Comunicaciones oficiales Iniciativas de ley o decreto de las legislaturas de los estados


Comunicaciones oficiales

De los diputados Omar Ortega Álvarez y Érik Juárez Blanquet, por las que solicitan el retiro de iniciativas

Palacio Legislativo, a 5 de diciembre de 2017.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Presidente de la Mesa Directiva

Presente

Quien suscribe, Omar Ortega Álvarez, diputado del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 77, fracción 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito atentamente que tenga a bien dictar sus apreciables instrucciones para hacer efectivo mi derecho del retiro de la iniciativa que reforma y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, publicada en Gaceta Parlamentaria el 21 de marzo de 2017, relativa a la inmunidad constitucional.

Sin más por el momento y para cualquier aclaración al respecto, quedo de usted.

Atentamente

Diputado Omar Ortega Álvarez (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 diciembre de 2017.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar, de manera respetuosa, el retiro de las iniciativas que se describen a continuación:

1. Que adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de elevar a rango constitucional la prohibición del matrimonio infantil en todo el país. Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Publicada en la Gaceta Parlamentaria número 4739-IX, martes 14 de marzo de 2017. (Expediente 6069)

2. Que reforma los artículos 16 y 42 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Turnada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Turnada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Publicada en la Gaceta Parlamentaria número 4864-V, martes 12 de septiembre de 2017. (Expediente 7914)

Sin más por el momento aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Diputado Érik Juárez Blanquet (rúbrica)

Del gobierno de Jalisco, mediante la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortar a los estados a integrarse y apoyar en el marco de sus atribuciones los trabajos de la federación para proteger las especies en peligro de extinción

Vicepresidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Por instrucciones del gobernador del estado, y en seguimiento al acuerdo legislativo federal contenido en el oficio DGPL 63-II-2-1387; adjunto al presente le envío copia de la misiva número Semadet número 1230/2017, signado por la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, para informar a esa soberanía que dicha dependencia, tiene acuerdos de colaboración con la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, así como en coordinación con la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, se elaboró la Estrategia Estatal de Biodiversidad.

Lo anterior, con fundamento legal en el artículo 13, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de esta entidad federativa.

Reciba un saludo cordial.

Atentamente

Guadalajara, Jalisco, a 28 de septiembre de 2017.

“2017, Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco y del Natalicio de Juan Rulfo”


Maestro Roberto López Lara (rúbrica)

Secretario General de Gobierno


Guadalajara, Jalisco, a 22 de agosto de 2017.

Maestro Roberto López Lara

Secretario General de Gobierno

Presente

Por este conducto me permito enviar un cordial saludo y hago de su conocimiento que el licenciado Giovanni Joaquín Rivera Pérez, secretario particular del gobernador del estado remitió a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, para su atención y seguimiento, copia del oficio número D.G.P.L. 63-II-2-1387, emitido por la diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, por el cual remite el acuerdo tomado por la Cámara de Diputados mismo que exhorta a la entidades federativas para que en el marco de sus atribuciones, se integren y apoyen los trabajos realizados por la federación, tendientes a proteger las especies en peligro de extinción en el país, en este sentido le informo:

La Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, a través de la Dirección General de Conservación y Biodiversidad, tiene acuerdos de coordinación con la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para manejo de áreas naturales protegidas de carácter federal, donde se establecen los Programas Operativos Anuales, atendiendo a las necesidades de protección de especies prioritarias de conservación, especies emblemáticas, así como las especies enlistadas en la Normas Oficiales Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010. Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo.

Asimismo, en coordinación con la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, se elaboró la Estrategia Estatal de Biodiversidad, misma que establece acciones de protección de especies prioritarias, así como acciones de difusión y cultura ambiental orientadas a dicho fin, cabe señala que la estrategia Estatal de Biodiversidad se encuentra en su etapa final de edición y se busca que sea publicada en los próximos meses a efecto de iniciar su implementación el próximo año.

En adición a lo anterior, es de importancia señalar que dentro de las competencias del estado se encuentra evaluar el impacto ambiental de diversas actividades, es por ello que en búsqueda de colaborar con la Política Nacional en materia de protección a especies prioritarias, al momento de emitir el resolutivo de impacto ambiental se establecen medidas preventivas, de mitigación y compensatorias para minimizar los efectos negativos sobre las poblaciones de vida silvestre y su hábitat, incluidas las especies de fauna con alguna categoría de riesgo según lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010. Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo, siendo entre ellas las siguientes:

• Se requiere presentar su propuesta de áreas verdes como medida compensatoria, con una superficie mínima del 10 por ciento respecto de la superficie total del proyecto, lo anterior con la finalidad (entre otros beneficios) de que sirvan como sitios de hábitat para fauna local.

• Se prohíbe el uso de fuego en las actividades de limpieza y retiro de la cubierta vegetal.

• Se prohíbe el uso de’ productos químicos (fertilizantes, herbicidas y agroquímicos) que resulten perjudiciales para la fauna local.

• Se requiere presentar su propuesta para el manejo de especies con categoría de riesgo, debidamente autorizado por la Secretaría de Medio Ambiente y recursos Naturales.

• Se requiere realizar obras para pasos de fauna acordes a la talla de la fauna local.

• Se requiere establecer las .medidas y acciones para proteger los hábitats, así como a la fauna silvestre nativa y migratoria, que inciden dentro del área del proyecto.

Sin otro particular, se remite anexo el Acuerdo materia del presente, para su conocimiento, quedo de usted.

Atentamente

“2017, Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco y del Natalicio de Juan Rulfo”


Bióloga María Magdalena Ruiz Mejía (rúbrica)

Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial


Guadalajara, Jalisco, a 2 de enero de 2017.

Bióloga María Magdalena Ruiz Mejía

Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del gobierno del estado de Jalisco

Presente

La diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, hace del conocimiento acuerdo aprobado en sesión de fecha 15 de diciembre de 2016. Remito copia del oficio número DGPL 63-II-2-1387, enviado al señor gobernador, para su atención y seguimiento, agradeciendo se emita respuesta por parte de su dependencia a la referida en el presente párrafo.

Lo anterior con fundamento en los artículos 8, 11, fracción I, y 21 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del estado de Jalisco y los artículos 6, fracción I, 7, 13, fracciones VIII y IX, y 18 del Reglamento Interior de las Unidades Administrativas de Apoyo al Gobernador del Estado de Jalisco.

Atentamente

Licenciado Giovanni Joaquín Rivera Pérez (rúbrica)

Secretario Particular del Gobernador del Estado

(Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.)

Del gobierno de Jalisco, mediante la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente, cuyo apartado cuarto exhorta a los titulares de las 32 entidades federativas a realizar en su ámbito de competencia acciones para la toma de conciencia de la población sobre los factores de riesgo y la repercusión de las lesiones derivadas de actividades como la pirotecnia y, en especial, aquellas donde se ven involucrados niños y adolescentes

Vicepresidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

En atención al acuerdo legislativo número D.G.P.L.-63-II-4-1711, suscrito por la diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández, en el que se exhorta a las 32 entidades federativas del país para que, en el ámbito de sus competencias, realicen las acciones necesarias para la concientización de la población sobre los factores de riesgo y la repercusión de las lesiones que traen consigo actividades como la pirotecnia y en especial, aquellas que se ven involucradas niñas, niños y adolescentes; le envío copia del diverso UEPCB-DG-1071/CJ-171/2017 de la Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos Jalisco, mediante el cual se atiende el acuerdo en referencia.

Lo anterior, con fundamento legal en el artículo 13, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

Reciba un saludo cordial.

Atentamente
Guadalajara, Jalisco, a 16 de octubre de 2017.

“2017, Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco y del Natalicio de Juan Rulfo”

Maestro Roberto López Lara (rúbrica)

Secretario General de Gobierno


Licenciado Giovanni Joaquín Rivera Pérez

Secretario Particular del Gobernador del Estado

Presente

Sirva el presente para enviarle un respetuoso saludo y en atención al acuerdo legislativo número D.G.P.L 63-II-4-1711, signado por la diputada Cristina Ismene Gaytán Hernández, vicepresidenta de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en el cual con estricto respeto al principio de división de poderes, exhorta en su apartado cuarto a los titulares de las 32 Entidades Federativas del país, para que en el ámbito de sus competencias, realicen las acciones necesarias para la concientización de la población sobre los factores de riesgo y la repercusión de las lesiones que traen consigo actividades como la pirotecnia, y en especial, aquellas en las que se ven involucradas niñas, niños y adolescentes.

Al respecto le comentamos que en coincidencia al acuerdo citado, es necesario continuar con las acciones necesarias para la concientización de la población; por consiguiente le informo que este organismo realiza de manera constante durante todo el año visitas de inspección en materia de protección civil en inmuebles donde se almacenan y elaboran artificios pirotécnicos en la entidad, teniendo mayor presencia durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre, con motivo de las fiestas y costumbres en nuestro país, periodo en el cual incrementa sustancialmente el uso de los mismos; en consecuencia y dadas las características físico-químicas de los materiales explosivos que se almacenan, manipulan y transporten en los diferentes establecimientos (talleres y polvorines), se realizan dichas inspecciones a efecto de supervisar y vigilar que estos cuenten con las medidas de seguridad en materia de protección civil, tendientes a minimizar y/o mitigar los riesgos; para lo cual la Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos cuenta con requerimientos aplicables para regular en el Estado de Jalisco; a continuación se enlistan los requerimientos esenciales con que deben contar e implementarse en dichas instalaciones:

Requerimientos documentales

• Contar con la autorización del programa específico de protección civil,

• Capacitar al personal que labora en las instalaciones en los rubros de: control y combate de incendios, primeros auxilios, búsqueda y rescate y evacuación.

• Realizar dos simulacros de evacuación como mínimo cada año.

• Contar con el registro como empresa que maneja y almacena material tipificado como peligroso o explosivo, expedido por la Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos.

• Contar con el registro de vehículos utilizados para el transporte de material tipificado como peligroso o explosivo, expedido por la Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos.

• Licencia municipal

• Permiso de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Requerimientos Físicos

• Contar con equipo extintor con carga vigente y señalizado, por lo menos 2 en cada polvorín o área de trabajo.

• Contar con tambores o piletas para el almacenamiento de agua y arena, rotulados, para sofocar incendios en la periferia de las instalaciones; así como herramientas como palas, picos, cubetas, entre otros.

• Contar con botiquín de primeros auxilios debidamente señalizado y abastecido con material de curación de acuerdo a los riesgos del lugar.

• Señalizar las rutas de evacuación, puntos de reunión; así como señalamiento restrictivo de “No fumar”, “Prohibido el paso”, “Peligro material explosivo”.

• Contar con un sistema para descarga electrostática en polvorines y áreas de trabajo.

• Contar con un sistema de protección para descargas atmosféricas (pararrayos).

• Delimitación física del predio mediante malla ciclónica o barda de tabique, con una altura mínima de 2 metros.

• Dotar de forro de madera el interior de las puertas metálicas existentes.

• Mantener un área de por lo menos 25 metros alrededor de los polvorines y talleres, libres de maleza, pasto u otros materiales combustibles que puedan generar o propagar un incendio.

• No se permiten instalaciones eléctricas en el interior de polvorines y talleres; en caso de requerirse su instalación, deberán ser antichispa y avaladas o acreditadas por una Unidad de Verificación con registro vigente ante la Secretaría de Energía.

• Las cubiertas de los polvorines y talleres, deben ser construidos mediante materiales fragmentables (no bóvedas o losas).

• El personal que labora, deberá utilizar calzado y vestimenta adecuada para realizar sus actividades en el interior de las instalaciones.

• Queda restringido el acceso a las instalaciones a menores de edad y personas no autorizadas; así como de animales, evitando la fauna nociva.

• Contar con un sistema de alertamiento que se escuche en todo el inmueble, debidamente señalizado.

Cabe mencionar que esta Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos ha revisado un total de 68 sesenta y ocho establecimientos de Enero de 2016 a la fecha, aplicando desde apercibimientos hasta clausuras parciales por no contar con las medidas de seguridad (no sólo las anteriores, sino también, por mencionar algunas tales como: empresas de alto y mediano riesgo, estaciones de servicio, plantas de almacenamiento, estaciones de carburación, estaciones de descompresión de gas natural, estancias infantiles, albergues, casas hogar, escuelas, hospitales, hoteles, centros comerciales, inmuebles de dependencias de gobierno, estatal y federal, centros de recreación, desarrollos habitacionales de nueva creación, emergencias que involucren el almacenamiento y trasporte de materiales peligrosos, entre otras); las cuales se realizan permanentemente con el fin de confirmar que se cumplan con las medidas de seguridad en materia de protección civil, así como de manera permanente se realizan reuniones con los pirotécnicos para reforzar dichas medidas, para lo cual este organismo ha redoblado esfuerzos para llevar a cabo estas acciones con el personal adscrito, bajo la premisa de salvaguardar la vida, bienes y entorno de la población en el estado de Jalisco.

Se aplica un programa de trabajo que ejerce una interacción puntual estableciendo un vínculo de análisis, integración y gestión para el efectivo funcionamiento de los Sistemas Municipales de Protección Civil, dando seguimiento a las actividades que las coordinaciones municipales realizan, vinculando dichas acciones con el Estado, convocando y organizando reuniones a través de sus Comandancias Regionales en las que se establece un programa anual de capacitación definiendo líneas de acción integrales y homologando criterios de coordinación con el fin de organizar y mejorar su capacidad preventiva y de respuesta ante emergencias, siniestros y desastres, sin embargo a estas sesiones hay una considerable ausencia de municipios que no cuentan con su Coordinación Municipal de Protección Civil a pesar de los innumerables requerimientos y la sensibilización que constantemente se realiza con las autoridades municipales correspondientes.

En el caso específico que nos ocupa respecto del almacenamiento, uso y manejo de material pirotécnico se asesora a los titulares municipales de protección civil en la implementación de operativos de inspección y vigilancia en coordinación con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, invitando a las reuniones a representantes de la Secretaría de la Defensa Nacional, con el fin de brindar asesoría respecto a los permisos y registros que esa Secretaria expide y los rangos de competencia que son atribuidos a cada instancia, consolidando una coordinación plena y funcional, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38, fracciones XX, XXI, XXIV, XXVI, XXVII y XXIX de la Ley de Protección Civil del Estado de Jalisco.

Respecto a lo mencionado con anterioridad, este organismo enviará oficios adjuntando el acuerdo legislativo a los 125 municipios del estado Jalisco, para efecto de que los mismos, de acuerdo a sus facultades y atribuciones, regulen y supervisen de manera permanente dicha actividad e implementen las medidas de seguridad pertinentes para que esta actividad se realice de forma segura y garantizar así la tranquilidad y seguridad de la población.

Sin otro particular por el momento, quedo de usted para cualquier aclaración al respecto.

Atentamente

“2017, Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco y del Natalicio de Juan Rulfo”


“Protección Civil Somos Todos”

Guadalajara, Jalisco, a 17 de febrero de 2017.


Ciudadano Trinidad López Rivas (rúbrica)

Director General de la Unidad Estatal de Protección Civil y Bomberos

(Se remite al Promovente.)

De la Secretaría de Gobernación, mediante la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para exhortar a la Conasami a considerar un incremento del salario mínimo satisfactor de las necesidades básicas establecidas en la CPEUM y que entrará en vigor el 1 de enero de 2018

Ciudad de México, a 4 de diciembre de 2017

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-8-4801 signado por el diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, presidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 200/ SDT/ 131/ 2017 suscrito por el licenciado Rafael Adrián Avante Juárez, subsecretario del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, mediante el cual responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos a considerar un incremento al salario mínimo, que cubra las necesidades básicas establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que entrará en vigor a partir del primero de enero de 2018.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario


Ciudad de México, a 1 de diciembre de 2017.

Licenciado Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación

Presente

Apreciable subsecretario Solís:

Me refiero a su oficio número SELAP/ 300/ 3396/ 17, por medio del cual comunica el punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en la sesión del jueves 23 de noviembre del año en curso, que a continuación se transcribe:

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobierno federal y a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, para que se considere a la brevedad un incremento al salario mínimo, que cubra las necesidades básicas establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que entrará en vigor a partir del primero de enero de 2018, y que convoque a todos los sectores que participan para tal efecto como son los sindicatos y el sector patronal.”

Sobre el particular, se tomó debido conocimiento del exhorto, por lo que me permito informar que el día 24 de noviembre del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución del honorable Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) que revisa los salarios mínimos generales y profesionales vigentes desde el 1o. de enero de 2017 y establece los que habrán de regir a partir del 1o. de diciembre de 2017.

Cabe señalar, que el Consejo de Representantes de la comisión, conforme a lo señalado en el último párrafo de la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo integran trabajadores, patrones, que junto con el gobierno de la República, han promovido la superación de las ataduras que han impedido que el salario mínimo avance de manera gradual y sostenida hasta el pleno cumplimiento del mandato constitucional: desindexación del salario mínimo de todas las disposiciones legales como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza; y dilución del “efecto-faro” del incremento del salario mínimo sobre los salarios vigentes en el mercado laboral; asimismo, el consejo ha coincidido con el gobierno de la República en la promoción y ejecución de las reformas estructurales que permitan tasas de crecimiento de la economía que rompan la inercia histórica de los últimos treinta años.

En este sentido, por segundo año consecutivo, al fijar los salarios mínimos que entraron en vigor el 1o. de enero de 2017, introdujo un novedoso instrumento la fijación del salario mínimo general: el monto independiente de recuperación (MIR), como elemento sustantivo del proceso de recuperación gradual y sostenido que deberá tener el salario mínimo general. El propósito del MIR es hacer posible que se recupere el poder adquisitivo de los trabajadores asalariados que perciben un salario mínimo general.

Por ello, el Consejo de Representantes de la Conasami, estableció en su resolución, lo siguiente:

Segundo. El salario mínimo general que tendrá vigencia a partir del 1o. de diciembre de 2017 en el área geográfica a que se refiere el punto resolutorio anterior, se integrará por tres componentes: primero, el monto del salario mínimo general vigente del 1o. de enero al 30 de noviembre de 2017, 80.04 pesos diarios; segundo, el monto independiente de recuperación (MIR), 5.00 pesos diarios y, tercero, el incremento de 3.9 por ciento, sobre la suma de los componentes anteriores, 3.32 pesos diarios, lo que arroja un monto de 88.36 pesos diarios como cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jomada ordinaria diaria de trabajo.

Asimismo, cabe resaltar que ese mismo cuerpo colegiado acordó en su resolutivo cuarto que si constataba que durante el primer cuatrimestre de 2018 existían condiciones económicas que lo justifiquen, llevará a cabo el proceso de revisión del salario mínimo general que entrará en vigor el 1o. de diciembre de 2017 y que continuará vigente a partir del 1o. de enero de 2018, mediante el instrumento de monto independiente de recuperación, con el propósito de cubrir la línea de bienestar del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Rafael Adrián Avante Juárez (rúbrica)

Subsecretario

(Se remite a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, mediante la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortar a la SCT a establecer un plan integral de seguridad vial que incluya la correcta recolección de datos, el establecimiento de un sistema nacional de licencias para conducir por puntos y, como requisito de éstas, la aprobación de evaluaciones teórico-prácticas

Ciudad de México, a 4 de diciembre de 2017.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-2-2308 signado por la diputada Martha Hilda González Calderón, vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DGV/JDR/1.3.-351/2017 suscrito por la maestra Jéssica Duque Roquero, directora general de Vinculación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a establecer un Plan Integral de Seguridad Vial, que incluya una correcta recolección de información, la creación de un sistema nacional de licencias para conducir por puntos y, como requisito para la obtención de la licencia, la aprobación de evaluaciones prácticas y teóricas.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario


Ciudad de México, a 21 de noviembre de 2017.

Licenciado Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos
Secretaría de Gobernación

Me refiero al oficio SELAP/ 300/ 3058/ 17, de 27 de octubre de 2017, mediante el cual comunica el punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada e1 26 de octubre del año en curso, cuyo resolutivo cito:

Único. La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal, a través de las Secretarías de Gobernación y de Comunicaciones y Transportes, para que en conjunto con las entidades federativas establezcan un Plan Integral de Seguridad Vial, que incluya una correcta recolección de información, la creación de un sistema nacional de licencias para conducir por puntos y, como requisito para la obtención de la licencia, la aprobación de evaluaciones prácticas y teóricas”.

Al respecto, me permito remitir la información que envió la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte de esta dependencia, mediante oficio 4.4.-1706, de 7 de noviembre de 2017, que se adjunta al presente para los fines conducentes.

Sin más por el momento, me reitero a sus apreciables órdenes.

Atentamente

Maestra Jéssica Duque Roquero (rúbrica)

Directora General de Vinculación


Ciudad de México, a 7 de noviembre de 2017.

Maestra Jéssica Duque Roquero

Directora General de Vinculación

Presente

Me refiero al punto de acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión celebrada el 26 del actual el cual dice lo siguiente: La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal, a través de las Secretarías de Gobernación, y de Comunicaciones y Transportes para que en conjunto con las entidades federativas establezcan un plan integral de seguridad vial, que incluya una correcta recolección de información, la creación de un sistema nacional de licencias para conducir por puntos y, como requisito para la obtención de la licencia, la aprobación de evaluaciones prácticas y teóricas.

Al respecto, me permito informar que esta Secretaría de Comunicaciones y Transportes coadyuva realizando exámenes psicofísicos integrales verificando las condiciones de aptitud psicofísica de los usuarios de las vías generales de comunicación a nivel federal, y cuenta con un expediente médico electrónico para la consulta y recolección de información, asimismo, esta Dirección General forma parte de un grupo de coordinación para la Seguridad Vial en el que participan diversas áreas de las Secretarías de Economía, de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Salud, Gobernación y Comunicaciones y Transportes, dentro del cual se ha desarrollado un proyecto de Ley General de Seguridad Vial en conjunto con la Comisión de Movilidad de la honorable Cámara de Diputados. Dicho proyecto actualmente se encuentra en consideración de ese órgano legislativo para su aprobación.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

José Valente Aguilar Zínzer (rúbrica)

Director General

(Se remite a la Comisión de Transportes, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, mediante la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortar al gobierno federal y la SCT a seguir promoviendo la contratación como terceros de las micro, pequeñas y medianas empresas para ejecutar obras y proveer servicios en el nuevo aeropuerto internacional de la Ciudad de México, a efecto de fortalecer su desarrollo y la economía nacional

Ciudad de México, a 4 de diciembre de 2017.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-3-2686 signado por la diputada Martha Hilda González Calderón, vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DGV/JDR/1.3.-355/2017 suscrito por la maestra Jéssica Duque Roquero, directora general de Vinculación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal a continuar promoviendo la contratación como terceros de las micro, pequeñas y medianas empresas para la ejecución de obras y provisión de servicios del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, a fin de fortalecer su desarrollo y la economía nacional.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos


Ciudad de México, a 21 de noviembre de 2017.

Licenciado Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos
Secretaría de Gobernación

Me refiero al oficio SELAP/300/3093/17, de 27 de octubre de 2017, mediante el cual comunica el punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 26 de octubre del año en curso, cuyo resolutivo único cito:

“Único. La Cámara de Diputados exhorta al gobierno federal, a través del Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, a continuar promoviendo la contratación como terceros de las micro, pequeñas y medianas empresas para la ejecución de obras y provisión de servicios del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, a fin de fortalecer su desarrollo y la economía nacional”.

Al respecto, me permito remitir la información que envió la Gerencia de Procesos de Licitación de Obra Pública, del Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, mediante oficio GACM/DCP/SPL/306/2017, de 9 de noviembre de 2017, que se adjunta al presente para los fines conducentes.

Sin más por el momento, me reitero a sus apreciables órdenes.

Atentamente

Maestra Jéssica Duque Roquero (rúbrica)

Directora General de Vinculación


Ciudad de México, a 9 de noviembre de 2017.

Maestra Jéssica Duque Roquero

Directora General de Vinculación

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Presente

Hago referencia al oficio número DGPL 63-II-3-2686, de fecha 26 de octubre de 2017, mediante el cual, la diputada Martha Hilda González Calderón, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, comunica el siguiente acuerdo, aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión del 26 de octubre del presente año:

“Único. La Cámara de Diputados exhorta al gobierno federal, a través del Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, a continuar promoviendo la contratación como terceros de las micro, pequeñas y medianas empresas para la ejecución de obras y provisión de servicios del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, a fin de fortalecer su desarrollo y la economía nacional”.

Sobre el acuerdo de referencia, me permito comunicar a usted lo siguiente:

Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, reconoce que las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) tienen una relevancia socioeconómica muy importante en el país, ya sea por su capacidad de generar empleos o por su participación en el crecimiento económico, este estrato de empresas se ha ganado un espacio en el debate internacional y en la captación de recursos y apoyos gubernamentales para su fomento; es por ello que en las convocatorias que conforman los distintos procesos de licitación que lleva a cabo esta entidad, ha establecido un puntaje adicional, a todas y cada una de las propuestas de los licitantes que lleven a cabo subcontrataciones, con este sector de empresas (Mipymes), para la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, se adjuntan impresiones de los requisitos solicitados en las convocatorias de los procesos de contratación.

Lo anterior, con el afán de privilegiar la participación de los distintos sectores de desarrollo que conforman la actividad económica del país.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Gerardo Francisco Hernández Romero (rúbrica)

Gerente de Procesos de Licitación de Obra Pública

(Se remite a la Comisión de Competitividad, para su conocimiento.)

Del Tribunal Superior Agrario, sobre la designación de la doctora Odilisa Gutiérrez Mendoza como magistrada presidenta para el periodo 2017-2020

Ciudad de México, a 29 de noviembre del 2017.

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados

Presente

Por este medio me permito hacer de su conocimiento que, en sesión extraordinaria administrativa de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil diecisiete, el honorable pleno del Tribunal Superior Agrario, realizó elección de magistrado presidente, resultando electa la suscrita, por el período comprendido del veinticinco de noviembre de dos mil diecisiete al veinticuatro de noviembre de dos mil veinte.

Por lo que le manifiesto mi deseo de seguir trabajando de manera continuar estrechando lazos en beneficio de México.

Atentamente

Doctora Odilisa Gutiérrez Mendoza

Magistrada presidenta (rúbrica)

De la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional, sobre su integración para el tercer año de ejercicio de la LXIII Legislatura

Ciudad de México, a 28 de noviembre de 2017

Diputado Jorge Carlos Ramírez Marín

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Por medio del presente escrito, envío a usted el acuerdo aprobado en la sesión ordinaria de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional del día 22 de noviembre del presente año, en el que fue aprobada la integración de la Comisión para el último año de ejercicio de esta LXIII legislatura, tal y como se menciona en el documento anexo.

Acuerdo que se informa a esta Mesa Directiva para los efectos legales a que haya lugar

Sin otro particular quedo a sus órdenes enviándole un cordial saludo.

Atentamente

Senadora María del Rosario Guzmán Avilés

Presidenta


Ciudad de México a 22 de noviembre del 2017.

En sesión ordinaria de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional , del día miércoles 22 de noviembre, se acuerda procedente la nueva integración de esta comisión para el último año de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, ya que con fundamento en el artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional debe ser rotativa, quedando conformada de la siguiente manera:

Secretarios

Senador Ismael Hernández Deras
Diputado Waldo Fernández González

Integrantes

Senador Luis Humberto Fernández Fuentes
Diputados Jorge Ramos Hernández y Jesús Enrique Jackson Ramírez

Por todo lo expuesto y fundado, con la votación de los integrantes de esta comisión, se aprueba el presente acuerdo.

Senadores: María del Rosario Guzmán Avilés (rúbrica), Ismael Hernández Deras (rúbrica) y Luis Humberto Fernández Fuentes. Diputados Jorge Ramos Hernández (rúbrica), Waldo Fernández González (rúbrica) y Enrique Jackson Ramírez.

De la Cámara de Senadores, por la cual manifiesta que aprobó el dictamen por el que expresa su conformidad con el acuerdo de esta soberanía que desecha el proyecto de decreto por el que se declaraba 2013 como Año Belisario Domínguez, de la Libertad y la República

Ciudad de México, a 23 de noviembre de 2017.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presentes

Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, se aprobó dictamen de las Comisiones Unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Estudios Legislativos, por el que expresa su conformidad con el acuerdo de la Cámara de Diputados que desecha el proyecto de decreto por el que se declaraba al año 2013 como el “Año Belisario Domínguez, de la Libertad y la República”, con lo que su proceso legislativo queda concluido.

Atentamente

Senador David Monreal Ávila

Vicepresidente (rúbrica)



Iniciativas de ley o decreto de las legislaturas de los estados

Del Congreso de Durango, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 211 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

Diputados Secretarios del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En sesión ordinaria de la LXVII Legislatura del estado de fecha 14 de noviembre del presente año, se aprobó dictamen de acuerdo, presentado por la Comisión de Ciencia y Tecnología e Innovación, que contiene reforma de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Sin otro particular de momento reitero a Ustedes las Seguridades de mi consideración atenta y distinguida.

Atentamente

Victoria de Durango, Durango, a 14 de noviembre de 2017.

Contador Público Mario Sergio Quiñones Prado (rúbrica)

Secretario General


Honorable Asamblea:

A la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación fue turnada para estudio y dictamen correspondiente la iniciativa con proyecto de decreto presentada por los diputados Mar Grecia Oliva Guerrero, Gerardo Villarreal Solís, Rigoberto Quiñónez Samaniego, Adriana de Jesús Villa Huízar y Marisol Peña Rodríguez, integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte, que contiene reforma de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, por lo que en cumplimiento de la responsabilidad encomendada y de conformidad con lo dispuesto en la fracción I del artículo 93, y los artículos 183, 184, 186, 187, 188 y 189 de la Ley Orgánica del Congreso de Durango, nos permitimos poner a consideración de esta asamblea el presente dictamen, con base en los siguientes antecedentes y las consideraciones que motivan su aprobación.

Antecedentes

El 15 de mayo del año en curso fue turnada a esta comisión dictaminadora la iniciativa con proyecto de decreto que contiene reforma de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, presentada por los diputados que se mencionan en el proemio del presente dictamen.

Considerandos

Primero. Los suscritos, integrantes de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, dan cuenta de que la iniciativa que se encuentra en estudio pretende reformar el artículo 211 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, a fin de que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes diseñe y promueva incentivos fiscales para las empresas proveedoras de servicios de telecomunicaciones por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Segundo. Los iniciadores destacan en las consideraciones lo que menciona la Constitución federal en la fracción II del Apartado B del artículo 6o.: “II. Las telecomunicaciones son servicios públicos de interés general, por lo que el Estado garantizará que sean prestados en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, continuidad, acceso libre y sin injerencias arbitrarias”.

Igualmente, se proporcionan algunos datos del Instituto Nacional de Geografía y Estadística, los cuales revelan que “en México hay 50 mil comunidades indígenas sin servicio telefónico y sólo en Durango existen 17 mil 875 habitantes que, pese a contar con posibilidades económicas y disposición a adquirir el servicio, no pueden hacerlo debido a la falta de infraestructura que proporcione una señal telefónica que permita un correcto funcionamiento de los aparatos celulares sin tener que recorrer largas distancias o exponerse, ya que por no tener acceso a la red telefónica, los habitantes tienen que generar diferentes alternativas para poder acceder”.

A decir de los iniciadores, lo anterior implica una violación de derechos fundamentales, como el artículo 13 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos en el inciso 1 y el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, preceptos que se transcriben a continuación:

Convención Interamericana de los Derechos Humanos

Artículo 13. Libertad de pensamiento y de expresión

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Tercero. La iniciativa que se encuentra en estudio pretende que “el Estado por medio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público diseñe y promueva incentivos fiscales a las distintas compañías telefónicas para estimularlas a llevar su servicio de telefonía a todos los lugares del país, logrando también una sana competencia entre las empresas de manera que los usuarios puedan decidir por el más conveniente evitando la monopolización, pues la competencia genera mejores servicios y precios asequibles”.

Cuarto. La Ley Federal de Telecomunicaciones contiene el capítulo “De la cobertura universal”, en el cual el artículo 211 establece lo siguiente:

Artículo 211. El objetivo del programa de cobertura social es incrementar la cobertura de las redes y la penetración de los servicios de telecomunicaciones en zonas de atención prioritaria definidas por la secretaría.

Para elaborar el programa de cobertura social, la secretaría se coordinará con los gobiernos de las entidades federativas, el gobierno del Distrito Federal, los municipios y el instituto. También recibirá y evaluará las propuestas de cualquier interesado por el medio que establezca la secretaría al efecto.

La secretaría definirá los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión que se incluirán en el programa de cobertura social, con prioridad de los servicios de acceso a internet y servicios de voz, y diseñará y promoverá los incentivos para la participación de los concesionarios en el mismo.

Al respecto, los iniciadores indican que en la legislación vigente “no se establece ninguna disposición específica para que verdaderamente se pueda lograr la cobertura universal de las telecomunicaciones principalmente en comunidades alejadas”.

Quinto. Esta dictaminadora coincide en la necesidad de establecer en la legislación de la materia medidas tendentes a garantizar la cobertura amplia en el servicio de telecomunicaciones, pues ello puede representar un factor de desarrollo en las comunidades más aisladas del país, además de ser un derecho contenido en el artículo 6o. de la Carta Magna y en las fuentes internacionales mencionadas.

Sexto. El derecho de las legislaturas locales a iniciar leyes federales está contenido en la fracción III del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice:

Artículo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete

I. Al presidente de la República;

II. A los diputados y senadores al Congreso de la Unión;

III. A las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México; y

IV. A los ciudadanos en un número equivalente por lo menos a cero punto trece por ciento de la lista nominal de electores, en los términos que señalen las leyes.

Séptimo. La fracción IX del artículo 31 de la Ley de la Administración Pública Federal faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para

IX. Determinar los criterios y montos globales de los estímulos fiscales, escuchando para ello a las dependencias responsables de los sectores correspondientes y administrar su aplicación en los casos en que lo competa a otra secretaría.

Por lo expuesto, esta comisión estima que la iniciativa es procedente, con las adecuaciones realizadas a ella. Lo anterior, con fundamento en lo que dispone el artículo 189, último párrafo, de la Ley Orgánica del Congreso de Durango, en virtud de considerar que éstas obedecen al mejoramiento de forma y fondo jurídicos. Asimismo, nos permitimos someter a consideración de esta representación popular, para su discusión y aprobación correspondiente, en su caso, el siguiente proyecto de

Acuerdo

La Sexagésima Séptima Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Durango, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 82 de la Constitución Política local, en nombre del pueblo acuerda:

Artículo Primero. Por los argumentos expuestos en los considerandos del presente dictamen de acuerdo, la LXVII Legislatura considera procedente hacer uso de la facultad establecida en la fracción III del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos respecto a la iniciativa con proyecto de decreto, presentada el 3 de mayo de 2017 por los diputados Mar Grecia Oliva Guerrero, Gerardo Villarreal Solís, Rigoberto Quiñónez Samaniego, Adriana de Jesús Villa Huízar y Marisol Peña Rodríguez, integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte, que contiene reforma de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Se solicita que ésta sea enviada por la LXVII Legislatura en los siguientes términos:

Diputados Secretarios de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión

Presentes

Los suscritos, diputados Sergio Uribe Rodríguez, Rosa María Triana Martínez y Elia Estrada Macías, presidente y secretarias, respectivamente, de la Mesa Directiva de la LXVII Legislatura del Congreso de Durango, en ejercicio de las atribuciones que confiere el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por su conducto someten a consideración del pleno iniciativa con proyecto de decreto que contiene reforma de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Primero. La fracción II del Apartado B del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala:

Las telecomunicaciones son servicios públicos de interés general, por lo que el Estado garantizará que sean prestados en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, continuidad, acceso libre y sin injerencias arbitrarias.

Como legislación reglamentaria y que desarrolla la disposición constitucional referida, señala que por cobertura universal debe entenderse “acceso de la población en general a los servicios de telecomunicaciones determinados por la secretaría, en condiciones de disponibilidad, asequibilidad y accesibilidad”.

En función de lo anterior, la reforma establece el imperativo de generar condiciones para las empresas de telefonía de manera que mejoren las condiciones de su señal en poblaciones que actualmente no cuentan con acceso a servicio de telefonía móvil.

Segundo. Desafortunadamente, el principio constitucional de cobertura universal no ha sido cumplido.

De acuerdo con datos proporcionados por el Inegi, en México hay 50 mil comunidades indígenas sin servicio telefónico y sólo en Durango existen 17 mil 875 habitantes que pese a contar con las posibilidades económicas y disposición a adquirir el servicio, no pueden hacerlo debido a la falta de infraestructura que proporcione una señal telefónica que permita un correcto funcionamiento de los aparatos celulares sin tener que recorrer largas distancias o exponerse, ya que por no tener acceso a la red telefónica, los habitantes tienen que generar diferentes opciones para poder acceder.

Estas medidas van desde las menos nocivas, como ir a otro pueblo a otras más inseguras como subir a terrenos elevados, como cerros, sin protección alguna. Lo expuesto comprueba que se están violando derechos fundamentales del ser humano, como los artículos 13 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, en el inciso 1, y 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, respectivamente.

Artículo 13. Convención Americana sobre Derechos Humanos Libertad de Pensamiento y de Expresión

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

Artículo 19. Declaración Universal de Derechos Humanos

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

La Ley Federal de Telecomunicaciones ha quedado muy corta en cuanto al cumplimiento de cobertura universal en materia de telefonía. En función de lo anterior, se propone una reforma del artículo 211 para asegurar el cumplimiento de lo establecido por medio de acciones específicas e inapelables y aspirar al cumplimiento de los derechos humanos citados.

Con esta reforma se busca lograr un efecto en las localidades más alejadas de la capital, donde la comunicación telefónica está circunscrita debido a la poca señal de las empresas proveedoras de los servicios de telecomunicaciones, facilitando así sus condiciones de vida.

Tercero. Se considera necesario citar el artículo 6o. de la Carta Magna, en el primer párrafo, para observar completamente la disposición a que se refiere:

Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos en la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.

Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.

El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios.

Con la previsión de que esta reforma sea aprobada, grupos de mediana y alta marginación social tendrán mayor participación en las decisiones del país y se encontrarán continuamente informados; también tendrán un rápido acceso a contactos de servicios de salud, educación y otros que pudiesen interesarles, asegurando así su condición como individuos.

Cuarto. Se pretende que el Estado, por medio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, diseñe y promueva incentivos fiscales a las distintas compañías telefónicas para estimularlas a llevar su servicio de telefonía a todos los lugares del país, logrando también una sana competencia entre las empresas de manera que los usuarios puedan decidir por el más conveniente, evitando la monopolización, pues la competencia genera mejores servicios y precios asequibles.

Con base en lo expuesto, y con el compromiso social que se tiene como ciudadanía, se pretende coadyuvar a las comunidades aisladas de la comunicación, garantizando el acceso a las tecnologías de la información y comunicación, principalmente los servicios de telefonía ajustados al espíritu de la reforma.

Quinto. El artículo 211, contenido en el capítulo “De la cobertura universal”, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece lo siguiente:

El objetivo del programa de cobertura social es incrementar la cobertura de las redes y la penetración de los servicios de telecomunicaciones en zonas de atención prioritaria definidas por la secretaría.

Para la elaboración del programa de cobertura social, la secretaría se coordinará con los gobiernos de las entidades federativas, el gobierno del Distrito Federal, los municipios y el instituto. También recibirá y evaluará las propuestas de cualquier interesado por el medio que establezca la secretaría para tal efecto.

La secretaría definirá los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión que se incluirán en el programa de cobertura social, con prioridad de los servicios de acceso a internet y servicios de voz, y diseñará y promoverá los incentivos para la participación de los concesionarios en él.

Como se observa en la cita anterior evoca a un programa de cobertura social e incrementar la cobertura de las redes y la penetración de los servicios de telecomunicaciones que se plasma en el artículo que antecede de dicha ley:

Artículo 210. Para la consecución de la cobertura universal, la secretaría elaborará cada año un programa de cobertura social y un programa de conectividad en sitios públicos.

Sin embargo, no se establece ninguna disposición específica para que verdaderamente se pueda lograr la cobertura universal de las telecomunicaciones principalmente en comunidades alejadas.

Se propone una reestructuración que añada apoyo por la SHCP a las compañías telefónicas para alentarlas a llevar su señal a todos los puntos, no sólo de Durango sino que se logrará un efecto positivo en toda la federación.

El objetivo de esta reforma en materia de telecomunicaciones consiste en garantizar el derecho a la comunicación mediante la telefonía celular. Se busca establecer condiciones de acceso universal a fin de dar a todos las mismas oportunidades, eliminar esa barrera para los que tienen limitado o nulo este servicio, ya que independientemente de la actividad que realice cada persona la comunicación es indispensable en este mundo de gran exigencia.

En este marco, y por lo descrito, nos permitimos poner a consideración de este Congreso para el trámite legislativo correspondiente el siguiente proyecto de

Decreto

La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en uso de las facultades que le confieren los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en nombre del pueblo decreta:

Único. Se reforma el artículo 211 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para quedar de la manera siguiente:

Artículo 211. ...

...

...

La secretaría definirá los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión que se incluirán en el programa de cobertura social, con prioridad a los servicios de acceso a Internet y servicios de voz. Asimismo, el Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, promoverá la implementación de estímulos fiscales para las distintas empresas proveedoras de servicios de telecomunicaciones que inviertan en zonas de difícil acceso.

Transitorios

Primero. El presente decreto iniciará su vigencia el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.

Artículo Segundo. Se instruye a la Mesa Directiva del Congreso de Durango para llevar a cabo los trámites legales pertinentes ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

El ciudadano gobernador constitucional del estado sancionará, promulgará y dispondrá que se publique, circule y observe.

Sala de comisiones del Congreso del estado, en Victoria de Durango, Durango, a 7 de noviembre de 2017.

Por la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación

Diputados: Maximiliano Silerio Díaz (rúbrica), presidente; Jaqueline del Río López (rúbrica), secretario; Gina Gerardina Campuzano González, Rigoberto Quiñónez Samaniego (rúbrica), Gerardo Villarreal Solís, vocales.

Del Congreso de Oaxaca, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

San Raymundo de Jalpa, Centro, a 30 de septiembre de 2017.

Diputados secretarios de la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Por instrucciones de los ciudadanos diputados secretarios de la LXIII Legislatura constitucional del estado y con fundamento en los artículos 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 49 y 59, fracción IV, de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca; y 68 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Oaxaca; se remite iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma la fracción IV del artículo 1o.; la fracción III del artículo 2o., se adiciona la fracción XX y se recorren las subsecuentes del artículo 3o., se adiciona la fracción IX, recorriéndose las subsecuentes del artículo 46, y se adiciona el artículo 50 Bis, todos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente que presenta la LXIII Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

Lo anterior, para los efectos legales consiguientes.

Atentamente

El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz.

Maestro Igmar Francisco Medina Matus (rúbrica)

Oficial Mayor del Congreso del Estado


La Sexagésima Tercera Legislatura Constitucional del estado Libre y Soberano de Oaxaca, aprueba

Primero. Con fundamento en los artículos 71, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 49 y 59, fracción IV, de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 68 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado de Oaxaca, la Sexagésima Tercera Legislatura Constitucional del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, formula la siguiente:

Iniciativa ante el Congreso de la Unión

Por la que se reforma la fracción IV, del artículo 1o.; la fracción III del artículo 2o., se adiciona la fracción XX, y se recorren las subsecuentes del artículo 3o., se adiciona la fracción IX, recorriéndose las subsecuentes del artículo 46, y se adiciona el artículo 50 Bis, todos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:

Artículo 1o. ...

I. a III. ...

IV. La preservación y protección de la biodiversidad, geodiversidad, así como el establecimiento y administración de las áreas naturales protegidas;

V. a X. ...

Artículo 2o. Se consideran de utilidad pública:

I. y II. ...

III. La formulación y ejecución de acciones de protección y preservación de la biodiversidad y la geodiversidad del territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, así como el aprovechamiento de material genético;

Artículo 3o. Para los efectos de esta ley se entiende por:

I. a XIX. ...

XX. Geodiversidad. Variedad de ambientes geológicos, geomorfológicos, y pedológicos, así como fenómenos y procesos activos que forman o construyen los paisajes, rocas minerales, fósiles, suelos y otros depósitos superficiales, los cuales proveen el “marco” para la vida de la Tierra.

XXI. a XXXX. ...

Artículo 46. Se consideran áreas naturales protegidas:

I. a VIII. ...

IX. Geoparques.

X. Parques y reservas estatales, así como las demás categorías que establezcan las legislaciones locales;

XI. Zonas de...

Artículo 50 Bis. El geoparque es un territorio con fronteras definidas, que representa un patrimonio geológico notable para promover el desarrollo sustentable y cultural, particularmente a través del turismo de bajo impacto, los cuales deben contar con medidas de protección para preservar estos sitios. También es un área geográfica que contiene sitios geológicos (Geornorfo-sitios) que incluye sitios de importancia ecológica, arqueológica, histórica, científica, educativa y cultural.

Artículo Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Remítase al Congreso de la Unión, para efectos del artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dado en el salón de sesiones del honorable Congreso del estado. San Raymundo Jalpan, Centro, Oaxaca a 30 de septiembre.

Diputados: Samuel Gurrión Matías (rúbrica), Presidente; Hilda Graciela Pérez Luis (rúbrica), secretaria; Leslie Vibsania Mendoza Zavaleta (rúbrica), secretaria; María Mercedes Rojas Saldaña (rúbrica), secretaria.