Prevenciones Comunicaciones Iniciativas Proposiciones Informes Convocatorias Invitaciones


Prevenciones

De la Mesa Directiva

Presidentes de Comisiones

Presentes

La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en el artículo 88, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, emite prevención, a efecto de que presenten los dictámenes correspondientes de los asuntos que les han sido turnados, a las comisiones siguientes:

1. Salud.

Minuta proyecto de decreto que reforma los artículos 51 Bis 1, 61, 61 Bis, 144 y 404 de la Ley General de Salud.

Remitida por la Cámara de Senadores.

Expediente 6633.
Tercera sección.

2. Defensa Nacional.

Minuta proyecto de decreto que reforma los artículos 1o. y 28 de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (para efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional).

Remitida por la Cámara de Senadores.

Expediente 6635.
Séptima sección.

Ciudad de México, a 14 de agosto de 2017.

Atentamente

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez (rúbrica)

Presidenta


De la Mesa Directiva

Presidentes de Comisiones

Presentes

La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en el artículo 88, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, emite prevención, a efecto de que presenten los dictámenes correspondientes de los asuntos que les han sido turnados, a las comisiones siguientes:

1. Puntos Constitucionales.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 61, 111 y 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en materia de fuero constitucional).

Presentada por el diputado Héctor Ulises Cristópulos Ríos, PRI.

Expediente 4644.
Primera sección.

2. Puntos Constitucionales.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Presentada por el diputado Agustín Francisco de Asís Basave Benítez, PRD.

Expediente 4648.
Quinta sección.

3. Puntos Constitucionales.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Presentada por el diputado Agustín Francisco de Asís Basave Benítez, PRD.

Expediente 4649.
Sexta sección.

4. Puntos Constitucionales.

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Presentada por el diputado Próspero Manuel Ibarra Otero, PRI.

Expediente 4654.
Cuarta sección.

5. Puntos Constitucionales.

Iniciativa con proyecto de decreto que deroga la fracción II del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reforma el artículo 46 del Código Penal Federal.

Presentada por el diputado Jorge Álvarez Maynez, Movimiento Ciudadano.

Expediente 4659.
Segunda sección.

Ciudad de México, a 14 de agosto de 2017.

Atentamente

Diputada María Guadalupe Murguía Gutiérrez (rúbrica)

Presidenta



Comunicaciones

De la Mesa Directiva, con la cual da a conocer retiro de iniciativa

Diputado Arturo Álvarez Angli

Presidente de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Presente

Por acuerdo de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en atención a la solicitud del diputado Jericó Abramo Masso, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para retirar la iniciativa por la que se adiciona la fracción XXI al artículo 9 y una fracción IV al artículo 100 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, obsequia el trámite de conformidad con lo que establece el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, toda vez que hasta el momento no se tiene dictamen recibido por la Comisión que usted preside.

La Presidencia de la Mesa Directiva, dictó el siguiente trámite: “Retírese la iniciativa de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y actualícense los registros parlamentarios”.

Atentamente

Diputado Raúl Domínguez Rex (rúbrica)

Secretario



Iniciativas

Que reforma la fracción IV y adiciona una fracción V al artículo 266 Bis del Código Penal Federal, recibida del diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del PRD, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 8 de agosto de 2017

El suscrito, diputado federal a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos; así como en lo previsto por los artículos 6o., numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción IV y se adiciona la fracción V al artículo 266 Bis del Código Penal Federal, conforme a lo siguiente:

Planteamiento del problema

Las noticias por abuso sexual y violaciones cometidas por parte de miembros de iglesias, monjas, líderes religiosos y especialmente sacerdotes, se han incrementado y algunos casos han sido documentados y denunciados ante las autoridades.

La confianza que los ministros de culto generan entre los laicos facilitó, en la mayoría de las ocasiones, abusos en parroquias, seminarios, escuelas y hospitales.

Actualmente, en el Código Penal Federal existen pocas conductas delictivas en las cuales los sujetos activos del delito son los ministros de culto religioso. Tal es el caso de la pederastia, en la cual se menciona la relación religiosa; así como los delitos cuyas sanciones están previstas por los artículos 200 (corrupción de menores), 201 (pornografía infantil) y 204 (lenocinio de menores), relativas a los delitos contra el libre desarrollo de la personalidad, que sí hacen referencia al ministro de culto religioso y que incluso es una agravante.

Es por ello, que ahora se propone considerar como agravante, ser un ministro de culto religioso para los delitos de abuso sexual y violación, los cuales no consideran a dicho sujeto.

Argumentos

En la actualidad, los delitos de pederastia y contra el libre desarrollo de la personalidad, consideran como sujeto activo del delito, a quienes tienen una relación religiosa o son ministros de un culto religioso; incluso, la pena se agrava.

Sin embargo, en la configuración de la calificativa de los delitos de abuso sexual y violación agravados, si bien contempla diversos supuestos de agravación de las penas, no están incluidos los ministros de un culto religioso.

En esta iniciativa, se propone su inclusión, debido a que estas personas se aprovechan de la circunstancia que tienen con sus feligreses, pues se supone que la iglesia o culto al que pertenecen, les obliga servir a su comunidad. Y aprovechando esa circunstancia, cometen esos delitos.

La pena constituye uno de los rasgos definidores del Derecho penal. De este modo, el análisis de la norma penal no se reduce al estudio de la conducta penalmente relevante y del bien jurídico protegido, sino que debe comprender el análisis de sus consecuencias jurídicas, en especial, la pena.

La pena no puede fundarse en la sola comisión de un hecho delictivo, sino en el fin utilitario de proteger a la sociedad mediante la prevención de nuevos delitos. Esta es la razón, para considerar como agravados los delitos de abuso sexual y violación que llegue a cometer cualquier ministro de culto religioso.

Para tener una mayor claridad en la propuesta que ahora se presenta ante esta Soberanía, a continuación, se muestra un cuadro comparativo, entre el Código vigente y la propuesta contenida en esta iniciativa:

Código Penal Federal vigente

Artículo 266 Bis. Las penas previstas para el abuso sexual y la violación se aumentará hasta en una mitad en su mínimo y máximo, cuando:

I. El delito fuere cometido con intervención directa o inmediata de dos o más personas;

II. El delito fuere cometido por un ascendiente contra su descendiente, éste contra aquél, el hermano contra su colateral, el tutor contra su pupilo, o por el padrastro o amasio de la madre del ofendido en contra del hijastro. Además de la pena de prisión, el culpable perderá la patria potestad o la tutela, en los casos en que la ejerciere sobre la víctima;

III. El delito fuere cometido por quien desempeñe un cargo o empleo público o ejerza su profesión, utilizando los medios o circunstancia que ellos le proporcionen. Además de la pena de prisión el condenado será destituido del cargo o empleo o suspendido por el término de cinco años en el ejercicio de dicha profesión;

IV. El delito fuere cometido por la persona que tiene al ofendido bajo su custodia, guarda o educación o aproveche la confianza en él depositada.

Propuesta

Artículo 266 Bis. Las penas previstas para el abuso sexual y la violación se aumentará hasta en una mitad en su mínimo y máximo, cuando:

I. ...

II. ...

III. ...

IV. El delito fuere cometido por la persona que tiene al ofendido bajo su custodia, guarda o educación o aproveche la confianza en él depositada; y

V. El delito fuere cometido por un ministro de culto religioso.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos; así como en lo previsto por los artículos 6°, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, el suscrito diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, someto a la consideración de esta Soberanía, la siguiente Iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción IV y se adiciona una fracción V al artículo 266 Bis del Código Penal Federal

Artículo Único. Se reforma la fracción IV y se adiciona la fracción V al artículo 266 Bis del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 266 Bis. ...

I. a III. ...

IV. El delito fuere cometido por la persona que tiene al ofendido bajo su custodia, guarda o educación o aproveche la confianza en él depositada; y

V. El delito fuere cometido por un ministro de culto religioso.

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 8 de agosto de 2017.

Diputado Francisco Martínez Neri (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Justicia. Agosto 8 de 2017.)

Que modifica la fracción X del artículo 116 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, recibida de la diputada María Antonia Cárdenas Mariscal, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión del martes 8 de agosto de 2017

La que suscribe, María Antonia Cárdenas Mariscal, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta Soberanía, iniciativa con proyecto de decreto que modifica la fracción X del artículo 116 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescente, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Cada año miles de niñas, niños y adolescentes desaparecen, pocos son localizados, pero muchos de ellos no son encontrados nunca o al menos con vida, vivir sin saber qué ha sido de un familiar es la trágica realidad que enfrentan miles de madres, padres y familias en nuestro país.

Desafortunadamente, México ha ascendido rápidamente en el ranking mundial para ocupar los primeros sitios por la creciente ola de violencia contra y entre niñas, niños y adolescentes, en este sentido, la desaparición de menores de edad se ha convertido en un problema que los acecha constantemente y que vulnera sus derechos.

De acuerdo con cifras oficiales, de 2007 a la fecha han desparecido poco más de 30 mil personas, de las cuales un tercio son menores de edad y adolescentes de entre 0 y 19 años.1

Es alarmante que de los 7 mil 211 infantes y adolescentes que permanecen sin localizar la cifra más alta se encuentra entre los 15 y 19 años con 4 mil 668 casos, es decir, el 64.73% del total, seguida del 26.4% entre los 10 y 14 años, el 5.5% de 5 a 9 años y 6.0% de 1 a 4 años de edad.2

En nuestro país existen alrededor de 40.2 millones de niños, niñas y adolescentes, es decir, un tercio de la población total, siendo el 36.8% (14.7 millones) adolescentes entre 15 y 19 años, el 63.2% (25.4 millones) se encuentran entre los 0 y 14 años de edad; según datos del último censo realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI.3

En materia normativa y de acuerdo a los compromisos internacionales adquiridos, México logró un importante adelanto a favor de la infancia y adolescencia al aprobar en 2014 el proyecto de decreto por el que se creó la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de observancia general en el territorio nacional, la cual integró contribuciones de la sociedad civil, organismos de la Organización de las Naciones Unidas, particularmente el Fondo para la Infancia de las Naciones Unidas, UNICEF, Cámara de Diputados y Senadores.

El dictamen en sentido positivo fue aprobado con 420 votos a favor, 1 en contra y 10 abstenciones, señalando que el objetivo reside en garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de la infancia establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los tratados internacionales de los que el estado mexicano forma parte.

Dicha Ley, redactada con un claro enfoque de derechos humanos y guiada por el principio del interés superior de la niñez, contiene un catálogo de derechos de niñas, niños y adolescentes, como: el derecho a la igualdad, a vivir en familia, a no ser discriminados, a una vida libre de violencia, a la salud, a la seguridad social, a la inclusión, a la libertad de expresión, al acceso a la información, a la asociación, a la seguridad jurídica, entre otros; de igual forma genera mecanismos de coordinación entre los tres órdenes de gobierno y obliga a las autoridades a incorporar en sus proyectos de presupuesto la asignación de recursos públicos suficientes para asegurar a este sector etario el pleno ejercicio de sus derechos; así mismo prevé la creación a nivel federal y local de las procuradurías de protección de niñas, niños y adolescentes adscritas a los Sistemas de Desarrollo Integral de la Familia, DIF.

Sin embargo, a pesar de contar con este instrumento jurídico de “avanzada” en materia de infancia y adolescencia, aún hay aspectos que lejos de ser solucionados representan día a día mayor riesgo para este grupo tan importante, como lo es la desaparición.

De acuerdo con la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, se considera desaparecido a toda persona que se encuentra en paradero desconocido para sus familiares o que, en base a la información fidedigna, haya sido dada por ausente de conformidad con el derecho interno en relación con un conflicto armado internacional o no internacional, una situación de violencia o de disturbios de carácter interno, una catástrofe natural o cualquier situación que pudiera requerir la intervención de una autoridad pública competente?.4

Niñas, niños y adolescentes desaparecen por diversos motivos, sustraídos de hospitales, de sus hogares o robados en la vía pública, con diversos fines, como la trata o tráfico de personas con propósitos de esclavitud reproductiva, explotación sexual, trabajos forzados, extracción de órganos, o cualquier forma moderna de esclavitud; representando una de las violaciones más graves de sus derechos humanos, atentando contra la libertad y la dignidad consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De tal modo que, para lograr dicho objetivo las autoridades deben realizar acciones y ejecutar las medidas necesarias de acuerdo con principios que garanticen un enfoque integral, transversal y con perspectiva de derechos humanos en el diseño y la instrumentación de políticas y programas de gobierno, según lo establecido en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes , Artículo 2, Fracción I.

En este país, las cifras oficiales sobre menores desaparecidos varían de una dependencia a otra, mientras la Procuraduría General de la República contempla un listado de 4,800 expedientes, la Procuraduría de Justicia de la Ciudad de México, que concentra reportes de toda la República Mexicana, tiene un registro de 5,229 personas extraviadas en todo el país, es decir, 429 más casos que los contemplados por la Procuraduría General de la República y 3,185 más que los reconocidos por la Secretaria de Seguridad Pública Federal, la cual es la encargada de mantener actualizado el Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas; mismo que registró en enero del año pasado 6,467 personas desaparecidas entre cero y diecinueve años de edad.

De las cifras más recientes emitidas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, son 5 mil 415 menores de edad, de nacionalidad mexicana los que se encuentran sin localizar, sumatoria que se obtiene de incluir a todos los Estados de la República, que a continuación se presentan:

Fuente: CESOP. Desaparición de menores, Junio 2016 realizado con datos de la Secretaría de Gobernación, Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.5

Actualmente el Estado de México es la entidad con mayor número de desapariciones de niñas, niños y adolescentes del fuero común, con 1 mil 136 menores desaparecidos, el 21.0% del total de casos registrados por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública; seguido por el Estado de Baja California con 534 casos (9.9%), Tamaulipas con 494 casos (9.1%), Nuevo León con 396 (7.3%), Coahuila con 331 (6.1%) y en todos los demás Estados de la República Mexicana con porcentajes que van desde 5.8% como es el caso de Chihuahua al 0.2%, Baja California Sur.6

En comparativo con las cifras oficiales, que por cierto, son todas distintas, citamos a la Fundación Nacional de Investigaciones de Niños Robados y Desaparecidos, IAP,7 la cual afirma que la cifra de menores desaparecidos en nuestro país asciende a más de 50,000.8

Por otro lado, la Red por los Derechos de la Infancia en México, REDIM, reveló que 3 de cada 10 desaparecidos en México son menores de edad, alertando también que el número de desapariciones de niñas y adolescentes de 0 a 17 años se incrementó 191.8% mientras que el aumento en las desapariciones de la población masculina del mismo grupo de edad fue de 14.6% en un periodo de dos años.9

El contraste entre las cifras anteriores, plantea serias dudas sobre la credibilidad en los procedimientos de los órganos de gobierno competentes, por ejemplo, cada desaparición o ausencia está basada en una averiguación previa abierta en alguna de las 32 procuradurías estatales y el de la Procuraduría General de la República, PGR; para la integración de la base de datos de personas desaparecidas, se tomó como referencia el año 2007 o anteriores hasta el presente, por lo que la misma Procuraduría General de la República ha reconocido que pudiera darse el caso de duplicidad de registros.

Aunado a lo anterior, tampoco existe información clara para que los familiares de menores de edad desaparecidos denuncien y sean apoyados con la suficiente agilidad durante las primeras 48 horas, tiempo suficiente para que niñas, niños y adolescentes sean trasladados a otros países o pierdan la vida.

Sabemos que la búsqueda de infantes y adolescentes desaparecidos inicia generalmente con los métodos comunes de rastreo en hospitales, clínicas, albergues, el Servicio Médico Forense, entre otros, pero pocas veces se emplea trabajo de inteligencia que lleve a la captura del sustractor o de las bandas organizadas en el menor tiempo posible.

Por lo anterior, resultaba no solo importante sino necesario, optimizar y tecnificar la búsqueda y localización de menores de edad extraviados, robados o ausentes, pues las primeras horas de búsqueda son claves para su localización con vida y para evitar que sean vinculados a otros delitos como la adopción ilegal, la trata y la explotación sexual.

Por ello, y como parte del combate a este lacerante problema social, se implementaron las bases y la operación de coordinación entre las diversas dependencias de los tres niveles de gobierno, para el funcionamiento del Programa Nacional Alerta Amber, implementado en mayo de 2012 por el Gobierno Federal con la intención de emitir notificación inmediata y coordinación institucional para la búsqueda, localización y recuperación de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en riesgo inminente de sufrir daño grave a su integridad personal, ya sea por motivo de ausencia, desaparición, extravío, privación ilegal de la libertad o cualquier otra circunstancia donde se presuma la comisión de algún ilícito, ocurrido en territorio nacional.

Como se ha mencionado, el objetivo de Alerta Amber es implementar un mecanismo ágil y eficiente que coadyuve a la pronta recuperación de niñas, niños y adolescentes desaparecidos, sin generar ningún tipo de impacto presupuestal, toda vez que el programa opera en nuestro territorio desde 2012.

Este programa tiene su espíritu en el derecho a la seguridad pública, aparte de lo derivado de los compromisos internacionales del Estado Mexicano señalados anteriormente, el artículo 21 de nuestra Carta Magna señala al respecto que ?La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva,10 el párrafo décimo por su parte establece que ?El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Por lo anterior, y, con la certeza de que la línea básica de intervención para combatir esta problemática debe encontrarse en una legislación más precisa a fin de garantizar el derecho fundamental a la seguridad de las niñas niños y adolescentes, específicamente en casos de desaparición por cualquier razón o para cualquier fin.

Al respecto, el artículo 35 de la Convención de los Derechos del Niño, establece que “los Estados partes tomarán las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir el secuestro, la venta o la trata de niños para cualquier fin o de cualquier forma.11

Según la Declaración de los Derechos del Niño, por su falta de madurez física y mental, los niños y niñas necesitan protección y cuidados especiales, incluida su debida protección legal; aspectos enunciados también en la Declaración de Ginebra en 1924 sobre los Derechos del niño y reconocida en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en los convenios constitutivos de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan por el bienestar de la niñez.

Para ello, en caso de desaparición de menores, las autoridades competentes deben actuar con la oportunidad necesaria y adoptar medidas especiales que permitan investigar y localizar el paradero del menor; atendiendo al principio de prioridad en el ejercicio de sus derechos establecido en el artículo 17, fracción I de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que al tenor dice:

Artículo 17. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que se les asegure prioridad en el ejercicio de todos sus derechos, especialmente a que:

I. Se les brinde protección y socorro en cualquier circunstancia y con la oportunidad necesaria; (LGDNNA, 2014).12

Es preciso resaltar que la presente propuesta no adiciona ningún tipo de atribución a las autoridades federales y locales, toda vez que el mismo artículo 116 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes hace alusión a ellas en caso de niñas, niños y adolescentes sustraídos, trasladados o retenidos ilícitamente.

Por ello, el objetivo de la presente propuesta es fortalecer el marco normativo a fin de que las autoridades (con las atribuciones que ya ostentan y se consideran en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes) adopten las medidas necesarias (como el protocolo Alerta Amber, por ejemplo) que permitan la localización inmediata de niñas, niños y adolescentes sustraídos, trasladados o retenidos ilícitamente.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable Asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, que modifica la fracción X del artículo 116 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Proyecto de Decreto

Primero. Se reforma la fracción X, del artículo 116, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Sección Primera
De la Distribución de Competencias

Artículo 115. ...

Artículo 116. Corresponden a las autoridades federales y locales de manera concurrente, las atribuciones siguientes:

I a la IX...

X. Adoptar de forma inmediata todas las medidas necesarias que permitan la localización de niñas, niños y adolescentes desparecidos , sustraídos, trasladados o retenidos ilícitamente;

XI a la XXV...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Secretaría de Gobernación, Estadísticas del fuero común, Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, abril 2017 http://secretariadoejecutivo.gob.mx/ 2 Ibídem.

3 INEGI, Censo poblacional 2010.

4 Ley de Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas.

5 Secretaría de Gobernación, Desaparición de menores de nacionalidad mexicana. Entidad donde se les vio por última vez. Fuero Común, Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, México, 2016,

http://secretariadoejecutivo.gob.mx/rnped/estadisticas-f uerocomun.php

6 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Registro Nacional de Personas Extraviadas, México, Junio, 2016.

7 La Fundación Nacional de Investigaciones de Niños Robados y Desaparecidos I.A.P.

Constituida en 1997, nace de la necesidad de brindar apoyo a las familias que han padecido el robo de un infante, además de instar a la implementación de una cultura de la seguridad infantil a nivel nacional. http://www.ninosrobados.org.mx/, México, 2016.

8 Martínez, Emma, “50,000 niños robados y desaparecidos en México; al gobierno no le interesa la problemática”, México, enero 2015.

9 Red por los Derechos de la Infancia. Menores, 3 de cada 10 desaparecidos: ONG, enero 2016.

10 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 21.

11 Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 35.

12 Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, noviembre de 2014.

Salón de Sesiones de la Comisión Permanente, a 8 de agosto de 2017.

Diputada María Antonia Cárdenas Mariscal (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de los Derechos de la Niñez. Agosto 8 de 2017.)

Que reforma el artículo 26 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, recibida de la diputada Arlet Mólgora Glover, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 8 de agosto de 2017

La suscrita, Arlet Mólgora Glover, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 26 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La actual administración federal, encabezada por el presidente Enrique Peña Nieto, ha concebido la cultura como una herramienta indispensable para fomentar el desarrollo y la identidad nacional; como un instrumento útil para la recuperación de la paz pública y la inclusión de diversos sectores que hasta la fecha se han mantenido en situación de vulnerabilidad.

Sobre el particular, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 señala que la oferta cultural es “un medio valioso e imprescindible para consolidar una educación integral. Una sociedad culturalmente desarrollada tendrá una mayor capacidad para entender su entorno y estará mejor capacitada para identificar oportunidades de desarrollo”. Por ello, en dicho documento programático se propuso ampliar el acceso a la cultura como un medio para la formación integral de los ciudadanos, por lo que consideró situar éste entre los servicios básicos prestados a la población.

Como consecuencia de lo anterior, en el Programa Especial de Cultura y Arte 2014-2018 se afirma que la cultura “como componente del desarrollo social forma parte de un conjunto de factores que se traducen en una mejor calidad de vida que incluye educación, salud, trabajo, vivienda, servicios básicos y la certeza de un ambiente social seguro, en el que la paz es una garantía que el Estado da y es sinónimo de buen gobierno. La cultura es por definición la base de la cohesión social, ya que comprende la suma de los valores y sistemas de creencias compartidos, los modos de ser y vivir comunes y la herencia de todos. Por eso, fortalecer la cultura de las comunidades es rehacer los nexos que las definen como tales y que los recientes fenómenos de descomposición social, inseguridad y violencia han puesto a prueba en muchas regiones del país. Los programas culturales de la presente administración tendrán por eso esta orientación básica, dirigida a recuperar la autoestima, los sentimientos de unión y la identificación colectiva en todo el país”.

Atentos a lo anterior, y con la anuencia de las fuerzas políticas representadas en el Congreso de la Unión, en diciembre de 2015 se creó la Secretaría de Cultura, haciéndose así realidad una vieja demanda de los creadores del país, en el sentido de contar con un organismo especializado de alto nivel encargado de conducir las políticas en este rubro.

La revalorización de la cultura no sólo pasa por su inclusión en los documentos de planeación y en la creación de instituciones, sino en la aplicación de políticas dirigidas a reafirmar nuestros valores y compartirlos con el mundo, combatir la ignorancia, esparcir el conocimiento y fomentar la creación, es decir, traducir los enunciados en acciones concretas que tiendan a transformar la realidad, pues de poco sirve plasmar en programas buenas intenciones, si estas no se traducen en un mejoramiento de las condiciones de vida de los mexicanos. Vista así, la actividad del Estado en la materia constituye un verdadero reto de alcances transexenales dados los rezagos que venimos padeciendo en este rubro tan sensible.

Uno de los sectores más desprovistos de la atención gubernamental durante los últimos años lo ha sido la lectura, esto a pesar de que se han diseñado y puesto en marcha diversos planes orientados a fomentar esta actividad. Baste señalar que, de conformidad con el Módulo sobre Lectura (Molec) diseñado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, hasta febrero del año pasado el promedio de libros leídos por la población de 18 años y más fue de 3.8 ejemplares, un nivel sumamente bajo en comparación con otros países de América Latina, como, por ejemplo, Chile, donde se leen 5.4 libros al año; Argentina cuyo promedio es de 4.6; Colombia de 4.1, y Brasil de 4 libros por año.

El propio instituto autónomo refiere que los informantes dijeron que la razón principal para leer libros y revistas es “entretenimiento” (40.2 y 60.5 por ciento, respectivamente), mientras que quienes leen periódicos lo asocian a su interés por la “cultura general o por estar al día (63 por ciento)”.

Asimismo, el Inegi señaló que, en promedio, la población entrevistada dedica 38 minutos a la lectura por sesión continua. El tiempo de lectura aumenta conforme se eleva el nivel de escolaridad. De ahí que quienes tienen al menos un grado de educación superior, dedican a esta actividad 49 minutos por sesión, mientras que las personas sin educación básica terminada registran un tiempo promedio de 28 minutos.

Por otra parte, sólo 25 de cada 100 personas declararon haber acudido a la sección de libros y revistas de una tienda departamental, 18.4 por ciento visitó una librería, 15.9 prefirió acudir a puestos de periódicos o revistas usados y únicamente 10 de cada 100 asistieron a una biblioteca.

De la población de 18 años y más alfabeta que declaró no leer ningún tipo del material considerado por Molec, 48.5 por ciento argumentó falta de tiempo mientras que 22.5 expuso la falta de interés como principal motivo.

Las anteriores cifras demuestran que es mucho lo que hay que hacer para fomentar el hábito de la lectura entre los mexicanos, pues pese a que los medios audiovisuales se han convertido en verdaderas ventanas para la difusión del conocimiento gracias a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), éstos no sustituyen de modo alguno la lectura como vehículo para la transmisión del saber sino que, más bien, la complementan.

Por ello se vuelve menester realizar acciones tendentes a fomentar la adquisición de libros, ensanchar la red de bibliotecas, dotar a éstas de tecnologías que las pongan al ritmo de la revolución en telecomunicaciones, conectar digitalmente a las comunidades más aisladas para dotarlas de acervos, establecer estímulos para fomentar la creación literaria, reconocer a los creadores y compartir nuestras obras con el mundo para mejorar así nuestra imagen, es decir, acudir al llamado “poder blando” para hacer sentir el peso de nuestra cultura entre la comunidad internacional, tal y como ocurriera durante los años cincuenta del siglo pasado tras la aparición del llamado “boom latinoamericano”, en el que figuras de la talla de Carlos Fuentes, Octavio Paz, Juan José Arreola y Juan Rulfo llevaron nuestras letras hasta alturas insospechadas.

Debemos reconocer que los hábitos de lectura se han modificado de manera sustancial tras la aparición de las TIC, y es que el papel ha sido desplazado por los dispositivos móviles que permiten acumular grandes cantidades de información que, combinados con su movilidad, han hecho suponer a muchos que estamos frente a la muerte del libro tal y como lo conocemos.

Semejante afirmación no es compartida por nosotros, pues si bien es real la posibilidad de que desaparezcan las actuales bibliotecas públicas y personales, ello no supone en forma alguna la desaparición del libro, sino su transformación radical, lo que significa un cambio al cual debemos adaptarnos en vez de resistirlo, una transformación semejante a la que sobrevino tras la aparición de la imprenta de Gutenberg, la cual desplazó a las obras transcritas por los monjes copistas.

Los mexicanos poco a poco han ido utilizando la red de internet como un vehículo para acceder a la cultura. De acuerdo con cifras contenidas en el ya mencionado Programa Especial de Cultura, en 2012, 41 millones de personas eran usuarios de internet en México. De ellos, 31 millones utilizaron internet al menos una vez en el año por motivos culturales (categoría que incluye comprar libros y revistas; comprar CD, música, DVD y software; ver videos, películas o programas de TV; oír música grabada, radio o audiolibros; leer periódicos, revistas o libros; descargar libros, revistas, artículos académicos; descargar música o video; y descargar software). La mayor parte de este número de usuarios (52.6 por ciento) fueron jóvenes de 12 a 29 años. Para 2013, los usuarios de internet ascendieron a 46 millones, lo que reveló un crecimiento acelerado.

Las anteriores cifras demuestran la necesidad de hacer de internet un vehículo fundamental para poner al alcance de la población un bien cultural tan valioso como lo es el libro, especialmente entre la población más joven, pues dicho sector es el que ha crecido de la mano de las TIC, mejorando así los canales de distribución y comercialización.

Uno de los rubros donde más trabajo hay por realizar es en la compraventa de libros digitales, pues pese a que estos han ido ganando presencia en el mercado, hasta 2015 el 86.3 por ciento de los consumidores preferirían las versiones impresas, en tanto que sólo 8.7 por ciento favorecía las electrónicas.

Una dificultad que podría obstaculizar la adquisición de libros digitales tiene que ver no con el tratamiento fiscal que recibe la compraventa de estos bienes, pues la enajenación de éstos se encuentra exenta de la aplicación del impuesto al valor agregado o sujeta a una tasa de 0 por ciento respecto de dicha contribución, según sea el caso, sino a la dificultad que supone la emisión de comprobantes fiscales digitales cuando los consumidores finales los adquieran a través de tiendas digitales manejadas por empresas residentes en el extranjero.

En efecto, resulta que si un lector adquiere un libro impreso en una librería común y corriente puede solicitar al dependiente o vía electrónica la emisión de una factura digital, a efecto de requerir a la autoridad fiscal la respectiva deducción del impuesto sobre la renta, pero es el caso que si realiza la adquisición mediante una tienda digital, ésta puede o no expedir la factura, dependiendo de si ésta tiene o no su residencia en el país, situación que nos parece inequitativa, pues en ambos supuestos el hecho generador de la contribución es el mismo y el gasto efectuado incide en las finanzas de la persona que adquiere dicho bien, sobre todo si el contenido de la publicación resulta útil para las actividades normales del lector.

Si bien dicha situación es racional, pues las empresas residentes en el extranjero no pueden reunir ciertos requisitos contenidos en la legislación mexicana, ello no es obstáculo para reconocer la necesidad de que los comprobantes de residentes en el extranjero puedan sujetarse en un momento dado a los requisitos a que se refiere el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, esto de conformidad con las normas de carácter general que al efecto dicten las autoridades fiscales competentes.

Por eso se propone una adición del artículo 26 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a efecto de establecer que las personas morales residentes en el extranjero que enajenen libros contenidos en medios electrónicos o auditivos a través de internet deberán expedir comprobantes fiscales digitales de conformidad con lo previsto por los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, modificación que sin duda ayudará al fortalecimiento de un mercado con amplias posibilidades de crecimiento, pero también a apoyar a las consumidores finales y al cumplimiento de las metas que en materia de cultura se ha propuesto el gobierno de la república.

A efecto de ilustrar con mayor claridad el sentido de la presente iniciativa, se agrega el siguiente cuadro comparativo:

y

Por todo lo expuesto se somete a consideración de esta soberanía la aprobación del siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se reforma el artículo 26 de la Ley Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 26. ...

...

Las personas morales residentes en el extranjero que enajenen libros contenidos en medios electrónicos o auditivos a través de internet deberán expedir comprobantes fiscales digitales de conformidad con lo previsto en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

...

...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las autoridades competentes contarán con seis meses, a partir de la entrada del presente decreto, a efecto de expedir las reglas de carácter general necesarias para cumplirlo.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 8 de agosto de 2017.

Diputada Arlet Mólgora Glover (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Agosto 8 de 2017.)

Que reforma y adiciona el artículo 300 de la Ley Federal del Trabajo, recibida de la diputada Elvia Graciela Palomares Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 8 de agosto de 2017

La suscrita, Elvia Graciela Palomares Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 300 de la Ley Federal del Trabajo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación ha definido la discriminación como una práctica cotidiana que consiste en dar un trato desfavorable o de desprecio inmerecido a determinada persona o grupo, que a veces no percibimos, pero que en algún momento la hemos causado o recibido.

La discriminación puede desprenderse por las características físicas, la forma de vida, el origen étnico, el sexo, la edad, la discapacidad, la condición social o económica, la condición de salud, el embarazo, la lengua, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil y otras que pueden ser motivo de distinción, exclusión o restricción de derechos.

A su vez, la discriminación laboral es una transgresión a la normatividad mexicana, una violación a los derechos humanos y una limitación a los proyectos de vida de las personas.

Por discriminación laboral debemos entender “toda distinción, exclusión o preferencia de trato que ocurrida con motivo o con ocasión de una relación de trabajo, se base en un criterio de raza, color, sexo, religión, sindicación, opinión política o cualquier otro que se considere irracional o injustificado”.

La igualdad laboral implica, igualdad de oportunidades, igualdad de trato, igualdad de pago y remuneración.

En este contexto, nace la liga femenil mexicana, con el auspicio de la Federación Mexicana de Futbol, formada por 16 clubes.

En su portal oficial, la Federación Mexicana de Futbol ha señalado que el surgimiento de la liga femenil obedece a la necesidad de reconocer el valor de las mujeres en nuestra sociedad y su gran aportación en el deporte, en especial al futbol organizado, y establecen como prioridad respetar en todo momento la igualdad de género, la diversidad y sobre todo la integridad de las personas.

Sin embargo, varias jugadoras que han omitido su nombre por miedo a las represalias, han señalado en diversos medios de comunicación, que la recién creada liga profesional para mujeres, establece que no pueden hablar de sus preferencias sexuales o de pensar en embarazarse, ellas han revelado las condiciones de los contratos discriminatorios a los que fueron sometidas para poder jugar, en primer término, la prohibición de hablar de sus preferencias sexuales, ya que de lo contrario se anularía su contrato.

Además, han señalado que les han pedido no tener actitudes “demasiado masculinas”, además de solicitarles “lucir bonitas”, para poder hacer rentable la liga. Aunado a lo anterior, que se ha recogido en diversas publicaciones, el sueldo que perciben no ha sido conocido públicamente y se ha conocido extraoficialmente que oscila entre 2 mil 500 y 5 mil pesos mensuales.

Sin duda, tener una liga estructurada va a mejorar el nivel de futbol femenil en el país, se está transitando en la dirección correcta; es cierto, tuvieron que pasar muchas décadas de espera, pero ya ha iniciado, ahora es necesario revisar las bases que regulan toda la actividad profesional de las deportistas.

De acuerdo con los datos de la FIFA, en México aproximadamente 2 millones de mujeres practican el futbol, lo cual significa una enorme cantera para el país, pero sobre todo una oportunidad deportiva que vigoriza la vida social.

Las 395 futbolistas registradas en la liga femenil mexicana, que recientemente arrancó, contarán con un mayor entrenamiento e infraestructura, lo cual representa un avance significativo.

Son muchos obstáculos que van a enfrentar las futbolistas, así como los obstáculos que las deportistas profesionales enfrentan en cada una de sus disciplinas, y sin duda, la mejor manera de apoyar a las futbolistas, y en general a las deportistas profesionales, es garantizando la celebración de contratos no discriminatorios.

La naciente liga femenil va a revolucionar la forma de pensar de la sociedad, hace unos meses se dio a conocer la designación de la primera mujer en entrenar a un club de futbol profesional en Francia, Helena Costa, hay muchas páginas nuevas que se están inscribiendo con el empuje de las mujeres en todos los ámbitos, y de manera muy destacada en el ámbito deportivo; ahora es indispensable tener al día la legislación laboral y todos los ordenamientos que regulan esta actividad, para evitar un trato discriminatorio y fomentar condiciones de igualdad.

Muchas historias y muchos años tuvieron que pasar para que por fin se pusiera en marcha en México la primera liga femenil; ya llovió desde que en 1892 se registrara en Escocia el primer partido de futbol entre mujeres; han pasado 47 años desde que se celebró el primer torneo internacional femenino en 1970; y ya pasaron 26 años del primer campeonato mundial femenil organizado por la FIFA en 1991; y aun cuando desde 2007 empezó a operar un torneo regional de futbol femenil en México, es hasta este año 2017, que se hace realidad la primera liga mexicana femenil. El primer partido fue el viernes 28 de julio, Pachuca contra Pumas. Un día y un suceso histórico para el país.

Hay muchos motivos para celebrar, porque sin duda esta competencia oficial va a alentar la participación de los dos millones de mujeres que practican el futbol en México.

El principal obstáculo lo representan los contratos discriminatorios, fundamentalmente por razones de preferencia sexual.

Apenas hace unos meses, dos futbolistas de la selección nacional, Stephany Mayor y Bianca Sierra, manifestaron que sufrieron discriminación del entrenador nacional, por ser pareja; ellas decidieron alejarse muchísimos kilómetros para vivir su amor sin prejuicios, actualmente viven en Islandia, y juegan en el equipo Thor-Ka, donde son la sensación por su nivel futbolístico.

Hay muchos tabúes que deberán superarse: ¿cuántas veces hemos visto a hombres que se abrazan efusivamente –y algunos hasta se besan–cuando celebran un gol? ¿Cuántos jugadores delgados y de pelo largo han sido la sensación sin que nadie los discrimine?

Con el inicio de la liga femenil se abre un nuevo capítulo en la historia nacional; es un hecho que la naciente liga va a revolucionar a la sociedad mexicana, representa un reto y un gran paso; es el camino para empezar a romper barreras y avanzar en la lucha por la igualdad de género en el futbol; es un espacio que muchas mujeres soñaron durante décadas; el deporte más popular de México hoy tiene a las mujeres de protagonistas y no solamente de espectadoras; estamos atestiguando una auténtica revolución cultural y deportiva, porque se está generando conciencia en las canchas y en toda la sociedad mexicana; es todo un hito que todos debemos reconocer y aplaudir; lo que hace falta ahora es legislar para evitar contratos discriminatorios.

Por todo lo expuesto someto a consideración de esta soberanía la aprobación del siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se reforma y adiciona una fracción III al artículo 300 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 300. Son obligaciones especiales de los patrones

...

III. Garantizar contratos no discriminatorios.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 8 de agosto de 2017.

Diputada Elvia Graciela Palomares Ramírez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Agosto 8 de 2017.)

Que reforma el artículo 39 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, recibida de la diputada Lilian Zepahua García, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 8 de agosto de 2017

La suscrita, Lilian Zepahua García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 39 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Como representante de Nayarit, he advertido una problemática que es necesario regular y resolver, una problemática que se extiende en todo el país y que es necesario tomar cartas en el asunto.

El Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2013-2018 señala que la seguridad en el transporte se ha convertido en un grave problema derivado de las malas condiciones de la infraestructura, la falta de cultura vial y la inseguridad nacional y agrega que tan sólo en 2011 perdieron la vida en las carreteras federales más de 4 mil 400 personas, y se registraron 25 mil accidentes con daños materiales por valor de mil 361 millones de pesos. A escala nacional y tomando en cuenta los accidentes en vías locales, entre 2006 y 2011 se registraron en el país aproximadamente 440 mil accidentes de tránsito terrestre por año en promedio.

La situación es tal que, de acuerdo con la Organización Panamericana de la Salud, México ocupa el séptimo lugar a escala mundial en muertes por accidentes de tránsito, con 24 mil defunciones por año, una cifra cinco veces mayor que la de defunciones por consumo de drogas ilícitas. Dicho fenómeno ha provocado que el gobierno de la república haya establecido diversas estrategias y líneas de acción tendentes a atemperar la frecuencia de los accidentes de tránsito y sus nefastas consecuencias, como las pérdidas materiales, cuyo monto ascendía en 2013, según la Organización Panamericana de la Salud, a 150 mil millones de pesos, es decir, alrededor de 1.7 por ciento del producto interno bruto.

Más allá de las afectaciones que provocan los accidentes de tránsito a la salud de las personas y a la economía del país, existe otro aspecto a considerar que suscita molestias a las personas involucradas en esta clase de conflagraciones.

No nos referimos a los trámites ante algunas empresas de seguros que suelen ser sumamente tortuosos o a la dificultad que en ocasiones implica llegar a un acuerdo entre las partes involucradas, sino a la actuación de algunas dependencias encargadas de la seguridad pública y la procuración de justicia, que tienden a enredar todavía más una situación que, de suyo, resulta sumamente molesta. Nos referimos a la retención de los vehículos en los corralones y agencias del ministerio público a fin de realizar peritajes y así determinar las responsabilidades penales correspondientes.

En efecto, tras ocurrir un accidente vehicular, en muchas ocasiones los automotores suelen ser arrastrados hacia depósitos en los que pueden o no llegar a realizarse diversos peritajes a fin de establecer de manera científica las circunstancias en que se dio la conflagración y el grado de responsabilidad de cada uno de los conductores relacionados con el caso.

La realización de tales diligencias (si es que llegan a efectuarse) resultan necesarias para arribar a una verdad legal, pero ello no obsta para denunciar que en no pocas ocasiones el depósito de los autos puede prolongarse de manera indefinida, lo que significa una molestia injustificada para los particulares, y en especial para quienes se saben inocentes del accidente ocurrido, pues durante el tiempo que el bien queda a resguardo de las autoridades éste sufre un grave deterioro, sino es que, en ocasiones, hasta suele ser despojado de alguno de sus aditamentos por aquellos a quienes corresponde salvaguardar la integridad del mismo.

Tal situación se agrava cuando las aseguradoras no dictaminan la pérdida total del automotor, pues ello no les obliga a éstas entregar al titular de la póliza otro nuevo y sí a esperar a que le sea devuelto el suyo para posteriormente someterlo a reparaciones, mismas que también pueden llevarse varias semanas.

Las molestias a que hacemos referencia en el párrafo precedente son a todas luces injustificadas, y de alguna forma suponen la criminalización de aquellos que para su infortunio se ven inmiscuidos en un accidente automovilístico, pero no sólo eso, sino que mueven a la corrupción de funcionarios venales que ven en la liberación de los vehículos un pingüe e ilícito negocio, constituyen el reflejo de ineficiencias burocráticas e inercias propias de un país poco respetuoso de la legalidad.

Por eso proponemos a la aprobación de la asamblea una reforma del artículo 39 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a efecto de establecer como una obligación a cargo de las autoridades de los tres niveles de gobierno, la elaboración de protocolos de actuación en los casos de accidentes automovilísticos, a efecto de procurar la pronta formulación de peritajes que permitan establecer responsabilidades y, en su caso, devolver con celeridad los vehículos a sus propietarios o poseedores.

Para efectos de una mejor comprensión de la presente iniciativa, se agrega el siguiente cuadro comparativo:

Por todo lo expuesto se somete a consideración de esta soberanía la aprobación del siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se reforma el artículo 39 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para quedar como sigue:

Artículo 39. La concurrencia de facultades entre la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios quedará distribuida conforme a lo siguiente:

A. ...

B. Corresponde a la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias

I. a XIII. ...

XIV. Solicitar la colaboración de los prestadores de servicios de telecomunicaciones, conforme a las disposiciones aplicables, para que en el ámbito técnico operativo se restrinja de manera permanente todo tipo de comunicación, ya sea transmisión de voz, datos, o imagen en los centros de readaptación social federales y de las entidades federativas, cualquiera que sea su denominación;

XV. Elaborar protocolos de actuación en los casos de accidentes automovilísticos, a efecto de procurar la pronta formulación de peritajes que permitan establecer responsabilidades y, en su caso, devolver con celeridad los vehículos a sus propietarios o poseedores; y

XVI. Las demás atribuciones específicas que se establezcan en la ley y demás disposiciones aplicables.

...

...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 8 de agosto de 2017.

Diputada Lilian Zepahua García (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Seguridad Pública. Agosto 8 de 2017.)

Que reforma el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recibida de la diputada Lilian Zepahua García, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 8 de agosto de 2017

La suscrita, Lilian Zepahua García, diputada de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de este pleno, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la presente:

Exposición de motivos

Eufrosina Cruz Mendoza, diputada del Congreso del estado de Oaxaca y ex diputada federal, indígena originaria del municipio de Santa María Quiegolani, Oaxaca, y licenciada en contaduría pública. Sorteó las barreras de la marginación y en 2007 compitió para ser presidenta municipal. Refiere que, a pesar de contar con apoyo para contender por dicho cargo, los caciques de la comunidad se lo impidieron bajo el cargo de que era “mujer y profesionista”.1 Sobre este particular, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió un Informe Especial en el que formuló diversas propuestas tendientes a hacer efectivo el derecho de las mujeres a participar en la vida política de sus comunidades, a saber:

Primera: Que se incorpore a la Carta Magna estatal la prohibición expresa de toda discriminación, en concordancia con el párrafo tercero del artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Segunda. Que las autoridades facultadas presenten las iniciativas correspondientes para someter a la consideración del Congreso local las leyes referentes a la igualdad entre mujeres y hombres y a la prevención y eliminación de la discriminación.

Tercera. Que las autoridades del estado de Oaxaca, en el ámbito de sus respectivas competencias, establezcan las disposiciones normativas pertinentes para que al momento de reconocer la validez de las normas internas de los pueblos y comunidades indígenas, no se vulneren los derechos de las mujeres.

Cuarta. Que las autoridades del estado de Oaxaca, en el ámbito de sus respectivas competencias, adopten políticas públicas para que en la elaboración y aplicación de los programas que se relacionen con las comunidades indígenas se realicen acciones tendentes a la difusión plena de los derechos de las mujeres y a garantizar su ejercicio.

El caso al que hacemos referencia no constituye un hecho aislado. Tres años antes, en 2004, Tomasa de León renunció a la alcaldía de Santiago Yolomécatl, Oaxaca, tras haber sido hostigada por los varones de su comunidad, por virtud de su condición de mujer, mientras que Guadalupe Ávila Salinas, candidata a la presidencia municipal de San José Estancia Grande, fue asesinada.

Los casos antes señalados distan de ser anecdóticos, sino que constituyen toda una forma de ser en diversas comunidades y pueblos de nuestro país, donde la igualdad política consagrada en la Constitución es letra muerta, propósito que no se cumple, objetivo retardado por autoridades corruptas y prácticas atávicas que retrasan el progreso de nuestro país, pues omiten incorporar al desarrollo a las mujeres, situación que a todos nos debería parecer insoportable y digna de la más alta condena.

Dada la recurrencia con que se dan esta clase de situaciones, se vuelve imperativo revisar no sólo los usos y costumbres que rigen en diversas comunidades, sino también las leyes que rigen los ámbitos de participación política de las mujeres, pues no es posible que en pleno siglo XXI sigan teniendo verificativo conductas como las hasta ahora relatadas y es el caso que, por normas protectoras de las mujeres, no quedamos.

Los artículos 1 y 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantizan la igualdad de todos los habitantes de nuestro país, incluida la de género, al señalar que en los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga la Constitución, y que el varón y la mujer son iguales ante la ley. De igual forma, el primero de los dispositivos mencionados prohíbe la discriminación por motivos de sexo. Por su parte, el artículo 2 de la Carta Magna reconoce el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a la libre determinación y a la autonomía para elegir, de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno. Además, garantiza la participación de las mujeres en condiciones de equidad frente a los varones, en un marco que respete el pacto federal y la soberanía de los estados.

El artículo 9, fracciones IX y XIII, de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación prohíbe toda práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades, considerando como conductas discriminatorias negar o condicionar el derecho de participación política y, específicamente, el derecho al sufragio activo o pasivo, la elegibilidad y el acceso a todos los cargos públicos, y aplicar cualquier tipo de uso o costumbre que atente contra la dignidad e integridad humana.

Asimismo, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes establece en su artículo 8, numeral 2, que los pueblos indígenas deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que éstas sean compatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos.

El artículo 25, incisos a) y b), del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que los Estados se comprometen a respetar y a garantizar a todos los individuos los derechos reconocidos en el Pacto, sin distinción alguna, así como también que todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna distinción y sin restricciones indebidas, del derecho de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos, y de votar y ser elegidos en elecciones periódicas.

La Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer, en su artículo 1, señala que el derecho al voto y a ser elegido para un cargo nacional no deberá negarse o restringirse por razones de sexo. A su vez, la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer de la ONU, en su artículo 2, establece que, en condiciones de igualdad con los hombres, las mujeres serán elegibles para todos los organismos públicos electivos establecidos por la legislación nacional, sin discriminación alguna.

La Convención sobre la Eliminación de Todas las formas de Discriminación contra la Mujer refiere, en su artículo 1, que la expresión “discriminación contra la mujer” denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera, y en su artículo 7, inciso a), determina que los Estados tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a votar en todas las elecciones y referendos públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas.

De toda la cauda de normas antes referidas se desprende la existencia de un sistema de derecho destinado a impedir la exclusión de las mujeres de la vida política nacional, estructura que choca frontalmente con aquellas prácticas destinadas a perpetuar los ciclos de exclusión entre las comunidades indígenas, bajo la falsa premisa del respeto a los usos y costumbre.

Tres cosas se pueden hacer para enfrentar el problema al que hemos hecho referencia: hacer uso de aquellas herramientas que sancionen toda clase de actos discriminatorios; educar en la inclusión y la promoción de valores democráticos y mejorar en lo que sea posible el marco de participación política de las mujeres, aspectos éste último que nos corresponde en tanto legisladores de la república.

Sobre esto último notamos que, si bien es cierto nuestra Ley Fundamental contiene diversas normas tendientes a garantizar la elección de las mujeres a cargos de elección popular en los pueblos y comunidades, no lo es menos que tales enunciados adolecen de una omisión que buscamos subsanar a través de la formulación de la presente, la cual consiste en la ausencia del concepto de “paridad” en la integración de las autoridades municipales.

Afirmamos lo anterior, toda vez que una cosa es procurar la integración de las indígenas a los espacios de decisión y respetar su derecho al voto, y otra muy distinta obligar a que los ayuntamientos sean integrados a partir del peso específico que tienen las mujeres en términos poblacionales, lo que hasta ahora no se ha siquiera planteado.

La anterior propuesta constituye un reconocimiento a las estrategias y líneas de acción contenidas en el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y No Discriminación contra las Mujeres 2013–2018, entre las cuales se contienen promover la igualdad de género en las oportunidades y resultados de la democracia y el desarrollo político, a través de la promoción y aplicación de medidas y acciones a favor de la paridad en los cargos del Poder Judicial.

Para una mejor compresión de la presente iniciativa se agrega el siguiente cuadro comparativo:

Por lo antes expuesto y fundado, se somete a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se reforma el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Art. 2. ...

...

...

...

...

A. Esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para:

I. y II. ...

III. Elegir, de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad; así como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electos o designados, en un marco que respete el pacto federal, la soberanía de los estados y la autonomía de la Ciudad de México. En ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos político–electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales.

En la conformación de las autoridades municipales de los pueblos y las comunidades indígenas se garantizará la equidad de género.

IV. a VIII.

...

B. ...

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las legislaturas de las entidades federativas tendrán ciento ochenta días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para aprobar las modificaciones legales tendientes a reglamentarlo.”

Nota

1 Consultado en
http://www.informador.com.mx/jalisco/2009/124187/6/
impiden-que-sea-alcaldesa-por-ser-mujer-y-profesionista.htm, el 9 de julio de 2017 a las 20:57 horas.

Salón de Sesiones de la Comisión Permanente, a los 8 días del mes de agosto de 2017.

Diputada Lilian Zepahua García (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Agosto 8 de 2017)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de acoso sexual, recibida de la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 8 de agosto de 2017

La que suscribe, diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Tercera Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55, fracción II, del Reglamento para el gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 numeral 1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Comisión Permanente la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos del Código Penal Federal, en materia de acoso sexual, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El acoso sexual es una forma de violencia que actualmente no se encuentra legislada dentro de nuestro marco normativo a nivel federal, por ello las víctimas de éste se encuentran en un estado de indefensión frente a cualquier acción de terceros que violenta sus derechos humanos, por ello deben recurrir a instancias no judiciales para poder acceder a la justicia, como lo son los centros de justicia para las mujeres, organismos de derechos humanos estatales o federal e institutos de las mujeres en la entidades federativas, etcétera. Esta conducta tiene una fijación cultural dentro de la ideología del mexicano, ya que se le considera una conducta socialmente aceptada y, en su caso, deseable para aquellas personas a quien se dirige, sin embargo, diversos estudios han demostrado que las personas objeto de acoso, en cualquiera de sus formas o expresiones, sufren un impacto negativo en su autoestima, salud psicológica y emocional, lo que puede degenerar en problemas de depresión, ansiedad, tristeza, soledad, cambios en los patrones alimentarios y de sueño y, en el peor de los casos, suicidio.

De forma cotidiana el acoso se presenta en perjuicio de las mujeres, ya que es esta parte de la población a quien culturalmente le es dirigida dicha conducta, puede realizarse a través del lenguaje, gestos o amenazas. Al hablar de acoso sexual no se tiene en cuenta el género, estatus u orientación sexual del autor/víctima, por lo que no es exclusivamente en perjuicio de las mujeres, sin embargo, son ellas quienes lo sufren en mayor medida e intensidad.

“...la violencia contra las mujeres es un problema de gran dimensión y una práctica social ampliamente extendida en todo el país, puesto que 63 de cada 100 mujeres de 15 años y más, residentes en el país, ha experimentado al menos un acto de violencia de cualquier tipo, ya sea violencia emocional, física, sexual, económica, patrimonial, y discriminación laboral, misma que ha sido ejercida por cualquier agresor, sea la pareja, el esposo o novio, algún familiar, compañero de escuela o del trabajo, alguna autoridad escolar o laboral o bien por personas conocidas o extrañas.”1

En los últimos años esta conducta ha recibido un reconocimiento como actividad socialmente reprobable y con consecuencias sociales para aquél o aquélla que la realice, así como de quien la sufre, presenta una mayor incidencia en lugares públicos o de acceso público, así como en el transporte público, pero, como ya se dijo, jurídicamente no tiene consecuencias o sanción alguna, razón de ello es que se tiene la visión de que es una conducta que se realiza sin ameritar ningún tipo de sanción. Como lo demuestran datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), 32 por ciento de mujeres han padecido violencia sexual por parte de agresores: actos de intimidación, acoso o abuso sexual.2

Asimismo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señala que el acoso sexual es un delito tipificado en todas las entidades federativas, pero no es así a nivel federal, ya que el propio Código Penal Federal es omiso en tipificar dicha conducta.

En este contexto México enfrenta un nuevo compromiso al signar diversos tratados internacionales en la materia, que lo obligan a buscar e implementar los mecanismos necesarios para reducir, evitar, prevenir y sancionar cualquier tipo de violencia en contra de las mujeres en materia de acoso y hostigamiento sexual lo que hace necesario diseñar políticas públicas, protocolos y legislación que atiendan esta problemática, esto sin olvidar la necesidad de sensibilizar a aquéllas y aquéllos agresores que perpetran esta conducta.

Hay países que ya han abordado el tema en sus legislaciones, como Estados Unidos de América (EUA), Chile, Argentina, Paraguay y Perú, estos dan cuenta de una regulación de tipo local para enfrentar la situación, sin embargo, la suscrita considera que es deber de la federación proveer el marco general para la tipificación de esta conducta mediante la presente adecuación al Código Penal Federal.

Es común que las prácticas de acoso sexual se den en lugares públicos, lo que constituye una violación importante a los derechos humanos de la persona que lo sufre, especialmente para las mujeres y niñas, esto afecta sus capacidades y oportunidades de desarrollo. Expertos aseguran que el acoso sexual ocurre principalmente en el ámbito laboral, en empresas particulares o instancias públicas en las que pocas veces se cuentan con protocolos para atender esta situación, sin contar que en la mayoría de los casos la persona afectada no presenta la denuncia o acta correspondiente por temor a sufrir represalias. Si bien este dato es importante, al día de hoy no contamos con un indicador o estadísticas en cuanto al acoso sexual que se presenta en la calle o en el transporte público, ya que estas conductas son normales para quien las lleva a cabo mientras que para las víctimas no existe forma alguna de defensa mediante la ley, es así que al ser violentados sus derechos éstas se encuentran indefensas ante su agresor.

Es necesario diferenciar entre el tipo de hostigamiento y el de acoso sexual, ya que si bien ambos son un tipo de violencia sexual, hay diferencias entre ambas; en la figura del hostigamiento sexual, se encuentra presente una relación de superioridad jerárquica (de cualquier índole) por parte del victimario frente a la víctima, mientras que en el acoso sexual; no existe tal subordinación pero hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos. De igual manera el hostigamiento sexual puede presentarse en todos los ámbitos de la vida, laboral, escolar, social, doméstico o cualquier otro donde se dé una relación de subordinación, mientras que el acoso sexual se da en cualquier espacio o ámbito de relación, público o privado, sin distinción.

Continuando, datos del Inegi nos señalan que “...la violencia sexual ha sido experimentada por poco más de un tercio de todas las mujeres (35.4 por ciento), pero particularmente la ejercida por agresores distintos a la pareja y en sus distintas formas, desde la intimidación, el abuso sexual o el acoso sexual...”3

Aunque el Código Penal Federal tiene un ámbito de aplicación restringido, en la práctica funge como la norma marco para las entidades federativas, es decir, las directrices que contiene son la estructura a partir de la cual las entidades federativas generan y adecuan su propia legislación. Es así que la tipificación a nivel federal funge no sólo como manual para definir el tipo sino como marco para delimitar y homogeneizar la figura en las entidades federativas.

La violencia contra la mujer empobrece a las mujeres individualmente consideradas y a sus familias, así como a sus comunidades, a las sociedades y a las naciones en muchos niveles. Reduce la capacidad de las víctimas/sobrevivientes de hacer una contribución productiva a la familia, la economía y la vida pública; absorbe recursos de los servicios sociales, el sistema de justicia, los organismos de atención de la salud y los empleadores, y reduce los logros educacionales globales, la movilidad y el potencial de innovación de las víctimas/sobrevivientes, de sus hijos e incluso de los autores de dichos actos de violencia. El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer también ha expresado su preocupación por la situación de violencia que actualmente enfrentan las mujeres en México y ha instado al gobierno federal, a los gobiernos locales y municipales a que implementen mejores programas tendientes a eliminar cualquier tipo de violencia en contra de las mujeres, entre ellas el acoso sexual. También ha expresado su preocupación por la falta de monitoreo de los programas que prestan servicios a las víctimas/sobrevivientes de la violencia.

Por su parte la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, popularmente conocida como Belém do Pará, condena todas las formas de violencia ejercidas tanto por el estado como por individuos, en el hogar, en el mercado laboral, y en cualquier espacio público. Asimismo define a la violencia contra las mujeres como “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”.4 Dentro de lo que se aprecia aquel tipo de violencia que encaja en el ámbito de lo sexual, entre ellos el acoso sexual.

En nuestro país, el reconocimiento jurídico de la violencia contra las mujeres como fenómeno amplio y como hecho social que debe ser atendido por el Estado para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, se hace a partir de la ratificación de la CEDAW y de la Convención de Belém do Pará. Este derecho ha quedado plasmado en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, promulgada en febrero de 2007.5 La cual garantiza y tutela el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y reconoce, además, la violencia extrema contra las mujeres como producto de la violación a sus derechos humanos.6

En este sentido y con el objetivo de lograr que las y los mexicanos puedan disfrutar de una vida libre de acoso, someto a consideración de esta Comisión Permanente, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, en materia de acoso sexual

Artículo Primero. Se reforman los artículos 259 Bis, 266 Bis y 276; se adiciona un artículo 259 Ter, todos del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 259 Bis. Comete el delito de hostigamiento sexual quien con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualesquiera otra que implique subordinación, a la persona que cometa éste delito se le impondrá una sanción de uno a tres años de prisión y hasta trescientos días multa. Si la persona hostigadora fuese servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, se le destituirá de su cargo y se le inhabilitara para ocupar cualquier cargo en el sector público hasta por 5 años.

Solamente será punible el hostigamiento sexual, cuando se cause un perjuicio o daño.

Se procederá contra el hostigador, a petición de parte ofendida, para el caso de personas menores de edad, con alguna discapacidad o que carezca de la capacidad para comprender el significado del hecho el delito se perseguirá de oficio.

Artículo 266 Ter. Comete el delito de acoso sexual quien acose, atosigue, incordie sexualmente a otra persona o realice conductas con una connotación sexual no consentida por quien las recibe, a la persona que cometa este delito se le impondrá una pena de 3 meses a 5 cinco años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa.

Para el caso de que la conducta se realice por dos o más personas, las sanciones descritas en el párrafo anterior se aumentaran en una mitad.

Cuando la conducta se cometa en contra de persona mayor de edad se procederá a petición de parte ofendida, para el caso de personas menores de edad, con alguna discapacidad o que carezca de la capacidad para comprender el significado del hecho, el delito se perseguirá de oficio y las sanciones descritas en el primer párrafo se duplicarán.

Si la persona acosadora fuese servidor público, además de las sanciones señaladas, procederá la destitución del cargo y se le inhabilitará para desempeñar cualquier cargo en el sector público hasta por 5 años.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2015/violencia0.pdf

2 Ídem

3 Ídem.

4 http://www.cidh.org/Basicos/Basicos8.htm

5 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV.pdf

6 Para una mejor comprensión de la ley, véase Lagarde, 2010.

Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 8 de agosto de 2017.

Diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Justicia. Agosto 8 de 2017.)

Que reforma el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 4 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, recibida de la diputada María Bárbara Botello Santibáñez, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 8 de agosto de 2017

La suscrita, diputada María Bárbara Botello Santibáñez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en la fracción I del numeral 1 del artículo 6; numeral 1 del artículo 77 y el 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El Congreso de la Unión, órgano depositario del Poder Legislativo federal mexicano, es el espacio de debate y de solución a los grandes retos que tenemos para continuar poniendo al día el marco jurídico de nuestro país, requiere también ponerse al día orientado a mejorar sus indicadores de productividad que, para la percepción ciudadana, el trabajo legislativo es incompleto y por ende, no satisface a los electores que nos dieron su confianza a través de su voto.

El planteamiento del problema de la productividad legislativa, puede ser visto desde distintas aristas, una de estas deriva en el tiempo de duración de los periodos ordinarios que tiene el Congreso mexicano.

A lo largo de la historia parlamentaria en nuestro país, tenemos que han sido diversos los tiempos de duración de los periodos ordinarios de sesiones.

Por citar un ejemplo, la Constitución de 1824 establecía que el Congreso la Unión sesionaría tan sólo tres meses con quince días al año, del 1 de enero al 15 de abril, con posibilidades de prórroga hasta por treinta días cuando así lo considerase necesario o cuando así lo pidiera el presidente de la federación.1

Sucesivamente, de acuerdo a las bases constitucionales ulteriores de México, la duración de los periodos ordinarios del Congreso se fueron modificando. A partir del texto original del artículo 65 de la Constitución de 1917, se estableció sólo un periodo ordinario de sesiones con una duración de 4 meses, del 1 de septiembre al 31 de diciembre.2

Para 1986 se reformaron los artículos 65 y 66 constitucionales para establecer dos periodos ordinarios de sesiones, del 1 noviembre al 31 de diciembre y del 15 de abril al 15 de julio, es decir, 5 meses de sesiones.

En 1993 se volvieron a realizar modificaciones constitucionales en este sentido para que el Congreso sesionara del 1 de septiembre al 15 de diciembre y del 15 de marzo al 30 de abril, igual con 5 meses de sesión que en la reforma de 1986.3

Para 2004, únicamente se amplió la duración del segundo periodo ordinario, del 1 de febrero al 30 de abril, tal cual está vigente actualmente y se mantuvo la duración del primer periodo ordinario, del 1 de septiembre al 15 de diciembre y sólo hasta el 31 de diciembre cuando el Ejecutivo federal toma protesta de su encargo.

Por lo que el Congreso de la Unión sesiona seis meses con quince días, mismos que nos son ya insuficientes para aprobar temas que son de gran importancia para el país y que en mucho de los casos, emanan de reformas constitucionales que prevén en sus artículos transitorios la fecha límite para la aprobación de reformas legales, expedición de leyes secundarias o la designación de funcionarios.

Si bien es cierto que durante los meses de mayo a agosto el Congreso de la Unión está en receso y ambas Cámaras no sesionan en pleno, ello no implica que sean vacaciones o meses de ocio para los legisladores; la mayor parte del trabajo legislativo recae en las comisiones ordinarias que tienen la facultad de sesionar cuando menos una vez al mes, aunque en Congreso esté en receso.

Es cierto que también se debe reforzar el trabajo en las comisiones ordinarias porque si éstas no proveen de los asuntos que son considerados urgentes para su discusión en el pleno, no hay materia para discutir los temas transcendentales para la sociedad y las instituciones del país.

En este sentido, durante los periodos de receso del Congreso de la Unión, la Comisión Permanente es el órgano legislativo que está pendiente y facultado para cumplir con las disposiciones expresas que le confiere la Constitución cuando alguna de las Cámaras no lo hiciere antes del término de uno de los periodos ordinarios, además de las facultades previstas en el artículo 78 constitucional.

Es así que la presente iniciativa tiene por objeto reformar el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el segundo párrafo del artículo 4 de la Ley Orgánica del Congreso de la Unión para ampliar la duración del segundo periodo ordinario de sesiones. La propuesta consiste en que se amplíe hasta el 30 de junio.

La reforma de 2014 estableció que hasta el 2024 el Congreso deberá iniciar el primer periodo ordinario a partir del 1 de agosto porque desde ese año el Ejecutivo federal tomará posesión el 1 de octubre, y no ya el 1 de septiembre, por lo que este durará 4 meses y quince días.4

La propuesta de ampliación de duración del segundo periodo ordinario que se extendería hasta el mes de junio, se propone sea vigente a partir del año 2019 durante la LIV Legislatura.

Si la corta duración de los periodos ordinarios de sesión que son de 6 meses con quince días son parte de la problemática para resolver los temas que hay pendientes, es preciso ampliarlos para que el Congreso sesione 9 meses con quince días y para ello se debe ampliar la duración del segundo periodo ordinario de sesiones.

Con ello, el propósito es hacer más productivo al Congreso de la Unión y no esperar a resolver los temas pendientes en un periodo extraordinario, que como hemos visto, resulta difícil concretar una convocatoria al Congreso.

Para conocer sobre los temas que existen pendientes, resulta ilustrativo el ejercicio académico que hace el Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE) a través del Violómetro Constitucional porque de una forma sencilla muestra los pendientes legislativos sin constituir una crítica.5

De acuerdo con la plataforma de información del CIDE, el Congreso tiene 25 pendientes que emanaron de reformas constitucionales y que en los artículos transitorios de estas reformas, se establecieron fechas concretas para aprobar modificaciones legales o designaciones, entre los que destacan:

La expedición de una Ley sobre Registros Públicos Inmobiliarios, la expedición de una Ley General del Sistema Nacional de Archivos, la designación de un Integrante de la Junta de Gobernación del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), los miembros que deberán integrar Consejo General del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), entre otros.

Huelga decir que los artículos transitorios son parte del ordenamiento jurídico respectivo y por ende la observancia es obligatoria y que de no cumplirse, se violenta el orden legal.6

Por otra parte, se propone eliminar una facultad en desuso del presidente de la República en turno y que en el marco del equilibrio de poderes que hay, es innecesario que en la Constitución se siga previendo que el presidente sea quien deba resolver el término de las sesiones ordinarias, si ambas Cámaras no estuviesen de acuerdo en hacerlo, porque además las fechas límite son ya muy claras.

Es urgente asumir una autocrítica del trabajo que hacemos desde el Congreso de nuestra labor legislativa. No podemos exigir requisitos de productividad para los trabajadores de nuestro país, si los legisladores federales no asumimos una postura firme de nuestra labor en la misma dinámica de productividad.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el primer párrafo y se deroga el segundo párrafo del artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y se reforma el numeral 2 y se deroga el numeral 3 del artículo 4 de la Ley Orgánica del Congreso de la Unión

Artículo Primero. Se reforma el primer párrafo y se deroga el segundo párrafo del artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 66. Cada periodo de sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar todos los asuntos mencionados en el artículo anterior. El primer periodo no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando el presidente de la República inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83, en cuyo caso las sesiones podrán extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. El segundo periodo no podrá prolongarse más allá del 30 de junio del mismo año.

Derogado.

Artículo Segundo. Se reforma el numeral 2 y se deroga el numeral 3 del artículo 4 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 4o.

1. ...

2. Cada periodo de sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar los asuntos de su competencia. El primer periodo no podrá prolongarse sino hasta el quince de diciembre del mismo año, excepto cuando el presidente de la República inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83 constitucional, caso en el cual las sesiones podrán extenderse hasta el treinta y uno de diciembre de ese mismo año. El segundo periodo no podrá prolongarse más allá del treinta de junio del mismo año.

3. Derogado.

Artículos Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. Las reformas al primer párrafo del artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al numeral 2 del artículo 4 de la Ley Orgánica del Congreso de la Unión, aplicarán a partir de los integrantes que sean electos al Congreso de la Unión para el año 2019.

Artículo Tercero. Los integrantes del Congreso de la Unión de la LXIV Legislatura, comenzarán el segundo periodo ordinario de sesiones a partir del 1 de febrero y hasta el 30 de junio.

Notas

1 http://www.diputados.gob.mx/biblioteca/bibdig/const_mex/const_1824.pdf

2 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum/CPEUM_orig_05feb1917.pdf

3 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_127_03sep93_ima.pdf

4 Artículo Décimo Quinto Transitorio.- Las reformas a los artículos 65; 74, fracción IV y 83 de esta Constitución entrarán en vigor el 1o. de diciembre de 2018, por lo que el período presidencial comprendido entre los años 2018 y 2024 iniciará el 1o. de diciembre de 2018 y concluirá el 30 de septiembre de 2024.

5 http://periodismocide.org/eventos/violometro/#r_obligaciones

6 (Segundo Tribunal Colegiado en materia administrativa del Sexto Circuito [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Octubre de 2001; Pág. 1086. Amparo directo 7/2001. Arnulfo Ayala Ayala. 1o. de febrero de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Omar Losson Ovando. Secretaria: Elsa María López Luna).

Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 8 de agosto de 2017.

Diputada María Bárbara Botello Santibáñez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Agosto 8 de 2017.)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Cámara de Diputados a iluminar durante agosto de 2017 la fachada principal de ese recinto en conmemoración del Día Nacional de la Lucha contra el Cáncer Cervicouterino, recibida de la diputada Lucely Alpízar Carrillo, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 8 de agosto de 2017

La que suscribe, Lucely Alpízar Carrillo, diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario del PRI a la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite presentar a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El cáncer es una de las enfermedades más frecuentes en el mundo, es de las principales causas de morbilidad y mortalidad, pues tan solo en 2012, según cifras de la Organización Mundial de la Salud, se registraron alrededor de 14 millones de nuevos casos.

La preocupación que despierta esta enfermedad no es menor, pues de acuerdo con estadísticas de dicha organización, se prevé que en los próximos 20 años el número de nuevos casos aumente hasta en un 70%.

A la fecha, el cáncer ha ocasionado la defunción de 8.9 millones de personas a lo largo del mundo, lo que representa que de seis muertes una es atribuible a esta terrible enfermedad.

En los países de ingresos medios y bajos la aparición del cáncer es imputable a las infecciones oncogénicas, entre ellas las causadas por los virus de las hepatitis o por papiloma virus humanos, en las que las mujeres son quienes recienten las neoplasias cancerígenas más agresivas.

Una de estas neoplasias es conocida como cérvico uterino, infección de tipo vírica más frecuente del aparato reproductor femenino causado por el virus del papiloma humano; el cual a nivel mundial representa el cuarto tipo de cáncer más frecuente entre las mujeres, con un estimado de 528 mil nuevos casos diagnosticados anualmente; y, conocido también por ser una importante causa de muerte por tumor maligno en la mujer con 266 mil defunciones anuales.

El cáncer cérvico uterino es la segunda neoplasia más común en mujeres de América Latina con 68 mil casos anuales, siendo la incidencia dentro de la región de 21.2 casos por 100,000 mujeres, alcanzando valores superiores a 30 en países como Perú, Paraguay, Guyana, Bolivia, Honduras, Venezuela, Nicaragua y Surinam.

En México dicha enfermedad representa la segunda causa de muerte por cáncer en la mujer, pues de manera anual se estima una ocurrencia de 13 mil 960 casos en mujeres, con una incidencia de 23.3 casos por 100,000 mujeres.

Las entidades federativas que recienten de manera lacerante más muertes por este tipo de cáncer son: Chiapas (18.2) Morelos (17.2), Sonora (15.7), Quintana Roo (15.2), Chihuahua (15.1) y Baja California (15.0); donde la distribución en relación con la edad muestra un incremento a partir de los 35 años, siendo el grupo de 50 a 59 años de edad quienes registran el mayor porcentaje con alrededor del 30% de todos los casos registrados.

Al respecto el Estado Mexicano en observancia a la problemática de salud existente ha dado muestra de su compromiso para con la protección, promoción y prevención de la salud, siendo aplicadas dichas acciones en su Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, a través de la meta México Incluyente, y de manera específica en la línea de acción para fortalecer los programas de detección oportuna de, entre otras neoplasias, el cérvico uterino.

Asimismo, en el ámbito específico del sector salud, el órgano rector ha dictado en su Plan Sectorial de Salud 2013-2018 acciones encaminadas a la observancia y tratamiento de esta enfermedad, ubicándose este esfuerzo en la estrategia 2.5, la cual abreva en la mejora del proceso para la detección y atención de neoplasias malignas, especialmente a la neoplasia en comento.

Sin duda los esfuerzos anteriormente expuestos alientan la lucha de miles de mujeres y hombres para seguir combatiendo a esta terrible enfermedad, que aqueja a la mujer mexicana, no obstante, preocupa que la población aún carezca de información y acceso a los servicios especializados para el tratamiento de esta neoplasia, sabiendo que esta enfermedad es la única prevenible casi al 100 por ciento.

Sabiendo lo anterior es alarmante que de acuerdo a la Encuesta Nacional de Salud (ENSANUT) solo una de cada dos mujeres mayores de 25 años de edad se ha realizado una prueba de detección para cáncer de cuello uterino, lo que a todas luces avizora una falta de concientización sobre la escalada de esta enfermedad, y más aún, del desconocimiento de los medios de detección oportuna tales como el Papanicolau (citología cervical) así como la prueba del papiloma virus, ambos practicables y disponibles en las instituciones del sector salud.

Ante esta coyuntura, tanto la ciudadanía organizada como los representantes populares de la H. Cámara de Diputados nos hemos manifestado y ocupado por la promoción sobre el diagnóstico oportuno y la exigencia de la atención de este tipo de cáncer, dedicándole el mes de agosto a la difusión y promoción de esas acciones contra esa enfermedad.

Muestra de lo anterior ha sido la aprobación del decreto en esta Cámara de Diputados para oficializar el 9 de agosto de cada año como el Día Nacional contra el Cáncer Cervicouterino, acción legislativa que ha encontrado eco en nuestra colegisladora con esfuerzos homologados.

Derivado de lo anteriormente expuesto y sensibles a la afectación de las que son parte miles de mexicanas en su salud a causa de esta enfermedad, es que el legislativo no debe permanecer inmóvil e insensible ante la promoción de acciones tendentes a la concientización, por lo que en aras de hacer visible la lucha contra este tipo de cáncer, me permito someter a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta de manera respetuosa a la Cámara de Diputados a que durante el mes de agosto de 2017 se ilumine de color verde silvestre la fachada principal de ese recinto legislativo, en el marco del Día Nacional de la Lucha Contra el Cáncer Cérvico Uterino.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a los 2 días del mes de agosto de 2017.

Diputada Lucely Alpízar Carrillo (rúbrica)

(Turnado a la Cámara de Diputados. Agosto 8 de 2017.)



Informes

De la diputada Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, sobre el noveno encuentro del Grupo de Mujeres Parlamentarias de ParlAméricas, Empoderamiento de las mujeres: respuestas sociales y políticas, llevado a cabo el martes 23 y miércoles 24 de mayo de 2017 en Buenos Aires, Argentina

Objetivo de la comisión

Participar como integrante de ParlAméricas y representante de la fracción del GPPAN en el noveno encuentro organizado por el Grupo de Mujeres Parlamentarias de ParlAméricas, Empoderamiento de las mujeres: respuestas sociales y políticas .

Resultados

La participación en este encuentro tuvo como resultado, y en particular para mi persona, una reflexión que une los temas de paridad y empoderamiento de las mujeres a través de los movimientos sociales y la importancia de la co creación legislativa y el parlamento abierto, así como el reconocer la urgente necesidad de legislar para incentivar el empoderamiento económico de la mujer.

Primera sesión

En la primera sesión, Movimientos sociales para la igualdad de género: experiencias de articulación con espacios políticos , se presentó a través de tres panelistas y de temas diversos experiencias exitosas de movimientos sociales encabezados por mujeres que han influenciado en las decisiones políticas en distintos países de la región.

-Ana Correa, coorganizadora de #NiUnaMenos Argentina, explicó cómo en su país, antes de este movimiento que tiene apenas un año, los temas de género no se encontraban en la agenda pública, viviendo una violencia machista de género instalada en la sociedad y esta misma sociedad dividida por cuestiones políticas. Explicó el mecanismo que se diseñó para lograr subir a la agenda pública el grave problema de feminicidio que se está presentando en el país. Paso a paso explicó el proceso de involucramiento de la sociedad (hombres y mujeres) en el tema y la comunicación que se estableció con los diversos partidos políticos para obligarlos a incluir el tema en sus propuestas legislativas que incluyeron entre otras:

1. Garantizar el acceso de las víctimas a la justicia

2. Educación sexual integral

3. Proteger a las víctimas

4. Creación de un registro único de feminicidios en Argentina

A la par de que se generó un movimiento social en todo el país, se realizó un trabajo de sensibilización de la clase política hasta llegar a los más altos niveles para generar un compromiso común de lograr cambiar las condiciones que hacen favorable el feminicidio, los resultados aún no se concretan pero el movimiento sigue vivo y en permanente actividad para lograrlo.

-Nadeen Spence (cofundadora de Tambourine Army , Jamaica), explicó el objetivo de la organización que ella creó: eliminación de la violencia por motivos sexuales, recordando que en Barbados surgió la campaña #LifeInLeggins que compartía historias de acoso sexual en la calle. Explicó la experiencia de organizar la campaña #DiganSusNombres en la cual durante un mes la mujeres compartieron historias de abuso sexual, la mayor parte de las participantes era de mujeres con perfiles altos, y se organizó una marcha sin políticos. Nadeen relató a los presentes las dificultades que han enfrentado como movimiento para lograr que se visualice una problemática real en Jamaica de abuso sexual, y también nos externó las amenazas que han recibido quienes se han solidarizado con el tema. Como en muchos países de América Latina, el abuso sexual no se denuncia por vergüenza y se silencia y culpa a la víctima. El movimiento de Nadeen pide que se facilite a las mujeres y niñas que han sido víctimas de la violencia nombrar a su perpetrador y que cambie la legislación para que se logre justicia. A diferencia del movimiento Ni Una Menos en Argentina, el movimiento de Nadden no ha contado con una gran participación de los políticos de su país.

-Olga Amparo Sánchez (directora de Casa de la Mujer de Colombia) explicó el contexto colombiano, una sociedad con más de 60 años de guerra con la guerrilla y que se encuentra en un proceso de construcción de paz. Relató la experiencia de un proceso de cinco años de negociaciones de organizaciones de mujeres y la construcción de un plan de incidencia con la comunidad internacional, explicó cómo junto a parlamentarios de su país se construyó una “plataforma por la paz” y en ella se creó una sub Comisión de Género que enfrentó los siguientes retos:

1. Una sociedad colombiana polarizada que no quiere justicia transicional y la necesidad de definir cómo contribuyen las mujeres para construir la paz.

2. Fortalecer alianzas de mujeres construidas por una agenda mínima común compartida.

3. Cómo hacer que la agenda de las mujeres influencie la agenda global y cómo la agenda global influye en las mujeres

4. Buscar dar un paso cualitativo para las mujeres, ya que el movimiento colectivo de mujeres no es sujeto político ni tiene la fuerza de un movimiento campesino o indígena

Planteó la necesidad de incidir en la normatividad en el Congreso para que no se afecten los acuerdos alcanzados y la importancia de hacer un seguimiento al cumplimiento de los acuerdos.

Algo muy importante es crear las condiciones para la protección de líderes de mujeres (han asesinado a 14 mujeres que han liderado movimientos)

-Como resultado de esta primera sesión, la reflexión giró acerca de cómo desde nuestro papel de legisladores podemos fortalecer a los movimientos sociales para el logro de sus objetivos, cómo generar la articulación necesaria para lograrlo y poder concretar mayores avances, y esto incluye no sólo lograr que mujeres legisladoras se involucren, sino también hombres legisladores.

Segunda sesión

La segunda sesión se realizó con el panel Movimientos sociales: oportunidades y desafíos para la representación política , participando en el mismo la diputada Sandra Morán, de Guatemala; senadora Mobina Jaffer, de Canadá; congresista Alberto Belaunde, de Perú, y la diputada Guerda Benjamín, de Haití.

En este panel se habló, por parte de la diputada Morán, del esfuerzo de participación de las mujeres para los acuerdos de paz en Guatemala, resaltando puntos importantes que se debían tener presentes en el tema mujeres en su país:

1. Hablar del derecho a tener derechos

2. El derecho a conocer nuestros derechos y las políticas públicas existentes

3. A partir del año 2000 buscar la institucionalidad para el seguimiento de las políticas públicas.

4. 20 años después hay leyes pendientes para el cumplimiento de los acuerdos de paz

La diputada Morán hizo énfasis del papel de la mujer en la construcción de la democracia y de la paz, insistiendo en que para que se construyan todos deben estar presentes.

El diputado Fernando Belaunde habló de su experiencia como el primer legislador que hace pública su homosexualidad y que lo convirtió en un líder del movimiento LGBT, siendo el autor del proyecto de ley de Unión Civil, habló de la importancia de trabajar como legislador en conseguir lo posible en lo que se refiere a las luchas de los movimientos sociales.

La diputada Benjamin de Haití resaltó que en su país el tema de la igualdad de género es sumamente complejo, ya que la cultura haitiana común dice que la política es cosa de hombres. Explicó su experiencia en la creación de Red de Grupos de Mujeres.

La senadora Mobina Jaffer, de Canadá, reflexionó sobre el empoderamiento económico y cómo el no contar con ello causa que las mujeres no tengan mayor representación política, por eso la importancia de que las mujeres en política hablen por todas las mujeres y que reflexionemos en la pregunta: ¿por quién estamos hablando?

En el panel se destacó que los tiempos en los congresos son diferentes a los tiempos en los movimientos sociales y que lo que podemos lograr como legisladores respecto a estos movimientos es poner sobre la mesa temas que no se habían discutido, recoger las demandas de los movimientos y abrirles caminos en el espacio que nos movemos. Una sugerencia fue que los proyectos legislativos que presentemos sean presentados previamente a los activistas de los movimientos.

Tercera sesión

La tercera sesión se tituló Retos para el empoderamiento: autonomía económica y violencia de género presentada por Mercedes D’Alessandro, académica argentina, quien presentó un panorama muy puntual de la situación económica de la mujer argentina, que es muy similar a la del resto de Latinoamérica:

-El 76 por ciento de las tareas domésticas no remuneradas la llevan a cabo mujeres

-La brecha salarial entre hombres y mujeres es de un 26 por ciento

-Los servicios de cuidado se consiguen en el mercado de pago y son para mujeres pero todos estos trabajos son los más precarizados de la economía.

-Para que algunas mujeres se empoderen se requiere que otras hagan tareas que le impiden avanzar.

-67 por ciento de los ninis en argentina son mujeres.

La discusión posterior a la presentación de la experta giró en torno a la importancia del empoderamiento económico de la mujer como una importante herramienta para reducir la violencia de género; sobre este mismo tema se realizó un ejercicio de reflexión con las siguientes preguntas:

1. ¿Cuáles son los principales puntos de contacto entre desigualdad y dependencia económica y violencia de género?

2. ¿Qué elementos principales debería incluir una política pública integral para responder a las problemáticas presentadas?

Adicionalmente a las sesiones se llevaron a cabo las presentaciones de los siguientes documentos:

-Hoja de ruta hacia la apertura legislativa

-Presentación de los nuevos materiales sobre igualdad de género de ParlAméricas

-Presentación de la Declaración Final

Acuerdos

1. Participar en nuevos espacios de diálogo con movimientos y organizaciones sociales con el objetivo de construir una agenda colectiva para avanzar hacia la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres.

2. Insistir en la aplicación de perspectivas de género y su intersección con dimensiones de etnia, edad, clase social, orientación sexual, estatus legal y condición de discapacidad, entre otros en la elaboración de todas las políticas públicas.

3. Fortalecer las medidas destinadas a proteger a lideresas, activistas y participantes de movimientos sociales de manera que puedan ejercer sus derechos políticos libres de amenazas y violencia.

4. Fomentar la responsabilidad de los hombres en el avance del empoderamiento de las mujeres y la igualdad de género.

5. Promover leyes y políticas que amplíen la responsabilidad del Estado en la provisión de servicios de cuidado y que generen una distribución más equitativa de las responsabilidades familiares, entre hombres y mujeres.

6. Avanzar el trabajo parlamentario en torno a la eliminación de todas las formas de violencia por razones de género, con reformas e iniciativas integrales que aborden su prevención, detección, denuncia, sanción y reparación.

7. Diseñar e impulsar leyes orientadas a promover el empoderamiento económico, la autonomía financiera y el acceso al crédito de las mujeres, así como la eliminación de la brecha salarial por iguales tareas entre hombres y mujeres.

8. Procurar la implementación de acuerdos y compromisos internacionales suscritos por nuestros gobiernos para alcanzar el empoderamiento de las mujeres, particularmente lo consignado en el ODS 5.

9. Crear y fortalecer desde nuestros parlamentos espacios de intercambio con representantes de la sociedad civil que trabajan en pos de la igualdad de género.

10. Alentar la adopción de herramientas de análisis basadas en género para la elaboración de legislación y presupuestos.

11. Insistir en que se acopien estadísticas que documenten claramente el estado del trabajo no remunerado de las mujeres, y reflejen que su participación en el mercado laboral beneficia a la economía en su conjunto.

Actividades realizadas

-Asistencia a la ceremonia de inauguración y a la conferencia magistral

-Participación en las tres sesiones de trabajo programadas.

-Asistencia a los eventos ofrecidos por la Cámara de Diputados

Conclusiones

La participación en este encuentro nos llevó a reflexionar en el papel que como legisladores debemos desempeñar frente a los movimientos sociales.

Como legisladores y actores de la vida política de nuestro país, somos testigos de que, afortunadamente para México, los movimientos sociales cada vez toman un papel más importante en la vida diaria. Gracias a estos movimientos, numerosos problemas que parecen quedar olvidados debido a que quienes hacen la agenda pública no desean considerarlos, pueden ser conocidos e inclusive incluidos en agendas legislativas y de políticas públicas. El camino hacia la igualdad de género ha sido construido por muchos de estos movimientos y, entendiendo y asumiendo que aún queda mucho por construir en este y otros temas, es fundamental que como legisladores nos convirtamos en eco y facilitadores de que éstos logren posicionarse en la agenda pública y, aún más importante, en la agenda política-legislativa para lograr concretar e institucionalizar los cambios necesarios para ir avanzando en las soluciones.

Los legisladores tenemos la responsabilidad de estar atentos a lo que sucede fuera de la esfera política formal y de buscar los canales para dar representación en nuestros congresos a estas luchas que se emprenden desde los movimientos sociales.

Y, muy importante, que esta comunicación que establezcamos con los movimientos sociales sea permanentemente retroalimentada, que cualquier instrumento legislativo que presentemos en apoyo a estos movimientos sea previamente conocido por los mismos para que la comunicación se mantenga sin contaminarse y malentendidos.

Un segundo tema fundamental e igual de importante fue la reflexión realizada alrededor del papel que juega el empoderamiento económico de la mujer sobre la reducción de la violencia de género. Para fortalecer este empoderamiento económico son necesarias acciones afirmativas desde el legislativo y la promoción de políticas públicas que permitan reducir el hecho de que para que algunas mujeres se empoderen sea necesario que otras se estanquen en su crecimiento.

Los materiales recibidos nos serán de utilidad para replicarlos y con ello hacer llegar los resultados de todas las reflexiones que se realizan en estos foros a más actores tanto de la política formal como de los movimientos sociales y de los medios de comunicación.

Del diputado Salvador Zamora Zamora, referente a la reunión de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca del Parlamento Latinoamericano y Caribeño llevada a cabo el jueves 8 y el viernes 9 de junio de 2017 en Ciudad de Panamá

Reunión de la comisión

En la Cuidad de Panamá, en la Sala de Sesiones del Congreso Nacional, se reunió la Comisión de Agricultura, Ganadería y Pesca.

En el evento participaron miembros de la Comisión, Legisladoras y Legisladoras, a la reunión asistieron los 14 miembros de la comisión más el presidente de la Comisión que se compone de diferentes países entre los cuales se encuentran México, Brasil, Costa Rica entre otros.

Dio inicio el presidente de la Comisión mencionado que el objetivo es dar continuidad a los temas tratados en la Comisión entre los cuales se encuentran los temas de pesca artesanal, cambio climático y la ley modelo para reducción de la perdida y desperdicio alimentario.

Temas de la reunión de la comisión

Tema I. Exposición sobre el borrador de la Ley de Pesca Artesanal

Durante esta sesión y después de varias discusiones en sobre el tema de la Ley de Pesca Artesanal se llegó al acuerdo de que era el mejor momento para aprobarla y presentarla en reuniones posteriores de la FAO; además después de ser recogidas las sugerencias de los diferentes países la ley fue aprobada por unanimidad tratando de lo siguiente:

La región de América Latina y el Caribe posee importantes recursos pesqueros que son diariamente extraídos, procesados y comercializados por más de 2.3 millones de personas, de las cuales el 90 por ciento son pescadores artesanales y cientos de miles de ellos mujeres, cuyo trabajo contribuye a garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de la población regional y dinamizar las economías locales, de ahí la importancia de la elaboración de esta ley.

Además, esta ley reconoce que la pesca artesanal o de pequeña escala representa una importante fuente de alimento y empleo para millones de familias en América Latina y el Caribe, a pesar de su relativamente reducida presencia en las agendas nacionales de desarrollo. Que la pesca constituye la principal fuente de alimentos para miles de comunidades rurales y pueblos originarios y el sustento de sus familias.

Es por eso que la ley que fue aprobada se propone Fortalecer la cooperación Sur-Sur y triangular en el ámbito de la pesca y la seguridad alimentaria y nutricional, intercambiando conocimiento y recursos para desarrollar estrategias eficaces, de acuerdo a la necesidad de cada país y subregión, además de crear un marco jurídico y legislativo que permita y regule la pesca artesanal para seguir contribuyendo a la alimentación familiar pero siempre privilegiando al medio ambiente.

De tal manera presento la Lay de Pesca Artesanal que quedo de la siguiente manera:

“Capítulo I. Disposiciones generales

Artículo 1. Naturaleza y objeto El objeto de la presente Ley Modelo es establecer un marco jurídico de referencia que permita a cada Estado adoptar, fortalecer y complementar sus respectivas políticas, estrategias y legislaciones, de modo que se garanticen de manera permanente, y con carácter de prioridad nacional, el desarrollo y la sostenibilidad de la pesca artesanal o de pequeña escala, en armonía, coherencia y alineamiento con los instrumentos internacionales en la materia, a partir del reconocimiento de su importancia como medio de vida, su contribución a la seguridad alimentaria y nutricional y a las economías territoriales y nacionales, en un marco de equidad social y de género, de sostenibilidad ambiental y de garantía de derechos humanos. Este objeto debería alcanzarse mediante un enfoque basado en los derechos humanos, la igualdad de género, el enfoque ecosistémico de la pesca, y la planificación territorial de la pesca.

Artículo 2. Instrumentos internacionales de referencia Al elaborar sus respectivas legislaciones, políticas y estrategias en materia de pesca artesanal o de pequeña escala, los Estados considerarán los siguientes instrumentos internacionales, entre otros pertinentes:

1. Acuerdo de París, adoptado el 12 de diciembre de 2015 en la vigésima primera sesión de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP21);

2. Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto Destinadas a Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada, aprobado en Roma el 22 de noviembre de 2009 por la Conferencia de la FAO en su 36º período de sesiones;

3. Código de Conducta para la Pesca Responsable de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), aprobado en Roma en la 28º sesión de la Conferencia de la FAO de 1995;

4. Código de Seguridad para Pescadores y Buques Pesqueros, adoptado en septiembre de 1968 en Ginebra; las Directrices voluntarias para el diseño, la construcción y el equipamiento de pequeñas embarcaciones pesqueras de la FAO, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Marítima Mundial (OMI) de 1980 y 14 las Recomendaciones de seguridad para los buques pesqueros con cubiertas de eslora inferior a 12 metros y los buques pesqueros sin cubierta, de 2010;

5. Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), adoptada el 22 de noviembre de 1969 en San José;

6. Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), firmada el 10 de diciembre de 1982 en Montego Bay;

7. Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, adoptada el 9 de mayo de 1992 en Nueva York;

8. Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, aprobada el 18 de diciembre de 1979 por la Asamblea General de Naciones Unidas, en Nueva York;

9. Convenio sobre la Diversidad Biológica, firmado el 5 de junio de 1992 en la Cumbre de la Tierra, en Río de Janeiro;

10. Convenios pertinentes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), incluido el Convenio Ley Modelo de Pesca Artesanal o en Pequeña Escala 15 Número 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales, adoptado el 27 de junio de 1989 en Ginebra;

11. Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de septiembre de 2007 en Nueva York;

12. Declaración de la Organización de los Estados Americanos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada el 14 de junio de 2016 por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en Santo Domingo;

13. Declaración sobre los Derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1992 en Nueva York;

14. Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing, aprobadas en septiembre de 1995 en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer en Pekín;

15. Directrices técnicas de la FAO relacionadas con el Código de Conducta para la Pesca Responsable, particularmente la orientación técnica No. 10 de 2005; 16

16. Directrices voluntarias en apoyo de la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada, en el contexto de la seguridad alimentaria nacional, aprobadas en Roma en noviembre de 2004 por el Consejo de la FAO en su 127º período de sesiones; 17. Directrices voluntarias sobre la gobernanza responsable de la tenencia de la tierra, la pesca y los bosques en el contexto de la seguridad alimentaria nacional (DVGT), aprobadas el 11 de mayo de 2012 en el 38º período de sesiones del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial;

18. Directrices voluntarias para lograr la sostenibilidad de la pesca en pequeña escala en el contexto de la seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza de la FAO, adoptadas por el Comité de Pesca de la FAO el 8 de junio de 2014 en Roma;

19. Documento final aprobado en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (RIO+20), titulado: “El Futuro que queremos”, aprobado el 22 de junio de 2012 en Río de Janeiro;

20. Guía para hacer frente al trabajo infantil en la pesca y la acuicultura de la FAO y la OIT de 2013; Ley Modelo de Pesca Artesanal o En Pequeña Escala 17

21. Objetivos del Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, adoptados el 25 de septiembre de 2015 en Nueva York, particularmente el Objetivo 14: Conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible;

22. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966 en Nueva York;

23. Plan de Acción Internacional para Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca Ilegal, no Declarada y no Reglamentada, ratificado el 23 de junio de 2001 por el Consejo de la FAO en Roma.

Artículo 3. Definiciones Para los efectos de la presente Ley Modelo, se establecen las siguientes definiciones:

a) Agentes de la pesca artesanal o de pequeña escala: son los pescadores, trabajadores de la pesca (procesadores, distribuidores y comercializadores), comunidades pesqueras, autoridades tradicionales y consuetudinarias, organizaciones profesionales y de la sociedad civil afines o con intereses en el subsector.

b) Agentes no estatales de la pesca artesanal o de pequeña escala: todas aquellas personas naturales o jurídicas que no pertenecen a las estructuras gubernamentales del Estado, pero que están relacionados con la pesca artesanal o de pequeña escala o inciden en ella, tales como las empresas comerciales vinculadas al subsector.

c) Área protegida marina o epicontinental: cualquier porción de un ecosistema acuático marino o continental al que se le otorga una protección especial respecto de su entorno, con objeto de conservar la biodiversidad y/o de proteger los recursos pesqueros.

d) Cadena de valor: sistema constituido por diversos eslabones que añaden valor al producto desde su captura, procesamiento, transporte y comercialización en todas las escalas, dirigido a incrementar la utilidad marginal y ofrecer ventajas competitivas al producto.

e) Derechos de tenencia: es un sistema de mecanismos basados en derechos legales o ancestrales a través de los cuales las sociedades definen y regulan la forma en que las personas, comunidades y otros grupos logran acceder a la tierra, la pesca y los bosques. Determinan quiénes pueden usar qué recursos, por cuánto tiempo y en qué condiciones. Estos sistemas pueden cimentarse en políticas y leyes escritas, así como en costumbres y prácticas no escritas.

f) Empleo decente: cualquier actividad, ocupación, trabajo, negocio o servicio, realizado por mujeres y hombres, adultos y jóvenes, a cambio de remuneración o beneficios que:

1. Respeta las normas fundamentales del trabajo, tal como se definen en los Convenios de la OIT, y por lo tanto:

a) No es trabajo infantil;

b) No es trabajo forzoso;

c) No implica discriminación en el trabajo;

d) Garantiza la libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva.

2. Proporciona un ingreso vital adecuado;

3. Implica un grado adecuado de seguridad y estabilidad en el empleo;

4. Adopta medidas básicas de seguridad y salud ocupacional;

5. Evita el exceso de horas de trabajo y permite suficiente tiempo para el descanso;

6. Promueve el acceso a la formación técnica y profesional.

g) Enfoque ecosistémico de la pesca: Reconoce que los recursos pesqueros, los usuarios y el modo de gobernanza interactúan entre sí, afectando al sistema como un todo, por lo que considera la integralidad e interdependencia de las dimensiones ecológica, social e institucional para garantizar la sostenibilidad de los servicios ambientales en los ecosistemas donde se practica la pesca.

h) Pesca artesanal o de pequeña escala: actividad de pesca que emplea predominantemente el trabajo manual autónomo en la captura, recolección, transformación, distribución y comercialización de recursos pesqueros marinos o de aguas continentales, practicado generalmente por individuos, grupos familiares o comunitarios u organizaciones asentadas en comunidades costeras o rivereñas, desde embarcaciones con poca autonomía, con artes y técnicas de pesca de mínima tecnificación, cuyas dimensiones varían de acuerdo con la definición de las respectivas legislaciones nacionales. Representa el medio de vida principal de las comunidades costeras y rivereñas, incluyendo mujeres y pueblos originarios y contribuye de forma significativa a su seguridad alimentaria e ingreso familiar.

i) Pesquerías dependientes de la acuicultura: actividades cuya sostenibilidad depende de la siembra o liberación intencional periódica de alevines o juveniles producidos en cultivos acuícolas, de especies de interés pesquero, en ecosistemas acuáticos naturales o artificiales.

j) Pesca responsable: actividad de captura de organismos acuáticos con fines de alimentación, comercialización o investigación, llevada a cabo en un marco de manejo que tiene en consideración la capacidad biológica y función ecológica de las especies-objetivo; los métodos y artes de captura susceptibles de ser empleados y la equidad social en los derechos de acceso a los recursos pesqueros. Esta actividad se desarrolla bajo principios y criterios precautorios encaminados a la sostenibilidad de los recursos pesqueros para las generaciones futuras y es practicada bajo condiciones que garantizan el empleo decente.

k) Recursos pesqueros: todos los recursos acuáticos vivos, tanto en aguas marinas como en aguas continentales, que son objeto de extracción o captura.

l) Seguridad alimentaria y nutricional: situación que se da cuando todas las personas tienen, en todo momento, acceso físico, social y económico, a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias en cuanto a los alimentos a fin de llevar una vida activa y sana.

m) Sistema alimentario de la pesca: conjunto de elementos que contribuyen e interactúan en la producción de productos alimentarios provenientes de la pesca. Éstos incluyen la extracción misma, el transporte, la transformación, la comercialización, el consumo e incluso aquellos eslabones que contribuyen indirectamente, tales como los proveedores de insumos para la producción.

Artículo 4. Alcance y ámbito de aplicación La presente Ley Modelo tiene un alcance general, aplicable a todas las pesquerías artesanales o de pequeña escala en aguas marinas y continentales y a las personas que trabajan en todas las etapas de la cadena de valor.

Artículo 5. Principios rectores Son principios rectores de la presente Ley Modelo los siguientes:

a) Consulta y participación: los Estados garantizarán la consulta y participación activa, libre, efectiva, significativa y oportunamente informada de los pescadores artesanales o de pequeña escala y sus comunidades, incluidos los pueblos indígenas, teniendo en cuenta la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio No. 169 de la OIT en todo el proceso de toma de decisiones relativas a los recursos pesqueros y a políticas y obras que puedan afectar las zonas en las que operan pesquerías artesanales o de pequeña escala y tierras adyacentes, considerando los desequilibrios de poder existentes entre las distintas partes.

b) Derechos humanos y dignidad humana: en reconocimiento de la dignidad intrínseca y los derechos humanos iguales e inalienables de todos los individuos, los Estados admitirán, respetarán, promoverán y protegerán los derechos humanos y su aplicabilidad a las comunidades que dependen de la pesca artesanal o de pequeña escala, con arreglo a lo estipulado en las normas internacionales sobre los derechos humanos: universalidad e inalienabilidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación, igualdad y ausencia de discriminación, participación e inclusión, obligación de rendir cuentas e imperio de la ley.

c) Enfoque de planificación territorial de la pesca: los Estados realizarán la planificación territorial en los 24 ecosistemas marinos y de aguas continentales que permitan el ordenamiento del territorio, tomando en consideración las circunstancias especiales e intereses diferenciados de la pesca artesanal o de pequeña escala y promoviendo la participación de sus actores en los procesos de definición y planificación multisectorial.

d) Enfoques globales e integrados: los Estados reconocerán el enfoque ecosistémico de la pesca (EEP) como un importante principio orientador, que abarca los aspectos de integralidad y de las dimensiones ecológica, social e institucional, que deben conjugarse a través de la articulación intersectorial para el uso racional de los ecosistemas, para garantizar la sostenibilidad de los medios de vida de las comunidades de pescadores artesanales o de pequeña escala, garantizando la estabilidad de los recursos para las generaciones futuras.

e) Equidad e igualdad: los Estados promoverán la justicia y el trato equitativo, tanto desde el punto de vista jurídico como en la práctica, de todas las personas y pueblos dedicados o dependientes de la pesca artesanal o de pequeña escala, en particular la igualdad del disfrute de todos los derechos humanos. Al mismo tiempo, deberán reconocerse las diferencias entre mujeres y hombres y adoptarse medidas específicas encaminadas a garantizar la igualdad de hecho, esto es, mediante un trato preferencial, cuando sea necesario, para lograr resultados equitativos, en particular respecto de los grupos vulnerables y marginados.

f) Equidad e igualdad entre los sexos: En reconocimiento del papel crucial de las mujeres en la pesca en pequeña escala, los Estados promoverán la igualdad de derechos y oportunidades, promoviendo políticas diferenciadas en aras de la equidad.

g) Factibilidad y viabilidad socioeconómica: los Estados velarán por la solidez y racionalidad socioeconómicas de las políticas, estrategias, planes y medidas adoptadas para mejorar el desarrollo y la gobernanza de la pesca artesanal o de pequeña escala. Estas políticas, estrategias, planes y medidas deberían ser aplicables y adaptables a las circunstancias locales y a la naturaleza cambiante del entorno y apoyar la resiliencia de las comunidades.

h) Imperio de la ley: los Estados adoptarán un enfoque de la pesca artesanal o en pequeña escala basado en reglas, a través de leyes que se dan a conocer ampliamente en los idiomas de cada país, aplicables a todos y por igual y a través de un poder judicial independiente, compatibles con las obligaciones vigentes impuestas por el derecho nacional e internacional, y teniendo debidamente en cuenta los compromisos voluntarios asumidos en virtud de los instrumentos regionales e internacionales aplicables.

i) No discriminación: el Estado respetará, protegerá y garantizará el acceso a los recursos naturales y tecnológicos imprescindibles para la pesca artesanal o de pequeña escala, sin discriminación alguna, protegiendo especialmente a los grupos de personas en situación de mayor vulnerabilidad, tales como, mujeres, jóvenes y pueblos indígenas. Cualquier distinción, exclusión o restricción impuesta por motivo de raza, color, sexo, edad, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, propiedad, nacimiento u otra condición que tenga como consecuencia u objetivo obstaculizar o restringir los derechos de los integrantes de las unidades de producción agrícola familiar serán considerados actos ilegales y estarán sujetos a sanciones conforme a la ley.

j) Obligación de rendir cuentas: los Estados responsabilizarán a los individuos, los organismos públicos y los agentes no estatales de sus acciones y decisiones, de acuerdo con los principios del imperio de la ley.

k) Respeto de las culturas: los Estados reconocerán y respetarán las formas de organización existentes, los conocimientos tradicionales y locales y las prácticas de las comunidades de pescadores artesanales o de pequeña escala, incluidos los pueblos indígenas y afrodescendientes y las minorías étnicas, promoviendo la eliminación de patrones socioculturales de conducta basados en prejuicios y cualquier forma de discriminación contra la mujer.

l) Responsabilidad social y cogestión: los Estados promoverán la participación social en la evaluación y el manejo de los recursos pesqueros, en un marco regulatorio basado en la mejor información científica disponible y en corresponsabilidad para la gestión sostenible de la pesca. Los Estados deben promover la solidaridad comunitaria, la responsabilidad colectiva y empresarial y fomentar un ambiente de colaboración entre las partes interesadas.

m) Sostenibilidad económica, social y medioambiental: los Estados aplicarán el criterio de precaución y gestionarán los riesgos para protegerse contra resultados indeseables, incluidos la sobreexplotación de los recursos pesqueros y las consecuencias ambientales, sociales y económicas negativas.

n) Transparencia: los Estados definirán claramente y difundirán ampliamente las políticas, leyes, reglamentos y procedimientos en los idiomas de cada país, así como darán una amplia difusión a las decisiones en materia de regulación y manejo pesquero y su sustento técnico y jurídico, en los idiomas correspondientes y en formatos accesibles para todos.

Capítulo II. Declaración como sector estratégico y de interés nacional

Artículo 6. Declaratoria Los Estados declararán como sector estratégico y de interés nacional la pesca artesanal o de pequeña escala; la investigación, protección, promoción, conservación y desarrollo de la misma; así como de los recursos acuáticos, sistemas alimentarios y ecológicos vinculados a la actividad, de conformidad con sus respectivas legislaciones nacionales y tomando en cuenta la necesidad de fortalecer su impacto en la seguridad alimentaria y nutricional y en la erradicación de la pobreza.

Artículo 7. Reconocimiento Los Estados reconocerán en sus legislaciones todas las actividades relacionadas con los sistemas alimentarios de la pesca artesanal o de pequeña escala como actividades económicas y profesionales.

Artículo 8. Identificación de actividades y operadores o usuarios Los Estados determinarán con precisión el tipo de actividades y operadores o usuarios que se clasifican en el marco de la pesca artesanal o de pequeña escala, con el fin de identificar con claridad los ámbitos de aplicación de la Ley Modelo. Los Estados identificarán los sectores, comunidades y grupos vulnerables y marginados que necesitan de una mayor atención, tanto a nivel local como a nivel nacional, y prestarles dicha atención mediante las políticas que sean pertinentes.

Artículo 9. Participación Los Estados garantizarán que los agentes del sistema alimentario de la pesca participen en los procesos de toma de decisiones pertinentes, reconociendo la necesidad de apoyar especialmente a las mujeres, los pueblos indígenas y afrodescendientes, y los grupos 30 vulnerables y marginados para asegurar su participación libre e informada.

Artículo 10. Impacto ambiental, social y económico Dado el interés nacional y estratégico de la pesca artesanal o de pequeña escala, los Estados realizarán los estudios correspondientes de impacto ambiental, social y económico cuando se pretendan realizar proyectos que puedan afectar a los agentes de la pesca artesanal o de pequeña escala, compartiéndoles y discutiendo con ellos sus resultados.

Artículo 11. Políticas y medidas financieras con efectos adversos Los Estados analizarán y, en su caso, prevendrán los impactos negativos de adoptar políticas y medidas financieras que puedan contribuir a la sobrecapacidad pesquera y, por consiguiente, a la sobreexplotación de los recursos pesqueros con resultados adversos en las pesquerías artesanales o de pequeña escala.

Artículo 12. Divulgación y concientización Los Estados reconocerán la necesidad de apoyar políticas y estrategias orientadas a lograr la visibilidad, el reconocimiento, la información y el fomento del importante papel de la pesca artesanal o de pequeña escala, y contribuirán a poner en evidencia el interés nacional y estratégico que representa y a crear conciencia sobre su aporte a la economía, a la producción de alimentos y a las iniciativas para erradicar el hambre y la pobreza y mejorar las condiciones sociales de vida de las poblaciones. De igual manera, los Estados divulgarán y reconocerán ampliamente el conocimiento y prácticas ancestrales que guardan armonía con el medio ambiente, y el papel de las comunidades y los pueblos indígenas y afrodescendientes que practican la pesca artesanal o en pequeña escala, con miras a restablecer, conservar, proteger y cogestionar los ecosistemas acuáticos y costeros locales.

Artículo 13. Políticas diferenciadas Los Estados establecerán políticas diferenciadas de impacto tangible en relación al sector de la pesca artesanal o de pequeña escala, tomando en cuenta la vulnerabilidad de las poblaciones vinculadas a ella; la situación de pobreza, discriminación y exclusión prevalecientes en las comunidades de origen; la falta de seguridad alimentaria y nutricional; y las carencias sociales y económicas de diversa índole, así como la necesidad de propiciar un marco de acciones específicamente diseñadas y dirigidas a favorecer mayores oportunidades, mejores condiciones de acceso, 32 facilidades y prerrogativas especiales que contribuyan a la equidad social, al desarrollo sostenible y a la justicia social

Artículo 14. Registro pesquero Los Estados, con el apoyo de los agentes de la pesca artesanal o de pequeña escala, establecerán un registro de la actividad relativa a dicho subsector que permita conocer, con la oportunidad debida, la información más relevante y adecuada, con miras a facilitar la toma de decisiones y al establecimiento de políticas, estrategias y legislaciones fundadas en datos objetivos y verificables.

Artículo 15. Generación de información para la toma de decisiones en la gestión pesquera Los Estados garantizarán la generación de la mejor información científica disponible que sustente la toma de decisiones para el ordenamiento pesquero, incorporando en el proceso, y en la medida de lo posible, a los agentes de la pesca artesanal. Además, deberán establecer un registro permanente, actualizado, transparente y accesible de los resultados de la investigación que sustente las medidas de ordenamiento.

Capítulo IV. Derechos y deberes

Artículo 16. El derecho a pescar y sus obligaciones El Estado garantizará el derecho a pescar de los pescadores artesanales o de pequeña escala en las condiciones previstas por la ley y los tratados internacionales vinculantes. El derecho a pescar conlleva el deber correlativo de hacerlo de forma responsable y sostenible a fin de asegurar la conservación y la gestión efectiva de los recursos acuáticos vivos, por lo que quien ostente una licencia o derecho de pesca deberá observar el marco regulatorio establecido por las autoridades competentes en cada país.

Artículo 17. Deber de facilitar el acceso Es deber de los Estados facilitar el acceso de los pescadores artesanales o de pequeña escala a los recursos pesqueros y a los mercados, sin detrimento de los derechos que corresponden equitativamente a otros grupos sociales y con los límites que la capacidad biológica de los recursos permita, garantizando con ello la sostenibilidad.

Artículo 18. Derechos de acceso preferencial y otros derechos y prerrogativas Los Estados adoptarán medidas concretas para hacer realidad los derechos de acceso preferencial a los pescadores artesanales o de pequeña escala a la pesca en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, en aras de que prevalezca la equidad con respecto a las actividades de pesca con mayor escala y capacidad tecnológica. Estas medidas incluyen, pero no se limitan a:

a) El establecimiento y asignación de zonas exclusivas para la pesca artesanal o de pequeña escala con claras demarcaciones geográficas;

b) Derechos preferentes sobre acuerdos en negociaciones que pretendan brindar acceso a los recursos a terceros países;

c) Participación en los sistemas de ordenación que les afecten; y

d) Apoyo especial en caso de que sus medios de vida se vean amenazados o peligren, incluyendo la facilitación en los procesos judiciales, administrativos y la resolución de conflictos. Tomando en cuenta la situación particular de los pescadores artesanales o de pequeña escala de cada región y país, los Estados les darán un trato preferencial, especial y equitativo en ámbitos como:

a) impuestos de cualquier clase;

b) acceso transparente a fondos de adaptación, instalaciones o tecnologías apropiadas; c) acceso al crédito y al ahorro y financiamiento;

d) acceso a servicios de extensión, capacitación y acompañamiento organizativo;

e) servicios sociales como salud y educación; y

f) apoyo directo en la adquisición de equipos y materiales ligados a su seguridad e higiene ocupacional.

Artículo 19. Ordenación pesquera Los Estados establecerán medidas de ordenación pesquera con participación social y basadas en la mejor información científica disponible, con miras a la conservación y el uso sostenible a largo plazo de los recursos pesqueros y para asegurar la base ecológica para la producción de alimentos. De conformidad con las leyes nacionales, deberán fomentarse sistemas de ordenación conjunta. En caso de ser necesario, los Estados establecerán áreas protegidas marinas o epicontinentales, sobre la base de información científica, lo que debe ir acompañado de un proceso de sensibilización para generar corresponsabilidad de los agentes de la pesca para garantizar la sostenibilidad de los recursos pesqueros.

Artículo 20. Derechos de tenencia y su gobernanza Los Estados adoptarán políticas, estrategias y legislaciones adecuadas para garantizar que los pescadores y trabajadores de la pesca artesanal o de pequeña escala y sus comunidades disfruten de derechos de tenencia seguros, equitativos y apropiados desde el punto de vista social y cultural sobre los recursos pesqueros, prestando especial atención a los derechos de tenencia de las mujeres y a las salvaguardas que las protegen, así como a sectores vulnerables. Los Estados respetarán los derechos consuetudinarios o históricos sobre los recursos acuáticos y las tierras y zonas de pesca de que disfrutan las comunidades de pescadores artesanales o de pequeña escala, incluyendo las comunidades de pueblos originarios. Dentro de las medidas apropiadas necesarias para garantizar estos derechos, se incluye identificar, registrar y aplicar los derechos de tenencia y a sus titulares legítimos, incluyendo, cuando la legislación así lo defina, la sucesión hereditaria de derechos.

Artículo 21. Deberes de la tenencia Los derechos de tenencia tienen como correlativo deberes y obligaciones dirigidos a apoyar la conservación y la utilización sostenible a largo plazo de los recursos, el mantenimiento de la base ecológica para la producción de alimentos y la utilización de prácticas pesqueras que permitan reducir al mínimo los perjuicios al medio acuático y a las especies, resguardando la sostenibilidad de los recursos pesqueros de todos los usuarios.

Artículo 22. Derechos de los pueblos indígenas y afrodescendientes en la pesca Los Estados respetarán y protegerán los derechos ancestrales de los pueblos indígenas y afrodescendientes que practican la pesca artesanal o de pequeña escala, especialmente su derecho a ser consultados previamente de cualquier acción en sus territorios y a que se reconozca su papel en la conservación y cogestión de los ecosistemas acuáticos y costeros locales.

Artículo 23. Obligación de respetar los derechos humanos por parte de agentes no estatales Los Estados adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar que los agentes no estatales vinculados a la pesca artesanal o de pequeña escala, o que la afecten o incidan sobre ella, respeten los derechos humanos de los pescadores artesanales o de pequeña escala y las comunidades que dependen de la pesca. Para ello, los Estados adoptarán todas las medidas necesarias para que los agentes no estatales conozcan la normativa pertinente y la acaten.

Artículo 24. Derechos de los defensores de los derechos humanos Los Estados deberán respetar y proteger los derechos de los defensores de los derechos humanos en su trabajo relacionado con la pesca artesanal o de pequeña escala.

Capítulo VI. Empleo, educación, seguridad social y ocupacional y migración

Artículo 25. Empleo decente y prohibición del trabajo infantil Los Estados incorporarán en sus políticas económicas y sociales, y en sus planes de desarrollo, iniciativas dirigidas a la realización progresiva del derecho de los pescadores y de los trabajadores de la pesca artesanal o de pequeña escala al empleo decente, tanto en el sector formal como en el informal, incluidas oportunidades alternativas y complementarias de generación de ingresos. En sus políticas, los Estados prohibirán todas las formas de trabajo infantil, de conformidad con lo establecido en las respectivas legislaciones, los instrumentos internacionales de la OIT y la Convención sobre los Derechos del Niño y garantizarán la efectiva implementación de las prohibiciones en el terreno. Cuando se produzca el cierre de actividades pesqueras, deberán buscarse alternativas ocupacionales, incluida la diversificación e innovación de los medios de vida para las personas afectadas o la reconversión tecnológica para su incorporación en pesquerías alternativas, incluyendo la generación de valor agregado en los productos de la pesca.

Artículo 26. Migración de pescadores y trabajadores de la pesca Los Estados fortalecerán la coordinación y los acuerdos entre sí con respecto a la migración de pescadores y trabajadores de la pesca artesanal o de pequeña escala que rebasen las fronteras nacionales, reconociendo las causas subyacentes y las consecuencias de los tales desplazamientos para propiciar una mejor comprensión sobre las cuestiones transfronterizas que afecten a la sostenibilidad de la pesca artesanal o de pequeña escala.

Artículo 27. Formación, capacitación e innovación Los Estados promoverán la inversión en capacitación, formación e innovación de los agentes de la pesca artesanal o de pequeña escala y de las personas involucradas en todo el sistema alimentario de la pesca, con el objeto de mejorar su productividad, ingreso familiar y la sostenibilidad de los recursos pesqueros. Tales procesos deberán incluir la mejora de la capacidad de las comunidades de pescadores artesanales o de pequeña escala para su participación en los procesos de toma de decisiones y de formulación de políticas. Debe prestarse especial atención a la formación de jóvenes de las familias vinculadas al sistema alimentario de la pesca, permitiendo generar arraigo y sucesión en la actividad para garantizar su sostenibilidad en el tiempo. En el caso de actividades que generen riesgos significativos para la salud y la seguridad, deben establecerse programas de formación y capacitación especialmente diseñados para evitar, reducir o minimizar los peligros inherentes a tales actividades.

Artículo 28. Protección y seguridad social Los Estados dictarán normas especiales dirigidas a promover la inclusión de los trabajadores de la pesca artesanal o de pequeña escala en los sistemas de protección y previsión social nacionales, contemplando, según sea pertinente, mecanismos contributivos o no contributivos, garantizando el acceso a la salud y la educación de todos los miembros de la familia, así como el acceso a seguros que les permitan enfrentar situaciones de crisis o contingencias ambientales, incapacidad temporal o permanente, o la pérdida de vida, evitando el desamparo familiar. De igual manera, deberán promover la inclusión productiva de los pescadores artesanales como mecanismo compensatorio de los períodos de veda, garantizando un ingreso alternativo.

Artículo 29. Seguridad ocupacional en las operaciones de pesca Los Estados alinearán su legislación a las directrices de la FAO, la OIT y la OMI para el faenado y la seguridad en el mar en la pesca artesanal o de pequeña escala. En particular, adoptarán normas específicas para garantizar que los pescadores en embarcaciones y los que emplean el buceo cuenten con el equipo adecuado, de acuerdo con las normas de seguridad pertinentes. Esto incluye el estado operativo de las embarcaciones y artes de pesca, garantizando su correcta utilización, además de la provisión de un sistema de soporte a la capacitación y seguridad ocupacional para actividades de mayor riesgo.

Capítulo VII. Pesca ilegal, no declarada y no reglamentada

Artículo 30. Aplicación del Plan de Acción Internacional contra la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada Los Estados implementarán en el marco de la pesca artesanal o en pequeña escala, en conjunto con los actores relevantes, el Plan de Acción Internacional para Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada de la FAO, enfatizando la corresponsabilidad en la ejecución de las medidas de control, vigilancia y monitoreo para coadyuvar en la preservación de los recursos pesqueros. Como estrategia en el combate de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, los Estados elaborarán planes nacionales aplicables en aguas bajo su jurisdicción.

Capítulo VIII. Igualdad y equidad de género

Artículo 31. Incorporación transversal de la igualdad y equidad de género Los Estados incorporarán transversalmente en todas sus políticas, estrategias y legislaciones en el campo de la pesca artesanal o de pequeña escala, las cuestiones de género, particularmente y sin excluir otras cuestiones:

a) Prestar especial atención a los derechos de tenencia de las mujeres;

b) Garantizar la participación equitativa en el diseño, planificación y eficacia de las medidas de ordenamiento que repercutan en sus medios de vida;

c) Poner en práctica acciones para el uso de las 44 superficies marinas, de agua dulce y de tierra que permitan a las comunidades de pescadores artesanales o en pequeña escala y otros productores de alimentos, en particular a las mujeres, obtener un rendimiento justo de su trabajo, capital y gestión;

d) Respaldar mejoras que faciliten la participación de las mujeres y fortalezcan el papel que desempeñan en el sistema alimentario de la pesca, garantizando las condiciones necesarias para el trabajo decente;

e) Promover su participación plena e informada en la toma de decisiones que afecten este subsector y garantizar la eliminación de toda forma de discriminación o exclusión, incluida la adopción de medidas de actualización y adaptación cuando los derechos universalmente aceptados sean superiores a los que puedan ofrecerse a nivel local como resultado de prácticas consuetudinarias;

f) Brindar un trato preferencial a las mujeres en la prestación de servicios fundamentales como salud, la enseñanza, la alfabetización y la inclusión digital;

g) Tomar en cuenta, para los efectos de equidad de género en el subsector de la pesca artesanal o de pequeña escala, la situación de las mujeres que sufren discriminaciones concomitantes en diferentes estadios de vulnerabilidad, como es el caso de las mujeres pertenecientes a pueblos indígenas o grupos vulnerables y marginados, y que, además, puedan sufrir algún grado de pobreza o discapacidad simultáneamente.

Capítulo IX. Cambio climático y gestión de riesgos

Artículo 32. Cambio climático Los Estados aplicarán enfoques multisectoriales, políticas intersectoriales, estrategias de prevención, alerta temprana, adaptación y mitigación, así como planes diferenciados para la adaptación de la pesca artesanal o de pequeña escala, en todo su sistema alimentario, a los efectos negativos del cambio climático, fortaleciendo la resiliencia de las comunidades pesqueras a los desastres naturales.

Artículo 33. Gestión de riesgos Los Estados promoverán la articulación intersectorial para hacer más efectiva la gestión de riesgos, con enfoques multidimensionales, tanto para el fortalecimiento de la sostenibilidad de la pesca artesanal o de pequeña escala como para el desarrollo rural territorial, incluyendo la promoción del uso armónico y sostenible de los recursos 46 naturales, en particular el agua.

Capítulo X. Disposiciones finales

Artículo 34. Interpretación y aplicación Las disposiciones de la presente Ley deberán interpretarse y aplicarse en consonancia y armonía con los derechos y las obligaciones contenidas en el derecho interno e internacional y, particularmente, los principios rectores contenidos en este instrumento, aplicando los criterios de interpretación más amplios si se trata de reconocer derechos protegidos.

Artículo 35. Deber de integrar los contenidos con otras normas internacionales Los Estados aplicarán los criterios de integración a las disposiciones contenidas en la presente Ley de todas aquellas obligaciones, compromisos y orientaciones disponibles que sean de aplicación, contenidas en otros instrumentos internacionales y regionales pertinentes, ya sea voluntarios o vinculantes, teniendo en cuenta el artículo 2 de la presente Ley Modelo.

Artículo 36. Aplicación de la Ley Modelo Cada Estado determinará el órgano de aplicación de la Ley Modelo y cuidará de propiciar que sus políticas, estrategias y legislaciones favorezcan la coherencia, coordinación institucional y la colaboración en este campo de la pesca artesanal o de pequeña escala, garantizando un entorno propicio que facilite y apoye la aplicación efectiva y verificable de las disposiciones previstas en la presente Ley, cuidando que se traduzcan en realidades con impacto concreto en la vida de los agentes de la pesca en pequeña escala, particularmente en cuanto a sus derechos humanos y con especial atención a las personas vulnerables y marginadas.

Tema II. Presentación sobre el cambio climático por técnicos de la FAO

Durante esta exposición se presentó la problemática sobre el impacto que tiene el cambio climático en la producción de alimentos , detallando la manera en el cual son perjudicados los agricultores debido a que sus cosechas y cultivos se ven perjudicados debido al cambio climático y a los cambios tan drásticos de temporada que este trae consigo, dejando los periodos cosecha fuera de su tiempo adelantando o retrasando las lluvias, es por eso que la FAO alienta a contrarrestar y prevenir los efectos del cambio climático, pues actualmente se estima que las pérdidas en alimentos y cultivos dañados están en 4.5 millones de toneladas al año. Es por eso que se resolvió seguir discutiendo este tema en reuniones posteriores y tratar de organizar una reunión en conjunto con la Comisión de Medio Ambiente de PARLATINO.

Tema III-Ley Modelo para Reducción de la Pérdida y Desperdicio de Alimentos

En lo relativo a la Ley Modelo para Reducción de la Pérdida y Desperdicio de Alimentos, se entendió que hay que discutirla aun y se deben hacerle algunas modificaciones adicionales para que se logre el cometido, pues faltan algunos temas como el reciclaje de alimentos considerados como perdida y desperdicio, de tal forma que esta ley se seguirá discutiendo en el paso de sesiones futuras.

Atentamente

Diputado Salvador Zamora Zamora (rúbrica)

De la diputada María Guadalupe Alcántara Rojas, sobre la decimoquinta Reunión Interparlamentaria México-España, llevada a cabo el lunes 10 y martes 11 de julio de 2017 en Baiona, Pontevedra, España

Presento el informe de la comisión oficial que se tuvo a bien encomendar a la suscrita para asistir a la XV Reunión Interparlamentaria México-España, celebrada los días 10 y 11 de julio del año en curso, en Baiona, España

Esta reunión se llevó acabo con la participación de representantes de las Cortes españolas, presididos por la diputada Ana Pastor Julián, presidenta de la Cámara de Diputados, y Pío García-Escudero, presidente del Senado español; además, contó con la presencia de la presidenta del Congreso mexicano, la diputada Guadalupe Murguía y el senador Pablo Escudero, acompañados de la delegación de congresistas mexicanos; también contamos de la presencia de la embajadora de México en España, Roberta Lajous Vargas.

El objeto de la reunión fue intercambiar opiniones y experiencias en los temas ejes de la XV Reunión Interparlamentaria.

Los tremas que se trataron de manera específica a través de mesas de trabajo fueron:

-Cooperación económica y comercial.

-Cooperación educativa y cultura.

-Cooperación en seguridad y defensa.

De manera específica, señalo que las reuniones se realizaron según la agenda prevista y provista por los organizadores de la Cortes españolas, la cual anexo al presente.

Me es grato informar de mi participación en la reunión de trabajo sobre Cooperación económica y comercial, donde resalté la importancia de los lazos comerciales entre ambas naciones y resaltando la importancia que representa fortalecer dichos vínculos.

En general fue una reunión muy productiva en la que se intercambiaron diferentes puntos de interés para ambas naciones.

Fuera de agenda se nos invitó por parte de los organizadores a diferentes eventos culturales, entre los que se destacan una visita a las islas Cíes y a la catedral de Santiago de Compostela, terminando esta última con una comida de despedida.

Discurso de participación

Con su venia, presidente

Permítanme comenzar por agradecer mucho la hospitalidad, la calidez y las atenciones que el pueblo español nos ha brindado desde nuestra llegada.

Sin duda, reuniones como ésta, con gran significado para ambas naciones, nos vinculan y nos vuelven más fuertes.

El 28 de marzo se cumplieron 40 años del establecimiento de relaciones diplomáticas, lo que representa, 40 años de trabajo conjunto, diálogo político y cooperación binacional, que son dignos de celebrar.

México y España son naciones con mucho en común; su cultura, costumbres y visión de futuro son algunos elementos que nos han permitido crecer como naciones libres, democráticas y modernas.

Numerosos desafíos internos y externos se tuvieron que superar para establecer las condiciones apropiadas, que nos permitieron llegar a este punto de la relación bilateral.

Por ello, hoy más que nunca celebro que en esta reunión interparlamentaria se fortalezcan los canales de comunicación y, a su vez, se intensifique y vuelva más frecuente el ejercicio de la diplomacia parlamentaria.

La relación entre nuestras naciones es estratégica y, ante un nuevo orden internacional ineludible, es menester permanecer con lazos de unidad fuertes y en constante crecimiento.

El deseo de construir un futuro de bienestar y prosperidad para nuestras naciones ha derivado del ejercicio de una agenda de cooperación en materia económica, comercial, educativa, científico-tecnológica y de inversión muy dinámica y progresiva.

Tan sólo en 2016, el comercio entre México y España fue de 7 mil 736 millones de dólares.

En la última visita que realizó el canciller Luis Videgaray a Madrid con motivo de la XII edición de la Comisión Binacional España-México, se firmaron seis textos que abarcan, entre otros, los temas de transporte aéreo, inversión y colaboración académico-diplomática.

Con una inversión acumulada en el periodo de 1999 a marzo de 2017 de 58 mil 293.8 millones de dólares, España se coloca como el segundo país que más invierte en México, y hasta hace poco la empresa petrolera Repsol se adjudicó uno de los bloques licitados por el gobierno de México para la exploración y extracción de hidrocarburos en aguas del golfo de México.

Sin duda, la relación bilateral vive uno de sus mejores momentos, en donde el diálogo político se ha traducido en más y mejores beneficios para ambas sociedades.

Como presidenta del Grupo de Amistad México-España de la Cámara de Diputados, expreso mi total disposición a seguir colaborando en temas de interés común y seguir trabajando en la búsqueda del desarrollo pleno de nuestras naciones e instituciones.

Lograr el futuro que deseamos en tiempos volátiles supone enfrentar grandes retos, pero ello no quiere decir que lo hagamos solos, caminemos juntos y hagamos de nuestras habilidades diplomáticas una herramienta de unidad y convergencia. Muchas gracias.

Atentamente

Diputada María Guadalupe Alcántara Rojas (rúbrica)

Del diputado Alfredo Javier Rodríguez Dávila, referente a la decimoquinta Reunión Interparlamentaria España-México, celebrada del domingo 9 al martes 11 de julio de 2017 en Baiona, Reino de España

La decimoquinta Reunión Interparlamentaria España-México, se llevó a cabo del 9 al 11 de julio del presente año en Baiona, Galicia, España, en presencia de una comisión de senadores y diputados del Congreso mexicano, así como del Congreso español, brindando así la oportunidad de conmemorar el 40 aniversario del restablecimiento de las relaciones diplomáticas entre ambos países.

Dicha reunión se llevó a cabo en tres sesiones que abarcaron los temas más importantes que ocupan a nuestros países: la primera sobre cooperación económica y comercial, la segunda sobre la cooperación educativa y cultural y la tercera sobre las relaciones en materia de seguridad y defensa.

La relación comercial entre México y España se ha venido fortaleciendo con el paso de los años, sin embargo, se acordó incrementar dicha relación aprovechando la problemática mundial a la que nos enfrentamos hoy en día, pero, sobre todo, entre México y Estados Unidos de América desde el inicio del reciente mandato del presidente Trump.

El incremento de la relación comercial entre México y España debe tener como base la competitividad, tenemos que hacer las cosas adecuadas para lograr un intercambio con un futuro eficiente y prometedor, que pueda crecer de forma sostenible, pues de lo contrario podría terminar en pocos años.

Tenemos varias áreas de cooperación económica entre México y España cuyos beneficios poseen gran potencial para ambas naciones, tales como la industria química y farmacéutica, la industria alimenticia, la pesca, la minería, entre otras.

Asimismo el fortalecimiento de nuestra relación comercial debe llevar consigo intercambio de tecnología e innovación y la elaboración de proyectos para la comercialización en mercados de otros países, podemos aprovechar la reelección en México para que las relaciones bilaterales tengan mayor seguimiento y sean largas y duraderas, sin dejar de lado la posibilidad de tener reuniones frecuentemente.

España ha sido un beneficiado con las reformas estructurales aprobadas en México sobre telecomunicaciones y energía, así como de la generación de leyes que han otorgado mayor seguridad a los inversionistas que justamente repuntan en el tema energético, bancario, de telecomunicaciones y hotelero.

Sería importante incrementar la inversión mexicana en España con la finalidad de crear un ambiente adecuado para el fortalecimiento de las relaciones bilaterales.

En cuanto a la cooperación en materia de educación, México y España mantienen una estrecha relación, situación que se ve reflejada en el gran número de intercambios académicos que tienen. Destaca el objetivo d promover el español y la cultura de los países hispanohablantes en las numerosas actividades conjuntas que llevan a cabo la Universidad Nacional Autónoma de México y el Instituto Cervantes.

El objetivo de ambos países es lograr una educación de calidad e inclusiva.

Por otro lado, España cuenta en México con el centro cultural más grande del mundo, en el cual se realizan actividades de danza, teatro, cine, entre otras., permitiendo así ampliar el conocimiento de la cultura española entre los mexicanos.

Y por último en el tema de seguridad y defensa, la relación bilateral entre México y España torna su atención en la lucha contra el crimen organizado y el tráfico de drogas. Ambos países estamos en desacuerdo y rechazamos totalmente ambos temas y se reafirmó el compromiso de unir esfuerzos en la prevención y el combate a la delincuencia.

Atentamente

Diputado Alfredo Javier Rodríguez Dávila

De los diputados Alfredo Javier Rodríguez Dávila y Claudia Villanueva Huerta, atinente a la decimoquinta reunión Interparlamentaria España-México, efectuada del domingo 9 al martes 11 de julio de 2017 en Baiona, Pontevedra, España

Antecedentes

Al finalizar la Guerra Civil española, México restablece relaciones con España el 28 de marzo de 1977, la historia que precede a dicho momento es importante y está basada en fuertes vínculos históricos. Retomar la historia es fundamental y pieza clave del dialogo que han compartido sus gobiernos, principalmente ante los retos que presenta el escenario internacional y la oportunidad de generar más y mejores oportunidades con trabajo conjunto.

Una vez restablecidas las relaciones diplomáticas entre México y España se generan espacios en temas económicos y políticos, una muestra fue el establecimiento de la Comisión Binacional que trabaja impulsando la cooperación entre ambos países, además de permitir un dialogo directo en temas políticos, comerciales y económicos.

El encuentro tuvo como objetivo entablar un diálogo común para el fortalecimiento de las relaciones en temas económicos, culturales y educativos, así como reiterar el compromiso para seguir avanzando en los acuerdos que vinculan a México con España y la Unión Europea.

Antes se llevaron a cabo reuniones preparatorias en la Ciudad de México y en Madrid, con objeto de puntualizar los temas por tratar:

Presentación del proyecto de Agenda: cooperación en materia económica y comercial, cooperación en seguridad, cooperación en educación y cultura.

La conmemoración del 40 aniversario del restablecimiento de las relaciones México España.

La importancia de la modernización del Acuerdo Global México-Unión Europea y la posición estratégica de España en el proceso.

Cooperación en materia turística.

Cooperación económica y comercial.

Cooperación educativa y cultural.

Cooperación en seguridad y defensa.

Desarrollo de la visita

Domingo 9

Inauguración de la decimoquinta Reunión Parlamentaria España-México, contó con la intervención de la Presidenta del Congreso de los Diputados Ana Pastor Julián, del presidente del Senado de la República Pablo Escudero Morales, del presidente del Senado de España Pío García-Escudero Márquez y de la presidenta de la Cámara de Diputados María Guadalupe Murguía Gutiérrez.

El ministro de Asuntos Exteriores de España (1976-1980) y la embajadora de México en España Roberta Lajous Vargas intervinieron con el tema del 40 aniversario del restablecimiento diplomático entre España y México, uno de los principales temas durante el encuentro.

Al finalizar el discurso fuimos invitados a la cena oficial de inauguración ofrecida por la Presidente del Congreso de los Diputados y el Presidente del Senado en España.

Lunes 10

Iniciamos con la primer sesión de trabajo a las 9:00 am con el tema: Cooperación económica y comercial con las intervenciones de la Presidenta del Congreso de los Diputados Ana Pastor Julián y el presidente del Senado de la República Pío García Escudero Márquez, en dicha sesión se presentó y analizó la situación económica que presenta España y el lugar que ocupa dentro de la Unión Europea, los desafíos y oportunidades que tienen hacía México, actualmente España es el noveno socio comercial de nuestro país y el segundo entre los países miembros de la Unión Europea.

Se comentó que las inversiones españolas en México se concentran en servicios financieros, seguros, información en medios masivos, industria manufacturera, construcción y energía.

Finalmente se reconoció que durante 2016 el flujo comercial entre los países alcanzó 7 mil 700 millones de dólares.

A las 11:00 horas se llevó a cabo la segunda sesión de trabajo con el tema: Cooperación educativa y cultural con las intervenciones del Presidente del Senado de la República Sr. Pablo Escudero Morales y la Presidenta de la Cámara de Diputados Sra. María Guadalupe Murguía Gutiérrez, se reconoció la importante relación educativa que mantienen ambos países, España es el país de la Unión Europea con el que México mantiene el mayor intercambio estudiantil a finales del año 2015 había en su territorio más de 4 mil estudiantes mexicanos matriculados en su sistema universitario. Se presentó el Plan de Cultura 2020 por parte de la Secretaria de Estado de cultura, que entre sus principales objetivos busca fomentar una oferta cultural de calidad. Finalmente, una servidora tomó la palabra.

A las 15:00 horas se realizó la tercera sesión de trabajo, con el tema “Cooperación en seguridad y defensa”, con las intervenciones de la vicepresidenta tercera del Congreso de los Diputados, Rosa María Romero Sánchez, y el vicepresidente del Senado de la República, durante esta sesión intercambiamos opiniones sobre el tema así como la relevante cooperación en el combate a la delincuencia organizada, posteriormente se presentó la Estrategia de Seguridad Nacional, que busca identificar los riesgos y amenazas actuales para llevar a cabo acciones específicas.

Martes 11

La sesión de clausura inicio a las 9:00 am con las intervenciones del Presidente del Senado de la República Pablo Escudero Morales, del Presidente del Senado de España Pío García-Escudero Márquez y de la Presidenta de la Cámara de Diputados María Guadalupe Murguía Gutiérrez.

Ambas partes reiteraron la importancia de dar seguimiento y continuidad a las Reuniones Interparlamentarias para fortalecer los vínculos entre ambas naciones, de igual forma la delegación mexicana extendió una invitación a los integrantes Presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado de las Cortes Generales de España, a participar en una sesión solemne en la Ciudad de México.

Finalmente, como resultado de las sesiones de trabajo se firmaron las conclusiones de la reunión y se emitió una declaración conjunta.

Diputados: Alfredo Javier Rodríguez Dávalos, Claudia Villanueva Huerta.

Del diputado Sergio López Sánchez, relativo a la décima sesión del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, de la ONU, efectuada del lunes 10 al viernes 15 de julio de 2017 en Ginebra, Suiza

Por este medio me dirijo a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados para presentar el informe correspondiente a la participación en la décima sesión del Mecanismo de Expertos sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, que se llevó a cabo en el Palacio de Naciones en Ginebra, Suiza, del 10 al 14 de julio.

Tuve el honor de ser designado como representante del Grupo Parlamentario del PRD y participar en la delegación de legisladores mexicanos, la cual fue aprobada por la Junta de Coordinación Política.

A dicho evento asistieron los diputados: Cándido Coheto Martínez, Miguel Ángel Sulub Caamal, Rosa Guadalupe Chávez Acosta, Luis de León Martínez Sánchez y la diputada Karina Sánchez Ruiz, de diversos Grupos Parlamentarios, integrantes de la Comisión de Asuntos Indígenas de la Cámara de Diputados, así como representantes de organizaciones indígenas de México y miembros del cuerpo diplomático del Servicio Exterior Mexicano, en la misión de representación en Ginebra Suiza.

Antecedentes

El Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas fue creado en 2007 por el Consejo de Derechos Humanos, principal órgano de derechos humanos de las Naciones Unidas, mediante la resolución 6/361 como un órgano subsidiario del Consejo. El Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas proporciona asesoría temática al Consejo de Derechos Humanos, en forma de estudios e investigación, sobre los derechos de los pueblos indígenas de la manera y las formas solicitadas por el Consejo.

El Mecanismo de Expertos está compuesto por cinco expertos independientes en derechos de los pueblos indígenas. Los expertos son nombrados por el Consejo de Derechos Humanos, considerando equilibrio de género y representación geográfica.

El Mecanismo de Expertos celebra una sesión anual, usualmente en julio, en la cual participan representantes de Estados, Pueblos y Comunidades Indígenas, Organizaciones Indígenas y de la Sociedad Civil, Organizaciones Intergubernamentales y Académicos.

Situación de los derechos de los pueblos indígenas en México

La situación actual de los pueblos indígenas en México solo puede ser comprendida como el resultado histórico del proceso que comenzó con la llegada de los españoles hace más de cinco siglos, mediante el cual se los despojó de los territorios que habitaban, de sus espacios de reproducción social y también de su propia cultura, cosmovisiones y modos de vinculación con la naturaleza.

A mediados del siglo XX, tuvo lugar un nuevo proceso de despojo de sus territorios, con graves consecuencias sobre sus condiciones de vida, como la presión extractiva sobre los recursos naturales.

El último y más reciente suceso, es la apropiación de los conocimientos tradicionales, la biodiversidad asociada a estos y los recursos genéticos es el corolario de este extenso proceso histórico de despojo de los pueblos indígenas de México y de América Latina.

Sin embargo, en cada uno de estos episodios hubo resistencia indígena, recordemos la más reciente por el Ejercito Zapatista en Chiapas en 1994, hasta la instauración de nuevos arreglos políticos entre el Estado y los pueblos indígenas, como es el caso de la modificación del Artículo 4o. en 1992 y el artículo 2o. en el año de 2002.

A pesar de que se han reconocido derechos importantes en la Constitución a partir las reformas al artículo 2o., apartado B, todavía tenemos pendientes el reconocimiento de otros aspectos legislativos, tales como el reconocimiento de personalidad jurídica a los pueblos y comunidades indígenas que otorguen plenos derechos, una ley de consulta indígena, que de manera previa, libre, informada y de buena fe, establezca sujetos de este derecho, procedimientos y medios de impugnación, entre otros aspectos.

En este sentido, su servidor ha propuesto diversas iniciativas a lo largo de la LXIII Legislatura, relacionadas con los derechos de los pueblos indígenas, mismos que han sido retomadas de ejercicios democráticos con organizaciones de la sociedad civil e indígenas, y que no han merecido ser prioridad en la agenda legislativa.

Por ello consideramos importante asistir a la décima sesión del Mecanismo de Expertos, no sólo para compartir la situación actual de los pueblos indígenas en México, sino también para conocer de primera mano las realidades que viven otros pueblos indígenas en el mundo, especialmente en América Latina.

Objetivos

• Conocer de primera mano el contexto internacional y la situación de los derechos de los pueblos indígenas, de acuerdo a los documentos emitidos por el Mecanismo de Expertos.

• Conocer de buenas prácticas y retos, incluida la discriminación en materia de productividad y negocios, y en el acceso a mecanismos de financiamiento por parte de pueblos indígenas.

• Destacar avances y retos de los Estados Unidos Mexicanos en el reconocimiento, garantía y ejercicio de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, y afro descendientes.

Desarrollo de actividades

Lunes 10 de julio

Se atendió a la apertura y bienvenida en la que participó el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Zeid Ra’ad Hussein; y a la apertura por parte del presidente del Mecanismo de Expertos.

Después de aprobar el programa y acordar los trabajos, participamos en la mesa: Nuevo Mandato del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, actividades y métodos de trabajo. En esta mesa conocimos la trascendencia e importancia que tiene un panel independiente a los gobiernos, en el que no sólo señalen pendientes sino también pongan en consideración del Consejo de Derechos Humanos de la ONU mecanismos para facilitar la protección de los derechos de los pueblos indígenas.

Martes 11 de julio

Asistimos a la mesa: Diálogo interactivo con instituciones nacionales de derechos humanos, instituciones regionales de derechos humanos y mecanismos similares.

En la siguiente mesa conocimos la Opinión No 10 del Mecanismo de Expertos: el ámbito empresarial y el acceso a los servicios financieros para los pueblos indígenas.

Este documento señala que los Estados deben adoptar marcos jurídicos y políticas que reconozcan, promuevan y protejan derechos que permitan a los pueblos indígenas que así lo deseen operar, empresas en sus tierras de manera segura y viable. Dichas medidas deben ser diseñadas con la participación efectiva de los pueblos indígenas, de conformidad con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Pueblos Indígenas.

De la misma forma, conocimos buenas prácticas y dificultades que en el ámbito empresarial y en el acceso a los servicios financieros se les presentan a los pueblos indígenas, en diferentes regiones del mundo.

Miércoles 12 de julio

Tuvo lugar la reunión de coordinación entre el Mecanismo de Expertos, los representantes del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas y la Relatoría Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Asistimos a la mesa: Participación de los pueblos indígenas en el sistema de Naciones Unidas; y por la tarde analizamos los retos, buenas prácticas y lecciones aprendidas para la aplicación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Jueves 13 de julio

Por ser un tema de importancia trascendental, continuamos con el análisis de las buenas prácticas y lecciones aprendidas a diez años de la aplicación de la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Como parte de la delegación mexicana, expresamos nuestro reconocimiento al trabajo realizado entre los Estados y las poblaciones indígenas, que gracias a su estrecha colaboración y cooperación y sus aportaciones, lograron hace diez años la aprobación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

También aprovechamos para refrendar el ánimo y la disposición para seguir impulsando en el ámbito internacional y nacional, una agenda con perspectiva de derechos humanos orientada a lograr la igualdad e inclusión plena de los pueblos y comunidades indígenas.

De la misma forma expresamos nuestra confianza en que los nuevos ciclos de colaboración sirvan como impulso para que la comunidad internacional mantenga como prioridad llevar la implementación de la Declaración a la vida diaria de sus comunidades nacionales.

En la siguiente mesa conocimos sobre las actividades que realiza el Mecanismo de Expertos entre periodos de sesiones, así como el seguimiento de los estudios temáticos y el asesoramiento sobre los derechos al patrimonio cultural y a la salud.

Por la tarde participamos del análisis sobre el futuro del Mecanismo de Expertos, incluido el tema central del próximo estudio anual. Y participamos de propuestas al Consejo de Derechos Humanos para su examen y aprobación.

Viernes 14 de julio

Para finalizar la décima sesión, se aprobaron los estudios e informes del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y se presentaron las conclusiones del evento.

Como conclusiones y experiencias aprendidas, la delegación mexicana nos quedamos con la tarea de promover una agenda legislativa que favorezca la inclusión de los pueblos y comunidades indígenas a mecanismos de financiamiento para el desarrollo, acceso a banca y créditos; así como la creación de redes de apoyo entre pares para facilitar el intercambio de experiencias y la creación de redes con experiencias positivas de aplicación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Es cuanto.

Nota

1 Aprobada en la 34ª sesión de Naciones Unidas, el 14 de diciembre de 2007.
http://ap.ohchr.org/documents/S/HRC/resolutions/A_HRC_RES_6_36.pdf

Atentamente

Diputado Sergio López Sánchez (rúbrica)

De la diputada Karina Sánchez Ruiz, referente a la décima sesión del décima sesión del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, de la ONU, efectuada del lunes 10 al viernes 15 de julio de 2017 en Ginebra, Suiza

Presentación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39, numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General, así como lo establecido en los artículos 6 fracción XVII, 270 numeral 1 fracción II, 272 numeral 1 fracción IV, 277 numeral 1 y 278 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Junta Directiva de esta Comisión de Asuntos Indígenas, acordó integrar una delegación de Legisladoras y Legisladores, con el propósito de asistir al interesante foro.

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, la Junta de Coordinación Política de la honorable Cámara de Diputados aprobó la asistencia de una delegación legislativa integrada por los diputados Karina Sánchez Ruiz, Miguel Ángel Sulub Caamal, Rosa Guadalupe Chávez Acosta, Sergio López Sánchez y Luis de León Martínez Sánchez, todos integrantes de la Comisión de Asuntos Indígenas.

El foro nos permitió, abordar temas relevantes sobre derechos económicos, sociales y culturales de los pueblos indígenas, así como abordamos y compartimos el nuevo mandato del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Los trabajos se desarrollaron conforme a la siguiente programación:

• Participación de la delegación mexicana

• Exposición por parte de la delegación mexicana

Transcripción de la participación de los Legisladores en la décima sesión del mecanismo de expertos.

Señor presidente:

México expresa el más amplio reconocimiento al trabajo realizado entre los Estados y las poblaciones indígenas, que gracias a su estrecha cooperación y sus aportaciones, logran hace diez años la aprobación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.

Hoy la declaración es el principal instrumento de las poblaciones indígenas en la defensa de sus derechos, así como para reafirmar la importancia de la diversidad cultural y del diálogo con los Estados.

Constituye una ruta de acción para garantizar sus aspiraciones, pues establece directrices para guiar las evaluaciones sobre el cumplimiento de los derechos de los pueblos indígenas.

Desde su adopción, la declaración se ha convertido en la columna vertebral del cuerpo jurídico internacional en materia de derechos indígenas, y complementa la implementación de otros instrumentos relevantes como los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Los Estados culturalmente diversos, enfrentan retos específicos en la implementación de la declaración. Sin embargo, esto nos motiva para promover y fomentar la participación más amplia de las poblaciones indígenas en la adopción de las decisiones de los asuntos que les conciernen.

A partir de la declaración, en México se han implementado acciones legislativas y programáticas, para avanzar en su cumplimiento, principalmente en relación con el reconocimiento y fortalecimiento del derecho fundamental de la libre determinación y autonomía. Estas acciones complementan los avances que México había iniciado desde la Reforma Constitucional de 2001.

A nivel federal y a nivel local, se ha promovido la armonización de la legislación con los estándares de la Declaración. En este sentido, algunas constitucionales locales contemplan el derecho a la libre determinación y autonomía.

De igual manera, el derecho a la consulta se garantiza a través del Protocolo para la Implementación de Consultas a Pueblos y Comunidades Indígenas, el cual integra los estándares del Convenio 169 de la OIT y los principios del artículo 19 de la Declaración.

Asimismo, hemos implementado medidas para garantizar la educación de niñas, niños, adolescentes y jóvenes indígenas; el acceso a una adecuada impartición de justicia; así como para promover la revitalización de la identidad cultural y lingüística de las niñas y niños indígenas.

Señor presidente:

A cien años de su promulgación, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos da testimonio vivo del compromiso que el Estado mexicano tiene con los pueblos originarios de la nación.

Refrendamos el ánimo y la disposición para seguir impulsando en el ámbito nacional e internacional, una agenda con perspectiva de derechos humanos orientada a lograr la igualdad e inclusión plena de los pueblos y comunidades indígenas.

Confiamos que los nuevos ciclos de colaboración sirvan como impulso para que la comunidad internacional mantenga como prioridad llevar la implementación de la Declaración a la vida diaria de sus comunidades nacionales.

Muchas gracias.

Palabras del Presidente del Mecanismo de expertos en el cual hace una felicitación a la delegación mexicana de legisladores asistentes a la décima sesión.

Deseo agradecer al representante de México. No estoy seguro de que el mecanismo de expertos haya agradecido suficientemente al Estado mexicano y el estado guatemalteco que ha tenido grandísima e importante intervención como patrocinadores y con mucho trabajo en el mecanismo para el consejo de derechos humanos.

También deseo rendir tributo y reconocer particularmente a los parlamentarios de México que han acudido a este periodo de sesiones. El motivo de este agradecimiento es que el mecanismo de expertos cree que los parlamentarios tendrán gran importancia para la aplicación de la declaración. Como partes interesadas dentro de este dialogo.

Aquí no vale con un enfoque general que no se aplicarán de la misma manera función de los países por lo que el hecho de contar con legisladores que se encuentran en pleno mandato tienen gran importancia para nosotros, la oficina de alto comisionado ha publicado una guía especifica como los miembros podamos contribuir a la puesta en práctica la declaración.

Consideraciones finales

Este foro nos permitió dar a conocer los avances en materia de legislación indígena, al mismo tiempo, hacer conciencia sobre la responsabilidad de dar concreción a los acuerdos tomados, a fin de que estos, no se queden en buenas intenciones. Lo más relevante fue poder expresar con firmeza la voz de México como miembro de la Organización de las Naciones Unidas que está cumpliendo con sus obligaciones.

Finalmente, debe mencionarse que la participación de las y los legisladores mexicanos, fue ampliamente reconocida por todas y todos los asistentes y por quienes coordinaron esta importante reunión, mismos que externaron una cálida felicitación a la Delegación Mexicana por sus aportaciones y por su armoniosa convivencia con todas y todos los líderes indígenas que asistieron a la sesión.

Atentamente

Diputada Karina Sánchez Ruiz (rúbrica)

Del diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, referente al segundo encuentro de la Red Parlamentaria de Cambio Climático: Energías renovables, efectuado el jueves 3 y el viernes 4 de agosto de 2017 en Ciudad de Panamá

El planeta tierra está gravemente afectado por el cambio climático que ha provocado la forma de organización de la producción en la sociedad moderna, basada en una matriz energética vinculada a la quema del carbón e hidrocarburos, que provocan Gases de Efecto Invernadero (GEI) y que al aumentar su concentración en la atmósfera generan un calentamiento gradual, poniendo en riesgo la vida del planeta.

Después de fracasados intentos de generar acuerdos para que los países, sobre todo los países desarrollados se comprometan a reducir sus emisiones de GEI, finalmente el 12 de diciembre de 2015, en París, Francia, 195 países del mundo en la vigésima primera Conferencia de las Partes de la Convención Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático aprobaron el primer acuerdo global que constituye el primer acuerdo global que constituye el único camino para salvar al planeta y avanzar hacia metas más ambiciosas.

El acuerdo de París, busca los compromisos voluntarios de los países para la reducción de emisiones, con el objetivo de mantener el calentamiento global por debajo de los 2° C, límite mínimo recomendado para el sostenimiento de la vida en el planeta.

El 22 de abril de 2016, en la sede de las Naciones Unidas, en Nueva York, Estados Unidos, en ocasión de celebrar el Día Mundial de la Madre Tierra, alrededor de 175 autoridades entre jefes y representantes de Estados, firman el Acuerdo de París.

Dicho acuerdo entró en vigor el 4 de noviembre de ese mismo año, una vez cumplido el requisito de quórum suficiente de países que lo ratificaron.

El Presidente de Estados Unidos de América, el 1 de junio de 2017, anunció el retiro de su país del Acuerdo de París dentro de la Convención Marco sobre Cambio Climático, acto que demuestra que para Estados Unidos los intereses de las transnacionales y grandes capitales priman sobre la vida que habita en nuestro planeta, el medio ambiente, la paz y el respeto multilaterismo.

La Comisión de Medio Ambiente y Turismo del Parlamento Latinoamericano y Caribeño, en su segundo Encuentro de la Red Parlamentaria de Cambio Climático: Energías renovables, declaró el 4 de agosto del presente año que:

1. Desaprueba unánimemente la decisión unilateral asumida por el Gobierno de Estados Unidos de América de retirarse del Acuerdo de París, medida que representa una amenaza contra el medio ambiente, los derechos humanos y la paz.

2. Ratifica la firme decisión de los estados latinoamericanos y caribeños de cumplir y promover el cumplimiento del Acuerdo de París, además de continuar denunciando las medidas que atentan contra el medio ambiente y la humanidad.

Dentro de los trabajos realizados en el Segundo Encuentro de la Red Parlamentaria de Cambio Climático-Energías Renovables, que se llevó a cabo en Panamá, los diputados de la región analizamos las estrategias legislativas para impulsar presupuesto en la materia.

Analizamos las leyes y estrategias legislativas en la materia, y abordamos la necesidad de aumentar las inversiones en temas de sustentabilidad.

Como Secretario de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Congreso Mexicano, propuse que los parlamentos latinoamericanos destinen mayor presupuesto a temas ambientales, pues cada región tiene un gran potencial para impulsar el desarrollo sustentable, además de cuidar los recursos naturales.

En México estamos comprometidos en alcanzar las metas de Paris, para reducir a la mitad las emisiones contaminantes. Es así que junto con el Gobierno de la República, se trabaja en favor de la sustentabilidad, no obstante los presupuestos deben incrementarse para esta labor.

En el próximo Presupuesto de Egresos de la Federación en México, se intentará impulsar dos mil millones de pesos para medio ambiente en las entidades federativas en el país.

Atentamente

Diputado Juan Fernando Rubio Quiroz (rúbrica)



Convocatorias

De la Comisión Especial para combatir el uso de recursos ilícitos en procesos electorales

A la reunión que se llevará a cabo el jueves 24 de agosto, de las 10:00 a las 11:30 horas, en el salón E del edificio G.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Aprobación y, en su caso, firma del acta de la reunión del 2 de febrero de 2017.

4. Aprobación y, en su caso, firma del acta de la reunión del 23 de febrero de 2017.

5. Ampliación del objeto de la comisión a partir del cambio de denominación.

6. Actividades de la comisión en los procesos electorales de Nayarit, Coahuila, estado de México y Veracruz.

7. Presentación del informe semestral.

8. Proceso electoral 2017-2018.

9. Asuntos generales.

Atentamente

Diputado Juan Romero Tenorio

Presidente

Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública

A participar en el séptimo Premio Nacional de Investigación Social y de Opinión Pública, que permanecerá abierta hasta el 31 de agosto.

Se otorgarán

• 150 mil pesos al primer lugar.

• 75 mil pesos al segundo lugar.

• 50 mil pesos al tercer lugar.

Informes al teléfono 5036 0000, extensiones 58232 y 51299, así como en el sitio

http://www.diputados.gob.mx/cesop

Atentamente

Licenciado Marcelo de Jesús Torres Cofiño

Director General



Invitaciones

De la diputada Maricela Contreras Julián

A la exposición de 30 piezas gráficas –como parte del homenaje a Federico García Lorca–, que permanecerá del lunes 14 al viernes 25 de agosto en el lado sur del vestíbulo principal del edificio A.

Atentamente

Diputada Maricela Contreras Julián

Del diputado Rafael Hernández Soriano

Al foro La gran transformación urbana: principios para un nuevo modelo de ciudad , que se llevará a cabo el martes 15 de agosto, de las 8:30 a las 18:00 horas, en el auditorio Aurora Jiménez de Palacios.

Programa

8:30 a 9:00 horas

Registro

9:00 a 10:00 horas

Inauguración

• Miguel Ángel Mancera Espinosa, jefe de gobierno de la Ciudad de México

• Rafael Hernández Soriano, presidente de la Comisión de Seguimiento del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, Cámara de Diputados

• Eduardo Vega López, presidente del Consejo Económico y Social de la Ciudad de México

• Salomón Chertorivski Woldenberg, secretario de Desarrollo Económico, Ciudad de México

10:00 a 12:00 horas

Mesa 1. Presentación de la Segunda Opinión de la Ciudad

• Presentan:

• Salomón Chertorivski Woldenberg, secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México

• Rafael Hernández Soriano, presidente de la Comisión de Seguimiento del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, Cámara de Diputados

Comentan:

• Felipe de Jesús Gutiérrez Gutiérrez, secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México

• Ramón Aguirre Díaz, director general del Sistema de Aguas de la Ciudad de México

• René Coulomb Bosc, investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana-Azcapotzalco

12:00 a 14: 00 horas

Mesa 2: Movilidad

Presentan:

• Adriana Lobo, directora ejecutiva WRI CTS Embarq México

• Angélica del Rocío Lozano Cuevas, Investigadora de la Universidad Nacional Autónoma de México

Comentan:

• Laura Iraís Ballesteros Mancilla, subsecretaria de Planeación de Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México

• Gonzalo Peón Carvallo, director adjunto para México del Instituto de Políticas para el Transporte y el Desarrollo

14:00 a 16:00 horas

Comida

16:00 a 18:00 horas

Mesa 3. Repensando el terreno del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México: una hoja de ruta para el modelo de ciudad de los próximos 20 años

• Víctor Márquez, director Víctor Márquez Arquitectos

• Antonio Azuela, investigador de la Universidad Nacional Autónoma de México

• Enrique Provencio

• Iñaki Echeverría

• Salvador Zamora Zamora, presidente de la Comisión de Desarrollo Metropolitano de la Cámara de Diputados

• Salomón Chertorivski Woldenberg, secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México

Atentamente

Diputado Rafael Hernández Soriano

Del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias

A la clausura del diplomado Los derechos políticos y su tutela, que se llevará a cabo el martes 15 de agosto, a partir de las 10:30 horas, en el vestíbulo del edificio E del Palacio Legislativo de San Lázaro.

Informes: Teléfono 5036 0000, extensiones 59245 y 58147

Atentamente

Licenciado Sadot Sánchez Carreño

Director General

De la diputada Maricela Contreras Julián

Al homenaje a Federico García Lorca Creación e intervención literaria, multimedia y plástica a partir de la obra del poeta, con la presentación del libro digital El poeta en México; homenaje a Federico García Lorca, y la proyección en formato de videopoema, que tendrán lugar el viernes 18 de agosto, a las 12:00 horas, en el auditorio sur del edificio A.

Programa

12:00 a 12:15 horas. Recepción y registro

12:15 a 12:25 horas. Bienvenida

• Diputada Maricela Contreras Julián

12:25 a 12:45 horas. Presentación del libro El poeta en México; homenaje a Federico García Lorca”

Fernando Ramírez Cadena, autor.

• Marco Morín Villatoro, editor.

• Maribel Rojas Cuevas, presentadora.

12:45 a 13:00 horas. Presentación del videopoema “El poeta en México”

• Jairo Cardona, 128BP Live. Productora

13:00 a 13:30 horas. Proyección de la obra audiovisual

13:30 a 13:35 horas. Traslado al vestíbulo lado sur

13:35 a 13:45 horas. Presentación de la exposición “Variaciones pictóricas sobre la obra de Federico García Lorca”

• Leticia Cortés Rojas

13:45 a 13:50 horas. Inauguración de la exposición “Variaciones pictóricas sobre la obra de Federico García Lorca”

• Gisela Ivonne Cázares Cerda

• Elizabeth Colín Samperio

• Maribel Rojas Cuevas

• Leticia Cortés Rojas

• José Manuel Díaz Medina

• David Domínguez Espinal

• Ricardo García Hernández

• Mario Maldonado Reyes

• Jacobo Medina Robledo

13:50 a 14:30 horas. Recorrido y guía de la exposición

• Leticia Cortés Rojas

• Maribel Rojas Cuevas

Atentamente

Diputada Maricela Contreras Julián

De la Comisión Especial para revisar y analizar la legislación y políticas en materia de atención a la niñez y adolescencia con autismo y otros trastornos generalizados del desarrollo

Al foro de consulta Dialogando sobre la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, que se realizará el lunes 4 de septiembre, de las 9:30 a las 15:00 horas, en el auditorio norte, situado en el segundo piso del edificio A.

Coordina: Diputada Patricia Elena Aceves Pastrana

Objetivo: Conocer, a través de la experiencia directa de familiares, tutores, cuidadores y de las mismas personas con el trastorno del espectro autista (TEA), aquellos puntos que en su opinión, deben modificarse o ser incluidos en la propuesta de reforma legislativa que está desarrollando esta comisión especial, a fin de garantizar a estas personas mayores oportunidades de integración social y mejores condiciones de vida.

Hora

9:00-9:30. Registro.

9:30-9:45. Inauguración y palabras de bienvenida.

Diputada Patricia Elena Aceves Pastrana, presidenta de la comisión.

9:45-10:45. Mesa 1:

Disposiciones generales

Conclusiones

10:45-11:45. Mesa 2:

Derechos

Conclusiones

11:45-12:00. Receso.

12:00-13:00. Mesa 3:

Obligaciones institucionales

Conclusiones

13:00-14:00. Mesa 4:

Comisión interinstitucional

Conclusiones

14:00-14:30. Conclusiones generales y clausura.

Atentamente

Diputada Patricia Elena Aceves Pastrana

Presidenta

Del diputado Juan Romero Tenorio

Al foro Retos para la transición de la justicia laboral, que se celebrará el lunes 18 y el martes 19 de septiembre, de las 11:00 a las 17:00 horas, en el auditorio sur del edificio A.

Atentamente

Diputado Juan Romero Tenorio

Del diputado Juan Romero Tenorio

Al conversatorio La desaparición en México, por efectuarse el lunes 25 de septiembre, de las 11:00 a las 17:00 horas, en el vestíbulo del edificio E.

Atentamente

Diputado Juan Romero Tenorio

De la Comisión de Juventud

Al diplomado presencial y en línea Liderazgo y negociación política , que se llevará a cabo los jueves y los viernes comprendidos del 28 de septiembre al 15 de diciembre, de las 16:00 a las 21:00 horas, en el recinto legislativo de San Lázaro, en coordinación con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, división de Educación Continua.

El diplomado está dirigido a investigadores y profesionales de las ciencias sociales, el humanismo y la administración, así como a dirigentes políticos y empresariales, directivos públicos y privados, líderes de proyecto y equipo, además del público en general interesado en el desarrollo de estrategias de mejoramiento personal, interpersonal y organizacional, negociación y acuerdo en contextos democráticos complejos.

Módulo I. Elementos del proceso político

Módulo II. Desarrollo de las habilidades de comunicación interpersonal y organizacional

Módulo III. La negociación política, antecedentes y claves

Módulo IV. Técnicas de negociación y estrategia política

Módulo V. Actores e incidencias en las políticas públicas

Módulo VI. Taller de negociación política

Informes: del 14 de agosto al 22 de septiembre de 2017, de las 9:00 a las 14:00 horas, en el teléfono 50360000, extensión 57160; en los celulares (55) 2309 4730, (55) 8095 4816 y (55) 2727 8490; y en el correo electrónico: diplomado.camara@outlook.com, así como en www.diplomadocamara.com o en la Comisión de Juventud, ubicada en el primer nivel del edificio D. Se otorgará constancia con valor curricular. Cupo limitado

Atentamente

Diputada Karla Karina Osuna Carranco (rúbrica)

De la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Al diplomado Análisis político y campañas electorales que, con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México, se efectuará los lunes, miércoles y viernes comprendidos del 10 de julio al 17 de noviembre, de las 8:00 a las 10:00 horas, en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro.

Atentamente

Diputado Jorge Triana Tena

Presidente

Del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias

En coordinación con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través del Centro de Capacitación Judicial Electoral, a los cursos en línea que se realizarán hasta abril de 2018, de acuerdo con el siguiente programa:

Interpretación y argumentación jurídicas

Duración: 6 semanas

Periodo: 18 de septiembre-27 de octubre

Fecha límite de inscripción: 18 de agosto

El modelo de financiamiento y fiscalización en México

Duración: 6 semanas

Periodo: 30 de octubre-1 de diciembre

Fecha límite de inscripción: 29 de septiembre

Diplomado en derecho electoral

Duración: 6 meses

(Admisión sujeta a examen)

Periodo: Inicia el 2 de octubre

Fecha límite de inscripción: 14 de junio

Requisitos

• Constancia que acredite relación laboral con Cámara de Diputados o, en su caso, copia simple de credencial de empleado.

• Llenar formato de inscripción, el cual podrá obtenerse en el edificio I, segundo piso, de 10:00 a 14:30 y de 17:00 a 18:30 horas, Dirección de Estudios Legislativos.

Para mayores informes, puede comunicarse al 5036 0000, extensiones 55277 y 55094.

Atentamente

Licenciado Sadot Sánchez Carreño

Director General