Proposiciones
Efemérides


Proposiciones

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SEP a crear en las normales, las universidades interculturales y la UPN la licenciatura en enseñanza de lenguas indígenas para formar docentes que contribuyan al proceso de enseñanza-aprendizaje de éstas, a cargo del diputado Irán Santiago Manuel, del Grupo Parlamentario de Morena

Irán Santiago Manuel, diputado federal a la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía, el presente punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Universidad tiene ciertas funciones básicas, que se definen generalmente con la enumeración de docencia, investigación y difusión o extensión. Por lo que hace a la función de docencia, ello significa que deberá preparar aquellos profesionistas que necesite la sociedad.

Lo factores que deben tomarse en cuenta para tomar decisiones con respecto a la creación de nuevas carreras son: la necesidad, el mercado de profesionistas, la demanda estudiantil y el costo de las diferentes carreras.

La necesidad es considerada como la utilidad que la sociedad obtendrá por el hecho de contar con determinados profesionistas, suponiéndolos bien preparados, e independientemente de que existan plazas para ellos, de que haya demanda estudiantil y del costo que represente prepararlos.

En nuestro país, ha sido un asunto complejo dada la diversidad cultural que nos caracteriza como nación. Desde hace muchos años se ha puesto énfasis en mejorar los servicios educativos para corregir desigualdades entre grupos sociales y regiones. No obstante, se ha dificultado brindar servicios educativos a toda la población que garanticen los aprendizajes a lo largo de la vida.

La enseñanza de las lenguas indígenas debe ser el objetivo prioritario de la actual política pública. Esta demanda, se ha cristalizado en la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la creación de nuevas normas, con la finalidad de proteger, en un sentido social y jurídico, distintos programas y proyectos educativos en nuestro país.

El papel de las maestras y los maestros, como artífices de la educación, dan un giro importante en la manera en que éstos se preparan para sus futuras responsabilidades. Se trata de profesionales de la educación, capaces de crear ambientes de aprendizaje inclusivos, equitativos, altamente dinámicos. Por ello, se aspira a que cuenten con los conocimientos, las habilidades, las actitudes y los valores necesarios que conduzcan a realizar una práctica docente de alta calidad, donde apliquen los conocimientos y habilidades pedagógicas adquiridas en su formación inicial para incidir en el proceso de aprendizaje de sus futuros alumnos.

No obstante que el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus párrafos décimo, décimo primero y fracción II, inciso g), establecen que la educación será intercultural, que el contenido de los programas educativos contemplará realidades y contextos, regionales y locales y se incluirán en ellos el conocimiento de las lenguas indígenas de nuestro país, la atención a la población escolar indígena se ha dificultado, no sólo por las carencias materiales que enfrentan los planteles, sino también porque muchos de sus maestros no hablan una lengua nativa o debido a que quienes sí son bilingües están asignados a comunidades que no corresponden con su origen cultural. Además, quienes sí hablan una lengua no cuentan con formación para enseñarla.

En el ciclo escolar 2016-20171 únicamente 8 mil 387 prescolares indígenas de 9 mil 838 escuelas de este nivel, y 8 mil 930 primarias de un total de 10 mil 195, contaban con docentes hablantes de, al menos, una lengua materna de la comunidad, esto es, 85.3 y 87.6 por ciento, respectivamente.

Y al menos 9.5 por ciento de los prescolares indígenas y 8.3 de las primarias en comunidades indígena del país no cuentan con un solo maestro que hable la lengua con la que se comunican sus alumnos.

La formación profesional docente tiene lugar en instituciones formadoras. Instituciones que, para el caso de los docentes de educación indígena, están representadas en el ámbito de la educación pública por escuelas normales, universidades interculturales y unidades de la Universidad Pedagógica Nacional.

Sin embargo, no existe en nuestro país una licenciatura en enseñanza de lenguas indígenas. Es por esta razón, que existe la imperiosa necesidad de crearla, con la finalidad de formar docentes que coadyuven en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

El proceso de formación profesional, además de contemplar los elementos pedagógicos, psicológicos, entre otros, que requiere todo docente para su ejercicio, es necesario considerar las especificidades culturales y lingüísticas, pues son estas las que va a demandar su práctica docente.

De allí, la necesidad de una formación docente específica que permita acceder e interpretar la realidad de la situación histórica, económica, social y cultural, entre otros aspectos, en que se encuentran las poblaciones y los escolares indígenas; asimismo, que conceda al docente los elementos suficientes para buscar alternativas de solución a los problemas que enfrenta la educación indígena.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Secretario de Educación Pública a crear la licenciatura en enseñanza de lenguas indígenas en las Escuelas Normales, en las Universidades Interculturales y en la Universidad Pedagógica Nacional, con la finalidad de formar docentes que coadyuven en el proceso de enseñanza-aprendizaje de las lenguas indígenas.

Nota

1 Según el Panorama Educativo de la Población Indígena y Afrodescendiente 2017.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputado Irán Santiago Manuel (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Segob y el INM a facilitar y agilizar el otorgamiento de visas con permiso a fin de realizar actividades remuneradas para migrantes que se encuentran en el país, a cargo de la diputada Madeleine Bonnafoux Alcaraz, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Madeleine Bonnafoux Alcaraz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al tenor de las siguientes

Consideraciones

Heroica Nogales, mejor conocida como Nogales, es una ciudad en la frontera noroeste del estado mexicano de Sonora, cabecera del municipio del mismo nombre.

Limita hacia el norte con la ciudad de Nogales, Arizona. El municipio cuenta con una población de 233,952 habitantes (censo 2015), lo que lo convierte en el tercer municipio más poblado de Sonora con un 8.3 por ciento de la población total del estado.

Gran parte del crecimiento de la población en las últimas décadas se debe a la llegada de la industria maquiladora acentuado aún más con el TLCAN. En 2004 la producción bruta total de la Industria era aproximadamente el doble de la del sector de servicios y unas cuatro veces más que la de comercio.

Por su situación geográfica, la ciudad es también el principal punto de acceso de turistas estadounidenses al estado de Sonora. Es por eso además que la actividad económica más importante del municipio de Nogales es la industria maquiladora extranjera de exportación (hacia los Estados Unidos principalmente), operando un total de 104 plantas en 11 parques industriales diferentes, en las que se tiene una planta de aproximadamente 25 mil 400 trabajadores, casi la mitad de la población económicamente activa del municipio.

En Nogales se encuentran establecidas 6 de las 50 empresas más grandes de Sonora, en áreas como la automotriz, aeroespacial, metal-mecánica, productos médicos y electrónicos. El municipio cuenta también con una gran variedad de establecimientos comerciales y servicios, los principales son los supermercados, restaurantes, importaciones, ferreterías, constructoras, servicios de transporte y hospedaje.

La ruta México-Estados Unidos es el principal corredor migratorio del planeta, con un flujo mayor al que se registra en las fronteras de Europa del Este o puntos densamente poblados como Bangladesh y la India, según datos del Banco Mundial. Asimismo, la frontera sur de México es un gran corredor de migración; anualmente ingresan por esa ruta alrededor de 1.9 millones de personas, principalmente de Centro y Sudamérica en camino hacia territorio norteamericano.

De acuerdo con la Embajada de los Estados Unidos, desde el 29 de enero de 2019, se empezó a implementar el Protocolo de Protección a Migrantes (MPP, por sus siglas en inglés), con base en la Ley de Inmigración y Nacionalidad, lo anterior como acciones que se han implementado por parte del país vecino en respuesta a lo que han definido una “crisis de migración ilegal” en la frontera sur. Esto es, que las personas que llegaron o entraron a Estados Unidos por México sin la documentación adecuada, podrán ser retornados a nuestro país por el tiempo que duren sus juicios migratorios, es por ello que el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos realiza el regreso de personas a través de puertos de entrada.

A principios de enero de 2020, Estados Unidos inició el regreso de migrantes por el paso fronterizo de Nogales, como parte del Protocolo de Protección a Migrantes (MPP) mientras esperan audiencias de una corte en Texas. Según propias cifras del gobierno de Estados Unidos, en los últimos 5 años han visto un incremento de 2,000 por ciento de solicitudes de asilo.

Hay una gran cantidad de migrantes, confluyen tanto migrantes en tránsito, repatriados y solicitantes que esperan su turno para iniciar el proceso de refugio humanitario en el vecino país del norte.

Las autoridades migratorias estadounidenses reportaron el regreso de 30 personas al día desde el pasado 2 de enero de 2020, fecha en que en Nogales se convirtió en el séptimo cruce fronterizo por el cual las autoridades estadounidenses enviarán de regreso a México a los solicitantes de asilo para que aguarden sus audiencias en el Paso, Texas.

Por la garita de Mariposa se observa una gran cantidad de personas, que buscan alimentos en el comedor instalado por la sociedad civil Iniciativa Kino para la Frontera; tanto este albergue como el albergue San Juan Bosco atienden entre 150 y 250 personas diarias.

Los migrantes llegan sin recursos y pueden tener de tres a cuatro audiencias en una corte estadounidense, que se encuentra a más de 550 kilómetros de la frontera de Nogales.

Con los esfuerzos de la comunidad organizada, empresarios y las autoridades de los tres niveles de gobierno se da atención y protección a los migrantes, ya que los migrantes que entran a territorio de los Estados Unidos serán regresados a México durante el tiempo que dure el proceso de solicitud de asilo.

Asimismo, en la ciudad de Nogales podemos encontrar migrantes que se encuentran en tránsito y que no forman parte del Protocolo de Protección a Migrantes (MPP), sin embargo, ser una persona migrante no documentada no es un delito; en México la migración, aunque sea irregular no es un considerada un crimen. Es por todo lo anterior que se debe implementar por parte del Gobierno Federal una política que permita inhibir los posibles impactos que deja sobre la ciudad de Nogales este flujo de migrantes centroamericanos.

Por todo lo anteriormente expuesto, es preocupante el ambiente político nacional con respecto a la creación de empleos, programas sociales, ofertas de salud y educación que ya se tienen que tener implementadas, ya que los migrantes no cuentan con condiciones adecuadas para emprender un proceso regular de vida en México.

La Ley de Migración, en su artículo 52, fracción II, el cual a la letra señala:

Artículo 52. Los extranjeros podrán permanecer en el territorio nacional en las condiciones de estancia de visitante, residente temporal y residente permanente, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables, de conformidad con lo siguiente:

I. ...

II. Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas. Autoriza al extranjero que cuente con una oferta de empleo, con una invitación por parte de alguna autoridad o institución académica, artística, deportiva o cultural por la cual perciba una remuneración en el país, o venga a desempeñar una actividad remunerada por temporada estacional en virtud de acuerdos interinstitucionales celebrados con entidades extranjeras, para permanecer en territorio nacional por un tiempo ininterrumpido no mayor a ciento ochenta días, contados a partir de la fecha de entrada.

Asimismo, el gobierno de México ha reiterado su compromiso de México con los migrantes centroamericanos y su postura mediática ha sido dar un trato digno a dichas personas (empleo, techo, alimento), sin importar su situación migratoria. Por otro lado, diversas asociaciones empresariales de la Ciudad de Nogales, Sonora han expresado su interés por otorgar empleos a los migrantes, sin embargo, se encuentran imposibilitados de contratarlos por la situación migratoria en la que se encuentran, la cual se solucionaría una vez que el Gobierno Federal provea el permiso de trabajo para realizar actividades remuneradas.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Gobernación, Olga Sánchez Cordero y al titular del Instituto Nacional de Migración, Francisco Garduño Yáñez, para que mediante el Instituto Nacional de Migración se facilite y agilice el proceso del otorgamiento de visas con permiso para realizar actividades remuneradas, para los migrantes que se encuentran en territorio nacional, en particular aquellos migrantes que se encuentran en el municipio de Nogales, a la espera de la resolución de sus trámites en Estados Unidos de América.

Diputada Madeleine Bonnafoux Alcaraz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Consejo Consultivo de la Rotonda de las Personas Ilustres a regularizar y garantizar la permanencia ahí de los restos mortales del general revolucionario Cesáreo Castro Villarreal, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6 numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo Consultivo de la Rotonda de las Personas Ilustres para que regularice y/o garantice la permanencia de los restos del general Cesáreo Castro Villareal, ameritado revolucionario, en la Rotonda de las Personas Ilustres, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Revolución Mexicana es el suceso armado más relevante en México durante el siglo XX. Dentro de este periodo histórico destaca la participación del Ejército Constitucionalista comandado por el Coahuilense Venustiano Carranza, mismo que logró sentar las bases para la consolidación de un país de instituciones a través de la promulgación de la Constitución de 1917 que, en su momento, fue la más avanzada del mundo por su innovador contenido en materia de derechos sociales.

En el Ejército Constitucionalista participaron destacados hombres y mujeres que sacrificaron su tiempo, a sus familias y en no pocas ocasiones hasta su propia vida para luchar por los ideales de la Revolución que, en suma, buscaba justicia social para las clases más necesitadas de México.

Dentro de estos personajes destaca el general coahuilense Cesáreo Castro Villarreal quien tuvo una destacada participación en diversos hechos de armas durante la Revolución, dentro de los que destacan la toma de Matamoros, la toma de Monterrey, la batalla de Celaya y la batalla de León.

Castro Villarreal nació en Cuatro Ciénegas, Coahuila, en 1856. Hijo de Pablo Castro e Isabel Villarreal, se sumó al movimiento revolucionario encabezado por Francisco I. Madero y formó parte de la Convención del Partido Antirreeleccionista celebrada en abril de 1910, en la que fungió como delegado. Se levantó en armas por primera vez el 20 de noviembre de 1910 en Cuatro Ciénegas para secundar el Plan de San Luis, sin embargo, tras el triunfo de Madero, se estableció en Torreón, Coahuila por algún tiempo.

Al momento de estallar la Revolución Mexicana, Castro Villarreal tenía 54 años de edad, lo que contribuyó a ser conocido como “El Viejito”, además de por su agudeza e ingenio natural que lo convertían en un gran estratega en el campo de batalla.

Ante la llegada al poder de Victoriano Huerta y el asesinado de Madero, se sumó a Venustiano Carranza y se convirtió en una de sus personas de más confianza, a grado tal que fue parte fundamental en la organización de la reunión de jefes revolucionarios celebrada en la Hacienda de Guadalupe de la que resultó el Plan del mismo nombre, entre cuyos firmantes se encontraba el entonces coronel Cesáreo Castro.

Solo por citar algunos de sus méritos, en 1914 participó en la toma de Monterrey junto al General Pablo González. Fue artífice, en 1915, del triunfo en las batallas de León y Celaya, en las que ganó el respeto de sus correligionarios gracias a sus cualidades humanas y militares, volviendo famosas a sus cargas de caballería con las que, destrozó en batalla, las huestes del General Francisco Villa. El 27 de marzo de 1916 fue nombrado por Venustiano Carranza como Gobernador del Estado de Puebla y ocupó distintas jefaturas militares.

Sus méritos en combate lo hicieron ascender y alcanzar el grado de General de División. Álvaro Obregón, en su libro, “Ocho mil Kilómetros en Campaña”, reconoció la destreza de este insigne Coahuilense, fallecido en 1944, cuyos restos mortales descansan en la Rotonda de las Personas Ilustres del Panteón Civil de Dolores.

Sin embargo, a decir del licenciado Hugo Castro Aranda, presidente de la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística e hijo del General Cesáreo Castro, si bien en su momento se realizó la ceremonia correspondiente para el depósito de los restos mortales de Castro Villareal en la Rotonda de las Personas Ilustres, jamás fue publicado el decreto o acuerdo correspondiente que oficializara tal distinción.

Por tal motivo, se considera de la mayor relevancia que el Consejo Consultivo de la Rotonda de las Personas Ilustres regularice y/o garantice la permanencia de los restos mortales del general de división Cesáreo Castro Villarreal en el referido recinto, toda vez que, como se ha relatado en párrafos anteriores, son sobrados los méritos que hicieron que este ameritado revolucionario fuera considerado como persona ilustre por sus servicios a la patria.

Ahora bien, de acuerdo con el Decreto por el que se establecen las bases y procedimientos que rigen la Rotonda de las Personas Ilustres del Panteón Civil de Dolores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2003, resulta competente para conocer del presente asunto el Consejo Consultivo de la Rotonda de las Personas Ilustres, mismo que se integra por la persona titular de la Secretaría de Gobernación, quien lo presidirá, así como los Secretarios de la Defensa Nacional, de Marina y de Educación Pública.

Regularizar la permanencia de los restos mortales del General Castro en la Rotonda de las Personas Ilustres constituye un acto de justicia, además de un mecanismo para evitar ocurra algo similar a lo sucedido con los restos de Ignacio Mejía, que se perdieron durante una de las remodelaciones a la rotonda, tal como lo narra Jorge Vázquez Ángeles, en su artículo “Una tumba para llorar”, publicada por la Universidad Nacional Autónoma de México.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, someto a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al Consejo Consultivo de la Rotonda de las Personas Ilustres para que regularice y/o garantice la permanencia de los restos mortales del general Cesáreo Castro Villarreal, ameritado revolucionario, en la Rotonda de las Personas Ilustres del Panteón Civil de Dolores, en la Ciudad de México.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a diversas autoridades a emitir reglamentos sobre la venta en línea o telefónica y la distribución a domicilio de bebidas alcohólicas para evitar el suministro a menores de edad, a cargo de la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, integrante de la LXIV Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a las autoridades municipales en los estados y a las de las alcaldías en la CDMX a emitir reglamentos para a regular la venta en línea o telefónica, así como la distribución a domicilio de bebidas alcohólicas para evitar que estas sean suministradas a menores de edad.

Consideraciones

El consumo de alcohol a aumentado en México durante los últimos años y entre los factores que han facilitado este asenso está la creciente disponibilidad de bebidas alcohólicas tanto por el aumento de la oferta, como el aumento de los puntos de venta y el incremento en las posibilidades de abasto del mismo.1

En este sentido, el crecimiento de los distribuidores a domicilio de productos como el alcohol y los alimentos, ya sea mediante venta de servicios vía telefónica o mediante aplicaciones electrónicas como Ubereats o Rappi, ha sido un factor determinante. Esta problemática contextualiza al fenómeno creciente de alta disponibilidad de bebidas alcohólicas para población menor de edad mismas que en muchas ocasiones llegan a sus manos mediante los servicios de entrega de bebidas y alimentos en los que no existen controles para verificar si quien recibe la mercancía es o no un menor de edad. Ello, probablemente haya abonado a que en la actualidad alrededor del 50% de los adolescentes en México consuman alcohol.2

En consecuencia, la presente propuesta plantea exhortar a los municipios de los estados y las alcaldías de la Ciudad de México a revisar y actualizar sus reglamentos y todas las herramientas administrativas con que cuentan para en el marco de sus jurisdicciones hagan cumplir el artículo 220 de la Ley General de Salud que prohíbe el consumo de alcohol a menores de edad.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a las autoridades municipales en los estados y a las de las alcaldías en la Ciudad de México a emitir reglamentos, implementar políticas públicas y desarrollar protocolos de vigilancia para a regular la transportación y entrega de bebidas alcohólicas en sus jurisdicciones, efectuada por las empresas de distribución a domicilio que comercializan sus servicios mediante aplicaciones o por vía telefónica. Todo esto para evitar que en el reparto de bebidas alcohólicas participen menores de edad y para que las bebidas alcohólicas no sean suministradas a menores de edad.

Notas

1 El Informador, “Crece consumo de bebidas alcohólicas en México”, 9 de diciembre de 2019. Disponible en https://www.informador.mx/mexico/Crece-el-consumo-de-alcohol-en-Mexico- conoce-los-estados-donde-mas-se-toma-20191209-0103.html

2 Cuadro de Tendencias de la edad de inicio del consumo de alcohol en la población de 12 a 65 años, publicado por la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas Alcohol y Tabaco, disponible en https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/246052/hojasresumen_Alco hol-V3.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a realizar acciones protectoras de especies endémicas amenazadas, en peligro de extinción y sujetas a protección especial en Acatzingo, Puebla, a cargo del diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto, del Grupo Parlamentario del PES

El que suscribe, Fernando Luis Manzanilla Prieto, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social a la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2 fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Diversos medios de comunicación han dado cuenta de la denuncia sobre actos de caza ilegal de animales en peligro de extinción en el municipio de Acatzingo, Puebla. La fauna que se refiere que ha sido afectada, consiste en conejos, zorros y coyotes, estas últimas consideradas como especies comprometidas en su existencia o prontas a colocarse como especies en peligro de extinción.

Los habitantes del municipio de Acatzingo han denunciado que este tipo de cacería, en algunas ocasiones furtiva y en otras no, se lleva a cabo de forma regular durante los fines de semana por cazadores que se reúnen de diversas localidades cercanas a los cerros de El Ocotal, Piñero y el Cerro de la Meza.

De acuerdo con las notas periodísticas, se trata de grupos de hasta 10 personas y se cazan hasta un total de 20 animales por sesión o evento.

Llama la atención que, a pesar del grave daño al equilibrio de la fauna silvestre local y nacional, este tipo de actos siguen siendo difundidos de forma habitual en redes sociales como grandes logros y hazañas, cuando en realidad se pone en riesgo la estabilidad medio ambiental y, como advertimos, la existencia de ciertas especies endémicas del territorio mexicano.

De acuerdo con la propia investigación en cita, sólo los conejos son empleados para el consumo humano como alimento, en tanto que los coyotes y zorros son disecados y comercializados.

Como es de conocimiento común, México cuenta con una variedad inconmensurable de especies, tanto vegetales como animales. Medios de comunicación reportan que “en nuestro país habitan más de 108 mil especies conocidas, según datos del Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF) México. Esto significa que el 6.5 por ciento de la biodiversidad mundial vive en territorio mexicano”.1 De estas, algunos cálculos conservadores señalan que, al menos 171 animales endémicos se encuentran en peligro de extinción.2

En el país, la misma nota señala algunas especies en peligro, a saber: ajolote, guacamaya roja, lobo mexicano, ocelote, jaguar, manatí, perrito llanero mexicano, mascarita transvolcánica, vaquita marina, entre muchas otras.

En el estado de Puebla se han realizado importantes esfuerzos en la lucha por la preservación de las especies. Apenas en julio del año pasado, se celebraba que en el parque estatal Flor del Bosque, se logró el nacimiento exitoso de 5 especies de fauna silvestre, bajo la Coordinación General de Medio Ambiente, dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial.

En efecto, las especies beneficiadas y de las que se logró su reproducción fueron: mapaches (Procyon lotor ); loros cariamarillos o cotorra cucha (Amazona autumnalis ); chachalacas (Ortalis vetula ) y, precisamente, coyotes (Canis Latrans ).

Es necesario advertir que no todas las especies corren los mismos riesgos o se encuentran en la misma etapa de amenaza, por eso, la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, establece diversas categorías de riesgo en las que clasifica a las especies existentes en el país. Esta clasificación es la siguiente:3

Probablemente extinta en el medio silvestre . Aquella especie nativa de México cuyos ejemplares en vida libre dentro del territorio nacional han desaparecido, hasta donde la documentación y los estudios realizados lo prueban, y de la cual se conoce la existencia de ejemplares vivos, en confinamiento o fuera del territorio mexicano.

En peligro de extinción. Aquellas cuyas áreas de distribución o tamaño de sus poblaciones en el territorio nacional han disminuido drásticamente poniendo en riesgo su viabilidad biológica en todo su hábitat natural, debido a factores tales como la destrucción o modificación drástica del hábitat, aprovechamiento no sustentable, enfermedades o depredación, entre otros.

Amenazadas. Aquellas que podrían llegar a encontrarse en peligro de desaparecer a corto o mediano plazo, si siguen operando los factores que inciden negativamente en su viabilidad, al ocasionar el deterioro o modificación de su hábitat o disminuir directamente el tamaño de sus poblaciones.

Sujetas a protección especial. Aquellas que podrían llegar a encontrarse amenazadas por factores que inciden negativamente en su viabilidad, por lo que se determina la necesidad de propiciar su recuperación y conservación o la recuperación y conservación de poblaciones de especies asociadas.

Ahora bien, para proteger a estas especies, en cada una de las etapas de riesgo, de acuerdo con el artículo 81 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el establecimiento de vedas sobre fauna silvestre, que tengan como finalidad la preservación, repoblación, propagación, distribución, aclimatación o refugio de los especímenes, principalmente de aquellas especies endémicas, amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial.

Sin embargo, al tratarse de una materia de carácter concurrente entre la federación, los estados y los municipios, las leyes locales mandatan la participación de las autoridades de los gobiernos locales, para la protección de este tipo de especies.

A nivel local, uno de los instrumentos que existen para proteger a las especies endémicas y en peligro de extinción, es el establecimiento de áreas naturales en la entidad y los municipios que la integran, con el objeto, de acuerdo con la fracción II del artículo 62 de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla, salvaguardar la diversidad genética de las especies silvestres; así como coadyuvar con la federación en el aseguramiento de la preservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad del territorio estatal, en particular preservar las especies que están en peligro de extinción, las amenazadas, las endémicas, las raras y las que se encuentran sujetas a protección especial.

Del mismo modo, un instrumento adicional para lograr esta protección desde el nivel local y conforme al artículo 68 del mismo instrumento normativo, es la creación de reservas estatales , como zonas representativas de uno o más ecosistemas que ha sido alterado por desastres naturales o por la acción del ser humano y que requieren ser restaurados y preservados, en los cuales habiten especies representativas de la biodiversidad estatal, incluyendo a las consideradas endémicas, amenazadas o en peligro de extinción.

Como se ve, tanto a nivel federal como a nivel local existen instrumentos jurídicos que pudieran proteger a la fauna endémica y en peligro de extinción, sin embargo, también advertimos que es necesaria una revisión a las normas federales, generales y locales en materia de protección a las especies en peligro de extinción.

La revisión y, en su caso, la reforma a las leyes federales y generales son atribuciones del honorable Congreso de la Unión y de esta soberanía, razón por la cual, he dispuesto el análisis y estudio del marco normativo en materia de medio ambiente y de protección a especies endémicas en riesgo.

Sin embargo, la legislación local, en lo que corresponde al estado de Puebla, deberá ser revisada y, en su caso, actualizada por el Congreso del Estado libre y Soberano de Puebla, razón por la que en este acuerdo, se propone instar al Congreso a realizar dicho análisis y potenciar las atribuciones en la medida de las competencias constitucionales de cada órgano y nivel de gobierno.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía los presentes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de sus atribuciones legales, evalúe la posibilidad de realizar los estudios necesarios, tendentes a establecer una veda de fauna silvestre en el municipio de Acatzingo, en coordinación con las autoridades competentes del gobierno del Estado Libre y Soberano de Puebla y el ayuntamiento de Acatzingo.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al gobierno del Estado Libre y Soberano de Puebla para que a través de su Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, en ejercicio de sus atribuciones legales y en coordinación con el municipio de Acatzingo, evalúe y, en su caso, ejecute los mecanismos tendentes a preservar las especies que están en peligro de extinción, las amenazadas, las endémicas, las raras y las que se encuentran sujetas a protección especial, establecidos en la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla.

Tercero. Se exhorta respetuosamente al Congreso del Estado de Puebla a que en ejercicio de sus atribuciones legales, evalúe la posibilidad de revisar los instrumentos legales –administrativos y penales– tendentes a proteger a las especies en veda, o bien consideradas endémicas, amenazadas, en peligro de extinción, o sujetas a protección especial.

Notas

1 Unión Puebla. Especies en peligro de extinción en México. Visible en: https://www.unionpuebla.mx/articulo/2018/03/16/medio-ambiente/especies- en-peligro-de-extincion-en-mexico [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2020]

2 El Heraldo . Al menos 171 animales endémicos de México se encuentran en peligro de extinción. Fecha de publicación 4 de octubre de 2019. [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2020] https://heraldodemexico.com.mx/pais/animales-en-peligro-de-extincion-en -mexico/

3 Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo. Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2010. Visible en: http://www.dof.gob.mx/normasOficiales/4254/semarnat/semarnat.htm [Fecha de consulta: 12 de febrero de 2020]

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al CSG y la Ssa a llevar un registro de comercialización de diversas sustancias químicas, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, diputado Arturo Escobar y Vega en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña y Érika Mariana Rosas Uribe, en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La seguridad y la integridad física de las personas es una tarea muy importante que tiene el Estado para con la población, en los últimos años, los mexicanos hemos estado inmersos en una oleada constante de creciente violencia.

De manera lamentable en los últimos años la violencia de género ha tenido un repunte considerable en el país, esto a pesar del fortalecimiento del marco jurídico por medio del endurecimiento de penas para los agresores, pues esta situación lejos de desincentivar las prácticas, ha ocasionado que los perpetradores busquen nuevas formas de agredir a las mujeres y salir bien librados de los procedimientos cuyo fin es la impartición de justicia y la reparación del daño.

Una de estas modalidades son los ataques realizados con ácido que, si bien no tienen como propósito causar la muerte de la víctima, lesiona otro derecho igual de fundamental: la salud física y psicológica.

A nivel mundial está práctica es recurrente, de acuerdo con la organización Acid Survivors Trust International , cada año se tienen registro de al menos mil 500 ataques en distintos países sin que estos atiendan a un entorno político o social específico, pero con un común denominador, 80 por ciento de las víctimas son mujeres.

Es una realidad alarmante, que, a pesar de los esfuerzos por erradicar la violencia contra niñas y mujeres, México haya contribuido a estas vergonzosas estadísticas, pues a pesar de no contar con cifras oficiales, es de conocimiento general, gracias a la difusión brindada por los medios de comunicación que nuestro país no está exento de esta manifestación de violencia por razón de género.

Detrás de la expresión máxima que es el feminicidio, las quemaduras ocasionadas por el uso de ácido, es una de las formas más viles de violencia de género, pues a diferencia de otro tipo de lesiones como golpes o heridas realizadas con otro tipo de armas, existe un antes y un después para la víctima, quien tienen que aprender a vivir acompañada de cicatrices que le han cambiado de la noche a la mañana la apariencia física y que diariamente le recuerdan el trágico evento que desea superar.

Una de las causas por las que cada vez son más comunes estos ataques radica en la accesibilidad de las sustancias utilizadas como “armas” al ser baratos y fácil de encontrar, incluso en tiendas departamentales.

Los ácidos utilizados más comunes para causar lesiones dolosas son el ácido clorhídrico, sulfúrico y nítrico, los cuales ocasionan quemaduras severas en la piel, dejando daños irreversibles pues la reconstrucción total del tejido resulta imposible.

Las quemaduras químicas producidas por el contacto con estas sustancias son devastadoras, pues la destrucción de las proteínas progresa por otros mecanismos, principalmente por hidrólisis. Los efectos que se producen continúan durante todo el tiempo en que el agente agresor este presente aún y cuando se trate de pequeñas trazas. Además, las sustancias químicas pueden actuar de forma sistémica si sus componentes acceden a la circulación sanguínea.1

Debido a la peligrosidad propia de estas sustancias, así como los usos novedosos para ocasionar lesiones dolosas vuelve urgente que las miradas se centren en este tema “Con menos de medio litro es posible quemar el rostro de una persona o alguna parte del cuerpo, puesto que es corrosivo y provoca irritación severa y quemaduras, en caso de ser rociado en los ojos puede ocasionar ceguera”, explicó Ruth Pedroza, experta en ciencias químicas por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).2

Las afirmaciones de la experta citada en el párrafo anterior, son alarmantes y toman aún más seriedad si se considera que en nuestro país ha quedado constancia de que el ácido clorhídrico (o muriático) ha sido utilizado con el fin de causar lesiones dolosas,3 esta sustancia tiene usos comunes en la industria y en el hogar, a pesar de ser sumamente corrosivo y causar quemaduras al entrar en contacto con la piel.

Este tipo de ácidos en nuestro país se encuentran regulados por la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, legislación que los cataloga como sustancias químicas esenciales,4 y remite su control respecto a la cantidades y volúmenes a la publicación que haga el Consejo de Salubridad General en el Diario Oficial de la Federación.5

Atendiendo a esta disposición el Consejo de Salubridad General en fecha 27 de abril de 1998, publicó el Acuerdo por el que se determinan las cantidades o volúmenes de productos químicos esenciales, a partir de los cuales serán aplicables las disposiciones de la ley, en dicho documento se especifica que para los ácidos clorhídricos y sulfúrico, la venta doméstica no está regulada únicamente señala la obligatoriedad de llevar un registro.6

Sin embargo, el registro a que se refiere el documento señalado no se lleva a cabo de manera eficiente, ni tampoco las autoridades competentes asumen algún tipo de responsabilidad respecto a la penosa realidad de que estas sustancias químicas pueden ser adquiridas de manera libre sin dejar ningún tipo de registro. Esta situación ha quedado documentada en algunas notas periodísticas las cuales evidencian la facilidad con la se adquiere, así como los precios accesibles de dichos productos.7

Diversos medios afirman que 70 por ciento de las empresas que venden ácido sulfúrico escapan al padrón de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris),8 lo que vuelve urgente que se tomen las acciones pertinentes para que la regulación de estas sustancias químicas sea eficiente.

Es indispensable que, en aras de evitar la reproducción de estos eventos, el Estado presente atención antes de que se convierta en un problema de salud, un solo caso ya es demasiado, sobre todo cuando existen los mecanismos legales para que estos sean evitados.

Derivado de lo aquí expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que en ejercicio de las facultades que le son otorgadas en los artículos 280 y 282 de la Ley General de Salud, se incrementen las medidas de seguridad y control sanitario a través de la expedición de las normas o instrumentos jurídicos necesarios que tengan como fin regular en todo el territorio nacional la compraventa a nivel personal de sustancias químicas esenciales como ácido sulfúrico y ácido clorhídrico, pues estas sustancias se encuentran relacionadas con hechos de vioviolencia extrema contra mujeres, como lo son los ataques con ácido.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Consejo de Salubridad General y a la Secretaría de Salud para que lleve a cabo las acciones necesarias a fin de que se dé cabal cumplimiento al Acuerdo por el que se determinan las cantidades y volúmenes de productos químicos esenciales a partir de los cuales serán aplicables las disposiciones de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos que impone la obligatoriedad de llevar un registro a la venta en comercio de sustancias químicas esenciales como ácido sulfúrico y ácido clorhídrico, pues estas sustancias se encuentran relacionadas con hechos que provocaron lesiones dolosas.

Notas

1 https://www.ucm.es/data/cont/docs/420-2014-02-07-QUEMADURAS-QUIMICAS-8E nero-2013.pdf

2 https://www.eluniversal.com.mx/nacion/sociedad/venden-por-internet-litr o-de-acido-sulfurico-en-135

3 https://www.debate.com.mx/mexico/Acido-muriatico-en-la-piel-que-hacer-2 0150221-0125.html

4http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/compi/a261297. html artículo 4 fracción II de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos

5http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/compi/a261297. html artículo 6 Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos

6 http://www.csg.gob.mx/descargas/pdf/priorizacion/precursores/normativid ad/acuerdo/1Acuerdo_27041998.pdf

7 https://www.excelsior.com.mx/comunidad/acido-para-desfigurar-a-mujeres- lo-facil-que-se-consigue-en-cdmx/1300507

8 http://www.cronica.com.mx/notas/2018/1077877.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputados: Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, Zulma Espinoza Mata, José Ricardo Gallardo Cardona, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido (rúbrica), Nayeli Arlen Fernández Cruz (rúbrica), Alfredo Antonio Gordillo Moreno (rúbrica), Ana Patricia Peralta de la Peña (rúbrica), Érika Mariana Rosas Uribe (rúbrica).

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a realizar por distintas secretarías trabajos para fomentar los actos cívicos en las instituciones educativas o escuelas públicas y promover los valores patrios en los alumnos, a cargo del diputado José Guadalupe Aguilera Rojas, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien suscribe, diputado José Guadalupe Aguilera Rojas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El turismo en México representa una de las actividades primordiales de atracción de recursos económicos a nuestro país, a través del turismo doméstico y el turismo internacional. Ahora bien, de acuerdo a información publicada por la propia Secretaría de Turismo Federal a través de los Resultados de Actividad Turística (RAT) del mes de noviembre de 2019,1 se señala que la llegada de turistas nacionales a cuartos de hotel alcanzo? los 56 millones 564 mil turistas (73.2 por ciento del total); mientras que 20 millones 735 mil fueron turistas internacionales (26.8 por ciento del total).

Analizando las cifras antes mencionadas tenemos claro que la actividad económica por el turismo doméstico en nuestro país va en ascenso productivo. De acuerdo a información de la Unión de Secretarios de Turismo de México (ASETUR), la propuesta de eliminar los puentes vacacionales establecidos en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, representaría una seria afectación para la economía y la actividad turística en México.

Los antecedentes de modificación del artículo antes mencionado datan desde hace 20 años a propuesta de la izquierda mexicana1 y concretada en el año 2005; el objetivo de aquel entonces de prefijar las fechas de los fines de semana largos, es que las vacaciones se podrán promocionar por parte de los prestadores de servicios turísticos y planear por los vacacionistas con la debida anticipación y que los prestadores de servicios turísticos ofrezcan paquetes vacacionales al alcance de todos los bolsillos para fomentar el turismo social y obtener una auténtica cultura de turismo doméstico , pilares de un gobierno de izquierda.

Por otro lado, las empresas se han visto beneficiadas en el transcurso de los años por la aplicación de este mandato legal, ya que la eliminación de los llamados puentes que tenían lugar cuando el día festivo caía en jueves o en martes y los trabajadores se toman el día lunes o viernes alterando así? la productividad de los centros laborales.

Presentar una reforma al artículo 74 de la Ley Federal de Trabajo, transgrede al sector social y al sector productivo de nuestro país. Tan sólo por mencionar algunas cifras propias de la Secretaría de Turismo Federal, tenemos que el fin de semana que se celebró del viernes 31 de enero al lunes 3 de febrero del presente año, implicó la salida de un millón 600 mil vacacionistas y dejó una derrama económica de 4 mil millones de pesos, en tanto el puente de la Revolución Mexicana del viernes 15 al 18 de noviembre de 2019 significó que un millón 813 mil viajeros llegarán a un hotel y se alcanzaron ingresos aproximados por arriba de 4 mil 900 millones de pesos.

Ahora bien, el propio titular del Ejecutivo Federal señalo en la Estrategia Nacional de Turismo 2019-2024, publicada el 25 de febrero de 2019,2 que el sector turístico es fundamental para la economía del país y el que más promueve el crecimiento: “por eso nos importa mucho mantener el crecimiento económico en este sector y seguir creando empleos. Vamos a llevar a cabo un plan para crecer en todo el país, pero queremos apoyar al turismo y, al mismo tiempo, apoyar a regiones que se han quedado rezagadas en cuanto a crecimiento, en cuanto a empleo, en cuanto a bienestar...”.

Que más se puede decir de este tema tan controvertido, creo que nosotros como legisladores entendemos la preocupación del señor Presidente, donde lamenta que el pasado 5 de febrero, día en que se conmemoró la promulgación de la Constitución , muy pocos niños y niñas saben qué se celebra y sólo hablan de puentes, pero su propuesta no es la solución. Esta Cámara de Diputados en conjunto con el Senado de la República, debe trabajar con los Secretarios de Gobernación y Educación para presentar las estrategias públicas que eviten el olvido de las y los jóvenes estudiantes y de todos los mexicanos de fechas tan conmemorativas para nuestro país, así también que estén presente los titulares de las Secretarías de Turismo y Economía para trabajar de la mano entre poder ejecutivo y legislativo, y fomentar aún más el turismo doméstico en México.

Finalmente, México es un país pleno de colores, sabores, sonidos, tradiciones e historia únicos en el mundo. Su hospitalidad le ha ganado reconocimiento internacional como país anfitrión por excelencia, donde la calidez de su gente, su alegría, su profesionalismo y su entrega hacen que cada visita a los rincones de México sea única e inolvidable.

Por lo anteriormente expuesto, en mi calidad de diputado federal dentro de esta LXIV Legislatura, propongo el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que, a través de sus titulares de Gobernación, Educación Pública, Turismo y Economía, trabajen de manera conjunta con el objetivo de coadyuvar en el fomento de los actos cívicos en las instituciones educativas o escuelas públicas y promover los valores patrios en los alumnos.

Notas

1 https://www.datatur.sectur.gob.mx/RAT/RAT-2019-11(ES).pdf

2 http://www.diputados.gob.mx/comisiones/traypres/iniclvii/inic38.htm

3 https://www.gob.mx/sectur/prensa/
estrategia-nacional-de-turismo-2019-2024-tendra-un-sentido-democratico-miguel-torruco

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 13 días del mes de febrero de 2020.

Diputados: José Guadalupe Aguilera Rojas (rúbrica), Abril Alcalá Padilla, María Guadalupe Almaguer Pardo, Mónica Bautista Rodríguez, Frida Alejandra Esparza Márquez, Raymundo García Gutiérrez, Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), Antonio Ortega Martínez, Claudia Reyes Montiel, Norma Azucena Rodríguez Zamora.

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los 32 gobiernos locales a establecer un convenio con la SHCP y el ISSSTE para reconocer adeudos y regularizar el pago de cuotas y aportaciones pendientes de cubrir de los ejercicios fiscales 2019-2020 y anteriores, a cargo del diputado Irán Santiago Manuel, del Grupo Parlamentario de Morena

Irán Santiago Manuel, diputado federal a la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo de urgente u obvia resolución , al tenor de las siguientes

Consideraciones

De acuerdo con información de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, durante 2018 el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado gastó 111 mil 609 millones de pesos; mientras que sus ingresos fueron por 23 mil 305 millones de pesos, es decir, erogó 4.7 veces más de lo que generó.

Debido a los subsidios y transferencias que percibió por parte del gobierno federal por 94 mil 70 millones de pesos, el ISSSTE logró cerrar su balance general con un superávit de 5 mil 766 millones de pesos. Al quitar dichas transferencias, el ISSSTE registraría un déficit por 88 mil 304 millones de pesos.

La falta de recursos al ISSSTE le impide al llevar a cabo inversión en infraestructura y equipamiento, en perjuicio de los derechohabientes.

La situación financiera del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) no sería tan complicada si los gobiernos de los estados pagaran las cuotas y aportaciones en tiempo y forma.

Al día de hoy, el ISSSTE enfrenta un serio problema con las entidades federativas que no le entregan los ingresos de cuotas y aportaciones que hacen los trabajadores a dicho Instituto.

El adeudo que mantienen las entidades federativas, de 2008 a mayo de 2019, suma en total 55 mil 458 millones de pesos, oscila en 53 mil 364.6 millones de pesos. Esta deuda se conforma por tres rubros. La más alta proviene de las cuotas individuales de retiro cesantía y vejez (RCV) que se cobra a los trabajadores, y por las que los estados deben al ISSSTE 46 mil 647.1 millones de pesos, es decir, 87.4 por ciento de la deuda total.

La segunda, es el seguro que da el ISSSTE y que suma 4 mil 992.7 millones de pesos, y por último está el pago de las cuotas al Fovissste, que son mil 724.8 millones de pesos. Entre los dos, representan 12.6 por ciento de la deuda total de las entidades federativas.

Conforme al Reporte de adeudos registrados por concepto de cuotas, aportaciones y préstamos relativo a los seguros de salud, invalidez y vida, riesgos de trabajo y servicios sociales y culturales al cierre del mes de junio (quincena 12) de 2019,1 los adeudos totales de algunas entidades federativas, es el siguiente:

Con este panorama, una de las principales estrategias para mejorar la situación financiera del ISSSTE, es la reingeniería financiera institucional y que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ejecute los pagos vencidos, siendo una opción hacerlo con cargo a las participaciones y transferencias federales.

Por otra parte, la obligación de enterar las cuotas de las aportaciones de seguridad social legalmente no corresponde al trabajador, sino a las entidades federativas como patrones, las cuales están obligadas a cumplir con la obligación de enterar las cuotas de aportaciones de seguridad social de sus trabajadores.

Los artículos 4o. y 123, apartado B, fracción XI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantizan el acceso a servicios de salud y el derecho a la seguridad social, los cuales no pueden ser restringidos por la falta del entero oportuno de las cuotas y aportaciones de seguridad social correspondientes. Lo anterior es así, debido a que el pago de las referidas sumas obedece a una responsabilidad que corresponde cumplir exclusivamente al patrón y no a los trabajadores, lo que significa que no es posible privar a estos últimos del acceso a los servicios de seguridad social por cuestiones que no les son imputables directamente.

Las trabajadoras y trabajadores tampoco deben tener restricciones para acceder a préstamos o créditos, menos aún, a que presenten problemas al realizar trámites administrativos, por el hecho de que la entidad patronal no cumpla con su obligación de enterar oportunamente las cuotas y aportaciones de seguridad social.

El presente punto de acuerdo, es con la finalidad de exhortar a las y los gobernadores de las 32 entidades federativas, para que concilien y determinen saldos de adeudos, y posteriormente celebrar un convenio con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para reconocer los adeudos pendientes de pagar, presenten un plan de pago y así, puedan solventar su deuda con el ISSSTE.

En caso de que los estados entreguen las cuotas y aportaciones que adeudan, con ese recurso el ISSSTE tendrá posibilidad de poder abastecer y dotar con mayor facilidad de equipamiento y mantenimiento que requieren las clínicas y hospitales.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las y los titulares del Poder Ejecutivo de las 32 entidades federativas, para que a la brevedad, establezcan un convenio con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a efecto de reconocer adeudos y regularizar el pago de las cuotas y aportaciones que tienen pendientes de cubrir tanto de ejercicios anteriores, como de los ejercicios fiscales 2019 y 2020.

Nota

1 Publicación de adeudo al cierre de la quincena 12 de 2019 de conformidad con el artículo 25 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputado Irán Santiago Manuel (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Cofepris a realizar un estudio sobre las sustancias contenidas en los pañales desechables comercializados en el país y su efecto en la salud, a cargo del diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de conformidad con lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Actualmente el uso de pañales desechables produce 900 mil toneladas de basura al año en todo el mundo, además tienen un impacto la salud de los bebés pues están compuestos por materiales que pueden llegar a ser nocivos para su salud.

Entre los químicos que se encuentran en los pañales desechables son restos de dioxinas, el cual es cancerígeno generado por el uso del cloro que se utiliza para su blanqueamiento.

En estudios realizados en otros países, se puede encontrar en los pañales el poliacrilato de sodio, el cual se encuentra en el relleno de éstos para ser más absorbentes. Este material está relacionado con el síndrome del shock tóxico, también presentado en los tampones. Por otra parte, puede causar irritaciones en la piel si el pañal dura más tiempo de lo recomendado y también puede causar problemas respiratorios, incluido el asma.

Por último, los pañales tardan aproximadamente 250-500 años en desintegrarse, usan 1.3 millones de toneladas de pulpa de madera para su producción y 3 veces más agua a comparación de los pañales de tela. Por tal motivo es importante conocer el tipo de pañal que los bebés utilizan y el impacto que éstos tienen en el planeta y en ellos.

Respecto a los estudios realizados en otras partes del mundo, la agencia responsable de la seguridad sanitaria en Francia afirma que algunas sustancias que contienen los pañales desechables son un riesgo para los bebés. Gracias a un estudio realizado en 2017, la dependencia identificó en ellos la presencia de varios hidrocarburos aromáticos policíclicos y dioxinas: son cancerígenos.

En los pañales había 60 sustancias tóxicas como el glifosato, herbicida cancerígeno al que tantas veces he criticado aquí. Lo elaboraba la estadunidense Monsanto, hoy propiedad de Bayer. También varios plaguicidas prohibidos desde hace años en decenas de países, como el lindano, el quintozeno o el hexaclorobenceno. A ellos se suman dioxinas, el alcohol bencílico o el butilfenil y los policlorobifenilos (PCB). Las autoridades galas descubrieron hasta hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP) que podemos encontrar en el humo de cigarrillos y en las emisiones de los automóviles.

Algunos de los compuestos identificados superan los límites sanitarios aceptables. Por eso el gobierno francés exigió a los fabricantes de dichos pañales eliminar, en un plazo máximo de seis meses a partir de publicados los resultados, las sustancias tóxicas encontradas en ellos.

En sus primeros tres años de vida, un bebé llega a usar 4 mil pañales y que algunos de los componentes pueden migrar a través de la orina del bebé hasta ser absorbidos por la piel, lo que ocasionaría desde alergias cutáneas por sustancias perfumantes hasta quizás riesgos cancerígenos por los PCB o las dioxinas.

De la lista de sustancias peligrosas encontradas en los pañales, destaco el glifosato, que tanto daño ha ocasionado a la población y al medio ambiente al aplicarse en plantaciones de soya de Argentina y Brasil, y utilizarlo como defoliante en la lucha contra los cultivos ilícitos en Colombia. En México se utiliza con toda impunidad.

En cuanto a los pañales desechables, como ya se adelantó, afectan muy negativamente al medio ambiente. Tardan varios siglos en degradarse. Alrededor de 15 por ciento de los residuos sólidos que se generan en los hogares mexicanos son pañales. Cada año billones de ellos se tiran a la basura. Pese al grave daño que ocasionan, no se apoyan de manera suficiente los proyectos para elaborarlos de tela o biodegradables, mucho menos dañinos para la salud de los bebés y el ambiente.

Es necesario y urgente que los titulares de las secretarías de Salud, Medio Ambiente investigue si los millones de pañales desechables que se venden en el país son tan potencialmente dañinos para la salud de los bebés, como reveló el gobierno francés sobre los que se utilizan en dicho país.

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), a que realice y publique un estudio sobre las sustancias contenidas en los pañales desechables que se comercializan en el país, además de su posible impacto en la sal ud de los bebés.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno y la Semovi de la Ciudad de México a establecer los cursos y las evaluaciones por acreditar para obtener licencia de conducir, a cargo de la diputada Pilar Lozano Mac Donald, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Pilar Lozano Mac Donald, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo , por el que se exhorta respetuosamente al gobierno de la Ciudad de México, así como al titular de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, establezca los cursos y evaluaciones que los usuarios deberán acreditar para obtener la licencia de conducir, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Visión Cero, originada a partir de la política nacional adoptada en Suecia en 1997, tiene como objetivo llevar a cero el número de muertes por hechos de tránsito a través de una estrategia integral de seguridad vial. Reconoce el error humano y hace corresponsables a las autoridades, por la promoción de sistemas viales seguros a través del cumplimiento de la ley, con la finalidad de garantizar la protección de la vida e integridad física de las personas. Dentro de las estrategias que maneja la Visión Cero, se encuentran la instrumentación de reformas de política a través de las licencias de conducir.

La seguridad vial no es accidental, las decisiones al volante cuentan a la hora de determinar la responsabilidad durante la conducción. La Dirección General del Tránsito, en España, clasifica las causas principales de hechos de tránsito de la siguiente manera:1

– Relativas al vehículo: Deficiencias de sus principales componentes, que alteran el funcionamiento y la seguridad del vehículo.

– Relativas a la carretera: Diseño vial deficiente, defectos o deformaciones del arroyo vehicular.

– Relativas a fenómenos atmosféricos: Reducción de visibilidad por niebla o lluvia y deslumbramientos solares.

– Relativas al conductor o peatón: Condiciones físicas, deficiencias en la percepción, falta de conocimientos y experiencia, así como errores ante situaciones de riesgo.

– Otras: presencia o caída de elementos naturales sobre la carretera, insectos que se introducen en el vehículo, piedra que golpea el parabrisas, etcétera.

Conforme a lo anterior, el factor humano es determinante en la ocurrencia de los hechos de tránsito. La imprudencia es autora de gran parte de estos incidentes, debido a que el riesgo es permitido al cometer una infracción, por lo que la previsión de las conductas y la toma de decisiones para el cumplimiento de la norma es determinante en la prevención de los hechos de tránsito.

Los errores más comunes de los conductores que producen hechos de tránsito tienen que ver con la percepción, la comprensión, decisión y reacción, como son: descuido en el seguimiento de la señalización vial, falta de atención en la previsión de maniobras de otros usuarios, no dar aviso a otros usuarios al realizar una maniobra en específico, falta de pericia o dominio del vehículo, etc. Las decisiones al volante son preponderantes en la incidencia de hechos de tránsito.

Entre las recomendaciones finales de la Carta Iberoamericana sobre licencias de conducir, se establece que una de las mejores maneras de trabajar para la mejora de la seguridad vial es garantizar que los que obtienen una licencia para conducción de vehículos:

a. Conocen de forma suficiente tanto las normas de circulación que permiten una convivencia pacífica del tráfico como de los riesgos a evitar.

b. Tienen un buen dominio del vehículo.

c. Y que saben comportarse con responsabilidad cuando circulan por las vías públicas.2

De esta manera, debe ser requisito pasar todos los exámenes (físico, visión, pruebas escritas y de conducción en la vía), para la obtención de la licencia de conducir:

– Se requieren pruebas de aptitud física realizadas a través de un examen médico confidencial, para conocer cualquier enfermedad o discapacidad físicas que pueda tener un efecto sobre la capacidad de conducción como son la epilepsia o parálisis.

– Una prueba de visión, para determinar si la persona puede ver suficientemente bien como para manejar de manera segura o requiere lentes de corrección para cumplir con los estándares mínimos de visión para conducción, cuya restricción debe mostrarse en la licencia.

– La prueba básica escrita cubre varios aspectos del conocimiento de conducción y de seguridad vial.

– La prueba de conducción es la parte más importante del proceso de obtención de la licencia de conducción, ya que da la oportunidad a la persona de demostrar que puede manejar de forma segura.3

Lograr lo anterior, solo es posible si las evaluaciones (exámenes y pruebas teórico-prácticas) se realizan con el suficiente rigor a fin de demostrar que los conductores conocen las normas y señales del Reglamento de Tránsito, tienen dominio del vehículo con suficiente seguridad y que entienden las formas de evitar los hechos de tránsito, previendo:

– Los riesgos de conducir: a velocidad excesiva o con distractores.

– El riesgo de la fatiga, enfermedades, fármacos, alcohol y drogas al conducir.

– Técnicas una mejor conducción.

– El uso de dispositivos de seguridad en el vehículo.

– La vulnerabilidad de los diferentes usuarios de la vía.

– Qué hacer en caso de un hecho de tránsito.

Por lo que, debe ser la Administración la que cuide, directamente o a través de una Empresa Pública, de la realización y calificación de las pruebas. Las Autoescuelas o Centros privados de formación pueden preparar, pero en ningún caso calificar las pruebas o certificar la capacidad de los alumnos. 4

Sin embargo, a pesar de que la aplicación de pruebas para la obtención de licencias de tránsito es obligatoria conforme a Ley de Movilidad y de que es un tema transcendental para la seguridad vial, hasta el momento, el Gobierno de la Ciudad de México y su Secretaría de Movilidad no han establecido los cursos y evaluaciones necesarios para la obtención de las licencias de manejo que se requieren, lo cual deja entrever una falta legal y de compromiso por parte de la autoridad, para salvaguardar la vida e integridad de las personas.

De conformidad con el artículo 127 Bis del Reglamento de la Ley de Movilidad, en 2019 se efectuó la renovación de la licencia de conducir y tarjeta de circulación vía internet, con la finalidad de hacer más eficientes los trámites, su gasto público y evitar la corrupción. Sin embargo, si bien se están realizando las acciones pertinentes para el cumplimiento de esta parte de la Ley, hasta ahora no se ha considerado que, tanto para la renovación, como para la expedición de las licencias y permisos, se requiere que la Secretaría emita las evaluaciones y cursos necesarios para su obtención como lo indican los artículos 127 y 127 Bis del mismo Reglamento.

En este sentido, la Carta Iberoamericana establece que, si bien se ha demostrado que la licencia por puntos es un gran instrumento para ayudar a la reducción de los accidentes de tránsito, también se ha constatado que estas medidas pueden fracasar si no se dispone de las condiciones previas necesarias:

– Un registro único de conductores e infractores.

– Un sistema informático muy potente.

– Un procedimiento sancionador eficaz.

– Una policía prestigiada.

Un sistema riguroso de expedición de licencias de conducir. 5

Por lo cual, es necesario que la aplicación de la licencia de conducir por puntos, que ya existe actualmente para la Ciudad de México, se condicione al cumplimiento de estos requisitos, particularmente en el generar un sistema riguroso para la expedición de las licencias de conducir, como medida que está enfocada directamente en el usuario.

Es responsabilidad del Gobierno de la Ciudad y su Secretaría de Movilidad, conforme a la Ley, adoptar las medidas necesarias para que el proceso de otorgamiento de licencias de conducir garantice que estos usuarios conocen el Reglamento, sus responsabilidades al volante y que son aptos físicamente para realizar esta actividad. Toda vez que la conducción de vehículos automotores es una actividad peligrosa, que puede implicar la muerte o la pérdida de la integridad física de las personas usuarias de la vía.

De acuerdo con los artículos 64, 65 y 230 de la Ley de Movilidad, así como al 127 y 127 bis del Reglamento de la Ley de Movilidad, se establece la obligación de los conductores de vehículos motorizados a contar con licencia de conducir, la cual deberá ser obtenida a partir de la acreditación de los cursos y evaluaciones que defina la Secretaría de Movilidad.

Ley de Movilidad

Artículo 64. Todo conductor de vehículo motorizado en cualquiera de sus modalidades, incluyendo a los motociclistas, deberá contar y portar licencia para conducir junto con la documentación establecida por esta Ley y otras disposiciones aplicables de acuerdo con las categorías, modalidades y tipo de servicio.

Artículo 65. Para la obtención de licencias o permisos para conducir de cualquier tipo, será necesario acreditar las evaluaciones y en su caso los cursos que para el efecto establezca la Secretaria, además de cumplir con los demás requisitos que señala está Ley y demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

Artículo 230. La Secretaría establecerá los requisitos y mecanismos para la impartición de cursos teórico prácticos sobre seguridad, educación vial, cultura de la movilidad, cursos de manejo para aspirantes a obtener licencias o permisos para conducir cualquier vehículo motorizado, cursos de capacitación vial y primeros auxilios para operadores o conductores del servicio de transporte en todas sus modalidades; así como cursos, seminarios y conferencias dirigidas a jóvenes y niños, con el fin de promover y difundir en la comunidad, una cultura de educación vial y movilidad.

Reglamento de la Ley de Movilidad

Artículo 127. Para la expedición de la licencia para conducir Tipo A, el interesado deberá acudir a los módulos autorizados por la Secretaría, para lo cual deberá llenar la solicitud correspondiente, cumpliendo con los requisitos, formatos y mecanismos que emita la Secretaría. Adicionalmente el interesado deberá haber acreditado las evaluaciones y, en su caso, los cursos que para tal efecto establezca la propia Secretaría.

Artículo 127 Bis. Para la renovación y reposición de la licencia para conducir Tipo A, el interesado podrá realizar el trámite de forma digital mediante la plataforma electrónica o acudir a los módulos autorizados por la Secretaría, para lo cual deberá llenar la solicitud correspondiente, cumpliendo con los requisitos, formatos y mecanismos que emita la Secretaría. Adicionalmente el interesado deberá haber acreditado las evaluaciones y, en su caso, los cursos que para tal efecto establezca la propia Secretaría.

Conforme al artículo 7 de la Ley de Movilidad, la Administración Pública tiene la obligación de diseñar e implementar políticas, programas y acciones en materia de movilidad bajo los principios de: seguridad, accesibilidad, eficiencia, igualdad, calidad, resiliencia, multimodalidad, sustentabilidad y bajo carbono, innovación tecnológica, participación y corresponsabilidad social. Donde la seguridad busca privilegiar las acciones de prevención del delito e incidentes de tránsito durante los desplazamientos de la población, con el fin de proteger la integridad física de las personas y evitar la afectación a los bienes públicos y privados.

En este sentido, el Gobierno de la Ciudad de México junto con su Secretaría de Movilidad, debe de tomar las medidas necesarias para garantizar la protección de la vida y la integridad física de las personas, previniendo hechos de tránsito y promoviendo el uso racional del auto particular, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37 y 224 de la Ley de Movilidad.

Ley de Movilidad

Artículo 37. La planeación de la movilidad y de la seguridad vial en el Distrito Federal, observará los siguientes criterios:

II. Adoptar medidas para garantizar la protección de la vida y de la integridad física especialmente, de las personas con discapacidad y/o movilidad limitada;

Artículo 224. La Secretaría promoverá en la población la adopción de nuevos hábitos de movilidad encaminados a mejorarlas condiciones en que se realizan los desplazamientos, lograr una sana convivencia en las calles, prevenir hechos de tránsito y fomentar el uso racional del automóvil particular.

En ese tenor, se hace indispensable que esta Cámara de Diputados exhorte al Gobierno de la Ciudad de México, así como al titular de su Secretaría de Movilidad a que en cumplimiento de lo establecido por la Ley de Movilidad y su Reglamento, se establezcan los cursos y evaluaciones necesarias, que los usuarios deberán de acreditar para obtener la licencia de conducción en la Ciudad de México, con la finalidad de proveer mejores condiciones de seguridad vial, para proteger la vida e integridad física de todos los usuarios de la vía.

Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta Asamblea, la aprobación del siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Gobierno de la Ciudad de México, así como al titular de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, establezca los cursos y evaluaciones que los usuarios deberán acreditar para obtener la licencia de conducir en la Ciudad de México, a fin de dar cumplimiento a la Ley de Movilidad y su Reglamento.

Notas

1 Decisiones erróneas al volante: analizamos las causas de un siniestro vial, recuperado el 14/05/2019 en: http://www.circulaseguro.com/decisiones-erroneas-al-volante-analizamos- las-causas-de-un-siniestro-vial/

2 Carta Iberoamericana sobre licencias de conducir, junio 2009, recuperado el 14/05/2019 en: http://conapra.salud.gob.mx/Normatividad/Referencias/CARTA_IBEROAMERICA NA.pdf

3 Análisis y propuesta de esquema para el otorgamiento de licencias de conducción, Colombia, Informe final, junio 2013, Fondo Mundial para la Seguridad Vial, recuperado el 14/05/2019 en: http://documents.shihang.org/curated/zh/372731468018048412/pdf/820070WP 0SPANI0Box0379855B00PUBLIC0.pdf

4 Carta Iberoamericana sobre licencias de conducir, junio 2009, recuperado el 14/05/2019 en: http://conapra.salud.gob.mx/Normatividad/Referencias/CARTA_IBEROAMERICA NA.pdf

5 Carta Iberoamericana sobre licencias de conducir, junio 2009, recuperado el 14/05/2019 en: http://conapra.salud.gob.mx/Normatividad/Referencias/CARTA_IBEROAMERICA NA.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 13 días del mes de febrero de 2020.

Diputada Pilar Lozano Mac Donald (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a resolver por la Sader la problemática de productores pecuarios beneficiarios del Programa Crédito Ganadero a la Palabra que han reportado muerte de animales, a cargo del diputado Miguel Acundo González, del Grupo Parlamentario del PES

El que suscribe, diputado Miguel Acundo González, integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes:

Consideraciones

El 22 de febrero de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa Crédito Ganadero a la Palabra.

Este programa tiene como objetivo incrementar la productividad de los pequeños productores pecuarios a través de la entrega de apoyos en especie y acciones de capitalización productiva integral sustentable.

Con el Programa Crédito Ganadero a la Palabra se busca incrementar tanto la disponibilidad de alimento y suplementos alimenticios para las especies pecuarias como los inventarios de bovinos, ovinos, porcinos, caprinos y abejas; apoyar a los pequeños productores pecuarios con equipamiento e infraestructura; y brindar servicios técnicos para los pequeños productores ganaderos.

A través del programa se entregarán a las y los pequeños productores especies pecuarias y éste se compromete a pagar en especie con las primeras crías que obtenga, cuando éstas tengan características semejantes a las que recibió.

El programa está orientado a apoyar a los pequeños productores pecuarios, ya sean persona física o moral; es de cobertura nacional, pero atenderá prioritariamente a las entidades federativas de Campeche, Chiapas, Guerrero, Jalisco, Nayarit, Michoacán, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

Con este programa se busca:1

-Incrementar los inventarios de bovinos, ovinos, porcinos, caprinos y abejas;

-Atender a pequeños productores pecuarios de hasta 35 unidades animal o su equivalente, sea persona física o persona moral, que cuente con su registro actualizado en el Padrón Ganadero Nacional (PGN), o estar inscrito en el Censo del Bienestar;

-Apoyar el equipamiento y obras de infraestructura pecuaria;

-Incrementar la disponibilidad de alimentos, suplementaciones minerales proteinizadas y sacáridas para el consumo de especies pecuarias;

-Brindar servicios técnicos.

El Programa Crédito a la Palabra tendrá un fondo de 20 mil millones de pesos, ya que en 2019 se pretende el ejercicio de 10 mil millones de pesos, y para 2020 otros 10 mil para fomentar la ganadería nacional.2

A julio de 2019 el Crédito Ganadero a la Palabra benefició a 4 mil 526 pequeños ganaderos con la entrega de apoyos en especie, novillonas y sementales, cuyo objetivo es contribuir a la productividad de los hatos ganaderos y a la soberanía alimentaria del país. La meta para 2019 fue la entrega de apoyos a 19 mil 200 beneficiarios.3

Desde febrero del año pasado, cuando inició el programa, se han entregado 44 mil 243 vaquillas y dos mil 668 sementales a 13 mil productores en 14 entidades.

Los apoyos otorgados con este programa son en especie, hasta 10 novillonas y un semental de registro, que cumplen con las características de calidad genética, sanidad animal y adaptabilidad. El valor de las vaquillas es de 16 mil pesos y el de los sementales de hasta 36 mil pesos. Los beneficiarios cubrirán, pasados 36 meses, los créditos en especie, con lo cual se podrá respaldar a más pequeños productores.

Aun cuando esta administración se ha comprometido para mejorar las condiciones económicas y sociales del campo por medio de los programas prioritarios para el bienestar implementados por la Secretaría de Ganadería y Desarrollo Rural, existen algunas anomalías en la implementación del Programa Crédito Ganadero a la Palabra.

El programa contempla la entrega de cabezas de ganado con certificación de alto registro, calidad genética y registro de sanidad animal; sin embargo, los productores denuncian que los animales han muerto a tan pocos días de ser entregados.4

“En el poblado de Ceja Blanca, algunos de los animales que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) entregó a través del programa ‘Crédito ganadero a la palabra’ enfermaron y murieron; hasta el momento no se sabe si se trata de una cuestión generalizada.

Un ejemplo de ello, es el caso de Rogaciano. El pasado 10 de diciembre, la Coordinación General de Ganadería de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural entregó a Rogaciano un toro semental y tres vaquillas, como parte del programa ‘Crédito ganadero a la palabra’, en el municipio de Iguala, Guerrero, una semana después, el semental enfermó. Rogaciano gastó cuatro mil pesos en comprar medicamentos, pero el animal murió el primero de enero.

Don Rogaciano, que desde hace más de 50 años se dedica al campo y a la ganadería en pequeña producción, en la comunidad de Ceja Blanca, dice que no les entregaron el registro de los animales para conocer su origen, tampoco les dieron las pruebas de sanidad y, en la guía de traslado, no les registraron el peso de cada animal.

A José Guadalupe Palacios Armenta también se le murió el semental que recibió con el crédito ganadero, en diciembre pasado.

Los ganaderos entregaron desde el 30 de diciembre y el 2 de enero, un oficio a la Secretaría de Agricultura reportando la muerte de los sementales; hasta la fecha, ni un solo funcionario les ha dado respuesta.”

El artículo 15, fracción V, del Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa Crédito Ganadero a la Palabra dispone que entre las obligaciones de los beneficiarios, está la siguiente:

“En caso de fallecimiento de un animal, informar mediante escrito libre a las representaciones estatales u homólogos del gobierno federal, en un plazo no mayor a 10 días hábiles. El escrito deberá contener al menos la siguiente información: nombre y ubicación del rancho o predio, teléfono donde localizar al productor, fecha del evento, síntomas (observaciones) de los animales afectados y número del identificador del Siniiga”.

Del Acuerdo no se desprende que sucederá para el caso de muerte del animal entregado con el programa crédito a la palabra. Es necesario apoyar a los pequeños productores pecuarios, pues si ellos están confiando en las políticas públicas del gobierno, se necesita que la Sader les entregue realmente cabezas de ganado con certificación de alto registro, calidad genética y registro de sanidad animal y en buenas condiciones de salud.

Por lo expuesto, con la presente proposición con punto de acuerdo, se propone exhortar respetuosamente al titular del Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Ganadería y Desarrollo Rural, se dé respuesta a todos aquellos productores pecuarios que son beneficiarios del Programa Crédito Ganadero a la Palabra y que han reportado la muerte de cabezas de ganado que les fueron entregadas conforme al programa y, en su caso, les sustituyan los bovinos, ovinos, porcinos, caprinos o abejas que les hayan sido entregados.

Asimismo, con pleno respeto se propone exhortar al titular del Ejecutivo federal para que la Coordinación General de Ganadería de la Secretaría de Ganadería y Desarrollo Rural verifique que con los apoyos otorgados con el Programa Crédito Ganadero a la Palabra las novillonas y los sementales de registro, realmente cumplan con las características de calidad genética, sanidad animal y adaptabilidad.

Por lo expuesto, y con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, con pleno respeto al principio de división de poderes, al titular del Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Ganadería y Desarrollo Rural, se dé respuesta a todos aquellos productores pecuarios que son beneficiarios del Programa Crédito Ganadero a la Palabra y que han reportado la muerte de cabezas de ganado que les fueron entregadas conforme al programa y, en su caso, se los sustituyan.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, con pleno respeto al principio de división de poderes, al titular del Ejecutivo federal para que la Coordinación General de Ganadería de la Secretaría de Ganadería y Desarrollo Rural verifique que, con los apoyos otorgados con el Programa Crédito Ganadero a la Palabra, las novillonas y los sementales de registro realmente cumplan con las características de calidad genética, sanidad animal y adaptabilidad.

Notas

1 https://www.fira.gob.mx/Nd/creditoALaPalabra.jsp

2 https://www.tierrafertil.com.mx/asignara-sader-20-mil-mdp-en-creditos-a-ganaderos/
?gclid=Cj0KCQiAsvTxBRDkARIsAH4W_j9uoGWL06jA6jijHTXeQu81n5DYLxR4ejkIN15gxjaY7np5VkjivqcaArZEEALw_wcB

3 http://ntrzacatecas.com/2019/07/11/credito-ganadero-a-la-palabra-benefi cia-a-mas-de-4-mil-productores/

4 Crédito ganadero a la palabra’, programa que entrega animales desahuciados a pecuarios, https://noticieros.televisa.com/ultimas-noticias/credito-ganadero-a-la- palabra-programa-que-entrega-animales-desahuciados-a-pecuarios/

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 13 de febrero de 2020.

Diputado Miguel Acundo González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno de QR a ordenar por su Secretaría de Seguridad Pública la elaboración de un programa preventivo de extorsiones, a cargo de la diputada Adriana Paulina Tessier Zavala, del Grupo Parlamentario del PES

La que suscribe, diputada Adriana Paulina Tessier Zavala, integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes:

Consideraciones

El delito de extorsión es de tipo patrimonial, aunque su esfera de acción puede impactar en la salud y en la estabilidad emocional de las personas. La extorsión, al igual que otros delitos, como el soborno, el secuestro y la corrupción, socavan el desarrollo económico y dañan la paz social.

Desde la Agenda 2030 de la ONU se ha llamado a las naciones para que los delitos que erosionan la confianza en la administración pública, aumentan la desigualdad y acrecientan la pobreza, tengan la mayor atención por parte de los gobiernos.

Así, en las disposiciones de tipo penal, el artículo 390 del Código Penal Federal se señala que se comete extorsión cuando sin derecho se obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro o causando a alguien un perjuicio patrimonial. En la tipificación del delito elaborada por el Gobierno de México, puede dividirse entre directo o indirecto.1

La extorsión directa ocurre cuando el delincuente se presenta físicamente en el establecimiento o domicilio particular para amenazar al propietario, al personal que ahí labora o al propietario del inmueble. En esta modalidad, es común que el delincuente se identifique como integrante de una organización delictiva. Su objetivo reside en cobrar una cantidad monetaria para brindar seguridad o evitar cometer acciones que dañen la integridad de las personas. La extorsión es al mismo tiempo una amenaza de privar de la vida a algún familiar o a una probable víctima, así como causar afectaciones materiales si no se entrega una cantidad de dinero, ya sea en una emisión o de manera periódica.

Por otro lado, en la extorsión indirecta se detectan seis versiones de este tipo de delitos, en el que es frecuente el uso del servicio de telefonía, a través de: un premio, secuestro virtual de un familiar, familiar proveniente del extranjero detenido, amenaza de muerte o secuestro, amenaza de supuestos funcionarios federales y deudas contraídas.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2019, durante 2018 se cometieron en el país 5.7 millones de delitos de extorsión, lo cual representa una tasa de 6 mil 542 extorsiones por cada 100 mil habitantes.2

La ENVIPE 2019 permite estimar que, a nivel nacional, la cifra negra se mantuvo en 93.2 % de los delitos cometidos en los cuales no hubo denuncia o no se inició averiguación previa o carpeta de investigación durante 2018. La cifra negra en el delito de extorsión fue de 97.9 por ciento.

Según el Observatorio Nacional Ciudadano sobre Seguridad, Justicia y Legalidad, el estado de Quintana Roo es la quinta entidad con mayor número de extorsiones de tipo virtual, presencial y telefónica en el país.3

De enero a noviembre de 2019, el estado reportó ante el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, un total de 254 denuncias por el delito de extorsión, de las cuales 153 son sólo del municipio de Benito Juárez; según el Semáforo Delictivo Nacional.4

Comparado con el mismo período en el 2018, las extorsiones en este destino turístico internacional se incrementaron en un 163 por ciento, mientras que a nivel estatal se incrementaron en 117 por ciento. Esto, sin tomar en cuenta la gran cantidad de denuncias que no son presentadas pertenecientes a la cifra negra, entre las causas principales está el miedo y desconfianza en las autoridades, así como la corrupción al interior de las autoridades de gobierno.

El cobro de derecho de piso y las extorsiones hacia el sector empresarial se han convertido en una amenaza muy peligrosa para el motor económico en Quintana Roo, ya que el delito ha presentado una curva de crecimiento.

La amenaza ha tenido repercusiones como el cierre de negocios y se han perdido fuentes de empleo debido al problema de que el sector productivo está siendo foco de manera constante de los altos índices delictivos.5

Tanto ha crecido el delito de extorsión en Quintana Roo que no importa el giro del negocio, pues lo mismo da que sea una empresa grande, a un simple puesto de tacos, tiendita de la esquina, vendedor ambulante, o cualquier tipo de comerciante. La Coparmex ha reportado que la entidad es la única en toda la república mexicana que tiene la presencia de siete cárteles de narcotráfico.6

Por ejemplo, un hombre fue ejecutado a balazos en Playa del Carmen, al interior de un modesto negocio de venta de pollos crudos, y el error que le costó la vida fue negarse a pagar las extorsiones de un grupo delictivo, que le exigía el llamado “derecho de piso”.7

La historia se repite así en cada caso, en donde las víctimas son amedrentadas para pagar “derecho de piso”, a cambio de que sus locales no sean atacados, o que ellos o sus familiares no sean lesionados o incluso asesinados.

Negocios de todo tipo, empresarios y comerciantes en Quintana Roo, son algunos de los que más sufrieron durante el año 2019; al ser víctimas de extorsiones y ejecuciones del crimen organizado, delito que se incrementó a comparación del año pasado.8

La extorsión se ha convertido en uno de los delitos de alto impacto que más ha aumentado en los últimos años, es el segundo delito que se reporta con mayor frecuencia en el país, sólo por debajo del robo o asalto en la calle o en el transporte público. El aumento de este delito en el Estado de Quinta Roo es ostensible por las cifras y por la percepción de la ciudadanía.

Ante el incremento de las extorsiones a personas dedicadas al comercio, como son hoteles, restaurantes o cualquier tipo de negocios establecidos, el 11 de octubre la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo creó la Unidad Antiextorsión en el municipio de Solidaridad y se estableció una línea telefónica, mediante la plataforma de WhatsApp que permanecerá activa las 24 horas los 7 días de la semana.

No obstante lo anterior, estas acciones no han sido suficientes pues la cultura de la denuncia no es efectiva o no se realiza por temor, es necesario que la autoridad investigadora fortalezca los operativos para detener a quienes se dedican a estas actividades delictivas.

Oscar Montes de Oca, Fiscal General de Quintana Roo, señaló: “Solo tenemos 36 denuncias esa es nuestra preocupación, la gente dedicada al comercio son víctimas de la extorsión, pero no se animan a denunciar”.

El artículo 156 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo dispone que “comete el delito de extorsión quien con ánimo de lucro para sí o para otro, obligare a otra persona, con violencia moral o intimidación, a realizar, omitir, o tolerar un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero, y se le impondrá de doce a dieciocho años de prisión y de ochocientos a mil días multa.

Cuando en la comisión del delito se configuren los siguientes supuestos, la pena de prisión será de veinte a veinticinco años y la multa de mil a mil quinientos días multa:

I. Intervenga una o más personas armadas, portando instrumentos peligrosos;

II. Se emplee violencia física, en la víctima o de un tercero;

III. Se cometa en contra de un menor de edad, persona mayor de sesenta años de edad o persona con alguna discapacidad; o

V. Cuando el sujeto activo se encuentre privado de su libertad bajo cualquier circunstancia en un Centro de Reclusión Estatal o Federal a disposición de cualquier autoridad.”

De acuerdo con la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo la Fiscalía tendrá como fines la investigación de los delitos y el esclarecimiento de los hechos; otorgar una procuración de justicia eficaz, efectiva, apegada a derecho, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune, así como proveer, proteger, respetar y garantizar los derechos de verdad, reparación integral y de no repetición de las víctimas, ofendidos en particular y de la sociedad en general.

Conforme a la Ley de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo se entiende por Seguridad Pública, la función a cargo del Estado y los Municipios, tendiente a salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención de los delitos, la investigación y persecución para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas y la reinserción social del sentenciado en términos de esta ley, en las respectivas competencias establecidas en la Constitución y demás normatividad aplicable (artículo 2).

En términos del artículo 17 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo corresponde al Secretario de Seguridad Pública, el ejercicio de las siguientes facultades:

I. Conducir la política estatal en materia de Seguridad Pública, proveyendo en el ámbito de su competencia, lo necesario para su cabal cumplimiento de acuerdo a los lineamientos del Ejecutivo del Estado;

II. Coordinar la investigación de los delitos en términos generales utilizando técnicas especiales para la investigación en términos de la Legislación procesal penal aplicable;

IV. Instruir la implementación de los sistemas destinados a obtener, analizar, estudiar y procesar información para la prevención de los delitos, mediante métodos que garanticen el estricto respeto a los derechos humanos;

XXI. Elaborar, coordinar y vigilar la ejecución de los programas de prevención del delito en el Estado, a fin de consolidar las políticas de protección social de la población, en coordinación con las autoridades locales y federales involucradas;

Ante el alarmante incremento de extorsiones en el estado de Quintana Roo y las graves consecuencias que representa para la economía local, se presenta esta proposición con el objeto de exhortar al Gobernador del Estado de Quintana Roo para que a través del Secretario de Seguridad Pública ordene la elaboración de un programa de prevención del delito de extorsión en coordinación con las autoridades locales.

Asimismo, se propone exhortar a la Secretaría de Seguridad Pública para que fortalezca la investigación del delito de extorsión en Quintana Roo con técnicas especiales para la investigación.

También se propone exhortar a la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo para que fomente la cultura de la denuncia del delito de extorsión en la entidad federativa.

Por último, con el propósito de sancionar el conocido como “cobro de derecho de piso” se propone exhortar al Congreso del Estado de Quintana Roo para que reforme el artículo 156 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo a fin de establecer como una agravante que el extorsionador atente contra el patrimonio de la víctima.

Por lo expuesto, y con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, con pleno respeto al sistema federal y soberanía de los estados, al titular del Ejecutivo del estado de Quintana Roo para que a través del secretario de Seguridad Pública ordene la elaboración de un programa de prevención del delito de extorsión que se lleve a cabo en coordinación con las autoridades locales.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, con pleno respeto al sistema federal y soberanía de los estados, al gobernador del estado de Quintana Roo para que a través del secretario de Seguridad Pública fortalezca la investigación del delito de extorsión en la entidad federativa con técnicas especiales para la investigación y fortalezca los protocolos de actuación.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, con pleno respeto al sistema federal, a la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo para que fomente la cultura de la denuncia del delito de extorsión en el estado y adopte todas las medidas que sean necesarias para detener a los extorsionadores conforme a derecho.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a los congresos locales de las entidades federativas a fin de establecer en sus códigos penales como agravante la extorsión conocida como “cobro de derecho de piso”, sancionando a quien menoscabe el patrimonio de la víctima.

Notas

1 Conoce los tipos de extorsión, [en línea], disponible en web: https://www.gob.mx/policiafederal/articulos/conoce-los-tipos-de-extorsi on

2https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/envipe/20 19/doc/envipe2019_presentacion_nacional.pdf

3 ¿Para qué sirve la unidad anti-extorsión en Quintana Roo?, [en línea], disponible en web: https://noticieros.televisa.com/ultimas-noticias/ponen-marcha-unidad-an ti-extorsion-quintana-roo/

4 “Cifra negra” en extorsiones, [en línea], disponible en web: https://www.poresto.net/2019/12/28/cifra-negra-en-extorsiones/

5 “Masivo cierre de negocios”, Por esto, 19 de febrero de 2019, {en línea], disponible en web:

https://www.poresto.net/2019/02/09/masivo-cierre-de-nego cios/

6 “Único estado con siete cárteles: Q. Roo”, Diario de Yucatán, 8 de febrero de 2020, {en línea], disponible en web: https://www.yucatan.com.mx/mexico/unico-estado-con-7-carteles-q-roo

7 “Cifra negra” en extorsiones, Por esto, 28 de diciembre de 2019, {en línea], disponible en web:

https://www.poresto.net/2019/12/28/cifra-negra-en-extors iones/

8 A diferencia de los últimos cinco años, las extorsiones en Quintana Roo en el 2019 se triplicaron, teniendo como consecuencia el cierre de negocios, https://www.meganews.mx/quintanaroo/extorsiones-en-quintana-roo-crecier on-en-el-2019/

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 11 de febrero de 2020.

Diputada Adriana Paulina Tessier Zavala (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Comisión de Vigilancia de la ASF a instruir a ésta a fin de practicar una auditoría de desempeño sobre la ejecución, operación y situación financiera durante 2019 del programa Apoyo a las Madres Trabajadoras en el Cuidado de sus Hijos, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD

Quienes suscriben, diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, Verónica Juárez Piña , con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentamos ante esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. A comienzos de su mandato el presidente Andrés Manuel López Obrador expresó que el dinero que se proporcionaba a las estancias infantiles para madres trabajadoras, se entregaría directamente a las madres para evitar corrupción en tales centros de atención.

2. Cabe destacar que este programa data al menos de dos sexenios atrás y actualmente es operado por la Secretaría de Bienestar Social –antes Secretaría de Desarrollo Social– y consiste en apoyos a través de subsidios destinados a los servicios de cuidado y atención infantil.

a. Tal programa está destinado a madres solteras que trabajan, buscan empleo o estudian y a padres que están solos con hijos bajo su cuidado de entre 1 y hasta 3 años 11 meses de edad. En el caso de niñas o niños con alguna discapacidad pueden estar hasta los 5 años 11 meses.

3. En 2019, esta política pública tuvo una reducción a nivel nacional de casi la mitad de su presupuesto, al pasar de 4 mil 70.2 millones de pesos en 2018 a 2 mil 41.6 millones de pesos, el cual vale subrayar atendía a más de 315 mil niñas y niños.

4. La Secretaria del Bienestar, secundando la narrativa presidencial, interpuso ante la Fiscalía General de la República 48 denuncias contra los responsables de estancias infantiles por el uso de documentos apócrifos para acceder a subsidios federales del Programa de Estancia Infantiles.

Al respecto, cabe destacar que, las estancias vigentes en 2018, totalizaban 9 mil 200 , de manera que 48 de ellas, equivalían al 0.5 por ciento del total .

5. Así, sin mediar de por medio una evaluación objetiva y racional, desde las conferencias “mañaneras” del Presidente, expuso su interés de suprimir las estancias, que vale destacar, que, de no ser por la denodada lucha de las madres en diversos sitios a lo largo del país, hubiesen extinguido esta política pública sin más trámite.

Así, en febrero de 2019, el apoyo económico, pasó de dar 950 pesos mensuales por cada niño atendido a las encargadas de los servicios, a entregar de forma directa mil 600 pesos bimestrales a los padres para que ellos decidieran quién cuidaría a sus hijos, aunque eso significó una reducción de 300 pesos por niño.

6. Cabe señalar que, en marzo, 176 estancias de Chihuahua consiguieron las primeras suspensiones que imponían como “medida cautelar” que el gobierno federal, a través de la Secretaría de Bienestar, le siguiera pagando directamente a las estancias y no a los padres, como funcionaba en las reglas de operación anteriores, en tanto se conseguía una resolución definitiva.1

7. No obstante, es menester, destacar el tortuoso y paralizante proceso que ha llevado a la inaplicabilidad de lo que dicta el derecho de la niñez que siempre tiene que ser “progresivo” y el Estado debe garantizar la educación inicial, como lo establece la Constitución, por lo tanto, al entregar el dinero a los padres no hay un control para que el apoyo se utilice en la educación del niño y que sí proporcionaban las estancias infantiles.

8. Tales suspensiones generaron jurisprudencia dictadas por tribunales colegiados en el estado de Chihuahua, lo cual significaba que el resto de amparos en el país podían ser resueltos de la misma forma, pero no ha sido así y la Secretaría de Bienestar no ha cumplido con dichas suspensiones.

9. “Su forma de no cumplir para tratar de burlar a los mismos jueces fue primero que María Luisa Albores, como secretaria de Bienestar, le giraba instrucciones a la subsecretaria, Ariadna Montiel, luego ella a otra, y así se la han pasado todo el año. El superior jerárquico siempre le está girando instrucciones al inferior, es la forma con la que han burlado el mandamiento diciendo que están haciendo ‘gestiones de cumplimiento’”.

10. Ante la decisión de unos jueces de en unos casos darles la razón a las estancias y en otras a la Secretaría de Bienestar, ésta aseguró que existía una “contradicción de tesis ” jurídica y, por tanto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debía resolver, pero decidió no seguir el caso .

11. Desde otro ángulo, la Secretaría del Bienestar, hasta el momento, no ha presentado ninguna evaluación del susodicho programa, que verifique o avale que la política pública de estancias infantiles para madres de familia, se destina efectivamente al cuidado de las niñas y niños.

12. La inacción gubernamental referida, pone en entredicho los principios consagrados en el artículo 4o. Constitucional, cuyo contenido, prescribe, que:

“En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos”.

Asimismo, estipula que, este

“principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez”.

13. Y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (2014), en este mismo sentido, en su artículo 2, dispone, que

“El interés superior de la niñez deberá ser considerado de manera primordial en la toma de decisiones sobre una cuestión debatida que involucre niñas, niños y adolescentes.

Y que, “cuando se tome una decisión que afecte a niñas, niños o adolescentes, en lo individual o colectivo, se deberán evaluar y ponderar las posibles repercusiones a fin de salvaguardar su interés superior (...).

14. Qué tales principios hayan sido incorporadas en el texto constitucional, como en una ley “ex profeso” para atender el interés superior de las niñas y de los niños, dan cuenta de la importancia que las y los legisladores retomaron de la sensibilidad y percepción de las y los ciudadanos que representan.

Tomando en cuenta la importancia y la trascendencia que representa para las familias mexicanas, el Grupo Parlamentario del PRD, hace un llamado respetuoso a la titular de la Secretaria del Bienestar, para que informe puntual y exhaustivamente sobre la efectividad del objetivo del programa, así como el estado contable, financiero y presupuestal.

Por otra parte, desde la óptica de la Rendición de Cuentas, el artículo 74, fracción VI, párrafo 1 y último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos (CPEUM) indican lo siguiente:

Párrafo 1. “Revisar la Cuenta Pública del año anterior, con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas”; y,

Párrafo 5. “La Cámara de Diputados evaluará el desempeño de la Auditoría Superior de la Federación y al efecto le podrá requerir que le informe sobre la evolución de sus trabajos de fiscalización”

Asimismo, la ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación establece en sus artículos 80 y 81 que:

Artículo 80.- Para los efectos de lo dispuesto en la fracción II y en el último párrafo de la fracción VI, del artículo 74 constitucional, la Cámara contará con la Comisión que tendrá las atribuciones de coordinar las relaciones entre aquélla y la Auditoría Superior de la Federación; evaluar el desempeño de esta última; constituir el enlace que permita garantizar la debida coordinación entre ambos órganos, y solicitarle que le informe sobre la evolución de sus trabajos de fiscalización

Artículo 81.- Son atribuciones de la Comisión:

I. Ser el conducto de comunicación entre la Cámara y la Auditoría Superior de la Federación;

VII. Evaluar el desempeño de la Auditoría Superior de la Federación respecto al cumplimiento de su mandato, atribuciones y ejecución de las auditorías; proveer lo necesario para garantizar su autonomía técnica y de gestión y requerir informes sobre la evolución de los trabajos de fiscalización.

La evaluación del desempeño tendrá por objeto conocer si la Auditoría Superior de la Federación cumple con las atribuciones que conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y esta Ley le corresponden; el efecto o la consecuencia de la acción fiscalizadora en la gestión financiera y el desempeño de los entes públicos, en los resultados de los programas y proyectos autorizados en el Presupuesto de Egresos, y en la administración de los recursos públicos federales que ejerzan. De dicha evaluación podrá hacer recomendaciones para la modificación de los lineamientos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 51 de esta Ley;

Sobre la base de los fundamentos referidos, la responsabilidad al interior de la Cámara de Diputados recae, entonces en la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, razón por la cual estamos solicitando respetuosamente su mediación y diligencia para solventar la petición referida.

Por lo anteriormente expuesto y legalmente fundado, solicitamos atentamente se apruebe la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación ejercite su función de evaluación, e instruya al titular de la Auditoría Superior de la Federación, David Rogelio Colmenares Páramo, a efectuar e incluir en su informe anual correspondiente a 2019, una auditoría de desempeño sobre la ejecución, los movimientos y la situación financiera, del programa de “Apoyo a las Madres Trabajadoras en el cuidado de sus hijos”, así como la evaluación en torno de la efectiva aplicación para el cuidado de las niñas y niños, en el ejercicio fiscal de 2019, a cargo de la Secretaría del Bienestar.

Nota

1 https://www.animalpolitico.com/2019/12/amparos-estancias-infantiles-con tra-reglas-amlo/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputados: José Guadalupe Aguilera Rojas, Abril Alcalá Padilla, Ma. Guadalupe Almaguer Pardo, Mónica Almeida López, Mónica Bautista Rodríguez, Frida Alejandra Esparza Márquez, Raymundo García Gutiérrez, Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), Antonio Ortega Martínez, Claudia Reyes Montiel, Norma Azucena Rodríguez Zamora.

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y la SHCP a desarrollar con los Institutos Nacionales de Salud investigación médica sobre el tratamiento del brote del virus 2019-nCoV, suscrita por las diputadas Miroslava Sánchez Galván y María Marivel Solís Barrera, del Grupo Parlamentario de Morena

Las diputadas Miroslava Sánchez Galván, presidenta de la Comisión de Salud, y María Marivel Solís Barrera, presidenta de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno el siguiente punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4º, párrafo tercero, establece el derecho de toda persona a la protección de la salud:

Artículo 4. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

(...)

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.”

Asimismo, el artículo 181, de la Ley General de Salud, establece las medidas y acciones en caso de una epidemia grave o riesgo de invasión de enfermedades transmisibles:

Artículo 181. En caso de epidemia de carácter grave, peligro de invasión de enfermedades transmisibles, situaciones de emergencia o catástrofe que afecten al país, la Secretaría de Salud dictará inmediatamente las medidas indispensables para prevenir y combatir los daños a la salud, a reserva de que tales medidas sean después sancionadas por el Presidente de la República.

La Organización Mundial de la Salud (OMS), a partir del 31 de diciembre de 2019, tuvo conocimiento de varios casos de neumonía en la ciudad de Wuhan, provincia de Hubei, en la República Popular de China; para el 7 de enero de 2020, autoridades de dicho país confirmaron que se trataba de un nuevo coronavirus.1

La familia de los coronavirus son causantes de diversas enfermedades en humanos que van desde el resfriado común hasta el síndrome respiratorio agudo severo (SRAS), a este nuevo brote de coronavirus se le denomino de manera provisional “2019-nCoV”.

Dada la expansión de los casos de contagio por el 2019-nCoV, el pasado 22 de enero, la OMS convocó a su Comité de Emergencia dada la exportación de nuevos casos hacia la República de Corea, Japón, Tailandia y Singapur, para evaluar la pertinencia de declarar emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII), definida como “un evento extraordinario que constituye un riesgo para la salud pública de otros Estados a causa de la propagación internacional de una enfermedad, y podría exigir una respuesta internacional coordinada”.

Durante esta reunión, el Comité de Emergencia dictaminó que en ese momento el 2019-nCoV, no constituía una ESPII. Sin embargo, se recomendó a la Comunidad Internacional, además de la adopción de medidas para la detección, aislamiento y manejo de casos, así como la prevención de su propagación. Además, la OMS aconsejó impulsar los trabajos de investigación para encontrar tratamiento ante el brote del 2019-nCoV.2

El 30 de enero, la OMS por medio del Comité de Emergencia, declaró como ESPII al brote de, dado el reporte de 7 mil 818 casos registrados a nivel mundial y que habían causado la muerte a 170 personas. El Comité de Emergencia informó que se han registrado 82 casos de 2019-nCoV fuera de la República Popular de China, distribuidos en 18 países.

Entre las recomendaciones realizadas por el Comité de Emergencia de la OMS, destaca la relativa a los esfuerzos de investigación de la comunidad internacional para acelerar el desarrollo de una vacuna.

En este contexto, en respuesta a la declaración de ESPII al brote de 2019-nCoV, el Comité Nacional de Seguridad en Salud (CNSS) sesionó y activó su Subcomité Técnico de Enfermedades Emergentes3 y se informó que se han identificado 9 casos sospechosos en 5 estados de la República, los cuales resultaron negativos al 2019-nCoV.

Las acciones que implica la investigación para la salud, están comprendidas en el artículo 96, de la Ley General de Salud, y artículo 3º del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud. De igual forma se establecen las competencias de la Secretaría de Salud para el desarrollo de investigación para la salud en el artículo 5º, apartado A, del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud, así como la coordinación de esta Dependencia del Gobierno Federal, en el marco del Sistema Nacional de Salud, en el artículo 7º del mismo Reglamento.

En este sentido, la Ley de Ciencia y Tecnología, en su artículo 1º, fracciones I y II, establecen las regulaciones para que el Gobierno Federal impulse, fortalezca, desarrolle y consolide la investigación científica:

Artículo 1 .- La presente Ley es reglamentaria de la fracción V del artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y tiene por objeto:

I. Regular los apoyos que el Gobierno Federal está obligado a otorgar para impulsar, fortalecer, desarrollar y consolidar la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en general en el país;

II. Determinar los instrumentos mediante los cuales el Gobierno Federal cumplirá con la obligación de apoyar la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación;

(...)

En virtud de lo anterior, dadas las circunstancias de emergencia determinadas por la OMS ante el brote de 2019-nCoV y las recomendaciones vertidas por el Comité de Emergencia hacia la comunidad internacional en materia de investigación para el desarrollo de una vacuna para esta emergencia, así como las facultades de la Secretaría de Salud, mediante los Institutos Nacionales de Salud en materia de investigación para la Salud así como la Ley de Ciencia y Tecnología , a través de los Centros Públicos de Investigación, es que se vuelve indispensable que las secretaría de Salud y de Hacienda y Crédito Púbico, así como el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, brinden de manera urgente recursos financieros para el desarrollo de investigación que coadyuven en el llamado de la OMS.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de las secretarías de Salud y de Hacienda y Crédito Público, para que, en coordinación con los Institutos Nacionales de Salud, apliquen recursos suficientes para el desarrollo de investigación médica aplicada para el tratamiento del brote de nuevo coronavirus, denominado 2019-nCoV.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular de la Secretaría de Salud del gobierno federal, para que en el marco de sus facultades genere una estrategia de desarrollo de investigación para el tratamiento del brote de nuevo coronavirus, denominado 2019-nCoV.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de las secretaría de Salud y de Hacienda y Crédito Público, para que en coordinación con los Institutos Nacionales de Salud, las instituciones de educación superior y los institutos de formación de recursos humanos para la salud, en coordinación con el Consejo Nacional para la Ciencia y la Tecnología, generen una estrategia para el funcionamiento de Centros Colaboradores de Biotecnología para el desarrollo de investigación de vacunas y tamizaje.

Notas

1 Organización Mundial de la Salud.
https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019

2 Organización Mundial de la Salud. Declaración sobre la reunión del Comité de Emergencia del Reglamento ?Sanitario Internacional (2005) acerca del brote de nuevo coronavirus ??(2019-nCoV)?. https://www.who.int/es/news-room/detail/23-01-2020-statement-on-the-mee ting-of-the-international-health-regulations-(2005)-emergency-committee -regarding-the-outbreak-of-novel-coronavirus-(2019-ncov)

3 Secretaría de Salud. Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud. Comunicado Técnico Diario Nuevo Coronavirus en el Mundo (2019-nCoV). https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/530288/Comunicado_Tecnic o_Diario_2019nCoV_2020.01.30.pdf

Palacio Legislativo, a 13 de febrero de 2020.

Diputadas: Miroslava Sánchez Galván, María Marivel Solís Barrera (rúbrica).

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a implantar y fortalecer con sus 32 homólogas locales acciones orientadas a prevenir y atender la trombosis, que atenta contra la salud y calidad de vida de la población, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de la honorable asamblea el presente punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud para que, en coordinación con sus homólogas en las 32 entidades federativas, implementen y fortalezcan las acciones orientadas a prevenir y atender el padecimiento de la trombosis que atenta contra la salud y calidad de vida de la población , al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En los últimos años, la vida sedentaria y una mala alimentación se han convertido en dos de los principales factores que han contribuido al desarrollo de enfermedades del sistema cardiovascular como es la trombosis, padecimiento que cada año afecta la vida de miles de personas a escala global, lo que se ha convertido en un problema de salud pública.

Se estima que 1 de cada 4 personas en todo el mundo muere por padecimientos causados por la trombosis. Tan solo en los Estados Unidos se ven afectadas por coágulos de sangre cada año hasta 900 mil personas, de las cuales alrededor de 100 mil morirán, cifra mayor al número total de personas que pierden la vida cada año por el sida, el cáncer de seno o los accidentes automovilísticos.1

La trombosis es la patología que puede provocar un ataque cardíaco, un accidente cerebrovascular tromboembólico y a un tromboembolismo venoso, los tres principales “asesinos cardiovasculares”, no obstante, es una de las enfermedades sobre las que menos promoción y concientización existe.2

La trombosis venosa profunda consiste en un coágulo de sangre que se forma en una vena profunda, si este se desprende y viaja hasta los pulmones se llama “embolia pulmonar”, lo que significa que es una afección médica peligrosa y potencialmente mortal para quien la padece.

Es una de las principales causas de muerte y discapacidad en todo el mundo, y la Sociedad Internacional de Trombosis y Hemostasia resaltó que anualmente se registran millones de casos nuevos. También, indica que las muertes causadas por esta afección están asociadas a hospitalizaciones en un rango de entre el 45 por ciento a 60 por ciento de los casos, lo que sustenta que la tromboembolia venosa es la principal causa de muerte prevenible en un centro de salud.

Un estudio desarrollado en nueve países mostró que solo el 68 por ciento de su población tiene conocimiento de la trombosis y apenas el 50 por ciento sobre la trombosis venosa en particular. Es decir que hay menos información sobre esta patología que sobre otras enfermedades también consultadas, por ejemplo: la presión arterial alta (90 por ciento), el cáncer de mama (85 por ciento) y de próstata (82 por ciento) y el sida (87 por ciento).

La Organización Mundial de la Salud (OMS) indica que alrededor del 5 por ciento de la población mundial sufre fibrilación auricular; experimenta latidos irregulares, palpitaciones cardíacas rápidas o fuertes, aturdimiento, fatiga, falta de aliento y dolor en el pecho, muchas de ellas no acuden al médico para su revisión.

Los factores principales de riesgo son: tener 60 años o más, sufrir insuficiencia cardíaca congestiva, hipertensión, diabetes, accidentes cerebrovasculares anteriores, ataques isquémicos transitorios, enfermedades vasculares, isquémicas del corazón, hipertiroidismo, enfermedades renales crónicas, alto consumo de alcohol y ensanchamiento de las cavidades en el lado izquierdo del corazón.

El tratamiento para combatir este padecimiento puede diferir según el paciente, pero generalmente incluye medicamentos anticoagulantes para deshacer los coágulos y evitar la formación de nuevos.

Un diagnóstico temprano y el seguimiento de un tratamiento eficaz a menudo pueden llevar a una recuperación satisfactoria, pero puede haber complicaciones a largo plazo, como el síndrome postrombótico y la hipertensión pulmonar tromboembólica.

En 2014, la Sociedad Internacional de Trombosis y Hemostasia (ISTH, por sus siglas en inglés) estableció que cada año, el 13 de octubre, se celebre el Día Mundial de la Trombosis, que tiene como finalidad concientizar a la sociedad, los profesionales de la salud y los sistemas de atención médica respecto a la trombosis y, en última instancia, reducir las muertes y las discapacidades derivadas del tromboembolismo por medio de la difusión de las causas, los factores de riesgo, las señales y los síntomas, y la prevención y el tratamiento de eficacia demostrada.3

México no es ajeno a este padecimiento, pues la trombosis es una enfermedad considerada la primera causa de muerte dentro de los hospitales, siendo la responsable del 25 por ciento de muertes.4

Especialistas médicos del sector salud indican que más de la mitad de las personas que ingresan a cuidados intensivos tienen riesgo de padecer una enfermedad tromboembólica debido a la falta de una correcta profilaxis para detectar ese riesgo, ya que desafortunadamente, solo 40 por ciento de los pacientes que ingresan en un hospital tienen un buen manejo de su profilaxis.

La protección a la salud constituye un derecho humano fundamental que contribuye al desarrollo pleno de las personas, de allí la trascendencia de prevenir, proteger y salvaguardar la salud de los miles de mexicanos que padecen trombosis.

Por lo anterior, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud para que, en coordinación con sus homólogas en las 32 entidades federativas, implementen y fortalezcan las acciones orientadas a prevenir y atender el padecimiento de la trombosis que atenta contra la salud y calidad de vida de la población.

Notas

1 https://es.worldthrombosisday.org/about/wtd/

2 https://www.infobae.com/salud/2018/10/12/
que-es-la-trombosis-venosa-una-de-las-principales-causas-de-muerte-en-el-mundo/

3 https://www.efe.com/efe/america/comunicados/
el-dia-mundial-de-la-trombosis-empodera-a-las-personas-todo-mundo-reconocer-y
-contribuir-prevenir-coagulos-sangre-potencialmente-fatales/20004010-MULTIMEDIAE_4083130

4 https://noticieros.televisa.com/historia/que-es-trombosis-una-enfermeda d-mortal/

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los 13 días del mes de febrero de 2020.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno y la Semovi de la Ciudad de México a revertir el cambio de clasificación de vialidades en el reglamento de tránsito local, a cargo de la diputada Pilar Lozano Mac Donald, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Pilar Lozano Mac Donald, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de esta Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente a la titular de la Jefatura Gobierno de la Ciudad de México y al titular de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, reviertan el cambio de clasificación de vialidades de las nueve vías en el reglamento de tránsito de la Ciudad de México, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Al respecto de la reforma presentada el 19 de marzo de 2019, realizada al Reglamento de Tránsito en su “Anexo 2-Red vial primaria, donde se agrega la fracción VII. Vías Primarias que por sus características físicas y operacionales se asemeja a Vías de Acceso Controlado”, a partir de la cual once vías primarias pasan a considerarse vías de acceso controlado y por lo tanto su velocidad máxima pasa de 50 kilómetros por hora (km/h) a 80 km/h, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de dicho Reglamento.

Artículo 9. Los conductores de vehículos deberán respetar los límites de velocidad establecidos en la señalización vial. A falta de señalamiento restrictivo específico, los límites de velocidad se establecerán de acuerdo a lo siguiente:

I. En los carriles centrales de las vías de acceso controlado la velocidad máxima será de 80 kilómetros por hora;

II. En vías primarias la velocidad máxima será de 50 kilómetros por hora;

III. En vías secundarias incluyendo las laterales de vías de acceso controlado, la velocidad máxima será de 40 kilómetros por hora;

IV. En zonas de tránsito calmado la velocidad será de 30 kilómetros por hora;

V. En zonas escolares, de hospitales, de asilos, de albergues y casas hogar, la velocidad máxima será de 20 kilómetros por hora; y

VI. En estacionamientos y en vías peatonales en las cuales se permita el acceso a vehículos la velocidad máxima será de 10 kilómetros por hora.

Los conductores de vehículos no motorizados que no cumplan con las obligaciones estipuladas en el presente artículo, serán amonestados verbalmente por los agentes y orientados a conducirse de conformidad con lo establecido por las disposiciones aplicables.”

Asimismo, de conformidad con la posterior modificación, publicada el 23 de abril de 2019 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, derivada de la Segunda Sesión Extraordinaria de la Comisión de Clasificación de Vialidades, de fecha 17 de abril del 2019, en la que se acordó como punto Único: De conformidad con las facultades de la Comisión de Clasificación de Vialidades se aprueba el que el Presidente de la Comisión, en su calidad de Secretario de Movilidad de la Ciudad de México, solicitar la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del “Anexo 1. Vías Primarias que por sus características físicas y operacionales se asemejan a Vías de Acceso Controlado”, en sustitución del “Cuadro Anexo. Fracción VII. Vías Primarias que por sus características físicas y operacionales se asemejan a Vías de Acceso Controlado” del Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal publicado el 19 de marzo de 2019 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

A partir de dicha modificación, las nueve vialidades que finalmente quedan reclasificadas para modificar su velocidad máxima, pasando de 50 km/h a 80 km/h, son:

1. Eje Central, de Insurgentes Norte a Anillo Periférico Río Tlalnepantla.

2. Eje 3 Oriente, de Calzada Ignacio Zaragoza a Circuito Interior Río Churubusco.

3. Eje 5 Sur, de Eje 8 Sur Calzada Ermita Iztapalapa a Anillo Periférico Canal de Garay.

4. Avenida Oceanía, de Eje 1 Norte a Eje 2 Norte Transvaal.

5. Avenida Gran Canal, de Anillo Periférico Río de los Remedios a Circuito Interior Río Consulado.

6. Insurgentes Sur, de Eje 10 Sur Río Magdalena a Anillo Periférico Ruíz Cortínez.

7. Vía Express Tapo, de avenida 602 a Periférico Oriente.

8. Eje 3 Norte, de Eje 2 Norte avenida 602 a Villa Cacamac.

9. Eje 2 Norte, Eje 2 Norte Transvaal a avenida 701.

I. Este cambio representa un retroceso en las políticas y acciones a favor de la seguridad vial para los usuarios de la vía, las cuales se plantean desde la creación de Ley de Movilidad de la Ciudad de México. Con base en la Ley, la Ciudad tiene como reto, pero sobretodo como necesidad la creación de calles a escala humana, para lo cual debe adaptar el diseño y los límites de velocidad a partir de las características y composición de la red vial, considerando la función de las vías y el uso que se genera a partir de las actividades, donde cada tramo se define de acuerdo al contacto entre peatones, ciclistas y vehículos motorizados.

Asimismo la reclasificación va en contra de las recomendaciones a nivel nacional e internacional: la Organización Mundial de la Salud (OMS), en su Plan del Decenio de Acción para la Seguridad Vial, establece como urgencia la mejor gestión de la seguridad vial mediante una serie de mecanismos multisectoriales, entre ellas y la más importante, la evaluación de la infraestructura vial y mejora de su trazado. Por su parte, el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes (Conapra), establece que es imperativo reducir las velocidades dentro de las urbes mexicanas para lograr disminuir la fatalidad de los hechos de tránsito.

De acuerdo con la OMS, se estima que el incremento de un 1 por ciento de la velocidad media del vehículo da lugar a un aumento de 4 por ciento en la incidencia de hechos de tránsito mortales y de un 3 por ciento de los hechos de tránsito que resultan en traumatismos severos. El mismo organismo especializado recomienda que en las vialidades urbanas el límite de velocidad máximo sea de 50 km/h.

“Las tasas de mortalidad por accidentes de tránsito son casi tres veces más bajas en Europa que en África. Los países que han logrado reducir más drásticamente las tasas de mortalidad y de traumatismos por accidentes de tránsito en las últimas décadas –Países Bajos, Reino Unido y Suecia, entre otros– son los que han abordado el problema con un enfoque amplio, priorizando la conducción a una velocidad segura como uno de los cuatro componentes del denominado enfoque de sistemas para la seguridad vial , que abarca también la vía pública, el vehículo y el usuario (OMS, 2017)”.1

“La reducción de la velocidad y la mejora de la seguridad comportan beneficios adicionales para la población, como el aumento del uso de la bicicleta y de los desplazamientos a pie, así como la reducción del ruido y de la contaminación atmosférica (OMS, 2017)”.2

Es así como la regulación de la velocidad en las vías es imprescindible para lograr que sean espacios seguros y confortables que incentiven la convivencia entre la población y permitan el libre desplazamiento de las personas más vulnerables a sufrir un atropellamiento, como son: niños, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y personas con movilidad limitada.

De esta manera, la reducción de las velocidades se incorporó en 2015 dentro del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, en su artículo 9, basado en la política pública Visión Cero, que es un esfuerzo a nivel internacional iniciado en Suecia en 1997. Se fundamenta en que los humanos cometemos errores, por lo que las lesiones y muertes derivadas de los hechos de tránsito no son accidentes, son hechos que pueden ser prevenidos; por lo tanto la pérdida de vidas por hechos de tránsito no es aceptable. En este contexto, la reducción de velocidad implica reducir las muertes y lesiones graves por hechos de tránsito. Por lo cual, la definición de las nuevas velocidades establecidas en el reglamento, se realizaron con base en estudios internacionales y en las prácticas de 59 países que se han establecido este tipo disposiciones.

“La Visión Cero cambia el sentido de la responsabilidad en la seguridad vial. En el enfoque convencional es el usuario el que tiene casi la total responsabilidad en relación a la seguridad, debe por tanto comportarse de manera que los accidentes no puedan producirse. Por el contrario, en la Visión Cero se establece explícitamente que la responsabilidad es compartida entre quienes diseñan el sistema y los usuarios del mismo” (Sanz, 2008).3

Los estudios establecen que a través de la vista, el conductor percibe 80 por ciento de la información sobre la vía, por lo tanto, a mayor velocidad se reduce el campo visual del conductor, así como su tiempo de reacción ante una eventualidad; por lo que el riesgo de un hecho de tránsito se incrementa.

“La velocidad modifica el cono de atención del conductor de un vehículo: a mayor velocidad el cono se estrecha y los sucesos que ocurren en los laterales cerca del vehículo - peatones que desean cruzar, niños que irrumpen en la calzada- pasan desapercibidos. El conductor veloz se hace ajeno al espacio por el que circula” (Sanz, 2008).4

De esta manera, en un atropellamiento a 60 km/h, el 85 por ciento de los peatones fallece; si la velocidad se reduce a 50 km/h, el 55 por ciento de los peatones muere y si velocidad del vehículo es de 40 km/h, el 25 por ciento de los peatones perece.

Conforme a datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2014 (anterior a la entrada del Reglamento de tránsito) se tuvieron 851 muertes por accidentes de transporte en la Ciudad de México, cifra que se redujo a sólo 653 muertes para 2017, cabe destacar que más de la mitad de estos fallecimientos son peatones y que estas defunciones ocurren principalmente en lugares que carecen de infraestructura peatonal. De esta manera, a partir de la entrada en vigor del Reglamento del Tránsito en 2015 y de las intervenciones en cruceros peligrosos, se reconoció la disminución de las muertes por hechos de tránsito en un 18.3 por ciento, donde se reduce el fallecimiento de peatones en un 24 por ciento y la de ciclistas en un 77.8 por ciento.

No obstante lo anterior, de acuerdo a cálculos de la organización #ManuVive,5 de enero a abril de 2019, se contabilizaron 673 peatones y ciclistas que murieron atropellados en las calles del país, donde la Ciudad de México encabezó la lista con un total de 49 casos. Por lo que es preponderante dar seguimiento a las políticas y acciones a favor de la seguridad vial para todos los usuarios, particularmente los más vulnerables que son peatones y ciclistas. Recordando que el gobierno es responsable de generar las condiciones de seguridad vial en las calles para evitar muertes y lesiones de tránsito.

II. No se ha dado a conocer la opinión de la Secretaría de Medio Ambiente, para el caso de las vías que contengan infraestructura ciclista o para aquellas en las que se planeé implementarla. Conforme al artículo 211 del Reglamento de la Ley de Movilidad, la categorización de vías deberá contar con la opinión de la Secretaría de Medio Ambiente.

“Artículo 211. La Comisión de Clasificación de Vialidades asignará la jerarquía y categoría de las vías de circulación. Para ello, expedirá las reglas de operación y funcionamiento y podrá crear subcomisiones en cada Delegación.

Los acuerdos que tome la Comisión para la asignación o modificación de la jerarquía o categoría de las vías serán sometidos a la Secretaría para su revisión, y una vez aprobados serán obligatorios para las autoridades de la Administración Pública, previa publicación en la Gaceta Oficial e inscripción en el registro de los planos de alineamientos y derechos de vía; previo a la publicación y registro, dicha jerarquía o categoría de las vías deberá contar con la opinión de la Secretaría del Medio Ambiente en lo que refiere a infraestructura y vías ciclistas .”

De esta manera, una vez aprobadas las modificaciones por la Comisión, los acuerdos tuvieron que ser turnados a Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (Semovi para revisarlos y pedirle una opinión a Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México (Sedema), en caso de existir infraestructura ciclista o en caso de que su implementación se encuentre planeada a futuro dentro de las vías que han reclasificado. Sin embargo, se desconoce si existe dicha opinión, así como su contenido.

III. No se han dado a conocer argumentos técnicos ni beneficios que la reclasificación de las vías podría tener para los usuarios vulnerables de la vía . Las particularidades de las vías reclasificadas, no corresponden claramente a características físicas y operacionales que se asemeja a Vías de Acceso Controlado.

De conformidad con el artículo 178, fracción II, de la Ley de Movilidad, las vías de acceso controlado son vías primarias cuyas intersecciones generalmente son a desnivel; cuentan con carriles centrales y laterales separados por camellones, donde la incorporación y desincorporación al cuerpo de flujo continuo deberá realizarse a través de carriles de aceleración y desaceleración en puntos específicos. Es decir que son vías que conectan de una zona a otra dentro de la ciudad a través de un flujo continuo, donde las intersecciones no se encuentran físicamente al mismo nivel.

Artículo 178. Las vialidades se clasifican en:

I. Vialidades primarias: Espacio físico cuya función es facilitar el flujo del tránsito vehicular continuo o controlado por semáforo, entre distintas zonas de la Ciudad, con la posibilidad de reserva para carriles exclusivos;

II. Acceso controlado: Vías primarias cuyas intersecciones generalmente son a desnivel; cuentan con carriles centrales y laterales separados por camellones. La incorporación y desincorporación al cuerpo de flujo continuo deberá realizarse a través de carriles de aceleración y desaceleración en puntos específicos; y

III. Vialidades secundarias: Espacio físico cuya función es permitir el acceso a los predios y facultar el flujo del tránsito vehicular no continuo. Sus intersecciones pueden estar controladas por semáforos.”

En las vías de acceso controlado es posible transitar a una velocidad mayor debido a que tienen varios kilómetros sin intersecciones físicas a nivel con otras vías, pero sobre todo porque no tienen contacto con :

• Peatones: por sus características físicas, estas vías se convierten en bordes para los peatones, la única forma en que pueden permearlas es a través de puentes peatonales y/o algunas intersecciones semaforizadas que se encuentran a desnivel (donde no se interrumpe el flujo continuo de los vehículos en el acceso controlado).

• Ciclistas: ya que no pueden trasladarse por este tipo de vías debido a que la velocidad a la que transitan los autos no es factible para la convivencia segura entre ambos medios.

• Transporte público: En caso de que el recorrido de este tipo de transporte incluya vías de acceso controlado, únicamente puede realizarlo por las laterales, donde la velocidad máxima es de 40 km/h.

• Motociclistas: Únicamente se permite el tránsito de motocicletas con motor mayor a 250 centímetros cúbicos (cc).

Es decir, que a pesar de que se instaló la Comisión de Clasificación de Vialidades y las modificaciones fueron aprobadas a través de ella; no se ha dado a conocer una revisión técnica clara que justifique la reclasificación de las vías en comento. Toda vez que las vías en las que se incrementa la velocidad, no cuentan con tramos de flujo continuo sin intersecciones físicas a nivel que conecten zonas de la ciudad; además de que en ellas se da la convivencia con todo tipo de usuarios de la vía, lo cual hace de esta reclasificación un gran peligro para la vida e integridad física de todos los usuarios de la vía, particularmente peatones.

IV. Las modificaciones realizadas al Reglamento de Tránsito respecto a la reclasificación de vialidades, son contrarias a los principios rectores que asume la Ciudad de México, el derecho a la ciudad, las políticas de movilidad y la democracia participativa, que se establecen dentro de su Constitución. De conformidad con los artículos 3, 12, 16 y 26, de la Constitución Política de la Ciudad de México, los beneficios de estas modificaciones se dan únicamente a favor de los automovilistas y en contra de los usuarios vulnerables de vía, además de que no se ha considerado la voz de activistas, ciclistas, expertos en movilidad y académicos, que consideran que la reclasificación de las vías constituye un riesgo a la seguridad de peatones y usuarios vulnerables de la vía.

Conforme al artículo 3, numeral 2 b, de la Constitución Política de la Ciudad de México, la Ciudad tiene como uno de sus principios, el ejercicio de la función pública apegada a la ética, racionalidad, transparencia, apertura, responsabilidad y participación ciudadana. Sin embargo, ante las inconformidades ciudadanas y de expertos en la materia, no se han dado a conocer los argumentos, construcción técnica y participativa para fundamentar el cambio de clasificación de vías.

“Artículo 3. De los principios rectores.

2. La Ciudad de México asume como principios:

b) La rectoría del ejercicio de la función pública apegada a la ética, la austeridad, la racionalidad, la transparencia, la apertura, la responsabilidad, la participación ciudadana y la rendición de cuentas con control de la gestión y evaluación, en los términos que fije la ley;”

De acuerdo con el artículo 12, numerales 1 y 2 de la mencionada Constitución, la Ciudad garantiza el derecho a la misma, con su uso y usufructo pleno y equitativo, fundado en los principios de justicia social, participación, e igualdad. No obstante lo anterior, la reclasificación absorbe sus beneficios hacia los automovilistas al permitirles transitar a una mayor velocidad, pero deja de lado el reconocimiento de los derechos del resto de los usuarios de la vía al no brindarles el usufructo pleno y distribución equitativa de los bienes públicos (en este caso la vía pública).

“Artículo 12. Derecho a la Ciudad.

1. La Ciudad de México garantiza el derecho a la ciudad que consiste en el uso y el usufructo pleno y equitativo de la ciudad, fundado en principios de justicia social, democracia, participación, igualdad, sustentabilidad, de respeto a la diversidad cultural, a la naturaleza y al medio ambiente.

2. El derecho a la ciudad es un derecho colectivo que garantiza el ejercicio pleno de los derechos humanos, la función social de la ciudad, su gestión democrática y asegura la justicia territorial, la inclusión social y la distribución equitativa de bienes públicos con la participación de la ciudadanía.”

Asimismo, el artículo 16, inciso H, numerales 2 y 3, de dicha Constitución, refieren que dentro de las leyes y políticas de movilidad, la prioridad son primero peatones, en especial personas con discapacidad o movilidad limitada; luego cualquier forma de movilidad no motorizada; después personas usuarias del transporte público de pasajeros; quedando en último lugar los vehículos privados automotores en función de sus emisiones y al transporte de carga; además se deberá fomentar la seguridad vial y la prevención de accidentes de tránsito. Cuestiones que son contrarias a la reclasificación realizada, toda vez que con esta medida no existe ningún tipo de prioridad hacia los usuarios más vulnerables de la vía, sino que se pone en riesgo su vida e integridad física, fomentando el suceso de hechos de tránsito.

“Artículo 16. Ordenamiento territorial.

H. Movilidad y accesibilidad

2. En orden de importancia, las leyes darán prioridad y preferencia en la movilidad primero a peatones, en especial personas con discapacidad o movilidad limitada; a cualquier forma de movilidad no motorizada; personas usuarias del transporte público de pasajeros; a los vehículos privados automotores en función de sus emisiones y al transporte de carga, con restricciones a su circulación en zonas, vialidades y horarios fijados por ley.

3. Las autoridades de la Ciudad desarrollarán y ejecutarán políticas de movilidad, para lo cual deberán:

g) Realizar campañas de educación en favor de una nueva cultura cívica de la movilidad, fomentar la fluidez, seguridad vial y prevención de incidentes y accidentes de tránsito, así como el carácter público de las calles y de las vialidades;”

En consideración del artículo 26, numerales 1 y 2 del mandato legal en comento, se reconoce la participación de las personas que habitan la Ciudad de México en sus más variadas formas. Sin embargo no se ha reconocido la inconformidad de los diversos grupos activistas, ciclistas, expertos en movilidad y académicos, quiénes se han manifestado a través de diversos medios en contra de estas modificaciones al Reglamento y que argumentan que constituye un peligro para los usuarios más vulnerables de la vía.

“Artículo 26. Democracia participativa. A. Gestión, evaluación y control de la función pública

1. Esta Constitución reconoce la participación de las personas que habitan la Ciudad de México, en sus más variadas formas, ámbitos y mecanismos que adopte la población de manera autónoma y solidaria, en los distintos planos de la democracia participativa: territorial, sectorial, temática, pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes. Las autoridades, en el ámbito de sus competencias, deberán respetar y apoyar sus formas de organización.

2. Las autoridades de la Ciudad y las alcaldías establecerán procedimientos y formas de gobierno abierto que garanticen la participación social efectiva, amplia, directa, equitativa, democrática y accesible en el proceso de planeación, elaboración, aprobación, gestión, evaluación y control de planes, programas, políticas y presupuestos públicos, en los términos que establezca la ley.”

V. Ante la serie de irregularidades que rondan la reclasificación de las vías en comento:

• El aumento de las velocidades de las vías, es contraria a las recomendaciones a nivel nacional e internacional en materia de salud y seguridad vial.

• La medida contradice el marco normativo y las políticas públicas en materia de movilidad de la Ciudad de México, donde se establece el derecho a la movilidad, la seguridad vial, los principios y jerarquía de movilidad (donde la prioridad son los peatones ).

• No existe una justificación técnica clara, que demuestre porque el cambio de clasificación de las vías en comento beneficia a todos los usuarios de la vía y la seguridad vial, conforme al marco normativo y las políticas internacionales en la materia.

• Se desconoce si los acuerdos generados por la Comisión de Clasificación de vialidades, consideraron la opinión de Sedema respecto a infraestructura ciclista.

• Las modificaciones realizadas van en contra de los principios rectores que asume la Ciudad de México, el derecho a la ciudad, las políticas de movilidad y la democracia participativa, que se establecen dentro de su Constitución.

En ese tenor, se hace indispensable que esta Cámara de Diputados exhorte al gobierno de la Ciudad de México y su Secretaría de Movilidad a que reviertan las modificaciones realizadas a la clasificación de vialidades, a partir de la cual la velocidad de nueve vías se incrementa a 80 km/h, lo cual implica un retroceso en las condiciones de seguridad vial para todos los usuarios de la vía.

Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta asamblea, la aprobación del siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la titular de la jefatura gobierno de la Ciudad de México y al titular de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, reviertan el cambio clasificación de vialidades de las nueve vías en el reglamento de tránsito de la Ciudad de México, a partir del cual se modifican las velocidades de 50 km/hr a 80 km/h, a fin de que se conserven las condiciones de seguridad vial a favor de todos los usuarios de la vía, especialmente los peatones.

Notas

1 Organización Mundial de la Salud (2017, mayo, 05). La gestión de la velocidad, esencial para salvar vidas y mejorar la vida en las ciudades. Comunicado de prensa. Ginebra. Recuperado el 04 de abril de 2019, de http://www.who.int/mediacentre/news/releases/2017/speed-management-citi es/es/

2 Ídem

3 Sanz, A (2008). Calmar el tráfico. Pasos para una nueva cultura de la movilidad urbana. Gobierno de España - Ministerio de Fomento.

4 Ídem

5 Sin embargo (2019, 06 de abril). En 3 meses atropellan y matan a 673 ciclistas y peatones; la CdMx, Edomex y Guanajuato son líderes. Recuperado el 09/04/2019 de:

https://www.sinembargo.mx/06-04-2019/3561587

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputada Pilar Lozano Mac Donald (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SSPC y el gobierno del estado de México a solicitar el despliegue de elementos de la Guardia Nacional en Santa Martha, Ocuilan, a cargo del diputado David Orihuela Nava, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito diputado federal David Orihuela Nava , integrante del Grupo Parlamentario de Morena, en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento para la Cámara de Diputados, someto a su consideración de esta soberanía el siguiente punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Los pobladores que habitamos los municipios que conforman el Distrito XXIII federal en el estado de México nos vemos afectados por el alza de la delincuencia del fuero común, pero sobre todo la delincuencia organizada que se ha incrementado de manera alarmante, ya que tienen en jaque a los ciudadanos todos los días.

Aseguraron los vecinos que habitan en el poblado de Santa Martha, municipio de Ocuilan, del estado de México, que todos los días se vive una aguda crisis de inseguridad, teniendo como referencia los datos que arroja estadísticas oficiales y sobre todo la percepción ciudadana.

Ya que la estrategia estatal no funciona y no garantiza en lo más mínimo la seguridad, ni la paz, ni la tranquilidad a la que tienen derecho todos los residentes.

En el estado de México, una de las principales causas de deforestación es la tala ilegal de árboles de maderas preciosas.

Es ahí donde los talamontes hacen un mercado negro o clandestino de este producto, la complicidad de las autoridades estatales con estos delincuentes organizados hace que los comerciantes establecidos pierdan competencia y tranquilidad en sus patrimonios, generando cierre de fuentes de trabajo formal en la región.

Este problema se ha agravado en los últimos años por la respuesta nula de las autoridades estatales.

La población, que habitamos y vivimos en el municipio de Ocuilan de Arteaga en el estado de México, nos vemos afectados por la fuerte pérdida de bosques a consecuencia del corte de árboles que no están regulado, aunado a ello la delincuencia organizada que hace de las suyas a través de la tala clandestina y el robo de mercancías.

La Protectora de Bosques (Probosque) informó que, en los últimos cinco años, se han decomisado 12 mil metros cúbicos de madera obtenida de manera ilegal, la cual ha sido sustraída de cuatro sitios considerados como puntos rojos, principalmente en los bosques de Amecameca, Ixtapaluca, Ocuilan, Temascaltepec y Valle de Bravo, así como del Nevado de Toluca, son de los más dañados por este ilícito.

La producción y el comercio ilegal se ven favorecidos por la corrupción y la falta de supervisión en los canales comerciales, aunado a ello, la ubicación geográfica, la cual colinda con el estado de Morelos, hace un paraíso para los delincuentes, al usar armamento exclusivo de las fuerzas armadas, situación que la policía municipal y estatal no pueden competir, a fin de proporcionarnos seguridad.

En diferentes ocasiones como legislador he apoyado y denunciado, ante las autoridades estatales, la falta de estrategias, con la finalidad de contribuir a la disminución de los delitos de alto impacto.

Presenté un punto de acuerdo denunciando el delito de la tala clandestina, escuchando los reclamos que han realizado al gobierno estatal quienes fueron víctimas y privados de su libertad por la delincuencia organizada, dando origen a una iniciativa al Código Penal Federal sobre el mismo tema para erradicar la tala clandestina en zonas comunales, ejidales, indígenas y sobre todo en personas vulnerables.

El gobierno de mi estado no garantiza la seguridad de la entidad, actitud que reprocha la población de los ayuntamientos que conforman el estado de México, al demandar la presencia del gobierno federal, con el despliegue oficial de la Guardia Nacional, en la instalación de un destacamento de la 22 Zona Militar, en la población de Santa Martha, municipio de Ocuilan.

Es importante señalar que, durante la presencia de integrantes de la Guardia Nacional, disminuyó de manera drástica la delincuencia, pero sobre todo los delitos del fuero federal, proporcionando a la población tranquilidad, seguridad, certidumbre jurídica, pero, sobre todo, que la economía local se desarrolle de manera cordial.

Dentro de la nueva figura de seguridad que pretende la Guardia Nacional, está detener la espiral de violencia en México, teniendo las mismas facultades de una policía de investigación, entre otros, y haciendo valer la aplicación de operativos en los que sus elementos estén en operatividad.

Los elementos de la Guardia Nacional actuarán bajo el mandato del Ministerio Público federal, pero sobre todo los elementos podrán actuar en sí mismos como un Ministerio Público, al estar facultados para “recibir las denuncias sobre los hechos que puedan ser constitutivos de delitos”, dando credibilidad a la población en sus garantías individuales.

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del gobierno federal y al gobernador del estado de México para que, dentro de sus atribuciones, soliciten ante las instancias correspondientes, el despliegue oficial de la Guardia Nacional en la creación de instalaciones de un destacamento de la 22 Zona Militar, en la población de Santa Martha, municipio de Ocuilan.

Palacio Legislativo, a 13 de febrero de 2020.

Diputado David Orihuela Nava (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno y la Semovi de la Ciudad de México a instalar el Consejo Asesor de Movilidad y Seguridad Vial, según la ley respectiva, a cargo de la diputada Pilar Lozano Mac Donald, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Pilar Lozano Mac Donald, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo, mediante el cual se exhorta a la jefa de Gobierno de la Ciudad de México y a la Secretaría de Movilidad a que, en el ámbito de sus competencias, instale el Consejo Asesor de Movilidad y Seguridad Vial, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

De conformidad con los artículos 18 y 19 de la Ley de Movilidad, el Consejo Asesor de Movilidad y Seguridad Vial es el órgano auxiliar de la Secretaría de Movilidad para la consulta y aplicación de dicha Ley, a través del cual se estimula la participación ciudadana en la elaboración, diseño y evaluación de las acciones en materia de movilidad.

Asimismo, el artículo 20 de la misma Ley describe las facultades del Consejo que son: proponer políticas públicas, acciones y programas prioritarios que en su caso ejecute la Secretaría; emitir opinión acerca de proyectos prioritarios; participar en la formulación del Programa Integral de Movilidad, el Programa Integral de Seguridad Vial y los demás programas, y; dar opinión sobre las herramientas de seguimiento, evaluación y control para la planeación de la movilidad.

De acuerdo al artículo 21 de la Ley referida, el Consejo Asesor se integrará por el Jefe de Gobierno que será su Presidente; el Secretario de Movilidad quien será su Presidente Suplente; en calidad de consejeros permanentes: titulares de las Secretarías con competencias en materia movilidad; titulares de los organismos descentralizados de transporte público; representantes de las instituciones públicas de educación superior; representantes de organizaciones de la sociedad civil; así como el Presidente de la Comisión de Movilidad, Transporte y Vialidad de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y dos diputados que designe la Comisión de Gobierno; además de los titulares de los órganos político administrativos del Distrito Federal en calidad de invitados permanentes. Asimismo, en cada Alcaldía se instalará un Consejo Delegacional Asesor de Movilidad y Seguridad Vial presidido por el Jefe Delegacional.

Por lo que, conforme a los transitorios décimo y décimo primero de la Ley de Movilidad, el Consejo Asesor de Movilidad y Seguridad Vial debió ser instalado dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a la publicación del Reglamento de dicha Ley. Además de que la constitución y funcionamiento de este Consejo y de los Consejos Delegacionales atienden al Acuerdo que para tal efecto emite el Jefe de Gobierno.

De esta manera, el Consejo tiene como función ser un órgano de consulta obligatoria y diálogo público en materia de movilidad, con la colaboración de los sectores público, social, privado y académico, cuyo objetivo es promover la participación de estos actores dentro de los procesos de planeación y establecimiento de políticas públicas para difundir, transparentar y concertar la toma de decisiones.

No obstante lo anterior, a pesar de la relevancia que tiene su operación y que la Ley de Movilidad obliga a las autoridades a constituir el Consejo, hasta el día de hoy aún no ha sido puesto en marcha; por lo que es importante dar a conocer públicamente los motivos por los cuales aún no se ha instalado.

Dentro de la Constitución de la Ciudad de México, en sus artículos 3, numeral 2, sección b y 15, sección A, numeral 1, la participación ciudadana y la rendición de cuentas, es inherente a los principios rectores del ejercicio de la función pública que asume la Ciudad de México; asimismo el derecho a la ciudad se garantiza a través de los instrumentos de planeación entre los que se encuentra la participación ciudadana. De manera que, conforme al artículo 16, sección H, numeral 3, las autoridades de la Ciudad desarrollarán y ejecutarán políticas de movilidad, para lo cual deberán impulsar una participación corresponsable y equitativa de los ciudadanos en las políticas públicas.

Asimismo, en el marco de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ONU, 2015) se considera la relevancia de la participación ciudadana dentro del objetivo 16 Paz, justicia e instituciones fuertes al “garantizar la adopción de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades a todos los niveles”, previendo la necesidad de incluir a la voz de las personas en las decisiones públicas.

La participación pretende integrar a la comunidad en el ejercicio de la política para promover el impulso del desarrollo en sus distintos niveles, ya que, al ser incluida la sociedad dentro de las decisiones del gobierno, se aporta y participa por el bien común de manera que prevalecen los intereses sociales, se defienden y garantizan los derechos.

De esta manera, al no ser aún instalado el Consejo, se han dado continuamente conflictos, desacuerdos y manifestaciones por parte de diversos actores, como ha sido el caso de: manifestaciones extraordinarias por inconformidades derivadas de la sensación de inequidad hacia concesionarios del servicio de taxis;1 protestas por parte de la sociedad civil y grupos ciclistas por las modificaciones al Reglamento de Tránsito o la falta de seguridad vial,2 o el enfrentamiento en redes sociales y solicitudes para abrir el diálogo entre actores de transporte individual y autoridades.3

Estos y otros conflictos pueden ser prevenidos o evitados, a través de la consulta de la toma de decisiones mediante la participación de los actores involucrados, que conlleva la transparencia de las acciones del gobierno. De manera que el Consejo Asesor de Movilidad y Seguridad Vial, constituye un puente de comunicación y conciliación entre los diferentes intereses de los actores involucrados y las autoridades en un marco de transparencia y rendición de cuentas.

La participación ciudadana teje la certidumbre social, al estimular y establecer la coordinación de los individuos para su mejor desarrollo. Asimismo, permite crear conciencia crítica y propositiva entre los actores a favor de las necesidades comunes para la mejora de las condiciones de vida en sociedad. Visibilizar a los actores y lograr el consenso social se convierte en una condición necesaria para alcanzar la gobernabilidad democrática y legitimar el ejercicio del poder en la voluntad de la sociedad, evitando la vulnerabilidad de sus derechos.

Conforme a la Constitución y la Ley de Movilidad, resulta preponderante establecer los mecanismos de participación ciudadana, como pilares fundamentales en la definición de los problemas públicos, la toma de decisiones y la concertación para la solución de conflictos, transparencia y rendición de cuentas; permitiendo un mejor criterio en el establecimiento de las acciones, políticas y proyectos, logrando su viabilidad y la mejora sostenible de sus condiciones para el bienestar de la ciudadanía.

Asimismo, en concordancia con el punto de acuerdo del 26 de junio de 2019, firmado por los Diputados Ana Patricia Báez Guerrero, Jorge Triana Tena y Guillermo Lerdo de Tejada Servitje, presentado ante el Pleno del Poder Legislativo de la Ciudad de México, se hace necesario que tanto la ciudadanía, como funcionarios públicos, planteen soluciones y construyan consensos para la implementación de políticas públicas con la finalidad de hacer más eficientes los tiempos de traslado, la saturación de la red de movilidad, contrarrestrar las emisiones contaminantes ambientales, así como diversas problemáticas que se van presentando de manera acelerada ante el crecimiento poblacional y expansivo de la metrópoli.

El cumplimiento de la ley en cuanto a la instalación y correcta operación del Consejo, además de ser una obligación por parte del Gobierno de la Ciudad y su Secretaría de Movilidad, resulta ser un ejercicio fundamental para los procesos de democratización de los asuntos públicos, la planeación y toma de decisiones consensada entre los actores sociales. Asimismo, la participación social, está fundada sobre la Constitución de la Ciudad de México como un derecho de sus habitantes, por lo que resulta imprescindible que el Consejo Asesor de Movilidad y Seguridad Vial sea puesto en marcha a la brevedad, a fin de tener un órgano mediador y solucionador de conflictos que prevenga o evite acrecentar los problemas y desacuerdos entre sociedad y gobierno en temas de movilidad y transparente los procesos de toma de decisiones.

En ese tenor, se hace indispensable que esta Cámara de Diputados exhorte a la titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México y su Secretaría de Movilidad, a que, en el ámbito de sus competencias, instale el Consejo Asesor de Movilidad y Seguridad Vial, con la finalidad de cumplir con lo establecido en la Ley de Movilidad, garantizar transparencia en la toma de decisiones, estimular la participación ciudadana en materia de movilidad y crear gobernanza.

Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta Asamblea, la aprobación del siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México y al titular de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, instale el Consejo Asesor de Movilidad y Seguridad Vial, con la finalidad de cumplir con lo establecido en la Ley de Movilidad, garantizar transparencia en la toma de decisiones, estimular la participación ciudadana en materia de movilidad y crear gobernanza.

Notas

1 https://www.sdpnoticias.com/nacional/2019/06/06/el-desplante-de-los-tra nsportistas

https://mvsnoticias.com/noticias/nacionales/ante-indifer encia-del-gobierno-taxistas-podrian-ir-a-paro-nacional/

2 https://www.milenio.com/politica/comunidad/ciclistas-protestan-insurgen tes-sur-reglamento-transito

https://www.mexico.com/actualidad/ciclistas-protestan-po r-muertes-de-sus-companeros-en-calles-de-cdmx/

3 https://www.reporteindigo.com/reporte/
scooters-grin-y-semovi-se-enfrentan-en-redes-sociales-por-regulacion-de-transporte/

https://www.sinembargo.mx/08-05-2019/3577975

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 13 días del mes de febrero de 2020.

Diputada Pilar Lozano Mac Donald (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP a reformar el artículo 57 del Reglamento de la LISR, a cargo del diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Carlos Iván Ayala Bobadilla, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del Pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por el que se exhorta al Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que se reforme el párrafo segundo del artículo 57 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, al tenor de lo siguiente

Antecedentes

El día 5 de febrero de 2020, se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, la Iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma el artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta , a cargo del que suscribe; la presente iniciativa tiene relación directa por con el presente Punto de Acuerdo, toda vez que, el artículo 28 de la LISR y el artículo 57 del RLISR son artículos que tiene conexión directa, por ello, es necesario realizar la modificación correspondiente al Reglamento en mención, para homologar los criterios establecidos en ambas disposiciones normativas por cuanto hace a que, “los gastos de viáticos serán deducibles como un gasto siempre y cuando se cumpla con los requisitos que establece la propia LISR, y cuando éstos se realicen en un radio de 50 kilómetros del establecimiento del contribuyente”.

Exposición de Motivos

En diversas ocasiones, las actividades de los contribuyentes no se limitan a su área geográfica, sino que tienen la necesidad de concretar actividades fuera de su ciudad o incluso de su país; tal situación se acentúa si en el exterior cuentan con sucursales, por lo cual será menester que se paguen viáticos para la consecución de sus objetivos.

El hecho cierto es que pagar viáticos requiere apegarse a las políticas necesarias que para tal efecto se establezcan para su buen uso, así como para su correcta comprobación, lo cual permitirá que, por una parte, el contribuyente efectúe la deducción de este tipo de gastos, y por otra, que éstos no sean considerados como un ingreso gravado para el contribuyente.

De acuerdo con el párrafo segundo del artículo 57 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta (RISR), establece:1

Artículo 57. Para efectos del artículo 28, fracción V de la Ley, se entenderá por establecimiento del contribuyente aquél en el que presta normalmente sus servicios la persona a favor de la cual se realice la erogación.

Tratándose del pago de viáticos o gastos de viaje que beneficien a personas que presten al contribuyente servicios personales subordinados o servicios profesionales por encargo de aquél, serán deducibles cuando dicha persona se desplace fuera de una faja de 50 kilómetros que circunde al establecimiento de dicho contribuyente .

Actualmente las empresas y contribuyentes se encuentran en la ambigüedad de la disposición antes mencionada para concluir si los gastos de viaje que efectúan a determinada distancia del domicilio de la empresa, cumple con este requisito y por tanto que sean deducibles, ya que se observan dos conceptos importantes: “faja” y “circunde”.

Sobre el tema, analizamos lo siguiente:

a) Que la faja que circunda el establecimiento del contribuyente es precisamente un área que este limitada por el perímetro de una circunferencia igual a 50 kilómetros , y por lo tanto, partiendo de la formula geométrica básica, los gastos pueden ser deducibles cuando se erogan fuera de un radio de 8 kilómetros , del establecimiento del contribuyente hacia cualquier sitio; sin embargo, esta interpretación en muchos casos resulta ser ambigua, ya que prácticamente los gastos erogados en distancias cortas puede considerarse como gastos de viaje con la deducción para fines del ISR correspondiente: 2

b) Que la “faja” que circunda al establecimiento del contribuyente es una línea recta de 50m kilómetros , precisamente partiendo del establecimiento hacia cualquier dirección , con lo que el gasto del viaje erogado fuera de esa franja sería deducible como tal:

No obstante, es menester mencionar que la palabra “faja” es una palabra que no necesariamente tiene un significado relevante y que sea fácilmente aplicado a las distancias en un mapa; sin embargo, el Diccionario de la Lengua Española señala:

Franja : mucho más larga que ancha.3

Por su parte, el Diccionario del Español de México, señala:

Faja: es una palabra que se origina en el latín. Proviene de fascia, cuyo significado es venda, banda, faja, cinta.4

Ahora bien, si a lo anterior le sumamos la palabra “circunde” , que no es otra cosa más que “cercar, rodear algo o a alguien”, y puede interpretarse como el perímetro.

De lo anterior, se puede concluir que, si la «faja » que «circunda » es de 50 kilómetros, se podría obtener el radio correspondiente.5

No obstante, y para reafirmar lo anterior, la Ley del Impuesto sobre la Renta, señala que se entenderá por establecimiento del contribuyente, aquel en el que presta normalmente sus servicios la persona a favor de la cual se realice la erogación .

Como se puede observar, el Reglamento hace referencia a que los gastos de viaje se realicen fuera de una faja de 50 kilómetros que circunden al establecimiento del contribuyente para que puedan ser deducibles.

Bajo esta tesitura, es importante concluir que, los gastos de viáticos serán deducibles como un gasto siempre y cuando se cumpla con los requisitos que establece el RLISR, y cuando éstos se realicen en un radio de 50 kilómetros del establecimiento del contribuyente .6

Por lo anterior y con los argumentos expuestos, es dable reformar el párrafo segundo del artículo 57 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta para quedar redactados de la siguiente forma:

Por lo anterior tiene como propósito establecer que los 50 kilómetros son radiales, es decir, que se computarán partiendo del establecimiento del contribuyente hacia cualquier dirección en línea recta.

En razón de lo expuesto y fundado, se somete a la consideración la modificación del Reglamento en mérito para que en su oportunidad quede redactado de la forma siguiente:

Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo Único. Se reforma el párrafo segundo del artículo 57 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 57. Para efectos del artículo 28, fracción V de la Ley, se entenderá por establecimiento del contribuyente aquél en el que presta normalmente sus servicios la persona a favor de la cual se realice la erogación.

Tratándose del pago de viáticos o gastos de viaje que beneficien a personas que presten al contribuyente servicios personales subordinados o servicios profesionales por encargo de aquél, serán deducibles cuando dicha persona se desplace fuera de una faja en un radio de 50 kilómetros del establecimiento de dicho contribuyente. En este caso, quien presta el servicio deberá proporcionar al contribuyente una relación de los gastos anexando los comprobantes fiscales respectivos, excepto los comprobantes expedidos en el extranjero, mismos que deberán cumplir los requisitos que establezca el SAT mediante reglas de carácter general.

(...)

En mérito de lo expuesto, someto a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que se reforme el párrafo segundo del artículo 57 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Notas

1 Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

2 https://www.soyconta.com/son-deducibles-los-viaticos-para-fines-de-isr- cuando-se-efectuan-fuera-de-50-kms/

3 Diccionario de la Lengua Española.

4 Diccionario del Español de México

5 https://gastosdeviaje.mx/fiscal/viaticos-deducibles-a-50km-o-a-8km/

6 https://www.ccpm.org.mx/avisos/aspectos-fiscales.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, 13 de febrero de 2020.

Diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Semovi a implantar el protocolo de atención de víctimas de hechos de tránsito, a cargo de la diputada Pilar Lozano Mac Donald, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, Pilar Lozano Mac Donald, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta al secretario de Movilidad de la Ciudad de México a establecer e implantar el protocolo de atención a víctimas de hechos de tránsito, a fin de brindar las atenciones necesarias a las personas afectadas, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

De acuerdo con cifras de la Organización Mundial de la Salud de 2018, alrededor de 1.35 millones de personas mueren cada año como consecuencia de accidentes de tránsito, donde más de la mitad de las defunciones afectan a “usuarios vulnerables de la vía pública”; es decir, peatones, ciclistas y motociclistas. Asimismo, entre 20 y 50 millones de personas sufren traumatismos no mortales, y muchos de esos traumatismos provocan una discapacidad.

Los hechos de tránsito representan un grave problema de salud pública en México, durante 2017 hubo más de 16 mil 400 personas fallecidas por esta causa.

En la Ciudad de México, de acuerdo con el Inegi, durante 2015 los hechos de tránsito fueron la segunda causa de muerte en edad escolar (de 5 a 14 años) y la décima en edad productiva (15 a 64 años).

Asimismo, conforme a datos de incidentes viales reportados por C5, de enero a noviembre de 2019 hubo 207,486 hechos de tránsito, lo cual representa un incremento respecto de años anteriores.

De la misma manera, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública registró de enero a noviembre de 2019 un total de 577 homicidios culposos (no intencionales), de las cuales 553 fueron víctimas letales en hechos de tránsito, cuya cifra, es la más alta para este tipo de incidentes desde 2016. Lo anterior representa una tasa de 6.31 casos por cada 100 mil habitantes, que corresponde a un incremento de 4.1 por ciento en comparación con la tasa de muertos en percances viales del 2018.2

Estas cifras muestran que en la Ciudad de México los hechos de tránsito y sus víctimas letales persisten y se han incrementado. Esta situación, requiere que se implementen acciones que disminuyan los hechos de tránsito y aumenten la capacidad de respuesta para brindar atención a las víctimas.

Dentro del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020, se establecen las acciones en materia de seguridad vial, particularmente en los ámbitos de gestión de la seguridad vial, la infraestructura vial, la seguridad de los vehículos, el comportamiento de los usuarios de las vías de tránsito, la educación para la seguridad vial y la atención después de los accidentes, a fin de estabilizar y posteriormente reducir las cifras de víctimas mortales en accidentes de tránsito en todo el mundo.

De esta manera, se estableció dentro del Programa de Mediano Plazo “Programa Integral de Seguridad Vial” 2016-2018 para la Ciudad de México en su Eje Estratégico 5. Atención tras los hechos de tránsito, las acciones necesarias para dar respuesta oportuna a las víctimas tras los hechos de tránsito, para lo cual se contempla el involucramiento de diversas dependencias a fin de obtener una actuación coordinada y eficaz que proporcione una atención integral, oportuna y adecuada.

Si bien durante la administración del pasado gobierno de la Ciudad de México hubo acciones del Programa Integral de Seguridad Vial (Pisvi) 2016-2018 que no pudieron llevarse a cabo, es importante reconsiderarlas como parte de las actuales estrategias para la seguridad vial, como es el caso del protocolo de atención a víctimas,3 ya que las acciones del Pisvi fueron elaboradas a partir de la adhesión de México al Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020 proclamado por Naciones Unidas con el objetivo de reducir en 50 por ciento las muertes en hechos de tránsito, así como disminuir al máximo las lesiones y discapacidades producto de ellos.

Los hechos de tránsito son violentos e inesperados, pueden afectar gravemente la vida de las víctimas y sus familias. Pues las lesiones y fallecimientos por hechos de tránsito conllevan impactos sociales y económicos que tienden a ser absorbidos por los individuos y familiares de las víctimas.

El reconocimiento, la protección y la atención de las víctimas en los aspectos materiales, la reparación económica y la dimensión moral, se vuelve indispensable como parte de la protección de los derechos de las personas y como parte de la construcción de una sociedad justa y equilibrada. Las víctimas y sus familias necesitan apoyo por las condiciones de vulnerabilidad que se derivan tanto de la situación de la persona, como de la naturaleza o tipo del suceso sufrido, por lo que se debe otorgar un trato adecuado, en relación con esas diferencias y a fin de evitar que sean revictimizadas o intimidadas durante el proceso.

Inmediatamente después de acontecido un hecho de tránsito, los servicios de emergencia deben ser los encargados de atender el siniestro, para lo cual se requiere una respuesta eficiente, eficaz y coordinada. No obstante, además de este primer actuar, debe brindarse atención psicosocial y orientación jurídica de forma gratuita a las víctimas y sus familiares, quienes requieren en todo momento, sensibilidad, apoyo emocional y conocimiento hacia su situación de manera particular.

Por ello, la protocolización de la respuesta inmediata ante un hecho de tránsito y el acompañamiento de las víctimas resulta necesario como parte de las estrategias de seguridad vial, particularmente ante el incremento de los hechos de tránsito en la ciudad.

De tal manera, deben implantarse mecanismos para brindar atención a la emergencia, información, orientación y acompañamiento a las víctimas y sus familiares durante ese proceso que les cambia la vida, a fin de que puedan reponerse y adaptarse al nuevo escenario.

En ese tenor, se hace indispensable que la Cámara de Diputados exhorte al secretario de Movilidad de la Ciudad de México a establecer e implantar el protocolo de atención a víctimas de hechos de tránsito, a fin de brindar las atenciones necesarias a las personas afectadas.

Por lo expuesto se somete a consideración de esta asamblea la aprobación del siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al secretario de Movilidad de la Ciudad de México a establecer e implantar el protocolo de atención a víctimas de hechos de tránsito, a fin de brindar las atenciones necesarias a las personas afectadas.

Notas

1 Gobierno del Distrito Federal. Datos abiertos de la Ciudad de México. Incidentes viales reportados por C5. Recuperado el 14 de diciembre de 2019, de
https://datos.cdmx.gob.mx/explore/dataset/incidentes-viales-c5/analyze/ ?disjunctive.incidente_c4&dataChart=eyJxdWVyaWVzIjpbeyJjaGFydHMiOlt 7InR5cGUiOiJjb2x1bW4iLCJmdW5jIjoiQ09VTlQiLCJ5QXhpcyI6ImxhdGl0dWQiLCJzY2 llbnRpZmljRGlzcGxheSI6dHJ1ZSwiY29sb3IiOiJyYW5nZS1BY2NlbnQifV0sInhBeGlzI joiYW5vIiwibWF4cG9pbnRzIjoiIiwidGltZXNjYWxlIjpudWxsLCJzb3J0IjoiIiwiY29u ZmlnIjp7ImRhdGFzZXQiOiJpbmNpZGVudGVzLXZpYWxlcy1jNSIsIm9wdGlvbnMiOnsiZGl zanVuY3RpdmUuaW5jaWRlbnRlX2M0Ijp0cnVlfX0sInNlcmllc0JyZWFrZG93biI6Im1lcy IsInN0YWNrZWQiOiJub3JtYWwifV0sImRpc3BsYXlMZWdlbmQiOnRydWUsImFsaWduTW9ud GgiOnRydWUsInRpbWVzY2FsZSI6IiJ9

2 Animal Político (2020). “Un 2019 letal en Cdmx: subieron los homicidios dolosos y las muertes por tránsito”, 2 de enero 2020, por Arturo Ángel. Recuperado el 7 de enero de 2020, de

https://www.animalpolitico.com/2020/01/
un-2019-letal-en-cdmx-subieron-los-homicidios-dolosos-y-las-muertes-por-transito/

3 “Estamos ya a punto de publicar un protocolo de atención a la víctima que inicia en el momento del incidente y termina con la reparación del daño y la garantía de no repetición para las víctimas”, en El Sol de México (2017). Bajan 18 por ciento muertes en accidentes viales en 2017, viernes 21 de abril de 2017. Recuperado el 26 de diciembre de 2019, de

https://www.elsoldemexico.com.mx/metropoli/cdmx/Bajan-18 -muertes-en-accidentes-viales-en-2017-144852.html

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputada Pilar Lozano Mac Donald (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Hidalgo a instruir a sus secretarios de Estado a conducirse con institucionalidad, sujeción al marco legal, ética y responsabilidad, a cargo del diputado Gustavo Callejas Romero, del Grupo Parlamentario de Morena

El presente, diputado Gustavo Callejas Romero, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones IV, V y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera: Que de acuerdo a lo que establece el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, en su artículo 8, los servidores públicos deben actuar con principios fundamentales para el óptimo desempeño de sus funciones como; “Profesionalismo: Los servidores públicos deberán conocer, actuar y cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas de conformidad con las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuibles a su empleo, cargo o comisión, observando en todo momento disciplina, integridad y respeto, tanto a las demás personas servidoras públicas como a las y los particulares con los que llegare a tratar; Así mismo con “respeto a los Derechos Humanos: Los servidores públicos respetan los derechos humanos, y en el ámbito de sus competencias y atribuciones, los garantizan, promueven y protegen.

Segunda: Que el pasado 17 de febrero de 2018 Abraham Mendoza Zenteno recibió el nombramiento como Delegado Estatal de Programas para el Desarrollo del Gobierno Federal en Hidalgo, ello con sustento a lo establecido por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, misma que en su Artículo 16, párrafo primero, reza lo siguiente:

“corresponde originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, pero para la mejor organización del trabajo podrán delegar en los funcionarios a que se refiere el artículo 14 de esta Ley, cualesquiera de sus facultades, excepto aquéllas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo, deban ser ejercidas precisamente por dichos titulares”.

Tercera: Que el pasado miércoles 6 de febrero de 2020 un grupo de trabajadoras y trabajadores del campo, provenientes de diferentes municipios que comparten el módulo de riego 01, Actopan, se manifestaron en las instalaciones de la delegación estatal de la Secretaria del Bienestar, por una supuesta falta de apoyos al sector campesino. La referida manifestación, a la cual acudieron hombres, mujeres, niños y adultos mayores, fue convocada por Julio Hugo Sánchez Quiroz, quien es dirigente de la Organización Productora, Agrícola y Ganadera de las Aguas para Riego A. C., esta convocatoria, como muchas otras, fue impulsada por la amenaza de dejar sin agua de riego a los campesinos que no acudieran o en su caso con el pago de multas por ausencia a lo que denominan “formación”.

Al llegar a la sede de la delegación, un grupo de personas, las más allegadas al dirigente Sánchez Quiroz, entraron por la fuerza a las instalaciones de la delegación. Ahí amedrentaron al personal que se encontraba laborando, mismos que fueron retenidos por más de cinco horas. Cabe señalar que durante ese periodo de tiempo las trabajadoras fueron amenazadas con “encuerarlas”, así como otras expresiones de violencia de género y existieron reportes de sustracción de pertenencias personales. Los inconformes exigían la presencia del delegado estatal, Abraham Mendoza Zenteno, quien se encontraba en la Ciudad de México y a quien, mediante llamadas telefónicas y amenazas le solicitaban su presencia.

Bajo este contexto, Sánchez Quiroz estableció comunicación telefónica con el Secretario de Gobernación del estado de Hidalgo, Simón Vargas Aguilar, dicha llamada fue realizada en altavoz y fue grabada tanto por personas que acudieron a la manifestación, como por trabajadores y medios de comunicación. En ella se puede escuchar al secretario de estado burlándose de la situación y denostando la capacitad del representante del gobierno federal. De la llamada se pueden extraer los siguientes fragmentos:

• Sánchez Quiroz: -Le vamos a poner en la madre, voy a juntar a todos los del estado y vas a ver cómo le va a ir... Ya se siente gobernador y todavía no llega a nada”

• Sánchez Quiroz: -No quisiera encuerarlo como le hemos hecho a otros-. Simón Vargas: -No exhibas sus miserias-, (risas de ambos).

• Simón Vargas: -¡Oye, oye, si no se atreve a dar la cara tú crees que pueda ser un buen gobernador!–

• Simón Vargas: -Luego te voy a llamar para la grilla, ¿vas a participar o no?-, -¡Sí, vamos a jugar, con uno de mis hijos, en San Salvador vamos a jugar- Respondió Sánchez Quiroz.

Cuarta: Que la libre expresión de ideas, de organización y de manifestación, son derechos consagrados en nuestro marco jurídico, sin embardo estos derechos no pueden ir en detrimento de la dignidad, la integridad y seguridad de terceros. Por lo que el actuar del Secretario Simón Vargas Aguilar no fue de coadyuvar a resolver una situación administrativa, como se ha querido manejar, su discurso, sus tonos y sus propuestas expuestas en la llamada, que es de dominio público, abona a una situación de incertidumbre de los trabajadores del gobierno federal en Hidalgo. En la llamada expuesta se amenaza a Abraham Mendoza Zenteno, diciendo que se va a tener que acatar a las consecuencias, a lo que el Secretario de Estado asiste.

Por lo expuesto hago un llamado a los usuarios del Módulo de Riego 01 a denunciar las amenazas y manipulaciones de las que son objeto, por las cuales son obligados a acudir a las llamadas “formaciones” y someto a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único: La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular del gobierno del estado de Hidalgo a instruir a sus secretarios de estado a conducirse con institucionalidad, apego al marco legal, ética y responsabilidad a los representantes del gobierno federal en la entidad, así como a coadyuvar a la resolución de conflictos de forma objetiva y sin intereses ajenos a la paz social que el estado requiere.

Dado en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el 13 de febrero de 2020.

Diputado Gustavo Callejas Romero (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a promover la iniciativa ciudadana #ViernesSinCoche, donde se propone realizar esos días los trayectos cotidianos en modos distintos del auto particular, a cargo de la diputada Pilar Lozano Mac Donald, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Pilar Lozano Mac Donald, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta Cámara de Diputados el siguiente punto de acuerdo , mediante el cual exhorta a los titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas, los municipios y la Ciudad de México, a que en el ámbito de sus competencias, promuevan la iniciativa ciudadana #ViernesSinCoche, a partir de la cual la sociedad civil propone como alternativa realizar los trayectos cotidianos en modos distintos al auto particular los días viernes, con la finalidad de que se generen acciones en contra del cambio climático dentro de las metrópolis del país, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Al respecto de la propuesta lanzada el 13 de marzo de 2019, por Areli Carreón, Alcaldesa de la Bicicleta, a través de las redes sociales #ViernesSinCoche, convocó a no utilizar el auto todos los viernes con la finalidad de mejorar la calidad del aire en la Zona Metropolitana del Valle de México, particularmente en la Ciudad de México.

Dicha iniciativa tiene su raíz en el movimiento internacional Fridays For Future, en la que estudiantes de todo el mundo van a clases los viernes en protesta por acciones concretas en contra del cambio climático.

A partir del 10 de abril del 2019, cuando se anunció la Fase 1 de contingencia ambiental para la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM),1 miembros de la sociedad civil se unieron a la iniciativa de viernes sin coche: dejando el auto los días viernes para realizar los viajes de escuela o trabajo en otro medio de transporte; ofreciendo apoyos a nuevos ciclistas a través de acompañamientos de ciclistas experimentados; inclusive algunos propietarios de negocios ofrecieron promociones a clientes que llegaran caminando; todo esto con el objetivo de realizar acciones que reduzcan los gases efecto invernadero.

Sin embargo, cabe destacar que no sólo la ZMVM padece contaminación ambiental y sus efectos, pues se ha convertido en un problema común en las metrópolis alrededor del mundo. En nuestro país, durante 2010, conforme a datos del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), se registraron más de 20 mil 496 muertes relacionadas con exposición a partículas PM.2

Dentro del país, en 2013, se determinó que Monterrey era la ciudad más contaminada entre las 22 metrópolis de América Latina evaluadas por el estudio del Clean Air Institute, en Estados Unidos. En este estudio, se ubicaron en segundo lugar Guadalajara y en el quinto la Ciudad de México.

La contaminación de Monterrey se halla en las categorías de partículas de 2.5 y 10 micras, las cuales son nocivas en exposición prolongada. Entre las causas, se encontró el gran parque vehicular, que en 2014 era mayor a 2 millones de automóviles en la zona metropolitana, y que consumía cerca de 10 millones de litros de combustible al día.3

Imagen 1: Top 7 de las metrópolis latinas más contaminadas. Clear Air Institute, 2013.

Cabe destacar que en nuestro país conforme a datos del Sistema Urbano Nacional, existen 401 ciudades clasificadas en 74 Zonas Metropolitanas, 132 conurbaciones y 195 centros urbanos. En estas 401 ciudades del país residen 92.6 millones de personas, lo que representa 74.2 por ciento del total de la población nacional.

Los problemas de contaminación del aire son un tema preocupante por los efectos nocivos en la salud pública de los habitantes, particularmente en las metrópolis. Ya que en las áreas metropolitanas existe una mayor cantidad de población y actividad económica, que aunado al crecimiento expansivo del territorio, trae consigo un mayor consumo energético, traslados largos en tiempo y distancias, cambios de uso de suelo, industrialización, entre otros, que provocan el aumento y concentración de las emisiones contaminantes.

Recientemente, el premio Nobel de Química, Mario Molina, dentro del Taller para la Elaboración del Programa de Gestión Ambiental de la Calidad del Aire de la Zona Metropolitana del Valle de México 2021-2030, dio a conocer que se han analizado los daños por los altos índices de ozono, que son las micro partículas contaminantes más peligrosas. Estas partículas, provocan que la gente de mayor edad viva menos años, esto si la comparamos con aquellas que viven sin respirar este tipo de partículas; asimismo, provocan que los pulmones de los niños no se desarrollen de manera adecuada al estar expuestos a niveles muy altos de contaminación, por lo que hay un efecto claro de la mortalidad en relación a los niveles de contaminación.4

En muchas ciudades del mundo, la cantidad de vehículos en circulación representa la principal fuente de contaminación, logrando que el conducir se convierta en la actividad diaria más contaminante que un ciudadano común puede realizar.5 El auto es el responsable de alrededor del 70 por ciento de las emisiones de contaminación del aire que contribuyen a la formación del ozono troposférico, que se asocia con graves enfermedades cardiopulmonares y la desestabilización de los ecosistemas.

De acuerdo al Informe del Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC) de las Naciones Unidas (ONU), se afirma que la desestabilización del clima persiste y que la tendencia es alcanzar un aumento de 3 grados de temperatura. Tan solo el aumento de medio grado de temperatura provocaría que las zonas de cultivo para alimentos se reduzcan en millones de hectáreas y aumente en millones el número de personas que estarán expuestas a inundaciones y otros desastres naturales como las sequías, entre otros.6

Es por ello que las ciudades deben realizar cambios en sus sistemas de energía, en las formas de utilizar la tierra, en la urbanización y en la movilidad; sin embargo, también los individuos tienen la tarea de cambiar sus estilos de vida para dejar de depender en mayor grado de los combustibles fósiles.7

Según el informe del IPCC, se estima que 800 ciudades en todo el mundo tienen planes operativos para sistemas de bicicletas compartidas. Este tipo de sistemas, en conjunto con el despliegue de políticas públicas, es capaz de aportar cambios en los esquemas de movilidad y en la reducción de gases efecto invernadero.

En el caso de Londres, por ejemplo, la aplicación de esquemas de cobro por congestión logró pagar el despliegue de las rutas ciclistas protegidas. Asimismo, en la zona de cobro, los kilómetros recorridos por vehículo automotor disminuyeron un 15 por ciento en 2003, el primer año que operó, y un 6 por ciento más un año después. Mientras que las emisiones de CO2 del tráfico automotor se redujeron 20 por ciento para 2008.8

De esta manera, una de las formas de reacción ante el cambio climático es reducir el uso del automóvil, a cambio de realizar los traslados caminando, utilizando la bicicleta y el transporte público, ya que al utilizar estos medios de transporte la emisión individual de CO2 a la atmósfera se reduce casi a cero.

Imagen 2: “Distribución de emisiones de gases efecto invernadero”. Recuperado el 17/04/2019 de https://pbs.twimg.com/media/D390f2LX4AEJI68.png

En este orden de ideas, resulta indispensable que dentro de las ciudades del país, particularmente en las metrópolis, se realicen acciones para desincentivar el uso del automóvil, pero sobre todo para incentivar el uso de modos de transporte no contaminantes. Por lo cual resulta relevante apoyar y estimular las iniciativas generadas a través de la sociedad civil para el fortalecimiento de este tipo de acciones contra el cambio climático, como lo es #ViernesSinCoche.

Este tipo de iniciativas, son un parteaguas que permite una participación comprometida de la sociedad para modificar estilos de vida y exigir una mayor responsabilidad hacia la protección de la salud y el medio ambiente. Para poder lograrlo, se considera que los poderes ejecutivos de las entidades federativas pueden realizar las siguientes acciones para apoyar esta iniciativa:

• Campañas y spots publicitarios que promuevan la iniciativa y divulguen sus beneficios.

• Invitaciones y acuerdos con propietarios de negocios en zonas de alta demanda de estacionamiento, para que efectúen descuentos y promociones a los clientes que lleguen caminando o en bicicleta todos los viernes.

• Invitaciones y acuerdos con empresas, para que estimulen a través de premios, reconocimientos o compensaciones económicas a aquellos empleados que dejen su auto y lleguen caminando o en bicicleta todos los viernes.

• Invitaciones y acuerdos con escuelas, para que se realicen platicas informativas sobre los beneficios de los desplazamientos a través de medios de tracción humana y brinden reconocimiento a los padres de familia que lleven a sus hijos caminando o en bicicleta.

• Gestionar algún descuento en el pago de tenencia a los propietarios de auto que se adhieran a la iniciativa y comprueben que no utilizan su auto los días viernes (sin considerar aquellos que por el programa Hoy no circula no pueden circular esos días).

• Dar cierre temporal de carriles o calles estratégicas para la ampliación del paso peatonal y de bicicletas los días viernes.

Finalmente, como beneficio adicional, la promoción de esta iniciativa tendría impacto en la demanda del mejoramiento de la calidad en el transporte público e infraestructura ciclista por parte de los usuarios, así como el impulso de la activación física a través de la motivación de desplazamientos por medios de tracción humana.

En ese tenor, se hace indispensable que esta Cámara de Diputados exhorte a los titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas, a los municipios y alcaldías que integran las 74 zonas metropolitanas del país, para que promuevan la iniciativa ciudadana #ViernesSinCoche, a partir de la cual la sociedad civil propone como alternativa realizar los trayectos cotidianos en modos distintos al auto particular los días viernes, con la finalidad de que se generen acciones en contra del cambio climático dentro de las metrópolis del país.

Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta Asamblea, la aprobación del siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a las y los titulares de los Poderes Ejecutivos de las entidades federativas, a las y los presidentes municipales y alcaldes, que integran las 74 zonas metropolitanas del país, para que, en el ámbito de sus atribuciones, promuevan la iniciativa ciudadana #ViernesSinCoche, a partir de la cual la sociedad civil propone como alternativa realizar los trayectos cotidianos en modos distintos al auto particular los días viernes, con la finalidad de que se generen acciones en contra del cambio climático.

Notas

1 “Se mantiene la fase I de contingencia ambiental por ozono en la ZMVM”. Recuperado el 17/04/2019 de https://twitter.com/camegalopolis

2 Milenio (2015). “Contaminación del aire empeora en la metrópoli”. Recuperado el 13/01/2020 de https://www.milenio.com/estados/contaminacion-del-aire-empeora-en-la-me tropoli

3 Ídem.

4 “Ayudará Mario Molina a ajustar No Circula y cuidar salud”. Recuperado el 17/04/2019 de https://pbs.twimg.com/media/D39oDgAW4AAuoP2.jpg

5 “Los vehículos automotores como fuentes de emisión”. De la guía metodológica para la estimación de emisiones vehiculares. Recuperado el 17/04/2019 de http://www2.inecc.gob.mx/publicaciones2/libros/618/vehiculos.pdf

6 “Cómo la bicicleta puede salvar al planeta del cambio climático”. Recuperado el 17/04/2019 de https://labicikleta.com/como-la-bicicleta-puede-salvar-al-planeta-del-c ambio-climatico/

7 Ídem.

8 Ídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputada Pilar Lozano Mac Donald (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Profeco, la Cofetel y el Ifetel a exigir a las empresas de telecomunicaciones prestadoras de servicios restringidos de televisión de paga, telefonía e internet que mejoren las acciones para cumplir las cancelaciones de contratos por los clientes y eliminar plazos forzosos, a cargo del diputado Juan Israel Ramos Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Juan Israel Ramos Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3 y 79, numeral 1, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

En la actualidad el servicio de las telecomunicaciones que brindan las empresas (AT&T, Izzi, Totalplay, Sky, etcétera) de los servicios restringidos de paga, se han convertido en una herramienta muy transcendental en la sociedad actual, para desarrollar muchas de nuestras actividades cotidianas, en el ámbito de nuestra vida social y laboral, por tal motivo cuando una de las empresas de telecomunicaciones que prestan sus servicios de televisión de paga, internet y telefonía, contratadas y no cumplen con las expectativas que el cliente esperaba de ellas, por la deficiencia del servicio de recepción de señal o mal funcionamiento de los equipos, entre otros, el cliente opta por solicitar la cancelación del contrato, y en respuesta por parte de las empresas de telecomunicaciones antes mencionadas dando una negativa y poniendo obstáculos para rescindir el contrato.

De acuerdo con la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) el usuario tiene el derecho de finalizar un contrato por voluntad propia, y también nos establece que la existencia de una cláusula de permanencia no impide ejercer el derecho a darse de baja antes de que finalice el contrato, más sin embargo las empresas de telecomunicaciones que brindan los paquetes de estos servicios no realizan la cancelación solicitada por el cliente si no ha cumplido con los plazos forzados del contrato.

De igual forma otro de los argumentos que mencionan es la contratación de servicios con plazos forzosos de 12, 18 y hasta 24 meses, tratando de obligar con esto a los usuarios a continuar con el servicio dando las negativas de cancelación, sin embargo, está permitida la cancelación de los servicios a plazos forzosos por la ley en México, en la norma oficial mexicana (NOM-184-SCFI-2018) obliga a las compañías a establecer en sus contratos que:

“El consumidor tendrá derecho a cancelar el contrato en cualquier momento, lo cual podrá realizar a través de los medios convenidos o por el mismo medio en que contrató los servicios de telecomunicaciones, sujetándose a las penas convencionales establecidas en el mismo, las cuales deben ser razonables, recíprocas, equitativas y proporcionales para las partes y no pueden ser superiores al monto insoluto de la obligación principal”.

De igual forma la ley indica que se pueden realizar la cancelación de los servicios al no tener un contrato de plazo forzoso con el proveedor, si el usuario no cuenta con adeudos y regresando los aparatos codificadores, para que se cancele, pero los proveedores no están cumpliendo.

La problemática en esto reside directamente en la mala información brindada por los proveedores ya que en sus contratos indican deben ser devueltos los equipos pero no cuentan muchos con sucursales en las cuales el usuario pueda realizar la devolución de los codificadores, o en su defecto te indican vía telefónica que el mismo proveedor enviará personal designado para recoger el equipo, a lo que no llega nadie por parte del proveedor y realizan el cargo por el costo de éstos, sin obtener las empresas proveedoras de los servicios una sanción por incumplir en lo pactado vía telefónica y por no recibir los aparatos en sucursales.

En el primer trimestre del año, AT&T concentró el mayor número de quejas de los usuarios de servicios de telecomunicaciones (telefonía, internet y televisión de paga), informó el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel).

De acuerdo con el primer Informe Trimestral Estadístico del Sistema Soy Usuario 2019, de los 4 mil 263 folios de quejas que se canalizaron a las empresas de telecomunicaciones, mil 901 fueron para AT&T; 629 para Telmex; 582 para Telcel; 404 para Movistar; 184 para Megacable; 157 para Izzi; 138 para Totalplay; 80 para Dish; y 47 para SKY.

Respecto al servicio de Internet, Telmex ocupó el primer lugar con 3.84 inconformidades por cada 100 mil líneas, seguido de Megacable con 2.32 e Izzi con 1.01, y en lo que se refiere al servicio de televisión de paga; Izzi recibió 0.84 inconformidades por cada 100 mil suscripciones, mientras que Megacable 0.79.

El documento destaca que los estados del país que concentran el mayor número de inconformidades por los servicios de telecomunicaciones son Ciudad de México, estado de México, Jalisco, Puebla y Veracruz.

Indicó que los servicios más reportados son la telefonía móvil con 58.53 por ciento del total, seguida de internet con 14.84 por ciento; y los mayores motivos de inconformidad fueron fallas en servicio, portabilidad, cargos, saldos y bonificaciones.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) otorgó para prestar el servicio de televisión restringida en el mercado nacional, están en operación. Detalla que, de estas concesiones, 87.6 por ciento son empresas de televisión por cable, 11.5 por ciento de transmisión por microondas y el resto vía satélite.

Debemos tomar en cuenta que el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus párrafos decimosexto y decimoséptimo, que nos menciona que el Instituto Federal de Telecomunicaciones es un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones y es también la autoridad en materia de competencia económica de estos sectores.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios...

...

El Instituto Federal de Telecomunicaciones es un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en los términos que fijen las leyes. Para tal efecto, tendrá a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales, garantizando lo establecido en los artículos 6o. y 7o. de esta Constitución.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones será también la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, por lo que en éstos ejercerá en forma exclusiva las facultades que este artículo y las leyes establecen para la Comisión Federal de Competencia Económica y regulará de forma asimétrica a los participantes en estos mercados con el objeto de eliminar eficazmente las barreras a la competencia y la libre concurrencia; impondrá límites a la concentración nacional y regional de frecuencias, al concesionamiento y a la propiedad cruzada que controle varios medios de comunicación que sean concesionarios de radiodifusión y telecomunicaciones que sirvan a un mismo mercado o zona de cobertura geográfica, y ordenará la desincorporación de activos, derechos o partes necesarias para asegurar el cumplimiento de estos límites, garantizando lo dispuesto en los artículos 6o. y 7o. de esta Constitución.

...

Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley.

Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión...

Artículo 7o. Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones...

De igual forma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en sus artículos 191 párrafo primero en sus incisos V, VII, IX, XVII, segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto séptimo y octavo, artículo 192, artículo 195 y artículo 196, que nos indica:

Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Artículo 191. Los usuarios gozarán de los derechos previstos en esta Ley y en la Ley Federal de Protección al Consumidor, así como en las demás disposiciones aplicables.

Son derechos de los usuarios:

I.-IV.

V. A contratar y conocer las condiciones comerciales establecidas en los modelos de contrato de adhesión, registrados ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), a través de medios electrónicos, incluyendo la página electrónica del concesionario o autorizado, sin perjuicio de recibirlas por otros medios. La Profeco verificará que en los contratos de adhesión se establezcan penas razonables en caso de cancelación anticipada del contrato por parte del consumidor, y de suspensión temporal del servicio por falta de pago. En estos supuestos, se verificará que los pagos de saldos insolutos o no devengados de equipos, así como de los cobros de reconexión por suspensión sean razonables y proporcionales al incumplimiento de la obligación respectiva. En ambos casos cuidará las particularidades de los diferentes paquetes y planes comerciales, de forma que no generen costos adicionales al proveedor. La Profeco verificará que los usuarios y consumidores puedan celebrar y cancelar los contratos de adhesión, mediante mecanismos expeditos, incluidos los medios electrónicos. A través de dichos medios electrónicos se podrá cancelar el contrato a su término;

VI. ...

VII. A que le provean los servicios de telecomunicaciones conforme a los parámetros de calidad contratados o establecidos por el Instituto;

VIII. ...

IX. A exigir el cumplimiento forzoso del contrato cuando el proveedor del servicio modifique las condiciones originalmente contratadas y en caso de que no las cumpla a rescindir el mismo;

X.-XVII

XVIII. A cancelar el contrato sin necesidad de recabar autorización del concesionario o autorizado, ni penalización alguna cuando el plazo pactado concluya, excepto cuando se renueve el contrato por continuar usando y pagando los servicios de telecomunicaciones contratados originalmente;

XIX.-XXI. ...

Los concesionarios y autorizados deberán entregar a los usuarios una carta que contenga los derechos que esta ley y la Ley Federal de Protección al Consumidor reconocen, la cual podrá ser enviada a través de medios electrónicos.

El Instituto y la Profeco determinarán los derechos mínimos que deben incluirse en la carta referida.

Los derechos mínimos a que se refiere el párrafo anterior, deberán difundirse de manera permanente por el Instituto, la Profeco, los concesionarios y los autorizados, en sus respectivos portales de Internet y se entregará a los usuarios al contratarse el servicio que corresponda.

Corresponde a la Profeco promover, proteger, asesorar, defender, conciliar, y representar a los usuarios y consumidores, frente a los concesionarios o autorizados de servicios de telecomunicaciones o ante comités consultivos de normalización, así como registrar y publicar los modelos de contratos de adhesión de conformidad con esta ley y la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Corresponde al Instituto regular, monitorear y vigilar la calidad de los servicios públicos de telecomunicaciones con los indicadores, parámetros y procedimientos que al efecto establezca, debiendo informar a la Profeco de los resultados obtenidos para el ejercicio de sus atribuciones.

El Instituto y la Profeco intercambiarán información relacionada con las quejas de los usuarios, el comportamiento comercial de los concesionarios o autorizados, la verificación del cumplimiento de sus obligaciones, así como las sanciones que impongan a fin de que determinen proceder en el ámbito de su competencia. Las sanciones impuestas por la Profeco se inscribirán en el Registro Público de Concesiones.

El Instituto y la Profeco se darán vista mutuamente, cuando los concesionarios o autorizados incurran en violaciones sistemáticas o recurrentes a los derechos de los usuarios o consumidores previstos en esta ley y en la Ley Federal de Protección al Consumidor, a fin de que en el ámbito de sus atribuciones realicen las acciones necesarias para su protección y restitución o, en su caso, para que el Instituto imponga las sanciones por incumplimiento de obligaciones a los concesionarios.

Artículo 192. En los contratos que celebren los concesionarios o autorizados con los usuarios y suscriptores para la prestación de los servicios se deberá observar lo establecido en esta Ley; serán nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas las cláusulas que:

Permitan a los concesionarios o autorizados modificar unilateralmente el contenido del contrato o sustraerse unilateralmente de sus obligaciones. Se podrán estipular en los contratos cláusulas que permitan modificar las condiciones de los mismos, únicamente cuando de manera expresa se establezca al aviso previo al usuario o suscriptor. En caso de cualquier cambio en las condiciones contractuales, se deberá avisar al usuario o suscriptor por cualquier medio, incluido el electrónico;

Liberen a los concesionarios o autorizados de su responsabilidad civil, excepto cuando el usuario o suscriptor incumpla el contrato;

Trasladen al usuario, suscriptor o a un tercero que no sea parte del contrato, la responsabilidad del concesionario o autorizado;

Prevean términos de prescripción inferiores a los legales;

Establezcan el cumplimiento de ciertas formalidades para la procedencia de las acciones que se promuevan en contra de los concesionarios o autorizados, y

Obliguen al usuario a renunciar a lo dispuesto en esta Ley, a la Ley Federal de Protección al Consumidor, o a ejercer una acción judicial individual o colectiva o lo sometan a la competencia de tribunales extranjeros.

Artículo 195. Los concesionarios y los autorizados están obligados a informar y respetar los precios, tarifas, garantías, penalidades, compensaciones, cantidades, calidad, medidas, intereses, cargos, términos, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones de la prestación del servicio conforme a las cuales se hubiera ofrecido, obligado o convenido con el usuario o suscriptor y bajo ninguna circunstancia serán negados estos bienes o servicios a persona alguna.

El Instituto emitirá las disposiciones que establezcan las condiciones para que los concesionarios y los autorizados publiquen información transparente, comparable, adecuada y actualizada sobre los precios y tarifas aplicables, sobre los gastos eventuales relacionados con la terminación del contrato, así como información sobre el acceso y la utilización de los servicios que prestan a los usuarios o suscriptores. La información será publicada de forma clara, comprensible y fácilmente accesible.

Artículo 196. Los concesionarios y los autorizados están obligados a suministrar al usuario o suscriptor el servicio de acuerdo con los términos y condiciones ofrecidas o implícitas en la publicidad o información desplegados, salvo convenio en contrario o consentimiento escrito del usuario.

Debemos tomar en cuenta la Ley Federal de Protección al Consumidor en sus artículos 1 en sus incisos III, VI, VII, IX, artículo 7, artículo 9, artículo 10, artículo 11, artículo 19 en sus incisos VII y IX, artículo 26, artículo 32, artículo 35 párrafo primero en sus incisos II y III, así como los párrafos segundo y tercero, y artículo 37, que nos indica:

Ley Federal de Protección al Consumidor

Artículo 1. La presente ley es de orden público e interés social y de observancia en toda la República. Sus disposiciones son irrenunciables y contra su observancia no podrán alegarse costumbres, usos, prácticas, convenios o estipulaciones en contrario.

El objeto de esta ley es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores. Párrafo reformado.

Son principios básicos en las relaciones de consumo:

La protección de...

La educación...

La información adecuada y clara sobre los diferentes productos y servicios, con especificación correcta de cantidad, características, composición, calidad y precio, así como sobre los riesgos que representen;

La efectiva...

El acceso a...

El otorgamiento de información y de facilidades a los consumidores para la defensa de sus derechos;

La protección contra la publicidad engañosa y abusiva, métodos comerciales coercitivos y desleales, así como contra prácticas y cláusulas abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos y servicios.

La real y...

IX. El respeto a los derechos y obligaciones derivados de las relaciones de consumo y las medidas que garanticen su efectividad y cumplimiento; y Fracción adicionada

X. La protección...

Los derechos previstos en esta ley no excluyen otros derivados de tratados o convenciones internacionales de los que México sea signatario; de la legislación interna ordinaria; de reglamentos expedidos por las autoridades administrativas competentes; así como de los que deriven de los principios generales de derecho, la analogía, las costumbres y la equidad.

Artículo 7. Todo proveedor está obligado a informar y respetar los precios, tarifas, garantías, cantidades, calidades, medidas, intereses, cargos, términos, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones conforme a las cuales se hubiera ofrecido, obligado o convenido con el consumidor la entrega del bien o prestación del servicio, y bajo ninguna circunstancia serán negados estos bienes o servicios a persona alguna

Artículo 9. Los proveedores de bienes o servicios incurren en responsabilidad administrativa por los actos propios que atenten contra los derechos del consumidor y por los de sus colaboradores, subordinados y toda clase de vigilantes, guardias o personal auxiliar que les presten sus servicios, independientemente de la responsabilidad personal en que incurra el infractor.

Artículo 10. Queda prohibido a cualquier proveedor de bienes o servicios llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad o seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación. En el caso de que alguien sea sorprendido en la comisión flagrante de un delito, los proveedores, sus agentes o empleados se limitarán, bajo su responsabilidad, a poner sin demora al presunto infractor a disposición de la autoridad competente. La infracción de esta disposición se sancionará de acuerdo con lo previsto en esta ley, independientemente de la reparación del daño moral y la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en caso de no comprobarse el delito imputado.

Los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios. Asimismo, tampoco podrán prestar servicios adicionales a los originalmente contratados que no hubieren sido solicitados o aceptados expresamente, por escrito o por vía electrónica, por el consumidor.

Artículo 11. El consumidor que al adquirir un bien haya entregado una cantidad como depósito por su envase o empaque, tendrá derecho a recuperar, en el momento de su devolución, la suma íntegra que haya erogado por ese concepto.

Artículo 19. La Secretaría determinará la política de protección al consumidor, que constituye uno de los instrumentos sociales y económicos del Estado para favorecer y promover los intereses y derechos de los consumidores. Lo anterior, mediante la adopción de las medidas que procuren el mejor funcionamiento de los mercados y el crecimiento económico del país.

Dicha Secretaría está facultada para expedir normas oficiales mexicanas y normas mexicanas respecto de:

Productos que deban expresar...

La tolerancia admitida...

La forma y términos...

Los requisitos de información...

Los requisitos que...

Los productos que...

Los términos y condiciones a que deberán ajustarse los modelos de contratos de adhesión que requieran de inscripción en los términos de esta ley;

Características de productos...

Los demás que establezcan esta ley y otros ordenamientos.

La Secretaría, en los casos en que se requiera, emitirá criterios y lineamientos para la interpretación de las normas a que se refiere este precepto.

Artículo 26. Cuando se realicen actos, hechos u omisiones que vulneren derechos e intereses de una colectividad o grupo de consumidores, la Procuraduría, así como cualquier legitimado a que se refiere el artículo 585 del Código Federal de Procedimientos Civiles, podrán ejercitar la acción colectiva de conformidad con lo dispuesto en el Libro Quinto de dicho Código.

Artículo 32. La información o publicidad relativa a bienes, productos o servicios que se difundan por cualquier medio o forma, deberán ser veraces, comprobables y exentos de textos, diálogos, sonidos, imágenes, marcas, denominaciones de origen y otras descripciones que induzcan o puedan inducir a error o confusión por engañosas o abusivas.

Para los efectos de esta ley, se entiende por información o publicidad engañosa o abusiva aquella que refiere características o información relacionadas con algún bien, producto o servicio que pudiendo o no ser verdaderas, inducen a error o confusión al consumidor por la forma inexacta, falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presenta.

La información o publicidad que compare productos o servicios, sean de una misma marca o de distinta, no podrá ser engañosa o abusiva en términos de lo dispuesto en el párrafo anterior.

La Procuraduría podrá emitir lineamientos para el análisis y verificación de dicha información o publicidad a fin de evitar que se induzca a error o confusión al consumidor, considerando el contexto temporal en que se difunde, el momento en que se transmite respecto de otros contenidos difundidos en el mismo medio y las circunstancias económicas o especiales del mercado.

Artículo 35. Sin perjuicio de la intervención que otras disposiciones legales asignen a distintas dependencias, la Procuraduría podrá:

Ordenar al proveedor...

Ordenar que se corrija la información o publicidad que viole las disposiciones de esta ley en la forma en que se estime suficiente, y

Imponer las sanciones que correspondan, en términos de esta ley.

Para los efectos de las fracciones II y III, deberá concederse al infractor la garantía de audiencia a que se refiere el artículo 123 de este ordenamiento.

Cuando la Procuraduría instaure algún procedimiento administrativo relacionado con la veracidad de la información, podrá ordenar al proveedor que en la publicidad o información que se difunda, se indique que la veracidad de la misma no ha sido comprobada ante la autoridad competente.

Artículo 37. La falta de veracidad en los informes, instrucciones, datos y condiciones prometidas o sugeridas, además de las sanciones que se apliquen conforme a esta ley, dará lugar al cumplimiento de lo ofrecido o, cuando esto no sea posible, a la reposición de los gastos necesarios que pruebe haber efectuado el adquirente y, en su caso, al pago de la bonificación o compensación a que se refiere el artículo 92 Ter de esta ley.

Por último, es de vital importancia tomar en cuenta a NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-184-SCFI-2018, en sus transitorios 1, 1.1, 1.2, 3, 3.1, 3.2, 3.3, 3.7, 4, 4.1, 4.3, 4.6.1, 4.6 .2, 4.6.3, 4.6.4, 4.6.5, 4.6.6, 4.6.7, 4.7, 5, 5.1, 5.1.3, 5.2.13.2, 5.2.21, 5.2.21.1, 5.2.21.2, 5.2.22, 5.4, 5.4.2, 6, 6.1, 6.1.1, 6.2, 6.2.1, 6.2.2, 6.2.3, 6.2.4, 6.2.5, 6.2.6, 6.2.7, 6.2.8, que nos indica:

Norma Oficial Mexicana NOM-184-SCFI-2018, Elementos Normativos y Obligaciones Específicas que deben observar los Proveedores para la Comercialización y/o Prestación de los Servicios de Telecomunicaciones cuando utilicen una Red Pública de Telecomunicaciones (cancela a la NOM-184-SCFI-2012)

1 Objetivo y campo de aplicación

1.1 La presente Norma Oficial Mexicana establece los elementos normativos y las obligaciones específicas que los proveedores de servicios de telecomunicaciones deben cumplir en la comercialización y/o prestación de los Servicios de Telecomunicaciones, así como los requisitos mínimos que deben contener los contratos de adhesión para la prestación de los Servicios de Telecomunicaciones que los Proveedores de Servicios de Telecomunicaciones utilicen con los consumidores en sus relaciones comerciales. Lo anterior, a fin de garantizar la protección efectiva de los derechos de los Consumidores y que éstos cuenten con la información suficiente para tomar las decisiones que más convengan a sus intereses. Los importadores, comercializadores y fabricantes de los Equipos Terminales de telecomunicaciones indistintamente deben cumplir con lo establecido en el Capítulo 11 de la presente Norma Oficial Mexicana.

1.2 La presente Norma Oficial Mexicana es de observancia general y obligatoria para todas las personas físicas o morales que se dediquen directa o indirectamente a comercializar, prestar y/o proporcionar servicios y/o equipos de telecomunicaciones a consumidores en la República Mexicana.

Para efectos de la presente Norma Oficial Mexicana no se consideran redes de telecomunicaciones aquellas empleadas para prestar el servicio de radiodifusión

3 Disposiciones generales

3.1 El Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones debe prestar los Servicios de Telecomunicaciones de acuerdo con los términos y condiciones conforme a las cuales se hubiere ofrecido, obligado o convenido con el Consumidor, o que se encuentren implícitos en la publicidad o información empleada y/o publicada por el Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones.

En caso de que el Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones no cumpla con lo mencionado en el párrafo anterior o la prestación del servicio de telecomunicaciones no se preste en los términos acordados o convenidos, debe permitir al Consumidor optar por:

Exigir el cumplimiento de lo pactado;

Aceptar otro bien o servicio equivalente de igual o mayor calidad, de igual o mayor precio;

La rescisión del contrato, o

La devolución o ajuste en la factura, de la cantidad pagada o por pagar.

En el caso de devolución o deducción, conforme a lo señalado en el párrafo anterior, y cuando la causa sea derivada de fallas o interrupciones en el servicio, dicha devolución o deducción se realizará respecto al periodo de tiempo en el cual se presentó la falla o interrupción del servicio.

3.2 El Consumidor tiene derecho de dar por terminado el Contrato de adhesión de forma anticipada en cualquier momento, de acuerdo a lo pactado, a través del mismo medio en el cual contrató el servicio de telecomunicaciones, sujetándose a las penas convencionales establecidas en el mismo, las cuales deben ser razonables, recíprocas, equitativas y proporcionales para las partes y no pueden ser superiores al monto insoluto de la obligación principal.

Corresponderá a la Profeco al momento de resolver sobre la solicitud de registro del modelo de Contrato de adhesión valorar la razonabilidad, reciprocidad, equidad y proporcionalidad en el momento de la aprobación de cualquier Contrato de adhesión de las penas a que se refiere el párrafo anterior y, en su caso, solicitar al Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones las modificaciones correspondientes.

3.3 El Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones debe contar con un domicilio físico, número telefónico y/o correo electrónico como mecanismos efectivos de recepción de consulta, dudas, aclaraciones y quejas al Consumidor y deben atender las disposiciones administrativas emitidas por el Instituto y las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

3.7 El Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones debe acreditar, a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita, la entrega de la Carta de Derechos Mínimos de los Usuarios de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones al Consumidor al momento de la contratación.

4 Elementos informativos

4.1 El Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones debe informar y explicar el contenido y alcance del Contrato de Adhesión al Consumidor, previo a la contratación de los Servicios de Telecomunicaciones, incluso si la contratación se realiza por medios electrónicos. Dicha información debe proporcionarse por cualquier medio que disponga el Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones.

4.3 La información y publicidad relativa a la comercialización y/o prestación del Servicio de Telecomunicaciones que difunda el Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita, debe ser veraz, comprobable y exenta de textos, diálogos, sonidos, imágenes, marcas, denominaciones de origen y otras descripciones que induzcan o puedan inducir a error o confusión por engañosas o abusivas, de conformidad con la normatividad aplicable.

4.6 El Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones debe exhibir en su portal de internet, así como a la vista en el centro de atención y/o disponible a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita, cuando menos, la siguiente información:

4.6.1 Los principales planes, paquetes o Servicios de telecomunicaciones, así como la información relacionada con las características mínimas de los mismos;

4.6.2 Las tarifas y precios de los principales, planes, paquetes o servicios de telecomunicaciones, así como las características, especificaciones y alcances de éstos;

Dichas tarifas y precios deben expresarse en moneda nacional, independientemente de que también pueda indicarlo en su equivalente en moneda extranjera conforme a la legislación aplicable, en caso de disputa prevalece la moneda nacional;

4.6.3 Poner a disposición el modelo de Contrato de Adhesión registrado ante la Profeco y el Instituto en un tamaño y letra uniforme tipo de letra Arial de al menos 9 puntos;

4.6.4 Los días y horas de atención al público en general;

4.6.5 La Carta de Derechos Mínimos de los Usuarios de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, emitida por la Profeco y el Instituto mediante el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio de 2015;

4.6.6 Número o números telefónicos de atención a clientes y la dirección electrónica o página de Internet habilitados para este fin;

4.6.7 Los procedimientos para la atención de dudas, aclaraciones, quejas y reclamaciones;

4.7 El Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones debe informar al Consumidor, a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita:

a) Las características, especificaciones, alcance y cobertura de los Servicios de Telecomunicaciones ofrecidos; en su caso, las velocidades de transferencia de datos mínima de acuerdo a las Disposiciones Generales emitidas por el Instituto.

b) Los servicios adicionales a los originalmente contratados que están disponibles al Consumidor.

c) Los requisitos, condiciones de aplicación y vigencia de alguna promoción, oferta o descuento que ofrezcan. El presente inciso aplica también para el Proveedor de Equipos Terminales de telecomunicaciones.

d) Los servicios de telecomunicaciones contratados, así como, contar con su consentimiento pleno y expreso en los términos de las Leyes aplicables.

e) Los procedimientos, condiciones y mecanismos expeditos, ya sean físicos o electrónicos, para que éste pueda solicitar la suspensión y/o cancelación de los servicios de telecomunicaciones contratados, así como el bloqueo de IMEI del Equipo Terminal en caso de robo y/o extravío del mismo, de conformidad con las disposiciones emitidas por el Instituto.

5 De los Contratos de Adhesión

5.1 Los Contratos de adhesión relativos a la prestación de servicio de telecomunicaciones que sean utilizados por los Proveedores de Servicios de Telecomunicaciones con los Consumidores deben ajustarse conforme a lo dispuesto en la normatividad aplicable y deberán:

5.1.3 No deben contener cláusulas que:

a) Permitan modificar de manera unilateral los términos y condiciones de contratación; salvo cuando implique reducciones de precios o aumento en la cantidad de servicios que el Consumidor recibiría por el mismo precio contratado;

b) Trasladen la responsabilidad del Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones a terceros que no formen parte del contrato;

c) Liberen al Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones de su responsabilidad civil;

d) Prevengan términos de prescripción inferiores a los legales;

e) Prescriban el cumplimiento de ciertas formalidades para la procedencia de las acciones que se promuevan contra el Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones;

f) Obliguen al Consumidor a renunciar a la protección de las disposiciones jurídicas aplicables, o sus derechos, o lo sometan a la competencia de tribunales extranjeros;

g) Condicionen la prestación del servicio de telecomunicaciones a la adquisición de algún bien, producto o servicio adicional; e

h) Impliquen o permitan la realización de prácticas desleales, abusivas o discriminatorias por parte del Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones.

5.2.13.2 Establecer que en caso de que se sujete la vigencia del Contrato de adhesión a un plazo forzoso, el Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones debe comunicar de manera fehaciente al Consumidor que el plazo forzoso está por concluir con al menos 30 (treinta) días de anticipación a que termine dicho plazo, a través de la factura correspondiente, vía mensaje de texto o a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita.

Una vez concluido el plazo forzoso, el Consumidor puede dar por terminado el Contrato de adhesión en cualquier momento, sin penalización alguna, y sin necesidad de recabar autorización del proveedor, únicamente dando el aviso correspondiente.

Lo cual no implica que no esté obligado a saldar todas las facturas y Servicios de Telecomunicaciones que haya utilizado y que no hayan sido pagados previo a la cancelación.

5.2.21 Establecer las causales de cancelación o terminación anticipada, en su caso, señalando la responsabilidad de las partes.

5.2.21.1 Establecer que la rescisión y/o cancelación anticipada del contrato no exime al Consumidor del pago de las cantidades adeudadas por los Servicios de Telecomunicaciones utilizados y, en su caso, el costo remanente del equipo terminal de telecomunicaciones y el pago de la pena convencional que resulte aplicable.

Establecer que los consumidores pueden cancelar los contratos de adhesión, mediante mecanismos expeditos, incluidos los medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita.

5.2.21.2 Establecer que en caso de que el Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones no preste los Servicios de Telecomunicaciones en la forma y términos convenidos, contratados, ofrecidos o implícitos o información desplegada en la publicidad del proveedor, así como con los índices y parámetros de calidad contratados o establecidos por el Instituto, el Consumidor tiene el derecho a exigir que se cumplan dichos términos o condiciones o a terminar de manera anticipada el contrato sin responsabilidad alguna para éste.

Lo anterior, sin perjuicio de la bonificación o compensación a que haya lugar a favor del Consumidor en términos de la LFPC, LFTR y demás disposiciones aplicables.

5.2.22 El Consumidor tiene el derecho de dar por terminado el Contrato de adhesión de forma anticipada en cualquier momento, a través del mismo medio en el cual contrató el servicio, sujetándose a las penas convencionales establecidas en el mismo, las cuales deben ser razonables, recíprocas, equitativas y proporcionales para las partes y no pueden ser superiores al monto insoluto de la obligación principal. Corresponde a la Profeco valorar la razonabilidad, reciprocidad, equidad y proporcionalidad en el momento de la aprobación de cualquier Contrato de adhesión de las penas a que se refiere el párrafo anterior y, en su caso, solicitar al Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones las modificaciones correspondientes.

5.4 Cancelaciones

Los Proveedores de Servicios de Telecomunicaciones deben establecer mecanismos expeditos para la rescisión y/o cancelación de Contratos de adhesión, dichos mecanismos deben ser los mismos y tener las mismas facilidades que los establecidos para celebrar los contratos de adhesión y deben estar disponibles para los consumidores a través de cualquier medio físico o electrónico o digital o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita.

5.4.2 El Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones, no importando el motivo de cancelación del Servicio de Telecomunicaciones, debe otorgar un folio o registro, mismo que puede ser entregado, a elección del Consumidor, a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita.

6 De la Atención al Consumidor

6.1 Sistemas de Atención

El Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones debe contar con mecanismos de atención al Consumidor para recibir y atender dudas, aclaraciones y reclamaciones, tales como: número telefónico, correo electrónico, establecimientos, y/o a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita. Estos mecanismos deben proporcionarse de manera gratuita y, con excepción de los establecimientos, estar disponibles y brindar atención las 24 (veinticuatro) horas del día, todos los días del año. Dichos mecanismos de atención deben atender las disposiciones administrativas emitidas por el Instituto y las demás disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables.

6.1.1 Los sistemas de atención que establezcan los Proveedores de Servicios de Telecomunicaciones deben permitir al Consumidor presentar cualquier duda, aclaraciones, cancelaciones y reclamaciones de los Consumidores, así como otorgar la información sobre tarifas, condiciones de planes, promociones u ofertas, y realizar trámites relacionados con sus servicios.

6.2 Características de los Sistemas de Atención a Consumidores

Los sistemas de atención establecidos por los Proveedores de Servicios de Telecomunicaciones deben contar con al menos las siguientes características:

6.2.1 Cumplir con las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que resulten aplicables.

6.2.2 Contar con personal debidamente capacitado para garantizar que la información y orientación que se le brinde a los Consumidores sea certera.

6.2.3 Brindar una atención respetuosa y adecuada a los Consumidores.

6.2.4 Mantener disponible la información que se define en la presente Norma Oficial Mexicana, a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita, así como aquella que se ordene por alguna otra disposición legal, reglamentaria y administrativa.

6.2.5 Contar con un sistema que permita el control y seguimiento de los trámites y reclamaciones, presentadas por los Consumidores por cualquiera de los sistemas de atención.

6.2.6 Permitir que las condiciones pactadas en forma verbal o electrónica, sean confirmadas al consumidor que celebró el contrato a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita, en un plazo no superior a 5 (cinco) días hábiles, contados a partir del momento en que fueron pactadas.

6.2.7 El Consumidor puede elegir libremente entre los sistemas de atención con los que cuente el Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones para poder presentar su queja, reportar anomalías de su servicio de telecomunicaciones, formular consultas relacionadas con los servicios de telecomunicaciones que le son prestados, así como la cancelación de los mismos, o cualquier trámite relacionado con éstos.

6.2.8 Cuando el Consumidor elija recibir atención de un representante autorizado, deberán respetarse los tiempos promedio y máximos de atención establecidos en las disposiciones administrativas emitidas por el Instituto y las demás disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor, a la Comisión Federal de Telecomunicaciones y al Instituto Federal de Telecomunicaciones, para que en el ámbito de sus facultades competitivas, se le exijan a las empresas de telecomunicaciones (AT&T, Izzi, Totalplay, Sky, etcétera) que brindan los servicios restringidos de televisión de paga, telefonía e internet, se mejoren las acciones para el cumplimiento de las cancelaciones de estos contratos, realizadas por parte de los clientes y eliminar los plazos forzosos que emiten estas mismas empresas que brindan los servicios.

Fuentes

1 Constitución Política de lo Estados Unidos Mexicanos
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_201219.pdf

2 Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFTR_020419.pdf

3 Ley Federal de Protección al Consumidor
https://www.profeco.gob.mx/juridico/pdf/l_lfpc_ultimo_CamDip.pdf

4 NOM-184-SCFI-2018
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5552286&fecha=08/03/2019

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputado Juan Israel Ramos Ruiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Profeco a hacer del conocimiento público las acciones emprendidas para proteger los derechos de usuarias de servicios de transporte terrestre de pasajeros, debido al cobro de tarifas adicionales derivadas o relacionadas con el contexto de violencia hacia las mujeres, a cargo de la diputada Martha Angélica Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Martha Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, integrante de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La violencia contra las mujeres en transporte público ha sido una constante, sobre todo aquella de índole física, verbal y sexual. Varios de los casos que se han denunciado, o bien, aquellos que han recibido mayor cobertura mediática dan cuenta de que las mujeres son objeto de violencia cuando, por ejemplo, están dormidas durante sus trayectos. Así lo demuestra el caso de Abigail “N” quien en octubre de 2019 fue víctima de agresión sexual mientras se trasladaba en autobús de la empresa Flecha Roja proveniente de la Terminal Poniente de la Ciudad de México hacia Toluca. Mientras ella dormía, el pasajero contiguo cometió dicha acción.

“Me despierta la mano del asqueroso tipo que estaba tocándome la vagina, me quito y él se hace el dormido, se inclina y con sus dos manos me toma la pierna y el tobillo, me dice perdón, donde vas a bajar, es que la verdad estas muy hermosa”.1

Otro caso se presentó en 2016, en la autopista México–Querétaro, a bordo de un camión de la empresa ETN cuando dos hombres atacaron a los pasajeros. Durante estos hechos, Margarita Ortiz, esposa del exlegislador Adolfo Micalco, fue abusada sexualmente2 y así narró los hechos a través de un video difundido en redes sociales:

“(...) el pasado martes 7 de junio [de 2016] abordó un autobús de la línea ETN en la Ciudad de México a las 21:00 horas. Tras una hora de recorrido, el autobús se detuvo debido al tráfico, situación que fue aprovechada por dos sujetos, quienes abordaron el autobús y ordenaron a todos los pasajeros trasladarse a la parte trasera de la unidad.

Sin embargo, a ella y a una sobrina las golpearon, afirmó; además de mencionar que uno de los delincuentes la jaló y la llevó a uno de los asientos de la parte delantera, donde la violó mientras la amenazaba con una pistola en su cabeza; tras la agresión, otro delincuente le ordenó quitarse toda la ropa”.3

Los presuntos responsables por estos hechos –quienes eran hermanos– fueron presentados ante las autoridades mexiquenses en 2018. Sin embargo, esta práctica no es nueva. Años atrás ya se han presentado este tipo de casos, entre los que destaca el ocurrido en 2014 a una joven estudiante de 20 años quien fue “agredida sexualmente mientras viajaba en un autobús de la empresa ADO, que se dirigía de Juchitán a la ciudad de Oaxaca. Sin embargo, la línea de transporte no hizo nada al respecto”.4 Además “este no es el primer caso de acoso sexual en esa empresa, la madrugada del pasado 4 de julio [de 2014] ocurrió algo similar cuando una mujer de 27 años se trasladaba de la ciudad de Matías Romero a la ciudad de Oaxaca, a bordo del autobús número 2351 de la línea Cristóbal Colón, de la empresa ADO, cuando fue agredida sexualmente por un supuesto mando militar que al parecer viajaba alcoholizado”.5

A pesar de estos hechos, las empresas de transporte terrestre de pasajeros no han logrado garantizar la seguridad de sus pasajeras , y uno de los esfuerzos identificados por implementar acciones afirmativas al respecto carecen de una perspectiva de derechos humanos de las mujeres al involucrar tarifas adicionales, como es el servicio de la compañía ADO llamado “Compañera de viaje” el cual consiste en ofrecerles a las mujeres un servicio exclusivo para garantizar su comodidad y asegurar su trayecto, reservando asientos a lado de otra mujer o incluso que nadie más sea asignado al asiento contiguo”.6

Este servicio tiene un costo entre los veinte y los veinticinco pesos dependiendo de la marca del autobús. Sin embargo, el cobro de tarifas adicionales en situaciones que derivan o se relacionan con un contexto de violencia contra las mujeres y las niñas, resulta discriminatorio y lucra con un contexto adverso para ellas, además de minimizar las situaciones al reducir esta oferta como un servicio de comodidad, en lugar de representar una acción afirmativa que garantice la seguridad de las mujeres y su derecho a una vida libre de violencias, como parte integral del servicio que estas empresas ofrecen.

Por lo anterior, y en reconocimiento a la responsabilidad de las empresas de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos -como lo confirma la Recomendación General número 37 “Sobre el Respeto y Observancia de los Derechos Humanos en las Actividades de las Empresas”, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1° de julio de 2019-, resulta necesaria la intervención de las autoridades competentes para identificar y eliminar las prácticas abusivas y discriminatorias por parte de las empresas de transporte terrestre de pasajeros, derivadas o relacionadas con el contexto de violencia contra las mujeres y las niñas, para en su lugar generar las capacidades empresariales que les permitan actuar en consistencia con la garantía de los derechos humanos.

De acuerdo al artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

... Los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios. Asimismo, tampoco podrán prestar servicios adicionales a los originalmente contratados que no hubieren sido solicitados o aceptados expresamente, por escrito o por vía electrónica, por el consumidor, ni podrán aplicar cargos sin previo consentimiento del consumidor o que no se deriven del contrato correspondiente.”

Como se mencionaba párrafos arriba el cobro de una cuta extra a fin de “garantizar” la seguridad de las viajeras puede constituirse como una práctica abusiva.

Al tiempo la Ley federal para prevenir y eliminar la discriminación (artículo 20) establece como una atribución Consejo Nacional para prevenir y eliminar la Discriminación:

XLIV. Conocer e investigar los presuntos casos de discriminación que se presenten, cometidos por personas servidoras públicas, poderes públicos federales o particulares y velar porque se garantice el cumplimiento de todas las resoluciones del propio Consejo;

En ese sentido es oportuno que esta cámara exhorte tanto a la Procuraduría Federal del Consumidor como a al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación a que en el marco de sus atribuciones se investigue y se informe a esta cámara que acciones se implementarán en caso de que se compruebe que hay prácticas abusivas y actos de discriminación contra las usuarias de servicios de transporte terrestre.

Por lo anterior, someto a consideración de esta honorable asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Procurador Federal del Consumidor a hacer pública la información sobre las acciones que está realizando para proteger los derechos de las usuarias de los servicios de transporte terrestre de pasajeros de prácticas abusivas que buscan cobrar tarifas adicionales debido al contexto de violencia contra las mujeres y las niñas.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Consejo Nacional para prevenir la Discriminación a emprender las acciones conducentes en torno al presunto acto discriminatorio que constituye el cobro de tarifas adicionales derivadas o relacionadas con el contexto de violencia contra las mujeres y las niñas como parte de los servicios de transporte terrestre.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor y al Conapred para que implementen las medidas necesarias a los proveedores de servicios de transporte terrestre a fin de eliminar prácticas abusivas o discriminatorias dirigidas a las usuarias, derivadas o relacionadas con el contexto de violencia hacia las mujeres y las niñas y, en su lugar implementen acciones afirmativas desde un enfoque de derechos humanos de las mujeres.

Notas

1 Quadratin Edomex (2019, 23 de octubre). Joven denuncia abuso en autobús de pasajero en Edomex. Recuperado el 16 de enero de 2020 de https://edomex.quadratin.com.mx/joven-denuncia-abuso-en-autobus-de-pasa jero-en-edomex/

2 Aristegui (2016, 15 de junio). “Fui violada, fui golpeada dentro de un autobús ETN”, denuncia mujer (video)”. Recuperado el 16 de enero de 2020 de

https://aristeguinoticias.com/1506/mexico/edomex-violan- a-mujer-en-autobus-rumbo-a-slp/

3 Excélsior (2018, 23 de febrero). Robó y violó a pasajera en camión ETN de la México-Querétaro. Recuperado el 16 de enero de 2020 de
https://www.excelsior.com.mx/comunidad/2018/02/23/1222139

4 Proceso (2014, 8 de septiembre). ADO se lave las manos en caso de agresión sexual a pasajera. Recuperado el 16 de enero de 2020 de

https://www.proceso.com.mx/381622/ado-se-lava-las-manos- en-caso-de-agresion-sexual-a-pasajera

5 Ídem.

6 ADO (2019). ¿En qué consiste el servicio de compañera de viaje? Recuperado el 16 de enero de 2020 de

https://hola.ado.com.mx/hc/es/articles/
360026955311—En-qu%C3%A9-consiste-el-servicio-de-compa%C3%B1era-de-viaje-

Palacio Legislativo de San Lázaro del honorable Congreso de la Unión, a 13 de febrero de 2020.

Diputada Martha Tagle Martínez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob a informar sobre las acciones en curso a escala nacional en materia de atención de migrantes, a cargo del diputado Rubén Terán Águila, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Rubén Terán Águila, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a esta soberanía para su resolución proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Gobernación, para que en el ámbito de sus facultades, haga público un informe pormenorizado de las acciones que se han llevado a cabo en materia de atención a migrantes, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Todos hemos sido testigos, desde nuestras respectivas trincheras, de la apabullante migración que en los últimos meses se ha dado en la frontera sur de nuestro país.

Migrantes tanto legales como ilegales, provenientes en su gran mayoría de países de Centroamérica, tales como Guatemala, Honduras y El Salvador, entre otros sudamericanos como Brasil, caribeños como Cuba e incluso de continentes tan alejados como África y Asia, se han presentado en los límites territoriales sureños de México con el objetivo de alcanzar “el sueño americano”.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU), consigna que de 250 millones de personas en situación de migración, 150 millones son asiáticos, 37 millones son de América Latina, 34 millones proceden de África y 29 millones provienen de países árabes y de Europa del Este.

La migración es la respuesta natural de los individuos a situaciones tales como la falta de libertades, la persecución, la miseria, las guerras, entre otras.

México se ha convertido no sólo en la nación origen de un sinnúmero de migrantes indocumentados, colocándose en la segunda posición en cuanto a número de migrantes en el mundo, con aproximadamente trece millones de personas en 20171 sino también en el paso obligado de miles de personas en situación de movilidad, en este fenómeno migratorio, participan tanto hombres como mujeres, sin distinción de edad ni de condición social.

Actualmente en México existe un sinnúmero de indocumentados que esperan desesperadamente una respuesta consular a su petición de asilo en el país vecino.

Asimismo, y de manera lamentable, estas caravanas migratorias incluyen a muchos menores de edad, incrementándose la participación de estos en 131 por ciento más en comparación con el año 2018, ya que a la fecha son más de 85 mil los menores de edad que intentan cruzar la frontera con Estados Unidos de América (EUA).

Estos flujos migratorios no son exclusivos de nuestro continente y se dan por situaciones laborales y económicas, aunque también existen factores como la guerra y la violencia social que hacen que las personas emigren buscando mejores condiciones de vida.

En estos procesos migratorios, las personas viven momentos muy críticos, padeciendo enfermedades, acosos, explotación sexual y laboral por parte de traficantes a los que deben de pagar grandes sumas de dinero para supuestamente llegar a su destino, sin embargo, a pesar de que se realizan los pagos, en incontables ocasiones los traficantes de personas comúnmente llamados “polleros”, los abandonan en cualquier punto del desierto, sus condiciones de vida son deplorables.

Es terrible reconocer que tanto en nuestro país como en el resto del mundo donde se da este fenómeno, los migrantes, sin importar su nacionalidad, carecen de todos y cada uno de los derechos que tienen los seres humanos.

Ante esta situación numerosas instituciones gubernamentales, organismos autónomos, así como colectivos de la sociedad civil, se han dado a la tarea de implementar acciones muy específicas para la atención de los migrantes.

Por ejemplo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, (CNDH), implemento el llamado Programa de Atención a Migrantes,2 que se encarga de la promoción y defensa de los derechos humanos de las personas en migración, tanto de los extranjeros que ingresan al país de manera regular o irregular, como de mexicanas y mexicanos que emigran a EUA.

El objetivo del programa consiste en generar las acciones necesarias para asegurar y garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales de todas las personas que se encuentran en contexto de migración, tanto extranjeros como nacionales, en situación migratoria regular o irregular, a través de la investigación de quejas, así como de la promoción y divulgación de sus derechos humanos.

En este informe se menciona que, según la Unidad de Política Migratoria (UPM) de la Secretaría de Gobernación (Segob), hasta noviembre de 2017, identificó que más de 85 por ciento de los extranjeros presentados ante la autoridad migratoria provienen de Guatemala, Honduras y el Salvador, con un total de 75 mil 369 personas entre los tres países.3

Asimismo, la migración ilegal descontrolada, ha empezado a tener efectos negativos por ejemplo, el periodista David Fuentes de El Universal , menciona en su nota4 publicada el 8 de julio de 2019, que la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), ha registrado un incremento en la incidencia delictiva, en donde se han visto involucrados en diversos ilícitos migrantes procedentes de El Salvador, Guatemala y Honduras.

Continua la nota señalando que existe un presunto reclutamiento de migrantes por parte de grupos delincuenciales, entre ellos la llamada Unión Tepito, y señala que de los más de 8 mil migrantes que transitaron por la Ciudad de México entre septiembre de 2018 y mayo de 2019, no se tienen registros que demuestren ni dónde están, ni si trabajan ni nada.

En la edición digital del periódico Excélsior del día 1 de julio de 2019,5 el reportero Enrique Sánchez, señala que en “los primeros seis meses de este año, se contabilizaron 460 mil migrantes, que superan a los 138 mil 612 que ingresaron al país en 2018, un incremento del 232 por ciento.

Que de acuerdo con las cifras del Instituto Nacional de Migración (INM), de estos 460 mil migrantes, sólo se presentaron ante ellos 99 mil 203 y se han devuelto a su país de origen 71 mil 100, lo que significa que por lo menos 360 mil indocumentados están esparcidos en México o ingresaron al país vecino”.

Recordemos que el pasado 24 de abril de 2019, la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, señaló que en México se está dando una migración “inusual” (sic).

Dio a conocer que en los tres primeros meses del año ingresaron al país más de 300 mil individuos de manera irregular, con un aumento notorio de mujeres y niños.

Ante esta situación la Secretaría de Gobernación ha afirmado que el gobierno federal hará todo lo que está en sus manos para atender el flujo migratorio y brindarles ayuda humanitaria.6

Por su parte, el Presidente Andrés Manuel López Obrador ha señalado que una de sus prioridades es la de respetar los derechos de los migrantes, incluso ha ofrecido emplear a los indocumentados en proyectos de infraestructura tales como el llamado Tren Maya, dotándolos de visas de trabajo.

Debemos reconocer que México no tiene la capacidad de absorber laboralmente a todos los indocumentados, ni de atender sus requerimientos de manera adecuada en los centros del INM, ocasionando inclusive que en los municipios fronterizos exista ya una sobrepoblación con los consiguientes problemas de atención y saturación de los servicios públicos.

A mediados de junio de 2019, el gobierno norteamericano amenazó con aplicar un arancel de 5 por ciento a todos los productos mexicanos que se exportan a EUA si el gobierno mexicano no implementaba acciones concretas contra la migración ilegal, esto provocó que México endureciera sus acciones, tanto en la frontera norte como en su frontera sur, reduciendo así el flujo migratorio, aunque estas acciones de ninguna manera resuelven esta crisis migratoria.

Es pertinente recordar que el presidente Trump, utilizó como uno de los ejes de su campaña electoral la política antiinmigrante, mismo argumento que al parecer está utilizando en su campaña de reelección.

Sin embargo, todas las acciones, tanto del gobierno federal, de los gobiernos estatales, como de diversos organismos autónomos y colectivos sociales, las hemos conocido los mexicanos principalmente por las noticias publicadas en diversos medios de comunicación o por boletines oficiales aislados, sin que a la fecha se tenga un reporte completo que, de manera transparente nos dé a conocer de manera pormenorizada, todas y cada una de las acciones llevadas a cabo por los actores políticos y sociales antes mencionados en la atención de este fenómeno migratorio.

El objetivo principal de este respetuoso exhorto que se le hace a la Secretaría de Gobernación, es que esta soberanía pueda ser informada de manera transparente, de las acciones que a la fecha ha llevado a cabo el Instituto Nacional de Migración, en relación a la crisis migratoria que se presenta en la actualidad en nuestro país, acallando con esto todos los rumores, las falsas noticias y los comentarios malintencionados que circulan en las llamadas redes sociales que dañan enormemente la imagen del gobierno federal respecto del manejo del tema.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación, para que, en el ámbito de sus facultades, haga público un informe pormenorizado de las acciones que se están llevado a cabo, a nivel nacional, en materia de atención a migrantes.

Notas

1 Datos de la Organización de las Naciones Unidas

2 http://informe.cndh.org.mx/menu.aspx?id=30055

3 https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-45883701

4 https://www.eluniversal.com.mx/metropoli/cdmx/carteles-de-la-cdmx-reclu tan-migrantes

5 https://www.excelsior.com.mx/nacional/migracion-ya-supera-con-232-a-201 8-enero-junio-2019/1321779

6 https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-45924622

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputado Rubén Terán Águila (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sader y el Senasica a implantar programas y campañas fitosanitarias ante la actual emergencia de la citricultura veracruzana por el HLB, VTC, mosca de la fruta y leprosis, a cargo del diputado Rodrigo Calderón Salas, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputado Rodrigo Calderón Salas, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en esta LXIV Legislatura, con fundamento en lo que establecen en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta asamblea legislativa la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) y al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) a implementar un programa y campaña fitosanitaria frente a la emergencia en que se encuentra la citricultura en Veracruz por el HLB, VTC, la mosca de la fruta y Leprosis, que amenaza la caída de la producción a mediano plazo, al tenor de la siguientes

Consideraciones

La agricultura es una de las actividades económicas prioritarias de nuestro país, es considerada como el sector productivo más importante desde un punto vista económico, social y ambiental, ya que de esta actividad depende la alimentación de millones de personas, el incremento de la población productiva, la preservación y cuidado del entorno.

El campo mexicano se ubica entre las 12 economías de mayor producción en el mundo, esta actividad se desarrolla en las 32 entidades del país en donde se cultivan 21.9 millones de hectáreas y produce cerca de 750 cultivos a nivel nacional, entre los que destacan el maíz, frijol, trigo, café, caña de azúcar, avena forrajera, cacao, oleaginosas, manzanas, sorgo, aguacate, jitomate, limón, naranja, pastos, entre otros.1

Dentro de la fruticultura, una de las actividades agrícolas más importantes es la citricultura, México se posiciona como el cuarto lugar en el mundo, con 549 mil hectáreas establecidas en 23 estados del territorio nacional, el Atlas Agroalimentario 2018 reportó una producción de 8 millones de toneladas de fruta anuales.2

De la superficie establecida 68.5 por ciento corresponde a la naranja dulce, 20.5 por ciento al limón mexicano, 5.2 por ciento al limón persa y 5.8 por ciento a las toronjas, mandarinas y tangerinas. Los estados con más producción, superficie cultivada y cosecha son Veracruz (41.46 por ciento), San Luis Potosí (8.68 por ciento), Michoacán (8.25 por ciento) y Tamaulipas (7.42 por ciento).3

Como se puede observar, Veracruz es el estado líder en la producción del fruto, con más de la mitad del total nacional, por lo que:

- Integra a productores a la cadena productiva.

- Son frutales accesibles que están al alcance de la población.

- Es un generador de empleo.

- Generador de divisas para la economía del país.

- El consumo de frutos cítricos representa una aportación en la alimentación y nutrición de los consumidores.

Sin embargo, en los últimos meses se han presentado riesgos en los cultivos, derivado del cambio climático por lo que ha afectado a los cítricos, a sus manejos laborales y culturales. La floración y maduración de la fruta se ha adelantado así como, la humedad y cambios de la temperatura por lo que, en estas últimas, la citricultura mexicana se ve constantemente amenazada por una amplia gama de patógenos, como bacterias, hongos, virus, viroides, fitoplasmas y nemátodos. Las principales enfermedades que causan cuantiosas pérdidas en la producción son:

Huanglongbing (HLB): enfermedad, también conocida como enverdecimiento de los cítricos, es una enfermedad bacteriana de las plantas que, aunque no es peligrosa para los humanos, destruye la producción, apariencia y valor económico de los árboles de cítricos, y el sabor de la fruta y su jugo.

La bacteria se transmite de manera persistente, aunque se restringe a los vasos de las plantas; tiene la capacidad de multiplicarse en las glándulas salivales de los insectos, los cuales pueden transmitir el HLB durante toda su vida, una vez que han contraído la bacteria.

Es la enfermedad más destructiva de las plantas de cítricos y una vez que un árbol está infectado, no tiene cura. Los árboles enfermos producen frutos amargos, incomibles, deformes y, con el tiempo, mueren.4

Tristeza de los cítricos (VTC): es un virus que llega a través de un insecto conocido como pulgón café de los cítricos, el cual es el principal transmisor de esta enfermedad. Este virus provoca que los árboles no se desarrollen adecuadamente y hace que mueran cuando está en el fruto.

Los síntomas de la tristeza varían entre variedades, los síntomas típicos de esta enfermedad se asocian a un menor vigor de los árboles, a un crecimiento deficiente y al desarrollo de frutos pequeños y deformes.5

Mosca de la Fruta: produce un daño directo por el efecto de la picadura de la hembra sobre el fruto, para realizar la ovoposición, que es una vía de entrada de hongos y bacterias que descomponen la pulpa; y a las galerías generadas por las larvas durante su alimentación. Todo esto produce una maduración precoz y caída del fruto, y la consiguiente pérdida de cosecha.6

Leprosis de los cítricos: enfermedad viral que se trasmite por ácaros causado por un virus, que es transmitido por un ácaro o arañuela, es una enfermedad en los naranjos, mandarinas y otros cítricos. En las hojas se observan manchas amarillas en los tallos las manchas son de color café con grietas, el árbol va muriendo gradualmente y el daño más importante es la caída prematura de los frutos.

Dado lo anterior, es importante considerar que la amenaza de las plagas y enfermedades, han incrementado en los últimos meses, por lo que asociaciones de procesadores de cítricos, grupos campesinos de ejidos del norte de Veracruz han expresado su preocupación por las consecuencias en calidad de sus cultivos así como, en las retribuciones económicas de los agentes que conforman la cadena productiva.

Por esa razón, es necesario exhortar a la Secretaría de Desarrollo Rural, al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y al gobierno del estado de Veracruz a implementar un programa y campaña fitosanitaria en atención a la emergencia que se encuentra la citricultura en Veracruz.

Por lo anterior expuesto, someto a consideración de esta asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero . La Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para que, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y el gobierno del estado de Veracruz implementen un programa de vigilancia y acompañamiento a productores para la mejora sanitaria de cítricos.

Segundo . La Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para que, en coordinación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y el gobierno del estado de Veracruz, lleven a cabo una campaña de emergencia con el fin de prevenir, atender, controlar el HLB, VTC, la Mosca de la Fruta y Leprosis, que amenaza las plantaciones de cítricos a mediano plazo.

Fuentes

1 Ramírez V, Mendoza (2017). Artículos Amenaza para la Citricultura. 29 de noviembre de 2019, de Universidad Veracruzana Sitio web:

https://www.uv.mx/cienciahombre/revistae/vol27num1/artic ulos/amenaza-para-la-citricultura.html Univ. Veracruzana

2 Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP) (2018). Atlas Agroalimentario: Sader, 25 de noviembre de 2019, Sitio web:

https://nube.siap.gob.mx/gobmx_publicaciones_siap/pag/20 18/Atlas-Agroalimentario-2018

3 Revista Científica de la Universidad Veracruzana (2015). Una Amenaza para la Citricultura Mexicana. 28 de noviembre de 2019, Sitio web:

https://www.uv.mx/cienciahombre/revistae/vol27num1/artic ulos/amenaza-para-la-citricultura.html

4 Info Rural (2019). Cítricos, Plagas y Enfermedades. 28 de noviembre 2019, Sitio Web: https://www.inforural.com.mx/citricos-plaga-y-enfermedades/

5 Intagri (2016) Virus de la Tristeza de los Cítricos. 27 de noviembre 2019, Sitio Web: https://www.intagri.com/articulos/fitosanidad/virus-de-la-tristeza-de-l os-citricos

6 Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) (2013) Leprosis de los Cítricos. 27 de noviembre de 2019, Sitio web

:https://www.ecured.cu/Leprosis_de_los_c por cientoC3 por cientoADtricos

Notas

1 Artículo Amenaza para la Citricultura , (2019).

2 Atlas Agroalimentario (2018).

3 Revista Científica de la Universidad Veracruzana (2015).

4 Info Rural (2019).

5 Intagri (2016).

6 Senasica (2013).

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputado Rodrigo Calderón Salas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Secretaría de Educación Pública y Cultura de Sinaloa a implantar una campaña de salud mental en las escuelas de nivel básico para evitar sucesos como los de Coahuila, a cargo de la diputada Érika Mariana Rosas Uribe, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Érika Mariana Rosas Uribe , del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Los sucesos del pasado 10 de enero en el Colegio Cervantes, en la ciudad de Torreón, Coahuila, dejaron al menos dos muertos y seis heridos, donde el perpetrador, luego de los actos cometidos, decidió quitarse la vida.

De estos hechos se concluye que existe un riesgo latente entre los estudiantes respecto a la salud mental, pues de acuerdo con Alejandro Águila Tejeda, director del Instituto Hispanoamericano de Suicidología, “el suicida tiene gran potencial agresivo...”.

Por otra parte, la Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que la buena salud mental está relacionada con el bienestar mental y psicológico, que va más allá de una ausencia de afecciones o enfermedades de carácter físico.

Asimismo, la OMS revela que se deben implementar diversas estrategias con el fin de reducir los riesgos de salud mental en la población en general tales como:

-Cambiar las actitudes y mejorar la sensibilización entre distintos actores.

-Aumentar la inversión en salud mental.

-Aumentar la atención comunitaria de atención de salud mental.

En el marco del Día Mundial de la Salud Mental 2019, los esfuerzos de la OMS se focalizaron en atender los problemas de atención a la prevención del suicidio, pues, de acuerdo con la agencia internacional, cada 40 segundos se suicida una persona en el mundo, dejando un total de 800 mil personas fallecidas por este medio.

Es por todo esto que se ha puesto en marcha la campaña “40 Segundos para Actuar”, en la cual se busca tomar conciencia sobre la magnitud del suicidio; informar sobre las acciones que se pueden hacer para prevenirlo; combatir los estigmas asociados; y hacer sentir a las personas que no están solas y que están pasando por momentos difíciles.

Para el caso mexicano, la Encuesta Nacional de Epidemiología Psiquiátrica señala que el 50 por ciento de los trastornos mentales inician antes de los 21 años y uno de cada 4 adolescentes cuenta con más de un problema de salud.

Siendo los problemas de aprendizaje, el retraso mental, ansiedad, déficit de atención y la depresión como los trastornos más recurrentes, siendo provocados en varias ocasiones por problemas cotidianos como la pérdida de seres queridos u otros aspectos asociados que generen un alto nivel de estrés en el infante.

Sin embargo, el trastorno más común es la tristeza, siendo este un síntoma que revela un avance en el problema de las emociones y que puede provocar conductas irritables, de enojo, falta de sueño, dolor de cabeza y estomago o el suicidio.

Para ello, el gobierno federal, en un esfuerzo para atender esta situación, cuenta con el Programa de Atención a la Salud de la Infancia, el cual tiene por objeto cumplir con el derecho las niñas y niños de disfrutar del más alto nivel de salud y participar libremente en su vida.

Como parte de este programa se encuentra lo referente a la prevención del maltrato infantil en el ámbito familiar, buscando así erradicar cualquier tipo de agresión u omisión física, sexual, negligente o psicológica en contra de un menor de edad.

Ahora bien, los hechos ocurridos señalan que el agresor contaba con algún tipo de trastorno mental asociado a la depresión, provocado por la pérdida reciente de un familiar cercano, lo cual, al no ser detectado por las autoridades correspondientes, desencadenó los actos agresivos en contra de sus compañeros y profesora.

En este sentido, y tomando como base la normatividad en materia de educación, el artículo 74 de la Ley General de Educación, en su fracción III, señala que las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, promoverán la cultura de la paz y no violencia, proporcionando atención psicosocial y, en su caso, orientación sobre las vías legales a la persona agresora y a la víctima de violencia o maltrato escolar, ya sea psicológico, físico o cibernético, así como a las receptoras indirectas de maltrato dentro de las escuelas.

Mientras que la fracción V del mismo artículo establece que será la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación quien elabore investigaciones, informes y diagnósticos que permitan conocer las causas y la incidencia del fenómeno de violencia o maltrato entre escolares en cualquier tipo ya sea psicológico, físico o cibernético, a lo cual, las autoridades educativas podrán realizar campañas mediante distintos medios que generen una conciencia sobre la importancia de mantener una convivencia libre de violencia o maltrato.

Así, a los más de 25.4 millones de alumnos de educación básica que se encuentran en el ciclo escolar 2019 – 2020, se les debe garantizar un acceso seguro a las instalaciones educativas, así como contar con servicios de atención psicológica que los proteja y los atienda ante los casos crecientes de depresión que trae consigo efectos graven en contra de la salud.

Y para el caso particular del estado de Sinaloa, tan solo de educación preescolar, primaria y secundaria, existe un registro de 506 mil estudiantes.

Es por ello que, en un esfuerzo por prevenir y erradicar hechos que atenten contra la salud y la integridad de los estudiantes, es necesario que las autoridades en la materia refuercen las acciones que detecten y atiendan los casos de depresión en el estudiantado sinaloense.

De esta manera, al impulsar una campaña de salud mental dentro de los centros de educación básica y al hacer un diagnóstico temprano del estado de los estudiantes, se podrá garantizar una mejor calidad de vida al mismo tiempo que se logrará evitar cualquier tipo de acontecimiento que resulte en una tragedia para el estado y la comunidad en general.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración del pleno el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública y Cultura del estado de Sinaloa a diseñar e implementar una campaña de salud mental en las escuelas de educación básica, con el fin de evitar sucesos como los ocurridos en el estado de Coahuila.

Suscrito el 13 de febrero de 2020 en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados.

Diputada Érika Mariana Rosas Uribe (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Guerrero a atender con una estrategia de seguridad y respeto de los derechos humanos a los miles de desplazados en la entidad, a cargo de la diputada María del Rosario Merlín García, del Grupo Parlamentario de Morena

María del Rosario Merlín García, en su calidad de diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción 1 y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de este Congreso de la Unión, la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. El problema del desplazamiento forzado en nuestro estado de Guerrero representa una violación a los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Asimismo, es una violación continua y sostenida, cuya condición de vulnerabilidad de quienes la padecen y lo sufren perdura hasta que logran una solución duradera, es decir, un retorno y en condiciones dignas y seguras. Pero esto último es muy difícil que tenga una solución, por el contrario, el desplazamiento sigue y no parece que este problema tenga algo de contención.

El desplazamiento interno forzado es una violación a los derechos humanos que se ha presentado ya por muchos años, y en nuestros días, continúa de manera ascendente.

Segunda. Miles de guerrerenses necesitan apoyo. La penuria, la desesperación y la marginación ya es una realidad que cargan en las espaldas, mujeres, hombres, menores de edad y personas de la tercera edad. Este desplazamiento interno forzado es una realidad que se agrava año con año en el estado, a grado tal que Guerrero concentra más de la mitad de las movilizaciones masivas por violencia. Somos la entidad con más de 50 por ciento de desplazados en todo el país. Números que para nada nos enorgullecen, estos números, que se convierten en pobreza y pobreza extrema, nos lleva a reflexionar y actuar para detener los desplazamientos con políticas de seguridad y respeto a los derechos humanos.

Tercera. Mencionamos los municipios y comunidades que sufren este tormento: San Miguel Totolapan, Leonardo Bravo, Eduardo Neri, Zitlala, Apaxtla, Ajuchitlán del Progreso, Petatlán, La Unión, Heliodoro Castillo, Los Morros, Campo de Aviación, La Escalera, El Narango, Carrizal de la Vía, El Balzamar, Tepozonalco, Laguna de Hueyanalco, San Bartolo, Jimotla, Las Ventanas, Corralitos, Las Palmas, San Felipe del Ocote, San Pedro de los Limones, Laguna de Hueyanalco, Los Horcones, Las Mesas Cerro Azul, Tlaltempanapa, el Carrizal, El Zapotillal y Las Canalejas. Mención aparte es el municipio de Chilapa, en donde la crisis de desplazamiento es tan profunda que se requiere una solución de emergencia estatal para lograr una solución rápida y duradera, con la cooperación de los tres niveles de gobierno, para construir de manera efectiva un plan que dé una respuesta inmediata ante la desgracia de miles de familias.

Cuarta. El desplazamiento es un problema estructural, que sexenios anteriores no voltearon a ver. Hoy la suma de desplazados se dice que está por encima de 7 mil, aunque los datos son incuantificables. De lo único que estamos seguros es que todos los días cientos de familias dejan sus hogares por la violencia. Se quedan lugares fantasmas a lo largo y ancho de nuestro estado. Dejando a familias vulnerables y en condiciones precarias, por la falta de alimentación, de salud, de educación, de empleos y no se tiene una estrategia duradera para los desplazados, incluso no se tiene un diagnóstico certero oficial de las personas internamente desplazadas. Esto quiere decir que no hay un conocimiento detallado y profundo de la magnitud de este gran problema.

Quinta . La pacificación es prioritaria e imprescindible, no podemos hacer que las familias guerrerenses tomen como una forma de vida la violencia, no podemos permitir que el temor y el terror se perpetúen en los núcleos comunitarios, no podemos dejar que siga avanzando la desgracia para los más pobres. Nuestro deber es luchar por una paz duradera, por una pacificación en donde en esencia sea la armonía y el bienestar entre los guerrerenses. La paz con justicia, la paz con verdad es el camino que nos llevará a la tranquilidad a lo que se requiere en nuestro estado. Paz, verdad y justicia es la bandera que hoy tenemos que levantar como símbolo de lucha y como una demanda que trascienda la inmediatez, una demanda que vaya hasta lo más profundo del conflicto para que ésta sea resuelta de manera correcta, dejando esa vida digna para los desplazados que hoy más que nunca la necesitan.

Sexta. Por ello es necesario reconocer a las familias desplazadas como víctimas para que se garanticen sus derechos; se debe de aplicar la Ley 487 apegados a los municipios; se debe asignar un recurso público para desplazados; se debe de aplicar la Ley General a Víctimas para que jurídicamente tengan un respaldo legal que no permita que sea abandonados por la autoridad, deben tener certeza jurídica de su patrimonio y deben tener derecho a una vida digna y libre de violencia.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Guerrero, para que, de conformidad a lo que establece la legislación aplicable, emita a la brevedad posible una estrategia de seguridad y de respeto a los derechos humanos para atender a los miles de desplazados internos que hoy existen dentro y fuera de nuestra entidad federativa.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputada María del Rosario Merlín García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la UNAM a resolver con diálogo y acuerdos su actual conflicto, a cargo de la diputada María del Rosario Merlín García, del Grupo Parlamentario de Morena

María del Rosario Merlín García, diputada del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción 1 y artículo 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de este Congreso de la Unión, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera . La problemática que vive nuestra Universidad Nacional Autónoma de México es contra la violencia de género, tiene por objeto erradicar la violencia contra las mujeres, años han pasado y las desapariciones, el asesinato y el acoso han sido desatendidos. Hoy se exige y con mucha razón, modificar los artículos 95, 98 y 99 del Estatuto General de la UNAM para con esto reconocer la violencia de género como una falta grave. Insistimos en la justa lucha universitaria, también exige la reapertura de casos de violencia de género que fueron insatisfactorios para las víctimas, además de transparentar las denuncias. Así también la exigencia de crear una comisión tripartita en conjunto con la Unidad de Atención a la Violencia de Género, así como la instauración de talleres con perspectiva de género feminista y llevar a cabo cursos en los planes de estudio para las licenciaturas en sus distintas modalidades y el acompañamiento psicológico a las estudiantes.

Segunda. Estas peticiones tienen sustento, dada la violencia que se ha fecundado en el campus universitario; sin embargo, es importante señalar que las diversas tomas en los días recientes en las preparatorias y otras facultades de Ciudad Universitaria, han salido del verdadero cauce de la lucha legítima. Implementar las formas de lucha por la vía pacífica cobra sentido cuando éstas son tomadas o iniciadas a partir del acuerdo universitario, a través de las asambleas en donde todas y todos sean responsables de las tomas de decisiones por el bien de la universidad.

Reiteramos las justas demandas de las mujeres, pero también insistimos en que el actuar de todo movimiento pacífico, tiene como esencia el contar con el verdadero respaldo de las mayorías que son parte fundamental en la vida universitaria. El vandalismo siempre será rechazado por la universidad que somos todas y todos.

Tercera. El movimiento universitario históricamente ha salido adelante cuando las asambleas y los acuerdos universitarios son llevadas a cabo para determinar el que hacer de toda lucha, pero esta se vuelve contraproducente y genera una falta de credibilidad cuando la mayoría no se le toma en cuenta y una minoría determina violentar sin consultar a las bases universitarias.

La verdadera historia de lucha en la UNAM, se ha caracterizado por consultar a todas y todos, esta característica es fundamental, porque le da sustento al actuar universitario, le da fuerza el contenido de las demandas y da la razón para que el movimiento no sea aislado y solo se quede en el cierre de escuelas, mientras la mayoría de estudiantes observa como las puertas de sus centros de estudio son tomadas y cerradas, sin entender cuáles son los motivos reales de esa forma violenta de actuar.

Cuarta. Hoy la lucha de las mujeres en la UNAM, ya debe ser escuchadas, no hacer ante ellas oídos sordos. Lo que no se logra entender son esas tomas recientes sin sentido que sólo los lleva a que la intransigencia sea el principal motivo de su actitud. Por ello es importante distinguir lo que es una lucha organizada desde las bases y la diferencia en el actuar de unos cuantos que se pierden en el vandalismo y atropellan los intereses de las universitarias y universitarios.

Quinta. Con el acuerdo y el diálogo se logrará la buena convivencia en la UNAM; con el acuerdo y el diálogo se tendrá la garantía de reconocer y defender el derecho de las mujeres; con el acuerdo y el diálogo se cumplirá ese objetivo que es el de reconocer la pluralidad de pensamiento y desde ahí encontrar un punto de convergencia para así construir una propuesta conjunta que tenga como fin fortalecer a la institución universitaria. El acuerdo y el diálogo son las únicas herramientas para que todas y todos sean escuchados y conseguir un planteamiento conjunto en donde prevalezca la razón, la crítica, la construcción de consensos, y hacer de la tolerancia y el respeto el camino que los lleve al buen entendimiento para dar una correcta solución al conflicto estudiantil.

Sexta . Que no se permita que los intereses oscuros penetren en la verdadera lucha feminista, que no se permita la infiltración del oportunismo en el movimiento justo, no permitan que sea manchada por aquellos que han tenido el poder en la UNAM, sean las que pretendan generar el caos universitario. No permitan que los intereses violentos no universitarios se infiltren en la causa verdadera, que no se infiltre la postura conservadora de quienes buscan desestabilizar y no consolidar el quehacer universitario.

Séptima. Es necesario hacer de la razón su esencia para destrabar el conflicto, hagan del consenso de las mayorías para solucionar la problemática actual, hagan de la reflexión el principal motor de las propuestas y del acuerdo bien discutido. Hagan que la raza sea tomada en cuenta y hagan que el verdadero espíritu hable por ustedes. La razón está en la comunidad universitaria y por lo tanto con esto caminen para que nuestra máxima casa de estudios siga siendo el principal promotor del conocimiento que siempre ha estado al servicio de la nación. A las autoridades universitarias les decimos, que cuentan con toda nuestra solidaridad y que este apoyo es por el bien de nuestra gran institución.

Octava. Si bien es cierto que este honorable Congreso de la Unión ya fijó una postura respecto al conflicto universitario no está de más continuar planteando soluciones, dado que algunas prepas y facultades siguen tomadas y por ende se requiere no quitar el dedo del renglón para no olvidar esta problemática. Las diputadas y diputados debemos de asumir nuestro compromiso con la educación, y por lo tanto apoyar las demandas justas de las mujeres y respaldar a las autoridades universitarias.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Rectoría de la Universidad Nacional Autónoma de México para que de manera urgente resuelva mediante el diálogo y el acuerdo el conflicto universitario que hoy continua afectando a nuestra máxima casa de estudios.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputada María del Rosario Merlín García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa y el CSG a implantar campañas para alertar a la población sobre los problemas causados por el mal uso de antibióticos, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe; diputado Emmanuel Reyes Carmona, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I, 79, numerales 1 y 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta asamblea la proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Los antibióticos son medicamentos importantes. Sería difícil exagerar los beneficios de la penicilina y otros antibióticos en el tratamiento de infecciones bacterianas, la prevención de la propagación de enfermedades y la reducción de complicaciones graves de las enfermedades. Siendo un gran avance en la historia médica, esto son medicamentos utilizados para tratar las infecciones bacterianas, su uso correcto permite salvar vidas. Actúan matando las bacterias o impidiendo que se reproduzcan.

Sin embargo, algunos medicamentos que solían ser tratamientos estándares para las infecciones bacterianas ahora son menos eficaces o ni siquiera funcionan. Cuando un antibiótico ya no tiene efecto en determinada cepa de bacterias, se dice que esas bacterias son resistentes a los antibióticos. La resistencia a los antibióticos es uno de los problemas para la salud más preocupantes del mundo.

La resistencia a los antibióticos se produce cuando las bacterias mutan en respuesta al uso de estos fármacos. Son las bacterias, y no los seres humanos ni los animales, las que se vuelven resistentes a los antibióticos. Estas bacterias farmacorresistentes pueden causar infecciones en el ser humano y en los animales y esas infecciones son más difíciles de tratar que las no resistentes.

Casi la mitad de las personas que acuden a un hospital con síntomas de resfriado o gripe salen con una receta de antibióticos. Se prescriben en exceso, “por si las dudas”, para tratar afecciones que no se curan con antibióticos. Cada vez es mayor el número de infecciones (neumonía, tuberculosis, gonorrea y salmonelosis) cuyo tratamiento se vuelve más difícil debido a que los antibióticos van perdiendo su eficacia. No encontramos entonces ante un panorama en el que de nada servirá que se desarrollen nuevos antibióticos más poderosos si no se modifican los comportamientos actuales.

Es importante tener en cuenta que los antibióticos no combaten las infecciones causadas por virus, como los que provocan resfriados, gripe, la mayoría de los casos de tos y bronquitis, los dolores de garganta, excepto que el causante sea una infección por estreptococo. Si un virus (y no una bacteria) es la causa de una enfermedad, tomar antibióticos puede provocar más daños que beneficios.

Para que los antibióticos puedan detener la enfermedad que causan las bacterias, deben tomarse en la cantidad indicada, el número de veces diarias indicado, y durante el tiempo indicado. Si deja de tomar el antibiótico antes de tiempo, las bacterias podrían reiniciar la infección.

El uso excesivo y mal uso de los antibióticos son factores fundamentales que contribuyen a la resistencia a los antibióticos. El público en general, los médicos y los hospitales tiene la función de garantizar el uso de los medicamentos y de minimizar la resistencia a los antibióticos.

Los expertos en patologías infecciosas alertan de que, si no se adoptan estrategias mundiales para frenar la proliferación de bacterias resistentes en el año 2050, las infecciones matarán a 10 millones de personas (es decir, más que el cáncer). Una previsión que adquiere tintes apocalípticos con la aparición de las superbug , mejor conocido como las bacterias casi indestructibles.1

Un ejemplo extremo es la Klebsiella pneumoniae, resistente a 26 antibióticos y que hace unos meses costó la vida a una mujer estadounidense que se había infectado en la India. Aunque la K. pneumoniae se encuentra de forma natural en el intestino humano, si se propaga por otras partes del cuerpo (normalmente el contagio de produce en hospitales o centros médicos) puede provocar diferentes enfermedades neumonía, meningitis, infecciones en el torrente sanguíneo, etc.

Es necesario que se cambie la forma de prescribir y utilizar los antibióticos y entender la gravedad del problema, advierte la Organización Panamericana de la Salud (PAHO) desde hace años. De lo contrario la resistencia a los antibióticos seguirá representando una grave amenaza a la vida de todas las personas, no importa la edad ni el país donde vivan.2

Allí donde los antibióticos se pueden adquirir sin receta médica para uso humano o veterinario, la aparición y propagación de la resistencia empeora. En los países que carecen de directrices terapéuticas y controles, el personal sanitario tiene tendencia a recetarlos (y la población general a consumirlos) en exceso.

Otro aspecto importante del problema es que la resistencia a los antibióticos está incrementando los costos médicos, al prolongar las estancias hospitalarias. No es necesario dar más razones para crear conciencia de que es necesario un cambio de comportamiento. No solo del lado de los profesionales de la salud, sino también de parte de los pacientes, que deben ser responsables de reducir la propagación de las infecciones, a través de la vacunación, el lavado de las manos, la seguridad de las relaciones sexuales y una buena higiene alimentaria.

Hay algunas prácticas sencillas que ayudarían en gran medida a combatir esta amenaza a la salud pública:3

- Pregúntale a tu médico si la infección que tienes es viral o bacteriana y si necesitas antibióticos.

-Dile que te preocupa desarrollar resistencia.

-No presiones al médico para que te los recete “por si acaso”.

-Trata de prevenir enfermedades, en primer lugar, lavándote las manos, cubriéndote la boca cuando toses y obteniendo las vacunas apropiadas.

-Si te prescriben antibióticos, tómalos según las indicaciones. Y nunca los compartas con nadie ni tomes las pastillas de otra persona.

La lucha contra la resistencia a los antibióticos reviste alta prioridad para la OMS. La Asamblea Mundial de la Salud aprobó en mayo de 2015 un plan de acción mundial sobre la resistencia a los antimicrobianos, incluida la resistencia a los antibióticos.4 Su finalidad es asegurar que se pueda seguir previniendo y tratando enfermedades infecciosas por medio de fármacos eficaces y seguros.

El plan de acción contiene cinco objetivos estratégicos:

1. mejorar la sensibilización y los conocimientos en materia de resistencia a los antimicrobianos;

2. reforzar la vigilancia y la investigación;

3. reducir la incidencia de las infecciones;

4. optimizar el uso de medicamentos antimicrobianos;

5. asegurar que se realicen inversiones sostenibles en la lucha contra la resistencia a los antimicrobianos.

En la Asamblea General de las Naciones Unidas de septiembre de 2016, los jefes de Estado se comprometieron a abordar de forma amplia y coordinada las causas profundas de la RAM en diferentes sectores, en particular los de la salud humana, la salud animal y la agricultura. La OMS está prestando apoyo a los Estados miembros en la elaboración de planes de acción nacionales sobre la RAM basados en el plan de acción mundial.

La OMS viene liderando múltiples iniciativas para luchar contra la resistencia a los antimicrobianos, como ejemplo existe la Semana Mundial de Concienciación sobre el Uso de los Antibióticos

La campaña mundial plurianual, que desde 2015 se celebra en el mes noviembre bajo el lema “Antibióticos: manéjalos con cuidado”, tiene un volumen cada vez mayor de actividades.

Basados en los argumentos anteriormente expuestos, queda claro que es de suma importancia que este gobierno se adecue a las necesidades y alertas que hoy en día existen tanto a nivel nacional como mundial, en un panorama de incertidumbre ante las llamadas nuevas “súper enfermedades”, y mediante los sistemas de salud con los que contamos se emitan las recomendaciones así como que se implementen acciones encaminadas a reducir en la mayor medida de lo posible la receta y consumo de antibióticos utilizados de forma innecesaria.

En aras de evitar lo que podría ser una crisis de salubridad, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud y al Consejo de Salubridad General a implementar campañas y jornadas de difusión alertando a la población en general sobre los problemas que trae consigo el mal uso de los antibióticos para el tratamiento de enfermedades, y como este problema ha sido factor determinante en el nacimiento de enfermedades resistentes al medicamento.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Consejo de Salubridad General a que instruya Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), a que, en apego a estas recomendaciones por parte de su personal, regulen la emisión receta y distribución y aplicación de antibióticos a menos que estos sean sumamente necesarios basados en estudios adecuados de la enfermedad de sus pacientes.

Notas

1 El País. “No siempre te tienes que acabar la caja de antibióticos”. Disponible en: https://elpais.com/elpais/2017/09/12/buenavida/1505207299_874973.html

2 Panamerican Life. “¿De verdad necesitas ese antibiótico? Disponible en: https://www.palig.com/es/blog/dr-palig/2018/09/de-verdad-necesitas-ese- antibiotico

3 Hola, Doctor. “Quién receta antibióticos con mayor frecuencia? Disponible en:
https://holadoctor.com/es/buscar/resultados?q=prot%C3%A9gete+contra+el+uso+excesivo+de+antibi%C3%B3ticos

4 Organización Mundial de la Salud (OMS). “Resistencia a los antibióticos”. Disponible en:
https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/resistencia-a-los-antibi%C3%B3ticos

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la CNBV a instruir a los bancos para establecer medidas encaminadas a terminar con los robos a cuentahabientes, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Emmanuel Reyes Carmona, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numerales 1 y 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En México es cada vez más difícil ganar dinero suficiente para llevar el sustento al hogar. Año con año, los servicios básicos como el agua, la luz y hasta los precios de la canasta básica aumentan, al mismo tiempo que los salarios en la mayoría de las empresas disminuyen, dejándonos varados ante un clima de incertidumbre sobre un futuro en el que ciertamente no podemos saber si la economía familiar podrá sostener los gastos de ésta.

En este supuesto, si ya de por sí es difícil que en México una familia se dé abasto con los productos básicos, es aún más difícil ahorrar dinero obtenido a base de mucho esfuerzo, dinero que después de arduas jornadas laborales o en venta de un bien preciado parece que en el país es peligroso tener debido al alto índice de robos que día con día aumentan en el país.

Este delito se presenta cuando en sucursales bancarias o al salir de cajeros automáticos, los delincuentes detectan a clientes que realizan importantes retiros de efectivo. En muchos casos se ha demostrado que estos delincuentes no siempre están solos, sino que los mismos cajeros de los bancos brindan información a los grupos delictivos sobre los cuentahabientes que retiran dinero.

Ya en el exterior, los delincuentes siguen a la persona hasta su vehículo e incluso durante su trayecto a su destino, ya sea en otro auto o motocicleta, para interceptar y despojar a la víctima del dinero que lleva consigo, pudiendo llegar hasta el asesinato de la víctima en caso de resistirse al asalto.

Durante el pasado enero se denunciaron alrededor de 46 asaltos a cuentahabiente, lo que representa un incremento de 43.7 por ciento con relación a los 32 del mismo mes de 2019, de acuerdo con el Portal de Datos Abiertos de la Ciudad de México.1

Por un lado, en un gran porcentaje de estos atracos, los delincuentes utilizan este modus operandi, pero por otro lado también se ha detectado que los asaltantes se hacen pasar por clientes de los bancos, observan las transacciones de los clientes, eligen a su víctima y cuando ésta sale de la sucursal bancaria la siguen y en cuanto ven la oportunidad la despojan de su dinero, en su mayoría con el uso de armas de fuego o punzocortantes.

Como antecedente de un robo perpetrado por un falso cliente junto a otros delincuentes, tenemos el caso de tres hombres que fueron detenidos en Veracruz por su responsabilidad en el robo de 76 mil pesos a una cuentahabiente el pasado 9 de enero. Los ladrones, además, según la dependencia, son presuntos integrantes de una banda dedicada al robo de cuentahabientes en diversas sucursales.2

Las autoridades veracruzanas detallaron que esta célula delictiva, al parecer, opera en complicidad con personas que se infiltran en los bancos (como falsos clientes) y que dan aviso sobre las personas que retiran una fuerte cantidad de dinero.

En cualquiera de los casos donde se realiza este delito, queda claro que el problema surge en los recintos bancarios, y en la mayoría de los casos, si no es que en todos, la herramienta principal de los criminales son los equipos celulares.

Hoy, los delincuentes han perfeccionado sus técnicas de asalto y con ello, el robo a cuentahabientes. Sin embargo, se ven apoyados por equipos electrónicos. Con la aprobación de este punto de acuerdo, podemos atacar el problema por dos flancos distintos, si bien los asaltos donde participan los cajeros de los mismos bancos pueden frustrarse con una estricta reglamentación en el tema del acceso de equipos celulares al trabajo, que resultan inútiles y, como ahora lo vemos, hasta peligrosos para llevar a cabo las labores diarias en el banco.

Ya erradicado el tema de los cajeros y la sospecha hacia ellos como cómplices en los delitos, es necesario garantizar que ningún tipo de información financiera, personal y de cualquier tipo sea conocida fuera del banco, como los retiros de efectivo.

Con esto quiero decir que los inhibidores de señal son indispensables para bajar en gran porcentaje la comunicación entre los asaltantes, ya que los inhibidores para móviles simplemente emiten ondas de radio en las mismas bandas de frecuencia que los teléfonos, con energía suficiente para colisionar con las señales de los móviles y tirar las comunicaciones o impedir el servicio.3

Con estas acciones estaríamos dejando obsoletos los dos principales métodos de comunicación entre el crimen organizado dedicado al robo de cuentahabientes. Desde una lógica donde de nada sirven los aparatos de comunicación en recintos bancarios; de hecho, con las cifras nacionales de índice delictivo queda demostrado que son más perjudiciales que benéficos.

Todos los argumentos utilizados en este punto de acuerdo para reforzar la seguridad bancaria son hechos a razón del artículo 96 de la Ley de Instituciones de Crédito:

Artículo 96. Las instituciones de crédito deberán establecer medidas básicas de seguridad que incluyan la instalación y funcionamiento de los dispositivos, mecanismos y equipo indispensable, con objeto de contar con la debida protección en las oficinas bancarias para el público, factores y dependientes que las ocupen, así como del patrimonio de la institución. Cuando las instituciones contraten a las personas referidas en el artículo 46 Bis 1 de esta ley, con objeto de que éstas reciban recursos de sus clientes, en efectivo o cheque, adicionalmente deberán asegurarse que los establecimientos que al efecto utilicen dichas personas para llevar a cabo tales operaciones en representación de las propias instituciones, cuenten con las medidas básicas de seguridad que se establezcan conforme a lo señalado en el presente artículo.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá dictar, mediante reglas de carácter general, los lineamientos a que se sujetarán las medidas básicas de seguridad que deberán establecer las instituciones de crédito (...).

Por los argumentos expuestos someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a instruir a los bancos de todo el país para instalar inhibidores de señal de baja frecuencia (con el fin de no afectar viviendas aledañas) dentro de los recintos bancarios, con el objetivo de imposibilitar la comunicación con delictivos, los cuales perpetran el robo y en muchos casos heridas y hasta asesinato a cuentahabientes.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a que en apoyo de la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana emitan las recomendaciones de seguridad a todas las instituciones bancarias del país para que quede estrictamente prohibido ingresar cualquier equipo de comunicación por los trabajadores del banco.

Notas

1 Excélsior, “Crece robo a cuentahabientes”. Disponible en
https://www.excelsior.com.mx/comunidad/crece-el-robo-a-c uentahabientes-en-la-cdmx/1362714

2 Animal Político, “Un cliente falso y no la cajera: así operaban ladrones a cuentahabientes en Veracruz”. Disponible en
https://www.animalpolitico.com/2020/01/cliente-falso-no- cajera-robo-cuenta-habiente-banco-veracruz/

3 Xataka Movil, “Qué es y cómo funciona un inhibidor de frecuencias”. Disponible en
https://www.xatakamovil.com/movil-y-sociedad/que-es-y-co mo-funciona-un-inhibidor-de-frecuencias

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a establecer con la Conade un protocolo de protección de los deportistas durante competencias internacionales, a cargo del diputado Érik Isaac Morales Elvira, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado federal Érik Isaac Morales Elvira, perteneciente al Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, en su fracción III y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo que se motiva en la siguiente

Exposición de Motivos

Los coronavirus son una extensa familia de virus, algunos de los cuales puede ser causa de diversas enfermedades humanas, que van desde el resfriado común hasta el síndrome respiratorio agudo severo, en adelante SARS. Los virus de esta familia también pueden causar varias enfermedades en los animales.

El 31 de diciembre de 2019 fueron reportados a la Organización Mundial de Salud, en adelante OMS, varios casos de neumonía en Wuhan, una ciudad situada en la provincia china de Hubei. Se trataba de un virus distinto a los conocidos, lo cual resulta preocupante porque aún no se tiene conocimiento de qué manera los nuevos virus pueden afectar a las personas y como es que se pueden originar los contagios.

Posteriormente el 7 de enero del 2020, las autoridades chinas confirmaron que habían identificado un nuevo coronavirus, una familia de virus que causan el resfriado común y enfermedades como el Síndrome Respiratorio de Oriente Medio, en adelante MERS, y el SARS. Este nuevo virus se denominó, provisionalmente, 2019-nCoV.

Desde el momento en que fue informada del brote, la OMS ha estado trabajando con las autoridades chinas y con expertos de todo el mundo para obtener más información sobre el virus, sus efectos sobre las personas infectadas, su tratamiento y las medidas que pueden adoptar los países para hacerle frente.

La OMS decretó el pasado 30 de enero una emergencia internacional por el coronavirus, después que una veintena de países registraran casos. Hasta el momento, se habían registrado 20 mil 630 casos en todo el mundo y 426 muertes, la mayoría de todos ellos en China.

En México la Secretaría de Salud por medio de la Dirección General de Epidemiologia mediante un aviso emitido el 30 de enero del 2020, nos comunica que dentro del país no existen casos confirmados a la fecha.

A priori y como medida de prevención, las autoridades pusieron en circulación el “Aviso Preventivo de Viaje a China”, el cual expone que no existe restricción de viaje a este país, pero si sugiere posponerlos o evitarlos a menos que estos sean esenciales, explicando que de encontrarse en el último supuesto deberán realizar acciones para evitar los contagios como:

• Realizar un lavado de manos frecuente usando agua y jabón,

• Consumir sólo alimentos bien cocinados y agua simple potable o embotellada,

• Evitar lugares concurridos,

• Evitar el contacto con animales vivos o muertos,

• Consumo de carne cruda y

• Evitar el contacto con personas enfermas.

Con todos los antecedentes que mencionamos, las medidas que proporcionan nuestras autoridades en materia de salud parecen insuficientes, ya que los síntomas que presentan las personas contagiadas de este nuevo virus son: secreción nasal, tos, dolor de garganta, posiblemente dolor de cabeza y quizás fiebre, que puede durar un par de días, siendo estos muy parecidos a los del resfriado común, volviendo su identificación inmediata muy complicada.

Aunado a lo anterior es importante resaltar que nos encontramos en un año muy significativo para todos los atletas de nuestro país, ya que en el corriente se llevaran a cabo los juegos olímpicos en Tokio, y muchos de los selectivos para participar en las justas son cercanos a las ciudades infectadas de este virus.

Por lo que es preocupante que las autoridades en materia de salud y las encargadas de proteger a nuestros deportistas, aun no tomen ninguna medida de protección para evitar que aquellos que se encuentren en competencia en alguna de las ciudades que ya hayan sido identificadas con casos de coronavirus, o que van a viajar próximamente a China para presentarse en los diversos selectivos sufran contagios.

Aunque el Comité Olímpico Internacional y otros organismos encargados de los torneos clasificatorios para los Juegos han decidido cambiar la sede de varios preolímpicos, el máximo responsable del comité organizador de Tokio 2020, Toshiro Muto, no ha proporcionado medidas adicionales a las ya establecidas para evitar un contagio entre los deportistas.

En respuesta a ello, muchos de los atletas, junto con sus entrenadores y los diversos miembros de su equipo de trabajo, han optado en abstenerse de participar en las competencias por no sentirse protegidos ante un posible contagio del virus 2019-nCoV.

Consecuentemente nos parece preciso que la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte con base en la fracción XI, del artículo 3o., así como en los artículos 107o., 108o. y demás relativos de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en coordinación de la Secretaría de Salud, mediante la Dirección General de Epidemiologia, institución encargada de dirigir la vigilancia epidemiológica y fortalecer la red de colaboradores nacional e internacional para proveer de información y conocimientos de calidad que sustenten las políticas públicas en beneficio de la salud de la población, deben establecer protocolos y tomar medidas exhaustivas para proteger la integridad de nuestros deportistas, así como la del equipo de trabajo que los acompañan.

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Salud en coadyuvancia de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte para que, en el ámbito de sus atribuciones y con ayuda de la Dirección General de Epidemiologia elaboren y difundan los protocolos y medidas de seguridad que garanticen la salud de los atletas y de su equipo de trabajo ante posibles contagios durante las competencias para llegar a los Juegos Olímpicos de Tokio 2020.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Salud en coadyuvancia de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte que una vez que se conozcan las medidas de seguridad apropiadas se informe a esta Cámara de Diputados cómo se llevarán a cabo las mismas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020

Diputado Érik Isaac Morales Elvira (rúbrica)



Efemérides

Con motivo del 11 de febrero, Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia, a cargo de la diputada Janet Melanie Murillo Chávez, del Grupo Parlamentario del PAN

El motor principal para que un país vaya en crecimiento radica en la igualdad que debe existir entre hombres y mujeres, y para lograrlo, esta igualdad debe trabajarse desde niños.

Hoy, en pleno siglo XXI, hemos logrado romper cualquier techo de cristal que impedía explotar y elevar toda esa capacidad, creatividad y conocimiento que por el simple hecho de ser mujeres temíamos compartir.

México ha sido uno de los países de Iberoamérica donde se han obtenido registros tempranos para que las mujeres logremos incursionar en el mundo de la ciencia, lo cual resulto muy certero, ya que grandes aportaciones como Marie Curie por su maravillosa investigación de los fenómenos de radiación, Francoise Barré-Sinoussi, quien realiza el descubrimiento del VIH, entre otras se pudieran conocer.

Hablar de igualdad de género y de ciencia son dos ejes transversales que deben continuar siendo impulsados no solo por el pleno de este recinto, sino por las y los mexicanos desde la niñez, ya que impulsar a que nuestras niñas no les sean impuestos estereotipos de campos de estudios permitirá mayor libertad de incursión en la comunidad científica.

Debemos impulsar políticas que estimulen la participación de las niñas y mujeres en el mundo de la ciencia ya que actualmente solo un 30 por ciento de los investigadores se constituye por mujeres en todas las regiones del mundo, además, de que, aunque existe un mayor número de estudiantes de grados en muchos contextos, en medida que se asciende en la carrera científica la posición de liderazgo apertura una brecha enorme.

Debemos seguir siendo parte de la lucha por todas las mujeres que nos antecedieron, por las que hoy confían en nosotros y por aquellas niñas que el día de mañana serán mujeres que merecen vivir en condiciones de igualdad y reconocimiento como cualquier ciudadano.

Es cuánto.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 13 de febrero de 2020.

Diputada Janet Melanie Murillo Chávez (rúbrica)

Con motivo del 15 de febrero, Día Internacional del Cáncer Infantil, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

El 15 de febrero ha sido declarado como el Día Internacional del Cáncer Infantil, instituido hace 15 años en Luxemburgo, desde entonces más de 90 países, encabezados por sus gobiernos y la sociedad civil en general, realizan cada año campañas a favor del mejoramiento de las condiciones de soporte y cuidado médico a los niños diagnosticados, así como una intensa difusión mediática con el fin de crear conciencia sobre los signos y síntomas del cáncer infantil.

En esta conmemoración participa activamente nuestro país pues lamentablemente en México, el cáncer infantil es un problema de salud pública. Se estima que entre 5 y 6 mil casos nuevos son detectados anualmente.1

Aproximadamente el 5 por ciento de los niños que mueren en el país es por cáncer. En la última década el promedio anual nacional es de 2 mil 150 muertes por cáncer infantil.

La sobrevida estimada en México es del 51 por ciento después del diagnóstico, sin embargo por tipo de tumor los linfomas, el retinoblastoma, germinal gonadal y los renales registran sobrevivencia hasta del 76 por ciento, no así los tumores del Sistema Nervioso Central, los tumores óseos o hepáticos y las leucemias que oscilan entre el 25 por ciento y 46 por ciento.2

Este dato es desolador ya que en los países de ingresos altos, más del 80 por ciento de los niños afectados de cáncer se curan, mientras que en países de ingresos medianos y bajos la tasa de curación es de aproximadamente el 20 por ciento consecuencia en su gran mayoría de la falta de diagnóstico, los diagnósticos incorrectos o tardíos y de las dificultades para acceder a la atención sanitaria.3

De ahí la importancia de sensibilizar y concientizar a la comunidad respecto de la problemática e incidencia de cáncer en niños y adolescentes, partiendo del reconocimiento rápido de los principales signos y síntomas de cáncer en el hogar, seguido por políticas públicas que permitan el diagnóstico médico oportuno y el tratamiento adecuado e integral.

Sabemos que el cáncer afecta a personas de todas las edades y puede aparecer en cualquier parte del cuerpo. Comienza con cambios genéticos en una sola célula que posteriormente se multiplica sin control. En muchos cánceres, este comportamiento da lugar a un tumor. Si no se trata, por lo general se extiende, invade otras partes del cuerpo y provoca la muerte.4

Sin embargo, el cáncer infantil requiere especial atención dentro de nuestro sistema de salud pues, aunado a que es una de las principales causas de mortalidad entre niños y adolescentes (la segunda solo después de los accidentes), a diferencia del cáncer en adultos, la inmensa mayoría de los cánceres en los niños no tiene una causa conocida y por lo tanto no se puede prevenir.

Muchos estudios han tratado de identificar las causas del cáncer infantil, pero son muy pocos los cánceres causados por factores ambientales o relacionados con el modo de vida en los niños por lo que un diagnóstico correcto y a tiempo, seguido del tratamiento terapéutico necesario es la mejor herramienta que se tiene para salvar vidas.

Cuando el cáncer se detecta en una fase temprana, es más probable que responda a un tratamiento eficaz y aumenten las probabilidades de supervivencia, se reduzca el sufrimiento y el tratamiento resulte más económico y menos intensivo.

El Día Internacional del Cáncer Infantil representa una gran oportunidad para coordinar los esfuerzos de todos los actores involucrados, autoridades del sector salud, voluntariados, ONG y sociedad civil en general, se unan a través de actividades que permitan transmitir a la población los conocimientos necesarios para detectar cualquier signo o síntoma de alerta en los menores.

Es, además, un día para expresar apoyo y solidaridad y para crear conciencia de que a toda persona le puede ocurrir en cualquier momento por lo que el estar informado sobre las manifestaciones iniciales de la enfermedad, pude ser la diferencia entre la vida y la muerte de niñas, niños y adolescentes.

En nuestro grupo parlamentario estamos convencidos de que es urgente impulsar la mejora continua de la calidad de la asistencia y promover la adopción de estrategias para hacer más eficiente el diagnóstico y el acceso oportuno a los servicios de salud de los más pequeños, hemos hecho propios los principios sobre los que se funda este importante día internacional, para trasladarlo a una agenda legislativa que pueda verse materializada en la atención a este problema.

Conmemoramos el Día Internacional del Cáncer Infantil, con la plena conciencia de que un día al año no es suficiente para dar las respuestas esperadas y con el compromiso de seguir trabajando poniendo siempre como prioridad la salud de las niñas y niños de México.

Notas

1 https://www.gob.mx/salud/censia/articulos/septiembre-mes-de-concientiza cion-del-cancer-infantil?idiom=es

2 http://ss.pue.gob.mx/dia-internacional-del-cancer-infantil-2/

3 https://www.who.int/cancer/es/

4 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/cancer-in-children

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 15 de febrero de 2020.

Diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica)

Con motivo del 13 de febrero, Día Mundial de la Radio, a cargo de la diputada Isabel Margarita Guerra Villarreal, del Grupo Parlamentario del PAN

Cada año, desde que se instituyó en 2011 por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, el 13 de febrero se conmemora el Día Mundial de la Radio.

La radio es un medio de comunicación que ha acompañado muchos de los grandes cambios sociales y tecnológicos que ha experimentado la humanidad.

La radio desde su creación con la construcción de radios receptores y las primeras transmisiones experimentales en la ciudad de Pittsburg, se convirtió en el medio de comunicación masivo por excelencia.

Las ondas hertzianas han sido la vía para comunicar, para transmitir todo tipo de eventos; guerras, revoluciones sociales, bombas atómicas, actos de terrorismo, hasta las grandes celebraciones como los juegos olímpicos, mundiales de futbol y cosas más cotidianas como la situación del tráfico en las ciudades y que ahora podemos disfrutar desde nuestros tradicionales aparatos receptores o en una computadora o un celular.

Hoy la radio es una muestra de la libertad, pluralidad y democracia, pues a través de ella se han escuchado los más grandes discursos que la humanidad haya conocido en los últimos 100 años, como el célebre “Yo tengo un sueño” de Martin Luther King, la toma de posesión presidencial de John F. Kennedy, el “No nos rendiremos jamás” de Winston Churchill durante la segunda guerra mundial o la reproducción del discurso final de la película “El gran dictador” de Chaplin.

La razón es que llega a todos los públicos, todas las personas tenemos acceso a un aparato receptor.

No así los medios impresos como los periódicos y las revistas que no se distribuyen en todo el territorio y no toda la población está alfabetizada o la televisión ahora digital y el cine que no está al alcance de todos; asimismo, el internet y las nuevas tecnologías de la información que han crecido de manera exponencial, pero no están al alcance de todos los públicos.

La radio ha evolucionado tecnológicamente, pero ha mantenido también su propio discurso democrático, derivado de la competencia entre concesionarios y de la pluralidad y diversidad de contenidos que transmiten.

Bien podemos señalar que la Radio en México ha cumplido y sigue cumpliendo con sus funciones sociales: como medios de información, como medios de formación con contenidos educativos, con su uso social difundiendo contenidos con vocación cultural, científico, de enseñanza y de aprendizaje de las lenguas y de los usos y costumbres indígenas.

También como medio de gestión social, que acompaña las demandas sociales ante las autoridades competentes.

Además, la radio cumple su función publicitaria para hacer valer los compromisos comerciales y empresariales de los concesionarios.

La radio ha sido un medio de entretenimiento con el poder de difusión y popularización del arte musical. La radio democratizó el acceso a la música, llega a todos lados y dejó de ser un asunto exclusivo de algunos.

Es con esa visión democratizadora, que debemos trabajar en favor de los medios de comunicación que nos acercan a todos.

La radio sigue cumpliendo con una importante función social que debemos mantener en condiciones de pluralidad y de libertad.

La radio es un medio que sigue inspirando a muchos.

Como presidenta de la Comisión de Radio y Televisión felicito a todas las mujeres y hombres que trabajan en la radio mexicana y que hacen que con su esfuerzo la Radio simplemente se adapte al tiempo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2020.

Diputada Isabel Margarita Guerra Villareal (rúbrica)