Prevenciones Autorizaciones de prórrogas Comunicaciones Actas Convocatorias Invitaciones


Prevenciones

De la Mesa Directiva

Presidentes de Comisiones

Presentes

La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en el artículo 88, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, emite prevención a efecto de que presenten los dictámenes correspondientes a los asuntos turnados a las comisiones siguientes:

1. Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 32 y 34 de la Ley Agraria.

Recibida del Congreso de Oaxaca.

Expediente 5308.
LXIV Legislatura.
Sexta sección.

2. Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con opinión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Presentada por el diputado Porfirio Muñoz Ledo, Morena.

Expediente 5309.
LXIV Legislatura.
Primera sección.

3. Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Iniciativa con proyecto de decreto para inscribir en letras de oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados la leyenda “A los pueblos indígenas de México”.

Presentada por el diputado Porfirio Muñoz Ledo, Morena.

Expediente 5310.
LXIV Legislatura.
Segunda sección.

4. Justicia.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 419 Ter y 419 Quáter al Código Penal Federal y 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Presentada por la diputada Zulma Espinoza Mata y suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM y Morena.

Expediente 5313.
LXIV
Primera sección.

5. Justicia.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y deroga los artículos 61, 73 y 107 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por la diputada Silvia Lorena Villavicencio Ayala, Morena.

Expediente 5314.
LXIV Legislatura.
Cuarta sección.

6. Energía, con opinión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Hidrocarburos; General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; y de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.

Presentada por el diputado José Martín López Cisneros, PAN.

Expediente 5315.
LXIV Legislatura.
Quinta sección.

7. Educación.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 103 de la Ley General de Educación.

Suscrita por la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, PRD.

Expediente 5318.
LXIV Legislatura.
Primera sección.

8. Justicia.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Suscrita por la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, PT.

Expediente 5319.
LXIV Legislatura.
Tercera sección.

9. Justicia.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 390 del Código Penal Federal y 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales (en materia de extorsión).

Suscrita por el diputado Jorge Arturo Argüelles Victorero, PES.

Expediente 5320.
LXIV Legislatura.
Cuarta sección.

10. Atención a Grupos Vulnerables.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

Suscrita por la diputada Claudia Tello Espinosa, Morena.

Expediente 5321.
LXIV Legislatura.
Quinta sección.

11. Justicia.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 376 Quinquies al Código Penal Federal.

Suscrita por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla, PAN.

Expediente 5322.
LXIV Legislatura.
Sexta sección.

12. Igualdad de Género.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Petróleos Mexicanos, que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, de la Guardia Nacional, Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, que crea la Agencia Espacial Mexicana, de Puertos, General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (en materia de equidad de género).

Suscrita por la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, PRI.

Expediente 5323.
LXIV Legislatura.
Séptima sección.

13. Educación.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 75 y 170 de la Ley General de Educación.

Suscrita por la diputada Ana Laura Bernal Camarena, PT.

Expediente 5324.
LXIV Legislatura.
Primera sección.

14. Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Suscrita por la diputada Ruth Salinas Reyes, Movimiento Ciudadano.

Expediente 5325.
LXIV Legislatura.
Segunda sección.

15. Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (en materia de productos sanitarios para higiene femenina).

Suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD.

Expediente 5327.
LXIV Legislatura.
Cuarta sección.

16. Gobernación y Población.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 449 y 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Suscrita por los diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz, PT.

Expediente 5328.
LXIV Legislatura.
Primera sección.

17. Presupuesto y Cuenta Pública.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Suscrita por la diputada Ruth Salinas Reyes, Movimiento Ciudadano.

Expediente 5329.
LXIV Legislatura.
Segunda sección.

18. Justicia.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 376 Ter del Código Penal Federal.

Suscrita por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla, PAN.

Expediente 5330.
LXIV Legislatura.
Tercera sección.

19. Comunicaciones y Transportes.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

Suscrita por la diputada Verónica María Sobrado Rodríguez, PAN.

Expediente 5331.
LXIV Legislatura.
Quinta sección.

20. Unidas de Justicia, y de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Fiscal de la Federación, así como de las Leyes General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos, Nacional de Extinción de Dominio, y Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Suscrita por la diputada Flora Tania Cruz Santos, Morena.

Expediente 5333.
LXIV Legislatura.
Primera sección.

21. Comunicaciones y Transportes, con opinión de Marina.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Puertos, y de Navegación y Comercio Marítimos (en materia de navegación de cabotaje y marina mercante).

Suscrita por la diputada Flora Tania Cruz Santos, Morena.

Expediente 5334.
LXIV Legislatura.
Segunda sección.

22. Justicia.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Suscrita por el diputado Manuel López Castillo, Morena.

Expediente 5335.
LXIV Legislatura.
Tercera sección.

23. Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (en materia de cambios del ordenamiento ecológico del territorio nacional).

Suscrita por el diputado David Orihuela Nava, Morena.

Expediente 5336.
LXIV Legislatura.
Cuarta sección.

Ciudad de México, a 28 de febrero de 2020.

Atentamente

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica)

Presidenta



Autorizaciones de prórrogas

De la Mesa Directiva

Honorable Asamblea

La Mesa Directiva, en reunión de trabajo celebrada el día 25 de febrero del año en curso y en atención a las solicitudes de las Comisiones, acordó –de conformidad con el Reglamento de la Cámara de Diputados– otorgar prórroga para presentar dictamen de los siguientes asuntos:

1. Comisión de Comunicaciones y Transportes.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 47 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (2760).

Presentada por la diputada Olga Patricia Sosa Ruiz, PES, el 26 de noviembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 4836.
Quinta sección.

2. Comisión de Comunicaciones y Transportes, con opinión de la de Atención a Grupos Vulnerables.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 33 de la Ley de Aviación Civil (2772).

(En materia de personas con discapacidad y adultos mayores).

Presentada por el diputado Sebastián Aguilera Brenes, Morena, el 26 de noviembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 4852.
Séptima sección.

3. Comisión de Comunicaciones y Transportes.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (2870).

Presentada por el diputado Samuel Herrera Chávez, Morena, el 3 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 4994.
Primera sección.

4. Comisión de Comunicaciones y Transportes.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (2939).

Presentada por el diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el 5 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5082.
Quinta sección.

5. Comisión de Comunicaciones y Transportes.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (2947).

Presentada por el diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el 5 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5090.
Sexta sección.

6. Comisión de Comunicaciones y Transportes.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (2957).

Presentada por el diputado Mario Delgado Carrillo, Morena, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, el 5 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5100.
Segunda sección.

7. Comisiones Unidas de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria, y de Comunicaciones y Transportes.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, de la Ley de Aviación Civil, de la Ley de Aeropuertos, y de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (2969).

Presentada por el diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, PES, el 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5124.
Segunda sección.

8. Comisión de Comunicaciones y Transportes.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (3053).

(Para garantizar la seguridad de los pasajeros).

Presentada por el diputado Pablo Guillermo Angulo Briceño, PRI, el 12 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5219.
Tercera sección.

9. Comisión de Comunicaciones y Transportes.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (3055).

Presentada por la diputada Laura Erika de Jesús Garza Gutiérrez, PES, el 12 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5221.
Quinta sección.

10. Comisión de Comunicaciones Y Transportes.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 15 de la Ley del Servicio Postal Mexicano, (2781).

Presentada por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el 26 de noviembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 4859.
Séptima sección.

11. Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, con opinión de la de Presupuesto y Cuenta Pública.

Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Desarrollo Metropolitano para la Zona Metropolitana del Valle de México (2809).

Congreso del estado de Hidalgo, el 28 de noviembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 4883.
Tercera sección.

12. Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad, con opinión de la de Presupuesto y Cuenta Pública.

Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para la Coordinación, Planeación y Desarrollo de las Zonas Metropolitanas (2859).

Presentada por la diputada Raquel Bonilla Herrera, Morena, el 3 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 4963.
Quinta sección.

13. Comisión de Desarrollo Social.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social (2946).

Presentada por la diputada María Esther Mejía Cruz, Morena, el 5 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5089.
Quinta sección.

14. Comisión de Desarrollo Social, con opinión de la de Igualdad de Género.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social (3112).

Presentada por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, el 8 de enero de 2020.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5300.
Quinta sección.

15. Comisión de Economía, Comercio y Competitividad.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Minera (2876).

(En materia de consulta a los pobladores de zonas de explotación minera).

Presentada por el diputado Heriberto Marcelo Aguilar Castillo, Morena, el 3 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5001.
Primera sección.

16. Comisión de Economía, Comercio y Competitividad.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones (2977).

Presentada por el diputado Eudoxio Morales Flores, PES, el 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5129.
Séptima sección.

17. Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, con opinión de la de Pueblos Indígenas.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 6o. de la Ley de la Propiedad Industrial (2975).

Presentada por la diputada Olga Patricia Sosa Ruiz, PES, el 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5131.
Segunda sección.

18. Comisión de Economía, Comercio y Competitividad.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 10 y 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (2978).

Presentada por el diputado Eudoxio Morales Flores, PES, el 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5133.
Cuarta sección.

19. Comisión de Economía, Comercio y Competitividad.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, y de la Ley para impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional (2981).

Presentada por el diputado Pablo Guillermo Angulo Briceño, PRI, el 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5137.
Primera sección.

20. Comisión de Economía, Comercio y Competitividad.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. (3027).

Presentada por el diputado Jorge Alcibíades García Lara, Movimiento Ciudadano, el 11 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5182.
Cuarta sección.

21. Comisión de Energía, con opinión de la de Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 4 y 130 de la Ley de Hidrocarburos (2999).

(En materia de protección ambiental).

Presentada por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, el 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5155.
Quinta sección.

22. Comisión de Energía.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, y de Transición Energética, en materia de energías renovables (3001).

Presentada por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, el 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5157.
Séptima sección.

23. Comisión de Energía.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 72 de la Ley de la Industria Eléctrica (3079).

Presentada por el diputado Ricardo Flores Suárez, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el 12 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5245.
Primera sección.

24. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito y del Código Civil Federal (2111).

(Para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la Constitución).

Devuelta por la Cámara de Senadores, el 24 de septiembre de 2019.

Fundamento: Artículo 95.
Expediente 3825.
Séptima sección.

25. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (2213).

(Para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la Constitución).

Devuelta por la Cámara de Senadores, el 9 de octubre de 2019.

Fundamento: Artículo 95.
Expediente 4054.
Primera sección.

26. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 54 y 135 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (2810).

(En materia de impuesto al ahorro).

Presentada por la diputada Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla, MC, 28 de noviembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 4893.
Sexta sección.

27. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal (2852).

Congreso del estado de Sonora, 03 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 4954.
Tercera sección.

28. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el Capítulo XII al Título VII, denominado “Del Estímulo Fiscal al Deporte Social”, que comprende el artículo 205 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (2853).

Senador Juan Antonio Martín del Campo Martín del Campo, PAN, 03 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 4955.
Cuarta sección.

29. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (2867).

Presentada por el diputado Agustín García Rubio, Morena, 03 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 4994.
Quinta sección.

30. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (2871).

Presentada por el diputado Diego Eduardo del Bosque Villarreal, Morena, 03 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 4996.
Tercera sección.

31. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 163 de la Ley Aduanera (2872).

Presentada por el diputado Agustín García Rubio, Morena, 03 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 4997.
Cuarta sección.

32. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman diversas disposiciones del Decreto por el que se expide la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo; y reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Cooperativas, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y de la Ley de Instituciones de Crédito, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de agosto de 2009 (2880).

Presentada por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, 03 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5005.
Quinta sección.

33. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo de la fracción XXXII del artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (2915).

Coordinadores de los Grupos Parlamentarios de Morena, del PAN, del PRI, de Movimiento Ciudadano, del PES, del PVEM, del PRD, y por la diputada Patricia Terrazas Baca, Presidenta de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, el 5 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5058.
Segunda sección.

34. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (2915).

(En materia de deducción por compra de medicamentos).

Presentada por la diputada Marcela Guillermina Velasco González, PR, el 05 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5085.
Primera sección.

35. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1o. de la Ley del Impuesto sobre la Renta (2966).

Presentada por la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, PES, 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5121.
Sexta sección.

36. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal (2992).

Presentada por el diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5146.
Tercera sección.

37. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 34 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (2998).

Presentada por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5153.
Tercera sección.

38. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 13 del Código Fiscal de la Federación (3048).

(En materia de legalidad, seguridad y certeza jurídicas a los contribuyentes).

Presentada por el diputado Pedro Pablo Treviño Villarreal, PRI, 12 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5214.
Quinta sección.

39. Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la de Asuntos Frontera Norte, y de Presupuesto y Cuenta Pública.

Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley que establece el Impuesto General de Importación para la Región Fronteriza y Franja Fronteriza Norte (3068).

Presentada por la diputada Adriana Paulina Teissier Zavala, PES, 12 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5234.
Cuarta sección.

40. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 1o. Bis a la Ley de Coordinación Fiscal (3069).

Presentada por la diputada Sandra Paola González Castañeda, Morena, 12 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5235.
Quinta sección.

41. Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 107 y 108 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (2844).

Devuelta por la Cámara de Senadores, el 3 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 4946.
Tercera sección.

42. Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman la fracción XXIII del artículo 7o., y los incisos a) e i) de la fracción I del artículo 34 de la Ley General de Cambio Climático (2843).

(Para los efectos de la fracción D del artículo 72 de la Constitución).

Devuelta por la Cámara de Senadores, el 3 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 4947.
Cuarta sección.

43. Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 13 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (2973).

Presentada por la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, PES, el 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5128.
Sexta sección.

44. Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley General de Bienes Nacionales, de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, de la Ley General de Vida Silvestre, y de la Ley General de Cambio Climático (2990).

Presentada por el diputado Oscar Daniel Martínez Terrazas, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5144.
Primera sección.

45. Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 35 de la Ley General de Vida Silvestre (3007).

Presentada por la diputada Ruth Salinas Reyes, Movimiento Ciudadano, el 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5163.
Sexta sección.

46. Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (3011).

Presentada por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, el 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5167.
Tercera sección.

47. Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1 y 3 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (3051).

Presentada por la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, Morena, el 12 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5217.
Primera sección.

48. Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 19 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (3062).

Presentada por el diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el 12 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5228.
Quinta sección.

49. Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático (3077).

(En materia de incorporación del Atlas Nacional de Vulnerabilidad al Cambio Climático).

Presentada por el diputado Armando González Escoto, PES, el 12 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5242.
Quinta sección.

50. Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con opinión de la de Presupuesto y Cuenta Pública.

Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley para la Regulación y Certificación de Productos Ecológicos y Sustentables (3096).

Presentada por el diputado Arturo Escobar y Vega, y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena, el 18 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5269.
Quinta sección.

51. Comisión de Radio y Televisión.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 5o. de la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (2422).

Presentada por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el 29 de octubre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 4378.
Quinta sección.

52. Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con opinión de la de Igualdad de Género.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 14 y 47 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (2894).

Presentada por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, el 3 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5019.
Quinta sección.

53. Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

De Decreto para inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el nombre de “Felipe Ángeles” (2924).

Presentada por el diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, Movimiento Ciudadano, el 5 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5070.
Séptima sección.

54. Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados (2930).

Presentada por la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, Morena, el 5 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5072.
Segunda sección.

55. Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (2931).

Presentada por el diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez, y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el 5 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5074.
Cuarta sección.

56. Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 39 y 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (2943).

Presentada por el diputado Pablo Guillermo Angulo Briceño, PRI, el 5 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5086.
Segunda sección.

57. Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

De Decreto para inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor de la Cámara de Diputados la frase “Braceros de 1942-1967” (2984).

Presentada por el diputado Samuel Herrera Chávez, Morena, el 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 5154.
Cuarta sección.

58. Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Minuta con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 92 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (2109).

Remitida por la Cámara de Senadores, el 24 de septiembre de 2019.

Fundamento: Artículo 185 (90 Días).
Expediente 3824.
Segunda sección.

59. Comisión de Transparencia y Anticorrupción.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 63 Bis a la Ley General de Responsabilidades Administrativas (2962).

Congreso de Durango, el 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5107.
Sexta sección.

60. Comisión de Vivienda.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el Artículo Octavo Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2012 (2882).

Diputados Carlos Torres Piña y Alejandro Carvajal Hidalgo, Morena, el 3 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5007.
Séptima sección.

61. Comisión de Vivienda.

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el Artículo Octavo Transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1997, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (2996).

Presentada por el diputado Santiago González Soto, PT, el 10 de diciembre de 2019.

Fundamento: Artículo 183.
Expediente 5149.
Sexta sección.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de febrero de 2020.

Atentamente

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica)

Presidenta



Comunicaciones

De la Mesa Directiva, con la cual informa de las iniciativas que no fueron dictaminadas dentro del plazo reglamentario y se tienen por desechadas

Honorable Asamblea:

La Presidencia de la Mesa Directiva, de conformidad con el artículo 89, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, informa que las siguientes iniciativas, que no fueron dictaminadas dentro del plazo reglamentario, se tienen por desechadas:

1. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por el diputado Fernando Donato de las Fuentes Hernández, PRI.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Quinta sección.
Expediente 2735.

2. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley Federal del Trabajo.

Suscrita por la diputada María Alemán Muñoz Castillo, PRI.

Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la de Trabajo y Previsión Social.

Quinta sección.
Expediente 2742.

3. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por la diputada María Alemán Muñoz Castillo, PRI.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Sexta sección.
Expediente 2743.

4. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por la diputada María Alemán Muñoz Castillo, PRI.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Séptima sección.
Expediente 2744.

5. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por la diputada María Alemán Muñoz Castillo, PRI.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Primera sección.
Expediente 2745.

6. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de paridad de género).

Suscrita por las diputadas Claudia Pastor Badilla y Lourdes Erika Sánchez Martínez, PRI.

Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la de Igualdad de Género.

Segunda sección.
Expediente 2746.

7. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de reconocimiento de pueblos y comunidades afromexicanas).

Suscrita por el diputado René Juárez Cisneros, PRI.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Quinta sección.
Expediente 2749.

8. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de reconocimiento de pueblos y comunidades afromexicanas).

Suscrita por el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, PRI.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Sexta sección.
Expediente 2750.

9. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por el diputado Juan Francisco Espinoza Eguía, PRI.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Tercera sección.
Expediente 2769.

10. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de identidad personal).

Suscrita por la diputada Antonia Natividad Díaz Jiménez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Cuarta sección.
Expediente 2778.

11. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por el diputado Raúl Gracia Guzmán y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Quinta sección.
Expediente 2785.

12. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por el diputado Ricardo Villarreal García y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Cuarta sección.
Expediente 2798.

13. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 16 y 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de judicialización oficiosa).

Suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRD, Movimiento Ciudadano y Morena.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Quinta sección.
Expediente 2820.

14. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de declaratorio general de inconstitucionalidad).

Suscrita por los diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz, PT.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Séptima sección.
Expediente 2836.

15. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por el diputado Reginaldo Sandoval Flores, PT.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Sexta sección.
Expediente 2842.

16. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 50 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por la diputada Beatriz Rojas Martínez, Morena.

Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la de Igualdad de Género.

Segunda sección.
Expediente 2852.

17. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 116 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de licencia de maternidad y paternidad).

Suscrita por los diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz, PT.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Séptima sección.
Expediente 2857.

18. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por la diputada Ruth Salinas Reyes, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Tercera sección.
Expediente 2860.

19. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 18 y 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de violación y abuso sexual).

Suscrita por la diputada María Rosete, PES.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Sexta sección.
Expediente 2870.

20. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de derecho a la movilidad urbana).

Suscrita por el diputado Higinio del Toro Pérez, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Tercera sección.
Expediente 2881.

21. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Tercera sección.
Expediente 2888.

22. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por el diputado Higinio del Toro Pérez, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Quinta sección.
Expediente 2890.

23. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de paridad horizontal de género).

Suscrita por los diputados Maribel Martínez Ruiz y Benjamín Robles Montoya, PT.

Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la de Igualdad de Género.

Quinta sección.
Expediente 2904.

24. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por los diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz, PT.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Tercera sección.
Expediente 2916.

25. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de suspensión de derechos o prerrogativas del ciudadano).

Suscrita por los diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz, PT.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Séptima sección.
Expediente 2920.

26. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por la diputada Lizeth Sánchez García, PT.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Quinta sección.
Expediente 2932.

27. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de licencias de maternidad y paternidad).

Suscrita por la diputada María Lucero Saldaña Pérez, PRI.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Séptima sección.
Expediente 2934.

28. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por la diputada Irma Juan Carlos, Morena.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Segunda sección.
Expediente 2936.

29. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por la diputada Lizeth Sánchez García, PT.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Tercera sección.
Expediente 2937.

30. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por el diputado Miguel Acundo González, PES.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Cuarta sección.
Expediente 2938.

31. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por la diputada María Lucero Saldaña Pérez, PRI.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Primera sección.
Expediente 2942.

32. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de paridad horizontal y vertical de género).

Suscrita por los diputados Maribel Martínez Ruiz y Benjamín Robles Montoya, PT.

Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la de Igualdad de Género.

Segunda sección.
Expediente 2943.

33. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de registro y acreditación de identidad).

Suscrita por la diputada María Bertha Espinoza Segura, Morena.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Séptima sección.
Expediente 2948.

34. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por el diputado Miguel Acundo González, PES.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Séptima sección.
Expediente 2955.

35. Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma los artículos 56 y 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por la diputada Tatiana Clouthier Carrillo, Morena.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Segunda sección.
Expediente 2964.

36. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 22 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

Suscrita por el diputado Eudoxio Morales Flores, PES.

Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la de Hacienda y Crédito Público.

Primera sección.
Expediente 2970.

37. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (en materia de reducción de tiempos de campaña).

Suscrita por la diputada Lourdes Celenia Contreras González, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la de Gobernación y Población.

Quinta sección.
Expediente 2981.

38. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 11 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por los diputados Lorenia Iveth Valles Sampedro y Mario Delgado Carrillo, Morena.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Cuarta sección.
Expediente 2987.

39. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de juventud).

Suscrita por la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, Morena.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Séptima sección.
Expediente 3011.

40. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por el diputado Jorge Arturo Argüelles Victorero, PES.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Sexta sección.
Expediente 3024.

41. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de adopción).

Suscrita por las diputadas Julieta Macías Rábago, Dulce María Méndez de la Luz Dauzón y Lourdes Celenia Contreras González, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Tercera sección.
Expediente 3042.

42. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley de Nacionalidad y de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Suscrita por el diputado Alfredo Femat Bañuelos, PT.

Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la de Gobernación y Población.

Tercera sección.
Expediente 3049.

43. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de violencia política en razón de género).

Suscrita por los diputados Maribel Martínez Ruiz y Benjamín Robles Montoya, PT.

Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la de Igualdad de Género.

Cuarta sección.
Expediente 3057.

44. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por el diputado Azael Santiago Chepi, Morena.

Comisión de Puntos Constitucionales.

Primera sección.
Expediente 3061.

45. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de derecho al cuidado y del Sistema Nacional de Cuidados).

Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la de Igualdad de Género.

Tercera sección.
Expediente 3063.

46. Iniciativa con Pproyecto de Decreto que reforma los artículos 3o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de ciencia, tecnología e innovación)

Suscrita por la diputada María Marivel Solís Barrera, Morena

Comisiones Unidas Educación y de Puntos Constitucionales

Sexta sección
Expediente 2891

47. Proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Suscrita por el diputado Azael Santiago Chepi, Morena

Comisiones Unidas de Educación y de Puntos Constitucionales

Quinta sección
Expediente 2918

Se tienen por desechados. Archívense los expedientes como asuntos total y definitivamente concluidos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero de 2020.

Atentamente

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta

De la Junta de Coordinación Política

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 24 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter al pleno la modificación del grupo de amistad que se señala, solicitada por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano:

• Que la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Grecia.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica)

Presidente

(Aprobado, comuníquese. Febrero 27 de 2020.)


Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 24 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter al pleno las modificaciones de los grupos de amistad que se señala, solicitada por el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano:

• Que la diputada Julieta Macías Rábago cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Georgia.

• Que la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Egipto.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica)

Presidente

(Aprobado, comuníquese. Febrero 27 de 2020.)


Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 24 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter al pleno las modificaciones del grupo de amistad que se señala, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Morena:

• Que la diputada Lucía Flores Olivo cause alta como vicepresidenta en el Grupo de Amistad México-Georgia.

• Que la diputada Claudia Pérez Rodríguez cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Georgia.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica)

Presidente

(Aprobado, comuníquese. Febrero 27 de 2020.)


Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 24 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter al pleno la modificación del grupo de amistad que se señala, solicitada por el Grupo Parlamentario de Morena:

• Que el diputado Héctor Guillermo de Jesús Jiménez y Meneses cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Dinamarca.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica)

Presidente

(Aprobado, comuníquese. Febrero 27 de 2020.)


Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 25 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter al pleno la modificación del grupo de amistad que se señala, solicitada por el Grupo Parlamentario de Morena:

• Que la diputada Claudia López Rayón cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Georgia.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica)

Presidente

(Aprobado, comuníquese. Febrero 27 de 2020.)


Ciudad de México, a 24 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, las modificaciones en la integración de las comisiones que se señalan, solicitada por el Grupo Parlamentario de Morena:

• Que el diputado Jorge Ángel Sibaja Mendoza cause baja como integrante de la Comisión de Asuntos de la Frontera Sur.

• Que el diputado Jorge Ángel Sibaja Mendoza cause alta como integrante en la Comisión de Derechos Humanos.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica)

Presidente

(Aprobado, comuníquese. Febrero 27 de 2020.)


Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 26 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter al pleno la modificación del grupo de amistad que se señala, solicitada por el Grupo Parlamentario de Morena:

• Que la diputada Mildred Concepción Ávila Vera cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Georgia.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica)

Presidente

(Aprobado, comuníquese. Febrero 27 de 2020.)


Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 27 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter al pleno las modificaciones del grupo de amistad que se señala, solicitadas por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional:

• Que la diputada Janet Melanie Murillo Chávez cause baja como secretaria de la Comisión de Desarrollo Social.

• Que la diputada Janet Melanie Murillo Chávez cause alta como integrante en la Comisión de Desarrollo Social.

• Que la diputada Janet Melanie Murillo Chávez cause baja como integrante de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia.

• Que la diputada Janet Melanie Murillo Chávez cause alta como secretaria en la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica)

Presidente

(Aprobado, comuníquese. Febrero 27 de 2020.)


Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 27 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter al pleno las modificaciones del grupo de amistad que se señala, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Morena:

• Que la diputada Teresita de Jesús Vargas Meraz cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Qatar.

• Que la diputada María del Carmen Bautista Peláez cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Qatar.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica)

Presidente

(Aprobado, comuníquese. Febrero 27 de 2020.)


Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 27 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter al pleno las modificaciones del grupo de amistad que se señala, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Morena:

• Que la diputada Rocío del Pilar Villarauz Martínez cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Georgia.

• Que el diputado César Agustín Hernández Pérez cause alta como integrante en el Grupo de Amistad México-Qatar.

Sin otro particular, le reitero mi consideración distinguida.

Respetuosamente

Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica)

Presidente

(Aprobado, comuníquese. Febrero 27 de 2020.)

Del IMP, con la que responde punto de acuerdo de la Comisión Permanente relativo al exhorto al director general a fin de que fortalezca los procedimientos e implante acciones para garantizar en el instituto el ejercicio de una efectiva democracia sindical y protección del derecho de sindicación

Ciudad de México, a 24 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

El que suscribe, ingeniero Marco Antonio Osorio Bonilla, director general del organismo público descentralizado reconocido como centro público de investigación denominado, Instituto Mexicano del Petróleo (IMP), designado por el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Andrés Manuel López Obrador, de conformidad con el artículo 15 del decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea el Instituto Mexicano del Petróleo como organismo descentralizado, publicado el 26 de agosto de 1965, publicado a su vez, en el Diario Oficial de la Federación con fecha 31 de octubre de 2014, en este acto de manera respetuosa e institucional procede a dar atenta contestación al oficio número DGPL 64-II-3-1406, suscrito por el diputado federal, licenciado Porfirio Muñoz Ledo, vicepresidente de la Comisión Permanente de la LXIV Legislatura del Poder Legislativo federal, mediante el que notifica el 27 de enero del año en curso, dictamen con punto de acuerdo de la Primera Comisión –de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, con el que se exhorta al titular del Instituto Mexicano del Petróleo, a que fortalezca los mecanismos e implante las acciones necesarias para garantizar al interior del instituto el ejercicio de una efectiva democracia sindical y protección del derecho de sindicación.

En primer lugar, me permito manifestar a esa honorable y respetable soberanía, que en el Instituto Mexicano del Petróleo que me honro en dirigir, somos conocedores de la obligación de fomentar, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, ubicándose entre ellos los que se configuran a través de la libertad sindical dentro de un contexto democrático, portal motivo cuenten con el compromiso institucional de que en el IMP, seguiremos cumpliendo con nuestras obligaciones jurídicas en estos temas de gran relevancia para el derecho colectivo del trabajo, ya que tenemos la conciencia de que es tarea de todos coadyuvar para consolidar una real y efectiva cultura democrática, de transparencia, rendición de cuentas y de libertad sindical en México, siendo en cada una de nuestras actuaciones como servidores públicos, respetuosos de no transgredir en nuestra calidad de patrón, el principio de no injerencia en la vida sindical, con la claridad de que en las organizaciones de trabajadores, éstos tienen derecho a elegir libremente a sus representantes en los términos de e sus estatuto y que cualquier patrón ya sea de naturaleza pública o privada debe abstenerse de intervenciones que puedan afectar ese derecho.

Ahora bien, en atención a los señalamientos vertidos por la diputada proponente, este instituto presenta de manera respetuosa por mi conducto, los antecedentes y las consideraciones jurídicas siguientes:

I. Antecedentes

1. El Instituto Mexicano del Petróleo es un organismo público descentralizado de la administración pública federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, autonomía de decisión técnica, operativa y administrativa, sectorizado a la Secretaría de Energía (Sener), cuyo objeto predominante según lo dispuesto en el numeral 2 del decreto, es realizar investigaciones, el desarrollo tecnológico, la innovación, el escalamiento de procesos y productos, la prestación de servicios tecnológicos orientados a optimizar los procesos de producción y transformación, tanto en exploración y extracción como en la transformación industrial y comercialización nacional e internacional de sus resultados en el sector hidrocarburos, así como la capacitación especializada en las áreas de su actividad.

2. Por acuerdo publicado el 18 de agosto de 2000 en el Diario Oficial de la Federación, el IMP fue reconocido como Centro Público de Investigación conjuntamente por la Sener y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, con opinión favorable de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

3. El oficio que se contesta deriva del dictamen indicado en líneas anteriores, cuya proposición con Punto de Acuerdo fue presentada por la ciudadana Anita Sánchez Castro, diputada federal propietaria por el principio de mayoría relativa en el distrito 6 de Michoacán de Ocampo, integrante de las Comisiones de Atención a Grupos Vulnerables, Desarrollo Social y secretaria de la de Trabajo y Previsión Social, de la Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura.

4. En su proposición, presentada el 8 de enero del año en curso, la diputada Anita Sánchez Castro, solicita se “exhorte respetuosamente al director general del Instituto Mexicano del Petróleo, a respetar lo establecido en el artículo 123, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículo 364 Bis, 375, 386 Bis, 390 Bis y 390 Ter de la Ley Federal del Trabajo, que garantizan el derecho de una efectiva libertad y democracia sindical, la protección del derecho de sindicación, ya que su transgresión constituye una violación a derechos colectivos fundamentales. Enfatizando que con ellos se dan cumplimiento a diversos compromisos internacionales suscritos por los Estados Unidos Mexicanos con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

II. Consideraciones generales

En 2017 se realizó una reforma constitucional en pos de la justicia laboral en nuestro país, que se materializó en el decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de los artículos 707 y 723 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que representó una reforma de fondo al derecho procesal del trabajo, a partir de tres premisas fundamentales.

El Constituyente Permanente en este proceso de reforma constitucional, destacó como premisas teleológicas la consistente en que la justicia laboral sea impartida en lo sucesivo por órganos del Poder Judicial federal o de los poderes judiciales locales, según corresponda, considerándose además la necesidad de crear un organismo descentralizado de la administración pública federal que tendrá la facultad, entre otras, de atender el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y de las organizaciones sindicales, así como todos los procesos administrativos inherentes a dichas materias, esto con el propósito de fortalecer el ejercicio de las libertades de negociación colectiva y de sindicación.1

Asimismo, el poder reformador de la Constitución, señaló como un punto clave de estas reformas y adiciones, la referente a garantizar la libertad sindical, como se muestra en la transcripción siguiente:

...

c) Garantizar la libertad sindical

De igual forma, se plantea la modificación al último párrafo de la fracción XXII Bis contenida en el propio dictamen, que establece que la ley garantizará el voto personal, libre y secreto de los trabajadores para la elección de sus dirigentes, a efecto de hacer explícita su congruencia con el principio de libertad sindical reconocido en el artículo 123 de la Constitución, el Convenio 87 de la OIT y los criterios emitidos por el Comité de Libertad Sindical de dicha Organización, las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el particular, así como con la fracción IX del artículo 377 de la Ley Federal del Trabajo.

En efecto, las disposiciones referidas son claras al establecer que en las organizaciones de trabajadores, éstos tienen derecho a elegir libremente a sus representantes en los términos de sus estatutos y la autoridad debe abstenerse de intervenciones que puedan afectar ese derecho. En tal virtud, se propone precisar que la ley garantizará el voto personal, libre y secreto de los trabajadores para la elección de sus dirigentes, estableciéndose la previsión de que “los estatutos sindicales podrán, con base en lo dispuesto en la ley, fijar modalidades procedimentales aplicables a los respectivos procesos”.

El nuevo párrafo propuesto establece una estructura que vincula los supuestos de la resolución de conflictos entre sindicatos, de la solicitud de celebración de un contrato colectivo de trabajo y de la elección de dirigentes, a los principios del voto personal, libre y secreto de los trabajadores. A su vez, se remite a la ley la garantía de cumplimiento de los mismos, y se establece, en reconocimiento del convenio referido que para la elección de dirigentes los estatutos sindicales podrán establecer las modalidades aplicables a esos procesos.

Con esta modificación se pretende dar claridad al texto constitucional y evitar interpretaciones que pudieran apartarlo de lo que nuestra propia Constitución y los instrumentos internacionales establecen al respecto, particularmente a la luz de lo previsto en el artículo 7 constitucional y la incorporación de los convenios internacionales sobre derechos humanos al bloque de constitucionalidad2

Ahora bien, en relación a las reformas a la Ley Federal del Trabajo, este instituto hace suyo los valiosos fines que persiguen, entre otros temas, los que corresponden al derecho a la sindicación, democracia sindical y negociación colectiva; y que responden a los obligaciones convencionales adquiridas por el Estado Mexicano derivadas de la suscripción y aprobación en el Senado de la República de los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En efecto, el convenio internacional del trabajo número 87 relativo a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación, suscrito el 9 de julio de 1948, aprobado por el Senado de la República el 28 de diciembre de 1949, vigente en los Estados Unidos Mexicanos a partir del 1 de abril de 1951, es claro respecto de las obligaciones de los Estados Unidos Mexicanos relacionados con la materia y objetos del tratado, siendo que su aplicación en el territorio nacional es anterior a la creación del Instituto Mexicano del Petróleo y por ello desde su nacimiento, el Instituto hizo eco de las obligaciones adquiridas por el Estado Mexicano, de las cuales se destacan las contenidas en los artículos 1o. al 11 del citado instrumento internacional que se transcribe a continuación:

Artículo 1

Todo miembro de la Organización Internacional del Trabajo para el cual esté en vigor el presente convenio se obliga a poner en práctica las disposiciones siguientes.

Artículo 2

Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.

Artículo 3

1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción.

2. Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal.

Artículo 4

Las organizaciones de trabajadores y de empleadores no están sujetas a disolución o suspensión por vía administrativa.

Artículo 5

Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de constituir federaciones y confederaciones, así como el de afiliarse a las mismas, y toda organización, federación o confederación tiene el derecho de afiliarse a organizaciones internacionales de trabajadores y de empleadores.

Artículo 6

Las disposiciones de los artículos 2, 3 y 4 de este convenio se aplican a las federaciones y confederaciones de organizaciones de trabajadores y de empleadores.

Artículo 7

La adquisición de la personalidad jurídica por las organizaciones de trabajadores y de empleadores, sus federaciones y confederaciones no puede estar sujeta a condiciones cuya naturaleza limite la aplicación de las disposiciones de los artículos 2, 3 y 4 de este convenio.

Artículo 8

1. Al ejercer los derechos que se les reconocen en el presente Convenio, los trabajadores, los empleadores y sus organizaciones respectivas están obligados, lo mismo que las demás personas o las colectividades organizadas, a respetar la legalidad.

2. La legislación nacional no menoscabará ni será aplicada de suerte que menoscabe las garantías previstas por el presente convenio.

Artículo 9

1. La legislación nacional deberá determinar hasta qué punto se aplicarán a las fuerzas armadas ya la policía las garantías previstas por el presente convenio.

2. De conformidad con los principios establecidos en el párrafo 8 del artículo 19 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, no deberá considerarse que la ratificación de este Convenio por un Miembro menoscaba en modo alguno las leyes, sentencias, costumbres o acuerdos ya existentes que concedan a los miembros de las fuerzas armadas y de la policía garantías prescritas por el presente convenio.

Artículo 10

En el presente Convenio, el término organización significa toda organización de trabajadores o de empleadores que tenga por objeto fomentar y defender los intereses de los trabajadores o de los empleadores.

Parte II. Protección del derecho de sindicación

Artículo 11

Todo miembro de la Organización Internacional del Trabajo para el cual esté en vigor el presente Convenio se obliga a adoptar todas las medidas necesarias y apropiadas para garantizar a los trabajadores y a los empleadores el libre ejercicio del derecho de sindicación.

En relación a lo transcrito con anterioridad, es tal la relevancia del nuevo paradigma de la convencionalidad a partir de la reforma constitucional en materia de derechos humanos, que el Poder Judicial de la Federación lo ha transmitido en el siguiente criterio jurisprudencial:

Control de convencionalidad. Es una obligación ineludible de la autoridad jurisdiccional ejercerlo, aun de oficio, cuyo incumplimiento vulnera el mandato constitucional de proteger y garantizar los derechos humanos y compromete la responsabilidad internacional del Estado mexicano en su conjunto. Los artículos 1o. y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establecen el deber de toda autoridad de proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en la norma suprema yen los tratados internacionales de los que el país es parte y, en cuanto a los Jueces, el deber de arreglarse a la Constitución a pesar de leyes o disposiciones en contrario, a partir de lo cual, se reconoce que a cargo de las autoridades jurisdiccionales obra la obligación de ejercer de oficio o a petición de parte, un control de convencionalidad en materia de derechos humanos, el cual deberá adecuarse al modelo de control de constitucionalidad existente en el ordenamiento interno, conforme a los parámetros delineados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en las tesis P. LXVII/2011 (9a.), P. LXVIII/2011 (9a.) y P. LXIX/2011 (9a.). Por su parte la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido, en relación con el deber de los Estados firmantes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de respetar bienes jurídicos y libertades reconocidos en ella, que la acción u omisión de cualquier autoridad pública independientemente de su jerarquía que implique un incumplimiento de ese deber constituye un hecho imputable al Estado en su conjunto que compromete su responsabilidad en los términos previstos por la propia convención (caso Tribunal Constitucional versus Perú. Fondo, reparaciones y costas. Sentencia de 31 de enero de 2001. Serie C. Número 71, y caso Bámaca Velásquez versus Guatemala. Fondo. Sentencia de 25 de noviembre de 2000. Serie C. Número 70). Asimismo, que la responsabilidad estatal puede surgir cuando un órgano o funcionario del Estado o de una institución de carácter público afecte indebidamente, por acción u omisión, algunos de los bienes jurídicos protegidos por dicho instrumento internacional (caso Albán Cornejo y otros versus Ecuador.

Fondo, reparaciones y costas. Sentencia de 22 de noviembre de 2007.

Serie C, Número 771, y que cuando un Estado ha ratificado un tratado internacional como el mencionado, sus Jueces, como parte del aparato del Estado, también están sometidos a él, lo que les obliga a velar por que los efectos de sus disposiciones no se vean mermadas por la aplicación de leyes contrarias a su objeto y fin, las cuales, desde un inicio, carecen de efectos jurídicos caso Almonacid Arellano y otros versus Chile. Excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas. Sentencia de 26 de septiembre de 2006. Serie C, Número 154, y caso Trabajadores Cesados del Congreso (Aguado Alfaro y otros) versus Perú. Excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2006. Serie C, Número 758. Partiendo de lo anterior, como el Estado mexicano firmó la Convención Americana sobre Derechos Humanos, aprobada por el Senado de la República el 18 de diciembre de 1980, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de mayo de 7987, y por virtud de su artículo 7, numeral 7, en términos de los mencionados artículos 70. y 733 constitucionales, obra a cargo de toda autoridad jurisdiccional nacional, con independencia de su fuero o jerarquía, la obligación de respetar los derechos y libertades reconocidos en el referido pacto, así como el deber de garantizar su libre y pleno ejercicio a favor de toda persona sin distinción por motivo de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social, mientras que conforme a su artículo 33, los actos de esas autoridades, como partes del Estado Mexicano, están sometidos a la competencia tanto de la comisión como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en lo relativo al cumplimiento de dicha obligación. De ahí que el deber de ejercer, aun de oficio el control de constitucionalidad y convencionalidad de los actos de que una autoridad tenga conocimiento en el ámbito de sus competencias y facultades, debe asumirse con puntualidad. responsabilidad y eficacia, y no evadirse, menos aún en casos en que expresamente un gobernado solicita su ejercicio, pues soslayarlo refleja gravemente el incumplimiento de la primera obligación impuesta por el orden constitucional interno a todas las autoridades, que a su vez supone el respeto de todos 16s derechos reconocidos a las personas en la Constitución y en la Convención y dicho incumplimiento compromete la responsabilidad internacional del Estado mexicano en su conjunto, acorde con el principio básico relativo. recogido en el derecho internacional de los derechos humanos, en el sentido de que todo Estado es internacionalmente responsable por actos u omisiones de cualquiera de sus poderes u órganos en violación de los derechos internacionalmente consagrados.3

Derivado de lo señalado en párrafos precedentes, las obligaciones que derivan de las disposiciones del Convenio 87 antes indicadas se acogen a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Artículo 123, Apartado A, Fracción XVI).

Baste para lo anterior el estudio cronológico del texto del artículo 123, Apartado A, fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que reforma la del 5 de febrero de 1857, que desde su texto original comprendía el derecho a la libre sindicación y asociación de los trabajadores, como se advierte del texto que a continuación se transcribe:

XVI. Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etcétera.

El texto anterior ha sido una constante en todas las reformas al contenido del artículo 123 constitucional, razón por la cual el derecho a la libre asociación de los trabajadores ha estado reconocido desde 1917 y hasta la fecha.

No pasa desapercibido que la reforma constitucional al artículo 123, que dio contenido al Apartado B del mismo artículo, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 5 de diciembre de 1960 incorporó para los trabajadores al servicio del Estado, un texto similar al antes referido, específicamente contenido en la fracción X del Apartado B del artículo 123, cuyo texto es de la siguiente manufactura:

X. Los trabajadores tendrán el derecho de asociarse para la defensa de sus intereses comunes. Podrán, asimismo, hacer uso del derecho de huelga previo el cumplimiento de los requisitos que determine la ley, respecto de una o varias dependencias de los Poderes Públicos, cuando se violen de manera general y sistemática los derechos que este artículo les consagra;

Se menciona la fracción anterior, pues como se indica en el apartado III, Consideraciones del dictamen, en la consideración Tercera, se señala que en el año de 1997 las relaciones laborales del IMP con sus trabajadores pasaron del Apartado B al Apartado A del artículo 123, de donde se confirma que en ambos supuestos, el inicial del Instituto y el vigente, la libertad de asociación de los trabajadores ha sido reconocida como una derecho laboral de primer orden en el texto fundamental y esta condición no ha variado en las diversas reformas aprobadas al contenido del artículo 123 constitucional hasta nuestros días.

De la misma manera se indica como aplicable el contenido del Convenio 98 de la OIT Sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, suscrito en el año de 1949, cuya ratificación por el Senado Mexicano tuvo verificativo el 23 de noviembre del año 2018, por lo que después de cumplir con las formalidades constitucionales está en vigor para el Estado Mexicano. En el citado convenio se regulan materias de suma importancia para las organizaciones de trabajadores y su actividad, especialmente en el contenido de los artículos 10 al 50 del citado instrumento internacional, cuyo texto nos permitimos transcribir a continuación:

Artículo 1

1. Los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo.

2. Dicha protección deberá ejercerse especialmente contra todo acto que tenga por objeto:

a) sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que no se afilie a un sindicato o a la de dejar de ser miembro de un sindicato;

b) despedir a un trabajador o perjudicarlo en cualquier otra forma a causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales fuera de las horas de trabajo o, con el consentimiento del empleador durante las horas de trabajo.

Artículo 2

1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto de las otras, ya se realice directamente o por medio de sus agentes o miembros, en su constitución, funcionamiento o administración.

2. Se consideran actos de injerencia, en el sentido del presente artículo, principalmente, las medidas que tiendan a fomentar la constitución de organizaciones de trabajadores dominadas por un empleador o una organización de empleadores, o a sostener económicamente, o en otra forma, organizaciones de trabajadores, con objeto de colocar estas organizaciones bajo el control de un empleador o de una organización de empleadores.

Artículo 3

Deberán crearse organismos adecuados a las condiciones nacionales, cuando ello sea necesario, para garantizar el respeto al derecho de sindicación definido en los artículos precedentes.

Artículo 4

Deberán adoptarse medidas adecuadas a las condiciones nacionales, cuando ello sea necesario, para estimular y fomentar entre los empleadores y las organizaciones de empleadores, por una parte, y las organizaciones de trabajadores, por otra, el pleno desarrollo y uso de procedimientos de negociación voluntaria, con objeto de reglamentar, por medio de contratos colectivos, las condiciones de empleo.

Artículo 5

7. La legislación nacional deberá determinar el alcance de las garantías previstas en el presente Convenio en lo que se refiere a su aplicación a las fuerzas armadas ya la policía.

2. De acuerdo con los principios establecidos en el párrafo 8 del artículo 79 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, la ratificación de este Convenio por un Miembro no podrá considerarse que menoscaba en modo alguno las leyes, sentencias, costumbres o acuerdos ya existentes, que concedan a los miembros de las fuerzas armadas y de la policía las garantías prescritas en este convenio.

Es necesario advertir que algunas estipulaciones del Convenio 98 referentes a la libertad sindical, ya habían sido recogidas en el derecho interno, específicamente a través de la actuación jurisprudencial del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sirviendo de ejemplo la siguiente transcripción:

Época: Novena Época. Registro: 193868. Instancia: Pleno. Tipo de Tesis: Jurisprudencia. Fuente:

Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo IX, Mayo de 1999. Materia(s):

Constitucional, Laboral. Tesis: P./J. 43/99. Página: 5

Sindicación única. Las leyes o estatutos que la prevén, violan la libertad sindical consagrada en el artículo 123, Apartado B, fracción X, constitucional. “El artículo 123 constitucional consagra la libertad sindical con un sentido pleno de universalidad, partiendo del derecho personal de cada trabajador a asociarse y reconociendo un derecho colectivo, una vez que el sindicato adquiere existencia y personalidad propias. Dicha libertad debe entenderse en sus tres aspectos fundamentales: 7. Un aspecto positivo que consiste en la facultad del trabajador para ingresar a un sindicato ya integrado o constituir uno nuevo; 2. Un aspecto negativo, que implica la posibilidad de no ingresar a un sindicato determinado y la de no afiliarse a sindicato alguno; y 3. La libertad de separación o renuncia de formar parte de la asociación. Ahora bien, el mandamiento de un solo sindicato de burócratas por dependencia gubernativa que establezcan las leyes o estatutos laborales, viola la garantía social de libre sindicación de los trabajadores prevista en el artículo 723, apartado B, fracción X, de la Constitución Federal de la República, toda vez que al regular la sindicación única restringe la libertad de asociación de los trabajadores para la defensa de sus intereses.”

Sin lugar a dudas, en este contexto de irradiación constitucional derivado principalmente por la reforma constitucional promulgada el 24 de febrero de 2017, así como del Convenio 98 de la OIT sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva, se armonizó el marco normativo laboral vigente mediante la aprobación de diversas reformas a la Ley Federal del Trabajo, sentándose las bases de una verdadera transformación del régimen sindical y de la negociación colectiva al introducir los principios de representatividad, transparencia y democracia en la vida de las organizaciones sindicales.

En este sentido, en el Dictamen a la minuta-con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de La Ley del Seguro Social, en Materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva, podemos encontrar los siguientes tópicos incluidos por nuestros legisladores para mayor claridad de los destinatarios:

...

c) Libertad y autonomía sindical

El dictamen propuesto por la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, planteó diversas modificaciones a las disposiciones de la ley laboral con un manto garante y protector de la libertad sindical, el derecho a la libre sindicación y a la negociación colectiva. El respeto a la libertad y la autonomía sindical deberá observarse en el registro de 105 sindicatos, federaciones y confederaciones, así como en la actualización de las directivas sindicales (artículo 364 Bis).

El citado dictamen también propuso reformar el artículo 357 para incorporar en la legislación laboral 105 derechos de sindicación, libertad sindical y negociación colectiva reconocidos en los Convenios 87 y 98 de la OIT. En este sentido, se establece el derecho de los trabajadores y patrones de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a éstas, con la sola condición de observar los estatutos de éstas, conforme al artículo 2 del convenio 87.

En el mismo sentido, se reformó la fracción IV del artículo 733 a fin de establecer que los patrones o sus representantes tienen prohibido obligar a los trabajadores por coacción o por cualquier otro medio, a afiliarse o retirarse del sindicato o agrupación a que pertenezcan, o a que voten por determinada candidatura, así como cualquier acto u omisión que atente contra su derecho a decidir quién debe representarlos en la negociación colectiva. Asimismo, se adiciona una fracción XVII para establecer la prohibición de realizar cualquier acto tendiente a ejercer control sobre el sindicato al que pertenezcan sus trabajadores.

Estas modificaciones se ostentan en sintonía con los Convenios 87 y 98 de la OIT, los cuales establecen garantías que deberán tener 105 trabajadores contra actos de discriminación o injerencia tendientes a vulnerar la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva.

En este tenor, los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto que tenga por objeto sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que se no se afilie o deje de ser miembro de un sindicato, o bien, perjudicar a un trabajador a causa de su afiliación sindical. Asimismo, se tutela el derecho de las organizaciones de trabajadores de gozar de protección adecuada contra todo acto de injerencia en su constitución, funcionamiento o administración. Para efectos de lo anterior, se replica el contenido del artículo 7 del Convenio 98 de la OIT para precisar que se considerarán actos de injerencia los actos o medidas tendientes a fomentar la constitución de organizaciones de trabajadores dominadas por un patrón o una organización de patrones, o a apoyar de cualquier forma a organizaciones de trabajadores con objeto de colocarlas bajo su control. Las prestaciones pactadas en la contratación colectiva no serán consideradas como actos de injerencia.”

Finalmente, al pertenecer el Estado Mexicano a la Organización Internacional del Trabajo todos los entes públicos que lo conforman deben de coadyuvar a la implementación de las mejores prácticas en materia laboral con la intensión de garantizar los derechos sindicales de los trabajadores.

III. Consideraciones específicas

En la hoja 4 del dictamen antes referido, se hace mención que la diputada proponente en su punto de acuerdo, menciona lo siguiente:

“...que el Instituto Mexicano del Petróleo, a pesar de que la Ley Federal del Trabajo y los convenios internacionales laborales firmados por México, sostienen que el Estado mexicano no puede ni debe intervenir en la vida interna del sindicato, éste lo hoce, permitiendo a la dirigencia sindical el sistemático método de abuso en contra de algunos agremiados, quebrantando los derechos de los trabajadores. Las violaciones cometidas consisten en negar a algunos empleados de dicha institución sindicalizados, el disfrute de algunos derechos contenidos en el artículo 723 Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 364 Bis, 375, 386 Bis, 390 Bis, 390 Ter de la Ley Federal del Trabajo, que garantizan el ejercicio de una efectiva libertad y democracia sindical, la protección del derecho de sindicación, ya que su trasgresión constituye una violación a derechos colectivos fundamentales.

En este sentido, la problemática en todas las instalaciones en diferentes entidades federativas que lo conforman, siendo afectados los trabajadores, a quienes les limitan los derechos y prerrogativas que les corresponden, conforme el contrato colectivo de trabajo, por diferencias sindicales o políticas.

Finalmente, la diputada promovente manifiesta que es necesario cumplir con el mandato constitucional plasmado en nuestra carta magna, así como lo establecido en los convenios internacionales suscritos por el estado mexicano en materia laboral, impulsemos el estricto respeto y cumplimiento de la ley, para que esta reforma no sea letra muerta, ya que el espíritu del legislador es que se termine con esa deuda que por muchos años se tenía con los trabajadores de nuestro país, justicia laboral, por eso es necesario que esta soberanía exhorte respetuosamente a dicha Institución, a que proteja en todo momento y sin distingo los derechos de los trabajadores y al cese inmediato a respetar lo establecido en las leyes y atender las peticiones que sus trabajadores formulen de manera individual, sin detrimento de sus derechos colectivos, y con ello el cese de la violencia, la represión, el hostigamiento laboral y sexual hacia trabajadoras y trabajadores de dicha institución.

En respuesta general a este planteamiento, este Instituto de manera respetuosa manifiesta que no interviene en la vida interna de los sindicatos conformados libremente por sus trabajadores, respetándose en todo momento el principios de no injerencia en la vida sindical y privilegiando la libertad sindical en un entorno democrático, en el que gobierna la voluntad de las y los trabajadores en la defensa común de sus intereses. Así mismo, se manifiesta que las relaciones jurídicas que mantiene esta institución con los representantes sindicales, se efectúan con respeto, buena fe y apertura al dialogo dentro del marco de actuación que como servidores públicos estamos obligados a cumplir y en atención a lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Tratados Internacionales en materia laboral, la Ley Federal del Trabajo y demás disposiciones aplicables en la materia.

A más detalle, a continuación expresaremos de manera puntual, algunas consideraciones jurídicas que demostrarán, que nuestra actuación se realiza con apego a las normas que rigen la materia.

a) En cuanto al dicho de la diputada proponente al estimar que en este Instituto no se da cumplimiento al artículo 364 Bis de la Ley Federal del Trabajo, respetuosamente se informa, lo siguiente:

Artículo 364 Bis. En el registro de los sindicatos, federaciones y confederaciones, así como en la actualización de las directivas sindicales, se deberán observar los principios de autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad y respeto a la libertad sindical y sus garantías.

Tratándose de actualización de la directiva sindical, la Autoridad Registral deberá expedirla dentro de los diez días siguientes a que se realice la solicitud, y se procederá de forma tal que no deje al sindicato en estado de indefensión.

En materia de registro y actualización sindical, la voluntad de los trabajadores y el interés colectivo prevalecerán sobre aspectos de orden formal.

En virtud del artículo 375 de la Ley Federal del Trabajo la representación de los trabajadores sindicalizados o agremiados se llevará a cabo por éste, lo anterior con la finalidad de defender sus intereses sin perjuicio del derecho de los trabajadores para obra o intervenir directamente.

Al respecto, el Instituto Mexicano del Petróleo no resulta ser la autoridad competente para efectuar el registro o actualización de las dirigencias sindicales, por lo que los principios legales a que refiere el primer párrafo del artículo en comento corresponde aplicarlos al organismo a que se refiere el párrafo cuarto de la fracción XX del Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Mexicanos, para efectos de claridad se transcribe el párrafo a que nos referimos:

En el orden federal, la función conciliatoria estará a cargo de un organismo descentralizado. Al organismo descentralizado le corresponderá además, el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales, así como todos los procesos administrativos relacionados.

Como se puede advertir de manera fundada y motivada, el Instituto Mexicano del Petróleo no tiene competencia para efectuar el registro o actualización de las dirigencias sindicales, por lo que se considera que no existe transgresión alguna a la norma señalada.

b) En cuanto al dicho de la Diputada proponente al estimar que en este Instituto no se da cumplimiento al artículo 375 de la Ley Federal del Trabajo, respetuosamente se informa, lo siguiente:

Artículo 375. Los sindicatos representan a sus miembros en la defensa de los derechos individuales que les correspondan, sin perjuicio del derecho de los trabajadores para obrar o intervenir directamente, cesando entonces, a petición del trabajador, la intervención del sindicato.

El contenido de ese precepto no impone realmente obligación alguna al patrón, en este caso el IMP, sino que concede’ una prerrogativa a los trabajadores afiliados al Sindicato para atender personalmente la defensa de sus intereses individuales y cesar la intervención de su representación sindical; es por ello que el IMP cumple esta disposición al recibir, en su caso, la solicitud del trabajador para cesar la intervención del sindicato y sólo se actúa en ese sentido a solicitud expresa del propio trabajador, razón por la cual la actuación del I M P es totalmente reactiva y está sujeta siempre a la voluntad libre de los trabajadores.

Sirve de refuerzo a lo anterior, el exponer el cumplimiento al artículo citado y transcribir la buena práctica en materia sindical contenida en la cláusula 5 del Contrato Colectivo del Trabajo del Instituto Mexicano del Petróleo vigente que a la letra menciona:

Cláusula 5. Irrenunciabilidad de los derechos del trabajador

En ningún caso los derechos de los trabajadores, serán inferiores a los que concedan el presente Contrato, los acuerdos celebrados por ambas partes, la ley y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y cualquier otra disposición vigente en el Instituto que beneficie a los trabajadores del mismo. En consecuencia, las partes se comprometen a respetar la libre sindicación de los trabajadores.

Por lo expuesto y fundado en este punto, se puede demostrar que el IMP no transgrede el artículo antes citado, tan es así que los trabajadores tienen la libertad de pertenecer a uno u otro sindicato.

c) En cuanto al dicho de la Diputada proponente al estimar que en este Instituto no se da cumplimiento al artículo 386 Bis de la Ley Federal del Trabajo, respetuosamente se informa, lo siguiente:

Artículo 386 Bis. El apoyo de los trabajadores mediante el voto personal, libre y secreto constituye una garantía para la protección de Id libertad de negociación colectiva y sus legítimos intereses. La demostración de dicho apoyo conforme a los procedimientos establecidos en los artículos 390 Bis y 390 Ter, es de orden público e interés social, por lo que es un requisito para la validez de los contratos colectivos de trabajo. Las autoridades, sindicatos y patrones coadyuvarán para que los procedimientos de consulta se organicen de tal forma que no se afecten las actividades laborales de los centros de trabajo.

Este instituto tiene la claridad de que por mandato de este artículo adicionado en la reforma de fecha 1 de mayo de 2019, en su carácter de patrón está obligado a coadyuvar para que los procedimientos de consulta se organicen de tal forma que no se afecten las actividades laborales de los centros de trabajo, en tal sentido cuando se realicen los citados procedimientos conforme al 390 Bis y 390 Ter se actuará en consecuencia y con imparcialidad requerida, para que la única voluntad que decida sea la de los trabajadores mediante un ejercicio democrático. A contrario sensu como a la fecha no se han realizado ninguno de estos procedimientos a la luz de la reforma citada no se puede hablar de una violación a estos artículos sobre algo que aún no ha ocurrido.

Abona al artículo en mención el siguiente criterio emitido por nuestros Tribunales Federales.

Titularidad del contrato colectivo de trabajo. El voto secreto es condición esencial de la libertad sindical. El derecho a la libertad sindical constituye un elemento básico de cualquier Estado democrático de derecho, conforme a lo establecido, entre otros, en los artículos 39, 40, 47 Y 723 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Organización Internacional del Trabajo, organismo especialista en la materia a través del Convenio 87; en consecuencia y atento a que la autoridad como rectora del proceso laboral está obligada a garantizar el ejercicio pleno de este derecho, se considera que el voto en el recuento por la titularidad del contrato colectivo debe efectuarse en forma secreta, como expresión del libre sufragio. Lo anterior, porque al ser el voto la expresión esencial y concreta de una sociedad democrática, dado que representa el ejercicio soberano del ciudadano para expresar su opinión, su preferencia, en la representación de sus intereses, requiere de un máximo de libertad para que el trabajador esté en posibilidad de decidir a plenitud, pues su confidencialidad debe ser garantía para que se evite toda clase de intimidación a la hora de sufragar. En este orden de ideas, el carácter secreto del voto es elemento esencial para que se hagan valer los principios básicos de la democracia entre los trabajadores, por lo que deben adoptarse las medidas necesarias para que se exprese la voluntad de la clase trabajadora al momento de elegir al sindicato que tendrá la titularidad del contrato colectivo de trabajo. Por tanto, si la autoridad en su calidad de rectora del proceso, al ordenar el desahogo de la diligencia de recuento no establece esta condición elemental para que el ejercicio del voto se pueda considerar libre, se violenta el derecho a la libertad sindical, pues tal abstención de la autoridad limita el derecho de los trabajadores para poder decidir a plenitud5 ;

Como se puede apreciar de lo hasta aquí expuesto, el IMP respecto al voto libre y secreto de los trabajadores, misma que constituye una garantía para la protección de la libertad sindical; realizará como patrón, la coadyuvancia que posibilita la ley para que los procedimientos de consulta se organicen imparcialmente y sin afectar las actividades laborales de la institución, por lo tanto la obligación del IMP se constriñe sólo él coadyuvar más nunca a intervenir u organizar o vigilar o verificar o legitimar el apoyo de los trabajadores para la suscripción de un Contrato Colectivo de Trabajo.

d) Por lo que hace al señalamiento de la proponente sobre la observancia del lMP al contenido de los artículos 390 Bis y 390 Ter de la Ley Federal del Trabajo, se replican consideraciones vertidas en el punto anterior esencialmente en cuanto a que no se puede advertir alguna violación de estos artículos puesto que aún no han ocurrido procedimientos de esta especie a la luz de la mencionada reforma laboral.

A manera de refuerzo se debe de considerar que el artículo 390 Bis, fracción tercera, inciso a), párrafo segundo in fine señala expresamente que:

En caso de estimarlo necesario, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral podrá solicitar el apoyo de la oficina de Inspección del Trabajo u otro servidor público que las autoridades del trabajo habiliten para tal efecto. De requeriría la parte solicitante, éstos deberán constituirse en el centro de trabajo para elaborar el listado en cuestión, con la información o los elementos que disponga al momento. El listado que servirá de base para la consulta a los trabajadores deberá de ser elaborado por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral a más tardar en el plazo de diez días siguientes al de la presentación de una segunda solicitud de constancia. El patrón no podrá intervenir en este procedimiento:

En ese mismo sentido el artículo 390 Ter del mismo ordenamiento dispone en su fracción II, inciso d), lo siguiente:

d) El empleador no podrá tener intervención alguna durante el procedimiento de consulta:

De lo anterior se desprende con meridiana claridad que existe una obligación negativa (abstención) impuesta al patrón, en este caso el IMP, en el contenido de los procedimientos a que ambos artículos se refieren, de donde se sigue que el IMP no participa de ninguna manera en los mismos y por lo tanto está obligado a respetar la actuación del o de los Sindicatos, de los trabajadores y de las otras autoridades laborales que si tienen injerencia en los procedimiento señalados.

Con base en las circunstancias anotadas con anterioridad, cabe recordar que la garantía de libertad sindical se refiere a la libertad de asociación en el sentido de que el trabajador puede afiliarse al sindicato que ellos elijan, no ingresar o separarse. En ese orden, el artículo 123 constitucional establece la garantía social de la libertad sindical como derecho de los trabajadores; asimismo, dicha garantía se refiere a que esas organizaciones deben funcionar con verdadera democracia interna sin que el Estado intervenga directa o indirectamente en la designación de sus dirigentes; como la obligación de asegurar la representación auténtica de los agremiados mediante elecciones directas y secretas, sin aceptar presiones políticas o económicas; establecer un sistema objetivo y eficaz para exigir responsabilidades a sus dirigentes y proscribir cualquier tipo de sanciones por razones políticas o ideológicas; además, da derecho a los sindicatos, y en general a todas las organizaciones formadas por razón de ocupación o de trabajo, a actuar en la vida pública para gestionar, frente al Estado y a la opinión pública, las medidas generales o particulares que reclamen el bien común o el interés profesional de sus agremiados y de recomendar las opciones electorales que consideren más convenientes para los mismos, con la limitante de actuar directamente en cuestiones políticas, principalmente en las electorales, y respetar la libertad y los derechos de sus miembros.

Para lograr una certera congruencia a lo mencionado en los párrafos anteriores es deber de este organismo descentralizado citar, específicamente, la siguiente Tesis de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Libertad sindical postulados en que se sustenta ese principio. El principio de libertad sindical reconocido en el artículo 723 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos yen el Convenio Número 87, relativo a la Libertad Sindical y la Protección al Derecho Sindical, de la Organización Internacional del Trabajo, se sustenta fundamentalmente en cuatro postulados: 7. Derecho de libre asociación; 2. Derecho para redactar estatutos y reglamentos administrativos; 3 . . Derecho para elegir libremente a sus representantes; y 4. Derecho de organización interna. Estas cuatro premisas se encuentran íntimamente relacionadas entre sí, pues no puede entenderse una sin la existencia de las otras; es decir, no puede concebirse el derecho de libre asociación, sin la facultad de redactar sus propios estatutos y, desde luego, sin la potestad de elegir libremente a sus representantes, mucho menos sin el derecho de establecer su organización interna. De manera que la afectación de uno de estos postulados por cualquier norma jurídica representa, desde luego, una violación al principio de libertad sindical.6

Lo anterior da lugar a tres aspectos fundamentales en el derecho sindical de cada trabajador, a saber: 1. Un aspecto positivo, que se traduce en la facultad del trabajador para ingresar a un sindicato ya formado, o de concurrir a la constitución de uno nuevo. 2. Un aspecto negativo, que implica la posibilidad de no ingresar a un sindicato determinado y la de no afiliarse a ninguno; y, 3. La libertad de separación o renuncia de formar parte de la asociación. No obstante lo anterior, esa libertad no abarca el derecho de los trabajadores para afiliarse a todas las organizaciones sindicales que se constituyan en la dependencia a la que pertenecen; ello, porque la conformación de un sindicato tiene por objeto, entre otros, la defensa de los intereses comunes de los trabajadores que podrían dar margen a conflictos con otras agrupaciones sindicales, para obtener la prioridad en un contrato colectivo de trabajo o cualquier otro diverso del mencionado; o bien, lograr mejoría de alguna otra índole; y por lo mismo, no es admisible que trabajadores miembros de un sindicato, puedan ser a su vez integrantes de otro en una misma dependencia, ya que de aceptarse así, se daría lugar a pugnas intergremiales o a choques de intereses encontrados entre esos dos sindicatos, y al mismo tiempo, a que miembros de ambas agrupaciones, estuvieran indistintamente con alguna de ellas, según les conviniera, pues ello rompería con la armonía que debe reinar en dichas agrupaciones, trascendiendo en perjuicio de la finalidad a que se refiere el numeral 356 de la ley laboral, es decir, el sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.

Inclusive, y para mayor conocimiento de la libertad sindical, la Segunda Sala de la SCJN ha mencionado que lo dispuesto en los artículos 371, fracción XIII y 373 de la LFT no transgrede el principio de libertad sindical, criterio que por su importancia y relevancia para la contestación que se realiza en este documento se transcribe a continuación:

Sindicatos. Los artículos 377, fracción XIII, y 373 de la Ley Federal del Trabajo, al establecer un mecanismo de rendición de cuentas y transparencia en torno a la administración del patrimonio de aquéllos, no violan el principio de libertad sindical (legislación vigente a partir del 1 de diciembre de 2012).

Los preceptos de referencia establecen una serie de obligaciones a cargo de los sindicatos para incorporar en sus estatutos un mecanismo de rendición de cuentas por la directiva en lo que se refiere a la administración del patrimonio sindical, las sanciones en caso de incumplimiento, los medios internos para la resolución de controversias, así como las vías por medio de las cuales los trabajadores podrán obtener la información respectiva conforme a los procedimientos e instancias correspondientes. Ahora, tomando en consideración que la efectiva rendición de cuentas sobre el estado que guarde la administración de los recursos respectivos, así como la información que le sirva de sustento dada a conocer a los trabajadores, constituyen mecanismos que tienden a la adecuada administración del patrimonio sindical y al fortalecimiento de la condición democrática que debe regir la vida interna de ese tipo de organizaciones, en tanto la honesta y transparente aplicación de los recursos es necesaria para alcanzar sus legítimos propósitos conforme a la normativa aplicable y, por ende, para beneficiar a sus agremiados a través del constante mejoramiento de sus condiciones laborales, se concluye que los artículos 377, fracción XIII y 373 de la Ley Federal del Trabajo, al establecer las obligaciones de referencia, no violan el principio de libertad sindical, pues imponen límites válidos a la libertad y autonomía sindicales, al encontrar plena justificación en el régimen democrático promovido por los artículos 30.,90.,47 Y 723 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sin que dicha libertad se vea comprometida por una indebida injerencia del Estado o de los poderes públicos, ya que los dispositivos legales señalados sólo otorgan intervención para efectos de la rendición de cuentas y transparencia a los propios trabajadores sindica liza dos.7

En recapitulación, como se viene mencionando, en el Instituto Mexicano del Petróleo siempre se ha respetado la vida interna del o de los Sindicatos, conforme lo dispone con absoluta claridad el artículo 357 de la Ley Federal del Trabajo, que impone la obligación de no interferir con las actividades de la organización sindical ni ejercer injerencia alguna sobre su vida interna y sus actividades, lo cual puede ser confirmado con base en el 357 artículo de la Ley Federal del Trabajo:

Artículo 357. Los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a éstas, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.

Las organizaciones de trabajadores v de patrones deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto de las otras, ya se realice directamente o por medio de sus representantes en su constitución, funcionamiento o administración.

Se consideran actos de injerencia las acciones o medidas tendientes a fomentar la constitución de organizaciones de trabajadores dominadas por un patrón o una organización de patrones, o a apoyar de cualquier forma a organizaciones de trabajadores con objeto de colocarlas bajo su control. Las prestaciones pactadas en la contratación colectiva no serán consideradas como actos de injerencia.

Cualquier injerencia indebida será sancionada en los términos que disponga la ley.

Ahora bien, resulta oportuno comentar que este Instituto, en su carácter de patrón, tiene suscrito un Contrato Colectivo de Trabajo con el Sindicato Nacional de Trabajadores de Instituto Mexicano del Petróleo el cual esta celebrado con éste, ya que cuenta con el mayor número de votos de los trabajadores dentro de este organismo descentralizado, sin que se deje de reconocer la existencia de la o las diversas organizaciones (personas morales-sindicatos) que se puedan constituir, así como la posibilidad de afiliarse a estas libremente.

En este tenor de ideas, el tratamiento que la Institución da al Sindicato Titular del Contrato Colectivo que resulta de la Negociación Colectiva, en ningún momento representa una vulneración al principio de libertad sindical ni de no injerencia, ya que los derechos exclusivos del Sindicato de Empresa quien tiene la titularidad del contrato colectivo de trabajo se encuentra previsto en la Ley, así como la obligación del patrón de cumplirlo a cabalidad para evitar un emplazamiento .J Huelga, situación y tratamiento que en un plano de igualdad, este Instituto seguirá realizando con el que tenga la titularidad, sea uno u otro el sindicato que se sitúe en esa hipótesis mayoritaria, conforme al principio de voto libre de sus trabajadores.

De lo dicho en el párrafo anterior, vale la pena recordar la redacción del artículo 388 de la Ley Federal del Trabajo, anterior a la reforma del1 de mayo de 2019, como se aprecia en la siguiente tabla:

Por lo que se refiere a todo lo anteriormente dicho y como antecedente relevante, en la Gaceta Parlamentaria del día 13 de diciembre de 2017, se encuentra publicado el Dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, en el que se da constancia de una anterior “Proposición con Punto de Acuerdo por el que se Exhorta al Instituto Mexicano del Petróleo a abstenerse de intervenir en la vida sindical de los trabajadores y a reconocer diversos derechos del Sindicato Independiente de Trabajadores, Técnicos y Profesionistas ... “ en el que diversas quejas que son coincidentes con las hoy expuestas en contra del lMP, fueron declaradas como desechadas, ya que no se advirtió que existiera una injerencia en la vida interna de los sindicatos, ya sea porque alguna como las que hoy se presentaron nuevamente que tienen que ver con aspectos registra les de la conformación de sindicatos y sus dirigencias, no son competencia de este Instituto como es nuevamente el caso, o porque no se advirtió ninguna actuación que transgrediera la libertad y sindical. Para pronta referencia se transcriben sus argumentos medulares:

Considerandos

Cuarto. ...

...

Como se desprende de la lectura del precepto anterior, las autoridades facultadas para formalizar la constitución de una organización de trabajadores bajo la modalidad de “sindicato” son la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y las Juntas de Conciliación y Arbitraje; más aún, dicho precepto mandata que una vez dado el registro correspondiente, la asociación sindical podrá ostentarse como tal ante cualquier otra autoridad.

Expuesto lo anterior, esta dictaminadora también desea asentar en el presente dictamen que, de la revisión integral del marco jurídico aplicable al caso en estudio, no se encontró que se establezca que el patrón debe “reconocer” a las organizaciones sindicales con las cuales mantiene relaciones laborales. Lo anterior se manifiesta en la inteligencia de que es intención del diputado proponente, según se desprende de la lectura del referido resolutivo primero de la proposición de mérito, que esta Soberanía inste al Instituto Mexicano del Petróleo, en su carácter de patrón, a llevar a cabo el acto de “reconocer”.

Quinto. ...

...

Como se aprecia, la ley prevé las modalidades y supuestos bajo los cuales se deberá llevar a cabo la celebración de un contrato colectivo de trabajo. Bajo esta tesitura, este órgano colegiado encontró que, el registro o, como coloquialmente se le conoce, la toma de nota del SITTPIMP, misma que puede consultarse en el sitio de internet de dicha organización señala que el sindicato se compone de 25 trabajadores y que corresponde a un sindicato de trabajadores de empresas.

Por su parte, según constató esta comisión, el Sindicato Nacional de Trabajadores del Instituto Mexicano del Petróleo, organización sindical que persiste junto con el multireferido SITTPIMP, posee un total de 7748 socios8 .

Por su parte, en el Contrato Colectivo del Trabajo suscrito entre este Instituto y el Sindicato Nacional de Trabajadores de Instituto Mexicano del Petróleo se estableció en sus cláusulas 1 y 6, lo siguiente:

Cláusula 1.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo, el presente Contrato tiene por objeto fijar las condiciones de trabajo de los trabajadores al servicio del Instituto Mexicano del Petróleo, siendo materia de este Contrato todos los trabajos que este personal ejecute en el territorio y aguas nacionales, así como en aquellos centros que en el futuro se creen y los que temporalmente desarrolle, por comisión administrativa, fuera del territorio nacional.

Cláusula 6.

Titularidad del Contrato

El instituto reconoce únicamente al Sindicato Nacional de Trabajadores del Instituto Mexicano del Petróleo como titular del contrato colectivo de trabajo y representante de los trabajadores y, en consecuencia, se obliga a tratar con los representantes sindicales legalmente acreditados, todos los asuntos laborales de carácter colectivo e individual que surjan entre el Instituto y los trabajadores, así como las diferencias que se susciten con motivo de la aplicación de este contrato y de la ley.

Ahora, si bien es cierto el patrón se encuentra constreñido a cumplir con una serie de obligaciones establecidas en la propia Ley Federal del Trabajo, no menos cierto es que esta misma legislación señala las obligaciones para los Sindicatos, conforme se puede apreciar en la siguiente transcripción:

Artículo 377. Son obligaciones de los sindicatos:

I. Proporcionar los informes que les soliciten las autoridades del trabajo, siempre que se refieran exclusivamente a su actuación como sindicatos;

II. Comunicar a la autoridad registral, dentro de un término de diez días, los cambios de su directiva y las modificaciones de los estatutos, acompañando por duplicado copia autorizada de las actas respectivas, y

Fracción reformada DOF 07-05-2079

III. Informar a la misma autoridad cada tres meses, por lo menos, de las altas y bajas de sus miembros.

Las obligaciones a que se refiere este artículo podrán ser cumplidas a través de medios electrónicos, en los términos que determine la autoridad registral.

Párrafo adicionado DOF 30-77-2072. Reformado DOF 07-05-2019

En el mismo sentido, pero como una obligación para los trabajadores, la propia legislación especializada, determina en su artículo 135, fracción X, que:

Artículo 135. Queda prohibido a los trabajadores:

X. Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo, dentro del establecimiento; y En este sentido, los derechos laborales tienen límites para su ejercicio, por lo tanto no son absolutos, y en vía de reciprocidad, los derechos patronales admiten las mismas condiciones limitativas, sin que sea válido tanto para patrones como para sindicatos el obstaculizar o injerir en su desarrollo cotidiano.

Con lo que se puede entender que todo sindicato es una persona moral que se rige por las disposiciones legales establecidas tanto por el Constituyente como por el legislador ordinario, aun cuando dentro de ese marco normativo se le haya otorgado la facultad de establecer los estatutos que rijan su vida interna, pues el reconocimiento de esa autonomía no constituye una facultad soberana que se encuentre por encima del ordenamiento jurídico nacional sino que, por el contrario, debe desarrollarse dentro del Estado constitucional de derecho, el cual privilegia el respeto y la protección de los derechos humanos.9

De todo lo antes expresado y de los fundamentos constitucionales, convencionales y legales anotados, se puede constatar que el IMP está consciente de las obligaciones derivadas de dichos ordenamientos y comprometido frontalmente con su cumplimiento irrestricto, lo anterior se puede acreditar con solvencia no sólo por la actividad del Instituto y la relación que sostiene con sus trabajadores, sindicalizados y no sindicalizados, pues en la institución se cuenta con una seria de mecanismos para salvaguardar los derechos de los trabajadores en su desempeño diario que conllevan la práctica de una Integridad institucional, siendo relevantes los siguientes documentos:

- Acuerdo por el que se emite el Código de Ética de los Servidores Públicos del Gobierno Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 2019.

- Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 de enero de 2020.

- Código de Conducta del IMP.

- Procedimiento para la recepción de denuncias por incumplimientos al Código de Ética, Reglas de Integridad, Código de Conducta y su Protocolo de Atención.

- Formato de Denuncias por Incumplimientos al Código de Ética, Reglas de Integridad y Código de Conducta del Instituto Mexicano del Petróleo.

- Bases para la integración, organización y funcionamiento del Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés del IMP.

- Política de igualdad laboral y no discriminación en el IMP.

- Contrato colectivo de Trabajo 2077-2079.

- Norma mexicana de igualdad y no discriminación (NMX-R-025-SCFI-2075).

Resulta menester realizar especial énfasis en el Código de Ética de los Servidores Públicos del Gobierno Federal en el cual se puede observar que el propósito de este Código de Ética es impulsar, consolidar y velar por una cultura de valores y principios éticos que guíen la labor cotidiana de los servidores públicos. Por lo que, todo el personal al servicio del IMP es consciente de que su actuación ética y profesional impacta directamente la imagen institucional, y es un elemento que influye en la percepción sobre la validez de los juicios y opiniones del Instituto. Desde el punto de vista constitucional todo servidor público debe observar en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función los siguientes principios:

• Legalidad • Honradez • Lealtad • Imparcialidad • Eficiencia

Por consiguiente, y de manera general, todo el personal al servicio de este instituto –y del Estado– debe anteponer en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones, los siguientes valores:

En el IMP constantemente se vela por el cumplimiento irrestricto a estos valores, sin que se pase por inadvertido las consideraciones señaladas en el dictamen con punto de acuerdo por el que se “exhorta respetuosamente al titular del Instituto Mexicano del Petróleo para que fortalezca los mecanismos e implante las acciones necesarias para garantizar al interior del instituto el ejercicio de una efectiva democracia sindical y protección del derecho de sindicación”.

Por su parte, el Código de Conducta de este organismo descentralizado establece .las pautas de comportamiento de observancia obligatoria para el personal al servicio del IMP, y para terceros relacionados con la institución. Así, las y los servidores públicos deberán conducirse bajo las disposiciones de comportamiento de este Código al tomar decisiones y al adoptar medidas en el desempeño de sus empleos, cargos y comisiones.

Adicionalmente, los valores que se integran en nuestro Código de Conducta del IMP son los siguientes:

Con relación a lo anterior, en este instituto se cuenta con un procedimiento para la recepción de denuncias por incumplimientos al Código de Ética, Reglas de Integridad, Código de Conducta y su Protocolo de Atención, por lo que en el ámbito de aplicación de este Procedimiento la recepción de denuncias y Protocolo de Atención presentadas ante el Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses del IMP, sirve de guía para que toda persona pueda presentar una queja o una denuncia cuando tenga conocimiento de presuntos incumplimientos al Código de Ética, a las Reglas de Integridad o al Código de Conducta.

Asimismo, existen expeditas las acciones a ejercer ante muy distintas autoridades para salvaguardar los derechos de los trabajadores que sientan vulnerados sus derechos públicos subjetivos y se dé el cauce legal a sus reclamaciones, tales acciones van desde las meramente administrativas hasta las jurisdiccionales con la intervención de autoridades laborales, judiciales y hasta del ámbito penal; lo que se quiere dejar en claro es que el compromiso del IMP para la observancia de los derechos de los trabajadores está sujeto al escrutinio, no solo interno, sino externo y que en su momento se debe dar respuesta a las acciones que se entablen por los trabajadores en defensa de sus derechos.

A efecto de atención integral del dictamen, en la propuesta de la diputada proponente se realiza un juicio de que el instituto incumple sus obligaciones legales al “permitir” que la dirigencia sindical el “sistemático método de abuso”, solicitándose además que “cese de la violencia, la represión, el hostigamiento sexual y laboral hacia trabajadoras y trabajadores del instituto.” Al respecto no se advierte en el contenido del dictamen alguna evidencia o prueba que pueda probar esa hipótesis y que permita realizar las acciones correctivas para los funcionarios que las presuntamente las permiten ante las instantes competentes, respetándose el debido proceso y demás garantías constitucionales de presunción de inocencia y defensa. (Artículos 1, 14 y 16 constitucionales y 8 y 25 del Pacto de San José).

Finalmente, el Instituto Mexicano del Petróleo refrenda su compromiso respecto a la vigencia de los principios de la libertad, no injerencia, democracia y transparencia sindical que el Estado mexicano se obliga a garantizar, y por tanto ciñe y ceñirá su actuación irrestrictamente a los marcos de actuación y parámetros que le obligan las normas constitucionales, convencionales y legales en la materia.

Y como muestra de esta voluntad, compartiendo el fin legítimo que persigue el punto de Acuerdo la diputada proponente en beneficio de la cultura democrática y de libertad sindical en México, y entendiendo que precisamente una de sus funciones de su labor legislativa es ser receptáculo de las demandas de la sociedad y darles cauce y atención legislativa bajo el principio de buena fe, este Instituto independientemente de seguir cumpliendo sus obligaciones y respetando los derechos, se compromete a realizar una serie de acciones propositivas para contribuir a la consolidación de estos nuevos paradigmas del derecho laboral en México, tales como:

• Una campaña de difusión de los principales derechos de los trabajadores en relación a la libertad y democracia sindical y derecho de sindicación a través de la difusión de los tratados internacionales en la materia así como el contenido de los artículos 364 Bis, 375, 386 Bis, 390 Bis, 390 Ter de la Ley Federal del Trabajo vigente.

• Reforzar instrucciones a los servidores públicos respecto a la importancia democrática y de libertad que tiene salvaguardar la no injerencia en la vida sindical.

• Seguir trabajando en la implementación de las acciones de mejora pertinentes con la finalidad de robustecer los derechos de los trabajadores del IMP derivados del contrato colectivo del trabajo, en relación con los temas sindicales correspondientes.

• Se continuara trabajando en la comunicación interna sobre los procedimientos y mecanismos disponibles para los trabajadores, en caso de que estimen que sus derechos sindicales o laborales hayan sido transgredidos con la intensión de que conozcan las autoridades ante las cuales podrán iniciar los procedimientos respectivos para imponer el respeto a sus derechos.

• Comunicación permanente con la Secretaría del Trabajo para la implantación de las mejores prácticas sobre estos temas.

Reciba un cordial saludo y el reconocimiento sincero de la función legislativa que realiza en beneficio de la transformación nacional.

Notas

1 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/proceso/docleg/63/231_DOF _24feb17.pdf

2 http://www.diputados.gob.mx!LeyesBiblio/proceso/docleg/63/23LDOF _24feb17.pdf

3 Véase. Época: Décima Época Registro: 2005056 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Tipo de Tesis: Jurisprudencia Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Libro 7, Diciembre de 2073, Tomo 11 Materia(s): Común Tesis: 1V.2oA. J/7 (700.) Página: 933.

4 https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/64/l/20l9-04-9l/assets/docume ntos/DicLeLdictamen_senado_definitivo.pdf

5 Época: Novena Época Registro: 169584 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo XXVII

6 Época: Décima Época Registro: 2010285 Instancia: Segunda Sala Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Libro 23, Octubre de 2015, Tomo II Materia(s): Constitucional Tesis: 2a. CXIV/2015 (10a.) Página: 2087.

7 Época: Décima Época Registro: 2006552 Instancia: Segunda Sala Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Caceta del Semanario Judicial de la Federación Libro 6, Mayo de 2014, Tomo 11 Materia (s): Constitucional, Laboral Tesis: 2a. XLVI/2074 (700.) Página: 1100

8http://sil.gobernacion.gob.mx!Archivos/Documentos/2017/ 12/asun_3648226_20l71213_1513200556.pdf

9 Época: Décima Época Registro: 2004934 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Libro XXVI, Noviembre de 2013, Tomo 2 Materia (s): Constitucional, Laboral Tesis: Xl.lo.A.T.ll L (10a.) Página: 1338.

Atentamente

Ingeniero Marco Antonio Osorio Bonilla (rúbrica)

Director General del Instituto Mexicano del Petróleo

De la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, mediante la cual remite respuesta al punto de acuerdo para exhortar tanto a la FGR como a las fiscalías y procuradurías locales a remitir a la Comisión Nacional de Búsqueda los informes actualizados sobre desaparecidos

Toluca de Lerdo, México, a 5 de febrero de 2020.

Diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos

Secretaria de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en los artículos 1, 4, 8 y 28, fracción II, de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México; y 14, fracción IV, y 20, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, con relación a los artículos primero y segundo del acuerdo número 01/2016 del fiscal general de Justicia del Estado de México, me permito hacer referencia al punto de acuerdo, de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, por el que se exhorta a lo siguiente:

... respetuosamente a la Fiscalía General de la República, así como a las fiscalías y procuradurías de las entidades federativas, para que remitan los informes actualizados sobre las personas desaparecidas de la Comisión Nacional de Búsqueda, dependiente de la Secretaria de Gobernación, a fin de contar con la información más reciente y ejecutar las acciones políticas públicas necesarias para la localización de las víctimas.

En virtud de lo anterior y tras la realidad que la sociedad mexiquense enfrenta actualmente, como los casos de desaparición forzada, la fiscalía ha implantado diversas estrategias y mecanismos interinstitucionales que tienen la finalidad de promover, respetar, proteger, atender y garantizar los derechos humanos, conforme a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, que permitan prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones de los derechos humanos, entre los que se encuentran

• Creación mediante el acuerdo número 02/2018, publicado el 28 de febrero de 2018, en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, de la Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de Delitos en materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, encargada de atender los casos de personas desaparecidas;

• Ha reforzado la comunicación con la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, con la que se acordó actualizar y remitir los viernes de cada semana la información respecto a personas desaparecidas;

• Dicha información se soporta de forma digital y es enviada mediante correo electrónico a la dirección <ndesiderio@segob.gob.mx>; y

• El 13 de noviembre de 2019 se envió un disco donde se encontraba anexo un archivo en el programa de Excel que contenía los registros de personas desaparecidas con los que cuenta esta fiscalía.

La Fiscalía General de Justicia del Estado de México reitera su compromiso permanente para trabajar de manera transversal y coordinada con todas las instancias de los distintos niveles de gobierno para hacer llegar la información reciente y ejecutar las políticas públicas necesarias para la localización de las víctimas.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Fernando Ulises Cárdenas Uribe (rúbrica)

Fiscal Central Jurídico

De la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, con la que remite respuesta a punto de acuerdo relativo al exhorto a otorgar medidas de ayuda provisional, asistencia, atención y rehabilitación que requieran los familiares de las víctimas

Ciudad de México, a 19 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados del Segundo Año Legislativo, LXIV Legislatura

Presente

En alcance a mi similar CEAVICDMX/20/2020, me permito informarle las gestiones realzadas a la fecha para darle cumplimiento al segundo numeral del punto de acuerdo 148, al respecto, comparezco y le informo lo siguiente:

Con fecha 14 de febrero de 2020, mediante el similar CEAVICDMX/70/2020, dirigido al licenciado José Luis Quiroz Hernández, fiscal central de investigación para la Atención del Delito de Homicidio de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos relativos y aplicables en materia de asistencia victimal y con objeto de efectuar el registro de víctimas para la Ciudad de México, me permito compartirle lo dispuesto.

Artículo 147.- EI ingreso de la víctima al registro se realizará por la denuncia, la queja o el conocimiento de los hechos victimizantes que podrá realizar la propia víctima, la autoridad, la Comisión de Derechos Humanos, o un tercero que tenga conocimiento sobre los hechos;

...

I. El Ministerio Público:

II. La Comisión de Derechos Humanos, específicamente en materia de violaciones de derechos humanos.

III. El juzgador penal mediante sentencia ejecutoriada.

El juzgador en materia de amparo, civil o familiar que tenga los elementos para acreditar que el sujeto es víctima, y los organismos internacionales de protección de derechos humanos a los que el Estado mexicano les reconozca competencia, podrían solicitar el registro de las víctimas.

En tal sentido, se le conminó al titular de la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Homicidio, para que se lleven a cabo las acciones tendentes al cumplimiento y satisfacción de los requisitos de ley para el registro de las víctimas indirectas.

Al respecto, y como soporte documental a lo expresado, anexo al presente, le remito el oficio en cita debidamente certificado para sus efectos legales, por lo que solicito respetuosamente se informe a esa honorable legislatura, para su conocimiento, del pleno y de quienes suscribieron el multicitado punto de acuerdo.

Sin otro particular, quedo a sus distinguidas consideraciones.

Atentamente

Maestro Armando Ocampo Zambrano (rúbrica)

Comisionado Ejecutivo de Atención a Víctimas de la Ciudad de México


Ciudad de México, a 12 de febrero de 2020.

Licenciado José Luis Quiroz Hernández

Fiscal Central de Investigación para la Atención del Delito de Homicidio


De la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

Presente

Por esta vía, me permito hacer de su conocimiento el acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, el día 8 de enero de 2020, recibido en fecha 15 del presente mes y año, en el que en lo que hace a esta Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se solicita lo siguiente:

Segundo. La Comisión Permanente exhorta a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de la Ciudad de México, para que en el ámbito de sus atribuciones otorgue medidas de ayuda provisional, asistencia, atención y rehabilitación que requieran los familiares de la ciudadana Abril Cecilia Pérez Sagaón, para atender las circunstancias adversas derivadas de su feminicidio.”

En tal sentido y con fundamento en los artículos 1o., 20, apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 4o., 98 y 101 de la Ley General de Víctimas, así como en los numerales 3o., fracción XXXIX, 4o., 135, fracción I, y 145 a 149, de la Ley de Víctimas para la Ciudad de México: respetuosa y atentamente me permito solicitar su amable colaboración a efecto de garantizar a las presuntas víctimas los derechos de ayuda y asistencia, que legal y constitucionalmente les correspondan, como bien ha solicitado la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión.

Bajo la línea de lo anterior, es menester que las presuntas víctimas sean ingresadas al Registro de Víctimas de la Ciudad de México, para lo cual la Ley de Víctimas establece la siguiente disposición:

Artículo 147.- El ingreso de la víctima al Registro se realizará por la denuncia, la queja o el conocimiento de los hechos victimizantes que podrá realizar la propia víctima, la autoridad, la Comisión de Derechos Humanos, o un tercero que tenga conocimiento sobre los hechos.

Toda autoridad que tenga contacto con la víctima estará obligada a recibir su declaración, la cual consistirá en una narración de los hechos con los detalles y elementos de prueba que la misma ofrezca, la cual se hará constar en el formato único de declaración.

El Ministerio Público, las y los defensores públicos, los asesores y asesores jurídicos y la Comisión de Derechos Humanos, no podrán negarse a recibir dicha declaración y enviar el Formato Único a la Comisión de Víctimas, de acuerdo a lo establecido por la presente ley.

Artículo 148.- Están obligados a solicitar el registro de las víctimas las autoridades siguientes:

I. El Ministerio Público

II. La Comisión de Derechos Humanos, específicamente en materia de violaciones de derechos humanos;

III. El Juzgador penal.

El Juzgador en materia de lo civil o familiar que tenga los elementos para acreditar que el sujeto y los organismos internacionales de protección de derechos humanos a los que el Estado mexicano les reconozca competencia, podrán solicitar el registro de las víctimas.

(Lo resultado es propio.)

Así pues, con el propósito de estar en aptitud de que las presuntas víctimas puedan ingresar, en términos de ley, al Registro de Víctimas de la Ciudad de México, y toda vez que esta Comisión de Víctimas no tiene contacto alguno con las y los familiares de la ciudadana Abril Cecilia Pérez Sagaón, no contando tampoco con la información mínima estipulada en el artículo 99 de la Ley General de Víctimas, resulta necesario solicitar, en vía de colaboración, a esa Fiscalía General de Justicia, que requiera a la o el agente del Ministerio Público encargado de la indagatoria por el presunto femenicidio de la posible víctima directa, reunir esta Comisión Ejecutiva los Formatos Únicos de Declaración, debidamente requisitados incluyendo número telefónico y dirección completa, conjuntamente con la documentación y declaraciones que den cumplimiento a las citadas disposiciones legales.

No omito informar que el Formato Único de Declaración puede ser descargado vía internet.

Por otra parte, y para estar en aptitud de conocer las circunstancias de tiempo, modo y lugar, en que fue producido el hecho victimizante, así como los efectos que el mismo ha producido en las afectadas, me permito solicitar su colaboración con el propósito de que sea remitido, a esta comisión ejecutiva un informe del estado actual de la investigación o proceso. Lo anterior, acorde a nuestras funciones constitucionales y legales.

Para tal efecto, no omito manifestar que, en términos del diverso artículo 145 de la Ley de Victimas de esta ciudad, se prevé lo siguiente:

Artículo 145.- La solicitud de inscripción de la víctima no implica se ingresó automático al Registro. Presentada la solicitud, deberá ingresarse la misma a dicho Registro y se procederá a la valoración de la información recogida en el formato único, junto con la documentación remitida que acompañe dicho formato. Para mejor proveer la Comisión de Víctimas podrá solicitar la información que considere necesaria a cualquiera de las autoridades de la Ciudad de México, las que estarán en el deber de suministrar en un plazo que no supere los diez días naturales.

Asimismo, se anexa a la presente copia simple del dictamen del punto de acuerdo, celebrada en sesión por parte del Poder Legislativo Federal Comisión Permanente.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para reiterarle las seguridades de nuestras más atentas y distinguidas consideraciones.

Atentamente

Maestro Armando Ocampo Zambrano (rúbrica)

Comisionado Ejecutivo de Atención a Víctimas de la Ciudad de México

Del Congreso de Chiapas, mediante la cual remite respuesta al punto de acuerdo relativo a proporcionar un lugar adecuado e higiénico para que las madres amamanten a los bebés o realicen la extracción manual de leche en el periodo de lactancia

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a 28 de enero de 2020.

Diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos

Secretaria de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión

Presente

Con fecha 17 de enero del presente año recibimos oficio signado por usted de número DGPL 64-II-7-1555, expediente 144, con fecha 8 de enero de este año, a través del cual nos hace del conocimiento que el Poder Legislativo aprobó en sesión celebrada el 8 de enero de este año el punto de acuerdo por el que se exhorta a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial federales y de las entidades federativas, así como a los órganos con autonomía reconocida en la Constitución, para que conforme a la legislación aplicable, continúen implantando o, en su caso, implanten las acciones necesarias para proporcionar un lugar adecuado e higiénico para que las madres amamanten a los bebés o realicen la extracción manual de leche en el periodo de lactancia, así como fomentar la capacitación y toma de conciencia sobre la importancia de la lactancia materna en los primeros seis meses y complementaria hasta el segundo año de edad, conforme a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicios del Estado, documento que en su numeral primero indica lo siguiente:

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con pleno respecto de la división de poderes y la autonomía de los estados, exhorta a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial federales y de las entidades federativas, así como a los órganos con autonomía reconocida en la Constitución, para que conforme a la legislación aplicable, continúen implantando o, en su caso, implanten las acciones necesarias para proporcionar un lugar adecuado e higiénico para amantar a los bebés, en los términos del artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicios del Estado.

Al respecto, me permito informarle que con fecha 12 de septiembre de 2019, en las instalaciones con que cuenta el Congreso de Chiapas se inauguró el lactario, el cual busca fomentar la lactancia materna, o natural, y mejorar la salud de los bebés, y cumple todos requisitos para que las madres trabajadoras del Poder Legislativo, así como las madres que se encuentren de visita o realizando algún trámite en estas instalaciones, puedan amantar a los bebés en un entorno propicio que las proteja y les garantice un espacio privado, seguro e higiénico.

Por ello me es grato informarle que el Congreso del estado cumple lo dispuesto en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicios del Estado; de igual forma, que se seguirá trabajando en acciones que beneficien la salud de los bebés para que cuenten con un desarrollo sano.

Sin otro particular, habilito la ocasión para enviarle un cordial y afectuoso saludo.

Atentamente

Diputada Dulce María Rodríguez Ovando (rúbrica)

Secretaria de la Mesa Directiva

Del Congreso de Guanajuato, mediante la cual remite respuesta al punto de acuerdo relativo a acondicionar salas de lactancia

Guanajuato, Guanajuato, a 22 de enero de 2020.

Diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos

Secretaria de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión

Presente

En sesión de la Diputación Permanente de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del estado celebrada hoy se dio cuenta con el oficio número DGPL 64-II-7-1555, de fecha 8 de enero del presente año, a través del cual remite punto de acuerdo donde se exhorta a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial federales y de las entidades federativas, así como de los órganos con autonomía reconocida en la Constitución, para que conforme a la legislación aplicable, continúen impulsando o, en su caso, implanten las acciones necesarias para proporcionar un lugar adecuado e higiénico para la realización del amamantamiento de los bebés en los términos del artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

La Presidencia dictó el siguiente trámite: “Enterados y se informa que la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicios del Estado y de los Municipios ya dispone la obligación de las instituciones o dependencias para acondicionar salas de lactancia y, en particular, este Congreso del estado cuenta con dos salas para tal efecto”.

Lo hago de su conocimiento para los efectos a que haya lugar.

Aprovecho la ocasión· para enviar un cordial saludo y reiterar las seguridades de mi distinguida consideración.

Atentamente

Diputado Guadalupe Vera Hernández (rúbrica)

Secretario de la Diputación Permanente

De la Fiscalía General de la República, con la que remite respuesta a punto de acuerdo que la exhorta a informar del progreso en la indagatoria relativa a la explosión del ducto de Petróleos Mexicanos en Tlahuelilpan, Hidalgo

Ciudad de México, a 14 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Hago referencia al oficio DGPL 64-II-6-1547, mediante el cual hace del conocimiento el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 15 de enero del año en curso, que en su parte resolutiva señala:

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía General de la República para que informe a esta soberanía, sin poner en riesgo la integridad y confidencialidad de la indagatoria, los avances en la integración de las carpetas de investigación que inició con motivo de la explosión del ducto de Petróleos Mexicanos en Tlahuelilpan, Hidalgo, el 18 de enero de 2019.”

En virtud de lo anterior, con fundamento en los artículos 16, 21, 102, apartado A; 119, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 33, apartado, fracción I y los transitorios tercero, cuarto, quinto (interpretado a contrario sensu ), sexto y décimo segundo, fracción I, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, hago de su conocimiento, que el licenciado Héctor Ávila Vázquez, coordinador de Supervisión y Control Regional, en la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo, comunicó a esta dirección la respuesta, siendo la siguiente:

“Al respecto, me permito remitir a usted el informe rendido por el delegado de la Institución en el estado de Hidalgo, en el que señala que con motivo de la explosión del ducto de Petróleos Mexicanos en Tlahuelilpan, Hidalgo, suscitada el 18 de enero de 2019, se inició carpeta de investigación, misma que se encuentra en trámite y se han realizado diversas diligencias ministeriales:

1. Entrevistas: Autoridades municipales de Tlahuelilpan (9); autoridades municipales de Tlaxcoapan (5); Secretaría de la Defensa Nacional, Sedena, (24); Policía Federal (12); Policía Municipal de Tlahuelilpan (9); Policía Municipal de Tlaxcoapan (6); Petróleos Mexicanos, Pemex, (38); Testimoniales (27); autoridades registrales (1); Policía Estatal (6); testigos en las instalaciones del Centro Cultural de Tlahuelilpan (10); Personal del C5i de la Secretaría de Seguridad Pública de Hidalgo (1); director general de la Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo (1).

2. Peritajes: Topografía forense (2); Criminalística de campo (2); Fotografía forense (4); Ingeniería mecánica (3); Química forense (2); Telecomunicaciones (13); Causalidad de daños por toma por TCNH por parte de Pemex (2); Identificación de hidrocarburo por parte de Pemex (1); Avalúo de daños a las instalaciones de Pemex por parte de la misma empresa (2); Copia certificada de dictamen en criminalística por parte de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (5); Copia certificada de necropsias por parte de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (69); Tránsito terrestre (1); Informe de incendios y explosiones que expone los motivos que le imposibilitan rendir su opinión técnica (1); Audio y video (3); Daño ambiental Profepa (1); Informática (2); Médico de integridad física (1); Incendios y explosiones (1); Grafoscopía (1); Incendios y explosiones (1); Agrimensura practicado por perito de la Procuraduría Agraria (1); Ambiental W.

3. Informes de Investigación Criminal; Policía Federal Ministerial (24); Unidad de Análisis Criminal de Hidalgo (9); Unidad de Investigaciones Cibernéticas y Operaciones Tecnológicas (1).

4. Informes rendidos por diversas autoridades: Sedena (8); Secretaría de Gobierno del Estado (2); Presidencia Municipal de Tlahuelilpan (4); Presidencia Municipal de Tlaxcoapan (3); Director de Protección Civil de Tlaxcoapan (1); Pemex (38); Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno Estatal (1); Procuraduría General de Justicia del Estado (8); Hospitales (5); Secretaría de Seguridad Pública de Tlahuelilpan (2); Instituto de la Función Registral Estatal (3); Secretaría de Seguridad Pública de Tlaxcoapan (1); Comisariado Ejidal de Tlahuelilpan (1); Comisariado Ejidal de Tlaxcoapan (1); Catastro municipal de Tlahuelilpan (1); Catastro municipal de Tlaxcoapan (1); Policía Federal (13); DIF municipal de Tlahuelilpan (1); Secretaría de Salud federal (2); director general de la Policía de Investigación de la Procuraduría General de Justicia del Estado (1); Fundación Michou y Mau, IAP para niños quemados (1); Dirección General del Registro Familiar del Estado (1); Registro Agrario Nacional (1); De colaboración de diversos AMPF de Pachuca, respecto de inspección realizada a discos compactos que contienen conversaciones de WhatsApp aportadas voluntariamente por testigos de los hechos (1).

5. Aseguramientos: acuerdo de aseguramiento del AMPF de los inmuebles afectos a la investigación (1); acuerdo de levantamiento de aseguramiento del AMPF de los inmuebles afectos a la investigación (1); acuerdo de aseguramiento del AMPF respecto de garrafones con hidrocarburo (1); acuerdo de aseguramiento del AMPF respecto de diversas estructuras de tuberías localizadas en el lugar del incendio (1).

6. Comisión Nacional de los Derechos Humanos: Consulta de expediente (2).”

Sin otro particular, le reitero mi distinguida consideración.

Atentamente

Doctor José Enrique Prieto Vargas (rúbrica)

Director de Vinculación

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite respuesta a punto de acuerdo relativo a remitir un informe sobre las convocatorias realizadas a los integrantes del Sistema Nacional de Atención a Víctimas

Ciudad de México, a 19 de febrero de 2020.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En atención al oficio número D.G.P.L. 64-II-4-1612, signado por la diputada Mary Carmen Bernal Martínez, en su carácter de secretaria de la Mesa Directiva la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número CEAV/OCE/167/2020, suscrito por la doctora Mara Gómez Pérez, comisionada ejecutiva de Atención a Víctimas, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a remitir un informe sobre las convocatorias realizadas a los integrantes del Sistema Nacional de Atención a Víctimas, así como de las políticas públicas, directrices, servicios, planes, programas, proyectos, acciones institucionales e interinstitucionales, que hayan derivado de éstas.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad


Ciudad de México, a 10 de febrero de 2020.

Emiliano de Jesús Saldaña Hernández

Titular de la Unidad de Enlace de la Subsecretaria de Gobierno de la Secretaria de Gobernación

Presente

En atención a su oficio número SG/UE/230/26/20, mediante el cual remite el acuerdo de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, que a la letra dice:

“La Comisión Permanente exhorta respetuosamente a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, para que en el marco de sus atribuciones, remita a esta soberanía un informe de las convocatorias realizadas a los integrantes del Sistema Nacional de Atención a Víctimas, así como de las políticas públicas, directrices, servicios, planes, programas, proyectos, acciones institucionales e interinstitucionales, que hayan derivado de éstas.”

Al respecto, me permito informarle que en los archivos de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas obra la siguiente información:

El Sistema Nacional de Atención a Víctimas se instaló el 15 de enero de 2014. Posteriormente, se convocó a la primera sesión ordinaria, misma que se celebró el 20 de mayo de 2015.

En la primera sesión ordinaria se aprobaron las reglas de funcionamiento del Sistema Nacional de Atención a Víctimas y se expusieron las acciones realizadas desde la creación de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

La segunda sesión ordinaria fue convocada en diciembre de 2015, sin embargo, no se llevó a cabo por falta de quórum.

Anexo las convocatorias de la sesión de instalación, de la primera sesión ordinaria y de la segunda sesión ordinaria, así como las actas de la sesión de instalación y de la primera sesión ordinaria, para mayor referencia.

Como es de su conocimiento, el pasado 10 de diciembre fui designada por el Senado de la República como comisionada ejecutiva de Atención a Víctimas. Esta honrosa designación lleva aparejada una enorme responsabilidad: la transformación integral de la CEAV y, muy especialmente, colocar en el centro de la institución a las víctimas.

Por tal motivo, actualmente se lleva a cabo el proceso de implementación del nuevo modelo integral de atención a víctimas, con enfoque psicosocial, mediante el cual las víctimas reciban atención integral y multidisciplinaria a fin de generar autonomía y recuperación del proyecto de vida.

El fortalecimiento institucional, a través de la reestructura y modernización administrativa para aprovechar de manera eficiente los recursos humanos, materiales y financieros. La actualización normativa con el objetivo de adecuar el marco jurídico a las necesidades reales de las víctimas; y construcción de legitimidad y percepción de confianza de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

A través del nuevo modelo de atención a víctimas queremos apoyar y atender de manera integral, con un acompañamiento cálido y sensible, a víctimas de violaciones a derechos humanos y delitos en el ámbito federal, para alcanzar la reparación y la recuperación de su proyecto de vida, a través de la restitución, rehabilitación y garantías de no repetición.

Adicionalmente, me permito hacer de su conocimiento que el 20 de febrero del año en curso se celebrará la reunión con las comisiones ejecutivas locales y dependencias estatales de atención a víctimas denominada “Hacia un Nuevo Modelo de Atención a Víctimas. Agenda 2020”, y en la que participarán las 32 entidades federativas.

Asimismo, el 25 de febrero se llevará a cabo la primera sesión ordinaria de la Junta de Gobierno. Posteriormente, se convocará al pleno de la Asamblea Consultiva de esta Comisión Ejecutiva y, con ello, se estará en posibilidad de iniciar las gestiones correspondientes para convocar al Sistema Nacional de Atención a Víctimas, lo que constituye una prioridad para la administración que encabezo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Doctora Mara Gómez Pérez (rúbrica)

Comisionada Ejecutiva de Atención a Víctimas

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación de la SCT relativa a punto de acuerdo por el que se exhorta a fortalecer la prevención de accidentes en carreteras

Ciudad de México, a 20 de febrero de 2020.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En atención al oficio número DGPL 64-II-5-1855 signado por el diputado Porfirio Muñoz Ledo, en su carácter de vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DGV/1.3.-0070/2020 suscrito por el maestro Jorge Sánchez Arellano, director general de Vinculación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a fortalecer los programas de prevención de accidentes en caminos y carreteras del país, así como a informar sobre las medidas implementadas y las que se aplicarán en el futuro en las carreteras federales para la prevención de accidentes.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


Ciudad de México, a 19 de febrero de 2020.

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández

Titular de la Unidad de Enlace

Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al oficio número SG/UE/230/l54/20, mediante el cual comunica el acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, en sesión celebrada el 28 de enero de 2020, cuyos resolutivos cito:

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que, en coordinación con sus homólogas en las entidades federativas, fortalezca los programas de prevención de accidentes en caminos y carreteras del país. Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a emitir un informe sobre las medidas aplicadas en las carreteras federales para la prevención de accidentes; asimismo, informar sobre las medidas futuras para la prevención de accidentes en carreteras federales.”

Al respecto, me permito remitir la respuesta que envió la Subdirección Jurídica Consultiva de la Dirección Jurídica de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe), mediante oficio número 09/JOU/DJ/SJC/l26/2020.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Jorge Sánchez Arellano (rúbrica)

Director General de Vinculación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes


Cuernavaca, Morelos, a 12 de febrero de 2020.

Maestro Jorge Sánchez Arellano

Director General de Vinculación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Presente

Me refiero al oficio SG/UE/230/154/20 del 4 de febrero de 2020, recibido por esta entidad el 10 de febrero del mismo año, a través del cual Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación informó al ingeniero Javier Jiménez Espriú, secretario de Comunicaciones y Transportes, el punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en su sesión celebrada el 28 de enero del presente año.

Sobre el particular, por instrucciones del licenciado Alejandro García Aguirre Berlanga, director jurídico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe), me permito informarle que la citada petición fue turnada al ingeniero José Luis Lerma Mercado, director de Infraestructura Carretera; José David Fragoso Cedillo, director de Operación y a la licenciada María Carolina Álvarez del Villar del Águila, coordinadora de Comunicación Social de este organismo, quienes en el ámbito de su competencia se sirvieron informar la atención brindada al punto de acuerdo de mérito bajo los siguientes términos:

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que, en coordinación con sus homólogas en las entidades federativas, fortalezca los programas de prevención de accidentes en caminos y carreteras del país.”

En atención a este punto se comunica que Capufe realiza una serie de acciones para la prevención de accidentes y disminuir la severidad de los mismos en la red operada a su cargo, mediante la instrumentación del Programa de Seguridad Carretera, el cual tiene entre sus objetivos la atención a puntos de conflicto y la realización de la inspecciones de seguridad vial. Los puntos de conflicto son sitios donde se tiene una alta concentración de accidentes y las inspecciones de seguridad vial identifican las condiciones de seguridad en aspectos riesgosos, deficiencias o carencias y que son susceptibles a desencadenar un accidente. Anualmente, Capufe gestiona recursos ante el Fondo Nacional de Infraestructura para el Programa de Seguridad Carretera, con estos recursos autorizados se realizan trabajos para incrementar la seguridad vial de la infraestructura mediante la instalación de dispositivos de seguridad como son: señalamiento vertical y horizontal, defensa metálica de tres crestas, amortiguadores de impacto, barrera central de concreto, muro monolítico, superficie de alta fricción, barrera de cable de acero, malla y valla antideslumbrante, luminarias a base de leds con fotoceldas, ménsulas reflejantes; reja de acero para protección antivandálica en puentes, alertadores de salida de la vialidad, construcción de rampas de emergencia para frenado, entre otras.

Es importante señalar que las acciones de mejoramiento a la infraestructura carretera, implementadas, no tienen como meta exclusiva la atención a puntos de conflicto o a las sugerencias de mejora derivadas de las inspecciones de seguridad vial, sino que también se ejecutan trabajos en otros sitios de la red de autopistas, a fin de incrementar la seguridad vial en general, como el mejoramiento de señalamientos, trabajos de conservación y modernización de la infraestructura, a fin de disminuir la incidencia y severidad de accidentes e incrementar la seguridad vial de todos los tramos, operados por el organismo, en beneficio de nuestros usuarios.

Aunado a lo anteriormente señalado, se han instalado paneles de mensajes variables en las autopistas México-Acapulco; México-Irapuato por medio de los cuales se advierte a los usuarios los accidentes y condiciones meteorológicas adversas.

Asimismo, se implementan operativos en cada puente vacacional y en los cuales se establecen servicios de emergencia en puntos estratégicos con vehículos de señalamiento dinámico, ambulancias, vehículos de auxilio vial y grúas.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a emitir un informe sobre las medidas aplicadas en las carreteras federales para la prevención de accidentes; asimismo, informar sobre las medidas futuras para la prevención de accidentes en carreteras federales.”

Respecto a este resolutivo se informa que Capufe, junto con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), año con año han diseñado campañas centradas en la seguridad vial. El objetivo principal es concientizar a los usuarios de las autopistas acerca de la importancia de usar el cinturón de seguridad, respetar los límites de velocidad, respetar las señales de tránsito, no usar el celular mientras maneja, no tomar bebidas alcohólicas al manejar, usar casco al viajar en motocicleta, así como de otras medidas preventivas.

Para el presente año se diseñó una campaña en tres etapas: Semana Santa, Verano y Decembrina. Para el periodo de Semana Santa se llevará a cabo la difusión de la primera etapa de seguridad vial denominada: Piensa en tu Familia, a través de medios digitales previamente autorizados por la Presidencia de la República y la Secretaría de Gobernación.

La segunda etapa de la campaña se llevará a cabo en julio-agosto y la tercera se difundirá en diciembre del presente año, las cuales tienen por objetivo concientizar a los conductores sobre un manejo responsable, invitando a los usuarios de las autopistas a cargo del organismo a tomar las previsiones necesarias para disfrutar de un recorrido sin contratiempos.

Capufe, en coordinación con la SCT, de manera permanente difunde campañas publicitarias para concientizar a los usuarios sobre la importancia de la seguridad vial.

Sin otro particular, reitero a usted las seguridades de mi consideración distinguida.

Atentamente

Licenciado Armando Martínez Vargas (rúbrica)

Subdirector Jurídico Consultivo

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo relativo a implantar programas de información y prevención a fin de evitar estafas en compras por internet

Ciudad de México, a 21 de febrero de 2020.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio D.G.P.L. 64-II-7-1674, signado por la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos, en su carácter de secretaria de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 113.2020.OEL.064, suscrito por el maestro Edwin Enrique Ramírez Lemus, encargado de la Oficina de Enlace Legislativo de la Secretaría de Economía, así como su original número 113.2020.OEL.065, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a implementar programas de información y prevención a fin de evitar que las y los consumidores sean estafados al realizar compras a través de internet.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad


Ciudad de México, a 20 de febrero de 2020.

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández

Titular de la Unidad de Enlace

Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al oficio número SE/UE/230/103/20, de fecha 29 de enero de 2020, a través del cual se remitió el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, cuyo resolutivo se transcribe a continuación:

“Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y a la Procuraduría Federal del Consumidor para que implementen programas de información y prevención a fin de evitar que las y los consumidores sean estafados al realizar compras a través de internet.”

Al respecto me permito solicitarle que con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la fracción II del artículo 63 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, así como el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el 1 de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, haga del conocimiento de la honorable Cámara de Diputados la información contenida en el oficio número 113.2020.OEL.065 en la forma que usted estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Maestro Edwin Enrique Ramírez Lemus (rúbrica)

Encargado de la Oficina de Enlace Legislativo


Ciudad de México, a 20 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Me refiero al oficio número D.G.P.L. 64-II-7-1674 de fecha 28 de enero de 2020, a través del cual se remitió el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, cuyo resolutivo se transcribe a continuación:

“Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y a la Procuraduría Federal del Consumidor para que implementen programas de información y prevención a fin de evitar que las y los consumidores sean estafados al realizar compras a través de internet.”

Al respecto, me permito informarle que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24, fracción V, de la Ley Federal de Protección al Consumidor,1 la Procuraduría Federal del Consumidor (en lo sucesivo Profeco) tiene entre otras atribuciones, formular y realizar programas de educación para el consumo, así como de difusión y orientación respecto de las materias a que se refiere la Ley. Derivado de lo anterior, el artículo 16, fracción I, del Reglamento de la Profeco2 señala que la Coordinación General de Educación y Divulgación (en lo sucesivo CGED) tiene, entre otras, la facultad de planear y establecer los programas de educación para el consumo y los de difusión a través de publicaciones, radio y televisión, y de organización de consumidores con el propósito de informar a los consumidores sobre sus derechos, la calidad y mejores condiciones de compra de bienes y servicios, así como para orientar a la industria y al comercio respecto de las necesidades y problemas de los consumidores.

En tal sentido, la Profeco, a través de la CGED, ha emprendido acciones relativas a la difusión de información, así como de prevención entorno a las compras por Internet. Estas acciones consisten particularmente en la publicación de los siguientes materiales informativos en diversas ediciones de la Revista del Consumidor:

• Edición 508, publicada en junio de 2019- Página 24.- “Brújula de compra” En servicios digitales, también tienes derechos.

• Edición 509, publicada en julio de 2019 - Página 34.- “Tendencias” Ojo con los hackers.

• Edición 513, publicada en noviembre de 2019 - Página 56.- “Conexión” Compras seguras por Internet.

• Edición 515, publicada en enero de 2020 - Página 26.- “Entorno Digital” Vender por internet, no es tan difícil como piensas.

• Edición 516, publicada en febrero de 2020 - Página 59.- “Análisis publicitario en la Profeco”.

Puede accederse a la Revista del Consumidor a través del siguiente enlace: https://www.gob.mx/profeco/articulos/revista-del-consumidor?idiom=es

Asimismo, se cuenta con la herramienta “Monitoreo de tiendas virtuales”, la cual consiste en una plataforma donde los consumidores pueden revisar si los sitios de los proveedores que realizan transacciones a través de comercio digital cumplen con las disposiciones contenidas en la Ley Federal de Protección al Consumidor. Puede accederse a la misma a través del siguiente enlace: http://www.profeco.gob.mx/tiendasvirtuales/index.html

Adicionalmente, se difunden materiales informativos relacionados con el presente punto de acuerdo a través de las Redes Sociales de esta Procuraduría como son Facebook, Instagram y Twitter.

Con estas acciones, Profeco refrenda el compromiso para promover y proteger los derechos de los consumidores, fomentando la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Notas

1 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1992.

2 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2019.

Atentamente

Maestro Edwin Enrique Ramírez Lemus (rúbrica)

Encargado de la Oficina de Enlace Legislativo

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación de la SRE a punto de acuerdo relativo a la posibilidad de ofrecer cooperación, en caso de una solicitud formal del gobierno de Australia, para coadyuvar a la supresión del fuego

Ciudad de México, a 21 de febrero de 2020.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del hhonorable Congreso de la Unión

Presentes

En atención al oficio número DGPL 64-II-5-1820, signado por la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos, en su carácter de Secretaria de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DEP-0168/20, suscrito por el maestro Alberto Uribe Camacho, director general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a analizar la posibilidad de ofrecer cooperación a través del fondo de ayuda humanitaria, en el caso de una solicitud formal por parte del gobierno de Australia, para coadyuvar en las acciones de supresión del fuego.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


Ciudad de México, 13 de febrero de 2020.

Maestro Ricardo Peralta Saucedo

Subsecretario de Gobierno

Secretaría de Gobernación

Presente

Con fundamento en el artículo 16, fracción IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, me permito hacer referencia al punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión relativo a los incendios forestales registrados en Australia, cuyos resolutivos son los siguientes:

“Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión manifiesta su solidaridad por las lamentables pérdidas humanas, de diversas especies de fauna, ecológicas y económicas, ocurridas por los incendios forestales registrados en Australia.

”Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores ya la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para analizar la posibilidad de ofrecer cooperación a través del fondo de ayuda humanitaria, en-el caso de una solicitud formal por parte del gobierno de Australia, para coadyuvar en las acciones de supresión del fuego.”

Por lo antes expuesto, mucho agradeceré sus amables gestiones para hacer llegar la respuesta anexa a la Mesa Directiva del Senado de la República.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Alberto Uribe Camacho (rúbrica)

Director General de Coordinación Política


Respuesta a punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para analizar la posibilidad de ofrecer cooperación a través del fondo de ayuda humanitaria, en el caso de una solicitud formal por parte del gobierno de Australia, para coadyuvar en las acciones de supresión del fuego

Al respecto, se transmiten los siguientes elementos de respuesta:

Respecto al exhorto de ofrecer cooperación a través del fondo de ayuda humanitaria en caso de una solicitud formal por parte del gobierno de Australia, para contribuir en el combate de los incendios forestales que afecta al citado país, el gobierno de México se mantiene atento a la situación por conducto de la embajada mexicana ante el gobierno de Australia, así como con la representación diplomática de ese país en México, a fin de contar con la información precisa sobre la situación del combate a los incendios forestales.

No obstante, el gobierno de Australia ha manifestado en reuniones con el cuerpo diplomático acreditado en ese país, que sólo se aceptarán los ofrecimientos de apoyo que se estimen pueden contribuir a combatir los incendios forestales, e incluso ha dejado claro que no está recibiendo apoyos en especie o económico que no sean evaluados previamente. Asimismo, ha reiterado que Australia está apoyando a su población y, una vez que concluyan la temporada de incendios iniciará actividades para la recuperación de la flora y fauna.

Por otra parte, la Embajada de Australia mantiene en su página web el siguiente mensaje:

“Australian Embassy in Mexico

La Embajada de Australia en México agradece sus preocupaciones y su apoyo con respecto a los incendios forestales que afectan algunas regiones del país. Estos incendios no tienen precedentes y, si bien Australia está preparada con los recursos necesarios, los daños están aumentando rápidamente y el coste humano es desgarrador, por lo que es necesario una respuesta total. El gobierno australiano seguirá brindando asistencia a los estados en su combate contra los incendios devastadores, para ayudar a proteger vidas, garantizar que las comunidades afectadas tengan recursos suficientes y que las evacuaciones puedan se afectadas de manera rápida y efectiva,

Un número de personas han contactado a la Embajada para preguntar cómo pueden ayudar. Si bien la Embajada de Australia en México no solicita asistencia de ningún tipo, las personas que deseen ayudar pueden realizar donaciones directamente a las agencias de servicios de emergencia u organizaciones de beneficencia corno.

The Red Cross: www.redcross.org.au

The Salvation Army Disaster Appeal: www.salvationarmy.org.au

StVincent de Paul Bushfire Appeal:

www.vinnies.org.au

Wires (ihjured animals): www.wires.org.au

NSW Rural Fire Service: www.rfs.nsw.gov.au

Country Fire Association of Victoria:

www.cfa.vic.gov.au

South Australia Country Fire Service:

www.cfsfoundation.org.au

Les agradecemos a todos por sus amables palabras y ofrecimientos de apoyo.”

No obstante lo anterior, la Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Amexcid) se mantiene atenta ante el curso de las acciones generadas para el combate de los incendios forestales, y de contar con alguna solicitud de apoyo por parte de la autoridad competente en Australia para contribuir a la atención de la emergencia, la Amexcid se coordinará con las instituciones mexicanas para determinar la mejor forma de atender la petición que pudiera hacer el gobierno australiano.

(Fin del texto)



Actas

De la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, correspondiente a la séptima reunión ordinaria, efectuada el miércoles 29 de abril de 2019

A las 13:15 horas del miércoles 29 de mayo de 2019, en la sala de juntas del edificio F, segundo piso, se reunieron legisladores integrantes de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para proceder al desahogo de los siguientes puntos del orden del día:

1. Registro de asistencia y verificación de quórum

Encontrándose registrados los diputados y diputadas cuyos nombres se citan a continuación:

Diputados María Marivel Solís Barrera, presidenta; Alejandra Pani Barragán, Alberto Villa Villegas, Laura Érika de Jesús Garza Gutiérrez, José Guillermo Aréchiga Santamaría, María Eugenia Hernández Pérez, Irasema del Carmen Buenfil Díaz, Ricardo García Escalante, secretarios; Abril Alcalá Padilla, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Ana Laura Bernal Camarena, Julio Carranza Aréas; Diputada, Geraldina Isabel Herrera Vega, María de los Ángeles Huerta del Río, Delfino López Aparicio, Sergio Mayer Bretón, Beatriz Silvia Robles Gutiérrez, Mario Alberto Rodríguez Carrillo.

Se registró la inasistencia de Brasil Alberto Acosta Peña, secretario; María Eugenia Leticia Espinosa Rivas, Jorge Romero Herrera (justificada), Limbert Iván de Jesús Interián Gallegos, Patricia Terrazas Baca.

En virtud de que se contó con el quórum reglamentario, la presidenta de la comisión, diputada María Marivel Solís Barrera, dio por iniciada la séptima reunión ordinaria.

2. Lectura y aprobación, en su caso, del orden del día

A continuación, la presidenta de la comisión solicitó a la diputada secretaria, Alejandra Pani Barragán, que sometiera a consideración de los integrantes la aprobación del orden del día.

Los diputados y diputadas aprobaron por unanimidad el siguiente

Orden del Día

1. Registro de asistencia y verificación del quórum.

2. Lectura y aprobación, en su caso, del orden del día.

3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la reunión anterior.

4. Análisis, discusión y aprobación, en su caso, del dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología.

5. Análisis discusión y, en su caso, aprobación de la opinión de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.

6. Asuntos turnados.

7. Asuntos generales.

8. Clausura.

3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la reunión anterior

En virtud de que el proyecto de acta de la reunión anterior fue distribuido con anterioridad, se dispensó su lectura, y la presidenta sometió a consideración de los integrantes su aprobación.

Los diputados aprobaron por unanimidad el acta de la reunión anterior.

4. Análisis, discusión y aprobación, en su caso, del dictamen del dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología

En este punto del orden del día se explicó que desde que inició esta legislatura todos los integrantes de esta comisión vivieron el recorte al Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación, representó en términos reales un 6.5 por ciento respecto al aprobado en 2018, impactando los recursos destinados en este sector a la Secretaría de Salud, Turismo, Conacyt, Cultura, Comunicaciones y Transportes, Medio Ambiente, Agricultura, Gobernación y a la Procuraduría General de la República.

Y que lo anterior significó una desaceleración en el esfuerzo público en materia de ciencia, tecnología e innovación, de manera general los recursos que se destinaron para 2019 al Programa Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación se ven afectados de una manera relevante, situando la inversión pública casi en los mismos términos que los destinados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2011.

Por lo anterior, y derivado del compromiso que tienen los integrantes de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Cámara de Diputados de impulsar y desarrollar nuevas políticas públicas que moldean y apoyan a la innovación, ya que de esa manera se logrará mejorar el bienestar de los ciudadanos y conseguir un desarrollo que sea incluyente y sostenible, proponemos la reforma a la parte final del artículo 9 Bis, con la que no se genera impacto presupuestario, pero se protege al sector evitando que sufra recortes en los subsecuentes ejercicios fiscales, adicionando lo siguiente:

Artículo 9 Bis.

....

En tanto no se alcance la meta del 1 por ciento del producto interno bruto, el presupuesto federal en ciencia, tecnología e innovación no podrá ser menor al del aprobado en el año fiscal anterior.

Por lo anterior, se puso a consideración de esta asamblea dictamen en sentido positivo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología.

Se puso a discusión el tema participando varios diputados a favor del mismo. Al pasar a la votación el diputado Mario Alberto Rodríguez Carrillo observó que para ese momento no se contaba con el quórum necesario para llevar a cabo la votación pues algunos de los integrantes habían salido a otras reuniones de comisión y un foro de las Comisiones Unidas de Cultura, Ciencia, Tecnología e Innovación, y de Turismo. Por lo que podría seguirse discutiendo, pero no votarse en tanto no volvieran los diputados ausentes. Después de algunos minutos la con fundamento en lo que establece el artículo 171 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la presidenta declaró la reunión permanente, convocando para continuar el 5 de junio de 2019.

...

Se reanudó la reunión el miércoles 5 de junio del 2019, a las 11:00 horas, con la asistencia de los siguientes diputados:

María Marivel Solís Barrera, presidenta; Alejandra Pani Barragán, Alberto Villa Villegas, Laura Érika de Jesús Garza Gutiérrez, José Guillermo Aréchiga Santamaría, María Eugenia Hernández Pérez, Irasema del Carmen Buenfil Díaz, Ricardo García Escalante, secretarios; Abril Alcalá Padilla, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Reyna Celeste Ascencio Ortega, Ana Laura Bernal Camarena, Julio Carranza Aréas, María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, Geraldina Isabel Herrera Vega, María de los Ángeles Huerta del Río, Delfino López Aparicio, Hirepan Maya Martínez, Sergio Mayer Bretón, Beatriz Silvia Robles Gutiérrez, Mario Alberto Rodríguez Carrillo.

Por lo que se dio continuidad a los asuntos pendientes del orden del día, procediéndose a la votación del dictamen en sentido positivo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, mismo que se aprobó por unanimidad.

5. Análisis discusión y, en su caso, aprobación de la opinión de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024

En este punto se precisó que, por primera vez en la historia del país, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024 es discutido y aprobado por el Congreso de la Unión, antes de su implementación.

Por lo anterior, y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley de planeación, el Ejecutivo federal envió el pasado 30 de abril del año en curso, el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 (PND) a esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación. Lo anterior con fundamento en la Ley de Planeación, que establece los plazos y procedimientos para la formulación y publicación del PND.

La reforma de 2018 a la Ley de Planeación adicionó, como parte del procedimiento de la publicación del PND, un elemento sustantivo: la atribución de la Cámara de Diputados para aprobar el Plan Nacional de Desarrollo remitido al Congreso de la Unión.

En el marco de este análisis y con base en el acuerdo para establecer el procedimiento para analizar el Plan Nacional de Desarrollo y emitir la opinión respectiva, de la junta directiva de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, se estableció un cronograma para la realización de tres foros presenciales y uno virtual con la finalidad de realizar el análisis de los objetivos planteados en el Plan Nacional de Desarrollo, en el ámbito de la ciencia, la tecnología y la innovación, para dar cumplimiento a lo que establece el artículo 20 de la Ley de Planeación.

Se explicó que los resultados de estos foros se anexan a la opinión de la comisión para ser considerados por la Junta de Coordinación Política en su opinión final y en seguida se procedió a su votación.

Se aprobó por mayoría con los votos a favor de los diputados María Marivel Solís Barrera, Alejandra Pani Barragán, Alberto Villa Villegas, Laura Érika de Jesús Garza Gutiérrez, José Guillermo Aréchiga Santamaría, María Eugenia Hernández Pérez, Irasema del Carmen Buenfil Díaz, Reyna Celeste Ascencio Ortega, Ana Laura Bernal Camarena, Julio Carranza Aréas, María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, María de los Ángeles Huerta del Río, Delfino López Aparicio, Hirepan Maya Martínez, Sergio Mayer Bretón, Beatriz Silvia Robles Gutiérrez, Mario Alberto Rodríguez Carrillo.

Y con los votos en contra de Ricardo García Escalante, Abril Alcalá Padilla, Justino Eugenio Arriaga Rojas, Geraldina Isabel Herrera Vega.

6. Asuntos turnados

En este punto se informó que se recibió el 29 de abril de 2019, la Mesa Directiva, turnó a la comisión el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1o., 12 y 13 de la Ley de Ciencia y Tecnología, suscrita por el diputado Ricardo Aguilar Castillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Y que el objeto de esta iniciativa es romper las barreras que impiden a las instituciones de educación media superior puedan ser parte de la generación de ciencia y tecnología, así como creadoras de innovación, tomando en cuenta que hay instituciones de dicho nivel educativo con talento suficiente para impulsar proyectos científicos y tecnológicos que pueden potencialmente contribuir al bienestar social y en general, al desarrollo nacional.

Se informó también que ya se solicitaron los estudios al Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias y al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas.

Adicionalmente se comunicó que el día 8 de mayo el año en curso de solicitó prorroga a la Mesa Directiva y el 27 de mayo concedieron hasta el 31 de octubre de 2019 para emitir el dictamen correspondiente.

7. Asuntos generales

En asuntos generales no se anotaron asuntos a tratar, por lo que se dio cuenta con el siguiente punto del orden del día.

8. Clausura

Una vez desahogados los puntos del orden del día, la presidenta de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, María Marivel Solís Barrera, agradeció la participación de los diputados y las diputadas asistentes y dio por concluida la séptima reunión ordinaria, a las 12:15 horas del día 5 de junio de 2019.

Aprobada en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 26 de junio de 2019.

Atentamente

Diputada María Marivel Solís Barrera (rúbrica)

Presidenta

De la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, correspondiente a la decimotercera reunión ordinaria, efectuada el jueves 28 de noviembre de 2019

A las 9:25 horas del jueves 28 de noviembre de 2019, en la sala de juntas de la comisión, situada en el segundo piso del edificio F, en avenida Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, se reunieron legisladores integrantes de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, para proceder al desahogo de los siguientes puntos del orden del día:

1. Registro de asistencia y verificación de quórum

Encontrándose registrados los diputados y diputadas, cuyos nombres se citan a continuación:

María Marivel Solís Barrera, presidenta; Alfonso Pérez Arroyo, Alejandra Pani Barragán, Alberto Villa Villegas, Brasil Alberto Acosta Peña, Laura Erika de Jesús Garza Gutiérrez, secretarios; y los integrantes Justino Eugenio Arriaga Rojas, Reyna Celeste Ascencio Ortega; Ana Laura Bernal Camarena, María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, Geraldina Isabel Herrera Vega, María de los Ángeles Huerta del Río, Limbert Iván de Jesús Interian Gallegos, Delfino López Aparicio, Sergio Mayer Bretón, María del Pilar Ortega Martínez, Beatriz Silvia Robles Gutiérrez y Mario Alberto Rodríguez Carrillo.

Se registró la inasistencia de los diputados Ricardo García Escalante, María Eugenia Hernández Pérez, secretarios; y de los integrantes: Abril Alcalá Padilla, Irasema del Carmen Buenfil Díaz, Julio Carranza Aréas, María Eugenia Leticia Espinosa Rivas; Zulma Espinoza Mata; Patricia Terrazas Baca e Hirepan Maya Martínez.

En virtud de que se contó con el quórum reglamentario, la presidenta de la comisión, diputada, María Marivel Solís Barrera, dio por iniciada la decimotercera reunión ordinaria.

2. Lectura y aprobación; en su caso, del orden del día

A continuación, la diputada presidenta de la comisión, María Marivel Solís Barrera, solicitó al diputado secretario, Alberto Villa Villegas; sometiera a consideración de los integrantes la aprobación del siguiente

Orden del Día

1. Registro de asistencia y verificación del quórum.

2. Lectura y aprobación, en su caso, del orden del día.

3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la reunión anterior.

4. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Ley de Ciencia y Tecnología.

5. Asuntos generales.

6. Clausura.

3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la reunión anterior

En virtud de que el proyecto de acta de la reunión anterior fue distribuido con anterioridad, se dispensó su lectura, y la diputada presidenta de la comisión, María Marivel Solís Barrera, sometió a consideración de los integrantes su aprobación.

Los diputados aprobaron por unanimidad el acta de la reunión anterior.

4. Análisis, discusión y en su caso aprobación del dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Ley de Ciencia y Tecnología

En este punto del orden del día, el diputado Alberto Villa Villegas, expuso a los presentes que esta iniciativa tiene como propósito de que se establezca en el artículo 40 de la Ley de Ciencia y Tecnología, que serán prioritarios los proyectos que tengan como propósito la mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático, y aquellos cuya finalidad sea generar y aplicar energías renovables en los sectores productivos y de servicios y en el uso doméstico, y que los apoyos se otorguen mientras se compruebe la viabilidad técnica y económica, en lugar de solo por un tiempo determinado.

Que en su exposición de motivos el diputado García Lara considera que, en tanto este tipo de proyectos tengan carácter de prioritarios, contarán con mayores posibilidades de acceder a la asignación de apoyos para su desarrollo y puesta en operación.

De igual forma, se plantea eliminar la condicionante que actualmente señala este precepto, en el sentido de que los apoyos se otorgarán por un tiempo determinado, por considerar que es un término demasiado ambiguo y no señala una causa específica para, eventualmente, suspender los recursos.

Por ello, se propone que sólo quede indicado, como ya está establecido, que los apoyos se suspenderán si se determina que el proyecto ya no tiene viabilidad técnica o económica.

Que se coincide con el diputado García Lara, en que es indispensable incorporar en la Ley de Ciencia y Tecnología adecuaciones encaminadas a reforzar el marco jurídico en materia de energías renovables, cambio climático e investigación científica y tecnológica.

Que es menester que los proyectos en estos temas sean considerados como prioritarios y que se les garantice la asignación anual de apoyos en términos de lo establecido en este ordenamiento legal.

El diputado secretario informó que la iniciativa resulta viable jurídicamente y no genera impacto al presupuesto y que por lo anterior se presenta dictamen en sentido positivo.

En seguida se consultó a los presentes si deseaban hacer uso de la voz. Al no haber ninguno inscrito, se procedió a su votación aprobándose por unanimidad.

La diputada presidenta, solicitó pasar al siguiente punto del orden del día.

5. Asuntos generales

En este punto no se anotó ningún legislador para participar.

6. Clausura

Una vez desahogados los puntos del orden del día, la diputada presidenta de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, María Marivel Solís Barrera, agradeció la participación de los diputados y diputadas asistentes y dio por concluida la decimotercera reunión ordinaria a las 10:30 horas del día 28 de noviembre de 2019.

Aprobada en el Palacio Legislativo, el 18 de febrero de 2019.

La Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación

Diputados: María Marivel Solís Barrera (rúbrica), presidenta; Alfonso Pérez Arroyo, María Eugenia Hernández Pérez (rúbrica), Alejandra Pani Barragán, Alberto Villa Villegas (rúbrica), Ricardo García Escalante, Brasil Alberto Acosta Peña, Laura Érika de Jesús Garza Gutiérrez (rúbrica), secretarios; Abril Alcalá Padilla, Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica), Reyna Celeste Ascencio Ortega (rúbrica), Ana Laura Bernal Camarena (rúbrica), Irasema del Carmen Buenfil Díaz (rúbrica), Julio Carranza Aréas, María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz (rúbrica), Zulma Espinoza Mata (rúbrica), María Eugenia Leticia Espinosa Rivas (rúbrica), Geraldina Isabel Herrera Vega (rúbrica), María de los Ángeles Huerta del Río (rúbrica), Limbert Iván de Jesús Interian Gallegos (rúbrica), Delfino López Aparicio, Hirepan Maya Martínez (rúbrica), Sergio Mayer Bretón, María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Beatriz Silvia Robles Gutiérrez (rúbrica), Mario Alberto Rodríguez Carrillo (rúbrica), Patricia Terrazas Baca (rúbrica).

De la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, referente a la décima reunión de junta directiva, efectuada el jueves 6 de febrero de 2020

A las 12:00 horas del jueves 6 de febrero de 2020, en la oficina del presidente de la comisión, tercer piso del edificio D de la Cámara de Diputados, se reunieron los legisladores integrantes de la junta directiva de la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para el desahogo del siguiente orden del día.

1. Registro de asistencia y declaración de quórum

Se pasó lista de asistencia, encontrándose presentes once diputados integrantes de la junta directiva de la comisión. En virtud de que se contó con el quórum reglamentario, el presidente de la comisión dio por iniciada la reunión.

2. Lectura, discusión y aprobación del orden del día

Acto seguido, el presidente de la comisión puso a consideración de los miembros presentes de la junta de directiva el orden del día que se vería en la cuarta reunión ordinaria, el cual fue aprobado por unanimidad.

3. Lectura, discusión y aprobación del acta correspondiente a la novena reunión de junta directiva

El presidente de la comisión puso a consideración de los miembros presentes de la junta directiva el acta de la novena reunión de la junta directiva, la cual fue aprobada por unanimidad.

4. Lectura y discusión del dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, para aprobación en la octava reunión ordinaria

El presidente puso a consideración de la junta directiva el dictamen.

En este sentido, por mayoría de los diputados presentes se tomó la decisión de no someterlo a consideración de los integrantes de la comisión hasta que no se tuviera una reunión con el Consejo Coordinador Empresarial, el Consejo Empresarial Mexicano de Comercio Exterior, Inversión y Tecnología, la Cámara de la Industria Nacional de la Industria de la Transformación, la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo y el Consejo Nacional Agropecuario.

5. Asuntos generales

El diputado Fernando Galindo Favela informó a los integrantes de la junta los asuntos que la Mesa Directiva ha turnado a la comisión al 6 de febrero de 2020.

6. Clausura

Se clausuró la reunión a las 14:00 horas.

La Junta Directiva de la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad

Diputados: Fernando Galindo Favela (rúbrica), presidente; Heriberto Marcelo Aguilar Castillo (rúbrica), María Guadalupe Díaz Avilez (rúbrica), Melba Nelia Farías Zambrano (rúbrica), Francisco Javier Guzmán de la Torre (rúbrica), Francisco Javier Ramírez Navarrete (rúbrica), María de los Ángeles Ayala Díaz (rúbrica), Silvia Guadalupe Garza Galván, Soraya Pérez Munguía (rúbrica), María Teresa Marú Mejía (rúbrica), Geraldina Isabel Herrera Vega, José Ángel Pérez Hernández (rúbrica), Claudia Reyes Montiel, secretarios.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, concerniente a la undécima reunión plenaria, celebrada el miércoles 11 de diciembre de 2019

En la Ciudad de México, para el miércoles 11 de diciembre de 2019, a las 13:00 horas, en la sala de juntas de la Comisión de Gobernación y Población –situada en el edificio D, tercer piso–, se citó a los integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso de la Unión a la undécima reunión plenaria, conforme a lo establecido en los artículos 39, numeral 2, fracción XXXV, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 146, numerales 3 y 4, y 160 del Reglamento de la Cámara de Diputados, con el siguiente orden del día:

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la sesión anterior.

4. Lectura, discusión y votación del dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Dirección General de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) a revisar sus procedimientos, pues tiene un rezago administrativo a escala nacional.

5. Lectura, discusión y votación del dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua a implantar medidas para solucionar la escasez de agua en Comalcalco, Jalpa, Nacajuca y Paraíso, Tabasco.

6. Lectura, discusión y votación del dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a actualizar en el ámbito de su competencia la NOM-127-SSA1-1994, “salud ambiental, agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, y ajustarla los estándares internacionales de la Organización Mundial de la Salud.

7. Solicitudes de prórroga sobre diversas iniciativas de ley.

8. Asuntos generales.

9. Clausura.

Se pasó lista de asistencia, y estaban presentes los diputados

Feliciano Flores Anguiano, presidente: A

Roberto Ángel Domínguez Rodríguez, secretario: NA
Leticia Díaz Aguilar, secretaria: A
Jesús Salvador Minor Mora, secretario: A
Valentín Reyes López, secretario: A
Claudia Valeria Yáñez Centeno y Cabrera, secretaria: A
Casimiro Zamora Valdez, secretario: A
Nohemí Alemán Hernández, secretaria: A
Xavier Azuara Zúñiga, secretario: A
Juan Francisco Espinoza Eguia, secretario: A
Lourdes Érika Sánchez Martínez, secretaria: A
Héctor Joel Villegas González, secretario: A
Alfredo Porras Domínguez, secretario: A
Mario Alberto Ramos Tamez, secretario: A
Javier Salinas Narváez, secretario: NA
Óscar Bautista Villegas, secretario: A

Francisco Javier Borrego Adame: A
Lenin Nelson Campos Córdova: A
Julio Carranza Areas: NA
Armando Contreras Castillo: A
María Bertha Espinoza Segura: A
Ricardo Flores Suárez: A
Jesús Guzmán Avilés: A
Benjamín Saúl Huerta Corona: NA
Lorena del Socorro Jiménez Andrade: NA
Mario Mata Carrasco: A
Adriana Gabriela Medina Ortiz: NA
Alma Delia Navarrete Rivera: A
David Orihuela Nava: NA
Antonio Ortega Martínez: A
Sergio Pérez Hernández: A
Ana María Rodríguez Ruiz: A
Beatriz Rojas Martínez: A
Ana Ruth García Grande: NA
Francisco Javier Saldívar Camacho: NA

A: Asistencia. NA: No asistió. J: Justificación.

La lista de asistencia registró 26 diputados, por lo que se declaró la existencia de quórum para iniciar la reunión.

El presidente, Feliciano Flores Anguiano, dio la bienvenida a los integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión a la undécima reunión plenaria y solicitó a la secretaría que informara sobre la asistencia de los presentes.

La secretaria Claudia Valeria Yáñez Centeno y Cabrera informó que había un registro de 26 diputados presentes. Se declaró quórum para iniciar la sesión.

El presidente solicitó que se leyera el orden del día y se sometiese a consideración de los presentes para aprobación.

La secretaria Claudia Valeria Yáñez Centeno y Cabrera sometió a discusión y votación el orden del día correspondiente a la undécima reunión plenaria. Aprobado por unanimidad.

Orden del día de la undécima reunión plenaria.

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la sesión anterior.

4. Lectura, discusión y votación del dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Dirección General de la Conagua a revisar sus procedimientos, pues tiene un rezago administrativo a escala nacional.

5. Lectura, discusión y votación del dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua a implantar medidas para solucionar la escasez de agua en Comalcalco, Jalpa, Nacajuca y Paraíso, Tabasco.

6. Lectura, discusión y votación del dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a actualizar en el ámbito de su competencia la NOM-127-SSA1-1994, “salud ambiental, agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, y ajustarla a los estándares internacionales de la Organización Mundial de la Salud.

7. Solicitud de prórroga sobre diversas iniciativas de ley.

8. Asuntos generales.

9. Clausura.

El presidente solicitó a la secretaria que leyera los puntos resolutivos del acta correspondiente a la sesión anterior y los sometiese a votación.

La secretaria Claudia Valeria Yáñez Centeno y Cabrera leyó los resolutivos del acta correspondiente a la décima reunión plenaria.

Primero. Se aprobó el acta correspondiente a la sesión anterior.

Segundo. Se aprobó en sentido positivo el dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a considerar el proyecto “Drenaje profundo de los siete barrios de Teoloyucan” para su integración en el Fideicomiso 1928.

Tercero. Se aprobó en sentido positivo el dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a realizar estudios y acciones preventivas de los bordos de protección y corrientes del cauce del río Marabasco, en Cihuatlán, Jalisco.

Cuarto. Se aprobó en sentido positivo el dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a agilizar la aplicación de los planes y protocolos considerados en el Programa Nacional contra la Sequía y declarar en situación de emergencia los municipios de Veracruz.

Quinto. Se acordó hacer una adición a los puntos de acuerdo donde se solicita a la Comisión Nacional del Agua de manera formal, atenta y respetuosa, como dicen los puntos de acuerdo, que atienda la problemática planteada en los resolutivos para que, cuando sea el caso, se establezca una mesa de trabajo entre la Conagua y los órdenes de gobierno involucrados, e informen a esta soberanía.

Sexto. Se aprobó en sentido positivo el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 14 Bis 5 y 14 Bis 6 de la Ley de Aguas Nacionales.

Séptimo. Se acordó que la contestación que la Conagua remita respecto a los exhortos aprobados por la comisión sea remitida al proponente y a los integrantes de ésta.

Octavo. Se acordó exhortar de nuevo a la Junta de Coordinación Política para que dé trámite a la solicitud de comparecencia de la doctora Blanca Jiménez Cisneros, directora general de la Comisión Nacional del Agua.

Fue aprobado por unanimidad.

El presidente pasó a los puntos 4 a 6 del orden del día, correspondientes a la discusión y votación de tres puntos de acuerdo en sentido positivo, en virtud de la naturaleza de éstos, entregados en las respectivas carpetas.

Solicitó a la secretaria que consultase a los presentes si se leían únicamente los resolutivos de los puntos de acuerdo y se sometían a votación económica en un solo acto.

La secretaria Claudia Valeria Yáñez Centeno y Cabrera sometió en votación económica si se leían únicamente los resolutivos de los puntos de acuerdo y se votaban en un solo acto de manera económica.

Fue aprobado por mayoría el procedimiento para votar los puntos de acuerdo.

El presidente solicitó a la secretaría que leyera los resolutivos de los tres puntos de acuerdo y los sometiese a discusión y votación.

La secretaria Claudia Valeria Yáñez Centeno y Cabrera leyó los resolutivos de los tres puntos de acuerdo.

Primer dictamen. Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Dirección General de la Conagua a revisar sus procedimientos, pues tiene un rezago administrativo a escala nacional.

Resolutivos

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional del Agua a informar en un plazo no mayor de 15 días naturales y de manera detallada sobre lo siguiente:

1. Las acciones que implanta para abatir el rezago administrativo que priva en la institución.

2. Un informe pormenorizado de la aplicación de los recursos que le fueron asignados por esta soberanía para el ejercicio fiscal de 2019.

3. Informe sobre la metodología o los criterios de selección para nombrar a directores locales de la Conagua en diversas entidades.

4. Informe sobre el rezago administrativo y la forma de operar del Registro Público del Agua.

5. Informe sobre los procesos judiciales de que sea parte la Comisión Nacional del Agua y cómo se atienden.

6. Informe cuánto tiempo tomará a la institución responder las solicitudes de prórroga que tiene pendientes.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Conagua a nombrar funcionarios de primer nivel para formar parte de una mesa de trabajo con diputados de esta comisión dictaminadora a fin de dar puntual seguimiento a lo antes planteado y establecer una agenda de trabajo conjunta en aras de lograr un eficiente trabajo operativo de la institución.

Segundo dictamen. Lectura, discusión y votación del dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua a implantar medidas para solucionar la escasez de agua en Comalcalco, Jalpa, Nacajuca y Paraíso, Tabasco.

Resolutivos

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional del Agua a implantar por las instancias correspondientes y en el ámbito de sus atribuciones medidas con el gobierno del estado para solucionar la disminución y escasez de agua en Comalcalco, Jalpa, Nacajuca y Paraíso, Tabasco.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita a la Comisión Nacional del Agua un informe detallado sobre las acciones que llevará a cabo en los municipios señalados.

Tercer dictamen. Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a actualizar en el ámbito de su competencia la NOM-127-SSA1-1994, “salud ambiental, agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, y ajustarla a los estándares internacionales de la Organización Mundial de la Salud.

Resolutivos

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXIV Legislatura exhorta a la Secretaría de Salud a actualizar en el ámbito de su competencia que le confieren las Leyes General de Salud, y Federal sobre Metrología y Normalización la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, “salud ambiental, agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, y ajustarla a los estándares internacionales de la Organización Mundial de la Salud.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXIV Legislatura exhorta a la Secretaría de Salud a solicitar opinión técnica de la Comisión Nacional del Agua en el marco de actualización de la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, “salud ambiental, agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXIV Legislatura exhorta a la Secretaría de Salud a informar a esta soberanía en el marco de actualización de la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, “salud ambiental, agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, sobre los avances y la conclusión de ello para que tenga concordancia y empatía jurídica con la Ley General de Aguas que esta comisión aprobará el próximo año.

La secretaria Claudia Valeria Yáñez Centeno y Cabrera sometió a votación los dictámenes. Aprobados por mayoría.

El presidente pasó al punto 7 del orden del día, correspondiente a la solicitud de prórroga sobre diversas iniciativas de ley. Solicitó a la secretaria que leyera la prórroga y la sometiese a votación.

La secretaria Claudia Valeria Yáñez Centeno y Cabrera: Por acuerdo de los integrantes de la junta directiva de la comisión se solicitan las prórrogas para las iniciativas.

Leyó y sometió en votación económica las iniciativas con proyecto de decreto que a continuación se enumeran:

1. Que adiciona el artículo 20 de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por el diputado Sergio Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena.

2. Que adiciona el artículo 14 Bis 7 de la Ley de Aguas Nacionales, presentada por el diputado Jorge Eugenio Russo Salido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

3. Que reforma y adiciona los artículos 9 y 14 Bis 3 de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por los diputados Brasil Alberto Acosta Peña, Luis Eleusis Leónidas Córdova Morán y Lenin Nelson Campos Córdova, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

4. Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, a cargo de la diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

5. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y Morena.

Fue aprobado por mayoría.

El presidente pasó al punto número 8, “Asuntos generales”.

Dio la bienvenida a la directora general, doctora Blanca Jiménez Cisneros; y la subdirectora general jurídica de la Conagua, Celia Maya García.

Cedió la palabra a la doctora Blanca Jiménez Cisneros.

La doctora Blanca Jiménez Cisneros, directora general de la Conagua, expresó a los diputados que el motivo de su presencia en la undécima reunión plenaria era presentar a la maestra Celia Maya García como nueva subdirectora general jurídica de la institución, quien cuenta con amplia trayectoria en la materia y apoyará decididamente para abatir el rezago presente en la institución y, al mismo tiempo, permitirá a ella atender diversos asuntos que le plantean los diputados.

La maestra Celia Maya García, subdirectora general jurídica de la Conagua, dio las gracias al presidente de la comisión por la bienvenida y se puso a las órdenes de los diputados para que en conjunto puedan ir atendiendo las demandas en sus estados.

La mayoría de los integrantes de la comisión solicitó a la directora general de la Conagua que establezca una agenda para formularle planteamientos concretos por cada uno.

El presidente dio por clausurada la undécima reunión plenaria del miércoles 11 de diciembre de 2019 a las 15:35 horas.

En los trabajos de la undécima reunión plenaria se llegó a los siguientes

Acuerdos

Primero. Se aprobó el acta correspondiente a la sesión anterior.

Segundo. Se aprobó el dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Dirección General de la Conagua a revisar sus procedimientos, pues tiene un rezago administrativo a escala nacional.

Tercero. Se aprobó el dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conagua a implantar medidas para solucionar la escasez de agua en Comalcalco, Jalpa, Nacajuca y Paraíso, Tabasco.

Cuarto. Se aprobó el dictamen con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a actualizar en el ámbito de su competencia la NOM-127-SSA1-1994, “salud ambiental, agua para uso y consumo humano. Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, y ajustarla a los estándares internacionales de la Organización Mundial de la Salud.

Quinto. Se aprobó la solicitud de prórroga sobre diversas iniciativas.

La Junta Directiva de la Comisión de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento

Diputados: Feliciano Flores Anguiano, presidente; Roberto Ángel Domínguez Rodríguez, Nohemí Alemán Hernández, Alfredo Porras Domínguez, Leticia Díaz Aguilar, Xavier Azuara Zúñiga, Mario Alberto Ramos Tamez, Jesús Salvador Minor Mora, Juan Francisco Espinoza Eguia, Javier Salinas Narváez, Valentín Reyes López, Lourdes Érika Sánchez Martínez, Óscar Bautista Villegas, Claudia Valeria Yáñez Centeno y Cabrera, Héctor Joel Villegas González, Casimiro Zamora Valdez, secretarios (rúbricas).

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, relativa a la decimotercera reunión de junta directiva, celebrada el viernes 31 de enero de 2020

A las 10:05 horas del viernes 31 de enero de 2020, en la sala de juntas de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, situada en Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, de la Cámara de Diputados, se reunieron los legisladores integrantes de la junta directiva de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para el desahogo del siguiente orden del día: 1. Registro de asistencia y declaración de quórum; 2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día; 3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la decimosegunda reunión de junta directiva celebrada el 12 de diciembre de 2019; 4. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación de predictámenes; 5. Asuntos generales; 6. Clausura.

1. Registro de asistencia y declaración de quórum

Se pasó lista de asistencia, encontrándose presentes los diputados: Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, presidente; Manuel Gómez Ventura, Verónica Ramos Cruz, Ana María Rodríguez Ruiz, Anita Sánchez Castro, Evaristo Lenin Pérez Rivera, Isaías González Cuevas, María Rosete, Margarita García García, José Martín López Cisneros y Martha Angélica Zamudio Macías, secretarios. En virtud de que se contó con el quórum reglamentario, el presidente de la comisión, diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, dio por iniciada la reunión.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día

A continuación, el presidente consultó a los presentes si se dispensaba la lectura del orden del día en virtud de que ésta se les había enviado con oportunidad, ante lo cual la mayoría concedió dicha petición. Una vez aprobada la dispensa, se sometió a consideración de los miembros presentes, en votación económica, si era de aprobarse el orden del día, por lo que al no haber ningún legislador que hiciera uso de la voz, en votación económica se aprobó de manera unánime.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la decimoprimera reunión de junta directiva, celebrada el jueves 12 de diciembre de 2019

El presidente consultó a los presentes si existía alguna observación al acta que les fue enviada con anterioridad, no existiendo observaciones el diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo sometió a votación la aprobación respecto al acta de la decimoprimera reunión de junta directiva, celebrada el jueves 12 de diciembre de 2019, la cual, en votación económica, fue aprobada por unanimidad.

4. Análisis, discusión y, en su caso aprobación, de proyectos de dictamen

A continuación, el presidente señaló que se envió a los correos electrónicos de los secretarios dos predictámenes y son los siguientes: el primer predictamen en sentido negativo a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Édgar Guzmán Valdez, del Grupo Parlamentario de Morena, señala que la iniciativa planteada por el legislador tiene como fin prohibir a los patrones o a sus representantes negarse a aceptar trabajadores que presenten tatuajes, perforaciones o por su apariencia física y que pueda dar lugar a un acto discriminatorio, se presenta en sentido negativo toda vez que lo propuesto por el diputado iniciante ya se encuentra englobado en el mismo artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo, al final de la fracción I que textualmente dice: “cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un acto discriminatorio”. Por lo que en criterio de esta comisión dictaminadora resulta redundante e innecesaria la modificación propuesta por el diputado iniciante. Acto seguido el diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo sometió a votación la aprobación del proyecto de dictamen, mismo que fue aprobado por unanimidad.

A continuación, el presidente señaló que se envió el segundo predictamen en sentido negativo a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y se reforman las fracciones XIV y XVI de la Ley Federal del Trabajo y se adiciona un párrafo segundo al artículo 62 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, suscrita por el diputado Hugo Rafael Ruiz Lustre, del Grupo Parlamentario de Morena, señala que la iniciativa tiene por objeto establecer como obligación de los patrones impulsar la inclusión de becarios con discapacidad y destinar el seis por ciento (6 por ciento) de vacantes para personas con discapacidad. Se presenta en sentido negativo toda vez que la propuesta de modificación al artículo 132, fracción XIV, de la Ley Federal del Trabajo.

En opinión de esta comisión dictaminadora el diputado iniciante no presenta en su propuesta ningún estudio económico que muestre la conveniencia para la iniciativa privada, unidades económicas, en contratar personas con discapacidad. Por el contrario, la viabilidad económica de esta modificación es inviable ya que los centros de trabajo deberían hacer modificaciones y adecuaciones a las instalaciones de entrada, salida y de producción en las empresas. Lo que causaría un impacto económico en las empresas, tanto en la modificación de su estructura funcional, así como también en la capacitación de las personas con discapacidad.

Por lo que respecta a la modificación propuesta por el diputado iniciante referente a la modificación al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo en su fracción XVI Bis y al artículo 62 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. El diputado iniciante no muestra de qué estudio o análisis salió el porcentaje del seis por ciento de trabajadores con discapacidad que propone en los centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores. Porque la entrada en vigor de esta propuesta de modificación también causaría un impacto económico en las empresas, tanto en la modificación de su estructura funcional, así como también en la capacitación de las personas con discapacidad.

Por lo que en opinión de esta comisión dictaminadora se debe dar la libertad a cada empresa de acuerdo a su visión, objeto y misión el decidir si quieren contratar o no personas con discapacidad y el número o porcentaje de personas trabajadoras con discapacidad que deseen contratar.

No habiendo intervenciones de los diputados en relación al sentido negativo del dictamen. Acto seguido el diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo sometió a votación la aprobación del proyecto de dictamen, mismo que fue aprobado por unanimidad.

Acto seguido se pasó al siguiente punto en el orden del día.

5. Asuntos generales

En este punto el diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo consultó si existía algún diputado que deseara externar algún asunto general, no existiendo intervenciones, pasó al siguiente punto del orden del día.

6. Clausura

Acto seguido y no existiendo quién hiciera uso de la voz, agotados todos los puntos del orden del día, se clausuró la reunión a las 10:35 horas del 31 de enero de 2020.

Aprobada la presente acta por los miembros de la junta directiva de la comisión, la suscriben sus integrantes, el martes 18 de febrero de 2020.

La Junta Directiva de la Comisión del Trabajo y Previsión Social

Diputados: Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo (rúbrica), presidente; Manuel Gómez Ventura (rúbrica), Verónica Ramos Cruz (rúbrica), Ana María Rodríguez Ruiz (rúbrica), Anita Sánchez Castro (rúbrica), José Martín López Cisneros, Evaristo Lenin Pérez Rivera (rúbrica), Isaías González Cuevas, María Rosete, Margarita García García (rúbrica), Martha Angélica Zamudio Macías (rúbrica).



Convocatorias

De la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, al proceso de presentación de aspirantes a recibir la Medalla Sor Juana Inés de la Cruz, correspondiente al segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura

La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo que establece el artículo 261, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados y el Reglamento de la Medalla Sor Juana Inés de la Cruz.

Convoca

Al público en general para que propongan candidatas con méritos suficientes para recibir la Medalla Sor Juana Inés de la Cruz.

La Medalla se otorgará anualmente para reconocer y premiar a las mujeres ciudadanas mexicanas que hayan incidido y destacado en la lucha social, cultural, política, científica y económica a favor de los derechos humanos de las mujeres y de la igualdad de género, mediante acuerdo que tome la Cámara de Diputados en sesión pública, en atención al dictamen que al efecto presente la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias con la opinión de idoneidad de la Comisión de Igualdad de Género conforme a las siguientes

Bases

1. Las propuestas deberán presentarse por escrito, a través de una carta dirigida a la diputada María Sara Racha Medina, secretaria de la Mesa Directiva, sita en avenida Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, alcaldía Venustiano Carranza, código postal 15969, Ciudad de México, edificio A, segundo piso, con teléfono 5036-0000, extensiones 59466 y 59468

Dicha misiva deberá acompañar los documentos respectivos de manera física o por medio óptico de grabación magnética con los que den sustento a su propuesta y deberá estar firmada por el proponente o titular o titulares de la institución o instituciones públicas o privadas que propongan a la candidata, además de contener siguientes datos:

I. Datos generales de la institución promovente:

a) Designación o nombre completo de identificación de la institución;

b) Domicilio y dirección de correo electrónico para recibir y enterarse de notificaciones;

c) Números telefónicos;

d) Portal o página de internet, en caso de contar con ellos.

II. Datos generales de la candidata:

a) Nombre completo;

b) Edad;

c) Profesión o actividad que desempeña;

d) Domicilio y dirección de correo electrónico para recibir y enterarse de notificaciones;

e) Números teléfono y celular,

f) Portal o página de internet, en caso de contar con la misma.

III. Exposición de motivos breve, por la cual se promueva la candidatura.

IV. Los documentos que deberán anexarse de manera física o electrónica a la carta propuesta de candidatura, son los siguientes:

a) Copia certificada del acta de nacimiento;

b) Documento que contenga síntesis ejecutiva del currículum vitae de la candidata;

c) Copia de los comprobantes de estudios realizados por la candidata, y

d) Documentos probatorios o medios fehacientes que avalen la calidad de la candidata.

2. Serán aceptadas las propuestas de candidaturas que se envíen por correo certificado y mensajería con acuse de recibo, siempre y cuando lleguen a las oficinas de la Mesa Directiva, cumplan con los requisitos y plazos establecidos en la convocatoria. Los plazos para la recepción de candidaturas se realizarán desde el día de su publicación de la presente convocatoria y hasta el 16 de marzo de 2020.

3. Una vez que la Secretaría de la Mesa Directiva reúna y valide los expedientes de los proponentes, los enviará a la Comisión de Igualdad de Género, para opinión, y a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para dictaminar y seleccionar a la ganadora de la Medalla Sor Juana Inés de la Cruz.

4. Los datos personales y confidenciales serán clasificados y protegidos en términos de la legislación aplicable con el apoyo de la Unidad de Transparencia.

5. Será el pleno de la Cámara, previo dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, el órgano colegiado que aprobará el decreto por el que se otorgará el reconocimiento Sor Juana Inés de la Cruz de quien resulte condecorada.

6. La Medalla Sor Juana Inés de la Cruz será entregada en sesión solemne de la Cámara de Diputados el 31 marzo de 2020.

7. Todas las candidatas que pasen a la etapa de análisis y resolución se les reconocerá su participación a través de un documento por escrito y serán invitadas a la sesión solemne en la que se entregue la Medalla.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de febrero de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica)

Presidenta

Diputada Dolores Padierna Luna (rúbrica)

Vicepresidenta

Diputado Marco Antonio Adame Castillo

Vicepresidente

Diputada Dulce María Sauri Riancho (rúbrica)

Vicepresidenta

Diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos (rúbrica)

Secretaria

Diputada Lizbeth Mata Lozano (rúbrica)

Secretaria

Diputada Sara Rocha Medina (rúbrica)

Secretaria

Diputado Héctor René Cruz Aparicio (rúbrica)

Secretario

Diputada Maribel Martínez Ruiz (rúbrica)

Secretaria

Diputada Julieta Macías Rábago (rúbrica)

Secretaria

Diputada Mónica Bautista Rodríguez (rúbrica)

Secretaria

Diputado Jesús Carlos Vidal Peniche (rúbrica)

Secretario

De la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, al proceso de presentación de aspirantes a recibir la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”, correspondiente al segundo año de ejercicio de la LXIV Legislatura

La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo que establece el artículo 261, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados y el Reglamento de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”

Convoca

A la Cámara de Senadores, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a la Presidencia de la República; a las secretarías de Estado; a los gobiernos de las entidades federativas; a los organismos autónomos; a las universidades nacionales públicas y privadas; a las asociaciones civiles, técnicas, científicas y culturales; y demás instituciones representativas de la sociedad, para que propongan personas con méritos suficientes para recibir la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”.

La presea fue instituida para reconocer a aquel ciudadano o ciudadana que se haya distinguido de manera relevante, sirviendo a la colectividad nacional, a la República y a la humanidad, destacando por sus hechos cívicos, políticos o legislativos, mediante acuerdo que tome la Cámara de Diputados en sesión pública, en atención al dictamen que al efecto presente la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, conforme a las siguientes

Bases

1. Las propuestas deberán presentarse por escrito, a través de una carta dirigida a la diputada Lizbeth Mata Lozano, secretaria de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, sita en avenida Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, código postal 15969, Ciudad de México, edificio A, segundo piso, con teléfono 5628-1300, extensiones 8310 y 4219 .

Dicha misiva deberá estar firmada por el titular o titulares de la institución o instituciones que propongan a una candidata o candidato y deberá contener lo siguiente:

I. Datos generales de la institución promovente:

a) Nombre,

b) Domicilio para recibir y oír notificaciones,

e) Teléfono, y

d) Dirección de correo electrónico y página de internet, en caso de contar con ellos.

II. Datos generales de la candidata o candidato:

a) Nombre,

b) Edad,

c) Profesión o actividad que desempeña,

d) Domicilio para recibir y oír notificaciones,

e) Teléfono, y

f) Dirección de correo electrónico y página de internet, en caso de contar con ellos.

III. Motivos por los que se promueve la candidatura.

IV. Los documentos que deberán anexarse a la carta propuesta son los siguientes:

a) Acta de nacimiento original,

b) Currículum vitae,

c) Copia de comprobante del último grado de estudios, y

d) Documentos o pruebas fehacientes que avalen los motivos de la candidatura.

V. Sólo podrán registrar candidatura las instituciones convocadas o las personas físicas, siempre y cuando sean por lo menos tres las que propongan a alguna ciudadana o ciudadano.

VI. Serán aceptadas las propuestas que se envíen por correo certificado o mensajería, con acuse de recibo, siempre y cuando se reciban en la oficina de la Secretaría de la Mesa Directiva antes de que concluya el plazo establecido en la convocatoria.

2. La recepción de candidaturas se realizará desde el día de la publicación de la presente convocatoria y hasta el 20 de marzo de 2020, de las 10:00 a las 14:30 y de las 17:00 a las 18:30 horas.

3. Una vez que la Secretaría de la Mesa Directiva reúna y valide los expedientes de los proponentes, los enviará a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, la cual dictaminará y seleccionará a la persona ganadora de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”.

4. Los datos personales y confidenciales serán clasificados y protegidos en términos de la legislación aplicable con el apoyo de la Unidad de Transparencia.

5. El Pleno de la Cámara, previo dictamen de la comisión, aprobará el decreto por que se conferirá la medalla al ciudadano o ciudadana que se haya distinguido de manera relevante, sirviendo a la colectividad nacional, a la República y a la humanidad.

6. La Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913” será entregada en sesión solemne de la Cámara de Diputados, en el mes de abril de 2020, en la fecha que acuerden los órganos de gobierno.

7. Todas las candidaturas que pasen a la etapa de análisis y resolución se les reconocerá su participación a través de un documento por escrito y serán invitadas a la sesión solemne en la que se entregue la medalla.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de febrero de 2020:

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica)

Presidenta

Diputada Dolores Padierna Luna (rúbrica)

Vicepresidenta

Diputado Marco Antonio Adame Castillo

Vicepresidente

Diputada Dulce María Sauri Riancho (rúbrica)

Vicepresidenta

Diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos (rúbrica)

Secretaria

Diputada Lizbeth Mata Lozano (rúbrica)

Secretaria

Diputada Sara Rocha Medina (rúbrica)

Secretaria

Diputado Héctor René Cruz Aparicio (rúbrica)

Secretario

Diputada Maribel Martínez Ruiz (rúbrica)

Secretaria

Diputada Julieta Macías Rábago (rúbrica)

Secretaria

Diputada Mónica Bautista Rodríguez (rúbrica)

Secretaria

Diputado Jesús Carlos Vidal Peniche (rúbrica)

Secretario

De la Sección Instructora

A la reunión ordinaria que tendrá lugar el viernes 28 de febrero, a las 8:00 horas, en la sala de juntas del Comité de Decanos, situada en el edificio E, planta baja.

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 173, numeral I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se convoca a las diputadas y los diputados de esta Sección Instructora a la reunión de la misma, que se llevará a cabo el viernes 28 de febrero, a las 8:00 horas, en la sala de juntas del Comité de Decanos, ubicada en el edificio E, planta baja, del Palacio Legislativo de San Lázaro.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura y aprobación del acta anterior.

4. Testimoniales

5. Clausura y cita para la siguiente reunión.

Atentamente

Diputado Pablo Gómez Álvarez

Presidente

De la Sección Instructora

A la audiencia testimonial respecto al juicio político que se sustancia en la misma, que se llevará a cabo el viernes 28 de febrero, a partir de las 9:00 horas, en la sala José María Morelos y Pavón (sala panóptica), situada en el edificio I, planta baja

Atentamente

Diputado Pablo Gómez Álvarez

Presidente



Invitaciones

De la Dirección General de Servicios de Documentación, Información y Análisis

Al conversatorio Bibliotecas y objetivos de desarrollo sostenible: buenas prácticas desde América Latina y el Caribe, que tendrá lugar el lunes 2 de marzo, a las 10:30 horas, en el auditorio José María Morelos y Pavón (sala panóptica), situado en el edificio I.

Atentamente

Doctor Samuel Rico Medina

Director General

De la diputada Janet Melanie Murillo Chávez

A la presentación del libro Explorando la democracia, de la maestra María del Carmen Carreón Castro, que se llevará a cabo el martes 3 de marzo, a las 13:00 horas, en la zona C del edificio G.

Programa

-13:00 Presentación de la mesa.

-13:05 Bienvenida.

-13:10 Introducción al cuento a través de un cuentacuentos para chicos y grandes.

-13:25 Mensaje de la autora, maestra María del Carmen Carreón Castro.

-13:28 Mensaje 1.

-13:31 Mensaje 2.

-13:34 Despedida de la mesa y toma de fotografía oficial.

Atentamente

Diputada Janet Melanie Murillo Chávez

Del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba

Al foro Salud renal para todos en todas partes: desde la prevención hasta la detección y el acceso equitativo a la atención, que tendrá lugar el martes 10 de marzo, de las 13:00 a las 15:00 horas, en el auditorio Aurora Jiménez de Palacios, situado en el edificio E, planta baja.

Programa

13:00. Panorama de la salud renal ¿dónde estamos?

– Doctor Ricardo Correa Rotter, jefe de Nefrología del Instituto de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán.

13:10. ¿Por dónde empezarnos para que los números no aumenten?

– Doctor Antonio Méndez Durán, Nefrólogo, ex jefe del Servicio Nefrología Hospital General número 25 del IMSS, miembro del Instituto Mexicano de Investigaciones Nefrológicas.

13:20. Prevención y detección temprana de la enfermedad renal

– Doctora Socorro Vital Flores, jefa de Nefrología del Hospital Juárez de México.

13:30. El costo de no atender la urgencia: la necesidad de políticas de salud renal

– Economista Rubén Rojas, analista económico en salud, director científico de Fractal, Chile.

13:30. Panel: Lo prioritario

– Doctor Malaquías López, investigador de la UNAM.

– Doctor Salvador Aburto, director del Centro Nacional de Trasplantes.

– Doctor Jesús Lagunas, nefrólogo pediatra, presidente del Consejo Mexicano de Nefrología.

– Doctora Laura Basagotia, nefróloga del IMSS.

– Doctora Paola Miranda Alatriste, Colegio Mexicano de Nutriólogos Renales.

– Diputado Éctor Ramírez Barba, Comisión de Salud de la Cámara de Diputados.

– Marisol Robles (moderadora), presidenta de la Fundación Mario Robles Ossio.

14:15: La necesidad del acceso a tratamientos de calidad: la voz del paciente

– Diana Martínez, niña con trasplante (video).

– Gloria Pérez: Fundación Mexicana del Riñón.

– Mónica Marquez, mamá de niña con trasplante, red de apoyo.

14:30. Cómo trabajamos todos juntos: Firma de la Alianza para la Salud Renal

– Secretaría de Salud.

– Legisladores.

– Colegios y asociaciones de nefrólogos y nutriólogos renales.

– Asociaciones civiles

– Instituciones de Salud Pública.

Atentamente

Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba

Del diputado Marco Antonio Andrade Zavala

Al Foro anticorrupción y fiscalización en México, que se llevará a cabo el miércoles 11 de marzo, de las 9:30 a las 15:00 horas, en el auditorio Aurora Jiménez de Palacios, situado en el edificio E, planta baja.

Atentamente

Diputado Marco Antonio Andrade Zavala

De la Comisión de Gobernación y Población

En coordinación con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, al diplomado presencial o en línea Derecho, instituciones y debate parlamentarios, que se realizará los jueves comprendidos del 12 de marzo al 11 de junio, de las 16:00 a las 21:00 horas, en el Palacio Legislativo de San Lázaro

El diplomado está dirigido a legisladores, funcionarios públicos, investigadores, estudiantes, así como a las personas interesadas y/o relacionadas con la política, los procesos legislativos y la formulación de políticas públicas, en los tres niveles de gobierno o desde la sociedad civil.

Objetivo general

Analizar de manera integral el Poder Legislativo, el conjunto de normas, usos y prácticas que determinan su funcionamiento, aunado a un ejercicio científico de estudio comparativo de los regímenes políticos actuales en el mundo y de las reformas que están realizando para mejorar sus procesos democráticos, sus metodologías técnicas, las estrategias de debate parlamentario, la evaluación de sus resultados y su efecto en el fortalecimiento del Estado de derecho y de las políticas públicas. Se considerarán los nuevos referentes sociales, políticos e internacionales, para sustentar la eficacia de la formulación de leyes, las funciones de control, presupuestación, fiscalización y jurisdiccional, así como su aplicación e interpretación como marco necesario para avanzar en la consolidación de gobiernos eficaces, transparentes y promotores de una mejor sociedad.

Informes e inscripciones: del 2 de diciembre de 2019 al 28 de febrero de 2020, de 10:00 a 14:00 horas, en los teléfonos 50360000, extensión 57130, 5529212480, 5551985149, 5611355562 y 5536665185; en el correo electrónico diplomado.camara@gmail.com; en http://diplomadoscamara.com; así como en las oficinas de la Comisión de Gobernación, situadas en el edificio D, tercer piso, del Palacio Legislativo.

Cupo limitado. Se otorgará constancia con valor curricular

Metodología

Se desarrollarán 6 módulos, con sesiones de trabajo los días jueves y viernes de 16:00 a 21:00 horas, en el Palacio Legislativo de San Lázaro.

Los ponentes que participarán en el diplomado serán investigadores, profesores de educación superior, funcionarios públicos y responsables de organismos no gubernamentales, con la idea de generar una discusión multidisciplinaria sobre los temas antes descritos.

Evaluación: 80% de asistencia, como mínimo, y las evaluaciones aplicadas en cada módulo.

Módulos y temario

Ceremonia inaugural, 12 de marzo de 2020

Módulo I. Regímenes políticos y regímenes parlamentarios, 12, 13, 19 y 20 de marzo

Ejes temáticos

Presidencialismo, parlamentarismo, semipresidencialismo, semiparlamentarismo, asambleísmo, aspectos generales del Derecho Parlamentario y de las prácticas parlamentarias, estudios comparados de modelos de Parlamento.

Módulo II. Estructura y Proceso Legislativo, 26 y 27 de marzo, y 2 y 3 de abril

Ejes temáticos

El marco legal del Congreso, la organización y composición de los cuerpos Legislativos, la organización administrativa y técnica, el debate parlamentario, las asociaciones regionales e internacionales de carácter parlamentario.

Los proyectos legislativos, iniciativas, proposiciones, dictámenes, las comisiones, los órganos de gobierno, los trámites parlamentarios.

Módulo III. Las funciones presupuestal, económica y de control y fiscalización del Congreso, 16, 17, 25 y 24 de abril

Ejes temáticos:

El proceso presupuestario, económico y fiscal, límites y alcances; el sistema de control ingreso-gasto; la cuenta pública; la legislación de responsabilidades de los servidores públicos; las auditorias públicas, el dilema de la reconducción presupuestal, tipos y opciones de presupuestos aplicables para México.

La evaluación de las políticas públicas, la fiscalización de la gestión pública; el papel del poder legislativo en el control de la gestión pública y en la búsqueda de un gobierno de resultados.

Módulo IV. Técnicas de discurso y argumentación, 30 de abril, y 7, 8 y 14 de mayo

Ejes temáticos: El discurso político y los elementos de la retórica política. La argumentación política. Retórica, comunicación, argumentación y política (Ethos: la confianza y credibilidad, Logos: técnicas argumentativas, Pathos: técnicas argumentativas). Desarrollo de la capacidad de expresión y dominio del contacto visual. Capacidad de expresión y desarrollo de la convicción. Desarrollo de las relaciones humanas y dominio del discurso informativo. Desarrollo de liderazgo para la toma de decisiones. (Dominio del estrés y la presión). Práctica y dominio del discurso improvisado, preparado y manejo del discurso emocional.

Módulo V. Estrategias y técnicas de debate parlamentario, 15, 21, 22 y 28 de mayo

Reglas del debate parlamentario. Programación Neurolingüística. Encuadres constructivo y deconstructivo. Tácticas ofensivas y tácticas defensivas. La refutación de argumentos. Mociones parlamentarias. Lenguaje corporal y manejo de escenarios. Voto particular. Taller práctico de debate.

Módulo VI. Reforma del Estado y Reforma Parlamentaria, 29 de mayo, y 4 y 5 de junio

Ejes temáticos

Representación política; minorías; consultas; la integración territorial; el parlamento en la gobernanza, el Parlamento Abierto, calidad legislativa y proceso parlamentario; nueva representación, transformación moderna de la ley; la relación pleno-comisiones; las reformas del marco jurídico; la legislación delegada; la afirmativa y negativa ficta; la reestructuración de las comisiones; la evaluación del impacto de las reformas legislativas, las TICs y el Poder Legislativo.

Mesas deliberativas y propositivas para una agenda de reformas parlamentarias

Clausura , 11 de junio

Programa sujeto a cambios y confirmaciones

Atentamente

Diputada Rocío Barrera Badillo

Presidenta

De la Comisión de Deporte

Junto con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, así como la División de Educación Continua y Vinculación de la UNAM, al diplomado presencial o en línea Políticas públicas, legislación y administración deportiva, que se impartirá los martes y miércoles comprendidos hasta el 19 de mayo, de las 16:00 a las 21:00 horas, en el Palacio Legislativo de San Lázaro, y las inscripciones serán a partir de la presente publicación y hasta el 14 de febrero.

Está dirigido a legisladores, asesores parlamentarios y políticos, estudiantes e investigadores (de ciencia política, educación física, pedagogía, administración pública, derecho, sociología, economía, relaciones internacionales, antropología, administración de empresas), funcionarios públicos de los tres niveles de gobierno, líderes sociales y políticos, deportistas, empresarios del deporte, dirigentes de federaciones y de asociaciones deportivas y en general, personas interesadas en el comportamiento, cultura actores, tendencias y estudios en materia deportiva, en cualquiera de sus ámbitos, que deseen ampliar sus conocimientos, adquirir y desarrollar habilidades en la gestión del derecho y las políticas públicas del deporte amateur, profesional y de alto rendimiento en el plano nacional e internacional.

Informes e inscripciones del 25 de noviembre de 2019 al 14 de febrero de 2020, de 10:00 a 14:00 horas, en los teléfonos 50360000, extensión 55263; 5529212480, 5551985149, 5611355562 y 5536665185; en el correo electrónico diplomado.legislativo@gmail.com; en http://diplomadocamara.com, así como en la Comisión de Deporte, edificio F, planta baja, del Palacio Legislativo.

Cupo limitado.

Se otorgará constancia con valor curricular

Objetivo general

Impulsar el conocimiento sistemático y científico de todos los elementos públicos y privados, nacionales e internacionales que fomentan la profesionalización del deporte en México, a través del estudio de sus bases y principios enfocándose a conocer su organización, estudios comparados, evaluación de las competitividad nacional e internacional, métodos de entrenamiento y financiamiento, marco jurídico, apoyos económicos y presupuesto, fortalezas, áreas de oportunidad, deportes tradicionales y nuevas disciplinas, integralidad de la formación humana, derechos humanos, estructura laboral y social.

El participante, al concluir el diplomado, tendrá habilidades para desarrollar sus conocimientos en los campos de la organización, promoción, gestión, administración, emprendimiento, análisis e investigación de todo tipo de disciplina deportiva.

Metodología

El diplomado se desarrollará durante 120 horas, divididas en 6 módulos, con 4 sesiones de trabajo de cinco horas cada una, los martes y miércoles, en el Palacio Legislativo de San Lázaro.

Los ponentes que impartirán el diplomado conforman un grupo profesional y multidisiplinario de expertos en la materia: investigadores, catedráticos, funcionarios públicos y responsables de organismos no gubernamentales, tanto nacionales como internacionales, con la finalidad de generar una discusión integral.

Evaluación: 80 por ciento de asistencia como mínimo y las evaluaciones aplicadas.

Programa

Módulo I. Elementos fundamentales de las políticas deportivas y el sistema de deporte.

18, 19, 25 y 26 de febrero

I. El deporte y el desarrollo humano.

II. El deporte como valor cultural, económico y social.

III. Derecho deportivo.

IV. Responsabilidad civil en el deporte.

V. El deporte como derecho social.

VI. Responsabilidad social en el deporte.

VII. Proyectos sociales en el deporte.

VIII. Empresas deportivas socialmente responsables.

IX. El deporte sustentable.

X. Historia del deporte en México.

XI. La globalización en el deporte.

Módulo II. Análisis y adecuación de la legislación en materia deportiva.

3, 4, l0 y 11 de marzo

I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

II. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

III. Ley General de Cultura Física y Deporte.

IV. Ley General de Educación.

V. Ley General de Juventud.

VI. Ley federal del trabajo.

VII. Ley de Premios Estímulos y Recompensas Civiles.

VIII. El marco jurídico estatal y municipal.

IX. Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

X. Regulación deportiva en el ámbito internacional.

XI. Propuestas de regulación y armonización.

Módulo III. La política del deporte en México.

17, 18, 24 y 25 de marzo

I. Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018.

II. Comisión de Apelación y Arbitraje.

III. El Programa de Infraestructura Deportiva.

IV. Financiamiento, rendimiento y competitividad.

V. Patrocinios deportivos.

VI. Políticas públicas, presupuesto y resultados de la gestión pública del deporte.

VII. Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.

VIII. Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte.

IX. Los sistemas estatales y municipales de promoción deportiva.

X. La fiscalidad del deporte.

Módulo IV. El deporte amateur, profesional y de alto rendimiento.

31 de marzo y 1, 14 y 15 abril

I. El Comité Olímpico Internacional y los organismos internacionales del deporte.

II. El Comité Olímpico Nacional y los organismos privados y sociales del deporte nacional.

III. Regulación deportiva internacional.

IV. Tribunales internacionales del deporte.

V. Las federaciones deportivas nacionales.

VI. México en los Juegos Olímpicos.

VII. México en el deporte internacional.

VIII. México en los nuevos deportes globales.

IX. Educación y deporte.

Módulo V. Violencia y educación social en el deporte.

21, 22, 28 y 29 de abril

I. Derechos Humanos y deporte.

II. Violencia en eventos deportivos.

III. Acoso sexual en instituciones deportivas.

IV. Deporte y desarrollo social.

V. Inclusión social en el deporte.

VI. Dopaje y procedimientos jurídicos.

VII. El deporte como alternativa al bullyng y el conflicto social.

VIII. Trastornos de la conducta alimentaria y trastornos de la imagen corporal.

IX. Caracterología corporal.

X. La mentalidad de éxito en el deporte.

XI. Propuestas de regulación y armonización.

XII. Responsabilidad civil en el deporte.

Módulo VI. Taller de habilidades y emprendedurismo en materia deportiva.

6, 12 y 13 de mayo

I. Nuevos negocios en el deporte.

II. Planeación estratégica de negocios deportivos.

III. Administración y dirección de entidades deportivas.

IV. Agentes deportivos.

V. Formas de financiamiento del deporte.

VI. El emprendedor deportivo.

Clausura

19 de mayo

Nota: Programación sujeta a cambios

Atentamente

Diputado Ernesto Vargas Contreras

Presidente