Iniciativas
Proposiciones


Iniciativas

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de trabajo doméstico, a cargo de la diputada Olga Catalán Padilla, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, 56 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 6o., numeral 1, fracción I; 77, numerales 1 y 3, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa.

Planteamiento del problema

El trabajo doméstico es uno de los oficios más antiguos del mundo. Las y los trabajadores domésticos son aquellas personas “que prestan los servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia”1 , es decir, se ocupan de labores de limpieza, preparación de alimentos, cuidado de niños y ancianos, trabajos de jardinería, chofer y personal de compañía en los hogares más diversos del país.

En pleno siglo XXI, las condiciones laborales de las personas dedicadas al trabajo del hogar, o trabajo doméstico remunerado, son de franca esclavitud debido a la desvalorización social de las actividades que componen este trabajo (limpieza general, lavado y planchado de ropa, preparación de alimentos, cuidado de personas adultas mayores y de infantes), así como de los resabios de la esclavitud y servidumbre colonial que aún perviven en la sociedad actual expresados en formas de discriminación y desigualdad2 .

Es necesario que a todas las mujeres y hombres que se dedican al trabajo doméstico se les garanticen sus derechos laborales, pues son un sector de la población que brinda las bases para que muchos otros puedan ejercer su vida profesional en diversas áreas.

Argumento

En 2011 la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sentó las bases para la promoción y protección de los derechos humanos mínimos de millones de trabajadoras y trabajadores domésticos en el mundo con el Convenio 189. Dicho convenio desde 2011 y hasta la fecha sólo ha sido ratificado por ocho países de América Latina, entre los cuales se encuentran Nicaragua, Costa Rica, Uruguay, Brasil y Chile, países donde se han presentado avances importantes en cuanto a derechos de las y los trabajadores domésticos se refiere.

A pesar de que el trabajo doméstico o del hogar es una pieza clave para el desarrollo familiar y profesional de miles de familias, la Ley Federal del Trabajo no considera a los y las trabajadoras domésticas como sujetas a derechos mínimos, es decir, no les garantiza el acceso a seguridad social, a licencia de maternidad, a seguro de salud, educación, retiro para la vejez, guarderías para sus hijos o hijas, al pago por incapacidad, la libertad de asociación a un sindicato, entre otros derechos a los que las personas que trabajan en otras áreas tienen acceso y se encuentran normadas por dicha Ley.

En México no existe un marco legal que permita el acceso a los derechos laborales mínimos de los y las trabajadoras del hogar, lo que se ve reflejado en la falta de acceso a los derechos laborales de cualquier trabajador en una institución pública o privada, lo que se debe al bajo compromiso que tiene el gobierno con este sector de la población.

En México, según datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, hasta el año 2011 existieron cerca de 2.2 millones de personas que trabajaban en el hogar, de las cuales cerca de 1 millón 991 mil 646 eran mujeres, lo que representaba 10.8 por ciento del total de mujeres económicamente activas en el país y solo 189 mil 452 hombres se emplearon en trabajos relacionados con el hogar.

76.8 por ciento de las trabajadoras del hogar contaban con un estrato socioeconómico bajo y medio bajo; 16 por ciento un estrato medio alto; y sólo 7.2 por ciento, un estrato alto.

Por otro lado, 49.2 por ciento de las trabajadoras del hogar residen en localidades más urbanizadas y 50.8 por ciento viven en localidades con un grado de urbanización menor. Cabe precisar que sólo 18.1 por ciento reside en localidades rurales, lo que puede deberse principalmente a la migración de las zonas rurales a las urbanas e incluso a que muchas de ellas tienen un horario de trabajo de 7 por 7 o residen en el hogar en el que laboran.

Del total de hogares en el país, 5.1 por ciento contratan trabajadoras o trabajadores del hogar, es decir, 1.3 millones de los hogares cuentan con una trabajadora doméstica, la mayor parte de estos hogares se encuentran en un nivel económico medio alto o alto.

En el más reciente estudio, elaborado por el Consejo Nacional para Prevenir La Discriminación (Conapred, 2015) sobre la situación de las trabajadoras del hogar, se reafirmaron los resultados de la encuesta del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) sobre ocupación y empleo en 2011, a pesar de que la encuesta no se le realizó al total de la población ubicada en este sector, el estudio refleja claramente la situación en la que se encuentran.

Dentro de los datos que más llaman la atención se observa que la población que más se ocupa de los trabajos del hogar son mujeres en una edad promedio de 35 años, además de que alrededor de 25 por ciento de las trabajadoras ha pasado más de 10 años en este ámbito laboral, lo cual refleja la baja movilidad en términos de ocupación; 81 por ciento se emplea como trabajadora doméstica por razones de necesidad económica, factores de pobreza, un escaso logro educativo (55 por ciento no ha concluido la educación básica, 30 por ciento sólo terminó hasta tercer grado de primaria, el resto se encuentra entre bachillerato y educación superior) y la falta de oportunidades.

Ahora bien, uno de los derechos con los cuales las y los trabajadores de otras áreas cuentan es la elaboración de un contrato. Según la encuesta del Conapred, una de las razones principales para que un empleador o empleadora contrate los servicios de una trabajadora doméstica se debe principalmente a que no cuentan con el tiempo suficiente para realizar las tareas del hogar, debido a que 70 por ciento trabaja fuera de casa, es decir, la mayor parte de los empleadores consiguen su desarrollo profesional y personal gracias al trabajo de las y los trabajadores del hogar.

La mayoría de las personas que contratan servicio doméstico pertenecen a los niveles socioeconómicos medios y altos. No obstante, una tercera parte de las familias de nivel medio bajo superior también acostumbra utilizar este servicio.

La modalidad más usual del contrato de personal al servicio del hogar es el de entrada por salida en un solo hogar (61 por ciento), 29 por ciento vive en la casa donde trabaja y solo 10 por ciento tiene un esquema de trabajo de entrada por salida en más de una casa.

Es importante resaltar que, debido a la falta de legislación, incentivos fiscales y aseguramiento flexible, casi la totalidad de las empleadoras contratan el trabajo doméstico de palabra siendo este 96 por ciento del total y tan solo 4 por ciento firma un contrato, lo que coincide con los datos que arrojan las trabajadoras. Si existiera una legislación que obligara a los empleadores a firmar un contrato, las dos terceras partes tanto de trabajadoras como de empleadoras estarían dispuestas a firmar un contrato laboral.

En cuanto a la seguridad social, cerca de 60 por ciento de las trabajadoras domésticas encuestadas estarían dispuestas a afiliarse al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aunque ganaran un poco menos, siempre y cuando en su contrato se estableciera el salario y que la Comisión de Salarios Mínimos estuviera dispuesta a fijar en su tabulador de salarios mínimos, el salario perceptible por las trabajadoras domésticas.

Por otra parte, 46 por ciento de las trabajadoras encuestadas labora más de las 8 horas establecidas por ley. Las trabajadoras de planta registran un promedio por arriba de la media global de horas trabajadas, 16 por ciento trabaja 12 horas o más. En cuanto a las actividades que realizan fuera 64 por ciento de las trabajadoras de planta señala que es frecuente que sus empleadoras le soliciten realizar actividades laborales fuera de su horario de trabajo3 .

La falta de regulación ocasiona que los acuerdos laborales no contemplen derechos esenciales como el goce de vacaciones y el servicio médico. Lo común es que se acuerde el sueldo, horario y días de descanso, omitiéndose el periodo vacacional, el goce de aguinaldo, el acceso a seguridad social y lo que pasaría con la relación laboral si en algún momento se embarazara. En cuanto a este último punto, vale la pena resaltar que en su mayoría las mujeres son solteras y sin hijos, debido a que corren el riesgo de que se les despida por estar embarazadas y al no contar con un contrato el despido puede realizarse sin finiquito, ni previo aviso aunque lleven mucho tiempo laborando.

Cuando por enfermedad la trabajadora requiere faltar a su trabajo, a sólo 4 de cada 10 se le permite sin que haya un descuento en su sueldo, el resto sabe de antemano que si no asiste no tiene goce de sueldo, por lo que cerca de 8 por ciento asiste a trabajar aun estando enferma.

En cuanto a las actividades que debe desarrollar, la encuesta arrojó que la mayor parte de las trabajadoras realiza limpieza en general, además del lavado y planchado de ropa, una tercera parte realiza las compras y cuida a niñas y niños de la familia y 17 por ciento realiza la función de cuidadoras de personas mayores o enfermas.

Otro punto importante y que al movimiento Hogar Justo Hogar ha llamado mucho la atención es la falta de recursos jurídicos para demandar abusos de todo tipo, discriminación e incluso violencia sexual, ya que en la mayoría de los casos las mujeres que denuncian este tipo de abusos resultan contrademandadas por robo, convirtiendo a la víctima en victimario y quedando impune el delito.

Lo anterior muestra con datos duros la situación a la que al menos un par de millones de trabajadores se enfrenta a diario, es por ello que para disminuir las grandes brechas de desigualdad y discriminación se deben mejorar las condiciones laborales de las personas que se dedican al trabajo del hogar, siendo en su mayoría mujeres.

La presente iniciativa busca erradicar los principales problemas que afectan a este sector, como son las largas jornadas de trabajo, poco tiempo de descanso diario, semanal y anual; los bajos salarios y la falta de seguridad social así como el pago de vacaciones; licencia de maternidad entre otros, por medio de un marco jurídico que garantice el pleno acceso a sus derechos laborales.

Para tener una mayor claridad en la propuesta que ahora se presenta ante esta soberanía, a continuación, se muestra un cuadro comparativo, entre la norma vigente y la propuesta contenida en esta iniciativa:

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de los artículos 6o., numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la suscrita, diputada Olga Catalán Padilla, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo

Único. Se reforman los artículos 49, 342 y 343 y adiciona el artículo 332 Bis, un segundo párrafo al artículo 334, la fracción IV y V al artículo 337 y la fracción III al artículo 340, para quedar como sigue:

Artículo 49. ...

I. a III. ...

IV. Se deroga

V.

Artículo 332 Bis. El contrato entre la parte empleadora y el empleador deberá ser por escrito y conforme a lo establecido en el título segundo y tercero de la presente ley.

Artículo 334. ...

Bajo ninguna circunstancia la parte empleadora pagará el salario correspondiente al servicio prestado, de otra manera distinta a la moneda nacional. Se prohíbe el pago en especie.

Artículo 337. ...

I. a III...

IV. Es obligación del empleador inscribir a los trabajadores y a las trabajadoras del servicio del hogar, en el régimen de seguridad social, quienes gozarán de los beneficios de la seguridad social y de programas especiales de salud. En caso de incumplimiento, el empleador asume la responsabilidad en los casos que corresponda.

V. Facilitar a la trabajadora o trabajador del hogar los materiales necesarios para el desarrollo de sus actividades.

Artículo 340. ...

I. a II. ...

III. Desempeñar su trabajo con responsabilidad, honestidad y seriedad.

Artículo 342. El trabajador doméstico podrá dar por terminada en cualquier tiempo la relación de trabajo, dando aviso al patrón con quince días de anticipación.

Artículo 343. El patrón podrá dar por terminada la relación de trabajo, dentro de los treinta días siguientes a la iniciación del servicio; y en cualquier tiempo, para lo cual dará aviso a la trabajadora o trabajador con 15 días de anticipación pagar la indemnización que marca la Ley Federal del Trabajo vigente.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_120615.pdf

2 http://www.conapred.org.mx/movil_smartphone/index.php?contenido=noticia s&id=5441&id_opcion=446&op=446

3 http://www.conapred.org.mx/userfiles/files/TH_completo_FINAL_INACCSS.pd f

Acotación: Los datos mostrados en la presente iniciativa fueron recuperados de las dos encuestas aquí mencionadas y son propiedad de las instituciones que elaboraron los trabajos necesarios para su recolección.

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Comisión Permanente, a 10 de enero de 2018.

Diputada Olga Catalán Padilla (rúbrica)

Que reforma el artículo 288 de la Ley Federal de Derechos, a cargo de la senadora Diva Hadamira Gastélum Bajo, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Diva Hadamira Gastélum Bajo, integrante del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura del Senado de la República, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 8, numeral uno, fracción I, 164 y 169 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo sexto del artículo 288 de la Ley Federal de Derechos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

De acuerdo con lo instaurado en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales”.

Aunado a ello, establece que el Estado deberá promover los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa.

De igual forma, señala que la ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural.

Por ello si bien en 2008 se dio un paso importante con la incorporación al artículo 4o. constitucional del derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, no ha sido posible abatir en su totalidad el rezago presupuestario en esta materia y mucho menos lograr el fortalecimiento del proceso de democratización de la cultura en el país.1

De acuerdo con una publicación de la Secretaría de Gobernación, los derechos culturales son fundamentales frente a la nueva Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, ya que toda persona tiene derechos culturales, el derecho a la ciencia y el derecho a la protección de los intereses de autoría.

Aunado a ello, señala que tal como lo describe la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, se entiende por cultura el “medio de transmisión de conocimiento y el producto resultante de ese conocimiento, tanto pasado como presente”.

Ello resulta un elemento facilitador e impulsor del desarrollo sostenible, la paz y el progreso económico.

Señala que los derechos culturales son los siguientes:

• Fundamentalmente derechos humanos para asegurar el disfrute de la cultura y de sus componentes en condiciones de igualdad, dignidad humana y no discriminación.

• Son derechos relacionados con el arte y la cultura, entendidos en una amplia dimensión.

• Son derechos promovidos para garantizar que las personas y las comunidades tengan acceso a la cultura y puedan participar en aquella que sea de su elección.

• Son derechos relativos a cuestiones como la lengua; la producción cultural y artística; la participación en la cultura; el patrimonio cultural; los derechos de autor; las minorías y el acceso a la cultura, entre otros.

• Son derechos relacionados con la identidad individual y colectiva.

Dichas características nos hablan de la trascendencia que estos derechos tienen para la población en general.

El desarrollo de las personas no puede permanecer ajeno a la cultura y a los derechos humanos en general. No es posible implementar prácticas sostenibles si el desarrollo no parte de un profundo conocimiento de la identidad cultural.

La Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Cultura y la Oficina en México de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, con la colaboración de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Centro Nacional de las Artes, han coorganizado el foro internacional Derechos culturales y derechos humanos, el cual, frente a la iniciativa de la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030, tiene el propósito de crear un espacio de diálogo y reflexión en torno a la interrelación entre derechos humanos, derechos culturales y desarrollo sostenible, todo ello, en el marco de la política de derechos humanos de México. Dicho acto se llevó cabo del 14 al 16 de noviembre de 2016 en el Centro Nacional de las Artes y contó con la participación de expertas y expertos nacionales que analizaron y discutieron acerca de la relación de los derechos culturales y los derechos humanos frente a la nueva Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.2

El concepto derecho a la cultura abarca los derechos culturales en su totalidad; es decir, los derechos a

• La creación;

• La protección y difusión del patrimonio cultural; y

• El acceso a los bienes y servicios culturales.3

En el marco jurídico internacional la Declaración Universal de Derechos Humanos, firmada el 10 de diciembre de 1948,2 prevé en el artículo 22, entre otras disposiciones, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, los cuales consideró indispensables a la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad del individuo, y en el 27, fracción I, se indica el derecho de todo individuo a tomar parte de la vida cultura de su comunidad, y a gozar y participar de las artes y del progreso científico, así como de los beneficios que de ellos resulten.

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, firmado en Nueva York el 16 de diciembre de 1966,3 en el seno de la Organización de las Naciones Unidas, los Estados parte, en el numeral 15, reconocieron bajo los mismos principios señalados en el párrafo que antecede los derecho culturales de toda persona, obligándose los Estados a adoptar las medidas necesarias para asegurar la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y de la cultura, comprometiéndose a respetar la libertad de investigación científica y de la actividad creadora, y reconociendo los beneficios del fomento y el desarrollo de la cooperación internacional en materia científica y cultural.

Al margen de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en la Declaración sobre la Diversidad Cultural, adoptada por los Estados miembros el 2 de noviembre de 2001, expresamente se señala, en el artículo 5, que los derechos culturales son parte integrante de los derechos humanos, identificándolos como universales, indisociables e interdependientes, por lo que toda persona debe tener la posibilidad de expresarse, crear y difundir sus obras en la lengua que desee, así como llevar una educación y una formación que respeten su identidad cultural.

Posteriormente, en la observación general 21 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas, aprobada en la cuadragésima tercera sesión celebrada del 2 al 20 de noviembre de 2009, bajo el título “Derecho de toda persona a participar en la vida cultural”, se indicó que los derechos culturales son parte integrante del ser humano y, por consiguiente, son universales, indivisibles e interdependientes.

En el ámbito del sistema interamericano de derechos humanos encontramos que la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre,4 en el artículo XIII, instaura el derecho de toda persona a participar en la vida cultural de su comunidad, a gozar de las artes, de los beneficios de los progresos intelectuales y de los descubrimientos científicos, así como de la protección que les brinde el Estado por razón de los inventos y obras literarias, científicas y artísticas de que sea autor.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos,5 en el artículo 26, establece el desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales, expresando que los Estados tienen el compromiso de adoptar medidas internas de cooperación entre las naciones en materia económica y técnica para lograr dicho fin.

En el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, también conocido como “Protocolo de San Salvador”,6 firmado en la ciudad de San Salvador el 17 de noviembre de 1988, en el artículo 14, se prevén los derechos de los individuos a los beneficios de la cultura, así como las medidas que deberán adoptar los Estados parte para respetar el pleno ejercicio de este derecho.

El derecho a la cultura se encuentra debidamente protegido tanto en el marco jurídico internacional como nacional; sin embargo, dicho derecho en nuestro país sigue siendo limitado.

Lo anterior se cita para hacer referencia de forma particular al acceso a los bienes y servicios culturales, por los usuarios, ya que es necesario que seguir fortaleciendo y creando los medios necesarios que permitan el disfrute de los mismos por parte de la población en general.

El artículo 288 de la Ley Federal de Derechos exenta del pago de cuotas por acceso a museos a personas mayores de 60 años, menores de 13 años, jubilados, pensionados, discapacitados, profesores y estudiantes en activo, así como los pasantes o investigadores que cuenten con permiso del Instituto Nacional de Antropología e Historia, para realizar estudios afines a los museos, monumentos y zonas arqueológicas así como quedan exentos del pago de este derecho, los visitantes nacionales y extranjeros residentes en México que accedan a los museos, monumentos y zonas arqueológicas los domingos.

Sin embargo, en lugares como la Unión Europa los visitantes a museos, obtienen distintos tipos de descuentos quienes comprueben su ciudadanía del país integrante a la UE, donde incluso otorgan entradas gratuitas a personas menores de 18 años sin importar la nacionalidad.4

Aunado a ello, países como Estados Unidos de América, tiene distintos tipos de descuentos para sus connacionales, tales como: el Planetario Adler, en Chicago Illinois, que ofrece descuentos conforme a un calendario de admisión gratuita para residentes con identificación; el Instituto de Arte igualmente en Chicago, que brinda entradas gratuitas los días jueves así como entrada diaria gratuita para menores de edad y personas entre los 14 y 17 años; Brookifield Zoologico, Chicago, con entradas gratuitas a residentes.5 Nueva York ofrece un calendario con días gratuitos en diversos museos como el de la calle Eldridge los lunes es gratuito, igual que los martes para los museos memorial del 911, el jardín botánico de Brooklyn y la librería y museo Morgan; museos de alto nivel como el de Arte Contemporáneo con entrada gratuita los días viernes,6 entre otros.

En México, el cobro de entrada de museos es considerado un importe alto, esto si tomamos como base los resultados del Módulo de Condiciones Socioeconómicas 2015, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, los cuales revelan que el ingreso corriente promedio trimestral de los hogares mexicanos es de 51 mil 100 pesos al trimestre, lo que equivale a 17 mil 33 pesos mensuales. Tal ingreso está compuesto de ingreso del trabajo (67.1 por ciento del total), renta de la propiedad (7.1), transferencias (14.8), una estimación de alquiler de vivienda (10.9) y otros ingresos corrientes (0.1).

Por ello, si atendemos a que de acuerdo a la Encuesta Nacional de los Hogares de 2014, el tamaño promedio de hogar en México tiene 3.9 miembros, pues entonces el ingreso corriente total por persona en México es de sólo 4 mil 367 pesos al mes.7

Entonces entre renta de vivienda, pago de servicios, despensa, gasto corriente, una familia promedio no puede tener acceso a los precios que actualmente existen en diversos museos del país, tal es el caso del Museo de Cera y Replay en la Ciudad de México, como se muestra en la siguiente tabla:

Museo de Chapultepec, Ciudad de México

8

Un ejemplo del propósito de esta iniciativa, es el Museo de Frida Kahlo, el cual presenta precios distintos para nacionales mostrando identificación oficial, como se muestra a continuación:

9

Derivado de lo anterior, la importancia de este proyecto de iniciativa radica en incentivar a la población mexicana en el pago de cuotas para el acceso a museos e institutos de arte, con un descuento de hasta 50 por ciento la población mexicana en general.

Dicho lo anterior, como suscriptora de la citada iniciativa es menester resaltar que el objetivo de la presente iniciativa es seguir promoviendo la cultura en el país.

En esta línea y después de haber expuesto y fundado las razones que sustentan la presente propuesta, someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se reforma el párrafo sexto del artículo 288 de la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:

Artículo 288. ...

...

...

...

...

No pagarán el derecho a que se refiere este Artículo, las personas mayores de 60 años, menores de 13 años, jubilados, pensionados, discapacitados, profesores y estudiantes en activo, así como los pasantes o investigadores que cuenten con permiso del Instituto Nacional de Antropología e Historia, para realizar estudios afines a los museos, monumentos y zonas arqueológicas a que se refiere este artículo; la población nacional en general pagará únicamente 50 por ciento del pago total del derecho a que se refiere este artículo. Asimismo, estarán exentos del pago de este derecho, los visitantes extranjeros residentes en México que accedan a los museos, monumentos y zonas arqueológicas los domingos.

...

Cuadro comparativo

Ley Federal de Derechos

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 http://cdhdf.org.mx/wp-content/uploads/2014/05/dfensor_02_2011.pdf

2 https://www.gob.mx/segob/articulos/sabes-que-son-los-derechos-culturale s?idiom=es

3 http://cdhdf.org.mx/wp-content/uploads/2014/05/dfensor_02_2011.pdf

4 https://www.audioguiaroma.com/descuentos-entradas-roma.php

5 https://www.timeout.com/chicago/kids/activities/free-museum-days

6 https://www.nycinsiderguide.com/nyc-museums

7 http://www.elfinanciero.com.mx/opinion/la-pobreza-en-los-hogares-mexica nos.html

8 http://www.mexicoescultura.com/recinto/53752/museo-nacional-de-historia -castillo-de-chapultepec.html

9 http://museofridakahlo.org.mx/esp/1/el-museo/tu-visita/tarifas

Ciudad de México, a 10 de enero de 2018.

Senadora Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica)

Que reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, suscrita por el diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del PRI

José Hugo Cabrera Ruiz, diputado a la LXIII Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad conferida en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77, 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo final, al artículo 186 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Desde hace décadas se ha dado una discusión alrededor del trabajo que realizan las mujeres en el hogar no solo en nuestro país, sino en todo el orbe, teniendo similares particularidades en América Latina.

Se trata de una actividad doméstica de difícil estandarización, cuantificación monetaria y definición de horas laborales realizadas, muy a pesar de que ha tratado de ser abordado desde diferentes enfoques teóricos en el área económica, todo con el objeto de avanzar en el mejoramiento del bienestar de las mujeres y de toda la sociedad.

Desde esta perspectiva, el trabajo de las mujeres se ha venido analizando desde la esfera productiva tradicional, como de la reproductiva; es decir, tanto del trabajo que las mujeres realizan en el ámbito del intercambio mercantil, como del que realizan en el hogar, vinculado con la atención, cuidado y reproducción de sus miembros; lo que en recientes años se viene conociendo bajo el término “economía del cuidado” .

Tal concepción es intrínseca al propio crecimiento y desarrollo de las naciones y con la prosperidad de sus poblaciones; de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) el valor económico de las labores domésticas y de cuidados fue de 4.2 billones de pesos (a precios corrientes), lo que equivale al 24.2% del Producto Interno Bruto (PIB) de México.

De esta estimación se desprende que el valor del trabajo no remunerado de las mujeres, fue el equivalente al 18 por ciento del Producto Interno Bruto.1

Es importante señalar entonces, que aun cuando estas actividades no se comercializan en la economía, su valor monetario supera al producto que generan sectores productivos como la industria manufacturera (16.7 por ciento) o el comercio (15.5 por ciento).

Asimismo, se ha se ha demostrado que la economía del cuidado se configura principalmente en el género femenino; resultando, que cada mujer realizó en promedio el correspondiente a 47 mil 400 pesos netos anuales por su trabajo en labores domésticas y de cuidados no remuneradas.

En este punto resulta pertinente visualizar entonces la composición de la carga total de trabajo realizado por las mujeres en nuestro país; la que se define como la suma del trabajo no remunerado destinado a labores domésticas y de cuidados del hogar, con el empleo remunerado realizado en la esfera del mercado laboral.

De acuerdo con el Sistema de Cuentas Nacionales, también del INEGI, el 65 por ciento del trabajo total de las mujeres se integra por labores no remuneradas en el hogar, y solo el 32.3 por ciento se destina al trabajo remunerado.

En contraste, los hombres se orientan principalmente a las labores remuneradas con 73.9 por ciento de su trabajo total, asignando únicamente a las funciones domésticas y de cuidados solo el 22.8 por ciento.2

Nos encontramos así, ante una de las principales causas que debilitan el empoderamiento de la mujer, la igualdad y la equidad entre sexos, donde la dominancia de los hombres se da de facto, ante el desbalanceado reconocimiento remunerativo de la actividad laboral dominante de cada género.

Para las mujeres con un trabajo remunerado inclusive, esta composición llega a representar una especie de segunda jornada laboral.

No obstante todo lo anterior, persiste en la actualidad la percepción de que estas actividades principalmente a cargo de la mujer como hemos visto, se encuentran “dadas”, es decir, no existe conciencia real sobre su importancia para el desarrollo familiar y por tanto se menosprecia su significancia real, quedando su contribución al bienestar de los hogares y al funcionamiento de la propia economía casi ocultas.

Lo que no puede continuar sucediendo y que hoy motiva la presentación del actual producto legislativo.

Más aún, cuando la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha concluido, respecto del amparo indirecto en revisión 1754/2015 que: “No considerar la contribución económica del trabajo doméstico no remunerado, para los hogares significa ahorro monetario, porque para obtener el mismo grado de bienestar en el hogar sin efectuar dicho trabajo se tendría que erogar cantidades importantes de dinero”.

Ahora bien, teniendo a la vista lo anterior, ¿qué políticas efectivas de igualdad de género podemos desarrollar?

Existen diferentes matices en la materia, algunos relacionados con el gasto público, específicamente con la provisión pública de servicios de cuidado (educación, salud, cuidado de niños y de personas mayores); donde entre mayor volumen, calidad y eficiencia en esta acción, menor resulta la exigencia sobre el tiempo de cuidado no remunerado de los miembros (mujeres) de los hogares.3

Respecto del parámetro eficiencia, “... la burocracia en la atención, la localización inconveniente de los servicios, el exceso de requisitos para el acceso, son todos elementos que implican el supuesto de la elasticidad y flexibilidad del tiempo de las mujeres para poder llevar en cualquier momento a sus hijos e hijas al servicio médico, asistir a citas escolares, etcétera.”4

En todo caso, el ajuste esta actividad resulta ser muy gradual.

Otro matiz tiene que ver con la política de empleo que define el sector público, es decir, en la medida que se garanticen buenas condiciones laborales, estabilidad y buenas expectativas de carrera o de niveles de remuneración, la necesidad de actividades no remuneradas, que recaen principalmente en las mujeres dentro de un hogar, se vuelve opcional.

Asimismo, si se combate frontalmente la segregación laboral de las mujeres en el mercado del empleo, con sus conocidas consecuencias en términos de malas condiciones de trabajo y pobres remuneraciones, que resultan ser un incentivo para la permanencia de las mujeres en el hogar, una familia puede determinar o no la contratación de servicios remunerados ligados a la economía del cuidado cuando su situación laboral y de ingresos familiares es favorable. No obstante lo anterior, este esquema suele ser privativo de deciles de ingreso superiores o de economías desarrolladas; no es el común denominador en América Latina ni en la mayoría de los hogares mexicanos.

En todo caso, ante una mejoría laboral las familias optan por el ahorro o por el incremento del gasto de consumo en proporción a su mejoría, por lo que las mujeres terminan por absorber las actividades no remuneradas relacionadas con la economía del cuidado.

Otro matiz por cierto muy utilizado en nuestro país, es el que ubica a la mujer como la receptora directa de ciertos programas sociales relacionados de alguna manera con la economía del cuidado (alimentación, salud y educación), identificándola como proveedora voluntaria dentro de un hogar de actividades no remuneradas relacionadas. Con lo que se pretende fortalecer su posición y de alguna manera, es un reconocimiento en monetario o en especie a su primordial actividad. No obstante lo anterior, ineficiencias estructurales en el modelo de desarrollo social hacen que no existan incentivos para que este reconocimiento se prolongue en el mediano o largo plazo, muy a pesar de los beneficios que pudieran aparejar la administración de estos recursos públicos, derivados de programas sociales, por parte de las mujeres.

Finalmente, se han explorado políticas públicas alrededor de los gastos tributarios de ciertos agentes que reconozcan la economía del cuidado. Tal es el caso por ejemplo de desgravaciones impositivas a empresas a cambio de la provisión gratuita de servicios de cuidado a las hijas e hijos de sus trabajadores en sus lugares de trabajo; o de subsidios a los hogares para el pago privado de estos servicios. Para ello en nuestro país existe todo un esquema alrededor de guarderías y centros de desarrollo infantil.5 O bien, para ampliar las licencias parentales de los varones, para permitirles asumir mayores responsabilidades en los primeros tiempos de crianza de los infantes.

Respetable Asamblea:

Hemos analizado la situación actual de la llamada economía del cuidado, desarrollada en su mayoría por las amas de casa de nuestro país.

Sabemos de su importancia y de las acciones emprendidas para su reconocimiento, no podemos detenernos ahora, no debemos.

Investigaciones nacionales e internacionales han coincidido en continuar avanzando en diferentes áreas que abonarían por un mayor equilibrio en las condiciones actuales de estas actividades que hoy por hoy, desarrollan de manera no remunerada en su mayoría mujeres mexicanas. Debemos al menos dotar de otras opciones para que esta decisión fuese más económica que sentimental.

El sacrificio que implica llevar los hogares debiera ser compartido por igual entre hombres y mujeres, y ambos en igualdad de condiciones entonces pudieran tomar una decisión digna para el desarrollo futuro de todos los integrantes de una familia por igual. No podemos seguir tolerando que la mujer que opta o tiene que optar por quedarse en casa, aporte para que todos se desarrollen (en un sentido económico y profesional) menos para ella misma; debemos generar incentivos para que logre corregir esta situación si así lo decide.

Peor aún, resulta ser la más afectada cuando los equilibrios fundacionales en su familia se trastocan, hablamos de separaciones o divorcios que dejan a la deriva a mujeres que dedicaron toda su vida a la economía del cuidado, no existiendo hoy algún incentivo para su re integración económica formal.

Urge definir regulaciones que tiendan a equilibrar el reparto del trabajo remunerado y no remunerado entre hombres y mujeres, terreno aún inexplorado en el marco de la ley, pero de un gran potencial de acuerdo con los estudiosos en la materia.

Camino que recorremos y hacia donde se encuentra enfocada la presente iniciativa.

Solo de esta manera se equilibraran las inequitativas condiciones vigentes alrededor de la economía del cuidado, propiciando más opciones para las amas de casa que así lo decidan.

Con base en lo anterior, proponemos la siguiente reforma para establecer incentivos fiscales a las empresas que en sus contrataciones futuras, tiendan a equilibrar su plantilla laboral entre hombres y mujeres.

Por lo anteriormente expuesto, es que presento ante esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona un párrafo final al artículo 186 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo Único. Se reforma el nombre del Capítulo II, del Título Séptimo; y se adiciona un párrafo final al artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como siguen:

Capítulo II
De los Patrones que Contraten a Personas que Padezcan Discapacidad, y Adultos Mayores y de Aquellos que Tiendan a Equilibrar por Género las Nuevas Contrataciones en su Plantilla Laboral

Artículo 186. El patrón que contrate a personas que padezcan discapacidad motriz y que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes, podrá deducir de sus ingresos, un monto equivalente al 100% del impuesto sobre la renta de estos trabajadores retenido y enterado conforme al Capítulo I del Título IV de esta Ley, siempre y cuando el patrón esté cumpliendo respecto de dichos trabajadores con la obligación contenida en el artículo 12 de la Ley del Seguro Social y además obtenga del Instituto Mexicano del Seguro Social el certificado de discapacidad del trabajador.

Se otorgará un estímulo fiscal a quien contrate adultos mayores, consistente en el equivalente al 25 % del salario efectivamente pagado a las personas de 65 años y más. Para estos efectos, se deberá considerar la totalidad del salario que sirva de base para calcular, en el ejercicio que corresponda, las retenciones del impuesto sobre la renta del trabajador de que se trate, en los términos del artículo 96 de esta Ley.

Se otorgará un estímulo fiscal a quien contrate hombres y mujeres de manera equilibrada, utilizando como referencia la última inscripción realizada de un trabajador al Instituto Mexicano del Seguro Social, consistente en el equivalente al 10% del salario efectivamente pagado a las personas de nueva contratación, hasta por un ejercicio fiscal. Para estos efectos, se deberá considerar la totalidad del salario que sirva de base para calcular, en el ejercicio que corresponda, las retenciones del impuesto sobre la renta del trabajador de que se trate, en los términos del artículo 96 de esta Ley.

Transitorio

Artículo Único. La presente reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Inegi. “Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Mujer (8 de marzo)”. 2016.

2 Ídem.

3 CEPAL, Trigésima octava reunión de la Mesa Directiva de la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe. Panel, Políticas de Protección Social, Economía del Cuidado y Equidad de Género. Doctora. Corina Rodríguez Enríquez. 2005.

4 Batthyany, Karina (2004) “Cuidado infantil y trabajo: ¿un desafío exclusivamente femenino? Una mirada desde el género y la ciudadanía social. Montevideo, Uruguay.

5 Ídem.

Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 10 de enero de 2018.

Diputado José Hugo Cabrera Ruiz (rúbrica)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob a instaurar con las 32 entidades federativas campañas para concienciar a la población, con especial atención en niños y adolescentes, sobre el uso responsable de las redes sociales, suscrita por senadores del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, senadores de la república integrantes del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de la Comisión Permanente la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las redes sociales son los sitios de Internet preferidos por el sector más joven de la población, que les permite interactuar, compartir, crear comunidades sobre intereses similares como juegos, trabajo, relaciones amorosas y comerciales, principalmente.

Sin embargo, los contenidos que se consumen en redes sociales también pueden tener efectos negativos en los usuarios. Las cuales están enfocados a causar alguna afectación al internauta como el fraude cibernético, redes de prostitución y el robo de identidad.1

Para ponderar la magnitud de esta situación, la Asociación Mexicana de Internet señala que actualmente 65 millones de mexicanos tienen acceso a internet. De ellos, el mayor porcentaje de usuarios se halla entre el sector de la población menor de 18 años, que representa 34 por ciento del total, seguido del sector de entre 25 y 34 años, con 20 por ciento; 15 por ciento lo representan los usuarios de entre 35 y 44 años, mientras que el grupo de los 45 a los 55 es de 9; y finalmente los usuarios mayores de 55 años son alrededor de 5.2

Hoy, los mexicanos en promedio utilizan 7 horas y 14 minutos internet: 1 hora y 3 minutos más que en 2015. En cuanto al lugar de acceso a internet destaca el hogar (87 por ciento), seguido de cualquier lugar gracias a los dispositivos móviles (52). El método de conexión más popular es WIFI contratada (84 por ciento) a diferencia de otros medios como plan de datos (27) o WIFI en lugares públicos (26).

Tener acceso a Internet está cambiado los hábitos de tres de cada cuatro internautas: se utiliza la vía online sobre todo para escuchar música, ver películas, la formación y la gestión de las finanzas (en este último caso, tan sólo 9 por ciento la realizan de forma más presencial que online).

Entre los usos personales que los usuarios le dan al Internet destaca acceder a redes sociales (cerca de 80 por ciento), por encima de enviar/recibir mails o mensajes instantáneos; ver películas/series en streaming (96 por ciento) y jugar en línea (96 por ciento).

Sin embargo, Facebook es la red social líder en el país, seguida de WhatsApp, siendo las más usadas a diario, con un promedio de 5 horas y 15 minutos. En uso y preferencia les siguen YouTube, Instagram y Twitter.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía indica que los adolescentes el comportamiento es muy similar al de la población de 6 a 11 años, ya que los usos que el mayor porcentaje de población femenina y masculina hacen del Internet se registra en las actividades de entretenimiento con 89.4 y 82.6 por ciento, respectivamente; mientras que acceder a redes sociales resulta una actividad de mayor importancia para los jóvenes por encima de las actividades de apoyo a la educación con 83.3 por ciento de hombres y 84.7 de mujeres.3

Al menos uno de cada siete menores ha recibido solicitudes sexuales por parte de adultos, que se hacen pasar como amigos a través de perfiles falsos en redes sociales, en las cuales predomina el intercambio de fotografías con contenido sexual.

Sin duda, una de las principales problemáticas de las redes sociales es el grooming, la cual es definida como el acoso sexual a menores de edad por parte de adultos que se realiza a través de Internet, principalmente por medio del uso de redes sociales, caracterizado por el contacto inicial, el intercambio de mensajes y de imágenes con contenido sexual, el cual puede desembocar finalmente en un encuentro entre el adulto y el menor de edad que generalmente da pie a otros delitos como la trata de personas, abuso sexual o violación sexual.

El incremento de este tipo de casos en nuestro país va en aumento. En el último año, de acuerdo a cifras oficiales de la Federación de América Latina y el Caribe de Clubes, Centros y Asociaciones Unesco capítulo México, el grooming se triplicó debido en parte a que más de 35 millones de menores de edad, ya tienen acceso a internet y redes sociales.

Las escuelas de educación básica y media superior son los medios más importantes para concientizar a edad temprana a niñas, niños, adolescentes y jóvenes sobre los diferentes riesgos que resultan del uso inapropiado e irresponsable de las tecnologías y redes sociales.

Por lo anterior resulta urgente instaurar acciones oportunas para concientizar a la población, con especial atención a las niñas, niños y adolescentes, a fin de prevenir posibles delitos, como la pornografía infantil, el comercio sexual infantil, el maltrato infantil, el abuso sexual y el narcomenudeo.

De allí la necesidad de advertir a las familias para sensibilizar a los menores de edad sobre los riesgos de subir datos personales en las redes sociales y generar una cultura de prevención y concienciación del uso del Internet y redes sociales, con el objeto de que su uso sea seguro y responsable, y de esta manera salvaguardar la seguridad e integridad de este sector de la población.

Ante este panorama, es apremiante que la Secretaría de Gobernación para que, en coordinación con las 32 entidades federativas, instrumenten campañas para concientizar a la población, con especial atención a las niñas, niños y adolescentes, sobre el uso responsable de las redes sociales, con el objeto de prevenir y atender de manera oportuna posibles delitos en todo el país.

Por lo expuesto sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente propuesta:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a instaurar con las 32 entidades federativas y en el ámbito de sus respectivas atribuciones campañas para concienciar a la población, con especial atención a las niñas, niños y adolescentes, sobre el uso responsable de las redes sociales, con el objeto de prevenir y atender de manera oportuna posibles delitos en todo el país.

Notas

1 https://www.entrepreneur.com/article/271620

2 http://imco.org.mx/banner_es/estudio-de-habitos-de-los-usuarios-de-inte rnet-en-mexico-via-amipci/

3 http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2017/ni%C3 %B1o2017_Nal.pdf

Dado en el salón de sesiones de la H. Comisión Permanente, a los 04 días del mes de enero del 2018.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Morelos a informar sobre los avances en la solventación de las observaciones de la ASF correspondientes a la Cuenta Pública de 2016, por diversas irregularidades en el ejercicio de las participaciones a entidades federativas que presumiblemente representaron un daño a la hacienda pública por casi 960 millones de pesos, suscrita por senadores del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, senadores de la República integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El Ramo General 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, se refiere a los recursos que se transfieren a éstas, correspondientes a las participaciones en ingresos federales e incentivos económicos. Estos recursos no tienen un destino específico en el gasto de los gobiernos locales.

El Ramo General 28 se asigna de manera proporcional a la participación de las entidades en la actividad económica

El gobierno del estado de Morelos, lejos de ejercer estos recursos con eficacia, eficiencia y honradez tal como los señala el artículo 134 constitucional, incurrió en distintas irregularidades que podrían representar un daño al erario público por casi 960 millones de pesos.

De acuerdo a la Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 16-A-17000-02-1138, correspondiente a la Cuenta Pública 2016, el gobierno estatal realizó pago por “Servicios Personales” por más de mil 601 millones de pesos; no obstante, no presentó la información comprobatoria y justificativa del pago de más de 451 millones de pesos.

La Auditoría Superior de la Federación detectó que se realizaron pagos por más de 72 millones de pesos por “Servicios Profesionales, Científicos, Técnicos y Otros Servicios”, sin embargo, la documentación comprobatoria no corresponde a las Participaciones Estatales.

En el ejercicio de los recursos transferidos al concepto 4100, “Transferencias Internas y Asignaciones al Sector Público”, el gobierno de Morelos no comprobó el gasto de más 249 millones de pesos.

La ASF señaló un probable daño al erario por más de 53 millones de pesos, porque el gobierno del estado no presentó la documentación comprobatoria del ejercicio de recursos del concepto 9200 “Intereses de la Deuda Pública”.

El gobierno de Morelos realizó transferencias indebidas de los recursos de Participaciones Estatales por un monto de más de 63 millones de pesos. La ASF identificó pagos por trabajos que no se concluyeron por un monto de más de 4 millones de pesos.

De igual forma realizó pagos en exceso respecto de la plantilla de personal autorizada en el Diario Oficial del Estado de Morelos, por lo que se presume un daño al erario por casi 12 millones de pesos. Asimismo, la ASF detectó que el gobierno estatal realizó pago por concepto de percepciones que no se encuentran autorizadas, por más de 50 millones de pesos.

La ASF concluyó que el estado de Morelos no cumplió con una gestión eficiente y transparente de los recursos de las Participaciones Estatales y estimó recuperaciones probables por 959 millones 651 mil pesos.

Por todo lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el presente:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Morelos a informar esta soberanía sobre los avances en la solventación de las observaciones realizadas por la Auditoría Superior de la Federación correspondientes a la Cuenta Pública 2016, por diversas irregularidades en el ejercicio de las participaciones federales a entidades federativas que presumiblemente representaron 960 millones de pesos.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual la Comisión Permanente del Congreso de la Unión expresa preocupación por la actual ola de violencia en Chihuahua; y exhorta al gobernador a adoptar de modo urgente, en cumplimiento de sus obligaciones constitucionales y legales, medidas para garantizar la seguridad de la población, a cargo del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de la Comisión Permanente proposición con puntos de acuerdo de urgente resolución, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La seguridad pública, una de las principales funciones de las autoridades de los tres órdenes de gobierno, es indispensable para salvaguardar la integridad y el patrimonio de la ciudadanía. Sin embargo, desde 2016, el tema de la inseguridad se ha convertido en una de las principales problemáticas que enfrenta todos los días la ciudadanía en Chihuahua.

Diferentes medios de comunicación, locales y nacionales,1 han documentado un alarmante incremento en el índice de inseguridad, pues entre 2016 y 2017 los homicidios dolosos se incrementaron en 26.2 por ciento: pasaron de mil 232 a mil 556. En 2018, en sólo 7 horas, se registraron 31 asesinatos, de los cuales 21 tuvieron lugar en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Sumado a lo anterior, la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública correspondoiente a 20172 estimó que la violencia y los delitos en los hogares del Estado de Chihuahua en 2016 no solamente provocaron pérdidas humanas, sino que, además, han ocasionado daños económicos por un total de 5 mil 165.1 millones de pesos.

De igual manera, durante la administración de Javier Corral, Chihuahua se ha posicionado como líder en narcomenudeo, pues las denuncias por ese delito aumentaron 110 por ciento en tan sólo 11 meses, es decir, pasaron a 7 mil 437 de enero a noviembre de 2017.3

No debemos soslayar el hecho de que en días recientes, distintos medios de comunicación señalaron que entre octubre de 2016 y septiembre de 2017 se robaron mil 237 vehículos asegurados en Chihuahua, cifra que representa un aumento de 25.2 por ciento respecto al mismo periodo del año anterior.

El 8 de enero de 2018, a través de la prensa nacional,4 se dio cuenta de los hechos violentos acontecidos en diversos municipios del estado de Chihuahua, así como de la lamentable decisión local de privilegiar los recursos para eventos y espectáculos públicos frente a la seguridad pública; hecho que acredita la falta de interés del gobierno estatal por garantizar la seguridad de sus habitantes.

Diversos medios de comunicación5 han documentado la ola de violencia e impunidad que se vive en Chihuahua, colocándola entre los cinco estados con mayor índice de homicidios dolosos. Lo anterior se deriva en buena medida del incumplimiento de las obligaciones consagradas en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 93 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; que señalan:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 21. ...

...

La seguridad pública es una función a cargo de la federación, las entidades federativas y los municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.

...

Constitución Política del Estado de Chihuahua

Artículo 93. Son facultades y obligaciones del gobernador

...

V. Velar por la conservacio?n del orden, tranquilidad y seguridad del estado y por la personal de sus habitantes, protegie?ndolos en el uso de sus derechos.

Es evidente que la violencia, la delincuencia y la impunidad en Chihuahua se encuentran fuera de control; dicha entidad vive altos índices de inseguridad. El Grupo Parlamentario del PRI exige a las autoridades estatales que cumplan con sus obligaciones y, en coordinación con los ayuntamientos de dicha entidad federativa, garanticen la seguridad de sus habitantes.

Por lo expuesto se someten a consideración de la asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión expresa su preocupación por la ola de violencia que vive Chihuahua; y exhorta al gobernador, Javier Corral Jurado, a adoptar urgentemente, en cumplimiento de sus obligaciones constitucionales y legales, medidas para garantizar la seguridad de la población.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al gobierno de Chihuahua a instaurar con las autoridades municipales una nueva estrategia de seguridad para hacer frente a los altos índices de homicidios dolosos y narcomenudeo.

Notas

1 Fuente:
https://www.elheraldodechihuahua.com.mx/policiaca/hubo-mil-556-homicidios-en-el-2017-549960.html

http://www.milenio.com/policia/ola_violenta-chihuahua-muertos-horas
-violencia-crimen_organizado-homicidios-milenio_0_1098490152.html

2 Fuente:http://www.beta.inegi.org.mx/contenidos/proyectos/enchogares/reg ulares/envipe/2017/doc/envipe2017_chih.pdf

3 Fuente: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2018/01/07/chihuahua-lider-en-narcom enudeo-el-ano-pasado-sg-113.html

4 Fuente: https://www.razon.com.mx/chihuahua-les-pegan-homicidios-y-quitan-fondos -a-policia-no-a-fiestas/

5 Fuente: http://diario.mx/Estado/2017-10-25_0f8d404a/chihuahua-en-el-top-de-homi cidios/

http://www.milenio.com/policia/ola_violenta-chihuahua-muertos-horas
-violencia-crimen_organizado-homicidios-milenio_0_1098490152.html

http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2018/01/05/noche-viol enta-en-chihuahua-20-homicidios-2072.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de enero de 2018.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a investigar y auditar los recursos ejercidos por la administración de Graco Luis Ramírez Abreu en el proceso de reconstrucción de viviendas e infraestructura carretera, educativa y de telecomunicaciones por las afectaciones derivadas de los sismos, suscrita por los senadores del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, senadores de la República integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Derivado de los sismos del pasado mes de septiembre de 2017, por lo menos 15 mil 704 viviendas presentaron daños severos en el estado de Morelos, entre los municipios más afectados se encuentran Cuernavaca, Tetecala, Miacatlán, Yecapixtla, Jiutepec, Cuautla, Xochitepec, Axochiapan, Yautepec, Tlayacapan, Jojutla y Zacatepec.

En Jojutla se ha reportado el desplazamiento forzado de personas, debido a que no ha sido posible la reactivación de las actividades económicas y son nulos los apoyos por parte del gobierno del estado para superar los daños económicos, físicos y emocionales de la población. No obstante, las medidas emprendidas por el estado no han sido eficientes.

Desde un inicio se documentó la retención de víveres, su uso con presuntos fines electorales y la nula transparencia en su entrega a las personas y a las comunidades más necesitadas.

Diversos medios de comunicación documentaron como trabajadores de la policía y de transito de la entidad, obligaban a los choferes de tráileres, camionetas y autos particulares a descargar las despensas y otros víveres como agua embotellada, comida enlatada, cobijas y ropa etcétera, enviados por parte de la población en general y organizaciones de la sociedad civil en las bodegas del DIF estatal.1

Además se denunciaron amenazas y actos de amedrentamiento hacia los empresarios que apoyaran a los damnificados de manera directa, obligándoles a dar su apoyo al gobierno estatal para que fueran ellos quienes lo entregaran. Por estas anomalías la Comisión Nacional de los Derechos Humanos inició una serie de averiguaciones para deslindar responsabilidades en la obstrucción de ayuda y arrebato de víveres.

Existen indicios de que se condicionó la ayuda, ya que para recibir alguna dispensa se solicitaba la entrega de la credencial de elector, este requisito además de ser violatorio a nuestro entrado jurídico electoral, representa una limitante en el acceso de los apoyos, debido a que muchas personas perdieron sus documentos de identidad y debido a ello no pudieron ser acreedores de estos beneficios.2

El proceso de reconstrucción no ha estado exento de irregularidades y señalamientos de corrupción, peculado, uso electoral y conflicto de interés, ejemplo de esta situación, es que han sido nombrados “coordinadores de la reconstrucción” personas vinculadas con negocios de Rodrigo Gayosso Cepeda, ex dirigente del PRD en el estado.

A decir de diversos empresarios, este proceso para reactivar y dinamizar la economía, recobrar el patrimonio y restablecer la infraestructura productiva está viciado, pues solo se buscan beneficios políticos y electorales ya que el titular de la administración pública estatal y el aspirante a la gubernatura por el PRD, Rodrigo Gayosso Cepeda son quienes asignan los trabajos y la realización de obra pública.

No debemos dejar pasar por desapercibido que tanto Sergio Arturo Beltrán Toto y Francisco Velázquez Adán han estado relacionados con empresas fantasmas, a las cuales se les han asignado recursos públicos, sin embargo, no realizan los trabajos para los que fueron contratados, asimismo, han sido señalados por la asignación de obras indebidas para beneficio personal.3

Los integrantes del Grupo Parlamentario del PRI, consideramos necesario que ante estas irregularidades, la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Estado de Morelos, audite los recursos ejercidos por la administración estatal para el proceso de reconstrucción a consecuencia de las afectaciones generadas por los sismos a las viviendas y a la infraestructura carretera, educativa y de telecomunicaciones.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta:

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta al Congreso del estado de Morelos para que, a través de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización, audite e investigue los recursos ejercidos por la administración del gobernador Graco Luis Ramírez Garrido Abreu para el proceso de reconstrucción a consecuencia de las afectaciones generadas por los sismos a las viviendas y a la infraestructura carretera, educativa y de telecomunicaciones, debido a posibles actos de corrupción, peculado y conflictos de intereses en la asignación, ejecución y comprobación de estos presupuestos.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta al gobierno del estado de Morelos para que, en el marco de sus atribuciones, presente ante esta Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, un informe pormenorizado de las acciones emprendidas y sus resultados, así como de las políticas a desarrollar en el marco del proceso de reconstrucción derivado de los sismos del pasado mes de septiembre de 2017 en la entidad, precisando montos, población beneficiaria, origen de los recursos, temporalidad, contratos signados y procesos realizados para su asignación.

Notas

1 Rubicela Morelos Cruz. (2017). La esposa de Graco se apropia de víveres para damnificados. 08/01/2018, de La Jornada Sitio web: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2017/09/23/la-esposa-de-graco-se-apr opia-de-viveres-para-damnificados-3786.html

2 Jaime Luis Brito. (2017). Denuncian que el gobierno de Graco Ramírez condiciona ayuda en Morelos. 09/012018, de Proceso Sitio web: http://www.proceso.com.mx/504396/denuncian-gobierno-graco-ramirez-condi ciona-ayuda-en-morelos

3 Jaime Luis Brito. (2017). Cercanos a hijastro de Graco Ramírez son nombrados “coordinadores” de la reconstrucción en Morelos. 09/01/2018, de Proceso Sitio web:

http://www.proceso.com.mx/506368/cercanos-a-hijastro-graco-ramirez
-nombrados-coordinadores-la-reconstruccion-en-morelos

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, sede de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, al día 10 del mes de enero del año dos mil dieciocho.

(rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Quintana Roo a fortalecer las acciones en materia de seguridad pública ante el incremento sostenido de robos contra negocios, suscrita por los senadores del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, senadores de la República, integrantes del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable Comisión Permanente la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

A más de un año del inicio de la actual administración del gobernador del estado de Quintana Roo, la entidad enfrenta una situación de inseguridad creciente, en perjuicio de la paz y la tranquilidad de la población.

El Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, establece que para lograr acciones y estrategias articuladas que ayuden a reducir los índices de inseguridad en la entidad es necesario instrumentar estrategias cercanas a la población en el marco del respeto a los derechos humanos, así como esquemas de corresponsabilidad ciudadana que permiten diseñar políticas públicas integrales para una eficaz gobernanza, así como para la prevención y el combate a los delitos, a fin de salvaguardar la integridad y el patrimonio de toda la población.1

Dentro de las principales acciones del plan en la materia, destacan las siguientes: Fortalecer los cuerpos policiales para proteger a los ciudadanos y consolidar un estado seguro y eficiente, generar esquemas de especialización al estado de fuerza, para focalizar la implementación de estrategias en materia de seguridad e instrumentar un programa de homologación para fortalecer a las instituciones de seguridad pública de todos los municipios.

No obstante lo anterior, en los últimos meses del 2017 y primeros días del 2018 se ha enlistado como una de las entidades federativas con mayor número de delitos del país. Para ponderar la gravedad de esta problemática, cabe mencionar que de acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), tan solo entre enero-noviembre del año pasado se registró un total de 23 mil 875 delitos, de los cuales mil 861 fueron lesiones, 7 mil 960 robos sin violencia y 443 homicidios, este último tuvo un aumento de 70 por ciento en comparación con el mismo periodo del 2016.2

En el mismo periodo se contabilizaron un total de mil 345 robos a negocio con violencia por lo que en comparación con el mismo periodo del 2016, éste se incrementó en un 184 por ciento. Asimismo, los robos a negocio sin violencia alcanzaron mil 64 casos, cifra que representó un aumento de 56 por ciento.3

En general, el total de robos a negocio sumó 2 mil 409 en dicho periodo, lo que significa tres robos diarios, en promedio.

En el mes de noviembre pasado se cometieron un total de 215 robos a negocios con violencia, por lo que comparación con el mismo mes del 2016, tuvo un aumento de más de 155 por ciento.

En este mismo orden de ideas, de acuerdo con el Semáforo Delictivo, en noviembre pasado, se cometieron 303 robos a negocio, por lo que en comparación al mismo mes del 2015, tuvo un aumento de 167 casos, lo que representa 10 robos cada día.4

Los municipios con mayores incrementos de robos a negocios fueron: Solidaridad y Cozumel con respecto a igual mes del 2016.

Diversos medios periodísticos señalan que el pasado 7 de enero, en Playa del Carmen, se reportó el hallazgo de un cuerpo en el interior de un taller electromecánico.

La Fiscalía General del Estado (FGE) dio a conocer que dos personas murieron a consecuencia de las heridas de bala que sufrieron durante un asalto a una tienda de abarrotes, en la región de Cancún. El Observatorio Quintanarroense de Seguridad Ciudadana (OQSC) expuso que los robos a negocios con violencia aumentaron a finales del año pasado.

Por otra parte, el 5 de enero, un menor de 17 años fue baleado en la colonia irregular Valle Verde por oponerse a que le robaran su teléfono celular, fue trasladado al hospital.5

En este contexto, resulta preocupante la falta de resultados por parte del gobierno del estado de Quintana Roo en materia de la erradicación de los delitos, pese a que se estableció como una estrategia gubernamental prioritaria.

Los anteriores datos revelan que las acciones hasta ahora implementadas han resultado insuficientes e ineficientes para atender la inseguridad que prevalece la entidad y que afecta a la mayoría de los quintanarroenses.

La protección de la vida y salvaguardar el patrimonio de los habitantes es una función ineludible. Nuestra Ley Fundamental, en su artículo 21, establece que la seguridad es una función a cargo de la Federación, las entidades federativas y los municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas.6

Por otro lado, la Ley de Seguridad Publica para el Estado de Quintana Roo, expresa en su artículo 16, que el Gobernador del Estado a través de la Secretaría de Seguridad Pública, velará por la conservación del orden, tranquilidad y seguridad del estado.7

El gobernador de la entidad no puede ser omiso ante sus obligaciones fundamentales, como la de brindar las condiciones de seguridad que contribuyan a tranquilidad, estabilidad y bienestar de la población.

Ante este panorama, resulta urgente que el gobierno del estado refuerce las acciones para garantizar la seguridad en los municipios de la entidad, con el objeto de salvaguardar la integridad y el patrimonio de las familias quintanarroenses.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta.

Punto de acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Quintana Roo para que, en el ámbito de sus atribuciones, fortalezca las acciones en materia de seguridad pública, ante el incremento sostenido de robos a negocio en diferentes municipios de la entidad, con el objeto de restituir el orden y la paz, así como salvaguardar la tranquilidad, integridad y el patrimonio de los habitantes.

Notas

1 http://transparencia.utrivieramaya.edu.mx/wp-content/uploads/2017/02/Pl an-estatal-de-desarrollo-2016-2022.pdf

2 http://secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/estadisti cas%20del%20fuero%20comun/Cieisp2017_112017.pdf

3 http://secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/estadisti cas%20del%20fuero%20comun/Cieisp2017_112017.pdf

4 http://qroo.semaforo.com.mx/Semaforo/Incidencia

5 http://www.yucatan.com.mx/mexico/balaceras-quintana-roo

6 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_150917.pdf

7 http://cedoc.inmujeres.gob.mx/ftpg/QRoo/QROO_MA8_SP_INI CIATIVA_2012.pdf

Dado en el salón de sesiones de la honorable Comisión Permanente, a los 10 días del mes de enero del 2018.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al gobierno de Chihuahua a fortalecer la estrategia de combate del homicidio doloso, que ha aumentado de manera sistemática desde el inicio de la actual administración, suscrita por los senadores del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, senadores de la república integrantes del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable Comisión Permanente la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La seguridad pública constituye un tópico medular y prioritario de las agendas gubernamentales de los tres órdenes de gobierno y de la sociedad en general.

Es un derecho fundamental de las personas, en la medida que permite salvaguardar su integridad, seguridad y patrimonio, a la vez que representa importantes beneficios para la sociedad en su conjunto al garantizar el orden, la paz y sentar las bases para las inversiones, el crecimiento económico y el progreso.

Ello demanda la estrecha coordinación de los tres ámbitos de gobierno, como lo establece el artículo 21 de nuestra Constitución Política.

Pese a lo anterior, el estado de Chihuahua ha registrado un aumento sostenido en el número de homicidios dolosos desde el inicio de la administración estatal, ubicando a la entidad en los primeros lugares en el contexto nacional.

Se trata del delito de alto impacto más importante por sus consecuencias para la integridad de las personas y sus familias, por lo que constituye un indicador clave para entender y analizar los niveles de violencia, la falta de seguridad e incidencia delictiva, aunque no hay que perder de vista la dinámica de los demás delitos de esta naturaleza.

El Plan Estatal de Desarrollo del Gobierno del estado de Chihuahua 2017-2021, establece a la Justicia y Seguridad como uno de sus cinco ejes rectores, cuyo objetivo 1 plantea “Mejorar las condiciones de seguridad pública y procuración de justicia para contribuir a la seguridad humana y al desarrollo integral y equitativo de todas las regiones del estado.1

No obstante, el número de delitos total y de los homicidios se ha incrementado de manera sostenida durante el presente gobierno estatal. Para poner en su justa dimensión la magnitud de esta problemática, basta señalar que de acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, entre enero y noviembre de 2017, se registraron un total de mil 739 homicidios, de los cuales mil 425 dolosos, es decir, 83 por ciento del total.

Ello significa que diariamente se han cometido dos de estos homicidios, en promedio. Cabe destacar durante los primeros once meses del año, se tuvieron 860 homicidios con arma de fuero, cifra mayor a la observada en todo el año de 2016 con 791.

Tan sólo en el mes de noviembre pasado, se registraron 137 homicidios, cifra superior a los 106 cometidos en igual mes de 2016. De esta manera, la tasa de homicidio doloso por cada 100 mil habitantes se incrementó de 32.89 al cierre del 2016 a 37.68 al mes de noviembre del año pasado, la cual duplica el promedio nacional.

En este mismo sentido, según datos del Semáforo Delictivo, el estado de Chihuahua se ubica en el lugar 6 a nivel nacional por el número de delitos cometidos.2

Pero, los hechos ocurridos en los primeros días de 2018, revelan un alza preocupante de dicho delito. Según diversos medios periodísticos, el 5 de enero se registraron en la entidad 31 homicidios en únicamente 7 horas, de los cuales 21 ocurrieron en Ciudad Juárez, cifra que empata con la del 19 de diciembre pasado, niveles que no se habían visto en años.

Pocos son los delitos cuyas consecuencias sean tan severas como las provocadas por un homicidio, que van desde la pérdida de un ser querido hasta la atención psicológica requerida por las familias. Se trata de la privación de uno de los derechos humanos fundamentales, como es el derecho a la vida, el cual no puede ser suspendido en ningún caso ni circunstancia de acuerdo con el artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,3 así como el artículo 27 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.4

Es indudable que gobierno estatal ha sido incapaz de garantizar la tranquilidad e integridad de los chihuahuenses, pese a los diversos exhortos realizados por el Senado de la República para fortalecer la estrategia de combate a la inseguridad en toda la entidad.

La Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública del estado de Chihuahua, señala en su artículo 2 que la seguridad pública es una función a cargo del estado y los municipios, en su respectivo ámbito de competencia, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del individuo.5

Establece que el estado combatirá las causas que generan la comisión de delitos y conductas antisociales y desarrollará políticas, programas y acciones para fomentar en la sociedad valores culturales y cívicos que induzcan el respeto a la legalidad.

Asimismo –menciona– que el estado garantizará la seguridad pública a través de un diseño transversal de políticas de prevención y su implementación efectiva, que permita garantizar los factores de riesgo que originan la delincuencia, para erradicarlos, así como establecer los mecanismos necesarios para la reinserción social.

Debido a la crítica situación por la que atraviesa la entidad en materia de seguridad pública, es necesario reforzar la estrategia de combate a la comisión de delitos del alto impacto, principalmente, de homicidio doloso, con la finalidad de restituir la paz, el orden y la tranquilidad en todo el territorio estatal

La seguridad pública es parte esencial del bienestar de una sociedad. El estado de derecho genera las condiciones que posibilitan a las personas realizar sus actividades cotidianas con la certeza de que su vida, su patrimonio y otros bienes jurídicos tutelados están exentos de todo peligro, daño y riesgo.

En general, se trata de una de las exigencias más sentidas de la población, que reclama de una visión integral y de una solución pronta y eficaz en beneficio de las familias mexicanas.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Soberanía la siguiente propuesta con

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al gobierno de Chihuahua para que, en el ámbito de sus atribuciones, fortalezca su estrategia de combate al homicidio doloso, delito que ha aumentado de manera sistemática desde el inicio de la actual administración estatal, en perjuicio de la paz, tranquilidad e integridad de la población.

Notas

1 http://www.chihuahua.gob.mx/planestatal/

2 http://www.semaforo.mx/content/semaforo-de-chihuahua

3 http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CCPR.aspx

4 https://www.oas.org/dil/esp/tratados_b-32_convencion_americana_sobre_de rechos_humanos.htm

5 http://www.municipiochihuahua.gob.mx/TransparenciaArchivos/2do%20Trimestre%202017/Fraccion%20I%20El%
20marco%20normativo%20aplicable%20al%20sujeto%20obligado,%20en%20el%20que%20deber%C3%A1%20
incluirse%20leyes,%20c%C3%B3digos,%20reglamentos,%20decretos%20de%20creaci%C3%B3n,%20manuales%
20administrativos,%20reglas%20de%20operaci%C3%B3n/Ley%20del%20Sistema%20Estatal%20de%20Seguridad%20P%C3%BAblica.pdf

Dado en el salón de sesiones de la honorable Comisión Permanente, a 10 de enero de 2018.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la ASF a fiscalizar distintas obras asignadas por el Consejo Estatal de Concertación para la Obra Pública de Sonora en el periodo 2013-2015, que habrían sido utilizadas para financiar la candidatura de Damián Zepeda Vidales a la alcaldía de Hermosillo en 2015, suscrita por los senadores del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, senadores de la república integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En días recientes, distintos medios de comunicación han documentado una presunta red de corrupción que presumiblemente habría desviado recursos públicos por un monto de 700 millones de pesos, para financiar la campaña de Damián Zepeda Vidales a la presidencia municipal de Hermosillo en el año 2015.

En dicha red habrían participado Ricardo Anaya Cortés, precandidato de la coalición “Por México al Frente” y Damián Zepeda cuando desempeñaron el cargo de diputados federales en la LXII Legislatura (2012 -2015).

Durante la LXII Legislatura, Damián Zepeda se habría desempeñado en posiciones estratégicas para la asignación de recursos económicos, en virtud de que presidió la presidencia de la Comisión de Hacienda y Crédito Público y ocupó la secretaría de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Su modus operandi, consistía en gestionar desde la Cámara de Diputados recursos que eran canalizados al municipio de Hermosillo a través del Consejo Estatal de Concertación para la Obra Pública (CECOP).

Posteriormente, el entonces coordinador de dicha instancia, Francisco Arnaldo Monge Araiza, se encargaba de asignar las obras a dos empresas. Los medios de comunicación identificaron 9 obras que beneficiaron a Desarrollo y Servicios OLBAP SA de CV y HAW Desarrollos, SA de CV, la primera representada por Manuel Abaláis Hopkins, persona cercana a Damián Zepeda y Guillermo Padrés Elías, hijo del exgobernador de Sonora.1

La parte final de dicha operación, se daba cuando se recaudaba las aportaciones de los proveedores beneficiados, para posteriormente destinarlos a financiar la campaña a la presidencia municipal de Damián Zepeda, durante el año 2015.2

Las operaciones realizadas a través de este esquema, se realizaron entre el año 2013 y 2015 y habrían ascendido a un desvío de recursos por 700 millones de pesos. Cabe señalar, que tan sólo en el ejercicio correspondiente al 2014, la CECOP habría asignado 19 obras a 10 empresas relacionas con el ahora presidente nacional del PAN, Damián Zepeda.3

Los desvíos de Fondos Federales para financiar proyectos políticos por parte de Damián Zepeda, no es un hechos aislado, cabe recordar que Ricardo Anaya, institucionalizó dentro del Partido Acción Nacional, los llamados moches, es decir, la solicitud de una comisión de entre 17 y 20 por ciento a alcaldes y gobernadores por parte de la dirigencia nacional del PAN, para que le sean asignados recursos para obras desde la Cámara de Diputados y los cuales son otorgados a los contratistas que la presidencia de ese instituto determina.4

Los hechos son contundentes y dan cuenta de la práctica sistemática de la dirigencia nacional del PAN para desviar recursos públicos con el propósito de financiar proyectos políticos, en este sentido, los legisladores del PRI, consideramos apremiante que la Auditoría Superior de la Federación, lleve a cabo una revisión de los contratos asignados por el Consejo Estatal de Concertación para la Obra Pública de Sonora, durante el período comprendido en el año 2013 – 2015, a fin de verificar que estos se hayan otorgado conforme a la normatividad aplicable.

Por todo lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el presente

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Auditoría Superior de la Federación, para que lleve a cabo la fiscalización de distintas obras asignadas por el Consejo Estatal de Concertación para la Obra Pública de Sonora, durante el periodo 2013 -2015, que presumiblemente habrían sido utilizadas para financiar las candidatura de Damián Zepeda Vidales a la presidencia de la alcaldía de Hermosillo en el año 2015 y que habría significado un desvío de recursos por más de 700 millones de pesos. Asimismo, para que en su caso promueva las acciones que conforme a derecho procedan.

Notas

1 “Líder del PAN desvió recursos de Sonora para financiar campañas en Hermosillo”, SDP noticias, <

https://www.sdpnoticias.com/local/sonora/2017/12/21/lide r-del-pan-desvio-recursos-de-sonora-para-financiar-campana-en-hermosill o> Consultado el 8 de enero de 2017.

2 Ibíd.

3 Ibíd.

4 “Los moche de Anaya a través del Ramo 23”, Milenio http://www.milenio.com/firmas/ricardo_aleman/ricardo_anaya-pan-pres idente_nacionl_pan_18_843695658.html Consultado el 9 de enero de 2018

Dado en el salón de sesiones de la honorable Comisión Permanente, a 10 de enero de 2018.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Contraloría General de la Ciudad de México a fiscalizar los recursos ejercidos por las delegaciones gobernadas por Morena, a fin de garantizar que éstos no sean desviados para financiar la precampaña y campaña de Claudia Sheinbaum Pardo y Andrés Manuel López Obrador, suscrita por los senadores del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, senadores de la República integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, de urgente resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 8 de septiembre de 2017, dio inicio el proceso electoral 2017-2018, en el cual se elegirá, entre otros, al Presidente de la República, se renovará la totalidad del Congreso de la Unión (500 Diputados y 128 Senadores), se elegirá al jefe de gobierno de la Ciudad de México, además de diversas gubernaturas, presidencias municipales y congresos estatales.

Del 14 de diciembre al 11 de febrero, están programadas las precampañas electorales al interior de los partidos políticos o de las coaliciones que hayan sido registradas y aprobadas ante los institutos electorales.

Desafortunadamente, se presentan prácticas antidemocráticas y violatorias del marco regulatorio que rige el proceso electoral, como la utilización de recursos públicos en apoyo a ciertos candidatos.

Basta mencionar que durante la realización de un evento político de la precandidata Claudia Sheinbaum Pardo, en la Delegación Coyoacán, fueron detectadas la presencia de vehículos oficiales y de personal, en pleno horario laboral, de la delegación Tlalpan, trasladando equipo de logística para la realización de dicho evento.

Esta situación representa por sí misma la comisión de un delito electoral, el cual es definido por la Fiscalía Especializada para la Atención a los Delitos Electorales, como aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.1

Al respecto, el artículo 11 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales establece que se impondrán de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de dos a nueve años, al servidor público que:

• Destine, utilice o permita la utilización, de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por el delito de peculado;

• Proporcione apoyo o preste algún servicio a un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sea que lo haga por sí mismo o a través de sus subordinados, en sus horarios de labores;

• Solicite a sus subordinados, por cualquier medio, aportaciones de dinero o en especie para apoyar a un precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política,...”2

Cabe destacar que en materia de transparencia, las delegaciones de Xochimilco y Azcapotzalco tienen una baja calificación, según la Primera Evaluación Diagnóstica a los portales de internet de los Sujetos Obligados de la CDMX 2017, elaborada por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.3

Por estas razones, es necesario hacer una revisión puntual a los recursos públicos que ejercen las delegaciones gobernadas por el partido MORENA, a fin dar cumplimiento, con eficiencia y transparencia, a los objetivos y metas contenidos en los programas, tal como lo establece el marco normativo.

En la Ciudad de México, según la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, la Contraloría General es la encargada del control y la evaluación de la gestión pública de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades paraestatales del gobierno de la Ciudad.

Entre algunas de sus funciones específicas podemos mencionar las siguientes:

Fiscalizar e inspeccionar los ingresos del Gobierno y verificar que cumplan con lo establecido en el Código Financiero para el DF; supervisar el ejercicio del Gasto Público para que corresponda con lo señalado en el presupuesto de egresos, para lo cual emite normas que regulen el funcionamiento de los instrumentos y procedimientos de Control de la Administración Pública, y desarrollar una labor preventiva con base en la asesoría de las dependencias y en el diseño de un mejor Marco Normativo.4

Por su parte, las contralorías internas en las delegaciones, tienen entre sus objetivos asegurar el cumplimiento de los requisitos de calidad y eficiencia en la ejecución trimestral de auditorías, revisiones y seguimientos contemplados en el Programa Anual de Auditoría; y establecer de manera periódica mecanismos de control a efecto de garantizar la participación del Órgano Interno de Control Interno en los procedimientos de licitación pública e invitación restringida, de enajenación de bienes, levantamiento de inventarios, comités, subcomités, entre otros.5

Estas facultades obligan a la Contraloría a revisar en que están siendo utilizados los recursos públicos de las Delegaciones Políticas, y en caso de que su uso sea para fines diferentes a los establecidos en los lineamientos jurídicos, sancionar a los responsables conforme lo marca la Ley.

Asimismo, el artículo 134 párrafo séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que: “Los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.”6

Es por tanto, que los Senadores del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único: La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Contraloría General de la Ciudad de México, para que en el ámbito de sus atribuciones, fiscalicen de manera integral los recursos ejercidos por las Delegaciones Gobernadas por el Partido Morena en la Capital del país, a fin garantizar que éstos no sean desviados para financiar la precampaña y campaña de Claudia Sheinbaum Pardo y Andrés Manuel López Obrador.

Notas

1 http://www.fepade.gob.mx/delitos.html

2 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMDE_27061 4.pdf

3 http://www.infodf.org.mx/index.php/5638

4 http://www.contraloria.cdmx.gob.mx/pcontraloria/atribuciones.php

5 http://www.contraloria.cdmx.gob.mx/mAdmin/#

6 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_150917.pdf

Dado en el salón de sesiones de la H. Comisión Permanente, a los 10 días del mes de enero del año dos mil dieciocho.

(rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Auditoría Superior de Guanajuato a presentar a esta soberanía un informe relativo a la suscripción por el gobierno de convenios de intermediación sobre servicios periodísticos con presunta empresa “fantasma”, suscrita por los senadores del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, senadores de la República integrantes del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable Comisión Permanente la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio de los recursos públicos, constituyen elementos fundamentales para consolidar la gobernabilidad democrática y el Estado de Derecho, en beneficio de la población.

El artículo 134 de nuestra Constitución Política, establece que “Los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados.

El párrafo séptimo del mismo artículo señala que “Los servidores públicos de la Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia de los partidos políticos”.

Pese a estos principios constitucionales, el Gobierno del Estado de Guanajuato ha registrado durante la presente administración diversas irregularidades que atentan contra el manejo eficaz, eficiente y transparente en el ejercicio de los recursos públicos.

Diversos medios periodísticos, señalan que el gobierno estatal ha celebrado convenios de intermediación para adquirir servicios periodísticos con una empresa, que tanto la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción tienen enlistada como sospechosa de operaciones inexistentes, es decir, “fantasma”.1

Se señala que el gobernador de la entidad, Miguel Márquez Márquez, ha otorgado por lo menos siete contratos por 4.6 millones de pesos a una empresa, señalada por la Secretaría de Hacienda el pasado mes de julio, por presunción de actividades inexistentes.

Se trata de F.B.M. Comercializadora SA de CV, enlistada por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto del presente año, como una de las 156 empresas de las que se detectó que “emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes”.2

Aunque con anterioridad se informó a la empresa que regularizara su situación dentro de un plazo de 15 días hábiles, aún no se registra evidencia que de que hayan presentado elementos para aclarar su estatus.

Asimismo, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, incluyó a F.B.M. Comercializadora SA de CV, el 8 de noviembre, en su lista de empresas fantasma, de las cuales requirió vía acceso a la información, la existencia de posibles contratos sostenidos con dependencias y entidades de todo el gobierno federal.3

Dicha empresa ha sido contratada como un intermediario para que a su vez convenga espacios de publicidad en las páginas web de los siguientes diarios durante el año de 2016: El Sol de Irapuato, El Sol de Salamanca, Sol de Bajío y Noticias Vespertinas.

En dicho año, el contrato se extendió a “encartes e inserciones en las ediciones en los periódicos El Sol de León, El Sol de Irapuato, El Sol de Salamanca, Noticias Vespertinas o Esto del Bajío”.

Cabe destacar que la empresa F.B.M. Comercializadora SA de CV, apareció entre los proveedores de la Coordinación de Comunicación Social del Gobierno del Estado de Guanajuato en 2015, con una contratación de únicamente 183 mil pesos. Pero, un año después registró un aumento exponencial de sus montos de contratación: con un millón 430 mil pesos, en tanto que entre enero y octubre de 2016, ha facturado tres millones 43 mil pesos. Esta información aparece para su consulta en la página de Transparencia del Gobierno del Estado de Guanajuato, de acuerdo a la ley vigente.4

El mecanismo de la intermediación resulta sorprendente, ya que la Coordinación de Comunicación Social del gobierno estatal, de forma directa, tiene convenios con los periódicos de la Organización Editorial Mexicana (OEM), para los cuales F.B.M. aparece como bróker o intermediario.

Al respecto, cabe mencionar que tan solo en 2016, la dependencia contrató directamente 10.9 millones de pesos a dichos diarios; mientras que en 2017, la asignación a la comercializadora aumentó a 2.8 millones de pesos, por lo que los contratos directos a los rotativos de la OEM en la entidad se incrementaron a poco más de 13.6 millones.

Estos hechos revelan que a cinco años de la administración del actual gobernador estatal, continúan presentándose diversas irregularidades en el manejo de los recursos públicos, en detrimento de la implementación y/o fortalecimiento de otros programas sociales y económicos prioritarios.

El ejercicio de los recursos públicos debe realizarse con transparencia, eficiencia y eficacia, con el objeto de recuperar la credibilidad en las instituciones y las autoridades en sus diferentes niveles, en beneficio de todos los guanajuatenses.

La Auditoría Superior del Estado de Guanajuato es un órgano del Congreso del Estado, que ejerce la función de fiscalización conforme a los principios de objetividad, definitividad, confiabilidad, imparcialidad, independencia, transparencia, legalidad y profesionalismo, reguladas por la Constitución Política del Estado y por la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Guanajuato.5

El artículo 66 de la Constitución Política estatal,6 así como la Ley de Fiscalización Superior,7 otorgan a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato atribuciones para fiscalizar la recaudación, manejo, custodia, control y aplicación de los recursos públicos de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, los ayuntamientos, las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y Municipal y los Organismos Autónomos y en general los recursos públicos que se destinen y ejerzan por cualquier entidad, persona física o jurídico colectiva, pública o privada, los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos, comités, patronatos, consejos o cualquier otra figura.

El aumento sostenido de los gastos en publicidad del Gobierno del Estado de Guanajuato son inadmisibles, sobre todo, si consideramos la serie de problemáticas y rezagos que aún persisten en la entidad y que impiden garantizar de manera plena derechos fundamentales de la población como la seguridad pública, educación y salud, principalmente.

En este tenor, resulta apremiante que la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, informe sobre las sanciones administrativas y penales por las posibles irregularidades en el manejo de los recursos públicos en el caso de dicha empresa “fantasma”.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato para que, en el marco de sus atribuciones, presente un informe pormenorizado a esta soberanía sobre la contratación del gobierno estatal de convenios de intermediación para adquirir servicios periodísticos con presunta empresa “fantasma”; asimismo, sobre las sanciones administrativas y penales por las posibles irregularidades en el manejo de los recursos públicos.

Notas

1 http://www.animalpolitico.com/2017/12/guanajuato-empresa-fantasma-contr atos/

2 http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5494187&fecha=17/08/2 017

3 http://cpc.org.mx/wp-content/uploads/2017/11/Anexo-del-Comunicado.-List ado-de-empresas-fantasma.pdf

4 https://transparencia.guanajuato.gob.mx/transparencia/informacion_publi ca_porrubro.php?rubro=23

5 http://www.aseg.gob.mx/

6 http://www.congresogto.gob.mx/leyes?utf8=%E2%9C%93&query=Constituci%C3%B3n
+Pol%C3%ADtica+del+Estado+de+Guanajuato

7 http://www.congresogto.gob.mx/uploads/ley/pdf/143/Ley_de_Fiscalizacion
_Sup_del_Edo_Gto_REF_P.O._28Oct2016_FedeE_02dic2016.pdf

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, a los 10 días del mes de enero de dos mil dieciocho.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Puebla a fiscalizar por la Auditoría Superior local el ejercicio, el destino y la comprobación de los recursos públicos destinados a la construcción de las ciclovías, suscrita por los senadores del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, senadores de la República integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Durante las últimas dos administraciones en el estado de Puebla, se han construido diversas ciclovías con el objetivo de contener y prevenir problemas como la congestión vial, así como agilizar los recorridos por la ciudad y disminuir los índices de contaminación en la atmosfera.

Para estos fines, se han edificado entre otras vías las siguientes: “Ciclovía Bulevar Hermanos Serdán”, “Angelópolis o Vía Atlixcáyotl”, “Periférico Ecológico”, “Ciudad Universitaria” y “Paseo del Río Atoyac”. Además en los últimos meses, se habilitó la de la “Avenida Juárez”, el de la “Avenida la Libertad”, el de la “calle Carmelitas” y el de la “31 poniente”.

No obstante, lejos de cumplir con los objetivos prometidos, las ciclovías se han convertido en focos de inseguridad, espacios adecuados para delinquir y áreas gubernamentales para concretar presuntos actos de corrupción, peculado y desvío de recursos públicos que generan agravios a las arcas de la entidad.

Para tener una idea general de lo que sucede en el estado de Puebla y sus municipios conurbados, basta señalar lo siguiente:

• El ex gobernador Rafael Moreno Valle Rosas, en diversos actos e informes señaló la construcción de 32.8 kilómetros entre las ciclovías Bulevar Hermanos Serdán y el Corredor Puebla-Cholula, sin embargo, recientemente la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transportes refutó estos datos, al constatar que solo se edificaron 21. 68 kilómetros.

En particular a la del Bulevar Hermanos Serdán, en su momento se dio a conocer que tenía una longitud de 14.5 kilómetros, a pesar de ello, se comprobó que su extensión es de solo de 5.7 kilómetros, es decir, existe una discrepancia de al menos 8.5 kilómetros. Lo mismo, sucedió con la del Corredor Puebla-Cholula, en el que primero se dijo que medía 11.5 kilómetros, pero se construyeron solo 8.88 kilómetros.

Esta situación, no solo deja de manifiesto la utilización de estadísticas que no corresponden con la verdad, sino que también la posibilidad de actos de corrupción, ya que se pagó y justificó obras que no cumplen con las especificaciones comprometidas.1

• Desde su inauguración, se ha denunciado la falta de estrategias de seguridad, como la nula presencia o rondines de elementos de la Secretaría de Seguridad Pública, asimismo se ha externado la preocupación por el deficiente funcionamiento de las luminarias, ya que muchas de ellas no sirven. En este sentido, agrupaciones vecinales y organizaciones de la sociedad civil han solicitado la instrumentación de esquemas de mantenimiento y cuidado de la infraestructura, ya que han vandalizado los barandales y se han robado las lámparas a nivel de piso.2

• Además de ser una opción poco funcional para la movilidad de las personas, las ciclovías resultaron ser de las más caras del país, debido a que el metro cuadrado de construcción superó lo ejercido en otras entidades. Ejemplo de esta situación, es que solo durante el gobierno de Rafael Moreno Valle Rosas se gastó en promedio 20.3 millones de pesos por cada kilómetro construido, equivalente a 5 veces de los 4 millones que costó la misma distancia en la Ciudad de México.3

• Existe nula planeación, mala conectividad y la utilización de materiales de dudosa calidad, debido a ello, han presentado desgastes prematuros, fracturas en la carpeta asfáltica, inundaciones y desprendimientos de la señalética. Por si esto no fuera suficiente, ciclovías como la ubicada en el Periférico Ecológico fue edificada sobre alcantarillas y ductos de desagüe o de drenaje, las cuales han generado accidentes.

Pese a estos inconvenientes, por su parte el presidente municipal de Puebla dio a conocer que este año se construirán otras ciclovías, ya que cuenta con por lo menos 10 millones de pesos para estos fines. Estos nuevos proyectos deben ser observados para prevenir actos de corrupción y el ejercicio eficiente de los recursos públicos.4

Bajo este cumulo de anomalías, los integrantes del Grupo Parlamentario del PRI consideramos necesario que los gobiernos de las entidades federativas del país, sean responsables y honestos con la información que hacen de conocimiento público relativo a las obras construidas y los resultados de los programas desarrollados.

Por tal motivo, es de vital importancia que la Auditoría Superior del estado de Puebla y la Secretaría de la Contraloría del Gobierno de la demarcación, emprendan una investigación objetiva, expedita e integral, para esclarecer diversas denuncias de presuntos sobrecostos, desvíos de recursos públicos y diferencias importantes entre los metros declarados o justificados como concluidos y los realmente construidos.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta al Congreso del estado de Puebla para que, a través de la Auditoría Superior de la entidad, audite el ejercicio, destino y comprobación de los recursos públicos destinados para la construcción de las ciclovías, a fin de esclarecer diversas denuncias sobre presuntas irregularidades como sobrecostos, pagos injustificados y diferencias entre los metros declarados y justificados como concluidos y los construidos.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del estado de Puebla para que, realice las indagatorias necesarias y en su caso, establezca las sanciones que conforme a derecho procedan contra los servidores que, por acción u omisión, incurrieron en diversas irregularidades, particularmente en la comprobación de los recursos ejercidos en la edificación de las ciclovías y las diferencias entre los metros declarados y justificados como concluidos y los construidos.

Tercero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta al gobierno del estado de Puebla para que, en coordinación con los gobiernos municipales de Puebla de Zaragoza y Cholula, fortalezcan y amplíen sus medidas de seguridad pública para garantizar la tranquilidad, integridad de los usuarios y sus bienes durante sus recorridos por la red de ciclovías, debido a que por el alto número de robos y asaltos con violencia, se han posicionado como las más inseguras del país.

Notas

1 Francisco Rivas. (2017). Esfuman 11 kilómetros de ciclopista. 29/11/2017, de El Reforma Sitio web:

http://www.reforma.com/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/
default.aspx?id=1259392&urlredirect=http://www.reforma.com/aplicaciones/articulo/default.aspx?id=1259392

2 Yadira Llaven Anzures. (2017). Las ciclovías de Puebla, las más inseguras de México: Consejo Ciclista Poblano. 29/11/2017, de La Jornada de Oriente Sitio web:

http://www.lajornadadeoriente.com.mx/2017/04/18/las-cicl ovias-de-puebla/

3 Francisco Rivas. (2017). Pagó Puebla 863 mdp por ciclopistas. 30/06/2017, de El Reforma Sitio web:

http://www.reforma.com/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/
default.aspx?id=1149876&urlredirect=http://www.reforma.com/aplicaciones/articulo/default.aspx?id=1149876

4 Elvia García. (2018). Puebla privilegiará construcción de ciclovías en 2018. 09/01/2018, de Milenio Sitio web: http://www.milenio.com/puebla/Puebla-privilegiara-construccion-ciclovia s-puebla-milenio-noticia_0_1096090623.html

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, sede de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, al día 10 del mes de enero del año dos mil dieciocho.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión a acordar en el primer receso del tercer año de ejercicio de la LXIII Legislatura la creación de la comisión especial para dar seguimiento a los casos de tortura, que atentan contra los derechos humanos, en Chihuahua, suscrita por los senadores del Grupo Parlamentario del PRI

Los que suscriben, senadores de la República integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

En enero de 2003, la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, aprobó el Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, mediante resolución 57/199.

El llamado Protocolo de Estambul, parte de la definición de tortura recogido en la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de 1984: “Se entenderá por el término ‘tortura’ todo acto por el cual se inflijan intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas.”

Este instrumento internacional permitió la conformación de un mecanismo nacional que consiste en la realización de visitas periódicas a distintas localidades del país con el objeto observar y evaluar las condiciones de detención en que se encuentran las personas privadas de su libertad.

En los últimos años en el Congreso de la Unión hemos fortalecido nuestro marco institucional y jurídico para garantizar el respeto irrestricto a los derechos humanos. Prueba de ello, lo representa la aprobación de la Ley General para Prevenir, investigar y sancionar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado 26 de junio de 2017.

Con la publicación de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o degradantes, contamos con mayores mecanismos jurídicos para proteger la integridad, dignidad y bienestar de la población.

Establece el marco para homologar las diversas legislaciones estatales, a fin de que se ajusten a los lineamientos constitucionales establecidos en el artículo primero, para asegurar que en toda la república mexicana se atienda el principio pro persona y el marco jurídico internacional del que México es parte.

Para una sanción efectiva de los delitos de tortura, se establece mayor claridad en los tipos penales de este tipo de conductas y las normas aplicables ante la comisión de otros delitos vinculados.

La reparación de los daños de las víctimas es una prioridad de este ordenamiento legal, por ello establece medidas específicas de atención, ayuda, asistencia, protección integral y reparación para garantizar los derechos de las víctimas de este tipo de ilícitos.

En sentido contrario a estos esfuerzos institucionales, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, ha recibido quejas de tortura, así como casos de desaparición forzada, una situación que no solo vulnera el ejercicio pleno de las libertades, sino que pone en peligro el respeto a los derechos humanos de la población.

Prueba de ello lo representa la recomendación No 29 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, del 14 de agosto de 2017, en el que se le solicita, entre otros asuntos, que el gobernador Javier Corral Jurado tome las medidas necesarias a efecto de evitar el utilizar instalaciones “acondicionadas” o “habilitadas”, para llevar a cabo medidas privativas de libertad que no sean en los centros de reinserción social establecidos para tal efecto, informando correctamente del total de las personas privadas de la libertad para su registro al Archivo Nacional de Sentenciados y Estadística Penitenciaria, y se envíen a esta Comisión Nacional las constancias con las que se acredite su cumplimiento.

Asimismo se la CNDH le solicitó que se giren instrucciones a la Fiscalía General del Estado a efecto de que se tomen las medidas necesarias para que se instrumenten manuales y protocolos acordes a lo que señala el Código Nacional de Procedimientos Penales y se envíen a esta Comisión Nacional las constancias con las que se acredite su cumplimiento.

Contar con una Comisión Especial de seguimiento permitirá fortalecer las acciones para identificar, sancionar y prevenir los casos de tortura en el estado de Chihuahua, que vulneran nuestra legislación y los convenios internacionales de los que nuestro país forma parte.

Debemos actuar en favor de los derechos humanos y conformar marcos jurídicos capaces de atender las transformaciones sociales, políticas, económicas y culturales del país. Combatir la impunidad y garantizar la efectiva investigación, persecución y sanción de la tortura, tratos crueles, degradantes o inhumanos.

Por todo lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea el presente

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión del primer receso del tercer año de ejercicio de la LXIII Legislatura, crea la Comisión Especial para dar seguimiento a los casos de tortura que atentan contra los derechos humanos en el estado de Chihuahua.

Dado en el recinto de San Lázaro, a los 10 días del mes de enero de 2017.

(Rúbrica)