Gaceta Parlamentaria, año XXII, número 5502-VIII, martes 21 de abril de 2020
Que reforma el artículo 15 de la Ley de Petróleos Mexicanos, a cargo del diputado Antonio Ortega Martínez, del Grupo Parlamentario del PRD
Quien suscribe, diputado Antonio Ortega Martínez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, correspondiente a la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 15 de la Ley de Petróleos Mexicanos, conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
En 2013 se dio una transformación sin precedente en Petroleos Mexicanos, resultado de la imperiosa necesidad de desvincular en gran medida los recursos públicos de los recursos petroleros. Así se dotó a Pemex de mecanismos modernos para la administración de la misma con un claro enfoque hacia la transparencia corporativa; mismas que eran exigencia para poder competir contra las más grandes empresas petroleras del mundo.
Esta actualización a la petrolera paraestatal permitió que no perdiera su vigencia internacional, incluso sus notas crediticias aumentaron como se puede ver en la gráfica siguiente
Estas calificaciones son en gran medida consecuencias de los cambios estructurales y el robustecimiento de la paraestatal; sin embargo, los avances tuvieron estructuras que no se ajustan a los canones del gobierno corporativo en empresas de nivel internacional.
El caso de la estructura del consejo de administración de Pemex es uno de ellos, una junta que carece de lógica simetrica en su composición. Ana Lilia Moreno, en 2019 apuntaba: ... la presencia de 10 consejeros, cinco secretarios de Estado y cinco consejeros independientes, estos últimos nombrados por el presidente de la República y ratificados por el Senado, y que ejercen sus funciones de tiempo parcial y no tienen el carácter de servidores públicos. Tanto los secretarios como el director general son nombrados y removidos libremente por el presidente. De entrada, se observa una importante asimetría en la distribución del poder entre consejeros independientes y el grupo compacto de funcionarios que reportan al Ejecutivo no sólo en lo técnico, sino también en lo político...1
Esta asimetría en la conducción de la paraestatal también es alimentada por el procedimiento de designación de los consejeros independientes, ya que estos dependen de una designación directa del presidente con ratificación del Senado.
Se ha hecho incapie en la necesidad de transparantar la actuación del consejo de administración y la necesidad de mecanismos de rendición de cuentas de una paraestatal que a partir de 2018 ha ido perdiendo escalafones en sus calificaciones crediticias a partir del mal manejo del gobierno actual.
Una medida de transparencia es sin duda la obligación de que los consejeros independientes designados por el Ejecutivo federal, en el proceso de ratificación, tengan la obligación de comparecer ante la comisión de Energía de la Cámara de Diputados para que se tengan más elementos para el momento de la votación de su ratificación.
De igual forma se propone que el proceso de retificación pase a la Cámara de Diputados debido a la naturaleza económica que tiene el consejero independiente, ya que estos temas son facultad de dicha Cámara.
La propuesta es la siguiente:
Por lo expuesto, sometemos a la consideración de la honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 15 de la Ley de Petróleos Mexicanos
Artículo Único. Se reforman los párrafos quinto y sexto del artículo 15 de la Ley de Petróleos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 15. ...
I. y II. ...
III. Cinco consejeros independientes, designados por el Ejecutivo federal y ratificados por la Cámara de Diputados , quienes ejercerán sus funciones de tiempo parcial y no tendrán el carácter de servidores públicos.
Para efectos de lo dispuesto en la fracción III anterior, el Ejecutivo federal enviará la designación acompañada de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos para ocupar el cargo. La Cámara de Diputados ratificará, en su caso, mediante el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros presentes, la designación respectiva, previa comparecencia de la persona designada , dentro del improrrogable plazo de treinta días naturales siguientes a la recepción del nombramiento.
Si no se alcanzaren los votos mencionados o la Cámara de Diputados no resolviere dentro del plazo señalado, se entenderá rechazado el nombramiento respectivo, en cuyo caso el Ejecutivo federal enviará una nueva designación a ratificación de la Cámara de Diputados , en términos del párrafo anterior. Si esta segunda designación fuere también rechazada conforme a este párrafo, el Ejecutivo federal hará la designación del consejero independiente directamente, quién no deberá estar dentro de las designaciones enviadas previamente a la Cámara de Diputados y deberá contar con todos los requisitos previstos por este artículo.
El plazo previsto en los dos párrafos anteriores correrá siempre que la Cámara de Diputados se encuentre en sesiones.
...
...
Artículo 38. ...
La determinación referida será enviada la Cámara de Diputados para su aprobación por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros presentes, dentro del improrrogable plazo de treinta días naturales. El plazo referido correrá siempre que la Cámara de Diputados se encuentre en sesiones.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Nota
1 Moreno, Ana Lilia; En defensa (impopular) de los consejeros independientes de Pemex, en Animal Político, 29 de abril de 2019.
Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 21 de
abril de 2020.
Diputado Antonio Ortega Martínez (rúbrica)
Que reforma el artículo 4o. de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Claudia Reyes Montiel, del Grupo Parlamentario del PRD
La suscrita, diputada Claudia Reyes Montiel, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con base en los siguientes
Argumentos
La población afromexicana e indígena en México ha sido históricamente rechazada, discriminada y poco considerada en términos de reconocimiento de sus derechos y ejercicio de los mismos. Esta situación es más compleja aun cuando pensamos en las personas que además de ser indígenas o afrodescendientes son mujeres. De acuerdo con datos de la Encuesta Intercensal 2015 hay más de seis millones de mujeres indígenas en México,1 mientras que el número de mujeres afromexicanas se estima en alrededor de 705 mil personas.2
Con la finalidad de revertir la situación que vive este sector de la población es que durante el actual sexenio se creó el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, el cual tiene como objeto definir, normar, diseñar, establecer, ejecutar, orientar, coordinar, promover, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas, proyectos, estrategias y acciones públicas, para garantizar el ejercicio y la implementación de los derechos de los pueblos indígenas y afromexicano, así como su desarrollo integral y sostenible y el fortalecimiento de sus culturas e identidades.3
Con este mismo objetivo en julio de 2019 se aprobó la reforma constitucional al apartado C del artículo segundo constitucional mediante la cual se logró garantizar el pleno reconocimiento de los pueblos y comunidades afromexicanas como parte de la nación mexicana, así como de sus derechos.
Estas acciones, si bien sirven para reconocer y garantizar los derechos de los grupos indígenas y afromexicanos, es necesario seguir trabajando para consolidar no solo el reconocimiento de sus derechos, sino también su participación en diversos ámbitos, como es el caso de la participación política esfera en la que no se ha podido garantizar la participación y representación efectiva de las mujeres indígenas y afromexicanas.
Precisamente a fin de garantizar una mayor participación de las mujeres en la toma de decisiones, es que la actual legislatura del Congreso de la Unión aprobó la llamada reforma de paridad total, la cual establece desde la propia Constitución el pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres para participar en todos los espacios de poder en igualdad con los hombres, de igual forma estableció que la paridad es un principio que debe regir, de manera transversal, todo el quehacer público de los tres Poderes de la Unión y en los tres órdenes de gobierno.
Gracias a esta reforma la paridad de género es una obligación en los tres poderes y niveles de gobierno, así como también en los órganos autónomos, en las candidaturas a cargos de representación popular de los partidos políticos, en la elección de representantes ante los ayuntamientos en los municipios con población indígena; y se incorporó también el lenguaje que visibiliza e incluye a las mujeres en nuestra Carta Magna.
A fin de lograr consolidar y ampliar la participación de las mujeres en diversas esferas de la vida pública del país es que se presenta esta propuesta de reforma al artículo cuarto de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas para establecer que en el cumplimiento de sus facultades respecto al fortalecimiento de la participación de los pueblos indígenas y afromexicanos el instituto lo hará observando el principio constitucional de paridad de género.
Con la presente reforma se logrará no solo dar cumplimiento a la reforma constitucional, sino también permitirá que las mujeres indígenas y afromexicanas logren ampliar su participación. Finalmente es importante señalar que la reforma propuesta no generará un impacto presupuestario a nivel federal o local.
Es por lo anteriormente expuesto que se somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 4 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas
Único. Se reforma el artículo 4 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas para quedar como sigue:
Artículo 4. Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto tendrá las siguientes atribuciones y funciones:
I. ...
II. Aprobar y participar, en coordinación con las instancias competentes, en la formulación, ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos que realicen las dependencias y entidades de la administración pública federal con relación a los pueblos indígenas y afromexicano, garantizando la transversalidad institucional, interculturalidad, paridad de género y la pertinencia económica, social, cultural, política y lingüística.
III. a VIII. ...
IX. Garantizar, promover e instrumentar las medidas y acciones para el reconocimiento, respeto y ejercicio de los derechos y el desarrollo integral de las mujeres indígenas y afromexicanas, garantizando el principio de paridad de género.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.gob.mx/inpi/es/articulos/mujeres-indigenas-datos-estadistic os-en-el-mexico-actual?idiom=es
2 https://www.semujeres.cdmx.gob.mx/comunicacion/nota/llama-semujeres-pro teger-derechos-de-mujeres-afromexicanas
3 https://www.gob.mx/inpi/que-hacemos
Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 21 de
abril de 2020.
Diputada Claudia Reyes Montiel (rúbrica)
Que adiciona un artículo 301 Bis al Código Penal Federal, suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD
Quienes suscriben, diputadas y diputados federales a la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, e integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 6, numeral 1, fracción 1, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 301 Bis al Código Penal Federal.
I. Planteamiento del problema
La presente iniciativa tiene por objeto el agregar como agravante al delito de lesiones, el que éstas sean cometidas en contra del personal sanitario, en situación de emergencia sanitaria.
II. Argumentación
El 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General decretó emergencia sanitaria por razones de fuerza mayor en nuestro país, debido a la pandemia mundial causada por el virus Covid-19. Este virus ha causado más de 165 mil muertes y ha infectado a más de 2.3 millones de personas en todo el mundo. Al día de hoy, la cifra en México es de 8,261 enfermos y 686 fallecimientos.
Esta situación, junto con las medidas de aislamiento social, han provocado una gran incertidumbre en la población. No obstante las conferencias matutinas y vespertinas en las que se da información por parte de diversos funcionarios gubernamentales respecto a la pandemia y los casos en nuestro país, el gobierno no ha podido implementar una campaña de información efectiva que proporcione a la población los elementos necesarios para que, durante la etapa de cuarentena, pueda afrontar con tranquilidad y solidaridad, estos eventos.
Esta situación de desinformación e ignorancia de parte de la población ha derivado en diversos ataques al personal médico por parte de ciudadanas y ciudadanos que, asustados por un posible contagio derivado del contacto con estas personas, los insultan, agreden y les niegan servicios, debido a su profesión.
El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación registró los últimos 30 días, más de 140 quejas por discriminación, de las cuales 35 fueron interpuestas por personal de salud. Lo anterior ha obligado a las autoridades a implementar operativos especiales de traslado para el personal sanitario y a establecer vigilancia militar y policiaca en las unidades médicas con la finalidad de resguardar las instalaciones y al personal de posibles agresiones.
III. Fundamento legal
Con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
IV. Denominación del proyecto de decreto
Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un artículo 301 Bis al Código Penal Federal.
Por lo expuesto y fundado, plenamente convencidas y convencidos de la importancia del trabajo que desarrolla el personal sanitario en nuestro país, sometemos a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un artículo 301 Bis al Código Penal Federal
Único. Se adiciona un artículo 301 Bis al Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 301 Bis. Si la víctima fuere personal sanitario plenamente identificable, siempre y cuando se haya declarado emergencia sanitaria, se aumentará la pena que corresponda hasta en una mitad.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro,
sa los 21 de abril de 2020.
(Rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los gobiernos federal y estatales a dotar de equipo de protección al personal sanitario de los hospitales del sector salud para atender los probables casos de Covid-19, a cargo de la diputada Mónica Bautista Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD
Quien suscribe, diputada Mónica Bautista Rodríguez, a la LXIV Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de los Poderes Ejecutivos federal y estatales para dotar del equipo de protección necesario para atender los probables casos de Covid 19. Al personal sanitario de los hospitales pertenecientes al sector salud, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Durante las pasadas semanas, conforme hemos visto el incremento en el número de casos confirmados por Covid 19, hemos sido testigos también de un fenómeno que, por preocupante, debe ocupar los esfuerzos prioritarios de las y los titulares de los Poderes Ejecutivos federal y estatales. Este fenómeno es la denuncia de miles de médicas y médicos, personal de enfermería y personal administrativo por la falta de equipo de protección personal que resulta indispensable para que, quienes deben ocuparse de la atención sanitaria de las y los enfermos, no sean víctimas de esta enfermedad.
En muchos países del mundo, el personal sanitario, debido no sólo al desconocimiento de las características de la enfermedad que se produjo al inicio de la pandemia, sino también por la falta de abastecimiento de insumos, ha sido víctima del Covid 19.
En México, la situación no ha sido diferente. En muchos hospitales no sólo se ha denunciado la falta de equipo de protección personal, sino que, dentro de la propia comunidad sanitaria, se han producido graves brotes de la enfermedad. Esta situación fue denunciada por la Asociación de Médicos Internos de Pregrado, quienes han señalado que, además de los estudiantes de la Universidad Nacional Autónoma de México y del Instituto Politécnico Nacional que fueron retirados por sus instituciones educativas, existen todavía más de 2 mil 500 internistas, alumnos de escuelas privadas o universidades estatales que se encuentran en los hospitales sin el equipamiento adecuado y expuestos al virus prácticamente sin ninguna protección.
Es el caso también de hospitales públicos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en entidades como Veracruz, Baja California y la Ciudad de México, en donde ha habido expresiones de descontento por parte de los trabajadores de la salud que han denunciado estas carencias. Lo anterior ha encontrado su cúspide en algunos hospitales del Seguro Social, específicamente en el Hospital General Regional número 72, situado en Tlalnepantla, estado de México, en donde habría 43 infectados, por lo menos 27 de ellos personal de salud.
El mismo caso se replicó con el personal del Hospital Regional númera 20 del IMSS en Tijuana, Baja California, quienes denunciaron que tres enfermeros se encuentran hospitalizados por coronavirus en ese mismo hospital, en donde trabajaron atendiendo casos de Covid 19 sin el equipo de protección necesario, además al menos 10 enfermeras y residentes presentan síntomas. En el mismo sentido, los directivos del Hospital de la Niñez Oaxaqueña pidieron, el pasado 9 de abril, a las autoridades federales que se les dote de insumos, de frente a la inminencia de la declaratoria de la fase 3 de la emergencia sanitaria.
También en el estado de México, en Netzahualcoyotl, el Hospital General La Perla, dependiente del Instituto de Salud del Estado de México, personal médico exigió recibir material médico para atender a pacientes que puedan ser portadores de Covid 19, ya que la tarde del 9 de abril pasado, el director del área de urgencias falleció tras contraer esta enfermedad respiratoria, por lo que el personal solicitó la pronta atención de las autoridades para realizar su trabajo. Algunas de las trabajadoras del hospital denunciaron que el personal directivo les pidió trabajar en espacios donde se atienden a posibles pacientes con Covid 19 sin que cuenten con el equipo necesario.
El lunes 13 pasado, el personal sanitario del Hospital Balbuena y del Hospital General Regional Los Venados, ambos en Ciudad de México, se manifestó por las mismas razones. Es por todo lo anterior, que resulta urgente que el gobierno federal y los gobiernos estatales doten de estos insumos a los hospitales porque si las y los trabajadores sanitarios se encuentran en la primera línea de atención de la enfermedad, también resulta incuestionable que no pueden ser héroes o heroínas; debemos dotarlos de todas las medidas de seguridad que les permitan regresar a sus casas, con sus familias y gozando de plena salud.
Por lo expuesto y fundado, plenamente comprometida con el derecho a la salud del personal sanitario, pongo a consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los titulares de los Poderes Ejecutivos federal y de las entidades federativas para garantizar a la brevedad el suministro suficiente y necesario de equipo de protección para el personal sanitario, es decir, personal médico, de enfermería y administrativo de todas las clínicas y hospitales del sector salud, que participa en la atención de las personas contagiadas o probablemente contagiadas con Covid 19, especialmente en Baja California, estado de México, Ciudad de México, Oaxaca y Veracruz, en donde se han denunciado alarmantes carencias.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 21 de abril de 2020.
Diputada Mónica Bautista Rodríguez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal y la Ssa a ampliar los mecanismos para realizar pruebas y, en su caso, registrar casos relacionados con síntomas que podría provocar el contagio de Covid-19, a efecto de poseer mayor certeza de los que se atienden y registran por ese contagio, a cargo de la diputada Mónica Almeida López, del Grupo Parlamentario del PRD
Con fundamento en la facultad que otorga la fracción I del artículo 6, así como el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la que suscribe, diputada Mónica Almeida López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, me permito poner a consideración de esta asamblea legislativa, la siguiente proposición con punto de acuerdo que tiene por objeto girar atento y respetuoso exhorto al titular del Poder Ejecutivo y la Secretaría de Salud, a que en el ámbito de sus atribuciones y obligaciones amplíen los mecanismos para la realización de pruebas y, en su caso, el registro de casos relacionados con síntomas que podría provocar el contagio del Covid-19, a efecto de contar con una mayor certeza de los casos que se atienden y registran por dicho contagio, conforme a las siguientes
Consideraciones
El objeto del punto de acuerdo que aquí se presenta es lograr que se amplíen los mecanismos para la realización de pruebas y, en su caso, el registro de casos relacionados con síntomas que podría provocar el contagio del Covid-19, a efecto de contar con una mayor certeza de los casos que se atienden y registran por dicho contagio, además que se instalen módulos certificados que cumplan con las medidas de detección de Covid-19 en las distintas zonas urbanas y rurales del país, más allá de los centros epidemiológicos ya disponibles, a efecto de prevenir y detectar un mayor número de casos de Covid-19, de tal forma que puedan ser tratados conforme a los criterios de sanidad establecidos por la Organización Mundial de la Salud de manera oportuna.
El 31 de diciembre de 2019 se informó a la Oficina de la OMS en China de un brote de un nuevo virus altamente contagioso. Las autoridades chinas encontraron un nuevo tipo de coronavirus que fue aislado el 7 de enero de 2020, este virus es el que en la actualidad se conoce como Covid-19, mismo que ha presentado como un virus mortífero para la población humana.
En conferencia de prensa del día 28 de febrero de 2020, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, en compañía de la Secretaría de Salud confirma el primer caso de una persona contagiada de Covid-19 procedente de Italia.1
El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud realiza a través de un comunicado la declaratoria de pandemia por el brote de Covid-19, lo anterior tras presentarse 118 mil casos en 114 países, y 4 mil 291 muertes.ii
El 23 de marzo de 2020, mediante un acuerdo,iii el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, por lo que establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia.
El 24 de marzo de 2020, el Consejo Nacional de Salubridad declara la fase 2 de la epidemia y, además, por medio de un acuerdoiv establece las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) mismas que se enuncian a continuación:
1. Evitar la asistencia a centros de trabajo, espacios públicos y otros lugares concurridos, a los adultos mayores de 65 años o más y grupos de personas con riesgo a desarrollar enfermedad grave y/o morir a causa de ella, quienes en todo momento, en su caso, y a manera de permiso con goce de sueldo, gozarán de su salario y demás prestaciones establecidas en la normatividad vigente indicada en el inciso c) del presente artículo. Estos grupos incluyen mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, menores de 5 años, personas con discapacidad, personas con enfermedades crónicas no transmisibles (personas con hipertensión arterial, pulmonar, insuficiencia renal, lupus, cáncer, diabetes mellitus, obesidad, insuficiencia hepática o metabólica, enfermedad cardiaca), o con algún padecimiento o tratamiento farmacológico que les genere supresión del sistema inmunológico;
2. Suspender temporalmente las actividades escolares en todos los niveles, hasta el 17 de abril de 2020, conforme a lo establecido por la Secretaría de Educación Pública;
3. Suspender temporalmente las actividades de los sectores público, social y privado que involucren la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas a partir de la entrada en vigor de este acuerdo y hasta el 19 de abril de 2020.
i. Las dependencias y entidades de la administración pública federal y las organizaciones de los sectores social y privado, deberán instrumentar planes que garanticen la continuidad de operaciones para el cumplimiento de sus funciones esenciales relacionadas con la mitigación y control de los riesgos para salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) y garantizar los derechos humanos de las personas trabajadoras, en particular los señalados en el inciso a) del presente artículo, y de los usuarios de sus servicios.
ii. En el sector público, los titulares de la Áreas de Administración y Finanzas u homólogos o bien las autoridades competentes en la institución de que se trate, determinarán las funciones esenciales a cargo de cada institución, cuya continuidad deberá garantizarse conforme al párrafo anterior.
iii. En el sector privado, continuarán laborando las empresas, negocios, establecimientos mercantiles y todos aquéllos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, de manera enunciativa, hospitales, clínicas, farmacias, laboratorios, servicios médicos, financieros, telecomunicaciones, y medios de información, servicios hoteleros y de restaurantes, gasolineras, mercados, supermercados, misceláneas, servicios de transportes y distribución de gas, siempre y cuando no correspondan a espacios cerrados con aglomeraciones.
iv. Las relaciones laborales se mantendrán y aplicarán conforme a los contratos individuales, colectivos, contratos ley o Condiciones Generales de Trabajo que correspondan, durante el plazo al que se refiere el presente acuerdo y al amparo de la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional.
v. Todo lo anterior, con estricto respeto a los derechos laborales de las y los trabajadores, en los sectores público, social y privado;
4. Suspender temporalmente y hasta nuevo aviso de la autoridad sanitaria, los eventos masivos y las reuniones y congregaciones de más de 100 personas;
5. Cumplir las medidas básicas de higiene consistentes en lavado frecuente de manos, estornudar o toser cubriendo boca y nariz con un pañuelo desechable o con el antebrazo; saludar aplicando las recomendaciones de sana distancia (evitar saludar de beso, de mano o abrazo) y recuperación efectiva para las personas que presenten síntomas de SARS-CoV2 (Covid-19) (evitar contacto con otras personas, desplazamientos en espacios públicos y mantener la sana distancia, durante los 15 días posteriores al inicio de los síntomas), y
6. Las demás que en su momento se determinen necesarias por la Secretaría de Salud, mismas que se harán del conocimiento de la población en general, a través del titular de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.
Asimismo, al 24 de marzo de 2020 la Secretaría de Salud reportó 405 casos y 5 defunciones por Covid-19, en Cuidad de México (3), Durango (1) y Jalisco (1) con lo que fue el inicio de una serie de dudas que se presentan por la cantidad de contagios, ya que en proporción con otros países el nivel de contagio se encuentra por debajo del promedio internacional.
El día 30 de marzo de 2020 el Consejo General de Salubridad, mediante un acuerdo, declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19)v y se anuncian 7 nuevas medidas:
1. Suspensión de actividades no esenciales del 30 de marzo al 30 de abril.
2. Se extiende la jornada de sana distancia hasta el 30 de abril y se pide no realizar reuniones de más de 50 personas.
3. Exhorto a la población a un resguardo domiciliario voluntario.
4. Mayores de 60 años, personas diagnóstico, hipertensión, diabetes, inmunosupresión, estado de embarazo, diabetes no deben ir a trabajar.
5. Regreso a actividades laborales será escalonado.
6. Se suspenden censos que involucren interacción física.
7. Todas estas medidas se harán en pleno respeto a los derechos.
Al día 9 de abril de 2020, la Secretaría de Salud reporta un total de 3 mil 441 casos y 194 defunciones por Covid-19 en México,vi lo que en comparación con otros países a nivel internacional pareciera ser un número muy conservador de contagios lo que se debe en gran medida al modelo Centinela, dicha metodología es utilizada en el país desde 2006 como una herramienta de la Organización Mundial de la Salud que permite realizar recolección, integración, verificación y análisis de información epidemiológica en un reducido número de unidades monitoras, es decir que las unidades de monitoreo son la medida en la que se realizan las pruebas de contagio del virus de las cuales se toman muestras para realizar los diagnósticos para la identificación de umbrales de riesgo y generación de alertas, por lo que la medición y las cifras reales de contagios se miden con base en este modelo.vii
La Universidad Autónoma de México (UNAM) a través de su Coordinación de Investigación Científica (CIC) en un comunicado aseguró que la epidemia se ha extendido por todo el país, pero se registran como casos por infección respiratoria aguda (IRA) aun contando con síntomas similares al Covid-19, según el análisis que realizaron se incrementó en 150 mil casos por IRA en las últimas semanas, aunado a esto el subsecretario de salud Hugo López-Gatell confirmó que la cifra de contagios en el país puede ser de hasta ocho veces la registrada por la propia secretaría de salud.viii
En ese orden de ideas, lo que se debe buscar es identificar el mayor número de contagios posibles y/o casos de infección respiratoria aguda (IRA) a los que no se les realizan las pruebas por no ser diagnosticados como un posible caso de Covid-19, es decir, estamos acortando el umbral de población a la que se le realiza la prueba para la detección del virus, esto con el argumento de que al tratarse de un modelo (centinela) que busca tener una evaluación con un número limitado de sitios de vigilancia de manera sistémica y rutinaria para la toma de decisiones sobre la prevención y mitigación del virus.
Sin embargo, esta estrategia limita de manera exponencial los puntos donde la población puede realizarse la prueba para saber si se encuentra infectada de Covid-19 o efectivamente es una infección respiratoria aguda (IRA), por lo que se deben ampliar dichos sitios de pruebas para la población e implementar modelos innovadores sobre la manera en que la población tiene acceso a dichas pruebas sin la necesidad de poner en riesgo a otras personas por un posible contagio a la hora de realizarla.
Aunado a lo antes expuesto es muy importante que México cuente con un registro fidedigno y preciso de los casos presentados en el país ya que esto nos permitirá realizar un mayor registro documental sobre la pandemia y su comportamiento, es decir, se debe integrar un registro único de casos por Covid-19 lo cual le da certeza de la información y el estatus que vivimos y no derivar a los posibles casos a otras causas por síntomas como las infecciones respiratorias agudas ya que hay varias posturas de distintos científicos del país como la de la Coordinación de Investigación Científica de la UNAM que indican que no se está realizando un registro preciso al respecto, al contrario, se realizan subregistros de diagnósticos derivados por otras enfermedades aún cuando se tienen síntomas de contagio por el virus.
Por lo anteriormente expuesto a esta asamblea, someto a su consideración los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. - La Cámara de Diputados exhorta de manera atenta y respetuosa al titular del Poder Ejecutivo y la Secretaría de Salud a que en el ámbito de sus atribuciones y obligaciones amplíen los mecanismos para la realización de pruebas y, en su caso, el registro de casos relacionados con síntomas que podría provocar el contagio del Covid-19, a efecto de contar con una mayor certeza de los casos que se atienden y registran por dicho contagio.
Segundo. - La Cámara de Diputados exhorta, de manera atenta y respetuosa, a la Secretaría de Salud para que instalen módulos certificados que cumplan con las medidas de detección de Covid-19 en las distintas zonas urbanas y rurales del país, más allá de los centros epidemiológicos ya disponibles, a efecto de prevenir y detectar un mayor número de casos de Covid-19, de tal forma que puedan ser tratados oportunamente conforme a los criterios de sanidad establecidos por la Organización Mundial de la Salud de manera oportuna.
Notas
i https://www.gob.mx/salud/prensa/077-se-confirma-en-mexico-caso-importad o-de-coronavirus-covid-19
ii https://www.who.int/es/dg/speeches/detail/who-director-general-s-openin g-remarks-at-the-media-briefing-on-covid-19---11-march-2020
iiihttps://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=559016 1&fecha=23/03/2020
ivhttps://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590339 &fecha=24/03/2020
vhttps://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590745&fecha=30/03/2020
vihttps://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/546100/ Comunicado_Tecnico_Diario_Covid-19_2020.04.09.pdf
vii https://coronavirus.gob.mx/2020/04/09/conferencia-9-de-abril/
viii http://udgtv.com/noticias/unam-alerta-subregistro-casos-covid-19-mexico /
Palacio Legislativo de San Lázaro, Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 21 de abril de 2020.
Diputada Mónica Almeida López (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal, la SHCP y la Sener a reorientar la política energética nacional y realizar transferencias presupuestarias que permitan fortalecer las estrategias y los proyectos de inversión para generar energías renovables, ante la inminente inviabilidad de los proyectos energéticos proyectados en el Plan Nacional de Desarrollo centrados en hidrocarburos, a cargo de la diputada Mónica Almeida López, del Grupo Parlamentario del PRD
Con fundamento en la facultad que le otorga la fracción I del artículo 6, así como el artículo 79, inciso 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la que suscribe diputada Mónica Almeida López integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática se permite poner a consideración de esta asamblea legislativa, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y a la Secretarías de Hacienda y Crédito Público y la de Energía, para reorientar la política energética nacional, y realizar las transferencias presupuestales necesarias que permitan fortalecer las estrategias y proyectos de inversión para la generación de energías renovables, ante la inminente inviabilidad de los proyectos energéticos proyectados en el Plan Nacional de Desarrollo enfocados en hidrocarburos, de acuerdo con las siguientes
Consideraciones
En la actualidad, el sector energético se ha convertido en una condición para el crecimiento económico de los países, debido a la estrecha relación que existe entre el incremento del producto interno bruto y la demanda de energía de cada país, en México la transición energética está escrita pero no está presupuestada, por lo tanto solo son buenas intenciones careciendo de acciones concretas para lograrlo.
En ese sentido cobran relevancia los sucesos en materia energética que han marcado la viabilidad económica de diversas naciones entre las cuales México podría ser de los países más afectados debido a la inoperancia u omisión de acciones determinantes, ya que la volatilidad de los precios del petróleo en tiempos de pandemia tarde que temprano tendría que llegar a su fin, ya que sin duda estaba afectando la economía mundial y podría tener graves consecuencias sobre todo en los países con mayor poderío económico. Es por ello que la Organización de Países Exportadores de Petróleo y miembros invitados, se reunieron para sellar un acuerdo de reducción de la oferta y ponerle una pausa a la guerra de precios entre Rusia y Arabia Saudita, quienes días anteriores ya daban muestra de ciertos acuerdos al respecto.
Ante este escenario sin duda nuestro país, una nación que históricamente ha fundado sus cimientos económicos en los hidrocarburos y que hoy en día existe una gran incertidumbre ante dicha dependencia, estos acuerdos internacionales serían determinantes para nuestra nación, ya que a pesar de que en el año 2010 los ingresos petroleros representaban 34.7 por ciento de los ingresos totales del sector público, en el 2019 aportaron sólo 17.2 por ciento, que sumado a que en este 2020 se tenía una proyección de 49 dólares por barril y este año llego a estar incluso a 10 dólares, da muestra de la crisis energética con que cuenta nuestro país, por lo que un pacto que incrementara su precio sería determinante para evitar el colapso de Petróleos Mexicanos (Pemex), al que extraer un barril ante esta situación ya superaba el costo de su venta, a un costo promedio de 12 dólares y que puede llegar hasta 40 dólares en aguas profundas.
Por si esto fuera poco durante 2019 la producción de Pemex cayó en promedio 7.44 por ciento en comparación con cifras de ese mismo periodo del año anterior. Durante las últimas dos décadas la plataforma de producción de crudo en yacimientos en tierra y mar cayó de 3 millones 70 barriles diarios a un millón 678 mil barriles en promedio. Este factor es determinante ya que con estas caídas en la producción, la energía primaria del país disminuyó 7.7 por ciento, dando pasos agigantados para perder nuestra soberanía energética y estar a merced de los precios y condiciones extranjeras.
Ante esa situación los precios del petróleo tienen una tendencia inestable, y ya que nuestro país de manera generalizada tiene centrada gran parte de su economía en este rubro, y ante la comunidad internacional, la representante de México ya generó tensiones ante la negativa de reducir su producción para lograr incrementar el precio del crudo en el mercado, por lo tanto las condiciones internacionales representan una gran amenaza no solo en materia de comercialización y soberanía energética, sino de estabilidad económica, y no es para menos, ya que en días pasados la calificadora Standard & Poor´s (S&P) degrado la nota crediticia de México y Pemex de BBB+ a BBB, con perspectiva negativa, esto derivado de la posición que ocupa México ante la economía mundial.
En la escala de S&P México está a dos escalones de perder el grado de inversión y que sus bonos sean considerados basura en pocas palabras el dinero de todos los mexicanos, derivado de esto nuestra moneda local cotizaba en 23.45 por dólar, con una pérdida de 1.83 por ciento frente a los 22.93 del precio de referencia de Reuters del jueves y que además JP Morgan señaló que prevé una contracción de la economía de 7 por ciento para este año y de 35.5 por ciento en el segundo trimestre a tasa anual; pero por si esto fuera poco también Monex Europe precisó que las perspectivas económicas para la economía mexicana son precarias.
Por otro lado, entre más diversificación de fuentes de energía se tengan mayor es la soberanía, ya que dependiendo de los mercados, son las condiciones, inversiones y compensaciones energéticas, y son diversas las cartas que se tienen por jugar, no una sola apuesta donde si pierdes colapsas a la nación, por lo que países como Alemania, Brasil, Dinamarca, España, Canadá y Reino Unido, han desarrollado tecnologías que les han permitido utilizar diversas fuentes renovables, fundamentalmente para la generación de energía eléctrica. El análisis de las experiencias internacionales muestra que las energías renovables son un tema prioritario en las agendas energéticas, tanto en los países industrializados como en las economías en desarrollo, gracias a sus efectos positivos en las esferas ambiental, económica y social.
Entre 2006 y 2011, la capacidad de producción global de energías renovables, incluyendo grandes hidroeléctricas, creció a tasas promedio anuales muy altas (entre 17 y 58 por ciento). La energía solar fotovoltaica registró el crecimiento más acelerado, con un aumento en la capacidad instalada de 58 por ciento anual promedio durante el período citado. Por primera vez, en 2011 la energía solar fotovoltaica representó la mayor cantidad de nueva capacidad eléctrica instalada en la Unión Europea, más que ninguna otra tecnología. El proceso de transición hacia una mayor participación de las energías renovables en el mundo ha sido impulsado por una serie de factores, entre los cuales se destacan las preocupaciones de soberanía y de seguridad en el abasto de energía en países importadores; la alta volatilidad de los precios de los combustibles de origen fósil; las preocupaciones por los impactos ambientales de los sistemas energéticos, en particular el cambio climático; y la caída en precio de las tecnologías renovables como resultado del desarrollo tecnológico.
Años atrás se decía que el precio de producción de las energías renovables seguiría disminuyendo hasta 2020, año en el que se calculaba que competirán con el de los combustibles fósiles, vaticinaba el informe Costes de generación de las renovables en 2017, en Abu Dabi y que hoy ha quedado claro que ese día llego con las proyecciones mencionadas.1
En comparativa China es uno de los países con mayor producción de energía tanto fósil como de fuentes renovables, actualmente produce 15 veces más de lo que produce México en energías fósiles y 21 veces más de fuentes renovables, en ese sentido quien ha aparejado la distancia de producción entre sus fuentes es Brasil, en donde las energías renovables representan 65 por ciento de su producción fósil teniendo una transición energética importante, mientras que en México se ha rezagado ya que las energías renovables solo representan 9 por ciento de la producción de energías fósiles, razón por la cual aún estamos distantes en las apuestas de inversión.
Las energías renovables se están convirtiendo en la opción más barata. En Dinamarca, Egipto, India, Perú y los Emiratos Árabes Unidos el precio de electricidad renovable se fijó en 0.05 dólares por kilovatio/hora o menos, un precio que se encuentra muy por debajo de los costes equivalentes de combustibles fósiles y de la generación nuclear.2
Además de los beneficios económicos en materia de empleo es una apuesta realmente sustentable en virtud de que la energía renovable empleó a 9.8 millones en un solo año, encabezada por la energía solar fotovoltaica con 3.09 millones de empleos, según el informe anual de la Agencia Internacional de Energías Renovables.
Nuestro país por lo tanto se encuentra en una etapa clave para su futuro energético, hoy más que nunca, las energías renovables han cobrado gran relevancia, así como la continuidad de los objetivos de transición energética, ya que es fundamental para dar certeza tanto a las inversiones que ya se hicieron, como a las que se están emprendiendo, y esto no sólo es relevante para que haya nuevos proyectos de generación con energías renovables, sino que habilita una sólida oportunidad para la manufactura dentro del territorio nacional de los componentes y tecnología utilizada para su generación.
Por lo expuesto, sometemos a la consideración de este pleno el presente punto de acuerdo en los siguientes términos:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Energía, para reorientar la política energética nacional, y realizar las transferencias presupuestales necesarias que permitan fortalecer las estrategias y proyectos de inversión para la generación de energías renovables, ante la inminente inviabilidad de los proyectos energéticos proyectados en el Plan Nacional de Desarrollo enfocados en hidrocarburos.
Notas
1 https://www.evwind.com/tags/agencia-internacional-de-energias-renovable s/
2
https://www.ecoticias.com/energias-renovables/137154/
Informe-2017-sobre-la-situacion-mundial-de-las-energias-renovables
Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, Ciudad de México a 20 de abril de 2020.
Diputada Mónica Almeida López (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal, la Sener y Pemex a fortalecer los protocolos de prevención, detección y desinfección de accesos, transporte, áreas de trabajo y áreas comunes y plataformas marinas de Pemex para contar con un correcto control y vigilancia de contagios de Covid-19, así como intensificar los protocolos de vigilancia de embarcaciones con motivo de actos de piratería en las costas mexicanas, a cargo de la diputada Mónica Almeida López, del Grupo Parlamentario del PRD
Con fundamento en la facultad que otorga la fracción I del artículo 6o., así como el artículo 79, en su inciso 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la que suscribe, diputada Mónica Almeida López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, pone a consideración de esta asamblea legislativa la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, la Secretaría de Energía, la Secretaría de Marina y Petróleos Mexicanos a intensificar y fortalecer los protocolos de prevención, detección y sanitización de accesos, transporte, áreas de trabajo y áreas comunes, de las plataformas marinas de Pemex, para contar con un correcto control y vigilancia de contagios de Covid-19, así como intensificar los protocolos de vigilancia a embarcaciones con motivo de actos de piratería en las costas mexicanas, de acuerdo con las siguientes
Consideraciones
El informe (Dimensiones de derechos humanos en la respuesta al Covid-19) analiza las obligaciones del gobierno y las preocupaciones de derechos humanos planteadas por el brote de coronavirus junto con ejemplos de respuestas hasta el momento. Human Rights Watch propone recomendaciones para que los gobiernos tomen medidas para frenar el brote al tiempo que respetan los derechos humanos fundamentales, incluidos los derechos a la salud, la libre expresión, la no discriminación y la libertad de circulación.
A medida de que los gobiernos comienzan a ampliar su respuesta de salud pública, la amenaza planteada por el Covid-19 es una razón para reafirmar, en lugar de abandonar, los derechos de todas las personas, dijo , director ejecutivo de Human Rights Watch. Eso significa dar prioridad a la ciencia sobre la política, cuidar a los que están en mayor riesgo, evitar la censura, limitar los confinamientos y generar la confianza del público que es esencial para una respuesta efectiva.
Los gobiernos están obligados a garantizar el acceso a alimentos, agua, atención médica y apoyo para la atención de cuidado. Deben abordar las preocupaciones especiales de las personas en las prisiones, cárceles y centros de detención de inmigrantes, las personas mayores y las personas con discapacidad ingresadas en instituciones.
En varios países, el brote del Covid-19 ha puesto en evidencia deficiencias en los sistemas de protección de la salud pública y el bienestar social que dificultan la protección de las poblaciones en riesgo y reducen la transmisión de enfermedades. Los gobiernos deberían ampliar las campañas de información para garantizar que las personas conozcan el riesgo del Covid-19 y las estrategias para evitar la infección. Deberían garantizar que todas las personas puedan acceder a la atención médica esencial, incluidos los inmigrantes, los solicitantes de asilo y los refugiados; dirigir la ayuda para ayudar específicamente a los trabajadores de bajos salarios afectados; y abordar el impacto desproporcionado que afrontan las mujeres y las niñas. También deberían tomar medidas políticas específicas para cumplir el derecho a la educación, incluso si las escuelas están temporalmente cerradas.
Por otro lado en nuestro país el párrafo cuarto del artículo 4o. constitucional garantiza para todas las personas el derecho a la protección de la salud y corresponde al Estado asegurar la asistencia médica una vez que la salud, por la causa que sea, ha sido afectada; esto es lo que se llama el derecho a la atención o asistencia sanitaria, y tiene por ende el estado obligaciones positivas, es decir, de hacer, pero también de abstenerse de dañar la salud que es una obligación negativa, consistente en evitar que terceros o por omisión ante alguna situación se dañe la salud de los mexicanos.
Este derecho reviste gran importancia en estos momentos en que nos enfrentamos una pandemia, ya que la acción u omisión de los gobiernos son determinantes para poder cumplir con el mandato constitucional, por lo tanto el derecho a la salud no puede tomarse a la ligera y recae la responsabilidad en las autoridades.
En este momento la sociedad ha evaluado tanto en nuestro país como en el resto del mundo, los resultados de la acción u omisión de las autoridades y sus resultados, en algunos países catastróficos, es por ello que esta pandemia debe tomarse con máxima seriedad y generar las acciones necesarias para no trasgredir este derecho humano, la salud.
En ese orden de ideas en días pasados, a través de un comunicado de Pemex, se informó que se realizaron exámenes médicos a trabajadores del Abkatun-A, donde 13 personas se definieron como casos sospechosos de Covid-19, lo cual prendió las alarmas en razón de la potencial propagación y las condiciones en las que se desempeñan laboralmente en las plataformas marinas de Pemex, donde de acuerdo a las condiciones laborales, existe un gran riesgo de contagio, siendo necesario fortalecer las medidas de prevención y actuación para evitar contagios y proteger la salud de la fuerza laboral de la empresa más importante del país.
Por lo antes expuesto, sometemos a consideración de este pleno el presente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal, la Secretaría de Energía, la Secretaría de Marina y Petróleos Mexicanos a intensificar y fortalecer los protocolos de prevención, detección y sanitización de accesos, transporte, áreas de trabajo y áreas comunes, de las plataformas marinas de Pemex, para contar con un correcto control y vigilancia de contagios de Covid-19, así como intensificar los protocolos de vigilancia a embarcaciones con motivo de actos de piratería en las costas mexicanas.
Palacio Legislativo de San Lázaro, Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 21 de abril de 2020.
Diputada Mónica Almeida López (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a distintas autoridades federales y estatales a emitir protocolos de actuación para prevenir, atender y mitigar la pandemia de Covid-19 en los centros federales, estatales y municipales de prevención y readaptación social, garantizando con ello la salud y los derechos humanos de las personas privadas de la libertad, las visitas o los trabajadores, y los niños que viven ahí, a cargo de la diputada Mónica Almeida López, del Grupo Parlamentario del PRD
Con fundamento en la facultad que otorga la fracción I del artículo 6, así como el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados; la que suscribe, diputada Mónica Almeida López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, pone a consideración de esta asamblea legislativa el siguiente punto de acuerdo que tiene por objeto girar atento y respetuoso exhorto al Consejo de Salubridad General, a las Secretarías de Salud, de Seguridad y Protección Ciudadana, y de Gobernación; a la Comisión Nacional de Seguridad y el órgano administrativo desconcentrado de Prevención y Readaptación Social; así como a los titulares del Poder Ejecutivo de los gobiernos de los estados y de la Ciudad de México; para que en el ámbito de su competencia, facultades y atribuciones legales, emitan protocolos de actuación para la prevención, atención y mitigación de la pandemia de coronavirus Covid 19, al interior de los centros federales, estatales y municipales, de Prevención y Readaptación Social de las treinta y dos entidades federativas, garantizando con ello la salud y los derechos humanos de las personas privadas de la libertad, las personas que visitan o que trabajan en los centros penitenciarios, así como de las niñas y niños que viven en éstos; al tenor de los siguientes razonamientos de hecho y de derecho que se señalan en las siguientes
Consideraciones
I. Que por medio de este punto de acuerdo se tiene por objeto que se garanticen los derechos humanos y el derecho constitucional a la salud, de todas las personas que se encuentran privadas de su libertad al estar recluidas compurgando una pena o alguna medida de seguridad al interior de los centros penitenciarios de toda la República Mexicana. De igual forma, es indispensable establecer un control y vigilancia epidemiológica que permita prevenir o tratar casos de coronavirus Covid 19, entre las personas que visitan, trabajan o viven en los centros de prevención y readaptación social, ante la pandemia que se registra.
II. Que de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), los coronavirus (CoV) son una amplia familia de virus que pueden causar diversas afecciones, desde el resfriado común hasta enfermedades más graves, como ocurre con el coronavirus causante del síndrome respiratorio agudo severo (SRA-CoV). Un nuevo coronavirus el Covid 19, es una nueva cepa de coronavirus que no se había encontrado antes en el ser humano, produce infecciones que suelen acompañarse de fiebre y síntomas respiratorios tales como tos y disnea o dificultad para respirar. En los casos más graves, pueden causar neumonía, síndrome respiratorio agudo severo, insuficiencia renal e, incluso, la muerte.
III. Que una persona puede contraer el Covid 19, por contacto con otra que esté infectada por el virus. Esta enfermedad se propaga de persona a persona, a través de las gotículas procedentes de la nariz o la boca que salen despedidas cuando una persona infectada tose o exhala. Estas gotículas caen sobre los objetos y superficies que rodean a la persona, de modo que otras personas pueden contraer el Covid 19 si tocan estos objetos o superficies y luego se tocan los ojos, la nariz o la boca. También pueden contagiarse si inhalan las gotículas que hayan esparcido una persona con Covid 19 al toser o exhalar.
IV. Que la epidemia del Covid 19 fue declarada por la OMS una emergencia de salud pública de preocupación internacional el 30 de enero de 2020. Sin embargo, en razón del creciente número de casos en diversos países, continentes y en el mundo, en donde a principios del mes de marzo de 2020 se tenían contabilizados más de 118 mil casos en 114 países, y 4,291 personas han perdido la vida, la OMS el pasado 11 de marzo de 2020, calificó al brote del coronavirus Covid 19 como una Pandemia, enfermedad infecciosa que pone en riesgo la salud y, por tanto, la integridad de la población en general, en razón de su fácil propagación, por lo que se pronosticó que los casos de personas infectadas, muertes y países afectados aumentarían aún más.
V. Que la oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) en México, la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS) en México y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) se unieron para promover medidas sanitarias concretas a fin de prevenir y contener la potencial presencia del coronavirus Covid 19 en centros penitenciarios, por medio de los Estándares Avanzados de Naciones Unidas para el Sistema Penitenciario Mexicano (UNAPS, por sus siglas en inglés).
VI. Que el 23 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid 19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia.
VII. Que el 24 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid 19), el cual estableció las medidas preventivas que los sectores público, privado y social deberán poner en práctica, entre otras, suspender temporalmente las actividades que involucren la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas a partir de la entrada en vigor del propio Acuerdo y hasta el 19 de abril del 2020.
VIII. Que el lunes 30 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en Acuerdo del Consejo de Salubridad General, por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (Covid 19), en razón al aumento en el número de casos, por lo que se ha recomendado que los habitantes del país permanezcan en sus casas, para contener la enfermedad causada por el Covid 19.
IX. Ante la calificación del brote de coronavirus Covid 19 como una Pandemia por la OMS, y la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor de esta enfermedad declarada por el Consejo de Salubridad General de nuestro país, resulta indispensable salvaguardar la salud e integridad de ciertos grupos en situación de vulnerabilidad, como son las personas privadas de la libertad, debido a las condiciones de reclusión y los espacios reducidos de convivencia al interior de los centros penitenciarios, de tal forma que las acciones encaminadas para proteger este sector de la población son urgentes y relevantes.
X. Que el informe emitido por la Secretaría de Salud del gobierno federal, sobre el avance que ha tenido el Coronavirus en nuestro país hasta el miércoles 15 de abril de 2020, menciona 449 personas muertas, 5 mil 847 casos positivos con Covid 19, y 11 mil 717 casos sospechosos en el país de Covid 19.
XI. Que ante el incremento de casos que se han presentado en nuestro país, existe un potencial riesgo de que casos de coronavirus Covid 19 entren a los centros penitenciarios, lo cual generaría un efecto devastador en la población que se encuentra recluida en los mismos, en razón de las condiciones de hacinamiento, sobrepoblación y poca higiene que se encuentran algunos de estos espacios. Recientemente la Secretaría de Seguridad del Estado de México, a través de la subsecretaria de Control Penitenciario, confirmó el domingo 12 de abril de 2020, el contagio con coronavirus Covid 19 de cuatro reos y un elemento de seguridad y custodia del penal de Cuautitlán, y reportó que hay diecinueve casos sospechosos.
XII. Que, de acuerdo con la última publicación del Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional1 , emitida por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y el Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social; publicada en febrero de 2020, la población privada de la libertad asciende a un total de: 202 mil 337 personas, de las cuales la 173 mil 192 (85.60 por ciento) corresponden a población privada de la libertad del fuero común, y 29 mil 145 (14.40 por ciento) son personas privadas de la libertad del fuero federal.
XIII. Que, de acuerdo con esta estadística penitenciaria, en nuestro país existen 297 centros penitenciarios con una capacidad de 216,237 espacios. De este universo 19 son competencia del gobierno federal teniendo una capacidad de 33 mil 24 espacios; 13 del gobierno de la Ciudad de México con una capacidad de 27,718 espacios; y 265 de los gobiernos de los estados, con una capacidad de 155 mil 495 espacios.
XIV. De acuerdo con lo anterior resulta preocupante la sobrepoblación que presentan los centros penitenciarios en México, pues la estadística dada a conocer por la autoridad federal de la materia, dispone que existe una sobrepoblación al mes de enero de 2020 de 13 mil 900 personas privadas de libertad, distribuidas en 110 centros penitenciaros. De tal forma que los criterios de sana distancia en los centros de penitenciarios con sobrepoblación son casi imposibles, por lo cual es necesario que las autoridades de salubridad emitan protocolos especializados para dichos espacios, con la finalidad de actuar a manera de prevención ante una posible transmisión del coronavirus Covid 19.
XV. Que el día 7 de abril de 2020, la Secretaría de Salud Federal, dio a conocer diversos lineamentos y protocolos Covid 19; entre los que destaca el Protocolo de Actuación para la atención de Covid 19 al interior de Centros Federales de Reinserción Social (Ceferesos)2 . En dicho protocolo de manera general se establecen algunas acciones de sanidad al interior de los Ceferesos para proteger a la población ante la situación del Covid 19. Sin embargo en dicho protocolo no se visualiza a las poblaciones con mayor riesgo y vulnerabilidad ante la propagación del coronavirus Covid 19 en los centros penitenciarios, en razón de que no establece un enfoque diferenciado para tratar a personas con asma, con problemas respiratorios, personas con discapacidad, personas con cáncer, diabetes, VIH/sida, hipertensión, mujeres embarazadas, así como el trato que debe darse a niñas y niños que viven en los centros penitenciarios; es decir dicho protocolo no establece de forma clara la forma en que serán protegidos estos sectores vulnerables al interior y exterior de los centros penitenciarios de reinserción social.
De igual forma este documento no presenta que protocolos deben seguirse más allá de la restricción de visitas a los internos una vez que se de algún caso de infección por coronavirus Covid 19, así como el tratamiento que se les debe de dar a las personas que visitan estos espacios, de las personas que trabajan en los centros de reclusión tales como custodios, administrativos, jueces, abogados; desde sus ingresos, cuidados higiénicos y la sana distancia. Por lo cual es necesario profundizar este documento para que se establezcan con claridad los procedimientos que se deben seguir para evitar una propagación del coronavirus Covid 19 en los centros penitenciarios.
XVI. Que, si bien es cierto la Secretaría de Salud, emitió un protocolo de actuación para los Centros Penitenciarios de Reinserción Social federales, este no considero a la mayor población en reclusión del país, que se encuentra en los centros estatales y municipales, pues como se estableció estos representan a 173 mil 192 personas privadas de la libertad, es decir 85.60 por ciento de todo el país, los cuales están distribuidos en 13 centros a cargo de la Ciudad de México y 265 a cargo de los gobiernos de los estados. Por lo cual es necesario se emita un protocolo de actuación para las 32 entidades federativas, que pueda contribuir al combate, prevención y tratamiento de casos de coronavirus Covid 19. Resulta ser competente en términos de lo dispuesto en los artículos 73, fracción XVI, Base 1a, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4o., fracción II, de la Ley General de Salud, el Consejo de Salubridad General, al tener el carácter de autoridad sanitaria y que sus disposiciones generales son obligatorias en el país.
XVII. Que ante la pandemia de Covid 19, todas las autoridades en conjunto con la sociedad realizan labores de prevención, sin embargo en el caso de los centros preventivos y de readaptación social, estas actividades aún no se han materializado y al ser estos espacios de riesgo inminente de propagación, es necesario que desde las diferentes competencias y facultades de la Secretaría de Salud, en coordinación con los titulares de los Poderes Ejecutivos de los estados, implementen medidas para prevenir el contagio del Covid 19, en las personas privadas de la libertad, brindando atención médica, implementando medidas para prevenir el contagio dentro de las instalaciones carcelarias, destinando infraestructura para atender y proteger de posibles infecciones, y de igual forma sean administrados los suministros necesarios para mantener la higiene de dichos espacios.
XVIII. Lo que sucede a nivel mundial derivado de la emergencia del coronavirus Covid 19, requiere de un esfuerzo coordinado de las diferentes autoridades de los tres órdenes de gobierno, de tal forma que los esfuerzos deben de ir en un mismo sentido con la finalidad de salvaguardar la salud de todos los mexicanos, pues el acceso a la información y la provisión adecuada de atención médica, incluidos los trastornos mentales, son aspectos esenciales para preservar los derechos humanos en los centros penitenciarios. Es por ello que a través de este punto de acuerdo promovemos que se gire atento y respetuoso exhorto al Consejo de Salubridad General, a las Secretarías de Salud, Seguridad y Protección Ciudadana, y de Gobernación; a la Comisión Nacional de Seguridad y el órgano administrativo desconcentrado Prevención y Readaptación Social; así como a los titulares del Poder Ejecutivo de los gobiernos de los estados; para que en el ámbito de su competencia, facultades y atribuciones legales, emitan protocolos de actuación para la prevención, atención y mitigación de la pandemia de coronavirus Covid 19, al interior de los centros federales, estatales y municipales, de prevención y readaptación social, de las treinta y dos entidades federativas, garantizando con ello la salud y los derechos humanos de las personas privadas de la libertad, de las personas que visitan o que trabajan en los centros penitenciarios, así como de las niñas y niños que viven en los mismos.
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión LXIV Legislatura, exhorta respetuosamente al Consejo de Salubridad General para que, en el ámbito de sus atribuciones legales amplíe y profundice el Protocolo de actuación para la atención de Covid 19 al interior de Centros Federales de Reinserción Social. Lo anterior con la finalidad de atender y contener la pandemia de Covid 19 en los Centros Penitenciarios Federales.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión LXIV Legislatura, exhorta respetuosamente al Consejo de Salubridad General para que, en el ámbito de sus atribuciones legales, emita un Protocolo de actuación para la prevención, atención y mitigación de la pandemia de Covid 19 al interior de los centros estatales y municipales de Prevención y Readaptación Social de las treinta y dos entidades federativas.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión LXIV Legislatura, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que, en coordinación con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional de Seguridad y el órgano administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social; implementen de manera urgente medidas de control y vigilancia para la prevención de contagios de casos de coronavirus Covid 19, al interior y exterior de los Centros Penitenciarios Federales, garantizando con ello la salud y los derechos humanos de las personas privadas de la libertad, las personas que visitan o que trabajan en los centros penitenciarios, así como de las niñas y niños que viven en los mismos.
Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión LXIV Legislatura, exhorta respetuosamente a los titulares del Poder Ejecutivo de los gobiernos de los estados, para que implementen de manera urgente medidas de control y vigilancia para la prevención de contagios de casos de coronavirus Covid 19, al interior y exterior de los centros estatales y municipales de Prevención y Readaptación Social, garantizando con ello la salud y los derechos humanos de las personas privadas de la libertad, las personas que visitan o que trabajan en los centros penitenciarios, así como de las niñas y niños que viven en los mismos.
Notas
1 Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional. Disponible en:
http://pyrs.gob.mx/sipot/cgprs_doc/2020/Estadistica/CE_0 1_2020.pdf
2 Disponible en: https://coronavirus.gob.mx/documentos-de-consulta/
Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 20 de abril de 2020.
Diputada Mónica Almeida López (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Inegi y a la STPS, a garantizar los derechos laborales de los trabajadores que participaron en el Censo de Población y Vivienda de 2020, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD
Quienes suscriben, diputadas y diputados federales, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Inegi, es un organismo público autónomo responsable de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, así como de captar y difundir información de México en cuanto al territorio, los recursos, la población y economía, que permita dar a conocer las características de nuestro país y ayudar a la toma de decisiones. Dicho instituto se creó el 25 de enero de 1983 mediante decreto presidencial y el 15 de julio de 2008, pasó a ser un organismo constitucionalmente autónomo.
Como cada diez años, este año el Inegi realizó su Censo de Población y Vivienda, el cual tuvo por objeto el recuento de todas las personas que habitan en México y de sus viviendas. Por tal motivo, a principios de año lanzó una convocatoria en todo territorio nacional para reclutar personal temporal que le permitiera hacer frente a este importante mandato, con lo que se esperaba tener una participación de 151 mil entrevistadores.
Cabe destacar que el Censo de Población y Vivienda se levantaría, en una primera etapa masiva, del 2 al 27 de marzo del 2020, y una segunda etapa de verificación, que se llevaría a partir de los primeros días mes de abril, y los resultados de darían a conocer en el último trimestre de este año. Sin embargo, debido a la emergencia sanitaria decretada el 30 de marzo, el organismo autónomo comunicó que la segunda etapa sería diferida hasta nuevo aviso.
A inicios del mes de abril circuló la noticia de que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía despidió a cerca de 18 mil verificadores y supervisores de sus trabajadores ante la emergencia sanitaria por Covid-19, sin haber concluido sus contratos laborales y sin pagar lo estipulado en los mismos, según las denuncias de los propios trabajadores.
Los verificadores señalaron que mediante un documento titulado Terminación de los efectos del nombramiento, se les informó que con esa fecha el Inegi daba por terminada la relación de trabajo, sin responsabilidad para el Instituto, por lo que los empleadores del Inegi firmaron su renuncia el 3 de abril, terminando su contrato laboral 15 días antes de lo establecido, pues la vigencia del mismo concluiría el 17 de abril. El Instituto justificó el despido de sus empleados advirtiendo que el Censo 2020 se había postergado, pues ante la pandemia por coronavirus, las entrevistas físicas son imposibles de realizarse por cuestiones de seguridad.
Es importante mencionar que el pasado 30 de marzo, el Consejo de Salubridad General decretó emergencia nacional sanitaria por Covid-19 en la que se estableció el paro de labores no esenciales hasta el 30 de abril de este año. Por su parte, la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), aseguró que no había fundamento legal para despedir o dejar de pagar salarios a los trabajadores. De acuerdo con la Ley de Federal del Trabajo (LFT), las empresas y patrones deberán pagar el salario íntegro a sus empleados.
Por lo anterior es importante recordar que los artículos 42 Bis, 427, fracción VII, y 429, fracción IV, de la Ley Federal del Trabajo, señalan que en caso de que las autoridades competentes emitan una declaratoria de contingencia sanitaria que implique la suspensión de las labores o trabajos, el patrón estará obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes.
Es por ello que el Grupo Parlamentario del PRD hace un respetuoso llamado al Instituto Nacional de Estadística y Geografía y a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, para garantizar los derechos laborales de los trabajadores que participaron en el Censo de Población y Vivienda 2020, garantizando con ello lo establecido en nuestra Constitución y en la ley de la materia.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, plenamente comprometidas y comprometidos con los derechos laborales de las y los mexicanos, ponemos a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al Instituto Nacional de Estadística y Geografía y a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social a garantizar los derechos laborales de los trabajadores que participaron en el Censo de Población y Vivienda 2020.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de abril de 2020.
(Rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE y los gobiernos de Oaxaca, Tlaxcala y Puebla a otorgar todas las facilidades y los apoyos económicos a las familias de los migrantes fallecidos en EUA víctimas de la pandemia de Covid-19 y hacer pública la información respecto a las acciones emprendidas, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD
Quienes suscriben, diputadas y diputados federales, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan a esta asamblea, proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El pasado 16 de abril, fuentes del gobierno norteamericano dieron a conocer que se han producido 276 decesos de mexicanos en los Estados Unidos, de los cuales 247 han acaecido en la ciudad de Nueva York. Asimismo, señalaron que se tiene registro de 46 personas contagiadas y 47 más en aislamiento y que, en su mayoría, estas personas son originarios de Oaxaca, Tlaxcala y Puebla.
Esta cifra representa un incremento de 155.5 por ciento en únicamente una semana, ya que el 8 de abril pasado, la Secretaría de Relaciones Exteriores dio a conocer una cifra de 108 mexicanos fallecidos por esta causa.
Es importante señalar que ha habido múltiples quejas y denuncias de las familias de estas personas que, por falta de apoyo económico o consultar no han logrado repatriar los restos de sus deudos, debido a la falta de dinero pero también porque algunos consulados, como el de Manhattan, ya no cuentan con fondos para cubrir los traslados de los cuerpos, de los cuales, anteriormente, se hacía cargo.
En un contexto en el que Estados Unidos se ha convertido en el principal foco de la pandemia por Covid 19, resulta de vital importancia asistir a quienes, obligados por la pobreza, la falta de empleo o la violencia, han buscado, allende nuestras fronteras, una esperanza de una vida más digna.
Es por lo anterior que, desde el Grupo Parlamentario del PRD hacemos un llamado a la cancillería mexicana para garantizar que las mexicanas y los mexicanos que han perdido la vida en el contexto de esta pandemia en Estados Unidos, puedan gozar, mínimamente, de un entierro digno.
Por lo expuesto y fundado, plenamente comprometidas y comprometidos con los derechos de las y los mexicanos en el extranjero, ponemos a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de
Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a los gobiernos de Oaxaca, Tlaxcala y Puebla para otorgar todas las facilidades y apoyos económicos a las familias de los migrantes fallecidos en Estados Unidos, víctimas de la pandemia de Covid 19 y hacer pública la información respecto a las acciones emprendidas.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de abril de 2020.
(Rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP a hacer del conocimiento público el plan económico de emergencia e incluir en él un programa destinado a la conservación y el mantenimiento carreteros, a cargo de la diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora, del Grupo Parlamentario del PRD
La suscrita, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, Norma Azucena Rodríguez Zamora, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. Es sabido que en México, la emergencia sanitaria por la epidemia de Covid-19, enfermedad producida por el virus SARS-CoV2, además del lamentable costo en la salud pública y en las vidas de personas, tendrá como repercusión una crisis económica con altos índices de destrucción de fuerzas productivas, quiebra de empresas y pérdida de cientos de miles o de millones de empleos formales e informales.
2. Los Pre Criterios 2021 de política económica, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público remitió a la Cámara de Diputados, en cumplimiento del artículo 42, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), establecen una estimación de decrecimiento del producto interno bruto del país de entre el 0.1 y el 3.9 por ciento para el presente ejercicio (CEFP, 2020).
3. Otras estimaciones, como las del Fondo Monetario Internacional y JP Morgan, prevén respectivamente, un decremento del 6.6 o del 7 por ciento del PIB de México, lo que implicará, aún en la estimación más optimista de la SHCP, la quiebra de muchas empresas y la pérdida de entre un millón y millón y medio de empleos formales y de una incontable cantidad de empleos informales.
4. Históricamente, el sector comunicaciones y transportes es generador de empleos al emprender la construcción y el mantenimiento de las grandes obras de infraestructura del país. Además, al establecer la conectividad dentro del país y desde nuestra nación con el resto del mundo, crea las condiciones para el crecimiento económico de todas las ramas de la economía, pues favorece el comercio, el intercambio, la modernización y es factor para la creación de la riqueza, lo que redunda en el progreso social al generar empleos.
5. Pese a lo anterior, el Ramo 09 de Comunicaciones y Transportes fue castigado en los Presupuestos de Egresos de la Federación de los ejercicios de 2019 y de 2020. En los Presupuestos de 2017 y de 2018, dicho Ramo 09 recibió 84 mil millones de pesos en cada ejercicio. En cambio, en el PEF de 2019 solo fue de 66 mil millones de pesos, lo que implicó una reducción equivalente al 21.4 por ciento (Cámara de Diputados, 2018). Siguiendo esta tendencia a la baja, en el PEF 2020 el presupuesto correspondiente apenas alcanzó los 54 mil millones de pesos, lo que significó una nueva reducción de 12 mil millones de pesos (Cámara de Diputados, 2019).
6. El maltrato presupuestal al Ramo de Comunicaciones y Transportes se expresó nítidamente en materia de conservación y mantenimiento carretero. Si en el PEF de 2019 se destinaron en total 23 mil millones de pesos en los dos programas que conforman este rubro, para el ejercicio de 2020 solo se contemplaron 16 mil 800, una reducción de más de 6 mil millones de pesos.
7. Pero, además, el anexo estadístico del informe del cuarto trimestre de 2019 de la SHCP muestra que el gobierno gastó menos de lo que se presupuestó para la conservación y mantenimiento de las carreteras del país (SHCP, 2020).
Como ya se dijo, el presupuesto contenido en el Anexo 28 del PEF de 2019 contempló 23 mil millones de pesos en esta materia, pero en el transcurso del ejercicio solo se autorizaron 22 mil millones de pesos. Al cierre del año, la autoridad hacendaria encontró que solo se aplicaron 21 mil millones de pesos. Esto quiere decir que se ejercieron 2 mil millones de pesos menos que los presupuestados, equivalentes a cerca del 10 por ciento, como se puede ver en el siguiente cuadro:
Fuentes : Elaboración propia con datos de:
Cámara de Diputados. Decretos del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2019 y de 2020
SHCP (2020). Informes sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública. Cuarto Trimestre de 2019. Anexos de finanzas públicas, tabla B114 .
8. Hasta la fecha, el gobierno mexicano ha sido omiso en el establecimiento de un plan económico de emergencia que mitigue los efectos perniciosos de la crisis y defienda al empleo. El llamado informe al pueblo mexicano, que el presidente de la República expuso el pasado 2 de abril, dejó pendiente un pronunciamiento respecto a esta materia, situación que continúa hasta la fecha, pese al compromiso presidencial de que el titular de la SHCP haría un anuncio al respecto.
9. No es con recortes a los presupuestos de los programas de inversión para la conservación y el mantenimiento carretero, ni mucho menos con subejercicios disfrazados de ahorros, como se defenderá el empleo de los trabajadores mexicanos y la subsistencia de las micro, pequeñas y medianas empresas, que sufrirán un serio golpe por la crisis económica.
Entre muchos otros rubros del gasto público, los gastos de inversión en infraestructura y, particularmente, los que se dedican a la conservación y mantenimiento carretero, son estratégicos para detonar la actividad económica nacional y la de las regiones del país. Es por ello que, como parte de un plan económico de emergencia, debe considerarse su incremento como una de las medidas contra-cíclicas a adoptarse en las próximas semanas y meses.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, solicito atentamente que se apruebe la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único .- Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a hacer del conocimiento público el Programa Económico de Emergencia y a incluir en el mismo el programa destinado a la conservación y mantenimiento carretero.
Referencias
Cámara de Diputados (12 de diciembre de 2018). Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2019. Obtenido de DOF:
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5547479&f echa=28/12/2018
Cámara de Diputados (11 de diciembre de 2019). Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2020. Obtenido de DOF:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2020_111 219.pdf
CEFP (2 de abril de 2020). Aspectos Relevantes Pre-Criterios 2021. Obtenido de Centro de Estudios de las Finanzas Públicas: https://www.cefp.gob.mx/publicaciones/documento/2020/cefp0102020.pdf
SHCP (1 de abril de 2020). Informes sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública. Cuarto Trimestre de 2019. Obtenido de SHCP:
https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/work/models /Finanzas_Publicas/docs/congreso/infotrim/2019/ivt/01inf/itindc_201904. pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro.- Ciudad de México, a 21 de abril de 2020.
Diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Presidencia de la República a hacer de conocimiento público su acuerdo con las empresas privadas concesionarias de radio y televisión y motivar y fundamentar la decisión de entregar a éstas los tiempos oficiales, suscrita por las diputadas Norma Azucena Rodríguez Zamora y Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del PRD
Las suscritas, diputadas integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, Norma Azucena Rodríguez Zamora y Verónica Juárez Piña, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentamos ante esta soberanía Proposición con Punto de Acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. En su conferencia para la prensa matutina del 3 de abril de 2020, el presidente de la República Andrés Manuel López Obrador anunció que ese mismo día firmaría el acuerdo para devolver los tiempos oficiales de radio y televisión a las empresas concesionarias privadas.
2. Como motivación de esa determinación adujo lo siguiente, según consta en la versión estenográfica de la mencionada conferencia (AMLO, 2020):
...hice un compromiso hace un tiempo en una reunión con concesionarios de radio, de televisión y les ofrecí que íbamos a analizar la devolución de los tiempos oficiales; y hoy voy a firmar el acuerdo, devolvemos los tiempos oficiales a estaciones de radio, canales de televisión, ... la industria de la radio y la televisión está pasando por un mal momento porque han bajado sus ingresos en general y nosotros no podemos darles dinero para publicidad, como era antes, se ha reducido considerablemente y se va a reducir aún más el gasto de publicidad. Entonces, con esta medida ellos van a poder comercializar esos tiempos y son ingresos que les van a ayudar a mantener sus empresas y sobre todo a mantener el trabajo de muchos quienes laboran en esta industria.
De la transcripción estenográfica de su declaración, publicada en el sitio de Internet particular del propio presidente de la República, se desprende que el mismo expuso los siguientes argumentos como motivación de dicha decisión:
- que hizo un compromiso con los concesionarios de radio y televisión,
- que la industria de la radio y la televisión está pasando por un mal momento y
- que la llamada devolución de los tiempos oficiales permitirá a las empresas privadas concesionarias comercializar dichos tiempos.
3. El compromiso que el presidente de la República hizo con las empresas privadas concesionarias de radio y televisión, al que se refiere el numeral anterior y siempre según su propia declaración, es un compromiso que hasta la fecha se mantiene en secreto, oculto a la opinión pública, a los órganos reguladores y administradores competentes y al Poder Legislativo.
4. No pasa desapercibido para las suscriptoras de esta proposición el que horas después de la declaración presidencial citada el titular de Comunicación Social de la Presidencia de la República, Jesús Ramírez Cuevas, a través de un mensaje publicado en su cuenta personal de la red social Twitter, precisó que la llamada devolución solo afectaría a la proporción de los tiempos fiscales cuyo uso está reservado al Poder Ejecutivo.
5. Las suscriptoras tampoco omiten referir que, pese a que en la conferencia de prensa a que se hizo referencia en los numerales anteriores, el propio titular del Ejecutivo anunció que ese mismo día firmaría el Acuerdo mediante el cual devolvería los tiempos oficiales a las empresas concesionarias, sin que hasta la fecha se haya publicado ningún acuerdo o decreto respecto a dicho tema en el Diario Oficial de la Federación.
4. Se debe tener presente que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales, entre otros, el espacio situado sobre el territorio nacional.
El mismo artículo señala que el dominio de la nación sobre los recursos naturales es inalienable e imprescriptible y que la explotación de los mismos, incluido el espacio radioeléctrico que se utiliza para las trasmisiones de radio y televisión, requiere de concesiones reguladas por la ley (Congreso de la Unión, 1917).
5. El concepto legal de tiempos oficiales de radio y televisión se encuentra en el artículo 4 de la Ley General de Comunicación Social (Congreso de la Unión, 2018) que define que:
- Tiempo del Estado son 30 minutos diarios gratuitos de transmisión de cada estación de radio y canal de televisión que todos los concesionarios, sean públicos o privados;
- Tiempo fiscal son los tiempos al aire en radio y televisión que recibe el Estado como pago en especie del impuesto sobre servicios expresamente declarados de interés público; y que
- Los tiempos oficiales comprenden la suma del tiempo del Estado y los tiempos fiscales.
6. Además de ello, el artículo 41 de la Constitución establece que, a partir del inicio de las precampañas y hasta la jornada electoral, el Instituto Nacional Electoral será la autoridad encargada de administrar los tiempos oficiales para garantizar el acceso de todos los partidos políticos y candidatos a los medios de comunicación social, así como para permitir a las propias autoridades electorales la difusión de sus campañas informativas institucionales. En ese periodo, la autoridad electoral es la administradora de los tiempos oficiales, los cuales debe distribuir conforme a las fórmulas contenidas en la Ley Electoral.
7. Al ser los tiempos oficiales en radio y televisión uno de los resultados de la propiedad inalienable e imprescriptible de la nación sobre sus recursos naturales, no cabe suponer que tenga fundamento constitucional ninguna devolución de los mismos a las empresas que, en virtud de concesiones del Estado, explotan comercialmente el espacio radioeléctrico.
La aplicación de una medida como la anunciada por el Presidente de la República sería claramente inconstitucional.
8. De acuerdo con las leyes, los tiempos oficiales en radio y televisión son la suma de los tiempos del Estado y los tiempos fiscales, como ha quedado expuesto. Es por ello que tampoco es legal la precisión hecha por vías informales por el vocero presidencial, pues el intento de separar los dos tipos o clases de tiempos oficiales entraría en contradicción con el texto constitucional, además de que sería del todo ilegal el que el presidente en turno regalara graciosamente una prerrogativa de que dispone en virtud de su cargo y para los fines institucionales que la ley señala, como si fuera de su propiedad personal.
9. Como se ha expuesto, el uso y explotación del espacio radioeléctrico está sujeto a las disposiciones constitucionales y a diversas leyes reglamentarias. Por ello son de interés general tanto las decisiones que se adopten respecto del uso del mismo, como los términos de los derechos e impuestos que generen su usufructo.
Por lo expuesto y fundado, solicitamos antentamente se apruebe la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta al presidente de la República a que haga del conocimiento público el contenido y los términos del compromiso que adoptó con las empresas privadas concesionarias de radio y televisión, compromiso que anunció el 3 de abril de 2020.
Segundo . Se exhorta al presidente de la República a que motive y fundamente, constitucional y legalmente, su decisión de entregar los tiempos oficiales a las empresas privadas concesionarias de radio y televisión para su explotación comercial.
Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 21 de abril de 2020.
Diputadas: Norma Azucena Rodríguez Zamora y Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbricas)Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal y la CFE a suspender el cobro de derechos por el servicio de electricidad en tarifas de uso doméstico durante abril y mayo, y el resultante adicionarlo y distribuirlo de manera proporcional en los meses restantes de 2020, como medida de apoyo a la sociedad afectada por la pandemia del Covid-19, a cargo de la diputada Mónica Almeida López, del Grupo Parlamentario del PRD
Con fundamento en la facultad que otorga la fracción I del artículo 6, así como el artículo 79 numeral 1 fracción II y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la que suscribe, diputada Mónica Almeida López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, pone a consideración de esta asamblea legislativa el siguiente punto de acuerdo que tiene por objeto girar atento y respetuoso exhorto al titular del Poder Ejecutivo federal y la Comisión Federal de Electricidad, a suspender el cobro de derechos por el servicio de energía eléctrica en tarifas de uso domestico durante los meses de abril y mayo, y el resultante sea adicionado y distribuido de manera proporcional en los meses restantes del ejercicio fiscal 2020, como medida de apoyo a la sociedad mexicana afectada por la pandemia del Covid-19, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El uso de la energía eléctrica está presente en prácticamente todas las actividades humanas. Su disponibilidad es un requisito imprescindible para el desarrollo y la posibilidad de llevar una vida digna. La energía eléctrica es necesaria casi en la misma medida que se dispone de un adecuado aprovisionamiento de agua. También con electricidad se pueden dotar de recursos hídricos a los grandes y pequeños conglomerados humanos en las debidas condiciones de salubridad. Agua y energía son el germen para conseguir las condiciones sanitarias adecuadas y coadyuvar a optimizar en la producción de alimentos.1
Según lo ha afirmado la fundación Energía sin Fronteras, la universalización del acceso al suministro de energía eléctrica, denota un elemento clave para facilitar mejoras exponenciales en el bienestar de las sociedades, una palanca para el desarrollo económico.
La universalización del acceso al suministro abre la vía para la mejora de las condiciones de salubridad y confort de las viviendas, para incrementar la productividad de la agricultura, paliar las condiciones de mujeres y niños en muchas áreas, y para abrir el camino hacia nuevas actividades artesanales o empresariales.
El estudio denominado El acceso universal a la electricidad y su papel en la lucha contra la pobreza ha estimado que desde el año 2000 cerca de dos tercios de las personas que han tenido acceso a la electricidad, lo han hecho en áreas urbanas, y la población sin acceso a la electricidad se encuentra concentrada en áreas rurales. Con respecto a las previsiones a futuro, se calcula que el número de personas sin acceso a electricidad se espera que disminuya en más de un quinto en 2030 (unos 970 millones, o 12 por ciento de la población mundial). Esta cifra es fruto de que se espera que consigan acceso a la electricidad cerca de mil 700 millones de personas, pero, por otra parte, la población se espera que crezca en mil 400 millones.
Al respecto, se ha mencionado que en todas las sociedades ha existido siempre cierto grado de vulnerabilidad y exclusión social que se ha tratado de paliar mediante la implementación de políticas públicas. Sin embargo, la crisis económica ha supuesto una importante merma en los recursos económicos disponibles de la mayoría de los hogares, que los ha dejado en un mayor grado de exposición y vulnerabilidad a la hora de hacer frente al pago de necesidades básicas como las mencionadas anteriormente.
Los estudiosos del tema han señalado, que la baja competitividad del sector eléctrico en México, no sólo se explica por la baja interconexión geográfica, el desgaste de instalaciones y la inversión mal focalizada, sino también por las altas tarifas del sector, por las pérdidas en la transmisión y distribución, por la concentración de la generación de energía a partir de los hidrocarburos, de manera que la competitividad en el sector eléctrico, se fundamenta en sus capacidades de generación, pero sobre todo, en su eficiencia en la transmisión, transformación y distribución, de manera que los costos de transmisión y distribución, varían de acuerdo al origen de la generación de la electricidad, es decir, los costos cambian según el origen termoeléctrico, hidroeléctrico, carbo-eléctrico u otros, influyendo también la distancia, las condiciones de las subestaciones eléctricas y de las líneas de transmisión.
Nuestro país en los últimos años ha mejorado en cuanto a la cobertura de viviendas con energía, pero aun existen rezagos importantes principalmente en las zonas rurales y económicamente menos activas, teniendo diversos deficir en el acceso universal a la energía eléctrica que está por resolverse, acentuándose además esta problemática en diferencias porcentuales muy marcadas, entre los Estados con mayor y menor numero de viviendas sin energía eléctrica, tal y como se muestra en la gráfica siguiente:
En razón de lo anterior los hogares mexicanos gastan gran cantidad de los recursos con los que cuentan para poder sufragar los gastos derivados de energías en sus hogares, esto sin contar la energía utilizada para transporte, teniendo que además resulta honeroso para un gran numero de familias, poder acceder a la energía eléctrica tal y como se muestra a continuación:
En ese sentido, en nuestro país existen zonas de alta vulnerabilidad economica, donde se acentúa la pobreza energética, primeramente por los en razón de los pocos medios monetario y además por el alto gasto energético debido a las condiciones geográficas y climaticas. A mayor abundamiento el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento al crecimiento económico y el empleo, y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales. Asimismo, el artículo 26, apartado A, de la Constitución dispone que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.
En ese sentido la Ley de la Industria Electrica en su artículo 139, establece que la CRE aplicará las metodologías para el cálculo y ajuste de las tarifas reguladas, las tarifas máximas de los suministradores de último recurso y las tarifas finales del suministro básico y que además el Ejecutivo federal podrá determinar, mediante Acuerdo, un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las tarifas finales para determinados grupos de usuarios del suministro básico.
En razón de lo anterior se tienen como sujetos responsables de la determinación de tarifas a dichos entes, quienes tienen la facultad para poder realizar o fijar mecanismos de fijación de tarifas distinto, razón por la cual, se fundamenta y dirige este punto de acuerdo en los términos descritos para que tomando en consideración la ubicación geográfica, la entidad a la que pertenecen, su clima, y las carencias sociales de su población, se puedan ver favorecidas las zonas afectadas por las altas temperaturas, con tarifas adecuadas para los ingresos de los habitantes, a quienes se les dificulta acceder a la energía eléctrica, en razón del alto consumo derivado del clima.
Con el objeto de no causar un menoscabo en las finanzas, de la CFE y por tanto del país, es necesario precisar el objeto del presente punto de acuerdo tiene por objeto beneficiar a aquellas familias que realmente no pueden acceder a la energía eléctrica en razón de que sus ingresos, siendo necesario que los esfuerzos se encuentren dirigidos a todos aquellos beneficiarios que tengan un ingreso mensual menor a 5 UMA.
Lo anterior se considera viable implementar en virtud de la situación economica por la cual atraviesa el país, donde el incremento en las tasas de desempleo que sese ubicó en el 3,7 por ciento de la población económicamente activa (PEA) en agosto pasado a tasa anual, superior al 3,5 por ciento del mismo mes de 2018, de acuerdo con cifras publicadas este miércoles por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
Además de la situación critica en materia de empleo vale la pena señalar que actualmente en nuestro país ha incrementado la informalidad laboral hasta llegar al 56.3 por ciento de la población, es decir 31 millones de personas, lo cual es realmente alarmante en virtud de que mas de la mitad de la población del país no cuenta cuenta con swguridad y estabilidad laboral en la vida cotidiana, y que hoy ante una pandemia histórica como el Covid-19 tiene un impacto exponencial en este sector que en condiciones de normalidad ya padecían precariedad en sus ingresos.
En ese sentido la mayor parte de la población adolecerá los estragos de esta pandemia en razón de las medidas sanitarias implementadas por el gobierno federal y de las entidades federativas para poder hacer frente a este fenómeno social, donde su principal característica es el aislamiento social, motivo por el cual miles de micro empresas y personas que tienen el autoempleo para poder subsistir les será complicado acatar las medidas oficiales, es razón de la primera necesidad de subsistir y allegarse de alimentos, por lo cual el aislamiento no es una opción para ellos.
Es así que al implementar una medida como la que se presenta en este punto de acuerdo, abona y fortalece las medidas del gobierno federal, ya que al contar con una menor carga economica para contar con un derecho fundamental como lo es el derecho a la energía eléctrica a un costo menos oneroso, podrá ser clave para que los ciudadanos se sumen a las medidas de permanecer en sus hogares y diminuir la propagación del virus, en razón de aligerar la necesidad economica de los gastos indispensables para el hogar. Medias como estas sin duda coadyuvan a disminuir considerablemente la propagación de este virus, ya que con esta propuesta no se está mermando las finanzas de la empresa, por lo que a final del ejercicio fiscal contara con los recursos recuperados en la integración del cobro de tarifas de los meses subsecuentes, en la misma cantiad en que fuese suspendida durante la pandemia, motivo por el cual se beneficiará a quienes no están obteniendo ingresos o se quedaron sin empleo debido a las medidas implementadas para evitar la propgación del virus.
Derivado de lo anterior podemos constatar que existe el sustento jurídico y la estructura presupuestal para lograr apoyos directos a la población en pro de lograr las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo en materia de energía.
Por lo antes expuesto a esta soberanía sometemos a su consideración el siguiente
Punto de Acuerdo
Único.- La Cámara de Diputados gira de manera atenta y respetuosa exhorto al titular del Poder Ejecutivo Federal y la Comisión Federal de Electricidad, a suspender el cobro de derechos por el servicio de energía eléctrica en tarifas de uso domestico durante los meses de abril y mayo, y el resultante de dicha suspensión sea adicionado y distribuido de manera proporcional en los meses consecuentes del ejercicio fiscal 2020, como medida de apoyo a la sociedad mexicana afectada por la pandemia del Covid-19.
Nota
1 Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, El acceso universal a la energía eléctrica, Cámara de Diputados, José de Jesus Gobzález Rodriguez
Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 21 de
abril de 2020.
Diputada Mónica Almeida López (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de Veracruz a tomar medidas fiscales en beneficio de la economía de los ciudadanos, a cargo de la diputada Norma Azucena Rodríguez Zamora, del Grupo Parlamentario del PRD
La suscrita, Norma Azucena Rodríguez Zamora, diputada federal del Grupo Parlamentario del PRD de la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 6, fracción I, y articulo 79, numeral 2 fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, relativo a tomar medidas fiscales en beneficio de la economía de los y las ciudadanas del estado de Veracruz con el objeto condonar el pago de la tenencia o el uso de vehículos del ejercicio fiscal de 2020, debido a la emergencia sanitaria por el virus SARS-CoV2 (Covid 19), al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
El artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, que es obligación de los mexicanos, contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes (Cámara de Diputados LXIV Legslatura, 2020).
Que la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave establece que el Gobernador es el representante del gobierno del estado, de acuerdo con el artículo 49 fracción XVII, por lo que, con observancia de lo dispuesto por la ley, podrá celebrar convenios y contratos con los diversos ramos de la administración pública, con los gobiernos federal, estatales o municipales, así como con entidades descentralizadas de estos niveles de gobierno y personas físicas o morales de carácter público o privado; y que en términos del artículo 49, fracción II del Código Financiero para el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el Ejecutivo a su cargo está facultado para conceder subsidios o estímulos fiscales. (Honorable Congreso de Veracruz, 2020) (Honorable Congreso de Veracruz, 2020.)
En el mismo tenor de ideas y consciente de la situación financiera del estado de Veracruz así como la economía afectada de los y las ciudadanas debido a la emergencia sanitaria por el virus SARS-CoV2 (Covid 19) en México, ha obligado al gobierno federal y al Consejo de Salubridad a establecer diversas medidas y acciones extraordinarias que reconocen a dicha enfermedad como grave y de atención prioritaria para las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general.
Estas medidas tales como el distanciamiento social y paro de actividades no esenciales, afectan a micro, pequeñas y medianas empresas, así como a trabajadores independientes, comenzando a provocar desempleo e incertidumbre, y consciente que miles de veracruzanos y veracruzanas viven al día y cuentan con lo mínimo indispensable para sobrevivir y que conforme a la ley se puede apoyar a aminorar esta crisis económica que están atravesando; y que es mediante la voluntad política del gobierno del estado de Veracruz que se puede condonar el pago de la tenencia o el uso de vehículos de ejercicio fiscal de 2020, a los ciudadanos y ciudadanas de Veracruz.
Y con el fin de no ver mermada aun más la economía de los veracruzanos y las veracruzanas, las cuales al final de la pandemia será muy difícil ponerse al corriente en pago de adeudos más si estos se acumulan y el regreso a las actividades económicas se dará de forma paulatina ocasionando que la activación de la economía del estado no sea de forma inmediata.
Por lo expuesto y fundado, sometemos a la consideración de este pleno, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Veracruz a suscribir un decreto para la condonación del pago de la tenencia o el uso de vehículos del ejercicio fiscal de 2020, a los veracruzanos y veracruzanas, así como subir la información de las acciones en la plataforma nacional de transparencia.
Referencias
Cámara de Diputados LXIV Legslatura. (2020). Contitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. México: Cámara de Diputados LXIV Legslatura.
Honorable Congreso de Veracruz. (2020). Código Financiero para el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Honorable Congreso de Veracruz.
Honorable Congreso de Veracruz. (16 de abril de 2020). Congreso de Veracruz LXV Legislatura. Obtenido de
https://www.legisver.gob.mx/leyes/LeyesPDF/CONSTITUCION1 4042020.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 21 de abril de 2020.
Diputada Norma Azucena Rodriguez Zamora (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a convocar a los grupos organizados de la sociedad para construir un gran acuerdo nacional por la salud, el empleo y la reactivación económica y corregir la dirección de lucha contra el coronavirus, con la prioridad de salvar vidas, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD
Los que suscriben, diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el articulo 79, numeral 1 fracción II y numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal convoque a los grupos organizados de la sociedad mexicana construyan un gran acuerdo nacional para la salud, el empleo y la reactivación económica y corrija la dirección de lucha contra el coronavirus priorizando salvar vidas al tenor de las siguientes
Consideraciones
Andrés Manuel López Obrador le ha pedido a Ricardo Monreal, líder de Morena y coordinador del Senado de la República, que convenza a su bancada y aliados del PT, PES y PVEM para que aprueben la ley de amnistía.
El presidente de la República dice que ante la pandemia del coronavirus que está atacando a Mexico, la amnistía tiene como fin humanitario evitar que personas vulnerables encarceladas sean contagiados de Covid 19.
Somos conscientes que la propuesta de Ley de Amnistía fue presentada desde el 18 de septiembre de 2019 y que se ha enriquecido con otras propuestas afines, y con un conjunto de opiniones y proposiciones de especialistas e intelectuales recogidas en distintos foros.
Coincidimos con las propuestas que enriquecieron el proyecto original presentado por el presidente de la República, en particular para incorporar como posibles beneficiarios y beneficiarias de la amnistía a quienes hayan sido condenados por acciones vinculadas al aborto; a la posesión y consumo de mariguana, y a los indígenas que han sido procesados sin que se les haya respetado su derecho a tener intérpretes en sus juicios. Y también coincidimos en que la amnistía se plantee para quienes hayan sido encarcelando por primera vez y por delitos que excluyan la violencia física, el uso de armas de fuego o la privación de la libertad.
Pero al Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática observa una incongruencia histórica de la actual propuesta de Ley de Amnistía con la experiencia histórica de nuestra nación.
Las amnistías se han aplicado en diversos momentos de nuestra vida republicana. Desde la que aplicó el gobierno de Benito Juárez en 1879 hasta la aprobada por el gobierno de Carlos Salinas de Gortari en 1994, pasando por la de Lázaro Cárdenas del Río (1937), Luis Echeverria Álvarez (1970) y José López Portillo (1978). En todos esos casos la amnistía respondía a un claro interés político de Estado para resolver problemas políticos con la disidencia a la que se invitaba con este gesto de paz para que se integraran a la vida política institucional. Los beneficiarios fueron personas encarceladas por motivos de participación en movimientos políticos y militares en contra de la nación mexicana.
En la coyuntura de 2019 y en la de 2020, no se aprecia en el horizonte la presencia de movimientos políticos militares ante los cuales la amnistía pueda funcionar como un gesto político del Estado Mexicano para la pacificación del país. Los únicos enemigos del Estado y de los mexicanos son los narcotraficantes y ante ellos no es la amnistía la que debe aplicarse sino la fuerza legítima del Estado.
Incluso resulta sumamente extraño y sospechoso que el presidente de la República promueva de nuevo la discusión para su aprobación de la Ley de Amnistía en el momento actual, en una situación de emergencia nacional derivada de la pandemia del coronavirus Covid 19.
En este momento no se requiere de una Ley de Amnistía. Si el presidente de la República quiere evitar el contagio en las cárceles, debería procurar que los hospitales carceleros cuenten con todos los elementos y equipo médico para atender a los enfermos contagiados con el Covid-19.
En este momento lo urgente es aplicar políticas adecuada y suficientes para salvar vidas, para el bienestar de las y los mexicanos y para evitar que la recesión económica se prolongue. Lo necesario y lo urgente ahora es la discusión e integración de un plan nacional incluyente para erradicar la pandemia del coronavirus lo más rápido posible; un plan para la atención de los millones de mexicanos y mexicanos que se están quedando sin ingresos por el desempleo, y un plan para evitar que se vayan a la quiebra miles de micro, pequeñas y medianas empresas, pues con dichas quiebras se generará un desempleo masivo.
Desde nuestro punto de vista lo urgente en este momento es convocar a todas las fuerzas políticas para la integración de un gran acuerdo nacional para garantizar, con la participación solidaria de todos y todas, la erradicación de la pandemia del Covid-19, para garantizar el empleo y para la reactivación económica.
Es triste y muy lamentable constatar que el único interés del presidente de la República al insistir en la aprobación de la Ley de Amnistía en medio de la peor crisis de salud, económica y social que hemos padecidos en época de paz de nuestra vida nacional, es un interés electoral. Es el interés de captar la simpatía y el voto de quienes sean beneficiados ante una inusual aprobación de la Ley de Amnistía, pues ellos en 60 días se les expediría su credencial para votar con fotografía.
Pareciera que al presidente de la República no le preocupa salvar vidas, atender las demandas de apoyo de quienes se están quedando sin ingresos y de aplicar las medidas adecuadas para reactivar el crecimiento económico.
El objetivo electoral de la amnistía es una falta total de sentimientos por la gente que enferma y muere por coronavirus.
No se vale que en víspera de la etapa tres de la pandemia, en la que se espera más de 175 mil contagiados, el presidente de la República solo piense en cómo ganar las elecciones del 2021.
El presidente de la República debe asumir su responsabilidad. Para salvar vidas su prioridad debe ser garantizar que el sistema nacional de salud, incluidos los hospitales de las cárceles, tengan todos los materiales y equipos para enfrentar con eficacia al Covid-19.
El Partido de la Revolución Democrática considera que dada la crisis de salud en la que nos encontramos, no es necesaria una Ley de Amnistía.
Si el presidente quiere hacer un acto humanitario puede optar por el indulto, y garantizar que quienes sean liberados no reincidan en la delincuencia.
Cada indultado deberá cumplir con los requisitos de salud mental, de comportamiento ejemplar en la cárcel, de capacidad para insertarse en el mercado laboral y en la sociedad como un ciudadano respetuoso de la ley y de todas las personas.
El Grupo Parlamentario del Pasrtido de la Revolución Democratica propone el siguiente punto de acuerdo somete a consideración del pleno el presente
Punto de Acuerdo
Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo federal a todos los grupos organizados de la sociedad mexicana construyan un gran Acuerdo Nacional para la salud, el empleo y la reactivación económica ante la posible aprobación de la Ley de Amistía y corrija la dirección de lucha contra el coronavirus priorizando salvar vidas.
Dado en la Ciudad de México, a 21 de abril de 2020.
(Rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a instruir a la Sener para que revierta las disposiciones que ponen en riesgo la transición energética nacional hacia industrias que impulsen la generación de energía eléctrica con fuentes renovables a partir de certificados de energía limpia, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRD
Las suacritas y los suscritos diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, así como el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. En México, durante 2018, 85 por ciento de la oferta interna de energía provino de los hidrocarburos, es decir del petróleo, gas, petrolíferos, mientras que las energías renovables contribuyeron en la matriz energética con 7.29 por ciento, lo cual, refleja la preeminencia de la generación de energía a partir de fuentes de energías no renovables.
2. Sin embargo, en octubre de 2019, la Secretaría de Energía (Sener) hizo oficiales una serie de cambios a la legislación (lineamientos) en materia de energías limpias que han sido criticadas por el sector privado.
Las críticas residen en que la aplicación de estos cambios sólo beneficiarán a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) e inhiben la expansión de las energías renovables en México .
3. Sin embargo, la Secretaría de Energía, dependencia a cargo de Rocío Nahle, logró que gobierno le permitiera publicar las modificaciones a las reglas sobre los certificados de energías limpias (CEL), las que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
a. Los cambios permitirán que CFE pueda considerar las centrales de energías limpias como sus hidroeléctricas o la nuclear de Laguna Verde como candidatas para obtener estos certificados , una obligación impuesta derivada de la Reforma Energética y la Ley de Transición Energética aprobadas en el sexenio pasado.
b. Cabe señalar que estas centrales se habían descartado para conseguir los CEL debido a que la intención era impulsar la inversión en nuevas centrales limpias , y que sólo éstas pudieran tener derecho a adquirirlos, lo cual, en opinión de la titular de la Sener, considero que esta limitante era injusta.
4. La dependencia recibió el aval de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) para evitar un proceso más largo y meticuloso sobre el impacto de estos cambios, a pesar de las más de 60 opiniones que pidieron a este organismo abrir el debate, debido a que veían claros riesgos de desincentivar nuevas inversiones, y provocar daños a las firmas que ya habían invertido en nuevas plantas solares y eólicas, en su mayoría, tras la reforma energética.
5. La Conamer dio la razón a Sener y las modificaciones aparecieron en el Diario Oficial de la Federación.
6. Cabe llamar la atención en que la Agencia internacional Energía (IEA por sus siglas en inglés) califico esta acción como un freno a las renovables en México , y redujo en cerca de cuatro puntos porcentuales el ritmo de expansión de las energías renovables en México hacia 2024, y estima que las licitaciones se reanudarán hasta 2021.
7. La suspensión de las subastas de largo plazo que durante el pasado sexenio permitieron la rápida expansión de centrales solares y eólicas, ha generado incertidumbre sobre el futuro de estas tecnologías en México.
8. Pero, la medida decretada en enero, generó que la proyección ha sido revisada ligeramente a la baja, debido a que el nuevo gobierno suspendió las subastas de certificados de energías limpios (CEL) en 2019 para revisarlas.
En consecuencia, la capacidad solar y eólica se expandirán más lentamente en 2021 y 2022, concluye la IEA (Agencia Internacional de Energía, por sus siglas en inglés) en su estudio Renovables 2019: análisis y proyecciones a 2024.
9. La administración actual decidió suspender las subastas al considerar que debían revisarse los mecanismos que durante el sexenio pasado habían permitido comprometer cerca de 8 mil 600 millones de dólares de las tres subastas de largo plazo, en su mayoría solar y eólica.
10. Cabe destacar que el otorgamiento de los certificados de energía limpias (CEL) establecían que, aquellas centrales eléctricas limpias que entraran en operación después del 11 de agosto de 2014, tendrían derecho a recibir CEL por un periodo de 20 años.
Las centrales que estaban en operación antes de esta fecha, llamadas centrales legadas, no serían acreedoras a CEL a menos que hubieran realizado inversiones para aumentar su producción de energía limpia. Esta condición fue la que se modificó el 28 de octubre de 2019. Con el cambio, las centrales eléctricas legadas limpias tendrán derecho a recibir CEL por su producción de energía.
11. La Ley de la Industria Eléctrica, establece que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) suministrador puede proveer sus requerimientos de los CEL a través de tres mecanismos:
a. En subastas de largo plazo.
b. En el Mercado de CEL organizado por el CENACE y celebrado al menos una vez al año.
c. En contratos con plantas legadas.
12. Antes de ser suspendidas en 2018, las subastas de largo plazo se llevaban a cabo anualmente desde 2015. En la primera subasta, el precio promedio de un CEL con un megawatts/h de energía promedió 47.7 dólares de Estados Unidos . En la segunda subasta el precio del mismo paquete disminuyó a un promedio de 33.4 dólares de Estados Unidos , y en la tercera el precio promedio se ubicó en 20.5 dólares de Estados Unidos . De la primera a la tercera subasta el precio promedio se redujo 57 por ciento. Así, los precios de la tercera subasta alcanzaron mínimos internacionales en las tecnologías solar fotovoltaica y eólica.
13. Sin embargo, la medida disminuye el retorno de las inversiones en tecnologías limpias y por lo tanto limita el potencial de desarrollo de nueva energía limpia: con costos de tecnologías bajos y con venta de certificados existía un potencial de atracción de inversiones que la medida elimina. Adicionalmente, los cambios provocan incertidumbre, pues manda la señal de que se pueden emitir regulaciones que afecten el retorno de inversiones ya realizadas, por lo que empresas más susceptibles al riesgo pueden decidir parar proyectos de inversión ya contemplados.
14. La cancelación de las subastas eléctricas tiene sentido, pues en éstas la CFE compraba grandes cantidades de energía a terceros. Sin embargo, con la suspensión, la CFE se quedó sin instrumentos para contratar el volumen de certificados que requería, y se arriesgaba a acumular un déficit de 42 millones de certificados que vulneraría sus finanzas, pues las multas pueden alcanzar valores de hasta 4 mil 313 pesos por cada CEL incumplido. Con la modificación, se elimina este potencial riesgo a las finanzas de la CFE y se aleja la posibilidad de que las subastas sean reanudadas.
15. En las subastas eléctricas de largo plazo, CFE se limitaba a comprar energía a generadores privados; eran estos los que realizaban los gastos de inversión. De acuerdo con los resultados de la tercera subasta, un total de 10 empresas se comprometieron a invertir un total de 2 mil 369 millones de dólares para la instalación de 2 mil 562 megawatts de nueva capacidad instalada en energías limpias.
16. Con el cambio de política, la CFE es quien debe invertir en nueva generación: el 9 de diciembre de 2019, se anunció que para 2020 se licitarán la construcción de siete nuevas centrales eléctricas con una inversión aproximada de 58 mil 643 millones de pesos que, en conjunto, aportarán 3 mil 762 megawatts de nueva generación eléctrica. Seis de estas centrales usarán gas natural como combustible y una de ellas combustóleo, el cual es más contaminante.
17. Una vez en operación, estas centrales eléctricas tendrán costos de generación más elevados que sus contrapartes solar y eólica: Según estimaciones de la CRE, en 2019 los costos de generación para suministro básico eléctrico, utilizando la tecnología fósil más barata, se ubicaron en mil 103 pesos por megawatts/h, mientras que los costos de generación provenientes de las subastas eléctricas estuvieron en 552 pesos por megawatts/h.
18. El impacto a las finanzas públicas no sólo se da por el mayor costo en la generación; la producción de energía fósil crea externalidades negativas que impactan la salud de las personas, lo que se traduce en una mayor presión a servicios hospitalarios y pérdidas de productividad debido a ausencias por enfermedad.
Hasta el momento, la Secretaría de Energía, a cargo de Rocío Nahle, había esbozado su intención por retomar este mecanismo, pero con cambios, pero hasta el momento no ha hecho.
Las y los integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, tenemos muy presente la importancia que reviste el aprovechamiento sustentable de la energía, y que, debiera ser imperativo cumplir con el mandato constitucional de obligaciones de energías limpias y de reducción de emisiones contaminantes de la industria eléctrica.
Por lo expuesto y legalmente fundado, solicito antentamente se apruebe la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo federal, gire sus instrucciones a la titular de la Secretaría de Energía, con el propósito de revertir las disposiciones en materia de energía que ponen en riesgo la transición energética hacia la generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovables.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de abril de 2020.
(Rúbrica)