Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE y la colegisladora a realizar las acciones conducentes a ratificar el Convenio C-149 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre el personal de enfermería, a cargo de la diputada Anita Sánchez Castro, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Anita Sánchez Castro, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 65, numeral 4; y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Los convenios y las recomendaciones que hace la Organización Internacional del Trabajo (OIT) son tratados internacionales sujetos a ratificación y son vinculantes para los Estados Miembros que los ratifican, México es uno de ellos. Su finalidad es obtener un efecto concreto en las condiciones y prácticas laborales en todos los países del mundo.

De acuerdo con el artículo 19 de la Constitución de la OIT, todos los Estados Miembros tienen la obligación de someter los convenios al examen de las autoridades nacionales competentes dentro del plazo de un año o hasta 18 meses a partir de la clausura de la reunión de la Conferencia.

La autoridad nacional examina el convenio a la luz de su legislación y práctica nacionales y determina si lo ratifica o no en conformidad con el procedimiento nacional. Hay algunos convenios que no han sido ratificados en el contexto en donde se analizaron originalmente, tal es el caso del Convenio C-149.

Actualmente, de acuerdo con cifras de la Secretaría de Salud,1 hasta 2017 estaban registrados más de 300 mil enfermeras y enfermeros en el país, de los cuales las mujeres sobresalen al representar el 85 por ciento de los recursos humanos en esta profesión.

La OMS señala que hay un déficit elevado de enfermeras en México. Pero en realidad el problema es general y afecta a todo el sistema de salud pública del país. Para tener una visión más detallada del problema, hay que considerar las cifras oficiales.

En el Censo de 2015 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi)2 se dio a conocer que existen 475 mil 295 profesionales de la Enfermería en México. Esto indica que por cada mil habitantes hay 3.9 enfermeras. La proporción resulta preocupante porque la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda que existan al menos 6 enfermeras por cada mil personas.

Para alcanzar la cifra especificada por la OMS, nuestro país requiere de 255 mil enfermeras que se sumen al personal actual. Aún y cuando el trabajo de las enfermeras es uno de los más respetado entre la gente debido a que ellas pueden hacer la diferencia entre la vida y la muerte, sus salarios en México son bajos.

La Encuesta Nacional de Empleo y Ocupación del Inegi señala que el personal de enfermería gana 16 mil 156 pesos mensuales en promedio. Esta remuneración es significativamente más baja que en otros países con un desarrollo parecido al nuestro.

De acuerdo con los últimos datos registrados en el portal de la OCDE, en 2017 el personal de enfermería en México ganaba menos de la mitad de lo que ganan las enfermeras en países como Chile o Italia.

Estos salarios se pueden incrementar de acuerdo con los estudios que vayan desarrollando las enfermeras y de acuerdo con el sector en el que desarrollan sus actividades.

Casi 310 mil de ellas trabajan en hospitales y clínicas del Estado, las 43 mil restantes están en el sector privado.

La situación de emergencia de salud mundial que enfrentamos actualmente, nos ha hecho voltear a ver a todas las personas con profesiones relacionada al cuidado de nuestra salud que han sido determinantes en esta lucha contra la pandemia del Covid 19.

Este personal ha sido fundamental para contener la epidemia. Arriesgan su salud y hasta su vida atendiendo la urgencia, muchas veces sin herramienta y material adecuado e incluso sin equipo de protección.

La falta de personal médico y de enfermeras se ha hecho tangible en el país, por lo que han tenido que trabajar turnos dobles y hasta triples, en condiciones precarias. Ellos han sido como un muro de contención para detener el virus SARS-Cov2.

Se hizo evidente que se necesitan mejorar las condiciones laborales de este sector.

Un reciente estudio del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República3 indica que “el personal de salud en México está enfrentando mayores riesgos y limitaciones que en otros países del mundo y con una débil remuneración, que no corresponde con las responsabilidades, ni con sus años de estudios, ni con las duras jornadas de trabajo que cumplen, ni tampoco con el nivel de respeto y confianza que tienen ante la sociedad”.

Debemos impulsar acciones para dignificar al trabajo de la salud y reforzar los incentivos económicos para las enfermeras y enfermeros dando prioridad a las personas que prestan sus servicios en las zonas marginadas del país.

Una de las medidas para lograr esto, es la ratificación del Convenio C-149 sobre el personal de enfermería, para garantizarles un trabajo y condiciones laborales dignas.

En su contenido el C-149, señala que se debe de proporcionar al personal de enfermería lo siguiente:

• Educación y formación apropiadas al ejercicio de sus funciones;

• Condiciones laborales, incluidas perspectivas de carrera y una remuneración, capaces de atraer y retener al personal en la profesión.

• Deberá gozar de condiciones equivalentes a los demás trabajadores en

a) horas de trabajo, incluidas la reglamentación y la compensación de las horas extraordinarias, las horas incómodas y penosas y el trabajo por turnos;

b) descanso semanal;

c) vacaciones anuales pagadas;

d) licencia de educación;

e) licencia de maternidad;

f) licencia de enfermedad;

g) seguridad social.

En el artículo 4 se señala que la legislación nacional precisará las condiciones que deben reunirse para tener derecho al ejercicio de la práctica de enfermería y reservar este ejercicio a las personas que reúnan dichos requisitos.

1. Se tomarán medidas para fomentar la participación del personal de enfermería en la planificación de los servicios de enfermería y la consulta de este personal en la adopción de las decisiones que le afectan, según métodos apropiados a las condiciones nacionales.

2. La determinación de las condiciones de empleo y de trabajo deberá realizarse, de preferencia, mediante negociaciones entre las organizaciones de empleadores y de trabajadores interesadas.

3. La solución de los conflictos que plantee la determinación de las condiciones de empleo se tratará de lograr por medio de la negociación entre las partes o por medio de procedimientos independientes e imparciales, como la mediación, la conciliación o el arbitraje voluntario, cuyo carácter garantice la confianza de las partes interesadas.

Por lo expuesto someto a consideración de este pleno la siguiente proposición, de urgente u obvia resolución, con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión para que, en el ámbito de sus facultades, se realicen las acciones necesarias para la ratificación del Convenio C-149 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre el personal de enfermería.

Notas:

1 Secretaría de Salud. "6 de enero, Día de la Enfermera y del Enfermero". Gob.mx, 2018. Consultado en https://www.gob.mx/salud/articulos/6-de-enero-dia-de-la-enfermera-y-del -enfermero?idiom=es

2 Inegi. Banco de Indicadores. Beta.Inegi.Org.Mx, 2019. Consultado en http://www.beta.inegi.org.mx/app/indicadores/?p=2808&ag=00#divFV620 6882038

3 Investigadores del Instituto B. D. Martha Patricia Patiño Fierro y César Alejandro Giles Navarro.

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 30 de septiembre de 2020.

Diputada Anita Sánchez Castro (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a analizar por la SRE la viabilidad y, de ser procedente, crear un nuevo consulado en India, a cargo de la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Mariana Dunyaska García Rojas, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permite presentar a la consideración de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al Poder Ejecutivo federal, a través del titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores para que se analice la viabilidad y, en caso de ser procedente, se cree un nuevo Consulado en la India, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Marco Jurídico

De conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la representación de México en el extranjero y el ejercicio de su política exterior, están a cargo del Servicio Exterior Mexicano, que forma parte del Ejecutivo federal, cuya dirección compete a la Secretaría de Relaciones Exteriores, de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Por su parte, la Ley del Servicio Exterior Mexicano establece en los 2 primeros párrafos de su primer artículo, en la fracción VI del 1-Bis, y en el artículo 12, lo siguiente:

Artículo 1. El Servicio Exterior Mexicano es el cuerpo permanente de servidores públicos, miembros del personal diplomático del Estado, encargado específicamente de representarlo en el extranjero, responsable de ejecutar la política exterior de México, de conformidad con los principios normativos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Servicio Exterior depende del Ejecutivo federal. Su dirección y administración están a cargo de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en lo sucesivo denominada la Secretaría, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a los lineamientos de política exterior que señale el Presidente de la República, de conformidad con las facultades que le confiere la propia Constitución.

Artículo 1 Bis. Para los efectos de la presente ley se entenderá por:

VI. Consulado General: La oficina a cargo de un funcionario consular, generalmente con el rango de Cónsul General y del cual dependen los consulados y agencias consulares que se localicen en su circunscripción;

Artículo 12. Las misiones diplomáticas de México ante gobiernos extranjeros tendrán el rango de Embajadas y ante organismos internacionales, el de Misiones Permanentes; las representaciones Consulares tendrán el rango de Consulados Generales, Consulados, Agencias Consulares y Consulados honorarios.

La Secretaría determinará la ubicación y funciones específicas de cada una de ellas incluyendo, en su caso, las concurrencias y las Circunscripciones Consulares.

Para tales efectos, el secretario autorizará la apertura, cierre o redefinición de Consulados Generales, a propuesta del subsecretario correspondiente a la región geográfica de que se trate y previa recomendación de la Comisión de Personal, debiéndose notificar dicha determinación al Senado de la República.

De estos preceptos se desprende que corresponde a la Secretaría de Relaciones Exteriores autorizar la apertura de un nuevo Consulado General y notificar dicha determinación, al Senado de la República.

Relaciones México-India

India tiene una extensión territorial de 3 mil 287 millones de kilómetros cuadrados con una población de mil 353 millones de habitantes. En el país existen más de 150 embajadas, 90 consulados y otras 18 misiones diplomáticas.

De las representaciones Latinoamericanas, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Panamá, Paraguay, Perú, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela cuentan con Embajadas en la Capital del País. Argentina, Brasil y Ecuador tienen Consulados Generales en la Ciudad de Mumbai.

Otros países, principalmente del G20, cuentan con Consulados Generales en diversas ciudades Bangalore, Chandigarh, Chennai, Guwahati, Hyderabad, Calcuta, Panaji, Puducherry, Ahmedabad y Mumbai.

En el caso de México, hasta ahora cuenta únicamente con una Embajada en Nueva Delhi (EmbaMex India), la cual atiende los temas políticos y económicos bilaterales, así como servicios Consulares; y una red de 5 Consulados Honorarios en India en las ciudades de Mumbai, Chennai, Bangalore, Goa y Calcuta, enfocados únicamente en dar apoyo a actividades culturales y de promoción turística. Adicionalmente la Embajada también atiende a Sri Lanka, Maldivas, Bangladesh, Nepal y recientemente Bután.

Actualmente, ésta Embajada cuenta con la presencia del Embajador, un ministro jefe de cancillería, 6 diplomáticos de los cuales 2 se enfocan en temas consulares, 3 agregados militares y 1 de marina. Adicionalmente cuentan con 9 empleados locales (sin considerar los empleados de servicio), de los cuales 3 dan apoyo al área consular.

La oficina Consular tiene una capacidad de 45 citas presenciales promedio a la semana para atender las solicitudes de visa que reciben, de las cuales se considera que 80 por ciento son enfocadas a negocios, ya sea por trabajo o actividades con fines de lucro.

En materia de turismo se estima que en México, de los visitantes provenientes de Asia, alrededor del 10 por ciento provienen de India con una bolsa de gasto aproximada de 4 mil 500 dólares. Con datos de 2015, se estima que el crecimiento de visitantes por año es el 18 por ciento.

En materia de negocios, India es el noveno socio comercial de México, así como nuestro tercer comprador de petróleo a nivel global. Para India, somos el segundo socio comercial en las Américas, solo por debajo de Estados Unidos. Por otro lado, en inversión, México está catalogado como el principal destino de inversiones indias en Latinoamérica e India se ha convertido en un destino muy atractivo para las inversiones mexicanas.

Considerando, estos factores, es importante que el gobierno federal analice la apertura de un Consulado General en Mumbai; capital de los negocios del país. Mumbai también conocida como Bombay, es la capital del estado federal de Maharashtra. Es la ciudad más poblada de la India y la cuarta más poblada del mundo. La ciudad se encuentra en la costa del mar Arábigo en el oeste de la India, y tiene un puerto natural de gran profundidad. En 2009 fue catalogada como ciudad global. También es la ciudad más rica de la India. La misma tiene la mayor industria cinematográfica del mundo. Dos de los monumentos de la ciudad, la terminal ferroviaria de Chhatrapati Shivaji y los templos de la Cueva de Elephanta, forman parte de la lista de Patrimonio de la Humanidad de la Unesco.1

En Acción Nacional estimamos que la apertura de la representación consular que se propone no solo apoyaría a incrementar el despacho y atención a temas consulares sino que, además, apoyaría la promoción económica que tanta falta hace. Por ello, estimamos necesaria y oportuna la apertura de un Consulado General al sur de India, particularmente en ciudad de Mumbai, capital del estado federal de Maharashtra; con la finalidad de impulsar las relaciones económicas, la inversión, el turismo y la atención de los servicios consulares con mayor eficiencia y eficacia. Por lo anteriormente descrito, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno federal a través del titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard Casaubón, para que se analice la viabilidad y, en caso de ser procedente, dé aviso al Senado para la creación de un nuevo Consulado en el Sur de la República de la India, en la Ciudad de Mumbai, capital del estado federal de Maharashtra.

Nota:

1 Información consultada en
https://spain.memphistours.com/India/guia-de-india/guia-de-bombay/wiki/la-ciudad-de-bombay.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2020.

Diputada Mariana Dunyaska García Rojas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a establecer por la SHCP los mecanismos de coordinación necesarios con el Poder Judicial de la Federación para garantizar el cumplimiento del artículo 53 Bis de la Ley Orgánica de éste en lo relativo al funcionamiento de los tribunales especiales en materia mercantil, a cargo de la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Grupo Parlamentario del PRI

La que esto suscribe, Mariana Rodríguez Mier y Terán, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo bajo las siguientes:

Consideraciones

Conforme al artículo 49 de nuestra Constitución Política, “El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.”

Esta división de poderes refleja un sistema de pesos y contrapesos para el ejercicio del poder, establecido con la pretensión de brindar un disfrute y un ejercicio más pleno de la seguridad jurídica, que es uno de los derechos humanos fundamentales en todo Estado de Derecho. Esto da como resultado que serán actores diversos quienes se encarguen de la formación de las leyes, de la aplicación de dichas leyes y de administración de las mismas.

Como sabemos, el Plan Nacional de Desarrollo 2019 – 2024 señala entre sus objetivos fundamentales, la reactivación de la procuración de justicia para combatir la corrupción y otros delitos que lesionan la actividad económica, política y social en todos los núcleos de la sociedad.

Para tal efecto, en el mes de octubre de 2019, se celebraron en el Congreso de la Unión1 , con la participación de los tres poderes de la Unión, una serie de mesas de análisis para promover “Una reforma con y para Poder Judicial de la Federación. Este proceso de colaboración institucional trazó el camino hacia una mejor justicia, con pleno respeto a la división de poderes y a la independencia judicial. En ese acto, los participantes coincidieron en que la impartición de justicia federal en nuestro país enfrenta grandes retos, entre los que se destacó que:

- Los jueces federales no siempre se conducen con la ética, profesionalismo, independencia e imparcialidad que deberían observar en sus funciones.

- El sistema de carrera judicial no ha sido exitoso para asegurar que quienes lleguen a ser juzgadores sean las personas más honestas y mejor preparadas.

- Se debe garantizar la especialización de los órganos jurisdiccionales,

El problema de la carga de conflictos judiciales se ha visto ha agudizado durante 2020, debido al cierre durante varios meses, de los juzgados y tribunales a raíz de la pandemia generada por el COVID-19. Esto ha provocado un significativo aumento de asuntos pendientes en tribunales. Además, debido a las distintas medidas de distanciamiento social, no están canalizando y resolviendo los pendientes judiciales de manera eficiente. Esto nos lleva a plantear un fortalecimiento del poder judicial en materia de tribunales especializados con el objeto de ofrecer soluciones rápidas y expeditas para la sociedad.

Es importante recordar que a través de la Reforma Financiera del 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de ese año, se implementaron reformas legales que permitieron tener un mercado más competitivo en beneficio de todos los usuarios del sistema financiero, mejorando el bienestar de la sociedad. En estas reformas, se contempló la de la resolución de controversias en Tribunales especializados.2 En específico en el artículo 53 Bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se contempla la creación de juzgados federales especializados en materia mercantil, incluyendo temas concursales y controversias mercantiles.

Sin embargo, ésta última es una asignatura pendiente, y ha sido señalada como “el gran pendiente de la Reforma Financiera”, ya que estos tribunales permitirían3 :

- Una recuperación de activos más rápida, reduciéndose el nivel de riesgo en los préstamos, lo que en el largo plazo se traduciría en menores tasas de interés.

- Juzgar cuando haya un conflicto entre las partes, con alguien que conozca los contratos y pueda resolverse de forma más ágil.

- Establecer mecanismos de reposición de garantías más ágiles.

Cabe mencionar que las garantías constitucionales de una garantía pronta y expedita, son puestas en entredicho en casos tales como el de una ejecución hipotecaria: en la actualidad, los procesos pueden durar hasta 10 años, mientras en otros países el tiempo varía de seis meses a dos años.4 Esta tardanza en los juicios se ubica fuera de la responsabilidad de las partes, y debe ser atribuible a la falta de un sistema judicial eficiente, eficaz y expedito debido a la falta de especialización de nuestros tribunales.

A pesar del aumento en el número de órganos jurisdiccionales en los últimos años, no se cuenta con tribunales que se especialicen en la materia financiera que puedan defender a los usuarios de los servicios financieros.

En fechas próximas, como parte del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), se aprobará el Presupuesto del Poder Judicial para el año 2021, que en 2020 tuvo una asignación por 68,632 mdp en comparación con 2019, que fue alrededor de 63 mil mdp. Al respecto, es necesario que en dicho presupuesto se contemple la creación de tribunales especializados en materia mercantil que en su caso no se han llevado a cabo los planes originalmente planteados por falta de disponibilidad presupuestal.

Debemos considerar que una especialización de tribunales para promover una mayor certeza jurídica, y tener presente que la atención de quejas, fraudes y litigios en materia financiera no es un tema menor: conforme a datos de CONDUSEF, al cierre del 2019, los clientes de los bancos reclamaron más de 22 mil 885 millones de pesos a los bancos por posible fraude, 21% por arriba de lo registrado en 2018.5

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establezca los mecanismos de coordinación que sean necesarios con el Poder Judicial de la Federación, incluidos aquellos de naturaleza presupuestal, a efecto de asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 53 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en lo relativo al funcionamiento de los Tribunales Especiales en Materia Mercantil.

Segundo. Se hace un atento exhorto a las Comisiones de Justicia y de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía para que establezcan un mecanismo de evaluación y seguimiento de las tareas de coordinación referidas en el resolutivo anterior, a efecto de asegurar la viabilidad técnica y financiera necesaria de los acuerdos y compromisos que se suscriban entre los tres poderes de la Unión, para el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 53 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en lo relativo al funcionamiento de los Tribunales Especiales en Materia Mercantil.

Notas:

1 https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/carrusel_transarencia/documento/2020-02/Reforma-Judicial-PJF.pdf

2 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/66457/6_Financiera.pdf

3 https://www.elfinanciero.com.mx/economia/los-tribunales-especializados-el-gran-pendiente-de-la-reforma-financiera

4 https://www.elfinanciero.com.mx/economia/los-tribunales-especializados-el-gran-pendiente-de-la-reforma-financiera

5 https://www.eluniversal.com.mx/cartera/economia/crecen-reclamaciones-bancos-por-posibles-fraudes-condusef

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2020

Diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Cofepris a implantar un sistema electrónico que permita agilizar los trámites correspondientes a los establecimientos que cumplan los requisitos para proporcionar servicios de desinfección, y emitir las publicaciones con la lista de productos o soluciones desinfectantes, ingredientes o sustancias activas y sus formulaciones, sin importar la marca comercial, utilizables contra el SARS-Cov2, a cargo del diputado Ariel Rodríguez Vázquez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Ariel Rodríguez Vázquez, integrante de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II, y numeral 2 fracciones IV, V y VI del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración del pleno la proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución por el que se exhorta a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios a implantar un sistema electrónico que brinde atención, seguimiento y conclusión de trámites y servicios, a agilizar los trámites correspondientes a aquellos establecimientos que cumplan con todos los requisitos para proporcionar servicios de desinfección en áreas públicas y privadas así como a que emita las publicaciones necesarias referentes a la lista de productos o soluciones desinfectantes, ingredientes o sustancias activas (o sus mezclas) y sus formulaciones, sin importar la marca comercial, que se puedan usar contra el virus SARS-COV-2 al tenor de las siguientes consideraciones

Antecedentes y consideraciones

De acuerdo con la Universidad Johns Hopkins, a través del Coronavirus Resource Center, hasta el día 22 de septiembre de 2020, se habían registrado oficialmente 73 mil 697 lamentables decesos causados por el Covid-19 en México. De igual modo, hasta la misma fecha, se habían registrado al menos 700 mil 580 contagios de esta enfermedad.1

La pandemia de Covid-19, que impactó al mundo hace algunos meses, ha obligado a sociedades enteras a implementar nuevos mecanismos de prevención para evitar más contagios de esta enfermedad. Algunos de estos mecanismos son: lavado constante de manos, sana distancia, evitar saludar de mano y beso, utilización de cubrebocas, cubrirse la boca y nariz al toser o estornudar o en su defecto al hacerlo utilizar la parte interna del codo, realizar monitoreos constantes del estado de salud así como limpieza y desinfección diaria .2

En este sentido, cabe resaltar que las medidas de prevención de contagios del Covid-19 generaron el nacimiento de varias empresas especializadas en la venta de cubrebocas, caretas, guantes, gel antibacterial así como en servicios de desinfección.4

De acuerdo con el Padrón de establecimientos con servicios de desinfección en áreas públicas y privadas elaborado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), actualmente sólo existen 23 establecimientos autorizados para proporcionar servicios de desinfección en áreas públicas y privadas.6

En tanto que, es de resaltar que César Rangel Ortiz, director de la empresa Sanondaf, apuntó que más de 90 por ciento de las empresas que se dedican a sanitización no cuentan con un registro ante la Cofepris. Textualmente Rangel Ortiz señaló lo siguiente:

“Más de 90 por ciento de empresas prácticamente es creado al vapor, son empresas que se crearon ante la necesidad y la pandemia y lo están viendo como un negocio, pero si están engañando a la gente se están perjudicando”.7

La falta de registro de estas empresas ante la Cofepris genera que los procesos de desinfección no sean los adecuados. En este tenor, Rangel apuntalo siguiente:

“Mucha gente a la hora de sanitizar utiliza la irrigación que moja, lo que no permite una sanitización completa que no se puede utilizar en todos los lugares por lo que se echa mano de la manipulación mecánica y el uso de trapos que puede generar una contaminación cruzada, si no se sabe aplicar”.8

Cabe resaltar que, vecinos de la Unidad Habitacional José María Morelos y Pavón en la Alcaldía Gustavo A. Madero, en la Ciudad de México, señalaron que presentaron “malestares después de que fumigaran la zona, por lo que solicitaron una investigación por las autoridades.”9 Lo anterior expone las posibles consecuencias de la poca, incorrecta o nula regulación a las empresas que prestan o pretenden prestar servicios de desinfección esto pues se pueden generar afectaciones a la salud de las y los ciudadanos de nuestro país.

Regulación de establecimientos

Es importante mencionar que la Cofepris publicó el 16 de junio de 2020 un comunicado en el cual se establecen los requisitos que deben cumplir los establecimientos que deseen implementar servicios de desinfección o “sanitización”.10 Sin embargo, dicho comunicado fue modificado en múltiples ocasiones: el 24 de junio, el 8 de julio, 26 de agosto1 del presente año. Es preciso apuntar que tantas modificaciones al comunicado en cuestión han generado un brutal estado de incertidumbre entre la ciudadanía y los establecimientos que brindan o que pretenden brindar servicios de desinfección.13

A continuación, se cita el Comunicado de Cofepris titulado Servicio para sanear y/o desinfectar “sanitizar” (excepto fumigación y/o aplicación de plaguicidas) (Actualización 21 de septiembre)

“A todos aquellos establecimientos interesados en proporcionar el servicio para sanear y/o desinfectar “sanitizar” (excepto fumigación y/o aplicación de plaguicidas), espacios públicos y privados, se les informa que con el objeto de comprobar que dichos servicios se realicen de conformidad con las Buenas Prácticas en el uso de desinfectantes durante la prestación de los servicios que se señalan en los numerales 9 al 9.10.3 de la NOM-256-SSA1-2012 Condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos dedicados a los servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas, deberán presentar bajo escrito libre ante esta Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a través de su Centro Integral de Servicios (CIS) ubicado en Oklahoma 14 Colonia Nápoles, Alcaldía Benito Juarez , Código Postal 03810, Ciudad de México la siguiente documentación:

Buenas prácticas en el uso de desinfectantes durante la prestación de los servicios

1. Formato del certificado que ampare el servicio

Deberá extenderse al usuario del servicio el certificado que contenga los siguientes datos: folio, nombre o razón social, domicilio del establecimiento; nombre o razón social y domicilio del usuario del servicio, nombre y firma del responsable técnico o el propietario del establecimiento que realice el servicio y número telefónico de la empresa, además especificar tipo de servicio (casa habitación, comercial, industrial, de servicio u oficinas), desinfectante aplicado, dosis y cantidades de desinfectantes utilizados, lugar y sitios tratados, precauciones y recomendaciones de seguridad al usuario antes, durante y posterior a la aplicación.

2. Procedimiento normalizado de operación (PNO) para el señalamiento de seguridad previo al inicio del tratamiento , con toda la señalética que evite que el personal ocupacionalmente expuesto y la población abierta pueda tener contacto involuntario con los desinfectantes, dicho procedimiento deberá contener además un formato para el señalamiento preventivo in situ donde se señalen claramente las zonas que se vayan a desinfectar y que incluya el tiempo de espera de cada área para el reingreso una vez aplicado el desinfectante.

Cabe mencionar que un PNO , es un documento que contiene las instrucciones mínimas para llevar a cabo una operación de manera reproducible, así como el objetivo, el alcance, responsabilidad, desarrollo del proceso y referencias bibliográficas;

3. PNO de limpieza previo al proceso de desinfección (Solo para el caso que la empresa pretenda realizar estas labores previo al proceso de desinfección en caso contrario deberá describir las acciones que se solicitarán al usuario que realice previo al proceso de desinfección), este documento deberá especificar claramente las actividades de limpieza de cada área del sitio donde se realizará la desinfección, describiendo los métodos y utensilios que serán empleados, en los distintos tipos de superficie, por ejemplo muebles, pisos, paredes, ventanas, equipos electrónicos etcétera.

En caso contrario se deberá indicar la forma en la que se supervisa que se hayan llevado a cabo adecuadamente las actividades de limpieza por parte del usuario del servicio.

Dicho procedimiento deberá incluir además un Plan de limpieza, que describa claramente la eliminación de residuos de los productos y suciedades que contengan microorganismos, que permita preparar adecuadamente las áreas para su desinfección.

4. PNO de desinfección de áreas , donde se especifique el tipo de áreas que se pretende desinfectar como por ejemplo oficinas, escuelas, casas habitación, parques, centros de entretenimiento etc., el PNO deberá estar acorde con lo señalado en el numeral 9 Buenas prácticas en el uso de desinfectantes durante la prestación de los servicios de la norma oficial mexicana NOM-256-SSA1-2012, Condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos y personal dedicados a los servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas, y en el que se describan las consideraciones particulares que en cada área se requieren llevar a cabo para una eficaz desinfección, asimismo deberán indicar las medidas de prevención hacia la población expuesta en caso de que en las áreas a desinfectar existan sustancias tóxicas o Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos que pudieran generar un riesgo al entrar en contacto con las sustancias desinfectantes a fin de evitar riesgos a la salud de la población. Deberá incluirse en este procedimiento un Plan de Manejo de desinfectantes , donde se describa el uso y las concentraciones indicadas en la etiqueta o el instructivo. Se podrá establecer mezclas de desinfectantes, siempre y cuando las indicaciones de la etiqueta lo permitan, así como indicar el equipo de aplicación de desinfectantes, y sus características técnicas.

5. Listado de productos o soluciones desinfectantes, solo podrán utilizar aquellos ingredientes o sustancias activas (o sus mezclas) y sus formulaciones sin importar la marca comercial (únicamente podrán utilizar productos de uso doméstico que no tengan actividad como plaguicidas), con declaraciones de patógenos virales emergentes y coronavirus humano para usar contra SARS-CoV-2, para lo cual podrán tomar como referencia las publicaciones hechas por la organizaciones internacionales (OMS, OPS, EPA, FDA).

Esta Comisión Federal se reserva el derecho de verificar dichas publicaciones para la autorización de los productos propuestos por los interesados.

6. Copia simple de las hojas de datos de seguridad y etiquetas de los productos desinfectantes que pretendan aplicar, estas Hojas de datos deben estar en idioma español y ser emitidas por el fabricante o el distribuidor.

7. Listado del equipo de protección personal, el criterio de selección deberá ser acorde a lo solicitado en el apartado de seguridad de las etiquetas y Hojas de datos de Seguridad, y que asimismo garanticen la protección a la salud del personal aplicador contra el virus SARS-CoV-2.

8. PNO de calibración del gasto de los equipos de aplicación de desinfectantes.

El objetivo de este procedimiento es el evitar remanentes durante los servicios de aplicación y evitar así su acumulación y disposición final, deberán contar con un documento paso a paso que permita calcular dentro de lo posible la cantidad de mezcla a preparar, y que asegure que se aplique la cantidad concentración de la sustancia desinfectante en las superficies de acuerdo con lo especificado por el fabricante.

Este procedimiento deberá indicar claramente que en caso de existir remanentes en el proceso de desinfección estos éstos deberán ser aplicados en el sitio del tratamiento.

9. Aquellos establecimientos que también realicen servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas, deberán presentar copia simple de la licencia sanitaria.

Aunado a lo anterior deberán presentar evidencia fotográfica que acredite que cuentan con áreas específicas para el almacenamiento de sustancias desinfectantes, equipos de aplicación de desinfectantes y equipo de protección personal, y estar segregadas de las áreas donde pudieran contaminarse con plaguicidas.

En caso de no contar con licencia sanitaria para la Aplicación de plaguicidas deberá declararlo en su escrito .

Para trámites iniciales, modificaciones y bajas, deberán ser solicitados por los interesados a través de un escrito libre (ES58) dirigido a la Subdirección Ejecutiva de Licencias Sanitarias de la Comisión de Autorización Sanitaria de esta Comisión, para tal efecto esta Comisión pone a su disposición el siguiente vínculo electrónico donde podrá descargar el el formato de escrito libre para tal efecto.

El ingreso de trámites al Centro Integral de Servicios (CIS) de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios actualmente se realiza bajo las características descritas en el siguiente link:

Nota: El ingreso de trámites puede cambiar dependiendo de lo que el CIS determine.

Una vez que esta Comisión, reciba la información señalada, se evaluará y en caso de no existir omisión, emitirá un oficio de respuesta mediante el cual se dará por enterada de las actividades de la empresa, incluyéndola en un padrón de establecimientos para poder desempeñar las actividades mencionadas.

Sin menoscabo de lo señalado con antelación, es preciso señalar que el oficio que se emita, en razón del principio de relatividad, únicamente amparará al establecimiento con el domicilio en específico que se haya señalado en la información presentada, en tales condiciones, para el caso de franquicias , cada establecimiento deberá contar con un oficio para cada domicilio del que se trate, esto de conformidad con lo establecido en el artículo 16 fracción X, 19, 59 y 61 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Cabe mencionar que en caso de que existan omisiones de información se realizará un oficio de prevención documental de conformidad con el artículo 17-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Finalmente, esta Comisión Federal se reserva el derecho de practicar visitas de verificación sanitaria a todos aquellos establecimientos que realizan las actividades de desinfección y/o sanitización, con el objeto de verificar el cumplimiento de la normatividad señalada.14

Del anterior comunicado es posible apreciar varias situaciones. En un primer momento que el punto 5 del comunicado de Cofepris titulado Servicio para sanear y/o desinfectar “sanitizar” (excepto fumigación y/o aplicación de plaguicidas) (Actualización 21 de septiembre) señala que se “podrán tomar como referencia las publicaciones hechas por las organizaciones internacionales (OMS, OPS, EPA, FDA)” y que la “Cofepris se reserva el derecho de verificar dichas publicaciones para la autorización de los productos propuestos por los interesados .”16

Ello implica, en términos prácticos, que las personas físicas y morales en cuestión se deban de someter a regulación extranjera dentro de los Estados Unidos Mexicanos. Esta situación, sin lugar a dudas, vulnera gravemente la soberanía de nuestro país.

De acuerdo con el comunicado en cuestión, el “ingreso de trámites al Centro Integral de Servicios de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios actualmente” se puede realizar vía servicio de mensajería, sin embargo, la Cofepris hasta el momento no ha generado un sistema electrónico para la realización de estos trámites. Esto pues lo único que ha establecido es un nuevo sistema electrónico de citas en el cual se puede solicitar una cita vía internet, pero la atención de éstas sería presencial para el ingreso de trámites prioritarios.18

Es oportuno recalcar que la salud de las y los mexicanos puede estar en peligro si los establecimientos que brindan servicios de desinfección no cumplen con las buenas prácticas establecidas en la norma oficial mexicana NOM-256-SSA1-2012, Condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos y personal dedicados a los servicios de control de plagas mediante plaguicidas. A continuación, se cita el apartado de Buenas prácticas en el uso de desinfectantes durante la prestación de los servicios de la NOM-256-SSA1-2012:

9. Buenas prácticas en el uso de desinfectantes durante la prestación de los servicios

9.1 La empresa prestadora del servicio de desinfección emitirá por escrito, recomendaciones de seguridad para que el usuario las adopte posterior al servicio y a la aplicación del producto. Las recomendaciones formarán parte del certificado del servicio señalado en el numeral 5.9.

9.2 Se debe llevar a cabo una limpieza eficaz y regular en los establecimientos para eliminar residuos de los productos y suciedades que contengan microorganismos.

9.3 Previo al proceso de desinfección se deberá realizar el proceso de limpieza.

9.4 Las soluciones desinfectantes se deben manipular con el equipo de protección personal que indique la etiqueta del producto o la hoja de datos de seguridad para evitar la exposición del personal aplicador.

9.5 Los desinfectantes se aplicarán sobre superficies inanimadas (pisos, paredes y mobiliarios, entre otros), sanitarios y ambientes, quedan excluidos de esta norma la desinfección de instrumentos y equipos médicos, la desinfección de utensilios y equipos de cocina, y los desinfectantes que se utilicen sobre personas, alimentos o animales.

9.6 Los servicios de control de plagas deberán contar con las hojas de seguridad y etiquetas de los productos desinfectantes que aplican.

9.7 La solución desinfectante se usará a las concentraciones indicadas en la etiqueta o el instructivo de uso.

9.8 Se debe preparar la cantidad del producto necesario en cada servicio evitando dentro de lo posible los sobrantes. En caso de quedar remanente se deberá aplicar en el lugar de servicio.

9.9 Se podrá mezclar desinfectantes, sólo cuando la etiqueta de estos así lo indique.

9.10 Desinfección y uso de desinfectantes en el medio hospitalario:

9.10.1 Los servicios serán planificados y coordinados previamente para su ejecución con el personal responsable designado de la unidad hospitalaria, para evitar que los pacientes, personal del hospital y otras personas sean expuestas de manera involuntaria a los desinfectantes.

9.10.2 Los equipos, instrumental y medicamentos deberán ser resguardados para evitar que entren en contacto con los agentes desinfectantes, cuando éstos no sean el objeto de este proceso.

9.10.3 Las zonas que se estén desinfectando deberán ser claramente señaladas durante el servicio, para evitar que los pacientes, personal del hospital y otras personas sean expuestas de manera involuntaria a los desinfectantes.19

Por lo expuesto y considerando que hasta el 23 de septiembre de 2020 sólo existen 23 establecimientos autorizados por Cofepris para proporcionar servicios de desinfección en áreas públicas y privadas; que derivado de la pandemia de Covid-19 decenas de empresas han ofrecido servicios de desinfección pero no cuentan con las autorizaciones correspondientes de Cofepris; que la Cofepris no brinda la posibilidad de que se puedan llevar a cabo trámites y servicios completamente de manera digital; que la Cofepris remite a publicaciones de organismos internacionales pero no emite la propia en lo referente al listado de productos o soluciones desinfectantes, ingredientes o sustancias activas (o sus mezclas) para usar contra SARS-CoV-2 y que la pandemia de Covid-19 ha cobrado hasta el 22 de septiembre más de 73 mil 697 vidas en nuestro país es que someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, para que, con base a sus atribuciones implemente un sistema electrónico mediante el cual se pueda brindar atención, seguimiento y conclusión de trámites y servicios, específicamente para aquellos referentes a la autorización de establecimientos para proporcionar servicios de desinfección en áreas públicas y privadas.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, para que con base a sus atribuciones agilice los trámites correspondientes a aquellos establecimientos que cumplan con todos los requisitos para proporcionar servicios de desinfección en áreas públicas y privadas a fin de combatir la pandemia de Covid-19.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios para que con base a sus atribuciones emita las publicaciones necesarias referentes al listado de productos o soluciones desinfectantes, ingredientes o sustancias activas (o sus mezclas) y sus formulaciones sin importar la marca comercial, con declaraciones de patógenos virales emergentes y coronavirus humano que se puedan usar contra el virus SARS-CoV-2 a fin de que no se dañe la salud de la ciudadanía.

Notas

1 Johns Hopkins University of Medicine, Coronavirus Resource Center. (2020). Covid-19 Dashboard by the Center for Systems Science and Engineering. Johns Hopkins University of Medicine, Coronavirus Resource Center. Estados Unidos de América. Recuperado de: <https://coronavirus.jhu.edu/map.html>

2 Centers for Disease Control and Prevention. (2020). Coronavirus Disease 2019 (Covid-19). How to Protect Yourself & Others. Centers for Disease Control and Prevention. Estados Unidos de América. Recuperado de: <https://espanol.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/prevent-getting-sick/ prevention.html>

3 Instituto Mexicano del Seguro Social. (2020). Brinda IMSS recomendaciones para cuidados en casa durante emergencia por Covid-19. Instituto Mexicano del Seguro Social. Recuperado de: http://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202004/176

4 Crail, A. (2020). "Los ganones de la Covid: especialistas en alarmas y en insumos para transporte, empresas nuevas. Eme equis. México. Recuperado de: https://m-x.com.mx/al-dia/los-ganones-de-la-covid-especialistas-en-alar mas-y-en-insumos-para-transporte-empresas-nuevas

5 Flores, D. (2020). Burlan advertencia "sanitizadoras": ofrecen desinfección milagrosa versus Covid-19. México. Recuperado de: <https://www.publimetro.com.mx/mx/nacional/2020/07/12/burlan-adverte ncia-sanitizadoras-ofrecen-desinfeccion-milagrosa-vs-covid-19.html>

6 Cofepris. (2020). Padrón de Establecimientos con Servicios de Desinfección en Áreas Públicas y Privadas. Cofepris. México. Recuperado de:

<https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/567263/
BASE_PAGINA_EMPRESAS_CON_SERVICIOS_DE_DESINFECCION_EN_AREAS_PUBLICAS_Y_PRIVADAS.pdf>

7 Payán, A. (2020). "Sin registro de Cofepris 90 por ciento de sanitizadores". Diario de Querétaro. México. Recuperado de: <https://www.diariodequeretaro.com.mx/local/sin-registro-de-cofepris -90-de-santizadores-5723614.html>

8 Ídem.

9 Ídem.

10 Buygreen. (2020). Cofepris publica los requisitos que deberán cumplir empresas que presten servicios de desinfección. Buygreeen. México. Recuperado de: <https://www.buygreen.com.mx/recursos/blog/25-cofepris-publica-los-r equisitos-que-deberan-cumplir-empresas-que-presten-servicios-de-desinfe ccion>

11 Cofepris. (2020). Servicio para sanear y/o desinfectar "sanitizar" (excepto fumigación y/o aplicación de plaguicidas) 26 agosto. Cofepris. México. Recuperado de: <https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/574260/COMUNICADO_DE SINFECTANTES_CAS-COS-CEMAR_version_26_agosto.pdf>

12 Cofepris. (2020). Servicio para sanear y/o desinfectar "sanitizar" (excepto fumigación y/o aplicación de plaguicidas) (actualización 21 de septiembre de 2020). Cofepris. México. Recuperado de: https://www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/servicio-para-sanear-y -o-desinfectar-sanitizar-excepto-fumigacion-y-o-aplicacion-de-plaguicid as-actualizacion-26-de-agosto-de-2020?state=published>

13 Ídem.

14 Ídem.

15 Ídem.

16 Ídem.

17 United States Environmental Protection Agency (2020). La EPA publica lista de desinfectantes para usar contra el Covid-19. United States Environmental Protection Agency. Estados Unidos de América. Recuperado de: <https://www.epa.gov/newsreleases/la-epa-publica-lista-de-desinfecta ntes-para-usar-contra-el-covid-19>

18 Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris). (2020). Cofepris establece nuevo sistema electrónico de citas. Cofepris. México. Recuperado de: <https://www.gob.mx/cofepris/prensa/cofepris-establece-nuevo-sistema -electronico-de-citas-251162>

19 Diario Oficial de la Federación. (2013). Norma Oficial Mexicana NOM-256-SSA1-2012, Condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos y personal dedicados a los servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas. Diario Oficial de la Federación

Referencias:

- Buygreen. (2020). COFEPRIS publica los requisitos que deberán cumplir empresas que presten servicios de desinfección. Buygreeen. México. Recuperado de:

<https://www.buygreen.com.mx/recursos/blog/
25-cofepris-publica-los-requisitos-que-deberan-cumplir-empresas-que-presten-servicios-de-desinfeccion>

- Centers for Disease Control and Prevention. (2020). Coronavirus Disease 2019 (Covid-19). How to Protect Yourself & Others. Centers for Disease Control and Prevention. Estados Unidos de América. Recuperado de: <https://espanol.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/prevent-getting-sick/ prevention.html>

- Cofepris. (2020). Padrón de Establecimientos con Servicios de Desinfección en Áreas Públicas y Privadas. Cofepris. México. Recuperado de:

<https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/567263/
BASE_PAGINA_EMPRESAS_CON_SERVICIOS_DE_DESINFECCION_EN_AREAS_PUBLICAS_Y_PRIVADAS.pdf>

- Cofepris. (2020). Servicio para sanear y/o desinfectar "sanitizar" (excepto fumigación y/o aplicación de plaguicidas) 26 agosto. Cofepris. México. Recuperado de: <https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/574260/COMUNICADO_DE SINFECTANTES_CAS-COS-CEMAR_version_26_agosto.pdf>

- Cofepris. (2020). Servicio para sanear y/o desinfectar "sanitizar" (excepto fumigación y/o aplicación de plaguicidas) (actualización 21 de septiembre de 2020). Cofepris. México. Recuperado de: https://www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/servicio-para-sanear-y -o-desinfectar-sanitizar-excepto-fumigacion-y-o-aplicacion-de-plaguicid as-actualizacion-26-de-agosto-de-2020?state=published>

- Comisión Federal para la Prevención contra Riesgos Sanitarios. (2013). norma oficial mexicana NOM-256-SSA1-2012, Condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos y personal dedicados a los servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas. Comisión Federal para la Prevención contra Riesgos Sanitarios. Recuperado de: <http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5286029&fecha=29/01/2 013>

- Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris). (2020). Servicio para sanear y/o desinfectar "sanitizar" (excepto fumigación y/o aplicación de plaguicidas) (actualización 8 de julio). Cofepris. México. Recuperado de: <https://www.gob.mx/cofepris/articulos/servicio-para-sanear-y-o-desi nfectar-sanitizar-excepto-fumigacion-y-o-aplicacion-de-plaguicidas?stat e=published>

- Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris). (2020). "Cofepris establece nuevo sistema electrónico de citas". Cofepris. México. Recuperado de: <https://www.gob.mx/cofepris/prensa/cofepris-establece-nuevo-sistema -electronico-de-citas-251162>

- Crail, A. (2020). "Los ganones de la Covid: especialistas en alarmas y en insumos para transporte, empresas nuevas." Eme equis. México. Recuperado de: <https://m-x.com.mx/al-dia/los-ganones-de-la-covid-especialistas-en- alarmas-y-en-insumos-para-transporte-empresas-nuevas>

- Flores, D. (2020). Burlan advertencia sanitizadoras: ofrecen desinfección milagrosa versus Covid-19. México. Recuperado de: <https://www.publimetro.com.mx/mx/nacional/2020/07/12/burlan-adverte ncia-sanitizadoras-ofrecen-desinfeccion-milagrosa-vs-covid-19.html>

- Johns Hopkins University of Medicine, Coronavirus Resource Center. (2020). "Covid-19 Dashboard by the Center for Systems Science and Engineering. Johns Hopkins University of Medicine, Coronavirus Resource Center. Estados Unidos de América. Recuperado de: <https://coronavirus.jhu.edu/map.html>

- Instituto Mexicano del Seguro Social. (2020). "Brinda IMSS recomendaciones para cuidados en casa durante emergencia por Covid-19". Instituto Mexicano del Seguro Social. Recuperado de: <http://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202004/176>

- Payán, A. (2020). Sin registro de Cofepris 90 por ciento de sanitizadores. Diario de Querétaro. México. Recuperado de: <https://www.diariodequeretaro.com.mx/local/sin-registro-de-cofepris -90-de-santizadores-5723614.html>

- United States Environmental Protection Agency (2020). La EPA publica lista de desinfectantes para usar contra el Covid-19. United States Environmental Protection Agency. Estados Unidos de América. Recuperado de: <https://www.epa.gov/newsreleases/la-epa-publica-lista-de-desinfecta ntes-para-usar-contra-el-covid-19>

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2020.

Diputado Ariel Rodríguez Vázquez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los gobiernos locales y la SHCP a trabajar en conjunto para garantizar el adecuado funcionamiento de las policías municipales, a cargo del diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto, del Grupo Parlamentario del PES

El que suscribe, Fernando Luis Manzanilla Prieto, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La inseguridad en México es un fenómeno que tiene sus raíces en el declive económico que ha sufrido el país por generaciones. De acuerdo con The Washington Post la crisis de mitad de los 90 en México coincidió con un marcado aumento en el crimen; asimismo, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, indicó que derivado de la crisis económica los delitos patrimoniales pueden incrementarse hasta en cien por ciento. Es decir, es altamente probable que aumenten los robos a casa habitación, negocios, de autos y en el transporte.

Los delitos anteriormente mencionados son generalmente atendidos por las policías estatales y municipales, por lo cual tener a una considerable plantilla de operativos será crucial para disminuirlos. Pero no basta con tener suficientes policías, también debe haber un constante programa de capacitación, fortalecimiento a la infraestructura y mayor uso de tecnología e inteligencia en la prevención del delito.

En 2016, esta honorable Cámara de Diputados aprobó la creación del Subsidio para el Fortalecimiento de la Seguridad en Entidades Federativas y Municipios (Fortaseg) el cual tuvo como objetivo “a los municipios y, en su caso, a los estados, cuando éstos ejercen la función de seguridad pública en lugar de los primeros o coordinados con ellos, para el Fortalecimiento de los temas de Seguridad”.1

El Fortaseg vino a sustituir al Subsidio para la Seguridad en los Municipios (Subsemun), y con ello se cubrieron los siguientes aspectos en materia de seguridad:

• Evaluación de control de confianza de los elementos operativos de las instituciones policiales municipales

• Capacitación de los elementos operativos.

• Recursos destinados a la homologación policial y a la mejora de condiciones laborales de los policías.

• Equipamiento.

• Construcción de infraestructura.

• Prevención del delito.

• Conformación de bases de datos de seguridad pública.

• Centros telefónicos de atención de llamadas de emergencia.

• Apoyo a la profesionalización, certificación y equipamiento de los elementos de las instituciones de seguridad pública.2

Según la página oficial del gobierno de México, la principal diferencia entre el Fortaseg y el Subsemun era que el primero se basaba en el desarrollo de las personas, a través del “desarrollo tecnológico, de equipo e infraestructura de las instituciones de seguridad pública, a la prevención social de la violencia y la delincuencia, así como a la capacitación, entre otras, en materia de derechos humanos e igualdad de género”.3

Históricamente en esta Cámara se ha aprobado una asignación presupuestal considerable, que en cifras exactas se enlistan a continuación:

• En 2016 se aprobaron 5 mil 465.8 millones de pesos (mdp) para la Asignación Principal y 408.6 mdp para la Asignación Complementaria en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal 2016.4

• En 2017 se aprobaron 5 mil mdp de los cuales 4 mil 921.7 mdp se destinaron al cumplimiento de los programas con prioridad nacional y destinos de gasto establecidos en los lineamientos del subsidio.5

• En 2018 se convino mantener igual que el ejercicio fiscal anterior la asignación presupuestal.6

• En 2019 disminuyó la cantidad asignada, siendo un total de 4 mil 9.2 mdp, destinando la cantidad de 3 mil 930.8 mdp al cumplimiento de los programas con prioridad nacional.7

• En 2020 se aprobó la cantidad de 4 mil mdp, destinando a los programas con prioridad nacional 3 mil 921.7 mdp.8s

Este subsidio ha ayudado a los municipios y entidades federativas a sortear los problemas de inseguridad que se mantienen en el país; sin embargo, su aplicación no ha sido efectiva a lo largo de estos cinco años, provocando que la delincuencia crezca en los años siguientes. Javier Cruz, director de la Clínica de Interés Público del Centro de Investigación y Docencia Económicas, AC (CIDE), declaró que es muy probable que aumente la delincuencia en el país. Esto porque históricamente las recesiones económicas provocan que haya un impacto en el tema de la seguridad pública.

El proyecto de Presupuesto Federal para 2021 perfila un fuerte golpe de casi 8 mil millones de pesos a los municipios del país con un impacto sobre todo en el programa de Fortalecimiento y en el tema de seguridad. De acuerdo al documento, el titular del Poder Ejecutivo pretende recortar 4 mil 72 millones de pesos a las aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios (Fortamun), y eliminar el Fortaseg.

La desaparición del Fortaseg, afectará la operación de las policías municipales, y por ende el combate a la seguridad en las alcaldías del país, sobre todo en las 300 que son beneficiarias de este programa y nos podrían dejar en la indefensión ante las cifras de violencia e inseguridad que existen en el país; las cuales se presentan a continuación:

Se debe tener en claro que muchos delitos disminuyeron en comparación con años anteriores, como consecuencia de la crisis sanitaria que generó el Covid-19; empero, la experiencia demuestra que ante una crisis económica en el país, el índice delictivo aumenta.

Sin embargo, hubo delitos que aumentaron su cantidad a pesar del confinamiento, tal como es el caso del feminicidio y el homicidio doloso. Los datos oficiales indican que las cifras acumuladas del homicidio doloso en estos ochos meses pasaron de 23 mil 129 a 23 mil 471, lo que representa un alza de 1.5 por ciento. En cuanto a los feminicidios registrados en el mismo periodo, estos pasaron de 631 a 645, un incremento anual de 2.2 por ciento.

Este 2020 podría cerrar con un nuevo récord histórico en homicidios dolosos registrados, pues el mismo gobierno del Presidente Andrés Manuel López Obrador estima que sea mayor a los 40 mil asesinatos pese a la reducción de la movilidad ocasionada por la pandemia del Covid-19. Estos datos corresponden al “número de agresiones registradas por su presunción (homicidio) en el certificado de defunción”, y difieren de los datos elaborados por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad (SENSP) de 2019, que recogían 34 mil 608 homicidios y mil 12 feminicidios durante el año pasado.

Para el caso de Puebla el comportamiento en la actividad delictiva ha sido la siguiente:

Observándose de antemano una tendencia a la alza de homicidio doloso, lesiones, fraude, robo a transportistas, robo a casa habitación y robo a negocios.

En el estado de Puebla, la percepción de inseguridad no es alentadora, ya que la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (Inegi, diciembre de 2019) reveló que 72.9 por ciento de la población mayor de 18 años considera que vivir en su ciudad es inseguro. Los lugares peor calificados son Puebla de Zaragoza, Tapachula, Ecatepec, Uruapan, Fresnillo y Tlalnepantla de Baz.

Por otro lado, los municipios del estado que tenían convenio con el Fortaseg fueron Amozoc, Atlixco, Cuautlancingo, Chignahuapan, Huauchinango, Huejotzingo, Puebla, San Andrés Cholula, Izúcar de Matamoros, San Martín Texmelucan, San Pedro Cholula, Tecamachalco, Tepeaca, Teziutlán y Zacatlán; mismos que en 2020 recibieron 179 millones 695 mil 77 pesos del recurso federal.

Lo anterior ha preocupado a las autoridades municipales y estatales, pues gran parte del recurso del Fortaseg era utilizado para pagar la nómina de los elementos operativos y demás equipamiento necesario para asegurar los trabajos preventivos a los que están facultados; por lo cual se ha criticado sin un fundamento concreto a desaparición del subsidio, a pesar de que se ha expuesto en el proyecto de presupuesto de egresos, los apoyos específicos que se darán en materia de seguridad de los municipios y las entidades federativas.

No obstante en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, se observa un enorme compromiso con la seguridad de nuestro país, destinando mayores recursos a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a la Secretaría de Defensa Nacional y a la Secretaría de Marina; todo bajo un nuevo enfoque de seguridad que ha adoptado el gobierno federal, en el cual participan todas las entidades federativas.

A parte de ello, es necesario aclarar que el presupuesto que actualmente se encuentra en análisis, prevé continuar apoyando a los municipios y estados en materia de seguridad, asignando poco más de 17 mil millones para la seguridad pública a través del Fortamun y con 7 mil 695.6 millones a través del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública para los Estados.9

Por ello, y a pesar de que es legítima la preocupación de las autoridades municipales y estatales, es pertinente retomar al precepto constitucional que establece la coordinación entre los tres órdenes de gobierno en materia de seguridad pública y la necesidad de formular políticas públicas (por los tres órdenes) que prevengan la comisión de delitos establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice:

Artículo 21 . ...

La seguridad pública es una función del Estado a cargo de la federación, las entidades federativas y los municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de conformidad con lo previsto en esta Constitución y las leyes en la materia. La seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.Las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los fines de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que estará sujeto a las siguientes bases mínimas:

a) La regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública. La operación y desarrollo de estas acciones será competencia de la federación, las entidades federativas y los municipios en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

b) El establecimiento de un sistema nacional de información en seguridad pública a cargo de la federación al que ésta, las entidades federativas y los municipios, a través de las dependencias responsables de la seguridad pública, proporcionarán la información de que dispongan en la materia, conforme a la ley. El sistema contendrá también las bases de datos criminalísticos y de personal para las instituciones de seguridad pública. Ninguna persona podrá ingresar a las instituciones de seguridad pública si no ha sido debidamente certificada y registrada en el sistema.

c) La formulación de políticas públicas tendientes a prevenir la comisión de delitos.

d) Se determinará la participación de la comunidad que coadyuvará, entre otros, en los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito así como de las instituciones de seguridad pública.

e) Los fondos de ayuda federal para la seguridad pública, a nivel nacional serán aportados a las entidades federativas y municipios para ser destinados exclusivamente a estos fines.

La federación contará con una institución policial de carácter civil denominada Guardia Nacional, cuyos fines son los señalados en el párrafo noveno de este artículo, la coordinación y colaboración con las entidades federativas y municipios, así como la salvaguarda de los bienes y recursos de la nación.

Asimismo, se debe recordar, que con base en la fracción III del artículo 115 de la Constitución, los municipios tendrán a su cargo:

Artículo 115. ...

I. y II. ...

III. Los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:

h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal y tránsito;

No obstante lo anterior, se considera necesario que este nuevo modelo de seguridad adoptado por el gobierno federal, se consolide a través de la evaluación y coordinación entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las entidades federativas y los municipios, abriendo paso a una comunicación activa entre las partes y el conocimiento de los resultados de aplicación de este nuevo esquema de seguridad.

Lo anterior con base en la facultad otorgada a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que su artículo 31 fracción XIX, establece lo siguiente:

Artículo 31. A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

...

XIX. Coordinar la evaluación que permita conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos federales, así como concertar con las dependencias y entidades de la administración pública federal la validación de los indicadores estratégicos, en los términos de las disposiciones aplicables.

Así, en un panorama de cooperación tripartita, se garantizará que a pesar de la desaparición del Fortaseg, se diseñen políticas públicas y programas necesarios que permitan el adecuado funcionamiento de las policías municipales y que avance la labor preventiva en materia de seguridad.

Es por lo antes expuesto y fundado que someto a consideración de esta honorable asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las y los titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas, a que instrumenten una política pública que garantice las medidas necesarias para operar los aspectos de evaluación de control de confianza de elementos operativos estatales, capacitación en seguridad, homologación policial, mejora de condiciones laborales de los policías, construcción de infraestructura, prevención del delito y demás gastos necesarios para cubrir aspectos en materia de seguridad estatal.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las y los titulares de los municipios y alcaldías, a coadyuvar con los gobiernos estatales en el diseño de programas que garanticen las medidas necesarias para operar los aspectos de evaluación de control de confianza de elementos operativos estatales, capacitación en seguridad, homologación policial, mejora de condiciones laborales de los policías, construcción de infraestructura, prevención del delito y demás gastos necesarios para cubrir aspectos en materia de seguridad municipal.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que trabaje en conjunto con las entidades federativas para consolidar el cambio de modelo de seguridad señalado en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2021, y se garantice el cumplimiento de los objetivos del antiguo Programa de Fortalecimiento para la Seguridad.

Notas

1 Página Oficial del Gobierno de México. Programa de Fortalecimiento para la Seguridad (Fortaseg), fecha de consulta: 25 de septiembre de 2020, consultado en: https://www.gob.mx/sesnsp/acciones-y-programas/programa-de-fortalecimie nto-para-la-seguridad-fortaseg

2 Ibídem.

3 Ibídem.

4 Ibídem

5 Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2017, fecha de consulta: 25 de septiembre de 2020, consultado en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5469803&fecha=25/01/2 017

6 Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2018, fecha de consulta: 25 de septiembre de 2020, consultado en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5511476&fecha=25/01/2018

7 Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2019, fecha de consulta: 25 de septiembre de 2020, consultado en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5550497&fecha=15/02/ 2019

8 Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2020, fecha de consulta: 25 de septiembre de 2020, consultado en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5584605&fecha=23/01/2 020

9 Editor 10. Proyecto de Presupuesto de Egresos 2021 No Contempla Recursos para el Fortaseg, fecha: 9 de septiembre de 2020, fecha de consulta: 25 de septiembre de 2020. https://www.mugsnoticias.com.mx/noticias-del-dia/proyecto-de-presupuest o-de-egresos-2021-no-contempla-recursos-para-el-fortaseg/s

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 30 de septiembre de 2020.

Diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a hacer pública la información relativa a las razones por las cuales se cerrará el Cefereso de Occidente, o Puente Grande, y a las acciones por tomar para garantizar el pleno respeto de los derechos humanos de los reclusos que por ese motivo sean trasladados a otros centros de readaptación social, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien suscribe, Verónica Beatriz Juárez Piña, integrante del Grupo Parlamentario del PRD en la LXIV Legislatura, con fundamento en el artículo 6, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al titular del Poder Ejecutivo federal que haga pública la información relativa a las razones por las cuales se cerrará el Cefereso de Occidente, mejor conocido como Puente Grande, así como de las acciones que se tomarán para garantizar el pleno respeto de los derechos humanos de las personas en reclusión que por ese motivo sean trasladadas a otros centros de readaptación social, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 28 de septiembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se desincorpora del sistema penitenciario federal el centro federal de readaptación social número 2, “Occidente”. Este acuerdo señala que “es necesario generar acciones para la modernización y reingeniería en materia penitenciaria, privilegiando lo establecido en el artículo 18 de nuestra Carta Magna que señala que el sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, por lo cual, con esta acción de desincorporación se facilitarán los mecanismos y actividades para lograr la reinserción social de las personas privadas de su libertad...”1

El artículo primero del acuerdo establece esta desincorporación; el segundo encomienda al órgano desconcentrado Prevención y Readaptación Social las acciones que cumplimenten el cierre; el tercero indica que las personas privadas de libertad que se encuentran en este centro serán trasladadas a otros centros federales y el cuarto, que los derechos de los trabajadores serán respetados y reubicados. El acuerdo no proporciona ninguna razón relativa al cierre o las acciones que se implementarán para garantizar los derechos humanos.

Es indispensable recordar que, al igual que en otros centros penitenciarios federales y estatales, la CNDH y organizaciones nacionales e internacionales defensoras de los derechos humanos, han advertido sobre el peligro que representa el autogobierno en los centros penitenciarios, de acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria, presentado a finales de 2019. En este diagnóstico, la CNDH señala que las mafias que operan al interior de los penales, federales, estatales y municipales, cobran por los servicios, cometen delitos como la extorsión o la venta de espacios y privilegios y, en ocasiones, violentan a las personas privadas de su libertad, si no cumplen sus peticiones, conformando una mafia interna que supera la vigilancia y supervisión de las y los custodios y personal de seguridad. Estas condiciones se han visto agravadas por la sobrepoblación y el hacinamiento, falta de normatividad para regir el centro, personal de seguridad y custodia insuficiente y presencia de actividades ilícitas dentro del propio penal.

En voz de diversas organizaciones de la sociedad civil, en los últimos 10 años se ha presentado un grave incremento sin precedente de la población en prisión. En la última década, el número de detenidos se ha más que duplicado. México tenía en 2006 una tasa de 245 presos por cada 100.000 habitantes, una de las más elevadas en América Latina, mientras que en 1996 la proporción era de 102 presos por cada 100 mil habitantes. Por otro lado, según notas periodísticas, el costo diario por cuidar y readaptar a los presos creció más de 100 por ciento en una década, ya que en 2010 los gastos se cubrían con 128 pesos diarios, y ahora se destinan en promedio más de 330 pesos.2. Según otros reportes periodísticos, “el gasto por reo es mayor al que invierte la UNAM por cada alumno de bachillerato, pues la máxima casa de estudios gastó 115 pesos por día, es decir 42 mil 249 pesos anuales por cada estudiante...”3 Esta información, proveniente del órgano desconcentrado Readaptación Social, busca generar un ánimo adverso respecto a las personas privadas de su libertad. Debemos recordar que la manutención y reintegración social de las personas privadas de su libertad es deber y obligación del Estado y que, en este sentido, el costo que implica no puede verse como un gasto, sino como una inversión social y cualquier comparación con otro tipo de gastos resulta por demás estigmatizante, denigrante y sin sentido.

Es indispensable que reflexionemos en relación a las razones que pudieron orillar al Ejecutivo Federal a tomar una decisión de tal trascendencia, cuando lo que se requiere es la aplicación de la ley para evitar que personas que no debieran encontrarse recluidas, lo sigan estando y no cerrando instalaciones y poniendo en riesgo la integridad y la vida de las personas en reclusión. Es indispensable por ello que el Ejecutivo federal nos diga si esta clausura tiene como objetivo el ahorro de dinero, dado que ésta sería un lamentable fundamento para generar condiciones de incertidumbre jurídica de las y los procesados y sentenciados que se encontraban en este Centro.

En el caso del Cefereso de Puente Grande, hasta mayo se habrían reportado 8 casos positivos y 2 defunciones por Covid-19. No obstante, durante el primer semestre de este año, correspondiente con la fase más crítica de la pandemia, los fallecimientos se elevaron en 143 por ciento y la cifra alcanzó 464 defunciones de internos, aunque el órgano desconcentrado no especifica los motivos de las defunciones, cabe señalar que únicamente en el estado de Jalisco se registraron 24 defunciones en los centros de readaptación social federal y estatales.

Por lo expuesto y fundado, plenamente comprometida con los derechos humanos de las personas recluidas, pongo a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita al titular del Poder Ejecutivo federal que haga pública la información relativa a las razones por las cuales se cerrará el Cefereso de Occidente, mejor conocido como Puente Grande, así como de las acciones que se tomarán para garantizar el pleno respeto de los derechos humanos de las personas en reclusión que por este motivo sean trasladadas a otros centros federales de readaptación social.

Notas

1 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5601325&fecha=28/09/2020

2 https://www.milenio.com/policia/mantener-a-reos-cuesta-mas-del-doble-que-hace-una-decada

3 https://momentofinanciero.mx/mexico-gasta-mas-en-reos-que-en-estudiantes/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2020.

Diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Infonavit a cesar los desalojos injustificados y la violación del derecho a la vivienda de los beneficiarios de hogares del instituto en QR, a cargo de la diputada Carmen Patricia Palma Olvera, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Carmen Patricia Palma Olvera, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II; y numeral 2, fracción I, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Desde la creación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) en 1948, los derechos universales han representado un papel sumamente significativo para todas las personas ya que, éstos son una representación de legítima defensa para los beneficios que por naturaleza debe adquirir todo ser humano. En la actualidad, existen diversas legislaciones que se encargan de proteger los múltiples derechos de los que nos encontramos libres de ejercer, uno de ellos; el derecho a la vivienda.

La DUDH, establece dentro del artículo 25 que: “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios...”,1 lo que se entiende como un derecho legítimo para toda persona.

Del mismo modo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), estipula que toda persona tiene derecho a la vivienda; una vivienda adecuada, como parte de un nivel de vida adecuado, fundamental para el disfrute de todos los derechos económicos, sociales y culturales. No debe entenderse como limitada solamente a una vivienda básica, en lugar de ello, los Estados deben promover los entornos nacionales apropiados para hacer realidad este derecho (incluyendo hacer frente a las amenazas inmediatas a la vivienda), el desarrollo de políticas y prácticas para responder a las necesidades de vivienda a largo plazo por los cambios poblacionales, y la regulación de la provisión de vivienda por parte del sector privado.2

Dentro de la Observación General No. 4 “el derecho a una vivienda adecuada” , del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CDESC), de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), se plantea una guía detallada para los Estados respecto de sus obligaciones para respetar, proteger y realizar el derecho a una vivienda adecuada, así mismo, el Comité resalta que el derecho incluye las siguientes características que son esenciales e interrelacionadas para el cumplimiento de esta observación:3

• Seguridad jurídica de la tenencia. Cada persona debe tener un nivel de seguridad en su situación de vivienda para estar protegido frente al desalojo forzoso o arbitrario, el hostigamiento u otras amenazas. Dicha protección puede adoptar diversas formas, tales como la propiedad legal, el alquiler o una cooperativa de vivienda.

• Disponibilidad de servicios, materiales, instalaciones e infraestructura. Los Estados deben garantizar que las viviendas ofrecen las instalaciones necesarias para la salud, la seguridad, la comodidad y la nutrición. Esto incluye el acceso permanente a recursos naturales y comunes, el agua potable, la energía para cocinar, la calefacción e iluminación, las instalaciones sanitarias y de aseo, el almacenamiento de alimentos, la eliminación de desechos, el drenaje y los servicios de emergencia.

• Asequibilidad. La vivienda y los costos relacionados con la vivienda deben ser proporcionales a los niveles de ingresos, y en un nivel que no comprometa otras necesidades básicas. Los Estados deberían crear subsidios de vivienda para los que no pueden costearse una, poner en marcha protecciones para los inquilinos frente a los alquileres no razonables, y asegurar la disponibilidad de materiales naturales en las sociedades donde estos recursos sean las principales fuentes utilizadas para la construcción de viviendas.

• Habitabilidad. La vivienda adecuada debe proporcionar a sus habitantes un espacio suficiente, ser segura para vivir y dar protección contra el frío, el calor, la lluvia y otros elementos de la naturaleza y riesgos estructurales. Los Estados deben prestar especial atención a la relación entre la vivienda inadecuada y las amenazas a la salud.

• Accesibilidad. Todo el mundo debe tener acceso a una vivienda adecuada, especialmente los más vulnerables. Los Estados deben ofrecer vivienda prioritaria a los grupos desfavorecidos, incluyendo, entre otros, los ancianos, los niños, las personas con discapacidad, los enfermos terminales y las víctimas de desastres naturales. Los Estados deben elaborar planes de viviendas apropiadas para aumentar el acceso a la tierra de las personas sin hogar o los sectores empobrecidos de la sociedad.

• Ubicación. En muchos casos, tanto en las ciudades como en las zonas rurales, el transporte puede ser costoso y consumir mucho tiempo. La vivienda adecuada debe estar en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo, servicios de salud y educación y otros servicios sociales. Las casas no deben construirse en lugares peligrosos o contaminados.

• Adecuación cultural. Los materiales de construcción de las viviendas deben estar conectados con la expresión de la identidad cultural y la diversidad de la vivienda, según corresponda a las comunidades dentro del contexto particular. Los esfuerzos para modernizar la vivienda deben tener adaptarse a las creencias y necesidades de los habitantes.

Del mismo modo, en lo que respecta a la Observación General No. 7 “el derecho a una vivienda adecuada”, el CDESC confirmó que los desalojos forzosos sólo pueden justificarse en las circunstancias más excepcionales y de conformidad con los principios pertinentes del derecho internacional, tales como los Principios Básicos y Directrices Sobre los Desalojos y el Desplazamiento Generados por el Desarrollo. Entre otras cosas, los Estados deben asegurar las garantías jurídicas, incluida la no discriminación, la no arbitrariedad, el debido proceso y la equidad procesal, junto con la consulta y la participación en la toma de decisiones, el acceso a los recursos, la compensación y el realojamiento adecuado.4

Ahora bien, México establece en el Séptimo párrafo del artículo 4, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo”,5 siendo esta una garantía que le permite a todos los ciudadanos mexicanos gozar del derecho a una vivienda digna.

En este sentido, debemos entender que, para el derecho civil, el derecho de tenencia de una vivienda es el apoderamiento material sobre un bien con independencia del título que podría justificarlo (significa que puede ser tenedor de un bien inmueble como una casa, pero esto no significa que por ser tenedor o tengas el apoderamiento eres el dueño). Más restrictivamente, la tenencia es el hecho de tener en su poder un bien en virtud de un título que atribuye a otro la propiedad de dicho bien. Esto se puede observar en el artículo 430 del Código Civil Federal y demás relativos al Código Civil, como lo son: del 430 al 437 de este ordenamiento.6

En el mismo orden de ideas, de acuerdo con el artículo 430 del Código Civil Federal, “La tenencia de una cosa o el disfrute de un derecho por una persona. Posesión civil es esa misma tenencia o disfrute unidos a la intención de haber la cosa o derechos como suyos”7 Los ciudadanos Mexicanos cuentan con el Derecho de la Certeza Jurídica de una Propiedad; la protección de ciertas garantías procesales, como lo es la de seguridad jurídica que actúa a favor de la persona, por lo que, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido la siguiente tesis: “El Registro Público de la Propiedad Inmobiliaria tiene por objeto dar estabilidad y seguridad jurídica al derecho de propiedad sobre bienes inmuebles. Su función es dar a conocer la verdadera situación jurídica de un inmueble, tanto respecto del derecho de propiedad, como respecto de las cargas o derechos reales que pueda reportar el inmueble, con la finalidad de impedir fraudes en las enajenaciones y gravámenes sobre inmuebles.”8

Por otra parte, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores estipula el llamado “derecho de un trabajador para contar con las prestaciones otorgadas por el Infonavit con respecto al derecho a una vivienda, emitido en su artículo 5° en el párrafo último. Lo anterior, porque ha estado acrecentando un problema en el estado de Quintana Roo sobre desalojos de parte del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) con justificaciones muy irregulares como la falta de pago cuando el mismo instituto ha sido recientemente expuesta como una entidad manejada por la corrupción.

Así lo mencionó el titular del Ejecutivo federal, el licenciado Andrés Manuel López Obrador, presidente consitucional de México, en su conferencia de prensa matutina el pasado 7 de febrero de 2019, en donde comentó que el Gobierno lanzaría un Programa para los créditos otorgados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a fin de que a las personas con menos recursos, con más de 15 años pagando y que no han podido liquidar, se les conviertan sus préstamos en veces salario mínimo (VSM) a pesos, con lo cual tendrán una reducción en sus saldos de 55 por ciento, una tasa fija de 8.5 por ciento y sus escrituras en el corto plazo. La suma de apoyos ascenderá este año a 47 mil millones de pesos.9

Con la finalidad de concretar el negocio de la construcción masiva de departamentos entregados a empresas inmobiliarias vinculadas con políticos, y que “ya no se seguirán construyendo huevitos de 30 metros, que son contrarios a los derechos y a la dignidad de las familias. Se acaba la corrupción”, aseveró el presidente Andrés Manuel López Obrador. Además, agregó que tampoco se construirán unidades habitacionales en zonas bajas, inundables, sólo porque dan los permisos autoridades a cambio de sobornos, además de que ya no se devastarán cerros.10

Un nuevo esquema es parte de la nueva política de vivienda, que modificará radicalmente la seguida desde 2000, que permitió la construcción en zonas alejadas de centros de trabajo, en ocasiones sin servicios básicos, como agua y electricidad, y muchas veces en áreas de riesgo, lo que generó más de 5 millones de casas abandonadas en todo el país de las cuales 58 mil correspondieron al Infonavit tan sólo en 2018. Así mismo, el consejo de administración del organismo realizará una auditoría interna sobre los procesos que se siguieron en el gobierno anterior, porque el gasto operativo creció 80 por ciento, y ahora buscan reducirle 2 mil millones de pesos.11 El Presidente precisó lo que ocurría: “se daban la gran vida los directivos del Infonavit, como otros organismos que se escudan en la autonomía, para tener prestaciones estratosféricas, más allá de lo justo. A partir de que son autónomos recibían trato privilegiado. Todo eso se está terminando”.12

El titular del Infonavit, por su parte, explicó que el universo prioritario del Programa son los trabajadores de hasta cuatro salarios mínimos, con más de 40 años de edad, que llevan 15 años de pagos, pero deben estar al corriente al menos los 24 meses anteriores y una deuda 1.5 veces mayor a lo que originalmente contrataron. “Estamos haciendo un nuevo esquema para que ya no haya despojos ni maltratos a los trabajadores, trabajando en conjunto con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para diagnosticar qué ha pasado en materia de cobranza y respetar el derecho a la vivienda”, mencionó Carlos Martínez.13

El funcionario destacó la afectación que las recientemente Unidad de Medida y Actualización afectaron ya que su salario no crecía al mismo ritmo que se actualizaba el saldo total de la cuenta, lo que incrementó en algunos casos su crédito hasta cinco veces. El Presidente destacó que se investigan los despojos de vivienda en estados como Coahuila y Nayarit. No se trata de 10 o 100, sino miles, “Era parte de la corrupción, de los moches. Es que los conservadores son muy corruptos, además de hipócritas. Les gustan muchos los billullos”, apuntó el titular del Ejecutivo Federal.14 Por su parte Carlos Martínez sostuvo que en Coahuila se están llevando a cabo juicios masivos que suman 130 mil créditos; en el caso de Nayarit son 32 mil, pero no hacen mención del Estado de Quintana Roo quienes también han sido afectados severamente.

Tal es el caso que se suscitó en Chetumal, en Quintana Roo en donde alrededor de tres mil 700 trabajadores han perdido sus hogares y además se les sigue descontando de su salario la mensualidad por concepto de vivienda por parte del Infonavit.15

Así mismo, trabajadores afectados en todo Quintana Roo han llegado a solicitar la asesoría y ayuda, en algunos casos se argumenta que tras 10 años de pagar vivienda y quedar en desempleo son desalojados al no cubrir las mensualidades.16

Sin embargo, el caso se agrava al recuperar una fuente de empleo y al ser dados de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social en automático se aplican los descuentos de vivienda, pero ya no se encuentran en ella. Se han detectado en el estado de Quintana Roo aproximadamente tres mil 700 casos en donde ya los desalojaron de tu propiedad, sin embargo, siguen rastreando tu sueldo y te lo siguen quitando17 Por lo anteriormente demostrado, podemos encontrar que en el Estado de Quinta Roo también existe una problemática de desalojos muy probablemente ligado a cuestiones de corrupción por parte de Infonavit, como lo dijo el presidente Andrés Manuel López Obrador. Por lo que es importante hacer énfasis en esta situación ya que el hecho de desalojar a las personas de su hogar, es una alta violación a sus derechos estipulados en las diferentes legislaciones que se hacen mención al inicio.

No obstante, es importante resaltar que en la actualidad el mundo está viviendo una de las peores crisis sanitarias y económicas de las que se tenga memoria en los últimos 100 años.

El virus conocido como SARS-CoV-2 que provoca la enfermedad de Covid-19, tiene un alto nivel de propagación, tuvo inicios a finales de diciembre del 2019, en Hubei una provincia de la ciudad Wuhan en China, en la actualidad ya afecto a todos los países del mundo.

A la fecha (26 de septiembre del 2020), el Covid-19 ha causado la infección de 32 millones 586 mil 171 personas y la muerte de más de 989 mil 380 personas en todo el mundo.18

Mientras que, la situación en México es preocupante y dramática, por la rápida propagación de éste virus, se conoce que hay un total 720 mil 858 personas infectadas y 75 mil 844 decesos a lo largo y ancho de todo el país.19

En el tiempo actual, la pandemia que se está viviendo a causa de la acelerada propagación del SARS CoV-2, ha provocado dificultades en toda la sociedad sobre todo económicas, ya que, por las características de este virus, gran parte de los empresarios se han visto en la necesidad de cerrar sus lugares de trabajo, pues las ganancias no solventan los gastos de las mismas, sin embargo, otra parte de ellos han tenido la necesidad de acortar horas de trabajo y por ende tienen que reducir su personal de trabajo.

Finalmente, tomando en cuenta los planteamientos anteriormente expuestos, los desalojos que se han suscitado en el Estado de Quintana Roo son ejemplo total de una arbitrariedad y violación de derechos, por parte del Infonavit ya que, actualmente la mayoría de familias mexicanas está pasando por un situación económica bastante compleja, derivada de la pandemia ocasionada por el SARS CoV-2, por lo que la falta de pago a esta Institución se debe en gran parte a la falta de sustento económico de la mayoría de las familias Quintanarroenses.

Otro de los factores que afecta de forma considerable a muchos de los derechohabientes es la corrupción por parte de dicha institución, dado que no están evaluando conforme a lo establecido dentro de la Ley del Infonavit, para solucionar o llegar a un acuerdo antes de desalojar a los derechohabientes, de no llegar a un acuerdo se desencadenan factores secundarios como la inseguridad y un aumento considerable de personas en situación de calle.

Derivado de lo anterior, es de vital importancia que se le dé la seriedad y atención que merece este tema, principalmente por aquellas familias que han sido desalojadas o se encuentran en peligro de serlo sobre todo en la presente contingencia sanitaria, ya que la mayoría ha perdido su empleo, por lo que actuar de tal forma significaría una rotunda violación a sus derechos nacionales y universales.

Derivado de lo anteriormente expuesto, se pone a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; licenciado Carlos Martínez Velázquez, para que cesen los desalojos injustificados, y la violación del derecho a la vivienda de los ciudadanos beneficiarios de hogares Infonavit en el estado de Quintana Roo, lo anterior por falta de pago derivado en parte de la presente pandemia ocasionada por el virus Sars Cov 2 y su crisis económica; y los casos de corrupción en Infonavit expuestos por el titular del Ejecutivo federal, en su conferencia matutina del día 7 de febrero de 2019, con la finalidad de evitar la violación de derechos al hogar de los beneficiarios de Infonavit y salvaguardar sus intereses; asimismo que se haga conocimiento público de esta situación y su pronta solución.

Notas

1 https://www.un.org/es/documents/udhr/UDHR_booklet_SP_
web.pdf

2 https://www.escr-net.org/es/derechos/vivienda

3 Ídem

4 Ídem

5 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_080520.pdf

6 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/2_270320.pdf

7 Ídem

8 https://sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/paginas/DetalleGeneralV2.aspx?ID=2002086&Clase=DetalleTesisBL&Semanario=0

9 https://www.jornada.com.mx/2019/02/07/politica/007n1pol

10 Ídem

11 Ídem

12 Ídem

13 Ídem

14 Ídem

15 https://sipse.com/novedades/infonavit-trabajadores-vivienda-mensualidad es-barzon-quintana-roo-chetumal-343704.html

16 Ídem

17 Ídem

18 https://news.google.com/covid19/map?hl=es-419&gl=US&ceid=US%3Ae s-419

19 https://news.google.com/covid19/map?hl=es-419&gl=US&ceid=US%3Ae s-419&mid=%2Fm%2F0b90_r

Dado el Palacio Legislativo de San Lázaro a 30 de septiembre de 2020

Diputada Carmen Patricia Palma Olvera (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a investigar por la SRE la presunta violación de una mexicana por agentes migratorios y realización no consentida de histerectomías a connacionales en centros de detención de migrantes en EUA, a cargo de la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Mariana Dunyaska García Rojas, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al Ejecutivo federal, a través del titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que se investigue la presunta violación a una ciudadana mexicana por agentes migratorios, así como la presunta realización de histerectomías a mujeres mexicanas, sin su consentimiento, en Centros de Detención a Migrantes, en Estados Unidos de América, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En días pasados se llevaron a cabo una serie de acusaciones de presuntas histerectomías en Centros de Detención de Migrantes, pertenecientes al Servicio de Inmigración y Aduanas de EUA (ICE).

Un grupo de organizaciones defensoras de los derechos de los inmigrantes presentó una queja por negligencia médica ante la Oficina del Inspector General del Departamento de Seguridad Nacional, en contra del Irwin County Detention Center, en Georgia, bajo supervisión del ICE, por practicar un gran número de histerectomías a mujeres detenidas hispanohablantes, sin su consentimiento, o con un consentimiento viciado por no comprender por qué debían someterse a una cirugía para quitarles el útero, de acuerdo con la denuncia hecha por Dawn Wooten, enfermera de dicho centro al que calificó como un sistema inhumano.

Las organizaciones Project South, Georgia Detention Watch, la Alianza Latina de Georgia por los Derechos Humanos y la Red de Apoyo a los Inmigrantes del Sur de Georgia presentaron la denuncia en nombre de Wooten y otras denuncias anónimas.1

Sin embargo, contrariamente, funcionarios de ICE dijeron a medios locales que solo se habían practicado dos histerectomías en detenidas desde el año 2018 y negó que hubiesen sido sin consenso y que tales decisiones son tomadas por personal médico, no por personal de seguridad.

Sin embargo, se ha dicho que las detenidas están siendo usadas para experimentación médica, dijo Ada Rivera, directora de IHSC, en un comunicado difundido por el Washington Post. Wooten denunció que uno de los médicos a quien denominó como el “recolector de úteros”, removió un ovario equivocado a una joven detenida a la que presuntamente debían extirpar el ovario izquierdo porque tenía un quiste, pero retiró el derecho; posteriormente la intervinieron nuevamente para que le quitaran el izquierdo y terminó con una histerectomía total. Expresó, además, que “todas las pacientes que lo ven tienen histerectomía”.2 Una detenida, entrevistada por Project South, expresó que “es como si estuviesen experimentando con nuestros cuerpos”.

Los reporteros John Washington y José Olivares, de The Intercept, dijeron que conversaron con detenidas que confirmaron que les habían dicho que necesitaban someterse a estos procedimientos y que “no entendían por qué”. “Un par de ellas se negaron a aceptarlo y una dijo que el médico se molestó ante su negativa”.3

La enfermera Wooten es representada por el Proyecto de Responsabilidad Gubernamental, que proporciona representación a los informantes, y por el Proyecto Sur, que es una organización de justicia social. La denuncia también está firmada por varias organizaciones de defensa de inmigrantes. Entre ellas, Georgia Detention Watch, Georgia Latino Alliance for Human Rights y South Georgia Immigrant Support Network.

Legisladores demócratas respondieron inmediatamente al recurso presentado por Wooten. «Las acusaciones presentadas en esta denuncia de una informante apuntan a un patrón alarmante de condiciones inseguras y una falta de supervisión en las instalaciones de ICE de gestión privada», dijo el representante Bennie Thompson de Mississippi, quien es presidente de la Comisión de Seguridad Nacional de la Cámara de Representantes. En su comunicado agregó que las acusaciones de histerectomías a mujeres sin su consentimiento son «increíblemente preocupantes».4

Por su parte, ICE dijo que no comenta sobre los asuntos presentados al inspector general. «ICE toma todas las acusaciones en serio y difiere a la Oficina del Inspector General respecto a cualquier investigación y/o resultados potenciales. Dicho esto, en general, las acusaciones anónimas, no comprobadas, realizadas sin ningún detalle para verificar los hechos, deben tratarse con el escepticismo apropiado que merecen», sostuvo la agencia.

El Centro de Detención del Condado de Irwin, la instalación de la denuncia debe seguir las normas médicas establecidas por ICE en 2011. Las reglas que «las detenidas deben recibir atención médica ginecológica y obstétrica de rutina, apropiada para su edad, de conformidad con las pautas comunitarias reconocidas para los servicios de salud de la mujer».

Sin embargo, Priyanka Bhatt, abogada del Proyecto Sur, dijo que a lo largo de los años «nuestra coalición ha escuchado de varias mujeres que tuvieron una histerectomía o que hablaron con otras inmigrantes que tuvieron una histerectomía». Una inmigrante detenida le dijo a Proyecto Sur que había hablado con cinco mujeres en el centro de detención de Irwin entre octubre y diciembre de 2019 que se sometieron a una histerectomía.5

Asimismo, es de señalarse que se han hecho múltiples señalamientos por malos manejos para disminuir los riesgos de contagio, atención a pacientes, distribución de material preventivo, relacionado con la pandemia por COVID-19, así como señalamientos de abuso sexual en contra de una ciudadana mexicana por parte de agentes de ICE en El Paso, Texas.

Acción Nacional manifiesta su rechazo absoluto de cualquier violación a los derechos humanos de mujeres y hombres; y estimamos prioritario que el Poder Ejecutivo federal cumpla su compromiso con la protección de los derechos humanos de todos los mexicanos, incluyendo las personas mexicanas en el exterior, a quienes en caso de violación de éstos, es indispensable proporcionarles el apoyo consular necesario.

Por lo anteriormente descrito, someto a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de los Consulados Generales de México en Atlanta y El Paso, a dar seguimiento a las presuntas violaciones de derechos humanos en los centros de detención migratoria bajo la supervisión del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE) en Irwin, Georgia y en El Paso, Texas, respectivamente, a fin de proteger los derechos humanos de las personas mexicanas en el exterior.

Segundo. Que el Consulado General de México en Atlanta mantenga comunicación constante con la organización que denunció la práctica de histerectomías sin consentimiento en mujeres hispanohablantes, en centros de detención bajo la supervisión del ICE en Irwin, Georgia; que a través de los instrumentos diplomáticos y jurídicos de que disponga solicite la información precisa y oportuna a las autoridades competentes sobre los procedimientos realizados, les dé seguimiento y, en su caso, proporcione el apoyo consular necesario a las víctimas de nacionalidad mexicana.

Tercero. Que el Consulado General de México en el Paso, Texas, mantenga comunicación con la abogada que representa a la ciudadana mexicana, presunta víctima de abuso sexual por parte de agentes de ICE en dicha ciudad, para brindarle todo el apoyo consular necesario y con las autoridades estadounidenses para esclarecer los hechos.

Notas

1 Información consultada el 17 de septiembre de 2020 en https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-54170771

2 Información consultada el 17 de septiembre de 2020 en https://aristeguinoticias.com/1609/mexico/mexico-investiga-denuncias-de -extracciones-de-utero-no-autorizadas-en-centros-de-detencion-migrantes -en-eu/

3 Información consultada el 17 de septiembre de 2020 en https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-54170771

4 Información consultada el 17 de septiembre de 2020 en https://cnnespanol.cnn.com/2020/09/15/informante-denuncia-histerectomia s-y-negligencia-medica-a-inmigrantes-en-centros-de-ice/

5 Ídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2020.

Diputada Mariana Dunyaska García Rojas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a garantizar por la Ssa, el IMSS y el ISSSTE la atención médica y el abasto oportuno de medicamentos oncológicos a niños y adolescentes, a cargo de la diputada Margarita Flores Sánchez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Margarita Flores Sánchez, diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Una de las principales causas de morbimortalidad en niños y adolescentes alrededor del mundo es el cáncer. Según las últimas estimaciones hechas por Globocan 2018, cada año se diagnostican aproximadamente 18 millones de casos nuevos de cáncer en todo el mundo de los cuales, más de 200 mil ocurren en niños y adolescentes.1

Aunque el cáncer en la infancia y la adolescencia es poco frecuente, es un problema de salud pública ya que es una de las principales causas de mortalidad por enfermedad en este grupo de edad y tiene un gran impacto físico, social, psicológico y económico, tanto para el paciente como para sus familiares.

A diferencia del cáncer en adultos, la inmensa mayoría de los cánceres en los niños no tiene una causa conocida. Muchos estudios han tratado de identificar las causas del cáncer infantil, pero son muy pocos los cánceres causados por factores ambientales o relacionados con el modo de vida en los niños.

Cuando el cáncer se detecta en una fase temprana, es más probable que responda a un tratamiento eficaz y aumenten las probabilidades de supervivencia, se reduzca el sufrimiento y el tratamiento resulte más económico y menos intensivo.

De acuerdo con cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en los países de ingresos altos, más del 80 por ciento de los niños afectados de cáncer se curan, pero en muchos países de ingresos medianos y bajos la tasa de curación es de aproximadamente el 20 por ciento.2 Entre las principales causas que repercuten en las bajas tasas de supervivencia de países con medianos o bajos ingresos son incapacidad para tener un diagnóstico preciso y oportuno, poco o nulo acceso a los tratamientos, abandono del tratamiento, defunciones por toxicidad y exceso de recidivas, entre otras.

En nuestro país de acuerdo con las proyecciones de la población de los municipios de México 2010-2030 del Consejo Nacional de Población (Conapo), hasta el 2018 la población de niños y adolescentes entre los 0 y los 19 años fue de 44 millones 697 mil 145, de los cuales 26 millones 493 mil 673 no cuentan con ningún tipo de seguridad social. Lo anterior resulta preocupante debido a que el cáncer es una enfermedad costosa que ocasiona un gasto de bolsillo considerable en la familia de los pacientes y puede condicionar, cierto grado de empobrecimiento.

De acuerdo con los datos del Registro de Cáncer en Niños y Adolescentes (RCNA) las tasas de incidencia (por millón) hasta el 2017 fueron: 89.6 nacional, 111.4 en niños (0 a 9 años) y 68.1 en adolescentes (10-19 años). Por grupo de edad, el grupo de 0 a 4 años presentó la mayor tasa de incidencia con 135.8, mientras que el grupo de adolescentes entre los 15 y los 19 años tuvo la menor incidencia con 52.6.

Los estados de la República con mayor tasa de incidencia por cáncer en la infancia (0 a 9 años) son Durango (189.53), Colima (187.42), Aguascalientes (167.36), Sinaloa (163.44) y Tabasco (158.94). En la adolescencia (10 a 19 años), las entidades con mayor tasa de Incidencia por cáncer son: Campeche (149.56), Colima (117.27), Aguascalientes (106.29), Nuevo León (99.79) y Morelos (98.73) (5).

Respecto a las tasas de mortalidad (por 100 mil habitantes) los adolescentes entre los 15 y los 19 años de edad tuvieron la mayor tasa de mortalidad con 6.88, mientras que la menor tasa de mortalidad fue para el grupo de edad entre los 0 y los 4 años con 4.35. Entre los 5 y los 14 años las tasas se mantuvieron similares entre ambos grupos con 4.60 (5 a 9 años) y 4.54 (10 a 14 años).

Las entidades federativas con mayor tasa de mortalidad en niños (0 a 9 años) son: Campeche (6.3), Chiapas (6.2), Aguascalientes (6.0), Colima y Tabasco (5.6). En adolescentes (10 a 19 años) la mayor tasa de mortalidad corresponde a Campeche (8.6), Tabasco (7.6), Chiapas (7.0), Oaxaca (6.5) e Hidalgo (6.4) (5).3

Por sexo, 56 por ciento de los casos registrados corresponde a varones y 44 por ciento a mujeres. La mayor tasa de mortalidad (6.79) ocurrió en adolescentes hombres y la mayoría de los casos del RCNA fueron: leucemias (48 por ciento), linfomas (12 por ciento) y tumores del sistema nervioso central (9 por ciento).

La sobrevida nacional en niños y adolescentes registrados en el RCNA es de 57 por ciento, en comparación con la de países con altos ingresos donde la probabilidad de que una niña, niño o adolescente con cáncer sobreviva es del 90 por ciento.

La pandemia por coronavirus ha provocado que los sistemas de salud en el mundo desatiendan otro tipo de enfermedades prevalentes y graves como lo es el cáncer, de ahí que es de suma importancia hacer un llamado al gobierno federal a fin de garantizar la atención medica oncológica de niñas, niños y adolescentes, así como su tratamiento médico oportuno lo cual permita incrementar las posibilidades de supervivencia.

Es por lo anteriormente expuesto, que sometemos a consideración de este pleno, la siguiente proposición con carácter de urgente y obvia resolución:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Ejecutivo federal para que a través de los titulares de la Secretaría de Salud, del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a garantizar la atención médica y el abasto oportuno de medicamentos oncológicos a niñas, niños y adolescentes.

Notas

1 https://www.gob.mx/salud%7Ccensia/articulos/cancer-infantil-en-mexico-1 30956

2 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/cancer-in-children

3 https://www.gob.mx/salud%7Ccensia/articulos/cancer-infantil-en-mexico-1 30956

Dado en la Cámara de Diputados, a 30 de septiembre de 2020.

Diputada Margarita Flores Sánchez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a incluir la hipertensión pulmonar entre los padecimientos considerados en los planes derivados del Programa Sectorial de Salud 2020-2024, a cargo de la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con puntos de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud para que incluya a la hipertensión pulmonar dentro de los padecimientos contemplados en los programas derivados del Programa Sectorial de Salud 2020-2024, con base en las siguientes

Consideraciones

La salud es entendida como “un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia afecciones o enfermedades”,1 en nuestro país, el derecho a la salud se encuentra consagrado en diferentes ordenamientos internacionales de los cuales México es parte, por ejemplo:

Declaración Universal de los Derechos Humanos:2

Artículo 25.

Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

...

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales:3

Artículo 12

Los Estados parte en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.

...

En nuestro marco jurídico nacional, es el derecho a la protección de la salud, el que se encuentra consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:4

Artículo 4o.- ...

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con la finalidad de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

Así, el Estado velará por este y otros derechos, para ello, nuestra Carta Magna establece que lo hará a través de un Plan Nacional de Desarrollo que le permita llevar la rectoría de “un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la económica para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación”.5

De esta forma, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024, quedó publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de julio de 2019, como el eje principal de planeación de la presente administración, en el cual se definen las prioridades que se buscan materializar. En este sentido, el PND establece que la salud en administraciones anteriores ha sido “insuficiente, ineficiente, depauperado y corroído por la corrupción”,6 en otras palabras, “el derecho a la salud le es denegado parcial o totalmente al sector más desprotegido de la población mexicana”,7 por lo que éste derecho se convierte en una de sus prioridades.

Para alcanzarlo, el Estado se apoya de los Programas Sectoriales, los cuales son “instrumentos que abordan una temática socialmente relevante y determinada, que vinculan el funcionamiento de diversas instituciones públicas, sociales y privadas”,9

Artículo 16.- A las dependencias de la administración pública federal les corresponde:

...

III. Elaborar los programas sectoriales, considerando las propuestas que, en su caso, presenten las entidades del sector, los órganos constitucionales autónomos, y los gobiernos de las entidades federativas, así como las que deriven de los ejercicios de participación social y de los pueblos y comunidades indígenas interesados;

...

El pasado 17 de agosto de 2020, fue publicado en el DOF el Programa Sectorial de Salud 2020-2024 (PROSESA 2020-2024) como “un programa derivado del PND que establece entonces los objetivos, estrategias y acciones, a los que deberán apegarse las diferentes instituciones de la administración pública federal para materializar el derecho a la protección de la salud”.10

El Prosesa 2020-2025, contempla cinco objetivos prioritarios, para fines del presente exhorto, ahondaré el Objetivo 2, que prioriza no solo el primer nivel de atención y un sistema de referencia y contrarreferencias en las regiones de mayor marginación, sino que también busca eficiencia y efectividad de los procesos a través del seguimiento y evaluación de políticas y programas del sector, así como la transparencia y rendición de cuentas:11

Objetivo 2.- Incrementar la eficiencia, efectividad y calidad en los procesos del SNS para corresponder a una atención integral de salud pública y asistencia social que garantice los principios de participación social, competencia técnica, calidad médica, pertinencia cultural y trato no discriminatorio, digno y humano.

Para alcanzar este objetivo, es indispensable “incrementar la eficiencia, efectividad y calidad en los procesos de SNS para corresponder a una atención integral de salud pública y asistencia social que garantice los principios de participación social, competencia técnica, calidad médica, pertinencia cultural y trato no discriminatorio, signo y humano”,12 para ello, reducir “la probabilidad de morir entre las edades exactas de 30 y 70 años por enfermedades cardiovasculares, cáncer, diabetes o enfermedades respiratorios crónicas”,13 es la clave.

De forma particular, las enfermedades respiratorias crónicas son las que cobran relevancia en este tema en particular, éstas son denominadas así debido a que son problemas en las “vías respiratorias y otras estructuras del pulmón. Algunas de las más frecuentes son el asma, la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), las alergias respiratorias, las enfermedades pulmonares de origen laboral y la hipertensión pulmonar”.14

Ésta última, “es una enfermedad que afecta los pulmones y el corazón, progresa rápidamente y puede causar la muerte”15 y consiste en que “las arterias que llevan la sangre desde el corazón hacia los pulmones se estrechan por razones que aún no se entiende completamente. El corazón bombea la sangre con dificultad a través de las arterias estrechadas, provocando la elevación de la presión sanguínea en los pulmones y la dilatación del corazón. Con el tiempo, el corazón sobrecargado se desgasta y puede producirse una insuficiencia cardiaca e incluso la muerte”.16

Los síntomas de la hipertensión pulmonar son muy parecidos al de otras enfermedades respiratorias crónicas, por lo que se suele confundir con asma o EPOC, algunos de estos síntomas son:17

Falta de aire. - Consiste en la falta de aliento o disnea, lo cual representa un síntoma clava. Algunos pacientes pueden sentir falta de aire con la actividad física e incluso durante o después de las comidas.

Dolor de pecho. - Llamado angina pectoris, en especial si se presenta durante la actividad física. El paciente también puede sentir palpitaciones en el pecho mientras hace ejercicio. Cerca de un tercio de los pacientes con HP padecen este síntoma.

Fatiga crónica. - Es una sensación de cansancio o agotamiento fuerte y prolongado (debilidad), que en ocasiones no se alivia con el descanso.

Mareo. - Se manifiesta al ponerte de pie, subir escaleras o al incorporarse después de esta agachado. En algunas ocasiones, los pacientes se sienten mareados con el solo hecho de estar sentados.

Desmayo o síncope. - Esto hecho ocurre por lo general cuando el cerebro no recibe suficiente oxígeno y la persona se queda prácticamente “sin aire”.

Piernas y tobillos hinchados (edema en miembros inferiores). - Es un síntoma muy común. Para detectarlo se puede hacer presión con el dedo sobre tus pantorrillas, y si esta queda hundida, entonces es un indicio de que hay retención de líquido y por ello se produce la hinchazón.

Depresión. - Es un trastorno emocional que se presenta como un estado de abatimiento e infelicidad transitorio o permanente. Puede ser originado por la fatiga, algunos medicamentos o por el estrés que ocasiona el saber que se tiene la enfermedad y no saber manejarla.

Tos seca. - Muchos pacientes la padecen. En ocasiones, el esputo puede contener gotas de sangre. Es difícil saber cuál es la causa de la tos; puede deberse a que el corazón crecido este presionando y un nervio, o al efecto de algunas medicinas para la presión sanguínea.

El fenómeno de Raynaud. - Consiste en la tendencia a tener los dedos azules cuando se tiene contacto con el frío.

La Organización Panamericana de la Salud (OPS), estima que, a nivel mundial, 25 millones de personas padecen esta enfermedad, en México, se calcula que son alrededor de 6 mil personas las que la padecen, sin embargo, de éstas, solo mil 200 han sido diagnosticadas.

Esto se debe principalmente a que los síntomas se confunden con otras enfermedades respiratorias, dado que el personal médico en cualquiera de los niveles de atención, no se encuentra familiarizado con este padecimiento. Una vez que han sido diagnosticados con hipertensión pulmonar, la enfermedad ya encuentra en etapas avanzadas, lo que dificulta no sólo el tipo de tratamiento sino la sobrevivencia del paciente, pues aun cuando son diagnosticados a tiempo, la esperanza de vida media es de cinco a 6 años, por lo que “es fundamental que las personas que padecen HP obtengan un diagnóstico correcto en el momento oportuno y que se les permita el acceso a un tratamiento adecuado”.18

Es por ello la relevancia de que el Prosesa 2019-2024 contemple dentro de las enfermedades respiratorias a la hipertensión pulmonar, que pueda ser diagnosticada a tiempo desde el primer nivel atención, y de esta forma cubrir oportunamente el tratamiento, si bien, es sabido que no existe un tratamiento específico para esta enfermedad, si hay diferentes medicamentos que ayudan a mejorar las condiciones y aumentar la calidad de vida del paciente, así como su sobrevivencia.

Esta administración, está comprometida con la salud de las y los mexicanos, y bajo y el principio de “no dejar nadie atrás, no dejar nadie afuera”, es que propongo la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que incluya a la hipertensión pulmonar dentro de los padecimientos contemplados en los programas derivados del Programa Sectorial de Salud 2020-2024, con el fin de prevenir, diagnosticar y atender oportunamente a quienes la padecen.

Notas

1 OMS, ¿Cómo define la OMS la salud?, disponible en https://www.who.int/es/about/who-we-are/frequently-asked-questions

2 ONU, Declaración Universal de los Derechos Humanos, disponible en
https://www.ohchr.org/EN/UDHR/Documents/UDHR_Translations/spn.pdf

3 ONU, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, disponible en
https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cescr.aspx

4 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 4, disponible en
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_080520.pdf

5 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 26, Op. Cit.

6 Secretaría de Hacienda y Crédito Público en Diario Oficial de la Federación, Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, disponible en
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5565599&fecha=12/07/ 2019

7 Ibídem.

8 Gobierno de Jalisco, Programas Sectoriales y Especiales, disponible en
https://sepaf.jalisco.gob.mx/gestion-estrategica/planeacion/programas-s ectoriales-especiales

9 Ley de Planeación, Artículo 16, disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/59_160218.pdf

10 Secretaría de Salud, Programa Sectorial de Salud 2020-2024, disponible en
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/570535/PROGRAMA_Sectorial_de_Salud_2020-2024.pdf

11 Ibídem.

12 Ibídem.

13 Ibídem.

14 OMS, Acerca de las enfermedades respiratorias crónicas, disponible en https://www.who.int/respiratory/about_topic/es/

15 OPS, 23 de noviembre Día Latino de la Hipertensión Pulmonar 2013, disponible en https://www.paho.org/chi/index.php?option=com_content&view=article&id=545:23-noviembre-dia-latino-hipertension-pulmonar-2013&Itemi d=215#:~:text=La%20Hipertensi%C3%B3n%20Pulmonar(HP)%20es,presi%C3%B3n%2 0de%20las%20arterias%20pulmonares.

16 Sociedad Latina de Hipertensión Pulmonar y Organización Panamericana de la Salud, atender las necesidades no cubiertas de las personas que padecen hipertensión pulmonar: Un llamado a la acción, disponible en
https://www.paho.org/chi/index.php?option=com_docman&view=download&category_slug=sistema-de-salud&alias=127-atender-las-necesidades-no-cubiertas-de-las-personsa-que-padecen-hipertension-pulmonar&Itemid=1145

17 OPS, 23 de noviembre Día Latino de la Hipertensión Pulmonar 2013, Op. Cit.

18 Sociedad Latina de Hipertensión Pulmonar y Organización Panamericana de la Salud, atender las necesidades no cubiertas de las personas que padecen hipertensión pulmonar: Un llamado a la acción, disponible, Op. Cit

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 30 de septiembre de 2020.

Diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SCT a llevar a cabo con el gobierno de Puebla acciones para rehabilitar las carreteras y vías de comunicación afectadas por los deslaves y derrumbes tras las lluvias en la Sierra Norte, Mixteca y centro del estado, a cargo de la diputada Claudia Báez Ruiz, del Grupo Parlamentario del PES

Quien suscribe, diputada Claudia Báez Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2; 65, 76, numeral 1, fracción II; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, y 100, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Consideraciones

Durante la temporada de lluvias en la República Mexicana, estas ocasionan diversos daños a la población y a la infraestructura de carreteras y vías de comunicación que conecta a las diversas comunidades en las distintas regiones del país y que por su ubicación geográfica se encuentra cercana a los ríos, arroyos, zonas susceptibles de inundación y/o de deslaves. Cada año la temporada de huracanes aumenta su intensidad, fuerza y la concentración de agua de lluvia puede ocasionar daños más severos que traen como consecuencia desbordamiento de ríos, deslaves y deslizamiento de tierra que afecta la infraestructura de carreteras y vías de conexión entre comunidades.

Este año la presencia de lluvias en el estado de Puebla ha ocasionado que por lo menos 30 municipios hayan sido afectados, dejando daños en menor y mayor medida, derrumbes, deslaves y la evacuación de familias derivado de la zona de riesgo en la que se encontraban, también se reportaron daños en casas, encharcamientos e incomunicación en algunas comunidades.

Las lluvias también dejaron derrumbes y deslaves en carreteras y vías de comunicación. Uno de estos derrumbes se registró en la carretera a Tétela de Ocampo, lo cual ha dejado incomunicadas diversas comunidades entre ellas Tulcingo de Valle, lo cual ha afectado el tránsito de las personas que circulan de manera cotidiana hacia esa región de Puebla.1

Es importante que tanto la Secretaría de Comunicaciones y Transportes federal en coordinación con el gobierno de Puebla impulsen protocolos de atención para zonas que se han visto afectadas en sus vías de comunicación, en razón que muchas de estas carreteras son las únicas vías de acceso de productos perecederos, así como de transito de las personas.

De igual manera urge llevar un monitoreo y control constante en diferentes regiones del estado con el fin de localizar los puntos más vulnerables de las vías de comunicación y carreteras que conectan a los distintos los municipios en la Sierra Norte, Mixteca y Centro del estado de Puebla con el fin de evitar accidentes y el entorpecimiento de las conexiones carreteras.

El gobierno federal y del estado respectivamente, deben garantizar la seguridad de quienes transitan por carreteras y vías de comunicación que son susceptibles de sufrir algún daño en su infraestructura, por medio de estrategias específicas para los escenarios que se pudieran presentar ante las afectaciones de las lluvias, esto, a efecto de evitar pérdidas materiales e incluso humanas. Por ello, las autoridades competentes deben respaldar ese llamado para aminorar cualquier tipo de problema social.

En ese contexto resulta necesario que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en coordinación con el gobierno del estado de Puebla lleven acciones tendientes a rehabilitar las carreteras dañadas y garantizar el derecho de movilidad y tránsito de las personas, y así garantizar el abasto de productos en las comunidades afectadas por las lluvias.

Una vez identificadas las zonas de riesgo en la Sierra Norte, Mixteca y Centro del estado de Puebla se deben llevar a cabo acciones que eviten el riesgo de deslaves y que pudieran entorpecer la circulación de las personas para garantizar a la ciudadanía que transitar por esas vías de comunicación no representa ningún riesgo.

Dado lo anterior, es vital impulsar acciones y mecanismos encaminados a la rehabilitación de las carreteras en la Mixteca poblana para garantizar la movilidad de las personas y flujo comercial prevenir, y de igual manera llevar a cabo acciones tendientes evitar posibles afectaciones a la infraestructura carretera como las que se originan en esta época de lluvias y que perjudican a la gente aledaña a los municipios. Por ello se deben impulsar acciones tendientes a garantizar la integridad, bienestar y seguridad de las y los poblanos.

Por lo expuesto, la suscrita somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que, en coordinación con el gobierno del estado de Puebla, lleve a cabo acciones de atención urgente para la rehabilitación de las carreteras y vías de comunicación afectadas por los deslaves y derrumbes que dejaron las lluvias en la sierra norte, mixteca y centro del estado de Puebla.

Nota

1 https://sintesis.com.mx/puebla/2020/09/21/lluvias-provocan-deslaves/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre 2020.

Diputada Claudia Báez Ruiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción de Querétaro a realizar las pesquisas encaminadas a determinar las responsabilidades penales en el expediente número CI/QRO/13028/2020 y, en su caso, proceder conforme a derecho; y a los gobiernos estatal y municipal de Santiago de Querétaro, a hacer públicos los documentos mediante los cuales se realizan los procesos de licitación para adquirir las despensas en el marco del programa Por tu Economía Familiar o, en su caso, las repartidas en los domicilios de las familias de la entidad, a cargo del diputado Jorge Luis Montes Nieves, del Grupo Parlamentario de Morena

Jorge Luis Montes Nieves, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura; con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y demás relativos aplicables, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivoss

La pandemia causada por el virus Covid-19 ha paralizado la economía mundial, y lamentablemente México no ha sido la excepción. El Gobierno Federal implementó la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, de las actividades no esenciales, con la finalidad disminuir los riesgos de contagio entre la población del virus SARS-CoV2 o Covid-19 comúnmente conocido como “Coronavirus”.

La suspensión de las actividades no esenciales ha generado consecuencias económicas graves, sobre todo en las familias de escasos recursos que viven de un ingreso al día, y quienes sin duda requieren del apoyo de las autoridades para solventar los gastos de primera necesidad.

En aras de contribuir a mitigar los impactos económicos, los diferentes niveles de gobierno han adoptado diversos programas sociales, entre muchos de estos apoyos se han implementado la entrega de despensas entre la población más vulnerable.

Es así que el gobierno del estado de Querétaro el día tres de abril del presente año publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”; acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación para Ejecutar el Programa Social “Por tu Economía Familiar” en su vertiente Apoyo Emergente de Protección ante la pandemia COVID-19.

Por su parte, el Gobierno Municipal de Querétaro en su portal de internet, , publicó:

“El Municipio de Querétaro, a través de la Secretaría de Desarrollo Humano y Social, inició de manera conjunta con Gobierno del Estado la entrega de apoyos alimentarios y sanitarios para 150 mil familias queretanas que han visto afectada su economía debido a la contingencia sanitaria por el virus Covid 19.

Trabajadores de la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Querétaro (SEDESOC) y de la Secretaría de Desarrollo Humano y Social del Municipio de Querétaro, se dieron a la tarea de cargar camionetas y camiones para repartir cerca de 10 mil despensas en todas las delegaciones, iniciando por colonias como El Rocío y comunidades como El Patol y El Nabo.

Cabe resaltar que en este programa de apoyo el Municipio de Querétaro aportará 75 mil paquetes alimentarios y sanitarios , y el Gobierno del Estado los otros 75 mil que serán entregados a familias en situación de vulnerabilidad gracias a una inversión total de 60 millones de pesos.

Dichas familias se registraron para ser beneficiarios a través de la línea de atención ciudadana 070, al teléfono 4421015205 o a través de la página web de Gobierno del Estado.

La logística implementada permitirá hacer entrega de un promedio de 10 mil paquetes diarios, con el objetivo de cubrir todos los hogares beneficiados en los próximos 15 días.”

Lo resaltado es propio.

De una simple división del total de los 60 millones de pesos entre los 150 mil paquetes alimentarios, se deduce que cada despensa tendría un valor de 400 pesos, lo cual generó dudas en la activista Alicia Colchado Arisa, quien se dio a la tarea de realizar una investigación mediante el comparativo de los productos que contiene la despensa que reparte el gobierno del Estado de Querétaro y el Municipio de Querétaro.

Esta investigación le permitió identificar un probable sobreprecio en la compra de las despensas por parte de los gobiernos municipal y estatal, siendo que el precio más elevado que encontró la activista Alicia Colchado Arisa, fue de 306 pesos y el menor precio fue de 221 pesos, lo cual hace suponer que efectivamente existe un sobreprecio que va del 25 hasta el 45 por ciento del costo real de la despensa.

Tal situación condujo a la Activista Alicia Colchado Arisa, a presentar una denuncia ante la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción por el delito de desvió de recursos en contra del patrimonio público, bajo el número de carpeta de investigación: CI/QRO/13028/2020.

La corrupción ha sido uno de los canceres que han afectado gravemente a la sociedad mexicana, es por ello que desde la instauración de un nuevo régimen de gobierno, se busca erradicar este mal en todos los niveles de gobierno y máxime cuando estos hechos ocurren en un momento en el que la sociedad requiere con mayor urgencia de un gobierno honesto para hacerle frente a la pandemia que no solo afecta la salud, sino además está generando un daño patrimonial aún incalculable en las familias mexicanas.

Esto lleva al suscrito a presentar el siguiente punto de acuerdo con la finalidad de exhortar a la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción del Estado de Querétaro a realizar las pesquisas necesarias para determinar las responsabilidades penales correspondientes en el expediente CI/QRO/13028/2020.

Asimismo, exhortar a los gobiernos estatal y municipal a hacer públicos los documentos mediante los cuales se realizan los procesos de licitación para la adquisición de las despensas en el marco del programa “Por tu Economía Familiar” o en su caso para la compra de las despensas que ambos gobiernos reparten vía funcionarios del gobierno estatal o municipal.

El exhorto se hace necesario dada la lamentable insistencia con la que se menciona el nombre del actual Gobernador del Estado de Querétaro en casos de corrupción, sólo por citar dos casos emblemáticos por el impacto nacional que han tenido:

• En el caso del expediente penal que se sigue en contra del abogado Juan Collado, el nombre de Francisco Domínguez Servín ale a relucir como uno de los probables dueños de Caja Libertad, utilizada como instrumento de lavado de dinero, además de asegurarse, en dicha carpeta de investigación que parte de los recursos económicos obtenido fraudulentamente se utilizaron en la campaña electoral del actual mandatario estatal.

• Con la captura del Ex Director de Petróleos Mexicanos, Emilio Lozoya, salió a relucir nuevamente el nombre de Francisco Domínguez Servín, como uno de los negociadores económicos de la reforma energética, en ese contexto aparece el día 17 de agosto de este año un video que circula en redes sociales, en el que aparece Guillermo Gutiérrez Badillo, secretario particular del Gobernador quien además trabajaba en la fracción parlamentaria del PAN en el Senado, adscrito a las oficinas del entonces senador por Querétaro.

Ante estos rumores tan reiterados, es necesario que las instituciones encargadas de las investigaciones de los delitos, realicen sus actividades con plena independencia y apegados a la legalidad, para deslindar las responsabilidades correspondientes.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, el Suscrito somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción del Estado de Querétaro a realizar las pesquisas necesarias para determinar las responsabilidades penales correspondientes en el expediente CI/QRO/13028/2020 y en su caso proceder conforme a derecho.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobernador del estado de Querétaro a hacer públicos los documentos mediante los cuales se realizan los procesos de licitación para la adquisición de las despensas en el marco del programa “Por tu Economía Familiar” o en su caso para la compra de las despensas que funcionarios el estado reparten en los domicilios de las familias queretanas.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al presidente municipal de Santiago de Querétaro a hacer públicos los documentos mediante los cuales se realizan los procesos de licitación para la adquisición de las despensas en el marco del programa “Por tu Economía Familiar” o, en su caso, para la compra de las despensas que funcionarios del municipio reparten en los domicilios de las familias queretanas.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre 2020.

Diputado Jorge Luis Montes Nieves (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a hacer del conocimiento público por la Ssa y el INM cuántos trabajadores de la salud cubanos han ingresado en el país y su estatus migratorio, cuántos colaboran a través del Insabi y en qué entidades federativas están, y el costo que representan para el Estado médicos, paramédicos e ingenieros biomédicos llegados de la isla para auxiliar durante la urgencia sanitaria por el Covid-19, a cargo de la diputada Saraí Núñez Cerón, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Saraí Núñez y las diputadas y los diputados pertenecientes a esta LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1 fracción II, numeral 2 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esa soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal para que, a través del titular de la Secretaría de Salud y el comisionado del Instituto Nacional de Migración hagan del conocimiento público cuántos trabajadores de la salud cubanos han ingresado al país y su estatus migratorio, asimismo, cuántos colaboran a través del Insabi y en qué entidades federativas están, así como el costo que representa para el Estado mexicano los médicos, paramédicos e ingenieros biomédicos cubanos que llegaron a México para auxiliar durante la emergencia sanitaria a causa del Covid-19, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

“El pasado 27 de abril llegaron a la Ciudad de México, 585 trabajadores de salud de la isla caribeña, una de las cuadrillas más numerosas que el gobierno comunista ha desplegado para atender el coronavirus, llegaron a Ciudad de México, el epicentro de la pandemia en el país.

El convenio, firmado entre el estatal Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) y el Ministerio de Salud de Cuba, asciende a unos 135 millones de pesos (unos seis millones de dólares) destinados a sueldos e investigación” .

Además, involucra “no sólo atención directa, sino también asesoría, trabajo de campo, trabajo epidemiológico y una parte de análisis de protocolos” por lo que incluye, además de médicos y enfermeras, a ingenieros biomédicos y epidemiólogos, el convenio esta hasta el 31 de julio de 2020 pero con posibilidad de ampliarse”1 .

“Según autoridades, México tiene un déficit de unos 6 mil 600 médicos y 23 mil enfermeras para hacerle frente a la epidemia, que se encuentra en su fase más crítica. Oliva López sostuvo que, a pesar de que han contratado a más de 2 mil médicos y enfermeras, la capital aún sufre una escasez de personal de salud.

Se conocen pocos detalles de las condiciones de los acuerdos de cada país con Cuba, pero en uno de los más sonados –que mantuvo con Brasil hasta fines de 2018– La Habana se quedaba con 80 por ciento de lo que cobraba por cada médico, según funcionarios de salud brasileños”2 .

En una entrevista para el Diario de Cuba y retomada por Animal Político, “la secretaría minimizó los señalamientos que el pasado 6 de noviembre de 2019 hicieran explicaciones sobre lo que creen podrían constituir condiciones de trabajo forzoso (...) una forma contemporánea de esclavitud”, en el caso de sus médicos enviados a “misiones” en el exterior”3 .

Por lo antes mencionado, quiero poner en contexto la preocuación de la llegada de los médicos de origen cubano es por el documento Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños el cual cito:

“Desde 1963, el gobierno de su excelencia envía brigadas médicas al extranjero. Según cifras gubernamentales, más de 600 mil trabajadores de la salud han prestado servicios médicos en más de 160 países. Actualmente, unos 30 mil médicos cubanos estarían activos en 67 países. Los estudios universitarios en Cuba son gratuitos, incluyendo para estudiantes extranjeros.

Los médicos y otros profesionales cubanos trabajan en distintos países a nivel internacional en “Misiones de Internacionalización” por un período promedio de 3 años. Dichas misiones están reguladas en su legislación con la definición de trabajo de civiles por cuenta del Estado. La Resolución número 168 de 2010 emitida por el Ministerio de Comercio Exterior e Inversión Extranjera de Cuba establece el régimen disciplinario de los trabajadores civiles cubanos que prestan servicios en el exterior.

En las últimas décadas, Cuba ha creado y consolidado el sistema nacional de salud que incluye un enfoque internacionalista, además de varios principios rectores adicionales. Entre 2011 y 2015 los profesionales contratados en el exterior habrían aportado un promedio anual de más de 11 millones de dólares.

De esa cantidad, al menos un 80 por ciento habría sido tributado por los especialistas de la salud. Sin duda, las misiones médicas han aportado tratamiento médico a un alto número de personas que de otra manera no hubieran tenido acceso a servicios de salud.

Muchos médicos cubanos que trabajan en el exterior estarían expuestos a condiciones de trabajo y de vida explotadoras, pagos salariales inadecuados. Además, muchos de estos profesionales estarían sometidos a presiones y a seguimiento por parte del gobierno de su excelencia”4 .

Por lo antes mencionado, es fundamental tener con claridad y veracidad de las autoridades los convenios firmados entre México y Cuba, asimismo, tener conocimiento de las condiciones físicas y laborales que tienen estos trabajadores de la salud, así como la situación migratoria y su estadía en México, ya que la información es nula de esta situación y no es clara.

En esta tesitura, hay que resaltar que las cifras expuestas por el Informe Técnico Diario Covid-19 México del 17 de agosto de 2020, menciona que México hasta el día de hoy se han confirmado 525 mil 733 casos y 5 mil 23 defunciones por Covid-19. Asimismo, menciona que las cinco entidades con el mayor número de casos acumulados distribuidos por entidad de residencia son: Ciudad de México, estado de México, Guanajuato, Tabasco y Veracruz, que en conjunto forman 42.7 por ciento de todos los casos registrados en el país.

La Ciudad de México continúa registrando la mayor parte de los casos acumulados del país y representa por si sola 16.5 por ciento de todos los casos registrados por entidad de residencia.

Es imperante saber en verdad si son 585 cubanos trabajadores de la salud, si siguen aquí, ya que su contratación según las autoridades es hasta el 31 de julio de 2020 pero con posibilidad de ampliarse esto queda en una opacidad jurídica y migratoria, por ende se puede violar acuerdos y tratados firmados.

Como es de conocimiento México tiene acuerdos y tratados firmados es decir cualquier acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular” artículo 2, inciso a, de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969), así como aquellos celebrados entre México y organizaciones internacionales.

Por ende, las normas fundamentales establecidas en la Convención sobre la Esclavitud de 1926, la Declaración Universal de los Derechos Humanos artículo 4 y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos artículo 8, que prohíben la esclavitud, la trata de esclavos y el trabajo forzoso en todas sus formas. A este respecto, el Convenio número 29 de la OIT sobre el trabajo forzoso y el Convenio número 105 de la OIT sobre la abolición del trabajo forzoso, en los que se pide que se suprima el uso del trabajo forzoso u obligatorio”5 .

“Los derechos Humanos alientan la vida de un auténtica democracia”6 .

Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración del pleno, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal para que, a través del titular de la Secretaría de Salud y el Comisionado del Instituto Nacional de Migración, hagan del conocimiento público, cuántos trabajadores de la salud cubanos han ingresado al país y su estatus migratorio, asimismo, cuantos colaboran a través del Insabi y en qué entidades federativas están, así como el costo que representa para el Estado mexicano los médicos, paramédicos e ingenieros biomédicos cubanos que llegaron a México para auxiliar durante la emergencia sanitaria a causa del Covid-19.

Notas

1 https://www.forbes.com.mx/noticias-medicos-cubanos-podrian-permancer-me xico-mas-previsto/

2 https://www.eleconomista.com.mx/arteseideas/
Medicos-cubanos-podrian-extender-estadia-en-Mexico-para-combatir-pandemiaOliva-Lopez-20200615-0075 .html

3 https://www.animalpolitico.com/2020/06/insabi-pago-contratacion-medicos -cubanos-covid-cdmx/

4 https://spcommreports.ohchr.org/TMResultsBase/DownLoadPublicCommunicati onFile?gId=24868

5 C105 - Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (núm. 105) rscatado el dia 28 de septiembre de 2020, extraido de la pagina web
https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID:312250

6 Doctrina de Acción Nacional, perosna y libertad, (p. 2) 2002. Recuperado el dia 28 de septiembre de 2020, de la pagína, https://almacenamientopan.blob.core.windows.net/pdfs/documentos/toqfeHt QI8xfmvAAiJNc5U6xqTHiSO.pdf.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2020.

Diputada Saraí Núñez Cerón (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a celebrar el tercer protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a un procedimiento de comunicaciones, a cargo de la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con puntos de acuerdo por el que se exhorta al Presidente de la República a celebrar el tercer Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a un procedimiento de comunicaciones, con base en las siguientes

Consideraciones

Los tratados internacionales han jugado un papel importante en el derecho internacional. De acuerdo a la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, éstos se entienden como “un acuerdo internacional celebrado por escrito entre estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular”.1 Así, los estados que deseen formar parte de un tratado internacional, lo pueden hacer a través de la ratificación, aceptación, aprobación y adhesión, que los hace constar de compromisos con respecto a ese tratado.2

Nuestra Carta Magna reconoce que los derechos humanos reconocidos en ésta y en los tratados internacionales deberán ser protegidos y garantizad3s1 :

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

...

En nuestro país, la celebración de los tratados internacionales está a cargo del Ejecutivo federal4 :

Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes:

I. a IX. ...

X. Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Senado. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;

...

Mientras que la aprobación de los mismos es responsabilidad del Senado de la República5 :

Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado:

I. Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo federal con base en los informes anuales que el Presidente de la República y el secretario del despacho correspondiente rindan al Congreso.

Además, aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que el Ejecutivo federal suscriba, así como su decisión de terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos;

...

México, se ha caracterizado por ser uno de los países más activos en la promoción de la firma de convenios internacionales sobre derechos humanos, así también lo reconoce la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos.

Una muestra de ello es la ratificación de la Convención de los Derechos del Niños en 1990, esta Convención es un tratado internacional que reconoce los derechos humanos de niños y niñas, establece que los estados parte deben velar por los derechos de la niñez, mediante el beneficio de una serie de medidas especiales de protección y asistencia que garanticen la protección plena de sus derechos para su sano desarrollo en cualquier aspecto.6

A la Convención sobre los Derechos del Niño, la comprende tres protocolos facultativos:

a. Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de los niños en los conflictos armados.

b. Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

c. Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones.

Los primeros dos protocolos facultativos fueron aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 2000 con el objetivo de contribuir a eliminar los abusos y la explotación que cada vez se incrementaban. Por su parte, el 19 de diciembre de 2001, nuevamente la Asamblea General aprobaba un tercer Protocolo que permite que los niños presenten denuncias individuales relativas a violaciones específicas a sus derechos. Los estados que forman parte de este Protocolo son siempre guiados por los principios de libertad, justicia y paz, y reconocen la condición de niño como sujeto de derechos y ser humano con dignidad, quienes tienen una situación especial de vulnerabilidad debido a distintos factores, los cuales pueden dificultar el ejercicio de los recursos que se tienen para la reparación de vulneraciones a sus derechos.

En el caso de nuestro país, este tercer Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones, no ha sido ratificado, lo que resulta preocupante debido al porcentaje de violaciones por parte del Estado a los derechos de las niñas y niños.

Se trata de un cálculo conservador ya que es probable que subestime el número total de niños y niñas que están perdiendo su niñez en el mundo.7

Se calcula que una de cada cuatro niñas y uno de cada seis niños sufren violación antes de cumplir la mayoría de edad. La tasa de violación de niñas y niños en México es de mil 764 por cada 100 mil. Además, cinco mil de cada 100 mil sufren tocamientos. De mil casos de abuso, sólo se denuncian ante la justicia unos 100; de esos, sólo 10 van a juicio; y de ahí, sólo uno llega a condena, es decir, la impunidad es de 99 por ciento y la cifra negra, aún mayor.8

Cada año, más de 4 millones y medio de niñas y niños son víctimas de abuso sexual en México, país que según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) tiene el primer lugar mundial en estos delitos.9

Estos niños, niñas y adolescentes, además de sufrir la violación de sus derechos más elementales, se ven generalmente desprotegidos frente a los abusos y pueden sufrir situaciones de esclavitud.10

Contamos con primeros lugares en estadísticas sobre abuso sexual infantil, trata de infantes, trabajo forzado, así como impunidad ante resolución de denuncias en dichos abusos, entre muchos otros factores que interrumpen la niñez.

De acuerdo con las cifras anteriores claramente alarmantes podemos darnos cuenta de la situación en la cual estamos situados, como Estado mexicano contamos con muchos mecanismos de protección para vulneraciones de derechos humanos, pero tratándose de dicha materia y al margen del principio pro persona , los grupos de personas en estado de vulnerabilidad, tal y como son los niños y niñas merecen amplia protección en todos y cada uno de los aspectos en su vida, es alarmante saber que contamos con altos índices en vulneraciones a los derechos de los niños, y, que como Estado no exista un apoyo para agotar todo de tipo de instancias a nivel nacional.

Observemos pues, la aplicabilidad de este protocolo facultativo en el caso de Chile:

De acuerdo con el informe de la investigación relacionada en Chile en virtud del artículo 13 del protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos de los Niños relativo a un procedimiento de comunicaciones, “el Comité, si recibe información fidedigna que indique violaciones graves o sistemáticas por un estado parte de los derechos enunciados en la Convención o en sus protocolos facultativos, invitará a ese estado a colaborar en el examen de la información y, a esos efectos, a presentar sin dilación sus observaciones al respecto”11

El estado de Chile ratificó la Convención de los Derechos del Niño el 13 de agosto de 1990 y este protocolo facultativo en específico el 1 de septiembre de 2015. El procedimiento del artículo 13 es por tanto aplicable a partir del 1 de diciembre de 2015.

El 22 de julio de 2016 el Comité recibió una solicitud de investigación en relación con la situación de los niños, niñas y adolescentes (NNA) privados de su entorno familiar que se encuentran en centros residenciales en Chile, bajo control directo o indirecto del Servicio Nacional de Menores (Sename). Los hechos descritos indicaban una posible violación grave y sistemática de los derechos enunciados en la convención.12

Ante dicha solicitud el Comité realizó una exhaustiva investigación que al ser examinada resultó ser totalmente fidedigna. Mediante múltiples visitas a residencias del Sename, así como entrevistas con varios funcionarios. Resultado de lo anterior el Comité reunió abundante prueba documental que efectivamente arrojó indubitables resultados sobre violaciones a los derechos de NNA.

El Sename es un organismo del estado dependiente del Ministerio de Justicia y es responsable del sistema de reinserción social de adolescentes en conflicto con la ley, como del sistema de protección de NNA que han sido vulnerados en sus derechos, tanto a través de programas ambulatorios como de programas residenciales.

Entre las violaciones graves aludidas en dicha investigación se tiene: la de no discriminación al ser tratados a los niños en estado de pobreza no como una clase desfavorecida a la cual se debe de dar cierto tipo de apoyo, sino simplemente ir directo a la reinserción sin buscar medidas por parte del tribunal de familia para que active medidas de apoyo económico a cada familia y así sobrellevar dicha situación. En dicho caso la última medida que debe de tomar el estado es la separación del menor de su seno familiar, lo cual en esos casos no fue así.13

Existe una falta de seguimiento e investigación a cada plan en particular de reinserción de cada NNA, y por lo tanto en la mayoría de los casos el NNA llega a permanecer en la residencia por un periodo extenso.14

No se funda ni motivan los criterios para tomar dichas decisiones, no existe una buena infraestructura de los centros, equipamiento y ni vigilancia adecuada por parte del personal, al contrario, se encuentra en estados deplorables, que representan un alto riesgo para los NNA, que simplemente están impidiendo su sano desarrollo y esparcimiento.15

Existe una sobrepoblación en cada centro el cual impide el cuidado necesario para cada uno de los NNA, deficiencia en los equipos profesionales y educadores, falta de regulación judicial para cada centro y en ocasiones nula de regulación por alguna otra autoridad, condiciones precarias de higiene, limpieza y seguridad, falta de capacidad y calidad en la planificación e intervención individual con las normas mínimas exigidas a nivel internacional.

Carencia de recursos al no ser dotados para el cumplimiento de sus funciones, ausencia de las autoridades y por tanto el no garantizar el acceso a hablar con un juez o abogado, ausencia de protocolos claros expresar quejas o denunciar vulneraciones de derechos; no garantizar a cada NNA la oportunidad de ser escuchado y expresar su opinión en las decisiones de cada centro de reinserción.

El comité resolvió y estableció recomendaciones urgentes para ser seguidas por parte del estado de manera inmediata como priorizar la atención adecuada de forma individual de los NNA tomando en cuenta sus derechos y necesidades específicas ya sea dentro o fuera de algún centro, entre ellas adoptar las medidas necesarias a corto, medio y largo plazo para aplicar con urgencia las medidas señaladas y proteger, respetar y hacer cumplir todos los derechos de los NNA que se encuentran en el sistema de protección.16

El protocolo facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones es una necesidad, que vendrá a reforzar todos y cada uno de los mecanismos que se aplican para la resolución de vulneraciones a los niños y niñas, principalmente porque un niño no debe ser visto como parte de una familia o sociedad, sino como lo que es, una persona sujeta a protección especial e inagotable, no sólo por parte del Estado, si lo llega a requerir el ámbito internacional brindará su más amplia protección y aplicación de sus recursos para todo de tipo de reparación.17

Además, el protocolo “dota de cobertura a la posibilidad, ciertamente habitual en la práctica de que grupos de niños, niñas y adolescentes en situación de particular vulnerabilidad, sean asesorados y representados por entidades de la sociedad civil (organizaciones no gubernamentales)”.18

Y ofrece “la posibilidad ante el Comité de los Derechos del Niño, comunicaciones o quejas individuales referidas a países que hayan firmado el protocolo siempre y cuando el Estado denunciado haya reconocido la competencia del Comité para examinar estas denuncias”,20

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Presidente de la República a celebrar el tercer Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones.

Notas

1 Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, Parte I "Términos Empleados", disponible en

https://www.oas.org/xxxivga/spanish/reference_docs/Conve ncion_Viena.pdf

2 Ibídem.

3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 1º, disponible en
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_080520.pdf

4 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 89, Op, Cit.

5 Ibídem, Artículo 76.

6 Convención sobre los Derechos del Niño, disponible en

7 Save The Children, (2017). Los peligros que enfrenta la niñez, mayo 31, 2017, de Save The Children Sitio web:
https://www.savethechildren.mx/sci-mx/media/documentos/310517-Los-peligros-para-la-Ninez-en-Mexico-Save-the-Children.pdf

8 Político A., (2019). De mil denuncias de violencia sexual contra niñas y niños, solo uno llega a condena en México. agosto, 2019, de Animal Político Sitio web: https://www.animalpolitico.com/2019/08/casos-abuso-sexual-menores-mexic o/

9 Martínez S. J., (2019, enero 6). México, primer lugar en abuso sexual infantil, según la OCDE. La Jornada, p. 8.

10 Organización Internacional del Trabajo (OIT), Programa Internacional para la erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), www.ilo.org

11 Informe del Comité de la Niñez de la ONU: CRC/C/CHL/INQ/1

https://www.minjusticia.gob.cl/media/2018/Informe_del_Co mit%C3%AA9_de_la_Ni%C3%B1ez_de_ONU.pdf

12 Ibídem.

13 Ibídem.

14 Ibídem.

15 Ibídem.

16 Ibídem.

17 Ibídem.

18 Ravetllat, I., (2019). El Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones. Estudio a la luz de su aplicabilidad. noviembre 06, 2019, de Scielo. Sitio web: https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-5 2002019000200225

19 El Blog hablando de infancia y adolescencia, Ratificación por España del 3º Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones", disponible en https://gsia.blogspot.com/2011/12/mecanismo-de-denuncias-para-ninos.htm l

20 Gobierno de E., (2013). Ratificación del Protocolo Facultativo a la Convención de Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones. mayo 6, 2013, de Ministerio de Asuntos Exteriores en la Unión Europea y Cooperación- Gobierno de España. Sitio web: http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/SalaDePrensa/NotasDePrensa/Pagin as/Articulos/20130605_NOTA102.aspx

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2020.

Diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Sedatu y la Conavi a valorar con el Infonavit el análisis de viabilidad y establecer en los lineamientos del programa ConstruYo una consideración en los plazos de pago para beneficiarios que han perdido el empleo debido a la urgencia sanitaria por el SARS-Cov2, a cargo de la diputada Claudia Báez Ruiz, del Grupo Parlamentario del PES

La que suscribe, Claudia Báez Ruiz, diputada del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social a la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El compromiso de la actual administración es que las políticas públicas deben enfocarse en mejorar la calidad de vida de las y los mexicanos con el objetivo de reducir las brechas de la desigualdad y la discriminación, parte de ello se alcanzará garantizando el acceso a una vivienda digna, educación de calidad, salud, entre otros servicios básicos necesarios para el bienestar.

Ante la contingencia sanitaria que hoy atraviesa México y el mundo entero, millones de familias con alto grado de marginalidad viven en zonas de altos índices de violencia o carecen de una vivienda. Por lo que se han puesto en marcha diversos programas que reactiven la economía local y generen empleos.

Pero ningún esfuerzo para reactivar la economía será suficiente, si no se consideran los factores de empleo, pues, derivado de la contingencia el mercado laboral se ha visto afectado profundamente, alcanzando sólo una recuperación de 52.8 por ciento en el sector informal y 35 por ciento en el sector formal.

Tabla 1. Avance del empleo 2020

Por otro lado, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó la recuperación de empleos entre el mes de junio y julio:

• 126 mil 92 de empleos en la construcción.

• 48 mil 367 de empleos en las manufacturas.

• 4 mil 105 de empleos en el comercio.

Se prevé que para 2021 se tendrá una recuperación del empleo1 pero no se alcanzarán los niveles previos a la pandemia del Covid-19. Dentro de los programas que pretenden reactivar los diversos sectores económicos y con ello generar nuevas fuentes de empleo, está la industria de la construcción en materia de vivienda.

Dentro de los avances que se tienen para junio del presente año, son el financiamiento de un total de 365 mil 718 apoyos de acuerdo con datos Sistema Nacional de Información e Indicadores de Vivienda (SNIIV).

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), la mayor instancia de financiamiento con cerca de 53 por ciento de dispersión de créditos, a continuación, se presenta la gráfica de porcentaje de financiamiento con corte al 30 de junio del presente año.

Gráfica 1. Porcentaje de financiamiento al 30 de junio 2020.

Fuente: elaboración propia con datos del Sistema Nacional de Información e Indicadores de Vivienda (SNIIV).

De acuerdo con datos del Sistema Nacional de Información e Indicadores de Vivienda de la Comisión Nacional de Vivienda (Conavi), son cerca de 194 mil 848 acciones de vivienda financiadas por el Infonavit durante el primer semestre de 2020, dentro de las cuales mil 365 son acciones de reconstrucción.

Gráfica 2. Apoyos financiados por Infonavit 2015-2020.

Fuente: Elaboración propia con datos del Sistema Nacional de Información e Indicadores de Vivienda (SNIIV)

Como se observa, dentro de los mecanismos útiles para adquirir una vivienda o ampliar la existente, Infonavit ha sido clave como agente dispersor, si bien se han tenido avances, este representa 38.8 por ciento de la meta anual. Sin embargo, dentro de los retos que se enfrentan para poder adquirir una vivienda son:

• Reducir la tasa de interés de los créditos.

• Considerar los factores de empleo y desempleo para quienes cuentan con una fuente de empleo.

El pasado 31 de agosto dio inicio el programa “ConstruYo”, el cual se enfoca en acciones de autoconstrucción, dirigido principalmente a las personas que desean construir o mejorar su vivienda.

Este programa plantea una derrama económica de 100 millones de pesos destinada para la compra de materiales y pago de mano de obra y se consideran las siguientes características relevantes:

• Construir una vivienda nueva, terminar una construcción, reparación, ampliación o remodelación, ya sea interior o exterior, abarcando luminarias banquetas y jardines.

• Para cualquier tipo de propiedad; privada, ejidal, comunal o derivada de un programa de gobierno.

• La propiedad puede no estar a nombre del solicitante, pero sí se requiere que se compruebe una posesión segura del inmueble.

Tabla 2. Opciones de Crédito “ConstruYo”

*En estas opciones el recurso se irá entregando de acuerdo con el avance de la obra, con validación del Infonavit. Fuente: Elaboración propia con datos de Infonavit.

Sin embargo, uno de los problemas que ha venido arrastrando el sector de vivienda, principalmente el Infonavit, es el nivel de endeudamiento y la tasa de interés.

Si bien el programa “ConstruYo” es viable, ante la crisis transitoria que atraviesa México, es necesario que se consideren dentro de las opciones de crédito, medidas precautorias para evitar que la población se endeude ante una pérdida de empleo, y que a largo plazo los beneficiarios terminen profundizando en el nivel de vulnerabilidad en el que se encuentran, ya que si el apoyo se entregara conforme al avance de la obra, quedaría inconclusa la vivienda de los beneficiarios que enfrente una pérdida de empleo a mitad de su proceso.

Se requiere de soluciones responsables y eficientes, para asegurar que todos los mexicanos tengan un techo seguro donde cubrirse, y considerar un mecanismo viable para las personas que han perdido su empleo, no vean expuesta su vivienda.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea el presente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y a la Comisión Nacional de Vivienda del gobierno de México para que en el ámbito de sus atribuciones, se coordine con Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores para que se valore el análisis de viabilidad y se establezca en los lineamientos del programa ConstruYo, una consideración en los plazos de pago, para aquellos beneficiarios que han perdido su empleo debido a la emergencia sanitaria causada por el virus SARS-CoV2, Covid-19.

Nota

1 Paquete Económico 2021 Análisis de los Criterios Generales de Política Económica

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2020.

Diputada Claudia Báez Ruiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal, a través de distintas secretarías, el Conapo y el Sipinna a implantar programas de control natal que prevean el derecho y la salud de las mujeres, el interés superior de la niñez y la preservación del ambiente, a cargo de la diputada María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena

María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, diputada de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la honorable Cámara de Diputados exhorta al gobierno federal a través de la Secretaría de Gobernación, la Secretaria de Salud, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, al Consejo Nacional de Población, al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, a implementar programas de control natal que contemplen el derecho y la salud de las mujeres, el interés superior de la niñez y la preservación del medio ambiente al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Desde el año 2009, la Organización Mundial de la Salud, pidió al gobierno mexicano y a otros países, implementar acciones urgentes tanto en el sector salud como en otros sectores para mejorar la salud y vida de las mujeres y niñas, destaca que: a) Las mujeres dispensan la mayor parte de la atención sanitaria, pero pocas veces reciben la atención que necesitan; b) Las mujeres viven más que los hombres, pero esos años suplementarios no siempre se acompañan de buena salud; d) Se necesitan medidas de política en el sector de la salud y en el conjunto de política pública que busquen mejorar las condiciones físicas y mentales de las mujeres y que consideren las desigualdades estructurales que les impiden proteger su salud.1

Sin duda, la toma de decisiones relacionadas con la salud se ha convertido en una tarea cada vez mas compleja, sobre todo, en estos días ante la situación que estamos viviendo con la pandemia. En nuestro país, las condiciones de salud de la población han sufrido cambios acelerados en las últimas décadas, sobre todo en la naturaleza de los problemas. En los años ochenta, las principales causas de muerte eran predominantemente infecciosas de carácter agudo, que requerían de un diagnóstico oportuno, tratamiento corto, eficaz y pronta resolución, hoy en día predominan las enfermedades no transmisibles, de naturaleza crónica, de larga gestación, diagnóstico tardío, tratamientos complejos, continuos y caros, asociadas a comorbilidades y discapacidades diversas que afectan la calidad de vida de las personas de múltiples maneras, por lo que, se requieren políticas públicas que implemente programas para medir los daños provocados por las muertes prematuras, las enfermedades no letales, la cronicidad de las dolencias, sin una métrica que incorpore el proceso de salud-enfermedad, difícilmente la población mexicana y sobre todo las mujeres , niñas y niños gozarán de una buena salud.

Existen enfermedades que afectan severamente la calidad de vida de las mujeres, los avances de la medicina están permitiendo saber las causas, pero a su vez, esas causas deben ser atendidas para tener menor prevalencia. Los principales factores de riesgo que afectan la salud de la mujer mexicana son el índice de masa corporal, la glucosa, en segundo término, aparecen los factores conductuales de riego y los vinculados a la contaminación ambiental.2 Es preocupante que el medio ambiente sea uno de los factores de las principales causas de enfermedades de la mujer, datos de la Secretaría de Salud indican que la enfermedad pulmonar crónica que obstruye las vías respiratorias, es ocasionada por la contaminación atmosférica, y la considera como la cuarta causa de muerte entre las mujeres.

Por otra parte, para nadie son desconocidos los riesgos del embarazo que ponen en peligro a la mujer. En adolescentes embarazadas existen infinidad de complicaciones (placenta previa, preeclampsia, parto prematuro, anemia grave, rotura prematura de aguas, hemorragias graves, infecciones, complicaciones en el parto, abortos peligrosos, entre otras). Ahora bien, la contaminación ambiental es una fuerte y potencial amenaza para las mujeres encinta que día a día se exponen al humo, plantas y fábricas, emisiones de gas de los vehículos, entre otras cosas que afectan directamente su estado de salud.

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la mortalidad materna es la principal causa de muerte entre mujeres en edad reproductiva a nivel global. Datos del INEGI señalan que en México la mortalidad materna para el año 2015 era de 34.6 defunciones maternas por cada 100, 000 nacidos vivos.

Conforme a la constitución y las leyes, todas las mujeres tienen derecho a decidir de manera libre, voluntaria e informada a tener hijos o no tenerlos, con quién, en qué número y tiempo de forma segura, sin presión ni violencia, así como a recibir servicios integrales de salud reproductiva. Igualmente tienen derecho a un medio ambiente sano: manejo adecuado de los recursos naturales, aire no contaminado, agua limpia, alimentos no tóxicos, uso de tecnología que no implique riesgo al planeta.

La sobrepoblación es un problema ambiental grave, pues impacta claramente en las áreas naturales de nuestro planeta, sobre todo, afecta directamente a los recursos naturales y a los ecosistemas, según un estudio de la NASA refiere que el aumento de la población y la industrialización del mundo llevarán a la tierra al borde del colapso, los recursos del planeta son limitados, y el crecimiento de la población no va de acuerdo a dichos recursos.3

El artículo 4o. constitucional consagra el derecho a la salud de la mujer, el derecho a vivir en un medio ambiente sano y sustentable, estableciéndolo como un derecho humano. El artículo 1º del ordenamiento en cita igualmente señala que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Por otra parte, al igual que la constitución, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en un medio ambiente sano y sustentable

El artículo 2o. del ordenamiento en cita, prevé que el interés superior de la niñez deberá ser considerado de manera primordial en la toma de decisiones. El derecho del interés superior del menor debe observarse en todas las decisiones y medidas relacionadas con el niño, lo que significa que, en cualquier medida que tenga que ver con uno o varios niños, su interés superior deberá ser una consideración primordial a que se atenderá, lo cual incluye todos los actos, conductas, propuestas, servicios, procedimientos y demás iniciativas. Así, las decisiones particulares adoptadas por las autoridades administrativas, en esferas relativas a la educación, el cuidado, la salud, el medio ambiente, entre otras serán consideradas como interés superior del menor.4

En México como a nivel mundial es preocupante la situación por la que atraviesan los bosques, siendo éstos un pulmón para el medio ambiente las explotaciones clandestinas, el crecimiento de la población, los incendios, la contaminación de los cuerpos de agua, entre otros, son apenas unas causas de la gravedad que se vive en los bosques y que afecta drásticamente el medio ambiente. Es absolutamente necesario que el gobierno federal, a través de las instancias correspondientes realicen programas de control natal vistas desde la preservación del medio ambiente, porque sin duda, un crecimiento demográfico más lento mejorará la situación a largo plazo del cambio climático.

Por otra parte, se hace patente que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para asegurar una adecuada protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, crea el Sistema Nacional de Protección Integral, como instancia encargada de establecer políticas, procedimientos, servicios y acciones de protección, por ello, es necesario que el Sistema, precisamente en defensa de los derecho del menor, de gozar de un medio ambiente sano y sustentable debe coordinarse para implementar políticas y programas con ese fin.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 62, numeral 3, 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de ese honorable pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

La honorable Cámara de Diputados exhorta al gobierno federal, a través de las Secretarías de Gobernación, de Salud, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, al Consejo Nacional de Población, al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, a implementar programas de control natal que contemplen el derecho y la salud de las mujeres, el interés superior de la niñez y la preservación del medio ambiente.

Notas

1 Organización Mundial de la Salud. Las mujeres y la salud. Los datos de hoy, la agenda del mañana. Ginebra. 2009

2 La mujer y la Salud en México. Carga de la enfermedad de las mujeres en México, pág. 50, Rafael Lozano A. Héctor Gómez Dantés. Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología

3 https://www.theguardian.com/environment/earth-insight/2014/mar/14/
nasa-civilisation-irreversible-collapse-study-scientists

4 Tesis: 2a./J.113/2019 (10a.) Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Décima Época 20204018 Segunda Sala. Libro 69, agosto de 2019, Tomo III Pág. 2328

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2020.

Diputada María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a hacer del conocimiento público por la Ssa y la SHCP cuánto gastó el Insabi en la compra de cachitos de la rifa del avión presidencial del pasado 15 de septiembre y cuáles hospitales públicos fueron beneficiarios de ello, a cargo de la diputada Saraí Núñez Cerón, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Saraí Núñez y las diputadas y los diputados pertenecientes a esta LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1 fracción II, numeral 2 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esa soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal para que, a través de los titulares de las Secretarías de Salud y de Hacienda y Crédito Público, hagan del conocimiento público, cuánto gasto el Instituto de la Salud para el Bienestar (Insabi) en la compra de cachitos de la rifa del avión presidencial del pasado 15 de septiembre del 2020 y cuáles hospitales públicos fueron beneficiarios por dichos cachitos, asimismo, qué impacto presupuestal generó la compra de estos cachitos al sector salud, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

“La existencia de un orden económico justo es necesario, la justicia en las relaciones económicas no puede ser resultado de pretendidos procesos automáticos”.1

El país está pasando por una situación compleja en materia de salud pública y una caída económica ocasionado por el Covid-19 y una mala administración por parte del Ejecutivo federal, sumando a la creación de un órgano mal formulado y sin reglas de operación que es el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) capricho del presidente Andrés Manuel López Obrador tras desaparecer al Seguro Popular.

El titular de la Coordinación Nacional de Administración y Finanzas del Insabi, Víctor Manuel Lamoyi Bocanegra, explicó que los boletos se entregarían en 15 hospitales públicos, que incluyen a unidades del IMSS, ISSSTE, ISSET, de la Secretaría de Salud, de Marina, de la Defensa Nacional y de Pemex; por lo que cada institución recibió mil 51 cachitos. El costo de cada boleto es de 500 pesos, por lo que se gastaron 7 millones 882 mil 500 pesos recursos que salió del Insabi con la finalidad de cubrir las necesidades básicas del sector salud y no para apostar juegos de sorteos como fue la rifa del pasado 15 de septiembre.

De acuerdo con El Universal , el funcionario aseguró que la idea es que cada hospital que ha participado en la atención del Covid-19, en caso de resultar ganador, pueda usar el dinero del premio para fortalecer su equipamiento, sus instalaciones e infraestructura.

Se menciona en la nota que se donó 15 mil 765 boletos para la rifa del avión presidencial que se realizará el próximo 15 de septiembre, a la Secretaría de Salud de Tabasco, tierra natal del mandatario mexicano.

En representación del gobernador Adán Augusto López Hernández, la titular de la Secretaría de Salud, Silvia Roldán Fernández, recibió los boletos y destacó el respaldo a la entidad por parte del presidente del país a través del Insabi, lo cual se ha traducido en insumos, medicinas, infraestructura y personal que hoy permiten que los contagios vayan a la baja en Tabasco.

Lo anterior es intolerable la actuación tan irresponsable de la administración porque el país tiene una crisis sanitaria por el Covid-19, según el reporte diario del subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud menciona que en México hasta el día 22 de septiembre, se han confirmado 700 mil 580 casos y 73 mil 697 defunciones por Covid-19, otra situación son los niños en México con cáncer mueren por falta de medicamentos, en este orden de ideas “mueren en promedio 289 personas al día por enfermedades cardiovasculares”,2 el recurso gastado para la compra de dichos cachitos y es una banalidad el cual representa la incompetencia del presidente López Obrador tendiendo una cortina de humo para distraer las verdaderas necesidades económicas que el sector salud está atravesando.

En este contexto, el Insabi ha tenido varios gastos, solicitado recursos la Secretaría de Hacienda.

Como fue el pasado mes de julio, el Instituto de Salud para el Bienestar solicitó más recursos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) por 198.1 millones de pesos para la adquisición de equipo médico para la atención de pacientes con coronavirus a nivel nacional.

El 16 de julio, el Insabi registró en la cartera de Hacienda un proyecto de inversión por 198.1 millones de pesos, de acuerdo con información de Milenio , “para la continuidad de la emergencia epidemiológica de Covid-19”.

Durante la emergencia sanitaria, la ocasión previa en la que Insabi solicitó recursos para la compra de equipo fue a finales del mes de abril, por 9 mil 337 millones de pesos, lo que representó una de las mayores cifras requeridas hasta ese momento. Gran parte del dinero fue para la adquisición de equipo médico como respiradores mecánicos y la contratación de personal médico,

Pero de acuerdo con investigaciones periodísticas realizadas en abril, 58 por ciento de ventiladores mecánicos con los que contaba el Insabi en 28 entidades del país, no funcionaban.

Es por lo antes mencionado, que el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional está preocupado por la mala administración de los recursos que tiene el gobierno federal en gastar el dinero del pueblo de México en cumplir con promesas de campañas como la mal lograda rifa del avion presidencial, símbolo de corrupción pero el cual se ha formado como el símbolo de la incompetencia de un gobierno en turno ignorante e indiferente a las necesidades de nuestro país, el presidente Andres Manuel deberá dejar de jugar con la doble moral porque esto esta perjudicando las finanzas de México propiciando más pobresa, crisis alimentaria, crisis en el sistema de salud, desempleo y una caída del PIB.

Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración del pleno, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal para que, a través de los titulares de las Secretarías de Salud y de Hacienda y Crédito Público, hagan del conocimiento público, cuánto gasto el Instituto de la Salud para el Bienestar (Insabi) en la compra de cachitos de la rifa del avión presidencial del pasado 15 de septiembre del 2020 y cuáles hospitales públicos fueron beneficiarios por dichos cachitos, asimismo, qué impacto presupuestal generó la compra de estos cachitos al sector salud.

Notas

1 Proyección de principios de doctrina del Partido Acción Nacional 1965, 16 mayo de 1965, economía, página 14, https://almacenamientopan.blob.core.windows.net/pdfs/documentos/8Q96zlB TluB62eMNfsVz0WkwokjsYv.pdf

2 https://www.medicasur.com.mx/es_mx/ms/
en-mexico-mueren-en-promedio-289-personas-al-dia-por-enfermedades-cardiovasculares

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2020.

Diputada Saraí Núñez Cerón (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la PAOT a sancionar el reiterado maltrato animal en las tiendas Maskota; y a los 32 congresos locales, a legislar sobre comercialización de animales y verificar su bienestar en establecimientos, a cargo de la diputada Julieta Macías Rábago, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, diputada Julieta Macías Rábago, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta a la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México a coordinar que se sancione el reiterado maltrato animal en las tiendas Maskota, a los 32 Congresos locales a legislar en materia de comercialización de animales con estrictos criterios que garanticen el bienestar animal y a los gobiernos de las 32 entidades federativas a implementar constantes visitas de verificación a establecimientos que comercialicen y alberguen animales, a efecto de procurar su bienestar e imponer sanciones cuando corresponda, conforme a la siguiente:

Exposición de Motivos

En nuestro país son cada vez más frecuentes los casos de violencia en contra de los animales; el maltrato, el abandono y la tortura son las manifestaciones más comunes de este tipo de violencia que la mayoría de las veces termina con la vida de los animales.

“De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, México es el tercer país en el mundo con mayor número de registros de animales maltratados. Año con año mueren más de 60,000 animales por maltrato. Las acciones de este tipo más recurrentes hacia animales en nuestro país son violación, abuso sexual, tortura, lesiones, abandono y muerte. Anualmente, la Semarnat recibe más de 4,200 animales de los cuales la mayoría han sufrido alguna especie de maltrato; el 64% son perros (de los cuales 25% de la raza pitbull), 18% son gatos y el restante otro tipo de animales como vacas, caballos, cerdos, etcétera.”1

Tan solo en la Ciudad de México, durante 2018, la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) recibió 1,236 denuncias ciudadanas relacionadas con algún acto de maltrato animal2 y en 2019 dicha cifra aumentó a 1,873. Del total de denuncias presentadas, “80 por ciento corresponden a golpes, laceraciones, falta de alimento y falta de atención veterinaria; 5 por ciento, por hacinamiento; 4 por ciento, por venta de animales enfermos o en vía pública; 4 por ciento, por criaderos ilegales; 3 por ciento, por falta de aire y abrigo o malas condiciones del hábitat, y 2 por ciento, por falta de higiene o abandono. El otro 2 por ciento es por otras causas.”3

Son datos preocupantes y muestran como los animales son víctimas de diversos actos que les generan sufrimiento cuyas secuelas pueden ser irreversibles. “El sufrimiento ocasiona, o una respuesta motora (corriendo lejos), o una conducta de réplica (llanto, gritos, defensa propia) o una respuesta autónoma (úlcera neurogénica); puede también ser expresada por serias perturbaciones de conducta, (postración, auto-mutilación, agresividad permanente).”4

Actualmente una de las actividades que más sufrimiento genera es la comercialización de animales. “Los mercados en donde se venden animales vivos tanto silvestres como de granja son una muestra de la explotación y el sufrimiento en que viven los animales, además de que el tráfico de especies ilegales ha mostrado ser un factor para la aparición de enfermedades emergentes, debido al mal manejo que se da a diversas especies en dichos mercados.”5

Esta problemática no solo se limita a la compra y venta de especies que se realiza en mercados, tianguis e inclusive en la vía pública. También está demostrado que la compra y venta de animales que se realiza en establecimientos como Maskota y otras cadenas comerciales, está rodeada de actos y condiciones que vulneran la integridad de las especies que son comercializadas.

El documento “Cumplimiento de la normatividad en materia de animales en los establecimientos dedicados a la venta de animales en el Distrito Federal”,6 elaborado por la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del entonces Distrito Federal evidencia las malas prácticas y condiciones en las que son expuestas las especies animales que son comercializadas en dichos establecimientos.

Dentro del informe se establece lo siguiente:

1) Las tiendas Maskota, no cuentan con médico veterinario que permanezca de manera constante, por lo que no están en condiciones de brindarles atención médico veterinaria cuando lo requieran o lo determinen las condiciones para el bienestar animal, incumpliendo lo contenido en la fracción VI del artículo 24 de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad.

2) Las jaulas exhibidoras presentan pisos de rejillas, que pueden dañar los cojinetes (almohadillas) de los perros lo que disminuye la capacidad de amortiguar, absorber la presión producida por el movimiento y proteger a los huesos de las falanges de recibir traumatismos, incumpliendo lo contenido en la fracción IV del artículo 24 de la Ley de Protección a los Animales.

3) No se les brinda un alojamiento adecuado, ya que los espacios están muy reducidos y saturados, llegando a presentar hasta 8 ejemplares por jaula, y las dimensiones de las jaulas se encuentran muy reducidas, pues según la información proporcionada por la Universidad Nacional Autónoma de México, éstas no cumplen con el espacio mínimo recomendado, incumpliendo lo contenido en la fracción VIII del artículo 24 de la Ley de Protección a los Animales.

4) En el 90% de las tiendas, los animales permanecen de 20 a 22 horas dentro de las jaulas, limitando su movilidad y esparcimiento.

5) Los animales que se comercializan pueden pasar en confinamiento hasta 6 meses de su vida en las tiendas, ya que algunos ejemplares llegan a alcanzar 8 meses en confinamiento, incumpliendo lo contenido en el artículo 24 fracción VIII de la Ley de Protección a los Animales.

6) En tiendas como Petland y Liverpool, las jaulas exhibidoras presentan pisos de rejillas, incumpliendo lo contenido en la fracción IV del artículo 24 de la Ley de Protección a los Animales, además de que ninguna de las tiendas mostró evidencia de que se emita certificado de venta respecto de la condición de salud del animal.

Todas estas precisiones evidencian que pese a ser establecimientos que cumplen con los requisitos y autorizaciones señaladas en la legislación administrativa y mercantil para realizar dicha actividad, no están exentas de ser espacios que propician el maltrato y la crueldad hacia los animales.

Las siguientes son condiciones indispensables para considerar que un ambiente es respetuoso del bienestar animal:7

1) Los animales deben tener la cantidad suficiente de alimento y agua para cubrir sus necesidades, con la periodicidad adecuada.

2) Los animales no deberían sufrir malestar físico, por lo que se les debe de proporcionar un ambiente adecuado, refugio, y un área confortable de descanso. Los animales no deben sufrir heridas ni enfermedades.

3) Los animales deben tener libertad para expresar su comportamiento normal y esencial en función de la especie, sexo y edad. Para ello se les debe proporcionar el suficiente espacio y compañía.

Estas condiciones no existen en la mayoría de los establecimientos y desafortunadamente, son cada vez más los casos donde se presenta maltrato a las especies que son comercializadas.

En 2015, la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proespa) clausuró una tienda Maskota en Pachuca, Hidalgo, e inició una investigación luego de que en redes sociales circularon videos en los que dos empleados de esta compañía maltratan a perros Chihuahua.8

En abril del presente año, una usuaria de redes sociales documentó la situación de maltrato y abandono en la que se encontraban varios animales, al grabar las vitrinas de la tienda Maskota de Plaza Américas en Boca del Río Veracruz.9

Recientemente en redes sociales circulan una serie de videos10 donde se observa como algunos ejemplares de roedores comenzaron a comerse entre sí, esto al interior de un establecimiento de Maskota ubicado en San Jerónimo, Ciudad de México.

Las constantes denuncias a la citada cadena de establecimientos, resultan claramente contrarias a las disposiciones de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, particularmente las siguientes;

Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México

Artículo 24. Se consideran actos de crueldad y maltrato que deben ser sancionados conforme a lo establecido en la presente Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables, los siguientes actos realizados en perjuicio de cualquier animal provenientes de sus propietarios, poseedores, encargados o de terceros en que entren en relación con ellos:

IV. Todo hecho, acto u omisión que pueda ocasionar dolor, sufrimiento, poner en peligro la vida del animal o que afecten el bienestar animal;

VI. No brindarles atención médico veterinaria cuando lo requieren o lo determinen las condiciones para el bienestar animal;

VIII. Toda privación de aire, luz, alimento, agua, espacio, abrigo contra la intemperie, cuidados médicos y alojamiento adecuado, acorde a su especie, que cause o pueda causar daño a un animal;

IX. Abandonar a los animales en la vía pública o comprometer su bienestar al desatenderlos por períodos prolongados en bienes de propiedad de particulares; y

Artículo 25. Queda prohibido por cualquier motivo:

X. La venta o adiestramiento de animales en áreas comunes o en áreas en las que se atente contra la integridad física de las personas o en aquellos establecimientos que no cuenten con las instalaciones adecuadas para hacerlo;

Artículo 28 Bis. Los establecimientos dedicados a la reproducción, selección, crianza o venta de animales de compañía, deberán cumplir, sin perjuicio de las demás disposiciones que le sean aplicables, las siguientes:

III. Tener buenas condiciones sanitarias, adecuadas a las necesidades de los animales que alberguen;

IV. Disponer de comida suficiente y adecuada, agua, lugares para dormir, personal capacitado para el cuidado de los animales, así como servicio médico veterinario en el lugar;

VII. Disponer de un médico veterinario con cédula profesional, encargado de velar por la salud, protección y cuidado de los animales de compañía;

Artículo 59. De existir riesgo inminente para los animales debido a actos de crueldad o maltrato hacia ellos, o ante flagrancia, las autoridades competentes, en forma fundada y motivada, podrán ordenar inmediatamente alguna o algunas de las siguientes medidas de seguridad:

III. Clausura definitiva cuando exista reincidencia en los casos que haya motivado una clausura temporal o cuando se trate de hechos, actos u omisiones cuyo fin primordial sea el de realizar actos prohibidos por esta Ley: y

IV. Cualquier acción legal análoga que permita la protección a los animales.

Ante el reiterado desinterés de las tiendas Maskota por el bienestar de los animales que comercializan, situación que ha sido documentada reiteradamente en múltiples establecimientos operados por dicha empresa, resulta ya impostergable que las autoridades correspondientes intervengan para detener definitivamente sus actividades de comercialización de ejemplares vivos, como única medida para evitar que más animales continúen viviendo en condiciones crueles y sin los cuidados y atención que requieren y de los cuales existe la obligación de proporcionarles, conforme a la citada ley.

Por lo anteriormente expuesto, en nombre del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México a establecer coordinación con las autoridades correspondientes, a efectos de aplicar las sanciones contempladas por la Ley en casos de reincidencia, con objeto de que las tiendas Maskota en la Ciudad de México cesen definitivamente la comercialización de animales vivos en sus establecimientos.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los Congresos de las 32 entidades federativas a que legislen en materia de comercialización de animales, con estrictos criterios que garanticen el bienestar animal.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de las 32 entidades federativas a implementar constantes visitas de verificación a establecimientos que comercialicen o alberguen animales, a efecto de procurar su bienestar e imponer medidas precautorias y sanciones cuando corresponda.

Notas

1 Maltrato animal en México: la otra cara de la crisis del respeto a la vida. César Suárez, Tercera Vía. Consultado el 23 de septiembre de 2020. Ver más en: https://terceravia.mx/2015/10/maltrato-animal-en-mexico-la-otra-cara-de -la-crisis-del-respeto-a-la-vida/

2 Aumenta El Maltrato Animal En La Ciudad De México. Prensa Animal. Consultado el 23 de septiembre de 2020. Ver más en: https://prensaanimal.com/aumenta-el-maltrato-animal-en-la-ciudad-de-mex ico/

3 Se han levantado mil 236 denuncias por maltrato animal. Excélsior, Lilian Hernández, Consultado el 23 de septiembre de 2020. Ver más en: https://www.excelsior.com.mx/comunidad/se-han-levantado-mil-236-denunci as-por-maltrato-animal/1332105

4 Maltrato Y Crueldad En Animales. Bienestar Animal. Miguel Capó Martí. Consultado el 23 de septiembre de 2020. Ver más en: http://www.colvema.org/PDF/Maltrato.pdf

5 Organizaciones llaman a prohibir venta de animales vivos en mercados. Prensa Animal. Consultado el 23 de septiembre de 2020. Ver más en: https://prensaanimal.com/organizaciones-llaman-a-prohibir-venta-de-anim ales-vivos-en-mercados/

6 Cumplimiento de la normatividad en materia de animales en los establecimientos dedicados a la venta de animales en el Distrito Federal. Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México. Consultado el 23 de septiembre de 2020. Ver más en: http://www.paot.org.mx/micrositios/animales/pdf/Estudio_animales_PAOT.P DF

7 Maltrato Y Crueldad En Animales. Bienestar Animal. Miguel Capó Martí. Consultado el 23 de septiembre de 2020. Ver más en: http://www.colvema.org/PDF/Maltrato.pdf

8 Clausuran tienda +Kota en Pachuca para investigar maltrato animal. Animal Político. Consultado el 23 de septiembre de 2020. Ver más en: https://www.animalpolitico.com/2015/06/empleados-de-maskota-aparecen-en -videos-golpeando-a-animales-la-empresa-los-demanda/

9 En redes, evidencian abandono de animales en tienda +Kota. La Silla Rota. Consultado el 23 de septiembre de 2020. Ver más en: https://lasillarota.com/estados/en-redes-evidencian-abandono-de-animale s-en-tienda-kota-covid-19-kota-boca-del-rio-abandono/382581

10 https://twitter.com/morenamia25/status/1308525083619659777?s=21

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 30 de septiembre de 2020.

Diputada Julieta Macías Rábago (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la STPS, el IMSS, la Ssa y sus homólogas locales a llevar a cabo programas para realizar pruebas gratuitas de detección de SARS-Cov2 a los buscadores de empleo, a cargo de la diputada Claudia Báez Ruiz, del Grupo Parlamentario del PES

Quien suscribe, diputada Claudia Báez Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2; 65, 76, numeral 1, fracción II; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, y 100, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Consideraciones

De acuerdo con la Encuesta Telefónica de Ocupación y Empleo (ETOE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), 2 millones 632 mil personas desempleadas se encuentran buscado trabajo sin éxito. Dicho estudio contempla a 2.8 millones de personas que carecen de trabajo y están en busca de uno. 83 por ciento del total de personas tiene al menos uno y tres meses en búsqueda de un empleo.

La encuesta muestra que la población joven, adulta joven y el sector informal son los más afectados por las consecuencias de la pandemia del coronavirus. En el mejor escenario la gente que sigue adaptándose a la nueva normalidad regresa a sus trabajos con menor ingreso, con menos prestaciones de ley y sobre todo sin una contratación estable.

Datos del Inegi señalan que sólo en el primer mes de la crisis efecto de la pandemia de Covid-19, los ingresos de 16.7 millones hogares en México fueron afectados, ello se debe a que en tres de cada 10 viviendas al menos un integrante de la familia perdió su empleo y a reducciones salariales.1

De igual manera la crisis económica generada por la pandemia del Covid-19 ha impactado los ingresos que perciben las familias mexicanas y en materia de empleo está afectado a las personas más jóvenes, revela una encuesta realizada por el Instituto de Investigación para el Desarrollo con Equidad (Equide) de la Universidad Iberoamericana.2

Esta misma encuesta señala que al mes de agosto existían más de 4 millones de personas sin empleo, así como que gran parte de la población está viendo afectado su bienestar.

Una de las vías que se ha propuesto para aminorar estos cambios tan drásticos es tener un ingreso vital o mínimo para paliar los efectos de la crisis.

Esta realidad ha obligado a que las personas desempleadas salgan a buscar un nuevo empleo, no obstante, se han encontrado con un nuevo obstáculo, las empresas para contratarlos les requieren un análisis clínico para saber que no están infectados con Covid-19.

En ese contexto las pruebas para detectar el coronavirus se volvieron un producto de consumo necesario en México, y más para obtener un empleo. Se debe mencionar que no todos los laboratorios están certificados para hacer la prueba y sólo algunos tienen permiso para realizar las pruebas, los laboratorios donde se realizan las pruebas de coronavirus deben estar avalados por el Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos (Indre).

Atendiendo lo anterior hay tres tipos de pruebas3 :

La primera PCR: prueba de reacción en cadena de la polimerasa (PCR), la cual detecta la presencia del virus por medio de muestras respiratorias tomadas en la zona posterior de la faringe.

La segunda son los test serológicos donde se busca cuantificación de anticuerpos ante la Covid-19 por medio de una muestra de sangre.

La tercera prueba consiste en test rápidos de antígeno. Se hacen a través de una muestra de sangre y pueden identificar la proteína del virus y los resultados pueden ser inmediatos.

En ese sentido atendiendo el tipo de prueba es el costo de los análisis, el cual oscila entre mil 300 y los 4 mil 500 pesos, un monto muy complicado de acceder para quien se encuentra desempleado.

Derivado de lo anterior, resulta necesario poner atención en el sector de mexicanos y mexicanas que se encuentra desempleados y que buscan obtener un empleo, pero no cuentan con recursos suficientes para realizarse una prueba de Covid-19.

Es entonces, que se requiere impulsar acciones y programas para la realización de pruebas gratuitas para la detección de SARS-CoV-2, para personas que no cuentan con un trabajo y que se encuentran en busca de empleo, como apoyo a su economía.

Por lo expuesto, la suscrita somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, al Instituto Mexicano del Seguro Social, a la Secretaría de Salud, así como a sus homólogas en los estados, para que, en coordinación y en el ámbito de sus respectivas atribuciones, lleven a cabo programas para la realización de pruebas gratuitas para la detección de SARS-CoV-2, a personas que se encuentran en busca de empleo, como apoyo a su economía.

Notas

1 https://www.jornada.com.mx/ultimas/economia/2020/07/23/
covid-19-impacto-ingresos-de-16-7-millones-de-familias-inegi-3012.html

2 https://www.eleconomista.com.mx/economia/1-de-cada-3-hogares-perdio-mas-del-50-de-su-ingreso-por-crisis-del-Covid-19-20200507-0064.html

3 https://mexico.as.com/mexico/2020/08/08/actualidad/1596918374_465749.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2020.

Diputada Claudia Báez Ruiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa, el Sipinna y tanto al gobierno como a la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos de Nayarit a realizar acciones tendentes a proteger de toda forma de violencia a niños y adolescentes, a cargo de la diputada Mirtha Iliana Villalvazo Amaya, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Mirtha Iliana Villalvazo Amaya, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción XIX; 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracciones II y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea los presentes puntos de acuerdo, por los que se exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud, al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, al gobierno de Nayarit y a la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos para ese estado para que en el ámbito de sus atribuciones realicen acciones tendentes a proteger a los niños y los adolescentes de toda forma de violencia ejercida en su contra.

Consideraciones

Un niño o adolescente abarca desde los 0 y hasta los 18 años, los protegen leyes, acuerdos internacionales, derechos humanos, principalmente el interés superior del menor; por lo que deberían estar protegidos por toda la humanidad, dado que son personitas vulnerables, que tienen el derecho a ser cuidados, tener protección y seguridad tanto por sus padres como por el resto de la sociedad.

Sin embargo, dado a los acontecimientos que se han visto últimamente se denota que no es así, en relación a un informe de la Guardia Nacional durante esta cuarentena el delito de pedofilia ha sufrido un incremento aberrante, pasando de 15 alertamientos en 2019 a 262 reportes en la mitad de 2020 ().

Con relación a ello, durante esta cuarentena en Nayarit y en localidades cercanas a ella ha habido denuncias de abuso infantil, atentados al pudor y corrupción de menores.

Como es el caso de los ex funcionarios públicos, el primero era Jefe de Recursos Humanos de la Dirección de Seguridad Ciudadana, que abuso de una niña de diez años , donde el juez no lo había vinculado a proceso, el mismo ya fue cesado del cargo, esto ocurrió en el municipio de Puerto Vallarta Jalisco, municipio que colinda con Bahía de Banderas, Nayarit, lugar donde radica el segundo funcionario público, que fue acusado por realizar tocamientos en las partes íntimas de su hijo de cuatro años.

Posteriormente, el domingo 27 de septiembre, a una pequeña de tres años le arrebataron la vida, la menor vivía en Tepic, la pequeña presentaba diversas muestras de agresiones, así como violencia de abuso sexual; actualmente tanto su padrastro como su abuelo materno se encuentran detenidos, como posibles responsables de la muerte de la pequeña Michelle Aylin.

Estos tres pequeños debían sentirse seguros en su entorno tanto familiar como social, dos funcionarios públicos, que están encargados de tutelar los derechos de los demás, es inaceptable que en su actuar hayan violentado así a unos niños; y ni que decir del padrastro y el abuelo, un entorno familiar debe garantizar bienestar y protección. Las 3 víctimas, no tenían la fuerza, ni capacidades para defenderse, son seres vulnerables a los que les quitan la inocencia, causándoles efectos devastadores, tanto a ellos como a su familia, ocasionándoles un daño irreparable.

No obstante, la mayoría de victimas no denuncian, ya que los procesos suelen ser tortuosos para los niños, niñas y adolescentes, además de que los padres de familia no tienen la información suficiente al respecto.

Que abusen de menores son acciones que a mí, como madre, como mujer y como ciudadana me indignan y como diputada, someto a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud a realizar campañas de toma de conciencia sobre el respeto a los niños y los adolescentes, dirigidas principalmente a proporcionar herramientas para identificar los riesgos y conductas de violencia sexual infantil.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa al Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes a reforzar la aplicación de políticas públicas encaminadas a prevenir todo tipo de violencia ejercida contra niños y adolescentes en Nayarit.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta al gobernador de Nayarit, a la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos para ese estado y a los presidentes municipales a tomar medidas urgentes para prevenir, atender y erradicar el abuso sexual infantil, garantizando el interés superior del menor.

Fuentes de consulta

https://aristeguinoticias.com/2008/mexico/senalan-a-func ionario-publico-de-bahia-de-banderas-de-abusar-de-su-hijo-de-4-anos/

https://www.adn40.mx/seguridad/nota/notas/2020-08-22-14-56/
vinculan-a-proceso-a-exfuncionario-por-corrupcion-de-menores-en-puerto-vallarta

https://elpais.com/mexico/2020-08-18/la-negligente-investigacion-a-un-policia-
por-abusar-de-una-nina-de-10-anos-en-puerto-vallarta-aboca-el-caso-a-la-impunidad.html

https://aristeguinoticias.com/2809/mexico/matan-a-nina-d e-3-anos-en-nayarit-tenia-huellas-de-violencia-sexual/

https://www.eluniversal.com.mx/opinion/editorial-el-univ ersal/depredacion-cibernetica

Ciudad de México, a 30 de septiembre de 2020.

Diputada Mirtha Iliana Villalvazo Amaya (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a elaborar y publicar la NOM emergente de atención del sargazo que llega a la costa del Caribe mexicano, a cargo de la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe Silvia Guadalupe Garza Galván, diputada Federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6 numeral primero; 62 numeral segundo; 65 numeral cuarto; y 79 numeral primero, fracción II, y numeral segundo, fracción III, así como los demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que elabore y publique la norma emergente de atención al sargazo que llega a la costa del Caribe mexicano, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El fenómeno ambiental del sargazo es un problema serio y complejo que hasta el momento no ha sido atendido, ya que todavía no impacta de manera fatal a la industria del turismo, sin embargo, a la larga causará daños directos e indirectos incalculables.

Desde el año 2011 el sargazo ha llegado de manera atípica a las costas de Quintana Roo, teniendo sus principales picos en el 2015 y 2018; el Caribe mexicano es un destino 100 por ciento turístico, que lo que más vende es el sol y playa cristalinas con diferentes tonalidades de azules, las cuales se han visto opacadas por la llegada de las macro algas que al llegar a la costa entran en un proceso de descomposición ocasionando que el mar se tiñe de un color marrón y un olor muy desagradable por los lixiviados.

Los daños por el arribo atípico del sargazo son ecológicos, económicos, sociales, políticos y paisajísticos, sin embargo, hasta el momento no se ha puesto en marcha una verdadera estrategia de trabajo coordinado que se refleje un verdadero compromiso del gobierno para evitar que la ocupación turística se vea afectada, casi de la misma manera en como se está enfrentando la contingencia sanitaria por Coronavirus (Covid-19).

Satelitalmente se registran conformaciones de masas sólidas sobre el mar en las costas del África en el Golfo de Guinea, entre los meses de diciembre a enero, estas se desprenden y viajan por todo el océano Atlántico, hasta llegar a las costas de Brasil, viaja por la plataforma continental arribando a las Antillas Menores y en aproximadamente 60 días llegan a las playas del Caribe de México.

En el 2018 la Universidad del Sur de la Florida publicó en la revista Science, que 20 millones de toneladas viajan desde África a la Península de Yucatán y entre un 5 a 10 por ciento recala en las costas mexicanas, es decir entre uno a dos millones de sargazo llegan a Quintana Roo cada año.

En 2019, el sargazo invadió las playas de Cancún, Quintana Roo en más de 200 kilómetros de costa y se prevé triplicarse en los últimos años. Los esfuerzos de las autoridades han sido poco significativos, según reportes indican que en abril se los municipios recolectaron 300 metros cúbicos de macroalgas en la playa, en mayo la cifra aumentó a 600 y en junio a mil 620.

La cantidad mensual de esta macroalga marina llegó a 10 mil toneladas, mientras que la capacidad de las dependencias gubernamentales encargadas de la recolecta arrojan cifras mínimas. Del volumen mencionado, la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), sólo pudo colectar poco más de 3 mil metros cúbicos, en tanto que la Marina, en 11 días recogió 48.1 metros cúbicos.

Es preciso resaltar que quien más ha podido manejar el sargazo, son las instalaciones turísticas (hoteles, restaurantes, clubs de playa, servicios de diversión et.) que por obvias razones ha urgido su retiro en playa, pero que esta cantidad no ha sido cuantificada ni medida.

La llegada del sargazo a la playa tiene, como ya se dijo, diversos problemas, pero dentro de los ambientales, es que se modifica la estructura a los ecosistemas marinos, causando daños como el síndrome blanco en los arrecifes, afectaciones a los pastos, corales duros, la mortalidad de los peces, a las tortugas les dificulta llegar a desovar y las que nacen a veces no logran llegar al mar debido a tanto sargazo en las costas.

Por el cambio climático se ha registrado una elevación del nivel del mar, lo cual ya en sí afecta la línea de costa, y con la llegada del sargazo y de seguir así se puede duplicar o triplicar la erosión costera, ocasionando la pérdida de las playas, lo cual le resulta muy poco atractivo al turismo y a la economía del país.

La problemática del sargazo es compartida en las diversas competencias de los tres órdenes de gobierno, por lo que es urgente contar con normatividad para su atención. Cuando el sargazo se encuentra flotando en el mar, la competencia de su recolección corresponde al Gobierno Federal; cuando el sargazo arriba a la zona de costa y a la zona federal marítimo terrestre su manejo debe ser atendido por el municipio y la federación; y finalmente cuando el sargazo es acopiado y dispuesto como un residuo, puede ser clasificado como residuo orgánico, de manejo municipal o como residuo especial, ya que existen estudios científicos, de que la macroalga trae consigo una carga de contaminantes que lo pueden llevar a ser un residuo especial, al estado su disposición.

Un grupo de investigadores del Instituto Politécnico Nacional, dirigidos por la doctora Patricia Muñoz, han desarrollado un proceso para generar energía eléctrica; asimismo, la Universidad Nacional Autónoma de México, por medio de la doctora Rosa Rodríguez y Brigitte, ha hecho estudios detectando demasiados metales pesados como arsénico, plomo, entre otros que dañan la salud del ganado y los humanos; por lo que, hasta ahora, solo es viable su uso es como biocombustible o biofertilizante.

Los esfuerzos de la comunidad científica son extraordinarios, por querer darle al sargazo un uso sustentable, pero en cuanto este panorama se va desarrollando, la única verdad es que el sargazo no está regulado y requiere de forma inmediata la expedición de una norma oficial mexicana.

Las normas oficiales mexicanas son el instrumento perfecto para tratar este tema y distribuir tareas a los actores, incluyendo autoridades, académicos e iniciativa privada. Debemos trabajar para definir al sargazo, categorizarlo como residuo, implantar su manejo a partir de la técnica operativa y jurídica, todo esto para revertir su afectación en las costas mexicanas, ya que no podemos combatirlo, puesto que su origen no depende de nosotros como país.

La Ley de Infraestructura de la Calidad establece la oportunidad de conformar una norma oficial mexicana, sin embargo éste tipo de disposiciones normativas, ocupan mucho tiempo para su elaboración y todo un proceso legal, por lo que se propone a la Semarnat que inicie el procedimiento para publicar una norma oficial mexicana y, en tanto ésta se elabora, aprueba y publica en el Diario Oficial de la Federación, la Semarnat puede emitir una norma oficial mexicana de emergencia, sobre el manejo del sargazo, para que en la próxima arribazón no perjudique el ecosistema costero y la economía de México.

Es precisamente para casos de urgencia que la Ley de Infraestructura de la Calidad determina la existencia de las normas oficiales mexicanas de emergencia, en el artículo 31:

Las normas oficiales mexicanas de emergencia serán elaboradas directamente y emitidas por las autoridades normalizadoras, cumpliendo con lo previsto en el artículo 34 de esta ley, cuando busquen evitar un daño inminente, o bien atenuar o eliminar un daño existente a algún objetivo legítimo de interés público. Las autoridades normalizadoras deberán informar a la Comisión sobre la emisión de las normas oficiales mexicanas de emergencia, entregando los elementos que hayan servido de justificación para ello.

Las Normas Oficiales Mexicanas de emergencia tendrán una vigencia no mayor a seis meses, misma que podrá ser prorrogada en una sola ocasión, hasta por un periodo igual, si así lo considera la autoridad emisora, y se ordenará se publique en el Diario Oficial de la Federación.”

Es urgente emitir esta norma oficial mexicana de emergencia, para coordinar acciones, las cuales no podrán ser de alto impacto si no se define un adecuado manejo del sargazo.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la proposición con

P untos de Acuerdo

Uno. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para inicie con los trabajos tendientes a la publicación de la norma oficial mexicana que determine la problemática, el manejo y la concurrencia de los sectores, para controlar y recolectar el sargazo que arriba a las costas mexicanas.

Dos. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para de manera urgente , inicie con los trabajos tendentes a la publicación inmediata de la norma oficial mexicana de emergencia, prevista en el artículo 31 de la Ley de Infraestructura de la Calidad, en tanto se publica la norma oficial mexicana.

Dado en el salón de sesiones,
a 30 de septiembre de 2020.

Diputada Silvia Guadalupe Garza Galván (rúbrica)



Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Congreso de Morelos a actualizar el portal web del Poder Legislativo a efecto de garantizar la accesibilidad, disponibilidad y publicidad de los datos conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con objeto de fortalecer la búsqueda del trabajo legislativo para toda la ciudadanía, a cargo del diputado Jorge Arturo Argüelles Victorero, del Grupo Parlamentario del PES

El suscrito, diputado Jorge Arturo Argüelles Victorero, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El combate a la corrupción, la rendición de cuentas y la transparencia son características básicas del gobierno de la Cuarta Transformación, pues quienes creemos en este proyecto de nación estamos ciertos que sobre estas bases se fundamenta un gobierno democrático que sirva al pueblo.

Las y los ciudadanos tienen derecho a preguntar, saber y conocer sobre las acciones que realiza el Estado. Y el gobierno, tiene la obligación de explicar a la sociedad sus acciones y aceptar en su caso, la responsabilidad de ellas.

La transparencia es el mecanismo mediante el cual se pone la información a disposición del escrutinio público para que aquellos interesados puedan revisarla, analizarla y, en su caso, utilizarla para exigir resultados.

Nosotros, como Poder Legislativo, y en los tres niveles de gobierno debemos rendir cuentas y dar a conocer el trabajo que realizamos, y este debe transparentarse para someterse a la evaluación de las y los ciudadanos.

En este sentido, el 7 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia,1 mediante el cual se buscó combatir de corrupción y la opacidad en el actuar de todos los niveles de gobierno.

Esta reforma representó un primer paso mediante el cual el Estado tiene la obligación de transparentar todas sus acciones y dar máxima publicidad a ellas, facilitando a la ciudadanía no sólo el acceso a la información, sino poniendo en marcha todas las acciones que garanticen que los ciudadanos encuentren y tengan fácil acceso a toda la información que deseen consultar.2

Posteriormente, en mayo de 2015, se publicó en el DOF la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública comprometiendo a las legislaturas de los estados la armonización de su normatividad local.3

Y a pesar de que la Ciudad de México y las demás entidades federativas, han realizado esfuerzos para armonizar sus leyes en este sentido, en muchos casos no ha resultado suficiente. Tal es el caso de mi estado, Morelos, donde desafortunadamente la página del Congreso, 4 presenta muchas fallas, así como información no actualizada e incompleta. Situación que no permite una buena comunicación con las y los morelenses.

Nuestro compromiso está con el pueblo, pues ellas y ellos fueron quienes mediante el voto nos eligieron y nos pusieron como sus representantes. Es por esto nuestro deber comunicarles adecuadamente nuestro trabajo legislativo.

Somos conscientes de que el trabajo es mucho, no obstante se debe hacer un mayor esfuerzo para mantener estas herramientas como lo son las páginas de los congresos, constantemente actualizadas.

Los sitios web de la Cámara de Diputados federal y del Senado de la República pueden servir como una referencia con la cual los gobiernos estatales tomen una referencia para facilitarle a las y los ciudadanos el acceso y la consulta del trabajo que realizan.

Para el Partido Encuentro Social, es fundamental que las herramientas que ofrecemos a la ciudadanía sean accesibles y se encuentren completas. Por lo que consideramos que como mínimo la página del Congreso debe mostrarte la información básica de la o el legislador; las comisiones a las que pertenece; asistencias y votaciones en el pleno; dar acceso a cada uno de los proyectos presentados, distinguiéndose iniciativas y proposiciones con un sinopsis de cada proyecto, el turno que se le ha dado, comisión y especificar el trámite en el que se encuentran.

Además, las diversas comisiones de igual manera deben publicar y mantener actualizada la plantilla de sus integrantes, los asuntos que le fueron turnados, especificando quién lo presentó, la fecha, y el estatus. Asimismo, es deber de todas las comisiones hacer públicos los documentos de sus reuniones y sus respectivos informes de actividades.

Ofrecer información clara, actualizada y precisa, es nuestro deber y es lo socialmente correcto. Es por ello, que mediante este punto de acuerdo, me permito exhortar respetuosamente al Congreso del Estado de Morelos, a dar mantenimiento y actualizar su sitio web al menos en los mismos términos en los que se presenta la información el Congreso federal.

En el cual contamos con una herramienta sumamente valiosa llamada Gaceta Parlamentaria, la cual funge como el medio de comunicación oficial y en la cual pueden basarse para dar publicidad a su trabajo legislativo.

De acuerdo con la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Gaceta Parlamentaria es el órgano oficial de difusión de las Cámaras del Congreso utilizado para dar a conocer las iniciativas, dictámenes, convocatorias, comunicaciones y, en general, los asuntos de interés que serán abordados en el Congreso.5

Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, respetuosa de la soberanía de la entidad federativa y a la división de poderes, exhorta al Congreso del Estado de Morelos, para que valore actualizar el portal web institucional del Poder Legislativo a efecto de garantizar la accesibilidad, la disponibilidad y la publicidad de la información conforme a lo previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con el objetivo de fortalecer la búsqueda del trabajo legislativo desarrollado por el Congreso, para toda la ciudadanía.

Notas

1 www.dof.gob.mx

2 El principio de máxima publicidad tiene como consecuencias que haya excepciones claras, precisas y minoritariamente restrictivas. Esto se traduce en que las causales que impiden temporalmente la satisfacción de este derecho deben ser mínimas.

3 http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5391143&fecha=04/05/2015

4 http://congresomorelos.gob.mx/

5 Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (Art. 49)

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2020.

Diputado Jorge Arturo Argüelles Victorero (rúbrica)