Proposiciones de urgente u obvia resolución
Proposiciones


Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita a la Conagua que ejecute diversas acciones en el contexto de la construcción de la presa El Zapotillo, a cargo del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Los suscritos, diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someten a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución mediante el cual se solicita a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) ejecutar diversas acciones en el contexto de la construcción de la presa El Zapotillo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

I. El 7 de abril de 1995 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el “decreto por el que se declara la reserva de las aguas nacionales superficiales en la cuenca del Río Verde, para usos doméstico y público urbano”. En dicho decreto, en su artículo 2o., se estableció lo siguiente:

“Con base en los resultados de los estudios efectuados por el gobierno federal por conducto de la Comisión Nacional del Agua, en coordinación con los gobiernos de los estados de Guanajuato y Jalisco, el volumen anual máximo que se reserva será de 504’576,000 metros cúbicos de agua.

Para el estado de Guanajuato se reservará un volumen anual máximo de 119’837,000 metros cúbicos de agua y para el estado de Jalisco un volumen anual máximo de 384’739,000 metros cúbicos de agua”.1

Posteriormente, el 17 de noviembre de 1997 se publicó en el mismo órgano de difusión el “decreto que reforma los párrafos primero y segundo del artículo 2o. del decreto de 3 de abril de 1995, publicado el 7 del mismo mes y año, por el que se declaró la reserva de las aguas nacionales superficiales en la cuenca del Río Verde, para usos doméstico y público urbano.”, postulando las siguientes modificaciones:

“Con base en los resultados de los estudios efectuados por el gobierno federal por conducto de la Comisión Nacional del Agua, en coordinación con los gobiernos de los estados de Guanajuato y Jalisco, el volumen anual máximo que se reserva será de 491’976,000 metros cúbicos de agua.

Para el estado de Guanajuato se reservará un volumen anual máximo de 119’837,000 metros cúbicos de agua y para el estado de Jalisco un volumen anual máximo de 372’139,000 metros cúbicos de agua”.2

Como se puede observar, las modificaciones realizadas por el gobierno federal plantean una disminución en el volumen máximo reservado de 12’600,000 metros cúbicos de agua, afectando este ajuste exclusivamente al estado de Jalisco. Dicha modificación obedeció a que el gobierno del estado de Jalisco solicitó a la Conagua apoyos en materia de agua para productores pecuarios de la entidad. Dado que no era viable jurídicamente reservar volúmenes de agua para uso pecuario, la Conagua determinó destinar esos 12’600,000 metros cúbicos para apoyos pecuarios, y disminuir así la reserva de aguas para uso doméstico y urbano.

En septiembre de 2005 se firmó un acuerdo de coordinación entre los gobiernos federal y de los estados de Jalisco y Guanajuato para el aprovechamiento de la cuenca del Río Verde, y con los objetivos específicos de abastecer de agua a la ciudad de León, Guanajuato, a la región de Los Altos de Jalisco y a la zona conurbada de Guadalajara, Jalisco, mediante dos proyectos de infraestructura: la presa El Zapotillo y la presa de Arcediano. En dicho acuerdo se ratificó el aseguramiento de un volumen máximo de 119’837,000 metros cúbicos para la ciudad de León, y sólo se estableció un volumen máximo para Los Altos de Jalisco en 56’764,800 metros cúbicos.3 Este acuerdo, implícitamente, significó una disminución de los caudales reservados para Jalisco del Río Verde, dado que no se establecieron condiciones que aseguraran que el volumen máximo de los decretos antes citados beneficiaría al mencionado estado.

En octubre de 2007, los mismos gobiernos federal, de Jalisco y de Guanajuato, suscribieron un nuevo acuerdo de coordinación, mediante el cual incrementan la altura de la cortina de la presa El Zapotillo de 80 a 105 metros, con el argumento de abastecer de agua a la zona conurbada de Guadalajara, pero llevando a la ulterior inundación de los pueblos de Temacapulín, Acasico y Palmarejo, en Los Altos de Jalisco. Dicho acuerdo, principalmente por violar los volúmenes máximos autorizados para cada esto, fue declarado inválido en el año 2013 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.4

II. Hoy no existe certeza sobre los aspectos que rodean el desarrollo y ejecución de la presa El Zapotillo, ni sobre la situación real de los caudales del Río Verde, ni sobre el apego a los volúmenes máximos establecidos en el mencionado decreto de 1997, lo que deja en una situación de vulnerabilidad al estado de Jalisco, y en particular a los habitantes de la región de Los Altos y de la zona conurbada de Guadalajara.

A pesar de esta realidad, la construcción de la presa El Zapotillo y del acueducto Zapotillo-León continúan en ejecución, proyectándose el trasvase de aguas a esta última ciudad, sin que de manera complementaria se desarrollen los proyectos de infraestructura que la aseguren al estado de Jalisco el uso y aprovechamiento de sus volúmenes reservados de agua.

De acuerdo con información de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el proyecto denominado Construcción del proyecto de abastecimiento de agua potable Zapotillo para la ciudad de León, Guanajuato, con un costo total de 17,832 millones de pesos, registra un avance físico de 87.7 por ciento, y cuenta con una asignación presupuestal de 500 millones de pesos para el ejercicio 2017.5 Por su parte, el proyecto denominado Construcción de la presa y sistema de bombeo Purgatorio-Arcediano, para abastecimiento de agua al área conurbada de Guadalajara, Jalisco, con un costo total de 8 mil 970 millones de pesos, registra un avance físico de 0 por ciento, y únicamente una asignación presupuestal de 160 millones de pesos para el ejercicio 2017, que representa apenas 1.7 por ciento del costo total de la obra de infraestructura.6

III. Como puede apreciarse el desarrollo del proyecto El Zapotillo ha estado rodeado de opacidad, discrecionalidad e inconsistencias que no le aseguran a los habitantes de estas entidades federativas la verdadera viabilidad del mismo ni el cumplimiento de expectativas respecto al abastecimiento de agua. Lo único que queda claro en medio de esta confusión es que no existe un esquema de distribución de aguas firme, equitativo y justo, y que por lo visto con los caudales del Río Verde la única beneficiada será la ciudad de León, Guanajuato, violando el decreto de distribución de 1997.

Ante esto resulta fundamental que se revise a profundidad y se actualice de manera definitiva la información sobre el caudal del Río Verde, para que a partir de ello se definan con claridad los volúmenes máximos a disposición de los estados de Jalisco y Guanajuato, respetando de manera irrestricta los derechos históricos que corresponden a cada una de estas entidades.

Sólo con estas condiciones será posible acreditar la utilidad pública de este proyecto y respetar los derechos adquiridos en materia de agua para los habitantes de Los Altos de Jalisco y de la zona conurbada de Guadalajara, al tiempo que se generará certidumbre a los habitantes de la ciudad de León, Guanajuato, respecto a los volúmenes máximos que le corresponden.

Vale la pena destacar que el 21 de marzo, la Universidad de Guadalajara, de manera institucional, publicó un desplegado en distintos medios de comunicación para exigir la suspensión de la construcción del acueducto El Zapotillo-León, en tanto se revisa y atiende de manera integral la problemática del agua del Río Verde y se actualizan y explican a la opinión pública el establecimiento de cuotas de distribución para los estados de Jalisco y Guanajuato.

Por lo anteriormente expuesto, se someten a consideración los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a realizar y hacer pública una actualización sobre los caudales de la cuenca del Río Verde y a emitir un análisis de las cuotas de distribución y volúmenes máximos para los estados de Jalisco y Guanajuato con estricto apego a los porcentajes de distribución postulados en el decreto del 17 de noviembre de 1997 citado en el presente punto de acuerdo, garantizando la distribución y abastecimiento de agua para la región de Los Altos de Jalisco y la zona conurbada de Guadalajara, así como las inversiones en infraestructura para la preservación plena de los pueblos de Temacapulín, Acasico y Palmarejo.

Segundo. Se exhorta a la Comisión Nacional del Agua, como instancia ejecutora, a concluir la construcción del proyecto denominado Construcción del proyecto de abastecimiento de agua potable Zapotillo para la ciudad de León, Guanajuato, que se realiza en el estado de Jalisco, así como a suspender las acciones de trasvase de agua que implica la construcción del acueducto Zapotillo-León.

Tercero. Se exhorta a la Comisión Nacional del Agua, como instancia ejecutora, a hacer públicos los avances del proyecto denominado Construcción de la presa y sistema de bombeo Purgatorio-Arcediano, para abastecimiento de agua al área conurbada de Guadalajara, Jalisco, así como a hacer público un programa para la reactivación y conclusión de dicho proyecto, en el marco de un plan integral de distribución y aprovechamiento de la cuenca del Río Verde.

Notas

1 Diario Oficial de la Federación, 7 de abril de 1995. Cfr.:
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4872099&fecha=07/04/1995

2 Diario Oficial de la Federación, 17 de noviembre de 1997. Cfr.:
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4900950&fecha=17/11/1997

3 “Cláusulas del Acuerdo de Coordinación de Septiembre de 2005”:
http://www.fundacionchapala.org/content/cl%C3%A1usulas-del-acuerdo-de-coordinaci%C3%B3n-de-septiembre-de-2005

4 “SCJN invalida convenio para El Zapotillo”, Milenio, 8 de agosto de 2013.
http://www.milenio.com/jalisco/SCJN-invalida-convenio-Zapotillo_0_131387272.html

5 Transparencia Presupuestaria.
http://nptp.hacienda.gob.mx/NPTP/mapaOp/detallePpef.html?ID_PPI=14136&CVE_PPI=0616B000034&RAMO=16

6 Transparencia Presupuestaria.
http://nptp.hacienda.gob.mx/NPTP/mapaOp/detallePpef.html?ID_PPI=34746&CVE_PPI=1216B000084&RA

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputados: Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica), María Victoria Mercado Sánchez, Víctor Manuel Sánchez Orozco, Verónica Delgadillo García, Salvador Zamora Zamora, Jonadab Martínez García, Luis Ernesto Munguía González, Rosa Alba Ramírez Nachis, Germán Ernesto Ralis Cumplido, Macedonio Tamez Guajardo, María Candelaria Ochoa Ávalos, Mirza Flores Gómez.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Nuevo León y a los ayuntamientos del área metropolitana de Monterrey a formalizar de manera conjunta la creación de una comisión ambiental de esa área, a cargo del diputado Édgar Romo García, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Édgar Romo García, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción III, y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, es por lo que someto a consideración de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución , al tenor de los siguientes

Considerandos

Se considera contaminación del aire a cualquier sustancia introducida en la atmósfera por las personas, que tenga un efecto perjudicial sobre los seres humanos, los seres vivos y el medio ambiente.

En nuestro país, en los últimos años, la Ciudad de México ha sido el foco de atención por los altos niveles de contaminación del aire, las contingencias ambientales y las acciones del gobierno para mejorar la calidad del aire.

No obstante, debemos subrayar que la Ciudad de México no es la única zona urbana en nuestro país con un problema serio de contaminación del aire, sino que también hay que sumarle las problemáticas que se presentan en las ciudades de Monterrey, Toluca, Salamanca y León, según cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS), las cuales advierten que se registraron los mayores niveles de contaminación durante el año 2011, superando parámetros registrados en el año 2015 por la Ciudad de México.

Asimismo y de acuerdo con estándares nacionales e internacionales, el Área Metropolitana de Monterrey (AMM), se ha convertido en una de las zonas urbanas del país con mayor contaminación en el aire, en donde 9 de sus 10 estaciones de monitoreo registran más de 100 puntos en el Índice Metropolitano de la Calidad del Aire (Imeca). Este fenómeno se ha presentado desde el año 2011.

Al respecto, debemos puntualizar que actualmente diversos medios de comunicación han señalado nuevamente la presencia de ésta problemática social en dicha Área Metropolitana de Monterrey.

Diversos factores son los que contribuyen al proceso de contaminación, pero entre los que más destacan son el transporte, las fábricas y otras industrias, la quema de biomasa y las centrales eléctricas que usan carbón, según datos del “Estudio de la motorización en México mediante la dinámica de posesión vehicular: determinantes macro y microeconómicos”, elaborado por el Instituto Mexicano del Transporte y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el cual señala que en el 2015 Nuevo León fue la tercera entidad con mayor parque vehicular, solo por detrás del Distrito Federal y Jalisco.

La calidad del aire en el área metropolitana de Monterrey se ve afectada principalmente por las partículas menores a diez micrómetros (PM10) y el ozono (O3), éstos contaminantes constituyen un mayor riesgo a la salud debido a la magnitud de sus concentraciones en el aire y a la alta frecuencia en que estos contaminantes exceden los límites máximos permisibles, además el clima es un factor que influye en la presencia o dispersión de los contaminantes.

Los contaminantes del aire afectan principalmente la salud de las personas que residen en dichas zonas urbanas, así como las condiciones atmosféricas en las referidas zonas, tales afectaciones se podrían evidenciar por una parte en: muerte por inhalación de pequeñas partículas contaminantes del aire, cardiopatías, cáncer de pulmón, asma e infecciones agudas en las vías respiratorias inferiores; y por otra en reducción de la visibilidad, formación de niebla y precipitación, disminución de la radiación solar y alteración de la temperatura y de la distribución de vientos.

En ese sentido, es de suma importancia el que las autoridades competentes realicen un esfuerzo en conjunto para combatir este malestar ambiental, es decir, que tanto las autoridades del gobierno de Nuevo León como el de sus municipios en coordinación con la federación, sumen esfuerzos para hacer frente y buscar soluciones a esta problemática. La contaminación ambiental es un problema que converge a todas las autoridades, de tal manera que se debe solucionar con la participación horizontal de todas las autoridades competentes.

Por lo tanto, es que se considera indispensable que las autoridades de Nuevo León y de sus Municipios coadyuven en la institución y creación de una Comisión Ambiental del Área Metropolitana de Monterrey, que tenga por objeto el diseñar, coordinar, concertar y catalizar programas y acciones que contribuyan a la protección, restauración y preservación del equilibrio ecológico de la región.

Para el cumplimiento de su objeto, la comisión deberá abordar entre otros temas, los siguientes:

– El mejoramiento de la calidad de aire.

– El combate al cambio climático.

– La gestión integral de recursos hídricos.

– La conservación y restauración de la biodiversidad.

Asimismo, es necesario dotarla de atribuciones esenciales, entre otras, como:

– La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental.

– La aplicación de los instrumentos de política ambiental, así como la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente.

– La prevención y control de la contaminación atmosférica generada.

– La atención de los asuntos que afecten el equilibrio ecológico o el ambiente.

– La participación en emergencias y contingencias ambientales.

– La conducción de políticas públicas sobre información y difusión en materia ambiental.

– La promoción de la participación de la sociedad en materia ambiental.

– La emisión y difusión de recomendaciones.

– La formulación y ejecución de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático.

– Creación de acciones, programas y mecanismos que atemperen y combaten la contaminación ambiental.

Por último, y no por eso menos importante, es fundamental que el Estado y los Municipios independientemente de los colores y partidos políticos al que pertenezcan, coadyuven de manera conjunta decidiendo y acordando realizar y ejecutar diversas acciones afirmativas que se traduzcan en actos tangibles de combate a la problemática de la contaminación ambiental, entre otros, como:

– Verificación vehicular.

– Verificentros.

– Restricciones a la circulación vehicular.

– Proyectos de infraestructura y modernización de unidades de transporte público, de carga y pasaje.

– Simplificación de trámites e incentivos respecto a los vehículos.

– Difusión sobre los beneficios que conlleva la sustitución de autos convencionales por autos híbridos o eléctricos.

– Red de monitorio de la calidad del aire.

– Emisión de alertas ambientales.

– Plantación de árboles.

Todas estas acciones tienen como único propósito el privilegiar la salud de la población y del medio ambiente, las cuales sin duda se verían reflejadas en el restablecimiento y mejoramiento de la calidad del aire, siendo un ejemplo de institucionalidad y buenas prácticas de sustentabilidad urbano-regional y crecimiento verde.

Como antecedente, debemos mencionar que en la región de la Ciudad de México, existe una Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) la cual fue creada por los gobiernos del Distrito Federal, estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala así como por la Federación, con el objeto de atemperar y combatir la problemática ambiental de esa región.

Así pues, la mala calidad del aire en el área metropolitana de Monterrey, la cual se ha ido deteriorando significativamente en la última década, es una problemática social que merece atención de las autoridades correspondientes, por tal motivo es que se considera pertinente se instituya formalmente la creación de una Comisión Ambiental del Área Metropolitana de Monterrey, con el objeto de llevar a cabo la planeación y ejecución de acciones, programas y mecanismos en materia de protección al ambiente, de preservación y restauración del equilibrio ecológico en la región neolonés.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Nuevo León y a los municipios del área metropolitana de Monterrey, para que de forma conjunta formalicen la creación de una Comisión Ambiental del Área Metropolitana de Monterrey, con objeto de llevar a cabo la planeación y ejecución de acciones, programas y mecanismos en materia de protección al ambiente, de preservación y restauración del equilibrio ecológico en la región.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputado Édgar Romo García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a las autoridades que ejercen material o formalmente funciones jurisdiccionales en Baja California y en toda la república a orientarse por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo al fallar en las controversias, alejadas por tanto de cualquier criterio electoral, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario el PES

Alejandro González Murillo, diputado coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social a la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el numeral 1, fracción I, del artículo 6; numerales 1, fracción II, y 2 del artículo 79, así como por el artículo 113, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución por el que se exhorta, respetuosamente, a las autoridades que ejercen material o formalmente funciones jurisdiccionales en el estado de Baja California y en toda la República, a que se orienten por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo, al fallar en las controversias que se les presenten, alejándose, por tanto, de cualquier criterio electoral, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, con base en las siguientes:

Consideraciones

El teniente coronel Julián Leyzaola Pérez es un ciudadano mexicano ejemplar, de convicciones democráticas y disciplinadas por amor a México a toda prueba, que ha dedicado su vida al bienestar y la seguridad de sus compatriotas. Nunca ha rehuido a ir donde se le ha necesitado, aun a sabiendas que su vida corre grave peligro; es un hombre que entiende y practica la mística del buen servidor público.

En su larga y exitosa carrera, ha ocupado los cargos de: Secretario de Seguridad Pública del Municipio de Ciudad Juárez, Chihuahua; Subsecretario de Seguridad Pública del Estado de Baja California; Secretario de Seguridad Pública del Municipio de Tijuana, Baja California; Director General de Policía y Tránsito Municipal de Tijuana; Director de Planeación de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Director General de la Policía Estatal Preventiva de Baja California; Director General del Instituto Estatal de Policía de Baja California; Director General de Centros de Readaptación Social del Estado de Baja California; Director de la Academia Estatal de Policía de Baja California y Director del Registro Estatal de Policías de Oaxaca, entre otros tantos cargos públicos relacionados con la seguridad pública y la milicia.

Su trabajo duro y comprometido en favor de los bajacalifornianos, y, muy particularmente, de los tijuanenses, le valió para ser nombrado, en el año 2008, Secretario de Seguridad Pública de Tijuana; desde ahí, emprendió una feroz lucha contra los carteles del narcotráfico que tenían secuestrado a dicho Municipio; su eficaz labor permitió que Tijuana pasara, de ser una de las ciudades con mayor criminalidad del país, a ser una de los Municipios más seguros.

El trabajo del teniente coronel redujo la alta criminalidad que padecía Tijuana; para ello, emprendió un ataque frontal, que la sociedad recuerda con gratitud, contra las organizaciones criminales y los policías corruptos. Cuando se hizo cargo, en 2008, de la Secretaria de Seguridad Pública del municipio, la Ciudad padecía una de las oleadas más graves de delincuencia en su historia: entonces, se contabilizaron 69 mil 457 delitos; dos años más tarde, en el 2010, los delitos habían disminuido un 22 por ciento, los robos un 25 por ciento, las lesiones un 21 por ciento, los daños patrimoniales un 21 por ciento y el secuestro un 26 por ciento. (Secretaria de Seguridad Pública del Estado de Baja California, 2008, 2009 y 2010).

Gracias a los excelentes resultados que tuvo en Tijuana, autoridades y sociedad vieron en su persona el hombre idóneo para hacer frente a la grave y creciente crisis de seguridad pública que padecía Ciudad Juárez, histórico sitio liberal que llegó a ser una de las ciudades más violentas del mundo.

Nuevamente, su trabajo arduo, duro, dedicado y bien planeado, dio excelentes resultados en Ciudad Juárez; a su llegada en el año 2011, el municipio registró un total de 31 mil 78 delitos. Dos años más tarde, en 2013, la incidencia delictiva cayó a 26 mil 125 delitos, es decir, se registró una reducción del 16 por ciento, los robos cayeron un 56 por ciento, el secuestro y el homicidio doloso bajaron un 73 y 69 por ciento respectivamente (Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, 2017).

Su integridad y dedicación le han acarreado grandes enemistades, no únicamente dentro de los grupos delincuenciales sino, incluso, de los grupos de poder político; prueba de lo anterior, ha sido la persecución que, desde el mismo gobierno municipal de Tijuana, se emprendió en el año 2011 para desprestigiar y denostar a quien había logrado devolver la paz a los tijuanenses.

Fue así que, en agosto de 2011, fue inhabilitado por 8 años para ejercer cargos públicos en el Estado de Baja California, por supuestas violaciones a Derechos Humanos; se le acusó de tortura, abuso de autoridad y uso excesivo de la fuerza pública. Acudió a los tribunales de Baja California para solicitar justicia, misma que le fue otorgada por las autoridades judiciales de aquel Estado, las que dejaron sin efectos la pretendida inhabilitación.

Asimismo, en diversas ocasiones la delincuencia organizada ha puesto precio a su cabeza; el caso más conocido ocurrió el 8 de mayo de 2015 en Ciudad Juárez, Chihuahua; en que estuvo implicado un comandante de la policía del municipio, quien le ofreció 100 mil pesos a los que perpetraron un atroz atentado que hoy lo tiene en una silla de ruedas.

El teniente coronel Leyzaola, hombre de su tiempo, entendió la urgente necesidad de emprender, desde la cosa pública, los cambios sustanciales que los mexicanos demandamos desde hace años, en materia de combate a la corrupción, inseguridad, opacidad, injusticia y descomposición social que padece nuestro país.

Su alto mérito y compromiso ciudadano fue valorado por quienes integramos Encuentro Social, por lo que lo invitamos a participar como candidato a la alcaldía de Tijuana. Su intachable carrera policiaca y la buena y siempre agradecida memoria de los tijuanenses, le permitió obtener muy buenos resultados en la votación, a pesar de la intervención, grosera y ostensible, que hiciera el Gobierno de Baja California en apoyo de su intrascendente candidato, hoy alcalde.

Hoy día, la popularidad y simpatías que genera el teniente coronel Leyzaola siguen en aumento; los bajacalifornianos y tijuanenses reconocen su impecable y efectiva labor en el combate a la delincuencia; añoran su presencia y reconocen que marcó un antes y después en el modo de combatir la delincuencia, de tal suerte que la tendencia marcó, desde entonces, un importante declive, tal y como se muestra en la siguiente gráfica.

Gráfica 1: Incidencia delictiva en Tijuana

Fuente: Elaboración propia con base a Secretaría de Seguridad Pública de Baja California, 2008-2016

La persecución de que está siendo objeto el teniente coronel Leyzaola, a quien no le perdonan su brillo y burdamente pretenden imputar cargos que ya fueron desestimados por las autoridades judiciales del Estado, sólo se entiende como una medida desesperada de los desgobiernos estatal y municipal, para cerrarle el paso a una carrera política mayoritariamente respaldada por la sociedad que se reconoce ávida de un cambio edificante y socialmente deseable.

Se trata de un personaje probo que, con su heroico servicio en favor de la nación, se ganó el respeto y admiración de los mexicanos y reconocimiento internacional. No resulta digno usar triquiñuelas jurídicas para impedirle que siga sirviendo a los mexicanos, bajacalifornianos y tijuanenses desde la arena política. Es tiempo que los principios del derecho electoral animen la función jurisdiccional para liberarla, precisamente, de toda consigna electorera.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, como de urgente u obvia resolución, la aprobación de la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a las autoridades que ejercen material o formalmente funciones jurisdiccionales en el estado de Baja California y en toda la República, a que se orienten por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo, al fallar en las controversias que se les presenten, alejándose, por tanto, de cualquier criterio electoral.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputado Alejandro González Murillo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a informar a la opinión pública sobre el ejercicio de los recursos aprobados en el PEF de 2015, anexo 30, para el proceso de formalización laboral de los trabajadores de la salud en Sinaloa, a cargo del diputado Jesús Antonio López Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Jesús Antonio López Rodríguez , diputado federal e Integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6 numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 22 de julio de 2013, el Presidente de la República, anunció el arranque del Programa para la Formalización del Empleo 2013 , mediante el cual las 32 entidades federativas, el Instituto Mexicano del Seguro Social y la Secretaría de Trabajo y Previsión Social se coordinan para desarrollar acciones para reducirla la informalidad. El Programa tiene como objetivo: reducir el número de trabajadores en la informalidad, a través de promover la formalización de trabajadores asalariados no registrados a la seguridad social, principalmente en empresas formales medianas y grandes.

Con base en dicho Programa la Secretaria de Salud instala el 15 de noviembre del 2013, la Comisión Nacional de Formalización Laboral de los Trabajadores de Salud en las Entidades Federativas , en donde se establecen los acuerdos para lograr el beneficio que se otorgará a los trabajadores bajo distintos esquemas de contratación que laboran en los servicios de salud en las entidades federativas.

Posteriormente dicha Comisión emite el 13 de marzo de 2014, los “Lineamientos que se deberán observar en el Proceso de Formalización Laboral de los Trabajadores de Salud en las Entidades Federativas” , bajo los cuales se establecen los criterios para definir al personal beneficiario por este proceso, y que ingreso a laborar antes del 30 de agosto de 2013 bajo los diferentes esquemas de contratación.

De acuerdo a estos Lineamientos el proceso de formalización laboral se lleva a cabo con base en la disponibilidad presupuestaria que autorice la Cámara de Diputados, en los correspondientes Presupuestos de Egresos de la Federación, priorizando en todos los casos el criterio de antigüedad en el servicio público, bajo un estricto sentido de justicia laboral.

Cabe señalar que si bien en dichos Lineamientos no se hace mención a un plazo de tiempo para llevar a cabo la formalización, si se establecieron tres etapas para la formalización del personal incluido en los listados que se definen con base en el diagnostico específico en materia de recursos humanos, realizado por la Secretaría de Salud Federal.

Particularmente en lo que se refiere al estado de Sinaloa , en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015 , en su Anexo 30 “Distribución del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad de los Servicios de Salud”, le fueron asignados recursos por un monto de 101 millones 746 mil 161 pesos los cuales debieron ser destinados al pago de remuneraciones de los trabajadores, en los términos siguientes:

Para los trabajadores formalizados en el ejercicio 2014, se asignaron 39.7 millones de pesos. Para los trabajadores regularizados (2007-2009) 32.1 millones de pesos, para el pago del incremento salarial 2015. Para los trabajadores que se beneficiaron en la fase II, del Proceso de Formalización Laboral, el presupuesto asignado para el pago de calendario julio-diciembre 2015 ascendió a 29.9 millones de pesos.

Sin embargo, mediante oficio número CNFLTSEF/001/2014 fechado el 26 de marzo del 2014, la Comisión Nacional para la Formalización Laboral de los Trabajadores de Salud en las Entidades Federativas, le comunica al Secretario de Salud del estado de Sinaloa la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que cada entidad federativa destine el 30.75 por ciento, de lo aprobado en el Anexo 29 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, para iniciar el proceso de formalización laboral de los trabajadores de contrato, teniendo en cuenta los resultados del diagnóstico elaborado por la Secretaría de Salud Federal.

Es decir, que el estado de Sinaloa dispuso de un monto del orden de 38 millones 856 mil 724 pesos para destinarlos a la instrumentación del proceso de formalización laboral durante el Ejercicio Fiscal de 2014 . Lo anterior pone de manifiesto que el estado de Sinaloa recibió recursos para el proceso de formalización de 2014, durante dos ejercicios fiscales, 2014 y 2015.

En el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016 se asignan para el estado de Sinaloa 73 millones 553 mil 616 pesos , en el Anexo 30 Distribución del Programa de Fortalecimiento de los Servicios Estatales de Salud.

En dicho anexo se prevé que “Los recursos considerados en este Anexo serán destinados al Proceso de Formalización Laboral de los Trabajadores de la Salud en las entidades federativas establecido por la Secretaría de Salud, así como las previsiones que permitan mantener la homologación salarial de ejercicios anteriores, y serán transferidos a las entidades federativas a través del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud del Ramo 33”.

Esta disposición deja ver que de nueva cuenta se destinan recursos para la homologación salarial de la formalización laboral de años anteriores. Lo anterior sugiere la importancia de que exista transparencia en el ejercicio de estos recursos, y de que haya una verdadera previsión para la asignación de recursos adicionales al gasto de servicios personales, con el objeto de que se cubran los gastos del proceso de formalización de años anteriores.

Cabe destacar que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017 se asignan para el estado de Sinaloa 71 millones 292 mil 914 pesos , de un total de 3 mil 300 millones de pesos que se aprobaron en el Anexo 30 Distribución del Programa de Fortalecimiento de los Servicios Estatales de Salud.

En este anexo también se prevé que los recursos serán destinados al Proceso de Formalización Laboral de los Trabajadores de la Salud en las entidades federativas establecido por la Secretaría de Salud, así como a las previsiones que permitan mantener la homologación salarial de ejercicios anteriores, y serán transferidos a las entidades federativas a través del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud del Ramo 33.

Es importante destacar que los lineamientos que se deberán observar en el proceso de formalización laboral de los trabajadores de salud en las entidades federativas, establecen que la administración de los recursos financieros asignados por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente, será responsabilidad de las entidades federativas, pero también especifican que éstas están obligadas a informar mensualmente respecto del ejercicio de los recursos a la Secretaría de Salud Federal .

En este contexto, es un hecho que de la transparencia en el ejercicio de estos recursos, y de que se concluya con el proceso de formalización laboral de los trabajadores de salud, depende que la población reciba servicios de salud de calidad y dignos.

Por lo anteriormente expuesto, presento a su consideración la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que informe a la opinión pública el ejercicio de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2015 Anexo 30, por un monto de 101 millones 746 mil 161 pesos destinados para el Proceso de Formalización Laboral de los Trabajadores de la Salud en el estado de Sinaloa, y que no fueron utilizados para dicho proceso.

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de Salud, para que lleve a cabo las acciones necesarias a fin de que los recursos aprobados para el Ejercicio Fiscal de 2017, por un monto de 3 mil 300 millones de pesos, destinados para el Proceso de Formalización Laboral de los Trabajadores de la Salud en las entidades federativas, y de los cuales 71 millones 292 mil 914 pesos están asignados al estado de Sinaloa, sean ejercidos efectivamente para dicho proceso previsto en el Anexo 30 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de marzo de 2017.

Diputado Jesús Antonio López Rodríguez (rúbrica)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía formula un pronunciamiento ante la situación legal de los llamados dreamers mexicanos, a cargo del diputado José Hugo Cabrera Ruiz, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado Hugo Cabrera Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, realiza un pronunciamiento ante la situación legal de los llamados dreamers mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La proposición que presentamos el día de hoy, es complemento de una iniciativa por la que reformamos diferentes aspectos de la Ley de Migración, para establecer nuevas herramientas con el objeto de que el Estado mexicano se encuentre con mejores condiciones normativas para enfrentar el atípico comportamiento en el flujo migratorio que se avecina, especialmente en cuanto a migrantes retornados con o sin su voluntad.

Lo anterior, ante el recrudecimiento de las leyes migratorias en Estados Unidos de América (EUA), producto de las directrices emanadas en el incipiente gobierno de Donald Trump que tiende a criminalizar a nuestros emigrantes mexicanos radicados en aquel país.

Reconocemos por un lado que cualquier nación es soberana en cuanto al marco jurídico que desee aplicar en su territorio; pero rechazamos enérgicamente la existencia de cualquier sesgo en la aplicación de la ley, más y cuando se pudieran violentar derechos fundamentales de connacionales en EUA y que lo anterior, termine convirtiéndose en una práctica común.

Acciones persecutorias intensivas por una cuestión de raza, cualquiera que sea el motivo, nos hacen retroceder y dejar nuestras grandes aspiraciones humanitarias y de desarrollo a un costado.

Señoras y señores, EUA con todo y que es un gran país, se encuentra retrocediendo décadas de evolución social y sembrando la semilla del odio a las nuevas generaciones de estadounidenses, a través del proceder del gobierno entrante.

A nosotros los mexicanos, nos están convirtiendo en el enemigo común, como en su momento lo fueron otras nacionalidades. Hoy somos el pretexto de la temporada, que permite evadir la responsabilidad de los norteamericanos de no haberse desarrollado al ritmo de otros países en Europa o en Asia; que permite encubrir el gran fracaso del sueño americano; y el fracaso en el liderazgo mundial de esta joven nación.

Los mexicanos estamos entrando en el juego recurrente de la paranoia americana convirtiéndonos en el principal objetivo de una nueva segregación racial.

Respetable asamblea:

De manera reciente, la política exterior del Estado mexicano ha comenzado a redefinirse alrededor de la administración entrante en EUA.

Ante los embates iniciales realizados especialmente contra todo lo que tenga que ver con México, poco a poco tendremos que redefinir nuestras relaciones con el vecino del norte, así como establecer nuevos equilibrios en nuestra economía y en nuestra propia sociedad.

De inicio, resulta prioritario que podamos otorgar a la población de origen mexicano radicada en EUA, toda la protección institucional que se les pueda brindar, una vez que comienza a establecerse una política que los criminaliza, donde el tener o no sus documentos en regla será secundario ante la creciente hostilidad que se avecina de parte de las autoridades.

Situación que se agrava cuando diferentes encuestas y sondeos realizados entre población norteamericana, comienzan a expresar una aprobación sobre las cuestionables medidas migratorias que pretende el nuevo gobierno.

Como la que a continuación se presenta para el mes de febrero de 2017:

Es decir, si el apoyo americano es suficiente, cada vez serán más comunes no sólo las agresivas redadas que en este momento se están desarrollando por todo el territorio americano, bajo las directrices del Departamento de Seguridad Nacional (DHS por sus siglas en inglés) y que a su vez siguen en gran medida las órdenes ejecutivas que emitiera el presidente Trump; sino que crecerán también las acciones donde la ley aplicada es cuestionable.

Sin lugar a dudas el pueblo estadounidense se encuentra dividido y transita hoy, entre el apoyar al presidente Donald Trump y su forma de ver a los emigrantes, o valorarlos es su justa dimensión; confrontación que ha llegado a tornarse violenta inclusive, como hace unos días ocurrió en la localidad de Berkeley, California.

Con independencia de la persecución de ilegales, el creciente clima de animadversión así como el método utilizado ha comenzado a afectar a casi cualquier minoría especialmente latina, tengan o no sus papeles en regla.

Tal es el caso por ejemplo del dreamer mexicano Daniel Ramírez Medina, de 23 años, que fue arrestado el pasado 10 de febrero en Seattle, en el estado de Washington, y que sigue sin ser liberado pese a que la autoridad no tiene pruebas en su contra respecto del delito que supuestamente se le imputa.

Pero veamos, ¿Qué es un dreamer ?

Se trata de jóvenes que ingresaron de manera ilegal a EUA antes de cumplir 16 años y que son menores de 31 años en la actualidad.

Ahora bien, ¿el porqué nace esta clasificación?

Porque se creó un programa público en EUA en el año 2013 durante la administración del presidente Obama, llamado Programa de Acción Diferida DACA, Dream , que ampara contra la deportación y les autoriza estudiar y trabajar, así como el ser elegibles para ciertos beneficios sociales.

Se estima que el programa citado ampara actualmente a poco más de un millón 340 mil estudiantes en la Unión Americana. Donde 81 por ciento son nacidos en México.

Dentro de las características principales del programa se establece su renovación cada dos años, con lo que tenemos que para 2017 alrededor de medio millón de jóvenes se enfrentarán a la renovación ante las autoridades estadounidenses.

El punto principal como se puede ir deduciendo en primer término, es que estos jóvenes habían sido amparados en principio por el propio gobierno de EUA, pero hoy comienzan a ser perseguidos de la misma manera que cualquier otro indocumentado.

Se trata de estudiantes, profesionistas, población en su mayoría productiva que tiene inclusive más arraigo con la cultura americana que con la mexicana, a pesar de su origen en nuestro país.

Un ejemplo de un dreamer sobresaliente es Astrid Silva, integrante del Partido Demócrata de Estados Unidos, y activista en materia de inmigración, encargada de responder al primer discurso de Trump ante el Congreso de aquella nación.

Por otra parte, si este programa es eliminado por la administración Trump tal como lo prometiera en su campaña política, los dreamer´s se convertirían en un universo poblacional plenamente identificado para la deportación inmediata.

Es decir, se criminalizaría a jóvenes en proceso formativo y que llegaron sin conciencia plena sobre su estancia ilegal, violentando sus derechos más elementales.

En segundo término, el caso del mexicano Daniel Ramírez Medina resulta de la mayor relevancia, pues el inadecuado manejo del mismo podría sentar un precedente y replicarse injustamente, dejando vulnerables a cientos de miles de dreamer´s por todo EUA, con independencia de si se elimina o no el citado programa, pues al cometer cualquier infracción los haría correr el riesgo de ser elegibles para ser deportados.

Por lo que debe quedar muy claro el protocolo de procedimiento que los tribunales establezcan.

Veamos, Daniel fue arrestado el pasado 10 de febrero en la casa de su padre en Seattle, Washington, por agentes migratorios del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE por sus siglas en inglés), donde en principio se manejaba la versión de que iban por el padre del joven, siendo posteriormente acusado de ser pandillero.

Sin embargo, el gobierno ante la justicia no ha mostrado pruebas suficientes que ratifiquen esta acusación por lo que su detención no tiene fundamentos, además de que el joven no representa en absoluto amenaza a la seguridad nacional ni a la seguridad pública.

Apenas el pasado viernes 17 de febrero tras una audiencia con el juez, sus defensores señalaron que mantener a Daniel retenido es una “... violación flagrante de la Constitución de los Estados Unidos.” Añadiendo que el joven no tiene antecedentes penales y que él mismo le expresó a la autoridad que era beneficiario del DACA que lo ampara contra cualquier proceso de deportación.

Aun así, el dreamer mexicano continúa en la cárcel mientras un juez decide si es deportado o no, permaneciendo en detención unos días más, hasta que un juez migratorio revise su caso y determine si el joven de inicio sigue su juicio de deportación en libertad o no.

El punto de acuerdo que hoy presentamos, entre otros resolutivos tiene el objeto de realizar un llamado a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, a través de su sección consular en Washington, otorgue todo el respaldo del Estado mexicano y de las leyes internacionales a la defensa del joven Daniel Ramírez Medina y a su familia.

Asimismo, el Congreso de la Unión realizará un extrañamiento al gobierno de EUA ante la política de persecución de emigrantes mexicanos radicados en aquella nación, anunciando que velará de manera permanente por el respeto de sus derechos y su acceso a la justicia.

Es por lo anteriormente expuesto que se somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión comunica al Poder Ejecutivo federal, al Poder Judicial, a los gobiernos de las entidades federativas y a las legislaturas de los estados, su deseo de velar de manera permanente por el respeto de los derechos y la justicia para los emigrantes mexicanos radicados en los Estados Unidos de América, respetando y complementando las facultades conferidas en la materia al Senado de la República; por lo que solicita de la manera más atenta y respetuosa a las instancias señaladas, en el marco de sus respectivas facultades, el enriquecer la postura de protección a nuestros connacionales remitiendo a esta soberanía todas las propuestas y preocupaciones que en la materia posean.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita al titular del Poder Ejecutivo federal que, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, comunique el extrañamiento que realiza esta soberanía al gobierno de los Estados Unidos de América, por la política aplicada que persigue y promueve la criminalización a los emigrantes mexicanos radicados en los Estados Unidos de América con independencia de su estatus migratorio; así como por el discurso de odio alrededor de las minorías latinas en aquella nación, conminándolo a que se conduzca con estricto apego a los parámetros que señala el derecho internacional, el respeto de los derechos humanos de las personas y la cultura de la tolerancia y la diversidad, símbolo de sociedades modernas y de avanzada en todo el mundo.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, solicita al titular del Poder Ejecutivo federal, instruya a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que a través de la sección consular de México en Washington, otorgue todo el respaldo del Estado mexicano y de las leyes internacionales a la defensa del joven Daniel Ramírez Medina y a su familia. Asimismo, genere una ruta específica de atención legal y asesoría para los llamados dreamer´s de origen mexicano que pudieran ser perjudicados ante una eventual deportación a México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputado José Hugo Cabrera Ruiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Segob a intensificar sus acciones de promoción ante las autoridades educativas para que los planes y programas de estudios oficiales aplicables y obligatorios en la república incluyan contenidos temáticos de protección civil y gestión integral de riesgos, a cargo del diputado Héctor Barrera Marmolejo, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Héctor Barrera Marmolejo, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, y 79, párrafos primero, fracción II, y segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

México es un país expuesto a diversos riesgos y contingencias razón por la cual y derivado de los sismos ocurridos en septiembre de 1985, se dio origen al Sistema Nacional de Protección Civil, mediante la publicación por decreto presidencial el 6 de mayo de 1986, tal como se ha registrado históricamente y de acuerdo a las experiencias recientes en la materia, basta recordar la erupción del volcán Chichonal en 1893, la explosión e incendio de instalaciones gaseras en San Juan Ixhuatepec 1984, los sismos del 19 y 20 de septiembre de 1985, el huracán Gilbert en 1988 y el devastador incendio forestal registrado al año siguiente en Quintana Roo.

De la Ley General de Protección Civil publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de julio de 1996, se desprenden las orientaciones marcadas en el “Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018”.

Sistema donde se consolida la corresponsabilidad de Gobierno y Sociedad en la tarea de garantizar la protección de las personas y su entorno ante fenómenos destructivos de origen natural o antropogénico, a través de la gestión integral de riesgos y el fomento de la capacidad de adaptación, auxilio y restablecimiento en la población.

En este contexto, es impostergable coadyuvar a crear la cultura de la prevención, tal como se instituye en la Ley General de Protección Civil, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 6 de junio de 2012 y de acuerdo a las reformas de la misma, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 3 de junio de 2014.

La Ley General de Protección Civil establece en el Artículo 2°, Fracción XLIII. “Protección Civil, es la acción solidaria y participativa, que en consideración tanto de los riesgos de origen natural o antrópico como de los efectos adversos de los agentes perturbadores, prevé la coordinación y concertación de los sectores público, privado y social en el marco del Sistema Nacional, con el fin de crear un conjunto de disposiciones, planes, programas, estrategias, mecanismos y recursos para que de manera corresponsable, y privilegiando la Gestión Integral de Riesgos y la Continuidad de Operaciones, se apliquen las medidas y acciones que sean necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población, así como sus bienes; la infraestructura, la planta productiva y el medio ambiente”

Sin omitir mención del Capítulo III “Del Sistema Nacional de Protección Civil”

Artículo 19. La coordinación ejecutiva del Sistema Nacional recaerá en la secretaría por conducto de la Coordinación Nacional, la cual tiene las atribuciones siguientes en materia de protección civil:

Fracción XVI. Gestionar ante las autoridades correspondientes, la incorporación y ampliación de contenidos de protección civil con un enfoque de Gestión Integral de Riesgos en el Sistema Educativo Nacional en todos los niveles, desde educación preescolar, primaria y secundaria, hasta los niveles superiores;

En el mismo ordenamiento jurídico enuncia en el “Capítulo VI, De los Programas de Protección Civil.

Artículo 35. “El Programa Nacional, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, es el conjunto de objetivos, políticas, estrategias, líneas de acción y metas para cumplir con el objetivo del Sistema Nacional, según lo dispuesto por la Ley de Planeación.

La cultura de la prevención, es el canal adecuado para acentuar los principios básicos de la Protección Civil, vinculante de la aplicación de protocolos de actuación acordes a los diferentes riesgos y edades de la población escolar.

Adicionado al marco jurídico anterior; La ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, enmarca en el artículo 3°, que toda política pública debe incentivar la formación en todas sus vertientes siendo una de estas la cívica.

Artículo 3. La federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, concurrirán en el cumplimiento del objeto de esta Ley, para el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas públicas en materia de ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como para garantizar su máximo bienestar posible privilegiando su interés superior a través de medidas estructurales, legales, administrativas y presupuestales.

Las políticas públicas deberán contribuir a la formación física, psicológica, económica, social, cultural, ambiental y cívica de niñas, niños y adolescentes.

Los libros de texto que actualmente se distribuyen en las escuelas del nivel básico como elemento de vinculación con la cultura de la prevención deben en todo momento ser un generador de protección a la integridad física de millones de niñas, niños y adolescentes, que conforme a la Estadística del Sistema Educativo de la República Mexicana en el Ciclo Escolar 2013-2014 son los siguientes:

• Preescolar- 4, 786,956

• Primaria - 14, 580,379

• Secundaria - 6, 571,858

La inclusión de manuales de Protección Civil, genera un impacto inmediato en 25 millones 939 mil 193 de estudiantes, que contaran con herramientas de salvaguarda personal, a través de información temática aplicada en los libros de texto, que vinculen a los Profesores y Padres de Familia.

Por lo antes expuesto someto a consideración de la Cámara de Diputados los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a intensificar sus acciones de promoción ante las autoridades educativas competentes para que los planes y programas de estudio oficiales aplicables y obligatorios en la República Mexicana, en todos los niveles educativos, incluyan contenidos temáticos de protección civil y de la gestión integral de riesgos, de conformidad con lo señalado en el artículo 19, fracción XVI, de la Ley General de Protección Civil.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación para que en coordinación con la Secretaría de Educación Pública realicen las acciones necesarias para integrar en todos los materiales educativos de nivel básico manuales de protección civil y prevención de riesgos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días de marzo de 2017.

Diputado Héctor Barrera Marmolejo

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR a atender con la Segob y la Ssa el caso de muertes de mujeres jóvenes en Las Tazas, Ocosingo, Chiapas, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, Omar Ortega Álvarez, diputado de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La localidad de Las Tazas, en Ocosingo, Chiapas, es una comunidad indígena enclavada en la Selva Lacandona en donde sus pobladores se dedican principalmente a la cosecha de alimentos como maíz y frijol, aunque un pequeño porcentaje se dedica también a la ganadería.

En esta comunidad, situada a cuatro horas de la cabecera municipal de Ocosingo, dedicada a la agricultura libre del uso de agroquímicos y semillas transgénicas, orgullosa de sus costumbres y tradiciones, las mujeres jóvenes están muriendo por padecimientos nada comunes a la población como lo es el cáncer.

Las muertes comenzaron poco tiempo después de que la gente de Las Tazas se negara a vender a una compañía refresquera sus terrenos, los que se encuentran conectados a un manantial, y que denunciara el acoso y la presión de ésta para apoderarse de los recursos acuíferos de la localidad.

Durante 2015, justo después de los intentos de compra de la compañía refresquera, registraron cinco casos de muerte de mujeres menores a los 25 años, supuestamente por cáncer cérvico uterino, aunque ninguna de ellas presentaba un cuadro clínico del padecimiento, ningún familiar suyo había padecido ese tipo de enfermedades y muriendo a los pocos meses del diagnóstico, de manera instantánea.

Para 2016, las muertes de las jóvenes ascendieron a ocho durante los meses de abril y septiembre. Todas ellas tenían entre 18 y 30 años. De igual forma, una niña nació con un tumor y ahora dos mujeres más se encuentran diagnosticadas con el mismo padecimiento, el cual parece ser terminal en la comunidad de Las Tazas.

En dos años, 13 mujeres jóvenes han muerto, según argumenta el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de la localidad, por cáncer cérvico uterino que es desarrollado por el virus del papiloma humano (VPH)1 , y por la omisión y negligencia de las autoridades de salud locales y estatales, que las han atendido. Sin embargo, los pobladores han denunciado que este argumento ha sido utilizado para ocasionar la culpa y “vergüenza” de las parejas de las mujeres, buscando evitar de esta manera, las denuncias.

De igual forma, las mujeres en la localidad han manifestado su preocupación por las condiciones insalubres en las que son atendidas en la clínica del IMSS y como un requerimiento obligatorio del programa Prospera; ellas mismas han atribuido la propagación de la enfermedad por el mal uso de los utensilios médicos. “Un mismo instrumento que habían utilizado en otra mujer atendida antes que a mí, sin ningún lavado ni nada me fue introducido directamente”, han señalado. Entonces, además de recibir una inadecuada atención, son obligadas a atenderse para que el recurso de Prospera les sea entregado.

Aunado a estas condiciones, resulta muy extraño que una de las mujeres recién diagnosticada con VPH en el IMSS y que se ha podido practicar los mismos estudios en otras instituciones de salud privadas, se ha llevado la sorpresa, en esas instituciones privadas, de resultados negativos, sin cáncer. Esto ha causado el cuestionamiento de los pobladores de Las Tazas ante los diagnósticos previos del IMSS.

Por todo ello, la comunidad de Las Tazas, en Ocosingo, Chiapas, ha solicitado a distintas instancias como la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Secretaría de Salud, que realicen una investigación especializada a la brevedad para evitar que sigan muriendo integrantes de la comunidad.

“Estas muertes de cáncer [son] como una epidemia y temo que vayan a morir muchas más, sobre todo porque las personas que han fallecido de este padecimiento, han sido solo mujeres de aproximadamente 25 años”, señaló una de las pobladoras de Las Tazas.

En el marco de lo descrito, a finales del año pasado y en marzo de este año, la Secretaría de Salud del gobierno de Chiapas, ha emprendido campañas para promover entre las mujeres el hábito de cuidarse y realizarse exámenes para detectar el cáncer cérvicouterino a tiempo; sin embargo, representado por el caso de Las Tazas, las campañas parecen no tener un impacto positivo en la salud y vida de las mujeres.

Por todo lo anteriormente expuesto, y ante la indiferencia del sector de salud pública gubernamental, presento a esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Salud de Chiapas a garantizar que cada centro de atención médica del estado cuente con el material clínico ginecológico necesario para atender y garantizar la salud de las mujeres en todo el territorio y para hacer públicos los resultados de las campañas de prevención y atención del cáncer cérvico uterino que han emprendido en la entidad durante los últimos tres años.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de la República, en coordinación con la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Salud a conducir inmediatamente una investigación sobre el extraño caso de diagnósticos y muertes de mujeres de la comunidad de Las Tazas, en Ocosingo, Chiapas.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social para realizar una evaluación respecto del impacto de las políticas de salud preventivas del cáncer cérvico uterino en el estado de Chiapas.

Nota

1 El VPH es un grupo de más de 150 virus relacionados. Se les llama virus del papiloma debido a que algunos de ellos causan un tipo de crecimiento llamado papiloma. Los papilomas, más comúnmente conocidos como verrugas, no son cancerosos.” El VPH es la causa más común del Cáncer de Cuello Uterino, el cual es el cáncer más usual -después del cáncer de mama-, que provoca la muerte de una paciente; el cáncer de cuello uterino, agrupa a más de 130 tipos de virus diferentes y los

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputado Omar Ortega Álvarez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Cultura a promover con el Conacyt y el Fondo de Cultura Económica la recuperación del español como lengua de comunicación científica, mediante promoción, reedición y nuevos títulos de la colección La Ciencia para Todos, suscrita por el diputado José de Jesús Galindo Rosas e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, José de Jesús Galindo Rosas, y diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Política Exterior es uno de los temas fundamentales para el crecimiento y desarrollo de nuestro país, por lo cual debe basarse en la orientación estratégica de la actividad bilateral y multilateral.

México en la actualidad requiere de una estrategia que permita el fortalecimiento del desarrollo económico y social que lo ubique como uno de los países con gran actividad internacional, que le permita mostrarse como un país que defiende activamente el desarrollo y los derechos de los mexicanos en el exterior.

Asimismo, se requiere trabajar en materia de cultura, ciencia y tecnología. México es el país con mayor población migrante en el mundo con casi 13 millones de ciudadanos en el exterior. De ellos, el 99 por ciento radica en Estados Unidos y destaca un importante grupo de compatriotas denominado como “dreamers” o soñadores quienes entre otras características, como el haber llegado a suelo americano siendo niños, poseen un diploma de bachillerato.

Conscientes de esta situación, el Partido Verde Ecologista de México estima necesario dar puntual seguimiento a los acontecimientos que suceden del otro lado de la frontera norte, en el trato que reciben nuestros connacionales radicados en los Estados Unidos de América.

Razón por la cual es importante diversificar nuestras relaciones con otros países del orbe, retomar los lazos con los países con los cuales compartimos la lengua española, de la cual somos el mayor hablante.

La ciencia, la tecnología y la innovación son elementos fundamentales para el desarrollo económico de México y del mundo. Actualmente, enfrentamos el reto de transitar de factores tradicionales de producción a métodos novedosos y acordes al siglo XXI que nos permitan ser competitivos a nivel mundial.

En este sentido, este instituto político tiene el compromiso de promover la recuperación del español como lengua de comunicación científica, cuya importancia es fundamental para el desarrollo de la ciencia desde nuestros centros de investigación y desde la visión de nuestros países y de su cultura.

Esta situación permitiría a nuestro país tomar la posición de liderazgo que le merece ser el mayor de los países de habla española, en términos de hispanohablantes, y abriría una extensa agenda de cooperación con países de habla española no sólo en América Latina y Europa, sino en Asia (Filipinas) África (Guinea y Sahara) y en todos aquellos países donde hay una fuerte presencia de hispanohablantes incluyendo a Estados Unidos de América y a Canadá.

México tiene además una larga tradición y fama ya construidos, del mismo modo, cuenta con la confianza necesaria para encabezar un programa así, pues además tiene ya una infraestructura notable gracias al Fondo de Cultura Económica.

“El Fondo de Cultura Económica es un grupo editorial en lengua española, asentado en nuestro país, con presencia en todo el orbe hispanoamericano, sin fines de lucro y sostenido principalmente por el Estado mexicano”.

“Fue fundado en 1934 por el gran intelectual mexicano, don Daniel Cosío Villegas, con el propósito original de proveer de libros en español a los estudiantes de economía”.

El desarrollo de nuevas tecnologías y el incremento de la investigación científica en nuestro país, implica divulgar esta ciencia y tecnología en un mundo competitivo y globalizado, por lo cual debemos seguir impulsando la investigación científica no sólo como un factor que influye directamente en el crecimiento económico de las naciones y en la competitividad de las empresas, sino como una vía que nos brindará un mayor bienestar social y en el caso mexicano además un necesario prestigio internacional.

Punto de Acuerdo

Único . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Cultura para que, en coordinación con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y el Fondo de Cultura Económica, promuevan la recuperación del español como lengua de comunicación científica, mediante la promoción, reedición y edición de nuevos títulos de la colección “La Ciencia para Todos” del Fondo de Cultura Económica.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Arturo Álvarez Angli, Jorge Álvarez López, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, María Ávila Serna, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Lorena Corona Valdés, José Alberto Couttolenc Buentello, Sharon María Cuenca Ayala, Sasil Dora Luz de León Villard, Daniela de los Santos Torres, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, Sara Paola Gálico Félix Díaz, José de Jesús Galindo Rosas, Jorgina Gaxiola Lezama, Sofía González Torres, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Jesús Gerardo Izquierdo Rojas, Lía Limón García, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Virgilio Mendoza Amezcua, Cándido Ochoa Rojas, Emilio Enrique Salazar Farías, José Refugio Sandoval Rodríguez, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro, Édgar Spinoso Carrera, Wendolin Toledo Aceves, Francisco Alberto Torres Rivas, Diego Valente Valera Fuentes, Claudia Villanueva Huerta, Enrique Zamora Morlet.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INM a establecer medidas precautorias para evitar una crisis humanitaria en Tijuana, Baja California, por el fenómeno migratorio de miles de haitianos y africanos varados en la frontera, a cargo de la diputada Mariana Trejo Flores, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada Mariana Trejo Flores, de la LXIII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, fracción I, y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo.

Antecedentes

La actual crisis migratoria de ciudadanos haitianos varados en la zona fronteriza de Tijuana, se ha convertido en un reto para las instituciones mexicanas, exhibiendo una debilidad estructural para el control de emergencias ante un fenómeno migratorio de tal magnitud, exponiendo a los ciudadanos extranjeros, internados de tránsito en la República Mexicana, a la indefensión, el vacío de asistencia social y a condiciones paupérrimas en sus condiciones de vida por la insalubridad, la alimentación y el hospedaje de los inmigrantes.

Desde finales de 2016 y principios de 2017, se calculaba que un aproximado de 5 mil 500 inmigrantes se encontraban en la zona fronteriza de Tijuana, esperando cruzar la frontera hacia los Estados Unidos de América (EUA), sin embargo, por los flujos migratorios, medidos en tasas, se calcula la probabilidad que se multiplique exponencialmente la cantidad de inmigrantes en próximos meses, pudiendo alcanzar la cifra de 30 mil inmigrantes varados en la zona, sumados al flujo migratorio constante que la región fronteriza tiene diariamente de ciudadanos mexicanos, centroamericanos y de otras nacionalidades1 . Este fenómeno ha rebasado la capacidad de las instituciones migratorias mexicanas, al gobierno del estado de Baja California y gobiernos municipales, exponiendo a riesgos sanitarios a los inmigrantes varados en la región.

La crisis migratoria se ha agudizado a partir del endurecimiento de las políticas de la Casa Blanca2 . Hombres y mujeres de todas las edades buscan espacios para dormir, asearse, comer y realizar las necesidades básicas para sobrevivir.

Para los coordinadores de los refugios y albergues de Tijuana esta situación se trata de una “crisis migratoria” propiciada en gran medida por el gobierno de EUA, país que les abrió las puertas después del terremoto que azotó a Haití el 12 de enero de 2010, y tras muchos de ellos quedar desempleados al término de los Juegos Olímpicos en Brasil. El problema, aseguran, es que la situación se salió de control y las autoridades, tanto mexicanas como estadunidenses, no se han podido coordinar para remediarlo3 .

Con la crisis migratoria en la frontera norte, los 32 albergues para dar atención a inmigrantes se encuentran saturados, se han tenido que habilitar escuelas, iglesias, espacios públicos deportivos, para dar atención a los que ahora y, por el momento, se pueden considerar como refugiados. La carencia de alimentos se ha convertido en otro reto a resolver, pues comedores comunitarios, albergues y otras organizaciones voluntarias se han dado a la tarea, junto con personal del gobierno municipal y gobierno del estado, a brindar la atención necesaria para alimentar a migrantes que a diario siguen llegando en grupos numerosos queriendo cruzar la frontera y se quedan varados ante las decisiones de las políticas de migración de EUA.

Desde septiembre de 2016, grupos activistas sociales han solicitado la intervención de los altos comisionados de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para hacer frente a la crisis migratoria, que en términos simples, afecta a la población de Baja California.

“En tormo a la problemática migratoria, Solalinde precisó que el gobierno federal debe aceptar que esta es una crisis humanitaria y dejar de minimizar este fenómeno, por lo que uno de los primeros pasos es el de convocar a una cumbre en la que participen las organizaciones civiles, Iglesia e instituciones como la ONU, Unicef, Cruz Roja y demás, para establecer medidas de acción .

Manifestó que no es suficiente lo que hacen los gobiernos ni la Iglesia para solucionar y apoyar la situación de los migrantes e hizo un llamado a los tres niveles de gobierno para aplicar una solución estratégica de atención a los extranjeros que han arribado a Baja California para solicitar asilo político en EUA.

Acompañado de activistas defensores de los derechos humanos, Solalinde pidió al gobernador de Baja California, Francisco Vega, que asuma su responsabilidad y no lance la papa caliente4

Tonatiuh Guillén López, director del Colegio de la Frontera Norte, una de las instituciones más competentes en temas migratorios a nivel internacional, advirtió que el creciente arribo de migrantes a Tijuana, Baja California, principalmente haitianos que buscan obtener asilo en EUA, ya rebasó a las autoridades locales, así como a organismos de la sociedad civil, que apoyan al día hasta a mil 200 personas.

Con la llegada de más grupos de caribeños a la zona, en tan vulnerables condiciones, se establece el panorama perfecto para el desarrollo de una crisis humanitaria a falta de atención médica, medicinas, alimentos y espacios para albergar a tanto inmigrante, que se han convertido en presa fácil de enfermedades, delincuentes y mafias.

México experimenta con este fenómeno la crisis migratoria mundial de refugiados que se ha observado recientemente en el orbe y, las instituciones mexicanas, exhiben el no estar preparadas para atender esta situación de emergencia, deslindando responsabilidades federales a las entidades y a los municipios de las diversas entidades del país, en especial a Tijuana, Baja California.

Es urgente que el Instituto Nacional de Migración asuma su responsabilidad en el ámbito de sus competencias y atienda la situación de emergencia que se vive en la frontera norte, evitando con ello una crisis humanitaria de dimensiones desconocidas para la República Mexicana.

Por lo anteriormente expuesto e invocado en el proemio, someto a consideración de este pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al comisionado del Instituto Nacional de Migración, ciudadano Ardelio Vargas Fosado, a establecer los mecanismos necesarios, dentro del ámbito de competencia y responsabilidad de ese instituto, para evitar una crisis humanitaria en la frontera norte, específicamente en Tijuana, Baja California, ante la situación de inmigrantes haitianos y africanos varados en la región.

Notas

1 http://www.proceso.com.mx/457832/5-mil-haitianos-africanos-varados-en-b aja-california

2 Alusión al gobierno de los Estados Unidos de Norte América bajo el mandato presidencial de Donald Trump.

3 https://www.vice.com/es_mx/article/miles-de-haitianos-varados-en-tijuana
-la-crisis-migratoria-que-recae-en-estados-unidos

4 http://www.excelsior.com.mx/nacional/2016/09/24/1118726

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputada Mariana Trejo Flores (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE a hacer público un informe sobre el número de casos de crímenes de odio y actos de discriminación y violencia institucional contra mexicanos en Estados Unidos de América, a partir del 20 de enero de 2017, a cargo del diputado Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, Clemente Castañeda Hoeflich, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que haga público un informe sobre el número de casos de crímenes de odio y actos de discriminación y violencia institucional en contra de ciudadanos mexicanos dentro de Estados Unidos de América a partir del 20 de enero de 2017, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

I. En agosto de 2015, dos hombres de Boston se encontraron con un inmigrante mexicano sin hogar durmiendo fuera de una estación de trenes. Lo golpearon con un tubo de metal repetidamente, lo orinaron y lo llamaron “mojado”. La víctima, Guillermo Rodríguez, sufrió costillas y dedos rotos además de otras heridas. Después de ser detenidos, uno de ellos, Scott Leader, de 38 años, dijo a los agentes “Donald Trump tenía razón. Todos estos ilegales necesitan ser deportados”.1

La retórica de campaña del ahora presidente de Estados Unidos, Donald J. Trump, estuvo basada en un discurso de odio antiinmigrante y antimexicano que fue denunciado desde distintos frentes, incluida la Cámara de Diputados que el 20 de abril de 2016 aprobó un punto de acuerdo en el que se condenaban dichas expresiones.

De acuerdo con Mark Potok: “Donald Trump no es legalmente responsable de nada de esto, por supuesto. Las personas que se dedican a la violencia racial, si son capturados, son los que tendrán que pagar por sus crímenes. Pero parece innegable que la campaña temeraria y populista de Trump ha dejado un legado de odio, violencia y división.”2 En este sentido, es importante destacar que el discurso de odio tiene consecuencias y efectos en las comunidades que lo padecen, independientemente de si existe una postura institucional o no. Por ejemplo, en los últimos días, grupos de supremacía blanca de Estados Unidos han aplaudido las políticas del presidente Trump y esperan que los 11 millones de inmigrantes que viven sin autorización en Estados Unidos sean deportados.3

Lo que resulta preocupante es que el discurso de odio de una campaña populista, que de por sí tiene efectos negativos, ahora se ha trasladado al discurso institucional, a la toma de decisiones y a actos de autoridad que pueden vulnerar los derechos de la comunidad mexicana en Estados Unidos.

Recientemente, en Arizona una señora de 86 años fue empujada por un policía en una protesta a favor de los inmigrantes. Según lo reportado por The Washington Post: “Un oficial de policía parece empujar su brazo, haciéndola caer hacia atrás y golpear su cabeza en el pavimento. Cuando una mujer de 65 años de edad, a su lado, se acerca para ayudar a la mujer a levantarse, un oficial la rocía con aerosol de pimienta en la cara, temporalmente cegándola y provocando que ella se aleje con dolor”.4

II. Según el censo anual del Southern Poverty Law Center (SPLC) para 2016, el número de grupos de odio en Estados Unidos aumentó por segundo año consecutivo, justamente mientras la campaña de Donald Trump propagaba sus efectos.5

En este mismo sentido, en los primeros 10 días posteriores a la elección presidencial de la cual resultó ganador Donald Trump, el mismo SPLC documentó 867 incidentes de odio, incluyendo más de 300 que se dirigieron principalmente a inmigrantes.6

Además de los ejemplos ya mencionados, destaca el caso de Daniel Ramírez Medina, que en 2014, se acogió a los beneficios del programa de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA por sus siglas en inglés). Este ciudadano mexicano hoy se encuentra detenido desde el 10 de febrero y enfrentando la posibilidad de ser expulsado de Estados Unidos, done ha pasado la mayor parte de su vida y donde nació su hijo de tres años. Al tratarse de un ciudadano protegido por el programa DACA se esperaba su liberación, cosa que no ha ocurrido.7

Dos días después, en un caso similar, Jesús Alonso Arreola Robles dio un “aventón” a un amigo para recoger a un familiar en San Diego, California, sin embargo, ahí fue detenido por la Patrulla Fronteriza tras constatar que el acompañante era indocumentado, por lo que ahora el primero encara cargos por “tráfico de inmigrantes indocumentados”.8

El 25 de febrero agentes de inmigración arrestaron a varios inmigrantes indocumentados cuando salían del albergue de una iglesia en el condado de Fairfax en Virginia.9 Sin embargo, en Estados Unidos existe una política de “localidades sensibles”, que obliga a los agentes de inmigración a evitar arrestos en sedes religiosas, escuelas o centros médicos. Estas acciones, además de constituir un revés a la mencionada política, limitan la posibilidad de que los inmigrantes en situación de vulnerabilidad puedan buscar apoyo en este tipo de organizaciones, lo que pone en riesgo su bienestar y derechos humanos.

III. Estos casos son una muestra del endurecimiento de las políticas en materia de migración por parte del presidente de Estados Unidos, que al inicio de su administración signó una serie de órdenes ejecutivas, incluyendo las relativas al control migratorio, así como una serie de lineamientos para su implementación.

Recordando que Estados Unidos, como cualquier otro país, puede modificar sus políticas migratorias, no podemos dejar de resaltar que este tipo de eventos vulneran el debido proceso al que tienen derecho todas las personas, incluidas los inmigrantes, y ponen en evidencia la existencia de abusos y atropellos desde instancias formales e institucionales.

Aunado a los abusos institucionales que se están registrando en Estados Unidos, los efectos del discurso de odio continúan presentes en la opinión pública. En una encuesta post-electoral realizada a 10 mil profesores de escuela de Estados Unidos, el 90 por ciento dijo que el clima en sus escuelas había sido afectado negativamente por la campaña. El 80 por ciento afirmó que existe ansiedad y miedo entre los estudiantes, particularmente los inmigrantes, mientras que otro porcentaje señaló la presencia de insultos, lenguaje despectivo y símbolos extremistas en sus aulas.10 En este contexto, vale la pena destacar que diversos distritos escolares de aquel país se declaran “santuarios” y rechazan cooperar en políticas antiinmigración.11

Las llamadas “ciudades santuario” sostienen una confrontación con las nuevas políticas y lineamientos antiinmigración de la Presidencia de Estados Unidos, de manera que el bienestar de los mexicanos en aquel país podría verse afectado por las medidas que buscan acabar con los programas de dichas ciudades.12 Valga recordar que a través de la mencionada orden ejecutiva del presidente de Estados Unidos en materia migratoria, se incluye la medida de recortar fondos a estas ciudades.13

Durante los últimos años del gobierno de Barack Obama miles de casos de inmigrantes indocumentados concluían por que no eran prioridad su deportación, dado que se trataba de personas que no contaban con antecedente penales, sin embargo después de la emisión de la orden ejecutiva del presidente Trump varios tribunales suspendieron esta práctica.14

Una de más de las acciones institucionales que podrían vulnerar la integridad de los mexicanos en Estados Unidos es la anunciada el 1 de marzo por el presidente Trump, quien en un mensaje al Congreso de los Estados Unidos, anunció “la creación de una oficina para las víctimas estadounidenses”, denominada Voice (voz, en inglés): Victims of Immigration Crime Engagement (Apoyo a las Víctimas de Crimen por Inmigración).15 Esta oficina servirá para denunciar a los migrantes, lo que implica el riesgo de criminalizar y denigrar a las personas en dicho estatus, además de prestarse a seguir propagando un discurso de odio y desinformación en contra de ellos.

La creación de una oficina gubernamental que se encargue de la recolección de quejas en contra de un grupo social en particular, representa una clara institucionalización de la discriminación, y por tratarse de inmigrantes una clara instigación a sentimientos de xenofobia, constituyendo una amenaza más en contra de los inmigrantes mexicanos.

La modificación de las políticas en materia de migración por parte del gobierno de Estados Unidos significa un reto que México debe asumir buscando la defensa de los intereses de nuestro país y la protección de la integridad y reputación de los mexicanos. En este sentido, para tomar las mejores decisiones, consideramos como un aspecto fundamental conocer los efectos del discurso de odio y ahora de las acciones institucionales de antiinmigración del presidente de Estados Unidos.

Por lo expuesto, se someten a consideración los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que haga público un informe sobre el número de casos de crímenes de odio en contra de ciudadanos mexicanos dentro de Estados Unidos de América a partir del día 8 de noviembre de 2016, día de la elección presidencial de Estados Unidos de América.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que haga público un informe sobre el número de actos de discriminación, violencia o abusos cometidos desde las instituciones públicas en contra de mexicanos dentro de Estados Unidos de América a partir del día 20 de enero de 2017, día de la toma de protesta del presidente de ese país, Donald J. Trump.

Tercero. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y en caso de resultar procedente, denuncie ante los organismos internacionales correspondientes, los actos de discriminación y violencia institucional perpetrada por diferentes autoridades de Estados Unidos de América y de la cual están siendo objeto los mexicanos que residen en dicho país.

Notas

1 “The campaign language of the man who would become president sparks hate violence, bullying, before and after the election”, Southern Poverty Law Center, (15-02-2017), traducción propia, recuperado de: https://www.splcenter.org/fighting-hate/intelligence-report/2017/trump- effect

2 Ídem

3 “Trump te necesita”: grupos de odio blancos se organizan para sacar por la fuerza a migrantes”, Sin Embargo, (23-02-2017), recuperado de: http://www.sinembargo.mx/23-02-2017/3159012

4 “Video shows Tucson police shoving 86-year-old woman to pavement”, The Washington Post, (27-02-2017), traducción propia, recuperado de: https://www.washingtonpost.com/news/morning-mix/wp/2017/02/27/video-sho ws-tucson-police-shoving-86-year-old-woman-to-pavement/?utm_term=.7af0f c2ceaaf

5 “Hate groups increase for second consecutive year as Trump electrifies radical right”, Southern Poverty Law Center, (15-02-2017), traducción propia, recuperado de:

https://www.splcenter.org/news/2017/02/15/hate-groups-in crease-second-consecutive-year-trump-electrifies-radical-right

6 Ídem.

7 “Daniel Ramírez Medina, el joven mexicano con permiso de trabajo en EUA que podría convertirse en el primer dreamer deportado en la era Trump”, BBC, (16-02-2017), recuperado de: http://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-38986945

8 “Denuncian la detención de un segundo “dreamer” en California”, Proceso, (23-2-2017), recuperado de:

http://www.proceso.com.mx/475610/denuncian-la-detencion- segundo-dreamer-en-california

9 “ICE Agents Arrest Men Leaving Fairfax County Church Shelter”, NBC, (15-2-2017), traducción propia, recuperado de: http://www.nbcwashington.com/news/local/ICE-Agents-Arrest-Men-Leaving-A lexandria-Church-Shelter-413889013.html

10 Ídem.

11 “US sanctuary schools defy Trump’s immigration raids”, Al Jazeera, (27-2-2017), traducción propia, recuperado de:

http://www.aljazeera.com/news/2017/02/sancturary-schools -trump-immigration-raids-170228015813290.html

12 “Qué son las “ciudades santuario” para inmigrantes en EUA y por qué están en pie de guerra con Donald Trump”, BBC, (26-02-2017), recuperado de: http://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-38752451

13 “Trump va contra ciudades santuario”, El Financiero, (25-1-2017), recuperado de:

http://www.elfinanciero.com.mx/mundo/trump-va-contra-ciu dades-santuario.html

14 “Ya se viven cambios en tribunales de inmigración debido a orden de Trump”, La Opinión, (03-03-2017), recuperado de:

http://laopinion.com/2017/01/27/ya-se-viven-cambios-en-t ribunales-de-inmigracion-debido-a-orden-de-trump/

15 “Trump anuncia la creación de una oficina para los estadounidenses víctimas de inmigrantes”, El Mundo, (1-3-2017), recuperado de:

http://www.elmundo.es/internacional/2017/03/01/58b6303d4 68aeb6f318b462b.html

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputado Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Junta de Gobierno del Banxico a fortalecer la difusión del programa Directo a México entre los connacionales que habitan en Estados Unidos de América, a cargo del diputado Alfredo Valles Mendoza, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El que suscribe, Alfredo Valles Mendoza, coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Actualmente, millones de connacionales se encuentran viviendo en Estados Unidos de América (EUA), lugar donde la mayoría de ellos trabajan de forma honrada y envían una parte de su salario a sus familiares en México. En este sentido, mensualmente desde hace años, el Banco de México lleva el registro de las entradas de divisas por este concepto, las cuales siguen creciendo en tamaño y relevancia para la economía mexicana.

De acuerdo con cifras del Banco de México, durante 2016 ingresaron al país 26 mil 970 millones de dólares por concepto de remesas, lo cual equivale aproximadamente a 2.3 por ciento del producto interno bruto (PIB) nacional, a través de la realización de poco más de 91 millones de transferencias o envíos de remesas hacia México, el año pasado.

Estas remesas que se envían a nuestro país representan más que un indicador macroeconómico, el esfuerzo, voluntad y también el sacrificio de millones de familias mexicanas, las cuales, en su mayoría, se caracterizan por pertenecer a estratos de ingresos bajos.

No obstante, el nuevo mandatario del vecino del norte ha declarado en diversas ocasiones la intención de construir un muro fronterizo con México. Asimismo, ha señalado que nuestro país tendría que pagar la construcción de dicha división artificial, para lo cual, ha enumerado diversas opciones para tal fin. Entre otras ocurrencias, ha expresado su intención de establecer un impuesto de 20 por ciento a las importaciones procedentes de nuestro país, así como un impuesto a las remesas enviadas por nuestros connacionales.

La viabilidad de dichas acciones está aún en entredicho; no obstante, como legisladores no podemos quedarnos cruzados de brazos ante la incertidumbre que tales anuncios ha generado en millones de familias mexicanas, ante una probable reducción injusta de las remesas de divisas enviadas desde la Unión Americana.

Ante tal escenario, en Nueva Alianza hemos analizado a detalle la problemática actual que enfrentan nuestros connacionales para el envío de remesas hacia México.

En primer lugar, existen múltiples instrumentos para que los connacionales envíen recursos monetarios a sus familiares, entre las que se encuentran: transferencia de dinero en efectivo, cuentas para envío de dinero, transferencia bancaria, órdenes internacionales de pago, transferencia por internet, tarjetas de prepago, giros telegráficos, entre otras; los cuales, según la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), pueden variar en su comisión o costo de envío, de entre 1 a 10 dólares por envío, dependiendo de la ciudad origen en EUA.1

Como se ha visto, la variedad de opciones son amplias para el envío de remesas; no obstante, desde el año 2003, el Banco de México y el Banco de la Reserva Federal (FED) de ese país interconectaron sus sistemas de pago para el envío de los emolumentos de los pensionados del gobierno de la Unión Americana que radican en México. Al año siguiente (desde el 2 de febrero de 2004), el sistema se amplió para que diversas instituciones financieras del vecino del norte puedan, por este medio, enviar pagos o transferencias a cualquier cuenta bancaria en México.

Este programa, o sistema de pagos entre ambos bancos centrales se denominó Directo a México. En un día hábil, este sistema permite almacenar todas las órdenes de remesas de las instituciones financieras participantes en EUA y los envía al Banco de la Reserva Federal; éste, a su vez, se interconecta con el sistema de pagos del Banco de México, el cual convierte los dólares a pesos, con base en la cotización del tipo de cambio fix , menos un diferencial de 0.21 por ciento; al día siguiente, los recursos se envían a través de SPEI (Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios) a las cuentas bancarias correspondientes.2

Cabe señalar que el programa de envíos de remesas Directo a México, el cual interconecta una parte del sistema bancario entre ambos países, cuenta con una serie de ventajas o beneficios en su utilización, las cuales pueden ser bien aprovechadas por nuestros connacionales, entre las que se encuentran:

• Seguridad: el sistema, como la infraestructura de pagos son administrados y regulados por la Reserva Federal de EUA y el Banco de México.

• Versatilidad: el beneficiario puede recibir el dinero en su cuenta bancaria en México o cobrarlo directamente en ventanilla.

• Bajas: comisiones, generalmente se ubican entre 3 y 5 dólares por transferencia entre cuentas bancarias.

• Oferta: existen actualmente más de 600 centros de envíos desde EUA y, prácticamente, todas las instituciones bancarias de México pueden recibir las transferencias.

• Transparencia: en la cuenta, o en el recibo de pago del beneficiario, se informa el tipo de cambio aplicado y el monto original en dólares.

Asimismo, es oportuno señalar que el programa Directo a México, no tiene monto máximo de envío; no obstante, la institución financiera que origina el pago establece el monto límite del mismo. En este sentido, se observa que el programa o sistema de pagos en una buena opción para el envío de remesas de nuestros connacionales a sus familias en México.

Sin embargo, el propio Banco de México muestra información que sugiere una subutilización del programa o mínima difusión del mismo. Lo anterior, en función de que durante 2016 se realizaron 460,272 transferencias a través de Directo a México, de un total de 91,473,405 operaciones de envíos de remesas. Es decir, solo 0.50 por ciento del envío de remesas se realizaron por el programa mencionado.

Con base en la información antes mencionada y, considerando la incertidumbre que enfrentan actualmente millones de connacionales en EUA, en el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza nos vemos en la necesidad de solicitar respetuosamente al Banco de México, mediante un exhorto, la revisión de la situación actual del programa Directo a México; asimismo, sugerimos algunas medidas que se pueden realizar para maximizar el potencial de dicho programa binacional:

1. Analizar y revisar la situación actual del programa Directo a México, con el objetivo de implementar acciones para la ampliación de la difusión del programa y los beneficios de su utilización entre los connacionales que habitan y laboran en EUA.

2. Evaluar e identificar los mecanismos apropiados, junto con su contraparte en la reserva federal de aquel país, para la disminución de las comisiones que se cobran dentro del sistema de pagos denominado Directo a México, en el corto plazo.

En Nueva Alianza somos muy respetuosos de la autonomía del Banco de México; no obstante, la coyuntura actual que enfrentan millones de familias mexicanas ante la amenaza de medidas restrictivas en el sector de envío de remesas nos obliga a buscar los canales y medios más eficaces para mantener la competitividad del país y, sobretodo, salvaguardar la economía familiar de millones de hogares mexicanos.

Por lo anteriormente expuesto, respetuosamente someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Junta de Gobierno del Banco de México para que se elabore un análisis y revisión de la situación actual del programa Directo a México, con el objetivo de implementar acciones para ampliar la difusión de dicho programa y los beneficios de su utilización entre los connacionales que habitan en los Estados Unidos de América.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Junta de Gobierno del Banco de México para que, dentro de sus facultades, junto con su contraparte en la Reserva Federal de los Estados Unidos de América, evalúe e identifique los mecanismos apropiados para la disminución de las comisiones que se cobran dentro del sistema de pagos denominado Directo a México, en el corto plazo.

Notas

1 Recuperado de http://www.profeco.gob.mx/envio/envio.asp.

2 Recuperado de http://www.directoamexico.com/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputado Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita a la PGR que investigue, conozca y resuelva el homicidio de tres menores de edad ocurrido la madrugada del sábado 14 de enero en San Miguel de Allende, Guanajuato, pues hay irregularidades en las investigaciones, a cargo de la diputada María Bárbara Botello Santibáñez, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada María Bárbara Botello Santibáñez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, así como el artículo 79, numeral 2, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La madrugada del sábado 14 de enero de este año, alrededor de la 1 de la madrugada, elementos de la policía estatal acudieron a una finca ubicada en la colonia Lomas de San José, en el municipio de San Miguel de Allende, con el objetivo de enfrentar a un supuesto grupo delictivo armado. El saldo arrojó el homicidio de 3 menores de 4, 8 y 11 años de edad, además del decomiso de armas y drogas.

Este hecho ha provocado una gran indignación en la entidad y sobre todo en San Miguel de Allende, y los vecinos que conocen a los padres y familiares de las víctimas, a partir de que la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato señaló al padre de los menores asesinados como responsable de haberlos privado de la vida y lo vinculó a proceso.

El padre, quien responde al nombre de Antonio Luna, trabajaba en esta finca como velador y estaba allí con su familia el día de los hechos.

La acusación que ha hecho la procuraduría del estado se pone en entredicho a partir de que la señora Juana Luna, madre de los menores asesinados, ha declarado que la acusación es falsa, pues refiere que estaban dormidos cuando escuchó un carro y muchos gritos, su esposo se levantó rápido y hubo muchos disparos.

Posteriormente, hombres que no se identificaron como policías irrumpieron en su casa, ingresaron al domicilio y les dijeron que los matarían, que se los iba a “cargar la chingada”.

Asimismo, ha relatado que estas personas pusieron un arma en las manos de su esposo, él la tomó en sus manos y uno de ellos con guantes se la volvió a quitar. En su desesperación por saber que sus hijos menores de edad se encontraban dentro del domicilio, pidió verlos, pero estos la cuestionaron preguntando quién había matado a los menores. En ese momento, acusaron a su esposo de haberlos privado de la vida.

Durante las declaraciones ante el Ministerio Publico, la madre de los menores asesinados narró estos hechos, pero le dijeron que sus declaraciones ya no importaban porque se habían realizado los peritajes de balística que señalaban como culpable del homicidio a su esposo, amén de que él ya había confesado ser el responsable, sin haber tenido la defensa y asesoría jurídica adecuada e inmediata de un abogado durante su primer declaración, como parte de los derechos en el procedimiento previstos en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Está claro que como en muchas otras investigaciones de esta naturaleza, siguen existiendo fallas en el debido proceso por el abuso que comenten los elementos de las corporaciones policiales y muchos otros que constituyen una violación a los derechos humanos.

El estado de Guanajuato se ha convertido en los últimos años en una entidad insegura, en el que el número de homicidios dolosos ha crecido significativamente, de acuerdo a los datos mensuales del Sistema Nacional de Seguridad Pública, lo que obliga a que las corporaciones policiales del estado estén mejor preparadas y capacitadas para combatir el crimen organizado y los delitos del orden común, a fin de disminuir los homicidios dolosos en la entidad.

En este caso particular del homicidio de tres menores de edad, se refleja que las corporaciones policiales de Guanajuato no sólo no están capacitadas para hacer su trabajo, sino que violentan los derechos humanos en complicidad con las autoridades del Ministerio Público al acusar y señalar de homicidio al padre de los menores de edad.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita respetuosamente a la Procuraduría General de la República, ejerza su facultad de atracción para investigar, conocer y resolver el homicidio de tres menores de edad en el municipio de San Miguel Allende, Guanajuato, ocurrido la madrugada del sábado 14 de enero, en virtud de que existen irregularidades en la investigaciones que realiza la Procuraduría General del Estado de Guanajuato.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputada María Bárbara Botello Santibáñez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Ejecutivo federal a impulsar acciones ante el G20 a fin de que se implanten herramientas como el financiamiento, la investigación y el tratamiento eficaz para ayudar a erradicar la tuberculosis, a cargo del diputado Elías Octavio Íñiguez Mejía, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Elías Octavio Íñiguez Mejía, diputado de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 6, numeral I, fracción I, y 79, numeral I, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

1. La tuberculosis (TB) es una infección bacteriana causada por un germen llamado Mycobacterium tuberculosis. La bacteria suele atacar los pulmones, pero puede también dañar otras partes del cuerpo. La TB se disemina a través del aire, cuando una persona con TB pulmonar tose, estornuda o habla. Si ha estado expuesto debería consultar a un médico para someterse a los exámenes. Hay más probabilidades de que usted se contagie con TB si tiene un sistema inmunitario debilitado, siendo una de las 10 principales causas de mortalidad en el mundo.

2. Esta enfermedad afecta principalmente a los adultos en los años más productivos de su vida, lo que no significa que los demás grupos de edad estén exentos de riesgo. Más del 95 por ciento de los casos y de las muertes se concentran en los países en desarrollo. El consumo de tabaco aumenta considerablemente el riesgo de enfermar de tuberculosis y de morir por esta misma causa. Se calcula que a nivel mundial más del 20 por ciento de los casos de tuberculosis son atribuibles al tabaquismo.

3. En 2015, 10,4 millones de personas enfermaron de tuberculosis y 1,8 millones murieron por esta enfermedad (entre ellos, 0,4 millones de personas con VIH). Más del 95 por ciento de las muertes por tuberculosis se producen en países de ingresos bajos y medianos. Es una de las causas principales de defunción en las personas VIH-positivas: en 2015, el 35 por ciento de las muertes asociadas al VIH se debieron a la tuberculosis.

4. Esta enfermedad infecciosa es la que más mata en el mundo. En 2015, 1.8 millones de personas murieron a causa de este mal y 10.4 millones se enfermaron. Además de lo anterior, 4.3 millones de casos no han sido registrados.

5. La mayoría de los casos se producen en países que forman parte del G20 (Brasil, China, India, Indonesia, la Federación Rusa y Sudáfrica), presentando tasas muy altas de esta enfermedad, el 46 por ciento de todas las muertes y el 54 por ciento de los casos registrados.

6. La Organización Mundial de la Salud, estima que solo 6.6 millones de los 8.3 mil millones de dólares necesarios para el financiamiento pleno de la respuesta a la TB fueron proporcionados por los gobiernos. La mayoría de este recurso proviene de los estados, sin embargo, los países más vulnerables necesitan donantes internacionales para realizar el 90 por ciento de los programas respecto de este tema.

7. Otro problema que se presenta, es que los incentivos existentes para la investigación y desarrollo comercial, han fracasado para este erradicar este mal, dado que se ven afectados predominantemente la clase baja, porque hay poco retorno financiero prospectivo de los nuevos medicamentos contra la TB para alentar a las entidades comerciales a realizar las mayores inversiones necesarias para el desarrollo de nuevos fármacos.

8. Los líderes de la Cumbre Hangzhou del G20 determinaron que la resistencia antimicrobiana representa una seria amenaza para la salud pública, el crecimiento y la estabilidad económica mundial y se comprometió a explorar opciones para prevenir y mitigar la resistencia desde una perspectiva del valor añadido. Como fuente de la mayoría de los fondos públicos para la investigación médica y el desarrollo, y sede de casi todas las principales compañías farmacéuticas del mundo, los estados integrantes del G20 están bien posicionados para hacer frente al fracaso del mercado que impide la investigación y desarrollo de la resistencia antimicrobiana.

9. Las naciones del G 20 son responsables de más de la mitad de la carga mundial de tuberculosis. Con la iniciativa de expandir la inversión para combatir la enfermedad, millones de vidas podrían ser salvadas con las herramientas existentes. Sin embargo, para eliminar la enfermedad y lograr los objetivos, nuevos medicamentos, diagnósticos y vacunas deben estar disponibles, por lo que la insuficiencia en el mercado que impide la investigación y el desarrollo debe ser superada.

10. En México, esta enfermedad ha ido en crecimiento, toda vez que el Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, señala que en el 2016 se calcula que 20,561 personas padecieron esta enfermedad, de las cuales las enfermedades asociadas a este mal fueron diabetes (20 por ciento), desnutrición (13 por ciento), VIH/SIDA (10 por ciento), y alcoholismo (6 por ciento), entre otras.

11. La tasa de mortalidad en nuestro país va en aumento al mismo tiempo que crece la enfermedad, de acuerdo con la información disponible en el componente de Tuberculosis del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, en nuestro país se registran cada año cerca de 15 mil casos nuevos de Tuberculosis pulmonar y cerca de dos mil defunciones por esta causa, lo que representa una importante pérdida de años potenciales de vida saludable y, por consiguiente, un obstáculo para el desarrollo socioeconómico de México, ya que el promedio de edad de muerte por este padecimiento es de 54 años.

12. El estado más afectado por esta enfermedad es Baja California, ya que, de los casos registrados a escala nacional, más de 2 mil se detectaron en ese estado lo que representa un 0 por ciento de estos enfermos.

13. En México, el estado se ha encargado de proteger el derecho a la salud de los ciudadanos, establecido en el artículo 4o. constitucional, sin embargo, estos esfuerzos no han sido suficientes para erradicar esta enfermedad y cumplir con el acuerdo establecido por la Organización Mundial de la Salud de erradicarla en el 2030.

14. La Ley General de Salud, establece en sus artículos artículo 134 y 144 que la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, realizarán actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de la tuberculosis entre muchas otras enfermedades transmisibles; así como, que las vacunaciones contra la tuberculosis, entre otras transmisibles, son obligatorias para las instituciones de salud en todo el país.

15. Aunado a lo anterior, la Secretaria de Salud, emitió la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SSA2-2013, Para la prevención y control de la tuberculosis. Donde se establecen y uniforman los criterios, procedimientos y lineamientos para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y atención integral de la tuberculosis, así como, las medidas de control necesarias en materia de salud pública, que deben realizarse en todos los establecimientos de prestación de servicios de atención médica de los sectores público, social y privado del Sistema Nacional de Salud.

16. A pesar de todos los esfuerzos y leyes que ha emitido el gobierno federal, estos no han sido suficientes para terminar con esta pandemia que crece cada día más y más, ya que muchas veces, aunque los números sean catastróficos, la enfermedad es ignorada por la población, por los gobiernos, por las instituciones internacionales.

17. Es por eso que acudo a esta tribuna, para solicitar al gobierno federal que como miembro activo del G20, realice todas las acciones necesarias que se encuentren dentro de sus facultades para incluir en la agenda de este grupo de países, el tratamiento oportuno, así como la investigación de nuevos medicamentos para erradicar a la tuberculosis no solo en nuestro país sino a nivel mundial.

18. Asimismo, para que se le dé la atención adecuada a esta enfermedad en las dependencias de salud de los gobiernos, otorgando una atención de calidad y suficiente para que los pacientes que la padezcan y de esta forma se pueda erradicar.

Por lo anterior, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al gobierno federal, para que en el ámbito de sus atribuciones reconozca en la Declaración de Jefes de Estado del G20 la carga mundial de la tuberculosis como la enfermedad infecciosa que más muertes causa, así como la principal amenaza de la resistencia antimicrobiana, el aumento al financiamiento en investigación y desarrollo de nuevas herramientas contra esta enfermedad.

Segundo. Se exhorta al gobierno federal para que impulse un mecanismo de apoyo ante el G20 que acelere el tratamiento de la tuberculosis, mediante una prueba molecular rápida de atención primaria y una vacuna accesible a toda la población.

Tercera. Se exhorta al gobierno mexicano para que dentro de sus facultades establezca ante el G20 iniciativas que tengan como finalidad el combate de la resistencia antimicrobiana, así como, para que se refuercen las acciones para enfrentar y erradicar la tuberculosis en el mundo.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo del 2017.

Diputado Elías Octavio Iñiguez Mejía (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos federal y del estado de México a abstenerse de intervenir en el proceso electoral de la entidad; y a las autoridades comiciales, a restablecer los principios de legalidad y equidad en él, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federal Omar Ortega Álvarez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

Las administraciones federal y estatal del estado de México, están llevando a cabo, diversas acciones de manera coordinada que van más allá de los límites legales, con el propósito de conservar a toda costa el gobierno del estado de México en las elecciones del próximo 4 de junio.

Desde el año pasado hemos venido denunciando la presencia de los secretarios y subsecretarios federales de varias dependencias que acompañan al gobernador o a miembros de su gabinete que más allá de presentar una acción de gobierno o inaugurar una obra pública o aplicar un programa social, están concertando una estrategia electoral bien defina para repartir dádivas y apoyos a gran escala entre la población, con el objetivo de ampliar y consolidar la clientela electoral del PRI, que le permita a su candidato a la gubernatura obtener un contundente triunfo el próximo 4 de junio.

Desde el año pasado hemos venido denunciando públicamente una serie de hechos altamente preocupantes que se han venido registrando en la entidad, por ejemplo:

El pasado 8 de octubre, con motivo de la “Feria Integral de Servicios en el Estado de México”, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, del Gobierno Federal en coordinación con el Gobierno mexiquense, entregó despensas y tarjetas electrónicas durante un evento masivo en el municipio de Huixquilucan, donde el acto fue encabezado por el jefe de la Oficina de la Presidencia, Francisco Guzmán, y el gobernador Eruviel Ávila. De acuerdo con el funcionario federal, las acciones que se emprendían estaban sujetas por instrucciones del Presidente Enrique Peña Nieto para atender como máxima prioridad las necesidades del estado de México.

Al respecto, Grupo Reforma detalló que en el evento, los asistentes recibieron despensas de Diconsa y tarjetas electrónicas –La Efectiva– con un saldo de 2 mil 750 pesos en cada una, a cambio de una copia de su credencial de elector. Los plásticos –emitidos por Banorte– se entregaron a 6 mil personas.

El 15 de octubre del año pasado se volvieron a repetir los hechos. Como lo realizado en Huixquilucan, los gobiernos federal y del estado de México, entregaron despensas y tarjetas electrónicas ahora en el Valle de Toluca, en el Municipio de Zinacantepec. Nuevamente, el jefe de la Oficina de la Presidencia, Francisco Guzmán, encabezó el acto público en el estadio de béisbol de la localidad, acompañado de funcionarios de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol).

Denunciamos la entrega de 12 millones de pesos en monederos electrónicos de Banorte, en la que se señala al Secretario de Salud del estado, César Nomar Gómez Borge y al Alcalde de Ecatepec, Indalesio Ríos Velázquez, en un acto celebrado el 14 de marzo del presente año en el Centro Cívico de Ecatepec, donde se dieron 6 mil tarjetas con dos mil pesos cada una, como parte del Programa “Mujeres que Logran en Grande”, que es coordinado a través de la Sedesol del estado, y cuyas reglas de operación prohíben que sean entregados en actos masivos ni por funcionarios ajenos a la dependencia. Aportamos como prueba un audio en el que se refiere claramente que el recurso fue enviado por el gobernador Eruviel Ávila.

Denunciamos la entrega de teléfonos celulares a 200 mil estudiantes y de 1 millón de tarjetas para estudios clínicos de los Laboratorios del Chopo, así como tinacos, becas estufas, cobertores, uniformes y créditos hipotecarios.

También denunciamos que en los municipios de Chicoloapan y Chalco se entregan laptops a estudiantes y piden copia de la credencial de elector de los padres de familia.

Estos hechos son violaciones claras al artículo 134 párrafos primero, sexto, séptimo y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y al artículo 465 fracción V del Código Electoral del Estado de México, por lo menos, y constituyen responsabilidades en contra del Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, del gobernador Eruviel Ávila Villegas, del Jefe de la Oficina de la Presidencia, Francisco Guzmán Ortiz, y del titular de la Sedesol, Enrique Miranda Nava, y la ex secretaria general del PRI diputada federal Carolina Monroy entre otros servidores públicos involucrados.

El reparto de despensas y tarjetas es inaceptable no sólo porque los gobiernos federal y estatal hagan caso omiso de la ley y se aprovechen de las necesidades que han creado en los ciudadanos con la poca o nula atención efectiva a las necesidades básicas de éstos, sino también porque es una clara compra de conciencias.

La ciudadanía mexiquense tiene derecho a un proceso electoral transparente y democrático, y a que sus necesidades básicas de salud, vivienda, alimentación y educación sean cubiertas por un Estado garante y efectivo, que no se beneficie cada sexenio de las condiciones vulnerables de su población, por ello, es cada vez más preocupante que estas conductas se sigan reproduciendo con toda impunidad por todo el estado.

Por lo antes expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al presidente de la República, Enrique Peña Nieto, para que se abstenga de intervenir en el proceso electoral en curso en el estado de México.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobierno del estado de México para que se abstenga de intervenir en dicho proceso electoral.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta al Instituto Nacional Electoral para que en el ámbito de sus atribuciones investigue y sancione el posible desvío de recursos públicos y el uso electoral de programas sociales federales y locales en el proceso electoral en el estado de México, en particular, el reparto de despensas y dinero a través de tarjetas electrónicas que el gobierno federal en conjunto con el gobierno del estado de México siguen llevando a cabo en los municipios del estado de México.

Cuarto. La Cámara de Diputados exhorta al Instituto Electoral del Estado de México a investigar el posible desvío de recursos públicos y el uso electoral de programas sociales locales en el proceso electoral en el estado de México y en particular, los hechos y conductas derivadas del reparto de despensas y dinero a través de tarjetas electrónicas que ha llevado a cabo el gobierno del estado de México durante las Ferias Integrales de Servicios en el Estado de México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputado Omar Ortega Álvarez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Administración y Finanzas de Yucatán a transparentar el ejercicio de los recursos implicados en la compra del inmueble para oficinas de diversas dependencias estatales, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El contexto económico en el que actualmente nos encontramos es sumamente complejo ya que ejerce presiones a la economía nacional tanto del exterior como del interior. Como parte de los efectos negativos del exterior podemos mencionar recurrentes periodos de volatilidad, cambios en las relaciones diplomáticas y comerciales, tipo de cambio al alza, precios bajos del petróleo y de otras materias primas, desaceleración de la economía China, por mencionar algunas. Por el lado de las presiones internas se puede hablar de incrementos en la inflación, pérdida de la confianza de los consumidores, bajo crecimiento económico, alza en los precios de los combustibles, una elevada percepción de inseguridad y poca credibilidad en el estado de Derecho.

Ante ésta situación el gobierno de la República, en los últimos dos años, se ha visto obligado a ejercer acciones para contrarrestar la pérdida de ingresos públicos a partir de la reducción de los precios internacionales del petróleo como la implementación de ajustes presupuestales a la baja. En el año 2016 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizó ajustes al Presupuesto de Egresos de la Federación por 169.4 millones de pesos y para 2017, se contemplan recortes por 239.7 millones de pesos, es decir, 70 mil millones de pesos más, equivalentes al 0.3 por ciento del producto interno bruto.

Estás y otras razones, han generado una efervescencia social pocas veces vista y gracias a ésta, los tres poderes de la federación se han visto en la necesidad de emprender ajustes, de tal suerte que el cumplimiento del deber con la ciudadanía sea menos costoso y menos fácil de evadir.

Así pues, cabe recordar que en la presente administración se aprobó un paquete de reformas estructurales, sin precedente, con el fin de generar las condiciones necesarias para que México pueda incrementar su productividad y estar en condiciones de competir con el resto del mundo, incluso, es claro que gracias a éstas México ha logrado “mantenerse a flote” en medio de un entorno tan cambiante como al que actualmente nos enfrentamos.

Entre las reformas anteriormente señaladas destacan la reforma hacendaria y la reforma anticorrupción, dado que en éstos momentos en los que el Estado ha enfrentado fuertes disminuciones en sus ingresos, se ha vuelto imperante eliminar prácticas rapaces y derrochadoras por parte de servidores públicos con el fin de que los recursos públicos sean ejercidos eficientemente y para los fines adecuados.

De tal suerte, los actos de corrupción, desvió de recursos, afectaciones a las finanzas públicas e incremento desmedido de la deuda por parte de autoridades de los tres niveles de gobierno; han quedado mayormente expuestos ante la opinión pública.

Tal es el caso, que en cualquier acto de corrupción o evidencia de la mala actuación de un servidor público debe ser denunciada y expuesta ante la sociedad y las autoridades encargadas de investigarla y, en su caso, sancionarla.

El estado de Yucatán se ha distinguido en los últimos años por ser una de las entidades más seguras del país, una de las más transparentes y menos irregulares en el ejercicio de los recursos públicos, sin embargo, no ha logrado escapar de la mala actuación de sus gobernantes.

El pasado nueve de marzo de 2015, el titular del ejecutivo estatal de Yucatán, Rolando Zapata Bello, nombró al M.V.Z. Alfredo Dájer Abimerhi al frente de la Secretaría de Administración y Finanzas del gobierno estatal, fecha a partir de la cual no sólo se ha observado malas prácticas, sino omisiones y casos de irregularidad en el ejercicio de los recursos públicos, que tanto daño le hacen a cualquier entidad.

El pasado 29 de agosto, en un periódico de circulación nacional se dio a conocer que el gobierno de la entidad ha gastado más de 200 millones de pesos en la compra de un edificio que lleva más de un año sin usarse, mismo que se tenía previsto para albergar las instalaciones de varias dependencias estatales como la Contraloría General del Estado, la Consejería Jurídica, la Secretaría Técnica del Gabinete, Planeación, Evaluación y la Coordinación General de Proyectos Estratégicos del Despacho del Gobernador. A pesar de que el inmueble fue adquirido el 14 de agosto de 2014, se continúan haciendo pagos mensuales por oficinas que no han sido ocupadas.

En cuanto al valor del inmueble se refiere, se presume que fue pactado en 144 millones de pesos ofreciéndose el gobierno estatal a cubrir mediante 48 mensualidades. Se sabe también, que por el terreno el Estado ya pagó 56 millones de pesos y hasta el pasado mes de agosto se habían pagado 39 millones de pesos adicionales.

La mudanza de las dependencias antes mencionadas, se tenía prevista para el mes de marzo de 2016, sin embargo, en palabras del Secretario Dájer, ésta no se ha llevado a cabo debido al retraso en las adecuaciones de voz y tecnologías de la información que requieren las áreas para su eficiente operación”.

Organizaciones de la sociedad civil se han dedicado a evidenciar que este suceso constituye un acto de negligencia por parte de la secretaría a cargo de Dájer Abimerhi, que al omitir dicho problema y continuar con los pagos periódicos de misma está desperdiciando los recursos del gobierno estatal.

Se habla incluso de actos de confabulación para favorecer a alguna persona física o moral con dinero público.

Sin embargo, el caso anteriormente expuesto no es el único en el que se ve involucrada la Secretaría de Administración y Finanzas Estatal ya que, en el transcurso del ejercicio anterior, se dio a conocer una serie de irregularidades relacionadas con la construcción del nuevo Centro de Convenciones de la entidad.

Sobre el particular se habla de la renta de un promedio de mil 106 metros cuadrados a un particular por la cantidad de 75 mil pesos mensuales a 30 años para su incorporación al terreno que habrá de ocupar el recinto antes señalado. Con dicha operación se presume que le serán transferidos al propietario 27 millones de pesos en rentas cuando el valor catastral del predio asciende a $6,371,359 y su valor comercial a $12,509,966, aproximadamente.

El contrato, firmado por el secretario de Administración y Finanzas del estado de Yucatán, se dice que es el primero en su tipo, dejando constancia de ello en la escritura pública número 63 firmada ante el notario Javier Acevedo Macari.

Por lo anteriormente expuesto, ponemos a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaria de Administración y Finanzas del Gobierno del estado de Yucatán a transparentar el ejercicio de los recursos públicos implicados en la compra del inmueble adquirido para oficinas de diversas dependencias del gobierno estatal, así como del predio ubicado entre la calle 62 y Plaza Colón en el que se prevé la construcción del nuevo Centro de Convenciones de Yucatán.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de marzo de 2017.

Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Arturo Álvarez Angli, Jorge Álvarez López, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, María Ávila Serna, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Lorena Corona Valdés, José Alberto Couttolenc Buentello, Sharon María Teresa Cuenca Ayala, Sasil Dora Luz de León Villard, Daniela de los Santos Torres, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, Sara Paola Galico Félix Díaz, José de Jesús Galindo Rosas, Jorgina Gaxiola Lezama, Sofía González Torres, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Jesús Gerardo Izquierdo Rojas, Lía Limón García, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Virgilio Mendoza Amezcua, Cándido Ochoa Rojas, Emilio Enrique Salazar Farías, José Refugio Sandoval Rodríguez, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro, Édgar Spinoso Carrera, Wendolín Toledo Aceves, Francisco Alberto Torres Rivas, Claudia Villanueva Huerta, Enrique Zamora Morlet.

Con punto de acuerdo, relativo a las fosas clandestinas encontradas en Alvarado, Veracruz, suscrita por los diputados Cuitláhuac García Jiménez y Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena

Cuitláhuac García Jiménez y Juan Romero Tenorio, en nuestra calidad de diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I, del numeral 1, del artículo 6, y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno, como de urgente u obvia resolución, la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Primera. El pasado 11 de marzo de 2017 fue encontrada una nueva fosa clandestina en el estado de Veracruz, esta vez en el municipio de Alvarado en la comunidad “El Arbolillo”, y hasta el momento se han encontrado ocho fosas con restos humanos en esa zona. Hasta el momento se han inhumado 47 cráneos y múltiples restos humanos,

El predio utilizado para ello se encuentra aledaño a la carretera federal 180 y en colindancias con la Laguna de Camaroneras según informo el Fiscal General del Estado, Jorge Winckler Ortíz.1

Este nuevo cementerio se encuentra a 70 kilómetros del reportado en agosto de 2016, en las Colinas de Santa Fe, en donde se encuentra una cavidad que familiares de desparecidos que integran el Colectivo Solecito, Veracruz, llaman la alberca, pues grupos criminales acumularon al menos 245 cuerpos, y más de 14 mil restos óseos en 70 por ciento de ese terreno.

Segunda. Según datos de la Fiscalía General del Estado, desde 2006 a la fecha se han documentado 5 mil desapariciones.

Mediante un comunicado la Fiscalía General del Estado señalo:

Comunicado con motivo del hallazgo de fosa clandestina ubicada en Arbolillo, Alvarado, Veracruz. 2

Derivado de los trabajos realizados hasta el día de hoy, por parte de la Fiscalía General del Estado, a través de su área de servicios periciales, en la localidad Arbolillo, ubicada en el municipio de Alvarado, Veracruz, se hace de su conocimiento que en este lugar se ubicó un punto en el cual se llevaron a cabo inhumaciones clandestinas.

Por ello, conforme lo marca nuestro nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales se solicitó y se obtuvo por parte de un juez de control competente, radicado en la ciudad de Veracruz, la autorización legal para proceder a la exhumación de dichos restos humanos y también la autorización del propietario de la parcela para poder llevar a cabo los trabajos periciales.

Dichos trabajos periciales arrojan —hasta el momento— los siguientes resultados:

Se trabajaron 8 fosas, las cuales se encuentran ubicadas aproximadamente a 10 kilómetros del centro de Alvarado, ello, en un perímetro de 120 metros cuadrados que es colindante a la Laguna de Alvarado, de dichas exhumaciones hasta el momento se han extraído 47 cráneos, más múltiples partes corporales .

A la fecha existen indicios sólidos que de estos restos exhumados se encuentran —entre otros—presumiblemente, los 3 integrantes de la familia Sánchez Pérez, originarios del estado de Querétaro, que fueron denunciados como desaparecidos a principios del mes de septiembre de año 2016, lo que derivó en el inicio de la Carpeta de Investigación número 96/2016, radicada en la Fiscalía de la ciudad de Alvarado.

Así también, presumiblemente hay evidencia de que se encontraron los restos del joven Baruch Grajeda García, el cual fue denunciado como desaparecido en el mes de julio del año 2016, en la ciudad de Veracruz ,que derivó en la carpeta de investigación 872/2016 radicada en la ciudad de Veracruz.

De la misma manera, existen indicios que permiten hacer presumible que dentro de los restos exhumados se encuentran los del joven Isaías Jácome Hernández, el cual fue denunciado como desaparecido el día 6 de Septiembre del año 2016, lo que dio inicio a la carpeta de investigación 1582/2016 radicada en la Fiscalía de la ciudad de Veracruz.

En este momento el área de laboratorios de la Dirección de los Servicios Periciales de la Fiscalía General del Estado de Veracruz, se encuentra realizando los trabajos de rehidratación de huellas dactilares, moldeo de arcadas dentarias, el levantamiento de placas fotográficas de todas aquellas características específicas que presenten los restos ya exhumados, como son lunares, cicatrices, tatuajes, señas particulares. Además, se tomarán muestras de ADN de estos restos óseos para estar en la posibilidad de realizar una identificación cien por ciento fiable.

En cumplimiento a los compromisos adquiridos por esta Fiscalía General del Estado con todos y cada uno de los familiares de las personas desaparecidas en el Estado de Veracruz y de toda la República, les hago de su conocimiento que una vez que concluyan los trabajos ya descritos, se pondrán a disposición de estos y de cualquier otra persona, en todas las oficinas de la Fiscalía General del Estado y en las bases de datos y páginas oficiales de nuestra institución las fichas identificativas de los restos que hasta este momento se han localizado en la localidad El Arbolillo, municipio de Alvarado, Veracruz.

Señalamos que la Fiscalía General del Estado reitera su compromiso de continuar trabajando hasta esclarecer estos hechos y que los mismos no quedarán impunes.

Nos hemos puesto en contacto con la Fiscalía General del Estado de Estado de Querétaro, para hacer de su conocimiento del presumible hallazgo de los restos de la familia Sánchez Pérez, que son originarios de ese estado de la República, para que sus familiares procedan a comparecer ante nosotros y llevar a cabo, de ser posible, la identificación de sus restos y para que aporten sus muestras de ADN, a efecto de hacer una confrontación.”

Cabe señalar que el hallazgo en Alvarado se da días después de que el fiscal del estado Jorge Winckler reconociera que “hubo complicidad delas autoridades en la inhumación de personas en las fosas de Colinas de Santa Fe” , dónde se han encontrado los restos de al menos 245 personas.

“Es imposible que nadie se haya dado cuenta de lo sucedió aquí, y que ingresaban y salían vehículos. Si eso no fue con la complicidad de la autoridad, no entiendo de qué otra manera (fue)”.3

En ese terreno se han descubierto hasta ahora 125 fosas : de ese total, aún restan por inspeccionar dos de ellas por los peritos forenses y los miembros de la sociedad civil organizados en el Colectivo Solecito. Hasta el momento solo dos cadáveres de los encontrados en Colinas de Santa fe han sido identificados : el de un investigador de la fiscalía de Veracruz y su secretario, quienes portaban identificaciones oficiales.

Es necesario señalar que el hallazgo de este enorme cementerio clandestino fue realizado por los integrantes del “Colectivo Solecito” quienes iniciaron labores de búsqueda y de localización el pasado 3 de agosto de 2016 , y que a partir del día 8 del mismo mes empezaron a encontrar fosas clandestinas en el predio Colinas de Santa Fe, en el Puerto de Veracruz, encontrando en los días ya mencionados 28 fosas clandestinas, en un radio de dos hectáreas de quince hectáreas aproximadamente por analizar, que en lo sucesivo de la búsqueda de cuerpos fue aumentando el número de fosas a 38 fosas conforme iban avanzando en la búsqueda por parte de los ciudadanos que integran dicha agrupación.

Por su parte otros integrantes del colectivo “solecito veracruzano” han manifestado que la zona donde se localizaron las fosas clandestinas se encuentran ubicadas en la zona norte del Municipio de Veracruz, que limita con una área que se encuentra en constante vigilancia como lo es la zona portuaria, donde les parece extraño que de tratarse de una zona urbana donde se supone hay vigilancia, las autoridades no pudieron percatarse de lo que estaba sucedieron en el lugar, a menos refieren, que la autoridad estuviera al tanto de lo que realmente pasaba ahí.

Con relación a lo anterior es de preguntarse, cómo es que realmente sucedieron estos hechos sin que ninguna autoridad estatal o municipal se diera cuenta, con testimonio de los propios integrantes del colectivo, mencionan que para realizar todas esas fosas clandestinas, y por la magnitud del terreno, que mide aproximadamente 15 hectáreas de longitud, los que se encargaron de realizar todas esas fosas clandestinas tuvieron que haber utilizado algún tipo de maquinaria para hacer las excavaciones, como un trascabo, y por otro lado tuvieron que movilizarse muchas personas en vehículos particulares o de algún tipo para trasladar los cuerpos que se encuentran en donde ellos han denominado un cementerio, debido a lo que han presenciado y visto.

Por los hechos mencionados, la Fiscalía General del Estado de Veracruz, informó en un comunicado en este mes de Septiembre de 2016 sobre el hallazgo de “75 puntos” en el predio Colinas de Santa Fe, donde se encuentran fosas clandestinas, informando a su vez que hasta el momento se habían procesado 8 de las fosas halladas por el colectivo “Solecito Veracruzano”, por parte la división Científica de la Policía Federal, dentro de las cuales se habían localizado un total de 28 cadáveres de personas, mismos que presentabas signos de tortura.i

No es de imaginarse si en 8 de las fosas se han encontrado ese número de cuerpos, entonces que nos espera al realizar la búsqueda en los 80 puntos de fosas clandestinas, no cabe duda que los hechos que están aconteciendo en nuestro estado son inconcebibles, y por otra parte seguimos preguntándonos los ciudadanos que vivimos en este bello Estado, hasta cuando las autoridades locales y estatales van a permitir que sigan sucediendo este tipo de crímenes.

Tercera. De acuerdo a respuesta de fecha 8 de abril de 2016 a una solicitud de información pública de numero 0413100024316 la Policía Federal, señalo que entre 2012 y 2016 únicamente se habían registrado el hallazgo de 51 restos humanos, en seis fosas clandestinas que se encontraran en territorio veracruzano, sin que a la fecha se haya podido identificar alguno de los cuerpos o restos humanos encontrados y reportados a esta dependencia Federal de seguridad.4

De dicho informe se desprende que el hallazgo de las fosas fue realizado mediante operativos conjuntos entre autoridades federales y estatales. Hecho que contrasta enormemente con el número de fosas clandestinas ubicadas por la sociedad civil y la cantidad de restos encontrados.

Resulta paradójico sea la sociedad civil organizada, en este caso a través del “Colectivo Solecito”, que acuerpa a un grupo de madres de desaparecidos, lo que han realizado las búsquedas y no sean las instituciones quienes, en cumplimiento a su mandato constitucional y legal, investiguen el paradero de la personas desparecidas forzosamente.

El “Colectivo Solecito” ha contribuido a rastrear alrededor dos cementerios clandestinos de amplias proporciones, con 125 fosas clandestinas, en Lomas de Santa Fe, y 8 fosas más en el municipio de Alvarado, en la comunidad de “El Arbolito” con 43 cráneos, mientras la Policía Federal, en coordinación con la estatal, solo hayan indagado la existencia de 6 fosas con un total de 51 cuerpos o restos de cuerpos en el transcurso de 4 años.

Esto hechos abren serias dudas sobre la voluntad y capacidad de las autoridades del Estado de Veracruz para resolver el problema de las desapariciones forzadas en la entidad.

Tercero. En este orden de ideas, la Procuraduría General de la República pasa hacer la única instancia adecuada para garantizar que las investigaciones de los hechos sucedidos en el estado de Veracruz sean esclarecidos, el año pasado esta Procuraduría creó una Fiscalía Especializada de búsqueda de personas desaparecidas, a través del Acuerdo A/094/15, publicado en el diario oficial de la federación el día 09 de Octubre de 2015.5

La Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República señala:

“Artículo 14. El reglamento de esta ley establecerá las unidades y órganos técnicos y administrativos, centrales y desconcentrados, de la Procuraduría General de la República, así como sus atribuciones.

El procurador general de la República, de conformidad con las disposiciones presupuestales, podrá crear unidades administrativas especializadas distintas a las previstas en el reglamento de esta ley, para la investigación y persecución de géneros de delitos y para el ejercicio de la función ministerial, policial y pericial, atendiendo a las necesidades del servicio, así como fiscalías especiales para el conocimiento, atención y persecución de delitos específicos que por su trascendencia, interés y características así lo ameriten”.

Por su parte el reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República establece que:

“Artículo 13. Son facultades genéricas de los titulares de las unidades especializadas previstas en el artículo 3 de este Reglamento y las fiscalías, así como de las creadas por acuerdo del procurador, en términos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley Orgánica, adicionalmente a las contempladas en el artículo anterior, las siguientes:

I. a V. ...

VI. Ejercer la facultad de atracción para la investigación y persecución de delitos del fuero común que tengan conexidad con delitos federales materia de su competencia ;

...”

Las víctimas y los familiares que han desempeñado esta tarea de búsqueda y localización, tienen derecho a que se les haga justicia, a conocer la verdad de los hechos y a que se esclarezcan.

Por lo expuesto sometemos a consideración de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión como de urgente u obvia resolución el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Procuraduría General de la República para que en uso de sus atribuciones y en el ámbito de sus competencias, atraiga las indagatorias de las fosas clandestinas que hasta la fecha se han encontrado en la comunidad del Arbolito, en el municipio de Alvarado, Veracruz, a fin de garantizar que las investigaciones se realicen de manera inmediata, eficiente, exhaustiva, profesional e imparcial, libre de estereotipos y discriminación política o ideológica, orientada a explorar todas las líneas de investigación posibles que permitan allegarse de datos para el esclarecimiento del hecho que la ley señala como delito, así como la identificación de quien lo cometió o participó en su comisión.

Notas

1 Revelan hallazgo de fosa clandestina en Alvarado, Veracruz. La Jornada, Sábado 18 de marzo 2017.

https://www.google.com.mx/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=
web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwi8sLOGgunSAhXF5lQKHWPkAosQFggaMAA
&url=http%3A%2F%2Fwww.jornada.unam.mx%2F2017%2F03%2F18%2Festados%2F024n1est
&usg=AFQjCNFaZXftBNdgGUpPm4SPlQ9LlOQtxg&bvm=bv.150120842,d.amc

2 Comunicado con motivo del hallazgo de fosa clandestina ubicada en Arbolillo, Alvarado, Ver https://www.facebook.com/fgeveracruz/posts/1860739894190181

3 Complicidad oficial en las fosas, dice fiscal de Veracruz. La Jornada, 16 de marzo 2017

4 Policía Federal Fosas Veracruz https://es.scribd.com/document/323151561/Policia-Federal-Fosas-Veracruz #from_embed

5 Acuerdo A/094/15, publicado en el diario oficial de la federación el día 09 de octubre de 2015.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputados: Cuitláhuac García Jiménez, Juan Romero Tenorio (rúbrica).

Con punto de acuerdo, relativo a la formación de los programas de atención de la población en condiciones de emergencia de las 32 entidades federativas y sus respectivos municipios, y alcaldías en el caso de la Ciudad de México, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, María Elena Orantes López, integrante de la LXIII Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, y 79, párrafos primero, fracción II, y segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, para que en coordinación con el Sistema Nacional de Protección Civil y los sistemas estatales y municipales para el desarrollo integral de la familia y con fundamento en sus atribuciones y funciones, se promueva la conformación de los programas de Atención a la Población en Condiciones de Emergencia (APCE), de las 31 entidades federativas, Ciudad de México y sus respectivos municipios y delegaciones (alcaldías bajo la nueva constitución local).

Consideraciones

En este 2016 se conmemoraron 30 años de la creación del Sistema Nacional de Protección Civil, el cual ha fundamentado su trabajo en la suma de acciones de instancia de los tres órdenes de gobierno y una amplia participación ciudadana, dicha fórmula ha permitido mejorar y eficientar la atención a la población que se ve afectada por un fenómeno perturbador, sin embargo una de las áreas de oportunidad esta mejorar y multiplicar las experiencias exitosas que en temas de asistencia humanitaria se han dado en el país.

La Ley de Asistencia Social, en el artículo 4, fracción XI, señala que tienen derecho a la asistencia social las personas afectadas por desastres; así mismo en el artículo 7 puntualiza que la asistencia social se brindara con base en las normas oficiales mexicanas expedidas por el Sistemas Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, esta misma ley en su artículo 9 señala como coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, por su parte el estatuto orgánico del Sisma Nacional para el Desarrollo Nacional de la Familia en su artículo 7, fracción XV, señala que corresponde al jefe de la unidad de atención a población vulnerable coadyuvar en los programas y acciones de ayuda a personas en condiciones de emergencia, afectadas por desastres; y en su artículo 27, fracción XI, menciona que corresponde a la Dirección General de alimentación y desarrollo comunitario impulsar la asistencia social en acciones de organización prevención atención y ayuda a personas en condiciones de emergencia derivada de casos de desastres.

Queda de manifiesto que la atención integral a la población afectada por un destre solo será eficiente mediante el trabajo coordinado de dependencias e instancias de los tres órdenes de gobierno, situación que vincula dichas acciones al marco del trabajo del Sistema Nacional de Protección Civil y que queda fundamentado en los artículos 21 y 75 de la Ley General de Protección Civil.

Es importante señalar que dentro de los protocolos internacionales para la atención a emergencias se establecen funciones específicas de acuerdo a las atribuciones de cada institución integrante del Sistema de Protección Civil.

En este sentido y con la fundamentación antes descrita corresponde a los Sistemas Estatales y Municipales para Desarrollo Integral de la Familia, coordinar y ejecutar junto con el Sistema de Protección Civil acciones de respuesta inmediata en una emergencia, en especial la operación de refugios temporales, centros de acopio y distribución de apoyos, a través del programa de Atención a la Población en Condiciones de Emergencia (APCE).

Muestra de ello es el estado de Jalisco que cuenta con 125 municipios con el programa APCE y capacita año con año a sus delegados regionales y coordinadores, lo cual ha permitido atender y resguardad de manera segura a la población que es golpeada por algún fenómeno perturbador, así como administrar los refugios temporales y los recursos de asistencia humanitaria con igualdad de género y políticas publicas incluyentes

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, para que en coordinación con el Sistema Nacional de Protección Civil y los sistemas estatales y municipales para el desarrollo integral de la familia y con fundamento en sus atribuciones y funciones, se promueva la conformación de los programas de Atención a la Población en Condiciones de Emergencia (APCE), de las 31 entidades federativas, Ciudad de México y sus respectivos municipios y delegaciones (alcaldías bajo la nueva constitución local). Asimismo, a procurar que dentro que los programas de atención a la población en condiciones de emergencia (APCE) se incluyan políticas publicas incluyentes en las cuales se consideren a personas con discapacidad, grupos vulnerables, la protección animal en caso de desastres y la igualdad de género. De igual manera se les exhorta a buscar que en apego a las recomendaciones emitidas por la Organización de las Naciones Unidas, evitar el uso de centros educativos como albergues o refugios temporales, todo esto para no interrumpir los procesos de educativos en periodo de contingencias.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputada María Elena Orantes López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la SEP y las autoridades educativas federales a establecer de manera coordinada medidas orientadas a fortalecer la capacitación de docentes para que se reincorporen a la sociedad mexicana los niños y los adolescentes que sean deportados, a cargo del diputado Jesús Rafael Méndez Salas, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Quien suscribe, Jesús Rafael Méndez Salas, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, 62, numeral 2, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permite presentar ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo; al tenor de las siguientes

Consideraciones

La población de mexicanos que vive en Estados Unidos de América es de aproximadamente de 34 millones de personas, compuesto entre los que llegan como inmigrantes, los que ya residen en la Unión Americana y los que han nacido en ese país.i Lo anterior representa un reto muy importante ante las medidas anunciadas por el Presidente Donald Trump, enfocadas a iniciar una intensa campaña de deportación de mexicanos.

Es importante destacar que existen millones de mexicanos que han nacido en los Estados Unidos, y que por ley, todo hijo nacido de padres mexicanos en el extranjero tiene la nacionalidad mexicana; por lo cual, gozan de todos los derechos humanos consagrados constitucionalmente.

Muchos de los connacionales que nacen y residen en la Unión Americana, además de encontrarse desprotegidos en sus derechos humanos, se han desarrollado en un ambiente cultural totalmente anglosajón e, incluso, siendo hijos de mexicanos, crecen en un entorno donde el idioma inglés es predominante. En Nueva Alianza nos ocupa esta condición, toda vez que representará un problema que merece atención en caso de ser deportados al país y se asienten en sus entidades federativas correspondientes.

Más aún, el problema se ha ido agravando con el paso de los años, toda vez que según el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la migración en los últimos años presenta un fenómeno en el cual las y los niños viajan solos hacia los Estados Unidos de Norteamérica y ello ha generado un crecimiento en el número de niños repatriados. Tan solo en el 2015 hubo más de 11 mil eventos de repatriación de niñas, niños y adolescentes migrantes mexicanos desde la Unión Americana; de los cuales, el 84 por ciento (es decir 9 mil 841 infantes) viajaban sin la compañía de un adulto.ii

En el año 2016 las cifras aumentaron, según el Instituto Nacional de Migración (INM), los eventos de repatriación de menores mexicanos crecieron con relación a 2015, llegando a 13 mil 746, de los cuales 11 mil 106 están en un rango de los 12 a los 17 años, mientras que los menores de 11 años fueron de alrededor de 2 mil 640 niñas y niños.iii Cabe mencionar que el porcentaje de menores que viajan solos disminuyó a 70 por ciento con respecto a las cifras de 2015.

En ese tenor, la Secretaría de Educación Pública señala en su portal de Internet que las niñas, niños y adolescentes tienen garantizado el ingreso a la educación Básica, así como a la revalidación de sus estudios en el grado homologoiv entre México y Estados Unidos de Norteamérica (o cualquier otro país del extranjero).v

Uno de los mecanismos que se ha utilizado para que los alumnos que cursan algún grado académico en el vecino país del norte, y por algún motivo tienen que regresar a nuestro país, puedan continuar con sus estudios, es el que ofrece el Programa Binacional de Educación Migrante (Probem),vi mismo que pretende atender las necesidades de las niñas, niños y jóvenes migrantes, para lo cual ofrece los siguientes servicios:

• Accesos a las escuelas: consiste en facilitar la inscripción de los alumnos de educación Básica (Primaria y Secundaria), mediante un instrumento denominado Documento de Transferencia . Con este instrumento, similar a una boleta de calificaciones, se registra el desarrollo académico de los alumnos, a fin de que se les incorpore en el grado escolar que les corresponda y se logre una continuidad de estudios.

• Intercambio de maestros: durante el verano, maestros mexicanos viajan a diferentes ciudades de la Unión Americana, de 3 a 8 semanas, a fin de trabajar con niños mexicanos o de origen mexicano, reforzando su identidad nacional, regularizando ciertas deficiencias educativas, fortaleciendo el uso del idioma español y elevando su autoestima.vii

• Apoyos Educativos y Culturales: Pretende desarrollar herramientas técnico-pedagógicas adecuadas a las necesidades educativas de la población migrante y dirigidas específicamente a estos niños y jóvenes.viii

• Información y Difusión: Su propósito es dar a conocer los beneficios del Probem y consolidar sus acciones entre padres de familia, alumnos, docentes y administradores escolares.

Sin embargo, lo que no está considerado de manera contundente por parte de la Secretaría de Educación Pública son los servicios especializados para atender a las niñas, niños y adolescentes con necesidades especiales que requieren regresar a nuestro país, más aún, si éstos nacieron allá y se han educado y crecido con base en una cultura totalmente diferente a la mexicana.

Por otra parte, actualmente en la estructura programático presupuestal, la Secretaria de Educación Pública cuenta con el Programa Nacional de Inglés (Proni), cuyo objetivo consiste en “fortalecer los procesos de enseñanza y aprendizaje del inglés como una segunda lengua en las escuelas públicas de educación básica. Para ello, el Proni apoya a las Autoridades Educativas Locales (AEL) con la producción y distribución de materiales educativos; el fortalecimiento académico y certificación académica internacional de los docentes y asesores, así como de sus competencias didácticas; promueve procesos de certificación internacional del alumnado, en condiciones de igualdad para alumnas y alumnos y apoya a las AEL para la implementación de la enseñanza del inglés en las escuelas públicas de educación básica de 3° de Preescolar a 6° de Primaria”.ix

Al respeto, se comenta que el Proni no tiene una focalización clara en la selección de escuelas, así lo señala la evaluación realizada por el Colegio de México;x además, recomienda generar mecanismos de coordinación de información para saber a quiénes llegan los apoyos y cuáles son los criterios aplicados por las Autoridades Educativas Locales (AEL) y, en específico, sobre el padrón de beneficiarios y mecanismos, la institución evaluadora recomienda al Proni que debe:

1) Complementar el padrón de escuelas con tipos y montos de apoyos.

2) Desarrollar mecanismos de vigilancia del flujo de los recursos financieros, y

3) Sistematizar el proceso de entrega de recursos de las AEL a las escuelas.

Observamos que no solamente se trata de contar con maestros que puedan hablar el idioma inglés y que cuenten con certificación para ello, o que puedan focalizar de mejor manera sus esfuerzos y recursos; también es importante que los docentes tengan habilidades biculturales para hacer frente a las necesidades particulares de los educandos migrantes repatriados de los Estados Unidos de Norteamérica.

Actualmente, a nivel federal, la Secretaría de Educación Pública no cuenta con un programa o una estrategia en específico destinada a la formación, capacitación y focalización a docentes frente a grupo, orientada a que puedan atender a las niñas, niños y adolescentes que eventualmente sean deportados a nuestro país.

La capacitación docente es uno de los pilares más importantes en el proceso de enseñanza aprendizaje. Actualmente, la oferta formativa en cursos, diplomados, talleres, entre otros, versa sobre las materias de español, matemáticas, ciencias, etcétera, por lo que se observa que falta una capacitación en específico que atienda esta problemática de las niñas, niños y adolescentes que serán eventualmente deportados de la Unión Americana a nuestro país.

En el documento Perfiles, Parámetros e Indicadores para Docentes xi no se alcanzan a distinguir las acciones en concreto encaminadas a fortalecer las habilidades de los docentes y que tengan como finalidad, atender a la comunidad migrante o repatriada de los Estados Unidos de Norteamérica, sobre todo en lo que se refiere a temas culturales, con motivo de su estancia en ese país.

Por ello, como Grupo Parlamentario, en Nueva Alianza consideramos necesario que la Secretaria de Educación Pública federal, en coordinación con las Autoridades Educativas locales, implementen estrategias focalizadas para atender a los niños migrantes repatriados; en ese tenor, dichas estrategia debe contener como mínimo:

• Capacitar a los docentes para que tengan las habilidades y destrezas requeridas para atender las necesidades interculturales de las niñas, niños y adolescentes mexicanos que sean deportados de los Estados Unidos de Norteamérica.

• Reforzar la capacitación a los docentes en el idioma inglés, con mayor énfasis en el tema de migración y de la cultura mexicana-americana.

• Que elabore propuestas pedagógicas acordes a las niñas, niños y jóvenes migrantes y repatriados.

En Nueva Alianza nos interesa que los docentes cuenten con los recursos que les permitan hacer frente a los nuevos retos que hoy se presentan en materia educativa. Nuestro compromiso es con la sociedad, con los docentes y con las niños, niños y adolescentes que sean eventualmente deportado a nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto respetuosamente a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único: El pleno de la Cámara de Diputados del honorable congreso de la unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Educación Pública federal y a los titulares de las autoridades educativas de las entidades federativas para que establezcan de manera coordinada las medidas necesarias orientadas a fortalecer la capacitación a docentes, a fin de que desarrollen mayores habilidades, destrezas y conocimiento intercultural y bilingüe, así como los materiales didácticos educativos y pedagógicos de apoyo para atender a las niñas, niños y adolescentes que sean eventualmente deportados y que cursen educación básica, con el objeto de que se reincorporen plenamente a la sociedad mexicana.

Notas

i Visto en http://www.elfinanciero.com.mx/opinion/el-empoderamiento-de-los-mexican os-en-estados-unidos-y-ahora-en-mexico.html Febrero 2017

ii Visto en https://www.unicef.org/mexico/spanish/17043.html Febrero 2017

iii Visto en
http://www.gobernacion.gob.mx/en_mx/SEGOB/V_Repatriacion_de_mexicanos_de_EUA Febrero 2017

iv Visto en http://www.ree.sep.gob.mx/work/models/sincree/Resource/archivo_pdf/tabl as_de_correspondencias.pdf Marzo 2017

v Visto en
http://www.ree.sep.gob.mx/es/sincree/EDUCACIO_BASICA Marzo 2017.

vi Visto en http://www.mexterior.sep.gob.mx/2_prob_ini.html Marzo 2017

vii Apoya a niñas, niños y adolescentes que viven en EEUU, la problemática a la que hoy nos enfrentamos tiene que ver con los estudiantes de educación pública que eventualmente sean repatriados a nuestro país.

viii Este eje no señala que tipo de herramientas se están implementado para atender las necesidades de la población en edad de cursar educación básica en cualquiera de sus niveles educativos, más aún en su condición de migrantes.

ix Visto en http://www.gob.mx/sep/documentos/s270-programa-nacional-de-ingles Marzo 2017

x Ídem.

xi Visto en http://servicioprofesionaldocente.sep.gob.mx/certificacionevaluadores/c ontent/permanenciaBasica/docs/2015/permanencia/parametros_indicadores/P PI_DESEMPENO%20DOCENTE_TECDOCENTES.pdf Marzo 2017

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los 28 días del mes de marzo de 2017.

Diputado Jesús Rafael Méndez Salas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a las entidades federativas que todavía no adecuan sus leyes de protección civil conforme a las directrices y los principios de la ley general del ramo a hacerlo cuanto antes, a cargo de la diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, Noemí Zoila Guzmán Lagunes, diputada federal de la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo mediante el cual la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a todas aquellas entidades federativas que todavía no adecuan sus Leyes de Protección Civil, conforme a las directrices y principios de la ley general del ramo, a que lo hagan cuanto antes, con la máxima prioridad, de urgente y obvia resolución, a partir de los siguientes

Considerandos

El 6 de junio de 2012 fue publicada la Ley General de Protección Civil. A partir de entonces se establecieron nuevas bases de coordinación en la materia entre los tres órdenes de gobierno, con una nueva visión y un objetivo primordial: transitar de una política reactiva ante las emergencias, a una de prevención y gestión del riesgo, como la vía más eficaz, económica y rápida para reducir el riesgo de desastres presentes y futuros y, con ello, salvaguardar de mejor manera la vida y el patrimonio de la población, así como la infraestructura y el medio ambiente.

La protección civil, como política pública, es responsabilidad del Estado, mediante una estrecha coordinación de los tres órdenes de gobierno. Ello requiere de objetivos, estrategias, programas y un marco jurídico común.

Con ese fin, la Ley definió responsabilidades y tareas concurrentes a nivel federal, estatal y municipal; y, en su artículo transitorio Octavo, estableció que las autoridades locales debían realizar adecuaciones en sus respectivos marcos normativos. Para ello, fijó un plazo no mayor a 365 días a partir de su publicación, ajustándose en todo momento a sus principios y directrices.

No obstante, a más de cuatro años de su promulgación, resulta que, de acuerdo con información de la Coordinación Nacional de Protección Civil, solo 18 estados han atendido esa disposición y homologado su respectiva ley.

Es claro que este desfase entre la norma federal y la de los Estados que no han ajustado la orientación, prioridades y directrices de sus políticas de protección civil, no sólo dificulta consolidar al Sistema Nacional de Protección Civil, como un cuerpo articulado de instituciones, programas y recursos; sino que entorpece el cambio hacia las políticas preventivas y eleva los costos de la protección misma que debe brindarse a la población.

Las leyes y prácticas de protección civil, anteriores a la Ley general vigente, estaban diseñadas únicamente para atender las emergencias y brindar auxilio a población damnificada; y nada tenían previsto, para superar las vulnerabilidades, que son las causas de fondo de los desastres.

Por ello, en momentos como los actuales, de gran limitación de recursos, la mayor prioridad es evitar caer en la tentación de privilegiar nuevamente las políticas reactivas, que solo operan bajo escenarios de emergencia o cuando los desastres ya ocurrieron; y acrecentar el esfuerzo, que tanto requiere el país, en la construcción de genuinas políticas preventivas y de gestión del riesgo.

Si pensamos que México será anfitrión de la Plataforma Global para la Reducción de Riesgos, el próximo mayo en Cancún, es claro que la homologación de la ley general y de todas las leyes estatales, es una meta mínima que debemos tener superada para ese entonces.

Por ello, me permito someter a la consideración de esta asamblea, la siguiente propuesta con Punto de Acuerdo, de urgente y obvia resolución:

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a todas aquellas entidades federativas que todavía no adecuan sus leyes de protección civil, conforme a las directrices y principios de la Ley General del Ramo, a que lo hagan cuanto antes, con la máxima prioridad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunes (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a suscribir por la SRE la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, a cargo del diputado Luis Fernando Mesta Soulé, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Luis Fernando Mesta Soulé, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los dispuesto en los artículos 3, numeral 1, fracción XX; 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y numeral 2, fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás aplicables, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con puntos de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

I. México, cuenta entre sus ordenamientos normativos con la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, la cual tiene por objeto en términos de su artículo 5 garantizar a las personas adultas mayores los derechos: integridad, dignidad y preferencia; de certeza jurídica; de salud, la alimentación y la familia; de la denuncia popular; del acceso a los Servicios.

II. Asimismo contamos con el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, el cual está incorporado a la Secretaría de Desarrollo Social como organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios; así como con autonomía técnica y de gestión con el objeto de dirigir las políticas públicas para la atención específica de la población dé 60 años y más.

Sin embargo, nuestro país aún enfrenta retos de importante consideración para garantizar plenamente los derechos de las personas adultos mayores, quienes en muchas ocasiones, son víctimas de vulneraciones al desarrollo de su dignidad inherente, en detrimento de los valores que promueve el espíritu constitucional de la normal para una sociedad armónica e incluyente; por lo que resulta indispensable fortalecer las disposiciones normativas en la materia, con el fin de asegurar la vigencia plena de los derechos humanos, como elementos sine qua non para el auténtico desarrollo nacional.

III. La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, adoptada en la ciudad de Washington, DC, el pasado 6 de junio de 2015, cuya entrada en vigor data del 11 de enero del año en curso que tiene como ámbito de aplicación y objeto de acuerdo con su artículo 1 “Promover, proteger y asegurar el reconocimiento y pleno goce y ejercicio de derechos en condiciones de igualdad, así como todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas mayores, para contribuir a su plena inclusión, integración y participación social”.

IV. De manera que dicha Convención es el reconocimiento expreso de que todos los derechos humanos y libertades fundamentales existentes se aplican a las personas mayores, por lo que éstos deben gozar plenamente de ellos en condiciones de igualdad ante la sociedad.

V. De tal suerte se pone de manifiesto la importancia de suscribir dicho instrumento internacional, con el objeto de promover y garantizar la plena inclusión social de los adultos mayores a la luz de la salvaguarda de sus derechos humanos en términos de lo que establece nuestro propio ordenamiento constitucional y demás disposiciones normativas en la materia.

VI. No obstante dicha Convención además de involucrar de manera directa a México a un nuevo régimen internacional en materia de protección de derechos de las personas adultas mayores, reforzará los objetivos establecidos en la propia Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en términos de procurar una mejor calidad de vida y seguridad jurídica a este sector vulnerable de la sociedad.

VII. En la actualidad la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores contempla como adulto mayor aquellas que cuenten con sesenta años o más. Y de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, esta población supera actualmente los 10.9 millones de habitantes, lo que representa más del 9.3 por ciento de la población total.

VIII. En México, como sucede en otro países latinoamericanos, el proceso de envejecimiento de la población está ocurriendo a un ritmo acelerado en comparación con los llamados países desarrollados y en contextos socioeconómicos frágiles, con altos niveles de pobreza y crecientes desigualdades sociales y económicas.

Aunado a ello, una de las particularidades de la vejez en nuestro país es que está formada mayoritariamente por mujeres, quienes integran 60 por ciento de la población adulta mayor y además enfrentan una mayor vulnerabilidad.

IX. Derivado de estas circunstancias, tanto a nivel nacional como internacional, se han llevado a cabo grandes esfuerzos a fin de que sean plenamente reconocidos lo derechos de este sector vulnerable de la población.

X. Por último, considero que es muy importante que México subscriba dicha Convención con el objeto de fortalecer los mecanismos e instituciones con los que cuenta el Estado mexicano para dar atención puntal a las dificultades que enfrentan los adultos mayores, que ven mermada muchas veces su dignidad inherente a consecuencias de la discriminación.

En este contexto, se exhorta al Poder Ejecutivo Federal para que, en estricto apego a sus facultades constitucionales y en su calidad de representante internacional del Estado mexicano, analice la pertinencia de conformidad con lo establecido en la Convención de Viena sobre el Derechos de los Tratados, a efecto de adherir a nuestro país a la Convención lnteramericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal para que a través de la Secretaria de Relaciones Exteriores suscriba la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

Segundo. Se solicita al titular del Ejecutivo federal que informe a la opinión pública el avance en el proceso de consultas que viene realizando con las dependencias de involucradas, en el que desglose quiénes han contestado, cuál es el sentido de su opinión y las razones de las mismas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputado Luis Fernando Mesta Soulé (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos de esta soberanía a promover que las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social dictaminen con la mayor brevedad la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes del IMSS y del ISSSTE, recibida el 3 de septiembre de 2015, a cargo del diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Mario Ariel Juárez Rodríguez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El 10 de septiembre de 2013, la senadora Angélica de la Peña Gómez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

El 12 de noviembre de 2013, el senador Fernando Enrique Mayans Canabal, a nombre de senadoras y senadores integrantes de diversos grupos parlamentarios, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

La iniciativa de la senadora de la Peña, argumenta que en diciembre de dos mil nueve la Asamblea Legislativa aprobó reformas al Código Civil del Distrito Federal relativas al matrimonio entre personas del mismo sexo y adopción de menores. El entonces Gobierno Federal interpuso la Acción de Inconstitucionalidad 2/2010, la cual fue resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinando la constitucionalidad de las reformas al Código Civil para el Distrito Federal, al estimar que la Asamblea Legislativa es competente para legislar en materia civil y que tiene facultades para legislar en lo relativo al derecho familiar y en particular con relación a la institución del matrimonio.

Menciona también que tanto las reformas en materia de derechos humanos publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 10 de junio de 2011, como el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establecen expresamente la prohibición a la discriminación por motivos de preferencia sexual. Señala que a partir del reconocimiento del derecho de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio en el Distrito Federal, diversas personas han establecido este vínculo y a partir de él, han solicitado el registro de sus cónyuges y familiares tanto al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), sin embargo, dicho registro se les ha negado, bajo la argumentación de que las leyes que establecen y regulan dichos institutos de seguridad social no reconocen los matrimonios entre personas del mismo sexo.

Menciona en la exposición de motivos que se han interpuesto amparos en contra de las negativas por parte de las Instituciones de Seguridad Social a la inscripción de las y los respectivos cónyuges. Las resoluciones judiciales han determinado en todos los casos, que se debe otorgar los servicios las personas que están bajo esta circunstancia y a sus respectivas familias, en virtud de que se trata de un derecho fundamental a la seguridad social que comprende la protección y bienestar de los trabajadores y sus familiares, de manera que en los criterios sustentados por el Alto Tribunal, la concepción de “familia” no se refiere o limita a un tipo específico, por lo que la protección de la misma debe cubrir todas su formas y manifestaciones, alcanzando a dar cobertura a aquellas familias que se constituyan con el matrimonio sea entre personas de diverso o del mismo sexo.

Asimismo, la iniciativa manifiesta que en el Poder Judicial de la Federación se ha señalado en múltiples ocasiones la inconstitucionalidad de la negativa de inscripción de las y los cónyuges de matrimonios del mismo sexo, determinando que los artículos de las leyes del IMSS y del ISSSTE impugnados contravienen los principios de la Constitución Política y a diversos tratados internacionales a partir del derecho de igualdad que dispone la obligación de dar un trato igual en supuestos de hecho equivalentes. Es decir, evitar que existan normas que ante situaciones análogas, su aplicación produzca la ruptura de esa igualdad.

Fundamentalmente bajo los anteriores argumentos, la iniciativa propuso eliminar de las leyes del IMSS y del ISSSTE la contradicción del principio de igualdad y no discriminación que prevalece en ellas, de tal forma que no quede duda de que las personas con diversa orientación sexual o identidad de género y sus familias gozan de los mismos derechos, en igualdad de condiciones; que las personas heterosexuales, así como los matrimonios conformados por personas del mismo sexo son igualmente reconocidas por el derecho mexicano.

Por su parte, la iniciativa presentada por el senador Fernando Enrique Mayans Canabal, alude asimismo a la reforma constitucional en materia de derechos humanos arriba señalada, gracias a la cual quedaron plasmados en nuestra Carta Magna con mayor precisión los principios universales de definición, protección y defensa de los derechos propios de la condición humana. Por ello se justifica plenamente la necesidad de emprender modificaciones legislativas para renovar las estructuras legales y adecuar supuestos normativos secundarios, en el rediseño de este nuevo edificio constitucional, a efecto de que el Estado mexicano cumpla su compromiso inexcusable de proteger tales derechos.

Señala el senador en su iniciativa que se han presentado diversos casos en los que personas afiliadas al IMSS y al ISSSTE, encontrándose unidas legalmente en matrimonio con personas del mismo sexo en el Distrito Federal, se vieron obligadas a acudir a diversas instancias para exigir tanto al IMSS como al ISSSTE una respuesta positiva a la solicitud de registro de sus respectivos cónyuges.

Una de esas instancias fue el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), quien documentó casos de esta naturaleza al conocer y resolver diversas reclamaciones ciudadanas por actos y hechos presuntamente discriminatorios relacionados con las preferencias sexuales. Derivado de lo anterior se emitió la Resolución por disposición 2/2011 emitida por el 6 de julio de 2011, en la que el Consejo determinó que el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, deberán realizar inmediatamente el registro e inscripción como beneficiarios derechohabientes de las parejas cónyuges (en este caso del mismo sexo), a fin de reconocer y garantizar el goce del derecho a la seguridad social y todas las prestaciones que se deriven de ese estado, atendiendo el deber que tienen de proteger a la familias en el sentido más amplio e integral que proceda.

En virtud de la resolución, el senador señala en su exposición de motivos que previo a la reforma constitucional en materia de derechos humanos, nuestra Carta Magna ya contenía el mandato de atender lo dispuesto en los tratados internacionales ratificados por el Senado. Motivo por el cual, tanto el IMSS como el ISSSTE, tenían desde entonces la obligación de llevar a cabo una interpretación armónica, sistemática y progresiva de sus respectivas leyes de seguridad social con la propia Constitución, misma que preveía el principio de igualdad y la prohibición de las conductas o hechos discriminatorios.

También, los Institutos tuvieron que interpretar en armonía su legislación con la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, que es la ley reglamentaria del párrafo tercero del artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como con lo dispuesto en el Código Civil del Distrito Federal en materia de matrimonio como unión libre de dos personas.

El legislador refiere en la exposición de motivos de su iniciativa la jurisprudencia derivada de tesis y resoluciones que señalaron claramente la inconstitucionalidad de la negativa del IMSS y del ISSSTE a dar seguridad social a las parejas de personas que contrajeron matrimonio con personas del mismo sexo.

Finalmente, el senador hace referencia a los siguientes instrumentos internacionales:

• El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por México el 23 de marzo de 1981;

• El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por México el 23 de marzo de 1981;

• La Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto de San José, ratificada por México el 24 de marzo de 1981, y

• Al Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Documentos en los que se señalan los principios de no discriminación, exclusión, restricción o menoscabo de los derechos humanos de todas las personas.

Después de una serie de consideraciones, las Comisiones Unidas de Seguridad Social, y de Estudios Legislativos del Senado de la República, emitieron el Dictamen con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en sentido favorable, misma que se presentó ante el Pleno el 30 de abril del 2015 en donde se discutió y votó obteniendo una votación de 65 votos a favor, ninguno en contra y cero abstenciones. La Minuta se envió a esta Cámara de Diputados en términos de lo que señala el Artículo 72 constitucional. La Mesa Directiva de esta Cámara en la presente Legislatura dio entrada a la Minuta el 3 de Septiembre también de 2015 y le dio turno las Comisiones Unidas de Trabajo y Seguridad Social, comisiones que a la fecha no han emitido el dictamen correspondiente.

La minuta referida contiene el decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en los siguientes términos:

Artículo Primero. Se adiciona una fracción XII Bis al artículo 5 A; y se reforman los artículos 64, en sus fracciones II, V y VI; 84, en sus fracciones III y IV; 130; 133, en su primer párrafo; 135; 137; 138; 140; 144, en su primer párrafo; y 171, todos de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 5 A ....

I. a XII....

XII Bis. Cónyuge: a los integrantes de matrimonios heterosexuales y a los del mismo sexo;

XIII. a XIX..,.

Artículo 64 .....

...

...

I.....

II. A la viuda del asegurado o asegurada se le otorgará una pensión equivalente al cuarenta por ciento de la que hubiese correspondido a aquél, tratándose de incapacidad permanente total. La misma pensión corresponde al viudo o concubinario que hubiera dependido económicamente de la asegurada. El importe de esta prestación no podrá ser inferior a la cuantía mínima que corresponda a la pensión de viudez del seguro de invalidez y vida;

III. y IV....

V. En el caso de las dos fracciones anteriores, si posteriormente falleciera el otro padre o madre , la pensión de orfandad se aumentará del veinte al treinta por ciento, a partir de la fecha de su fallecimiento y se extinguirá en los términos establecidos en las mismas fracciones, y

VI. A cada uno de los huérfanos, cuando lo sean de padre y madre, o de uno y otro cónyuge , menores de dieciséis años o hasta veinticinco años si se encuentran estudiando en los planteles del sistema educativo nacional, o en tanto se encuentren totalmente incapacitados debido a una enfermedad crónica o discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, que les impida mantenerse por su propio trabajo se les otorgará una pensión equivalente al treinta por ciento de la que hubiera correspondido al asegurado tratándose de incapacidad permanente total.

...

...

...

Artículo 84 ....

I. y II....

III. La esposa del asegurado o asegurada o, a falta de ésta, la mujer del asegurado con quien ha hecho vida conyugal durante los cinco años anteriores a la enfermedad, o con quien haya tenido hijos, siempre que ambos permanezcan libres de matrimonio. Si el asegurado tiene varias concubinas ninguna de ellas tendrá derecho a la protección.

Del mismo derecho gozará el esposo de la asegurada o asegurado o, a falta de éste, el concubinario de la asegurada , siempre que hubiera dependido económicamente de la asegurada o asegurado, según sea el caso , y reúnan los requisitos del párrafo anterior.

IV. La esposa del pensionado o pensionada en los términos de los incisos a), b) y c) de la fracción II, o a falta de esposa, la concubina del pensionado si se reúnen los requisitos de la fracción III.

Del mismo derecho gozará el esposo de la pensionada o pensionado o a falta de éste el concubinario de la pensionada , si reúne los requisitos de la fracción III;

V. a IX....

...

Artículo 130. Tendrá derecho a la pensión de viudez la que fue esposa del asegurado o pensionado o de la asegurada o pensionada por invalidez. A falta de la esposa, tendrá derecho a recibir la pensión, la mujer con quien el asegurado o pensionado por invalidez vivió como si fuera su cónyuge , durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte , o con la que hubiera tenido hijos, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato. Si al morir el asegurado o pensionado por invalidez tenía varias concubinas, ninguna de ellas tendrá derecho a recibir la pensión.

La misma pensión le corresponderá al viudo o concubinario que dependiera económicamente de la trabajadora asegurada o de la pensionada por invalidez, o al viudo del trabajador asegurado o del pensionado por invalidez.

Artículo 133. El derecho al goce de la pensión de viudez comenzará desde el día del fallecimiento del asegurado o pensionado o de la asegurada o pensionada por invalidez y cesará con la muerte del beneficiario, o cuando la viuda, viudo, concubina o concubinario con derecho a pensión contrajeran matrimonio o entraran en concubinato. El disfrute de esta pensión no se suspenderá porque aquéllos desempeñen un trabajo remunerado.

...

Artículo 135. La pensión del huérfano de padre o madre será igual al veinte por ciento de la pensión de invalidez que el asegurado estuviese gozando al fallecer o de la que le hubiera correspondido suponiendo realizado el estado de invalidez. Si el huérfano lo fuera de padre y madre, o de uno y otro cónyuge , se le otorgará en las mismas condiciones una pensión igual al treinta por ciento de la misma base.

Si al iniciarse la pensión de orfandad el huérfano lo fuera de padre o de madre y posteriormente falleciera el otro padre o madre , la pensión de orfandad se aumentará del veinte al treinta por ciento, a partir de la fecha de la muerte del ascendiente.

Artículo 137 . Si no existieran viuda, viudo, huérfanos ni concubina o concubinario con derecho a pensión, ésta se otorgará a cada uno de los ascendientes que dependían económicamente del asegurado o pensionado o de la asegurada o pensionada por invalidez fallecido, por una cantidad igual al veinte por ciento de la pensión que el asegurado estuviese gozando al fallecer, o de la que le hubiera correspondido suponiendo realizado el estado de invalidez.

Artículo 138 . Las asignaciones familiares consisten en una ayuda por concepto de carga familiar y se concederá a los beneficiarios del pensionado o pensionada por invalidez, de acuerdo con las reglas siguientes:

I. Para la o el cónyuge del pensionado o pensionada o para la concubina del pensionado, el quince por ciento de la cuantía de la pensión;

II. Para cada uno de los hijos menores de dieciséis años del pensionado o pensionada , el diez por ciento de la cuantía de la pensión;

III. Si el pensionado o pensionada no tuviera cónyuge o el pensionado no tuviera concubina , ni hijos menores de dieciséis años, se concederá una asignación del diez por ciento para cada uno de los padres del pensionado o pensionada si dependieran económicamente de éstos ;

IV. Si el pensionado o pensionada no tuviera cónyuge o el pensionado no tuviera concubina , ni hijos, ni ascendientes que dependan económicamente de éstos , se le concederá una ayuda asistencial equivalente al quince por ciento de la cuantía de la pensión que le corresponda, y

V. Si el pensionado o pensionada sólo tuviera un ascendiente con derecho al disfrute de asignación familiar, se le concederá una ayuda asistencial equivalente al diez por ciento de la cuantía de la pensión que deba disfrutar.

Estas asignaciones familiares se entregarán de preferencia al propio pensionado o pensionada , pero la correspondiente a los hijos podrá entregarse a la persona o institución que los tenga bajo su cargo directo, en el caso de no vivir con el pensionado o pensionada .

...

Las asignaciones familiares concedidas para los hijos del pensionado o pensionada con motivo de no poderse mantener por sí mismos, debido a inhabilitación para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica, podrán continuarse pagando hasta en tanto no desaparezca la inhabilitación.

El Instituto concederá en los términos de este artículo, las asignaciones familiares a los hijos del pensionado o pensionada , mayores de dieciséis años, si cumplen con las condiciones mencionadas.

Artículo 140 . El Instituto concederá ayuda asistencia al pensionado o pensionada por invalidez, con excepción de los casos comprendidos en las fracciones IV y V del artículo 138, así como a los viudos o viudas pensionados, cuando su estado físico requiera ineludiblemente, que lo asista otra persona de manera permanente o continua. Con base en el dictamen médico que al efecto se formule, la ayuda asistencial consistirá en el aumento hasta del veinte por ciento de la pensión de invalidez o viudez que esté disfrutando el pensionado o pensionada .

Artículo 144 . El total de las pensiones atribuidas a la viuda o viudo , o a la concubina del pensionado o al concubinario de la pensionada y, en su caso , a los huérfanos de un asegurado o asegurada, no deberá exceder del monto de la pensión de invalidez que disfrutaba el asegurado o asegurada o de la que le hubiera correspondido en el caso de invalidez. Si ese total excediera, se reducirán proporcionalmente cada una de las pensiones.

...

Artículo 171 . El asegurado o asegurada, cuyos recursos acumulados en su cuenta individual resulten insuficientes para contratar una renta vitalicia o un retiro programado que le asegure el disfrute de una pensión garantizada y la adquisición de un seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios, en los porcentajes del capítulo V de este Título, recibirá del Gobierno Federal una aportación complementaria suficiente para el pago de las pensiones correspondientes, mismas que se otorgarán en los siguientes términos:

I. La pensión de viudez será igual al noventa por ciento de la que estuviese gozando el pensionado o pensionada al fallecer;

II. La pensión del huérfano de padre o madre será igual al veinte por ciento de la pensión que el asegurado o asegurada estuviese gozando al fallecer. Si el huérfano lo fuera de padre y madre, o de uno y otro cónyuge , se le otorgará en las mismas condiciones una pensión igual al treinta por ciento de la misma base.

Si al iniciarse la pensión de orfandad el huérfano lo fuera de padre o de madre y posteriormente falleciera el otro padre o madre , la pensión de orfandad se aumentará del veinte al treinta por ciento de la base señalada, a partir de la fecha de la muerte del ascendiente, y

III. Si no existieran beneficiarios con derecho a pensión conforme a lo previsto en las fracciones I y n anteriores, ésta se otorgará a cada uno de los ascendientes que dependían económicamente del pensionado o pensionada que haya fallecido , por una cantidad igual al veinte por ciento de la pensión que el asegurado o asegurada estuviese gozando al fallecer.

...

Artículo Segundo. Se adiciona una fracción III Bis al artículo 6; y se reforman los artículos 39; 70; y 135, en su fracción n; todos de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para quedar como sigue:

Artículo 6 ....

I. a III....

III Bis. Cónyuge, a los integrantes de matrimonios heterosexuales y a los del mismo sexo;

IV. a XXIX....

Artículo 39 . La mujer trabajadora, la pensionada, la cónyuge o concubina del trabajador o del Pensionado, la cónyuge de la trabajadora o pensionada , y la hija del trabajador o pensionado o de la trabajadora o pensionada, soltera, menor de dieciocho años que dependa económicamente de éstos, según las condiciones del artículo siguiente, tendrán derecho a:

I. a IV....

Artículo 70 . Para la división de la pensión derivada de este capítulo, entre los familiares del trabajador, así como en cuanto a la asignación de la pensión para el viudo, viuda, concubina , concubinario, hijos, ascendientes, o quien, en su caso, tenga derecho a la ministración de alimentos, se estará a lo previsto en la sección de pensión por causa de muerte del seguro de invalidez y vida.

Artículo 135 ....

I....

II . Porque la pensionada o pensionado contraigan nupcias o llegasen a vivir en concubinato. Al contraer matrimonio la viuda, viudo, concubina o concubinario, recibirán como única y última prestación el importe de seis meses de la pensión que venían disfrutando.

...

III....

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Instituto Mexicano del Seguro Social adecuará las disposiciones reglamentarias, normativas, administrativas y demás disposiciones de su régimen interno que correspondan, conforme al presente decreto, dentro de los 180 días siguientes a su entrada en vigor.

Tercero. El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado adecuará las disposiciones reglamentarias, normativas, administrativas y demás disposiciones de su régimen interno que correspondan, conforme al presente decreto, dentro de los 180 días siguientes a su entrada en vigor.

Considero que esta Minuta tiene que dictaminarse de manera urgente, pues en nuestro país no podemos permitir que un sector importante de la población esté al margen de la seguridad social y los derechos humanos.

Por esta razón pongo a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos a promover que las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, dictaminen a la mayor brevedad la Minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de las Leyes del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de cónyuges del mismo sexo, entregada a esta Soberanía el tres de septiembre de 2015.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP y la Ssa a diseñar estrategias para reducir y prevenir los embarazos en adolescentes, a cargo de la diputada María Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada María Victoria Mercado Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someto a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo mediante la cual se exhorta a los titulares de la Secretaría de Educación Pública y de la Secretaría de Salud, a diseñar estrategias para reducir y prevenir los embarazos en adolescentes, con base en los siguientes:

Considerandos

Datos de la OCDE señalan que nuestro país tiene el primer lugar en cifras sobre madres adolescentes, mismas que se registran en “alrededor de un hijo nacido por cada 15 niñas de entre 15 a 19 años de edad”.1

En el reporte que brinda la UNICEF en sus oficinas mexicanas, se da a conocer que el embarazo en adolescentes suele ser producto de una condición en la que existe violencia sexual, dado que las adolescentes están expuestas a condiciones de alta vulnerabilidad,2 si a esto le agregamos que los factores de riesgo en estos embarazos traen consigo diversas complicaciones tanto para el producto como para la madre tales que van desde el incremento de riesgos congénitos, preeclamsia, eclampsia, toxoplasmosis e inclusive la muerte para cualquiera de estos o de ambos, convierte al embarazo prematuro en un tema de prioridad nacional.

A decir verdad, no existe ninguna política pública ni estrategia en común por la que sea haya logrado reducir la tasa de embarazos en adolescentes ni mucho menos en lo que concierne a los decesos por estas causas. Por el contrario, dados los esfuerzos que se han hecho y pese al constante bombardeo informativo y publicitario para concientizar a la población, la escala de adolescentes en gestación sigue en aumento y se hace notar aún más en zonas marginadas y en sectores de la población con mayores índices de pobreza.

Por difícil que parezca nos encontramos en un escenario en el cual las adolescentes cortan sus aspiraciones de seguir un camino en la vida social con las mismas oportunidades que los demás de su edad. Lamentablemente ya no pueden ejercer a plenitud su infancia ni logran una madurez plena para poder enfrentarse a etapas y experiencias venideras en su vida. Pierden posibilidades para continuar su educación con normalidad y viven condiciones de salud precarias.

En el mes de mayo del año pasado, el propio Inegi exponía que en 2.7 millones de hogares en nuestro país existía una mujer embarazada en condiciones de ser hija, de este universo el 7.1 por ciento de adolescentes tienen un rango de edades de entre los 12 y 19 años y del mismo el 81.4 por ciento ya no van a la escuela.3

Un problema fuerte de salud pública es que la información sobre planificación y métodos anticonceptivos no ha obtenido los efectos deseados en la población adolescente, principalmente en aquellos estados con mayores índices de marginación y pobreza como lo son Chiapas y Guerrero, pues según la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (ENADID) 2014 realizada por el Inegi, estos estados tienen el mayor porcentaje de adolescentes que no utilizaron protección en su primera relación con 81.7 por ciento y 64.2 por ciento respectivamente,4 lo que deja al descubierto la condición de vulnerabilidad de estas mujeres al tener mayores riesgos sobre su salud e incrementar las posibilidades de contraer alguna enfermedad venérea o tener complicaciones durante y después del embarazo.

Es necesario considerar que las estrategias públicas para prevenir los embarazos en adolescentes deben fijarse en la creación de herramientas que arraiguen en ellos un criterio con ideas de superación personal, de motivación, de confianza de sí mismos todo ello acompañado del acceso a las oportunidades para el desarrollo personal además de los programas federales actuales destinados a dar incentivos a los jóvenes para que no abandonen sus estudios.

Una forma de conseguir este propósito es llevando pláticas y talleres de orientación sexual y de planificación familiar a jóvenes y adolescentes en todas las escuelas del país, fortalecidas para tales fines mediante el mecanismo mediático que posee el Estado; a través del acceso garantizado a los métodos anticonceptivos a lo largo y ancho del territorio nacional e incrementando las estrategias contra la discriminación y la violencia entre parejas y hacia las mujeres.

Puntos de Acuerdo

Primero. El pleno de esta Cámara de Diputados acuerda exhortar al titular de la Secretaría de Educación Pública para que diseñe una estrategia que reduzca y prevenga los embarazos en adolescentes en el país, tomando en cuenta la creación de talleres de orientación sexual y planificación familiar dirigidos a los jóvenes, garantizar el acceso a los métodos anticonceptivos e incrementando las estrategias contra la discriminación y la violencia entre parejas y hacia las mujeres.

Segundo. El pleno de esta Cámara de Diputados acuerda exhortar al titular de la Secretaría de Salud para que diseñe una estrategia que reduzca y prevenga los embarazos en adolescentes en el país, tomando en cuenta la creación de talleres de orientación sexual y planificación familiar dirigidos a los jóvenes, garantizar el acceso a los métodos anticonceptivos e incrementando las estrategias contra la discriminación y la violencia entre parejas y hacia las mujeres.

Notas

1 Destacados del País. Mejorar para los Niños. Informe en Versión Electrónica. OCDE. 2009. Disponible en

https://www.oecd.org/mexico/43590178.pdf

2 PLAN y UNICEF: El Embarazo Adolescente Está Ligado a la Falta de Oportunidades y la Violencia Sexual. Boletín de Prensa. UNICEF-México. Disponible en: https://www.unicef.org/mexico/spanish/noticias_28872.html

3 En 2.7 millones de hogares hay una adolescente embarazada: Inegi. Sección Salud. Reportaje Electrónico. Disponible en: http://www.e-consulta.com/nota/2016-05-06/salud/en-27-millones-de-hogar es-hay-una-adolescente-embarazada-inegi

4 Estadísticas a propósito del día internacional de la niña. Datos Nacionales. INEGI. 2016. Boletín Informativo Electrónico. Disponible en:

www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2016/niña2016_0 .pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputada María Victoria Mercado Sánchez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a diseñar y ejecutar con los gobiernos locales y municipales políticas públicas que fomenten, promuevan y garanticen la planeación regional y de cooperación interinstitucional a través de los institutos municipales de planeación, a cargo del diputado Ángel García Yáñez, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El que suscribe, diputado Ángel García Yáñez integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza de la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 62, numeral 2 y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda para que, en coordinación con los gobiernos locales y municipales, diseñen y ejecuten políticas públicas que fomenten, promuevan y garanticen la planeación regional y de cooperación interinstitucional a través de los Institutos Municipales de Planeación (Implanes), al tenor de las siguientes

Consideraciones

La planeación municipal juega un papel importante en las tareas de promoción del desarrollo nacional. Por eso, resulta indispensable que todos los niveles de gobierno se encuentren alineados, además de abrir espacios para la participación de la sociedad para prever y adaptar armónicamente las actividades económicas con las necesidades básicas de la comunidad.

En ese sentido, notamos que el desarrollo de la planeación federal, estatal y municipal padece una serie de deficiencias, entre las que destacan, la limitada capacidad técnica, la falta de disponibilidad de información, la poca voluntad y, en algunos casos, el liderazgo político o social, lo cual provoca trabas para alcanzar el pleno desarrollo integral y sustentable del país.

Cabe recordar que el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos expone como propósito de la planeación que: “...el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación...”

A su vez, la Ley de Planeación recoge esta idea suprema y coincide en señalar que: “...la planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos...”. Pero además agrega que: “...las dependencias de la administración pública centralizada deberán planear y conducir sus actividades con perspectiva de género y con sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación nacional de desarrollo, a fin de cumplir con la obligación del Estado de garantizar que éste sea equitativo, integral y sustentable...”.

Un punto que no debemos dejar de lado es que la misma ley establece las bases para que el Ejecutivo federal coordine sus actividades de planeación con las entidades federativas, a través del Sistema Nacional de Planeación Democrática, el cual se compone de dos clases de sistemas de carácter autónomo: un sistema federal y 32 sistemas estatales. A partir de esta tónica, entendemos que las acciones que deben seguir las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal consisten en la coordinación de esfuerzos para lograr la consecución de las Metas Nacionales establecidas en este Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.

En ese sentido, la ley en comentó dentro de su normatividad atribuye a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la facultad de proyectar y coordinar la planeación regional con la participación que corresponda a los gobiernos estatales y municipales, así como consultar a los grupos sociales para incorporar recomendaciones y propuestas al respecto.

Sin embargo, en la actualidad los municipios presentan un listado muy largo de problemas respecto a su planeación demográfica, como bien se mencionó en párrafos anteriores. Por ello, no debemos ser omisos en ampliar el espectro municipal, a través de la participación de la sociedad por medio de Institutos Municipales de Planeación, mismos que se considerarían pieza significativa dentro del Sistema Nacional de Planeación Democrática.

En la actualidad resulta importante mencionar que la participación de los municipios debe transformarse en cuanto a lograr una inserción efectiva dentro del sistema de planeación, por lo que creemos indispensable dar mayor publicidad a los Institutos Municipales de Planeación (Implanes).

A fin de tener claridad de qué son los Implanes, primero debemos saber que estos Institutos están enfocados a garantizar, a través de una visión integral, orientación y asesoría a los municipios en la planeación de su desarrollo a corto, mediano y largo plazo, lo cual coadyuvará a la mejora y delegación de responsabilidades de los otros niveles de gobierno.

Para 2014, a nivel nacional contábamos con 61 Implanes funcionando dentro de 27 estados del país, que atendían a 74 municipios, de los cuales 4 ya contemplan la planeación de zonas metropolitanas en Tijuana, Guadalajara, Veracruz y sur de Tamaulipas.1

Además, encontramos que los municipios de Valle de Bravo, en el estado de México; Gómez Palacio, Durango; Linares, Nuevo León; Cuautla, Morelos; Puerto Vallarta, Jalisco y Tepeji del Río, en Hidalgo, se encontraban en proceso de crear una institución similar al Implan.

Un caso especial sucedió con el Implan de Puebla capital, el cual se encontraba en proceso de cambio con el propósito de ampliar sus funciones y atender la zona metropolitana que contempla los municipios de Amozoc, Puebla capital, San Andrés Cholula, Coronango, San Pedro Cholula y Cuautlancingo.

Por último, no podemos dejar de lado que los municipios de Apaseo el Grande, Guanajuato y Othón P. Blanco, en Quintana Roo, ya fueron extintos por no haber cumplido con el objeto para el que fueron creados.2

Hemos de recordar que desde hace 19 años se han venido formalizando la creación de un promedio de 3.3 institutos por año; como se puede ver, existe una tendencia a la alza en la formación Implanes en el futuro próximo.3

Empero, es devastaste observar que en México contamos con 2 mil 440 municipios a lo largo y ancho del territorio nacional y que sólo en 74 existan Institutos Municipales de Planeación. Por lo que es urgente que la sociedad y los ayuntamientos se propongan metas para incrementar el desarrollo regional de cada rincón del país.

Si bien es cierto que México ha sido parte de una serie de transformaciones, que entre sus grandes esfuerzos están los de modernizar el Estado, en aras de concertar su acción en áreas y actividades prioritarias y lograr eficiencia en sus acciones, los mexicanos tenemos la obligación de garantizar la labor de los Implanes para arribar a un replanteamiento en el papel de la administración pública frente al desarrollo, buscando en todo momento mayor eficacia, eficiencia, responsabilidad y transparencia.

El proceso de modernización del Estado ha previsto la acción conjunta entre las autoridades locales y la comunidad, con el objeto de mejorar la eficiencia en la gestión pública.

En tal sentido, en Nueva Alianza estamos comprometidos con los procesos de reestructuración y descentralización del Estado, porque así lograremos mayor apertura económica y desarrollo dentro de los ayuntamientos. Asimismo, estamos conscientes de que con el apoyo conjunto, sociedad y gobierno, los Implanes tendrán una base sólida para una planeación regional mejor desarrollada, tomando en cuenta que los municipios son el primer eslabón de contacto entre sociedad y gobierno.

Por lo expuesto y fundado, someto respetuosamente a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, en coordinación con los Gobiernos Locales y Municipales, diseñen y ejecuten políticas públicas que fomenten, promuevan y garanticen la planeación regional y de cooperación interinstitucional a través de los Institutos Municipales de Planeación.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a los Gobiernos Municipales a fomentar la participación de la sociedad a través de los Institutos Municipales de Planeación en la planeación regional a largo plazo.

Notas

1 http://www.eumed.net/libros-gratis/2015/1445/resultados.pdf

2 ibídem

3 Ibídem

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputado Ángel García Yáñez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a instaurar y ejecutar una estrategia para reducir tiempos de espera en hospitales y clínicas del sector público, a cargo de la diputada Nora Liliana Oropeza Olguín, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe Nora Liliana Oropeza Olguín, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás aplicables, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud del gobierno federal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La garantía de los servicios de salud para los mexicanos es un derecho constitucional, su protección un derecho humano que el Estado debe garantizar, y con ese propósito se instituyó el Sistema Nacional de Salud a cargo de la Secretaría de Salud, en términos de la ley en la materia. El Sistema se integra por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud. Uno de sus objetivos es proporcionar servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos.

La protección social en salud otorgado por el Estado es un mecanismo que debe ser garantizado, el acceso efectivo, oportuno, de calidad, sin desembolso al momento de utilización y sin discriminación a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades de salud del usuario, mediante la combinación de prevención, diagnóstico, tratamiento y de rehabilitación.

Como mínimo se deberán otorgar los servicios de consulta externa en el primer nivel de atención, así como de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de: medicina interna, cirugía general, ginecoobstetricia, pediatría y geriatría, en el segundo nivel de atención, y los respetivos servicios médicos ofrecidos en hospitales de tercer nivel en términos de la Ley General de Salud.

En este contexto, los derechohabientes del IMSS y del ISSSTE y de otras instituciones públicas, así como las familias incorporadas al programa “Seguro Popular”, acuden cada que lo necesitan a la red pública hospitalaria para ser atendidos en sus problemas de salud por médicos y enfermeras, a quienes reconocemos sus esfuerzos para que este derecho humano de protección de la salud, sea ejercido con toda pertinencia, eficiencia y eficacia.

Sin embargo, el servicio óptimo y de calidad muchas veces no se obtiene debido a limitaciones de recursos materiales y humanos, por falta de medicamentos e infraestructura hospitalaria (camas, saturación de salas quirúrgicas, entre otras) situación que está fuera de su alcance poderlos resolver al ser cuestiones de carácter presupuestales y administrativas.

Esas situaciones de escasez y limitaciones presupuestarias han derivado en quejas sistemáticas de los pacientes. Además se pueden agregar las quejas de los derechohabientes por los prolongados tiempos en la espera de la consulta médica.

Sin perder de vista que de acuerdo a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en su Estudio sobre el Sistema Mexicano de Salud 2016, señala que México tiene 2.2 doctores por cada 1000 habitantes, por debajo del promedio OCDE de 3.3, y sólo una tercera parte del número de enfermeras por cada 1000 habitantes que el promedio de la OCDE. Lo que pudiera ser otro factor del prologando tiempo en la espera del servicio de salud.

Dichas circunstancias se presentan en clínicas y hospitales públicos. Frecuentemente son denunciadas por usuarios con diferentes problemas de salud. Entre los más importantes se pueden destacar: las crónico – degenerativas, y los accidentes. En esas situaciones de postergación de los servicios de salud los más vulnerables son los niños y los adultos mayores.

Lo anterior constituye la presunta violación al derecho a la protección social en salud, mismo que debe ser efectivo y oportuno las 24 horas del día, de los 365 días del año.

La salud es uno de los derechos que el Estado debe garantizar oportunamente a los 83 millones de mexicanos derechohabientes de este servicio y a todas las familias. Un gran reto sin duda que requiere de importantes inversiones en recursos económicos, humanos, tecnológicos, de planeación y administración. Al que se suma no sólo en alcanzar los mejores niveles de cobertura de los servicios de salud, sino también en otorgarlo en el menos tiempo posible, lo que significa implementar mejores estrategias para aprovechar más eficientemente los recursos humanos y materiales, así como la capacidad de la infraestructura pública en salud disponible.

Resulta fundamental y urgente que la Secretaría de Salud promueva e instrumente estrategias para reducir el tiempo de espera para consulta médica, la asignación de camas y programación de cirugías. Al final se trata de reducir el tiempo de espera para los derechohabientes en todos los servicios de salud a los que por ley tienen derecho.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración del pleno de ésta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaria de Salud, a implementar, coordinar y supervisar una Estrategia Nacional para reducir los tiempos de espera en los hospitales y clínicas del sector público en: consultas médicas, cirugías, asignación de camas y citas con especialistas. Incorporando indicadores de evaluación y mecanismos de difusión pública de los avances de los objetivos de la Estrategia y un sistema que permita monitorear la calidad del servicio de salud, y

Segundo. Que realice programas de capacitación y respeto a los derechos fundamentales de los usuarios de servicios públicos de salud pública, dirigido a todo el personal directivo, médico y administrativo que trabajen en los hospitales y clínicas públicos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputada Nora Liliana Oropeza Olguín (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INAI a emitir un pronunciamiento técnico de fondo, sustentado en torno a la compatibilidad y viabilidad de diversas disposiciones de las iniciativas en materia de seguridad interior relacionadas con la materia objeto de su mandato, a cargo del diputado Vidal Llerenas Morales, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado Vidal Llerenas Morales, en representación del Grupo Parlamentario de Morena ante la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. El 8 de noviembre de 2016, la diputada Martha Sofía Tamayo Morales y el diputado César Camacho Quiroz, del Partido de la Revolución Institucional, presentaron ante el pleno de la Cámara de Diputados una iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Interior.

2. Esta iniciativa se suma a los esfuerzos realizados por el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Acción Nacional en ambas Cámaras del Congreso de la Unión para expedir, de manera rápida y sin mayor fundamentación y deliberación, una legislación en materia de seguridad interior que faculte a las Fuerzas Armadas Mexicanas a realizar acciones de seguridad pública de manera encubierta y permanente en las calles, sin controles ni contrapesos claros que garanticen los derechos de las y los mexicanos.

3. El 8 de febrero de 2017 se realizó en la Cámara de Diputados el foro denominado Ley de Seguridad Interior: riesgos y alternativas en el que diversos especialistas provenientes de la academia y de la sociedad civil ofrecieron argumentos serios, fundados metodológicamente y con evidencia en torno a los impactos negativos que una ley de este tipo podría generar para nuestro entorno jurídico, político y social.

4. El 9 de febrero de 2017, la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados emitió una opinión en sentido positivo a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Interior presentada por la diputada Martha Sofía Tamayo Morales y el diputado César Camacho Quiroz, del Partido de la Revolución Institucional; misma que fue turnada a la Comisión de Gobernación para la emisión de la dictaminación respectiva.

5. En dicha opinión en sentido favorable, la Comisión de Seguridad Pública omitió realizar un análisis exhaustivo y fundamentado sobre las posibles consecuencias que una ley de seguridad interior podría generar para las condiciones democráticas e institucionales de nuestro país, y para la propia vigencia de los derechos humanos. Por el contrario, dicha comisión se limitó exclusivamente a señalar que legislar en materia de seguridad interior resulta muy necesario para definir criterios y facultades en relación a la seguridad nacional y seguridad pública.

6. De igual forma, el 1 de marzo de 2017 se llevó a cabo en la Cámara de Senadores el segundo conversatorio Ley de Seguridad Interior: Riesgos y Alternativas en el que diversas personas especialistas y víctimas de la política en materia de seguridad manifestaron los riesgos que este tipo de legislaciones pueden representar para la vigencia de los derechos humanos de las personas en nuestro país.

7. De manera particular, uno de los aspectos más sensibles que preocupan a la sociedad civil organizada, a la academia y a distintos parlamentarios es el que se relaciona con la reserva de la información generada en el marco de la virtual promulgación y aplicación de estas iniciativas.

8. Específicamente, el artículo 6 de la iniciativa de ley presentada por la Diputada Tamayo y el Diputado Camacho establece que “la información que se genere con motivo de la aplicación de la ley [de seguridad interior propuesta], será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de la ley de la materia y clasificada de conformidad con ésta y las disposiciones aplicables en materia de transparencia y acceso a la información.”

9. Por su parte, el artículo 8 de la propuesta presentada por el senador Roberto Gil Zuarth señala que “las sesiones del Comité, las actas y documentos que se generen en el seno del mismo podrán ser clasificadas como reservados mediante la aplicación de la prueba de daño que prevé la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.” Lo mismo sucede con lo previsto en el artículo 37 de la misma iniciativa que, a la letra, señala que “los datos e información que se obtengan de las intervenciones [de comunicaciones] tendrán carácter de reservadas conforme a la aplicación de la prueba de daño que prevé la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y quienes tengan acceso a ellas deberán observar el deber de secrecía sobre el contenido de las mismas.”

10. Aspecto similar se muestra en la iniciativa de Ley de Seguridad Interior propuesta por el senador Miguel Ángel Barbosa en cuyo artículo 16 precisa que “las sesiones del Consejo de Seguridad Interior serán privadas y la información que ahí se aporte, genere o produzca será reservada, en los términos de la legislación en materia de transparencia y acceso a la información gubernamental.”

11. De las anteriores consideraciones es posible desprender que todas las iniciativas que actualmente se han sometido tanto a la Cámara de Diputados como a la Cámara de Senadores prevén la posibilidad de que toda la información relacionada con estas acciones de seguridad sea clasificada, reservada y archivada con lo que la ciudadanía no podrá conocer nada de lo que sucede en esta materia.

12. Esto, además de promover la impunidad, interfiere con el aseguramiento del derecho a la verdad de las víctimas y entorpece las posibles investigaciones que puedan originarse por la comisión de violaciones a derechos humanos.

13. Por ello, tomando en consideración que:

a. El artículo 6 de la Ley General de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales prevé que “no podrá clasificarse como reservada aquella información que esté relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, de conformidad con el derecho nacional o los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.”

b. El artículo 7 de la misma señala que 7 “el derecho de acceso a la información o la clasificación de la información se interpretarán bajo los principios establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales México sea parte”.

c. De conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales y con el artículo 37 de la Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental es el Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI) el encargado de interpretar aquellas cuestiones relacionadas con el aseguramiento del derecho de acceso a la información,; de “establecer y revisar los criterios de clasificación, desclasificación y custodia de la información reservada y confidencial”, así como de “elaborar y publicar estudios e investigaciones para difundir y ampliar el conocimiento en materia de acceso a la información”

Es que someto a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al pleno del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a emitir un pronunciamiento técnico de fondo debidamente sustentado en torno a la compatibilidad y viabilidad de diversas disposiciones contenidas en las iniciativas en materia de seguridad interior presentadas ante el Congreso de la Unión, relacionadas con la materia objeto de su mandato. En especial, se solicita a dicho instituto se pronuncie sobre la compatibilidad de la reserva y clasificación de información vinculada con acciones de seguridad en relación con el máximo aseguramiento de los derechos humanos en un Estado democrático.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 28 días del mes de marzo de 2017.

Diputado Vidal Llerenas Morales (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SE, la SFP, la ASF y la Cofece a hacer públicas las medidas tomadas para investigar y sancionar las irregularidades encontradas en la administración de Exportadora de Sal, SA de CV, a cargo del diputado Macedonio Salomón Tamez Guajardo, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito Macedonio Salomón Tamez Guajardo, diputado del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, y demás disposiciones aplicables, se permite poner a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en los siguientes

Antecedentes

1. Exportadora de Sal, SA de CV, (ESSA) es una sociedad anónima de capital variable, constituida de conformidad con las leyes mexicanas el 7 de abril de 1954, cuyo principal objeto social es la extracción de sal minera en la costa de Baja California, República Mexicana, y la venta y exportación de la misma, así como todos los actos que se relacionen directamente con su objeto social.

2. ESSA es una de las principales empresas productoras y proveedoras de sal para la industria del cloro-álcali en la cuenca del pacífico, participando también en mecados de deshielo de carreteras, suavizadores de agua e industria alimenticia de Norteamérica. De conformidad con sus propios informes, su participación en el mercado mundial es de aproximadamente 28 por ciento.

3. La producción y exportación de sal de ESSA es de origen marino, la cual se obtiene de las grandes extensiones naturales de terrenos ubicados en Guerrero Negro, Baja California Sur; lugar en el que opera la salina más grande del mundo, con una capacidad de producción de 8 millones de toneladas anuales. La empresa tambien cuenta con instalaciones para carga de barcos en la isla Cedros, en Baja California, con capacidad de recibir y cargar barcos de hasta 180 mil toneladas.

4. El capital social de la empresa se compone en 51 por ciento por acciones del gobierno federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de un Fideicomiso de Fomento Minero, y en 49 por ciento por la empresa japonesa Mitsubishi Corporation.

5. De conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como la Ley Federal de Entidades Paraestatales, ESSA es una empresa con Participación Estatal Mayoritaria, sectorizada a la Secretaría de Economía.

6. ESSA cuenta con cuatro concesiones mineras de explotación vigentes a 2013, así como dos prórrogas de concesión para el uso de zonas federales marítimo terrestres. Asímismo, cuenta con una prórroga de concesión para operar muelles e instalaciones portuarias.

7. Desde 2013 la Auditoría Superior de la Federación (ASF), en su informe del mismo año, sentenció que Mitsubishi actuaba como juez y parte en la determinación de precios y en la imposición de condiciones de los contratos de venta y distribución de sal de ESSA, por lo que se solicitó a la empresa que finalizará el monopolio operacional manejado por Mitsubishi.

Exposición de Motivos

En atención a los hechos expuestos en los antecedentes, en 2014, la ASF realizó la Auitoría Financiera y de Cumplimiento número 13-2- 10KN- 02-0030 con el objetivo de fiscalizar la gestión financiera realizada en el ejericio fiscal 2013, para comprobar que los ingresos se obtuvieron, registraron en la contabilidad y presentaron en la Cuenta Pública, de acuerdo con las disposiciones legales y normativas, así como verificar la rentabilidad de la operación de la entidad.

De ella se advierte que el 28 de abril de 1977, ESSA celebró con Mitsubishi Corporation y Mitsubishi International Corporation, empresas de capital extranjero, un contrato denominado “Contrato ESSA-MIC comisiones s/ventas de sal”, en cuya cláusula 7 establece que Mitsubishi Corporation gozará de los derechos de exclusiva de venta de los productos en Japón. Asímismo, en la cláusula 8 se estipula que ESSA nombra a Mitsubishi International Corporation agente y representante de ventas exclusivo para vender sus productos.

Asimismo, la auditoría observa que el contrato del 28 de abril de 1977 y su convenio modificatorio del 18 de noviembre de 2010, asignan a Mitsubishi Corporation y Mitsubishi International Corporation como únicos compradores, distribuidores y comercializadores en todo el mundo de la sal que produce ESSA.

Tomando en consideración que Mitsubishi Corporation (MC) es a su vez socio minoritario de ESSA, la auditoría advierte condiciones desfavorables para ESSA y beneficios a Mitsubishi Corporation y Mitsubishi International Corporation en perjuicio del interés económico del accionista mayoritario que es el gobierno mexicano, esto en razón de que no se establecen condiciones equitativas, lo que limita la actuación de la entidad fiscalizada para acceder a nuevos mercados y evaluar otras alternativas para la venta de producto, a fin de maximizar la generación de valor para el estado mexicano.

La ASF específicamente recomendó revisar y modificar las condiciones del contrato referido, para modificar la estrategia de comercialización de la sal, estableciendo condiciones equitativas, de manera que ESSA pueda acceder a los mercados finales y buscar alternativas para la venta, distribución y comercialización. Ello con el fin de atender y corregir las prácticas monopólicas establecidas a través del contrato y convenio modificatorio que establecen y concentran las ventas para Mitsubishi Corporation y Mitsubishi Interantional Corporation. La ASF encontró que estas prácticas monopólicas ocasionan daños y perjuicios al patrimonio de ESSA.

Por otra parte, la ASF advirtió que ESSA vende la tonelada de sal a Mitsubishi entre los 10 y 26 dólares, sin contar con la determinación de precios de transferencia. Se advirtió que, de acuerdo con el “Perfil del Mercado de la Sal” elaborado por la Dirección General de Desarrollo Minero, el precio de la sal ronda en los 50 dolares por tonelada en el mercado global. En razón de ello es que la ASF recomiendó que el Consejo de Administración fijara una política de precios que ajuste los precios por arriba del costo promedio de producción.

En los estados financieros de ESSA de 2013 se reportaron 1 millón 691 mil 847.5 miles de pesos de las ventas de sal industrial, de los cuales 1 millón 691 mil 531.0 miles de pesos, 99.98 por ciento, correspondieron a ventas al extranjero y 316.5 miles de pesos, 0.02 por ciento, a empresas mexicanas.1 Cabe resaltar que dentro de diversos contratos realizados, se estipulaban precios mucho menores a los establecidos dentro del mercado2

En razón de lo anterior, se solicita que las autoridades responsables de dar seguimiento a estas irregularidades, remitan la actualización de los informes en los que se adviertan las medidas adoptadas para atender a las recomendaciones de la ASF.

Destacan particularmente las siguientes recomendaciones:

• La modificación de las condiciones de exclusividad en la compra, distribución y comercialización de la sal que produce ESSA por parte de su socio minoritario Mitsubishi.

• La revisión y modificación de las condiciones del contrato de venta principal y su convenio modificatorio u otros documentos derivados.

• La modificación de la estrategia de comercialización de la sal, para que ESSA pueda accedera los mercados finales.

• Determinación del precio de la sal al menos por encima de los costos de producción, así como en concordancia con los precio de mercado.

• Investigación y determinación de responsabilidad administrativa sancionatoria para los funcionarios que con su actuar negligente han ocasionado daños y perjuicios a ESSA, en particular los miembros del Consejo de Administración de ESSA.

Asimismo, es importante precisar que, a pesar de que se emitieron diversas recomendaciones con relación a la determinación de responsabilidades, a la fecha no ha culminado efectivamente la investigación o sanción de los funcionarios públicos involucrados en estos eventos. En ese sentido, se solicita la actualización de los informes correspondientes a:

• El estado que guardan las investigaciones con relación a estos hechos.

• Los procesos de responsabilidades administrativas sancionatorias que hayan culminado efectivamente.

• El seguimiento a las recomendaciones al Organo Interno de Control de la Secretaría de Economía y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con relación a los hechos.

• La investigación seguida por la Secretaría de la Función Pública.

• La actualización de las investigaciones de la ASF para los ejercicios fiscales de 2014 y 2015.

Aunado a lo anterior, importante destacar que frente a la existencia de diversas denuncias, en específico la denuncia con el número de expediente DE-016-2015 contra las prácticas monopólicas de ESSA, la Cofece dio inicio a las investigaciones relativas al mercado de producción, distribución y comercialización al mayoreo de sal3 , por posibles vulneraciones a los artículos 10, fracciones I, V y/o XI, 11, 12 y 13 de la Ley Federal de Competencia Económica publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 19924 ; y los artículos 1, 2, 12, fracciones I y XXX, 28, fracciones II y XI, 54, 56, fracciones I, V y/o XI, 58, 59, 66, 69, fracción I, y 71, de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) publicada en el DOF el 23 mayo 20145 ; y artículos 1, 2, 5, 7, 8, 54 y 55 de las Disposiciones Regulatorias de la LFCE.

Actualmente, dentro del portal de búsqueda de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) no se encuentra disponible la resolución alguna sobre la investigación6 , existiendo solamente dos acuerdos de ampliación presentados el 01 de junio de 2016 y 30 de noviembre de 2016; y un aviso de inicio emitido el 1 de diciembre de 20157 . En tal virtud se solicita información actualizada del estado que gurada la resolución de la denuncia en cuestión.

De lo expuesto es posible advertir que, pese a que Mitsubishi es el socio minoritario de ESSA, mantiene el control de los precios de transferencia en la empresa; y que, aun contando con diversas investigaciones sobre las prácticas irregulares detectadas desde el año 2013, se siguen realizando las mismas sin modificación o sanción alguna, acentuando el monopolio dominante de la firma japonesa.

Al respecto destacar que se considera “monopolio” a la forma de mercado en la cual un solo vendedor controla la oferta de un producto o servicio, permitiendo fijar la cantidad ofrecida y su precio8 ; por lo tanto, los actos anticompetitivos violentan la libre competencia y afectan el bienestar de los consumidores, el ambiente competitivo y a la sociedad9 , fungiendo como frenos a la inversión y a la innovación10 .

El artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece explícitamente la prohibición de monopolios, prácticas monopólicas, estancos y exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes, existiendo un castigo severo.

En el caso en cuestión, desde la conformación del “Contrato Original” es posible percibir las tendencias inequitativas y de control de la firma japonesa. El 28 de abril de 1977, se celebra el “Contrato ESSA-MIC comisiones s/ventas de sal”, entre ESSA con Mitsubishi Corporation (MSK) y Mitsubishi International Corporation (MIC), subsidiaria de MC. Dentro del mismo se estipula:

• Cláusula 7: “MSK gozará de los derechos de exclusiva de venta de los Productos en Japón”.

• Cláusula 8: “ESSA nombra a MIC su agente y representante de ventas exclusivo para que venda los Productos en Estados Unidos y Canadá, y para que funja, de cualquier otra forma, como el representante de ESSA.”

• Cláusula 10: “ESSA nombra a MSK su representante de ventas para que esta última venda los productos y funja como su representante en todos los lugares del mundo que se encuentren fuera de Japón, salvo Estados Unidos y Canadá”.

Hasta 2013 se habían celebrado en relación al contrato dos memorándums, un acuerdo y un convenio modificatorio, mismos que contienen diversas irregularidades de forma, como firmas o nombres.

• Memorándum 22 julio 1987: Se modifica cláusula 18, inciso a, con la finalidad de incrementar del 2 por ciento a 3 por ciento del precio libre sobre los productos vendidos en Japón, la comisión pagadera a MC por sus servicios de agente y representante de ventas.

• Acuerdo 7 septiembre 1993: Se modifica cláusula 19 sobre la vigencia del contrato establecida hasta el 24 de enero de 1986, para extenderse por un periodo de 20 años finalizando el contrato cuando expirara la concesión otorgada a ESSA11 .

• Memorándum de Entendimiento 22 noviembre 2006: Se modifica cláusula 18 incisos c y d, para que el aumento del “Memorándum 22 julio 1987” aplicara hasta el01 de enero de 1998, logrando que ESSA pagara una compensación superior a la establecida formalmente por el periodo previo a la emisión del memorándum.

• Convenio modificatorio del 18 de noviembre de 2010: se modifican las cláusulas 1, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 17, 18 y 20; y se denomina colectivamente al contrato del 28 de abril de 1977, al memorándum del 22 de julio de 1987, al acuerdo del 7 de septiembre de 1993 y al memorándum del 22 de noviembre de 2006, como “Contrato Original”. Además se estipula que ESSA y MC celebrarán ocasionalmente contratos de compraventa por escrito y por separado para la distribución de los productos en todas las zonas del mundo fuera de Japón, excepto Estados Unidos y Canadá.12

Existe una compartida preocupación por el actuar de la autoridades ante la situación de esta empresa, por parte de diferentes diputados, razón por la que se han presentado diversas proposiciones con puntos de acuerdo que exhortan a diversas autoridades para que informen sobre el estado que guardan las investigaciones con relación a los hechos, los procesos de responsabilidades administrativas sancionatorias; para que subsanen las irregularidades detectadas13 ; e impidan la evacuación, eliminación, introducción o liberación de los productos residuales resultante de la producción de sal que efectúa la Exportadora14 .

En virtud de lo anterior, se debe de actuar de inmediato para erradicar toda práctica monopólica en ESSA. En atención a ello se expresa los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al licenciado Ildefonso Guajardo Villareal, titular de la Secretaría de Economía, a hacer públicas las medidas tomadas para investigar y sancionar las irregularidadesencontradas en la administración y venta de sal en ESSA, así como sobre la adopción de un nuevo proyecto de contrato de venta de sal.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la maestra Arely Gómez González, titular de la Secretaría de la Función Pública a que haga públicos los avances de la investigación y sanción de los funcionarios responsables de las irregularidades encontradas en la administración y venta de sal en ESSA.

Tercero. Se solicita a la autoridad investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica, a que haga público el estado que gurada la resolución de la denuncia con el número de expediente DE-016-2015, contra las prácticas monopólicas de la Empresa Exportadora de Sal.

Cuarto. La Cámara de Diputados exhorta a la Auditoría Superior de la Federación, a que haga públicas las medidas tomadas para investigar y sancionar las irregularidades encontradas en la Auditoría Financiera y de Cumplimiento con relación a la administración de la empresa Exportadora de Sal, SA de CV, así como la venta de sal.

Notas

1 Grupo Funcional Desarrollo Económico. Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 13-2-10K2N-02-0030

DE-112. Exportadora de Sal, SA de CV, Ingresos por Venta de Bienes y Servicios. Página 7.

2 Ídem. Página 9.

3 Autoridad Investigadora. Comisión Federal de Competencia Económica. Aviso mediante el cual la autoridad investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica informa del inicio de la investigación por denuncia identificada con el número de expediente DE-016-2015, por la posible comisión de prácticas monopólicas relativas en el mercado de la producción, distribución y/o comercialización al mayoreo de sal.

4 Legislación Vigente al momento de la posible realización de los actos.

5 Legislación vigente al momento de dar inicio a la investigación.

6 Portal Cofece. Buscador de investigaciones, concentraciones, concesiones, declaratorias, recursos de reconsideración y opiniones.
https://www.cofece.mx:4443/cfcresoluciones/inicio.aspx

7 Portal Cofece. Publicaciones de la Autoridad Investigadora.
https://www.cofece.mx/cofece/index.php/cofece/autoridad-investigadora/publicaciones-de-la-autoridad-investigadora

8 Tamames, Ramón. La Lucha contra los monopolios. (1970) Página 419.

9 Fiscalía Nacional Económica. Sector Público y Libre Competencia. Evaluando sus actuaciones desde la perspectiva de la competencia. Material de Promoción, número 4 página 4.

10 Rubio Escobar, Jairo. La libre competencia como mecanismo para expandir los servicios públicos. Intendencia de Industria y Comercio.

11 Concesión del gobierno federal a ESSA otorgada por un periodo de 50 años, correspondiente a la región salinera, venciendo el 22 de septiembre de 2043.

12 Grupo Funcional Desarrollo Económico. Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 13-2-10K2N-02-0030DE-112. Exportadora de Sal, SA de CV, Ingresos por Venta de Bienes y Servicios. Páginas 2-6.

13 Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades a subsanar las irregularidades detectadas en la Empresa de Participación Estatal Exportadora de Sal, SA de CV, y proceder conforma derecho, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena.

14 Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semar, a impedir la disposición final de salmuera residual de la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria Exportadora de Sal, SA de CV, (ESSA), en el complejo lagunar Ojo de Liebre-Guerrero Negro-Manuela.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputado Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a ambas Cámaras del Congreso de la Unión a destinar a la compra de publicidad a radios comunitarias e indígenas 1 por ciento del gasto autorizado en comunicación social en el PEF de 2017, a cargo del diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2, y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Antecedentes

I. Desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 2014, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) contempla en su artículo 89, fracción VII, la obligación de los entes públicos federales a destinar el “uno por ciento del monto para servicios de comunicación social y publicidad autorizado en sus respectivos presupuestos al conjunto de concesiones de uso social comunitarias e indígenas del país, el cual se distribuirá de forma equitativa entre las concesiones existentes”.

II. De acuerdo con el Registro Público de Concesiones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) actualmente existen 24 concesionarias de uso social comunitarias1 y tres Concesionarias de Uso Social Indígenas2 cuyos datos pueden ser consultados en el sitio web del instituto, sumando un total de 26 concesiones autorizadas para vender publicidad a los entes públicos federales.

III. Diversas organizaciones de la sociedad civil, comunicadores comunitarios e indígenas y agrupaciones de radios comunitarias e indígenas han señalado en foros3 , entrevistas4 y reuniones de trabajo con comisionados y funcionarios del IFT5 , así como con la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados6 , la necesidad de que sea contratado 1 por ciento del gasto en comunicación social de los entes federales, con los fines de hacer cumplir la legislación, por un lado, y de obtener recursos económicos que les permitan operar, por el otro.

IV. No obstante lo anterior, los entes federales (Poderes de la Unión y órganos constitucionales autónomos) no han cumplido con esta obligación establecida en el numeral 89, fracción VII, de la LFTR, lo cual obedece, por un lado, a la falta de mecanismos precedentes para comprar publicidad a las concesiones de uso social comunitarias e indígenas, y, por el otro, a la nula disposición de los entes federales para cumplir con su obligación.

V. Defensoras de derechos humanos, comunicadores y periodistas comunitarios e indígenas representantes de las concesionarias de uso social, así como integrantes de asociaciones como la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC), Redes, Ojo de Agua Comunicación y la Red Boca de Polen, han sostenido mesas de trabajo con el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para idear el procedimiento de compra y venta de publicidad entre las radios comunitarias e indígenas con el IFT.

Consideraciones

Todas las personas que ostentamos un cargo público tenemos la responsabilidad institucional y social de fomentar la equidad y la justicia. Sabemos que en las últimas décadas la sociedad mexicana ha logrado grandes avances en el reconocimiento de las diferencias étnicas, económicas, sociales, culturales y políticas que caracterizan a la población mexicana.

Ejemplo de ello es el reconocimiento de los medios comunitarios e indígenas en la Constitución a través de la figura de concesiones de uso social. Sin embargo las acciones emprendidas para fomentar su operación no han sido suficientes. Toda vez que a tres años de la promulgación de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, los entes federales no han destinado 1 por ciento de sus respectivos presupuesto en comunicación social a las concesionarias de uso comunitario e indígena.

Es preciso emprender acciones afirmativas7 que contribuyan a fomentar la igualdad de oportunidades de las comunidades para operar sus propios medios de comunicación. Es indispensable cumplir cabalmente con los avances en favor del reconocimiento de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, así como para toda la ciudadanía mediante mecanismos que permitan su desarrollo en condiciones igualitarias. Máxime cuando los términos de libre mercado y competencia efectiva son incorporados ciegamente en sociedades, históricamente marcadas por la desigualdad en el acceso a oportunidades, donde el resultado no es, como algunos prometen, el de mayor justicia y desarrollo sino la perpetuación de la desigualdad.

Es en esta situación en la que se encuentran las radios comunitarias e indígenas. Al priorizar las exigencias de competencia efectiva y libre mercado por encima de las necesidades de los medios sociales seguimos manteniendo la brecha que impide el ejercicio pleno de su derecho humano a comunicar.

Por ello exhorto a la Cámara de Diputados particularmente y al Senado como Congreso de la Unión, para cumplir con la obligación de contratar el equivalente a 1 por ciento de sus respectivos gastos en comunicación social en la compra de publicidad a las radios comunitarias e indígenas, conforme a lo establecido en el artículo 89, fracción VII:

“Artículo 89. Los concesionarios de uso social, acorde con sus fines, podrán obtener ingresos de las siguientes fuentes:

I. a VI.

VII. Venta de publicidad a los entes públicos federales, los cuales destinarán el uno por ciento del monto para servicios de comunicación social y publicidad autorizado en sus respectivos presupuestos al conjunto de concesiones de uso social comunitarias e indígenas del país , el cual se distribuirá de forma equitativa entre las concesiones existentes. Las entidades federativas y municipios podrán autorizar hasta el uno por ciento para dicho fin de conformidad con sus respectivos presupuestos.”

En consonancia, el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2017 (PEF 2017) en su artículo 17, establece:

“Los Poderes Legislativo y Judicial, los entes autónomos, así como las dependencias y entidades, podrán destinar recursos presupuestarios para actividades de comunicación social, a través de la radio y la televisión, siempre y cuando privilegien y hayan solicitado en primera instancia los tiempos que por ley deben poner a disposición del Estado las empresas de comunicación que operan al amparo de concesiones federales para el uso, aprovechamiento o explotación de bienes del dominio directo de la nación, y dichos tiempos no estuvieran disponibles en los espacios y tiempos solicitados”.

Para tal efecto, y con el objetivo de agilizar y facilitar la contratación de publicidad a la totalidad de las concesionarias de uso social comunitarias e indígenas; comunicadores, periodistas y representantes de las mismas comparten el siguiente procedimiento planteado en mesas de trabajo con el IFT para la efectividad del numeral y fracción en comento:

1. El presupuesto autorizado para el ejercicio 2017 en Comunicación Social para el Congreso de la Unión es el siguiente:

2. De acuerdo con la ley, 1 por ciento del gasto autorizado en comunicación social, debe ser distribuido de forma equitativa en la compra de publicidad, entre las concesionarias comunitarias e indígenas. 14 de las 27 registradas en el Registro Público de Concesiones han iniciado transmisiones y estarían en posibilidad de vender publicidad a los entes federales, en particular al Congreso de la Unión. De estas 14, dos son indígenas: Jenpoj, en Santa María Tlahuitoltepec, Oaxaca; Nandiah, Mazatlán Villa de Flores, Oaxaca, las restantes 12 son las siguientes radios comunitarias:

Política y Rock and Roll, Hermosillo, Sonora; Tierra y Libertad, Monterrey, Nuevo León; Ecos de Manatlán, Zapotitlán de Vadillo, Jalisco; Uandarhi, Uruapan, Michoacán; Cultural FM, Tepalcatelpec, Michoacán; Radio Tepoztlán, Morelos; La Voladora Radio, Amecameca, estado de México; Radio Relax, Ciudad Nezahualcoyotl, estado de México; Radio Xalli, Xaltepec, Puebla; Radio Teocelo, T. Veracruz; Radio Calenda, San Antonino de Castillo Velasco, Oaxaca, Radio Zaachila, Villa de Zaachila, Oaxaca.

3. De acuerdo con la fracción VII del numeral 89 de la LFTR, la cantidad se repartirá equitativamente entre las concesionarias. Si tomamos como ejemplo el 1 por ciento del presupuesto asignado a la Cámara de Diputados (145 millones, 831 mil, 442 pesos), el cual asciende a $1,450,831.44, dividido equitativamente entre las 14 concesionarias; a cada una de ellas le corresponde $103,630.81 (Un ciento tres mil seiscientos treinta pesos) por concepto de venta de publicidad. El mismo ejercicio debe realizarse en el caso del Senado.

4. La contratación (compra-venta publicidad) se hará entre la Cámara de Diputados y el Senado, respectivamente, con las radios comunitarias e indígenas, las cuales deberán transmitir las cápsulas o spots informativos o campañas informativas siempre y cuando la información tenga pertinencia cultural y la concesionaria así lo decida.

5. Asimismo, la Cámara de Diputados y el Senado podrán acordar con las radios comunitarias e indígenas servicios de producción de campañas, spots o cápsulas informativas en alguna de las lenguas indígenas nacionales, para traducir o hacer pertinente culturalmente los mensajes difundidos.

Por tanto el 1 por ciento del gasto en comunicación social se contratará como difusión de publicidad o como servicios de producción de mensajes y su correspondiente transmisión.

6. Cada radio se reserva la decisión de acceder a la contratación de venta de publicidad, en caso de negativa de prestación del servicio, el monto correspondiente a dicha radio no se reasignará a ninguna otra. El gasto no ejercido de 1 por ciento no asignado, se reportará como gasto no ejercido a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

7. Las condiciones administrativas del contrato se establecerán de común acuerdo entre el ente federal u organismo autónomo (o entre la agencia publicitaria de cada ente) con las radios comunitarias e indígenas (o sus representantes). Cada año se podrán realizar las condiciones de dicho contrato.

8. Se respetará la veda electoral comprendida del 3 de abril al 4 de junio en los estados de Coahuila, Nayarit, Veracruz y el estado de México, donde se celebrarán comicios electorales.

Por lo anteriormente expuesto someto ante esta soberanía los siguientes:

Puntos de Acuerdo

Primero. Esta soberanía exhorta a las mesas directivas de la Cámara de Diputados y del Senado a instruir a sus respectivas coordinaciones de comunicación social para cumplir con la obligación de contratar el uno por ciento del total de su presupuesto autorizado, en la compra de publicidad al conjunto de concesiones de uso social comunitarias e indígenas del país, el cual se distribuirá equitativamente entre las concesiones existentes, en los términos del artículo 89, fracción VII, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; y conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento de la Cámara de Diputados, el Reglamento del Senado de la República; así como en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2017.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a las coordinaciones de comunicación social del Palacio Legislativo de San Lázaro y del Senado, a través de las respectivas mesas directivas, a considerar el procedimiento detallado en este punto de acuerdo, y mantener comunicación con los representantes de las radios para la celebración de contratos de publicidad con las concesionarias de uso social comunitarias e indígenas.

Notas

1 Registro Público de Concesiones del IFT / Fecha de consulta: 3 de enero de 2017 / Disponible en: http://www.ift.org.mx/sites/default/files/contenidogeneral/industria/co ncesionessocialcomunitariasdic2016.pdf

2 Registro Público de Concesiones del IFT / Fecha de consulta: 3 de enero de 2017 / Disponible en: http://www.ift.org.mx/sites/default/files/contenidogeneral/industria/co ncesionessocialindigenasdic2016.pdf

3 Foro Nacional: Marco legal y experiencias de las radios comunitarias e indígenas/ Cámara de Diputados http://www.canaldelcongreso.gob.mx/vod/reproducir/0_vdro5p33/Foro_nacio nal%3A_Marc_legal_y_experiencias_de_las_radios_cmunitarias_e_indigenas.

http://www.canaldelcongreso.gob.mx/vod/reproducir/0_sug1 gjru/Foro_nacional%3A_Marc_legal_y_experiencias_de_las_radios_cmunitari as_e_indigenas.

http://www.canaldelcongreso.gob.mx/vod/reproducir/0_fmr0 fmv6/Foro_nacional%3A_Marc_legal_y_experiencias_de_las_radios_cmunitari as_e_indigenas.

4 Entrevista a Geraldina Lázaro y Erick Coyotl, Radio Educación. www.e-radio.edu.mx/El.../1356-Proceso-de-la-radio-comunitaria-ante-la-n ueva-ley

5 Reunión de trabajo IFT con representantes de Asociaciones y Medios Indígenas: Derechos de los pueblos y comunidades indígenas en materia de radiodifusión, 26 de mayo 2016

http://www.ift.org.mx/conocenos/pleno/entrevistas-comisi onados-agentes/2016-05-26-1215-31

6 “Departen sobre el desarrollo de radios comunitarias”, Canal del Congreso, 12 de octubre 2016.
http://www.canaldelcongreso.gob.mx/noticias/9306/Departen_sobre_el_desarrollo_de_radios_cmunitarias

7 “Las acciones afirmativas sólo pueden entenderse en el contexto de la discriminación, que, al estar basadas en estereotipos y prejuicios, define relaciones desiguales injustificadas, de modo que algunas personas o grupos pueden disfrutar de sus derechos mientras a otras les son negados. [...]

Para definir nuevas relaciones basadas en el reconocimiento de la dignidad humana, es necesario que quienes han sido excluidos del acceso a derechos y oportunidades puedan acceder a ellos; con este fin, se deben aplicar medidas que les den trato preferencial hasta que puedan disfrutar de sus derechos y realizar a plenitud sus planes legítimos de vida”, en: Santiago, Mario, coord. (2011), Acciones Afirmativas, México, Conapred, pág. 9.

Bibliografía

• http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_240217.pdf

• http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/168_270117.pdf

• http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/Reg_Diputados_281216.pdf

• http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/marco.htm

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputado Virgilio Dante Caballero Pedraza (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a difundir entre la ciudadanía acciones de medicina preventiva para disminuir la incidencia de los padecimientos evitables, a cargo de la diputada Mirna Isabel Saldívar Paz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

La suscrita, Mirna Isabel Saldívar Paz, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, en ejercicio de la facultad conferida por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y II, y 100, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

“Prevenir antes que curar”, este es el principio rector de la medicina preventiva, que es definida como las prácticas médicas diseñadas para prevenir y evitar las enfermedades; por lo general, se presenta en tres niveles a saber: Prevención Primaria, cuya implementación busca disminuir la probabilidad de que ocurran enfermedades; Prevención Secundaria, que se aplica cuando la primera no existió o su ejecución fracasó; y, Prevención Terciaria, que interviene cuando la enfermedad está ya establecida y se busca retrasar su curso.

En la mayoría de las naciones del orbe se llevan a cabo diferentes acciones de medicina preventiva, pues en ella se reconocen importantes beneficios para la población y para el mismo Estado. En la práctica, algunas de estas son las inmunizaciones preventivas (campañas de vacunación) y la educación sanitaria realizada en escuelas, centros de salud y en medios de comunicación, estrategias que son implementadas en nuestro país desde hace muchos años.

En efecto, en general, las acciones de vacunación se llevan a cabo de forma cotidiana en los centros de salud, clínicas y hospitales, o se realizan diferentes campañas en determinadas épocas del año dentro de instituciones de salud y educativas; además de informar a la población de la realización de jornadas de vacunación, como por ejemplo las de prevención de Poliomielitis e Influenza, entre otras, que por sus características son de carácter permanente, como las de prevención del zika, chikungunya y dengue.

Por otra parte, la educación sanitaria se dirige a la realización de actividades principalmente de concientización para la modificación de hábitos de vida, consumo y actividades que eventualmente son causantes de enfermedades, padecimientos, accidentes y, eventualmente, la muerte.

Al respecto, se han desarrollado e implementado campañas educativas para prevenir diferentes tipos de cáncer (especialmente de mama, cervicouterino, de pulmón y de próstata); evitar el consumo de tabaco y el desarrollo de enfisema pulmonar; inhibir el consumo de alcohol, en especial entre adolescentes y jóvenes o el uso de drogas (psicotrópicos y estupefacientes); pero también, para evitar la propagación de enfermedades como el virus de inmunodeficiencia humana/síndrome de inmunodeficiencia adquirida (VIH/Sida), así como el virus de papiloma humano (VPH) precursor de cáncer, entre otros; sin omitir mencionar las destinadas a disminuir la incidencia de embarazos no deseados, especialmente a edad temprana y, por último, para erradicar el sobrepeso, la obesidad y el sedentarismo.

La medicina preventiva, en cualquiera de sus modalidades, se trata de una labor gubernamental trascendental para el desarrollo de un país; el contar con una población sana incide directamente en el mejoramiento de la calidad de vida, la productividad y el desarrollo armónico de quienes integramos el cuerpo social; pero también, influye en un mayor aprovechamiento y eficiencia del gasto público.

En efecto, el tener resultados positivos de las políticas de prevención de enfermedades evita que cada vez una mayor cantidad de recursos públicos sean utilizados en el tratamiento de los padecimientos derivados de aquellos; si bien la inversión en el sector salud se ha incrementado en los últimos años, al pasar del 2.4 por ciento al 3.2 por ciento del PIB entre 2003 y 2013,i la incidencia de algunos padecimientos y enfermedades también ha aumentado de forma preocupante; por ejemplo, entre los años 2000 y 2012, la tasa de sobrepeso (obesidad) pasó de 62 por ciento a 71 por ciento de la población adulta y uno de cada tres niños ya padece sobrepeso u obesidad; por otro lado, poco más del 15 por ciento de la población adulta ya sufre diabetes.ii En contraste, la esperanza de vida en nuestro país aumentó entre los años 2000 a 2013 solo 1.3 años, al pasar de 78.8 a 74.6 años. Sin embargo, en comparación con el promedio del resto de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la esperanza de vida subió 3 años, al pasar de 77.1 a 80.4 años, en el mismo periodo, lo que nos permite concluir que no son resultados muy halagadores.

Es innegable que las instituciones de salud están llevando a cabo, en el ámbito de sus respectivas competencias, acciones de medicina preventiva y, que en algunos casos, estas labores se realizan de manera coordinada. Reconocemos el esfuerzo y la labor de las dependencias y entidades del sector Salud, federales y locales, así como de su personal; sin duda, son muchos las mujeres y hombres comprometidos con la salud de nuestra población. No obstante, no podemos negar lo grave de la situación: la frialdad de los datos nos indican que falta mucho por hacer y que lo hecho, no está dando los resultados esperados.

La OCDE ha recomendado, en el documento denominado “Estudios de la OCDE sobre los sistemas de salud México” del año 2016, que nuestro país fortalezca sus sistema de salud, en especial, mediante la implementación de acciones coordinadas entre las diferentes instancias que conforman el sistema, así como con una colaboración multidisciplinaria que permitan un mayor impacto de las acciones de prevención y una mayor concientización entre la población sobre la importancia de su participación en la prevención de enfermedades y padecimientos.

Por ello, en Nueva Alianza consideramos de suma importancia que las diferentes instancias involucradas den a conocer información puntual y actualizada, la cual contenga datos respecto a las diferentes acciones y programas que se estén implementando y en especial de sus resultados, con objeto de informar a la población sobre las políticas dirigidas a fortalecer las labores de la medicina preventiva y la necesidad de su participación activa en la consecución de resultados positivos.

Si bien es importante contar con información general, no es menos relevante que la información suministrada tenga especial énfasis en lo relativo a los padecimientos y enfermedades que impliquen un mayor riesgo a la salud de la población y que, por sus características, pueden prevenirse, ya que son un serio problema de salud pública, como pueden ser la obesidad, la diabetes, diferentes tipos de cáncer, entre otros.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración del pleno de está soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único . La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Salud del gobierno federal y de las secretarías de salud en las treinta y dos entidades federativas, así como a los directores generales del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para que, de manera coordinada, fortalezcan la difusión entre la ciudadanía tanto de las acciones de medicina preventiva que se encuentren llevando a cabo, como de sus resultados, así como incrementar dichas tareas a efecto de coadyuvar, en lo posible, en la disminución de la incidencia de aquellos padecimientos cuya ocurrencia es posible prevenir y/o disminuir.

Notas

i Fuente: http://www.inep.org/images/2017/2017-pdf/2016-OECD-Reviews-of-Health-Sy stems-Mexico.pdf consultada el 9 de marzo de 2017.

ii Ídem.

Otras fuentes consultadas:

http://eleconomista.com.mx/deportes/2014/04/01/mas-medio -mexico-vive-sedentarismo

https://clinic-cloud.com/medicina-preventiva-definicion- salud-publica/

http://www.sanar.org/salud/medicina-preventiva

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los 28 días del mes de marzo de 2017.

Diputada Mirna Isabel Saldívar Paz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo al riesgo ambiental y de salud por la presencia de arsénicos y fluoruros en el agua de Zimapán, Hidalgo, a cargo del diputado Jesús Serrano Lora, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Jesús Serrano Lora, diputado a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta Soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución , al tenor de las siguientes

Consideraciones

El agua subterránea constituye la mayor reserva de agua potable en el mundo y por ello es primordial conservarla y mantenerla libre de contaminación antropogénica, sin embargo, existen regiones que por sus características geológicas los acuíferos tienden a contener arsénico, fluoruros y otros elementos.

A concentraciones elevadas, el arsénico tiene efectos nocivos en la salud humana por ello, existe un valor referencial de concentración límite que el agua puede contener para su uso seguro.

Este límite máximo especificado se encuentra en la norma oficial de Salud NOM-127-SSA1-1994 “Salud ambiental, Agua para Uso y Consumo Humano, Límites Permisibles de la Calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización.

De manera Particular, en el municipio de Zimapán, ubicado a tan sólo 144 kilómetros de Pachuca en el Estado de Hidalgo, un tercio de sus fuentes subterráneas tienen concentraciones de arsénico y plomo que rebasan la Norma oficial que es de 0.5 y 0.025 miligramos por cada litro, respectivamente.

Desde la década de los noventa, se ha advertido sobre el riesgo de estos elementos en las aguas del municipio de Zimapán en la salud de las personas, sin tener algún avance hasta la fecha.

Un estudio realizado por la Comisión Nacional del Agua1 en 1990 indicó que las concentraciones de arsénico alcanzaban valores de hasta 1.35 miligramos por litro y tres años después la Secretaria de Salud a través de la Dirección de epidemiología encontraron hiperqueratosis, ulceras, hipercromías de la piel y lesiones vasculares relacionadas con una intoxicación crónica por arsénico.

El distrito minero de Zimapán está constituido por un gran número de obras mineras (registradas al menos 45), de las cuales Las Animas y Lomo de Toro han sido las más relevantes. Los principales metales extraídos son plata, zinc, plomo, cobre, oro y algunos minerales no metálicos como fosforita y mármol.

Esta actividad es una de las principales razones por las que existe gran cantidad de arsénico y plomo, debido a los jales mineros que se encuentran en este municipio. Los jales mineros son apilamientos de rocas molidas que quedan después de haber sido extraídos minerales como plata, cobre, plomo, zinc.

Otro estudio elaborado en 20082 por los Institutos de Geología y de Geofísica de la Universidad Nacional Autónoma de México, determinaron que presenta grandes concentraciones de arsénico, fierro, plomo y zinc, indicando un mayor impacto ambiental y de salud debido a que los ácidos disueltos se drenan en los arroyos.

De igual forma, en este estudio se indica que las aguas subterráneas pueden estar mayormente contaminadas de elementos potencialmente tóxicos (EPT) disueltos en los lixiviados de los jales principalmente de sulfato, arsénico, plomo y cobre.

Un análisis sobre la calidad del agua en Zimapán, realizado por el Instituto de Geofísica de la Universidad Nacional Autónoma de México para la Comisión Nacional del Agua (Conagua), indica que el pozo El Muhi, ya clausurado, presentaba 1.22 mg/litro de arsénico, un valor muy superior al límite permitido en la norma oficial mexicana.3

Como se indicó anteriormente, las concentraciones elevadas de arsénico pueden presentar graves problemas al ambiente y a la salud. En investigaciones realizadas por la Organización Mundial de la Salud sobre la calidad del agua, han demostrado el riesgo de adquirir cáncer de piel por ingestión diaria de agua con arsénico y el problema se agrava si están presentes otros componentes como plomo que en conjunto causa efectos aditivos en los tejidos pulmonares y afecciones al sistema nervioso central.4

En 1992 el centro de Salud de Zimapán identifico presencia de arsénico en la sangre de algunos niños, concluyendo posteriormente que el origen era el agua que consumían.

Al respecto, un estudio en 2016 por el Centro de Investigación y Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional, realizado a un grupo de niños menores de 5 años, demostró que debido al consumo de grandes cantidades contenidas en el agua que beben, los niños presentan tendencia a engrosar los conductos cardiovasculares motivando entre otras enfermedades la hipertensión.5

Con lo anterior y de acuerdo a que los estudios antes mencionados indican que el arsénico se encuentra presente en las aguas subterráneas de manera natural pero también por causas antropogénicas debido a la extracción de minerales, es de considerarse que su concentración no disminuirá sino por el contrario, podría incrementarse con el tiempo y ser el factor de diversas enfermedades.

Si bien se ha intentado subsanar esta problemática, se requiere de un esfuerzo mayúsculo para mejorar la calidad de vida, la salud de los habitantes de Zimapán, y por supuesto la calidad de las aguas. Si bien no pude limpiarse el agua ya contaminada, se podría frenar el riesgo ambiental y de salud que enfrentan los zimapenses, pues los estudios de científicos muestran la gravedad del asunto y peor aún que no es nuevo; esta demanda lleva más de 30 años.

Resolutivos

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al Secretario de Gobernación, Miguel ángel Osorio Chong, y al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que, por su conducto, convoque a la instalación de mesas de dialogo a la brevedad, con la representación de la sociedad civil del municipio de Zimapán, de Conagua, Profepa, institutos de investigación, y autoridades correspondientes a fin de analizar y tomar las medidas conducentes que beneficien a la comunidad y evitar mayores problemas de salud.

Segundo. Convocar a las autoridades competentes Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales e Institutos de Investigación como el de Geofísica de la UNAM (que ya cuenta con estudios desde 1992 y una evaluación de impacto ambiental y de salud), para que se inicie la remoción de los residuos tóxicos del agua de consumo mediante algún procedimiento de floculación, precipitación, intercambio iónico o combinación de estos para que el único recurso de agua que tiene la región, tenga posibilidades de ser aprovechado sin riesgo para la salud.

Notas

1 Vega, S. (2002) Riesgo sanitario ambiental por la presencia de arsénico y fluoruros en los acuíferos de México. Federación Mexicana de Ingeniería Sanitaria y Ciencias del Ambiente Femisca.

2 Armienta, M.A y otros (2008) Factores geológicos y climáticos que determinan la peligrosidad y el impacto ambiental de jales mineros. Revista Internacional de Contaminación Ambiental, Vol. 24 núm. 2, 2008. Universidad Nacional Autónoma de México. Distrito Federal.

3 http://www.jornada.unam.mx/2011/02/16/estados/037n1est

4 Pérez, F. (2003) Caracterización química de aguas subterráneas en pozos y un distribuidor de agua de Zimapán, Estado de Hidalgo México. Revista Hidrobiológica Volumen 13. Número 2. México.

5 Del Razo LM. (2016) Toxicidad y toxicocinética de arsénico, selenio y fluoruro Cinvestav, IPN. En

http://www.criteriohidalgo.com/noticias/hidalgo-ujul/afe cta-agua-a-infantes-de-zimapan-segun-estudio

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputado Jesús Serrano Lora (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Comisión Nacional de Hidrocarburos a hacer públicos los instrumentos técnicos y operativos mediante los que realiza las labores de inspección y vigilancia de las áreas contractuales licitadas en aguas someras, terrestres y profundas, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputa Norma Rocío Nahle García, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículo 6, fracción I, 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al tenor de las siguientes

Consideraciones

En el informe de la Cuenta Pública de 2015 realizado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en los primeros meses de este año, presentó el dictamen de auditoría de desempeño: 15-0-46F00-07-0141 referente a la Comisión Nacional de Hidrocarburos. La ASF evaluó lo siguiente:

a) La Auditoría revisó el desarrollo de las capacidades institucionales, con objeto de verificar el fortalecimiento de la CNH en materia de hidrocarburos, realizadas en 2015.

b) Respecto del marco normativo, se evaluó la normatividad que emitió la CNH para regular y supervisar las actividades de exploración, extracción y licitación en materia de hidrocarburos.

c) En cuanto a la Ronda Uno, se revisó el proceso contractual que llevó a cabo la CNH en coordinación con la SENER, así como la administración y supervisión en materia técnica de los contratos adjudicados en las licitaciones.

d) Respecto a la operación, se evaluó la dictaminación de los planes de exploración y de desarrollo para la extracción de hidrocarburos; las actividades de reconocimiento y exploración superficial; la cuantificación y certificación de reservas; las visitas de supervisión, inspección y verificación de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, y el seguimiento de la quema y venteo de gas por parte de Pemex Exploración y Producción (PEP).

e) Finalmente, respecto de los mecanismos de seguimiento, evaluación y control, se analizó la Matriz de Indicadores de Resultados (MIR) de los programas presupuestados G001 “Regulación de la explotación y extracción de hidrocarburos y su recuperación” y P001 “Realizar estudios de evaluación, cuantificación y verificación de las reservas de hidrocarburos”; el control interno de las actividades relacionadas con la regulación supervisión y licitación en materia de exploración y extracción de hidrocarburos, así como la rendición de cuentas en la Cuenta Pública 2015.

La auditoría realizada por ASF detectó las siguientes irregularidades sobre algunos de los puntos arriba anotados:

• El Reglamento Interno de la CNH se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2014 y fue autorizado y aprobado por la SENER en 2015. Sin embargo, la comisión no concluyó el desarrollo de capacidades técnicas y operativas para el cumplimiento de sus funciones, pues no contó con su Manual de Organización ni con la fecha estimada para que sea aprobado y publicado, ni actualizó su estatuto del servicios profesional de carrera conforme a las nuevas disposiciones, ni los perfiles de puestos vinculados con la regulación y supervisión de la exploración y extracción de hidrocarburos.

• En cuanto a la emisión del marco administrativo, se constató que, de noviembre de 2014 a octubre de 2016, la CNH expidió un total de 21 regulaciones en materia de hidrocarburos, de las cuales 1 se publicó en 2014, 14 en 2015 y 6 se emitieron en 2016, con las cuales se cubrieron 10 de 14 atribuciones, pero quedaron pendientes 4 asuntos, los cuales se refieren a la recolección de hidrocarburos; los estándares técnicos y operativos para maximizar el factor de recuperación; la administración, en materia técnica, de las asignaciones y contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos, y las visitas de verificación para supervisar esas actividades, por lo que, en 2015, la CNH no había concluido con la expedición de la totalidad de las disposiciones administrativas necesarias para regular las atribuciones que le fueron conferidas con la Reforma Energética.

• En relación con la operación de la CNH, se constató que ésta cumplió con su atribución de dictaminar los planes de exploración y las reservas de hidrocarburos, las cuales ascendieron a 37,404.8 MMbpce, y otorgó conforme a derecho 29 autorizaciones para realizar Actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, pues éstas cumplieron en 100.0% los requisitos establecidos; sin embargo, 12 autorizaciones expiraron o fueron abandonadas, debido a que las empresas no contaron con los medios, lo que da cuenta de que los proyectos que la comisión autorizó tenían problemas de origen que no fueron detectados.

• Asimismo, se constató que en el año de revisión la CNH realizó 21 visitas de supervisión, inspección y verificación de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, sin que acreditara la metodología que utilizó para seleccionar y llevar a cabo dichas visitas.

Cabe señalar, que la auditoría verificó que, en 2015, la CNH contó con suficiencia presupuestaria, al ejercer para su operación un presupuesto de 683,493.6 miles de pesos (73.8% mayor que el de 2014), y dispuso de 1,050,127.8 miles de pesos para la creación de su fideicomiso, a fin de que cuente con recursos adicionales para cumplir con sus funciones en ejercicios fiscales posteriores.

Por ley la CNH está obligada a cumplir con lo establecido en el artículo 39 por la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en materia energética, para lo que requiere las mejores herramientas de supervisión y vigilancia mismas que la ASF constató no tiene

Artículo 39. La Comisión Nacional de Hidrocarburos ejercerá sus funciones, procurando que los proyectos se realicen con arreglo a las siguientes bases:

I. Acelerar el desarrollo del conocimiento del potencial petrolero del país;

II. Elevar el factor de recuperación y la obtención del volumen máximo de petróleo crudo y de gas natural en el largo plazo, en condiciones económicamente viables, de pozos, campos y yacimientos abandonados, en proceso de abandono y en explotación;

III. La reposición de las reservas de hidrocarburos, como garantes de la seguridad energética de la Nación y, a partir de los recursos prospectivos, con base en la tecnología disponible y conforme a la viabilidad económica de los proyectos;

IV. La utilización de la tecnología más adecuada para la exploración y extracción de hidrocarburos, en función de los resultados productivos y económicos;

V. Asegurar que los procesos administrativos a su cargo, respecto de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, se realicen con apego a los principios de transparencia, honradez, certeza, legalidad, objetividad, imparcialidad, eficacia y eficiencia;

VI. Promover el desarrollo de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en beneficio del país, y

VII. Procurar el aprovechamiento del gas natural asociado en las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos.

También está obligada por el artículo 15 de Ley de Hidrocarburos, a verificar, entre otras, que el operador del contrato cuente con las capacidades técnicas y financieras para llevar a cabo las actividades en el área contractual. De acuerdo con el informe de la Cuenta Pública 2015 de la ASF, la CNH presenta dificultades técnicas y operativas que no le permiten garantizar una vigilancia suficiente y menos eficaz de los operadores de áreas contractuales licitadas.

Artículo 15.- Sólo el Estado Mexicano, por conducto de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, podrá otorgar Contratos para la Exploración y Extracción. La selección del Contratista tendrá lugar a través de un proceso de licitación, en términos de lo dispuesto por el artículo 23 del presente ordenamiento.

La Comisión Nacional de Hidrocarburos deberá autorizar, de forma previa, la celebración de alianzas o asociaciones, en los que se ceda:

I. El control corporativo y de gestión del Contratista, o

II. El control de las operaciones en el Área Contractual, de forma parcial o total.

Para autorizar la cesión del control de las operaciones a que se refiere la fracción II, la Comisión Nacional de Hidrocarburos analizará, entre otros aspectos, que el operador del Contrato para la Exploración y Extracción cuente con la experiencia, las capacidades técnicas y financieras para dirigir y llevar a cabo las actividades en el Área Contractual y asumir las responsabilidades inherentes del Contrato para la Exploración y Extracción.

Todo lo anterior nos dibuja un panorama muy delicado que nos está llevando a perder el control de la explotación y la renta petrolera. Por el potencial y real daño patrimonial a la nación es urgente que este legislativo imponga el interés de nacional en el ámbito de la explotación y extracción petrolera.

Por lo antes expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Esta soberanía exhorta a la Comisión Nacional de Hidrocarburos a que haga públicos los instrumentos técnicos y operativos mediante los que realiza las actividades de inspección y vigilancia de las áreas contractuales en aguas someras y terrestres.

Segundo. Esta soberanía exhorta a la Comisión Nacional de Hidrocarburos a que haga públicos los instrumentos técnicos y operativos mediante los que realizará las actividades de inspección y vigilancia de las áreas contractuales en aguas profundas.

Ciudad de México, a 24 de marzo de 2017.

Diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a la presunta compra y coacción del voto en el estado de México, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Morena

Las diputadas y los diputados que suscriben, Sandra Luz Falcón Venegas, Mario Ariel Juárez Rodríguez y Magdalena Moreno Vega, todos integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, nos permitimos presentar a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Desde hace décadas se habla en este país de compra de votos, coacción, coerción electoral para influir y garantizar –si acaso fuera posible– votos de grupos, gremios y organizaciones.

Con respecto a este tema, el artículo 7, numeral 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), establece que

“El voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible. Quedan prohibidos los actos que generen presión o coacción a los electores” .

De acuerdo con información de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), entre los delitos que más se cometen en el ámbito electoral se encuentra la obtención ilícita de credenciales para votar y utilizarlas para cometer fraudes comerciales o bancarios; en segundo lugar se encuentra la obtención u ofrecimiento de dádivas a cambio del voto ciudadano, mientras que el tercer sitio lo ocupa el condicionamiento de un servicio público a cambio de sufragar por un candidato o partido político.

En el proceso electoral del año 2012 la Fepade consignó 589 averiguaciones previas y obtuvo 612 órdenes de aprehensión en contra de igual número de personas por la comisión de algún delito electoral.

En ese mismo año, se estimó que cerca de 30% de los sufragios emitidos el 1 de julio fueron producto de la compra y coacción de voto, mientras que en un promedio de 21% de casillas se violó el secreto al sufragio, la gravedad de dichas irregularidades ameritaba que se anulara la elección presidencial.1

Este año, en nuestro país habrá elecciones en los estados de Coahuila, estado de México, Nayarit y Veracruz, donde casi 14 millones de mexicanos podrán ejercer su derecho al sufragio, sin embargo las irregularidades en el proceso electoral ya empiezan a darse.

Isis Ávila, presidenta honoraria del DIF del Estado de México e hija del mandatario mexiquense Eruviel Ávila, encabezó 55 eventos masivos y entregó monederos electrónicos a los asistentes a cambio de una copia de su credencial de elector, de acuerdo al periódico Reforma .

Según dicha información, las tarjetas “La Efectiva” tienen montos que van de los 2 mil 750 a 3 mil pesos, las cuales son otorgadas a cambio de una copia de la credencial de elector.2

De acuerdo con los beneficiarios consultados, el dinero fue depositado en tarjetas de débito Banorte, asimismo informaron que pudieron disponer del efectivo apenas un día después de que les fue entregada la tarjeta.

Grupo Reforma dio a conocer que, tras un evento convocado por la Secretaría de Desarrollo Social, funcionarios del Gobierno de Eruviel Ávila repartieron mil 186 tarjetas bancarias del programa “Mujeres que logran en grande”.

De acuerdo con las reglas de operación del programa, el monto del apoyo puede ir de los 550 a los 2 mil 750 pesos por persona.

La ayuda deben recibirla mujeres mexiquenses en situación de pobreza que hayan solicitado su inscripción personalmente en módulos establecidos por el Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, que es la instancia ejecutora, sin embargo, entre quienes recibieron el apoyo de manera masiva hay hombres.

Dichas acciones influyen en el proceso electoral, trafican con la pobreza e inciden de manera directa en la compra del voto.

Pero esta no es la primera vez que el Partido Revolucionario Institucional incurre en una posible infracción a la Ley, pues por otro lado, durante los primeros días del mes de marzo, el gobierno federal eligió al estado de México, para presumir en su nueva serie de spots resultados de programas sociales.

Los spots de radio y televisión del gobierno federal que se transmiten en tiempos oficiales describen las bondades de programas como Escuelas de Tiempo Completo o Prospera en el estado de México, cabe mencionar que dichos spots salieron al aire durante el periodo de precampaña.3

Al respecto, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que durante el tiempo que comprendan las campañas electores y hasta que concluyan los comicios se deberá suspender la difusión de toda propaganda electoral, excepto la vinculada a servicios de protección civil, educativos y de salud.

Durante el proceso electoral de 2011, cuando resultó ganador Eruviel Ávila, el PRI interpuso una queja ante las autoridades electorales en contra de los spots del gobierno federal -en ese entonces en manos de Felipe Calderón, del Partido Acción Nacional (PAN)-.

La queja del PRI justamente decía que el gobierno federal interfería en los comicios con propaganda sobre los resultados de programas sociales en la entidad.

El entonces Instituto Federal Electoral (IFE) ordenó suspender en junio de 2011 los mensajes de radio y televisión del gobierno federal en el estado de México y en otras entidades con elecciones: Nayarit y Coahuila.4

Hoy, se hace necesario que se sancionen este tipo de acciones que vician los procesos electorales; en este contexto, el Instituto Nacional Electoral es el encargado de garantizar la correcta aplicación de las normas en cada entidad, motivo por el cual es indispensable se realice una investigación exhaustiva en el estado de México, ello con el fin de que se garantice la veracidad y transparencia del proceso electoral en el estado en cuestión.

Fundado y motivado en las consideraciones anteriormente expuestas, sometemos a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Instituto Nacional Electoral para que investigue la presunta compra y coacción del voto, a través de la entrega de monederos electrónicos por parte del Partido Revolucionario Institucional en el estado de México.

Notas

1 http://www.proceso.com.mx/313108/producto-de-la-compra-y-coaccion-del-v oto-30-de-los-sufragios-alianza-civica

2 https://www.publimetro.com.mx/mx/noticias/2017/03/09/hija-eruviel-avila -campana-monederos-electronicos.html

3 http://www.animalpolitico.com/2017/03/spots-gobierno-elecciones-edomex/

4 Ídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputados: Sandra Luz Falcón Venegas, Mario Ariel Juárez Rodríguez (rúbrica), Magdalena Moreno Vega, Jesús Serrano Lora.

Con punto de acuerdo, relativo al cumplimiento del laudo del juicio laboral 472/2004, dictado hace más de doce años por la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje de la ciudad respecto a los trabajadores Primo Jaime Sánchez Martínez y Saúl Martínez Villarreal, suscrita por los diputados Mario Ariel Juárez Rodríguez, Roberto Alejandro Cañedo Jiménez y Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena

Punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por el que se exhorta respetuosamente a la presidenta de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México para que en uso de sus facultades y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, fracción II, y 123, fracción XX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 940 de la Ley Federal del Trabajo, se dé cumplimiento al laudo del juicio laboral 472/2004, dictado por la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliaciòn y Arbitraje de la Ciudad de México, hace más de 12 años, respecto de los trabajadores Primo Jaime Sánchez Martínez y Saul Martínez Villarreal; asimismo, se investigue y resuelva respecto de la responsabilidad administrativa de los servidores públicos que hayan participado en los hechos que impiden la ejecución materia del presente punto de acuerdo.

Mario Ariel Juárez Rodríguez, Roberto Alejandro Cañedo Jiménez y Juan Romero Tenorio, en nuestra calidad de diputados federales de la LXIII Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6o. y numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la presente proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. El 19 de enero de 2005, la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliaciòn y Arbitraje del Distrito Federal, hoy de la Ciudad de México, dictó laudo en el juicio laboral 472/2004, en el que condenó al Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal, al cumplimiento de diversas prestaciones respecto de 13 trabajadores, precisando en el segundo punto resolutivo:

Segundo. Se condena al Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal a pagar a cada actor del presente juicio la cantidad de 388 881.80 (trescientos ochenta y ocho mil ochocientos ochenta y un pesos 80/100 m.n.) salvo error u omisión de carácter aritmético, por concepto de la parte proporcional de los veinte días de salario por cada año de servicio, por los tres meses, por los salarios caídos y por los salarios devengados; sin perjuicio de los salarios que se sigan venciendo hasta el cumplimiento de la presente resolución, así como también deberá hacer entrega a cada trabajador de las constancias de inscripción hechas ante el IMSS e Infonavit, por el tiempo de servicios.

A fin de dar cumplimiento a lo anterior, el 24 de junio de 2005 se dictó el auto de ejecución con efectos de mandamiento, para lo cual se comisionó al actuario, a efecto de que se constituyera en el domicilio de la demandada, se le requiriera el pago correspondiente, y en caso de que se abstuviera, se procediera al embargo de bienes suficientes para garantizar el pago.

El 11 de agosto de 2005, el Décimo Tribunal Colegiado en materia de Trabajo del Primer Circuito resolvió el juicio de amparo directo DT-5670/2005, promovido por el Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal, contra el laudo, en el que determinó: “La Justicia de la Unión no ampara ni protege al Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal”. Determinación a la que arribó, en virtud que consideró que el laudo no era violatorio de las garantías individuales del mencionado comité directivo.

El 12 de junio de 2006, en la diligencia de requerimiento y embargo, el actuario trabó el embargo a la cuenta 0143967662, en la institución bancaria BBVA Bancomer, SA, a nombre del Partido Revolucionario Institucional; el 15 del mes y año citados, la Junta Especial Número Dos tuvo por legal y formalmente trabado dicho embargo.

El 5 de septiembre de 2006, la junta emitió dos resoluciones, con las que resolvió los siguientes recursos interpuestos contra las diligencias referidas en el párrafo precedente, en las que declaró su improcedencia.

El partido solicitó que se levantara el embargo, aduciendo que como titular de la cuenta no era parte en el juicio, ya que nunca fue llamada a juicio, ni condenada en el mismo, por lo que el embargo resultaba una violación de sus garantías.

La Junta Especial Número Dos, al resolver, esencialmente, en ambas resoluciones, precisó que el comité al ser un órgano del partido, lo “representa tanto en sus derechos como en sus obligaciones”; es decir, son la misma persona moral. Motivo por el que determinó la improcedencia en estos recursos. En la revisión de los actos del ejecutor, en el considerando IV, precisa (lo subrayado es propio):

IV. Respecto de que la cuenta embargada es un tercero extraño a juicio, dicho Partido Revolucionario Institucional pretendió acreditar la titularidad de la misma con el contrato de apertura de la cuenta de cheques cash management Bancomer, número 0143967662, celebrado entre su representada Partido Revolucionario Institucional (Comité Directivo DF), (...) alegando que al no ser parte en el presente juicio, debe levantarse el embargo trabado; si bien es cierto, de la documental antes descrita se aprecia que el Partido Revolucionario Institucional apertura la cuenta, también lo es que de los oficios remitidos por la Institución Bancaria (...) Documentales que relacionadas con el anexo del oficio remitido por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (fojas 352 y 353), se aprecia que el titular de la cuenta es el Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal, ya que dicho Comité Directivo es parte de los órganos de dirección del Partido Revolucionario Institucional, por lo que carece de personalidad jurídica para actuar a nombre propio; es decir, al ser parte de un partido político le representa tanto en sus derechos como en sus obligaciones, para hacer cumplir con los fines para los que el mismo se formó y cuenta con la facultad, según se aprecia del artículo 122 de los Estatutos del Partido Revolucionario Institucional, de rendir al consejo político de la entidad federativa el informe anual que deberá incluir el origen y aplicación de los recursos financieros del partido en la entidad, (sic) por lo que cuenta con recursos financieros como órgano de dirección del citado partido político (...).

El 21 de noviembre de 2006, el Segundo Juzgado de Distrito en Materia de Trabajo del Distrito Federal, resolvió el amparo 1304/2006 y acumulado, promovidos por el Partido Revolucionario Institucional y la coalición Unidos por la Ciudad, integrada por los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México.

A. En cuanto a la demanda del Partido Revolucionario Institucional, como actos reclamados, señaló:

i. Todos los actos, decretos y resoluciones dictados por la junta en el expediente laboral 472/2004, por falta de emplazamiento.

ii. La ejecución del laudo.

iii. La traba de embargo a la cuenta 0143967662 del Partido Revolucionario Institucional.

El juez de distrito sobreseyó, al determinar que el Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal y el Partido Revolucionario Institucional son la misma persona.

Consideró que el partido no era una persona extraña al juicio laboral en que se actuaba, como se ostentó, en razón que el referido comité, demandado en el juicio laboral, era uno de sus órganos. A partir de la foja 18 de la sentencia de nuestra atención, el juzgador precisó (lo resaltado es propio).

En el caso en estudio se actualiza la causal de improcedencia prevista (...) en virtud de que el quejoso se ostentó persona extraña al juicio laboral donde emanan los actos reclamados, siendo que del análisis de las constancias de autos se evidencia que carece de tal carácter.

(...)

Así, el Partido Revolucionario Institucional, como indica el agraviado, es una sola persona jurídica, que tiene representatividad en todo el país a través de los órganos que designan sus estatutos ; y que el comité directivo demandado es uno de esos miembros de dirección y representación para la demarcación territorial en el Distrito Federal, o dicho de otra forma, si el quejoso es un organismo que se integra por varios órganos o miembros, no pueden considerarse a éstos en forma independiente del ente jurídico porque constituyen el mismo ser.

Si el Comité Directivo con sede en la Ciudad de México compareció a juicio, es claro que el Partido Político (al ser uno solo) sí estuvo enterado de la existencia del procedimiento laboral, incoado contra uno de sus órganos de representación y dirección, dado que el comité únicamente constituye una porción del titular de la acción constitucional.

(...)

Por tanto, si a los comparecientes por el órgano de dirección territorial, confirió poder una persona facultada no sólo por el segmento del partido, sino por el Comité Ejecutivo Nacional: es evidente que el PRI sí conocía la existencia del juicio promovido contra uno de sus órganos, y aun cuando sabe que el Comité carece de personalidad jurídica propia por ser un segmento del partido, en su caso, debió comparecer al juicio, o bien, a través del comité excepcionarse en el sentido de que no podía responder en su caso de la condena que se llegara a emitir, lo que no hizo, por lo que el Partido Revolucionario Institucional consintió que el juicio se substanciara sólo en contra de uno de sus órganos, máxime que el artículo 712 del código obrero determina que los trabajadores no tienen obligación de conocer el nombre correcto de su patrón, y los operarios manifestaron en su ocurso laboral que demandaban al Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal o quien resultara propietario de la fuente de trabajo, por lo que fue condenado uno de sus órganos el cual no cuenta con personalidad jurídica ni patrimonio propio, es evidente que el partido como sujeto de derecho debe cumplirlo, y no puede desconocer la existencia del juicio, de la cual se enteró a través del órgano de representación y dirección territorial que compareció a juicio; que de considerar que no fue demandado, se estaría dotando al Comité Directivo de una personalidad jurídica que no tiene por sí misma, sino que tiene su génesis en la existencia del partido, la cual desaparecería de fenecer éste.

El 27 de febrero de 2007, la junta ordenó el archivo laboral, al acordar 8 escritos, donde los trabajadores, supuestamente, se daban por pagados de todas y cada una de las prestaciones a que condenaba el laudo, por lo que pedían se archivara el asunto. En virtud de ser falsas la firmas de dichos escritos, los trabajadores que nos ocupan lo impugnaron, obteniendo resolución contrario a lo determinado por autoridad laboral.

El 30 de septiembre de 2008, en el juicio constitucional 1203/2008, el juez sexto de Distrito en materia de Trabajo en el Distrito Federal determinó conceder el amparo, al considerar que el acuerdo impugnado era contrario a derecho, en razón que el presidente de la junta, en contravención al artículo 949 de la ley laboral, dejó de cerciorarse y vigilar que al trabajador, en forma personal, se le entregará la suma de dinero a que resultó condenado el patrón, a efecto de evitar que el derecho declarado en el laudo que pone fin a la controversia laboral, quedara en simple enunciado.

Se han llevado diversas diligencias de requerimiento de pago y embargo, como son la del 27 de junio de 2005, 10 de agosto de 2005, 23 de marzo de 2006, 12 de junio de 2006, 24 de septiembre de 2009, 10 de noviembre de 2014, 28 de agosto de 2015 y 13 de abril de 2016; esencialmente, se ha solicitado el embargo de cuentas bancarias; embargo del partido político, nombrando interventor con cargo a la caja, así como embargo al financiamiento que recibe la demandada, por parte del Instituto Electoral del Distrito Federal.

A partir de la diligencia del 24 de septiembre de 2009, la autoridad laboral, sistemáticamente ha determinado la improcedencia de los embargos, con argumentos totalmente ilegales , como es el hecho de que

1. El Partido Revolucionario Institucional y el Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal son personas diversas, no obstante que la propia junta laboral, en sus resoluciones interlocutorias del 5 de septiembre de 2006, reconoció que ambos son la misma persona moral.

2. No se le proporcionó el domicilio del Instituto Electoral del Distrito Federal, cuando el mismo obra en el expediente laboral.

3. El Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal no es una empresa, por lo que resulta improcedente el nombramiento de un interventor a la caja.

4. Carece de ingresos , en razón que éstos le son asignados por el Instituto Nacional Electoral.

5. En el amparo 1304/2006, el juez reconoció que el partido y el comité son personas diversas, cuando en dicho amparo se sobreseyó, precisamente, porque ambos son la misma persona.

a) Las diversas promociones que se han presentado a la junta para hacer efectiva la ejecución del laudo, sistemáticamente, en sus acuerdos hay

i. Dilación en emitirlos, no obstante que el artículo 838 de la Ley Federal del Trabajo establece que deberán dictarse al concluir la diligencia o dentro de las 48 horas siguientes a que se reciban las promociones.

ii. Sus resoluciones son contra actuaciones.

iii. Sus resoluciones son contrarias a derecho, además que no las funda ni motiva.

Con tal conducta ha logrado impedir el cumplimiento del laudo de nuestra atención. Así como obligar a los trabajadores a interponer recursos; incluso, amparos, con lo que ha logrado una mayor dilación en la conclusión del asunto.

El 24 de septiembre de 2009 se realizó la diligencia de requerimiento de pago y embargo, donde se solicitó se trabara embargo sobre la empresa, para lo cual se designó un depositario con cargo a la caja del Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional, así como se enviara oficio a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para el efecto de que proporcionara a la Junta las cuentas bancarias, inversiones, bienes, derechos, productos, aprovechamientos, dinero de curso legal o de cualquier otra índole o de naturaleza económica que se encontrara a favor de la demandada. Respecto a esta diligencia, la junta acordó el 15 de agosto de 2012; es decir, casi tres años después de que tuvo que hacerlo. Pero además, lo hace contrario a derecho, pues omitió pronunciarse en cuanto a que se girará oficio a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, cuando estaba obligada a hacerlo; siendo esto básico para poder ejecutar el laudo. Incluso, su acuerdo carece de la debida fundamentación y motivación.

La revisión de los actos de ejecución contra los actos del presidente ejecutor que promovió la demandada el 29 de septiembre de 2009 lo resolvió el 28 de marzo de 2012. Además del tiempo en que se resolvió, más de dos años, la admisión de dicho recurso fue contraria a derecho, en virtud de que admitió el recurso cuando el mismo resultaba improcedente, ya que el recurso se promovió contra actuaciones del presidente, cuando éste nunca emitió acuerdo alguno.

El artículo 849 de la Ley Federal del Trabajo establece que el recurso de revisión procede contra actos; luego entonces, al no existir acto alguno, desde luego que resultaba improcedente, por lo que no debió haberse admitido. La inexistencia del acto se reconoce en la propia resolución; es decir, se admitió para revisar actuaciones que no existían y se tardaron más de dos años y medio.

En el considerando IV de la resolución interlocutoria, parte final, se establece, lo resaltado es propio.

... con relación a esto se debe destacar que los argumentos planteados no revelan ninguna actuar contraria a derecho por parte del presidente ejecutor pues incluso en ningún momento se ha pronunciado en autos sobre la diligencia practicada el día veinticuatro de septiembre del año dos mil nueve , (...) en consecuencia se debe declarar infundado el incidente planteado.

Segunda. La conducta sistemática de la junta de dictar acuerdos en contra de actuaciones, contra derecho y con una dilación considerable, también se acredita con la sentencia pronunciada en el recurso de revisión 28/2015 del 9 de julio de 2015, por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa de Enríquez, Veracruz, quien concedió el amparo a los trabajadores.

Al razonar el tribunal colegiado respecto al incorrecto criterio del juez primero de Distrito en materia de Trabajo del Primer Circuito de sobreseer el juicio de amparo precisó:

Esto es, los quejosos no pretenden que la autoridad laboral sea la que, ante su pasividad, proceda –motu proprio– a la ejecución del laudo respectivo, sino que su motivo de disenso estriba en que ésta ha incurrido en un retraso sistemático en la emisión de los acuerdos respectivos y, cuando provee en torno a las promociones respectivas, lo hace de manera incorrecta, haciendo necesario para los promoventes la continua presentación de incidentes de revisión y hasta juicios de amparo, lo que ha traído como consecuencia que a pesar de que han transcurrido aproximadamente diez años desde que se emitió el laudo reclamado, éste no ha sido cumplido, situación que ha decantado en la contravención del artículo 17 de la Constitución federal.

No obstante que en un amparo se estableció la obligación de que la junta “provea lo conducente a fin de que cese la dilación en el cumplimiento del laudo reclamado, para lo cual deberá acordar y resolver, en el término previsto por la ley, lo que en derecho corresponda”, a la fecha tal circunstancia se ha omitido y se continúa sin ejecutarse el laudo.

Entre los derechos humanos con que contamos los mexicanos se encuentran los contenidos en el segundo párrafo del artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sustento de la garantía de audiencia, relativa al respeto de las formalidades esenciales del procedimiento, la cual se refiere al cumplimiento de las condiciones fundamentales que deben satisfacerse en el procedimiento jurisdiccional que concluye con el dictado de una resolución que dirime las cuestiones debatidas, mismo que a la letra señala:

Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.

...

El primer párrafo del artículo 16 constitucional impone a las autoridades la obligación de fundar y motivar debidamente los actos que emitan, esto es, que se expresen las razones de derecho y los motivos de hecho considerados para su dictado, los cuales deberán ser reales, ciertos e investidos de la fuerza legal suficiente para provocar el acto de autoridad.

El artículo 17 de la Carta Magna precisa:

Artículo 17. Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.

Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.

...

Las leyes federales y locales establecerán los medios necesarios para que se garantice la independencia de los tribunales y la plena ejecución de sus resoluciones

...

La Ley Federal del Trabajo establece que para el cumplimiento de los laudos se dictaran las medidas necesarias para que la ejecución sea pronta y expedita , tomando en cuenta que las actuaciones de la junta se harán a más tardar dentro de dos días.

Artículo 838. La junta dictará sus resoluciones en el acto en que concluya la diligencia respectiva o dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a aquellas en la que reciba promociones por escrito.

Artículo 940. La ejecución de los laudos a que se refiere el artículo anterior, corresponde a los presidentes de las Juntas de Conciliación Permanente, a los de las de Conciliación y Arbitraje y a los de las juntas especiales, a cuyo fin dictarán las medidas necesarias para que la ejecución sea pronta y expedita.

El artículo 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José) garantiza el derecho a la tutela efectiva:

Artículo 8. Garantías Judiciales

1. Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.

...

Tercera. Las actuaciones que obran en el expediente laboral 472/2004 reflejan que han pasado más de 12 años de que se dictó un laudo favorable a los trabajadores sin que se haya ejecutado.

Lo que se concluye que no ha existido la impartición de una justicia pronta y expedita; sin que se observe alguna circunstancia que justifique tal tardanza; sino por el contrario, existen conductas de la autoridad que han impedido el respeto de las garantías establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El rol de los operadores judiciales en estos tiempos frente a una sociedad que exige respuestas urgentes, es dar pronta seguridad jurídica, amparo frente al desamparo, tutela frente a la indefensión, abriendo las compuertas de la jurisdicción y garantizando las libertades fundamentales a todos los habitantes.

El derecho a la tutela judicial efectiva comprende en un triple e inescindible enfoque: a) La libertad de acceso a la justicia, eliminando los obstáculos procesales que pudieran impedirlo. b) De obtener una sentencia de fondo, es decir motivada y fundada, en un tiempo razonable, más allá del acierto de dicha decisión. c) Que esa sentencia se cumpla, o sea a la ejecutoriedad del fallo.

En este caso estamos ante una evidente inseguridad jurídica, toda vez que la función jurisdiccional el Estado da certeza a los conflictos o situaciones de incertidumbre o inseguridad que se producen en la sociedad se ha visto trastocada.

Cabe señalar que la certeza no significa necesariamente dar la razón a quien recurre al servicio, pero sí a recibir una respuesta razonable y oportuna. Y a que una vez definida la cuestión por el Poder Judicial, todo el aparato coactivo del Estado se ponga al servicio de su ejecución.

El único modo que tiene el Estado para exigir el cumplimiento de las normas y proscribir la justicia privada es a través de una administración de justicia organizada en forma eficiente.

Cuando la administración de justicia fracasa, la seguridad jurídica es reemplazada por la irracionalidad y por la imprevisibilidad desapareciendo la confianza y colocando a los miembros de una sociedad, y a veces hasta al propio gobierno, en estado de indefensión.

Si este engranaje se resiente en cualquiera de sus fases, se pone en peligro la seguridad jurídica, el estado de derecho y el estado de justicia. Por eso debe comprenderse que la jurisdicción, la tutela judicial efectiva debe extenderse, sin lagunas ni fisuras, a todas las personas, a todo el territorio y a todas las materias.

En este caso, el argumento esencial que esgrime la junta laboral estriba en que el Partido Revolucionario Institucional del Distrito Federal y el Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal no son la misma persona moral, circunstancia que resulta insostenible, en virtud de los elementos que obran en el expediente.

Incluso, puede observarse que desde el año señalado, la demandada, Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal, no ha realizado actuación alguna en defensa de sus intereses, sino que la propia junta ha hecho valer diversos argumentos, carentes de legalidad, para impedir la ejecución del laudo.

El argumento de que el partido y el comité no son la misma persona es totalmente insostenible, en virtud que en autos del expediente laboral, la propia junta laboral ha determinado que el Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal y el Partido Revolucionario Institucional son la misma persona moral.

Sin embargo, sistemáticamente la Junta hace valer circunstancias insostenibles lo que ha implicado una constante violación a los derechos humanos de los trabajadores.

Es evidente que la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, hoy de la Ciudad de México, realiza una defensa a ultranza para favorecer al patrón, se violentan los derechos de los trabajadores, máxime cuando ya han tenido un laudo favorable.

Esgrimir que el partido y el comité son personas morales distintas contraviene la ley, toda vez que impide a los trabajadores hacer efectivo el laudo, en razón que todos los bienes que tenga el Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal siempre estarán a nombre del Partido Revolucionario Institucional, por ser la persona moral, jurídicamente existente, con lo que la junta laboral hará nugatorio el laudo, en contravención del artículo 17 constitucional. Esta conducta daña profundamente las instituciones, y mina la confianza de la sociedad en el acceso a la justicia.

Es necesario señalar que el Reglamento de la Junta Laboral de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal establece como un órgano interno la Visitaduría en los artículos 102 al 110, que entre otras cosas establecen:

De la Visitaduría de la Junta

Artículo 102. La junta cuenta con una visitaduría, como auxiliar de la presidencia. Es competente para verificar el funcionamiento de las juntas especiales, las secretarías auxiliares, las unidades jurídicas y demás áreas jurídicas de esta junta.

Artículo 104. Los visitadores están a cargo de realizar visitas de inspección a las juntas especiales, secretarías auxiliares y demás áreas jurídicas que determine el presidente de la junta, con objeto de vigilar el estricto cumplimiento de las labores correspondientes, y de verificar que éstas se realicen con apego a la normativa aplicable . Asimismo, con el auxilio de la Dirección de Servicios Informáticos, verificarán el avance en el proceso de digitalización de los expedientes de la junta.

Artículo 105. Los visitadores para llevar a cabo las visitas a las juntas especiales, secretarías auxiliares y demás áreas jurídicas, se ajustarán a las siguientes reglas:

...

VI. Los litigantes, el personal judicial y administrativo de la junta especial, secretaría auxiliar o área jurídica que se vaya a visitar, o cualquiera otra persona con interés en la inspección, podrán exponer sus quejas, observaciones o sugerencias al visitador, de todo lo cual tomará debida nota para su informe, agregando los anexos y pruebas que en su caso se le presenten.

Artículo 106. Las visitas de inspección a las juntas especiales, secretarías auxiliares o áreas jurídicas quedan sujetas a las siguientes reglas:

...

II. A su elección, el visitador examinará todos los expedientes del Área de que se trate o de manera aleatoria unos cuantos;

IV. Se verificará que las actas de audiencia se hayan levantado correctamente, que las pruebas se hayan desahogado y que las notificaciones estén debidamente integradas, y se hayan efectuado en tiempo y forma;

V. Se examinará si en el caso concreto se han observado los términos legales y que todas las promociones de las partes pendientes se hayan agregado a los autos y se hayan acordado sin demora y como corresponda;

VI. El visitador solicitará un informe de los cumplimientos de ejecutorias y sentencias pronunciadas en materia de amparo, y vigilará que se hayan cumplido de manera estricta; y...

Artículo 109. En todos los casos, el visitador rendirá informe por escrito de su visita ordinaria o extraordinaria al presidente de la junta con copia al secretario general que corresponda a fin de que se tomen las medidas procedentes.

Artículo 110. El personal jurídico y administrativo al que se le atribuya alguna irregularidad a que se refiere el artículo 106 de este reglamento, así como los propios denunciantes, podrán solicitar al visitador que, en acta separada, se hagan constar sus quejas, sus defensas u observaciones o lo que a su derecho convenga, haciendo una relación de las pruebas presentadas sobre el particular que deben agregarse al informe con los anexos exhibidos.

Cuando de la visita de inspección resulte responsabilidad para alguno de los miembros del personal de la junta especial o del área de que se trate, el presidente de la junta por conducto del contralor, llamará desde luego al afectado, para que exponga todo cuanto considere pertinente, dándole oportunidad de aportar pruebas en descargo de la falta que se le atribuya; y una vez desahogadas las mismas, el contralor propondrá al presidente de la junta la aplicación o no de las sanciones que correspondan.

Por tanto, y con fundamento en lo expresado, así como en las disposiciones invocadas en el proemio, se proponen los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a la presidenta de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México para que en uso de sus facultades y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, fracción II, y 123, fracción XX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 940 de la Ley Federal del Trabajo, se dé cumplimiento al laudo del juicio laboral 472/2004, dictado por la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México hace más de 12 años respecto de los trabajadores Primo Jaime Sánchez Martínez y Saúl Martínez Villarreal.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a la presidenta de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México para que en uso de sus facultades establecidas en el Reglamento de la Junta de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal mandate a la Visitaduría a fin de que realice una inspección extraordinaria a la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México, y seleccione para revisión el expediente laboral 472/2004, donde fue laudo hace más de doce años, respecto de los trabajadores Primo Jaime Sánchez Martínez y Saúl Martínez Villarreal, pero se ha impedido su cumplimiento por la presidenta de dicha junta.

Tercero. Se dé vista al Ministerio Público de la Ciudad de México para que al efecto se investigue y deslinden responsabilidades por delitos personal de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de México en contra del adecuado desarrollo de la justicia cometidos por servidores públicos, denegación o retardo de justicia y los que resulten.

Palacio de Legislativo de San Lázaro, a 28 de marzo de 2017.

Diputados: Mario Ariel Juárez Rodríguez (rúbrica), Roberto Alejandro Cañedo Jiménez, Juan Romero Tenorio.