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Comunicaciones

De la Comisión Permanente, con la que remite informe de actividades del periodo 1 de enero-31 de diciembre de 2020 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; recibido en la sesión del miércoles 12 de mayo de 2021

Ciudad de México, a 12 de mayo de 2021

Diputado Hugo Rafael Ruiz Lustre

Presidente de la Comisión de Derechos Humanos

Presente

Comunico a usted que, en sesión celebrada en esta fecha, se recibió de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, oficio con el que remite informe de actividades del periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020.

La Presidencia, con fundamento en el artículo 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dispuso que dicha documentación, misma que se anexa, se remitiera a las Comisiones de Derechos Humanos de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados.

Atentamente

Senadora Elvia Marcela Mora Arellano (rúbrica)

Secretaria

Del Congreso de Baja California Sur, con la que remite exhorto a retomar el estudio, análisis y dictamen de iniciativas referentes a calcular en salarios mínimos y no en unidades de medida y actualización (UMAS) las pensiones y prestaciones de seguridad social; recibido en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 12 de mayo de 2021

La Paz, Baja California Sur, a 23 de marzo de 2021.

Senador Óscar Eduardo Ramírez Aguilar

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión

Presente

En sesión pública ordinaria celebrada el martes 23 de marzo de 2021, el pleno del honorable Congreso del Estado de Baja California Sur, aprobó un punto de acuerdo (se anexa copia), consistente entre otros resolutivos en:

Primero. El honorable Congreso del Estado de Baja California Sur exhorta, de manera respetuosa con pleno respeto de su soberanía, al honorable Congreso de la Unión, con el fin de que, a la brevedad, se considere como un asunto preferente y prioritario de justicia social, retomar el estudio, análisis y dictamen de todas y cada de las iniciativas de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a diversos ordenamiento en materia de seguridad social presentadas antes las Cámaras de Diputados y de Senadores, en las que se tenga como tema central y se plantean que las pensiones y prestaciones de seguridad social se calculen en salarios mínimos y no se calculen en unidades de medidas y actualización (UMAS).

Ha efectos de que se legisle expresa y enfáticamente en la prohibición de la utilización de las UMAS como unidad de medida para el cálculo de pensiones y demás prestaciones de seguridad social.

Segundo. Remítase el presente exhorto a los honorables congresos locales de las legislaturas de las demás entidades federativas, informándoles para que se adhieran y sumen al presente exhorto ante el Congreso de la Unión y en el seno de sus legislaturas en apoyo a las trabajadoras y trabajadores, jubiladas y jubilados de nuestro país.

Anexo encontrará la proposición con punto de acuerdo de referencia.

Se hace de su conocimiento lo anterior para los efectos a que haya lugar.

Atentamente

Diputado Héctor Manuel Ortega Pillado (rúbrica)

Secretario

(Turnado a la Comisión de Seguridad Social. Mayo 12 de 2021.)

De la Secretaría de Educación Pública, con la que remite resultado de auditoría externa de matrícula del Instituto Tecnológico Superior de Centla; recibido en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 12 de mayo de 2021

Frontera, Centla, Tabasco, a 3 de mayo de 2021.

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Dando cumplimiento a la publicación del 28 de diciembre de 2018, en el Diario Oficial de la Federación, del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2019.

Con fundamento en el artículo 36, fracción III, que a la letra dice:

Artículo 36. Los programas destinados a educación media superior y superior, deberán contener las siguientes disposiciones:

III. Las instituciones públicas de educación superior estarán obligadas a la práctica de auditoría externa de su matrícula, debiendo enviar los resultados de ésta, así como un informe semestral específico sobre la ampliación de la misma, tanto a la Cámara de Diputados como a la Secretaría de Educación Pública.

Atendiendo lo anterior, respetuosamente me permito hacer llegar los resultados obtenidos de la auditoría realizada a la matrícula escolar, correspondiente al periodo enero-junio de 2021 de esta institución educativa.

Asimismo, hago entrega del informe semestral específico sobre la ampliación de la misma.

Sin otro particular, me reitero a sus distinguidas consideraciones.

Atentamente

Maestro Guadalupe Arias Acopa (rúbrica)

Director General

(Turnado a las Comisiones de Educación y de Presupuesto y Cuenta Pública. Mayo 12 de 2021.)

De la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, con la que remite comunicación de la diputada Lidia Nallely Vargas Hernández, en la que informa su reincorporación a sus funciones legislativas, recibida en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 19 de mayo de 2021

Ciudad de México, 19 de mayo de 2021.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presentes

Informo a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, se recibió comunicación de la diputada Lidia Nallely Vargas Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena, por la que informa su reincorporación a sus funciones legislativas, a partir del 7 de junio de 2021.

Atentamente

Diputada María del Carmen Almeida Navarro (rúbrica)

Secretaria


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de mayo de 2021.

Senador Óscar Eduardo Ramírez Aguilar

Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presente

La que suscribe, Lidia Nallely Vargas Hernández, diputada federal con licencia de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 16 del Reglamento de la Cámara de Diputados, notifico mi reincorporación al ejercicio de mi cargo como diputada federal de la presente legislatura, lo anterior a partir de la fecha 7 (siete) de junio de 2021 (dos mil veintiuno).

Por lo anterior, solicito que se comunique en los términos apuntados en el párrafo segundo del artículo citado en supra líneas.

Sin más por el momento, le extiendo un cordial saludo.

Ciudad de México, a 12 (doce) de mayo de 2021 (dos mil veintiuno).

Lidia Nallely Vargas Hernández (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de mayo de 2021.

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

La que suscribe, Lidia Nallely Vargas Hernández, diputada federal con licencia de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 16 del Reglamento de la Cámara de Diputados, notifico mi reincorporación al ejercicio de mi cargo como diputada federal de la presente legislatura, lo anterior a partir de la fecha 7 (siete) de junio de 2021 (dos mil veintiuno).

Por lo anterior, solicito que se comunique en los términos apuntados en el párrafo segundo del artículo citado en supra líneas.

Sin más por el momento, le extiendo un cordial saludo.

Ciudad de México, a 12 (doce) de mayo de 2021 (dos mil veintiuno).

Lidia Nallely Vargas Hernández (rúbrica)

De la Secretaría de Salud e Institutos de Salud de Baja California Sur, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado en la Cámara de Diputados, para reforzar los mecanismos de protección y atención de las personas adultas mayores, recibida en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 19 de mayo de 2021

La Paz, Baja California Sur, a 7 de mayo de 2021.

Diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano

Vicepresidente de la Mesa Directiva de la LXIV Legislatura

Cámara de Diputados

Presente

Por instrucciones del secretario de Salud y director general del Instituto de Servicios de Salud de Baja California Sur, doctor Víctor George Flores, me permito dar respuesta a oficio No. D.G.P.L. 64-II-2-2555, mediante el cual informo Punto de Acuerdo:

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Salud, del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, de las entidades federativas y al de los municipios para que, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicción, se refuercen los mecanismos de protección y atención de las personas adultas mayores, a fin de prevenir, disminuir y erradicar la violencia ejercida en su contra, y de sensibilizar a la sociedad sobre la magnitud, alcances y efectos de este lacerante problema, para lograr el cumplimiento de los derechos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes, los tratados internacionales y demás disposiciones jurídicas aplicables.”

Con la finalidad de mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores y hacer consciencia en la población sobre la importancia de erradicar la violencia que se ejerce en su contra; la Secretaría de Salud en nuestro estado, tiene a disposición módulos gerontológicos en las unidades médicas para la atención especializada del adulto mayor y su familia.

La función principal de estos módulos es ofrecer una atención integral, que les provea de herramientas para mantener un estilo de vida saludable, nutricional, mental y físicamente puedan vivir en un entorno seguro. Dentro de los mecanismos de protección al adulto mayor, se trabaja en la sensibilización de los familiares para el trato con calidez hacia su familiar, exhortándolos a promover el trato digno y hacia esta población; con el fin de erradicar la violencia que existe en este grupo vulnerable de nuestra sociedad.

Sin más por el momento, me despido de usted y aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Heriberto Soto Haro (rúbrica)

Director de Servicios de Salud de la Secretaría de Salud e Institutos de Salud de Baja California Sur

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite informe sobre el uso del endeudamiento de la CFE al segundo semestre de 2020, recibida en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 19 de mayo de 2021

Senador Eduardo Ramírez Aguilar

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Por este medio, con fundamento en la fracción III del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el artículo 111 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número DG/091/2021, el licenciado Manuel Bartlett Díaz, director general de la Comisión Federal de Electricidad, envía el informe sobre el uso del endeudamiento de la Comisión Federal de Electricidad al segundo semestre de 2020.

Por lo anterior le acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como el original del similar número DG/093/2021y de su anexo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por la que remite el Informe en materia de Zonas Económicas Especiales, recibida en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 19 de mayo de 2021

Ciudad de México, a 14 de mayo de 2021.

Senador Óscar Eduardo Ramírez Aguilar

Presidente de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presente

En cumplimiento a la obligación prevista en el artículo 42 de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales (LFZEE) y con fundamento en lo dispuesto por los diversos 31, fracción XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF); 42 de la LFZEE y 36, primer párrafo, de su Reglamento; quinto transitorio, segundo párrafo, del “decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de diciembre de 2019; 7o., primer párrafo, 9o.; 10, fracción LXIX y 70, fracciones XVIII y XXX, y 71- B, Apartado A, fracción III, y 71-H, fracción XVIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (RISHCP), en relación con los diversos 116 y 117 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 27, fracción III de la LOAPF, me permito enviar el Informe en materia de Zonas Económicas Especiales al honorable Congreso de la Unión por conducto de esa Comisión Permanente, al tenor de lo siguiente:

I. Antecedentes

Que el 12 de julio de 2019, se publicó en el DOF el Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024, el cual establece en su apartado “3. Economía” diversos proyectos regionales con los cuales se pretende, entre otros, impulsar el crecimiento económico y el desarrollo sostenible; crear zonas libres para atraer inversiones del sector privado y propiciar el ordenamiento territorial de la región.

Que el 19 de noviembre de 2019, se publicó en el DOF el decreto por el que se abrogan los diversos de las Declaratorias de las Zonas Económicas Especiales de Puerto Chiapas, de Coatzacoalcos, de Lázaro Cárdenas-La Unión, de Progreso, de Salina Cruz de Campeche y de Tabasco publicados el 29 de septiembre y el 19 de diciembre de ambos de 2017, y el 18 de abril de 2018.

Que el 30 de diciembre de 2019, se publicó en el DOF el “decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del reglamento interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, mismo que tuvo por objeto:

l. Abrogar el Diverso por el que se crea la Autoridad Federal para el Desarrollo de Zonas Económicas Especiales (AFDZEE);

2. Abrogar el Reglamento Interior de la AFDZEE; y

3. Reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones del RISHCP a efecto de trasferir a esta Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF) facultades establecidas en la LFZEE y su Reglamento.

Que el 15 de mayo de 2020 mediante Oficio Número 529-1-032/2020 esta PFF presentó el Informe ante ese honorable Congreso de la Unión, en términos del artículo 42 de la LFZEE, por lo que en cumplimiento a este último precepto, me permito rendir ante ese Poder Legislativo el siguiente

II. Informe

El presente Informe comprende un periodo anual del 16 de mayo de 2020 al 14 de mayo del presente y se integra en observancia a las disposiciones que determina el artículo 42 de la LFZEE de acuerdo con lo siguiente:

a) El presupuesto ejercido relativo al Programa de Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales

Respecto al presupuesto ejercido relativo al Programa de Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales, se manifiesta que no se ha ejercido presupuesto alguno durante el periodo que se reporta.

Adicionalmente, se hace hincapié en que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2021 no se asignaron recursos a las Zonas Económicas Especiales (ZEE).

b) El avance físico de las obras de infraestructura que se realicen en el Área de Influencia

En relación con el avance físico de las obras de infraestructura que se hayan realizado en las áreas de influencia de las ZEE, se manifiesta que no se han realizado obras, debido a que los decretos por los que se emitieron las declaratorias correspondientes a las citadas Zonas, quedaron abrogados como se señala en el primer párrafo del apartado de Antecedentes del presente Informe y a la fecha no se han emitido nuevos instrumentos para su constitución.

c) Las acciones realizadas y los resultados obtenidos de las políticas públicas y acciones que conforman el Programa de Desarrollo

Por lo que hace a las acciones y resultados obtenidos de las políticas públicas y acciones que conforman el Programa de Desarrollo, se manifiesta que no se han implementado políticas públicas ni ejecutado acciones que conforman el Programa de Desarrollo en las Zonas Económicas Especiales.

Lo anterior, en virtud de que los Decretos por los que se emitieron las Declaratorias y acciones para la constitución de las citadas Zonas, quedaron abrogados como se señala en el primer párrafo del apartado de Antecedentes del presente Informe y, a la fecha, no se han emitido nuevos instrumentos para su constitución.

d) Las estadísticas generales sobre la operación de cada Zona

Con respecto a las Estadísticas Generales sobre la operación de cada Zona, no se reportan estadísticas generales sobre la operación de las mismas, debido a que los Decretos por los que se emitieron las Declaratorias para establecer las citadas Zonas, quedaron abrogados como se señala en el primer párrafo del apartado de Antecedentes del presente Informe y a la fecha no se han emitido nuevos instrumentos para su constitución.

e) El informe anual sobre el resultado de la evaluación de la Zona elaborado por el Consejo Técnico y el Análisis sobre el mismo que realice la Secretaría

En relación con el informe anual sobre el resultado de la evaluación de las Zonas elaborado por el Consejo Técnico y el Análisis sobre éste que realice esta Dependencia, es preciso señalar que no existe información a reportar, en virtud de que las Declaratorias de las ZEE se han abrogado, sin perjuicio de que los Consejos Técnicos, no se instalaron y a la fecha de suscripción del presente no se han emitido nuevos instrumentos para su constitución.

Por lo anteriormente expuesto, solicito atentamente que se tenga por presentado el Informe de mérito y se tenga por cumplida la obligación establecida en el artículo 42 de la LFZEE a esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Sin otro particular reciba un cordial saludo.

Atentamente

Carlos Romero Aranda (rúbrica)

Procurador

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite información relativa al pago de participaciones a las entidades federativas correspondiente a abril de 2021; recibido en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 19 de mayo de 2021

Ciudad de México, a 14 de mayo de 2021.

Senador Óscar Eduardo Ramírez Aguilar

Presidente de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Con el propósito de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 107, tercer párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito anexar la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente al mes de abril de 2021, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente al mes de abril de 2020.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Gabriel Yorio González (rúbrica)

Subsecretario

De la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con la que remite informe de la Conagua relativo a asignaciones de ingresos excedentes recaudados el primer trimestre del ejercicio fiscal de 2021; recibido en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 19 de mayo de 2021

Ciudad de México, a 13 de mayo de 2021.

Senador Óscar Eduardo Ramírez Aguilar

Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Senadores

Presente

Con relación al Programa de Devolución de Derechos (PRODDER) y de conformidad a lo establecido en el artículo 231-A de la Ley Federal de Derechos, me permito informar a usted que de los ingresos excedentes recaudados por esta Comisión Nacional del Agua (Conagua), al término del primer trimestre del ejercicio fiscal 2021, no se realizaron asignaciones de recursos a los diversos municipios y prestadores de los servicios de agua potable y saneamiento participantes en este programa, en virtud de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no ha autorizado los mismos.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Ingeniero José Mario Esparza Hernández (rúbrica)

Subdirector General


Ciudad de México, a 13 de mayo de 2021.

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados

Presente

Con relación al Programa de Devolución de Derechos (PRODDER) y de conformidad con lo establecido en el artículo 231-A de la Ley Federal de Derechos, me permito informar a usted que, de los ingresos excedentes recaudados por esta Comisión Nacional del Agua, al término del primer trimestre del ejercicio fiscal de 2021, no se realizaron asignaciones de recursos a los diversos municipios y prestadores de los servicios de agua potable y saneamiento participantes en este programa, en virtud de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no ha autorizado los mismos.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Ingeniero José Mario Esparza Hernández (rúbrica)

Subdirector General

(Remitido a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento. Mayo 19 de 2021.)



Iniciativas

Que expide Ley para el Acuerdo de Unidad Nacional para Enfrentar y Superar la Crisis Nacional Agravada por el Covid-19, presentada por el diputado Marco Antonio Adame Castillo, del Grupo Parlamentario del PAN, en la sesión de la Comisión Permanente llevada a cabo el miércoles 12 de mayo de 2021

Marco Antonio Adame Castillo, diputado de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, perteneciente al Grupo Parlamentar io del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 6, numeral 1; 77, numeral 1; y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberania la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide Ley para el Acuerdo de Unidad Nacional para Enfrentar y Superar la Crisis Nacional, Agravada por el Covid-19, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Considerando

Que la pandemia del Covid-19 ha venido a agravar la crisis que nuestro país vive en materias de salud pública. economia, desemp leo e inseguridad. Antes de la llegada del mortal virus a nuestro territorio, todos los indicadores en estas materias señalaban signos evidentes de deterioro acelerado. La suma entre la crisis generalizada que se padecía en 2019 y la emergencia del Covid-19 ha venido a agudizar las afectaciones a la vida de todos los mexicanos sin excepción en todos los órdenes.

En todos los países del mundo los efectos de la pandemia han sido muy adversos. sin embargo, como se ha señalado en mediciones internacionales, en México se ha resentido en mayor medida el paso del virus del Covid-19, sobre todo por falta de previsión y de acierto en la conducción de la gestión del mismo.

El pueblo de México cuenta con la historia, carácter resiliente y solidario atributos necesarios para enfrentar y salir adelante ante esta crisis generalizada . Este factor debió haber sido tomado en cuenta por las autoridades para desarrollar estrategias, que basadas en orientaciones científicas nos hubieran podido guiar por un camino más seguro en que morbilidad, mortalidad, desempleo e inseguridad no nos hubieran causado los daños irreparables que hoy en día padecemos: en cifras oficiales más de 2 18 mil muertes y según observatorios internacionales más de 600 mil decesos.

Las consecuencias de la pandemia Covid-19 han mostrado lo insuficiente de las políticas públicas emprendidas por el actual gobierno federal en materia de salud, economía, bienestar social, incluyendo en polltica. Es indispensable disponer de mecanismos para generar las condiciones mínimas para atender debidamente los rezagos anteriores y actuales a la pandemia Covid-19; así como mecanismos de rendición de cuentas para evaluar el desempeño de los servidores públicos que han tenido funciones en materia de salud pública.

Es obligación del gobierno escuchar a las organizaciones de la sociedad civil, considerando que estas podrían generar conjuntamente métodos de evaluación y mejoramiento más eficaces que no solo midan la cantidad de recursos públicos destinados a programas sociales, además se podría medir la calidad y eficiencia de los mismos. Esto permitirá, transitar de una gestión exclusivamente subsidiaria a una que establezca bases sólidas para una sustentabilidad que perdure.

Asimismo, los órganos públicos autónomos cuentan con distintas atribuciones que coadyuvarán a superar la crisis que se nos presenta y la creación de muchos de estos organismos ha sido el resultado de las exigencias y reclamos legítimos de la sociedad organizada.

Los derechos humanos alientan la vida de una auténtica democracia y son expresión concreta de la dignidad humana. Sin respeto cabal a los derechos humanos no hay democracia. Es por ello que estamos llamados a generar unidad nacional, convocando a actores de la sociedad civil y, enfocados en propiciar el bien común en la sociedad, y ponderando todas nuestras acciones para asegurar el correcto ejercicio de los derechos humanos de todas las mexicanas y los mexicanos.

Por ello. basados en que nuestro texto fundamental le da a este Congreso en el artículo 73 Constitucional la facultad de legislar para hacer efectivas las facultades de los Poderes de la Unión en materias de Salubridad (fracción XVI), Planeación de Desarrollo y acciones de orden Económico (fracciones XXIX-E y XXIX-F) y Empleo (fracción X), Desarrollo Social (fracción XXIX-O) y Seguridad Nacional y Seguridad Pública (fracciones XXIII y XXIX-M) proponemos que, en esta ocasión, sea mediante una ley, que tenga la legitimidad que el proceso legislativo le otorga, a través de la cual se fije el compromiso del Poder Legislativo, Ejecutivo, órganos constitucionales autónomos, así como de la sociedad civil, para actuar en favor de la sociedad mexicana, impulsando la corresponsabilidad y subsidíariedad entre dichos Poderes, para dar solución expedita a los problemas diarios que enfrentan los ciudadanos, y específicamente, en estos momentos en que la emergencia sanitaria ha golpeado severamente la vida, la salud y la economía de todos los mexicanos.

Con la presente ley, se trata de convocar al Poder Ejecutivo federal, los Poderes Ejecutivos de las entidades federativas, las Cámaras del Congreso federal, los órganos constitucionales autónomos que correspondan, así como los organismos de la sociedad civil que así lo consideren, con la finalidad de generar diagnósticos y compromisos específicos para superar de manera eficaz y expedita las consecuencias generales y particulares que ha generado la Pandemia por Covid-19 en nuestro país.

Se trata pues, de generar un ámbito de cooperación para el establecimiento y elaboración de programas que incidan directamente en beneficio de la sociedad permitiéndoles enfrentar y superar las adversidades que la pandemia ha generado en sus vidas.

Será solamente en un marco de colaboración y cooperación entre los actores antes señalados, que lograremos hacer frente y salir delante de todas las trabas que la pandemia ha generado en el país.

Es necesario el diálogo plural e incluyente, en el marco de la división de poderes, la colaboración entre los órdenes de gobierno y la concertación social; a fin de construir un proceso de concertación que supere la división, la polarización y el encono y que favorezca la concreción de acuerdos con visión de estado, más allá de coyunturas y del proceso electoral. Con este objetivo es que se propone este mecanismo de concertación par un pacto de unidad nacional a fin de superar los efectos de la crisis causada por la pandemia.

A más de un año de haberse decretado la emergencia sanitaria, la sociedad requiere a quienes tienen responsabilidades públicas explorar todas las vías existentes para asegurar su vida y pleno desarrollo, a efecto de que cada mexicana y cada mexicano puedan cumplir con su proyecto de vida. Pero, además, la sociedad necesita ver a un gobierno unido que enfrenta los problemas considerando las necesidades de todos y cada uno de los que nos encontramos en el territorio nacional. Un gobierno que fomente el diálogo, que construya, que edifique soluciones con la participación unida del sector público y privado, en la búsqueda única del bien común.

Decreto que expide la Ley para el Acuerdo de Unidad Nacional para Enfrentar y Superar la Crisis Nacional, Agravada por el Covid-19

Articulo Único.· Se expide la Ley para el Acuerdo de Unidad Nacional para Enfrentar y Superar la Crisis Nacional, Agravada por el Covid-19, en los siguientes términos:

Capítulo Primero
Del objetivo y naturaleza del acuerdo

Artículo 1o. El acuerdo nacional para superar la crisis de la pandemia del Covid-19 y sus estragos será un mecanismo de gestión amplio en el que participarán el Poder Ejecutivo federal, las Cámaras del Congreso federal, los órganos constitucionales autónomos que correspondan, así como los representantes de los gobiernos estatales, municipales, universidades público o privadas, organismos de la sociedad civil, especialistas y representantes de partidos políticos

En el desarrollo, consecución, gestión, ejecución y evaluación del diálogo, la concertación y los productos de este acuerdo regirán los principios de interés nacional, unidad, fraternidad, solidaridad, subsidiariedad y sustentabilidad.

Artículo 2o. Objetivo general del acuerdo. El objetivo del acuerdo es la generación de diagnósticos, propuestas, lineamientos. e instrumentos de política pública para que se puedan superar de la manera más eficaz y expedita las consecuencias que en lo general y en casos particulares ha generado la pandemia por el Covid-19.

Artículo 3o. El acuerdo de unidad nacional para enfrentar y superar la crisis del Covid-19 se desarrollará a través del mecanismo general para el acuerdo de unidad, en lo sucesivo mecanismo general. En el mecanismo general se incluirá la participación que corresponda en cada uno de los temas a tratar de las universidades públicas y privadas del país, centros de investigación, comunidad científica, expertos nacionales y extranjeros, asl como a partidos políticos.

Artículo 4o. Copresidencia del mecanismo general. El mecanismo general será copresidido por el presidente de la República y el presidente de la Mesa Directiva del Congreso federal, a efecto de realizar las convocatorias y disponer los aspectos logísticos para el mejor funcionamiento del mismo.

El mecanismo contará con las vicepresidencias que correspondan de acuerdo con la representatividad de los partidos políticos en el Congreso federal.

Artículo 5o. Secretaría Técnica del mecanismo general. El mecanismo general contará con una secretaría técnica que será la encargada del registro y seguimiento de las propuestas y acuerdos específicos que se tomen en las distintas mesas temáticas.

La titularidad de la Secretaría Técnica será rotatoria. Cada periodo durará seis meses y se turnarán Ja titularidad por el tiempo señalado. en primer turno un representante del Poder Ejecutivo, designado directamente por el presidente de la República, un representante de la Cámara de Diputados y un representante de la Cámara de Senadores, de manera sucesiva.

Capítulo Segundo
De las mesas de diálogo del mecanismo general

Artículo 6o. Para la generación de diagnósticos, propuestas y puntos de acuerdo en particular, se conformarán mesas de diálogo por áreas temáticas en las que participarán los integrantes de los poderes señalados. autoridades estatales y municipales, así como los órganos constitucionales autónomos, universidades públicas y privadas del país, centros de investigación, comunidad científica, expertos nacionales y extranjeros, organizaciones de la sociedad civil y representantes de partidos políticos.

La toma de acuerdos para el trabajo de cada una de las mesas temáticas será por consenso de los participantes. Las deliberaciones y discusiones de las mesas temáticas tendrán una naturaleza orientadora. Los diagnósticos, las propuestas y ponencias podrán serán objeto de iniciativas de ley, lineamientos de política pública para los Poderes Ejecutivos involucrados, según corresponda, o bien directrices orientadoras para los sectores social y privado.

De igual manera las directrices que se asuman podrán ser incluidos como parte de la conformación y discusión de los instrumentos de política presupuestaria de los gobiernos federal y de las entidades federativas.

Artículo 7o. Las mesas temáticas del mecanismo general serán las siguientes:

I. Salud pública, vacunación y atención médica;

II. Desarrollo económico, apoyos para la inversión y creación de empleos:

III. Desarrollo social y apoyos emergentes;

IV. Gobernanza, seguridad humana y prevención del delito.

Artículo 8o. Funcionamiento de las mesas temáticas. Las mesas temáticas del mecanismo general estarán copresididas por sendos representantes de cada una de las Cámaras del Congreso federal y por un representante del Poder Ejecutivo federal.

Artículo 9o. Las mesas temáticas del mecanismo general estarán conformadas, además, por los representantes de los órganos constitucionales autónomos que correspondan según las funciones y naturaleza de los mismos, las organizaciones de la sociedad civil que se inscriban para participar en el formato que se defina conforme los artículos transitorios de esta ley.

Artículo 10. La mesa temática del mecanismo general en materia de salud pública, vacunación y atención médica, discutirá y propondrá diagnósticos, propuestas legislativas y de política pública, aún de carácter emergente, entre otros, acerca de los siguientes aspectos:

I. Afectación del Covid-19 en la morbilidad y mortandad de la población residente en México;

II. Aciertos y áreas de oportunidad en la atención oportuna de la pandemia por parte de las autoridades federales, estatales y municipales, a efecto de encontrar las mejores vías de atención en lo sucesivo;

III. Mejoras para la inmunización y tratamientos que en lo sucesivo se requieran para hacer frente a la pandemia del Covid-19 y de otras pandemias en lo que resulte aplicable, incluyendo los mecanismos de concertación y cooperación internacional;

IV. Realizar una evaluación y propuestas con relación a las afectac iones en áreas diversas a los padecimientos por Covid-19, incluyendo la salud psicológica de la población con motivo de la pandemia.

Artículo 11. La mesa temática del mecanismo del acuerdo en materia de desarrollo económico, apoyos para la inversión y creación de empleos, discutirá y propondrá diagnósticos, propuestas legislativas y de política pública, aún de carácter emergente, entre otros, acerca de los siguientes aspectos:

I. La dimensión de los distintos efectos de la pandemia del Covid-19 en la economía del país;

II. Conocer la dimensión del desempleo generado por la Pandemia del Covid-19;

III. Propuestas para rehabilitar a las ramas productivas afectadas por la pandemia, con énfasis en las, micro, pequeñas y medianas empresas.

IV. Propuestas de apoyos emergentes para las empresas que se han visto afectadas por el Covid-19.

Artículo 12 . La mesa temática del mecanismo del acuerdo en materia de desarrollo social y apoyos emergentes, discutirá y propondrá diagnósticos, propuestas legislativas y de política pública, aún de carácter emergente, entre otros, acerca de los siguientes aspectos:

I. El nivel de afectaciones por la pandemia a los grupos vulnerables y propuestas para su solución;

II. Evaluar el nivel de afectación de las actividades educativas, culturales, artísticas y deportivas con motivo de la pandemia y la forma en que se pueden reactivar de manera segura y sustentable ;

III. Propuestas para fortalecer el tejido social, las redes solidarias, las actividades de las organizaciones de la sociedad civil.

IV. Efectos de la pandemia a mediano y largo plazo y propuestas para los procesos sociales, educativos y culturales en contextos postpandémicos.

Artículo 13. La mesa temática del mecanismo del acuerdo en materia de gobernanza, seguridad humana y prevención del delito discutirá y propondrá diagnósticos, propuestas legislativas y de política pública, aún de carácter emergente, entre otros, acerca de los siguientes aspectos:

I. Atención a la violencia de género y en contra de población vulnerable en contexto; de pandemia y postpandemia;

II. Afectaciones a la gobernanza, la cohesión social, el orden y la paz social con motivo de la pandemia y propuestas de solución;

III. Evaluación de riesgos tradicionales exacerbados por la pandemia y de los riesgos

emergentes con motivo de la pandemia, tanto en el ámbito de la gobernab ilidad como de la seguridad nacional, seguridad pública y corrupción;

IV.Propuestas para fortalecer la gobernanza, la democracia, el desarrollo institucional, el régimen de libertades, la pluralidad y la gestión y participación ciudadana.

V. Prospectiva para el desarrollo político.

VI. Atención a los riesgos tradicionales y emergentes en materia de seguridad nacional y seguridad pública.

VII. Fortalecer los mecanismos de acceso a la justicia en contextos de pandemia, confinamiento, utilizando las tecnologfas de la información sin menoscabo de los derechos de las partes.

Artículo 14. El mecanismo general se desarrollará en tres periodos de deliberación. El primero tendrá inicio el 20 de septiembre de 2021 y concluirá el 20 de enero de 2022. El segundo tendrá inicio el 20 de febrero de 2022 y concluirá el 20 de junio de 2022. El tercero iniciará el 20 de septiembre de 2022 y concluirá el 20 de enero de 2023.

Capítulo Tercero
De los productos de las mesas de diálogo del mecanismo general

Artículo 15. Todas las reuniones de información y deliberación de las mesas de diálogo serán públicas y se difundirán por las señales de radio y televisión con las que cuenta el estado mexicano.

De todas se levantarán relatorías y minutas. Las propuestas serán engrosadas y dispuestas para que los servidores y órganos públicos puedan elevarlas a iniciativas legislativas, elementos de políticas públicas o instrumentos de naturaleza presupuestaria.

Artículo 16. Los diagnósticos, propuestas y aportaciones expresados al seno de las mesas temáticas o en cualquier otra instancia del mecanismo tendrán una naturaleza orientadora y cualquiera de los integrantes con fundamento en sus facultades podrá impulsarla como iniciativa legislativa, lineamiento de política pública, instrumento de· naturaleza presupuesta! o bajo cualquier otro rubro, reconociendo la autoría personal o grupal de la misma.

Artículo 17. Las iniciativas que se consideren de carácter urgente por la unanimidad de los miembros de las mesas podrán ser remitidas al Ejecutivo para su presentación a más tardar en un plazo no mayor a 30 días hábiles.

Articulos Transitorios

Articulo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Dentro del primer mes de vigencia del presente decreto, las Cámaras del Congreso federal, el Poder Ejecutivo federal designarán a los representantes ante la Secretaría Técnica del mecanismo general y las mesas temáticas. Asimismo, definirán los mecanismos, formatos de diálogo y convocatorias para las autoridades estatales y municipales, las universidades e institutos, centros de Investigación, expertos nacionales y extranjeros, organizaciones de la sociedad civil y partidos políticos.

Artículo Tercero. Los formatos, convocatorias, invitaciones y modalidades de participación, sean presenciales o remotas, se emitirán por la copresidencia del mecanismo general a más tardar un mes y medio previo a los períodos de deliberación.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 12 de mayo de 2021.

Diputado Marco Antonio Adame Castillo (rúbrica)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, para que busque mecanismos, a fin de que se elabore una iniciativa de ley para reformar el artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley de 1997 para clarificar que el tope de pensiones para los que recibirán una pensión bajo la Ley de 1973 será con base en el salario mínimo, recibida del diputado José Luis Elorza Flores, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 12 de mayo de 2021

Ciudad de México, 12 de mayo de 2021

Diputado Erasmo González Robledo

Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Presente

Comunico a usted que, en sesión celebrada en esta fecha, el diputado José Luis Elorza Flores, del Grupo Parlamentario de Morena, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que en plena autonomía, busque mecanismos, a fin de que se elabore una iniciativa de ley para reformar el artículo vigésimo quinto transitorio de la ley de 1997 para clarificar que el tope de pensiones para los que recibirán una pensión bajo la ley de 1973 será en base al salario mínimo.

La Presidencia, con fundamento en el artículo 21, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados.

Atentamente

Senadora Elvia Marcela Mora Arellano (rúbrica)

Secretaria

José Luis Elorza Flores, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, como de urgente u obvia resolución la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Primero. Los sistemas de pensiones en México se han construido desde inicios del siglo XX, sin un esquema universal, lo que ha generado multiplicidad de sistemas. La Constitución de 1917 estipuló el derecho a recibir servicios de salud, pensiones, vivienda y educación, siendo pionera en tiempos cuando los derechos sociales no eran tomados en cuenta. Sin embargo, no existía la normatividad para implementarlos. Para ello, a lo largo de varias décadas se crearon distintas leyes y sus reglamentos para diferentes poblaciones de trabajadores, lo que implicaba e implica que estos derechos sociales se pensaron solamente para trabajadores del sector formal, tanto público, como privado.

Los trabajadores del sector privado están afiliados al Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS), mientras los trabajadores del sector público a nivel federal cotizan al Instituto de Servicios y Seguridad Social de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Petróleos Mexicanos (Pemex); Comisión Federal de Electricidad (CFE); Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFAM).

Dos diferencias básicas determinan beneficios. Uno la situación laboral de trabajadores formales y de trabajadores informales, por el otro lado el tipo de cobertura según el sector en que se trabaja ya fuera el ámbito privado o el público. Los trabajadores del sector público tienen más prestaciones y los requisitos para jubilarse pueden ser menos estrictos en cuanto a la edad de retiro o antigüedad.

Dentro de los servidores públicos existen esquemas de pensiones distintos para trabajadores federales (ISSSTE); trabajadores de empresas productivas del estado como Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE), entre otras; trabajadores de banca de desarrollo como Nacional Financiera (NAFIN) o el Banco de Ahorro Nacional y Servicios Financieros (Bansefi); trabajadores de estados y municipios e incluso para trabajadores de universidades públicas.

La construcción histórica de los sistemas de pensiones no se hizo contemplando a toda la población y poniendo en el centro a las personas y sus necesidades, sino que se crearon subsistemas ad-hoc para los grupos de trabajadores que iban surgiendo de acuerdo con el crecimiento del país y su diversificación productiva. Como resultado, hoy en día se tiene un sistema de pensiones que se compone de varios subsistemas con reglas y beneficios distintos que refuerzan la desigualdad dentro de la sociedad. Por un lado 57 por ciento de la población económicamente activa participa en el sector informal, lo que tiene como resultados que 43 por ciento se encuentra en el sector formal, aproximadamente 22.3 millones de personas (Inegi, 2017).

La administración privada de los fondos para el retiro comenzó en 1992 con la creación del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR). Este sistema tuvo como origen la necesidad de complementariedad las pensiones recibidas por los trabajadores que cotizaban al IMSS e ISSSTE.

En 1995 se reforma la Ley del Seguro Social, el cual fue la base para la creación de las administradoras de fondos de ahorro para el retiro. Las aportaciones de los trabajadores inscritos al IMSS comenzaron a ser depositadas a su nombre en cuentas individuales manejadas por entidades creadas para ello, denominadas administradoras de ahorro para el retiro. En el caso de los trabajadores independientes se dejó abierta la posibilidad para la apertura de una cuenta individual y depositar recursos en una subcuenta de aportaciones voluntarias. Como requisitos para pensionarse se establecieron una edad mínima de retiro de 65 años cumplidos y 1,250 semanas de cotización al sistema. Sin embargo, para los trabajadores que cotizaron al menos una vez al sistema anterior de reparto se brindó la opción de retirarse por el sistema de beneficio definido a los 60 años, y la posibilidad de obtener hasta el 100 por ciento del último salario de cotización con un tope de 10 salarios mínimos, que fueron elevados hasta 25.

En el caso del IMSS, la reforma legal se llevó a cabo en 1995 y se implementó en 1997. Para el caso del ISSSTE, la reforma e implementación se llevaron a cabo en 2007; en 2008 paraca CFE y en 2015 paraca Pemex. En todos los casos se transita a un esquema de contribución definida completa o parcialmente, para que finalmente los distintos esquemas de pensiones convivan bajo la propuesta multipolar.

El sistema de pensiones del ISSSTE fue reformado en los términos similares en 2007 y dio lugar a la creación del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado (Pensionissste), una A delantero estatal separada del ISSSTE. Esa reforma permitió a los trabajadores recibir el bono de reconocimiento que fue depositado en la cuenta individual de cada trabajador.

A partir de 2011, se ofreció la posibilidad de cambiar la administración de su cuenta individual a una Afore privada si así lo desean o permanecer en Pensionissste. Esta reforma permitió la portabilidad plena de derechos pensionarios, pues el trabajador que labora en los sectores público y privado podrá cotizar en una sola cuenta individual y todos los trabajadores podrán pasar libremente del sector público al privado y viceversa sin perder sus derechos pensionarios. Aquellos trabajadores que decidieron quedarse en el sistema anterior del ISSSTE han tenido modificaciones en cuanto a la edad mínima de retiro, pues, ha pasado de 50 a 58 y 60 años (mujeres y hombres, respectivamente) con ajustes bianuales durante un periodo de 20 años. La pensión se calculará como un porcentaje del sueldo base del trabajador que aumentará con la antigüedad laboral hasta llegar a 95 por ciento del sueldo base.

Segundo. Un estudio denominado Diagnóstico del sistema de pensiones mexicano y opciones para reformarlo 1 elaborado por el Banco Interamericano de Desarrollo en 2019, señala, entre otros puntos, que:

“El sistema pensional mexicano enfrenta desafíos muy importantes, dado el rápido envejecimiento demográfico, las características del mercado laboral y las deficiencias del diseño institucional de los sistemas de pensiones que convivir hoy en día, México se encuentra inmerso en una transición demográfica caracterizada por un envejecimiento acelerado, el porcentaje de población mayor de 65 años pasará de 10 al 20 por ciento del total entre 2030 y 2050. Esto hace necesario acumular recursos para hacer frente a la demanda de pensiones en el futuro, pero las condiciones actuales del mercado laboral mexicano dificulta dicha acumulación. Durante los últimos años ha sido común que menos de la mitad de los trabajadores activos cotice en a algún sistema de pensiones. Esto tendrá consecuencias importantes pues, de los trabajadores que cotizan, es probable que solo el 25 por ciento cumpla con los requisitos vigentes para alcanzar una pensión.2 El resto solo tendrá derecho a retirar el saldo de las aportaciones intermitentes que hayan acumulado en su cuenta individual al momento de retirarse. Del 25 por ciento de trabajadores que alcance una pensión, menos de la tercera parte (6.25 por ciento) del total acumulará los recursos suficientes para financiar una pensión por encima a la mínima del sistema. En suma, la mayoría de la población que se incorporó al mercado laboral a partir de 1998 no tendrá los recursos necesarios para hacer frente a su retiro, y es muy factible que puedan caer en situación de pobreza si no cuentan con otra fuente de ingresos o transferencias.

...

...es factible topar las pensiones de la generación de transición a diez veces el salario mínimo o diez veces la Unidad de Medida y Actualización. Pues, el Consejo Técnico del IMSS puede establecer un tope de diez veces el salario mínimo para los trabajadores que optan por una pensión bajo la ley de 1973. No obstante, existen dudas sobre esa interpretación. Una manera de eliminar cualquier duda sobre el mismo sería modificar a través de una reforma de ley el artículo transitorio vigésimo quinto de la Ley de 1997 para clarificar el tope de pensiones para los que recibirán una pensión bajo la Ley de 1973 será de diez veces el salario mínimo o diez veces la UMA”.

Tercero. El 27 de enero de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma a diversas disposiciones de la Constitución en materia de desindexación del salario mínimo,3 cuyo propósito fue eliminar el obstáculo para que se pudiera aumentar este ingreso de los trabajadores. Con estos cambios, se creó la Unidad de Medida de actualización, como base para el pago o tasas de derechos, impuestos, multas, entre otros.

Esta reforma faculta al Instituto Nacional de Estadística y Geografía para calcular el valor de la Unidad de Medida y Actualización que será utilizada como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores. Igualmente establece que el salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza. Asimismo incorpora la obligación del Congreso de la Unión para emitir la legislación reglamentaria que determine el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

Sin embargo, cabe señalar que la desindexación del salario mínimo ha provocado que miles de trabajadores jubilados se enfrenten a la precarización de sus ingresos, pues reciben 30 por ciento menos del valor de su pensión, porque cotizan en unidades de medida de actualización en lugar de salarios mínimos. Sólo durante el 2019, el salario mínimo se fijó en 123.22 (ciento veinte tres 22/100 M.N.) pesos, mientras que una Unidad de Medida y Actualización se ubicó en 86.88 (ochenta y seis 88/100 M.N.) pesos, es decir 30 por ciento menos. Esto afecta a jubilados y pensionados por el encarecimiento de productos y servicios básicos.

Cuarto. El día, el 17 de febrero de 2021 la Suprema Corte de Justicia de la Nación mediante un comunicado4 informó que el cálculo del tope máximo de pensiones jubilatorias de los trabajadores del Estado, sujetos al artículo décimo transitorio de la Ley del ISSSTE, debe determinarse con base a la Unidad de Medida y Actualización, y señalo:

“La Segunda Sala de la Suprema Corte de la Nación determinó, en sesión remota, que el tope máximo de la pensión jubilatoria otorgada por el Instituto de Seguridad Social y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) debe cuantificarse con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), derivada de la reforma constitucional en materia de desindexación del salario.

La reforma constitucional eliminó el salario mínimo como parámetro para calcular el monto de pago de diversas obligaciones, multas, créditos y aportaciones de seguridad social. La finalidad de esta modificación fue permitir que el salario mínimo pudiera ser incrementado constantemente para recuperar el poder adquisitivo de los trabajadores; ello sin que al mismo tiempo se incrementaran otra serie de conceptos ajenos al salario. La decisión de la Segunda Sala permitirá que continúe la recuperación del salario, sin poner en riesgo los fondos de pensiones.

Por todo lo anterior, la Sala concluyó que, acorde con la Constitución Federal, la Ley del ISSSTE abrogada y el artículo décimo transitorio de la Ley del ISSSTE vigente, el tope máximo de la pensión jubilatoria debe calcularse con base en la UMA.”

Quinto. Actualmente la Unidad de Medida y Actualización tiene un valor de 89.62 (ochenta y nueve pesos 62/100 M.N.), mientras que el salario mínimo es de 141.70 (ciento cuarenta y un pesos 70/100). Es decir, la diferencia es de 52.00 (cincuenta y dos 00/100 M.N.) pesos con respecto del salario mínimo.

La determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para tasar las pensiones de los trabajadores al servicio del estado ha ocasionado molestias entre los jubilados y pensionados de diversas partes del país quienes han realizado diversas manifestaciones de protesta.

Adultos mayores de la Coalición Nacional de Jubilados y Pensionados “Elpidio Domínguez” realizaron movilizaciones en varias entidades federativas del país, para exigir que las pensiones se paguen en salarios mínimos y no con la Unidad de Medida y Actualización (UMA);5 Juan Manuel Salazar, secretario general de la agrupación dijo que se violaron los derechos de los jubilados a tener una pensión digna y justa.

“En todo el país hoy lo estamos haciendo así, como ven aquí, grupos pequeños porque no podemos exponer a nuestros compañeros, porque todos somos mayores de 60 años, a que se vayan a contagiar. En aquellos estados donde el semáforo está en verde, las acciones han sido de mucho mayor número y de mucha mayor presencia. Nosotros en Jalisco hemos querido salir a denunciar y a exigir a la Suprema Corte de Justicia, que establezca una nueva resolución que nos restituya nuestros derechos a la pensión que temamos ganada”.

“A nivel nacional, solo del ISSSTE, somos cerca de un millón 800 mil pensionados y jubilados, porque no son solo los maestros de la Secretaría de Educación Pública, sino todos los ex trabajadores de las diversas secretarías de Estado los que estamos siendo afectados Y también todos los trabajadores que laboran hoy en esas dependencias, van a ser afectados igual que nosotros...”

En el estado de Chiapas, el “Frente Democrático en defensa del Maestro Pensionado y Jubilado del estado de Chiapas”, en la Costa del estado, se ha manifestado en contra de esta situación.

La afectación económica para los jubilados es grave. Por ejemplo, si alguien al jubilarse lo hace con un pago de cuatro salarios mínimos por día, recibiría al mes 17,000 (diecisiete mil pesos 00/100 M.N.), pero si el pago se calcula en base a las Unidades de Medida y Actualización, solo recibirá 10 mil 750 (diez mil setecientos cincuenta 00/100 M.N.) pesos, esto significa una reducción mensual de 6 mil 250 (seis mil doscientos cuenta 00/100 M. N.) pesos para el ex trabajador.

Los jubilados y pensionados advierten que seguirán las protestas hasta que se enmiende ese acto de injusticia en el pago de sus pensiones.

Sexto. Por su parte, el presidente de México, el licenciado Andrés Manuel López Obrador, señaló que proyecta una modificación legal para incrementar el ingreso de los jubilados y pensionados del sector público y, al mismo tiempo, continuar con la recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo6 y dijo:

“... ¿qué estoy pensando? Que se siga aumentando el salario mínimo, porque es mucho el rezago, pero al mismo tiempo que se resuelva mediante un acuerdo, una ley, un incremento a las pensiones”.

Expuso que los cambios, como las Unidades de Medida y Actualización creadas en 2016, se hicieron en el periodo neoliberal sin atender el valor del salario mínimo; en lo que va del sexenio, la recuperación de esta percepción básica es de 51 por ciento, según reportes del gobierno federal, aunque el minisalario en la zona libre de la frontera norte pasó de 88.36 a 213.39 pesos, esto es, un avance de 141 por ciento.

Entonces, añadió el mandatario, teníamos dos posibilidades para enderezar el entuerto, reparar el daño: una, regresar al sistema anterior (desaparecer Afore y manejar las pensiones desde el Estado) o buscar un acuerdo con el sector empresarial para aumentar sus aportaciones a los fondos de pensiones.

Al final se optó por la segunda opción, pero como en el caso de los empleados públicos el patrón es el Estado, si se retoma la cotización de pensiones a partir de número de veces el salario mínimo no se podría continuar con el plan de recuperación. No obstante, pidió paciencia para que se concrete el aumento a las pensiones.

Por las razones y argumentos antes expuestos, es que presentó ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, como de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único . La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, respetuosamente exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que, en plena autonomía, busque mecanismos a fin de que se elabore una iniciativa de ley para reformar el artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley de 1997 para clarificar que el tope de pensiones para los que recibirán una pensión bajo la Ley de 1973 será en base al salario mínimo.

Notas

1 Banco Interamericano de Desarrollo.

https://publications.iadb.org/publications/spanish/docum ent/Diagn%C3%B3stico_del_sistema_de_pensiones_mexicano_y_opciones_para_ reformarlo_es_es.pdf

2 CONSAR, 2018.

3 DOF, 27 de enero de 2016. Decreto por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo.

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_re f_226_27ene16.pdf

4 SCJN. Comunicado de prensa. 17 de febrero de 2021. No. 042/2021.

https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/notic ia.asp?id=6349

5 udgtv. 18 de marzo de 2021. Jubilados se movilizan y exigen pensiones con base en el salario mínimo.

https://udgtv.com/noticias/jubilados-exigen-pensiones-co n-base-salario-minimo/

6 La Jornada. Subirán las pensiones para el sector público. 14 de marzo de 2021.

https://www.youtube.com/watch?v=qeePcmVw5XM

Recinto de la Comisión Permanente, a 12 de mayo de 2021.

Diputado José Luis Elorza Flores (rúbrica)

(Remitida a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Mayo 12 de 2021.)



Convocatorias

De la Comisión de Igualdad de Género

A la vigésima segunda reunión ordinaria, que se llevará a cabo el lunes 24 de mayo, a las 11:00 horas, en el mezzanine norte del edificio A.

Atentamente

Diputada Rocío del Pilar Villarauz Martínez

Presidenta

De la Sección Instructora

A la reunión que se llevará a cabo a distancia, a través de la aplicación Zoom y la plataforma APRAV, el martes 25 de mayo de 2021, a las 18:00 horas del centro del país.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de las actas correspondientes a las sesiones llevadas a cabo los días 29 de marzo y 8 de mayo, del año en curso.

4. Proyecto de acuerdo de recepción de alegatos en el expediente de declaración de procedencia SI/LXIV/DP/01/2021, iniciado en contra del ciudadano Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, diputado federal a la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión.

5. Asuntos generales.

Atentamente

Diputado Pablo Gómez Álvarez

Presidente



Invitaciones

Del Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria

A la quinta edición del Premio Nacional “Dip. Francisco J. Múgica”, sobre Desarrollo Rural Sustentable y Soberanía Alimentaria

Objetivo

Impulsar y fomentar el estudio y la investigación científico-tecnológica, así como de proyectos de producción y participación social que contribuyan al trabajo legislativo en México.

El certamen cuenta con la participación de prestigiadas instituciones de educación superior representadas por los miembros del honorable Jurado Cafificador, quienes consideran este certamen de gran trascendencia para impulsar el nuevo curso de desarrollo en el campo mexicano.

Además, cuenta con gran aceptación y reconocimiento entre investigadores, académicos, estudiantes, organizaciones de productores rurales y por las mismas instituciones educativas convocantes.

Este premio nacional es un espacio de oportunidad para jóvenes investigadores y actores interesados e involucrados en temas del sector rural del país y por medio los participantes obtienen un impulso a sus proyectos, generando un reconocimiento para ellos y su entorno, principalmente en regiones o comunidades rurales.

Atentamente

Maestro José Gildardo López Tijerina

Encargado de la Dirección General