Proposiciones
Efemérides


Proposiciones

Con punto de acuerdo, respecto a las irregularidades encontradas sobre la gestión del STC-Metro en la administración anterior, suscrita por los diputados Miguel Ángel Jáuregui Montes de Oca, María Beatriz López Chávez, Maximino Alejandro Candelaria y Lucio de Jesús Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena

Los suscritos, diputados Miguel Ángel Jáuregui Montes de Oca, María Beatriz López Chávez, Máximo Alejandro Candelaria y Lucio de Jesús Jiménez, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro de la Ciudad de México juega un rol primordial para la economía y funcionamiento de la Zona Metropolitana del Valle de México debido a su extensión y al número de personas que traslada diariamente. Su participación en los viajes que se realizan en la zona equivalen a 14 por ciento del total de los 30.64 millones de viajes.1

La relevancia del sistema en la dinámica de la zona metropolitana y de la capital del país genera la responsabilidad de los legisladores de la Ciudad de México de vigilar su correcta operación y manejo. Ante el cambio gobierno en la Ciudad de México se hace necesario realizar un balance sobre la gestión del Metro durante la anterior administración.

Alza en la tarifa y compromisos incumplidos

Cabe recordar que la pasada administración de la Ciudad de México aumentó en 60 por ciento la tarifa del Metro, al pasar de 3 a 5 pesos en diciembre de 2013. Con el incremento, el gobierno de ese entonces se comprometió a realizar 11 acciones para mejorar el servicio y se creó un fideicomiso para administrar los recursos del aumento de la tarifa.

Al tercer trimestre de 2018, se reportó que el Fideicomiso ha concentrado recursos por 12 mil 888 millones de pesos. Mientras que se han erogado 10 mil 262 millones de pesos para 7 de los 11 proyectos comprometidos por la anterior administración capitalina.

De la revisión de los informes, queda claro no se cumplieron a cabalidad los 11 compromisos que justificaron el aumento de la tarifa. A continuación, se muestran los avances reportados en cada uno de los 11 proyectos a septiembre de 2018.

Deterioro del servicio e inseguridad

La realidad es que, a pesar del aumento de la tarifa, en la administración anterior fue evidente el deterioro del servicio del Metro de la Ciudad de México. Incluso, fuimos testigos de una serie de episodios que retratan las malas condiciones en las que operaba el servicio:

• Humo tóxico en trenes. El jueves 27 de julio de 2017 se suspendió la operación de la Línea 1 de la estación Observatorio a Cuauhtémoc. Un tren que iba lleno detuvo su marcha tras una explosión, de inmediato los vagones se llenaron de humo. Para escapar de la humareda, los usuarios bajaron del tren y caminaron sobre las vías del metro hasta encontrar los andenes de la estación.

• Incendio en la estación El Rosario. El 2 de agosto de 2017 se registró un incendio dentro de un convoy del Metro que se encontraba en la estación El Rosario de la Línea 7 del Sistema.

• Descarrilamiento de Tren en la Línea 5 en marzo 2016. El 9 de marzo de 2016 se descarriló un tren al cambiar de vía en la terminal de la estación Politécnico. El incidente dejó daños materiales por 13 millones de pesos.

• Choque de trenes en 2015. El 4 de mayo de 2015 en la estación Oceanía se registró un choque entre dos trenes que dejó 12 heridos.

• Inundaciones. En temporada de lluvias se ha evidenciado la situación de deterioro de la infraestructura del Metro. Hemos visto fuertes inundaciones y filtraciones dentro de las estaciones, paro del servicio, entre otras situaciones provocadas por la combinación de precipitaciones y el estado de la infraestructura del Metro.

Aunado a las fallas en la infraestructura, también se comenzó a vivir un alza en los niveles de inseguridad dentro de las instalaciones del Metro. El propio Sistema reportó el aumento en el número de incidentes por robo y asalto en las estaciones del Metro, cuando en 2017 se registró la cifra histórica de mil 816 asaltos al interior del STC.2

Revisión a la gestión anterior

Con la llegada de la nueva administración se ha comenzado un proceso de revisión del estado en que se entregó el Metro, hasta el momento, según se ha informado, se identificaron 22 estaciones en un estado crítico y se dio cuenta de que 64 por ciento de las cámaras de video instaladas en el sistema se encuentran fuera de servicio3 , entre lo más relevante. La administración actual ha hecho pública su intención de intervenir, a través de la Contraloría General de la capital para determinar si existen responsabilidades de servidores públicos en el manejo de los recursos del Metro de la ciudad.4

Además de respaldar las acciones de la actual administración capitalina, desde la Cámara de Diputados, se considera necesario revisar la gestión de los recursos federales que se ejercieron en el Metro.

En 2017, el Metro ejerció 515 millones de pesos de fondos federales, una pequeña parte de estos recursos fueron revisados por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en la Cuenta Pública Federal de 2017. El 20 de febrero pasado, se realizó la última entrega de esta revisión, en ella se auditaron recursos del Fondo de Capitalidad y del Fondo de Fortalecimiento Financiero que fueron ejercidos por el Metro de la Ciudad de México.

En el caso del Fondo de Capitalidad se revisaron 182 millones 848 mil 277 pesos.5 La Auditoría Superior de la Federación (ASF) identificó una irregularidad en la gestión de esos recursos que ameritó la emisión de una Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria. 6 De acuerdo con la auditoría, la Secretaría de Finanzas capitalina ministró los recursos del fondo al Sistema de Transporte Colectivo en una cuenta bancaria que no fue específica, por lo que se emitió una promoción de responsabilidad administrativa para que la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente por las irregularidades de los servidores públicos que en su gestión no abrieron una cuenta bancaria específica para los recursos del Fondo de Capitalidad correspondiente al ejercicio fiscal de 2017.

Por otro lado, en la revisión de los recursos del Fondo de Fortalecimiento Financiero, la ASF auditó un contrato de adquisición pagado con recursos de dicho fondo por el Sistema de Transporte Colectivo. Se trató del contrato número NAC1700077 con el que se adquirieron 158 lámparas de 11 watts y 8 mil 217 lámparas de 22 watts por un monto de 6.2 millones de pesos. En la inspección física realizada a los bienes adquiridos por el Metro, la auditoría refiere que el Sistema de Transporte Colectivo presentó las entradas al almacén “TI5 de la Dirección de Manto de Material Rodante”, con sellos de recibido de la totalidad de las lámparas con las especificaciones contractuales y las indicadas en la factura del proveedor y presentó las salidas y entradas al taller ubicado en la colonia Lindavista, en la delegación Gustavo A. Madero, para su instalación en los trenes; sin embargo, dichos bienes no fueron localizados en el taller mencionado, ni se acreditó que salieron del taller o se instalaron. Esta situación provocó que la ASF emitiera un pliego de observaciones en el que se presume un probable daño a la hacienda pública federal por la adquisición de las lámparas, las cuales no fueron localizadas en el taller del Sistema de Transporte Colectivo, ni se acreditó que salieron del taller o se instalaron.7

Tomando en cuenta estos elementos, se considera necesario que la ASF haga una revisión de la totalidad de los recursos federales ejercidos por el Sistema de Transporte Colectivo en el ejercicio fiscal 2017 y 2018. Cabe recordar que con la reforma constitucional en materia de anticorrupción de 2015, se dotó a la ASF con amplias facultades para la fiscalización de ejercicios fiscales en curso y también reabrir ejercicios cuyo proceso de auditoría estén concluidos. En este sentido, dado que en la revisión de la Cuenta Pública Federal de 2017 sólo se auditaron una pequeña parte de los recursos federales ejercidos por el Metro y quedaron en evidencia irregularidades, se debe revisar la totalidad de estos recursos y continuar con los ejercidos en 2018.

Por todo lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita a la Auditoría Superior de la Federación realizar una revisión de la totalidad de los recursos federales ejercidos por el Sistema de Transporte Colectivo Metro de la Ciudad de México en los ejercicios fiscales de 2017 y de 2018. Asimismo, se le solicita presentar el avance de la Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria y del Pliego de Observaciones por probable daño a la hacienda pública relacionadas con la revisión de los recursos federales ejercidos por el Metro de la Ciudad de México de los Fondos de Capitalidad y Fortalecimiento Financiero en el ejercicio fiscal de 2017.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en pleno respeto a la autonomía local, exhorta a la Auditoría Superior de la Ciudad de México a llevar a cabo una revisión integral de la gestión del Sistema de Transporte Colectivo Metro en la pasada administración, que incluya los contratos de obras, servicios y adquisiciones, el manejo de los recursos del Fideicomiso que administra el dinero proveniente del aumento en la tarifa y el avance de los proyectos comprometidos con dicho aumento, entre otros; para que se determine el estado que guarda el Sistema y, si es el caso, se deslinden las responsabilidades a que haya lugar por el deterioro del servicio en la pasada administración.

Notas

1 STC-CDMX, “Diagnóstico sobre el servicio y las instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo 2013-2018”, enero 2017, p. 31.

https://www.metro.cdmx.gob.mx/storage/app/media/Banners/ diagnostico.pdf

2 Notimex, “Llaman a denunciar para frenar ola de asaltos en el Metro”, publicado en el diario Excélsior, el 03 de octubre de 2018. https://www.excelsior.com.mx/comunidad/llaman-a-denunciar-para-frenar-o la-de-asaltos-en-el-metro/1269318

3 Redacción, “Fallas en el Metro, “Por la corrupción y la rapiña” en pasadas administraciones: Florencia Serranía”, publicado en el semanario Proceso , el 6 de marzo 2019.

https://www.proceso.com.mx/574293/
fallas-en-el-metro-por-la-corrupcion-y-la-rapina-en-pasadas-administraciones-florencia-serrania

4 Rocío González Alvarado, “La Contraloría definirá las responsabilidades por la situación de ese Sistema: Sheinbaum”, publicado en el diario La Jornada el 7 de marzo de 2019. https://www.jornada.com.mx/2019/03/07/capital/028n3cap?partner=rss

5 CDMX, “Cuenta Pública de la Ciudad de México 2017: Formato del Ejercicio y Destino de Gasto Federalizado y Reintegros”, p. 248.

6 Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017, Auditoría Cumplimiento Financiero: 2017-A-09000-15-0738-2018, p. 4.

7 Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017, Auditoría Cumplimiento Financiero: 2017-A-09000-15-0739-2018, p. 6.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2019.

Diputados: Miguel Ángel Jáuregui Montes de Oca, María Beatriz López Chávez, Máximo Alejandro Candelaria, Lucio de Jesús Jiménez, Pablo Gómez Álvarez (rúbrica).

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal y el Senado a ratificar el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, a cargo de la diputada Isabel Margarita Guerra Villarreal, del Grupo Parlamentario del PAN

Isabel Margarita Guerra Villarreal, en mi carácter de diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta honorable asamblea la proposición con punto de acuerdo, en el que se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal y a la honorable Cámara de Senadores para que ratifiquen el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4º para que “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho”.1

Por otra parte, en el artículo 6º de nuestra Constitución indica que “El derecho a la información será garantizado por el Estado”; asimismo, en el artículo en comento indica que “Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública [...] (Apartado A , fracción III).

II. La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece en su Título Tercero. Obligaciones de Transparencia en su Capítulo I. De las obligaciones de transparencia de los sujetos obligados indica los temas de transparencia en materia ambiental y que a la letra dice:

Artículo 69. Además de lo señalado en el artículo anterior, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

...

VII. En materia del medio ambiente y recursos naturales:

a) El listado de áreas naturales protegidas, que contenga categoría, superficie, región y entidades federativas que las comprenden;

b) El listado de especies mexicanas en riesgo, por grupo taxonómico;

c) El listado de vegetación natural, por entidad federativa, por ecosistema y por superficie;

d) El listado estimado de residuos, por tipo, por volumen, por entidad federativa y por año;

e) La disponibilidad media anual de aguas superficiales y subterráneas por región hidrológica;

f) El inventario nacional de plantas municipales de potabilización y tratamiento de aguas residuales;

g) El listado de zonas contaminadas, por tipo de contaminante y localización;

h) Los tipos de vegetación forestal y de suelos, su localización, formaciones y clases, con tendencias y proyecciones que permitan clasificar y delimitar el estado actual de la deforestación y degradación, así como las zonas de conservación, protección, restauración y producción forestal, en relación con las cuencas hidrológicas-forestales, las regiones ecológicas, las áreas forestales permanentes y las áreas naturales protegidas;

i) La dinámica de cambio de la vegetación forestal del país, que permita conocer y evaluar las tasas de deforestación y las tasas de degradación y disturbio, registrando sus causas principales;

j) Los criterios e indicadores de sustentabilidad, deforestación y degradación de los ecosistemas forestales;

k) El listado de plantaciones comerciales forestales, que contenga su ubicación, superficie, tipo de especie forestal, nivel de producción y su estatus;

l) Las manifestaciones y resoluciones en materia de impacto ambiental;

m) Información estadística sobre los arboles históricos y notables del país;

n) Información estadística sobre infracciones, identificando la causa que haya motivado la infracción, el precepto legal infringido y la descripción de la infracción, y

o) El índice de participación ciudadana, que contenga la categoría, ponderación, unidad de medida y año.2

III. El Estado Mexicano ha firmado 72 tratados internacionales, vinculados en materia de medio ambiente, entre los que destacan: 3

Convenciones

1. Convención marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

2. Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en particular en África.

3. Protocolo de Kyoto a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático.

4. Acuerdo de París.

Convenios

1. Convenio para el Establecimiento de la Zona de Turismo Sustentable del Caribe.

Convenio Internacional Relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Accidentes que Causen una Contaminación por Hidrocarburos.

2. Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y Otras Materias.

3. Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973.

4. Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono.

Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América sobre Cooperación para la Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente en la Zona Fronteriza (Convenio de la Paz).

5. Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala sobre la Protección y Mejoramiento del Ambiente en la Zona Fronteriza.

6. Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación.

7. Convenio Internacional sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos, 1990.

8. Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y Belice sobre la Protección y Mejoramiento del Ambiente y Conservación de Los Recursos Naturales en la Zona Fronteriza.

9. Convenio Sobre la Diversidad Biológica.

10. Convenio de Rótterdam para la Aplicación del Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional.

11. Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes.

12. Convenio Internacional para la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos.

Protocolos

1. Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

2. Enmiendas al Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono del 16 de septiembre de 1987.

3. Enmienda de Beijing que modifica el Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono, adoptada el 3 de diciembre de 1999 por la XI Conferencia de las Partes.

4. Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica.

5. Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre Responsabilidad y Compensación Suplementario al Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología.

6. Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se Deriven de su Utilización al Convenio sobre Diversidad Biológica.

Acuerdos

1. Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América sobre Cooperación para la Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente en la Zona Metropolitana de la Ciudad De México. Acuerdo de Cooperación Ambiental entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Canadá.

2. Acuerdo de Cooperación en Materia de Medio Ambiente entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y la República Federativa del Brasil.

3. Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Francesa sobre el Mecanismo de Desarrollo Limpio, en el Marco del Artículo 12 del Protocolo de Kioto, hecho el 11 el diciembre de 1997.

4. Acuerdo sobre un Programa Internacional de Energía.

IV. El tema ambiental en materia internacional se puede encontrar también en los siguientes documentos de la organización de las Naciones Unidas:

1. Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano de 1972.

2. Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992.

3. Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano.

4. Declaración de Barbados.

5. Programa de Acción para el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo.

6. Declaración de Mauricio y la Estrategia de Mauricio para la Ejecución Ulterior del Programa de Acción para el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo.

7. Declaración de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible.

8. Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible y las Modalidades de Acción Acelerada para los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo (Trayectoria de Samoa).

9. Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada en Río de Janeiro (Brasil) en 2012, titulado “El futuro que queremos”.

VI. Derivado de lo anterior, es que el 27 de septiembre de 2018, se realizó la Ceremonia de inauguración para la ratificación del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, adoptado en Escazú (Costa Rica), el 4 de marzo de 2018 por parte de la organización de las Naciones Unidas.4

Dicho acuerdo tiene por objetivo general “es garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible” (Artículo 1).5

Asimismo, establece para que los Estados Parte cuenten con un sistema de información actualizado, que incluye:

a) Los textos de tratados y acuerdos internacionales, así como las leyes, reglamentos y actos administrativos sobre el medio ambiente;

b) Los informes sobre el estado del medio ambiente;

c) El listado de las entidades públicas con competencia en materia ambiental y, cuando fuera posible, sus respectivas áreas de actuación;

d) El listado de zonas contaminadas, por tipo de contaminante y localización;

e) La Información sobre el uso y la conservación de los recursos naturales y servicios ecosistémicos;

f) Los informes, estudios e información científicos, técnicos o tecnológicos en asuntos ambientales elaborados por instituciones académicas y de investigación, públicas privadas, nacionales o extranjeras;

g) Las fuentes relativas a cambio climático que contribuyan a fortalecer las capacidades nacionales en esta materia;

h) La información de los procesos de evaluación de impacto ambiental y de otros instrumentos de gestión ambiental, cuando corresponda, y las licencias o permisos ambientales otorgados por las autoridades públicas;

i) Un listado estimado de residuos por tipo y, cuando sea posible, desagregado por volumen, localización y año; e

j) La información respecto de la imposición de sanciones administrativas en asuntos ambientales (artículo 3).6

VII. También es el único acuerdo vinculante emanado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río+20), el primer acuerdo regional ambiental de América Latina y el Caribe y el primero en el mundo en contener disposiciones específicas sobre defensores de derechos humanos en asuntos ambientales al proponer en su artículo 9º que a la letra dice:7

Artículo 9. Defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales

1. Cada parte garantizará un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad.

2. Cada Parte tomará las medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover todos los derechos de los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, incluidos su derecho a la vida, integridad personal, libertad de opinión y expresión, derecho de reunión y asociación pacíficas y derecho a circular libremente, así como su capacidad para ejercer los derechos de acceso, teniendo en cuenta las obligaciones internacionales de dicha Parte en el ámbito de los derechos humanos, sus principios constitucionales y los elementos básicos de su sistema jurídico.

3. Cada Parte tomará medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones que los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales puedan sufrir en el ejercicio de los derechos contemplados en el presente acuerdo.

VIII. Es importante mencionar que Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe fue firmado por 33 países, incluido México, el 27 de septiembre de 2018; sin embargo, no ha sido ratificado por ningún Estado Parte.

IX. Alicia Bárcena, Secretaria Ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), menciona la importancia del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe al decir que:

Su objetivo es garantizar el derecho de todas las personas a tener acceso a la información de manera oportuna y adecuada, a participar de manera significativa en las decisiones que afectan sus vidas y su entorno y a acceder a la justicia cuando estos derechos hayan sido vulnerados. En el tratado se reconocen los derechos de todas las personas, se proporcionan medidas para facilitar su ejercicio y, lo que es más importante, se establecen mecanismos para llevarlos a efecto.

En él se abordan aspectos fundamentales de la gestión y la protección ambientales desde una perspectiva regional y se regulan los derechos de acceso a la información, la participación pública y la justicia en ámbitos tan importantes como el uso sostenible de los recursos naturales, la conservación de la diversidad biológica, la lucha contra la degradación de las tierras y el cambio climático y el aumento de la resiliencia ante los desastres. También se incluye la primera disposición vinculante del mundo sobre los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, en una región en la que, lamentablemente, se enfrentan con demasiada frecuencia a agresiones e intimidaciones.8

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Artículo Primero. Solicitamos respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo Federal impulse la ratificación del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe de la Organización de las Naciones Unidas.

Artículo Segundo. Solicitamos respetuosamente a la honorable Cámara de Senadores de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión apoye la ratificación del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe de la Organización de las Naciones Unidas.

Notas

1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Cámara de Diputados”, en:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_270818.pdf

2 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Cámara de Diputados, en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFTAIP_270117.pdf

3 Secretaría de Relaciones Exteriores, “Búsqueda de Tratados. Consulta”, en:
https://aplicaciones.sre.gob.mx/tratados/consulta_nva.php

4 Comisión Económica para América Latina y el Caribe, “Ceremonia de apertura a la firma del Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”, en:

https://www.cepal.org/es/eventos/ceremonia-firma-acuerdo -regional-acceso-la-informacion-la-participacion-publica-acceso-la

5 Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, Comisión Económica para América Latina y el Caribe, en: https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/43595/1/S1800429_e s.pdf

6 Ibídem.

7 Organización de las naciones Unidas, “Observatorio del Principio 10 en América Latina y el Caribe”, en: https://observatoriop10.cepal.org/es/tratados/acuerdo-regional-acceso-l a-informacion-la-participacion-publica-acceso-la-justicia-asuntos

8 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2019.

Diputada Isabel Margarita Guerra Villarreal (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Oficina de la Presidencia de la República a realizar acciones que contribuyan a un clima de respeto durante las giras del titular del Poder Ejecutivo federal y regular mediante un ordenamiento las funciones de su cuerpo de ayudantía, a cargo de la diputada Dulce María Sauri Riancho, del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a su consideración la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Oficina de la Presidencia de la República a que lleve a cabo las acciones necesarias que contribuyan a un clima de respeto durante las giras de trabajo del titular del Poder Ejecutivo federal, así como a regular, mediante un ordenamiento jurídico, las funciones del cuerpo de ayudantía del presidente de la República para que pueda conducir sus actividades en el marco del estado de derecho y se evalúe su desempeño en el marco de la necesaria rendición de cuentas , al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Antecedentes

La administración pública es una disciplina y una acción de gobierno que se sustenta en principios generales, al menos desde el siglo XVIII, cuando los Estados absolutistas impactados por la Revolución Francesa sufrieron una gran trasformación y dieron paso a una burocracia especializada, racional y legal.

De ello dieron cuenta intelectuales y consejeros de Estado de la talla de Charles Jean Baptiste Bonnin o el barón Anne Robert Jacques Turgot, por mencionar los más antiguos y célebres.1

Uno de los principios fundamentales de todo el servicio público es el principio de legalidad , entendido como el sometimiento del quehacer del Estado y de sus servidores o funcionarios públicos, al conjunto de los ordenamientos jurídicos y leyes, es decir, existe un principio básico de sumisión de la actuación administrativa a las disposiciones generales, ya sean legales o reglamentarias.2

Las competencias y formas de actuación administrativa precisan una norma atributiva concreta, impidiéndose auto atribuciones, por vía de hecho de una competencia o atribución amparándose en la no existencia de norma clara.

Este principio, junto con los preceptos constitucionales en que se basa, es el origen de derechos y obligaciones para los ciudadanos y para las Administraciones Públicas, más allá de meras declaraciones programáticas.3

Otro principio fundamental es el de la imparcialidad , entendido como el principio que debe orientar el quehacer público de una manera objetiva, hacia el interés común, dejando al margen cualquier otro factor que exprese posiciones personales, partidarias, familiares, corporativas, clientelares, o cualesquiera otra que puedan colisionar con éste principio.4

En nuestro país, la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción establece en su artículo 5 que:

“Son principios rectores que rigen el servicio público los siguientes: legalidad, objetividad, profesionalismo , honradez, lealtad, imparcialidad , eficiencia, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad y competencia por mérito .

Los entes públicos están obligados a crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado funcionamiento del Estado en su conjunto, y la actuación ética y responsable de cada servidor público”.5

Asimismo, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, establece en su artículo 8, fracción XIX-D, que los servidores públicos deben:

Abstenerse de infringir, por acción u omisión, las disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias y normativas en materia electoral, de propaganda gubernamental y aplicación imparcial de los recursos públicos, así como abstenerse de influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos;6

Planteamiento del Problema

Como todos recordamos, el presidente de la República, licenciado Andrés Manuel López Obrador, desde su campaña política prometió desaparecer el Estado Mayor Presidencial, entidad encargada no solo cuidar de su seguridad, sino de organizar las giras del presidente, la logística, y los eventos públicos y conexos, en donde participa el titular del Ejecutivo, su esposa y otros mandatarios.7

Dicho cuerpo de gran preparación fue sustituido por un cuerpo de ayudantía, en el que recaen las labores de seguridad y protección del presidente, con auxilio de otras fuerzas de seguridad pública.

La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece en su artículo 8 que:

El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos contará con el apoyo directo de la Oficina de la Presidencia de la República para sus tareas y para el seguimiento permanente de las políticas públicas y su evaluación periódica, con el objeto de aportar elementos para la toma de decisiones, sin perjuicio de las atribuciones que ejercen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en el ámbito de sus respectivas competencias. El Presidente designará al Jefe de dicha Oficina.

El Ejecutivo federal contará con las unidades de apoyo técnico y estructura que el presidente determine, de acuerdo con el presupuesto asignado a dicha Oficina.8

Y el Reglamento de la Oficina de la Presidencia de la República establece en su artículo 13, que:

Corresponde al secretario particular del presidente: Diseñar la agenda, el calendario de giras y asistencia a las actividades y eventos públicos del Presidente, en coordinación con el Estado Mayor Presidencial, tanto en el interior del país como en el extranjero;

Sin embargo, como ha desaparecido el Estado Mayor Presidencial, existe un vacío legal, respecto de quién debe responder por la logística, la planeación y asistencia de los eventos públicos del presidente.

Todo ello es preocupante, porque existen demasiadas evidencias de actos hostiles y de violencia verbal recurrentes hacia mandatarios estatales, que han acompañado o participado con el presidente de la República en giras de trabajo.

Aquí un breve recuento de lo que ha sucedido:

1. El 22 de diciembre de 2018, en una gira de trabajo del presidente de la República y el gobernador constitucional del estado de Oaxaca, este último fue abucheado por más de diez minutos durante su intervención.9

2. El 28 de diciembre de 2018 en un gira de trabajo por Torreón, Coahuila, minutos antes de la presentación del Programa Integral de Desarrollo para la Laguna, asistentes al evento gritaron consignas en contra el gobernador constitucional del estado de Coahuila.10

3. Se volvió a presentar el 3 de enero de 2019, durante la presentación del “plan” 2018-2024 del Instituto Mexicano del Seguro Social y la inauguración de la nueva sede de esta dependencia en Morelia, cuando entre rechiflas y abucheos participó el gobernador constitucional del estado de Michoacán.11

4. El 9 de diciembre de 2018, durante la presentación del “Plan Nacional” de Refinación, una parte del público asistente, abucheó al gobernador constitucional del estado de Tabasco, en la localidad de Dos Bocas.12

5. El ambiente hostil se hizo presente de nueva cuenta, el 18 de enero de 2019, cuando el presidente viajó a Zacatecas para presentar el programa de Apoyo a productores del Campo – Precios de Garantía para Granos Básicos, y participantes abuchearon e interrumpieron al gobernador constitucional del estado de Zacatecas.13

6. Con el mismo modus operandi se manifestaron en el municipio de Rosario en contra del gobernador constitucional del estado de Sinaloa, el 25 de enero de 2019.14

7. También fue presa de los abucheos de una multitud, el gobernador constitucional del estado de Tlaxcala, el 31 de enero de 2019.15

8. Las conductas de violencia verbal se presentaron en Veracruz el 4 de febrero de 2019, cuando el gobernador constitucional de ese estado, participaba junto con el presidente de la República en un acto de la Universidad Benito Juárez.16

9. Volvió a suceder el 11 de febrero de 2019 en Tlapa, Guerrero, cuando entre rechiflas y abucheos participó el gobernador constitucional del estado de Guerrero en un acto junto con el presidente de la República.17

10. El 23 de febrero de 2019, le tocó el turno al gobernador constitucional del estado de Campeche, durante la entrega del programa Crédito Ganadero a la Palabra en la comunidad de Benito Juárez, en el municipio de Candelaria, Campeche.18

11. Al participar en Chetumal en un evento por el Día de la Bandera, el 24 de febrero de 2019, junto al presidente Andrés Manuel López Obrador, el gobernador constitucional del estado de Quintana Roo, también fue vilipendiado.19

12. El 2 de marzo de 2019, se reiteró la animadversión contra dos mandatarios estatales, en el anuncio de programas y tandas para el bienestar en la Plaza del Ángel, en la Ciudad de Chihuahua, una parte de los asistentes abuchearon al gobernador constitucional del estado de Chihuahua y horas más tarde, hicieron lo mismo algunos asistentes en Hermosillo en contra de la gobernadora constitucional del estado de Sonora.20

13. Se replicó el ambiente el 3 de marzo de 2019, en el marco de la presentación de Programa de Desarrollo Urbano, en Baja California Sur, cuando los asistentes abuchearon al gobernador constitucional del estado de Baja California Sur.21

14. El 5 marzo de 2019, durante la presentación de apoyos de los Programas de Bienestar, los asistentes gritaron consignas en contra del gobernador constitucional del estado de Colima, quien en varias ocasiones tuvo que detener su discurso para hacer frente a dichos reclamos.

Y así podemos continuar con una lista de agravios que tienen el mismo modo de operación, y en donde se gritan prácticamente las mismas consignas. Sin lugar a dudas, se trata de un clima de animadversión y de violencia muy claramente repetido, con las mismas pautas, que por supuesto, hacen deducir que se trata de actos dirigidos.

Ya circulan en redes sociales algunos documentos que dan cuenta de los operativos que se instrumentan para que estas prácticas deleznables se estén repitiendo a lo largo y ancho del país.

No podemos entrar en una espiral de especulaciones y datos falsos, pero sin duda, lo que se ha documentado, se trata de acciones injustificables y lamentables, que deberían llamar a preocupación a los funcionarios encargados de las giras del presidente de la República y de su jefe de Oficina, pues se trata nada más y nada menos que de ataques con violencia verbal a los gobernadores constitucionales de sus estados y de crear climas de confrontación, que todos debemos reprobar.

Es menester que los encargados de estos eventos den respuestas claras y puntuales de cómo se desarrollan y que acciones están llevando a cabo para que dicho clima de confrontación disminuya o no se presente.

Es importante destacar que el Estado Mayor Presidencial, con todas las supuestas acusaciones que a veces con ligereza se esgrimieron, actuaba con mucha institucionalidad, se trataba para estos menesteres, de un grupo formado en la disciplina militar e institucional de la República. El Estado Mayor Presidencial contaba con responsables de logística, con una Contraloría Interna, en donde se podían presentar quejas y con un Programa Anual de Auditoría, susceptible de hacer rendir cuentas a quienes estaban adscritos a ese cuerpo. 22

A estas alturas, no sabemos quiénes y bajo qué mandato jurídico están planeando, organizando, verificando y evaluando las giras del presidente en concurrencia con otros mandatarios de la República, quién es responsable de no frenar, sino tal vez provocar este estado de animadversión en el país.

Es urgente darle un estatuto o reglamento a estas actividades y poder llamarlos a cuentas, si el presidente de la República y sus subalternos son coherentes, hay que hacerlo pronto, pues hemos oído muchas veces repetir, algo que debe ser cumplido: “al margen de la ley, nada; por encima de la ley, nadie.”

Por lo anteriormente expuesto, la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión aprueba el siguiente punto de

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al titular de la Oficina de la Presidencia de la República a que, en el marco de sus atribuciones y con pleno respeto a la soberanía de los estados de la Federación, lleve a cabo las acciones que contribuyan a contar con un clima de reconciliación y respeto hacia los gobernadores constitucionales de las entidades federativas, durante las giras de trabajo del titular del Ejecutivo federal.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al titular de la Oficina de la Presidencia de la República a regular, mediante un ordenamiento jurídico, las funciones del cuerpo de ayudantía del titular del Poder Ejecutivo federal, para que pueda conducir sus actividades en el marco del estado de derecho y se evalúe su desempeño en la necesaria rendición de cuentas.

Fuentes consultadas

1 https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/rev-administr acion-publica/article/view/19906/17859

2https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/159 4/12.pdf

3 Ibídem

4 http://www.academia.edu/7386030/
Los_elementos_y_principios_de_la_Administraci%C3%B3n_P%C3%BAblica
_y_su_vigencia_en_el_siglo_XXI_Docente_M

5 Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción publicada el 18 de julio de 2016 en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNA.pdf

6 Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002, en https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/258282/Ley_Federal_Resp_ Admi_Serv_Publicos.pdf

7 último Reglamento del Estado Mayor Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2010, en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n250.pdf

8 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal vigente, en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/153_301118.pdf

9 http://imparcialoaxaca.mx/oaxaca/258059/abuchean-a-alejandro-murat-dura nte-la-visita-de-amlo-a-oaxaca/

10 https://www.nacion321.com/ciudadanos/video-abuchean-a-gobernador-del-pr i-en-coahuila-durante-evento-de-amlo

11 https://www.jornada.com.mx/ultimas/2019/01/03/abuchean-a-aureoles-previ o-a-inicio-de-evento-del-imss-6416.html

12 http://acustiknoticias.com/2018/12/abuchean-a-gobernador-de-tabasco-en- los-ultimos-dias-de-su-mandato/

13 https://www.reporteindigo.com/reporte/zacatecas-abuchean-a-otro-goberna dor-priista-durante-gira-de-trabajo-de-amlo-video/

14 https://www.elsoldemazatlan.com.mx/local/pide-amlo-respeto-para-goberna dor-de-sinaloa-2976369.html

15 https://oaxaca.quadratin.com.mx/amlovers-abuchean-a-gobernador-durante- visita-presidencial-en-tlaxcala/

16 https://noticieros.televisa.com/videos/abuchean-a-gobernador-de-veracru z/

17 https://www.animalpolitico.com/2019/01/lopez-obrador-guerrero-personas- discapacidad/

18 https://acustiknoticias.com/2019/02/abuchean-al-gobernador-de-campeche- en-entrega-de-programa-federal/

19 https://www.animalpolitico.com/2019/02/carlos-joaquin-abuchean-evento-a mlo-quintana-roo/

20 https://www.jornada.com.mx/ultimas/2019/03/02/
pide-amlo-respeto-para-el-gobernador-javier-corral-9909.html y
https://www.elnorte.com/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/default.aspx?id=1622166&
urlredirect=https://www.elnorte.com/aplicaciones/articulo/default.aspx?id=1622166

21 https://www.eldictamen.mx/2019/03/nacional/abuchean-al-gobernador-de-ba ja-california-sur-en-evento-encabezado-por-amlo/

22 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regla/n250.pdf

Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a los 12 días de marzo de 2019.

Diputada Dulce María Sauri Riancho (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la CFE y la filial CFE Calificados a esclarecer y dar solución al representante legal de Sol de Altar, SA de CV, a cargo del diputado Reginaldo Sandoval Flores, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, diputado federal Reginaldo Sandoval Flores de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 66 y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometes a consideración del pleno de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes:

Consideraciones

El artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que: “Los servidores públicos y particulares que incurran en responsabilidad frente al Estado , serán sancionados conforme a lo siguiente:

III. Se aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones . Dichas sanciones consistirán en amonestación, suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sanciones económicas, y deberán establecerse de acuerdo con los beneficios económicos que, en su caso, haya obtenido el responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por los actos u omisiones. La ley establecerá los procedimientos para la investigación y sanción de dichos actos u omisiones.

Las faltas administrativas graves serán investigadas y substanciadas por la Auditoría Superior de la Federación y los órganos internos de control, o por sus homólogos en las entidades federativas, según corresponda, y serán resueltas por el Tribunal de Justicia Administrativa que resulte competente. Las demás faltas y sanciones administrativas, serán conocidas y resueltas por los órganos internos de control.”

El artículo 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que: “Podrán ser sujetos de juicio político los senadores y diputados al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el Fiscal General de la República, los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, el consejero Presidente, los consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los integrantes de los órganos constitucionales autónomos, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria , sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.”

El propósito de estas disposiciones Constitucionales es que el Estado no resulte dañado por actos u omisiones de los funcionarios públicos y dichos funcionarios públicos se conduzcan en los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones.

Tal es el caso que a pesar de haber celebrado Contrato de Cobertura Eléctrica para la Compraventa de Potencia, Energía Eléctrica y Certificados de Energías Limpias en base a la Legislación vigente en la Materia, los funcionarios de la empresa filial de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), CFE Calificados, SA de CV, no se han conducido con los principios antes mencionados existiendo mala fe y daños al Estado en la forma de gastos innecesarios y potenciales responsabilidades producto de procesos judiciales iniciados por dichos funcionarios.

En el caso de la adquisición de Energía Eléctrica por parte de la Comisión Federal de Electricidad a través de CFE Calificados, SA de CV, existen actos u omisiones que pudieran resultar en corrupción, deshonestidad, mala fe, violaciones a los Derechos Humanos, falta de eficiencia y potenciales daños al Estado contrarios al régimen de conducta de los servidores públicos que derivan de nuestra norma fundamental y de las Leyes secundaria.

Las conductas, hechos y omisiones aquí denunciados han resultado en daños para el Estado Mexicano a través de la Comisión Federal de Electricidad, Empresa Productiva del Estado en su filial CFE Calificados, SA de CV, y además de daños y perjuicios para los particulares, en concreto a la persona moral Sol de Altar, SA de CV, y sus accionistas.

Las personas señaladas como omisión en el cumplimiento de sus responsabilidades son:

1. Doctor Jaime Francisco Hernández Martínez, Exdirector General de la Comisión Federal de Electricidad y Presidente del Consejo de Administración de CFE Calificados, SA de CV.

2. Maestra Katya Somohano Silva, Exdirectora General de CFE Calificados, SA de CV.

3. Eugenio Amador Quijano, Coordinador de Finanzas de CFE Calificados, SA de CV.

4. Alejandro de Keijser Torres, Coordinador de Gestión de Energía de CFE Calificados, SA de CV.

5. Héctor Gerardo Téllez Quintanilla, Coordinador Jurídico de CFE Calificados, SA de CV.

Es nuestra presunción la violación de preceptos establecidos en:

1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

2. La Ley de la Industria Eléctrica

3. La Ley de la Comisión Federal de Electricidad

4. Los Términos Para la Estricta Separación Legal de la Comisión Federal de Electricidad, publicados en el DOF el 11 de enero de 2016

5. El Decreto Presidencial que establece Los Medios Alternativos de Solución de Controversias para la Administración Pública, publicado en el DOF el 29 de abril de 2016.

6. Los Lineamientos Internos para Llevar a Cabo Medios Alternativos de Solución de Controversias en la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias, emitidos por el Consejo de Administración de CFE el 21 de junio de 2016

7. El Contrato de Cobertura Eléctrica para la Compraventa de Potencia, Energía Eléctrica y Certificados de Energías Limpias celebrado entre CFE Calificados, SA de CV como Comprador y Sol de Altar, SA de CV como vendedor firmado el 9 de diciembre de 2016.

8. El Acuerdo por el que la Secretaría de Energía emite el Manual de Transacciones Bilaterales y Registro de Contratos de Cobertura Eléctrica publicado en el DOF el 20 de enero de 2017.

Las conductas, hechos y omisiones que se denuncian, se presentan en la siguiente tabla cronograma.

Por las consideraciones antes expuestas, proponemos el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y a su empresa filial CFE Calificados a atender y dar pronta solución de buena fe al asunto planteado en esta proposición, evitando gastos innecesarios y riesgos judiciales al Estado mexicano por medio de reunirse con el representante legal de Sol de Altar, SA de CV.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días del mes de marzo del 2019.

Diputado Reginaldo Sandoval Flores (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal y la Ssa a realizar nuevas estrategias y medios para prevenir y tratar la depresión en México, a cargo del diputado Jacobo David Cheja Alfaro, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El que suscribe, diputado Jacobo David Cheja Alfaro, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Salud, para que se realicen nuevas estrategias y mecanismos para prevenir y tratar la depresión en México, de conformidad con el siguiente

Planteamiento del problema

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), que es nuestro máximo referente en esa materia, la depresión es un trastorno mental frecuente, que se caracteriza por la presencia de tristeza, pérdida de interés o placer, sentimientos de culpa o falta de autoestima, trastornos del sueño o del apetito, sensación de cansancio y falta de concentración. Es un trastorno que se puede diagnosticar de forma fiable y que puede ser tratado por no especialistas en el ámbito de la atención primaria.1

Desafortunadamente, de no atenderse al inicio, la depresión puede llegar a hacerse crónica o recurrente, e incluso dificultar sensiblemente el desempeño en el trabajo o la escuela y la capacidad para afrontar la vida diaria; y en su forma más grave, puede conducir al suicidio.2

Lo que motiva la presente iniciativa es que la misma OMS pronostica que para 2020, es decir el próximo año, la depresión será la segunda causa de discapacidad en el mundo, y la primera en países en vías de desarrollo, como México .

Significa que no es exagerado afirmar que hay una epidemia mundial de depresión, un término poco usual para un problema de salud mental, pero, desde mayo de este año, se sabe que la depresión tiene características similares a enfermedades como el cáncer o la diabetes tipo II, y que existe una predisposición genética que se desencadena por factores medioambientales; según investigación realizada por científicos reconocidos y publicada por Newsweek México, en julio 2018.3

De acuerdo con dicha investigación, existe un fundamento científico para el tratamiento de la depresión en centros asistenciales no especializados, a través de: los antidepresores (tricíclicos e inhibidores selectivos de la recaptación de serotonina) en el tratamiento de los adultos con depresión, tratamiento con psicoterapia estructurada breve, activación conductual, enseñanza de la relajación, y actividad física.

Si el caso es leve, se puede tratar sin necesidad de medicamentos, pero cuando tiene carácter moderado o grave se pueden necesitar medicamentos y psicoterapia profesional.

Esta situación no debe sorprendernos, los trastornos mentales, neurológicos y por abuso de sustancias son prevalentes en todas las regiones del mundo y son importantes factores que contribuyen a la morbilidad y a la mortalidad prematura.

14 por ciento de la carga mundial de morbilidad puede atribuirse a estos trastornos, (Newsweek México, julio 2018).4

Lamentablemente, el estigma y las violaciones de los derechos humanos de las personas que padecen estos trastornos agravan el problema. Los recursos que se han proporcionado para afrontar la enorme carga de los trastornos mentales se han distribuido desigualmente y se han utilizado de modo ineficaz, lo que ha supuesto una disparidad en materia de tratamiento superior a 75 por ciento en muchos países con ingresos bajos y medios-bajos, que es el caso de nuestro país, según el Programa de Acción para superar las brechas en salud mental de la OMS.

Dicho programa de acción ofrece a los planificadores de salud, a las instancias normativas y a los donantes un conjunto claro y coherente de actividades y programas para ampliar y mejorar la atención de los trastornos mentales, neurológicos y por abuso de sustancias coherentes. Identifica estrategias para aumentar la cobertura de las intervenciones claves en afecciones prioritarias en entornos con recursos limitados.

Actualmente la depresión, no sólo afecta a más de 10 millones de mexicanos –8.4 por ciento de los habitantes de México–, sino que también se extiende y se ubica entre las principales causas de pérdida de calidad de vida, ausentismo laboral y disminución de la productividad, según afirma María Elena Medina Mora, directora del Instituto Nacional de Psiquiatría.

Para generar conciencia sobre el tema, la Organización Mundial de la Salud (OMS) decidió en 2017, que el Día Mundial de la Salud –que se conmemora el 7 de abril cada año– estuviera dedicado a este mal, que en México históricamente no ha recibido la importancia debida, según indica la misma dirección del Instituto Nacional de Psiquiatría.

Según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, cabe señalar que existen factores de riesgo que en nuestro país son potenciales, como la pobreza, la inseguridad, el desempleo, la violencia y otros, han propiciado que los trastornos de salud mental, incluida la depresión entre la población general se hayan incrementado, por lo que se han convertido en una preocupación de salud pública, que requieren de respuestas integrales y prioritarias.

Argumentación

En octubre de 2017, la diputada Leticia Amparano Gámez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, y el diputado José Antonio Arévalo González, así como diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en la LXIII Legislatura presentaron una iniciativa con proyecto de decreto para expedir Ley General de Salud Mental, que establecía que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos por la propia Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte, así como de aquellas garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que dicha propuesta de ley establecía; y que las personas con trastorno mental se encuentran en riesgo de que sean violados sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y/o culturales. Dicha iniciativa no avanzó, por el argumento de que la Ley General de Salud vigente incluye un capítulo específico de salud mental.

No obstante, la protección de los derechos de las personas con trastornos mentales se basa en estándares internacionales que orientan la protección específica de los derechos de las personas con trastorno mental; como los Principios para la Protección de los Enfermos Mentales y el Mejoramiento de la Atención de la Salud Mental, la Declaración de Caracas, los Principios de Brasilia y el Consenso de Panamá, que guían tanto la política como los programas y servicios de salud mental con enfoques de respeto de los derechos humanos y de atención comunitaria.

También contamos con otros instrumentos internacionales tales como: la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención sobre los Derechos del Niño; y la Carta Internacional de Derechos Humanos.

En 1984, en nuestro país, se expidió la Ley General de Salud, que establece las disposiciones sanitarias de orden público, interés social y obligatorias para la federación, las entidades federativas y los municipios, que reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4o. constitucional.

Dicha ley contiene ese capítulo de salud mental que ya se mencionó, como materia de salubridad general, el cual fue reformado en 2010 y en 2013, con una mayor visión de derechos humanos y con un enfoque de atención comunitaria de la salud mental, en donde se establece claramente que la prevención de las enfermedades mentales tiene carácter prioritario.

En dicho capítulo (VII) y su articulado, también se señala que la prevención se basará en el conocimiento de los factores que afectan la salud mental (donde se entiende, está incluida la enfermedad mental de la depresión), las causas de las alteraciones de la conducta, los métodos de prevención y control de las enfermedades mentales, así como otros aspectos relacionados con la salud mental.

Asimismo, en su artículo 73 dice que, para la promoción de la salud mental, la Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con las autoridades competentes en cada materia, fomentarán y apoyarán en:

I. El desarrollo de actividades educativas, socioculturales y recreativas que contribuyan a la salud mental, preferentemente de la infancia y de la juventud;

II. La difusión de las orientaciones para la promoción de la salud mental;

III. La realización de programas para la prevención del uso de substancias psicotrópicas, estupefacientes, inhalantes y otras substancias que puedan causar alteraciones mentales o dependencia, y

IV. Las demás acciones que directa o indirectamente contribuyan al fomento de la salud mental de la población.

Esto es, en la Ley General de Salud está considerada la obligatoriedad , tanto en la prevención como el tratamiento de las enfermedades del tema de salud mental, desafortunadamente, las estrategias no están funcionando, o algo pasa; porque desde 2010 sólo han sido expedidas leyes estatales que incluyen el tema de salud mental en Jalisco, Morelos, Sonora, Michoacán, Campeche, Ciudad de México, con el interés de garantizar el respeto a los derechos y el acceso a la atención de las personas con trastornos mentales, pero faltan la mayoría de las entidades federativas.

En el gobierno federal, la conducción de la política de salud mental ha estado a cargo del Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud Mental, que se creó en 2004, cuyo principal objetivo ha sido impulsar la Reforma Psiquiátrica para la Reestructuración del Sistema de Servicios de Psiquiatría y Salud Mental en México, que entre otras atribuciones, lleva a cabo la planeación, supervisión y evaluación de los servicios de salud mental, reforma que firmaron las entidades federativas desde 2006.

De esta forma se ha ido implantando el también el llamado Modelo Miguel Hidalgo de Atención en Salud Mental a lo largo de la República, que contempla todos los niveles de atención, como respuesta a la situación de salud mental del país. El secretariado técnico, además, ha coordinado un Programa de Rehabilitación Psicosocial en el Hospital Psiquiátrico José Sáyago, en Acolman, estado de México, el cual se convierte en el primer hospital psiquiátrico público donde se implementó lo que más adelante sería la Reforma Psiquiátrica de México.

También se creó el Centro Integral de Salud Mental (Cisame), en la Ciudad de México, en el cual se proporcionan servicios gratuitos otorgando más de 600 consultas diarias a niños, adolescentes, adultos y adultos mayores en depresión y otras enfermedades mentales; es un centro de consulta externa que se pretende sea un modelo a seguir para todas las entidades federativas, y que se ha replicado en municipios del estado de México, como Chimalhuacán, Ixtapaluca, Cuautitlán y Ecatepec, apostando a los beneficios de la prevención, en especial en materia de depresión y otras enfermedades mentales.

Actualmente existen más de 50 centros, clínicas y hospitales psiquiátricos o de salud mental públicos en distintas entidades del país, concentrándose una parte importante en la Ciudad de México; no obstante, la depresión es una enfermedad mental que se abre paso silenciosamente entre la población mexicana, sin que el país cuente con los recursos ni los mecanismos suficientes y estrategias adecuadas para su prevención y tratamiento, según advierten los especialistas de la Oficina de Información Científica y Tecnológica para el Congreso de la Unión.

Según datos emanados de publicaciones oficiales de dicha oficina en enero de 2018, existen grupos vulnerables con un mayor riesgo de presentar trastornos mentales, entre ellos las familias en situación de violencia, adultos en plenitud o migrantes. En países que han pasado por desastres naturales y fenómenos de violencia generalizada, como es el caso de México con la guerra contra el narcotráfico, hay miles de personas, víctimas directas e indirectas, cuya salud mental requiere atención oportuna y efectiva.

El estigma y la discriminación que sufren los enfermos mentales y sus familias pueden impedir que recurran a los servicios de salud apropiados. Del presupuesto en salud en México, sólo se destina alrededor de 2 por ciento a la salud mental, cuando la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda que se invierta entre 5 y 10 por ciento. Además, 80 por ciento del gasto en salud mental se emplea para mantener hospitales psiquiátricos, mientras que se destina muy poco a detección, prevención y rehabilitación.

En virtud de todo lo anterior consideramos indispensable que el Ejecutivo federal, y la Secretaría de Salud, lleven cabo nuevas estrategias para prevenir y tratar la depresión en México, en estricto apego a lo señalado en el capítulo VII de Salud Mental de la Ley General de Salud, ya que la depresión nos pone en niveles alarmantes en la esfera internacional, y puede llevarnos a tener el próximo año, en primer lugar, en nuestro país, como un problema de salud mundial.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a su consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Salud, para que en el ámbito de sus facultades se realicen nuevas estrategias y mecanismos para prevenir y tratar la depresión en México.

Notas

1 Salud Mental, Organización Mundial de la Salud (OMS), “Depresión”, junio de 2017, recuperado de: https://www.who.int/mental_health/management/depression/es/

2 Guía Psicológica , “Depresión”, Doktus, 1 junio de 2015, recuperado de: http://guiapsicologia.com/depresion/

3 Revista Newsweek en español, “Depresión, en 2020 este trastorno cerebral será la primera causa de discapacidad en México, julio de 2018.

4 Ídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2019.

Diputado Jacobo David Cheja Alfaro (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a crear la subsecretaría de educación indígena, a cargo del diputado Raymundo García Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del PRD en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a crear la Subsecretaría de Educación Indígena , al tenor de las siguientes

Consideraciones

La historia de la educación indígena se remonta al México posrevolucionario en que el Estado mexicano emprendió una política de promoción de la educación escolarizada en el medio rural. Sin embargo, el enfoque de esta política se hizo sin diferenciar en la población atendida la particularidad de la identidad indígena; sólo se veía a los destinatarios de la educación como comunidades que en su aislamiento y marginación necesitaban ser atendidas con la formación más elemental, necesaria para la construcción de la nueva sociedad que la Revolución Mexicana empezaba a construir.

A esta política le siguió una orientación integrista en el que la castellanización era el eje fundamental.

La educación dirigida ya conscientemente a los pueblos indios buscaba incorporarlos a la unidad nacional y a que se asumieran como parte de un único proyecto en el que lo más que podían aspirar era a dejar lo que se consideraba factores que los aislaban, esto es, su cultura, su lengua, su identidad.

Es hasta los años sesenta y setenta del siglo pasado que se empieza a reconocer la identidad indígena como una parte integrante de la nación mexicana, no como un resabio del pasado al que debiera negarse como condición del desarrollo de las comunidades.

Las políticas anteriores, aculturizadoras, fueron sustituidas por una política diferenciada en que la atención de la educación pública dirigida a pueblos y comunidades indígenas reconocieron su identidad y la necesidad de dar una atención apropiada a sus necesidades.

Quedó desde entonces asentada una educación basada en el bilingüismo y el biculturalismo, a través de la Dirección General de Cultura Indígena (DGCI), creada en 1978, bajo el objetivo generar políticas de promoción, estudio, conservación, difusión y desarrollo de las culturas populares de México.1

Hoy en día la (DGCI), amplió su orden y nombre a Dirección General de Culturas Populares, Indígenas y Urbanas, cuyo objetivo es preservar y fortalecer las manifestaciones que dan sustento a las culturas de los pueblos originarios, la población mestiza y afrodescendiente en el ámbito de las culturas y tradiciones regionales, urbanas y rurales de México.2

A lo largo de esta nueva etapa, quedó rebasado el enfoque de una política educativa de integración y asimilación de los pueblos y culturas indígenas y han sido muchos los logros en esta materia, dados a través del incremento en la cobertura, la formación y capacitación de docentes, la revaloración del papel que juegan los pueblos indios como parte de nuestra nación, como una nación pluricultural y la creación de métodos innovadores en el terreno pedagógico.

Quedan sin embargo muchos retos en materia de educación indígena. La cobertura ha sido desigual entre las diferentes culturas; no se ha alcanzado una producción de materiales en las diversas lenguas que aún existen en nuestro país; predomina, de acuerdo a especialistas, el enfoque de la castellanización y no se ha superado del todo en las estrategias educativas la percepción y la autopercepción negativa de lo indígena.

De acuerdo con el dato más reciente, en 2015 había 7 millones 382 mil 785 personas de 3 años de edad o más hablantes de una lengua indígena, que representaba 6.5 por ciento del total nacional y de los 30.6 millones de educandos en el sistema educativo nacional, sólo 1.3 millones eran hablantes de una lengua indígena; en el nivel básico sólo tenían registrados 121 mil alumnos distribuidos en los diferentes esquemas de atención educativa ofrecida por el sector público a nivel nacional.

Una tendencia muy clara en las cifras es que la presencia de escolares indígenas se reduce conforme se avanza en los niveles educativos. La exclusión de este derecho humano fundamental es un rezago que debiera atenderse de manera prioritaria por la política educativa actual.

El rezago que se hace mención, a pesar de no ser vinculante, no da cumplimiento a lo establecido en la Asamblea General de la ONU que aprobó la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en lo que hace a los parámetros mínimos para el respeto a los derechos de los pueblos indígenas, dentro de los que encontramos lo relativo a la cultura propia y a la educación.3

Actualmente, los rezagos en materia educativa que enfrentan los pueblos indígenas demandan, además de la mayor atención del Estado mexicano, la creación de una política educativa incluyente e innovadora, en la que el enfoque intercultural (no sólo bicultural), en que las culturas se comuniquen mutuamente de manera activa y creativa, complementaria e incluyente y no sólo como entes separados que terminan siendo sujetos de incorporación a un proyecto nacional único y hegemónico.

Para alcanzar estas metas, atender los rezagos ancestrales en materia de cobertura, permanencia, formación y capacitación de los docentes, elaboración de materiales, investigación educativa, innovación en métodos y prácticas es que consideramos fundamental poner en primer plano a la educación indígena y dejar de verla como una modalidad compensatoria y asistencial.

Los pueblos originarios deben ser parte del desarrollo nacional y global, sin perder su identidad y su cultura, sin ser asumidos ni sumisos antes los profundos cambios sociales, económicos, científicos y tecnológicos, por lo que solicitamos de manera atenta al Ejecutivo federal, considere poner a la educación indígena en el más importante nivel de atención de las políticas públicas y por fin darle la atención que merecen desde el sector educativo los pueblos indios. Consideramos que elevar a rango de subsecretaría a la educación indígena correspondería a este importante desafío de política pública a nivel nacional.

Por lo anteriormente expuesto y fundado el suscrito somete a consideración de esta honorable Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta de una manera considerada al Ejecutivo federal a crear la Subsecretaría de Educación Indígena, que coordine las políticas educativas que permitan ofrecer, desde un enfoque intercultural, educación de calidad en todos los niveles a los pueblos indígenas, bajo principios de equidad e inclusión y como un medio para su participación exitosa frente a los retos que plantea el desarrollo global, nacional y regional.

Notas

1 https://www.gob.mx/cultura/

2 Ibídem.

3 http://www.cndh.org.mx/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días de marzo de 2019.

Diputado Raymundo García Gutiérrez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SE a impulsar con el Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar acciones encaminadas a garantizar que los industriales azucareros del país cumplan los acuerdos y lineamientos normativos que los obligan a exportar al mercado mundial, a cargo del diputado Eulalio Juan Ríos Fararoni, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito diputado Eulalio Juan Ríos Fararoni, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, así como el artículo 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, con carácter de urgente u obvia resolución, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía a impulsar las acciones necesarias en coordinación con el Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, para garantizar que los industriales azucareros del país cumplan los acuerdos y lineamientos normativos que los obligan a exportar azúcar al mercado mundial, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En nuestro país, la agroindustria de la caña de azúcar, es una de las actividades de gran relevancia económica y social en el sector del campo mexicano y, por consiguiente, representa uno de los productos agrícolas con mayor demanda tanto en el mercado nacional, así como importantes avances en el rubro de exportación, donde es urgente redoblar esfuerzos, para potencializar el producto al mercado mundial.

Actualmente la Agroindustria de la caña de azúcar en nuestro país, se encuentra conformada por 51 Ingenios en operación, ubicados en 15 entidades de la República, con influencia en 267 municipios, en donde habitan 12 millones de personas, generando 479,707 empleos directos y trae beneficios directos a 2.3 millones de personas.

Cabe señalar que esta rama de producción en la zafra 2017/2018 generó una derrama económica en las regiones productoras de 45.8 mil millones de pesos, que la colocan entre los principales productos básicos y estratégicos, superado solamente por el maíz y por encima del sorgo, frijol, trigo, café y arroz. Así mismo, dicha zafra en comento alcanzó una producción de 53.3 millones de toneladas de caña, de las cuales de su proceso de industrialización fue posible obtener 6.009 millones de toneladas de azúcar (séptimo productor de azúcar a nivel mundial).

Los datos estadísticos, dejan claro que la agroindustria de la caña de azúcar, no se encuentra enfrentando un proceso de crisis como se hizo creer en los últimos años, por el contrario, las estadísticas dan cuenta que existe una producción cuyos niveles se han mantenido en las últimas 5 zafras y ante ello, resulta oportuno en el marco la Cuarta Transformación que ha iniciado la actual administración del gobierno mexicano, el impulso de acciones conjuntas entre las instancias gubernamentales y los industriales encaminadas a mejorar el precio del producto, pero sobre todo, trabajar en estrategias que realmente garanticen la venta de los excedentes del producto al mercado mundial.

En este orden, debemos precisar que el artículo 26 de nuestra Ley fundamental establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrático del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación.1

En cumplimiento de dicha responsabilidad, la Ley de Planeación, en su artículo 3, establece la responsabilidad del Ejecutivo para que mediante la planeación se fijen los objetivos, metas, estrategias y prioridades, se asignen recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, se coordinen acciones y se evalúen los resultados.2

Por su parte, la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 2005, como norma que regula esta importante materia, creó el Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (Conadesuca), organismo descentralizado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (ahora Sader) que coordina actividades de investigación y desarrollo para promover la sustentabilidad y modernización de la agroindustria azucarera, así como los tratados comerciales celebrados con otros países y el comportamiento del mercado nacional e internacional. En la junta directiva del Conadesuca participan los titulares de la Sagarpa, la Secretaría de Economía, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, representantes de la Cámara Azucarera y organizaciones nacionales de abastecedores de productores de caña de azúcar.3

En el mismo tenor, el artículo 4 de la Ley de Comercio Exterior, establece entre las facultades del Ejecutivo Federal, el impulso de medidas para regular la exportación o importación de mercancías a través de acuerdos expedidos por la Secretaría de Economía o en su caso, conjuntamente con la autoridad competente y publicados en el Diario Oficial de la Federación.4

Mientras que, en el ámbito internacional en la materia, México es parte del Acuerdo por el cual se establece la Organización Mundial del Comercio (Acuerdo de la OMC), suscrito el 15 de abril de 1994 y aprobado por el Senado de la República el 13 de julio de 1994, cuyo decreto fue promulgado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre del mismo año.5

Es claro que la agroindustria azucarera nacional, tiene un respaldo legal e institucional que debe tomarse como sustento para continuar promoviendo y revisando aquellas áreas de oportunidades que tengan como principal objetivo impulsar su fortalecimiento.

Luego entonces, ante los excedentes de producción, comulación de inventarios y caída de los precios del producto, consecuencia del ciclo azucarero caracterizado por la sobre oferta interna y mundial, las autoridades federales tienen la responsabilidad de establecer los medios necesarios para que la industria azucarera y los millones de mexicanos que día con día colaboran por el desarrollo del ingenio azucarero alcancen mejores condiciones y oportunidades económicas.

Sabemos que nuestra agroindustria de la caña de azúcar actualmente satisface los requerimientos del mercado nacional que son del orden de 4.2 millones de toneladas de azúcar y que cuenta con excedentes para exportarlos principalmente a Estados Unidos, nación con la que ha logrado consolidar acuerdos bilaterales importantes, pese a las restricciones establecidas en los Acuerdos de Suspensión firmados en 2014, que limitan la exportación al país vecino solamente a una cantidad equivalente a sus necesidades, lo que apertura a llevar el resto de nuestros excedentes de azúcar al mercado mundial.

Garantizar la venta de los excedentes del producto al mercado mundial, es un tema fundamental que el gobierno mexicano debe atender con prontitud y en el cual debe privilegiar las mejores alternativas hacer cumplir los acuerdos y lineamientos de exportación (sector público y privado) que propicien condiciones para incrementar la exportación de nuestros principales productos agrícolas en favor siempre de los productores nacionales.

Por lo expuesto y fundado, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía a impulsar las acciones necesarias en coordinación con el Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, para garantizar de manera efectiva que los industriales azucareros del país, cumplan los acuerdos y lineamientos normativos que los obligan a exportar azúcar al mercado mundial.

Notas

1 Consultado en:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_270818.pdf

2 Consultado en:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/59_160218.pd f

3 Consultado en:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LDSCA.pdf

4 Consultado en:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/28.pdf

5 Consulta en:
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5500077&fecha=05/10/2017

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2019.

Diputado Eulalio Juan Ríos Fararoni (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sener, la CRE, Pemex y la refinería Ingeniero Héctor R. Lara Sosa a vigilar que los petrolíferos cumplan los criterios establecidos en la NOM-016-CRE-2016, a cargo de la diputada Isabel Margarita Guerra Villarreal, del Grupo Parlamentario del PAN

Isabel Margarita Guerra Villarreal , diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la presente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguientes:

Consideraciones

I. La Organización Mundial de la Salud ha mencionado que la “contaminación del aire representa un importante riesgo medioambiental para la salud.” Asimismo que “mediante la disminución de los niveles de contaminación del aire los países pueden reducir la carga de morbilidad derivada de accidentes cerebrovasculares, cánceres de pulmón y neumopatías crónicas y agudas, entre ellas el asma”.1

En este mismo sentido la Organización Panamericana de la Salud menciona que: “Hay efectos de la contaminación del aire sobre la salud a corto y largo plazo, siendo la exposición a largo plazo y de larga duración la más significativa para la salud pública. La mayoría de las muertes atribuibles a la contaminación atmosférica en la población general están relacionadas con las enfermedades no transmisibles. En efecto, el 36 por ciento de las muertes por cáncer de pulmón, el 35 por ciento de la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (COPD), el 34 por ciento de los accidentes cerebrovasculares y el 27 por ciento de las cardiopatías isquémicas son atribuibles a la contaminación atmosférica. Sin embargo, el mayor impacto es sobre la mortalidad infantil, ya que más de la mitad de las muertes de niños menores de 5 años por infecciones agudas de las vías respiratorias inferiores (ALRI) son debidas a partículas inhaladas por la contaminación del aire interior producto del uso de combustibles sólidos”.2

II. El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos menciona que: “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley”.3

Uno de los objetivos de la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático es “proteger el sistema climático en beneficio de las generaciones presentes y futuras, sobre la base de la equidad y de conformidad con sus responsabilidades comunes pero diferenciadas y sus respectivas capacidades” (artículo, inciso 1).4

La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, en su punto 3, Salud y Bienestar, tiene por objetivo: “Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades”; propone en su meta 6.3 de aquí a 2030, mejorar la calidad del agua reduciendo la contaminación, eliminando el vertimiento y minimizando la emisión de productos químicos y materiales peligrosos, reduciendo a la mitad el porcentaje de aguas residuales sin tratar y aumentando considerablemente el reciclado y la reutilización sin riesgos a nivel mundial.5

III. El problema de la contaminación del aire en México ha sido una constante desde hace más de 30 años. El Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC) evaluó el impacto económico y sobre la salud en 2010 en las zonas metropolitanas del valle de México, Guadalajara y Monterrey.

La información de ese momento que se publicó fue que “si se cumplieran los límites establecidos en la concentración de partículas finas (PM2.5) recomendados por la Organización Mundial de la Salud, se evitarían pérdidas económicas por 45 mil millones de pesos y 2 mil 170 muertes prematuras. Considerando la normatividad mexicana que establece un límite más alto para las PM2.53, si su concentración se mantuviera por debajo de este límite se evitaría un gasto de 27 mil millones de pesos y alrededor de 1 317 muertes prematuras”.6

IV. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y el Consejo Nacional de Población que indican la zona metropolitana de Monterrey es ocupada por los siguientes municipios7 que tienen la siguiente población, de acuerdo con el censo de 2015:

Fuente: Elaboración propia a partir de la información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en:

https://www.inegi.org.mx/app/areasgeograficas/default.as px#

V. Petróleos Mexicanos, en su página electrónica, informa que la refinería de Pemex en Cadereyta, Nuevo León, Ingeniero Héctor R. Lara Sosa , inició en 1979 operaciones y es una instalación cuya producción abastece de combustibles a los estados de Nuevo León, Coahuila y Chihuahua y parciamente a Durango, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas.

Las características de dicha refinería, según Pemex, es que está “ubicada a 36 kilómetros al norte de la zona conurbada de Monterrey, y fuera de la zona urbana del municipio donde está ubicada. Cuenta con 35 plantas de proceso que conforman dos trenes de producción, la refinería es una de las más productivas y redituables del Sistema Nacional de Refinación. Produce gasolinas y diésel ultra bajo azufre, asfalto, azufre, coque, propileno y gas LP, entre otros petrolíferos, Su equipamiento le permite procesar una mezcla de petróleos crudos tipo Istmo y Maya, de 34 y 22 grados API, ligero y pesado, respectivamente”.8

Asimismo, menciona que la “refinería de Cadereyta fue la primera del Sistema Nacional de Refinación en poner en operación una planta especialmente diseñada para separar el azufre de las gasolinas a valores de 30 partes por millón o menos. La planta, que por sus siglas en inglés se denomina ULSG (ultra low sulphure gasoline / gasolina de ultra bajo azufre), procesa 42 mil 500 barriles diarios de combustibles UBA [...] En promedio, la refinería procesa 110 mil barriles de petróleo al día, que transforma, entre otros productos, en gasolinas y diésel de alta calidad que cumplen con rigurosas especificaciones internacionales. Todos los productos son elaborados bajo las más estrictas normas de calidad y seguridad, siempre buscando la mejora continua y preocupados principalmente por el cuidado del medio ambiente”.9

VI. Los datos que presenta el gobierno de Nuevo León sobre la calidad del aire en la zona metropolitana de Monterrey, son los siguientes:

1. Calidad del Aire: La calidad del aire en el área metropolitana de Monterrey se ve afectada principalmente por las partículas menores a diez micrómetros (PM10) y el ozono (O3), estos contaminantes constituyen un mayor riesgo a la salud debido a la magnitud de sus concentraciones en el aire y a la alta frecuencia en que estos contaminantes exceden los límites máximos permisibles, además el clima es un factor que influye en la presencia o dispersión de los contaminantes.

2. Indicadores de la Calidad del Aire: Los indicadores de la calidad del aire que vienen mostrados en los reportes mensuales son: el mónoxido de carbono (CO), bióxido de nitrógeno (NO2), bióxido de azufre (SO2), ozono (O3), expresadas en partes por millón (ppm) y partes por billón (ppb), además de partículas menores a 10 micras (PM10) y partículas menores a 2.5 micras (PM2.5) expresadas en microgramos por metro cúbico (µg/m3).

Sin embargo, el informe sobre la calidad del aire del 1 de diciembre de 2018 fue el siguiente:

Fuente: Gobierno de Nuevo León, "Conoce la calidad del aire en el área metropolitana de Monterrey", en:

http://www.nl.gob.mx/servicios/mapa-de-la-calidad-del-ai re

Es importante mencionar que los medios de comunicación han informado sobre esta problemática como puede verse a continuación:

1. Refinería de Pemex en Cadereyta tiene un alto grado de contaminación: Especialistas señalan que el 80 por ciento de las partículas de bióxido de azufre que contaminan el aire del área metropolitana y provocan enfermedades provienen de la refinería de Pemex en Cadereyta, misma que ha sido señalada por contaminar en al menos en cuatro ocasiones el agua del Río San Juan con residuos tóxicos.10

Incluso el Informe del Programa de Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos -elaborado junto con la Secretaría Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en año de 2016-, denominado “Índices básicos de la ciudad de prospera. Cadereyta de Jiménez”, menciona los siguientes datos:11

1. Ambientalmente, el municipio está enfrentando problemas ambientales derivados de la urbanización acelerada que se combinan con la contaminación que provocan las industrias y la refinería , destacando el consumo de suelo y biodiversidad y las limitaciones en el manejo del agua y de los residuos sólidos.

2. Concentraciones de material particulado. La concentración media anual de partículas contaminantes de menos de 10 micras de diámetro (PM10) es muy baja, lo que se traduce en un indicador extremadamente débil. Esta condición es de gran preocupación para la salud pública, ya que estas partículas pueden ser inhaladas en las partes más profundas del pulmón, causando graves problemas de salud.

Es importante mencionar que el 29 de agosto de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación Norma Oficial Mexicana NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de calidad de los petrolíferos que tiene “como objeto establecer las especificaciones de calidad que deben cumplir los petrolíferos en cada etapa de la cadena de producción y suministro, en territorio nacional, incluyendo su importación”.

Y su campo de aplicación es en todo el “territorio nacional a las gasolinas, turbosina, diésel automotriz, diésel agrícola y marino, diésel industrial, combustóleo, gasóleo doméstico, gasavión, gasolina de llenado inicial, combustóleo intermedio y gas licuado de petróleo en toda la cadena de producción y suministro, incluyendo su importación”.

Sin embargo, parece no cumplirse de manera cabal en la refinería Ingeniero Héctor R. Lara Sosa .

VII. Al respecto, la Comisión Reguladora de Energía ha indicado lo siguiente:

Con respecto a la implementación obligatoria del diésel ultra bajo azufre (DUBA) para la zona metropolitana de Monterrey (ZMM) donde el abasto de dicho petrolífero provenga de la refinería Ingeniero Héctor R. Lara Sosa (refinería de Cadereyta), ubicada en Cadereyta, Nuevo León, Pemex Transformación Industrial (PTRI) deberá realizar inversiones diversas en infraestructura.

I. Antecedentes

-La Norma Oficial Mexicana NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de calidad de los petrolíferos (Norma), define al DUBA como aquel diésel automotriz cuyo contenido máximo de azufre es de 15 mg/kg.

-La Norma establece, en su Obligación Adicional (3) de la Tabla 7, que en las zonas metropolitanas (incluyendo la ZMM), la Zona Fronteriza Norte y 11 corredores de distribución DUBA, únicamente debe suministrarse DUBA.

-La Norma establece que la ZMM es el área integrada por los municipios de Nuevo León: Apodaca, Benito Juárez, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina.

-La Norma establece en su numeral 5.1.1 la obligación de los productores de determinar la calidad de cada lote de los productos finales derivados de sus procesos en términos de las Tablas 1 a 13, según corresponda. El muestreo debe llevarse a cabo en el tanque de almacenamiento de producto final.

-En términos de la Norma, el productor debe llevar a cabo el análisis de cada lote de diésel producido en términos de la Tabla 7 siguiente, establecida en la misma:

Tabla 7. Especificaciones de diésel

Actualmente la capacidad de PTRI para abastecer la demanda de DUBA es de 14 por ciento con producción nacional y el 86 por ciento de importación.

2. De acuerdo con datos proporcionados por PTRI, el objetivo del proyecto de adecuación de la refinería de Cadereyta es satisfacer la demanda en la zona fronteriza del norte del país mediante la modernización de tres plantas hidrodesulfuradoras y la construcción de 1 planta nueva.

A continuación, se describe la línea del tiempo de los avances del proyecto de Calidad de Combustibles, específicamente en Cadereyta:

I. Se iniciaron los trabajos y se tenía contemplada su terminación en febrero de 2017. Se desarrollaron los trabajos de modernización de una planta, con capacidad de diseño de 25 Mbd (miles de barriles diarios).

II. Se puso en operación una segunda planta con capacidad de diseño de 25 Mbd.

III. Se contaba con un avance de un 49 por ciento.

IV. Ese año es considerado crítico para los trabajos en marcha, ya que se aplicó a PTRI un recorte presupuestal importante a las inversiones de la empresa. Con ello se limitó la capacidad de ejercicio de los proyectos en ejecución. En específico a la refinería Cadereyta, por restricciones presupuestales, a partir de abril se suspendieron diversos contratos y otros tuvieron que concluirse anticipadamente.

V. Se sostuvo la restricción que ha impedido darle continuidad a cada proyecto. En Cadereyta se mantuvo la suspensión de los proyectos.

A la fecha, los aspectos relevantes pendientes son:

-Ingeniería de detalle parcialmente desarrollada.

-Se cuenta con equipos críticos montados

-Equipos principales comprados (algunos montados y otros en fábrica).

3. Se estima que, para la ejecución de todos los proyectos de calidad fase diésel, se requieren recursos por 50 mil 545.9 millones de pesos, y un plazo de por lo menos cuatro años para su conclusión (dependiendo de la disponibilidad presupuestal y la reactivación de los contratos). En el caso específico de la refinería Cadereyta, al año 2018, en la solicitud de presupuesto registrada ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se observa que faltan 7 mil 81.20 millones pesos para concluir con el proyecto de Calidad de Combustibles Fase Diésel para la Refinería Cadereyta:

(Cifras en millones de pesos)

(1) Fuente: Montos autorizados registrados en la SHCP en 2018.

(2) Las contratistas tienen pretensiones de adeudo, de las cuales se prevé que pudieran ser procedentes entre el 10 y el 30%, lo que pudiera incrementar el monto total para la terminación, estimación de la Subdirección de Proyectos al 16 de julio de 2018.

4. La Agencia de Protección Ambiental de California estima que 70 por ciento de los riesgos de cáncer asociados a contaminación ambiental en California son atribuibles al material particulado generado por la combustión del diésel (DPM por sus siglas en inglés). A nivel estatal, en California, con datos de 2009 a 2011, se estima que la exposición a DPM aumenta los casos de cáncer en 520 por millón de habitantes, así como un aumento anual promedio de mil 400 muertes cardiopulmonares, 100 hospitalizaciones cardiovasculares, 120 hospitalizaciones respiratorias y 600 emergencias respiratorias incluyendo asma.

Previo a la implementación de algunos programas como el diésel reformulado y diésel de ultra bajo azufre, estos efectos se calculan hasta 75 por ciento superiores, lo que implica más de 900 casos de cáncer y 2 mil muertes atribuibles al DPM.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de la asamblea la siguiente proposición con punto de

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Energía, a la Comisión Reguladora de Energía y a Petróleos Mexicanos para que, en el ámbito de sus atribuciones, vigilen que los petrolíferos que son importados al país cumplan con los criterios establecido en la NOM-016-2016 Especificaciones de Calidad de los Petrolíferos, a efecto de prevenir los riesgos a la salud y al medio ambiente.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Energía y a Petróleos Mexicanos para que, en el ámbito de sus atribuciones, vigilen y hagan cumplir lo establecido en la NOM-016-2016, Especificaciones de Calidad de los Petrolíferos, en la producción en la refinería Ingeniero Héctor R. Lara Sosa , ubicada en Caderyta, Nuevo León, así como para que concluyan los proyectos de calidad de combustibles e inviertan en las tecnologías necesarias para aminorar las emisiones de contaminación y las demás adecuaciones que prevé la citada NOM en la refinería mencionada, a efecto de reducir los riesgos a la salud y al medio ambiente.

Notas

1 Organización Mundial de la Salud, “Contaminación atmosférica”, en: https://www.who.int/phe/health_topics/outdoorair/es/

2 Organización Panamericana de la Salud, “Contaminación del Aire Ambiental”, en:

https://www.paho.org/hq/index.php?option=com_content&view=article&id=12918:ambient-air-pollution&Itemid=72243&l ang=es

3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Cámara de Diputados, en:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_270818.pdf

4 Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático, Secretaría de Relaciones Exteriores, en: https://aplicaciones.sre.gob.mx/tratados/ARCHIVOS/NACIONES_UNIDAS-CAMBI O_CLIMATICO.pdf

5 Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, en: http://www.sela.org/media/2262361/agenda-2030-y-los-objetivos-de-desarr ollo-sostenible.pdf

6 Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, “Aire”, en: https://apps1.semarnat.gob.mx:445/dgeia/informe15/tema/cap5.html#tema1

7 Cámara de Diputados, “Zona Metropolitana de Monterrey”, en: http://www3.diputados.gob.mx/camara/content/download/224506/584573/file /ZM por ciento20MONTERREY.pdf

8 Petróleos Mexicanos, “Refinería Ingeniero Héctor R. Lara Sosa cumple 39 años de servicio”, 16 de marzo de 2018,en:

http://www.pemex.com/saladeprensa/boletines_regionales/P aginas/2018-008-monterrey.aspx#.XALjBDpKi1s

9 Ibídem.

10 Info 7, “Refinería de Pemex en Cadereyta tiene un alto grado de contaminación”, 2 de febrero de 2017, en:

http://www.info7.mx/videos/refineria-de-pemex-en-caderey ta-tiene-un-alto-grado-de-contaminacion/1764869

11 Programa de Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos-Secretaría Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano-Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, “Índices básicos de la ciudad de prospera. Cadereyta de Jiménez”, en:

https://infonavit.janium.net/janium/Documentos/56681.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 12 de marzo de 2019.

Diputada Isabel Margarita Guerra Villarreal (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal y las unidades locales de policía cibernética a implantar acciones tendentes a prevenir y actuar con oportunidad ante cualquier actividad, juego o reto en los sitios de internet y redes sociales que violenten o atenten contra la integridad física y mental de niños y jóvenes, a cargo de la diputada Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, Mariana Rodríguez Mier y Terán , diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La niñez y la juventud con el venir de los años está siendo dominada por el auge de las nuevas tecnologías, ya que año con año las empresas crean nuevos dispositivos con mayores innovaciones y a precios relativamente accesibles, por lo que adquirir un simple teléfono celular resulta fácil para este sector de la sociedad.

No obstante, el ingresar a Internet se ha convertido un arma de doble filo para los millones de personas que hacen uso del mismo, puesto que alguien puede encontrar desde unos pasos sencillos para elaborar una tarta de manzana, hasta procedimientos elaborados para atentar contra su propia vida.

De acuerdo con la organización Net Children Go Mobile , en Europa, el 46 por ciento de los niños de entre 9 y 11 años tiene su propio celular. Mientras que estadísticas de Estados Unidos señalan que en este país sucede a alrededor de los 8 años. Y en América Latina es a los 12 años cuando alrededor del 60 por ciento de los niños recibe su primer teléfono móvil propio.1

El estudio “El estado mundial de la infancia 2017”, elaborado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), indica que los jóvenes de entre los 15 y 24 años son el grupo de edad más conectado a Internet. En todo el mundo, el 71 por ciento de este sector de la población están en línea, en comparación con el 48 por ciento de la población total.2

Lo anterior indica que los niños y adolescentes menores de 18 años representan aproximadamente uno de cada tres usuarios de Internet a nivel global.

Los especialistas indican que los niños están accediendo a Internet a edades cada vez más tempranas. En algunos países, los niños menores de 15 años tienen las mismas condiciones de acceder a Internet que los adultos mayores de 25 años. En este entendido, los teléfonos inteligentes están fomentado una denominada “cultura del dormitorio”, y para muchos niños el acceso en línea es cada vez más personal, tiene un carácter más privado y está menos supervisado.

Las tecnologías digitales son herramientas que aparte de otorgar diversión, sirven primordialmente como medios de aprendizaje y de educación que son de gran utilidad para el desarrollo de los niños en su aprendizaje, especialmente en regiones remotas y durante situaciones de crisis humanitarias. Las tecnologías digitales también contribuyen a que los niños accedan a información sobre asuntos que afectan a sus comunidades, otorgándoles una mayor inclusión sobre temas de índole nacional e internacional.

Es importante destacar que, así como hay un gran número de niños y jóvenes que tienen acceso a Internet, también existen alrededor de unos 346 millones de jóvenes de todo el mundo, que no están conectados en línea. Los jóvenes de la región de África son los menos conectados, pues alrededor del 60 por ciento no están en línea, en comparación con sólo el 4 por ciento en Europa.

Aunque se ha incrementado el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en los sectores infantiles, también se ha intensificado los riesgos que existe para la niñez por el uso del Internet, ya que cada día aumenta el número de criminales que utilizan las redes sociales para comunicarse más fácilmente con los niños y jóvenes, aprovechándose de su inocencia mediante la utilización de sus perfiles en las redes sociales y de la creación de foros de juego anónimos, que no cuentan con alguna protección o regulación.

En razón de lo anterior, muchos de los países están realizando importantes esfuerzos, a través de la implementación de diferentes políticas públicas orientadas a proteger a los niños, especialmente aquellos que son más vulnerables y desfavorecidos, ya que podrían ser más susceptibles de sufrir de alguno de los riesgos en línea, como la pérdida de su privacidad, que puede ser usada en su contra, con la finalidad de manipularlos y obtener algún fin.

Según datos de la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (Endutih) 2017, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), alrededor de 17.4 millones de hogares disponen de Internet (50.9 por ciento del total nacional), ya sea mediante una conexión fija o de tipo móvil.3

Asimismo, la Endutih indica que hay 71.3 millones de usuarios de Internet, que representan el 63.9 por ciento de la población de seis años y más. Siendo los niños y jóvenes de entre los 6 y 17 años, el segundo sector de la población que más usuarios de internet hay en el país. En su gran mayoría el acceso a internet es utilizado para la obtención de información, por entretenimiento y como medio de comunicación.

Conforme al estudio elaborado por la empresa Kaspersky Lab y B2B International, aproximadamente uno de cada diez menores de 18 años en México es adicto al Internet, por lo que alrededor del 44 por ciento de los padres se sienten preocupados de que sus hijos accedan a contenidos inapropiados, así como la comunicación con personas extrañas que pongan en peligro su seguridad e integridad física y mental.

Uno de los grandes peligros en los últimos años y en los que se han visto envueltos miles de niños y jóvenes en nuestro país son los llamados juegos virales que puede tener una procedencia mundial o de una sola región del planeta. Los llamados “retos”, consisten en responder o realizar una acción para avanzar en un juego y con ello obtener supuestos beneficios o gozar de mayor prestigio social entre sus amigos y la comunidad que esté involucrada.4

Algunos de estos retos son inofensivos como el del “baño con la cubeta de hielos” que fue parte de una campaña publicitaria solidaria con los enfermos de esclerosis lateral amiotrófica, mientras que existen otros retos como el llamado “la ballena azul” que está elaborado con una finalidad de poder hacer daño físico o mental a quien lo juegue, lo que puede afectar de manera negativa a la niñez y adolescencia, inclusive a perder su propia vida.

Durante la última semana ha aparecido un nuevo reto de las redes sociales, a consecuencia de la publicación de un viral video donde aparece un animatrónico con el rostro deforme del cantante Michael Jackson, que ha cobrado relevancia en Internet y ha sembrado la preocupación entre los padres de familia.

De acuerdo con la policía cibernética de los estados de Sonora y Baja California Sur, el rumor consiste en que este personaje puede tener un encuentro cercano con las personas que se encuentren despiertas después de las 3 de la mañana, por lo que muchos jóvenes y niños con el sentimiento de aventura buscan encontrarse con él, situación que puede ser contraproducente a su salud, ya que podría generar una situación de sueño, pánico y ansiedad.

Con la finalidad de salvaguardar la integridad física y mental de los niños y jóvenes del país, es necesario y urgente que el gobierno federal y las unidades de Policía Cibernética de las entidades federativas, fortalezcan las acciones para localizar y eliminar cualquier tipo de amenaza cibernética que pueda afectar su desarrollo integral, así como evitar cualquier situación que atente contra su integridad y vida.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno federal y las unidades de Policía Cibernética de las entidades federativas para que implementen acciones tendientes a prevenir y actuar con oportunidad ente cualquier actividad, juego o reto en los diversos sitios de Internet y redes sociales, que violenten o atenten contra la integridad física y mental de los niños y jóvenes del país.

Notas

1 https://www.bbc.com/mundo/noticias-43317237

2 https://www.unicef.es/sites/unicef.es/files/comunicacion/estado-mundial -infancia-2017.pdf

3http://www.beta.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/bo letines/2018/OtrTemEcon/ENDUTIH2018_02.pdf

4 https://www.gob.mx/sipinna/articulos/
los-retos-en-internet-para-ninas-ninos-y-adolescentes-riesgos-contra-su-ciberseguridad?idiom=es

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los 12 días de marzo de 2019.

Rúbrica

Con punto de acuerdo, para exhortar a los congresos y gobiernos locales a legislar en materia de acoso escolar, a cargo del diputado Jacobo David Cheja Alfaro, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El que suscribe, diputado Jacobo David Cheja Alfaro, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados federal del honorable Congreso de la Unión, somete a su consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo para exhortar a los Congresos locales y a los titulares del Ejecutivo de las entidades federativas para que legislen en materia de acoso escolar, de conformidad con el siguiente

Planteamiento del problema

En México dentro de las escuelas de nivel básico, siempre han existido los niños que se han caracterizado por mostrar un comportamiento conductual antisocial, que los lleva de alguna manera, a cometer actos de violencia o molestia hacia sus compañeros, lo que acarrea como consecuencia a convertir a quienes son flanco de esas conductas, en víctimas.1

Dicho comportamiento es conocido como bullying (término inglés) que es el equivalente de acoso escolar, también conocido como hostigamiento escolar o violencia escolar, y se refiere a cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre escolares de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado.

El acoso escolar o bullying , es uno de los mayores problemas de este país. Según las estadísticas recopiladas hasta 2017, México es el país del mundo que más casos de bullying o acoso escolar registra al año. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico OCDE), estima que unos 18 millones 782 mil alumnos de educación básica han padecido acoso escolar alguna vez.

Un trabajo que Ipsos Public Affairs dio a conocer en junio de este año, muestra que de entre 30 países, México tiene uno de los niveles más altos de ciber bullying en redes sociales, con un 73%. El asunto ya tiene solidos antecedentes en nuestro país, donde 4.5 millones de niñas, niños y adolescentes de 12 a 19 años han sido víctimas de ciber acoso, según lo publicado en el boletín del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres Año 2, Número 7, del 15 de julio de 2016). Este tipo de acoso puede ser observado por una gran cantidad de espectadores, un número indefinido de veces y en la mayoría de las ocasiones, son sus propios compañeros de escuela los agresores.

En medio de la violencia que se vive en el país, la única forma de afrontar el bullying que declaran haber padecido al menos uno de cada tres niños y adolescentes en México, es generando nuevas pautas de convivencia en las comunidades educativas, reconociendo que el acoso escolar no se limita a los estudiantes, sino que, además, se da de autoridades administrativas hacia maestros y de los propios alumnos hacia sus docentes, según lo plantea la Red por los Derechos de la Infancia en México.

Si bien el término acoso escolar o bullying , hoy en día resulta muy conocido, antaño cuando aún no se conceptualizaba el maltrato infantil entre los mismos niños, no había una referencia clara a dicho fenómeno, es por ello que se considera necesario hacer un recuento, así como un manejo de términos y conceptos relativos a dicho ámbito, con el principal propósito de dimensionar y/o delimitar éste para los efectos propios de diversos análisis, que sirven de referencia para la presente Iniciativa.2

Cabe señalar que si bien los estudiosos del tema, han considerado que existe el bullying en otros ámbitos como el trabajo o el hogar, la mayoría de los estudios conceptuales, se circunscriben en el contorno meramente escolar.3

El acoso escolar o bullying puede abordarse desde tres campos de estudio: desde el campo de la salud, como un problema médico psicológico y físico, desde el campo de la sociología como un fenómeno o hecho social que afecta la convivencia en el ámbito escolar y trasciende al ámbito familiar ya la comunidad o sociedad en la que se presenta; y desde el campo del derecho como una conducta antisocial llevada a cabo por menores de edad con poca o nula regulación al respecto.4

El acoso escolar o bullying es cualquier tipo de violencia entre compañeros en la que uno o varios alumnos molestan y agreden de manera constante y repetida a uno o varios compañeros, quienes no pueden defenderse de manera efectiva y generalmente están en una posición de desventaja o inferioridad. Los tipos más frecuentes son el maltrato físico, verbal, psicológico, sexual, y últimamente también el ciber-bullying .5

El acoso escolar o bullying , se presenta tanto en escuelas públicas como privadas y su práctica puede incidir en un bajo rendimiento académico, reprobación e incluso deserción, en virtud de que, estos comportamientos son ignorados por los directivos, docentes y personal encargado de la disciplina y control de los alumnos, porque también se ignoran las quejas, denuncias y reclamos de quienes están siendo víctimas de bullying , sin prestarles la atención que requieren cuando necesitan ser escuchados, o porque los alumnos víctimas de acoso escolar o bullying no externan lo que está sucediendo por temor a represalias mayores, y por la falta de coordinación y comunicación con los padres de familia respecto al comportamiento de sus hijos. Las estadísticas siguen al alza y no nos favorecen.6

En un estudio publicado por la CEPAL en agosto de 2011 se señala que un 11 por ciento de los estudiantes mexicanos de primaria han robado o amenazado a algún compañero, mientras que en secundaria ese porcentaje alcanza a poco más de un 7 por ciento. Asimismo, se señala el porcentaje de estudiantes de 6° grado de primaria que declaran haber sido en su escuela, víctimas de: robo 40.24 por ciento, insultados o amenazados 25.35 por ciento, golpeados 16.72 por ciento, o atravesado por algún episodio de violencia 44.47 por ciento.

De acuerdo con cifras de Estudios de Investigación de la UNAM y el Politécnico publicados en mayo de 2014, de los más de 26 millones 12 mil 816 estudiantes en educación preescolar, primaria y secundaria; alrededor del 60 por ciento han sufrido bullying o acoso escolar, una cifra que según el Instituto Nacional de Pediatría va en aumento con cada nueva generación.

Cifras oficiales de la Secretaría de Salud en el mismo año, estiman que el 59 por ciento de los suicidios por razones diversas en México, están incluidos el acoso físico, psicológico y ahora hasta cibernético entre estudiantes, y se concentra en nueve entidades: Estado de México, Jalisco, Ciudad de México, Veracruz, Guanajuato, Chihuahua, Nuevo León, Puebla y Tabasco. Los casos de suicidio en niños de 10 a 13 años han aumentado.

No obstante, dentro de las escuelas sigue siendo muy común la práctica de comportamientos de violencia, que no se encuentran contemplados ampliamente en las leyes en comento, como lo es el acoso escolar o bullying al que líneas arriba nos hemos referido, derivados por la discriminación con base por ejemplo: en la apariencia física, el estatus socioeconómico o raza o por el contrario, sin causa ni provocación alguna, que genera un clima o ambiente escolar poco o nulo de confianza para la víctima, y trae como consecuencia la baja autoestima, la falta de respeto por sí mismo, depresiones, y orilla a que los victimarios caigan en la comisión de conductas antisociales tipificadas como delitos, tales como los casos de robo, lesiones que requieren hospitalización y pueden dejar marcas o cicatrices permanentes, violaciones sexuales e incluso la inducción al suicidio, por el constante acoso u hostigamiento que ocasionan los alumnos que recurren a este tipo de conductas.7

En virtud de lo anterior, y con el propósito de tener información confiable y de calidad para la política nacional de prevención social de la violencia y la delincuencia, la Secretaría de Gobernación y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) trabajaron de manera conjunta en el diseño de la Encuesta de Cohesión Social para la Prevención de la Violencia y la Delincuencia (Ecopred) 2014.

La Ecopred es la primera encuesta en su tipo a nivel internacional que ofrece estimaciones a escala nacional sobre dichos factores de riesgo que enfrentan ¬especialmente los niños y jóvenes de 12 a 29 años en sus contextos individual, familiar, escolar, laboral y comunitario-, entre los que se encuentran: acoso escolar, maltrato físico, robo con o sin violencia, amenazas, extorsión, acoso por las características personales del joven y violencia sexual.

Adicionalmente, la Ecopred permite hacer estimaciones sobre los delitos o maltratos que afectan de manera directa a los niños y jóvenes, tales como: acoso por los atributos del niño o joven (incluye bullying ), acoso a través de las pertenencias del niño o joven (incluye bullying ), maltrato físico, robo sin violencia, robo con violencia, amenazas, extorsión, difamación por medios electrónicos (incluye cyber- bullying ), manoseo o tocamiento ofensivo, y estupro o violación sexual.

Con la Ecopred se estima que durante 2014 se generaron 19.8 millones de delitos y actos de maltrato asociados a 4.5 millones de víctimas de 12 a 29 años en las 47 ciudades de interés. Lo anterior representa una tasa de 4.4 delitos y maltratos por cada niño o joven victimizado; así como una tasa de prevalencia de 46,426 víctimas por cada cien mil niños y jóvenes de 12 a 29 años durante 2014.

Recientemente la Secretaría de Educación Pública (SEP) ha puesto en marcha dos vías de comunicación para los casos de acoso escolar o bullying , donde conseguir información en caso de prevención, o atender y denunciar en caso de que el acoso escolar sea una realidad. La primera es la vía telefónica, y la segunda es una página web. El sitio de internet está compuesto por distintas secciones que definen y explican, incluso de manera gráfica en que consiste el acoso escolar o bullying .8

En cada una de ellas se explica qué es el acoso escolar o bullying , quienes participan y cómo reconocerlo. Además, se exponen algunas soluciones para resolver problemas de forma pacífica. En dicha página, cada Entidad federativa cuenta con un responsable, al que se canalizan las quejas que llegan por entidad.

Asimismo, para combatir parte de la violencia escolar, la Secretaría de Educación Pública (SEP) ha implementado algunos programas como el de “Escuela Segura” que, sin embargo, no ha cubierto todos los aspectos que implican cumplir con un clima de confianza que coadyuve con el logro de objetivos de aprendizaje, por presentarse comportamientos que pueden considerarse como riesgos para el bienestar y la convivencia escolar.

A pesar de todos estos esfuerzos, tanto a nivel federal como en la mayor parte de los gobiernos locales existe nula o poca legislación sobre la figura del acoso escolar o bullying , esto ha ocasionado que en aquellos casos, en los cuales no se ocasionan daños físicos visibles que reúnan elementos para ubicarlos como un tipo penal, quedan impunes, sin incluso llegarse a conocer pero sí perjudicando psicológica y emocionalmente al alumno víctima y por el contrario se está contribuyendo a potenciar las conductas delictivas de muchos niños y adolescentes bajo el amparo de la intimidación.9

Argumentación

La educación en México es un derecho consagrado e inherente a todo individuo a través del artículo 3o. Constitucional, en el cual se establece que, éste tiene derecho a recibir educación y que la misma, desde el nivel básico y hasta la media superior será obligatoria. El Estado, integrado por la Federación, Estados, y Municipios, es el facultado y obligado para impartirla. Dicha educación básica obligatoria se conforma por la educación preescolar, primaria y secundaria.

Las bases, criterios y lineamientos que se establecen y dan fundamento al Sistema Educativo Mexicano en el mencionado artículo 3° Constitucional, se regulan a través de la Ley General de Educación. En dicho fundamento se pugna por una educación libre de violencia, la promoción de la cultura de la paz y la no violencia, así como, contribuir al aprecio para la dignidad de la persona, sustentar los ideales de fraternidad e igualdad y evitar los privilegios.

De acuerdo con la UNICEF, la Convención sobre los Derechos del Niño (CND) adoptada de forma unánime por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, es el primer instrumento internacional que establece que todas las niñas, niños y adolescentes, sin ninguna excepción, tienen derechos y que su cumplimiento es obligatorio para todos los países que la han firmado, incluido México, que la ratificó en septiembre de 1990.

La CDN establece los derechos de los niños, niñas y adolescentes en 54 artículos y dos Protocolos Facultativos. Define los derechos humanos básicos que disfrutan los niños y niñas en todas partes: el derecho a la supervivencia; al desarrollo pleno; a la. protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación; y a la plena participación en la vida familiar, cultural y social.

Del mismo modo, se destaca la reforma al artículo 18 Constitucional, mediante la cual se transforma el antiguo sistema tutelar de justicia para menores infractores y se sientan las bases para la creación de un sistema integral de justicia para adolescentes en conflicto con la ley penal acorde con la CDN. La reforma obligó a la Federación, y a los estados a establecer, en el ámbito de sus competencias, este nuevo sistema y a crear instituciones, tribunales y autoridades especializados para su aplicación.

Las mencionadas reformas dieron lugar a su vez a la emisión de la Ley General para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el 4 de diciembre de 2014, cuyo objeto es garantizar a éstos la tutela y el respeto de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, así como establecer los principios básicos conforme a los cuales el orden jurídico mexicano habrá de proteger y garantizar tales derechos. Asimismo, dio pie a la posterior emisión de leyes homólogas en los estados de la República.

Como vemos, el marco jurídico de México al respecto, está conformado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales aprobados y ratificados por el país y estas leyes federales y locales.

México ha ratificado numerosos tratados internacionales en materia de derechos humanos, por lo que nuestro país se ve en la necesidad de ir adecuando sus sistemas jurídicos nacionales y locales a los estándares mínimos reconocidos por estas convenciones y a realizar reformas legislativas al marco jurídico constitucional.10

A nivel federal, tanto la Ley General de Educación, así como la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, abordan la problemática del acoso escolar, así como el interés superior de la niñez y el acceso a una vida libre de violencia. Así mismo, hay un número importante de entidades federativas preocupadas por el tema del acoso escolar o bullying , que incluso tienen ya sus propias leyes estatales para atacar dicho fenómeno.

Tal es el caso de la Ciudad de México, Tamaulipas, Nayarit, Puebla, Veracruz, Morelos, Baja California, Colima, Guanajuato, Coahuila, Querétaro, Jalisco, Nuevo León, Aguascalientes Sinaloa (ciber bullying ), Zacatecas, Hidalgo, Yucatán, Quintana Roo, Chihuahua, Oaxaca y la recién aprobada en el Estado de México a través del que suscribe el presente exhorto.

Sin embargo, aún faltan el resto de las entidades federativas del país, en las cuales no se ha legislado al respecto, lo que inevitablemente se refleja en las estadísticas actuales ya mencionadas, y deriva en que continúe el alto nivel de acoso escolar que tenemos en México, por lo que estamos en la mira de los organismos internacionales.

Esto significa que no hemos asumido por completo en las entidades federativas, la responsabilidad suficiente para bajar el índice que nos mantiene en primer lugar con este tipo de violencia, ni llevado a cabo acciones concretas que hagan frente total a este fenómeno que está rebasando ya nuestras capacidades.

En términos generales se puede advertir que el acoso escolar es una manifestación de violencia, que debido a las dimensiones que ha alcanzado, en cuanto al impacto de los quienes lo sufren, como son las niñas, niños y adolescentes (hasta llegar incluso al suicidio y/o homicidio).11

Así que, tanto la federación como los estados, deben tomar cartas en el asunto, ya que se ha convertido en un tema trascendental; por lo que hemos considerado imprescindible exhortar a los Congresos y a los titulares del Ejecutivo de las entidades federativas (que aún no lo hacen) para que legislen en materia de acoso escolar.

Es urgente que toda la comunidad escolar del país –alumnos, profesores, administrativos, autoridades escolares, padres de familia– cuenten con un marco de referencia estatal específico para actuar en la prevención, atención y eliminación del acoso escolar, conocido también como bullying ; para establecer con perfecta claridad la definición, las modalidades y las formas de identificar el acoso escolar.12

Cabe señalar que la Secretaría de Educación, ha expedido un Protocolo de actuación como instrumento rector en materia de acoso escolar, (como ya lo estipula la Ley General de Educación de acuerdo a las últimas reformas del 12 de diciembre de 2017) el cual puede servir como base a los Congresos de las Entidades federativas que aún no legislan al respecto, y que en cada centro escolar se cuente con un Plan Escolar que será autorizado por la propia Secretaría de Educación del país.

La única intención del presente exhorto es conminar a los Congresos de las entidades federativas que no han legislado en materia de acoso escolar, a hacerlo, y así delimitar el marco de acción para prevenir, atender y eliminar el acoso escolar o bullying , con la finalidad de coadyuvar en garantizar el pleno goce, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de nuestras niñas, niños y adolescentes en todo México.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a su consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a los Congresos locales y a los gobernadores de sus respectivas entidades federativas para que en el ámbito de sus atribuciones y facultades se legisle en materia de acoso escolar.

Notas

1 “El bullying o acoso escolar” Estudio teórico conceptual de derecho comparado, e iniciativas presentadas. Dirección General de Servicios de Documentación, Información, Documentación y Análisis. Cámara de Diputados. Honorable Congreso de la Unión. Junio 2012. Recuperado de:

http://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/spi/SAPI-ISS-16- 12.pdf

2 Iniciativa que expide la Ley General para Prevenir, Atender y Eliminar el acoso escolar en México. Diputado Jacobo David Cheja Alfaro. Sistema de Información Legislativa de la Secretaría de Gobernación. Recuperado de:

http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2018/1 1/asun_3771644_20181106_1538662290.pdf

3 Iniciativa que expide la Ley General para Prevenir, Atender y Eliminar el acoso escolar en México. Diputado Jacobo David Cheja Alfaro. Sistema de Información Legislativa de la Secretaría de Gobernación. Recuperado de:

http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2018/1 1/asun_3771644_20181106_1538662290.pdf

4 Ibídem

5 Ibídem

6 Ibídem

7 Iniciativa que expide la Ley General para Prevenir, Atender y Eliminar el acoso escolar en México. Diputado Jacobo David Cheja Alfaro. Sistema de Información Legislativa de la Secretaría de Gobernación. Recuperado de:

http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2018/1 1/asun_3771644_20181106_1538662290.pdf

8 SEP. acoso escolar. Lo que debes saber. Blog. Abril 2016. Recuperado de: https://www.gob.mx/sep/articulos/acoso-escolar

9 Iniciativa que expide la Ley General para Prevenir, Atender y Eliminar el acoso escolar en México. Diputado Jacobo David Cheja Alfaro. Sistema de Información Legislativa de la Secretaría de Gobernación. Recuperado de:

http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2018/1 1/asun_3771644_20181106_1538662290.pdf

10 Los derechos de la niñez y la adolescencia en México. Unicef México. Mauricio Ramos. Recuperado de:

https://www.unicef.org/mexico/spanish/17054_17505.html

11 Iniciativa que expide la Ley General para Prevenir, Atender y Eliminar el acoso escolar en México. Diputado Jacobo David Cheja Alfaro. Sistema de Información Legislativa de la Secretaría de Gobernación. Recuperado de:

http://sil.gobernocion.gob.mx/Archivos/Documentos/2018/1 1/osun_3771644_20181106_1538662290.pdf

12 Ibídem

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2019.

Diputado Jacobo David Cheja Alfaro (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Semarnat a efecto de que en cuanto reciba la petición para expedir la evaluación de manifestación de impacto ambiental relativa a la construcción del Tren Maya, éste sea analizado con estricto arreglo a la normativa vigente, a cargo del diputado José del Carmen Gómez Quej, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado José del Carmen Gómez Quej, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, fracción XX; 6, fracción I, numeral I; 62 y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), para que en tanto reciba la petición para expedir la Evaluación de Manifestación de Impacto Ambiental relativa a la construcción del Tren Turístico Transpeninsular, denominado Tren Maya, éste sea analizado con estricto apego a la normatividad vigente, y estime las recomendaciones de académicos, investigadores y especialistas ocupados en la materia.

Consideraciones

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo quinto, alude el derecho humano al medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar, disposición jurídica que a la letra señala lo siguiente:

“...Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.”

En nuestro país, el marco jurídico en materia ambiental es extenso, y toda vez que se trata de un tema reglamentario concurrente, en relación al artículo 73, fracción XXIX-G, de la propia Constitución política, este asunto está compuesto por normativa de carácter federal, estatal y municipal. Virtud de lo anterior, existe un instrumento jurídico marco que es la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente (LGEEPA), que establece la distribución de competencias en la materia en los tres órdenes de gobierno.

Cabe hacer mención que de igual manera existen otros ordenamientos jurídicos de importancia en materia ambiental como lo representan las siguientes legislaciones: Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley General de Desarrollo Rural Forestal Sustentable, la Ley General de Vida Silvestre, la Ley de Aguas Nacionales y la Ley de Biodiversidad de Organismos Genéticamente Modificados, entre otras disposiciones, con sus respectivos reglamentos.

Asimismo, cabe señalar que México forma parte de una serie de instrumentos y tratados internacionales en materia ambiental que integran el marco jurídico en relación con el cuidado del medio ambiente. En ese sentido, en el seno de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en el año de 2015 el gobierno mexicano y la comunidad internacional acordaron comprometerse a avanzar hacia un desarrollo sostenible con objetivos y metas definidas con una visión al año 2030, la cual incluye el cuidado al medio ambiente.

Bajo ese contexto resulta muy significativo observar cómo la agenda ambiental se ha posicionado en las últimas décadas, junto con la económica y social como una de las más importantes para los gobiernos de los países de todo el mundo, incluido México. A ello ha contribuido, sin duda, el creciente interés de una sociedad cada vez más y mejor informada, que exige atender los problemas que trascienden la esfera ambiental y que al mismo tiempo afectan el aspecto social.

Dado ello y con los argumentos antes señalados, resulta preocupante que el gobierno federal haya anunciado la puesta en marcha de la construcción del Tren Turístico Transpeninsular, denominado Tren Maya, sin dar a conocer la Evaluación de Manifestación de Impacto Ambiental. Dicha evaluación, está concebida como un instrumento de política ambiental, analítico y de carácter preventivo, orientado a informar al promovente de un proyecto de una actividad productiva, acerca de los efectos al ambiente que pueden generarse con su construcción. Es en elemento correctivo de los procesos de planificación y tiene como finalidad medular atenuar los efectos negativos de un proyecto sobre el medio ambiente.1

El estudio se ciñe a la recopilación de información y a la consulta a fuentes autorizadas, para obtener evidencias de la capacidad de generación de alteraciones por parte del proyecto y, de igual manera, conocer cuál es la capacidad de carga del ambiente del área donde se ubicará el proyecto, con lo anterior, el estudio debe permitir establecer propuestas de acciones de protección al ambiente y de corrección o mitigación de alteraciones que pudieran producirse.2

Se busca que se garantice, de la mejor manera posible, el equilibrio y las características del ambiente después de la puesta en operación del proyecto o actividad objeto del estudio y, colateralmente, preservar la salud y el bienestar del hombre.3

Lo anterior, tiene su fundamento jurídico en los artículos 28 y 30 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente (LGEEPA), así como, 9 y 10 fracción II del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente en Materia de Evaluación de Impacto Ambiental (RLGEEPAMEIA), a saber:

“....

Artículo 28. La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente. Para ello, en los casos en que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:

...

...

Artículo 30. Para obtener la autorización a que se refiere el artículo 28 de esta ley, los interesados deberán presentar a la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, la cual deberá contener, por lo menos, una descripción de los posibles efectos en el o los ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, así como las medidas preventivas, de mitigación y las demás necesarias para evitar y reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente.”

Más aún, cabe señalar que actualmente en muchos países la “Evaluación de Manifestación de Impacto Ambiental”, es considerada como parte fundamental de la planeación de un proyecto; superando la concepción de ser simplemente un documento más en el procedimiento de gestación de un proyecto, que se cumplía como un mero trámite tendiente a cubrir las exigencias administrativas de una autoridad ambiental.

Con lo anteriormente expuesto; este recurso legislativo de ninguna manera trata de oponerse a la construcción del Tren Turístico Transpeninsular, denominado Tren Maya, que de suyo traerá beneficios económicos regionales y para el país en su conjunto. Pero sí pone de manifiesto la gran preocupación por la falta de observación y cumplimiento de las legislaciones, reglamentos y acuerdos internacionales aquí expuestos, y que de no acatarse, habrá un impacto negativo al medio ambiente, ecosistemas y áreas naturales protegidas en esa región del país.

En ese mismo sentido, se han manifestado distintas organizaciones, académicos, conservacionistas e investigadores sobre el posible impacto ambiental en la ruta trazada de construcción del proyecto del Tren Maya, tales como:

• Desequilibrio en bosques y selvas de Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.

• Afectaciones a la Reserva de la Biosfera de CalaKmul (área natural protegida que alberga cientos de especies vegetales y animales como el jaguar –Campeche–.)

• Afectaciones a la Biosfera de Yum Balam y Sian Kaán (Quintana Roo).

• Áreas naturales protegidas estatales de Balam-Ku y Balam-Kim (Campeche).

• Contaminación en cuerpos laguneros, costeros y manglares.

• Afectación a cenotes de la región.

• Colocar en mayor riesgo a 40 especies en peligro de extinción.

• Impacto en áreas naturales protegidas federales, estatales y municipales, entre otros.

Para abundar; es importante señalar que recientemente en el marco de la reunión de trabajo que sostuvo la titular de la Semarnat con la Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales de esta Cámara de Diputados, esta funcionaria haya reconocido que para tal proyecto no existe la “evaluación de manifestación de impacto ambiental”, debido a que el “trazo es imaginario, dado que el gobierno federal aún no cuenta con el proyecto ejecutivo ni con la ruta definitiva”.4

Este megaproyecto, como es del conocimiento de la opinión pública, está sustentado únicamente en una consulta pública, denominada Consulta Nacional 10 Programas Prioritarios, efectuada a finales del año pasado, y en la que no se contemplaron aspectos técnicos, de impacto ambiental y presupuestario que el tipo de obra implica.

Si bien se expone en la página oficial que la ruta del Tren Maya se basa en un modelo de desarrollo sostenible que impulsará el crecimiento económico sin depredar el medio ambiente, lo cierto es que no existe certeza en tal sentido; por lo que para una obra de tal magnitud resulta de la mayor importancia la Evaluación de Manifestación de Impacto Ambiental, y ésta se apegue con rigurosidad a la legislación ambiental vigente, así como valore la opinión de académicos, investigadores, especialistas y grupos ambientalistas.

En Acción Nacional estamos seguros de que en la medida en que la sociedad y los tomadores de decisiones cuenten con más y mejor información podrán implementar medidas que contribuyan no sólo a detener y revertir el deterioro ecológico que sufre el país, sino también a promover un manejo sustentable de los recursos naturales y fomentar una cultura ambiental que contribuya a la conservación de la naturaleza en la zona que se llevará a cabo dicha obra.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus respectivas competencias, para que se elabore y se ponga a disposición del público la Evaluación de Manifestación de Impacto Ambiental relativa a la construcción del Tren Turístico Transpeninsular, denominado Tren Maya, con la finalidad de integrar las opiniones, observaciones y recomendaciones de académicos, investigadores y especialistas; atendiendo la legislación y reglamentación vigente.

Referencias

1, 2, 3. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- /www.semarnat.gob.mx/

4. Periódico La Jornada .-
www.jornada.com.mx/ultimas/2019/02/13/
en-el-proyecto-del-tren-maya-201cel-trazo-es-imaginario-semarnat201d-3611.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2019.

Diputado José del Carmen Gómez Quej (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal a atender en el levantamiento del Censo del Bienestar el artículo 134 de la CPEUM y abstenerse así de promover de manera personalizada nombres, imágenes, voces o símbolos de cualquier servidor público, suscrita por los integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, diputados federales, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción I, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal, para que en el levantamiento del denominado “Censo del Bienestar”, se circunscriba y atienda lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que se abstengan de promover de manera personalizada, nombres, imágenes, voces o símbolos de cualquier servidor público, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Una de las características del presente gobierno federal ha sido su inobservancia a nuestro marco jurídico e institucional en materia de comunicación social y propaganda gubernamental.

De manera reiterada han hecho un mal uso de las cuentas oficiales, promoviendo de manera irregular al partido Morena. Uno de los últimos acontecimientos de estas características es el chaleco de los denominados “Servidores de la Nación”, quienes durante actividades oficiales portan esta prenda, cuya distinción principal es la promoción del nombre de “Andrés Manuel López Obrador, Presidente de México”.

Estas personas, que levantan el censo de diversos programas sociales de la Secretaría de Bienestar, aseguran que han recibido la indicación de que de manera obligatoria deben portar este chaleco: “Nos lo dieron desde octubre que íbamos a comenzar con el censo y ya no nos los han cambiado”.1

Otra irregularidad es que estas personas fueron las mismas que promovieron el voto a favor de Andrés Manuel López Obrador en la campaña presidencial de 2018, y ellos mismos reconocen que fueron contratados por su experiencia, por ello, fueron convocados tras la elección para apoyar otras actividades del nuevo gobierno, entre ellas el “Censo de Bienestar”.

A pesar de que fueron contratados para el levantamiento del censo, son utilizados sin ninguna explicación para colocar sillas, dar orientación a los asistentes en los eventos oficiales, forman parte de las vallas de acceso y apuntan a potenciales beneficiarios en las listas del censo, es decir, siguen operando bajo una lógica electoral.

Incluso, existen indicios de que estas personas reciben algún tipo de presión para afiliarse al partido Morena. Para diversos investigadores, entre ellos del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), indican que hacer uso de la estructura de promotores del voto y los comités locales de Morena podría representar un acto de corrupción y desvío de recursos públicos.

Al respecto, el artículo 134 de la Constitución establece que “la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social”.

Además también señala que “en ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.2

Asimismo, la Ley de Comunicación Social indica que las campañas de comunicación social no se podrán destacar, de manera personalizada, nombres, imágenes, voces o símbolos de cualquier servidor público, asimismo no se podrán inducir a la confusión con “símbolos, ideas, expresiones, diseños o imágenes empleadas por cualquier organización política o social”.3

Es necesario investigar este tipo de acciones, ya que se podría estar cometiendo un acto de desvío de recursos públicos, con fines electorales. La Ley General de Responsabilidades Administrativas señala en su artículo 54:

“Artículo 54. Será responsable de desvío de recursos públicos el servidor público que autorice, solicite o realice actos para la asignación o desvío de recursos públicos, sean materiales humanos o financieros, sin fundamento jurídico o en contraposición a las normas aplicables.”

Los integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, nos manifestamos en contra de estas acciones del gobierno federal y en particular de la Secretaría de Bienestar, ya que deja de manifiesto, la utilización de recursos públicos para la promoción personal del presidente de la República y su partido, violando el marco jurídico e institucional de nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno federal para que en el levantamiento del denominado “Censo del Bienestar”, se circunscriba y atienda lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que se abstengan de promover de manera personalizada, nombres, imágenes, voces o símbolos de cualquier servidor público.

Notas

1 Leonardo González. (2019). Censan por apoyos... ¡y promueven a AMLO! 11 de marzo de 2019, de El Reforma Sitio web:

https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/
default.aspx?id=1627023&urlredirect=https://www.reforma.com/aplicaciones/articulo/default.aspx?id=1627023

2 Congreso de la Unión. (Última reforma DOF 27 de agosto de 2018). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 11 de marzo de 2019, de Diario Oficial de la Federación. Sitio web:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_270818.pdf

3 Congreso de la Unión. (Nueva Ley DOF 11 de mayo de 2018). Ley General de Comunicación Social. 11 de marzo de 2019, de Diario Oficial de la Federación Sitio web:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGCS_110518. pdf

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2019.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a designar al titular del Conadis y mantener la naturaleza jurídica de éste como organismo público descentralizado, a cargo de las diputadas Julieta Macías Rábago y Dulce María Méndez de la Luz Dauzón, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quienes suscriben, diputadas Julieta Macías Rábago y Dulce María Méndez de la Luz Dauzón, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someten a consideración de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal, a designar al titular del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis) y mantener su naturaleza jurídica como organismo público descentralizado, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

Por muchos años en México, la Discapacidad fue vista sólo como un tema de salud, afortunadamente el paradigma ha cambiado hacia los Derechos Humanos, tomando como eje central el Art. 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estableciendo las condiciones en las que “el Estado deberá promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas”1 reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, lo cual se traduce también a las personas con discapacidad, asegurando su plena inclusión a la sociedad en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades.

De acuerdo con el informe La discapacidad en México, datos al 2014, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el país hay 7 millones 751 mil 677 personas con discapacidad, 6.6 por ciento de la población, que merecen atención del Estado.

Cronológicamente, éstos son algunos datos relevantes de los avances en materia de derechos humanos de las personas con discapacidad en nuestro país se refiere:

En junio de 2005 se publicó la Ley General para las Personas con Discapacidad, que dispuso al Secretariado Técnico del Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad.

“Fue en septiembre de 2001 cuando México propuso a la Asamblea General de las Naciones Unidas la elaboración de una Convención específica para la protección de los derechos de las Personas con Discapacidad. En 2002, 189 Estados Parte de la Organización de las Naciones Unidas participaron en el trabajo del contenido.

Finalmente, el documento se firmó en la ONU el 30 de marzo del 2007, se aprobó en el Senado de nuestro país el 27 de septiembre y se publicó el Decreto de Aprobación de la Convención, en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de octubre del mismo año, con lo que se pudo ratificar por México el 17 de enero de 2008.

Nuestro país ha sido, desde un inicio, un actor muy importante en el tema de la Convención de las Personas con Discapacidad, misma que entró en vigor, a nivel mundial, el día 3 de mayo de 2008.

La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad está, a partir de ese momento, por encima de todas las Leyes de Nuestro País, excepto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.”2

“Con la publicación de la nueva Ley General para la inclusión de las personas con discapacidad, el 30 de mayo de 2011, se transforma en el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las personas con discapacidad (Conadis) convirtiéndolo en un organismo público descentralizado. Con personalidad jurídica y patrimonio propio, gozando de autonomía técnica y de gestión para formular políticas, acciones, estrategias y programas derivados de la Ley.

En 2013, el Conadis fue sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Social SEDESOL, debido a que la discapacidad es un tema de política social, con enfoque de derechos humanos.”3

Es en razón de esto, la importancia de garantizar y proteger la prevalencia de un organismo público como el Consejo Nacional para el desarrollo y la inclusión de las personas con discapacidad (Conadis), dotado de la capacidad jurídica para la creación de políticas públicas y estrategias que benefician a un grupo vulnerable en nuestra sociedad, de lo contrario sería un gran retroceso en los Derechos Humanos de las personas con discapacidad de nuestro país.

Como vemos, han transcurrido casi 100 días desde la toma de protesta del Presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, el cual ha usado una línea discursiva desde su campaña electoral, sobre la construcción de un “Gobierno para todos”, un gobierno solidario y con alto sentido de Inclusión, dicha idea, se contrapone con la Omisión de nombrar a un Titular del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, siendo que está obligado a nombrarlo, ya que el Estado mexicano así lo ratificó en la Convención de las Naciones Unidas de los Derechos de las personas con discapacidad.

“La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad entró en vigor el 3 de mayo de 2008. En la Convención se esbozan los derechos civiles, culturales, políticos, sociales y económicos de las personas con discapacidad. Los Estados Miembros que han suscrito la Convención convienen en promover, proteger y garantizar el disfrute pleno y equitativo de los derechos humanos y las libertades fundamentales por las personas con discapacidad, así como el respeto sistemático de su dignidad inherente”.4

De acuerdo al artículo 89 Constitucional, sobre las facultades y obligaciones del presidente, fracción II, “Nombrar y remover libremente a los Secretarios de Estado, remover a los embajadores, cónsules generales y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes;”5

Bajo este orden de ideas, se han hecho pronunciamientos en éste sentido, como lo fue el de la Asamblea Consultiva del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) el pasado 05 de marzo del año en curso.

“Si bien el programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad es una medida de apoyo inmediato y directo para solventar algunas necesidades básicas de personas con discapacidad, no todos los derechos pueden ser cubiertos con transferencias. Un claro ejemplo es la necesidad de una política de accesibilidad, y la concepción y ejercicio de una política de educación inclusiva.

En este sentido, esta Asamblea Consultiva hace un llamado respetuoso al gobierno de México para que revise y fortalezca las capacidades del Conadis, nombre a una persona titular de dicha institución, fortalezca las acciones de coordinación y construcción de políticas de inclusión a favor del colectivo de las personas con discapacidad, y asegure que la igualdad de oportunidades se inscriba adecuadamente en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.”6

Lamentablemente ha trascendido en medios de comunicación que funcionarios de la Secretaría de Bienestar comunicaron a un grupo de manifestantes que el Conadis “es inviable”7 , sugiriendo que existe la intención de convertirlo en una dirección general dentro de la Secretaría de Bienestar, con lo cual se estaría incumpliendo la obligación de contar con un organismo encargado de la aplicación de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, establecido en el Artículo 33 de dicha Convención.8

Ello a pesar de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos alertó mediante un comunicado que la “desaparición del Conadis, generaría una afectación directa a los derechos de las personas con discapacidad”9

Por lo anteriormente expuesto, en nombre del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, nos permitimos someter a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal a designar a titular del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal a mantener la naturaleza jurídica del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, como organismo público descentralizado de la administración pública federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, dando con ello cumplimiento al numeral 1 del artículo 33 de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Notas

1 Artículo 1 de la Constitución política de los Estados unidos mexicanos, párrafo Adicionado mediante decreto publicado el 10 de junio de 2011

2 https://www.gob.mx/conadis/articulos/la-convencion-de-los-derechos-de-l as-personas-con-discapacidad?idiom=es

3 https://www.gob.mx/conadis/articulos/conadis-seis-anos-trabajando-por-u n-mexico-incluyente?idiom=es

4 https://www.who.int/disabilities/media/news/unconvention/es/

5 http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/articulos/89.pdf

6https://www.conapred.org.mx/index.php?contenido=boletin &id=1200&id_opcion=103&op=213

7 Animal Político. “Consejo para personas con discapacidad es inviable, se analiza su desaparición dicen funcionarios a ONG”. Disponible en: https://www.animalpolitico.com/2019/03/personas-discapacidad-exigen-aml o-registro-nacional/

8 ONU. “Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad”. Disponible en: http://www.un.org/disabilities/documents/convention/convoptprot-s.pdf

9 CNDH. “Comunicado de Prensa DGC/085/19”. Disponible en: http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Comunicados/2019/Com_2019_085.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2019.

Diputadas: Julieta Macías Rábago (rúbrica) y Dulce María Méndez de la Luz Dauzón.

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a las universidades públicas estatales a celebrar acuerdos de colaboración para prestar servicio social y realizar prácticas profesionales en materia de salud en municipios y rancherías alejados de la ciudad, a cargo del diputado Armando Contreras Castillo, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Armando Contreras Castillo, del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados; con fundamento en lo que disponen los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permite someter a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

Derecho y salud son palabras hermanas. Para que un país funcione, ambas deben emparejarse en sus leyes fundacionales. El artículo 4o. constitucional estipula que “toda persona tiene derecho a la protección de la salud”, pero en México las grandes palabras no siempre se concretan. Las cifras son demoledoras: en 2012, 25.3 millones de personas no contaban con acceso a la salud y 47.8 millones están afiliadas al Seguro Popular.

Para 2017, las cifras no embellecieron el panorama del derecho a la salud en México. En el cuarto trimestre del año pasado, 57 por ciento de la población ocupada de México trabajaba en la informalidad. 30.2 millones de personas sin acceso al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y que en muchos casos dependen de la ayuda del Seguro Popular, cuyo padrón de afiliados ya rebasó los 53 millones de mexicanos.

Pero estas cifras y situaciones no terminan allí, hay otra realidad más aterradora que en muchas comunidades y municipios de nuestro país que están alejadas de las ciudades, no cuentan con médicos generales, enfermeras y trabajadores sociales; se cuenta con muchos municipios con centros de salud vacíos, un claro ejemplo el municipio de Santa María Quiegolani, del estado de Oaxaca; donde soy diputado federal y desde hace más de un año no se cuenta con médico general, asimismo el municipio de San Antonio Acutla, Teposcolula, Oaxaca, tiene 8 meses de no contar con servicio médico general y en otras ocasiones; otros municipios tienen médico pero sólo atienden en horarios de la mañana; las tardes y fines de semana la gente no puede enfermarse dado que el centro de salud permanece cerrado, aunque nuestra Carta Magna indique lo contrario en su artículo 4o. constitucional, en la práctica es diferente donde los más pobres y muchas veces comunidades indígenas son los más afectados. Y la gran parte de la población vive con zozobra con la posibilidad de sufrir enfermedades graves o accidentes complicados y no contar con servicio médico en su comunidad eficiente y oportuno.

Los más afectados siempre serán las comunidades indígenas de nuestro país, donde de acuerdo con datos de la Encuesta Intercensal 2015, 25.7 millones de personas en nuestro país se auto reconocen como indígenas, lo que representa 21.5 por ciento de la población total. Por su parte el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), en su informe de 2014, afirma que 73.2 por ciento de la población indígena se encuentra en situación de pobreza en relación con 43.2 por ciento de la población no indígena, y 31.8 por ciento de la población indígena se encuentra en pobreza extrema en relación con 7.1 por ciento de la población no indígena.

La vulnerabilidad que esta situación supone implica, entre otras cosas, la dificultad para acceder a la salud. Según la Encuesta Intercensal antes mencionada, en el país 47 de cada 100 personas hablantes de lengua indígenas no están afiliadas a servicios de salud. Del total de afiliados a una institución que presta servicios de salud, casi la totalidad (98.8 por ciento) están afiliados a una institución del sector público, principalmente al Seguro Popular: 52.6 por ciento de la población hablante de lengua indígena está afiliada a esa institución y menos de uno por ciento (0.5 por ciento) a alguna institución privada.

Por lo anterior, se exhorta a las universidades públicas estatales que realicen convenios de colaboración con los municipios que no cuenten con médicos, enfermeras y trabajadores sociales o que su personal médico sea insuficiente y puedan cubrir los horarios que no cubren los trabajadores por causas de horarios laborales. Asimismo crear y mantener un padrón de municipios donde vayan actualizando cuando hayan cubierto la vacante médica o se tenga una faltante y así las universidades podrán verificar en qué municipios puedan enviar a sus estudiantes para servicio social y prácticas profesionales; en municipios carentes de servicio médico. Se sabe que muchas universidades envían a sus estudiantes a los estados de la República a realizar su servicio social, sin embargo los envían a las ciudades o a hospitales de tercer nivel; dejando fuera las comunidades, rancherías y municipios indígenas más alejados de las ciudades, quizá porque no cuentan con un padrón de municipios con información de carencias del servicio médico. Por ello, para ser eficiente el trabajo de las universidades se propone que la Secretaría de Salud realice un padrón con un censo a municipios de los estados de la República; donde no exista servicio médico o cuenten con personal insuficiente; para que las universidades envíen a sus estudiantes a cubrir estas carencias médicas, dado que en muchas ocasiones no se puede enviar un médico titulado a trabajar a esas zonas por ser insuficiente la plantilla laboral en la Secretaría de Salud o no se cuenta con presupuesto suficiente para su contratación.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a las universidades públicas de los estados de la República a realizar acuerdos de colaboración con municipios y rancherías, teniendo prioridad municipios alejados de las ciudades, con la finalidad de enviar a sus estudiantes médicos, enfermeras y trabajadores sociales, a realizar sus prácticas profesionales y servicio social, para beneficiar a las comunidades marginales.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Salud federal para que realice un censo a las comunidades y municipios de la República Mexicana y realice un padrón donde se tengan indicadores de médicos, enfermeras y trabajadores sociales faltantes en sus centros de salud. Con la finalidad de enviar esa información a las universidades públicas y puedan enviar a sus estudiantes a municipios donde haga falta personal médico.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2019.

Diputado Armando Contreras Castillo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Semar a fortalecer e incrementar las acciones de vigilancia para contrarrestar los actos vandálicos en las plataformas petroleras de la sonda de Campeche, a cargo del diputado José del Carmen Gómez Quej, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado federal José del Carmen Gómez Quej , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y demás relativos al Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Marina para que, en uso de sus atribuciones, fortalezca e incremente sus acciones de vigilancia a objeto de contrarrestar los actos vandálicos suscitados en las plataformas petroleras ubicadas en la Sonda de Campeche, así como aquellos hechos delictivos que se registran en dicha región en contra de pescadores ribereños .

Consideraciones

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 28, alude a las áreas estratégicas del Estado mexicano. Entre estos sectores se encuentran: correos, telégrafos y radiotelegrafía; minerales radiactivos y generación de energía nuclear; la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos.

Virtud de ello, la Secretaría de Marina (Semar), en concordancia a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se señala que entre sus atribuciones se encuentra ejercer la soberanía en el mar territorial, su espacio aéreo y costas del territorio; vigilar las zonas marinas mexicanas; ejercer funciones de policía marítima para mantener el Estado de derecho en las zonas marinas mexicanas; llevar a cabo la búsqueda, rescate, salvamento y auxilio en las zonas marinas mexicanas de conformidad con las normas nacionales e internacionales.1

Es así, que la Secretaría de Marina está facultada de proteger las instalaciones estratégicas del país en su ámbito marítimo; garantizar el cumplimiento del orden jurídico en las zonas marinas mexicanas; y velar por el tráfico marítimo y salvaguardar la vida humana en el mar.2

Incluso, la Unidad de Inteligencia Naval (UIN), dependiente de la Secretaría de Marina, en cumplimiento al objetivo institucional de consolidar la inteligencia naval para identificar, prevenir y contrarrestar riesgos y amenazas que afecten a la Seguridad Nacional y como órgano Rector del Sistema de Inteligencia de la Armada de México (SIAM), genera trabajos de inteligencia en apoyo a la toma de decisiones en los ámbitos estratégico, operacional y táctico, para impulsar el intercambio de información con otros órganos de inteligencia nacionales y extranjeros.

En ese orden de ideas, la Secretaría de Marina señala, en el marco del Sexto Informe de Gobierno 2013-2018, que la Unidad de Inteligencia Naval tuvo como una de sus acciones, la siguiente:

“Con el fin de mantener la seguridad interior, realizó actividades de inteligencia en los estados de: Baja California Sur, Colima, Ciudad de México, Chiapas, estado de México, Guerrero, Jalisco, Nuevo León, Oaxaca, Sinaloa, Tamaulipas, Tabasco, Veracruz y Yucatán, de este modo logró incidir en la reducción de diversos delitos al debilitar las estructuras de las células y cárteles de la delincuencia organizada en esas entidades”.3

Como se puede observar, entre las acciones realizadas en diferentes entidades de la república no aparece el estado de Campeche, aun cuando, de forma particular, en la Sonda de Campeche y en general en esa área del golfo de México, se han intensificado robos a buques e instalaciones de Petróleos Mexicanos (Pemex).

En esa zona marítima se han detectado que personas civiles, que se hacen pasar por falsos pescadores, y a manera de piratas, abordan embarcaciones y plantas petroleras para consumar actos vandálicos. Sustraen de sus pertenencias al personal de plataformas, así como equipos de computación y de comunicaciones estratégicas, además de chatarra, tubería, motores, aluminio, cableado y cobre.

Desde luego, el ingreso no autorizado a las instalaciones petroleras y la sustracción de material y equipo, ocasionan accidentes y daños a la infraestructura y al medio ambiente, ya que los sistemas de seguridad quedan vulnerados; más allá, de los daños y pérdidas materiales que ponen en riesgo a las plataformas y afectan el proceso de producción petrolera al no poderse realizar por razones técnicas las reparaciones a corto plazo.

Se tiene conocimiento de estas bandas delictivas entran hasta 130 kilómetros mar adentro para atacar instalaciones de Pemex. Este tipo de robos se han presentado en más ocasiones en la región Marítima-Noreste, donde está el complejo de Cantarell y los yacimientos Ku-Maloob-Zaap (KMZ).

Datos periodísticos citan que, en el año 2017, en la zona de Cantarell-KMZ se reportaron 89 asaltos, mientras que en el litoral de Tabasco y Abkatún-Pol-Chuc, que se ubica entre Tabasco y Campeche, se contabilizaron 103 robos; hechos que provocaron pérdidas millonarias a la economía nacional.4

Cabe resaltar que recientemente el diario El Universal documentó qué la Secretaría de Marina registró 300 ataques, de los cuales, al menos 60 fueron en contra de embarcaciones que transportaban combustible. De acuerdo con el documento periodístico, se remarca que es en las plataformas petroleras de Bolontiku, Kab, Kix, May, Sinan y Tsimin, situadas en la sonda de Campeche, donde se registra la mayor actividad delictiva.

Dado este fenómeno, Pemex ha construido muelles en favor de la Semar a objeto de reforzar medidas de seguridad que permiten actualmente el atraque de embarcaciones militares de respuesta rápida y operaciones tácticas para la custodia de instalaciones petroleras.

En ese contexto de afrontar dichos actos vandálicos, la Semar publicó un Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, con fecha 7 de diciembre de 2017, mediante el cual realizó “una modificación al Acuerdo similar mediante el cual se establecen zonas de seguridad para la navegación y sobrevuelo en las instalaciones petroleras y para el aprovechamiento integral y sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas en zonas marinas mexicanas, publicado el 11 de octubre de 2016”.5

El referido acuerdo estableció medidas emergentes en las áreas de exploración y extracción de hidrocarburos, mismas que contemplaban cuatro polígonos de zonas a evitar y en las que únicamente se permitió el tráfico de embarcaciones o aeronaves requeridas para la operación y funcionamiento de las instalaciones petroleras.

No es menos importante señalar que la modificación al referido acuerdo concluyó su vigencia el pasado 30 de noviembre de 2018. La propuesta de modificación en su momento fue realizada por Pemex y tuvo como objeto reforzar la seguridad y prevenir actos vandálicos que, a la postre, se ven reflejados en la afectación de los procesos de producción petrolera, e inclusive pueden tener repercusiones en el flujo de inversión nacional y extranjera.

Dado lo anterior, justo el presente punto de acuerdo acude en su primer resolutivo a la Secretaría de Marina para que implemente acciones y garantice la seguridad marítima en zonas estratégicas de Petróleos Mexicanos, con particular atención a las ubicadas en el estado y de la Sonda de Campeche.

Por otra parte, mediante este recurso legislativo también se quiere llamar la atención de la situación similar que viven los pescadores ribereños del estado de Campeche. Toda vez que durante los últimos años los actos delictivos han aumentado en periodicidad y violencia en contra de este sector en las comunidades costeras de Ciudad del Carmen, Sabancuy, Isla Adguada y Atasta, tanto en tierra como en altamar.

Cabe señalar, que grupos de sujetos armados y a manera de modernos piratas abordan en altamar a pescadores ribereños para despojarlos de sus lanchas, motores, artes de pesca, mercancías, además de sus propias pertenecías. A ese contexto adverso, también se suma el robo de embarcaciones atracadas en muelles, y otros factores como lo representan: temporadas de veda, zonas de exclusión y fenómenos climatológicos que de igual manera afectan a dicha actividad que por cierto contribuye a la economía local, a la seguridad alimentaria y al ingreso de cientos de familias locales.

Dado ello, tanto los dueños de embarcaciones ribereñas, líderes de cooperativas, comités pesqueros y los propios pescadores han sostenido reuniones con autoridades locales para denunciar tales ilícitos e implementar medidas a objeto de disuadir ese fenómeno delictivo que afecta directamente a su patrimonio y pone en riesgo la integridad de este sector de la pesca. Sin embargo, ese tipo de fenómenos se sigue registrando.

Por lo anterior expuesto, y en virtud de que es atribución de la Secretaría de Marina-Armada de México realizar acciones para salvaguardar la soberanía y defender la integridad del territorio nacional en el mar territorial, zona marítimo terrestre, islas, cayos, arrecifes, zócalos y plataforma continental; así como en aguas interiores, lacustres y ríos en sus partes navegables, incluyendo los espacios aéreos correspondientes, así como vigilar los derechos de soberanía en la zona económica exclusiva para proteger instalaciones estratégicas del país.

Así como de garantizar el cumplimiento del orden jurídico en las zonas marinas mexicanas y coadyuvar con las autoridades competentes en el combate al terrorismo, contrabando, piratería en el mar y robo de embarcaciones pesqueras, tráfico ilegal de personas, armas y estupefacientes, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al titular de la Secretaría de Marina para que, en uso de sus atribuciones, fortalezca e incremente sus acciones de vigilancia a objeto de contrarrestar los actos vandálicos suscitados en las plataformas petroleras ubicadas en la Sonda de Campeche, así como aquellos hechos delictivos que se registran en dicha región en contra de pescadores ribereños.

Referencias

1 y 2 Plan Sectorial de Marina 2013-2018.
transparencia.semar.gob.mx/programas/programa_sectorial_13.pdf

3 Secretaría de Marina. Sexto Informe de Gobierno. transparencia.semar.gob.mx/
informes_labores/6TO._INF._LAB._2017-2018.pdf

4 Piratas roban buques y plataformas de Pemex.- www.radioformula.com.mx

5 Secretaria de Gobernación. – Diario Oficial de la Federación. –

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5507018&fe cha=07/12/2017

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2019.

Diputado José del Carmen Gómez Quej (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa y la SEP a implantar campañas mediáticas para prohibir el uso excesivo de dispositivos electrónicos por menores de edad, a cargo del diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito Juan Martín Espinoza Cárdenas , diputado integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, de la LXIV Legislatura de este honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral I, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Exposición de Motivos

“Los dispositivos electrónicos están compuestos por transistores, circuitos integrados, válvulas termoiónicas y muchos otros elementos que combinados entre sí permiten la generación y detección de señales de distintas frecuencias y todas aquellas funciones que se pueden realizar mediante señales eléctricas”.1

Hoy en día los dispositivos móviles y aparatos electrónicos adquieren cada vez mayor importancia, estos se han transformado no sólo en una herramienta de trabajo o instrumento esencial que facilita las labores de las personas, sino también se convirtió en un accesorio elemental y necesario, principalmente para las nuevas generaciones que nacen y crecen con estas.

Sabemos que la tecnología está en constante evolución día con día y como consecuencia los dispositivos electrónicos se han vuelto una herramienta de vida y de trabajo esencial para los seres humanos, además de que han provocado una gran necesidad de subsistencia para las personas.

No cabe duda de que los dispositivos electrónicos han hecho la vida mucho más cómoda, pero a su vez el uso de ellos tiene consecuencias graves, y la obsesión hacia ellos ha generado dificultades físicas y psicológicas en las personas.

Es importante mencionar que se deben tener ciertos límites y cuidados en el uso de la tecnología, su uso excesivo y la obsesión con la que se emplea pueden generar severos detrimentos en la salud de las personas y perder el control sobre la misma.

Existe un debate por el abuso de los smartphones , ordenadores, juegos de video, entre otros dispositivos, que han abierto un nuevo capítulo, a propósito del primer caso de ‘whatsapitis’ registrado en el mundo.

The Lancet , la prestigiosa revista de medicina, registró el caso de una mujer española de 34 años que estuvo durante la víspera de Navidad enviando mensajes de textos a través de su smartphone y al día siguiente se levantó con un fuerte dolor en las muñecas.

Es una patología por movimientos y esfuerzos de repetición. Se presenta por posturas forzadas y uso de herramientas manuales de manera repetida”, asegura Carlos Vinicio Caballero, médico reumatólogo.

La doctora María Yamile Ramírez, especialista en Fonoaudiología, afirma que una de los problemas y enfermedades más comunes, debido al uso excesivo de los dispositivos electrónicos, es la fatiga auditiva, esta enfermedad es muy frecuente en personas y niños que pasan mucho tiempo del día con los auriculares puestos aun con el nivel de volumen moderado, el simple hecho es que este directamente en el oído, provocando también una severa afectación en el tímpano”.2

Sin embargo, el uso de los dispositivos electrónicos no solo genera problemas físicos sino también psicológicos, ya que la dependencia con estos dispositivos es muy común, al grado de producir un temor muy grande al perder su celular, a olvidar el celular en casa, al no encontrarlo e incluso a quedarse sin señal, sin datos o sin batería, generando estrés, enojo, ansiedad, o nerviosismo. “Asimismo, manifiesta el psicólogo Enrique Gutiérrez, que estos tipos de comportamientos se derivan de la incapacidad que tienen ciertas personas de expresarse por los medios convencionales y al no tener un dispositivo electrónico para conectarse con el mundo entran en shock y en pánico”.3

De la misma forma, las relaciones interpersonales se han visto afectadas por el apogeo y el crecimiento del mundo virtual, existe una crisis en torno a la manera de relacionarse con la familia y con las demás personas.

Es importante mencionar que al paso de mi carrera legislativa me he dado cuenta de que, las nuevas generaciones, al terminar su carrera universitaria, e incluso una carrera técnica, cuando quieren comenzar a ejercer, se declaran incompetentes para realizar alguna actividad que no conlleva ninguna relación con la tecnología y es ahí cuando me he dado cuenta que el uso excesivo de la tecnología cierra oportunidades a la vida real, creándonos incompetentes.

No hay ninguna duda de que los avances tecnológicos forman parte de la evolución natural del hombre y de su búsqueda por mejorar la calidad de vida, el problema está en el mal uso que se les da.

Verdaderamente lo alarmante y preocupante es el uso excesivo de dispositivos electrónicos en menores de edad, ya que su crecimiento, su forje y educación están en pleno desarrollo y los aparatos electrónicos no les permiten estar al cien por ciento en sus tareas y actividades que en un futuro les servirán en su preparación como profesionista u oficio al que se quieran dedicar, al quedar cegado e hipnotizados en los aparatos electrónicos.

En la actualidad, los niños y jóvenes no tienen el deseo, ni las ganas de salir de su casa para ir al parque, para realizar ningún deporte e incluso sus estudios no son una prioridad, su única prioridad es estar encerrados con un dispositivo electrónico, tomarse fotos y estar al día en sus redes sociales, sin embargo esto genera severas afectaciones al cuerpo humano y el organismo, además de que el uso excesivo del celular ha provocado que actualmente se presenten casos de miopía, hipoacusia y daños en la columna vertebral en adolescentes y jóvenes, además de cambios repentinos de conducta, insomnio, irritabilidad, ansiedad y cambios en el sistema nervioso.

Es importante conocer la relevancia de aprender a darle al teléfono móvil un uso adecuado y destinar tiempo para el entretenimiento y la utilización de materiales de aprendizaje positivos, con disciplina, y poniendo énfasis en la investigación y el análisis para que no se pierda dicha capacidad, ya que las personas se exponen a una sobre carga de información.

Consecuencias por el uso excesivo del teléfono móvil

-Problemas en la columna

-Hipoacusia

-Miopía

-Insomnio

-Cambios repentinos de carácter

-Obesidad

-Dolor de Cabeza

-Estrés

-Ansiedad

-Nerviosismo

-Entre otros.

Es necesario atender este problema de manera inmediata, advertir al gobierno, padres de familia y a las personas que conforman las instituciones educativas, que los dispositivos electrónicos como: (teléfonos celulares, tablet, laptops, video juegos), son los factores principales en afectar la salud de los menores de edad y de las personas, debido a que el uso de los mismos no tiene límites.

Es necesario tomar las medidas para que el uso de estos dispositivos sea adecuado y no continúe generando y desarrollando enfermedades en nuestros pequeños, ya que a su corta edad no alcanzan a distinguir entre lo bueno y lo malo y no ven la magnitud del daño que tienen a estar la mayor del tiempo con los dispositivos electrónicos.

Por lo anteriormente expuesto, me permito presentar ante esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a las secretarías de Salud y de Educación Pública para que implementen campañas mediáticas para prohibir el uso excesivo de dispositivos electrónicos a menores de edad.

Notas

1 Fundación Vivo Sano.

https://www.vivosano.org/dispositivos-electronicos/

2 Problemas Comunes del Uso de la Tecnología”

https://www.elheraldo.co/tendencias/seis-problemas-comun es-por-abuso-de-la-tecnologia-149166

3 Ídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días de marzo de 2019.

Diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP y la CNS a garantizar, respetar y promover el derecho a la educación de adolescentes privados de la libertad en centros de internamiento, a cargo de la diputada Leticia Díaz Aguilar, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Leticia Díaz Aguilar, integrante del grupo parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79 numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, la presente proposición punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La Organización Mundial de la Salud define a la “adolescencia”1 como el periodo de crecimiento y desarrollo humano que se produce después de la niñez y antes de la edad adulta. Se trata de una de las etapas de transición más importantes en la vida del ser humano, que se caracteriza por un ritmo acelerado de crecimiento y de cambios. La adolescencia es un periodo de preparación para la edad adulta durante el cual se producen varias experiencias de desarrollo de suma importancia.

Más allá de la maduración física y sexual, esas experiencias incluyen la transición hacia la independencia social y económica, el desarrollo de la identidad, la adquisición de las aptitudes necesarias para establecer relaciones de adulto y asumir funciones adultas y la capacidad de razonamiento abstracto. Aunque la adolescencia es sinónimo de crecimiento excepcional y gran potencial, igualmente constituye también una etapa de riesgos considerables, durante la cual el contexto social puede tener una influencia determinante.

Los adolescentes, de conformidad con el artículo 5 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, son las personas entre los doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad.

México contaba con un total de 12.8 millones de adolescentes en 2009, de los cuales 6.3 millones eran mujeres y 6.5 millones eran hombres. En 2008 casi 3 millones de adolescentes no asistían a la escuela. Dejar la escuela antes del tiempo establecido significa el riesgo de continuar el aprendizaje predominantemente en las calles. La orientación callejera, la curiosidad y la presión social también propician que muchos adolescentes contraigan adicciones y/o cometan hechos delictivos.2

Es por lo anterior, que la Justicia Penal para Adolescentes constituye un área fundamental para la protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. La Convención sobre los Derechos del Niño, en sus artículos 37 y 40, destaca la importancia de asegurar que la privación de libertad sea un último recurso para el adolescente, asimismo que, al adolescente privado de libertad por infringir la ley penal se le asegure el derecho a la educación orientado a la plena integración social y a una función constructiva en la sociedad.

En las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores, en adelante las “Reglas de Beijing”, se ha aprobado que:

26.1. La capacitación y el tratamiento de menores confinados en establecimientos penitenciarios tienen por objeto garantizar su cuidado y protección, así como su educación y formación profesional para permitirles que desempeñen un papel constructivo y productivo en la sociedad.

26.2. Los menores confinados en establecimientos penitenciarios recibirán los cuidados, la protección y toda la asistencia necesaria –social, educacional, profesional, sicológica, médica y física– que puedan requerir debido a su edad, sexo y personalidad y en interés de su desarrollo sano.

26.6 Se fomentará la cooperación entre los ministerios y los departamentos para dar formación académica o, según proceda, profesional adecuada al menor que se encuentre confinado en un establecimiento penitenciario a fin de garantizar que al salir no se encuentre en desventaja en el plano de la educación.

El 16 de junio de 2016, entró en vigor la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes en México, y con ella se implementaron una serie de modificaciones fundamentales que generaron una configuración diferente de la población dentro de los centros de internamiento para adolescentes.3 Lo anterior, dando cumplimiento con el artículo 18, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice:

La federación y las entidades federativas establecerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral de justicia para los adolescentes, que será aplicable a quienes se atribuya la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad. Este sistema garantizará los derechos humanos que reconoce la Constitución para toda persona, así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos a los adolescentes. Las personas menores de doce años a quienes se atribuya que han cometido o participado en un hecho que la ley señale como delito, sólo podrán ser sujetos de asistencia social.

Con la entrada en vigor de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, se estableció un marco jurídico más adecuado para los derechos de los adolescentes, y muchos de ellos solicitaron la ejecución de los Mecanismos de Revisión de las Medidas de Privación de la libertad, lo cual les permitió realizar cambios a modalidad no privativa. Lo anterior, provocó el egreso de muchos adolescentes de los centros de internamiento, pues de los 13, 327 adolescentes privados de su libertad de los que se tenía registro en el 2016 de conformidad con la Comisión Nacional de

Derechos Humanos, para diciembre de 2017 habían disminuido a 1, 602 según datos de la Comisión Nacional de Seguridad.4

En el artículo 51 de la Ley del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes establece el derecho a la educación de los adolescentes a cursar el nivel educativo que les corresponda, como se señala a continuación:

Artículo 51. Educación

Las personas adolescentes tienen derecho a cursar el nivel educativo que le corresponda y a recibir instrucción técnica o formación práctica sobre un oficio, arte o profesión y enseñanza e instrucción en diversas áreas del conocimiento.

Mientras que en los artículos 77 y 235 del mismo ordenamiento legal, establecen que las autoridades responsables de dar cumplimiento y aplicación de la Ley del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, en el derecho anteriormente señalado, le compete a la Secretaría de Educación, asimismo se determina que en los centros de internamiento se debe contar con la estructura y equipamiento de espacios de participación colectiva en actividades de educación, que a la letra dicen:

Artículo 77. Coordinación y Colaboración de otras autoridades

Los Poderes Judicial y Ejecutivo competentes, se organizarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, para el cumplimiento y aplicación de esta Ley y demás normatividad aplicable, así como para la cooperación con las autoridades administrativas e instituciones que intervienen en la ejecución de las medidas cautelares y de sanción.

Son autoridades corresponsables para el cumplimiento de esta ley, la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de Economía, la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Salud, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Comisión Nacional del Deporte, o sus equivalentes en las entidades federativas, así como las demás que por la naturaleza de sus atribuciones deban intervenir en el cumplimiento de la presente Ley.

Artículo 235. Condiciones del Centro de Internamiento

Los Centros de Internamiento deberán contar con la capacidad para recibir personas en condiciones adecuadas y con espacios que fomenten la convivencia y eviten la exclusión social. La estructura y equipamiento de las unidades deberán cumplir, por lo menos, con lo siguiente:

I. Que existan espacios, incluidos comedores, cocinas, dormitorios y sanitarios, que respondan a las necesidades particulares de acceso y atención de quienes estén internados, tales como intimidad, estímulos visuales, requerimientos especiales con motivo de género, discapacidad, fomento de las posibilidades de asociación con sus compañeros y de participación colectiva en actividades culturales, de educación, capacitación, desarrollo artístico, desempeño de oficios, esparcimiento y recreación, así como otras necesidades derivadas del desarrollo de la vida cotidiana.

Es de vital importancia que el derecho a la educación sea garantizado y respetado por el Estado Mexicano, en el caso de los adolescentes privados de su libertad, para lograr su reinserción a la sociedad y procurar que no vuelvan a delinquir, como lo establece la Carta Magna en el artículo 18.

En el “Estudio de factores de riesgo y victimización en adolescentes que cometieron delitos de alto impacto en México” de Reinserta, AC, señala que hasta septiembre de 2017, en México habían 6, 144 adolescentes en conflicto con la ley, de los cuales mil 512 cumplen una medida privativa de libertad. Cabe señalar que, 36.8 por ciento está privado de la libertad por homicidio, 27 por ciento por ciento por robo y 18.2 por ciento por actos contra la libertad.

Sin embargo, en el estudio sólo se recolectaron los datos de 502 adolescentes de las siguientes diez entidades federativas: estado de México, Ciudad de México, Yucatán, Michoacán, Puebla, Tabasco, Guerrero, Veracruz, Nuevo León y Sinaloa.

Por otra parte, se investigó el nivel educativo de los adolescentes antes de ingresar al centro de internamiento. En la siguiente tabla se detalla que 27.9 por ciento concluyó la primaria, 21.3 por ciento refirió tener la secundaria incompleta y 20.4 por ciento reportó haber concluido la secundaria. Los resultados antes descritos y los que pueden consultarse en la siguiente tabla permiten concluir que solo 26.3 por ciento de los adolescentes privados de su libertad habían terminado su educación básica antes de ingresar al centro de internamiento, mientras que 73.7 por ciento no habían concluido este nivel educativo.5

Posteriormente, se buscó conocer si se encontraban estudiando mientras cumplen su medida de sanción. En la siguiente gráfica se puede apreciar que 92.3 por ciento está estudiando, por el contrario el 7.8 por ciento refirió no estar estudiando:6

En el estudio también se señala que los adolescentes privados de su libertad encuentran como principales motivaciones para seguir estudiando: (i) que les será útil en un futuro, (ii) la superación personal y (iii) su familia y la expectativa de apoyar a la misma en un futuro. Como se señala a continuación:

Es por lo anterior que, el derecho a la educación de los adolescentes privados de su libertad en los centros de internamiento debe ser garantizado y respetado por el Estado Mexicano cumpliendo con sus obligaciones plasmadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

Por lo antes fundado y expuesto, me permito someter a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública y a la Comisión Nacional de Seguridad, a garantizar, respetar, promover y proteger el derecho a la educación de adolescentes privados de su libertad en centros de internamiento.

Notas

1 Consultado en: https://www.who.int/maternal_child_adolecence/dev/es/ Fecha de consulta: 25 de febrero de 2019.

2 Consultado en: https://www.unicef.org/mexico/spanish/ninos_6879.htm Fecha de consulta 24 de febrero de 2019.

3 Reinserta, AC, “Estudio de factores de riesgo y victimización en adolscentes que cometiero delitos de alto impacto en México”. 2018, página 11.

4 Ibídem.

5 Ibídem página 48.

6 Ibídem página 48.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2019.

Diputada Leticia Díaz Aguilar (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa, el DIF y los congresos locales a llevar a cabo campañas informativas y homologar las disposiciones legales en materia de adopción, a cargo de la diputada Janet Melanie Murillo Chávez, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Janet Melanie Murillo Chávez, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, y 79, fracción II, y artículo 62 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, titulares del DIF y, a los congresos locales para que, en el ámbito de sus competencias lleven a cabo campañas informativas y, a homologar las disposiciones legales en materia de adopción, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La adopción es el estado jurídico mediante el cual se confiere al adoptado la situación de hijo del o de los adoptantes, y a estos, los deberes y derechos inherentes a la relación paterno-infantil. (https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3270/13.pdf)

Lo anterior, permite fomentar y garantizar el derecho a vivir en familia la cual es contemplada en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes:

Artículo 13. Para efectos de la presente ley son derechos de niñas, niños y adolescentes, de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes

I.

...

IV. Derecho a vivir en familia;

...

Artículo 22. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en familia. La falta de recursos no podrá considerarse motivo suficiente para separarlos de su familia de origen o de los familiares con los que convivan, ni causa para la pérdida de la patria potestad.

Artículo 26. El Sistema Nacional DIF o los Sistemas de las Entidades, deberán otorgar medidas especiales de protección de niñas, niños y adolescentes que hayan sido separados de su familia de origen por resolución judicial.

...

...

La autoridad competente deberá tener en consideración el interés superior de la niñez para determinar la opción que sea más adecuada y, de ser el caso, restituirle su derecho a vivir en familia.

Asimismo la Convención sobre los Derechos del Niño da a todas las niñas y niños el derecho a una familia:

“Reconociendo que el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión”.

El poder vivir dentro de una familia permite relacionarse a las niñas y niños a una historia, a sentirse protegidos contra la sociedad y permite el libre ejercicio de todos sus derechos.

Por diferentes causas existen muchas niñas y niños separados de sus familias de origen, en espera de ser acogidos y amados por una nueva familia, sin embargo, la adopción no es tan fácil de llevarse a cabo en nuestro País por múltiples situaciones, una de ellas la falta de un marco normativo uniforme en la materia.

A nivel nacional los procedimientos de adopción son distintos de acuerdo a la legislación local lo que dificulta contar con estándares de tiempo y regulación de los trámites lo que lleva a generar trabar para cumplir con el derecho del menor a vivir en familia.

Las niñas, niños y adolescentes en espera de ser adoptados vienen sufriendo perdidas emocionales muy fuertes aunados de alteraciones emocionales como sentimientos de abandono, perdida, entre otros, a lo que le sumamos la incertidumbre de que alguien llegue a escogerlos para brindar amor, seguridad y protección.

El Estado debe garantizar todas las acciones que permita a estos pequeños tener una familia. Contar con trámites engorrosos y tardíos solo ha hecho de la adopción un proceso desgastante acompañado de la indiferencia de la sociedad por la falta de información en la materia.

Por medio de una pequeña historia contada en el libro “Adopción, una ventana abierta”, podemos resumir todo el sufrimiento que hay en las niñas, niños y adolescentes en espera de ser adoptados.

“Cuando a los niños y niñas se les pregunta qué quieren ser cuando crezcan responden astronauta, policía, veterinaria, ingeniero o pintora, pero cuando le hicieron la misma pregunta a un niño de cuatro años que vivía en una de las tantas casas cuna del país respondió con firmeza: Hijo, quiero ser hijo.”

Por lo expuesto, pongo a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, las siguientes propuestas con:

Puntos de Acuerdo

Primero. La LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud y los titulares del DIF a que lleven a cabo campañas informativas para motivar a las mujeres a no abortar y optar por la adopción como una mejor alternativa; campañas para adoptar niñas, niños y adolescentes de difícil colocación y, promover y fomentar la adopción en todo el país.

Segundo. La LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al Sistema DIF Nacional a que se implemente la figura del Registro Nacional de Centros de Asistencia, contemplada en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de garantizar el derecho a vivir en familia.

Tercero. La LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a los congresos locales a homologar de manera pronta las disposiciones legales con el fin de poder de reducir tiempos en materia de adopción.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2019.

Diputada Janet Melanie Murillo Chávez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a los ayuntamientos del país a incluir en su normativa medidas sobre la obstrucción de la vía pública y la libertad de tránsito mediante objetos, vehículos o señalización para reservar espacios de estacionamiento, a cargo por la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, integrante de la LXIV Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, y 79, párrafos primero, fracción II, y párrafo segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a todos los municipios, alcaldías o localidades de las zonas metropolitanas o urbanizadas de las entidades federativas a cumplir con la normativa vigente o en su caso actualizar su normatividad o reglamentación respectiva, mediante medidas pertinentes en materia de tránsito movilidad, con el objeto de reforzar y establecer mecanismos para evitar la obstrucción de la vía pública mediante objetos, vehículos o señalización para reservar o delimitar espacios de estacionamiento , con base en las siguientes

Consideraciones

En muchas colonias de nuestra República Mexicana es muy común encontrar objetos que obstruyan u obstaculizan el libre tránsito en la vía pública. Encontrar lugar para estacionarte se puede convertir en una frustrante batalla contra locatarios, vecinos y franeleros.

La obstrucción de la vía pública está prohibida ya que afecta la circulación de peatones, ciclistas, motociclistas y automovilistas. Además de poner en riesgo la seguridad y el entorno urbano.

Lo anterior se lleva a cabo por medio de piedras, llantas, huacales, anuncios de caballetes, botellas, troncos, tubos, partes de carros o carros chatarra, cadenas, botes con cemento, son solo algunas de las cosas que han retirado las autoridades de tránsito en operativos para recuperar espacios públicos y retirar obstáculos. Tan solo en octubre de 2017, la Secretaría de Control de Tránsito de la Ciudad de México retiró 43 mil 607 objetos de las vía pública en alcaldías (entonces delegaciones) como Venustiano Carranza, Iztacalco, Gustavo A. Madero, Cuauhtémoc, Iztapalapa, Benito Juárez y Coyoacán.1

Los problemas de obstrucción de vía pública no solo se reducen a lidiar con la tarea de encontrar espacio para estacionarte o tener que transitar por la vía pública evadiendo obstáculos, sino que también agrandan el problema de inseguridad al tener que enfrentarte muchas veces a franeleros que te cobran una cuota impuesta por ellos mismos que puede ir desde los 35 hasta los 130 pesos en zonas urbanas; estas cuotas varían dependiendo la temporada del año o el tiempo que ocuparas el espacio. El problema es aún mayor si consideramos que tienes que pagar porque no dañen tu carro, te agredan o amenacen a ti como conductor, -ya que si no pagas tú vehículo pagará las consecuencias-, existen videos en YouTube en los que se puede ver cómo operan estos “viene viene”,2 suelen tener grupos de cinco personas que te obligan a pagar una cuota.3

Los vecinos de hospitales, parques, oficinas de gobierno, zonas bancarias, entre otros, ven en la obstrucción de la vía pública o espacios comunes por medio de tubos frente a sus casas o negocios la única forma de mantener lejos a los franeleros, lo que provoca un problema mayor entre las personas que tienen necesidad de estacionarse por un corto tiempo.4

Este es un problema que tenemos aquí en las inmediaciones del Congreso de la Unión, en día de sesión -martes o jueves-, estacionar el vehículo en alguna de las calles aledañas al recinto cuesta de entre 30 y 50 pesos, el costo depende si quieres llevarte o no las llaves.

El problema de la obstrucción de espacios comunes o de la vía pública con objetos no es exclusivo de las ciudades, en algunas colonias lo hacen para ahuyentar a los franeleros y en otras solo por considerar que la calle frente a su casa les pertenece, lo cual es completamente erróneo ya que todas las vialidades son de uso común y mientras no interfieran con el libre acceso a tu propiedad cualquier persona está en su derecho de usarlas o transitar sobre ellas.

Estados como: Aguascalientes (Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, articulo 274);5 Baja California (Reglamento de Tránsito para el Municipio de Mexicali, artículo 118);6 Baja California Sur (Reglamento de Tránsito del Municipio de la Paz, artículo 12);7 Campeche (Reglamento de la Ley de Vialidad, Tránsito y Control Vehicular del Estado de Campeche, artículo 63);8 Chiapas (Reglamento de Tránsito del estado de Chiapas, artículo 73);9 Chihuahua (Ley de vialidad y tránsito para el Estado de Chihuahua, artículo 80);10 Ciudad de México (La Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, artículo 25);11 Coahuila de Zaragoza (Reglamento de tránsito y transporte para el municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, artículo 127);12 Colima (Reglamento de Tránsito y de la Seguridad Vial del Municipio de Colima, artículo 155);13 Estado de México (Reglamento de Tránsito del Estado de México, artículo 6);14 Guerrero (Reglamento de la Ley de Transporte y Vialidad del Estado de Guerrero, artículo 181);15 Hidalgo (Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo, artículo 16);16 Jalisco (Reglamento de la Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte del Estado de Jalisco, artículo 35);17 Nuevo León (Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Monterrey, artículo 105);18 Puebla (Reglamento de la Ley de Vialidad para el Estado Libre y Soberano de Puebla, artículo 27);19 Querétaro (Reglamento de la Ley de Tránsito, artículo 113);20 en Tlaxcala (Reglamento de la Ley de Comunicaciones y Transportes en el Estado de Tlaxcala en materia de transporte público y privado, artículo 155);21 Veracruz de Ignacio de la Llave (Ley de Tránsito y Seguridad Vial, artículo 22);22 Yucatán (Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad, artículo 162)23 y en el estado de Zacatecas (Reglamento General de la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad, artículo 79);24 son en los que existe esta prohibición, sin embargo, pocas veces es respetada y el problema prevalece y empeora.

Los daños que ocasiona la obstrucción de la vía pública van desde la mala imagen urbana, contaminación ambiental por tener que dar varias vueltas en el vehículo hasta encontrar espacio para estacionarse, riesgo de accidentes para los peatones que tienen que esquivar los obstáculos, inseguridad, entre otros.

Concientizar a la población debe ser una prioridad para los gobiernos locales ya que es una forma de prevenir posibles delitos o actos que dañen la sana convivencia en sociedad, además de evitarse que las calles sean objeto de coartar los derechos de una colectividad y en beneficio de todos.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta de manera respetuosa a todos los municipios, alcaldías o localidades de las zonas metropolitanas o urbanizadas de las entidades federativas a cumplir con la normativa vigente o en su caso actualizar su normatividad o reglamentación respectiva, mediante medidas pertinentes en materia de tránsito movilidad, con el objeto de reforzar y establecer mecanismos para evitar la obstrucción de la vía pública mediante objetos, vehículos o señalización para reservar o delimitar espacios de estacionamiento.

Segundo. Se exhorta de manera respetuosa a todos los municipios de la República Mexicana para que realicen operativos de manera constante de liberación de vialidades y retiren cualquier objeto que impida el libre tránsito en la vía pública; obstruya o reserve espacios de estacionamiento en la calle y retire los autos abandonados o chatarra de cualquier tipo que afecte al medio ambiente, además de interponerse las sanciones correspondientes conforme a la normativa vigente.

Notas

1 Notimex. (2017) Reporta a quien aparte lugares en la vía pública: está prohibido. Excélsior. https://www.excelsior.com.mx/comunidad/2017/10/25/1196930

2 Nombre con el que también se les conoce a los franeleros.

3 Excélsior. Franeleros violentos, los dueños de la colonia Roma. https://www.dineroenimagen.com/2014-11-24/46823?fb_comment_id=894387003 913456_894412207244269

4 Miranda, E. (2018) Franeleros, en aumento en la CDMX: parecen dueños de las calles. Reporte Índigo. https://www.reporteindigo.com/reporte/franeleros-en-aumento-en-cdmx-par ecen-duenos-de-las-calles/

5 http://eservicios2.aguascalientes.gob.mx/NormatecaAdministrador/archivo s/EDO-18-141.pdf

6 http://www.mexicali.gob.mx/transparencia/normatividad/reglamentos/pdf/t ransito.pdf

7https://docs.mexico.justia.com/transito_y_vialidad/Tran sito_y_Vialidad_La_Paz.pdf

8 http://ayuntamientodehopelchen.com/assets/r.l.v.t.c.v.e.c.2.pdf

9 http://www.motoconfederados.org.mx/web3/reglamentos/lista/07CHIS/Reglam ento_de_Transito_del_Estado.pdf

10 http://legismex.mty.itesm.mx/estados/ley-chih/CHIH-L-VialidadTransito20 18_10.pdf

11 http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Ciudad%20de%20Mexico /wo75470.pdf

12 http://www.implansaltillo.mx/REGLAMENTO_TRANSITO_SALTILLO.pdf

13 https://www.colima.gob.mx/portal2016/wp-content/uploads/2014/11/reg-tra nsito.pdf

14 http://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/files/pdf/rgl/vig/rglvig079.pdf

15 http://administracion2014-015.guerrero.gob.mx/wpcontent/uploads/leyesyr eglamentos/374/RLTVEG.pdf

16 http://www.congresohidalgo.gob.mx/biblioteca_legislativa/Leyes/
Ley%20de%20Movilidad%20y%20Transporte%20para%20el%20Estado%20de%20Hidalgo300718.pdf

17 http://congresoweb.congresojal.gob.mx/BibliotecaVirtual/legislacion/Reglamentos/
Reglamento%20de%20la%20Ley%20de%20los%20Servicios%20de%20Vialidad,%20Tr%C3%A1nsito%20y%20Transporte%20del%20Estado%20de%20Jalisco.doc

18 http://portal.monterrey.gob.mx/pdf/reglamentos/1/
5%20Reglamento%20de%20Tr%C3%A1nsito%20y%20Vialidad%20del%20Municipio%20de%20Monterrey.pdf

19 http://ojp.puebla.gob.mx/index.php/reglamentos/de-ley/item/
reglamento-de-la-ley-de-vialidad-para-el-estado-libre-y-soberano-de-puebla-3

20 http://www.queretaro.gob.mx/reglamento-transito/descarga/Reglamento-de- la-Ley-de-Transito-Qro2018-MQ.pdf

21 http://contraloria.tlaxcala.gob.mx/pdf/normateca/
reglamento%20de%20la%20ley%20de%20comunicaciones%20y%20transportes%20en%20el%20estado%20de%20tlaxcala.pdf

22 https://www.segobver.gob.mx/juridico/pdf/89.pdf

23 http://www.yucatan.gob.mx/docs/pdf/Reglamento_vialidad.pdf

24 http://cgj.zacatecas.gob.mx/MJE/REGLAMENTOS/
Reglamento%20General%20de%20la%20Ley%20de%20Transporte,
%20Tr%C3%A1nsito%20y%20Vialidad%20del%20Estado%20de%20Zacatecas.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2019.

Diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Congreso de BCS a llevar a cabo en el proceso de discusión de la iniciativa de Ley de Movilidad un análisis responsable donde se privilegien el derecho humano a la movilidad, la transparencia y el fomento de la competitividad del sector transportista, a cargo del diputado José Rigoberto Mares Aguilar, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado José Rigoberto Mares Aguilar, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79 y demás relativos y aplicables del Reglamento la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al honorable Congreso del estado de Baja California Sur a que, en el proceso de discusión de la iniciativa de Ley de Movilidad del Estado de Baja California Sur, presentada por el Ejecutivo estatal, se lleve a cabo un análisis responsable en el que se privilegie el derecho humano a la movilidad, la transparencia y el fomento a la competitividad del sector transportista, con el propósito de que a la brevedad posible se cuente con un sistema de movilidad completo en beneficio de todos los sudcalifornianos, de conformidad con las siguientes:

Consideraciones

La Ley de Transporte para el Estado de Baja California Sur, promulgada el 8 de diciembre de 1997, fue fundamentada en su estructura y conceptualización en las necesidades de esa época, mismas que después de poco más de 20 años ya no se encuentran vigentes, por ello existe la necesidad de expedir una nueva Ley cuyo contenido no sólo regule el servicio de transporte sino que desarrolle el concepto de movilidad y se adapte a las condiciones actuales de esta entidad en los aspectos económico, social, demográfico y tecnológico.

La nueva regulación debe tomar en cuenta los retos a que se enfrenta la ciudadanía diariamente al hacer uso de la vía pública o del servicio de transporte, en cualquiera de sus modalidades y tipos, por ejemplo, los múltiples riesgos, las deficiencias en la infraestructura o en los vehículos públicos, así como las limitaciones y carencias en cuanto a las variables de transportación para su persona o bienes.

Consciente de lo anterior, el Ejecutivo estatal presentó ante el Congreso local, en el mes de octubre de 2018, la Iniciativa con Proyecto de Decreto mediante la cual se crea la Ley de Movilidad del Estado de Baja California Sur, la cual tiene como objeto garantizar la promoción, el respeto, la protección y la garantía del derecho humano a la movilidad; establecer las bases y directrices para planificar, regular y gestionar la movilidad de las personas y del transporte de bienes, así como garantizar el poder de elección de las personas que permita su efectivo desplazamiento en condiciones de seguridad, regularidad, calidad, igualdad y sustentabilidad.

Dicho proyecto de Ley se divide en los siguientes Títulos:

a) Título Primero “Del Derecho Humano a la Movilidad ”, en éste se reconoce el derecho humano a la movilidad de las personas en el Estado; se clasifica de utilidad pública e interés general, la prestación de los servicios públicos de transporte en Baja California Sur; se establecen los principios que regirán la realización de las obras así como las políticas y las acciones en la materia para tutelar una nueva cultura de la movilidad sustentada en sus elementos esenciales como lo son la seguridad, la accesibilidad, la eficiencia, la igualdad, la calidad, la resiliencia, la multimodalidad, la sustentabilidad y la protección al ambiente, además de la participación y corresponsabilidad social, la innovación tecnológica y la vocación social.

b) Título Segundo “De los Servidores Públicos Competentes en Materia de Movilidad” , establece quiénes son las autoridades competentes en la materia y regula la coordinación entre ellas. Se propone la creación de un Instituto de Movilidad como un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, que se encargará de formular e instrumentar las políticas y acciones en materia de movilidad en el Estado y se establecen las obligaciones a cargo de los Municipios del Estado, a lo cuales asigna también la responsabilidad de garantizar el derecho humano a la movilidad, a través de la coordinación en la implementación de políticas y acciones en la materia.

c) Título Tercero “De la Planeación y la Política de Movilidad” , establece que la planeación de la movilidad y la seguridad vial en el Estado, sea congruente con el Plan Nacional de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, y los demás planes conducentes, con el fin de que sea la herramienta idónea que garantice la movilidad universal de las personas.

d) Título Cuarto “Del Sistema de Movilidad” , establece la existencia de un Sistema Integrado de Transporte, que permita la incorporación gradual de la articulación física, operacional, informativa, de imagen y del medio de pago del Servicio Público de Transporte de Pasajeros concesionado y en su caso los servicios de transporte públicos.

Se incluye la regulación del servicio de transporte contratado a través de plataformas digitales estableciendo que dicho servicio sólo podrá ser prestado por quienes cuenten con un permiso expedido por el Instituto.

Se crea un Registro Público del Transporte el cual será el depositario de la fe pública y registral de los actos jurídicos y documentos relacionados con el transporte en todas sus modalidades.

e) Título Quinto “De las medidas cautelares y sanciones”, se otorga al Instituto la facultad para decretar las medidas cautelares y/o precautorias y las sanciones, con el fin de proteger la seguridad de los usuarios, la vía pública y el medio ambiente, respecto de los prestadores del servicio de transporte o movilidad en cualquier modalidad.

De lo anterior, se desprende la visión del gobierno estatal de contar con un sistema más eficiente, suficiente, amable, seguro, económico y menos contaminante, que beneficie a todos los sectores de la población.

Cabe mencionar que en la elaboración del proyecto de referencia se privilegió la opinión ciudadana, a través de la creación de una página oficial, donde se recibieron más de 160 ponencias y la realización de 5 foros de consulta ciudadana, uno en cada municipio, en donde más de 500 participantes usuarios y transportistas, expusieron libremente sus ideas, sus posiciones y sus opiniones.

Sin duda, en el estado de Baja California Sur se requiere una actualización del marco jurídico en la materia que permita dar atención prioritaria a las necesidades de las personas, no sólo de los vehículos y garantice un sistema moderno y eficiente, para el transporte de personas y mercancías.

Ante tal necesidad, se requiere que los diputados del Congreso local entren de lleno al análisis y discusión de dicho proyecto, lo antes posible, ya que desde su presentación, no se han logrado generar los consensos necesarios para avanzar en el tema, e incluso se ha difundido en medios de comunicación locales la falta de disposición de la fuerza política mayoritaria del Congreso para discutir el proyecto de ley, ello en atención a la presión ejercida por algunos sectores, situación que ha derivado en la postergación de un tema tan importante para los sudcalifornianos.

Al respecto, se considera que en la aprobación de esta Ley se debe privilegiar el interés de la sociedad en conjunto y no sólo de ciertos sectores que se oponen a la modernización del sistema de movilidad motivados por la conservación de intereses personales.

En ese sentido, coincidimos con la esencia del proyecto, que radica en dotar al sistema de movilidad de la máxima transparencia posible, con el propósito de terminar con la discrecionalidad y los monopolios en el sector, a través del fomento a la competencia para que Baja California Sur cuente con servicios de mayor calidad, cantidad y seguridad.

Así, como parte de las medidas de combate a la corrupción, se plantea que el otorgamiento de las concesiones y permisos de transporte, se realice por necesidad justificada, seguridad y en beneficio exclusivamente de los usuarios, no por compadrazgos ni favores políticos.

Finalmente, resulta evidente que las necesidades en materia de transporte han cambiado, por lo que no se puede seguir postergando las modificaciones necesarias para tener un sistema de movilidad completo para las familias, empresas, turistas, y la población en general, quienes merecen tener una oferta amplia y competitiva de transporte, por lo que se exhorta a los diputados del Congreso de Baja California Sur a que legislen a favor de la sociedad, con la perspectiva de la movilidad como derecho humano.

Por todo lo anteriormente expuesto, respetuosamente someto a su consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al honorable Congreso del Estado de Baja California Sur a que en el proceso de discusión de la iniciativa con proyecto de decreto mediante la cual se crea la Ley de Movilidad del Estado de Baja California Sur, presentada por el Ejecutivo estatal, se lleve a cabo un análisis responsable en el que se privilegie el derecho humano a la movilidad, la transparencia y el fomento a la competitividad del sector transportista, con el propósito de que a la brevedad posible se apruebe la ley que regule un sistema de movilidad completo en beneficio de todos los sudcalifornianos.

Dado en el salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, en la Ciudad de México, a 12 de marzo de 2019.

Diputado José Rigoberto Mares Aguilar (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SE y la Sader a realizar acciones conjuntas para revisar el precio de compraventa de azúcar aplicado a los cañeros mexicanos, a cargo del diputado Higinio del Toro Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado federal Higinio del Toro Pérez , integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someto a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las secretarías de Economía y de Agricultura y Desarrollo Rural para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, realicen acciones conjuntas para revisar el precio en el que se compra y vende el azúcar a los cañeros mexicanos a fin de establecer una política en beneficio del mercado nacional de la caña de azúcar , al tenor de los siguientes:

Considerandos

El pasado 14 de enero, la Unión Nacional de Productores de Caña de Azúcar hizo un llamado a los diputados de la LXIV Legislatura para expresar su preocupación sobre la baja de los precios del azúcar y la repercusión que esto tendría en los ingresos del gremio.

De acuerdo con el documento entregado por el presidente de esta organización, la agroindustria de la caña de azúcar es una de las más importantes de México, está compuesta por 180 mil cañeros, 154 mil jornaleros, 72 mil cortadores, 32 mil transportistas, entre otros miembros de la cadena productiva.

Además, se presume que generó cerca de 45.8 millones de pesos en la zafra 2017/2018.

Estos datos demuestran no solo la importancia económica del mercado del azúcar en nuestro país, sino que demuestran el impacto social que tiene ya que significa el sustento de muchas familias mexicanas.

Entre la información presentada, se explica que el precio de la caña se encuentra en función de dos elementos principales: el azúcar recuperable base estándar (Karbe) y el precio referencia del azúcar base estándar. Es importante señalar que el precio de referencia del azúcar base estándar se determina con la ponderación de los volúmenes de precios del azúcar en los mercados nacional, Estados Unidos y mundial, lo cual obliga a la Unión de Cañeros a revisar constantemente el mercado mundial a fin de tener el panorama completo.

De acuerdo con el documento entregado por la Unión de Cañeros, en el ciclo azucarero del año pasado (2017-2018) los precios por tonelada hacen evidente la necesidad de revisar las estadísticas y tendencias de los años pasados, tal como se observa en las gráficas presentadas en el documento recibido por su servidor:


Estas cifras presentadas por la Unión de Cañeros muestran la fluctuación del precio referencia para el mercado nacional de la caña de azúcar, lo cual hace evidente la necesidad de que exista una revisión de las autoridades competentes a fin de mejorar las condiciones y de esta forma, garantizar el apoyo del Estado a este sector.

Una de las principales preocupaciones que se comparte con la Unión de Cañeros es el papel del mercado nacional de caña frente a los Estados Unidos, en el marco de las reglas en el tema de edulcorantes (que aplican en ese tema y sustituye al TLCAN) debido a que, en la zafra 2017/2018 el precio de la tonelada de caña tuvo una caída de 4.31 por ciento con respecto al periodo anterior.

Según el documento entregado, esta caída se debió a que las exportaciones que se realizaron a Estados Unidos durante el ciclo azucarero 2017-2018, en un volumen de 1.073 millones de toneladas, bajo las condiciones establecidas en los llamados “Acuerdos de suspensión”, se obligó al gremio a llevar un volumen mayor al mercado mundial a precios inferiores que afectaban al ingreso de los cañeros mexicanos.

Estas cifras son preocupantes si se considera que en las proyecciones para la zafra 2018/2019 se estima una caída del 21 por ciento en el precio de la caña de azúcar, que a su vez se suma a la caída anterior de 4.31 por ciento.

La explicación a la caída del precio de la caña de azúcar por parte de la Unión de Cañeros hace alusión a la restricción que hace Estados Unidos de la cuota de exportación en un 34 por ciento y su consecuente aumento a los excedentes del mercado mundial, lo cual da como resultado la caída del mercado nacional y el alza de precios en detrimento a los ingresos de los cañeros de nuestro país.

La situación expuesta por la Unión de Cañeros se traduce en una falta de consideración acerca de las condiciones que beneficien a los productores de caña por lo que, con el propósito de defender los intereses económicos de los cañeros y sus familias, se solicita una revisión de los acuerdos de suspensión que regulan la comercialización de azúcar a Estados Unidos a fin de que se garanticen las mejores condiciones para el gremio nacional.

En los últimos años, los gobiernos de México y Estados Unidos, a través de sus respectivas secretarías, han realizado acuerdos para establecer las cuotas de exportación e importación, sin embargo, las condiciones no han sido favorables para los productores mexicanos debido a los llamados “Acuerdos de suspensión”, los cuales han disminuido la exportación de azúcar de nuestro país a Estados Unidos, lo que provoca que los cañeros mexicanos deban colocar su producción en el mercado a un precio muy bajo para recuperar su inversión.

Es por ello que se solicita que la Secretaría de Economía, en su carácter de reguladora de cuotas de exportación y de las condiciones de los mercados, oriente los esfuerzos en favor de los cañeros mexicanos para que, en materia de edulcorantes, se revisen las cuotas de exportación a fin de que México pueda exportar al mercado de Estados Unidos sus excedentes de azúcar, libre de aranceles u otras restricciones.

El problema presentado por la Unión Cañera a los diputados de la presente legislatura radica en las acciones unilaterales por parte de Estados Unidos para restringir la exportación de caña de azúcar de nuestro país hacia ese país, lo que generó un mercado desigual para nuestros cañeros.

Los nuevos acuerdos, firmados por la Secretaría de Economía (México) y la Secretaría de Comercio (Estados Unidos), fueron redactados con términos de acuerdo con las necesidades de Estados Unidos. Ejemplo de ello es que, en lo que se modificaron las cantidades, calidades y precios mínimos que se contenían en el acuerdo anterior, por lo que ahora se pide que para la cantidad y calidad del azúcar exportada a Estados Unidos debe ser de 30 por ciento con pol igual o mayor a 99.2 y el 70 por ciento con el pol debajo de 99.2. Por si esto fuera poco, también se modificaron los precios mínimos del azúcar exportado a EU, de 28 centavos de dólar por libra para azúcar de pol igual o mayor de 99.2 y 23 centavos de dólar por libra para el azúcar con pol debajo de 99.2.

Estas condiciones son totalmente injustas para el gremio cañero mexicano y desiguales para el mercado de nuestro país debido a que las condiciones para la importación de fructuosa y azúcar a nuestro país, se realiza conforme a las reglas del entonces vigente Tratado de Libre Comercio, sin restricción como en el caso de la exportación.

La Unión de Cañeros estima que en la presente zafra 2018/2019 se obtendrá una producción mayor a la obtenida en la zafra pasada (que fue cercana a las 250 mil toneladas de azúcar), por lo que la preocupación es que, ante la desigualdad en las condiciones del mercado, suceda lo de hace un año en el que Estados Unidos disminuyó la cuota de importación en un 30 por ciento lo que obligó a los productores a enviar un mayor volumen de azúcar al mercado mundial a precios muy bajos.

La economía de las familias dedicadas a la cadena de producción del azúcar en México ha sido afectada gravemente debido a que no se han establecido las condiciones equitativas para el mercado de la caña de azúcar, por lo que es necesario que la Secretaría de Economía, en conjunto con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, se coordine para trabajar en los nuevos acuerdos favorables para el mercado nacional y presentarlos ante el gobierno de Estados Unidos a fin de que se revisen los “acuerdos de suspensión”.

Por lo anteriormente expuesto me permito someter a la valiosa consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Economía y a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, realicen acciones conjuntas para revisar el precio en el que se compra y vende el azúcar a los cañeros mexicanos, a fin de establecer una política en beneficio del mercado nacional de la caña de azúcar.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de marzo de 2019.

Diputado Higinio del Toro Pérez (rúbrica)



Efemérides

Con motivo del 13 de marzo de 1325, fundación de México-Tenochtitlán, a cargo de la diputada Dionicia Vázquez García, del Grupo Parlamentario del PT

En el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, conmemoramos la fundación de México Tenochtitlán, el 13 de marzo de 1325. Se trata de un tema central de nuestra historia en un lugar que fue núcleo ceremonial mexica, donde podemos ver los restos del Templo Mayor, así como ser centro político y religioso1 .

La historia refiere que los mexicas salieron de Aztlán guiados por su deidad Huitzilopochtli en busca de “la señal” (el águila sobre el nopal) la cual sería el indicativo para poder fundar su ciudad, México Tenochtitlán.2

Sobre el particular, se tiene registro del suceso en diversos códices, entre ellos en Tira de la Peregrinación, donde se narra el trayecto de los mexicas hacia Tenochtitlán.

Para ponderar la importancia de esta crónica, se adquiere un significado fundacional, iniciático, que partió de Aztlán y representa un regreso al origen. Este acontecimiento ha sido cultivado entre las referencias históricas, la crónica y la leyenda y refiere la gestación de nuestra nación.

En este contexto, esta fecha debe ser conmemorada poniendo de relieve nuestro pasado indígena, multicultural y que ese sincretismo nos caracteriza hasta nuestros días. Por consiguiente, desde el Partido del Trabajo hacemos un llamado en reconocer en nuestra historia la diversidad y, en esa diversidad, encontrar las fortalezas para -en unidad- hacer frente a los grandes desafíos que tenemos como nación.

Notas

1 Piña Zentella, Marta. Vértice prehispánico en Octavio Paz. En http://www.uabcs.mx/secciones/descarga/archivo:18092015_103201_Vertice% 20Prehispanico%20en%20Octavio%20Paz.pdf consultado el 10 de marzo de 2019.

2 “Cómo fue la fundación de Tenochtitlán: conoce el mito y la historia” en: http:neomexicanismos.com.mexico-prehispanico/fundación-de-tenochtitlan- 1325-mexicas-historia/ consultado el 10 de marzo de 2019.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días del mes de marzo del año dos mil diecinueve.

Diputada Dionicia Vázquez García (rúbrica)