Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a conducirse con sujeción a la constitucionalidad y la legalidad en el funcionamiento de los servicios de salud, y hacer un llamado a fin de formar un movimiento nacional en defensa del Seguro Popular, suscrita por integrantes de los Grupos Parlamentarios del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano

Los que suscriben, diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; diputada Martha Angélica Tagle Martínez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; diputada Marcela Guillermina Velasco González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y los legisladores abajo firmantes, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud del gobierno federal para que se conduzca con apego a la constitucionalidad y a la legalidad en el funcionamiento de los servicios de salud, y se hace un llamado para formar un movimiento nacional en defensa del Seguro Popular, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Este 14 de diciembre el secretario de Salud federal, doctor Jorge Alcocer Varela, formuló diversos pronunciamientos y celebró un acuerdo con los gobernadores de los estados de Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán, que atentan contra el derecho a la protección de la salud, contra el federalismo sanitario mexicano, contra el Seguro Popular, y en general contra el marco constitucional y legal de las instituciones de salud de nuestro país.

El secretario de Salud federal hizo un llamado para extinguir el Seguro Popular y para retirar de la responsabilidad de los gobiernos de los estados los servicios médicos a la población. Ese planteamiento, además de las diversas expresiones que empleó el secretario de Salud Alcocer Varela para denostar los servicios públicos de salud del país, son ofensivos a los cientos de miles de trabajadores de la salud que cotidianamente hacen posible la atención a cerca de la totalidad de la población, es decir a más de cien millones de mexicanos.

Dichas manifestaciones y expresiones del secretario de Salud lo son también en agravio de las instituciones de salud, del gremio médico, de las enfermeras, de los sanitaristas y de todo el personal de salud que se encuentran a cargo de la atención médica y también del cuidado epidemiológico, del saneamiento, de la prevención de riesgos sanitarios y de muchos otros aspectos que conforman las actividades y las altas responsabilidades del sistema de salud en las esferas del gobierno federal, en todas las entidades federativas y de todos los municipios del país.

Decir que la incompetencia, el tráfico de influencias y la corrupción están en todos lados de los servicios públicos de salud a la población en general es una afrenta sin precedentes, más aun viniendo del titular de la máxima autoridad sanitaria federal que es la Secretaría de Salud.

Los planteamientos y pretensiones que dio a conocer el 14 de diciembre el doctor Alcocer Varela ponen en riesgo la seguridad de los tratamientos de más de 57 millones de pacientes que tienen cobertura y servicios garantizados gracias al Seguro Popular, pretendiendo sustituir un sistema de cobertura organizada y efectiva por una promesa de servicios médicos y medicamentos gratuitos. Esa promesa no es otra cosa que un engaño demagógico, puesto que en el Seguro Popular los tratamientos y los medicamentos son gratuitos.

El discurso del secretario de Salud alcanzó el extremo de manifestar que México se encuentra en una emergencia nacional, lo cual es una afirmación completamente gratuita que no puede pasar desapercibida. El país no se encuentra en una condición de emergencia sanitaria. Para eso están las instituciones y por ello es indispensable preservar las instituciones sanitarias de México, para evitar su deterioro y su destrucción como lo ha planteado el titular de la Secretaría de Salud en su declaración de Yucatán.

El acuerdo de Yucatán, del 14 de diciembre, impulsado por la Secretaría de Salud federal, se caracteriza por carecer de fundamentación constitucional y legal y, más aún, por ser contrario a la constitucionalidad y a la legalidad. Hace imputaciones generalizadas de ineficiencia, de ineptitud, de incapacidad y de corrupción en todos los servicios y sistemas estatales de salud. Acusa generalizada falta de transparencia, carencia de resultados, corrupción, abandono, incompetencia y tráfico de influencias. Expresiones todas ellas inaceptables, más aún cuando el propósito es la descalificación para destruir lo que se ha logrado en décadas en favor de la población en general y en especial de la más desprotegida y necesitada.

La salud pública y la asistencia social, es decir el cuidado de las condiciones sanitarias generales del país y la atención a los más vulnerables, no merecieron en el acuerdo de Yucatán ni una sola palabra. La máxima autoridad sanitaria de este país no puede y no debe pretender que su tema de salud son solamente los servicios médicos pasando por alto la asistencia social, las condiciones sanitarias y otros múltiples aspectos que conforman la salud pública, en aras de un mensaje promisorio de atención médica y medicamentos gratuitos, que ya se brindan conforme a la Ley General de Salud y con el esfuerzo presupuestal de los gobiernos federal, de los estados y de las personas derechohabientes del Sistema de Protección Social en Salud.

La Constitución política de nuestro país no solamente establece el derecho a la protección de la salud, sino también y conjuntamente el federalismo sanitario y el cuidado de la salubridad general.

El federalismo sanitario tiene una fórmula constitucional que prevalece desde la Constitución de 1917, conforme a la cual a las entidades federativas les corresponde la salubridad local y concurrentemente a los gobiernos de los estados y al gobierno federal la salubridad general. La suma de la salubridad local y la salubridad general está a cargo del conjunto de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Salud, no solamente de la Secretaría de Salud. Más aún, la competencia de los gobiernos de los estados en materia sanitaria es originaria y es ancestral. Es el gobierno federal el que con la creación de la Secretaría de Salubridad y Asistencia en 1943 se incorporó a las responsabilidades sanitarias y asistenciales. La Secretaría de Salud, desde su origen y hasta cercano el año 2000, operó en todo el territorio nacional a través de los servicios coordinados de salud pública en cada uno de los estados.

El secretario de Salud federal planteó en el acuerdo de Yucatán la pretensión de que la dependencia a su cargo asuma directamente los servicios y las funciones que han estado y están a cargo de los gobiernos de los estados, en los respectivos sistemas estatales de salud. Se trata de una pretensión de centralización política y burocrática de los servicios de salud. Ese planteamiento implicaría despojar a los gobiernos de los estados de sus responsabilidades frente a las necesidades de salud de la población y de la organización y recursos para atender este ámbito fundamental del bienestar social. Plantea incluso que sean los gobiernos de los estados quienes financien los servicios de salud federales, aportando para ello, en lugar de cofinanciar los servicios estatales, conforme lo establece la Ley General de Salud.

La descentralización de los servicios de salud que se inició mediante reformas constitucionales de 1983, que determinaron la concurrencia en materia de salubridad general entre la federación y los gobiernos de los estados, ha tenido y mantenido el propósito de la cercanía entre las autoridades sanitarias y los servicios de salud con la población, así como el que los sistemas estatales de salud se adecúen a las particulares necesidades y condiciones de cada una de las entidades federativas. Todos los sistemas estatales de salud responden a requerimientos y situaciones diversas, como diverso es el país. El acuerdo de Yucatán propone “federalizar”, cuando lo que pretende es la centralización burocrática y política de la salud, lo cual es inaceptable.

El Seguro Popular se creó en la Ley General de Salud, estableciendo el contenido y los alcances del programa, distribuyendo responsabilidades y atribuciones entre esferas de gobierno, es decir entre la Secretaría de Salud y los servicios estatales de salud. Su implantación ha permitido avanzar en superar inequidades poblacionales, geográficas, económicas y en general de acceso a los diversos bienes de la salud, haciendo posible que se allegaran importantes asignaciones al presupuesto de atención a la salud de la población que no es derechohabiente de la seguridad social. El Seguro Popular ha sido en los hechos un impulsor de justicia y equidad en favor de los núcleos de población y de las personas más desprotegidas y vulnerables. El secretario de Salud federal desconoce y niega los logros y los méritos del Seguro Popular en las tres esferas de gobierno y en las miles de organizaciones de la sociedad que participan.

Es lamentable también que el secretario de Salud, en el acuerdo de Yucatán ignore la diferencia que existe entre la salud y la seguridad social, que además de ser constitucionalmente diferentes, lo son institucionalmente en todos los ámbitos, inclusive en ambas Cámaras del Congreso de la Unión, que tienen comisiones distintas para Salud y para Seguridad Social. Las instituciones federales de seguridad social no son concurrentes con los estados, no son autoridades sanitarias, el alcance de su actividad son los servicios de salud y otras prestaciones económicas y sociales a sus derechohabientes. Pretender retirar servicios que son estatales y municipales para encomendarlos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es algo que simple y sencillamente carece de realidad y de sentido alguno, y que pone en riesgo la salud y el bienestar de toda la población del país. El secretario de Salud federal se ha pronunciado por destruir el Seguro Popular y los sistemas estatales de salud en aras de una idea equivocada, que sería la conjunción, unificación, información y concentración de todos los servicios de atención médica del país en el IMSS. Es a lo que llama Sistema Universal de Salud, concepto que no tiene sustento ni explicación alguna en el acuerdo de Yucatán.

Cabe mencionar que el que habrá de llamarse IMSS-Bienestar, es un programa que se creó desde la administración del presidente José López Portillo como IMSS-Coplamar, el cual ha cambiado de nombre en cada gobierno, pasando por Solidaridad, Prospera, etcétera. Dicho programa, como otros, ha sido una excelente contribución para brindar atención primaria a comunidades indígenas y a población en zonas especialmente rezagadas. La solidaridad del IMSS en la operación de ese programa debe reconocerse con toda amplitud. Sin embargo la operación de ese programa no es sustento para pretender que se sustituyan los sistemas y servicios estatales de salud para encomendarlos al IMSS.

El secretario de Salud en sus pronunciamientos encuentra dificultad para la integración y unificación total de los servicios públicos de salud en el IMSS, en la condición laboral diferente de ese instituto, respecto de los trabajadores de la Secretaría de Salud y de los gobiernos de los estados, que en su mayoría se encuentran en el régimen del apartado B del artículo 123 constitucional. La cuestión no es que los trabajadores de los distintos componentes del sistema de salud se encuentren en regímenes laborales diferentes, sino en la existencia misma de regímenes laborales diferentes en el país.

Lo cierto es que los servicios públicos de salud, especialmente los de atención médica tienen múltiples dificultades y carencias, las cuales sólo se pueden resolver mediante recursos humanos, materiales, tecnológicos, económicos, de información, formativos y de otra índole, pues la problemática de la salud debe ser atendida con un enfoque holístico, no con un enfoque de crítica simplista, dogmática y publicitaria. En la propuesta de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2019 no hay previsión de recursos para superar problemas y rezagos. Sumamos a esta convocatoria el que el gobierno federal asigne recursos adicionales suficientes para asegurar atención y cobertura efectiva de la atención médica, de la salud pública y de la asistencia social de manera plena, a través de los diversos componentes del Sistema Nacional de Salud descentralizado. Los servicios públicos de salud funcionan con recursos, no con discursos.

No ignoramos que el partido de la mayoría en esta Cámara de Diputados se opondría a la aprobación de los puntos de acuerdo que se proponen, por lo cual procederemos a la difusión de esta propuesta y convocatoria nacional vía redes sociales y por todos los medios posibles para sumar el interés de la sociedad y de organizaciones públicas, sociales y privadas a la causa del mantenimiento y mejoramiento del Seguro Popular y a favor de la descentralización de la salud en beneficio del pueblo.

Es conforme a lo antes expresado que mediante esta proposición convocamos a una movilización nacional de defensa del Seguro Popular y planteamos los siguientes puntos de acuerdo que a continuación se enuncian

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal a detener la desaparición del Seguro Popular, respetar el pacto federal para el funcionamiento de los sistemas estatales de salud, y que se abstenga de centralizar los recursos públicos para la salud.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al secretario de Salud del gobierno federal para que aclare y haga explícitos los objetivos de transformación del sistema nacional de salud, apegándose al marco jurídico constitucional y legal vigente.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al secretario de Salud del gobierno federal a que se abstenga de injuriar y denostar a los servicios estatales de salud, con críticas y acusaciones generalizadas e infundadas.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al secretario de Salud del gobierno federal a que se abstenga de alarmar a la población al manifestar que en México hay una crisis del Sistema Sanitario, que no existe.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de diciembre de 2018.

Diputados: Éctor Jaime Ramírez Barba, Martha Angélica Tagle Martínez, Marcela Guillermina Velasco González, Frinné Azuara Yarzábal, Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado (rúbricas)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a modificar la imagen institucional del nuevo gobierno para que incluya mexicanas que han aportado mucho a la historia del país, a cargo de la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

Laura Angélica Rojas Hernández, diputada federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6o., numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados solicita al titular del Ejecutivo federal que modifique la imagen institucional del nuevo gobierno, a fin de que incluya mujeres mexicanas que han aportado mucho a la historia de nuestro país, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La dinámica social que prevalece a nivel internacional sobre los derechos humanos de las mujeres se funda con dos ideales esenciales: la igualdad de género y el reconocimiento y ejercicio cabal de sus derechos.

Durante la historia de lucha de las mujeres se han conseguido importantes logros: el acceso a la educación igualitaria, el reconocimiento de derechos laborales, el derecho del voto y su empoderamiento, tanto en el sector privado como en el público, son muestra de ello.

Esta historia de reconocimiento no hubiera sido posible sin las aportaciones de grandes mujeres mexicanas que no solo dieron su vida a la causa, sino que también forjaron a nuevas generaciones a continuar impulsando estos ideales, como las que a continuación enuncio.

Josefa Ortiz de Domínguez: revolucionaria y patriota, conocida como “La Corregidora de Querétaro y madre de la patria”, pasó a la historia cuando informó a los insurgentes que la conspiración independentista había sido descubierta. Dicha acción le valió ser apresada y recluida, pero también puso en marcha el movimiento que culminaría con la independencia de México.

María de la Soledad Leona Camila Vicario Fernández de San Salvador: mejor conocida como Leona Vicario o por los sobrenombres que le valieron su actuar durante la lucha independentista de México, “la mujer fuerte de la Independencia” y “benemérita y dulcísima madre de la patria”. Fue considerada la primera periodista del país, desarrolló un enorme sentido crítico frente al mundo a partir de sus lecturas, mismo que fue tomado como señal de rebeldía y causó que fuera espiada, culpada y arrestada por su participación en la independencia de nuestro país.

María del Carmen Serdán Alatriste: mujer tenaz, que luchó en el movimiento revolucionario. Bajo el sobrenombre de “Marcos Serratos” se dedicó a imprimir y repartir proclamas, así como la distribución de armas para los revolucionarios, también se incorporó, como enfermera, a los hospitales de las fuerzas combatientes, hasta que triunfó el movimiento constitucionalista.

Juana Inés de Asbaje y Ramírez de Santillana: mejor identificada como Sor Juana Inés de la Cruz, es considerada la mayor figura de las letras hispanoamericanas del siglo XVII. Fue una autora que debió enfrentar convencionalismos de su tiempo y disfrazarse de hombre para continuar con sus estudios. En sus obras se dedicó a señalar el mito de las diferencias intelectuales entre hombres y mujeres. Sus aportaciones literarias abordan diversas ramas del conocimiento como la humanista, la religiosa, la cultural y la científica.

Sin duda, valerosas mujeres que son dignas de representar la historia de nuestro país, a la par de los valerosos hombres que también participaron en ella.

Si bien durante la última década se produjeron avances a nivel mundial con relación a la igualdad entre los géneros, gracias a los Objetivos de Desarrollo del Milenio, esta inequidad sigue vigente.

La igualdad entre hombres y mujeres no es solo un derecho humano fundamental, sino la base necesaria para conseguir un mundo pacifico, próspero y sostenible. Aún queda mucho trabajo por hacer para acabar con esta desigualdad entre géneros.

Por ello, la comunidad internacional acordó, el 25 de septiembre de 2015, la Agenda para el Desarrollo Sostenible, que se integra por 17 Objetivos cuyas metas son acabar con la pobreza, luchar contra la desigualdad y la injusticia y hacer frente al cambio climático, sin que nadie quede rezagado para el 2030.

De este nuevo marco de desarrollo se debe destacar el objetivo 5, denominado Igualdad de Género, cuya meta principal es facilitar la igualdad a las mujeres y niñas, en el acceso a la educación, a la atención médica, a un trabajo decente, y una representación en los procesos de adopción de decisiones políticas y económicas. 1

Actualmente, la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión es la más equitativa en cuanto a la igualdad de género, 241 diputadas y 63 senadoras conformamos el 48.4 por ciento del Congreso de la Unión, por ello se adoptó la leyenda de “Legislatura de la paridad de género”. Además, en el gabinete del nuevo gobierno federal se encuentran contempladas 8 mujeres y la Secretaría de Gobernación, será encabezada por una de ellas.

Con lo anterior quiero dejar en claro la importancia de la igualdad y equidad entre hombres y mujeres en nuestro país. Sin embargo, subsisten actitudes que obstruyen el avance de México en este tópico.

La semana pasada se dio a conocer la nueva imagen institucional del Gobierno entrante, conformada por el Escudo Patrio en color claro debajo de la leyenda “Gobierno de México”, un fondo color guinda sobre el que se simula una textura de plumas del ala de un águila. Arriba de estos elementos se colocan cinco personajes históricos de México: Benito Juárez, Miguel Hidalgo, José María Morelos, Francisco I. Madero y Lázaro Cárdenas.

Sin duda alguna, todos ellos, dignos representantes de nuestra historia, no obstante, en la imagen no se incluyeron mujeres, siendo que, como se mencionó anteriormente, existen dignas representantes de nuestra historia que no deben ser excluidas.

El argumento que manejó Jesús Ramírez, vocero de la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador, es que el criterio que se utilizó para la conformación de la imagen fue el reconocimiento visual que hay de los héroes nacionales en la imagen y la catalogó sin género. Empero, nuestra historia también cuenta con heroínas nacionales que aportaron bastante al desarrollo de nuestro país, tanto en su independencia como en los movimientos socio-políticos, culturales y científicos.

No se puede fomentar la exclusión de grandes personajes de la historia bajo el argumento del supuesto reconocimiento visual de las personas. Se debe incluir en la imagen institucional del nuevo gobierno a mujeres que también participaron en la historia de nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados solicita al titular del Ejecutivo Federal que modifique la imagen institucional de su gobierno e incluya a mujeres que han hecho valiosas aportaciones a la historia de nuestro país.

Nota

1 Naciones Unidas, Objetivos de Desarrollo Sostenible, [en línea], ONU México, dirección URL: https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/gender-equality/, [consulta: 2 de diciembre de 2018].

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de diciembre de 2018.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Mesa Directiva del Senado de la República a someter a votación del pleno el dictamen de las Comisiones Unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Estudios Legislativos con proyecto de decreto por el que se adiciona el título séptimo, con capítulo único y los artículos 145 a 147, a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pendiente desde el 8 de noviembre de 2016, a cargo de la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

Laura Angélica Rojas Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6o., numeral I, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, por el que la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Mesa Directiva del Senado de la República para que en función de sus atribuciones legales conferidas, presente a votación del pleno el dictamen de las Comisiones Unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Estudios Legislativos que contiene el proyecto de decreto por el que se adicionan un título séptimo con capítulo único y los artículos 145 a 147 a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pendiente desde el 8 de noviembre de 2016, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El primer antecedente de parlamento abierto en México es que el país fue cofundador de la Alianza para el Gobierno Abierto en 2011, 1 basada en cuatro principios a los cuales nos comprometimos como nación:

1. Mantener un liderazgo y compromiso de alto nivel para la Alianza de Gobierno Abierto;

2. Apoyar a reformadores locales con experiencia técnica y con proyectos innovadores;

3. Fomentar la participación, en el trabajo del gobierno, de un grupo diverso de ciudadanos y sociedad civil; y

4. Asegurar que los países rindan cuentas referentes a los avances en el cumplimiento de los compromisos del Open Goovernment Partnership, 2 que se enuncian a continuación:

I. Contar con un registro único y accesible a la población potencial y de la población atendida de los programas de desarrollo social que observe los principios;

II. Crear un sistema nacional de ciudadanos con la participación activa de la ciudadanía cuyo objetivo sea impulsar la corresponsabilidad social en los trabajos de cuidados (familia, comunidad, mercado, etcétera);

III. Diseñar y comenzar la ejecución de una acción para la política pública nacional e materia de desaparición forzada y por particulares con la participación de la sociedad civil y víctimas;

IV. Fortalecer las acciones de promoción a la salud, dirigidas al reconocimiento de la obesidad como enfermedad, involucrando a la población en todos los niveles de gobierno;

V. Incluir mecanismos de participación ciudadana sustantiva en los procesos de designación que establece el Sistema Nacional Anticorrupción;

VI. Medir el consumo de agua y descargar tanto en volumen como en calidad, así como promover su reúso, la descarga de los grandes consumidores y el medio de su tratamiento, transparentando la información; y

VII. Reducir la vulnerabilidad y los riesgos asociados a la variabilidad y cambio climático, generando, difundiendo y articulando información actualizada, accesible, pública y vinculante para la toma de decisiones públicas.

Derivado de ese compromiso, el 22 de septiembre de 2014, la Mesa Directiva y la Junta de Coordinación Política del Senado de la República, la entonces presidenta del INAI, Ximena Puente de la Mora, el Mtro. Eduardo Bohórquez y la Lic. Melissa Ortiz, como representantes de la sociedad civil organizada, firmaron la Declaración de Lanzamiento de la Alianza para el Parlamento Abierto en México. 3

El objetivo principal de ese acuerdo consistía en que, igual que la Alianza para el Gobierno Abierto, hubiera un mecanismo de seguimiento a los principios de esta declaración.

Por ello, el 23 de julio de 2014, en el Senado de la República formamos un grupo plural, integrado por Arely Gómez González (PRI), Javier Corral Jurado (PAN), Alejandro Encinas Rodríguez (Morena), Zoé Robledo Aburto (Morena), Juan Gerardo Flores Ramírez (PVEM), Manuel Bartlett Díaz (PT-Morena) y una servidora, quienes presentamos una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Dicha propuesta legislativa se presentó para contar con una política institucional y metas específicas sobre apertura en el Congreso, más allá de prácticas aisladas realizadas por iniciativa de algunos senadores. Además, creaba una comisión bicamaral de acceso a la información, protección de datos personales y gobierno abierto que será la encargada de emitir las políticas de apertura parlamentaria.

El proceso legislativo ha avanzado desde su presentación, pues el 10 de diciembre de 2014, fue aprobado el dictamen de la misma y turnado a la Cámara Revisora para su análisis. Posteriormente, el 21 de abril de 2016, fue recibida la minuta de la revisora con una sola modificación del nombre de la comisión bicamaral (gobierno abierto-parlamento abierto).

Continuando el proceso legislativo, el martes 8 de noviembre de 2016 se publicó, en la Gaceta Parlamentaria del Senado de la República el dictamen con proyecto de decreto por el que se adiciona un título séptimo con un capítulo único y los artículos 145 a 147 a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos de las Comisiones Unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y Estudios Legislativos.

De acuerdo con el artículo 195, numeral 2, del Reglamento del Senado de la República, dicha publicación, del 8 de noviembre de 2016, surte efectos de primera lectura. Sin embargo, por diversas cuestiones, no se llegó a su discusión y votación durante la LXIII Legislatura en la Cámara alta.

A poco más de dos años de haber sido presentado el dictamen, el pleno de la Cámara alta no ha sujetado a votación dicho asunto. Actualmente, el dictamen se encuentra pendiente en su cámara de origen. Dadas las circunstancias en que ha llevado el proceso legislativo de dicho asunto, se actualiza lo previsto en el artículo 206 del Reglamento del Senado de la República:

Artículo 206

1. Al término de una legislatura que implica la renovación del Senado, los dictámenes emitidos por las comisiones y publicados en la Gaceta sin que hayan sido debatidos y votados en el pleno quedan a disposición de la Mesa Directiva de la siguiente legislatura en calidad de proyectos.

En atención de dicho precepto legal, es menester de la Mesa Directiva de dicho recinto legislativo impulsar su discusión y votación para culminar con el proceso legislativo ordinario.

En esta comisión bicamaral, diputados y senadores trabajarán coordinadamente en el impulso de beneficios que avalen el derecho a la información, así como en la instauración eficaz de plataformas que permitan que toda la información generada en el Congreso sea administrada, actualizada y pública para facilitar su consulta abierta. La transparencia y rendición de cuentas son principios básicos del estado de derecho y del régimen democrático. Por ello, el Congreso tiene el deber de documentar todo acto que se derive del ejercicio de sus facultades y propiciar bases de veracidad para la evaluación, fiscalización y rendición de cuentas de los asuntos públicos.

Por lo expuesto someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Mesa Directiva del Senado de la República para que, en pleno uso de sus atribuciones legales, presente a votación del pleno el dictamen de las Comisiones Unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Estudios Legislativos que contiene el proyecto de decreto por el que se adiciona un título séptimo con capítulo único y los artículos 145, 146 y 147 a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pendiente desde el 8 de noviembre de 2016, a fin de concluir el proceso legislativo establecido en la Constitución General y la normativa del Congreso de la Unión.

Notas

1 Alianza para el Gobierno Abierto, misión y objetivos [en línea], México. Dirección URL: http://gobabiertomx.org/mision-y-objetivos/ [Consulta: 8 de noviembre de 2018.]

2 Open Government Partnership, México [en línea], México. Dirección URL: https://www.opengovpartnership.org/countries/mexico [Consulta: 8 de noviembre de 2018.]

3 Senado de la República, Declaración de Lanzamiento de la Alianza para el Parlamento Abierto en México [en línea], México. Dirección URL:

http://www.senado.gob.mx/comisiones/cogati/eventos/docs/ Declaracion_220914.pdf [Consulta: 8 de noviembre de 2018.]

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de diciembre de 2018.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Nuevo León a aplicar el párrafo segundo del artículo segundo transitorio de la Ley Nacional de Ejecución Penal, a cargo del diputado Raúl Gracia Guzmán, del Grupo Parlamentario del PAN

Raúl Gracia Guzmán, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta honorable asamblea la proposición con punto de acuerdo en el que se exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Nuevo León para que aplique el párrafo segundo del artículo segundo transitorio de la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Exposición de Motivos

1. El 16 de junio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Ley Nacional de Ejecución Penal. Este nuevo ordenamiento busca que el Sistema Penitenciario tenga como base el respeto a los derechos humanos, el acceso a la educación, salud, el deporte y el trabajo. Se pretende que el respeto de estos derechos sean la base de la reinserción social, buscando que las personas no vuelvan a delinquir.

2. En México, el Sistema Penitenciario presenta graves problemas de sobrepoblación e instalaciones inadecuadas para garantizar el respeto a los derechos humanos, dificultades como la corrupción el hacinamiento y las constantes vejaciones y violaciones a los derechos humanos son una constante, en algunos centros penitenciaros se han presentado casos de autogobierno lo que genera mayores problemas y agrava la situación que enfrentan las personas privadas de la libertad.

Tan sólo en 2017, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en el Informe Especial sobre los Centros de Reclusión de Baja Capacidad Instalada en la República Mexicana informó que:

Al mes de diciembre de 2017 el sistema penitenciario del país albergaba 204,617 personas distribuidas en 358 establecimientos y de esta población 13,177 personas se encuentran albergadas en 1094 centros con capacidad menor a 250 espacios que dependen de las autoridades estatales que no cuentan en su mayoría con una infraestructura para desarrollar un buen régimen penitenciario, presentando 48 de ellas, problemas de sobrepoblación.” 1 (Informe Especial, 2018).

Referente a la Ley Nacional de Ejecución Penal, el Informe señala lo siguiente:

Con la publicación de la Ley Nacional de Ejecución Penal el día el 16 de junio de 2016, se derivó un mandato a las autoridades de los tres órdenes de gobierno para que en concordancia con los principios de protección a los derechos humanos se diseñe y desarrolle una infraestructura acorde al Sistema Penitenciario Nacional que garantice el régimen de privación de la libertad en condiciones de estancia digna y segura.” (Informe Especial, 2018).

La Ley Nacional de Ejecución Penal es la pieza legislativa que busca garantizar los derechos humanos de las personas privadas de su libertad, con centros penitenciarios adecuados para cumplir con el objetivo de la reinserción social.

3. La aprobación de la ley es un paso esencial que busca cambiar de forma radical el Sistema Penitenciario, las condiciones en las cuales operaban y hasta la fecha siguen operando muchos centros penitenciarios es alarmante. A prácticamente dos años de la publicación, el 2 de mayo de 2018 la CNDH presentó el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2017 , donde expone que:

Se visitaron un total de 198 centros varoniles, mixtos y femeniles, de los cuales los 131 centros estatales de detención obtuvieron una calificación promedio nacional de 6.30; los 20 centros federales, de 7.33; las 3 prisiones militares, 8.13; y las 44 cárceles municipales, 3.99.

Por otra parte precisó que en este DNSP se incorporó una sección específica sobre centros femeniles, los cuales obtuvieron calificación de 7.26, en tanto que los mixtos, que son los que albergan tanto población varonil, como femenil, la calificación fue de 5.98, lo que refleja que las mujeres privadas de la libertad viven en mejores condiciones en las instituciones exclusivamente femeniles, reiterando la necesidad de contar mínimamente con un centro de este tipo en cada entidad federativa, como ya se ha señalado en documentos anteriores.

Los centros penitenciarios visitados representan 52.38 por ciento de los existentes en el país y al momento de las visitas contaban con una población de 186 mil 829 personas, que constituye el 86.16 por ciento del total de la población penitenciaria nacional. Respecto de los centros estatales, puntualizó que las deficiencias detectadas con mayor incidencia se refieren a la separación entre procesados y sentenciados, insuficiencia de personal de seguridad y custodia, deficientes condiciones materiales y de higiene en las instalaciones, hacinamiento, falta de actividades laborales y de capacitación para el trabajo, autogobierno y cogobierno, así como falta de prevención y atención de incidentes violentos.” 2 (CNDH, 2018).

Lo anterior es el reflejo más claro de las condiciones del Sistema Penitenciario. Las calificaciones que recibieron los penales son preocupantes, tan sólo en el estado de Nuevo León, la calificación es de las más bajas de 5.02, siendo 10 la calificación más alta:

3 (DIAGNÓSTICO, 2018)

4. El caso de Nuevo León es especial, en ninguno de los tres Centros de Reinserción Social se alcanzó el 6.00 y las calificaciones son muy bajas:

Centro de Reinserción Social Cadereyta, Nuevo León, calificación: 4.88.

Centro Preventivo y de Reinserción Social “Topo Chico”, Nuevo León, calificación: 5

Centro de Reinserción Social Apodaca, Nuevo León, calificación: 5.17 (Diagnóstico, 2018)

Los rubros que fueron calificados por la CNDH, son:

• Aspectos que garantizan la integridad personal del interno.

• Aspectos que garantizan una estancia digna.

• Condiciones de gobernabilidad reinserción social del interno.

• Grupos de internos con requerimientos específicos.

Los resultados:


(Diagnóstico, 2018)

Como se puede observar, en ningún rubro los centros estatales de Nuevo León aprobaron.

5. La Ley Nacional de Ejecución Penal busca cambiar el escenario antes descrito en los centros penitenciarios del país. Durante el proceso legislativo que llevó la elaboración de la ley, los legisladores consideraron necesario establecer dentro del régimen de los artículos transitorios un vacatio legis , que buscaba otorgar un periodo de tiempo razonable a los gobiernos de los estados para la implementación y las adecuaciones necesarias a los centros penitenciarios para dar cumplimiento al nuevo ordenamiento. Las adecuaciones, deben buscar garantizar los derechos de las personas privadas de la libertad. El artículo segundo transitorio, en el párrafo segundo establece lo siguiente:

Los artículos 31, 32, 33, 34, 35, 36, 59, 60, 61, 75, 77, 78, 80, 82, 83, 86, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 128, 136, 145, 153, 165, 166, 169, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182, 183, 184, 185, 186, 187, 188, 189, 192, 193, 194, 195, 200, 201, 202, 203, 204, 205, 206 y 207 entrarán en vigor a más tardar dos años después de la publicación de la presente Ley o al día siguiente de la publicación de la Declaratoria que al efecto emitan el Congreso de la Unión o las legislaturas de las entidades federativas en el ámbito de sus competencias, sin que pueda exceder del 30 de noviembre de 2018.”

La mayoría de los artículos que entrarían en vigor dos años después de la publicación de la ley, tienen que ver con el uso y aprovechamiento de los espacios físicos, su distribución y la dinámica al interior de los centros penitenciarios, es decir, la separación de espacios, el régimen de vistas, el derecho humano a la salud, al deporte, a la educación y al trabajo; derecho que es el eje fundamental para la reinserción social. Es decir, son artículos de vital importancia para lograr el objetivo general de la ley.

Consideraciones

I. Como diputado federal considero de gran importancia ser sensible a los acontecimientos sociales que afectan nuestra localidad y ser la voz de quien no la tiene para dar a conocer y exigir estabilidad social, transparencia y liderazgo.

II. La Ley Nacional de Ejecución Penal es una pieza legislativa muy importante para las personas privadas de su libertad, con ella se espera que cambien las condiciones que prevalecen en estos centros de reclusión, es importante mencionar que el espacio de tiempo mejor conocido como vacatio legis , procuraba otorgar el periodo necesario para que los gobiernos estatales lograran cambiar la infraestructura con la que operaban todos los centros penitenciarios, en la búsqueda de generar condiciones adecuadas para garantizar los derechos a la salud, la educación, el deporte y el trabajo de las personas privadas de la libertad.

Hasta la fecha, parece inalcanzable que se garanticen en su totalidad esos derechos, tan sólo el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2017 de la CNDH, muestra que las condiciones al interior de los centros penitenciarios son precarias y muy preocupantes, solamente dos estados muestran buenos resultados, los demás tienen resultados que apenas rebasan la media y en el caso de Nuevo León, ni siquiera obtuvieron el 6.0 de calificación.

III. Para aplicar todos los artículos que contiene la Ley Nacional de Ejecución Penal, se requiere de recursos humanos, materiales y económicos que deben contar los centros penitenciarios, los gobiernos estatales y las legislaturas locales debieron destinar y contemplar en sus presupuestos las partidas presupuestales necesarias para dar cumplimiento a lo mandatado en este ordenamiento. Sin embargo, los hechos demuestran que esto no ha ocurrido, en Nuevo León los constantes conflictos al interior de los centros penitenciarios, las más de 90 muertes producto de distintos motines dan cuenta de la enorme crisis que viven estos centros de reclusión, las personas privadas de su libertad no tienen acceso a los derechos humanos que pretende garantizar esta ley. Es necesario y urgente que se apliquen todos los artículos y las adecuaciones a las instalaciones de los centros penitenciarios de Cadereyta, “Topo Chico” y Apodaca.

IV. Resolver los problemas de la población penitenciaria en México es un reto que deben afrontar los gobiernos estatales y la federación, no tiene caso aprobar leyes que busquen garantizar los derechos humanos de las personas privadas de su libertad con el objetivo de resolver estos problemas, si en los hechos las condiciones de los centros penitenciarios no cambian y la población sigue padeciendo los mismos problemas. El periodo de tiempo que se les otorgó a todos los gobiernos estatales ya feneció y es necesario aplicar los artículos que contempla el artículo segundo transitorio de la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Nuevo León para que aplique los artículos que contempla el párrafo segundo del artículo segundo transitorio de la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Notas

1 Informe Especial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre los centros de reclusión de baja capacidad instalada en la República Mexicana . Recuperado de:

http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Informes/Especiales /CENTROS-BAJA-CAPACIDAD.pdf revisión hecha el 26 de noviembre de 2018.

2 Comisión Nacional de Derechos Humanos Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2017. Recuperado de: http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Comunicados/2018/Com_2018_117.pdf revisión hecha el 27 de noviembre de 2018.

3 Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2017 . Recuperado de: http://appweb2.cndh.org.mx/DNSP/Ceresos/p_diagNacional_Resumen.asp revisión hecha el 27 de noviembre de 2018.

Fuentes consultadas

• CNDH, C. N. (2 de mayo de 2018). Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2017 . Obtenido de

http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Comunicados/2018/Co m_2018_117.pdf

• Diagnóstico, N. D. (02 de mayo de 2018). Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2017 . Obtenido de

http://appweb2.cndh.org.mx/DNSP/Ceresos/p_diagNacional_R esumen.asp

INFORME ESPECIAL, D. L. (4 de marzo de 2018). Informe Especial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre los centros de reclusión de baja capacidad instalada en la República Mexicana . Obtenido de

http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Informes/Especiales /CENTROS-BAJA-CAPACIDAD.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de diciembre de 2018.

Diputado Raúl Gracia Guzmán (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a remitir a esta soberanía el proyecto para “integrar y articular toda la política de información del Estado”, según lo expresado en la conferencia matutina del 4 de diciembre de 2018, a cargo de la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscribe, Laura Angélica Rojas Hernández, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo.

Consideraciones

Primera. La reforma en materia de radiodifusión y telecomunicaciones, llevada a cabo en junio de 2013 y julio de 2014, inició la transformación del sector de las telecomunicaciones y la radiodifusión.

Segunda. La reforma reconfiguró los sectores de las Telecomunicaciones y la Radiodifusión para asegurar el ejercicio pleno de varios derechos como el de libertad de expresión, el de acceso a la información y a las tecnologías de la información, así como a los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión con mayor cobertura y a menor costo.

Tercera. Para asegurar dichos derechos, en virtud de la reforma se creó un organismo regulador constitucional autónomo con plena independencia y mayores facultades: el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). Asimismo, se constituyó el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPREM) que sustituyó al Organismo Promotor de Medios Audiovisuales (OPMA) creado en 2010.

Cuarta. El Sistema Público de Radiodifusión del Estado mexicano es el organismo público descentralizado no sectorizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, así como de autonomía técnica, operativa, de decisión y de gestión, que tiene por objeto proveer el servicio de radiodifusión sin fines de lucro, a efecto de asegurar el acceso al mayor número de personas en cada una de las entidades federativas a contenidos que promuevan la integración nacional, la formación educativa, cultural y cívica, la igualdad entre mujeres y hombres, la difusión de información imparcial, objetiva, oportuna y veraz del acontecer nacional e internacional, independencia editorial y dar espacio a las obras de producción independiente, así como a la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad.

Quinta. Entre las diversas atribuciones que tiene el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano destacan:

• Coordinarse con los medios públicos de radiodifusión de carácter federal, a efecto de garantizar el cumplimiento de sus fines;

• Colaborar y coadyuvar en el desarrollo de las actividades realizadas por los medios públicos de radiodifusión, estatales y municipales;

• Realizar, promover y coordinar la generación, producción, difusión y distribución de materiales y contenidos audiovisuales que promuevan el respeto a los derechos humanos, el interés superior de la niñez, la igualdad y la no discriminación, por sí mismo o a través de terceros;

• Proponer a la Secretaría de Gobernación las actualizaciones que se estimen necesarias al marco jurídico que regula los medios públicos de radiodifusión y participar en la formulación de los proyectos de iniciativas de leyes, decretos, disposiciones reglamentarias y otras normas de carácter general relativas a esa actividad;

• Emitir opinión sobre el contenido programático y la función desarrollada por los medios públicos de radiodifusión, fomentando el desarrollo de la radiodifusión de carácter informativa, cultural, social, científica y educativa, de acuerdo con los principios establecidos en esta ley;

• Llevar a cabo todas las acciones necesarias para el cumplimiento satisfactorio de los principios y fines de los medios públicos de radiodifusión.

Del mismo modo se destaca que en la normativa que lo regula se encuentra expresamente la prohibición de toda forma de discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas

Sexta. De lo anteriormente referido se desprende que el Estado mexicano ya cuenta con un ente público responsable de la articulación y el fortalecimiento de los medios públicos de radiodifusión con los que cuenta.

Séptima. En fechas recientes, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador ha expresado su visión sobre los medios públicos. Por ejemplo, el pasado 30 de noviembre en el marco de una reunión con directivos, articulistas y reporteros de La Jornada, dijo:

- “Los medios de comunicación del Estado han actuado de manera aislada, todos dispersos. ¿Qué vamos a hacer? Se van a integrar para tener una política de comunicación del Estado, autónoma”.

- “Hay una cosa que, aclaro que no sabía, propuse RTC (Radio, Televisión y Cinematografía) para que coordinara, pero resulta –porque lo que sobra son aparatos– que ya hay una institución (el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano) que tiene ese propósito. Ya está en la ley y no se había hecho. Vamos a utilizar ese instrumento”.

Por otro lado, en el marco de la conferencia matutina realizada el martes 4 de diciembre, el Ejecutivo federal a pregunta expresa de un reportero, señaló entre otras cosas que:

- “Lo que se busca, también lo explico para que se entienda, el Estado tiene estaciones de radio, tiene canales de televisión, tiene agencias de noticias y cada dependencia, ya sea de la radio o de la televisión, Notimex, tienen su propia política”.

- “Al mismo tiempo se creó hace unos años un organismo para articular, para unir toda la política de comunicación del Estado, que eso lo hacen en España que tienen su televisión española, lo hacen en el Reino Unido”.

- “Entonces lo que se va a buscar es integrar, articular toda la política de información del Estado”.

- “Ese es el propósito y va a haber coordinación, respetando la autonomía, la libertad, no convirtiendo a estos medios en oficiosos o en lectores de boletines del gobierno; nada de eso, es para garantizar a los mexicanos el derecho a la información”.

- “Ese es el propósito, entonces todavía no se articula el sistema, pero ese es el objetivo, porque está por nombrarse a la persona que se hará cargo de esta coordinación”.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita al titular del Ejecutivo federal remita a esta soberanía su proyecto para “integrar y articular toda la política de información del Estado”, de acuerdo con lo expresado en su conferencia matutina de fecha 4 de diciembre de 2018.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de diciembre de 2018.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a garantizar el respeto irrestricto de las regulaciones sobre seguridad de la NOM-012 y disminuir así la peligrosidad de la circulación de las unidades de autotransporte de carga doble para los usuarios del sistema carretero nacional, a cargo de la diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que garantice el respeto irrestricto a las regulaciones en materia de seguridad establecidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-012, para disminuir la peligrosidad que representa a todos los usuarios del sistema carretero nacional la circulación de las unidades de autotransporte de carga de doble remolque, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En la actualidad, las economías del mundo requieren para su adecuado desarrollo y crecimiento sostenido, del perfecto funcionamiento de los factores involucrados y de las condiciones mínimas y elementales para que su dinamismo no se vea trastocado, por el contrario, impulsado.

Por ello, vigilar y en la medida de lo posible garantizar la armonía y concordancia en la actividad de sus ramas y de sus sectores; es tarea fundamental de cualquier gobierno.

Lo anterior es especialmente importante al referirnos a un sector imprescindible y también de vital importancia para el correcto desarrollo de una economía, el autotransporte.

El autotransporte turístico, de pasajeros o de carga; para cualquier economía es base y pilar no sólo para las finanzas, sino también para la sociedad en su conjunto. En nuestro país, eso no es excepción; por el contrario es una condición fundamental.

El sector de autotransporte se ha ido consolidado y creciendo, afortunadamente y con muchos esfuerzos, a la par que las exigencias y condiciones del mercado le han impuesto. Siendo hoy en día, pieza fundamental e insustituible de nuestro desarrollo.

Pero, en este sector hay una rama que se ha distinguido tanto por su importancia para el funcionamiento de las actividades económicas, como también por su elevada aportación a la economía, el autotransporte de carga.

Para nuestra economía, el autotransporte de carga es básico e imprescindible. Basta mencionar que de 2017 se tiene el registro de 25 mil 720 empresas activas y en funcionamiento en materia de autotransporte de carga, tanto general como especializada; lo que representó un crecimiento de este tipo de empresas respecto a 2016, de 13.3 por ciento.1

Gracias a ello, el pasado año, este sector fue el responsable de transportar y movilizar en nuestro territorio, más de 546 mil toneladas de mercancías y productos de nuestra economía; 2.1 por ciento superior al del año anterior.2

Todo ello mediante un parque vehicular cada vez mayor, compuesto hasta el año pasado por 463 mil 016 unidades motrices, 453 mil 916 unidades de arrastre y 449 grúas industriales, en total 917, 381 unidades vehiculares de autotransporte de carga; que además, de 2016 a 2017 se incrementaron en 6.1 por ciento.3

Como se puede apreciar, es innegable la importancia de nuestro sector de autotransporte de carga en México.

Porque es el medio por el que se transporta 82 por ciento de la carga total vía terrestre; es decir todas la mercancías y productos que se generan y que llegan por medio de nuestro amplio sistema carretero.4

Y además, aporta 5.9 por ciento de nuestro producto interno bruto (PIB) total5 ; y, 82 por ciento del PIB del Sector Transporte, Correos y Almacenamiento.6

Finalmente, es un significativo generador de empleo para el país, con más de 1.8 millones de empleos directos generados.7

No obstante todo lo anterior, este valioso sector aún tiene considerables rezagos y pendientes que es urgente atender.

Uno de ellos y que ha traído lamentables consecuencias por la omisión en su atención definitiva, es el derivado por la carga en dos remolques.

El asunto no es menor, por el contrario, representa un riesgo cada vez mayor no sólo para las unidades, los operadores o la mercancía que transportan; lo es también, para las personas que transitan también, en nuestras carreteras; es decir, lo es para todos.

Y el número cada vez creciente de las unidades de doble remolque en México, es un multiplicador de los riesgos que representan ya que se tiene el registro de que actualmente representan 8 por ciento del total de unidades de autotransporte de carga, con poco más de 40 mil unidades. 8

Relación de unidades y riesgos que, desafortunadamente, se ven incrementados por la peligrosa correlación que se está dando cada vez en mayor medida en este sector, el peso de carga que representan los dobles remolques y las malas condiciones físico-mecánicas de muchas de las unidades del parque vehicular, que además es alarmantemente antiguo.

De acuerdo con reportes del sector, se tiene el registro de que 60 por ciento del total del parque vehicular nacional del servicio de autotransporte de carga en el país, es obsoleto.9

Y, el límite máximo permitido de carga para las unidades de doble remolque en nuestras carreteras, ensombrece aún más el panorama; ya que la Norma Oficial Mexicana NOM-012 permite una carga de hasta 80 toneladas en unidades de doble remolque con una extensión de hasta 31 metros.10

Cifras que se alejan mucho del promedio mundial al respecto, ya que si comparamos estos límites máximos permitidos, nos daremos cuenta de lo mal que se encuentra el doble remolque en nuestro territorio, así como también las pésimas condiciones de seguridad que se ofrecen.

Por ejemplo se sabe que en varios territorios de los Estados Unidos de América (EUA) la circulación del doble remolque está prohibida, en Canadá la carga máxima permitida para estas unidades es de 50 toneladas y el promedio de carga máxima para la gran mayoría de los países de Latinoamérica es de 45 toneladas, la mitad de lo que aquí en México se permite.

Sumando además a lo anterior, el factor siempre presente y latente del error humano; situación que es muy prevaleciente porque se han registrado severos retrasos en materia de capacitación para los operadores de las unidades, jornadas extenuantes de trabajo sin el descanso adecuado, consumo de sustancias prohibidas durante la conducción o, incluso, expedición de licencias federales sin el cumplimiento irrestricto de todos los requisitos.

Esta combinación de todos los factores está arrojando como consecuencia aparatosos accidentes con lamentables pérdidas de vidas.

Tristemente podemos observar que las condiciones y requerimientos mínimos de seguridad para las unidades de doble remolque en nuestras carreteras no han sido suficientes o mejor dicho, no han funcionado; lo que es muy desafortunado no sólo para este sector, sino también para todos en general.

A pesar de lo anterior, hemos visto cómo a lo largo de los últimos 12 años, se han ido disminuyendo las exigencias en los protocolos de revisión y certificación de condiciones físico-mecánicas de las unidades motrices, así como también las verificaciones de peso de la carga durante la circulación; y, sobre las unidades de arrastre el panorama es todavía peor porque no existe, es nulo; por eso tenemos con mucha frecuencia, unidades que circulan con los convertidores que conectan a un remolque con otro, sumamente antiguos, adaptados o incluso, de fabricación casera, es decir hechos en talleres de herrería.

Ante este panorama, a inicios de 2017, se intentó atender la situación.

Mediante nuevas disposiciones por medio de modificaciones en la Norma Oficial Mexicana NOM-012, que establecía supuestos criterios de regulación más estrictos y contundentes para erradicar la peligrosidad que representa la circulación del doble remolque.

Ahora el convertidor de arrastre entre dos remolques se debía verificar, certificar y además sujetar a un programa de emplacamiento, con lo que según se pretendía regular su uso; también se establecía la colocación y uso de unos espejos retrovisores auxiliares para que se eliminaran los puntos ciegos de visión, de luces automáticas que se activaran al encender las unidades, de sistemas antibloqueo de frenos también llamados frenos ABS, de un límite máximo de velocidad de 80 kilómetros por hora y la obligatoriedad de ajustarse a límites establecidos menores y guardar al menos 100 metros de distancia o separación con otras unidades de autotransporte.11

Pero más tardamos en escribir y publicar estas medidas, que en lo que quedó demostrada su ineficiencia.

No sirvieron, no elevaron la seguridad en la circulación del doble remolque, ni evitaron más accidentes.

El sobrepeso y el exceso de dimensiones del doble remolque y su combinación con la antigüedad de las unidades, las deficientes condiciones físico-mecánicas, las deplorables condiciones de los convertidores y el error humano, siguen causando accidentes en nuestras carreteras y además generando una lamentable pérdida de vidas.

No hemos sido capaces de detener la escalofriante cifra de 20 mil accidentes anuales, donde están relacionadas unidades de autotransporte.12

O los 5 mil siniestros que se tienen registrados y en donde el doble remolque es el responsable directo.13

Además, hemos visto que tampoco han funcionado los esfuerzos relativos al condicionamiento o restricción en la circulación en distintas vías y horarios para el doble remolque; porque los accidentes siguen sucediendo y dejando nuevamente victimas mortales.

Todos estos esfuerzos además de infructuosos, nos están orillando como sociedad a pedir cada vez con mayor insistencia, la prohibición de la circulación del doble remolque en nuestras carreteras.

Por eso, quienes integramos esta soberanía, debemos estar no sólo atentos a los reclamos válidos de la sociedad, sino también dispuestos a asumir la responsabilidad que nos corresponde en materia de protección y seguridad de los usuarios del sistema carretero, de los operadores y sus familias, de las unidades del autotransporte en nuestro país y de las mercancías que diariamente transportan para beneficio de nuestra economía.

Haciendo urgente que de inicio seamos corresponsables en brindarle una mínima seguridad a la población en general que es usuaria de nuestro sistema carretero y coadyuvemos para que las autoridades correspondientes garanticen el cumplimiento cabal de disposiciones en materia de seguridad, establecidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-012, para disminuir la peligrosidad que representa la circulación de las unidades de autotransporte de carga de doble remolque.

Porque el autotransporte de carga mexicano debe recuperar su seguridad, prestigio y rentabilidad; de eso no hay duda; y, por ese motivo no podemos ni debemos, como representantes populares, evadir la atención de esta problemática.

Debemos de ser lo suficientemente responsables para anteponer la seguridad de todos ante los intereses económicos de algunos.

Necesitamos rescatar a nuestro invaluable sector del autotransporte de carga, volviéndolo seguro, confiable, eficiente y además altamente rentable para quienes trabajan en él y sus familias, así como también para la economía en general.

Y además tenemos un compromiso y deuda moral con quienes, de manera triste y lamentable, perdieron a familiares en un accidente provocado por una unidad de autotransporte de doble remolque.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que garantice el respeto irrestricto a las regulaciones en materia de seguridad establecidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-012, para disminuir la peligrosidad que representa para todos los usuarios del Sistema Carretero Nacional la circulación de las unidades de autotransporte de carga de doble remolque.

Notas

1 Personas Morales del Autotransporte de Carga por Clase de Servicio. SCT.

2 Toneladas Transportadas por Clase de Servicio. SCT.

3 Parque Vehicular del Autotransporte de Carga. SCT.

4 Estadística Básica del Autotransporte Federal. SCT. Subsecretaria de Transporte.

5 Estadística Básica del Autotransporte Federal. SCT. Subsecretaria de Transporte.

6 Estadística Básica del Autotransporte Federal. SCT. Subsecretaria de Transporte.

7 Estadística Básica del Autotransporte Federal. SCT. Subsecretaria de Transporte.

8 Parque Vehicular del Autotransporte de Carga. SCT.

9 Asociación Nacional de Productores de Autobuses, Camiones y Tractocamiones. (ANPACT)

10 SCT. Norma Oficial Mexicana NOM-012.

11 SCT. Norma Oficial Mexicana NOM-012.

12 Centro de Experimentación y Seguridad Vial (CESVI)

13 Centro de Experimentación y Seguridad Vial (CESVI)

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de diciembre de 2018.

Diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a los gobiernos estatales a garantizar la legalidad en los programas de fotomultas y operativos con radares viales de exceso de velocidad, y evitar abusos en los montos de las sanciones de tránsito resultantes, a cargo de la diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Hortensia María Luisa Noroña Quezada, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los gobiernos estatales a garantizar en sus programas de fotomultas y operativos con radares viales de exceso de velocidad que se atienda la legalidad, en su uso, y se eviten abusos en los montos económicos de las infracciones de tránsito resultantes, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En la actualidad y en todo el país, los accidentes de tránsito y las desafortunadas muertes resultantes, son un asunto considerablemente delicado y que, a lo largo del tiempo se ha tenido que atender con contundencia y de manera determinante.

Porque nos referimos no sólo al monto de daños materiales y económicos o al número de choques, atropellamientos, victimas o defunciones que cada año se tienen en nuestro territorio y que son sumamente altos, lamentables y desafortunados para la sociedad y las familias que incurren en esa desgracia; es un problema que va más allá.

Se refiere también al uso indiscriminado del automóvil, la capacidad de movilidad en las ciudades o bien de los esquemas de urbanización de las mismas. Así como a los motivos de la ausencia de una cultura tanto vial como peatonal, o a la incapacidad de operar programas efectivos de prevención de accidentes de tránsito entre la población.

Incluso se refiere a los diversos factores que detonan el conducir un vehículo a exceso de velocidad, bajo los efectos del alcohol o alguna droga, sin el uso del cinturón de seguridad, sin la instalación de dispositivos de seguridad para infantes o menores, utilizando a la par dispositivos móviles, sin licencia de conducir, seguro de responsabilidad, en condiciones físico-mecánicas deplorables; o bien, sin la debida atención, precaución y respeto de los reglamentos de tránsito y los señalamientos viales.

Como se observa, en el país muchos o más bien todos, los problemas mencionados en el párrafo anterior, son recurrentes y se han instalado peligrosamente de manera permanente u ocasional en toda la población al conducir un vehículo.

Ya que de una u otra manera, a todos se nos ha hecho fácil en algún momento, acelerarle de más o pasarnos un alto así como alguna otra falta de tránsito, porque creemos que se podía, llevábamos prisa, no había riesgo alguno o simplemente por curiosidad o deseo.

No es de extrañarse que derivado de la conducta irresponsable en la que muchas veces incurrimos al manejar un automóvil ya sea de servicio público o particular, el país de acuerdo con fuentes y estudios internacionales, ocupa el séptimo lugar mundial en muertes por accidentes de tránsito.1

En otras palabras, nos referimos a que en México se registraban hasta hace unos pocos años, un promedio de 55 lamentables muertes al día por accidentes vehiculares.2

Ante este panorama, fue necesario y urgente aplicar diversas medidas con la finalidad de prevenir los accidentes y además o a la par, castigar las violaciones a los reglamentos de tránsito o las señalizaciones viales en todo el país.

Esto tenía que ser para todos, tanto automovilistas, motociclistas y peatones.

Fue a partir de esa necesidad, que se implementaron las infracciones de tránsito, que son las sanciones ya sean económicas, administrativas o amonestaciones que se aplican cuando se infringe una disposición vial o de tránsito.

Llegando en la actualidad, a sancionar determinadamente infracciones asumidas graves como rebasar los límites de velocidad, conducir bajo los influjos del alcohol o drogas o no hacer uso del cinturón de seguridad.

Sin embargo y a pesar de la existencia de estas sanciones de diverso índole y magnitud, su incidencia en la reducción de accidentes de tránsito no fue ni relevante ni suficiente.

Y peor aún, cada vez más eran los integrantes de la población joven de nuestro país, ya sea las victimas mortales o los victimarios directos en estos percances.

Así como también, los usuarios de nuestro transporte público.

Esa situación se asumió como delicada y peligrosa.

Ya que era muy fácil encontrar a cualquier hora, jóvenes y adolescentes conduciendo vehículos sin licencia o alcoholizados.

De igual manera, percances con un elevado número de víctimas o muertes, porque el conductor de la unidad de transporte venia en estado inconveniente o conduciendo a exceso de velocidad, echando carreritas con otra unidad o sin la pericia y experiencia necesaria.

Por ello y finalmente, tanto las autoridades federales, estatales y municipales, en conjunción con diversas organizaciones de la sociedad civil, empujaron la aplicación y necesidad de implementar acciones y programas para prevenir lo más que se pudiera, los percances de tránsito.

Uno de estos programas que es relativamente nueva su aplicación, es el de fotomultas o multas por radares viales.

Las fotomultas o radares viales son programas que aplican el avance de la tecnología en la disposición de aparatos construidos para identificar y sancionar de manera automática, las violaciones a los reglamentos de transito por parte de los automovilistas.

Por lo que actualmente es muy común ver cámaras instaladas para fotomultas o radares viales móviles para la detección de sanciones como el rebase del límite de velocidad establecido, la ausencia del uso del cinturón de seguridad o incluso, la realización de maniobras no permitidas o la conducción de un automóvil mientras se usa algún dispositivo móvil.

Ya que estos aparatos al detectar que se está cometiendo alguna infracción, toman la foto de la unidad así como de su matrícula o placa para proceder al establecimiento de una infracción, generalmente económica que posteriormente se le notificara y cobrara al conductor o dueño del vehículo.

Al respecto y ante la facilidad de operación de programas de este tipo, se están aplicando en algunos lugares de estados como Aguascalientes, estado de México, Hidalgo, Jalisco, Puebla, Ciudad de México, Nuevo León o Veracruz.

Con un funcionamiento itinerante o incluso permanente, las 24 horas del día los 365 días del año.

Junto a la facilidad para su operación, se expuso adicionalmente, que los programas fotomultas, permitirían combatir y erradicar la corrupción en la que incurrían algunos elementos de las corporaciones de tránsito cuando eran ellos los encargados de aplicar las infracciones.

No obstante, mucho se ha discutido sobre su fiabilidad, su eficiencia y transparencia en su operación y resultados.

Por ejemplo, se tiene el registro de que en algunas ciudades de Estados Unidos donde operan las fotomultas o los radares viales, los accidentes automovilísticos se redujeron en aproximadamente 20 por ciento y por consiguiente las muertes de estos percances en 50.3

Asimismo y si tomamos como ejemplo la Ciudad de México, se ha observado que a la fecha y desde 2015, cuando inició su operación el programa de fotomultas y los radares viales; se han reducido significativamente los accidentes de tránsito.4

Ya que para este 2018, se tiene el registro de una disminución a 32 muertes diarias por accidentes de tránsito; cuando en algunos momentos llegamos a tener el registro de más de 50 muertes diarias.5

Aunque hay una coincidencia en todos los estudios que se han elaborado al respecto, ya que se ha identificado que la efectividad de las fotomultas o los radares viales de detección de exceso de velocidad, se da solo en los puntos donde se instalan, porque pasando de este lugar, se retoman los niveles de alta velocidad o bien de desatención a las disposiciones de tránsito o viales.

Por lo que su efecto es sólo momentáneo. Es decir, su beneficio es real pero solo parcial.

Además y a la par de la parcialidad en la eficiencia de las fotomultas y los radares viales de exceso de velocidad; se ha instalado de manera justificada entre la población, la duda y sospecha del manejo y disposición de la gran cantidad de dinero que generan.

Y esta sospecha no es necesariamente infundada.

Para la Ciudad de México, el programa de fotomultas significó un ingreso para sus finanzas públicas de cerca de mil 300 millones de pesos en 2016 y poco más de mil 200 millones para 2017.6

Es tan grande la rentabilidad de este programa y creciente su dudosa tendencia que las mismas autoridades de la Ciudad de México han declarado que de acuerdo con proyecciones, prevén que para finales de 2018 se generen ingresos por más de mil 900 millones de pesos.7

Esto es gracias a los elevados montos de las infracciones que se aplican por rebasar los límites de velocidad y que se sustentan con el argumento de que entre mayor sea la sanción, menor será el deseo de incurrir en una violación al reglamento de tránsito.

Argumento que no necesariamente convence, por lo que además las autoridades han señalado que los beneficios son amplios, ya que los ingresos recaudados son invertidos en infraestructura y programas de seguridad vial para la población en general.

Sin embargo, en lo anterior no se tiene ni la certidumbre o certeza de que así se realice.

Así como tampoco, se puede tener la plena confianza de que los montos reportados de dinero que ingresan por las infracciones de las fotomultas sean verídicos.

Gran parte de este problema de percepción generalizada entre la población respecto a los programas de fotomultas y radares viales de exceso de velocidad, surge debido al esquema de concesión a particulares bajo el cual en muchas ciudades, se operó el programa de fotomultas.

Los gobiernos de las ciudades contrataban a empresas específicas las cuales aportan y operan todo el equipo y los instrumentos para el funcionamiento de las cámaras de fotomultas o los radares viales, a cambio de un porcentaje representativo de los ingresos recabados por este concepto.

Agravando con ello los problemas para las autoridades en los casos donde con una misma foto se le han aplicado a un mismo dueño de una unidad, más de 1 infracción. O bien, por las ocasiones en que la ciudadanía ha demostrado con pruebas fehacientes que hay cámaras accionándose y tomando fotomultas a automóviles, a pesar de que el tráfico está completamente detenido.

Como se ve, la percepción de abuso y la desconfianza que genera la aplicación de las fotomultas y de los operativos de radares viales para exceso de velocidad, entre la población es real y bien fundamentada por la nula transparencia en el manejo de los recursos y la completa opacidad en la rendición de las cuentas.

Llegando al extremo de que el pasado mayo de este año 2018, ante múltiples recursos promovidos por particulares respecto a las fotomultas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las declaro constitucionales al menos para la Ciudad de México.8

Como se aprecia, el programa de fotomultas en nuestro país, está manchado por la duda y sospecha; lo cual nos impide ver sus beneficios y su eficiencia, que aunque parcial, ha sido fundamental para prevenir no solo accidentes y percances viales, sino también lamentables pérdidas de vidas.

Por eso, esta soberanía no debe ser ajena ni omisa en la responsabilidad de rescatar este tipo de programas de prevención modernos y reales, que surgieron ante una necesidad apremiante y con un propósito noble, evitar la pérdida de vidas por accidentes de tráfico derivados del exceso de velocidad o por la desatención a lo establecido en los reglamentos de tránsito y en los señalamientos viales.

Esta soberanía debe unir esfuerzos, en recordar a la sociedad que también los reglamentos y señalamientos con los que contamos y que se busca hacer respetar, fueron creados también para cuidar de nosotros.

Por lo expuesto se somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La cámara de diputados exhorta a los gobiernos estatales a garantizar en sus programas de fotomultas y operativos con radares viales de exceso de velocidad la legalidad en su uso, que evite abusos en los montos económicos de las infracciones de tránsito resultantes y se atiendan los principios de transparencia, rendición de cuentas y fiscalización de los recursos, que ingresan a sus finanzas públicas por concepto de infracciones, así como en su gasto.

Notas

1 Organización Panamericana de la Salud de la Organización Mundial de la Salud. Reporte.

2 Organización Panamericana de la Salud de la Organización Mundial de la Salud. Reporte.

3 Alena Hoye. Estudio realizado 2014.

4 Accidentes de Tránsito Terrestre. Reporte Inegi.

5 Accidentes de Tránsito Terrestre. Reporte Inegi, 2018.

6 Secretaria de Finanzas de la Ciudad de México. Reporte.

7 Secretaria de Finanzas de la Ciudad de México.

8 Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2018.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de diciembre de 2018.

Diputada Hortensia María Luisa Noroña Quezada (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IMSS a hacer público el estado de las acciones tendentes a garantizar la salud de la región beneficiaria del hospital general regional número 36, San Alejandro, en Puebla, a cargo de la diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Maiella Gómez Maldonado, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El sismo registrado el pasado 19 de septiembre de 2017 en distintas entidades federativas de nuestro país afectó sustancialmente la infraestructura de servicios de salud del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Puebla, dentro de la que se encuentra el hospital general regional número 36 “San Alejandro”, ubicado en la capital del estado.

Dicho hospital sufrió daños estructurales de gravedad, por lo cual tuvo que ser desalojado al cien por ciento para garantizar la vida e integridad física de derechohabientes y trabajadores, redistribuyéndose en distintos espacios de la capital habilitados para continuar con la prestación de los servicios en la materia.

Cabe precisar que aquel tenía un porcentaje de ocupación diario del 90 por ciento; atendía, en promedio, a tres mil personas de manera diaria, ya que brindaba atención a estados colindantes, como Tlaxcala, Oaxaca o Veracruz; de hecho, el total de pacientes internados en 2017 fue de 32 mil personas, y su funcionamiento representaba el 43 por ciento total de camas de hospitalización para pacientes del IMSS en Puebla.1

Atendiendo a los daños estructurales de dicho hospital, el 3 de abril de 2018 se instauró el procedimiento de licitación pública internacional LO-019GYR119-E2-2018, por el cual se prevé la ejecución del proyecto integral relativo al programa de emergencia para la sustitución del Hospital General Regional número 36, de 415 camas, de San Alejandro, Puebla, por el Hospital de Gineco Pediatría, de 210 camas, y por el Hospital General Regional, de 205 camas, constituyéndose como licitante ganador Sacyr Construcción México, SA de CV, en participación conjunta con Sacyr Construcción, S.A.U., Sacyr Chile, SA, y Somague Engenharia, SA, identificándose el proyecto con el número de contrato 1-17220002-4-43860.2

Ahora bien, es indiscutible que el Estado mexicano debe guiar su actuar garante conforme a dos principios universalmente reconocidos en materia de políticas públicas: principios de precaución y prevención. El primero conduce a un accionar destinado a evitar o disminuir riesgos ciertos; hay identificación plena del factor que produce el daño (ausencia de infraestructura para la prestación de servicios de salud) y de este (daño a la salud); en cambio, el principio precautorio se aplica a los riesgos inciertos, es decir (la salud), se desarrolla dentro de un espectro de incertidumbre en cuanto a la existencia y consecuencias de una conducta o actividad determinada en la materia, por lo que la elección de las acciones preventivas, como la pronta restitución de los servicios de salud proporcionados por el hospital regional en comento, es de sumo interés por los impactos positivos de aquellas.3

En tal virtud, se solicita al titular del Instituto Mexicano del Seguro Social a que informe de manera clara, precisa y suficiente, el estado de avance que guarda el proyecto licitado tendiente a la garantía de los derechos de los mexicanos, en apego a un principio de transparencia y prevención que debe regir en la protección de los derechos fundamentales de toda persona.

Por lo manifestado, someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con

Punto de acuerdo por el cual se exhorta al titular del Instituto Mexicano del Seguro Social, a que haga público el estado de las acciones tendentes a garantizar la salud en la región beneficiaria del Hospital General Regional número 36 “San Alejandro”, de la ciudad de Puebla, suscrito por la diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Único. Se exhorta respetuosamente al titular del Instituto Mexicano del Seguro Social, a que haga público el estado de avance que guarda el proyecto integral relativo al programa de emergencia para la sustitución del hospital general regional número 36, de 415 camas, de San Alejandro, Puebla, por el Hospital de Gineco Pediatría, de 210 camas, y por el Hospital General Regional, de 205 camas, identificándose el proyecto con el número de contrato 1-17220002-4-43860.

Notas

1 Ávila, Édgar. “Demolerán emblemático hospital del IMSS San Alejandro, en Puebla”. Publicado en periódico El Universal, el 27 de septiembre de 2017. Consultado el 20 de diciembre de 2018. Recuperado de https://www.eluniversal.com.mx/estados/demoleran-emblematico-hospital-d el-imss-san-alejandro-en-puebla

2 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de octubre de 2018. Consúltese: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5540502&fecha=09/10/2018

3 Véase Época: Décima Época. Registro: 2011357. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Tipo de Tesis: Aislada. Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 29, Abril de 2016, Tomo III. Materia(s): Administrativa. Tesis: I.3o.A.17 A (10a.). Página: 2507. Medio ambiente. Características de los principios de prevención y precautorio, aplicables a los riesgos en esa materia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de diciembre de 2018.

Diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado (rúbrica)