Iniciativas
Proposiciones


Iniciativas

Que reforma y adiciona los artículos 273, 282 y 287 del Código Civil Federal, suscrita por los diputados Arturo Escobar y Vega, Lilia Villafuerte Zavala y por integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y de Morena

Quienes suscriben, diputada Lilia Villafuerte Zavala y diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Erika Mariana Rosas Uribe, Héctor Serrano Cortés y Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, integrantes de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta Asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción II Bis al artículo 273; se reforma el artículo 275; se adiciona una fracción VIII al artículo 282; y se reforma el artículo 287 del Código Civil Federal al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La salud mental es un rubro que ha ido cobrando mayor relevancia en la agenda política y social de nuestro país, debido al aumento en la estadística de mexicanos que padecen algún tipo de enfermedad mental1 , pero sobre todo a la inquietante forma en la que estos trastornos afectan la calidad de vida de las personas y las repercusiones en su entorno familiar, social, laboral o educativo.

Sin embargo, pese a que la discusión ya ha sido puesta sobre la mesa, México aún padece un serio déficit en el diseño de políticas y estrategias concretas y eficientes, encaminadas a la prevención, atención y tratamiento de estas enfermedades.2

Según el órgano informativo del Instituto de Investigaciones Biomédicas de la UNAM, “las enfermedades mentales son desórdenes en el cerebro que alteran la manera de pensar y de sentir de la persona afectada, al igual que su estado de ánimo y su habilidad de relacionarse e identificarse con otros. Son causadas por desórdenes químicos en el cerebro, las cuales pueden afectar a personas de cualquier edad, raza, religión o situación económica”.3

Es necesario entender cuáles son los factores determinantes en la salud mental, que se reflejan como trastornos o enfermedades mentales, ya que incluyen no sólo características individuales, tales como la incapacidad para gestionar nuestros pensamientos, emociones, comportamientos e interacciones con los demás, sino también factores sociales, culturales, económicos, políticos y ambientales, tales como las políticas nacionales, la protección social, el nivel de vida, las condiciones laborales o los apoyos sociales de la comunidad.4

El riesgo de padecer alguna enfermedad mental, no está sujeto a una condición o edad específica, sino que cualquier persona puede presentar rasgos o trastornos, y este riesgo se incrementa en ciertos grupos vulnerables, como personas que viven en extrema pobreza y marginación, víctimas de violencia o violación de derechos humanos, menores y ancianos maltratados o abandonados, mujeres, hombres y niños que han pasado por un proceso de separación, entre otros, por lo que su gravedad o mejoría dependerán de la oportunidad con la que las personas sean atendidas y se les brinde el tratamiento adecuado.5

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Epidemiología Psiquiátrica en México, se estima que los trastornos mentales afectan a casi el 30% de la población, documentando que entre el 1 y el 2% de la población adulta ha tenido al menos un intento de suicidio, y la tasa de los suicidios consumados ha aumentado al grado de representar la segunda causa de muerte entre los jóvenes de 15 y 29 años.6

Las personas con trastornos o enfermedades mentales presentan tasas desproporcionadamente elevadas de discapacidad y mortalidad. Según el mismo Plan de Acción sobre Salud Mental de la Organización Mundial de la Salud, las personas con depresión mayor o esquizofrenia tienen una probabilidad de muerte prematura, con un 40% a 60% más que la población general, debido a los problemas de salud física, que a menudo no son atendidos, así como la tendencia al suicidio.7

Asimismo, los expertos prevén que, para finales de 2020, la depresión será la primera causa de mortalidad prematura y de discapacidad en México, debido a que los países en vías de desarrollo como el nuestro, apenas destinan el 2.4% del gasto a salud mental, mientras que la OMS recomienda entre el 5 y 10%.8

Las enfermedades mentales, aunque no son necesariamente visibles, presentan manifestaciones palpables en la vida misma de quienes las padecen, además de que ya existen numerosos estudios para probar que la depresión predispone al padecimiento de otras enfermedades no transmisibles, que ya son consideradas epidemias, como las enfermedades cardiovasculares, la diabetes o el cáncer.9

De igual manera estos padecimientos constituyen uno de los factores de riesgo para el consumo de sustancias prohibidas y adictivas que están asociadas a un grave problema de salud y seguridad pública. Por sí sola, la depresión representa un 4.3% de la carga mundial de morbilidad y se encuentra entre las principales causas mundiales de discapacidad, sobre todo entre mujeres.10

Ante ello, es necesario comprender que los costos de la falta de una política pública eficiente, así como una legislación que le sustente, para dar atención al problema de salud mental y establecer medidas para su prevención, son considerablemente mayores.

Según el Foro Económico Mundial, se calculó que el impacto global acumulado de los trastornos mentales, en términos de pérdidas económicas, será de $16.3 billones de dólares entre 2011 y 203011 , es decir, cerca de 312 mil millones de pesos, casi lo equivalente al gasto programado para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, de manera que, además del costo social, el costo económico para los gobiernos y las empresas, se trata de un problema con repercusiones diversas.

Por lo anterior, urge la planeación y formulación de nuevas y mejores medidas para atender esta problemática desde las causas y aterrizando las líneas de acción en cada sector o espacio de la sociedad donde se registra una mayor presencia de factores de riesgo, como lo son las escuelas de todos los niveles; los centros de reinserción social y los centros de detención de menores; las estaciones migratorias; los albergues para personas en situación de calle o aquellas que han sufrido algún desastre natural; centros de salud y atención hospitalaria; los centros de trabajo, tanto del sector público como el privado; juzgados familiares y centros de atención a víctimas de violencia, entre otros.

Para la presente propuesta, el análisis se centra en la condición de vulnerabilidad de las personas a las que se pretende beneficiar, así como los factores de riesgo con influencia potencial en el desarrollo de trastornos mentales.

Uno de estos factores de salud mental deficiente que han sido identificados, se encuentra en el ámbito familiar, particularmente cuando se transita por un proceso de divorcio o separación12 , cuyo rango de afectación no se limita a los cónyuges sino que, cuando se han procreado hijos durante la duración del matrimonio o concubinato, se ha logrado comprobar las repercusiones en el desarrollo psicológico de éstos, especialmente cuando aún son menores de edad.

El divorcio constituye una figura jurídica que permite a los cónyuges el libre desarrollo de la personalidad, entre otros aspectos relativos a la libertad de las personas de decidir sobre su estado civil, cualesquiera que sean las razones para ello.13

La propia Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que para decretar la disolución del matrimonio basta con que uno de los cónyuges lo solicite sin que sea necesario expresar motivo aluno, sin embargo, la falta de un cónyuge culpable no implica desconocer la necesidad de resolver todos los asuntos relacionados al matrimonio, como la guarda y custodia de los hijos menores, el régimen de convivencia, los alimentos o cualquier otro tema inherente.14

Por ello, ante la disolución de un vínculo matrimonial, es relevante que el Estado asuma una postura activa en favor de las hijas o hijos que hayan sido procreados durante la unión, cuando así sea el caso, buscando su bienestar general y la satisfacción de sus necesidades tanto en materia de alimentos, como también psicológicas y emocionales, esto último de gran relevancia, toda vez que se ha establecido el nexo causal entre la disolución del vínculo matrimonial y el desarrollo de ciertos trastornos mentales en las hijas o hijos cuyos padres se han separado.15

En los últimos años, numerosos investigadores han buscado documentar el impacto psicológico de la separación o divorcio en los hijos y han partido de la premisa de que la provisión de estabilidad afectiva y emocional indispensable para el desarrollo infantil se puede ver seriamente amenazada por la separación o divorcio de los padres, especialmente, cuando el apego aún no está suficientemente afianzado.16

La relación causal entre la separación o el divorcio de los padres y las anomalías conductuales del niño han sido propuestas desde una amplia variedad de trabajos de investigación, a partir de los cuales se han identificado algunas variables que pueden incidir más significativamente que otras en la aparición de diversos trastornos psicopatológicos infantiles, habiendo permitido también una aproximación a las vivencias infantiles que desarrollan los hijos en este conflicto.17

Desde la ciencia jurídica, resulta relevante adentrarnos al estudio de cómo el cambio de una situación jurídica que determina la composición del concepto de “familia” ha podido incidir en el libre desarrollo psicosocial de los hijos menores que han atravesado por dicho proceso, presentando comportamientos atípicos y anomalías en el comportamiento de los mismos y analizarlo también con perspectiva de género, pues se ha considerado que el sexo del niño determina diferencias en el desajuste tras un divorcio o separación.

Existe evidencia que permite afirmar que los menores varones parecen tener mayores dificultades para superar la crisis18 , tanto en la intensidad de sentimientos negativos como en su duración, presentando más problemas escolares y más irritabilidad que las niñas, lo que también representa un riesgo de reflejarse en su vida adulta mediante comportamientos de violencia y agresión.19

Es por ello que, dada la diversidad de factores que participan, los impactos del divorcio o separación pueden ser muy diferentes para cada niño, la mayor parte de la literatura científica al respecto es coincidente en que tales experiencias modifican completamente sus vidas: la gran mayoría de los hijos de separados o divorciados, ya desde los años inmediatamente posteriores a tales eventos, muestran marcadas anomalías en sus desarrollos cuando se produce una separación o un divorcio, tanto en la infancia como en la vida adulta.20

Por otro lado, el impacto no sólo versa sobre los menores, sino también puede ocurrir en el caso del cónyuge a quien se le ha demandado la disolución del vínculo matrimonial, donde es la mujer quien queda en estado de vulnerabilidad, particularmente en una sociedad como la mexicana, donde en la última década se encontró que cerca del 40.3% de las mujeres se dedican exclusivamente al cuidado de los hijos y la atención a su pareja.21

Estos roles ejercidos por las mujeres generan que frente a una separación o divorcio, aunado al desánimo emocional, deban afrontar el desafío que surge al tener que reestablecer el funcionamiento económico, social y parental. Todo ello se hace más complejo en aquellos casos en los que el progenitor que asume la custodia de los hijos, y que generalmente suele ser la madre, tiene que hacer frente no sólo a la sobrecarga de tensiones y tareas propias de su misión, sino también al lógico desajuste emocional asociado con la tensa situación que suele conllevar la ruptura con la pareja.22

Es por eso que, con relativa frecuencia, se ha encontrado que la figura parental encargada de la custodia puede llegar a construir comportamientos parentales erráticos que contribuyen al desarrollo de anomalías en los menores de edad.23

Se ha comprobado que para los hijos menores de edad el perder la disponibilidad de sus padres supone el mayor precipitante de angustia, dada la escasa capacidad que poseen para reconfortarse ellos mismos, angustia que está presente tanto si los padres son afectuosos como indiferentes.24

Es necesario entender, desde el Derecho, el proceso de transformación por el que atraviesa la persona durante sus primeros años de infancia, en los que la afectividad ocupa un lugar de suma importancia, el cual depende de la dinámica social al interior del núcleo familiar y de las interacciones de los padres con sus hijos.

Resulta imprescindible, y así lo explica la Psicología, que los adultos respondan empáticamente a las demandas de afecto y protección que precisan los menores, por lo que la calidad de estas primeras relaciones afectivas no sólo son claves para un sano desarrollo emocional, sino que también tienen repercusiones muy importantes en el desarrollo social de las niñas y niños como futuros ciudadanos.25

En este contexto, es necesario revisar las cifras para poder entender la magnitud de la problemática. De acuerdo con las estadísticas sobre nupcialidad del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en nuestro país se han realizado, entre los años 2010 y 2017, un total de 910 mil 361 divorcios, entre ellos, los más numerosos fueron:

Por mutuo consentimiento, 377 mil 83 registros.

• Voluntario unilateral, 285 mil 484 casos.

• Separación por más de dos años, por cualquier causa, 79 mil 736 casos.

• Separación del hogar conyugal por más de un año por causa justificada, 18 mil 59 casos.

• Abandono de hogar por más de tres meses sin causa justificada, 17 mil 527 casos.

• Sevicia, amenazas, injurias o violencia intrafamiliar, 5 mil 20 casos.

• Incompatibilidad de caracteres, 3 mil 288 casos.

Tomando en cuenta la creciente tasa de divorcio, se hace urgente diseñar mecanismos que desde la actividad jurisdiccional puedan minimizar las consecuencias negativas en la salud mental de los hijos, tratando de atenuar las consecuencias de las separaciones, en aras de promover el desarrollo armónico de los más indefensos.

Por lo anterior, es imprescindible que los distintos profesionales que intervienen en un proceso de separación o divorcio, sobre todo cuando hay hijos menores, se muestren sensibles al impacto que puede tener en el desarrollo psicosocial de los menores y se busquen medidas paliativas que mitiguen la afectación a los mismos.

Ante este hecho, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado sobre el establecimiento del Principio del Interés Superior de la Niñez como un concepto orientador tanto del hacer administrativo y legislativo, como de la práctica interpretativa y jurisdiccional en nuestro país, al estimar que dicho principio definido en el artículo 2, segundo párrafo, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, debe erigirse como “la consideración primordial que debe de atenderse en cualquier decisión que les afecte”.

El máximo Tribunal Constitucional del país destaca también que el interés superior del menor es “un concepto triple, al ser: (I) un derecho sustantivo; (II) un principio jurídico interpretativo fundamental; y (III) una norma de procedimiento, lo cual incluye no sólo las decisiones, sino también todos los actos, conductas, propuestas, servicios, procedimientos y demás iniciativas. Así, las decisiones particulares adoptadas por las autoridades administrativas –en esferas relativas a la educación, el cuidado, la salud, el medio ambiente, las condiciones de vida, la protección, el asilo, la inmigración y el acceso a la nacionalidad, entre otras– deben evaluarse en función de dicho principio y han de estar guiadas por él, al igual que todas las medidas de aplicación, ya que su consideración como algo primordial requiere tomar conciencia de la importancia de sus intereses en todas las medidas y tener la voluntad de dar prioridad a esos intereses en todas las circunstancias, pero sobre todo cuando las medidas tengan efectos indiscutibles en los niños de que se trate”.26

Tomando en consideración lo ya expuesto, y las consecuencias que se pretenden mitigar en la salud mental de las y los mexicanos, en especial de las niñas, niños y adolescentes durante un proceso de divorcio de sus progenitores, el Partido Verde Ecologista de México, por conducto de la presente iniciativa, expone su voluntad de legislar a favor de establecer mecanismos en materia civil y familiar a fin de que se constituya como una obligación de los progenitores durante el proceso de disolución del vínculo matrimonial, el acordar la forma en que se garantizará la atención y tratamiento psicológico de los hijos menores, durante el mismo, sometiendo a consideración de esta Asamblea el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción II Bis al artículo 273; se reforma el artículo 275; se adiciona una fracción VIII al artículo 282; y se reforma el artículo 287 del Código Civil Federal

ÚNICO. Se adiciona una fracción II Bis al artículo 273; se reforma el artículo 275; se adiciona una fracción VIII al artículo 282; y se reforma el artículo 287 del Código Civil Federal, para quedar como a continuación se presenta:

Artículo 273. Los cónyuges que se encuentren en el caso del último párrafo del Artículo anterior, están obligados a presentar al Juzgado un convenio en que se fijen los siguientes puntos:

I. a II. ...

II Bis. Los términos bajo los cuales se les brindará asistencia psicológica profesional a los menores hijos durante el procedimiento y después de ejecutoriado el divorcio. Los cónyuges podrán pactar a solicitud de cualquiera de éstos, que ambos o uno, reciban de igual forma asistencia psicológica y apoyo a su salud mental durante y después del proceso.

II. a V. ...

Artículo 275. Mientras que se decrete el divorcio, el juez autorizará la separación de los cónyuges de una manera provisional, y dictará las medidas necesarias para asegurar la subsistencia de los hijos a quienes hay obligación de dar alimentos, así como aquellas destinadas a salvaguardar la salud mental de los menores hijos durante el procedimiento y después de ejecutoriado el divorcio.

Artículo 282. Al admitirse la demanda de divorcio, o antes si hubiere urgencia y sólo mientras dure el juicio, se dictarán las medidas provisionales pertinentes, conforme a las disposiciones siguientes:

I. a VII. ...

VIII. Dictar la forma que de común acuerdo hubieren designado los cónyuges mediante la que se garantizará la asistencia psicológica profesional a los menores hijos, pudiendo optar hacerlo en alguna institución pública o mediante consulta privada.

Artículo 287. Ejecutoriado el divorcio, se procederá desde luego a la división de los bienes comunes y se tomarán las precauciones necesarias para asegurar las obligaciones que queden pendientes entre los cónyuges o con relación a los hijos. Los consortes divorciados tendrán obligación de contribuir, en proporción a sus bienes e ingresos, a las necesidades de los hijos, a la subsistencia, salud mental y a la educación de éstos hasta que lleguen a la mayor edad.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las entidades federativas y los municipios realizarán las reformas a las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas que sean necesarias para dar cumplimiento a este Decreto, a más tardar 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del mismo.

Notas:

1 “El número de personas con trastornos mentales aumenta en México”, El Informador, 21 de abril de 2018. Disponible en:

https://www.informador.mx/tecnologia/El-numero-de-person as-con-trastornos-mentales-aumenta- en-Mexico-20180421-0048.html

2 “Programa de Acción Específico. Salud Mental 2013-2018”. Secretaría de Salud, Gobierno de la República. Disponible en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/11918/Sal ud_Mental.pdf

3 UNAM (2004), “Enfermedades mentales: cuando las voces imaginarias y los fantasmas se vuelven reales”, en

Gaceta Biomédicas, Instituto de Investigaciones Biomédicas. Disponible en:
http://www.biomedicas.unam.mx/presenta_gaceta.asp?fecha=07/09/2004

4 Organización Mundial de la Salud (2013), “Plan de Acción sobre salud mental 2013-2020”. Consultado el 23 de febrero 2020. Disponible en:

https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/97488/
9789243506029_spa.pdf;jsessionid=F62D27AB12E441668648B636D6797E8E?sequence=1

5 “Salud Mental y Desarrollo”, Organización Mundial de la Salud. Disponible en:

https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/84757/
9789962642657_spa.pdf;jsessionid=CBAAFA49C8698D2DB52BD46249481B82?sequence=1

6 Organización Mundial de la Salud (2018), “Salud Mental”. [En línea]. Consultado el 23 de febrero 2020, disponible en:

https://www.who.int/mental_health/world-mental-health-da y/2018/es/.

7 Op.cit, Organización Mundial de la Salud (2013).

8 MARTÍNEZ Daniel (2019) “Salud Mental 2019, ¿a qué prestar atención?”. Consultado el 25 de febrero 2020. Disponible en:
https://www.psyciencia.com/salud-en-mexico-2019-a-que-prestar-atencion/?doing_wp_cron=1581369549.9108200073242187500000

9 “Enfermedades No Transmisibles”. Secretaría de Salud, Gobierno de la República, octubre de 2018. Disponible en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/416454/En fermedades_No_Transmisibles_ebook.pdf

10 Ibídem.

11 World Economic Forum, the Harvard School of Public Health. The global economic burden of non-communicable diseases. Ginebra, Foro Económico Mundial, 2011.

12 Promotion, Prevention and Early Intervention for Mental Health. A Monograph, 2000. National Mental Health Strategy, Canberra, Australia. Citado en México, Programa de Acción en Salud Mental, 2002.

13 Tesis 1ª./J.28/2015 (10ª). Primera Sala. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 20, Julio de 2015, Tomo I. Décima Época. Página 570. Jurisprudencia (Constitucional Civil). Disponible en:

https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/paginas/DetalleGeneralV2 .aspx?id=2009591&Clase=DetalleTesisBL

14 Ibídem.

15 “¿Cómo afecta el divorcio a la salud de tus hijos?”, 31 de julio de 2018. Disponible en:

https://www.meteteentusasuntos.es/guias/como-el-divorcio -afecta-a-los-hijos-menores

16 Beckwith, L.; Cohen, S.E.; Hamilton, C.E., "Maternal sensitivity during infancy and subsequent life events relate to

attachment representation at early adulthood", Developmental Psychology, 1999, 35, pp. 693-700.

17 Reyes Vallejo Orellana, Fernando Sánchez-Barranco Vallejo, Pablo Sánchez-Barranco Vallejo. “Separación o divorcio: Trastornos psicológicos en los padres y los hijos”, Revista Asociación Española de Neuropsiquiatría, No.92.

Madrid oct/dic 2004. ARTÍCULO ORIGINAL en: http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0211- 57352004000400006

18 Wallerstein, J.S.; Kelly, J.B., Surviving the break up: How children and parents cope with divorce, New York, Basic Books, 1980.

19 Wallerstein, J.S.; Blakelee, S., Second chances: Men, women and children a decade after divorce, Boston, Mass.,

Houghton Mifflin, 1989.

20 “Separación o divorcio: Trastornos psicológicos en los padres y los hijos”. Op.cit. 2004.

21 Instituto Nacional de las Mujeres. Distribución porcentual de la población en hogares unipersonales por sexo y grupos de edad según condición de participación económica. 2010-2015. Recuperado de:

http://estadistica.inmujeres.gob.mx/myhpdf/50.pdf

22 “Separación o divorcio: Trastornos psicológicos en los padres y los hijos”. Op.cit. 2004.

23 Ibídem.

24 Ibídem.

25 Ibídem.

26 “DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. EL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR SE ERIGE COMO LA CONSIDERACIÓN PRIMORDIAL QUE DEBE DE ATENDERSE EN CUALQUIER DECISIÓN QUE LES AFECTE”. Tesis:

2ª./J.113/2019 (10ª). Segunda Sala. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 69, Agosto de 2019, Tomo Décima Época. Página 2328. Jurisprudencia Constitucional. Disponible en:

https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/comunicacion _digital/2019- 09/TesisSegundaSaladel16deagostoal13deseptiembrede2019.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a los 21 días del mes de abril de 2020.

Diputados: Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, José Ricardo Gallardo Cardona, Zulma Espinoza Mata, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala (rúbrica), Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, Héctor Serrano Cortés.

Que reforma y adiciona los artículos 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y 3o. de la Ley General de Población, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y por integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y de Morena

Quienes suscriben, diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta De La Peña, Erika Mariana Rosas Uribe, Héctor Serrano Cortés y Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un inciso c) a la fracción IV; se reforma el inciso b) de la fracción IX del artículo 5 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores; y se adiciona una fracción XV al artículo 3 de la Ley General de Población, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El objetivo de la presente iniciativa es establecer las bases legales para asegurar la inclusión digital de los adultos mayores en nuestro país, como instrumento de desarrollo y superación de dicho segmento poblacional, lo cual sin lugar a dudas será factor de bienestar general.

En las últimas décadas, se ha observado en nuestro país una evolución demográfica particular, ya que hemos entrado a un proceso de envejecimiento sostenido que tiene y tendrá repercusiones muy relevantes. El Índice de Envejecimiento Nacional, calculado como la población mayor a 65 años entre la población de 0 a 14 años por cada 100 personas, ha aumentado de forma importante desde 1990. Para poner esto en perspectiva, el Índice de Envejecimiento pasó de 11 a 26 entre 1990 y 2015 y el cambio se ha pronunciado más entre las mujeres, en donde aumentó de 12 a 29.1

Adicionalmente, las proyecciones poblacionales al año 2050 realizadas por el Consejo Nacional de Población2 muestran que la dinámica demográfica presentará importantes cambios en la composición de nuestro país. Es posible notar cómo en las próximas décadas la proporción que corresponde a la población mayor de 60 años aumentará considerablemente mientras que el grupo etario que abarca de 0 a 14 años disminuirá de manera importante, aumentando el número de adultos mayores en la sociedad.


Esta dinámica poblacional supone nuevos retos de adaptación relacionados con el auge de las tecnologías de información y la transformación digital que han provocado un profundo cambio en la manera en que interactuamos como sociedad, entre individuos, con las instituciones y con nuestro Gobierno.

No obstante, este reto no es único en nuestro país, se estima que para el 2050 las personas mayores de 60 años representarán una cuarta parte de la población en esta región, de acuerdo con las Naciones Unidas.3 Este aumento poblacional será acompañado necesariamente de nuevas demandas sociales, económicas, políticas y culturales por este grupo etario en crecimiento.

Ante esta perspectiva, es indispensable procurar una calidad de vida digna y la protección y promoción de los derechos de esta población. En este sentido, es nuestro deber como legisladores, generar políticas públicas y de inclusión social que tomen en cuenta la creación e implementación de estrategias de inclusión digital que permitan que las personas mayores cuenten con las herramientas y el conocimiento técnico suficiente para realizar sus actividades cotidianas a través del uso y la apropiación de las nuevas tecnologías de información.

Actualmente, la Secretaría del Bienestar ha impulsado programas enfocados en este grupo poblacional, la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores asistió en 2019 a más de 8.3 millones de mexicanos, lo que supone un incremento de 3.2 millones con respecto del ejercicio 2018.4 Además, el presupuesto pasó de $35,400 millones a $112,600 millones de pesos para 2019 por lo que este programa sería altamente beneficiado por la inclusión digital de adultos mayores y el uso de tecnologías de banca digital. Lo anterior traería importantes avances en transparencia y garantía de que los recursos lleguen a quienes más los necesitan.

De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) 2019, más de 80.6 millones de personas son usuarios de internet en México. Esto representa alrededor del 70.1% de la población. Para los mexicanos, el uso de internet se ha vuelto algo cotidiano y está presente en muchas actividades diarias; el 97.1% de los usuarios son recurrentes y utilizan el internet varios días por semana. Igualmente, se ha observado un crecimiento en nuevas herramientas utilizadas por este medio; por ejemplo, las transacciones electrónicas se han mantenido en aumento y en 2017 el 23.7% de los usuarios señalaron haber utilizado el internet para dicho fin.5

A pesar de ello, existen importantes diferencias entre grupos de edades en cuanto al uso de las tecnologías de información y comunicación, ya que la población entre 18 y 24 años cuenta con la participación más alta con el 91.2%, mientras que aquellas personas de 55 y más registran la menor participación con el 34.7%.

Por otra parte, la penetración del internet en nuestro país ha incrementado año con año, pero la proporción sigue siendo menor a otros países. En países como Corea del Sur, Reino Unido, Japón, España y Estados Unidos, el nivel de penetración es superior al 87% de la población.6 Las diferencias entre países son notorias y dependen de diversos factores como lo son niveles educativos, desarrollo económico y social, así como disponibilidad de los servicios y capacidad de banda ancha. Sin embargo, a nivel regional, México se posiciona por debajo de países como Uruguay, Chile, Perú y Ecuador en cuanto a las personas mayores de 60 años que usan el internet por lo que es necesario atender a este sector de manera especial.7

A pesar de que el porcentaje de penetración del internet en los grupos etarios más elevados sea bajo, la mayoría de estos usuarios son recurrentes, lo cual nos demuestra que una vez que la tecnología es adoptada, puede volverse algo cotidiano con facilidad para las personas mayores.8 Asimismo, el uso que se hace del internet es variado, y se ha encontrado que los usos principales por este grupo etario son la búsqueda de información y la comunicación, seguida en menor medida por el entretenimiento.

Como hemos visto, la comunicación es muy importante para los adultos mayores cuando hacen uso del internet y cada día existen más programas de videotelefonía que permiten realizar reuniones con personas en cualquier lugar y a toda hora, proporcionando una herramienta importante para permanecer en contacto con los seres queridos. De igual manera, pueden representar un medio esencial para aquellas personas con limitada movilidad o problemas de audición para mantener vínculos personales y participar activamente en la vida social sin tener que salir de casa.

Adicionalmente, el uso de este tipo de tecnología cobra especial relevancia en el contexto actual de la emergencia sanitaria y económica derivada de la pandemia del Covid-19. Es importante recordar que las tecnologías de la información y la comunicación son una herramienta que permite mantener cerca a los adultos mayores en un momento en el que deben guardarse en casa al ser el grupo etario con mayor vulnerabilidad a la enfermedad. Igualmente, es a través de estas tecnologías que es posible quedarse en casa sin la necesidad de visitar sucursales bancarias, centros comerciales, restaurantes y/o muchos otros establecimientos que podrían necesitar en el transcurso normal de sus actividades.

Sin embargo, nada de esto es posible y los beneficios son nulos si no existen esfuerzos integrales para incluir a las personas mayores en la revolución digital que vivimos. Ante esta realidad, se han realizado esfuerzos en muchos países y tomado iniciativas internacionales de acción para atender a este grupo poblacional tan importante.

Al respecto, México ha estado presente en instrumentos internacionales de las Naciones Unidas como el Plan de Acción Internacional de Madrid para el Envejecimiento en el 20029 , en el cual se identifican específicamente estas necesidades:

Artículo 12. Las expectativas de las personas de edad y las necesidades económicas de la sociedad exigen que las personas de edad puedan participar en la vida económica, política, social y cultural de sus sociedades. Las personas de edad deben tener la oportunidad de trabajar hasta que quieran y sean capaces de hacerlo, en el desempeño de trabajos satisfactorios y productivos, y de seguir teniendo acceso a la educación y a los programas de capacitación. La habilitación de las personas de edad y la promoción de su plena participación son elementos imprescindibles para un envejecimiento activo. Es necesario ofrecer sistemas adecuados y sostenibles de apoyo social a las personas de edad.

Igualmente, el documento hace recomendaciones para la adopción de medidas que fomenten el acceso al conocimiento, la educación y la capacitación (Cuestión 4), reconociendo que:

38. Los cambios tecnológicos pueden contribuir a la alienación de las personas de edad carentes de educación o capacitación (...) la tecnología puede utilizarse para unir a las personas y contribuir de esta forma a reducir la marginación, la soledad y la separación entre las edades. Por consiguiente, habría que adoptar medidas para permitir a las personas de edad el acceso, la participación y la adaptación a los cambios tecnológicos.

A través de este mecanismo, las Naciones Unidas reconocen la necesidad de implementar medidas de inclusión digital para los adultos mayores y se plantea el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades durante toda la vida en materia de educación permanente, capacitación y readiestramiento, así como de orientación profesional y acceso a servicios de colocación laboral.

Al respecto, fueron establecidas las siguientes medidas necesarias para hacer frente a este reto: (i) Garantizar que todos puedan aprovechar los beneficios de las nuevas tecnologías, en particular de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, teniendo en cuenta las necesidades de las mujeres de edad; (ii) Elaborar y distribuir información adecuada para las personas de edad con objeto de ayudarlas a afrontar las exigencias tecnológicas de la vida cotidiana; (iii) Alentar y promover la capacitación en primeras letras y en aritmética elemental para las personas de edad y los miembros de más edad de la fuerza de trabajo, incluida la alfabetización especializada y la capacitación en informática para personas de edad con discapacidades; y

Aplicar políticas que promuevan el acceso a la capacitación y el readiestramiento de los trabajadores de edad y los alienten a seguir utilizando los conocimientos y las técnicas adquiridos después de la jubilación.

Nuestro país formó parte de la Carta de San José sobre Derechos de las Personas Mayores de América Latina y el Caribe de 2012 en el marco de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas.10 Se reiteró que las personas mayores deben disfrutar del derecho a la educación, desde la perspectiva del aprendizaje permanente. Igualmente, se consagró el compromiso de impulsar acciones para garantizar el acceso de las personas mayores a las tecnologías de la información y las comunicaciones, a fin de reducir la brecha tecnológica.

Del mismo modo, en 2015 se celebró la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores de la Organización de los Estados Americanos. En este instrumento se reconocen diversos derechos para las personas mayores, incluyendo el Artículo 20º del derecho a la educación con incidencia en la inclusión digital.

La persona mayor tiene derecho a la educación en igualdad de condiciones con otros sectores de la población y sin discriminación, en las modalidades definidas por cada uno de los Estados Parte, y a participar en los programas educativos existentes en todos los niveles, y a compartir sus conocimientos y experiencias con todas las generaciones.

En este sentido, los Estados Parte se comprometen a garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la educación y, dentro de este compromiso se encuentra el promover la educación y formación de la persona mayor en el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación para minimizar la brecha digital, generacional y geográfica e incrementar la integración social y comunitaria.11

Adicionalmente, el Artículo 26º referente al derecho a la accesibilidad y a la movilidad social establece que los Estados Parte deberán promover el acceso de la persona mayor a los nuevos sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones, incluido el Internet y que estas sean accesibles al menor costo posible.

De lo anterior podemos advertir la complejidad del reto al que nos enfrentamos. La inclusión digital del adulto mayor se traduce no sólo en una posibilidad de formar parte activa de la cambiante sociedad de manera que sean respetados todos sus derechos y libertades, sino que también puedan gozar de una vida plena, libre y autónoma. Todo esto será posible únicamente si contamos con un régimen jurídico que abrace los principios de justicia social y libertad individual del adulto mayor.

En nuestro grupo parlamentario reconocemos los esfuerzos en esta materia que hemos impulsado y materializado como país, desde la emisión de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el 2002, la Agenda digital eLAC 2018, aprobada en la Ciudad de México, iniciativas universitarias de educación digital, iniciativas privadas de inclusión, entre otros. Sin embargo, consideramos que este es un reto que sólo va a escalar con el tiempo como resultado de los cambios demográficos en nuestro país y, tal como lo vemos hoy ante la emergencia sanitaria y económica derivada de la pandemia del Covid-19, los adultos mayores necesitan de nuestro apoyo para cerrar la brecha digital y evitar que ésta se transforme en un abismo que discrimine a millones de mexicanos.

Diversas estrategias referidas en programas, planes y compromisos internacionales se han reflejado en leyes y normas de los países que los han suscrito. A mayor ahondamiento, existen estrategias digitales que reconocen explícitamente los derechos de las personas mayores a las TIC y al internet en leyes. A pesar de ello, las diferencias persisten de país a país, regionalmente, sólo 5 países de América Latina reconocen estos derechos en sus leyes nacionales. Por mencionar un ejemplo, en Brasil12 se estableció la obligación de garantizar el acceso a la red de servicios de TIC a las personas mayores.

El mundo sigue evolucionando y no podemos permitir que los adultos mayores se queden en el rezago que les provoca la pérdida de habilidades que la vejez representa. Un adulto mayor con acceso y capacidad de utilizar a su favor las bondades de las TIC y la tecnología en general, es sin duda una persona con mayor calidad de vida.

Es por eso que, en el contexto de las consideraciones vertidas en la presente exposición de motivos, nuestro grupo parlamentario considera que tener acceso a las TIC es un gran instrumento para el desarrollo individual de los ciudadanos y para el desarrollo del país, sumando a la importancia de los adultos mayores en la sociedad, por lo que se debe generar una política de inclusión digital que beneficie a nuestros adultos mayores, lo cual sólo podrá hacerse realidad mediante la generación de las previsiones normativas generales que permeen en todo nuestro sistema jurídico para cristalizar dicha visión. En ese contexto, sometemos a la consideración de esta Asamblea el siguiente:

Proyecto de decreto por el que se adiciona un inciso c) a la fracción IV; se reforma el inciso b) de la fracción IX del artículo 5 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores; y se adiciona una fracción XV al artículo 3 de la Ley General de Población.

PRIMERO. Se adiciona un inciso c) a la fracción IV y se reforma el inciso b) de la fracción IX del artículo 5 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para quedar como a continuación se presenta:

Artículo 5. De manera enunciativa y no limitativa, esta Ley tiene por objeto garantizar a las personas adultas mayores los siguientes derechos:

I. a III. ...

IV. De la educación:

a. y b. ...

c. A recibir educación que procure la inclusión digital, de manera que las personas adultas mayores sean debidamente capacitadas para utilizar las tecnologías de la información y comunicación en su vida cotidiana en beneficio de su calidad de vida.

V a VIII. ...

IX. Del acceso a los Servicios:

a. ...

b. Los servicios y establecimientos de uso público deberán implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado. Tratándose de servicios relacionados con las tecnologías de información y comunicación, los prestadores y establecimientos deberán garantizar que las personas adultas mayores tengan acceso al servicio en condiciones equiparables al resto de los usuarios, de conformidad con lo establecido en la normatividad específica, y fomentarán la capacitación integral de las personas adultas mayores que busquen o sean usuarios de los servicios para asegurar el uso y/o acceso adecuado a dichas tecnologías.

...

SEGUNDO. Se adiciona una fracción XV al artículo 3 de la Ley General de Población, para quedar como a continuación se presenta:

Artículo 3. Para los fines de esta Ley, la Secretaría de Gobernación dictará y ejecutará o en su caso promoverá ante las dependencias competentes o entidades correspondientes, las medidas necesarias para:

I. a XIV. ...

XV. Realizar programas integrales de inclusión digital para adultos mayores a través de los servicios educativos que disponga el sector público y vigilar que dichos programas, y los que realicen organismos privados, se lleven a cabo con la finalidad de garantizar el acceso a las tecnologías de información y comunicación.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal expedirá las disposiciones reglamentarias correspondientes para dar cumplimiento al presente decreto, dentro de los 180 días posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 “La situación demográfica de México 2017”, Consejo Nacional de Población, junio de 2018. Disponible en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/344406/SD M-2017_completo_web2.pdf

2 “Bases de datos de Proyecciones de la Población de México y de las Entidades Federativas, 2016-2050”, Consejo Nacional de Población, 17 de septiembre de 2018. Disponible en:

https://www.gob.mx/conapo/documentos/diccionario-de-las- bases-de-datos-de-proyecciones-de-la-poblacion-de- mexico-y-de-las-entidades-federativas-2016-2050

3 “World Population Prospects 2019”, United Nations. Disponible en:

https://population.un.org/wpp/Graphs/Probabilistic/PopPe rc/60plus/904

4 “Llega Pensión para el Bienestar a más de 8 millones de adultos mayores”, Secretaría de BIneestar, 28 de febrero de 2020. Disponible en:

https://www.gob.mx/bienestar/prensa/llega-pension-para-e l-bienestar-a-mas-de-8-millones-de- adultos-mayores

5 “ESTADÍSTICAS A PROPÓSITO DEL DÍA MUNDIAL DEL INTERNET (17 DE MAYO) DATOS NACIONALES”, Instituto Nacional de Geografía y Estadística, comunicado de prensa núm. 252/19, 15 de mayo de 2019. Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/apropos ito/2019/internet2019_Nal.pdf

6 “EN MÉXICO HAY 80.6 MILLONES DE USUARIOS DE INTERNET Y 86.5 MILLONES DE USUARIOS DE TELÉFONOS CELULARES: ENDUTIH 2019”, Instituto Nacional de Geografía y Estadística, comunicado de prensa núm. 103/20, 17 de febrero de 2020. Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletin es/2020/OtrTemEcon/ENDUTIH_2019.pdf 7 Guillermo Sunkel y Heidi Ullmann, “Las personas mayores de América Latina en la era digital: superación de la brecha digital”, Revista de la CEPAL no. 127, abril de 2019. Disponible en:

https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/445 80/1/RVE127_Sunkel.pdf

8 Ibídem.

9 “Declaración Política y Plan de Acción Internacional de Madrid para el Envejecimiento”, Organización de las Naciones Unidas, Madrid, España, abril de 2002. Disponible en:

https://social.un.org/ageing-working- group/documents/mipaa-sp.pdf

10 “Carta de San José sobre Derechos de las Personas Mayores de América Latina y el Caribe”, Naciones Unidas-CEPAL, mayo de 2012. Disponible en:

https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/215 34/1/S2012896_es.pdf

11 “Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”, Organización de los Estados Americanos. Disponible en:

http://www.oas.org/es/sla/ddi/docs/
tratados_multilaterales_interamericanos_A- 70_derechos_humanos_personas_mayores.pdf

12 Véase, “Ordenanza Num. 16 (2012)”.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 21 días del mes de abril de 2020.

Diputados: Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, José Ricardo Gallardo Cardona, Zulma Espinoza Mata, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, Héctor Serrano Cortés.

Que reforma y adiciona los artículos 149 Ter y 189 del Código Penal Federal y 9o. de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y por integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y de Morena

Quienes suscriben, diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta De La Peña, Erika Mariana Rosas Uribe, Héctor Serrano Cortés y Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un nuevo párrafo quinto al artículo 149 Ter; se adiciona un párrafo segundo al artículo 189 del Código Penal Federal; y se adiciona una fracción XXXV al artículo 9 de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

En la actualidad, a consecuencia de la pandemia de coronavirus Covid-19, estamos viviendo en todo el mundo una crisis sanitaria como no se había visto en un siglo cuando la gripe española afectó a un buen número de naciones y acabó con la vida de aproximadamente 50 millones de seres humanos.

Se dice que los momentos de crisis sacan lo mejor de las personas en la búsqueda por superarlas y es así como emergen en las sociedades muestras de talento, ingenio, creatividad, disciplina, solidaridad, empatía, compromiso y amor por el prójimo. No obstante lo anterior, las crisis también suelen mostrarnos ejemplos de antivalores que en nada abonan a superar los momentos difíciles, como el egoísmo, la deshonestidad, la indiferencia, el odio y la intolerancia.

Es común que las personas actuemos por histeria ante situaciones que nos provocan miedo, angustia o preocupación, sin embargo, ni el miedo ni la ignorancia ni la estulticia justifican las agresiones y los actos discriminatorios de los que en nuestro país han sido objeto médicos, personal de enfermería y trabajadores del sector salud en las últimas semanas al ser considerados por algunas personas como una fuente de contagio de coronavirus en razón del trabajo que desempeñan.

Lamentablemente, tanto las agresiones físicas como verbales en contra de los profesionales de la salud, así como los actos discriminatorios que lastiman su dignidad como personas y en virtud de los cuales se les ha negado incluso la prestación de servicios y el ejercicio de derechos han ido en aumento desde el inicio de la contingencia sanitaria por el Covid-19.

Ejemplos de lo anterior hay muchos, a continuación se reproducen algunos de los primeros casos que se registraron en diferentes puntos del territorio nacional.

En Jalisco, la Comisión Interinstitucional de Enfermeras denunció a finales del mes de marzo que varios asistentes médicos habían sido víctimas de agresiones al momento de salir de sus centros de trabajo, ya que en el transporte público no los dejaban ni siquiera subir.1

La presidenta del gremio de enfermeras en Jalisco, Edith Mújica Chávez, dijo entonces que la situación se había tornado sumamente violenta para el personal, pues además de los ataques verbales, también se habían presentado casos de agresiones físicas. “A una de las compañeras le echaron agua con cloro unas vecinas. A pasantes también las han agredido y esto es una realidad”, declaró Mújica Chávez.2

Lo mismo sucedió en San Luis Potosí, donde una enfermera del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) fue víctima de agresión física por parte de una mujer que le recriminó haber entrado a una tienda de conveniencia, ello, después de que sus hijos le rociaron café y refresco. El saldo de la agresión para la enfermera fue de dos dedos fracturados, lo cual la incapacitó para poder seguir atendiendo a pacientes que requieren de sus cuidados.3

Del mismo modo, durante la última semana de marzo y la primera de abril, se registraron diversos casos de violencia verbal y física contra personal de salud en los estados de Durango, México, Oaxaca, Sinaloa, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán (además de los ya mencionados en Jalisco y San Luis Potosí), los cuales obligaron, a enfermeras y enfermeros, principalmente, a adoptar medidas para evitar agresiones, como esconder sus uniformes cuando salen a la calle para trasladarse de su casa al trabajo o viceversa.

“La cofia y el uniforme blanco quedan de lado, nuestros jefes quieren evitar que nos agredan en las calles, así que nos dejan llegar como civiles para evitar algún daño a nosotros”, declaró una enfermera del IMSS en Sonora al relatar el miedo que siente por la posibilidad de ser agredida.4

“Nos miran distinto, tratamos de salir lo menos posible con el uniforme”, dice Ariadna, una enfermera de 27 años de un hospital privado de la capital. “Una vez fui a comprar pan y la señora ni siquiera me quiso atender, se nota cuando la gente se aleja”. Así mismo, relató que en el edificio donde vive una colega suya, les prohibieron el uso de las áreas comunes a quienes trabajan en el sector salud. “No sé a quién tenerle más miedo: al Covid o a las personas que nos pueden agredir”.5

“Ya no es lo mismo salir con la pijama quirúrgica”, le dijo a la agencia francesa de noticias AFP una doctora de 31 años, cuyo nombre real se reservó por seguridad. “La gente sí me ha esquivado, o el de la tienda, que nada más puso el dinero (en el mostrador) y no me lo dio en la mano”. “Es algo con lo que debemos aprender a vivir, desgraciadamente”, agrega al mencionar que su uniforme siempre está limpio y que se baña hasta tres veces al día.6

El pasado 30 de marzo el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) reconoció la difícil situación por la que atraviesan actualmente los trabajadores de la salud y en el Boletín No. 105/2020 llamó a la población a evitar actos de estigmatización, discriminatorios o de violencia contra personal médico que atiende la emergencia por el coronavirus Covid-19, señalando que, de acuerdo con autoridades, se han registrado agresiones sin fundamento contra enfermeras, enfermeros, médicos y personal de limpieza ante la sospecha sobre su estado de salud.

Así mismo, el Conapred recordó en el documento señalado que “Todo el personal a cargo de detectar, atender y cuidar a la población cuenta con la capacitación y las medidas de higiene necesarias para evitar los contagios y merecen todo el apoyo, respeto, solidaridad y agradecimiento de la ciudadanía.

Más allá de los actos discriminatorios, se han registrado hechos igualmente vergonzosos, pero aún más graves y preocupantes; muestra de lo anterior es el caso de un médico agredido por familiares de un paciente fallecido a causa del coronavirus en el Hospital General de Zona Número 48 del IMSS en la Alcaldía Azcapotzalco de la Ciudad de México.

Los deudos del paciente ingresaron al hospital con armas de fuego y agredieron a policías a cargo de la seguridad y médicos del hospital, por lo que fue necesaria la intervención de más agentes policiales, de acuerdo con versiones que circularon en redes sociales el pasado 10 de abril.7

El motivo de la agresión al personal médico por parte de los familiares del fallecido fue únicamente el haber actuado conforme al protocolo para pacientes infectados de Covid-19, de acuerdo al cual, no se debe permitir el contacto de personas sanas con infectados para evitar el riesgo de contagio.8

Para atender la situación descrita, el pasado 7 abril, como también lo hicieron diversas fracciones, las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México presentamos un punto de acuerdo con la finalidad de:

• Exhortar a las autoridades en materia de seguridad pública en el ámbito federal, así como de los gobiernos estatales y municipales a garantizar la seguridad de médicos, profesionales de la enfermería y trabajadores del sector salud frente a las agresiones de las cuales han sido objeto en los últimos días por parte de personas que por ignorancia los consideran como una fuente de contagio de coronavirus Covid-19; y

• Exhortar a la Fiscalía General de la República, así como a las Procuradurías de Justicia y Fiscalías de las entidades federativas a facilitar y atender de modo expedito las denuncias presentadas por agresiones y discriminación a médicos, profesionales de la enfermería y trabajadores del sector salud por parte de personas que por ignorancia los consideran como una fuente de contagio de coronavirus Covid-19.

No obstante lo anterior, y a pesar de las medidas tomadas por las autoridades para proteger la integridad de quienes representan la primera línea de defensa de la sociedad frente al coronavirus Covid-19, los ataques contra médicos, personal de enfermería y trabajadores que prestan sus servicios en el sector salud no han hecho más que intensificarse. En virtud de ello, estimamos pertinente proponer reformas legales que permitan inhibir la comisión de estas conductas antisociales.

Está claro que nuestro marco jurídico contempla ya sanciones para los ataques de los que han sido víctimas los médicos y trabajadores de la salud en el contexto de la contingencia por el Covid-19, pues las lesiones, las amenazas y los actos de discriminación constituyen delitos que se encuentran tipificados tanto a nivel federal, en el Código Penal Federal, como en el ámbito local, en los distintos Códigos Penales locales, sin embargo, creemos oportuno establecer penas más severas para castigar estos deleznables comportamientos.

Para evitar que se sigan cometiendo actos de discriminación en contra de médicos, personal de enfermería y trabajadores que prestan sus servicios en el sector salud proponemos establecer en el artículo 149 Ter del Código Penal Federal que cuando las conductas a que se refiere dicha disposición sean cometidas en contra de funcionarios del Sistema Nacional de Salud en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas, la pena prevista se incrementará hasta en un tercio (la cual contempla sanciones de uno a tres años de prisión o de ciento cincuenta a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta doscientos días multa).

Por otra parte, proponemos agregar un párrafo al Artículo 189, también del Código Penal Federal, relativo a los delitos contra la autoridad, para establecer que se considerarán delitos en contra de un servidor público o agente de la autoridad aquellos en donde las víctimas sean funcionarios del Sistema Nacional de Salud en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas. La pena aplicable a estas conductas es de uno a seis años de prisión, además de la que corresponda por el delito cometido.

En cuanto a la definición del concepto de “funcionarios del Sistema Nacional de Salud”, cabe recordar que la Ley General de Salud señala en su Artículo 5o. que el Sistema Nacional de Salud está constituido por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud, así como por los mecanismos de coordinación de acciones, y tiene por objeto dar cumplimiento al derecho a la protección de la salud.

Para efectos de mayor claridad en la exposición de los cambios propuestos por la presente iniciativa, a continuación se presenta un cuadro comparativo que contrasta el texto vigente del Código Penal Federal con la propuesta de mérito:

Es de destacar que la ampliación de los funcionarios protegidos como autoridad pública, tal como se pretende con la adición propuesta al Artículo 189, ya se ha dado en la legislación de otros países, por ejemplo, en España, donde en marzo de 2015 se reformó el artículo 550 del Código Penal para establecer que agredir a médicos cuando trabajan es un atentado contra la autoridad y conlleva hasta cuatro años de cárcel. La reforma fue motivada por las más de 2 mil agresiones que entre 2009 y 2014 se habían contabilizado en contra de médicos en todo el territorio español.9

Textualmente, el artículo 550 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, establece que:

Artículo 550

Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.

En todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas. 10

En México, más allá del contexto en el que se han dado las agresiones a trabajadores de la salud durante marzo y abril del presente año, es decir, en medio de una crisis provocada por la pandemia de Covid-19, los casos de esta naturaleza no son nuevos, sino que se trata de un problema añejo que ya mostraba una preocupante tendencia al alza.

De acuerdo a datos del IMSS, obtenidos y publicados por un medio impreso de circulación en la Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey, las agresiones en contra de los médicos y personal de enfermería en el país alcanzan cientos de casos cada año, siendo Jalisco y Veracruz las entidades líderes en este tipo de conductas.11

La mayoría de los ataques se dieron por parte de familiares de pacientes al interior de los nosocomios en donde médicos y personal de enfermería desempeñan su trabajo. Las razones son diversas, desde culpar al médico por el estado de salud del paciente y equivocaciones en el tratamiento, hasta desconfianza en las decisiones que corresponden exclusivamente al ámbito clínico.12

De 2012 hasta marzo de 2019, se registraron 7,214 ataques hacia médicos en los hospitales del país, de acuerdo con las cifras proporcionadas por el IMSS. La tendencia se mantuvo al alza durante los primeros dos años del sexenio pasado, en el cual la cifra pasó de 415 a 555 casos, en tanto que en 2014 la estadística bajó a 313. Sin embargo, desde entonces el número de ataques se ha disparado y repuntó en 2018, cuando se contabilizaron 2,788 casos de ataques contra de profesionales de la salud (572% más que en 2013).13

Los datos anteriores evidencian la necesidad de legislar para evitar que se sigan cometiendo ataques en contra de profesionales que poseen un amplio compromiso con el cuidado, mantenimiento y recuperación de la salud de las personas que los lleva a salvar vidas todos los días, a veces a costa de arriesgar la propia. No se trata únicamente de preservar la integridad de médicos y personal de enfermería durante la contingencia sanitaria provocada por el coronavirus Covid-19, sino de protegerlos frente a la irracionalidad de quienes errónea e injustamente los creen responsables de los problemas que enfrenta nuestro sistema de salud, por ejemplo, la escasez de insumos y medicamentos, la insuficiencia de los presupuestos y la incapacidad para atender adecuadamente a toda la población.

Finalmente, nuestra propuesta considera incluir el supuesto explícito de discriminación en contra de profesionales de la salud que atiendan a la población afectada en el contexto de emergencias sanitarias, particularmente, ante la coyuntura actual. Lo anterior permitirá que el Conapred, en el ámbito de la regulación establecida en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, tenga certeza jurídica y el espectro normativo suficiente y necesario a efecto de imponer las medidas administrativas y de reparación establecidas en la propia Ley.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con:

Proyecto de decreto por el que se adiciona un nuevo párrafo quinto al artículo 149 Ter; se adiciona un párrafo segundo al artículo 189 del Código Penal Federal; y se adiciona una fracción XXXV al artículo 9 de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación

PRIMERO. Se adiciona un nuevo párrafo quinto al artículo 149 Ter y se adiciona un párrafo segundo al artículo 189 del Código Penal Federal, para quedar como a continuación se presenta:

Artículo 149 Ter. Se aplicará sanción de uno a tres años de prisión o de ciento cincuenta a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta doscientos días multa al que por razones de origen o pertenencia étnica o nacional, raza, color de piel, lengua, género, sexo, preferencia sexual, edad, estado civil, origen nacional o social, condición social o económica, condición de salud, embarazo, opiniones políticas o de cualquier otra índole atente contra la dignidad humana o anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas mediante la realización de cualquiera de las siguientes conductas:

I. a III. ...

...

...

Cuando las conductas a que se refiere este artículo sean cometidas por persona con la que la víctima tenga una relación de subordinación laboral, la pena se incrementará en una mitad.

Cuando las conductas a que se refiere este artículo sean cometidas en contra de funcionarios del Sistema Nacional de Salud en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas, la pena se incrementará hasta en un tercio.

Asimismo, se incrementará la pena cuando los actos discriminatorios limiten el acceso a las garantías jurídicas indispensables para la protección de todos los derechos humanos.

...

Artículo 189. Al que cometa un delito en contra de un servidor público, agente de la autoridad en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará de uno a seis años de prisión, además de la que le corresponda por el delito cometido.

Se considerarán delitos en contra de un servidor público o agente de la autoridad aquellos en donde las víctimas sean funcionarios del Sistema Nacional de Salud en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas.

SEGUNDO. Se adiciona una fracción XXXV al artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, para quedar como a continuación se presenta:

Artículo 9. (Se deroga el anterior párrafo primero y se recorren los demás en su orden).

Con base en lo establecido en el artículo primero constitucional y el artículo 1, párrafo segundo, fracción III de esta Ley se consideran como discriminación, entre otras:

I. a XXXIV. ...

XXXV. Realizar, promover o incitar a la violencia física o psicológica, así como impedir el acceso a cualquier servicio público o institución privada en perjuicio de profesionales, técnicos, auxiliares de las disciplinas para la salud y, en general, a toda persona relacionada con la práctica médica, que con motivo del ejercicio de su profesión atiendan a la población directamente afectada en los casos de situaciones excepcionales derivadas de emergencias y/o contingencias sanitarias o riesgos de salud declaradas por el Ejecutivo Federal conforme a la legislación aplicable.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas:

1 Véase, “Por temor al coronavirus, agreden a enfermeras en el transporte público”, Periódico El Informador, 29 de marzo de 2020. Disponible en: https://www.informador.mx/jalisco/Por-temor-al- coronavirus-agreden-a-enfermeras-en-el-transporte-publico-20200329-0016 .html

2 Ibídem.

3 Véase, Raúl Durán, “Agreden a enfermera del IMSS en SLP por temor al coronavirus”, Debate, 05 de abril de 2020. Disponible en: https://www.debate.com.mx/estados/Agreden-a-enfermera-del-IMSS-en-SLP- por-temor-al-coronavirus-20200405-0130.html

4 Véase, Nancy Álvarez, “Llegamos al hospital como civiles, enfermera relata el miedo a ser agredida”, Periódico El Sol de México, 17 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.elsoldemexico.com.mx/republica/sociedad/lleg amos-al-hospital-como-civiles-enfermera-relata-el- miedo-a-ser-agredida-5115628.html

5 Véase, “Médicos luchan contra Covid-19, salvan vidas y... los agreden”, Periódico Excélsior, 13 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.excelsior.com.mx/nacional/medicos-luchan-con tra-covid-19-salvan- vidas-y-los-agreden/1375723

6 Ibídem.

7 Véase, “Familiares de paciente fallecido por coronavirus agreden a médicos del IMSS en la

CDMX”, Noticieros Televisa, 10 de abril de 2020. Disponible en: https://noticieros.televisa.com/historia/familiares-fallecido-coronavir us-agreden-medicos/

8 Véase, Sara Pantoja, “Familia de víctima por covid-19 agrede a personal del IMSS en Azcapotzalco”, Revista Proceso, 10 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.proceso.com.mx/625313/familia-de-victima-por -covid-19-agrede-a-personal-del-imss-en- azcapotzalco-video

9 Véase, Elena Sevillano, “Agredir a sanitarios y profesores será penado hasta con cuatro años”, Periódico El País, 29 de marzo de 2015. Disponible en:

https://elpais.com/politica/2015/03/29/actualidad/142765 2834_998426.html

10 Véase, “Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995”, de 23 de noviembre, del Código Penal”, Boletín Oficial del Estado, Número 77, Sección I, 31 de marzo de 2015. Disponible en:

http://www.congreso.es/constitucion/ficheros/leyes_espa/ lo_001_2015.pdf

11 Véase, Daniel Flores, “Se agudiza crisis en el sector Salud; agresiones a médicos suben 572%”, Periódico Publimetro, 02 de junio de 2019. Disponible en:

https://www.publimetro.com.mx/mx/nacional/2019/06/02/se- agudiza-crisis-en-el-sector-salud-agresiones-a- medicos-suben-572.html

12 Ibídem.

13 Ibídem.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de abril 2020.

Diputados: Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, José Ricardo Gallardo Cardona, Zulma Espinoza Mata, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, Héctor Serrano Cortés.



Proposiciones

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a las Secretarías de Salud a trabajar de manera coordinada en la atención de los problemas de salud mental que puedan presentarse relacionados con el confinamiento domiciliario para evitar la propagación del Covid-19, como el estrés y la ansiedad, y en la prevención de suicidios, suscrita por los diputados Arturo Escobar y Vega y Leticia Mariana Gómez Ordaz e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, diputada Leticia Mariana Gómez Ordaz del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Erika Mariana Rosas Uribe, Héctor Serrano Cortés y Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, integrantes de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguientes:

Consideraciones

La situación que actualmente estamos viviendo en nuestro país derivada de la pandemia ocasionada por el virus Covid-19 es compleja, debido a que para preservar la salud propia y de terceros es necesario que la población modifique sus hábitos para detener la propagación del virus y contener los contagios.

En las últimas semanas las autoridades han dirigido sus acciones, principalmente, a atender esta problemática, exhortando a la población a permanecer en casa para evitar contagios y detener la propagación del virus. El pasado 30 de marzo el gobierno federal declaró emergencia sanitaria, a través de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del “Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (Covid- 19)”.1

En México debemos estar alertas para evitar que la permanencia prolongada de un amplio número de personas en sus domicilios no represente un detonante o catalizador de problemas de salud mental en la población.

La salud mental abarca una amplia gama de actividades directa o indirectamente relacionadas con el componente de bienestar mental incluido en la definición de salud que da la Organización Mundial de la Salud: “un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”. Esta definición se encuentra relacionada con la promoción del bienestar, la prevención de trastornos mentales y el tratamiento y rehabilitación de las personas afectadas por dichos trastornos.2

Es importante permanecer atentos a los riesgos que para la salud mental representa estar en casa, pues, de entrada, se considera que conlleva ansiedad, la cual, en ocasiones, se traduce en el aumento del consumo de alimentos que se tienen al interior del hogar, también puede asociarse a la depresión, la cual es un problema que no se detecta con facilidad.3

No debemos ser ajenos a las consecuencias que el confinamiento domiciliario trajo para muchas personas en diversos países, pues esta complicada situación no es fácil de manejar, debido a que para cualquier individuo el cambio repentino de hábitos, así como la incertidumbre sobre la evolución de la pandemia son situaciones que generan estrés.

Trascendió que el 31 de marzo del 2020, en Reino Unido, un joven de 15 años se suicidó pocos días después de que en aquel país se endurecieran las restricciones para la población con el fin de contener la propagación del virus; los padres señalaron que el menor no tenía antecedentes de padecimientos mentales, por lo cual su fallecimiento fue totalmente inesperado.4

En la India un hombre de 50 años se suicidó al pensar que había contraído el virus. El hombre cometió suicidio pensando en no contagiar a sus tres hijos; a pesar de que había recibido atención médica y de haber sido informado de que se trataba de una simple gripe, el estrés que el hombre tenía fue tan grande que decidió terminar con su vida.5

En España, la Fundación Española para la Prevención del Suicidio y la Sociedad Española de Suicidología aseguran que el confinamiento prolongado puede aumentar el riesgo suicida entre la población, ya sea en la ideación, intentos o las propias muertes, esto relacionado a los cuadros de ansiedad, estrés, depresión o conducta suicida, así como el aumento de problemas interpersonales que puedan derivar en conductas violentas.6

Por otro lado, en Italia se reportó el suicidio de una enfermera de 34 años, algunos medios señalaron que ella estaba desquiciada por el estrés, además de que derivado de su noble profesión ya se había contagiado y temía contagiar a otros y se encontraba agotada por el trabajo, pues desarrollaba sus funciones en el área de terapia intensiva de uno de los hospitales que atienden a los enfermos más graves por Covid-19.7

También en Italia, otra enfermera de 49 años se suicidó arrojándose al mar, según señalan los medios, debido al estrés nervioso, el agotamiento y el dolor por la tragedia de los enfermos que veía día con día.8

En Alemania, el ministro de Finanzas de la región de Hesse, Thomas Schaefer, se quitó la vida tras la profunda preocupación que le generó el impacto económico que podría acarrear la actual pandemia de coronavirus, según lo informó el primer ministro del estado, Volker Bouffier.9

Estados Unidos también ha mostrado señales de alerta al señalar que el Covid-19 podría conducir a miles de muertes y suicidios, pues se cree que el impacto social de la actual pandemia puede equipararse al generado por la recesión económica de 2007-2009, la cual aumentó las tasas de suicidio en Estados Unidos y Europa.10

Los dolorosos ejemplos de situaciones presentadas en otras naciones respecto al impacto que tiene el confinamiento y el estrés ocasionado por la pandemia de Covid-19 nos obligan a tomar en cuenta esas experiencias para evitar que el complejo escenario por el que hoy atravesamos se traduzca en consecuencias fatales en términos de vidas humanas en nuestro país.

Lamentablemente, en México ya se han registrado suicidios dentro del periodo de confinamiento domiciliario recomendado por las autoridades de salud. El pasado 26 de marzo un joven de Ciudad Victoria, en Tamaulipas, se quitó la vida. Otro caso se registró en la ciudad de Matamoros, también en Tamaulipas, donde una mujer terminó con su existencia después de una pelea con su esposo; ambos habían tenido previamente intentos suicidas.11

El estrés generado por el impacto económico de la pandemia y por el encierro es un problema que no podemos dejar de atender, pues en México se habla del incremento en el número de suicidios que ocurren cada año, lo que debe alertar a las autoridades con el objetivo de fortalecer las acciones para reducir las muertes por esta causa.12

En las últimas dos décadas, al igual que en el resto del mundo, las tasas de mortalidad por suicidio en México han presentado una constante tendencia al incremento. Esto ha catalogado al suicidio como un problema de salud que debe ser analizado desde un enfoque multidimensional, para así examinar las características sociodemográficas de los suicidas que permitan generar medidas preventivas ante dicha situación y, por ende, procurar la disminución de la incidencia de este fenómeno que se encuentra actualmente dentro de las tres principales causas de muerte en el país.13

Esta obligación de los estados para reforzar sus acciones en materia de salud mental con el objeto de prevenir los suicidios en nuestro país encuentra fundamento en nuestra Constitución, donde se establece en el párrafo cuarto del artículo 4 el derecho a la salud, mismo que debe ser garantizado a toda la población con la finalidad de potenciar su desarrollo pleno y su bienestar.

Artículo 4. ...

...

...

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.14

En relación con lo anterior, la Ley General de Salud establece en su artículo 2 las finalidades que se deben perseguir en materia del derecho a la protección de la salud, por lo que la construcción de políticas públicas en la materia debe ir orientada a su cumplimiento:

Artículo 2. El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades:

I. El bienestar físico y mental de la persona, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades;

II. La prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana;

III. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social;

IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud;

V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población;

VI. El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud, y

VII. El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud.15

Como puede verse, la fracción primera del artículo 2 de la Ley General de Salud señala que la salud física y mental de las personas debe estar garantizada, por ello, las acciones que se instrumenten en esta materia deben ir orientadas a su cumplimiento, como es el caso de la prevención y atención del fenómeno del suicidio en nuestro país.

Ante el aumento de los suicidios en México y los lamentables antecedentes que se han presentado a nivel mundial, donde se han registrado suicidios relacionados con el estrés que genera el confinamiento domiciliario, así como el temor de contagiarse de Covid-19, es claro que la población de nuestro país se encuentra en riesgo.

Por lo tanto, las autoridades competentes, con base en sus atribuciones, deben diseñar e implementar acciones específicas para que en esta etapa de emergencia sanitaria se procure en todo momento la salud mental de la población y así prevenir suicidios.

En estos tiempos difíciles es importante que toda la población cuente con medios accesibles para poder solicitar ayuda u orientación que les permita llevar el confinamiento domiciliario de la mejor manera, tales como líneas de apoyo vía telefónica, por redes sociales o cualquier forma de mensajería instantánea, donde cualquier persona pueda comunicarse y recibir atención inmediata.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno de la República y a los Gobiernos de los estados a que, por conducto de las Secretarías de Salud dentro del ámbito de su respectiva competencia, trabajen de manera coordinada en la atención de los problemas de salud mental que puedan presentarse relacionados con el confinamiento domiciliario para evitar la propagación del Covid-19, tales como el estrés y la ansiedad, así como para la prevención de suicidios.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno de la República y a los Gobiernos de los Estados a que, por conducto de las Secretarías de Salud dentro del ámbito de su respectiva competencia, trabajen de manera coordinada para diseñar e implementar programas que mediante el apoyo de las tecnologías y redes sociales sirvan como líneas de atención para orientar a la población sobre los problemas de salud mental que pueden presentarse o agudizarse derivado del confinamiento domiciliario para evitar la propagación del Covid-19.

Notas:

1 Véase, “Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de Covid-19”, Diario Oficial de la Federación, 30 de marzo de 2020. Disponible en:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/544303/Ac uerdo_de_emergencia_sanitaria_por_Covid-19.pdf 2 Véase, “Salud Mental”, Organización Mundial de la Salud. Disponible en: https://www.who.int/topics/mental_health/es/

2 Véase, “Salud Mental”, Organización Mundial de la Salud. Disponible en: https://www.who.int/topics/mental_health/es/

3 Véase, Yheraldo Martínez, “Pandemia+Depresión=Suicidio: otro virus mortal”, Periódico El Universal, 4 de abril de 2020. Disponible en: https://www.eluniversal.com.mx/opinion/yheraldo-martinez- lopez/pandemiadepresionsuicidio-otro-virus-mortal

4 Véase, “Joven de 15 años se suicida al no soportar la cuarentena por el coronavirus”, La Verdad, 7 de abril. Disponible en:

https://laverdadnoticias.com/mundo/Joven-de-15-anos-se-s uicida-al-no-soportar-la-cuarentena- por-el-coronavirus-20200407-0212.html

5 Véase, “Hombre se suicida por pensar que tenía coronavirus”, Periódico Excélsior, 12 de febrero de 2020. Disponible en:

https://www.excelsior.com.mx/global/hombre-se-suicida-po r-pensar-que-tenia-coronavirus/1363744

6 Véase, Marta Riesgo, “El confinamiento prolongado puede aumentar el riesgo de suicidio”, Gaceta Médica,

14 de abril de 2020. Disponible en:

https://gacetamedica.com/investigacion/el-confinamiento- prolongado-puede- aumentar-el-riesgo-de-suicidio/

7 Véase, “Enfermera se suicida ‘por miedo’ de infectar a otros de Covid-19 en Italia”, Periódico El Universal, 27 de marzo de 2020. Disponible en:

https://www.eluniversal.com.mx/mundo/enfermera-se-suicid a-por-miedo-

infectar-otros-de-covid-19-en-italia

8 Véase, Julio Algañaraz, “Testimonios de espanto. Coronavirus en Italia: el dramático suicidio de dos enfermeras y la angustia por los médicos muertos”, 25 de marzo de 2020. Disponible en:

https://www.clarin.com/mundo/
coronavirus-italia-enfermeras-suicidan-miles-medicos-muertos-contagiados_0_lY_- 2U_iQ.html

9 Véase, “Se suicida un político alemán por la crisis del Covid-19”, Diario El País, 30 de marzo de 2020. Disponible en:

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/03/29/econom ia/1585512336_417820.html

10 Véase, “Miles morirán en EEUU por desempleo y suicidio ante Covid-19”, HispanTV, 4 de abril de 2020. Disponible en: https://www.hispantv.com/noticias/ee-uu-/463037/desempleo-suicidio-muer te-coronavirus

11 Véase, Yheraldo Martínez, “Pandemia+Depresión=Suicidio: otro virus mortal”, Periódico El Universal, 4 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.eluniversal.com.mx/opinion/yheraldo-martinez - lopez/pandemiadepresionsuicidio-otro-virus-mortal

12 Jiménez Ornelas, R. A., & Cardiel, T. L. (20 de agosto de 2013). “El suicidio y su tendencia social en México: 1990-2011”. Obtenido de:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/apropos ito/2018/suicidios2018_Nal.pdf

13 Ibídem.

14 Diario Oficial de la Federación. (05 de Febrero de 1917). “CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”. Obtenido de:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_060619.pdf

15 Diario Oficial de la Federación. (07 de febrero de 1984). “Ley General de Salud”. Obtenido de:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/142_241218.p df

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a los 21 días del mes de abril de 2020.

Diputados: Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, José Ricardo Gallardo Cardona, Zulma Espinoza Mata, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz (rúbrica), Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, Héctor Serrano Cortés.

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los gobiernos federal y locales a emprender acciones extraordinarias para prevenir accidentes domésticos y violencia contra niños y adolescentes durante la emergencia sanitaria por el Covid-19, garantizando con ello la seguridad y protección de los menores, suscrita por los diputados Arturo Escobar y Vega y Leticia Mariana Gómez Ordaz e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los dDiputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los dDiputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Erika Mariana Rosas Uribe, Héctor Serrano Cortés y Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, integrantes de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79 numeral 1 fracción II y numeral 2 fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición d e Motivos

La pandemia por COVIDCovid-19 ha puesto a prueba a todos los sistemas de salud del mundo, los cuales tristemente han visto rebasada su capacidad para atender a los enfermos que requieren hospitalización.

El personal sanitario merece del gobierno y de la sociedad todo el apoyo y reconocimiento posible, pues son ellos quienes están realizando una labor de alto riesgo al estar en contacto con pacientes portadores del virus, por esta razón son precisamente a quienes más necesitamos en estos momentos difíciles para la humanidad.

Contar con insumos suficientes hace la diferencia entre contagiarse o no, motivo por el cual todas las autoridades de los distintos órdenes de gobierno deben tener como prioridad en sus agendas garantizar que el personal de salud de todas las instituciones cuente con el equipo requerido para no correr peligro en el desempeño de su labor.

Tristemente, en nuestro país el personal médico ha hecho público que están en riesgo debido a que las instituciones en donde prestan sus valiosos servicios no cuentan con los recursos y materiales necesarios para atender a los enfermos por Covid-19.

Los gritos de auxilio de médicos y personal de enfermería solicitando a las autoridades que den pronta atención a sus demandas se han hecho desde distintos puntos del país, lo cual nos muestra que lamentablemente los profesionales de la salud en nuestra nación se encuentran corriendo un riesgo injustificado.

En el Estado de México, el día 30 de marzo del año en curso, personal médico y administrativo de los municipios de Nezahualcóyotl, Ecatepec, Tecámac, Atizapán de Zaragoza y Chiautla, en conjunto con la sección 9 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud, salió a las calles para hacer públicas las carencias de material, tales como cubrebocas, gel antibacterial y gasas. La forma en que se manifestaron fue utilizando bloqueos breves y parciales en distintas avenidas.1

Algunos de los manifestantes expresaron lo siguiente:

“No podemos salir a la guerra sin fusil, somos los más expuestos, los que vamos a caer primero”. “Pedimos que nos den protección a todas las áreas de enfermería, médicos, trabajadoras sociales, administrativos, estamos en riesgo de infectarnos e infectar a otros”, afirmó Josefina Onofre Díaz, Pediatra del Hospital de Atizapán de Zaragoza en el Estado de México.2

“No hay ventiladores suficientes ni material para atender esta emergencia”, señaló Daniel Arellano, Médico de Terapia Intensiva del Hospital de Atizapán de Zaragoza en el Estado de México.3

En otra parte del país, en el estado de San Luis Potosí, también se han realizado protestas por parte de los profesionales de la salud, quienes el día 30 de marzo salieron a las calles para exigir materiales de primera necesidad y estar en mejores condiciones para atender la emergencia sanitaria en la que nos encontramos. Fueron trabajadores del Hospital General de Zona Número 2 quienes denunciaron que no cuentan con la protección adecuada para atender a los pacientes por Covid-19, a su vez, señalaron que el personal de ambulancias está igualmente expuesto y sin equipo alguno.9

Otra entidad en la que el personal médico ha denunciado no contar con los insumos necesarios para hacer frente a la pandemia por Covid-19 es Tamaulipas, en donde el pasado 03 de abril trabajadores del Hospital General de Zona declararon que los dos pacientes que habían dado positivo hasta ese momento en el estado estaban siendo atendidos en ese nosocomio, motivo por el cual las alertas se encendieron y se hizo urgente contar con los materiales adecuados.5

Asimismo, en el estado de Sinaloa el día 2 de abril personal del Instituto Mexicano del Seguro Social solicitó mascarillas para partículas N95, guantes, lentes, caretas y ropa desechable para no poner en riesgo su seguridad, haciendo evidente la falta de ese material para atender a los enfermos de esta pandemia. También señalaron que los resultados de las pruebas están tardando hasta siete días, motivo por el cual el diagnóstico asentado es neumonía atípica. Dijeron igualmente que de su propia bolsa han tenido que comprar insumos, los cuales se venden a sobreprecio, pues un cubrebocas lo han encontrado hasta en 500 pesos.6

Como puede verse, las denuncias por parte de los profesionales de la salud evidenciando las riesgosas condiciones en las cuales desempeñan su noble labor no paran, pues entre más tiempo pasa el riesgo de contagio se vuelve más alto. En este sentido, en el municipio de Ecatepec en el Estado de México el personal de salud salió por segunda ocasión a las calles el día 6 de abril, pues, a una semana de que se manifestaran por primera vez, siguen sin contar con el material adecuado para hacer su trabajo.7

Fueron trabajadores del Hospital General número 76 del Instituto Mexicano del Seguro Social quienes volvieron a tomar las calles denunciando la falta de materiales y el poco flujo de información respecto a los resultados de las pruebas realizadas en los pacientes. También señalaron que han sido objeto de amenazas por parte de las autoridades.8

La preocupación del personal de salud es real y está totalmente justificada, debido a que carecer de los insumos básicos para atender a los enfermos por Covid-19 no resulta ni justo ni coherente. No olvidemos que el personal de salud es quien más corre riesgos ante las enfermedades contagiosas y el bienestar del resto de la población durante esta pandemia depende de un sistema de salud fuerte y con los materiales necesarios para una respuesta adecuada.

Las manifestaciones del personal de salud en diversos puntos del país deben ser atendidas a la brevedad, pues en los últimos días se ha dado cuenta de brotes de contagios por Covid-19 entre el personal de distintos hospitales.

Un caso alarmante es el de Monclova en el estado de Coahuila, donde 26 trabajadores de la salud de la clínica 7 del Instituto Mexicano del Seguro Social se contagiaron de Covid-19, lo cual ha cobrado hasta ahora la vida de un médico. Ante tal cantidad de personas contagiadas, se ordenó la desinfección de dicho hospital9 , por haberse comprobado que el brote de infección surgió dentro del mismo, tal como lo confirmó el propio director del Instituto.10

Existen otros casos igualmente graves por la cantidad de contagios entre el personal médico como el registrado en un hospital de Cabo San Lucas, donde el 2 de abril se informó que 42 trabajadores dieron positivo a Covid-19, el espectro de contagio es tan amplio que incluye personal médico, enfermería, administrativo, entre otros, por lo cual actualmente se encuentran en vigilancia domiciliaria.11

También en el estado de México, en el municipio de Tlalnepantla, el Instituto Mexicano del Seguro Social ha confirmado que 20 médicos se encuentran contagiados de Covid-19, sin embargo, las autoridades de salud afirman que el brote no inició en el nosocomio.12 Ante esta situación los médicos residentes de pregrado han señalado que existe mal diagnóstico y tratamiento, pues ejemplifican que se ha trabajado sin protección alguna, ya sea en la manipulación de pacientes para intubar o entre ellos al tomarse muestras.13

En el norte del país, en Baja California, las autoridades de salud han confirmado que 8 personas, 4 médicos y 4 enfermeros han sido diagnosticados con el virus, y dos de ellos han desarrollado síntomas graves que han llevado su salud a un estado crítico.14

Pese a todas estas carencias, el riesgo de contagio y la exposición constante por no contar con los insumos adecuados, de manera admirable, tanto el personal de salud como las instituciones médicas están en espera de que los gobiernos federales y estatales provean los recursos que garanticen su seguridad ante el coronavirus; sin embargo, en más de una ocasión han reafirmado su compromiso de no dejar de dar servicio aunque esto les represente un riesgo a su integridad.15

A lo largo del presente documento se ha mostrado información que evidencia las carencias con las cuales trabaja el personal de salud en nuestro país, pues son precisamente ellos quienes han hecho público la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran para desempeñar sus labores al no contar con el material indicado para atender a los pacientes.

De igual manera, no puede ignorarse que día con día las noticias nos presentan nuevos casos en los cuales se señala el aumento de contagios entre la comunidad médica, alcanzando una cantidad alarmante de trabajadores de la salud contagiados.

Como un acto de congruencia, debemos reconocer que al personal sanitario le debemos todo el apoyo, primero, por humanidad, pues su profesión debe ser desempeñada en condiciones dignas y, segundo, porque si ellos enferman, el resto de la población no puede esperar un escenario alentador frente a la crisis generada por el Covid-19.

En este contexto, resulta evidente la necesidad de que los tres órdenes de gobierno trabajen de manera coordinada y urgente para proporcionar a los profesionales de la salud los insumos necesarios y suficientes que les permitan atender a los enfermos por Covid-19 sin que esto represente un riesgo inminente para su salud y su vida.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta:

Punto de Acuerdo

Unico. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno federal, a la Secretaría de Salud, a los gobiernos de las entidades federativas y a las Secretarías de Salud locales a garantizar que en todas las instituciones públicas de salud se provea a los médicos, profesionales de la enfermería y, en general, a todos los trabajadores del sector salud de los insumos idóneos y necesarios para atender a pacientes con Covid-19 a fin de evitar más contagios entre los profesionales de la salud.

Notas

1 Véase, “Personal médico protesta en EDOMEX por falta de insumos por coronavirus”, Periódico El Universal, 30 de marzo de 2020. Disponible en:

https://www.eluniversal.com.mx/metropoli/edomex/coronavi rus- protestan-en-edomex-por-falta-de-insumos-medicos

2 Ibídem.

3 Ibídem.

4 Véase, “Médicos protestan por falta de insumos”, Periódico El Sol de San Luis, 30 de marzo de 2020. Disponible en:

https://www.elsoldesanluis.com.mx/local/medicos-protesta n-por-falta-de-insumos- 5034901.html

5 Véase, “Protestan médicos de Tamaulipas por falta de insumos ante Covid-19”, Periódico La Jornada, 03 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.jornada.com.mx/ultimas/estados/2020/04/03/
protestan-medicos-de-tamaulipas-por-falta-de-insumos-ante-covid-19-6600.html

6 Véase, “Médicos del IMSS en Culiacán carecen de protección ante Covid-19”, Debate, 02 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.debate.com.mx/culiacan/
No-todos-necesitan-cubrebocas-dice-el-IMSS-ante-falta-de-insumos-en-Sinaloa-20200401-0199.html

7 Véase, “Médicos y enfermeros protestan ante la falta de insumos en la clínica 76 del IMSS”, Periódico El Sol de Toluca, 06 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.elsoldetoluca.com.mx/local/
medicos-y-enfermeros-protestan-ante-la-falta-de-insumos-en-la-clinica-76-del-imss-5067536.html

8 Ibídem.

9 Véase, “Coronavirus en México: contagios en hospitales se extienden y médicos exigen insumos para tratar pacientes”, INFOBAE, 09 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.infobae.com/america/mexico/2020/04/09/
coronavirus-en-mexico-contagios-en-hospitales-se-extienden-y-medicos-exigen-insumos-para-tratar-pacientes/

10 Véase, “Confirma IMSS que hay 20 médicos contagiados de Covid-19 en Tlane”, Periódico EL Universal, 08 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.eluniversal.com.mx/nacion/politica/
coronavirus-confirma-imss-que-hay-20-medicos-contagiados-en-clinica-de-tlalne

11 Véase, “IMSS confirmó brote masivo de Covid-19 en Hospital de Cabo San Lucas”, INFOBAE, 08 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.infobae.com/america/mexico/2020/04/08/
imss-confirmo-brote-masivo-de- covid-19-en-hospital-de-cabo-san-lucas/

12 Véase, “Confirma IMSS que hay 20 médicos contagiados de Covid-19 en Tlane”, Periódico EL Universal, 08 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.eluniversal.com.mx/nacion/politica/
coronavirus-confirma-imss-que-hay-20-medicos-contagiados-en-clinica-de-tlalne

13 Véase, “Al fin y al cabo ya estábamos infectados”: la dura carta de médicos residentes de Tlalnepantla a la Secretaría de Salud”, INFOBAE, 09 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.infobae.com/america/mexico/2020/04/09/al-fin -y-al-cabo-ya-estabamos-infectados-la-dura- carta-de-medicos-residentes-de-tlalnepantla-a-la-secretaria-de-salud/

14 Véase, “Aumentan contagios de coronavirus entre personal médico de Tijuana, BC”, Noticieros TELEVISA, 09 de abril de 2020. Disponible en:

https://noticieros.televisa.com/ultimas-noticias/coronav irus-tijuana-contagios- medicos-baja-california/

15 Véase, “Coronavirus en México: contagios en hospitales se extienden y médicos exigen insumos para tratar pacientes”, 09 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.infobae.com/america/mexico/2020/04/09/
coronavirus-en-mexico-contagios-en-hospitales-se-extienden-y-medicos-exigen-insumos-para-tratar-pacientes/

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de abril de 2020.

Diputados: Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, José Ricardo Gallardo Cardona, Zulma Espinoza Mata, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, Héctor Serrano Cortés.

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a las Secretarías de Salud a trabajar de manera coordinada para promover en la población la conciencia sobre la importancia de llevar un estilo de vida saludable a través de la actividad física y la correcta alimentación durante el periodo de confinamiento por la epidemia de Covid-19, suscrita por los diputados Arturo Escobar y Vega y Érika Mariana Rosas Uribe e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Erika Mariana Rosas Uribe, Héctor Serrano Cortés y Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, integrantes de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79 numeral 1 fracción II y numeral 2 fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En el Partido Verde Ecologista de México estamos conscientes de la situación que aqueja el día de hoy al mundo entero y a nuestro país, al enfrentarnos a una crisis en el marco de la globalización que traerá consigo un aumento en la pérdida de empleo y poder adquisitivo de los ciudadanos. Vivimos una coyuntura en la que debemos salvaguardar el bienestar de los mexicanos, realizando acciones extraordinarias que permitan mitigar los efectos y/o contrarrestar las consecuencias sanitarias, sociales y económicas de la pandemia provocada por el virus SARS-CoV2.

Recientemente se ha reflexionado acerca del impacto que diversos sucesos han generado en la realidad actual, de esta manera, la pandemia de Covid-19 ha arrojado nuevas reflexiones sobre la suficiencia y la necesidad de repensar acerca del funcionamiento del sistema económico de nuestro país. En este sentido, el Partido Verde Ecologista de México hace énfasis en estas coyunturas, tomando en cuenta la dignidad humana como piedra angular de todo el sistema normativo, administrativo, económico y social, reconocido en la Constitución y Tratados Internacionales suscritos por nuestro país. Es por eso que, preocupados por el contexto actual, suscribimos como grupo parlamentario el presente punto de acuerdo.

Al momento que se elabora el presente documento, en nuestro país existen 3,441 casos confirmados; 10,105 casos sospechosos; 17,950 casos negativos, 194 defunciones por Covid-19 y se han estudiado a 31,496 personas. Como puede verse si se comparan las cifras con las de días anteriores, a tendencia está al alza, lo cual indica que debemos estar preparados para que las personas que resulten diagnosticadas como positivas al virus puedan recibir atención médica en los diferentes hospitales y centros de salud públicos y privados de nuestro país. Además de los casos confirmados, el modelo de vigilancia Centinela estimó que en nuestro país existen 26 mil casos reales de Covid-19.

La contingencia sanitaria aún se encuentra en fase 2, y, con base en lo establecido por la Secretaría de Salud, se estima que en 2 semanas se alcance la fase 3, lo cual se traduce en que los contagios locales serán acelerados y de no realizar acciones extraordinarias para mitigar la propagación del virus, el sistema de salud de nuestro país se vería colapsado, tal como pasó en países como Italia y España.

En el Partido Verde Ecologista de México estamos convencidos que para que el sector salud de nuestro país pueda soportar y dar atención a los pacientes, el personal médico de los hospitales, a los cuales les expresamos nuestra gratitud, solidaridad y reconocimiento, debe de contar en tiempo y forma con los insumos médicos y las medicinas necesarias para salvaguardar la vida de los contagiados y, en las mismas condiciones, del personal de salud que se encuentre brindando tratamientos para mitigar la enfermedad. En nuestro país ya hay diversos ejemplos de médicos, enfermeras y demás trabajadores de hospitales que se han contagiado. Existen ejemplos de lo anterior en Tlalnepantla, Estado de México, donde 20 médicos se contagiaron; 42 en Cabo San Lucas; 6 en Cuernavaca, Morelos y casi una treintena en Monclova, Coahuila.

Adicionalmente, y de manera preventiva, debemos de garantizar el acceso a los insumos médicos mínimos a todos en general, en condiciones de eficiencia y con perspectiva de derechos humanos; ya que en estas circunstancias, más que nunca, debemos conjugar lo urgente en armonía con lo importante.

Lo anterior, permitirá disminuir el número de pérdidas humanas, además de prevenir un eventual colapso del sistema de salud de nuestro país. En ese sentido, se entiende que la producción, comercialización y distribución de dichos productos e insumos médicos constituyen una actividad económica esencial y son de primera necesidad en el contexto de la emergencia sanitaria. En esta coyuntura específica, asegurar la disponibilidad y el acceso precisamente a dichos insumos, tomando en cuenta las condiciones de mercado extraordinarias en la que nos encontramos, se vuelve una prioridad para garantizar la atención médica y hospitalaria al universo de pacientes contagiados.

En ese contexto, no pasa inadvertido que la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) tiene en marcha una investigación de prácticas monopólicas y competencia desleal en el ámbito de la industria farmacéutica de nuestro país. Por ello, evitar, prevenir e investigar las mismas debe ser prioritario para impedir incrementar las afectaciones al sector salud y a la economía del país. Pero en este sentido, con un elemento adicional, en las condiciones actuales, la condición de agente económico es relevante, preponderante y debe ser vista en el marco de los intereses públicos fundamentales.

A mayor abundamiento, en el caso de esta emergencia sanitaria, lo expuesto cobra especial relevancia, ya que las condiciones excepcionales en las que nos encontramos y la aparición de nuevos “agentes económicos” en el mercado provocan precios mayores a los que prevalecerían en una situación de sana competencia, llegando a ser muy similares a los precios que impondrían los monopolios, alterando asimétricamente la interrelación entre demanda y oferta; y de esta manera, la cantidad de bienes o servicios producidos. Lo anterior, es un riesgo que provoca un impacto mundial en el sistema de salud, en el bienestar social y económico y el acceso a mejores condiciones por parte de las autoridades administrativas de todos los niveles de gobierno encargadas de la adquisición de insumos. Traducido, sobre todo, en pérdida de vidas humanas que pudieron atenderse con oportunidad.

Adicionalmente, un contexto de prácticas desleales en el marco de esta coyuntura, pone en especial riesgo a la población en general no contagiada, al representar, un obstáculo para acceder y después adquirir en condiciones justas insumos en el tiempo oportuno debido. Asimismo, la cantidad de personas con la oportunidad de solventar los gastos de tratamientos largos para combatir enfermedades se ve reducida por los altos costos a los que éstos se sujetan por el sólo control de un Agente Económico (nuevo o especial) que manipula la oferta, generando golpes fuertes tanto en la economía nacional como en la familiar y, sobre todo, cobrando vidas a merced del comercio.

Bien se ha dicho, “las crisis son oportunidades”, sin embargo, las mismas no se deben generar y aprovechar a costa de los derechos humanos, de los intereses públicos fundamentales y, especialmente, de la población vulnerable; es decir, a costa de todos. ¡No son tiempos de mercado, son tiempos de solidaridad!

Para el Partido Verde es de gran preocupación y de suma relevancia que, en el marco del contexto que estamos viviendo, se realicen prácticas indebidas, por lo que es menester que, las autoridades competentes del Estado Mexicano, en este caso la Secretaría de Economía, la Procuraduría Federal del Consumidor y la Comisión Federal de Competencia Económica, en el ámbito de sus atribuciones pongan atención especial al comportamiento de los “agentes económicos”; definan, en su caso, de la aparición coyuntural de “nuevos agentes” que están involucrados en toda la cadena de producción, distribución, comercialización y disposición final de medicamentos de primera necesidad e insumos necesarios para la atención médica. Es ahora, especialmente en este contexto, donde el mercado relevante se interrelaciona con los derechos humanos y sociales, como en ningún otro momento de la historia.

El día 31 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2. En la fracción VIII, del artículo primero del citado documento se ordena que, “todas las medidas, establecidas deberán aplicarse con estricto respeto a los derechos humanos de todas las personas. En esa misma fecha se presentó el acuerdo por el que se establece la permanencia de las actividades de abasto, servicios y proveeduría del sector farmacéutico, tanto en su producción como en su distribución1 . Y, adicionalmente, las autoridades administrativas locales publicaron a su vez sus acuerdos espejo en atención a las directrices del Consejo General de Salubridad.

Las consideraciones anteriores se correlacionan, como nunca, con todo el sistema de derechos de nuestro orden normativo, tanto los que salvaguardan las libertades fundamentales de primera generación; como las que están orientadas a salvaguardar todas las generaciones de derechos humanos de segunda y tercera generación. Todo lo anterior; Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos suscritos por nuestro país, precedentes judiciales internacionales y nacionales en la materia, deberán ordenarse de manera especial en esta coyuntura bajo la premisa de la dignidad humana.

En este sentido, resulta indispensable que las autoridades lleven a cabo las acciones administrativas necesarias para la salvaguarda de su interés superior en el marco también de los intereses públicos fundamentales.

Por la relevancia de lo anteriormente expuesto, es nuestro deber evitar la realización de conductas contrarias a los intereses públicos fundamentales, en el marco de conductas anticompetitivas y monopólicas, previstas en los artículos 52, 53, 54, 55 y 56 de la Ley Federal de Competencia Económica para salvaguardar el bienestar de las familias mexicanas y la economía del país; más en este contexto paradigmático. En dichas actividades deben vigilarse no solamente a los agentes económicos activos o “tradicionales “, sino que, en el marco del artículo 12, fracción XXII del ordenamiento citado, debe valorarse hacer extensiva esta definición para evitar que viejos o nuevos agentes económicos interfieran en el funcionamiento eficiente del mercado, y que, en este contexto, es todavía más “mercado relevante”.

En cumplimiento de lo anterior, y adicionalmente a las consideraciones anteriores, se requiere la intervención de la Procuraduría Federal del Consumidor, para hacer efectiva la prevención de daños y la protección de la vida, la salud y la seguridad de los consumidores, contra los riesgos ante los que se encuentran expuestos por las posibles prácticas desleales que puedan realizar agentes económicos para la obtención de un beneficio indebido derivado de la contingencia sanitaria.

En el Partido Verde Ecologista de México tenemos la convicción de que la coyuntura actual, nos obliga como nunca, a salvaguardar los intereses públicos fundamentales, tomando como punto de partida la dignidad de la persona y su proyección en todo el sistema de derechos humanos. En todo este contexto, y de manera particular, es prioritario defender el derecho a la salud y a la atención médica, en su especial correlación coyuntural con el libre comercio y el derecho a un mercado eficiente pero justo. La sociedad mexicana en general debe actuar con solidaridad y sensibilidad, en especial, con la población vulnerable y el personal médico.

Es en este momento más que en otros, que nuestra unidad y solidaridad como país está a prueba y es en esta coyuntura que sometemos a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía a que en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y a la Procuraduría Federal del Consumidor, en el marco de la Ley Federal de Protección al Consumidor; a realizar las acciones administrativas correspondientes con perspectiva de derechos humanos, con la finalidad de salvaguardar el acceso oportuno y eficiente a dispensario y equipamiento médico en mejores condiciones de mercado para el personal médico, población vulnerable y población en general.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Federal de Competencia Económica a que en el ámbito de su mandato constitucional, de sus respectivas atribuciones y en el contexto de la coyuntura multidimensional que enfrentamos, realice las acciones administrativas conducentes con perspectiva de derechos humanos, para identificar, prevenir y sancionar, en su caso, prácticas monopólicas y desleales contrarias a los intereses públicos fundamentales en el marco excepcional de actuación de los “agentes económicos” y, más que nunca, del “mercado relevante”.

Tercero.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades administrativas de todos los órdenes y de gobierno, en el marco de lo presentado, a que en el ámbito de sus respectivas atribuciones realicen acciones con el fin de salvaguardar el acceso oportuno a insumos médicos en las mejores condiciones y, de ser el caso, a prevenir y sancionar las actividades contrarias a los intereses públicos fundamentales en el contexto de la presente contingencia.

Nota:

1 Véase, “ACUERDO por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2”, Diario Oficial de la Federación, 31 de marzo de 2020. Disponible en:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590914&f echa=31/03/2020

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de abril de 2020.

Diputados: Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, José Ricardo Gallardo Cardona, Zulma Espinoza Mata, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, Héctor Serrano Cortés.

Con punto de acuerdo, para exhortar a los gobiernos locales y municipales a intensificar las acciones de vigilancia en materia de trato digno y respetuoso de los animales de compañía, garantizando el cumplimiento de las leyes en la materia; y, de ser el caso, sancionar el incumplimiento conforme a éstas; y a los gobiernos federal, locales y municipales a implantar campañas informativas sobre la importancia de proteger a esos ejemplares ante la presente emergencia sanitaria por el Covid-19, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Erika Mariana Rosas Uribe, Héctor Serrano Cortés y Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, integrantes de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79 numeral 1 fracción II y numeral 2 fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Es indudable que la Pandemia por Covid-19 ha sacudido a toda la sociedad mexicana, la cual en poco tiempo ha visto cómo las actividades cotidianas se han modificado de manera drástica, pues su impacto abarca todos los espacios, ya sea laboral, académico, social y económico.

Muchos mexicanos han podido continuar con sus actividades laborales desde sus hogares, lo cual se ha reflejado en un impacto directo en aquellos pequeños comercios formales e informales que se ubican alrededor de los centros de trabajo.

Lo mismo ocurre con toda la economía desarrollada en torno a los planteles educativos de todos los niveles, la cual se ha visto afectada de manera directa ante la falta de clases.

Otro ejemplo del impacto negativo que esta pandemia ha tenido se relaciona con la pérdida de empleos, pues muchas fuentes de trabajo han tenido que cerrar sus puertas por ser considerados no esenciales.

El desempleo trae consigo incertidumbre para las personas, pues lógicamente nadie conoce cómo evolucionará esta pandemia, ni la fecha exacta en que terminará, por ello los recursos económicos con los que cuente la población serán destinados naturalmente a cubrir la necesidad esencial de alimentarse.

Precisamente en estos momentos de crisis mundial, en donde la solidaridad debe estar presente, se vuelve indispensable que las autoridades diseñen planes que atiendan de manera oportuna las demandas de la población más vulnerable. Es necesario demostrar empatía con aquellos que en poco tiempo vieron afectada su dinámica de vida y que en un futuro no podrán cubrir los gastos indispensables de un hogar.

Ante el llamado de los expertos y autoridades sanitarias de permanecer en casa, es imposible ignorar que se dará un aumento en el consumo de energía eléctrica, aunado a la complicada realidad económica de muchos de nuestros compatriotas.

Nuestro país cuenta con instituciones consolidadas, las cuales bajo su actual marco jurídico tienen la posibilidad de presentar y diseñar soluciones para dar un respiro a la difícil situación que se vive actualmente.

El artículo 2° de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad1 establece que:

“La Comisión Federal de Electricidad es una empresa productiva del Estado de propiedad exclusiva del Gobierno Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios y gozará de autonomía técnica, operativa y de gestión, conforme a lo dispuesto en la presente Ley”.

De igual manera, en el segundo párrafo del artículo 4° del referido ordenamiento se señala que:

“En la ejecución de su objeto, la Comisión Federal de Electricidad deberá actuar de manera transparente, honesta, eficiente, con sentido de equidad, y responsabilidad social y ambiental, procurando el mejoramiento de la productividad con sustentabilidad para minimizar los costos de la industria eléctrica en beneficio de la población y contribuir con ello al desarrollo nacional. Asimismo, la Comisión Federal de Electricidad garantizará el acceso abierto a la Red Nacional de Transmisión y a las Redes Generales de Distribución, la operación eficiente del sector eléctrico y la competencia.”

Como se puede observar, la Comisión Federal de Electricidad, además de ser una empresa productiva del Estado, tiene como principios fundamentales la responsabilidad social y el beneficio de la población.

Por su parte, el artículo 12 de la Ley en comento, referente a las funciones del Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad, enuncia lo siguiente:

“El Consejo de Administración, órgano supremo de administración de la Comisión Federal de Electricidad, será responsable de definir las políticas, lineamientos y visión estratégica de la Comisión Federal de Electricidad, sus empresas productivas subsidiarias y empresas filiales. Al efecto, tendrá las funciones siguientes:

I. a IX. ...

X. Aprobar políticas generales para cancelar adeudos a cargo de terceros y a favor de la Comisión Federal de Electricidad cuando exista inviabilidad económica o imposibilidad práctica de su cobro, así como las políticas para el otorgamiento de mutuos, garantías, préstamos o cualquier tipo de créditos y para la exención de dichas garantías;”

De acuerdo a lo anterior es claro que la Comisión Federal de Electricidad tiene la facultad para otorgar cualquier tipo de crédito, para cancelar adeudos o, en su caso, para la exención de garantías.

Por todos es conocida la emergencia sanitaria que estamos viviendo actualmente, derivada de la declaración de pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud a causa del virus Covid-19, comúnmente llamado coronavirus, a tal grado que el pasado 30 de marzo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el “Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19)”.

En dicho acuerdo se recomienda a la población en general a permanecer en sus casas para contener la propagación del virus, del mismo modo en que se ordena solamente mantener las actividades económicas esenciales del país.

Un aspecto importante del contenido del acuerdo citado, es que la disposición de permanecer en casa es de aplicación estricta para personas mayores de 60 años, mujeres embarazadas, hipertensos, diabéticos, personas con enfermedades pulmonares y cardiacas crónicas, inmuno-depresivos, insuficiencia renal o hepática.

Por otro lado, Guy Ryder, Director General de la Organización Internacional del Trabajo ha declarado que “Los trabajadores y las empresas se enfrentan a una catástrofe, tanto en las economías desarrolladas como en las que están en desarrollo... Tenemos que actuar con rapidez, decisión y coordinación. Las medidas correctas y urgentes podrían hacer la diferencia entre la supervivencia y el colapso”.2

En función de lo anterior, la Asociación de Bancos de México notificó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que consideraba que sus clientes pueden presentar dificultades para pagar sus créditos por la pandemia de coronavirus y debido a ello han decidido ofrecer diversos programas que incluyen diferir el pago de créditos hasta por cuatro meses con la posibilidad de extenderlo dos meses más a aquellos clientes que se vean imposibilitados para hacer frente a sus compromisos crediticios.3

La Organización Internacional del Trabajo ha estimado que a nivel mundial se prevé que la crisis por el Covid-19 hará desaparecer 6.7 por ciento de las horas de trabajo en el segundo trimestre de 2020, lo que equivale a 195 millones de trabajadores a tiempo completo.

“El posible aumento del desempleo mundial durante 2020 dependerá de manera considerable de la evolución futura y de las medidas políticas que serán adoptadas.

Existe un riesgo elevado de que para final de año la cifra será significativamente más alta que la previsión inicial de la Organización Internacional del Trabajo, de 25 millones de desempleados.

Más de cuatro de cada cinco personas en el mundo, (81 por ciento) de las 3,300 millones que conforman la fuerza de trabajo mundial están siendo afectadas por cierres totales o parciales de su lugar de trabajo”.4

Luisa María Alcalde, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del gobierno de México, informó este miércoles 8 de abril que desde el 13 de marzo y hasta el 6 de abril se habían perdido en México un total de 346 mil 878 empleos.5 Lo anterior quiere decir, que en menos de un mes, se borraron los trabajos generados en el país durante 2019.

Es indudable que la pérdida de empleos coincide con la llegada de los primeros casos de Covid-19 al país. El 28 de febrero se registró el primer caso confirmado de la enfermedad6 , mientras que el 30 de marzo, como ya se mencionó, el gobierno federal declaró la emergencia sanitaria por la epidemia.

Cabe hacer mención que esto ha sucedido solo en tres semanas después de haber declarado la emergencia sanitaria, parece que lo peor está por venir y sin duda los mexicanos necesitan que el gobierno, las empresas productivas del Estado y la iniciativa privada los apoyen para poder hacer frente a sus compromisos, mantener sus servicios y poder cumplir con las recomendaciones del Gobierno federal.

Las entidades con mayor pérdida de empleo, añadió la secretaria Alcalde, son Quintana Roo, Ciudad de México, Nuevo León, Jalisco, Estado de México y Tamaulipas, que en conjunto registran 56% del total de los despidos, con 193,000.

Países como Francia o España han condonado y/o diferido el cobro de servicios a sus ciudadanos7 , asegurando el acceso a energía eléctrica, agua y gas para que se puedan atender las recomendaciones internacionales destinadas a frenar la escalada de casos de infectados por el coronavirus.8

En nuestro continente, El Salvador también ha implementado medidas para mitigar el impacto negativo que tiene la pandemia, estableciendo la suspensión del pago de cuotas de energía eléctrica, agua, teléfono e internet por tres meses.

También Costa Rica ha determinado que no habrá suspensión de servicios por falta de pago, así como el restablecimiento del servicio por morosidad y se buscará generar mecanismos de pago con posterioridad.9

De igual manera, los gobiernos de Panamá y Bolivia han anunciado la reducción en el costo de la energía eléctrica; en el caso de Bolivia haciéndola hasta un 30% más barata.10

Los gobiernos de muchos países han realizado grandes esfuerzos para apoyar a las familias, pues tienen claro la difícil realidad por la que sus poblaciones atraviesan en estos momentos, por ello es necesario que en México se dé una respuesta por parte de la empresa del Estado encargada de la generación y comercialización de energía eléctrica, antes de que las personas se encuentren en la imposibilidad de pagar.

Estas medidas resultan urgentes, sobre todo si tomamos en cuenta los datos oficiales sobre la pérdida de empleos y los retos a los que está haciendo frente la población.

La Comisión Federal de Electricidad puede anticipar que habrá personas que no podrán hacer frente al pago de sus adeudos y compromisos por el servicio de electricidad y su marco jurídico le permite diseñar programas para diferir los pagos y apoyar a las familias y empresas que más lo necesiten.

Por lo anterior, sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Federal de Electricidad a diferir cuando menos tres meses el pago por concepto de energía eléctrica y considerar la condonación del pago en casos donde las familias demuestren que alguno de sus miembros haya perdido su empleo y fuente de ingreso, como medida de apoyo ante el impacto económico y laboral que está teniendo en la población mexicana la pandemia y la declaración de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19).

Notas:

1 Véase, “Ley de la Comisión Federal de Electricidad”. Disponible en:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LCFE_110814. pdf

2 Véase, “OIT: El Covid-19 causa pérdidas devastadoras de empleos y horas de trabajo”, Organización Internacional del Trabajo, comunicado de prensa, 07 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.ilo.org/global/about- the-ilo/newsroom/news/WCMS_740920/lang--es/index.htm

3 Véase, “Bancos permitirán que congeles tus créditos hasta por 6 meses”, Periódico El Financiero, 25 de marzo de 2020. Disponible en:

https://www.elfinanciero.com.mx/economia/bancos-permitir an-que-congeles-tus- creditos-hasta-por-6-meses

4 Véase, “Covid-19 causa pérdidas devastadoras de empleos y horas de trabajo: OIT”, Organización de las Naciones Unidas México, 07 de abril de 2020. http://coronavirus.onu.org.mx/covid-19-causa-perdidas-devastadoras- de-empleos-y-horas-de-trabajo-oit

5 Véase, “Coronavirus borra en menos de un mes el número de empleos generados en todo 2019”, Periódico El Financiero, 08 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.elfinanciero.com.mx/economia/346-mil-878-emp leos- se-han-perdido-desde-registro-de-primer-caso-de-covid-19-en-mexico-trab ajo

6 Véase, “Coronavirus llega a México: confirman caso en CDMX y revisan positivo en Sinaloa”, Expansión, 28 de febrero de 2020. Disponible en:

https://politica.expansion.mx/mexico/2020/02/28/el-coron avirus-llega-a-mexico- confirman-caso-en-la-cdmx

7 Véase, “Fondos ciudadanos, condonación de impuestos y seguros de desempleo: medidas de ayuda que aplican países por Covid-19”, Animal Político, 18 de marzo de 2020. Disponibles en:

https://www.animalpolitico.com/2020/03/medidas-paises-ay uda-covid-19/

8 Véase, “El Salvador suspende el pago de agua y electricidad por el coronavirus”, Europa Press, 19 de marzo de 2020. Disponible en:

https://www.europapress.es/internacional/
noticia-salvador-suspende-pago-electricidad-agua-congela-cobro-hipotecas-coronavirus-20200319020433.html

9 Véase, “¿Qué están ofreciendo los países de América Latina para aliviar la crisis económica por la pandemia de coronavirus?”, CNN en español, 25 de marzo de 2020.

https://cnnespanol.cnn.com/2020/03/25/que-estan-ofrecien do-los-paises-de-america-latina-para-aliviar-la-crisis-economica-por-la -pandemia-de-coronavirus/

10 Ibídem.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2020.

Diputados: Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, José Ricardo Gallardo Cardona, Zulma Espinoza Mata, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, Héctor Serrano Cortés.

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa a emitir la NOM en materia de telemedicina, a efecto de regular de manera integral y garantizar la buena práctica de la atención médica a distancia; y al Coneval y la CNDS, a considerar la inclusión de la atención médica en la modalidad de telemedicina en el ámbito de los criterios para la definición, identificación y medición de la pobreza, específicamente respecto al indicador de acceso a los servicios de salud, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Nayeli Arlen Fernández Cruz, Ana Patricia Peralta de la Peña, Francisco Elizondo Garrido, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Erika Mariana Rosas Uribe, Héctor Serrano Cortés y Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, integrantes de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

A nivel mundial, los seres humanos estamos atravesando un momento difícil, en donde la salud de todos se encuentra en riesgo, producto de la pandemia de Coronavirus Covid-19.

La diseminación del virus que fue notificado por primera vez en Wuhan, China el 31 de diciembre de 2019 ha puesto en alerta a las autoridades sanitarias del mundo y a los gobiernos de todos los países por tratarse de una crisis sanitaria sin precedentes en las últimas décadas.

Debido al alto grado de contagio y el crecimiento exponencial del número de infectados, fallecidos y países con presencia del virus, el 11 de marzo de 2020, el director general de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Tedros Adhanom Ghebreyesus, declaró que el coronavirus Covid-19 pasó de ser una epidemia a una pandemia e incitó a todos los países a activar y ampliar sus mecanismos de respuesta de emergencia inmediata para frenar el contagio a la brevedad.1

Dado que la mayoría de las estimaciones respecto al periodo de incubación del Covid-19 oscilan entre 1 y 14 días, las autoridades de todas las regiones afectadas han hecho hincapié en señalar que guardar una sana distancia y el confinamiento domiciliario es la forma más eficaz para reducir el número de contagios de manera significativa.

Derivado de lo anterior, el Consejo de Salubridad General en México, declaró el 30 de marzo que el país entraba en emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor derivado de la epidemia generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19).

Entre las medidas anunciadas se ordenó la suspensión inmediata de las actividades no esenciales en los sectores público, privado y social, mientras que en todos los sectores y actividades definidos como esenciales, se prohibió realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas.

Asimismo, se ordenó el resguardo obligatorio para toda persona mayor de 60 años de edad o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes, enfermedad cardiaca o pulmonar, inmunosupresión, en estado de embarazo o puerperio inmediato, independientemente de si su actividad laboral se considera esencial o no, mientras que para el resto de la población se ha insistido en un resguardo domiciliario voluntario como medida de contención del virus.

La cuarentena por el Covid-19 trae aparejada una serie de implicaciones sociales, así como efectos en la salud física y mental de las personas.

Un estudio publicado por la revista británica Lancet llegó a la conclusión de que los efectos psicológicos negativos de la cuarentena incluyen estrés, confusión, ansiedad e ira.

Los factores que más estresan a las personas aisladas son no conocer el tiempo que va a durar la cuarentena, temores a infectarse, frustración, aburrimiento, suministros o información inadecuados, posibles pérdidas financieras y que al salir, se queden con el estigma de la enfermedad.2

No obstante los efectos psicológicos negativos, así como el impacto económico y social, los científicos consideran que la cuarentena es una de las medidas más eficaces para luchar contra la propagación del virus, por lo que eliminarla en este punto no es una opción viable.

Este panorama pone a la sociedad mexicana ante un reto de múltiples aristas, pues desafortunadamente las emergencias humanitarias, los desastres y las pandemias mundiales exponen a las mujeres y las niñas a un mayor riesgo de violencia.

La crisis sanitaria del Covid-19 golpea duramente a nuestro país, coincidiendo con otra terrible realidad: la innegable ola de violencia por razón de género contra la mujer, donde los feminicidios son la máxima expresión de la misma, los cuales han tenido un alza considerable en los últimos meses.

De acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) con información al 29 de febrero de 2020, la tendencia nacional de presuntos feminicidios iba a la alza, teniéndose registrados hasta ese momento 164 casos.

Adicional a esta información, se deben tener en cuenta otros datos proporcionados por el Secretariado Ejecutivo del SNSP, los cuales evidencian también un alza a nivel nacional en el número de delitos registrados distintos al feminicidio, pero que por su naturaleza implican el uso de violencia en contra el género femenino, por ejemplo, los homicidios y las lesiones dolosos en contra de mujeres.

En el mismo sentido, deben también ser considerados los delitos que atentan en contra de la libertad y la seguridad sexual de las mujeres (abuso sexual, acoso sexual, hostigamiento sexual, violación simple y equiparada), los cuales son delitos del fuero común y también registraron en el mes de febrero de 2020 un alza significativa respecto a enero del mismo año.

Este preocupante panorama de repunte en la violencia contra las mujeres en nuestro país, se complica aún más con la aplicación de medidas encaminadas a evitar la propagación del Covid-19, pues éstas representan nuevos escenarios de vulnerabilidad para niñas, adolescentes y mujeres mexicanas como consecuencia de la estrategia sanitaria.

Los principales factores que agudizan el riesgo de que las mujeres sufran violencia son:

1. El confinamiento domiciliario en espacios reducidos, lo cual implica una mayor convivencia con personas que ya las han agredido;

2. Los efectos psicológicos que la cuarentena causa en las personas, como el estrés, especialmente en aquellos que ya han ejercido algún tipo de violencia en contra de las mujeres; y

3. La limitación de la movilidad, lo cual reduce las posibilidades de las mujeres de ser asistidas y de buscar ayuda en caso de sufrir alguna agresión.

Desafortunadamente, para un buen número de mujeres y niñas en nuestro país, el hogar es un lugar que se ha convertido en sinónimo de miedo y abuso, por lo cual esta situación empeora considerablemente en casos de aislamiento, pues en muchas ocasiones el trabajo, la escuela u otros sitios representan para ellas un lugar más seguro que su propia casa.

Ante las restricciones de movilidad impuestas durante la pandemia del Covid-19, muchas niñas y mujeres se ven orilladas a convivir todo el día con sus agresores.

A lo anterior habría que sumarle el estado de estrés generado por el aislamiento, convirtiéndose en un gran detonante de ira e inestabilidad emocional, lo cual puede traducirse en un catalizador para que la violencia en contra de las mujeres aumente al interior del hogar.

Para empeorar las cosas, los impactos económicos de la contingencia sanitaria por la cual estamos atravesando se han traducido en la imposibilidad de que muchas mujeres puedan seguir aportando un ingreso a su hogar, manteniéndose únicamente la fuente de ingreso proveniente del hombre. Esta situación le resta poder a las mujeres y lleva a que muchos hombres pretendan ejercer controles adicionales sobre ellas.

De igual forma, las mujeres que se ven en la necesidad de salir ya sea porque su actividad laboral así lo requiera o porque son las encargadas de abastecer las necesidades básicas familiares, como acudir a centros de abasto por alimentos o a realizar el pago de servicios, corren un mayor riesgo de ser violentadas por extraños al transitar zonas con un flujo notoriamente disminuido de personas, poniéndolas en una situación de mayor vulnerabilidad en los espacios públicos.

En el mismo sentido, es necesario reconocer que la respuesta inmediata por parte de las autoridades ante este tipo de situaciones es más complicada que en escenarios normales por el hecho de que las organizaciones encargadas de garantizar la seguridad pública están sometidas a una enorme presión, pues en algunos casos tienen que fungir como auxiliares en la implementación de las medidas para combatir la pandemia.

Prevenir y eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas han sido y deben seguir siendo tareas fundamentales para el Estado mexicano, por lo que la actual crisis derivada del Covid-19 no debe ser un motivo para bajar la guardia.

Desde el plano internacional se ha hecho énfasis en que los gobiernos deben defender los derechos humanos de las mujeres y las niñas e implementar medidas urgentes para atender a las víctimas de la violencia ejercida en su contra.

Por ejemplo, el Secretario General de las Naciones Unidas, Antonio Guterres, pidió que se adopten medidas para hacer frente a un estremecedor repunte global de la violencia doméstica contra mujeres y niñas, ocurrido durante las últimas semanas, debido a los confinamientos decretados por los gobiernos durante la pandemia del Covid-19.3

Lamentablemente, México no es una excepción a ese repunte de la violencia doméstica señalado por la ONU, pues se tienen registros de nuevos casos que han cimbrado a la sociedad mexicana en los días de confinamiento.

Una demostración de que la violencia contra las mujeres en México no se detiene ni en cuarentena, es el atroz caso ocurrido en la ciudad fronteriza de Nogales, Sonora el pasado 2 de abril, donde una menor de edad identificada con el nombre de Ana Paola, fue asesinada en el interior de su casa mientras seguía la recomendación del gobierno de no salir del hogar para evitar contagios de coronavirus.4

De acuerdo a la Fiscalía General del Estado de Sonora, los hechos se registraron la tarde del 2 de abril, en una vivienda en la colonia Real del Arco, cuando la menor se encontraba sola en su domicilio, ya que la madre tuvo que salir a hacer compras.

Es de reconocer que la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora informó el viernes

10 de abril que logró la detención, imputación y sentencia a 70 años de prisión del responsable del asesinato de Ana Paola.5

En Oaxaca se cometió otro feminicidio infantil, en el municipio de San Francisco del Mar. Se trata de una menor de seis meses, quien perdió la vida después de una agresión sexual. El Fiscal General de Oaxaca, Rubén Vasconcelos Méndez, informó que por ese hecho fue detenido un sujeto identificado con las siglas S. F. M. M., quien fue llevado ante el Juzgado de Control por el delito de homicidio.6

Por otra parte, en Nuevo León una niña de cinco años de edad fue asesinada a golpes por su padrastro en un domicilio del municipio de Pesquería el martes 7 de abril. De acuerdo con los primeros reportes, la madre de la niña habría presenciado los hechos. Luego de cometer el feminicidio en contra de la hija de su pareja, el hombre se dio a la fuga y las autoridades ya lo buscan.7

Como era de esperarse, la indignación de la sociedad ha sido generalizada frente a estos atroces crímenes, pues no sólo se trata de casos donde la víctima es mujer, sino que se trata de menores de edad que fueron violentadas al interior de su propio hogar.

Por desgracia, no se trata de casos aislados de violencia extrema de género donde la víctima es menor de edad; pues datos de ONU Mujeres México indican que en 2019 se registraron 98 niñas y adolescentes víctimas de feminicidios y 191 niñas y adolescentes víctimas de homicidio doloso. Esto es un total de 289 niñas y adolescentes asesinadas por razones de género en 2019, un promedio de 0.8 víctimas al día, o entre 5 y 6 víctimas a la semana, lo cual convierte a México en un país en donde diario una niña es asesinada; sin lugar a dudas se trata de una realidad catastrófica.8

Otro de los casos de violencia contra las mujeres que han sacudido al país durante este periodo, fue el ocurrido en la Ciudad de Oaxaca la madrugada del 27 de marzo, cuando un individuo de nombre Ernesto López López fue aprehendido en flagrancia por autoridades locales, debido a la alerta de testigos presenciales y vecinos, por haber agredido sexual y físicamente a una mujer de nombre Rosalía, identificada con las siglas NJL.

No obstante las acciones implementadas hasta ahora, tanto por la Fiscalía General como por el Poder Judicial del Estado de Oaxaca, para investigar y castigar al presunto responsable del delito señalado, de acuerdo con distintos medios de comunicación, el 31 de marzo la víctima intentó ratificar y ampliar su denuncia ante la Fiscalía Especializada para la Atención a Delitos Contra la Mujer por Razón de Género, sin embargo, le fue impedido continuar con este proceso, por lo cual es imperativo que se tomen las medidas necesarias para garantizarle a la víctima el debido acceso a la justicia.

Por otro lado, resulta igualmente preocupante que los medios de comunicación también hayan reportado que las llamadas por violencia de género en México han aumentado hasta en 60% durante la cuarentena.9

En este contexto, se han hecho públicos testimonios de víctimas cuya identidad ha sido protegida; una muestra de cómo la contingencia está exponiendo a las mujeres a situaciones de violencia es lo siguiente:

“Comenzó a estar más alterado cuando dejó de haber dinero en casa. Los niños estaban conmigo y vivían toda esa violencia”.10

La declaración anterior corresponde a una mujer que teme por el hecho de que su expareja termine lo que empezó la última noche cuando la golpeó y la violó. Según la mujer, las últimas semanas se volvieron insoportables con el confinamiento por coronavirus.

Asimismo, los medios de comunicación dan cuenta de que en algunos refugios de mujeres se han duplicado las solicitudes de asilo por violencia, colocándolos en una situación complicada, ya que enfrentan la crisis del coronavirus con su capacidad al máximo y sin presupuesto para garantizar que se mantengan abiertos los próximos meses.11

Por todo lo anterior, en el Partido Verde Ecologista de México, estamos convencidos que hoy más que nunca debe haber un compromiso con el Estado de derecho y con la aplicación de la Ley para hacer frente a la violencia contra las mujeres.

Durante la pandemia que estamos viviendo es urgente que las autoridades de los tres órdenes de gobierno refuercen las medidas para proteger los derechos de niñas, adolescentes y mujeres mexicanas a través de acciones concretas que ayuden a combatir el problema desde los distintos contextos donde se origina.

Entre estas medidas se encuentra la de reforzar el sistema de justicia para garantizar que pese a la contingencia los servicios de emergencia estén activos y den respuesta inmediata a los casos reportados, así como asegurar que los sistemas judiciales sigan procesando a los agresores y eviten a su vez la liberación de prisioneros condenados por cualquier tipo de violencia contra la mujer.

De igual forma, estimamos necesario aumentar la inversión en servicios de ayuda en línea, la presencia de elementos policiales en las zonas con menor flujo de personas e identificadas como de riesgo, así como establecer sistemas de alerta de emergencia en farmacias y tiendas de comestibles para que las mujeres víctimas de violencia puedan alertar durante estos momentos sobre su situación a las autoridades correspondientes.

En el mismo sentido, es de suma importancia declarar los centros de acogida para mujeres víctimas de violencia como servicios indispensables durante el periodo de contingencia, así como ampliar las campañas de concienciación pública, en particular las dirigidas a hombres y niños.

En el Partido Verde Ecologista de México sabemos que el país encara grandes retos frente a la contingencia sanitaria que hoy vivimos y que exigen la mayor parte de la atención del Estado para ser resueltos, sin embargo, también consideramos que éste no puede abandonar a las niñas, adolescentes y mujeres mexicanas que sufren violencia porque en muchos casos está en riesgo no sólo su integridad, sino también su vida.

Todas las expresiones de violencia en contra de las mujeres son condenables y deben ser erradicadas en todo momento y en cualquier circunstancia. Sin embargo, en el contexto de la contingencia sanitaria por Covid-19, es indispensable que el Estado y la sociedad en México se planteen como objetivo fundamental evitar a toda costa que la violencia feminicida siga cobrando vidas como pasó con los lamentables casos de Ana Paola, la niña de tan sólo 13 años que fue asesinada en su propia casa en el estado de Sonora, la bebé de seis meses agredida sexualmente y asesinada en Oaxaca o el de la niña de 5 años a quien su padrastro le quitó la vida a golpes. El hecho de que se sigan presentando casos como estos en nuestro país es intolerable y requiere de toda la fuerza del Estado para ponerles un alto definitivo.

Por lo anterior, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de todas las entidades federativas para que, en coordinación con el gobierno federal, se establezca un plan de acción especial y específico diseñado con perspectiva de género que permita ampliar y reforzar los mecanismos para tutelar de manera efectiva el derecho al acceso a una vida libre de violencia, de niñas, adolescentes y mujeres, durante el periodo de contingencia derivado de la pandemia de Covid-19.

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de todas las entidades federativas a que, en coordinación con el gobierno federal, garanticen que los servicios de emergencia para atender los casos de violencia en contra de niñas, adolescentes y mujeres estén activos y den respuesta inmediata a los casos reportados, pese a la contingencia sanitaria por la pandemia de Covid-19.

Tercero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los sistemas judiciales locales a continuar con los procesos en contra de presuntos responsables de feminicidios y agresión en contra de niñas, adolescentes y mujeres.

Cuarto. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de todas las entidades federativas para que, en coordinación con el gobierno federal, analicen la posibilidad de implementar sistemas de alerta de emergencia en farmacias y tiendas de comestibles para que las mujeres víctimas de violencia puedan alertar durante estos momentos a las autoridades correspondientes sobre situaciones de riesgo vividas al interior de sus hogares.

Quinto. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de todas las entidades federativas para que, en coordinación con el gobierno federal, se declare a los centros de acogida para mujeres víctimas de violencia como servicios indispensables durante el periodo de contingencia, así como ampliar las campañas de concientización pública sobre la violencia de género.

Sexto. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las Fiscalías Generales de Nuevo León y Oaxaca a fortalecer las investigaciones para esclarecer los homicidios de menores ocurridos a principios del mes de abril en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales y, en su caso, puedan sean sancionados como feminicidios.

Séptimo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca y al Poder Judicial del Estado de Oaxaca a ejercer de manera exhaustiva sus atribuciones en la carpeta de investigación abierta por el feminicidio en perjuicio de la víctima identificada con las siglas NJL y en su caso agilice el procedimiento penal en contra del presunto responsable.

Notas:

1 Véase, “Coronavirus: la OMS declara la pandemia a nivel mundial por Covid-19”, redacción médica Organización Mundial de la Salud, 11 de marzo de 2020. Disponible en:

https://www.redaccionmedica.com/secciones/sanidad-hoy/co ronavirus-pandemia-brote-de-covid-19-nivel-mundial-segun- oms-1895

2 Véase, “Coronavirus: los graves efectos psicológicos que tiene la cuarentena sobre quienes están aislados”, BBC Mundo, 2 de marzo de 2020. Disponible en: https://www.bbc.com/mundo/noticias-51681200

3 Véase, “Ante el aumento de la violencia doméstica por el coronavirus, Guterres llama a la paz en los hogares”, Noticias ONU, 5 de abril de 2020. Disponible en:

https://news.un.org/es/story/2020/04/1472392

4 Véase, “Piden justicia para Ana Paola, menor asesinada en Sonora”, Periódico EL INFORMADOR, 5 de abril de 2020. https://www.informador.mx/mexico/Piden-justicia-para-Ana-Paola-menor-as esinada-en-Sonora-20200405-0074.html 5 Véase, “Detienen y condenan a uno por el feminicidio de Ana Paola, niña asesinada en su casa, en Nogales, Sonora”, Periódico El Universal, 10 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.eluniversal.com.mx/estados/ana-paola- detienen-y-condenan-uno-por-el-feminicidio-de-la-nina-asesinada-en-su-c asa-en

6 Véase, “En Oaxaca, muere bebé de 6 meses tras ser agredida sexualmente”, Revista Proceso, 6 de abril de 2020. Disponible en: https://www.proceso.com.mx/624711/en-oaxaca-muere-bebe-de-6-meses-tras- ser-agredida- sexualmente

7 Véase, “Niña de 5 años es asesinada a golpes por su padrastro en Nuevo León”, Grupo Fórmula, 8 de abril de 2020. Disponible en: https://www.radioformula.com.mx/noticias/20200408/jennifer-m-nina-de-5- anos-asesinada-golpes- padrastro-feminicidio-nuevo-leon/

8 Véase, “ONU Mujeres condena el asesinato de Ana Paola”, ONU Mujeres México, 5 de abril de 2020. Disponible en:

https://mexico.unwomen.org/es/noticias-y-eventos/articul os/2020/04/onu-mujeres-condenan-el-asesinato-de-ana-paola

9 Véase, “Violencia de género: así ha aumentado durante cuarentena, señala la ONU”, UNO TV, 8 de abril 2020. Disponible en:

https://www.unotv.com/noticias/portal/internacional/deta lle/onu-senala-aumento-de-violencia-de-genero- durante-cuarentena-por-covid-19-387244/

10 Véase, “Las llamadas por violencia de género en México aumentan 60% durante la cuarentena”, Diario El País, 3 de abril de 2020. Disponible en:

https://verne.elpais.com/verne/2020/04/02/mexico/1585780 887_471083.html

11 Ibídem.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril de 2020.

s Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, José Ricardo Gallardo Cardona, Zulma Espinoza Mata, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, Héctor Serrano Cortés.

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar tanto a los Ejecutivos federal y locales como a las alcaldías del país a llevar a cabo conforme a la Cartilla de Mejores Prácticas para la Prevención del Covid-19 el manejo de los residuos sólidos urbanos, suscrita por los diputados Arturo Escobar y Vega y Roberto Antonio Rubio Montejo e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y de Morena

Quienes suscriben, diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Erika Mariana Rosas Uribe, Héctor Serrano Cortés y Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, integrantes de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Consideraciones

La pandemia causada por el Coronavirus Covid-19 y las medidas que diversos países se han visto obligados a adoptar para contenerla han generado fuertes estragos en la economía mundial, la cual, como señaló recientemente la titular del Fondo Monetario Internacional, ya se encuentra en recesión.1 Frente a esta situación, muchas mexicanas y mexicanos verán afectados sus ingresos, con lo cual podrían estar imposibilitados para adquirir los alimentos necesarios para una nutrición adecuada, suficiente y de calidad, resultándoles inalcanzable, inclusive, comprar una canasta básica.

La canasta básica se define como el conjunto de alimentos suficientes para satisfacer las necesidades de un hogar promedio, contribuyendo a la seguridad alimentaria de la población vulnerada por la pobreza y abasteciendo productos variados que aportan valor nutrimental.

No debemos perder de vista que existen diversas canastas básicas; en México es utilizada la canasta básica determinada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) con base en la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH), para realizar el cálculo del Índice Nacional de Precios al Consumidor, ayudando así a conocer el poder adquisitivo de la población.

Para comprender la situación que se generará durante y después de la emergencia sanitaria provocada por el Coronavirus Covid-19 es importante señalar que a lo largo de los años se ha visto un decremento en el ingreso de los mexicanos, especialmente de quienes menos tienen.

Hasta enero de 2019 un hogar mexicano podía comprar una canasta básica determinada por el Inegi que incluía tortillas, huevo, leche, verduras, frutas y carne por aproximadamente $1,165 pesos, según cifras del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval). En enero del 2020 esto resultó imposible, pues se encareció la canasta básica, aumentando a más del doble el precio de los mismos productos, quedando en $2,680 pesos.2

Lo anterior nos indica las dificultades que muchas familias enfrentaron para comprar los mismos productos de un año a otro. Al no incrementarse los ingresos de los trabajadores mexicanos en la misma proporción que lo hicieron los precios de productos que son básicos para su bienestar, es lógico pensar que hay una reducción en el consumo de los mismos, poniendo con ello en riesgo su derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad.

México arrancó el 2020 con un duro golpe al bolsillo de las familias mexicanas con la declaratoria de emergencia sanitaria por el Covid-19, la cual ha obligado al cierre temporal de negocios, con lo cual la situación económica, ya de por sí compleja, se volvió más grave para muchas mexicanas y mexicanos. No se puede soslayar que la cifra de personas con ingresos inferiores a la línea de bienestar, es decir, aquellos que no pueden comprar la canasta básica de alimentos alcanza, según el Coneval, 24.6 millones.3 A la cantidad señalada habrá que sumar a aquellas personas que por la crisis generada por el Covid-19 caigan en esta misma circunstancia.

Al cuarto trimestre de 2019, México contaba con una población económicamente activa ocupada de 55,683,450 personas, de los cuales 37,972,002 personas son asalariados; 12,511,112 trabajan por cuenta propia; 2,673,818 son empleadores, mientras que 2,526,518 corresponden al grupo perteneciente a las personas sin pago y otros.4 Lamentablemente, buena parte de la población antes señalada se verá afectada por las medidas sanitarias que se han impuesto para hacer frente a la pandemia de Covid-19.

Además de lo anterior, los ingresos de la población económicamente activa se verán afectados por diversos factores, entre los cuales se puede mencionar la crisis global que ha afectado los ingresos derivados del petróleo en el mundo. El pasado lunes 30 de marzo se registró un mínimo histórico en los costos del petróleo, donde el valor de la mezcla de referencia WTI llegó a los 20.09 dólares por barril, su costo más bajo desde febrero del 2002. Evidentemente, esto también repercutió en el precio de la mezcla mexicana, la cual se cotizó en 10.37 dólares, su valor más bajo en 21 años.5

Por otro lado, a partir de marzo, el peso ha sufrido una depreciación significativa frente al dólar, alcanzando a principios de abril un máximo histórico de $25.73 pesos por dólar6 , esto a consecuencia del pánico desatado por el coronavirus, el receso de actividades no esenciales y una baja en los precios del petróleo.

Aunado a lo anterior, el cierre de empresas, la afectación a la cadena productiva y las medidas adoptadas para reducir el contagio de Covid-19 han reducido fuertemente la demanda de productos. La combinación de todos los factores antes mencionados provoca un gran impacto a la economía nacional y a los precios de la canasta básica, con consecuencias que pueden resultar muy graves para las familias mexicanas.

Es difícil cuantificar ahora mismo el impacto real que el Covid-19 tendrá en el crecimiento económico y en el empleo. Lo único seguro es que habrá una fuerte caída del Producto Interno Bruto (PIB), como ya lo anticipa la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los Pre-Criterios 2021. Por lo tanto, es necesario establecer medidas y acciones que protejan el derecho de los mexicanos a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, resultando imprescindible garantizar que todas las familias mexicanas puedan adquirir una canasta básica.

En el mismo contexto, es importante señalar que la economía mexicana, medida a través del PIB, se contrajo 0.1% en 2019, de acuerdo con un informe del Inegi.7

Teniendo en cuenta los números negativos que se registraron en el 2019 relativos al PIB, es predecible que en el 2020 México se enfrentará a una situación económica delicada.

Diversos analistas han señalado que el PIB de México podría caer 3.5 por ciento en el transcurso del 2020, de acuerdo con la Encuesta sobre las Expectativas de los Especialistas en Economía del Sector Privado del Banco de México (BANXICO). En febrero se proyectaba un incremento de 0.9 por ciento del PIB para este año, en marzo, en medio de la pandemia de Covid-19, las previsiones de crecimiento económico a partir de este indicador disminuyeron significativamente.8

En referencia a la canasta básica, en el 2019 algunos productos de la misma aumentaron su costo, y se tenía previsto que en el 2020 elevaran su precio entre un 15 y un 20%, de acuerdo con la Alianza Nacional de Pequeños Comerciantes. Lo anterior, debido al Impuesto Especial Sobre la Producción y Servicios para refrescos y cigarros, así como a combustibles como las gasolinas y el diésel. La contingencia por Covid-19 vino a abonar al aumento de los precios de la canasta básica, pues de acuerdo con especialistas, los productores justifican la situación con la dificultad para crear, almacenar y trasladar alimentos debido a la pandemia y a las compras de pánico que vacían los estantes de las tiendas.9

Algunos de los productos que más se han elevado son: el huevo que costaba entre 28 y 30 pesos y ahora cuesta 48 pesos; el jitomate que anteriormente se encontraba en 16 pesos por kilogramo y actualmente oscila entre los 23 y 25 pesos; el azúcar de 18 a 22 pesos; el frijol que sufrió un aumento de entre 8 y 10 pesos; el chile de 19 a 34 pesos; el limón que costaba entre 16 y 22 pesos y ahora se encuentra entre 28 y 35 pesos, entre otros productos, principalmente, los del campo. Aunque no entran dentro de los productos de la canasta básica alimentaria, en todos los materiales de limpieza también se pudo apreciar un incremento considerable debido a la pandemia del Covid-19.10

Es importante destacar que en el caso de los alimentos que integran la canasta básica se han generado incrementos superiores al aumento del salario mínimo, lo cual se traduce en una pérdida acumulada del poder adquisitivo del mismo.

En cuanto a la crisis del incremento de los precios, las razones son multifactoriales, desde la demanda de materias primas, el desarrollo de los biocombustibles, la reducción sustancial de la producción de alimentos y de sus existencias, el cierre de empresas por la declaratoria de emergencia sanitaria, entre muchos otros.

Cabe señalar también que México es importador de granos básicos y que en este momento las importaciones están detenidas a nivel mundial por la pandemia de Covid-19, ya que muchos países cerraron sus fronteras; lo anterior puede provocar un aumento en el producto final, por lo que somos vulnerables a los vaivenes de la economía global, por lo tanto, deben consolidarse esfuerzos para contener el aumento de los precios de los alimentos básicos.

Hablamos de que existe gran volatilidad de precios que afecta la seguridad alimentaria de la población más pobre y vulnerable, ya que dicho grupo poblacional destina casi la mitad de su ingreso al consumo de alimentos, lo cual, por cierto, merma su capacidad económica para obtener servicios básicos como salud, educación, entre otros, colocando a esos hogares por debajo del umbral de pobreza.

La economía mexicana continuará enfrentando un entorno externo complejo que se ha tornado más adverso por la emergencia sanitaria provocada por el Covid- 19, existe un entorno de bajo crecimiento económico, por lo cual es crucial que México aplique políticas orientadas a impulsar el crecimiento económico y mejorar el nivel de vida de las personas que subsisten en pobreza extrema.

Para los meses subsecuentes del 2020 existe un riesgo de que el desempleo, así como los precios de la canasta básica aumenten debido a la conjunción de factores como la recesión mundial, la emergencia sanitaria, el confinamiento de la población, el cierre temporal de empresas y la volatilidad del tipo de cambio.

Hay muchos indicadores de que éste será un año difícil para nuestro país, por lo tanto, es necesario impulsar acciones y medidas de vigilancia y control a fin de evitar el aumento indebido e injustificado en los precios de los productos que integran la canasta básica. Lo anterior con la finalidad de salvaguardar el derecho de las y los mexicanos a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad.

Es importante destacar que la protección del consumidor es un derecho consagrado en el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual dispone lo siguiente:

Las leyes fijarán bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular, así como para imponer modalidades a la organización de la distribución de esos artículos, materias o productos, a fin de evitar que intermediaciones innecesarias o excesivas provoquen insuficiencia en el abasto, así como el alza de precios. La ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses.

En el mismo tenor, la disposición en comento establece que:

La ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí o para obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social.

El mandato señalado le corresponde a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), organismo constitucional autónomo que, conforme a la Ley Federal de Competencia Económica, no tiene la atribución legal de perseguir y sancionar márgenes altos per sé o los aumentos de precios que unilateralmente las empresas fijen en el mercado. No obstante, la Cofece debe estar pendiente del comportamiento de aquellos mercados sensibles donde se observen incrementos indiscriminados de precios para evaluar y, en su caso, descartar la existencia de barreras indebidas o arreglos entre competidores como la causa de esos aumentos, lo que ameritaría un procedimiento formal de investigación.11

En este sentido, también debe ser materia de ejercicio de atribuciones la verificación legal de que cualquier aumento de precios debe obedecer a decisiones individuales e independientes de las empresas y no deben ser inducidos, propiciados o recomendados por Asociaciones, Confederaciones o Cámaras a sus participantes.

De igual forma, conforme a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Secretaría de Economía y, por ende, sus órganos desconcentrados u organismos descentralizados sectorizados, tiene, entre otras atribuciones, las siguientes:

I. Formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país; con excepción de los precios de bienes y servicios de la Administración Pública Federal;

II. Regular, promover y vigilar la comercialización, distribución y consumo de los bienes y servicios;

VIII. Regular, orientar y estimular las medidas de protección al consumidor;

IX. Participar con las Secretarías de Bienestar, de Agricultura y Desarrollo Rural y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en la distribución y comercialización de productos y el abastecimiento de los consumos básicos de la población; así como el fomento a la cadena de valor productiva agroalimentaria;

Por su parte, la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor (PROFECO) sancionará como un caso particularmente grave toda conducta acto o comisión que tenga por efecto el aumento de precios cuando se trate de productos básicos de consumo generalizado, como alimentos o productos sujetos a precio máximo o a precios o tarifas establecidos o registrados por la Secretaría de Economía o por cualquiera otra autoridad competente.

Reconocemos los esfuerzos del Gobierno Federal para afrontar la actual coyuntura y estamos conscientes de la complejidad del momento que vive nuestra nación. Sin embargo, el escenario que se vive hoy y se vivirá en los próximos meses nos apremia a proponer medidas encaminadas a preservar el bienestar de las familias mexicanas, especialmente de las que menos tienen.

Por estas razones, sometemos a la consideración de esta Asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía para que implemente las acciones necesarias a fin de evitar de manera efectiva el aumento en los precios de productos que integran la canasta básica.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor para que, en el ámbito de sus atribuciones, intensifique las acciones de vigilancia, control y sanción necesarias para evitar que, con motivo de la contingencia sanitaria provocada por el Covid-19, los establecimientos comerciales incrementen de manera indebida e injustificada los precios de los productos que integran la canasta básica.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Federal de Competencia Económica para que verifique e investigue la existencia de eventuales conductas contrarias a la Ley Federal de Competencia Económica en el marco de la contingencia sanitaria provocada por el Covid-19.

Notas:

1 Véase, “Economía mundial ya entró en recesión”, Milenio Diario, 27 de marzo de 2020. Disponible en:

https://www.milenio.com/negocios/fmi-economia-mundial-en tro-recesion-coronavirus

2 Véase “¿Cuánto cuesta la despensa? Canasta básica sube 100% en el último año”, UNO TV México, 26 de febrero de 2020. Disponible en:

https://www.unotv.com/noticias/portal/nacional/detalle/c uanto-cuesta-la- despensa-canasta-basica-sube-100-en-el-ultimo-ano-260186/

3 Véase, “En México, 24.6 millones de personas padecen inseguridad alimentaria: Coneval”, El Sol de México, 16 de octubre de 2018. Disponible en:

https://www.elsoldemexico.com.mx/finanzas/en-mexico-24.6 - millones-de-personas-padecen-inseguridad-alimentaria-coneval-2131415.ht ml

4 Véase, “México. Información Laboral”, Secretaría de Trabajo y Previsión Social, marzo de 2020. Disponible en:

http://www.stps.gob.mx/gobmx/estadisticas/pdf/perfiles/p erfil%20nacional.pdf

5 Véase, “Mezcla mexicana se derrumba 20.29%, a 10.37 dólares por barril”, Periódico El Financiero, 30 de marzo de 2020. Disponible en:

https://www.elfinanciero.com.mx/mercados/mezcla-mexicana -se-derrumba- 20-23-a-10-37-dolares-por-barril

6 Véase, “Alcanza dólar máximo histórico de $25.73”, Aristegui Noticias, 6 de abril de 2020. Disponible en:

https://aristeguinoticias.com/0604/mexico/alcanza-dolar- maximo-historico-de-25-73/

7 Véase “PRODUCTO INTERNO BRUTO DE MÉXICO DURANTE EL CUARTO TRIMESTRE DE 2019”, Instituto Nacional de Estadística y Geografía, comunicado de prensa no. 110/20, 25 de febrero de 2020.Disponible en:

https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletin es/2020/pib_pconst/pib_pconst2020_02.pdf

8 Véase, “PIB caería 3.5 por ciento en 2020: Banxico”, Aristegui Noticias, 1 de abril de 2020. Disponible en:

https://aristeguinoticias.com/0104/mexico/pib-caeria-3-5 -por-ciento-en-2020-banxico/

9 Véase, “Al alza precios de la canasta básica por Covid-19”, MEGANOTICIAS, 3 de abril de 2019. Disponible en:

https://www.meganoticias.mx/cdmx/noticia/al-alza-precios -de-la-canasta-basica-por-covid- 19/138210

10 Ibídem.

11 Véase, “Postura de la Cofece en términos de la aplicación de la Ley Federal de Competencia Económica ante la emergencia sanitaria”, Comisión Federal de Competencia Económica, Cofece-012- 2020, 27 de marzo de 2020. Disponible en:

https://www.cofece.mx/postura-cofece-ante-emergencia-san itaria/

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de abril 2020.

Diputados: Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, José Ricardo Gallardo Cardona, Zulma Espinoza Mata, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, Héctor Serrano Cortés.

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los ayuntamientos del país a implantar esquemas para condonar el pago de derechos por concepto del servicio público de agua potable, con motivo de los efectos económicos derivados de la pandemia por Covid-19, suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Erika Mariana Rosas Uribe, Héctor Serrano Cortés y Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, integrantes de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79 numeral 1 fracción II y numeral 2 fracción I del Reglamento de la cámara de diputados, someten a la consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

De conformidad con el artículo cuarto constitucional, toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley General de Salud definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.1

La protección de la salud es atribución de los tres órdenes de gobierno, conforme al propio dispositivo constitucional y la Ley General referida; siendo así, al establecerse bases y distribución de competencias con facultades exclusivas y concurrentes de las autoridades, es evidente la necesidad de observar de manera homóloga procesos, procedimientos y actos administrativos de aplicación general para todos los involucrados en la protección a la salud.

La Resolución No. 1/2020 PANDEMIA Y DERECHOS HUMANOS EN LAS AMÉRICAS2 , adoptada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 10 de abril de 2020, ha reconocido que los sistemas de salud de los Estados de la región se han visto o pueden verse aún más desbordados frente a la magnitud de la pandemia del Covid-19, en particular respecto de quienes viven en la pobreza y para quienes no tienen cobertura médica, en caso de que necesiten atención médica u hospitalización.

Por ello, entre las recomendaciones que hacen se encuentran las de adoptar las medidas necesarias a fin de prevenir los contagios de Covid-19 de la población mayor en general y en particular de quienes se encuentren en hospitales, adoptando medidas de ayuda humanitaria para garantizarles la provisión de alimentos, agua y saneamiento y estableciendo espacios de acogida para personas en situación de pobreza extrema, calle o abandono o situación de discapacidad, además de otros grupos vulnerables como personas migrantes, solicitantes de asilo, personas refugiadas, apátridas, víctimas de trata de personas y personas desplazadas internas, personas LGBTI y personas afro descendientes.3

Un ejemplo claro de la importancia y la necesidad de ser uniformes en los métodos de acceso a la atención hospitalaria, es que en el contexto de la pandemia mundial decretada por la Organización Mundial de la Salud el 11 de marzo de 20204 y de la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor por la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) decretada por el Consejo de Salubridad General en nuestro país el 31 de marzo de 2020.5 El seguir protocolos en todos los espacios de atención a la salud puede mejorar considerablemente los efectos y acciones tendentes a satisfacer la salud pública, evitar el contagio y, por ende, esquivar la posibilidad de saturar el sistema de salud, con las consecuentes implicaciones económicas, sociales y de gobernabilidad que ello conlleva.

Es evidente la inquietud de los pacientes y de la ciudadanía al percibir que tienen síntomas de cualquier tipo de enfermedad respiratoria, en medio de la ansiedad y estrés que produce un virus cuya tasa de mortalidad es materia de preocupación colectiva, por ello, se ha echado a andar un proceso que va desde la comunicación e información pública y gubernamental para dar recomendaciones, hasta la obligatoriedad y coercibilidad de acciones a implementar por los tres órdenes de gobierno, dirigida al sector público, privado y social para atender esta emergencia nacional y mundial.

No obstante contar con los medios idóneos para ello, es entendible que la socialización y aplicación de lineamientos para atender y contener epidemias sea compleja, por lo que las autoridades deben redoblar esfuerzos en la aplicación estricta del derecho, mediante la ejecución y seguimiento ordenado de las normas aplicables, y así mediante la constante y clara implementación de las mismas, esperar que se genere una práctica arraigada que las vuelva derecho vigente para las autoridades encargadas de su ejecución y una costumbre para aquellos que, si bien no son responsables de aplicarlas, experimentan efectos y consecuencias negativos con su vigencia.

Los ejemplos concretos que están aconteciendo y que han sido reportados tanto por medios de comunicación, como por la sociedad en general, es que a pesar de las recomendaciones de aislamiento, quedarse en casa o solicitar atención médica vía remota o tecnológica si se presentan síntomas de Covid-19; las personas acuden a los hospitales, lo cual es perfectamente justificable pues en este contexto se tiene temor de perder la vida.

Por ello, es responsabilidad de aquellos a quienes les hemos otorgado el carácter de autoridad entender las externalidades que se generan por la falta de información o por una diversa interpretación de la misma, para disminuir y controlar los riesgos de los efectos que generan los actos y omisiones de las personas, en el contexto de la epidemia mundial de Covid-19.

Esto, en esencia, es la regulación, la intervención estatal en las esferas de los derechos de las personas para satisfacer conceptos jurídicos indeterminados como el interés social, el bien común o el interés público, entre otros.

Si el interés superior o mayor es proteger la salud, evitar la diseminación de enfermedades, de epidemias y de pandemias, y en última instancia, tratar de mantener con vida a la gente debido a las externalidades de una enfermedad, es necesario que la autoridad sea insistente y contundente con los métodos y formas elegidas para tratar de acercarse lo más posible a lograr los efectos deseados.

Concretamente, se han visto tratamientos diversos en distintos espacios de protección a la salud en los tres órdenes de gobierno, haciéndose evidente que la atención a potenciales pacientes de enfermedades respiratorias, entre ellas el Covid-19, se han dado en banquetas6 , arroyos vehiculares o bahías, dentro y fuera de los vehículos en los que llegan los pacientes o al interior de los espacios de atención de la salud.

Ante el posible riesgo de propagación y contagio, también se ha visto que a algunos pacientes simplemente les piden que se vayan a sus casas, a otros los atienden mediante exámenes y chequeos médicos o de laboratorios, y otros tantos los ingresan como pacientes en áreas aisladas y no aisladas de otros enfermos en los centros hospitalarios.7

Es altamente probable que ante la falta de atención uniforme, de acuerdo a la importancia y gravedad de la situación que enfrentamos, la ausencia de procedimientos homologados aumente el riesgo en la contribución a casos de contagio entre los profesionales de la salud, incluidos enfermeras, enfermeros, médicos, personal administrativo y servidores públicos, entre otros.

Los medios de comunicación señalan que el personal de salud reporta falta de insumos8 como cubre bocas o tapabocas9 , la exigencia en general de materiales para la atención de la salud10 y la de contar con el equipamiento adecuado para proteger su propia salud y las de los pacientes que atienden.11 Así mismo, se reportan centenas de casos de contagios entre profesionales de la salud12 a lo largo y ancho del país.13

Como toda política pública, existe una serie de elementos jurídicos y no jurídicos, prácticas, protocolos y lineamientos, obligatorios y recomendatorios, que permiten a la autoridad sanitaria cumplir con el derecho fundamental de garantizar el acceso y protección de la salud en el país14 , con claras acciones que no transcribiremos aquí, pues en todo caso se trata de socializar tales documentos de observancia necesaria para atender de mejor manera la realidad que hoy enfrentamos.15

Específicamente, es de suma importancia atender lineamientos y demás documentos vinculados y relacionados16 , difundidos por el gobierno federal, con el objetivo de dar a conocer las medidas de prevención y control de infecciones para disminuir el riesgo de transmisión de virus respiratorios emergentes tanto a nivel comunitario como en los centros de atención a la salud de todos los niveles entre los que se encuentran:

• Los Lineamientos para la atención de pacientes por Covid-19 del 14 de febrero de 2020 de la Comisión Coordinadora de Instituto Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad;

• El Lineamiento estandarizado para la vigilancia epidemiológica y por laboratorio de Covid-19, aprobado por el Comité Nacional para la Vigilancia Epidemiológica (CONAVE);

• El Proceso de prevención de infección para las personas con Covid-19 (enfermedades por SARS-CoV-2), contactos y personal de la salud; y

• El Protocolo de bioseguridad y biocustodia para el manejo de pacientes durante la toma de muestras de casos probables por enfermedad por 2019-nCov, del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos “Dr. Manuel Martínez Báez”.

Estos documentos establecen claros procesos de:

• Medidas de prevención y control en unidades de atención a la salud;

• Recomendaciones para prevención y control de infecciones respiratorias a nivel comunitario;

• Estrategias de prevención y control durante la atención de los pacientes con síntomas respiratorios en centros de salud o consultorios, y para los que requieran hospitalización;

• Recomendaciones para familiares y visitas, entre otros.

Todos estos lineamentos aplicables a nivel nacional han sido tomados de las más importantes fuentes internacionales, como las emitidas por la Organización Mundial de la Salud en materia de:

• Prevención y control de infecciones (PCI) durante la atención médica cuando se sospecha una nueva infección por coronavirus (nCoV). Guía Provisional del 25 enero 2020.

• Asesoramiento sobre el uso de mascarillas en la comunidad durante la atención domiciliaria y en los centros de salud en el contexto del nuevo brote de coronavirus (2019- nCoV).

• Cuidados en casa para pacientes con sospecha de infección por el nuevo coronavi- rus (2019-nCoV) con síntomas leves y manejo de contactos sin síntomas. Guía provisional del 20 enero 2020.

En conclusión, el cumplimiento de estos ordenamientos permitirá una estricta aplicación de procedimientos específicos para la vigilancia epidemiológica de Covid-19, que orienten las acciones en salud pública, junto con la toma, manejo, envío y procesamiento de las muestras de casos sospechosos del referido virus y, finalmente, implementar el monitoreo, alertamiento y difusión con respecto al comportamiento epidemiológico de Covid-19 a nivel nacional e internacional para orientar las medidas de prevención y control.

Por lo anterior, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades en materia de salud de los tres órdenes de gobierno a respetar y observar todos aquellos protocolos de atención aplicables en los hospitales, centros de salud y relacionados, ya sean públicos o privados, con el fin de disminuir el riesgo de exposición al virus SARS-COV2 (Covid-19).

Notas:

1 Véase, “Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”. Disponible en:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_060320.pdf

2 Véase, “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas”, Comisión Interamericana de Derechos Humanos”, Resolución No. 1/2020. Disponible en:

http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/Resolucion-1-2 0-es.pdf

3 Ibídem.

4 Véase, “La OMS caracteriza a Covid-19 como una pandemia”, Organización Panamericana de la Salud, centro de prensa. Disponible en:

https://www.paho.org/hq/index.php?option=com_content&view=article&id=15756:la-oms- caracteriza-a-covid-19-como-una-pandemia&catid=740&lang=es& Itemid=1926

5 Véase, “Coronavirus en México: anuncian emergencia sanitaria y nuevas medidas”, Milenio Diario, 30 de marzo de 2020. Disponible en:

https://www.milenio.com/politica/coronavirus-mexico-30-m arzo-noticias-hora-casos- vivo

6 Véase, “Coronavirus en México: reportan carencias en hospitales para atender la emergencia”, INFOBAE, 16 de marzo de 2020. Disponible en:

https://www.infobae.com/america/mexico/2020/03/16/corona virus-en-mexico- reportan-carencias-en-hospitales-para-atender-la-emergencia/

7 ibídem.

8 Ibídem.

9 Véase, “Médicos del IMSS en Culiacán carecen de protección ante Covid-19”, DEBATE, 02 de abril de 2020. Disponible en: https://www.debate.com.mx/culiacan/No-todos-necesitan-cubrebocas-dice-e l-IMSS-ante-falta-de- insumos-en-Sinaloa-20200401-0199.html

10 Véase, “Tráfico CDMX: Enfermeras bloquean Eje Central piden material de protección ante Covid-19”, 08 de abril de 2020. Disponible en:

https://heraldodemexico.com.mx/cdmx/trafico-cdmx-enferme ras-bloquean-eje- central-piden-material-de-proteccion-ante-covid-19-eje-2-norte-insumos/

11 Véase, “Exigen material en el IMSS ante coronavirus”, Periódico El Norte, 31 de marzo de 2020. Disponible en:

https://www.elnorte.com/exigen-material-en-el-imss-ante- coronavirus/ar1908811?po=3&v=2&referer=--7d616165662f3a3a626262 3b727a7a7279703b767a783a--

12 Véase, “IMSS: hay 329 médicos y enfermeras contagiados de Covid-19”, Aristegui Noticias, 12 de abril de 2020. Disponible en.

https://aristeguinoticias.com/1004/mexico/imss-hay-329-m edicos-y-enfermeras-contagiados-de- covid-19/

13 Véase, “Un hospital de México con 42 empleados contagiados pide ayuda para combatir la pandemia ante la falta de insumos”, Periódico El País, 11 de abril de 2020. Disponible en: https://elpais.com/sociedad/2020- 04-11/un-hospital-de-mexico-con-42-empleados-contagiados-pide-ayuda-par a-combatir-la-epidemia-ante-la-falta-de- insumos.html

14 Véase, “Documentos y material de interés”, Instituto Nacional de Salud Pública. Disponible en: https://www.insp.mx/nuevo-coronavirus-2019/documentos-materiales-intere s.html

15 Véase, “RECOMENDACIONES PARA PERSONAL DE SALUD”, Secretaría de Salud. 13 de febrero de 2020. Disponible en:

https://www.gob.mx/salud/documentos/informacion-para-per sonal-de-salud

16 Véase, “Aviso Epidemiológico-Casos de infección respiratoria asociados a Coronavirus (Covid-19)”, Secretaría de Salud. 10 de abril de 2020. Disponible en:

https://www.gob.mx/salud/documentos/aviso-epidemiologico - casos-de-infeccion-respiratoria-asociados-a-nuevo-coronavirus-2019-ncov

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de abril de 2020.

Diputados: Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, José Ricardo Gallardo Cardona, Zulma Espinoza Mata, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, Héctor Serrano Cortés.