendo uno de los objetivos a los que se encuentran comprometidos todos los Estados que forman parte de la ONU, incluido México; En ese sentido a nivel mundial el número de personas que viven en situación de extrema pobreza disminuyó de 36 a 10 por ciento en los últimos 25 años. Sin embargo, la ONU advierte que el ritmo de disminución de pobreza ha ido en disminución por consecuencias como la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, con lo que se encuentra en riesgo la lucha contra la pobreza que se ha implementado desde hace años.5

De acuerdo con el Instituto Mundial de Investigaciones de Economía del Desarrollo de la Universidad de las Naciones Unidas, la pandemia mundial ocasionará consecuencias económicas tan grandes como el incremento de la pobreza en todo el mundo, afectando a más de 500 millones de personas; es decir, a 8 por ciento de la población mundial, ocasionando a su vez el primer aumento de pobreza registrado a escala mundial desde hace 31 años.6

Actualmente, más de 700 millones de personas (es decir, 10 por ciento de la población mundial) aún viven en extrema pobreza, siendo un factor que impida garantizarles derechos básicos como salud, educación, alimentación y acceso al agua potable, entre otros.7

Ahora bien, esta problemática no excluye a las personas que se encuentran trabajando, ya que en el año 2018 se registró que el 8 por ciento de los trabajadores en el mundo, así como sus familias, viven en situación de extrema pobreza, lo cual hace notar que su puesto laboral no les garantiza el salario suficiente para poder gozar de una vida digna que satisfaga las necesidades básicas de una familia.8

La ONU advierte que los países en desarrollo, entre los que se encuentra México, corren más riesgo de aumentar la pobreza durante la pandemia mundial, generando “crisis sociales y económicas devastadoras”, por lo cual el programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ha señalado que se esperan pérdidas de ingresos que superen los 220 mil millones de dólares en estos países, afectando servicios educativos, de salud, seguridad alimentaria, nutrición, seguridad y en general la afectación de los derechos humanos de las personas.

En repetidas ocasiones se ha demostrado que la erradicación de la pobreza extrema se encuentra al alcance de los Estados que forman parte de la comunidad internacional, razón por la cual la ONU considera necesario establecer una medición del índice de pobreza en el mundo, elaborado anualmente, con la finalidad de visibilizar las áreas de oportunidad y los resultados obtenidos de las acciones y políticas públicas realizadas para lograr este fin, permitiendo visibilizar principalmente medir la efectividad de los países en desarrollo en la erradicación de la pobreza.9

El organismo encargado de llevar la medición de la pobreza cada año en nuestro país, es el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social que, de acuerdo con el artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social, debe establecer los lineamientos y los criterios para realizar la definición, la identificación y la medición de la pobreza en el país, considerando indicadores10 como ingreso corriente per cápita; rezago educativo promedio en el hogar; acceso a los servicios de salud; acceso a la seguridad social; calidad y espacios de la vivienda; acceso a los servicios básicos en la vivienda; acceso a la alimentación; grado de cohesión social, y grado de accesibilidad a carretera pavimentada.

Las cifras oficiales de pobreza en México advierten falta de resultados de los programas clientelares de la 4T: generación de pobreza

De acuerdo con la Medición de pobreza 2020, el nivel de pobreza en el país aumentó 2 por ciento de 2018 a 2020: pasó de 41.9 a 43.9 por ciento, respectivamente. Asimismo, el porcentaje de pobreza extrema aumentó 1.5 en ese periodo, pasando de 7.0 a 8.5, y el porcentaje de población en situación de pobreza moderada pasó de 34.9 a 35.4, aumentando en 0.5 por ciento, y demostrando que, en lugar de bajar los niveles de pobreza en el país, éstos han ido en gran aumento.11

Se ha observado un gran incremento en el porcentaje de población con menor bienestar económico, ya que la población con ingreso inferior a la línea de pobreza extrema por ingresos pasó del 14.0 por ciento al 17.2 por ciento en el periodo de 2018 al 2020, es decir, se registró un aumento del 3.2 por ciento de personas con ingresos menores a la línea de pobreza extrema; Asimismo, se registró un aumento del 2.9 por ciento, pasando de 49.9 por ciento a 52.8 por ciento en el periodo señalado, de personas con ingresos menores de la línea de pobreza.12

Entre los resultados obtenidos en la medición, resulta alarmante las carencias sociales que tiene la población mexicana en el periodo 2018-2020, considerando los siguientes sectores:13

Educación: Se registró un aumento en la carencia de este sector del .2 por ciento;

Servicios de salud: Se registró un gran aumento en la carencia de este sector del 12 por ciento;

Acceso a la seguridad social: Se registró una disminución en la carencia de este sector del 1.5 por ciento, siendo de los únicos sectores con un avance;

Calidad y espacios de la vivienda: Se registró una disminución en la carencia de este sector de 1.7 por ciento, siendo de los únicos sectores con un avance;

Acceso a los servicios básicos de vivienda: Se registró una disminución en la carencia de este sector del 2 por ciento, siendo de los únicos sectores con un avance; y

Acceso a la alimentación nutritiva y de calidad: Se registró un aumento en la carencia de este sector del .3 por ciento.

Por lo anterior, diversos medios de información han alertado a la población las cifras tan alarmantes de los niveles de pobreza en el país, dando a conocer que el número de personas pobres creció en 3.8 millones de personas, en los que se experimentó la dificultad para comprar bienes y servicios de la canasta básica; Asimismo, se sumaron 2.1 millones de personas al nivel de pobreza extrema, por lo que solo 2 de cada 10 mexicanos y mexicanas están libres de caer en la pobreza.14

Lo anterior toma mayor relevancia toda vez que este gobierno está gastando el Presupuesto federal en una serie de programas sociales clientelares que de conformidad con los datos del Coneval no están cumpliendo el objetivo deseado, pues los pobres aumentan y cada vez se gasta más en políticas públicas que lejos de abatir la pobreza la están aumentando.

De acuerdo con el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado es el encargado de establecer acciones como el otorgamiento de apoyos económicos y becas para mejorar la calidad de vida de las personas que se encuentran en condición de pobreza,15 y la Ley General de Desarrollo Social establece que su aplicación corresponde al Poder Ejecutivo federal, por tal motivo es necesario establecer las acciones y políticas públicas pertinentes para abatir los niveles de pobreza registrados,16 que han resultado alarmantes y contravienen los Objetivos del Desarrollo Sostenible de la ONU, obligación que tiene que cumplir el Estado Mexicano.

La inflación, la consecuencia de las malas políticas públicas

A final de 2021, el Banco de México actualizó al alza su pronóstico sobre la inflación, al señalar que cerrará 2021 en 7.1 por ciento. En su cálculo anterior, el banco central esperaba que el indicador se colocara en 6.8 por ciento en la recta final del año. “La inflación en México ha alcanzado niveles no vistos desde hace dos décadas: en noviembre se ubicó en 7.37 por ciento a tasa anual, mayor a la esperada por analistas y alcanzando su nivel más alto desde enero del 2001”.17

En México, el Índice Nacional de Precios al Consumidor es un indicador económico global cuya finalidad es medir, a través del tiempo, la variación de los precios de una canasta de bienes y servicios representativa del consumo de los hogares del país.18 A su vez, dicho índice permite cuantificar la inflación nacional, definida por el Banco de México, como el aumento sostenido y generalizado de los precios de los bienes y servicios de una economía a lo largo del tiempo. El aumento de un sólo bien o servicio no se considera como inflación. Si todos los precios de la economía aumentan tan solo una vez tampoco eso es inflación.19

El presidente del Inegi indicó mediante sus redes sociales: “#INPC en noviembre 2021, el Índice Nacional de Precios al Consumidor se incrementó 1.14 por ciento m/m, el mayor aumento para dicho mes en 21 años; la inflación anual quedó en 7.37 por ciento a/a, 1.13 puntos más que en octubre”.

En un contexto como el de México, en el que el desempleo ha ido al alza, en donde el gobierno se niega a apoyar a las pequeñas y medianas empresas, a generar una política de reactivación económica y si a esto le sumamos la pandemia a nivel mundial de Covid-19 y la falta de estímulos o programas gubernamentales para mantener el empleo formal, se hace evidente la necesidad de contener el aumento generalizado de los precios.

De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, la inflación encarece el costo de los bienes y servicios al deteriorar el poder de compra del dinero. Esto quiere decir que con lo que ganas cada vez te alcanza para comprar menos cosas/productos que el año anterior y considerando que la canasta básica es lo primordial en la compra de las familias, la inflación afecta directamente a dicha canasta básica.20

Esto se traduce para los mexicanos en el encarecimiento de los principales bienes y servicios, como el incremento de los siguientes productos: tomate verde (130.62 por ciento), chile serrano (95.37), otros chiles frescos (47.08), jitomate (39.18), gas doméstico LP (23.97), gas doméstico natural (22.29), gasolina de alto octanaje (22.27) y gasolina de bajo octanaje (14.44). Diversos especialistas alertaron sobre el impacto de la inflación sobre diversos productos de la canasta básica, como Mario Di Contanzo, ex titular de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, que publicó en sus redes el siguiente cuadro comparativo:

El incremento de la pobreza y la inflación son dos elementos alarmantes que requieren toda la atención de la ciudadanía y de los sectores de la sociedad. Es urgente revisar las políticas económicas actuales y terminar con el hasta ahora nulo control del gobierno por mantener un nivel de inflación bajo y las políticas públicas clientelares que lo que único que aumenta es a los pobres. A más de la mitad del sexenio, es un hecho que las familias mexicanas cada día ven más disminuido el poder adquisitivo de su ingreso y con ello la preocupación del futuro económico del país.

Hoy más que nunca resulta trascendental poder garantizar las mejores condiciones de vida a la población mexicana, asegurándose que puedan contar con los servicios básicos y las condiciones de vida adecuadas, por tal motivo someto a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Economía, y de Bienestar a remitir a esta soberanía un informe pormenorizado respecto de la estrategia que se implementará en el 2022 para hacer frente al alarmante aumento de la pobreza en México, informada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y al incremento de la inflación consecuencia de las políticas públicas implementadas por esta administración y cuyos resultados están afectando la economía de las familias mexicanas.

Notas

1 Manos Unidas. ¿Qué es la pobreza? Disponible en https://www.manosunidas.org/observatorio/pobreza-mundo/definicion-pobre za

2 Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Glosario. Disponible en https://www.coneval.org.mx/Medicion/Paginas/Glosario.aspx

3 Organización de las Naciones Unidas. Acabar con la pobreza. Disponible en https://www.un.org/es/global-issues/ending-poverty

4 Manos Unidas. ¿Qué es la pobreza? Obra citada.

5 Organización de las Naciones Unidas. Objetivo 1: Poner fin a la pobreza en todas sus formas en todo el mundo. Disponible en https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/poverty/

6 Ídem.

7 Organización de las Naciones Unidas. Acabar con la pobreza. Obra citada.

8 International Labour Organization. Los trabajadores pobres, o cómo un trabajo no es garantía de condiciones de vida decentes. Disponible en https://ilostat.ilo.org/es/the-working-poor-or-how-a-job-is-no-guarante e-of-decent-living-conditions/

9 Organización de las Naciones Unidas. Acabar con la pobreza. Obra citada.

10 Cámara de Diputados. Ley General de Desarrollo Social. Disponible en

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/264_250618.p df

11 Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Medición de pobreza 2020. Disponible en https://www.coneval.org.mx/Medicion/PublishingImages/Pobreza_2020/C1_po b_16_20.PNG

12 Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Medición de pobreza 2020. Disponible en https://www.coneval.org.mx/Medicion/PublishingImages/Pobreza_2020/Pobre za_2016-2020.jpg

13 Ídem.

14 El Economista. “México: aumenta y agobia la pobreza”. Disponible en
https://www.eleconomista.com.mx/opinion/Mexico-aumenta-y-agobia-la-pobreza-20210806-0022.html

15 Cámara de Diputados. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

16 Cámara de Diputados. Ley General de Desarrollo Social., Disponible en

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/264_250618.p df

17 https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2021/12/16/inflacion-en-mexico -banxico-calcula-que-cerrara-2021-en/

18 Inegi, Preguntas frecuentes. Consultado el 9 de mayo de 2021 en
https://www.inegi.org.mx/programas/inpc/2018/PreguntasF/

19 Banco de México, Inflación. Consultado el 8 de mayo de 2021 en http://educa.banxico.org.mx/
economia/inflacion-economia.html#:~:text=La%20inflaci%C3%B3n%20es%20el%20aumento,
vez%20tampoco%20eso%20es%20inflaci%C3%B3n

20 https://www.heraldobinario.com.mx/tendencias/2021/11/26/
canasta-basica-en-mexico-2021-que-productos-elevaron-mas-su-costo-comparacion-de-precios-18922.html

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 7 de enero de 2022.

Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar tanto al INM como al gobierno y la FGJE de Chiapas a esclarecer el accidente de los migrantes fallecidos en la entidad e investigar a los presuntos responsables, suscrita por la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Ana Laura Bernal Camarena, diputada integrante de la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo señalado en los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Hoy en día resulta imposible dejar a un lado un tema que acontece y cobra más relevancia en nuestro país y el mundo. La migración, ha sido un movimiento antiguo de la humanidad, pues las personas se desplazan en busca de mejorar sus condiciones de vida y por nuevas oportunidades. Sin embargo, este mismo fenómeno causa otros temas de gran importancia para la humanidad; la inseguridad, la pobreza, la desigualdad social y la educación, son sectores consecuentes al bienestar de la humanidad y no pueden ser desapercibidos.

Antes de adentrarnos al tema que conlleva la migración debemos distinguir dos diferentes términos que al confundirnos nos llevaría a problemas para ambos temas: Migrante y refugiado, si bien los refugiados y los migrantes tienen los mismos derechos humanos universales y libertades fundamentales, que deben respetarse, protegerse y cumplirse en todo momento, constituyen dos grupos distintos que se rigen por marcos jurídicos separados. Solo los refugiados tienen derecho a una protección internacional específica, definida en el derecho internacional de los refugiados.1

Para el Alto Comisionado de las Naciones para los Refugiados, las personas refugiadas son aquellas que huyen de conflictos armados o persecución. A menudo, su situación es tan peligrosa e intolerable, que cruzan fronteras nacionales para buscar seguridad en países cercanos, y así, ser reconocidos internacionalmente como “refugiados”, con asistencia de los estados, el Alto Comisionado de las Naciones para los Refugiados (ACNUR) y otras organizaciones. Uno de los principios fundamentales establecidos en el derecho internacional es que los refugiados no deben ser expulsados o devueltos a las situaciones en las que sus vidas y su libertad puedan verse amenazadas. Ahora bien, los migrantes son quienes eligen trasladarse no a causa de una amenaza directa de persecución o muerte, sino principalmente para mejorar sus vidas al encontrar trabajo o por educación, reunificación familiar, o por otras razones.2

Esta diferencia como ya se mencionó antes, es de suma importancia, ya que los gobiernos diferencian el trato de las personas refugiadas y los migrantes. El trato es de acuerdo a su propia legislación y procedimientos en materia de inmigración y en el caso de las personas refugiadas, los gobiernos dan el trato de acuerdo a las normas sobre el asilo y su protección, en sus legislaciones nacionales y en el derecho internacional.

Por consiguiente, de acuerdo a la Declaración de Nueva York Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. Recordamos que las obligaciones que hemos contraído en virtud del derecho internacional prohíben todo tipo de discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.3

Lamentablemente, la xenofobia e incluso la aporofobia (fobia a las personas pobres) sigue latente en cada parte del mundo, violentando los derechos de las personas migrantes y refugiadas, porque parece que ser pobre es desagradable, que las personas pobres plantean problemas.

De acuerdo a cifras claves de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), en el 2020 según la estimación más reciente, existen 281 millones de migrantes internacionales, una cifra equivalente al 3,6% de la población mundial.4

Por otra parte, la migración es un problema que se produce por diferentes causas y se resumen en tres rubros:

Razones económicas , los encontramos especialmente en las caravanas de migrantes centroamericanos que no encuentran un trabajo digno en sus países, por lo que toman todo tipo de riesgos para trasladarse ilegalmente hacia Estados Unidos donde esperan lograr el sueño americano, poder establecerse y generar ingresos para luego ser enviados a sus familias.

Razones políticas , los aspectos de tipo político que impulsan a las personas a moverse de un lado a otro de forma desordenada y riesgosa. La persecución política o los estados de derechos fallidos como el caso de los venezolanos y cubanos que se desplazan a Estados Unidos, buscando el goce de sus libertades y el respeto de sus derechos fundamentales.

Razones sociales , entre los aspectos sociales podemos mencionar la violencia que impera en algunos países que están afectados por pandillas o grupos del narcotráfico lo que provoca que las personas busquen un lugar más seguro para ellos y sus familias.5

Mencionando lo expuesto anteriormente, quiero hacerle saber a esta Cámara de Diputados sobre la situación lamentable, que dejó el saldo de al menos 55 migrantes centroamericanos muertos en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

“Al menos 55 migrantes han muerto, entre ellos varios menores de edad, y 105 han resultado heridos este jueves en un accidente de camión cerca de Tuxtla Gutiérrez, la capital del Estado mexicano de Chiapas, según el último balance difundido por las autoridades este viernes. El tráiler, en el que viajaban los migrantes, circulaba con exceso de velocidad, según la información de Protección Civil. Esta es hasta el momento la principal causa del siniestro. El conductor, que transportaba a 166 personas hacinadas, se ha dado a la fuga. El accidente en Tuxtla Gutiérrez es una de las mayores tragedias con migrantes que ha sufrido la ruta desde Centroamérica hacia el norte del continente americano”.6

Sea cual sea la razón o motivos que producen la migración, necesitamos tratar a todas y todos los seres humanos con respeto y dignidad. Asegurarnos de que los derechos humanos de los migrantes sean respetados.

En nuestro país, al igual que en otros países, el fenómeno migratorio es complejo y difícil de abordar, es por ello que las autoridades, las instituciones y gobiernos a nivel mundial, deben tomar seriedad a este gravísimo problema que viven las personas migrantes.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me sirvo someter a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al Instituto Nacional de Migración, al gobierno del Estado Libre y Soberano de Chiapas y a la Fiscalía General del estado de Chiapas, a esclarecer los hechos acontecidos sobre el accidente de los migrantes fallecidos en Chiapas e investigar a los presuntos responsables.

Notas

1 ONU. Pacto Mundial Para la Migración Segura, Ordenada y Regular.

2 ACNUR. ¿‘Refugiado’ o ‘Migrante’? ¿Cuál es el término correcto? Disponible en

https://www.acnur.org/noticias/noticia/2016/7/5b9008e74/ refugiado-o-migrante-cual-es-el-termino-correcto.html

3 ONU. Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes. Disponible en

https://www.acnur.org/prot/instr/5b4d0eee4/declaracion-d e-nueva-york-para-los-refugiados-y-los-migrantes.html

4 ONU Migración, Sobre la migración. https://www.iom.int/es/sobre-la-migracion

5 Economipedia. “Las migraciones ya son un problema para muchos países”. Disponible en

https://economipedia.com/actual/las-migraciones-ya-son-u n-problema-para-muchos-paises.html

6 El País. “Al menos 55 migrantes muertos tras volcar el camión en el que viajaban hacinados en México”.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a los siete días del mes de enero de 2022.

Diputada Ana Laura Bernal Camarena

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a instruir a la SHCP con objeto de que en el paquete económico de 2023 se asigne una partida etiquetada de manera específica para que pueda bajar el recurso directamente a la construcción de la presa Tunal II, a cargo de la diputada Gina Gerardina Campuzano González, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Gina Gerardina Campuzano González , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás aplicables, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes:

Consideraciones

Un serio problema que vivimos en la ciudad de Durango, capital del estado, tiene que ver con no contar con agua potable, apta para uso y consumo humano, lo que compromete la salud pública de más de 700 mil habitantes de la zona metropolitana, debido a las altas concentraciones de flúor y arsénico con que llega el vital líquido a los grifos y depósitos de los hogares duranguenses.i

Es entonces que, ante tal situación, tenemos como reto primordial, el proteger la salud de los habitantes de la ciudad, brindándoles agua apta para el consumo humano, teniendo como fuente de abastecimiento al río Tunal, del que se podrá obtener el mejor aprovechamiento con la construcción de la presa Tunal II.ii

En cuanto a viabilidad técnica, el proyecto cumple con todos los requisitos, contando con registro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como la requerida Evaluación Socioeconómica y de Factibilidades, para la Comisión Nacional del Agua.iii

Es importante tener en cuenta que el 100 por ciento del agua de la red de la ciudad de Durango rebasa los límites permitidos en cuanto a concentración de flúor, además de que el 40.43 por ciento, supera el límite que se permite en cuanto a la concentración de arsénico.

Es decir que en realidad, la capital de Durango, no cuenta con agua potable en su red de distribución, lo que implica un serio riesgo para la salud de sus habitantes, de acuerdo con lo indicado en la NOM-127-ssa1-1994.iv

Además cada vez hay más desabasto de agua en varias zonas de la ciudad, no solamente en las zonas urbanas, sino también en algunas comunidades del medio rural, el desabasto del agua ya es un tema cotidiano, ya que el agua que nosotros los duranguenses sacamos es de pozo y están sobreexplotados, no podemos acceder a agua de presa porque no tenemos la potabilizadora, por eso es importante generar una alternativa diferente como sería una planta potabilizadora que utilice el agua de la presa Guadalupe Victoria para el abasto de agua en la capital por lo que la cristalización del proyecto de construcción de la presa Tunal II, es para nosotros un tema de urgencia de poder concretar los recursos para esta presa.v

A nivel internacional, de acuerdo con la resolución de las Naciones Unidas, no se limita a reconocer el acceso al agua potable y saneamiento solo como un derecho humano, sino que va más allá y reconoce que dicho derecho al agua potable y saneamiento es esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos.

Es entonces, que como legisladores tenemos la tarea de impulsar que se tenga contemplada la construcción y equipamiento de la presa Tunal II, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2023 y teniendo en cuenta, el interés que el presidente Andrés Manuel López Obrador, ha manifestado por que se tenga acceso a agua realmente potable en la región, es entonces, la importancia de asignar, ampliar y etiquetar estos recursos en el próximo paquete económico para el ejercicio fiscal 2023.

Este proyecto se contempla en todo un contexto de funcionamiento integral, para lo que habría de contar con una planta potabilizadora, otra de bombeo, un acueducto y las respectivas obras de toma, esto con el fin de que el agua que provea, llegue a la red de la capital duranguense para uso y consumo humano.

También, la misma Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha reconocido la importancia de este proyecto e incluso lo incorporó en un anexo del Presupuesto de Egresos de la Federación 2022, pero sin contar con los fondos para ejecutar dicho recurso, es por ello que se deben gestionar recursos para el presupuesto de egresos 2023 y garantizar el abastecimiento de agua suficiente y potable para garantizar mejores condiciones de salud para los duranguenses que habitan en la capital de Durango.

Por lo anterior, es urgente ejecutar este proyecto que permita incrementar la producción de agua de fuentes que presenten mejores condiciones de salubridad para que la población mejore su calidad de vida y la salud pública no se ponga en riesgo, además de que generaría una gran cantidad de fuentes de trabajo.

Es por ello, que presento el presente exhorto al Ejecutivo Federal para que a través del titular de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público se asigne en el paquete económico para el ejercicio fiscal 2023 una partida etiquetada de manera específica para que puedan bajar estos recursos directamente a la construcción de la Presa Tunal II para el abastecimiento de agua potable en la ciudad de Durango, Durango.

Por las consideraciones anteriormente expuestas y fundadas, someto respetuosamente a la consideración de esta honorable asamblea para pedir la solidaridad de ustedes y lograr que se asigne en el presupuesto una partida etiquetada de manera específica para que puedan bajar directamente estos recursos a la construcción de la Presa Tunal II para el abastecimiento de agua potable en la ciudad de Durango, Durango, por lo que me permito proponer, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal para que instruya al titular de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público para que asigne en el paquete económico para el ejercicio fiscal 2023, una partida etiquetada de manera específica para que puedan bajar estos recursos directamente a la construcción de la presa Tunal II para el abastecimiento de agua potable en la ciudad de Durango, Durango (esta acción comprende el Proyecto Integral Agua para Todos en Durango) con Clave de cartera 1916B000059, por un monto total de inversión de $3,339,227,669 incluyendo el impuesto al valor agregado y un costo total del PPI de $5,592,130,079.

Notas

i Organización Editorial Mexicana, Presa Tunal II, por un vital líquido sano en Durango, El Sol de México, consultado por última vez el 31 de octubre en https://www.elsoldemexico.com.mx/analisis/presa-tunal-ii-por-un-vital-l iquido-sano-en-durango-7227021.html

ii Ibidem

iii Organización Editorial Mexicana, Presa Tunal II, por un vital líquido sano en Durango, El Sol de México, consultado por última vez el 31 de octubre en https://www.elsoldemexico.com.mx/analisis/presa-tunal-ii-por-un-vital-l iquido-sano-en-durango-7227021.html

iv Ibidem

v Proyecto México Oportunidades de Inversión, Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., Ciudad de México, 2021, consultado por última vez el 31 de octubre de 2021 en https://www.proyectosmexico.gob.mx/proyectos/

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 7 de enero de 2022.

Diputada Gina Gerardina Campuzano González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de citar a comparecer al subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud con objeto de que informe sobre la atención y las acciones llevadas a cabo ante la pandemia del SARS-Cov2 y la estrategia para enfrentar la variante Ómicron, a cargo de senadores del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, senadores Nuvia Mayorga Delgado, Ángel García Yáñez, Miguel Ángel Osorio Chong y Verónica Martínez García, y las senadoras y los senadores del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 116 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos y aplicables, someten a consideración del pleno de la Comisión Permanente la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se cita a comparecer al subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell Ramírez, para que informe sobre la atención y las acciones que la dependencia a su cargo ha llevado a cabo ante la pandemia del SARS-Cov2 y la estrategía para enfrentar la variante Ómicron, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Organización Mundial de la Salud, en colaboración con asociados, redes de expertos, autoridades nacionales, instituciones e investigadores, vigila y evalúa la evolución del SARS-CoV-2. La aparición de variantes que suponían un mayor riesgo para la salud pública mundial, a finales de 2020, hizo que se empezaran a utilizar las categorías específicas de “variante de interés” y “variante preocupante”, a fin de priorizar el seguimiento y la investigación a escala mundial y, en última instancia, orientar la respuesta a la pandemia de Covid-19.1

El 26 de noviembre de 2021, la Organizacón Mundial de la Salud dio a conocer en una declaración la aparición de la variante ómicron, mencionando que de acuerdo con las pruebas presentadas, dicha variante da lugar a cambios perjudiciales en la epidemiología del Covid-19, por lo que el Grupo Consultivo Técnico sobre la Evolución del SARS-Cov2 recomendó a la OMS que la designara como variante preocupante.

Debido a lo anterior, la OMS instó a los países a seguir diversas instrucciones:

• Intensificar las actividades de vigilancia y secuenciación para conocer mejor las variantes del SARS-Cov2 en circulación.

• Enviar las secuencias completas del genoma y metadatos conexos a una base de datos públicamente disponible, como la Gisaid.

• Notificar a la OMS los casos o conglomerados de casos de infección por las variantes preocupantes, por medio del mecanismo del Reglamento Sanitario Internacional.

• Si se dispone de capacidad suficiente, y en coordinación con la comunidad internacional, realizar estudios en el terreno y análisis en laboratorio para conocer mejor los efectos de las variantes preocupantes en las características epidemiológicas de Covid-19, la gravedad de los síntomas que producen, la eficacia de las medidas sociales y de salud pública, los métodos diagnósticos, la respuesta inmunitaria, la neutralización por anticuerpos y otras cuestiones pertinentes.

• Se recuerda a la población que, para reducir el riesgo de contraer Covid-19, debe aplicar medidas sociales y de salud pública de eficacia demostrada, como el uso de una mascarilla bien ajustada, la higiene de las manos, el distanciamiento físico, la buena ventilación de los espacios interiores, la evitación de los espacios concurridos y la vacunación.2

En su carácter de organismo internacional, la OMS ha hecho énfasis en que se deben continuar con las medidas de salud pública para reducir la circulación del Covid-19, disminuir las desigualdades respecto al acceso a las vacunas y ofrecer de forma equitativa las pruebas diagnostico y los tratamientos que se necesitan.

Lamentablemente, como en ocasiones anterirores, el gobierno mexicano hizo caso omiso de las recomendaciones de la OMS y simplemente no reaccionó. El 3 de diciembre el gobierno de México dio a conocer, mediante un comunicado, que se detectó el primer caso de la variante ómicron en nuestro país. Se trataba de una persona de 51 an?os, proveniente de Sudáfrica, quien llegó el 21 de noviembre y presentó síntomas seis días despuús.

Expertos de la UNAM concuerdan en que la vacunación es fundamental, al igual que las medidas ya conocidas, y opinan que los casos pueden aumentar, según Alejandro Sánchez, del Instituto de Investigaciones Biomédicas: “Si la variante es más transmisible, definitivamente habrá más contagios ya que estas variantes han mostrado que pueden reinfectar y las vacunas por sí solas no son suficientes para evitar la transmisión; por lo tanto, si no usamos todas las herramientas que ya sabemos, además de evitar riesgos, los contagios serán inminentes”.3

Diversos medios de comunicación han dado cuenta del incremento en los contagios, como lo señala el periódico el País en su edición del pasado lunes, en el que se afirma que la nueva ola de contagios de covid-19 se propaga por México y avanza impulsada por las concentraciones en las zonas turísticas. El comunicado diario difundido el domingo 2 de enero por la Secretaría de Salud informó de 46.045 casos activos, es decir, los que empezaron a padecer síntomas a partir del pasado 20 de diciembre. La cifra duplica el reporte del pasado martes 28 de diciembre, cuya estimación rozaba los 23.000 contagios. El país, que terminó 2021 superando la barrera de las 10 mil transmisiones diarias, comienza el nuevo año en medio de la alarma mundial generada por la variante ómicron, que es más contagiosa y que aún encierra dudas sobre su gravedad en las personas no vacunadas o más vulnerables.4

Entidades como Quintana Roo, Guanajuato, Yucatán, Tabasco, Jalisco, por mencionar algunas, ya han presentado casos de la variante ómicron; en la Ciudad de México ya se superan los 150 casos derivados de dicha variante.

En cuanto a la aplicación y distribución de las vacunas, México ha presentado grandes deficiencias, mismas que se reflejan en el incremento de contagios, principalmente en la población más joven, las zonas rurales y los niños, que aún no cuentan con la inmunización que se está llevando a cabo en otros países.

La doctora Laurie Ann Ximénez, doctora en ciencias médicas por la Universidad de Harvard y profesora e investigadora de microbiología, ha expresado que la situación derivada por la pandemia se ha vuelto caótica en México, y señala que deben tomarse acciones tempranas a fin de evitar hospitalizaciones y un alto índice de defunciones.5

Menciona también que a la variante ómicron no se le debe restar importancia por el hecho de que la población esté parcialmente vacunada, ya que al momento no se sabe con exactitud la gravedad que pueda causar.

Hace énfasis en la importancia de las pruebas de detención por su utilidad para el diagnóstico del Covid-19 y sus variantes, por lo que las autoridades deben proveer los insumos necesarios para su realización.

Jaime Sepúlveda, director ejecutivo del Instituto de Ciencias de la Salud Global de la Universidad de California en San Francisco, considera que las autoridades mexicanas están minimizando la llegada de ómicron y en poco tiempo ésta será la variante predominante en el país. En Europa ya es la variante predominante y el número de casos de ómicron se duplica cada dos días, mientras que Delta lo hacía cada dos semanas; el ritmo de crecimientoha sido sumamente mayor.6

Asimismo, refiere que el gobierno y las autoridades deben realizar un ajuste en la estrategia para mitigar el impacto del nuevo virus, ya que notablemente han fallado en los siguientes aspectos:

• Minimizar el uso de las pruebas diagnósticas y el uso de cubrebocas.

• Instruir que la gente permaneciera en casa aun con síntomas, sin darles apoyos economicos para poder cumplir con la instrucción sanitaria.

• No otorgar lo necesario como equipos de protección y buen entrenamiento a los trabajadores sanitarios para desempeñar sus funciones.

• Presentar alta mortalidad intrahospitalaria en personas admitidas con Covid.

Hasta el 4 enero, de acuerdo con las cifras oficiales, había en el país 15, 184 nuevos contagios de Covid-19, situación sumamente preocupante ante el inminente regreso a clases presenciales, sin contar hasta el momento con las vacunas necesarias para los menores de edad.

327 mil defunciones oficialmente reconocidas hasta el 4 de enero, aunque sabemos que el número real es por lo menos el doble. Cientos de miles de mexicanos que fallecieron por la sobervia e incapacidad del Subsecretario López Gatell, que se rehúsa a dar explicaciones de su actuación ante la peor crisis epidemiológica en décadas.

De acuerdo con Gisaid, la incidencia de la variante Ómicron en el país en las últimas 2 semanas es similar a la de Estados Unidos, como se muestra en la siguiente imagen,7 por lo que es indispensable tomar medidas ante un incremento inminente en los contagios.

Ante el incremento de casos por Covid-19 y las variantes ya mencionadas, nuestra fracción parlamentaria considera que las autoridades deben implementar una estrategia eficiente para enfrentar los nuevos casos, con el objetivo de disminuir las estadísticas que se han dado a conocer hasta este momento, mantener la actualización real de las cifras oficiales que se han generado durante la pandemia y ser responsables con la actualización del semáforo de riesgo epidemiológico; así como transparentar todas aquellas acciones y atenciones que se han realizado por parte de las autoridades mexicanas.

En el Grupo Parlamentario del PRI estamos convencidos de que la obligación del Estado es cumplir con su mandato de proteger la salud de todos los mexicanos, por lo que es imperativo que el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López Gatell, rinda cuentas sobre su desempeño ante la pandemia de Covid-19.

Por lo expuesto sometemos a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión cita a comparecer al subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell Ramírez, para que informe sobre la atención y las acciones que la dependencia a su cargo ha llevado a cabo ante la pandemia del SARS-Cov2 y la estrategía para enfrentar la variante ómicron.

Notas

1 OMS. Seguimiento de las variantes del SARS-Cov2. Visible en https://www.who.int/es/activities/tracking-SARS-CoV-2-variants/ Fecha de consulta: 4 de enero de 2022.

2 OMS. Declaración del 26 de noviembre de 2021, Clasificación de la variante Ómicron (B.1.1.529) del SARS-Cov2 como variante preocupante. Visible en https://www.who.int/es/news/item/26-11-2021-classification-of-omicron-( b.1.1.529)-sars-cov-2-variant-of-concern Fecha de consulta: 4 de enero de 2022.

3 Hugo Maguey, 6 de diciembre 2021, Gaceta UNAM. “Lo aprendido debe servir ante Ómicron. Visible en

https://www.gaceta.unam.mx/lo-aprendido-debe-servir-ante -omicron/ Fecha de consulta: 4 de enero de 2022.

4 Francesco Manetto, 2 de enero 2022. La nueva ola de covid se acelera impulsada por los contagios de las zonas turísticas de México. Visible en https://elpais.com/mexico/2022-01-03/la-nueva-ola-de-covid-se-acelera-i mpulsada-por-los-contagios-de-las-zonas-turisticas-de-mexico.html Fecha de consulta: 4 de enero de 2022.

5 Entrevista con Ciro Gómez Leyva, 4 de enero de 2022. Visible en https://www.youtube.com/watch?v=DvGbQjYV6Tw

6 Jaime Sepulveda. “Las autoridades mexicanas están minimizando la llegada de ómicron”, en El País, 31 de diciembre de 2021. Visible en https://elpais.com/mexico/2022-01-01/jaime-sepulveda-las-autoridades-me xicanas-estan-minimizando-la-llegada-de-omicron.html

7 Our world in data, share of SARS-Cov2 sequences that are the omicron variant, 3 de enero de 2022. Visible en
https://ourworldindata.org/grapher/covid-cases-omicron?country
=GBR~FRA~BEL~DEU~ITA~ESP~USA~ZAF~BWA~AUS Fecha de consulta: 4 de enero de 2022.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 7 de enero de 2022.

Senadores: Nuvia Mayorga Delgado (rúbrica), Ángel García Yáñez, Miguel Ángel Osorio Chong (rúbrica), Verónica Martínez García.

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Guardia Nacional en Puebla a atender de manera pronta el oficio con número de expediente 12461/09143, que le fue turnado por la Subjefatura de Operaciones el 22 de diciembre de 2021, suscrita por la diputada Araceli Celestino Rosas, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, diputada Araceli Celestino Rosas, integrante del Grupo del Parlamentario del Partido del Trabajo, de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito presentar a la consideración de esta soberanía, la proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La población que habita en el municipio de Coyomeapan se encuentra en un momento difícil y lamentable, ya que miembros de Antorcha Campesina han tomado la Presidencia Municipal, han desarmado a la policía municipal, han tomado los accesos al municipio, han golpeado a los habitantes y amenazado que, si no los apoyan para que ellos gobiernen el municipio, seguirán las acciones de violencia.

Esto ha generado un caos, ya que no han permitido que se brinde los servicios del Registro Civil, los servicios de salud, los servicios de educación y el servicio de seguridad pública, ya que como se mencionó anteriormente han desarmado a la policía municipal, así de grave tienen al municipio, este grupo.

No han querido reconocer la decisión que ya tomo la mayoría de las ciudadanas y los ciudadanos de Coyomeapan, siendo esto un golpe directo a la democracia.

Ya que los comicios que se llevaron el 6 de junio de 2021 dieron como ganador al candidato del PT y PSI1 con el 59% de los votos, siendo una clara mayoría, aunado a ello hubo una participación de casi el 60% de la lista nominal de electores.2

Los datos quedaron de la siguiente manera:

PT: 3,571 votos

Morena: 16 votos

PRI: 2,411 votos (candidato activista de antorcha campesina)

PAN: 11 votos

Se resolvió en las distintas instancias que gano el candidato del PT y PSI, ya que el 13 de junio de 2021 se valido la elección entregando la constancia al candidato electo el PT y PSI.

El PRI presento dos recursos y en PAN un recurso de inconformidad, por lo cual el Tribunal Electoral del Estado de Puebla el 15 de septiembre entro en análisis de solo un recurso, dos fueron rechazados por falta de personalidad.

La única impugnación que se consideró discutir fue el TEEP.I-056/2021 , resolviendo que era válido la declaración de validez de la elección, así como el otorgamiento de la constancia de mayoría al candidato del PT y PSI.

Este resultado fue impugnado por el candidato del PRI que es de Antorcha Campesina en la Sala Regional de la Ciudad de México con el número SCM-JRC-297/2021 , donde lo único que pide la Sala Regional es que el Tribunal Electoral considere un recurso que fue rechazado, por lo cual el Tribunal Electoral del Estado de Puebla atendiendo está petición el 30 de septiembre, emite una resolución sobre el expediente TEEP.I-055/2021 en la cual vuelve a confirmar la validez de la elección, la entrega de la constancia de mayoría realizada a favor de la planilla registrada por el PT y PSI.

Al ver que era un triunfo inminente y que, en las instancias electorales pertinentes, rechazarían sus alegatos por carecer de sustento verídico y legal, el 22 de agosto de 2021 miembros de Antorcha Campesina y simpatizantes del candidato del PRI tomaran la Presidencia Municipal y la Comandancia Municipal, saqueando estos espacios y robando todo el armamento policiaco que ahí se encontraba.

Como consecuencia de los hechos narrados en el párrafo anterior se encuentran denunciadas aproximadamente 25 personas y actualmente se encuentran detenidos tres personas.3

Este grupo de inconformes no ha permitido que la autoridad municipal inicie sus funciones dentro del municipio, por lo cual el 15 de octubre el Presidente y los Regidores tomaron la protesta de ley en las instalaciones del Centro Integral de Servicios (CIS) de Ajalpan, Puebla.

La población está sufriendo de retenes de grupos hostiles, armados y encapuchados en las entradas y salidas del Municipio, la población está siendo víctima de actos de vandalismo, saqueos y amenazas lo cual pone en peligro la integridad física de los habitantes del municipio.

Lo cual ha generado miedo en la población, por ello un importante grupo de habitantes de Coyomeapan, vinieron a la Ciudad de México el 15 de diciembre de 2021, con la finalidad de solicitar el apoyo al Presidente de la República para que instruya a que intervenga la Guardia Nacional en el municipio.

Por esa razón entable un dialogo con ellos, ofreciéndoles que pudieran presentar su caso ante los medios de comunicación, pedí que se pudiera habilitar el área de prensa que tiene la Cámara de Diputados en la Planta Baja del Edificio A.

Ahí señalaron como han sido víctimas, así como el miedo que tienen de que, a sus hijos, esposos y familiares sigan siendo golpeados, por este grupo violento llamado Antorcha Campesina.

El 16 de diciembre de 2021, más de un centenar de ciudadanos del municipio de Coyomeapan firmaron y presentaron un oficio a la Dirección General de Atención Ciudadana de la Presidencia de la República. Dicho oficio solicitaba al C. presidente Andrés Manuel López Obrador de su apoyo, para que gire instrucciones de que ingrese la Guardia Nacional al municipio y pueda poner orden.

La Directora General de Atención Ciudadana, giro el oficio con número de folio 20211216GALRB9 a la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, para su correspondiente tratamiento.

La Dirección General Técnica de la Coordinación de Relaciones Interinstitucionales de la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, turno el oficio al Órgano Administrativo Desconcentrado Guardia Nacional. En un segundo oficio que recibieron los ciudadanos de Coyomeapan, para ver el estatus de la respuesta, fue girado un oficio por el Encargado de Operaciones de Guardia Nacional el inspector General Carlos Javier Jaramillo Huerta, con número de expediente 12461/.09143 y fecha de 22 de diciembre de 2021 al Titular de la Coordinación de Guardia Nacional de Puebla, donde se le solicita atienda la petición que busca la intervención de dicha institución en el municipio de Coyomeapan.

Por ello ante la gravedad en la que se encuentra el municipio de Coyomeapan, así como las instrucciones que han sido giradas primero desde la Presidencia de la República a la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, y esta como responsable de la Guardia Nacional de acuerdo con el artículo 4 de la Ley de la Guardia Nacional, ha girado ha dicho órgano desconcentrado de la coordinación de Puebla, para que pueda atender la petición de los ciudadanos de intervenir en el municipio, para lograr pacificar y hacer de Coyomeapan, lo que era antes, un pueblo tranquilo, en el que su gente noble, solo trabaja para darles un mejor futuro y sustento a sus familias.

Hasta la fecha, el presidente municipal y su cuerpo de regidores no han podido ingresar al Palacio Municipal.

Por las consideraciones anteriormente expuestas y fundadas, someto respetuosamente a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión solicita de manera respetuosa a la Coordinación de la Guardia Nacional en Puebla atienda de manera pronta el oficio con número de expediente 12461/.09143 , que le fue turnado por la Subjefatura de Operaciones de la Guardia Nacional el 22 de diciembre de 2021.

Notas

1 El Universal Puebla (01-10-2021). Ratifica TEEP triunfo de PSI y PT en Coyomeapan.

https://www.eluniversalpuebla.com.mx/politica/ratifica-t eep-triunfo-de-psi-y-pt-en-coyomeapan

2 INE (2021). Padrón Electoral y Lista Nominal con corte de 24 de diciembre de 2021.

https://ine.mx/transparencia/datos-abiertos/#/archivo/ra ngos-por-edad-entidad-de-origen-y-por-sexo-del-padron-electoral-y-lista -nominal

3 Angulo 7 (5-09-2021). Por hechos graves, detenciones en Coyomeapan FGE definirá caso: Barbosa

https://www.angulo7.com.mx/2021/09/05/por-hechos-graves- detenciones-en-coyomeapan-barbosa/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de enero de 2022.

Diputada Araceli Celestino Rosas

Con punto de acuerdo, para exhortar al Poder Legislativo de BC a designar al fiscal especializado en Combate de la Corrupción, suscrita por el diputado Juan Isaías Bertín Sandoval, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado federal Juan Isaías Bertín Sandoval, perteneciente al Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo que se motiva en la siguiente

Exposición de Motivos

Con la reforma constitucional de 2015 se dio un paso importante en materia de combate a la corrupción con el establecimiento de políticas y ordenamientos legales que se aplicarían por la coordinación del Sistema Nacional Anticorrupción. El cual serviría para erradicar este malestar que causa estragos en distintos ámbitos de la vida pública y privada, trayendo consecuencias tanto económicas como sociales.

Existen diversos niveles y formas de corrupción, sin embargo, es evidente que durante años la más perjudicial ha sido la de aquellos funcionarios públicos que se han trabajado por beneficiar a cierto grupo de privados y afectando con ello a las mayorías que se sumían en la miseria por la riqueza de los pocos. Razón por la que se realizó esta reforma constitucional para erradicar estas conductas, aunque esta no ha terminado de consolidarse.

De acuerdo con lo establecido por el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece que el Sistema Nacional Anticorrupción es la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción. Por otra parte, en este mismo precepto se señala que las entidades federativas establecerán sistemas locales anticorrupción con el objeto de coordinar a las autoridades locales competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción.

En la Ley de la Fiscalía General de la República se determina la facultad que tiene la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción, en la investigación y persecución de los delitos contenidos en el Código Penal Federal en materia de hechos de corrupción. Tal es el caso del enriquecimiento ilícito, cohecho, abuso de autoridad o peculado. Estas disposiciones federales han sido retomadas en los ordenamientos estatales como la Ley Orgánica de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de Baja California y del Código Penal para el estado de Baja California.

De modo que la falta de designación del titular de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción de Baja California trae como consecuencia un vacío legal que impide el Sistema Estatal Anticorrupción funcione con efectividad y no asegura que se combata otro de los grandes males como el de la impunidad, puesto que se necesita de un sistema de justicia que garantice el castigo a los delitos por hechos de corrupción a fin de evitar la repetición de estas conductas.1

Al tenor de esta reforma constitucional, en el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de combate a la corrupción, se establecieron artículos transitorios donde se señalan las obligaciones que debieran asumir las entidades federativas en la materia. Como ejemplo está el artículo séptimo donde se establece que los sistemas anticorrupción de las entidades federativas deberán conformarse de acuerdo con las leyes generales que resulten aplicables, las constituciones y leyes locales.

Lo que nos remite a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, que establece como uno de los derechos reconocidos por ese ordenamiento el que toda persona tiene el derecho humano a vivir libre de corrupción. Además de reformarse el artículo 27, fracción XLII, de la Constitución de Baja California para facultar al congreso estatal para designar al titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, mediante convocatoria pública y conforme al procedimiento que establezca la ley.

Ambos preceptos constitucionales son de aplicación obligatoria y su ejercicio fortalece el estado de derecho, por lo que la omisión legislativa del Congreso de Baja California en la designación del Fiscal de combate a la corrupción podría considerarse inconstitucional, además de ser violatoria de derechos humanos como el de vivir libre de corrupción reconocido en la Constitución local.

Por otra parte, es importante mencionar el precedente legislativo realizado por la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados en su LXV Legislatura, con la aprobación del dictamen de la proposición con punto de acuerdo presentado por la diputada Lidia Pérez Bárcenas del Grupo Parlamentario de Morena.

Su fin es el de exhortar al Congreso de Baja California Sur, con pleno respeto a su autonomía, a fin de que designe a su fiscal anticorrupción, de conformidad con lo que establecen la Constitución y la Ley Estatal del Sistema Anticorrupción.

De acuerdo con el dictamen consensado por las legisladoras y los legisladores de la comisión, se consideró que el Congreso de Baja California Sur debería tomar las acciones necesarias a fin de designar al Fiscal Especializado en el Combate a la Corrupción, de conformidad con lo que establece la Constitución Política del estado.

Por lo que esta soberanía podría apegar su estudio al precedente legislativo y el resto de los argumentos versados para aprobar el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, con pleno respeto a su autonomía, a la XXIV Legislatura del Poder Legislativo del estado de Baja California para que, en atención a lo establecido en el artículo 27, fracción XLVI, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, designe al Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción.

Nota

1 Pérez Maritza. (8 de diciembre de 2021). “A cinco años, SNA se mantiene sin consolidarse”. El Economista https://www.eleconomista.com.mx/politica/A-cinco-anos-SNA-se-mantiene-s in-consolidarse-20211208-0143.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de enero de 2022.

Diputado Juan Isaías Bertín Sandoval (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SEP a convocar a las autoridades correspondientes para iniciar el proceso de designación del consejero presidente y dos consejeros titulares con los respectivos suplentes del Consejo de Vigilancia Electoral Deportiva, a cargo del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del PAN

Héctor Israel Castillo Olivares , diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En México para que una Asociación Deportiva Nacional tenga acceso a apoyos y estímulos por parte de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) y lleve a cabo la realización de competiciones deportivas, debe inscribirse en el Registro Nacional de Cultura Física y Deporte (Renade). De acuerdo con el portal web de la Conade, los documentos necesarios para la inscripción al Renade, son los siguientes:

Trámite gratuito

*Estos documentos deberán presentarse en formato PDF.

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: Solicita una cita con el organismo registrador más cercano a tu domicilio; institutos estatales del Deporte o de Ciudad de México, institutos municipales o su equivalente, las asociaciones deportivas nacionales o estatales, así como en la Subdirección de Normas Oficiales de la Conade, ubicada en Calle Camino a Sta. Teresa número 482, Peña Pobre, Tlalpan, Código Postal 14060, Ciudad de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas Fuente: https://www.gob.mx/tramites/ficha/inscripcion-de-asociaciones-deportiva s-nacionales-al-renade/Conade903 14 de diciembre de 2021

Como puede observarse, uno de los documentos requeridos es la presentación en archivo PDF de la constancia original en caso de que hayan llevado a cabo la elección de sus órganos de gobierno y representación emitida por el Coved.

Sin embargo, en nuestro país las asociaciones deportivas nacionales que desde el 23 de abril de 2013 -fecha en que se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Cultura Física y Deporte (LGCFD)- han renovado algún órgano de gobierno o de representación no cuentan con la mencionada constancia para acreditar el cumplimiento de la legalidad en dichos procesos y en estricto sentido, no han tenido acceso a los apoyos y estímulos que promueve la Conade ni han podido llevar a cabo competiciones deportivas, debido a que la Secretaría de Educación Pública (SEP), como instancia que preside la Junta Directiva de la Conade, ha sido omisa en el nombramiento de sus integrantes.

De acuerdo con el artículo 59 de la LGCFD, los procesos electorales de los órganos de gobierno y representación de las asociaciones deportivas nacionales serán vigilados por la Conade a través del Coved, que estará adscrito orgánicamente a la Conade y velará de forma inmediata por el ajuste a derecho de los procesos electorales en los órganos de gobierno y representación de las asociaciones deportivas nacionales, vigilando que se cumplan con los principios de legalidad, transparencia, equidad e igualdad de oportunidades dentro del marco de los principios democráticos y representativos y con estricto apego de las disposiciones estatutarias y legales aplicables.

En caso de que exista alguna controversia en cualquiera de las fases de los procesos de elección de los órganos de gobierno y representación de las asociaciones deportivas nacionales, el Coved deberá resolver sobre el particular, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento de esta Ley y los demás ordenamientos aplicables, garantizando el derecho de audiencia de los interesados.

Las resoluciones definitivas dictadas por el Coved en relación con la solución de las controversias a que se refiere el párrafo anterior podrán ser impugnadas mediante el recurso de apelación ante la CAAD. El Coved, terminado el proceso electoral respectivo, expedirá la constancia que corresponda.

Por su parte, el artículo 60 de la LGCFD, establece que el Coved se integrará por un consejero presidente y dos consejeros titulares con sus respectivos suplentes designados por la junta directiva de Conade. La designación deberá recaer en personas con profesión de licenciado en Derecho, conocimiento en el ámbito deportivo, así como reconocido prestigio y calidad moral.

El consejero presidente y los consejeros titulares durarán cuatro años en su encargo pudiendo ser ratificados por un periodo más. El funcionamiento, integración y operación del Coved estarán regulados en términos de lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento y demás ordenamientos aplicables.

Esta problemática persistente resulta a todas luces violatoria de los derechos de las y los asociados quienes no cuentan con la instancia encargada de velar por el ajuste a derecho de los procesos electorales en los órganos de gobierno y representación de las asociaciones deportivas nacionales, por lo que resulta alarmante la omisión persistente desde 2013, situación que no ha pasado desapercibida por diversos legisladores federales integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, como Fernando Alejandro Larrazábal Bretón en la LXII Legislatura, José Adrián González Navarro en la LXIII y Ricardo Flores Suárez LXIV, quienes han exhortado a la SEP sobre la necesidad de designar a los integrantes de dicho órgano electoral deportivo y pese a las acciones implementadas, la dependencia mencionada continúa omitiendo la responsabilidad legal de habilitar el funcionamiento de dicho órgano vigilante.

Asimismo, resulta oportuno mencionar el artículo del maestro Carlos Francisco Ugalde Cacho, titulado: “La urgencia de habilitar al Consejo de Vigilancia Electoral Deportiva en México”, publicado en https://iusport.com/art/70679/ del 17 de septiembre de 2018, en el que se reconoce la necesidad de contar con el Coved, por parte del otrora titular de la Conade, Alfredo Castillo Cervantes, en el marco de su último informe presentado el 08 de agosto de 2018, en los términos siguientes:

“La Ley General de Cultura Física y Deporte dará muy buenas herramientas porque convierte a la Conade en un órgano ejecutor. También se queda pendiente el Coved, es muy importante, lo buscamos, no logramos por temas de austeridad, pero el Coved es el INE (Instituto Nacional Electora de las federaciones y eso va a permitir que exista una instancia que pueda ver las arbitrariedades que muchas veces se dan en estas reelecciones interminables de presidentes de federaciones.”

Por lo expuesto y en aras de garantizar el acceso a la justicia de las personas que forman parte de las asociaciones nacionales deportivas, se propone el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Educación Pública para que, en el marco de sus atribuciones como presidenta de la junta directiva de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, convoque a reunión de sus integrantes para efectos de iniciar el proceso de designación del consejero presidente y consejeros titulares con sus respectivos suplentes del Consejo de Vigilancia Electoral Deportiva.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 7 de enero de 2022.

Diputado Héctor Israel Castillo Olivares (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a no desaparecer el Indesol, suscrita por la diputada Norma Angélica Aceves García, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Norma Angélica Aceves García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al Poder Ejecutivo federal a no desaparecer el Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), al tenor de las siguientes

Consideraciones

El Indesol, creado por decreto presidencial el 26 de julio de 2005 como una instancia dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social (hoy Secretaría de Bienestar), se encarga de promover y fomentar el desarrollo de los actores sociales, la participación ciudadana y la organización de la sociedad civil y su vinculación con las dependencias gubernamentales, con el fin de lograr un México en paz e incluyente, en el marco de la gobernabilidad democrática, desde una perspectiva de desarrollo integral y pleno respeto a los derechos humanos e igualdad de género.1

La misión del instituto era fomentar la participación ciudadana y la organización social y comunitaria, a través de la capacitación, el intercambio de experiencias y la articulación a nivel regional y temático entre los diversos actores sociales con el apoyo de recursos físicos, materiales, financieros y humanos para generar sinergias que propicien mayores vínculos y lazos sociales, a fin de avanzar en proyectos que incidan en el desarrollo social y productivo a través de la interacción entre la sociedad civil organizada y las instancias gubernamentales para consolidar la cohesión social.

El Indesol también tenía delegadas funciones básicas de fomento, capacitación, formación, investigación, divulgación, comunicación; vinculación, asesoría y orientación, y tuvo a su cargo los Programas de Coinversión Social, el Programa de Apoyo a las Instancias de las Mujeres en las Entidades Federativas para Implementar y Ejecutar Programas de Prevención de la Violencia contra las Mujeres (PAIMEF), y el de Fomento para el Desarrollo de las Organizaciones de la Sociedad Civil.

Asimismo, en el marco de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil (LFFAROSC), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de febrero de 2004 y encargada de regular y promover las actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil (en adelante OSC), se encargaba de la Secretaría Técnica de la Comisión de Fomento de las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil, conformada por las Secretarías de Gobernación, Relaciones Exteriores y Hacienda y Crédito Público y que de conformidad con el artículo 11 de la LFFAROSC, tiene las siguientes atribuciones:

• Definir las políticas públicas para el fomento de las actividades de las organizaciones de la sociedad civil;

• Realizar la evaluación de las políticas y acciones de fomento de las actividades que señala la presente ley;

• Promover el diálogo continuo entre los sectores público, social y privado para mejorar las políticas públicas relacionadas con las actividades señaladas en el artículo 5 de esta ley;

• Conocer de las infracciones e imponer sanciones correspondientes a las organizaciones de la sociedad civil, conforme a lo dispuesto en el capítulo IV de esta ley; y

• Expedir su reglamento interno.

Asimismo, desde su carácter de Secretaría Técnica, el Indesol estaba a cargo de la coordinación del Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, el cual otorga una clave única para aquellas organizaciones que desean participar en los programas sociales federales.2

Antecedentes

Históricamente, en el país la relación del Estado con la sociedad civil organizada era empleada con fines clientelares y a cambio de intereses políticos o electorales, y fue hasta los años ochenta cuando se presentaron los cambios estructurales más significativos que se tradujeron en una nueva relación entre las organizaciones de la sociedad civil y el gobierno.3

En esta nueva visión, impulsada por la misma sociedad civil organizada, tenemos dentro de los cambios más significativos el reconocimiento de las organizaciones no gubernamentales como medios de corresponsabilidad a partir de los cuales el Estado puede auxiliarse para promover el cambio social.

A partir de ese momento, empezó a gestarse la idea de que el Estado, a través de su estructura gubernamental, no es el único ente responsable del desarrollo del país y que dentro de su composición cuenta con estructuras sociales organizadas en la cuales puede apoyarse para la consecución de fines sociales.

Derivado de lo anterior, se han implantado esfuerzos para formar alianzas no políticas entre el Estado y actores no gubernamentales para cubrir diversas necesidades.

Así, en 1992, se creó el Fondo de Coinversión Social que en 2001 se convirtió en el Programa de Coinversión Social, operado por el Indesol y a través del cual se dotaba de fondos públicos a las organizaciones de la sociedad civil, debidamente registradas, y se les brindaba capacitación para potenciar sus alcances y resultados, sin dejar de lado que se les auditaba el recurso público que se les financiaba.4

En 2004, como se ha señalado, se publicó la LFFAROSC es la encargada de regular y promover las actividades de las OSC, definidas como aquellas agrupaciones u organizaciones mexicanas que, estando legalmente constituidas, realizan alguna o algunas de las actividades contenidas en su artículo 5:

• Asistencia social, conforme a lo establecido en la Ley de Asistencia Social y en la Ley General de Salud;

• Apoyo a la alimentación popular;

• Cívicas, enfocadas a promover la participación ciudadana en asuntos de interés público;

• Asistencia jurídica;

• Apoyo para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas;

• Promoción de la equidad de género;

• Aportación de servicios para la atención a grupos sociales con discapacidad;

• Cooperación para el desarrollo comunitario en el entorno urbano o rural;

• Apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos;

• Promoción del deporte;

• Promoción y aportación de servicios para la atención de la salud y cuestiones sanitarias;

• Apoyo en el aprovechamiento de los recursos naturales, la protección del ambiente, la flora y la fauna, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la promoción del desarrollo sustentable a nivel regional y comunitario, de las zonas urbanas y rurales;

• Promoción y fomento educativo, cultural, artístico, científico y tecnológico;

• Fomento de acciones para mejorar la economía popular;

• Participación en acciones de protección civil;

• Prestación de servicios de apoyo a la creación y fortalecimiento de organizaciones que realicen actividades objeto de fomento por esta ley;

• Promoción y defensa de los derechos de los consumidores; y

• Acciones que promuevan el fortalecimiento del tejido social y la seguridad ciudadana.

Con la promulgación de la LFFAROSC se abrió la posibilidad para que las OSC accedieran a recursos públicos y se establecieron mecanismos innovadores que mandataron criterios de transparencia para asegurar el adecuado gasto de los recursos públicos.5

En conclusión, fue a través del Indesol que se materializó la lucha de la sociedad civil organizada para poder combatir los mecanismos clientelares tradicionales y poder acceder a recursos para financiar sus actividades, sin compromiso alguno ajeno a su labor, recibir capacitación y establecer regulaciones claras sobre sus procedimientos y ha sido tal su buen funcionamiento, que el Programa de Coinversión Social se convirtió en uno de los programas federales con mayor reconocimiento y mejor evaluado.

Problemática

Desde la entrada de la presente administración que encabeza nuestro país, se han realizado diversas acciones que ponen en riesgo la continuidad, el trabajo y la participación social de las organizaciones de la sociedad civil.

Por ejemplo, desapareciendo el Programa de Coinversión Social (operado por el Indesol) que era el medio a través del cual las organizaciones de la sociedad civil podían tener acceso a recursos para desempeñar sus funciones. Este Programa, fue reconocido en la evaluación del Desempeño de Programas Públicos Generales de 2018 como uno de los de más alto nivel de desempeño, destacando por su transparencia en los resultados y del ejercicio del recurso público.6

Aun con esta gran valoración, la actual administración eliminó dicho programa desde el año 2020, lo cual representó un innegable retroceso para la participación social y acorrala las finanzas de las OSC.

En la denominada “miscelánea fiscal para el ejercicio fiscal de 2022”, aprobada en la Cámara de Diputados, la Iniciativa entregada por el Ejecutivo federal propuso reformar el último párrafo del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), eliminando la excepción de que el monto total de las deducciones del contribuyente podrán exceder la cantidad que resulte menor entre cinco veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización o del 15 por ciento del total de sus ingresos, tratándose de donaciones a organizaciones de la sociedad civil, con lo que al desincentivar fiscalmente las donaciones que las personas físicas puedan realizar en favor de las organizaciones de la sociedad civil, se amenaza de manera grave sus finanzas, ya que al no existir apoyo gubernamental, dependen íntegramente de las aportaciones que realice el sector privado. La propuesta de reforma planteó lo siguiente:

Posteriormente, en el dictamen por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y Otros Ordenamientos, que presentó la Comisión de Hacienda y Crédito Público, se hizo una modificación que únicamente recupera una de las excepciones que actualmente contempla el artículo 151 de la LISR, la correspondiente a la fracción V del citado precepto, que consiste en las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, dejando de lado una vez más a las organizaciones de la sociedad civil.

Finalmente, con fecha 18 de octubre de 2021, se turnó el citado dictamen al Pleno, y durante su discusión se presentaron diversas reservas señalando al último párrafo del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; sin embargo, ninguna fue aprobada por la mayoría de diputadas y diputados pertenecientes al partido político en el gobierno.

Lo anterior, perjudicando de nueva cuenta a las organizaciones de la sociedad civil, al atentar en contra de sus finanzas y poner en riesgo las aportaciones que reciben de personas físicas, que de acuerdo con diversos estudios representa entre 30 y 100 por ciento de su ingreso total, debido a la falta de apoyo gubernamental, y se traduce en 8 mil 221 millones 294 mil 801.17 pesos, que podrán dejar de percibir estas organizaciones.8

Por último, el 31 de diciembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el documento siguiente:9

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar.

Este Acuerdo tiene como finalidad desaparecer el Indesol y crear una Dirección General para el Bienestar y la Cohesión Social, para lo cual señala en sus artículos transitorios:

Transitorios

[...]

Segundo. Se abroga el acuerdo mediante el cual se regula la organización y funcionamiento interno del órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social, denominado Instituto Nacional de Desarrollo Social, publicado el 26 de julio de 2005 en el Diario Oficial de la Federación.

Tercero. Los recursos humanos, financieros, materiales, así como los archivos, documentación y acervos bibliográficos del Instituto Nacional de Desarrollo Social serán transferidos a la Dirección General para el Bienestar y la Cohesión Social, en un plazo no mayor a noventa días hábiles contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, observando todas las disposiciones legales aplicables y con respeto a los derechos laborales de los trabajadores.

Cuarto. Los asuntos en trámite que son atendidos por el Instituto Nacional de Desarrollo Social, serán atendidos y resueltos por la Dirección General para el Bienestar y la Cohesión Social.

Quinto. Las referencias que se hagan y las atribuciones que se otorgan en decretos, reglamentos, acuerdos, reglas, manuales, circulares, lineamientos y demás disposiciones administrativas al Instituto Nacional de Desarrollo Social, se entenderán hechas o conferidas a la Dirección General para el Bienestar y la Cohesión Social.

sexto. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto, se realizarán con cargo al presupuesto aprobado a la Secretaría de Bienestar en el Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que no se incrementará su presupuesto regularizable durante el presente ejercicio fiscal, y cualquier modificación al mismo deberá realizarse mediante movimientos compensados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

[...]

Esta decisión, tomada discrecionalmente por el Poder Ejecutivo federal, tiene diversas problemáticas:

La primera de ellas es que se trata de una decisión de último momento, no sólo al ser publicada al final del año, sino porque se hizo justo un día antes de la entrada en vigor del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2022, el cual durante todo su proceso –presentación, dictamen, discusión, aprobación y publicación– consideró al Indesol dentro de la planeación presupuestal, tal y como lo señalan los documentos emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que se describen a continuación:

Presupuesto de Egresos de la Federación de 2022: Estrategia programática 10

Ramo: 20 Bienestar

[...]

El Instituto Nacional de Desarrollo Social fomentará la participación ciudadana y la organización social y comunitaria a través de la capacitación, el intercambio de experiencias y la articulación a nivel regional y temático para generar sinergias que propicien mayores vínculos y lazos sociales a fin de avanzar en proyectos que incidan en el bienestar social.

[...]

Presupuesto de Egresos de la Federación de 2022: Análisis funcional programático económico 11

Ramo: 20 Bienestar

[...]

[...]

Presupuesto de Egresos de la Federación de 2022: Análisis administrativo económico 12

Ramo: 20 Bienestar

[...]

[...]

La segunda, radica en que la desaparición del Indesol y dar paso a su sustitución por una Dirección General para el Bienestar y la Cohesión Social representa un retroceso en el alcance y operación estructural en perjuicio, una vez más, de las organizaciones de la sociedad civil, ya que pasar de un organismo descentralizado a una oficina centralizada de una Secretaría, limita el alcance y la autonomía para le gestión y, como su naturaleza lo indica, centraliza las acciones en una sola visión y dinámica.

El artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que para la más eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia, las Secretarías de Estado podrán contar con órganos administrativos desconcentrados que les estarán jerárquicamente subordinados y tendrán facultades específicas para resolver sobre la materia y dentro del ámbito territorial que se determine en cada caso, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

El entonces ministro José Ramón Cossío Díaz, en la sentencia dictada en la acción de inconstitucionalidad 38/2006,13 en un interesante análisis respecto a la naturaleza y finalidad de los órganos desconcentrados, señaló:

Voto particular que formula el ministro, promovida por el procurador general de la República en contra de las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión y del presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

[...]

b) Desconcentración administrativa. La desconcentración surge como un medio para facilitar el dinamismo de la actividad de determinados órganos de la administración.

Desconcentrar es un procedimiento administrativo para facilitar la ejecución de las leyes administrativas, pero los órganos superiores conservan íntegramente sus poderes de mando, control, revisión, decisión, vigilancia, etcétera, cuya finalidad es aligerar la acumulación de asuntos del poder central, con beneficio del propio servicio público y de los particulares.

Las características de los órganos desconcentrados son las siguientes: 1) son inferiores y subordinados al poder central; 2) se les asignan competencias exclusivas, que se ejercen dentro de las facultades del Gobierno Federal; 3) tienen libertad de acción en trámite y decisión; 4) sí existe vínculo jerárquico, aunque atenuado, pues el poder central se reserva amplias facultades de mando, decisión, vigilancia y competencia, ya que fija la política, desarrollo y orientación de los órganos desconcentrados para mantener la unidad y desarrollo de la acción de la administración pública federal; 5) no tienen autonomía económica, su mantenimiento corre a cargo del Presupuesto de Egresos o de la institución que lo crea –algunos gozan de manejo autónomo de su patrimonio–; y 6) la autonomía técnica es su verdadera justificación –otorgamiento de facultades de decisión limitadas.

[...]

3. Órganos desconcentrados.

Originalmente no existía la desconcentración administrativa, únicamente existían órganos centralizados que desde sus oficinas centrales realizaban las funciones públicas, sin embargo, debido al incremento poblacional y a la consecuente necesidad de prestar a los ciudadanos de una manera más rápida los servicios públicos, surge la desconcentración como un medio para facilitar el dinamismo de la actividad de determinados órganos de la administración, pues la centralización administrativa, dado su carácter netamente jerarquizado y rígido, impedía que se pudieran tomar decisiones expeditas.

Así entonces, la desconcentración administrativa surge como un mecanismo para facilitar y hacer más expedito, el acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, pero siempre dentro de la misma estructura de la administración pública centralizada.

Estos elementos dejan entrever que la decisión de desaparecer al Indesol no se trata de una decisión planeada. Asimismo, tampoco se puede aceptar que se trata de una medida de ahorro o austeridad, ya que se dice explícitamente que los recursos destinados o que conforman al Instituto Nacional de Desarrollo Social, se trasladarán a la Dirección General para el Bienestar y la Cohesión Social, por lo que no se puede hablar de se responde a un tema presupuestario, más cuando como se ha hecho referencia, en la planeación presupuestal que el Ejecutivo Federal envío al Congreso de la Unión, se consideraba la continuidad del Indesol.

Finalmente, no se puede hablar de un fortalecimiento institucional, ya que como se ha explicado, trasladar la política nacional de coordinación de las organizaciones de la sociedad civil de un organismo descentralizado a una oficina centralizada, significa un retroceso institucional que afecta directamente la garantía del derecho humano de asociación reconocido en el artículo 9o. constitucional que debe ser tutelado por el Estado mexicano.14

Por lo expuesto someto a consideración del pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo Federal a no desaparecer el Instituto Nacional de Desarrollo Social y a emitir un Acuerdo que deje sin efectos el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar, publicado el 31 de diciembre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Visto en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=2082667&fecha=26/07/ 2005 Consultado el 2 de enero de 2022.

2 Visto en https://www.gob.mx/indesol/que-hacemos Consultado el 4 de enero de 2022.

3 Flaviana Castañeda, Luz. Una mirada a las organizaciones de la sociedad civil en México. Pertinencia de su estudio desde la administración. Área de investigación: teoría de la organización. Morales Universidad Nacional Autónoma de México, octubre de 2013.

4 Verduzco Flaviano, María Isabel; Leal Trujillo, Jesús; y Tapia Álvarez, Mónica. Fondos públicos para las organizaciones de la sociedad civil. Análisis del programa de coinversión social. Alternativas y Capacidades, AC. México, noviembre de 2009, página 12.

5 Carlos Chávez Becker y Pablo González Ulloa. Las organizaciones de la sociedad civil en México, capítulo II, “El sector organizado de la sociedad civil en México: realidad, retos y perspectivas”. Senado de la República, Instituto Belisario Domínguez. Junio de 2018, páginas 67 y 69.

6 Visto en https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/341160/ECyR_2017_2018_MO CyR.pdf Consultado el 4 de enero de 2022.

7 Artículo 151.

[...]

III. Los donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria y que se otorguen en los siguientes casos:

a) A la Federación, a las entidades federativas o los municipios, a sus organismos descentralizados que tributen conforme al Título III de la presente Ley, así como a los organismos internacionales de los que México sea miembro de pleno derecho, siempre que los fines para los que fueron creados, correspondan a las actividades por las que se puede obtener autorización para recibir donativos deducibles de impuestos.

b) A las entidades a las que se refiere el sexto párrafo del artículo 82 de esta Ley.

c) A las entidades a que se refieren los artículos 79, fracción XIX y 82 de esta Ley.

d) A las personas morales a las que se refieren las fracciones VI, X, XI, XX y XXV del artículo 79 de esta Ley y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 82 de la misma Ley.

e) A las asociaciones y sociedades civiles que otorguen becas y cumplan con los requisitos del artículo 83 de esta Ley.

f) Se deroga.

El Servicio de Administración Tributaria publicará en el Diario Oficial de la Federación y dará a conocer en su página electrónica de Internet los datos de las instituciones a que se refieren los incisos b), c), d) y e) de esta fracción que reúnan los requisitos antes señalados.

Tratándose de donativos otorgados a instituciones de enseñanza serán deducibles siempre que sean establecimientos públicos o de propiedad de particulares que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación, se destinen a la adquisición de bienes de inversión, a la investigación científica o desarrollo de tecnología, así como a gastos de administración hasta por el monto, en este último caso, que señale el reglamento de esta ley; se trate de donaciones no onerosas ni remunerativas, conforme a las reglas generales que al efecto determine la Secretaría de Educación Pública, y dichas instituciones no hayan distribuido remanentes a sus socios o integrantes en los últimos cinco años.

El monto total de los donativos a que se refiere esta fracción será deducible hasta por una cantidad que no exceda de 7 por ciento de los ingresos acumulables que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta a cargo del contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se efectúe la deducción, antes de aplicar las deducciones a que se refiere el presente artículo. Cuando se realicen donativos a favor de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, o de sus organismos descentralizados, el monto deducible no podrá exceder de 4 por ciento de los ingresos acumulables a que se refiere este párrafo, sin que en ningún caso el límite de la deducción tratándose de estos donativos, y de los realizados a donatarias autorizadas distintas, exceda del 7 por ciento citado.

Cuando se otorguen donativos entre partes relacionadas, la donataria no podrá contratar con su parte relacionada que le efectúo el donativo, la prestación de servicios, la enajenación, o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. En caso contrario, el donante deberá considerar el monto de la deducción efectuada por el donativo correspondiente como un ingreso acumulable para efectos del cálculo del impuesto sobre la renta, actualizado desde la fecha en que se aplicó la deducción y hasta el momento en que se lleve a cabo su acumulación.

[...]

V. Las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este último caso dichas aportaciones cumplan con los requisitos de permanencia establecidos para los planes de retiro conforme al segundo párrafo de esta fracción. El monto de la deducción a que se refiere esta fracción será de hasta 10 por ciento de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan del equivalente a cinco salarios mínimos generales del área geográfica del contribuyente elevados al año.

Para los efectos del párrafo anterior, se consideran planes personales de retiro, aquellas cuentas o canales de inversión, que se establezcan con el único fin de recibir y administrar recursos destinados exclusivamente para ser utilizados cuando el titular llegue a la edad de 65 años o en los casos de invalidez o incapacidad del titular para realizar un trabajo personal remunerado de conformidad con las leyes de seguridad social, siempre que sean administrados en cuentas individualizadas por instituciones de seguros, instituciones de crédito, casas de bolsa, administradoras de fondos para el retiro o sociedades operadoras de fondos de inversión con autorización para operar en el país, y siempre que obtengan autorización previa del Servicio de Administración Tributaria. En el caso de que los planes personales de retiro sean contratados de manera colectiva, se deberá identificar a cada una de las personas físicas que integran dichos planes, además de cumplir con los requisitos que para tal efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. En estos casos, cada persona física estará sujeta al monto de la deducción a que se refiere el párrafo anterior.

Cuando los recursos invertidos en las subcuentas de aportaciones complementarias de retiro, en las subcuentas de aportaciones voluntarias o en los planes personales de retiro, así como los rendimientos que ellos generen, se retiren antes de que se cumplan los requisitos establecidos en esta fracción, el retiro se considerará ingreso acumulable en los términos del capítulo IX de este título.

En el caso de fallecimiento del titular del plan personal de retiro, el beneficiario designado o el heredero, estarán obligados a acumular a sus demás ingresos del ejercicio, los retiros que efectúe de la cuenta o canales de inversión, según sea el caso.

[...]

8 Visto en
https://twitter.com/suma_20_21/status/144989659119692185 8?s=24 y Alternativas y capacidades Consultado el 18 de octubre de 2021.

9 Visto en
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5639886&fecha=31/12/2021 Consultado el 2 de enero de 2022.

10 Visto en
https://www.pef.hacienda.gob.mx/work/models/aVbnZty0/PEF 2022/kgp8l9cM/docs/20/r20_ep.pdf Consultado el 3 de enero de 2022.

11 Visto en
https://www.pef.hacienda.gob.mx/work/models/aVbnZty0/PEF 2022/kgp8l9cM/docs/20/r20_afpe.pdf Consultado el 3 de enero de 2022.

12 Visto en
https://www.pef.hacienda.gob.mx/work/models/aVbnZty0/PEF 2022/kgp8l9cM/docs/20/r20_aae.pdf Consultado el 3 de enero de 2022.

13 Voto particular que formula el señor Ministro José Ramón Cossío Díaz en la sentencia de veintiséis de febrero de dos mil ocho dictada en la acción de inconstitucionalidad 38/2006, promovida por el procurador general de la República en contra de las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión y del presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

14 Artículo 9o. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar.

No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto, a una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee.

Sede de la Comisión Permanente, a 7 de enero de 2022.

Diputada Norma Angélica Aceves García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SEP a establecer mecanismos conducentes a la revisión puntual de la operación del Ceneval por la problemática denunciada de fallas frecuentes en el sistema de operación para aplicar exámenes en línea, suscrita por el diputado Ignacio Loyola Vera, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Ignacio Loyola Vera , diputado de la LXV Legislatura Federal del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, y suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes:

Consideraciones

Las denuncias por parte de usuarios del sistema de Ceneval para la aplicación de exámenes en línea se han convertido en una constante. Reportes continuos de fallas durante la aplicación de los exámenes, derivadas de fallas en la conectividad, fallas de energía eléctrica, así como fallas en los propios sistemas del Ceneval, dificultan para quienes aplican este tipo de pruebas de manera online, la conclusión satisfactoria de las mismas.

Los reportes se han venido acumulando de una manera más frecuente, desde el año 2019, aunque existen antecedentes de este mismo tipo de reportes desde años atrás, empero, la frecuencia de incidencias negativas al momento de presentar las evaluaciones on line, se han incrementado desde 2019 y, se han acentuado en 2020 y, en 2021 han mostrado las mismas tendencias de fallas en los sistemas.

En la actualidad, se han reportado casos de fallas en el sistema eléctrico, así como fallas con los proveedores de la conectividad y, en la propia plataforma de la evaluadora, lo que ha generado consternación en cientos de usuarios.

Las denuncias al respecto se han realizado a través de las redes sociales y los medios de comunicación, sin que, hasta el momento, la empresa emita una solución responsable y sin tener una postura oficial por parte de alguna dependencia del gobierno federal.

El 7 de diciembre del 2021, el sitio web de Ceneval publicó un comunicado para postergar la evaluación programada para ese día, reprogramando la presentación de los exámenes EGEL para el viernes 10 de diciembre, lo que provocó la molestia de usuarios y dejó a cientos de afectados en el territorio nacional.

Derivado de esta falla técnica, los usuarios afectados han establecido una serie de denuncias para hacer público lo acontecido y exhibir las constantes fallas en la plataforma de Ceneval.

El 26 de enero de 2019, jóvenes que presentaron el examen del Ceneval en el área de Contaduría acusaron que este sistema nacional no cumplió con su trabajo tras la aplicación del mismo. Esto, debido a que los alumnos que presentaron la evaluación en 2018 no recibieron los resultados como se debería en la fecha pactada, con el argumento que hubo una falla en el sistema y no fue posible procesar su puntuación. Jesús García, uno de los afectados por esta falla, aseveró a Quadratín que esto es una falla grave, toda vez que afecta su proceso de titulación a pesar de que ellos cumplieron con todo el proceso establecido.

“La situación es que nosotros aplicamos el examen el 7 de diciembre, todo el proceso, y nos dice la institución que nos va a dar resultados el 23 de enero a todo lo que es Contaduría, después consultamos resultados ese día y nos dicen que no están y que había que comunicarse a los teléfonos de Ceneval”.1

En esta nota periodística se exhiben el tipo de fallas que están ocurriendo con la evaluadora, lo cual dificulta, atrasa y complica: titulaciones, admisiones, certificaciones, especializaciones y afecta hasta la economía de los usuarios.

Las fallas de esta empresa evaluadora se han evidenciado en muchas ocasiones y se puede presentar todo un compendio de estas denuncias por parte de los usuarios sin que se establezca una línea de acción oficial para lograr una solución a las constantes denuncias de los usuarios.

Por esta razón, exhortamos a la secretaria de Educación Pública, la ciudadana Delfina Gómez Álvarez, para que revisen desde la Secretaria el desempeño de esta evaluadora y que se apliquen la legalidad y, en caso de ser necesario, que la evaluadora rectifique sus errores, mejore su oferta o se busquen alternativas que beneficien a los mexicanos.

Por lo anteriormente expuesto e invocado en el proemio, someto a consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. El Pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la ciudadana Delfina Gómez Álvarez, secretaria de Educación Pública, para que, en facultad de sus atribuciones, establezca los mecanismos necesarios con el objetivo de revisar la operación de Ceneval ante las denuncias de fallas constantes en el sistema de aplicación de exámenes on line.

Nota

1 https://www.quadratin.com.mx/educativas/acusan-jovenes-fallas-en-ceneva l-sistema-no-dio-sus-resultados/

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 7 de enero de 2022.

Diputado Ignacio Loyola Vera (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de solicitar la comparecencia del secretario de Bienestar para que explique a esta soberanía las razones de la modificación del reglamento interno de la dependencia por la que se abroga el acuerdo mediante el cual se regulaban la organización y el funcionamiento del Indesol, a cargo de senadores del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, Nuvia Mayorga Delgado, Ángel García Yáñez, Miguel Ángel Osorio Chong y Verónica Martínez García, y las senadoras y los senadores del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), desde su creación, en julio de 1994,1 se caracterizó por ser una institución que buscó contribuir con las políticas nacionales y locales con elementos que, desde el marco de la inclusión social, el desarrollo humano local, la democratización productiva y la convivencia social, permitieran fortalecer la investigación, capacitación, información, asesoría y apoyo técnico para coadyuvar en la organización, gestión y participación social con el objetivo de promover los derechos sociales y la igualdad entre las personas y regiones del país.

A las senadoras y los senadores del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional no nos queda claro cuáles fueron las razones que motivaron la decisión de desaparecer el Indesol mediante el decreto dado a conocer a través del Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre del 2021.2

Es importante aclarar que, a partir de este decreto, se pretende que sea la Dirección General para el Bienestar y la Cohesión Social la que se encargue de promover, impulsar y coordinar acciones de capacitación, formación, asesoría, investigación e información, dirigidas a vincular y fortalecer a los gobiernos de los estados, municipios o demarcaciones de la Ciudad de México, así como a organizaciones de la sociedad civil relacionadas con las tareas de desarrollo social y disminución de la pobreza.

El Indesol tenía como funciones básicas la promoción de la cultura de género y, a su cargo, los Programas de Coinversión Social y el Programa de Apoyo a las Instancias de las Mujeres en las Entidades Federativas para Implementar y Ejecutar Programas de Prevención de la Violencia contra las Mujeres.

Asimismo, la Comisión de Fomento de las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil se encargaba de elaborar el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, otorgando una clave única para las organizaciones que deseaban participar en los programas sociales federales.

Con la desaparición del Indesol a partir del 1 de enero de 2022, se pone en riesgo la participación ciudadana y la organización de la sociedad civil en su vinculación con las dependencias gubernamentales. Lo anterior, representa un serio retroceso en el derecho humano a la asociación, promoción y protección para participar en los asuntos públicos.

Nos parece otro error más de esta administración truncar de un plumazo diversas acciones de gobierno que se habían venían construyendo desde hace años de manera conjunta con la sociedad civil con el objetivo de alcanzar el bienestar de las familias y en atención a la complejidad de los retos que implica la democratización de la productividad, la convivencia en la pluralidad y la inclusión social en el desarrollo del país.

El Indesol buscó siempre, a partir de un denodado compromiso institucional, fomentar la participación ciudadana, la organización social y comunitaria para integrar una agenda participativa y abonar con ello a los esfuerzos gubernamentales, intergubernamentales y colectivos en la construcción de un federalismo articulado, la consolidación de la cohesión social como una dimensión central del desarrollo, el fortalecimiento de las políticas públicas y la democracia, así como fortalecer las acciones de gobierno para incidir en la integración plena de los demás actores que participan o influencian el proceso de toma de decisiones.

El objetivo trazado para esta importante institución implicaba la formulación de diversos mecanismos de participación con enfoques innovadores en las políticas de desarrollo social, diálogo y concertación intergubernamental para coordinar los diversos programas entre los distintos órdenes de gobierno a fin de generar sinergias que propiciaran mayores vínculos y lazos sociales.

Lo anterior, promoviendo y difundiendo el intercambio de ideas por medio de diferentes actores e instituciones que generaran alianzas estratégicas o procesos de concertación, a fin de avanzar en proyectos que incidieran en el desarrollo social y productivo a través de la interacción entre la sociedad civil organizada y las instancias gubernamentales, uno, de los más importantes, implicaba brindar servicios de atención a mujeres, niñas, niños y adolescentes en situación de violencia, a través de programas y refugios.

Estamos convencidos de que el ámbito social es y debe ser un tema relevante para resolver los grandes y complejos problemas en México, de ahí que la prioridad de las instituciones de los tres órdenes de gobierno debe ser el de ser resolver los graves rezagos que tienen millones de mexicanas y mexicanos.

Con la desaparición del Indesol, se rompen los vasos comunicantes con la sociedad civil para que la política social forme parte sustancial del quehacer gubernamental y evitar una inercia que profundiza las diferencias entre grupos sociales y regiones en México. En el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional creemos que esta decisión gubernamental no abona a construir nuevas opciones que permitan reducir la desigualdad para que millones de personas en nuestro país abandonen su condición de pobreza.

Hacemos un llamado para que el gobierno federal fomente la participación democrática en el diseño de la política social, al tiempo de dejar a un lado la visión centralista de los programas sociales de estos primeros tres años de gobierno de la actual administración, caracterizada fundamentalmente por operar y administrar los programas de apoyo asistencial como única estrategia para abatir la pobreza y sin incluir componentes fundamentales como el federalismo y la participación de las organizaciones de la sociedad civil.

Consideramos un error la desaparición del Indesol ya que nos quedamos solo con programas gubernamentales aislados y sin una estrategia global e incluyente que permita tener objetivos y metas más precisas alejadas de cualquier pretensión política electoral.

De no reconsiderar la política social y seguir desarticulando a las instituciones que trabajan a partir de la creación de vínculos con la sociedad el gobierno federal reduce las posibilidades para que las comunidades tengan mayor capacidad de incidir de manera organizada en las decisiones que les afectan y en la transformación de su entorno para superar su realidad, prevenir y erradicar la violencia intrafamiliar y generar condiciones más favorables para el desarrollo de las familias, así como apoyar de manera integral a los adultos mayores y a las personas con discapacidad en reconocimiento pleno a sus derechos para su incorporación al desarrollo.

Lo cierto es que, a partir de la modificación interna del Reglamento Interno de la Secretaría de Bienestar en el que se desaparece al Indesol nos quedan más dudas que respuestas, ya que al pasar todas las funciones que venía desempeñando el Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol) a la Dirección General para el Bienestar y la Cohesión Social, nos hace pensar inevitablemente en un detrimento de las funciones y servicios que venía gestionando con éxito esta institución a favor de la población más vulnerable del país.

En lugar de desaparecer a instituciones que tenían la misión de abatir la pobreza, el gobierno federal podría poner mayor énfasis en construir ciudadanía ya que, cuando ésta existe, se producen sociedades con instituciones eficaces para procesar las demandas de las personas y se genera un avance sustancial en el propósito de la sociedad para acceder a una vida mejor.

Una de las funciones más importantes del Indesol era justamente la de fortalecer la cohesión social para crear lazos que permitieran unir a la sociedad. Esto, con el objetivo de reestablecer el tejido social y lograr el fortalecimiento de un Estado social capaz de redistribuir la riqueza y consolidar programas sociales que tomaran en cuenta los emprendimientos surgidos desde las propias comunidades para acabar con la desesperanza social y convertir a los más pobres en verdaderos agentes del cambio.

En México es urgente restablecer el tejido social y salir del grave déficit respecto de aquellas políticas públicas que hagan posible la cohesión social. De no lograrlo, estaremos acotando la participación social y las vías de exigibilidad de los ciudadanos para el respeto y atención a sus derechos.

Conjugar el crecimiento económico con equidad para un mayor bienestar social exige la aplicación de un enfoque sistémico que, apunte entre otras cosas, a la inclusión socioeconómica, el reconocimiento de la diversidad, el perfeccionamiento de las instituciones y la rendición de cuentas de los programas sociales, además del refuerzo de la cultura cívica y de la solidaridad.

Por lo expuesto y fundado sometemos a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita la comparecencia del secretario de Bienestar para que explique a esta soberanía las razones de la modificación del Reglamento Interno de esa dependencia por el que se abroga el acuerdo mediante el cual se regulaban la organización y el funcionamiento del Instituto Nacional de Desarrollo Social, y cómo afectará esta medida los diferentes programas sociales que realizaba esta institución, en especial, el de prevención de la violencia contra las mujeres.

Notas

1 Consúltese en http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4714312&fecha=15/07/1994

2 Consúltese en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5639968&fecha=31/12/2021

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 7 de enero de 2022.

Senadores: Nuvia Mayorga Delgado (rúbrica), Ángel García Yáñez, Miguel Ángel Osorio Chong (rúbrica), Verónica Martínez García.

Con punto de acuerdo, para exhortar a la PA a efecto de que las asesorías jurídicas puedan brindarse también vía telefónica, con el establecimiento de esta opción en su portal de internet, suscrita por el diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Francisco Javier Borrego Adame, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 55, fracción II, 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la Comisión Permanente la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente a la Procuraduría Agraria, para que las asesorías jurídicas establecidas en el artículo 136, fracciones II y IX, de la Ley Agraria vigente, en medida de lo posible, puedan brindarse también vía telefónica, estableciendo esta opción en su portal de internet, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Como todos sabemos, la mayor parte de la población que hace uso de los trámites ante la Procuraduría Agraria, es de escasos recursos, y sus domicilios se encuentran en comunidades lejanas a alguna delegación o residencia; lo que implica el difícil traslado y sobre todo costoso; ahora bien, como parte de nuestro gobierno, el lema es Primero los Pobres, por lo que es nuestro deber apoyar, precisamente al sector rural, facilitando, en medida de lo posible, sus trámites ante la Procuraduría Agraria, que dentro de sus funciones y atribuciones conforme lo establece su Reglamento Interior son las siguientes:

Artículo 135. La Procuraduría tiene funciones de servicio social y está encargada de la defensa de los derechos de los ejidatarios, comuneros, sucesores de ejidatarios o comuneros, ejidos, comunidades, pequeños propietarios, avecindados y jornaleros agrícolas, mediante la aplicación de las atribuciones que le confiere la presente ley y su reglamento correspondiente, cuando así se lo soliciten, o de oficio en los términos de esta ley.

Artículo 136. Son atribuciones de la Procuraduría Agraria las siguientes:

I. Coadyuvar y en su caso representar a las personas a que se refiere el artículo anterior, en asuntos y ante autoridades agrarias;

II. Asesorar sobre las consultas jurídicas planteadas por las personas a que se refiere el artículo anterior en sus relaciones con terceros que tengan que ver con la aplicación de esta ley;

III. ...

IV. ...

V. ...

VI. ...

VII. ...

VIII. ...

IX. Asesorar y representar, en su caso, a las personas a que se refiere el artículo anterior en sus trámites y gestiones para obtener la regularización y titulación de sus derechos agrarios, ante las autoridades administrativas o judiciales que corresponda;...”

Y si bien, la Procuraduría brinda estas asesorías, podemos constatar en su portal de internet https://www.gob.mx/tramites/ficha/asesoria-juridica-ante-la-pa/PA488 2 ; condiciona a una asistencia personal, para poder brindarla; y proporciona un número telefónico “solo para orientación”; sin especificar, si brinda alguna asesoría jurídica, previa a asistir personalmente a las delegaciones.

Ante esto, y tomando en consideración que muchas veces las asesorías son para temas simples, y que no requieren más de algunos minutos para su atención, éstas se podrían brindar por vía telefónica de manera profesional; y ya en caso de ser un asunto que requiera otro procedimiento o representación, por ese medio indicarle si es necesaria su presencia y la documentación requerida para iniciar sus trámites.

Con todo esto, se pretende evitar que los ejidatarios viajen horas, haciendo un gasto y corriendo riesgos innecesarios por una información que puede durar unos cuantos minutos; así también para las dependencias, evitar aglomeraciones, papeleos; mediante el uso de las tecnologías brindando una atención profesional y eficaz a los ciudadanos.

Para lograr esto, es necesario que, en el portal de internet de dicha dependencia, se especifique esta modalidad de atención, así como una organización del personal con que cuentan, para llevarla a cabo.

Por todo lo expuesto y fundado someto a consideración del Pleno de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión Exhorta respetuosamente a La Procuraduría Agraria, para que las asesorías jurídicas establecidas en el artículo 136, fracciones II y IX, de la Ley Agraria Vigente, en medida de lo posible, puedan brindarse también vía telefónica, estableciendo esta opción en su portal de internet https://www.gob.mx/tramites/ficha/asesoria-juridica-ante-la-pa/PA4882.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de enero de 2022.

Diputado Francisco Javier Borrego Adame (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a hacer transparentes y públicos los informes del gasto federal en las obras Tren Maya, Aeropuerto Felipe Ángeles y Refinería Dos Bocas, así como el procedimiento de otorgamiento de contratos y participación a empresas involucradas en su construcción, suscrita por el diputado Ignacio Loyola Vera, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Ignacio Loyola Vera , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura federal y suscrita por las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58,59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo bajo los siguientes:

Antecedentes

Primero. El 1 de diciembre de 2018, en el recinto que ocupa el pleno de la Cámara de Diputados y frente al honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 87 de la Constitución, el presidente electo tomó protesta como presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor del siguiente juramento:

“Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de presidente de la república que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande.”1

Guardar y hacer guardar, es decir, vigilar, proteger, cuidar, honrar, garantizar y respetar, las disposiciones establecidas en la Constitución y las leyes que de ella emanen, mirando en todo por el bien de la Unión.

En el párrafo anterior, se destacan la “inviolabilidad” de la Constitución, el respeto a la división de poderes de la república y el establecimiento de una “Unión” de la Federación, conformada por los estados libres y soberanos. Todo establecido en los artículos 2o., 40, 41, 116 y 136 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El juramento de la toma de protesta presidencial, después de lo expuesto anteriormente, concluye con la siguiente frase: “Y si así no lo hiciere que la nación me lo demande”.

Esta frase es contundente, pues el presidente de la república se pone a juicio de las leyes, de la sociedad, de los mexicanos y de las instituciones para que demanden el cumplimiento de lo juramentado y el cumplimiento cabal, con apego a derecho y dentro del marco constitucional, del respeto absoluto a la Constitución, las leyes mexicanas vigentes y los intereses superiores del Estado mexicano, la república y federación.

Un análisis de Juan Jesús Garza Onofre, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), en su obra: “Las mañaneras como vía para violar la Constitución. Análisis de los casos SUP-REP-3/2021 y SUP-REP-20/2021, se establece una serie de violaciones recurrentes a los principios de inviolabilidad de la Constitución, enmarcado en el artículo 136.

(Transcripción literal del texto de Garza Onofre)

“En el ámbito gubernamental, desmoronar, desaparecer y destruir resultan actividades relativamente sencillas cuando se mezclan y se confunden fervientes ánimos narrativos repletos de ideología y un afán por desconocer lo que se ha hecho bien en el pasado, como si de repente el presente apareciera por generación espontánea y de manera categórica se tuviera que evaluar la realidad de forma absoluta; bajo dichos parámetros, para algunos, los matices, las medias tintas y la cautela en un renovado porvenir se torna algo inútil. Como si de antemano la mesura, la moderación y la crítica fuera algo malo respecto al nuevo ambiente político que permea discursivamente al país, ahora resulta que la unanimidad es sinónimo de progreso y la pluralidad un obstáculo, y si a eso se suma la ausencia de mecanismos sólidos y límites bien establecidos para hacerle frente a este panorama, queda claro que nos encontramos ante un escenario tan incierto como desolador. Por eso se tornan riesgosas las estrategias que se están utilizando para comunicar y posicionar mensajes en este contexto, las vías que se utilizan en la actualidad para dirigir la agenda y generar ciertas conversaciones, porque, quizá, hoy más que nunca, “la verdad se ha devaluado y cotiza a la baja en el mercado de las apariencias. La política se sirve de la palabra para ocultar la realidad.

Otros fenómenos de nuestros tiempos revelan aún más síntomas de instrumentalización del lenguaje y de su uso en libertad”. En este sentido, tal parece que garantizar un mínimo de veracidad en dichos procesos comunicacionales resulta una tarea casi imposible, un ejercicio extraordinario, un acto fuera de serie en contra del abaratamiento de las razones públicas, de ahí que ser asertivo a la vez que tolerante se convierta en un acto de resistencia, de ahí que, más allá de la estridencia y la retórica, sea un imperativo hacer posible el entendimiento ante auditorios tan diversos. Y es que en México se viven momentos de profunda desconfianza, tiempos de convencer de lo evidente, insistir en lo manifiesto, y defender cuestiones que ya se daban por sentadas... Por ende, tiempos extraños, pero no por ello poco propicios para repensar nuestros vínculos con quienes compartimos un mismo espacio. En todo caso, ante una coyuntura política que pone en entredicho los aspectos más básicos de la vida en común, el derecho necesariamente debe de servir como regulador y eje central de la democracia; como herramienta que pueda ayudar en la construcción de instituciones que trascienden momentos temporales específicos.

Pues al momento en que se olvida que el fenómeno jurídico, bien articulado y entendido como una práctica orientada por valores para conseguir determinados fines, puede servir como un magnífico medio para posibilitar la transformación social, en definitiva, cualquier cambio que se intente quedará al arbitrio y a la voluntad de quien ostente el poder en turno. De ahí el problema con separar el lenguaje del derecho, evitando entender a éste como discurso que moldea la conciencia y, sobre todo, que sirve a manera de artefacto para la toma de buenas decisiones colectivas. Por eso, bajo estas circunstancias, es bastante peculiar que ya ni siquiera las leyes sirvan para respetar algunos acuerdos elementales. Y en absoluto se trata de una obediencia ciega hacia las reglas, ni mucho menos de clamar por una mejor cultura de la legalidad, nada más errado. En todo caso, de lo que se trata es de hacer una apología del derecho como uno de los escasos caminos para poder elevar el debate público y construir mejores modelos de comunicación que puedan respetar los principios sobre los que se erige cualquier Estado democrático.”2

En la cita anterior, se expone la importancia del discurso, del respeto a la legalidad y, el fenómeno actual que se exhibe en la realidad de México.

El 31 de enero de 2019, el presidente de la república citaba una frase desde su conferencia “mañanera”: “Al margen de la Ley, nada; por encima de la Ley, nadie”. Frase que ha sido utilizada en varias ocasiones por el titular del Ejecutivo federal, empero, el actuar del presidente no ha estado sujeto al margen constitucional y, en varias ocasiones ha transgredido el principio de “inviolabilidad” establecido en el artículo 136.

Segundo. El 22 de noviembre del presente año fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional”.

La publicación de este acuerdo en el DOF ha generado una discusión sobre la posibilidad de inconstitucionalidad del procedimiento planteado, pues no se puede considerar como un atentado contra la Seguridad Nacional, la prevalencia del estado de derecho, la rendición de cuentas y, el respeto al marco jurídico vigente en los Estados Unidos Mexicanos.

“La interpretación sesgada de las facultades del titular del Ejecutivo federal hacen que el debate, en la actualidad, cimbre las condiciones generales del estado de derecho en México y, apegados en un procedimiento disciplinado al principio fundamental republicano de la división de poderes, es que este documento se dirige a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, poder investido con las facultades propias de declarar procedente o improcedente esta acción, que a título personal, consideramos como inconstitucional, por la naturaleza del mismo y, los objetivos establecidos en el decreto en comento. No se puede considerar a la búsqueda de la transparencia de los recursos públicos en el gasto gubernamental, la asignación de contratos públicos y la transparencia de los mismos, así como una búsqueda para que impere la legalidad y el estado de derecho, como un atentado en contra de la Seguridad Nacional. La utilización de estos recursos legales, podemos considerarla como un acto de ilegalidad, opacidad y, encubrimiento de actos ilícitos en la asignación de las obras, los contratos y el destino del gasto”.3

Permitir la violación de la Constitución y las leyes que de ella emanan por una interpretación sesgada es abrir una brecha al debilitamiento institucional que tanto ha costado construir para los mexicanos. Nadie puede estar por encima de la Ley y nadie al margen de la misma o, citando textualmente al presidente, Andrés Manuel López Obrador: “Al margen de la Ley, nada; por encima de la Ley, nadie”.

Este decreto, atenta en contra de lo dispuesto en el artículo 6o. constitucional y, en contra de lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, donde en su artículo 1 se establece que esta Ley es de orden público y tiene por objeto proveer lo necesario en el ámbito federal, para garantizar el derecho de acceso a la información Pública en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos federales o realice actos de autoridad, en los términos previstos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Como se mencionó con antelación, la Ley de Transparencia emana de la Constitución, específicamente, del artículo 6o., que en su párrafo segundo establece lo siguiente de manera textual:

“Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información de toda índole por cualquier medio de expresión”.

En el párrafo segundo se establece el derecho que tenemos los mexicanos al acceso a la información, por ende, ocultar la misma u ocultar con acciones que promueven la opacidad y la nulidad de la “transparencia”, bajo el falso argumento de “seguridad nacional” es violatorio de la Constitución. No se puede considerar una obra turística como de “seguridad nacional”, eso es una ofensa en contra de la Constitución o en contra de México y los mexicanos. Toda la obra pública reservará la información bajo este “Acuerdo”, donde claramente se exhibe una tendenciosa acción a ocultar información y negar el acceso a la misma con fines perversos que van desde el no afectar imagen pública-electoral, hasta el cobijo de acciones ilegales en el gasto del recurso y la asignación de las licitaciones por vías directas o la asignación de contratos de manera ilegal y corrupta.

El discurso y la frase de “no somos iguales”, no es suficiente para evadir la responsabilidad constitucional, legal, moral y jurídica de la rendición de cuentas. El presupuesto federal no es de un solo hombre, es del país, de todos los mexicanos y la ciudadanía ha ganado el derecho, de manera legal, a través de una gran lucha por la transparencia por medio de vías democráticas, para poder conocer el destino de los recursos. El argumento de “no somos iguales” sólo queda en el plano de lo abstracto si no se contrasta con la realidad. Evidencias, no palabras. Legalidad y estado de derecho antes que grillas y frases propagandísticas. Si no son iguales que lo demuestren con el respeto a las leyes, el marco jurídico y el respeto al estado de derecho.

En el inciso A del artículo 6o. de la Constitución se establece el marco general y específico para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y en la fracción I del inciso A del artículo 6o. se establece que la información podrá ser reservada de manera temporal por razones de interés público y seguridad nacional y es bajo este argumento por el cual se elabora el acuerdo del 22 de noviembre, firmado por el titular del Ejecutivo federal, en materia de interés público y seguridad nacional para la obra federal de la actual administración, que suena muy sofisticado, empero, es más un retroceso que un avance para nuestra nación.

Revisando la Ley de Seguridad Nacional, en su artículo 5, no se encuentra el sustento legal para negar el acceso a la información y nuevamente se puede considerar el actuar del Ejecutivo federal, como violatorio de la Constitución y de las leyes que de ella emanan:

Artículo 5. Para los efectos de la presente Ley, son amenazas a la Seguridad Nacional:

I. Actos tendentes a consumar espionaje, sabotaje, terrorismo, rebelión, traición a la patria, genocidio, en contra de los Estados Unidos Mexicanos dentro del territorio nacional;

II. Actos de interferencia extranjera en los asuntos nacionales que puedan implicar una afectación al Estado Mexicano;

III. Actos que impidan a las autoridades actuar contra la delincuencia organizada;

IV. Actos tendentes a quebrantar la unidad de las partes integrantes de la Federación, señaladas en el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

V. Actos tendentes a obstaculizar o bloquear operaciones militares o navales contra la delincuencia organizada;

VI. Actos en contra de la seguridad de la aviación;

VII. Actos que atenten en contra del personal diplomático;

VIII. Todo acto tendente a consumar el tráfico ilegal de materiales nucleares, de armas químicas, biológicas y convencionales de destrucción masiva;

IX. Actos ilícitos en contra de la navegación marítima;

X. Todo acto de financiamiento de acciones y organizaciones terroristas;

XI. Actos tendentes a obstaculizar o bloquear actividades de inteligencia o contrainteligencia;

XII. Actos tendentes a destruir o inhabilitar la infraestructura de carácter estratégico o indispensable para la provisión de bienes o servicios públicos, y

XIII. Actos ilícitos en contra del fisco federal a los que hace referencia el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.”4

En la fracción XII del artículo 5, el titular del Ejecutivo intenta sustentar la acción de negar el acceso a la información pública. Sin embargo, el derecho que tenemos los mexicanos de acceso a la información pública no es un atentado terrorista o una acción que se pueda considerar como una amenaza a la seguridad nacional. Es un derecho de acceder a la información del destino del gasto público, y una obligación de quienes gobiernan es la de transparentar el gasto público. No respetar las leyes, violar la Constitución y la interpretación sesgada del marco jurídico y el estado de derecho, eso sí constituye y configura un atentado en contra de la Seguridad Nacional.

El “no somos iguales” no es una respuesta al derecho ciudadano y constitucional de acceso a la información pública y no cumple la obligación de gobierno federal en la rendición de cuentas y la trasparencia de los ejercicios públicos.

Por lo anteriormente expuesto e invocado en el proemio, someto a consideración de ésta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. El pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al ciudadano presidente de la república, licenciado Andrés Manuel López Obrador, a establecer los mecanismos necesarios para hacer pública la información del gasto federal ejercido en las siguientes obras públicas: “tren Maya”, “Aeropuerto Felipe Ángeles” y “refinería de Dos Bocas”, así como la publicación de la información sobre la asignación de contratos y licitaciones a las empresas participantes en la construcción de las obras antes referidas, en apego a lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Notas

1 Transcripción textual del Juramento de Toma de Protesta del Presidente de la República, tomado del Artículo 87 Constitucional. chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/
viewer.html?pdfurl=http%3A%2F%2Fwww.diputados.gob.mx%2FLeyesBiblio%2Fpdf_mov%2FConstitucion_
Politica.pdf&clen=1198130&chunk=true

2 chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/viewer.html?pdfurl=https%3A%2F%2Farchivos.
juridicas.unam.mx%2Fwww%2Fbjv%2Flibros%2F13%2F6499%2F21.pdf&clen=817407&chunk=true

3 [1] Punto de Acuerdo. Que exhorta al C. Presidente de la SCJN, Arturo Zaldivar, a la atracción del Acuerdo publicado en el DOF el 22 de noviembre de 2021 en materia de obras públicas y seguridad nacional. Propuesto por el Dip. Ignacio Loyola Vera. Publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados el martes 30 de noviembre de 2021. SIC.

4 Transcripción textual del Artículo 5 de la Ley se Seguridad Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 7 de enero de 2022.

Diputado Ignacio Loyola Vera (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal y la Secretaría de Bienestar a informar sobre el proceso de designación del titular del Conadis y la integración de la asamblea consultiva y el estado en que se encuentra la elaboración del Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, suscrita por la diputada Yolanda de la Torre Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Yolanda de la Torre Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento lo dispuesto en los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

I. Antecedentes

Con el objetivo de garantizar el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad diversas organizaciones e instituciones se han manifestado por la revisión y fortalecimiento del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis), el nombramiento de su titular, la implantación del Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, así como la diversificación de las políticas y programas públicos para asegurar su inclusión, ante esta justa demanda diversos legisladores han presentado las proposiciones con punto de acuerdo siguientes.

Con fecha 26 de febrero, Verónica Delgadillo García y José Clemente Castañeda Hoeflich, senadores del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentaron proposición con punto de acuerdo de urgente resolución por la cual se exhorta al presidente de la República a designar al director general del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Los resolutivos planteados incluyen el siguiente:

El Senado de la República solicita de la manera más respetuosa al titular del Poder Ejecutivo Federal, a que se den a conocer cuáles han sido, y serán las políticas, programas, estrategias y acciones fundamentales para alcanzar, respetar y garantizar los derechos que tienen todas las personas con discapacidad en el país.

Con fecha 12 de marzo de 2019, Julieta Macías Rábago y Dulce María Méndez de la Luz Dauzón, diputadas del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentaron proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a designar al titular del Conadis y mantener la naturaleza jurídica de éste como organismo público descentralizado.

Con fecha a 3 de abril de 2019, María Ester Alonzo Morales, Dulce María Sauri Riancho y Ximena Puente de la Mora, diputadas del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a designar con la mayor brevedad al director general del Conadis.

II. Normatividad

El 13 de diciembre de 2006, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la a Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, cuyo artículo 1 establece su propósito: promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente (Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, consultada en https://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf).

La adopción de este este instrumento jurídico obliga a los Estados que lo ratifiquen a establecer políticas y programas de no discriminación y en favor de las personas con discapacidad, además de adaptar los ordenamientos jurídicos para garantizar el ejercicio de sus derechos, con miras hacia una sociedad más incluyente.

Considerando lo anterior nuestro país firmó la Convención y ratificó su protocolo facultativo el 30 de marzo de 2007, convirtiéndose así en uno de los Estados parte, con todo lo que esto implica, comenzando por el compromiso de proteger y promover el goce pleno de todos los derechos para las personas con discapacidad, velando por su dignidad como seres humanos.

En cuanto a la legislación nacional, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, publicada en mayo de 2011, considera la creación del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, la designación de su titular por parte del Ejecutivo Federal, la elaboración de un Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, y la integración de una Asamblea Consultiva, además del establecimiento de la política pública para las personas con discapacidad, mediante la coordinación institucional e interinstitucional; así como promover, fomentar y evaluar la participación del sector público y el sector privado, en las acciones, estrategias, políticas públicas y programas.

La ley mencionada establece en el artículo 42 las atribuciones con que contará el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en adelante consejo, para el cumplimiento de esta, detalladas a continuación.

I. Coordinar y elaborar el Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad ;

II. Enviar el Programa a las Cámaras del Congreso de la Unión para su conocimiento;

III. Promover el goce y ejercicio pleno de los derechos de las personas con discapacidad, así como hacer de su conocimiento los canales institucionales para hacerlos exigibles ante la autoridad competente;

IV. Promover la accesibilidad en la infraestructura física de instalaciones públicas y los recursos técnicos, materiales y humanos necesarios para la atención segura y accesible de la población con discapacidad;

V. Promover la elaboración, publicación y difusión de estudios, investigaciones, obras y materiales sobre el desarrollo e inclusión social, económico, político y cultural de las personas con discapacidad;

VI. Promover y fomentar la cultura de la dignidad y respeto de las personas con discapacidad, a través de programas y campañas de sensibilización y concientización;

VII. Solicitar información a las instituciones públicas, sociales y privadas que le permitan el cumplimiento de las atribuciones que le confiere la presente ley;

VIII. Promover la firma, ratificación y cumplimiento de instrumentos internacionales o regionales en materia de discapacidad;

IX. Difundir y dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contraídas con gobiernos e instituciones de otros países, así como con organismos internacionales relacionados con la discapacidad;

X. Celebrar acuerdos de colaboración con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, para el desarrollo de proyectos que beneficien a las personas con discapacidad;

XI. Suscribir convenios con el sector gubernamental y los sectores productivos y empresariales, para que se otorguen descuentos, facilidades económicas o administrativas en la adquisición de bienes y servicios públicos o privados, a las personas con discapacidad o sus familias;

XII. Promover la armonización de Leyes y Reglamentos a nivel federal, estatal o municipal, respecto de las disposiciones establecidas en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad;

XIII. Promover la creación y aplicación de Normas Oficiales Mexicanas en materia de discapacidad;

XIV. Elaborar, presentar y difundir anualmente el informe de avances y resultados del Programa;

XV. Presentar un informe anual de actividades;

XVI. Coadyuvar con la Secretaría de Relaciones Exteriores en la elaboración de los informes que el Estado Mexicano presentará ante los organismos internacionales, sobre la aplicación y cumplimiento de los instrumentos internacionales en materia de discapacidad; y

XVII. Las demás que se establezcan en esta ley, su reglamento, estatuto orgánico del consejo y demás disposiciones aplicables.

El articulo 43 considera que para la administración del consejo se contará con la figura de una junta de gobierno, cuya integración está prevista en el artículo 44, integrada por 10 representantes del Poder Ejecutivo federal, 1 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y 5 representantes de la asamblea consultiva, y un director general, que será designado por el o por el presidente de la República, según el artículo 49.

El artículo 51 establece que la asamblea consultiva será el órgano de asesoría y consulta del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad, de participación ciudadana, conformación plural y carácter honorífico, que tendrá por objeto analizar y proponer programas y acciones que inciden en el cumplimiento del programa.

III. Justificación

Garantizar el cumplimiento del marco normativo en materia de discapacidad es un tema que requiere atención inmediata, recientemente durante los foros realizados en la Cámara de Diputados y durante el Primer Parlamento de Personas con Discapacidad organizado por el Senado de la República, personas con discapacidad, sus familias y organizaciones demandaron que a pesar de que se han hecho adecuaciones en la legislación siguen padeciendo hasta la fecha los mismos problemas que han padecido siempre.

Lo anterior, argumentaron, se debe a que en nuestro país los derechos se han quedado en letra muerta, a causa del poco interés que la clase política ha mostrado por hacer valer la ley.

Por tal motivo solicitaron que el Congreso de la Unión implante las medias necesarias para que la legislación concerniente a las Personas con Discapacidad sea aplicada, vigilada y de ser necesario sancionada, así que nos corresponde a nosotros encontrar la manera de dar cumplimiento a lo que nos solicitan, comenzando por dar seguimiento oportuno a la correcta aplicación de las leyes en la materia.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal y al secretario de Bienestar a informar detalladamente en el ámbito de sus atribuciones sobre el proceso de designación del titular de Conadis y la integración de la asamblea consultiva, incluyendo quienes la integran y la fecha en que se les tomó protesta.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita respetuosamente al Ejecutivo federal y al secretario de Bienestar que den a conocer de manera pública el estado en que se encuentra la elaboración del Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, así como las razones por las que no se ha publicado ni enviado a las Cámaras del Congreso de la Unión para su conocimiento.

Tercero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita respetuosamente al Ejecutivo federal y al secretario de Bienestar que informen de manera clara y puntual acerca de las políticas, acciones, estrategias y programas implantados para cumplir la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de enero de 2022.

Diputada Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Junta de Gobierno del Inegi a garantizar la autonomía y la transparencia en los procesos y en el acceso a la información del instituto, suscrita por la diputada Noemí Berenice Luna Ayala, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Noemí Berenice Luna Ayala , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para que se garantice la autonomía, la transparencia en los procesos y en el acceso a la información que emite el Instituto, así como su calidad; y para que vigile e informe a las instancias conducentes sobre posibles conflictos de interés al interior del Instituto.

Consideraciones

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi)1 es un organismo público autónomo responsable de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, así como de captar y difundir información de México en cuanto al territorio, los recursos, la población y economía, que permita dar a conocer las características de nuestro país y ayudar a la toma de decisiones.

Nace en 1983 por decreto presidencial y, con su creación, el Inegi modernizó la valiosa tradición que tenía nuestro país en materia de captación, procesamiento y difusión de información acerca del territorio, la población y la economía. Conjuntó en una sola institución la responsabilidad de generar la información estadística y geográfica.

Con la promulgación de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (LSNIEG) el 16 de abril de 2008, el Inegi cambió su personalidad jurídica, adquiriendo autonomía técnica y de gestión. Su nueva denominación es Instituto Nacional de Estadística y Geografía, pero conserva las mismas siglas (Inegi).2

El objetivo prioritario del Inegi es lograr que el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (SNIEG) suministre a la sociedad y al Estado información de calidad, pertinente, veraz y oportuna, a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional, bajo los principios de accesibilidad, transparencia, objetividad e independencia.

Para este propósito, sus atribuciones son:

-Normar y coordinar el desarrollo del SNIEG.

-Normar las actividades estadísticas y geográficas.

-Producir información estadística y geográfica.

-Prestar el Servicio Público de Información.

-Promover el conocimiento y uso de la información.

-Conservar la información.

El Inegi se rige por una Junta de Gobierno, que es su órgano superior de dirección. Está integrada por el presidente del Instituto y cuatro vicepresidentes, los cuales son designados por el presidente de la república con la aprobación de la Cámara de Senadores.

El Instituto tiene entre sus funciones, la de normar las actividades encaminadas a la generación y difusión oportuna de la Información Estadística y Geográfica, a través de mecanismos que faciliten su consulta, además de promover el conocimiento y uso de dicha información.

De este modo, el Inegi emite las “Reglas para la integración y funcionamiento del Consejo Consultivo de Usuarios de la Información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía”.3 Que en su interior señala textual lo siguiente:

“Al ser el Instituto Nacional de Estadística y Geografía el principal proveedor de información en estas materias, busca consolidar su proceso de comunicación, aprovechando el potencial que ofrecen las tecnologías de la información y las comunicaciones para almacenar, procesar, transmitir, presentar y difundir información salvaguardando el principio de confidencialidad y reserva.”

La calidad de la información estadística y geográfica tiene que ver con el aprovechamiento de la misma por parte de los usuarios, razón por la cual resulta importante detectar las necesidades de éstos, atendiendo a lo dispuesto por la Norma para la Difusión y Promoción del Acceso, Conocimiento y Uso de la Información Estadística y Geográfica que genera el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Ello con la finalidad de que dicha información responda a las necesidades de los usuarios en tiempo y forma.

En mérito de lo anterior, se considera conveniente el establecimiento de un Consejo Consultivo de Usuarios de la Información, como un medio para contribuir al cumplimiento del objeto descrito en el primer párrafo de esta Introducción, por lo que con fundamento en los artículos 77 fracción XVII de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y 5 fracción XXIX del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la Junta de Gobierno del Instituto tiene a bien emitir las siguientes: Reglas para la Integración y Funcionamiento del Consejo Consultivo de Usuarios de la Información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía”.

El actual presidente de la Junta y titular del Inegi es Julio Alfonso Santaella Castell, quien es licenciado en Economía por el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), así como maestro y doctor en Economía por la Universidad de California en Los Ángeles (UCLA), en Estados Unidos.

De 2001 a 2014 se desempeñó en el Banco de México como coordinador ejecutivo del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, como gerente de Información y Análisis y director de Apoyo a las Operaciones de Banca Central, y como investigador en la Dirección General de Investigación Económica y en la Junta de Gobierno.4

Al estar por concluir su periodo el 31 de diciembre de 2021; el 15 de diciembre de 2021, el presidente de la república nombra como sucesora y titular del Inegi a la doctora Graciela Márquez Colín.

La doctora Márquez estudió la licenciatura en economía en la UNAM, la maestría en economía en El Colegio de México y el doctorado en historia económica en la Universidad de Harvard. En 2002, su tesis de doctorado fue reconocida con el premio Alexander Gershenkron por la Economic History Association de los Estados Unidos.

Entre 1998 y 2018 fue profesora – investigadora en El Colegio de México. Sus publicaciones incluyen libros, compilaciones, capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre temas de desarrollo económico comparado, industrialización y política comercial.

En México ha impartido cursos y seminarios en la UNAM, UAM, UABC, y el ITESM (campus Ciudad de México) y ha sido profesora invitada en la Universidad de Chicago y la Universidad de California San Diego.

Del 1 de diciembre de 2018 al 31 de diciembre de 2020 se desempeñó como secretaria de Economía del gobierno federal.5

Sin duda ambos perfiles destacan por su trayectoria, no se cuestiona su calidad y profesionalismo.

Sin embargo, varias voces se han levantado en contra del nombramiento de la doctora Márquez al frente del Inegi; los motivos más destacados y relevantes son su cercanía con el presidente por parte de ella y su esposo Gerardo Esquivel Hernández, quien fuera asesor económico del presidente y en enero del 2019, nombrado por el mismo a ser subgobernador del Banco de México.

Los cuestionamientos sobre su postulación al frente del Inegi también se basan en un potencial conflicto de interés, debido a su matrimonio con Gerardo Esquivel, puesto que el cargo que ostenta en el Banco de México está encargado de controlar la inflación. Que, por cierto, durante su paso como titular de la Secretaría de Economía enfrentó cuestionamientos sobre un potencial conflicto de interés, primero, porque su esposo, Gerardo Esquivel, ocuparía un cargo en Hacienda. Después, porque fue nombrado subgobernador de Banxico.6

Por su parte, la cercanía con el presidente se da después de haber ganado las elecciones en donde la doctora Márquez se reunió, acompañada de su esposo, con el actual presidente de México.7

De todos es conocida la lucha que tiene el presidente de la república en contra de los órganos autónomos, que considera piedras en su camino rumbo a la llamada por él, cuarta transformación, y no podemos omitir que una de esas batallas la dio en contra del Inegi, cuando declaro, según datos del periódico Milenio8 del 3 de diciembre de 2020; que no le preocupaban las cifras del Inegi que revelaban que de mayo de 2019 a septiembre de 2020 habían cerrado 1 millón 10 mil 857 micro, pequeñas y medianas empresas; que él tenía “otros datos”.

El propósito del este exhorto es transparentar los procesos en las instituciones, la defensa de la democracia, el respeto a los órganos autónomos, el libre acceso a la información y evitar posibles los conflictos de interés.

Es por todo lo anterior, que someto a la consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para que se garantice la autonomía, la transparencia en los procesos y en el acceso a la información que emite el Instituto, así como su calidad;

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para que vigile e informe a las instancias conducentes sobre posibles conflictos de interés al interior del Instituto.

Notas

1 https://www.inegi.org.mx/inegi/quienes_somos.html

2 https://www.inegi.org.mx/inegi/contenido/instituto.html

3 https://sc.inegi.org.mx/repositorioNormateca/Oda_30Sep15.pdf

4 https://www.inegi.org.mx/inegi/contenido/instituto.html

5 https://www.inegi.org.mx/inegi/contenido/instituto.html

6 Nota periodística:

https://www.bloomberglinea.com.mx/2021/12/16/graciela-ma rquez-la-autonomia-del-inegi-su-paso-por-la-4t-y-el-conflicto-de-intere s/

7 Nota periodística:

https://www.bloomberglinea.com.mx/2021/12/16/graciela-ma rquez-la-autonomia-del-inegi-su-paso-por-la-4t-y-el-conflicto-de-intere s/

8 https://www.milenio.com/politica/amlo-preocupa-cifras-inegi-desaparicio n-pymes

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 7 de enero de 2022.

Diputada Noemí Berenice Luna Ayala (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para solicitar al Fonatur y la Lotenal que informen cómo operan la premiación por aproximación y las reglas específicas que permitieron asignar los números ganadores en el gran sorteo especial 252 del domingo 5 de diciembre de 2021, a cargo de senadores del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, senadores Nuvia Mayorga Delgado, Ángel García Yáñez, Miguel Ángel Osorio Chong y Verónica Martínez García, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El domingo 5 de diciembre de 2021, el Fondo Nacional de Fomento al Turismo, a través de la Lotería Nacional, llevó a cabo su gran sorteo anual en el que se estableció que los premios serían 1 casa y 200 lotes rústicos con vocación turística en playa Espíritu, Sinaloa, con un valor catastral de 297 millones 866 mil 198 pesos, además de 3 premios en efectivo de 5 millones cada uno, por lo que se emitieron 2 millones de billetes físicos y electrónicos.

Una vez efectuado el gran sorteo especial 252, que involucraba premios en especie y en efectivo, se dieron a conocer una serie de denuncias por parte de particulares debido a que les resultó muy extraño que los boletos ganadores por aproximación fueran 200 boletos que tenían números consecutivos 1211397 a 1211597.

Lo anterior, contra cualquier lógica estadística e inferencial. Esta situación de inmediato despertó la sospecha y una serie de cuestionamientos sobre el procedimiento por medio del cual la Lotería Nacional efectuó dicho sorteo.

Ante las críticas, la Lotería Nacional explicó que para la determinación de los ganadores de los 200 lotes rústicos el sorteo estuvo regido por el Reglamento del Gran Sorteo Especial 252 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de octubre de 2021 (consúltese en http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5634150&fecha=29/10/2021) y que se determinaron por aproximación los números comprendidos en la centena posterior y en la centena anterior, tomando como referencia el número del billete ganador.

Al respecto, la institución informó que este proceso disminuye los tiempos de duración del sorteo ya que los niños gritones son los únicos que pueden sacar los números ganadores y tienen que estar presentes durante la celebración del sorteo, además de que todos los sorteos son vigilados por diferentes autoridades, escrutadores y público en general que dan fe y legalidad de los sorteos, que son grabados en vivo.

Aun así, hubo usuarios insatisfechos que no estuvieron conformes con la explicación que brindó la Lotería Nacional y dejaron entrever sus sospechas de que hubo un fraude.

A partir de las denuncias realizadas por los interesados y con el propósito de desvelar cualquier posible anomalía en el gran sorteo especial 252 organizado Fondo Nacional de Fomento al Turismo a través de la Lotería Nacional, solicitamos que se nos proporcione información detallada de cómo opera la premiación por “aproximación”, así como las reglas específicas que permitieron asignar los números ganadores en el gran sorteo especial 252 efectuado el domingo 5 de diciembre de 2021.

Por lo expuesto y fundado sometemos a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita respetuosamente al Fondo Nacional de Fomento al Turismo y la Lotería Nacional información detallada de cómo opera la premiación por aproximación, así como las reglas específicas que permitieron asignar los números ganadores en el Gran Sorteo Especial 252 efectuado el domingo 5 de diciembre de 2021.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de la Función Pública, en coordinación con los órganos internos de control, efectuar una revisión para determinar si el gran sorteo especial 252, llevado a cabo el domingo 5 de diciembre de 2021, se realizó conforme a la normatividad, y si los funcionarios públicos federales tanto del Fondo Nacional de Fomento al Turismo como de la Lotería Nacional se ajustaron a la legalidad en el cumplimiento de sus funciones.

Lo anterior, de acuerdo con las atribuciones y facultades que le encomiendan la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás ordenamientos legales aplicables en la materia.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 7 de enero de 2022.

Senadores: Nuvia Mayorga Delgado (rúbrica), Ángel García Yáñez, Miguel Ángel Osorio Chong (rúbrica), Verónica Martínez García.

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Guardia Nacional a vigilar el estricto cumplimiento de la NOM-012-SCT-2-2017, sobre el peso y las dimensiones máximas de vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, suscrita por el diputado Francisco Javier Borrego Adame, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe Diputado Francisco Javier Borrego Adame, Integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, párrafo segundo, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 55 fracción II, 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de la Comisión Permanente, la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo, por el que se Exhorta respetuosamente al Titular de la Comandancia de la Guardia Nacional General Luis Rodríguez Bucio, a vigilar el estricto cumplimiento de la Nom - 012 - SCT - 2 – 2017; sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Varias razones y consecuencias, por las cuales el sobrepeso y violaciones a la normatividad en la materia, de los vehículos de autotransporte federal de carga se considera peligroso, son las malas prácticas que se dan en las carreteras del país, que se realizan por algunos concesionarios de este servicio, mismas que pueden ser las siguientes:

1. Puede poner más tensión en las llantas y por ello ocasionar un accidente. Los camiones con sobrepeso ponen más presión en las llantas lo cual ocasiona que la llanta explote y se ocasione un accidente. Las llantas también pueden sobrecalentarse cuando el camión está sobrecargado y esto también puede ocasionar que las llantas exploten repentinamente.

2. Poner más presión en los frenos y en otros sistemas importantes del camión. De manera simple el operador del camión tiene que ajustar estos elementos de seguridad, para llevar el peso extra que excede los límites de seguridad. La presión extra en los frenos puede causar que los frenos fallen y por ello ocasionar unaccidente.

3. Puede ocasionar que el camión se vuelque más fácilmente. Cuando el peso se apila hacia arriba o el camión lleva demasiado peso, el camión puede estar más pesado en la parte de arriba y esto puede hacer que el camión fácilmente se voltee. La fuerza de un accidente de camión puede significar que múltiples vehículos salgan dañados y muchas personas lesionadas.

4. Mayor fuerza en el accidente. En un accidente de camión, el peso puede crear más velocidad y más fuerza. Si el camión con sobrepeso tiene un accidente con un automóvil de pasajero o con una motocicleta, la fuerza puede incrementar las posibilidades de una fatalidad.

5. En situaciones en las que los camiones están con sobrepeso, la carga puede no estar acomodada de manera correcta lo que causa mayores riesgos. Si el conductor o la compañía de camión deciden cortar los gastos al poner demasiada carga en los camiones, ¿Cómo puede estar seguro de que van a acomodarla de manera correcta?1

Se ha vuelto algo habitual saber de accidentes carreteros ocasionados por vehículos de autotransporte que violan el cumplimiento de la NOM-012-SCT-2-2017; sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal y es que la falta de vigilancia en las carreteras hace que muchas veces esto ocurra, entre otras consecuencias como los daños importantes en la infraestructura de las carreteras.

Ante esto, es necesario que la autoridad competente, en este caso el titular de la Comandancia de la Guardia Nacional General Luis Rodríguez Bucio, a vigilar el estricto cumplimiento de la NOM-012-SCT-2-2017 , y garantice el cumplimiento de ésta por ser un tema de seguridad nacional, por lo que su cumplimiento es importante para salvaguardar, la vida, integridad y seguridad de las personas usuarias de las carreteras federales, impulsando al mismo tiempo la corresponsabilidad entre los usuarios y los transportistas.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración del pleno de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al titular de la Comandancia de la Guardia Nacional, general Luis Rodríguez Bucio, a vigilar el estricto cumplimiento de la NOM-012-SCT-2-2017.

Nota

1 https://www.floridaabogadodeaccidentesblog.com/camiones_con_sobrecarga_ como_o/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de enero de 2022.

Diputado Francisco Javier Borrego Adame (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Sipinna, el DIF y la Ssa a rendir un informe detallado sobre las acciones que se llevan a cabo para garantizar y proteger los derechos de niños y adolescentes huérfanos a causa de la pandemia ocasionada por el SARS-Cov2, suscrita por la diputada Mónica Becerra Moreno, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Mónica Becerra Moreno , y diputadas y diputados en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de Sipinna, DIF y SSA para que rindan un informe detallado sobre las acciones que se están llevando a cabo para garantizar y proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes huérfanos a causa de la pandemia ocasionada por el SARS CoV-2 , conforme a las siguientes:

Consideraciones

La pandemia por el virus del SARS CoV-2 ha traído complicaciones en los diversos sectores enfocados en la salud, así como en temas económicos, sociales, educativos y políticos. Al día 4 de enero del 2022, se han registrado más de 5.45 millones de muertes en todo el mundo y 300 mil en México, y con otras 300 mil muertes asociadas a problemas respiratorios.1 Los casos han ido creciendo y las medidas preventivas no han sido suficientes para evitar la propagación del virus que sigue afectando a las familias mexicanas.

Derivado del alto número de casos contagiados y muertes por este virus, muchos niños, niñas y adolescentes han sufrido la pérdida de algunos de sus padres, de ambos o de algún tutor, dejándolos en un estado de vulnerabilidad y dañado su esfera jurídica.

El pasado 30 de septiembre del 2021, el Instituto Belisario Domínguez publicó un estudio titulado “La orfandad ocasionada por la pandemia”,2 mismo que fuera realizado por la investigadora Carla Angélica Gómez Macfarland, en el cual se establece de manera detallada la situación por las que han pasado los menores.

En abril del 2021, México ocupaba el cuarto lugar a nivel mundial y el primer lugar en países en América, con niñas y niños que habían quedado huérfanos, con un total de 131 mil 325 casos, de los cuales 33 mil 342 habían perdido a su madre, 97 mil 951 a su padre, 32 mil a ambos progenitores y 141 mil 132 perdieron a sus cuidadores principales. Con las cifras antes mencionadas podemos concluir que la orfandad en nuestro país tuvo un incremento razonable y que existen muchos niños que no cuentan con los cuidados adecuados, lamentablemente esa cifra ha ido en aumento.

Es importante mencionar que diversos países han realizado acciones pertinentes para garantizar los derechos de los niños, por citar algunos ejemplos, en la India se les otorgará educación gratuita y pensiones para los familiares cercanos o padres adoptivos; en Brasil, se creó el “Programa Nacional de Apoyo Social y Psicológico”; en Perú ya se cuenta con el “Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar, la Asistencia Económica para Casos de Orfandad por la Covid-19”.

Diversos países ya han tomado las medidas pertinentes para garantizar los derechos de los niños, es importante que México, con las cifras tan elevadas que está teniendo en los últimos meses, realice las gestiones y programas pertinentes para que los menores cuenten con la protección adecuada.

El estrés, el duelo, el encierro, entre otros factores han puesto en riesgo a las generaciones más jóvenes, dejándoles complicaciones para un futuro, todavía estamos a tiempo de garantizarles la protección y el cuidado necesario para su bienestar, tal y como se establece en la Carta Magna y en tratados internacionales que México ha ratificado. Es importante que los gobiernos estatales y las instituciones encargadas en el cuidado de las niñas, niños y adolescentes realicen acciones y programas para evitar mayores complicaciones y violaciones a los derechos y que las políticas públicas que se realicen realmente generan soluciones a los problemas que se han ocasionado, dando un verdadero apoyo a todos los que lo necesitan.

Los menores se encuentran afectados por todo lo vivido en estos años, necesitan apoyos económicos, psicológicos y educativos para continuar realizando las actividades propias de un infante y que a largo plazo puedan evitarse crisis.

Por lo anteriormente descrito y con fundamento en las disposiciones señaladas, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la encargada del despacho de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna), la licenciada María Constanza Tort San Román; a la licenciada María del Rocío García Pérez, titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), y al licenciado Jorge Carlos Alcocer Varela, titular de la Secretaría de Salud, para que, en el ámbito de sus facultades, rindan un informe detallado sobre las acciones y programas que se están llevando a cabo para garantizar y proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes huérfanos a causa de la pandemia ocasionada por el SARS CoV-2 y también realicen campañas para la promoción de dichos programas.

Notas

1 Tracking Coronavirus in Mexico: Latest Map and Case Count, 04 de enero de 2022, The New York Times, Disponible en línea: https://www.nytimes.com/interactive/2021/world/mexico-covid-cases.html

2 La orfandad ocasionada por la pandemia, Carla Angélica Gómez Macfarland, Instituto Belisario Domínguez, Septiembre de 2021, Disponible en línea: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789/5398/M L_208.pdf?sequence=1&isAllowed=y

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 7 de enero de 2022.

Diputada Mónica Becerra Moreno (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a las autoridades federales, estatales y municipales, así como a los sectores privado y social, a trabajar de manera coordinada para garantizar la correcta implantación del Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2021-2024, suscrita por la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 59 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 31 de diciembre de 2021, en el cuarto año de gobierno de esta administración, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2021-2024 (Pronapinna). Dicho programa se desprende del Plan Nacional de Desarrollo y conforme a lo establecido en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, corresponde a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes su elaboración.

De conformidad con el artículo 141 de la ley antes mencionada, las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, a través del Sistema Nacional de Protección Integral, así como los sectores privado y social, deben participar en la elaboración y ejecución del Programa Nacional, el cual deberá ser acorde con el Plan Nacional de Desarrollo.

El Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2021-2024 es un programa especial, conforme al artículo 26 de la Ley de Planeación, y contiene las políticas, objetivos, estrategias, líneas de acción e indicadores prioritarios en materia de ejercicio, respeto, promoción y protección integral de niñas, niños y adolescentes. El programa tiene como referencia la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por México el 21 de septiembre de 1990.

En la elaboración del Pronapinna, de conformidad con la publicación del DOF, se consideró la participación de niñas, niños y adolescentes, así como representantes del sector público, privado y social. Su ejecución estará a cargo de 55 dependencias y entidades de la APF, y su seguimiento y monitoreo a cargo de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sesipinna).

Para la identificación de estos problemas y la definición de los objetivos y estrategias prioritarias, así como de las acciones puntuales a través de las cuales se atenderán dichos problemas, entre los meses de marzo a septiembre de 2019 se llevó a cabo un proceso de consulta con diversos actores, incluidas niñas, niños y adolescentes, para incorporar sus opiniones y propuestas en el PND y el Pronapinna:

• OpiNNA ¡Qué buen Plan!(39) El sondeo en línea permitió captar opinión y propuestas de un poco más de 146 mil personas entre 8 y 17 años.

• Foros estatales “Los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes en la construcción para el desarrollo”, de los cuales se obtuvo la opinión in situ que fortaleció los hallazgos de OpiNNA. En este proceso participaron 672 niñas, niños y adolescentes y 739 personas adultas.

• Consulta con la Red Nacional de Adolescentes. 54 adolescentes y jóvenes con experiencias de participación previas y con una amplia visión crítica del estado de la situación que guardan la garantía de sus derechos humanos a través de un cuestionario en línea.

• Mesas de trabajo, en las que participaron 69 personas representantes de 52 instancias del sector público y sociedad civil. En éstas se revisó el diagnóstico de la situación de la niñez y adolescencia y se definieron las acciones puntuales del Programa.

Los objetivos, las estrategias prioritarias y acciones específicas del Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2021- 2024 son:

1. Objetivo prioritario 1: Garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos humanos relacionados con la supervivencia, que incluye el acceso a la protección de la salud y a la seguridad social, alimentación adecuada, salud mental, prevención y atención integral de las adicciones, identidad y derechos sexuales y reproductivos, de todas las niñas, niños y adolescentes.

Estrategia prioritaria 1.1 Asegurar el acceso universal de niñas, niños y adolescentes a servicios de salud gratuitos y de calidad para garantizar su sano desarrollo integral en cada una de las etapas del ciclo de vida.

Estrategia prioritaria 1.2 Asegurar el acceso de niñas, niños y adolescentes a una adecuada nutrición y acciones que promuevan estilos de vida saludables, para contribuir a la prevención y el combate de la desnutrición, el sobrepeso y obesidad.

Estrategia prioritaria 1.3 Garantizar los mecanismos que aseguren la prevención y atención integral de los problemas de salud mental y consumo de sustancias en niñas, niños y adolescentes, para su bienestar integral y pleno desarrollo.

Estrategia prioritaria 1.4 Impulsar el diseño, desarrollo e implementación de una estrategia integral y multisectorial dirigida a la primera infancia, basada en atención especializada con énfasis en la identidad salud, nutrición, educación y cuidados, que garantice una vida sana y promueva el bienestar de niñas y niños menores de 5 años.

Estrategia prioritaria 1.5 Promover el acceso y ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de niñas, niños y adolescentes, para el disfrute pleno de su sexualidad, de acuerdo con su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez; así como para prevenir el embarazo adolescente y erradicar el embarazo infantil.

2. Objetivo prioritario 2: Garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos humanos relacionados con el desarrollo, que incluye el acceso a la educación, vivienda digna, entornos de bienestar y medio ambiente saludable, de todas las niñas, niños y adolescentes.

Estrategia prioritaria 2.1 Lograr el acceso de todas las niñas, niños y adolescentes al Sistema Educativo Nacional, garantizando su permanencia, participación, aprendizaje y conclusión oportuna de la educación obligatoria con calidad, así como con infraestructura y equipamiento adecuados, en condiciones de igualdad, equidad e inclusión, y en entornos de convivencia pacífica y armónica.

Estrategia prioritaria 2.2 Impulsar acciones para erradicar la pobreza que viven niñas, niños y adolescentes.

Estrategia prioritaria 2.3 Promover acciones dirigidas a contar con entornos de bienestar y preservación del medio ambiente saludable, que contribuyan a asegurar el pleno desarrollo y participación de niñas, niños y adolescentes.

Estrategia prioritaria 2.4 Promover que niñas, niños y adolescentes habiten en viviendas dignas y seguras con acceso a energía eléctrica, combustible de uso cotidiano, agua potable, saneamiento y manejo de residuos, para contribuir a su sano desarrollo.

3. Objetivo prioritario 3: Proteger integralmente y restituir los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes que han sido vulnerados o que han sido víctimas de delitos.

Estrategia prioritaria 3.1 Fortalecer los entornos familiares, disminuir la institucionalización de niñas, niños y adolescentes, homologar procedimientos de adopción y regularizar los centros de asistencia social, para garantizarles condiciones de bienestar y un sano desarrollo integral.

Estrategia prioritaria 3.2 Implementar acciones integrales para garantizar, proteger y restituir los derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes y solicitantes de la condición de refugiado.

Estrategia prioritaria 3.3 Implantar acciones para proteger integralmente a las y los adolescentes en conflicto con la ley.

Estrategia prioritaria 3.4 Impulsar la erradicación del trabajo infantil y proteger de manera integral los derechos de las y los adolescentes trabajadores en edad permitida.

Estrategia prioritaria 3.5 Implementar acciones en materia de prevención, protección, atención y respuesta a la violencia en contra de niñas, niños y adolescentes, para garantizarles el derecho a la integridad personal.

Estrategia prioritaria 3.6 Promover que niñas, niños y adolescentes tengan acceso a una cultura de protección civil para contar con la preparación necesaria para hacer frente a desastres naturales o cualquier situación de riesgo.

4. Objetivo prioritario 4: Generar un cambio cultural en el que se reconozca a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos y se les coloque al centro del diseño y ejecución de las acciones necesarias para la protección de sus derechos humanos y su interés superior.

Estrategia prioritaria 4.1 Implantar mecanismos de participación efectiva, equitativa y sistemática de niñas, niños y adolescentes en todos los ámbitos en que se desarrollan para garantizar su intervención en la toma de decisiones de las acciones y políticas dirigidas a ellas y ellos.

Estrategia prioritaria 4.2 Garantizar la participación de niñas, niños y adolescentes en la vida cultural, así como el acceso a actividades artísticas, físicas, deportivas y de esparcimiento en condiciones de igualdad para su desarrollo integral.

Estrategia prioritaria 4.3 Garantizar que la difusión y comunicación social del sector público, así como los contenidos de los medios de comunicación públicos y privados, incorporen el enfoque de derechos de niñas, niños y adolescentes con perspectiva de género e interculturalidad.

Estrategia prioritaria 4.4 Asegurar a las niñas, niños y adolescentes el acceso a las Tecnologías de la Información y Comunicación, mediante la reducción de la brecha digital, así como fomentar la navegación segura en internet.

Estrategia prioritaria 4.5 Implementar acciones para la sensibilización, capacitación, formación y profesionalización del servicio público, con un enfoque que difunda y observe los derechos de niñas, niños y adolescentes y perspectiva de género e interculturalidad.

Estrategia prioritaria 4.6 Fortalecer la coordinación multisectorial y entre órdenes de gobierno, así como con los sectores privado y social, para garantizar la protección y ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

La implantación del Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2021-2024 no solo es responsabilidad de las autoridades federales, sino también lo es de las autoridades locales y municipales de conformidad con lo que establece la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes la cual establece: “Los programas locales preverán acciones de mediano y largo alcance, indicarán los objetivos, estrategias y líneas de acción prioritarias, y deberán alinearse al programa nacional”.

La ley prevé que el Programa Nacional y los programas locales deberán incluir mecanismos transparentes que permitan su evaluación y seguimiento, así como de participación ciudadana y serán publicados en el Diario Oficial de la Federación y en las gacetas o periódicos oficiales de las entidades federativas, según corresponda.

La protección de los derechos de la niñez y la adolescencia es tarea de todas las autoridades por ello la publicación del programa es de suma importancia para alinear las acciones gubernamentales y las políticas públicas centradas en la protección de sus derechos, por lo anterior es de suma importancia hacer un llamado a todas las autoridades de los poderes de la unión y de los tres ámbitos del gobierno para que de manera coordinada realicen las acciones necesarias para la correcta implantación del Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. Así como un llamado a la SHCP para que en los presupuestos se prevean los recursos necesarios que las dependencias van a necesitar para la implementación del Programa y que este pueda materializarse.

Por lo anterior someto a consideración de la asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respetivas atribuciones; así como los sectores privado y social, trabajen de manera coordinada y sumen esfuerzos para garantizar la correcta implementación del Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2021-2024, publicado en el DOF el pasado 31 de diciembre de 2021, y con ello garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes en México.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a realizar en el ámbito de sus atribuciones los ajustes presupuestales necesarios en 2022 y garantizar en los próximos presupuestos los recursos necesarios para la correcta implementación del Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes 2021-2024.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 7 de enero de 2022.

Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a autoridades federales y de NL a realizar acciones dirigidas a garantizar la adecuada rendición de cuentas y transparentar los recursos públicos ejercidos y designados a la UANL en éste y años anteriores y asegurar que las compras futuras se hagan a precios de mercado y con procedimientos transparentes y democráticos, suscrita por los diputados Olga Leticia Chávez Rojas y Mauricio Cantú González, del Grupo Parlamentario de Morena

Quienes suscriben, diputada Olga Leticia Chávez Rojas y diputado Mauricio Cantú González, integrantes neoleoneses del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración del pleno de la Comisión Permanente, proposición con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la rectoría de la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL), a la Auditoría Superior de la Federación y a la Auditoría Estatal de Nuevo León, para que en el ámbito de sus competencias y atribuciones legales realicen las acciones necesarias para rendir cuentas y transparentar los recursos públicos ejercidos y designados a la UANL en éste y años anteriores para determinar supuestas irregularidades y asegurar que todas las compras se hagan a precios de mercado y bajo procedimientos transparentes y democráticos, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

La Universidad Autónoma de Nuevo León es una institución de gran prestigio y vehículo para que actualmente, y durante décadas, millones de mexicanas y mexicanos obtengan una educación de calidad que les permita hacer frente a las dificultades de la vida. Es una institución que se financia principalmente de presupuesto federal y presupuesto estatal, que proviene de los impuestos de las y los mexicanos. Es la tercera universidad pública más grande de México y la de mayor prestigio del norte. Actualmente tiene cursando a más de 200 mil alumnas y alumnos en sus 26 facultades y 29 preparatorias, con una planta docente de cerca de 7 mil profesoras y profesores. Más de mil de estos docentes están inscritos como investigadores en el Sistema Nacional de Investigadores.

Adicionalmente, la universidad cuenta con 84 bibliotecas, que respaldan un acervo de más de 2 millones 39 mil 529 libros. Estos centros del conocimiento son neurálgicos para el impulso del pensamiento y preparación de la juventud y sociedad neoleonesa.

Es por esta importancia que tiene nuestra gran universidad, casa de las y los neoleoneses, que las y los diputados federales del Grupo Parlamentario de Morena estamos preocupados por el manejo financiero de la universidad. Al deberse a la ciudadanía y a su alumnado, así como recibir presupuesto proveniente de los impuestos de las y los mexicanos, los dirigentes deberán transparentar cada peso que reciben y ejercen, así como rendir cuentas. No se puede utilizar el argumento de la autonomía universitaria para evadir esta responsabilidad. La autonomía de cátedra se garantizará, pero esto no exime que el uso de cada peso se transparente.

Presupuesto UANL

Para entender con mayor claridad la situación financiera de la UANL, expondremos un análisis cuantitativo desmenuzando el presupuesto 2022, así como de los años anteriores.

El presupuesto que ejercerá la universidad es el más alto que ha tenido en toda su historia, será de 9 mil 468 millone 976 mil 927 pesos para el ejercicio de 2022, esto aumenta de los 8 mil 933 millones 351 mil 720 pesos ejercidos durante 2021.

Recibirá 640 millones 259 mil 908 pesos en moneda nacional destinados al Hospital Universitario, así como 28 millones de pesos destinados al Observatorio Astronómico de la UANL, ubicado en el municipio de Iturbide.1

El presupuesto 2022 contempla un aumento de 535 millones 625 mil 207 pesos respecto al año 2021. Como parte de los programas con recursos concurrentes por orden de gobierno tenemos que la Secretaría de Educación Pública aportará al presupuesto de la universidad 5 mil 995 millones 209 mil 165 pesos .

A continuación se presenta una gráfica que ilustra la integración del presupuesto 2022 de la UANL entre aportaciones del gobierno de México, del gobierno de Nuevo León y recaudación propia de la UANL:

En la siguiente tabla se muestra un comparativo de la composición del presupuesto de la Universidad para los ejercicios 2020, 2021 y 2022:

Se ve claramente que el presupuesto para la universidad ha aumentado, en mayor medida por el apoyo de la Federación, este presupuesto debe ir peso por peso enfocado a beneficiar a las y los estudiantes, así como a los usuarios del Hospital Universitario que realiza tan importante labor en la salud de los neoleoneses y en la estrategia de vacunación.

Siempre buscaremos las maneras de fortalecer a nuestra Universidad Autónoma de Nuevo León, reconociendo que es una herramienta fundamental para el bienestar colectivo. Sin embargo, es nuestro deber velar para que cada peso se ejerza para beneficio del alumnado y el fortalecimiento de la Universidad.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 74 y 79 establece la facultad exclusiva de fiscalización del presupuesto de la Federación para la Cámara de Diputados, por medio de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), así como los objetivos de la ASF, órgano técnico especializado de la Cámara de Diputados, encargado de fiscalizar el uso de los recursos públicos federales en los tres Poderes de la Unión; los órganos constitucionales autónomos; los estados y municipios; y en general cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada que haya captado, recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos federales.

Bajo ese fundamento, la Auditoría Superior de la Federación realiza en términos generales, dos tipos de auditoria 2 :

Las Auditorías de Cumplimiento Financiero revisan la recaudación, captación, administración, ejercicio y aplicación de recursos aprobados por la Cámara de Diputados, así como el cumplimiento de la normativa correspondiente.

En este ámbito se incluyen las Auditorías de Inversiones Físicas donde se revisan las obras públicas para evaluar si se cumplen los estándares de calidad previstos, qué tan adecuados son los precios, si la obra fue entregada en tiempo y forma, entre muchos otros aspectos.

Dentro de la modalidad de Cumplimiento Financiero también se desarrollan las Auditorías al Gasto Federalizado, donde se revisa el buen uso de los recursos y cumplimiento de metas y objetivos de los fondos destinados en estados y municipios a renglones como la educación, la salud, la creación de infraestructura básica la atención a pueblos indígenas, el abatimiento de la pobreza y la seguridad pública.

De igual manera, el artículo 136,137 y 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León establece el funcionamiento de la Auditoria Superior del Estado como el organismo autónomo del estado que apoya al Congreso estatal en el desempeño de su función de fiscalización superior.

En esta tesitura, la Auditoria Superior de la Federación detectó supuestas irregularidades a la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL) por montos no solventados, los cuales corresponden a cinco causales:

• Pago de sueldos al personal superiores al tabulador autorizado

• Pago de facturas sin evidencia física de la existencia de bienes

• Pagos de contrato sin número para la renta de licencia de un software

• Entrega de equipo médico fuera de los plazos determinados y la contratación de diversos servicios no realizados.

De acuerdo con información periodística, la falta más grave en la que supuestamente incurrió la administración del entonces rector Rogelio Garza Rivera fue por un monto no solventado de 19 millones 978 mil pesos con la “renta de licencia de uso temporal del software Fielnet, firma electrónica avanzada para la autenticación de entrega de los títulos universitarios”.

Con información de la ASF y de medios de comunicación se desprende que dicha renta supuestamente se hizo con recursos de los Subsidios para Organismos Descentralizados Estatales 2020, contrato sin número, y que no se formalizó al 31 de diciembre de 2020; adicionalmente se verificó con la visita física a las instalaciones de la Dirección de Tecnologías de la Información de la Universidad Autónoma de Nuevo León la no emisión de firmas electrónicas de esa licencia, ni el acreditamiento de las actividades de seguimiento llevadas a cabo por la mencionada dirección.

Derivado de lo anterior, se deben continuar las investigaciones necesarias en todas las áreas para determinar las responsabilidades de las y los funcionarios que pudieran continúar laborando en las instancias en donde la Auditoria Superior de la Federación y la Auditoría Superior del Estado han encontrado supuestas irregularidades.

Con la finalidad de generar un clima de transparencia en los recursos públicos destinados a las instituciones, evitando la mala interpretación de la autonomía que goza la UANL para evitar o obscurecer la rendición de cuentas ante la ciudadanía y en especial a las y los alumnos de esta gran institución, referente regional, nacional e internacional.

Es imperativo que la UANL garantice que los recursos públicos ejercidos y destinados sean siempre en beneficio de las y los alumnos de tan importante institución, con el objetivo de continuar fortaleciendo la credibilidad de las instituciones y funcionarios públicos.

Por lo anterior, es necesario y pertinente el exhorto a la rectoría de la universidad, la intervención de la Auditoría Superior de la Federación y de la Auditoría del Estado de Nuevo León para revisar que la aplicación de los recursos públicos federales y locales sean ejercidos con completa transparencia y que las acciones de las autoridades universitarias favorezcan siempre a la comunidad universitaria y la sociedad neoleonesa.

Por lo expuesto y fundado, con la finalidad de continuar dotando de transparencia y credibilidad a todas las instituciones públicas, en especial a las de Nuevo León, y buscar implementar la certeza presupuestaria en relación con el uso correcto de los recursos provenientes de los impuestos de cada ciudadana y ciudadano, los que suscribimos, diputada Olga Leticia Chávez Rojas y diputado Mauricio Cantú González , sometemos a consideración de esta soberanía, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la rectoría de la Universidad Autónoma de Nuevo León a transparentar y rendir cuentas respecto de los recursos públicos asignados a la institución para este ejercicio de 2022 y lleve a cabo una exhaustiva investigación de los presupuestos asignados en ejercicios presupuestales anteriores, por lo menos desde el año 2019, hasta el año actual.

Asimismo, se exhorta a que garantice y compruebe que las adquisiciones y compras se hagan en el marco de precios competitivos de mercado y con una competencia libre, abierta y democrática entre todos los individuos o empresas interesadas en participar, comprobando que la oferta técnica y financiera son los factores determinantes para obtener un contrato.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Auditoría Superior de la Federación a que intervenga en el ámbito de su competencia y atribuciones legales con las auditorías ya consideradas y las que sean necesarias para determinar la transparencia y correcto uso financiero de la Universidad Autónoma del estado de Nuevo León.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Auditoría Estatal del Estado Libre y Soberano de Nuevo León para que, en el ámbito de su competencia y atribuciones legales intervenga con las auditorias consideradas y las que sean necesarias para determinar la transparencia y correcto uso financiero de la Universidad Autónoma delestado de Nuevo León.

Notas

1 Ley de Egresos del Estado de Nuevo León:

http://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/pdf/lxxvi/
P.%2014735LXXVI%20LEY%20DE%20EGRESOS%20DEL%20EDO%2014122021.pdf

2 Anexos de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León: https://www.nl.gob.mx/sites/default/files/
08._anexos_de_la_ley_de_egresos_del_estado_de_nuevo_leon_para_el_ejercicio_fiscal_2022.pdf

3 Anexos paquete Fiscal 2021: https://www.nl.gob.mx/sites/default/files/anexos_paquete_fiscal_2021.pd f

4 Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2020:

http://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/pdf/
LEY%20DE%20EGRESOS%20DEL%20ESTADO%20EJERCICIO%20FISCAL%202020.pdf

5 Guía para el ciudadano ¿qué es y qué hace la Auditoría Superior de la Federación? (sf).Auditoria Superior de la Federación. Recuperado 10 de noviembre de 2021, de https://www.asf.gob.mx/uploads/58_/LCiudadano_web.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de enero de 2022.

Diputados: Olga Leticia Chávez Rojas y Mauricio Cantú González (rúbricas)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a mantener la autonomía del INECC y el IMTA y a dar publicidad a la importancia de las funciones de ambos, suscrita por el diputado Enrique Godínez del Río, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Enrique Godínez del Río , diputado federal por el estado de Michoacán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en el artículo 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 116 y 122, numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, exhorta de manera respetuosa al Poder Ejecutivo federal a mantener la autonomía del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático y del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua y a no integrarlos a la estructura de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Comisión Nacional del Agua, a darle publicidad a la importancia de las funciones que llevan a cabo ambos institutos y a tomar acciones más efectivas para garantizar la seguridad hídrica y para cumplir con los compromisos climáticos del país , lo anterior al tenor de las siguientes:

Consideraciones

A lo largo de este sexenio, el sector ambiental ha sufrido recortes presupuestales y cambios en su estructura, con el despido de empleados comprometidos con su trabajo y con amplia experiencia profesional, resultando en un sector debilitado bajo una constante amenaza e incertidumbre que le resta capacidad para cumplir con sus obligaciones.

El 17 de diciembre del año pasado sufrió un nuevo golpe. La titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), María Luisa Albores, y el presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, confirmaron la reforma administrativa que resultará en la desaparición del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático y el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua. Supuestamente, las atribuciones y personal del INECC pasarán a formar parte de la Semarnat y en el caso del IMTA, sus actividades se sumarán a la estructura de la Comisión Nacional del Agua (Conagua).

La Secretaria declaró que: “resulta necesario continuar la transformación y el fortalecimiento de las dependencias con alternativas que implican reformas administrativas profundas (...) y eficientar la labor para atender las causas de los problemas ambientales”. Mientras que el Presidente expresó que: “Entre más se ahorre, más dinero liberamos para el bienestar de la gente (...) Y no es un asunto administrativo, es un asunto de principios, no puede haber duplicidad de funciones”.1

Ambas declaraciones han generado polémica, incertidumbre y desconfianza por parte del sector académico y la sociedad civil, así como en funcionarios públicos del propio gobierno federal ya que no se ha presentado información clara y concisa respecto a cómo quedarían integrados estos institutos dentro de las otras dependencias y si tendrían los recursos humanos, financieros y servicios administrativos que requieren para cumplir con las funciones que les otorga la legislación. La misma exdirectora general del INECC, María Amparo Martínez Arroyo, desconoce cómo será el proceso de integración.

El primero de enero la Conagua comunicó en su portal que ya inició dicho proceso y asegura que se robustecerá la administración y preservación de las aguas nacionales con políticas que fortalezcan el conocimiento y la innovación científica y tecnológica y que se respetarán los derechos laborales de los trabajadores, tanto de oficinas como de laboratorios y demás instalaciones que opera el IMTA.2 Sin embargo, se desconoce cómo será la nueva estructura, si continuarán el mismo número de servidores públicos, si seguirán realizando las mismas labores, si habrá reubicación de personal, cambios en los perfiles de las plazas, entre otras cosas. Tampoco hay información sobre el presupuesto que canalizará la Conagua o si se contará con otro tipo de apoyos económicos para garantizar lo que se promete en el comunicado.

Tanto la comunidad científica como asociaciones de la sociedad civil informadas sobre temas climáticos e hídricos, explican que esta simplificación orgánica es un golpe para gestionar desde el conocimiento técnico y científico la formulación de políticas, desarrolladas por organismos auxiliares que necesitan autonomía de gestión. Agregan que además de ser un “retroceso” en materia de derechos humanos, “se contrapone a principios jurídicos previstos en la Constitución y en tratados internacionales suscritos por el Estado mexicano” para atender la crisis del cambio climático.3

El pasado mes de noviembre se discutió y se aprobó el Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2022 y con ellos nos quedó claro que sí hay recursos económicos, pero que estos son asignados sin considerar las prioridades como es la seguridad hídrica y el combate a la emergencia climática.

Importancia de los institutos

El Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático es un organismo de investigación del Estado mexicano que genera e integra investigación técnica y científica en materia de ecología y cambio climático, para apoyar la toma de decisiones. El Instituto fue creado con la entrada en vigor de la Ley General de Cambio Climático.4

El INECC es de gran relevancia toda vez que funge como entidad de coordinación interinstitucional, así como con otras entidades de la república para que la política nacional incluya una perspectiva transversal en temas de bioseguridad, desarrollo sustentable, protección del medio ambiente; informes de la calidad del aire y del desempeño de las redes de monitoreo atmosférico de los estados, preservación y restauración del equilibrio ecológico y conservación de los ecosistemas y cambio climático.

Dentro las aportaciones del INECC se incluyen:

1. Inventario Nacional de Emisiones de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero.

2. Inventario Nacional de Sustancias Químicas y la Evaluación Inicial del Convenio de Minamata.

3. Atlas Nacional de Vulnerabilidad ante el Cambio Climático

4. Índice Nacional de Calidad del Aire.

5. Apoyo en el Diagnóstico Básico para la Gestión Integral de Residuos.

6. Apoyo en el desarrollo del Sistema de Comercio de Emisiones.

El Instituto Mexicano de Tecnología del Agua es un organismo público descentralizado que se aboca a enfrentar los retos nacionales y regionales asociados con el manejo del agua y a perfilar nuevos enfoques en materia de investigación y desarrollo tecnológicos para proteger el recurso y asignarlo de manera eficiente y equitativa entre los distintos usuarios.5

Los objetivos del Instituto son:

1. Contribuir a la gestión sustentable del agua a través del conocimiento, la tecnología, la formación de recursos humanos y la innovación.

2. Incorporar al sector hídrico en la sociedad del conocimiento.

3. Crear un alto valor agregado para las instituciones del sector hídrico mediante el conocimiento, la creación y adaptación de tecnologías y el suministro de servicios tecnológicos altamente especializados.

4. Impulsar el desarrollo de la ciencia y la tecnología del agua, en especial mediante la formación de personal altamente capacitado a nivel especialización y posgrado.

El IMTA dispone de capacidades y competencias específicas que le dan una ventaja competitiva y le permiten agregar valor a los productos y servicios que ofrece a sus clientes y usuarios.

Cuenta con más de 300 especialistas altamente capacitados en la atención de la problemática prioritaria del sector, muchos de ellos con más de 20 años de experiencia y con infraestructura de laboratorios, software y documental única en México.

Su visión es ser una institución líder y de clase mundial que propicie la transformación del sector hídrico e impulse la gestión sustentable del recurso agua en el país. Esta no podrá ser cumplida si no se garantiza su permanencia y su autonomía.

Realiza investigación prospectiva para prever futuros escenarios de oportunidades y riesgos en el sector hídrico. Sus temas de investigación abarcan: seguridad hídrica, calidad del agua y ecología, gobernanza del agua y sistemas hídricos.

El IMTA ha sido una institución clave para el cumplimiento de los derechos humanos al agua y a un medio ambiente sano.

Dentro las aportaciones del IMTA se incluyen:

1. Índices de Seguridad Hídrica a escala municipal

2. Propuesta de política nacional de manejo de aguas transfronterizas México-EUA

3. Sistema de Información de Tarifas de Agua Potable

4. Fortalecimiento de las capacidades en materia hídrica

¿Por qué es grave la desaparición de estos institutos?

Al integrar estos institutos de naturaleza técnica a la Semarnat y a la Conagua, dependencias con funciones principalmente de gestión, administrativas y política pública, se pierde la continuidad en las investigaciones que son la base para la toma de decisiones encaminadas al cumplimiento de la legislación y los compromisos internacionales en materia de manejo de los ecosistemas, mitigación y adaptación al cambio climático y el desarrollo tecnológico e innovación para los recursos hídricos.

Por si fuera poco, en el recientemente aprobado presupuesto de egresos, no se están considerando recursos adicionales para la integración de las funciones de estos institutos en otras dependencias de la administración pública federal.

Dentro de los mayores retos que enfrenta la humanidad son los relativos a la calidad y gestión del agua, debido a que se han convertido en factores limitantes para la salud e higiene de las personas, la producción de alimentos y las estabilidades social y política de los pueblos.6

El agua es la base de todas las actividades económicas, el recurso para garantizar otros derechos como la salud, la educación, la vivienda y en general, el desarrollo humano de todos los mexicanos. Sin el IMTA buscando mejores alternativas para su distribución, uso, saneamiento y conservación será más difícil enfrentar la crisis del agua.

Por otro lado, todos sabemos que la emergencia climática es la mayor crisis que ha enfrentado la humanidad, sin el INECC a cargo de este enorme compromiso, no solo con los mexicanos, si no con todos los países parte de tratados internacionales y con la madre tierra, será imposible acercarse a los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y todas sus consecuencias que ya estamos viviendo, como los desastres naturales cada vez más intensos y frecuentes y las migraciones por la destrucción de ecosistemas y poblaciones humanas.

De acuerdo con el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, la arbitraria decisión de desaparecer al INECC envía un muy desafortunado e incongruente mensaje en cuanto al compromiso que el país tiene para combatir el cambio climático, justo a pocos días de haber concluido la Conferencia de las Partes (COP26) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC), realizada en Glasgow, Escocia, donde México suscribió varias declaraciones para mitigar sus emisiones de Gases Efecto Invernadero (GEI)7 y donde México fue evidenciado como un país con políticas que no van en línea con el Acuerdo de París y por haber presentado en 2020 una Contribución Nacionalmente Determinada (NDC) menos ambiciosa que la presentada en 2015.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Comisión Permanente la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Poder Ejecutivo federal a mantener la autonomía del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático y no integrarlo a la estructura de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Poder Ejecutivo federal a detener el proceso de integración del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua a la Comisión Nacional del Agua y mantener su economía.

Tercero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Poder Ejecutivo federal a darle publicidad a la importancia de las funciones que lleva a cabo el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático y a tomar acciones más efectivas para cumplir con los compromisos climáticos del país.

Cuarto. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Poder Ejecutivo federal a darle publicidad a la importancia de las funciones que lleva a cabo el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua y a tomar acciones más efectivas para garantizar la seguridad hídrica del país.

Notas

1 Científicos y ONG rechazan desaparición del INECC y el IMTA

https://www.eleconomista.com.mx/arteseideas/Cientificos-y-ONG-rechazan-desaparicion-del-
Instituto-Nacional-de-Ecologia-y-Cambio-Climatico-y-el-Instituto-Mexicano-de-Tecnologia-del-Agua-20211219-0020.html

2 https://www.gob.mx/conagua/prensa/da-inicio-el-proceso-de-integracion-e ntre-la-conagua-y-el-imta

3 Idem

4 Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático

https://www.gob.mx/inecc/que-hacemos

5 Instituto Mexicano de Tecnología del Agua

https://www.gob.mx/imta/que-hacemos

6 Regulación de los servicios de agua potable y saneamiento en México. IMTA, 2017.

https://www.imta.gob.mx/biblioteca/libros_html/regulacio n-servicios/files/assets/common/downloads/publication.pdf

7 Desaparecer al INECC y el IMTA debilita aún más la capacidad de México para proteger el medio ambiente y combatir el cambio climáticohttps://www.cemda.org.mx/desaparecer-al-inecc-y-el-imta-debili ta-aun-mas-la-capacidad-de-mexico-para-proteger-el-medio-ambiente-y-com batir-el-cambio-climatico/

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 7 de enero de 2022.

Diputado Enrique Godínez del Río (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal y el Sipinna a fortalecer las acciones para abatir la pobreza multidimensional en la primera infancia, suscrita por la diputada Sayonara Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Sayonara Vargas Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados: y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía proposición con puntos de acuerdo, al tenor de la siguientes

Consideraciones

I. La primera infancia constituye el periodo de la vida, de crecimiento y desarrollo comprendido desde la gestación, hasta los 7 años aproximadamente y que se caracteriza por la rapidez de los cambios que ocurren. Esta primera etapa es decisiva en el desarrollo del ser humano, pues de ella va a depender toda la evolución posterior del niño en las dimensiones motora, lenguaje, cognitiva y socioafectiva, y definirá las habilidades que una persona tendrá el resto de su vida, así como también, le permitirán desenvolverse para alcanzar su pleno potencial en el futuro.

Esto implica una atención integral para las madres en gestación y posteriormente a niñas y niños durante dicho periodo, con un acceso efectivo a las condiciones mínimas de bienestar como son: educación, servicios de salud, seguridad social, calidad y espacios de la vivienda y acceso a la alimentación, ya que la ausencia de cualquiera de estas, afectaría gravemente su desarrollo físico, socioemocional y cognitivo, causando severas dificultades en la escuela, en el trabajo y en sus relaciones sociales de por vida.

En efecto, la Organización de los Estados Americanos, sostiene que es de vital importancia orientar a las mujeres embarazadas acerca del desarrollo cerebral de su bebé en la etapa prenatal, ya que su estado de salud y también su bienestar emocional, pueden influir y perfilar este proceso. Al respecto, cabe señalar que, aunque las corrientes sanguíneas de la madre y su hijo están separadas por la barrera placentaria, existen varias sustancias que pueden traspasar esta barrera, influenciando el desarrollo cerebral del feto (los nutrientes, vacunas, drogas, vitaminas, alcohol, nicotina, entre otros).

Asimismo, es necesario considerar que hay otros factores de riesgo que pueden influir en el desarrollo del bebé: edad y estado nutricional de la madre, rayos X, enfermedades y desórdenes maternos, herpes genital, enfermedades virales, toxemia del embarazo, factor RH negativo en la sangre, estado emocional de la madre, estrés, enfermedades genéticas del padre, transmisión de virus del padre a la madre y la salud paterna.

Las experiencias de la madre durante esta etapa determinan, favorablemente o no, las fases posteriores del desarrollo del nuevo ser humano. Las exposiciones a sustancias nocivas, tóxicas o radiactivas durante la etapa prenatal dañan e interrumpen irreversiblemente el normal desarrollo del sistema nervioso - y esto se debe a que la señalización y la regulación de la expresión genética durante la fase temprana del desarrollo neural son vulnerables a los efectos de las mutaciones genéticas, por lo que las acciones de muchos fármacos y toxinas pueden comprometer la formación y organización de un sistema nervioso normal.

La insuficiencia o el exceso de nutrientes elementales durante los primeros meses de vida intrauterina disminuye significativamente la consolidación de estructuras nerviosas en el feto, mientras que una nutrición adecuada en la vida temprana y en el desarrollo postnatal permite el fortalecimiento de los procesos de aprendizaje en posteriores etapas.

La nutrición fetal prepara el escenario para la función del cerebro en la vida posterior al nacimiento; de allí la importancia de una buena nutrición materna. El ácido fólico es esencial para la formación de nuevas células, pues promueve las enzimas que ayudan a la producción del material genético. Su ingesta es importante, principalmente, en la etapa anterior e inicial del embarazo, ya que en las primeras semanas de este se inicia la neurogénesis, y el cerebro empieza a desarrollarse.

En ese sentido, una vez que nace el producto, es de capital importancia tener en cuenta en el desarrollo y maduración cerebral del infante a la nutrición. El cerebro de los niños requiere de determinados nutrientes (cierto tipo de ácidos grasos), además del agua, glucosa, sal, entre otros, para cumplir con funciones esenciales como la neurotransmisión y la neurogénesis, así como para protegerse contra el estrés oxidativo. Cabe resaltar que, indiscutiblemente, el alimento más completo y rico en todos los aspectos para los bebés es la leche materna. Investigaciones realizadas han demostrado que los ácidos grasos encontrados en la leche materna son ideales para el desarrollo del sistema nervioso, además de poseer cualidad inmunitaria y psicológica.

Para la etapa posnatal, ya podemos observar aspectos importantes que van perfilando el desarrollo infantil, como algunas características anatómicas, funcionales y sensoriales que reflejan el nivel de desarrollo del sistema nervioso del neonato.

Después del nacimiento, las experiencias del día a día del bebé van a jugar un papel importante en el desarrollo de su cerebro. El número de nuevas sinapsis se incrementa de forma exponencial en el periodo postnatal, especialmente durante las primeras dos semanas de vida. En esta etapa del desarrollo, la producción de nuevas neuronas (neurogénesis) y la conexión entre ellas (sinaptogénesis) aumentan la posibilidad de modificación en la función cerebral (plasticidad cerebral), que depende principalmente de las primeras experiencias.

Por esta razón, una buena educación, información y atención de los padres durante la primera infancia es crucial para la maduración del cerebro, especialmente para las estructuras encargadas de la afectividad y la memoria.

Los seres humanos requerimos de una experiencia posnatal significativa para adaptarnos al nuevo entorno y aprender una forma de comunicación que nos permita sobrevivir en él.

Los últimos estudios realizados por la OEA, señalan que las canciones de cuna, las conversaciones de la mamá con su bebé, su tono y timbre de voz desde los momentos iniciales de la vida ayudarán al bebé a producir y decodificar los sonidos del habla que constituirán la base del lenguaje, pues las experiencias del día a día modificarán los circuitos neuronales durante los periodos denominados críticos para el aprendizaje del lenguaje hablado.

El rol del afecto en esta etapa temprana, además del sueño y la nutrición, es fundamental para la maduración neurobiológica y el desarrollo emocional, motriz y cognitivo de los niños. Actualmente, ya sabemos de la importancia del vínculo afectivo desde el inicio de la vida, que permite al bebé adaptarse al entorno, regular su ansiedad, confiar en sí mismo, buscar su autonomía y, principalmente, regular el funcionamiento de todas las estructuras cerebrales relacionadas con las emociones y el comportamiento.

De acuerdo con el estudio realizado por Kurt Fischer, desde el nacimiento hasta aproximadamente los 25 años, el cerebro presenta una serie de “estirones” reflejados, por ejemplo, en el crecimiento de la cabeza, la actividad cerebral y la densidad de las conjunciones sinápticas entre las ramificaciones dendríticas, por mencionar algunas.

Según Fischer, durante los tres primeros meses de vida hay tres “estirones”, cada uno acompañado por nuevas habilidades relacionadas a los instintos primitivos y los reflejos de supervivencia. Cada una de las experiencias vividas durante estas etapas, y en las posteriores que se presenten, prepararán y conducirán al cerebro hacia un nuevo “estirón”.

Para ilustrar lo anteriormente dicho, Fischer nos invita a considerar los siguientes ejemplos: entre la tercera y cuarta semana de vida, el bebé puede seguir objetos con su vista y tratar de agarrar aquellos que son puestos en su mano. Entre la séptima y octava semana el bebé empieza a actuar por reflejos, de tal manera que al escuchar la voz de su madre o padre dirigirá sus ojos hacia el origen del sonido, y al ver un objeto que llame su atención, tratará de agarrarlo con su mano. Entre la décima y décimo primera semana, ya no sólo dirigirá sus ojos hacia su madre al escuchar su voz, sino que tratará de responderle con una sonrisa o algún otro gesto o movimiento; de igual manera, al ver aquel objeto de su agrado abrirá los dedos tratando de alcanzarlo.

Investigaciones realizadas por la Child Trauma Academy demostraron que las experiencias desfavorables durante la infancia –como la violencia familiar, la negligencia, el abuso, el maltrato y hasta la depresión de los padres– pueden afectar de manera traumática a un niño, ejerciendo una fuerte influencia en su salud mental o, en grados más elevados, provocando una contención del desarrollo de su cerebro.

Los estudios realizados en los orfanatos sobrepoblados de Rumania (Ames, 1997) –donde cientos de bebés y niños pasaron la mayor parte de su tiempo echados, hambrientos, sin relaciones interpersonales, sin comunicación, sin juego y atención adecuada– dieron a conocer que la mayoría de los niños de dos y tres años no caminaban, no hablaban ni jugaban. Sus cerebros escaneados mostraban inactividad en los lóbulos temporales, responsables de varias habilidades auditivas, lingüísticas, y emocionales. Muchos de ellos, aunque adoptados por familias canadienses, no lograron un desarrollo acorde a la edad cronológica.

Indudablemente, las investigaciones acerca del desarrollo del cerebro, han demostrado que es justamente en la primera infancia donde se asientan las bases para funciones cerebrales superiores como la memoria, el razonamiento lógico, el lenguaje, la percepción espacial y visual, la discriminación auditiva, entre otras. De la misma forma, es también en la primera infancia que se construye la plataforma para el desarrollo de los talentos. Entender el proceso de desarrollo cerebral y los principios regidos por el sistema nervioso relacionados con el aprendizaje y la conducta, marcará una enorme diferencia en el rol de los padres y educadores con relación al desarrollo de los talentos.

Teniendo en cuenta que todas estas experiencias van a influenciar en el cerebro del infante, es de suma importancia propiciar oportunidades, recursos y ambiente adecuados, ya que en pocos años los niños y niñas tendrán que aprender muchas cosas: escuchar, hablar, caminar, escribir, leer, interpretar el mundo que los rodea, seleccionar, clasificar, inferir, entre tantas otras capacidades, base para todos los aprendizajes posteriores.

Lo anterior, son factores que deben ser tomados en cuenta en la implementación de políticas públicas y sociales, puesto que todo ello conforma un conglomerado que repercutirá en el bienestar de las niñas y niños en su primera infancia.

II. El Estado mexicano tiene una serie de obligaciones contraídas por compromisos internacionales, uno de ellos, suscrito ante la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI) es la de Metas Educativas 2021:la educación que queremos para la generación de los bicentenarios, en la que se concluyó que de muy poco servirían los esfuerzos en mejorar la calidad de la educación si millones de niños continúan pasando hambre y no acceden a un puesto escolar hasta los cinco o seis años, razonamiento que puso de relieve la importancia de atención a la primera infancia.

En efecto, a decir de la OEI, la pobreza, y sobre todo la pobreza extrema de las familias, tiene un efecto devastador en la infancia, pues conduce a la desnutrición, con sus secuelas en la salud de los niños, en su desarrollo y en su aprendizaje. En la región, la desnutrición global afecta al 7,2 por ciento de los menores de cinco años, lo que supone casi cuatro millones de niños. La tasa de escolarización de niños de cinco años no llega al 50 por ciento en varios países, lo que indica que en las edades anteriores el porcentaje es bastante menor.

Económicamente, resulta más costoso e incluso irreversible para una sociedad, la falta de intervención oportuna durante la primera infancia; las niñas y niños que crecen con los cuidados adecuados, constituyen una fuerza de cambio social positiva que da lugar a una sociedad más educada, fuerte y de mayor cohesión; en cambio, la malnutrición, las enfermedades, pobreza y el rezago social solo traen consigo personas desvalidas y con menores oportunidades intelectuales, psicomotrices y con problemas de sociabilidad, especialmente para quienes se encuentran en condiciones adversas y son más propensas a caer en la desigualdad social.

Con la aprobación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en 2014, que derivó en la creación del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) en 2015, se logró un importante avance en la adecuación normativa e institucional de protección a la niñez.

Sin embargo, persiste una enorme desigualdad en México para millones de niños y niñas que cursan por la Primera Infancia que no pueden acceder efectivamente a las condiciones mínimas de bienestar, como lo establece el último informe de la estimación de la pobreza multidimensional 2018-2020 emitido por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en el que pone en evidencia los yerros de la Estrategia Nacional de Atención a la Primera Infancia (Enapi), planteada por el Sipinna, que refleja que no está siendo diseñada, focalizada, implementada, y reformulada adecuadamente en sus líneas de acción para atender a las niñas y niños de Primera Infancia en México, dejándoles desprotegidos, como lo reflejan los siguientes datos:1, 2

- De la población en México en condición de pobreza, 54.3 por ciento corresponde a niñas y niños de primera infancia; es decir, más de la mitad, sufre esta condición.

- Los menores de 6 años son los más afectados de la población en pobreza extrema (11.8 por ciento) con 3 o más derechos sociales vulnerados.

- En 20 de 32 entidades federativas (62.5 por ciento) se incrementó el porcentaje de niños en primera infancia en condición de pobreza entre 2018 y 2020.

- Mientras, entre 2018 y 2020 en 26 de 32 entidades federativas (81.2 por ciento) se incrementó el porcentaje de niños en pobreza extrema que cursan por la primera infancia.

A escala nacional

- 1 de cada 2 niñas y niños menores de seis años se encuentra en condición de pobreza multidimensional.

- 6 de cada 10 niñas y niños menores de 6 años carecen de seguridad social.

A su vez, incrementaron en la primera infancia los indicadores de

- Situación de pobreza: 52.5 por ciento - 54.3 por ciento.

- Pobreza extrema: 9.9 por ciento - 11.8 por ciento.

- Rezago educativo: 12.9 por ciento - 14.8 por ciento.

- Carencia de acceso a servicios de salud: 17.6 por ciento - 31.1 por ciento

- Carencia de acceso a alimentación de calidad: 23.7 por ciento - 24.3 por ciento.

Datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo3 de 2017 muestran que

- Tres cuartas partes (73.3 por ciento) de los 48 millones de mujeres de 15 años y más han sido madres, esto es 35.2 millones.

- El 41.1 por ciento de las madres de 15 años y más no cuenta con educación básica terminada, cifra que duplica a quienes no son madres (20.5 por ciento). En contrapartida, solo 23.9 por ciento de las madres tiene educación media superior o superior, frente a 42.5 por ciento de las mujeres que no son madres.

- Para las mujeres de 30 años y más, la proporción de quienes han tenido al menos un hijo nacido es de 90.2 por ciento, lo que nos indica que el ser madres es un hecho que forma parte de la gran mayoría de las mujeres en nuestro país. De ellas, 38.0 por ciento tienen de uno a dos hijos e hijas; casi la mitad (47.1 por ciento) entre tres y cinco hijas e hijos, y 14.9 por ciento de ellas tienen seis o más.

- Para las mujeres hablantes de lengua indígena, la Tasa Global de fecundidad es de 2.98 hijos por mujer; para las mujeres sin instrucción escolar es 3.30 hijos por mujer, en tanto que para aquellas con instrucción media superior y superior es de 1.79.

- La proporción de embarazos no planeados o no deseados aumentó de 33.4 por ciento en 2009, a 36.5 por ciento en 2014, incremento que es mayor entre los grupos de edad más jóvenes: entre las adolescentes de 15 a 19 años de edad que se encontraban embarazadas al momento de la encuesta, aumentó de 40.4 por ciento a 48.5 por ciento en el lapso mencionado; mientras que entre las mujeres de 20 a 24 años pasó de 32.6 por ciento a 38.3 por ciento.

Lo anterior, nos indica que es necesaria la intervención del Estado en materia de políticas públicas que intervengan en el curso educativo, nutricional y de desarrollo social, con perspectiva de género e interculturalidad, durante la gestación del producto, pues el sector poblacional femenino, tiene características diversas que hacen indispensable una planeación diferenciada para los sectores urbanos, rurales e indígenas.

La ENAPI debe ser reformulada para contemplar la atención de la primera infancia desde la etapa de gestación, pues la estrategia contempla este periodo de crecimiento, de manera superficial como un aspecto “recomendable”, pero como ya se expuso en líneas anteriores, la OEA y la OEI ponen énfasis en la atención de la madre gestante, por los aspectos nutricionales, intelectuales y de crecimiento integral del producto, que de no atenderse, ponen en riesgo el adecuado crecimiento y desarrollo del niño en los primeros meses de vida.

La pobreza multidimensional desempeña un papel importante, y se acrecienta en regiones históricamente segregadas, como refleja la estimación de pobreza multidimensional de 2018-2020 del Coneval, que señala que los índices más altos los tiene Chiapas, con 36.3 por ciento; Guerrero, 33.8; Oaxaca, 25.6; Veracruz, 16.9; y Campeche, 16.9.

Lo anterior es de suma importancia atenderlo con prontitud, pues debemos entender que somos una federación, y somos tan fuertes o tan débiles como la entidad federativa con mayores carencias y atrasos, por lo que no podemos voltear la vista y desentendernos de lo que están sufriendo los infantes y las madres en gestación en estas regiones.

Las políticas sociales ya no pueden estar basadas únicamente en criterios unidimensionales sin corresponsabilidad para las y los beneficiarios. Es necesario que se vuelvan a implementar mecanismos que condicionen los apoyos sociales, al cumplimiento de obligaciones sociales de los beneficiarios, entre los que se incluyen la educación y capacitación de las mujeres en situación de embarazo, con el fin de que el producto cuente con mejores condiciones de nacimiento y crecimiento durante la primera infancia.

De no corregirse el rumbo y el mecanismo de implantación de políticas sociales, se corre el riesgo de tener infantes desnutridos, con bajo nivel intelectual y desarrollo psicomotriz, lo que por consecuencia va a acarrear jóvenes y adultos con bajo rendimiento integral, y fuerza laboral física e intelectualmente deficiente, lo que va a acentuar la brecha social a futuro entre los que no tienen nada y los que tienen todo.

México cuenta con las necesidades operativas e institucionales para avanzar en la cobertura de derechos fundamentales de la primera infancia, pero los indicadores señalan que parecieran invisibles para la política social de México; por lo que es necesario que desde el Ejecutivo federal, el Sipinna y sus miembros integrantes tomen acciones para una mayor y mejor coordinación de las instancias y niveles del gobierno, así como la articulación de nuevos programas, estrategias y acciones con una verdadera focalización de este sector, la primera infancia.

Finalmente, la pandemia del Covid-19 (coronavirus) representa una amenaza para el avance de la educación en todo el mundo y particularmente con los infantes ubicados en la etapa de la primera infancia, debido al cierre de los centros escolares. Por ello se deben realizar esfuerzos importantes para contrarrestar sus efectos, como lo son la pérdida de aprendizajes, un aumento en la deserción escolar y mayor iniquidad.

Por lo que se refiere a la formación escolar que abarca el primer ciclo de educación infantil, el preescolar y los primeros años de la primaria, es una etapa fundamental para el desarrollo físico y emocional de los niños y niñas, en esta etapa se logra promover la igualdad de género y se tiene un gran impacto en la equidad y reducción de la desigualdad y la pobreza infantil, es en esta etapa en donde se asientan las bases de la personalidad y del desarrollo, es en la primera infancia en donde se construyen los pilares que sostendrán el crecimiento y desarrollo de los niños.

Sin duda, las escuelas de preescolar han tenido que reinventarse para seguir ofreciendo apoyo a las familias, y de manera más reciente y en la medida que se avanza hacia un retorno a las clases de manera presencial, las instituciones educativas necesitan asegurarse de que ello se de en entornos seguros, que se logre atender la deserción y que se comience con la recuperación de aprendizajes.

En estas condiciones, la reapertura de los planteles es complejo, por lo que se debe estar preparados para que esto se de manera escalonada y gradual, teniendo presente posibles ciclos de nuevos cierres debido a incrementos en los contagios, es por ello que las acciones que se definan como parte de la política pública en este ámbito deben estar encaminadas a una mayor y mejor coordinación entre las diferentes instancias y niveles de gobierno involucradas, así como de una mejor articulación de los programas, estrategias y acciones por implantar.

Por lo expuesto someto a consideración la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal y a los integrantes del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes a reformular la Estrategia Nacional de Atención a la Primera infancia, con el objetivo de considerar la atención a la Primera Infancia desde la gestación, y adecuar los mecanismos de políticas públicas en virtud de evidenciar un bajo rendimiento en los indicadores de estimación de pobreza multidimensional 2018-2020 del Coneval.

Segundo. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal y a los integrantes del Sistema Nacional De Protección Integral De Niñas, Niños Y Adolescentes a generar un plan emergente para abatir pobreza extrema en niñas y niños de primera infancia en los Estados de Chiapas , Guerrero, Oaxaca, Veracruz y Campeche en razón de ser las entidades que cuentan con una mayor estimación de pobreza multidimensional.

Tercero. Se exhorta a los titulares del Ejecutivo federal y de la Secretaría de Salud a implementar un programa de talleres y cursos, que incluyan monitoreo de los avances y progresos, así como la distribución de suplementos alimenticios a mujeres embarazadas, en lactancia y a niños y niñas de 6-59 meses de edad, con el objeto de garantizar el adecuado desarrollo de la Primera Infancia.

Cuarto. Se exhorta a los titulares del Ejecutivo federal y de la Secretaría de Educación a la ampliación de la Estrategia Nacional para el Regreso a Clases Presenciales en las Escuelas de Educación Básica, para contar con un programa específico que favorezca la incorporación escalonada y progresiva a las clases presenciales de los niños que se encuentran en el nivel de preescolar y los primeros años de la primaria en sus diferentes modalidades (indígena, comunitaria y general), teniendo como referencia la matrícula por plantel, los espacios y recursos disponibles y la naturaleza de los aprendizajes, a fin de garantizar el acceso a la educación de calidad y con ello contribuir al desarrollo de la primera infancia.

Quinto. Se exhorta a los titulares del Ejecutivo federal y de la Secretaría de Salud a implantar un programa de vacunación ante el Covid-19 para los niños de 5 años o menos, con el propósito de garantizar su salud y su incorporación a las clases presenciales y con ello contribuir al correcto desarrollo de la primera infancia.

Notas

1 Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Medición multidimensional de la pobreza en México 2018-2020. México, 5 de agosto de 2021. Disponible en Medición de pobreza 2018-2020 (coneval.org.mx)

2 Pacto por la Primera Infancia. 2021. Hallazgos preliminares sobre la clasificación de pobreza en primera infancia: un análisis del Pacto por la Primera Infancia a partir de los datos del Coneval, México: Pacto por la Primera Infancia.

3 https://www.gob.mx/inmujeres/articulos/las-madres-en-cifras

Palacio Legislativo San Lázaro, a 7 de enero de 2022.

Diputada Sayonara Vargas Rodríguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa y diversas autoridades de salud a establecer protocolos de actuación para erradicar la violencia obstétrica, suscrita por la diputada Yolanda de la Torre Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Yolanda de la Torre Valdez, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento lo dispuesto en los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

I. Conceptualización

Según el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP)1 , la violencia obstétrica se define como una forma específica de violencia ejercida por profesionales de la salud hacia las mujeres embarazadas, en labor de parto y el puerperio.

Agrega que este tipo de violencia constituye una violación a los derechos reproductivos y sexuales de las mujeres, a partir del maltrato físico y verbal, así como la práctica injustificada de cesáreas.

Detalla que entre las situaciones de violencia que experimentan las mujeres durante la atención obstétrica, se encuentran:

1. Maltrato físico.

2. Humillación y abuso verbal.

3. Procedimientos autoritarios para imponer un método anticonceptivo a las mujeres o para realizar una cesárea.

4. Violación a la confidencialidad.

5. Violación a la privacidad.

6. Obtención de consentimiento de forma involuntaria o con deficiencia en la información.

7. Negación al tratamiento.

8. Detención de las mujeres y los recién nacidos en las instalaciones debido a la imposibilidad para pagar.

Por su parte la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres2 , refiere que La violencia obstétrica se genera con el maltrato que sufre la mujer embarazada al ser juzgada, atemorizada, humillada o lastimada física y psicológicamente.

Enlista parte de los actos constitutivos de violencia obstétrica:

1. Practicar el parto por cesárea, existiendo las condiciones para realizar un parto natural, sin el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer.

2. Obligar a parir acostada y/o inmovilizada;

3. Negar u obstaculizar la posibilidad de cargar y amamantar al bebé o la bebé inmediatamente al nacer; y

4. No atender oportuna y eficazmente las emergencias obstétricas.

Ante los constantes casos de violencia obstétrica la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud, han realizado las siguientes recomendaciones para un parto en condiciones dignas.

• Para el bienestar de la nueva madre, un miembro elegido de su familia debe tener libre acceso durante el parto y todo el periodo postnatal.

• Las mujeres que dan a luz en una institución deben conservar su derecho a decidir sobre vestimenta (la suya y la del bebé), comida, destino de la placenta y otras prácticas culturalmente importantes.

• El recién nacido sano debe permanecer con la madre siempre que sea posible.

• Debe recomendarse la lactancia inmediata, incluso antes de que la madre abandone la sala de partos.

• Después de una cesárea debe recomendarse normalmente un parto vaginal.

• La ligadura de las trompas de Falopio no es una indicación de cesárea.

• La monitorización fetal electrónica sólo debe efectuarse en casos cuidadosamente seleccionados.

• Se recomienda controlar la frecuencia cardiaca fetal.

• No está indicado rasurar el vello pubiano o administrar un enema antes del parto.

• Debe recomendarse caminar durante la dilatación, y cada mujer debe decidir libremente qué posición adoptar durante el expulsivo.

• No está justificado el uso sistemático de la episiotomía.

• La inducción del parto debe reservarse para indicaciones médicas específicas.

• Durante el expulsivo debe evitarse la administración rutinaria de analgésicos o anestésicos.

• No está justificada la rotura precoz artificial de membranas como procedimiento de rutina.

• Se requieren más estudios para valorar cuál es el mínimo de ropa especial que deben llevar quienes atienden al parto o al recién nacido.

Roberto Castro y Sonia M. Frías, miembros del Centro Regional Investigaciones Multidisciplinarias (CRIM, UNAM), y autores de Violencia obstétrica en México: resultados de la ENDIREH 2016, puntualizan que la violencia obstétrica incluye gritos, ofensas, amenazas, omisiones y castigos, así como procedimientos autoritarios para imponer un método anticonceptivo a las mujeres o para realizar una cesárea, a los cuales se ha llamado “atención no autorizada”.

Aunque hay múltiples definiciones de violencia obstétrica, en términos generales, ésta puede ser concebida como aquella que es ejercida por el profesional de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres. Por otro lado, además de representar una violación a los derechos reproductivos de las mujeres, también trasgrede otros como son el derecho a la igualdad, a la no discriminación, a la información, a la integridad, y por supuesto, a la salud.

II. Estadísticas

la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH, 2016)3 , nos permite vislumbrar la magnitud del problema, ya que los resultados son alarmantes.

• Sufrió gritos y regaños durante el parto (11.2 por ciento)

• Dijo que el personal se tardó “mucho en atenderla porque decían que gritaba o se quejaba mucho” (10.3 por ciento).

• Fue ignorada cuando preguntaba sobre el parto o su bebé (9.9 por ciento)

• Fue obligada a permanecer en una posición incómoda o molesta (9.2 por ciento)

• Sufrió ofensas y humillaciones del personal (7 por ciento)

• Señaló que el personal se negó a anestesiarla o ampliar el bloqueo para disminuir el dolor, sin dar explicaciones (5 por ciento)

• Tras el parto, le impidieron ver, cargar o amamantar a su bebé, durante más de 5 horas y sin causa alguna o sin que les informaran qué causó la tardanza (3.2 por ciento)

• Fue presionada para que le pusieran un dispositivo o la operaran para ya no tener hijos (9.2 por ciento)

• Se les realizó alguno de estos procedimientos, sin avisarles o sin su consentimiento (4.2 por ciento)

• Reportó haber sido obligada a firmar un papel sin conocer de qué se trataba (1.7 por ciento)

• Mujeres que tuvieron cesárea, y no se les informó con claridad que era necesaria (10.6 por ciento) y 9.6 por cento no otorgó su autorización.

En cuanto a los nacimientos por cesárea durante 2020 se tiene registro que por primera vez se superó a la cifra de partos naturales, llegando a ser más de 50 por ciento, de acuerdo con datos preliminares del Subsistema de Información sobre Nacimientos (Sinac) de la Secretaría de Salud. Esto a pesar de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda que dicho método no supere 15 por ciento de los nacimientos en un país.

III. Justificación

“Pregunté por la causa de la muerte de mi bebé, pero no quisieron darme ninguna explicación”, “Recuerdo vagamente que me dio una hoja de papel para firmar y tomó mi mano para poner mi huella digital sin ninguna explicación”, “Si estuviste buena para embarazarte tienes que aguantar el dolor del parto”, “No entiendo por qué no me dejaron respirar y hacerlo sola”, “tú eres muy bajita y por eso necesitas una cesárea”, “No podía soportar el dolor y ahí me enteré de lo que me habían hecho”, “No me dejaron elegir como parir”.

Son solo algunas de las historias de mujeres que han vivido algún tipo de violencia durante el embarazo, en labor de parto o en el puerperio, no son casos aislados, ya la Organización de las Naciones Unidas (ONU) calificó en 2019 a la violencia obstétrica como un fenómeno generalizado, y la Organización Mundial de la Salud la ha calificado como una clara violación de los derechos humanos de las mujeres.

La violencia se ha vuelto sistémica, desde posiciones de poder se siguen reproduciendo prácticas que van en contra de recomendaciones internacionales y nacionales, se vulneran los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, y se atenta contra el interés superior de la niñez, basta con revisar los testimonios de mujeres que padecido violencia obstétrica o con revisar los resultados de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares para darnos cuenta de que las mujeres son violentadas durante cada una de las etapas en el camino que representa volverse madres, quitándoles momentos de alegría para llenarlas de momentos amargos.

Lo preocupante es el aumento acelerado de partos mediante cesaría durante la pandemia, llegando a superar más de 50 por ciento, por encima de los partos naturales, situación que debe atenderse, considerando que estamos lejos de lo recomendado por Organización Mundial de la Salud (15 por ciento).

Por tal motivo es impostergable que eliminemos toda clase de violencia contra las mujeres y en especial la violencia obstétrica, concientizando al personal médico, estableciendo protocolos de actuación, pero sobre todo dando seguimiento a las políticas, acciones y estrategias encaminadas a resolver esta sensible problemática.

Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la a la Secretaría de Salud, y a sus homologas en las 32 entidades federativas, así como al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que, en el ámbito de sus atribuciones establezcan protocolos de actuación para erradicar la violencia obstétrica.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la a la Secretaría de Salud, y a sus homologas en las 32 entidades federativas, así como al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que, en el ámbito de sus atribuciones realicen un informe detallado de las políticas, acciones y estrategias que han implementado en la materia a raíz de las recomendaciones y exhortos que se han realizado al sector salud.

Notas

1 Recuperado en https://www.insp.mx/avisos/5138-dia-violencia-mujer-obstetrica.html

2 Retomado en https://www.gob.mx/conavim/articulos/sabes-en-que-consiste-la-violencia -obstetrica?idiom=es

3 Retomado en https://www.inegi.org.mx/programas/endireh/2016/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de enero de 2022.

Diputada Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Profeco a establecer medidas de estricta vigilancia para garantizar a los usuarios de gas natural tarifas objetivas y proporcionales al consumo real, así como continuar el seguimiento puntual de la acción colectiva en sentido estricto 314/2019 con el propósito de resarcir las pérdidas económicas sufridas por clientes de Naturgy, suscrita por la diputada Lidia Pérez Barcenas, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Lidia Pérez Bárcenas, diputada a la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

El gas natural es un combustible que se distribuye por medio de tuberías localizadas bajo tierra que llegan hasta la vivienda. El gas natural se utiliza tanto para el consumo doméstico, así como combustible industrial y de automotores.

Derivado de su forma de distribución, el sector del gas natural residencial constituye un monopolio, esto se debe a su infraestructura de producción y al alto nivel de inversión que exige. En el mismo sentido, podría pensarse que el gas natural compite con bienes como la electricidad o el gas licuado de petróleo; sin embargo, es altamente costoso pasar de una fuente de energía a otra pues, el usuario, tendría que hacer el cambio de su línea blanca, presumiéndose así, una barrera de entrada. Por esto, es que los órganos reguladores establecen vigilancia estricta en la relación de estas empresas con sus clientes y fijan tarifas máximas o precios que limitan la intención de obtener ganancias extraordinarias a partir de su poder de mercado.

Dicho lo anterior, es evidente que, ante los abusos de una empresa de gas natural, el usuario difícilmente puede ejercer su derecho de libre elección para cambiar de proveedor debido a la composición de la red de distribución. Adicionalmente, no sería sencillo mudarse de fuente de energía pues el cliente estaría obligado a adquirir línea blanca de diferente tecnología causándole un fuerte desembolso, evitando con ello la sustitución de esta fuente de energía.

Recapitulando, en caso de recibir un mal servicio por parte del proveedor de gas natural, el cliente queda incapacitado para ejercer el derecho que el mercado le confiere de adquirir bienes aparentemente sustitutos, por lo que se ve obligado a recurrir a los reguladores del sector o, en su caso, con aquellas instituciones que protegen los derechos del consumidor.

Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) mediante la Encuesta Nacional sobre Consumo de Energéticos en Viviendas Particulares1 (Encevi) 2018, el consumo de energía en el sector residencial da cuenta de una cuarta parte del consumo final total mundial de energía y se integra por aquellas actividades de uso final del consumo de energéticos en viviendas particulares: la cocción de alimentos, iluminación, refrigeración, calentamiento de agua, calefacción y enfriamiento de espacios, además del uso de electrodomésticos.

El análisis realizado por dicha institución sobre México, consta de un tamaño de muestra de 32 mil 47 viviendas proyectada a 33 millones de hogares lo que se traduce en usuarios y de estos, según el propio estudio, sólo 7.3 por ciento utilizan gas natural, es decir, 2 millones 409 mil.

De acuerdo a la Asociación Mexicana de Gas Natural, hoy en día existen seis compañías distribuidoras de gas natural en México para el uso doméstico. Cada una de las empresas de gas natural cuenta con servicio en diferentes ciudades y zonas del país.2

• Gas Natural Naturgy México SA de CV. Mejor conocida como Gas Natural Fenosa o Gas Natural México forma parte de un grupo multinacional del sector energético presente en más de 30 países. Son pioneros en la distribución de gas natural y la generación de electricidad ofreciendo servicio a hogares, comercios e industrias en nueve zonas del territorio mexicano. La empresa de gas natural Gas Natural Naturgy México SA de CV México proporciona sus servicios a más de 1.8 millones de hogares y comercios en las siguientes zonas del país: Aguascalientes, Ciudad de México, Celaya, Irapuato, León, Monterrey, Nuevo Laredo, Saltillo, San Luis Potosí, Toluca y Zacatecas.

• Gas Natural del Norte. La empresa Gas Natural del Norte también es conocida como Gas Natural Juárez y ofrece sus servicios de suministro tanto para el uso doméstico como para el consumo industrial en Ciudad Juárez, Nuevo Casa Grandes y Ciudad Cuauhtémoc.

• Ecogas. Forma parte de una de las primeras compañías de gas natural en invertir en el mercado energético en el país. Es una de las compañías líder en la industria de gas natural dentro de cuatro ciudades del norte de la República Mexicana como son: Chihuahua, Torreón, Durango y Mexicali.

• Engie. Esta compañía de gas natural está dedicada a la distribución y transporte de dicho combustible cubriendo varias de las zonas industriales importantes del país y su distribución para el uso doméstico se encuentra disponible en las siguientes ciudades: Ciudad de México, Guadalajara, Puebla, Querétaro, Matamoros, Reynosa, Tampico. Tlaxcala y Mérida.

• Mexicana de Gas. Esta compañía es una empresa cien por ciento mexicana dedicada a la comercialización de gas natural residencial, comercial e industrial ofrece sus servicios de suministro de gas natural en el estado de Nuevo León dentro del área metropolitana de Monterrey.

• Gas Natural del Noreste. Gas Natural del Noreste es una compañía mexicana de servicios de gas natural que forma parte de Grupo SIMSA y ofrece sus servicios en: Hermosillo, Torreón, Texcoco, Naucalpan y Pachuca.

De las empresas mencionadas, “Gas Natural Naturgy México SA de CV”, anteriormente conocida como “Gas Natural Fenosa”, manifiesta en su sitio de internet que cuenta con alrededor de 2 millones de usuarios en 56 ciudades de la República Mexicana, mientras que la Asociación Mexicana de Gas Natural señala que dicha empresa cuenta con 1.8 millones de usuarios. La misma empresa también sugiere en otra de las secciones de su página de internet que sólo atiende a 1.65 millones de clientes.

Con tal información, queda claro que la empresa proveedora de gas natural denominada Gas Natural Naturgy México SA de CV, es una empresa dominante en el mercado de gas natural doméstico, pues de un mercado de 2.5 millones de usuarios, por sí sola otorga el servicio a 1.8 millones de usuarios, lo que representa 72 por ciento del mercado.

Haciendo un ejercicio similar, con información del portal de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) durante el periodo comprendido del año 2018 al 2021, en el caso particular de Gas Natural Naturgy México SA de CV, la misma aparece con 3 mil 925 quejas,3 mientras que el resto de las empresas suman, durante el mismo periodo, tan sólo 155. Si consideramos que Gas Natural Naturgy México SA de CV tiene 72 por ciento del mercado de gas natural doméstico, esto debería reflejarse, bajo condiciones normales, de manera más o menos equitativa en el número de quejas recibidas ante Profeco, sin embargo, de las quejas recogidas por esa institución, 96 por ciento van dirigidas únicamente contra Gas Natural Naturgy México SA de CV, es decir, 24 por ciento más que aquello que le correspondería proporcionalmente.

De los tipos de quejas que se registran ante la Profeco contra Gas Natural Naturgy México SA de CV, los más comunes son los siguientes:

• Producto o servicio no solicitado o autorizado.

• Negativa a la rescisión de contrato.

• Error de cálculo (diputados del Partido Acción Nacional señalaron que, en lugar de hacer lecturas sobre instrumentos de medición, Naturgy hace estimaciones hasta 30 por ciento de sus clientes).4

• Negativa a la entrega de productos o servicios.

• Negativa a corregir errores de cobro.

• Cobro de cuota extraordinaria.

• Por alteración de precio o tarifa máxima al usuario final.

Tan solo de las 2 mil 210 quejas presentadas ante la Profeco de 2017 a 2019, se desprende que Naturgy realizó cobros indebidos que oscilan entre 41 por ciento hasta 288 por ciento por al menos 14 servicios adicionales que originalmente no fueron solicitados o aceptados expresamente por los consumidores y cobrados injustificadamente.

Como reacción a tal cantidad de quejas, el 8 de julio de 2019, la Profeco5 tuvo a bien presentar ante el Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México una demanda contra el proveedor denominado GAS NATURAL NATURGY MÉXICO SA DE CV o GAS NATURAL FENOSA, misma que representó inicialmente a 285 consumidores, por más de 2.4 millones de pesos por concepto de cobros indebidos y excesivos en los años 2017, 2018 y 2019. Dicha demanda fue admitida como acción colectiva el 2 de octubre de 2019 por el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil de la Ciudad de México dentro del expediente 314/2019.6

Sin embargo, el 20 de octubre de 2020 su titular, Francisco Ricardo Sheffield Padilla, declaró que la demanda colectiva aún se encontraba en tribunales. De hecho, Profeco en su página de internet sigue exhibiendo los formatos para que más usuarios se adhieran a la demanda colectiva y aún no aparece ningún resultado definitivo, pues su portal exhibe el estado procesal de la acción colectiva como “Recurso de apelación promovido por parte de Profeco”.7

Por otro lado, la Profeco informó el 9 de agosto de 2019 que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aceptó modificar los términos del permiso de distribución a la empresa, el cual, inicialmente, le permitía hacer cobros discrecionales y arbitrarios a sus clientes. Como resultado, se modificarían varios anexos relativos a Términos y Condiciones para la prestación del servicio, Procedimiento de Estimación de Consumo y Solicitud de Prestación del Servicio de Distribución con Comercialización de Gas Natural para Usuarios Finales de Bajo Consumo.8 De igual manera, se prevé establecer las causas por las cuales los consumidores podrán rescindir el contrato de servicio, entre las cuales se encuentra incumplimiento de la empresa al contrato de servicios y cuando no comience la prestación del servicio en la fecha estipulada en dicho contrato.

De acuerdo al proyecto de resolución de la CRE, Gas Natural Naturgy México SA de CV deberá presentar semestralmente a la CRE un registro desagregado de forma mensual que muestre por tipo de usuario el consumo total facturado, distinguiendo el volumen realmente medido y estimado, los ingresos por facturación estimada y medida, consumos corregidos facturados, y la empresa está obligada a registrar y mantener el contrato para la prestación del servicio de distribución a consumidores ante la Profeco.

El 29 de noviembre de 2021, la CRE realizó una sesión pública ordinaria con la finalidad de dictaminar varios proyectos de resolución entre ellos, aquél por el que se aprueba la modificación del permiso número G/041/DIS/98, otorgado a Comercializadora Metrogas SA de CV (Naturgy) de distribución de gas natural por medio de ductos en lo relativo a los términos y condiciones para la prestación del servicio. Sin embargo, al pasado mes de diciembre, no se tenía conocimiento de las modificaciones realizadas al permiso de Naturgy por parte de la CRE.

Dicho título de permiso de distribución de gas natural para la zona geográfica del Distrito Federal, G/041/DIS/98, del 03 de septiembre de 1998 es el que otorga el derecho a Gas Natural Naturgy México SA de CV para distribuir gas natural por medio de ductos de manera residencial propio para el consumo doméstico, sin embargo, existen seis permisos más para distribuir gas natural en diferentes zonas geográficas por la misma empresa. Estos permisos son:

1. Permiso número G/19838/DIS/2016, otorgado a Comercializadora Metrogas, S.A. de C.V.

2. Permiso número G/015/DIS/97, otorgado a Naturgy México, S.A. de C.V.

3. Permiso número G/018/DIS/97, otorgado a Naturgy México, S.A. de C.V.

4. Permiso número G/021/DIS/97, otorgado a Naturgy México, S.A. de C.V.

5. Permiso número G/033/DIS/98, otorgado a Naturgy México, S.A. de C.V.

6. Permiso número G/081/DIS/2000, otorgado a Naturgy México, S.A. de C.V.

En dichos títulos se establecen los mecanismos por los cuáles el permisionario deberá proveer el servicio de distribución de gas natural, la forma como deberá hacer el cobro y las instituciones que establecerán las tarifas del bien a ofrecer y los diferentes tipos de conclusión del permiso. En este sentido, el punto 10.7 menciona las causas de revocación del permiso, entre las cuáles se encuentra:

“10.7. Revocación del Permiso

Este permiso podrá ser revocado por la Comisión cuando el permisionario incurra en cualesquiera de los supuestos siguientes:

I...II...

III.- Realice prácticas indebidamente discriminatorias en perjuicio de los usuarios o viole los precios y tarifas que apruebe la Comisión y que esté obligado a observar en los términos de las disposiciones 8.1 a 8.6 anteriores;”

Adicionalmente, la Ley de Hidrocarburos señala:

“Artículo 54.- Los permisos podrán terminar por cualquiera de las causas siguientes:

I al III...

IV. Revocación;”

Asimismo, el artículo 56 de la misma ley establece:

“Artículo 56.- La Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía podrán, en el ámbito de sus competencias, revocar los permisos expedidos en los términos establecidos en esta Ley.

Los permisos podrán revocarse por cualquiera de las causas siguientes:

I. Incumplir sin causa justificada y autorización de la Secretaría de Energía o de la Comisión Reguladora de Energía, según corresponda, con el objeto, obligaciones o condiciones del permiso;

II. Realizar prácticas indebidamente discriminatorias en perjuicio de los usuarios;

III. No respetar la regulación en materia de precios y tarifas, incluida la correspondiente en materia de contabilidad regulatoria, así como los términos y condiciones que, en su caso, llegare a fijar la autoridad competente o, en su caso las disposiciones que los regulan.

IV...”

En cuanto a la competencia para revocar el permiso, el reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos, señala en su artículo 5o., fracción V, que “Corresponde a la Comisión regular y supervisar, así como otorgar, modificar y revocar los permisos para la comercialización y expendio al público de gas natural y petrolíferos.

Por último, la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, en su artículo 41, fracción I, confiere a la CRE la atribución de regular y promover el desarrollo eficiente del expendio al público de gas natural, por lo que deberá ser tarea fundamental de esta dependencia de la administración pública federal centralizada, con carácter de Órgano Regulador Coordinado en Materia Energética, atender de manera puntual las demandas de los usuarios de gas natural que se han visto afectados por los abusos mencionados previamente y de manera reiterada por la empresa Gas Natural Naturgy México SA de CV.

Derivado del análisis plasmado en este documento se concluye que, con motivo de actos repetitivos como los cobros indebidos, la aplicación de métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, la aplicación de cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios, el préstamo de servicios adicionales a los originalmente contratados no solicitados o aceptados expresamente por los usuarios, así como la aplicación de cargos sin previo consentimiento del consumidor, todos constatados por las quejas ante Profeco, las cuáles derivaron en una demanda civil colectiva, es necesario insistir en la vigilancia y verificación de la empresa Gas Natural Naturgy México SA de CV, y velar que porque se respeten los precios y tarifas establecidos por la autoridad competente.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor, en términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a establecer medidas de estricta vigilancia para garantizar, a las y los usuarios de gas natural, tarifas objetivas y proporcionales a su consumo real, así como continuar con el seguimiento puntual a la Acción Colectiva en Sentido Estricto 314/2019 con la finalidad de resarcir las pérdidas económicas que sufrieron los usuarios de la empresa Naturgy, derivadas del incumplimiento de precios y tarifas.

Notas

1 Inegi, CONUEE, SENER. Encuesta Nacional sobre Consumo de Energéticos en Viviendas Particulares. México 2018. Recuperado de https://www.inegi.org.mx/

2 MORALES, Lourdes. Empresas de Gas Natural en México. 2020. México. Recuperado de https://tarifasdeluz.mx/gas-natural/companias

3 Buró Comercial. Comportamiento comercial. México 2021. Profeco. Recuperado de https://burocomercial.profeco.gob.mx/

4 MARTÍNEZ, Perla. Acusan a Naturgy de subir 757% los cobros “al tanteo”. 31 de marzo de 2019. Reforma . México. Recuperado de https://www.reforma.com/

5 Procuraduría Federal del Consumidor. Presenta Profeco demanda colectiva contra Gas Natural Naturgy. 11 de julio de 2019. Profeco. México. Recuperado de https://www.ob.mx/

6 IBARRA NAVARRETE, Luis Alberto. ACCIÓN COLECTIVA 314/2019. Consejo de la Judicatura Federal. Ciudad de México. 02 de octubre de 2019. Recuperado de https://www.cjf.gob.mx/

7 LÓPEZ OBRADOR, Andrés Manuel. Versión estenográfica de la conferencia de prensa matutina del Presidente Andrés Manuel López Obrador. 24 de mayo de 2021. Recuperado de https://lopezobrador.org.mx/

8 Procuraduría Federal del Consumidor. Logra Profeco se acepten modificaciones en permiso de gas natural de Naturgy México. PROFECO. 09 de agosto de 2019. Recuperado de https://www.gob.mx/

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 7 de enero de 2022.

Diputada Lidia Pérez Bárcenas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la SEP a garantizar como protocolo para el regreso a clases presenciales la realización de pruebas Covid-19 gratuitas en escuelas y centros escolares, suscrita por la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 59 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes:

Consideraciones

De acuerdo con el gobierno federal, el manejo de la contingencia sanitaria ha sido adecuado y han disminuido los casos de hospitalizaciones por Covid-19, tal es el caso que en la conferencia de prensa matutina del presidente de la República celebrada el pasado 28 de diciembre de 2021, el subsecretario de la Secretaría de Salud (Ssa), Hugo López Gatell, informó que el porcentaje de hospitalizaciones por el virus Covid-19 ha disminuido 92 por ciento, en comparación con el máximo registrado a principios de 2021. Asimismo, de acuerdo con su informe, la ocupación de camas generales únicamente representa 13 por ciento de su capacidad y de camas con ventilador sólo 11 por ciento.1

Aunado a lo anterior, el subsecretario de la Ssa López Gatell señaló que la población que se priorizará para su cuidado y vacunación contra el virus Covid-19 será la población adulta mayor de 60 años de edad, señalando que los países que tienen mayor número de vacunas, optan por llevar a cabo la vacunación de niños de un rango de edad de 5 a 11 años. Sin embargo, este no es el caso de nuestro país, debido a que el gobierno federal sólo implementará la vacunación contra el Covid-19 a la población con 15 años o más, y llevará a cabo la vacunación de niños con 12 años o más, cuando estos cuenten con alguna de las enfermedades diagnosticadas que aumenten su riesgo al contagiarse del virus Covid-19.2

Lo anterior, va en contra del exhorto realizado por la oficina europea de la Organización Mundial de la Salud (OMS) el pasado 7 de diciembre de 2021, dirigido a las distintas naciones de la comunidad internacional, para llevar a cabo medidas de protección de niños ante la pandemia por Covid-19, por lo que Hans Kluge, director de la OMS Europa señaló que “...la vacunación de los niños más jóvenes no solo reduce su papel en la transmisión, sino también los protege de casos severos asociados con el Covid de larga duración o con síndromes inflamatorios multisistémicos.”.3

A pesar de esto, recientemente la titular de la Secretaría de Educación Pública (SEP), Delfina Gómez, informó del regreso a clases presencial en las escuelas públicas y particulares, mismo que se llevaría a cabo el lunes 3 de enero de 2022,4 informando que este regreso sería de una manera responsable, segura y ordenada frente a la presente contingencia sanitaria provocada por el virus Covid-19, informando lo ya señalado por el subsecretario de la Ssa, respecto del refuerzo de vacunación que se realizará al personal educativo a principio del año 2022, ya que son uno de los tres ejes de priorización de la política de vacunación, junto con las personas adultas mayores y el personal de salud, siendo que estos dos últimos grupos de priorización fueron vacunados durante diciembre de 2021.5

Por esta razón, las autoridades educativas han solicitado a las madres, padres y tutores de los educandos, su apoyo para que este regreso a clases presencial pueda llevarse a cabo, señalando que actualmente son casi 82 millones de personas vacunadas, de los que 89 por ciento cuentan con el esquema de vacunación completa.6

Cabe señalar que han pasado aproximadamente 7 meses desde que se llevó a cabo la vacunación del personal docente, sin embargo, esta vacunación no contempla a una gran parte de la comunidad educativa, tal como las niñas, niños y adolescentes, a pesar de registrarse casos confirmados de Covid-19 ante el regreso a clases en septiembre de 2021 en entidades federativas como Morelos, Guanajuato, Jalisco, estado de México, y Puebla, sin garantizar las condiciones sanitarias necesarias en los centros educativos, exponiendo el aumento de contagios por Covid-19, no sólo para los alumnos y para los docentes y personal educativo en general, sino también los contagios de estos a sus familias, entre los que se encuentran muchas personas vulnerables, tales como adultos mayores o personas con enfermedades crónico degenerativas, mujeres embarazadas, etcétera.7

Diversos medios informativos han señalado que nuestro país es el país con mayor mortalidad por cada 100 casos de Covid-19 en la comunidad internacional, de acuerdo con un estudio titulado Análisis de mortalidad, realizado por la Universidad Johns Hopkins, por lo que nuestro país obtuvo 7.5 por ciento de mortalidad por cada 100 casos confirmados de Covid-19, siendo el mayor porcentaje, seguido de países como Bulgaria con 4.1 por ciento de mortalidad, Hungría con 3.1 por ciento de mortalidad, Rusia con 2.9 por ciento de mortalidad y Brasil con 2.8 por ciento de mortalidad, siendo porcentajes mucho menores al porcentaje registrado por nuestro país.8

Ahora bien, México es el quinto país con mayor número de defunciones por cada 100 mil habitantes, con un resultado de 234.78 muertes por cada 100 mil personas. Sin embargo, el octavo puesto lo ocupa nuestro vecino fronterizo Estados Unidos de América con un resultado de 251.66 muertes por cada 100 mil habitantes, es decir sólo hay una diferencia de número de defunciones de 16.88 personas, a pesar de representar tres veces menos el número de su población.9

Asimismo, se reportó que México es el quinto país a nivel internacional con mayor número de muertes por Covid-19 con un total de 299 mil 544 defunciones, solo por detrás de países como Estados Unidos de América con 826 mil 419 decesos; Brasil con 619 mil 401; India con 481 mil 893, y Rusia con 305 mil 96 muertes por Covid-19. Estas cifras resultan sumamente alarmantes y aún mas ante la variante conocida como omicron, que de acuerdo con Global Initiative on Sharing All Influenza Data , México es el segundo país del continente latinoamericano con mayor número de contagios de esta variante de Covid-19, en menos de un mes.10

Por esta razón, ha dado inicio la cuarta ola de Covid-19 en nuestro país, alertada por Ramiro López Elizalde, Director Normativo de Salud del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) el pasado 2 de enero de 2022, en donde la institución informó de un incremento en el número de contagios en todo el territorio nacional, debido principalmente a la nueva variante del Covid-19 omicron, y la percictencia de variantes anteriores como la variante delta. Asimismo, se advierte que incrementará la ocupación hospitalaria y las solicitudes de licencias médicas, señalando que será “una posible conversión e incremento en número de camas disponibles.” Cabe señalar que de acuerdo con la Ssa se informó que actualmente existen 46 mil casos activos de Covid-19 en nuestro país,11 y en cuanto al avance de vacunación, hay un total de 89.1 millones de personas con al menos una dosis de vacunación, y 72 millones 49 mil 124 personas con el esquema completo de vacunación, representando 89 por ciento de la población que se encuentra inmunizada, reafirmando lo ya señalado por el subsecretario de la Ssa a finales de diciembre de 2021.12

En ese sentido, y ante el inminente regreso a clases de forma presencial, se tomó la decisión por parte de las autoridades educativas de 10 entidades federativas, de posponer este regreso a clases presencial previsto el 3 de enero de 2022, por lo que las entidades federativas que pospusieron el regreso presencial a clases hasta el 10 de enero de 2022 fueron Chihuahua, Guanajuato, Nuevo León y Tamaulipas.13

Asimismo, las entidades federativas que anunciaron su regreso a clases presenciales para el próximo 17 de enero de 2022, fueron Baja California, Baja California Sur, Hidalgo, Quintana Roo y Yucatán.14

Únicamente Coahuila señaló que su regreso a clases de forma presencial dependerá de las condiciones climatológicas.15 Por esta razón, la titular de la SEP señaló que respeta las decisiones de las autoridades educativas y de salud locales, sin embargo, insistió en la importancia de este regreso a clases de forma presencial el cual busca “fortalecer el aprendizaje y las cuestiones socioafectivas de los estudiantes”, por lo que se recomienda a las madres, padres y tutores, el vigilar los síntomas que lleguen a presentar sus hijas o hijos, tales como fiebre, tos, catarro o escurrimiento nasal, informando en todo momento a las autoridades escolares o al personal docente.16

Ante esta situación, el titular del Ejecutivo federal, señaló durante la conferencia de prensa presidencial celebrada el pasado 4 de enero de 2022, que se tienen vacunas pagadas hasta julio de 2022 contempladas para brindarles refuerzos de vacunación a adultos mayores de 60 años, así como al personal de la salud y al personal educativo, y posteriormente a la población de adultos con un rango de edad de entre 50 a 60 años, y así sucesivamente; asimismo, señaló que la nueva variante omicron ha ido en aumento en cuanto a número de contagios, pero no hay un incremento de número de hospitalizaciones o de defunciones. Por último, indicó que la aplicación de las vacunas contra el Coivd-19 se garantizará para la población mayor de 15 años y hasta 18 años, teniendo que esperar su turno para ser inmunizados, y señaló que el refuerzo de la vacunación del personal educativo no interferirá con las clases presenciales, esperando un ciclo escolar con sujeción al calendario emitido por la SEP.17

Por esta razón, tanto lo señalado por el titular del Poder Ejecutivo federal, así como por el subsecretario de la Ssa, el gobierno federal no pretende llevar a cabo la vacunación de niñas, niños y adolescentes menores de 15 años, a pesar de lo ya señalado por la OMS.18 En ese sentido es fundamental poder garantizar la salud y la vida no solo de las niñas, niños y adolescentes ante el presente regreso a clases de forma presencial, sino también de sus familiares, por lo que el gobierno federal debe tomar las medidas necesarias para evitar los contagios en la población estudiantil que regresa a clases presenciales, a través de la implementación de pruebas Covid-19 gratuitas en las escuelas y centros educativos; Asimismo, para evitar que esto genere un mayor costo económico, se debe llevar a cabo la vacunación de este grupo de población de niñez y adolescencia, y de esta forma, disminuir el número de contagios que han ido en aumento tan solo en los últimos días. Asimismo, hasta el 2 de enero de 2022 suman un total de 4 millones 8 mil 648 casos confirmados de Covid-19 en nuestro país, registrándose en esa fecha el número más alto de contagios en un día desde hace 5 meses, con un total de 15 mil 184 contagios en un solo día.19

El Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes ha informado que al 31 de diciembre de 2021 existen 82 mil 977 menores confirmados, de los cuales 15 mil 568 van de 0 a 5 años, 20 mil 162 de 6 a 11 años y 47 mil 247 de 12 a 17 años. De igual forma se han reportado 817 defunciones.20

Por lo anterior, no se puede llevar a cabo un regreso a clases de forma segura sin la inmunización a través de la vacunación de las niñas, niños y adolescentes con rango de edad de 5 a 17 años de edad, por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública, para que garantice como protocolo para el regreso a clases de forma presencial, la realización de pruebas Covid-19 gratuitas en las escuelas y centros escolares, con la finalidad de garantizar un regreso a clases de forma segura y responsable, ante el incremento de contagios generados por la cuarta ola de Covid-19

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud, para que lleve a cabo la vacunación contra el virus Covid-19 a las personas con rango de edad de 5 a 17 años de edad, priorizando la de los educandos que han regresado a clases presenciales, con la finalidad de garantizar un regreso a clases de forma segura y responsable, ante el incremento de contagios generados por la cuarta ola de Covid-19.

Notas

1 AMLO. Versión estenográfica de la conferencia de prensa matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador. Disponible en: https://lopezobrador.org.mx/2021/12/28/version-estenografica-de-la-conf erencia-de-prensa-matutina-del-presidente-andres-manuel-lopez-obrador-6 57/

2 Ídem.

3 DW. OMS llama a proteger a los niños, ahora los más afectados por la pandemia. Disponible en: https://www.dw.com/es/oms-llama-a-proteger-a-los-ni%C3%B1os-ahora-los-m %C3%A1s-afectados-por-la-pandemia/a-60042794

4 Expansión Política. “La SEP presume como `listo´ el regreso a clases para este lunes 3 de enero”. Disponible en: https://politica.expansion.mx/mexico/2022/01/02/la-sep-presume-como-lis to-el-regreso-a-clases-para-este-lunes-3-de-enero

5 Infobae. Regreso a clases: La SEP se dijo lista para volver a las aulas de manera presencial este lunes 3 de enero. Disponible en: https://www.infobae.com/america/mexico/2022/01/02/regreso-a-clases-la-s ep-se-dijo-lista-para-volver-a-las-clases-presenciales-este-lunes-3-de- enero/

6 Ídem.

7 El Financiero. A una semana del regreso a clases presenciales, ¿qué estados tienen casos de Covid en escuelas?, Disponible en: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2021/09/03/a-una-semana-del-re greso-a-clases-presenciales-que-estados-presentan-casos-de-covid-en-esc uelas/

8 Infobae. Covid-19: México es el país con mayor mortalidad por cada 100 casos en el mundo, Disponible en: https://www.infobae.com/america/mexico/2022/01/04/covid-19-mexico-es-el -pais-con-mayor-mortalidad-por-cada-100-casos-en-el-mundo/

9 Ídem.

10 Ídem.

11 El Financiero. ISSSTE alerta que México entró a la cuarta ola de Covid-19, Disponible en: https://www.elfinanciero.com.mx/salud/2022/01/03/issste-alerta-que-mexi co-entro-a-la-cuarta-ola-de-covid-19/

12 El Financiero. México inicia 2022 con 89.1 millones de mexicanos vacunados contra Covid-19, Disponible en: https://www.elfinanciero.com.mx/salud/2022/01/02/mexico-inicia-2022-con -891-millones-de-mexicanos-vacunados-contra-covid-19/

13 Aristegui Noticias. 10 estados posponen regreso a clases presenciales por Covid-19, Disponible en: https://aristeguinoticias.com/0301/mexico/10-estados-posponen-regreso-a -clases-presenciales-por-covid-19/

14 Ídem.

15 Ídem.

16 El Financiero. Clases presenciales 2022: Estos son los estados que no vuelven a las aulas este 3 de enero, Disponible en: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2022/01/03/clases-presenciales -2022-estos-son-los-estados-que-no-vuelven-a-las-aulas-este-3-de-enero/

17 Infobae. AMLO garantizó la vacunación contra Covid-19 a mayores de 15 años, Disponible en: https://www.infobae.com/america/mexico/2022/01/04/amlo-garantizo-la-vac unacion-contra-covid-19-a-mayores-de-15-anos/

18 El Financiero. México no considera vacunar a menores de 15 años: López-Gatell, Disponible en:

https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2021/12/28/mexi co-no-considera-vacunar-a-menores-de-15-anos-lopez-gatell/

19 La Razón. Covid-19: México supera los 4 millones de casos confirmados y registra más de 15 mil contagios en 24 horas, Disponible en: https://www.razon.com.mx/mexico/covid-19-mexico-supera-4-millones-casos -confirmados-registra-15-mil-contagios-24-horas-465953

20 https://twitter.com/SIPINNA_MX/status/1478096180215230464/photo/1

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, el 7 de enero de 2022.

Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la FGR y los OIC de las instituciones de seguridad pública estatales y municipales a detectar y sancionar a los elementos a su cargo que circulen en vehículos particulares sin placas o se justifiquen con engomados o credenciales de cualquier organización para evadir su responsabilidad, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputado Emmanuel Reyes Carmona, integrante de la LXV Legislatura del Grupo Parlamentario del Morena, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Históricamente la función policial dentro de las instituciones de seguridad ha ocupado un lugar primordial e imprescindible en materia de seguridad ciudadana, siendo de extrema importancia que éstas sean eficientes para reforzar la legitimidad que conlleva.

La función policial está ligada completamente con los objetivos de mantener la seguridad y el orden, dentro del territorio al que están adscritos, haciendo cumplir las leyes, previniendo el delito, garantizando así el orden y la paz pública, al mismo tiempo que es de suma importancia investigar y perseguir a los responsables de delitos de cualquier índole.

En este mismo orden de ideas, es lógico que quienes están encargados de salvaguardar la seguridad de las y los mexicanos mediante la correcta aplicación de las leyes, sean los primeros que deben cumplirlas, bien es sabido que “el buen juez, por su casa empieza”.

Cabe señalar que las instituciones de seguridad realizan día a día una labor titánica para evitar que el país sucumba ante el crimen, no obstante, este punto de acuerdo es elaborado bajo la premisa de que nada ni nadie está por encima de las leyes que hoy nos rigen, especialmente quienes esta encargados de hacerlas respetar.

No es extraerse que producto de la impunidad que se vivía en los gobiernos anteriores, fue que los policías gozaban de inmunidad ante las repercusiones legales que pudieran tener debido a ciertos actos y comportamientos. Uno de estos hechos y/o beneficios de los que muchas y muchos policías “gozan” radica en que si alguno de ellos cuenta con auto particular, estos no sienten la necesidad de cumplir con sus obligaciones administrativas que esto conlleva, por ejemplo el trámite de la licencia de conducir así como placas para su circulación.

Bajo el argumento de que son servidores públicos en materia de seguridad, muchos de estos elementos de seguridad se amparan ante los cuestionamientos de sus compañeros si llegan a ser detenidos y en muchos casos, este argumento basta para pasarlo por alto que se les permita transitar, provocando así una doble falta, tanto del que incurre como del que lo permite.

“La Secretaría de Seguridad Pública Estatal (SSPE) advirtió a los agentes de la Comisión Estatal de Seguridad, de la Policía Municipal y Seguridad Vial, que no permitirán que utilicen autos sin placas o amparados con engomados de cualquier organización, porque serán decomisados.

El secretario Emilio García Ruiz informó que se les prohibió que lleven sus autos particulares americanos o ‘chuecos’ a las estaciones o delegaciones de Policía y Tránsito, porque van a sufrir del aseguramiento y sanciones como cualquier persona.

El jefe policíaco señaló que se debe actuar primero con los de casa y luego contra los ciudadanos que poseen autos de modelos recientes que no tienen placas o son amparados con cualquier engomado pafo .

Debemos poner el ejemplo, sabemos que hay muchos policías con ese tipo de vehículos pero no se les va a tolerar, la ley es pareja y se hace con ánimo de mejorar la situación, de disminuir la inseguridad”.1

Es pertinente mencionar que las y los integrantes de las instituciones de seguridad, también son ciudadanos y deben acatar las reglas ya establecidas para acreditar correctamente con un bien, en este caso, con vehículos automotores.

Basta de utilizar el famoso charoleo para evadir las responsabilidades como servidores públicos, de valerse de “contactos” para esquivar sanciones y que hagan lo que les convenga, es momento de actuar y demostrar que, por encima de la ley, nadie y bajo la ley, todos. Por los argumentos anteriormente expuestos, someto ante esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta con absoluto respeto a la autonomía de la Fiscalía General de la Republica, así como a los órganos de control interno de las instituciones de seguridad pública a nivel estatal y municipal para detectar y sancionar a los elementos a su cargo que circulen sin placas en vehículos particulares o se justifiquen con engomados o credenciales de cualquier organización, para evadir su responsabilidad.

Nota

1 El Diario Mx . “Advierten autoridades a policías que no utilicen autos sin placas”. Disponible en:
https://diario.mx/juarez/advierten-autoridades-a-policias-que-no-utilicen-autos-sin-placas-20200902-1703674.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión de Permanente, a 7 de enero de 2022.

Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades sobre la inclusión, la no discriminación, la diversidad y la igualdad laboral en México, suscrita por la diputada Yolanda de la Torre Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita Yolanda de la Torre Valdez, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 78, párrafo segundo, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como a sus homólogas en las 32 entidades federativas para que implemente una campaña y protocolos a favor de la inclusión, la no discriminación, diversidad e igualdad laboral; a la administración pública tanto federal como de las 32 entidades federativas para que fomente e impulse el trabajo de las personas en situación de vulnerabilidad desde una perspectiva de inclusión, no discriminación, diversidad e igualdad laboral; y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que revise y analice los incentivos fiscales que se otorgan al sector empresarial que impulsa la contratación de personas en situación de vulnerabilidad desde una perspectiva de inclusión, no discriminación, diversidad e igualdad laboral, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Hablar de diversidad e inclusión significa que todas y cada una de las personas tengan igualdad de oportunidades, sin importar su grupo étnico, país de procedencia, preferencia sexual, raza, discapacidad, género, edad o incluso, intereses personales. No se trata sólo de oportunidades de empleo, sino de que las personas se sientan seguras de ser quiénes son, y que sus diferentes experiencias, valores y perspectivas sean apreciadas, en vez de ser algo que las perjudique en cualquier ámbito de que se trate, para que la persona tenga un crecimiento en lo profesional y, por ende, en lo personal.

Bajo esta tesitura, para el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) la inclusión se puede entender como:1

• Un proceso, una interminable búsqueda de la comprensión y respuesta a la diversidad en la sociedad.

• Aquella que concierne a la identificación y reducción de barreras, barreras que ponen obstáculos a la participación.

• Es aprender a vivir, aprender y trabajar juntos; es compartir las oportunidades y los bienes sociales disponibles.

En el libro La inclusión laboral en México: Avances y Retos, expedido por el gobierno y la administración pública federal la inclusión se define como:2

• Una aspiración, una política pública, una exigencia dentro de una sociedad incluyente, en la que todos sus miembros ejercen sus derechos sociales y, por tanto, ninguno es marginado o desfavorecido.

• La pluralidad de las personas, pero sobre todo a las diferencias individuales, entendiendo que la diversidad no es un problema, sino una oportunidad para promover la incorporación y la participación activa de la sociedad en la economía, en la educación, en el trabajo y, en general, en todos los procesos sociales. El fin es lograr una sociedad más equitativa, que beneficie a las personas independientemente de su condición, haciendo ajustes permanentes para permitir la participación de todos y valorando el aporte de cada persona.

En este sentido es que, en México, la inclusión laboral puede considerase un tema de importancia y relevancia reciente, a pesar de que, durante toda la historia, se han visto constante luchas sociales por el reconocimiento y garantía de la igualdad, la inclusión, la diversidad y la no discriminación laboral.

Sin embargo, al paso de los años a la inclusión e igualdad se les ha buscado dar un nuevo enfoque, el cual ha permitido sentar las bases para consolidar una política de derechos humanos, que facilite la incorporación efectiva de los grupos vulnerables de la sociedad en la vida social y económica del país.

Es por ello por lo que la igualdad laboral, la no discriminación, la inclusión y la diversidad constituyen, en su conjunto, el derecho fundamental que posibilita el ejercicio de los demás derechos humanos, y es esa la razón por la que se encuentran instituidos en diversos instrumentos internacionales, tales como:

• Declaración Universal de Derechos Humanos, la cual en el artículo 23, numerales 1, 2, 3 y 4 insta que: “1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo; 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual; 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social, y 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses”.

• Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, precisa en el artículo 6, numeral 1 que: “Los Estados parte en el presente Pacto reconocen el derecho a trabajar, que comprende el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado, y tomarán medidas adecuadas para garantizar este derecho y numeral 2. Entre las medidas que habrá de adoptar cada uno de los Estados Parte en el presente Pacto para lograr la plena efectividad de este derecho deberá figurar la orientación y formación técnico profesional, la preparación de programas, normas y técnicas encaminadas a conseguir un desarrollo económico, social y cultural constante y la ocupación plena y productiva, en condiciones que garanticen las libertades políticas y económicas fundamentales de la persona humana”.

De igual manera en el artículo 7, establece la obligación de los Estados partes en el presente Pacto de reconocer el derecho de toda persona al goce de condiciones de trabajo equitativa y satisfactoria que le aseguren en especial, principalmente: a) Una remuneración que proporcione como mínimo a todos los trabajadores; b) Un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna especie; en particular, debe asegurarse a las mujeres condiciones de trabajo no inferiores a las de los hombres, con salario igual por trabajo igual. Así como el de garantizar para todas las personas de ser promovidas, dentro de su trabajo, a la categoría superior que les corresponda, sin más consideraciones que los factores de tiempo de servicio y capacidad en el trabajo que estas desempeñen.

• Declaración Americana de los Deberes y Derechos del Hombre, señala en el Artículo XIV que, “Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones dignas y a seguir libremente su vocación, en cuanto lo permitan las oportunidades existentes de empleo y que toda aquella persona que trabaja tiene derecho de recibir una remuneración que, en relación con su capacidad y destreza le asegure un nivel de vida conveniente para sí misma y su familia”.

• Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales -Protocolo de San Salvador- el cual precisa en el Artículo 6, todo lo concerniente al Derecho al Trabajo, estableciendo que “Toda persona tiene derecho al trabajo, el cual incluye la oportunidad de obtener los medios para llevar una vida digna y decorosa a través del desempeño de una actividad lícita libremente escogida o aceptada. De igual manera que los Estados parte se comprometen a adoptar las medidas que garanticen plena efectividad al derecho al trabajo, en especial las referidas al logro del pleno empleo, a la orientación vocacional y al desarrollo de proyectos de capacitación técnico-profesional, particularmente aquellos destinados a los minusválidos. Los Estados parte se comprometen también a ejecutar y a fortalecer programas que coadyuven a una adecuada atención familiar, encaminados a que la mujer pueda contar con una efectiva posibilidad de ejercer el derecho al trabajo”.

Asimismo, en el artículo 7 se insta lo referente a las condiciones justas, equitativas y satisfactorias de Trabajo para lo que “Los Estados partes en el presente Protocolo reconocen que el derecho al trabajo al que se refiere el artículo anterior, supone que toda persona goce del mismo en condiciones justas, equitativas y satisfactorias, para lo cual dichos Estados garantizarán en sus legislaciones nacionales, de manera particular: a) Una remuneración que asegure como mínimo a todos los trabajadores condiciones de subsistencia digna y decorosa para ellos y sus familias y un salario equitativo e igual por trabajo igual, sin ninguna distinción, b) El derecho de todo trabajador a seguir su vocación y a dedicarse a la actividad que mejor responda a sus expectativas y a cambiar de empleo, de acuerdo con la reglamentación nacional respectiva; c) El derecho del trabajador a la promoción o ascenso dentro de su trabajo para lo cual se tendrán en cuenta sus calificaciones, competencia, probidad y tiempo de servicio; d) La estabilidad de los trabajadores en sus empleos, de acuerdo con las características de las industrias y profesiones y con las causas de justa separación. En casos de despido injustificado, el trabajador tendrá derecho a una indemnización o a la readmisión en el empleo o a cualquiera otra prestación prevista por la legislación nacional; e) La seguridad e higiene en el trabajo; f) La prohibición de trabajo nocturno o en labores insalubres o peligrosas a los menores de 18 años y, en general, de todo trabajo que pueda poner en peligro su salud, seguridad o moral. Cuando se trate de menores de 16 años, la jornada de trabajo deberá subordinarse a las disposiciones sobre educación obligatoria y en ningún caso podrá constituir un impedimento para la asistencia escolar o ser una limitación para beneficiarse de la instrucción recibida; g) La limitación razonable de las horas de trabajo, tanto diarias como semanales. Las jornadas serán de menor duración cuando se trate de trabajos peligrosos, insalubres o nocturnos; y h) El descanso, el disfrute del tiempo libre, las vacaciones pagadas, así como la remuneración de los días feriados nacionales”.

Destacan también ordenamientos internacionales como:

• La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), publicada en DOF el 12 de mayo de 1981, la cual tiene como objetivo promover los derechos humanos de las mujeres y niñas y realizar todas las acciones necesarias encaminadas a garantizar su protección y empoderamiento.

• Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, publicada en el DOF el 12 de marzo de 2001, misma que tiene como finalidad principal la de erradicar la discriminación contra las personas con discapacidad en cualquier ámbito que estas se encuentren y generar con ello mejores oportunidades de vida y desarrollo.

• Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, publicada en el DOF el 13 de junio de 1975, cuyo principal fin es la erradicación de la discriminación racial y asegurar el desarrollo y protección de las personas que pertenecen a ciertos grupos raciales y con ello garantizar el disfrute pleno y en condiciones de igualdad de sus derechos humanos.

• Convenio Internacional del Trabajo número 100, relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y femenina por un trabajo de igual valor, publicado en el DOF el 9 de octubre de 1952.

• Convenio Internacional del Trabajo número 111, relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación, publicado en el DOF el 11 de agosto de 1962.

• Declaración de la Organización Internacional del Trabajo relativa a los principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de 1998, aprobada el 18 de junio de 1998.

• Declaración y Programa de Acción de Viena de 1993, aprobada el 25 de junio de 1993.

• Declaración y Programa de Acción de El Cairo de 1994, desarrollados en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo del 5 al 13 de septiembre de 1994, en El Cairo.

• Declaración y Plataforma de Acción de Beijing de 1995, aprobadas en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada del 4 al 15 de septiembre en Beijing.

Ahora bien, al referirnos al marco jurídico nacional, tenemos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 1o., párrafo quinto, establece “La prohibición de toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

Respecto del derecho al trabajo en el artículo 5o. precisa que, “A ninguna persona podrá impedírsele que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos”.

De igual manera en el Artículo 123, establece que “Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil”.

Por lo que, en este orden de ideas, la Ley Federal de Trabajo, por su parte, establece en el artículo 3o., que, “No se puede discriminar a ningún trabajador con motivo de su raza, sexo, edad, religión, doctrina política o condición social”, señalando también en el artículo 4o. la prohibición de impedir el trabajo, industria, profesión o comercio a cualquier persona, siempre que este sea lítico, secundando y refrendando lo establecido por el artículo 5o. constitucional.

La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres señala que su principal objeto es “regular y garantizar la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres”.

La Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, en su artículo 4o., precisa que, se entenderá por discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas”.

Aunado a ello, establece la prohibición de toda práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades.

Debiendo considerar como conductas discriminatorias:

- Establecer diferencias en la remuneración, las prestaciones y las condiciones laborales para trabajos iguales.

- Limitar el acceso a los programas de capacitación y de formación profesional.

- Realizar o promover el maltrato físico o psicológico por la apariencia física, forma hablar, gesticular o por asumir públicamente su preferencia sexual, e

- Incitar al odio, violencia, rechazo, burla, difamación, injuria, persecución o la exclusión.

En este orden de ideas, el referido ordenamiento creó el “Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación” como un organismo descentralizado y sectorizado a la Secretaría de Gobernación, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

Al respecto, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad promueve al Estado mexicano para que se realicen las medidas necesarias para “promover, proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, asegurando su plena inclusión a la sociedad en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades”.

En el referido ordenamiento se faculta al Poder Ejecutivo Federal para que establezca las políticas públicas a favor de las personas con discapacidad, promoviendo en cualquier ámbito la participación de las personas con discapacidad, principalmente en el laboral.

Siendo así -y con la finalidad de que en el ámbito privado se realizaran y adoptaran las medidas necesarias referidas en los ordenamientos citados en párrafos anteriores para garantizar la igualdad, inclusión, no discriminación y diversidad- tenemos que en la norma mexicana NMX-R-025-SCFI.-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación, publicada en el DOF el 19 de octubre de 2015, se reconoce como un ordenamiento cuyo mecanismo de adopción por parte de las empresas tiene como principal objetivo el de generar un desarrollo integral para las personas trabajadoras dentro de la empresa y con favorecer su crecimiento, particularmente en el ámbito económico, pues las personas trabajadoras que se encuentran laborando en un centro de trabajo que promueve la igualdad, la no discriminación, la inclusión y la diversidad, se convierten en centros de trabajo más productivos en todos los aspectos.

Sin embargo –y a pesar de contar con un marco jurídico tanto internacional como nacional que aparentemente pudiera ser basto para proteger y garantizar los derechos humanos de las personas que pueden encontrarse en vulnerabilidad–, hoy en día se siguen presentando obstáculos para que las mismas puedan ejercer plenamente los derechos humanos.

Lo anterior cobra mayor relevancia y preocupación cuando este tipo de obstáculos se presentan en el ámbito laboral. En este orden de ideas tenemos que los factores que inhiben la inclusión laboral en nuestro país son aquellos que impiden la dignificación del trabajo en general, los cuales tienen que ver con las condiciones del desarrollo económico nacional. De ahí? derivan, tanto la persistencia de condiciones laborales no inclusivas, como también la relativa ineficacia de las políticas con las que actualmente sabemos que se tienen pero que aún no son suficientes para garantizar una plena inclusión e igualdad laboral en México.

Vemos que entrar al mundo laboral no es una situación sencilla y fácil para la mayoría de las personas, principalmente para aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, pues resulta aún más complejo, ya que compiten en condiciones de desigualdad; con base en esto, resulta imperioso identificar los factores que generan las situaciones de desigualdad, y que además pueden traducirse en discriminación en el mercado de trabajo.

Por ello es por lo que en este documento resaltamos que los principales factores que generan las situaciones de desigualdad y que pueden ser causa de discriminación en el trabajo para las personas en situación de vulnerabilidad en nuestro país.

Solo por mencionar algunas:

1. La informalidad en el empleo.

2. La pertenencia a niveles inferiores en la escala social.

3. Las diferencias culturales para adaptarse a las pautas socio-laborales.

4. Actitudes negativas: La elevada desconfianza y prejuicios que aún existen por parte de la sociedad respecto de la integración que pueden alcanzar.

5. Mayor riesgo de expulsión del mercado de trabajo por cambios potenciales o efectivos en los empleos y los contenidos de los puestos de trabajo.

6. Acceso y permanencia al mercado laboral: La mayoría de las personas en situación de vulnerabilidad se enfrentan diariamente a la desigualdad salarial por su trabajo.

7. Políticas y normas insuficientes: La formulación de políticas y aplicación de normatividad desde una perspectiva de la inclusión, la no discriminación, diversidad e igualdad laboral en donde no se tomen en cuenta las necesidades de todas y cada una de las personas.

8. Prestación insuficiente de servicios: Principalmente las personas con discapacidad son particularmente vulnerables ante las deficiencias que presentan los servicios tales como la atención de salud, la rehabilitación y la asistencia y apoyo.

9. Problemas con la prestación de servicios: La mala coordinación de los servicios, la dotación insuficiente de insumos médicos, entre otros y su escasa competencia pueden afectar a la calidad, accesibilidad e idoneidad de los servicios para las personas, principalmente personas con discapacidad y personas mayores.

10. Financiación insuficiente: Los recursos asignados a poner en práctica políticas y planes son a menudo insuficientes ya que la falta de financiación efectiva es un obstáculo importante para la sostenibilidad de los servicios para las personas en situación de vulnerabilidad que les permita tener mejores condiciones de vida y, por ende, un mejor bienestar.

Pero quienes son las personas en situación de vulnerabilidad o grupos vulnerables, son aquellas que por su condición social, económica, cultural o psicológica pueden ser vulnerados sus derechos humanos y entre los que pueden estar personas adultas mayores, con discapacidad, mujeres, niñas, indígenas entre otros no menos importantes.3

En este contexto y con respecto a las estadísticas tenemos que, con base en los datos del Censo de Población y Vivienda 2020 (Censo 2020), actualmente México enfrenta un aumento progresivo de la –población con discapacidad, presentando una permanencia de 6.2 por ciento, es decir, 7.8 millones de mexicanos. Además de que 10.9 por ciento, es decir, 13.6 millones de personas, cuenta con alguna limitación. En total suman 21 millones de personas que cuentan con alguna discapacidad y limitación en nuestro país.

Asimismo, la discapacidad se concentra en personas mayores de 60 años, quienes representan el 50.1 por ciento de la población en esta condición.

Según los datos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) muestran que para 2050 una de cada seis personas en el planeta tendrá más de 65 años, representando de esta manera 16 por ciento de la población.

Aunado a lo anterior, en 2019, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) declaró que la población con discapacidad experimenta mayores tasas de desempleo e inactividad económica en comparación con las personas sin discapacidad.

De conformidad con los datos de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (ENADID) 2018, existe una gran diferencia en la tasa de participación económica, pues quienes no tienen discapacidad, la tasa alcanza 65.4 por ciento, mientras que en la población con discapacidad este indicador llega a 38.5 por ciento.

En México, el menor nivel de rechazo laboral lo tienen las personas con discapacidad visual, pues el 39.9 por ciento se encuentra en alguna actividad económica; quienes tienen incapacidad para mover o usar sus propias manos y brazos registran una tasa de participación económica de 30.2 por ciento y del total de personas con discapacidades para comer, vestirse o bañarse, sólo 16.1 por ciento se encuentra generando ingresos.

Según datos de la Fundación Paralife, 70 por ciento de las personas con discapacidad en México trabajaba en la economía informal antes de la pandemia.

De acuerdo con datos del último informe de Consejo Nacional para la evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), este año la tasa de pobreza laboral en el segundo trimestre se ubicó en 38.5 por ciento, cifra superior a la reportada previo a la pandemia, cuando el porcentaje era de 35.6%. Aunque ha habido signos de recuperación con respecto a 2020, resulta relevante el crecimiento de puestos informales con un ingreso laboral promedio por debajo de la canasta básica, el cual pasó de 19.8 por ciento a 21.2 por ciento del primer al segundo trimestre de 2021.

Sobre la ocupación de las –personas adultas mayores –, referente a la vida laboral de éstos, las cifras mostraron que en nuestro país la mayoría de la población trabaja en la informalidad y no tiene acceso a pensiones o jubilaciones, razón que incentiva su permanencia en el mercado laboral. En 2019, el 23.6 por ciento de los adultos mayores de 68 años reportó tener un empleo y recibir un salario por dicha actividad; esta cifra representa aproximadamente 1 millón 700 mil adultos mayores. El 79 por ciento lo hace en la informalidad y 21 por ciento restante tiene un trabajo formal.

Dentro de las personas adultas mayores que reportaron seguir trabajando en el cuarto trimestre de 2019, según la ENOE, 43 por ciento trabaja en sectores catalogados como de riesgo medio-alto y alto de sufrir repercusiones sobre la producción, lo cual los expone a un riesgo mayor de desempleo. Esto refleja que aproximadamente 753 mil adultos mayores han estado en riesgo de perder su empleo como consecuencia del Covid-19. No obstante que, en el primer trimestre de 2020, se redujeron 4.8 por ciento de los adultos mayores con ocupación plena, lo que representa 83 mil adultos mayores que dejaron sus lugares de trabajo de forma temporal o permanente.

Cuando las personas adultas mayores pierden su empleo, su fuente de ingresos depende, en general, de donaciones de terceros, familiares o conocidos, y de transferencias del gobierno, pensiones o jubilaciones, aunque el acceso y los montos en ambos casos son variables. Por consecuencia, la fuente de ingresos constante a la que tienen acceso es la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores.

Con respecto a la ocupación de las –mujeres – en la vida laboral, las cifras demostraron que, de acuerdo con las Perspectivas Sociales y del Empleo en el Mundo –Tendencias 2020 de la OIT– en América Latina y el Caribe, en el desarrollo económico general, las mujeres siguen tropezando con obstáculos en el mercado de trabajo.

En primer lugar, su tasa de participación en la fuerza de trabajo en 2019 fue de 52.0 por ciento, frente al 76.7 por ciento de los hombres. En segundo lugar, la tasa de desempleo femenino (estimada en un 9.6 por ciento en 2019) es más alta que la de los hombres (6.9 por ciento), teniendo las mujeres más probabilidades de trabajar en empleos de menor calificación y con peores condiciones. En tercer lugar, la segregación profesional sigue caracterizando al mercado de trabajo de la subregión, en donde la población femenina se encuentra sobrerrepresentada en el trabajo doméstico.

La situación de las mujeres en el mercado de trabajo de la región latinoamericana presenta un panorama mixto en donde, por una parte, han conseguido grandes logros en el acceso a la educación y, por otra, han tenido que sortear numerosos obstáculos para acceder al trabajo decente. Dichos obstáculos son la causa de la persistente desigualdad de género.

Actualmente, las mujeres son reconocidas como jefas de la vivienda, particularmente en México, de conformidad con la información del Censo 2020, a nivel nacional 33 de cada 100 hogares las mujeres son reconocidas como jefas de la vivienda, esto significa 11 millones 474 mil 983 hogares.

Debido a lo anterior, los ingresos de las mujeres han pasado a desempeñar un papel más importante en la sociedad. Sin embargo, un estudio reciente de la OIT ha examinado que la brecha salarial de género en 17 países de América Latina y el Caribe (que representan 85 por ciento de la población total de la subregión) concluye que las mujeres ganan en promedio 17 por ciento menos que los hombres por cada hora trabajada, incluso habiendo tenido en cuenta factores como la edad, el nivel educativo, la residencia urbana frente a la rural, el tipo de trabajo y la estructura del hogar. Si se tiene en cuenta además la cantidad de horas trabajadas por semana, la brecha salarial de género alcanza casi el 25 por ciento.

De conformidad con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), de los 37 países que la conforman, México presenta una brecha salarial más pronunciada de salarios entre hombres y mujeres, donde 77 por ciento de las mujeres labora más para ganar lo mismo que el 27 por ciento de los varones, tomando en cuenta que en el país hay más del doble de mujeres desempleadas, respecto de los hombres.

Aunado a lo anterior, la población femenina tiene menos oportunidades, ya que frente a 18 por ciento de mujeres desocupadas –4.6 millones– existe ocho por ciento –2.9 millones– de hombres sin trabajo, además de que 56 por ciento de las mujeres efectúa tareas domésticas en sus propios hogares, dedicando en promedio cerca de 48 horas a la semana a estas actividades, sin remuneración.

Por lo que, en este orden de ideas, la inclusión laboral debe representar uno de los ejes primarios que debe tener toda empresa; sin embargo, para hablar de una empresa inclusiva y diversa, no basta con hacer referencia al cumplimiento de las normativas vigentes en dicho rubro, sino realmente promover e incentivar la pluralidad de género, la edad, las discapacidades, entre otros.

Actualmente las empresas que buscan la inclusión carecen en su mayoría de estrategias y sensibilidad para llevarlo a cabo, ya que no saben cómo implementar la cultura en la que se valore a las personas por sus talentos y no por su condición física, social o ideológica.

De acuerdo con el estudio de Remuneración 2021 realizado por la consultora PageGroup, sólo el 30 por ciento de las empresas en México son intencionalmente inclusivas. Asimismo, se identificó que 48 por ciento de los ejecutivos considera que su empresa está comprometida en fortalecer sus políticas de inclusión.

Bajo esta premisa, 70 por ciento de las empresas que no cuentan con políticas claras sobre la inclusión y diversidad –por lo menos 60 por ciento de ellas– centra sus esfuerzos en diseñar estrategias relacionadas con la equidad de género; desde programas de beneficios, capacitaciones para hombres y mujeres, identificación de sesgos inconscientes, hasta ternas igualitarias para los procesos de selección de personal.

De acuerdo con un estudio de OCCMundial sobre discriminación en el mundo laboral, en México la apariencia física, el género, la orientación sexual, la edad, la discapacidad y la condición socioeconómica son las principales causas para la marginación.

Incluso, en materia de política pública, ha destacado que –recientemente– más empleadores han buscado certificarse en la norma mexicana NMX-R-025-SCFI-2015, Norma creada para incentivar al sector privado para ser parte de las acciones que se están desarrollando en pro de la inclusión, la diversidad, la no discriminación y la igualdad laboral. La realidad actual es que el padrón se integra sólo por 460 compañías, en donde podemos encontrar organismos públicos, privados y civiles de entre los 1.9 millones de empresas y negocios que hay en el país.

Esto nos lleva a concluir -en gran manera- que es necesaria una reestructura del pensamiento de los líderes empresarios, ya que 41 por ciento de los encuestados coincidió que el equipo de liderazgo de su empresa actual no se acerca para conocerlos a nivel personal, pero sí consideran importante que lo hagan.

Aunado lo anterior y a pesar de que desde ya hace varios años la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ha desarrollado acciones que impulsan la cultura de la inclusión laboral en nuestro país, tales como: el Distintivo Empresa Incluyente Gilberto Rincón Gallardo®, Distintivo Empresa Familiarmente Responsable y el Distintivo Empresa Agrícola Libre de Trabajo Infantil, además de ser estrategias del gobierno federal de carácter gratuito y de aplicación voluntaria, también responden a diversos instrumentos jurídicos y normativos a nivel nacional e internacional.4

• Distintivo Empresa Incluyente Gilberto Rincón Gallardo

El Distintivo Empresa Incluyente Gilberto Rincón Gallardo es un reconocimiento que entrega el gobierno federal a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a las personas físicas o morales con actividad empresarial, corporativos, cámaras empresariales, instituciones académicas, organizaciones de la sociedad civil, organismos públicos federales, estatales y municipales que implementan y operan políticas laborales incluyentes, igualitarias y equitativas en beneficio de las trabajadoras y los trabajadores con alguna condición o situación de vulnerabilidad.

• Distintivo Empresa Familiarmente Responsable

El Distintivo Empresa Familiarmente Responsable es un reconocimiento que entrega el Gobierno Federal a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a los centros de trabajo del país (empresas, organizaciones de la sociedad civil, cámaras empresariales; instituciones académicas; instituciones públicas, federales, estatales y municipales) que instrumentan buenas prácticas laborales en materia de conciliación trabajo-familia; igualdad de oportunidades; y, prevención de violencia laboral y de hostigamiento sexual.

• Distintivo Empresa Agrícola Libre de Trabajo Infantil

El Distintivo Empresa Agrícola libre de Trabajo Infantil es un modelo de gestión y organización que incentiva a los centros de trabajo agrícolas que contratan trabajadoras y trabajadores del campo a demostrar el cumplimiento de las leyes y normas laborales vigentes; establecer una Política de Cuidado y Protección Infantil que permita contar con reglas, guías y criterios para la realización de acciones en beneficio de las y los hijos de familias jornaleras, incorporar medidas para verificar y asegurar la no contratación de mano de obra infantil en ninguna de sus áreas y procesos; y evidenciar prácticas de responsabilidad social en el cuidado y protección infantil.

A pesar de todos estos distintivos, reconocimientos e incluso certificaciones, faltan políticas públicas que garanticen de facto la inclusión, la no discriminación, diversidad e igualdad laboral.

Falta, también, mayor apoyo para las –personas en situación de vulnerabilidad– y que incluso la iniciativa privada siga sumándose en la contratación de las personas con discapacidad y adultas mayores, para con ello reconocer así la entrega y capacidad de resultado que las mismas pueden dar en el empleo para el cual se les contrate.

En lo particular, este grupo parlamentario y la que suscribe, el pasado noviembre en el marco del análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2022, dio una lucha incanzable con la finalidad de generar mayores recursos para las personas en situación de vulnerabilidad o grupos vulnerables, haciendo énfasis en los siguientes rubros:

• Crear un fondo de accesibilidad al transporte público para personas con discapacidad, esto ya que la accesibilidad al transporte público de este sector de la población no es un lujo y mucho menos una concesión, es una necesidad para ir al trabajo, a la escuela, capacitarse, aprender un oficio y de movilidad en general.

• Los refugios de mujeres y niñas que han sido víctimas de violencia y que requieren apoyo y garantía de un nuevo inicio de vida en donde exista el respeto y la seguridad para ellas.

La atención de las víctimas y combate a la violencia contra mujeres, niñas, personas de la tercera edad y con alguna discapacidad.

• Rubros de los Programas encaminados a la Salud Materna, Sexual y Reproductiva, siendo que las estadísticas de mortalidad materna en nuestro país tan sólo en lo que va del 2021 han aumentado en 23 por ciento comparada con la de 2020, de acuerdo con las cifras del Observatorio de Mortalidad Materna en México.

Siendo así que el objetivo de este punto de acuerdo es hacer una llamado desde el Congreso de la Unión a las autoridades para que sigan generando políticas a favor de la inclusión, diversidad, la no discriminación e igualdad laboral, por ser una necesidad imperante de atender.

Este punto de acuerdo es resultado del trabajo conjunto con organizaciones de la sociedad civil durante los meses de octubre y noviembre, y que en conjunto con CG&A Legal y Asuntos Públicos, se logró visibilizar la necesidad de impulsar la generación de políticas públicas en nuestro país para generar oportunidades laborales para las personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad o desventaja. En este sentido también es importante generar los vínculos con el sector empresarial, una política pública necesita para su éxito de todos quienes conformamos esta sociedad.

Derivado de lo expuesto, fundado y motivado, el día de hoy ante esta honorable soberanía someto la siguiente proposición con:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como a sus homólogas en las 32 entidades federativas para que en el ámbito de sus facultades, implementen en coordinación una campaña de inclusión, la no discriminación, diversidad e igualdad laboral, con el propósito de generar acciones en favor de la integración laboral así como dar a conocer un reporte sobre los mecanismos para la inclusión que se han llevado a cabo.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que en el ámbito de sus facultades y con respeto a la soberanía, pueda establecer en conjunto con las y los gobernadores de las 32 entidades federativas un programa de inclusión y diversidad laboral, con la finalidad de garantizar el derecho a un trabajo digno y libre desarrollo de las personas.

Tercero . La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social para que informe a esta soberanía el avance y resultados del Programa Nacional de Trabajo y Empleo para las personas con Discapacidad 2021-2024.

Cuarto. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Cámara de Diputados para que revise y analice los incentivos fiscales que se otorgan al sector empresarial a fin de establecer para el ejercicio fiscal 2022 y 2023 mecanismos fiscales que coadyuven e impulsen a la contratación de personas en situación de vulnerabilidad desde una perspectiva de inclusión, no discriminación, diversidad e igualdad laboral.

Notas

1 Página 16.

https://www.unicef.cl/archivos_documento/200/Libro%20sem inario%20internacional%20discapacidad.pdf

2 Página 17. http://www.stps.gob.mx/bp/gob_mx/
libro-inclusion%20laboral%20en%20mexico-avances%20y%20retos%20version%20digital.pdf

3 http://archivos.diputados.gob.mx/Centros_Estudio/Cesop/Eje_tematico_old_14062011/
9_gvulnerables_archivos/G_vulnerables/d_gvulnerables.htm#:~:text=Los%20grupos%20vulnerables%
20son%20aquellos,maltratos%20contra%20sus%20derechos%20humanos

4 https://www.gob.mx/stps/acciones-y-programas/distintivos-que-otorga-la- secretaria-del-trabajo-y-prevision-social

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de enero de 2022.

Diputada Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para que se actualice la Guía de Práctica Clínica del Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputado Emmanuel Reyes Carmona, integrante de la LXV Legislatura del Grupo Parlamentario del Morena, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo cuarto, garantiza que toda persona tendrá derecho a la protección de la salud y que, además, será la ley la que definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Por lo que es en la coordinación entre los distintos niveles de la federación donde se deberán brindar condiciones mínimas de accesibilidad para que los pacientes de esta enfermedad puedan recibir un tratamiento digno.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 25, establece que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar. Por su parte, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 12 instaura que los estados parte (como lo es México) reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental y, para lograr tal objetivo, estos estados concertarán las medidas necesarias para la prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas.

Asimismo, la Ley General de Salud, en su artículo 2o. dice que el derecho a la protección de la salud tiene, entre otras, las siguientes finalidades: “el bienestar físico y mental de la persona, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; la prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana; el disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población; y, muy importante para el tema que nos ocupa, el desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud”.

Continúa la mencionada ley, en su artículo 6o., que el Sistema Nacional de Salud tiene, entre otros, los siguientes objetivos: proporcionar servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios y a los factores que condicionen y causen daños a la salud, con especial interés en la promoción, implementación e impulso de acciones de atención integrada de carácter preventivo, acorde con la edad, sexo y factores de riesgo de las personas; impulsar un sistema racional de administración y desarrollo de los recursos humanos para mejorar la salud.

También, en su artículo 92, establece que las Secretarías de Salud y de Educación Pública y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, impulsarán y fomentarán la formación, capacitación y actualización de los recursos humanos para los servicios de salud, de conformidad con los objetivos y prioridades del Sistema Nacional de Salud.

Por último, en su artículo 96 la ley contempla que la investigación para la salud comprende el desarrollo de acciones que contribuyan, entre otras, al conocimiento de los procesos biológicos y psicológicos en los seres humanos; a la prevención y control de los problemas de salud que se consideren prioritarios para la población; y al estudio de las técnicas y métodos que se recomienden o empleen para la prestación de servicios de salud.

De acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en su artículo 39, le corresponde a la Secretaría de Salud, “elaborar y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos, servicios médicos gratuitos universales y salubridad general, así como coordinar los programas de servicios a la salud de la administración pública federal”.

Además, le incumbe la administración de los establecimientos de salud, de asistencia pública, de medicina tradicional complementara y de formación de recursos humanos en salud, priorizando la movilidad y accesibilidad. Asimismo, es uno de sus mandatos el dictar las normas técnicas a que quedará sujeta la prestación de servicios de salud en las materias de salubridad general. Y, por último, entre los diversos asuntos que se encuentran a su despacho, está actuar como autoridad sanitaria, ejercer las facultades en materia de salubridad general que las leyes le confieren al Ejecutivo federal, vigilar el cumplimiento de la Ley General de Salud, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.

En la actualidad, según cifras del gobierno, alrededor del siete por ciento de la población vive con asma. Siendo un padecimiento que puede detectarse clínicamente desde el primer año de vida o a partir de los cuatro años de vida.1

Como se estableció en el foro legislativo titulado Hacia una transformación en el manejo y atención del Asma en México, existen, por lo menos, 8.5 millones de personas en México con esta enfermedad, siendo esta una de las principales causas de enfermedad en México y, que las cifras permiten asegurar que la prevalencia de esta enfermedad causa diversas afectaciones en la calidad de vida de las personas como lo es el ausentismo laboral y escolar, la falta de oxígeno, la muerte prematura, la normalización de los síntomas característicos de esta enfermedad normalizándolos hasta el punto de que los pacientes aprenden a vivir con ella, entre otros.

De acuerdo con lo establecido por el Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud en el artículo titulado Guías de práctica clínica :

“La medicina basada en evidencia se ha posicionada como parte esencial en la práctica clínica y gerencia, en virtud de que pone a disposición de los profesionales de la salud, tomadores de decisiones y pacientes, la mejor evidencia científica con respecto a las diferentes intervenciones en salud sobre la prevención, tamizaje, diagnóstico, tratamiento, pronóstico o rehabilitación en los puntos clave de la historia natural de la enfermedad, con la finalidad de brindar una atención médica efectiva y de calidad”, continúa estableciendo que las Guías de Práctica Clínica son “documentos que emiten recomendaciones basadas en un análisis consciente, juicioso y explícito de la evidencia científica nacional e internacional, así como de la experiencia de los profesionales de la salud expertos en la materia y de los valores y preferencias de los pacientes. Su finalidad es poner a disposición de los usuarios (profesionales de la salud, tomadores de decisiones, pacientes, cuidadores de pacientes y ciudadanos) intervenciones en salud que sean efectivas, seguras y al mejor costo posible”.2

En la actualidad la guía vigente de práctica clínica del Centro Nacional de Excelencia Tecnológica para el Tratamiento del Asma tiene diversas limitantes para tratar a los pacientes que sufren esta enfermedad ya que no contempla las más recientes actualizaciones que se han evaluado a nivel mundial y nacional; también, para la prevención, desarrollo tecnológico y de conocimientos necesarios para hacer frente a esta enfermedad que, al mismo tiempo, cumpla con los estándares internacionales como lo es la Guía MIA 20213 para el Manejo Integral del Asma, de tal forma que se cumpla con los compromisos globales que se encuentran inscritos en distintas disposiciones normativas.

Por lo anteriormente expuesto, someto a esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión hace un atento y respetuoso exhorto a la Secretaría de Salud del gobierno de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, impulse a la brevedad la actualización de la Guía de Práctica Clínica del Centro Nacional de Excelencia Tecnológica, con base en los estándares internacionales del manejo integral del asma y asma severa.

Notas

1 Secretaría de Salud. (2016). Siete por ciento de la población en México padece asma. 11 de noviembre de 2021, de Gobierno de México Sitio web: https://www.gob.mx/salud/prensa/siete-por-ciento-de-la-poblacion-en-mex ico-padece-asma [Fecha de consulta: 11 de noviembre de 2021].

2 Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud. (2021). Guías de Práctica Clínica. 11 de noviembre de 2021, de Gobierno de México Sitio web: https://www.gob.mx/salud%7Ccenetec/acciones-y-programas/direccion-de-in tegracion-de-guias-de-practica-clinica [Fecha de consulta: 12 de noviembre de 2021]

3 Larenas-Linneman D, Salas-Hernández J, Del Río-Navarro BE, Luna-Pech JA, Navarrete-Rodríguez EM, Gochicoa L, et al. MIA 2021, Manejo Integral del Asma. Lineamientos para México. Rev Alerg Mex. 2021;68 Supl 1:s1-s122. [Fecha de consulta: 12 de noviembre de 2021].

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión de Permanente, a 7 de enero de 2022.

Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Guanajuato a fortalecer sus estrategias y mecanismos de control en la aplicación y administración de recursos públicos federales en materia de seguridad pública e informar sobre acciones en materia de responsabilidades administrativas, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputado Emmanuel Reyes Carmona, integrante de la LXV Legislatura del Grupo Parlamentario del Morena, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en atención al objetivo número 16 del Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas,1 definió como una de las prioridades del gobierno de México la atención al fenómeno de la inseguridad en nuestro país, a través de un “cambio de paradigma en seguridad”.2

A su vez, la Estrategia Nacional de Seguridad Pública definió como estrategia específica la creación de un nuevo modelo policial y el fomento al mejor aprovechamiento de recursos federales para3 :

“(...) apoyar la realización de las metas en los temas de profesionalización de las personas que conforman a las distintas instituciones encargadas de la Seguridad Pública, para la prevención de la violencia y la delincuencia con participación ciudadana, su equipamiento, la construcción de infraestructura física, así como para la implementación de bases de datos útiles para los fines de seguridad pública”.

En este tenor, la Ley General de Coordinación Fiscal4 previó la existencia del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP), mismo que se constituye por recursos federales destinados a profesionalización de los recursos humanos de las instituciones de seguridad pública, su mejor y mayor equipamiento, ampliación o construcción de infraestructura para la procuración e impartición de justicia, entre otros rubros, que permiten crear circunstancias de garantía a una vida libre de violencia.

Los recursos en comento pueden ser ejecutados por los distintos órdenes de gobierno, como lo es el estatal, y, en consecuencia, ser sujetos de fiscalización en cuanto a su destino y ejercicio por la Auditoría Superior de la Federación (ASF).5

Dicho lo anterior, con motivo de labores de fiscalización superior de la cuenta pública correspondiente al ejercicio fiscal 2020, la ASF realizó sobre la (1) Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, (2) Centro de Evaluación y Control de Confianza, (3) Instituto de Formación en Seguridad Pública y (4) Fiscalía General de Justicia, autoridades todas del orden estatal de Guanajuato, auditoría combinada de cumplimiento y desempeño para verificar la adecuada gestión de recursos federales que le fueron asignados con cargo al FASP (Auditoría).6

La Auditoría midió las estrategias y mecanismos de control estatal para la consecución de los objetivos institucionales y la salvaguarda de los recursos públicos cuyo ejercicio fue revisado, así como para prevenir la corrupción, en la que, si bien se identificaron fortalezas, simultáneamente se advirtieron debilidades.

En efecto, con base en la aplicación de cuestionarios en materia de control interno y evaluaciones de documentación comprobatoria, se hallaron v.gr. respecto de la Fiscalía General del Estado7 :

1. En materia de ambiente de control:

a. Que no contó con un comité, grupo de trabajo, o instancia análoga:

i. En materia de ética e integridad para el tratamiento de asuntos que le son propios;

ii. En materia de obra pública.

2. En materia de administración de riesgos:

a. Que no estableció objetivos y metas específicas a partir de sus objetivos estratégicos;

b. Que no estableció un comité de administración de Riesgos para llevar a cabo el registro y control de los mismos;

c. Que no analizó los riesgos que pudieran afectar la consecución de los objetivos institucionales;

d. Que no informó a ninguna instancia la situación de riesgos, ni su atención.

3. En materia de actividades de control:

a. Que no contó con programas de adquisiciones de equipos y software.

4. En materia de información y comunicación:

a. Que no estableció actividades de control interno para mitigación de riesgos identificados;

b. Que no implementó planes de recuperación de desastres que incluyeran datos, hardware y software.

5. En materia de supervisión:

a. Que no evaluó los objetivos y metas establecidos;

b. Que no llevó a cabo autoevaluaciones de control interno, ni auditorías internas, ambas de los principales procesos sustantivos y adjetivos;

c. Que no realizó el seguimiento del programa de acciones para resolver las problemáticas detectadas, a fin de verificar que las deficiencias se solucionan de manera oportuna y puntual.

Como consecuencia, al gobierno de Guanajuato le recayó una recomendación para proporcionar la información que evidenciara las mejoras realizadas y las acciones emprendidas a efecto de atender las debilidades e insuficiencias determinadas,8 sin embargo, aún y cuando la entidad remitió a la ASF documentación con la pretensión de atender de la recomendación generada, se concluyó que aquella no reunió “(...) las características necesarias de suficiencia, competencia y pertinencia que aclaren o justifiquen lo observado (...)”, por lo que se consideró, justamente, como no atendida.9

Similarmente, de la revisión de 22 expedientes de adquisiciones realizadas con cargo al FASP, se identificó que e1 contrato para la adquisición de estación de análisis de bala y casquillo no acreditó contar con dictamen de procedencia a contratación por excepción a la licitación pública;10 tratándose de otro para la adquisición de muebles de oficina y estantería no se ejecutaron penas convencionales por incumplimiento de obligaciones del proveedor,11 y a su vez, se realizaron 11 adjudicaciones directas respecto de los que no se hizo del conocimiento al órgano interno de control, en el plazo previsto para tal efecto, los acuerdos de adjudicación y determinaciones de asignación.

Algo semejante ocurrió en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, pues se identificó respecto de los contratos denominados Comisaria en Edificio de Seguridad Pública, Municipio de San Miguel de Allende, Edificación de Seguridad Pública, Municipio de Moroleón y Edificación de Seguridad Pública, Municipio de Comonfort,12 que en la ejecución de algunos de ellos no se presentaron las retenciones correspondientes a derechos e impuestos, o cobrado las estipuladas contractualmente, y por otra parte, del estudio de bitácoras de obra no se acreditaron las notas cerradas y resueltas,13 o la inicial, ni de entrega de estimaciones.14

Asimismo, se registraron incumplimientos en materia de transparencia dado que los reportes del gobierno de Guanajuato en torno al ejercicio, destino y resultados obtenidos de los recursos del FASP durante el ejercicio fiscal de 2020, no fueron congruentes con la información revisada y, simultáneamente, existieron retrasos en la entrega de información a autoridades federales de hasta 105 días.15

Derivado de las irregularidades enunciadas, la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas del gobierno de Guanajuato promovió diversos procedimientos de responsabilidad administrativa, lo que confirma que existió identidad de criterio tanto federal como local en cuanto a la necesidad identificar, investigar y, en su caso, sancionar, a quienes resulten responsables de los hechos descritos.16

Así, es indiscutible que lo expuesto constituye un obstáculo al cumplimiento de los fines del FASP, dado que la ausencia en el control interno impidió que, de manera oportuna, se continuaran asegurando los esfuerzos conjuntos de la federación y de Guanajuato para garantizar una vida libre de violencia a la población de este último, que es el resultado pretendido del ejercicio del fondo federal aludido.

Igualmente, el gobierno de Guanajuato violentó los principios de eficacia y transparencia que rigen la administración de los recursos públicos dispuestos, en contravención al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.17

Ello es así, toda vez que si eficacia es la capacidad de lograr el efecto que se desea o se espera,18 la omisión en la ejecución de penas convencionales por incumplimientos contractuales, así como la observancia plena de distintas obligaciones en materia de arrendamientos, adquisiciones, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, todo en torno al ejercicio de recursos federales, permite suponer no se generó en su plenitud y oportunidad el efecto previsto, pues se incumplen las disposiciones legales mínimas que lo aseguran en su máximo grado.

Paralelamente, el principio de transparencia obliga a la autoridad estatal a garantizar el acceso a información veraz y oportuna de los bienes, recursos, objetivos y demás información relacionada directamente con el ejercicio de los recursos públicos no sólo respecto de la población beneficiaria, sino también de las autoridades auditoras que permite una rendición de cuentas integral, situación que no aconteció, como lo informó la ASF al acreditar la existencia de inconsistencias en el contenido y suministro de información, y que definitivamente, de requerir dicha información cualquier ciudadano, resultaría inminente que recibiría aquella que adolece de las mismas deficiencias identificadas en cuanto a su veracidad.19

Por último, las violaciones a la legalidad expuestas resultan de interés de esta Cámara legislativa no sólo por constituir una transgresión a compromisos internacionales en materia de desarrollo sostenible; a nuestra Carta Magna, y al plan nacional de desarrollo que rige la actuación de los tres órdenes de gobierno, sino al también tratarse de deficiencias que atentan contra recursos asignados por esta Cámara de Diputados mediante el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 202020 y cuya vigilancia compete.

Por lo anteriormente manifestado, con la única finalidad de prevenir la recurrencia de este tipo de desviaciones administrativas que obstaculizan garantizar a la población una vida libre de violencia, circunstancia indispensable para el disfrute de otros derechos fundamentales, es que someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Guanajuato a que adecúe sus estrategias y mecanismos de control para fortalecer los procesos de operación, manejo y aplicación de los recursos públicos federales, a fin de garantizar el cumplimiento de sus objetivos.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Guanajuato a que haga público, con motivo de las irregularidades advertidas por la Auditoría Superior de la Federación en su auditoría combinada de cumplimiento y desempeño 2020-A-11000-21-0835-2021 835-GB-GF correspondiente a la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2020:

1. Las acciones emprendidas para dar cabal cumplimiento a la recomendación 2020-A-11000-21-0835-01-001;

2. El estado que guardan los procedimientos administrativos sancionatorios integrados bajo los expedientes No. INV.AUD.165/2021 A, INV.AUD.165/2021 A, INV.AUD.165/2021 A e INV.AUD.165/2021 A, promovidos por su Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas.

Notas

1 Denominado “Paz, justicia e instituciones sólidas”. Asamblea General de las Naciones Unidas (21 de octubre de 2015) 70/1. Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Organización de las Naciones Unidas. Véanse también los objetivos de Desarrollo Sostenible en:

http://www.onu.org.mx/agenda-2030/objetivos-del-desarrol lo-sostenible/

2 Publicado el 12 de julio de 2019 en el Diario Oficial de la Federación.

3 Decreto por el que se aprueba la Estrategia Nacional de Seguridad Pública del Gobierno de la República, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2019. Estrategia Específica A) “Nuevo Modelo Policial”.

4 Publicada el 27 de diciembre de 1978 en el Diario Oficial de la Federación. Véanse sus artículos 25, fracción VII, 44 y 45.

5 Véase el artículo 1 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada el 18 de julio de 2016 en el Diario Oficial de la Federación.

6 Auditoría Superior de la Federación (s.f.) Auditoría combinada de cumplimiento y desempeño 2020-A-11000-21-0835-2021.

835-GB-GF. Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

7 Véase el resultado No. 1 de la AUDITORÍA.

8 Recomendación 2020-A-11000-21-0835-01-001.

9 Apartado de “Comentarios de la Entidad Fiscalizada”. Foja 20 de la AUDITORÍA.

10 Contrato número FGEG-DBS/575/2020.

11 Véase resultado No. 18. Contrato número FGEG-DBS/330/2020.

12 Contratos de obra pública números DIOP-FED/SSP/FASP2020/065-082020, PMM/DOPM/LS/SSP-FASP/MOROLEON/2020-01 y PMCOM/DOPE/FASP2020/CK/36-2020, respectivamente.

13 Bitácoras de los contratos No. DIOP-FED/SSP/FASP2020/065-082020 y PMCOM/DOPE/FASP2020/CK/36-2020.

14 Bitácora del contrato No. PMM/DOPM/LS/SSP-FASP/MOROLEON/2020-01. Véase también, como referencia, el artículo 123 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de julio de 2010.

15 Resultados No. 27 y 29 de la AUDITORÍA.

16 Resultados No. 15, 26, 27 Y 29 de la AUDITORÍA. Procedimientos de responsabilidad administrativa integrados bajo los expedientes No. INV.AUD.165/2021 A, INV.AUD.165/2021 A, INV.AUD.165/2021 A e INV.AUD.165/2021 A, respectivamente.

17 Publicada el 05 de febrero de 1917 en el Diario Oficial de la Federación.

18 Diccionario de la lengua española (2020) “Eficacia”. Real Academia Española. Consultado el 01 de diciembre de 2021 en: https://dle.rae.es/eficacia

19 Véase también el criterio judicial de rubro “Transparencia en su vertiente de publicidad de la información. Constituye un principio previsto en el artículo 134 de la Constitución que debe observarse en toda contratación en que intervengan recursos o bienes públicos, así como también en concursos públicos cuyo objeto es el otorgamiento de una autorización o permiso del Estado.” Consúltese en: Suprema Corte de Justicia de la Nación. Registro digital: 2021942. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Décima Época. Materias(s): Constitucional, Administrativa. Tesis: I.6o.A.17 A (10a.). Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 77, agosto de 2020, Tomo VI, página 6263. Tipo: Aislada.

20 Publicado el 11 de diciembre de 2019 en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión de Permanente, a 7 de enero de 2022.

Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial de Guanajuato a proteger los mantos acuíferos de San Luis de la Paz y la cuenca de Laguna Seca de San José Iturbide, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Emmanuel Reyes Carmona, integrante de la LXV Legislatura, del Grupo Parlamentario del Morena, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y es condición previa para la realización de otros derechos humanos. Es por eso que el agua debe tratarse fundamentalmente como un bien social y cultural, y no sólo como un bien económico. En este sentido, la Observación General Número 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas (Comité DESC) señala en su parte introductoria que el agua es un recurso natural limitado y un bien público fundamental para la vida y la salud.1

A través de una reforma constitucional al párrafo sexto del artículo 4o., publicada el 8 febrero de 2012 en el Diario Oficial de la Federación, se elevó a rango constitucional el derecho humano al agua y saneamiento, dicho precepto a la letra dice:

El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.

Asimismo, debemos recordar que el 10 de junio de 2011 se reformó el artículo 1o. constitucional, para establecer que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución política y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, por lo que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Los principales instrumentos que regulan la administración del recurso hídrico en nuestro país son la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, ordenamientos jurídicos reglamentarios del artículo 27 de nuestra Constitución.

Asimismo, existen varias normas oficiales mexicanas en materia de agua, que son definidas en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización como la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación (artículo 3, fracción XI).

Dentro de las Normas Oficiales Mexicanas en el tema de la calidad del recurso hídrico se encuentran la NOM-001-SEMARNAT-1996 y NOM-002-SEMARNAT-1996, relacionadas con los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales, la primera de ellas en agua y bienes nacionales, y la segunda a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal.

Sin embargo, Guanajuato es uno de los estados del país con más sobreexplotación de los mantos acuíferos, hay zonas como San Luis de la Paz y la Cuenca de Laguna Seca de San José Iturbide en las que ya no es costeable trabajar los cultivos y donde además el agua ya no es apta para consumo humano al contener metales pesados, un sector la población de esa zona ya presenta problemas renales y cáncer.

La sobre explotación de los mantos acuíferos es generalizada en todo el estado, sin embargo, donde se da la mayor afectación está en la región de San Luis de la Paz, donde incluso productores de diversos tipos de chile dejaron abandonadas sus parcelas ante lo incosteable que resulta extraer agua a más de 400 metros de profundidad.

En el caso específico de la Cuenca de Laguna Seca en San José Iturbide, el agua no es apta por los metales pesados que contiene como arsénico y mercurio.

En algún momento va a colapsar ese sistema de producción, ciertas partes de Guanajuato de riego agrícola hacen una explotación indiscriminada de agua, por ejemplo, la zona de San Luis de la Paz que era altamente productiva, había zonas de riego y por ahí era muy común que se estableciera el cultivo de chilaca y de chile de varias especies y hay superficies enteras, ranchos enteros abandonados, precisamente porque estaban extrayendo a más de 400 metros y eso resulta incosteable.

De acuerdo con el Programa Estatal Hidráulico de Guanajuato la entidad cuenta con 20 acuíferos de los cuales 19 están sobreexplotados y el sector agrícola es el que más contribuye al volumen de uso del agua.

La superficie de riego con aguas subterráneas en la entidad es de aproximadamente 250 mil hectáreas de cultivo, lo que aunado a las bajas eficiencias en riego causan un desequilibrio entre la recarga y extracción, desde 1976 han obligado a imponer vedas para la conservación del recurso natural.

Las autoridades estatales informaron que el ritmo de extracción de agua con relación a la recarga de los mantos acuíferos provoca descensos que van de uno a cuatro metros por año en los niveles de los acuíferos.

Por los argumentos anteriormente expuestos, someto ante esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que proteja los mantos acuíferos de San Luis de la Paz y la cuenca de Laguna Seca de San José Iturbide, Guanajuato.

Nota

1 El derecho humano al agua potable y saneamiento, Comisión Nacional de Derechos Humanos, 2014, p. 3, [Consulta: 7 de julio de 2021] Disponible en: https://www.cndh.org.mx/web/derecho-humano-al-agua-y-al-saneamiento

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión de Permanente, a 7 de enero de 2022.

Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al SAT a realizar con sus 32 homólogas locales jornadas de orientación para el sector primario sobre los cambios y las adiciones en materia fiscal que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2022, suscrita por la diputada Alma Anahí González Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputada Alma Anahí González Hernández, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en el artículo 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás legislaciones aplicables, somete a consideración del pleno de la Comisión Permanente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

La Ley de Ingresos es el ordenamiento jurídico propuesto por el Poder Ejecutivo y aprobado por el Poder Legislativo, que contiene los conceptos bajo los cuales se podrán captar los recursos financieros que permitan cubrir los gastos de la federación durante un ejercicio fiscal.1

El 8 de septiembre de 2021, el Ejecutivo presento ante la honorable Cámara de Diputados el paquete económico que contempla la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal de 2022.

Una vez recibida la propuesta del Ejecutivo, es responsabilidad de ambas Cámaras, su previo análisis y pertinencia. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Ley de Ingresos deberá ser aprobada en la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre y por la Cámara de Senadores a más tardar el 31 de octubre.2

Por tercer año consecutivo, el paquete económico fiscal 2022, reafirmó la postura del gobierno federal de no crear nuevos impuestos ni aumentar las tasas estipuladas ahora bien, bajo el contexto económico que ha dejado la pandemia, resulta de gran importancia fortalecer el sistema tributario mexicano a efecto lograr una recuperación económica que garantice el bienestar de la población, sin dejar de lado la inversión y creación de nuevas fuentes de empleo.

La Ley de Ingresos aprobada por ambas Cámaras y publicada en el mes de noviembre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación, contiene los cambios que mejoran la eficiencia recaudatoria y combaten la corrupción, dichos cambios facilitarán el cumplimiento de los deberes que tenemos como ciudadanos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en donde se establece que, “es obligación de todo mexicano contribuir para los gastos públicos, de la federación, así como de los estados, de la Ciudad de México y del municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”.3

Las disposiciones que entrarán en vigor en 2022, contemplan cambios en materia de Impuesto sobre la Renta (ISR), Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Código Fiscal de la Federación.

Los ejes rectores que ilustran los objetivos de las reformas, se centran en un mayor Control: que tiende a combatir la evasión fiscal, así como, mejorar la gestión tributaria: a través de distintas herramientas que incentiven y monitoreen el cumplimiento de las obligaciones en materia de impuestos; Claridad: se identificaron distintos conceptos que se malinterpretaban o eran ambiguos dentro de la LISR, esto creaba huecos legales que propiciaban la elusión. Debido a esto, se propuso su modificación, limitación o acotación de distintos conceptos. Simplificación: se crea el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (Resico), con la intención de una máxima simplificación, a efecto de que la determinación y pago del impuesto sea accesible y sin la necesidad de apoyo de terceros, beneficiando a los contribuyentes con menor capacidad administrativa.4

Las modificaciones en materia de impuestos tienen el objetivo de promover la formalidad de todo ciudadano mexicano a partir de los 18 años cumplidos, e iniciar la recuperación económica que necesita nuestro país, después de la peor crisis que ha vivido la humanidad desde 1929, no obstante, circulan diversas informaciones sobre los beneficios y afectaciones a cerca de las disposiciones avaladas por ambas Cámara del Congreso, así como su impactado social y económico en los contribuyentes de los distintos sectores, en donde el común denominador es la incertidumbre, debido al desconocimiento de las nuevas obligaciones y su adecuada orientación, tal es el caso de un sector tan importante, como es el cañero en Quintana Roo.

Ante una visita de territorio como representante popular, en el municipio de Otón P. Blanco, he recogido diversas inquietudes por parte de los trabajadores y empresarios que forman parte del sector cañero, los cuales se manifiestan preocupados ante el posible aumento de la carga impositiva que los diversos cambios contenidos en la recién aprobada miscelánea fiscal que entrará en marcha para este 2022, considerado que podrían repercutir en sus bolsillos, además de la falta de claridad en las obligaciones que específicamente les corresponden al formar parte de la cadena de valor en la industria de la caña, situación que hace imposible percibir cuántos beneficios traerán las nuevas disposiciones tributarias para los contribuyentes del sector primario.

Esto anterior, resulta preocupante de cara al inicio del nuevo ciclo agrícola, en el que los productores deberán operar con las nuevas reglas recién aprobadas, bajo temor de algún tipo de persecución fiscal por parte de las autoridades y la desconfianza de que dichos cambios ocasionarían un impacto en la economía de por sí, afectada a causa de la pandemia.

Las y los diputados del Grupo Parlamentario de Morena siempre hemos luchado porque existan leyes que estén a favor de la ciudadanía que representamos, y desde luego que la Ley de Ingresos no es la excepción, sin embargo ante una desinformación generalizada en todo el sector primario en donde se encuentra la industria cañera de Quintana Roo, se requiere de manera urgente, una orientación con un leguaje práctico sobre las nuevas disposiciones en materia de impuestos, por parte de las autoridades fiscales, la cual les permita comprender los criterios que se aplicarán, de acuerdo con el régimen en el que están, y las actividades económicas a las que se dedican.

Ahora que nuestro país se encuentra viviendo una de las pruebas más duras de nuestra historia, se requiere mantener finanzas sanas, y hoy más que nunca, vamos a seguir insistiendo a favor del tema principal que es la economía. Pero también vamos a estar ahí con los distintos sectores que no se están siendo atendidos por la política de gobierno de nuestro país.

Es por lo anteriormente expuesto que someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta con pleno respeto a la jefa del Servicio de Administración Tributaria para que en coordinación con sus homólogas de las 32 entidades federativas, se realicen a la brevedad posible, jornadas de orientación para el sector primario, sobre los cambios y adiciones en materia fiscal que han entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2022.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la jefa del Servicio de Administración Tributaria a fomentar la cultura contributiva a través de foros y talleres en las 32 entidades federativas del país, las cuales permitan conocer los beneficios de cumplir con las obligaciones que como ciudadanos nos corresponden.

Fuentes

1. http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=146v

2. https://www.mbasociados.mx/cambios-en-miscelanea-fiscal-2022/

3. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5635285&fecha=12/11/ 2021

4. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfprh.htm

5. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

Notas

1 http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=146v

2 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfprh.htm

3 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

4 https://www.mbasociados.mx/cambios-en-miscelanea-fiscal-2022/

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 7 de enero de 2022.

Diputada Alma Anahí González Hernández (rúbrica)