Gaceta Parlamentaria, año XX, número 4901-VI, martes 7 de noviembre de 2017
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a difundir los avances y el estado de los dictámenes de protección civil sobre las escuelas afectadas en la Ciudad de México por el sismo del 19 de septiembre, a cargo del diputado Federico Eugenio Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRI
Con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones jurídicas aplicables, el que suscribe, diputado Federico Eugenio Vargas Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presenta a esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
A más de un mes del sismo que azotó a la Ciudad de México, el pasado 19 de septiembre, es importante conocer las cifras exactas acerca de la dictaminación de protección civil que se tuvo que haber practicado a todas las escuelas en la entidad, para asegurar a la sociedad flotante en esos centros de estudio.
Lo anterior se basa principalmente a que no existen cifras oficiales que den certeza de la situación actual de los centros de estudios y según datos del Sistema Nacional de Información y Estadística Informativa de la Secretaria de Educación Pública se puede contabilizar que cerca de 2.8 millones de alumnos de nivel básico, que son atendidos por 201 mil 266 docentes en 9 mil 726 escuelas, solo de nivel básico se han visto afectados fuertemente por no tener clases y algunos otros por no contar con un dictamen que avale la ocupación de los inmuebles o el desalojo permanente.
Por otra parte, aun cuan han regresado a clase paulatinamente, es necesario contar con la información exacta y certera para que la ciudadanía que está siendo afectada por estas circunstancias, conozca el estado actual de los estudios y valoraciones de sus centros de estudios, no solamente que estén en espera, sino que conozcan el proceso completo.
Aunado a lo anterior es conocido por todos que las diferentes Secretarias de la administración pública federal han realizado, censos, campañas y han otorgado apoyos a los afectados por estos lamentables hechos aunque para este caso no es suficiente ya que está en juego la educación de la ciudadanía, desde educación básica hasta educación superior y en fechas posteriores a la catástrofe se registraron cerca de 20 días inhabilitadas un gran número de escuelas que dejaron un fuerte atraso en los planes de trabajo del ciclo escolar en todos los niveles.
Esto tiene lugar toda vez que varios de los centros educativos han sido abiertos y dictaminados como habitables o sin daños estructurales pero tal hecho en muchos de los casos ha sido de palabra, sin documento de por medio y no causa seguridad para la mayoría de los directivos y estudiantes de los diferentes centros escolares.
En conclusión, la problemática no sólo es clara sino que es grave y demanda la atención de los diferentes órganos de gobierno; atención que sin duda alguna se ha brindado y ahora a un mes de este terrible acontecimiento es menester contar con la información necesaria acerca de los dictámenes y estados de las revisiones realizadas a los inmuebles a modo de que la ciudadanía conozca exactamente los resolutivos y tengan un panorama más certero de los inmuebles que utilizan a diario.
Por lo anterior, someto a la consideración de la asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública para que haga públicos los avances y el estado que guardan los dictámenes de protección civil de las escuelas afectadas por el pasado sismo del día 19 de septiembre de 2017 en la Ciudad de México.
Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputado Federico Eugenio Vargas Rodríguez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a las denuncias penales derivadas de las auditorías forenses sobre el programa Oportunidades Productivas y distintas dependencias federales y universidades públicas, documentadas en la investigación periodística Estafa maestra, suscrita por integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRD, PAN, Movimiento Ciudadano y Morena
Los que suscriben diputados Agustín Basave Benítez, Candelaria Ochoa Ávalos, Cecilia Soto González, Francisco Xavier Nava Palacios, Juan Romero Tenorio, María Olimpia Zapata Padilla, Minerva Hernández Ramos, Rafael Hernández Soriano, Vidal Llerenas Morales, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Carlos Bello Otero, María Guadalupe Cecilia Romero Castillo, Jorge López Martín, Rocío Matesanz Santamaría, Lorena del Carmen Alfaro García, Adriana Elizarraraz Sandoval, Guadalupe González Suástegui, Emma Margarita Alemán Olvera, Luz Argelia Paniagua Figueroa, Lucía Virginia Meza Guzmán, Héctor Javier García Chávez e Isaura Ivanova Pool Pech; integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática, del Partido Acción Nacional, de Movimiento Ciudadano y de Movimiento Regeneración Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Artículos 6 , numeral 1, fracción I; 62 numeral 3 y Artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III) del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta Soberanía, el presente punto de acuerdo de urgente y obvia resolución con base en los siguientes
Hechos
1. Que la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público establece en su Artículo 1ro que los contratos que celebren las dependencias con las entidades, o entre entidades, y los actos jurídicos que se celebren entre dependencias, o bien los que se lleven a cabo entre alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa, no estarán dentro del ámbito de aplicación de esta Ley, lo cual permite eludir todas las obligaciones y responsabilidades establecidas por la misma. No obstante, también establece que dichos actos quedarán sujetos a tal ordenamiento, cuando la dependencia o entidad obligada a entregar el bien o prestar el servicio, no tenga capacidad para hacerlo por sí misma y contrate un tercero para su realización.
2. Que con fecha 4 de septiembre de 2017 se difundió en nuestro país una investigación realizada por la Organización Mexicanos Contra la Corrupción e Impunidad (MCCI) y el portal digital de noticias Animal Político la cual está sustentada en diversas auditorías forenses practicadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) -especialmente a la Cuenta Pública de los ejercicios fiscal 2013 y del 2014- y en datos aportados por el Servicio de Administración Tributaria y la Secretaría de Economía por la cual se da cuenta del desvío y fraude por 7 mil 670 millones de pesos a las finanzas públicas de la federación en operaciones donde 11 dependencias federales dependencias firmaron convenios para la adquisición y prestación de servicios con universidades públicas pero éstas a su vez subcontrataron a terceros la totalidad de esos servicios. La investigación realizó visitas a los domicilios registrados, entrevistó a los presuntos socios fundadores de las empresas involucradas y cotejó los datos de su investigación con los del Registro Público de Comercio; el Registro Único de Proveedores del Gobierno; del Sistema Empresarial Mexicano; del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y del portal Compranet del Gobierno Federal. Dicha investigación fue denominada para efectos editoriales Estafa Maestra y pronto fue identificada también con ese mismo nombre en el medio político y periodístico dadas las revelaciones contenidas en la misma y porque una parte de las instituciones involucradas en este fraude son universidades públicas.
3. Que de acuerdo a la investigación referida, en la llamada Estafa Maestra participaron al menos 50 funcionarios y exfuncionarios del gobierno federal a través de 11 dependencias pagando 7 mil 670 millones de pesos en contratos ilegales a 8 universidades públicas, que a su vez triangularon el dinero a 186 empresas presuntamente establecidas en 6 entidades: Campeche, Ciudad de México, Chiapas, Estado de México, Nuevo León y Tabasco.
4. Que de acuerdo al Servicio de Administración Tributaria, de las 182 empresas identificadas como participantes de la Estafa Maestra 128 de ellas son fantasma (inexistentes) o abiertamente irregulares. A esas empresas inexistentes o irregulares se canalizaron 3 mil 433 millones de pesos. De las empresas consideradas como irregulares 20 son empresas son absolutamente inexistentes; 28 no tienen dirección física; 12 fueron desmanteladas al recibir los pagos de los contratos; 8 no están en las direcciones que declararon; 44 no cuentan con registro ante la Secretaría de Economía y 6 se dedican a temas que no tienen relación con los servicios para los que recibieron contrato y 10 más que tampoco fueron localizadas por la ASF como parte de sus auditorías.
5. Que las universidades públicas que participaron en la Estafa Maestra firmaron convenios para prestar servicios en ámbitos muy distintos al quehacer académico, científico o de divulgación de la cultura, pero además subcontrataron a terceros en la totalidad de esos servicios en la mayoría de los convenios firmados y cobraron por esta intermediación una comisión de entre hasta por 15% del total del convenio lo que representa un monto superior a los mil millones de pesos.
6. Que el desglose de la participación de las dependencias federales participantes de la Estafa Maestra (de acuerdo al orden decreciente de recursos desviados) es el siguiente:
I. Pemex (36 convenios) que comenzaron a firmarse desde 2011, durante la gestión de Juan José Suárez Coppel cuando Felipe Calderón era Presidente de la República, y continuaron en la gestión de Emilio Lozoya Austin con 3 mil 576 millones de pesos desviados.
II. Sedesol (10 convenios), durante la gestión de Rosario Robles Berlanga con 2 mil 224 millones de pesos desviados.
III. Banobras (3 convenios), durante la gestión de Alfredo del Mazo Maza con 491 millones de pesos desviados.
IV. Registro Agrario Nacional (2 convenios), durante la gestión de Manuel Ignacio Acosta Gutiérrez con 447 millones de pesos desviados.
V. SEP (3 convenios), durante la gestión de Emilio Chuayffet Chemor con 278 millones de pesos desviados.
VI. Fovissste (6 convenios) durante la gestión de José Reyes Baeza Terrazas con 249 millones de pesos desviados.
VII. Senasica (1 convenios), durante la Dirección de Enrique Sánchez Cruz con 138 millones de pesos desviados.
VIII. INEA (1 convenio), durante la gestión de Alfredo Llorente Martínez con 97 millones de pesos desviados.
IX. Secretaría de Economía (1 convenio), durante la gestión de Ildefonso Guajardo con 96 millones de pesos desviados
X. SCT (4 convenios), durante la gestión de Gerardo Ruiz Esparza con 52 millones de pesos desviados.
XI. Sagarpa (2 convenios), durante la gestión de Enrique Martínez y Martínez con 19 millones de pesos desviados.
7. Que el desglose de la participación de las universidades públicas, participantes de la Estafa Maestra triangulando recursos federales para desviarlos a distintas empresas es el siguiente:
I. Universidad Autónoma del Estado de México y su Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica (FONDICT), durante la rectoría de Jorge Olvera García y fungiendo como Director del FONDICT Erick Herzain Torres Mulhia.
II. Universidad Autónoma del Estado de Morelos, durante la rectoría de Alejandro Vera Jiménez.
III. Universidad Autónoma del Carmen (Campeche), durante las rectorías de José Antonio Ruiz Hernández y Sergio Augusto López Peña.
IV. Universidad Juárez Autónoma de Tabasco durante la rectoría de José Manuel Piña Gutiérrez.
V. Universidad Tecnológica de Tabasco, durante la rectoría de Fernando Calzada Falcón.
VI. Universidad Popular de la Chontalpa (Tabasco), durante las rectorías de José Víctor Zárate Aguilera; José Luis Hernández Lazo y Pedro Javier Muñoz Vergara.
VII. Universidad Politécnica del Golfo de México (Tabasco), durante la rectoría de Luis Andrés Domínguez.
VIII. Instituto Superior de Comalcalco (Tabasco), durante la rectoría de Carlos Mario Olán López.
8. Que la Secretaría de Desarrollo Social bajo la gestión de Rosario Robles Berlanga fue reincidente en la práctica de desviar recursos ya que la Auditoría Superior de la Federación no sólo documentó los desvíos en los ejercicios fiscales 2013 y 2014 correspondientes a la Estafa Maestra sino también los del ejercicio fiscal 2015 correspondientes al programa Opciones Productivas, en ninguno de los casos esa dependencia federal pudo solventar las observaciones ni aportar elementos probatorios que pudieran justificar los desvíos de modo tal que la Auditoría Superior de la Federación lo derivó en demandas penales interpuestas ante la Procuraduría General de la República.
9. Que con excepción del entonces Secretario de Educación Pública, ningún titular o mando de las dependencias federales involucradas intentó deslindarse de los desvíos señalados por la ASF, es así que la SEP interpuso desde el 2015 una denuncia de hechos que derivó en la averiguación previa AP/PGR/UEIDCSPCA/SP/M/V050/2015 de la que a la fecha no ha obtenido ninguna resolución. A esa denuncia de hechos deberá sumarse la interpuesta por los Diputados Federales Mirza Flores Gómez; Verónica Delgadillo García; Candelaria Ochoa Ávalos; Jorge Álvarez Máynez y Víctor Manuel Sánchez Orozco el 5 de septiembre de 2017 y principalmente- el conjunto de 12 denuncias de carácter penal interpuestas por la ASF que apuntan hacia la comisión de los delitos de fraude, ejercicio ilícito del servicio público, cohecho, peculado y enriquecimiento ilícito.
Consideraciones
Primera. Que la ASF en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 14 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación determinó como faltas graves el resultado de sus auditorías e investigaciones forenses en relación con el desvío de recursos implicado en la Estafa Maestra y en el Programa Opciones Productivas a cargo de la Sedesol. El carácter forense de estas auditorías específicas deberían facilitar y hasta obviar la actuación de la PGR y por ende, propiciar un expedito deslinde de responsabilidades y la respectiva determinación del ejercicio de la acción penal. Sin embargo, la PGR ha sido omisa ante las denuncias promovidas por el Órgano de Fiscalización Superior, no solamente en estos casos, sino desde la propia creación ASF hace 17 años. Desde entonces solo se han resuelto 19 de las 769 denuncias que se han presentado, lo cual representa un índice de 97% impunidad y un inaceptable fomento a la corrupción.
Segunda. Que los hechos que pudieran ser constitutivos de delitos derivados de las auditorías forenses realizadas por la ASF y consignados por la investigación Estafa Maestra revisten una especial gravedad, ya que se trata de actos de corrupción concertada y planificada desde las más altas esferas del gobierno federal. Lo que debería ameritar una sanción ejemplar, misma que representaría una clara muestra que existe una genuina voluntad por parte del Ejecutivo federal para cumplir con los objetivos del Sistema Nacional Anticorrupción.
Tercera. Que en el marco de la discusión sobre el buen uso de los recursos públicos generado por los recientes desastres ocurridos en nuestro país -mismo que ha puesto en tela de juicio el papel toda la clase política- se considera propicio el redoblar esfuerzos por recuperar los recursos públicos que ilícitamente han sido transferidos a particulares y a funcionarios públicos por actos de corrupción. Tan sólo la cantidad de recursos implicados en la Estafa Maestra supera en monto a la suma del financiamiento público que habrán de destinarse a todos los partidos políticos para el proceso electoral del 2018 y que ha sido severamente cuestionado por la ciudadanía. En ese sentido se hace necesario que la ASF agote todas las posibilidades que le da la Ley Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación para que finque todas las responsabilidades resarcitorias que corresponden a cada uno de los ilícitos detectados con el fin de recuperar la mayor cantidad de recursos públicos perdidos en actos de corrupción.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado es que se propone a esta soberanía el siguiente
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión con pleno respeto al ámbito de sus respectivas facultades, exhorta al titular de la Procuraduría General de la República a hacer público el avance de las investigaciones en relación con el conjunto de denuncias que ha presentado la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de Educación Pública y Diputados Federales derivadas de las auditorías forenses practicadas a distintas dependencias federales y universidades públicas mencionadas en la investigación periodística La Estafa Maestra y en relación con el Programa Opciones Productivas a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social.
Segundo . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto al ámbito de sus respectivas facultades exhorta al titular del Poder Ejecutivo a remover de sus puestos a los funcionarios involucrados en las investigaciones, con la finalidad de no interferir en la investigación de las autoridades.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión instruye a la Auditoría Superior de la Federación a fincar las responsabilidades resarcitorias y ampliar las denuncias en relación con todos los casos documentados relacionados con las auditorías forenses que han servido de base a la investigación conocida como La Estafa Maestra.
Cuarto. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de la Función Pública a que, en el ámbito de sus atribuciones, haga públicas las acciones que realizó mediante los Órganos Internos de Control, respecto de las observaciones, recomendaciones y procedimientos de responsabilidad administrativa, que hizo la Auditoría Superior de la Federación derivadas de diversas auditorías forenses practicadas en las cuentas públicas 2013 y 2014, en las que se sustentó la investigación denominada Estafa Maestra.
Honorable Congreso de la Unión, a los 7 días de noviembre de 2017.
Diputados: Agustín Basave Benítez, Candelaria Ochoa Ávalos, Cecilia Soto González, Francisco Xavier Nava Palacios, Juan Romero Tenorio, María Olimpia Zapata Padilla, Minerva Hernández Ramos, Rafael Hernández Soriano, Vidal Llerenas Morales, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Carlos Bello Otero, María Guadalupe Cecilia Romero Castillo, Jorge López Martín, Rocío Matesanz Santamaría, Lorena del Carmen Alfaro García, Adriana Elizarraraz Sandoval, Guadalupe González Suástegui, Emma Margarita Alemán Olvera, Luz Argelia Paniagua Figueroa, Lucía Virginia Meza Guzmán, Héctor Javier García Chávez e Isaura Ivanova Pool Pech (rúbricas).
Con punto de acuerdo, relativo a garantizar el derecho de acceso a la justicia de Seidy Elizabeth Muñoz Téllez, mediante la investigación, sanción y reparación que cumplan los estándares internacionales de protección de los derechos humanos de las mujeres, suscrita por las diputadas Concepción Villa González, Delfina Gómez Álvarez y Sandra Luz Falcón Venegas, del Grupo Parlamentario de Morena
Las que suscriben, las diputadas Concepción Villa González, Delfina Gómez Álvarez y Sandra Luz Falcón Venegas, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena de esta LXIII Legislatura, con fundamento en el artículo 79, apartado 1, fracción II, apartado 2, fracciones I y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al fiscal general de Justicia del estado de México, Alejandro Gómez Sánchez, a garantizar el derecho de acceso a la justicia de Seidy Elizabeth Muñoz Téllez, mediante una investigación, sanción y reparación que cumpla con los estándares internacionales de protección a los derechos humanos de las mujeres.
Exposición de motivos
Seidy Elizabeth Muñoz era una joven de 35 años que fue asesinada el pasado martes 17 de octubre por su pareja Alan Uriel Sánchez Cruz. Ambos trabajaban en la empresa Neovia Logistics Mexico, aunque los turnos de Seidy eran nocturnos. Tenían tres semanas de estar viviendo juntos, en la casa de la mamá de Seidy. Un par de días previos al día en que aconteció el asesinato, Seidy les había comentado a sus familiares que no estaba a gusto con la relación y que le pediría a Alan Uriel que se fuera de la casa. La noche del lunes 16 de octubre, la mamá de Seidy no pasó la noche en casa, pues fue a cuidar a uno de sus nietos a la casa de otra de sus hijas. Al llegar el martes a su casa, se percató que la puerta estaba cerrada con llave por dentro, esperó un par de minutos y posteriormente salió Alan Uriel Sánchez Cruz cubierto en sangre asegurando que había lastimado a Seidy.
El certificado de defunción de Seidy Elizabeth Muñoz confirma que su muerte fue instantánea, causada por laceración pulmonar y de corazón, y heridas punzocortantes penetrantes de tórax. La carpeta de investigación del caso se encuentra en la Fiscalía General de Justicia del Estado de México con NUC: LER/FHT/FHT/054/227671/17/10 y con NIC: FHT/FHT/00/MPI/179/00456/17/10.
El caso de Seidy no es aislado, desafortunadamente en el estado de México miles de mujeres son asesinadas por sus parejas sin recibir justicia. La encuesta ENDIREH 2017 establece que a nivel nacional el 66.1 por ciento de las mujeres ha sufrido al menos un incidente de violencia a lo largo de su vida. El 49 por ciento de las mujeres sufrió violencia emocional, 29 por ciento violencia económica patrimonial o discriminación, 34 por ciento física y 41.3 por ciento sexual a lo largo de su vida, en al menos un ámbito y ejercida por cualquier agresor.
Esta encuesta también señala que la relación donde ocurre con mayor frecuencia violencia contra las mujeres es en la pareja y, por ende, el principal agresor es o ha sido el esposo, pareja o novio. Señala que el 43.9 por ciento de las mujeres que tienen o tuvieron una pareja (matrimonio, convivencia o noviazgo) han sido agredidas por esa persona en algún momento de su vida marital; la situación se agrava en el estado de México, que está en la lista de las 10 entidades federativas con más violencia contra las mujeres con una tasa de violencia de más del 73 por ciento.8
Aunado a las cifras anteriores, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México ha informado que de enero a septiembre de este año, se han presentado 177 homicidios dolosos de mujeres y 45 feminicidios; 222 muertes violentas de mujeres en el primer semestre de 2017. Sin embargo, organizaciones de la sociedad civil señala que en el primer semestre del año se han registrado más de 120 feminicidios en el estado de México.
Investigaciones de organizaciones de la sociedad civil y de particulares2 han señalado que, sin considerar la cifra negra previsible (que se estima mucho más alta), en el país se presentan 150 mil denuncias en forma anual por actos de violencia de género; de las cuales aproximadamente sólo 16 mil 500 fueron recogidas en una averiguación previa (actualmente carpeta de investigación), y de éstas solo 2.4 por ciento terminaron con una sentencia condenatoria.
La falta de una investigación diligente que cumpla con los estándares internacionales y resulte en la sanción de los responsables abona al clima de violencia contra las mujeres e impunidad en el estado de México; y es una muestra de la violencia estructural e institucional contra las mujeres que existe en el país. Como lo señaló Marcela Lagarde hace más de una década: la violencia contra las mujeres por razones de género se observa como el conjunto de delitos de lesa humanidad que contienen los crímenes, los secuestros y las desapariciones de niñas y mujeres en un cuadro de colapso institucional. Se trata de una fractura del estado de derecho que favorece la impunidad. Es decir, la impunidad constituye un problema de carácter estructural que se manifiesta en la ausencia de investigación y sanción de la mayoría de los actos de violencia contra las mujeres, lo que contribuye al fracaso de la función disuasoria y sancionadora del sistema penal y a la consecuente perpetuación de un contexto de violencia contra la mujer. 3
El acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia es una obligación del Estado mexicano correspondiente a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres, deriva de lo establecido en los artículos 1 y 17 de la CPEUM, es decir, la obligación general de garantizar los derechos de las personas, el derecho a la no discriminación por razones de género y la administración de justicia de manera pronta, completa e imparcial. No obstante lo anterior, la obligación de acceso a la justicia para los casos de violencia contra las mujeres debe dotarse de contenido y ejecutarse a través de una interpretación sistemática y progresiva a la luz de los derechos de la mujer a una vida libre de violencia, no discriminación y acceso a la justicia en condiciones de igualdad.
Bajo esta perspectiva, la efectiva garantía del acceso a la justicia por parte de las mujeres exige incorporar el estándar de protección articulado por la CPEUM, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Belém do Pará) y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; cuyo articulado reconoce el derecho a un recurso judicial sencillo y eficaz que cuente con las debidas garantías cuando denuncian hechos de violencia, así como la obligación de los Estados de actuar con la debida diligencia, lo que a su vez se traduce en la exigencia correspondiente de impartir justicia con perspectiva de género. 4
En el ámbito nacional, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece el deber de investigar las violaciones a los derechos humanos de las mujeres y sancionar a los y las responsables. Por su parte, la Ley General de Víctimas reconoce el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación integral a través de recursos y procedimientos accesibles, apropiados, suficientes, rápidos y eficaces; así como a una investigación pronta y efectiva que lleve a la identificación, captura, procesamiento y sanción de manera adecuada de todas las personas responsables del daño, al esclarecimiento de los hechos y a la reparación del daño.
Por último, cabe destacar que de acuerdo con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuya jurisprudencia resulta vinculante para todas las autoridades de nuestro país, la ineficacia judicial frente a casos individuales de violencia contra las mujeres propicia un ambiente de impunidad que facilita y promueve la repetición de los hechos de violencia en general y envía un mensaje según el cual la violencia contra ellas puede ser tolerada y aceptada, lo que favorece su perpetuación y la aceptación social del fenómeno, el sentimiento y la sensación de inseguridad de las mujeres, así como una persistente desconfianza de estas en el sistema de administración de justicia.5
En este sentido, se insta a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México para que se realice una investigación pronta, expedita y efectiva que incorpore la perspectiva de género para llevar la debida identificación, captura, procesamiento y sanción del responsable del feminicidio de Seidy Elizabeth Muñoz Téllez y al mismo tiempo contribuir a la prevención de la violencia contra las mujeres en el estado de México mediante la erradicación de la impunidad los casos de feminicidios contra las mujeres.
Ante la urgente situación de violencia feminicida en el estado de México, se somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo, con el objetivo de garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia:
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al fiscal general de Justicia del estado de México, Alejandro Gómez Sánchez, a garantizar el derecho de acceso a la justicia de Seidy Elizabeth Muñoz Téllez, mediante una investigación, sanción y reparación que cumpla con los estándares internacionales de protección a los derechos humanos de las mujeres.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Fiscalía General de Justicia del Estado de México a implementar cursos de capacitación a todo su personal para incorporar la perspectiva de género y los derechos humanos de las mujeres en el ejercicio de sus funciones.
Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobernador del estado de México, Alfredo del Mazo, a implementar las acciones necesarias para eliminar la violencia generalizada contra las mujeres que existe en el estado de México.
Notas
1 Resultados ENDIREH 2017, http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/boletines/2017/endireh/endireh2017 _08.pdf
2 Ana Pecova (2015). Derechos de Papel, en Violencias Invisibles. Revista Nexos . México, junio 2016, 29-31 págs.
3 UNETE, La regulación del delito de femicidio/feminicidio en América Latina y el Caribe, disponible en
http://www.un.org/es/women/endviolence/pdf/reg_del_femic icidio.pdf
4 SCJN. Impartición de justicia con perspectiva de género. Obligaciones que debe cumplir el estado mexicano en la materia.
5 Corte IDH, Caso González y otras (Campo Algodonero), párrs. 388 y 40.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre del 2017.
Diputadas: Concepción Villa González, Delfina Gómez Álvarez y Sandra Luz Falcón Venegas (rúbricas)Con punto de acuerdo, relativo a redoblar esfuerzos de coordinación e intercambio de datos para proteger especies de flora y fauna endémicas y en vías de extinción, así como fomentar acciones para desincentivar el tráfico respectivo, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La que suscribe, María Elena Orantes López, integrante de la LXIII Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, y 79, párrafos primero, fracción II, y párrafo segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Ejecutivo federal y a varios gobiernos estatales a redoblar esfuerzos de coordinación e intercambio de información, casos de éxito y mejores prácticas para protección de especies de flora y fauna, endémicas y en vías de extinción, así como para fomentar acciones conjuntas orientadas a desincentivar el tráfico de especies, con base en las siguientes
Consideraciones
Nuestro país junto a China, India, Colombia y Perú cuenta con un territorio megadiverso cuyas características topográficas, geográficas, geológicas y climatológicas permiten que en nuestros países conjuntamente se concentre del 60 por ciento al 70 por ciento de la diversidad biológica mundial.
Específicamente en territorio mexicano, hay especímenes que representan el 12 por ciento de la diversidad de nuestro planeta, riqueza natural que nos permite ocupar el primer puesto mundial en reptiles, el segundo en mamíferos y el cuarto tanto en anfibios como en plantas.
Desafortunadamente, circunstancias antropogénicas han planteado que de todo este patrimonio megadiverso, alrededor del 50 por ciento de las especies de plantas, el 57 por ciento de las especies de reptiles, el 65 por ciento de las especies de anfibios y el 32 por ciento de los mamíferos, terrestres y marinos, que habitan el territorio nacional sean endémicas. Esto significa que si alguna de esas especies desaparece de nuestro país, estará extinta en todo el mundo.8
En este sentido, las instituciones de la República han hecho avances legales, administrativos, estructurales y organizacionales importantes en lo que va del siglo y existen algunos casos de éxito en preservación de especies a través de acciones de gobierno como ha sucedido en Chiapas durante los últimos 10 años. Sin embargo, el problema sigue siendo apremiante, continúan surgiendo alarmantes casos como el de la Vaquita Marina en el Golfo de California que prácticamente se está extinguiendo; el preocupante tráfico de aves en la zona de Chiapas, Veracruz y Tabasco; los 2 mil 500 metros cúbicos de maderas preciosas asegurados en mayo por la Procuraduría Federal de Protección Ambiental (Profepa) o el hallazgo de 318 especies animales originarias de estados del sur que Profepa encontró en un mercado de Ciudad de México.2
Aunado a ello, es importante considerar que las zonas selváticas que comparten Chiapas, Oaxaca, Tabasco y Veracruz representan espacios de difícil acceso y deficiente control por parte de las autoridades. Ello, aunado a que también comparten nodos de comunicación estratégicos para los flujos comerciales, lícitos e ilícitos, y cada gobierno, en ejercicio de su soberanía asigna distintos tipos de prioridades a la protección de especies de fauna y flora, hace que la aplicación de la ley y la protección del patrimonio megadiverso en nuestro país sea vulnerable ante el mercado negro de especies, los cazadores furtivos, el desarrollo humano y prácticas agropecuarias predatorias.
En consecuencia, la propuesta que ofrezco a esta soberanía consiste en hacer un llamado al Gobierno de la República y a los gobiernos de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán a que redoblen los esfuerzos orientados a intercambiar y difundir información sobre casos de éxito en la protección de especies y para coordinarse mejor con la finalidad de implementar acciones conjuntas que fortalezcan la protección de las especies, independientemente del grado de prioridad que cada gobierno le esté asignando a este rubro.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Ejecutivo federal y a los gobiernos de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán a redoblar esfuerzos de coordinación e intercambio de información, casos de éxito y mejores prácticas para protección de especies de flora y fauna, endémicas y en vías de extinción, así como para fomentar acciones conjuntas orientadas a desincentivar el tráfico de especies.
Notas
1 Véase: http://www.conabio.gob.mx/institucion/cooperacion_internacional/doctos/ db_mexico.html
2 Véase:
http://www.eluniversal.com.mx/articulo/metropoli/cdmx/20 17/04/22/aseguran-318-especies-en-riesgo-en-mercado-de-la-cdmx, http://noticieros.televisa.com/ultimas-noticias/nacional/2017-05-30/pro fepa-combate-tala-ilegal-y-trafico-especies-frontera-sur/ y https://www.gob.mx/profepa/prensa/durante-operativo-frontera-sur-profep a-y-gendarmeria-implementaron-acciones-contra-tala-y-trafico-ilegal-de- especies
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputada María Elena Orantes López (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IMSS a analizar instrumentos para modificar su contrato colectivo y Reglamento Interior de Trabajo, a cargo de la diputada Alma Lilia Luna Munguía, del Grupo Parlamentario del PRI
La que suscribe, diputada Alma Lilia Luna Munguía, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional e integrante de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2; 65; 76, numeral 1, fracción IV; 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción III; del Reglamento de la Cámara de Diputados; somete a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo:
Dentro de las funciones que se nos encomiendan como legisladores está velar porque sea respetada y aplicada la normatividad que establece nuestra Carta Magna dentro de la cual su función principal es la de salvaguardar los derechos fundamentales de nuestros compatriotas tal y como lo establece el artículo siguiente:
Artículo 4o. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.
Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad.
...
Es por eso que se han creado normas y leyes que regulan este derecho que principalmente protege el sano desarrollo de los menores de edad, para que tengan garantizado recibir ya sea de parte del papá o de la mamá los alimentos suficientes que garanticen que el menor va a ser proveído según su estado de necesidad y la posibilidad económica del deudor alimentario, mediante un pago de una suma de dinero la cual puede ser entregada de manera personal o, en su caso, mediante el descuento en la fuente laboral del deudor alimentario.
Así, los alimentos son de orden público, de interés general así como obligatorios, siendo esta obligación para el padre como para la madre, garantizando con ello los alimentos, vestimenta, educación, vivienda, asistencia médica, recreación, formación integral, a los menores de edad.
Dentro de los principios encontramos el interés superior del menor el cual consiste en el conjunto de acciones y procesos tendentes a garantizar el sano desarrollo integral y el derecho a una vida digna de los menores.
Dicho principio tiene como origen que toda decisión por parte de sus progenitores, no desproteja los derechos ni se vulneren en perjuicio del menor, por lo que todas las normas van encaminadas a que se garanticen sus derechos, así como en todo momento sean considerados en primer término, salvaguardando en las normas y que al ser interpretados por los tribunales se satisfaga en primer término dicho derecho de alimentos, vestimenta, educación, vivienda, asistencia médica, recreación, formación integral; así como al momento de tomar una decisión, deberá de considerar las posibles repercusiones de esa toma de decisiones en los intereses de los menores de edad.
Es por ello que nos encontramos aún con grandes lagunas dentro de las normas que regulan estos derechos como lo es dentro del Contrato Colectivo de Trabajo y del Reglamento Interior de Trabajo del Instituto Mexicano del Seguro Social, referente al derecho que tienen los trabajadores de solicitar permisos temporales, sin goce de sueldo, que, si bien es un derecho del trabajador, debe de cuidarse que no se vulnere un derecho de un tercero, cuando el deudor alimentarios esté proporcionando su obligación alimentaria, al no establecer dentro de sus lineamientos que pasara en caso de que el trabajador al momento de solicitar una licencia temporal sin goce de sueldo se encuentre proporcionado pensión alimenticia, y al concederle el permiso deja en total estado de insolvencia alimentaria a su acreedor alimentario.
Por ello, el presente punto de acuerdo busca garantizar que no se vulnere el derecho de alimentos a los acreedores alimentarios, dotando con ello de una real certeza jurídica, lo cual representa los altos estandartes consagrados en nuestra Carta Magna, leyes y tratados internacionales en los derechos humanos.
Es por esto que es necesario delinear la normatividad en comento, a fin de que sea regulada la obligación de los deudores u obligados alimentarios, de la siguiente manera:
Por lo anteriormente expuesto, se pone a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Mexicano del Seguro Social, a fin de que analice los mecanismos necesarios que le permitan modificar su contrato colectivo de trabajo; así como, su reglamento interior de trabajo para que se garanticen las obligaciones alimentarias, tratándose de trabajadores que soliciten permisos temporales sin goce de sueldo.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputada Alma Lilia Luna Munguía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos locales a legislar en materia de divorcio incausado, a cargo del diputado David Gerson García Calderón, del Grupo Parlamentario del PRD
El que suscribe, diputado David Gerson García Calderón, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, en materia de divorcio incausado.
Consideraciones
1) El divorcio constituye el acto jurídico por el cual se disuelve el vínculo matrimonial. Jurídicamente encontramos múltiples conceptos de divorcio, en este sentido es una lucha que al menos en México ya ha sido ganada. Tomando en consideración que la obligación de todas las autoridades del Estado mexicano estamos obligados a respetar, a promover y garantizar los derechos humanos establecidos en el artículo 1o. de nuestra Carta Magna, y atendiendo a que el libre desarrollo de la personalidad constituye la expresión máxima del principio liberal de autonomía de la persona.
2) Vemos con preocupación el alto índice de divorcios en la República Mexicana, así como la discriminación y señalamiento hacia aquellas personas que caen en alguna causal de divorcio establecida en los códigos civiles de las entidades federativas, ante esta problemática es menester salvaguardar los derechos del individuo a la no discriminación, buscando de una forma más eficiente, pronta y expedita la tramitación de los divorcios, sin necesidad de exigir al solicitante una justificación. Así lo ha resuelto la propia jurisprudencia emitida por nuestro más alto tribunal del país, el cual ha establecido en su criterio jurisprudencial 73/2014, que para decretar la disolución del vínculo matrimonial basta con que uno de los cónyuges lo solicite sin necesidad de expresar motivo alguno.
3) Bajo esta nueva regulación, la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México en 2008 introdujo este cambio, dejaron de ser necesarias las causales y el común acuerdo para que el divorcio procediera, basta con que una de las partes ya no quiera seguir con el matrimonio para que éste termine; a la Ciudad de México le han seguido Hidalgo (2011), el estado de México (2012), Guerrero (2012), Yucatán (2012), Sinaloa (2013), Coahuila (2013), Tamaulipas (2015), Nuevo León (2016), en el reconocimiento de esta posibilidad.
4) A efecto de darle profundidad al cumplimiento de nuestro ordenamiento constitucional y los instrumentos internacionales y de más leyes aplicables. De lo anterior se obtiene que el divorcio sin expresión de causa, es decir la voluntad del individuo de no seguir vinculado a su cónyuge debe prevalecer y no estar supeditada a explicación alguna, pues con la expresión de dicha voluntad se ejerce el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Argumentación
Derechos Humanos conforme al artículo 1o. de nuestra Carta Magna, vigente desde el 11 de junio de 2011, las garantías para su protección pueden adoptar un carácter positivo o negativo.
Artículo 1o. Párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece; que las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en dicho ordenamiento fundamental y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. En dichos términos, las garantías de protección con el fin de tutelar los derechos humanos pueden adoptar diversas formas. Por ejemplo: aquellas que permiten invalidar o anular el acto que no ha respetado los derechos de las personas; aquellas que buscan producir el acto que promueve o protege tales derechos; así como aquellas que sancionan la omisión de actuación por quienes están constitucionalmente exigidos a promover, respetar y proteger los derechos humanos. Lo anterior, se traduce en que las garantías de protección pueden generar actos de sentido positivo o actos de sentido negativo. Unos u otros dependerán de la naturaleza de la protección que persiga la garantía correspondiente; es decir, según tenga por objeto producir un acto que promueva, respete o proteja los derechos humanos.
Suprema Corte de Justicia de la Nación, contradicción de tesis 73/2014. Divorcio necesario, el régimen de disolución del matrimonio que exige la acreditación de causales, vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
[...El libre desarrollo de la personalidad constituye la expresión jurídica del principio liberal de autonomía de la persona, de acuerdo con el cual al ser valiosa en sí misma la libre elección individual de planes de vida, el Estado tiene prohibido interferir en la elección de éstos, debiéndose limitar a diseñar instituciones que faciliten la persecución individual de esos planes de vida y la satisfacción de los ideales de virtud que cada uno elija, así como a impedir la interferencia de otras personas en su persecución...]
Declaración Universal de Derechos Humanos
Como principio rector en materia de derechos humanos. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, por lo que cada quien es responsable de sus actos y sus decisiones.
Fundamentación
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Por lo expuesto y fundado, pongo a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, con pleno respeto a su soberanía, a los congresos de las entidades federativas que faltan por legislar en materia de divorcio incausado, a legislar en la materia, privilegiando el libre desarrollo de la personalidad de los individuos.
Palacio de Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputado David Gerson García Calderón (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a la promulgación de la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como de las reformas sobre diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud ya aprobadas, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena
Juan Romero Tenorio, diputado integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
Primera . Que el pasado 29 de abril de 2015 fue aprobado por el pleno del Senado de la República, modificación al artículo 73, fracción XXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de otorgar facultades al Congreso para expedir leyes generales en materia de desaparición forzada, tortura, y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Segunda . Que esta reforma fue publicada el 10 de junio de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, la cual establece en el artículo transitorio segundo que:
Segundo. El Congreso de la Unión deberá expedir la legislación en las materias que se adicionan por virtud del presente decreto al artículo 73, fracción XXI, inciso a), dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del mismo.
La legislación a que se refiere el presente transitorio deberá regular el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas .
Tercera . Que en fecha 27 de abril de 2017, en sesión del Senado de la República, fue aprobado por 89 votos a favor, 3 en contra y 4 abstenciones, el dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia, Derechos Humanos, y de Estudios Legislativos que contenía el proyecto de decreto por el que se expedía la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, y se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud.
Cuarta . Que el 2 de mayo de 2017 fue publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, y se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud.
Quinta . Que el 12 de octubre de 2017 la Cámara de Diputados aprobó la minuta de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, y se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud, con 396 votos en pro y 0 votos en contra.
Sexta. A la fecha de presentación este punto de acuerdo, es decir el 7 de noviembre de 2017, ya ha pasado casi un mes de aprobada la reforma y sin embargo no ha sido promulgada ni publicada en el Diario Oficial de la Federación, lo que ha hecho nugatorio los derechos y avances que representa esta legislación a pesar de que la desaparición forzada de personas es un problema de alcance nacional.
La falta de promulgación ha devenido en que no se le ha asignado presupuesto a la Comisión Nacional de Búsqueda para el ejercicio fiscal de 2018, ni la Fiscalía Especializada en Búsqueda de Personas recibe el incremento adecuado para que esté en condiciones de desahogar las responsabilidades que ahora afrontara, situación que pone en grave riesgo la ejecución y viabilidad de esta ley.
Cabe recordar que el Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, (RNPED), que integra los datos de personas no localizadas establece que hasta el 31 de julio de 2017 existan registradas mil 205 a nivel federal y en las entidades federativas existan 32 mil 277.
Es decir un total de 34,277 (treinta y cuatro mil doscientas setenta y siete) personas desaparecidas. Cifra que desafortunadamente sigue incrementándose.
Con estos datos podemos resaltar el hecho que mientras que en el sexenio de Felipe Calderón, del primero de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2012, se registraron 13 mil 252 personas como desparecidas, durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, del primero de enero de 2013 hasta el 31 de junio de 2017, el número de casos registrados por desaparición llegó a 18 mil 455. Es decir, aun cuando todavía falta un año y medio de la administración de Enrique Peña Nieto las desapariciones se han incrementado en 5 mil 203, lo que equivale a un aumento de 39.3 por ciento en un lustro. Lo que hace evidente la urgente necesidad de combatir el problema y la promulgación de la norma cobra especial relevancia.
Séptima . Por su parte, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala:
Artículo 72. Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose la Ley del Congreso y sus reglamentos respectivos, sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones:
A...
B. Se reputará aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones a la Cámara de su origen dentro de los treinta días naturales siguientes a su RECEPCIÓN ; vencido este plazo el Ejecutivo dispondrá de diez días naturales para promulgar y publicar la ley o decreto . Transcurrido este segundo plazo, la ley o decreto será considerado promulgado y el presidente de la Cámara de origen ordenará dentro de los diez días naturales siguientes su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sin que se requiera refrendo . Los plazos a que se refiere esta fracción no se interrumpirán si el Congreso cierra o suspende sus sesiones, en cuyo caso la devolución deberá hacerse a la Comisión Permanente.
...
Considerando que la minuta fue aprobada el 12 de octubre del año en curso, y dada la importancia nacional de que entre en vigor la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como las reformas a diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud, resulta imperativa su promulgación y publicación en el Diario Oficial dela Federación.
Por las razones y consideraciones expuestas, propongo ante esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único . Se exhorta al titular del Ejecutivo federal para que de inmediato promulgue la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como las reformas a diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud ya aprobadas y ordene su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputado Juan Romero Tenorio (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a esclarecer la situación irregular de la Dirección General de Profesiones, agilizar los trámites atrasados y expedir a los afectados las cédulas profesionales, a cargo del diputado Jorge Álvarez Máynez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El suscrito, diputado Jorge Álvarez Máynez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, presenta ante esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo:
Consideraciones
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce la libertad de trabajo a todos los habitantes del país, gracias a la cual, las personas pueden ejercer la actividad lícita que deseen, sin que nadie les pueda imponer alguna forma de trabajo, ni condiciones distintas a las previstas por el derecho.
En ese sentido, la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional señala que toda persona a quien legalmente se le haya expedido título profesional, tiene el derecho de obtener cédula de ejercicio con efectos de patente, previo registro de dicho título o grado. Dicho trámite resulta de vital importancia, ya que contar con la cédula profesional es un requisito indispensable para el ejercicio de algunas profesiones, así como para ingresar a realizar estudios de posgrado en diversas instituciones educativas.
Por otra parte, la mencionada ley, señala en su artículo 23, fracción IV, que es a su vez una facultad y una obligación de la Dirección General de Profesiones (DGP) Expedir al interesado la cédula personal correspondiente, con efectos de patente para el ejercicio profesional y para su identidad en todas sus actividades profesionales. Sin embargo, en días recientes, la Dirección General de Profesiones, dejó de dar cumplimiento a su obligación legal, de manera irresponsable.
El pasado 7 de septiembre, la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, determinó de manera poco clara, y sin avisar formalmente, con tiempo, a quienes pudiera afectar, la suspensión de actividades, impidiendo el acceso al personal administrativo, así como a usuarios que pretendían realizar, ya fuera el trámite de cédula profesional, o algún otro trámite requerido por la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, tales como adición de carrera, o recoger la patente de ejercicio profesional, o solicitar cita, mediante el formato oficial de solicitud en el Sistema Integral de Registro del Ejercicio Profesional8 .
Sin embargo, y ante la falta de claridad en la situación por la que atravesaba dicha dirección, se publicó en la página del Sistema Integral de Registro del Ejercicio Profesional (https://sirepve.sep.gob.mx/validacionelectronica/), el Acuerdo 1610172 , por la que se comunicó que el servicio se suspendería 30 días hábiles, con motivo de un cambio de domicilio3 . No obstante lo anterior, dicha suspensión se alargaría por un periodo más, comprendido entre el 2 de octubre al 13 de octubre de 20174 . Asimismo, se comunicó que el nuevo domicilio se ubicaría, a partir del lunes 9 de octubre de 2017, en Viaducto número 551, colonia Magdalena Mixhuca, delegación Venustiano Carranza, código postal 15860, en la Ciudad de México5 .
De igual manera, se alegó una supuesta reestructuración al interior de la Dirección General de Profesiones para modernizar sus trámites, por lo que se suspendieron los servicios de atención al público tanto en ventanilla como en medios electrónicos6 , sin que hasta la fecha se haya comunicado de manera formal la reanudación de dichos servicios.
Lo anterior, ha provocado malestar entre los egresados universitarios y profesionistas que pretendían realizar trámites, así como especulación sobre los motivos que provocaron la suspensión de actividades. Como consecuencia, trascendió en La Jornada de Oriente , que el 7 de septiembre, mismo día en que se suspendieron actividades, huestes armadas requisaban las instalaciones de la dependencia y documentos de Bernardo Espino del Castillo, otrora director general, señalado por presuntos actos de corrupción, acción atribuida a Salvador Jara Guerrero, subsecretario de Educación Superior (goo.gl/ 3ViUea). En tanto eso sucedía, empleados de la DGP de diferentes jerarquías, incluidos los de base, reclamaban que sin previo aviso fueron desalojados de su lugar de trabajo, a pesar de no estar involucrados en actos de corrupción y tener antigüedades cercanas a 40 años. (Iris Velásquez, goo.gl/2uHVkd).7
Independientemente de lo anterior, la DGP se ha visto involucrada en irregularidades administrativas, incidencias, que, en los últimos cinco años de gobierno, habrían afectado a los usuarios de sus servicios, en mayor o menor medida. Comentarios adversos rodean a la emisión de las cédulas profesionales y a la gestión de una oficina de trámite que alargan la obtención de un documento, a lapsos que varían entre los tres y los 12 meses, cuando la normatividad establece que debería entregarse en un tiempo no mayor a los 20 días. Imprescindible para el ejercicio profesional de egresados de varias licenciaturas, entre ellas las de Ciencias de la Salud, Derecho y las vinculadas al Servicio Profesional Docente, quienes al no contar con ella por estar en trámite, se encuentran en un estado de indefensión y pueden, o perder una plaza de trabajo en el sector público condicionada a la presentación del documento en cuestión; no obtener licencia para litigar en tribunales como abogados patrones y solicitar la firma de alguien que sí cubra los requisitos; o ser acusados por usurpar un grado académico sujeto a verificación.8 A pesar de la implementación de un trámite electrónico, mediante el Sistema Integral de Registro del Ejercicio Profesional (SIREP), la entrega de la cédula profesional pasó, de 15 días para el interesado y 30 para el gestor, a un periodo de cuatro o cinco meses9
Sin embargo, no es la primera vez que ocurre una suspensión de los servicios de la Dirección General de Profesiones, pues tanto en marzo de 2016, como en mayo de 2017, se vieron afectadas sus actividades, ya fuera por fallas, o por causas extraordinarias durante el periodo 2012-2013, año en que el cambio al SIREP y al formato de cédula profesional, ocasionaron retrasos de hasta de un año, en la entrega del documento solicitado.80 En abril de 2017, la Dirección General de Profesiones solicitó a los usuarios del servicio, que los pagos de derechos para los trámites deberían contener la cadena que asignan las secretarías de finanzas locales, con el consecuente deterioro económico y pérdida de tiempo para quienes van de los estados a la Ciudad de México.88
Por ello, resulta indispensable exhortar a la Secretaría de Educación Pública, a fin de que, primero, esclarezca la situación por la que atraviesa la Dirección General de Profesiones, asimismo, que ordene y reanude sus actividades de manera regular, y publique el mecanismo de reordenamiento de los trámites afectados por dicha suspensión. Por último, que la realización de trámites, y la expedición de las respectivas cédulas profesionales, no exceda en un lapso mayor a 30 días hábiles. De otra manera, la Secretaría de Educación Pública continuará violentando a miles de jóvenes su derecho fundamental a la libertad de trabajo.
Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta Cámara de Diputados, la aprobación de los siguientes:
Puntos de Acuerdo
Primero. El pleno de esta Cámara de Diputados acuerda exhortar al titular de la Secretaría de Educación Pública a que esclarezca la situación por la que atraviesa la Dirección General de Profesiones, y agilice los trámites solicitados ante ésta, antes y después de la suspensión acontecida el pasado 7 de septiembre de 2017.
Segundo. El pleno de esta Cámara de Diputados acuerda exhortar al titular de la Secretaría de Educación Pública a que urja al director general de Profesiones a realizar los trámites atrasados, y expedir sus cédulas profesionales a los ciudadanos afectados, en un lapso no mayor a 30 días hábiles.
Tercero. El pleno de esta Cámara de Diputados acuerda exhortar al titular de la Secretaría de Educación Pública, a fin de que la Dirección General de Profesiones revise y adecue el Sistema Integral de Registro del Ejercicio Profesional para que los trámites solicitados mediante éste se agilicen, a fin de que los mismos no excedan de un plazo de 30 días hábiles.
Cuarto. El pleno de esta Cámara de Diputados acuerda exhortar al Ejecutivo federal a fin de realizar las gestiones necesarias para una eficiente unificación y consolidación del registro profesional, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional.
Notas
1 Santin Nieto, Gustavo, Otros afectados, La
Jornada de Oriente , disponible en:
http://www.lajornadadeoriente.com.mx/2017/10/16/otros-afectados/
2 Acuerdo 161017, disponible en:
http://ses.sep.gob.mx/pdfs/acuerdo-161017.pdf, consultado el 30 de octubre de 2017.
3 Ibíd.
4 Aviso de cambio de domicilio de la Dirección General de Profesiones (GDP) de la SEP, así como suspensión de los servicios de atención al público, Sistema Integral de Registro del Ejercicio Profesional, disponible en: https://sirepve.sep.gob.mx/validacionelectronica/, consultado el 30 de octubre de 2017.
5 Ibíd.
6 Ibíd.
7 Santin Nieto, Gustavo, Que dios, Peña y Nuño nos agarren confesados, disponible en:
http://www.lajornadadeoriente.com.mx/2017/09/18/dios-pen a-nuno-nos-agarren-confesados/
8 Ibíd.
9 Ibíd.
10 Ibíd.
11 Ibíd.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso de Guanajuato a proponer al pleno la remoción del auditor superior del estado y el director general de Auditoría y Cuenta Pública, a cargo de la diputada María Bárbara Botello Santibáñez, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, diputada federal María Bárbara Botello Santibáñez, integrante del Grupo Parlamentario del PRI a la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, así como el artículo 79, numeral 1, fracción II y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Los órganos de fiscalización de nuestro país, tanto como la Auditoría Superior de la Federación como los de las entidades federativas, son instancias orientadas a fiscalizar el uso de los recursos públicos, así como el desempeño que hagan de ellos los servidores públicos.
Para que estos órganos de fiscalización cumplan con su función, deben tener como punto de partida que sus servidores públicos gocen de una buena reputación para que en el desempeño de sus funciones no se les cuestione su legitimidad.
Sin embargo, en el Congreso del estado de Guanajuato poco parece importar que el titular de la Auditoría Superior del Estado sea cuestionado por haber nombrado a un servidor público inhabilitado como director general de Auditoría y Cuenta Pública, segundo lugar de importancia dentro de la estructura orgánica de la Auditoría Superior del estado.
El 27 de febrero de 2014, el titular de la Auditoría Superior del estado informó a la LXII Legislatura del Congreso del estado de Guanajuato el nombramiento del contador público Tomás Martín Hernández Gaytán como director general de Auditoría y Cuenta Pública, para su ratificación.
El 7 de marzo de 2014, los integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del estado de Guanajuato de la LXII Legislatura, sometieron a consideración del pleno, la ratificación del contador público Tomás Martín Hernández Gaytán como director general de Auditoría y Cuenta Pública.
Por su desempeño como servidor público en el Instituto Nacional Electoral (INE), el Órgano de Control de dicho instituto le impuso dos sanciones de inhabilitación a dicho servidor público.
La primera es una inhabilitación por 5 años, misma que inició el 29 de septiembre de 2014 y terminará el 27 de septiembre de 2019, la cual fue impuesta por negligencia administrativa por parte del Órgano de control del Instituto Nacional Electoral, con expediente CGE/PAR-OD-D/09/001/2013.8
La segunda es una inhabilitación por 5 años, la cual inició 2el 5 de abril de 2015 al 22 de abril de 2020, también por negligencia administrativa impuesta por el Órgano de Control del Instituto Nacional Electoral, con expediente número CGE/PAR-OD-D/09/003/2014.2
Con el antecedente de estas dos sanciones administrativas en contra del contador público Tomás Martín Hernández Gaytán por parte del Órgano de Control del INE, aun así el titular de la Auditoría Superior del estado lo nombró director general de Auditoría y Cuenta Pública.
La fracción IV del artículo 95 Ley de Fiscalización Superior del estado de Guanajuato señala como causa grave de remoción del auditor superior el conducirse con parcialidad en los procedimientos de fiscalización, así como en el cumplimiento de las disposiciones de esta ley.
Es claro que el titular de la Auditoría Superior del estado se condujo con parcialidad en dicho nombramiento y que no cumplió con las disposiciones legales vigentes al nombrar a un exservidor público federal inhabilitado en dos ocasiones.
Asimismo, el tercer párrafo del artículo 90 de la Ley de Fiscalización Superior del estado de Guanajuato estipula que
Artículo 90. ...
...
El auditor superior será removido por las causas graves a que se refiere el artículo 95 de esta ley, con la misma votación requerida para su nombramiento; así como por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Noveno de la Constitución Política para el Estado y la ley de la materia.
Se considera que el Auditor Superior, puede ser removido por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Noveno de la Constitución Política para el estado de Guanajuato y la ley en la materia.
El artículo 59 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el estado de Guanajuato, precisa que:
Artículo 59. Será responsable de contratación indebida el servidor público que autorice cualquier tipo de contratación, así como la selección, nombramiento o designación, de quien se encuentre impedido por disposición legal o inhabilitado por resolución de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o inhabilitado para realizar contrataciones con los entes públicos, siempre que en el caso de las inhabilitaciones, al momento de la autorización, éstas se encuentren inscritas en el sistema nacional y estatal de servidores públicos y particulares sancionados de la Plataforma digital nacional y la Plataforma digital estatal.
En términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el estado de Guanajuato, lo previsto en el artículo 59 de la Ley en comento, dicho nombramiento constituye una falta administrativa grave por parte del titular de la Auditoría Superior del estado que se debe ser sancionado con destitución o en su caso, con inhabilitación.
Por lo que el titular de la Auditoría Superior del Estado es responsable del nombramiento que realizó del servidor público contador público Tomás Martín Hernández Gaytán como Director General de Auditoría y Cuenta Pública, violentando la ley y puede ser removido por el Congreso del estado de Guanajuato, así como el mismo Director General de Auditoría y Cuenta Pública.
Por lo que respecta al cargo que ostenta el contador público Tomás Martín Hernández Gaytán como director general de Auditoría y Cuenta Pública, la fracción IV del artículo 97 de la Ley de Fiscalización Superior del estado de Guanajuato, indica que:
Artículo 97. Para ocupar el cargo de auditor especial o director general se deberán satisfacer los requisitos siguientes:
I. a III. ...
IV. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena privativa de libertad de más de un año; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama pública, quedará inhabilitado para el cargo, cualquiera que haya sido la pena;
V. al VI. ...
Queda claro que el contador público Tomás Martín Hernández Gaytán como Director General de Auditoría y Cuenta Pública, no goza de buena reputación al tener dos inhabilitaciones por parte del Órgano de Control del INE.
Se han violentado los principios de objetividad, confiabilidad, legalidad y profesionalismo, previstos por la Constitución Política del estado de Guanajuato y por la Ley de Fiscalización Superior del estado de Guanajuato con este nombramiento.
La Junta de Gobierno y de Coordinación Política del Congreso del estado de Guanajuato ha dado un carpetazo a este asunto para evitar que se siga perdiendo la confianza en las instituciones del estado que hoy más que nunca requieren del cumplimiento de la ley.
Es por ello que el presente punto de acuerdo hace un llamado al Congreso del Estado de Guanajuato para que se cumpla con la legalidad y las instituciones estatales no pierdan más su legitimidad.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Congreso del estado de Guanajuato, dé cumplimiento a lo dispuesto en la fracción IX del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Guanajuato, a efecto de que se proponga a la brevedad, al pleno del Congreso del Estado para su aprobación, la remoción del titular de la Auditoría Superior del Estado y del director general de Auditoría y Cuenta Pública.
Notas
1 https://siac.funcionpublica.gob.mx/DatosAbiertos/rsps/RSPS20142.csv
2 https://siac.funcionpublica.gob.mx/DatosAbiertos/rsps/RSPS20151.csv
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputada María Bárbara Botello Santibáñez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al gobierno del estado de México a tomar medidas dirigidas a que Ocuilan cuente con elementos policiacos para garantizar la seguridad de los habitantes, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del PRD
El que suscribe, Omar Ortega Álvarez, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
De acuerdo al estudio Linchamientos en México: recuento de un periodo largo (1988-2014) , en las últimas décadas se contabilizaron más de 300 casos de linchamiento, donde el estado y la Ciudad de México encabezaron la lista a nivel nacional8 .
Sin embargo, el profesor del Departamento de Sociología de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) Azcapotzalco, Raúl Rodríguez Guillén, ha señalado que tan sólo en los primeros meses del año 2017 hubo 142 linchamientos, más de 28 al mes en comparación del sólo caso que se reportaba al mes en años pasados. Guillén señala que son siete estados en donde se concentra el fenómeno: estado de México, Puebla, Tabasco, Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Morelos y la Ciudad de México.2
En esta ocasión, la situación parecía repetirse en el municipio de Ocuilan, estado de México, en donde un grupo de pobladores acusaban a dos mujeres de tentativa de secuestro, al asegurar que éstas preguntaban sobre los horarios de salida en las escuelas. El grupo tenía a las mujeres atadas de las manos a un poste de luz en donde las golpeaban y tenían preparada gasolina para rociarlas y quemarlas.3
Frente a la situación, el presidente municipal de Ocuilan, Félix Alberto Linares González, llegó al lugar de los hechos e intentó negociar con los pobladores y para evitar que el conflicto escalara ofreció trasladar a las mujeres a las galeras municipales pero no accedieron. Elementos de la policía estatal que habían llegado al lugar del conflicto pidieron refuerzos y arribaron los granaderos4 .
El edil señala que al arribo de los elementos policiacos les solicitó a estos oportunidad para negociar con los habitantes, pero los policías no accedieron y rociaron gases lacrimógenos contra la población. Tras rescatar a las mujeres, los uniformados se fueron y desatendieron la petición del alcalde para que al menos un par se quedaran en el sitio. El presidente municipal se quedó solo y alrededor de 60 vecinos no desaprovecharon la oportunidad para seguirlo y golpearlo. Como resultado, Félix Linares terminó con fractura costal y de nariz, esguince grado 3 y múltiples contusiones en abdomen y tórax.5
Entendiendo la situación de descontento de la población, el edil Linares no levantará ninguna denuncia por los hechos pero sí denunció que por cuestiones de presupuesto, el ayuntamiento de Ocuilan se encuentra muy limitado en fuerza policiaca: apenas cuenta con 20 elementos, que se traducen en una decena por turno, cuando por la extensión territorial de la demarcación y el número de habitantes se debería contar con entre 80 y 100 elementos6 .
En el mismo tenor, expuso que la policía estatal poco ayuda... apoya con dos o tres patrullas con dos elementos cada una, que hacen de todo excepto su trabajo; se dedican a extorsionar a los peregrinos y turistas, colocan casetas de cobro en las carreteras con Cuernavaca, aludiendo también a una posible colusión de policías estatales con grupos delincuenciales.
Además, recordó su solicitud para instalar en el municipio una Base de Operaciones Mixtas (BOM) con retenes en las carreteras no casetas de cobro con el objetivo de disminuir la delincuencia, la cual lleva dos años en espera de ser atendida.
La corrupción, injusticia, e indiferencia de las autoridades gubernamentales, son prácticas arraigadas y sistematizadas en nuestro aparato institucional que han deteriorado el estado de derecho, generando en la población inconformidad y molestias. Frente a esto, la estrategia de mando mixto, de una policía no corrupta y cercana a la gente es una necesidad imperante a nivel nacional.
Frente a lo expuesto, someto a consideración de la soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta al gobierno del estado de México para que tome las medidas necesarias que garanticen que el municipio mexiquense de Ocuilan cuente con los elementos policiacos municipales necesarios para asegurar la integridad y vida de todos sus habitantes.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de México a que, respetando el principio de confidencialidad y reserva de información, haga de conocimiento público los criterios que se utilizan en los protocolos de actuación de la policía estatal mexiquense en torno a los linchamientos en la entidad, y a que explique la manera en la que se han implementado los operativos realizados en el estado en fechas recientes.
Notas
1 Univisión. Cinco detenidos por el linchamiento de dos encuestadores en Puebla, México. Consultado el 30 de octubre de 2017 en http://www.univision.com/noticias/crimenes/cinco-detenidos-por-el-linch amiento-de-dos-encuestadores.
2 Flores, C. Linchamiento en México, crimen al alza. Consultado en línea el 30 de octubre de 2017
http://www.eluniversal.com.mx/nacion/seguridad/linchamie nto-en-mexico-crimen-al-alza
3 Mendoza, V. Edomex: Turba golpea a alcalde de Ocuilan por evitar linchamiento de dos mujeres . Consultado en línea el 30 de octubre de 2017 http://www.eluniversal.com.mx/nacion/seguridad/linchamiento-en-mexico-c rimen-al-alza
4 Ibídem
5 Ibídem
6 Ibídem
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputado Omar Ortega Álvarez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Zacatecas a implantar medidas para el rescate financiero de los municipios, a cargo de la diputada Mariana Trejo Flores, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, Mariana Trejo Flores, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional en la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de los siguientes
Antecedentes
La programación del gasto de gobierno en Zacatecas, no se ha hecho de manera responsable. Los recursos públicos se han ejercido sin la planeación adecuada. Las autoridades estatales son responsables en ésta materia.
El gobierno del estado, a través de sus organismos de control presupuestal y planeación de gasto tiene un actuar irresponsable, lo anterior bajo el amparo y complicidad del fuero conferido por las leyes mexicanas y la impunidad prevaleciente en los casos de corrupción en el estado.
Los gobernantes han establecido políticas de un actuar soberbio e intransigente en términos específicos del destino de los recursos públicos, sin considerar las condiciones económicas de la federación y, a su vez, las modificaciones de captación de recursos a través de cargas impositivas altas para los contribuyentes, lo que ha frenado la dinámica económica nacional de manera significativa.
Con la crisis económica imperante en el país, los estados y, como en este caso, Zacatecas, han tenido que optar por la generación de impuestos estatales o contribuciones recaudatorias que vienen a lastimar aún más el ingreso de las familias, orillado por la falta de finanzas públicas sanas y, para dar cumplimiento de metas, objetivos y compromisos de campaña, sin planeación, programación u claridad, ejecutan los recursos públicos de la entidad.
Como una constante, Zacatecas ha tenido que recurrir a la deuda pública con instituciones financieras y la federación para hacer frente a los pasivos que se vienen acumulando desde sexenios anteriores como deuda heredada.
Los estados no han entendido la necesidad de reorientar el gasto, programar las finanzas públicas y planear los gastos estratégicos, al contrario, han encontrado en los congresos locales, una forma sencilla de recurrir a la deuda como forma de salida ante las presiones externas por falta de recursos públicos para el ejercicio anual correspondiente, sin contemplar tasas de interés, inflación, tiempo de pago.
Esa situación es la que prevalece en Zacatecas. Sin embargo, no sólo el gobierno estatal cuenta con ingresos bajos y capacidad financiera limitada y, una serie de compromisos financieros por pago de obligatoriedad.
La sociedad está cargando a consecuencia de los errores gubernamentales, cometidos a través de reformas constitucionales, una alta carga tributaria directa e indirecta que ha frenado la economía nacional en materia de inversión, ahorro y generación de empleos, a lo anterior se suma la carga crediticia que los ciudadanos han asumido por voluntad propia en bienes inmuebles, activos fijos y préstamos financieros y, sin duda, una pesada carga tributaria municipal y estatal que termina por trasladar todo el aparato burocrático a las espaldas de la ciudadanía.
Los zacatecanos están preocupados por la situación, social, económica y de inseguridad que se vive en la entidad. Las respuestas por parte del gobierno estatal han sido incongruentes ante la demanda de una optimización de los recursos y la efectividad de los mismos en el plano de la ejecución y, es de esperarse ésta reacción ciudadana, pues el pueblo está cargando todo el aparato de administración pública federal, estatal y municipal.
Ante la incapacidad de una planeación estratégica y control presupuestario, los ayuntamientos o municipios, de igual manera que el estado, han recurrido a los cabildos para la adquisición de deuda con tal de hacer frente a los pasivos heredados y contraídos durante su periodo de gestión. Los presupuestos estatales otorgados a los municipios son insuficientes y la cobertura de la deuda sigue pendiente.
Un estudio reciente ha revelado que 43 municipios de la entidad tienen un pesado pasivo con el Instituto Mexicano del Seguro Social, según informaba Sergio Zertuche Romero, delegado federal del IMSS en Zacatecas. Todos los municipios del estado tienen deuda con proveedores locales, empresas constructoras, proveedores foráneos, o con las arcas estatales y, esto hace que los municipios no puedan avanzar por una ruta de construcción de una solidez financiera en sus localidades.
El problema de la deuda pública en Zacatecas es generalizo, por lo cual es importante que desde la rectoría de las finanzas estatales, se implementen acciones necesarias para establecer mecanismos que permitan la recuperación financiera de los municipios en su totalidad, sin recurrir a más deuda para solventar deudas heredadas. Lo anterior es uno de los principios básicos la disciplina financiera.
Economistas de la Universidad Autónoma de Zacatecas han expresado que la deuda del estado es una de las más altas del país en uno de los estados con las calificaciones más bajas para manejo de deuda (licenciado Miguel Vargas Mendoza. Universidad Autónoma de Zacatecas. Maestría en economía con especialidades en economía de la empresa, economía regional y minería).
Zacatecas no está calificado para un manejo de deuda con las características actuales, casi a un aproximado de 12 mil millones de pesos, lo que representa en términos relativos, 50 por ciento del ingreso estatal de un año con recursos federales. Lo anterior en contrariedad con lo expresado por el secretario de Finanzas, Jorge Miranda en meses anteriores.
Un nivel de deuda de este tipo es nulamente manejable por mejor que sean los convenios de colaboración o desahogo de pasivos. Zacatecas se encuentra al borde de un colapso financiero y, es necesario establecer rutas y alternativas de emergencia para poder continuar con la administración pública estatal y en cada uno de los 58 municipios, que con los recortes presupuestales federal se verán afectados en 2018.
La disciplina financiera y las políticas de austeridad no son la salida, son parte del proceso de recuperación, pero no son un modelo que establezca la recuperación económica de la entidad.
Es necesario que Zacatecas adopte medidas de austeridad en la administración pública, no de gasto en inversión pública, pues éste gasto de inversión pública genera economías regionales y sectorizadas que impactan al crecimiento económico de la entidad y dinamizan los flujos de consumo, así como de producción local.
Resulta necesaria una política de programación del gasto, la planeación del mismo, la disminución de gastos corrientes improductivos, así como el control del recurso público con responsabilidad. Zacatecas tiene que ejercer una política de gasto responsable y dejar de recurrir a la deuda, para lo cual los diputados locales tienen que revisar su actuar ante el ejercicio de la deuda pública estatal recurrente.
Los municipios requieren un apoyo inmediato, no cuentan con el aparato de que dispone el gobierno estatal y, con este aparato, en conjunto revisar el caso de todos los municipios para rescatarles financieramente a ellos, mientras que se hace la estrategia del rescate financiero del estado.
Por lo expuesto e invocado en el proemio someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura exhorta respetuosamente al gobernador de Zacatecas a implantar medidas urgentes para el rescate financiero de los 58 municipios de la entidad.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al gobernador de Zacatecas a establecer una política pública de disciplina financiera, gasto responsable y no endeudamiento en lo que resta del sexenio para evitar una catástrofe financiera en la entidad y una crisis generalizada en el gobierno y la administración pública.
Tercero. La Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura exhorta al secretario de Finanzas de Zacatecas a revisar la política tributaria local y reducir la carga fiscal y recaudatoria, que está frenando la inversión, las tasas de ahorro y generación de empleos en la actualidad, considerando que las políticas fiscales de la federación ya son agresivas para la sociedad en general y muy pesadas para las economías familiares. También se le exhorta a considerar una ampliación de la base cautiva tributaria a fin de reducir la carga que en la actualidad soportan los contribuyentes zacatecanos. Es decir, una base ampliada y cautiva, pero con cargas tributarias manejables para las economías de las familias de la entidad, con base en los estudios de ingreso del Inegi y el Coneval.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputada Mariana Trejo Flores (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a la situación de abandono del sitio arqueológico El Grillo, en Zapopan, Jalisco, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, Mirza Flores Gómez, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, y con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; somete a consideración del pleno de esta asamblea, la proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El Instituto Nacional de Antropología e Historia, fundado en 1939, tiene por objetivo la investigación, definiciones técnicas, protección y difusión del patrimonio prehistórico, arqueológico, antropológico, histórico y paleontológico de México. Su creación ha sido fundamental para preservar nuestro patrimonio cultural, con el fin de fortalecer la identidad y memoria de la sociedad.
Uno de los objetivos del Instituto Nacional de Antropología e Historia, está comprendido en el artículo 21 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que hace referencia al Registro Público de Monumentos y Zonas Artísticas, que posterior al proceso de declaratoria que la misma ley marca, el Instituto será el encargado de la administración. Al tiempo, es el encargado de la protección, conservación y restauración del patrimonio cultural arqueológico e histórico, lo anterior en términos del artículo 2 de la Ley Orgánica del mismo.
Actualmente el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) tiene bajo su resguardo un total de 189 zonas arqueológicas; una de ellas, se localiza en la zona metropolitana de Guadalajara, en el municipio de Zapopan y es llamada: El Grillo.
La importancia cultural de, El Grillo, consiste en sus estructuras, que son ejemplo típico de la arquitectura de tierra del clásico tardío en el valle de Atemajac, al igual que por un número importante de tumbas de caja rectangular encontradas en el vecino fraccionamiento de Tabachines, las cuales se fechan para entre 500 a 800 después de Cristo. Los hallazgos en el sitio El Grillo han llevado a definir una fase cronológica del valle de Atemajac: La fase El Grillo, posterior a la fase Tabachines con tradición de tumbas de tiro. Cronología: 500 a 900 después de Cristo.8
Las primeras exploraciones arqueológicas en El Grillo, llevadas a cabo en los años 60 y 70, así como la importancia cultural y científica del sitio se debe a que su descubrimiento significó la eventual caracterización de toda una etapa del desarrollo prehispánico de Jalisco, el periodo que va del siglo IV al IX después de Cristo.2
Hasta mediados del siglo XX, las comunidades más cercanas eran el poblado de Atemajac del Valle, el rancho Los Belenes y las tierras del ejido de la comunidad indígena de Mezquitán; sin embargo, para dicho período se comenzó a construir la populosa colonia Constitución, que actualmente rodea la mayor parte del sitio. A principios del siglo XXI, la zona aledaña a El Grillo mantiene un uso de suelo mixto: residencial, recreativo, comercial e industrial.
Cabe hacer hincapié que desde su descubrimiento ha estado constantemente amenazado, de hecho algunas casas del fraccionamiento aledaño (Constitución) dañaron seriamente parte de lo que posiblemente era área del juego de pelota. La apertura del periférico destruyó una parte de la mayor estructura del sitio.
Aunado a ello vecinos reportaron que la empresa Desarrollo Inmobiliario San Julián, SA de CV, ofertó casas que se construirían en el predio, lo que indicaría la posibilidad de que contaran con alguna licencia de construcción. Tras las denuncias de los vecinos, las presuntas obras fueron detenidas.
Así la empresa antes mencionada intentó en 2010 construir dentro del predio protegido por la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicas, ya que dicho sitio está considerado zona arqueológica por el INAH desde 19773 .
Actualmente, la zona arqueológica El grillo, está rodeada únicamente por una malla ciclónica; luce abandonada, con grandes cantidades de basura y por consiguiente olores fétidos. Recientemente los vecinos han alertado que se ha invadido dicho espacio con cajas de tráiler y chatarra de tipo industrial.
Estoy convencida que una ciudadanía que se involucra, es uno de los eslabones para consolidar una verdadera democracia participativa, es por ello que atendiendo la demanda social y en aras de la efectiva protección del patrimonio cultural.
Fundado y motivado en las consideraciones antes expuestas, someto a su consideración el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados hace un serio extrañamiento respecto a la situación de abandono en la que se encuentra el sitio arqueológico El Grillo, al tiempo, exhorta respetuosamente a Diego Prieto Hernández titular del Instituto Nacional de Antropología e Historia, a llevar a cabo una inspección que tenga por objetivo acciones de restauración y conservación del sitio.
Notas
1 Zona arqueológica El Grillo. Instituto Nacional de Antropología e Historia. Disponible en línea: http://inah.gob.mx/es/zonas/152-zona-arqueologica-el-grillo
2 La grilla por El Grillo. Amenazas y ambiciones en torno al sitio arqueológico El Grillo, Zapopan. Revista Callicanto, Estudios Históricos y patrimonio cultural. Página 17. Número 7. Año 3, Volumen III. Marzo-Junio 2017.
3 Ibídem.
Dado en la honorable Cámara de Diputados, el 7 de noviembre de 2017.
Diputada Mirza Flores Gómez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión Ejecutiva del Fovissste a prorrogar la convocatoria relativa a la solicitud de inscripción para créditos tradicionales mediante el sistema de puntaje 2018, a cargo del diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del PRD
El suscrito diputado a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante esta asamblea el siguiente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste) es una unidad administrativa desconcentrada del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), cuyo objeto es operar un esquema de financiamiento que permite a los trabajadores obtener un crédito barato y suficiente mediante préstamos con garantía hipotecaria.
El 12 de octubre del año en curso, el Fovissste publicó la Convocatoria para la solicitud de inscripción para el otorgamiento de créditos tradicionales mediante el sistema de puntaje 2018.
Esta convocatoria está dirigida a los derechohabientes interesados en obtener por primera vez un crédito para vivienda, teniendo como finalidad registrar su solicitud de inscripción para el otorgamiento de créditos tradicionales mediante el sistema de puntaje 2018, cuyos recursos financieros estarán disponibles a partir de enero de 2018.
En este sentido, la convocatoria indica que el periodo para el registro de las solicitudes de inscripción iniciará el 12 de octubre de 2017 a partir de las 9:00 horas (hora del centro) y concluirá el 23 de octubre de 2017 a las 19:59 horas (hora del centro).
El crédito debe ser ejercido por los derechohabientes para adquisición de vivienda (nueva o usada); construcción individual en terreno propio; ampliación, reparación o mejoramiento de vivienda y redención de pasivos contraídos por cualquiera de los conceptos anteriores.
Así, las solicitudes inscritas y que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria participarán en el registro de Solicitud de inscripción para el otorgamiento de créditos tradicionales mediante el sistema de puntaje 2018, cuyo resultado se reflejará en una lista general de resultados, asignándoles un folio de prelación que permitirá priorizar las solicitudes con mayor puntaje.
Como se sabe, muchas viviendas sufrieron daño total o parcial en su estructura en la Ciudad de México, Morelos, Puebla, Tlaxcala, Oaxaca, Chiapas y Veracruz por los sismos ocurridos los días 7, 19 y 23 de septiembre del año en curso.
Es por ello, que las trabajadoras y trabajadores al servicio del Estado requieren créditos hipotecarios para adquirir, reconstruir o reparar los daños en los inmuebles afectadas en los municipios de las entidades federativas mencionadas.
Uno de los esquemas crediticios a los cuales se puede acceder, es el que ofrece el Fovissste. Sin embargo, como se indicó, el registro de las solicitudes de inscripción ya venció, pues éste concluyó el pasado 23 de octubre.
La intención de este punto de acuerdo, es para que la Comisión Ejecutiva del Fovissste analice la viabilidad de prorrogar hasta el mes de diciembre del año en curso, el registro de solicitudes, así como todos los trámites relacionados con el registro de solicitud de inscripción para el otorgamiento de créditos tradicionales mediante el sistema de puntaje 2018, y con ello, los derechohabientes tengan el tiempo suficiente para preparar la información y documentación que se requiere.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que conceda una prórroga a la convocatoria para la solicitud de inscripción para el otorgamiento de créditos tradicionales mediante el sistema de puntaje 2018.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua a implantar en ella acciones anticorrupción en materia de asignación de concesiones para explotar agua destinada a la industria minera, a cargo de la diputada Mariana Trejo Flores, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, la diputada Mariana Trejo Flores, de la LXIII Legislatura federal e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6 fracción I y artículo 79 numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados que somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo:
Antecedentes
La actividad de la industria extractiva es insustentable por su propia naturaleza.1 Desde la perspectiva anterior, la minería es altamente contaminante. Los procesos extractivos en la actualidad han entrado en la dinámica de la agilización de los sistemas de producción para la reducción tiempo-beneficio,2 de los costos de inversión y aumentar las tasas de ganancia por la velocidad aplicada en los procesos.
La evolución tecnológica de la minería ha llevado a la aparición de procesos extractivos de alta eficiencia y rentabilidad, como es el caso de la extracción minera a cielo abierto, proceso recurrente en economías en vías de desarrollo y con marcos jurídicos flexibles y poco regulatorios para la industria extractiva.
La minería a cielo abierto se ha considerado como la forma de explotación de materiales pétreos, metálicos y no metálicos más contaminante para el planeta, debido a los procesos de extracción aplicados en la industria.
En el semidesierto zacatecano, por citar un caso, es un frágil ecosistema de la entidad, se han instalado enclaves mineros bajo la modalidad de explotación a manto descubierto o cielo abierto, este tipo de mineras han operado en Zacatecas desde la década de los 80 como es el caso de la mina Real de Ángeles, considerada por casos de estudio, como uno de los lugares más contaminados de América Latina por la presencia de metales pesados en aire, tierra y agua. El impacto ambiental a 20 años del cierre de la mina no ha podido revertirse, debido a la inexistencia de políticas públicas sancionadoras que obliguen a las empresas mineras resolver los daños ambientales ocasionados durante la vida útil y las operaciones de extracción de la minera. Con lo anterior se deriva que desde 2006, Zacatecas se convirtió en un punto de atracción para los grandes corporativos mineros transnacionales para traslado de inversiones y explotación a tajo abierto en la región del semidesierto, principalmente en los municipios de Mazapil, Concepción del Oro y El Salvador.
Los estudios de impacto ambiental fueron firmados y autorizados por la Semarnat y dictaminados en positivo, lo cual permitió que se pusieran en marcha mega proyectos de explotación minera en los municipios antes mencionados.
Para dimensionar la situación en un contexto comparativo, por día, un solo proyecto, tiene la capacidad de remoler 50 mil toneladas de roca y procesada por lixiviación con cianuro, contaminando con ello mantos friáticos, aire y tierra de metales tóxicos y metales pesados, poniendo en riesgo no sólo el medio ambiente, sino la salud de todos aquellos que viven en las zonas de explotación y de los trabajadores que laboran en el sitio.3
La Semarnat ha hecho caso omiso a las denuncias ciudadanas y denuncias ante tribunales correspondientes, así como en medios de comunicación del ecocidio generado en la zona, un área extensa de vegetación desértica y ecosistema que alberga especies vegetales y animales únicas en el país.
Si se considera que en la zona existen alrededor de 18 enclaves extractivos y que de ellos, el mayor cuenta con tres perforaciones y para esas perforaciones de mil 600 metros de diámetro y 700 metros de profundidad en promedio, así como la utilización de 67 concesiones de explotación de agua y un total de 44 millones de metros cúbicos de agua de manera anuales. El consumo irracional de agua es alarmante, pues toda esta agua es contaminada con cianuro, mercurio, plomo y otros metales pesados y contaminantes.
Una mina en Zacatecas consume en equivalencia, el agua que consumen todos los habitantes del estado y las diferentes industrias en un año, es decir; el agua de aproximadamente 1 millón 600 mil habitantes.4
Se utilizan, aproximadamente: mil 294 litros de agua para lixiviar una tonelada y roca molida. El agua posteriormente es contenida en presa de jales para ser inyectada a subsuelo, sin embargo, el agua no pierde el Cianuro en los procesos de descontaminación natural, por lo cual se convierte en un riesgo latente el consumo de agua contaminada para uso agrícola, industrial o humano.
La contaminación área se produce por la cantidad de polvo con metales pesados que se emite a la atmósfera, este polvo contaminante abarca un radio aproximado de 10 kilómetros de radio y es propenso a las corrientes de viento para. ser depositado a cientos de kilómetros del sitio de extracción, contaminando plantas, cauces de ríos, tierras agrícolas, campos de pastoreo y espejos de agua, zonas urbanas y rurales y, por obviedad poniendo en riesgo la salud de los humanos y del ecosistema y medio ambiente en general.
Los megaproyectos mineros, en suma, en la región del semidesierto, remueven 67 millones de toneladas de roca anualmente. La explotación de los yacimientos minerales tiene una proyección de 23 años más, lo cual exhibe que al ritmo actual de explotación, que lleva 10 años, se han removido 670 millones de metros cúbicos de roca, equivalente a cubrir el 45 por ciento del total del territorio de la Ciudad de México con un metro de altura de roca remolida. En 23 años más se removerán 2 mil 211 millones de toneladas que equivalen a cubrir de polvo y roca la superficie total de la Ciudad de México y tres municipios conurbados como Ecatepec, Nezahualcóyotl y Chalco con una capa de espesor de un metro de altura de roca y polvo.
Con los datos anteriores se puede dimensionar el tamaño del ecocidio del generado en el territorio zacatecano, donde a diario desaparecen miles de plantas endémicas, especies animales y, se pone en riesgo la salud de la población.
La minería se ha salido de control. Las tasas de contaminación en mantos freáticos, suelo y aire por metales pesados se han estado elevando, violentando con ello las Normas Oficiales Mexicanas y las leyes que regulan la materia como es el caso de
a) NOM-023-STPS-2003
b) NOM-141-SEMARNAT-2003 c).- NOM-120-SEMARNAT-1997
d) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
e) Ley Minera.
f) Reglamento de la Ley Minera.
Países que prohíben y regulan la minería a cielo abierto por el riesgo ecológico y de salud que causan:
El19 de mayo de 2010, el Parlamento Europeo prohibió la explotación minera a cielo abierto con utilización de cianuro para lixiviación en los países miembros.
Costa Rica prohíbe la explotación minera a cielo abierto con lixiviación cianurada.
Argentina ha puesto legislaciones en 7 de sus provincias para que se prohíba este tipo de minería.
Canadá, principal precursor de la minería a cielo abierto en el mundo, ha prohibido desde 2012 la minería a cielo abierto por poner en riesgo el equilibrio ecológico de su territorio.
Estados Unidos, después del desastre ecológico de Montana prohibió la explotación de minería a cielo abierto. El daño a la contaminación de aguas en suelo y subsuelo es irremediable y no es apta para ningún tipo de consumo hasta no ser tratada.5
Aún estamos a tiempo en México de regular y detener el desastre ecológico que propicia la minería a cielo abierto con lixiviación cianurada, es por ello que se hace un urgente llamado a las dependencias encargadas de la protección del medio ambiente y los recursos naturales para hacer reversible el daño ecológico generado por los grandes corporativos mineros que trabajan, principalmente en el norte del país y que son capitales extranjeros que extraen la riqueza del subsuelo mexicano y sólo dejan tras de sí un sinfín de externalidades que no podemos cuantificar aun.
Nuestros ecosistemas están en riesgo por este tipo de explotación minera y estamos a tiempo de frenar el daño ecológico de dimensiones irracionales. Las empresas no asumirán el costo de este daño, el costo lo asumirá México y sus habitantes. Paremos este ecocidio y evitemos altos costos para el gobierno en materia de cobertura de salud y programas de recuperación de ecosistemas a largo plazo.
Por lo anteriormente expuesto e invocado en el proemio, expongo ante ésta soberanía los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura federal exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría del Agua y Medio Ambiente (SAMA) para que en la facultad de sus competencias, realice una revisión exhaustiva en las plantas de explotación minera en la entidad para verificar el cumplimiento de las normas y leyes ambientales vigentes en el estado de Zacatecas.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al delegado estatal de Conagua a implementar las acciones necesarias para que las mineras en el territorio zacatecano, se ajusten y cumplan con las normas nacionales de cuidado del agua y su manejo sustentable, de no ser así, que se retiren los permisos de concesión para explotación de agua en Zacatecas.
Notas
1 Doctor Miguel Esparza Flores, Unidad Académica de Economía de la Universidad Autónoma de Zacatecas. Especialista en Economía Ambiental e investigador de la relación recursos naturales y contaminación en los procesos extractivistas.
2 Maestro Miguel Vargas Mendoza, especialista en minería por la Universidad Autónoma de Zacatecas y ponente en coloquios latinoamericanos en la materia de contaminación ambiental en procesos extractivos.
3 Doctor Arturo Burnes Ortiz. Universidad Autónoma de Zacatecas, Unidad Académica de Economía.
4 Alfredo Valadez. La Jornada.
5 http://www.datarioja.com/
index.php?modulo=notas&accion=ver&id=496&PHPSESSID=c6976d7d79da95564850d337768acec6.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre 2017.
Diputada Mariana Trejo Flores (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a revisar los parámetros para el otorgamiento del bono catastrófico, a cargo del diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del PRD
El que suscribe, Juan Fernando Rubio Quiroz, diputado federal, en nombre propio y del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción 1, y de conformidad con lo establecido en el 79, numeral 2, fracción I, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, somete al pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo con el tenor de las siguientes
Consideraciones
El sismo ocurrido el 19 de septiembre es uno de los acontecimientos naturales más devastadores que ha sufrido la Ciudad de México en los últimos años. Este fenómeno ha dejado grandes daños, especialmente en las colonias Cuauhtémoc y Benito Juárez donde hasta el momento hay una suma total de 214 fallecidos; esta catástrofe también ha dejado un aproximado de 250 mil mexicanos sin vivienda y se estima que los costos de reparación serán entre los mil millones de dólares y los 10 mil millones de dólares. Ante estas cifras, se vuelve evidente, la necesidad de obtener todo el financiamiento posible para poder empezar a realizar los trabajos de reconstrucción de la infraestructura de la ciudad de México.
En este sentido, el Fondo de Desastres Naturales (Fonden) es el instrumento financiero que el gobierno federal utiliza para poder responder ante este tipo de desastres. Actualmente, el Fonden cuenta con un fondo de 9 mil millones de pesos, el cual se destinará para las labores de emergencia, rescate y reconstrucción de las zonas afectadas por los desastres naturales. Pese a ello, este fondo es insuficiente para poder cubrir todas las zonas afectadas por el sismo, si a esto se le suma el temblor del 7 de septiembre y el huracán Katia se vuelve claro que existe la necesidad de buscar obtener fondos extras que permitan lograr reestablecer la estabilidad del país.
Uno de estos estos fondos es el bono catastrófico, el cual es un bono emitido por el Banco Mundial y que es contratado por el gobierno para poder obtener recursos económicos extras al momento que se presenta una catástrofe natural. Estos bonos, están previamente definidos por ciertos parámetros, los cuales sirven de indicadores para saber si este bono es liberado o no.
Actualmente, el bono catastrófico para la Ciudad de México no ha sido otorgado, debido a que para que el bono se libere está estipulado que el terremoto tiene que tener una magnitud de 7.8 o superior en la escala Richter; en el caso del sismo del 19 de septiembre, la magnitud del terremoto fue de 7.1 grados Richter por lo que no cumple con la estipulación requerida y por tanto no se puede recibir este bono pese a que los daños en la Ciudad de México fueron cuantiosos.
Ante esta situación, se hace prioritario el buscar redefinir los parámetros con los que se otorga el bono catastrófico, cuando menos en lo que respecta al tema de los temblores.
Una de estas adecuaciones, tendría que ver con la escala con la que actualmente está delimitado el bono catastrófico. De acuerdo al Servicio Geológico de los Estados Unidos, la escala que actualmente se utiliza es la escala sismológica de magnitud de momento, esta es la que actualmente se utiliza para medir terremotos de una magnitud superior a 6.9 y es una escala más exacta que la de Richter.
Otro aspecto, es la zona donde se origina el epicentro de los sismos, ya que en el caso de los grandes terremotos, el origen de los epicentros es lo que define el grado de daños que puede tener las ciudades aledañas al mismo.
Al realizar estas consideraciones se puede garantizar que la evaluación del sismo sea fidedigna al daño ocurrido por el mismo, lo cual permitirá que el destino de los recursos económicos sea para las zonas donde haya daños significativos.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Acuerdo
Único. Sé exhorta al titular de Secretaría de Hacienda y Crédito Público a buscar replantear la modalidad en la que se contrata el bono catastrófico; a través de la modificación de los indicadores de escala y epicentro, esto con el objeto de garantizar la disponibilidad de los recursos en casos de emergencia, así como también la distribución más rápida de los mismos.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputado Juan Fernando Rubio Quiroz (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo al caso del servidor público cesado tras las denuncias por abuso y acoso sexual, y formular un atento llamado a las autoridades de la Ciudad de México para garantizar la prestación en condiciones seguras de los servicios de salud en la clínica especializada Condesa, a cargo de la diputada Ernestina Godoy Ramos, del Grupo Parlamentario de Morena
Ernestina Godoy Ramos, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 61 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 3, numeral 1, fracción XX, 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta Cámara la presente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución por el cual se exhorta respetuosamente al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud a deslindarse de la defensa de un servidor público cesado por causa de las denuncias por abuso y acoso sexual; asimismo, se formula un atento llamado a las autoridades de la Ciudad de México para garantizar la prestación de los servicios de salud en la clínica especializada Condesa, la protección a las víctimas, el castigo al responsable y la implementación de acciones para evitar la repetición de este tipo de conductas que violenta los derechos y la dignidad de las personas.
El año pasado en el mundo8 un millón 800 mil personas contrajeron la infección de VIH, esto situó en 36,7 millones las personas que vivían con el VIH, de las cuales sólo 53.1 por ciento tenía acceso a tratamientos antirretrovirales. En ese mismo periodo, un millón de personas fallecieron a causa de enfermedades relacionadas con el sida en 2016.
México ocupa el segundo lugar en América Latina en cuanto a número de infecciones, nuestro país comparte fronteras con países con epidemias más dinámicas como los Estados Unidos (0.6 por ciento), Guatemala (0.8 por ciento) y Belice (2.3 por ciento).
La epidemia del sida en México se encuentra estable y concentrada en las poblaciones clave: Mujeres transgénero, prevalencia del 20 por ciento, Hombres que tienen sexo con otros hombres (HSH) prevalencia del 17.0 por ciento, Hombres trabajadores sexuales (HTS), prevalencia del 18.2 por ciento y Personas usuarias de drogas inyectables (UDI), prevalencia del 5.8 por ciento.
En México, Censida,2 informa de alrededor de 190,000 personas viven con VIH y las nuevas infecciones que se habrían producido en el año alcanzarían las 7,500 personas la última información disponible (2014) registra 4763 fallecimientos.
En la Ciudad de México, residen alrededor del 17 por ciento de las personas que viven con VIH en el país. Más de dos terceras partes de ellas tienen entre 25 y 49 años de edad.
La detección temprana del VIH es fundamental para elevar la calidad de vida y disminuir la mortalidad en las personas con esta enfermedad, lo contrario significa mayor costo de atención, menor eficacia de los medicamentos antirretrovirales (ARVs), más tiempo con infección sin tratamiento y, por tanto, incremento en la probabilidad de transmisión, morbilidad y mortalidad.
Es conceso internacional que Para derrotar al VIH y alcanzar el acceso universal a la prevención, el tratamiento, el cuidado y el apoyo al VIH, nadie debe ser criminalizado o discriminado a causa de su género, edad, raza, origen étnico, discapacidad, creencias religiosas o espirituales, país de origen, estatus migratorio, orientación sexual, identidad de género, profesión, estatus penal, uso de sustancias ilícitas o por que viven con VIH. (Melbourne, Australia, julio 21 de 2014) 3
La Ciudad de México es ejemplo a nivel internacional por sus estrategias de prevención y atención del VIH/sida. La Clínica Especializada Condesa es una sólida institución pública que garantiza el cumplimiento de un derecho fundamental a las personas que viven con VIH; Presta atención médica especializada y provee de medicamentos gratuitos a todas aquellas personas que carecen de seguridad social.
La Clínica Especializada Condesa, cuenta con el reconocimiento de los usuarios, de las organizaciones de la sociedad Civil y de la comunidad científica, que la reconocen como el más grande y dinámico centro clínico de atención a las personas que viven con VIH en México,4 con ello se garantiza el derecho a la protección a la salud de miles de hombres y mujeres que viven con la enfermedad y padecen la discriminación.
Este conjunto de estrategias públicas ha permitido implementar el más amplio y diversificado programa de prevención, detección y tratamiento del VIH en México. El fortalecimiento y perdurabilidad de dicha estrategia posibilita reducir el número de nuevas infecciones y muertes; mejorar la calidad de vida de las personas enfermas y contribuir significativamente al combate de esta pandemia. Ello requiere del compromiso de la sociedad, sus sindicatos, organizaciones, empresas, profesionales, instituciones gubernamentales, legisladores y universidades.
Porque como se propone en la Estrategia Mundial contra el Sida Poner fin a la epidemia supondrá avances en todo el espectro de los derechos civiles, culturales, económicos, políticos, sociales, sexuales y reproductivos. Defender los derechos de todas las personas, incluidos los niños, las mujeres, los jóvenes, los hombres que tienen sexo con hombres, los usuarios de drogas, los trabajadores y las trabajadoras sexuales y sus clientes, personas transgénero y las y los migrantes es fundamental para garantizar el acceso a los servicios para salvar vidas. A través de la realización de sus derechos, las personas que se están quedando atrás avanzarán a la vanguardia del camino para acabar con el sida, de manera informada y empoderada, movilizada y comprometida. (Estrategia de Onusida 2016-2021).5
En este contexto, es indispensable que los espacios que prestan servicios de salud a las personas con VIH, estén libres de discriminación, estigma y violencia para acceder al más alto nivel posible de atención médica, basado en la evidencia y el avance científico. Este clima de trabajo conjunto, colaboración y dialogo social, se ha logrado construir a lo largo de los años en la Clínica Especializada Condesa, la cual es ahora, una comunidad donde conviven trabajadores, médicos, enfermeras, químicos, investigadores y una gran diversidad de usuarios, que trabajan conjuntamente para combatir el sida.
Por ello, es que nos resulta sumamente preocupante en el hecho que el pasado 20 de octubre, un grupo encabezado por el dirigente de la sección 18 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud, ocupó por la fuerza las oficinas del Centro para la Prevención y Atención Integral del VIH en la Ciudad de México, ubicadas en la Clínica Especializada Condesa, para demandar la reinstalación de un médico cesado por denuncias de acoso y abuso sexual; la destitución de la directora de la instancia rectora de la política de prevención y la expulsión de los organismos de la sociedad civil defensores de los derechos humanos de las personas con VIH.6
Consideramos que el sindicato se equivoca al defender y demandar la reinstalación en la Clínica Condesa de un médico acusado de acoso y abuso sexual, ya que esto pone en riesgo la prestación del servicio, vulnera el derecho a la salud y genera un clima de hostigamiento para los usuarios de la Clínica Especializada Condesa. Se equivoca la representación sindical en perseguir, acosar y denunciar a las víctimas.
El acoso y el abuso sexual, es un asunto inadmisible en cualquier ámbito y se agrava aún más cuando se produce en el espacio destinado a proporcionar servicios de salud esenciales para la vida. No es una falta menor, constituye un delito claramente tipificado por la legislación penal y particularmente sancionado cuando la persona agresora es un servidor público y utiliza los medios o circunstancias que el encargo le proporcione.
Es un asunto de gran relevancia, y tanto el gobierno de la Ciudad de México como el gobierno federal han emitido protocolos estrictos para la prevención, detección, denuncia, acompañamiento, investigación y sanción de toda práctica de acoso o abuso sexual por parte de servidores públicos locales y federales.7
Cuando se defiende a una persona que utiliza su posición como médico y servidor público para acosar y abusar de sus pacientes; no estamos frente a la lucha de un sindicato que defiende a sus agremiados; no se trata de la reivindicación de un derecho laboral, no tiene relación alguna con libertad de asociación sindical; no se defiende una prestación mancillada por el patrón o una conquista sindical. Se defiende un delito que atenta contra la dignidad, seguridad, integridad y salud de las personas.
Condenar y sancionar este tipo de prácticas, es una obligación de todas las instituciones públicas y sociales. Primordialmente de las autoridades responsables de conocer, investigar y aplicar las sanciones administrativas y penales correspondientes. Pero también es responsabilidad de los sindicatos y organizaciones de la sociedad civil trabajar por la erradicación de este tipo de actos que vulneran derechos y atentan contra la dignidad de las personas.
Por ello, resulta sumamente grave que una sección del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud pretenda, con actos de presión a las autoridades e intimidación a las víctimas, revertir un procedimiento administrativo apegado a la ley, donde el médico cesado como el Sindicato contaron con todas las garantías para su defensa.
Por lo antes expuesto y fundado, sometemos a consideración el siguiente:
Punto de Acuerdo
Primero. Se formula un llamado a las autoridades del Gobierno de la Ciudad de México, para que implementen las acciones necesarias a efecto de garantizar la prestación ininterrumpida de los servicios de salud a en la Clínica Especializada Condesa, con pleno respeto a los derechos humanos, en un ambiente libre de violencia y discriminación para los usuarios.
Segundo. Se exhorta a la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México y la Contraloría General para que se aboquen a investigar las denuncias de acoso y abuso sexual por parte de servidores públicos adscritos a los servicios de salud pública de la Ciudad y establecer las responsabilidades penales y administrativas que correspondan, con pleno respeto al debido proceso y protección a las víctimas.
Tercero. Se formula un atento y respetuoso exhorto al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud que dirige el Diputado Marco Antonio García Ayala, para que sume la condena pública a todo acto de acoso y abuso sexual en la prestación de los servicios de salud pública; se deslinde de la defensa sindical del médico cesado por causa de las denuncias presentadas por las víctimas de acoso y abuso sexual; se ponga del lado de las víctimas; y, se formule un llamado a la representación sindical seccional deponer el hostigamiento en contra de los denunciantes y usuarios.
Confiamos que el compromiso de la dirección nacional del Sindicato de Trabajadores de la Salud, con la defensa y protección de los derechos humanos restablecerá el dialogo y la colaboración en la Clínica Especializada Condesa.
Cuarto. Se solicita a las autoridades de la Ciudad de México, la implementación del protocolo de protección de las víctimas, se brinde acompañamiento, información, seguimiento, acceso a la justicia, reparación del daño y garantía de no repetición.
Notas
1 http://www.unaids.org/sites/default/files/media_asset/U NAIDS_FactSheet_es.pdf
2 http://www.unaids.org/sites/default/files/country/docum ents/MEX_narrative_report_2016.pdf
3 http://www.unaids.org/es/resources/campaigns/aids2014
4 http://condesadf.mx/rokstories/carta-de-apoyo-de-investigadores-e-insti tuciones.htm
5 http://www.who.int/hiv/strategy2016-2021/ghss-hiv/es/
6 http://www.proceso.com.mx/508480/ong-acusan-intimidacion-sindicalistas- denunciar-abuso-sexual-en-la-clinica-condesa
http://desastre.mx/mexico/sindicato-toma-oficinas-de-cli nica-condesa-tras-despido-de-medico-acusado-de-abuso-sexual/
http://desastre.mx/mexico/medico-de-clinica-condesa-acus ado-de-acosar-sexualmente-a-pacientes-con-vih/
http://www.excelsior.com.mx/comunidad/2017/10/20/1196003
http://www.adnradio.cl/noticias/sociedad/medico-es-acusa do-de-ataques-sexuales-contra-pacientes-con-vihsida/20171020/nota/36144 91.aspx
https://culturacolectiva.com/historia/medico-acosa-sexua lmente-a-pacientes-con-vih-sida/
7 http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5450530&fecha=31/08/2 016
http://www.aldf.gob.mx/archivo-PROTOCOLO_PREV_ACOSO.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputada Ernestina Godoy Ramos (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a emprender acciones que permitan agilizar los apoyos generados por el Fonden para mitigar los daños sufridos tras el sismo del 19 de septiembre, a cargo del diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del PRD
El que suscribe, Juan Fernando Rubio Quiroz, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, fracción I, y de conformidad con lo establecido en el artículo 79, numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El martes 19 de septiembre de 2017, a las 13:14 horas, se registró un sismo de una magnitud de 7.1 grados en la escala de Richter y epicentro en Axochiapan, Morelos, en los límites con Puebla, y a 120 kilómetros de Ciudad de México.
Dicho fenómeno tuvo grandes repercusiones para la Ciudad de México, especialmente en las delegaciones Cuauhtémoc y Benito Juárez, donde se colapsaron 38 inmuebles y 209 escuelas tuvieron daños; a ello se suma que se registraron muchas otras afectaciones en la infraestructura pública de la zona.
Pese a la pronta respuesta de ciudadanos, asociaciones civiles e instituciones como la Cruz Roja Mexicana y varias dependencias federales para minimizar el daño ocurrido por el fenómeno natural, se reconoce que hay mucho por hacer en lo relativo a la parte de labores de emergencia, rescate y reconstrucción de las zonas afectadas por los desastres naturales.
Esto se debe a que México se encuentra en una zona de alta actividad sísmica por la interacción entre cinco placas tectónicas: la del Pacífico, la de Norteamérica, la de Cocos, la de Rivera y la del Caribe. Por tal motivo se hace palpable que en un futuro este tipo de desastres naturales se sigan dando en esta zona del país.
Se hace especial énfasis en la necesidad de apoyo de la delegación Cuauhtémoc, debido a que se encuentra en un área de alto riesgo sísmico, al encontrarse debajo de una falla tectónica que puede llevar a que se generen más colapsos en las viviendas, especialmente aquellas que se encuentran en condiciones críticas.
Para subsanar este tipo de calamidades, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cuenta con el Fondo de Desastres Naturales (Fonden), instrumento financiero que el gobierno federal utiliza para responder ante este tipo de desastres. También se vuelve necesario que se dé seguimiento a las gestiones realizadas por esta entidad, a fin de que haya un uso rápido y adecuado de dicho instrumento.
Es importante que se reconozca lo fundamental que es realizar una buena gestión de los recursos utilizados. Debido a que para resolver dicha problemática, se requiere que exista una supervisión del cómo se destinan los recursos, es ahí donde la sociedad civil, los legisladores y los jefes delegacionales de las entidades afectadas tienen que poner énfasis en asegurarse que los recursos del Fonden se gestionen correctamente y se distribuyan en la población que realmente los necesita.
Por lo expuesto y fundado se somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al secretario de Hacienda y Crédito Público a agilizar el traslado de los recursos del Fondo de Desastres Naturales a las poblaciones de mayor necesidad de asistencia pública, en especial aquellas con daños graves en la infraestructura, como las delegaciones Cuauhtémoc y Benito Juárez, Ciudad de México.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputado Juan Fernando Rubio Quiroz (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a la cancelación del proyecto de inversión número 0616B000034, Construcción de la presa Zapotillo, acueducto, planta potabilizadora, infraestructura de macrodistribución, incluye estudios y proyectos, pago de indemnizaciones, obras complementarias y reubicaciones de localidades afectadas; asesoría y supervisión técnico-administrativa, así como otras asesorías, para el abastecimiento de agua potable de León, Guanajuato, a cargo de la diputada Ernestina Godoy Ramos, del Grupo Parlamentario de Morena
Ernestina Godoy Ramos, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 61 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 3, numeral 1, fracción XX, 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta Cámara la presente proposición con punto de acuerdo de urgente resolución por el cual se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal y a la Cámara de Diputados, para que en el ámbito de sus respectivas competencias constitucionales realicen los actos jurídicos necesarios a efecto de cancelar el proyecto de inversión 0616b000034, denominado construcción de la presa Zapotillo, acueducto, planta potabilizadora, infraestructura de macrodistribución, incluye estudios y proyectos, pago de indemnizaciones, obras complementarias y reubicaciones de localidades afectadas; asesoría y supervisión técnico-administrativa, así como otras asesorías, para el abastecimiento de agua potable de la ciudad de León, Guanajuato, en virtud de que contraviene resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Antecedentes
Desde los inicios de la humanidad, el agua ha representado fuente de vida y bienestar; en la actualidad, el agua es una de las necesidades más importantes a resolver y satisfacer en todos los aspectos (social, económico, político, jurídico, ambiental y científico), un derecho fundamental, y para los pueblos es sagrada.
No obstante, la importancia, trascendencia, pero sobre todo lo indispensable que resulta el agua como fuente de vida y subsistencia para las mujeres y hombres, en las últimas décadas, los gobiernos federales, estatales y municipales no han atinado a una gestión integral del vital líquido.
Ejemplo de ello es la construcción de la presa El Zapotilloacueducto Zapotillo León, en el río Verde, impulsada por el gobierno federal a través de la Comisión Nacional del Agua y los gobiernos de los estados de Jalisco y Guanajuato, con la justificación de abastecer de agua potable a la ciudad de León, Guanajuato, al Área Metropolitana de Guadalajara y a 14 municipios de los Altos en el estado de Jalisco.
La presa comenzó a promoverse desde el año 2005, y de manera ilegal en 2009 inició su construcción, a cargo de la empresa española FCC Construcción (Fomento de Construcciones y Contratas), junto con La Peninsular y el Grupo Hermes, empresas mexicanas. En septiembre del 2011, se adjudicó a la empresa española Abengoa México, la construcción y operación del acueducto de 140 kilómetros que conduciría el agua a la ciudad de León, Guanajuato, empresa que por cierto se encuentra en quiebra y busca ser rescatada por el compasivo gobierno mexicano.
Originalmente se proyectó que la presa tendría una cortina de 80 metros de altura lo que no implicaba riesgo para las comunidades de Temacapulín, Acasico y Palmarejo, poblados cercanos a la construcción; sin embargo, posteriormente se promovió que la cortina se elevara a 105 metros, lo que significaría prácticamente el doble de la superficie inundada y la desaparición de las tres comunidades.
Por tal motivo, desde el inicio de la construcción de la presa El Zapotillo, los habitantes de Temacapulín, Acasico y Palmarejo manifestaron su inconformidad con el desarrollo de dicho megaproyecto, pues éste representa una amenaza para ellos y para la supervivencia de sus comunidades, además de trastocar el ecosistema de la zona.
Las personas afectadas serían más de 1500 habitantes de las tres comunidades mencionadas y alrededor de 600 mil personas (agricultores, ganaderos y productores) de la Región de los Altos de Jalisco que se quedarían sin agua para la producción de alimentos, ocasionando impactos drásticos en la economía de la región.
Consideraciones
Primera. El artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Segunda. El artículo 4º constitucional garantiza el derecho a una vivienda digna y decorosa, estando el Estado obligado a garantizar el cumplimiento de estos derechos.
Tercera. Desde el inicio de la construcción del proyecto de abastecimiento de agua potable Zapotillo para la Ciudad de León, Guanajuato, los habitantes de Temacapulín, Acasico y Palmarejo han mantenido una lucha en contra de la continua y sistemática violación a sus derechos humanos por parte de las autoridades federales y estatales.
De las ilegalidades y violaciones a derechos fundamentales da cuenta la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), así como los tribunales de la federación y los de Jalisco, que han establecido sentencias protectoras a favor de los pobladores y de las comunidades afectadas por el megaproyecto.
En la especie, con fecha 7 de agosto de 2013 la SCJN emitió sentencia en la Controversia Constitucional 93/2012, interpuesta por el Poder Legislativo del Estado de Jalisco, misma que establece la obligación de realizar las obras de construcción de la presa El Zapotillo: en los términos pactados por las partes en el Acuerdo de coordinación para llevar a cabo un programa especial sobre los usos y distribución de las aguas superficiales de propiedad nacional de la cuenca del Río Verde, suscrito el uno de septiembre de dos mil cinco, esto es, en función del proyecto original que contemplaba una altura de cortina de ochenta metros , resolución que conlleva a no inundar el histórico pueblo de Temacapulín.
También es importante resaltar que el Ayuntamiento de Cañadas de Obregón, en sesión del 25 de septiembre de 2009, no aprobó el cambio de uso de suelo para los 105 metros de altura de la cortina de la presa El Zapotillo, es decir, la Comisión Nacional del Agua sólo tiene autorización para construir la presa con una altura de cortina de 80 metros más no para los 105 metros que pretende; ante la falta de dicha autorización, la construcción de la presa sobre esta última altura resulta completamente ilegal y por tanto, el 19 de marzo de 2010, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ), emitió la recomendación 35/2009, cuyo alcance tiene una carga moral más que una obligación jurídica, no obstante concita a la autoridad a conducirse con altos valores de respeto a la integridad humana.8
No obstante las violaciones a derechos fundamentales y a la existencia de sentencias y actos administrativos que sólo permiten que la presa tenga una altura de cortina de 80 metros, en un intento por continuar la construcción con una altura de cortina de 105 metros, el 29 de junio de 2017 el Gobernador de Jalisco, Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, presentó los resultados del estudio Proyecto Jalisco Sostenible, Cuenca del Río Verde, realizado por la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) y ONU Medio Ambiente que tuvo un costo de 4.6 millones de dólares, (90 millones de pesos). El Gobernador, apoyado de este estudio, confirmó que la cortina de la presa El Zapotillo se terminará de construir a 105 metros de altura ocasionando con ello la inundación de las comunidades de Temacapulín, Acasico y Palmarejo.
Cuarta. En el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018 presentado a esta Cámara de Diputados por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en el Ramo 16, Medio Ambiente y Recursos Naturales, con la clave 0616B000034, cuya descripción es la construcción de la Presa Zapotillo, acueducto, planta potabilizadora, infraestructura de macrodistribución, incluye estudios y proyectos, pago de indemnizaciones, obras complementarias y reubicaciones de localidades afectadas; asesoría y supervisión técnico-administrativa, así como otras asesorías. Se pretende se asignen para dicho ejercicio fiscal $1,530,000,000, no obstante los perjuicios y daños que se ocasionaran con la construcción y que fueron mencionados en el Considerando inmediato anterior.
En consecuencia, resulta oportuno someter a consideración del pleno la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
De urgente resolución.
Único. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal y a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que, en el ámbito de sus respectivas competencias constitucionales, realicen los actos jurídicos necesarios a efecto de cancelar el proyecto de inversión 0616B000034, denominado construcción de la presa Zapotillo, acueducto, planta potabilizadora, infraestructura de macrodistribución, incluye estudios y proyectos, pago de indemnizaciones, obras complementarias y reubicaciones de localidades afectadas; asesoría y supervisión técnico-administrativa, así como otras asesorías, para el abastecimiento de agua potable de la ciudad de León, Guanajuato, en virtud de que contraviene resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Nota
1 La Comisión Estatal del Agua de Jalisco (CEA) ha impulsado, en coordinación con la Comisión Nacional del Agua, la construcción de una presa llamada El Zapotillo en terrenos que pertenecen a las comunidades de Acasico, Temacapulín y Palmarejo. Esta Comisión ha intentado en múltiples ocasiones convencer a las autoridades estatales para que en el proceso de planeación y construcción de la presa se tome en cuenta a las organizaciones civiles, profesionistas, y estudiosos en el tema y en especial a los habitantes de las tres comunidades que resultarían afectadas con la inundación. Si el proyecto se realizara tal como lo han sugerido los gobiernos de Jalisco y el Federal, quedarían bajo las aguas no sólo edificaciones con valor histórico y antropológico, sino la vida y la memoria de sus pobladores con lo que se afectaría su derecho a la identidad como comunidades, su derecho a la democracia y los derechos colectivos como poblaciones organizadas y con vida desde hace varios siglos.
Diputada Ernestina Godoy Ramos (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a la implantación de estrategias de toma de conciencia y educación ambiental para disminuir el uso de popotes en establecimientos mercantiles, y a legislar sobre la utilización de esos utensilios y artículos de plástico no reciclable o degradable, suscrita por los diputados Evelyn Parra Álvarez y Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del PRD
Quienes suscriben, Evelyn Parra Álvarez y Juan Fernando Rubio Quiroz, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo establecido en el artículo 6, fracción 1, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante esta soberanía proposición con puntos de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La vida cotidiana nos impide ver el verdadero efecto de cada una de nuestras acciones. Ésa es la idea básica de lo que los científicos han denominado la huella de ecológica, el indicador ambiental es la suma absoluta de todos los bienes y servicios ambientales que necesita cada persona para satisfacer sus necesidades, así como el efecto en el ambiente causadas directa o indirectamente por un individuo, organización, evento o producto.
De forma simple, la huella ecológica es la superficie necesaria terrestre, marina o ambas para producir los alimentos y las otras materias primas que requerimos, así como para absorber nuestros desechos, generar la energía que consumimos y proveer del espacio para caminos, edificios y otro tipo de infraestructura.
Si consideramos el planteamiento anterior, supondríamos que día a día los 7 mil millones de personas en el planeta utilizan una cierta superficie que equivale a su huella de ecológica, pudiera parecer lógico que, sí nuestras necesidades aumentan, también aumentan nuestras demandas de bienes y servicios las cuales en efecto han crecido día con día en el mundo, por tanto, mayor es también la superficie que requerimos para producirlos y desalojar nuestros desechos, y por tanto, nuestra huella ecológica aumentará considerablemente.
La huella ecológica de cada persona en el mundo se estima que en promedio es de 2.8 hectáreas, eso sin considerar que algunos países, sobre todo los más industrializados, requieren en promedio 5.0 hectáreas, mientras que los países menos industrializados, requieren menos de 2.0 hectáreas, sin embargo, de acuerdo a las características de nuestro planeta y el tamaño de la población, lo que tenemos como disponible de huella ecológica para cada persona es de apenas 1.7 hectáreas. Eso explica en gran medida los problemas que se nos presentan día tras día.
Somos responsables de que el planeta camine hacia la sostenibilidad o hacia el desastre. Nuestras acciones cotidianas deben cambiar la forma en que disponemos de los bienes y servicios ambientales. Si nos detuviéramos a pensar sobre un caso en particular de ¿Cuántos popotes consumimos al año? ¿De cuál es la verdadera utilidad de los popotes y su ciclo de vida? En lo individual, ¿A caso no estaríamos de acuerdo por qué cada barril de petróleo sea utilizado de forma inteligente y no para la fabricación de popotes?
Si cada persona se hiciera estos planteamientos, de forma particular en el momento de tomar un popote, sabría 95 por ciento de los popotes no son reciclados, por lo que terminan en lugares peligrosos como mares, de hecho, varios estudios han descubierto que muchos de los residuos de plástico van a dar a los mares.8
Cada persona sabría que los popotes no tienen un ciclo de vida de más de 5 minutos y, de acuerdo con datos de la asociación Ocean Conservancy, ocupan el quinto lugar de los productos más colectados en costas y mares: en la zona costera mexicana se encontraron 11 mil 574 de ellos. Tardarán al menos 100 años para degradarse.
En 17 estados de la república podemos observar un consumo del popote disruptivo, ya que de acuerdo con Ocean Conservancy se pueden contabilizar aproximadamente 17 mil popotes en sólo 3 horas durante una limpieza de las costas,2 llegando incluso a lugares tan peligrosos como los mares, pues peces, aves y tortugas confunden con alimento esos objetos, cuando tiramos un popote a la basura, la probabilidad de que termine flotando en el océano es de 72 por ciento, cerca de 20 por ciento de las especies marinas consumen plástico que hallan en su entorno, lo que les ocasiona asfixia, obstrucción intestinal e incluso la muerte. Si continuamos con estas acciones, se estima que para 2025 habrá más plástico visto en los mares que especies animales.
En promedio una persona consume cerca de 38 mil popotes en toda su vida. En el mundo se utilizan diariamente cerca de 500 millones de ellos, es decir, 175 toneladas de popotes.
Los popotes no sólo contaminan cuando los tiramos a la basura; fabricarlos también tiene costos ambientales muy altos. Por cada kilogramo de plástico que se fabrica, se liberan 3.5 kilogramos de CO2 a la atmósfera terrestre. Es decir, para producir las 175 toneladas de popotes que se desechan diario, se liberan a la atmósfera 612 toneladas de CO2.
Si consideramos las cifras, observamos que el consumo de popotes no es una cuestión menor, 38 mil popotes consume cada persona en toda su vida, con escasa utilidad y un ciclo de vida muy corta que termina en el mar, lo que no sólo ocupa una determinada huella ecológica sino, también, genera gases de efecto invernadero.
La contaminación a causa de los popotes es una situación mayor, desde lo individual hasta las acciones gubernamentales, deberían llevarnos a replantear la forma en que consumimos popotes y otros artículos de plástico, como las bolsas, botellas, etcétera.
Los presentes puntos de acuerdo tienen la pretensión de incentivar acciones para que la Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México promueva y limite el uso de popotes en establecimientos mercantiles con el objeto de disminuir la huella ecológica que estos generan, así como transitar hacia esquemas más resilientes, además de hacer un llamado para que la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México legisle sobre la materia.
Por lo expuesto y fundado se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al gobierno de la Ciudad de México a implantar por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales estrategias de toma de conciencia y educación ambiental para disminuir el uso de popotes en establecimientos mercantiles, comerciantes y prestadores de servicios, así como en la producción y disposición final de estos residuos.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso del Unión exhorta de manera respetuosa a la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México a legislar, en lo conducente, sobre la utilización de popotes y, en general, artículos elaborados con plástico no reciclable o degradable, a fin de disminuir su efecto en el ambiente.
Notas
1 Véase Descubren otra isla de plástico, en https://www.elespectador.com/noticias/medio-ambiente/descubren-otra-isl a-de-plastico-en-el-oceano-pacifico-articulo-711159 Proponen que la isla de plástico en el Pacífico sea un país, en
https://actualidad.rt.com/actualidad/250714-isla-basura- plastico-pacifico-pais
2 Di no al plástico en exceso, en https://aiesec.org.mx/di-no-al-plastico-en-exceso/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputados: Evelyn Parra Álvarez, Juan Fernando Rubio Quiroz (rúbricas).Con punto de acuerdo, relativo al rechazo de la SRE a la pena de muerte impuesta al mexicano Rubén Ramírez Cárdenas y programada para el miércoles 8 de noviembre en Texas, EUA, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena
Juan Romero Tenorio, en mi calidad de diputado federal de la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso y la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes
Consideraciones
Primera. El ciudadano Rubén Ramírez Cárdenas podría convertirse en el undécimo mexicano en morir ejecutado en Estados Unidos, desde que este país reinstaló el castigo capital en 1976.
En caso de que fracasen los próximos días las apelaciones interpuestas por sus abogados defensores, Ramírez Cárdenas recibirá la inyección letal el 8 de noviembre en la Unidad Carcelaria Walls, al noroeste de Houston, Texas.
Jason Clark, vocero del Departamento de Justicia Criminal de Texas, dijo que en las últimas semanas el reo ha negado entrevistas de prensa y solo aceptó la visita de amigos en prisión de Polunsky, donde Texas alberga a los sentenciados a muerte.
Ramírez Cárdenas, originario de Irapuato, estado de Guanajuato, fue sentenciado en julio de 1998 a la pena capital por la violación y muerte de su prima hermana Mayra Laguna, de 16 años, el 22 de febrero de 1997 en Edinburg, Texas.
El pasado lunes, sus abogados interpusieron un recurso ante la Corte de Apelaciones Criminales de Texas para tratar de revertir la negativa de una corte estatal a permitir muestras de ADN que habrían quedado tras los rasguños en las uñas de la víctima. Los abogados argumentan que la evidencia de ADN potencialmente exculpatoria debe ser vista antes de su ejecución. La abogada Maurie Amanda Levin, escribió:
Su condena y sentencia de muerte se obtuvieron mediante el uso de evidencia no confiable, coaccionada y falsa, y con pruebas de ADN que no tienen sentido según los estándares científicos de hoy.
El creciente número de exoneraciones, la mayoría de las cuales involucran pruebas como la utilizada para obtener la condena del señor (Ramírez) Cárdenas, obligan a reconocer que nuestro sistema es falible.8
Añadió que la justicia exige que el Ramírez Cárdenas tenga la oportunidad de realizar las pruebas forenses que podrían exonerarlo. El acusado enfrenta la maquinaria judicial más propicia a aplicar la pena de muerte.
Cabe señalar que los casos, tanto de pena de muerte como de otro tipo, en los que se ha exonerado a acusados gracias a pruebas de ADN muestran temas recurrentes, al igual que los de anulación de condenas sin la ayuda de estas pruebas genéticas, más numerosos.
Según el Proyecto Inocencia2 Los temas que se repiten una y otra vez, errores en la identificación, peritos y policías corruptos, fiscales con exceso de celo, defensores ineptos, pobreza, raza, no deben pasarse por alto.
De los 10 mexicanos que hasta ahora han recibido el castigo capital en Estados Unidos, nueve han sido ejecutados en Texas y solo uno, Benjamín Mario Murphy, en Virginia.
Segunda. La pena capital en los Estados Unidos de América es legal en 31 estados, y a nivel federal en los sistemas legales civiles y militares. Su aplicación está limitada por la Octava Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos a homicidios agravados por adultos mentalmente competentes, y de hecho en 2016 se situó entre los diez países del mundo con más personas ejecutadas.
La legislación de aquel país permite la aplicación de la pena de muerte tanto en la jurisdicción federal como la jurisdicción estatal, es decir, a delitos federales y a delitos estatales.
La Legislatura Estatal de cada Estado tiene la autoridad o competencia para debatir, aprobar y sancionar el Código Penal del estado respectivo, así como las reformas parciales del mismo, y el Gobernador del Estado promulga esos cambios legislativos. Los delitos que pertenecen a la jurisdicción estatal son incluidos en el Código Penal estatal de cada Estado.
Por esa razón los Estados son libres de incluir o no la pena de muerte en sus códigos penales respectivos. La mayoría de los Estados la incluyen, pero algunos no; incluso algunos de los que no la incluyen han establecido en su Constitución Estatal la prohibición de aplicarla (para delitos estatales).
En los estados donde sí existe la pena de muerte en la ley penal estatal, los acusados son juzgados por los Tribunales Estatales, y en caso de ser condenado a muerte un reo, el gobernador del estado tiene la última palabra para confirmar la condena o para cambiarla por Cadena Perpetua.
Cuando se trata de delitos federales, es el Congreso de los Estados Unidos quien tiene la competencia para aprobar y sancionar el Título 18 del Código de los Estados Unidos y sus reformas parciales, que son promulgadas por el Presidente de los Estados Unidos. En Estados Unidos todos los códigos legales aprobados por el Congreso de los Estados Unidos están fundidos en un solo gigantesco código, por lo que cada título de ese cuerpo legal equivale a un código completo de otros países; en el caso del Título 18, el mismo equivale a un código penal y a un código de procedimiento penal unidos en uno. Dicho Título 18 tiene vigencia sobre todo el territorio nacional de los Estados Unidos, incluyendo todos y cada uno de los estados y territorios no incorporados, pero solamente para aquellos delitos que entran dentro de la jurisdicción federal.
Los diferentes Estados que mantienen la pena de muerte en sus leyes para delitos estatales han ejecutado desde 1976, cuando la Corte Suprema de los Estados Unidos levantó una suspensión que previamente había impuesto a la pena de muerte, hasta el 2016 a un total de unos 1439 reos. Si se le suman los tres ejecutados por el Gobierno Federal, sumarían 1442 ejecutados desde 1976. Durante el año 2016 fueron ejecutados 20 reos.3
Tercera. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha tratado algunos temas generales relativos a la correcta interpretación de la Convención American de Derechos Humanos en materia de pena de muerte y ha establecido un criterio general de interpretación restrictiva de la facultad que se confiere a los Estados de aplicar esta sanción , lo mismo que en materia de reservas sobre pena de muerte.
Las discusiones acerca de la interpretación del artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de las reservas realizadas a la Convención en este ámbito, han declarado violados diversos derechos de la Convención Americana de Derechos Humanos, como el derecho a la vida (artículo 4), integridad personal (artículo 5) y debido proceso (artículo 8).4
En algunos casos la Corte Interamericana se ha referido explícitamente a la necesidad de que el Estado adecúe su legislación interna de forma tal que esta se ajuste con los estándares establecidos en la Convención Americana en materia de pena de muerte.5
La Corte ha sostenido reiteradamente que la Convención Americana impone a los Estados partes la obligación general de adecuar su derecho interno a las normas de la propia Convención, para garantizar así los derechos consagrados en ésta. Las disposiciones de derecho interno que se adopten para tales fines han de ser efectivas, principio del effet utile 6 (principio de efectividad ).
Lo que significa que el Estado tiene la obligación de consagrar y adoptar en su ordenamiento jurídico interno todas las medidas necesarias para que lo establecido en la Convención sea realmente cumplido y puesto en práctica.
Lo anterior guarda armonía con lo ya establecido previamente por ese Tribunal, en el sentido de que,
[...] el deber general del Estado, establecido en el artículo 2 de la Convención, incluye la adopción de medidas para suprimir las normas y prácticas de cualquier naturaleza que impliquen una violación a las garantías previstas en la Convención, así como la expedición de normas y el desarrollo de prácticas conducentes a la observancia efectiva de dichas garantías.
[...]
Para Amnistía Internacional la pena de muerte vulnera dos derechos humanos fundamentales: el derecho a la vida y el derecho a no sufrir tortura. Ambos están protegidos por la Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada en 1948 por las Naciones Unidas.
Las siguientes normas internacionales prohíben expresamente el uso de la pena de muerte, excepto en tiempo de guerra:
Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte
Por su parte, el Protocolo Número 6 al Convenio Europeo de Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, relativo a la abolición de la pena de muerte, adoptado en 1982 por el Consejo de Europa con la finalidad de recoger la tendencia general de sus estados miembros a favor de la abolición de la pena de muerte, dispuso la abolición de la pena de muerte en tiempo de paz, reservándola solamente para aquellos actos cometidos en tiempo de guerra o de peligro inminente de guerra.
Posteriormente, el Consejo de Europa aprobaría en el año 2002 el Protocolo Nº 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, el cual establece la abolición de la pena de muerte en cualquier circunstancia, incluso en tiempos de guerra o de peligro inminente de guerra.
Dicho tratado ha sido ratificado por 37 Estados y firmado por otros siete.
Es importante resaltar, además, que el Estatuto de la Corte Penal Internacional excluye la pena de muerte de las penas que está autorizada a imponer, pese a que tiene competencia sobre delitos sumamente graves como crímenes de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra.
Por tanto, el derecho internacional no se reduce solamente a ser un producto resultante de la voluntad de los Estados, sobre la base del principio de la soberanía estatal, sino que la autonomía de la voluntad de los Estados es limitada, pues, los conceptos abstractos de libertad y de soberanía absoluta de los Estados son incompatibles con la existencia misma de una sociedad internacional.
Cuarta. El pasado 27 de septiembre de 2017, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas aprobó la resolución A/HRC/36/L.67 y por primera vez este órgano se pronuncia contra las violaciones de derechos humanos relacionadas con el uso de la pena de muerte.
El Consejo de Derechos Humanos es una organización dependiente de Naciones Unidas y formada por 47 miembros elegidos por la Asamblea General cada tres años.
Se trata de un documento que de forma general aborda la pena de muerte y condena su aplicación cuando no es garantista y supone una violación de derechos humanos fundamentales.
Condena, por ejemplo, la pena de muerte contra personas con discapacidad mental o intelectual, contra quienes eran menores de 18 años en el momento de la comisión del delito o contra mujeres embarazadas. También deplora que las personas pobres o económicamente vulnerables y los extranjeros suelan ser condenados a muerte de manera desproporcionada.
En su parte introductoria, entre otros puntos, señala que:
Tomando nota de los informes del Secretario General sobre la cuestión de la pena de muerte, en el último de los cuales el Secretario General examinó los efectos desproporcionados de la aplicación de la pena de muerte a personas pobres o económicamente vulnerables , los extranjeros, las personas que ejercen el derecho a la libertad de religión o de creencias y la libertad de expresión, y la aplicación discriminatoria de la pena de muerte contra las minorías raciales y étnicas , su aplicación discriminatoria por motivos de género u orientación sexual, y su aplicación a personas con discapacidad mental e intelectual.
Deplorando profundamente que el uso de la pena de muerte conduzca a violaciones de los derechos humanos de los condenados a esa pena y de otras personas afectadas,
Reconociendo el informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos relativos a la mesa redonda de alto nivel sobre la cuestión de la pena de muerte, durante la cual se llegó a la conclusión de que un número significativo de Estados consideraban que la pena de muerte constituía una forma de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes ,
Deplorando el hecho de que las personas pobres o económicamente vulnerables y los extranjeros suelan ser objeto de la pena de muerte de manera desproporcionada, que las leyes que imponen la pena de muerte se empleen contra personas que ejercen sus derechos a la libertad de expresión, de pensamiento, de conciencia, de religión, y de reunión y de asociación pacíficas, y que las personas pertenecientes a minorías religiosas o étnicas estén representadas de manera desproporcionada entre los condenados a esa pena,
Condenando en particular el empleo de la pena de muerte contra personas con discapacidad mental o intelectual, contra quienes eran menores de 18 años en el momento de la comisión del delito y contra mujeres embarazadas,
Poniendo de relieve también que la falta de transparencia en la aplicación de la pena de muerte tiene consecuencias directas para los derechos humanos de los condenados a esa pena y de otras personas afectadas,
Reconociendo el interés de estudiar la cuestión de la pena de muerte y de celebrar debates locales, nacionales, regionales e internacionales al respecto,
1. Insta a todos los Estados a que protejan los derechos de los condenados a la pena de muerte y de otras personas afectadas, incluidos los derechos a la igualdad y a la no discriminación, cumpliendo las obligaciones internacionales que les incumben;
2. Exhorta a los Estados que todavía no se han adherido al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, o que aún no lo han ratificado, a que consideren la posibilidad de hacerlo;
3. Exhorta a los Estados que todavía no han abolido la pena de muerte a que velen por que esta no se imponga sobre la base de leyes discriminatorias o como resultado de una aplicación discriminatoria o arbitraria de la ley ;
4. Exhorta a los Estados a que velen por que todos los acusados, en particular las personas pobres y económicamente vulnerables, puedan ejercer sus derechos en relación con la igualdad de acceso a la justicia, a que garanticen, mediante una asistencia letrada efectiva, una representación letrada adecuada, cualificada y eficaz en todas las fases de las actuaciones civiles y penales en que pueda imponerse la pena capital, y a que se aseguren de que las personas condenadas a muerte puedan ejercer su derecho a solicitar el indulto o la conmutación de su pena;
5. Insta a los Estados que todavía no han abolido la pena de muerte a que velen por que dicha pena no se aplique a personas con discapacidad mental o intelectual, a quienes eran menores de 18 años en el momento de la comisión del delito ni a mujeres embarazadas;
7. Exhorta a los Estados a que cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, e informen a los extranjeros de su derecho a ponerse en contacto con la oficina consular correspondiente;
La resolución fue aprobada por 27 votos a favor (Albania, Alemania, Bélgica, Bolivia, Brasil, Congo, Costa de Marfil, Croacia, Ecuador, El Salvador, Eslovenia, Georgia, Ghana, Holanda, Hungría, Kirguistán, Letonia, Mongolia, Panamá, Paraguay, Portugal, Venezuela, Ruanda, Reino Unido, Sudáfrica, Suiza y Togo), 13 en contra (Arabia Saudí, Bangladés, Botsuana, Burundi, Catar, China, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos, Etiopía, India, Irak y Japón) y 7 abstenciones (Corea del Sur, Cuba, Filipinas, Indonesia, Kenia, Nigeria y Túnez).
Estados Unidos NUNCA ha apoyado ninguna resolución de Naciones Unidas contraria a la pena de muerte, ni con la administración Trump ni con administraciones previas. En 2014, por ejemplo, la administración Obama votó en contra de una resolución parecida.
Quinta. Adicionalmente debe considerarse los problemas inherentes la aplicación de la pena de muerte:
1. Es irreversible y los errores suceden. La ejecución es el castigo definitivo e irrevocable: el riesgo de ejecutar a una persona inocente nunca puede ser eliminado. Desde 1973, por ejemplo, 150 presos estadounidenses enviados al corredor de la muerte han sido exonerados posteriormente. Otros han sido ejecutados a pesar de serias dudas sobre su culpabilidad.
2. No disuade el crimen. Los países que ejecutan comúnmente citan la pena de muerte como una forma de disuadir a las personas de cometer delitos. Este reclamo ha sido desacreditado repetidamente y no hay evidencia de que la pena de muerte sea más efectiva para reducir el crimen que la prisión.
3. A menudo se usa dentro de sistemas de justicia sesgados. Algunos de los países que ejecutan a más personas tienen sistemas legales profundamente injustos. Han dictado sentencias de muerte tras juicios injustos. Muchas condenas a muerte se dictan después de confesiones que se obtuvieron mediante tortura.
4. Discriminatorio. Es más probable que sea condenado a muerte si es pobre o pertenece a una minoría racial, étnica o religiosa debido a la discriminación en el sistema de justicia. Además, los grupos pobres y marginados tienen menos acceso a los recursos legales necesarios para defenderse.
5. Utilizado como una herramienta política. Las autoridades en algunos países, usan la pena de muerte para castigar a los opositores políticos.
De lo anterior se infiere que en virtud de que los Estados Unidos de América no ha adecuado su legislación a la Convención Americana de Derechos Humanos, y con ello ha incumplido la obligación impuesta a los Estados partes por el artículo 2 de la misma.
En este sentido, Estados Unidos de América debe abstenerse de aplicar la pena de muerte y, dentro de un plazo razonable, debe modificarla, adecuándola a la Convención Americana y otras normas internacionales de derechos humanos, conforme a lo dispuesto por el artículo 2 de ésta, de manera que se garantice el respeto y el goce de los derechos a la vida, a la integridad personal, al debido proceso legal y a las garantías judiciales, consagrados en ese mismo instrumento internacional.
Por tanto y con fundamento en lo expresado, así como en las disposiciones invocadas en el proemio, se propone como de urgente u obvia resolución , el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal para que instruya a la Secretaría de Relaciones Exteriores a que manifieste su rechazo a la pena de muerte impuesta en el caso del mexicano Rubén Ramírez Cárdenas, programado para ser ejecutado para el miércoles 8 de noviembre en Texas, Estados Unidos de América, solicite clemencia al Gobernador Greg Abbott, y conmine a ese estado para que en el marco de su legislación interna le sea aplicada una pena que no incluya tortura u otras tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Notas
1 Economiahoy.mx Mexicano condenado a muerte en Estados Unidos espera su ejecución 1 noviembre 2017. http://www.economiahoy.mx/internacional-eAm-mexico/noticias/8716551/11/ 17/Mexicano-espera-ser-ejecutado-en-Estados-Unidos-el-8-de-noviembre.ht ml
2 Inocent Proyect es un gabinete jurídico sin ánimo de lucro, creado en 1992 para ocuparse de casos en los que las pruebas de ADN tras la sentencia condenatoria pueden demostrar la inocencia. Al acabar febrero de 2003, había habido 125 exoneraciones gracias a las pruebas de ADN. www.innocenceproject.org.
3 Death Penalty Information Center (Centro de Información de la Pena de Muerte, website en inglés) http://www.deathpenaltyinfo.org/number-executions-state-and-region-1976
4 Cuadernillo de jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, número 1: Pena de muerte http://www.corteidh.or.cr/sitios/libros/todos/docs/penamuerte2.pdf
5 Caso Hilaire, Constantine y Benjamin y otros vs. Trinidad y Tobago. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 21 de junio de 2002.
http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/Seriec_94 _esp.pdf
6 Cançado Trindade, Antônio Augusto. Las cláusulas pétreas de la protección internacional del ser humano. Memoria del seminario el sistema interamericano de protección de los derechos humanos en el umbral del siglo XXI, Tomo I, 2ª. Edición, Corte Interamericana de Derechos Humanos, San José, Costa Rica, 2003. P 63. A este principio de interpretación se le conoce como principio de efectividad. El profesor Cançado Trindade dijo sobre tal principio lo siguiente: El principio de la efectividad (ut regis magis valeat quam pereat effect utile) abarca las normas tanto sustantivas como procesales de los tratados de derechos humanos, y el carácter objetivo de las obligaciones de protección y la noción de garantía colectiva subyacente a tales tratados tienen primacía sobre restricciones adicionales emanadas del Estado individual.... http://www.corteidh.or.cr/docs/libros/Semin1.pdf
7 Asamblea General 22 de septiembre de 2017. Consejo de Derechos Humanos 36º período de sesiones 11 a 29 de septiembre de 2017 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo. 36/... La cuestión de la pena de muerte . http://undocs.org/es/A/HRC/36/L.6
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputado Juan Romero Tenorio (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo al análisis del Reglamento de Construcciones de la Ciudad de México y la dotación de recursos a las instancias locales de protección civil y atención de desastres naturales, suscrita por los diputados Evelyn Parra Álvarez y Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del PRD
Quienes suscriben, diputados Evelyn Parra Álvarez y Juan Fernando Rubio Quiroz, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo establecido en el artículo 6 fracción 1, y de con conformidad con lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante esta honorable soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Los grandes cambios en el mundo comienzan con las peores crisis. Nuestro país está desde hace muchos años en una crisis de gobernabilidad por falta de políticas públicas que detonen un verdadero cambio en el sector social, económico, político y presupuestal. Esta situación nos ha orillado a cuestionarnos como se deben invertir los recursos públicos para mejorar el bienestar de nuestra sociedad y aumentar el desarrollo económico.
La anterior situación, nos pone lejos de tomar medidas preventivas sobre los posibles efectos de la naturaleza, los eventos telúricos del pasado 7 y 19 de septiembre son una muestra de ello que nos hace reflexionar sobre la pertinencia de transformar la visión de prevención que tenemos en las ciudades.
El movimiento sísmico del 19 de septiembre -como hace 32 años- registrado a las 13:42 horas, con magnitud del 7.1 grados en la escala de Richter, cuyo epicentro se localizó en el sureste de Axochiapan, Morelos, con fuertes repercusiones en la Ciudad de México, Morelos y Puebla, sacudió la conciencia de miles de personas que de forma voluntaria salieron a las calles a ayudar desinteresadamente. Y hombro a hombro, demostraron que México está de pie.
El sismo del 19 de septiembre no sólo cimbró la consciencia de la gente, sino también de sus gobernantes. De antemano sabemos que los sismos no se pueden predecir, pero eso no debe significar una renunciar a tomar medidas de prevención, desafortunadamente, quienes nos gobiernan han tomado acciones contrarias a generar sinergias que nos permitan apoyar políticas públicas para transitar hacia esquemas de mayor certidumbre para el cuidado de la población.
La posición geográfica del país no nos es favorable ante los fenómenos naturales como los eventos telúricos, ya que el territorio mexicano se sitúa en el llamado cinturón sísmico inter-pacífico, lo que hace que nuestro país tenga sismicidad durante prácticamente todos los días del año, la mayoría de los sismos no son perceptibles, pero ante fenómenos como los ocurridos el 7 y 19 de septiembre, es precisamente, donde, como país, en lo individual y colectivo, debemos estar preparados para actuar y evitar que ocurra otra tragedia.
Es función indiscutible del Estado Mexicano, garantizar la seguridad de sus ciudadanos. No obstante, existen omisiones cuando de seguridad se habla. Por un lado se piensa que la seguridad únicamente se refiere a contar con elementos policiacos y cuerpos de seguridad como el ejército, la policía federal o la marina, sin embargo, la prevención ante los desastres naturales también debe ser una cuestión que se debe garantizar a los ciudadanos y, de forma muy puntual, atender lo relativo a construir ciudades resilientes.
Garantizar la seguridad de la gente a través de ciudades resilientes demanda revisar nuestros protocolos de respuesta ante eventos naturales que pueden poner en peligro la vida y salud de miles de personas, eventos como el 19 de septiembre nos deben llevar a cambiar la forma en que pensamos y construimos las ciudades, así como a exigir y demandar la actuación de nuestros gobiernos ante la responsabilidad gubernamental que detentan.
Toda acción, programa o política pública, requiere un serio planteamiento de un ejercicio presupuestal. Sin la suficiencia presupuestal para la ejecución de las políticas públicas, se carece de seriedad sobre las funciones sustantivas del Estado mexicano.
En ese sentido, se entiende el por qué la Ciudad de México es tan vulnerable a los desastres naturales, ya que en lo que va de la administración federal, se han hecho recortes presupuestales a todos los ramos, incluidos los relativos a la prevención, o bien, a la prestación de bienes y servicios básicos, un caso claro de esto, es el relativo al desabasto de agua que se vive en prácticamente toda la Ciudad de México, los recortes por más de 9 mil millones de pesos al organismo operador en la Ciudad, han provocado que no exista operatividad para solucionar el serio problema hídrico que afecta a más de 8 millones de habitantes.
Por otra parte, sabemos que la Ciudad de México no cuenta, por la falta de recursos presupuestarios y los recortes implementados por el gobierno federal, con sistemas de alerta sísmica más extendidos, o bien, con Atlas de Riesgos y Vulnerabilidad que permitan planificar la expansión urbana de toda la capital del país, a pesar de ser el centro económico y urbano más importante del país, en el que, además, se asientan los Poderes de la Unión, y en consecuencia, debería contar con infraestructura que permita hacer de la Ciudad, un espacio resiliente.
Las instituciones de vigilancia y prevención ante la expansión urbana, no poseen recursos presupuestarios suficientes para realizar sus actividades y permitir que las construcciones se hagan conforme a derecho para garantizar la seguridad de quienes habitan en la Capital del país, tal es el caso del Instituto para la Seguridad de las Construcciones en la Ciudad de México y del Sistema de Protección Civil de la Ciudad de México, ya que no cuentan con los recursos presupuestarios necesarios para cumplir con todas sus funciones.
Los recortes presupuestarios hechos por el gobierno federal a los organismos operadores de agua en las entidades federativas, el recorte al Fondo de Capitalidad, el recorte al Fondo Metropolitano y otros ramos, han abierto un parteaguas para que los legisladores federales, locales y el gobierno de la ciudad, asuman su responsabilidad a la hora de decidir cuáles son los sectores prioritarios en la asignación del presupuesto. Si cuidar de las familias mexicanas implica quitar 9 mil millones en publicidad al presidente de la República, o eliminar la aprobación de proyectos prioritarios que nadie conoce, entonces es momento de que los legisladores y el gobierno de la Ciudad asumamos un compromiso con la ciudadanía.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa al Gobierno de la Ciudad de México para que analice y, en su caso, adecué el Reglamento de Construcciones de la Ciudad de México ante la eventualidad de eventos clima-meteorológicos, con base en principios de resiliencia para las construcciones.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso del Unión exhorta de manera respetuosa a la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, para que considere dotar de recursos necesarios para la operatividad de las instancias encargadas de Protección Civil y Atención de Desastres Naturales, así como para el Instituto para la Seguridad de las Construcciones de la Ciudad de México.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputados: Evelyn Parra Álvarez, Juan Fernando Rubio Quiroz (rúbricas)Con punto de acuerdo, relativo a la gran problemática de los centros penitenciarios del país, suscrita por las diputadas Delfina Gómez Álvarez, Sandra Luz Falcón Vengas y Blandina Ramos Ramírez, del Grupo Parlamentario de Morena
Quienes suscriben, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos ante esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes:
Consideraciones
En México existen 372 centros penitenciarios estatales y municipales, de los cuales casi la mitad, 178, tienen sobrepoblación y de éstos hay diez cuya capacidad está rebasada entre un 300 y 600 por ciento. En ellos sobreviven de cuatro a seis internos en espacios destinados para un solo preso.
El 75 por ciento de los penales estatales alberga tanto a reos locales como federales. En cambio, existen 17 centros penitenciarios federales con capacidad para 33 mil 888 internos, pero ninguno está ocupado en su totalidad.
Las cárceles estatales, que son las más sobrepobladas, dan albergue a casi 25 mil reos federales, mientras que los centros penitenciarios federales no albergan reos estatales y ni siquiera a todos los federales.
El 51 por ciento de las personas presas por un delito local ya recibió una sentencia condenatoria. En cambio, menos de la mitad de los reos del orden federal, 49 por ciento, no ha recibido una condena, por lo que sigue presa con su proceso abierto.
Actualmente 236 mil 886 personas se encuentran privadas de la libertad, de las cuales 80.9 por ciento corresponde al fuero común y 19.1 por ciento al fuero federal.
Sin embargo, persiste el problema de sobrepoblación, la cual alcanza un 13.22 por ciento a escala nacional, con una situación alarmante en el estado de México, donde asciende a 165.51 por ciento.
Más de 20 centros penitenciarios distribuidos a lo largo del país cuentan con más de 200 por ciento de sobrepoblación. Resaltan los del estado de México, donde siete centros penitenciarios se encuentran en esta situación: el Centro de Prevención y Readaptación Social (CPRS) Chalco, el CPRS Ecatepec, el CPRS Tenango del Valle, el CPRS Cuautitlán, el CPRS Zumpango, el CPRS Tlalnepantla de Baz, así como el CPRS Jilotepec.
A escala nacional, cuatro de cada diez personas privadas de la libertad aún no cuentan con una sentencia condenatoria, es decir, se encuentra en proceso. Cabe destacar que para los internos del fuero federal, este porcentaje es superior a 50.
No obstante, esta información es insuficiente. Para pintar el cuadro completo de las cárceles en el país, requerimos datos sobre la percepción y experiencia de las personas que se encuentran privadas de la libertad.
El Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) ha realizado encuestas a población en reclusión en el Distrito Federal, el estado de México y en centros federales. El porcentaje de personas privadas de la libertad que reporta sentirse insegura, haber sido golpeada, no haber recibido atención médica adecuada, o que sus familiares deban pagar sobornos al personal para ingresar al centro.
Para dar ejemplos claros.
La cárcel distrital de Tepeaca, en Puebla, tiene el mayor nivel de hacinamiento de todos. Es un pequeño reclusorio con capacidad máxima para 46 personas, pero hasta abril de 2016 había 329 personas recluidas ahí. Es una sobrepoblación de más de 600 por ciento, según los datos del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social.
De las 329 personas recluidas en este penal, 239 están aún bajo proceso, es decir, no han recibido sentencia por lo que jurídicamente, no se ha comprobado que sean culpables del delito que se les imputa.
La sobrepoblación ya ha causado problemas en este penal. En febrero de 2015 se registró una riña e intento de fuga de internos que protestaban por las condiciones de hacinamiento. Para controlar la situación se requirió una intervención policiaca que paralizó a la ciudad, pues el penal se ubica en pleno centro, al lado de un jardín de niños.
No fue la primera vez que se registraba ahí un incidente de esa naturaleza. En 2013, un grupo de internos quiso escaparse cavando un hoyo de 80 centímetros. Las autoridades lo descubrieron y frustraron el intento
La cárcel distrital de Tizayuca, en Hidalgo, es la segunda con el mayor nivel de sobrepoblación del país. Dicho penal está diseñado para albergar a 47 personas como máximo pero en realidad hay 199 personas encerradas, lo que representa que el penal está rebasado en más de 445 por ciento.
Hay dos prisiones más con niveles de sobrepoblación que también rebasan el 400 por ciento: la cárcel distrital de Atotonilco, en Hidalgo, y la de Huixtla, en Chiapas.
En 2012, la de Tizayuca fue considerada la cárcel más peligrosa de Hidalgo, y en dos ocasiones en los últimos cinco años ocurrieron fugas de reos. En la de Huixtla estuvo preso el ex gobernador de Chiapas, Pablo Salazar Mendiguchía, quien en redes sociales contó los abusos que ahí se padecían.
Para el caso específico, el estado de México tiene una sobresaturación penitenciaria, ya que los 21 penales de la entidad fueron planeados para una capacidad de nueve mil 964 reos y hasta diciembre del año pasado tenía 27 mil, lo que representa 169 por ciento de sobresaturación, de acuerdo con el Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS).
Están hacinados, en su mayoría no tienen atención, médica o educativa, que no permite su reinserción a la sociedad, que es el objetivo primordial una vez que compurgue su sentencia.
Hay muchas quejas porque no saben su situación jurídica, por ejemplo, si son sentenciados no saben qué tiempo tienen que compurgar para poder acceder a algún beneficio de prelibertad, qué trámite tienen que hacer para obtenerlo y ante qué autoridad deben hacerlo.
Otro de los grandes problemas es la falta de clasificación de los reos, es decir, que no se separe a los acusados de delitos comunes de los del crimen organizado o que las mujeres, en muchos casos, no cuenten con cárceles solo para ellas, algo que debería corregirse para que en cada estado hubiera una prisión femenil.
Asimismo se requiere de una utilización más eficiente de los recursos destinados al sistema penal, pues México es uno de los países en Latinoamérica que más gasta en mantener a sus reos; mayor impulso a programas de trabajo y de capacitación para el mismo en los centros penitenciarios, y la protección de grupos con necesidades específicas dentro de las cárceles.
Lo anterior se encuentra en concordancia con el artículo 18 de nuestra Constitución, que prevé que el sistema penitenciario se deberá organizar sobre la base del respeto a los derechos humanos y establece la reinserción social como uno de los objetivos de la prisión, a través del trabajo, capacitación para el mismo, educación, salud y deporte, como factores para alcanzarla y evitar con ello su reincidencia.
Esta dualidad de objetivos debe coexistir a fin de que las condiciones al interior de los centros garanticen la estancia digna de quienes se encuentran recluidos en centros penitenciarios; sin embargo, la realidad que impera en el sistema penitenciario nacional, refleja que esto no sucede en gran parte de estos establecimientos, dada la carencia e incapacidad para resolver las diversas problemáticas que enfrentan y que reiteradamente el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria ha evidenciado.
Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con las disposiciones invocadas en el proemio, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con
Puntos de acuerdo
Primero. Se exhorta al Secretario de Gobernación y al Comisionado Nacional de Seguridad a que ejecuten un programa con un monitoreo constante que permita la verificación de las condiciones de seguridad y gobernabilidad de los sistemas penitenciarios del país.
Segundo. Se exhorta a las entidades federativas a implementar acciones en los centros penitenciarios para regular el aislamiento cuando se trate de delitos graves y presos que requieran medidas especiales.
Tercero. Se exhorta a las entidades federativas a instruir a la autoridad que corresponda para que las administraciones del sistema penitenciario, tanto federal como local, realicen los ajustes presupuestales y administrativos con el objetivo de que se destinen los recursos humanos, materiales y financieros suficientes para que la plantilla del personal penitenciario sea acorde con las funciones necesarias para lograr la reinserción social de los internos y la seguridad de los centros penitenciarios.
Salón de sesiones del Congreso de la Unión, 7 de noviembre de 2017.
Diputadas: Delfina Gómez Álvarez (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas (rúbrica) y Blandina Ramos Ramírez.Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Policía Federal a poner énfasis en los operativos encubiertos y de usuarios simulados para inhibir en lo posible el robo en carreteras, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del PRD
El que suscribe, diputado Waldo Fernández González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al comisionado Nacional de la Policía Federal a fin de que se ponga énfasis en los operativos encubiertos y de usuarios simulados para abatir en lo posible el delito de robo en carreteras , con base en la siguiente:
Exposición de motivos
Según el especialista Saúl Hernández, el robo al transporte público de carretera ha crecido en un 180 por ciento en los últimos dos años, pasando de 568 casos, reportados en 2014, a mil 590 en 2016, sin considerar aquéllos en los que las víctimas no han presentado denuncias, pues las cifras de la iniciativa privada sugieren que existen muchos más.8
Las cifras muestran una tendencia al alza, en promedio cuatro asaltos diarios.
También se reporta que estos delitos se cometen cada vez con más violencia: Hace 15 años, revela el especialista, el 84 por ciento de estos robos eran violentos; hoy el porcentaje alcanza el 94 por ciento.
Las pérdidas económicas como consecuencia de este delito alcanzan cientos de millones de pesos, sin poderse precisar con certeza la cifra, pues aumenta concomitantemente con los robos que continuamente se perpetran.
Por otra parte, quienes se dedican al robo de transporte de carga operan en distintos niveles, con pequeñas y grandes estructuras, y sofisticadamente; en tanto, los más organizados, utilizan aparatos que bloquean la señal satelital de los teléfonos móviles, asimismo, cuentan con cómplices que no necesariamente se encuentran en el lugar del asalto, pero que indiscutiblemente son apoyos que facilitan la comisión del robo a autotransportes.
Las zonas de alto riesgo para el transporte de carga, se concentran en la región centro de la República Mexicana, principalmente en los estados de Puebla, México, Veracruz, Querétaro y Guanajuato. Los grupos criminales especializados en robo a transporte de carga tienen operaciones simultáneas en diferentes entidades del país como el estado de México, Puebla y Veracruz. Mientras los delincuentes realizan el robo de una unidad de carga mantienen comunicación constante con diferentes individuos ubicados en otras entidades del país para verificar que el robo haya concluido exitosamente y elegir el punto de reguardo de la mercancía.2
La firma de consultoría en temas de seguridad, Sensi Guard (antes Freightwatch International) identificó que las rutas MéxicoVeracruz (autopista Mex-15D) y QuerétaroZacatecas (Mex-45D) se ubican como las zonas de mayor riesgo para el robo al transporte.3
Estas dos rutas las ubica dentro del rango de severo, en particular en la MéxicoVeracruz en donde se cometen 20 por ciento de todos los robos a nivel nacional.
Recientemente recibimos una denuncia ciudadana sobre el robo con violencia contra de un chofer a quien golpearon y tiraron en la carretera, de un tracto camión Kenworth con caja Thermo King en la autopista México-Pachuca, una de las más transitadas por transportistas y vehículos particulares que se movilizan para efectos de sus labores cotidianas.
De acuerdo al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el documento Incidencia delictiva del fuero común 2017, el robo en carreteras, al 30 de septiembre de este año en curso, las denuncias presentadas ante agentes del Ministerio Público por robo en carreteras con violencia , asciende a 3 mil 52 y sin violencia a 358.
Con sólo los datos anteriores, es incuestionable que la labor de prevención de los delitos mencionados ha sido ostensiblemente ineficiente.
La labor de prevención de los delitos en carreteras federales, donde se originan la gran mayoría de los delitos a que hacemos referencia, es una función que debe llevar a cabo la policía federal con mayor responsabilidad, pues, como se dijo, los resultados negativos en la economía cada vez son más notables.
Es necesario que se aumente significativamente la labor de prevención de la comisión de los delitos de referencia, por parte de los elementos de la policía federal y que se realicen operativos para esos efectos, con base en lo que disponen la Ley de la Policía Federal y su Reglamento.
En efecto, los artículos 2 y 8 de la Ley de la Policía Federal y 6, fracción IX, de su reglamento, disponen, respectivamente, que son objetivos de la Policía Federal, entre otros, salvaguardar la vida, la integridad, la seguridad y los derechos de las personas, así como prevenir la comisión de los delitos en carreteras federales, los medios de transporte que operen en las vías generales de comunicación, así como sus servicios auxiliares, en todo el territorio nacional en el ámbito de su competencia.
Además, la fracción VII le faculta para llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la prevención de los delitos.
Por lo anterior, independientemente de las actividades preventivas hasta hoy efectuadas, es necesario realizar con más frecuencia operativos encubiertos y de usuarios simulados, para evitar, en lo posible la repetición tan agraviante de los robos en carreteras y poder otorgar seguridad a las empresas que fortalecen la actividad económica del país y coadyuvan a su desarrollo y a la generación de empleos.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente:
Punto de acuerdo
Único. Se exhorta al Comisionado Nacional de la Policía Federal a fin de que, aunado a las actividades preventivas que actualmente realiza, se ponga énfasis en los operativos encubiertos y de usuarios simulados para abatir en lo posible el delito de robo en carreteras.
Notas
1 http://www.animalpolitico.com/2017/04/robo-camiones-carga-carreteras/
2 http://www.asis.org.mx/_pdf/reportes/mexico-report-q116_spanish.pdf
3 http://t21.com.mx/terrestre/2017/05/31/mexico-veracruz-queretaro-zacate cas-las-mayor-riesgo-autotransporte
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputado Waldo Fernández González (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a las observaciones de la ASF sobre los contratos números PXR-OP-SILN-SPR-CPMAC-A-4-14, DCPA-SO-SILN-SPR-GPAC-A-4-14 y DCPA-OP-GCP-DGTRI-A-3-15, otorgados a la firma brasileña Odebrecht para las refinerías Miguel Hidalgo, en Tula, y Salamanca, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, diputada Norma Rocío Nahle García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter ante esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes
Consideraciones
Primera. El 31 de octubre del año en curso, el titular de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), Juan Manuel Portal Martínez, entregó a la Cámara de Diputados el segundo informe parcial sobre la fiscalización de la Cuenta Pública 2016, con 664 auditorías, y destacó que las recuperaciones ascienden a mil 927.2 millones de pesos.
Las auditorías de la Segunda entrega de los informes individuales correspondientes a la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2016, se entregaron a los integrantes de la Comisión de Vigilancia de la ASF.
Estas 664 revisiones representan el 36 por ciento de las mil 865 previstas para ese año que, junto con las 502 de la primera entrega, suman mil 166 auditoras practicadas, que equivalen al 62.5 por ciento del total.
La tercera y última entrega sobre la fiscalización de la Cuenta Pública 2016 se realizará el 20 de febrero de 2018.
El auditor informó que, derivado de las 664 revisiones, se emitieron mil 587 recomendaciones, 796 pliegos de observaciones, 798 promociones de responsabilidades administrativas, 238 solicitudes de aclaración y 41 promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Respecto a los beneficios financieros derivados de las auditorías practicadas a la Cuenta Pública 2016, incluyendo las entregas de junio (primera entrega) y octubre (segunda entrega), las recuperaciones, al día de hoy, ya ascienden a mil 927.2 millones de pesos, cifra que se incrementará a partir de 2018 conforme se cumplan los plazos de los procesos establecidos en la ley.
Destacó que la suma total de recuperaciones operadas correspondientes a las Cuentas Públicas que van de 2001 a 2015 es de 116 mil 425.2 millones de pesos.
Segundo. No habían pasado 24 horas desde que se dieron a conocer los resultados de la segunda entrega de los informes individuales correspondientes a la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2016, cuando estos ya aparecían en las primeras planas de diversos diarios de circulación nacional.
Por varios días consecutivos a la entrega de los resultados de los informes individuales, Pemex encabezó las primeras planas de diarios de circulación nacional. La información que se ha hecho del conocimiento público solo confirma los beneficios que ha obtenido la tan anunciada empresa brasileña Odebrecht durante la administración de Emilio Lozoya Austin, exdirector de Pemex.
Con la finalidad de mostrar evidencia de alguno de los diversos artículos que se le han dedicado a este hecho de corrupción denunciado a nivel internacional, mismo por el que las autoridades mexicanas no han querido hacer un pronunciamiento oficial y que durante todo este tiempo el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, quien se ha visto directamente involucrado y ha permanecido en silencio.
La nota que a continuación se transcribe también permite dar cuenta como se describirá en el siguiente considerando, que suscribe ya ha presentado proposición con punto de acuerdo informando lo que ahora la ASF entrega como resultado de sus auditorías.
1 de noviembre de 2017.
La Auditoría Superior de la Federación detectó que Petróleos Mexicanos (Pemex) realizó, tan solo en 2016, presuntos pagos irregulares por más de 950 millones de pesos a la empresa constructora Odebrecht, para realizar obras en la Refinería Miguel Hidalgo en Tula, Hidalgo. La compañía brasileña obtuvo ese contrato durante la gestión de Emilio Lozoya Austin.
Los posibles pagos irregulares de los que se vio beneficiada Odebrecht compañía acusada de sobornar a funcionarios de varios países entre ellos México, para obtener contratos son por sobrecostos de hasta 300 por ciento en materiales y mano de obra facilitados por la falta de competencia, ya que la empresa recibió este y otros contratos por adjudicación directa.
Estos pagos anómalos representan un posible fraude al erario público y de no solventarse darían paso a denuncias penales ante la Procuraduría General de la República (PGR) contra quien resulte responsable.
El informe de resultados de la ASF muestra que Pemex Transformación Industrial benefició con al menos tres contratos a la compañía Constructora Norberto Odebrecht entre 2013 y 2015 (aunque en 2016 se continuaron haciendo pagos). Dos de estos contratos están relacionados con obras en la refinería Miguel Hidalgo de Tula y uno más en Salamanca.
De estos contratos solamente uno, el número PXR-OP-SILN-SPR-CPMAC-A-4-14 cuyo concepto es Acondicionamiento del sitio, movimiento de tierras y conformación de plataformas para el proyecto de Aprovechamiento de Residuales en la Refinería Miguel Hidalgo está concluido, aunque con una inversión 60 por ciento por arriba del monto original. El contrato era por mil 436 millones de pesos, pero Pemex terminó pagando más de dos mil 315 millones de pesos.
Los otros dos contratos, cuyo valor conjunto supera los 3 mil 500 millones de pesos están suspendidos por falta de presupuesto.
Estas contrataciones las realizó Pemex Transformación industrial vía adjudicación directa, es decir sin competencia, con el argumento de que era necesario hacerlo para acelerar los trabajos y garantizar el buen funcionamiento de las refinerías.
En términos generales, Pemex Transformación Industrial no cumplió las disposiciones legales y normativas aplicables en la adjudicación de estos contratos, concluyeron los auditores.
Los pagos irregulares
Las irregularidades detectadas por los auditores se centran en el único de los tres contratos ya finiquitado, el de obras para el aprovechamiento de aguas residuales en la Refinería Miguel Hidalgo de Tula. En total se detectaron ocho distintos tipos de anomalías de acuerdo con el informe de resultados.
El principal fraude reportado, por un monto de poco más de 707 millones de pesos, fue por los pagos en exceso que realizó Pemex por 13 conceptos distintos relacionados con la obra que se le dio a Odebrecht vía adjudicación directa. Los auditores detectaron esto cuando compararon lo que Odebrecht cobró respecto a lo que otra empresa mexicana recibió por un contrato distinto que ganó vía licitación pública.
El resultado: exactamente por los mismos conceptos la empresa brasileña percibió pagos con sobrecostos de 60 hasta 300 por ciento en comparación con lo que reportó la empresa mexicana.
Se constató que los precios unitarios contratados fueron altos, debido a que en su integración se consideraron costos fuera de mercado y rendimientos bajos de los insumo, señalaron los auditores.
Utilizando esta misma metodología los auditores encontraron más anomalías: herramientas con sobrecosto por 13 millones 639 mil pesos; pagos en exceso por un millón 287 mil pesos relacionados con una malla galvanizada y por 79 millones 164 mil pesos relacionados con extracción y traslado de agua, entre otros.
Los auditores detectaron además pagos irregulares por casi 140 millones de pesos relacionados con el sobrecosto que tuvo este contrato.
El informe añade que Pemex, al haber incurrido en todas estas irregularidades no garantizó la obtención de las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes para el Estado, ni administró con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez los recursos públicos asignados para el proyecto.
Obras inconclusas, más anomalías en camino
Los otros dos contratos que Odebrecht obtuvo también por adjudicación directa están suspendidos, el argumento de Pemex es la falta de presupuesto.
Uno de ellos es el número DCPA-SO-SILN-SPR-GPAC-A-4-14 por obras para la conversión de aguas residuales en la Refinería de Salamanca por un monto de mil 746 millones de pesos, de los cuales ya fueron pagados más de 400 millones de pesos. Las obras están suspendidas desde el 14 de marzo de 2016.
El otro es el contrato DCPA-OP-GCP-DGTRI-A-3- 15, cuyo objeto es la Construcción de accesos y obras externas para el proyecto de aprovechamiento de residuales para la Refinería Miguel Hidalgo. El monto del mismo asciende a mil 800 millones de pesos de los cuales más de 400 millones fueron pagados en 2016. Pero este contrato está suspendido desde el 7 de marzo de 2016.
Por ejemplo, en el caso de las obras externas en la Refinería Miguel Hidalgo se han identificado posibles sobrecostos que ascienden a los 229 millones de pesos.
Y en el caso del contrato en la Refinería de Salamanca se identificaron posibles pagos en exceso por un monto de 52 millones de pesos en mano de obra que están a la espera de aclaración.
Los auditores pidieron a Petróleos Mexicanos que aclare las anomalías en estos contratos.8
Tercero. El 19 de septiembre de 2017, presenté ante esta Asamblea proposición con punto de acuerdo con la finalidad de denunciar el tema de la Estafa maestra. Se trata de triangulaciones fraudulentas desde diversas instancias federales y en el que nuevamente se involucra a Pemex y las empresas Odebrecht, OHL y Pipelines. Entre las consideraciones presentadas en su momento en esa proposición, se destacan las que apenas dio a conocer la ASF con los informes individuales.
... 12. En lo que va del sexenio de Peña Nieto, Pemex ha entregado a Odebrecht 3 contratos públicos para obras en refinerías, 2 en 2014 y 1 en 2015: mil 436 millones 398 mil 637 para el acondicionamiento del sitio, movimiento de tierras y conformación de plataformas de la refinería Miguel Hidalgo Tula I (PXP-OP-SILN-SPR-CPMAC-A-4-14); mil 160 015.2 para el desarrollo del proyecto conversión de residuales de la refinería de Salamanca (DCPA-SO-SILN-SPR-GPAC-A-4-14); y mil 939 millones de pesos para la construcción de accesos y obras externas para el proyecto de aprovechamiento de residuales para la refinería Miguel Hidalgo Tula II (DCPA-OP-GCP-DGTRI-A-3-15).
13. Estos tres contratos reconocidos por Pemex suman 4 mil 536 millones 42 mil 566 pesos. Aunados al monto de 965 millones de dólares (equivalentes a 12 mil 811 millones 634 mil 365 pesos de 2014) otorgados en 2014 para el desarrollo de Los Ramones, el gobierno de Peña otorgó contratos a Odebrecht por al menos 17 mil 347 millones de pesos.
14. La empresa OHL fue contratada por una filial privada de Pemex, durante la administración de Emilio Lozoya, para supervisar la construcción de una obra otorgada a la constructora Odebrecht para la construcción del gasoducto Los Ramones II, la cual tuvo un sobreprecio de 28 millones de dólares, según documento técnico, un comunicado y el testimonio de una empresa involucrada en la obra.
15. Pemex, a través de su ya mencionada compleja red de filiales privadas, contrató a través de la empresa Tag Pipelines Norte, S de RL de C.V., los servicios de IEPI México (filial de OHL) en 2014 para supervisar los trabajos de ingeniería otorgados al consorcio AOT Pipelines, SAPI de CV, constituido por Odebrecht, la constructora argentina Techint y la mexicana Arendal específicamente para la construcción de Los Ramones II Norte, un gasoducto de 441 kilómetros entre Nuevo León y San Luis Potosí, con inversión original de 935 millones de dólares.
16. La supervisión de OHL a Odebrecht queda de manifiesto en un documento de siete páginas emitido por IEPI México en torno a la construcción de pilas realizada por AOT Pipelines, con folio 3709-O-PR-120004 y fechado 2 de diciembre de 2014, en el cual se especifica que la aprobación que se presenta en la inspección de la obra a toda la documentación técnica no eximirá al contratista de su responsabilidad por la correcta ejecución de los trabajos, tanto en la faz técnica como legal.
17. La misma OHL también reconoció supervisar las obras de Los Ramones II, según consta en un comunicado difundido el 16 de abril de 2015, en el cual se señala que la empresa española desarrolla varios contratos en el área de petróleo y gas, una planta de hidrógeno, una estación de rebombeo y una planta solidificadora de azufre, así como los servicios de supervisión del EPC (contrato engineering, procurement and construction) del gasoducto Los Ramones 2 norte y sur.
18. La supervisión de OHL no fue impedimento para que Odebrecht reconociera haber incrementado el costo original de la obra por un monto de 28 millones 390 mil dólares, de acuerdo con una investigación de Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad.
19. Odebrecht reconoció que el contrato para el desarrollo de Los Ramones II fue asignado por Pemex por un monto de 935 millones 139 mil dólares y se concluyó en 963 millones 529 mil dólares. Sin embargo, Pemex reconoce que la inversión estimada para tramo II de los Ramones es de mil 52 millones de dólares.
...2
Cuarto. Los informes entregados por la ASF, en el marco de la fiscalización de la Cuenta Publica permitieron mostrar evidencia de las irregularidades de Pemex con la empresa Odebrecht, ante la información difundida, la presión de la sociedad y los medios de comunicación, Pemex respondió ante los señalamientos de la ASF que atenderá dentro del plazo concedido las observaciones y aportará toda la información necesaria a fin de que se determine y sancione cualquier acto ilícito cometido en contra de la empresa productiva del Estado.
El comunicado de Pemex:
Pemex atenderá dentro del plazo concedido las observaciones realizadas por la Auditoría Superior de la Federación, una vez que las mismas sean notificadas, y aportará toda la información necesaria a fin de que se determine y sancione cualquier acto ilícito cometido en contra de la empresa productiva del Estado.
Desde que se tuvo conocimiento de los resultados de las investigaciones a Odebrecht en Brasil, Pemex ha venido colaborando estrechamente con las instancias de procuración de justicia, en particular con la Unidad de Responsabilidades de la Secretaría de la Función Pública y la Procuraduría General de la República y ha realizado todas las acciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos, los cuales se señalan a continuación:
1. El 22 de diciembre de 2016, la Unidad de Responsabilidades inició la investigación del caso. A la fecha se han iniciado ocho procesos sancionatorios. Dicha investigación sigue en curso.
2. El 25 de enero de 2017, Pemex interpuso una denuncia de hechos ante la PGR, a fin de que dicha autoridad investigue y en su caso se sancione a las personas que pudieron haber cometido algún ilícito relacionado con este caso.
3. Adicionalmente, Pemex contrató los servicios de la prestigiosa firma de abogados Hogan Lovells, que inició el proceso de investigación independiente ordenada por el Consejo de Administración de Pemex. Dicha investigación se encuentra en proceso.
4. El 5 de abril de 2017, Pemex, en cumplimiento a su compromiso con la transparencia, publicó en su portal de internet los contratos que celebró con la empresa Odebrecht.
5. El 6 de junio de 2017, Pemex rescindió el contrato que se tenía vigente a esa fecha con la empresa, por incumplimiento en sus obligaciones. A la fecha, Pemex no tiene contratos vigentes con la empresa.
6. El 14 de julio de 2017, el Consejo de Administración de Pemex aprobó el Programa de Cumplimiento Legal, el cual contempla diversos instrumentos normativos relacionados con la prevención y el combate a la corrupción. Este programa fue diseñado en colaboración con expertos en la materia, conforme a las mejores prácticas internacionales y nacionales.
7. Asimismo, la actual administración de Pemex ha fortalecido el área de Procura y Abastecimiento a fin de mejorar sus procesos de adquisición de obras y servicios mediante la realización de procesos competitivos y transparentes, en lugar de adjudicaciones directas. Esto ha generado que más proveedores puedan participar en igualdad de circunstancias y que Pemex pueda obtener mejores productos y servicios a mejores costos.
Petróleos Mexicanos es el principal interesado en aclarar cualquier acto ilícito que se haya cometido. No habrá impunidad ni en éste ni en ningún otro caso donde se comprueben anomalías.3
Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con las disposiciones invocadas en el proemio, someto a consideración de esta Soberanía, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a Pemex a que, en cumplimiento de sus obligaciones, atienda en lo inmediato las observaciones realizadas por la Auditoría Superior de la Federación respecto de los contratos PXR-OP-SILN-SPR-CPMAC-A-4-14, DCPA-SO-SILN-SPR-GPAC-A-4-14 y DCPA-OP-GCP-DGTRI-A-3- 15 otorgados a la Empresa brasileña Odebrecht para las refinerías Miguel Hidalgo Tula y Salamanca.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a que, en el ámbito de sus atribuciones inicie, en su caso los procedimientos correspondientes ante la Procuraduría General de la República, para fincar responsabilidades a los servidores públicos involucrados en los contratos otorgados a la empresa brasileña Odebrecht, por el posible daño patrimonial causado a Petróleos Mexicanos.
Notas
1 de Noviembre del año 2017, Pemex dio más de 950 mdp en pagos irregulares a Odebrecht: ASF; se atenderán observaciones, dice...Animal Político, Arturo Ángel.
2 Gaceta Parlamentaria, año XX, número 4869-V, martes 19 de septiembre de 2017. http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/63/2017/sep/20170919-V.html#Propo sicion28
3 Petróleos Mexicanos, Pemex atenderá observaciones de la ASF, Sala de prensa, Boletín nacional Nº 92, 02 de noviembre del 2017.
http://www.pemex.com/saladeprensa/boletines_nacionales/P aginas/2017_NAVIONAL92.aspx
Salón de sesiones del Congreso de la Unión, a 7 de noviembre del 2017.
Diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al ayuntamiento de La Paz, Baja California Sur, para respetar los derechos humanos y laborales de los policías municipales recién despedidos, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del PRD
El que suscribe, diputado Waldo Fernández González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al ayuntamiento constitucional de La Paz, Baja California Sur, para que se respeten los derechos humanos y laborales de los policías municipales recién despedidos, y se hagan del conocimiento público los procedimientos de despido incoados, con base en la siguiente:
Exposición de motivos
El pasado lunes 23 de octubre, diversos medios nacionales de comunicación reportaron movilizaciones sociales en la ciudad de La Paz, Baja California Sur, con motivo del despido injustificado de 65 policías municipales, a quienes se ha notificado el despido de manera verbal, bajo amenazas y engaños.
Lo anterior, pese a que Baja California Sur se encuentra en medio de la ola de asesinatos más grande de su historia, pues se están cometiendo hasta 8 homicidios diarios.
A la protesta de los municipales de La Paz, se sumaron los apoyos del Movimiento Nacional por la Seguridad y en Pro de la Justicia (MNSPJ) y la Unión Nacional Nueva Policía, quienes solicitaron la intervención del que suscribe y una mesa de diálogo para que se revise la presunta violación de los derechos humanos y laborales de los uniformados.
Algunos de los agentes han sido notificados verbalmente, otros han sido obligados a renunciar bajo amenazas y otros tantos han sido engañados con que serán reasignados, sin que las autoridades de la Policía Municipal hayan atendido a sus reclamos.
Hemos venido señalando de manera reiterada en esta y otras tribunas que, en materia de seguridad pública y procuración de justicia, uno de los problemas más graves que observamos se refiere al rol que juegan y deben jugar nuestros policías civiles en la prevención del delito y el combate a la delincuencia.
Es un reclamo unánime de la sociedad que los servidores públicos en cuestión requieren de una mayor capacitación, profesionalismo y responsabilidad.
No obstante, como sociedad, soslayamos el hecho de que para ingresar al servicio de seguridad pública se requiere cumplir un gran cúmulo de requisitos y exámenes, que deben observarse en todo tiempo y los exámenes de control de confianza deben presentarse de tanto en tanto para permanecer en el empleo, incluso cuando de manera retroactiva se estatuyen requisitos y exámenes más rígidos y difíciles de cumplir, sobre todo cuando ya no se es joven.
También despreciamos el hecho de que los servidores públicos en cuestión se desempeñan en un oficio de alta peligrosidad, generalmente mal pagados, en jornadas que normalmente exceden las ocho horas diarias, frecuentemente sin la capacitación ni el armamento adecuados, ignorando o pretendiendo ignorar que también tienen familia y obligaciones con ésta, además de aspiraciones personales que colmar, sin que tengan estabilidad en el empleo y sin que perciban una remuneración adecuada a los riesgos.
Uno de los mayores reclamos de las fuerzas de seguridad pública es que frecuentemente son despedidos sin mayor argumentación que supuestos procesos de depuración, en razón de no gozar de estabilidad en su empleo, situación que los hace blanco de ataques por parte de la delincuencia cuando dejan de laborar, independientemente de que pierden su fuente de ingresos y sustento para sus familias.
A ello debemos agregar el hecho de que, si los integrantes de los cuerpos de seguridad pública no tienen estabilidad en el empleo, la incertidumbre seguirá siendo un factor en contra de su desempeño.
En opinión de expertos, tal inestabilidad en la carrera policial y el fracaso en los métodos de depuración y selección de los elementos, lejos de fortalecer a las corporaciones, ha llevado a la desarticulación de los cuerpos de seguridad pública y la consecuente militarización de sus funciones, en perjuicio de los habitantes del país.
Por tales razones, estimamos necesario exhortar a las autoridades del municipio de la Paz, Baja California Sur, para se respeten los derechos humanos y laborales de los policías municipales recién despedidos, y se informe a esta soberanía sobre los procedimientos incoados para ello.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente:
Punto de acuerdo
Único. Se exhorta al honorable ayuntamiento constitucional de la ciudad de La Paz, Baja California Sur, a que se respeten los derechos humanos y laborales de los policías municipales recién despedidos, y se hagan del conocimiento público los procedimientos de despido incoados.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputado Waldo Fernández González (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a una indagatoria sobre el pago realizado por el PAN a la empresa fantasma Tornado Consulting Group, SA de CV, durante las elecciones para renovar alcaldías en Veracruz en junio de 2017, y los gastos de campaña del mismo instituto político en ese proceso, a cargo del diputado Cuitláhuac García Jiménez, del Grupo Parlamentario de Morena
Cuitláhuac García Jiménez, en mi calidad de diputado federal de la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso y la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes
Consideraciones
Primera. Que el 1 de noviembre de 2016 dio inicio el proceso para la renovación de los ayuntamientos en 212 municipios del estado de Veracruz, y en el cual la jornada electoral correspondiente se realizó el domingo 4 de junio de 2017. La toma de posesión de las nuevas autoridades electas se realizará el próximo 1 de enero de 2018.
Segunda. Sin embargo, el Partido Acción Nacional (PAN) en Veracruz utilizó al menos una empresa fachada con la que justificó gastos de campaña en las elecciones para alcaldías, a través de la firma, el 2 de mayo de este año, de un contrato con la empresa Tornado Consulting Group SA de CV, para poner publicidad en espectaculares, así como la estrategia de ubicación, retiro y lonas correspondientes, que necesitaban los candidatos a alcaldes para el desarrollo de sus campañas.
Hecho que salió a relucir después de una investigación realizada por la Organización Nacional Anticorrupción8 (ONEA). En dicha investigación se señala que:
El PAN Veracruz firmó el 2 de mayo de este año un contrato con la empresa Tornado Consulting Group SA de CV, para la ubicación de la publicidad en espectaculares, estrategia de colocación, retiro y lonas correspondientes, necesarios para la exhibición de los anuncios en campaña de varios de sus candidatos a alcaldes.
Dos direcciones de dicha empresa aparecen en el mapa rojo del SAT como una constante de los operadores de Javier Duarte de Ochoa para registrar empresas fantasma.
Al menos dos domicilios de Tornado Consulting Group SA de CV se ubican en las colonias Virgilio Uribe y la Reserva Tarimoya 2 y albergaron algunas de las primeras empresas fantasma descubiertas en 2015 y 2016.
Las firmas dadas de alta para el desvío de los primeros 645 millones de pesos de Duarte y sus operadores financieros son Anzara SA de CV, Cerene SA de CV, Rinoxa SA de CV y Ravsan Servicios Múltiples SA de CV.
En el caso del blanquiazul veracruzano, se logró confirmar en el municipio de Fortín de Las Flores, que Tornado Consulting Group SA de CV fue contratada por el partido político y colaboró para justificar casi 300 mil pesos en gastos de campaña con el candidato Antonio Mansur Oviedo, de la Alianza PAN-PRD.
ONEA siguió la pista de la factura con número de folio 179 de la empresa con la que justificó un gasto de 286 mil 90 pesos con 8 centavos, en los servicios otorgados al candidato a alcalde por el municipio de Fortín de Las Flores.
Dentro de las irregularidades en la contratación de la empresa, se encuentra que ésta ha otorgado cuatro direcciones distintas desde su alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
En un recorrido hecho por ONEA se visitó la dirección fiscal que aparece en la factura entregada al PAN Veracruz, en Leonardo Pasquel número 759, fraccionamiento Las Brisas, en el puerto de Veracruz, en la que se encontró una casa abandonada.
En la visita a la dirección que aparece en la cédula fiscal, ubicada en la calle de Virgilio Uribe número 1135, colonia Centro, en la misma ciudad, también se pudo confirmar que la empresa en cuestión no existe.
El tercer domicilio proporcionado fue bulevar San Lázaro, número 611, en el fraccionamiento Colinas de Santa Fe, de la ciudad de Veracruz, también resultó inexistente en el recorrido.
Una última visita realizada comprobó que la dirección proporcionada para recibir notificaciones en la avenida Antonio García Gómez 1009 A, Reserva Tarimoya 2, entre las calles de Zapote y Luis Aguilar, tampoco resultó ser cierta.
En su lugar se encontró el Colegio Centro Escolar Américas, cuyos directivos reaccionaron preocupados y confirmaron que nunca han escuchado acerca de la empresa denominada Tornado Consulting Group SA de CV.
Tercera. Es importante mencionar que esta conducta ilícita de desvió de recursos a una empresa fachada no fue descubierta por la autoridad electoral, en este caso por la Unidad de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, que tiene a su cargo la recepción y revisión integral de los informes que presenten los partidos políticos respecto del origen, monto, destino y aplicación de los recursos que reciban por cualquier tipo de financiamiento, así como investigar lo relacionado con las quejas en materia de rendición de cuentas de los partidos políticos.
La acusación original proviene del Partido Encuentro Social debido a una fotografía de tamaño real para propaganda que no era de material ecológico, según consta en la denuncia del 9 de junio de 2017.
El OPLE de Veracruz determinó iniciar las investigaciones, por lo que el organismo convocó al representante de la empresa Tornado Consulting Group SA de CV, sin que hasta la fecha se haya presentado a declarar.
Fue de esta forma como las primeras luces salieron al revisarse las facturas otorgadas por Tornado Consulting Group SA de CV y detectar en ellas anomalías en sus formatos y direcciones.
Aunque la empresa inició operaciones en mayo de 2015, sus direcciones han resultado falsas y aunque mantiene 28 actividades económicas en sus obligaciones fiscales, las pérdidas constantes no coinciden con sus contratos.
Tornado Consulting Group hace de todo en el papel. Brinda servicios profesionales, ejecuta cobranzas de carteras vencidas como intermediaria con bufetes jurídicos, hasta ser agencia de colocación de empleos y manejo de medios publicitarios.
En sus registros en papel ante el SAT y la SHCP también realiza servicios de protección y seguridad, con pérdidas económicas según sus declaraciones del ejercicio fiscal 2015. Ese año sus ingresos fueron 1 millón 450 mil pesos.
El ejercicio fiscal 2016 también lo reportó con pérdidas, a pesar de haber declarado ingresos por 3 millones 608 mil pesos y en este año 2017 ninguna de sus direcciones oficiales prueba su existencia.2
Cabe destacar que el representante legal de la empresa fantasma Tornado Consulting Group SA de CV es el ciudadano Marco Antonio Cancino Ancheyta, cuyo perfil profesional se auto presenta como:
Colaborador en procesos de liquidación, escisión y fusión de empresas, Ex catedrático de las materias de fiscal y contabilidad en instituciones de educación superior.
Asesor en materia financiera, fiscal, contable, patrimonial y legal corporativa, auxiliar del conciliador en diversos juicios de concursos mercantiles en la etapa de conciliación y quiebra con autorización del Instituto Federal de Especialistas en Concursos Mercantiles.
Esto presupone la existencia de un método planificado, un modus operandi , para el desvió de dinero de las campañas hacia empresas fachada o fantasma.
Para que ocurra un fraude dentro de un partido político debe existir una debilidad a explotar en un determinado proceso, la ausencia de un control o bien la desidia en alguna parte del proceso o área donde ocurre el evento, tales como:
* Inexistencia de procedimientos básicos de control interno, tales como arqueos de fondos sorpresivos por parte de órganos internos o mediante auditorías internas.
* Uso discrecional del efectivo por parte del tesorero sin ningún tipo de control.
* Complicidad al interior.
Todo lo anterior, para saber, significa un área de oportunidad para la comisión de delitos en instituciones de interés públicos que tiene como fin la organización de los ciudadanos y la integración de la representación nacional.
Es decir, no hablamos de un fraude en una empresa o en el gobierno, sino de las instituciones partidistas que por definición buscan acceder al poder mediante lo postulación de candidatos. Por eso un acto de esta naturaleza resulta tan gravoso a la sociedad.
Adicionalmente, considerando que el financiamiento de los partidos políticos y candidatos independientes es la plataforma sobre la que se construye la equidad en los procesos electorales.
Y que el Instituto Nacional Electoral, entre sus atribuciones, tiene la facultad de revisar el origen, monto, destino y aplicación de tales recursos, para comprobar que sean utilizados de manera correcta y conforme a lo establecido por la normatividad. Proceso al que se denomina fiscalización.
Es preocupante que no haya sido la autoridad constitucionalmente autónoma encargada de la función estatal de organizar las elecciones quien haya detectado la conducta ilícita del Partido Acción Nacional, sino un evento fortuito, derivado de una queja partidista.
Cuarta. Cabe señalar que a pesar que el contrato fue firmado por el Comité Directivo Estatal (CDE) del PAN en Veracruz, el 2 de mayo de 2017 , la empresa Tornado Consulting Group SA de CV no se dio de alta ante el Registro Nacional de Proveedores sino hasta el 19 de mayo de 2017.
Lo que adicionalmente representan declaraciones falsas ante la autoridad electoral, toda vez que este instrumento contractual fue entregado a la autoridad electoral, y en su capítulo de Declaraciones señala:
II. Declara el Arrendador (es decir, a compañía fantasma Tornado Consulting Group SA de CV) 3
II.1 al 11.4...
II.5. Quien se encuentra debidamente registrado ante el Instituto Nacional Electoral, a través del Registro Nacional de Proveedores, previstos en los artículo 356 al 361 del Reglamento de Fiscalización vigente; así mismo declara que para sus actividades cuenta con recursos materiales y humanos para el cumplimiento de sus obligacionesderivadas del presente contrato.
Al respeto el Reglamento de Fiscalización4 del Instituto Nacional Electoral señala:
Artículo 226.
De las infracciones de los partidos
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 443, en relación con el 442 de la Ley de Instituciones, constituyen infracciones de los partidos políticos, las siguientes:
a) El incumplimiento de las resoluciones o acuerdos del Instituto o de los organismos públicos locales.
b) El incumplimiento de las obligaciones o la infracción de las prohibiciones y topes que en materia de financiamiento y fiscalización les impone la Ley de Instituciones y demás disposiciones aplicables.
Capítulo 2Del Registro Nacional de Proveedores
Artículo 356.
Disposiciones generales
1. En términos de lo dispuesto por la fracción XXI, del artículo 7 de la Ley General de Delitos Electorales, sólo podrán proveer bienes y servicios a los partidos políticos, candidatos y candidatos independientes los proveedores inscritos en el Registro Nacional de Proveedores, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.
2. Para efectos de la obligación contenida en el párrafo anterior, será un proveedor o prestador de servicios obligado a inscribirse en el Registro Nacional de Proveedores de personas físicas o morales nacionales que vendan, enajenen, arrenden o proporcionen bienes o servicios de manera onerosa a los partidos, coaliciones, precandidatos, candidatos, aspirantes o candidatos independientes, destinados para su operación ordinaria, precampañas o campañas, cuando se trate de los bienes y servicios siguientes:
a) Contratación de todo tipo de propaganda incluyendo utilitaria y publicidad, así como espectáculos, cantantes y grupos musicales, sin importar el monto de la contratación.
b) Cuando el monto de lo contratado supere las 1,500 UMA en bienes y servicios contratados en la realización de eventos (distintos a los descritos en el inciso a).
Para determinar el monto superior a las mil quinientas UMA se considerarán todas las operaciones realizadas en el mismo periodo, con uno o más sujetos obligados, para estos efectos se considera como inicio de periodo el momento en que comenzó a realizar operaciones con los sujetos obligados y como fin del mismo el 31 de diciembre de ese año.
Podrá inscribirse en el Registro Nacional de Proveedores cualquier proveedor aun cuando no se ubique en los supuestos señalados en los incisos a) y b) de este numeral.
Los proveedores deberán inscribirse en el Registro Nacional de Proveedores, a más tardar dentro de los diez días siguientes a aquel en que se ubique en alguno de los supuestos de los incisos a) y b) de este numeral.
Por su parte el Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización5 indica:
Título Primero
Reglas generales
Capítulo I
Disposiciones preliminares
Artículo 1.
Ámbito y objeto de aplicación
1. El presente Reglamento es de orden público, observancia general y tiene por objeto establecer los términos, disposiciones y requisitos para la tramitación, sustanciación y resolución de los procedimientos administrativos sancionadores electorales en materia de fiscalización, entendiéndose como tal, las quejas, denuncias o procedimientos oficiosos que versen sobre el origen, monto, aplicación y destino de los recursos derivados del financiamiento de los sujetos obligados.
2. En caso de que el Instituto Nacional Electoral delegue las funciones de fiscalización, el organismo público local respectivo aplicará las disposiciones previstas en el presente Reglamento.
En el supuesto descrito en el párrafo anterior, el organismo público local sustanciará y resolverá los procedimientos, oficiosos o de queja, que se hayan admitido con anterioridad al cese de los efectos de la delegación y que estén vinculados con el proceso de fiscalización de que se trate.
3. El Instituto podrá reasumir los procedimientos que hayan sido delegados a los organismos públicos locales, asimismo, podrá ejercer su facultad de atracción, cuando así lo determine el Consejo.
Quinta. Por su parte el Ople de Veracruz ha reconocido la existencia de la queja electoral, con el expediente CG/SE/PES/CM070/PES382/2017.
Sin embargo, no se ha informado sobre la existencia de relación con otros candidatos de la coalición Contigo el Cambio Sigue, encabezada por el PAN.
El secretario ejecutivo del OPLE, Hugo Enrique Castro Bernabé, confirmó que la investigación de ONEA es cierta y se encuentran en el periodo de investigación para emitir una resolución al respecto.
El proceso actual es un Procedimiento Especial Sancionador, y se está en la etapa previa al emplazamiento, es decir, en las investigaciones antes de citar a las partes involucradas. Significa que el OPLE realiza las diligencias necesarias tanto para notificarlo, como para emplazarlo a la audiencia en donde se tengan que desarrollar dichas. Respecto a otros candidatos a los que pudo prestar servicios Tornado Consultin Group SA de CV, dijo desconocer a cuántos les brindó servicios.6
El funcionario se negó a informar cuántas veces se ha requerido a la empresa, confirmó que se le volvió a emplazar, sin resultados positivos.
Con ese argumento, nunca podrá integrarse el expediente, toda vez que la característica de una empresa fantasma es cometer actos fraudulentos y de corrupción, cobrar y alejarse sin dejar huella.
Esta dilación en la integración de la queja electoral, considerando que el plazo de casi cinco meses transcurridos desde la presentación de las demandas ante dicha instancia local sin que exista resolución no es justificable.
Con ello el OPLE de Veracruz incurre en una dilación excesiva e injustificada para decidir las controversias, pues todo órgano en funciones jurisdiccionales debe privilegiar la resolución pronta y expedita de los asuntos sometidos a su conocimiento, para brindar certeza y evitar que el transcurso de los plazos llevados hasta su límite pueda constituirse en un menoscabo en la defensa de los derechos político electorales que los ciudadanos estimen vulnerados.
Por tanto y con fundamento en lo expresado, así como en las disposiciones invocadas en el proemio, se propone como de urgente u obvia resolución el siguiente:
Punto de acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de la Republica a que, a través de la Fiscalía Especializada en la Atención de Delitos Electorales (Fepade), inicie de oficio una indagatoria por el pago realizado por el Partido Acción Nacional a la empresa fantasma denominada Tornado Consulting Group SA de CV, durante las elecciones para renovar alcaldías en Veracruz, en junio de 2017.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al Consejo General del Instituto Nacional Electoral a que, en uso de sus atribuciones legales, atraiga la investigación que realiza el órgano público local electoral de Veracruz, sobre el pago realizado por el Partido Acción Nacional a la empresa fantasma denominada Tornado Consulting Group SA de CV, durante las elecciones para renovar alcaldías en Veracruz, en junio de 2017.
Notas
1 Usó PAN Veracruz empresa fachada en campaña. Nov 2, 2017 http://oneamexico.org/2017/11/02/uso-pan-veracruz-empresa-fachada-campa na/
2 Idem.
3 Nota del autor.
4 Reglamento de Fiscalización. http://norma.ine.mx/documents/90744/112935/2017_NORMATIVIDADINE_INE_CG6 8_2017_REGLAMENTO_0814105511.pdf/465073cb-19ea-4c6a-9b7b-56224850d11d
5 Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización.
http://norma.ine.mx/documents/90744/112935/2017_NORMATIV IDADINE_INE_CG68_2017_REGLAMENTO_0814105511.pdf/465073cb-19ea-4c6a-9b7b -56224850d11d
6 Ibid. Artículo citado.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputado Cuitláhuac García Jiménez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IFT a considerar la permanencia de la tarifa cero, a cargo del diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, del Grupo Parlamentario del PRD
El suscrito, diputado federal, José de Jesús Zambrano Grijalva, integrante del Grupo Parlamentario del PRD en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, proposición con punto de acuerdo, atento a las siguientes
Consideraciones
En México, el enfoque regulatorio que durante años prevaleció para determinar las condiciones y tarifas de interconexión entre las distintas redes, fue un enfoque simétrico. La carencia de efectividad de ese enfoque no ha sido la esperada para la competencia en México, pues hoy a más 20 años de las primeras decisiones en materia de interconexión por parte de las autoridades, es evidente, que no existen condiciones de competencia efectiva.
La interconexión después de la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación podría poner en riesgo la prestación de estos servicios, por el manejo de los operadores más grandes, que pudieran encarecer el servicio, retardando la provisión de este, limitando la capacidad para que los competidores puedan cursar un tráfico creciente o bien, proveyendo una mala o deficiente calidad (interrupción de las llamadas que le son entregadas por sus competidores para que sean terminadas en su red). Como resultado de la creciente globalización del Internet, la interconexión entre las redes, proveedores de contenidos y usuarios se ha vuelto cada vez más crítica para la creación de una red de redes, lo cual es el fundamento esencial de la Internet.
Precios de interconexión elevados implican mayores precios para los usuarios y un obstáculo para que estos puedan disminuir como resultado de la dinámica de la competencia, así como también implican barreras de entrada a sus competidores, de ahí su importancia en definir una regulación efectiva en la materia.
En efecto a partir de la reforma en materia de telecomunicaciones de 11 de junio de 2013, se introdujo la regulación asimétrica en materia de tarifas de interconexión entre operadores, por la cual el agente económico preponderante (por sus siglas (AEP) no puede cobrar por la terminación de llamadas en su red.
La reforma constitucional en materia de telecomunicaciones representó un cambio trascendental en el desarrollo del sector que ha traído consigo importantes beneficios para los consumidores, para la dinámica del mercado y para el impulso de la economía nacional. Como medida fundamental de la Reforma, la asimetría actual de tarifas de interconexión, tal como lo establece el artículo 131 de la LFTR, es una política congruente con los esfuerzos orientados a la generación de competencia efectiva.
La tarifa de interconexión asimétrica es uno de los elementos de la Reforma Constitucional que ha generado beneficios medibles y evidentes en el mercado de telecomunicaciones y que ha incidido positivamente en su dinámica de precios e inversiones, desarrollo de la cobertura y adopción, mejora en sus estándares de calidad y generación tecnológica, consecuentemente, impulsando la capacidad de consumo y demanda de servicios por los consumidores.
El precedente que sentó la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) tiene facultades para determinar la regulación asimétrica relativa a las tarifas de interconexión por la terminación de tráfico en la red, así como para establecer la normatividad que regule la operación eficiente y gestación de competencia efectiva en los mercados para la maximización del bienestar de los consumidores, además tal decisión dará la oportunidad a dicho órgano de declarar la existencia o inexistencia de condiciones de competencia efectiva en el sector de que se trata.
Ahora bien, si el Ifetel altera el escenario actual en materia de tarifas de interconexión, de manera que los competidores ahora tuvieran que pagar por la terminación de llamadas en la red, sería equivalente a revertir e impedir el acceso a las telecomunicaciones en los términos tarifarios y de calidad ofrecidos actualmente.
De modificarse el escenario actual en materia de tarifas estaríamos en presencia de una regresión en eficiencias del mercado lo que equivaldría a la continuación del régimen de prominentes pérdidas en el bienestar de los consumidores, las cuales han sido identificadas por organismos internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y asociadas a la incapacidad del mercado para ofrecer precios similares a los de otros países, mejorar sus condiciones de operación y, consecuentemente, atraer, mantener y generar un mayor aprovechamiento eficiente de los servicios.
Amerita mencionar el reporte de la OCDE que calculó las pérdidas en el excedente de los consumidores mexicanos equivalentes a 1.8 por ciento del producto interno bruto por año.
Además de lo anterior, la salida de este régimen generaría incertidumbre y desincentivos a la inversión en infraestructura, en el marco de un mercado que se encontraba en ciernes de abandonar su situación de rezago tecnológico y desarrollo de infraestructura.
Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa, al Instituto Federal de Telecomunicaciones, para que en uso de sus facultades reglamentarias, considere mantener el régimen actual de tarifas de interconexión, en virtud de que modificarlas traería una regresión en eficiencias del mercado lo que equivaldría a la continuación del régimen de prominentes pérdidas en el bienestar de los consumidores, culminando en la incapacidad del mercado para ofrecer precios similares a los de otros países, mejorar sus condiciones de operación y, consecuentemente, atraer, mantener y generar un mayor aprovechamiento eficiente de los servicios.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2017.
Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva (rúbrica)