Proposiciones de urgente u obvia resolución Proposiciones


Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, relativo a los daños causados a la salud humana y al ambiente por las emisiones de gases generados por la central termoeléctrica de Lerma, Campeche, a cargo de la diputada Adriana del Pilar Ortiz Lanz, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Adriana del Pilar Ortiz Lanz, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la presente proposición con puntos de acuerdo de urgente u obvia resolución , con relación a los daños ocasionados a la salud humana y al medio ambiente causados por las emisiones de gases generados por la Central Termoeléctrica de Lerma, en el estado de Campeche, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El 9 de septiembre de 1976, el poblado de Lerma en el estado de Campeche se vio beneficiado con la instalación de una Central Termoeléctrica que en ese entonces la Comisión Federal de Electricidad traía en esa pequeña tierra de laboriosos pescadores ubicada a escasos kilómetros de esta ciudad capital del sureste mexicano.

Este gran complejo, instalado con la finalidad de proveer de suficiente energía a las entidades como Campeche y Quintana Roo, posicionaba a México ante el mundo como un país en vías de desarrollo con el uso de tecnologías avanzadas para la generación de energía eléctrica.

Lamentablemente, a poco más de 40 años de su puesta en marcha, no solo lejos de haber sido el detonante que catapultara a la población aledaña a esta central a mejores escenarios económicos, hoy se vive una realidad muy diferente al verse afectados en su salud y en sus actividades predominantemente marcadas en la pesca y en menor escala en el turismo.

Es evidente el grave impacto ambiental provocado por la contaminación derivada de la Central Termoeléctrica de Lerma en Campeche. Diversos estudios coinciden en que este tipo de industria ahora obsoleta, ha provocado daños irreversibles al ecosistema y a las especies que en el mismo habitan.

En 2004, derivado precisamente por la preocupación de las emisiones de sustancias contaminantes a la atmósfera en la región de América del Norte, es que los tres países que lo integran –Canadá, Estados Unidos de América y México- se reúnen en la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) de América del Norte para colaborar en el análisis de las emisiones atmosféricas de las centrales eléctricas a base de combustibles fósiles, como es el caso de la central de Lerma, y cómo contribuían a la contaminación en todo el subcontinente.

Cabe señalar que, entre otros, en este trabajo serio y responsable participaron importantes centros e investigadores de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos, División de Calidad de Aire y Radiación; funcionarios del Ministerio de Medio Ambiente de Canadá, divisiones de Inventarios y Registro de Contaminantes, Prioridades en Emisiones Atmosféricas, y Electricidad y Combustión; funcionarios de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) de México, Dirección de Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes.

Dentro de sus principales resultados, se refiere la siguiente información que transcribo:1

“Dependiendo de los combustibles utilizados, las centrales eléctricas pueden emitir a la atmósfera contaminantes entre los que figuran: dióxido de azufre (SO2); óxidos de nitrógeno (NOX); mercurio (Hg); partículas suspendidas (incluidas PM2.5 y PM10); gases de efecto invernadero como metano (CH4), óxido nitroso (N2O) y dióxido de carbono (CO2); compuestos orgánicos volátiles (COV), y metales en niveles traza. Para dar una idea de la magnitud de las cantidades de contaminantes producidas durante la generación de electricidad, en el cuadro 3.2 se muestran las tasas de emisión promedio de CO2, SO2 y NOX de las unidades de generación eléctrica según el combustible fósil utilizado. Las tasas de emisión de partículas son muy variables, en particular para el combustóleo y el carbón, pues dependen mucho de la cantidad de cenizas producidas después de la combustión. En los siguientes apartados se presentan breves descripciones de los contaminantes abordados en este informe. La mayor parte de los contaminantes atmosféricos se generan durante la combustión, independientemente del tipo de combustible quemado. Sin embargo, la cantidad y las características de cada contaminante dependen en gran medida del combustible. Por ejemplo, las partículas suspendidas que genera la combustión de carbón son de mayor tamaño y contienen mayores cantidades de carbono orgánico y elemental que las partículas suspendidas generadas por los aceites combustibles residuales (combustóleo). Algunos elementos metálicos que son contaminantes tóxicos, como el plomo y el mercurio, se emiten a raíz de la combustión de carbón, mientras que la quema de combustóleo genera emisiones de vanadio y plomo, pero casi no de mercurio. El gas natural es —como ya se dijo— el más limpio de todos los combustibles fósiles: produce sobre todo emisiones de NOX, CO2 y cantidades muy pequeñas de otros contaminantes. En el cuadro 3.3 se indican los principales efectos para la salud humana y el medio ambiente de algunos contaminantes emitidos por las centrales eléctricas”.

Es preciso hacer mención que, con base en estos y otros datos aportados por las autoridades ambientales, el gobierno de Canadá ha anunciado cerrar la totalidad de sus termoeléctricas de carbón de aquí al 2030, con el fin de acelerar la reducción de sus emisiones de gases causantes del efecto invernadero.

Cabe adicionar que para el caso específico que nos ocupa, en el documento antes citado la Central Termoeléctrica de Lerma presenta las siguientes emisiones con respecto a los valores considerados como normales cuando se trata de combustóleo:

Como se puede observar, las tasas de emisión para dióxido de carbono y dióxido de azufre son considerablemente más altas respecto a los estándares normales. Estos contaminantes, durante 40 años, han impactado en la salud y en el medio ambiente, ocasionando los siguientes efectos en las personas y en el ecosistema.

Dentro de un entorno globalizado con alta competencia económica y responsabilidad ambiental, el titular del Ejecutivo federal con fecha 20 de diciembre de 2013 promulga la reforma energética, en cuya estrategia nacional se plantea que el 35 por ciento de la generación de electricidad para 2024 deberá llevarse a cabo con fuentes realmente limpias, las renovables, de energía: eólica, solar térmica de concentración, solar fotovoltaica, entre otras.

Paralelamente, y para dar cumplimiento a lo establecido, se dispuso ir retirando dentro de los próximos 15 años poco menos de la quinta parte de la energía en México dando paso a la privatización, sin perder la rectoría del Estado en el control del sistema eléctrico nacional, para restituir las pérdidas energéticas y sustituirlas con energías limpias.

Así quedó de manifiesto en el Programa de Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional (Prodesen) 2015-2029, documento estratégico del sector elaborado por la Secretaría de Energía del Gobierno Federal, donde se consideraba el retiro de la Central Termoeléctrica de Tipo Convencional de Lerma para el año 2015, tal y como se observa en la siguiente imagen:

Y se ratificó en el Programa de Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional (Prodesen) 2016-2030 elaborado por la misma dependencia federal donde se consideraba el retiro de la Central Termoeléctrica de Tipo Convencional de Lerma para un año más del originalmente convenido, tal y como se observa en la siguiente imagen:

En el Programa de Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional (Prodesen) 2017-2031 se establece nuevamente su retiro para el año de 2017 y se hace estricta mención por parte de la Secretaría de Energía del gobierno federal de la urgencia por la cual deben ser sustituidas las centrales termoeléctricas principalmente las conocidas como Convencionales derivado de sus altos contaminantes atmosféricos. Se transcribe a continuación texto extraído del Prodesen 2017-2031.

“...Las centrales termoeléctricas convencionales pueden utilizar gran variedad de combustibles, entre ellos: carbón, gas natural, y derivados del petróleo como el diésel y el combustóleo, que se caracterizan por su alto nivel de emisiones contaminantes”.

“En México, como en otros países, se ha optado por sustituir esta tecnología por otras de mayor eficiencia y con menor impacto ambiental, ya que una termoeléctrica convencional es 73 por ciento menos eficiente que un ciclo combinado, y emite en promedio 680 kilógramos de CO2 por cada MWh de energía eléctrica promedio”.3

Es preciso señalar que a la fecha la planta termoeléctrica de Lerma, Campeche, sigue generando estas emisiones dañinas sin considerar que, incluso como anteriormente se menciona, se ha ido programado su retiro desde el año de 2015 de manera paulatina junto con las que operan en otros estados de la República.

Es por eso que se hace un enérgico llamado para que este grave problema sea detenido inmediatamente para beneficio de la salud humana, las actividades como la pesca y el turismo en la zona, y del ecosistema que existe en la región.

Es claro que se ha hecho caso omiso a esta problemática, ya que a pesar de estar debidamente acreditado que dicho complejo termoeléctrico en sus actividades no ha sido cuidadoso para respetar los principios de un desarrollo sustentable eficiente, como señalan diversos ordenamientos como la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente,4 el Reglamento para la Prevención y el Control de la Contaminación Atmosférica,5 y las “normas técnicas ecológicas” aplicables como son la NOM-085-SEMARNAT-2011 Contaminación atmosférica – Niveles máximos permisibles de emisión de los equipos de combustión de calentamiento indirecto y su medición, no se ha hecho el más mínimo esfuerzo para subsanar las lesiones directas e indirectas provocadas a la sociedad.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a la Comisión Federal de Electricidad para que en el marco del Programa de Desarrollo del Sistema Eléctrico Nacional tome las medidas necesarias a fin de mitigar las emisiones de gases por la generación de energía eléctrica de la Central Termoeléctrica de Lerma en el Estado de Campeche a través de la participación creciente de energías limpias.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que de manera coordinada con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales emitan las recomendaciones pertinentes que comprendan:

La elaboración de los estudios necesarios por parte de una institución académica o centro de investigación al complejo termoeléctrico de Lerma ubicado en el estado de Campeche a fin de determinar el grado de afectación a la salud humana y al medio ambiente ocasionado en la zona.

La implementación de programas en colaboración entre las dependencias estatales, municipales, y de la administración pública federal que establezcan las medidas necesarias para el cuidado y protección de los habitantes, estudiantes, pescadores y demás personas que realizan sus actividades en el poblado de Lerma y zonas aledañas, así como las correspondientes para la protección y recuperación del ecosistema en la región aledaña a la central termoeléctrica.

Notas

(1) Emisiones Atmosféricas de las Centrales Eléctricas en América del Norte. Comisión para la Cooperación Ambiental. 2011.

http://biblioteca.semarnat.gob.mx/janium/Documentos/Ciga /Libros2011/CD001603.pdf

(2) También se ha asociado a problemas de asma y bronquitis crónica, aumentando la morbilidad y mortalidad en personas mayores y niños. Los asmáticos y las personas con enfermedades pulmonares obstructivas crónicas (EPOC) y con problemas cardíacos son los más sensibles a los efectos del SO2.

(3) Prodesen, página 32. http://base.energia.gob.mx/prodesen/Prodesen2017/Prodesen-2017-2031.pdf

(4) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente.

http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/compi/l280188.h tml

(5) Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente para la Prevención y el Control de la Contaminación Atmosférica. http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/file/1157/1/reglamento_de_la_lge epa_en_materia_de_prevencion_y_control_de_la_contaminacion_de_la_atmosf era.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro.- Ciudad de México, a 3 de abril de 2018.

Diputada Adriana del Pilar Ortiz Lanz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades a hacer públicas las medidas tomadas para investigar y sancionar las irregularidades encontradas en Exportadora de Sal, SA de CV, y las condiciones de venta del producto de la empresa, a cargo del diputado Macedonio Salomón Tamez Guajardo, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito Macedonio Salomón Tamez Guajardo, diputado del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, y demás disposiciones aplicables, me permito poner a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, con base en los siguientes

Antecedentes

1. Exportadora de Sal, SA de CV (ESSA), es una sociedad anónima de capital variable, constituida de conformidad con las leyes mexicanas el 7 de abril de 1954, cuyo principal objeto social es la extracción de sal minera en la costa de Baja California, República Mexicana, y la venta y exportación de la misma, así como todos los actos que se relacionen directamente con su objeto social.

2. ESSA es una de las principales empresas productoras y proveedoras de sal para la industria del cloro-álcali en la cuenca del pacífico, participando también en mercados de deshielo de carreteras, suavizadores de agua e industria alimenticia de Norteamérica. De conformidad con sus propios informes, su participación en el mercado mundial es de aproximadamente el 28 por ciento.

3. La producción y exportación de sal de ESSA es de origen marino, la cual se obtiene de las grandes extensiones naturales de terrenos ubicados en Guerrero Negro, Baja California Sur; lugar en el que opera la salina más grande del mundo, con una capacidad de producción de 8 millones de toneladas anuales. La empresa también cuenta con instalaciones para carga de barcos en la Isla Cedros, en Baja California, con capacidad de recibir y cargar barcos de hasta 180,000 toneladas.

4. El capital social de la empresa se compone en un 51 por ciento por acciones del Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de un Fideicomiso de Fomento Minero, y en un 49 por ciento por la empresa japonesa Mitsubishi Corporation.

5. De conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como la Ley Federal de Entidades Paraestatales, ESSA es una empresa con Participación Estatal Mayoritaria, sectorizada a la Secretaría de Economía.

6. ESSA cuenta con cuatro concesiones mineras de explotación vigentes a 2013, así como dos prórrogas de concesión para el uso de zonas federales marítimo terrestres. Asimismo, cuenta con una prórroga de concesión para operar muelles e instalaciones portuarias.

7. Desde el año 2013 la ASF, en su informe del mismo año, sentenció que Mitsubishi actuaba como juez y parte en la determinación de precios y en la imposición de condiciones de los contratos de venta y distribución de sal de ESSA, por lo que se solicitó a la empresa que finalizará el monopolio operacional manejado por Mitsubishi.

Exposición de Motivos

En atención a los hechos expuestos en los antecedentes, en el año 2014, la ASF realizó la Auditoría Financiera y de Cumplimiento número 13-2-10KN-02-0030 con el objetivo de fiscalizar la gestión financiera realizada en el ejercicio fiscal 2013, para comprobar que los ingresos se obtuvieron, registraron en la contabilidad y presentaron en la Cuenta Pública, de acuerdo con las disposiciones legales y normativas, así como verificar la rentabilidad de la operación de la entidad.

De ella se advierte que el 28 de abril de 1977, ESSA celebró con Mitsubishi Corporation y Mitsubishi International Corporation, empresas de capital extranjero, un contrato denominado “Contrato ESSA-MIC comisiones s/ventas de sal”, en cuya cláusula 7 establece que Mitsubishi Corporation gozará de los derechos de exclusiva de venta de los productos en Japón. Asimismo, en la cláusula 8 se estipula que ESSA nombra a Mitsubishi International Corporation agente y representante de ventas exclusivo para vender sus productos .

En el mismo sentido, la auditoría observa que el contrato del 28 de abril de 1977 y su convenio modificatorio del 18 de noviembre de 2010, asignan a Mitsubishi Corporation y Mitsubishi International Corporation como únicos compradores, distribuidores y comercializadores en todo el mundo de la sal que produce ESSA .

Tomando en consideración que Mitsubishi Corporation es a su vez socio minoritario de ESSA, la auditoría advierte condiciones desfavorables para ESSA y beneficios a Mitsubishi Corporation y Mitsubishi International Corporation en perjuicio del interés económico del accionista mayoritario que es el gobierno mexicano , esto en razón de que no se establecen condiciones equitativas, lo que limita la actuación de la entidad fiscalizada para acceder a nuevos mercados y evaluar otras alternativas para la venta de producto, a fin de maximizar la generación de valor para el estado mexicano.

La ASF específicamente recomendó revisar y modificar las condiciones del contrato referido, para modificar la estrategia de comercialización de la sal, estableciendo condiciones equitativas, de manera que ESSA pueda acceder a los mercados finales y buscar alternativas para la venta, distribución y comercialización. Ello con el fin de atender y corregir las prácticas monopólicas establecidas a través del contrato y convenio modificatorio que establecen y concentran las ventas para Mitsubishi Corporation y Mitsubishi International Corporation . La ASF encontró que estas prácticas monopólicas ocasionan daños y perjuicios al patrimonio de ESSA.

Por otra parte, la ASF advirtió que ESSA vende la tonelada de sal a Mitsubishi entre los 10 y 26 dólares, sin contar con la determinación de precios de transferencia. Se advirtió que, de acuerdo con el “Perfil del Mercado de la Sal” elaborado por la Dirección General de Desarrollo Minero, el precio de la sal ronda en los 50 dólares por tonelada en el mercado global. En razón de ello es que la ASF recomendó que el Consejo de Administración fijará una política de precios que ajuste los precios por arriba del costo promedio de producción.

En los estados financieros de ESSA de 2013 se reportaron 1,691,847.5 miles de pesos de las ventas de sal industrial, de los cuales 1,691,531.0 miles de pesos, el 99.98 por ciento, correspondieron a ventas al extranjero y 316.5 miles de pesos, el 0.02 por ciento, a empresas mexicanas.1 Cabe resaltar que dentro de diversos contratos realizados, se estipulaban precios mucho menores a los establecidos dentro del mercado.2

En razón de lo anterior, se solicita que las autoridades responsables de dar seguimiento a estas irregularidades, remitan la actualización de los informes en los que se adviertan las medidas adoptadas para atender a las recomendaciones de la ASF .

Destacan particularmente las siguientes recomendaciones:

• La modificación de las condiciones de exclusividad en la compra, distribución y comercialización de la sal que produce ESSA por parte de su socio minoritario Mitsubishi.

• La revisión y modificación de las condiciones del contrato de venta principal y su convenio modificatorio u otros documentos derivados.

• La modificación de la estrategia de comercialización de la sal, para que ESSA pueda acceder a los mercados finales.

• Determinación del precio de la sal al menos por encima de los costos de producción, así como en concordancia con los precios de mercado.

• Investigación y determinación de responsabilidad administrativa sancionatoria para los funcionarios que con su actuar negligente han ocasionado daños y perjuicios a ESSA, en particular los miembros del Consejo de Administración de ESSA.

Asimismo, es importante precisar que, a pesar de que se emitieron diversas recomendaciones con relación a la determinación de responsabilidades, a la fecha no ha culminado efectivamente la investigación o sanción de los funcionarios públicos involucrados en estos eventos. En ese sentido, se solicita la actualización de los informes correspondientes a:

• El estado que guardan las investigaciones con relación a estos hechos.

• Los procesos de responsabilidades administrativas sancionatorias que hayan culminado efectivamente.

• El seguimiento a las recomendaciones al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Economía y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con relación a los hechos.

• La investigación seguida por la Secretaría de la Función Pública

• La actualización de las investigaciones de la ASF para los ejercicios fiscales de 2014 y 2015.

Aunado a lo anterior, importante destacar que frente a la existencia de diversas denuncias, en específico la denuncia con el número de expediente DE-016-2015 contra las prácticas monopólicas de ESSA, la Cofece dio inicio a las investigaciones relativas al mercado de producción, distribución y comercialización al mayoreo de sal,3 por posibles vulneraciones a los artículos 10, fracciones I, V y/o XI, 11, 12 y 13 de la Ley Federal de Competencia Económica publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 1992;4 y los artículos 1, 2, 12, fracciones I y XXX, 28, fracciones II y XI, 54, 56, fracciones I, V y/o XI, 58, 59, 66, 69, fracción I, y 71, de la Ley Federal de Competencia Económica publicada en el DOF el 23 mayo 2014;5 y artículos 1, 2, 5, 7, 8, 54 y 55 de las Disposiciones Regulatorias de la LFCE.

Actualmente, dentro del portal de búsqueda de la Cofece no se encuentra disponible la resolución alguna sobre la investigación,6 existiendo solamente dos acuerdos de ampliación presentados el 01 de junio de 2016 y 30 de noviembre de 2016; y un Aviso de Inicio emitido el 01 de diciembre de 2015.7 En tal virtud se solicita información actualizada del estado que guarda la resolución de la denuncia en cuestión .

De lo expuesto es posible advertir que, pese a que Mitsubishi es el socio minoritario de ESSA, mantiene el control de los precios de transferencia en la empresa ; y que, aun contando con diversas investigaciones sobre las prácticas irregulares detectadas desde el año 2013, se siguen realizando las mismas sin modificación o sanción alguna, acentuando el monopolio dominante de la firma japonesa.

Al respecto destacar que se considera “monopolio” a la forma de mercado en la cual un solo vendedor controla la oferta de un producto o servicio, permitiendo fijar la cantidad ofrecida y su precio;8 por lo tanto, los actos anticompetitivos violentan la libre competencia y afectan el bienestar de los consumidores, el ambiente competitivo y a la sociedad,9 fungiendo como frenos a la inversión y a la innovación.10

El artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece explícitamente la prohibición de monopolios, prácticas monopólicas, estancos y exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes, existiendo un castigo severo.

En el caso en cuestión, desde la conformación del “Contrato Original” es posible percibir las tendencias inequitativas y de control de la firma japonesa. El 28 de abril de 1977, se celebra el “Contrato ESSA-MIC comisiones s/ventas de sal”, entre ESSA con Mitsubishi Corporation (MSK) y Mitsubishi International Corporation (MIC), subsidiaria de MC. Dentro del mismo se estipula:

• Cláusula 7: “MSK gozará de los derechos de exclusiva de venta de los Productos en Japón”.

• Cláusula 8: “ESSA nombra a MIC su agente y representante de ventas exclusivo para que venda los Productos en Estados Unidos y Canadá, y para que funja, de cualquier otra forma, como el representante de ESSA.”

• Cláusula 10: “ESSA nombra a MSK su representante de ventas para que esta última venda los productos y funja como su representante en todos los lugares del mundo que se encuentren fuera de Japón, salvo los Estados Unidos y Canadá”.

Hasta el año 2013 se habían celebrado en relación al contrato dos memorándums, un acuerdo y un convenio modificatorio, mismos que contienen diversas irregularidades de forma, como firmas o nombres.

• Memorándum 22 julio 1987: Se modifica cláusula 18, inciso a, con la finalidad de incrementar del 2 por ciento al 3 por ciento del precio libre sobre los productos vendidos en Japón, la comisión pagadera a MC por sus servicios de agente y representante de ventas.

• Acuerdo 7 septiembre 1993: Se modifica cláusula 19 sobre la vigencia del contrato establecida hasta el 24 de enero de 1986, para extenderse por un periodo de 20 años finalizando el contrato cuando expira la concesión otorgada a ESSA.11

• Memorándum de Entendimiento 22 noviembre 2006: Se modifica cláusula 18 incisos c y d, para que el aumento del “Memorándum 22 julio 1987” aplicara hasta el 1 de enero de 1998, logrando que ESSA pagara una compensación superior a la establecida formalmente por el periodo previo a la emisión del memorándum.

• Convenio modificatorio del 18 de noviembre de 2010: se modifican las cláusulas 1, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 17, 18 y 20; y se denomina colectivamente al contrato del 28 de abril de 1977, al memorándum del 22 de julio de 1987, al acuerdo del 7 de septiembre de 1993 y al memorándum del 22 de noviembre de 2006, como “Contrato Original”. Además se estipula que ESSA y MC celebrarán ocasionalmente contratos de compraventa por escrito y por separado para la distribución de los productos en todas las zonas del mundo fuera de Japón, excepto Estados Unidos y Canadá.12

En el mismo sentido, el presente instrumento debe tener calidad de fundatorio para demostrar la urgencia que tenemos como Cámara de Diputados de nombrar a la persona que se desempeñará como la siguiente titular de la Auditoría Superior de la Federación, ya que situaciones de este tipo impactan en la competitividad económica del país y abonan al descrédito de las instituciones de México. Nosotras y nosotros, como representantes populares debemos salvaguardar la honorabilidad e integridad institucional de nuestra democracia constitucional.

Existe una compartida preocupación por el actuar de la Autoridades ante la situación de esta Empresa, por parte de diferentes diputados, razón por la que se han presentado diversas Proposiciones con Puntos de Acuerdo que exhorta a diversas autoridades para que informen sobre el estado que guardan las investigaciones con relación a los hechos, los procesos de responsabilidades administrativas sancionatorias; para que subsanen las irregularidades detectadas;13 e impidan la evacuación, eliminación, introducción o liberación de los productos residuales resultante de la producción de sal que efectúa la Exportadora.14

En virtud de lo anterior, se debe de actuar de inmediato para erradicar toda práctica monopólica en ESSA. En atención a ello se expresa el siguiente

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados solicita a la Comisión Federal de Competencia Económica a que de conformidad con sus facultades y obligaciones contenidas en la Ley Federal de Competencia Económica, remita un informe respecto al estado que guarda la denuncia identificada con el número de expediente DE-016-2015, por la posible comisión de prácticas monopólicas relativas en el mercado de la producción, distribución y/o comercialización al mayoreo de sal.

Segundo. La Cámara de Diputados solicita a la Secretaría de la Función Pública remita un informe respecto a las sanciones administrativas impuestas a funcionarios presuntamente responsables de irregularidades en la administración de la Empresa Exportadora de Sal, S.A. de C.V.

Tercero. La Cámara de Diputados solicita a la Procuraduría General de la República remita un informe respecto el estado que guardan los procesos penales en contra de funcionarios presuntamente responsables de irregularidades en la administración de la Empresa Exportadora de Sal, S.A. de C.V.

Notas

1 Grupo Funcional Desarrollo Económico. Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 13-2-10K2N-02-0030.

DE-112. Exportadora de Sal, S.A. de C.V. Ingresos por Venta de Bienes y Servicios. Página 7.

2 Ídem. Página 9.

3 Autoridad Investigadora. Comisión Federal de Competencia Económica. Aviso mediante el cual la autoridad investigadora de la comisión federal de competencia económica informa del inicio de la investigación por denuncia identificada con el número de expediente de-016-2015, por la posible comisión de prácticas monopólicas relativas en el mercado de la producción, distribución y/o comercialización al mayoreo de sal.

4 Legislación Vigente al momento de la posible realización de los actos.

5 Legislación vigente al momento de dar inicio a la investigación.

6 Portal COFECE. Buscador de Investigaciones, Concentraciones, Concesiones, Declaratorias, Recursos de Reconsideración y Opiniones. http://www.cofece.mx/conocenos/pleno/resoluciones-y-opiniones/

7 Portal COFECE. Publicaciones de la Autoridad Investigadora. https://www.cofece.mx/cofece/index.php/cofece/autoridad-investigadora/p ublicaciones-de-la-autoridad-investigadora

8 Tamames, Ramón. La Lucha contra los monopolios. (1970) página 419

9 Fiscalía Nacional Económica. Sector Público y Libre Competencia. Evaluando sus actuaciones desde la perspectiva de la Competencia. Material de Promoción N. 4 página 4

10 Rubio Escobar, Jairo. La libre Competencia como mecanismo para expandir los Servicios Públicos. Intendencia de Industria y Comercio.

11 Concesión del Gobierno Federal a ESSA otorgada por un periodo de 50 años, correspondiente a la región salinera, venciendo el 22 de septiembre de 2043.

12 Grupo Funcional Desarrollo Económico. Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 13-2-10K2N-02-0030

DE-112. Exportadora de Sal, SA de CV, Ingresos por Venta de Bienes y Servicios, páginas 2-6

13 Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades a subsanar las irregularidades detectadas en la Empresa de Participación Estatal Exportadora de Sal, SA de CV, y proceder conforma derecho, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario Morena.

14 Proposición con Punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semar, a impedir la disposición final de salmuera residual de la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria Exportadora de Sal, SA de CV (ESSA), en el complejo lagunar Ojo de Liebre-Guerrero Negro-Manuela

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputado Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a desarrollar e implantar programas y acciones donde se promuevan talleres de vocación profesional, desde la educación básica, en específico a nivel secundaria, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Los diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La historia nos ha demostrado a lo largo de los últimos siglos que la educación es el factor clave para potenciar el desarrollo integral de las personas, la cual se ve reflejada en un mejor nivel de ingresos y la posibilidad de acceder a un mejor nivel de bienestar social.

Sin embargo, la educación en México aún presenta dificultades para cumplir con su cometido, el desarrollo integral del ser humano. La formación profesional de los mexicanos se ve inmovilizada por las diferencias que existen en los logros educativos, a pesar de que las nuevas generaciones cada vez reciben más enseñanza en comparación con las anteriores, dentro de cada generación persisten abismales disparidades en el nivel educativo alcanzado, partiendo del ingreso, la clase social y la ubicación geográfica. Situación que no corrige sino todo lo contrario, abona a las discordancias en cuestión de oportunidades de desarrollo y, por ende, de ingreso.

Si bien existe un claro aumento de la escolaridad media de los jóvenes en México, en comparación con la de sus padres, no se ha traducido en un mejoramiento de oportunidades laborales para este sector que proviene de los extractos sociales más vulnerables.

En este sentido, uno de los principales desafíos para nuestro país reside en la transición de la escuela al mercado laboral y la participación en la fuerza trabajadora de jóvenes de entre los 15 y 29 años, ya sea mientras continúan sus estudios o cuando logran terminar su educación formal.

Si tomamos en cuenta el informe Perspectivas de Políticas Educativas 2015: haciendo que las reformas sucedan, elaborado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en materia de política educativa, encontraremos que, en promedio en los 34 países pertenecientes a este organismo, uno de cada cinco estudiantes de 15 años de edad no adquiere las habilidades mínimas necesarias para participar plenamente en la sociedad actual, pese a que concluyeron su educación básica.1

Ante esta situación, y con base en las progresivas demandas que impone el mundo laboral en cuanto a una mejor formación profesional, así como el aumento de las tasas de desempleo en los últimos años y las crecientes expectativas económicas de las personas, se ha dado una mayor importancia a los programas de educación técnica y vocacional en el ciclo final de la enseñanza básica, a nivel secundaria, en la educación media y superior.

En la mayoría de los países pertenecientes a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), especialmente los Europeos, con excepción de España y Portugal, la educación técnica y vocacional se imparte a partir de la educación media superior; la mitad de los estudiantes que cursan esta etapa de preparación están matriculados en programas técnico-vocacionales o de aprendices.ii Asimismo, en promedio, una sexta parte de los alumnos en escuelas técnico-vocacionales o sistemas de aprendices reciben capacitación con base tanto en la escuela como en el trabajo.iii

Uno de los ejemplos emblemáticos en materia de capacitación para el mercado del trabajo es el sistema dual de aprendices que existe en Alemania. El establecimiento de sistemas de este tipo en el nivel medio superior, adaptados adecuadamente a las realidades nacionales, está representando una solución para Alemaniaiv y, replicándolo, con las debidas adaptaciones de acuerdo a las circunstancias propias de que cada país, podría representar una solución para la expansión de la enseñanza técnica y para mejorar la dotación de personal calificado.

En nuestro país, debido al aumento de matrícula en la educación media y superior, se generan más aspirantes a los puestos de trabajo que los que puede absorber el mercado, de modo que los graduados, al no poder encontrar una colocación acorde con sus estudios, aceptan cualquier empleo que puedan encontrar o simplemente empiezan a formar parte de la fila de desempleados.

Éste sigue siendo el modelo básico para el cual se diseña la mayor parte de la política pública en México. Si bien es cierto que funcionó bien por muchos años, los egresados de todos los niveles son más numerosos que las oportunidades que ofrece el crecimiento del mercado del trabajo, de modo que el modelo ya no resulta sustentable.

Por su parte, entre los alumnos de secundaria que ingresan directamente al mercado del trabajo, los que estaban en programas técnicos se emplean en ocupaciones técnicas que exigen más que educación primaria, pero en las cuales las habilidades requeridas pueden aprenderse en el trabajo.

En razón de lo anterior, es que debemos adaptarnos al contexto actual e impulsar todas las acciones que conciban las herramientas necesarias que doten a este emergente sector de la sociedad a fin de generar oportunidades para el pleno desarrollo en igualdad de condiciones.

En medio de la implementación del nuevo modelo, que pretende que los jóvenes aprendan a aprender, convertir a las escuelas en comunidades de aprendizaje, la formación de los profesores, tener mayor equidad e inclusión, así como una coordinación de todas las autoridades educativas, lanzamos la presente propuesta para llevar a cabo los esfuerzos pertinentes y permanentes para trabajar en la eliminación de la brecha entre el sector educativo y laboral.

En Nueva Alianza estamos convencidos que la formación y profesionalización de los mexicanos es una de las vías para encontrar el desarrollo económico de nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, respetuosamente sometemos a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con carácter de urgente y obvia resolución:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública para que, en el ámbito de sus atribuciones, desarrolle e implemente programas y acciones donde se promuevan talleres de vocación profesional desde la educación básica, en específico a nivel secundaria, encaminados a eliminar la brecha existente entre el sector laboral y el educativo.

Notas

i Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (2015) Education Policy Outlook 2015: Making Reforms Happen Recuperado de

http://www.oecd.org/education/EPO%202015_Highlights.pdf

ii Carlson B. Educación y Mercado del trabajo en América Latina frente a la globalización. Revista de la CEPAL 77, 123-141. Recuperado de

http://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/1082 8/1/077123141_es.pdf

iii Ibídem

iv Ibídem

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 3 días del mes de abril de 2018.

Diputados: Luis Alfredo Valles Mendoza, Mirna Isabel Saldívar Paz, Luis Manuel Hernández León, María Eugenia Ocampo Bedolla, Carlos Gutiérrez García, Karina Sánchez Ruiz, Ángel García Yáñez, Jesús Rafael Méndez Salas, Francisco Javier Pinto Torres, Melissa Torres Sandoval, Carmen Victoria Campa Almaral, Angélica Reyes Ávila. (Rúbrica)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conapred, el Inmujeres, el INE y la PGR, así como al Congreso, el Instituto Electoral y la PGJ de Coahuila de Zaragoza, respecto a las amenazas y declaraciones contra las mujeres por el regidor de Piedras Negras, a cargo de la diputada Flor Estela Rentería Medina, del Grupo Parlamentario del PRI

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados; 22, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones jurídicas aplicables, la que suscribe, diputada Flor Estela Rentería Medina, integrante del Grupo Parlamentario del PRI de la LXIII Legislatura, sometemos a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

México es un país en el que, como en todo el mundo, las mujeres hemos tenido que abrirnos paso ante las desigualdades y atropellos de la historia. En México, las mujeres apenas celebramos 64 años de nuestro derecho a voto, y estamos aun consolidando el acceso a los mismos cargos públicos y alcances políticos de los hombres.

En materia de seguridad, sin embargo, el camino a recorrer aún es muy largo. Acorde a los datos del INEGI, entre el 2007 y el 2016 fueron localizados los cadáveres de 22 mil 500 mujeres mutiladas, asfixiadas, ahogadas, ahorcadas, degolladas, quemadas, apuñaladas o baleadas. Es decir, cada cuatro horas, una mujer muere en nuestro país por un homicidio violento; esta cifra es una vergüenza, y es representativa de todos los Estados, por lo que trasciende partidos, trasciende periodos y trasciende gobiernos, no es más que el reflejo del México machista que se reúsa a cambiar.

Estas circunstancias nos obligan a trabajar incansablemente por las mujeres mexicanas, un trabajo de 24 horas que debe de comprometernos a la máxima responsabilidad, puesto que, si una autoridad electa promueve abiertamente la violencia contra las mujeres, de un mensaje de apología al crimen peligrosísimo, donde justifica los delitos y da a los delincuentes razones para cometerlos.

Lo anterior viene a colación porque en ciudad de Piedras Negras, Coahuila, ocurrió quizá la afrenta más vergonzosa en la historia de nuestro Estado en materia de violencia de género. El regidor en funciones Lorenzo Menera, un regidor sin partido, cabe aclarar, manifestó de manera pública en redes sociales y ante medios que es su deseo que la alcaldesa de la ciudad sea golpeada y violada junto con todas las regidoras del cabildo.

De manera textual, a preguntas de los medios, el regidor expresó “ojalá también violen a las regidoras, para que sientan lo que sienten las mujeres violadas”, quizá en el intento más estúpido de la historia de buscar una reacción política, como si el violar a una alcaldesa fuera a acabar con las violaciones en la ciudad.

Tener a un regidor deseando abiertamente que las mujeres del cabildo sean violadas, trasciende de lo aberrante; no es una declaración que genere empatía, ni que tenga sentido alguno. Es solo un regidor de oposición que desea que más mujeres sean violadas en México, dicho por sus ínfulas, dando razones estúpidas porque simplemente no hay razón alguna para desearle a una mujer que sea violada.

Lo que este regidor hace hoy, es continuar con el estigma de que una mujer merece ser violada por la forma en que vive, por la forma en que trabaja, o por la razón que sea. Compañeras y compañeros, nadie, nunca en su vida, merece ser violado. Las declaraciones que hace este funcionario público son una vergüenza, y sin duda alguna en base a las leyes que aquí nosotros mismos hemos aprobado, deben de generarle las responsabilidades que merece.

Como coahuilense, manifiesto mi indignación y más profundo rechazo a las declaraciones barbáricas de este sujeto, e indudablemente lo responsabilizo de cualquier daño que pueda causarles a las mujeres que trabajan en el Ayuntamiento de Piedras Negras, sea la alcaldesa o cualquier otra, pues ninguna mujer merece compartir la misma área de trabajo que este individuo. Para las mujeres nigropetenses, el total respaldo.

Es por todo lo anterior, que como diputada coahuilense y como mujer, presento ante esta honorable soberanía el presente punto de acuerdo, que por sus condiciones particulares, solicito sea desahogada como de urgente u obvia resolución, a fin de que se acuerde lo siguiente

Punto de Acuerdo

De urgente u obvia resolución por el que se exhorta a la Comisión Nacional para Prevenir la Discriminación, al Instituto Nacional de las Mujeres, Al honorable Congreso del estado de Coahuila de Zaragoza, al Instituto Nacional Electoral, al Instituto Electoral de Coahuila, a la Procuraduría General de la República y la Procuraduría General de Justicia en el Estado de Coahuila de Zaragoza, a deslindarle las responsabilidades que consideren por las amenazas y declaraciones contra las mujeres del regidor de Piedras Negras, Coahuila, Lorenzo Menera Sierra

Primero: Se exhorta a la Comisión Nacional para Prevenir la Discriminación, a emitir las recomendaciones y determinar las medidas conducentes para castigar las amenazas y declaraciones misóginas del Regidor del Ayuntamiento de Piedras Negras, Coahuila, Lorenzo Menera Sierra.

Segundo: Se exhorta al Instituto Nacional de las Mujeres a promover mayor capacitación a los funcionarios públicos, principalmente en el municipio de Piedras Negras, Coahuila, en materia de violencia de género.

Tercero: Se exhorta al honorable Congreso de Coahuila de Zaragoza, a que analice a través de sus comisiones respectivas, si las amenazas y declaraciones misóginas del regidor del ayuntamiento de Piedras Negras, Coahuila, Lorenzo Menera Sierra, son susceptibles a juicio político o a distinta determinación de dicha soberanía.

Cuarto: A los Institutos Nacional Electoral y Electoral de Coahuila, a fin de que activen los protocolos para la protección y promoción de la participación política de las mujeres, a fin de prevenir las afectaciones causadas por las amenazas y declaraciones misóginas del regidor del ayuntamiento de Piedras Negras, Coahuila, Lorenzo Menera Sierra.

Quinto: Se exhorta a las Procuradurías General de la República y General de Justicia en el Estado de Coahuila de Zaragoza, a que tomen parte de las amenazas y declaraciones misóginas del regidor del ayuntamiento de Piedras Negras, Coahuila, Lorenzo Menera Sierra, a fin de que se deslinden las responsabilidades penales a que dé a lugar con base a las leyes vigentes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputada Flor Estela Rentería Medina (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, la CRE y la CFE a realizar acciones para reducir las tarifas de electricidad en la franja fronteriza, y enfrentar y mitigar los efectos adversos del cambio climático, a cargo del diputado Christian Alejandro Carrillo Fregoso, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Christian Alejandro Carrillo Fregoso, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de este órgano legislativo la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Considerandos

1. En 2018 se llevarán a cabo varios eventos de distinta índole, que serán una oportunidad para crear conciencia sobre las posibles soluciones al combate del cambio climático, se reunirán líderes gubernamentales, empresariales y de la sociedad civil discutirán sobre las consecuencias ambientales de seguir confiando en los viejos modelos de crecimiento económico y las suposiciones sobre la creación de riqueza que están obstaculizando la inversión en soluciones bajas en carbono y climáticamente inteligentes.

2. Mientras el calentamiento global es un tema de debate en el ámbito científico, así como en la comunidad política, los efectos y características del cambio climático se hacen sentir ya en todo el mundo. Algunos, ya pocos, no se ponen de acuerdo sobre las causas, sin embargo los efectos del calentamiento global amenazan con no sólo ser generalizados, sino también catastróficos.

3. México debe contar con una política pública proactiva para enfrentar la problemática y plantear con metas claras y planes coherentes, además de contar con fondos y presupuestos propios para garantizar su cumplimiento. Es fundamental que exista una coordinación efectiva con las dependencias gubernamentales, gobiernos locales, legislaturas estatales y municipios en la planeación de un desarrollo sustentable.

4. En este tenor, México es sumamente vulnerable a los efectos del cambio climático, sin embargo, el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el derecho de toda persona a un ambiente sano para su desarrollo y bienestar, el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos determina que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, llevando a cabo la regulación y el fomento de actividades que demande el interés general. A su vez la Ley General de Cambio Climático dispone que la Estrategia Nacional de Cambio Climático, es un instrumento rector de la política nacional en el mediano y largo plazos para enfrentar los efectos del cambio climático y transitar hacia una economía competitiva, sustentable y de bajas emisiones de carbono.

5. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, incluye en el objetivo 4.4 la estrategia 4.4.3., sobre fortalecimiento de la política nacional de cambio climático y cuidado del ambiente para transitar hacia una economía competitiva, sustentable, resiliente y de bajo carbono. Toda vez que el cambio climático es un reto de carácter transversal ya que involucra diversos sectores de la sociedad y órdenes de gobierno, implica la integración de múltiples y muy diversos actores. La federación está dotada de instrumentos que requieren escalarse a las realidades regionales, estatales y locales. Sin embargo, a la fecha sólo una cuarta parte de las entidades federativas ha concluido el proceso de elaboración de su programa estatal de cambio climático y cinco estados cuentan con leyes estatales en materia de cambio climático y a nivel municipal se han comenzado a elaborar programas municipales en materia de cambio climático.

6. Si bien, en la frontera norte el cambio climático es eminente, se espera que el clima sea más cálido para 2020, 2050 y 2080, principalmente en los estados del norte del país, donde la temperatura se estima puede aumentar entre 2 y 4 grados celsius; mientras tanto, la temperatura de la superficie del mar en el Caribe, Golfo de México y Pacífico mexicanos podría aumentar entre 1 y 1.5 grados celsius. En las distintas regiones del país, el incremento de temperaturas causará mayor humedad en la atmósfera y menor humedad en el suelo, con lo cual se modificará el ciclo hidrológico: en el sur la evaporación aumentará, con lo que aumentará el número de tormentas severas e inundaciones; por otro lado, en norte y noroeste la humedad disminuirá, con lo que habrá más ondas de calor y se intensificarán los periodos de sequía. En el norte, noroeste y centro, habrá disminuciones importantes en distribución de la lluvia (menos 15 por ciento), así como recorrimientos en su distribución temporal e intensidad.

7. Derivado de estos cambios, la población de la frontera tiene la necesidad del uso de más sistemas de ventilación, aumentado en la estación de primavera y verano el costo de la luz, es por eso que muchos gobiernos han implementado diversas actividades de concientización para que los habitantes de las ciudades colaboren con las medidas para reducir el impacto del hombre en el medio ambiente.

8. Los estados de la frontera norte, son aquellos que tienen un clima cálido o frío según la región y en muchos casos esta temperatura puede llegar a ser extremosa, es por ello que el gobierno está empezado a crear planes de contingencia para poder disminuir los efectos de la misma, las alzas en las tarifas eléctricas repercuten en los bienes y servicios de los consumidores.

9. Con la finalidad de que la población reciba un mejor servicio, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) informó que para noviembre del pasado año subirían las tarifas, comunicó que además de tomar este nuevo esquema tarifario determinado por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), se aplicarán tarifas definidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para los usuarios domésticos.

10. El alza a las tarifas de luz en muchas ocasiones provocan el cierre de empresas, despidos masivos, desempleo e inseguridad y la paralización de nuevas inversiones implica aumentos que sufren principalmente los habitantes de Tijuana, porque la red eléctrica de esta localidad no está conectada al resto del país.

• La CFE, anuncio que las tarifas para los usuarios residenciales (1, 1A, 1B, 1C, 1D, 1E y 1F) se mantienen sin cambios y continúan vigentes los mismos cargos que han aplicado en 2017.

• Asimismo, la comisión detalló que para el sector comercial los aumentos serían de entre 2.6 y 3.5 por ciento, para el sector comercial entre 1.5 y 2.4 por ciento y para el uso doméstico de alto consumo se registraría un aumento de 1.5 por ciento.

• De acuerdo con la CFE, 99 por ciento de los hogares en México que son clientes domésticos de bajo consumo no tendrán cambios en el costo del servicio, lo que equivale alrededor de 36.7 millones de usuarios.

Con el objetivo de elevar la calidad de vida de los tijuanenses, y velando por los intereses de su economía haciendo valer su derecho de contar con servicios de calidad a un costo moderado, toda vez que cuenta con una población que vive en zonas de marginación y pobreza, esta propuesta de punto de acuerdo busca mitigar un poco el impacto económico que el costo de la energía eléctrica tiene en la población.

Por lo anteriormente expuesto se propone el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta atenta y respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Comisión Reguladora de Energía y a la Comisión Federal de Electricidad, a realizar las acciones necesarias para reducir los costos de tarifas de electricidad en la franja fronteriza, y demás acciones con la finalidad de enfrentar y mitigar los efectos adversos del cambio climático.

Referencias

• Comisión Federal de Electricidad.- www.cfe.gob.mx/

• Comisión Reguladora De Energía.- https://www.gob.mx/cre

• SHCP.- www.shcp.gob.mx/http://app.cfe.gob.mx/Aplicaciones/CCFE/Tarifas/Tarifas CREIndustria/industria.aspx

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputado Christian Alejandro Carrillo Fregoso (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno mexiquense a atender de manera eficaz y directa el resarcimiento de los daños ocasionados a los pobladores por la construcción del circuito exterior local, a cargo del diputado Rafael Hernández Soriano, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, Rafael Hernández Soriano, diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, 79, numeral 1, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:

Consideraciones

Primera. El Circuito Exterior Mexiquense (CEM), es una autopista urbana conformada por 110 kilómetros de longitud en operación, la cual, conecta con las principales vías de entrada y salida de la Ciudad de México.

En 2003, el gobierno del estado de México encabezado por Arturo Montiel, otorgó a Concesionaria Mexiquense, SA de CV, (Conmex), como empresa que forma parte del grupo OHL, la concesión por 30 años para la construcción, explotación, operación, conservación y mantenimiento de la autopista Circuito Exterior Mexiquense.

En ese contexto, se estableció que dicha obra se desarrollaría en cuatro etapas: La primera iría de la carretera México-Querétaro a la Peñón-Texcoco con una longitud de 52 kilómetros. La segunda fase con 38 kilómetros, conectaría con la carretera Bordo-Xochiaca, Los Reyes-Texcoco y la México- Puebla; la tercera fase enlazaría la autopista Chamapa-Lechería y la México Querétaro, mientras la cuarta fase conectaría a la México-Puebla con Morelos.

Segunda. Sin embargo, desde el inicio, especialistas alertaron sobre la complejidad de la obra en virtud de la calidad del suelo1 en dicha zona del estado de México, pues ahí se ubicaba el antiguo lago de Texcoco.

La falta de una debida planeación e implantación de evaluación de impacto ambiental, ocasionó que desde la etapa de construcción, los grandes camiones que transportaban material, así como toda la maquinaria pesada que transitaban por las colonias, ocasionaran afectaciones como cuarteaduras, grietas, aberturas en el concreto, problemas en el drenaje etc. a un aproximado de 5 mil casas que se encontraban a la orilla de la carretera.

Tercera. Es por lo anterior que, en varias ocasiones pobladores de la zona realizaron diversos exhortos a autoridades como lo fue a la Secretaría de Comunicaciones a través del Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares, e inclusive a la misma empresa a la que se le había concesionado el proyecto OHL, a fin de verificar, evaluar y reparar los daños ocasionados por la construcción.

La falta de atención a la problemática, administración tras administración, siguió incrementando la serie de afectaciones a los inmuebles de la zona y con ello a los colonos del lugar. Un ejemplo de ello fueron las 2 iglesias y las 10 escuelas que actualmente presentan graves daños estructurales a causa de las vibraciones del suelo, poniendo en riesgo la seguridad de cientos de niños que acuden a diario a dichas instalaciones.

Lo anterior fue constatado a través de diversos peritajes2 que los habitantes de la zona tuvieron que solventar económicamente para demostrar a la autoridad a través de especialistas3 , que la construcción y operación del Circuito Exterior Mexiquense habían generado deterioro a sus viviendas.

Cuarta . Ante la falta de un plan integral de resarcimiento de derechos humanos, como salud, accesibilidad, movilidad, a la vivienda digna, a la seguridad de la población por parte de la autoridad desde hace 14 años, fue que el pasado 21 de marzo de 2018, decenas de vecinos del municipio de Ecatepec, estado de México, tomaron la caseta de peaje de Las Américas del Circuito Exterior Mexiquense en demanda de que la concesionaria de la autopista pague los daños ocasionados a sus viviendas.

En respuesta a la presión ejercida por los pobladores, representantes del gobierno del estado de México se presentaron y firmaron el compromiso de convocar a mesas de trabajo entre los colonos y representantes del Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares y OHL para comenzar los trabajos de reconstrucción y reparación de los inmuebles afectados, priorizando las escuelas, iglesias y posteriormente, casa por casa.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobernador del estado de México, a atender de forma eficaz y directa:

a) La realización de las mesas de trabajo permanentes entre los colonos afectados y autoridades, para dar seguimiento y cumplimiento a los compromisos asumidos en la minuta del día 21 de marzo de 2018, así como para supervisar los trabajos de reconstrucción y reparación de todos los inmuebles afectados por la construcción del Circuito Exterior Mexiquense.

b) El proceso de reintegración del gasto hecho por los colonos respecto a los avalúos realizados para comprobar las afectaciones así como al pago de los avalúos futuros que se tengan que realizar para la reparación del daño ocasionado.

c) La presencia del representante legal de la empresa OHL en todas las mesas de trabajo, así como para garantizar el pago de los daños ocasionados a la población afectada.

Notas

1 Circuito Exterior Mexiquense la autopista que salió más cara. Electrónico (Recopilado de world wide web el 21 de marzo de http://www.elfinanciero.com.mx/empresas/circuito-exterior-mexiquense-de -ohl-la-autopista-mas-cara.html)

2 Alrededor de mil 5 peritajes se han realizado por parte de los habitantes de la zona.

3 El Grupo Constructor la Piedra Angular S.A de C.V. son algunos de los valuadores de daños que realizaron los peritajes.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el día 3 del mes de abril de 2018.

Diputado Rafael Hernández Soriano (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno y la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México a instaurar con sus homólogos mexiquenses medidas de seguridad para usuarias del transporte público, a cargo de la diputada Concepción Villa González, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada federal Concepción Villa González, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de esta LXIII Legislatura, con fundamento en el artículo 79, apartado 1, fracción II, apartado 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita al jefe de gobierno y al secretario de Movilidad, ambos de la Ciudad de México, en coordinación con el gobernador del estado de México y el secretario de Movilidad de esta entidad a instrumentar medidas de seguridad a mujeres usuarias del transporte público.

Exposición de motivos

La inseguridad en el transporte público es una constante, principalmente en la zona metropolitana de la Ciudad de México y el estado de México, son entidades con mayor índice de asaltos en el transporte público. Sin embargo otros delitos graves como el acoso sexual y la violación también preocupan a la ciudadanía, especialmente a mujeres.

Las conductas denunciadas van desde los tocamientos, palabras obscenas, insinuaciones sobre el cuerpo o apariencia, acosos, intimidación, amenazas con fines sexuales, exhibición de genitales, miradas lascivas e incomodas al cuerpo de las mujeres, persecución y que tomen fotografías o video sin el consentimiento de la persona. Estas son algunas situaciones que a diario se enfrentan las mujeres al usar el transporte público y que suele generar un daño psicológico de terror, inseguridad, miedo e impotencia ante los acosadores.

La falta de educación, el menospreció por el sexo femenino, el machismo y el desinterés de las autoridades por castigar el delito, provocan que la mayoría de las mujeres que utilizan el transporte público del Estado de México hacia la ciudad de México, o viceversa, para trasladarse a realizar sus actividades cotidianas (trabajar, estudiar, etcétera) sean acosadas sexualmente.

Los asaltos a mano armada a bordo de las unidades de transporte, se han incrementado y cada vez deja mayores pérdidas, materiales y humanas. Según datos de la propia Secretaria de Seguridad Ciudadana Mexiquense, las rutas más peligrosas en el Estado de México, se ubican en vialidades como Periférico Norte, Gustavo Baz, Texcoco, Vía López Portillo, Avenida Central, Luis Donaldo Colosio, Adolfo López Mateos, Vía Morelos y en los municipios de Tlalnepantla de Baz,

Naucalpan de Juárez, Chalco, Cuautitlán Izcalli, Nezahualcóyotl, Ecatepec de Morelos, Coacalco y Tultitlan.1

De acuerdo con el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) diariamente se denuncian de 2 a 3 casos de acoso sexual en el transporte público en la Ciudad de México, ello sin considerar que muchos otros casos no son denunciados por falta de información, miedo o represalias.2

El año pasado, fueron abiertas alrededor de 208 carpetas de investigación por delitos sexuales en el transporte público capitalino.

Los delitos sexuales más comunes son palabras ofensivas, tocamientos, exhibición de genitales y violaciones.3

La mitad de las mujeres que habitan en la Ciudad de México han sido violentadas en espacios públicos mediante la recopilación de datos de la Procuraduría Capitalina, encuestas del INEGI, Instituto de las Mujeres, ONU Mujeres, y el Colegio de México, se realizó un diagnostico que demostró que mujeres que han usado el transporte de la capital, un 93 por ciento afirmo que sufrió miradas lascivas; ocho de cada 10 padecieron chiflidos o incluso acercamientos desmedidos y el 65 por ciento mujeres respondieron que les recargaron el cuerpo.

Ocho de cada diez mujeres que sufrió alguna agresión en el transporte público viajaban solas, según los datos reportados en el diagnóstico. El problema de la violencia en espacios públicos se da con mayor frecuencia en el Sistema de Transporte Colectivo Metro, porque este tipo de personas aprovecha la aglomeración para robar o realizar acercamientos indebidos, señala Georgina Cárdenas, investigadora en políticas públicas del Centro de Investigaciones y Estudios de Género (CIEG).

El diagnostico identificó también los principales “hot spot”, puntos de ataques sexuales, en las delegaciones Cuauhtémoc, Venustiano Carranza y una parte de la Gustavo a. Madero; se identificó que las violaciones tienden a ocurrir en las cercanías de las líneas del metro. Estaciones como Pino Suarez, Balderas, Pantitlán, San Lázaro y Tacubaya son las que presentan la mayor incidencia.4

Lamentablemente el actual sistema de justicia penal establece que el delito de acoso sexual; no amerita prisión preventiva, únicamente el juez ordenará la cárcel preventiva en los casos de crimen organizado, homicidio doloso, violación, delitos cometidos con arma de fuego entre otros.

De acuerdo con el estudio publicado en el 2017 sobre el diagnóstico sobre la violencia contra las Mujeres en el Transporte público de la CDMX, menciona que con la introducción del nuevo sistema penal acusatorio, los recursos para perseguir los delitos como acoso sexual se han tornado más complejos, pues se impide que pueda detenerse oportunamente al agresor bajo la lógica de caución de sus derechos.5

En resumen, el panorama del transporte público en la Ciudad de México y en el Estado de México, se visualiza inseguro, deficiente para hombres como para mujeres por lo que resulta obligatorio generar soluciones viables en breve plazo; porque la población crece y con ella la necesidad de movilizarse de una manera segura. A pesar que en el Estado de México, se realizaron inversiones millonarias enfocadas al transporte público; como la construcción del Teleférico y la línea 4 del Mexibús (que por cierto, todavía no ha concluido), se tiene que garantizar la seguridad de los usuarios especialmente de las mujeres que es el sector más vulnerable, en este sentido es necesario brindar a las mujeres un espacio libre de violencia en el transporte público.

El derecho de las mujeres a vivir libres de violencia es un derecho humano establecido en el artículo primero constitucional y en los tratados internacionales como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer así como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia. Todas estas leyes, y tratados internacionales, son vinculantes para el Estado mexicano y constituyen estándares internacionales en materia de protección de derecho humanos para las mujeres.

Por lo anterior se somete a consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al jefe de gobierno y al secretario de Movilidad ambos de la Ciudad de México, en coordinación con el gobernador del estado de México y el secretario de Movilidad de esta entidad a instrumentar medidas más contundentes, de prevención y seguridad, en puntos estratégicos con índices de delincuencia para que las usuarias tengan una movilidad eficiente y segura.

Notas

1 Disponible en
https://www.sdpnoticias.com/nacional/2017/09/13/el-deficiente-transporte-publico-del-estado-de-mexico

2 Disponible en http://www.adn40.mx/noticia/especiales/nota/2018-03-09-06-00/-fuiste-vi ctima-de-acoso-sexual-y-no-sabes-como-proceder—esto-te-interesa/

3 Ver acoso en el transporte público capitalino disponible en
https://lasillarota.com/metro-cdmx-acosador-sexazcar-video-internet/210184

4 Estadísticas, periódico grafico virtual
http://www.elgrafico.mx/al-dia/21-08-2017/mujeres-temen-viajar-en-transporte-publico-por-acoso

5 Disponible en
https://www.eleconomista.com.mx/arteseideas/Ciudad-de-Mexico-la-cuna-del-acoso-sexual—20180304-0030.html

Palacio Legislativo, Ciudad de México, a 3 de abril de 2018.

Diputada Concepción Villa González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno y la Secretaría de Educación de Jalisco a atender las necesidades de mantenimiento de las instalaciones del Consejo Estatal para el Fomento Deportivo, particularmente en las zonas de clavados, gimnasios y áreas sanitarias, suscrita por el diputado Jesús Sesma Suárez e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputado Jesús Sesma Suárez y diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En nuestros días es importante reconocer que el deporte es un elemento fundamental para el pleno desarrollo de nuestra sociedad, asimismo, éste es considerado como una herramienta para mejorar la calidad de vida de las personas; no es posible entender una sociedad moderna y de avanzada sin la presencia del deporte en la vida cotidiana de quienes la integran.

El deporte debe ser visto como algo más que un lujo o una forma de entretenimiento, el acceso a actividades físicas y la participación en la mismas debe ser considerado como un derecho humano básico para que los individuos de cualquier edad lleven un vida sana y plena.

Múltiples son los beneficios que la actividad física aporta a la vida del ser humano, pues contribuye a mejorar la salud física y mental; a través del deporte se aprenden importantes lecciones de vida sobre el respeto, la cooperación y el liderazgo; asimismo, éste funciona como una herramienta para promover la igualdad para todos y ayuda a superar las barreras entre las personas.

En el ámbito de la salud, se ha comprobado que la actividad física mejora considerablemente el rendimiento, gracias a los cambios hemodinámicos, hormonales, metabólicos, neurológicos y de la función respiratoria; asimismo, interviene directamente en la disminución de factores de riesgo cardiovasculares, por lo cual representa un elemento determinante en la prevención de múltiples enfermedades; de la misma forma, la práctica regular de ejercicio implica la adopción de hábitos sanos de alimentación y mejora la resistencia física.

De acuerdo con la Organización Mundial de las Naciones Unidas (ONU), el deporte es considerado como un facilitador del desarrollo sostenible, por lo cual se reconoce su creciente contribución para el desarrollo y la paz en cuanto a la promoción de valores como la tolerancia y el respeto, además de su aportación para el empoderamiento de las mujeres y los jóvenes, tanto a nivel individual como comunitario, así como para la salud, la educación y la inclusión social.

Gracias a los beneficios que la actividad física y deportiva generan, tanto en sociedades enteras como a nivel individual, estas fueron reconocidas en la Declaración de la Agenda 2030 para un Desarrollo Sostenible como un factor fundamental para el progreso de las naciones.

El deporte, desde el juego y la actividad física, hasta las competiciones organizadas, tiene un papel preponderante en todas las sociedades; es pieza fundamental para el pleno desarrollo de los niños; enseña valores básicos para una convivencia sana y, al mismo tiempo, es una importante fuerza económica que proporciona empleo a miles de personas y contribuye al desarrollo local; además de unir a los individuos y las comunidades, diluyendo las diferencias culturales y étnicas.

En este orden de ideas, la presente administración es consciente de que México no sólo requiere desarrollo económico, sino que es necesario contar con herramientas que ayuden a impulsar la actividad física y la cultura, así como desarrollar el talento deportivo en la juventud a fin de promover una cultura integral de la salud.

Invertir en el fomento de las actividades físicas trae como consecuencia directa un ahorro considerable en los gastos de salud pública. De acuerdo con datos del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), cada peso que se invierte en actividades físicas se traduce como un ahorro de aproximadamente 3.2 pesos de gasto médico en el futuro.1

Hoy en día México cuenta con 1,200 espacios activos que dan servicio a más de 700,000 habitantes cada mes y alrededor de 4,900 centros del deporte escolar y municipal que atienden a 12 millones de niños, jóvenes y adultos.2 A pesar de los esfuerzos realizados con la finalidad de incrementar y mejorar la infraestructura deportiva, aún falta mucho por recorrer en el camino de aumentar nuestra capacidad como país para garantizar que toda persona, sin distinción, tenga acceso a la cultura física y al deporte.

Asimismo, se requiere implementar mejores sistemas de competencia y seguimiento de talento para desarrollar el potencial deportivo de los jóvenes en nuestro país y contar con las instalaciones adecuadas para el pleno desarrollo de sus capacidades deportivas.

Nuestro país cuenta con una rica historia en Juegos Olímpicos, la primera participación de deportistas mexicanos en las olimpiadas fue en los Juegos Olímpicos de París, en el año 1900, donde obtuvimos nuestra primera medalla olímpica, sin embargo, no fue hasta 1924 que México envío una delegación olímpica formal representada por un Comité Olímpico y desde esa edición ha participado de manera ininterrumpida.

La participación de los deportistas mexicanos de alto rendimiento ha sido destacada en muchas disciplinas y sus logros han llenado de satisfacción al pueblo de México que ve con orgullo como nuestros atletas son capaces de competir e incluso de vencer a los mejores del mundo. Por este motivo, los medallistas olímpicos mexicanos, y quienes se preparan para serlo, son un ejemplo para la sociedad, pues, a pesar de las desventajas en cuanto respecta al acceso a recursos para su preparación en comparación con los atletas de otros países, son capaces de alcanzar el más alto nivel.

Si bien es cierto que se ha luchado mucho para poner al deporte entre las prioridades de la agenda nacional, lo cierto es que aún falta mucho por hacer para que la práctica de actividades físicas y deportivas sea considerada como un componente de la educación integral a través de políticas públicas que impulsen su divulgación y fomento, promoviendo la excelencia en el deporte de alto rendimiento a través de contar con la infraestructura, equipamiento y profesionalización necesarias.

Nuestro país cuenta con importantes espacios dirigidos a la práctica de actividades deportivas de alto rendimiento, así como instituciones que se encargan de desarrollar e implementar políticas que fomentan la incorporación masiva de la población a actividades físicas, recreativas y deportivas, que fortalecen el desarrollo social y humano e impulsan la integración de una cultura física sólida.

Como ejemplo concreto de lo anterior podemos mencionar al Consejo Estatal para el Fomento Deportivo del Estado de Jalisco (CODE Jalisco), que es un organismo encargado de regir la actividad deportiva en la entidad, que cuenta con amplias instalaciones deportivas las cuales son calificadas aptas para el desarrollo y fomento de actividades deportivas de alto rendimiento y en donde se han forjado atletas que han destacado en diversas competencias a nivel internacional.

Entre sus funciones están planear, fomentar, desarrollar y estimular la enseñanza y práctica deportiva; el CODE tiene a su cargo una serie de programas dirigidos a fortalecer y apoyar la actividad física deportiva en todas sus modalidades, lo cual lo coloca como uno de los principales semilleros de talento deportivo a nivel nacional.

Sin embargo, en los últimos años el Consejo no ha recibido el apoyo suficiente para seguir impulsando de forma eficiente las actividades deportivas de alto rendimiento que se realizan en sus instalaciones; en específico las destinadas a la práctica de clavados. Se tiene registro de que los clavadistas que se preparan en las instalaciones del CODE Jalisco han encontrado obstáculos para la práctica adecuada de su disciplina, por lo cual los espacios en donde entrenan requieren de atención y mantenimiento de manera urgente.

Quienes integramos el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México reconocemos la labor que el CODE Jalisco ha realizado a lo largo de los años para impulsar y preparar de forma profesional a deportistas de alto rendimiento quienes nos han dado grandes satisfacciones a los mexicanos; sin embargo, consideramos imprescindible fortalecer esos esfuerzos para garantizar que la preparación de esos atletas continúe siendo adecuada para competir el contexto internacional.

Por lo aquí expuesto, ponemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Jalisco y a la Secretaría de Educación Pública estatal para que, en el ámbito de sus competencias se atiendan los requerimientos de mantenimiento de las instalaciones del Consejo Estatal para el Fomento Deportivo (Code Jalisco).

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Jalisco y a la Secretaría de Educación Pública estatal a atender de manera urgente las necesidades de la disciplina de clavados, en específico la fosa de clavados, gimnasios y áreas sanitarias donde los clavadistas practican.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 3 días del mes de abril del año 2018.

Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Arturo Álvarez Angli, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, María Ávila Serna, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Eloísa Chavarrías Barajas, Lorena Corona Valdés, Sharon María Teresa Cuenca Ayala, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, José de Jesús Galindo Rosas, Daniela García Treviño, Edna González Evia, Sofía González Torres, Jorge de Jesús Gordillo Sánchez, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Lía Limón García, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Virgilio Mendoza Amezcua, Samuel Rodríguez Torres, José Refugio Sandoval Rodríguez, Ángel Santis Espinoza, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro, Francisco Alberto Torres Rivas, Georgina Paola Villalpando Barrios, Claudia Villanueva Huerta.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Inegi a crear la dirección general adjunta de estadísticas de la biodiversidad, a cargo del diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, Germán Ernesto Ralis Cumplido, diputado del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al Instituto Nacional de Estadística y Geografía a crear la Dirección General Adjunta de Estadísticas de la Biodiversidad, con base en lo siguiente

Exposición de Motivos

La conservación de la biodiversidad debe ser considerada una meta indisociable del objetivo mayor que constituye la protección integral del medio ambiente. Un ambiente sano no es solo aquel que registra bajos índices de contaminación o que cuenta con amplios territorios en esquemas de protección, también lo es el que conserva las condiciones apropiadas para sostener la totalidad de procesos biológicos que se dan en su interior. Un bosque, una selva o un desierto que carece de plantas, hongos u animales no puede nombrarse como tal.

Nuestra concepción de la naturaleza como kosmos , como un conjunto que lo abarca y toca todo, un supra-organismo cuyas funciones son definidas a partir de la interacción, no es novedosa (como sí lo son nuestras intenciones por protegerla).1 La ciencia occidental ha sincretizado el medio natural desde hace un par de siglos, evolucionando nuestro propio entendimiento y demostrando la compleja relación de interdependencia que nos une al medio ambiente.2 Reconocer este nexo es esencial si queremos emprender el diseño de políticas públicas abocadas a su efectiva protección.

Dada la coyuntura moderna que significa el cambio climático, hoy más que nunca habríamos de reconocer el lugar que ocupa la biodiversidad en la construcción de nuestro propio bienestar. Un ecosistema sano no solo es capaz de mantener sus procesos biológicos en equilibrio, sino que cuenta con mayores “herramientas” para adaptarse a las condiciones cambiantes del planeta.3 La biodiversidad permite, por ejemplo, que la extinción de una especie dentro del ecosistema no signifique el rompimiento inmediato de la cadena alimenticia para otras especies. Esta desaparición puede sustentarse en la existencia de otras especies que adopten su papel. Entre más variedad vegetal y animal exista dentro del ecosistema, menor es el peligro de un completo desequilibrio.4

La biodiversidad también representa una importante fuente de sustento para millones de comunidades alrededor del planeta, teniendo un papel particularmente importante en aquellos espacios en condiciones de precariedad. De acuerdo a estimados de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN), el valor monetario de los productos y servicios que proveen los ecosistemas a nivel global es de $33,000,000,000,000 de dólares.5 Para colocar esta cifra en contexto, consideremos que, de acuerdo al Fondo Monetario Internacional, la economía mexicana alcanzó un valor nominal de poco más de 1.1 billones en 2017.6 Adicionalmente, la explotación sustentable de la biodiversidad nos permite ser más saludables (se cosechan entre 50 y 70 mil especies distintas de plantas con fines medicinales cada año), tener mayor seguridad alimentaria (la proteína animal es esencial para el desarrollo nutricional de la población, particularmente en comunidades precarias) y contar con un ambiente limpio.7

Dadas estas condiciones, pareciese obvio que la protección de la biodiversidad merece una consideración prioritaria dentro de la agenda gubernamental, incluyendo todos los esfuerzos complementarios que esto implica. Posicionar un tema dentro de la administración pública no solo requiere de voluntad o medios logísticos sino también de información periódica y actualizada. Un franco error que se comete con frecuencia al interior de las instituciones mexicanas es el diseño de políticas públicas que carecen de información confiable e integral. Tomar decisiones de esta forma equivale a conducir en la oscuridad, es un ejercicio peligroso e improbable. Tal es el caso de muchas políticas ambientales que se emprender año con año en el país.

La falta de datos o el uso de información incompleta es reconocido en la comunidad científica mexicana como uno de los principales obstáculos para la creación de una política ambiental efectiva. 8 La ausencia de datos es un problema al que se enfrentan hacedores de políticas públicas en todos los campos de atención, pero en pocos esto determina de forma más constante el fracaso o el éxito de la política en cuestión como lo sucede en el campo ambiental. Los ecosistemas son complejos, diversos y, en particular, cambiantes. La salud de un ecosistema hoy puede ser sustancialmente distinta a la que tendrá en cinco, diez o veinte años. Factores como la sobreexplotación de sus recursos o su reducción espacial pueden tener profundos efectos sobre las poblaciones que habitan en su interior. Es necesario que las autoridades mexicanas cuenten con la información suficiente para hacer frente a los retos que significan su protección.

La necesidad que tenemos de contar con información periódica y confiable es evidente, mas no puede obviarse el posible impacto presupuestal que significaría su desarrollo. Generar información de estas características no es una tarea menor, pero las potenciales consecuencias de no contar con ella pueden significar la desaparición de cientos de especies en territorio nacional. La administración pública mexicana ya realiza importantes esfuerzos por crear información confiable en campos como la economía, la demografía, el gobierno, las comunicaciones o la democracia. Generar información sobre temas ambientales tan solo ampliaría el repertorio de herramientas disponibles con el fin de crear un mejor gobierno. La protección del medio ambiente (y, en particular, de la biodiversidad) merece la misma atención, recursos y esfuerzos.

Justificado en lo anterior, propongo se exhorte al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, a crear la Dirección General Adjunta de Estadísticas de la Biodiversidad ; una unidad adscrita a la Dirección General de Geografía y Medio Ambiente del Instituto que tenga por objetivo la creación de información periódica y confiable en el campo de la biodiversidad, así como el establecimiento de los medios apropiados para ponerla a disposición de aquellos individuos, organismos o instituciones que trabajen en pro de la conservación de la biodiversidad en territorio mexicano.

Considerandos

La Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica establece, en su artículo 3o., que “El Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, tiene la finalidad de suministrar a la sociedad y al Estado Información de calidad, pertinente, veraz y oportuna, a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional. Serán principios rectores del Sistema los de accesibilidad, transparencia, objetividad e independencia”. 9

El artículo 4o. de esta misma legislación establece como objetivos del sistema nacional de información los siguientes:10

• Producir Información.

• Difundir oportunamente la Información a través de mecanismos que faciliten su consulta.

Promover el conocimiento y uso de la Información.

• Conservar la Información.

Sobre el actuar del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la legislación define que este emprenderá acciones tendientes a:11

La adecuación conceptual de la Información de Interés Nacional, a las necesidades que el desarrollo económico y social del país impongan.

• Que la Información sea comparable en el tiempo y en el espacio.

• La adecuación de los procedimientos estadísticos y geográficos a estándares internacionales, para facilitar su comparación.

Sobre la información pertinente para su producción al interior del Instituto, la Ley menciona que este habrá de avocarse en aquella que se considere de interés nacional. Las características que debe cumplir la información con este carácter son las siguientes:12

• Se trate de los siguientes temas, grupos de datos o indicadores: población y dinámica demográfica; salud; educación; empleo; distribución de ingreso y pobreza; seguridad pública e impartición de justicia; gobierno; vivienda; sistema de cuentas nacionales; información financiera; precios; trabajo; ciencia y tecnología; telecomunicaciones y radiodifusión; atmósfera; biodiversidad; agua; suelo; flora; fauna; residuos peligrosos y residuos sólidos; marco de referencia geodésico; límites costeros, internacionales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; datos de relieve continental, insular y submarino; datos catastrales, topográficos, de recursos naturales y clima, y nombres geográficos, o bien se trate de temas que sean aprobados por unanimidad por el Consejo Consultivo Nacional, incluyendo aquéllos que deban conocer los Subsistemas a que se refiere el último párrafo del artículo 17 de este ordenamiento;

Resulte necesaria para sustentar el diseño y la evaluación de las políticas públicas de alcance nacional.

• Sea generada en forma regular y periódica.

• Se elabore con base en una metodología científicamente sustentada.

La información que se propone crear en esta nueva Dirección General Adjunta cumple con cada uno de los requisitos que arriba se señalan. Por lo tanto, el Instituto se encuentra actualmente facultado para la creación de una unidad como la aquí propuesta.

Por lo antes descrito, someto a consideración lo siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Instituto Nacional de Estadística y Geografía a crear la Dirección General Adjunta de Estadísticas de la Biodiversidad.

Notas

1 Wulf, Andrea. The Invention of Nature. Alexander von Humboldt’s New World. Nueva York. Vintage Books. 2016. Pág. 101-102.

2 Convention on Biological Diversity. Climate Change and Biodiversity. Nueva York. Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente. 2018. Consultado en: https://www.cbd.int/climate/.

3 European Commission. Guidelines on Climate Change and Natura 2000. Dealing with the Impact of Climate Change/On the Management of the Natura 2000 Network of Areas of High Biodiversity Value. Bruselas. European Commission. 2013. Consultado en:

http://ec.europa.eu/environment/nature/climatechange/pdf /Guidance%20document.pdf.

4 World Wide Fund for Nature. How Does Biodiversity Loss Affect Me and Everyone Else? Gland. WWF. 2018. Consultado en: http://wwf.panda.org/about_our_earth/biodiversity/biodiversity_and_you/ .

5 Ibídem.

6 Fondo Monetario Internacional. México. Washington. IMF. 2018. Consultado en:
http://www.imf.org/en/Countries/MEX#countrydata.

7 Ibídem. Consultado en:
http://wwf.panda.org/about_our_earth/biodiversity/biodiversity_and_you/.

8 Rivera, Astrid. “Falta Ciencia en Política Ambiental”. México. El Universal. 2017. Consultado en:
http://www.eluniversal.com.mx/nacion/sociedad/falta-ciencia-en-politica-ambiental.

9 Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. Artículo 3º. (Última Reforma: DOF 19-01-2018)

10 LSNIEG. Artículo 4º. (Última Reforma: DOF 19-01-2018)

11 LSNIEG. Artículo 54. (Última Reforma: DOF 19-01-2018)

12 LSNIEG. Artículo 78. (Última Reforma: DOF 19-01-2018)

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 3 de abril de 2018.

Diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, la CFE, la Conagua y la CRE a autorizar el cambio de tarifa correspondiente a localidades con temperatura veraniega media mínima de 33 grados Celsius en San Juan Bautista Tuxtepec, Oaxaca, a cargo del diputado Silvino Reyes Téllez, del Grupo Parlamentario del PRI

Silvino Reyes Téllez, diputado federal a la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 3, numeral 1, fracción IX: 6, numeral 1, fracciones I y IV; 77, 78, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como 58, fracción I, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con carácter de punto de acuerdo, con base en lo siguiente

Exposición de Motivos

El municipio San Juan Bautista Tuxtepec, Oaxaca, es uno de los municipios más pobres del estado y según datos del (Coneval) consejo nacional de evaluación de la política de desarrollo social, uno de cada cinco oaxaqueños vive en pobreza extrema y sus ingresos son totalmente magros para poder solventar el pago de una tarifa eléctrica tan alta debido al incremento de temperaturas, no olvidemos que el calentamiento global, infiere también en el aumento del calor, que según estudios del tema el calor severo.

Cada vez será más común en los próximos años y debido a esto la gente se ve forzada a utilizar más los ventiladores y el aire acondicionado encareciendo más las tarifas eléctricas asignadas. Se tiene considerada en la tarifa 1 y 1A 25°C a Tuxtepec, siendo que en la temporada de verano la temperatura va de los 40°C hasta 50°C incrementando obviamente el mayor uso de los aparatos eléctricos ya descritos, cabe hacer mención que se cuenta con dos presas generadoras de energía eléctrica como son la presa Miguel Alemán y la presa miguel de la Madrid.

Todo este entorno además ha permitido que Tuxtepec sea un detonante económico de la región que va en crecimiento mejorando

Poco a poco con gran esfuerzo la situación económica de los pobladores; recordemos que en el Capítulo VI, denominado “De las Tarifas”, de la nueva Ley Eléctrica, publicada en el Diario Oficial de la Federación en 2014, en su artículo 139, faculta a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para determinar en un análisis y estudio, el cálculo y ajuste de las tarifas finales del suministro básico.

Tarifa 1A

Servicio doméstico para localidades con temperatura media mínima en verano de 25 grados centígrados

1. Aplicación

Esta tarifa se aplicará a todos los servicios que destinen la energía para uso exclusivamente doméstico, para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la Tarifa DAC, conectadas individualmente a cada residencia, apartamento, apartamento en condominio o vivienda, en localidades cuya temperatura media mensual en verano sea de 25 grados centígrados como mínimo. Estos servicios solo se siniestrarán en baja tensión y no deberá aplicárseles ninguna otra tarifa de uso general.

Se considerará que una localidad alcanza la temperatura media mínima en verano de 25 grados centígrados, cuando alcance el limite indicado durante tres o más años de los últimos cinco de que se disponga de la información correspondiente. Se considerará que durante un año alcanzo el limite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos o más,

Según los reportes elaborados por la secretaria de medio ambiente y recursos naturales.

2. Cuotas aplicables mensualmente

Se aplicarán los siguientes cargos por la energía consumida en función de la temporada del año:

2.1 Temporada de verano

Consumo básico: $0.711 por cada uno de los primeros 100 kilowatts-hora.

Consumo intermedio: $0.839 por cada uno de los siguientes 50 kilowatts-hora

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatts-hora adicional a los anteriores.

2.2. Temporada fuera de verano

Consumo básico: 8.809 por cada uno de los primeros 75 kilowastts-hora

Consumo intermedio: 0.976 por cada uno de los siguientes 75 kilowatts-hora

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatts-hora adicional a los anteriores

3. Mínimo mensual

El equivalente a 25 kilowatts-hora

4. Temporada de verano

El verano es el periodo que comprende los seis meses consecutivos más cálidos del año, los cuales eran fijados por el suministrador, definido en la ley de la industria eléctrica, de acuerdo con las citadas observaciones termométricas que expida la secretaria de medio ambiente y recursos naturales.

Tarifa 1F

Servicio doméstico para localidades con temperatura media mínima en verano de 33 grados centígrados

1. Aplicación

Esta tarifa se aplicará a todos los servicios que destinen la energía para uso exclusivamente doméstico, para cargas que no sean consideradas de alto consumo de acuerdo a lo establecido en la tarifa DAC, conectadas individualmente a cada residencia, apartamento, apartamento en condominio o vivienda, en localidades cuya temperatura media mínima en verano sea de 25 grados centígrados como mínimo. Estos servicios solo se suministrarán en baja tensión y no deberá aplicárseles ninguna otra tarifa de uso general.

Se considerará que una localidad alcanza la temperatura media mínima en verano de 33 grados centígrados, cuando alcance el limite indicado durante tres o más años de los últimos cinco de que se disponga de la información correspondiente. Se considerará que durante un año alcanzo el limite indicado cuando registre la temperatura media mensual durante dos meses consecutivos o más, según los reportes elaborados por la secretaria de medio ambiente y recursos naturales.

2. Cuotas aplicables mensualmente

Se aplicarán los siguientes cargos por la energía consumida en función de la temporada del año:

2.1. Temporada de verano

Consumo básico: $0.595 por cada uno de los primeros 300 kilowatts-hora

Consumo intermedio bajo: $0.741 por cada uno de los siguientes 900 kilowatts-hora

Consumo intermedio alto: $1,804 por cada uno de los siguientes 1,300 kilowatts-hora

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatts-hora adicional a los anteriores

2.2. Temporada fuera de verano

Consumo básico: $0.809 por cada uno de los primeros 75 kilowatts-hora

Consumo intermedio: $0.976 por cada uno de los siguientes 125 kilowatts-hora

Consumo excedente: $2.859 por cada kilowatts-hora adicional a los anteriores

3. Mínimo mensual

El equivalente a 25 kilowatts-hora

4. Temporada de verano

El verano es el periodo que comprende los seis meses consecutivos más cálidos del año, serán fijados por el suministrador, definido en la ley de la industria eléctrica de acuerdo con las citadas observaciones termométricas que expida la secretaria de medio ambiente y recursos naturales.

Objetivo

Finalmente la propuesta, es un cambio de tarifa eléctrica que se encuentra fundada y motivada en la presente exposición de motivos, por lo que solicitamos mediante un estudio se hagan mediciones térmicas más apegadas a la realidad permitiendo que en san Juan Bautista Tuxtepec se pueda reconsiderar el cambio de tarifa eléctrica y no sea tan oneroso el pago por la necesidad del alto consumo de estos aparatos eléctricos, o en su caso reubicar o reemplazar los equipos utilizados en las estaciones meteorológicas.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de acuerdo

Único. La Sexagésima Tercera Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de la manera más atenta y respetuosa a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Comisión Federal de Electricidad, a la Comisión Nacional del Agua y a la Comisión Reguladora de Energía, a efecto de autorizarle el cambio de tarifa 1, 1A a la tarifa 1F correspondiente a localidades con temperatura media mínima en verano de 33 grados centígrados al municipio de San Juan Bautista, Tuxtepec, Oaxaca.

Notas

Inegi

ONU

Conagua

Comisión Reguladora de Energía

Comisión Federal de Electricidad

Ciudad de México, palacio legislativo, a 3 de abril de 2018.

Diputado Silvino Reyes Téllez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al gobernador de Yucatán a promover y coordinar por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente acciones a fin de revisar y, en su caso, suspender la manifestación de impacto ambiental, dada la vulnerabilidad extrema por contaminación de acuífero y altos riesgos para la salud pública que puede generar la instalación de la planta de la empresa Producción Alimentaria Porcícola, en Homún, a cargo del diputado Domitilo Carballo Cámara, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Domitilo Carballo Cámara, diputado federal de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Antecedentes

El municipio de Homún, Yucatán, se encuentra ubicado en la región centro sur del estado, en una de las principales áreas de cenotes, pudiendo encontrárseles en varios tipos y tonalidades. La belleza de los mismos y su diversidad, lo convierten en uno de los mayores atractivos turísticos del estado, siendo así que cerca de la mitad de sus habitantes (47%) se dediquen a actividades relacionadas con el ecoturismo.

La península de Yucatán, conformada por los estados de Campeche, Yucatán y Quintana Roo, cuenta con la reserva hidrológica de aguas subterráneas más importante, no sólo a nivel nacional, sino también a nivel internacional, ya que alberga 4 acuíferos con una recarga media de 25,316 hm3, es decir, más del 32 por ciento de la recarga media de todo el país.1

De acuerdo con un reciente artículo científico publicado por el Dr. en Ciencias Francisco Bautista y colaboradores, investigador del Centro de Investigaciones en Geografía Ambiental, de la Universidad Nacional Autónoma de México, Campus Morelia Michoacán, México, publicado en la Revista Mexicana de Ingeniería Química, Vol. 15, No. 3, del Año 2016 (la cual pertenece al Índice de Revistas Mexicanas de Investigación Científica y Tecnológica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología), el estudio denominado: IVAKY: Índice de la vulnerabilidad del acuífero kárstico yucateco a la contaminación ,2 “Se identificó que el Anillo de Cenotes y la zona norte del estado de Yucatán presentan un nivel extremo de vulnerabilidad a la contaminación del agua subterránea, donde predominan dolinas en contacto con el acuífero y suelos como los leptosoles, ocupando 19 por ciento de la superficie estatal. Los niveles bajos y muy bajos de vulnerabilidad se ubican en el sur de Yucatán, en áreas de igual o mayor a 50 msnm,”. Ello nos indica el nivel de vulnerabilidad y riesgo en que se encuentra la Reserva Geohidrológica del estado de Yucatán, y nos invitan a tomar conciencia de la imperante necesidad de tomar acciones que conduzcan a su cuidado y preservación.

El riesgo de afectación al sistema hidrológico, compromete también la sustentabilidad de los ecosistemas que soportan los servicios ambientales necesarios para la producción de los demás servicios; es por ello que con fecha 28 de octubre de 2013, se publicó en el Diario Oficial del gobierno del estado de Yucatán, el “decreto 117”, que establece el área natural protegida denominada “Reserva Estatal Geohidrológica del Anillo de Cenotes”.

Consideraciones

El cuarto párrafo del artículo 86 de la Constitución Política del Estado de Yucatán establece que el Estado, por medio de sus Poderes Públicos, garantizará el respeto al derecho humano de toda persona de gozar de un ambiente ecológicamente equilibrado y la protección de los ecosistemas que conforman el patrimonio natural de Yucatán.

En las fracciones I, II y III del párrafo cuarto del mencionado artículo 86 se puntualiza que las personas en el estado tienen derecho a vivir en un ambiente saludable; a hacer uso racional de los recursos naturales; a negarse a realizar actividades que causen deterioro al ambiente; a tener acceso a la información actualizada acerca del estado del ambiente y a participar en las actividades destinadas a su conservación y mejoramiento.

México es signatario del Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el cual, en su artículo 8, establece que los pueblos indígenas y las comunidades locales son sujetos sociales centrales para la conservación y el desarrollo sustentable, por lo que es fundamental fomentar la conservación “in situ” de la biodiversidad y agro diversidad utilizada por la población maya y rural, de manera que los servicios de los ecosistemas garanticen la permanencia y enriquecimiento del patrimonio biocultural del cual son custodios y de los que depende el bienestar humano.

Es relevante mencionar que México es también signatario del Convenio sobre Humedales de Importancia Internacional conocido como “Convenio Ramsar”, (el Anillo de Cenotes fue decretado Sitio Ramsar internacional para la conservación en 2011). A través del citado convenio, se adquirió el compromiso de fortalecer las acciones de conservación de sitios relevantes de humedales costeros y cuerpos de agua continentales por sus características y ecosistemas únicos que albergan alta biodiversidad y endemismo, así como las formas culturales de apropiación y uso de los mismos.

El propio Plan Estatal de Desarrollo 2012-2018 establece entre las estrategias para alcanzar el objetivo antes referido, las de “Consolidar el Sistema Estatal de áreas naturales protegidas” y “Mejorar el estado de los ecosistemas prioritarios de cenotes, humedales y selvas”.

La población yucateca tiene en las aguas subterráneas el principal abastecimiento de este vital líquido para satisfacer sus necesidades. El Anillo de Cenotes, dentro del cual se ubica la ciudad de Mérida y su zona metropolitana, debe considerarse la importancia de fuente de abastecimiento de agua para Mérida y la zona metropolitana, así como para municipios de su área de tránsito, y áreas de descarga que pueden ser afectados.

De acuerdo con la clasificación e información del Registro Público del Agua de la Comisión Nacional del Agua, el volumen que se extrae para los diversos usos en el Anillo de Cenotes es de 495 hm3, que corresponde al 42 por ciento del volumen que se aprovecha en el estado de Yucatán y al 19 por ciento del total en la península de Yucatán.

La constitución geológica del acuífero que consta de calizas fracturadas, con conductos y oquedades de disolución, muy poroso y permeable, determina una alta vulnerabilidad del acuífero a la contaminación que proviene de las aguas residuales domésticas, municipales, agropecuarias e industriales, las cuales carecen de un eficiente sistema de tratamiento para su disposición y, por ende, los contaminantes penetran fácilmente y en forma casi inmediata al manto freático, sin permitir que se lleven a cabo procesos de atenuación como reacciones fisicoquímicas, antes de su ingreso al acuífero.

La Reserva Estatal Geohidrológica del Anillo de Cenotes, se ubica en los municipios de Seyé, Acanceh, Timucuy, Homún, Cuzamá, Tecoh, Tekit, Tahmek, Hoctún, Xocchel, Hocabá, Sanahcat y Huhí del estado de Yucatán, todos correspondientes a la zona de recarga del Anillo de Cenotes, en tierras pertenecientes al régimen ejidal y terrenos particulares y con una superficie total de 2,192.08 kilómetros cuadrados o su equivalente a 219,207.83 hectáreas.

El artículo 8 del mencionado decreto 117 establece que “dentro de la Reserva podrán realizarse actividades de desarrollo sustentable, siempre que sean compatibles con lo establecido en este decreto, el Programa de Manejo y otras disposiciones legales y normativas aplicables. Los interesados, previamente al inicio de dichas actividades, deberán obtener la autorización de impacto ambiental otorgada por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente.

Asimismo, “prohíbe realizar actividades que por su naturaleza impacten significativamente u ocasionen en el corto, mediano o largo plazo, impactos adversos al medio ambiente o a los ecosistemas”.

Actualmente, la empresa denominada Producción Alimentaria Porcícola, Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, pretende establecer una granja porcícola en el municipio de Homún, Yucatán, uno de los municipios incluidos en la Reserva Estatal Geohidrológica del Anillo de Cenotes, con una producción anual de 50 mil cerdos.

Los habitantes del municipio de Homún y habitantes de municipios y las comunidades indígenas Mayas que se encuentran en los alrededores, así como investigadores y especialistas en materia ambiental, se pronunciaron en contra de la instalación de la misma, argumentando que la megagranja contaminaría de manera irreparable el sistema geohidrológico con altos impactos para la salud pública (infecciones intestinales por virus y bacterias, fiebre, diarrea, influenza porcina, cáncer) por la granja de cerdos altamente contaminante para el Anillo de Cenotes y altos impactos hacia el acuífero.

En el mes de octubre del año 2017, se realizó un proceso de auto consulta indígena en el municipio de Homún, en donde por mayoría se determinó que no era viable la instalación de la granja en el territorio de la comunidad, proceso del cual hasta la fecha no se tiene respuesta por parte del Gobierno del Estado de Yucatán. Esta consulta se realizó por parte de la misma comunidad indígena de Homún, puesto que ninguna autoridad consideró conveniente su realización, no obstante que a una distancia de 6 kilómetros de donde se tiene planeada la construcción de la granja existen comunidades indígenas mayas.

No obstante que ya se han interpuesto dos juicios, como el 91/2017 ante el Tribunal de Justicia Administrativa del estado, y el 936/2017 ante el Juzgado Primero de Distrito, pobladores de Homún que se oponen a la instalación de una granja porcícola en dicho municipio, interpusieron el 9 de noviembre de 2017 un juicio de amparo (1389/2017-IV-A) en contra de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), otorgada por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Gobierno del estado de Yucatán (Seduma), a favor de la empresa “Producción Alimentaria Porcícola Sociedad de Producción Rural de Responsabilidad Limitada de Capital Variable” para el establecimiento de una granja de 49 mil cerdos.

Entre las principales irregularidades señaladas por los pobladores de Homún en la demanda de amparo destacan:3

a) La MIA se autorizó sin que existiera un permiso de Uso de Suelo Vigente.

b) El decreto 117 del 28 de octubre de 2013, que crea la Reserva Geohidrológica Anillo de Cenotes, establece en su artículo 6 que Seduma es la encargada de elaborar el Plan de Manejo de la Reserva Anillo de los Cenotes. A pesar de que dicho plan aún no existe, dicha institución autorizó la MIA.

c) En la MIA se reconoce la vulnerabilidad del acuífero, sin embargo, no se realizaron los estudios hidrológicos y del suelo que la misma guía de Seduma para la elaboración de la Manifestación de Impacto Ambiental establece como necesarios.

d) No se considera el análisis de la emisión de olores por la operación de la granja, ni cómo afectaría esto a los pueblos que se encuentran en la zona, vulnerando la norma mexicana NMX-AA-83-1982 sobre análisis de agua y determinación de olor, en la cual se clasifica como los olores más perceptibles y de mayor intensidad aquellos provenientes de heces fecales, estiércol y otros, siendo éste el caso de la granja, lo cual tendría un alto impacto para la salud pública de las comunidades Mayas.

e) La MIA fue firmada por una cirujana dentista, es decir, por una persona carente de competencias y conocimientos en materia ambiental.

f) La MIA carece de rigor técnico-científico, muchas de sus afirmaciones y fundamentos fueron plagiados de otros textos y autores, con lo cual se demuestra que no hubo un estudio riguroso ni aplicable al caso específico.

g) La MIA se autorizó sin que se hubiera contemplado la participación de los habitantes de Homún ni mucho menos consultado a la comunidad. La gravedad es que no se realizó una consulta de derecho del debido proceso de consulta a las comunidades Mayas, lo que viola leyes internacionales (artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la interpretación que de ellos formuló la Corte Interamericana de Derechos Humanos, tratándose del derecho de los pueblos indígenas a preservar sus territorios, a ser informados adecuadamente y en su propia lengua de las situaciones judiciales en que se ven envueltos, y, sobre todo, a que la ejecución y el respeto de sus derechos no se vean postergados por la justicia que administran estos mismos Estados, sino que más bien se vean garantizados por el fiel cumplimiento de los principios universales del debido proceso.

Todas estas irregularidades implican una violación al Principio Precautorio, que establece la obligación para las autoridades de no implementar ninguna tecnología o proyecto que no haya demostrado científicamente la no afectación al medioambiente o la salud de las personas. La “Declaración de Río de Janeiro”, aprobada por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, en junio de 1992, consagró el Principio Precautorio, bajo el siguiente texto: “Principio 15: Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”. El principio precautorio es reconocido en diversos tratados internacionales como la Legislación Europea,4 el cual explica el principio de precaución, que permite reaccionar rápidamente ante un posible peligro para la salud humana, animal o vegetal, o para proteger el medio ambiente.

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente en Yucatán (Seduma), a través de su titular, el doctor Eduardo Batllori Sampedro, ha establecido que el proyecto de la granja porcícola en Homún no podrá iniciar sus operaciones hasta que esté lista su planta de tratamiento de aguas residuales y cumpla otros requerimientos.

Dicha secretaría, ha señalado también que de acuerdo con investigaciones de aptitud de territorio y porcicultura del Programa de Ordenamiento Ecológico del Territorio del Estado, así como el mapa de la actividad porcícola, en esa zona sí se puede instalar este tipo de proyectos, siempre y cuando se cumplan los ordenamientos legales y ambientales que piden la Seduma y otras dependencias, no obstante, la existencia del Decreto 117 para la conservación del agua del Anillo de Cenotes, el decreto de Sitio Ramsar internacional para la conservación, así como la declaración del Consejo Nacional para la Biodiversidad de “Región Hidrológica Prioritaria 102 Anillo de Cenotes”.

De acuerdo al Plan Estatal de Desarrollo para el estado de Yucatán 2012-2018 “el riesgo a la contaminación del agua subterránea está condicionado por el tipo de suelo que es altamente poroso, lo que facilita la afectación al acuífero ante las descargas de aguas residuales”.5

Diversas publicaciones científicas han señalado sobre las características del suelo pedregoso altamente permeable y extremadamente vulnerable a la contaminación del acuífero subterráneo debido a actividades productivas agropecuarias. Polanco y colaboradores (2015), reportaron en el artículo científico “Contamination by organochlorine pesticides in the aquifer of the Ring of Cenotes in Yucatán, México” publicado en la Revista “Water and Environment Journal”), altas concentraciones de plaguicidas cancerígenos en el Anillo de Cenotes, precisamente en el área de recarga del Anillo, donde se encuentra la Zona de Reserva Geohidrológica.

En lo que respecta al tema de Medio Ambiente, dicho Plan Estatal de Desarrollo establece como uno de sus objetivos: “Incrementar la conservación del capital natural y sus servicios ambientales”, teniendo como algunas de sus estrategias:

• Promover la conservación y aprovechamiento sustentable de los sitios prioritarios para la preservación de la riqueza biológica terrestre y acuática.

• Implementar acciones que reduzcan la deforestación y degradación forestal de los ecosistemas.

• Consolidar el sistema estatal de áreas naturales protegidas, corredores biológicos y sitios prioritarios para la conservación de la biodiversidad.

• Mejorar el estado de los ecosistemas prioritarios de cenotes, humedales y selvas.

La producción de cerdos impacta aire, suelo y agua con emisiones de nitrógeno, potasio, metales pesados y patógenos; genera malos olores y ruido y su mal manejo estropea el paisaje. Se considera como uno de los animales menos sustentables afectando el ambiente, biodiversidad y calidad de vida.

Según información de La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura sobre el uso del agua en granjas porcícolas en México, resalta que: “Se combina el uso de agua para limpieza con la colección manual de excretas. Además de los pozos profundos, la red municipal es una fuente importante de agua. En Michoacán representan hasta un 28 por ciento de las granjas lo que sugiere su localización en zonas urbanas.

Por lo mismo, en estas granjas son más comunes los equipos de bombeo y sistemas de separación de las fases líquidas y sólidas, y la presencia de lagunas, principales y auxiliares, para el tratamiento ulterior de los residuales líquidos; en algunas granjas destaca el uso de aditivos. Sin embargo, la proporción de granjas con este tipo de instalaciones es muy baja, y más baja aún la proporción de granjas con un sistema de tratamiento completo. Lo anterior sugiere una influencia importante sobre la demanda de extracción de agua de las granjas porcícolas de Michoacán debido al uso de grandes volúmenes de este recurso.

En otros casos, las granjas se abastecen de agua superficial (i.e., manantiales). El potencial de contaminación de las aguas superficiales y subterráneas es inminente, aún en aquellas granjas con sistemas lagunares ya que en ninguno de los casos se usa material aislante en el fondo de las lagunas, y, por consiguiente, los minerales y flora microbiana contenidos en estas, pueden llegar fácil y rápidamente a las aguas subterráneas a través de la lixiviación.

No existe actualmente en Conagua la capacidad institucional de supervisión para verificar en las granjas (o las mediciones realizadas por estas), los límites máximos permitidos para descargas de aguas residuales que permitan el cumplimiento de la reglamentación en la materia, específicamente en las normas oficiales mexicanas (Nom-001-Semarnat-1996, Nom-002-Semarnat-1996 y Nom-003-Semarnat-1997).

De lo que se ha expresado anteriormente, se observa que existen grandes evidencias de irregularidades en el proceso de instalación de la granja en cuestión, además de existir un riesgo inminente a la salud pública y a la biodiversidad a partir de la puesta en marcha de su funcionamiento.

Las irregularidades que no se subsanen en su momento, continuará afectando y contaminando, no solamente al municipio de Homún, sino a todos los 29 municipio del Anillo de Cenotes, sus áreas de tránsito y desembocadura hacia el Golfo de México en los municipios costeros de Dzilám Bravo y Celestún, así como a su área de influencia hacia adentro del Anillo de 57 municipios. La reserva que constituyen los cenotes debe ser protegida y colocada por encima de cualquier interés particular o económico.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, ha reiterado la importancia del acceso al agua y al saneamiento como un derecho humano que es inherente a la satisfacción de las necesidades básicas y al bienestar de la población.6

Este derecho se encuentra previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en diversos tratados internacionales de los que México es parte, los cuales constituyen un amplio marco de reconocimiento y protección convencional del mismo. Aunado a ello, en el ámbito jurisdiccional de los derechos humanos existen diversos pronunciamientos en la materia por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. También existen diversas directrices orientadoras emanadas de organismos internacionales que no deben pasar inadvertidas para el Estado Mexicano.

La tarea de vigilar y salvaguardar los intereses de la mayoría es una tarea que debe estar siempre presente en los gobernantes. Son ellos quienes tienen la obligación de determinar cuáles acciones representan un beneficio para la sociedad, y cuáles, por el contrario, solo perjudicarán a la misma.

Es imprescindible tomar conciencia del daño que diariamente sufre nuestro planeta, y que de manera continua y reiterada fomentemos e impulsemos los valores, las actitudes y las acciones necesarias que permitan una mejor interacción del ser humano con la naturaleza.

Con base en lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo del estado de Yucatán, para que, a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente promueva, fomente y coordine las acciones necesarias a fin de revisar y en su caso suspender la manifestación de impacto ambiental, considerando la vulnerabilidad extrema por contaminación del acuífero y altos riesgos para la salud pública, que puede generarse con la instalación de la planta porcícola a cargo de la empresa Producción Alimentaria Porcícola, en el municipio de Homún, Yucatán, México.

Notas

1 Decreto que establece el área natural protegida denominada reserva estatal geohidrológica del anillo de cenotes.
https://www.conacyt.gob.mx/cibiogem/images/cibiogem/sistema_nacional/
documentos/ANPL/Yuc/1-Dec-RESERV-ANILLO-CENOTES.pdf

2 (PDF Download Available). Available from:
https://www.researchgate.net/publication/309193502_IVAKY_Indice_de_la_vulnerabilidad
_del_acuifero_karstico_yucateco_a_la_contaminacion [accessed Mar 15 2018].

3 http://yucatanahora.mx/intentan-convencer-a-juez-federal-se-oponga-a-un a-granja-en-el-anillo-de-los-cenotes/

4 (https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=LEGISSUM:l32042)

5 Plan Estatal de Desarrollo, Yucatán 2012-2018. http://www.seduma.yucatan.gob.mx/politica-ambiental/documentos/EjeIV_Yu catan_Crecimiento_Ordenado.pdf

6 http://appweb.cndh.org.mx/DerechoAgua/

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el día 3 de abril de 2018.

Diputado Dimitrio Carballo Cámara (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a la construcción de la obra vial “Ampliación y modernización del libramiento de Cuernavaca Paso Exprés”, a cargo de la diputada Concepción Villa González, del Grupo Parlamentario de Morena

Concepción Villa González, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, miembro del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 3, fracción XIX, 6, numeral 1, fracciones I, II y IV, 36 y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración propuesta con puntos de acuerdo, de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. En el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se dispone que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna y en los tratados internacionales de los cuales nuestro país sea parte; además, se prohíbe toda forma de discriminación, incluida la ambiental y económica; y, muy importante, se establece la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos.

En el artículo 6o. del pacto fundamental se prevé:

Artículo 6o. ...

Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir, y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.

...

Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo se observará lo siguiente:

A. ...

I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial... es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que dicten las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad...

...

V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán, a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre el ejercicio de los recursos públicos y los indicadores que permitan rendir cuenta del cumplimiento de sus objetivos y de los resultados obtenidos.

VI. Las leyes determinarán la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales.

...

VIII. ...

La ley establecerá aquella información que se considere reservada o confidencial...

De su lado, en el diverso 8o. se contiene el derecho fundamental

Artículo 8o. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la república.

A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.

En correlación con el artículo anterior, en el 35, fracción V, se reafirma como derecho fundamental el de petición:

Artículo 35. Son derechos del ciudadano:

...

V. Ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición.

...

Ahora bien, conforme al contenido del artículo 133 de la Carta Magna, los tratados internacionales forman parte de la ley suprema de la Unión, lo que significa que deben aplicarse en forma obligatoria, por lo cual es conveniente citar los atinentes en lo concerniente:

La Declaración Universal de los Derechos Humanos dispone:

Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

En el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos se estatuye:

Artículo 19.

1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.

2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión ; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección...

En la Convención Americana sobre Derechos Humanos se dispuso:

Artículo 13. Libertad de Pensamiento y de Expresión.

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección...

Por último, en los Principios sobre el Derecho de Acceso a la Información,1 adoptados en Río de Janeiro, Brasil, por el Comité Jurídico Interamericano, se lee:

1. Toda información es accesible en principio. El acceso a la información es un derecho humano fundamental que establece que toda persona puede acceder a la información en posesión de órganos públicos, sujeto solo a un régimen limitado de excepciones, acordes con una sociedad democrática y proporcionales al interés que los justifica. Los Estados deben asegurar el respeto al derecho de acceso a la información, adoptando la legislación apropiada y poniendo en práctica los medios necesarios para su implementación.

2. El derecho de acceso a la información se extiende a todos los órganos públicos en todos los niveles de gobierno , incluyendo a los pertenecientes al Poder Ejecutivo, al Legislativo y al Poder Judicial, a los órganos creados por las constituciones o por otras leyes, órganos de propiedad o controlados por el gobierno, y organizaciones que operan con fondos públicos o que desarrollan funciones públicas.

3. El derecho de acceso a la información se refiere a toda información significante, cuya definición debe ser amplia, incluyendo toda la que es controlada y archivada en cualquier formato o medio.

...

6. Las excepciones al derecho de acceso a la información deben ser establecidas en la ley, ser claras y limitadas.

7. La carga de la prueba para justificar cualquier negativa de acceso a la información debe recaer en el órgano al cual la información fue solicitada.

La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece en el artículo 1o. el objeto para el cual fue creada: “... garantizar el derecho de acceso a la información pública en posesión de cualquier autoridad...” Y en los artículos 3o., 6o. y 8o. se reafirman los lineamientos constitucionales e internacionales:

Artículo 3o. Toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados en el ámbito federal... es pública, accesible a cualquier persona, y sólo podrá ser clasificada excepcionalmente como reservada en forma temporal por razones de interés público y seguridad nacional; o bien, como confidencial.

Artículo 6o. En la aplicación e interpretación de la presente Ley deberá prevalecer el principio de máxima publicidad... favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Artículo 8o....

Ninguna persona será objeto de inquisición judicial o administrativa por el ejercicio del derecho de acceso a la información , ni se podrá restringir este derecho por vías o medios directos o indirectos.

De lo anterior se colige que el pacto fundamental, los tratados internacionales y la ley reglamentaria tienden, por un lado, a lograr el pleno ejercicio de los derechos humanos de las personas, sin distingo alguno y, por el otro lado, la obligación del Estado de garantizar el goce efectivo de dicho ejercicio, en el ámbito de sus competencias y atribuciones. Entre estos derechos están el derecho a la información plural y oportuna y el derecho de petición.

Segunda. La vialidad “Ampliación y modernización del libramiento de Cuernavaca Paso Exprés o Paso Exprés de Cuernavaca” fue inaugurada o puesta en marcha oficialmente el 4 de abril de 2017 por Enrique Peña Nieto, presidente de los Estados Unidos Mexicanos; Gerardo Ruiz Esparza, secretario de Comunicaciones y Transportes; y Graco Luis Ramírez Garrido Abreu, gobernador de Morelos, entre otras personas.

De acuerdo con diferentes medios de comunicación masiva, el 12 de julio de 2017, en Morelos, aproximadamente a las 5:56 horas, Juan Manuel Mena López y Juan Mena Romero perdieron la vida cuando el auto compacto en el cual circulaban (Jetta, Volkswagen), en el sentido de sur a norte, a la altura del kilómetro 93+600 del libramiento vial “Paso Exprés de Cuernavaca 2 o ampliación y modernización del libramiento de Cuernavaca Paso Exprés”, 3 cayó en una oquedad de aproximadamente 6 metros de profundidad y más de 12 de diámetro.

Es conveniente precisar que el 12 de julio de 2017, el director general del Centro SCT Morelos, José Luis Alarcón Ezeta, fue destituido o separado de su cargo por la misma persona que lo nombró (Gerardo Ruiz Esparza) y en su lugar fue designado el señor Héctor Armando Castañeda Molina.

Tercera. A partir de que los señores Juan Manuel Mena López y Juan Mena Romero perdieron la vida en el socavón referido, numerosas organizaciones civiles y miles de ciudadanos se sintieron indignados por la irresponsabilidad y falta de profesionalismo de quienes edificaron la obra vial y la negligencia de las autoridades que ordenaron que se abriera a la circulación sin verificar que la misma contara con las medidas de seguridad mínimas para los usuarios.

Como resultado de la indignación ciudadana, el secretario de Comunicaciones y Transportes (SCT) se comprometió a investigar las causas del socavón y determinar la responsabilidad en la cual hubieran incurrido tanto las empresas constructoras como los servidores públicos que intervinieron a lo largo del diseño, la adjudicación, la construcción y la entrega-recepción de la obra. En consecuencia, el titular de la SCT se comprometió a abrir un espacio electrónico en la página oficial de la secretaría, donde se publicaría la información relacionada con el socavón, sus causas y su reconstrucción; además de comprometerse a revisar con exhaustividad las observaciones que los expertos determinaran y los ciudadanos estaban denunciado.

Lo anterior (la publicación de la información), como parte del derecho de los ciudadanos a estar bien y oportunamente informados, no sería sino la consecuencia lógica y escrupulosa de la aplicación y observancia de la ley reglamentaria.

Sin embargo, el titular de la SCT y el actual delegado en Morelos incumplieron el compromiso de informar con claridad y oportunidad a la ciudadanía sobre las causas que provocaron el socavón, así como con la información que se generó con motivo de la obra. Únicamente hicieron público el dictamen donde se establecen las causas que originaron el socavón (publicado el 10 de agosto de 2017), pero se han negado a proporcionar la información inherente a la obra, como el expediente técnico y el proyecto ejecutivo, incluyendo dictámenes, permisos y licencias.

Para ello, el señor Héctor Armando Castañeda Molina ha clasificado como información reservada dichos documentos, sin ajustar su conducta a los lineamientos y principios previstos en la Carta Magna, las normas internacionales, la ley general y federal vigentes; es decir, en franca violación de los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Cuarta. Del conjunto de normas vigentes se desprende con claridad que “toda la información en posesión de cualquier autoridad es pública”, lo que se resume en el principio rector de “máxima publicidad”.

Es conveniente aclarar que, llegado el momento, la autoridad que posee la información solicitada es quien tiene la carga de la prueba (onus probandi) para justificar alguna restricción a la información solicitada,4 siempre que se justifique plenamente la actualización de alguna razón de interés público y seguridad nacional o cuando se trate de información confidencial.

En todo caso, la declaración de reserva debe realizarse caso por caso, nunca de manera genérica, indeterminada o general; siempre y cuando se justifique el posible o inminente daño que se causaría de otorgarse o hacerse pública (prueba de daño específica); 5 y la restricción deberá observar un lapso de tiempo justificado y bien determinado.

Por ejemplo, ante un eventual conflicto de intereses, la autoridad debe analizar y determinar si el interés social puede estar por encima del interés público 6 o en otros casos el interés público por encima de derechos de terceros. 7

Es importante subrayar que la decisión de clasificar información pública como reservada nunca puede ser genérica o total, ya que, aun en el caso de que se actualice alguna excepción, la autoridad está obligada a brindar una versión pública de la información solicitada, con las tachaduras o supresiones correspondientes.

En los estados democráticos de derecho se reconoce el origen del poder público: los mandantes son los ciudadanos y los mandatados son los gobernantes , “de donde se sigue la regla general consistente en que los poderes públicos no están autorizados para mantener secretos o reservas frente a los ciudadanos... salvo las excepciones previstas en la ley”.8

Pese a lo anterior, el señor Héctor Armando Castañeda Molina, actual delegado de la SCT en Morelos, ha clasificado como información reservada la información inherente a la obra, como el expediente técnico y el proyecto ejecutivo, incluyendo dictámenes, permisos y licencias, sin ajustar su conducta a los lineamientos y principios previstos en la Carta Magna, las normas internacionales, la ley general y federal vigentes ; es decir, en franca violación de los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Por lo anterior someto a su consideración la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al secretario de Comunicaciones y Transportes del gobierno federal y al delegado de esa dependencia en Morelos a hacer público lo relativo a la construcción de la obra vial “Ampliación y modernización del libramiento de Cuernavaca Paso Exprés o Paso Exprés de Cuernavaca”.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al secretario de Comunicaciones y Transportes del gobierno federal y al delegado de esa dependencia en Morelos a respetar el derecho a la información plural y oportuna de los ciudadanos en relación con la construcción de la obra vial “Ampliación y modernización del libramiento de Cuernavaca Paso Exprés o Paso Exprés de Cuernavaca”.

Notas

1 www.oas.org/CJI/CJI-RES_147_LXXIII-O-08.pdf

2 Secretaría de Comunicaciones y Transportes (2016). Infraestructura de comunicaciones y transportes. Cuarto año de gobierno, México, diciembre de 2016, páginas 61-62.

3 Mónica González, “México se reafirma como nación competitiva para inversiones: Peña Nieto”, en El Sol de Cuernavaca, miércoles 5 de abril de 2017. Visible el 19 de julio de 2017, en https://www.elsoldecuernavaca.com.mx/local

4 Corte Interamericana de Derechos Humanos. Resolución 147, septuagésimo tercer periodo ordinario de sesiones, 7 agosto de 2008. Punto resolutivo 7.

5 “... las normas deben permitir que el sujeto obligado pondere la posibilidad de negar la información tomando en consideración una expectativa razonable del daño que puede ser generado por la entrega y divulgación de la información...” Cónfer ministro Juan N. Silva Meza, voto particular, 10 de julio de 2012. A. R. 699/2011.

6 Registro 2013019. Tesis 1.6o. C.54. Décima época, SJF, 11 de noviembre de 2016. Información reservada. El interés social debe prevalecer sobre el orden público.

7 Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México. Sentencia definitiva, 19 de mayo de 2016. J.A. 191/2016, páginas 11-12.

8 Obra citada, página 7.

Ciudad de México, a 3 de abril de 2018.

Diputada Concepción Villa González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Profepa a cumplir la legislación ambiental para la conservación y protección de la vida silvestre, y colaborar en la denuncia penal sobre hechos y omisiones encontradas en Six Flags Ciudad de México, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados someten a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguiente

Exposición de Motivos

México es considerado un país megadiverso , ya que forma parte del selecto grupo de naciones poseedoras de la mayor cantidad y diversidad de animales y plantas, casi 70 por ciento de la diversidad mundial de especies. Para algunos autores el grupo lo integran 12 países: México, Colombia, Ecuador, Perú, Brasil, Congo, Madagascar, China, India, Malasia, Indonesia y Australia. Otros, suben la lista a más de 17, añadiendo a Papúa Nueva Guinea, Sudáfrica, Estados Unidos de América, Filipinas y Venezuela.1

Somos el quinto lugar en el mundo con mayor número de especies de plantas, cuarto en anfibios, segundo en mamíferos y primero en reptiles. Se han descrito 864 especies de reptiles, 528 especies de mamíferos, 361 de anfibios y mil 800 especies de mariposas. En total, se estima que existen más de 108 mil especies descritas en el país, aunque podrían ser millones las que habitan en nuestros suelos, aguas u otros sitios recónditos. Sin duda, el escenario de excepcional riqueza biológica de México entraña una enorme responsabilidad regional y global.2

Ante esa responsabilidad, el gobierno de la República impulsa desde 1997 la creación de Unidades de Manejo Ambiental para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA), sitios estratégicos para la protección y conservación de la vida silvestre y los ecosistemas, en donde se aplican esquemas de conservación y aprovechamiento sustentable.3

De la misma forma se han impulsado los Predios o Instalaciones que Manejan Vida Silvestre (PIMVS), los cuales son criaderos intensivos, viveros, jardines botánicos o similares que manejen vida silvestre de manera confinada con propósitos de reproducción controlada de especies o poblaciones para su aprovechamiento con fines comerciales.4

En ese sentido, la Ley General de Vida Silvestre prevé la posibilidad de realizar aprovechamiento extractivo de vida silvestre mediante dos modalidades de autorizaciones: 1) para el aprovechamiento de ejemplares de especies que se distribuyen de manera natural en el territorio nacional para actividades de colecta, captura o caza con fines de reproducción, restauración, recuperación, repoblación, reintroducción, traslocación, para fines económicos o de educación ambiental; y 2) para el aprovechamiento de ejemplares de especies silvestres en riesgo: cuando se dé prioridad a la colecta y captura para actividades de restauración, repoblamiento y reintroducción.5

Sin embargo, no pueden ser sujetas de aprovechamiento extractivo, ya sea de subsistencia o comercial: los mamíferos marinos; primates; tortugas marinas y aves de la familia Psittacidae o psitácido (loros, pericos, cotorros, guacamayas) de distribución natural dentro del territorio nacional.6

Por otra parte, el comercio internacional, importación y exportación de vida silvestre está regulado por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) y por la Ley General de Vida Silvestre (para el caso de las especies que no se encuentran en los Apéndices de CITES).7

Es evidente que el gobierno federal durante muchos años ha implementado diversas acciones para la conservación y protección de la vida silvestre de nuestro país; no obstante, aún falta camino por recorrer, pues diversas estadísticas han mostrado que la pérdida de biodiversidad, incluyendo desde luego las especies de vida silvestre, ha ido en aumento.

Según datos de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio), se estima que han desaparecido varias especies de peces de agua dulce como el cachorrito Potosí (Cyprinodon alvarezi) y el cachorrito Trinidad (Cyprinodon inmemoriam) de Nuevo León; algunas aves restringidas a islas como la paloma de la Isla Socorro (Zenaida graysoni) y el paíño de la Isla Guadalupe (Oceanodroma macrodactyla); además de algunos mamíferos grandes como la foca monje del Caribe (Monachus tropicalis) y el oso pardo (Ursus arctos nelsoni).8

De la misma forma, en cuanto al tráfico de vida silvestre, a pesar de los esfuerzos del gobierno mexicano por combatirlo, se estima que en los últimos años éste ha aumentado, probablemente como consecuencia de que representa un negocio ilícito atractivo por la disponibilidad de grandes ganancias y la naturaleza de bajo riesgo del delito.

La autoridad encargada de procurar la justicia ambiental en México es la Procuraduría Federal de Protección al Ambiental (Profepa), la cual tiene entre sus atribuciones, vigilar el cumplimiento de la legislación ambiental y coadyuvar en las denuncias penales ante el Ministerio Público Federal.

Al respecto, el pasado 29 de marzo de 2018, diversos medios de comunicación a nivel nacional señalaron que la Profepa aseguró 63 ejemplares de vida silvestre en el Herpetario “Bitis Ecosystem”, ubicado al interior del parque de diversiones Six Flags de la Ciudad de México, debido a que no se acreditó la procedencia legal de los animales.9

Durante la diligencia de inspección se constató que los 62 ejemplares de reptiles y un anfibio carecían de sistema de marcaje y de documentos que acreditaran su procedencia legal.10

El responsable del herpetario presentó diversas notas de remisión y facturas emitidas por comercializadoras de fauna silvestre, las cuales no contienen todos los requisitos establecidos por la legislación ambiental en la materia.11

Asimismo, se señaló que el herpetario cuenta con el registro emitido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para operar como predio o instalación que maneja vida silvestre fuera de su hábitat natural (PIMVS), y en virtud de ello, los animales quedaron bajo cuidado del herpetario del parque, el cual se obliga a no moverlos del sitio durante el transcurso del procedimiento administrativo.12

Lo antes expuesto pone de manifiesto que no obstante las políticas públicas que el gobierno mexicano ha emprendido para conservar y proteger la vida silvestre en nuestro país, así como para combatir el tráfico ilegal de la misma, siguen presentándose situaciones que advierten que nuestra biodiversidad se encuentra en peligro, ante lo cual se deben redoblar esfuerzos.

Como diputados federales estamos obligados a refrendar el compromiso del Estado con la protección, conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat en el territorio nacional, a través del impulso de las acciones necesarias para materializar la vigilancia efectiva del cumplimiento de la legislación ambiental, por lo que ponemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a continuar y reforzar las acciones emprendidas en la inspección y vigilancia del cumplimiento de la legislación ambiental para la conservación y protección de la vida silvestre, particularmente en los espacios que cuentan con autorización para operar como predios o instalaciones que maneja vida silvestre fuera de su hábitat natural.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que, en el ámbito de su competencia, coadyuve en la denuncia penal ante la Procuraduría General de la República sobre los hechos y omisiones encontrados al momento de realizar la diligencia de inspección en las instalaciones de Six Flags en la Ciudad de México, donde se aseguraron 63 réptiles, presuntamente por no haber acreditado la legal procedencia de los mismos.

Notas

1 Véase ¿Qué es un país megadiverso? Consultado el 31 de marzo de 2018. Disponible en

http://www.biodiversidad.gob.mx/pais/quees.html

2 Véase México alberga cerca del 10% de las especies silvestres registradas en el mundo. Consultado el 31 de marzo de 2018. Disponible en https://www.gob.mx/semarnat/articulos/celebra-mexico-el-dia-internacion al-de-la-vida-silvestre

3 Ibídem

4 Véase artículo 2 fracción XV Bis del Reglamento de la Ley General de Vida silvestre.

5 Véase México alberga cerca del 10% de las especies silvestres registradas en el mundo. Consultado el 31 de marzo de 2018. Disponible en https://www.gob.mx/semarnat/articulos/celebra-mexico-el-dia-internacion al-de-la-vida-silvestre

6 Ibídem

7 Ibídem

8 Véase La Crisis de la Biodiversidad. Consultada el 31 de marzo de 2018. Disponible en http://www.biodiversidad.gob.mx/v_ingles/biodiversity/crisis.html

9 Véase Six Flags tenía 62 reptiles ilegales, Profepa se los decomisa. Consultado el 31 de marzo de 2018. Disponible en http://www.excelsior.com.mx/comunidad/six-flags-tenia-62-reptiles-ilega les-profepa-se-los-decomisa/1229104

10 Ibídem

11 Ibídem

12 Ibídem

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Arturo Álvarez Angli, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, María Ávila Serna, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Eloísa Chavarrías Barajas, Lorena Corona Valdés, Sharon María Teresa Cuenca Ayala, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, José de Jesús Galindo Rosas, Daniela García Treviño, Edna González Evia, Sofía González Torres, Jorge de Jesús Gordillo Sánchez, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Lía Limón García, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Virgilio Mendoza Amezcua, Samuel Rodríguez Torres, José Refugio Sandoval Rodríguez, Ángel Santis Espinoza, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro, Francisco Alberto Torres Rivas, Georgina Paola Villalpando Barrios, Claudia Villanueva Huerta.

Con punto de acuerdo, relativo a los daños ambientales en la zona del cerro de Tuninul, o Tampule, en Ozuluama de Mascareñas, Veracruz, a cargo de la diputada Dalia María Rocha Ladrón de Guevara, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Dalia María Rocha Ladrón de Guevara, integrante de la LXIII Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y al gobierno del estado de Veracruz a que realicen todas las diligencias pertinentes para determinar la existencia de daños ambientales en la zona del cerro de Taninul o Tampule, ubicado en el municipio de Ozuluama de Mascareñas, Veracruz, con base en las siguientes:

Consideraciones

Nuestra Carta Magna establece en su artículo 4o. párrafo quinto, el derecho que toda persona tiene a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, asimismo, enuncia la obligación del Estado de garantizar el respeto a este derecho y de asegurarse que el daño y deterioro ambiental genere responsabilidad para quien lo provoca en los términos de lo dispuesto por la ley.

En el estado de Veracruz se tienen programadas diversas obras de infraestructura urbana y carretera, entre las que destacan el “Proyecto Carretero Tuxpan-Tampico”, por lo que en ese sentido, la empresa Mota-Engil México se encuentra realizando trabajos que consisten en “construir, operar, explotar, conservar y mantener por 30 años la autopista de altas especificaciones “Tuxpan-Tampico, tramo Tuxpan-Ozuluama, en el estado de Veracruz”.

La empresa antes mencionada elaboró una Manifestación de impacto ambiental para la instalación y operación de una planta trituradora y una planta de asfalto en el predio conocido como La Aguada, en el municipio de Ozuluama de Mascareñas, Veracruz . Del documento citado se desprende que la ejecución de los trabajos afectará la zona conocida como Cerro de Taninul o Cerro Tampule, tal y como se muestra en el siguiente mapa, extraído del estudio en comento:

Como se observa en la imagen anterior, la obra se está ejecutando en una parte importante Cerro de Taninul, lugar que es el hábitat de diversas especies de flora y fauna como loros, venados, tejones, zorros, coyotes, mapaches, tigrillos, linces, así como de diversas especies de árboles como mante, zapote, papaya, aguacate y ojite.

Del mismo documento presentado por la empresa ejecutora Mota-Engil México, se advierte que: “Con la remoción de la cubierta vegetal y el suelo se afecta la diversidad vegetal del sitio, asimismo se acentuará el cambio de los microclimas, por la pérdida de la humedad relativa, ya que la pérdida de la cobertura propicia la disminución de tasas de evaporación, cambio en los patrones de viento, pérdida de sombras, disminución de la humedad, aumento de la temperatura entre otros. .....En cuanto a la pérdida de nichos ecológicos se modificarán principalmente los espacios para la fauna local, y la fauna existente tendrá que competir por otros sitios dentro del hábitat contiguo.

......

Aun cuando se apliquen medidas de mitigación para atenuar la alteración de estos factores ambientales, no se podrá volver a tener las condiciones originales del área .”1

Lo anteriormente señalado es preocupante, ya que se afectará un área natural de manera importante. Aunado a lo anterior, como se muestra en el apartado de costos del proyecto, la inversión requerida para la ejecución de la obra, no es congruente con la inversión en las medidas de mitigación del impacto ambiental que tendrá, tal y como se determina en el documento en comento:

d) Cálculo de costos

d) Cálculo de costos

En ese sentido, durante las últimas semanas, los habitantes del municipio de Ozuluama de Macareñas, en acompañamiento de diversas organizaciones de la sociedad civil organizada han manifestado ante las diferentes instancias, municipales, estatales y federales de protección al ambiente, su preocupación por el impacto ambiental que la ejecución de la obra tendrá en el ecosistema,2 así como por detonaciones de dinamita que se llevaron a cabo en el predio en comento los días 12 y 21 de marzo, mismas que no se encuentran contempladas en la manifestación de impacto ambiental del proyecto y que ocasionaron daños en las viviendas cercanas a la obra.3

Como consecuencia de todo lo anterior, solicito a esta soberanía exhorte a las autoridades competentes en materia ambiental y a las autoridades municipales y estatales, a que se realicen las acciones pertinentes para determinar la existencia de un daño ambiental grave y no contemplado en el predio conocido como Cerro de Taninul o Cerro Tampule, así como se proteja la flora y fauna de dicho hábitat natural.

Por todo lo anterior, propongo el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como al estado de Veracruz y al municipio de Ozuluama de Macareñas, Veracruz, a realizar todas las diligencias pertinentes para determinar la existencia de daños ambientales irreversibles en el predio identificado como Lote de terreno número 12-M-1 de la ex hacienda de La Aguada, ubicado en la Congregación de Aguada Primera, conocido como Cerro de Taninul, en el municipio de Ozuluama, en el estado de Veracruz, con el desarrollo del proyecto Planta Trituradora y Planta de Asfalto de la empresa Mota-Engil México, así como a garantizar se cumpla con la normatividad en materia de protección ambiental por la concesionaria.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a preservar y proteger los recursos forestales y las especies de fauna que se encuentran en riesgo por el desarrollo del proyecto de una Planta Trituradora y Planta de Asfalto de la empresa Mota-Engil México, en el municipio de Ozuluama de Mascareñas, Veracruz, así como a garantizar la plena restauración de los recursos naturales de la zona, al concluir la obra en comento.

Tercera. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al ayuntamiento de Ozuluama de Mascareñas, Veracruz, a revisar los daños a las viviendas aledañas a la zona de desarrollo del proyecto Planta Trituradora y Planta de Asfalto de la empresa Mota-Engil México, y de ser el caso tomar las medidas pertinentes en materia de protección civil que garanticen la seguridad de la población, así como la reparación del daño ocasionado al patrimonio de los afectados.

Notas

1 http://www.veracruz.gob.mx/medioambiente/impacto-ambiental/

2 http://www.jornadaveracruz.com.mx/Post.aspx?id=180326_084948_463

3 https://elheraldodetuxpan.com.mx/noticias-principales/67212-en-peligro- flora-y-fauna-en-taninul.html

Dado en el Palacio de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputada Dalia María Rocha Ladrón de Guevara (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa a realizar acciones para proteger y fortalecer la producción y comercialización de chile rayado en Hidalgo, a cargo de la diputada Rosa Guadalupe Chávez Acosta, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Rosa Guadalupe Chávez Acosta, diputada federal por el estado de Hidalgo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Es de sobra conocida la diversidad biológica y la riqueza de recursos filogenéticos de nuestro país, entre los que se encuentra la diversidad genética del chile en todo el territorio mexicano, tanto en formas cultivadas como silvestres. Una de estas variedades es el chile rayado.

De acuerdo a la investigación, Los Chiles en México y su distribución ,1 “el nombre de chile rayado se debe a las líneas características que presentan los frutos de este tipo de chile en su superficie. Los nombres de estas líneas son conocidas como corchosidad, las cuales pueden llegar a ser tan abundantes que llegan a cubrir prácticamente el 100 por ciento de la superficie del fruto”.

El documento referido, señala que se cultiva en pequeñas plantaciones a altitudes de 100 a 1000 metros (mts), como cultivo único o intercalado con maíz o frutales en las zonas serranas huastecas de Veracruz, San Luis Potosí, Hidalgo y Puebla. Por la forma que presenta y la región donde se cultiva es considerado un chile jalapeño de altura. Sus plantas son de porte compacto de 40 a 90 centímetros (cm), y follaje con pubescencia intermedia a muy alta, con ramificación dicotómica escalonada. La longitud de su fruto es de 6 a 12 cm y tiene un diámetro de 3.3 a 4.2 cm, con un grosor de pericarpio de 5 a 8 milímetro (mm), con placenta bien distribuida en su interior, lo que le da un alto peso de fruto, mismo que fluctúa de 35 a 60 gramos.

Además, es de apuntar que la elaboración del chipotle (chile seco) forma parte de la cultura y tradición de diferentes grupos étnicos de la zona serrana huasteca desde épocas ancestrales, el cual se elabora mediante el deshidratado y ahumado lento de los frutos maduros en un horno denominado “copil”. Por su aroma y sabor característicos, es considerado el chile rayado de muy alta calidad.

Debido a la importancia gastronómica, cultural y económica de este chile, el Consejo Coordinador Empresarial del estado de Hidalgo y las autoridades locales han venido realizando diversos esfuerzos para conservar este chile y aumentar su producción, debido a la demanda específica de la región y la derivada de las exportaciones a Estados Unidos.2 Esfuerzos que deben ser secundados y apoyados por la federación, en aras de lograr los resultados deseados.

Además de las motivaciones para estimular las cadenas productivas que permitan la generación de recursos económicos en beneficio del sector en la región, existen otros elementos de igual importancia como son la gastronomía y la cultura gastronómica del estado, las cuales se ven comprometidas seriamente con la escasez de la producción de chile rayado y los altos costos de éste en el mercado local.

Por ello, es preciso reiterar lo que he señalado en diversos espacios, debe ser una prioridad para esta Cámara, salvaguardar el patrimonio alimentario de nuestro país y de cada una de sus regiones. Lo cual implica un reconocimiento público del valor que constituye el recurso alimentario, a efecto de poder asumirlo plenamente como patrimonio nacional digno de ser conservado y protegido.

El patrimonio alimentario y gastronómico es parte de la cultura misma y forma parte primordial de la identidad nacional, así como de la identidad de cada uno de los estados y de las regiones del país.

Una y otra vez he sostenido que la sobre explotación, la falta de apoyo a los productores y las importaciones desleales son los principales elementos que deterioran nuestro patrimonio alimentario y gastronómico.

La diversidad de chiles en México, al igual que en muchos otros cultivos, se ha visto diezmada a causa de la presencia de plagas y enfermedades, la sustitución del cultivo, la migración y abandono del cultivo en el campo mexicano, la introducción de variedades mejoradas y el cambio de uso de suelo.3

Al igual que el chile rayado, cada vez son más los productos alimenticios que se encuentran a punto de desaparecer en nuestro país, y con ellos nuestra cultura, tradiciones e identidad.

De ahí que es necesario desde este Poder Legislativo realizar las acciones conducentes para proteger y estimular la producción de todas y cada una de las especies que forman parte de nuestro patrimonio alimentario.

En razón de lo antes expuesto y fundado, someto a esta honorable asamblea, el siguiente:

Punto de acuerdo

Único. La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a que realice las acciones conducentes desde el ámbito de sus atribuciones, con el objeto de proteger y fortalecer la producción y comercialización de chile rayado en el estado de Hidalgo, en aras de salvaguardar el patrimonio alimentario y gastronómico de la región y aumentar la competitividad de los productores, posibilitándoles con ello, el acceso a nuevas y mejores oportunidades que les permita mejorar la calidad de vida de sus familias.

Notas

1 Los chiles de México y su distribución (PDF Disponible:

https://www.researchgate.net/publication/235657255_Los_c hiles_de_Mexico_y_su_distribucion [Consultado Junio 7, 2017]. Aguilar-Rincón, V. H., T. Corona Torres, P. López López, L. Latournerie Moreno, M. Ramírez Meraz, H. Villalón Mendoza y J. A. Aguilar Castillo. 2010. Los chiles de México y su distribución. SINAREFI, Colegio de Postgraduados, INIFAP, IT-Conkal, UANL, UAN. Montecillo, Texcoco, Estado de México. 114 p

2 http://www.cronicahidalgo.com/2014/03/representa-chile-rallado-hidalgue nse-una-opcion-en-mexico-y-el-extranjero/

3 Aguilar R., V. H., T. Corona T., y S. H. Morán B. 2006. Chiles criollos (Capsicum spp., Solanaceae ) de los estados de Puebla y Morelos. In: P. López L. y S. Montes H. (eds.). Avances de investigación de la red de hortalizas del Sinarefi . Libro Científico número 1. Campo Experimental Bajío INIFAP. Celaya, Guanajuato, México. pp: 28-58.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputada Rosa Guadalupe Chávez Acosta (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a revisar las condiciones demográficas del conjunto Irapuato-Salamanca, Guanajuato, para que sean reconocidos como zona metropolitana federal, a cargo de la diputada María Olimpia Zapata Padilla, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada federal María Olimpia Zapata Padilla, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 6, párrafo 1, fracción I, 79, párrafo 1, fracción II, y párrafo 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo, conforme a lo siguiente:

Consideraciones

El perfil demográfico y económico de México adquirió desde las últimas décadas del siglo XX un carácter predominantemente urbano y metropolitano. Las zonas metropolitanas son los grandes motores que impulsan el desarrollo social y económico de nuestro país. De acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2010 vivían en ellas casi 70 millones de personas, equivalentes al 60% de la población nacional.

Por lo que se refiere a las zonas metropolitanas comprendidas en el Estado de Guanajuato, son el hogar de más de 3.9 millones de personas, es decir, el 71 por ciento de la población de la entidad. Representan un factor importante para la prosperidad interna, pero también para propagar el desarrollo económico y social más allá de sus propios límites territoriales, lo que requiere del óptimo aprovechamiento de sus ventajas competitivas, incluidos sus recursos humanos y materiales.

Actualmente, el Estado de Guanajuato reconoce 5 zonas metropolitanas: León, que abarca 5 municipios a nivel local; Moroleón-Uriangato-Yuriria; La Piedad-Pénjamo, de índole interestatal con el Estado de Michoacán; Laja-Bajío, con 9 municipios; e Irapuato-Salamanca, en virtud de declaratoria expedida el 18 de mayo del 2011 por el entonces gobernador Juan Manuel Oliva Ramírez, previo convenio de constitución celebrado con los alcaldes de dichos municipios. Esta última no está reconocida a nivel federal.

Según los datos del último Censo de Población y Vivienda realizado por el Inegi, en el año 2010 Irapuato contaba con una población de 529, 440 habitantes; Salamanca, municipio con el que limita al este, tenía una población de 260, 732 habitantes. Las ciudades homónimas que, respectivamente, concentraban en ellos más personas, contaban con 380, 941 y 160, 169 habitantes. Ambas, entonces, muy por encima de los 50, 000 que fijó en 2012 el grupo interinstitucional conformado por la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), el Inegi y el Consejo Nacional de Población (Conapo) como mínimo para identificar a una ciudad capaz de iniciar una zona metropolitana, por ser una cifra indicadora de un uso de suelo diferenciado en áreas industriales, comerciales y de servicios, suficientes para satisfacer la oferta de trabajo y la demanda de consumidores en su interior y en las localidades ubicadas dentro de su influencia. Entre ambos municipios importan una superficie total de 1, 607.49 kilómetros cuadrados. No en balde, en términos de los instrumentos de programación estatales vigentes, la zona metropolitana de Irapuato-Salamanca es considerada como la segunda más importante de Guanajuato.

Por lo anterior, y porque desde el sexenio 2006-2012, alrededor del 84 % de su población económicamente activa se dedica a actividades diferentes a las clasificadas en el sector primario, y se observa un flujo laboral intenso entre los municipios que la componen. Par de características que reflejan, nuevamente, puntos de coincidencia entre la zona en comento y los criterios establecidos por el grupo interinstitucional citado líneas arriba, relativos al reconocimiento del fenómeno de metropolización en los municipios en los que, al menos, el 75 % de sus pobladores estén ocupados en actividades secundarias o terciarias, y sea parte de su cotidianeidad los viajes intermunicipales de traslado a centros de trabajo.

De acuerdo al Programa Estatal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial del Estado de Guanajuato emitido en octubre del 2014 (PEDUOET 2014), el conjunto Irapuato-Salamanca forma parte del Corredor Industrial Urbano Central estatal. Sirve de vinculación a las zonas metropolitanas de León y Laja-Bajío. Esta posición estratégica le ha redituado mayores índices de competitividad y productividad, benéficos para la economía de sus residentes y, en general, de los guanajuatenses. Por eso, y atendiendo a su alta densidad poblacional y a su importancia como región soporte del mercado de bienes y servicios en la entidad, en el PEDUOET 2014 se instruyó considerarlo dentro de los proyectos de consolidación del corredor que integra en los rubros de identidad, unificación de los mercados, e infraestructura del transporte y del espacio público.

La relevancia de su evolución rebasa el ámbito estatal. Participa del mejoramiento de la conectividad física de Guanajuato con los territorios ampliamente denominados Morelia-Pacífico, Valle de México, San Luis Potosí-Golfo de México, y con las ciudades de Guadalajara y Aguascalientes. Y, todavía más destacado desde la perspectiva nacional, es activo de una de las vías de comunicación terrestre primordiales de nuestro país: la carretera federal 45 (Querétaro-Ciudad Juárez), uno de cuyos tramos cruza la zona irapuatense-salmantina y es acceso a la refinería de Petróleos Mexicanos ubicada en esta última municipalidad.

En la esfera local, la zona Irapuato-Salamanca ha recibido la atención que le merece su estatus metropolitano. Por citar un ejemplo, en mayo del 2011, mes en que se erigió dentro del Estado de pertenencia, el Gobernador y los alcaldes de aquellos municipios, Jorge Estrada Palero y Antonio Ramírez Vallejo, firmaron un convenio de participación en el que se contempló una inversión de 1, 280 millones de pesos para 20 proyectos iniciales de fomento a las industrias y vialidades de la circunscripción dual. Entre las obras proyectadas se comprendieron la ampliación de los puentes vehiculares que atraviesan los ríos Temascatío y Lerma, y medidas de impulso a la industria petroquímica y agroindustrial. Otra muestra, más reciente, es el tratamiento que le dispensa el Peduoet 2014 ya explicado.

En cambio, en la esfera federal se le ha desestimado. El grupo interinstitucional delimitador de las zonas metropolitanas sigue sin admitir, oficialmente, que reúne los supuestos para admitírsele ese rango. En consecuencia, no ha podido pretender recursos del Fondo Metropolitano estatuido desde el ejercicio fiscal 2008 en los Presupuestos de Egresos de la Federación con el objeto de financiar estudios, planes, evaluaciones, programas, proyectos y acciones relativos a obras de infraestructura y su equipamiento por iniciarse o en proceso, o a completar el financiamiento de los que no hubieren contado con las cantidades precisas para su ejecución, orientados a promover el desarrollo del transporte público, la movilidad no motorizada, las capacidades productivas, el mercado laboral y de proveeduría de bienes y servicios, y los mecanismos de mitigación de riesgos por fenómenos naturales o antropológicos de las zonas metropolitanas reconocidas en el país.

La Cámara de Diputados de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, a propuesta del diputado Sixto Alfonso Zetina Soto, exhortó al grupo Sedesol-Inegi-Conapo a realizar los estudios técnicos necesarios para el reconocimiento de Irapuato-Salamanca como Zona Metropolitana. Contestaron los órganos del destinatario por separado, pero coincidiendo en que analizarían la situación planteada al actualizar el catálogo metropolitano con base en los resultados definitivos del XIII Censo de Población y Vivienda levantado en el 2010. En efecto, practicaron la delimitación anunciada, en la cual incorporaron las zonas metropolitanas de Celaya, Tianguistenco (Estado de México) y Teziutlán (Puebla). La región materia del punto de acuerdo traído a colación fue desdeñada, no obstante poseer condiciones para ser igualmente incluida.

El 15 de noviembre de 2012, fecha encuadrada en el primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de la LXII Legislatura Federal, el diputado Genaro Carreño Muro presentó una nueva proposición con punto de acuerdo en el sentido de la promovida por el diputado Zetina Soto en el trienio inmediato pasado. La respuesta, emanada solo de una de las instituciones responsables, se mantuvo en línea negativa. En diciembre de 2015, el Inegi informó que la conurbación Irapuato-Salamanca no podía apreciarse como Zona Metropolitana por existir una distancia de 10.7 kilómetros entre sus respectivas cabeceras municipales, y ello se oponía al criterio de la Delimitación de las Zonas Metropolitanas de México 2010 referente a advertir factores metropolitanos en los municipios entre cuyas localidades geoestadísticas principales no mediara una separación mayor a 10 kilómetros. Juicio deficiente por incompleto, pues la evaluación de una solicitud de reconocimiento debe llevarse a cabo a la luz de los varios lineamientos asentados en aquel documento, de manera que no puede hacerse exclusivamente a partir de uno de ellos.

Sin menospreciar la inversión estatal y municipal, no basta para cubrir el costo de los proyectos por ejecutarse o en marcha en el conglomerado Irapuato-Salamanca. Sobre el particular llamó la atención el presidente municipal irapuatense José Ricardo Ortiz Gutiérrez en marzo del 2017, lamentando el truncamiento o ralentización de diversas obras que potenciarían sus posibilidades de concretarse si tuvieran el respaldo del Fondo Metropolitano.

Es oportuno, pues, formular otro llamamiento al grupo interinstitucional competente para determinar los municipios que constituyen las zonas metropolitanas de la Federación –renovado por el relevo de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en el asiento que ocupaba la Sedesol- a revisar, una vez más, las condiciones demográficas del área integrada por los municipios de Irapuato y Salamanca, a fin de que puedan ser reconocidos dentro de aquella categoría, como sus circunstancias verificables en la estadística oficial lo reclaman desde hace casi una década.

No sobra decir que, dado que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018 no se especificó el monto disponible para cada Zona dentro del total asignado al Fondo Metropolitano, la admisión de otras no impone enmiendas presupuestarias, pudiendo acceder a sus beneficios las emergentes con solo cumplir los lineamientos y reglas que se emitan para la operación de dicho fondo.

Por lo manifestado, someto a su consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único: Se exhorta al grupo interinstitucional integrado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y el Consejo Nacional de Población, previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, a revisar las condiciones demográficas del conjunto formado por los municipios de Irapuato y Salamanca del Estado de Guanajuato, a fin de que sean reconocidos a nivel federal como zona metropolitana para todos los efectos a que haya lugar.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputada María Olimpia Zapata Padilla (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al ayuntamiento de Los Cabos, BCS, a cesar la violación de los derechos humanos de los pobladores en materia de reunión pacífica y libre manifestación de ideas, y no atribuirse facultades metaconstitucionales en el uso y la disposición del espacio público, a cargo de la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada federal Norma Xóchitl Hernández Colín , integrante del Grupo Parlamentario del partido Morena a la XLIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, por medio del presente, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente:

Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al municipio de Los Cabos, Baja California Sur, a cesar la violación de los derechos humanos de la población, en materia de reunión pacífica y libre manifestación de ideas, así como a no atribuirse facultades meta constitucionales en materia de uso y disposición del espacio público

Lo anterior, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Primero. El veinte de marzo de dos mil dieciocho, el ciudadano Arnoldo Alberto Rentería Santana , por medio de oficio impreso, informó a la Dirección Municipal de Gobierno de Los Cabos, Baja California Sur, la celebración de una reunión pacífica de personas en la plaza José Antonio Mijares, ubicada en bulevard Antonio Mijares, Centro, San José del Cabo; a efecto de que la autoridad proveyera los requerimientos necesarios para salvaguardar la integridad de las personas participantes.

Al respecto, por medio del oficio 2018/DMG/0013, el director municipal de Gobierno de Los Cabos, José Manuel Santoyo García , informó al ciudadano que no es posible “autorizar” su solicitud, debido a la operación del programa “PlazArte”, que históricamente se realiza los días sábados y domingos en la citada plaza; con lo cual, la autoridad viola los derechos humanos relacionados con la reunión pacífica y libre manifestación de ideas de la población del municipio, arrogándose facultades meta constitucionales en materia de uso y disposición del espacio público.

Segundo. Al respecto, es de destacar que el derecho al espacio público y el derecho a la ciudad se encuentran garantizados por la Constitución y diversos tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano.

Para la población y para las autoridades, en este caso las municipales de Baja California Sur, es imprescindible defender el espacio público por ser el escenario del ejercicio de los derechos humanos, del desarrollo de las personas, del reforzamiento de la multiculturalidad y la recuperación del tejido social. El espacio público es un punto de encuentro y de interrelación de las personas habitantes de no sólo el municipio, sino del país en su totalidad, en donde se crea y fortalece el sentido de comunidad.

Por ello, es importante que las autoridades hagan conciencia de que el espacio público no es solamente el espacio residual entre calles y avenidas, sino el lugar en donde se desarrolla el ejercicio de derechos culturales y políticos, sin poder hacer una valoración subjetiva entre su importancia con respecto a otros.

De tal suerte, Patricia Ramírez Kuri, académica e investigadora del Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México, ha planteado la necesidad de que en el país se cuente con una política transversal de espacios públicos creada en conjunto con la ciudadanía, para asegurar el derecho a la ciudad.

En tanto, Adrián Orozco Hernández, académico de la Facultad de Arquitectura de la misma universidad, ha señalado que el espacio público va más allá de los parques y jardines, ya que tiene que ver de igual forma con los espacios en donde transitamos, en la calle, en donde nos encontramos con los otros.

En nuestro país, los espacios públicos han tenido una importancia política, social, económica y cultural, es un tema que ha venido desarrollándose hasta hace un par de décadas en los debates en los que también se incluye el derecho a la ciudad.

Ante ello, existe una real necesidad abordar el tema con inmediatez, debido a la relevancia que poseen como lugares de interrelación y comunicación de las personas habitantes de determinada zona, además de ser un espacio en donde también se ejercen los derechos humanos de todas las personas.

Existe una velada preocupación respecto al paradigma sobre el espacio público con el que se desarrollan las administraciones locales, las cuales tienden a la privatización y dan prioridad al usufructo del mismo. Además de que, como sociedad, estamos trabajando de manera desarticulada en la materia, por lo que nos enfrentamos a un gran reto.1

La búsqueda de una mejor calidad de vida para las personas y la protección de los derechos y libertades de forma igualitaria, son fundamentos sobre las cuales está cimentado todo Estado democrático. Por tal motivo, una manera de garantizar el cumplimiento de estos derechos es con la existencia y protección de espacios públicos ordenados y abiertos, como la plaza, el parque, la calle y los frentes de agua, destinados para la práctica de deportes, ornato y descanso; pues donde estos están presentes mejoran la moral, las condiciones de vida de la ciudadanía, opacan notablemente la delincuencia, así como las agresiones visuales, auditivas y de movilidad causadas por la ciudad.

Una ciudad sana y exitosa puede compararse a un ser vivo; los pulmones de la ciudad son los espacios libres, estos responden a la necesidad de los pobladores de conciliar los diferentes ámbitos y esferas sociales en un lugar común, donde se construya el tejido social en el que cada individuo se reconoce como miembro de una comunidad, y se relaciona con otros para la satisfacción de sus intereses y necesidades. De esta manera, la defensa del espacio público contribuye a garantizar la existencia de un escenario de convivencia, que acerca a todos los habitantes de una ciudad en condiciones de igualdad.

El derecho al espacio público es un derecho emergente-colectivo, que pertenece a las más avanzadas tendencias contemporáneas del derecho público, abordado y desarrollado básicamente por el derecho ambiental y el derecho urbanístico con categoría constitucional, en vista de que es indispensable para la sana subsistencia humana y urbana, por tanto el trastorno de estos espacios ocasionados por un particular o por la acción u omisión de una persona jurídica de derecho público o privado, en todas sus representaciones, debe abrir paso a acciones jurídicas de protección o amparo, tanto en sede administrativa, como en vía judicial.

Las leyes, en el marco de la configuración dada a la administración pública, establecen y exigen que esta debe actuar bajo los principios de eficacia y eficiencia; guardando el deber de buena administración, es decir, obrar de conformidad con las normas y principios a los que debe obligatoriamente atenerse. En conclusión, cuando la administración pública no garantiza la defensa del derecho al espacio público, pudiéramos estar en presencia de un supuesto de inactividad, por el no ejercicio de una competencia legal; pues si bien, no es un derecho consagrado en nuestra Ley Suprema, de forma expresa, se desagrega de otros fundamentales, por los principios de progresividad y de cláusula abierta de derechos de derechos.

Es notorio entonces que no es posible hablar de ciudad sin espacio público como elemento articulador del territorio y de la sociedad. La base de la planeación de las ciudades debe estar cimentada en políticas claras y diversas frente a la definición de espacios públicos y sus mecanismos de protección, de manera que se garantice el uso y disfrute de todos los habitantes sin acepciones de ningún tipo.

Los espacios públicos, como un derecho, están perdiendo cualidades y esto ha traído como consecuencia que se produzca el reemplazo del lugar de reunión para cualquier persona. En atención a ello, las autoridades deben apreciar el espacio público como reserva constitucional, que implica una aproximación jurídica como un espacio sometido a una regulación específica con el objetivo de garantizar la accesibilidad y exigibilidad de todos las personas en función con el disfrute y recuperación del mismo.

En tal sentido, debemos señalar que a pesar de la innovación en materia de tratados internacionales en la materia, la autoridad local obvia un derecho fundamental para los habitantes del municipio como es el derecho al espacio público. Es probable que esta omisión obedezca a que su precisión conceptual data del año 2004, con el Forum Universal de las Culturas Barcelona, realizado en el mismo año, pues es allí, cuando se asumen oportunidades para promover la resolución de problemas urbanos mediante el tratamiento de temas, entre los que se tiene el espacio público.

Bien lo alertó en esa oportunidad Cohen (2004), quien afirmó que contemporáneamente, el espacio público o colectivo constituye un fenómeno social total, porque tales espacios: “acogen a la vez formas de interacción institucionalizadas, y de relaciones libres entre los ciudadanos”. Igualmente, en la Carta de los Derechos Emergentes aprobado en el Forum de Monterrey, mediante la Declaración de los Derechos Humanos Emergentes, también se asume una nueva concepción de participación de la sociedad de manera inédita e innovadora, a través de aspectos como el disfrute del espacio público.

Al respecto, en la fuente denominada “Carta de los Derechos Humanos Emergentes: Una Respuesta de la Sociedad Civil a los Retos del Siglo”, se considera que una democracia debe integrar ciertas características, entre éstas, adquirir el carácter de participativa. Es decir, todos deben intervenir en el proceso de toma de decisiones que se materializa no sólo con la participación política, también mediante el desarrollo del concepto de ciudadanía en la promoción de un espacio democrático, que se construye a través del ejercicio de algunos derechos, entre los que se menciona la movilidad, la accesibilidad y el espacio público.

Cabe destacar que la consagración constitucional del derecho al espacio público en el ordenamiento jurídico venezolano y especialmente en la Constitución Nacional, no sólo se concibe para atender a las necesidades comunes de las personas en la esfera del ejercicio de las libertades públicas fundamentales de contenido social y económico, para procurar la satisfacción de sus anhelos y designios de libertad; también se asumen para permitir la real y cierta promoción de nuevos ámbitos de la actividad de las personas en sociedad, como especie y como sujeto de cultura.

En efecto, los fenómenos contemporáneos de la masificación de las relaciones en las que se compromete a las personas, principalmente en lo atinente a la urbanización y con los sistemas económicos en todos sus elementos como son la producción, la distribución y el consumo de bienes y servicios sometidos a inestables y cambiantes circunstancias, hace que se busquen mejores condiciones físicas para la satisfacción de las necesidades sociales siempre presentes.

Por tanto, la actitud de la autoridad municipal resulta claramente incompatible con los principios que orientan la Carta Política y con el señalamiento del tipo de Estado que la constitución acuerda para las personas. Sin duda, una de las manifestaciones del principio constitucional es un estado de derecho que guarda relación con la garantía de una serie de derechos fundamentales, sociales y colectivos como la libertad de asociación y el de la libre manifestación de ideas, así como la búsqueda de una mejor calidad de vida para las personas y la protección de los derechos y libertades que dependen de la existencia de un espacio físico a disposición de todos los habitantes.2

Tercero. Con respecto al derecho a la manifestación conculcado por la autoridad municipal, es menester precisar que si bien es un derecho humano contenido en las libertades de reunión y de expresión, merece ser tratado de manera especial debido a que representa un modo de acción cívica para la exigencia y la defensa de derechos, altamente sensible a reacciones de gobierno y a políticas de Estado incompatibles con los derechos humanos.

La manifestación pacífica es uno de los derechos que más pone en evidencia el grado de respeto y responsabilidad de un Estado con los derechos humanos y la fortaleza de sus instituciones democráticas para evitar y prevenir el uso abusivo, violento o discrecional del poder público en contra de los ciudadanos.

Puede definirse como un ejercicio de acción cívica para expresar de forma pública inconformidad o insatisfacción con problemáticas no resueltas, de diversa índole. Esta acción cívica también puede estar motivada por la indignación, la disidencia o la resistencia ante políticas públicas o conductas de los poderes públicos que afectan de manera significativa el ejercicio de derechos.

En sus maneras de convocatoria y organización, la manifestación pacífica adopta múltiples formas y puede ser llevada a cabo por personas, grupos de personas u organizaciones con el propósito de llamar la atención pública sobre ciertos asuntos ciudadanos y reclamar la urgente solución a los mismos. Están las protestas y concentraciones realizadas en espacios públicos, las huelgas y paros laborales, y las más extremas como las huelgas de hambre.

Casi siempre la manifestación pacífica es un punto de llegada y no un punto de partida. Aparece después que se han agotado otras vías de solución, durante un tiempo prolongado que ha excedido los límites de espera, porque los problemas se agravaron o porque hay daños inminentes a las personas.

Asimismo, la manifestación tiene fundamento jurídico en el derecho a la disidencia, y está relacionada con la protección de las minorías y el respeto a los derechos individuales en el marco de una sociedad libre y democrática. La disidencia es “...la posibilidad de decir ‘No’ a situaciones en la que prevalecen la indignidad, la falta de libertad o la desigualdad”. Las personas pueden expresar pacíficamente sus desacuerdos con la opinión oficial o la de otros, y luchar por ser reconocidos como libres e iguales en sus derechos.

El derecho a la disidencia quiere decir que, “el papel de la desobediencia no es el de imponer a una colectividad los puntos de vista del individuo desobediente a los derechos de la mayoría. Pero, por abrumadora que esa mayoría fuere, nunca estará legitimada para imponerse al individuo en todo aquello que éste estime que va contra los principios de su conciencia”.

Respecto a su ejercicio pacífico, desde hace varias décadas los movimientos de la sociedad civil han promovido la acción cívica no violenta, la cual “ofrece alternativas a las que generan hostilidad y que, en definitiva son estériles, al menos desde el punto de vista de lograr cambios sociales”.

La Internacional de Resistentes a la Guerra plantea que el principal objetivo de la acción cívica no violenta es “acabar con la violencia, sin cometer más violencia” y se basa en “una actitud de respeto por toda la humanidad y por toda forma de vida”.

Una actitud común a los activistas no violentos es que queremos que nuestras actividades sean una expresión del futuro que estamos intentando crear, también que nuestro comportamiento refleje el mundo que queremos.

En este sentido, los puntos más relevantes de la acción cívica no violenta son:

* La confianza y la solidaridad entre los participantes para que entren en contacto con las fuentes de su propio poder y sepan cómo actuar en cada situación.

* La inhibición de la violencia asegurando que la represión violenta no sea un recurso usado en contra de las legítimas demandas.

* La creación de posibilidades para que los actores que tienen poder para decidir puedan reconsiderar sus opciones.

* El cambio de la calidad de la comunicación con los espectadores o con los no implicados que pueden ser aliados en el futuro.

En las normas internacionales de protección de derechos humanos, la manifestación es además un derecho especialmente protegido porque representa una forma de expresión de la voluntad popular dentro de todas las posibilidades de conducta que ofrece una sociedad libre y democrática.

Su fundamento es que la violación de los derechos humanos o del libre y democrático ejercicio de la soberanía para manifestar ideas y opiniones expresadas en forma pública, conlleva el legítimo derecho de las personas a reclamarlos y exigirlos individual o colectivamente por medio de la manifestación pacífica.

Por lo tanto, los Estados no pueden aplicar restricciones a este derecho que sean inadmisibles en los tratados internacionales para justificar medidas dirigidas a suprimir la oposición o incurrir en prácticas represivas contra su población.

En tanto son expresión de la voluntad popular, las manifestaciones cumplen una importante función democrática, permiten la defensa y la reivindicación de derechos, incentivan el debate político sobre problemas de interés público y promueven alternativas de cambio conforme a las aspiraciones democráticas.

Como derecho protegido, los Estados deben garantizar los siguientes estándares en materia de protección a las garantías de manifestación pacífica:

* Todas las personas tienen derecho a la manifestación pacífica (concentraciones, protestas, huelgas y paros , entre otras), lo que significa expresar en público, de manera individual o colectiva, y por medios no violentos, la insatisfacción, desacuerdo o indignación con hechos o situaciones que les afecten directamente o perjudican el interés público, exigiendo soluciones o cambios en el marco de una sociedad libre y democrática. La manifestación pacífica es un acto legítimo contra violaciones de los derechos humanos, políticas de gobierno o actividades de terceros, siendo la libertad de reunión una condición de ésta.

* Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la manifestación pacífica, expresando pública y libremente su opinión sobre asuntos relacionados con sus derechos, en condiciones acordes con su edad y protegiendo su integridad y desarrollo. La manifestación pacífica es igualmente un derecho de todas las personas privadas de libertad, e incluso una de las garantías a sus derechos dentro de las condiciones especiales en las que se encuentran bajo custodia del Estado.

* Las manifestaciones pacíficas constituyen una expresión del derecho a la libertad de reunión y, amparadas en este derecho, no requieren autorización previa. 3 En todo caso debe aplicarse un procedimiento de notificación, siempre que éste no restrinja de manera indirecta el derecho a la reunión pacífica. Son prácticas de restricción indebidas: a) la prohibición de manifestaciones; b) la imposición de restricciones injustificadas; c) la exigencia de requisitos innecesarios; d) la falta de recursos para negar permisos; e) la existencia de leyes incompatibles con el derecho internacional de los derechos humanos, ya sea porque dificultan o penalizan las manifestaciones o se les enmarca en delitos como “terrorismo” o “desestabilización”.

* En el caso de huelgas, está prohibido: a) la tipificación de las huelgas como delito; b) la no inclusión del derecho de huelga en la legislación nacional; c) la existencia de leyes que prohíben a los trabajadores ir a la huelga; d) la existencia de leyes que permiten la sustitución de los trabajadores en huelga; e) la exclusión injustificada de ciertas categorías de trabajadores del derecho a huelga, como el caso de los maestros o los profesores universitarios del sistema público de enseñanza; f) la prohibición de las huelgas de todos los funcionarios y empleados públicos; g) la utilización de definiciones demasiado amplias de “servicios mínimos” que afectan al derecho de huelga de los funcionarios públicos.

* Los Estados no deben interferir en las manifestaciones pacíficas y también deben proteger a los manifestantes en el ejercicio de sus derechos, en particular cuando las personas que manifiestan defienden puntos de vista impopulares o controvertidos o pertenecen a minorías u otros grupos que están expuestos a un riesgo mayor de victimización, ataques u otras formas de intolerancia. La presencia de observadores de los derechos humanos en las manifestaciones puede disuadir la violación de los derechos humanos. La labor de los periodistas también es importante para facilitar información independiente sobre las manifestaciones.

* Los Estados tienen la obligación de adoptar medidas deliberadas, concretas y selectivas para promover, mantener y fortalecer el pluralismo, la tolerancia y una actitud abierta con respecto a la disensión en la sociedad, y deben respetar y proteger por igual a los que expresan opiniones divergentes, impopulares o disidentes como lo hacen con aquellos que están a favor del gobierno.

* Los Estados no pueden prohibir acciones de manifestación pacífica, impedirlas, censurarlas o ejercer amenazas físicas o psicológicas contra sus participantes. Específicamente, los Estados deben abstenerse de a) presumir de antemano su carácter desfavorable, incluso si hubiere antecedentes, o descalificarlas como actos de “desorden público” o “desestabilización”; b) ilegalizarlas mediante la delimitación de zonas de reserva que justifique su criminalización y la respuesta violenta de los cuerpos de seguridad; c) ordenar toques de queda, medidas de bloqueo de las rutas o impedir el acceso a las sedes de las instituciones públicas; d) utilizar “infiltrados” con el objeto de provocar desorden y justificar el empleo de la violencia; e) la cercanía de grupos contrarios a los manifestantes y protegidos por los cuerpos de seguridad; y f) la colocación de mensajes y música en los lugares de concentración, contrarios al de los manifestantes.

* Tampoco es una razón justificada invocar la seguridad nacional o el orden público con el fin de prohibir, impedir o restringir manifestaciones localizadas o relativamente aisladas, ni impedir el ejercicio de manifestaciones, por la prevención de posibles enfrentamientos entre grupos o su frecuencia en un lugar específico. La seguridad nacional o el orden público no son pretexto para la imposición de limitaciones vagas o arbitrarias, y las mismas sólo pueden aplicarse si existen protecciones adecuadas y recursos efectivos contra el abuso. El Estado deberá acordar con los manifestantes aquellas acciones que permitan el respeto a los derechos de los demás. La libre circulación de vehículos no debe anteponerse automáticamente a la libertad de reunión o de manifestación pacífica.

* Los manifestantes pueden expresarse libremente, independientemente del contenido de sus discursos y de su mayor o menor aceptación social y estatal. Es una obligación del Estado la neutralidad ante los contenidos y garantizar que no existan personas, grupos, ideas u opiniones excluidos a priori. Los Estados deben asegurar el acceso a Internet en todo momento, también en los periodos de malestar político.

* En el derecho a la libertad de expresión existen ciertos discursos especialmente protegidos: a) los discursos políticos y los que tratan sobre asuntos de interés público; b) los que chocan, irritan, desafían o inquietan a los funcionarios o a los candidatos a cargos públicos; c) las opiniones minoritarias, siempre que no perpetúen los prejuicios ni fomenten la intolerancia; y d) los discursos que expresan elementos esenciales de la identidad o dignidad personales: hablar el propio idioma, expresar creencias religiosas o la propia orientación sexual y la identidad de género.

* No están protegidos por la libertad de expresión: a) la propaganda de la guerra y la apología del odio nacional, racial o religioso que inciten a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional; b) la incitación directa y pública al genocidio; y c) la pornografía infantil.

* Es una obligación del Estado no interferir con el derecho a circular información, ideas y expresiones en una manifestación pacífica. La libertad de dar y recibir información protege de manera especialmente enérgica la expresión y difusión de informaciones en materia política y, más ampliamente, sobre asuntos de interés público. Por lo tanto, la protección de su libre difusión resulta especialmente relevante para la formación de la opinión pública.

* No se justifica la aplicación de restricciones o la penalización de los manifestantes por mensajes en los que no hubo propaganda de guerra, ni incitación inminente a la violencia. Tampoco por un interés social imperativo para prevenir discursos que ofendan “la moral”, produzcan “alarma, temor o terror en la población” o afecten la “salud mental ”. Toda medida de restricción debe referirse a conductas y establecer la diferencia entre los que promueven pacíficamente sus opiniones y los que recurren a la violencia.

* En casos de conflicto entre la libertad de expresión y el honor de los funcionarios debe considerarse que ellos están sujetos a un tipo diferente de protección. Tienen derecho a la intimidad y al honor con menos resistencia normativa que el derecho que asiste a los ciudadanos ordinarios en el ejercicio de sus derechos a expresarse e informar. Ello no implica que los funcionarios públicos no puedan ser judicialmente protegidos; pero deben serlo acorde con los principios del pluralismo democrático, y a través de mecanismos que no tengan la potencialidad de generar inhibición ni autocensura.

* Está prohibido para todos los sujetos políticos y los poderes estatales, la utilización abusiva y desproporcionada o excesiva de la fuerza contra los manifestantes. Ello comprende la intervención de cuerpos militares, el uso de armas de fuego, el empleo de la violencia, y el uso de gases lacrimógenos o de sustancias tóxicas contra los manifestantes. Los Estados deben establecer medidas administrativas de control para asegurar que sólo se recurra excepcionalmente al uso de la fuerza en manifestaciones públicas en los casos en que sea necesario y deben adoptar medidas de planificación, prevención e investigación de los casos en que haya habido abuso de la fuerza. Los funcionarios que incurran en estas prácticas deben ser sancionados.

* También se prohíbe que se efectúen allanamientos o detenciones o arrestos arbitrarios de los manifestantes, o que se niegue a los detenidos el debido proceso, el derecho a la defensa y el juicio en libertad. De haber condena por algún delito, no es admisible que se apliquen penas sin proporcionalidad o se encarcele a los manifestantes en centros penitenciarios donde se cumplan penas por faltas graves y delitos comunes4.

Cuarto. Las manifestaciones públicas constituyen un fenómeno social que actualmente ha adquirido una gran importancia, no tanto por el contenido de los derechos que entran en juego sino más bien porque se han erigido como un mecanismo importante de protesta social. Inclusive algunos juristas hablan de un derecho a la protesta social, aun cuando debemos indicar que las manifestaciones públicas no encierran únicamente muestras de enfado, sino también puede tratarse de manifestaciones de júbilo.

Cualquiera que sea el origen de la manifestación pública, hay que advertir que normalmente damos por cierto que estamos frente a un derecho humano, y lo es, sólo que no lo encontramos reconocido literalmente en la Constitución Política de nuestro país. En el texto constitucional no existe un artículo que diga que tenemos derecho a manifestarnos públicamente. Sin embargo, hay dos derechos humanos que sí están expresos y en los que está incluido el derecho a manifestarnos públicamente, por lo que son su fundamento y a ellos hay que hacer referencia.

Uno de estos derechos humanos es el derecho a la libertad de expresión, en el que se encuentra la manifestación de las ideas. Este derecho está reconocido en el artículo 6o. constitucional, que expresa: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público”.

El otro de los derechos humanos es el derecho de reunión previsto en el artículo 9o. del texto constitucional, en el que se dice: “No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito... No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto o una autoridad”.

Por lo que hace a la libertad de expresión, si entendemos por manifestación pública la expresión de un reclamo o de una protesta en un lugar al que todos pueden acceder, sin importar el número de personas que asistan a ella, es lógico suponer que en este caso está implícita la libertad de expresión. Todos tenemos derecho a expresar en público nuestras ideas, y su manifestación, con un reclamo o protesta, es precisamente una vía para darlas a conocer, es una forma en que se concreta la libertad de expresión.

Lo anterior nos lleva a sostener que el derecho a manifestarnos públicamente, aun cuando no está reconocido expresamente, forma parte del derecho a la libertad de expresión regulado en el artículo 6o. constitucional. También podemos sostener que la manifestación pública la encontramos prevista en el derecho de reunión reconocido en el artículo 9o. constitucional, al decirse que no debe considerarse ilegal una reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto o una autoridad.

Entonces, si un grupo de personas se reúne en un lugar público para presentar una protesta, podemos afirmar que están realizando una manifestación pública, pues no cabe duda que están exponiendo un reclamo en un lugar al que todos pueden acceder. En consecuencia, el derecho a manifestarse públicamente forma parte del derecho de reunión.

Los derechos humanos no son parcelas que estén separadas por completo; todos los derechos humanos están relacionados, unos más que otros; es el caso del derecho a la libertad de expresión y el derecho de reunión, a los que podemos denominar derechos conexos, terminología empleada por la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Es más, la conexidad mostrada nos indica que estamos en presencia de la concretización del principio de interdependencia de los derechos humanos.

En una sociedad democrática, en la que se busca que todos participemos en la toma de decisiones, las manifestaciones públicas son producto del ejercicio de nuestros derechos de libertad de expresión y de reunión. Así es como podemos expresar nuestro descontento o nuestra alegría. Así es como podemos reafirmarnos como personas, como gente pensante y que vive. Así es como la gente puede crear una opinión y saber lo que está pasando. Ver que el pueblo realice manifestaciones públicas es reconocer que estamos en un país libre, sin ataduras, en donde temas de trascendencia se discuten y en los que queda claro el interés social. Por eso, no es de extrañar que un grupo de personas se manifieste en contra de la reforma energética, ya que sencillamente está exponiendo su parecer respecto de unas medidas tomadas por el gobierno. Tampoco debe extrañarnos que un grupo de profesores proteste por la reforma educativa, pues está dando a conocer su parecer y tratando de crear opinión pública.5

Quinto. Como lo menciona Miguel Carbonell en La libertad de asociación y de reunión en México , el derecho de reunión implica la libertad de todos los habitantes de la república para poder congregarse con otros con cualquier finalidad y objeto, siempre que dicha reunión sea de carácter pacífico y tenga un objeto lícito. Si se trata de reuniones de carácter político (es decir, que tengan relación directa con la celebración de las campañas electorales o con la emisión de los sufragios o, en general, con los procesos electorales), solamente podrán participar los ciudadanos mexicanos.

La libertad de reunión conlleva la obligación para las autoridades públicas de no entorpecer la realización de cualquier congregación, siempre que reúna los requisitos que se encuentran en el texto del artículo 9o.; esto quiere decir que ninguna autoridad puede disolver una manifestación o asamblea, tal como lo precisa, justamente, el segundo párrafo del mismo artículo 9o..

El derecho de reunión se encuentra, como ha señalado el Tribunal Constitucional español, a medio camino entre la libertad de expresión y el derecho de asociación:

“Históricamente, el derecho de reunión surge como un derecho autónomo intermedio entre los derechos de libre expresión y de asociación, que mantiene en la actualidad una tan íntima conexión doctrinal con ellos, que bien puede decirse, en una primera aproximación al tema, que el derecho de reunión es una manifestación colectiva de la libertad de expresión ejercitada a través de una asociación transitoria, siendo concebido por la doctrina científica como un derecho individual en cuanto a sus titulares y colectivo en su ejercicio, que opera a modo de técnica instrumental puesta al servicio del intercambio o exposición de ideas, la defensa de intereses o la publicidad de problemas o reivindicaciones, constituyendo, por lo tanto un cauce del principio democrático participativo, cuyos elementos configuradores son, según la opinión dominante, el subjetivo (una agrupación de personas); y el temporal (de duración transitoria), el finalístico (licitud de la finalidad) y el real u objetivo (lugar de celebración)”.

Retomando las ideas de la sentencia, se puede decir que el derecho de reunión es un derecho individual si se contempla desde el punto de vista de su titularidad, pero su ejercicio es de carácter colectivo, pues para que pueda haber una reunión (objeto de tutela de la disposición del artículo 9o.) tiene que haber al menos dos sujetos. La reunión supone un ámbito temporal transitorio en el ejercicio del derecho, pues una reunión de carácter permanente se asemejaría más, quizá, a una asociación. Además, la finalidad tiene que ser jurídicamente admisible. Y en cuanto al lugar de celebración, conviene hacer algunas precisiones particulares, pues la problemática al respecto no es del todo sencilla.

Para empezar, hay que señalar que el derecho de reunión se debe compatibilizar con otros derechos; para efectos del lugar en que se pueden realizar las reuniones, hay que distinguir entre las que se llevan a cabo en lugares públicos y las que se realizan dentro de propiedades privadas.

Para las reuniones que se lleven a cabo en lugares públicos no se requiere ningún tipo de autorización; aunque en México la Constitución no lo establece, en el derecho comparado se encuentra suficiente evidencia para sugerir que la realización de reuniones en lugares públicos puede suponer para los que las convocan la obligación simplemente de avisar a la autoridades que dicha reunión se va a llevar a cabo, para el único efecto de que éstas puedan a su vez hacerlo del conocimiento del resto de los ciudadanos y tomar las precauciones necesarias para conservar el orden público. 6

En este contexto, se puede citar el artículo 21 de la Constitución española, en cuyo párrafo segundo se dispone: “En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes”; la legislación que desarrolla este precepto se encarga de señalar que “la celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de aquéllas, con una antelación de diez días naturales, como mínimo y treinta como máximo [...] Cuando existan causas extraordinarias y graves que justifiquen la urgencia de convocatoria y celebración de reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, la comunicación [...] podrá hacerse con una antelación mínima de veinticuatro horas”.

Sobre este tema el Tribunal Constitucional español ha sostenido que el derecho de reunión, como todo derecho fundamental, tiene sus límites, por no ser un derecho absoluto e ilimitado. Es, indudablemente, un derecho subjetivo de ejercicio colectivo, que al ser realizado incide en el derecho y en los intereses de otros ciudadanos y en la utilización exclusiva de bienes públicos; posibilitando, a veces, la alteración de la seguridad ciudadana y del orden general, que corresponde garantizar y salvaguardar al poder público. El valor preeminente de estos valores afectados exige, en una sociedad democrática, que la Constitución conceda poderes a la autoridad para imponer al ciudadano el deber de comunicar con antelación razonable, como requisito indispensable de la proyectada reunión, para poder conocer su alcance y determinar la procedencia de previas averiguaciones, facilitar el uso del lugar u modificar su emplazamiento y tomar las medidas de seguridad que fueran precisas.7

Sexto. Reconocida en el artículo 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y también en el artículo 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la libertad de reunión pacífica es el derecho de toda persona al encuentro con otras, de manera intencional y temporal para un propósito específico, que incluye reuniones a puerta cerrada o privadas, demostraciones, huelgas, procesiones, manifestaciones y protestas sociales de carácter pacífico en espacios públicos.

Así como la libertad de asociación, la libertad de reunión pacífica protege la capacidad de las personas para unirse y trabajar junto a otras personas por el bien común. Las reuniones pueden ser privadas o públicas y comprenden tanto las que tienen fines de interpelación, crítica o de oposición, como las dirigidas a manifestar apoyo en asuntos públicos de interés para los manifestantes.

Las manifestaciones o protestas pacíficas generalmente expresan descontento, desacuerdo o indignación ante abusos de poder, menoscabo de derechos o falta de atención a problemas apremiantes.

A menudo, también son el último recurso del que disponen las personas, luego de experimentar reiteradas y prolongadas negativas de respuesta y de agotar los canales de participación. El libre ejercicio de la protesta pacífica pone a prueba la condición democrática de los Estados y su apego a los derechos humanos para prevenir o evitar el uso violento o abusivo del poder público contra los ciudadanos.

Realizar una reunión o una manifestación pacífica en cualquiera de sus formas, sea privada o pública, no requiere de la emisión de un permiso o autorización previa; únicamente podría existir un procedimiento de notificación cuando se trate de reuniones de gran tamaño o en las que puedan causarse serias interrupciones a otras actividades, siempre que sea con el sólo objeto de facilitar su ejercicio y tomar medidas de seguridad y protección de orden público. 8

Los procedimientos de notificación deberán ser sencillos y rápidos, claros y concisos, y preferiblemente en línea para evitar incertidumbres y retrasos. Los requisitos y sus costos no deberán convertirse en impedimentos o motivo para denegaciones arbitrarias. La ley deberá permitir las reuniones espontáneas como excepción al requisito de notificación cuando su envío no sea viable.

Tienen derecho a la reunión pacífica todas las personas y grupos de personas o miembros de organizaciones, sin distinción de edad, sexo, raza, color, etnia, orientación sexual, identidad o expresión de género, religión, nacionalidad, ocupación, ideología o pensamiento político o cualquier otra condición.

Todas las personas tienen derecho a reunirse libremente de forma pacífica, con la intención de tratar sus propios asuntos, expresar críticas, reclamar derechos o promover ideas o creencias, incluso si son minoritarias.

El ejercicio de esta libertad tiene un papel decisivo para hacer más eficaces los sistemas democráticos porque genera canales de diálogo, pluralismo, tolerancia y espíritu de apertura hacia el respeto de opiniones y creencias minoritarias o disidentes.

La reunión pacífica es inseparable de la democracia, a la que no es posible concebir sin espacios para el libre intercambio y debate de ideas y opiniones, el disentimiento, la interpelación a los poderes públicos y las reivindicaciones ciudadanas.

La libertad de reunión pacífica abarca los derechos a:

* Organizar y convocar libremente reuniones o manifestaciones pacíficas, inclusive en períodos de elecciones.

* Decidir sobre las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se llevarán a cabo, incluyendo las que surjan de manera espontánea.

* Circular información, ideas y opiniones, así como adoptar la forma y los medios de manifestación más convenientes, sin censura ni interferencias.

Este derecho protege reuniones de carácter pacífico o no violentas. Pero no podrá utilizarse dicho límite para prohibir, suspender, impedir o disolver cualquier manifestación de forma arbitraria.

Las leyes deberán establecer la norma de presumir la intención pacífica de toda reunión, pública o privada, incluso cuando el motivo de su realización sea reaccionar u oponerse por medios pacíficos a políticas de gobierno y violaciones a los derechos humanos.

En la legislación y en la práctica deberá eliminarse toda noción, juicio, norma o doctrina que defina o interprete las manifestaciones públicas como actividades ilícitas, desorden público, insurgencia, desestabilización, guerra, terrorismo o cualquier otro forma de criminalización como delitos contra el Estado.

Los actos de violencia que puedan ocurrir durante una manifestación no deben conducir a su calificación de violenta. Estos actos deben ser individualizados y las personas que convocan, organizan o participan no deben considerarse responsables de los comportamientos violentos o ilegales de otros.

Tampoco pueden considerarse violentas o susceptibles de prohibición:

* Las expresiones o la información de carácter político o sobre asuntos de interés público.

* Las expresiones que ofendan, irriten, desafíen, perturben o inquieten a funcionarios o a candidatos a cargos públicos.

* Las opiniones minoritarias, siempre que no perpetúen prejuicios ni fomenten la intolerancia.

* Las opiniones que expresen elementos esenciales de la identidad o dignidad personales (hablar el propio idioma, expresar creencias religiosas o la propia orientación sexual e identidad o expresión de género).

Toda restricción a la libertad de reunión pacífica debe haber sido prevista en una ley sancionada con anterioridad a su aplicación. Su formulación también debe ser clara y precisa a fin de reducir oportunidad para la discreción o interpretaciones fuera de contexto.

De plantearse restricciones, éstas sólo podrán dictarse en aquellas circunstancias permitidas por los tratados internacionales de derechos humanos y ser pocas, excepcionales, proporcionales, razonables y ajustadas a sus estrictos propósitos. Ninguna restricción puede usarse para menoscabar libertades democráticas.

Ante una necesidad imperiosa o peligro inminente, las restricciones deben aplicarse al lugar específico y ser temporales dentro de fechas precisas. Las limitaciones sólo pueden tener por objeto evitar amenazas serias e inminentes, no bastando un peligro eventual.

Dado que algunos contenidos de las manifestaciones públicas pueden resultar controvertidos, las restricciones deben aplicarse con la mayor flexibilidad, espíritu de apertura y tolerancia posible. Cualquier limitación relacionada con la moral o creencias no podrá basarse en prescripciones unilaterales o exclusivas de una sola tradición o ideología.

En caso de prohibir manifestaciones públicas, los Estados deberán justificar la imposibilidad de tomar otras medidas. La sola determinación del Estado no basta para restringir este derecho. Deberá proporcionarse una explicación detallada y oportuna por escrito que pueda ser apelada ante tribunales imparciales e independientes, asegurando procedimientos de examen que permitan la presentación de denuncias.

Los Estados deben garantizar una gestión democrática de las manifestaciones públicas, lo cual comienza por no considerarlas una amenaza sino una oportunidad para el diálogo en cuestiones socialmente relevantes y urgentes que requieren atención, apertura, inclusión y soluciones efectivas.

En una gestión democrática los Estados deben:

* Facilitar a los manifestantes el acceso a espacios públicos, con apoyo de las autoridades locales.

* Promover un entorno seguro para que las personas y los grupos puedan ejercer su derecho a la manifestación pacífica sin temor.

* Propiciar la comunicación entre los manifestantes, las autoridades locales y la policía en la gestión de las manifestaciones pacíficas.

* Garantizar y facilitar las tareas de registro y documentación de periodistas y otros profesionales de la comunicación, los usuarios de Internet y los defensores de derechos humanos.

* Evitar el uso de la fuerza en manifestaciones pacíficas. En los casos que sea absolutamente necesario, asegurar que no sea excesiva ni desproporcionada.

* Poner equipos de protección y armas no letales a disposición de los funcionarios del orden, así como reglamentar su uso.

* Velar por leyes y procedimientos formuladas conforme a las normas internacionales de derechos humanos, principios de necesidad y proporcionalidad del uso de la fuerza pública.

Los Estados tienen la obligación de resguardar la seguridad y los derechos de los manifestantes y abstenerse de emplear métodos represivos en el control de las manifestaciones, incluso cuando ocurran hechos violentos.

De igual manera, los Estados deben proporcionar una protección eficaz frente a actos de violencia, amenaza, intimidación o represalia, discriminación, presión o cualquier otra conducta arbitraria contra los manifestantes que puedan cometer funcionarios o agentes encubiertos que pertenecen o trabajan en su nombre.

Las personas que organizan, convocan o participan en manifestaciones públicas deben estar seguras de que podrán expresar sus quejas, reclamos o aspiraciones sin poner en peligro sus vidas, integridad y libertad personal.

Deberá prestarse especial atención a la seguridad de las mujeres frente a la violencia de género, incluidas las agresiones sexuales.

Los Estados deberán impedir abusos en los procedimientos penales y civiles de personas detenidas en el contexto de manifestaciones, investigar de forma independiente e imparcial las muertes o lesiones que puedan producirse en relación con el comportamiento de las fuerzas de seguridad y asegurar justicia y reparación a las víctimas. El uso indiscriminado o excesivo de la fuerza debe ser sancionado para que no quede impune.

Los funcionarios de seguridad deben ser capacitados en las normas internacionales en materia de reuniones pacíficas, actuar apegados a protocolos de control y uso de la fuerza y rendir cuentas sobre sus comportamientos en manifestaciones.

Los Estados tienen obligación de presentar informes periódicos al Comité de Derechos Humanos y a otros Comités de las Naciones Unidas, acerca de la implementación de las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en materia de libertad de reunión pacífica.

Como parte de sus deberes con la Carta de las Naciones Unidas y la Carta de la Organización de Estados Americanos, también es su deber cooperar con los órganos y procedimientos especiales, extendiendo invitación permanente para visitar el país al Relator Especial de Libertad de Reunión Pacífica y Asociación de las Naciones Unidas y otras relatorías o grupos de trabajo, e implementar las recomendaciones que exprese en sus informes.9

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al municipio de Los Cabos, Baja California Sur, a cesar la violación de los derechos humanos de la población, en materia de reunión pacífica y libre manifestación de ideas, así como a no atribuirse facultades meta constitucionales en materia de uso y disposición del espacio público, en atención a lo dispuesto por los artículos 6o. y 9o. de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos, y tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano.

Notas

1 http://cdhdf.org.mx/2017/07/fundamental-la-defensa-del-derecho-al-espac io-publico-en-la-ciudad-de-mexico/

2 http://www.redalyc.org/pdf/555/55526545002.pdf

3 Énfasis añadido.

4 http://www.civilisac.org/nociones/derecho-a-la-protesta-pacifica

5 https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3826/8.pdf

6 Énfasis añadido.

7 http://www.corteidh.or.cr/tablas/R08047-8.pdf

8 Énfasis añadido.

9 http://www.civilisac.org/nociones/libertad-de-reunion-pacifica

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputada Norma Xochitl Hernández Colín (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a efecto de que los municipios michoacanos de mayor marginación tengan servicios de telefonía e internet de banda ancha a bajo costo, suscrita por el diputado Omar Noé Bernardino Vargas e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputados Omar Noé Bernardino Vargas y diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Sin duda, una de las reformas estructurales que se diseñó para detonar el desarrollo humano y económico del país es precisamente la reforma en telecomunicaciones, la cual fue publicada el día 11 de junio de 2013 en el Diario Oficial de la Federación.

Dicha reforma nació con el noble espíritu de acercar las telecomunicaciones a todos los rincones de la nación, mediante el acceso eficiente de la población a la señal de televisión, radio, telefonía celular e internet. No hay que soslayar que, con el acercamiento de la tecnología en comunicación a todos los sectores de la población se incentiva la educación al facilitar la enseñanza en línea, se incrementan las posibilidades de negocios a través del comercio por internet, se facilitan los trámites administrativos mediante el uso de la red y, sobre todo, se acerca a las familias por medio de la comunicación telefónica, todo ello a un precio accesible para todos los mexicanos.

El día 21 de marzo de la presente anualidad, se puso en marcha por el Ejecutivo federal el mega proyecto de la red compartida, con la cual se busca aprovechar la banda ancha para extender a mas mexicanos el servicio de telefonía e internet, a efecto de que, en solamente seis años, el número de ciudadanos que gozan de estos servicios en la actualidad, pase de 60 millones a 92 millones de mexicanas y mexicanos los que disfruten de telefonía e internet de calidad y todavía a más bajo costo.

Ahora bien, en el marco de la puesta en marcha del mega proyecto de la red compartida y toda vez que el acceso a los servicios de telefonía e internet han sido una constante demanda, planteada por parte de los habitantes de diversos municipios del estado de Michoacán, es que proponemos a esta asamblea, el presente punto de acuerdo, consistente en solicitar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes dé prioridad al acceso y mejoramiento de servicios de telecomunicaciones, a los habitantes de los municipios de Aguililla, Aquila, Coahuayana, Coalcomán, Chinicuila, Buenavista, Tepalcatepec, Apatzingán, Tancítaro, Parácuaro y Peribán, en virtud que dichos municipios tienen nulos o muy deficientes servicios, derivado de su ubicación geográfica, los cuales pueden ser mejorados con el uso eficiente de la red compartida de los 700 MHz.

Cabe precisar que los municipios anteriormente citados, cuentan con fuerte presencia de comunidades indígenas y comunidades con un elevado índice de marginación, situación que los mantiene en rezago, toda vez que se encuentran impedidos del goce de servicios de telecomunicaciones y, por ende, de servicios de educación, médicos y servicios públicos en general.

Por lo expuesto y fundado sometemos a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente:

Punto de acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que, en el marco de sus atribuciones y de conformidad con los parámetros técnicos que imponga la operación de la red compartida, dé prioridad a los municipios con mayor grado de marginación en el estado de Michoacán, entre los que se encuentran Aguililla, Aquila, Coahuayana, Coalcomán, Chinicuila, Buenavista, Tepalcatepec, Apatzingán, Tancítaro, Parácuaro y Peribán, a fin de que sean éstos los primeros en disfrutar de los beneficios de la banda ancha, con servicios de telefonía e internet de calidad y a bajo costo.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los tres días del mes de abril del año 2018.

Diputados Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Omar Noé Bernardino Vargas, Arturo Álvarez Angli, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, María Ávila Serna, Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Eloísa Chavarrías Barajas, Lorena Corona Valdés, Sharon María Teresa Cuenca Ayala, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, José de Jesús Galindo Rosas, Daniela García Treviño, Edna González Evia, Sofía González Torres, Jorge de Jesús Gordillo Sánchez, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Lía Limón García, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Virgilio Mendoza Amezcua, Samuel Rodríguez Torres, José Refugio Sandoval Rodríguez, Ángel Santis Espinoza, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro, Francisco Alberto Torres Rivas, Georgina Paola Villalpando Barrios y Claudia Villanueva Huerta.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de San Luis Potosí respecto a las observaciones de la ASF en la revisión 1433, de tipo financiero con enfoque de desempeño y la clave 16-A-24000-14-1433, Cuenta Pública de 2016, a cargo del diputado Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El que suscribe, Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez, diputado federal de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción XX; 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta asamblea, el siguiente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Los recursos presupuestales que se destinan a la educación en México, en este último sexenio, han sufrido recortes importantes; es por ello que deseo dejar en claro que el uso del dinero público no se destina correctamente para este derecho humano de los mexicanos.

Tanto solo de revisar las cifras que son reportadas en los Informes Sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública1 que emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se concluye algo que debe alarmarnos: al menos en los últimos cuatro años y miles de millones de pesos después, el país sigue en el último lugar en la evaluación educativa que realiza la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).2

De la revisión pública de información, aprovecho esta ocasión para hablar de un fondo del Ramo 33 denominado Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE), que desde el 9 de diciembre de 20133 sustituye al Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal.

Entrando en materia, el FONE es un apoyo económico complementario, con el fin de dar cumplimiento a los objetivos plasmados en el marco del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica. Tiene dos objetivos principales:4

* Apoyar con los recursos económicos complementarios para ejercer las atribuciones que de manera exclusiva se les asignan a las entidades federativas.

* Apoyar con recursos a las entidades federativas para cubrir gastos de operación

Por la importancia que implican estos recursos en la educación de los potosinos, nos dimos a la tarea de revisar los resultados de su uso en el estado de San Luis Potosí según el Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 20165 de la Auditoría Superior de la Federación.

De esa manera, se conoció que la ASF realizó la Auditoría Financiera con Enfoque de Desempeño con clave de identificación 16-A-24000-14-1433,6 denominada Recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo al Gobierno del Estado de San Luis Potosí.

El objetivo de dicha revisión consistió en verificar el uso de los Recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE) aportados por la Federación durante 2016 al Gobierno de San Luis Potosí por 10,837,373.0 miles de pesos.

Para tal efecto se revisó una muestra de 10,761,022.4 miles de pesos, monto que representó el 99.3 por ciento de los recursos transferidos.

De la lectura de los resultados, se identificaron las siguientes observaciones y de su análisis nos surgieron inquietudes como se describen a continuación:

Resultado 10

La SEP realizó mil 587 pagos a 107 trabajadores que contaron con 154 plazas por un monto de 16,278.9 miles de pesos por cuenta y orden de la SEGE, adscritos a seis centros de trabajo denominados Centro de Trabajo Bolsa o Personal por Reubicar; en los cuales se detectaron 32 pagos con tipo de plaza “Administrativo”, por un importe de 207.0 miles de pesos y mil 555 pagos con tipo de plaza “Directivo, Docente y Supervisor”, por un importe bruto anual de 16,071.9 miles de pesos, no considerado en la normativa.

Se emitió un Pliego de Observaciones del cual estamos de acuerdo, a fin que se determine una explicación del uso y destino de estos recursos.

Resultado 11

La SEP realizó 389 pagos a 41 trabajadores que contaron con 80 plazas por un monto de 2,015.3 miles de pesos por cuenta y orden de la SEGE, adscritos a 43 centros de trabajo, a personal comisionado al SNTE el cual fue publicado en el portal de la SEP.

Se emitió un Pliego de Observaciones del cual estamos de acuerdo, a fin que se determine una explicación del uso y destino de estos recursos.

Resultado 12

La SEP realizó mil 81 pagos a 38 trabajadores que contaron con 57 plazas por un monto de 7,655.2 miles de pesos por cuenta y orden de la SEGE, quienes tuvieron un Cargo de Elección Popular durante 2016.

Se emitió un Pliego de Observaciones del cual estamos de acuerdo, a fin que se determine una explicación del uso y destino de estos recursos.

Resultado 13

La SEP realizó 30 pagos a un trabajador que contó con una plaza por un monto de 203.1 miles de pesos por cuenta y orden de la SEGE, que se encontraba adscrito en un centro de trabajo en el estado de San Luis Potosí, y también cubría una plaza en el estado de Oaxaca, los cuales no son compatibles geográficamente.

Se emitió un Pliego de Observaciones del cual estamos de acuerdo, a fin que se determine una explicación del uso y destino de estos recursos.

Resultado 14

La Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de San Luis Potosí (SEGE) ejerció 10,624.6 miles de pesos en partidas de gastos de operación que no corresponden a los fines y objetivos del FONE, entre los que destacan Becas otorgadas a alumnos de nivel básico (8,226.9 miles de pesos) y pago de laudos (2,397.7 miles de pesos).

En el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, la SEGE, mediante oficio DA/CGRF/542/2017 del 16 de junio de 2017, proporcionaron la documentación que acredita el reintegro de los recursos en las cuentas bancarias del fondo por un monto de 10,624.6 miles de pesos más 33.4 miles de pesos de intereses, además de su aplicación en los fines y objetivos del fondo, y quedó pendiente el inicio de investigación o pronunciamiento correspondiente de conformidad con la normativa que le es aplicable. Con lo que la observación solventa parcialmente.

Aquí se menciona que la entidad fiscalizada presentó documentación que acredita el reintegro de los recursos a las cuentas bancarias y además su aplicación.

Lo que la ASF no hace público y debe ser de máxima publicidad es el origen que tienen esos recursos que se ocuparon para la atención de lo observado, en qué fecha se recibieron en las cuentas bancarias y cuándo se gastaron y en qué.

México aboga por la transparencia y la ASF limita su conocimiento lo que impacta de manera severa en su labor fiscalizadora.

Resultado 15

De la revisión del cierre del ejercicio, auxiliares contables, pólizas contables y documentación comprobatoria de las erogaciones con cargo a los recursos del FONE del ejercicio fiscal 2016, proporcionados por la SEGE, se constató que se realizaron pagos por 16,936.6 miles de pesos en conceptos que no se corresponden con los fines del FONE, principalmente en la partida “Difusión” (para difundir obras y acciones realizadas) y para la partida de “Congresos y Convenciones” (pagos de uso de salones, alimentación y bebidas para diversos eventos como son el día del administrativo, homenaje al magisterio potosino, entre otros). Asimismo, se ejercieron recursos para pagos de las partidas “Publicidad” y “Congresos y Convenciones FONE”, sin que con la documentación presentada se acredite que los recursos se utilizaron para los fines del fondo por 2,558.6 miles de pesos En el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, la SEGE, mediante oficio DA/CGRF/44/2017 del 15 de enero de 2018, proporcionó la documentación que acredita el reintegro de los recursos en las cuentas bancarias del fondo por un monto de 1,546.0 miles de pesos más 6.2 de rendimientos financieros.

Se emitió un Pliego de Observaciones del cual estamos de acuerdo, a fin que se determine una explicación del uso y destino de estos recursos.

Por igual, observamos en una parte de los recursos observados ya fueron resarcidos sin que se haga público en qué fecha se recibieron y el origen de dichos recursos.

Resultado 17

En la verificación física de 328 centros de trabajo, no fueron localizados 331 empleados que estuvieron adscritos durante 2016, a los cuales se les realizaron tres mil 134 pagos por un monto de 21,980.7 miles de pesos. El gobierno de San Luis Potosí, en el trascurso de la auditoría y como resultado de la intervención de la ASF, proporcionó la documentación que acreditó la localización de 142 trabajadores por la cantidad de 9,630.8 miles de pesos, quedando aún pendientes de aclarar o justificar la situación 189 trabajadores equivalentes a un monto de 12,349.9 miles de pesos.

Se emitió un Pliego de Observaciones del cual estamos de acuerdo, a fin que se determine una explicación del uso y destino de estos recursos.

En resumen, las observaciones de fiscalización y las inquietudes que observamos de su labor se resumen de la siguiente manera:

Sin pretender realizar la labor de la ASF, se identificaron situaciones en las que la entidad fiscalizadora no emite sus observaciones al cierre del año 2016 pero sí hace referencia al ejercicio 2017, año ajeno al objetivo y alcance de la revisión.

Asimismo, nos da a conocer que la entidad fiscalizada atiende las observaciones de la revisión, y devuelve recursos sin dar mayores datos de fuente de financiamiento u origen; en otros, los recursos son erogados pero no indica la forma en que se ocuparon ni en que fueron utilizados, dejando a la imaginación los impactos presupuestarios y en consecuencia, esta acción deja al descubierto que la opacidad no podrá combatirse ya que la misma ASF la propicia, y a su vez, limita a la ciudadana a tener elementos de juicio y sacar conclusiones sobre el uso del dinero público destinado a la Educación.

La duda que surge por igual es la forma y contenido de la Evaluación del Fondo, donde la ASF sólo se concreta a verificar que existe pero no va más allá, lo que abona a la simulación de este fondo federal, y ejecutando a cabalidad aquella frase que dice “lo que no se conoce, no puede ser mejorado”.

Por lo anterior, compañeras y compañeros diputados, considero conveniente exhortar al gobierno del estado de San Luis Potosí, para que de conformidad con sus atribuciones, considere la pertinencia de hacer del conocimiento público los avances de seguimiento y en su caso las aclaraciones a las observaciones determinadas por la Auditoría Superior de la Federación en su revisión 1433, de tipo Financiera con Enfoque de Desempeño con la clave 16-A-24000-14-1433, Cuenta Pública 2016, bajo el título Recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo, garantizando así el derecho a la información que demandan los potosinos.

Y, finalmente, exhortar a la Auditoría Superior de la Federación a que de conformidad con sus atribuciones, considere la pertinencia de hacer del conocimiento público las aclaraciones que sean necesarias sobre la discrecionalidad en la determinación de los resultados no. 14, 15 y 17 incluidos en su revisión 1433, de tipo Financiera con Enfoque de Desempeño con la clave 16-A-24000-14-1433, Cuenta Pública 2016, bajo el título Recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo, en los cuales se da por bueno el ejercicio de recursos por 21,841.0 miles de pesos en el ejercicio fiscal 2017 siendo que la revisión se centró en el ejercicio 2016, situación que no se sustenta normativamente.

Continuaremos con este ejercicio, que emprendemos algunos de los legisladores que formamos la bancada de los diputados ciudadanos.

No descansaremos en demostrar que la ASF no ha logrado diseñar esquemas de auditoría novedosos que vayan más allá de una revisión normativa, pero en cambio, ha demostrado falta de voluntad para la atención de las áreas de oportunidad que son claramente identificadas en sus informes, lo que ha provocado que se impida castigar a quien lo merece y fomente así, la discrecionalidad que solo beneficia a aquellos que no hacen lo correcto.

En la lucha contra la corrupción todo comentario y aportación debe ser tomada en cuenta para que se evite que nuestros recursos se sigan ejerciendo ajenos a la normatividad y se acumulen irregularidades y más casos de corrupción.

En virtud de lo aquí expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la proposición siguiente con:

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al gobierno del estado de San Luis Potosí a que, de conformidad con sus atribuciones, considere la pertinencia de hacer del conocimiento público los avances de seguimiento y en su caso las aclaraciones a las observaciones determinadas por la Auditoría Superior de la Federación en su revisión 1433, de tipo Financiera con Enfoque de Desempeño con la clave 16-A-24000-14-1433, Cuenta Pública 2016, bajo el título Recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo, garantizando así el derecho a la información que demandan los potosinos.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Auditoría Superior de la Federación a que, de conformidad con sus atribuciones, considere la pertinencia de hacer del conocimiento público las aclaraciones que sean necesarias sobre la discrecionalidad en la determinación de los resultados números 14, 15 y 17 incluidos en su revisión 1433, de tipo Financiera con Enfoque de Desempeño con la clave 16-A-24000-14-1433, Cuenta Pública 2016, bajo el título Recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo, en los cuales se da por bueno el ejercicio de recursos 2016 por 21,841.0 miles de pesos en el 2017, ejercicio ajeno al sujeto a revisión, situación que no sustento normativamente en su informe de revisión.

Notas

1 Informes Sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública – SHCP, disponibles en http://finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/es/Finanzas_Publicas/Informes_a l_Congreso_de_la_Union Consultados el 21 de marzo de 2018.

2 Revisiones de la OCDE sobre la Evaluación en Educación MÉXICO, disponible en http://www.oecd.org/education/school/Revisiones-OCDE-evaluacion-educaci on-Mexico.pdf Consultada el 21 de marzo de 2018.

3 Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley General de Contabilidad Gubernamental – DOF 9 de diciembre de 2013, disponible en http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5324940&fecha=09/12/2 013 Consultado el 21 de marzo de 2018.

4 Marco de Referencia Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE) – ASF, disponible en http://informe.asf.gob.mx/Entrega3/Documentos/Auditorias/2016_MR-FONE_a .pdf Consultado el 21 de marzo de 2018

5 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016 – ASF (tercera etapa), disponible en http://informe.asf.gob.mx/Entrega3/index.html#0 Consultado el 21 de marzo de 2018.

6 Auditoría Financiera con Enfoque de Desempeño con clave de identificación 16-A-24000-14-1433, denominada Recursos del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo al Estado de San Luis Potosí, disponible en http://informe.asf.gob.mx/Entrega3/Documentos/Auditorias/2016_1433_a.pd f Consultada el 21 de marzo de 2018.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputado Gustavo Adolfo Cárdenas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Movilidad del estado de México a analizar según su viabilidad financiera el establecimiento de campañas de capacitación y difusión de la cultura de movilidad para fomentar cambios de hábitos viales y la sana convivencia, particularmente dirigidas a operadores de transporte público, a cargo del diputado Miguel Ángel Ramírez Ponce, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado federal Miguel Ángel Ramírez Ponce, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la honorable Cámara de Diputados en la LXIII Legislatura, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría Movilidad del Estado de México, para que, de conformidad con su viabilidad financiera, analice la implementación de campañas de capacitación y difusión de la cultura de movilidad, para fomentar cambios de hábitos viales y la sana convivencia; particularmente dirigidas a operadores de transporte público, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La siguiente proposición tiene razón de ser, en atención a que hace unos días diversas personas se acercaron a mí para comentarme que lamentablemente se originó un enfrentamiento violento entre taxistas de San Mateo Atenco, Ocoyoacac, Xonacatlán y Lerma; que dejó un saldo de tres unidades destrozadas y cuatro lesionados.

Según informes de transeúntes, la disputa se originó en atención a que diversos operadores de servicio público se enfrascaron en una batalla campal en la zona conocida como El Puente, entre los límites de San Mateo Atenco y Lerma, estado de México; supuestamente, porque uno de los implicados brindó el servicio en una de la áreas que consideran prohibidas los grupos opositores.

De igual forma, me expresan que dichos enfrentamientos son constantes en la zona; por lo que se encuentran preocupados ante situaciones violentas que se suscitan entre operadores del servicio de transporte público.

Por ello, cabe destacar que el transporte público comprende los medios de transporte en que los pasajeros no son los propietarios de los mismos, siendo ofrecidos por terceros, ya sean empresas públicas o privadas.

Así, el transporte público ayuda al desplazamiento de las personas de un punto a otro en un área de una ciudad, pagando cada persona una tarifa establecida dependiendo de su recorrido.

La normativa del estado de México, específicamente la Ley de Movilidad tiene por objeto establecer las bases y directrices a las que se deberá sujetar la administración pública para planear, regular, gestionar y fomentar la movilidad de las personas, mediante el reconocimiento de la movilidad como un derecho humano del que goza toda persona sin importar su condición, modo o modalidad de transporte.

Igualmente, la legislación en comento establece en su artículo 32, los principios que regirán la prestación del servicio de transporte público, mismos que se describen a continuación:

I. Continuidad. El Servicio no puede ser interrumpido ni suspendido. Las autoridades en materia de movilidad están obligadas a sancionar todo acto que tenga como consecuencia la suspensión o interrupción de dicho servicio.

II. Regularidad. El Servicio debe ser prestado en forma tal que en todo momento se garantice el ejercicio del derecho a la movilidad en el estado.

III. Igualdad. El Servicio deberá ser prestado a todas las personas que cumplan con las condiciones para el uso del servicio de que se trate, sin hacer distinción alguna entre los usuarios de dicho servicio, ya sea por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar el derecho de cualquier persona a la movilidad.

IV. Integración del Servicio. Se debe procurar los diversos modos que integran el Servicio mediante la implementación de sistemas de transporte eficientes y potenciando la intermodalidad y conectividad entre los mismos, física y tarifariamente.

V. Calidad. Procurar que la prestación del servicio cuente con los requerimientos y las propiedades aceptables para cumplir con su función, producir el menor daño ambiental, ofrecer un espacio apropiado y confortable para las personas y encontrarse en buen estado físico y mecánico, en condiciones higiénicas, de seguridad, con un mantenimiento regular, para proporcionar un adecuado desplazamiento.

Ahora bien, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México establece que la Secretaría de Movilidad es la dependencia encargada de planear, formular, dirigir, coordinar, gestionar, evaluar, ejecutar y supervisar las políticas, programas, proyectos y estudios para el desarrollo del sistema integral de movilidad, incluyendo el servicio público de transporte de jurisdicción estatal y de sus servicios conexos y que dentro de sus atribuciones se encuentra el instrumentar programas y campañas de capacitación y difusión permanentes de cultura de movilidad, encaminados a mejorar las condiciones en que se realizan los desplazamientos, fomentar cambios de hábitos viales y la sana convivencia entre los distintos usuarios de la vía.

En esa tesitura, como legislador federal y ante la preocupación de los habitantes del Municipio de Lerma que se acercaron a mí, me es necesario buscar alguna medida a mi alcance que funja como una herramienta de solución mediata a los problemas que enfrentan los habitantes de mi Municipio; por ello, considero necesario exhortar respetuosamente a la Secretaría Movilidad del Estado de México para que, en el marco de sus atribuciones legales, analice la implementación de campañas de capacitación y difusión que fomenten, en operadores de transporte público, cambios de hábitos viales y la sana convivencia entre ellos.

En virtud de lo anteriormente fundado y motivado pongo a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría Movilidad del Estado de México, para que, de conformidad con su viabilidad financiera, analice la implementación de campañas de capacitación y difusión de la cultura de movilidad, para fomentar cambios de hábitos viales y la sana convivencia; particularmente dirigidas a operadores de transporte público.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputado Miguel Ángel Ramírez Ponce (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a los congresos locales y la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México a modificar sus leyes de movilidad o equivalentes a fin de que el transporte público sea eficiente y de acceso idóneo para personas con discapacidad, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6o., fracción I, y 79, numeral 2, fracción I, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente: proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

I. Antecedentes

De acuerdo con la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud, las personas con discapacidad son: “aquellas que tienen una o más deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales y que al interactuar con distintos ambientes del entorno social pueden impedir su participación plena y efectiva en igualdad de condiciones a las demás”.1

Basado en la definición anterior, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en su Censo de Población y Vivienda de 2010 arrojó que en nuestro país existían 5 millones 739 mil 270 personas, cifra que representaba al 5.1% de la población total.2

Dentro de los tipos de dificultades para las personas con capacidades diferentes encontramos:

“Caminar o moverse: Hace referencia a la dificultad de una persona para moverse, caminar, desplazarse o subir escaleras debido a la falta de toda o una parte de sus piernas; incluye también a quienes teniendo sus piernas no tienen movimiento o presentan restricciones para moverse, de tal forma que necesitan ayuda de otras persona, silla de ruedas u otro aparato, como andadera o pierna artificial.

Ver: Abarca la pérdida total de la vista en uno o ambos ojos, así como a los débiles visuales y a los que aun usando lentes no pueden ver bien por lo avanzado de sus problemas visuales.

Mental: Abarca cualquier problema de tipo mental como retraso, alteraciones de la conducta o del comportamiento.

Escuchar: Incluye a las personas que no pueden oír, así como aquellas que presentan dificultad para escuchar (debilidad auditiva), en uno o ambos oídos, a las que aun usando aparato auditivo tiene dificultad para escuchar debido a lo avanzado de su problema.

Hablar o comunicarse: Hace referencia a los problemas para comunicarse con los demás, debido a limitaciones para hablar o porque no pueden platicar o conversar de forma comprensible.

Atención y Aprendizaje: Incluye las limitaciones o dificultades para aprender una nueva tarea o para poner atención por determinado tiempo, así como limitaciones para recordar información o actividades que se deben realizar en la vida cotidiana.

Autocuidado: Hace referencia a las limitaciones o dificultades para atender por sí mismo el cuidado personal, como bañarse, vestirse o tomar alimentos.”3

Según las discapacidades antes descritas, el porcentaje al que corresponde cada una en México, es el siguiente:4

La suma de los factores anteriormente citados da un total superior al 100% debido a que existen dos discapacidades con más de una dificultad. Es decir, una persona puede tener más de una limitación, un ejemplo de ello son los sordomudos quienes tienen una carencia auditiva al tiempo que tiene una de lenguaje o el ejemplo de las personas con parálisis cerebral que tienen problemas motores y de lenguaje.

II. Derechos de las personas con discapacidades

Para Nuria González Martín la discapacidad está presente en “nuestras sociedades y representa un porcentaje del 10 por ciento de la población mundial” teniendo en cuenta que alrededor del mundo el porcentaje de personas con alguna discapacidad es considerable, se han diseñado diversos ordenamientos jurídicos y legales tanto nacionales como internacionales que protegen y tutelan los derechos de las personas con capacidades diferentes, este marco jurídico está basado en la doctrina de principios de igualdad y no discriminación con la finalidad de propiciar la equidad entre las personas.5

México se ha caracterizado por ser un país preocupado por sentar una igualdad plena, buscando en todo momento eliminar la brecha que culturalmente se tenía con las personas con capacidades diferentes. Resultado de dicho esfuerzo fue la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, la cual se llevó a cabo en el Senado de la República. Los resolutivos de dicha Convención fueron adoptados por nuestro país el 7 de junio de 1999, aprobados por el Senado el 26 de abril de 2000 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de marzo de 2001. En dicha Convención diversos “Estados a nivel internacional se comprometieron a implementar las medidas necesarias para erradicar la discriminación en contra de las personas con discapacidad”.6

Posteriormente el 30 de marzo de 2007, nuestro país firmó el tratado Internacional emanado de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas en el que se estipuló “la protección directa de las personas con discapacidad, teniendo como finalidad que el Estado fuera el responsable de eliminar las barreras que impidieran a las personas con alguna discapacidad gozar de un igual respeto y disfrute de sus derechos humanos”.7 La importancia de estos tratados internacionales ha llevado que nuestro país avance en el reconocimiento de los derechos de los individuos y la generación de igualdad que se traduce en la protección de los derechos de las personas sin importar las limitaciones físicas y/o mentales de una persona.

Fundamento de lo anterior, lo encontramos en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se expresa que los compromisos que México adopta conforme a instrumentos internacionales son y deben ser considerados ley suprema de la nación por lo cual, cualquier iniciativa que sea adoptada independientemente de la materia, debe tener como resultado una armonización de las legislaciones estatales para que el instrumento internacional sea aplicado correctamente en todo el territorio nacional.

III. Avances en la materia

Derivado de lo anterior y con la finalidad de que nuestro país avanzara al objetivo de eliminar las barreras culturales, sociales y materiales que tenían hasta ese momento las personas con alguna discapacidad, el gobierno del Distrito Federal en su Ley de Movilidad dio un primer paso, publicando en la Gaceta Oficial local del 18 de agosto de 2014, Décima Séptima Época, No. 1924, el programa “Taxi Preferente”, que tenía por objetivo proporcionar un transporte público de calidad para personas con alguna discapacidad, entendiendo como personas en estado de vulnerabilidad o con movilidad limitada, aquellas que temporal o permanentemente debido a “enfermedad, edad, accidente, o alguna otra condición realizaban un desplazamiento lento, difícil o desequilibrado. Esta definición incluía a niños, mujeres en periodo de gestación, adultos mayores, adultos que transitaran con niños pequeños y personas con discapacidad.”8

Las autoridades del Distrito Federal en 2014, después de realizar diversos estudios indicaron que era factible poner en operación 1500 unidades de Taxi Preferente ya que al momento “no existía otro sistema de transporte que brindara el servicio de manera especial, especifica o preferencial y con vehículos adaptados especialmente para trasladar a usuarios con discapacidad y/o en condición de vulnerabilidad”.9

El gobierno determinó en ese entonces, que con la finalidad de emparejar el terreno del transporte público en pro de las personas que tenían alguna discapacidad se tenía que trabajar en el tema de los Taxis, teniendo en cuenta que el Sistema de Transporte Colectivo Metro en sus 195 estaciones ya contemplaba: accesos a perros guía, elevadores, placas en sistema braille, ranuras guía, salva escaleras y asientos reservados. Caso semejante al del Metrobús que contaba en sus 169 estaciones con rampas para banqueta e ingreso a la estación, guía táctil para invidentes y débiles visuales, placas braille, espacio reservado para sillas de ruedas y semáforos auditivos. Y aunque un poco menos estructurado, otros sistemas de transporte de pasajeros a gasolina y eléctricos que también contemplaban estas adaptaciones; siendo única y exclusivamente los taxis uno de los servicios que no contaba con las adecuaciones para llevar a cabo esta función de igualdad y fácil acceso.

Para que dicho programa entrara en vigor, el gobierno estipulo ciertas características con las que los taxis preferentes tenían que contar, entre ellas:

• Vehículos con motor de combustión interna a gasolina o diésel preferentemente de 4 cilindros, con alto rendimiento de combustible y control de emisiones contaminantes; cabina de conducción con asiento para conductor y banca o asiento para acompañante; segunda fila de asientos abatibles y cabina trasera de una o dos puertas laterales deslizables y una puerta trasera para el acceso al interior de la unidad.

• Unidades que garanticen una capacidad mínima de carga útil de 600 kg y un volumen de carga en el habitáculo de 3.7 m3 como mínimo.

• La plataforma o superficie del habitáculo del pasajero, debe disponer de un ancho mínimo total de 750 mm y una longitud mínima total de 1,300 mm., con una altura mínima de 1,350 mm.

• Dos accesos laterales al vehículo con puertas deslizables al interior de la cabina trasera con una apertura libre mínima de 900 mm

• Un acceso en la parte posterior de la unidad, diseñado para que un usuario en silla de ruedas, pueda abordar a su interior de manera cómoda y segura.

• Una altura mínima libre para el acceso al interior de la unidad de 1,350 mm y el ancho mínimo libre en la plataforma de la unidad deberá permitir el alojamiento de la silla de ruedas del usuario.

• Acceso por la parte posterior de la unidad que se realizará mediante una rampa plegable de accionamiento manual o automático, la cual dependiendo de su construcción podrá ser conformada de un máximo de tres secciones plegables, teniendo como máximo una longitud de 2,600 mm (incluyendo la longitud interior de alojamiento para la silla de ruedas) y con una pendiente máxima que no deberá superar el 30 por ciento.

• Rampa de acceso deberá estar construida con aleaciones y/o materiales compuestos, ligeros y de gran resistencia, debiendo soportar un mínimo de 300 kgf con un ancho mínimo libre de 700 mm y deberá contar con protecciones laterales de un mínimo de 40 mm de altura y con todos los bordes externos de las rampas, deberán contar con un filete de 2.5 mm de radio y las aristas o esquinas deberán contar con filete de 5 mm de radio como mínimo.

El programa anteriormente descrito se encontraba fundado en el artículo 94 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal en el año 2014.

Actualmente en la Ley de Movilidad y en la Ley para Prevenir y eliminar la Discriminación del Distrito Federal, vigentes, ya no se encuentra contemplada la figura del Taxi Preferente a pesar de haber sido una medida integradora y que propiciaba una oferta mucho mayor en cuestiones de transporte público para los habitantes de la Ciudad de México que por alguna de las razones antes expuestas, tienen o sufren de alguna discapacidad.

Es por ello que, en la búsqueda de una igualdad sustantiva que propicie mejores condiciones para todos los habitantes de la República Mexicana, incluyendo a los que por cualquier razón poseen alguna de las discapacidades anteriormente expuestas y mediante punto de acuerdo, exhorto a las legislaturas locales de las entidades federativas para que establezcan en sus leyes locales de movilidad que por lo menos el 20% de su transporte público cuente con las adaptaciones necesarias, siguiendo el modelo anteriormente descrito, y con ello se puedan garantizar plenamente los derechos de movilidad de todos los ciudadanos del país independientemente de las condiciones particulares que cada uno posea.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me sirvo someter a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta los Congresos locales, a armonizar sus leyes de movilidad para que el 20% del trasporte público en sus respectivas entidades federativas, sea amigable con personas con capacidades diferentes en los términos anteriormente señalados.

Notas

1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). (2010). Discapacidad en México. 3 de agosto de 2016, de Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) Sitio web:

http://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/discapacidad.aspx ?tema=P

2 Ibídem

3 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). (2010). Discapacidad en México. 3 de agosto de 2016, de Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) Sitio web:

http://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/discapacidad.aspx ?tema=P

4 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010, Cuestionario ampliado. Estados Unidos Mexicanos/Población con discapacidad/Población con limitación en la actividad y su distribución porcentual según causa para cada tamaño de localidad y tipo de limitación

5 Nuria González Martín. (2008). Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Anuario Mexicano de Derecho Internacional, VIII, 527-540

6 Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2014). Decisiones Relevantes De La Suprema Corte De Justicia De La Nación, Núm. 74. Modelo Social de Discapacidad. México: Suprema Corte de Justicia de la Nación-Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

7 Ibídem

8 Ciudad de México. (2014). Gaceta Oficial del Distrito Federal. 3 de agosto 2016, de Gobierno del Distrito Federal Sitio web: http://www.consejeria.df.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/51d59d2a6dd7 55d595521aee90e5db57.pdf

9 Ibídem

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 3 días del mes de abril de 2018.

Diputado Santiago Torreblanca Engell (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CFE a cobrar según las tarifas aprobadas, y vigilar el correcto funcionamiento de los medidores y la sujeción estricta de su personal a la legalidad, a cargo de la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada federal, Norma Xóchitl Hernández Colín, integrante del Grupo Parlamentario de Morena a la XLIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, por medio del presente, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente: proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Federal de Electricidad a efectuar cobros de acuerdo a las tarifas aprobadas, a vigilar el correcto funcionamiento de los aparatos medidores de consumo de energía eléctrica, así como el cumplimiento estricto a la legalidad por parte de sus trabajadores.

Lo anterior, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Como lo mencionan los senadores del Partido del Trabajo, Manuel Bartlett Díaz, Ana Gabriela Guevara Espinoza, Martha Palafox Gutiérrez, David Monreal Ávila y Marco Antonio Blásquez Salinas, en la exposición de motivos de la iniciativa por la que se reforma el artículo 4o. de la Constitución, en materia del derecho humano al suministro de energía eléctrica suficiente, de calidad a través de una tarifa social justa, en 1879, en la fábrica de hilados y tejidos “La Americana”, situada en León, Guanajuato, se introdujo por primera vez en México la energía eléctrica, al instalarse una planta termoeléctrica para su servicio; otras fábricas y minas también adoptaron la misma forma de producción de energía eléctrica.

Un año después fueron instalados los primeros focos en el Zócalo de la Ciudad de México, poco después, la antigua calle de Plateros, hoy Madero, fue iluminada.

La Compañía Mexicana de Gas y Luz Eléctrica se encargó del alumbrado público y residencial en la Ciudad de México a partir de 1881. Para 1890 había más de dos mil focos de alumbrado instalados en la capital de la República.

Para 1900 se estima que la capacidad de generación de electricidad instalada en México era de 22.3 MW, de los cuales 44 por ciento correspondía a plantas construidas por fábricas textiles en Veracruz, Nuevo León y Puebla. Las centrales hidráulicas crecieron más que las térmicas, por lo que fue necesario otorgar concesiones para aprovechar el líquido para los generadores de electricidad. Durante el régimen de Porfirio Díaz, las concesiones a las empresas eléctricas privadas fueron otorgadas en algunos casos por 50 años, en otros por 97 años y, a veces, a perpetuidad.

Entre 1887 y 1911 existían cerca de 199 empresas de luz, ubicadas principalmente en los estados de Puebla, Hidalgo, Guanajuato, San Luís Potosí, Nuevo León, México, Querétaro, Aguascalientes, Michoacán, Campeche, Jalisco, Chiapas, Zacatecas y Tabasco. Así, la industria eléctrica evolucionó localmente, pues cada ciudad tenía su propia empresa o compañía eléctrica. Al poco tiempo, estas empresas se consolidaron como monopolios regionales, la mayoría extranjeros.

En este contexto, el 10 de septiembre de 1902, en Toronto, Canadá, se creó la empresa Mexican Light and Power Company Ltd. con capital anglocanadiense, la cual inició sus operaciones al año siguiente en las principales zonas mineras del centro del país. La inversión, de 12 millones de dólares fue una de las más grandes de la época. Para 1905 ya controlaba a las empresas: Compañía Mexicana de Electricidad, Compañía Mexicana de Gas y Luz Eléctrica y Compañía Explotadora de las Fuerzas Eléctricas de San Ildefonso, que operaban en su zona de influencia. En 1906 obtuvo nuevas concesiones del gobierno federal y de las autoridades de los estados de Puebla, Hidalgo, México y Michoacán.

En 1910 la capacidad de generación total en el país era de 50 MW, de los cuales 80 por ciento los generaba The Mexican Light and Power Company, empresa que permaneció en nuestro país 50 años más. En esa época, se dio el primer esfuerzo para ordenar la industria eléctrica con la creación de la Comisión Nacional para el Fomento y Control de la Industria de Generación y Fuerza, conocida posteriormente como Comisión Nacional de Fuerza Motriz.

Después de la revolución, la idea de que existen industrias estratégicas cuya propiedad debe ser de la nación entera quedó plasmada en la Constitución de 1917. La resistencia del monopolio privado a sacrificar sus altos beneficios económicos, por el mayor bienestar social y el creciente reclamo nacional de otorgar a la industria eléctrica un carácter prioritario, obligaron a las autoridades mexicanas a tratar de regular y controlar esta industria.

El presidente Álvaro Obregón creó la Comisión para el Fomento y Control de la Industria de Generación de Fuerza Eléctrica en 1923, que puso en práctica algunas acciones para restringir tanto el monopolio como las ganancias excesivas.

El presidente Plutarco Elías Calles, en 1926, mediante reforma constitucional, le otorgó al Congreso la facultad para legislar en materia eléctrica, por ser de utilidad pública, y se expidió el Código Nacional Eléctrico, que permitió al gobierno controlar las concesiones y establecer los requisitos técnicos para la construcción, el manejo y la conservación de las instalaciones eléctricas. Asimismo, la reforma al artículo 73 de la Constitución, otorgó al Congreso la facultad de legislar en materia de electricidad, declaró a la industria eléctrica de utilidad pública, así como la exclusiva jurisdicción del poder federal en la reglamentación, regulación y vigilancia de la generación de energía eléctrica por medios industriales, en los requisitos técnicos para la construcción, manejo y conservación de las instalaciones, así como para la generación, transformación, transmisión, distribución y utilización de dicha energía; además, reguló las tarifas y obligó a las empresas generadoras a firmar contratos de suministro con los consumidores.

Abelardo L. Rodríguez, presidente sustituto en 1933, fue quien consideró por primera vez a la electricidad como actividad y utilidad pública. También envió al Congreso de la Unión la iniciativa para autorizar al titular del Ejecutivo federal la creación de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), pero la presión de las empresas transnacionales por mantener el monopolio fue tan fuerte que lograron posponer dicha iniciativa cuatro años más.

En 1937, México tenía 18.3 millones de habitantes, y solamente tres empresas ofrecían el servicio de energía eléctrica a siete millones de mexicanos, que representaban 38 por ciento de la población. La oferta no satisfacía la demanda, las interrupciones en el servicio eran constantes y las tarifas muy elevadas, situaciones que no permitían el desarrollo económico del país. Las empresas se dedicaban principalmente a los mercados urbanos más redituables sin contemplar en sus planes de expansión a las poblaciones rurales, donde todavía habitaba 67 por ciento de la población.

Ante estos hechos, y con el propósito de construir plantas generadoras para satisfacer sin fines de lucro la demanda existente, el presidente Lázaro Cárdenas decretó el 14 de agosto de 1937, la creación de la Comisión Federal de Electricidad, con el objetivo fundamental de organizar y dirigir un sistema nacional de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica sin propósito de lucro y en beneficio del interés general.

Entre 1937 y 1943 las empresas privadas habían dejado de invertir y la nueva empresa pública se vio obligada a generar energía para que aquéllas la revendieran. Fue así que la CFE, que en 1938 tenía una capacidad de apenas 64 KW, creció de tal modo que para 1946 alcanzó los 45 MM.

En ese mismo periodo, el crecimiento promedio anual de la industria eléctrica privada fue de menos del uno por ciento porque disminuyeron sus inversiones, quizás porque ya habían concluido la construcción de las plantas generadoras necesarias para abastecer a las áreas rentables, lo que agudizó el conflicto de intereses entre el Estado mexicano, las empresas eléctricas extranjeras y la opinión pública. El vacío dejado por los particulares fue llenado por la CFE. Fue así cómo el gobierno mexicano prosiguió con el control de los principales recursos hidráulicos fuentes de energía eléctrica y comenzó a construir nuevas plantas, pues las empresas extranjeras ya no hacían inversión alguna.

En 1949 se establecen las bases para el funcionamiento de la Comisión Federal de Electricidad, que ayudaron a precisar sus objetivos, entre otros, la función de coordinar la industria eléctrica en México. Posteriormente, en ese mismo año, el presidente Miguel Alemán expidió el Decreto que hizo de la Comisión Federal de Electricidad un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio.

El 27 de septiembre de 1960, el presidente Adolfo López Mateos nacionalizó la industria eléctrica comprando con fondos públicos y deuda externa los bienes e instalaciones de las empresas transnacionales. El gobierno adquirió en 52 millones de dólares 90 por ciento de las acciones de la canadiense The American Light and Power Company y se comprometió a pagar sus deudas, que ascendían a 78 millones de dólares. Por 70 millones de dólares obtuvo las acciones de la estadounidense American and Foreign Power Company. Además, el gobierno los comprometió a invertir ese dinero en México para evitar que todo ese capital saliera del país. Al adquirir la Mexican Ligth and Power and Company, el país recibió 19 plantas generadoras que servían al Distrito Federal y a los estados de Puebla, México, Michoacán, Morelos e Hidalgo; 16 plantas hidráulicas y 3 térmicas; 137 kilómetros de línea de transmisión de doble circuito trifásico en el sistema de 220 KW; dos subestaciones transformadoras, la de cerro Gordo, México, y El Salto, Puebla; 38 subestaciones receptoras conectadas a la red de transmisión de 85 y 60 KV; gran número de bancos de transformadores; 4,500 kilómetros de líneas primarias de distribución de 6 KV; 11 mil transformadores de distribución con capacidad de 670 mil KVA; y 6,800 kilómetros de líneas de baja tensión.

Entre las plantas hidroeléctricas se obtuvieron: Necaxa, Patla, Tezcapa, Lerma, Villada, Fernández Leal, Tlilán, Juandó, Cañada, Alameda, Las Fuentes, Temascaltepec, Zictepec, Zepayautla y San Simón; entre las plantas termoeléctricas: Nonoalco, Tacubaya y Lechería. Además, la nación recibió el edificio situado en la esquina de Melchor Ocampo y Marina Nacional de la Ciudad de México y todos los inmuebles y muebles de las estaciones y plantas termoeléctricas e hidroeléctricas, así como equipos y materiales de oficina.

El primero de septiembre de este año, el presidente López Mateos anunció la reforma al artículo 27 constitucional, a fin de que no se otorgaran concesiones a particulares para la prestación del servicio público de energía eléctrica: “Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares, y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines”. La Mexican Light and Power Company Ltd. se convertirá en Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S. A. en 1963.

Para 1971, la CFE tenía una capacidad instalada de 7,874 MW. En esta década todos los sistemas de transmisión de energía eléctrica se encontraban interconectados, excepto Baja California y Yucatán (que se incorporaron al Sistema Interconectado Nacional en 1990, quedando, por fin, cubierta casi la totalidad del territorio mexicano por el sistema de transporte de energía. Durante la década de los 70 también se logró unificar la frecuencia eléctrica en 60 hertz en todo el país.

En diciembre de 1974, el presidente Luís Echeverría Álvarez promovió una reforma al artículo 27 de la Constitución, en donde se otorgará exclusivamente a la nación el aprovechamiento de los materiales radiactivos y combustibles nucleares necesarios en la producción de energía atómica, que es indispensable en el proceso de instalación y operación de plantas nucleares generadoras de energía eléctrica. Con esta adición, México tomó para sí el dominio total de los energéticos, dando además al mundo una prueba palpable del pacifismo mexicano. Al mismo tiempo, se decreta la disolución y liquidación de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, SA, al igual que sus subsidiarias, con lo que se pretendía la integración total de la industria eléctrica.

En 1975 se decreta la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica, viéndose modificada el 21 de diciembre de 1989, permitiendo que las empresas concesionarias, entrarán o continuarán en disolución y liquidación y prestarán el servicio hasta ser totalmente liquidadas. Concluida la liquidación de la compañía de Luz y Fuerza del Centro, SA, y sus asociadas Compañía de Luz y Fuerza de Pachuca, SA, Compañía Mexicana Meridional de Fuerza, SA, y Compañía de Luz y Fuerza Eléctrica de Toluca, SA, el Ejecutivo federal, dispondrá la constitución de un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonios propios, el cual tendrá a su cargo la prestación del servicio que han venido proporcionando dichas compañías. El decreto de creación del organismo establecerá, con arreglo a esta disposición, la estructura, organización y funciones que tendrá el propio organismo para el adecuado cumplimiento de sus fines.

El presidente Salinas de Gortari, sin reformar la Constitución, inicia la apertura de la industria eléctrica a los particulares mediante cambios a la ley y reglamento del servicio público de energía eléctrica incorporando las figuras de productor independiente, autoabastecedor, cogenerador e importador-exportador. Desde su creación, los “productores independientes” tendrán un crecimiento exponencial en su capacidad instalada y en su producción de energía.

En 1994 se expide el decreto por el que se crea el organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro, con personalidad jurídica y patrimonio propio, conformado por el que tenían las compañías de luz en liquidación.

El 10 de octubre de 2009, por decreto presidencial, Felipe Calderón declaró la extinción y liquidación de “Luz y Fuerza del Centro”, este proceso de privatización silenciosa irá haciendo nulo el esfuerzo de los gobiernos anteriores, de Madero a López Portillo, con excepción de Huerta y Alemán, por alcanzar una soberanía energética y por redistribuir en la sociedad los recursos generados por la industria eléctrica. En 2000, cada vez más, estos recursos regresan no a la sociedad como lo quiso el presidente López Mateos, sino a las manos de particulares principalmente extranjeros.

Actualmente, la generación de energía eléctrica del sector público está siendo desplazada por los permisionarios privados dentro del servicio eléctrico nacional. En el servicio público, la generación de electricidad pasó de 191.4 miles de GWh en 2000 a 157 miles de GWh en 2009 y los permisionarios, en esos mismos años, de 12.9 miles de GWh a 105 .9 GWh, respectivamente.

El dominio del mercado eléctrico mexicano por parte de los permisionarios, también se muestra en la capacidad de generación de electricidad. Los permisionarios tenían en 2000 una capacidad de generación de sólo 10.7 por ciento del total nacional y esta misma se incrementó en 2009 a 35.2 por ciento. Mientras que el servicio público no incrementó su capacidad, los permisionarios si lo hicieron en más de cinco veces, especialmente los productores independientes.

Los contratos autorizados por la Comisión Reguladora de Energía a los permisionarios se extienden hasta 2041 pero pueden ser renovados. De 1992 a diciembre de 2009, los permisionarios se beneficiaron con ingresos por 268 mil millones de pesos. De 2010 a 2041, con la infraestructura actual, recibirán cinco veces más, es decir, hasta 1.32 billones de pesos.

Ante ese escenario, es importante recordar que en el artículo 1o. constitucional se establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte; siendo las autoridades las que tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad, universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; además el Estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos en los términos que establezca la ley.

Es de resaltar que se contemplan no sólo los tratados cuya naturaleza y esencia sea de derechos humanos, sino las disposiciones que contengan tales derechos. Existen diversos instrumentos internacionales que hacen referencia de una forma u otra, de manera explícita o implícita, al derecho humano a la energía eléctrica, por lo que se requiere que el servicio eléctrico deje de ser considerado como una mercancía y sea comprendido como un derecho humano y social que debe ser garantizado por el Estado y al cual deben tener acceso todas las personas.

Tomando en cuenta que los derechos humanos están sujetos a su progresividad e interdependencia para su consecución efectiva, hay que enfatizar que la energía eléctrica es hoy una condición previa indispensable para el acceso a la salud, el agua, la educación, la información, el combate a la discriminación, los avances tecnológicos y científicos, es decir, a tener los medios para el libre desarrollo de la dignidad de las personas.

Entre los tratados internacionales que contemplan el derecho humano a la energía eléctrica, de forma explícita o implícita, están:

La Declaración Universal de los Derechos Humanos. Es el documento en el que se basa todo el sistema internacional de derechos humanos. Es una declaración esencial cuyo contenido y significado establecen los principios fundamentales que rigen esta materia en todo el mundo. La Declaración afirma que “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad... Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”.

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el cual manifiesta en su preámbulo que “no puede realizarse el ideal del ser humano libre, liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos... Cada uno de los Estados parte en el presente pacto se compromete a adoptar medidas, tanto por separado como mediante la asistencia y la cooperación internacionales, especialmente económicas y técnicas, hasta el máximo de los recursos de que disponga, para lograr progresivamente, por todos los medios apropiados, inclusive en particular la adopción de medidas legislativas, la plena efectividad de los derechos aquí reconocidos.”

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece que: “todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio de beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia.” Por otro lado, establece que: “Los Estados parte en el presente pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia.”

Por lo que cabe hacer énfasis en el concepto de vivienda adecuada, que significa disponer de un lugar donde poder convivir, protegerse, e incluso aislar si se desea, para lo que se requiere de un espacio adecuado, con seguridad, ventilación e iluminación adecuadas, es decir, una infraestructura básica adecuada y una situación adecuada en relación con el trabajo y los servicios básicos.

En este sentido, la Organización de las Naciones Unidas, a través del Comité de Expertos que revisa los compromisos de los gobiernos, de respetar los derechos humanos contenidos en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ha dicho que: “todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberían tener acceso permanente a recursos naturales y comunes, a agua potable, a energía para la cocina, la calefacción y el alumbrado, a instalaciones sanitarias y de aseo, de almacenamiento de alimentos, de eliminación de desechos, de drenaje y a servicios de emergencia... Los gastos personales o del hogar que entraña la vivienda deberían ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfacción de otras necesidades básicas. Los Estados parte deberían adoptar medidas para garantizar que el porcentaje de los gastos de vivienda sean, en general, conmensurados con los niveles de ingreso.”

La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, establece en su artículo 14, inciso h): “Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones”.

La Declaración sobre la Utilización del Progreso Científico y Tecnológico en Interés de la Paz y en Beneficio de la Humanidad, establece que el progreso científico y tecnológico se ha convertido en uno de los factores más importantes para el desarrollo de la sociedad humana, por tanto, el derecho de las personas a disfrutar del uso de la energía eléctrica como un avance científico y tecnológico resulta fundamental, en este sentido se establece que: “todos los Estados adoptarán medidas con objeto de garantizar que los logros de la ciencia y la tecnología sirvan para satisfacer las necesidades materiales y espirituales de todos los sectores de la población [...] extender a todos los estratos de la población los beneficios de la ciencia y la tecnología [...] tomar las medidas necesarias, incluso de orden legislativo a fin de asegurarse de que la utilización de los logros de la ciencia y la tecnología contribuya a la realización más plena posible de los derechos humanos y las libertades fundamentales sin discriminación alguna por motivos de raza, sexo, idioma o creencias religiosas.”

En nuestro país, la Comisión Federal de Electricidad y Luz y Fuerza del Centro proporcionan el servicio de energía eléctrica a 36.6 millones de usuarios, los cuales han tenido una tasa de crecimiento medio anual de más de 5.8 por ciento, durante los últimos diez años.

Por lo tanto, 88.46 por ciento de usuarios corresponde al sector doméstico, quienes consumen 25 por ciento del total de la energía eléctrica, y cuya población atendida con servicio eléctrico es de 99 millones (de un total de 112), lo que implica que hoy día, casi 89 por ciento del pueblo mexicano cuenta con ese servicio. Cabe resaltar que el sector industrial representa sólo 0.75 por ciento de usuarios y consume el 58.78 por ciento del total de energía eléctrica1 .

Asimismo, a través de la iniciativa presentada por la diputada Ernestina Godoy Ramos, del Grupo Parlamentario de Morena, por la que se reforman diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica y de la Comisión Federal de Electricidad, se establece que desde principios de 2013 se generó en el país un debate nacional sobre el sentido de la llamada reforma energética. Dicho debate polarizó la discusión en la materia, toda vez que diversos sectores denunciaron que dicha reforma busca privatizar el sector energético, que es estratégico para el desarrollo nacional, mientras que el gobierno federal planteó que la reforma busca la modernización de dicho sector económico nacional.

Los integrantes de Morena desde sus diversos espacios de actuación planteamos que dicha reforma debía atender a las necesidades económicas del sector energético para que se abatiera el rezago en la inversión pública al sector, por ejemplo, creando nuevas refinerías o reformando la ley para efectos de que existieran reglas que evitaran el tráfico de influencias y la corrupción en las licitaciones por parte de servidores público en colusión con empresarios del sector.

Así después de un debate parcial, poco difundido entre la sociedad y con un Congreso General amurallado por policías federales, como suele suceder cuando el gobierno quiere imponer sus reformas sin debate y sin apertura, a escondidas se aprobó la reforma a diversos preceptos constitucionales, para, según lo señalado por el gobierno federal, “modernizar el sector energético”.

De acuerdo con el artículo transitorio tercero del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución, en materia de energía, publicado el 20 de diciembre de 2013, dispuso que la ley establecerá la forma y plazos, los cuales no podrían exceder dos años a partir de la publicación de dicho Decreto, para que los organismos descentralizados denominados Petróleos Mexicanos y Comisión Federal de Electricidad se conviertan en empresas productivas del Estado.

De conformidad con el artículo 25, párrafo cuarto, de la Constitución, el sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto de la propia Constitución, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos y empresas productivas del Estado que en su caso se establezcan.

Con fecha 11 de agosto de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, la cual dispone que a partir de su entrada en vigor, la Comisión Federal de Electricidad se transforma por ministerio de ley en una empresa productiva del Estado.

Que según se dijo por parte del gobierno federal para promover la reforma energética, se utilizó como argumento que las nuevas disposiciones normativas no sólo se modernizaría el sector, sino además para el caso del suministro eléctrico, las tarifas bajarían favoreciendo sobre todo al sector doméstico, hoy llamado usuarios básicos.

Lo cierto es que la política de aumento progresivo de las tarifas de suministro de energía eléctrica de uso doméstico se ha venido estableciendo, a través de la emisión de los acuerdos que al efecto ha emitido la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mismos que han tenido como finalidad crear nuevas tarifas domésticas (como la 1F o DAC); suprimir el subsidio; fijar o crear rangos de límite mínimo y máximo de uso de energía, o fijar factores de ajuste y actualización en función a los precios de los combustibles (gas natural, principalmente) e inflación. Cabe señalar que de 2001 a 2012 se han emitido 16 acuerdos relacionados con la creación de nuevas tarifas o de “ajustes tarifarios”, siendo el acuerdo más reciente el publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2012, el cual estableció un factor de ajuste y actualización permanente sin límite de temporalidad, esto es que desde su entrada en vigor se sigue aplicando.

Ahora bien, a partir del 11 de octubre de 2009 cuando el gobierno federal extingue la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, y es sustituida por la Comisión Federal de Electricidad para operar el suministro y venta de energía eléctrica en la División Valle de México, que comprende el Distrito Federal y zonas de Hidalgo y Cuernavaca, se ha dado un aumento desproporcionado en los montos consignados en el aviso recibo que llega a los usuarios, llamados coloquialmente como “los recibos locos”, que establecen cargos a pagar que van de los 3 mil a los 150 mil pesos, lo que impacta económicamente a cualquier usuario, afectando más a la población con menores ingresos y vuelve los cobros prácticamente impagables, en tanto que la gente no reconoce un adeudo de esas cantidades y menos aún tiene para pagarlas. Dicha situación es de conocimiento público a través de los diarios de circulación nacional, que señalan la presentación de más de quince mil quejas que comprenden de 2012 a 2015 ante la Procuraduría Federal del Consumidor contra la Comisión Federal de Electricidad por los altos cobros que consignan los avisos recibos.

De acuerdo al informe anual de 2015 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Comisión Federal de Electricidad se encuentra dentro de los 10 entes públicos con más quejas presentadas, con un total de 416 denuncias en su contra. Cabe señalar que esta empresa estuvo también dentro de esa malograda en lista en 2012, 2013 y 2014.

Por su parte, el informe anual de 2013 la Procuraduría Federal del Consumidor registró 16 mil 322 quejas en contra de la CFE, de un total de 126 mil 553 recibidas, quedando entre los cinco proveedores con más denuncias a nivel nacional, tendencia que se repitió en 2014, con 25 mil 792 quejas. Esta tendencia se ha repetido año con año donde el 50 por ciento de las quejas que recibió la Procuraduría Federal del Consumidor fueron contra dicha empresa productiva del Estado. El 90 por ciento de las quejas que han sido presentadas contra la comisión son por una indebida facturación en el cobro del suministro eléctrico.

A tal grado ha sido la problemática de la presentación de las quejas contra la comisión que la entonces procuradora Lorena Martínez declaró en octubre de 2014 que: “El número tan alto de quejas ha venido saturando los sistemas de quejas en perjuicio de todos los usuarios”.

Pero esta situación de la mala calidad del servicio que presta la Comisión Federal de Electricidad es que ya traspasó nuestras fronteras, evidentemente de manera negativa. Así nuestra llamada empresa de clase mundial tiene una mundialmente mala fama, ya que en la visita realizada por Grupo de Trabajo sobre Empresas y Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas y su respectivo informe presentado de 29 de agosto de 2016 refiere que la empresa más mencionada por violaciones a los derechos humanos de empresas estatales fue la CFE seguida de Pemex. En ese informe se refiere al tema relativo a las amenazas y actos lesivos a las prácticas comerciales que repercuten en el servicio prestado de manera indebida. En concreto en dicho informe se acreditan 5 casos de violación a los derechos humanos a usuarios de servicios prestados por la Comisión Federal de Electricidad, lo que respecta a la falta de información y amenazas a los consumidores.

De igual forma el entonces director general de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Enrique Ochoa Reza, señaló pretendiendo minimizar el problema nacional, que el gran número de quejas en contra de dicha empresa, se recibe en la región central, comprendiendo 61 por ciento en el estado de México, Distrito Federal, Puebla, Morelos y parte de Hidalgo, que antes tenían el servicio de Luz y Fuerza del Centro , empero el otro 39 por ciento se encuentra diversificado en Chiapas, Tamaulipas, Chihuahua, Veracruz, Tabasco, entro otros estados de la República.

La problemática de los altos cobros de luz es un hecho público y notorio, no solamente por los datos que se menciona por cuanto hace a las quejas presentadas en contra de la CFE, sino porque ha generado a nivel nacional un movimiento de resistencia de los ciudadanos que se niegan a pagar los recibos por la falta de justificación de la empresa productiva del Estado a justificarles y aclararles los montos consignados, sino además por los actos intimidatorios, de corrupción y lesivos de que son objetos los usuarios por parte de los trabajadores y contratistas de la CFE. Hay diversas denuncias y notas que consignan los actos de intimidación y de corrupción de los trabajadores y contratistas que abusando de la necesidad de contar con el suministro eléctrico como satisfactor de necesidades humanas básicas para vivir, piden dinero a los usuarios para no cortar el suministro; no obstante, cuenten con quejas o juicios ganados a la empresa ya sea ante Profeco o ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Incluso la misma empresa reconociendo los actos de corrupción de trabajadores ha presentado denuncias por sobornos de éstos contra usuarios.

En atención a lo anterior, el Colectivo de Ciudadanos de Iztapalapa en Defensa de la Energía Eléctrica, ha presentado más de 400 juicios de nulidad contra la CFE en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa contra los oficios emitidos por la CFE, en donde les indica sus montos adeudados y ha conseguido hasta ahora más de 60 sentencias declarando la nulidad de los oficios por no estar fundado, ni motivado el adeudo consignado.

El caso de la resistencia emprendida por dicho colectivo no es único porque, como se señala, a raíz de las acciones intimidatorias emprendidas por la CFE se han conformado diversos grupos de ciudadanos en todo el país contra la empresa productiva del Estado, sabemos de colectivos formados en la zona norte y oriente del Estado de México, en los pedregales del Distrito Federal, en Veracruz, Tamaulipas, Tabasco, Guerrero, Sinaloa, Campeche, entre otros estados, todos con la consigna de no pagar montos injustificados e impagables.

Cabe señalar que los ciudadanos afectados han denunciado que son los usuarios básicos a quienes la CFE busca cobrarles, pero no hay información de acciones emprendidas contra las grandes empresas o grupos empresariales relativas al cobro del suministro energético.

Todos hemos escuchado que en los estados mencionados los usuarios han entrado en una dinámica de confrontación con los contratistas de la CFE y sus trabajadores al impedirles realizar acciones de corte o de sustitución de medidores.

Estos hechos públicos y notorios han sido reconocidos, como lo exponemos en esta iniciativa por la misma empresa y por la Comisión Federal, empero no han realizado una verdadera atención a la problemática que se expone y que implica:

1. La violación a un derecho humano básico que es el contar con el suministro eléctrico como satisfactor de necesidades humanas básicas para vivir, esto es así toda vez que el suministro eléctrico es conceptuado por los organismos nacionales e internacionales que miden el bienestar social y los derechos básicos como uno de los elementos básicos de vida.

2. La falta de una solución integral para atender y resolver esta problemática que acarree una verdadera solución al problema del alto cobro de luz y con ello la imposibilidad del pago de miles de personas que supone un haber a favor de la empresa productiva. La misma Comisión Federal de Electricidad informó que al cierre del periodo enero-marzo de 2016, la cartera vencida por clientes morosos asciende a 41 mil 880 millones de pesos.

Cabe señalar que según datos de esa empresa la cartera vencida a nivel nacional se integra en un 55 por ciento por adeudos en el sector doméstico. En este rubro la deuda es cercana a los 23 mil millones de pesos. Le sigue el sector comercial con un 10 por ciento, es decir 4 mil millones 100 mil pesos. Por su parte, los sectores agrícola y de servicios representan, cada uno, 7 por ciento de la cartera vencida total de la CFE. Lo anterior da cuenta que el problema se concentra en los usuarios hoy llamados básicos, que son los que tenemos uso doméstico.

Es importante señalar que la propuesta del gobierno federal a través de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha sido solamente un paliativo. Las autoridades ya reconocen la problemática ya que la Comisión Federal de Electricidad y la Procuraduría Federal del Consumidor, celebraron un convenio encaminado a la revisión de los avisos recibos, a fin de determinar la exactitud del cobro consignado, sin embargo, ello no resuelve la situación porque los usuarios refieren que el problema no es que les hagan pagar todo el adeudo en pagos mensuales, sino que no cuentan con recursos para pagar los adeudos consignados que no les justifican su facturación. Dicho convenio pretende garantizar que la Comisión Federal de Electricidad se ajuste en sus facturaciones al derecho que le asiste al usuario en su calidad de usuario de un servicio para que el proveedor le respete sus derechos2 .

Desde 2016, en dos de los municipios más pobres de la sierra de Zongolica, la Comisión Federal de Electricidad aplica cobros por el servicio de energía eléctrica que llegan hasta los siete mil pesos, “por el uso de dos focos, una televisión y nada más”; por lo que fue denunciada ante la delegación de la Procuraduría Federal del Consumidor.

Los cobros elevados de la Comisión Federal de Electricidad en poblaciones rurales e indígenas no son novedad, constantemente los campesinos, a veces con el apoyo de organizaciones sociales, se manifiestan, reciben la promesa de corrección, sin embargo, posteriormente los excesos se vuelven a manifestar.

En este caso, tanto en Soledad Atzompa como en Acultzingo, los recibos por el servicio que presta Comisión Federal de Electricidad, “fueron muy elevados” dijo Narciso Linda, representante de los vecinos afectados que a su vez se integraron en la Unión Nacional de Artesanos, “los cobros son excesivos sobre todo porque se trata de familias que apenas tienen dos o tres focos y si acaso una televisión, pero los cobros son muy elevados”.

Otro de los agravantes en contra de CFE radica en el hecho de que la mayoría de los afectados son productores de muebles de madera que una vez terminada su producción, “salen del municipio, se ausentan hasta por dos o tres semanas y por lo tanto no hay consumo de energía eléctrica, por eso nos sorprende y molesta el hecho de que tengamos recibos tan caros como sucede actualmente”.

Lo que pretendemos, con la queja en la Profeco, “es que se intervenga porque no podemos seguir con este tipo de abusos. Lo que queremos es que se concilie con la empresa. No queremos pelear ni causar problemas, pero lo que sí exigimos es que no nos cobren más de lo que realmente consumimos”.

Tanto Soledad Atzompa como Acultzingo, explica, son de los municipios con mayores problemas de pobreza, tenemos mucha necesidad. Hay familias que apenas ganan 70 pesos al día lo que es insuficiente para darle de comer a una familia entera, entonces nos preguntamos cómo vamos a poder pagar cantidades de hasta cinco o siete mil pesos por el servicio de energía eléctrica.

Los campesinos presentaron su queja en la delegación de Profeco, en donde se comprometieron a darle el curso correspondiente, “lo único que queremos es que se nos cobre lo justo. No nos negamos a pagar por el servicio, pero tampoco queremos que abusen de las condiciones en las que estamos, pedimos que se haga una revisión de las instalaciones de los medidores eléctricos igual y es ahí en donde tenemos el problema de la medición y por eso nos cobran de más”.

Ante la Comisión Federal de Electricidad, señala, “ya pusimos la queja pero hasta el momento no nos ha resultado nada. Seguimos con los cobros elevados, no es la primera vez que sucede y por eso queremos que se nos tome en cuenta ahora en la delegación de Profeco para que entonces ya haya antecedentes legales con los cuales podemos tener mejores respuestas a nuestras peticiones”, dijo. Comisión Federal de Electricidad es la empresa que mayor número de quejas tiene por el cobro excesivo3 .

Las quejas se han presentado en todo el país, así, la Comisión Federal de Electricidad es la más denunciada ante la Procuraduría Federal del Consumidor, principalmente por el cobro excesivo de sus tarifas, informó el delegado del ramo, Marcos Castillo López.

Detalló que de las mil 400 quejas presentadas ante Profeco en lo que va del año, al menos el 25 por ciento son contra violaciones a los derechos del consumidor por parte de la CFE.

“Las quejas más recurrentes son en el servicio de suministro de energía eléctrica, por las tarifas; recibimos esas quejas y por el número de quejas que recibimos tenemos un acercamiento con la Comisión”.

Recordó que el año pasado la comisión fue sancionada con multas económicas, pero aceptó que los montos no han sido pagados por esta entidad que a sus usuarios les corta el suministro de energía eléctrica si se retrasa un día.

Detalló que en muchas ocasiones se logra algún tipo de acuerdo con la comisión porque se hizo “una mala lectura” de los medidores y al hacerse el cobro correcto, la queja se elimina.

Castillo López informó que en lo que va del año se han realizado además 388 visitas de inspección y que derivado de estas se tienen en trámite multas por un millón 658 mil pesos4 .

El delegado en Veracruz de la Procuraduría Federal del Consumidor, Marcos Castillo López, dio a conocer que la Comisión Federal de Electricidad representa el 25 por ciento de las quejas que se interponen ante la dependencia, esto derivado por cobros excesivos en el suministro de energía eléctrica. En conferencia de prensa del sector económico de las delegaciones federales de cada lunes, el funcionario destacó que se tiene un registro de mil 400 quejas interpuestas, en general, ante la Profeco, mismas que lidera la CFE. “Recibimos esas quejas y denuncias como de cualquier otro prestador de servicios, se le da el mismo tratamiento, la única diferencia es que por el número de quejas que recibimos de este servicio es que tenemos un acercamiento de la Comisión para que estén acompañando los módulos para que sea un primer filtro”. Mencionó que puede ser una mala interpretación del recibo de pago por parte de los comunicadores, por lo que se aplica la conciliación y se aclara y arregla el problema y la queja no procede. Además, reconoció que en el tema de conciliación, la Comisión Federal de Electricidad tiene un gran porcentaje de lograr acuerdos, arreglar el problema antes de que pase a una sanción; sin embargo, señaló que en el 2017 se registraron varias sanciones económicas contra la CFE, las cuales se encuentran en proceso todavía5 .

Así, Veracruz ocupa el tercer lugar a nivel nacional por las quejas en contra de la Comisión Federal de Electricidad, como lo afirmó la subdelegada de la Procuraduría Federal del Consumidor en Xalapa, Leticia Segura Pérez.

Dijo que del total de las denuncias que interponen los usuarios ante la Profeco en la entidad, el 60 por ciento corresponden a reportes de mal servicio y atención de esta empresa productiva del estado hacia las familias veracruzanas.

De ese porcentaje de quejas, algunos de los usuarios tienen responsabilidad de lo que se les acusa y otros casos están en proceso de conciliación entre la Comisión Federal de Electricidad y el usuario.

La denuncia más común por parte de los clientes es que sus recibos bimestrales de consumo de luz están muy “elevados”. Ante esta situación, la funcionaria de la Profeco insistió en que aquellos que tienen este problema, la CFE no puedo cortar el servicio de energía eléctrica hasta que se resuelva la queja6 .

La delegada de la Procuraduría Federal del Consumidor, en Veracruz, detalló que tienen cerca de mil quejas contra la Comisión Federal de Electricidad.

La funcionaria federal informó que en estos meses han acumulado un total de tres mil denuncias y la compañía que las encabeza es la CFE de parte de ciudadanos así como de los empresarios de la región.

La delegada dijo que el motivo de esas denuncias son los altos cobros injustificados, mencionó que tienen un módulo exclusivo para este tipo de quejas con personal de la CFE para hacer una conciliación inmediata, generalmente son resueltas la mayoría, porque prácticamente tienen la disposición de hacer verificaciones, comparar los importes anteriores y hacer los procedimientos correspondientes para llegar a un acuerdo con los usuarios7 .

No obstante el sinnúmero de quejas, el gerente de la División Oriente de la Comisión Federal de Electricidad, Raúl Usla López, aseguró que la mayor parte de las quejas que interponen los usuarios ante la Procuraduría Federal del Consumidor por presunto incremento extraordinario en el consumo de energía eléctrica, es por uso excesivo de electricidad, no por fallas en los medidores o en la infraestructura.

Detalló que de cada diez quejas que recibe la CFE por presunto cobro excesivo, sólo dos tienen que ver con fallas en los mecanismos de medición, mientras que las ocho restantes ocurren por falta de cultura de los usuarios para administrar su consumo de energía eléctrica.

Usla López puntualizó que las quejas se atienden cinco días después de que la CFE recibe la notificación por parte de la Profeco. Confirmó que esta empresa es la que mayor número de quejas tiene ante la Profeco pero negó que se deba a un mal servicio, sino a la gran cantidad de consumidores que tiene CFE en el estado.

“Tenemos 2 millones 800 mil clientes en el Estado pero hemos trabajado con todas las inconformidades que llegan a Profeco y son atendidas con celeridad. Debemos resolver la queja en los primeros cinco días a partir de que recibimos la inconformidad”8

Actualmente, la Comisión Federal de Electricidad encabeza la lista de proveedores con el mayor número de quejas ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

En entrevista durante el programa Periodismo de Análisis dijo que la mayoría de las quejas contra la CFE son por cobros indebidos. “En 2016 tuvo un 18 por ciento de quejas recibidas y hasta el día de día llevamos 27 quejas en contra de CFE, todas han sido por cobros indebidos”, detalló.

En el caso del cambio de medidores, sólo se presentaron un máximo de seis quejas, “esto fue porque no se les notificaba por tiempo, pero más allá de estas cuestiones, las quejas son por cobros indebidos”9 .

Derivado de lo anterior, no es aceptable que las personas deban acudir a una instancia como la Profeco ante los cobros excesivos realizados por la Comisión Federal de Electricidad, siendo que esta debe vigilar que se cobre de acuerdo a las tarifas aprobadas, además, vigilando el correcto funcionamiento de los aparatos medidores y el actuar de sus funcionarios con base en lo que la ley les permite.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Comisión Federal de Electricidad a efectuar cobros de acuerdo a las tarifas aprobadas, a vigilar, sin necesidad de queja por parte de los particulares, el correcto funcionamiento de los aparatos medidores de consumo de energía eléctrica, así como el apego estricto a la legalidad por parte de sus trabajadores, particularmente en las entidades federativas con mayor número de quejas ante la Procuraduría Federal del Consumidor. Asimismo, a hacer público el estado que guardan las acciones que lleva a cabo en ese sentido.

Notas

1 http://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/62/2/2013-09-18-1/assets/
documentos/Ini_PT_Bartlett_art.%204_Const_SME.pdf

2 http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/63/2016/dic/20161207-I.html#Iniciativa4

3 http://www.jornadaveracruz.com.mx/Post.aspx?id=160805_083402_941

4 https://formato7.com/2018/02/19/la-cfe-primer-lugar-en-numero-de-quejas-ante-la-profeco/

5 https://veracruz.quadratin.com.mx/cfe-mayor-quejas-ante-profeco/

6 http://imagendelgolfo.mx/resumen.php?id=41143505

7 https://www.alcalorpolitico.com/informacion/profeco-tiene-cerca-de-mil-quejas-contra
-cfe-en-veracruz-tan-solo-este-2015-181975.html#.WrKrruejmM8

8 https://www.alcalorpolitico.com/informacion/quejas-contra-cfe-ante-prof eco-son-por-uso-excesivo-de-electricidad-raul-usla-192087.html#.WrKolue jmM8

9 http://cronicadelpoder.com/2017/01/26/cfe-con-el-mayor-numero-de-quejas -por-cobros-indebidos-en-veracruz-profeco/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputada Norma Xóchitl Hernández Colín (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Zacatecas a reforzar las acciones previstas en el Programa Estatal de Seguridad Pública, suscrita por la diputada Lorena Corona Valdés e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, Lorena Corona Valdés, e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

El año 2017, fue un año particularmente difícil para México en temas de inseguridad y violencia. En 27 de los 32 Estados se incrementaron los secuestros y asesinatos de acuerdo a información presentada por “Semáforo Delictivo” 1 el acumulado de secuestros entre 2012-2017 alcanzó ya los 10 mil 397 casos.2 Además, según datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública hasta noviembre pasado se cometieron 23, 101 homicidios violentos, cifra que supera los cometidos en todo 2011,3 cuando se intensificó la guerra que declaró el expresidente Felipe Calderón a los cárteles de la droga. Lo anterior, denota que las instituciones encargadas de brindar la seguridad pública en nuestro país, se encuentran atravesando serias dificultades para cumplir con su misión.

Una encuesta realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) sobre seguridad pública urbana, arroja que la percepción de inseguridad en 2017 aumentó un 4% con relación al año anterior, es decir, durante 2017, el 76% de los mexicanos se sentía inseguro en la ciudad donde vivía.4

En el caso específico de Zacatecas, el número de incidencias referente a secuestros, incrementó considerablemente dejando a esta entidad en el primer lugar a nivel nacional seguido por Tamaulipas, Guerrero, Morelos, Veracruz, y Tabasco. Con una tasa de 2.4 secuestros al año por cada 100 mil habitantes, mientras que la media nacional se encuentra en 0.9 delitos.

Con respecto a este tipo de crímenes, no todos los secuestros son denunciados, ya que muchas personas prefieren intentar liberar a la víctima por cuenta propia negociando directamente con los secuestradores, y sin involucrar a las autoridades.5

En cuanto a homicidios, se estima que, del mes de enero a abril 2017, hubo 173 ejecuciones, y a octubre, según declaraciones del propio gobernador del Estado de Zacatecas, sumaban 570 homicidios dolosos; cifra que se traduce a un promedio de una persona asesinada cada 12 horas. Cerrando en diciembre de 2017 con un total de 724 homicidios dolosos.6 Esto, demuestra el incremento de violencia que sufrió esta entidad durante el último trimestre del año.

En este mismo sentido, el procurador de Justicia del Estado, Francisco Murillo Ruiseco, afirmó que casi el 98 por ciento de los homicidios ocurridos en Zacatecas se encuentran vinculados con la delincuencia organizada. En esta entidad, se cometen casi 30 homicidios violentos al año por cada 100 mil habitantes, tasa que se encuentra muy por encima de la media nacional, que es de 17.4,7 lo que deja a Zacatecas entre las 7 entidades del país con mayor incidencia delictiva.

Zacatecas dejó de ser una entidad en la cual sus habitantes vivían en paz y seguros, colocándolo en el séptimo lugar en niveles de violencia e inseguridad a nivel nacional, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Ante esta grave situación, la ciudadanía ha realizado diversas manifestaciones de inconformidad, y reclamo a las autoridades estatales y federales exigiendo que la paz vuelva a este Estado, tal es el caso de cámaras empresariales como Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda (Canadevi) y la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) en compañía de otros empresarios zacatecanos mismos que se reunieron el pasado 15 de enero, para solicitar al gobernador del Estado actúe de forma eficaz, para que la tranquilidad y seguridad vuelva la cotidianeidad del Estado.

Y aunque, se sabe que la respuesta por parte del gobierno actual, ha sido hacer frente al crimen organizado, prueba de ello es que en octubre de 2017 presentó el Programa de Seguridad Pública Estatal, desafortunadamente éste no ha solucionado la problemática, y los índices de inseguridad y violencia continúan al alta.

En este sentido, el presente punto de acuerdo busca exhortar al Gobernador del Estado a que de forma inmediata haga modificaciones y refuerce el Programa Estatal de Seguridad Pública, pues ante el incremento de los incidentes violentos resulta necesaria una estrategia contundente, con la cual se erradique la inseguridad y violencia en Zacatecas.

Por lo expuesto, y con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único-. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno del Estado de Zacatecas a reforzar las acciones previstas en la estrategia del Programa Estatal de Seguridad Pública.

Notas

1 Espino, M. (2017) “2017 el peor año en inseguridad.” El Universal. Disponible en: http://www.eluniversal.com.mx/nacion/seguridad/2017-el-peor-ano-en-inse guridad Consultado el 10 de diciembre de 2017.

2 El Heraldo de México. “Aumenta el índice de secuestro casi 15 por ciento en México”. El Heraldo de México. Disponible en: https://heraldodemexico.com.mx/pais/aumenta-el-indice-de-secuestro-casi -15-por-ciento-en-mexico/

3 Najar, A. (2017) “Por qué 2017 es el año más violento de la historia reciente de México “BBC. Disponible en:
http://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-42420738

4 Beauregard L. (2017) “Aumenta la percepción de inseguridad en México”. El País. Disponible en: https://elpais.com/internacional/2017./10/18/mexico/1508282205_758802.h tml

5 NTR Zacatecas. (2017) “Aumentan delitos en Zacatecas”. NTR Zacatecas. Disponible en: http://ntrzacatecas.com/2017/04/03/aumentan-delitos-en-zacatecas/

6 NTR Zacatecas (2018) “Critican Alcances del modelo de Seguridad” NTR Zacatecas. Disponible en:

http://ntrzacatecas.com/2018/01/08/critican-alcances-del -modelo-de-seguridad/

7 NTR Zacatecas. (2017) “Aumentan delitos en Zacatecas”. NTR Zacatecas. Disponible en: http://ntrzacatecas.com/2017/04/03/aumentan-delitos-en-zacatecas/

Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 3 de abril de 2018.

Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Lorena Corona Valdés, Arturo Álvarez Angli, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, María Ávila Serna, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Eloísa Chavarrías Barajas, Sharon María Teresa Cuenca Ayala, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, José de Jesús Galindo Rosas, Daniela García Treviño, Edna González Evia, Sofía González Torres, Jorge de Jesús Gordillo Sánchez, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Lía Limón García, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Virgilio Mendoza Amezcua, Samuel Rodríguez Torres, José Refugio Sandoval Rodríguez, Ángel Santis Espinoza, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro, Francisco Alberto Torres Rivas, Georgina Paola Villalpando Barrios, Claudia Villanueva Huerta.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al ayuntamiento de Cuautla, Morelos, a transparentar el ejercicio de los Presupuestos de 2016, 2017 y 2018, a cargo de la diputada Angie Dennisse Hauffen Torres, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Angie Dennisse Hauffen Torres, diputada federal de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción XX, 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta asamblea, el siguiente punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Para la ciudadanía en México, es de vital importancia que sus gobernantes den cuentas claras de sus actos, principalmente de aquellos relacionados con la administración y uso de los recursos públicos.

Tanto para funcionarios a nivel federal, estatal y municipal la exigencia es la misma y deben cumplir con la premisa de la rendición de cuentas.

Pero a muchos servidores públicos encargados para servir desde un cargo público como puede ser desde una Presidencia Municipal, olvidan su deber.

Hoy día, los ciudadanos conocen que una de las principales responsabilidades de aquellos que dirigen los destinos en las entidades locales es la rendición de cuentas.

Ellos, los que se responsabilizaron a dirigir los destinos de un Ayuntamiento, como gestores y administradores de recursos públicos tienen la obligación de informar, justificar y responsabilizarse de la actividad económico-financiera que han realizado durante el año.

Para dar cumplimiento cabal a lo anteriormente expresado, deben elaborar avances trimestrales y de forma anual, integrar cifras para alimentar su cuenta pública, y de esta manera, reflejar la forma en la que han desarrollado su encomienda en términos financiero-presupuestales.

En ese sentido, como diputada federal, es mi responsabilidad de dar eco a las exigencias de los ciudadanos del Municipio de Cuautla, Morelos, mismas que están relacionadas con la transparencia y la rendición de cuentas.

Es obligación de cada municipio, de conformidad con lo dispuesto, en la ley de Contabilidad Gubernamental producir, como mínimo, la información contable y presupuestaria y dicha “información financiera que generen los entes públicos en cumplimiento de esta Ley será organizada, sistematizada y difundida por cada uno de éstos, al menos, trimestralmente en sus respectivas páginas electrónicas de internet, a más tardar 30 días después del cierre del período que corresponda, en términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en su caso, de los criterios que emita el consejo. La difusión de la información vía internet no exime los informes que deben presentarse ante el Congreso de la Unión y las legislaturas locales, según sea el caso”.1

De la revisión realizada no fue posible consultar el portal electrónico del H. Ayuntamiento Constitucional de Cuautla 2016-2018, lo que impidió conocer si da cumplimiento a sus obligaciones de transparencia, limitando el conocimiento de su evolución presupuestal que se debería incluir en sus informes trimestrales de los ejercicios 2016, 2017 y 2018 del municipio.

Ante la imposibilidad de realizar consultas desde el portal electrónico del ayuntamiento de Cuautla, nos remitimos a la información contenida en la Plataforma Nacional de Transparencia2 en el apartado de Sistemas de Portales de Obligaciones de Transparencia y consultar de esta manera, la información financiera correspondiente a los ejercicios 2016, 2017 y 2018 así como sus informes anuales de su gestión.

De la consulta a la obligación de la fracción XIX, informes programáticos presupuestales, balances generales y estados financieros, de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos3 se desplegaron 2405 registros de los cuales 1820 no pudieron ser identificados con su año y en su totalidad, no anexaron el hipervínculo para su consulta en el portal electrónico del ayuntamiento de Cuautla.

Asimismo, se realizó la consulta para conocer los informes trimestrales del gasto, los cuales no pudieron ser consultados debido a que en la Plataforma Nacional de Transparencia2 no existe información cargada como se muestra a continuación:

De igual manera, no fue posible consultar la información financiera de la cuenta pública ya que no está cargada en esa Plataforma como muestra a continuación:

Y finalmente, sólo se consultó uno de los dos informes de gobierno que el ayuntamiento de Cuautla debió hacer públicos, ya que el hipervínculo del segundo año de gestión corresponde al primer año, tal y como se muestra a continuación:

Por otra parte, de la consulta de las obligaciones consignadas en el art. 52, fracción III b, Sesiones de Cabildo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos3 se identificó que no existen archivos cargados en la Plataforma Nacional de Transparencia2 que amparen y justifiquen documentalmente las sesiones de cabildo que se han celebrado del 2016 a la fecha.

Lo descrito, incumple lo dispuesto en los artículos 56 al 58 de la Ley de Contabilidad Gubernamental1 que en términos generales se refiere a la información financiera que los entes públicos deberán hacer pública conforme a las normas, estructura, formatos y contenido de la información, que para tal efecto establezca el consejo nacional de armonización contable.

Por lo anterior, es tiempo que las autoridades competentes verifiquen si el Gobierno Municipal de Cuautla por los hechos aquí descritos, es acreedor a las sanciones descritas en el artículo 84 de la Ley de Contabilidad Gubernamental, que señala que:

“Los actos u omisiones que impliquen el incumplimiento a los preceptos establecidos en la presente Ley y demás disposiciones aplicables en la materia, serán sancionados de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; las leyes equivalentes de las entidades federativas, y las demás disposiciones aplicables en términos del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de las constituciones de los estados y del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

Las responsabilidades administrativas se fincarán, a quienes directamente hayan ejecutado los actos o incurran en las omisiones que las originaron y, subsidiariamente, a los que, por la naturaleza de sus funciones, hayan omitido la revisión o autorizado tales actos por causas que impliquen dolo, culpa, mala fe o negligencia por parte de los mismos”.1

Por lo expuesto, compañeros diputadas y diputados, considero necesario exhortar respetuosamente al Gobierno Municipal de Cuautla, para que, conforme a sus atribuciones, asuma su responsabilidad de transparentar el ejercicio del presupuesto de los años 2016, 2017 y 2018, así como rendir cuentas a la ciudadanía de este municipio, bajo el apego estricto de lo dispuesto en la Ley de Contabilidad Gubernamental.

Asimismo, es conveniente exhortar al Poder Legislativo del Gobierno del Estado de Morelos, para que, de acuerdo a sus atribuciones, considere necesaria la fiscalización al Gobierno Municipal de Cuautla a fin de verificar el cumplimiento puntual del ejercicio presupuestal 2016, 2017 y 2018, debido a que la información financiera emanada de su gestión no es pública y limita su utilidad, e impide conocer su confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y comparabilidad.

Compañeros, hoy, el Gobierno Municipal de Cuautla es omiso en rendición de cuentas y ha olvidado que este es un acto administrativo mediante el cual los responsables de la gestión de los recursos públicos informan, justifican y se responsabilizan de la aplicación de los recursos puestos a su disposición en un ejercicio económico.

En virtud de lo aquí expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la proposición siguiente con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al Gobierno Municipal de Cuautla, Morelos asumir su responsabilidad de transparentar el ejercicio del presupuesto de los años 2016, 2017 y 2018 y rendir cuentas a la ciudadanía de este municipio, bajo el estricto apego de lo dispuesto en la Ley de Contabilidad Gubernamental.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al Poder Legislativo del Gobierno del Morelos, para que, de acuerdo a sus atribuciones, considere necesaria la fiscalización al Gobierno Municipal de Cuautla, Morelos, a fin de verificar el cumplimiento puntual del ejercicio presupuestal 2016, 2017 y 2018, debido a que la información financiera emanada de su gestión no es pública y limita su utilidad, e impide conocer su confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y comparabilidad.

Notas

1 Ley de Contabilidad Gubernamental, disponible en
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm, consultada el 23 de marzo de 2018.

2 Plataforma Nacional de Transparencia, disponible en

http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/in icio, consultada el 23 de marzo de 2018.

3 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, disponible en

https://www.hacienda.morelos.gob.mx/images/docu_planeacion/transparencia_fiscal/
marco_regulatorio/Ley_de_Transparencia_y_Acceso_a_la_Informacion_Publica_del_Estado_de_Morelos.pdf,
consultada el 23 de marzo de 2018.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputada Angie Dennisse Hauffen Torres (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas dependencias de los gobiernos federal y mexiquense sobre la debida protección y conservación de las ciénegas de Lerma: Chignahuapan, Chimaliapan y Chiconahuapan, a cargo del diputado Miguel Ángel Ramírez Ponce, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado federal Miguel Ángel Ramírez Ponce , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la honorable Cámara de Diputados en la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a diversas dependencias del gobierno federal y del gobierno del estado de México para la debida protección y conservación de las Ciénegas de Lerma, estado de México (Chignahuapan, Chimaliapan y Chiconahuapan), al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El flujo migratorio de especies es parte fundamental para la subsistencia de los ecosistemas (Naranjo 2004). Algo que debemos considerar es que siempre ha existido migración, incluso la humanidad en sus épocas remotas compartió las rutas migratorias con muchos mamíferos y aves; la razón de la migración es, entre otras, por la búsqueda de alimentos en territorios menos extremos como los que se viven en los polos.

Los hombres, con nuestros asentamientos, destruimos o modificamos lo que el equilibrio de la naturaleza había impuesto a lo largo de milenios y sin consideración alguna, muchas personas aprovechan estos periodos migratorios para la práctica de actividades como la caza deportiva, auspiciadas por la emisión de un calendario que emite la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, que ocasiona daños a cientos de especies animales, derivando en caza furtiva; así como, en la quema arbitraria de pastizales, tulares y carrizales para sacar a las aves de sus nidos o refugios y así poderlos matar con mayor facilidad, lo que atenta en contra de la vida silvestre y del equilibrio ecológico que se da en los humedales, que casi siempre son áreas naturales protegidas.

El día de hoy quiero hablar y abogar por las aves que migran de nuestro país y se asientan en invierno en nuestro territorio; éstas, las migraciones latitudinales, incluyen aves de procedencia norteña y tropical y la secuencia de los cambios climáticos a escala global ha operado sobre los dos conjuntos de especies en una alternancia de precisiones y oportunidades, dando origen al fenómeno de las migraciones anuales (Dingle 2007).

El principal elemento que condiciona a las aves en su permanencia o no, es el alimento, en el caso de la zona centro, es obtenido de los humedales, que en un quehacer simbiótico uno y otro no pueden ser considerados por separado.

El ciclo de las aves migratorias está basado en el máximo aprovechamiento de los recursos en los lugares donde abundan. Durante el verano en las latitudes extremas, el alimento está disponible en grandes cantidades y las aves aprovechan para reproducirse (Gill 1995). Muchas veces, existe alimento en una región, pero no está accesible por las condiciones meteorológicas en ese momento; temperaturas muy bajas que hielan el agua o endurecen el suelo, sin que se pueda beber o buscar alimento; nevadas que impiden el acceso, etc. Así, muchas especies de aves y miles de individuos, abandonan las zonas norteñas, con inviernos más desfavorables, y viajan a latitudes del centro y sur.

Las ventajas de migrar deben ser sustanciales para las aves, pues la migración supone costos muy altos entre los que se encuentran: mortalidad de más del 50 por ciento de los individuos que migran, jornadas que atraviesan océanos y desiertos; vulnerabilidad ante fenómenos naturales como huracanes, exposición a predadores, que muchas veces aprovechan el agotamiento extremo de los migrantes, y desde luego las actividades antrópicas como la cacería (Gill 1995).

No debemos perder de vista que la razón por la cual la migración persiste es porque incrementa el “éxito reproductivo”, es decir, que migrando las aves pueden criar en promedio a un número mayor de polluelos que permaneciendo en los trópicos; las aves residentes en climas tropicales cambian su mayor longevidad por una menos productividad (Gill 1995). Es una balanza de pros y contras que se mantiene estable con la migración, porque aunque los costos son altos, los beneficios también lo son.

Algo que hemos perdido de vista en México es que la naturaleza no nos pertenece; las aves que migran son habitantes de dos regiones del mundo, tienen dos hábitats, dos lugares que utilizan, dos sitios en las que se ven amenazadas y dos ambientes con potenciales de conservación para mantener sus poblaciones saludables.

Por su parte, Norteamérica hace grandes esfuerzos por el estudio de las aves en su parte del continente, dichas aves tienen diversas estaciones de anillamiento distribuidas a lo largo del territorio, por ejemplo el programa MAPS que se encarga del anillamiento constante de aves.

En México, por el contrario, los esfuerzos son limitados, caso contrario permisivo al carecer de vigilancia en la mayoría de los casos es aprovechada para la caza desmedida y sin control, que tristemente incluye la quema y destrucción de los humedales para lograr objetivos egoístas como la seudo recreación. Son cerca de 350 especies de aves que migran a nuestro país, pero debe advertirse que está desapareciendo este espacio adecuado que representa México para los sitios de invernación, de manera que, muchas aves han tenido que ir a otros lados menos óptimos donde no van a contar con los mismos recursos.

Esto se traduce en un riesgo que afecta a las poblaciones de aves que, al no contar con la alimentación necesaria, al finalizar invierno no tienen la fuerza de regresar a su lugar de origen y mueren, considerando que se trata de un viaje extenuante. Como consecuencia de ello, en México existen varias especies en peligro de extinción (Rodríguez 2017).

Hoy quiero hablar por los 142 humedales de importancia internacional (convención de Ramsar) que existen en México y basado desde un punto inductivo, esto es tomando como ejemplo para todos ellos las Ciénegas de Lerma, estado de México; que pertenece al grupo de los ecosistemas palustres también conocidos como humedales. Se trata de espacios dinámicos que tienen importancia local y regional, ya que regulan el ciclo hidrológico y la calidad del agua (Mitsch y Gosselink, 1993; Tiner, 1999); asimismo, son hábitats para organismos dulceacuícolas y esenciales para muchas especies terrestres al ser sitios de anidamiento y de residencia de varias aves migratorias (Holland et al., 1990).

La preocupación por conservar los humedales es relativamente reciente. Se inició hace tres décadas, cuando se entendió la importancia de las funciones de estos ecosistemas y las consecuencias de su deterioro, muy evidentes por cuanto los procesos de industrialización habían transformado el entorno causando, en muchos casos, daños significativos en los sistemas naturales. Por esa razón, diversos sectores de la comunidad internacional unieron esfuerzos para formar una organización mundial que velara por ellos.

A pesar de su importancia, en la actualidad son los ecosistemas más amenazados y se han perdido o alterado debido al deterioro de los procesos naturales como consecuencia de la agricultura intensiva, urbanización, contaminación, construcción de represas, adecuación de tierra para infraestructura turística, desecación y otras formas de intervención en el sistema ecológico e hidrológico (Carrera y De la Fuente, 2003). Lagos, lagunas, turberas (zonas productoras de materia orgánica), ciénagas, planos inundables y otros cuerpos de agua del país presentan diversos tipos de deterioro por la quema de vegetación circundante, contaminación por agroquímicos y desecación a través de la construcción de zanjas de drenaje para la expansión de la frontera agrícola y pecuaria. Otros factores de alteración son la caza y la pesca incontroladas.

La preocupación mundial por conservar los humedales reside en la desatención e ignorancia sobre ellos. Este fenómeno transita de un nivel a otro: del individual al comunitario y de éste al municipal; también a través de los sectores privado, público y social. Actos humanos (como el incremento de pastizales, modificación o disminución de cauces, o la deforestación) aceleran los efectos contraproducentes para el medio natural y para el entorno humano.

Tres son las Ciénegas de Lerma, estado de México, son también conocidas bajo el nombre de Chignahuapan, Chimaliapan y Chiconahuapan, forman parte de la cuenca alta del río Lerma, en el centro de México. Estos humedales tienen un papel importante en el almacenamiento e infiltración de agua porque funcionan como vasos reguladores de inundaciones (Pérez-Ortiz y Valdez, 2006); además, poseen especies endémicas y nativas en riesgo, algunas de importancia estética y económica (Pérez-Ortiz y Valdez, 2006); por lo que, han sido decretadas áreas naturales protegidas (Anónimo, 2002; Pérez-Ortiz y Valdez, 2006) y de importancia para la conservación de aves (Arizmendi y Márquez, 2000), pues constituyen el hábitat prioritario de numerosos grupos residentes y migratorios (Anónimo, 2006).

Además de su riqueza biológica y su funcionalidad ecológica, localmente todavía existen economías extractivas y de sustento basadas en el uso de especies de flora y fauna acuática, pesca artesanal, recolección de invertebrados y plantas, caza tradicional de aves, cultivo en chinampas y pastoreo.

Sin embargo, los vestigios de las Ciénegas de Lerma, estado de México se encuentran en un avanzado proceso de contaminación, desecación y fragmentación que ha impactado dramáticamente en la pérdida de su biodiversidad y en las actividades humanas relacionadas con las mismas, como también ocurre en otros cuerpos de agua del centro de México (Lot y Zepeda, 2009).

La Ciénega de Chignahuapan se ubica entre las coordenadas 19°08’ - 19°09’ latitud norte y 99°29’ - 99°31’ longitud oeste, a una altitud de 2580 m, posee una extensión aproximada de 596 hectáreas. La de Chimaliapan es la más grande de las tres, abarca 2081 hectáreas y está comprendida entre los 19°13’ - 19°16’ latitud norte y 99°29’ - 99°31’ longitud oeste, a 2560 msnm. Chiconahuapan se localiza a 2560 msnm. tiene una extensión de 346 ha y se encuentra entre los 19º20’ - 19º21’ latitud norte y 99º29’ - 99º31’ longitud oeste.

Dada su importancia en la zona, merece alusión especial la familia de los patos, los cuales llegaban entre septiembre y noviembre, escalonadamente, y se iban al terminar marzo o iniciar abril, presentándose una amplia gama de especies: “cola prieta”, “zocanacle” o “cocanacle” (Anas strepera Linnaeus, 1758); “cuaco” (Aythya valisineria Wilson, 1814); “cuchara”, “bocón”, “paleta” o “cuaresmeño” (Anas clypeata Linnaeus, 1758); “chaparro” (Aythya affinis Eyton, 1838); “panadero” (Anas americana Gmelin, 1789); “pato golondrino” (Anas acuta tzitzihoa Vieillot, 1816); “tapalcate” o “telpacate” (Oxiura jamaicensis Gmelin, 1789); “zarceta azul” o “cerceta azul” (Anas discors Linnaeus, 1766); “zarceta café” o “cerceta café” (Anas cyanoptera Vieillot, 1816); “zarceta verde” o “cerceta verde” (Anas carolinensis Gmelin, 1789); “tordo cabeza amarilla” (Xantocephalus xantocephalus Bonaparte, 1826), entre otras.

La caza de aves permitida por el catálogo que emite año con año Semarnat incluye los siguientes (Semarnat, 2017).

Cabe resaltar, que en las últimas décadas las Ciénegas de Lerma atraen a cazadores que provienen del Valle de Toluca y de Ciudad de México, pero el desarrollo de esta actividad, permitida por la Semarnat, ha traído consecuencias como la desecación de áreas debido a la quema de pastizales, tulares y carrizales, con lo que se ha atentado en contra de la flora y la fauna lo que irrumpe el equilibrio en tanto que el humedal está bastante degradado por causas antropogénicas. Existe desforestación, erosión, desecación de las lagunas (Chiconahuapan, Chimaliapan y Lerma). Contaminación: por aguas residuales domésticas e industriales, agroquímicos y desechos sólidos.

Puntualizo que esta zona abastece de agua a Ciudad de México y riega más de 10 mil hectáreas para agricultura. También que existen especies introducidas de carpas dorada Carassius auratus , herbívora Ctenopharyngodon idella y común Cyprinus carpio y del guppy Poecilia reticulata . Las faldas del Nevado de Toluca y Valle de Toluca con un 80 por ciento de uso de suelo agrícola y 20 por ciento urbano.

En virtud de lo anteriormente fundado y motivado pongo a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a que, de conformidad con su viabilidad financiera, instrumente campañas de vigilancia, en los humedales declarados como de importancia internacional, que busquen evitar la destrucción de los ecosistemas y la conservación de las aves migratorias que anidan en invierno; con especial atención, en las Ciénegas de Lerma, estado de México (Chignahuapan, Chimaliapan y Chiconahuapan).

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las dependencias competentes del gobierno del estado de México a que, de conformidad con su viabilidad financiera y en coordinación con la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, procure mecanismos que eviten la degradación de las zonas de humedal y promuevan la conservación de las aves migratorias, vegetación y fauna nativa de las Ciénegas de Lerma, estado de México (Chignahuapan, Chimaliapan y Chiconahuapan).

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales a que evalúe la implementación de políticas que permitan la eliminación de la caza deportiva y recreativa en el humedal de las Ciénegas de Lerma, estado de México (Chignahuapan, Chimaliapan y Chiconahuapan), para el Calendario 2018-2019 y años subsecuentes.

Fuentes de consulta

* Anónimo. 2006. The list of the wetlands of international importance. Ramsar List. The Ramsar Convention on Wetlands. En línea: http://www.ramsar.org/pdf/sitelist.pdf Consulta 4 de mayo de 2011. Arizmendi, M. C. y L. Márquez. 2000. Áreas de importancia para la conservación de las aves en México. Sección Mexicana del Congreso Internacional para la Preservación de las Aves y Fondo Mexicano para la Conservación de la Naturaleza. México, DF. 440 pp.

* Carrera González, Eduardo y Gabriela de la Fuente (2003), Inventario y clasificación de humedales en México , Ducks Unlimited de México, Pew Charitable Trust/North American Conservation/ Semarnat.

* DeSucre, M. A. E., P. Ramírez, H. Gómez y S. Ramírez. 2009. Aves. In La diversidad biológica del Estado de México . Estudio de estado. Biblioteca Mexiquense del Bicentenario. Colección Mayor, G. Ceballos, R. List, G. Garduño, R. López, M. J. Muñoz-Cano, E. Collado y J. E. San Román (comps.).

* Dingle H, Drake A. What is migration? BioScience . 2007; 57 (2):113-121.

* Gill F. 1995. Ornithology . Second Edition. W. H. Freeman and Company. New York, United States of America.

* Gómez de Silva, H. 1997. Análisis avifaunístico de Temascaltepec, Estado de México . Anales del Instituto de Biología, Universidad Nacional Autónoma de México, Serie Zoología 68:137-152.

* Holland, M., F. Dennis y G. Brij. 1990. The characteristics of wetland ecotones. In: Naiman, R. I. y H. Decamps (eds.). 1990. The ecology and management of aquatic and terrestrial ecotones. MAB Series No. 4. United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization . París. pp. 717-198.

* https://www.ramsar.org/sites/default/files/documents/library/sitelist.p df

* Lot, A. y C. Zepeda. 2009. Plantas acuáticas. In: Ceballos, G., R. List, G. Garduño, R. López-Cano, M. J. Muñoscano-Quintanar, E. Colladoy J. E. San Román. (eds.). 2009. La diversidad biológica del estado de México: Estudio de estado. Gobierno del Estado de México y Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad. México, D.F. pp. 229-241

* Méndez-Sánchez, F., Paulo-Maya, J., Ruiz-Gómez, M., y Garduño-Paz, M. (2007), Peces, en Vertebrados del Estado de México. México: UAEM, pp. 33-46

* Mitsch, W. J. y J. G. Gosselink. 1993. Wetlands. Van Nostrand Reinhold. New York. 722 pp.

* Naranjo LG. 2004. Conferencia “Las aves migratorias y la planificación del manejo de reservas naturales”. En: Reunión técnica del proyecto “Conservación de hábitats para aves migratorias para aves migratorias en la cuenca del Río Orinoco”. Villavicencio, Meta.

* Pérez-Ortiz, G. y M. Valdez. 2006. El uso de la biodiversidad en las ciénegas del Lerma. In: Cotler, A. H., M. Mazari y J. de A. Sánchez (eds.). 2006. Atlas de la Cuenca Lerma Chapala. Instituto Nacional de Ecología y Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales. México, D.F. p. 78

* Tiner, R. W. 1999. Wetlands indicators. A guide to wetland identification, delineation, classification and mapping. Lewis Publishers. New York. 392 pp.

* Vicente Rodríguez Contreras http://amqueretaro.com/el-pais/mexico/2017/04/12/mas-de-350-especies-de -aves-de-eua-y-canada-hacen-de-mexico-su-segundo-hogar

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los tres días del mes de abril del año 2018.

Diputado Miguel Ángel Ramírez Ponce (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a los gobiernos federal, estatales y municipales a etiquetar los recursos producto de subejercicios o de ingresos excedentes cuyo destino no se encuentre determinado en ley para adoptar medidas garantes del derecho humano de acceso al agua potable, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracciones I y III, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Considerandos

De acuerdo con el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado Mexicano tiene la imperante obligación de promover, respetar, proteger y garantizar el derecho humano de acceso al agua; en este sentido, es importante que un sector tan prioritario tenga los recursos financieros suficientes para su operación y mantenimiento cotidiano y no se vea afectado con recortes insensibles que a la larga las pagarán los más de 20 millones de habitantes de la zona metropolitana del valle de México.

No obstante lo anterior, durante este sexenio, han venido cayendo las asignaciones de recursos hechas al Sistema de Aguas de la Ciudad de México, especialmente las que provienen del “Programa Hidráulico: Subsidios para Entidades Federativas”, el cual para 2018, registró una disminución de casi el 77% respecto de lo presupuestado apenas dos años antes, lo cual genera indudablemente un déficit en inversión en nuevas tecnologías, investigación, sin contar con la ausencia o deficiencia en el mantenimiento preventivo y correctivo que se le debe hacer a la infraestructura hídrica de la Ciudad.

Recursos asignados a la Ciudad de México por medio del Programa Hidráulico: Subsidios para Entidades Federativas en Específico para Subsidios Administración del Agua y Agua Potable

2016: 988 millones 922 mil 568 pesos.

2017: 309 millones 425 mil 693 pesos

2018: 231 millones 751 mil 803 pesos

Fuente: Elaboración propia con información del Presupuesto de Egresos de la Federación para los Ejercicios Fiscales de 2016, 2017 y 2018.

Vale la pena recordar que, para financiar al Sistema de Aguas de la Ciudad de México, los recursos provienen básicamente de tres fuentes, la primera, los recursos que genera la recaudación de los derechos que pagan los consumidores de agua en la Ciudad, la segunda, el presupuesto que año con año aprueba la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y tercero, los recursos provenientes de participaciones federales que se obtienen por medio del “Programa Hidráulico: Subsidios para Entidades Federativas”.

De acuerdo con fuentes extraoficiales del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, el organismo cuenta con un déficit de más de 240 mil millones de pesos, por lo que con los recursos que se le autorizan tanto a nivel local como federal solo se puede administrar el problema de la escasez del agua, pero eso en nada resuelve la hecatombe que se viene encima si seguimos actuando con desidia ante un problema tan claramente inminente.

Resulta evidente que el Sistema de Aguas de la Ciudad de México se encuentra en graves problemas que pueden reducirse principalmente a dos: financiero y de infraestructura.

Vale la pena recordar que la Ciudad de México, se abastece de agua mayoritariamente de dos fuentes, la primera, los pozos acuíferos que se encuentran distribuidos a lo largo del territorio de la Ciudad de México y, segundo, del sistema Cutzamala del cual se sirven primero las delegaciones aledañas, es decir, Cuajimalpa, Magdalena Contreras y Miguel Hidalgo, dejando menor cantidad disponible principalmente a las delegaciones Benito Juárez, Álvaro Obregón, Venustiano Carranza, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, Iztacalco y Cuauhtémoc, las cuales día con día sufren carencia de agua, especialmente en la temporada de estiaje.

Aunado a lo anterior, encontramos que buena parte de la red hidráulica de la ciudad se encuentra en malas condiciones, ya sea por la antigüedad (la cual ya rebasó por mucho su vida útil), sumado a la falta de mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura, así como las diversas fallas detectadas en los sistemas de bombeo en los de por sí insuficientes pozos de agua con los que cuenta la Ciudad, los cuales no se están recargando adecuadamente debido a un exceso de explotación contra un déficit de recarga; mención aparte merecen las fugas de agua que, en conjunción con lo anterior, impiden que ésta llegue a las casas y edificios de la ciudad.

En ese sentido, resulta evidente la imperiosa necesidad de conseguir mayores recursos financieros para el tema del agua en la Ciudad de México y aunque quizás lo ideal, sería establecer un mecanismo de asociación público – privada en aras de ganar eficiencia en la gestión del agua es imposible ya que el artículo 9 inciso F numeral 3 de la Constitución Política de la Ciudad de México considera que la gestión del agua debe ser pública. Al ser que la gestión de agua debe operarse mediante recursos de origen público, es que deben existir mecanismos financieros para cubrir el déficit de infraestructura hidráulica de la Ciudad, con la finalidad de dotar adecuadamente a los capitalinos del vital líquido.

Es por ello que se invita echar mano de estos recursos que genera la ciudad, para sanear las finanzas del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, derivado de que los artículos 19, 76 y 77 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal contempla el uso tanto de las adecuaciones presupuestarias como de los ingresos excedentes recaudados por el gobierno de la Ciudad, los cuales ascendieron a 39 mil 945 millones 800 mil pesos en 2016 y a 27 mil 342 millones 100 mil pesos en 2017, que pueden ser autorizados por el jefe de gobierno a través de la dependencia a su cargo, a fin de permitir que el Sistema de Aguas de la Ciudad de México cuente con los recursos financieros suficientes para tener una infraestructura hidráulica adecuada a las necesidades de agua de los capitalinos, como se muestra en el siguiente cuadro:

No quisiera dejar pasar la oportunidad de hacerle notar que el Sistema de Aguas de la Ciudad de México es la columna vertebral de la gestión de agua para millones de ciudadanos mexicanos y al dejarlo sin recursos como se ha estado haciendo de manera sistemática, terminará por matar de sed e insalubridad a la ciudad. La decisión está en sus manos.

En razón de lo expuesto y fundado, me sirvo someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al gobierno federal, los de las entidades federativas y de los municipios, con la finalidad de etiquetar los recursos producto de subejercicios o de ingresos excedentes que en su caso generen, cuyo destino no se encuentre determinado en ley, a fin de adoptar medidas que garanticen el derecho humano de acceso al agua potable.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 3 días del mes de abril de 2018.

Diputado Santiago Torreblanca Engell (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo al correcto establecimiento de programas de capacitación permanente entre el personal de los rastros municipales para fomentar las prácticas de sacrificio humanitario autorizadas en las NOM, suscrita por la diputada Evelyng Soraya Flores Carranza e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputada Evelyng Soraya Flores Carranza y diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados someten a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La ganadería en México se ha posicionado como una de las principales actividades económicas. Nuestro país es el séptimo productor de proteína animal a nivel mundial. Aunque focalizada en regiones como el occidente y el norte del país, la producción de carne es realizada en todo el territorio mexicano, sin importar las condiciones ambientales existentes en las distintas zonas o regiones del país.1

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), ha publicado en su informe de labores que la producción pecuaria entre 2012 y 2016 ha mantenido un crecimiento constante, al pasar de 5 mil 971 millones de toneladas de carne en 2012 a 6 mil 407 millones de toneldas en 2016.2

Esta actividad primaria en la economía nacional, debe ser garantizada en toda su extensión y en cada una de las etapas de su cadena productiva: producción, engorda, intermediación y tratamiento en rastros para su sacrificio, industrialización e, incluso, hasta su comercialización minorista.

Ante el sacrificio implícito y naturalmente necesario en esta actividad, se ha promovido, favorablemente, la utilización de distintos métodos que brinden a los animales el debido respeto y dignidad en su sacrificio. Del mismo modo, se ha impulsado el uso de condiciones óptimas que eviten en todo momento el maltrato y sufrimiento de las especies en cuestión.3

Dada su relevancia para la economía nacional y, sobre todo, para la salvaguarda de la seguridad alimentaria, esta regulación no debería basarse en ningún caso en la criminalización de nuestros productores, ganaderos o técnicos al interior de los rastros Tipo Inspección Federal (TIF) ni mucho menos de los rastros municipales.

Por el contrario, la normatividad diseñada tiene que considerar la relevancia toral de su labor y capacitarlos de forma positiva, no punitiva, para el mejor ejercicio de su actividad.

En ese contexto, podemos advertir que México cuenta ya con un marco normativo que establece diversos protocolos de actuación donde son consideradas cuestiones como los métodos de traslado, de alimentación, los medios físicos adecuados para la permanencia o la crianza de los animales y sobretodo, el uso de técnicas de sacrificio humanitarias.

Como complemento a lo anterior, se han desarrollado técnicas de sacrificio humanitarias. En nuestra legislación se cuenta ya (i) con la Ley Federal de Sanidad Animal, (ii) con la NOM-051-ZOO-1995 para el Trato humanitario en la movilización de animales y (iii) con la Norma Oficial Mexicana NOM-033-SAG/ZOO-2017. En esta última se contemplan los métodos para dar muerte a los animales domésticos y silvestres.

A pesar de la existencia del antes mencionado marco normativo, aún se han documentado casos en los cuales organizaciones como Mercy for Animal e Igualdad Animal, hacen públicos los casos en los cuales se viola lo establecido en las leyes, al omitir entre otras cosas, el uso de aturdimiento en los animales antes de su sacrificio.4

Estas organizaciones, así como muchas otras, han solicitado que estas actividades sean realizadas por personal que se encuentre debidamente capacitado y en presencia de un médico veterinario. Esto ya se encuentra contemplado en algún modo en la NOM-033-SAG/ZOO-2017.

A la letra de la Norma Oficial Mexicana que establece lo siguiente:

“4.2. Ninguna persona intervendrá en el manejo, aturdimiento, eutanasia y matanza de los animales, a menos que cuente con la capacitación específica para hacerlo, misma que se realizará de acuerdo con los programas que para este efecto elabore la secretaría y/o las instancias gubernamentales competentes.

Además, no se permitirá el acceso a los menores de edad a los lugares en donde se realice la matanza o eutanasia.

4.3. Cualquier método de matanza o eutanasia comprendido en esta norma debe realizarse por personal capacitado y siempre bajo la supervisión de un médico veterinario. En el caso de animales para abasto, debe realizarse bajo la supervisión del médico veterinario oficial, o por el médico veterinario responsable autorizado.

En el caso de los Centros de Atención Canina o similares debe realizarse bajo la supervisión del médico veterinario. En el caso de matanza de emergencia se debe referir al numeral 8 de esta norma.

4.4. El personal responsable del manejo de los animales, debe mantenerlos tranquilos, evitando gritos o ruidos que los alteren y nunca deben ser movilizados por medio de golpes, jalones, piquetes o la torcedura de la cola, ni levantarlos por la piel o las alas. Se deben utilizar aditamentos que no lastimen a los animales ni pongan en riesgo la seguridad del personal, como paneles y sonajas.”5

No obstante lo anterior, el 17 de octubre de 2017, esta misma Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma la Ley Federal de Sanidad Animal, para sancionar el sacrificio de animales en los rastros, sin efectuar procedimientos adecuados de insensibilización o aturdimiento previo. Esta modificación legal surgió a propuesta de diversas iniciativas presentadas por diputados del PAN, del PRD, de Morena, de Movimiento Ciudadano y, desde luego, encabezados por el Partido Verde Ecologista de México. En particular, el dictamen aprobado establece que:

“Al que ordene o realice el sacrificio de animales destinados para abasto, sin efectuar el adecuado procedimiento de insensibilización o aturdimiento, conforme a lo previsto en esta ley y demás disposiciones de salud animal o de buenas prácticas pecuarias emitidas por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Sagarpa, será sancionado con seis meses a dos años de prisión y multa de hasta tres mil veces la UMA”.

Es necesario subrayar que esta propuesta busca desincentivar la ejecución de medidas notoria y desmedidamente crueles contra los animales, no responsabilizar a los operadores, técnicos y demás personal de los diferentes rastros por una conducta que, como toda actividad profesional, se va desarrollando y perfeccionando con el paso del tiempo.

Por ello, es necesario recoger las mejores experiencias de los rastros TIF y de los rastros municipales y, paulatinamente, transitar al modelo de total humanización del sacrificio de animales en los rastros. No se trata de una moda de orden mundial, sino una exigencia de elemental justicia para los animales y para la garantía del derecho al trabajo de nuestra gente que se dedica a tan loable labor.

Insistimos, observando la importancia económica y social del sector pecuario en nuestro país, resulta necesaria la implementación de medidas que vigilen puntualmente lo ya establecido en el marco normativo en materia de sanidad animal, sin sancionar ni mucho menos criminalizar a nuestros productores pecuarios.

Es necesario que estos cuenten con un periodo de gracia para la aplicación de la disposición y, sobre todo, con la preparación y capacitación en la materia. Consideramos que la experiencia adquirida en los rastros TIF puede servir de modelo y base para su replica en los rastros municipales.

En otras palabras, es imperativo evitar el sufrimiento de los animales, pero se reconoce también la relevancia de nuestra actividad económica pecuaria y la fundamental labor de nuestros productores de cárnicos y sus derivados.

En resumen y en congruencia con estos objetivos, es menester que se promueva la coordinación y cooperación de Sagarpa, por medio del Servicio Nacional de Sanidad, Calidad e Inocuidad Agroalimentaria (Senasica) con lo gobiernos municipales para la correcta implementación de programas que capaciten al personal que labora dentro de las instalaciones de los rastros para el uso de las prácticas humanitarias de sacrificio autorizadas por las Normas Oficiales Mexicanas. 6

Finalmente, se debe instar a la Senasica para vigilar el cumplimiento de la certificación de Tipo Inspección Federal (TIF), mediante un meticuloso procedimiento de inspección y supervisión de los rastros y establecimientos industriales, dedicados a producir, almacenar, sacrificar, procesar y distribuir todo tipo de carnes y sus derivados.7

A fin de estar en condiciones de aplicar las normas referidas en el cuerpo del presente, así como la eventual sanción a los productores que no briden un sacrificio humanitario al ganado, esta capacitación deberá iniciarse, preferentemente, antes de que el Senado de la República llegare a aprobar la minuta que esta Cámara le ha remitido para sus efectos constitucionales.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que, por medio del Servicio Nacional de Sanidad, Calidad e Inocuidad Agroalimentaria y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, promueva la coordinación y cooperación para la correcta implementación de programas de capacitación permanente al personal que labora dentro de las instalaciones de los rastros municipales encaminadas al fomento de las prácticas de sacrificio humanitario autorizadas por las normas oficiales mexicanas.

Notas

1 La ganadería en México, Gobierno Federal, fecha: 17 de mayo de 2017, fecha de consulta: 14 de enero de 2018, disponible en: https://www.gob.mx/firco/articulos/la-ganaderia-en-mexico?idiom=es

2 Cuarto Informe de Labores, 2015-2016, SAGARPA, fecha: 1 de septiembre de 2016, fecha de consulta: 14 de enero de 2018, disponible en:
http://www.sagarpa.gob.mx/Transparencia/POT_2016/Informe/CuartoInformeDeLabores_SAGARPA.pdf

3 Norma Oficial Mexicana NOM-051-ZOO-1995, fecha de consulta: 14 de enero de 2018, disponible en:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/203479/NOM-051-ZOO-1995_230398.pdf

4 Los rastros en México violan las leyes de matanza y usan técnicas de dolor extremo: ONGs, Sin Embargo, fecha: 3 de diciembre de 2016, fecha de consulta: 14 de enero de 2018, disponible en: http://www.sinembargo.mx/03-12-2016/3120874

5 Norma Oficial Mexicana NOM-033-SAG/ZOO-2017, fecha de consulta: 14 de enero de 2018, disponible en:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/203456/NOM-033-SAGZOO-2014_260815.pdf

6 Certificación TIF, sello de calidad que brinda seguridad, SAGARPA, fecha: 24 de octubre de 2015, fecha de consulta: 14 de enero de 2018, disponible en: https://www.gob.mx/sagarpa/articulos/certificacion-tif-sello-de-calidad -que-brinda-seguridad

7 Ídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Evelyng Soraya Flores Carranza, Arturo Álvarez Angli, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, María Ávila Serna, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Eloísa Chavarrías Barajas, Lorena Corona Valdés, Sharon María Teresa Cuenca Ayala, Andrés Fernández Del Valle Laisequilla, José de Jesús Galindo Rosas, Daniela García Treviño, Edna González Evia, Sofía González Torres, Jorge de Jesús Gordillo Sánchez, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Lía Limón García, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Virgilio Mendoza Amezcua, Samuel Rodríguez Torres, José Refugio Sandoval Rodríguez, Ángel Santis Espinoza, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro, Francisco Alberto Torres Rivas, Georgina Paola Villalpando Barrios, Claudia Villanueva Huerta.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a considerar la inclusión de la asignatura obligatoria sobre comida típica mexicana en los planes de estudio de la carrera de gastronomía en universidades públicas y privadas, a cargo del diputado Mario Alberto Mata Quintero, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado Mario Alberto Mata Quintero, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I, III, IV y VI, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública a que considere implementar en los planes de estudio de las universidades públicas y privadas que estudien la carrera de gastronomía, una materia obligatoria que trate sobre la comida típica mexicana con el fin de que se siga promoviendo como elemento cultural y de identidad propia del país, lo anterior conforme a las siguientes:

Consideraciones

La comida mexicana es una manifestación cultural viva, representativa de la humanidad por su antigüedad, la originalidad de sus productos, técnicas y procedimientos. El arte culinario mexicano es muy elaborado y está cargado de símbolos.

México tiene una importante oferta gastronómica que contribuye a la economía del país con 515 mil restaurantes, tres de ellos entre los mejores 50 del mundo.

La comida mexicana fue declarada patrimonio cultural inmaterial de la humanidad por la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco).

Por patrimonio inmaterial se refiere a “todo aquel patrimonio que debe salvaguardarse y consiste en el reconocimiento de los usos, representaciones expresiones, conocimientos y técnicas transmitidos de generación en generación y que infunden a las comunidades y a los grupos un sentimiento de identidad y continuidad, contribuyendo así a promover el respeto a la diversidad cultural y la creatividad humana”.1

La inclusión de la comida mexicana como patrimonio cultural inmaterial de la humanidad se da después de un intento fallido en 2009.

La cocina tradicional mexicana es un modelo completo cultural que comprende actividades agrarias, conocimientos antiguos, técnicas culinarias y costumbres.

Los elementos básicos del sistema son: el maíz, frijol y chile; con métodos de cultivo como la milpa y la chinampa; procedimientos de preparación culinaria como la nixtamalización y el uso de utensilios como metates y morteros de piedra.

Es importante que la Unesco esté al tanto de que se preserve en las regiones de México que elementos como lo son: el chile, el maíz y el frijol se mantengan; ya que estos elementos se encuentran en todas las casas mexicanas.

Estos conocimientos y técnicas son expresión de la identidad comunitaria, que permiten fortalecer los vínculos sociales además de consolidar el sentimiento de identidad a nivel nacional, regional y local.2

La importancia de la comida mexicana radica en que durante años ha vinculado a la población con sus tradiciones y ha logrado encarnar en el valor de diversas culturas; además de la diversidad de sus platillos mismos ya que cada estado tiene su platillo típico y hay gran diferencia entre lo que se consume en el norte a lo del sur.

Es importante porque sigue conservando ingredientes prehispánicos por ejemplo el maíz y el chile, incluso siguen haciendo las tortillas a mano en algunos lugares; se sigue utilizando el comal, el metate y las ollas de barro para preparar los platillos.

La comida mexicana se ha difundido de generación en generación, ya que aprendieron de sus familiares mayores, donde las madres o abuelas han compartido los secretos para sus recetas.

A nivel internacional, en cuanto a refinamiento, la cocina mexicana compite con la cocina francesa, con la italiana y con la española, en cuanto a la abundancia y sabores fuertes.

Es una cocina en la que se ha trabajado mucho por su preservación y que se ha buscado dinamizar acciones que la promuevan, un ejemplo es el Foro Mundial de la Gastronomía Mexicana.

Ha fungido como atractivo turístico, ya que la Secretaría de Turismo (Sectur) publicó un acuerdo en el que se estipula la creación del Consejo Consultivo de la Política de Fomento a la Gastronomía Nacional, que busca fomentar la incorporación de actores sociales y privados en el marco de la Política de Fomento a la Gastronomía Nacional; impulsar acciones que faciliten la participación ciudadana en el fortalecimiento y desarrollo de la cadena de valor productiva de la gastronomía mexicana; proponer acciones y estrategias que contribuyan al logro de los objetivos y ejes estratégicos de la Política de Fomento a la Gastronomía Nacional e incentivar la generación de estudios y análisis en materia gastronómica.3

La comida mexicana ha ido de la mano de celebraciones como el Día de Muertos, la Cuaresma, el Día de Reyes, La Candelaria, el grito de Independencia, entre otros eventos que forman la identidad nacional y para los cuales se suelen realizar diversos platillos al respecto.

Es necesario mencionar que la comida mexicana se encuentra en peligro debido a que está ante una constante competencia de comida extranjera, cada una tiene un estilo y un sabor diferente; pero que es bien aceptada por las personas.

Nos encontramos inmersos en una sociedad de consumo en la cual se intenta acaparar la mayor atención del cliente, es aquí en donde surge una preocupación y es necesario preguntarse, ¿Qué puede ofrecer la comida mexicana en comparación con comida extranjera? ¿Cuáles son los elementos principales de la comida mexicana y cómo hacer para que estén al alcance de todos? ¿Por qué es necesario que se siga promoviendo esta tradición de arte culinaria?

En nuestro país se encuentran infinidad de restaurantes, estamos hablando de que existe una gran variedad, sin embargo, es necesario que se promueva la comida típica mexicana para que ésta siga permaneciendo por encima en el nivel de preferencia de otros tipos de comida. Hay que evitar que se pierdan los platillos típicos y con ellos las tradiciones que miles de familias han llevado a cabo de generación tras generación.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de esta asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública a que considere implementar en los planes de estudio de las universidades públicas y privadas que estudien la carrera de gastronomía, una materia obligatoria en la que se hable de la comida típica mexicana con el fin de que se siga promoviendo como elemento cultural y de identidad propia del país; con el fin de que no desaparezcan los platillos típicos al encontrarse frente a comida francesa, italiana, china, etcétera.

Notas

1 Unesco, “Patrimonio inmaterial” en
http://www.unesco.org/new/es/mexico/work-areas/culture/intangible-heritage/

2 Vargas, Ángel y Montaño, Ericka. “Comida mexicana, patrimonio inmaterial de la humanidad”, en La Jornada, 17 de noviembre de 2010.
http://www.jornada.unam.mx/2010/11/17/politica/002n1pol

3 DOF, “Acuerdo por el que se crea el Consejo Consultivo de la Política de Fomento a la Gastronomía Nacional”, artículo 2, 18 de febrero de 2016. http://dof.gob.mx/nota_to_doc.php?codnota=5426122

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los tres días del mes de abril de 2018.

Diputado Mario Alberto Mata Quintero (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Condusef a gestionar ante los otorgantes de créditos de vivienda una moratoria en el pago para quienes tengan uno y posean inmuebles clasificados como inhabitables tras los sismos de septiembre de 2017, mientras no sean plenamente habitables, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del PAN en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 6, fracción I, y 79 numeral 2, fracciones I y III, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:

Considerandos

El sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017 causó daños severos en varios municipios de los estados de Guerrero, México, Morelos, Oaxaca, Puebla, Tlaxcala y en Ciudad de México, lo que trajo consigo un detrimento en la calidad de vida de los ciudadanos, así como en los derechos humanos y financieros de todas las personas afectadas y que perdieron su vivienda como causa del sismo.

Para atender la emergencia, el gobierno de la ciudad creó el 26 de septiembre de 2017 un órgano responsable de verificar que se cumplan las acciones que conforman el plan de acción, para lo cual se destinarán fondos tanto del Fondo de Atención a Desastres de la Ciudad, como del Fonden; también se creó la “Plataforma CDMX”, a través de la cual “se registrará, validará, integrará, coordinará y consolidará la información de las personas, viviendas, negocios, inmuebles y espacios públicos afectados por el fenómeno sísmico”.1

En este sentido, el gobierno de la Ciudad de México estableció un semáforo en el que se catalogan los inmuebles, dependiendo del daño, en verde, amarillo, rojo o rosa: se evaluaron al menos 11 mil edificios que reportaron diferentes niveles de daños, en donde el color verde significa que se trata de una estructura segura y sin daños o con daños no graves en pintura, caídas de yeso, plafones, vidrios rotos y cuarteaduras, mientras que el amarillo implica que el inmueble presenta daños significativos no estructurales, que necesitarán reparación y para lo cual deberán ser deshabitados por un tiempo. Por su parte, el color rojo indica que se trata de una estructura con daños severos, por lo cual necesitará una nueva revisión que determinará si el inmueble requiere ser demolido o reconstruido en algunas partes. Por último, encontramos los inmuebles clasificados con el color rosa, el cual indica que ya fueron intervenidos y están listos para ser habitables. Al momento se han recibido 11 mil 523 solicitudes de revisión, de las cuales 9 mil 95 se encuentran en semáforo verde, mil 308 en amarillo y 500 en rojo.2

Asimismo, derivado del fenómeno natural se vieron afectados diferentes sectores productivos, los que repercuten en la preservación de las fuentes de empleo de los habitantes de las zonas afectadas y lo que por consiguiente daña la capacidad adquisitiva y de acceso a servicios públicos.

La prioridad del gobierno federal debe ser el apoyo a la reactivación de la economía y la mejora en la calidad de vida de los ciudadanos, sobre todo los que perdieron a causa del fenómeno natural su vivienda, generando certidumbre jurídica mediante un instrumento que forje condiciones propicias para la estabilidad de las familias damnificadas por el sismo y coadyuve a las condiciones de recuperación tanto de los bienes inmuebles como de las familias en estado de indefensión que han perdido su patrimonio.

Para el apoyo que debe brindarse no solo se debe establecer una política que otorgue diversos beneficios fiscales, sino que englobe una serie de condiciones propicias para la reactivación de la economía de los contribuyentes y el establecimiento de incentivos fiscales que generen un ambiente propicio para que las personas en estado de indefensión la perder su vivienda puedan subsistir, toda vez que resulta injusto que se pague un inmueble indigno para ser habitado.

Es cierto que ya el gobierno federal consideró pertinente eximir de los pagos provisionales del impuesto sobre la renta a los contribuyentes en los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2017, además de que para el mismo periodo y para todo el ejercicio fiscal 2018, el gobierno de Ciudad de México anunció que, como parte de los esfuerzos para la reconstrucción de la ciudad, se condonaba el pago de agua y predial a las personas que habitan en inmuebles catalogados con código rojo, que según los dictámenes de valoración lo haga inhabitable o tenga daños estructurales que impliquen su demolición; sin embargo, también es destacable que las personas que cuenten con un crédito hipotecario y que sufrieron daños estructurales en sus viviendas que actualmente se encuentran inhabitables o en proceso de demolición, están obligadas a continuar pagando sus mensualidades sin importar que sus inmuebles se encuentren aún inhabitables.3

Lamentablemente también es cierto que, a pesar de las condonaciones de derechos y aprovechamientos, exenciones de pago de impuestos, créditos blandos y un sinfín de apoyos y financiamientos, los propietarios de inmuebles que se encuentran inhabitables, que cuenten con un crédito hipotecario, aún tienen la obligación contractual de pagarlo, sin importar que no puedan habitarlo por cuestiones de seguridad.

En razón de ello, resulta indispensable la participación de la Condusef para que, por medio de sus facultades, ejerza la potestad de asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de los usuarios frente a las instituciones financieras, de cara a un cobro por un inmueble que no pueden habitar, en ese sentido, se le exhorta a la comisión a generar un convenio con las instituciones financieras otorgantes de crédito, con la finalidad de introducir un programa que permita, no una condonación de pago, sino una mora en tanto las viviendas afectadas que sean dictaminadas como habitables.4

Conclusiones

Resulta conveniente que se brinde apoyo a los damnificados por el sismo del 19 de septiembre, toda vez que los daños estructurales a las viviendas afectadas generan un detrimento en la calidad de vida de las personas, y sobre todo en la capacidad de contar con una vivienda digna.

La problemática que enfrenta la capacidad adquisitiva de las personas que han perdido su patrimonio se ve incrementada por los pagos de una vivienda en la que no se puede habitar, por lo que la intervención de la Condusef resulta altamente necesaria para el bienestar social.

En razón de lo anteriormente expuesto y fundado, me sirvo someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros a que gestione ante los otorgantes de créditos de vivienda, una moratoria en el pago para las personas que tengan un crédito hipotecario y posean en inmuebles clasificados como inhabitables, derivado de los sismos de septiembre de 2017, hasta en tanto sean plenamente habitables.

Notas

1 Decreto por el que se instruye la elaboración del Programa y se crea el Órgano de Apoyo Administrativo a las Actividades del Jefe de Gobierno denominado Comisión para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México en una CDMX cada vez más Resiliente.

2 Establecen semáforo para catalogar daños en inmuebles | 88.9 Noticias https://889noticias.mx Noticias. Actualidad 26 septiembre 2017.

3 Artículo primero del por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017. // Resoluciones de Carácter General por la que se Condona parcialmente el Pago de los Aprovechamientos (agua y predial) para el periodo septiembre a diciembre de 2017 y durante 2018.

4 Artículos 5 y 11, fracción V, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los tres días del mes de abril de 2018.

Diputado Santiago Torreblanca Engell (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a diversas autoridades educativas a impulsar programas en materia de salud geriátrica, como complemento de los planes, cursos y certificaciones que ofrece el Instituto Nacional de Geriatría, suscrita por la diputada Evelyng Soraya Flores Carranza e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputada Evelyng Soraya Flores Carranza y diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

A nivel mundial la esperanza de vida promedio es de 71.8 años, según cifras del Banco Mundial. En México esta cifra ha aumentado considerablemente puesto que hasta 2015, se registró un promedio de vida en la población mexicana es de 78 años para las mujeres y 73 años para los hombres, con un promedio nacional de 75.2 años.1

Como se muestra en la Gráfica 1, entre 1930 y 2016 la esperanza de vida ha ido en aumento como resultado del desarrollo económico y social que ha presentado México en las últimas décadas.2

Gráfica 1. Esperanza de vida entre 1930 y 2016

Fuente: Inegi. Indicadores Sociodemográficos de México (1930-2000)

Inegi. Esperanza de vida al nacimiento/ Sexo y entidad federativa, 2010 a 2016.

Siguendo con cifras del Inegi:

Las mujeres viven en promedio más años que los hombres, en 1930, la esperanza de vida para las personas de sexo femenino era de 35 años y para el masculino de 33.

Al 2010 este indicador fue de 77 años para mujeres y 71 para los hombres, en 2016, se ubicó en casi 78 años para las mujeres y en casi 73 años para los hombres. 3

A nivel nacional las Entidades que se encuentran por encima de la edad promedio (75.2 Promedio Nacional) son Nuevo León, Baja California Sur y la Ciudad de México con un promedio de 76.2 años. En cambio las entidades que se encuentran por debajo del promedio nacional son Oaxaca, Guerrero y Chiapas con 73 años.4

Debido al aumento en la esperanza de vida del país, hasta el 2015 en México se contabilizó un total de 12.4 millones de personas mayores de 60 años, lo cual representa el 10.4 por ciento de la población total. En otras palabras, en nuestro país en ese momento había un mayor número adultos mayores de 60 años que niños menores de 4 años.5 Se estima que para el año 2050, las mujeres mayores de 60 años representarán al 23.3 por ciento del total de la población femenina y los hombres constituirán el 19.5 por ciento del total de la población masculina del país.6

A pesar de los avances médicos y tecnológicos, así como la mejora en las condiciones sociales, que han permitido el incremento en las últimas décadas del promedio en la esperanza de vida, aún estámos hablando de un sector de la población que se encuentra en una situación de vulnerabilidad en diversos ámbitos. En 2014 se registró que 26 por ciento de los adultos mayores viven con una discapacidad y 36.1 por ciento cuentan con alguna limitación.7

Desafortunadamente, este grupo poblacional se enfrenta a diversos problemas como suelen ser las enfermedades relacionadas con la edad y el envejecimiento, en el contexto de un sistema médico que no cuenta con los suficientes recursos humanos especializados en geriatría, a la desigualdad de género, al abandono o indiferencia por parte del círculo familiar, a las dificultades económicas y a la falta de oportunidades para obtener un trabajo digno.

El continuo deterioro en el estado de salud de los adultos mayores y la pérdida de autonomía afectan significativamente su calidad de vida, ya que esto se traduce en dificultades para realizar sus actividades cotidianas y, por ende, se incrementa su dependencia.8

Hasta 2015 se identificó por parte del Instituto Nacional de Mujeres que el 88.1 por ciento de los adultos mayores en México forman parte de un hogar familiar, ya sea hogares nucleares u hogares compuestos. En ambos casos los adultos mayores suelen desempeñarse como jefes de familia, padres, esposos o compañeros, es decir, que en la mayoría de los casos, los adultos mayores viven en un ambiente familiar en el cual representan un rol primordial.9

En contraste, el 11.1 por ciento de la población adulta mayor forma hogares unipersonales, lo cual puede significar una situación de vulnerabilidad ante alguna emergencia o necesidad, puesto que no cuentan con el apoyo o supervición de algun familiar o compañero en caso de sufrir algún percance.10

En ambos casos —sea en integración a una familia o en la independencia/abandono—, es común la asistencia de personas que se dedican al cuidado y apoyo de los adultos mayores. Este cuidado puede ser realizado de manera solidaria y gratuita en un contexto familiar o de forma remunerada en un marco profesional.

Teniendo como base la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), estas labores de cuidado suelen ser realizadas en su mayoría por mujeres con un promedio de edad de 37.6 años y con un promedio de escolaridad de 9.6 años, lo cual equivale al nivel básico de educación.11

Debido a la situación vulnerabilidad que vive este sector de la población, resulta necesario que los adultos mayores en todos los casos, cuenten con una asistencia especializada en la cual se involucre a las instituciones de salud, por medio de cursos y programas dirigidos a las personas que fungen como asistentes y cuidadores de adultos mayores.

Algunas de las enfermedades crónicas más comúnes que afectan a la población mayor de 60 años son: diabetes, cáncer, demencia, enfermedades isquémicas del corazón, enfermedades cerebrovasculares, enfermedades de vías respiratorias y enfermedades hipertensivas.12

Gráfica 2.- Enfermedades crónicas que afectan a la población mayor de 60 años, 2014

Fuente: Inegi, Estadísticas de defunciones, 2014, Base de datos.

Un porcentaje importante de la población adulta sufre padecimientos mentales como depresión, deterioro cognitivo, demencia, Alzheimer, etcétera. Este tipo de enfermedades afectan el desarrollo y la calidad de vida de quienes las padecen. Estas enfermedades mentales suelen ir acompañadas de diagnósticos tardíos o erróneos, debido a que sus síntomas suelen ser atribuidos a la senectud y no al padecimiento en sí, lo cual imposibilita la aplicación de tratamientos oportunos.

En este contexto, un dato que sobresale es el gasto que los integrantes del hogar realizan en salud para la atención de las personas adultas mayores o, “personas de edad”, en la terminaología de la Organización de las Naciones Unidas. De acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares para el año 2016, en poco más de la mitad de los hogares donde hay un adulto mayor se realizó un gasto en este rubro (53.7 por ciento), el cual corresponde a la atención ambulatoria, hospitalaria o en medicinas.13

En México existen diversas instituciones médicas, tanto públicas como privadas que cuentan con áreas especializadas para el tratamiento, cuidado y diagnóstico de este sector de la población, un ejemplo es el Instituto Nacional de Geriatría (Inger ), el cual forma parte de los Institutos Nacionales de Salud, y está enfocado en: (i) labores de investigación médica, (ii) formación de recursos humanos especializados, (iii) desarrollo de modelos de atención y (iv) innovación en materia políticas públicas para la atención de la población adulta mayor.14

Como se ha mencionado, uno de los objetivos principales de dicho instituto es la formación de recursos humanos para la correcta atención de adultos mayores. Por lo tanto, el INGER ha desarrollado una serie de cursos y diplomados en distintas modalidades —a distancia y presenciales—, que buscan atender la demanda de los especialistas en atención y cuidado de las personas adultas mayores.15

Algunos de los cursos y diplomados que ha desarrollado el Instituto por medio de la herramienta de Educación Continua en sus distintas modalidades de estudio son:

Cursos y diplomados: Modalidad en línea

• Diplomado Alzheimer y otras demencias

• Diplomado Atención primaria en salud del adulto mayor

• Curso Cardiogeriatría

• Curso Principios del modelo de atención centrada en la persona con demencia

• Curso Promoción de la salud de la mujer adulta mayor

• Curso Cuidados paliativos en los adultos mayores

Cursos y diplomados: Modalidad presencial

• Diplomado: Atención de personas mayores hospitalizadas (Cuidamhe)

• Curso-taller: Identificación de factores de riesgo para dependencia funcional

• Curso-taller: Síndromes geriátricos y otros tópicos en la persona adulta mayor hospitalizada.16

Asimismo, el Inger ha desarrollado un modelo de competencias el cual consiste en diversos tipos de competencias que el personal de salud, en sus diversos niveles, especialidades y funciones, requiere realizar de manera efectiva y con calidad para la atención de las personas adultas mayores.17

Dicho Instituto ha señalado que para enero de 2012, en México únicamente se contaba con un total de 450 geriatras certificados. Esto equivale a un geriatra por cada 22 mil 345 adultos mayores, o a un geriatra por cada 10 mil 270 personas de más de 70 años de edad.18

En nuestro país se forman en promedio 20 geriatras al año, cantidad que resulta insuficiente para cubrir las necesidades existentes, ya que estadísticamente es necesario que entre 2014 y 2020 se formen alrededor de 2 mil geriatras para poder cubrir las necesidades de atención médica especializada frente a un sector poblacional que presenta un constante y acelerado crecimiento.19

En este sentido, con el paso de los años las cifras no han mostrado cambio relevante. En agosto del 2017, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) publicó que en México sólo existen 401 médicos geriatras certificados, avalados por el Consejo Mexicano de Geriatría y la Facultad de Médicina de la propia Universidad.20

La Facultad de Medicina ha formado al 75 por ciento de estos expertos en nuestro país, de los cuales alrededor del 60 por ciento se encuentran en la Ciudad de México, Monterrey, Guadalajara, San Luis Potosí y León.21

Las cifras publicadas por la UNAM resultan altamente preocupantes, ya que en la capital del país se tiene registro de un geriatra por cada ocho mil adultos mayores. En el estado de Jalisco existe uno por cada 20 mil adultos mayores y en el estado de Nuevo León hay un médico especialista en geriatría por cada 52 mil adultos mayores.22

Como medida para resolver esta problemática, la UNAM ha implementado una serie de cambios y proyectos que tienen como finalidad la capacitación y formación de recursos humanos que brinden un mejor servicio médico de calidad a los adultos mayores en nuestro país.23

Hoy en día brinda la especialidad de geriatría en distintas sedes hospitalarias, en donde se forman geriatras avalados por esta casa de estudios. Además, se dio inicio a la llamada “geriatrización” de los médicos generales, lo cual incluye una materia y un curso específico para que todos los egresados de la carrera de medicina sepan dar un mejor trato y diagnóstico a las personas de edad avanzada.24

En ese contexto de escasa oferta de especialistas, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Seguro Popular, y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) ofrecen los siguientes porcentajes de afiliación de adultos mayores según datos del Inegi:

Gráfica 3. Población derechohabiente mayor de 60 años por institución, 2015.

Fuente: Inegi. Encuenta Intercensal 2015. Base de datos.

Al ser la salud un factor limitante en esta etapa de la vida de nuestros adultos mayores, resulta de vital importancia brindarles la oportunidad de contar con atención médica certificada que les de la oportunidad de mejorar su calidad de vida. La desatención en su salud puede desencadenar un mayor número de afecciones y limitaciones en su vida diaria.

Ante la falta de médicos especialistas en geriatría, resulta necesario solicitar a las autoridades e instituciones educativas, el impulso de programas, cursos y certificaciones, en los cuales los médicos generales o residentes obtengan conocimientos en el área de geriatría o gerontología, que les sirvan como base para poder dar un diagnóstico oportuno de los diversos padecimientos de la comunidad adulta mayor, y para brindar, de ese modo, un trato más digno y eficiente.

En tal virtud, es imperarativa la colaboración de las instituciones educativas públicas y privadas del país, para que sean considerados, dentro de los planes de estudio de la carrera de medicina, programas de enfermería, medicina y rehabilitación geriátrica, así como programas de gerontología en materia de apoyo físico y mental, instrucción nutricional, programas de ejercicios y bienestar, y servicios de atención diaria para personas que requieran supervisión extraordinaria, como complemento a los programas, cursos y certificaciones que ofrece el Instituto Nacional de Geriatría (Inger).

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de esta H. Asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública, a las instituciones educativas autónomas y a las instituciones educativas públicas y privadas a impulsar programas de enfermería, medicina y rehabilitación geriátrica, así como programas de gerontología en materia de apoyo físico y mental, instrucción nutricional, programas de ejercicios y bienestar, así como servicios de atención diaria para personas que requieran supervisión extraordinaria, como complemento a los programas, cursos y certificaciones que ofrece el Instituto Nacional de Geriatría (Inger).

Notas

1 Esperanza de vida al nacer, Banco Mundial, fecha: 2015, fecha de consulta: 10 de enero de 2018, disponible en: https://datos.bancomundial.org/indicador/SP.DYN.LE00.IN?locations=MX

2 Esperanza de Vida, Inegi, fecha: 2016, fecha de consulta: 10 de enero de 2018, disponible en: http://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/esperanza.aspx?tema=P

3 Ibídem, Esperanza de vida, Inegi.

4 Ibídem, Esperanza de vida, Inegi.

5 Estadísticas a propósito del día internacional de las personas de edad, Inegi, fecha: septiembre de 2016, fecha de consulta: 10 de enero de 2018, disponible en: http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2016/edad2016_0.pdf

6 Situación de las personas adultas mayores en México, Instituto Nacional de la Mujeres, fecha: febrero 2015, fecha de consulta: 10 de enero de 2018, disponible en:
http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/101243_1.pdf

7 Ibídem, Estadísticas a propósito del día internacional de las personas de edad, Inegi.

8 Ibídem, Situación de las personas adultas mayores en México, Instituto Nacional de la Mujeres.

9 Ibídem, Situación de las personas adultas mayores en México, Instituto Nacional de la Mujeres.

10 Ibídem, Situación de las personas adultas mayores en México, Instituto Nacional de la Mujeres.

11 Estadísticas a propósito del día de las y los cuidadores de personas dependientes, Inegi, fecha: 28 de febrero de 2017, fecha de consulta: 10 de enero de 2018, disponible en:
http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2017/cuidadores2017_Nal.pdf

12 Ibídem, Estadísticas a propósito del día internacional de las personas de edad, Inegi.

13 http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2017/edad2017_Nal.pdf

14 Quiénes somos, Instituto Nacional de Geriatría, fecha: S/F, fecha de consulta: 10 de enero de 2018, disponible en:
http://www.geriatria.salud.gob.mx/contenidos/menu1/quienes.html

15 Enseñanza en el Instituto Nacional de Geriatría, INGER, fecha: septiembre de 2017, fecha de consulta: 10 de enero de 2018, disponible en: http://www.geriatria.salud.gob.mx/contenidos/ensenanza/ensenanza-inger. html

16 Ídem.

17 Ídem.

18 Ibídem, Situación de las personas adultas mayores en México, Instituto Nacional de la Mujeres.

19 Ibídem, Situación de las personas adultas mayores en México, Instituto Nacional de la Mujeres.

20 En México sólo existen 401 médicos geriatras certificados, Facultad de Medicina de la UNAM, fecha: 28 de agosto de 2017, fecha de consulta: 10 de enero de 2018, disponible en:

http://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2017_556.html

21 Ídem.

22 Ídem.

23 Ídem.

24 Ídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Evelyng Soraya Flores Carranza, Arturo Álvarez Angli, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, María Ávila Serna, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Eloísa Chavarrías Barajas, Lorena Corona Valdés, Sharon María Cuenca Ayala, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, José de Jesús Galindo Rosas, Daniela García Treviño, Edna González Evia, Sofía González Torres, José de Jesús Gordillo Sánchez, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Lía Limón García, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Virgilio Mendoza Amezcua, Samuel Rodríguez Torres, José Refugio Sandoval Rodríguez, Ángel Santis Espinoza, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro, Francisco Alberto Torres Rivas, Georgina Paola Villalpando Barrios, Claudia Villanueva Huerta.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a dar una alternativa vial de acceso y salida a La Venta, en Cuajimalpa de Morelos, en el proyecto del tren interurbano México-Toluca, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en concordancia con los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracciones I y III y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Considerandos

Hace unos pocos años, la Auditoría Superior de la Federación diagnosticó los principales problemas que presenta la obra pública en México al ser fiscalizada, en tal estudio se encontraron patrones de fallas sistemáticas en las contratos, lo que repercute de forma negativa para la sociedad, pues el gasto se ejerce de manera ineficiente y no se cuenta con las obras a los costos y en los plazos originalmente proyectados.1 Entre los principales problemas señalados en dicho diagnóstico pueden resumirse como:

• Modificaciones recurrentes respecto de las previsiones originales;

• Incrementos importantes en el monto de inversión y

• Prórrogas en el plazo de contratación, ejecución y puesta en operación.

Asimismo, las principales fallas son respecto de la planeación, flujo de recursos, errores técnicos y de ejecución, sin embargo, los problemas de la obra pública, como muchos otros en el actual gobierno, tienen asociado un problema aún mayor: la corrupción, esa que existe desde la planeación de la obra (con proyectos laxos o poco específicos), durante la evaluación de las propuestas (filtrando información para favorecer a ciertos competidores), o durante la ejecución de los contratos (por medio de pagos no justificados, abuso de las modificaciones a los contratos, o mala supervisión de la calidad y funcionalidad de las obras), y hasta su entrega.2

Entre estas obras con problemas, se encuentra el tren interurbano México-Toluca el cual promete conectar a dos de las zonas metropolitanas más importantes del país, la del Valle de México, con la del Valle de Toluca, sin embargo, a pesar de la gran utilidad que esto pueda representar, el megaproyecto no se salva de la corrupción, ya que por un lado salta a la vista que en 2014 fue presupuestado con un costo total de 38 mil millones de pesos, sin embargo, para este año el costo total asciende a 59 mil millones de pesos, es decir un sobrecosto superior a 55 por ciento respecto del monto original. Para estos efectos, vale la pena recordar que según el análisis de costo-beneficio del proyecto elaborado por la propia Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la obra deja de ser socialmente rentable si su costo aumenta en una tasa superior a 25 por ciento, es decir, hace 30 por ciento de sobrecosto que dejó de ser socialmente rentable, pero la corrupción ha permitido esta alza de precios, sin que exista sanción alguna.

Por otro lado destaca que de acuerdo con el Instituto Mexicano para la Competitividad, existió una planeación incompleta dentro de un proceso de contratación “desorganizado y opaco”3 , debido a que entre otras cosas, no hay ningún mapa público georreferenciado que muestre el trazo final que seguirá la obra, lo cual se ve reflejado en situaciones incomprensibles como la que actualmente vive la colonia La Venta en la Delegación Cuajimalpa, la cual es una localidad en donde habitan poco más de 500 personas, las cuales están en condiciones de alta marginación, existiendo personas con analfabetismo, domicilios sin agua entubada ni acceso a diversos productos o servicios básicos como son la radio, televisión, refrigerador, lavadora, automóvil, computadora personal, teléfono fijo, teléfono celular o conexión a internet, vale la pena destacar que la principal actividad económica de la comunidad es la venta de alimentos o artesanías en las laderas de la carretera federal y la autopista.4

La comunidad de La Venta, tiene únicamente tres accesos que dan a tres puntos distintos:

El primero de ellos parte desde la Autopista de cuota México-Marquesa o por la carretera libre 15D México-Toluca, ingresando por la Calzada del Desierto de los Leones hasta llegar a La Venta, el cual es el punto de conexión de la comunidad con la salida hacia el estado de México o el regreso de éste, hacia la Ciudad de México.

El segundo ingreso es por el larguísimo camino de la Calzada del Desierto de los Leones, en donde se tienen que atravesar varios kilómetros de bosque, para llegar a un extremo de la delegación Álvaro Obregón.

Mientras que el tercer ingreso, es por el Antiguo camino a La Venta, el cual es un puente de aproximadamente 3 metros de ancho por 100 de largo, que atraviesa por arriba la carretera federal México Toluca y que permite comunicar a La Venta con prácticamente el resto de la delegación Cuajimalpa, desembocando en las calles de La Bolsa y Transmetropolitana.

Como podemos apreciar claramente en las imágenes anteriores, esta pequeña comunidad pende de los tres únicos accesos con los que cuenta, para sobrevivir y mantener conexión con el resto de las colonias aledañas, ya que solo cuenta con la salida que da hacia las carreteras, la que termina en la delegación Álvaro Obregón y la que desemboca en la delegación Cuajimalpa, demarcación a la cual por división político-administrativa pertenece.

Por si no fuese suficiente la marginación geográfica en la que se encuentra, el flamante proyecto estrella del gobierno federal, el Tren Interurbano México-Toluca trazado, planeado y construido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, pone en peligro uno de los tres accesos con los que cuenta La Venta, el cual constituye el principal camino para comunicar a la comunidad con el centro de Cuajimalpa.

Como se puede apreciar en las imágenes, las ballenas sobre las cuales correrán las vías del Tren Interurbano México-Toluca, se encuentran actualmente obstruidas por dicho puente, con lo cual, para poder continuar con la construcción del megaproyecto, deben retirar una de las tres vías de acceso a la comunidad, dejando prácticamente incomunicada a La Venta, con su cabecera delegacional.

Por si fuera poco alarmante lo mencionado, es importante decir que la única estación de bomberos con la que cuentan los cerca de 200 mil habitantes de Cuajimalpa, se encuentra justo en La Venta y es exactamente por el puente que corre peligro de ser eliminado, la vía de salida de los bomberos en caso de haber algún incendio en el resto de la demarcación, con lo cual se pone en un riesgo inminente e innecesario a todos los habitantes de Cuajimalpa.

Por otra parte, tanto la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario como su reglamento, nos indican que el servicio ferroviario es considerado como una actividad económica prioritaria y corresponde al Estado a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, ser rector para su desarrollo. En ese sentido, estos ordenamientos mandatan que se requiere de concesión para construir, operar y explotar las vías férreas que sean vía general de comunicación, siendo el concesionario el único responsable de la realización de la obra, su costo, operación, pero sobretodo, de los daños y perjuicios que sean causados por la obra a terceros, ya sea en su persona o en sus bienes.

En ese orden de ideas, resulta importante que antes de retirar el puente del Antiguo Camino a La Venta para poder continuar con la construcción del Tren Interurbano, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes vele por los intereses de la comunidad de La Venta, la cual necesita de la construcción una alternativa viable para el acceso y salida desde La Venta hacia la delegación Cuajimalpa, tanto de la población como de los bomberos, ya que de no hacerlo, se estaría no solo marginando a una población, sino poniendo en un riesgo potencial a miles de vidas que pueden no alcanzar a ser salvadas por los bomberos dada el nulo acceso que se tendrá hacia el resto del territorio de la delegación.

No podemos dejar que la corrupción de nuestro gobierno siga afectando a la población.

En razón de lo expuesto y fundado, me sirvo someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a que proponga y construya una alternativa vial de acceso y salida a la comunidad “La Venta” en la delegación Cuajimalpa, dentro del proyecto del tren interurbano México-Toluca, antes de continuar con la ejecución del mismo.

Notas

1 Auditoría Superior de la Federación. “Problemática General en Materia de Obra Pública. https://www.asf.gob.mx/uploads/61_Publicaciones_tecnicas/Separata_ObraP ublica.pdf

2 Instituto Mexicano para la Competitividad. Ineficiencia y Casos de Corrupción en la Obra Pública.: Caso de Estudio del Tren Interurbano México-Toluca.

3 Boletín de prensa del 14 de marzo de 2018. Ineficiencia y riesgos de corrupción en obra pública: Caso de estudio del Tren Interurbano México-Toluca.

4 Pueblos América. (2017). La Venta. Marzo 14, 2018, Sitio web: https://mexico.pueblosamerica.com/i/la-venta-4/

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 3 días del mes de abril de 2018.

Diputado Santiago Torreblanca Engell (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a modificar la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 para incluir en la etiqueta frontal de los envases y empaques de alimentos y bebidas no alcohólicas un semáforo nutricional que informe de forma visual al consumidor acerca del contenido calórico, de proteínas, carbohidratos, grasas, grasas saturadas, almidones, azúcares propios y añadidos, y sodio del producto, a cargo del diputado Santiago Torreblanca Engell, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 6o., fracción I, y 79, numeral 2, fracciones I y III y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Considerandos

Planteamiento del problema

La Organización Mundial de la Salud (OMS), define al sobrepeso y la obesidad como una acumulación anormal o excesiva de grasa. A nivel mundial, nuestro país es el que más altas tasas de obesidad y sobrepeso tiene y desde la década de los años ochenta, se ha documentado uno de los incrementos más rápidos para estos padecimientos y sus enfermedades crónicas asociadas, como lo son la diabetes, la hipertensión arterial, enfermedad isquémica del corazón y enfermedad cerebrovascular.1

Se ha comprobado que tanto el sobrepeso como la obesidad constituyen el principal factor de riesgo modificable para el desarrollo de enfermedades crónicas no transmisibles, por lo que, sin duda es en su prevención y atención donde el Estado debe enfocarse para disminuir riesgos a la salud y los costos que estos padecimientos generan.2

Sobrepeso y obesidad en la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) 2016, en donde se evaluó la prevalencia de sobrepeso y obesidad en niños, adolescentes y adultos, se muestra que el sobrepeso y la obesidad en mujeres presenta un aumento respecto a cifras de 2012, en los tres grupos de edad, el cual es mayor en zonas rurales que urbanas, mientras que en la población masculina adulta el sobrepeso y obesidad aumentó en zonas rurales (de 61.1 por ciento en 2012 a 67.5 por ciento en 2016) mientras que se estabilizó en zonas urbanas, en las que se mantiene en un nivel elevado (69.9 por ciento).3

En lo que hace a los niños en edad escolar de 5 a 11 años de edad, 3 de cada 10 padecen sobrepeso u obesidad (prevalencia combinada de 33.2 por ciento), aunado a que se observa un incremento progresivo en la prevalencia combinada de sobrepeso y obesidad en zonas rurales en ambos sexos.4

Por lo que respecta a los adolescentes de entre 12 y 19 años de edad, casi 4 de cada 10 adolescentes presenta sobrepeso u obesidad (prevalencia combinada de 36.3 por ciento), lo cual representa un incremento de 1.5 por ciento respecto de la medición de 2012, sin embargo, vale la pena decir que en mujeres adolescentes, se observó un aumento de 2.7 por ciento en sobrepeso, alcanzando un nivel de 26.4 por ciento, por lo que la prevalencia combinada de sobrepeso y obesidad en mujeres adolescentes fue de 39.2 por ciento.5

Respecto de adultos de 20 o más años de edad, 7 de cada 10 adultos (prevalencia combinada de 72.5 por ciento) continúa padeciendo exceso de peso (sobrepeso u obesidad) respecto a la cifra de 2012 de 71.2 por ciento, observándose un aumento en las cifras de sobrepeso y obesidad en mujeres adultas (prevalencia combinada de 75.6 por ciento). Este incremento es mayor en zonas rurales (aumento de 8.4 por ciento) que en zonas urbanas (aumento de 1.6 por ciento). En hombres adultos (prevalencia combinada de 69.4 por ciento) se observa un incremento continuo en zonas rurales, en el que la prevalencia de sobrepeso y obesidad (67.5 por ciento) aumentó 10.5 por ciento respecto a 2012.6

Es decir que, de acuerdo con los datos de Ensanut, la prevalencia de sobrepeso y obesidad en México es de más de 60 por ciento de los habitantes del país, razón por la cual el problema de sobrepeso y obesidad en México debe ser considerado como el principal de salud pública y por lo mismo debe ser atacado mediante la implementación de diversas medidas que integren una política eficaz.

Los datos anteriores sin duda son alarmantes, sin embargo, la crisis de salud pública a causa de la obesidad y el sobrepeso, además de los problemas de salud en la población genera costos muy altos, que hoy se calculan cercanos a los 100 mil millones de pesos y esto sólo respecto de los costos atribuibles por tratar la diabetes.

Los costos sociales y económicos de la indiferencia

Invertir en la prevención de enfermedades crónicas no transmisibles, sin duda debe ser la opción; datos del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) indican que en México, la implementación de acciones integrales que incluyen campañas en medios masivos, sobre información nutrimental, etiquetado, restricciones de publicidad y política fiscal, lo cual costaría en promedio 40.85 pesos por persona, mientras que las pérdidas económicas por sobrepeso y obesidad equivalen a 840 pesos, por per cápita.7

Toda vez que se estableció que existe correlación entre el sobrepeso, la obesidad y el desarrollo de enfermedades crónicas no transmisibles, es importante referir los siguientes datos que se refieren a dos enfermedades que aquejan a los mexicanos y que en virtud de los índices de obesidad han aumentado:

1. Diabetes Mellitus : cada año mueren 74 mil personas a consecuencia de la diabetes mellitus y sus complicaciones.8

2. Hipertensión Arterial Sistémica: más de 15 millones de mexicanos entre los 20 y 69 años se conocen hipertensos, mientras que en los hombres mayores de 60 años, la hipertensión arterial se llega a presentar hasta en 50 por ciento de la población.9 La hipertensión en los adultos mexicanos tiene una prevalencia de 43.2 por ciento y más de la mitad, es decir 26.6 por ciento, no sabe que padece esta enfermedad.10

Muestra de la crisis que representa para la salud pública el problema de obesidad, es que en los últimos 25 años, la población mexicana ha experimentado un aumento sin precedente en las prevalencias de sobrepeso y obesidad; de 1988 a 1999, la obesidad en mujeres de 20 a 40 años pasó de 9.5 por ciento a 24.9 por ciento mientras que el sobrepeso, de estar en 25 por ciento aumentó a 36.1 por ciento, así, ambas en 1999 tenían una prevalencia de 61 por ciento contra 46.5 por ciento de 198811 ; mientras que en la actualidad, es superior a 71 por ciento, es decir 10 por ciento mayor que el año 2000, llegando a alertar a la autoridad en la materia, como lo es la Secretaría de Salud (Ssa), quien afirma que la magnitud, la frecuencia y el ritmo de crecimiento del sobrepeso, la obesidad y la diabetes mellitus tipo dos, representan una emergencia sanitaria.

La Ssa, ha identificado que el problema de sobrepeso y obesidad que se vive en México, se debe a la “occidentalización” de la dieta de los mexicanos y provoca lo siguiente:12

1. Aumenta la disponibilidad a bajo costo de alimentos procesados, adicionados con altas cantidades de grasas, azúcares y sal;

2. Aumenta el consumo de comida rápida y comida preparada fuera de casa para un sector creciente de la población;

3. Disminuye el tiempo disponible para la preparación de alimentos;

4. Aumenta de forma importante la exposición a publicidad sobre alimentos industrializados y de productos que facilitan las tareas cotidianas y el trabajo de las personas, disminuyendo de este modo su gasto energético;

5. Aumenta la oferta de alimentos industrializados en general; y

6. Disminuye de forma importante la actividad física de la población.

Como todo problema social, tratándose de un problema de salud, el de la obesidad y sobrepeso, junto con sus respectivas complicaciones, es cuantificable y medible de manera individual y colectiva.

“Las consecuencias de las enfermedades crónicas asociadas al sobrepeso y la obesidad van más allá de la salud, impactan la productividad y desarrollo económico del país, aumentan los costos directos e indirectos de tratar dichas enfermedades. Por esta razón, cualquier acción que busque fomentar políticas, programas, acciones y prácticas que prevengan y controlen estos padecimientos es siempre una acción bienvenida.”13

La obesidad y el sobrepeso, como cualquier padecimiento de salud, producen costos personales entre los que se encuentran el pago de consultas médicas, medicinas y tratamientos, además de aquellos que en la mayoría de los casos, no son considerados, como las horas dejadas de laborar, la baja en la productividad del enfermo, las afectaciones familiares, etcétera. Estimaciones del McKinsey Global Institute muestran que la obesidad a nivel mundial impone costos equivalentes a 2.8 por ciento del producto interno bruto (PIB) global, similar a los costos de conflictos armados y el tabaquismo.14

Por todo lo anterior, el IMCO, considera a la obesidad y al sobrepeso, como problemas que restan competitividad a nuestro país, dado que primero afectan al individuo y su familia, pero en conjunto al bajar la productividad de cada individuo, disminuyen la de empresas, sectores económicos y por último la competitividad del país.15

A continuación se exponen diversos datos que muestran los costos de la crisis por sobrepeso y obesidad en nuestro país.16

Nota. Los cálculos se basaron en una metodología sencilla y transparente con información de fuentes públicas oficiales, por un lado, se utilizaron las fracciones atribuibles del reporte Global Burden of Disease (GBD) 2006, para Latinoamérica, así como sus factores de discapacidad parcial (GBD 2010), por otro, se adoptó un enfoque de capital humano como el que utilizan otras investigaciones en la materia. Sin embargo, el estudio se distingue de otros estudios por estimar las pérdidas económicas generadas por las personas enfermas, así como por presentar los resultados por grupo de edad. A continuación se muestran los principales resultados que se obtuvieron de esta metodología o calculadora en términos de salud.17

En México existen 8.6 millones de diabéticos a causa del sobrepeso y obesidad. El grupo de edad más afectado son los adultos en etapa productiva, entre 40 y 60 años. En 2012 se registraron 59 mil muertes por diabetes atribuibles al sobrepeso y obesidad, para este indicador el grupo de edad más afectado fue el de 70-79 años de edad.

Los costos laborales relacionados con la diabetes tipo 2 causada por sobrepeso y obesidad para enfermos sólo de diabetes, con base en el Global Burden of Disease (GBD), asume que los diabéticos pierden 3.1 por ciento de su tiempo laboral a causa de su padecimiento. Las horas laborales perdidas en total al año por el grupo representativo de la enfermedad fue de 312 millones 142 mil 095, lo cual equivale a poco más de 143 mil trabajadores ociosos durante un año; mientras que para los enfermos de diabetes más complicaciones asociadas a la enfermedad, con base en el GBD, pierden en promedio 5 por ciento de su tiempo laboral. Las horas laborales perdidas en total al año por el grupo representativo de la enfermedad fue de 402 millones 550 mil 720 horas, lo cual que equivale a poco más de 184 mil trabajadores sin trabajar en un año.

Las pérdidas en ingreso por morbilidad son considerables, al ser equivalentes a un rango que va de los 9 mil a los 25 mil millones de pesos.

En resumen, los costos totales por diabetes atribuible al sobre peso y obesidad rondan los 100 mil millones de pesos, que representan la mayoría del gasto en salud (Ramo 12) en los años recientes. En los costos referidos no consideran gastos adicionales en medicamentos o tratamiento de complicaciones y asumiendo que la vida laboral finaliza a los 65 años.18

Un prediabético que revierte su condición mediante tratamiento médico privado, tendría que erogar alrededor de 90 mil pesos, mientras que uno que no se atiende y se convierte en un paciente con caso diabético que se complica y necesita de servicios de salud privados, con el paso de los años su condición física se deteriorara con osteoartritis, síntomas urinarios, cataratas, neuropatía y falla renal y tendría que erogar, para una atención médica adecuada, alrededor de 1 millón 900 mil pesos.

49 por ciento de la población con diabetes no está diagnosticada, 66 por ciento no tiene acceso a servicios públicos de salud, por lo que resulta factible que caigan en el supuesto anterior y por lo tanto existe gran riesgo de que las familias de ingresos medios caigan nuevamente en situación de pobreza y que se perpetúe esta condición en las familias más pobres.

Un estudio del IMCO, expone diversas recomendaciones, siendo que para la presente iniciativa es de especial importancia la que se refiere a “Mejorar las reglas para el etiquetado, de tal forma que éste sea auto-explicativo e informe adecuadamente a la población”;19 por lo que cita como experiencia internacional el caso de Gran Bretaña, que aunque permite el mismo nivel de azúcar que México (90 gramos), en alimentos procesados, el etiquetado, además de la información general y porcentajes de consumo, sigue un sistema de semáforo, el cual marca en rojo el cuadro de azúcar en cuanto alcanza los 27 gramos, lo que resulta didáctico y eficaz ya que visualmente se pueden identificar productos que tienen alto contenido de azúcares, sodio, grasas y carbohidratos según sea el caso.20

Es importante mencionar que Reino Unido, antes de la implementación del etiquetado de semáforo, en la mayoría de sus productos contaba con el etiquetado frontal de Europa, similar al etiquetado que se utiliza en nuestro país. Sin embargo, en 2012 el semáforo de alimentos fue implementado en Gran Bretaña y funciona a través de un código de colores –rojo, naranja y verde–, con el fin de informar de una forma clara, precisa y didáctica la cantidad de grasas, sal, azúcar, grasas saturadas o calorías que contiene un producto y, por tanto, si es aconsejable ingerirlo con mayor o menor moderación y así lograr que las personas en general puedan cambiar sus hábitos alimenticios por otros más saludables.21

En este sentido en noviembre de 2013, Ecuador emitió la norma legal que implementó el uso del semáforo de alimentos en el etiquetado de productos procesados, por lo que se convirtió así en el primer país latinoamericano en adoptar el sistema, creado para alertar a los consumidores sobre la cantidad de grasas, azúcar y sal en los alimentos. La medida en país sudamericano, fue tomada derivado de los resultados obtenidos en su encuesta Ensanut 2011, cuestión que refleja el compromiso del gobierno en dicho país para frenar la crisis de salud pública que significan el sobrepeso y la obesidad, sin tomar en consideración que el caso mexicano es aún más grave; al encontrase en podio del sobrepeso y obesidad, en el referido país, Ensanut 2011-2013 refleja que tres de cada diez niños en edad escolar y seis de cada diez adultos padecen sobrepeso y obesidad, lo que representa 11 por ciento menos que en nuestro país.22

Ejemplo de etiquetado en Gran Bretaña y Ecuador (respectivamente)

En nuestro país, la lucha por implementar la política y regulación del semáforo en alimentos no es nueva, diversas organizaciones de la sociedad civil lo han impulsado en los últimos años, funcionarios públicos se han pronunciado a favor de su aplicación e incluso legisladores tanto locales como federales han exhortado a diversas autoridades para que esto suceda, pero su implementación se ha visto frenada por diversas razones y presiones; no obstante, los esfuerzos son visibles y como un primer ejemplo, podemos citar el convenio marco que firmó el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), con el Sistema de Distribución Conasupo, SA de CV (Diconsa) para instalar un “Semáforo Nutricional” en sus 26 mil tiendas comunitarias fijas y móviles que se encuentran en las 23 mil localidades donde ofrece sus servicios la paraestatal, medida que dará claridad a la población en cuanto al alto, medio y bajo valor nutricional. El Semáforo Nutricional derivado de la firma del convenio se formuló mediante uso de los colores rojo, verde y ámbar en los anaqueles donde se exhiben los productos para su venta al público.23

Bajo dicha estrategia los alimentos fueron distribuidos de la siguiente forma24 :

En el anaquel con el indicador de color verde, se colocaron los alimentos considerados como de alto valor nutricional y que incluyen: maíz, harina de maíz, frijol, alubias, arroz, soya texturizada, lentejas, garbanzo, haba pelada, avena, pan integral, atún, sardinas enlatadas, frutas deshidratadas, papilla de cereales, suplementos alimenticios, agua purificada, leche en polvo y líquida (Liconsa).

Por otro lado, en el anaquel con el indicador de color ámbar se colocaron los alimentos considerados como de medio valor nutricional y que incluyen: pan blanco, harina de trigo, pasta para sopa, galletas tipo marías y de animalitos, salsas caseras, así como frutas, jamón, salchichas y papilla de fruta, envasados, aceite vegetal comestible, chocolate en polvo, café soluble, galleta básica, harina de arroz, aceituna, chiles secos, y alimentos infantiles colados y picados, cereales en barra y palanquetas, granola, atoles, harina para hotcakes , leche maternizada, vegetales envasados, chícharo con zanahoria y chícharo solo, envasados, elote de grano, puré de tomate, chile chipotle y jalapeño entero, envasados, café en polvo, tostado y molido, y carne envasada.

Y por último, en el anaquel con el indicador de color rojo se colocaron los alimentos considerados como de bajo valor nutricional y que incluyen: azúcar, moles, cereales en hojuela, flan en polvo, chocolate de mesa, chocolate (golosina), mieles y jarabes, piloncillo, leche condensada, néctares, bebidas de fruta, jugos para bebé, refrescos en polvo y embotellados, jugos, botanas, frituras, sopas instantáneas, gelatinas en polvo, cátsup, mayonesa, crema de leche, manteca de cerdo y vegetal, chilorio, galleta diversa y harina para pastel, salas picantes, mostaza, adobo, consomé en polvo y en cubos, sal de grano y sal molida o refinada.

De lo anterior, podemos desprender de manera clara que el convenio-marco celebrado por INSP y Diconsa, representa la primer política pública encaminada a mejorar los hábitos nutricionales y alimenticios de la población, en el que además podemos afirmar que se pretenden atacar dos problemas, el del sobrepeso y obesidad y el de la desnutrición, que de manera contrastante se sufren en nuestro país. Sin duda esta acción de gobierno, es una de las tantas formas preventivas para atacar los problemas de salud que se vive en nuestro país y que reflejan la utilidad pública de la implementación de un “Semáforo Nutricional”.

Facultad de la Secretaría de Salud

En nuestro país, para la regulación del etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas se encuentra por un lado en el artículo 212 de la Ley General de Salud, así como la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 publicada en 2010, en cuya última modificación dada en 2014, fueron incluidos diversos conceptos que forman hoy en día parte fundamental de los alimentos, en el que a grandes rasgos se implementó el llamado “Etiquetado frontal de alimentos” el cual se define por la propia norma oficial como: “Aquella declaración nutrimental situada en área frontal de exhibición, de conformidad con el reglamento”.25

Asimismo, no escapa a la vista que en diversas fracciones del artículo 115 de la Ley General de Salud se faculta a la Secretaría de Salud, para realizar acciones en materia de nutrición, por lo que, para mayor claridad se transcriben las fracciones aplicables.

Artículo 115. La Secretaría de Salud tendrá a su cargo:

I. ...

II. ...

III. ...

IV. ...

V. ...

VI. ...

VII. Proporcionar a la Secretaría de Economía los elementos técnicos en materia nutricional, para los efectos de la expedición de las normas oficiales mexicanas.

Por otra parte, salta a la vista que la Secretaría de Salud tiene a su cargo normar el valor nutritivo y las características de alimentación en establecimientos de servicios colectivos y en alimentos y bebidas no alcohólicas, además de los dispositivos que le permiten emitir normas en la materia.26

El interés económico por encima del bienestar social

Vale la pena destacar que, tanto el suscrito como otros legisladores de diversos grupos parlamentarios, hemos presentado sendas iniciativas con la finalidad de ayudar a disminuir la obesidad y el sobrepeso en niñas, niños, adolescentes y adultos, pero no ha habido argumento o razón que hayan sido capaces de hacer entender a los funcionarios del gobierno federal, concretamente de la Secretaría de Salud o de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios e incluso de algunos legisladores que han frenado las propuestas que han tenido la única finalidad de dotar de mayor cantidad de información al consumidor para hacer compras inteligentes y saludables, dejando de lado los intereses económicos y comerciales de las cámaras de comercio o de los productores de alimentos y bebidas no alcohólicas, ganándoles en muchos casos este interés, por encima del bienestar de la población, lo cual resulta altamente lamentable.

Como podemos ver a continuación, el etiquetado vigente da información en muchas ocasiones incomprensible para la persona común no instruida en temas de nutrición.

Ejemplo de etiquetado frontal regulado por la norma oficial mexicana vigente

Es por ello que no obstante los cambios referidos en la citada norma oficial mexicana, diversos expertos y activistas sociales advirtieron que las reformas no eran adecuadas a las necesidades de los consumidores y el público en general, ya que se causa confusión, por resultar incomprensible por la población mexicana, que en consecuencia no atiende las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), acerca del riesgo para la salud que representa la ingesta de altas cantidades de azúcar”.27

Incluso la Procuraduría de la Defensa del Consumidor (Profeco), refirió en marzo de 2015, en el marco de la celebración del Día Mundial del Consumidor, que debería ser implementado en México, el etiquetado de Ecuador, conocido como “semáforo nutricional”, a través del cual las etiquetas deben expresar si un producto contiene “altos”, “moderados” o “bajos” niveles de azúcares, sodio o grasas.28

Asimismo, resulta importante mencionar que en 14 de octubre de 2015, se publicaron las últimas modificaciones a la Ley General de Salud, que si bien representan un avance en la prevención y lucha contra la obesidad y el sobrepeso, lo cierto es que se deja al arbitrio de las autoridades administrativas, la determinación de porcentajes y las cantidades de ingesta diaria de azúcares, sodio y grasas, entre otros elementos que deben incluirse en el etiquetado de alimentos, esto sin tomar en consideración los criterios y estándares internacionales; de igual manera, no se ordena la implementación del semáforo nutricional, cuestión que incluso va en contra de la política implementada por el INSP y Diconsa, o bien en contra de lo que ha sido calificado por expertos y la propia Profeco, como la mejor opción para el etiquetado de alimentos procesados y bebidas no alcohólicas.

De las reformas referidas podemos destacar lo siguiente en materia de combate a al sobrepeso y la obesidad:

1. Se establece como materia de salubridad la prevención, orientación, control y vigilancia en materia de nutrición, sobrepeso, obesidad y otros trastornos de la conducta alimentaria, enfermedades respiratorias, enfermedades cardiovasculares y aquellas atribuibles al tabaquismo.

2. Se ordena proporcionar orientación a la población respecto de la importancia de la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad y su relación con los beneficios a la salud.

3. Se ordena diseñar y ejecutar políticas públicas que propicien la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, que contrarreste eficientemente la desnutrición, el sobrepeso, la obesidad y otros trastornos de la conducta alimentaria y promover e impulsar programas y campañas de información sobre los buenos hábitos alimenticios, una buena nutrición y la activación física.

4. La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública (SEP) y los gobiernos de las entidades federativas, con la colaboración de las dependencias y entidades del sector salud, debe formular, proponer y desarrollar programas de educación para la salud, entre otros aquellos orientados a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad y a la activación física, procurando optimizar los recursos y alcanzar una cobertura total de la población, así como llevar a cabo la detección y seguimiento de peso, talla e índice de masa corporal, en los centros escolares de educación básica.

5. Se establece un sistema permanente de vigilancia epidemiológica de los trastornos de la conducta alimentaria e impulsar, la prevención y el control del sobrepeso, obesidad y otros trastornos de la conducta alimentaria y, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública (SEP), la detección y seguimiento de peso, talla e índice de masa corporal, en los centros escolares de educación básica;

6. Se prohíbe la publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional y alta densidad energética, dentro de los centros escolares.

Sobre la Norma Oficial Mexicana

Es necesario señalar que la revisión de las normas oficiales mexicanas debe realizarse 5 años después de su entrada en vigor o dentro de los 5 años posteriores a la publicación de la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas.29

En dichos términos, la dependencia, el Organismo Nacional de Normalización o a falta de éste, la Secretaría de Economía deben identificar las normas oficiales cuyo plazo de vigencia quinquenal se venza en el año siguiente e identificar a qué comité consultivo nacional de normalización o comité técnico de normalización corresponde su revisión; estos comités por sí mismos o a través de subcomités especializados deben llevar a cabo la revisión de cada norma y como conclusión de dicho estudio podrán decidir la modificación, cancelación o ratificación de las mismas.

Dado que la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el lunes 5 de abril de 2010, resulta pertinente exhortar a revisar dicha norma para que esa revisión determine su eventual modificación.

La Organización Mundial de la Salud

Es necesario considerar que la Organización Mundial de la Salud, junto con la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, establecen directrices sobre el etiquetado nutricional a través del Codex Alimentarios, el cual es un órgano intergubernamental con más de 170 miembros en el cuadro del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias establecido por la ambas organizaciones internacionales, cuyo resultado principal es un compendio de normas alimentarias, directrices, códigos de prácticas y otras recomendaciones adoptadas internacionalmente con el objetivo de proteger la salud de los consumidores y asegurar prácticas equitativas en el comercio de alimentos.

Conclusiones

Derivado de lo anterior, vale la pena destacar que la presente proposición pretende fomentar una mejor cultura nutricional en los consumidores mexicanos, lo cual beneficiará la toma de decisiones para reducir los niveles de obesidad existentes en México.

El problema de la obesidad y el sobrepeso ha rebasado la capacidad económica del Estado mexicano para responder a sus efectos en la salud y bienestar de las personas por lo que es necesario regular los envases y empaques de alimentos y bebidas no alcohólicas para que, además de la tabla nutricional contenga un semáforo a efecto de incidir, de una manera visual y sencilla, en las elecciones y hábitos de los consumidores para optar por productos más saludables.

En ese sentido, se propone revisar la norma oficial mexicana aplicable, con la finalidad de que por un lado se incluya una marca roja que indicaría que el producto tiene contenido calórico, de proteínas, carbohidratos, grasas, grasas saturadas, almidones, azúcares propios y añadidos, y sodio, por lo que tal y como se hace actualmente con los cigarros de tabaco, se deben emitir leyendas o mensajes sobre las consecuencias negativas de su consumo, con la finalidad de concientizar a la población sobre su consumo y, por otro, se homologue el tamaño de las porciones de los alimentos y bebidas no alcohólicas, ya que es sumamente frecuente encontrar productos similares de diferentes marcas, con tamaños de porciones radicalmente distintos, lo cual ayuda a malversar la información del contenido de los componentes antes referidos.

Otro vicio que se pretende corregir, es la falsedad en la información nutrimental, ya que como se muestra a continuación, el refresco muestra de manera tramposa, en letras grandes y en anuncios publicitarios, un contenido energético de 99 calorías por un refresco de 235 mililitros, sin embargo, al leer la letra chiquita, se puede ver que en realidad son 99 kilo calorías, es decir 99 mil calorías y no 99 calorías como mentirosamente nos pretenden hacer creer.

Adicionalmente, vale la pena decir que la implementación de la presente proposición no tiene impacto presupuestal alguno para el Estado mexicano y sí genera beneficios para las finanzas públicas y aún más importante, contribuye de manera transcendental al perfeccionamiento de las opciones que tienen los consumidores.

En razón de lo anteriormente expuesto y fundado, me sirvo someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud y al comisionado federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con la finalidad de que realice una modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, para que en la etiqueta frontal de los envases y empaques de alimentos y bebidas no alcohólicas, exista un semáforo nutricional que informe de forma visual al consumidor acerca del contenido calórico, de proteínas, carbohidratos, grasas, grasas saturadas, almidones, azúcares propios y añadidos, y sodio que contiene el producto, además de que se homologue el tamaño de las porciones de los alimentos y bebidas no alcohólicas, respecto de bienes sustitutos o de distinta marca, de conformidad con las recomendaciones de ingesta máxima diaria recomendable bajo los criterios de la Organización Mundial de la Salud.

Notas

1 Organización Mundial de la Salud, OMS [en línea]: [fecha de consulta: Febrero 13, 2018]. Disponible en:

http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs311/es/

2 Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT) 2016.

3 Ibíd.

4 Ibíd.

5 Ibíd.

6 Ibíd.

7 Obesidad en México. [Fecha de consulta: Febrero 13, 2018]. Disponible en:
http://imco.org.mx/wp-content/uploads/2015/01/Kilos-de-m%C3%A1s-1.pdf

8 Secretaría de Salud de Morelos [en línea]: DATOS ESTADÍSTICOS SOBRE PRINCIPALES PROBLEMAS DE SALUD PÚBLICA [fecha de consulta: Febrero 13, 2018]. Disponible en:
http://www.ssm.gob.mx/portal/index.php/2-uncategorised/11-salud-publica

9 Ídem.

10. Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT) 2012. [En línea]: [fecha de consulta: Febrero 13, 2018]. Disponible en: http://ensanut.insp.mx/doctos/analiticos/ObesidadAdultos.pdf

11 Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. [En línea]: [fecha de consulta: Febrero 13, 2018]. Informe de evolución histórica de la situación Nutricional de la Población y los programas de alimentación, nutrición y abasto en México. Primera Edición, 2010. México. P18. Disponible en:

http://www.coneval.gob.mx/rw/resource/coneval/info_publi c/PDF_PUBLICACIONES/Evolucion_Historica_050411.pdf

12 Secretaría de Salud, [en línea]: Estrategia Nacional para la Prevención y el Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes [fecha de consulta: Febrero 13, 2018]. Disponible en:
http://promocion.salud.gob.mx/dgps/descargas1/estrategia/Estrategia_con_portada.pdf

13 Instituto Nacional de Salud Pública [en línea]: Evidencia para la política pública y prevención de obesidad. [Fecha de consulta: Febrero 13, 2018]. Disponible en:
http://www.insp.mx/epppo.html

14 Instituto Mexicano para la Competitividad IMCO [en línea]: Kilos de más, pesos de menos. Los costos de la obesidad en México . [Fecha de consulta: Febrero 13, 2018]. Disponible en:
http://imco.org.mx/wp-content/uploads/2015/01/Kilos-de-m%C3%A1s-1.pdf

15 Ídem.

16 Ídem.

17 Ídem.

18 Artículos 154 y 162 de la Ley del Seguro Social (LSS), de edad laboral y retiro

19 Instituto Mexicano para la Competitividad IMCO [en línea]: [fecha de consulta: Febrero 13, 2018]: Kilos de más, pesos de menos. Los costos de la obesidad en México . [Fecha de consulta: Febrero 13, 2018]. Disponible en:http://imco.org.mx/wp-content/uploads/2015/01/Kilos-de-m%C3%A1s-1.pd f “kilos de más, pesos de menos, los costos de la obesidad en México”

20 Ibíd.

21 Reino Unido adopta el etiquetado semáforo. Periódico el Mundo, 25 de octubre de 2012. [En línea]: [fecha de consulta: 16 Diciembre 2015]: Disponible en:

http://www.elmundo.es/elmundosalud/2012/10/25/nutricion/ 1351161501.html

22 Aprueba Ecuador etiquetado de semáforo en alimentos. El Poder del Consumidor, 5 de junio de 2014. [En línea]: [fecha de consulta: 16 Diciembre 2015]: Disponible en:

http://elpoderdelconsumidor.org/saludnutricional/aprueba -ecuador-etiquetado-de-semaforo-en-alimentos/

23 Instituto Nacional de Salud Pública. [En línea]: [fecha de consulta: Febrero 13, 2018]: Información académica, boletín número 181 “INSP Y DICONSA COLABORAN” Disponible en:

http://www.insp.mx/informacion-academica/181-insp/para-r eutilizar/2212-diconsa-insp.html

24 Ídem

25 NOM-051-SCFI/SSA1-2010 “Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria.”

26 Artículo 115 fracción IV de la Ley General de Salud.

27 El Poder del Consumidor. [En línea]: [fecha de consulta: Febrero 13, 2018]: Representa un riesgo a la salud el nuevo etiquetado de alimentos y bebidas, 2 de julio de 2015. Disponible en:

http://elpoderdelconsumidor.org/saludnutricional/
representa-un-riesgo-a-la-salud-el-nuevo-etiquetado-de-alimentos-y-bebidas/

28 Periódico El Financiero. Etiquetado de comida ‘chatarra’ en México es ineficiente: ONG [en línea]: [fecha de consulta: 17 Diciembre 2015]:

http://m.elfinanciero.com.mx/economia/etiquetado-de-comi da-chatarra-en-mexico-es-ineficiente-ong.html

29 Artículos 51 y 51-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputado Santiago Torreblanca Engell (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Ssa, el IMSS, el ISSSTE y el Seguro Popular a simplificar el acceso a la detección, el tratamiento y la cura de la hepatitis C en México, a cargo de la diputada Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada federal Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable soberanía el presente punto de acuerdo, bajo las siguientes:

Consideraciones

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se estima que alrededor de 2.5 a 3 por ciento de la población mundial está infectada con el virus de la hepatitis C, es decir entre 130 y 170 millones de personas, y que la carga de la enfermedad lejos de disminuir, va a aumentar en los siguientes 10 a 15 años. En 2010, la Asamblea Mundial de la Salud reconoció a la hepatitis viral como un problema global de salud pública. En mayo de 2016, la Asamblea Mundial de la Salud adoptó la primera Estrategia Mundial contra la Hepatitis 2016-2021, cuyo objetivo es eliminar las hepatitis producidas por virus, reducir los casos en un 90 por ciento y la mortalidad en un 65 por ciento hacia 2030.

La infección por el virus de la hepatitis C es generalmente asintomática. Un gran número de personas infectadas no están conscientes de la enfermedad; aproximadamente un 80 por ciento de los casos no presentan síntomas tras la infección sino hasta 20-30 años después. La OMS publicó en 2015 que, a nivel global, el 75 por ciento de los pacientes con hepatitis C desconoce que vive con este padecimiento.

Las complicaciones producto de la hepatitis C son costosas e irreversibles, tales como la fibrosis del hígado o cirrosis, cáncer de hígado e insuficiencia hepática. La hepatitis C es la causa principal de todos los trasplantes de hígado realizados en el mundo. La OMS estima que al año fallecen 399 mil personas debido a la hepatitis C, en particular por cirrosis y cáncer de hígado.

México ocupa el segundo lugar en América Latina con mayor número de casos de hepatitis C. Se estima que pueden ser entre 1.4 y 1.7 millones de personas infectadas en México, de los cuales 700 mil pueden tener viremia activa y requerir tratamiento antiviral específico.1 Entre 2000 y 2014, se notificaron a la Dirección General de Epidemiología 27,249 casos de hepatitis C, lo que representa un subregistro importante. Sin embargo, se han publicado los resultados de diversos estudios epidemiológicos que señalan una prevalencia de aproximadamente 1.4 por ciento, siendo mayor en el norte del país con 2 por ciento, 1.5 por ciento en el sur y 1.1 por ciento en las entidades del centro del país.

La reducción en la mortalidad asociada al virus de hepatitis C está ligada al diagnóstico oportuno y acceso al tratamiento. Para que el tratamiento de hepatitis C modifique la carga que la enfermedad representa para el sistema de salud, no basta con que se tengan tratamientos más eficaces que logren tasas de respuesta viral sostenida mayores, sino que necesita aumentar el número de personas diagnosticadas y que tengan acceso al tratamiento.2

Hasta hace poco tiempo, tener hepatitis C representaba un tratamiento de inyecciones todos los días durante un año y vivir con los efectos secundarios; con estas inyecciones, sólo se curaba a la mitad de los pacientes.

En la actualidad, la hepatitis C se puede curar. El sector salud en México facilitó el acceso a dichos tratamientos orales de última generación que curan la hepatitis C. Estos tratamientos están disponibles en los cuadros básicos del Consejo de Salubridad General, del IMSS, del ISSSTE y de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud (Seguro Popular).

Sin embargo, el acceso al diagnóstico, al perfilamiento de la enfermedad, la referencia, la atención y la entrega de medicamentos permanecen complejos. Los tratamientos sólo son prescritos por médicos gastroenterólogos e infectólogos en el tercer nivel de atención. Por ejemplo, el IMSS sólo ambiciona atender a 1,600 pacientes por año y sólo cuenta con 8 centros de referencia en todo el país, mientras que el Seguro Popular sólo cuenta con 12 centros acreditados para atender la hepatitis C y el ISSSTE sólo 5 centros. Además, el Seguro Popular sólo atiende a aquellos afiliados menores de 50 años y con grado de fibrosis 3 y 4, mientras que la mayor prevalencia de hepatitis C se encuentra en la población mayor de 50 años y con grados de fibrosis 0 a 2.3

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud federal, al IMSS, al ISSSTE y al Seguro Popular a:

- Transitar hacia un modelo de simplificación donde los pacientes con hepatitis C sean diagnosticados, referidos del primer nivel al segundo nivel de atención en el menor tiempo posible, y tratados oportunamente.

- Definir estrategias y líneas de acción específicas para la prevención, detección oportuna, reducción del daño y manejo de casos de hepatitis C en poblaciones que presentan mayores factores de riesgo asociados con el virus de la hepatitis C.

- Garantizar el acceso a tratamiento de todos los pacientes con hepatitis C detectados a través del Sistema de Vigilancia Epidemiológica en las diversas instituciones de salud, con el tratamiento disponible y con el acceso a los nuevos tratamientos de última generación que curan la hepatitis C, con base en las recomendaciones internacionales.

Notas

1 https://www.insp.mx/avisos/4503-dia-mundial-hepatitis-2017.html Consultado el 20 de marzo del 2018.

2 https://www.insp.mx/infografias/hepatitis-virales.html Consultado el 20 de marzo del 2018.

3 http://www.femexer.org/wp-content/uploads/2017/10/nuevos-medicamentos-2 017-hepatitis-C-viral.pdf Consultado el 20 de marzo de 2018

Bibliografía consultada:

1. http://www.cenetec.salud.gob.mx/descargas/gpc/CatalogoMaestro/
336_IMSS_10_Hepatitis_Cronica_C/GRR_IMSS_336_10.pdf

2. http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs164/es/

3.https://www.scielosp.org/article/ssm/content/raw/?reso urce_ssm_path=/media/assets/spm/v53s1/v53s1a11.pdf

4. PharmPro.com [sitio de internet]. Sixty-third World Health Assembly closes after passing multiple resolutions. [consultado 2010 jun 12]. Disponible en: http://www.pharmpro.com/

5. Valdespino JL, Conde-González CJ, Olaiz-Fernández G, Oswaldo-Palma O, Kershenobich D, et al. Seroprevalencia de la hepatitis C en adultos de México: ¿un problema de salud pública emergente? Salud Pública, México 2007; 49: suppl.3; S395-S-403.

6. Encuesta Nacional de Salud 2016.

7. Abric JC. Metodología de recolección de las representaciones sociales. En: Prácticas sociales y representaciones sociales. México: Ediciones Coyoacán, 2001.

8. Reid T. Obras completas. Sir William Hamilton (ed.) Edimburgo. Edimburgo: Reproducido por G. Olms Verlagsbuchhandlung, Hildescheim, 1998.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de abril de 2018.

Diputada Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa