Proposiciones de urgente u obvia resolución
Proposiciones
Efemérides


Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, para exhortar al Congreso de Jalisco a abrogar el decreto número 27228/LXII/19, publicado el 31 de enero de 2019, mediante el cual se modifica el artículo 25 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, que abroga la Ley del Instituto Jalisciense de las Mujeres y lo extingue, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Morena

Las que suscriben, Katia Alejandra Castillo Lozano, Laura Imelda Pérez Segura, Lorena del Socorro Jiménez Andrade, María Teresa López Pérez, Verónica Ramos Cruz y María Wendy Briceño Zuloaga, diputadas a la LXIV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 62, 65, 76, 79, 82 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración del pleno, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución con base en las siguientes

Consideraciones

El camino institucional ha sido largo para que la violencia contra las mujeres sea reconocida como una problemática social que conlleva una grave violación a los derechos humanos.

La llegada de una nueva institucionalidad logró colocar en términos positivos a la mujer en la ciudadanía y el desarrollo durante la década de los noventas. A pesar de las licitudes presupuestales, de discriminación y de distinción en las perspectivas de género, fue posible la creación y desarrollo de los Institutos de Mujeres en distintas entidades del país.

El estado de Jalisco no fue la excepción, en 2002 se publicó la Ley para el Instituto Jalisciense de la Mujer (IJM)1 con el objetivo de:

Elaborar, promover y ejecutar políticas públicas destinadas a asegurar la igualdad de oportunidades y la no discriminación hacia las mujeres, basados en los derechos humanos para transversalizar la perspectiva de género contra las mujeres.

A pesar de los avances institucionales y por parte de organizaciones de la sociedad civil para combatir este flagelo de violencia en Jalisco, la situación contra las mujeres se ha recrudecido en los últimos años. Tan solo de 2011 a 2016, la entidad pasó de ocupar el octavo lugar con mayor violencia contra las mujeres, para situarse en el tercer sitio.2

En febrero de 2016, el gobierno de Jalisco emitió la declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres (AVGM) en ocho municipios de la entidad.3

De acuerdo con el estudio del Inegi,4 en Jalisco por lo menos 3 de cada 4 mujeres han sufrido algún tipo o modalidad de violencia a lo largo de su vida. Este escalofriante dato de violencia generalizado esboza un panorama de conflicto social que se ratifica con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema de Seguridad Pública:

- En 2017 se registraron 112 homicidios dolosos contra mujeres. En 2018 la cifra, casi se duplicó, pues se elevó a 211 homicidios dolosos de mujeres.

- De los homicidios dolosos registrados, tan solo 27 y 26 se registraron como feminicidios5 respectivamente para cada año.6

- Además, en 2017 en el estado se registraron:7

- 5 mil 122 presuntas víctimas de lesiones dolosas contra mujeres.

- 26 mil 726 llamadas de emergencia por incidentes de violencia de pareja.

- 10 mil 700 llamadas de emergencia relacionadas con violencia contra las mujeres.

- 276 llamadas de emergencia por incidentes de violación.

- 240 llamadas de emergencia por incidentes de hostigamiento sexual.

- 97 llamadas de emergencia por incidentes de abuso sexual.

En este contexto de deterioro de la seguridad de las mujeres, Enrique Alfaro, gobernador de Jalisco, envió recientemente un paquete de iniciativas para reestructurar algunas dependencias del gobierno de la entidad. Sin duda uno de los cambios que generó más polémica en la entidad y cuya relevancia trascendió a nivel nacional, fue la desaparición del Instituto Jalisciense de la Mujer (IJM). El argumento central del ejecutivo local es que este instituto no ha cumplido con su misión.

Proceso de aprobación del dictamen

El pasado martes 29 de enero de 2019, el Congreso de Jalisco aprobó el decreto que abroga la Ley del Instituto Jalisciense de la Mujer, por lo que se extinguió el organismo público descentralizado.

Con la participación de Movimiento Ciudadano, PRD, PVEM y PT se unieron 20 votos a favor de desaparecer el IJM, cuyas funciones pasarán a formar parte de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres.

De acuerdo con las crónicas periodísticas locales, durante la sesión del pasado 29 de enero, se esperaba que el dictamen se sometiera al día siguiente a votación en sesión ordinaria. Sin embargo, con tres minutos de antelación, se convocó a una sesión extraordinaria para emitir la votación.

La convocatoria para la sesión no cumplió con los requisitos de ley, ni con la pertinente notificación al gobierno de Jalisco de que llevaría a cabo la votación,8 de acuerdo con los legisladores de la bancada de Morena en Jalisco. Por lo anterior, y una vez aprobada la extinción del instituto, los legisladores locales han solicitado una mesa de diálogo con la Federación para buscar acciones que logren la permanencia de un instituto que ayude y defienda a las mujeres.

El decreto aprobado el martes 29 de enero fue publicado en el Periódico Oficial del estado de Jalisco el 31 de enero del presente año.9 Sin embargo, en lo que se refiere al IJM, el artículo segundo transitorio difiere la extinción del Instituto hasta que se modifiquen los reglamentos de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres.

Al llamado de dar marcha atrás la desaparición del IJM, se han unido las consejeras nacionales del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), quienes señalan que la Secretaría de Igualdad Sustantiva de Jalisco no debe ser la instancia que diseñe, ni implemente mecanismos para la prevención de la violencia y defensa de las mujeres, dados los limitados alcances y funciones del organismo.

El IJM contaba con autonomía administrativa, presupuestal y operativa, lo que le permitía articular y orientar las políticas públicas de igualdad y respeto a las mujeres. Aunado a esto, las consejeras señalan que al eliminarse el IJM, México estaría incumpliendo tratados internacionales como la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, suscrita por México en 1980.10

Por lo anterior, solicitamos ante esta soberanía se considere el siguiente punto de acuerdo de obvia y urgente resolución:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto a la soberanía de la entidad, exhorta al Congreso del estado libre y soberano de Jalisco, a que, en el ejercicio de sus facultades, abrogue el decreto número 27228/LXII/19, publicado el pasado 31 de enero del presente año, por medio del cual se modifica el artículo 25 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, que abroga la Ley del Instituto Jalisciense de las Mujeres y extingue a dicho instituto.

Notas

1 Ver: http://ijm.gob.mx/quienes-somos/

2 Consultar: http://consulta.mx/index.php/estudios-e-investigaciones/otros-estudios/item/
995-inegi-resultados-de-la-encuesta-nacional-sobre-la-dinamica-de-las-relaciones-en-los-hogares-2016

3 Ver: https://qmedios.iteso.mx/wp-content/uploads/2017/06/8.-La-alerta-de-vio lencia-contra-las-mujeres-en-Jalisco.pdf

4 Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones de los Hogares (ENDIREH, 2016).

5 Feminicidio se refiere a la muerte violenta por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, en la comunidad o por parte de cualquier persona. Consultar: https://www.oas.org/es/mesecvi/docs/declaracionfemicidio-es.pdf

6 Consultar: https://datos.gob.mx/busca/dataset/victimas-de-incidencia-delictiva-del -fuero-comun

7 Consultar: http://secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/nueva-metodologia/Info_de lict_persp_genero_DIC2017.pdf

8 Ver: https://www.proceso.com.mx/569579/acusan-albazo-tras-desaparicion-del-i nstituto-jalisciense-de-las-mujeres

9 Ver: https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco. gob.mx/files/01-31-19-iv.pdf

10 Ver:http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/100039.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputada Katia Alejandra Castillo Lozano (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se reconoce a Juan Guaidó como presidente interino legítimo de la República Bolivariana de Venezuela, a cargo de integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

Las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II y demás relativos al Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El miércoles 23 de enero de 2019, el presidente de la Asamblea Nacional Venezolana, Juan Gerardo Guaidó Márquez, asumió las funciones de presidente interino de la República Bolivariana de Venezuela.

Con fundamento en el artículo 233 de la Constitución venezolana, Juan Guaidó ha quedado al mando del Poder Ejecutivo, en tanto se llevan a cabo elecciones libres que lleven a la restauración del orden en Venezuela.

El artículo antes mencionado sostiene que en caso de que no se cuente con un presidente legítimo en Venezuela, sus funciones recaerán en el presidente de la Asamblea Nacional. Juan Guaidó fue electo para dicho cargo desde el 5 de enero del presente año.

En vista de la nula legitimidad que tuvieron las elecciones del 20 de mayo de 2018, donde se declaró ganador a Nicolás Maduro Moros y que han sido desconocidas por la Asamblea Nacional, es que no se acepta a Nicolás Maduro como presidente legítimo.

Las elecciones presidenciales de mayo han sido seriamente cuestionadas por la oposición, por observadores y organismos internacionales, por la propia población de Venezuela y por distintos países debido a diversas acusaciones de fraude electoral y a la represión de la que fue objeto la oposición, además de la inhabilitación de sus líderes y el llamado al abstencionismo de las principales fuerzas opositoras.

Entre las irregularidades del proceso electoral destacan la premura y aplazamientos sin justificación, ya que se anunció con 74 días de antelación que la elección se llevaría a cabo el 22 de abril, siendo posteriormente diferida por 28 días para celebrarse el 20 de mayo; la presentación y admisión de candidaturas contó únicamente con 17 días, contrastando con los 159 días destinados en la elección de 2015; y el registro electoral tuvo solo 35 días para la inscripción y actualización del padrón electoral, dejando únicamente cuarenta y ocho horas para impugnaciones (en las elecciones previas este rubro contó en total con 7 meses de preparación).

En su momento, México desconoció, al igual que los gobiernos de Alemania, Australia, Brasil, Canadá, España y Reino Unido, los resultados de la elección del 20 de mayo, es decir, la reelección de Nicolás Maduro, porque se dio en un contexto de nula transparencia y en clara violación a lo establecido en las leyes de aquel país, específicamente en lo establecido por la Ley Orgánica de Procesos Electorales de Venezuela.

De manera multilateral, junto al Grupo de Lima, instancia integrada por 14 países americanos que da seguimiento a la crisis venezolana y de la que nuestro país forma parte, México ha participado en los esfuerzos hechos para ayudar al país sudamericano a encontrar una salida pacífica a la crisis política, económica y humanitaria que le aqueja.

Desde la creación del Grupo de Lima en el año 2017 nuestro país ha hecho reiterados llamados al diálogo, mismos que el gobierno de Nicolás Maduro había ignorado con anterioridad de manera repetida y que hoy utiliza a su favor, sin dar señales claras de que verdaderamente quiera llegar a un acuerdo que beneficie a Venezuela.

Desde que Juan Guaidó asumió el cargo de presidente interino, se ha dedicado a dar a conocer las acciones que va a emprender para que la paz llegue a su país, su visión sobre lo que quiere para Venezuela y ha pedido el ingreso muy necesario de ayuda humanitaria. Su objetivo principal es el de convocar a elecciones libres y en estricto apego a la ley. El gobierno que encabeza Juan Guaidó es un gobierno de transición.

Esta postura que busca nuevas elecciones y un nuevo gobierno elegido legítimamente por los venezolanos es respaldada por muchos los países alrededor del orbe. Cabe resaltar el reconocimiento y apoyo que la Organización de Estados Americanos (OEA) y el Parlamento Europeo han dado a la postura de Juan Guaidó.

Solamente los gobiernos de los países que desde el inicio de la crisis más grande en la historia de Venezuela han apoyado al régimen, a pesar de las numerosas y serias acusaciones de violaciones a los derechos humanos, como Rusia, China, Nicaragua, Bolivia y Cuba, se mantienen firmes en su decisión de seguir apoyando a Nicolás Maduro y al chavismo en Venezuela. Una postura que dista de la que México mantuvo por años, desde el inicio de la crisis.

En ese sentido, el artículo 89 de nuestra Constitución contempla, además de la “no intervención”, los principios de “autodeterminación de los pueblos; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos; y la lucha por la paz y la seguridad internacionales”.

De igual forma, México es parte de diversos tratados internacionales, tales como la Carta de las Naciones Unidas, la Carta de la Organización de los Estados Americanos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, entre otros, que obligan a nuestro país a no permanecer indiferente ante la crisis política, económica y humanitaria que atraviesa Venezuela. Lo anterior bajo el principio “pacta sunt servanda”, establecido en el artículo 26 de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados de 1969.

Es importante destacar que México se ha distinguido por su diplomacia activa y solidaria. La “no intervención, en el contexto de la Doctrina Estrada, no desincentivó la participación mexicana, bajo el liderazgo del presidente Lázaro Cárdenas, en la denuncia ante la Sociedad de Naciones de la invasión italiana a Etiopía en 1935 o el apoyo a la Segunda República Española contra el régimen de Francisco Franco. Tampoco este principio impidió que México se pronunciará en 1973 tras el Golpe de Estado contra el presidente Salvador Allende en Chile, o que nuestro país fuera parte de la mediación en el Grupo de Contadora para resolver el conflicto en Centroamérica en 1983.

Por ello, en el caso de la crisis en Venezuela es responsabilidad del Estado Mexicano respetar la autodeterminación que buscan las y los venezolanos, y acatar la protección y promoción de los derechos humanos, pues ambos principios no están sujeto a excepciones, a la coyuntura interna de nuestro país ni está sujeto a afinidades ideológicas que se pudieran tener con los Jefes de Estado de otros países.

Con su postura, el presidente López Obrador respalda a un régimen que ha dinamitado al Estado de Derecho; que recurre a la represión contra la oposición y que tiene encarcelados a más de 288 presos políticos;1 que celebra elecciones simuladas, injustas y antidemocráticas; que mantiene a su población en la desnutrición, con un desabasto de alimentos e insumos sanitarios; que impide el acceso de ayuda humanitaria; que ha forzado que su Fiscal General, Luisa Ortega Díaz, se exilie por denunciar los atropellos de la dictadura; y que tiene una severa crisis económica, con una inflación en 2018 de 1,000,000 por ciento.2

La situación por la que atraviesa el hermano país de Venezuela es insostenible y en ánimos de ayudar a un país hermano que quiere la paz y el restablecimiento de su seguridad es que México debe ayudar en lo posible y apoyar los esfuerzos de la comunidad internacional para que se alcance dicho objetivo.

Por lo anteriormente expuesto sometemos a su consideración la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos reconoce a Juan Gerardo Guaidó Márquez como presidente encargado de la República Bolivariana de Venezuela, en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 233 de la Constitución de ese país, con el objetivo de encabezar un gobierno de transición y convocar elecciones libres, equitativas y con garantías que permita la restauración del orden constitucional en la hermana república sudamericana.

Segundo . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal a reconocer a Juan Gerardo Guaidó Márquez como presidente encargado de la República Bolivariana de Venezuela, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 233 de la Constitución de ese país, a fin de que México tenga una postura firme a favor de la democracia, las libertades fundamentales y los derechos humanos en la región, frente a la crisis política, económica, social y humanitaria que vive el hermano pueblo venezolano.

Notas

1 Foro Penal Venezolano (2018). Represión en Venezuela. Revisado el 1 de febrero de 2019 en https://foropenal.com/presos-politicos/

2 De Freitas, M. (2019). Reporte de Transparencia Internacional sobre Venezuela. Visto en Castro, M (2019). El Chavismo deja una estela de corrupción en dos décadas de revolución bolivariana. Revisado el 1 de febrero de 2019 en https://elpais.com/internacional/2019/01/05/america/1546722599_121018.h tml

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SCT a transparentar los criterios, estudios y análisis técnicos en que se sustenta la autorización para usar llantas supersencillas y no el arreglo dual referido en la NOM-012-SCT-2-1995, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente proposición con puntos de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por los que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a transparentar los criterios, estudios y análisis técnicos en que se sustenta la autorización para el uso de las llantas supersencillas, en sustitución del arreglo dual a que hace referencia la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-1995, relativa al peso y las dimensiones máximas para la circulación de vehículos de autotransporte de materiales y residuos peligrosos, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Como parte del denominado “plan conjunto para combatir el robo de combustible”, el presidente de México dio a conocer cambios sustantivos al sistema de distribución de hidrocarburos en nuestro país.1

Entre las modificaciones destaca que ahora prioritariamente el transporte se realizará a través de pipas o carros tanques. Dicha medida se tomó a pesar de estar plenamente identificado que es 14 veces más costosa que el uso de ductos –según la Asociación Mexicana de Empresarios Gasolineros–, además de que es lento y peligroso para los operadores.

La oficial mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informó el pasado 24 de enero en una conferencia de prensa que se habían adquirido 671 carros tanques, por un monto superior a los 92 millones 189 mil 597 dólares y que su asignación fue por “adjudicación directa”, la cual se justificaba por el “problema de abasto de combustible”.2

La adquisición de estas unidades que se asignarán a la Secretaría de la Defensa Nacional se ha dado con una serie de irregularidades como falta de transparencia, transgresiones a nuestro marco jurídico y nulas condiciones de competencia, calidad, financiamiento y oportunidad.

Las pipas se adjudicaron contraviniendo la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuyo artículo 26 indica que las adquisiciones por regla general, se deberán realizar por medio de licitaciones públicas y mediante convocatoria abierta para asegurar las mejores condiciones de competencia en el ejercicio adecuado de los recursos públicos.3

Estas operaciones se realizaron a través de una triangulación de recursos que provinieron de “préstamos” entre dos empresas filiales de Petróleos Mexicanos, sin que hasta ahora se esclarezcan las condiciones de financiamiento, su temporalidad, el origen de los recursos y las contraprestaciones pactadas.

Peor aún, la llegada país de las primeras pipas al dejó de manifiesto que no cumplen los lineamientos para transportar materiales y residuos peligrosos, establecida en la NOM-012-SCT-2-1995.

Por tanto, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes emitió un acuerdo que viola la norma sobre especificaciones de camiones de carga, pero que permite la circulación de las pipas recientemente compradas por el gobierno de México.

En particular, el acuerdo autoriza la circulación de los vehículos de autotransporte utilizando llantas supersencillas modelo “X-One”, de la marca Michelin, radial, tubeless, inifinicoil, medidas 455/55R22.5 y 445/50R22.5, de rangos de carga “L” y ancho de rin de 14 pulgadas, con capacidades de carga máxima de 4 mil 994 y 4 mil 625 kilogramos.4

Estos cambios se proponen en sustitución del arreglo dual al que hace referencia la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-1995, “Sobre el peso y dimensiones máximas con las que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal”.

Para el presidente de la rama industrial 105 de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación, la norma 012 es muy clara, y prohíbe que los vehículos de autotransporte de materiales y residuos peligrosos tengan llantas sencillas o unitarias.5

Para definir esta prohibición se realizaron una diversidad de pruebas cuyos resultados arrojaron que no era conveniente la utilización de unidades de llantas sencillas, debido a que al poncharse quedaría varado y podría ser objeto de actos de atracos o rapiña.

Conforme a estas consideraciones, es fundamental que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes transparente los criterios tomados en cuenta para autorizar el uso de llantas sencillas a cambio del arreglo dual, que garantizaba el transporte seguro de materiales peligrosos como los hidrocarburos.

Resulta necesario que se hagan públicos los análisis y criterios técnicos considerados, ya que con estas modificaciones se pone en alto riesgo la integridad de los operadores, los usuarios de las carreteras federales, así como de la población en general.

Hasta este momento, las autoridades no han informado el número de pipas recibidas por el gobierno de México o en dónde se encuentran, a pesar de que se dijo que las unidades llegarían en los primeros días del mes de febrero, de no cumplirse los contratos se debe proceder conforme a derecho para sancionar cualquier irregularidad.

Por el contrario, han sido evasivos y pocos claros, ejemplo de ello es que la Secretaria de Energía recientemente dijo: “Pemex, con Pemex, Pemex es el que está viendo lo de la logística, las pipas son de ellos y las pipas ya están en la frontera”. Por su parte, el titular de Pemex sostuvo: “espérense a que lleguen y que las vean, ¿no? Vamos a esperarnos a que las vean y a que lleguen porque sobre especulación no hay que hablar”.6

Por lo expuesto se somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a transparentar los criterios, estudios y análisis técnicos en que se sustenta la autorización para el uso de las llantas supersencillas, en sustitución del arreglo dual a que hace referencia la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-1995, relativa al peso y las dimensiones máximas para la circulación de vehículos de autotransporte de materiales y residuos peligrosos.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a los titulares de las Secretarías de Energía, y de Hacienda y Crédito Público, así como de Petróleos Mexicanos, a hacer públicos los contratos de compra, el cronograma de entrega y la estrategia de circulación de las pipas que el gobierno de México está adquiriendo para la distribución de combustible, asimismo, dé a conocer el número de pipas recibidas, las unidades en circulación y sus características, a fin de atender las denuncias públicas de posibles incumplimientos de los contratos de compraventa y entrega.

Notas

1 Anabel Clemente (2018). “Lanza AMLO plan para combatir el ‘huachicoleo’”, 6 de febrero de 2019, en El Financiero. Sitio web: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/lopez-obrador-presenta-plan-na cional-para-combatir-robo-de-hidrocarburos

2 Presidencia de México (2019). Conferencia de prensa del presidente Andrés Manuel López Obrador, 24 de enero de 2019, de gob.mx Sitio web: https://www.gob.mx/presidencia/prensa/conferencia-de-prensa-del-preside nte-andres-manuel-lopez-obrador-24-de-enero-de-2019

3 Congreso de la Unión (última reforma DOF 10 de noviembre de 2014). Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 25 de enero de 2019, de Diario Oficial de la Federación. Sitio web:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/14_101114.pd f

4 Secretaría de Comunicaciones y Transportes (2019). Autorización para el uso de las llantas supersencillas, modelo X-One, de Michelin, en sustitución del arreglo dual a que hace referencia la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-1995, “Sobre el peso y dimensiones máximas con las que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal, o la que la sustituya”, 6 de febrero de 2019, Diario Oficial de la Federación. Sitio web:

file:///C:/Users/Usuario/Downloads/
080305%20autorizacion%20X-ONE%20TS%20DOF%20-%20Diario%20Oficial%20de%20la%20Federaci%C3%B3n.pdf

5 Antonio Baranda. (2019). “Defiende SFP características de pipas de AMLO”, 6 de febrero de 2019, en el diario Reforma. Sitio web:
https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/default.aspx?id=1601841&urlredirect=
https://www.reforma.com/aplicaciones/articulo/default.aspx?id=1601841

6 Excélsior (2019) “¿Dónde están las 671 pipas que compró el Gobierno a EU?”, 7 de febrero de 2019. Sitio web: https://www.excelsior.com.mx/nacional/donde-estan-las-671-pipas-que-com pro-el-gobierno-a-eu/1295028

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

(Rúbrica)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat y la Profepa a publicar todas las concesiones, los permisos y las autorizaciones de zona federal marítimo-terrestre con que se cuenta a la fecha, así como el porcentaje concesionado, a cargo de la diputada Carmina Yadira Regalado Mardueño, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Carmina Yadira Regalado Mardueño, diputada de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario Morena, de conformidad con lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. México es uno de los países más abundantes en geografía marina, contamos con 17 entidades federativas que tienen correlación directa a las Costas, Golfos, Bahías y Mares, entre estas podemos mencionar a Oaxaca, Veracruz, Quintana Roo, Jalisco, Nayarit, Yucatán, Colima, Sinaloa, Sonora, Baja California, Michoacán, Guerrero, Tabasco, Tamaulipas, entre otras.1

Segunda. Las playas de nuestro país son consideradas bienes nacionales conforme a lo estipulado en el artículo 27, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así mismo la Ley General de Bienes Nacionales les ofrece el carácter de bienes nacionales de uso común, lo anterior acorde a la fracción IV, del artículo 7 de dicha legislación en comento.

Artículo 7. Son bienes de uso común:

...

IV. Las playas marítimas, entendiéndose por tales las partes de tierra que por virtud de la marea cubre y descubre el agua, desde los límites de mayor reflujo hasta los límites de mayor flujo anuales;

Tercera. Este tipo de bienes puede ser concesionado o permisionado para su uso, aprovechamiento y explotación, estas autorizaciones las realiza la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), siempre y cuando estén en el ámbito de administración de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

La Ley General de Bienes Nacionales, también contempla la posibilidad de concesionar estos espacios a cualquier interés privado y contempla tres diferentes tipos de concesión para tal efecto:

a) Protección y Ornato : Se considerará como uso de protección, el que se dé a aquellas superficies ocupadas que mantengan el estado natural de la superficie concesionada, no realizando construcción alguna y donde no se realicen actividades de lucro; y uso de ornato, el que se dé a aquellas superficies ocupadas en las cuales se hayan realizado obras cuya construcción no requiera de trabajos de cimentación, y que estén destinadas exclusivamente para el embellecimiento del lugar.

b) General : Se considera como uso general el que se dé a aquellas superficies ocupadas en las cuales se hayan realizado construcciones u obras con cimentación o estén vinculadas con actividades de lucro.

c) Actividades primarias : Agricultura, ganadería, pesca, acuacultura y la extracción artesanal de piedra bola.

La federación obtiene un beneficio económico a través del pago de derechos por las concesiones. La tarifa a pagar varía dependiendo de la zona, por ejemplo, el municipio de Cozumel en Quintana Roo tiene la tarifa más alta ($112.00 pesos/m2 para una concesión general) en comparación con el municipio de Guasave en Sinaloa ($1.12 pesos para una concesión del mismo tipo). Este ingreso permite a los municipios costeros de México poder ser autosuficientes, siempre y cuando se administren los litorales de manera eficiente y transparente.2

Cuarta. Un tipo de bien afín referente a las playas son los considerados por su terminología jurídica como Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat), estas a criterio de la Semarnat se define de la manera siguiente:3

Es la franja de 20 metros transitable y contigua al mar, que se determina a partir de la cota de pleamar máxima.

Ahora bien, la Zofemat también puede ser concesionada por medio de la Semarnat, por lo que, los municipios costeros no están autorizados para la realización de dicho contrato administrativo.

Así lo establece la recomendación que emitió la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), a los Gobiernos de las 17 entidades federativas costeras del país, para que éstos pidan a los municipios apegarse a la legislación en la materia, fortalecer la vigilancia en Zofemat, y hacer un uso sustentable de estos bienes de la Nación.

Por lo que, de lo señalado en el párrafo anterior, se desprende que no se cuenta con un control como tal de dichas concesiones, lo cual provoca una desinformación en la materia al no tener certeza del número de concesiones existentes

QUINTA. En una búsqueda exhaustiva, dentro del portal de la Semarnat, nivel nacional se tienen 17 mil 935 títulos de concesión, otorgados para el uso y aprovechamiento de la Zona Federal Marítimo Terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier depósito formado con agua marítima, en los municipios costeros de los 17 estados que cuentan con litoral a lo largo de los 11 mil 200 kilómetros que existen, sin embargo, a pesar de estos datos, no se sabe a ciencia cierta, cual es el porcentaje que se encuentra concesionado, ni la cantidad de concesiones que existen por estado.

Es por ello, que en el afán de contar con mayor certeza e información en la materia, se considera preciso exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), emita un informe detallado de todas las concesiones, permisos y autorizaciones de zona federal marítimo terrestre (Zofemat) con las que se cuentan a la fecha, así como el porcentaje de la zona marítimo terrestre que esta concesionada.

Por los argumentos esgrimidos con anterioridad someto a consideración de las y los legisladores que integran el Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos solicita de manera respetuosa a la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a que haga pública en su página oficial de internet, las concesiones, permisos y autorizaciones de Zona Federal Marítimo Terrestre que se han realizado, así como el porcentaje de la zona marítimo terrestre que esta concesionada.

Notas

1 Playas México. (2018). Lista de Playas en México. Enero 30, 2019, de Playas de México Sitio web:

http://www.playasmexico.com.mx/playas-quintana-roo.html

2 http://jovenesconstruyendo.org/las-playas-de-mexico-una-zona-restringid a/

3 Semarnat. (2018). concesiones, permisos y autorizaciones para uso de Zofemat, facultad exclusiva de Semarnat: Profepa. Enero 30, 2019, de sitio web: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/6077/1/mx.wap/concesiones__per misos_y_autorizaciones_para__uso_de_zofemat_facultad_exclusiva_de_semar nat:_profepa.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputada Carmina Yadira Regalado Mardueño (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SHCP y la SE a informar a la opinión pública sobre la ruta por seguir para defender la industria del acero respecto a la imposición de cuotas arancelarias por EUA, a cargo de la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe Silvia Guadalupe Garza Galván, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fracción XX; 6, numeral primero; 62, numeral segundo; 65, numeral cuarto; y 79, numeral primero, fracción II, y numeral segundo, fracción III, así como los demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la titular de la Secretaría de Economía para que informen a la opinión pública sobre la ruta a seguir para defender a la industria del acero respecto a la imposición de cuotas arancelarias por parte de los Estados Unidos, incluyendo la exclusión de México de la denominada sección 232, así como para que renueven la salvaguarda del 15 por ciento a las importaciones de acero con países con los que México no tiene acuerdos comerciales, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El acero es un producto de los denominados “procíclicos”, es decir, que tienen una estrecha relación con el ciclo económico mundial. Además, está sujeto a una serie de regulaciones comerciales que hace de esta industria una de alta volatilidad, tanto de precios como de volúmenes.

La coyuntura internacional que se presenta en los próximos meses es altamente compleja por el efecto de diferentes factores que inciden en el desempeño de la industria acerera. Actualmente son tres los temas que inciden en dicha industria: 1) la situación económica internacional que afecta la trayectoria de precios y volúmenes (demanda/oferta); 2) la protección tarifaria y de cuotas en medio de un cambio estructural en las políticas comerciales de Estados Unidos que afectó a México y Canadá directamente; y 3) la situación misma de la industria nacional derivada de una mala política industrial y comercial que se arrastra desde hace décadas.

I. Coyuntura económica internacional

La expansión mundial se ha debilitado como resultado de la incertidumbre de tres elementos: el impacto de la guerra comercial entre Estados Unidos y China, el potencial fracaso de las negociaciones de Theresa May con Europa en relación con la salida del Reino Unido de la Comunidad Europea; y las condiciones financieras internacionales que se tornan más restrictivas en materia de liquidez. Mientras en 2018 el crecimiento mundial fue de 3.7 por ciento, se proyecta que el desempeño económico en 2019 y 2020 sea de 3.5 por ciento y 3.6 por ciento respectivamente, es decir, 0.2 y 0.1 puntos porcentuales menos que lo estimado apenas hace un año.

El recrudecimiento de las tensiones comerciales entre Estados Unidos y China va más allá de lo contemplado y siguen siendo una importante fuente de riesgo para la economía internacional: por un lado, se desconoce el efecto final de los aranceles impuestos entre las dos naciones en sus respectivas economías toda vez que las cadenas de valor están altamente interconectadas. Este elemento es crucial a la hora de determinar la efectividad o no de las tarifas impuestas entre ambos países. Por otro lado, hay un daño ya irreversible a la confianza recíproca entre Estados Unidos y China que va a modificar la trayectoria de las inversiones entre ambos en el largo plazo. La incorporación de estos elementos es determinante para la industria acerera toda vez que la demanda doméstica en China pudiera verse modificada a la baja en los próximos dos años y llevar a una situación, en esta industria, de canibalización de precios ante un excedente potencial de inventarios. Para México, tomador de precios en este mercado, el efecto pudiera ser altamente nocivo pues la reducción de márgenes en el sector pudiera afectar no solo la rentabilidad de la industria acerera mexicana sino su viabilidad. Para el mercado del acero, la desaceleración de China tiene repercusiones directas para los productores mexicanos, situación que van a enfrentar ese año y gran parte de los próximos dos:

Además, las condiciones financieras ya se han tornado más restrictivas por diversos factores de incertidumbre: menores ventas en China que afectan a empresas, principalmente tecnológicas en NASDAQ; desaceleración en Europa ante la perspectiva de un fracaso por Brexit y la desaceleración en Italia; y los altos niveles de deuda pública y privada que afectan la liquidez internacional y recomponen portafolios hacia segmentos duros: dólar y oro.

La afectación de la trayectoria de tasas es determinante en los flujos de capital internacional y la expectativa de crecimiento en Europa y Asia. En Europa por el alto nivel de endeudamiento y la afectación de condiciones menos laxas en los mercados intermedios de deuda. En Asia por la necesidad de reciclar excedentes de cuenta corriente (particularmente China) en los mercados de deuda americanos. En todo caso, la revisión de las tasas de fondeo ha ido al alza como se ha previsto en los últimos meses:

Los precios de los metales y las materias primas agrícolas han disminuido como consecuencia a pesar de que la inflación en lo general está contenida a nivel mundial. Las últimas intervenciones de la FED en los mercados financieros indican una posición de “esperar y ver”, ante un posible techo en el rango de salarios estadounidenses al bajo nivel de desempleo actual. En algunos casos, la moderación de la inflación se ha visto contrarrestada en parte por el efecto de traspaso de las depreciaciones de la moneda a los precios internos, particularmente en Europa.

Se prevé que el crecimiento en la zona del euro se modere de 1.8 por ciento en 2018 a 1.6 por ciento en 2019 y 1.6 por ciento en 2020, debido en parte a las revisiones a la baja en Alemania. Pero es importante destacar que estos pronósticos no incorporan el efecto Brexit de llegar a marzo sin un acuerdo en el tema de la frontera entre las dos Irlanda (el denominado backstop). De no llegar a un acuerdo, como es altamente previsible, se estima que el Reino Unido iniciaría una espiral de desaceleración que pudiera ser incluso más profunda que la crisis del 2008, lo que llevaría irremediablemente a una recesión en Europa y a una revisión aun mayor de los pronósticos de crecimiento.

Este escenario tiene una repercusión directa en la industria acerera mexicana: los primeros sectores en reducir su crecimiento serían los de construcción e infraestructura, afectando tanto el acero en barra como el procesado (laminados, rollos, etc.). Con el nivel de inventarios que hay en este momento en Europa una baja en la demanda significaría una caída en los precios de los productos metalúrgicos europeos e internacionales en general. Eso porque China mantiene un excedente fuerte de producción y Estados Unidos también ve moderar su demanda en los próximos meses.

El pronóstico de crecimiento para Estados Unidos se prevé a la baja: 2.5 por ciento en 2019 y 1.6 por ciento en 2020, conforme se diluya el efecto del estímulo fiscal aplicado en 2018 y la tasa de los federales supere a la tasa de interés neutral (crecimiento potencial). Estos crecimientos, si bien son menores al de 2018, se mantienen todavía por encima de la tasa de crecimiento potencial de la economía estadounidense en ambos años. Un sólido crecimiento de la demanda interna propiciará el aumento de las importaciones y contribuirá a ampliar el déficit en cuenta corriente de Estados Unidos que debe contener en parte la moderación de los precios internacionales del acero.

El efecto final de todo lo anterior indica una trayectoria a la baja en la demanda internacional del acero, acomodo de excedentes de inventarios, particularmente de China y fuertes presiones para los productores de acero mexicanos que pueden ver disminuida su demanda internacional. Como se observa en el siguiente gráfico, la tendencia de los precios ha revertido el alza observada ante una fuerte demanda de Estados Unidos los últimos dos años:

II. Comercio y acero

El efecto inmediato de tarifas aplicadas en los mercados de commodities es sobre los precios domésticos de los países afectados, lo cual crea dos escenarios: primero, la recomposición de la demanda interna en esos países o regiones en los mercados mundiales, es decir, diversificación de la demanda global; y segundo, baja generalizada de precios. Para México la afectación es directa porque sus canales de distribución del acero están más focalizados y no son tan eficientes como los de China, Europa y Estados Unidos. La baja de precios deriva en caída de márgenes de rentabilidad y menores perspectivas de crecimiento del sector.

Las crecientes tensiones comerciales generan preocupación sobre el crecimiento mundial, el comercio y las perspectivas de inversión, y por lo tanto empeoran las perspectivas de la demanda de una gama de productos básicos e intermedios, como el acero. Las tarifas pueden deprimir el comercio global, interrumpir las cadenas de suministro y aumentar la demanda de sustitutos de países con prácticas desleales, particularmente China. Curiosamente, la imposición de tarifas a China deprime el mercado mundial y acaba beneficiándola más por la alta competitividad en precios debido a su producción no de mercado. Una escalada de aranceles hasta los tipos consolidados legalmente permitidos podría traducirse en una disminución de los flujos comerciales globales de hasta un 9 por ciento según estimaciones del Banco Mundial.

La eliminación del arancel americano a México y Canadá es fundamental para poder amortiguar el efecto global de la guerra que Estados Unidos tiene con China, y esto requiere fundamentalmente una estrategia de políticas públicas debidamente enfocadas en esa materia. Nada se ha hecho por el momento para negociar una salida pronto a la situación actual.

El gobierno de México decidió no renovar una salvaguarda del 15 por ciento a las importaciones de acero con países con los que no tiene acuerdos comerciales que es totalmente contradictorio a una necesaria compensación que se debe hacer en un escenario de guerra comercial entre potencias. Ello puede generar una asimetría entre las necesidades del productor nacional y los efectos nocivos que enfrenta por terceros (Estados Unidos principalmente). De acuerdo con industriales, México podría ser utilizado como plataforma de triangulación: importar temporalmente en México para reexportar sin tarifas a terceros países a menor precio.

La salvaguarda fue establecida en 2015 para proteger a la industria siderúrgica mexicana de las crecientes importaciones de Asia, en particular, de China. Desde entonces, la medida se aplicaba bajo el principio de renovación de condiciones de mercado cada seis meses. La última renovación debió hacerse el pasado 31 de enero y no se realizó.

No renovar esta medida compensatoria para proteger al industrial nacional podría generar asimetrías en materia de precios relativos y competitividad, que finalmente puede ser tomada por Estados Unidos como un pretexto para mantener los aranceles actuales (sección 232) bajo el argumento de competencia desleal que afecte la seguridad nacional.

Además, puede afectar el proceso de ratificación del Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC) cuando sea sometido a la Cámara de Representantes de Estados Unidos dominada por demócratas que han exigido la eliminación de la medida de la Sección 232 del Trade Expansion Act de 1962 invocada por el presidente Trump para México y Canadá, entre otros.

III. La situación actual y perspectivas

Uno de los errores claros en la negociación del Tratado de Libre Comercio de Norteamérica (TLCAN) que derivó finalmente en el llamado T-MEC fue dejar fuera de los acuerdos el tema del acero mexicano y canadiense. En realidad, el gobierno mexicano lo utilizó casi como moneda de cambio para terminar con la negociación antes de que entrara la nueva administración. Recuérdese la mala impresión que dejó en Canadá el que México negociara bilateralmente con Estados Unidos una serie de temas que finalmente derivó en poner a los canadienses en una situación de tomar o dejar.

Se estima que son 10 las fracciones arancelarias que aprovechan las acereras estadounidenses para mantener sus flujos comerciales hacia México en franca competencia con el productor nacional. Éstas se han mantenido sin aranceles y explican el superávit que mantiene Estados Unidos con México. Este esquema es altamente favorable para los intereses norteamericanos y en perjuicio del productor nacional.

En este escenario son tres las acciones que en principio deben tomarse de manera urgente en beneficio del sector acerero nacional:

1. Definir junto con los productores nacionales una estrategia comercial que incluya en la ratificación del T-MEC la exclusión de México (y Canadá) en la denominada aplicación de la sección 232. No sólo por ser un principio básico que México y Canadá deben defender en la ratificación del acuerdo comercial (por eso se firma, para ser socios preferenciales) sino porque viola el espíritu de libre comercio que debe imperar entre los tres países. Esta estrategia debe iniciarse de manera que se hagan las necesarias negociaciones con los nuevos integrantes de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, junto con el Gobierno de ese país, para eliminar no solo las tarifas impuestas a México sino cualquier posible compensación por la vía de cuotas de importación.

2. Es necesario no solo renovar la salvaguarda fue establecida en 2015 para proteger a la industria siderúrgica mexicana de las crecientes importaciones de Asia, sino incluso ver la posibilidad de que México interponga una demanda en la Organización Mundial de Comercio que de sustento a la imposición de cuotas de importación de China en México. Hay razones suficientes para hacerlo, como ya en su momento lo hizo Europa. Mantener el esquema actual sin la salvaguarda que permita una justa compensación a los productores nacionales es una medida indispensable para mantener a flote al sector.

3. Se requiere el establecimiento de una verdadera política industrial para el sector, que ha estado al amparo de precios internacionales volátiles, socios comerciales fuertes que le imponen condiciones de mercado en ocasiones muy complejas y con una base de erosión de la demanda interna producto de los pobres crecimientos económicos del país en las últimas décadas. Cuando un sector como el del acero depende del mercado mundial para la fijación de precios y vive en un mercado casi endémico en materia de demanda, la situación financiera y de inversiones se torna precaria.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Titular de la Secretaría de Economía para que informen a la opinión pública sobre la ruta a seguir para defender a la industria del acero respecto a la imposición de cuotas arancelarias por parte de los Estados Unidos, incluyendo la exclusión de México de la denominada sección 232.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Titular de la Secretaría de Economía para que renueven la salvaguarda del 15 por ciento a las importaciones de acero con países con los que México no tiene acuerdos comerciales.

Dado en el salón de sesiones, a 12 de febrero de 2019.

Diputada Silvia Guadalupe Garza Galván (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para solicitar a la Jucopo que cite a una reunión al presidente del Inegi a fin de conocer el estado del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, a cargo de la diputada Dulce María Sauri Riancho, del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numerales 1 y 2, 124, numeral 3, y 125, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que solicita a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados que cite a una reunión al presidente del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con el propósito de conocer el estado que guarda el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, con relación al presupuesto aprobado para este año, así como el programa anual del instituto para 2019 y la información de interés nacional, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 14 de noviembre de 2019, la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en la duodécima sesión y en cumplimiento a lo que establece el artículo 26 apartado B de la Constitución y los artículos 52, 77, fracción X, y 83 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, aprobó su anteproyecto de presupuesto para 2019 por un total de 12 mil 629.7 millones de pesos, correspondiendo 7 mil 159.4 millones para el programa regular y 5 mil 470.3 millones de pesos para actividades censales .1

El 24 de diciembre de 2018, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019, que autorizó al ramo 40, “Información nacional estadística y geográfica”, Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 12 mil 129.7 millones de pesos; correspondiendo 7,159.4 millones de pesos para el Programa Regular, y 4,970.3 millones de pesos, para las actividades censales. 2

Esto representó una reducción de 500.0 millones de pesos, aproximadamente una disminución de 3.95 por ciento respecto a lo que la Junta de Gobierno había aprobado solicitar.

Ahora bien, el pasado 24 de enero de 2019 el presidente del Inegi, Julio Santaella Castell, comentó que por los recortes al presupuesto de éste, al menos 14 proyectos deberán ser cancelados, pues se afectaron además con el recorte de personal y las contracciones a los salarios, producto de la entrada en vigor de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos.3

Los proyectos con financiamiento externo afectados o cancelados con el recorte presupuestal son éstos:

• La Encuesta Nacional de Cohesión Social para la Prevención de la Violencia y la Delincuencia.

• La Encuesta Nacional de Uso de las Tecnologías de Información en los Hogares.

• La Encuesta Nacional sobre Uso del Tiempo.

• La Encuesta Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.

• La Encuesta Nacional de Calidad Regulatoria e Impacto Gubernamental en Empresas.

• El Censo Agropecuario.

• La Encuesta Nacional Agropecuaria.

• La Encuesta Nacional de Gasto en los Hogares.

• La Encuesta Nacional de Consumidores de Sustancias Psicotrópicas.

• La Encuesta Nacional de los Hogares.

• La Encuesta Nacional de Micronegocios.

• La Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad.

• La Encuesta Nacional de Trabajo Infantil.

• La Encuesta Nacional sobre Confianza del Consumidor.

El funcionario, además, precisó que no descarta que ante esta situación, funcionarios del Inegi presenten una controversia constitucional ante la SCJN por la nueva la Ley Federal de Remuneraciones de Servidores Públicos, que prohíbe que los servidores públicos ganen más de los 108 mil pesos mensuales que percibe el presidente y una acción de inconstitucionalidad al decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio de 2019.

Es importante mencionar algunos razonamientos:

La Constitución y la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica confieren autonomía financiera al Inegi. Y particularmente el artículo 83 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica establece:

El Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal en que deban realizarse los censos nacionales, las cuentas nacionales y los índices nacionales de precios, a que se refiere el artículo 59 de esta ley, deberá contemplar los recursos suficientes para que el Instituto los lleve a cabo.

Las actividades estadísticas y geográficas que, en adición a las señaladas en el párrafo anterior, el Instituto determine llevar a cabo en los términos de esta Ley, estarán sujetas a la disponibilidad presupuestaria que, en su caso, se apruebe para tales efectos en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

La fracción III del mencionado artículo 83, establece que el Inegi

Autorizará las adecuaciones a su presupuesto sin requerir la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, siempre y cuando no rebasen el techo global de su presupuesto aprobado.

Llama la atención que el instituto, antes de analizar la posibilidad de adecuar su presupuesto, opte por cancelar los proyectos de información y estadística que son necesarios y fundamentales para las políticas públicas, pues por mandato de ley el instituto coordina la información de interés nacional, que forman parte de los datos de uso obligatorio para la federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

Por ello es muy relevante conocer el estado que guarda el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, los proyectos que se ha anunciado se cancelarán y su efecto en los datos y la gestión de gobierno, las políticas públicas y las cuentas nacionales.

En segundo lugar, no debe omitirse que también la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, establece en el artículo 10, que el Programa Estratégico del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, debe tener, una proyección de al menos 24 años y deberá ser revisado y actualizado por la Junta de Gobierno cada seis años, al inicio del cuarto año del periodo correspondiente al presidente de la República y debe ser publicado en el Diario Oficial de la Federación con un carácter obligatorio para las unidades del Estado.

Ello ya sucedió el 26 de diciembre de 2016, cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa Estratégico del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica 2016-2040.

Por último, y no menos importante, es de considerar que, aquí mismo en la Cámara de Diputados estamos por discutir y revisar una reforma constitucional al artículo 19, para adecuar la prisión oficiosa a ciertas delitos considerados graves y debemos examinar, la estadística de la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (que pudiera cancelarse por falta de recursos) y muchos otros datos del Subsistema Nacional de Gobierno, Seguridad Pública e Impartición de Justicia del Inegi y es importante contar con información actualizada y pormenorizada a nivel de todo el país, para sustentar una legislación moderna y apegada a los derechos humanos y políticas públicas viables y útiles.

Por todo lo anterior y ante la importancia de la información que genera el INEGI, las políticas y legislación nacionales que de esa información se elaboran, la necesidad de fortalecer la gestión y el trabajo de los organismos autónomos que hemos creado e institucionalizado, es que requerimos conocer de primera mano la situación que guarda todo el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

Por todo lo expuesto, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprueba el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Por el que se exhorta a la Junta de Coordinación Política a invitar a una reunión con las comisiones correspondientes al presidente del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con el propósito de conocer el estado que guarda el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, con relación al presupuesto aprobado para este año, así como el programa anual del instituto para 2019 y la información de interés nacional.

Fuentes consultadas

1 https://www.snieg.mx/Documentacionportal/InegiUCC/JG/Sesiones/2018/DECI MA_SEGUNDA_SESION_2018.pdf

2 https://www.pef.hacienda.gob.mx/work/models/PEF2019/docs/40/r40_epr.pdf

3 https://www.elfinanciero.com.mx/economia/los-ajustes-del-inegi-en-proye ctos-y-prestaciones-por-recorte-presupuestal

Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lsnieg.htm

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 12 de febrero de 2019.

Diputada Dulce María Sauri Riancho (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para crear la comisión especial de salud mental y bienestar psicosocial, a cargo de la diputada Elba Lorena Torres Díaz, del Grupo Parlamentario del PES

Quien suscribe, Elba Lorena Torres Díaz, diputada federal del Grupo Parlamentario de Encuentro Social de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I; 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Se hace referencia inicial a la salud a que tienen derecho todas las mexicanas y todos los mexicanos, de conformidad a lo establecido en artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, la salud mental se define como el estado psíquico del individuo obtenido por la ausencia de afecciones o enfermedades mentales y el bienestar psicosocial como un estado de bienestar en el cual el individuo consciente de sus propias capacidades, puede potencializarlas para afrontar los desafíos normales de la vida, puede trabajar de forma productiva y fructífera, y es capaz de hacer una contribución a su comunidad.

Es sabido y vivido que los problemas de salud se han incrementado drásticamente en las últimas décadas a nivel mundial, y nuestro país no es la excepción. Los datos sugieren que los problemas mentales están entre los que más contribuyen a la carga global de enfermedades y discapacidades. Más allá de las impresionantes cifras relacionadas con estas patologías, existe un amplio grupo de personas que viven en condiciones o circunstancias extremadamente difíciles que los ponen en riesgo de ser afectados por algún trastorno mental; por ejemplo, los niños y adolescentes con alteraciones en su desarrollo y educación, los adultos mayores abandonados, las mujeres, trabajadoras, los niños en situación de calle, los grupos y etnias indígenas, comunidades que dejan sus hogares por situación de desastres naturales o guerras, o para buscar mejores condiciones de vida y por supuesto la población que vive en condiciones de extrema pobreza.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud Mental, un 18 por ciento de la población urbana en edad productiva (15- 64 años de edad) sufre algún trastorno del estado de ánimo como ansiedad, depresión o fobia.

Además, 3 millones de personas son adictas al alcohol, 13 millones son fumadores y hay más de 400 mil adictos a psicotrópicos. Se ha documentado que entre el 1 y 2 por ciento de la población adulta ha intentado suicidarse y la tasa de suicidios consumados tiene una tendencia al alza. De acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), se registraron 6 mil 370 suicidios durante 2016.

Entre las determinantes sociales y ambientales que influyen directamente en la salud mental y el bienestar psicosocial se encuentran los siguientes:

-Familiares. Madre adolescente, padre o madre solteros, familia numerosa, modelos con rol antisocial, violencia familiar, familia disfuncional, divorcio o separación, negligencia con el cuidado del niño, experiencias de rechazo; padres en situación de desempleo prolongado, abuso de sustancias y/o con problemas mentales.

-Escolares. Peleas/riñas, carencia de vínculos afectivos en la escuela (amigos y maestros), manejo inadecuado de la conducta, fracaso o deserción escolar, cambios de escuela, relaciones insatisfactorias, falta de expectativas, expectativas falsas.

-Sociales. Desventaja socioeconómica, discriminación social y cultural, violencia y criminalidad en la zona de vivienda, condiciones inadecuadas de la vivienda, falta de servicios de apoyo como transporte y lugares de recreo, aislamiento social.

-Eventos. Abuso físico, sexual y emocional, muerte de un familiar, enfermedad, desempleo, falta de hogar, encarcelamiento, pobreza, accidentes de trabajo, responsabilidad en el cuidado de un enfermo o discapacitado, guerra, violencia o desastres naturales.

Es importante mencionar el costo de los problemas de salud mental en el 2017, la Secretaría de Salud destinó para la salud mental el 2 por ciento del presupuesto total asignado. Un 80 por ciento se emplea para mantener hospitales psiquiátricos y muy poco se destina a detección, prevención y rehabilitación.

La OMS recomienda que se invierta entre el 5 y el 10 por ciento del gasto en salud.

El Programa de Acción Específico (PAE) en Salud Mental 2013-2018 del gobierno federal se plantea cinco objetivos específicos:

-Fortalecer y modernizar los servicios de atención psiquiátrica, con un enfoque comunitario, integral y multidisciplinario.

-Formalizar la Red Especializada de Atención Psiquiátrica para lograr una mayor eficiencia.

-Realizar acciones de prevención y educación de los trastornos mentales prioritarios y sus factores de riesgo.

-Impulsar la formación y capacitación de investigadores y especialistas conforme a las enfermedades mentales prioritarias. Las recomendaciones por parte de la OMS, para aumentar la disponibilidad de los servicios de salud mental hay que realizar cinco acciones clave:

-Incluir a la salud mental en los programas de salud pública,

-Mejorar la organización de los servicios de salud mental.

-Integrar la salud mental a la atención primaria.

-Aumentar los recursos humanos para la atención de salud mental y

-Generar política pública de largo plazo en salud mental pública.

La Organización Panamericana de la Salud sugiere que los recursos financieros necesarios para aumentar los servicios son relativamente modestos: entre 3 y 4 dólares per cápita en países de ingresos medios como México. Para conseguir estos recursos, recomienda que los gobiernos coordinen esfuerzos con los diferentes grupos de interés, incluyendo benefactores, profesionales de la salud mental, los enfermos mentales y sus familiares.

En una primera reunión ordinaria llevada celebrada el día miércoles 17 de octubre de 2018 en el Senado de la Republica, a propuesta de los integrantes de la Comisión de Salud, se acordó integrar ya un punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Salud a crear un grupo de trabajo con el Senado de la República, a fin de construir un marco legal para la formulación de políticas integrales y efectivas en materia de salud mental. Sin embargo, suponemos que nos encontramos en los tiempos y las necesidades de generar acciones más contundentes que puedan fortalecer la salud mental y desarrollar el bienestar psicosocial.

En la pasada legislatura se estableció ya un primer ejercicio para poder establecer los lineamientos requeridos para fortalecer la salud mental en el país, a través de la creación de la comisión especial de salud mental y adicciones, sin embargo a pesar de haber hecho algunos intentos fallidos para establecer una normatividad efectiva en esta materia, fue un trabajo que requiere no solo continuidad a los esfuerzos que esta comisión aportó, sino dar un giro a la percepción misma de la salud mental en el país y la incorporación de un concepto por demás importante “el bienestar psicosocial”.

Con base en lo anteriormente expuesto, y con fundamento en los artículos 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Junta de Coordinación Política para que, con fundamento en los artículos 34, incisos b) y c), y 42 de la Ley Orgánica para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, determine la creación de la Comisión Especial de Salud Mental y Bienestar Psicosocial y, una vez realizado lo anterior, lo someta a consideración del pleno de la Cámara de Diputados.

Segundo. El objeto de la Comisión Especial será emprender lo que se deriva de su denominación, en particular, atender la problemática de salud mental y bienestar psicosocial que deriven en establecimiento de modificaciones al marco legal y fomentar la implantación de políticas y programas específicos para la debida atención del tema.

Tercero. La Comisión Especial estará integrada por los miembros que determine la Junta de Coordinación Política, en forma proporcional a la representación en la Cámara de Diputados, siendo presidida por el grupo parlamentario del Partido de Encuentro Social.

Cuarto. Para el cumplimiento de su objetivo, dicha comisión especial podrá allegarse la información que considere pertinente; así como reunirse cuando lo considere necesario con las autoridades federales, estatales y municipales responsables, organizaciones civiles, y desempeñar cualquier otra acción para el cumplimiento de su objetivo, en el ámbito de la legislación aplicable.

Quinto. La Comisión Especial objeto del presente punto de acuerdo funcionará de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento para el Gobierno Interior y demás disposiciones aplicables, contando con la asignación de los recursos humanos, económicos y materiales necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones.

Sexto. La duración máxima de los trabajos que realice la Comisión Especial será el mes de agosto de 2021, sin perjuicio de que al cumplirse su objetivo para el cual fue creada, se extinga en forma anticipada, y por la importancia del tema no será rotatoria.

Dado en la sede de la Cámara de Diputados, a 12 de febrero de 2019.

Diputada Elba Lorena Torres Díaz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de crear la comisión especial para la reinstalación de los docentes, a cargo del diputado Reginaldo Sandoval Flores, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, diputado federal a la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo que se establece en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de honorable pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo, para crear la Comisión Especial para la reinstalación de los docentes, bajo las siguientes

Consideraciones

El 26 de febrero de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se reforman los artículos 3o., en sus fracciones III, VII y VIII, y 73, fracción XXV y se adiciona un párrafo tercero, un inciso d) al párrafo segundo de la fracción II y una fracción IX al artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la reforma citada, destaca el contenido de la fracción III, que a la letra establece: “...adicionalmente, el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado, se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. La ley reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación. Serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable a las instituciones a las que se refiere la fracción VII de este artículo;”.

De la transcripción anterior se desprende de manera indubitable que el Constituyente Permanente al reformar el artículo 3o., mediante el decreto del 26 de febrero de 2013, determinó establecer el principio de reserva de Ley en favor del Congreso de la Unión al señalar expresamente en la fracción III, del artículo 3o., que: “...la ley reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación. Serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable a las instituciones a las que se refiere la fracción VII de este artículo;”.

Hay que destacar que el decreto de reformas a los artículos 3o. y 73 antes citado, entro en vigor el 27 de febrero de 2013, y conforme al artículo transitorio tercero el Congreso de la Unión debería expedir la ley reglamentaria correspondiente al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación a más tardar en un plazo de 6 meses contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto.

En tal virtud las Cámaras del Congreso de la Unión aprobaron la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 2013, iniciando su vigencia conforme a lo establecido en el transitorio primero, el día 12 de septiembre del mismo año.

En diversas disposiciones prevé diversas disposiciones vinculadas con la evaluación educativa. Destaca el contenido del artículo 8, que a la letra establece: “La evaluación del Sistema Educativo Nacional que lleve a cabo el Instituto, así como las evaluaciones que en el ámbito de su competencia lleven a cabo las autoridades educativas, serán sistemáticas, integrales, obligatorias y periódicas. Estas evaluaciones deberán considerar los contextos demográfico, social y económico de los agentes del Sistema Educativo Nacional, los recursos o insumos humanos, materiales y financieros destinados a éste y demás condiciones que intervengan en el proceso de enseñanza-aprendizaje”.

También el artículo 13 establece en su fracción VI: “Los lineamientos y las directrices de la evaluación;”.

De igual forma el artículo 27 en su fracción VII, establece: “Expedir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas para llevar a cabo las funciones de evaluación que les correspondan;”

Asimismo, el artículo 28 en su fracción III, inciso b), establece: “La evaluación del desempeño de quienes ejercen funciones docentes, directivas o de supervisión, determinando el propio Instituto los niveles mínimos para la realización de dichas actividades;”

En el artículo 47 se establece que “el Instituto emitirá lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federal y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les correspondan.

El Instituto emitirá directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad, como factor esencial en la búsqueda de la igualdad social.”

Por último, el artículo 48 establece que “los lineamientos y directrices que emita el Instituto se harán de conocimiento público.”

Por otra parte, la Ley General del Servicio Profesional Docente define en su artículo 1o., ser reglamentaria de la fracción III del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, rige al Servicio Profesional Docente y establece los criterios, términos y condiciones para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio.

Nos interesa destacar que en el artículo 3o., fracción III, se establece: “...la Ley Reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación. Serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable a las instituciones a las que se refiere la fracción VII de este artículo;”.

El constituyente permanente mandató a que los criterios objetivos de la evaluación educativa estuvieran previstos en la ley, sin embargo, en el texto de la Ley del Servicio Profesional

Docente hay una clara omisión legislativa por parte de las Cámaras del Congreso de la Unión, pues en ninguno de los artículos que componen dicha ley, se establece de manera clara y precisa cuales son los criterios objetivos a considerar para la selección de docentes que presentaran la evaluación para la permanencia.

Como más adelante se apreciará esta omisión legislativa ha causado perjuicio a infinidad de docentes, ya que para efecto de obligarlos a ser sujetos de la evaluación aplicaron procedimientos aleatorios de selección que van desde “tómbola, antipatía con los directivos escolares, software”, solo por señalar algunos, ninguno de ellos parámetros objetivos, para la selección de docentes que presentaran la evaluación de permanencia.

Los profesores afectados con la imposición del examen de evaluación fueron separados de la función docente e interpusieron los correspondientes medios de defensa legal, que van de los juicios laborales hasta el juicio de garantías, se tienen registrados y debidamente documentados en algunos casos los casos del estado de Jalisco con 34 profesores cesados injustificadamente, Morelos 22 casos, Puebla 14 casos, Querétaro 13, Querétaro Colegio de Bachilleres 27 casos, Tabasco 31 casos, Quintana Roo 23 casos, estado de México 7 casos, Veracruz 9 casos, Nayarit 8 casos, Michoacán 3 casos, Querétaro 83 casos. Como se puede apreciar la evaluación educativa ha tenido un carácter punitivo en contra del magisterio.

Se han actualizado en perjuicio de los docentes violaciones a tratados internacionales y a la propia Constitución General de la República, cuando mandata en la fracción III, que la evaluación educativa se realizará conforme a los criterios términos y condiciones establecidos en ley.

La fracción F) del artículo 72 constitucional: “En la interpretación, reforma o derogaciones de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación”. A esta facultad del Congreso para interpretar las propias leyes la doctrina la denomina: “interpretación auténtica”, en virtud de que es realizada como medio de control previo e interno de carácter constitucional por el propio órgano encargado de aprobar las leyes.

Esta Cámara de Diputados tiene la gran oportunidad de pronunciarse sobre las omisiones legislativas que en otras legislaturas se han producido cuando, por ejemplo, en la Ley Reglamentaria del Artículo 3o., Fracción III, que es la Ley General del Servicio Profesional Docente, esa LXII Legislatura fue omisa.

Estamos proponiendo la creación de una “Comisión Especial para la reinstalación de los docentes que fueron cesados por la indebida aplicación de la Ley General del Servicio Profesional Docente” y que a la fecha han interpuesto los diferentes medios de defensa que la ley les otorga.

Lo hacemos con la firme convicción de que a los docentes les asiste la razón jurídica y política y porque este es un tema de supremacía constitucional, prevista en el artículo 133 Constitucional que vinculado a lo dispuesto por la fracción III, del artículo 3o. Constitucional obligaba al Poder Legislativo a establecer en la Ley Reglamentaria criterios objetivos de evaluación, que al no existir dejaron al libre albedrío de la autoridad administrativa educativa criterios dispares, para la selección de la evaluación de permanencia, de docentes a docente, de docentes de escuelas de un mismo estado o docentes de estado a estado.

Es decir, la plena discrecionalidad que no se sujeta a la norma.

Por las consideraciones antes expuestas someto a la consideración la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Artículo Único . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión acuerda la creación de la Comisión Especial para la reinstalación de los docentes que fueron cesados por la indebida aplicación de la Ley General del Servicio Profesional Docente, cuyo objeto es dar seguimiento a la reinstalación de los profesores cesados por las omisiones legislativas en la Ley del Servicio Profesional Docente.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputado Reginaldo Sandoval Flores (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a incluir Ciudad Victoria, Tamaulipas, entre las regiones prioritarias del Plan de Combate a la Inseguridad, a cargo del diputado Mario Alberto Ramos Tamez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El que suscribe, diputado Mario Alberto Ramos Tamez, integrante de la LXIV Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos, 6, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración del pleno de esta soberanía con base en las siguientes

Consideraciones

Cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), muestran que el año 2018 es considerado el más violento desde hace 21 años, con un saldo de 33,341 homicidios, de los cuales 23 mil 672 ocurrieron por arma de fuego.1

Estos datos, reflejan la grave situación de violencia e inseguridad que existe actualmente en el país, particularmente en Tamaulipas. En el mismo sentido, enfrentamientos de los grupos rivales cobran vidas de no solo de presuntos delincuentes, sino de civiles que desafortunadamente se encontraban en el momento y lugar equivocados.

La estrategia de seguridad del nuevo gobierno, contempla 266 regiones clasificadas por la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, como de mayor violencia, pero para Tamaulipas solo se contemplan 5 regiones de nivel de prioridad alto y 2 de nivel medio, mientras que para el Estado de México se contemplan 32, para Veracruz 18 y para Ciudad de México 16, lo cual es preocupante, siendo que la violencia registrada exige un esfuerzo mayor.2

El pasado 5 de febrero, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, informo de la implementación de la primera etapa de dicha estrategia de seguridad comenzando en 17 regiones consideradas prioritarias en donde a su decir, se llevan a cabo el 35 por ciento de los homicidios del país.

En dichas zonas se prevé establecer un estado de fuerza de 600 elementos por cada coordinación regional, darles prioridad en la distribución de los recursos del Fondo para el Fortalecimiento de la Seguridad (FORTASEG), así como acelerar la oferta de programas integrales de desarrollo del Gobierno de México, entre otras acciones.

Fuente: Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, ver en https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/435248/17_REGIONES_PRIOR ITARIAS_6_FEB.pdf

La capital del estado, Victoria, actualmente vive una alarmante crisis de violencia e inseguridad, según el Consejo Ciudadano para la Seguridad Pública y la Justicia Penal A.C., es el municipio más violento de Tamaulipas, cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública reportan 242 homicidios dolosos en el año 2018.

Aunado a lo anterior, se encuentra en el deshonroso lugar número 30 del Ranking de la violencia en los municipios 2018, según datos del Consejo Ciudadano para la Seguridad Publica y la Justicia Penal, AC.3

Además, registra un mayor número de incidencia de homicidios dolosos, que el municipio de Nuevo Laredo que si se encuentra en la lista y solo reporto 6 el pasado mes de diciembre, mientras que en Victoria se registraron 19 homicidios dolosos, según el SESNSP.4

Es por ello que resulta lamentable que el gobierno federal no lo haya considerado al municipio de Victoria entre las entre las 17 regiones prioritarias del país en materia de seguridad, motivo por el cual, solicito a esta soberanía se exhorte a la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana a incluir al municipio de Victoria, Tamaulipas entre las regiones prioritarias del “Plan de Combate a la Inseguridad”, con el objetivo de que se beneficie de las acciones de dicha estrategia y se atienda con ello la grave crisis de inseguridad y violencia en el municipio.

Por todo lo anterior, propongo el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana a incluir al municipio de Victoria Tamaulipas, entre las regiones prioritarias del “Plan de Combate a la Inseguridad”, con el objetivo de que se beneficie de las acciones de dicha estrategia y se atienda con ello la grave crisis de inseguridad y violencia en el municipio.

Notas

1 http://secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/nueva-metodologia/CNSP-V% C3%ADctimas-2018_dic18.pdf

2 https://www.gob.mx/sspc/articulos/estrategia-nacional-de-seguridad-publ ica

3 http://seguridadjusticiaypaz.org.mx/files/Boletin-Ranking-municipios-20 18.pdf

4 https://datos.gob.mx/busca/dataset/incidencia-delictiva-del-fuero-comun -a-nivel-municipal

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputado Mario Alberto Ramos Tamez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los gobiernos locales a atender la publicación de los lineamientos relativos al Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público para las Personas con Discapacidad, suscrita por integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Los que suscriben, diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción 1, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que exhorta a los gobiernos de las entidades federativas a estar atentos a la publicación de los lineamientos para el Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público para las Personas con Discapacidad y a que hagan uso de los recursos existentes en este fondo adecuadamente, atendiendo a los principios de transparencia y sujetándose a los objetivos establecidos, al tenor de las siguientes

Consideraciones

I. El Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público para las Personas con Discapacidad (Fotradis) tiene por objeto garantizar y proteger los derechos de las personas con discapacidad, así como contribuir a su desarrollo integral e inclusión. Los recursos de este fondo deberán destinarse a proyectos tendientes a garantizar el derecho a la accesibilidad en los espacios públicos y en las unidades de transporte, el diseño universal, y tecnologías de información y comunicación.

II. Entre los argumentos vertidos para la creación del Fotradis y en los posteriores análisis de los presupuestos de egresos de la federación, se reconoce que el espíritu del legislador para etiquetar estos recursos es que deben destinarse a proyectos de inversión tendientes a garantizar la inclusión integral de las personas con discapacidad a todo el transporte público. Este universo incluye el entorno físico y la infraestructura pública incluyente; el transporte público masivo y colectivo accesible, y el transporte público individual adaptado.

III. Para las Personas con Discapacidad y las organizaciones que los representan, es de suma importancia que los titulares de los gobiernos estatales estén atentos a la existencia de los recursos del Fotradis, la inminente publicación de los lineamientos y la exigencia de estar preparados para participar por estos recursos con proyectos que sirvan para garantizar el derecho a la movilidad de las personas con discapacidad y su correcta implementación. El Presupuesto de Egresos de la Federación establece el último día hábil del mes de febrero como la fecha límite para publicar los lineamientos y los plazos para la presentación de los proyectos por parte de las entidades federativas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

IV. Las organizaciones de la sociedad civil, argumenta y soporta con análisis y notas periodísticas que “la mayoría de los gobiernos de la entidades federativas que han recibido recursos de este fondo no reportan de manera adecuada en qué lo gasta e incluso lo destinan a acciones y políticas públicas diferentes a este objeto”. En la Cuenta Pública de 2017 se reporta un gasto de $420,374,337 de los $470,000,000 aprobados por la Cámara de Diputados; en 2016 se gastaron $540,536,120 de los 600,000,000; lo que significa un subejercicio de más de 10 por ciento en los dos años inmediatos anteriores.

Adicionalmente, pocos son las estados que trasparentan el uso de los recursos del Fotradis; no encuentra información en las distintas etapas de control para la planeación, administración, ejecución, gestión y coordinación interinstitucional, derivado de ello: no cuentan con indicadores de resultados que permitan dar seguimiento o medir el avance o los retrocesos en materia de accesibilidad; no diversifican los productos o cuentan con estrategias para atacar los problemas específicos de la entidad; no cuentan con mecanismos y procedimientos ágiles para recibir y dar trámite a solicitudes de acceso a la información y mecanismos de participación ciudadana en el seguimiento, aplicación y control del Fotradis.

V. La Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad establece que la Accesibilidad son:

“Las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, ya otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales...”

Respecto al transporte público, esta ley mandata a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) a establecer mecanismos de coordinación con autoridades competentes y empresas privadas, a fin de elaborar normas y programas que garanticen a las personas con discapacidad, la accesibilidad, seguridad, comodidad, calidad y funcionalidad en los medios de transporte público aéreo, terrestre y marítimo.

Asimismo a promover que en la concesión del servicio de transporte público aéreo, terrestre o marítimo, las unidades e instalaciones garanticen a las personas con discapacidad la accesibilidad para el desplazamiento y los servicios, incluyendo especificaciones técnicas y antropométricas, apoyos técnicos o humanos y personal capacitado.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea los presentes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a los gobiernos de las 32 entidades federativas a atender la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los lineamientos para el Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público para las Personas con Discapacidad, que deberá efectuarse a más tardar el último día hábil de febrero de este año, con el fin de acceder a los recursos destinados al mejoramiento del transporte público y la movilidad de las personas con discapacidad.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a los gobiernos de las 32 entidades federativas a hacer uso de los recursos existentes en este Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público para las Personas con Discapacidad adecuadamente, observando los principios de transparencia y sujetándose a los objetivos establecidos para este fondo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputados: Martha Hortencia Garay Cadena (rúbrica), Delfino López Aparicio (rúbrica), María de Jesús García Guardado (rúbrica), Virginia Merino García (rúbrica), Claudia Tello Espinosa (rúbrica), María de los Ángeles Ayala Díaz (rúbrica), Cecilia Anunciación Patrón Laviada (rúbrica), Laura Barrera Fortoul (rúbrica), Dionicia Vázquez García (rúbrica), María del Carmen Bautista Peláez (rúbrica), Dulce María Méndez de la Luz Dauzón (rúbrica), Olga Juliana Elizondo Guerra (rúbrica), María Isabel Alfaro Morales (rúbrica), María Eugenia Leticia Espinosa Rivas (rúbrica), Reyna Celeste Ascencio Ortega (rúbrica), José Luis García Duque (rúbrica), Marco Antonio González Reyes (rúbrica), Martha Robles Ortiz (rúbrica), Agustín Reynaldo Huerta González (rúbrica), Martha Estela Romo Cuéllar, Emeteria Claudia Martínez Aguilar (rúbrica), Anita Sánchez Castro (rúbrica), Hortensia María Luisa Noroña Quezada, Verónica María Sobrado Rodríguez (rúbrica), Guadalupe Ramos Sotelo (rúbrica), Merary Villegas Sánchez (rúbrica), Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica).

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Sectur a diseñar e incorporar en el atlas turístico un buzón de quejas sobre prácticas que limiten, obstaculicen o nieguen el libre acceso, tránsito o disfrute de las playas de México, a cargo de la diputada Carmina Yadira Regalado Mardueño, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Carmina Yadira Regalado Mardueño, diputada de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario Morena, de conformidad con lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. México se encuentra dentro de los primeros lugares con mayor número de litorales, se estima que la longitud de estos se extiende en 7 mil 828 kilómetros en el océano Pacífico, mientras que por la vertiente del océano Atlántico alcanza 3 mil 294 kilómetros, en suma, cuenta con 11 mil 122 kilómetros de litorales, exclusivamente en su parte continental.

2. La variedad y contrastes de los mares y océanos que le circundan, aunados a las bellezas naturales y biodiversidad, más la creciente inversión en instalaciones e infraestructura hotelera y calidad de los servicios, han contribuido a un muy favorable crecimiento en materia de turismo. Estas condiciones han permitido un crecimiento del turismo international en nuestro país durante los últimos años, por lo que, la Organización Mundial del Turismo (OMT) determinó que se encuentra en sexto lugar en recepción de turistas internacionales, al registrar 39.3 millones de visitantes extranjeros que arribaron al país el año pasado, con lo que supera a potencias como Reino Unido, Turquía y Alemania.

3. En contraparte, el continuo crecimiento de este sector económico trae aparejado un fenómeno que afecta de manera dramática a un considerable sector de la población mexicana, sobre todo en lo que respecta al uso y disfrute de las playas y zonas marítimas de la nación. Y es que, motivados por la falta de regulaciones, se advierte una cada vez mayor presencia de particulares con pretensiones de atraer visitantes mediante el ofrecimiento de zonas “exclusivas” para personas de muy altos ingresos, a las que se ofertan playas “privadas” en detrimento de los derechos de terceros

4. El problema de la privatización de las playas marítimas alcanza afectaciones tales como: la población local, los visitantes nacionales y extranjeros y, debemos tenerlo claro, sólo beneficia a un grupo reducido de personas, tendiendo así a la concentración de la riqueza y la desigualdad económica.

En este sentido, al hospedarse en un hotel “exclusivo”, se obtiene el privilegio de poder gozar de manera privada de las playas marítimas que son bienes de uso común. Situación que rompe con los postulados legales contra la discriminación, la exclusión y los privilegios, esta situación no es única de turistas nacionales y extranjeros, ya que alcanza a la población local, pues no sólo impiden el libre tránsito y disfrute de los recursos naturales, sino puede afectarles en la realización de diversas actividades económicas relacionadas con estos espacios. A lo anterior hemos de sumar que los propietarios de terrenos aledaños al mar o concesionarios de zonas marítimas cercan sus espacios sin dejar una vía o derecho de paso a las costas, violando con ello el derecho al libre tránsito que concede la Constitución a todo individuo, que señala en su artículo 11:

Artículo 11. Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.

Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo. El reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de conformidad con los tratados internacionales. La ley regulará sus procedencias y excepciones.

5. Atento a lo anterior, los que impiden, bloquean, cierran o trastocan los derechos de vía lo hacen por omisión, aún y cuando las leyes y reglamentos de nuestro país si señalan lo relativo al libre tránsito en las playas, como se demuestra en el Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar, donde se establece que:

Artículo 7o. Las playas y la zona federal marítimo terrestre podrán disfrutarse y gozarse por toda persona sin más limitaciones y restricciones que las siguientes:

I. La Secretaría dispondrá las áreas, horarios y condiciones en que no podrán utilizarse vehículos y demás actividades que pongan en peligro la integridad física de los usuarios de las playas, de conformidad con los programas maestros de control;

II. Se prohíbe la construcción e instalación de elementos y obras que impidan el libre tránsito por dichos bienes, con excepción de aquéllas que apruebe la Secretaría atendiendo las normas de desarrollo urbano, arquitectónicas y las previstas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y

III. Se prohíbe la realización de actos o hechos que contaminen las áreas públicas de que trata el presente capítulo.

Artículo 17. Los propietarios de los terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas marítimas, deberán permitir, cuando no existan vías públicas u otros accesos para ello, el libre acceso a dichos bienes de propiedad nacional, por lugares que para tal efecto convenga la Semarnat con los propietarios, teniendo derecho al pago de la compensación que fije la Semarnat con base en la justipreciación que formule la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales.

En caso de negativa por parte del propietario colindante, la Semarnat solicitará la intervención de la Procuraduría General de la República para que, por su conducto, se inicie el juicio respectivo tendiente a obtener la declaratoria de servidumbre de paso.

Artículo 24. Cuando en igualdad de circunstancias existan particulares interesados en usar, aprovechar o explotar la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas marítimas, la Semarnat a fin de otorgar las concesiones o permisos correspondientes deberá observar el siguiente orden de prelación:

Artículo 34. Los concesionarios o permisionarios podrán solicitar por escrito a la Semarnat, las modificaciones de las bases y condiciones conforme a las cuales se otorgó la concesión o permiso.

En los casos procedentes, la Semarnat aprobará la modificación solicitada aplicando en lo conducente, las disposiciones contenidas en este Reglamento.

Sin embargo, aun existiendo esta regulación se da que en importantes y diversas zonas marítimas mexicanas, de gran importancia para las actividades económicas de las comunidades asentadas o cercanas a esas regiones, caso de: pesca artesanal o comercial, acuicultura, ecoturismo, transporte, restaurantes o establecimientos de comida y otros servicios generadores de empleos honestos que dan sustento a miles de familias, son ofertadas a visitantes nacionales y extranjeros que llegan a los destinos turísticos de playa con fines recreativos y dejan una importante derrama económica a favor de las economías regionales.

Por ejemplo, 156 municipios del país con litoral tienen vetado en muchos casos su derecho de acceder a zonas marítimas, ya sea para uso o disfrute del mar, operaciones pesqueras o para alguna actividad relacionada con la prestación de servicios. Asimismo, los propietarios de terrenos aledaños al mar o concesionarios de zonas marítimas cercan sus espacios sin dejar una vía o derecho de paso a las costas, violando con ello el derecho al libre tránsito que concede la Constitución.

6. Existen quejas y denuncias documentadas tanto de ciudadanos como de organizaciones civiles, académicas y hasta de representaciones de Poderes Legislativos en prácticamente todos los estados costeros del país. Sin embargo, no existe como tal un registro nacional, donde la Secretaría de Turismo Federal pueda llevar un control y seguimiento de las mismas, por lo que considero es necesario se establezcan los mecanismos necesarios para la implementación de un “Buzón de Quejas” para denunciar prácticas que limiten, obstaculicen o nieguen el libre acceso, tránsito o disfrute de las playas de México, con lo cual esta dependencia tendría las herramientas necesarias para dar seguimiento a estas denuncias y por medio de la autoridad competente sancionar a los particulares que violentan la normatividad.

Dicho Buzón de Quejas, sería un mecanismo de participación directa de todas los ciudadanos y turistas, que les permita informar, reportar o denunciar ante la Secretaría de Turismo del Gobierno de México, aquellas prácticas que limiten, obstaculicen o nieguen el libre acceso, tránsito o disfrute de las playas del país. Y lo más importante es que estas denuncias sean incorporadas en el llamado Atlas Turístico Nacional (Herramienta en línea que integra la información turística de México, organizada geográficamente en mapas digitales, la cual proporciona al turista actual y potencial, toda la información disponible sobre destinos turísticos, oferta turística y los programas de turismo desarrollados por la Secretaría de Turismo; facilitando su localización y acceso).

Además, la creación de este Buzón no generaría ningún impacto presupuestal para la Secretaría y tendría como ventajas un buen posicionamiento del sitio Web, siendo una plataforma segura y de dominio en la Secretaría, fortaleciendo los mecanismos de participación ciudadana del sector, generaría certidumbre a los procedimientos oficiales y daría garantía en el uso y resguardo de la información.

7. La Secretaría de Turismo se encuentra facultada para llevar a cabo la creación del Buzón de Quejas y en su caso la instauración de este, en su página oficial, así como la integración de estas quejas en el Atlas Turístico Nacional, mencionado en líneas anteriores, de acuerdo con la Ley General de Turismo y su Reglamento:

• Determinar los mecanismos necesarios para, entre otras cosas, garantizar el aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos del país;

• Establecer bases para orientar y brindar asistencia a todos los turistas sobre sus derechos y obligaciones;

• Coordinarse con la Semarnat para instrumentar programas y/o medidas que permitan la ordenación y limpieza de las playas;

• Establecer los lineamientos y estrategias turísticas para la preservación y el aprovechamiento ordenado y sustentable de los recursos turísticos;

• Garantizar la No Discriminación de ninguna naturaleza en contra de persona alguna por la prestación y uso de productos y/o servicios turísticos:

• Garantizar el libre acceso y goce del todo el patrimonio turístico.

Sin embargo, considero que por normatividad la aplicación de las sanciones no le corresponde a la Secretaría exhortada por lo que deberá hacer convenios de colaboración con la autoridad correspondiente, en este caso, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que, por medio de la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental y la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, le den el seguimiento correspondiente a las denuncias. De conformidad con el Artículo 32 Bis, fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, donde se faculta a la Semarnat para ejercer la posesión y propiedad de la nación, en las playas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar. Correspondiendo a esa secretaría, a través de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre, ejercer las facultades de vigilar, delimitar y concesionar el uso y aprovechamiento de esta zona a terceros.

Por lo acontecido anteriormente, someto a consideración de esta Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Turismo federal, para que, por medio de la Subsecretaría de Planeación y Política Turística, se diseñe e implemente un Buzón de Quejas para denunciar prácticas que limiten, obstaculicen o nieguen el libre acceso, tránsito o disfrute de las playas de México.

Segundo. Se exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Turismo Federal, para que el Buzón de Quejas para denunciar prácticas que limiten, obstaculicen o nieguen el libre acceso, tránsito o disfrute de las playas de México, sea incorporado en el Atlas Turístico de México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputada Carmina Regalado Mardueño (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para que en los próximos comicios de gobernador en Puebla se proceda y vigile el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, a cargo de la diputada Verónica María Sobrado Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscribimos, diputada federal Verónica María Sobrado Rodríguez y las y los diputados, pertenecientes a esta LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I; y, 79, numeral 1, fracción II, así como numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someten a consideración de esta soberanía, el presente punto de acuerdo con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Para el estado de Puebla y para el resto de México, el deceso de la gobernadora de Puebla, Martha Erika Alonso y su esposo, el exgobernador de la entidad, senador y coordinador del Grupo Parlamentario del PAN, Rafael Moreno Valle, derivado del desplome del helicóptero en Santa María Coronango, Puebla, en el que viajaban el pasado 24 de diciembre de 2018, sin duda representa una lamentable pérdida.

En ese sentido, dadas las circunstancias en las que se queda el estado de Puebla, se tiene que dar continuidad a un nuevo proceso electoral para designar al que será el nuevo gobernador de dicha entidad.

Al respecto, el segundo párrafo del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los poderes de los Estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de ellos.

Por ello, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, en su artículo 3°, establece a la letra, lo siguiente:

“Artículo 3

El pueblo ejerce su soberanía por medio por(sic) los Poderes del Estado, en los casos de su competencia, en la forma y términos que establecen la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos y la particular del Estado.

La renovación de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y de los Ayuntamientos, se realizará por medio de elecciones libres, auténticas y periódicas que se celebrarán el mismo día y año que las elecciones federales, con la participación corresponsable de los ciudadanos y de los partidos políticos. El instrumento único de expresión de la voluntad popular es el voto universal, libre, secreto y directo e intransferible.

La organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del Instituto Electoral del Estado, organismo público local, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la legislación electoral aplicable

...”

Asimismo, el artículo 3o. antes citado, en su fracción II, señala tocante a las elecciones del estado de Puebla, que:

“II. El Instituto Electoral del Estado será el organismo público local, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, gozará de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones, de carácter permanente, al que se le encomendará la función estatal de organizar las elecciones. En el ejercicio de estas funciones serán principios rectores la legalidad, la imparcialidad, la objetividad, la certeza, la independencia y máxima publicidad ...

...

El Instituto deberá vigilar en el ámbito de su competencia el cumplimiento de las disposiciones de esta Constitución y sus correspondientes reglamentarias, que garanticen el derecho de organización y participación política de los ciudadanos; contribuir al desarrollo de la vida democrática; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y de miembros de los Ayuntamientos del Estado; asegurar el ejercicio de los derechos político-electorales de los ciudadanos y de los partidos políticos, vigilando el cumplimiento de sus obligaciones; vigilar la autenticidad y efectividad del voto; preservar el fortalecimiento del régimen de partidos políticos y coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura política y la educación cívica.

El Consejo General será el Órgano Superior de Dirección del Instituto y el responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de vigilar que los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza, independencia y máxima publicidad guíen todas las actividades del Instituto.

...”

Además, la fracción XVII; y, el inciso a), de la fracción XVIII, del artículo 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, señalan a la letra:

“Artículo 57

Son facultades del Congreso:

I. a la XVI. ...

XVII. Elegir con el carácter de interino al ciudadano que deba sustituir al Gobernador de elección popular directa, en sus faltas temporales, o en su falta absoluta, si ésta acaeciere en los dos primeros años del período constitucional.

XVIII. Convocar a elecciones, comunicando oportunamente al Consejo General del Instituto Electoral del Estado;

a) De Gobernador que deba concluir el período respectivo, en caso de falta absoluta a que se refiere la fracción anterior.

Esta convocatoria debe expedirse dentro de los diez días siguientes a la designación de Gobernador Interino, y entre su fecha y la que se señale para verificar la elección ha de mediar un plazo no menor de tres meses ni mayor de cinco. El Gobernador electo tomará posesión diez días después del escrutinio, cómputo y declaración que se haga en términos de Ley.

...”

Por ello, el pasado 21 de enero del presente año, el Congreso Local del estado de Puebla, designó como Gobernador Interino de dicho estado, a Guillermo Pacheco Pulido, quien dentro de los siguientes 5 meses ocupará la titularidad del Ejecutivo del estado en cuestión, mientras se organiza la elección extraordinaria de Gobernador, tal como lo estipula el inciso a), de la fracción XVIII, del artículo 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.

En ese sentido, reiteramos el llamado a todos los actores políticos para que dicho proceso electoral se lleve a cabo con la mayor civilidad y a través de los cauces democráticos. De tal manera, que estaremos muy atentos de la jornada electoral que vivirá en los próximos días el estado de Puebla; y, por ende, exigimos a todos los involucrados en la organización de dicho proceso que actúen con la mayor transparencia y con el cumplimiento cabal del marco legal y constitucional, al que nos debemos todos.

Lo anterior, con el fin de propiciar el buen funcionamiento de la democracia. Tal como lo señalan los Principios de Doctrina del PAN1, la democracia es la forma superior de organización del poder político y el sistema óptimo para respetar la dignidad humana; requiere que entre nuestras instituciones políticas prive el diálogo y la colaboración, a fin de que la responsabilidad social encuentre realidad y eficacia. Promoviendo que las instituciones asuman el compromiso permanente en la conservación, de las actitudes, los valores y las destrezas políticas propias de la democracia.

Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta al gobernador interino del estado de Puebla, Guillermo Pacheco Pulido, para que se conduzca con probidad, cumpliendo así con los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza e independencia en el próximo proceso electoral en el que resultará electo el Gobernador del estado de Puebla, que completará el periodo de Gobierno 2018-2014.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados, reitera un atento exhorto al titular del Ejecutivo federal, licenciado Andrés Manuel López Obrador, para que él y/o a través de cualquier integrante del gobierno federal, se abstenga de llevar a cabo cualquier tipo de intervención en las próximas elecciones para la gubernatura del estado de Puebla.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados, exhorta al Instituto Nacional Electoral y al Instituto Electoral del Estado de Puebla, para que en próximas elecciones de Gobernador en el estado de Puebla, vigile el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, y que en dicho proceso electoral se cumplan en todo tiempo los principios rectores de legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza, e independencia, a fin de brindar las garantías necesarias para que dicho proceso electoral se lleve a cabo con los más altos estándares democráticos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputada Verónica María Sobrado Rodríguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se formula un extrañamiento al Ejecutivo federal por el procedimiento y los resultados de la reciente compra de pipas para transportar gasolinas, a cargo de la diputada María Alemán Muñoz, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada María Alemán Muñoz Castillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

El gobierno de la República decidió emprender en fechas recientes, una estrategia que tiene por objetivo disminuir y eliminar el robo de gasolinas y otros combustibles a través de la extracción ilegal en los ductos de Petróleos Mexicanos (Pemex) ubicados en gran parte del país, el llamado huachicoleo; que a decir de la autoridad, genera pérdidas anuales por 60 mil millones de pesos.

Dicha estrategia, en su parte operativa, consistió en cerrar las válvulas de al menos cuatro de los 13 oleoductos de Pemex, y con ello evitar la extracción ilegal de gasolina. No obstante, el esquema anterior interrumpió también el suministro ordinario de combustibles en mayor o menor medida, en diferentes ciudades de todo el país.

Donde la problemática se agudizó por la insuficiencia de esquemas alternativos de distribución, que suplieran la que se venía realizando a través de los 17 mil kilómetros de poliductos de la paraestatal.

Adicionalmente, ante la confirmación de sabotajes cuando precisamente eran abiertas las válvulas para intentar normalizar la situación, el gobierno federal ordena entonces distribuir gasolina y diésel a través de pipas o carros cisterna que por demás se debe señalar, fueron insuficientes.

Así, contando Pemex únicamente con mil 600 de estos vehículos, el gobierno decide también rentar 3 mil 400 unidades adicionales, donde además se debe señalar la existencia de un posible conflicto de intereses en el que no profundizaremos por el momento.

Serie de decisiones que, en su conjunto y con el transcurso de los días, vendrían por afectar lo mismo a automovilistas que a empresas de todos los ramos e inclusive al propio sector público, generando cierto nerviosismo colectivo por conseguir combustibles, y que pareciera tuvo que ver en cierta medida con el lamentable suceso de Tlahuelilpan, Hidalgo.

La estrategia anterior se posicionó como uno de los más importantes asuntos de la agenda nacional, por sus implicaciones y costos crecientes para todos los afectados, pero si de algo resultó ser ampliamente cuestionada, es porque parecía aplicarse sin una adecuada planificación, donde los problemas resultantes sorprendían a la propia autoridad, que muchas veces ha quedado en evidencia por su silencio, ignorancia temática o por la inadecuada operación de la estrategia que, en el fondo, por supuesto merece todo nuestro respaldo, pero que en la forma solo nuestras dudas permite recibir.

El más reciente episodio de este debatido proceso, que hoy nos ha orillado a presentar de una buena vez el actual producto legislativo, es el que tiene que ver con la adquisición sin licitar (directa) de 671 pipas para el transporte de combustibles, por un monto de 91 millones de dólares.

Compra que ha sido justificada con el argumento de hacer frente a una situación de emergencia provocada por el propio gobierno federal (sic. Falta de planificación), y que, a decir del propio presidente de la República o de la secretaria de Energía, se ha llevado a cabo con total transparencia y rapidez. Siendo realizada por una delegación gubernamental que viajó a los Estados Unidos de América, conformada por los secretarios de Relaciones Exteriores, de Economía, de la Función Pública, entre otros funcionarios menores.

Donde si bien los vehículos adquiridos aún no han llegado a nuestro país, encontrándose en estos momentos en diversos puntos de la frontera norte, ha trascendido que no cumplen con los requerimientos establecidos en la Norma Oficial Mexicana (NOM) 012 para autotransporte con material peligroso, razón por la cual, de manera absolutamente irregular e irresponsable, la propia Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) emitió un “acuerdo a modo” a favor de Pemex, sus subsidiarias y filiales, para permitir la circulación de los mismos.

Las pipas se encuentran siendo esperadas por más de dos mil choferes contratados para operarlas, pero éstas no podían circular en territorio nacional debido a que la NOM 012, “Sobre el peso y dimensiones máximas con las que pueden circular los vehículos de autotransporte”, establecía que los vehículos que transportan químicos y otros materiales riesgosos, deben tener llantas dobles para evitar que se queden varados y con ello puedan ser objeto de robos y otros percances.

No obstante, todas las pipas adquiridas son de llanta unitaria, lo que además de ser una flagrante violación a la norma, es una característica que facilitará sin duda el robo de las pipas cargadas con gasolina por parte de los huachicoleros, bastará con ponchar alguna de sus llantas para detenerlos. Inconcebible y contraproducente.

Pero es aún más preocupante que en sus apuraciones e improvisaciones la propia autoridad, ya no digamos haya previsto esta situación, sino que nos vuelva a poner en riesgo a todos los que transitamos por las carreteras del país, al modificar la NOM 012 a través de un “acuerdo” qué por cierto ya fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), para permitir el tránsito de estos vehículos en el territorio. Inaceptable.

Podríamos entender la terrible curva de aprendizaje por la que se encuentra pasando la nueva administración pública federal, que todos estamos sufriendo, día con día, pero intentar suplir recurrentemente la ineptitud a través de mañas como la que se denuncia, está generando un gobierno de ocurrencias y lleno de parches.

Por lo anterior es que el Grupo Parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados realiza un severo extrañamiento al titular del Poder Ejecutivo federal por esta cuestionable situación y lo conmina nuevamente a realizar las cosas bien, y revertir la adjudicación directa señalada.

Si la administración pública federal insiste en continuar con el proceso, esta soberana Cámara de Diputados hace responsables directos a los funcionarios involucrados en la adquisición de las unidades, por percances que pudieran sufrir las unidades al no poseer las características que ordinariamente habían regido a este tipo de transporte dentro del país.

Proposición con punto de acuerdo por el que se realiza un extrañamiento al titular del Poder Ejecutivo federal, ante el cuestionable procedimiento y resultados de la reciente compra de pipas para el transporte de gasolinas

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión realiza un extrañamiento al titular del Poder Ejecutivo federal, por el cuestionable procedimiento y resultados en la compra de pipas para el transporte de gasolinas, realizada en reciente fecha a través de diferentes titulares de dependencias a su cargo, en el marco de la crisis de desabasto de combustibles que se generó por iniciativa de la propia autoridad federal ante la aplicación de su estrategia de combate al huachicoleo.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que revierta la compra por adjudicación directa de las 671 pipas para el transporte de combustible, al incumplir las unidades con los requerimientos establecidos en la Norma Oficial Mexicana 012, anterior al acuerdo específico emitido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; procediendo a la realización de una licitación abierta en los términos que señale la ley. Si la administración pública federal insiste en continuar con el proceso, esta soberana Cámara de Diputados hace responsables directos a los funcionarios involucrados en la adquisición de las unidades, por percances que pudieran sufrir las unidades al no poseer las características que ordinariamente habían regido a este tipo de transporte dentro del país.

Salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 12 de febrero de 2019.

Diputada María Alemán Muñoz Castillo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobernador de Quintana Roo a efecto de que considere solicitar declaratoria de emergencia tras las afectaciones provocadas a la economía estatal por el sargazo, a cargo de la diputada Adriana Paulina Teissier Zavala, del Grupo Parlamentario del PES

Quien suscribe, Adriana Paulina Teissier Zavala, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en las fracciones I del artículo 6, y I y V del apartado 2 del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En años recientes, en el Caribe mexicano ha sido constante la mención y preocupación acerca del fenómeno natural del sargazo, el científicamente denominado Sargassum, una macroalga color pardo o verde negruzco que se mantiene a flote por medio de vesículas llenas de gas. Estas algas pueden crecer varios metros de largo, son de textura dura y se entrelazan con facilidad, creando fuertes y flexibles islas de sargazo capaces de sobrevivir entre las fuertes corrientes del mar.1

Estas islas de sargazo se identifican por sus abundantes nutrientes en forma de plancton, el cual resulta un organismo esencial para la alimentación de varias especies marinas. Las algas también sirven de refugio a peces, camarones, tortugas y cangrejos, lo que resulta prácticamente en un hábitat en el contexto del frágil balance de los ecosistemas.2

En México, los primeros arribos de sargazo se presentaron en 2015, principalmente en las costas de Cancún y Puerto Morelos, durante los meses de julio-agosto y octubre-noviembre. Durante este periodo se registró un incremento atípico y algunas de las principales causas para la presencia de este fenómeno es el aumento de los nutrientes en el mar, el cambio climático y las variaciones meteorológicas y oceanográficas.3

La Secretaría de Marina, en el estudio Arribazón atípica de sargazo en el Caribe mexicano, ha identificado una larga serie de problemáticas ocasionadas por la presencia de esta especie marina, como

• La dificultad de fotosíntesis por la presencia de la también llamada “marea café”;

• La alteración a la temperatura de las playas;

• Desprendimiento de malos olores;

• Acumulación de hasta 2 metros en playas, lo cual provoca su erosión; y

• Una grave afectación embrionaria de tortugas.4

La acumulación y descomposición del sargazo en aguas y playas litorales afectan constantemente los ecosistemas costeros, incluidos arrecifes y poblaciones de peces. Aunque estas algas no son dañinas para la salud, pueden llegar a ocasionar alergias cutáneas por el constante contacto con ésta.5

Por tanto, las afectaciones a las cuales se enfrentan las zonas costeras de esta parte del país no sólo son ecosistémicas, sino también esto ha representado un gran problema económico para aquellos sectores de la población que forman parte de la cadena turística en las playas del Caribe mexicano.

En Playa del Carmen, Quintana Roo, el sector hotelero ha registrado pérdidas económicas, ya que no solo se destinan recursos humanos y económicos para afrontarlo, sino porque también ha ocasionado la constante disminución de turistas debido al deterioro y mal estado de la imagen de las playas.6

Distinguidos científicos mexicanos han dado apoyo a las instituciones gubernamentales que se encuentran trabajando en dicha problemática, se han mostrado consternados por las posibles afectaciones ambientales como es la inminente mortalidad de los pastos marinos en las zonas costeras.

La investigadora Brigitta Ine van Tussenbroek, colaboradora de la Unidad Académica Sistemas Arrecifales Puerto Morelos del Instituto de Ciencias del Mar y Limnología de la UNAM, ha declarado lo siguiente:

Probablemente uno de los impactos más severos, a mediano plazo, es la mortalidad de los pastos marinos cercanos a las costas. La reducción de luz que genera la masa de sargazo resulta en un estado de anoxia –falta de producción de oxígeno– por parte de los pastos marinos, lo que produce una acumulación de materia orgánica resultando en un incremento de actividad bacteriana con alta demanda de oxígeno, generando mortalidad de fauna, corales y pastos marinos. Los pastos marinos son importantes productores primarios, pero una vez dañados tienen un tiempo de recuperación entre diez y 50 años, lo cual representa un riesgo para la estabilidad de los ecosistemas costeros.7

De igual manera, la investigadora Tussenbroek, en colaboración con la investigadora Marta García Sánchez, ha declarado que se debe evitar que esta alga llegue a las playas en grandes cantidades puesto que provocaría la destrucción de ecosistemas, mares y de la industria turística, además de tener consecuencias económicas y sociales.

“Hay que evitar que llegue en esas cantidades a las playas, pero requerimos investigación para estudiar las técnicas adecuadas para tratarlo en el mar”, remarcó.

Para abordar la llegada masiva de estas algas a las playas se requiere hacer investigación, pero no se han liberado fondos. “Se precisa coordinación, un plan, un sistema de alerta y un aviso de si se puede colectar en el mar y en qué magnitud”, explicó.

También, una planta de manejo para saber cómo recogerlas de las playas, un sistema de transporte, un centro de acopio y una industria privada para que el sargazo implique desarrollo.8

De acuerdo con la revista Forbes, la limpieza por sargazo en el océano y que termina en las playas al mes de agosto de 2018 ya representa un gasto de 82 millones de pesos, de los cuales el gobierno federal ha aportado 62 millones de pesos que se suman a 20 millones con los que ha contribuido el estado. Conocedores de tema a firma que alrededor de un millón de pesos mensuales se requieren para mantener limpia su playa.

Recientemente, la Dirección de la Zona Federal Marítimo-Terrestre9 confirmó que el pasado domingo 3 de febrero se levantó 30 toneladas de sargazo en la zona costera de Solidaridad, 20 más comparado con los días que hubo mayor recale durante todo el mes.

Según el monitoreo de la Universidad de Florida y la Nasa, la mancha de sargazo en el Atlántico duplicó su tamaño de diciembre de 2018 a enero de este año.

Urge que la Cámara se pronuncie por una labor coordinada entre las entidades federativas afectadas, ya que la Asociación de Hoteles de Cancún y Puerto Morelos de Quintana Roo organizará una cumbre regional que permita entender y atender el tema del sargazo que llega a las costas del Caribe.

Expertos de la Unidad Académica Sistemas Arrecifales Puerto Morelos del Instituto de Ciencias del Mar y Limnología de la UNAM10 han señalado que es necesaria una iniciativa integral que considere el conocimiento científico, el marco jurídico y una vinculación operativa con y entre las instancias de los diferentes niveles de gobierno para establecer las formas más eficientes de colectar el sargazo en mar abierto sin dañar al ecosistema.

Se requiere, además de lo que se está haciendo que el asunto se vea como un asunto de protección civil, ya que es un fenómeno natural que perturba las condiciones de normalidad de la comunidad.

Pese a que autoridades locales han señalado que la actividad turística, que representa 87 por ciento del PIB de servicios de Quintana Roo, no ha sufrido afectaciones por la llegada de sargazo, y que la Asociación de Hoteles de la Riviera Maya, han participado en la limpieza y monitoreo de las playas para reducir al mínimo las molestias para los turistas; sin embargo, el fenómeno se tiene previsto sea cíclico y con mayor intensidad conforme se agravan las condiciones del cambio climático.

La Ley General de Protección Civil prevé en el artículo 59:

La declaratoria de emergencia es el acto mediante el cual la Secretaría reconoce que uno o varios municipios o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de una o más entidades federativas se encuentran ante la inminencia, alta probabilidad o presencia de una situación anormal generada por un agente natural perturbador y por ello se requiere prestar auxilio inmediato a la población cuya seguridad e integridad está en riesgo.

La misma ley apunta en el artículo 62:

El Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, proveerá los recursos financieros para la oportuna atención de las situaciones de emergencias y de desastres, por lo que en caso de que los recursos disponibles se hayan agotado, se harán las adecuaciones presupuestarias para la atención emergente de la población y la reconstrucción de la infraestructura estratégica.

Se pretende con estos puntos llamar al gobernador de Quintana Roo a considerar con su gabinete la oportunidad de solicitar al gobierno federal la declaratoria de emergencia, y con ello, apoyar a los afectados por la llegada excesiva de sargazo a las costas de la entidad.

Los pronósticos hechos por investigadores son que en este 2019 la llegada de sargazo a las costas de Quintana Roo sea igual o mayor a la que llegó en 2018.

Si un sismo o una inundación producen afectaciones en la población, el fenómeno que vivimos en la entidad es equiparable a los sismos o inundaciones.

Por las razones expuestas y debido a las graves afectaciones, tanto al ecosistema, a la economía local y turística y a la sociedad, que se han presentado desde 2015 en la zona costera del Caribe mexicano, especialmente en Quintana Roo, los presentes puntos de acuerdo tienen como finalidad exhortar a las autoridades correspondientes para llevar a cabo la solicitud de la declaratoria de emergencia para la debida contención, estudio y retiro del sargazo de las costas mexicanas.

Por lo expuesto y fundado someto respetuosamente a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente gobernador de Quintana Roo a presentar solicitud de declaratoria de emergencia derivado de las afectaciones del sargazo a la economía estatal.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a las entidades federativas afectadas por el sargazo a establecer un plan conjunto de acción para mitigar el impacto del sargazo en las economías estatales.

Notas

1 ¿Qué es el sargazo y por qué está invadiendo las playas de Quintana Roo?, Noticieros Televisa, 7 de agosto de 2018. Fecha de consulta: 17 de enero de 2019. Disponible en https://noticieros.televisa.com/historia/que-es-sargazo-que-invadio-pla yas-quintana-roo/

2 Ibídem, ¿Qué es el sargazo y por qué está invadiendo las playas de Quintana Roo?, Noticieros Televisa.

3 Arribazón de sargazo en las costas de Quintana Roo, Secretaría de Marina, sin fecha. Fecha de consulta: 17 de enero de 2019. Disponible en https://digaohm.semar.gob.mx/oceanografia/SargazoSEMAR.html

4 Estudio Arribazón atípica de sargazo en el Caribe mexicano, Dirección General Adjunta de Oceanografía, Hidrografía y Meteorología, Semar, sin fecha. Fecha de consulta: 17 de enero de 2019. Disponible en https://docplayer.es/62936033-Arribazon-atipica-de-sargazo-en-el-caribe -mexicano.html

5 Mesas de trabajo Análisis del fenómeno natural del sargazo y su impacto en la actividad turística de Quintana Roo, Senado de la República, 10 de agosto de 2018. Fecha de consulta: 17 de enero de 2018. Disponible en

https://www.youtube.com/watch?v=yhv_AfUx2mE

6 “Hoteleros enfrentan pérdidas económicas por sargazo”, en Novedades Quintana Roo, 11 de septiembre de 2018. Fecha de consulta: 17 de enero de 2019. Disponible en

https://sipse.com/novedades/
sargazo-hoteleros-perdidas-economicas-playas-turistas-trabajadores-limpieza-solidaridad-310188.html

7 Urge plan de manejo integral del sargazo, desastre natural permanente en el Caribe, Dirección General de Investigación Social, UNAM, 2 de agosto de 2018. Fecha de consulta: 17 de enero de 2019. Disponible en

http://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2018_463.html

8 Ibídem, “Urge plan de manejo integral del sargazo, desastre natural permanente en el Caribe”, Dirección General de Investigación Social, UNAM.

9 https://www.reportur.com/sin-categoria/2019/02/05/playa-del-carmen-se-d uplica-sargazo-temor-los-hoteleros/

10 https://www.eluniversal.com.mx/ciencia-y-salud/preven-llegada-masiva-de -sargazo-al-caribe-mexicano-en-este-ano

Dado en la sede de la Cámara de Diputados, a 12 de febrero de 2019.

Diputada Adriana Paulina Teissier Zavala (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT, Capufe y el gobierno de Chihuahua a exentar de pago en las casetas de cobro Conchos-Camargo y Camargo-Saucillo a los residentes de Camargo, a cargo del diputado Ulises García Soto, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Ulises García Soto, integrante de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás aplicables, me permito presentar ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la libertad de tránsito a toda persona que se encuentra en el territorio nacional. Por su parte la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Federal establece en su artículo 30 que “... las concesiones no podrán ser por plazos mayores a 20 años”. Además que: “La Secretaría garantizará, cuando haya vías alternas, la operación de una caseta libre de peaje”.

Por su parte la Ley de Vialidad y Tránsito para el estado de Chihuahua establece en sus artículos 2 y 3 que:

Artículo 2. ...

VIII. Movilidad. El conjunto de desplazamientos de personas y bienes, mediante diversos modos de transporte, orientado a satisfacer las necesidades de las personas y facilitar el acceso a las oportunidades de desarrollo que ofrece un centro de población.

Artículo 3. Toda persona que haga uso de las vías públicas, ya sea como conductor o pasajero de vehículo o como peatón, está obligada a cumplir con las disposiciones contenidas en la presente Ley y sus reglamentos.

Es el caso que el 28 de noviembre del año 2017, ciudadanos del municipio de Camargo, Chihuahua, presentaron ante el Congreso de ese estado, una propuesta para tasar a 0 las casetas de cobro para residentes del municipio de Camargo. La ciudadanía argumenta, con fundamento en el artículo 11 constitucional y con el artículo 22 de la Convención Americana de Derecho Humanos, que es obligación del Estado proveer a los mexicanos las herramientas para el cabal ejercicio de sus derechos, toda vez que al no existir caminos libre de cobro en buenas condiciones y al cobrarles las casetas para poder acceder y salir del municipio el cual habitan, se les causa una merma económica considerable que va en detrimento de su economía particular, así como en la del propio municipio.

La propuesta de los ciudadanos de Ciudad Camargo fue acompañada con más de mil firmas de personas afectadas que exigen se les exente de pago en las casetas que rodean su ciudad, sobre todo en el tránsito para actividades como trabajo, educación y salud, mismas que deben realizarse en municipios aledaños como Ciudad Delicias.

Ciudad Camargo se encuentra situada para sus comunicaciones carreteras con entre tres casetas de cobro para poder salir o entrar al municipio, dos de ellas se encuentran al norte para ir al municipio de Delicias o a Chihuahua capital; y al sur una caseta en dirección al municipio de Jiménez.

Las casetas señaladas están dispuestas en el tramo 173+100 Conchos- Camargo, denominada Caseta Altavista, mientras que la segunda se encuentra en el poblado de Saucillo.

Existen poblaciones que necesitan utilizar las casetas tanto de acceso como de salida, son los casos de Saucillo, Camargo y Jiménez; lo que ocasiona que se deban pagar dos casetas al salir y dos al entrar, aunado al aumento de los costos de las casetas, el costo de la gasolina y la inflación implique una merma importante para los habitantes de dichos poblados.

Las tarifas oficiales que se muestran en la página de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en los tramos Camargo-Delicias; Camargo-Conchos y Conchos Delicias son de 138 y 69 pesos respectivamente, y la de Jiménez – Camargo con un costo de 94 pesos. Si estas tarifas tienen que ser pagadas por cada residente de Camargo que transita por ellas dos veces al día daría un tal de 8 mil 280 pesos, 4 mil 140 y 5 mil 640 pesos al mes; montos que implican una gran carga para cualquier salario en la actualidad.

Las mencionadas casetas fueron instaladas hace más de treinta años cuando el gobernador Fernando Baeza Meléndez aseguró a los pobladores de dicha región que la concesión de las carreteras sería por un convenio a 15 años, tiempo en el que se pagaría el Fideicomiso Carretero; periodo que evidentemente se ha sobrepasado en perjuicio de los pobladores.

Si bien es cierto que existe una ruta libre de peaje, esta se encuentra en deplorables condiciones, mismas que representan un riesgo latente para cualquiera que circule en ellas, motivo por lo que es prácticamente inviable tomarlas para transitar diariamente.

Los habitantes de Camargo han mantenido desde tiempo atrás su postura de eliminar este peaje, ya que además de las afectaciones a la economía de los residentes, el costo que implica se ha convertido en una barrera que limita el crecimiento económico y las actividades productivas de la región.

Ante dichas exigencias ciudadanas, es preciso que el gobierno federal garantice la existencia de vías libres de peaje en óptimas condiciones, que no pongan en riesgo a los conductores o bien, que se exente de pago a los ciudadanos residentes a fin de que puedan realizar sus actividades sin una merma en su economía.

Es importante señalar que es de la Federación toda la jurisdicción relacionada con los caminos y puentes, y es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la construcción y conservación de dichas vías de comunicación. Específicamente las carreteras materia del presente punto de acuerdo se encuentran concesionadas al gobierno del estado de Chihuahua, razón por la cual se hace extensivo el presente exhorto para que el poder Ejecutivo de dicho estado tome acciones sobre dicha problemática, en cumplimiento a la Ley de Vialidad y Tránsito de dicha entidad federativa.

Es importante que la Federación tome medidas respecto dicha situación a fin de otorgar una pronta solución al problema, y así evitar violar los derechos de igualdad y libertad de tránsito de los pobladores de Ciudad Camargo, Saucillo y Jiménez, en el estado de Chihuahua.

En mérito de lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos y al gobernador del estado de Chihuahua a exentar de pago en las casetas de cobro Conchos- Camargo (Altavista) y Camargo- Saucillo, a los residentes del municipio de Camargo, en el estado de Chihuahua.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días de febrero de 2019.

Diputado Ulises García Soto (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SE, la Sener, el Cenace y la CFE a emprender acciones orientadas a restablecer la venta de carbón en Coahuila de Zaragoza, a cargo del diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I, III, IV y VI, y demás relativos y aplicables del reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las secretarías de Economía y de energía, al Centro Nacional de Control de Energía y a la Comisión Federal de Electricidad a emprender las acciones necesarias que permitan restablecer la venta de carbón en el estado de Coahuila de Zaragoza , conforme a las siguientes:

Consideraciones

La minería ha sido y sigue siendo para Coahuila una actividad sumamente importante. Con el paso del tiempo, la industria minera se ha consolidado como una de las más importantes generadoras de empleos y desarrollo en el estado.

La industria minera estatal participa con el 3.4 por ciento del valor total nacional, lo que, de acuerdo con el Servicio Geológico Mexicano (SGM), permite que la industria del estado ocupe el primer lugar en la producción de carbón, hierro, celestita, sílice, sulfato de magnesio, sulfato de sodio, bismuto y cadmio; segundo lugar en fluorita; el tercero en barita; el cuarto en dolomita; el quinto en agregados pétreos y en menor proporción yeso, arcillas, grava, arena, caliza y plata. De estos minerales, el carbón ha destacado en importancia, debido a que se puede usar como combustible para generar energía eléctrica o como insumo para producir acero industrial.1

Una gran parte de Coahuila tiene a la industria carbonífera como principal actividad económica, nos referimos a la Región Carbonífera que, de acuerdo con el Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal (Inafed), está conformada por los municipios de Juárez, Múzquiz, Progreso, Sabinas y San Juan de Sabinas.2 Sin embargo, no son los únicos, otros municipios que se dedican a esta actividad son: Progreso, Ocampo, San Pedro, Sierra Mojada, Piedras Negras, Cuatro Ciénegas y Ciudad Acuña. Dicho lo anterior, podemos dimensionar la importancia que tiene la industria carbonífera para el estado.

La Región Carbonífera argumenta que ha contribuido a la construcción y desarrollo de nuestro país desde hace más de 150 años, pues con el carbón de Coahuila se han proveído industrias como la ferrocarrilera, la acerera, la carbo-química y la eléctrica, que han sido pieza clave para la modernización de México.

A pesar del papel tan importante que ha jugado la producción de carbón en la generación de energía para el país, en últimos años el gobierno federal ha enfocado sus políticas al consumo de gas natural importado, dejando de lado a las empresas mexicanas que por años se han dedicado a esta actividad.

Actualmente el 70 por ciento de la generación de energía en México se produce a base de gas natural importado, afectando gravemente la producción nacional y derivando en la desaparición de muchas pequeñas empresas mineras.3

La Región Carbonífera de Coahuila se encargaba de alimentar dos plantas generadoras de energía pertenecientes a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que operan desde hace 30 años y con las cuales se ha garantizado la producción del 10 por ciento de la electricidad que mueve a nuestro país.

El pasado 8 de diciembre concluyeron los contratos que tenía la Región con la CFE para el suministro de carbón, poniendo en riesgo más de 10 mil empleos directos y hasta 50 mil indirectos. Los productores de carbón han dejado de percibir ingresos por la falta de venta de este mineral, las pérdidas han sido de aproximadamente 30 y 40 millones de pesos semanales.4 Esta situación ha originado que la actividad económica y laboral esté suspendida, afectando la economía de muchos municipios del estado.

Cabe mencionar que esta no es la primera vez que se hace frente a una situación como esta. En el Encuentro Nacional sobre Desarrollo Regional en México, llevado a cabo en el 2016, se subrayó que:

“En distintas etapas de la historia reciente de la Carbonífera, se han presentado bajas en el mercado del mineral, que se han traducido en pérdidas de empleo, inseguridad, migración, y en general en depresión de la actividad económica, pese a ello no hay estudios prospectivos ni planteamientos sólidos de lo que pueda ocurrir en el caso probable de que se haga permanente el abatimiento de la demanda de carbón para la generación de energía”.5

Consideramos que se debe perseverar la industria minera, para ello es preciso capitalizar las ventajas que tiene como son el bajo costo y la gran cantidad de reservas que existe en el estado, siendo necesario el diseño de tecnologías para reducir sus desventajas.6 Se debe implementar una política de desarrollo que apoye a través de incentivos, financiamiento y créditos accesibles el correcto funcionamiento y desarrollo de esta industria.

Es necesario que se tomen cartas en el asunto, pues no se puede permitir que el pilar económico de toda una región se paralice, y más aún cuando se ha declarado que en la Región Carbonífera el 70 por ciento de los empleos que se generan actualmente dependen de la extracción de carbón.7 Resulta urgente unir voluntades en favor de la estabilidad económica, de la certeza laboral y de la protección de miles de familias coahuilenses.

En razón de lo antes expuesto y fundado, someto a esta honorable asamblea, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Por el que se exhorta a las secretarías de Economía y de Energía, al Centro Nacional de Control de Energía y a la Comisión Federal de Electricidad a emprender las acciones necesarias que permitan restablecer la venta de carbón en el estado de Coahuila de Zaragoza

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía para que realice un estudio sobre las causas que han generado la disminución de la venta del carbón en la Región Carbonífera del estado de Coahuila y que, en un plazo de 30 días naturales, envíe a la Cámara de Diputados el informe de sus resultados para su revisión y análisis.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Economía, a la Secretaría de Energía, al Centro Nacional de Control de Energía y a la Comisión Federal de Electricidad para que, de manera coordinada, emprendan las acciones necesarias a fin de restablecer la venta de este mineral en la Región Carbonífera del estado de Coahuila.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que, a través de las instancias correspondientes, implemente medidas de política pública que garanticen el funcionamiento eficiente y eficaz, en el corto y largo plazo, de la industria carbonífera mexicana.

Notas

1 UNAM, Prospectiva de la región carbonífera de Coahuila, consultado el 14 de enero de 2019, disponible en:

http://ru.iiec.unam.mx/3278/1/019-Muller-Cardenas.pdf Pág. 18.

2 Inefed, Regionalización Coahuila, consultado el 14 de enero de 2019, disponible en: http://www.inafed.gob.mx/work/enciclopedia/EMM05coahuila/regionalizacio n.html

3 Sener, Prospectiva de gas natural, consultado el 14 de enero de 2019, disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/284343/Prospectiva_de_Ga s_Natural_2017.pdf pág. 15

4 Factor, Desalentador 2018 para productores de carbón, consultado el 14 de enero de 2019, disponible en:

https://factorcoahuila.com/desalentador-2018-para-produc tores-de-carbon/

5 UNAM, Prospectiva de la región carbonífera de Coahuila, consultado el 14 de enero de 2019, disponible en:

http://ru.iiec.unam.mx/3278/1/019-Muller-Cardenas.pdf Pág. 21

6 Ibídem., pág. 23

7 Vanguardia, A México le falta avanzar para la descarbonización, consultado el 14 de enero de 2019, disponible en: https://vanguardia.com.mx/articulo/mexico-le-falta-avanzar-para-la-desc arbonizacion

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para fortalecer los programas destinados a la detección y el tratamiento tempranos de cáncer en niños y adolescentes, suscrita por las diputadas Margarita Flores Sánchez y Frinne Azuara Yarzábal, del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, Margarita Flores Sánchez y Frinne Azuara Yarzábal, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud federal y sus homólogas en las entidades federativas a fortalecer los programas destinados a la detección y el tratamiento temprano de cáncer en niñas, niños y adolescentes, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Cáncer es un término genérico que designa un amplio grupo de enfermedades, el cual se caracteriza por el proceso de multiplicación, crecimiento y diseminación incontrolados de células normales, lo cual genera el desarrollo de tumores o masas anormales que pueden aparecer en prácticamente cualquier lugar del cuerpo y que suele invadir el tejido circundante, proceso al cual se le denomina metástasis.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), el cáncer es una de las principales causas de morbilidad y mortalidad a nivel mundial, enfermedad a la que se le atribuyeron sólo en 2015 la muerte de aproximadamente 8.8 millones de personas.1 Casi 1 de cada 6 defunciones en el mundo se debe a esta enfermedad.

Los cánceres que causan mayor número anual de muertes son el de pulmón, hígado, estómago, colon y mama.

Cifras del Informe mundial sobre el cáncer 2014, de la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer, refieren que en 2012 se registraron alrededor de 14 millones de nuevos casos y se prevé que el número de nuevos casos aumente en 70 por ciento en los próximos 20 años.2

En México, el cáncer es la tercera causa de muerte y según estimaciones de la Unión Internacional contra el Cáncer, cada año se suman más de 128 mil casos nuevos de mexicanos.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en 2013 fallecieron 78 mil 582 personas a causa del padecimiento de alguno de los 100 tipos de cáncer conocidos.3

El 15 de febrero conmemoramos el Día Internacional de la Lucha contra el Cáncer Infantil, fecha que fue fijada en 2001, en Luxemburgo, por la Organización Internacional de Padres de Niños con Cáncer, con la intención de sensibilizar y concientizar a la población sobre la importancia de esta enfermedad, así como de la necesidad de la prevención y el examen constante, lo cual permita diagnosticar casos de cáncer en etapas tempranas, lo cual redunde en un tratamiento adecuado para quienes lo padecen.

El cáncer en la infancia y la adolescencia es una de las prioridades en salud pública en el país, ya que representa la principal causa de muerte por enfermedad en mexicanos entre 5 y 14 años de edad y que hoy se estima cobra la vida de más de 2 mil niñas, niños y adolescentes, de acuerdo con cifras reportadas por el Sistema Estadístico Epidemiológico de las Defunciones.4

Datos de la Secretaría de Salud señalan que en el país se detectan anualmente entre 5 mil y 6 mil casos nuevos de cáncer en menores de 18 años, entre los que destacan las leucemias, que representan 52 por ciento de los casos; linfomas, con 10 por ciento; y tumores del sistema nervioso central, 10.

De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en México durante 2011-2016 aproximadamente 50 por ciento de las muertes observadas por tumores malignos en la población de 0 a 17 años se debieron a cáncer de órganos hematopoyéticos, siendo durante 2014 el de mayor presencia en hombres (59.2) y mujeres (61.1) menores de 20 años de edad.5

En la infancia son más comunes los tumores cerebrales que no se extienden fuera del cerebro, ni a la médula espinal, y que se generan principalmente en las células cerebrales denominadas astrocitos; en las y los adolescentes junto con los tumores cerebrales se observan más casos de ependimomas, tumores malignos que se desarrollan en las membranas que recubren los ventrículos cerebrales

Aproximadamente 30 por ciento de las muertes por cáncer se debe a 5 factores de riesgo comportamentales y alimentarios, entre los cuales se encuentran el sobrepeso, el consumo insuficiente de frutas y verduras, la falta de actividad física, así como consumo de tabaco y alcohol, los cuales podrían prevenirse reduciendo dichos factores de riesgo.

Actualmente, México cuenta con 54 unidades médicas acreditadas para la atención de pacientes menores de 18 años con cáncer.

La razón de incidencia de casos de cáncer es de 9 casos por 100 mil menores de 18 años para población no derechohabiente en la República Mexicana.

El 4 de febrero de este año, en el marco del Día Mundial contra el Cáncer, la OMS, con el lema “Nosotros podemos, yo puedo”, hizo un llamado a gobiernos, organizaciones no gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil a fin de promover acciones e inversiones en áreas como el control del tabaco, la promoción de estilos de vida saludables, el tamizaje y detección temprana del cáncer y la mejora de los servicios para el tratamiento del cáncer, así como de los cuidados paliativos cuando la cura no es posible.

Por lo expuesto sometemos a la consideración de este pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud federal y sus homólogas en las entidades federativas a fortalecer los programas destinados a la detección y el tratamiento tempranos de cáncer en niñas, niños y adolescentes.

Notas

1 http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs297/es/

2 https://www.who.int/cancer/about/facts/es/

3 http://www.beta.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2018/ca ncer2018_Nal.pdf

4https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/314695/P AE_C_ncer_en_la_Infancia_y_la_Adolescencia_FINAL.pdf

5 http://www.beta.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2018/ca ncer2018_Nal.pdf

Dado en la Cámara de Diputados, a 12 de febrero de 2019.

Diputadas: Margarita Flores Sánchez, Frinne Azuara Yarzábal (rúbricas).

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SEP a establecer medios de colaboración con instituciones públicas y privadas de nivel medio superior con áreas de enseñanza de lenguas para facilitar a niños y adolescentes repatriados el acceso al sistema educativo nacional, a cargo del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario del PES

El que suscribe, diputado federal Ricardo de la Peña Marshall, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, y con fundamento con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La educación ha sido factor esencial en las políticas públicas de cualquier administración federal de tal suerte que ha dado pie a reformas legales y constitucionales.

El Estado mexicano está comprometido con la educación también en materia internacional.

Nuestra Carta Magna que establece a la educación como un derecho humano, el cual será obligatorio desde el nivel preescolar hasta medio superior, lo que considera a un alto número de niñas, niños y adolescentes: “Toda persona tiene derecho a recibir educación. El Estado –federación, estados, Ciudad de México y municipios–, impartirán educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.

La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.”

Estas adecuaciones legales nacionales e internacionales, así como las constitucionales obligan al estado y a todas sus instituciones en los tres niveles de gobierno a implementar acciones en materia educativa, más aún bajo los problemas que están enfrentando nuestros connacionales en todo el mundo, más específicamente en Estados Unidos de América, como es el endurecimiento de las políticas migratorias. Según datos del Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF por sus siglas en ingles) de enero a octubre de 2016 la cantidad de niños y niñas mexicanos repatriados de Estados Unidos a México fue de 11 mil 446, de los cuales 8 mil 452 no contaban con la compañía de un adulto,1 los cuales en su mayoría se han formado dentro del sistema educativo estadounidense y ahora requieren reinsertarse al sistema educativo en México; a estos se suman más de 430 mil niños mexicano-americanos.2

Cabe señalar que la repatriación del año 2000 al 2015 ha ido disminuyendo; en el año 2000 se registraron 116 mil 938 eventos de repatriación de niñas, niños y adolescentes mexicanos desde Estados Unidos, bajando a 11 mil 667 para 2015. El descenso es especialmente brusco de 2000 a 2002, coincidiendo con la breve recesión económica que se experimentó en Estados Unidos en esos años y especialmente con el reforzamiento fronterizo que tuvo lugar después de los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001.3 Este cambio en la migración de menores de edad de Estados Unidos a México se puede observar claramente en el siguiente cuadro:4

Es preciso destacar los grupos de edad de los menores mexicanos repatriados de Estados Unidos, destacando el propio Consejo Nacional de Población que la mayoría de las niñas, niños y adolescentes migrantes mexicanos repatriados está constituido por adolescentes de 12 a 17 años de edad, en 2007, 77.8 por ciento de los eventos de repatriación de menores de edad mexicanos desde Estados Unidos correspondía a adolescentes y 22.2 por ciento a menores de hasta 11 años; mientras que, en 2015, los adolescentes incrementaron su presencia a 91 por ciento del flujo y las niñas y niños de hasta 11 años representaban nueve por ciento,5 lo cual nos permite asegurar que la iniciativa que se propone impacta tanto a niñas y niños como a adolescentes, abarcando los niveles de preescolar, primaria, secundaria y media superior, tal como lo dicta nuestra Constitución Federal.

Por su parte, el Instituto Nacional de Migración reveló que de los 307 mil 125 niñas y niños de origen extranjero inscritos en educación básica en el país, el 94 por ciento –es decir, 289 mil 727– nació en EU, desafortunadamente también afirma que estos menores enfrentaron obstáculos tanto para su ingreso formal a la escuela como la estancia en la misma ya que vienen de un sistema educativo diferente al acostumbrado.6 Lo anterior contrasta con lo reconocido por la Secretaría de Educación Pública, la cual advierte que tiene inscritos alrededor de 290 mil mientras el total de niños estadounidenses de origen mexicano viviendo aquí es de 570 mil.7

Tal como lo establece nuestra Carta Magna en su artículo primero, todos somos iguales ante la ley y gozamos de los derechos humanos que otorga la constitución, no solo aquellos con nacionalidad mexicana, sino también toda persona con doble nacionalidad o que simplemente quiera o deba realizar sus estudios en nuestro país, merece de un ambiente sano, donde pueda desarrollarse y absorber todos los conocimientos para tener una profesión y una mejor calidad de vida.

La propuesta que ahora se pone a la consideración de la soberanía tiene como propósito la creación de programas para la incorporación al sistema educativo nacional de las niñas, niños y adolescentes repatriados con deseos y necesidad de seguir sus estudios en la República; por las implicaciones de estas medidas todas las acciones aplicables en la materia se realizarán con el apoyo y colaboración de instituciones educativas de nivel superior tanto públicas como privadas.

En este sentido, conforme a lo anteriormente expuesto se propone a esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, de manera respetuosa, a la Secretaría de Educación Pública a establecer mecanismos de colaboración con instituciones de nivel medio superior públicas y privadas que cuenten con áreas de enseñanza de lenguas extranjeras, a efecto de que faciliten a las niñas, niños y adolescentes que han sido repatriados, el acceso al sistema educativo nacional a través del aprendizaje del idioma español.

Notas

1 Vid.

https://www.unicef.org/mexico/spanish/noticias_35211.htm l

2 Vid. http://www.nexos.com.mx/?p=25878

3 Vid. Migración de niñas, niños y adolescentes: Antecedentes y análisis de información de la red de módulos y albergues de los Sistemas DIF, 2007-2016, página 30

4 Ibíd. Página 32

5 Vid. Migración de niñas, niños y adolescentes: Antecedentes y análisis de información de la red de módulos y albergues de los Sistemas DIF, 2007-2016, página 32

6 Vid. http://www.cimacnoticias.com.mx/node/67387

7 Vid. http://laopinion.com/2015/03/27/escuelas-en-mexico-rechazan-a-4-ninos-e stadounidenses-hijos-de-mexicanos/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputado Ricardo de la Peña Marshall (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Fiscalía General de Puebla a atender la violencia contra las mujeres en la entidad, a cargo de la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputada federal Julieta Kristal Vences Valencia, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguiente

Consideraciones

La creciente violencia hacia las mujeres es una cuestión preocupante a nivel nacional, la violencia generada por la condición de género, se da en todos los ámbitos, desde personas muy cercanas a la víctima hasta desconocidos, esta violencia puede ser desde insultos hasta, los casos más graves, los feminicidios.

El artículo 21 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su capítulo de la violencia feminicida y de la alerta de violencia de género contra las mujeres V, define la violencia feminicidio como:

Artículo 21. Violencia Feminicida: Es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.

En los casos de feminicidio se aplicarán las sanciones previstas en el artículo 325 del Código Penal Federal.

“En 1979, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) fue el primer organismo internacional que detectó y reprobó la gravedad de la violencia contra las mujeres y reconoció explícitamente que esta situación en el entorno familiar es el crimen encubierto más frecuente en el mundo, y aprobó en 1980 la Convención para Erradicar la Discriminación contra la Mujer”.1

La violencia contra las mujeres y su raíz –la discriminación– es un problema grave de derechos humanos, con repercusiones negativas para las mujeres y la comunidad que las rodea, constituyendo un impedimento al reconocimiento y goce de todos sus derechos humanos, incluyendo el respeto a su vida e integridad física, psíquica y moral (Convención Belém do Pará).2

El acceso a la justicia, para garantizar el cumplimiento de sus derechos humanos constituye uno de los derechos más importantes, no se trata de tener la posibilidad de levantar una denuncia, más bien de que existan recursos jurídicos que sean idóneos para investigar, sancionar y, en su caso, repara las violaciones denunciadas.

En este caso corresponde al Ministerio Publico la investigación, en el artículo 3 de Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla:

Artículo 3. Para la investigación de los delitos, corresponde al Ministerio Público el mando y conducción de los agentes investigadores y de los servicios periciales y, en su caso, de los cuerpos de seguridad pública estatales y municipales.

Por conducción se entiende la dirección jurídica que ejerce el Ministerio Público sobre las instituciones policiales en la investigación de hechos que pueden ser constitutivos de delito. Por mando se entiende la facultad del Ministerio Público de ordenar a las instituciones policiales actos de investigación y de operación.3

Dado que la Fiscalía General del Estado de Puebla es la encargada de decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones para imponer sanciones, tal como lo establece el artículo 4 del mismo ordenamiento:

Artículo 4. El Ministerio Público se organizará en una Fiscalía General del estado, como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propios. La Fiscalía General del Estado de Puebla gozará de autonomía técnica y de gestión para su administración presupuestaria y para el ejercicio de sus atribuciones, así como para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones , y para imponer las sanciones administrativas que establezca esta Ley y su Reglamento.

Ejercerá sus facultades atendiendo a la satisfacción del interés de la sociedad, y sus servidores públicos se regirán por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

Diversos medios de comunicación en la entidad han denunciado la creciente en los feminicidios en el estado:

“Mientras que de 2015 y octubre de 2018 se registraron 71 investigaciones iniciadas por la Fiscalía General del Estado (FGE) de Puebla por feminicidios, durante el mismo periodo sentenciaron a 19 responsables.

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) detalló que, entre enero de 2015 y diciembre de 2018, se investigaron 77 feminicidios en Puebla, la mayoría con armas blancas”.4

Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), y diversos periódicos de circulación tanto local como nacional han denunciado esta preocupante situación “a violencia contra la mujer es un problema creciente en Puebla y en muchos casos es la antesala del feminicidio y es que la entidad registró un total de 4 mil 241 llamadas de emergencia por violencia contra la mujer de enero a junio de 2018, cifra que representó 23 casos diarios en promedio, reveló el Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP).

Donde denuncian que se reciben 23 denuncias al día, lo cual es un dato que debe de considerarse como preocupante.5

Sabemos que la inseguridad en la cual se encuentra sumergido nuestro estado, responde a las malas e ineficientes acciones de las administraciones pasadas, es por ello que en esta nueva coyuntura es necesario fortalecer las políticas y acciones para atender y sancionar todo tipo de violencia hacia las mujeres, que en este primer mes ha aumentado a nivel nacional.

Por lo anterior expuesto, someto a la consideración de este pleno el presente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General del Estado de Puebla para que atienda de manera pronta y eficiente el fenómeno creciente de la violencia de género principalmente del feminicidio en la entidad.

Notas

1 INEGI. (2011). Panorama de la Violencia hacia las mujeres en México. DF: S/E.

2 Véase: Convención Belém do Pará;

https://www.conapred.org.mx/leyes/convencion_belem_do_pa ra.pdf

3 Ley Orgánica De La Fiscalía General Del Estado De Puebla, Articulo 3.

4 René Valencia. (2019). Investigan 71 casos de feminicidios en 3 años; sentencian a 19. El Popular,

https://www.elpopular.mx/2019/01/30/local/investigan-71- casos-de-feminicidios-en-3-anos-sentencian-a-19-197925.

5 Véase: https://www.periodicocentral.mx/2018/pagina-negra/tragedias/item/16999- en-puebla-se-registran-22-denuncias-al-dia-por-violencia-contra-la-muje r-revela-snsp#ixzz5ZQuBoSjT

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputada Julieta Kristal Vences Valencia (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a los dichos hacia la alcaldesa de Reynosa, Tamaulipas, por el legislador José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, suscrita por las diputadas Nohemí Alemán Hernández y Adriana Dávila Fernández, del Grupo Parlamentario del PAN

Las que suscriben, Nohemí Alemán Hernández y Adriana Dávila Fernández, diputadas federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta honorable asamblea la proposición con punto de acuerdo relativo a los dichos hacia la alcaldesa de Reynosa, Tamaulipas, del diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En el año 2016 Reynosa, Tamaulipas, dio su respaldo a Maki Esther Ortiz Domínguez con 82 mil 503 votos, 35.27 por ciento, de votos, siendo la primera mujer en encabezar la administración pública municipal en la historia del ayuntamiento; en 2018, tres años después, esta ciudad fronteriza reiteró su respaldo a la alcaldesa en su reelección, logrando una votación de 120 mil 901 votos, representando 52.57 por ciento, y una participación ciudadana de casi el doble que en 2016, siendo esta, la votación más alta en la historia de la ciudad, por lo que la ciudadanía ratificó a la presidenta municipal de manera contundente, la confianza para continuar el trabajo que inició en 2016.

El pasado 2 de febrero de 2019, a través de distintos medios locales de comunicación, el diputado federal José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, realizó una conferencia de prensa en la que denunciaba con amenazas y calificativos inapropiados la actuación de la presidenta municipal de Reynosa, Tamaulipas. En una rueda de prensa, el diputado federal del Partido del Trabajo (PT), expresó que la “alcaldesa pedorra de Reynosa es terrible pues tiene a la ciudad hecha pedazos; yo veo las calles y se me encoge el corazón”.

El diputado además afirmó que si él fuera el alcalde “no tendría la cara para salir a la calle” pues Reynosa está hecha pedazos en cuestión de limpieza y urbanidad.

Estos dichos son profundamente misóginos y recrudecen el contexto de violencia contra la mujer en el ejercicio de la función pública y la vida política. Es reprochable que un diputado federal, elegido popularmente, se exprese de tal manera. Sus dichos son violencia política y merecen no sólo el señalamiento, sino el castigo y las garantías para que ninguna persona en el país sea objeto de violencia.

Conductas, declaraciones y dichos como los referidos por el diputado Fernández Noroña, fomentan el clima de hostilidad y violencia. Son hechos que crean desprestigio contra las mujeres que buscan cargos de elección popular, se impide y obstaculiza sus actividades político-administrativas, se les niega la participación o se violenta su derecho a voto, entre otras faltas, acciones y omisiones vinculadas a la condición de mujer.

Si bien para nadie es desconocida la forma de expresarse de este diputado, ni siquiera la investidura legislativa le da el derecho de descalificar a la alcaldesa de Reynosa. Más allá de manifestar su opinión por lo que considera poco funcional en el municipio, vale la pena hacer hincapié en la autonomía que se tiene para llevar a cabo acciones de gobierno y obra pública.

Los legisladores de Acción Nacional consideramos fuera lugar este tipo de expresiones. Coincidimos en que el diputado Fernández debiera cuestionarse sobre las consecuencias de las decisiones del gobierno federal que ahora se padecen en la entidad, como es el que varias maquiladoras de la zona fronteriza estén por retirarse, lo cual impactaría de manera grave la economía local.

Señalamos enérgicamente la intromisión del diputado en la vida interna de Reynosa ni de ningún otro municipio o localidad del país. El ser un representante federal no le faculta para desacreditar el trabajo que se lleva a cabo en cualquier parte de la República Mexicana, ya que su único objetivo es meramente de índole lucro electoral. ¡Basta ya de la confrontación constante a la que recurre de manera frecuente y de la amenaza permanente de la revocación de mandato!

Si bien, para cumplir con el principio de lealtad, el código de ética manifiesta que las y los legisladores deben de:

• Mantener un trato solidario, de respeto, de consideración, de cooperación y de lealtad mutua.

• En todo momento desempeñarán una conducta intachable y transparente tanto en su vida pública como privada, en consonancia con la ética y las buenas costumbres.

• Ser leales al pueblo, a las instituciones y al mandato constitucional por el cual han sido elegidos y actuar con responsabilidad, protegiendo los intereses nacionales.

El diputado Fernández Noroña, evidentemente hizo expresiones fuera de lo que nuestro código de ética determina como una conducta de lealtad a la institución, por lo que rechazamos cualquier manifestación de violencia contra las mujeres en todos los órdenes de gobierno, incluido el municipal, por lo que en este exhorto exigimos también, reforzar las acciones legislativas y procesar los asuntos pendientes para eliminar los estereotipos sexistas, las prácticas discriminatorias y cualquier otra acción u omisión que constituya violencia de género, en especial aquella que prevalece en el ámbito público y/o político.

Existe en la Comisión de Igualdad de Género de esta honorable Cámara de Diputados una minuta que establece reformas importantes que permiten definir a la violencia política en razón de género como la acción u omisión que, en el ámbito político o público, tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de una mujer, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo a su función del poder público.

El Protocolo para Atender la Violencia Política contra las Mujeres señala:

“La violencia política contra las mujeres comprende todas aquellas acciones y omisiones (incluida la tolerancia) que, basadas en elementos de género y dadas en el marco del ejercicio de derechos político-electorales, tengan por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos políticos o de las prerrogativas inherentes a un cargo público”.

Además, en dicha legislación se establecen mecanismos para prevenir, atender, sancionar y, en su caso, erradicar la violencia política en razón de género; realizar la difusión en los medios de comunicación de las conductas, acciones u omisiones que conllevan a la violencia política en razón de género; la prevención, formas de denuncia y conciencia sobre la erradicación de ésta; capacitación en materia de prevención y, en su caso, erradicación de la violencia política en razón de género.

La sociedad mexicana nos exige cada día desempeñar con ética y responsabilidad el cargo que nos confirieron, he ahí donde radica la urgencia de este punto de acuerdo. Es nuestro deber actuar a la altura de nuestra investidura y juntos lograr dignificar al Poder Legislativo.

Por lo anterior, someto a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña para que cumpla con los objetivos y principios que establece la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y deje de ejercer violencia en contra de mujeres dedicadas a la vida política, asimismo se conduzca con respeto y bajo los principios de ética y respeto, en el marco de la división de Poderes y del federalismo, en el ánimo de una colaboración eficaz y eficiente para preservar el estado de derecho dentro de las facultades que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta al diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, para que ofrezca una disculpa pública a la alcaldesa de Reynosa Tamaulipas, por expresiones hechas contra su persona.

Tercero. Se exhorta al Comité de Ética de esta honorable Cámara de Diputados, para que, con fundamento en el artículo 77, fracciones I y II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3 y 46 de la Ley Orgánica del Congreso de la Unión, artículo 1, 8 fracción XX del Reglamento de la Cámara de Diputados; artículos 1, 2, 4, 14, fracciones I, II, VII y IX, 15, 16, 17, 36, 37, 38 y 42 del Código de Ética de la Cámara de Diputados, emita un pronunciamiento, las recomendaciones y, en su caso, aplique las sanciones al diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, por las expresiones hechas hacia la presidenta municipal de Reynosa, Tamaulipas.

Cuarto. Se hace un atento exhorto a la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados a aprobar con la mayor brevedad la minuta que reforma diversas disposiciones de las Leyes Generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de Instituciones y Procedimientos Electorales, de Partidos Políticos, en materia de delitos electorales, y del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral, sobre violencia política en razón de género.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputadas: Nohemí Alemán Hernández, Adriana Dávila Fernández (rúbricas).

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SCT a restaurar el libre tránsito en todas las vías férreas de Michoacán, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6 numeral 1 fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El derecho al libre tránsito dejó de ser efectivo hace casi veinte días en el estado de Michoacán, centenares de manifestantes invadieron en un plantón las vías del tren en diversos municipios afectando de manera grave la economía pues estimaron pérdidas cercanas a los mil millones de pesos al día, según datos de la Confederación de Cámaras Industriales de México.1

Este atropello a los derechos humanos de cientos de habitantes de Michoacán, ya de por sí grave, implicó afectaciones a la cadena productiva en diversos sectores del campo, de la industria automotriz, textil, alimentaria, entre otros. Debe recordarse que desde el inicio de los plantones se afectaron ramales cuyo destino era Veracruz; Toluca; San Luis Potosí; Querétaro; Pantaco, Ciudad de México; Monterrey; Guadalajara; Estado de México; y Altamira, Tamaulipas.

Si bien los profesores inconformes denunciaron adeudos con sus prestaciones y sueldos, el gobierno estatal liberó mil 230 millones de pesos2 para contribuir al pago de los adeudos con maestros con clave estatal; sin embargo, no ha sido suficiente puesto que nuevas demandas surgen ante cada respuesta.

Existe ahora otra demanda para revisar tres mil casos de maestros estatales, cuyo contrato feneció el 31 de enero y reclaman no solo el pago de adeudos sino la reinstalación. Este es solo un aspecto de las múltiples demandas que se han vertido en las veintidós regiones donde la CNTE ha llamado a pronunciarse para atender sus demandas.

Desafortunadamente, el Estado de derecho no ha sido eje central de las negociaciones. Si bien puede decirse que hay avances entre la Comisión Única de Negociación de la CNTE con los gobiernos federal y estatal, desafortunadamente persisten tomadas las vías de Uruapan, que ciertamente causa graves daños todavía por afectar el tránsito en el tramo ferroviario Lázaro Cárdenas-Morelia.3

Ante la ausencia de autoridad mostrada al persistir tomado un tramo ferroviario (Caltzontzin, Urupan),4 es de notable interés para esta soberanía hacer un llamado a recuperar el diálogo honesto, constructivo que conlleve la recuperación de la gobernabilidad en esa entidad federativa.

De acuerdo con el artículo 4o. de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario:

“Son de jurisdicción federal las vías generales de comunicación ferroviaria, el servicio público de transporte ferroviario que en ellas opera y sus servicios auxiliares, las denuncias o querellas formuladas por cualquier persona en relación con el servicio público de transporte ferroviario incluyendo sin limitar, el robo de las mercancías transportadas, la infraestructura férrea y sus componentes, así como del combustible de las locomotoras.

Corresponderá a los tribunales federales conocer de las controversias que se susciten con motivo de la aplicación de esta Ley.

En todo caso, las autoridades que conozcan de las controversias proveerán lo necesario para que no se interrumpa la prestación del servicio público de transporte ferroviario.”

El chantaje político no puede ni debe ser la causa de que haya derechos humanos violentados. Cada día amanece el país con una nueva petición de la CNTE -según las actas publicadas de las reuniones con el gobierno federal, SEP.5

Es fundamental garantizar el Estado de derecho porque lejos de evidenciar que se avanza por el bien de México, se muestran acciones perjudiciales a la economía del país y, a lo más importante, se afecta el interés superior de la niñez, con este tipo de conductas fuera de la legalidad.

Por lo a anteriormente expuesto y fundado, los suscritos sometemos a consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los titulares de la Secretaría de Gobernación y de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a implementar las acciones que permitan restaurar el libre tránsito en la totalidad de las vías ferroviarias en el estado de Michoacán.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los titulares de la Secretaría Educación Pública, de la Secretaría de Gobernación y al gobierno de Michoacán, a solucionar el conflicto magisterial en la entidad para recuperar el orden y el Estado de derecho.

Notas

1 Punto por Punto. (2019). Estima Concamin pérdidas por mil MDP. 26-Ene-2019.

Consultado en: https://www.puntoporpunto.com/secciones/economia/estima-concamin-perdid as-por-1000-millones-al-dia/

2 https://www.animalpolitico.com/2019/02/cnte-michoacan-pagos-bloqueos/

3 Excélsior. (2019). CNTE libera vías de tren en Pátzcuaro. 04-Feb-2019. Consultado en: https://www.excelsior.com.mx/nacional/cnte-libera-de-tren-en-patzcuaro- michoacan/1294479

4 Quadratín. (2019). CNTE asegura retiro de bloqueo que persiste este lunes. 04-Feb-2019. Consultado en:

https://mexico.quadratin.com.mx/cnte-uruapan-asegura-ret iro-de-bloqueo-que-sigue-en-michoacan-este-lunes/

5 Milenio. Hasta el reembolso del ISR ofrece Aureoles a la CNTE. 06-Feb-2019. Consultado en:

https://www.milenio.com/estados/hasta-el-reembolso-de-is r-ofrece-aureoles-a-la-cnte

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días del mes de enero de 2019.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno del estado de México a atender la creciente violencia de género, a cargo de la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, integrante del Grupo Parlamentario Morena de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguiente

Consideraciones

Los feminicidios han obtenido relevancia desde el momento en que se hicieron visibles las problemáticas y delitos que por cuestiones de género afectan a mujeres y niñas. Delitos como violencia psicológica, física y sexual, entre otros que engloban tal concepto. Estas violaciones a los derechos humanos transgreden la vida digna de las mujeres y de forma alarmante el índice del feminicidio incrementa. Es preocupante la labor de las autoridades del estado de México por tratar de erradicar debido a las alarmas de género que no han podido apagar, ni disminuir.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el capítulo V, de la violencia feminicida y de la alerta de violencia de género contra las mujeres, en su artículo 21 define el concepto de violencia feminicida:

Artículo 21 . Violencia Feminicida: es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres. En los casos de feminicidio se aplicarán las sanciones previstas en el artículo 325 del Código Penal Federal.1

Por su parte el “Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio)” elaborado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que define el término de femicidio como la muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión.2

Además de ubicar diferentes modalidades del feminicidio: íntimo (muerte de una mujer cometida por un hombre con quien la víctima había tenido un vínculo íntimo, por ejemplo, marido, exmarido, novio, exnovio, etcétera.), no íntimo (muerte de una mujer por un hombre desconocido), infantil (muerte de una niña menor de 14 años de edad cometido por un hombre en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder que otorga su situación adulta), familiar (es la muerte de una mujer en el contexto de una relación de parentesco entre la víctima y el victimario) y demás casos específicos en el que la tortura, secuestro, explotación sexual a partir de trata y tráfico, misoginia, discriminación de identidad de género y orientación sexual, racismo y mutilación genital intervinieron en la muerte de niña o mujer3

Otro concepto que interactúa con el anterior y contribuye a la visibilidad del problema es la “Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM)” un mecanismo de protección de los derechos humanos de las mujeres único en el mundo, consiste en un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad.4

Las importancias de estos dos conceptos son de gran relevancia por los graves índices de feminicidios donde el estado de México tiene estadísticas preocupantes. De acuerdo con los datos publicados por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), desde la perspectiva nacional en 2018, se tiene registro de 786 casos de feminicidios, y en una revisión por entidad, el estado de México es el territorio con más registros bajo este término son 98 casos, de ahí le sigue Veracruz con 90 casos.5 Esta misma posición aparece en el Atlas de Género que proporciona el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) sobre la prevalencia de violencia total contra mujeres con un nivel de 73.43por ciento.6

El aumento de la violencia hacia las mujeres fue el motivo por el cual el 28 de julio de 2015, el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, acordara por unanimidad la procedencia de la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, para el estado de México en once municipios: Chalco, Chimalhuacán, Cuautitlán Izcalli, Ecatepec de Morelos, Ixtapaluca, Naucalpan de Juárez, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla de Baz, Toluca, Tultitlán y Valle de Chalco Solidaridad.7

Lo anterior significa que la alerta de género lleva tres años y se requiere una mayor gestión de acciones para combatir y erradicar esta problemática que afecta a la dignidad humana, es obligación de las autoridades garantizar el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres en el que la violencia no sea el proceder cotidiano.

Los datos oficiales son alarmantes, pero bajo el lente de las asociaciones civiles la problemática es aun de mayor magnitud. Asociaciones como IDHEAS, Litigio Estratégico en Derechos Humanos, AC, Nos Queremos Vivas Neza, Deudos y Defensores por la Dignidad de Nuestros Desaparecidos, colectivos de familias de personas desaparecidas junto con el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia han solicitado una segunda alerta de violencia de género en el estado de México, pues es una entidad que concentra el mayor número de desaparición de niñas, adolescentes y mujeres en el país.

De acuerdo con un estudio elaborado por IDHEAS, las desapariciones, aumentaron 227 por ciento en los últimos tres años principalmente en cinco municipios de esta entidad; Toluca de Lerdo, Ecatepec de Morelos, Nezahualcóyotl, Chimalhuacán y Cuautitlán Izcalli. Estas organizaciones aseguran, de acuerdo con la base de datos abierta del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas de 2017, se tienen registro de mil 790 casos de desaparecidas.8

En este primer mes del año el Observatorio Ciudadano en contra de la Violencia de Género, Desaparición y Feminicidios en el estado de México, tiene registrado 22 feminicidios en el estado de México9 , también denunció que los gobiernos municipales no tienen clara una estrategia para abordar la problemática.

En la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en el capítulo III, “De la distribución de competencias en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres”, artículo 40 establece lo siguiente:

Artículo 40. La federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios, coadyuvarán para el cumplimiento de los objetivos de esta ley de conformidad con las competencias previstas en el presente ordenamiento y demás instrumentos legales aplicables.”10

El artículo 49 del mismo ordenamiento, establece las responsabilidades de las entidades para contribuir a la disminución del índice de feminicidios que a la letra dice:

Artículo 49. Corresponde a las entidades federativas y al Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por esta ley y los ordenamientos locales aplicables en la materia:

I. Instrumentar y articular sus políticas públicas en concordancia con la política nacional integral desde la perspectiva de género para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres;

II. Ejercer sus facultades reglamentarias para la aplicación de la presente ley;

III. Coadyuvar en la adopción y consolidación del Sistema;

IV. Participar en la elaboración del Programa;

V. al XXV. ...

Es completamente importante subrayar lo que señalan los primeros cuatro párrafos del artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México sobre las garantías de los mexiquenses:

Artículo 5 . En el estado de México todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales en los que el Estado mexicano sea parte, en esta Constitución y en las leyes que de ésta emanen, por lo que gozarán de las garantías para su protección, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse salvo en los casos y bajo las condiciones que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece.

...”

Bajo este mismo ordenamiento, el artículo 77, primera fracción, señala una de las obligaciones del gobernador del estado de México que a la letra dice:

Artículo 77 . Son facultades y obligaciones del gobernador del estado:

I. Cumplir y hacer cumplir la Constitución federal, las leyes del Congreso de la Unión y los tratados internacionales en materia de derechos fundamentales de los que el Estado mexicano sea parte.11

En relación con el tema de seguridad, esta misma Constitución menciona en el artículo 81 que la investigación y persecución de los delitos corresponden al Ministerio Público y a las policías, además, el Ministerio Público podrá solicitar medidas cautelares, de precaución, de protección y de impartición de justicia.12

El artículo 83 se estipula que el Ministerio Público se integra en una Fiscalía General de Justicia, un órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios con autonomía presupuestal, técnica y de gestión,13 además, de acuerdo con el artículo 83 Bis, la Fiscalía General de Justicia es responsable de definir políticas.

Por lo anterior expuesto, someto a consideración de este pleno los presentes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobernador del Estado Libre y Soberano de México, Alfredo del Mazo Maza, a que atienda de manera pronta y eficiente el fenómeno creciente de la violencia de género, principalmente del feminicidio en la entidad.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobernador del Estado Libre y Soberano de México, Alfredo del Mazo Maza, para que haga públicas las acciones que se han implementado en su gestión para erradicar los feminicidios en la entidad.

Notas

1 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, capítulo V, De la violencia feminicida y de la alerta de violencia de género contra las mujeres, Artículo 21.

2 AA. VV. Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas

de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio) ONU Mujeres, OACNUDH, Panamá, p.13.

3 Ibíd. p. 15-16

4 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, capítulo V, De la violencia feminicida y de la alerta de violencia de género contra las mujeres, Artículo 22.

5 “Víctimas de Delitos del Fuero Común. Instrumento para el Registro, Clasificación y Reporte de Delitos y las Victimas CNSP/38/15”, SEGOB, SESNSP, 20 de diciembre de 2018. Disponible en

http://secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/nueva-meto dologia/CNSP-Víctimas-2018.pdf

6 “Atlas de Género” IMEGI (consultado el 31 de enero de 2019), disponible en http://gaia.inegi.org.mx/atlas_genero/#

7 Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, Registro DGC número 001 1021 Características 113282801, Toluca de Lerdo, México., martes 3 de noviembre de 2015, No. 88, p.2. Disponible en

http://alertadegenero.edomex.gob.mx/sites/alertadegenero .edomex.gob.mx/files/files/principales/Decreto_Desap%20(1).pdf

8 “Organizaciones y colectivos solicitan una segunda Declaratoria de Alerta de Violencia de Género (AVGM) para el Estado de México por desapariciones de mujeres, niñas y adolescentes.” IDHEAS, Disponible en

http://www.idheas.org.mx/files/AVGM%20Edomex.pdf

9 Para saber más, consulte; https://qsnoticias.mx/suman-mas-de-20-feminicidios-en-el-estado-de-mexi co-en-2019-casi-uno-por-dia/

10 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Capítulo III, De la distribución de competencias en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, artículo 40.

11 Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, “De las facultades y obligaciones del gobernador del estado”, artículo 77.

12 Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, “Del Ministerio Público y de la seguridad pública”, artículo 81.

13 Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, “Del Ministerio Público y de la seguridad pública”, artículo 83.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputada Julieta Kristal Vences Valencia (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Banxico a emitir un billete de curso legal de 500 pesos conmemorativo de los 500 años de la fundación de la ciudad y puerto de Veracruz, a cargo de la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Mariana Dunyaska García Rojas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Villa Rica de la Veracruz fue el primer municipio constituido en América Continental, fue fundada por el capitán español Hernán Cortés el 22 de abril de 1519, localidad que se convirtió en el principal centro comercial en la costa del Golfo, y las mercancías que salían o entraban al país las supervisaba la aduana local; es por ello que, con el tiempo, este puerto se consolidó como el más importante de la colonia de la Nueva España.

En tal virtud, y cercanos a cumplirse los 500 años de su fundación, con fecha 18 de octubre del año en curso, la suscrita presentó ante esta soberanía un punto de acuerdo para proponer diversas medias a fin de celebrar dicha conmemoración. Asimismo, el 13 de noviembre del mismo año la suscrita presentó una iniciativa de decreto para, específicamente, emitir una moneda conmemorativa por los 500 años de la fundación de la fundación de la Ciudad y Puerto de Veracruz.

Cabe señalar, que el Banco de México ha participado en la conmemoración de relevantes eventos mediante la emisión de billetes; los primeros, para conmemorar 100 años de la independencia de México (1910); asimismo, se emitieron billetes conmemorativos para el 75o. aniversario del propio Banco de México; para el bicentenario del inicio del movimiento de independencia y para el centenario del inicio de la Revolución (2010).

Como ha quedado de manifiesto Veracruz fue, durante el periodo colonial español, el puerto más importante del Atlántico, y formaba parte estratégica del sistema de ciudades amuralladas que controlaban el tráfico de mercancías desde y hacia España, por este motivo, su importancia no fue solo mercantil, sino también militar.

Fue Carlos V en Valladolid España, quien otorgó el escudo de armas y con esto la categoría de ciudad el 4 de julio de 1523, así inicio la epopeya de la conquista y la consolidación de la unidad territorial que daría forma al Virreinato de la Nueva España y más tarde a la nación mexicana. Asimismo, también por órdenes del emperador, en 1526 el puerto de Veracruz fue el único autorizado para recibir la flota de la Nueva España, por lo que la Villa Rica de la Veracruz jugó un papel sumamente importante en el desarrollo de la Nueva España y, por ende, de toda Hispanoamérica.

La importancia de este puerto es medular, pues por el llegaron los primeros frailes franciscanos que comenzarían la ardua tarea de evangelizar a este gran territorio, también por aquí llegaron todos los virreyes y personajes importantes de la época colonial, así como los libre pensadores y viajeros que traían las ideas liberales del siglo XVII; fue el puerto de entrada de cientos de miles de personas que venían tras el sueño americano de un mejor futuro.

Veracruz es la única ciudad que ha sido testigo de todos los aconteceres de la historia nacional: El inicio de la Conquista en 1519; la proclamación de la República como única forma de gobierno en 1822 y capital de la república en dos periodos de la historia del país; la consumación de la independencia con la rendición de la fortaleza de San Juan de Ulúa el 23 de noviembre de 1825; la primera intervención francesa en 1833; la primera invasión americana de 1847; la expedición y promulgación de las Leyes de Reforma por don Benito Juárez; la segunda intervención francesa de 1862 y la segunda invasión americana en 1914. Otro hecho de suma importancia fue la promulgación de la Ley Agraria el 6 de enero de 1915 por Venustiano Carranza.

Ha sido declarada dos veces capital de nación: la primera con Benito Juárez, de 1857 a 1859; y la segunda con Venustiano Carranza, de 1914 a 1915; algunas de estas situaciones la llevaron a ser merecedora del título de “Cuatro Veces Heroica”, único municipio mexicano que ostenta tal reconocimiento por decreto presidencial.1

Primera vez . El último reducto español tomó el Castillo de San Juan de Ulúa el 26 de octubre de 1821, tras la declaratoria de Independencia Nacional. Desde ahí, el ejército español bombardeó la ciudad de Veracruz durante dieciocho días, aterrorizando no sólo a las fuerzas independentistas sino a todo los habitantes de la ciudad. Las fuerzas navales de México, lograron la capitulación de los españoles en Ulúa el 23 de noviembre de 1825. Fue casi un año más tarde que por decreto la ciudad obtuvo el primer título de “Heroica”, el 29 de julio de 1826.

Segunda vez . Fue el 28 de noviembre de 1838, cuando el Fuerte de San Juan de Ulúa y el puerto resistieron los ataques de la armada francesa, bajo las órdenes del contralmirante Carlos Baudín, en lo que se llamó la “Guerra de los Pasteles”. La ciudad hizo frente al ataque con dignidad y valentía, lo cual le valió el segundo título de “Heroica”.

Tercera vez. El 22 de marzo de 1847, el puerto recibió una nueva embestida naval y terrestre, en esta ocasión por la escuadra norteamericana al mando del general Winfield Scott. Una vez más la ofensiva fue soportada estoicamente por toda la población, aunque la superioridad bélica del invasor terminó por imponerse sobre la maltrecha guarnición que defendía la ciudad, a la que esta acción le valió su tercer título de “Heroica”.

Cuarta vez. Los días 21 y 22 de abril de 1914, todavía en época de la revolución, el Puerto de Veracruz sufrió una nueva invasión norteamericana, la cual se enfrentó con grupos de civiles voluntarios y cadetes de la escuela naval militar que defendieron la integridad de la nación. Con este enfrentamiento, el Puerto de Veracruz consiguió su cuarto título de “Heroica”.

En 1895 el presidente Porfirio Díaz concesionó a la empresa inglesa “Pearson and Sons LTD”, la construcción del puerto artificial de Veracruz, ganándole terrenos al mar conformando malecones, muelles, diques y rompeolas, haciendo el puerto. Después de grandes proezas, el 6 de marzo de 1902, se inauguró el Puerto de Veracruz, convirtiéndose desde entonces en uno de los principales puertos de México.

Así, desde su fundación, el puerto de Veracruz se mantuvo como una de las principales rutas de comunicación y que no solo permitió la llegada de inmigrantes sino también la entrada y salida de nuevas ideas y productos; inventos y avances tecnológicos. También debemos referir que Veracruz ha dado al mundo del arte y la cultura, así como en la política y en el deporte, personajes tan distinguidos como:

Francisco Javier Clavijero (Puerto de Veracruz, Nueva España, 9 de septiembre de 1731- Bologna, Estados Pontificios, 2 de abril de 1787) fue un sacerdote jesuita, muy conocido por sus obras historiográficas, especialmente la Historia antigua de México, por la cual ha sido considerado uno de los precursores del indigenismo en México. A grandes rasgos, podemos referirnos a su vida en dos etapas, cuyo punto de quiebre lo constituye la expulsión de la Compañía de Jesús en 1767. Es uno de los principales autores de la Escuela Universalista Española del siglo XVIII

Francisco Javier Alegre S.I. (Puerto de Veracruz, Nueva España; 12 de noviembre de 1729 - Bolonia, Estados Pontificios; 16 de agosto de 1788). Jesuita novohispano, fue un filósofo, teólogo, canonista, historiador, geógrafo, traductor, creador de obras de gran interés sobre diversos temas

Francisco del Paso y Troncoso (Veracruz, 8 de octubre de 1842 - Florencia, 30 de abril de 1916) fue un historiador mexicano, profesor de náhuatl y director del Museo Nacional de Arqueología, Historia y Etnología de la Ciudad de México en dos ocasiones (1889-1890, 1891).

Salvador Díaz Mirón - Puerto de Veracruz, Ver., (14 de diciembre de 1853 - Ib., 12 de junio de 1928), Hijo del periodista y político que fuera gobernador de su estado, Manuel Díaz Mirón, siguió los pasos de su progenitor, pero con fuerte inclinación hacia las letras, su madre fue Eufemia Ibáñez. Precursor del modernismo. Trabajó como periodista y profesor. Como político fue diputado de oposición en la época de Porfirio Díaz, a quien posteriormente apoyó, incluso en la celebración del centenario de la Independencia, donde lo alaba en un poema dedicado a Miguel Hidalgo: “su inicial grandeza (de la nación) acredita de sabia tu proeza”.

José Mancisidor Ortiz (Veracruz, Veracruz; 20 de abril de 1894 - Monterrey, Nuevo León, México; 22 de agosto de 1956). Escritor, historiador y político.

Adolfo Tomás Ruiz Cortines? (Veracruz, Veracruz, 30 de diciembre de 1889 – ibídem, 3 de diciembre de 1973) fue un contador, militante revolucionario y político priista mexicano que se desempeñó como Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en el sexenio de 1952 a 1958. Fue el último presidente de México nacido en el siglo XIX.

Manuel Gutiérrez Zamora. (Veracruz, Veracruz, 24 de agosto de 1813 - 21 de marzo de 1861). Político y militar liberal, gobernador del Estado de Veracruz, México.

Finalmente, Veracruz recibió productos que en sus tierras hemos hecho nuestros, como el café, la caña de azúcar y los cítricos, pero también el idioma y la religión. Veracruz fue el primer Municipio constituido en América Continental, sede del primer hospital militar, la primera flota naval mexicana y cuna de la fuerza aérea mexicana, la primera imprenta, la primera vacuna, la primera gran red telegráfica de México, los primeros rieles del ferrocarril, el primer sistema de alumbrado público de gas, la primera oficina del Registro Civil y de la emisión de la primera acta de nacimiento de una ciudad mexicana; así como el primer cuerpo de Bomberos de México, las primeras instalaciones portuarias modernas del país; la Puerta Olímpica de América.

Así, el próximo 22 de abril de 2019 se conmemorarán los 500 años de la fundación de esta extraordinaria Ciudad y Puerto, haciéndose aún más visible su ya conocida belleza y trascendencia histórica, social, política y comercial; es muy importante darnos cuenta que lo que la historia nos muestra no sólo se trata de celebrar la fundación de Veracruz, se trata pues de celebrar nuestros primeros 500 años del concepto de nación, entendida esta identidad a partir del momento en que se fusionaron las culturas indígena y europea; aprovechemos la ocasión para asombrar al mundo con nuestra raíz precolombina, herencia de las civilizaciones mesoamericanas.

Desde esta perspectiva, este acontecimiento representa una gran oportunidad para construir un fenómeno social de rescate de nuestras raíces culturales, de fomentar entre nuestros connacionales el orgullo de pertenencia a nuestro País y de este modo, ensanchar nuestra identidad y afianzar nuestros lazos de unidad como mexicanos.2

Con esta conmemoración, sin duda, tenemos ante nosotros la oportunidad de destacar la grandeza cultural de nuestro país, no sólo hacia el interior, sino también hacia el exterior, pues Veracruz y México, no debe ser más un referente de violencia y corrupción, la nación mexicana es mucho más que eso, tiene historia, tiene cultura, tradiciones y una gastronomía inigualable, así como gente fuerte y llena de esperanza que ha forjado a través de los años un gran país del cual estamos orgullosos; destaca su música y danza como el son jarocho y el danzón. No debemos desaprovechar una sola de las oportunidades que las páginas de la historia nos brindan para hacer notoria esta gran herencia.

Es de precisarse que en 1969 el gobierno municipal de la Ciudad de Veracruz conmemoró el 450 aniversario de la fundación del Cabildo de la Villa Rica de la Vera Cruz, con la emisión de una moneda de plata conmemorativa, la restauración del Teatro Francisco Javier Clavijero y del Museo de la Ciudad de Veracruz, entre otras importantes obras.

Por ello se propone la emisión de un billete conmemorativo de 500 pesos - de curso legal - tendente a reconocer un acontecimiento de suma importancia: la fundación de la ciudad y puerto de Veracruz, un hecho que a casi 500 años de distancia, no debe pasar desapercibido para el Estado mexicano, pues representa nuestros orígenes y el punto de partida de nuestra identidad nacional, representa nuestra historia y engendra una enorme riqueza que debe ser expuesta a México y al mundo. La mexicanidad inició en Veracruz y esto hay que celebrarlo.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados sugiere respetuosamente al Banco de México que emita un billete conmemorativo, como una manera especial de remembrar los 500 Años de la fundación de la Ciudad y Puerto de Veracruz.

Segundo. La Cámara de Diputados sugiere respetuosamente al Banco de México que en la elaboración del billete conmemorativo se incluyan, como características principales, tener un valor nominal de quinientos pesos, en formato horizontal, elaborado en polímero, con los elementos de seguridad que contienen los billetes actuales de dicha denominación; y se considere y, en su caso, adecue o apruebe el diseño.

Tercero. La Cámara de Diputados sugiere respetuosamente al Banco de México ordenar la emisión del billete conmemorativo de mérito, a más tardar el 22 de abril de 2019, fecha en que se celebrará tal conmemoración.

Notas

1 H. Ayuntamiento de Veracruz. Disponible en http://www.disfrutaveracruz.mx/

2 Homs, Ricardo, (11 de noviembre de 2017). Veracruz 500 años. El Universal. Disponible en: http://www.eluniversal.com.mx/ricardo-homs/veracruz-500-anos

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputada Mariana Dunyaska García Rojas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de la Ciudad de México a realizar acciones tendentes a salvaguardar la seguridad integral de los usuarios del Metro, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por el que se exhorta a la titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México para que, a través de las autoridades correspondientes, realicen las acciones necesarias para salvaguardar la seguridad integral de los usuarios del sistema colectivo metro.

Consideraciones

El sistema Colectivo metro es uno de los medios de transporte público más utilizados en la Ciudad de México. En promedio, las 12 líneas y sus 226 kilómetros de longitud, transportan diariamente a 5.5 millones de personas, en promedio.1

Más del 61 por ciento de la población de la ciudad de México, hace uso de este servicio, razón por la cual debe tener condiciones óptimas de seguridad e infraestructura a fin de salvaguardar la seguridad de los usuarios.

A pesar su importancia, se advierte que en la actualidad el sistema no tiene la capacidad para brindar el servicio de transporte. A decir verdad, éste cuenta con un déficit de un millón de usuarios, es decir, que no cuenta con suficientes trenes para atender la demanda de transporte, a la vez que no se observan acciones contundentes para modernizar las líneas, ni los trenes, a la par que en los últimos días se han registrado problemas estructurales que ponen en riesgo la seguridad de los usuarios.

Sobre la seguridad en el Sistema de Transporte Colectivo Metro, la titular de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, tiene mucho que aportar respecto a las doce líneas que conforman el Sistema y las instalaciones a sus alrededores, toda vez que son evidentes los mayores retos en materia de protección civil.

Entre ellos, atender conjuntamente con las autoridades correspondientes, la alineación de vías, el cambio de torniquetes, la instalación de nuevos sistemas de escaleras eléctricas y el libre espacio para la movilidad al interior de las instalaciones.

Afortunadamente reconoció en entrevista2 con el Diario El Universal el pasado 8 de agosto, que la protección civil en la Ciudad de México “está en pañales” pero se comprometió a que una vez siendo titular de la Secretaría en comento iniciaría convenios con la UNAM, la UAM y el IPN para: 1) Desarrollar los nuevos Atlas de Riesgos de la Ciudad de México; 2) Crear el Sistema de Alerta Múltiple y 3) Presentare un nuevo plan de Gestión Integral de Riesgos.

Estos compromisos merecen especial atención luego de que colapsaron las escaleras eléctricas del Metro en la terminal Tacubaya con dirección a Pantitlán el pasado 8 de febrero, en donde se observa en videos de redes sociales la gran aglomeración de personas en los andenes, lo cual se reflejó en las escaleras eléctricas, donde una de ellas tuvo un alto total mientras la otra siguió funcionando, lo que ocasionó desconcierto entre los usuarios3 pues literalmente “chocaban” entre ellos al correr en sentido contrario o de plano aventándose en avalancha.

Estos escenarios de pánico no son dignos de los habitantes de la Ciudad de México ni de los usuarios del mejor sistema de transporte del país, el Metro, por ello, es urgente que la titular de la jefatura de gobierno de manera inmediata instruya a la secretaria de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil a presentar de manera pública el plan de prevención de siniestros como el relatado anteriormente y desde luego, acompañado de conformidad con la normativa interior del STC Metro, las acciones a implementar para la mitigación de riesgos causados por agentes perturbadores naturales o humanos que pudieran presentarse en el futuro al interior de sus instalaciones.

Llama especialmente la atención el silencio de las autoridades cuando uno de los once4 compromisos del STC Metro firmados desde el 2014 se refiere a la sustitución de 50 escaleras eléctricas por nuevas en lo que corresponde a las líneas 1, 2 y 3 de lo cual, solo se sabe que la licitación fue ganada por la empresa Mitsubishi Electric de México, SA de CV, pero no las condiciones en las que fue entregado y sus garantías.

Tampoco es público el plan de acción en caso de emergencias al interior del STC Metro, aplicable tanto para el personal como para los usuarios en aras de una cultura de autoprotección y de protección civil, como estable el manual administrativo (A_16/191018-E-SEMOVI-STC-36/011217) de dicho sistema de transporte.

Las autoridades de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México agotan el tema de protección civil en la recuperación de casas de los afectados por los sismos en fechas recientes, evidencia de ello es que, lo único planteado5 a los habitantes de la Ciudad en materia de protección civil, es un plan de emergencia para la capital mexicana en caso de sismo, del cual se dijo sería un instrumento de coordinación de dependencias de los gobiernos capitalino y federal, alcaldías, organizaciones civiles y de la población, pero sin mayores detalles.

Además de todo lo anterior, los problemas estructurales y el mal estado en las estaciones, lo cual, constituye un auténtico problema en materia de seguridad pública en la Ciudad de México, se observan graves fenómenos de inseguridad. Desde principios de enero y hasta la fecha se han registrado distintas denuncias relacionadas con intentos de secuestro y agresiones contra mujeres. De acuerdo con la iniciativa de periodismo en datos Serendipia, en éste último mes se han registrado 167 casos de intentos de secuestro en las instalaciones.6

Asimismo, se advierte que los reportes de agresiones se han presentado en las estaciones de Candelaria, Coyoacán, Miguel Ángel de Quevedo, Potrero y Centro Médico. También, según reportes de la Procuraduría de Justicia Capitalina se advierte que la víctima, comúnmente es mujer joven de entre 20 y 25 años que se observa distraída con el celular.7

Ante esta situación, la titular del gobierno refirió que se realizarían las siguientes acciones inmediatas:

1. Células de atención. Instalar células de atención a las mujeres.

2. Revisar Carpetas de investigación. Revisión de las carpetas de investigación que pudieran estar relacionados con el modus operandi de los intentos de secuestros.

3. Reforzar vigilancia. Establecer mayor seguridad en las estaciones ubicadas en zonas de alta incidencia.

4. Número de denuncias: se habilita un teléfono para reportes de violencia de género.

5. Reunión con activistas.

A pesar de dichos anuncios, los secuestros no han disminuido, a la vez que no se conocen cuáles son las acciones concretas que se han realizado para reformar las acciones de seguridad, ni el estado que guardan las cámaras de las estaciones.

Es importante destacar que además de los fenómenos de violencia de género, el metro también es uno de los espacios en donde se producen gran cantidad de robos diarios. En 2018, se reportaron alrededor de dos mil 126 robos cometidos en los andenes y vagones, cifra que puede elevarse a más de 18 mil si se toma en cuenta que el 93% de los delitos patrimoniales no se denuncian.8

Este tipo de delitos se comenten con mayor frecuencia en las horas, pico, es decir, cuando existe un mayor flujo de personas y las estaciones que cuentan con mayores reportes son Hidalgo, Pino Suárez, Zócalo, Pantitlán, Tacubaya, Chabacano, San Lázaro, Guerrero, Tacuba, Constitución de 1917, Balderas, Indios Verdes, Bellas Artes, Polanco y Centro Médico.9

Siendo un sistema de transporte público, es fundamental que se conformen estrategias integrales para rescatarlo en su totalidad. Por ello, se presenta el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la titular del Gobierno de la Ciudad de México, para que a través de las autoridades correspondientes presente un plan integral de acción y atención al Sistema Colectivo Metro.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a las autoridades de protección civil a establecer un plan de acción para la atención de riesgos en el Sistema Colectivo Metro.

Tercero . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a las autoridades de seguridad pública capitalina a reforzar el sistema de seguridad y vigilancia.

Cuarto . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Gobierno de la Ciudad de México a realizar un plan integral de ampliación, fortalecimiento y restauración en la infraestructura del sistema Colectivo Metro.

Quinto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, para que instruya a los titulares de la Secretaria de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil y del Sistema de Transporte Colectivo Metro, a hacer público la estrategia integral de protección civil y mitigación de riesgos en la vía pública alrededor de las doce estaciones del STC Metro, así como en su interior, acompañado de la cantidad de personas a las que potencialmente impactará.

Sexto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, para que instruya al titular del Sistema de Transporte Colectivo Metro, que haga públicos los archivos relacionados con la renovación de infraestructura respectiva a las escaleras eléctricas.

Notas

1 Inegi:

http://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/df/ poblacion/

2 El Universal. Prevenir Riesgos será la prioridad: Myriam Urzúa. Consultado el 18-08-2018 en:

https://www.eluniversal.com.mx/metropoli/cdmx/prevenir-r iesgos-sera-la-prioridad

3 Grupo Radio Fórmula. Terror en el metro: colapsa escaleras en Tacubaya; usuarios gritan y caen. Consultado el 11-02-2019 en: https://www.radioformula.com.mx/noticias/mexico/20190209/terror-en-el-m etro-colapsan-escaleras-en-tacubaya-usuarios-gritan-y-caen-video/

4 Consultado en: https://www.metro.cdmx.gob.mx/acerca-del-metro/once-compromisos

5 Once Noticias. Anuncia Sheinbaum plan de emergencia para la CDMX.

Consultado el 11-02-2019 en: https://oncenoticias.tv/nota/anuncia-sheinbaum-plan-de-emergencia-para- la-ciudad-de-mexico

6 https://serendipia.digital/2019/01/mujeres-comparten-historias-sobre-in tentos-de-secuestro-en-ciudad-de-mexico-y-estado-de-mexico-mapa/

7 Informe de la Procuraduría Capitalina.

8 https://www.adn40.mx/noticia/moda/nota/2019-01-17-17-04/video—madre-con -punteria-perfecta-golpea-con-chancla-a-su-hija/

9 https://www.adn40.mx/noticia/moda/nota/2019-01-17-17-04/video—madre-con -punteria-perfecta-golpea-con-chancla-a-su-hija/

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días del mes de febrero de 2019.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, para implantar campañas permanentes y gratuitas de vacunación, desparasitación y esterilización caninas y felinas, a cargo del diputado Juan Ángel Bautista Bravo, del Grupo Parlamentario de Morena

Los que suscriben, diputado Juan Ángel Bautista Bravo e integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Consideraciones

México es el país con mayor población canina en América Latina, por lo que se estima que existen aproximadamente 23 millones de perros, de los cuales 70 por ciento se encuentran en situación de calle.

Aproximadamente se abandonan 500 mil perros y gatos al año en México, la mayoría de los casos tenían un dueño.

El director de la Asociación Civil Defensoría Animal, destaca que es notable el abandono de los cachorros, posteriores a las festividades. Datos arrojados por la Asociación Mexicana de Médicos Veterinarios Especialistas en Pequeñas Especies, existen alrededor de 28 millones de mascotas o animales domésticos en la calle y esta cifra crece 20por ciento cada año.

Esta problemática se agudiza debido a la venta de perros y gatos sin esterilización en criaderos o mercados, predominantemente clandestinos, que destaca el maltrato y abandono en caso de ya no ser útil para la cruza. En seis años, partiendo de una única camada se pueden producir entre sesenta y siete mil cachorros.

En los últimos años ha causado un problema de salud pública en México, ya que en la Ciudad de México existe poco más de un millón de perros en situación de calle, lo que representa 20 mil toneladas de excremento al mes, enfatizando que la mayoría no cuenta con desparasitación. En épocas de lluvia, se disuelve contaminando todo a su paso, incluidas tuberías, por otra parte en la época de altas temperaturas se deshidratan y con el viento se dispersa en el ambiente. Lo que ocasiona miles de bacterias circulando en el aire.

Según la Organización Mundial de la Salud, existen 174 enfermedades infecciosas (bacterias, parásitos, virus y hongos) transmisibles de animales a humanos, de las cuales 53 son mediante caninos. De las enfermedades más destacables son el síndrome de Larva Migrans Visceal u Ocular, asociada a la ceguera y problemas respiratorios crónicos; Toxocara caninis asociados a enfermedades crónicas respiratorias que la mayoría de los casos es confundida con cuadros de alergia; Ancylostoma caninum que tiene impacto en el sistema respiratorio.

La presencia de animales callejeros no solo genera problemas de salud, también de seguridad. Los caninos y felinos al ser constantemente maltratados y abusados además de sufrir de hambre convirtiéndolos en seres que no confían en los individuos, lo que implica ataques o mordeduras como defensa.

Por lo expuesto y de conformidad con las disposiciones invocadas en el proemio, se somete a la consideración de esta soberanía, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Salud, a los gobernadores de las entidades federativas y la jefatura de gobierno de Ciudad de México para que de manera coordinada en el ámbito de sus respectivas atribuciones se implementen campañas permanentes y gratuitas de vacunación, desparasitación y esterilización canina y felina, con dueño o en situación de calle, con el fin de erradicar gradualmente la sobrepoblación animal, adicionalmente prevenir la proliferación de enfermedades infecciosas que afectan la salud pública de los mexicanos y mexicanas.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a los gobernadores de las entidades federativas y la jefatura de gobierno de Ciudad de México para que a través de sus respectivas Secretarías de Salud realicen los trámites correspondientes para asignar recursos necesarios y suficientes para la implementación de las campañas permanentes y gratuitas de vacunación, desparasitación y esterilización canina y felina.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputados: Juan Ángel Bautista Bravo (rúbrica) y Alejandro Viedma Velázquez

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP y la Secretaría de Bienestar a adecuar el Programa de Estancias Infantiles, etiquetado con la clave S170 en el PEF de 2019, a cargo de la diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y en las fracciones IV y V del numeral 2, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable soberanía el siguiente punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las estancias infantiles fueron creadas con el objetivo de crear un lugar especializado y acondicionado para la atención y cuidado de las y los menores. Especialmente está dirigido a quienes desean que sus hijas/os reciban una estimulación acorde a su edad y adquieran tanto habilidades como destrezas.

Estos establecimientos que surgen por la necesidad de los padres de contar con un lugar especializado y acondicionado para la atención y cuidado de las y los menores y dirigidos a quienes desean que sus hijas/os reciban una estimulación acorde a su edad y adquieran tanto habilidades como destrezas.

La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, al primer trimestre de 2017, de la población económicamente activa (PEA) femenina 96.5 por ciento está ocupada y de esta 73.6 por ciento tiene hijos (La PEA ocupada es la población mayor de 15 años que está integrada al mercado laboral).

En este sentido, la Encuesta Nacional de Empleo y Seguridad Social de 2013, muestra que, de la población total de menores de seis años, la mayoría son cuidados por una persona (familiar o conocido) y sólo 4 por ciento son llevados a una guardería.

El ordenamiento a nivel federal que regula este servicio es la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, promulgada en 2011, tiene el objetivo de coordinar, mejorar y evaluar la prestación de servicios para la atención y cuidado y desarrollo integral infantil. Su cumplimiento y aplicación corresponde al Ejecutivo federal por conducto de sus dependencias y entidades.

Dentro de las modalidades de prestación del servicio se encuentran las siguientes:

- Pública: Aquella financiada y administrada, ya sea por la federación, los estados, los municipios, la Ciudad de México o sus órganos políticos administrativos, o bien por sus instituciones.

- Privada: Aquella cuya creación, financiamiento, operación y administración sólo corresponde a particulares.

- Mixta: Aquella en la cual la federación o los estados o los municipios o la Ciudad de México y sus órganos políticos administrativos participan en el financiamiento, instalación o administración con instituciones sociales o privadas.

En este tenor, el citado ordenamiento establece que la rectoría de los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil corresponde al estado, que tendrá la responsabilidad en la autorización, funcionamiento, monitoreo, supervisión y evaluación de los centros, los cuáles no podrán operar sin contar con la autorización que corresponda en materia de protección civil.

Para el caso en concreto, las Secretaria de Desarrollo Social en los presupuestos que le fueron etiquetados de 2013 a 2017 se le asignó de la siguiente forma:

La anterior tabla refleja que fue ampliado el recurso que originalmente fue etiquetado para su ejecución.

Para el 2019, la dependencia que sustituyo a la Secretaría de Desarrollo Social es la Secretaria de Bienestar, a cargo de la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador, a esta dependencia que pondrá en marcha el Programa de Estancias Infantiles tuvo una reducción considerable respecto de 2108, quedando de la siguiente manera:

Es por lo anterior, que es necesario analizar por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaria de Bienestar que se haga una modificación el presupuesto asignado al Programa de Estancias Infantiles asignada con la clave presupuestaria S170, ya que de los anteriores ejercicios fiscales hubo modificaciones al presupuesto asignado para su ejecución.

De lo anterior, se establece que esta soberanía esta consiente que es necesario velar por los derechos de los niños y niñas en la etapa de su primera infancia, por lo que es prioridad que se le asigne un presupuesto digno y se eviten actos que vayan en contra de la salvaguarda de sus derechos.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía, de urgente u obvia resolución, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Bienestar a que dentro de sus principios de actuación institucional prevalezca el principio de salvaguarda de los derechos de las niñas y niños en la etapa de su primera infancia.

Segundo. Exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Bienestar a realizar las adecuaciones presupuestales correspondientes al programa de estancias infantiles etiquetado con la clave S170 en el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2019. Tal y como se hizo en los presupuestos que comprenden los años 2013 a 2017.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados a 12 de febrero de 2018.

Diputada María de los Ángeles Gutiérrez Valdez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se reconoce al IPN, la doctora Eva Ramón Gallegos y su equipo de investigación por su valioso aporte a la ciencia y la salud en la erradicación del VPH, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados reconoce al Instituto Politécnico Nacional, a la doctora Eva Ramón Gallegos y a su equipo de investigación, por su valiosa aportación a la ciencia y a la salud en la erradicación del virus del papiloma humano, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El virus del papiloma humano (VPH) o papilomavirus es una enfermedad de transmisión sexual que puede ser contraído tanto por mujeres como hombres, pertenece a una familia de por lo menos 150, virus de los cuales 35 se asocian con algún tipo de cáncer.

En particular, el virus 16 y 18 generan por lo menos 70 por ciento de los cánceres cervicales y los tipos 6 y 11 causan 90 por ciento de las conocidas como verrugas genitales.1

De acuerdo con la titular del Programa Integral de Prevención y Control de Cáncer en México del Instituto Nacional de Cancerología, los diferentes tipos de cáncer constituyen la tercera causa de muerte, de ellos un poco más de 20 por ciento son del tipo papiloma humano, hepatitis B y C, con una alta incidencia en la población de entre 40 y 50 años generando pérdidas de por lo menos 70 millones de pesos sólo por incapacidad.2

El VPH es uno de los padecimientos más comunes, por tal motivo está incluida en el grupo de enfermedades venéreas más representativas. Se estima que por lo menos 80 por ciento de las personas sexualmente activas la padecen o presentarán alguno de sus síntomas al menos una vez en su vida.

Por sus impactos y secuelas, constituye la segunda causada de muerte de las mujeres mexicanas, aunado a ello, durante el 2018 se registraron 32 mil 439 decesos por cáncer cervicouterino, es decir, en promedio 89 sucesos diariamente.3

Diversos estudios del Instituto de Investigaciones Biomédicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, arrojaron que las mujeres se exponen a una edad cada vez más temprana a este virus, ya que hasta hace unos años ocurrían a los 19 pero ahora se han localizado niñas con 12 años infectadas, deteriorando de esta manera su salud y calidad de vida.

Respecto a sus síntomas, las afecciones en la piel se presentan en por lo menos 70 por ciento de los pacientes, y se manifiestan con la aparición de verrugas cutáneas, las cuales aparecen en cara, manos y pies. Además de los condilomas o verrugas genitales causantes de mal olor, dolor e incomodidad.

Las instituciones del sector salud han hecho énfasis en evitar tratamientos caseros o medicamentos de dudosa procedencia, ya que pueden derivar en complicaciones, lesiones y repercusiones negativas para la salud.

Afortunadamente existen avances en la eliminación de este virus, uno de los más importantes fue dado a conocer recientemente por las autoridades del Instituto Politécnico Nacional y su Escuela Nacional de Ciencias Biológicas.4

Entre los primeros hallazgos, se ha comprobado la eliminación del 100% de esta neoplasia a través de una “terapia fotodinámica”, la cual resulta ser una técnica segura y no invasiva a otros órganos vitales.

Según la coordinadora y científica Eva Ramón Gallegos, la terapia fotodinámica elimina no sólo el virus del papiloma humano, sino también en su etapa inicial regenera lesiones premalignas cáncer de cérvix.

Este tratamiento se ha utilizado en entidades como Oaxaca, Veracruz y la Ciudad de México con resultados excepcionales, ya que permite localizar con precisión las células afectadas gracias a la utilización de una sustancia fluorescente, para después eliminarlas con un rayo láser especial.

Este nuevo procedimiento contribuirá a reducir los índices de mortalidad, ya que sólo elimina células dañadas y no genera ninguna repercusión a las estructuras sanas, por los que los impactos a la salud son casi nulos, incluso, ha presentado efectos positivos en la eliminación de cepas bacterianas patógenas.

El cáncer en cualquiera de sus manifestaciones provoca un alto impacto económico, social y psicológico para el paciente y su familia, de ahí la necesidad de contar con métodos de prevención, erradicación y atención más accesibles para todos los sectores de la población, a fin de salvaguardar uno de los derechos humanos más elementales como es el de la salud.

El descubrimiento extraordinario de estos profesionales de la salud, representa un avance fundamental en la eliminación del virus del papiloma humano, y un paso más en la consolidación de mecanismos eficaces de prevención e identificación de enfermedades, que coloca a México en la vanguardia mundial.

Nuestro mayor reconocimiento al Instituto Politécnico Nacional y a las instituciones del sector salud que colaboraron; asimismo, a los hospitales participantes e investigadores por su compromiso, dedicación y trabajo ya que sus contribuciones permitirán el cuidado y protección de la salud de las y los mexicanos.

Por lo expuesto, se somete a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, reconoce al Instituto Politécnico Nacional, a la doctora Eva Ramón Gallegos y a su equipo de investigación, por su valiosa aportación a la ciencia y a la salud en la erradicación del virus del papiloma humano.

Notas

1 Presidencia de la República. (2015). Virus del Papiloma Humano (VPH) o papilomavirus. 8 de febrero de 2019, de Presidencia de la República Sitio web: https://www.gob.mx/salud/articulos/virus-del-papiloma-humano-vph-o-papi lomavirus

2 Perla Miranda. (2019). Cáncer, tercera causa de muerte en el país: Incan. 08/02/2019, de El Universal Sitio web: https://www.eluniversal.com.mx/nacion/cancer-tercera-causa-de-muerte-en -el-pais-incan

3 Yadira Sosa. (2019). Oaxaqueña, la científica del IPN que eliminó el virus del papiloma. 10/02/2019, de El Imparcial Sitio web: http://imparcialoaxaca.mx/salud/274893/oaxaquena-la-cientifica-del-ipn- que-elimino-el-virus-del-papiloma/

4 Instituto Politécnico Nacional. (2019). Elimina IPN cien por ciento virus del papiloma humano. 10 de febrero de 2019, de IPN Sitio web: https://www.ipn.mx/CCS/comunicados/ver-comunicado.html?y=2019&n=31

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días del mes de febrero de 2019.

(Rúbrica.)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al congreso del estado de México a revisar y, en su caso, modificar el artículo 8o. del Código Penal local, a cargo de la diputada María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena

María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, diputada de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79 numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo para que el Congreso del estado de México, en el ámbito de su competencia, revise y en su caso modifique el párrafo segundo de la fracción III del artículo 8 del Código Penal del estado de México , al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En la Gaceta del Periódico Oficial del gobierno del estado de México, de fecha 20 de septiembre de 2018, fue publicado el Decreto Número 333, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado de México.

Como es sabido dentro del sistema jurídico penal mexicano, el derecho positivo, la doctrina y la jurisprudencia definen las clases de delitos y que pueden ser:

I. Dolosos;

II. Culposos;

III. Instantáneos;

IV. Permanentes;

V. Continuados.

Dentro de las reformas que realizó el Legislativo del estado de México se encuentra la relativa al párrafo segundo de la fracción III del artículo 8 del Código Penal, en la que incluyó la figura de “unidad de evento” en los delitos instantáneos, que a la letra dice:

“Lo será con unidad de evento, cuando la conducta sea ejecutada en varias acciones típicas sucesivas de naturaleza patrimonial, siempre que los ofendidos sean distintos y la forma en que se afecte el bien jurídico tutelado lo permita, se considerará que existe unidad de evento cuando la misma conducta típica sea ejecutada sobre diversos pasivos. La unidad de evento excluye el concurso de delitos”

Con la introducción a la norma penal de la figura de “unidad de evento” que excluye a la figura de “concurso de delitos”, imposibilita a los juzgadores de aplicar la ley cuando el infractor con una sola conducta comete varios delitos y ello conlleva a que en la realidad se abra la puerta para que los infractores no sean sancionados penalmente por la totalidad de sus actos ilícitos cometidos en agravio de la ciudadanía.

Aunado a lo anterior, con la mencionada reforma, personas que se encuentran actualmente en prisión, purgando penas, que fueron sentenciados bajo la figura de “concursos de delitos” se encuentran promoviendo amparos con base en los principios de legalidad y retroactividad, lo cual está generando una salida anticipada de prisión en el estado de México, sin haber reparado el daño al ofendido.

Por otra parte, es de explorado derecho que la concurrencia de delitos se da en dos sentidos: a) Concurso Real y b) Concurso Ideal. De igual forma es necesario mencionar y recordar cómo operan las normas penales ante el concurso, y éstas se da ante la conducta reiteradamente delictuosa de un mismo agente o de diversos resultados obtenidos a partir de dicha conducta, luego entonces, si con el acto antijurídico emitido por una persona comete varios delitos debe ser sancionado conforme a la institución de “concurso de delito” y no como “unidad de evento”.

Por eso, es necesario que el Congreso del estado de México analice, estudie y, conforme a su competencia, decida jurídicamente lo que corresponda en beneficio de la población mexiquense.

Por todo lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 62, numeral 3, 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de ese honorable pleno el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Congreso del estado de México para que, en el ámbito de su competencia, revise y, en su caso, modifique el párrafo segundo de la fracción III del artículo 8 del Código Penal del Estado de México.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputada María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y la Ssa a garantizar la atención y el tratamiento del cáncer de pulmón mediante el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado federal Éctor Jaime Ramírez Barba, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Salud a garantizar la atención y tratamiento del cáncer de pulmón a través del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos , al tenor de las siguientes

Consideraciones

El término cáncer engloba a un grupo de más de 200 diferentes tipos de la enfermedad que tiene como característica principal el rápido y desordenado crecimiento de células anormales (Bustamante, Marín y Cardona, 2012).1 El crecimiento descontrolado de las células implica que las mismas modifiquen su forma, su tamaño y otras características.

Este crecimiento anárquico puede originarse porque nacen más células o porque las células existentes no se mueren o por los dos fenómenos a la vez. El resultado final es un aumento del número total de células, que lógicamente necesitan más espacio y se van extendiendo por el órgano y los tejidos de alrededor (extensión local o regional), que se introducen en los ganglios linfáticos (infiltración linfática) o en los vasos sanguíneos y, finalmente, colonizan otros órganos lejanos (metástasis a distancia). En general, tiende a llevar a la muerte a la persona afectada, si no se trata adecuadamente. Se conocen más de 200 tipos diferentes de cáncer; los más comunes son los de piel, pulmón, mama y color rectal.2

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), el cáncer es la principal causa de muerte a nivel mundial; en 2012 hubo unos 14 millones de nuevos casos y 8.2 millones de muertes relacionadas con esta enfermedad,3 mientras que en 2015, se calcula que provocó 8.8 millones de defunciones, identificando, principalmente, cinco tipos de cáncer que son los responsables del mayor número de fallecimientos: cáncer pulmonar (1.69 millones de muertes), cáncer hepático (788 mil defunciones), cáncer colorrectal (774 mil muertes), cáncer gástrico (754 mil defunciones) y de mama (571 mil muertes).4

El proceso del cáncer de pulmón es similar al de otros tipos de cáncer. La célula normal que se transforma en la célula tumoral se encuentra en el epitelio que reviste todo el árbol respiratorio desde la tráquea hasta el bronquiolo terminal más fino, y las células que se encuentran en los alveolos pulmonares.5

Si bien el cigarrillo es una de las causas de cáncer de pulmón, su relación casuística ha originado que se considere una enfermedad autoproducida, cuando cualquier persona puede desarrollarlo, inclusive, existen algunos tipos de cáncer que son se presentan mayoritariamente en población no fumadora.6

Imagen extraída del Programa de Cáncer de Pulmón en Mujeres con mutaciones de receptor de crecimiento epidémico (EGFR) no asociado al tabaquismo. Doctor Óscar G. Arrieta Rodríguez. Unidad Funcional de Oncología Torácica y Laboratorio de Medicina Personalizada. In stituto Nacional de Cancerología.

El cáncer de pulmón siempre es tratable, independientemente del tamaño, la localización y el grado de diseminación; no obstante, el resultado a largo plazo no es muy favorable cuando el estado del cáncer es más avanzado.7

A nivel mundial, tomando como referencia el año 2016, la tercera causa de muertes observadas por tumores malignos corresponde a aquéllos desarrollados en los órganos respiratorios e intratorácicos.8

Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud (CIE-10). Excluye defunciones con residencia habitual en el extranjero y edad no especificada. Fuente: Inegi. Estadísticas de Mortalidad. Cubos dinámicos; y Conapo. Proyecciones de la Población 2010-2050

Tasa de mortalidad observada por tumores malignos en órganos respiratorios e intratorácicos en la población de 60 años y más por sexo serie anual de 2011 a 2016, por cada 100 mil habitantes.

Es de señalar que a nivel mundial se cuenta con resultados de 6 millones 51 mil 262 adultos de 290 registros logrados en seis países, en el que destaca que existe una tasa de supervivencia del 10 al 20 por ciento, de cinco años, en la mayoría de los países analizados, siendo más falible la información que se otorga en Centro y Sudamérica debido a que los certificados de defunción no refieren análisis.9

http://www.beta.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/ap roposito/2018/cancer2018_Nal.pdf

En México, ha existido un incremento en la frecuencia de cáncer pulmonar en décadas recientes, aunque la enfermedad fue objeto de estudio desde la década de 1970. Asimismo, en hospitales especializados como el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (INER), el número de casos atendidos por esta patología va en aumento, observándose además un cambio en el tipo histopatológico predominante, que en la actualidad es el adenocarcinoma.10

Imagen extraída del Programa de Cáncer de Pulmón en Mujeres con mutaciones de receptor de crecimiento epidémico (EGFR) no asociado al tabaquismo. Doctor Óscar G. Arrieta Rodríguez. Unidad Funcional de Oncología Torácica y Laboratorio de Medicina Personalizada. Instituto Nacional de Cancerología.

El cáncer de pulmón es la principal causa de muerte por cáncer en México,11 considerando hombres y mujeres. El aumento de casos de cáncer pulmonar en el país, otorgan elementos para considerarlo, inclusive, una epidemia,12 considerando que, durante 2012, causó un total de 7 mil 608 muertes con una tasa de mortalidad de 6.7 por cada 100 mil habitantes.

Factores como cambios fisiológicos, una protección inmune disminuida, un mayor tiempo de exposición a agentes cancerígenos o factores de riesgo, desajustes hormonales, dietéticos y metabólicos, y la interacción de comorbilidades, aumenta el riesgo de padecer cáncer de pulmón entre las personas de edad. Asimismo, debido a la presencia de comorbilidades, en su mayoría cronicodegenerativas como la diabetes, hipertensión o problemas en los riñones y su sintomatología, la detección tiende a ser tardía (Bustamante, Marín y Cardona, 2012).13

Existen dos tipos principales de cáncer de pulmón: de células no pequeñas y de células pequeñas o microcítico.

Imagen extraída del Programa de Cáncer de Pulmón en Mujeres con mutaciones de receptor de crecimiento epidémico (EGFR) no asociado al tabaquismo. Doctor Óscar G. Arrieta Rodríguez. Unidad Funcional de Oncología Torácica y Laboratorio de Medicina Personalizada. Instituto Nacional de Cancerología.

Existe evidencia de que el carcinoma de células no pequeñas se origina en las células epiteliales, mientras el cáncer de células pequeñas se piensa que se origina en las neuronas o en las células productoras de hormonas.

El término célula pequeña se refiere al tamaño y la forma de las células cancerosas que se ven con el microscopio. Es importante que los médicos reconozcan la diferencia entre estos dos tipos de cáncer porque cada uno se tratará de forma diferente. La localización y el tamaño del tumor inicial de pulmón y la presencia o ausencia de diseminación hacia los ganglios linfáticos cercanos o hacia lugares distantes del cuerpo, determina el estadio del cáncer de pulmón.

El tipo de cáncer de pulmón (de células no pequeñas o de células pequeñas) y el estadio de la enfermedad, definen el tipo de tratamiento necesario.14

Se han determinado como causas de riesgo en el cáncer de pulmón: la edad, humo de tabaco (primera y segunda mano), radón, asbesto y otros productos químicos peligrosos, contaminación ambiental y por partículas, humo intradomiciliario, radioterapia, arsénico, antecedentes familiares, ciertos complementos alimenticios (vitaminas), enfermedades pulmonares (tuberculosis), entre otras.15

De lo antes expuesto, se advierte que el cáncer de pulmón es multifactorial, que no es causa exclusivamente de que el paciente que lo padece sea fumador, y que en muchas ocasiones su enfermedad está más relacionada con la actividad que desarrolla o desarrolló durante su vida laboral, afectando ciertamente a población vulnerable.

Son signos y síntomas del cáncer de pulmón:

-Dolor torácico;

-Tos que no desaparece;

-Tos con sangre;

-Fatiga;

-Pérdida de peso involuntaria;

-Inapetencia;

-Dificultad para respirar;

-Sibilancias; y/o

-Debilidad16

Desafortunadamente, cuando aparecen estos signos y síntomas, la enfermedad ya se encuentra en etapas avanzadas, lo que implica que solamente un 15 por ciento de los casos se detectan en sus etapas iniciales.17

Muchos casos de cáncer de pulmón en etapa precoz se diagnostican accidentalmente, como resultado de pruebas médicas que se llevan a cabo por otro problema de salud no relacionado con el cáncer. Una biopsia del tejido del pulmón sirve para confirmar o desmentir un posible diagnóstico de cáncer, además de proporcionar información valiosa para determinar el tratamiento adecuado. Si finalmente se detecta un cáncer de pulmón, se realizarán pruebas adicionales para determinar hasta qué punto se ha propagado la enfermedad.18

El tratamiento actual del cáncer de pulmón en los institutos públicos de salud solo consiste en una combinación de radioterapia y quimioterapia, aún y cuando existen tratamientos más modernos y eficaces que el tratamiento tradicional.

Los cuidados paliativos y el costo del diagnóstico, considerando biopsias, radiografías, imágenes por resonancia magnética, citologías y toracocentesis, entre otros estudios, redunda en un gasto elevado para la población que padece esta enfermedad.

Más aún cuando la enfermedad se presenta en población vulnerable, que pudo haberse enfermado como consecuencia de la actividad que desarrolla laboralmente, o por el ambiente en el que habita, aunado al gasto de bolsillo que debe erogar la misma para el diagnóstico y tratamiento de la enfermedad.

No se omite mencionar que, el Instituto Nacional de Cancerología lleva a cabo un protocolo de atención y tratamiento de 460 pacientes, en el Programa de Cáncer de Pulmón, que cuenta con recursos para atención y tratamiento, directamente ejercidos por el INCAN como Unidad Responsable, dentro de un Programa del Ramo 12 Salud, con un enfoque de equidad de género, bajo la acción 311.- Cáncer de pulmón en mujeres con mutaciones de receptor de crecimiento epidérmico (EGFR) no asociado a tabaquismo.

Es de resaltar que del universo de 460 pacientes atendidos, 354 son candidatos, al reunir el requisito de no contar con otro Sistema de Salud y Seguridad Social, a ser afiliados al Seguro Popular, con una conformación por género de 207 mujeres y 147 hombres.

La procedencia de estos pacientes no se limita a la Ciudad de México, ya que se encuentran avecindados en 29 entidades federativas conforme lo siguiente:

Asimismo, cabe hacer mención que de las cinco principales neoplasias en México, el cáncer de pulmón es la única que no cuenta con cobertura para diagnóstico y tratamiento en el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, aun y cuando con el tratamiento adecuado, el paciente con cáncer de pulmón puede tener una sobrevivencia mediana de 43 meses, mayor y con mejor calidad de vida que otros tipos de neoplasias.

Los datos arrojados por las diversas fuentes citadas incitan a este legislador a priorizar las medidas de tratamiento del cáncer de pulmón, considerando la gravedad y perfil epidémico la enfermedad, con el fin de garantizar el acceso a los tratamientos necesarios que les permitan mantener una calidad de vida adecuada. Ello considerando que este derecho se encuentra consagrado en el artículo 4o. de nuestra Carta Magna: Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.19

Además de la disposición constitucional referida, el proyecto de nación 2018-2024 considera la salud como un derecho básico de las personas y reconoce la salud como eje fundamental, considerando como uno de sus objetivos principales fortalecer el Sistema Público de Salud, para lograr un enfoque no sólo curativo, sino también preventivo e integral, y mejorar la eficiencia de su operación, para obtener mejores resultados en salud y calidad de vida, logrando una cobertura universal, donde los medicamentos y los servicios públicos, desde el primer nivel de atención hasta la medicina especializada sean accesibles y gratuitos, a efecto de reducir las desigualdades en salud y detener el aumento de enfermedades crónicas y el gasto de bolsillo en salud, particularmente de los hogares pobres.20

De lo antes expuesto, se advierte que el cáncer de pulmón, de no tratarse oportuna y adecuadamente, tiene secuelas tan graves como, en última instancia, la muerte, pasando por toda la gama de afectaciones desde el comienzo de la enfermedad, hasta la manifestación más crítica en signos y síntomas, que invariablemente tienen un impacto en la calidad de vida del paciente, aunado a afectaciones económicas, sociales y emocionales hacia la persona que lo padece y su familia, mismas que se reflejan, tanto en incapacidades laborales, ausentismo y/o presentismo, como la imposibilidad de asumir los costos del tratamiento.

En adición a las afectaciones psicosociales que enfrenta el enfermo de cáncer de pulmón, debido al estigma que tiene la enfermedad de ser autoproducida – aunque como se ha señalado, si bien puede ser una causa, no es la única, ni todos los cánceres de pulmón se encuentran vinculados a antecedentes de tabaquismo.

Las referidas afectaciones se presentan en los ambientes cercanos del enfermo, incluyendo los microsistemas de trabajo/escuela, familia, amigos, consulta hospital, pacientes/compañeros e incluso amigos.21

En este orden de ideas, se estima que deben asignarse recursos específicos, a favor del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, con fines de incremento y enfoque específico en cáncer de pulmón, para el ejercicio 2019. Ello considerando que esta enfermedad ya ha sido definida como una que ocasiona gastos catastróficos, conforme a lo dispuesto por los artículos 77 Bis 29 de la Ley General de Salud, 99 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud, y 19 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; y la que la misma, actualmente, no cuenta con recursos específicos para su debido tratamiento.

El propio Sistema de Protección Social en Salud, en su informe de resultados correspondiente al primer semestre de 2017, reconoce que a 13 años de su creación y con un padrón cercano a los 53.3 millones de afiliados, el Sistema de Protección Social en Salud enfrenta, como reto fundamental, el asegurar la accesibilidad a servicios oportunos y de calidad en todo el país, bajo una óptica incluyente, que permita impulsar el progreso y desarrollo social.22

Además, la sociedad civil, a través de diversas representaciones, ha expuesto la necesidad de establecer políticas públicas, mediante normativas jurídicas idóneas, que brinden protección a los derechos humanos, fundamentales y constitucionales, que aseguren el acceso adecuado a la salud.

Así pues, a fin de garantizar una atención oportuna del cáncer de pulmón, es necesario que se le asignen los recursos económicos que le correspondan, para su adecuado y oportuno diagnóstico, así como a sus respectivos y debidos control y tratamiento.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Salud, a destinar recursos para la atención y tratamiento específico del cáncer de pulmón a través del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, atendiendo al número de casos de este padecimiento que requieren atención.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Salud a asegurar la suficiencia presupuestaria y fortalecer la atención y tratamiento de pacientes del Programa de Cáncer de Pulmón del Instituto Nacional de Cancerología (Incan), que atiende a mujeres con este padecimiento.

Notas

1 Recuperado el 2 de agosto de 2018

http://www.beta.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/apr oposito/2018/cancer2018_Nal.pdf

2 http://bibliotecadigital.uda.edu.ar/objetos_digitales/482/seminario-1-e pidemiliogia.pdf

3 http://cancerdepulmon.com.mx/seccion-educativa

4 http://www.beta.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2018/ca ncer2018_Nal.pdf

5 http://bibliotecadigital.uda.edu.ar/objetos_digitales/482/seminario-1-e pidemiliogia.pdf

6 Íbid

7 http://bibliotecadigital.uda.edu.ar/objetos_digitales/482/seminario-1-e pidemiliogia.pdf

8 http://www.beta.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2018/ca ncer2018_Nal.pdf

9 www.thelancet.com Published online January 30, 2018 http://dx.doi.org/10.1016/S0140-6736(17)33326-3

10 http://www.medigraphic.com/pdfs/iner/in-2001/in014c.pdf

11http://go.galegroup.com/ps/anonymous?id=GALE%7CA195755 768&sid=googleScholar&v=2.1&it=r&linkaccess=abs&iss n=16659201&p=AONE&sw=w

12 Cfr. http://www.medigraphic.com/pdfs/iner/in-2001/in014c.pdf

13 http://www.beta.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2018/ca ncer2018_Nal.pdf

14 http://bibliotecadigital.uda.edu.ar/objetos_digitales/482/seminario-1-e pidemiliogia.pdf

15 http://bibliotecadigital.uda.edu.ar/objetos_digitales/482/seminario-1-e pidemiliogia.pdf

16 http://bibliotecadigital.uda.edu.ar/objetos_digitales/482/seminario-1-e pidemiliogia.pdf

17 Cfr. http://bibliotecadigital.uda.edu.ar/objetos_digitales/482/seminario-1-e pidemiliogia.pdf

18 http://bibliotecadigital.uda.edu.ar/objetos_digitales/482/seminario-1-e pidemiliogia.pdf

19 Cuarto párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

20 Proyecto de Nación 2018-2024, recuperado de proyecto18.mx

21 anales de psicología, 2002, vol. 18, no 1 (junio)

22 http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/63/2/2017-08-02-1/assets/documento s/Inf_de_Res_del_SPSS_Ene-Jun_2017.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a expedir con la mayor brevedad el Reglamento de la Ley de Planeación, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que exhorta al titular del Ejecutivo federal para que expida a la brevedad el Reglamento de la Ley de Planeación, a efecto de dar cumplimiento al artículo tercero transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Planeación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2018 , al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La planeación representa un instrumento fundamental para el desarrollo económico y social, la medida que se materializa en una gama de políticas públicas, en beneficio de la población y del país en su conjunto.

En nuestro país, dicho proceso cuenta con un importante historial, ampliamente documento en diferentes estudios e investigaciones sistemáticos. Existe consenso entre los especialistas (García, 2010 y Coquis, 2015, entre otros) en que si bien se reformuló el marco legal general plasmado la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, fue hasta 1930 con la publicación en el Diario Oficial de la Federación, de la Ley sobre Planeación General de la República, cuando se da primer antecedente jurídico para que el Estado mexicano emprendiera acciones de planeación sobre su desarrollo.

De dicha Ley surgió la Comisión Nacional de Planeación adscrita a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas (SPP, 1988, t. 1:19). Tres años más tarde se aprobó el primer Plan Sexenal 1934-1940, con el que el sector gobernante de entonces pretendía mantener el control sobre el régimen por venir.1

En México, la planeación se concibe como el medio para el desempeño eficaz de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral del país, corresponde al Ejecutivo Federal la conducción de la planeación nacional del desarrollo, y ésta es entendida como la ordenación racional y sistemática de acciones que tienen como propósito la transformación de la realidad nacional, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la Constitución y las leyes establecen.2

A través de la planeación, se definen objetivos, estrategias y prioridades; se asignan recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, se coordinan acciones y, por último, se evalúan resultados.

Nuestra Constitución Política establece, en su artículo 25, el fundamento de la obligación del Estado para llevar la rectoría del desarrollo nacional, que deberá de realizar en términos reales mediante una planeación perfectamente definida. Por su parte, el artículo 26 prevé un Sistema Nacional de Planeación, el cual tiene por objeto lograr un crecimiento económico que impacte en el empleo y sobre todo logre una justa distribución del ingreso y la riqueza con la que cuenta el país.

La Ley de Planeación tiene por objeto establecer las normas y principios básicos conforme a los cuales se llevará a cabo la Planeación Nacional del Desarrollo y encauzar, en función de ésta, las actividades de la administración pública federal; las bases de integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeación Democrática; las bases para que el Ejecutivo federal coordine las actividades de planeación de la administración pública federal, así como la participación, en su caso, mediante convenio, de los órganos constitucionales autónomos y los gobiernos de las entidades federativas; los órganos responsables del proceso de planeación; las bases de participación y consulta a la sociedad, incluyendo a los pueblos y comunidades indígenas, a través de sus representantes, en la elaboración del Plan y los programas a que se refiere la Ley; y las bases para que el Ejecutivo Federal concierte con los particulares las acciones a realizar para la elaboración y ejecución del Plan y los programas a que se refiere esta Ley.3

El Plan al que alude dicha Ley es el Plan Nacional de Desarrollo. En este sentido, el artículo 5o de la Ley de Planeación señala a la letra que: “El Ejecutivo Federal elaborará el Plan Nacional de Desarrollo y lo remitirá a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación, en los plazos previstos en esta Ley. En el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en las diversas ocasiones previstas por esta Ley, la Cámara de Diputados formulará, asimismo, las observaciones que estime pertinentes durante la ejecución y revisión del propio Plan.

Para el inicio de los trabajos de elaboración del Plan Nacional de Desarrollo se estará a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.”

Conforme al artículo 14 de la misma Ley, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tiene entre sus atribuciones, coordinar las actividades de Planeación Nacional del Desarrollo y elaborar y someter a consideración del Presidente de la República, el proyecto del Plana Nacional de Desarrollo.

En este mismo orden de ideas, el artículo segundo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Planeación, menciona que la reforma al primer párrafo del artículo 21 entrará en vigor en 1o. de octubre de 2024, por lo que el Presidente de la República que comience su mandato el 1o. de diciembre de 2018 enviará el Plan Nacional de Desarrollo a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación, a más tardar el último día hábil de abril del año siguiente a su toma de posesión.4

Por su parte, el artículo tercero transitorio establece que: “El Ejecutivo federal deberá expedir el Reglamento de esta Ley en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto”.

Como se señala en citada Ley, el Plan Nacional de Desarrollo precisará los objetivos nacionales, la estrategia y las prioridades del desarrollo integral, equitativo, incluyente, sustentable y sostenible del país, contendrá previsiones sobre los recursos que serán asignados a tales fines; determinará los instrumentos y responsables de su ejecución, establecerá los lineamientos de política de carácter global, sectorial y regional; sus previsiones se referirán al conjunto de la actividad económica, social, ambiental y cultural, y regirá el contenido de los programas que se generen en el Sistema Nacional de Planeación Democrática.

En efecto, tiene como finalidad establecer los objetivos nacionales, las estrategias y las prioridades que durante la Administración deberán regir la acción del gobierno, de tal forma que ésta tenga un rumbo y una dirección clara, como lo estipula el artículo 26 constitucional.

El Plan constituye el compromiso que el gobierno federal establece con los ciudadanos y que permitirá, por lo tanto, la rendición de cuentas, que es condición indispensable para un buen gobierno.

No obstante lo anterior, y a pesar de la trascendencia del Plan Nacional de Desarrollo para México y los mexicanos, al gobierno federal no parece darle el peso específico ni la relevancia que merece, pero es algo que no debe extrañarnos ya que desde el inicio de la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador, las principales medidas de política instrumentadas han carecido de planeación estratégica y no se han sustentado en criterios técnicos.

Como se apuntó anteriormente, el Plan Nacional de Desarrollo debe estar listo a más tardar el 30 de abril; sin embargo, hasta la fecha no hay señales claras para el inicio de dicho proceso.

A casi dos meses y medio de que concluya dicho plazo, es urgente que el titular del Poder Ejecutivo agilice el proceso de discusión y elaboración del Plan, de lo contrario, se corre el riesgo de diseñar un documento con premuras, basado en ocurrencias, que no reúna los criterios técnicos y metodológicos requeridos como ha sucedido hasta hoy; en síntesis, que el proceso se lleve a cabo sin una planeación estratégica, en perjuicio de la población y del desarrollo nacional en su conjunto.

Ello resulta a todas luces preocupante, en virtud de que el Plan Nacional de Desarrollo debe ser integrador, estratégico e incluyente, de allí la necesidad de efectuar los foros para incluir y escuchar a grupos de jóvenes, mujeres, personas con discapacidad, pueblos indígenas, legisladores locales, presidentes municipales, empresarios, intelectuales, y representantes de organizaciones y sectores sociales, principalmente.

Este no es un asunto menor. La Ley de Planeación plantea que: “En el ámbito del Sistema Nacional de Planeación Democrática tendrá lugar la participación y consulta de los diversos grupos sociales, con el propósito de que la población exprese sus opiniones para la elaboración, actualización y ejecución del Plan y los programas a que se refiere esta Ley”.

Bajo esta óptica, es necesario que el Poder Ejecutivo expida el Reglamento de la Ley de Planeación y convoque a la realización de los foros de consulta para la discusión del Plan Nacional de Desarrollo, el instrumento rector de la planeación del país.

De no llevarse a cabo este proceso en los tiempos establecidos por la Ley, se corren importantes riesgos para el desarrollo económico y social en el mediano y largo plazos, y con ello, para garantizar el bienestar de la población.

Las y los mexicanos que queremos seguir pagando los costos de la inexperiencia, ineptitud y curva de aprendizaje del Poder Ejecutivo y su gabinete en general.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo federal para que expida a la brevedad el Reglamento de la Ley de Planeación, a efecto de dar cumplimiento al artículo tercero transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Planeación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2018.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal para realice a la brevedad el proceso de consultas que establece la Ley de Planeación para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo.

Notas

1 García, Moctezuma Francisco (2008), La Planeación del desarrollo regional en México, en Investigaciones Geográficas no. 71 México, abril 2010. Consultar en http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0188-46 112010000100009

2 Coquis Velasco, F. Javier (20015), “Sistema Nacional de Planeación”, en Fernández, Ruiz Jorge (Coord.), La Constitución y el Derecho Administrativo, México, Instituto de Investigaciones Jurídica, UNAM. Consultar en

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4034 /14.pdf

3 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/59_160218.pdf

4 http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5513502&fecha=16/02/2018

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, al día 12 de febrero de 2019.

Rúbrica

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a esta soberanía a declarar el 21 de mayo como Día Nacional de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo en México, a cargo del diputado Sergio Mayer Bretón, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado federal Sergio Mayer Bretón, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional, de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, fracción II, numeral 2, fracción I; del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La “diversidad cultural” se refiere a la multiplicidad de formas en que se expresan las culturas de los grupos y sociedades. Estas expresiones se transmiten dentro y entre los grupos y las sociedades. La diversidad cultural se manifiesta no sólo en las diversas formas en que se expresa, enriquece y transmite el patrimonio cultural de la humanidad mediante la variedad de expresiones culturales; sino también a través de distintos modos de creación artística, producción, difusión, distribución y disfrute de las expresiones

culturales, cualesquiera que sean los medios y tecnologías utilizados.1 En este sentido, constituye el patrimonio común de la humanidad y debe ser reconocida, consolidada y preservada en beneficio de las generaciones presentes y futuras.

La UNESCO emite en el 2001, la Declaración Universal sobre la “Diversidad Cultural” para reducir el ambiente hostil en el contexto mundial derivado de los acontecimientos históricos sucedidos en ese año; en Afganistán fueron destruidas dos estatuas de Buda, una de ellas la más grande del mundo y posteriormente el atentado del 11 de septiembre a las Torres Gemelas en Estados Unidos.2

En el año 2011, La UNESCO y la Alianza de Civilizaciones de la Naciones Unidades “lanzaron la campaña “haz un gesto por la diversidad y la inclusión” con el propósito de animar a las personas y organizaciones de todo el mundo a que tomaran medidas concretas de apoyo a la diversidad cultural”.3

La Asamblea General de las Naciones Unidad a través de su resolución 57/259, estableció el 21 de mayo como la fecha para conmemorar el Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo; en concordancia con el Día Mundial del Desarrollo Cultural para denotar la estrecha relación entre dichas festividades y reconocer la importancia del diálogo intercultural para sensibilizar y concientizar a las sociedades sobre el respeto a las expresiones culturales para avivar la paz.

En este tenor, es importe mencionar que México es considerado un país multicultural, gracias a su gastronomía, literatura, arquitectura, música, atuendos regionales, costumbres y tradiciones, que son reconocidas alrededor del mundo.

Basta con mencionar las ciudades del México prehispánico, como Palenque, Teotihuacán, Monte Albán, Chichén Itzá, el Tajín, Uxmal, Paquimé, Xochicalco, entre otras, las cuales fungían como centros ceremoniales y hoy en día, prevalecen por su majestuosa e imponente arquitectura y su importancia histórica.

En el periodo de la Colonia, se caracterizó por la fusión de la cultura española y la de los pueblos originarios de nuestro territorio, dando como resultado, el enriquecimiento de la diversidad cultural mexicana.

El periodo post revolucionario, marcó la modernidad de la vida cultural de nuestro país; desde la consolidación de nuestra identidad y de las instituciones que se encargaron preservar nuestro importante patrimonio cultural como el INAH e INBA.

Esta diversidad cultural característica de nuestro país, debe ser respetada como derecho cultural de las personas y todas las instituciones tendremos que ser garantes, no solo de su preservación y difusión, sino también del acceso y disfrute a la misma.

En aras de la promoción y fomento a la diversidad cultural, en cada rincón de nuestro país, las poblaciones organizan ferias, festivales, conmemoraciones etc., que reafirman la grandeza multicultural que tenemos los mexicanos, creando lazos fraternos de convivencia e identidad, inclusión y respeto.

Otro elemento relevante de nuestra diversidad cultural, lo representa las lenguas indígenas que prevalecen en México, entre las que se encuentran el náhuatl, maya, mixteco, zapoteco, tzeltal, etc., es por ello que nuestro país estableció el 2019 como Año Nacional de las Lenguas Indígenas. Al respecto el INEGI (2010) informó que en México 1,544,968 habitante habla alguna de estas lenguas.4

Por lo antes mencionado, seguro estoy que México tiene la fortaleza necesaria para hacer frente al llamado que hace la UNESCO y reforzar, no solo la cooperación y solidaridad internacionales, sino también para crear políticas culturales en nuestro país, que fomenten y garanticen el acceso a la diversidad cultural para todos los ciudadanos sin distinción alguna.

La Comisión de Cultura y Cinematografía, buscará fortalecer la legislación que promueva el acceso a la cultura y el ejercicio de los derechos culturales de todo individuo, con el objetivo de que se reconozca la riqueza multicultural que caracteriza a nuestro país.

En la misma tesitura se retoma la importancia del trabajo coordinado con el poder ejecutivo, a través de la Secretaria de Cultura, la cual es encargada de la promoción y difusión de las expresiones artísticas y culturales de México, impulsando la investigación artística y dotándola de la infraestructura y servicios necesarios con la finalidad de potencializarla.

Estados como Yucatán, nos ponen un claro ejemplo de trabajo en conjunto con la celebración de “La noche blanca”, festival dónde las calles de la ciudad de Mérida, se llenan de brillo a través de los principales recintos, museos y teatros de la ciudad, estos acogen a múltiples artistas regionales y a sus obras para que el público pueda disfrutar de ellas de manera gratuita, con apoyo del gobierno y la iniciativa privada.

Es precisamente este modelo de cooperación, el que se propone para ser replicado en todo el territorio nacional, como parte fundamental de la celebración del Día Nacional de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo en México, para identificar e intercambiar expresiones endémicas de las poblaciones, logrando que la sociedad goce y tenga acceso a distintas vertientes de la cultura.

En el mismo tenor, se plantea declarar el 21 de mayo como Día Nacional de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo en México, suceso que constituirá un punto de partida para la amplia difusión de la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural y preverá el cumplimiento de sus objetivos.

Por su parte, la honorable Cámara de Diputados a través de la Comisión de Cultura y Cinematografía, conmemorará dentro de estas instalaciones esta fecha tan importante, que marcará un precedente para que las diversas expresiones culturales se consoliden como un derecho humano, lo que permitirá el reconocimiento de bastión cultural histórico que ha enriquecido a nuestra sociedad.

Asimismo, se le hace la atenta invitación al sector privado para que sumen esfuerzos y se una a los proyectos que se tienen previstos.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la aprobación del siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a esta soberanía para declarar el 21 de mayo como Día Nacional de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo en México.

Segundo . Se exhorta a los Congresos Estatales, a la Secretaria de Cultura Federal, a las Instituciones encargados de cada estado y municipio de la promoción cultural, a que este día se lleven a cabo actividades encaminadas a su celebración.

Notas

1 Artículo 4.1 de la Convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales de 2005.

2 Cfr. servicio de prensa UNESCO 28/02/2011

3 www.un.org/eses/events/culturaldiversitydey/ consultada jueves 31 de enero de 2019.

4 https://www.inegi.org.mx/temas/lengua/

Ciudad de México, a 12 de febrero de 2019.

Diputados: Sergio Mayer Bretón, Verónica María Sobrado Rodríguez, María Isabel Alfaro Morales, Hirepan Maya Martínez, Mario Ismael Moreno Gil, Simey Olvera Bautista, Hilda Patricia Ortega Nájera, Carmina Yadira Regalado, Rubén Terán Águila, María Luisa Veloz Silva, Annia Sarahí Gómez Cárdenas, Lenin Nelson Campos Córdova, Ricardo de la Peña Marshall, Santiago González Soto, Juan Martín Espinoza Cárdenas, Abril Alcalá Padilla, Jacobo David Cheja Alfaro, Margarita Flores Sánchez, Norma Adela Guel Saldívar, Claudia Elena Lastra Muñoz, Alejandra Pani Barragán, Verónica María Sobrado Rodríguez, Xóchitl Nashielly Zagal Ramírez, María de los Ángeles Huerta del Río (rúbricas).

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa a establecer un programa de medidas sobre el acceso efectivo y universal para el tratamiento integral del dolor, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado federal Éctor Jaime Ramírez Barba, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que establezca un programa urgente de medidas para el acceso efectivo y universal para el tratamiento integral del dolor, y a la Secretaría de Economía para que inicie un procedimiento de actualización de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA3-2014, “Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos” , al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define los cuidados paliativos como un enfoque que busca mejorar la calidad de vida de los pacientes (adultos y niños) y sus familias al afrontar los problemas asociados con una enfermedad en potencia mortal, gracias a la prevención y el alivio del sufrimiento por medio de la identificación temprana, la evaluación y el tratamiento impecables del dolor y otros problemas físicos, psicosociales y espirituales.1

Un estudio de The Lancet estima que cada año aproximadamente sesenta millones de personas requieren de atención en cuidados paliativos, y tan solo un veinte por ciento de las personas que necesitan asistencia paliativa la reciben.2 Siendo el caso que el setenta y ocho por ciento de ellas viven en países de bajo y mediano ingreso.

Si bien los antecedentes de los cuidados paliativos se encuentran en los primeros esfuerzos para controlar y mitigar el dolor, el contexto actual caracterizado por el envejecimiento de la población y el aumento de las enfermedades crónico-degenerativas, en sus etapas avanzadas y terminales, ha dado lugar a poner mayor atención en la necesidad de desarrollar, conocer y aplicar los cuidados paliativos.

Es necesario reflexionar respecto a que el objetivo de los cuidados paliativos no es solo el alivio del dolor, sino también mitigar el sufrimiento de índole física, psicosocial y emocional de los pacientes con alguna enfermedad de gravedad en una fase avanzada, o en su caso terminal, y ayudar a los familiares de esas personas a cuidar de sus seres queridos.

Es por motivos como el expresado con anterioridad que resulta un tema de alta sensibilidad y de urgente atención la revisión NOM-011-SSA3-2014, puesto que no sólo es el paciente quien se ve involucrado en todo lo que conlleva padecer una enfermedad y soportar los intensos dolores consecuencia de ésta, sino también los familiares que se responsabilizan del cuidado del enfermo están involucrados.

Aproximadamente una tercera parte de la población que necesita cuidados paliativos tiene cáncer. Las dos terceras partes restantes padecen enfermedades degenerativas que afectan a órganos como el corazón, pulmones, hígado, riñones y cerebro, o padecen enfermedades crónicas que resultan potencialmente mortales como es el caso de los pacientes infectados con el VIH y la tuberculosis farmacorresistente.

De los pacientes que necesitan cuidados paliativos al final de la vida, cerca de un seis por ciento son niños. Si se incluye a todas las personas que podrían recibir cuidados paliativos en una fase anterior de su enfermedad la cifra sería del doble de los considerados para etapa terminal. Es fundamental que los cuidados paliativos y especialmente las terapias del dolor no queden restringidas a una etapa terminal como sucede en la norma oficial mexicana a que me refiero en este punto de acuerdo. Esta restricción en el enfoque de la norma constituye una grave afectación a los derechos humanos de los enfermos.

Los cuidados paliativos, además de ser un tema de importancia global, también han implicado esfuerzos regionales donde la colaboración de asociaciones de profesionales médicos-científicos y de pacientes han procurado el establecimiento de una política sanitaria integral y efectiva en este tema, sin haberlo logrado aún, especialmente en el caso de México. Este es el caso de los países latinoamericanos, entre ellos México, en el que aún hay mucho por hacer para la cabal implementación del Decreto del Congreso de la Unión que adicionó la Ley General de Salud sobre cuidados paliativos desde 2009, a que más adelante me habré de referir.

En México, los cuidados paliativos han adquirido relevancia en el ámbito médico, especialmente en algunos Institutos Nacionales de Salud y servicios médicos como ocurre en Jalisco, Guanajuato, Ciudad de México, especialmente a partir de que el honorable Congreso de la Unión incorporó un nuevo Título Octavo Bis denominado De los Cuidados Paliativos a los Enfermos en Situación Terminal en la Ley General de Salud. El decreto promulgatorio se publicó en Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2009.

El honorable Congreso de la Unión reformó y adicionó la Ley General de Salud, en primer término, para incorporar en su artículo 3 la fracción XXVII Bis, el tratamiento del dolor como materia de salubridad general y, consecuentemente determinó en el artículo 27 de la misma ley que para efectos del derecho de protección a la salud se consideran servicios básicos de salud, entre otros, la atención médica integral, la cual en virtud de dicha reforma incluye la atención médica integrada paliativa, además de la preventiva, curativa y rehabilitatoria. En congruencia con la incorporación de la fracción XXVII Bis al artículo 3 y la reforma al artículo 27 referidos, se adicionó el artículo 33 con una fracción IV que establece que las actividades de atención médica son preventivas, curativas, de rehabilitación y paliativas. Define claramente esa nueva disposición incorporada en la Ley General de Salud que las actividades de atención médica paliativas incluyen el cuidado integral para preservar la calidad de vida del paciente, a través de la prevención, tratamiento y control del dolor, y otros síntomas físicos y emocionales por parte de un equipo profesional multidisciplinario.

Consecuentemente la primera cuestión del referido decreto de reformas a la Ley General de Salud es el de la atención integral del dolor como materia de salubridad general y la determinación de sus alcances en el derecho a la protección a la salud.

En segundo término, el referido decreto de reformas y adiciones incorporó un nuevo título a la Ley General de Salud, el Octavo Bis cuyo contenido son los cuidados paliativos a los enfermos en situación terminal. Es claro que dicho nuevo Título Octavo Bis aborda una temática específica en lo referente a enfermos en situación terminal, como cuestión claramente diferenciada del tratamiento integral del dolor.

El artículo primero del decreto estableció que la Secretaría de Salud debería emitir los reglamentos y normas para garantizar el ejercicio de los derechos que concede el nuevo Título Octavo Bis, concediendo el artículo segundo un plazo de ciento ochenta días naturales al efecto. Tomó casi seis años a la Secretaría de Salud expedir la NOM-011-SSA3-2014, Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos. Respecto de los demás aspectos del decreto de reformas y adiciones, es decir respecto del tratamiento integral del dolor, no existen medidas reglamentarias y normativas efectivas. Es inverosímil que la importancia de incorporar una nueva materia de salubridad general y de haber ampliado los alcances del derecho a la protección de la salud en cuanto a la atención médica paliativa como parte de los servicios básicos de salud hayan sido ignorados por la Secretaría de Salud.

Más aún en cuanto a la NOM-011-SSA3-2014, en lugar de abundar en el sustento de los cuidados paliativos, ha resultado en restricciones interpretativas para la prescripción y acceso a medicamentos y tratamientos, contrariando el derecho humano a la salud en materia de tratamiento integral del dolor. Esta afectación a la sociedad debe superarse y repararse.

México requiere un marco regulatorio integral en materia de tratamiento integral del dolor para lograr el acceso efectivo a más de doscientos cuarenta mil personas, incluyendo adultos y niños, quienes viven en estado de sufrimiento. De esos doscientos cuarenta mil mexicanos, ocho mil son guanajuatenses. Todos ellos requieren acceso a medicamentos, equipo médico a domicilio, personal capacitado y una serie de apoyos que le permitan al paciente dignidad, aún en la adversidad del dolor causado por enfermedades, así como también para la atención y apoyo del núcleo familiar que le sostiene.

Quienes viven en un estado de sufrimiento y requieren de tratamiento integral del dolor y de cuidados paliativos, merecen les sea garantizada la salvaguarda de su dignidad y de sus derechos como enfermos, así como también los de sus familiares que los acompañen durante este doloroso proceso, pues merecen un trato digno, respetuoso y profesional que busque aliviar o mitigar el dolor tanto físico como emocional para preservar una calidad de vida, con el apoyo recibido de las instituciones públicas de salud y la normatividad necesaria para que los profesionales de la salud puedan desempeñarse con eficacia y oportunidad.

Es evidente de lo expuesto que es indispensable que no obstante se ha incurrido en un retraso de diez años en que la Secretaría de Salud reconociera plenamente los alcances y deberes que le confirió este Congreso de la Unión al haber incorporado el tratamiento integral del dolor y la atención médica paliativa como materia de salubridad general la responsabilidad concurrente entre la Federación y los gobiernos de los estados, que dicha dependencia establezca un programa urgente de medidas para el acceso efectivo y universal al tratamiento integral del dolor.

Asimismo es necesario que la Secretaría de Economía inicie un procedimiento para que la Secretaría de Salud revise y profundice en el alcance de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA3-2014, “Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos”, con sustento en lo establecido en el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización que dispone la revisión quinquenal de las Normas Oficiales Mexicanas a partir de su entrada en vigor, y que “dentro del año siguiente a la entrada en vigor de la norma, el comité consultivo nacional de normalización o la Secretaría de Economía podrán solicitar a las dependencias que se analice su aplicación, efectos y observancia a fin de determinar las acciones que mejoren su aplicación y si procede o no su modificación o cancelación”.

Requerimos que la Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA3- 2014, “Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos”, no restringa los cuidados paliativos y las terapias del dolor a una etapa terminal, sino que garantice su acceso efectivo y universal en todas las fases de la enfermedad.

Por lo anterior, someto a consideración de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud para que establezca un programa urgente de medidas para el acceso efectivo y universal al tratamiento integral del dolor, con carácter integral y prioritario, abarcando los aspectos de servicios, acceso a medicamentos, formación y profesionalización de médicos y especialistas, ampliación de servicios, creación de capacidades en todos los niveles de atención médica y demás acciones pertinentes para el cabal cumplimiento del derecho a la protección de la salud en materia de tratamiento integral del dolor.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Economía para que inicie un procedimiento que involucre a la Secretaría de Salud en la actualización de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA3- 2014, “Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos”, de tal manera que los cuidados paliativos y las terapias del dolor no queden restringidas a una etapa terminal, garantizando su acceso efectivo y universal en todas las fases de la enfermedad y condiciones de salud, conforme al artículo 51, párrafo quinto, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Notas

1 Organización Mundial de la Salud (OMS), Programas nacionales de control de cáncer: Políticas y pautas para la gestión. Organización Mundial de la Salud/OMS, Segunda Edición, Traducción de la Organización Panamericana de la Salud, Ginebra, 2004.

2 https://www.thelancet.com/commissions/palliative-care

Fuentes de información:

Bibliografía

1. Organización Mundial de la Salud (OMS), Programas nacionales de control de cáncer: Políticas y pautas para la gestión, Segunda Edición, Organización Mundial de la Salud/OMS, Traducción de la Organización Panamericana de la Salud, Ginebra, 2004.

2. Pastrana Tania. Et al., Atlas de Cuidados Paliativos en Latinoamérica ALCP, Primera Edición, IAHPC Press, Houston, 2012.

3. World Health Organization – Worldwide Palliative Care Alliance, Global Atlas of Palliative Care at the End of Life, 2014.

Leyes, reglamentos y NOM

1. Ley General de Salud.

2. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Prestación de Servicios de Atención Médica.

3. Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA3-2014, Criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos.

Internet

1. http://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/palliative-care

2. http://www.who.int/mediacentre/news/releases/2014/palliative-care-20140 128/es/

3. http://www.thewhpca.org/resources/global-atlas-on-end-of-life-care

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a circunscribir al marco jurídico vigente su estrategia de comunicación social e información institucional en páginas oficiales y redes sociales, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que su estrategia de comunicación social e información institucional, en páginas oficiales y redes sociales, se circunscriba al marco jurídico vigente a fin de evitar la promoción personal de nombres, imágenes y símbolos de servidores públicos; así como la difusión de mensajes discriminatorios, sexistas o contrarios a los valores, principios y derechos constitucionales, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Durante esta gestión, se ha documentado cómo dependencias de la administración pública federal han utilizado de manera reiterada sus páginas de internet y redes sociales oficiales para solicitar el apoyo a servidores públicos, fomentar mensajes contrarios a los derechos constitucionales y promocionar comportamientos en detrimento a la dignidad humana.

Entre estas irregularidades, cabe destacar las siguientes:

• Desde la instrumentación de la denominada estrategia para combatir el robo de combustible, al menos dos secretarías del gobierno federal han utilizado sus cuentas oficiales para solicitar y promocionar el apoyo para Andrés Manuel López Obrador.

La Secretaría de Relaciones Exteriores, el pasado 10 de enero, publicó en la cuenta oficial de una red social: “apoyemos al presidente Andrés Manuel López Obrador”. Este mensaje se hizo acompañar de una tarjeta con el logotipo del gobierno de México y el escudo nacional, así como la utilización de la imagen de héroes patrios.

El 11 de enero de 2019, la Secretaría de Economía hizo de conocimiento público el siguiente tuit: “Apoyemos al Presidente @lopezobrador_ #NoAlHuachicoleo #NoMasCorrupcion #HagamosloJuntos”, el texto estaba seguido de los logotipos oficiales de la dependencia y el escudo nacional.1

• El 5 de febrero de 2019, la Secretaría de Cultura envió un comunicado a sus trabajadores a través de su intranet en el que se incitaba a los empleados a fomentar el “acoso”.

Específicamente, el comunicado decía: “El Principio de Imparcialidad buscará fomentar el acoso neutral y sin discriminación de todas las personas, a las mismas condiciones, oportunidades y beneficios institucionales y gubernamentales, garantizando así la equidad, la objetividad y la competencia por los méritos; los valores de equidad de género e igualdad y no discriminación y la regla de integridad de comportamiento digno”.

Este artículo enviado por la institución encargada de la promoción, preservación del arte y la cultura nacional, forma parte del número 10 del capítulo II de los principios y valores de los servidores públicos de la dependencia.2

Lamentablemente, no es la primera ocasión en la que la Secretaría de Cultura incurre en algún tipo de error, prueba de ello es que durante un oficio en que se informaba a los trabajadores que habría descanso obligatorio por la conmemoración del 5 de febrero en el que se celebra según ellos, “la Batalla de Puebla”.3

• La Secretaría de la Defensa Nacional también a través de su cuenta de Twitter realizó una publicación conmemorativa a los 106 años del inicio del golpe militar en contra del gobierno de Francisco I. Madero o “Decena Trágica”.+ 4

La publicación decía: “#UnDíaComoHoy pero de 1913, Francisco I. Madero logra la presidencia de México y se ven afectados los intereses de quienes habían detentado durante El Porfiriato, generándose “La Decena Trágica”.

No obstante, esta información falta a la verdad debido a que la Secretaría de la Defensa Nacional asegura que Francisco I. Madero asumió el poder el 9 de febrero de 1913 y esta fecha corresponde al inicio del conflicto armado y es 1911 cuando Madero asume el poder.

Los hechos descritos representan una violación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la cual señala que la propaganda de los poderes públicos deben tener carácter institucional y debe emprenderse para fines informativos, educativos y de orientación social.

Asimismo, es una transgresión a la Ley General de Comunicación Social, que en su artículo 9, establece que las campañas de comunicación social no podrán tener como finalidad “destacar, de manera personalizada, nombres, imágenes, voces o símbolos de cualquier servidor público, o bien, incluir “mensajes discriminatorios, sexistas o contrarios a los valores, principios y derechos constitucionales”.

De igual manera, prohíbe que estas herramientas de comunicación se utilicen para incitar de manera “directa o indirecta a la violencia o a comportamientos contrarios al ordenamiento jurídico, asimismo, induzcan a la confusión con los símbolos, ideas, expresiones, diseños o imágenes empleadas por cualquier organización política o social”.5

En el Grupo Parlamentario del PRI, estamos convencidos que constituye un hecho grave que diversas dependencias del gobierno federal utilicen sus cuentas oficiales para impulsar la imagen y nombre del Presidente, para mantener su popularidad y no para fines informativos, y principalmente, difundan datos o comportamientos contrarios a nuestro marco jurídico e institucional, por lo que, se puede presumir un posible desvío de recursos públicos.

En este contexto, se deben emprender las sanciones administrativas y penales que conforme a derecho proceden para sancionar a los servidores públicos que por acción u omisión participaron en estos sucesos, ya que se deja un precedente negativo en la utilización de los recursos públicos con los que cuenta la actual administración federal.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal para que su estrategia de comunicación social e información institucional, en páginas oficiales y redes sociales, se circunscriba al marco jurídico vigente a fin de evitar la promoción personal de nombres, imágenes y símbolos de servidores públicos; así como la difusión de mensajes discriminatorios, sexistas o contrarios a los valores, principios y derechos constitucionales.

Notas

1 Itxaro Arteta. (2019). Cuentas de Twitter de gobierno piden apoyo para AMLO contra el huachicoleo; la Constitución lo prohíbe. 14/01/2019, de Animal Político Sitio web: https://www.animalpolitico.com/2019/01/cuentas-gobierno-amlo-huachicole o/

2 El Universal . (2019). Por error, Secretaría de Cultura pide a empleados “fomentar el acoso”. 11/02/2019. Sitio web: https://www.eluniversal.com.mx/cultura/por-error-secretaria-de-cultura- pide-empleados-fomentar-el-acoso

3 El Universal . (2019). Secretaría de Cultura trata de hacer pasar como “Fake news” error sobre día festivo. 11/02/2019. Sitio web: https://www.eluniversal.com.mx/cultura/fue-una-version-alterada-secreta ria-de-cultura

4 El Universal . (2019). Sedena comete error en Twitter y los usuarios no se lo perdonan. 11/02/2019, de P Sitio web: https://www.elgrafico.mx/al-dia/sedena-comete-error-en-twitter-y-los-us uarios-no-se-lo-perdonan

5 Congreso de la Unión. (Nueva Ley DOF 11-05-2018). Ley General de Comunicación Social. 11/02/2019, de Diario Oficial de la Federación Sitio web: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGCS_110518.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de NL a evitar el probable incremento de la tarifa del transporte público, a cargo del diputado Edelmiro Santiago Santos Díaz, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Edelmiro Santiago Santos Díaz, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 2, fracciones I, II y V del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo del gobierno de Nuevo León, con la finalidad de evitar el probable incremento a la tarifa de transporte público en la entidad, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. El transporte público es el medio de movilidad más importante para Nuevo León y nuestro país, es la forma de transportarse de millones de hombres y mujeres con menos recursos.

2. El transporte público en Nuevo León es uno de los más caros en el país, y su precio no se ve representado en la calidad de su servicio, ya que nuestra entidad carece de un servicio de vanguardia, eficiente, económico y digno.

3. El pasado 17 de septiembre de 2018, el Consejo Estatal del Transporte y Vialidad de Nuevo León, dio a conocer a través de diversos medios de comunicación, que existiría un incremento en las tarifas de transporte público, quedando de la siguiente manera:

El incremento anunciado se realizaría de manera mensual, hasta llegar al tope referido en la tabla anterior, lo que demuestra un grave daño al ingreso de cada persona en la entidad, ya que aquella persona que utilice al menos dos veces al día, por 6 días el servicio de transporte público, ejemplo: metro, 40 por ciento más, ya que si antes gastaba un total de 264 pesos, este gastaría 432 pesos y así se podría ir ejemplificando el incremento mensual de cada uno de los servicios de transporte público.

4. Asimismo, el pasado 7 de enero del año en curso, la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) se reunió con el gobernador del estado, ingeniero Jaime Rodríguez Calderón, con el fin de solicitar la aprobación del aumento de las tarifas al transporte público, el dirigente estatal de la CROC, Alberto Serna de León, informaba de la negociación de un posible aumento.

Mensaje que no puede dar un solo grupo de la población, sobre un posible incremento, antes de hacer esto, es necesario escuchar todas las voces y no caer en presiones que lleven a tomar una decisión unilateral.

5. De acuerdo con el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) hombres y mujeres de nuestro país destinan alrededor de 19 por ciento de sus ingresos al transporte diario, lo que representa un gasto aproximado de mil 815 pesos al mes, que comparado con lo que gastan países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), es un porcentaje demasiado alto para la movilidad urbana.

6. Por otra parte, de 19 por ciento de lo que cada persona destina a su movilidad, este porcentaje sólo representa la movilidad urbana; sin embargo, este monto puede llegar a ser mayor para el caso de las personas que viven fuera de la periferia, quienes podrían llegar a destinar hasta 22.4 por ciento de su ingreso al transporte.

Por su ubicación geográfica, Nuevo León, se encuentra entre ese grupo de personas que puede destinar un mayor porcentaje de sus ingresos para su movilidad.

7. En países como India y Canadá, las personas destinan alrededor de 16 por ciento de sus ingresos en el transporte; Rusia 13 por ciento; Corea y Japón 12 por ciento.

Como diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, me preocupan las determinaciones que el titular del Poder Ejecutivo en Nuevo León pueda tomar; es necesario evitar más incrementos al servicio de transporte público en el estado y generar alternativas que resuelvan el problema, sin afectaciones mayores a las personas.

Como parte de la Cuarta Transformación y en concordancia con las políticas públicas del gobierno federal, es necesario ahorrar en otro tipo de gastos incensarios que el gobierno estatal puede generar y destinar estos recursos al bienestar de todos, incluyendo el tema del transporte público.

Por lo anteriormente expuesto, se presenta esta proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo estatal del estado de Nuevo León, a fin de evitar el probable incremento de la tarifa del transporte público.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputado Edelmiro Santiago Santos Díaz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a conducirse con arreglo a la constitucionalidad y la legalidad en el funcionamiento de los servicios de salud, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscriben, diputado Éctor Jaime Ramírez Barba en nombre del Grupo Parlamentario del PAN, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud del gobierno federal para que se conduzca con apego a la constitucionalidad y a la legalidad en el funcionamiento de los servicios de salud, y se hace un llamado para formar un movimiento nacional en defensa del Seguro Popular, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 14 de diciembre pasado el secretario de Salud federal doctor Jorge Alcocer Varela, formuló diversos pronunciamientos y celebró un acuerdo con los gobernadores de Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán, que atentan contra el derecho a la protección de la salud, contra el federalismo sanitario mexicano, contra el Seguro Popular, y en general contra el marco constitucional y legal de las instituciones de salud de nuestro país.

El secretario de Salud federal hizo un llamado para extinguir el Seguro Popular y para retirar de la responsabilidad de los gobiernos de los estados los servicios médicos a la población. Ese planteamiento, además de las diversas expresiones que empleó el secretario de Salud Alcocer Varela para denostar los servicios públicos de salud del país, son ofensivos a los cientos de miles de trabajadores de la salud que cotidianamente hacen posible la atención a cerca de la totalidad de la población, es decir a más de cien millones de mexicanos.

Dichas manifestaciones y expresiones del secretario de Salud lo son también en agravio a las instituciones de salud, del gremio médico, de las enfermeras, de los sanitaristas y de todo el personal de salud que se encuentran a cargo de la atención médica y también del cuidado epidemiológico, del saneamiento, de la prevención de riesgos sanitarios y de muchos otros aspectos que conforman las actividades y las altas responsabilidades del sistema de salud en las esferas del Gobierno Federal, en todas las entidades federativas y de todos los municipios del País.

Decir que la incompetencia, el tráfico de influencias y la corrupción están en todos lados de los servicios públicos de salud a la población en general es una afrenta sin precedentes, más aun viniendo del titular de la máxima autoridad sanitaria federal que es la Secretaría de Salud.

Los planteamientos y pretensiones que dio a conocer el 14 de diciembre el doctor Alcocer Varela ponen en riesgo la seguridad de los tratamientos de más de 57 millones de pacientes que tienen cobertura y servicios garantizados gracias al Seguro Popular, pretendiendo sustituir un sistema de cobertura organizada y efectiva por una promesa de servicios médicos y medicamentos gratuitos.

Esa promesa no es otra cosa que un engaño demagógico, puesto que en el Seguro Popular los tratamientos y los medicamentos son gratuitos.

El discurso del secretario de Salud alcanzó el extremo de manifestar que México se encuentra en una emergencia nacional, lo cual es una afirmación completamente gratuita que no puede pasar por desapercibida. El País no se encuentra en una condición de emergencia sanitaria. Para eso están las instituciones y por ello es indispensable preservar las instituciones sanitarias de México, para evitar su deterioro y su destrucción como lo ha planteado el titular de la Secretaría de Salud en su declaración de Yucatán.

El acuerdo de Yucatán, del 14 de diciembre, impulsado por la Secretaría de Salud federal, se caracteriza por carecer de fundamentación constitucional y legal y, más aún, por ser contrario a la constitucionalidad y a la legalidad. Hace imputaciones generalizadas de ineficiencia, de ineptitud, de incapacidad y de corrupción en todos los servicios y sistemas estatales de salud. Acusa generalizada falta de transparencia, carencia de resultados, corrupción, abandono, incompetencia y tráfico de influencias. Expresiones todas ellas inaceptables, más aún cuando el propósito es la descalificación para destruir lo que se ha logrado en décadas en favor de la población en general y en especial de la más desprotegida y necesitada.

La salud pública y la asistencia social, es decir el cuidado de las condiciones sanitarias generales del país y la atención a los más vulnerables, no merecieron en el acuerdo de Yucatán ni una sola palabra. La máxima autoridad sanitaria de este país no puede y no debe pretender que su tema de salud son solamente los servicios médicos pasando por alto la asistencia social, las condiciones sanitarias y otros múltiples aspectos que conforman la salud pública, en aras de un mensaje promisorio de atención médica y medicamentos gratuitos, que ya se brindan conforme a la Ley General de Salud y con el esfuerzo presupuestal de los gobiernos federal, de los estados y de las personas derechohabientes del sistema de protección social en Salud.

La Constitución Política de nuestro país no solamente establece el derecho a la protección de la salud, sino también y conjuntamente el federalismo sanitario y el cuidado de la salubridad general.

El federalismo sanitario tiene una fórmula constitucional que prevalece desde la Constitución de 1917, conforme a la cual a las entidades federativas les corresponde la salubridad local y concurrentemente a los gobiernos de los estados y al gobierno federal la salubridad general. La suma de la salubridad local y la salubridad general está a cargo del conjunto de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Salud, no solamente de la Secretaría de Salud. Más aún, la competencia de los Gobiernos de los Estados en materia sanitaria es originaria y es ancestral. Es el gobierno federal el que con la creación de la Secretaría de Salubridad y Asistencia en 1943 se incorporó a las responsabilidades sanitarias y asistenciales. La Secretaría de Salud, desde su origen y hasta cercano el año 2000, operó en todo el territorio nacional a través de los servicios coordinados de salud pública en cada uno de los estados.

El secretario de Salud federal planteó en el acuerdo de Yucatán la pretensión de que la dependencia a su cargo asuma directamente los servicios y las funciones que han estado y están a cargo de los gobiernos de los estados, en los respectivos sistemas estatales de salud. Se trata de una pretensión de centralización política y burocrática de los servicios de salud. Ese planteamiento implicaría despojar a los Gobiernos de los Estados de sus responsabilidades frente a las necesidades de salud de la población y de la organización y recursos para atender este ámbito fundamental del bienestar social. Plantea incluso que sean los gobiernos de los estados quienes financien los servicios de salud federales, aportando para ello, en lugar de cofinanciar los servicios estatales, conforme lo establece la Ley General de Salud.

La descentralización de los servicios de salud que se inició mediante reformas constitucionales de 1983, que determinaron la concurrencia en materia de salubridad general entre la federación y los gobiernos de los estados, ha tenido y mantenido el propósito de la cercanía entre las autoridades sanitarias y los servicios de salud con la población, así como el que los sistemas estatales de salud se adecúen a las particulares necesidades y condiciones de cada una de las entidades federativas. Todos los sistemas estatales de salud responden a requerimientos y situaciones diversas, como diverso es el país. El acuerdo de Yucatán propone “federalizar”, cuando lo que pretende es la centralización burocrática y política de la salud, lo cual es inaceptable.

El Seguro Popular se creó en la Ley General de Salud, estableciendo el contenido y los alcances del Programa, distribuyendo responsabilidades y atribuciones entre esferas de gobierno, es decir entre la Secretaría de Salud y los servicios estatales de salud. Su implantación ha permitido avanzar en superar inequidades poblacionales, geográficas, económicas y en general de acceso a los diversos bienes de la salud, haciendo posible que se allegaran importantes asignaciones al presupuesto de atención a la salud de la población que no es derechohabiente de la seguridad social. El Seguro Popular ha sido en los hechos un impulsor de justicia y equidad en favor de los núcleos de población y de las personas más desprotegidas y vulnerables. El Secretario de Salud Federal desconoce y niega los logros y los méritos del Seguro Popular en las tres esferas de Gobierno y en las miles de organizaciones de la sociedad que participan.

Es lamentable –también– que el secretario de Salud, en el acuerdo de Yucatán ignore la diferencia que existe entre la salud y la seguridad social, que además de ser constitucionalmente diferentes, lo son institucionalmente en todos los ámbitos, inclusive en ambas Cámaras del Congreso de la Unión, que tienen comisiones distintas para Salud y para Seguridad Social. Las instituciones federales de seguridad social no son concurrentes con los estados, no son autoridades sanitarias, el alcance de su actividad son los servicios de salud y otras prestaciones económicas y sociales a sus derechohabientes. Pretender retirar servicios que son estatales y municipales para encomendarlos al IMSS, es algo que simple y sencillamente carece de realidad y de sentido alguno, y que pone en riesgo la salud y el bienestar de toda la población del País. El Secretario de Salud Federal se ha pronunciado por destruir el Seguro Popular y los sistemas estatales de salud en aras de una idea equivocada, que sería la conjunción, unificación, información y concentración de todos los servicios de atención médica del país en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Es a lo que llama sistema universal de Salud, concepto que no tiene sustento ni explicación alguna en el acuerdo de Yucatán.

Cabe mencionar que el que habrá de llamarse IMSS-Bienestar, es un programa que se creó desde la administración del presidente José López Portillo como IMSS-Coplamar (Coordinación General del Plan Nacional de Zonas Deprimidas y Grupos Marginados), el cual ha cambiado de nombre en cada gobierno, pasando por Solidaridad, Prospera, etcétera. Dicho programa, como otros, ha sido una excelente contribución para brindar atención primaria a comunidades indígenas y a población en zonas especialmente rezagadas. La solidaridad del IMSS en la operación de ese programa debe reconocerse con toda amplitud. Sin embargo la operación de ese Programa no es sustento para pretender que se sustituyan los sistemas y servicios estatales de salud para encomendarlos al IMSS.

El secretario de Salud en sus pronunciamientos encuentra dificultad para la integración y unificación total de los servicios públicos de salud en el IMSS, en la condición laboral diferente de ese Instituto, respecto de los trabajadores de la Secretaría de Salud y de los Gobiernos de los Estados, que en su mayoría se encuentran en el régimen del apartado B del Artículo 123 Constitucional. La cuestión no es que los trabajadores de los distintos componentes del sistema de salud se encuentren en regímenes laborales diferentes, sino en la existencia misma de regímenes laborales diferentes en el país.

Lo cierto es que los servicios públicos de salud, especialmente los de atención médica tienen múltiples dificultades y carencias, las cuales solo se pueden resolver mediante recursos humanos, materiales, tecnológicos, económicos, de información, formativos y de otra índole, pues la problemática de la salud debe ser atendida con un enfoque holístico, no con un enfoque de critica simplista, dogmática y publicitaria. En la propuesta de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2019 no hay previsión de recursos para superar problemas y rezagos. Sumamos a esta convocatoria el que el Gobierno Federal asigne recursos adicionales suficientes para asegurar atención y cobertura efectiva de la atención médica, de la salud pública y de la asistencia social de manera plena, a través de los diversos componentes del Sistema Nacional de Salud descentralizado. Los servicios públicos de salud funcionan con recursos, no con discursos.

No ignoramos que el partido de la mayoría en la Cámara de Diputados se opondría a la aprobación de los puntos de acuerdo que se proponen, por lo cual procederemos a la difusión de esta propuesta y convocatoria nacional vía redes sociales y por todos los medios posibles para sumar el interés de la sociedad y de organizaciones públicas, sociales y privadas a la causa del mantenimiento y mejoramiento del Seguro Popular y a favor de la descentralización de la salud en beneficio del pueblo.

Es conforme a lo expresado que mediante esta proposición convocamos a una movilización nacional de defensa del Seguro Popular y planteamos los siguientes puntos de acuerdo que a continuación se enuncian

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a detener la desaparición del Seguro Popular, respetar el pacto federal para el funcionamiento de los sistemas estatales de salud, y que se abstenga de centralizar los recursos públicos para la salud.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Secretario de Salud del Gobierno Federal para que aclare y haga explícitos los objetivos de transformación del sistema nacional de salud, apegándose al marco jurídico constitucional y legal vigente.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Secretario de Salud del gobierno federal a que se abstenga de injuriar y denostar a los servicios estatales de salud, con críticas y acusaciones generalizadas e infundadas.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Secretario de Salud del gobierno federal a que se abstenga de alarmar a la población al manifestar que en México hay una crisis del Sistema Sanitario.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a los derechos humanos de las mujeres privadas de la libertad en los centros penitenciarios de México, a cargo de la diputada Laura Martínez González, del Grupo Parlamentario de Morena

Laura Martínez González, en mi calidad de diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III; y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En nuestro país existe un gran problema de opresión e invisibilidad a la que se enfrentan las mujeres que se encuentran internas en los centros de reclusión del sistema penitenciario mexicano, quienes una vez colocadas en el sistema como internas, no reciben de él los elementos básicos necesarios para poder retornar a la vida en libertad con posibilidades reales de reinserción exitosa.

En los centros de reclusión femenil se han detectado irregularidades diversas como deficientes condiciones materiales; insuficiencia en los servicios; desigualdad en las áreas varonil y femenil; alimentación deficiente; maltrato; sobrepoblación y hacinamiento; autogobierno, cobros y privilegios; inadecuada separación y clasificación, y aplicación discrecional de sanciones disciplinarias.

Según el informe especial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre Mujeres privadas de la Libertad en los Centros de Reclusión de la República Mexicana existen distintas irregularidades que contravienen normas nacionales e internacionales que violan los derechos humanos relacionados con el trato digno, la legalidad y la seguridad jurídica, la protección de la salud, la integridad personal y la reinserción social de las internas pues se observó que el sistema penitenciario de nuestro país no atiende en la gran mayoría de los casos, de manera adecuada, a los requerimientos específicos por razón de género señalados en la norma vigente, incumpliendo así la obligación de adoptar medidas para asegurar que las mujeres bajo su custodia gocen de todos los derechos que les corresponden en su calidad de internas.(1)

Según cifras del informe cuando se visitó 77 de los 102 establecimientos penitenciarios que albergan mujeres, donde en esos momentos, había 11 mil 107 internas..

El total de irregularidades detectadas en 77 visitados fue de 1,085, en promedio 14 por centro. En el estado de Guerrero se identificó el índice más alto, en los Centros Regionales de Reinserción Social de Chilpancingo (21) y Acapulco (20).

De acuerdo a lo anterior es necesario aplicar medidas específicas en cumplimiento al artículo 18 constitucional, particularmente lo relativo a la separación de la población de mujeres de la población varonil; protección de la salud, medidas para prevenir y evitar la violencia de género y las que tienen que ver con la atención especial a los hijos que permanezcan con ellas en los centros penitenciarios.

Marco constitucional.

El artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que en su segundo párrafo prevé:

“El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para el prevé la ley.” (2)

Por su parte el artículo 1 de nuestro máximo ordenamiento legal establece que:

“En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozaran de los derechos humanos reconocidos en esta constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta constitución establece.”

Si bien es cierto que las personas privadas de libertad, tienen restricciones a algunos derechos como el libre tránsito, y a votar y ser votado en elecciones populares; pero los demás derechos como el de salud, educación, deporte o trabajo quedan a salvo. Por lo que la población penitenciaria femenina debe gozar de todos los derechos humanos consagrados tanto en las normas nacionales como en las internacionales en donde México forme parte.

Asimismo, nuestra ley fundamental dispone en el mismo precepto en su tercer párrafo que:

“Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género , la edad, la discapacidad, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

De acuerdo a lo anterior, el goce de los derechos entre hombres y mujeres debe ser el mismo, pero la igualdad aun está lejos de ser una realidad:

“Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.”

Instrumentos internacionales

En cuanto a la regulación de los tratados internacionales existen:

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 3o.; La Convención Americana Sobre Derechos Humanos en su artículo 5º; Por otro lado, tenemos la regulación denominada Conjunto de Principios para la Protección de Todas las Personas Sometidas a Cualquier Forma de Detención o Prisión. Adoptado por la ONU en 1988. Y los Principios Básicos para el Tratamiento de Reclusos del 14 de diciembre de 1990.

Las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente celebrado en Ginebra en 1955 y que fueron posteriormente revisadas y actualizadas ahora con el nombre de “Reglas de Nelson Mandela” () establece en su regla número 4, numeral 2 que:

“Para lograr este propósito, las administraciones penitenciarias y otras autoridades competentes deberán ofrecer educación, formación profesional y trabajo, así como otras formas de asistencia apropiadas y disponibles, incluidas las de carácter recuperativo, moral, espiritual y social y las basadas en la salud y el deporte (...)”. (3)

Asimismo, la regla 11, inciso A señala que:

“Los hombres serán recluidos, en la medida de lo posible, en establecimientos distintos a los de las mujeres y, en los establecimientos mixtos, el pabellón destinado a las mujeres estará completamente separado del de los hombres.”

Por su parte la regla 28 dispone que:

“En los establecimientos penitenciarios para mujeres habrá instalaciones especiales para el cuidado y tratamiento de las reclusas durante su embarazo, así como durante el parto e inmediatamente después. En la medida de lo posible, se procurará que el parto tenga lugar en un hospital civil. Si el niño nace en prisión, no se hará constar ese hecho en su partida de nacimiento”.

La regla 58 en su numeral 2 establece que:

“En caso de que se permitan las visitas conyugales, este derecho se aplicará sin discriminación y las reclusas podrán ejercerlo en igualdad de condiciones que los reclusos”.

Asimismo, la regla 81 en su numeral 1 dispone que:

“En los establecimientos penitenciarios mixtos, el pabellón de mujeres estará bajo la dirección de una funcionaria encargada, que guardará todas las llaves de dicho pabellón”. Por otro lado, en su numeral 2 establece que: “ningún funcionario del sexo masculino podrá entrar en el pabellón de mujeres si no va acompañado de una funcionaria” y finalmente, el numeral 3 dispone que: “la vigilancia de las reclusas será ejercida exclusivamente por funcionarias. Sin embargo, esto no excluirá que funcionarios del sexo masculino, en particular médicos y personal docente, desempeñen sus funciones profesionales en establecimientos o pabellones de establecimientos reservados para mujeres”.

La regla 106 establece que:

“Se velará particularmente por el mantenimiento y mejoramiento de las relaciones entre el recluso y su familia que redunden en beneficio de ambas partes”.

Las mujeres privadas de su libertad constituyen un grupo particularmente vulnerable al aislamiento y a la desintegración familiar; en comparación con los hombres que cumplen una pena privativa, ya que estos tienen visitas más frecuentes que las mujeres lo que lleva a perder paulatinamente el contacto con sus hijos y con el resto de sus familiares con las consecuencias sociales que esto representa. (4)

La correcta reinserción social de la mujer privada de su libertad debe pasar necesariamente por la reconstrucción de sus lazos familiares, con un eje de desarrollo del núcleo familiar a través del trabajo y la educación reconocidos en el artículo 5.6 de la convención americana de los derechos humanos, como en el 18 de nuestro máximo ordenamiento legal sin que esté a discusión el derecho a la reinserción social pero si la forma en que este derecho puede ser ejercido y el modo en que las autoridades penitenciarias están obligadas a garantizarlo.

La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, “Convención de Belén do Pará” suscrita por México en 1995 y ratificada en 1998, hace alusión especifica de las relaciones familiares como sujeto de protección, al establecer en el artículo 4o. que:

“Toda mujer tiene derecho a reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos.” Estos derechos comprenden la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer de 1981. (5)

Por lo que en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos quedan establecidas las obligaciones que tienen los estados de tomar las medidas que resulten necesarias para respetar, promover, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas de lo contrario se cae en una situación discriminatoria para las personas internas, al no garantizarles condiciones de igualdad en el ejercicio de sus derechos.

El derecho a que se respete la dignidad a su persona y que se proteja a su familia.

Es por ello que se hace evidente la necesidad de políticas públicas que tengan mejores posibilidades de educación y de capacitación laboral de las mujeres privadas de su libertad, que restituyan su autoestima y la hagan consciente de su propia dignidad y poder romper el ciclo negativo que comienza con la desintegración familiar y que deriva en mayores índices delictivos provocando mayor separación de familias.

Asimismo, es necesaria una estrategia educativa que ayude a abatir el analfabetismo otorgando oportunidades para completar la educación básica y media.

Siendo necesaria también la capacitación laboral dentro de los centros penitenciarios a efecto de que quienes han compurgado una pena privativa de libertad, estén en condiciones de generar ingresos propios que les permitan dar salida a situaciones de violencia familiar y de género.

Así pues, deben generarse programas y apoyos del sector público como privado que ofrezca alternativas de vida que reinserte a las mujeres reclusas en la comunidad y las dote de mayor respeto y dignidad como personas.

Poner a la mujer en el centro de las políticas públicas de reinserción social será sin duda un gran paso para conseguir un Estado garantista de los derechos humanos y constructor de la paz social a través de la educación, el trabajo y protección de familias, ya que la evidencia indica que la proximidad de la familia y de la comunidad son factores que estimulan el proceso de reinserción.

Por lo expuesto anteriormente someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a los gobiernos de las 32 entidades federativas, para que en el ámbito de su competencia tomen medidas que garanticen el respeto irrestricto de los derechos humanos de las mujeres privadas de su libertad en los distintos centros penitenciarios del país para lograr una reinserción social eficaz y prevenir la desintegración familiar.

Notas

(1) Derechos Humanos; Informe anual de actividades 2017; “Mujeres Internas; Informe Especial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos Sobre las Mujeres Internas en los Centros de Reclusión de la República Mexicana”.

http://informe.cndh.org.mx/uploads/menu/109/Anexo%202%20 4%20A.1%20Informe%20Especial%20-%20Mujeres%20en%20Reclusi%C3%B3n.pdf

(2) Cámara de Diputados; 2018; Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

(3) Ruth Villanueva, compiladora, CNDH México; agosto de 2017; “Reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos, Reglas Mandela, editado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos”.

(4) Comisión Estatal de Derechos Humanos, Nuevo León; “Estudio sobre la situación de las mujeres privadas de la libertad en Nuevo León”.

(5) Asamblea General, 9 de junio 1994, “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, Convención Belem Do Pará”.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 12 días del mes de febrero de 2019.

Diputada Laura Martínez González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud a realizar gestiones para incluir en el Catálogo Universal de Servicios de Salud el tratamiento de la enfermedad vascular cerebral, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado federal Éctor Jaime Ramírez Barba, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud a realizar las gestiones necesarias para que se incluya el tratamiento de la enfermedad vascular cerebral en el Catálogo Universal de Servicios de Salud, garantizando la suficiencia presupuestal para la atención de la población con este padecimiento , al tenor de las siguientes

Consideraciones

La enfermedad vascular cerebral (EVC) es un grupo heterogéneo de trastornos en la irrigación cerebral caracterizado por un rápido desarrollo de síntomas y signos neurológicos que traducen una disfunción cerebral, espinal o retiniana focal, debidos a una oclusión arterial (isquemia), venosa (trombosis venosa) o ruptura arterial (hemorragia), y evidencia por imagen o neuropatológica de daño vascular.1

Dicha enfermedad se caracteriza por aparición brusca y sin aviso, causando secuelas o incluso la muerte.2 De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, la enfermedad vascular cerebral constituye la segunda causa global de muerte (9.7 por ciento), de las cuales 4.95 millones ocurren en países con ingresos medios y bajos; si bien las tasas de mortalidad por EVC son elevadas en todas las regiones del mundo; en muchos casos sobrepasan la mortalidad derivada de enfermedades isquémicas del corazón. La situación es heterogénea entre países, regiones y poblaciones.

Los resultados de un estudio que utilizó datos de la OMS y del Banco Mundial mostraron diferencias de más de 10 veces entre los países con tasas ajustadas por género y edad más altas, comparadas con las más bajas (rango de 25 a 250 por 100 mil).

Las regiones con mayor mortalidad por EVC son Europa del este, África central y el norte de Asia, mientras que las de menor mortalidad son Europa occidental y Norteamérica. En situación intermedia se encuentran países de América Latina, norte de África, oriente medio y sureste asiático.3

De lo anterior se colige que existe un mayor riesgo de mortalidad por EVC, cuando se presenta en países de ingresos bajos y medios, que en países con mayor indíce de ingresos per cápita.

La tasa de recurrencia del EVC a 2 años va del 10 al 22 por ciento, pero puede reducirse hasta en 80 por ciento con la modificación de factores de riesgo. De no existir intervenciones de prevención adecuadas, se calcula que para el año 2030, su incidencia se incrementará hasta 44 por ciento.

Datos de la Secretaría de Salud de México muestran que en nuestro país la tasa de mortalidad por enfermedad vascular cerebral se ha incrementado a partir del año 2000, particularmente en menores de 65 años. Durante el 2007 del total de egresos en hospitales públicos el 1 por ciento fue atribuido a enfermedad vascular cerebral, mientras que, en el 2008, la tasa de mortalidad fue de 28.3/100 mil habitantes.4

En el caso de pacientes de 65 años se ha encontrado que 6 meses después de presentar el evento, el 26 por ciento son dependientes en actividades de la vida diaria y el 46 por ciento presentan déficits cognitivos.5

Según los resultados del estudio BASID, en México se aprecia que la tasa anual se incrementa en forma significativa con la edad en todos los tipos. Aunque el infarto cerebral es el tipo de enfermedad vascular cerebral más frecuente, el número de casos de hemorragia intracerebral y la subaracnoidea es mayor que el señalado en países desarrollados. (Cantú B, 2010). Actualmente, las enfermedades cerebrovasculares en México deben considerarse como un problema de salud de orden prioritario. La tendencia registrada durante los últimos años muestra un incremento continuo en los niveles de mortalidad por este padecimiento, el cual ocupó en 2010 el sexto lugar dentro de las principales causas de defunción (32 mil 306 defunciones con una tasa de 28.8 por cada 100 mil habitantes). (Sinave/DGE/Salud/Perfil Epidemiológico de las Enfermedades Cerebrovasculares en México).6

Por otra parte, es de mencionar que la enfermedad vascular cerebral, generalmente presenta diversas comorbilidades como son:

1. Diabetes mellitus,

2. Hipertensión arterial sistémica,

3. Obesidad.

La enfermedad vascular cerebral también se refiere al término genérico por el que se nombran los eventos vascular cerebrales, infartos y las hemorragias cerebrales. Los tres tipos principales de evento vascular cerebral son trombótico, embólico y hemorrágico.

El evento vascular cerebral trombótico se presenta cuando el flujo de sangre de una arteria cerebral se bloquea debido a un coágulo que se forma dentro de la arteria. La ateroesclerosis, que es la acumulación de depósitos grasos en las paredes de las arterias, causa un estrechamiento de los vasos sanguíneos y con frecuencia es responsable de la formación de dichos coágulos.7

El evento vascular cerebral embólico tiene lugar cuando el coágulo se origina en alguna parte alejada del cerebro, por ejemplo, en el corazón, pero una porción del coágulo (un émbolo) se desprende y es arrastrado por la corriente sanguínea al cerebro y dicho coágulo llega a un punto que es lo suficientemente estrecho como para no poder continuar, provocando una obstrucción en el vaso sanguíneo, cortando drásticamente el abastecimiento sangre. Este bloque súbito se llama embolia.8

El evento vascular cerebral hemorrágico –conocido también como derrame cerebral , es causado por la ruptura y sangrado de un vaso sanguíneo en el cerebro.9

En México se estima que aproximadamente el 60 por ciento de los casos de evento vascular cerebral son de isquemia cerebral, de los cuales el 20 por ciento son de origen cardioembólico, el cual se debe a la migración de un émbolo proveniente de las cavidades cardíacas o del segmento proximal de la aorta torácica, mientras que el resto se produce como consecuencia de patologías de pequeños o grandes vasos de la circulación cerebral.10

Son signos de alarma en el evento vascular cerebral:

Por frecuencia

-Entumecimiento, debilidad o parálisis de la cara, el brazo o la pierna, en uno o ambos lados del cuerpo y que aparece en forma repentina.

-Ocurrencia súbita de visión borrosa o reducción de la visión en uno o ambos ojos.

-Aparición brusca de mareos, pérdida del equilibrio o caídas sin explicaciones.

-Incapacidad repentina para comunicarse, ya sea por dificultad para hablar o entender.

-Aparición súbita de dolor de cabeza, de gran intensidad y sin causa conocida.

Existen otros signos como aparición súbita de visión borrosa, mareo o dolor de cabeza.

Estos signos de alarma pueden durar sólo unos cuantos minutos y luego desaparecer, o pueden preceder a un evento vascular cerebral de mayores consecuencias y requieren atención médica inmediata.

El diagnóstico es clínico, se sospecha por la presencia de síntomas neurológicos que no se tenían previamente y la corroboración se realiza por estudios de imagen con resonancia magnética cerebral y/o tomografía.

La realización de un estudio de imagen cerebral es fundamental y esto sólo se puede realizar en un centro hospitalario.

Los estudios para diagnosticar un EVC son:

-Tomografía de cráneo;

-Resonancia magnética de cráneo;

-Ultrasonido Doppler de vasos de cuello;

-Electrocardiograma; y

-Ecocardiograma.

Los efectos de un evento vascular cerebral pueden variar desde leves hasta severos, y pueden incluir parálisis, problemas de raciocinio, del habla, problemas de visión, y problemas en la coordinación motora.11 Estos problemas conllevan diversos costos asociados tanto en el corto como en el largo plazo, incluyendo aquellos relativos a la hospitalización del paciente.

Durante los últimos años ha sido el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) quien ha dado atención a la mayor parte (50.2 por ciento, en promedio) de las hospitalizaciones por enfermedades cerebro- vasculares. En segundo término, aparece la Secretaría de Salud (Ssa) con un poco más de la tercera parte de los pacientes (34.2 por ciento), y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) con una participación del 11.3 por ciento. (Sinave/DGE/Salud/Perfil Epidemiológico de las Enfermedades Cerebrovasculares en México).

En estos años el Sistema Nacional de Salud atendió en sus instalaciones a un promedio de 38 mil 752 pacientes que en conjunto permanecieron hospitalizados cerca de 2 millones de días y que en términos generales representó una estancia promedio de 7.3 días por paciente y evento de hospitalización. Cabe señalar que la duración de la estancia parece irse reduciendo conforme los años son más recientes (7.9 días en 2005 contra 7.0 en 2010), lo que podría explicarse en parte por el desarrollo de los avances tecnológicos y la mejora de los tratamientos hacia los pacientes, que propicia que puedan dejar en menor tiempo el ámbito hospitalario. (Sinave/DGE/Salud/Perfil Epidemiológico de las Enfermedades Cerebrovasculares en México).12

Es necesario considerar que la enfermedad vascular cerebral es una emergencia médica, y cada minuto cuenta cuando un paciente lo está padeciendo, ya que cuanto más tiempo dure la interrupción del flujo sanguíneo hacia el cerebro, mayor es el daño. La atención inmediata puede salvar la vida de la persona y aumentar sus posibilidades de una recuperación exitosa, sin embargo, al aumentar en los últimos años el impacto devastador de la enfermedad vascular cerebral en nuestro país, los esfuerzos para reducir sus consecuencias son críticos para el futuro económico y de salud de México. (Cantú B, 2010). Los impactos socioeconómicos de esta “ transición epidemiológica “ amenazan con abrumar a los sistemas de salud, dando lugar a consecuencias devastadoras: la enfermedad cardiovascular y el accidente cerebrovascular.13

En la gráfica previa, se advierte que los días de hospitalización promedio aumentan en relación directa con la Escala de Ranking Modificado (MRE, por sus siglas en inglés, modified ranking scale ). Dicha escala evalúa el grado de discapacidad que presenta el paciente, posterior a un evento vascular cerebral, considerando entre otros aspectos, si existe afectación para leer, escribir, de estabilidad, coordinación, movilidad, si requiere asistencia para actividades básicas de la vida diaria, o si el grado de discapacidad incluso influye en que requiera cuidados constantes y no puede comer, asearse, caminar o usar el baño sin ayuda; donde ERM 0 implica que no existen síntomas o limitaciones y ERM 5 es una discapacidad severa.14

Cuando la discapacidad y secuelas postevento vascular cerebral aumenta, también los días de hospitalización requeridos para tratamiento se acrecientan y, consecuentemente, los costos de terapias y hospitalización también aumentan.

Si bien cada paciente que presenta un evento vascular cerebral es distinto, a efecto de presentar una idea general del costo que representa para la seguridad social, en gastos hospitalarios, la atención de un caso de evento vascular cerebral, considerando los montos previstos en el acuerdo ACDO.AS3.HCT.291117/275.P.DF y sus anexos, dictado por el honorable Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 29 de noviembre de dos mil diecisiete, relativo a la aprobación de los costos unitarios por nivel de atención médica actualizados al año 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2017, el costo unitario por nivel de atención médica para 2018, el día de hospitalización supera los 7 mil 500 pesos, y si el paciente es tratado en terapia intensiva, aspecto frecuente en los casos de evento vascular cerebral, puede inclusive llegar a 35 mil 400 pesos.

En este orden de ideas, y considerando que un paciente que haya sufrido un evento vascular cerebral, y un ERM 4, que en promedio estará hospitalizado 60 días, puede tener un costo de hospitalización, de aproximadamente 300 mil pesos (trescientos mil pesos mn), más otros gastos relacionados, que deben afrontar las instituciones de seguridad social, o en su caso el paciente, en caso de no ser derechohabiente de alguna de éstas, conforme la siguiente tabla:

De lo anterior se advierte que la institución requiere una mayor inversión en el tratamiento de pacientes con mayor discapacidad, por lo que se desprende la necesidad de otorgar asignación específica de recursos a favor del Catálogo Universal de Servicios de Salud, con fines de incremento y enfoque específico en el tratamiento de la enfermedad vascular cerebral, para el ejercicio 2019, ya que en el mercado existen tratamientos que, por un precio relativamente moderado, administrado en una ventana de tiempo oportuna pueden, inclusive, eliminar totalmente toda secuela e incapacidad del paciente y, con ello, disminuir exponencialmente los gastos hospitalarios, tanto del propio paciente, como del sector salud, en caso de que el paciente se encuentre cubierto por alguno de sus esquemas, ello considerando que el gasto promedio de un paciente con enfermedad vascular cerebral con ERM 4 o 5, puede fácilmente llegar al medio millón de pesos a falta de un tratamiento oportuno, y un ERM 0-1 a los ciento cincuenta mil pesos, mientras que el medicamento para el tratamiento para la enfermedad vascular cerebral isquémica, no supera los catorce mil pesos.

Incluso, el Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán señala que “hay medicamentos y procedimientos que, aplicados en las primeras 4 horas y media a partir del inicio de los síntomas de un infarto cerebral, posibilitan la recuperación de tejido cerebral. La administración de esta medicación o procedimiento debe realizarla personal médico calificado en un centro especializado. Es la única oportunidad para ayudar al paciente a regresar a su estado funcional previo al infarto. Estableciendo como prevención secundaria, la prevención de nuevos eventos, mejorando el control de todos los factores de riesgo. Se atienden también las secuelas de infarto y, de acuerdo al tipo y grado de invalidez, se busca la independencia del paciente.

Únicamente si se atiende en fase aguda, con medicamentos o procedimientos que abran el vaso ocluido (en el caso del infarto cerebral) o procedimientos quirúrgicos (en el caso de hemorragia cerebral grave), podría considerarse a alguien curado del infarto y hemorragia cerebral, de otro modo quedan secuelas del mismo.”15

Por su parte, la Asociación Mexicana de Enfermedad Vascular Cerebral, AC, ha hecho énfasis en la necesidad de que se ponga atención a la enfermedad vascular que tiene altos costos no sólo económicos, sino sociales y emocionales, tanto para el paciente como para sus cuidadores, y que tiene efectos muchas veces fatales, considerando a la muerte, como el mejor de ellos, ya que muchos pacientes (y sus cuidadores), a veces preferirían que ese fuera el resultado de la enfermedad vascular cerebral, y no la discapacidad.16

Los datos arrojados por las diversas fuentes citadas incitan a este legislador a priorizar las medidas de tratamiento de la EVC, considerando la gravedad de las afectaciones causadas a las personas que padecen la enfermedad, con el fin de garantizar el acceso a los tratamientos necesarios que les permitan mantener una calidad de vida adecuada. Ello considerando que este derecho se encuentra consagrado en el Artículo 4o. de nuestra Carta Magna: Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.17

Además de la disposición constitucional referida, el nuevo gobierno 2018-2024, como se ha manifestado, debe considerar la salud como un derecho básico de las personas y reconocer la salud como eje fundamental, considerando como uno de sus objetivos principales fortalecer el Sistema Público de Salud, para lograr un enfoque no sólo curativo, sino también preventivo e integral y mejorar la eficiencia de su operación, para obtener mejores resultados en salud y calidad de vida, logrando una cobertura universal, donde los medicamentos y los servicios públicos, desde el primer nivel de atención hasta la medicina especializada sean accesibles y gratuitos, a efecto de reducir las desigualdades en salud y detener el aumento de enfermedades crónicas y el gasto de bolsillo en salud, particularmente de los hogares pobres.18

De lo antes expuesto, se advierte que la enfermedad vascular cerebral, de no tratarse oportuna y adecuadamente, tiene secuelas tan graves como la discapacidad motora, intelectual y de habla, que invariablemente tienen un impacto en la calidad de vida del paciente, aunado a afectaciones económicas, sociales y emocionales en el paciente y su familia, que se refleja tanto en incapacidades laborales, ausentismo y/o presentismo, además de los costos que corresponden al sector salud en el tratamiento de esta enfermedad.

En este orden de ideas, y tomando en cuenta que la Enfermedad Vascular Cerebral ya se encuentra considerada para diagnóstico en el Catálogo Universal de Servicios de Salud, se estima que deben asignarse específicamente recursos, con fines de tratamiento para dicha enfermedad, para el ejercicio 2019 y posteriores, ello considerando que el diagnóstico sin tratamiento no impacta en disminución alguna de los efectos fatales que puede tener la enfermedad vascular cerebral. Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 77 Bis 1 de la Ley General de Salud, 9 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud, y 36 del Presupuesto de Egresos de la Federación.

El propio Sistema de Protección Social en Salud, en su informe de resultados correspondiente al primer semestre de 2017, reconoce que a 13 años de su creación y con un padrón cercano a los 53.3 millones de afiliados, el Sistema de Protección Social en Salud enfrenta, como reto fundamental, el asegurar la accesibilidad a servicios oportunos y de calidad en todo el país, bajo una óptica incluyente, que permita impulsar el progreso y desarrollo social.19

Además, la sociedad civil, a través de diversas representaciones, ha expuesto la necesidad de establecer políticas públicas, mediante normativas jurídicas idóneas, que brinden protección a los derechos humanos que aseguren el acceso adecuado a la salud.

Así pues, a fin de garantizar una atención oportuna de la EVC, es necesario que se le asignen los recursos económicos que le correspondan, para su adecuado y oportuno diagnóstico, control y tratamiento.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud (CNPSS) a realizar las gestiones necesarias para que se incluya el tratamiento de la enfermedad vascular cerebral en el Catálogo Universal de Servicios de Salud (Causes) del Sistema de Protección Social en Salud (SPSS) y le sean asignados los recursos necesarios para la atención de la población con este padecimiento.

Notas

1 http://amevasc.mx/wp-content/uploads/2014/04/aqu%C3%AD.pdf

2 Ibid

3 González Pina, R. y Landínez. D. Epidemiología Etiología y Clasificación de la Enfermedad Vascular Cerebral. Jornada de Neurociencias, recuperada de

http://www.redalyc.org/html/2738/273849945026/

4 Arauz, A y Ruiz-Franco.A. Enfermedad vascular cerebral. Rev. Fac. Med. (México) volumen 55, número 3, Ciudad de México, mayo/junio de 2012 recuperada de

http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0026-17422012000300003

5 González Pina, R. y Landínez. D. Epidemiología Etiología y Clasificación de la Enfermedad Vascular Cerebral. Jornada de Neurociencias, recuperada de

http://www.redalyc.org/html/2738/273849945026/

6 Guía de práctica clínica. Diagnóstico y tratamiento temprano de la enfermedad vascular cerebral isquémica (Actualización 2017) recuperada de http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/guiasclinicas/102GER.pdf

7 http://www.innn.salud.gob.mx/interna/medica/padecimient os/evascularcerebral.html

8 Ídem

9 Ibídem

10 Thom et al. American Heart Association. Circulation 2006;113:e85-e151f. 2. The National Institute of Neurological Disorders and Stroke rt-PA Stroke Study Group, 1995. Tissue Plasminogen Activator for Acute Ischemic Stroke. N Engl J Med, Volume 333, pp. 1581-1588. 3. Bluhmki , E. et al., 2009. Stroke treatment with alteplase given 3.0-4.5 h after onset of acute ischaemic stroke (ECASS III): additional outcomes and subgroup analysis of a randomised controlled trial. The Lancet Neurology., 8(12), pp. 1095-1102. 4. Hacke , W. et al., 2004. Association of outcome with early stroke treatment: pooled analysis of ATLANTIS, ECASS, and NINDS rt-PA stroke trials. Lancet, 363(9411), pp. 768-74.

11 http://www.innn.salud.gob.mx/interna/medica/padecimien tos/evascularcerebral.html

12 Guía de práctica Clínica. Diagnóstico y tratamiento temprano de la enfermedad vascular cerebral isquémica (Actualización 2017) recuperada de

http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/guiasclinicas/1 02GER.pdf

13 Guía de práctica Clínica. Diagnóstico y tratamiento temprano de la enfermedad vascular cerebral isquémica (Actualización 2017) recuperada de

http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/guiasclinicas/1 02GER.pdf

14 Grupo Neuro-Ictus. Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias, recuperada de

http://tiempoescerebro.com/wp-content/uploads/2017/06/ra nkin-modificada.pdf

15 http://www.epsnutricion.com.mx/dctos/evc.pdf

16 http://amevasc.mx/tag/costos-de-la-evc-en-mexico-ppt/

17 Cuarto párrafo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

18 Proyecto de Nación 2018-2024, recuperado de proyecto18.mx

19 http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/63/2/2017-08-02-1/assets/documento s/Inf_de_Res_del_SPSS_Ene-Jun_2017.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de la Ciudad de México, estado de México y Morelos a regularizar las concesiones de transporte público, y garantizar la integridad y seguridad de los usuarios, a cargo de la diputada Graciela Sánchez Ortiz, del Grupo Parlamentario de Morena

Graciela Sánchez Ortiz, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 62, 65, 76, 79, 82 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La movilidad y habitabilidad en las grandes metrópolis es de gran importancia, pero a la vez de gran complejidad. La necesidad de tener mejores condiciones de vida; hace que los habitantes de las regiones con menos posibilidad salgan a las ciudades en búsqueda de mejores oportunidades de educación y empleo; históricamente la Ciudad de México se ha caracterizado por ser el centro político y económico del país, situación que la ha convertido en un punto de atracción para miles de personas que buscan mejorar su calidad de vida, por lo que se ha producido un crecimiento acelerado y desmedido de su periferia metropolitana, enfrentando problemas de habitabilidad, de movilidad y sobre todo de inseguridad.

Los habitantes de algunos de los municipios conurbados del Estado de México; dentro de los que destacan Acolman. Amecameca, Apaxco, Atenco, Atizapán de Zaragoza, Atlautla, Axapusco, Ayapango, Coacalco, Cocotitlán, Cuautitlán, Chalco, Chiautla, Chicoloapan, Chinconcuac, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos, Ecatzingo, Huehuetoca, Naucalpan, Nezahualcóyotl, Tecámac, Texcoco, La Paz, Ozumba, entro otros; necesitan trasladarse diariamente a la Ciudad de México, y a algunas partes del Estado de Morelos lo que implica en la actualidad un riesgo; debido a que el problema de la inseguridad, a pesar de las acciones emprendidas por las instancias de gobierno tanto federales como locales; se ha acentuado en los últimos días, principalmente se han dado a conocer casos en las redes sociales, lo más preocupante es que lleva una perspectiva de género, acentuándose la violencia hacia las mujeres usuarias de transporte público.

Tal es el caso de Vanessa, una jovencita de 22 años que fue violada y privada de la vida por el conductor de una camioneta de transporte público de la ruta 85, en la cual viajaba como pasajera. El presunto feminicida fue detenido horas más tarde.

Fue la madrugada del día sábado 2 de febrero del presente año, alrededor de las 3:55 horas, cuando elementos de la policía municipal, al realizar sus rondines de rutina, localizaron el cuerpo sin vida de una mujer en las inmediaciones de la comunidad de San Vicente Chimalhuacán, en el municipio de Ozumba.

La joven mujer presentaba signos de violencia y violación. Tras esto, los agentes revisaron las cámaras de seguridad de la comunidad para ver si se pudiera identificar al responsable, captando una camioneta Splinter de la ruta 85, dicha unidad, según reportes, salió de la ciudad de Cuautla Morelos, a las 21:30 horas, con solo una pasajera; se trataba de la joven que fue localizada sin vida, identificada como Vanessa Ruiz, de 22 años.

Cabe mencionar que si bien la ruta 85 es de competencia federal y con licitación en la Ciudad de México, también tiene cercanía con diversos municipios del oriente del Estado de México y base en el municipio de Cuautla, Morelos, lo cual dificulta una adecuada regulación por el contraste que existe entre los diversos reglamentos de tránsito. Aunado a esta problemática en la zona de los volcanes del Estado de México, se suma la utilización de unidades en pésimas condiciones y que no cuentan con las características adecuadas para poder circular y brindar un servicio de transporte público eficiente, problemática que se observa en la mayoría de las rutas de transporte público que operan en el Estado de México. Es menester que se vigilen e implementen acciones contundentes por parte de las instancias correspondientes, para erradicar esta ola de violencia hacia las mujeres.

Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable Soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de la Ciudad de México, del estado de México y de Morelos; para que a través de sus respectivas Secretarías de Movilidad y de Seguridad Pública implementen las medidas pertinentes a fin de regularizar las concesiones de transporte público, así como a garantizar la integridad y seguridad de los usuarios de dicho transporte.

Dado en el Palacio Legislativo de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 12 de febrero de 2019.

Diputada Graciela Sánchez Ortiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para incluir el mieloma múltiple en la cobertura del catálogo de intervenciones del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado federal Éctor Jaime Ramírez Barba, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente al Consejo de Salubridad General (CSG) a realizar, por medio de la Comisión para Definir Tratamientos y Medicamentos Asociados a Enfermedades que Ocasionan Gastos Catastróficos, las gestiones para incluir el mieloma múltiple (MM) en la cobertura del Catálogo de Intervenciones del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos , al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define el MM como una neoplasia multifocal que afecta la médula ósea y se asocia a la producción de una proteína monoclonal sérica o urinaria. Esta enfermedad se caracteriza principalmente por la presencia de anemia, hipercalcemia, insuficiencia renal y lesiones óseas.

A escala mundial, la edad promedio de diagnóstico es a los 70 años. Sin embargo, en nuestro país el MM se presenta en promedio a los 58 años, asimismo, 30 por ciento de los pacientes son menores de 55 años. Es decir, una década antes que el resto del mundo, lo que impacta directamente el periodo de productividad de las personas y en la economía de las familias y del país.

El MM es considerado el segundo tipo de cáncer sanguíneo más frecuente después del linfoma no Hodgkin y representa alrededor de 1 por ciento de todos los casos de cáncer y casi 2 por ciento de las muertes oncológicas en el mundo, es considerada una enfermedad de baja incidencia.

Como factores de riesgo se destaca que, la tasa de incidencia es mayor en hombres que en mujeres. Una persona es 4 veces más propensa a desarrollar la enfermedad si existe el precedente familiar. La obesidad representa un incremento en la posibilidad de desarrollar el padecimiento. El MM es más común en gente de raza negra, y las personas que han tenido plasmocitoma solitario eventualmente desarrollarán MM; asimismo, la exposición a elementos radiactivos genera mayor riesgo.

Hay múltiples complicaciones asociadas a esta enfermedad considerada incapacitante y que repercuten de forma importante en la calidad de vida del paciente. Por muchos años los recursos terapéuticos disponibles habían sido muy limitados y hasta el momento, el padecimiento es incurable. Sin embargo, el MM se ha convertido en una enfermedad crónica, debido a los avances en su tratamiento, lo cual ha aumentado la supervivencia de los pacientes con MM en forma significativa.1

Actualmente, las aseguradoras privadas son quienes otorgan una cobertura para casi todo tipo de padecimientos que ocasionan gastos catastróficos y, en los cuales, no se restringe el reembolso o pago directo de fármacos aprobados por la legislación vigente.

Sin embargo, es una minoría de la población la que tiene acceso a este tipo de servicios de salud. La gran mayoría de los mexicanos se atienden en instituciones del Sector Salud, poco más de 57 millones de personas de las cuales alrededor de 54 millones cuentan con afiliación al Seguro Popular, por lo cual, es una necesidad primordial que más padecimientos estén cubiertos por el Fondo de Protección Contra Gastos Catastróficos, como es el caso del MM.

La OMS y la Secretaría de Salud indican que un hogar con gastos catastróficos por motivos de salud se define como todo aquel que está destinando más de 30 por ciento de su capacidad de pago al financiamiento de la salud de sus miembros.

En el gasto en salud se incluyen el gasto de bolsillo, las contribuciones a la seguridad social y el gasto gubernamental en salud transferido a los hogares. La capacidad de pago se define como el excedente de recursos efectivos del hogar, el cual se mide descontando del gasto total de los hogares, el gasto de subsistencia, medido a través del gasto en alimentación o una línea de pobreza y el gasto en salud financiado por impuestos.

La Comisión Nacional de Protección Social en Salud (Seguro Popular) señala que una enfermedad considerada gasto catastrófico es la que por su alto costo y los gastos que se derivan de tratamientos y medicamentos (debido a su grado de complejidad o especialidad y la baja frecuencia con que ocurren), son costos muy altos, y son definidas y priorizadas por el Consejo de Salubridad General.

El tratamiento de las enfermedades consideradas como gastos catastróficos se realiza en unidades hospitalarias denominadas de “alta especialidad”, las cuales cuentan con el personal e infraestructura adecuados para brindar la atención.2

En México, el Reglamento Interior de la Comisión para Definir Tratamientos y Medicamentos Asociados a Enfermedades que Ocasionan Gastos Catastróficos señala en el artículo 18, del capítulo VII, el procedimiento para la definición de las enfermedades que ocasionan gastos catastróficos, mismo que indica:

Las solicitudes de definición de enfermedades que deban considerarse dentro de las que ocasionan gastos catastróficos, deben ser elaboradas con base en los Lineamientos para la Priorización de Enfermedades e Intervenciones que Ocasionan Gastos Catastróficos que emita la comisión, los cuales serán difundidos en la página de internet del consejo.

Las solicitudes mencionadas en el párrafo anterior deben presentarse ante el presidente o el secretario técnico de la comisión, acompañadas de la documentación que acredite el cumplimiento de los criterios previstos en los artículos 77 Bis 29 de la Ley y 99 del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, así como del estudio de impacto económico para el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos.

Hoy, el MM se encuentra sin cobertura específica dentro del Sistema de Protección Social en Salud por el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos y, a su vez, no se encuentra incluido en la lista de enfermedades que ocasionan gastos catastróficos.

El pasado 5 de septiembre, en el marco del Día Mundial de Mieloma Múltiple, el doctor Abelardo Meneses, director del Instituto Nacional de Cancerología, señaló que éste y distintas organizaciones de la sociedad civil buscan que esta enfermedad sea incluida en la lista de enfermedades que ocasionan gastos catastróficos: “Queremos que haya una protección para aquel paciente que vive con mieloma múltiple. Tenemos que sensibilizar a la sociedad; hemos visto respuestas muy exitosas cuando se dan los esquemas de tratamientos adecuados, por eso vale la pena esforzarnos y luchar porque los recursos se canalicen justamente donde hay mayor éxito; tratar mieloma con medicamentos nuevos eleva la supervivencia de los enfermos”.3

Por todo lo expuesto y a fin de lograr que la atención de esta patología esté al alcance de la población bajo la cobertura del Seguro Popular, el Incan presentó en marzo pasado la solicitud de definición del MM como enfermedad que ocasiona gastos catastróficos (subsanando observaciones hechas por el CSG en mayo último). Dicha solicitud cumple cada uno de los criterios solicitados por la instancia:4

1. Solicitud definición de enfermedad que ocasiona gastos catastróficos.

2. Documentación que acredite el cumplimiento de los criterios previstos en los artículos 77 Bis de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud.

3. Cédula del protocolo técnico de la enfermedad por definir como gastos catastróficos en formato Microsoft-Visio 2016.

El costo de la atención de estos pacientes por cada línea terapéutica supera 30 por ciento del ingreso familiar de los derechohabientes de Seguro Popular, y acorde con la OMS, cumple el criterio de definición de Gasto Catastrófico. El definir el MM como gasto catastrófico y tener cobertura por el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos tendría un efecto mínimo en el presupuesto del Seguro Popular, es una alternativa asequible.

Los tratamientos existentes han cambiado la evolución de la enfermedad brindando mejoría en calidad de vida y extensión de supervivencia global y supervivencia libre de progresión. El abordaje terapéutico oportuno en estos pacientes en todas las líneas terapéuticas brindará un cambio radical en la evolución del paciente tomando en cuenta supervivencia global, supervivencia libre de progresión, toxicidad, calidad de vida, entre otros.

“El goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social” como señala la OMS, así como “el derecho a la salud para todas las personas significa que todo el mundo debe tener acceso a los servicios de salud que necesita, cuando y donde los necesite, sin tener que hacer frente a dificultades financieras. Nadie debería enfermar o morir solo porque sea pobre o porque no pueda acceder a los servicios de salud que necesita”.15

El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. De tal manera, es obligación del Estado adoptar las medidas necesarias que permitan cumplirlo.

Finalmente, y una vez que se cumplen los requisitos establecidos en el Reglamento Interior de la Comisión para Definir Tratamientos y Medicamentos Asociados a Enfermedades que Ocasionan Gastos Catastróficos, es necesario valorar la definición de MM como enfermedad que ocasiona gastos catastróficos, en virtud de que el Consejo de Salubridad General a través de la Comisión para Definir Tratamientos y Medicamentos Asociados a Enfermedades que Ocasionan Gastos Catastróficos se encuentra supeditado a la normatividad aplicable.

Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Consejo de Salubridad General a realizar, por medio de la Comisión para Definir Tratamientos y Medicamentos Asociados a Enfermedades que Ocasionan Gastos Catastróficos, las gestiones pertinentes para incluir el mieloma múltiple en la cobertura del Catálogo de Intervenciones del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos

Notas

1 Kumar SK, Dispenzieri A, Lacy MQ, y otros. “Continued improvement in survival in multiple myeloma: changes in early mortality and outcomes in older patients”, en Leukemia 2014; 28:1122-1128.

2 https://www.gob.mx/salud%7Cseguropopular/acciones-y-programas/enfermeda des-de-alto-costo

3 http://www.eluniversal.com.mx/ciencia-y-salud/salud/
director-del-incan-pide-amlo-revisar-el-seguro-popular-antes-de-desaparecerlo

4 http://www.csg.gob.mx/descargas/pdf/priorizacion/gastoscatastroficos/
lineamientos/2018_03_14_Lineamientos_GC_JM.pdf

5 http://www.who.int/mediacentre/news/statements/fundamental-human-right/ es/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta soberanía y la ASF a considerar las irregularidades en que incurrió el gobierno de Javier Duarte de Ochoa y su repercusión en las Cuentas Públicas municipales de 2017 en Veracruz, a cargo del diputado Bonifacio Aguilar Linda, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado federal Bonifacio Aguilar Linda, integrante del Grupo Parlamentario de Morena representado en esta LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral I, fracción II, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de ésta honorable asamblea, proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El artículo 74, fracción VI, establece como facultad exclusiva de la Cámara de Diputados revisar la Cuenta Pública del año anterior con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar que se ha ajustado a los criterios señalados en el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos de los programas, esta revisión se realiza a través de la Auditoría Superior de la Federación, ente regulado en el artículo 79 de nuestra Carta Magna.

La fiscalización de la Cuenta Pública comprende la revisión de los ingresos, los egresos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, fondos, los gastos fiscales y la deuda pública; del manejo, la custodia y la aplicación de recursos públicos federales, con excepción de las participaciones federales, así como de la demás información financiera, contable, patrimonial, presupuestaria y programática que las entidades fiscalizadas deban incluir en dicho documento, conforme a las disposiciones aplicables.

En el Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2017 se incluyeron auditorías de cumplimiento financiero con enfoque de desempeño a diecisiete ayuntamientos del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave referentes a los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal del Ramo 33 Aportaciones Federales, en los pliegos de observaciones derivados de estas auditorías se señaló de manera general que: “Se presume un daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por determinado monto (varía respecto a cada uno de los municipios), más los rendimientos financieros generados desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal 2017 o en su caso a la Tesorería de la Federación, conforme a lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera de las entidades federativas y los municipios, por destinar recursos del fondo del ejercicio fiscal de 2017 para el pago de obras públicas concluidas físicamente y con adeudos totales o parciales del FISMDF correspondientes al ejercicio fiscal de 2016.

Sin embargo, los hechos antes señalados por los cuales se les imputa a los entes fiscalizados daños y/o perjuicios a la Hacienda Pública Federal son responsabilidad directa del Ejecutivo estatal que se encontraba a cargo de Javier Duarte de Ochoa y de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del estado; lo anterior tiene su fundamento en que los municipios auditados al cierre del ejercicio 2016 tenían pendientes de recibir en conjunto recursos por $ 357,982,736.63 (trescientos cincuenta y siete millones novecientos ochenta y dos mil setecientos treinta y seis pesos 63/100 M.N.) correspondientes al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal del ejercicio 2016 como se señala en el Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016 emitido por el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz, desglosados de la siguiente manera:

Dichos recursos estaban contemplados por los municipios para realizar diversas obras a lo largo del ejercicio fiscal 2016, las cuales fueron licitadas y adjudicadas a diversos contratistas que ejecutaron los trabajos establecidos en los contratos de obra pública que cada ente fiscalizador celebró con particulares, sin embargo, a finales del ejercicio fiscal los trabajos estaban finalizados, pero el pago a los contratistas y sus respectivos trabajadores quedó pendiente, dejando en estado de indefensión no sólo a los presidentes municipales responsables de estas obras, sino más preocupante aún a los trabajadores de la construcción y sus familias.

Ante tal panorama, el 17 de marzo de 2017 se publicó en el Gaceta Oficial el Acuerdo de la Sexagésima Cuarta Legislatura del honorable Congreso del estado libre y soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave que establece “se autoriza a los 212 ayuntamientos del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que así lo determinen, a disponer de recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, Ejercicio 2017, para pagar obras programadas con recursos del mismo Fondo, correspondientes al año 2016

Derivado de lo anterior, a los ayuntamientos que cumplieron con las disposiciones señaladas en dicho Acuerdo se les hizo entrega de los recursos adeudados en el ejercicio fiscal 2016 para pagar las obras ejecutadas a cargo del FISMDF pero con adeudos durante el ejercicio fiscal 2017, entre los ayuntamientos que recibieron estos recursos se encuentran los diecisiete ayuntamientos auditados.

A pesar de que esta acción fue autorizada por el Congreso del estado, en la cédula de resultados finales “la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) mediante oficio 614.DGDR/206/2017 de fecha 5 de julio de 2017, indicó que de acuerdo a los numerales 1.4 y 1.5 de los Lineamientos Generales para la Operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social únicamente la Sedesol interpretará los Lineamientos Generales para la Operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, por lo que en su opinión, el Congreso del estado no tiene facultades para regular el manejo presupuestal de los recursos, ni para interpretar su aplicación a los fines específicos que mandata la Ley de Coordinación Fiscal, por lo anterior dichos pagos no son procedentes

Lo anteriormente señalado pone en entredicho la legalidad de las acciones autorizadas por la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del estado y deja en estado de indefensión a diecisiete ayuntamientos auditados, señalados como probables responsables de un daño y/o perjuicio a la Hacienda Pública federal, sin tomar en cuenta que fue el mal manejo y la ineficiencia de Javier Duarte de Ochoa y su gobierno lo que originó estos hechos, por lo tanto no se puede señalar como responsable a los gobiernos municipales de las actuaciones, omisiones e irresponsabilidades del gobierno estatal que generó un daño y perjuicio no sólo a la Hacienda Pública federal, sino a todo el estado de Veracruz.

Por lo anterior, deben ser considerados estos hechos y situaciones particulares al momento de emitir y analizar los resultados de las auditorías practicadas y señalar a cualquier ente fiscalizador como probables responsables de cualquier daño y/o perjuicio a la Hacienda Pública federal.

Ante lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados a considerar, durante el estudio, análisis y dictaminación de la Cuenta de la Hacienda Pública federal 2017, las irregularidades en que incurrió el gobierno de Javier Duarte de Ochoa respecto a los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal Ejercicio 2016 y 2017.

Segundo. Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a considerar las irregularidades en que incurrió el gobierno de Javier Duarte de Ochoa y su repercusión en las Cuentas Públicas municipales del ejercicio fiscal 2017 del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave al momento de emitir los informes individuales de auditoría y el informe general ejecutivo del resultado de la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2017 respecto a los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a los 12 días de febrero de 2019.

Diputado Bonifacio Aguilar Linda (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a convocar a la instalación del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Martha Elena García Gómez, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Martha Elena García Gómez, diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración del pleno la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a convocar a la instalación del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes contempla al Sistema Nacional de Protección Integral (SNPINNA) como la instancia encargada de establecer instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes , de conformidad con el primer párrafo de su artículo 125.

De ese modo, el SNPINNA tiene entre sus atribuciones, y dado el presupuesto aprobado para el presente ejercicio fiscal:

• Difundir el marco jurídico nacional e internacional de protección de derechos

• Integrar la participación de los sectores público, social y privado y de la sociedad civil

• Fortalecer las acciones de corresponsabilidad y cercanía entre las instancias públicas y privadas.

• Avanzar en la integración del sistema de información a nivel nacional

• Realizar acciones de formación y capacitación.

Y específicamente, en lo concerniente a la planeación y ejecución :

• Aprobar, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo,1 el Programa Nacional.

• Asegurar la ejecución coordinada por parte de sus integrantes del Programa Nacional.

• Asegurar la colaboración y coordinación entre la federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para la formulación, ejecución e instrumentación de políticas, programas, estrategias y acciones en la materia.

• Hacer efectiva la concurrencia, vinculación y congruencia de los programas y acciones de los gobiernos federal, de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, con los objetivos, estrategias y prioridades de la política pública nacional.

• Establecer mecanismos de coordinación con otros sistemas nacionales que desarrollen programas, acciones y políticas.

• Generar los mecanismos para garantizar la participación directa y efectiva de niñas, niños y adolescentes en los procesos de elaboración de programas y políticas.

• Garantizar la transversalidad en los programas, políticas y acciones federales.

Asimismo, la misma normativa dispone que sea la coordinación en un marco de respeto a las atribuciones entre las instancias de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México (...) el eje del Sistema Nacional de Protección Integral (artículo 126)

Se trata de tareas continuas que requieren de deliberación, concertación e instrumentación por parte de los integrantes del Sistema Nacional, cuya Presidencia recae en la figura del Ejecutivo federal, como lo dispone la fracción I del artículo 127 de la Ley General.

En ese orden, con su ratificación —el 20 de diciembre último—, el secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes —al frente del mismo desde septiembre de 2015—, está en condiciones de mantener y profundizar la dinámica desarrollada a favor de los derechos de la niñez y la adolescencia, al tener en sus manos su coordinación operativa.

Es un hecho, que los trabajos del secretariado ejecutivo prácticamente no se han detenido ya en lo referente a las actividades del Consejo Consultivo; reuniones con organismos de la sociedad civil; sesiones de trabajo con secretariados ejecutivos estatales o a la asistencia e instalación de sendas comisiones de los sistemas estatales.

Sin embargo, la coyuntura abierta, primero, por el proceso electoral, y después, por el cambio de estafeta en la Administración Pública Federal ha demorado la convocatoria para una nueva sesión de trabajo del Sistema Nacional, cuya tercera reunión ordinaria tuvo lugar en diciembre de 2017.2

Sobre ello, la Ley General, en el artículo 128, establece que el Sistema Nacional debe reunirse cuando menos dos veces por año.

Por tanto, y dadas las disposiciones de la Ley vigente resulta necesaria la convocatoria para que el Sistema Nacional inicie las consultas entre sus integrantes, a efecto de formular los instrumentos, las políticas, los procedimientos, los servicios y las acciones que habrán de proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes, mismas que deberán quedar plasmadas en el Programa Nacional 2019-2024, que el SNPINNA debe aprobar en su debido momento.

Programa Nacional en ciernes, que de acuerdo con el Reglamento de la Ley General corresponde a la Secretaría Ejecutiva elaborar el anteproyecto con base en un diagnóstico (artículos 24, 25 y 26),3 para posteriormente someterlo a consideración del pleno del Sistema Nacional.

Así, el anteproyecto debe contener conceptos como:

• Políticas, objetivos, estrategias, líneas de acción prioritarias, metas e indicadores correspondientes para el ejercicio, respeto, promoción y protección integral de derechos.

• Indicadores de gestión, de resultado, de servicios y estructurales a fin de medir la cobertura, calidad e impacto de las estrategias y líneas de acción prioritarias.

• Estimación de los recursos, fuentes de financiamiento, así como la determinación de los instrumentos financieros necesarios para la ejecución del Programa Nacional

• Mecanismos que aseguren una ejecución coordinada del Programa Nacional, por parte de los integrantes del Sistema Nacional de Protección Integral

• Mecanismos de participación de niñas, niños y adolescentes, y de los sectores público, privado y de la sociedad civil en la planeación, elaboración y ejecución del Programa Nacional.

• Mecanismos de evaluación del Programa Nacional.

Más aún, se requiere la instalación del SNPINNA en la medida en que las comisiones y/grupos de trabajo que atienden temas nodales, al interior del mismo, deben ser reactivadas. Dichas comisiones y/o grupos de trabajo son:

• Comisión Especializada de análisis en lo relativo al respeto, protección y promoción de los derechos humanos de Niñas, Niños y Adolescentes.

• Comisión de Igualdad Sustantiva entre Niñas, Niños y Adolescentes.

• Comisión para Poner Fin a toda forma de Violencia contra las Niñas, Niños y Adolescentes.

• Comisión de Primera Infancia.

• Comisión de Protección Especial.

• Comisión de Secretarías Ejecutivas de los Sistemas de Protección Integral de los Sistemas Nacional y de las Entidades Federativas.

• Comisión de Seguimiento de las Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas.

• Comisión de Tecnologías de la Información y Contenidos Audiovisuales dirigidos a Niñas, Niños y Adolescentes.

• Grupo de Trabajo Interinstitucional para la Evaluación y Presupuesto en materia de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.

Siendo que a la par, está presente—el Sistema Nacional—, en instancias creadas en otros espacios, pero que se orientan a tratar asuntos concernientes a la niñez y la adolescencia:

• Comité Técnico Especializado en Información sobre la Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

• Grupo de Trabajo Interinstitucional para la implementación de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

• Grupo Interinstitucional para Prevenir el Embarazo en Adolescentes.

• Comisión Intersecretarial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de Adolescentes Trabajadores en edad permitida en México.

• Subcomisión de Ciberseguridad.

Finalmente, señalamos que, en el marco del Día Internacional del Migrante, y como parte de la nueva política migratoria, la actual administración se comprometió a crear dentro del Sistema Nacional una comisión permanente para la protección integral de niños y adolescentes migrantes y solicitantes de refugio.

En conclusión, se propone hacer un respetuoso exhorto al Ejecutivo federal a emitir la convocatoria –a través de la Secretaria Ejecutiva– que permita la instalación del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, y con ello retomar la adopción de aquellas acciones que beneficien a cerca de cuarenta millones de mexicanas y mexicanos de entre 0 y 18 años de edad.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal a emitir la convocatoria –a través de la Secretaria Ejecutiva– que permita la instalación del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, en virtud de la importancia que reviste la operación inmediata de dicha instancia.

Notas

1 Que deberá ser aprobado por la Cámara de Diputados de acuerdo con el artículo 74 de la Carta Magna: Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados: (...) VII. Aprobar el Plan Nacional de Desarrollo en el plazo que disponga la ley. En caso de que la Cámara de Diputados no se pronuncie en dicho plazo, el Plan se entenderá aprobado;

2 https://www.gob.mx/sipinna/documentos/tercera-sesion-ordinaria-del-sistema-nacional-de-proteccion
-de-ninas-ninos-y-adolescentes-21-dic-2017-documentos

3 Reglamento de la LGDNNA; Artículo 25. La Secretaría Ejecutiva realizará el diagnóstico a que se refiere el artículo anterior mediante un proceso participativo e incluyente que recabe la información, propuestas y opinión de los integrantes del Sistema Nacional de Protección Integral, de las organizaciones de la sociedad civil, de los organismos internacionales, de las niñas, niños y adolescentes, así como en su caso, de los demás participantes de los sectores público, social, académico y privado.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los doce días del mes de febrero de 2019.

Diputada Martha Elena García Gómez

Con punto de acuerdo, a fin de integrar la comisión de concordia y pacificación, en términos de la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas, a cargo del diputado Javier Manzano Salazar, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Javier Manzano Salazar, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 62, 65, 76, 79, 82 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución con base en las siguientes

Consideraciones

1. A casi 23 años de la firma de los Acuerdos de San Andrés Larráinzar para solucionar el conflicto armado entre el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) y el Estado mexicano, hoy nos unificamos en la pluralidad para hacer el llamamiento a reiniciar el diálogo suspendido. Nuestra convocatoria se justifica partiendo del planteamiento de la problemática y de los riesgos políticos futuros de no concretizar el compromiso de la nueva mayoría legislativa por cambiar la relación Estado-Pueblos Indígenas basada en el reconocimiento de la histórica exclusión política y de la desigualdad social, no sólo en Chiapas, sino en todas las regiones indígenas de la República.

2. En los primeros días del conflicto la participación de los pueblos indígenas de México y de los liderazgos políticos comprometidos con la democracia detiene la decisión de aplastar la rebelión por medio de la fuerza, impulsando la mediación a través del diálogo entre las partes. La contribución del Poder Legislativo federal, en base a la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas, se instrumenta a través de la Comisión de Concordia y Pacificación (Cocopa) a la que se le otorgan facultades reconocidas en su artículo 9, pero orientando sus tareas al objeto de la ley definidas en el artículo 1. Su contenido es claro: “establecer las bases jurídicas que propicien el diálogo y la conciliación, a través de un acuerdo de concordia y pacificación. Su objetivo: alcanzar la solución justa, digna y duradera al conflicto armado”.

3. Entre la suspensión del diálogo, la reforma constitucional de 2001 y el repliege del EZLN, se abre una etapa de decisiones equivocadas y conductas públicas adversas, hecho que abre una nueva situación en todas las regiones indígenas, pero particularmente en el estado de Chiapas en donde se combina la resistencia pacífica a través de novedosas figuras de participación, y al mismo tiempo el reforzamiento y camuflaje del combate encubierto en contra de los pueblos en rebeldía, e incluso contra los promotores de la mediación. El conflicto Estado-Pueblos Indígenas adquiere otras dimensiones en las regiones surgiendo resistencias ante la penetración de grandes intereses financieros que buscan explotar los territorios y los recursos naturales amparados en el no reconocimiento de los derechos colectivos en el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el blindaje legal de las disposiciones contenidas en las leyes reglamentarias y leyes federales, pero sobre todo por la falta de voluntad política de los poderes constituidos creando un escenario de conflicto desatendido por el Estado.

4. Si bien desde septiembre de 1998 el gobierno federal contaba con la Coordinación para el Diálogo y la Negociación en Chiapas, la decisión unilateral de Estado de incumplir los aspectos centrales de los Acuerdos de San Andrés coloca a dicho órgano sin interlocución con el Ejército Zapatista de Liberación Nacional. Del año 2000 al 2012, al crecer el nivel de conflicto en las regiones indígenas por el aumento el número de concesiones que despojan los recursos naturales de los pueblos, el gobierno determina transformar a la Coordinación para el Diálogo y la Negociación en Chiapas a Comisión Nacional para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México, manteniendo su espíritu original, pero ampliando su campo de acción. Al nuevo órgano se le encomienda asegurar el respeto a sus derechos humanos, atender sus necesidades y reforzar el derecho a su libre determinación y autonomía, al igual que para la conservación de sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas.

5. Señalar el compromiso incumplido del Estado mexicano no sólo proviene de la opinión nacional, sino también del Sistema de Naciones Unidas. En este sentido, desde el año de 2003, el doctor Rodolfo Stavenhagen, entonces relator de los Pueblos Indígenas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en su visita oficial a nuestro país recomendó: “Que el Congreso de la Unión reabra el debate sobre la reforma constitucional en materia indígena, con el objeto de establecer claramente los derechos fundamentales de los pueblos indígenas de acuerdo a la legislación internacional vigente y con apego a los principios firmados en los Acuerdos de San Andrés”. En este año en el Informe de la relatora especial sobre su visita a México, mismo que presenta el pasado 6 de octubre en la Cámara de Diputados, en el punto 96 recomienda “reabrir el debate constitucional sobre derechos fundamentales, como el reconocimiento de los pueblos indígenas como sujetos de derecho público”. En el ámbito interno, en el año de 2013, a propuesta de la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México, la Secretaría de Gobernación propone incorporar los Acuerdos de San Andrés Larráinzar al Plan Nacional de Desarrollo, sin embargo la dependencia responsable de integrarlo, la desecha, y en septiembre de 2014 en el marco de la Conferencia Mundial de Pueblos Indígenas de la ONU, el Ejecutivo federal se compromete armonizar las leyes con el espíritu y letra de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Desafortunadamente, sigue imperando la actitud del funcionariado colonialista: “Acátese, pero no se cumpla”. No deja de ser preocupante la observación de la relatora Victoria Taurus Corpuz, al señalar en su informe, la considerable brecha existente entre la realidad jurídica, política e institucional y los compromisos internacionales adquiridos por el país. Pone el dedo en la llaga al señalar el crecimiento de la brecha por la adopción del modelo de desarrollo promovido por la reforma energética que impacta a los territorios indígenas.

6. Desconocimiento de derechos y despojo de territorios es la constante histórica vigente hasta hoy que se traduce en falta de representación política y el rostro imborrable de la pobreza. Desde la estampa colonial vista por el obispo Manuel Abad y Queipo a finales del siglo XVIII al distinguir la estructura de clase sociales: por un lado, los españoles, dueños de casi toda la propiedad y riquezas de la Nueva España; por el otro, los indios puros y las castas, siervos de los primeros. Los pocos, lo tenían todo; los muchos, no tenían nada. La justificación de Hidalgo en el movimiento de Independencia: recobrar derechos usurpados por los conquistadores a los pueblos originarios en “sus costumbres y propiedades”. Intransigente en la lucha emancipadora, Morelos pretende terminar con la injusticia histórica al proponer moderar la “opulencia” y la “indigencia”, resume su intensión al dictar la disposición de abril de 1811 de recuperar las “tierras de los pueblos”. A la Reforma, periodo de claroscuros en materia de propiedad, le sucede la instauración de la Dictadura, mediante la política de la conciliación delinea la regresión histórica creando una situación de desesperanza por la concentración de la riqueza en pocas manos, mientras la pobreza golpea a la mayoría, sobre todo a las regiones indígenas al surgir el fenómeno de la consolidación de las haciendas, que paulatinamente despojan a los pueblos de sus tierras. Francisco I. Madero, al transitar de su posición de demócrata a revolucionario, en el Plan de San Luis distingue esta injusticia: ”Abusando de la Ley de Terrenos Baldíos, numerosos pequeños propietarios, en su mayoría indígenas, han sido despojados de sus terrenos, ya por acuerdo de la Secretaría de Fomento, o por fallos de los Tribunales de la República”. Se compromete a reparar estos despojos: “Siendo de toda justicia restituir a sus antiguos poseedores, los terrenos de que se les despojó de un modo tan inmoral, o sus herederos, que los restituyan a sus primitivos propietarios, a quienes pagarán también una indemnización por los perjuicios sufridos”. Entre el movimiento de Independencia y la Revolución Mexicana es constante la demanda de la restitución de la tierra y cuando hablamos de tierra, hablamos de pueblos indígenas.

La nación vive un momento político de cambio, que por su naturaleza y desafío, puede ser histórico. De nuestros movimientos emancipadores, hay avances y retrocesos. En el mundo indígena se mantiene tercamente la constante histórica: pobreza, a causa del despojo de la tierra; exclusión política, por falta de participación y representación. En el mediano plazo, desmontar las bases de la apropiación de la riqueza abrogando mecanismos como legalizar a la minería como actividad preferente y el despojo por medio de la “ocupación temporal” de las tierras de los pueblos indígenas. En el aspecto político, seguir en la lucha por alcanzar la representación política de los pueblos indígenas.

Por encima de divergencias legítimas actualizar el análisis de la realidad indígena concreta, anticiparse a conflictos futuros en las regiones que por el carácter de los integrantes de nuestros pueblos puede desbordarse, como lo anticipa en su Testamento Político el General Lázaro Cárdenas: “No es exacto que el indígena sea refractario a su mejoramiento, ni indiferente al progreso. Si frecuentemente no exterioriza su alegría y ni pena, ocultando como esfinge el secreto de las emociones, es que está acostumbrado al olvido en que se le ha tenido. (...) Derroca dictaduras para que nuevos explotadores se sucedan y, como para el sólo es realidad la miseria y la opresión, asumen una actitud de aparente indiferencia y de justificada desconfianza”. Desde 1968 avizoraba: “La inquietud social es condición de la época y de aplazarse u omitirse por inercia la reivindicación de los indígenas, tarde o temprano éstos se harán eco del desasosiego que cunde también en nuestra América en razón, hay que decirlo con claridad, de la permanencia de sistemas anacrónicos de explotación social y opresión nacional que pesan, con especial rigor, sobre los más desamparados, en consecuencia los indígenas. Y entre más depauperados, segregados y distantes de los beneficios de la civilización, más violenta será su reacción contra el sometimiento en que se les mantiene o el paternalismo siempre humillante que sobre ellos se ejerce”.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración del pleno, de urgente y obvia resolución, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Integrar la Comisión de Concordia y Pacificación, en términos de la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputados: Javier Manzano Salazar, Irma Juan Carlos, Pablo Gómez Álvarez, Alfonso Ramírez Cuéllar, Mario Delgado Carrillo, Gerardo Fernández Noroña, Clementina Marta Dekker Gómez, Óscar González Yáñez, Víctor Adolfo Mojica Wences, Idalia Reyes Miguel, Juan José Canul Pérez, María Ester Alonzo Morales, Jesús Carlos Vidal Peniche, Teófilo Manuel García Corpus, Alfredo Vázquez Vázquez, Olga Juliana Elizondo Guerra, Reginaldo Sandoval Flores, Marcelino Rivera Hernández, Lucio de Jesús Jiménez, Ariel Rodríguez Vázquez, María del Rosario Merlín García, Jesús Guzmán Avilés, René Juárez Cisneros, Rubén Cayetano García, Abelina López Rodríguez, Beatriz Dominga Pérez López, Javier Ariel Hidalgo Ponce (rúbricas).

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP y la Secretaría de Bienestar a incrementar el presupuesto del Programa de Estancias Infantiles, a cargo del diputado Carlos Alberto Valenzuela González, del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, diputado Carlos Alberto Valenzuela González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en esta LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y en las fracciones IV y V del numeral 2, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a la Secretaría de Bienestar a modificar a la alza el presupuesto al Programa de Estancias Infantiles (S170). Lo anterior, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. El Programa de Estancias Infantiles, se ha definido desde su creación en el año 2007, por tener el objeto disminuir la vulnerabilidad de los hogares en los que el cuidado de los hijos recae en una madre trabajadora o con intención de incorporarse al mercado laboral, estudiante o un padre solo, mediante la entrega de apoyos para cubrir parte de los gastos del servicio de cuidado y atención infantil y la creación de espacios que permita aumentar la oferta. (http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/pei_otr.pdf).

Segunda. Que el Programa de Estancias Infantiles, de acuerdo a sus reglas de operación de 2018 publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2017 y vigentes hasta la publicación de nuevas reglas señalan:

“Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20, Desarrollo Social, entre ellos, el Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, de adultos mayores, de rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación nutritiva y de calidad, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas.

De igual forma, de conformidad con lo dispuesto por la fracción XVIII del artículo 3 de la Ley General de Salud, se considera a la asistencia social como una materia de salubridad general, la cual es una actividad tendiente a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral de los grupos más vulnerables, así como de los individuos y familias que por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas, o sociales, requieran de servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar, en la cual se incluye a todas las niñas, niños y adolescentes.

Que estas reglas de operación dan cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil y a su Reglamento...”

Tercera. Que en las referidas reglas de operación identifican a la población objetivo como:

3.2. Población Objetivo

La población objetivo del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras se clasifica en dos grupos denominados Modalidades:

1. Apoyo a Madres Trabajadoras y Padres Solos

En la primera modalidad la población objetivo son las madres, padres solos y tutores que trabajan, buscan empleo o estudian, cuyo ingreso per cápita estimado por hogar no rebasa la LB y declaran que no tienen acceso a servicios de cuidado y atención infantil a través de instituciones públicas de seguridad social u otros medios, y que tienen bajo su cuidado al menos a una niña o niño de entre 1 año y hasta un día antes de cumplir los 4 años, o entre 1 año y hasta un día antes de cumplir los 6 años, en casos de niñas o niños con alguna discapacidad.

Los criterios de elegibilidad de la población objetivo en esta modalidad, se establecen en el numeral 4 de estas reglas de operación. Estos criterios no serán retroactivos para aquellas personas beneficiarias que hubiesen solicitado su incorporación al programa antes del 31 de diciembre de 2017; y,

2. Impulso a los Servicios de Cuidado y Atención Infantil

En esta modalidad la población objetivo son las personas físicas que deseen establecer y operar una estancia infantil, o que cuenten con espacios en los que se brinde o pretenda brindar el servicio de cuidado y atención infantil para la población objetivo del programa en la modalidad de Apoyo a Madres Trabajadoras y Padres Solos, conforme a los criterios y requisitos establecidos en el numeral 5 de estas reglas de operación y sus anexos.

Para efecto de identificar y cuantificar a la población objetivo del programa que se encuentra dentro de los 6.1 millones de personas en situación de pobreza alimentaria extrema que es la población objetivo y potencial de la estrategia de política social, integral y participativa de la Cruzada contra el Hambre, se deberán cumplir los criterios establecidos por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y una vez identificadas dichas características, se dará atención preferente a ese conjunto de personas.”

Cuarta. Que los tipos de apoyo en las dos modalidades que otorga el programa son de acuerdo a la reglas de operación vigentes:

“a) Apoyo Federal a Madres Trabajadoras y Padres Solos

Los apoyos en esta modalidad del programa, se otorgarán siempre que exista disponibilidad presupuestal.

Las personas que hayan cubierto los criterios y requisitos de elegibilidad, podrán recibir los servicios en cualquiera de las estancias infantiles afiliadas al programa y que tengan espacios disponibles, cuyo costo será cubierto por el gobierno federal y la persona beneficiaria, de la siguiente manera:

El gobierno federal, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) cubrirá el costo de los servicios de cuidado y atención infantil de la siguiente forma:

950 pesos mensuales por cada niña o niño de entre un año y hasta un día antes de cumplir los cuatro años, inscrita(o) en alguna estancia infantil afiliada al programa que cuente con autorización del modelo, y

Mil 800 pesos mensuales por cada niña o niño de entre uno y hasta un día antes de cumplir los 6 años, en los casos de niñas(os) con alguna discapacidad que cuente con certificado médico vigente, inscrita(o) en alguna estancia infantil afiliada al programa que cuente con autorización del modelo...

5.3. Tipos y montos de apoyo

Los apoyos en esta modalidad del programa, se otorgarán siempre que exista disponibilidad presupuestal.

5.3.1. Apoyo Federal para Impulso a los Servicios de Cuidado y Atención Infantil

Las personas físicas que deseen establecer y operar una estancia infantil o que cuenten con espacios en los que se brinde o pretenda brindar el servicio de cuidado y atención infantil para atender a la población objetivo del programa en la modalidad de apoyo, podrán recibir un apoyo inicial de hasta $70,000 pesos,...

Quinta. Que la Evaluación de Consistencia y Resultados 2017-2018 -Programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras, documento publicado por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) ha otorgado una calificación de 3.93 de un posible de 4.

En sus conclusiones señala:

“... se caracteriza por una consistencia destacable entre el diseño, la planeación, operación y los resultados alcanzados, los cuales están concatenados por instrumentos sólidos, prácticos e institucionalizados, que se traducen en un alto desempeño en los indicadores asociados a las distintas fases que componen su ciclo programático...

El diseño del Programa de Estancias Infantiles (PEI) tiene bien definido e identificado el problema que busca atender, acompañado de un diagnóstico amplio, que le ha dado bases suficientes para acotar con claridad sus poblaciones potencial, objetivo y atendida, las cuales son actualizadas constantemente. Sin embargo, se considera que sería pertinente actualizar el diagnóstico, y que se profundice en el análisis del PEI con un enfoque de derechos; en específico con una perspectiva de género...

La MIR 2017 del PEI cuenta con indicadores, bien diseñados con metas que promueven elevar o en su caso, conservar el alto desempeño: 14 de 15 indicadores se expresan en porcentajes y cuentan con metas con valores superiores a 90 y 100 por ciento.

El PEI, entendido como un programa que brinda apoyo para el acceso al derecho de inclusión laboral, tiene programas complementarios que buscan contribuir a garantizar el acceso de las personas a este derecho; si bien hay avance en la coordinación institucional entre el PEI y el Servicio Nacional de Empleo para promover el “Programa de Apoyo al Empleo entre la población beneficiaria del PEI”, se recomienda seguir construyendo vínculos entre el PEI y los programas complementarios a fin de que las personas beneficiarias aumenten su posibilidad de insertarse al mercado laboral o continuar sus estudios...

En cuanto a la planeación y orientación a resultados, en 2016 se elaboró el Plan Estratégico del PEI con una proyección hasta 2020, lo que en términos de las definiciones institucionales refleja que el horizonte de planeación es en el mediano y largo plazos. En la planeación estratégica se establecen estrategias y actividades a desarrollar para alcanzar los objetivos del Programa; en este sentido, los indicadores de la MIR efectivamente tienen una orientación a resultados...

El Programa utiliza las recomendaciones que se desprenden de las evaluaciones externas. En años recientes, las Fichas de Monitoreo y Evaluación para los ejercicios 2014-2015, 2015-2016 y 2016-2017, han aportado recomendaciones que se traducen en ASM comprometidos por la Unidad Responsable. Asimismo, de la evaluación específica de desempeño 2014-2015 se emitieron recomendaciones que se comprometieron como ASM. Los Aspectos Susceptibles de Mejora registrados en los últimos tres años tienen una atención superior al 50 por ciento...

Sobre la eficiencia y economía operativa del Programa, el PEI tuvo un presupuesto modificado en 2017 de 3,839 millones de pesos. La mayor parte de los recursos asignados al PEI están clasificados en el concepto 4300 (Subsidios y subvenciones) que son los que se entregan en forma de apoyos del Programa, a las responsables de EI; es decir, a las beneficiarias del PEI en la modalidad de Impulso a los Servicios de Cuidado y Atención Infantil. La totalidad de los recursos con que cuenta el PEI para la operación son públicos y están clasificados en el Presupuesto de Egresos de la Federación anualmente. En cuanto a los indicadores de la MIR, los resultados reportados al cierre de 2017 rebasan en casi todos los casos el 99 por ciento de avance; incluso el avance en algunos indicadores es superior al 100 por ciento de las metas programadas, como es el caso del indicador en el nivel de Propósito del porcentaje de personas que permanecen en un empleo o actividad remunerada a partir de que son beneficiarias del PEI...

(https://www.coneval.org.mx/Evaluacion/Paginas/InformeEvaluacion.asp x)

Sexta. Que las cifras publicadas por la otrora Secretaría de Desarrollo Social, ahora del Bienestar, en su página de internet, menciona que con información disponible a septiembre de 2018 esta es su situación:

• Estancias en operación: 9 mil 315

• Niños y niñas atendidos(as): 303 mil 956

• Beneficiarios(as) atendidos(as): 289 mil 294

Si comparamos tan solo el número de unidades prestadoras de los servicios de atención y cuidado infantil (estancias) entre el Programa de Estancias Infantiles y las incorporadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Elaboración propia con datos de:

(*) Consultado el día 30 de enero de 2019 en:

https://www.gob.mx/bienestar/acciones-y-programas/estanc ias-infantiles-para-apoyar-a-madres-trabajadoras

(**) Directorio de Guarderías consultado el día 30 de enero de 2019 en: http://www.imss.gob.mx/servicios/guarderias

(***) Consultado el día 30 de enero de 2019 en:

https://www.gob.mx/issste/acciones-y-programas/estancias -para-el-bienestar-y-desarrollo-infantil

Séptima. Que tanto en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2019 presentado por el Poder Ejecutivo, así como en el presupuesto aprobado el 23 de diciembre de 2018 por la Cámara de Diputados; y con una nula incorporación de las reservas en materia de ampliación de recursos al Programa de Estancias Infantiles (S174). Se mantuvo una reducción de 50 por ciento nominal con respecto a lo aprobado para el ejercicio fiscal 2018.

Octava. A partir del inicio del presente ejercicio fiscal y ante tal baja en el presupuesto aprobado, existe incertidumbre en las responsables de las estancias infantiles, sobre la permanencia del programa o fecha estimada de desaparición. Esto deriva de la falta de reglas de operación para el ejercicio fiscal de 2019; que de acuerdo al presupuesto aprobado podemos estimar lo siguiente:

1. Que, si el presupuesto aprobado para 2019 al programa es de 2,041,621,313 pesos.

2. Si de acuerdo con las cifras publicadas a septiembre de 2018 con respecto a los niñas y niños atendidos, éstas se mantienen constante en la prestación de servicios, es decir 303,956 infantes.

3. Si el subsidio en el supuesto que todos los niños estén dentro los criterios de elegibilidad para que el mismo sea de 950 pesos.

De lo anterior, podemos inferir que el recurso aprobado para el programa alcanzaría para cubrir los servicios de entre 7 meses, esto sin contar los costos de operación y supervisión.

T= PA / (NA*S)

T: 2,041,621,313 / (303,956* 950)

T= 2,041,621,313 / 288,758,200

T= 7.07

T: Número de meses de duración del programa

PA (Presupuesto Aprobado): 2,041,621,313

NA (Niñas y Niños atendidos): 303,956

S (Subsidio): $950.00

Novena. Asimismo, derivado de esta incertidumbre las 9 mil 315 estancias comenzarán a cerrar por ya no contar con la existencia del programa; lo cual tendrá un efecto dominó en el empleo de las responsables, seguidas de las auxiliares en la atención a los menores; y empleos indirectos que estas generan en su comunidad; y posteriormente a las madres trabajadoras, estudiantes o padres solos que no podrán cubrir el pago de una estancia particular, y en muchos casos se verán obligados a dejar de trabajar o, en su caso, los menores estar en situaciones de riesgo por quedarse solos o sin la supervisión adecuada de una persona capacitada.

Décima. Al ser un programa que cuenta con una adecuada evaluación por parte del Coneval, cumple con los criterios de la Ley General de Desarrollo Social, además de tener cumplimientos de metas establecidas o, en su caso, muy aproximadas con respecto a la MIR según se establece en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y al no contar con las justificaciones debidas por parte del Poder Ejecutivo para la reducción y la poca claridad del destino de este programa; que es modelo de una política pública integral y transversal en materia de género, inclusión laboral, protección de los derechos de niñas y niños, y, además, que busca para garantizar el interés superior de la niñez.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. El pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a la Secretaría de Bienestar; para realizar modificaciones a la alza en el presupuesto aprobado al Programa de Estancias Infantiles (S174), de acuerdo a la normatividad vigente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputado Carlos Alberto Valenzuela González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SE a abstenerse de emitir resolución sobre nuevos cupos de importación y cancelar el vigente respecto a carne de pollo, además de ordenar y vigilar la aplicación y el cobro de las cuotas compensatorias a las importaciones, a cargo del diputado José Ricardo Delsol Estrada, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, en su calidad de secretario de la Comisión de Ganadería de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por el que se exhorta a la Secretaría de Economía para que se abstenga de emitir resolución sobre nuevos cupos de importación y cancelar la vigencia del cupo de importación de carne de pollo proveniente de terceros países, además de ordenar y vigilar la aplicación y cobro de las cuotas compensatorias a las importaciones de piernas de pollo y muslo, resueltas por la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI), al tenor de los siguientes

Considerandos

Que el 15 de mayo de 2013, la Secretaría de Economía (SE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “decreto por el que se modifica la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación”, mediante el cual dicha autoridad estableció el arancel-cupo aplicable a las mercancías que a continuación se indican, comprendidas en las fracciones arancelarias de la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE), siempre que el importador cumpla con los lineamientos que expida la Secretaría de Economía y cuente con un certificado de cupo expedido por la misma:

Con lo anterior, la autoridad exenta de impuestos las importaciones de carne de pollo fresca, refrigerada o congelada, siempre que cuenten con el certificado de cupo expedido por la SE.

Para efectos de lo anterior, la SE argumentó que dicha exención tenía como objetivo resolver la problemática de insuficiencia de abasto de carne de pollo ocasionada por la contingencia de influenza aviar que se presentó en diversas zonas del país que tenían producción significativa , (Guanajuato y Jalisco), provocando incrementos en los precios.

Que el 16 de mayo de 2013, la SE publicó en el DOF el “acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar, con el arancel-cupo establecido, carne de pollo”; en el que dicha autoridad reitera que desde mediados de 2012 se han presentado en el país contingencias sanitarias de influenza aviar de alta patogenicidad que han afectado los niveles de producción de huevo y pollo , provocado aumentos injustificados de precios.

Que, en razón de lo anterior, mediante dicho acuerdo la SE estableció un cupo agregado para importar en 2013, carne de pollo fresca, refrigerada o congelada, libre de arancel, siendo 300 mil toneladas; instaurando el mecanismo y criterio de asignación para el 50 por ciento de este cupo, señalando la necesidad de determinar el mecanismo de asignación para el resto del cupo. Tal acuerdo fue modificado mediante diverso publicado el 8 de agosto de 2013, para establecer el mecanismo de asignación para el resto del cupo.

Posteriormente, el 28 de febrero de 2014 la Secretaría de Economía publicó el “acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer el cupo para importar, con el arancel-cupo establecido, carne de pollo”; el cual en sus considerandos establece que debido a que la producción nacional de carne de pollo aún no ha recuperado el ritmo de crecimiento que registró en los años previos a las contingencias sanitarias de influenza aviar, era necesario ampliar la vigencia del cupo a que se refiere el acuerdo; estableciendo así un cupo agregado para importar, del 16 de mayo de 2013 al 31 de diciembre de 2015, carne de pollo fresca, refrigerada o congelada, libre de arancel.

Nuevamente el 20 de junio de 2014, la SE público en el DOF un acuerdo mediante el cual flexibiliza los criterios de asignación de cupo a efecto de que las pequeñas y medianas empresas puedan acceder a más asignaciones de cupo. Asimismo, el 22 diciembre de 2015 la autoridad citada publicó el “acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer el cupo para importar, con el arancel-cupo establecido, carne de pollo”; el cual establece un cupo agregado para importar, del 16 de mayo de 2013 al 31 de diciembre de 2017, carne de pollo fresca, refrigerada o congelada, libre de arancel; argumentando nuevamente que esto debido a las contingencias sanitarias de influenza aviar en los Estados Unidos de América y México que puedan afectar la estabilidad del mercado interno y el poder de compra de los consumidores.

Que el 26 de diciembre de 2017, mediante acuerdo publicado en el DOF la SE, nuevamente amplió la vigencia del cupo, sosteniendo que deben mantenerse abiertas las opciones de proveeduría externa, como una medida que complemente la producción nacional, bajo la justificación de evitar un desabasto de este producto, dado que nuestro país no estuvo exento de brotes de influenza aviar durante el 2017 ; ampliando así la vigencia del cupo a la importación de carne de pollo, al 31 de diciembre de 2019.

Como se puede observar de lo anterior, en diversas ocasiones la Secretaría de Economía ha prorrogado la vigencia, bajo el argumento inicial de resolver la problemática de insuficiencia de abasto de carne de pollo ocasionada por la contingencia de influenza aviar en el país .

No obstante, la situación bajo la cual se argumentó a favor de la publicación del cupo unilateral de carne de ave en el 2013 (brotes de influenza aviar altamente patógena), no prevalece al día de hoy .

Para efectos de comprobar lo anterior, es necesario comparar el escenario inicial del tema de Influenza Aviar A/H7N3 de alta patogenicidad en México con el panorama actual, el cual en su etapa inicial en 2012, de acuerdo al informe de Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad, Agroalimentaria (Senasica) de fecha 18 de octubre de 2018, indica que en 2012, la mortandad de aves fue de 10millones 223 mil 633, la mayoría, gallina de postura comercial, siendo que los reportes hasta la fecha antes mencionada, señalan 4 mil 590 muertes, correspondientes a predios de traspatio; indicando también el Senasica en dicho informe que el último caso de influenza aviar A/H7N3 que presentó en granjas tecnificadas fue en abril de 2017 .

Aunado a lo anterior, la autoridad sanitaria antes señalada, mediante su página electrónica oficial el 26 de octubre del presente, reportó que emitió un comunicado a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE, por sus siglas en francés) para informar el cierre de cuatro focos de influenza aviar de alta patogenicidad AH7N3, reportados a ese organismo internacional en el primer semestre de 2018; lo anterior, al constatar que en un plazo mayor a tres meses no se han detectado problemas sanitarios asociados a la presencia de influenza aviar.

Lo antes señalado, es un indicativo muy importante del control que se tiene en el país de la enfermedad y de que la erradicación total de la influenza aviar está cada vez más cerca.

Por otra parte, es de señalarse la preocupación del caso de Brasil, dado que no se tiene un tratado de libre comercio, memorándum de entendimiento sanitario y se han dado deficiencias en sus sistemas de procesamiento y sacrificio; así como diversas inconsistencias entre la documentación y el contenido de los embarques importados.

En suma de lo anterior, es necesario señalar lo establecido en el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual prevé la posibilidad de que el Congreso de la Unión faculte al Ejecutivo para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación, expedidas por el propio Congreso; así como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos, cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país o la estabilidad de la producción nacional.

Del citado artículo se observa que la disminución o supresión de las cuotas de exportación e importación, o restricción y para prohibición de las importaciones o las exportaciones, únicamente obedecen a las siguientes causas:

1. Urgencias;

2. Regular el comercio exterior;

3. Regular la economía nacional; o

4. Estabilizar la producción nacional.

De igual modo el artículo 5, fracción V, de la Ley de Comercio Exterior, faculta a la Secretaría de Economía a asignar cupos de exportación e importación; para tal efecto, el artículo 23 de citada Ley establece que para la determinación del volumen y valor de los cupos dicha autoridad deberá considerar las condiciones de abasto y la oferta nacional del producto sujeto a cupo, además de escuchar la opinión de los integrantes de la cadena productiva.

En este contexto, como se puede observar de párrafos anteriores, en los diversos, publicados en el DOF por la Secretaría de Economía, el objeto del cupo establecido estuvo basado en todo momento en resolver la problemática de insuficiencia de abasto de carne de pollo en el territorio mexicano, ocasionada por la contingencia de influenza aviar que se presentó en diversas zonas del país que tenían producción significativa, a saber Guanajuato y de Jalisco, situación que provocaba de acuerdo a lo señalado por la citada autoridad un incrementos en los precios.

Así, como se puede corroborar en párrafos anteriores dicha situación no prevalece en la actualidad, por lo que no se actualiza ninguna de los supuestos previstos en el artículo 131 Constitucional, ya que no existe una situación urgente, o una necesidad de fijar un cupo para regular o mantener la economía del país, como lo argumento en su momento la autoridad competente, tan es así que el Senasica recientemente informo el cierre de 4 focos.

En este sentido, al no subsistir las causas que originaron el establecimiento de esta medida, no existe motivación, ni sustento legal, para continuar con la vigencia del cupo establecido para carne de pollo .

Problemática Resolución de UPCI - No aplicación de cuota compensatoria

El 6 de agosto de 2012, se publicó en el DOF la “resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de pierna y muslo de pollo originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia. Mediante dicha resolución, la Secretaría de Economía determinó la aplicación de cuotas compensatorias definitivas a las importaciones de pierna y muslo de pollo originarias de los Estados Unidos de América.

En esa misma resolución, la SE determino no aplicar las cuotas compensatorias, a fin de no sobredimensionar su efecto en el mercado, hasta en tanto se regularizara la situación derivada de la contingencia sobre el virus de la influenza aviar tipo A, subtipo H7N3.

El 25 de noviembre de 2016 se publicó en el DOF el aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias, en el que se comunicó a los productores nacionales y a cualquier persona que tuviera interés jurídico, que las cuotas compensatorias definitivas impuestas (incluidas las de pierna y muslo originarias de Estados Unidos de América) se eliminarían a partir de la fecha de vencimiento que se señaló en el mismo para cada uno, salvo que un productor nacional manifestara por escrito su interés en que se iniciar.

Que en conforme a lo anterior, el 30 de junio de 2017 Bachoco manifestó su interés en que la Secretaría iniciara el examen de vigencia de la cuota compensatoria.

El 2 de agosto de 2017, la SE publicó en el DOF la resolución que declaró el inicio del examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de pierna y muslo de pollo originarias de los Estados Unidos, fijando como periodo de examen el comprendido del 1 de julio de 2016 al 30 de junio de 2017 y como periodo de análisis el comprendido del 1 de julio de 2012 al 30 de junio de 2017.

El 27 de agosto de 2018 se publicó en el DOF la “resolución Final del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de pierna y muslo de pollo originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia”; resolviendo en la parte que nos ocupa, lo siguiente:

368. Se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria a que se refiere el punto 4 de la presente resolución por cinco años más, contados a partir del 7 de agosto de 2017.

369. La cuota compensatoria a que se refiere el punto 4 de la presente resolución, no se aplicará en virtud de lo dispuesto en el punto 365 de la presente resolución.”

(énfasis añadido)

De lo antes transcrito es de destacarse que la autoridad, determinó que el dumping continúa; resolviendo así, que debe prorrogarse la vigencia de la cuota compensatoria; no obstante, en contraposición a su determinación resuelve a su vez que no se aplicará la cuota , con objeto para prevenir un posible desabasto provocado por los casos de influenza aviar presentados en el país, hasta en tanto se regularice la situación.

Tales razones se expresan en los siguientes puntos de la resolución; mismos que resulta necesario resaltar, por lo a continuación se transcriben:

349. La Secretaría observó que en las publicaciones del DOF que presentaron como prueba las contrapartes, se acuerdan cupos para importar carne de pollo ante nuevos brotes de influenza aviar que pudieran reducir inevitablemente la producción y el abasto de carne de pollo, con posibles afectaciones a la estabilidad del mercado interno.

350. Asimismo, observó que en los informes al OIE que presentaron como prueba se advierte que se detectaron, en acciones de vigilancia rutinaria de las autoridades sanitarias, varios casos en aves, con una susceptibilidad en más de 150 mil ejemplares, dentro de una granja en Jalisco, por lo que las autoridades procedieron al sacrificio de las aves en condiciones autorizadas, a la desinfección y a la delimitación de zonas de afectación, así como a la aplicación de acciones cuarentenarias para el control del foco infeccioso.

351. Por lo anterior, la Secretaría determinó que las condiciones que dieron origen a la no aplicación de las cuotas compensatorias determinadas en la Resolución Final, continuaron vigentes en el periodo analizado.

(...)

365. Considerando que aún no se han modificado las circunstancias por las cuales se determinó no aplicar la cuota compensatoria a las importaciones de pierna y muslo de pollo originarias de los Estados Unidos, tal como se señaló en el punto 351 de la presente Resolución, de conformidad con el artículo 9.1 del acuerdo antidumping, la Secretaría determina no aplicar la cuota compensatoria referida en el punto 4 de esta Resolución, con el fin de no sobredimensionar el efecto de ésta en el mercado, hasta en tanto se regularice la situación.”

Como se puede observar de los puntos anteriores, la determinación de la autoridad de no cobrar la cuota compensatoria se basa en posibles brotes de influenza aviar que pudieran reducir la producción y en consecuencia el abasto de carne de pollo .

En este orden de ideas, la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía, resolvió a favor de la industria avícola mexicana, en el sentido de que las exportaciones de los EEUU hacia México, se realizan bajo prácticas desleales de comercio; no obstante, la misma autoridad dictamina que por razones sanitarias, no se cobrarán dichas cuotas , situación que deja en desventaja a la industria avícola nacional productora de carne de ave; sin sustento, dado que como ya se señaló en párrafos anteriores dicha situación sanitaria no subsiste en la actualidad .

Aunado a que las causas que motivaron a la autoridad a determinar la aplicación de la cuota no se encuentran vigentes; la multicitada resolución transgrede la garantía de legalidad prevista en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; pues dicha resolución no se encuentra debidamente fundada y motivada, ya que el artículo 89 F de la Ley de Comercio Exterior, instauran lo siguiente:

Artículo 89 F. La Secretaría publicará en el Diario Oficial de la Federación el inicio del examen de vigencia de cuota compensatoria y notificará a las partes de que tenga conocimiento, para que, en un plazo de 28 días contados a partir del día siguiente de su publicación en dicho órgano informativo, manifiesten lo que a su derecho convenga.

...

IV. La Secretaría dictará la resolución final dentro de un plazo máximo de 220 días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de inicio del examen en el Diario Oficial de la Federación, mediante la cual podrá:

a. Determinar la continuación de la vigencia de la cuota compensatoria por cinco años adicionales contados a partir de la fecha de vencimiento. En esta determinación la Secretaría podrá modificar el monto de la cuota compensatoria.

b. Eliminar la cuota compensatoria.

Durante el tiempo que dure el examen de vigencia continuará el pago de cuotas compensatorias.”

Del artículo anterior podemos observar que el examen de la vigencia de la cuota compensatoria, tiene por objeto:

1. Determinar la continuidad de la vigencia de dicha cuota; pudiendo modificar la cuota; y

2. Eliminar la cuota compensatoria.

Como se puede observar, la Ley de Comercio exterior no prevé la posibilidad de determinar el no cobro de la cuota compensatoria mediante esta resolución; además de que existe una contraposición de la autoridad al determinar por una pate que, persisten las causas y no se han modificado las circunstancias de prácticas desleales que causan daño a la producción nacional; y, por otra parte, establecer la no aplicación de dichas causas, pues de no aplicarse, se permite que se siga causando el daño a la producción nacional.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la aprobación del siguiente

Punto de Acuerdo

De urgente u obvia resolución

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía para que se abstenga de emitir resolución sobre nuevos cupos de importación y cancelar la vigencia del cupo de importación de carne de pollo proveniente de terceros países, además de ordenar y vigilar la aplicación y cobro de las cuotas compensatorias a las importaciones de piernas de pollo y muslo, resueltas por la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI).

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputado José Ricardo Delsol Estrada (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Secretaría de Bienestar y la SHCP a garantizar la operación y el funcionamiento integrales del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, a cargo del diputado Armando Tejeda Cid, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Armando Tejeda Cid, integrante del Grupo Parlamentario del PAN, en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, y demás disposiciones aplicables, somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El Programa de Guarderías y Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras inició su operación en enero de 2007 , durante el gobierno del presidente Felipe Calderón, con objeto de disminuir la vulnerabilidad de los hogares en los que el cuidado de los hijos recae en una madre trabajadora o con intención de incorporarse al mercado laboral, estudiante o un padre solo, mediante la entrega de apoyos para cubrir parte de los gastos del servicio de cuidado y atención infantil y la creación de espacios que permita aumentar la oferta.

A partir de 2009 cambia su denominación a Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras.

El 30 de diciembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, para el ejercicio fiscal 2018, en el que se indica que este programa apoya a las madres, padres solos y tutores que trabajan, buscan empleo o estudian, cuyo ingreso per cápita estimado por hogar no rebasa la LB y declaran que no tienen acceso a servicios de cuidado y atención infantil a través de instituciones públicas de seguridad social u otros medios, y que tienen bajo su cuidado al menos a una niña o niño de entre 1 año y hasta un día antes de cumplir los 4 años, o entre 1 año y hasta un día antes de cumplir los 6 años, en casos de niñas o niños con alguna discapacidad.

La población objetivo que tiene acceso a este programa se clasifica en 2 grupos denominados Modalidades:

1. Apoyo a Madres Trabajadoras y Padres Solos

En la primera modalidad la población objetivo son las madres, padres solos y tutores que tienen bajo su cuidado al menos a una niña o niño de entre 1 año y hasta un día antes de cumplir los 4 años , o entre 1 año y hasta un día antes de cumplir los 6 años, en casos de niñas o niños con alguna discapacidad.

2. Impulso a los Servicios de Cuidado y Atención Infantil

En esta modalidad se consideran a las personas físicas que deseen establecer y operar una Estancia Infantil, o que cuenten con espacios en los que se brinde o pretenda brindar el servicio de cuidado y atención infantil. 1

En el Tercer informe Trimestral 2018 de los Programas de Subsidios del Ramo Administrativo 20. – Desarrollo Social, la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), se menciona que, en el rubro correspondiente al Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, al 30 de septiembre de 2018, contaba con 9 mil 312 estancias infantiles afiliadas, atendiendo a un total de niñas y niños de 309 mil 484; con una cobertura de 32 entidades federativas, y de las cuales 2 mil 234 estancias infantiles atendieron a 3 mil 925 niñas y niños con algún tipo de discapacidad. De acuerdo con esta información, en cifras acumuladas, desde el inicio de operaciones del programa en el año 2007, y al 30 de septiembre de 2018 (mediante las estancias infantiles, que en algún momento han estado afiliadas al programa), se ha beneficiado a 1 millón 933 mil 801 madres trabajadoras y padres solos, y se han brindado los servicios de cuidado y atención infantil a 2 millones 315 mil 741 niñas y niños. Las entidades federativas que han atendido a la mayor cantidad de niñas y niños, durante el ejercicio fiscal de 2018, son:

* De un total de 2 mil 587 millones 191 mil 132 pesos ejercidos hasta el 30 de septiembre de 2018.2

En el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de diciembre de 2018, se establece en el Título Tercero “De los Lineamientos Generales para el Ejercicio Fiscal”, Capítulo I. Disposiciones Generales, artículo 12 que “los recursos correspondientes a los subejercicios que no sean subsanados en el plazo que establece el artículo 23, último párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como el importe de los ahorros que se obtengan como resultado de la instrumentación de las medidas de austeridad y disciplina presupuestaria, serán reasignados a los programas sociales y de inversión en infraestructura previstos en este Presupuesto de Egresos, así como en los términos de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, respectivamente”.3 Por otra parte, es relevante mencionar que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio de 2019, al Programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras, únicamente se le asignaron 2 mil 41 millones 621 mil 313.00 pesos, lo cual contrasta con lo asignado en el PEF 2018, por un total de 4 mil 70 millones 264 mil 507.00 pesos.

De tal suerte, la importancia y trascendencia de esta proposición con punto de acuerdo, que pretende asegurar la operación, funcionamiento y viabilidad del programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras, para que sigan brindando el servicio de cuidado y atención infantil, y que las personas responsables de las Estancias Infantiles cuenten con las mejores condiciones para desempeñar sus funciones, a fin de generar y fomentar el adecuado desarrollo de las niñas y niños que actualmente son beneficiados por este programa; e incluso, en la medida de lo posible, que se propicie la creación de espacios que permitan aumentar la oferta para atender a un mayor número de la población infantil que demanda estos servicios.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se hace un atento exhorto a la Secretaría de Bienestar para que en la publicación de las reglas de operación correspondientes al Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, se implementen los mecanismos necesarios que permitan cubrir de manera integral la operación y funcionamiento de las estancias infantiles.

Segundo. Se hace un atento exhorto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que de los ahorros que se obtengan como resultado de la instrumentación de las medidas de austeridad y disciplina presupuestaria, sean reasignados al Programa de Estancias Infantiles para apoyar a madres trabajadoras.

Notas

1 http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5509819&fecha=30/12/2017. Consultado el 30 de enero de 2019.

2 http://www.sedesol.gob.mx/work/models/SEDESOL/Transparencia/InformesPresupuestoEjercido/
Tercer_Informe_Trimestral_2018.pdf. Consultado el 30 de enero de 2019.

3 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5547479&fecha=28/12/2018 . Consultado el 30 de enero de 2019.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2019.

Diputado Armando Tejeda Cid (rúbrica)



Efemérides

Con motivo del Día del Ejército Mexicano, a cargo del diputado Benito Medina Herrera, del Grupo Parlamentario del PRI

La fecha de lo que hoy acontece, se da el 19 de febrero de 1913, cuando el vigésimo segundo Congreso del Estado de Coahuila, desconoció a Victoriano Huerta como jefe del Poder Ejecutivo de la República, concediendo facultades extraordinarias al gobernador, don Venustiano Carranza, para armar fuerzas, que tuvieran como misión mantener el orden constitucional.

En esos tiempos llenos de traiciones y deslealtades, México necesitaba contar con instituciones que definieran y entendieran su democracia, requería de una fuerza que significara la expresión del pueblo para defender la legalidad, ante el inminente quebrantamiento del estado de derecho de nuestra incipiente democracia.

Así, con mexicanos decididos, se creó el Ejército Constitucionalista, y en agosto de 1914, con la firma de los tratados de Teoloyucan, se reconoció su triunfo ante el Ejército federal, quedando las Fuerzas Revolucionarias a partir de ese momento como la única fuerza armada del país. Ejército Revolucionario que, para su constitución, organización y profesionalización, integró a sus filas a algunos generales, jefes y oficiales voluntarios del disuelto Ejército federal y, se estableció que este ejército cumpliera la misión de defender la independencia, integridad y decoro de la nación.

Con la promulgación de la Constitución de 1917, se le denominó Ejército Constitucionalista, y finalmente, en 1948 recibió el nombre de Ejército Mexicano. Como reconocimiento a la importante y abnegada labor del soldado mexicano en beneficio de la patria, el presidente Miguel Alemán Valdés decretó en 1950, se instituyera el 19 de febrero como el Día del Ejército.

Sucintamente, esos fueron los antecedentes del actual Ejército, del que hoy, orgullosamente formamos parte.

Ya son 106 años de vida institucional, en los que las Fuerzas Armadas han evolucionado, caminando de la mano con sociedad y gobiernos, afrontando juntos los retos del devenir nacional.

La razón de ser de las Fuerzas Armadas es el pueblo, porque de él proviene, a él se sirve y a él defiende, siempre será instruido cada miembro del Ejército y Fuerza Aérea a que ponga su máximo esfuerzo, pasión y dedicación en las misiones y tareas de seguridad que se le asignen, a que actúen bajo el cobijo de la legalidad y con la premisa de respetar en todo momento los derechos humanos y el adecuado uso de la fuerza en las acciones que se realicen para recuperar las condiciones de paz y tranquilidad que todos anhelamos.

Hoy se cuenta con un Ejército incluyente, integrado por mujeres y hombres que representan a cada una de las entidades y de los diversos grupos étnicos; ciudadanos comprometidos, con firme vocación de servicio y que tienen como ideal común defender a la nación.

Contamos con personal más capacitado, con instalaciones modernas, más hospitales con mejor equipamiento, más viviendas y becas, un renovado parque vehicular, nuevo armamento y equipo, en pocas palabras se tiene un Ejército más fortalecido.

La conjunción de los preceptos legales, permiten al Ejército, Armada y Fuerza Aérea, llevar a cabo tareas que tienen como fin primordial generar las condiciones de certeza para el desarrollo de México y que, bajo esa premisa, seguiremos cumpliendo con las responsabilidades asignadas, seguiremos apoyando de manera subsidiaria a las autoridades, mientras lo demanden los mexicanos y lo disponga en todo momento nuestro comandante supremo, el Presidente de México.

México es una gran nación, altiva y soberana que camina decididamente. Una nación por la que debemos seguir unidos en aras del bien común, desterrando la falsedad y la corrupción; actuando con verdad y honestidad; fortaleciendo el diálogo, la unidad y la identidad nacional.

Esta fecha de relevancia para los soldados de la República, es propicia para recordar a todos los mexicanos que este, su ejército, se organizó para garantizar la integridad, independencia y soberanía de la nación y para contribuir en la construcción de un país de leyes, de libertades, de progreso, de justicia y de paz.

Diputado Benito Medina Herrera (rúbrica)

Con motivo del 11 de febrero, Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia, a cargo de la diputada Martha Angélica Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El 11 de febrero del 2015, la Asamblea General de las Naciones Unidas lo proclamó como el “Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia” con el fin de reducir la brecha de género en estas disciplinas y alentar una mayor presencia femenina en este campo.

De acuerdo con un estudio realizado por el Instituto de Estadística de la UNESCO, en 14 países, la probabilidad de que las estudiantes terminen una licenciatura, una maestría y un doctorado en alguna materia relacionada con la ciencia es del 18, 8 y 2% respectivamente, mientras que la probabilidad para los estudiantes masculinos es del 37, 18 y 6 por ciento.

Existen numerosos obstáculos asociados a estos porcentajes, desde los estereotipos que afrontan las niñas hasta las responsabilidades familiares y los prejuicios que enfrentan las mujeres en el momento de elegir su campo de estudio.

Para las niñas y las mujeres existe lo que las feministas llaman “techo de cristal”. En porcentaje, la presencia femenina es menor a medida que se eleva el nivel de estudios. La carrera de los hombres siempre, va en ascenso, a diferencia de la de ellas, que registra bajas cada vez que tienen hijos. Es importante señalar que la paternidad y la maternidad, es cosa de dos, y este hecho sólo afecta negativamente a las mujeres.

En México, las investigadoras generalmente trabajan en el sector académico y público, mientras que los hombres predominan en el sector privado, que tiende a ofrecer mejores salarios y oportunidades.

Uno de los factores que conduce esta diferencia en el mercado de trabajo por género es la diferencia en aspiraciones y expectativas sobre una carrera, lo cual se asocia con diferencias en sueldos y condiciones laborales.

Derivado de lo anterior, cabe señalar que fue hasta 1903 el año en que una mujer fuese reconocida por el máximo premio a la ciencia, el Nobel, desde aquel momento, solo 19 de los más de 600 laureados en las tres categorías científicas (Medicina, Química y Física) han sido mujeres. Por ello, en este día, es importante señalar a las mujeres científicas más importantes de la historia:

Ganadoras del Nobel de Física

1903 - Marie Curie
1963 - Maria Goeppert-Mayer
2018 - Donna Strickland

Ganadoras del Nobel de Química

1911 - Marie Curie
1935 - Irene Joliot-Curie
1964 - Dorothy Crowfoot Hodgkin
2009 - Ada Yonath
2018 - Frances Arnold

Ganadoras del Nobel de Medicina

1947 - Gerty Cori
1977 - Rosalyn Yalow
1983 - Barbara McClintock
1986 - Rita Levi-Montalcini
1988 - Gertrude Elion
1995 - Christiane Nuesslein-Volhard
2004 - Linda Buck
2008 - Francoise Barre-Sinoussi
2009 - Elizabeth Blackburn
2009 - Carol Greider
2014 - May-Britt Moser
2015 - Youyou Tu

Nuestro país también tiene mujeres de gran renombre, tal es el caso de la investigadora del Instituto de Astronomía de la UNAM, Julieta Fierro Grossman, quien sobresale como una de las mujeres que han trascendido en el campo de las ciencias, específicamente en las ramas de robótica y tecnologías. Otro ejemplo es el de Ali Guarneros, investigadora de la NASA, quien fue reconocida por la misma institución por fomentar el estudio de las disciplinas STEM entre niñas y jóvenes, por otra parte, entre las más jóvenes a reconocer es el caso de Olga Medrano Martín Del Campo, quién a la edad de 17 años obtuvo el primer lugar en competiciones de matemáticas internacionales, la Olimpiada Europea de Matemáticas y el Romanian Master of matemathics respectivamente.

La ciencia y la tecnología son cruciales en el desarrollo de los países y en el futuro de nuestras sociedades. El desafío está en lograr que más mujeres sean protagonistas de ese futuro. Para esto, es necesario que todas las mujeres y niñas tengan acceso a carreras y oportunidades laborales en estos campos. Las mujeres, hemos demostrado tener capacidad en todas las áreas del conocimiento, así como la pasión y la intuición necesaria para destacar.

Desde está Cámara de Diputados nos pronunciamos y hacemos un llamado para poner fin a los prejuicios e impulsar la legislación necesaria para que más mujeres y niñas logren realizar y explotar todo su potencial en las áreas de la ciencia para cambiar las condiciones de vida en las que se encuentra nuestra sociedad. Para ello, urge generar políticas públicas que nos encaminen a seguir construyendo un país de vanguardia y con visión de futuro.

Bibliografía

• El Comercio. Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia |Las científicas más importantes de la historia

https://bit.ly/2I32g93

Y sí hablamos de igualdad. Mujeres en la ciencia: pasado, presente y futuro. https://bit.ly/2N0n287

PISA 2015. Launch of PISA 2015 Results. https://bit.ly/2ixcrSj

Organización de las Naciones Unidas. Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia, 11 de febrero.

https://bit.ly/1TGJb9T

Infobae. Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia. https://bit.ly/2RSMUUk

Once Noticias. Reconocen aportaciones de mexicanas en el campo de las ciencias. https://bit.ly/2tgePU3

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el día 12 de febrero de 2019.

Diputada Martha Tagle Martínez (rúbrica)