Proposiciones de urgente u obvia resolución
Proposiciones
Efemérides


Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita a la Conagua que ejecute diversas acciones en el contexto de la construcción de la presa El Zapotillo, a cargo del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Los suscritos, diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someten a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución mediante el cual se solicita a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) ejecutar diversas acciones en el contexto de la construcción de la presa El Zapotillo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

I. El 7 de abril de 1995 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el “decreto por el que se declara la reserva de las aguas nacionales superficiales en la cuenca del Río Verde, para usos doméstico y público urbano”. En dicho decreto, en su artículo 2o., se estableció lo siguiente:

“Con base en los resultados de los estudios efectuados por el gobierno federal por conducto de la Comisión Nacional del Agua, en coordinación con los gobiernos de los estados de Guanajuato y Jalisco, el volumen anual máximo que se reserva será de 504’576,000 metros cúbicos de agua.

Para el estado de Guanajuato se reservará un volumen anual máximo de 119’837,000 metros cúbicos de agua y para el estado de Jalisco un volumen anual máximo de 384’739,000 metros cúbicos de agua”.1

Posteriormente, el 17 de noviembre de 1997 se publicó en el mismo órgano de difusión el “decreto que reforma los párrafos primero y segundo del artículo 2o. del decreto de 3 de abril de 1995, publicado el 7 del mismo mes y año, por el que se declaró la reserva de las aguas nacionales superficiales en la cuenca del Río Verde, para usos doméstico y público urbano.”, postulando las siguientes modificaciones:

“Con base en los resultados de los estudios efectuados por el gobierno federal por conducto de la Comisión Nacional del Agua, en coordinación con los gobiernos de los estados de Guanajuato y Jalisco, el volumen anual máximo que se reserva será de 491’976,000 metros cúbicos de agua.

Para el estado de Guanajuato se reservará un volumen anual máximo de 119’837,000 metros cúbicos de agua y para el estado de Jalisco un volumen anual máximo de 372’139,000 metros cúbicos de agua”.2

Como se puede observar, las modificaciones realizadas por el gobierno federal plantean una disminución en el volumen máximo reservado de 12’600,000 metros cúbicos de agua, afectando este ajuste exclusivamente al estado de Jalisco. Dicha modificación obedeció a que el gobierno del estado de Jalisco solicitó a la Conagua apoyos en materia de agua para productores pecuarios de la entidad. Dado que no era viable jurídicamente reservar volúmenes de agua para uso pecuario, la Conagua determinó destinar esos 12’600,000 metros cúbicos para apoyos pecuarios, y disminuir así la reserva de aguas para uso doméstico y urbano.

En septiembre de 2005 se firmó un acuerdo de coordinación entre los gobiernos federal y de los estados de Jalisco y Guanajuato para el aprovechamiento de la cuenca del Río Verde, y con los objetivos específicos de abastecer de agua a la ciudad de León, Guanajuato, a la región de Los Altos de Jalisco y a la zona conurbada de Guadalajara, Jalisco, mediante dos proyectos de infraestructura: la presa El Zapotillo y la presa de Arcediano. En dicho acuerdo se ratificó el aseguramiento de un volumen máximo de 119’837,000 metros cúbicos para la ciudad de León, y sólo se estableció un volumen máximo para Los Altos de Jalisco en 56’764,800 metros cúbicos.3 Este acuerdo, implícitamente, significó una disminución de los caudales reservados para Jalisco del Río Verde, dado que no se establecieron condiciones que aseguraran que el volumen máximo de los decretos antes citados beneficiaría al mencionado estado.

En octubre de 2007, los mismos gobiernos federal, de Jalisco y de Guanajuato, suscribieron un nuevo acuerdo de coordinación, mediante el cual incrementan la altura de la cortina de la presa El Zapotillo de 80 a 105 metros, con el argumento de abastecer de agua a la zona conurbada de Guadalajara, pero llevando a la ulterior inundación de los pueblos de Temacapulín, Acasico y Palmarejo, en Los Altos de Jalisco. Dicho acuerdo, principalmente por violar los volúmenes máximos autorizados para cada esto, fue declarado inválido en el año 2013 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.4

II. Hoy no existe certeza sobre los aspectos que rodean el desarrollo y ejecución de la presa El Zapotillo, ni sobre la situación real de los caudales del Río Verde, ni sobre el apego a los volúmenes máximos establecidos en el mencionado decreto de 1997, lo que deja en una situación de vulnerabilidad al estado de Jalisco, y en particular a los habitantes de la región de Los Altos y de la zona conurbada de Guadalajara.

A pesar de esta realidad, la construcción de la presa El Zapotillo y del acueducto Zapotillo-León continúan en ejecución, proyectándose el trasvase de aguas a esta última ciudad, sin que de manera complementaria se desarrollen los proyectos de infraestructura que la aseguren al estado de Jalisco el uso y aprovechamiento de sus volúmenes reservados de agua.

De acuerdo con información de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el proyecto denominado Construcción del proyecto de abastecimiento de agua potable Zapotillo para la ciudad de León, Guanajuato, con un costo total de 17,832 millones de pesos, registra un avance físico de 87.7 por ciento, y cuenta con una asignación presupuestal de 500 millones de pesos para el ejercicio 2017.5 Por su parte, el proyecto denominado Construcción de la presa y sistema de bombeo Purgatorio-Arcediano, para abastecimiento de agua al área conurbada de Guadalajara, Jalisco, con un costo total de 8 mil 970 millones de pesos, registra un avance físico de 0 por ciento, y únicamente una asignación presupuestal de 160 millones de pesos para el ejercicio 2017, que representa apenas 1.7 por ciento del costo total de la obra de infraestructura.6

III. Como puede apreciarse el desarrollo del proyecto El Zapotillo ha estado rodeado de opacidad, discrecionalidad e inconsistencias que no le aseguran a los habitantes de estas entidades federativas la verdadera viabilidad del mismo ni el cumplimiento de expectativas respecto al abastecimiento de agua. Lo único que queda claro en medio de esta confusión es que no existe un esquema de distribución de aguas firme, equitativo y justo, y que por lo visto con los caudales del Río Verde la única beneficiada será la ciudad de León, Guanajuato, violando el decreto de distribución de 1997.

Ante esto resulta fundamental que se revise a profundidad y se actualice de manera definitiva la información sobre el caudal del Río Verde, para que a partir de ello se definan con claridad los volúmenes máximos a disposición de los estados de Jalisco y Guanajuato, respetando de manera irrestricta los derechos históricos que corresponden a cada una de estas entidades.

Sólo con estas condiciones será posible acreditar la utilidad pública de este proyecto y respetar los derechos adquiridos en materia de agua para los habitantes de Los Altos de Jalisco y de la zona conurbada de Guadalajara, al tiempo que se generará certidumbre a los habitantes de la ciudad de León, Guanajuato, respecto a los volúmenes máximos que le corresponden.

Vale la pena destacar que el 21 de marzo, la Universidad de Guadalajara, de manera institucional, publicó un desplegado en distintos medios de comunicación para exigir la suspensión de la construcción del acueducto El Zapotillo-León, en tanto se revisa y atiende de manera integral la problemática del agua del Río Verde y se actualizan y explican a la opinión pública el establecimiento de cuotas de distribución para los estados de Jalisco y Guanajuato.

Por lo anteriormente expuesto, se someten a consideración los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a realizar y hacer pública una actualización sobre los caudales de la cuenca del Río Verde y a emitir un análisis de las cuotas de distribución y volúmenes máximos para los estados de Jalisco y Guanajuato con estricto apego a los porcentajes de distribución postulados en el decreto del 17 de noviembre de 1997 citado en el presente punto de acuerdo, garantizando la distribución y abastecimiento de agua para la región de Los Altos de Jalisco y la zona conurbada de Guadalajara, así como las inversiones en infraestructura para la preservación plena de los pueblos de Temacapulín, Acasico y Palmarejo.

Segundo. Se exhorta a la Comisión Nacional del Agua, como instancia ejecutora, a concluir la construcción del proyecto denominado Construcción del proyecto de abastecimiento de agua potable Zapotillo para la ciudad de León, Guanajuato, que se realiza en el estado de Jalisco, así como a suspender las acciones de trasvase de agua que implica la construcción del acueducto Zapotillo-León.

Tercero. Se exhorta a la Comisión Nacional del Agua, como instancia ejecutora, a hacer públicos los avances del proyecto denominado Construcción de la presa y sistema de bombeo Purgatorio-Arcediano, para abastecimiento de agua al área conurbada de Guadalajara, Jalisco, así como a hacer público un programa para la reactivación y conclusión de dicho proyecto, en el marco de un plan integral de distribución y aprovechamiento de la cuenca del Río Verde.

Notas

1 Diario Oficial de la Federación, 7 de abril de 1995. Cfr.:
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4872099&fecha=07/04/1995

2 Diario Oficial de la Federación, 17 de noviembre de 1997. Cfr.:
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4900950&fecha=17/11/1997

3 “Cláusulas del Acuerdo de Coordinación de Septiembre de 2005”:
http://www.fundacionchapala.org/content/cl%C3%A1usulas-del-acuerdo-de-coordinaci%C3%B3n-de-septiembre-de-2005

4 “SCJN invalida convenio para El Zapotillo”, Milenio, 8 de agosto de 2013.
http://www.milenio.com/jalisco/SCJN-invalida-convenio-Zapotillo_0_131387272.html

5 Transparencia Presupuestaria.
http://nptp.hacienda.gob.mx/NPTP/mapaOp/detallePpef.html?ID_PPI=14136&CVE_PPI=0616B000034&RAMO=16

6 Transparencia Presupuestaria.
http://nptp.hacienda.gob.mx/NPTP/mapaOp/detallePpef.html?ID_PPI=34746&CVE_PPI=1216B000084&RA

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputados: Clemente Castañeda Hoeflich (rúbrica), María Victoria Mercado Sánchez, Víctor Manuel Sánchez Orozco, Verónica Delgadillo García, Salvador Zamora Zamora, Jonadab Martínez García, Luis Ernesto Munguía González, Rosa Alba Ramírez Nachis, Germán Ernesto Ralis Cumplido, Macedonio Tamez Guajardo, María Candelaria Ochoa Ávalos, Mirza Flores Gómez.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Nuevo León y a los ayuntamientos del área metropolitana de Monterrey a formalizar de manera conjunta la creación de una comisión ambiental de esa área, a cargo del diputado Édgar Romo García, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Édgar Romo García, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción III, y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, es por lo que someto a consideración de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución , al tenor de los siguientes

Considerandos

Se considera contaminación del aire a cualquier sustancia introducida en la atmósfera por las personas, que tenga un efecto perjudicial sobre los seres humanos, los seres vivos y el medio ambiente.

En nuestro país, en los últimos años, la Ciudad de México ha sido el foco de atención por los altos niveles de contaminación del aire, las contingencias ambientales y las acciones del gobierno para mejorar la calidad del aire.

No obstante, debemos subrayar que la Ciudad de México no es la única zona urbana en nuestro país con un problema serio de contaminación del aire, sino que también hay que sumarle las problemáticas que se presentan en las ciudades de Monterrey, Toluca, Salamanca y León, según cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS), las cuales advierten que se registraron los mayores niveles de contaminación durante el año 2011, superando parámetros registrados en el año 2015 por la Ciudad de México.

Asimismo y de acuerdo con estándares nacionales e internacionales, el Área Metropolitana de Monterrey (AMM), se ha convertido en una de las zonas urbanas del país con mayor contaminación en el aire, en donde 9 de sus 10 estaciones de monitoreo registran más de 100 puntos en el Índice Metropolitano de la Calidad del Aire (Imeca). Este fenómeno se ha presentado desde el año 2011.

Al respecto, debemos puntualizar que actualmente diversos medios de comunicación han señalado nuevamente la presencia de ésta problemática social en dicha Área Metropolitana de Monterrey.

Diversos factores son los que contribuyen al proceso de contaminación, pero entre los que más destacan son el transporte, las fábricas y otras industrias, la quema de biomasa y las centrales eléctricas que usan carbón, según datos del “Estudio de la motorización en México mediante la dinámica de posesión vehicular: determinantes macro y microeconómicos”, elaborado por el Instituto Mexicano del Transporte y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el cual señala que en el 2015 Nuevo León fue la tercera entidad con mayor parque vehicular, solo por detrás del Distrito Federal y Jalisco.

La calidad del aire en el área metropolitana de Monterrey se ve afectada principalmente por las partículas menores a diez micrómetros (PM10) y el ozono (O3), éstos contaminantes constituyen un mayor riesgo a la salud debido a la magnitud de sus concentraciones en el aire y a la alta frecuencia en que estos contaminantes exceden los límites máximos permisibles, además el clima es un factor que influye en la presencia o dispersión de los contaminantes.

Los contaminantes del aire afectan principalmente la salud de las personas que residen en dichas zonas urbanas, así como las condiciones atmosféricas en las referidas zonas, tales afectaciones se podrían evidenciar por una parte en: muerte por inhalación de pequeñas partículas contaminantes del aire, cardiopatías, cáncer de pulmón, asma e infecciones agudas en las vías respiratorias inferiores; y por otra en reducción de la visibilidad, formación de niebla y precipitación, disminución de la radiación solar y alteración de la temperatura y de la distribución de vientos.

En ese sentido, es de suma importancia el que las autoridades competentes realicen un esfuerzo en conjunto para combatir este malestar ambiental, es decir, que tanto las autoridades del gobierno de Nuevo León como el de sus municipios en coordinación con la federación, sumen esfuerzos para hacer frente y buscar soluciones a esta problemática. La contaminación ambiental es un problema que converge a todas las autoridades, de tal manera que se debe solucionar con la participación horizontal de todas las autoridades competentes.

Por lo tanto, es que se considera indispensable que las autoridades de Nuevo León y de sus Municipios coadyuven en la institución y creación de una Comisión Ambiental del Área Metropolitana de Monterrey, que tenga por objeto el diseñar, coordinar, concertar y catalizar programas y acciones que contribuyan a la protección, restauración y preservación del equilibrio ecológico de la región.

Para el cumplimiento de su objeto, la comisión deberá abordar entre otros temas, los siguientes:

– El mejoramiento de la calidad de aire.

– El combate al cambio climático.

– La gestión integral de recursos hídricos.

– La conservación y restauración de la biodiversidad.

Asimismo, es necesario dotarla de atribuciones esenciales, entre otras, como:

– La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental.

– La aplicación de los instrumentos de política ambiental, así como la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente.

– La prevención y control de la contaminación atmosférica generada.

– La atención de los asuntos que afecten el equilibrio ecológico o el ambiente.

– La participación en emergencias y contingencias ambientales.

– La conducción de políticas públicas sobre información y difusión en materia ambiental.

– La promoción de la participación de la sociedad en materia ambiental.

– La emisión y difusión de recomendaciones.

– La formulación y ejecución de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático.

– Creación de acciones, programas y mecanismos que atemperen y combaten la contaminación ambiental.

Por último, y no por eso menos importante, es fundamental que el Estado y los Municipios independientemente de los colores y partidos políticos al que pertenezcan, coadyuven de manera conjunta decidiendo y acordando realizar y ejecutar diversas acciones afirmativas que se traduzcan en actos tangibles de combate a la problemática de la contaminación ambiental, entre otros, como:

– Verificación vehicular.

– Verificentros.

– Restricciones a la circulación vehicular.

– Proyectos de infraestructura y modernización de unidades de transporte público, de carga y pasaje.

– Simplificación de trámites e incentivos respecto a los vehículos.

– Difusión sobre los beneficios que conlleva la sustitución de autos convencionales por autos híbridos o eléctricos.

– Red de monitorio de la calidad del aire.

– Emisión de alertas ambientales.

– Plantación de árboles.

Todas estas acciones tienen como único propósito el privilegiar la salud de la población y del medio ambiente, las cuales sin duda se verían reflejadas en el restablecimiento y mejoramiento de la calidad del aire, siendo un ejemplo de institucionalidad y buenas prácticas de sustentabilidad urbano-regional y crecimiento verde.

Como antecedente, debemos mencionar que en la región de la Ciudad de México, existe una Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) la cual fue creada por los gobiernos del Distrito Federal, estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala así como por la Federación, con el objeto de atemperar y combatir la problemática ambiental de esa región.

Así pues, la mala calidad del aire en el área metropolitana de Monterrey, la cual se ha ido deteriorando significativamente en la última década, es una problemática social que merece atención de las autoridades correspondientes, por tal motivo es que se considera pertinente se instituya formalmente la creación de una Comisión Ambiental del Área Metropolitana de Monterrey, con el objeto de llevar a cabo la planeación y ejecución de acciones, programas y mecanismos en materia de protección al ambiente, de preservación y restauración del equilibrio ecológico en la región neolonés.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Nuevo León y a los municipios del área metropolitana de Monterrey, para que de forma conjunta formalicen la creación de una Comisión Ambiental del Área Metropolitana de Monterrey, con objeto de llevar a cabo la planeación y ejecución de acciones, programas y mecanismos en materia de protección al ambiente, de preservación y restauración del equilibrio ecológico en la región.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputado Édgar Romo García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a las autoridades que ejercen material o formalmente funciones jurisdiccionales en Baja California y en toda la república a orientarse por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo al fallar en las controversias, alejadas por tanto de cualquier criterio electoral, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, del Grupo Parlamentario el PES

Alejandro González Murillo, diputado coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social a la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el numeral 1, fracción I, del artículo 6; numerales 1, fracción II, y 2 del artículo 79, así como por el artículo 113, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución por el que se exhorta, respetuosamente, a las autoridades que ejercen material o formalmente funciones jurisdiccionales en el estado de Baja California y en toda la República, a que se orienten por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo, al fallar en las controversias que se les presenten, alejándose, por tanto, de cualquier criterio electoral, a cargo del diputado Alejandro González Murillo, con base en las siguientes:

Consideraciones

El teniente coronel Julián Leyzaola Pérez es un ciudadano mexicano ejemplar, de convicciones democráticas y disciplinadas por amor a México a toda prueba, que ha dedicado su vida al bienestar y la seguridad de sus compatriotas. Nunca ha rehuido a ir donde se le ha necesitado, aun a sabiendas que su vida corre grave peligro; es un hombre que entiende y practica la mística del buen servidor público.

En su larga y exitosa carrera, ha ocupado los cargos de: Secretario de Seguridad Pública del Municipio de Ciudad Juárez, Chihuahua; Subsecretario de Seguridad Pública del Estado de Baja California; Secretario de Seguridad Pública del Municipio de Tijuana, Baja California; Director General de Policía y Tránsito Municipal de Tijuana; Director de Planeación de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Director General de la Policía Estatal Preventiva de Baja California; Director General del Instituto Estatal de Policía de Baja California; Director General de Centros de Readaptación Social del Estado de Baja California; Director de la Academia Estatal de Policía de Baja California y Director del Registro Estatal de Policías de Oaxaca, entre otros tantos cargos públicos relacionados con la seguridad pública y la milicia.

Su trabajo duro y comprometido en favor de los bajacalifornianos, y, muy particularmente, de los tijuanenses, le valió para ser nombrado, en el año 2008, Secretario de Seguridad Pública de Tijuana; desde ahí, emprendió una feroz lucha contra los carteles del narcotráfico que tenían secuestrado a dicho Municipio; su eficaz labor permitió que Tijuana pasara, de ser una de las ciudades con mayor criminalidad del país, a ser una de los Municipios más seguros.

El trabajo del teniente coronel redujo la alta criminalidad que padecía Tijuana; para ello, emprendió un ataque frontal, que la sociedad recuerda con gratitud, contra las organizaciones criminales y los policías corruptos. Cuando se hizo cargo, en 2008, de la Secretaria de Seguridad Pública del municipio, la Ciudad padecía una de las oleadas más graves de delincuencia en su historia: entonces, se contabilizaron 69 mil 457 delitos; dos años más tarde, en el 2010, los delitos habían disminuido un 22 por ciento, los robos un 25 por ciento, las lesiones un 21 por ciento, los daños patrimoniales un 21 por ciento y el secuestro un 26 por ciento. (Secretaria de Seguridad Pública del Estado de Baja California, 2008, 2009 y 2010).

Gracias a los excelentes resultados que tuvo en Tijuana, autoridades y sociedad vieron en su persona el hombre idóneo para hacer frente a la grave y creciente crisis de seguridad pública que padecía Ciudad Juárez, histórico sitio liberal que llegó a ser una de las ciudades más violentas del mundo.

Nuevamente, su trabajo arduo, duro, dedicado y bien planeado, dio excelentes resultados en Ciudad Juárez; a su llegada en el año 2011, el municipio registró un total de 31 mil 78 delitos. Dos años más tarde, en 2013, la incidencia delictiva cayó a 26 mil 125 delitos, es decir, se registró una reducción del 16 por ciento, los robos cayeron un 56 por ciento, el secuestro y el homicidio doloso bajaron un 73 y 69 por ciento respectivamente (Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, 2017).

Su integridad y dedicación le han acarreado grandes enemistades, no únicamente dentro de los grupos delincuenciales sino, incluso, de los grupos de poder político; prueba de lo anterior, ha sido la persecución que, desde el mismo gobierno municipal de Tijuana, se emprendió en el año 2011 para desprestigiar y denostar a quien había logrado devolver la paz a los tijuanenses.

Fue así que, en agosto de 2011, fue inhabilitado por 8 años para ejercer cargos públicos en el Estado de Baja California, por supuestas violaciones a Derechos Humanos; se le acusó de tortura, abuso de autoridad y uso excesivo de la fuerza pública. Acudió a los tribunales de Baja California para solicitar justicia, misma que le fue otorgada por las autoridades judiciales de aquel Estado, las que dejaron sin efectos la pretendida inhabilitación.

Asimismo, en diversas ocasiones la delincuencia organizada ha puesto precio a su cabeza; el caso más conocido ocurrió el 8 de mayo de 2015 en Ciudad Juárez, Chihuahua; en que estuvo implicado un comandante de la policía del municipio, quien le ofreció 100 mil pesos a los que perpetraron un atroz atentado que hoy lo tiene en una silla de ruedas.

El teniente coronel Leyzaola, hombre de su tiempo, entendió la urgente necesidad de emprender, desde la cosa pública, los cambios sustanciales que los mexicanos demandamos desde hace años, en materia de combate a la corrupción, inseguridad, opacidad, injusticia y descomposición social que padece nuestro país.

Su alto mérito y compromiso ciudadano fue valorado por quienes integramos Encuentro Social, por lo que lo invitamos a participar como candidato a la alcaldía de Tijuana. Su intachable carrera policiaca y la buena y siempre agradecida memoria de los tijuanenses, le permitió obtener muy buenos resultados en la votación, a pesar de la intervención, grosera y ostensible, que hiciera el Gobierno de Baja California en apoyo de su intrascendente candidato, hoy alcalde.

Hoy día, la popularidad y simpatías que genera el teniente coronel Leyzaola siguen en aumento; los bajacalifornianos y tijuanenses reconocen su impecable y efectiva labor en el combate a la delincuencia; añoran su presencia y reconocen que marcó un antes y después en el modo de combatir la delincuencia, de tal suerte que la tendencia marcó, desde entonces, un importante declive, tal y como se muestra en la siguiente gráfica.

Gráfica 1: Incidencia delictiva en Tijuana

Fuente: Elaboración propia con base a Secretaría de Seguridad Pública de Baja California, 2008-2016

La persecución de que está siendo objeto el teniente coronel Leyzaola, a quien no le perdonan su brillo y burdamente pretenden imputar cargos que ya fueron desestimados por las autoridades judiciales del Estado, sólo se entiende como una medida desesperada de los desgobiernos estatal y municipal, para cerrarle el paso a una carrera política mayoritariamente respaldada por la sociedad que se reconoce ávida de un cambio edificante y socialmente deseable.

Se trata de un personaje probo que, con su heroico servicio en favor de la nación, se ganó el respeto y admiración de los mexicanos y reconocimiento internacional. No resulta digno usar triquiñuelas jurídicas para impedirle que siga sirviendo a los mexicanos, bajacalifornianos y tijuanenses desde la arena política. Es tiempo que los principios del derecho electoral animen la función jurisdiccional para liberarla, precisamente, de toda consigna electorera.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía, como de urgente u obvia resolución, la aprobación de la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a las autoridades que ejercen material o formalmente funciones jurisdiccionales en el estado de Baja California y en toda la República, a que se orienten por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo, al fallar en las controversias que se les presenten, alejándose, por tanto, de cualquier criterio electoral.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputado Alejandro González Murillo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a informar a la opinión pública sobre el ejercicio de los recursos aprobados en el PEF de 2015, anexo 30, para el proceso de formalización laboral de los trabajadores de la salud en Sinaloa, a cargo del diputado Jesús Antonio López Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, Jesús Antonio López Rodríguez , diputado federal e Integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6 numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción II, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 22 de julio de 2013, el Presidente de la República, anunció el arranque del Programa para la Formalización del Empleo 2013 , mediante el cual las 32 entidades federativas, el Instituto Mexicano del Seguro Social y la Secretaría de Trabajo y Previsión Social se coordinan para desarrollar acciones para reducirla la informalidad. El Programa tiene como objetivo: reducir el número de trabajadores en la informalidad, a través de promover la formalización de trabajadores asalariados no registrados a la seguridad social, principalmente en empresas formales medianas y grandes.

Con base en dicho Programa la Secretaria de Salud instala el 15 de noviembre del 2013, la Comisión Nacional de Formalización Laboral de los Trabajadores de Salud en las Entidades Federativas , en donde se establecen los acuerdos para lograr el beneficio que se otorgará a los trabajadores bajo distintos esquemas de contratación que laboran en los servicios de salud en las entidades federativas.

Posteriormente dicha Comisión emite el 13 de marzo de 2014, los “Lineamientos que se deberán observar en el Proceso de Formalización Laboral de los Trabajadores de Salud en las Entidades Federativas” , bajo los cuales se establecen los criterios para definir al personal beneficiario por este proceso, y que ingreso a laborar antes del 30 de agosto de 2013 bajo los diferentes esquemas de contratación.

De acuerdo a estos Lineamientos el proceso de formalización laboral se lleva a cabo con base en la disponibilidad presupuestaria que autorice la Cámara de Diputados, en los correspondientes Presupuestos de Egresos de la Federación, priorizando en todos los casos el criterio de antigüedad en el servicio público, bajo un estricto sentido de justicia laboral.

Cabe señalar que si bien en dichos Lineamientos no se hace mención a un plazo de tiempo para llevar a cabo la formalización, si se establecieron tres etapas para la formalización del personal incluido en los listados que se definen con base en el diagnostico específico en materia de recursos humanos, realizado por la Secretaría de Salud Federal.

Particularmente en lo que se refiere al estado de Sinaloa , en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015 , en su Anexo 30 “Distribución del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad de los Servicios de Salud”, le fueron asignados recursos por un monto de 101 millones 746 mil 161 pesos los cuales debieron ser destinados al pago de remuneraciones de los trabajadores, en los términos siguientes:

Para los trabajadores formalizados en el ejercicio 2014, se asignaron 39.7 millones de pesos. Para los trabajadores regularizados (2007-2009) 32.1 millones de pesos, para el pago del incremento salarial 2015. Para los trabajadores que se beneficiaron en la fase II, del Proceso de Formalización Laboral, el presupuesto asignado para el pago de calendario julio-diciembre 2015 ascendió a 29.9 millones de pesos.

Sin embargo, mediante oficio número CNFLTSEF/001/2014 fechado el 26 de marzo del 2014, la Comisión Nacional para la Formalización Laboral de los Trabajadores de Salud en las Entidades Federativas, le comunica al Secretario de Salud del estado de Sinaloa la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que cada entidad federativa destine el 30.75 por ciento, de lo aprobado en el Anexo 29 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, para iniciar el proceso de formalización laboral de los trabajadores de contrato, teniendo en cuenta los resultados del diagnóstico elaborado por la Secretaría de Salud Federal.

Es decir, que el estado de Sinaloa dispuso de un monto del orden de 38 millones 856 mil 724 pesos para destinarlos a la instrumentación del proceso de formalización laboral durante el Ejercicio Fiscal de 2014 . Lo anterior pone de manifiesto que el estado de Sinaloa recibió recursos para el proceso de formalización de 2014, durante dos ejercicios fiscales, 2014 y 2015.

En el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016 se asignan para el estado de Sinaloa 73 millones 553 mil 616 pesos , en el Anexo 30 Distribución del Programa de Fortalecimiento de los Servicios Estatales de Salud.

En dicho anexo se prevé que “Los recursos considerados en este Anexo serán destinados al Proceso de Formalización Laboral de los Trabajadores de la Salud en las entidades federativas establecido por la Secretaría de Salud, así como las previsiones que permitan mantener la homologación salarial de ejercicios anteriores, y serán transferidos a las entidades federativas a través del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud del Ramo 33”.

Esta disposición deja ver que de nueva cuenta se destinan recursos para la homologación salarial de la formalización laboral de años anteriores. Lo anterior sugiere la importancia de que exista transparencia en el ejercicio de estos recursos, y de que haya una verdadera previsión para la asignación de recursos adicionales al gasto de servicios personales, con el objeto de que se cubran los gastos del proceso de formalización de años anteriores.

Cabe destacar que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017 se asignan para el estado de Sinaloa 71 millones 292 mil 914 pesos , de un total de 3 mil 300 millones de pesos que se aprobaron en el Anexo 30 Distribución del Programa de Fortalecimiento de los Servicios Estatales de Salud.

En este anexo también se prevé que los recursos serán destinados al Proceso de Formalización Laboral de los Trabajadores de la Salud en las entidades federativas establecido por la Secretaría de Salud, así como a las previsiones que permitan mantener la homologación salarial de ejercicios anteriores, y serán transferidos a las entidades federativas a través del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud del Ramo 33.

Es importante destacar que los lineamientos que se deberán observar en el proceso de formalización laboral de los trabajadores de salud en las entidades federativas, establecen que la administración de los recursos financieros asignados por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente, será responsabilidad de las entidades federativas, pero también especifican que éstas están obligadas a informar mensualmente respecto del ejercicio de los recursos a la Secretaría de Salud Federal .

En este contexto, es un hecho que de la transparencia en el ejercicio de estos recursos, y de que se concluya con el proceso de formalización laboral de los trabajadores de salud, depende que la población reciba servicios de salud de calidad y dignos.

Por lo anteriormente expuesto, presento a su consideración la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que informe a la opinión pública el ejercicio de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2015 Anexo 30, por un monto de 101 millones 746 mil 161 pesos destinados para el Proceso de Formalización Laboral de los Trabajadores de la Salud en el estado de Sinaloa, y que no fueron utilizados para dicho proceso.

Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de Salud, para que lleve a cabo las acciones necesarias a fin de que los recursos aprobados para el Ejercicio Fiscal de 2017, por un monto de 3 mil 300 millones de pesos, destinados para el Proceso de Formalización Laboral de los Trabajadores de la Salud en las entidades federativas, y de los cuales 71 millones 292 mil 914 pesos están asignados al estado de Sinaloa, sean ejercidos efectivamente para dicho proceso previsto en el Anexo 30 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 4 días del mes de abril de 2017.

Diputado Jesús Antonio López Rodríguez (rúbrica)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Secretaría de Economía a analizar y prorrogar indefinidamente la vigencia del decreto por el que se modifica la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en beneficio de la industria acerera del país, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, Armando Luna Canales, Jericó Abramo Masso, Jorge Enrique Dávila Flores, Francisco Saracho Navarro, Edna Ileana Dávalos Elizondo, Santos Garza Herrera y Flor Estela Rentería Medina, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, fracción III, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, por la que se exhorta respetuosamente al secretario de Economía a analizar la posibilidad de prorrogar indefinidamente la vigencia del decreto por el que se modifica la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el decreto por el que se establecen diversos programas de promoción sectorial, publicado el 7 de octubre de 2016, en beneficio de la industria acerera del país.

Consideraciones

El país atraviesa por momentos económicos de gran complicación. Las razones obedecen sobre todo a factores de índole macroeconómico que afectan a la región y al mundo entero pero, en particular, a nuestro país atento a la profunda relación que durante años se ha gestado con Estados Unidos de América y que, por desgracia, en tiempos recientes se ha colocado en riesgo.

El Estado ha sabido responder de manera inmediata a los fenómenos en cuestión. El Banco de México, y las Secretarías de Economía, y de Relaciones Exteriores, por citar algunas entidades, han implantado mecanismos dirigidos a salvaguardar la economía y estabilidad del país que, de no haberse aplicado, muy probablemente habrían existido consecuencias de mucho mayor impacto para nuestro país y, sobre todo, para la gente.

De acuerdo con la Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero (Canacero), para 2016 la industria acerera constituyó 11.1 por ciento del producto interno bruto (PIB) manufacturero del país, 6.3 del PIB industrial y 1.9 del PIB nacional. La producción de acero ascendió a 343 mil 494 millones de pesos. Las inversiones realizadas en el período 2006-2015 sumaron un total de 13 mil 952 millones de dólares. Asimismo, a 2015 la industria del acero empleaba directamente a 112 mil personas. De igual modo, el país se halla en el lugar número 13 de la escala mundial en la producción de acero y en el segundo en América Latina, superado sólo por Brasil. Coahuila de Zaragoza ocupa el primer lugar nacional en producción de acero.1

Los anteriores datos son sólo un esbozo de la gran importancia que la industria del acero tiene para nuestro país. Sin embargo, la misma no ha quedado exenta de la compleja situación a la que nos hemos referido, colocándola en riesgo y, con ello, también a los miles de trabajadores y sus familias que dependen de esta actividad. Además, esta industria, con los problemas anotados, debe hacer frente a una desleal competencia por parte de productores asiáticos.

En la modalidad de discriminación de precios, productores de origen chino han cooptado el mercado nacional inundándolo con una amplia variedad de productos acereros como placas, planchones, alambrones o láminas. Siderúrgicas como ArcelorMittal, Deacero o Ternium solicitaron en 2015 al Estado mexicano intervenir a fin de proteger la industria nacional y los miles de empleos que dependen del sector.2 De acuerdo con datos de la Canacero, si bien los productores chinos dominan las prácticas desleales en nuestro país, también debe señalarse que, junto con ellos, existen ya procedimientos entablados en contra de productores rusos, brasileños, ucranianos, japoneses, coreanos o taiwaneses, entre otros.3 Ello es reflejo de una injusta y desleal competencia económica librada en el ámbito internacional y en la que nuestros productores nacionales quedan en una desventajosa situación.

Preocupado por ello y dada la existencia de prácticas desleales, el Estado Mexicano, a través de diversos Decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación (7 de octubre de 2015, 4 de abril de 2016 y 7 de octubre de 2016) modificó la tarifa arancelaria aplicable a la importación y exportación de productos siderúrgicos, con el fin de propiciar el espacio necesario para que la industria nacional tuviera la oportunidad de integrar su defensa en pleno apego a los instrumentos que provee el marco jurídico nacional y los compromisos internacionales en la materia.

Los decretos en cuestión señalan que, de acuerdo con diversos foros organizados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, hay limitadas señales de recuperación de la industria mundial del acero, además de una baja demanda a nivel mundial debido al bajo desempeño de la economía a nivel internacional.

Ante ello, múltiples países han adoptado medidas de remedio comercial, entre otras: investigaciones antidumping, establecimiento de cuotas compensatorias, salvaguardas e incrementos arancelarios a productos del sector siderúrgico, a fin de mitigar los efectos negativos en la industria nacional.

Esas medidas se han justificado atendiendo a las evidentes disparidades globales que inhiben una sana competencia entre los países pues, en algunos casos, se cuentan con sistemas estatales de subsidios, incentivos para la exportación, relevación de determinados impuestos y costos, entre otras condiciones que, en el plano global, permiten a ciertos productores competir con precios bajos atendiendo a los bajos costos de producción logrados por estos beneficios.

El Estado mexicano ha identificado en 2015 y 2016 la prevalencia de condiciones desleales en el comercio acerero. Además, atendiendo al carácter transversal de la industria siderúrgica como proveedor primario de diversos insumos a un sinnúmero de sectores productivos y, a su importancia como fuente de trabajo para miles de personas, atendiendo a ello incrementó temporalmente el arancel de importación de 97 fracciones arancelarias de mercancías del sector siderúrgico. Entre ellas: planchón, placa en hoja, placa en rollo, lámina rolada en frío, lámina rolada en caliente y alambrón. Mediante estas condiciones, se buscó alcanzar un nivel arancelario similar al que han empleado otros países, logrando con ello condiciones más equitativas para la competencia de la industria nacional siderúrgica.

Los resultados, de acuerdo con la industria siderúrgica nacional, han sido positivos y se ha contribuido a reducir las graves desigualdades existentes. No obstante ello, el artículo transitorio del “decreto por el que se modifica la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el decreto por el que se establecen diversos programas de promoción sectorial” dispuso que la vigencia concluiría a los 180 días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación, es decir, el 6 de abril del presente año.

Ello nos coloca a pocos días de la vigencia de este decreto, que ha ayudado a la mejora económica del país, particularmente del sector acerero y que, como hemos indicado, actualmente se mantiene en riesgo dada la prevalencia de prácticas desleales en el comercio internacional y, además, atento a las complicadas situaciones económicas por las que atraviesa el país.

Por ello, la presente proposición tiene por objeto solicitar a la Secretaría de Economía que instruya las medidas conducentes a fin de valorar la posibilidad de prorrogar, de manera indefinida el decreto indicado.

Por lo expuesto y fundado, con carácter de urgente u obvia resolución se somete a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Economía a analizar la posibilidad de prorrogar indefinidamente la vigencia del decreto por el que se modifica la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el decreto por el que se establecen diversos programas de promoción sectorial, publicado el 7 de octubre de 2016, en beneficio de la industria acerera del país.

Notas

1 Canacero. Infografía de la industria del acero en México, 2016. Disponible en

http://www.canacero.org.mx/Es/assets/infografia.pdf

2 “Investigan discriminación de precios en importación de alambrón de acero procedente de China”. Consultado el 23 de febrero de 2017, disponible en http://www.noticiasmvs.com/#!/noticias/investigan-discriminacion-de-pre cios-en-importacion-de-alambron-de-acero-procedente-de-china-197

3 Conacero. Investigación de prácticas de comercio desleal de productos siderúrgicos en México. Disponible en http://www.canacero.org.mx/Es/assets/practicas_desleales_de_comercio_ex terior-21_febrero_2017_es.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputados: Armando Luna Canales (rúbrica), Jericó Abramo Masso (rúbrica), Jorge Enrique Dávila Flores, Francisco Saracho Navarro (rúbrica), Edna Ileana Dávalos Elizondo (rúbrica), Santos Garza Herrera (rúbrica), Flor Estela Rentería Medina (rúbrica).

Con punto de acuerdo, relativo a las investigaciones contra María José Tábata Roldán Urdapilleta y las empresas Smart Bussines Consulting Sima, SA de CV, y Bolshoye; y al origen y destino de los recursos entregados a la organización Juntos Podemos, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, Omar Ortega Álvarez, diputado federal de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La corrupción es uno de los problemas más graves que afronta nuestro país, que es un fenómeno estructural que está dañando la confianza de los ciudadanos en las instituciones de gobierno y en los servidores públicos de los tres órdenes de gobierno, que se manifiesta en formas cada vez más sofisticadas que logran burlar con gran facilidad la ley y cualquier procedimiento de fiscalización de los órganos competentes.

De acuerdo al Índice de Percepción de la Corrupción en el sector público, elaborado por Transparencia Internacional, México se encuentra en el lugar 123 de 176 países. Esto resulta evidente cuando los representantes del partido en el poder y sus aliados son los máximos ejemplos de dicho malestar. Una de las muestras más grandes es la candidata del PAN a la gubernatura del estado de México.

En días pasados, fuentes hemerográficas expusieron un caso más de corrupción de la hoy candidata panista, Josefina Vázquez Mota, en dónde señalaron que su familia -su padre y seis hermanos-, son investigados por la Procuraduría General de la República (PGR) por haber recibido 17 millones de pesos de empresas que durante 2013 fueron denunciadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ante la Unidad Especializada en Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita de la PGR, por el supuesto lavado de dinero de más de 400 millones de pesos.

En diciembre de 2015 la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de Hacienda presentó una denuncia ante la PGR contra María José Tábata Roldán Urdapilleta y las empresas Smart Bussines Consulting Sima, SA de CV, con domicilio en Oaxaca, y Bolshoye, ubicada en la calle de Baja California de la colonia Roma Sur, en la Ciudad de México. La denuncia señala que las dos empresas, cuyas instalaciones y el personal que emplean no coinciden con los movimientos de recursos, son dirigidas por Roldán Urdapilleta y por Isabel Teresa Arroyo Hernández, pero por los indicios detectados se trata de ‘testaferros’ para empresas fantasma que esconden a los dueños de los más de 400 mdp que fluyeron en sus arcas.”1

Aunado a esto, destaca lo denunciado en octubre de 2016 por la organización Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad, en donde a través de una investigación revelaron que “la asociación Juntos Podemos, presidida por Vázquez Mota, había recibido —desde mayo de 2015— 900 millones de pesos por parte de la administración del presidente Enrique Peña Nieto.”2 En diversos medios de comunicación, fue dado a conocer que “Juntos Podemos” no está registrada como donataria, por lo tanto no podría recibir donativos; sin embargo, “a través de un organismo llamado Asociación de Empresarios Mexicanos (AEM), la organización con la que Vázquez Mota hace actividades promigrantes ha recibido fondos por 414 millones 468 mil pesos en 2015, y 468 millones 666 mil 169 pesos en 2016.”3

Tampoco se puede olvidar, “el daño al erario hecho por Josefina Vázquez Mota a su paso por la Secretaría de Educación Pública (SEP), debido al finiquito del programa Enciclomedia, asciende a 3 mil millones de pesos”.4

Resulta lamentable que hasta ahora, no exista ningún resultado evidente de las investigaciones iniciadas en contra de la familia de la candidata a la gubernatura del estado de México, ni contra ella por el evidente fraude del programa Enciclomedia y del conflicto de interés que “Juntos Podemos”, representa. Todo empieza por la casa, y antes de desarrollar una campaña electoral, todos los candidatos deberían comenzar por aclarar y rendir cuentas a la ciudadanía que está cansada de abusos y delitos de personas relacionadas con la política.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados solicita a la Procuraduría General de la República que haga del conocimiento público, el estado procesal que guardan las investigaciones en contra María José Tábata Roldán Urdapilleta y las empresas Smart Bussines Consulting Sima, SA de CV, y Bolshoye, relacionadas con la candidata del PAN, a la gubernatura del Estado de México, Josefina Vázquez Mota.

Segundo. La Cámara de Diputados solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que haga del conocimiento público el origen y destino de los recursos públicos que le fueron entregados a la organización “Juntos Podemos”, vinculada a la candidata del PAN, a la gubernatura del estado de México, Josefina Vázquez Mota.

Tercero. La Cámara de Diputados solicita a la Secretaría de Relaciones Exteriores que haga pública la información del destino de los recursos que le fueron entregados a la organización “Juntos Podemos”, vinculada a la candidata del PAN, a la gubernatura del Estado de México, Josefina Vázquez Mota.

Notas

Ramos, J. “Investiga PGR a familia Vázquez Mota por lavado”. Consultado en línea el 27 de marzo de 2017. http://www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/politica/2017/03/27/inves tiga-pgr-familia-vazquez-mota-por-lavado

2 Sopitas. “Qué bonita familia: PGR investiga a familia de Vázquez Mota por lavado”. Consultado en línea el 27 de marzo de 2017 en: http://www.sopitas.com/735725-pgr-familia-vazquez-mota-lavado/

3 Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad. “JUNTOS PODEMOS Presidida por Josefina Vázquez Mota, ha recibido 900 millones de pesos del gobierno de Enrique Peña Nieto” Consultado en línea el 27 de marzo de 2017 en: https://contralacorrupcion.mx/juntospodemos/

4 Animal Política. “De 3 mil mdp, el daño de Josefina al erario por Enciclomedia”. Consultado en línea el 27 de marzo de 2017 en: http://www.animalpolitico.com/2012/04/de-3-mil-mdp-el-dano-de-josefina- al-erario-por-enciclomedia/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputado Omar Ortega Álvarez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a la problemática social y ambiental derivada del derrame de hidrocarburos acontecido en marzo último en Las Choapas, Veracruz, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Norma Rocío Nahle García, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6o. y artículo 79, numeral 1, fracción II, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

El 21 de marzo del presente año, habitantes del área rural del municipio de Las Choapas, Veracruz, se presentaron ante las autoridades municipales de Protección Civil para reportar la presencia de hidrocarburos en las cercanías de sus comunidades.

La fuga de este combustible se dio en un ducto propiedad de Petróleos Mexicanos (Pemex), y rápidamente llegó a un arroyo de gran importancia para el abasto de agua de los habitantes de esta región, y que además desemboca en el río Uxpanapa, el cual hasta hace algunos años, era uno de los más limpios de la zona al no tener descargas de aguas negras.

Con motivo del incidente, se presentó en la zona personal de Protección Civil Estatal, Municipal y del Ejercito Mexicano, quienes alertaron a la población para que se abstuviera de consumir el agua contaminada. Posteriormente, al lugar llegaron empleados de Pemex, quienes se limitaron a colocar cordones de contención, con la esperanza de que el combustible no continuará esparciéndose, y acto seguido, abandonaron el lugar.

Debido a que ningún trabajador de Pemex se quedó a vigilar que realmente se tuviera controlado el derrame, la empresa no se percató de que los cordones de contención no habían cumplido su objetivo y el petróleo continuaba su curso por el cauce del arroyo, llegando hasta el río Uxpanapa.

De este incidente resulta que tierras de cultivo, pastizales, pozos, agua de los arroyo y del propio río Uxpanapa han sido contaminadas con petróleo. Entre las poblaciones afectadas se encuentran, Cerro de Nanchital, El Mulato, Francisco Villa, El Esfuerzo, Los Aztecas, Tierra Morada, Adalberto Tejada, Tecunapa, Ceiba Blanco, Rivera del Carmen, La Sal, Peña Blanca, La Fortuna, Las Palmas, San Felipe, Rancho Nuevo, El Chorro y El Tesorero. De hecho, los habitantes de dicha comunidad están en riesgo de verse afectados, pues viven a pocos metros del pozo que originó este derrame.

Cabe señalar que incidentes como el acontecido en marzo del presente año no son raros en Las Choapas, Veracruz, ya que han sido varios los derrames de hidrocarburos ocasionados por Pemex en la zona actualmente afectada, entre estos se pueden mencionar los siguientes:

• En noviembre de 2014 se registró un derrame de crudo que en esa ocasión alcanzó a dañar cerca de 40 kilómetros del afluente.

• El 13 de enero de 2013, en unos terrenos que lindan con Las Choapas ocurrió un derrame del hidrocarburo causado por Pemex, empresa que mantuvo en secrecía el incidente, en esta ocasión, las autoridades de protección civil nunca fueron notificadas hasta que medios de comunicación dieron el aviso de la presencia de trabajadores de Pemex en la zona.

• El 27 de septiembre de 2011 una fuga de crudo alarmó a las autoridades del municipio Las Choapas, debido a que presuntos criminales seguetearon una línea para robarse la tubería y provocaron el derrame de hidrocarburo en la colonia J. Mario Rosado.

• El 13 de junio de 2011 un derrame de crudo se registró por enésima ocasión en la colonia J. Mario Rosado, en esta ocasión en la batería El Plan y afectó el rancho La Cima, donde hay un sembradío de árboles de hule, y el agua del arroyo que atraviesa por el rancho estaba completamente negra.

• A principios de junio de 2011 el diario local “Presencia” dio a conocer el derrame de petróleo en el rancho Cinco Hermanos de esa misma colonia, en esa ocasión ese medio de información constató que las causas fueron por las pésimas condiciones de los ductos que datan de hace décadas y no reciben ningún mantenimiento.

• En febrero de 2010 una pipa que transportaba petróleo crudo volcó sobre la carretera Cerro de Nanchital-Las Choapas, derramando cuarenta mil litros del hidrocarburo, en esa ocasión fueron afectadas tierras de cultivo y el arroyo Las Cholinas.

Con respecto al derrame de marzo pasado, además del daño ambiental en tierra, agua, fauna y flora, son de importancia las afectaciones económicas que los habitantes de la región sufrieron. Como ya se señaló, se contaminaron aguas para distintos usos, tierras agrícolas y las actividades pesqueras, tanto los arroyos de la región como el propio río Uxpanapa dan el sustento a cientos de personas que habitan en sus cercanías, ya que en sus aguas habitan especies comestibles y con valor comercial. A raíz del último derrame, miles de peces murieron, cayendo drásticamente las capturas, además, las artes de pesca se han impregnado de petróleo, quedando en muchos casos inservibles.

Pemex argumenta que el derrame tiene su origen en actos ilícitos en contra de sus ductos. Suponiendo sin conceder que lo anterior sea cierto, la forma displicente con que esta empresa atendió la emergencia ambiental es totalmente imputable a la misma, y no puede evadir su responsabilidad al respecto.

En otro orden de ideas, por efectos de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, publicada en el Diario Oficial del día 11 de agosto de 2014, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente carece de atribuciones para regular, supervisar y sancionar en materia de protección al ambiente en las actividades del sector hidrocarburos, incluido el trasporte por ducto de los mismos, siendo ahora la mencionada agencia el órgano administrativo con dichas atribuciones.

Por lo expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, someto a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, a que en el ámbito de sus respectivas atribuciones, de inmediato den solución al problema de contaminación en tierras, arroyos y el río Uxpanapa, causado por el derrame de hidrocarburos, acontecido entre los días 19 y 20 de marzo de 2017, en el municipio de Las Choapas, Veracruz.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, a que en el ámbito de sus atribuciones de inmediato lleve a cabo las investigaciones sobre las causas que originaron el derrame de hidrocarburos, acontecido entre los días 19 y 20 de marzo de 2017, en el municipio de Las Choapas, Veracruz, y sí la actuación por parte de la empresas productivas del estado Petróleos Mexicanos, fue la correcta en términos de las normas jurídicas aplicables al caso, y en su caso de existir indicios de faltas administrativas o delitos, proceda conforme a derecho.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Procuraduría General de la Republica a que en el ámbito de sus respectivas atribuciones investigue sobre las causas que originaron el derrame de hidrocarburos, acontecido entre los días 19 y 20 de marzo de 2017, en el municipio de Las Choapas, Veracruz, y en su caso, proceda conforme a derecho contra los responsables.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la empresa productiva del estado Petróleos Mexicanos, a que repare el daño económico causado a los agricultores y a los pescadores, afectados por el derrame de hidrocarburos, acontecido entre los días 19 y 20 de marzo de 2017, en el municipio de Las Choapas, Veracruz, y para el caso de los pescadores en la reparación económica tome en cuenta la merma en las capturas y los daños a los equipos de pesca.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos de las 32 entidades federativas y sus municipios a apoyar sus programas y centros de atención de niños con alguna condición del espectro autista, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, María Elena Orantes López, integrante de la LXIII Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, y 79, párrafos primero, fracción II, y párrafo segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a los gobiernos de las 32 entidades federativas y a los municipios que cuenten con programas, centros de atención a niños y niñas con alguna condición del espectro autista o que colaboren con la Sociedad Civil Organizada para apoyar en materia de autismo, a redoblar esfuerzos para difundir los servicios y apoyos que ofrecen, con base en las siguientes

Consideraciones

Desde la perspectiva de la Organización Mundial de la Salud, en el mundo, uno de cada 160 nacimientos hacen que miles de familias se planteen el reto de superar complicaciones económicas, psicológicas y sociales implícitas en la atención familiar a niños con alguna condición del espectro autista. En nuestro país, sin contar aún con una cifra exacta de los casos de niños diagnosticados con condición del espectro autista, se han estimado más de 4000 familias impactadas cada año.

Mejorar la calidad de vida de estas familias y en ocasiones su unidad, implica una serie de variables como la detección oportuna de la condición en los menores; la atención terapéutica adecuada para mejorar sus posibilidades de desarrollo; la planeación nutrimental específica que pueda mejorar su salud y estabilizar el comportamiento, y las herramientas cognitivas necesarias para que en algunos casos puedan materializar el derecho a la educación, entre otras.

Estas circunstancias, resultan en modificaciones en las dinámicas familiares y costos que en la mayoría de los casos no pueden ser cubiertos óptimamente por las familias de los menores que presentan este tipo de condiciones, repercutiendo en la pérdida irreparable de oportunidades para su desarrollo y en el consecuente incremento en las limitaciones para llevar una vida mejor.

En atención a esta realidad, autoridades de los tres ámbitos de gobierno, empresas y organizaciones de la sociedad civil, han emprendido esfuerzos importantes para la atención de los menores con condiciones del espectro autista y sus familias. Ello, transformando historias de vida a través de informar a los padres de mejores mecanismos para atender a sus hijos, proporcionar mejores oportunidades a los infantes y apoyar en los diagnósticos y tratamientos. Sin embargo, en muchas ocasiones, las familias que tienen un niño, niña o adolecente con estas características, desconocen las posibilidades de apoyo que tienen desde el sector público o en la coordinación de éste con el sector privado y no recurren a apoyos o instancias de atención que sin lugar a dudas pueden transformar drástica y positivamente la manera en que enfrentan los retos vinculados a su condición.

Como consecuencia de lo anterior, sería deseable aumentar las posibilidades de incrementar la difusión sobre los servicios que ofrecen estados, municipios y asociaciones civiles que colaboran con ambas instancias de gobierno, en materia de autismo, con la finalidad de asistir a las personas con este tipo de retos para mejorar su calidad de vida.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a los gobiernos de las 32 entidades federativas y a los municipios que cuenten con programas, centros de atención a niños y niñas con alguna condición del espectro autista o que colaboren con la Sociedad Civil Organizada para apoyar en materia de autismo, a redoblar esfuerzos para difundir los servicios y apoyos que ofrecen.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputada María Elena Orantes López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Conade y la Conapred a conminar, recomendar y prevenir a la Asociación de Equipos Profesionales de Beisbol de la Liga Mexicana, AC, que garantice y respete los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de que México es parte, a cargo de la diputada Cynthia Gissel García Soberanes, del Grupo Parlamentario del PES

Cynthia Gissel García Soberanes, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social a la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo para que sea turnada a comisiones, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

(Antecedentes y Consideraciones)

El 31 de diciembre de 2016, en una nota informativa denominada “Puro béisbol”, que firma Héctor Bencomo, bajo el rubro “¡Dios nos ampare!”, nos enteramos que la Liga Mexicana de Béisbol, integrada por la Asociación de Equipos Profesionales de Béisbol de la Liga Mexicana, AC; sesionaría el 11 de enero de 2017, y entre otros puntos del orden del día se trataría la limitante de contratar jugadores de nacionalidad mexicana que hubieren nacido en el extranjero.

Igualmente, el miércoles 11 de enero del año en que nos encontramos, el portal electrónico sipse.com, publica nota “Divisionismo cimbra la Liga Mexicana de Beisbol”, desprendiéndose de la misma que no existía acuerdo entre los presidentes de los diversos clubes que conforman la liga, en el tema de beisbolistas con doble nacionalidad; es decir, de personas que habían nacido en el extranjero, pero que eran hijos de padres mexicanos o que habían adquirido su nacionalidad mexicana por alguna otra causa legal.

En esa junta de asamblea, se tomó la decisión de limitar la contratación de jugadores mexicanos nacidos en el extranjero a nueve. Lo que de suyo es violatorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Esta situación, llego a tensar tanto la relación entre los miembros de la Liga Mexicana de Beisbol, ya que se dividieron en dos bloques, que incluso se habló de formar una liga por cada grupo.

Por tanto, optaron indebidamente, por llevar y someter su controversia al arbitraje internacional, ante la liga menor de beisbol de los Estados Unidos de Norteamérica. Arbitro, que no conoce ni entiende de derechos contenidos en nuestra Constitución y que no tiene jurisdicción ni competencia en disputas de esta índole.

Ante tal situación, he visto con preocupación, que ni la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade), ni el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), se han pronunciado al respecto; a pesar de que la Asociación de Equipos Profesionales de Beisbol de la Liga Mexicana, AC, se encuentra regulada por la Ley General de Cultura Física y Deporte.

Es evidente, que con tal medida, se coarta el derecho de los clubes a contratar personal que ante la Ley son mexicanos, al igual que el libre ejercicio del trabajo, oficio o profesión del beisbolista mexicano; de conformidad con lo dispuesto por los diversos 1, 4, 5 y 30 de nuestra Carta Magna en relación con los numerales 1, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, concatenado a los artículos 1, 2 fracción XI, 3 fracción I, 5 fracción VI, 7, 30, 43 y 50 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

El artículo 30 de nuestra máxima ley, claramente dispone que la nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.

Que, al naturalizarse una persona como mexicana, adquiere los mismos derechos que cualquier mexicano por nacimiento, por lo que debe ser tratado de la misma manera.

Por tanto, el acuerdo tomado por la Liga Mexicana de Béisbol es discriminatorio al no permitírseles a esos mexicanos naturalizados, dedicarse a una profesión licita. Lo que es contrario a los artículos 1 y 5 de la Constitución Federal. No siendo óbice, el que dichas personas cuenten con otra nacionalidad diversa a la mexicana, ya que nuestra normatividad permite la doble nacionalidad.

En ese tenor, tanto la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, en su carácter de supervisor, como el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, han sido omisos en conminar, recomendar, prevenir y exhortar a la Asociación de Equipos Profesionales de Béisbol de la Liga Mexicana, AC; para que garantice y respete los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que nuestro país es parte, para que no discriminen ni vulneren o restrinjan el ejercicio del derecho de los clubes de béisbol a contratar al personal mexicano que más les acomode, ni a los peloteros o beisbolistas a ejercer libremente el derecho a trabajar.

Como parte de la administración pública federal, ambas autoridades tienen facultades y atribuciones sobre la Liga Mexicana de Béisbol, denominada como Asociación de Equipos Profesionales de Beisbol de la Liga Mexicana, AC.

En consecuencia, con su omisión convalidan y autorizan la ejecución del acuerdo indebidamente tomado por dicha liga profesional del deporte.

Es pertinente hacer notar, que contrario a lo que sucede en la Liga Mexicana de Futbol o en otras disciplinas del deporte, los mexicanos naturalizados son en 98 por ciento hijos de mexicanos que nacen en las ciudades fronterizas de los Estados Unidos de Norteamérica, porque así se acostumbra en las entidades federativas que hacen frontera entre ese país y el nuestro; pero que han vivido y crecido siempre en México y que se han formado en las ligas infantiles de México.

Por lo tanto, no vienen a quitar ni a ocupar fraudulentamente ningún lugar que le sea propio a un mexicano nacido en México. Ellos son tan mexicanos y sienten los colores y los olores de la Patria como cualquier otro.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados la presente Proposición, al tenor del siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta tanto al Titular de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, como al titular del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, para que conminen, recomienden y prevengan en el ámbito de sus facultades a la Asociación de Equipos Profesionales de Beisbol de la Liga Mexicana, AC, a que garantice y respete los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que nuestro País es parte, con la finalidad que no discriminen ni vulneren o restrinjan el ejercicio del derecho de los clubes de béisbol a contratar al personal mexicano por nacimiento o por naturalización que más les acomode, ni a los peloteros o beisbolistas mexicanos por nacimiento o naturalización a ejercer libremente su derecho a trabajar.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro; a los 30 días del mes de marzo del año 2017.

Diputada Cynthia Gissel García Soberanes (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a garantizar la asistencia de traductores de lenguas indígenas en procesos judiciales, a cargo de la diputada Natalia Karina Barón Ortiz, del Grupo Parlamentario del PRD

Natalia Karina Barón Ortiz, diputada del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículos 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo relativo al a garantizar la asistencia de traductores de lenguas indígenas en procesos judiciales, al tenor de las siguientes

Consideraciones

A principios del mes de marzo del presente varios medios de comunicación del estado de Oaxacai publicaron una información que nos pareció alarmante: la negación por parte de la autoridad jurisdiccional local para nombrar un traductor o intérprete a indígenas durante procesos penales violando la ley.

El principal argumento de la autoridad competente es que el presupuesto destinado para la operación de tareas jurisdiccionales no es suficiente para garantizar el derecho de los indígenas involucrados en algún proceso judicial, de contar con la asistencia de algún traductor o intérprete si así lo solicita. Se estima que la contratación de un intérprete para una audiencia de este tipo genera erogaciones de alrededor de mil cien pesos más lo que hace a viáticos para traslado, alimentos y hospedaje.

De acuerdo con datos del Centro Profesional Indígena de Asesoría, Defensa y Traducción (Cepiadet) tan solo en el estado de Oaxaca se necesitan anualmente, alrededor de quince millones de pesos para solventar la necesidad del uso de traductores e intérpretes

Asimismo, personal del Cepiadet asegura que, en promedio, un juicio penal contra una persona indígena desde que inicia hasta que termina y por el número de audiencias que llega a tener, se erogan cuarenta mil pesos.

La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas dio cuenta de que, para octubre de 2016 en el país, más de ocho mil indígenas se encontraban privados de su libertad por la comisión de diversos delitos con la particularidad de que la mayoría de los procedimientos en los que están involucrados, generalmente, están plagados de irregularidades, no solamente por la falta de traductores, intérpretes y defensores capacitados, sino también porque el ministerio público y los jueces suelen desdeñar sus casos.

Las entidades federativas que concentran el mayor número de población indígena en el sistema penitenciario nivel nacional son: Oaxaca, Chiapas, Puebla, Veracruz, Ciudad de México, Chihuahua y Guerrero. Las lenguas con las que se identifican son el náhuatl, zapoteco, maya, tzeltal y tzotzil.

Como mencionamos anteriormente, el principal argumento de las instituciones encargadas de la procuración e impartición de justicia es que no tienen presupuesto, pero no han entendido que están violando la norma.

Más grave resulta, que ante esta evidente ilegalidad no haya autoridad que sancione o castigue a esta conducta.

Además, de que el presupuesto para las labores de procuración e impartición de justicia está debidamente diseñado para solventar todas las erogaciones que resulten de su aplicación; por ende, están mintiendo los que argumentan falta de recursos para garantizar a los indígenas un debido proceso.

Los derechos de los pueblos indígenas están reconocidos no sólo en instrumentos internacionales de cumplimiento obligatorio, sino también en nuestra Constitución Política que en relación al derecho que tienen las comunidades al pleno acceso a la justicia, en el primer párrafo de la fracción VIII del apartado A del artículo 2 en lo conducente estipula:

Acceder plenamente a la jurisdicción del Estado. Para garantizar ese derecho, en todos los juicios y procedimientos en que sean parte, individual o colectivamente, se deberán tomar en cuenta sus costumbres y especificidades culturales respetando los preceptos de esta Constitución. Los indígenas tienen en todo tiempo el derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

Desgraciadamente y a pesar de los esfuerzos legislativos que se han realizado en esta materia, no se ha logrado que los mismos se apliquen en la práctica, por lo que la violación de los derechos procesales de los indígenas sigue siendo una constante en nuestro sistema judicial.

Un ejemplo de lo anterior, lo encontramos en el reciente Código Nacional de Procedimientos Penales, que fue producto de un esfuerzo sin precedentes, para dotar al país de un marco normativo en materia de justicia basado en el respeto irrestricto a los derechos humanos, pero que a la fecha no ha logrado su total y eficaz aplicación.

En este sentido, nos permitiremos citar lo señalado en el artículo 45 del Código Nacional de Procedimientos Penales que derivan de lo establecido en nuestra Constitución y nos permitirán evidenciar la clara violación a la norma por parte de los servidores públicos encargados de la impartición y procuración de justicia al negarse a proporcionar traductores o intérpretes a los indígenas sujetos a proceso.

El artículo 45 refiere que todos los actos procesales deberán realizarse en idioma español:

En el caso de los miembros de pueblos o comunidades indígenas, se les nombrará intérprete que tenga conocimiento de su lengua y cultura, aun cuando hablen el español, si así lo solicitan.

El Órgano jurisdiccional garantizará el acceso a traductores e intérpretes que coadyuvarán en el proceso según se requiera.

De tal manera que es evidente la ilegalidad en la que están cayendo los funcionarios que se han negado a otorgar traductores o interpretes a los indígenas bajo proceso, por lo que

Estas conductas, motivarían forzosamente la reposición del procedimiento.

Queremos destacar que el argumento de la falta de recursos en ninguna manera es aceptable, ya que es a todas luces una burla más para nuestras comunidades y pueblos originarios; que bajen los sueldos los altos mandos, que recorten personal, es decir, que la autoridad competente realice las acciones necesarias para destinar los recursos que garanticen el debido proceso de las y los indígenas en lo que hace a su derecho de contar un con traductor o interprete durante lo que dure su procedimiento penal.

Esta situación es grave y no se puede soslayar su importancia, solo basta recordar los datos que dio a conocer la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en el año 2014,ii al respecto del acceso a la justicia de los indígenas en el país:

• Miembros de más de cien grupos étnicos, entre los que destacan los de lenguas náhuatl, tzeltal, tzotzil, zapotecos y mixtecos, pagan condenas por homicidio, violencia intrafamiliar, violación y secuestro, quienes firmaron sus sentencias sin un traductor o intérprete y sin entender ni hablar el idioma español.

• Existen más de ocho mil indígenas presos en México y en el 80 por ciento de los casos se violó el debido proceso.

• La mayor parte de estos casos corresponde el fuero federal y se encuentran principalmente en los estados de Oaxaca, Chiapas, Puebla y Veracruz.

De modo que, se requieren urgentemente de acciones consistentes en esta materia para poder garantizar y materializar las garantías procesales y constitucionales de nuestras comunidades indígenas, para poder estar en condiciones óptimas en contra de la sistemática violación de sus derechos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado se propone a esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al ministro presidente del Consejo de la Judicatura Federal para que, en el ámbito de su competencia, realice las acciones necesarias para garantizar el derecho los indígenas bajo cualquier proceso judicial a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

Segundo. Se exhorta al procurador general de la República para que, en el ámbito de su competencia, realice las acciones para garantizar el debido proceso de los indígenas a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

Tercero. Se exhorta al gobernador del estado de Oaxaca, para que, en el ámbito de su competencia, garantice el debido proceso de los indígenas a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

Cuarto. Se exhorta al consejero presidente del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Oaxaca para que, en el ámbito de su competencia, garantice el derecho los indígenas bajo cualquier proceso judicial a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

Notas

1 Niegan traductores para indígenas oaxaqueños en procesos penales . Disponible en: http://idpnoticias.com.mx/2017/03/01/niegan-traductores-para-indigenas- oaxaquenos-en-procesos-penales/ y http://www.nvinoticias.com/nota/52568/niegan-traductores-para-indigenas -oaxaquenos-en-procesos-penales.

2 Sin debido proceso, 80% de los indígenas recluidos. Disponible en: http://www.milenio.com/politica/proceso-indigenas-recluidos-carcel-defe nsa-justicia-Mexico-derechos_humanos-CNDH_0_347365280.html.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputada Natalia Karina Barón Ortiz.

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al gobierno de Morelos a no subastar o vender las reservas territoriales de la entidad; y a la Semarnat, a vigilar que se cumpla la normativa aplicable respecto al uso de suelo y proteger la biodiversidad en los polígonos comprendidos en las reservas territoriales del estado, a cargo de la diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena

Diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno el siguiente punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al tenor de los siguientes

Antecedentes y consideraciones

Que al artículo 1o. de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su párrafo tercero señala:

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. Párrafo adicionado DOF 10-06-2011

Por su parte, el párrafo quinto del artículo 4o. de nuestra carta magna señala:

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley. Párrafo adicionado DOF 28-06-1999. Reformado DOF 08-02-2012

En ese mismo oren de ideas, el tercer párrafo del artículo 27 e nuestro máximo ordenamiento jurídico señala:

La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad. Párrafo reformado DOF 06-02-1976, 10-08-1987, 06-01-1992

Por su parte el artículo 1o. de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento territorial y Desarrollo Urbano, señala en su parte conducente lo siguiente:

Artículo 1. La presente Ley es de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional.

Las disposiciones de esta Ley tienen por objeto:

I. Fijar las normas básicas e instrumentos de gestión de observancia general, para ordenar el uso del territorio y los Asentamientos Humanos en el país, con pleno respeto a los derechos humanos, así como el cumplimiento de las obligaciones que tiene el Estado para promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos plenamente;

II. Establecer la concurrencia de la Federación, de las entidades federativas, los municipios y las Demarcaciones Territoriales para la planeación, ordenación y regulación de los Asentamientos Humanos en el territorio nacional;

III. Fijar los criterios para que, en el ámbito de sus respectivas competencias exista una efectiva congruencia, coordinación y participación entre la Federación , las entidades federativas, los municipios y las Demarcaciones Territoriales para la planeación de la Fundación, Crecimiento, Mejoramiento, consolidación y Conservación de los Centros de Población y Asentamientos Humanos, garantizando en todo momento la protección y el acceso equitativo a los espacios públicos;

IV. Definir los principios para determinar las Provisiones, Reservas , Usos del suelo y Destinos de áreas y predios que regulan la propiedad en los Centros de Población, y

V. Propiciar mecanismos que permitan la participación ciudadana en particular para las mujeres, jóvenes y personas en situación de vulnerabilidad, en los procesos de planeación y gestión del territorio con base en el acceso a información transparente, completa y oportuna, así como la creación de espacios e instrumentos que garanticen la corresponsabilidad del gobierno y la ciudadanía en la formulación, seguimiento y evaluación de la política pública en la materia .

Por su parte la fracción XXX del artículo 3 del ordenamiento en cita, establece:

XXX. Reservas: las áreas de un centro de población que serán utilizadas para su Crecimiento;

En ese orden de ideas, vemos que el Congreso del Estado de Morelos, ha realizado una serie de reformas, las cuales contemplan dar carta abierta al Gobernador del estado para vender, las reservas territoriales, que si bien es cierto, son áreas para el crecimiento de la población, también es verdad, que en el estado no existe un desarrollo urbano ordenado.

No existe, ni se analizó un proceso de orientación racional para un proceso de urbanización en el estado, solo los intereses voraces de la oligarquía en la venta de las tierras patrimonio de la nación, y lo anterior se sostiene toda vez que en el estado existe un gran número de inmuebles deshabitados consecuencia de la violencia y la pobreza creciente en el estado.

Tal parece que olvidaron la crisis económica de los años ochenta que incidieron en factores que impactaron en el desarrollo de políticas urbanas y su fracaso posterior, ya que no existieron políticas urbanas para sostenerlas y alcanzar el crecimiento deseado. A esto se sumó el impulso y consolidación de un modelo económico de apertura comercial, desregulación estatal y fomento a la inversión privada externa, que terminó por relegar a la planeación y políticas territoriales como un mero punto de referencia.1

Ciertamente no desaparecieron los programas que tenían que ver con la gestión del suelo, como el de reservas territoriales, el de regularización de asentamientos populares sobre terrenos ejidales, y el de control de la expansión física mediante el Área de Conservación Ecológica en el (entonces) Distrito Federal o el programa “Pinte su Raya” en el Estado de México; pero los actos más importantes estuvieron encaminados a otorgarle funcionalidad económica a ciertas zonas de la ciudad para que se insertara en los moldes que exigía el programa de modernización del país, el proyecto más exitoso de la época fue el centro comercial y de servicios de alta calidad de Santa Fe, que con 900 hectáreas era la reserva territorial más grande de la ciudad (Olivera, 1993:130).2

La planeación urbana, en síntesis, es un instrumento encaminado a favorecer la gobernabilidad de las ciudades en su aspecto político, a promover el desarrollo de las actividades productivas en su aspecto económico, a procurar la sustentabilidad ambiental en su aspecto físico-técnico, y asegurar la convivencia ciudadana en su aspecto de sustentabilidad social. Pero a diferencia del pasado, es necesario hacer una evaluación permanente del ejercicio planificador, realizar adecuaciones a las estrategias sobre la marcha (que les confieran flexibilidad), y sobre todo, debe ser un ejercicio incluyente en lo social favoreciendo los recursos de la comunicación y la negociación.3

Por consiguiente, se puede señalar que el Gobierno del estado de Morelos no está desarrollando políticas en materia de desarrollo urbano, como ejemplo podemos observar que en el año 2013, se calculó que más de 50, 000 casas se encontraban abandonadas:

“...La Comisión Independiente de los Derechos Humanos de Morelos indicó que la construcción anárquica de viviendas ha tenido como consecuencia que haya casi 50 mil de éstas abandonadas en el estado, cuyas unidades habitacionales se vuelven territorios sin ley.

José Martínez Cruz, representante de la ONG, explicó que la falta de servicios, las malas condiciones en su construcción y la ausencia de la autoridad han provocado que “grupos ilegales” se hagan cargo de cobrar cuotas de mantenimiento, vigilancia y sustituyan a las autoridades municipales.

Los fraccionamientos construidos en Morelos sin control tienen en su mayoría graves problemas de legalidad, “muchos tienen falta de servicios, tienen malas construcciones, hay denuncias, se requiere de políticas públicas de vivienda, para más que construir viviendas usar las que actualmente están abandonadas”.

Deben adoptarse medidas inmediatas en estas unidades habitacionales, explicó, “porque de otra manera efectivamente pueden ser utilizadas por personas que las necesiten y puedan llegar y meterse o bien por gente que quiera delinquir, y que pueda tener incluso a algunas personas privadas de la libertad”.

“En efecto deja una tierra de nadie, en donde pueden ser utilizadas precisamente por personas, que al amparo de esa indefinición se meten y las pueden utilizar para cometer ilícitos, ése es un problema que, digamos, está de origen.”

Dentro de estos fraccionamientos funcionan grupos con impunidad y complicidad con las autoridades, para crear autogobiernos y aplicar impuestos sin autorización, “no hay control de la autoridad y de alguna forma se mantienen al margen; los servicios públicos ellos los proporcionan, en efecto, pero con el objetivo de la maximización de las ganancias”...4

En ese orden de ideas son preocupantes las recientes declaraciones del gobernador constitucional de Morelos en el sentido de que pretende que toda reserva territorial que tenga factibilidad de vivienda , será subastada, y la preocupación resulta de la concatenación por la violación a los derechos humanos de los Morelenses que pueda traer consigo, esta medida, ya que como se ha advertido, en el estado existen mucha vivienda abandonada, no existe un verdadero plan de Desarrollo Urbano Estatal y Regional por parte del Gobierno en turno.

Aunado a lo anterior, con las reformas aprobadas por el Congreso del estado, se le está dando un cheque en blanco al Gobernador, para que venda el estado no al mejor postor, sino al postor de su preferencia.

“...Cuernavaca. Toda reserva territorial que tenga factibilidad para el desarrollo de vivienda en Morelos será puesta en subasta, anunció el gobernador Graco Ramírez durante la toma de protesta de la nueva Mesa Directiva de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC).

En un comunicado destacó que con ello se reactivará el desarrollo inmobiliario que estuvo suspendido porque no estaba debidamente reglamentado, y porque había mucho desorden en la construcción de vivienda.

Graco Ramírez detalló que la reserva territorial que se subastará está autorizada por el Congreso del estado, y coincide con el impacto ambiental positivo para construir casas-habitación de interés social en favor de los morelenses.

“Lo venderemos bajo una subasta pública y transparente a desarrolladores preferentemente de Morelos (...) esto va a marcar un precedente, ya que podemos duplicar a 20 mil las acciones de vivienda”, sostuvo...5

Por otro lado, resulta inverosímil, que dichas reservas se vendan sin supervisión del Congreso del Estado, cuando este tiene la responsabilidad constitucional de representar a los ciudadanos, en un país democrático, dejando su responsabilidad en el ejecutivo, por lo tanto:

“...Organizaciones ambientalistas solicitaron una explicación respecto a la reciente reforma del Congreso del Estado, que elimina la supervisión del Legislativo para hacer uso de las reservas territoriales por parte del Ejecutivo.

“Más que estar enfocada en ordenar el desarrollo, apunta a impulsar una urbanización e industrialización salvaje en el territorio, porque carece de mínimos criterios de participación, ambientales y de conservación. Pareciera que se busca facilitar al mercado inmobiliario el acceso a los bosques y selvas. Lo que se requiere es todo lo contrario e instrumentar políticas públicas para su protección y conservación”, consideraron.

La actuación del Congreso surgió a raíz de una iniciativa preferente del mandatario estatal, en la que plantea como solución al crecimiento desordenado del territorio “que el titular del Poder Ejecutivo pueda designar y aportar, a favor de la Comisión Estatal de Reservas Territoriales (CERT), los bienes inmuebles del patrimonio del Estado, dotando a esta Comisión de facultades para la constitución de reservas territoriales, la administración y promoción del suelo urbano y urbanizable apto para el desarrollo habitacional, industrial, comercial, de servicios públicos, privados, turísticos y vivienda”.

Los inconformes afirmaron que la propuesta es preocupante, ya que la mayoría de los bosques y selvas conservadas en Morelos son de propiedad social.

“Por lo que su incorporación ‘ágil’ al mercado inmobiliario que se pretende, sin ningún tipo de consulta a la ciudadanía y sin pasar por los representantes en el Congreso local, es un atentado a la incipiente democracia de nuestro Estado”.

Solicitaron una reunión urgente con el gobernador Graco Ramírez, con el fin de revisar y gestionar la adecuación del decreto de la CERT, para incorporar las propuestas de la sociedad civil. Dijeron que es necesario integrar una mesa de discusión y análisis sobre el tema, en la que participen académicos, comunidades, instituciones gubernamentales y sociedad civil, además de iniciar un proceso de consulta social y utilizar la figura que aplique de las contempladas en la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Morelos.”...6

Es imprescindible que el Gobierno de Morelos antes de subastar las reservas territoriales del estado, incentive políticas públicas en favor de los que menos tienen, que oriente la debilidad del crecimiento urbano no con la venta de reservas territoriales, sino con programas de recuperación de vivienda abandonada, defina políticas habitacionales, establezca programas para personas de menores ingresos o escasos recursos, que haya una heterogeneidad respecto de la planeación con el Gobierno Federal en materia de vivienda, que cumpla los programas de desarrollo urbano existentes antes de permitir el crecimiento de centros de población en el Estado, así como que se actualice la normatividad en materia de desarrollo urbano, que permita el crecimiento, ordenado y contralado que a su vez pueda prestar los servicios que todo centro de población debe tener, que cuide y respete los derechos humanos de los ciudadanos e indígenas que puedan vivir dentro de los polígonos que conforman las reservas territoriales.

Cabe señalar que las reformas aprobadas por el Congreso del estado obedecen a una iniciativa preferente de su Gobernador la cual tuvo como finalidad:

“...reformar seis artículos del Diverso número Ciento Noventa y Uno que crea el Organismo Descentralizado denominado Comisión Estatal de Reservas Territoriales (CERT), con el propósito de lograr una política de suelo que asegure un adecuado desarrollo urbano del Estado, propuesto como iniciativa preferente por el gobernador Graco Luis Ramírez Garrido Abreu.

El nuevo diseño de la CERT tiene como ejes sustantivos: Atender los procesos de regularización integral del suelo; Constituir reservas territoriales; Ofertar suelo para los distintos usos y necesidades; y, Coordinar con otras instancias gubernativas la adecuada gestión y uso de su territorio.

Con las reformas se replantean los alcances de la CERT, dándole las atribuciones e instrumentos necesarios para ampliar sus posibilidades de operación, de tal forma que incida directamente en el mercado de suelo ,”...7

Cabe destacar que de dicha reforma, no se desprende el diseño de políticas públicas encaminadas al desarrollo urbano y la ampliación de servicios por parte del estado para su cumplimiento.

Por consiguiente, es de exhortarse al Gobierno del estado de Morelos a que se abstenga de realizar cualquier tipo de subasta o venta de las reservas territoriales del estado, hasta en tanto no diseñe políticas públicas encaminadas a la recuperación de vivienda abandonada, defina políticas habitacionales con programas para personas de menores ingresos o escasos recursos y dé cumplimiento al programa de desarrollo urbano vigente en el estado, estrechando la vinculación con las organizaciones de la sociedad civil, promoviendo la participación ciudadana en la gestión pública.

Por otro lado, es de exhortarse respetuosamente a la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales para que en el ámbito de su competencia, vigile y proteja que se cumpla con la normatividad vigente aplicable respecto del uso de los suelos y la biodiversidad existente en los suelos que comprenden de las reservas territoriales del estado Morelos, así mismo se exhorta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a que proteja y vigile los derechos humanos de los Morelenses, que pudieran verse afectados por la venta de las reservas territoriales del Estado.

Por lo anteriormente motivado y fundado, someto a la consideración de ésta Honorable Asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Morelos a que se abstenga de realizar cualquier tipo de subasta o venta de las reservas territoriales del estado, hasta en tanto no diseñe políticas públicas encaminadas a la recuperación de vivienda abandonada, defina políticas habitacionales con programas para personas de menores ingresos o escasos recursos y dé cumplimiento al programa de desarrollo urbano vigente en el estado, estrechando la vinculación con las organizaciones de la sociedad civil, promoviendo la participación ciudadana en la gestión pública.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales para que en el ámbito de su competencia, vigile que se cumpla con la normatividad vigente aplicable respecto del uso de los suelos y proteja la biodiversidad existente en los suelos que comprenden de las reservas territoriales del estado Morelos.

Tercero. Se exhorta respetuosamente a la comisión nacional de los derechos humanos a que proteja y vigile los derechos humanos de los morelenses, que pudieran verse afectados por la venta de las reservas territoriales del estado.

Notas

1 http://www.redalyc.org/pdf/196/19608104.pdf

2 Ídem 1

3 Ídem3

4 http://www.excelsior.com.mx/nacional/2013/04/06/892509

5 http://www.radioformula.com.mx/notas.asp?Idn=671609&idFC=2017

6 ttps://www.elsoldecuernavaca.com.mx/local/dejan-sin-proteccion-a-reserv as-territoriales

7 http://mundo965.fm/index.php/2017/03/08/transforma-congreso-morelos-la- comision-estatal-reservas-territoriales/

Recinto Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Cofepris a dejar de aplicar diversos artículos del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, Claudia Sofía Corichi García, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración del pleno de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que la honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo, para que instruya a la Cofepris para que dejen de aplicar los “Lineamientos a que se refiere el artículo 25 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios que deberán observar los productores de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas para efectos de la información que deberán ostentar en el área frontal de exhibición, así como los criterios y las características para la obtención y uso del distintivo nutrimental a que se refiere el artículo 25 Bis del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios”, al tenor de las siguientes

Consideraciones

I. El 22 de julio de 2015, “El Poder del Consumidor, AC”, presentó amparo indirecto en nombre de la sociedad en general para denunciar que el etiquetado nutrimental frontal mexicano viola los derechos de los consumidores.

II. El 28 de diciembre de 2016 el juez octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México emitió la resolución en la que “determinó amparar y proteger a El Poder del Consumidor contra los Lineamientos a que se refiere el artículo 25 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios que deberán observar los productores de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas para efectos de la información que deberán ostentar en el área frontal de exhibición, así como los criterios y las características para la obtención y uso del distintivo nutrimental a que se refiere el artículo 25 Bis del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios”.1

III. En la sentencia, el juez reconoce que el deber del Estado de informar y advertir al consumidor sobre los ingredientes de los productos alimenticios constituye una garantía y no un obstáculo para el ejercicio eficaz del libre desarrollo de las personas.

Consideró que el presente sistema de etiquetado utilizado en México genera que resulte complejo para los consumidores contar con información comprensible, la cual le permitiría tener certeza del impacto que tiene el producto en su salud.2

IV. En dicha resolución el juez expresó que el etiquetado es contrario a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre los azucares añadidos, a la propia Estrategia Nacional para la Prevención y el Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes (ENSOD) dada a conocer en 2013, así como a los estudios y recomendaciones del Instituto Nacional de Salud Pública (INSP).

V. “Desde el 2011 se tenía evidencia de que el etiquetado tipo GDA, que se implementó oficialmente en México en 2014, no era bien comprendido ni siquiera por los estudiantes de nutrición de una prestigiada institución universitaria. El gobierno mismo contestó a la solicitud de acceso a la información que no había sido conformado un grupo de trabajo para la definición de esta importante medida. En contraste, en Chile se llevaron a cabo estudios para identificar el mejor sistema de etiquetado, para lo cual se realizaron grupos focales que incluyeron a niños con el fin de garantizar su comprensión. Además, el etiquetado actual promueve el excesivo consumo de azúcar al mostrar un valor de referencia de 90 gramos, en lugar de los 50 gramos que recomienda la OMS como cantidad límite al día tal y como lo señala el juez en la sentencia”.3

VI. Retomando la sentencia del amparo, el juez mencionó que en razón de lo establecido en la Constitución política y diversos tratados internacionales, el Estado tiene obligaciones positivas como las de promover el disfrute de los derechos a la salud y a la alimentación. La sentencia indica que el etiquetado denunciado viola el derecho a la salud y a la alimentación adecuada de los consumidores, así como los derechos de los consumidores a ser informados de forma comprensible, visible y veraz sobre productos que ponen en riesgo la vida y la salud de las personas.

VII. La medida de la Cofepris resulta desfavorable y regresiva respecto al derecho a la salud, toda vez que no permite identificar los azúcares añadidos o agregados como lo señalan las recomendaciones de la OMS, el etiquetado actual en lugar de ampliar los alcances del derecho fundamental a la protección a la salud los limitó.

VIII. Dicha sentencia fue recurrida por Cofepris, y se espera la resolución del Tribunal Colegiado, por tal motivo es que consideró importante respaldar esta resolución y no ceder ante lo evidente.

Por todo lo anteriormente expuesto, es que someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente Proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que, instruya a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), para que dejen de aplicar el artículo 25 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; el artículo tercero, fracción III, inciso a) y b), de los Lineamientos a que hace referencia el artículo 25 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios y la NOM- 051-SCFI/SSA1-2010, “Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria” en el punto 4.2.9.2 en la fracción II, punto A y punto B.

Notas

1 Resolución del juez octavo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México a favor del “Poder del Consumidor, AC”

2 Comunicado de prensa “El etiquetado nutrimental mexicano viola el derecho a la salud, a la alimentación de calidad y a la información de la población: sentencia de Juez” del Poder del Consumidor, AC, 8 de febrero 2017.

3 Fiorella Espinosa, investigadora en Salud Alimentaria del “Poder del Consumidor, A.C.”

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 4 días del mes de abril del 2017.

Diputada Claudia Sofía Corichi García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al ayuntamiento de Mexicali, BC, a dejar sin efecto el acuerdo de fecha 8 de marzo de 2017 que condona los adeudos anteriores al presente ciclo fiscal por concepto de impuesto predial, gastos de ejecución, multas y recargos, a cargo de la diputada Cynthia Gissel García Soberanes, del Grupo Parlamentario del PES

Cynthia Gissel Garcia Soberanes, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social a la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de ésta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo para que sea turnada a comisiones, con base en la siguiente

Exposición de Motivos (antecedentes y consideraciones)

El 9 de diciembre de 2016, en sesión extraordinaria de cabildo del ayuntamiento de Mexicali, Baja California; se autorizó y fue aprobado por mayoría de votos, el proyecto de Ley de Ingresos para 2017.

En el mismo, se estableció que los valores catastrales quedaban igual al año anterior, pero maneja un incremento en la tasa del impuesto predial en un .5 por ciento en la tasa doméstica. Sin embargo, no se acrecentó el valor de la tasa industrial.

El miércoles 8 de marzo de 2017, en sesión ordinaria y por mayoría de votos, el cabildo del ayuntamiento de Mexicali, Baja California; aprueba con fundamento en la Constitución y en atención a sus facultades y atribuciones, condonar todos los adeudos anteriores al presente ciclo fiscal, que se tuvieran por concepto de impuesto predial, gastos de ejecución, multas y recargos; incluidos los grandes y medianos deudores; que casualmente son en su mayoría personas morales, cuyo adeudo asciende a mil ochocientos millones de pesos.

Peor aún, a pesar de que se han apostado permanentemente y desde hace dos meses en las inmediaciones de la Casa Municipal un grupo bastante nutrido de personas, en protesta por el aumento de .5 por ciento al impuesto predial; dicho incremento fue ratificado en la misma sesión de cabildo.

Tal acción, además de irritar al grueso de la población del municipio, es insensible y sin sentido social, contraria a la finalidad del Estado mexicano, que es la de buscar el bienestar de sus gobernados.

Igualmente, de forma por demás ilógica a éste dictamen de condonación de deuda, el ayuntamiento de Mexicali acaba de adquirir un préstamo por 200 millones de pesos para cubrir gasto corriente.

Es pertinente hacer notar, que entre las personas morales favorecidas con esta decisión se encuentran las grandes constructoras de casa habitación y de desarrollos urbanos, que cuentan con cientos de predios y cuyos saldos alcanzan cifras millonarias.

Resulta ilógico, que una empresa morosa pero con capacidad económica sea eximida del pago de alrededor de 30 millones de pesos, como es el caso Urbi o Geo y, que un asalariado que con sacrificios pudo levantar un verdadero hogar de 38 metros cuadrados, sea medido con la misma vara.

Quien cuenta con un predio, debe ser apoyado porque es obvio que se trata de un patrimonio que se ha adquirido con esfuerzo y generalmente para beneficio de una familia.

Quien posee dos o más bienes inmuebles, es claro que cuenta con capacidad económica suficiente y que los ostenta con una finalidad especulativa y/o acumulativa.

En ese orden de ideas, no se les puede otorgar el mismo tratamiento, ni es permisible que de forma general se formule acuerdo tomando en consideración al predio y no al contribuyente.

Recordemos que el artículo 25 de la Carta Magna dispone que el Estado tiene la obligación de garantizar la estabilidad de la sociedad y de fomentar una justa distribución de la riqueza.

Igualmente, el artículo 31, fracción IV de nuestra máxima ley, establece que es obligación de los mexicanos el contribuir con los gastos públicos; en específico del municipio en que residen, de manera proporcional y equitativa. Resultando transcendente que cuando el legislador define la forma y términos en que ha de concurrirse al gasto público, considere a todas las personas que demuestren capacidad susceptible de gravamen, ya sean físicas o morales.

Asimismo, el diverso 115 de la Constitución federal, permite a los ayuntamientos el cobro del impuesto predial.

En ese tenor, las excepciones aplicables deben obedecer a objetivos de política general, sociales o culturales considerados de ineludible cumplimiento.

Es decir, para costear los gastos públicos, el Estado puede exigir al contribuyente, una cantidad de dinero como tributo, denominada impuesto.

Sin embargo, el principio de generalidad tributaria implica que no haya discriminación a la hora de imponer contribuciones y que estas alcancen a todos aquellos comprendidos en las mismas circunstancias. Ello significa, que todos aquellos que sean alcanzados por el supuesto normativo, soporten la imposición sin excepciones injustas. Por lo tanto, las exenciones o rebajas, deben estar motivadas.

En corolario, aquellas personas sin capacidad contributiva, no deben pagar el impuesto y, quienes más tienen deben de abonar más.

Tanto el principio de igualdad como el de progresividad deben conjugarse con el de generalidad tributaria, para que la carga impositiva cumpla con el principio de justicia, ya que la causa que legitima la obligación es la existencia de capacidad idónea para tal fin. Por ello, queda prohibida la exención no razonable a los dotados de capacidad contributiva.

Así tenemos, que el acuerdo de cabildo del ayuntamiento de Mexicali, Baja California, expedido el miércoles 8 de marzo de 2017, que condona todos los adeudos anteriores al presente ciclo fiscal que se tuvieran por concepto de impuesto predial, gastos de ejecución, multas y recargos; debió considerar los principios jurídicos ya mencionados, al igual que la normatividad en cita.

En suma, debió concluir que con la finalidad de garantizar la estabilidad de la sociedad mexicalense y de fomentar una justa distribución de la riqueza, sin renunciar al derecho que tiene el Municipio de cobrar el impuesto predial pero sí actuando en justicia y equidad, condonaría a todos y cada uno de los contribuyentes, gastos de ejecución, recargos, multas y demás adeudos anteriores al cobro del presente ciclo fiscal de 2017, respecto de una sola clave catastral. Para el caso que una sola persona llegue a contar con dos o más claves catastrales, le sería dispensada aquella cuya superficie sea menor.

Igualmente, sería benéfico para la ciudad en general y con la finalidad de bajar la irritabilidad de la población, que el ayuntamiento de Mexicali, Baja California, haga público el estudio realizado de costo-beneficio que lo llevó a determinar la condonación del impuesto y en que medida favorece al contribuyente persona física.

En ese tenor, cual fue la técnica y el método utilizado, como fue que se realizaron los cálculos, que tipo de ecuaciones matemáticas se llevaron a cabo, con la finalidad de que desglose las recuperaciones del capital que obtendrá el ayuntamiento y como es que ese dinero que se piensa recuperar, va a venir a fortalecer la mejora y recaudación del sistema tributario municipal.

Por lo expuesto, someto a la consideración de ésta honorable Cámara de Diputados la presente proposición, al tenor de los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al honorable cabildo del ayuntamiento de Mexicali, Baja California, a que deje sin efecto el acuerdo de fecha 8 de marzo de 2017, que condona todos los adeudos anteriores al presente ciclo fiscal que se tuvieran por concepto de impuesto predial, gastos de ejecución, multas y recargos.

En consecuencia, emitir uno nuevo con la finalidad de garantizar la estabilidad de la sociedad mexicalense y de fomentar una justa distribución de la riqueza sin renunciar al derecho que tiene el municipio de cobrar el impuesto predial pero sí actuando en justicia y equidad, condonando a todos y cada uno de los contribuyentes, gastos de ejecución, recargos, multas y demás adeudos anteriores al cobro del presente ciclo fiscal 2017, respecto de una sola clave catastral.

Para el caso que una sola persona llegue a contar con dos o más claves catastrales, le sea dispensada aquella cuya superficie sea menor.

Segundo. Se exhorta al honorable cabildo del ayuntamiento de Mexicali, Baja California, a que haga público el estudio realizado de costo-beneficio que lo llevó a determinar la condonación del impuesto predial y en qué medida favorece al contribuyente persona física.

En ese tenor, cual fue la técnica y el método utilizado, como fue que se realizaron los cálculos, y que tipo de ecuaciones matemáticas se llevaron a cabo, con la finalidad de que desglose las recuperaciones del capital que obtendrá el ayuntamiento y como es que ese dinero que se piensa recuperar, va a venir a fortalecer la mejora y recaudación del sistema tributario municipal.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputada Cynthia Gissel Garcia Soberanes (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo al análisis y la renegociación del Capítulo Agropecuario del TLCAN para incorporar el sector de pequeños productores y sus organizaciones, a cargo de la diputada Natalia Karina Barón Ortiz, del Grupo Parlamentario del PRD

Natalia Karina Barón Ortiz, diputada a la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II; y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo relativo al análisis y renegociación del capítulo de Sector Agropecuario del Tratado de Libre Comercio de América del Norte para incorporar al sector de pequeños productores al tenor de las siguientes:

Consideraciones

La inminente renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) ha empezado a encender las alarmas en el sector agropecuario de nuestro país. La cerrazón que ha mostrado el presidente de Estados Unidos de América (EUA) en el tema de la relación bilateral es crítica. El gobierno mexicano debe ser cauto y no acelerar el proceso de renegociación de este acuerdo sin antes haber analizado y estructurado los puntos que México debe priorizar para sacar una negociación que beneficie de manera sustancial a nuestra nación.

Un punto que merece especial atención, por la actual amenaza que representa el gobierno norteamericano y porque durante décadas ha vivido en el abandono precisamente a partir de la entrada en vigor el TLCAN, es el sector agropecuario.

La idea inicial del gobierno mexicano para suscribir el TLCAN México era, para el sector agropecuario, el “acceso a los mercados de Canadá y los Estados Unidos y modernizar el sector mediante una transición con plazos amplios que permitieran el ajuste equilibrado del sector; brindar al productor un horizonte de planeación de largo plazo; reducir los costos de los insumos; garantizar un sistema moderno de apoyos directos; procurar términos de intercambio que propicien un cambio a los cultivos o las actividades más rentables y crear mecanismos operativos que eliminen la discreción en la administración de medidas sanitarias y fitosanitarias”1 .

Sin embargo, diversas asimetrías, como muchos las llaman, iban a caracterizar la firma del TLCAN y a dejar en una clara desventaja a nuestro país frente a Estados Unidos principalmente.

Como todos sabemos, “México inició la reforma del sector agropecuario en los años ochenta. Liberalizó su economía intensa y unilateralmente para ingresar al GATT. México aprovechó su condición de país en desarrollo y estructuró un arancel consolidado base con amplia protección para el sector [agropecuario]... Con la firma del TLCAN, México eliminó esta protección para el 90 por ciento del intercambio agroalimentario”2 , esta decisión sumió al campo nacional en una grave crisis.

Se observó que el TLCAN “conforma una región altamente asimétrica en términos del producto interno bruto (PIB) per cápita y la productividad económica. El PIB per cápita total estadounidense es 21 veces mayor que el mexicano y el producto agrícola mexicano sólo representa 15 por ciento del PIB agrícola de Estados unidos de América. Las ventas externas estadounidenses son cinco veces mayores que las mexicanas”3 .

Al respecto, Bhagwati señaló acertadamente que, “por esta razón, se considera que el TLCAN constituiría un esquema de centro y radios con mayores beneficios para la economía más desarrollada”4 , todos sabíamos en ese entonces que la economía de Estados Unidos era, por mucho la más desarrollada de los tres países. Diversos analistas advirtieron esta situación en esos años, por ejemplo, Murray Smith escribió en 1993:

No hay (en el TLCAN) ningún tratamiento especial ni preferencial hacia México como país en desarrollo. Así las cosas, la participación de México en el TLCAN es un paso importante en la dramática liberalización de la economía mexicana iniciada en los ochenta ...A pesar de las diferencias en los niveles de ingreso y las preocupaciones sobre los costos laborales del ajuste, los negociadores del TLCAN desarrollaron un cronograma muy acelerado y México se integrará rápidamente a la economía del resto de la región”5 .

El TLCAN representó más desventajas que las que se proyectaron en un principio. El sector agropecuario es el ejemplo más representativo de esta situación. La baja productividad que se observó en el sector en aquel entonces, devino de una serie de factores que veníamos arrastrando como país desde décadas atrás. Las políticas públicas que durante años aplicó el gobierno federal para el campo nacional fueron, y siguen siendo, altamente discriminatorias ya que han dejado fuera de manera sistemática al pequeño y mediano productor6 .

En este sentido, el TLCAN resultó en lugar de un acuerdo de libre comercio, un convenio de comercio administrado7 debido a que la liberalización de los productos nacionales fue presentándose en etapas específicas en vez de una apertura inmediata.

Esta condición abonó a la exclusión del pequeño productor, que ha vivido un rezago por no tener la más mínima oportunidad de acceder al apoyo público para colocar sus cosechas fuera del país; si no se les apoya para que puedan incorporarse al mercado interno, la posibilidad de que puedan exportar es imposible.

En este marco, de una franca exclusión y rezago interno, se añade hoy el temor de que se cumplan las amenazas del presidente de los Estados Unidos del eventual término del TLCAN. Nuestro país tendría que aplicar acciones eficaces para no resentir los efectos negativos de esta eventualidad, ya que recordemos que entre 2015 y 2016 México le compró al vecino del norte unos dos mil 400 millones de dólares de maíz.

Asimismo, si el TLCAN termina debemos de tener presente que se tendría que renegociar las condiciones de exporación de los productos del agro nacional en el mercado de los Estados Unidos, por lo que se deben de pensar estrategias que alienten la producción interna, pero no sólo con el impulso a los grandes productores, sino también un impulso decidido al pequeño y mediano productor, en donde este sector no puede seguir quedando aislado y muchos menos excluido.

En el caso de la renegociación del TLCAN es absolutamente necesario que México, y su sector agropecuario en particular, tenga un lugar justo para negociar en igualdad de condiciones. Durante este proceso de renegociación, la voz y los intereses de los pequeños productores agropecuarios deben estar debidamente representados a través de sus organizaciones sociales, para que no suceda lo que experimentamos en el inicio del tratado en la década de los noventa, cuando este sector no fue tomado en cuenta.

Proponemos el presente punto de acuerdo porque nos preocupa sobremanera que en el debate nacional y los preparativos para enfrentar los retos de la renegociación, el gobierno de la república menciona únicamente la incorporación de los grandes industriales a dicho proceso, dejando fuera de la consulta y de la toma de decisiones al sector agropecuario y las organizaciones sociales que lo representan. Es de suma importancia que antes de entrar a las discusiones con el país norteamericano, no solo hagamos las consultas y recojamos las opiniones de todos los sectores productivos involucrados, sino que además, instalemos las instancias institucionales y los organismos plurales representativos que acompañarán al gobierno en las negociaciones.

Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal para que, en el proceso de análisis, evaluación y renegociación del capítulo del Sector Agropecuario del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, incorpore al sector de pequeños y medianos productores y sus organizaciones, tanto en los mecanismos de consulta como en los órganos y mecanismos de negociación que se integren para el efecto.

Notas

1 Puyana Alicia, Romero José, El sector agropecuario mexicano bajo el Tratado de Libre Comercio de América del Norte. La pobreza y la desigualdad si intensifican, crece la migración, México, 2008.

2 D. Ingco, Merlinda 1995 “Agricultural trade liberalization in the Uruguay Round. One step forward, one step back?”, World Bank Policy Research Working Paper, número 1500, Banco Mundial, Washington DC, en Puyana y Romero, 2008.

3 Puyan y Romero, 2008.

4 Bhagwati, Jagdish 1993 “Regionalism and multilateralism” en De Melo, Jaime y Panagariya, Arvind (eds.) New dimensión in regional integration (Cambridge: Cambridge University Press), en Puyana y Romero, 2008.

5 Smith, Murray 1993, “The North American Free Trade Agreement” en Anderson, Kym y Blackhurst, Richard (comps.) Regional integration in the global trading system (Londres: Harvester Wheatsheaf), en Puyana y Romero, 2008.

6 Puyana y Romero, 2008.

7 Ibíd.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 4 de abril de 2017.

Diputada Natalia Karina Barón Ortiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a garantizar el cumplimiento de la normativa correspondiente a fin de evaluar la suficiencia de los recursos aprobados para el proceso de formalización laboral contenidos en el anexo 30 del PEF y auditar la oportunidad y el cumplimiento de objetivos de esos recursos, en particular los asignados a Guerrero, a cargo del diputado Roberto Guzmán Jacobo, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputado Roberto Guzmán Jacobo, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Antecedentes

Como resultado de los trabajos de la Comisión Nacional de Formalización Laboral de los trabajadores de Salud de las entidades federativas, que se instaló a finales de 2013, en marzo de 2014 se publicaron los Lineamientos que se deben observar en el proceso de Formalización Laboral de los trabajadores de Salud de las Entidades Federativas.

Esos lineamientos permitieron definir qué trabajadores se beneficiarían de la formalización laboral, priorizando el criterio de antigüedad entre aquéllos que ingresaron a laborar antes del 30 de agosto de 2013.

Tomando en cuenta que el análisis de este problema se hizo cada vez más frecuente en la agenda del sector después de la VI Reunión Ordinaria del Consejo Nacional de Salud, que se llevó a cabo en Culiacán en junio del 2014, la Cámara de Diputados decidió aprobar los recursos necesarios, en el anexo 30 del Decreto de Presupuesto.

Para la atención de esta problemática, en el ejercicio fiscal 2015 se asignaron 4 mil 113 millones de pesos; en 2016 se aprobaron 3 mil 499 millones de pesos y para 2017 destinaron un total de 3 mil 300 millones de pesos, distribuido de la siguiente manera:

Si bien se han observado algunos avances en el proceso de formalización, éstos no han sido suficientes. Pero, además, ahora se tiene que parte de los recursos para continuar ese proceso de formalización se destinan a cubrir las necesidades de salarios del personal formalizado, como si no quedara incorporado, como debería de ser, a la nómina institucional de las respectivas dependencias del sector salud.

Esto se desprende de la etiqueta que acompaña al Anexo 30. En 2015, el Anexo 30 incluyó la leyenda: “Los recursos considerados en este anexo serán destinados al Proceso de Formalización Laboral de los Trabajadores de la Salud en las entidades federativas establecido por la Secretaría de Salud, y serán transferidos a las entidades federativas a través del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud del Ramo 33”.

En el presupuesto de 2016 y 2017, se agregó una disposición adicional para su distribución: “Los recursos considerados en este anexo serán destinados al Proceso de Formalización Laboral de los Trabajadores de la Salud en las entidades federativas establecido por la Secretaría de Salud, así como las previsiones que permitan mantener la homologación salarial de ejercicios anteriores, y serán transferidos a las entidades federativas a través del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud del Ramo 33”.

Llama la atención esta referencia, “que permitan mantener la homologación salarial”, como si el pago de la nómina formal no fuera algo programado, como si su presupuestación no fuera una consecuencia natural del proceso de formalización. Todo indica que ese agregado tenía el propósito de facilitar el desvío de recursos, restando recursos al proceso de formalización.

Cabe recordar que en octubre de 2016, el secretario de Salud, informó, ante la Comisión de Salud del Senado de la República, que en diciembre de 2016 ya se habrían formalizado 65 mil trabajadores.

No obstante, se advierte cierta lentitud en la aplicación de los recursos de este proceso que se incluyó en el Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad de los Servicios de Salud, proceso que es fundamental para el fortalecimiento de los servicios de salud en las entidades. No se debe retrasar o ser deficiente en la aplicación de estos recursos, los cuales, finalmente, deben producir una mejor atención a los ciudadanos.

Conviene señalar que en 2015 la Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo una Auditoría Especial del Gasto Federalizado en el Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud, que no es sólo para la formalización laboral. En su presentación señaló que “el presente documento tiene como objetivo aportar elementos de análisis y evaluación que coadyuvarán en las estrategias gubernamentales, impulsarán y fortalecerán la gestión del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud, para que los recursos federales que se le asignan sean utilizados eficientemente en el cumplimiento de sus objetivos. Al respecto, se presentan los principales hallazgos determinados en la fiscalización de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal del ejercicio fiscal 2015, así como una visión general de aspectos sustantivos de dicho programa. En el primer capítulo, se describen los antecedentes y aspectos generales del programa, así como su importancia financiera en el sector salud”.

La auditoría explicó que “el objetivo principal del Programa de Apoyo para Fortalecer la Calidad en los Servicios de Salud (Calidad) consiste en fortalecer la infraestructura y oferta de los servicios de salud; implantar programas en materia de salud y proporcionar el Seguro Universal para una Nueva Generación con el fin de proveer una red de protección social que garantice el acceso al derecho a la salud a todos los mexicanos mediante la ampliación de la infraestructura y otras modalidades de servicios médicos, especialmente en las localidades más aisladas y dispersas. El monto de los recursos de este programa se determina anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación en donde se establece su distribución”.

No obstante, aclaró que “para el Ejercicio Fiscal de 2015, la Secretaría de Salud Federal realizó adecuaciones presupuestarias de 100.0 por ciento de los recursos del programa de Calidad a las entidades federativas, y los recursos fueron destinados al proceso de formalización laboral de los trabajadores de la salud en las entidades federativas, de la siguiente manera: se destinó para el complemento de la anualidad de las remuneraciones de los trabajadores formalizados en el ejercicio fiscal 2014 y para su incremento salarial; se destinó para el complemento de las remuneraciones de empleados que fueron formalizados en el ejercicio fiscal 2015 (segunda etapa) y el incremento salarial en el ejercido fiscal 2015; para ello, se realizaron transferencias a las entidades federativas mediante el Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA) del ramo 33 de acuerdo con el Anexo 30 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015”.

Como resultado de su investigación, la ASF determinó errores y omisiones de la información financiera por 621.2 millones de pesos. De ese total, 22 por ciento correspondieron a Chiapas, 68.7 por ciento al estado de Veracruz y 9.3 por ciento a Guerrero, porque no se registraron operaciones contables o presupuestales, o no se presentaron evidencia de las mismas. El monto anterior se refiere en su totalidad a operaciones o bienes no registrados, registrados errónea o extemporáneamente.

También llevó a cabo una auditoría al total de los recursos transferidos al estado de Guerrero. El gobierno de Guerrero recibió recursos líquidos del programa de Calidad 2015 por 369 mil 526.5 miles de pesos, de los cuales al 31 de diciembre de 2015 se devengó el 100.0 por ciento de los recursos transferidos.

Entre las observaciones de la ASF a los recursos de este programa, señala:

a) Pagos en exceso al personal formalizado por concepto del estímulo económico con motivo del día de las madres por 132.7 miles de pesos.

b) Pagos posteriores al personal formalizado que causó baja por un importe de 58.2 miles de pesos.

c) No se presentó evidencia documental del entero del Impuesto Sobre la Renta retenido a los trabajadores, al Servicio de Administración Tributaria, por las remuneraciones pagadas al personal formalizado por un importe de 81 mil 368.6 miles de pesos.

d) Se realizaron las retenciones y enteros de las cuotas, así como las aportaciones al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) del personal formalizado; SIn embargo, los pagos se realizaron de manera extemporánea, lo que ocasionó el pago de actualizaciones e intereses por un monto de 561.3 miles de pesos.

e) Se realizaron las retenciones y enteros de las cuotas y aportaciones del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), de cesantía en edad avanzada y vejez y del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste); sin embargo, los enteros se realizaron de manera extemporánea, lo que ocasionó el pago de actualizaciones e intereses moratorios por un monto de 1,649.2 miles de pesos.

Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 83 millones 770 mil 18.14 pesos, más los intereses generados desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta del programa. Por lo anterior, la ASF concluyó que “el gobierno de Guerrero no realizó una gestión eficiente y transparente de los recursos del programa, apegada a la normativa que regula su ejercicio”.

Se advierte que este proceso de Formalización Laboral de los Trabajadores de la Salud en las entidades federativas ya está en la mira de la Auditoría, pero todavía no se hace una evaluación del Proceso en lo que se refiere a la incorporación a la formalidad de personal de salud, sus condiciones laborales y las repercusiones en la atención a los usuarios de sus servicios.

No son pocos los problemas por los que atraviesan los servicios estatales de salud, para cumplir con sus obligaciones para con sus trabajadores y sobre todo para atender las necesidades de la población. Ya en muchas entidades se han registrado reclamos, manifestaciones públicas de los trabajadores del sector salud, los cuales son perfectamente comprensibles, debido a los rezagos laborales y a las malas condiciones de trabajo.

Es importante señalar que el crecimiento de los servicios de salud en las entidades ha sido consecuencia del crecimiento de la demanda de servicios por parte de la sociedad. En este caso no se puede afirmar que ha sido resultado de una decisión discrecional por parte de los gobiernos estatales, de asumir compromisos injustificados.

Por otra parte, está claro que desde las instancias gubernamentales se deben hacer más esfuerzos para atender las necesidades de la población en materia de salud y, lo primero, es avanzar en la formalización laboral de los trabajadores de salud de las entidades federativas.

En el caso de Guerrero la situación es especialmente urgente, tomando en cuenta los rezagos sociales de la entidad y los riesgos sanitarios vinculados a esa condición, a los que se suman las dificultades que deben superar los trabajadores del sector salud para desempeñar su trabajo.

Es por todo lo anterior que se propone los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Salud a aplicar con eficiencia los recursos aprobados por este órgano legislativo en el Anexo 30 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio de 2017, en particular los 241 millones 905 mil 288.00 pesos asignados para Guerrero, destinados al proceso de formalización laboral de los trabajadores de la salud en las entidades federativas.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Salud a presentar a las entidades federativas y a la sociedad, un reporte de los avances y de la aplicación de los recursos del proceso de formalización laboral de los trabajadores del sector salud y de la suficiencia de los recursos de los que dispone para cubrir la nómina formal de los trabajadores beneficiados con este proceso.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a atender las necesidades presupuestarias de la nómina de la Secretaría de Salud, derivadas de la formalización de los trabajadores del sector.

Cuarto. Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a que en el ámbito de sus atribuciones, realice las auditorías que permitan evaluar el cumplimiento de los objetivos contemplados para los recursos asignados en el Anexo 30 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017 y anteriores, destinados al proceso de formalización laboral de los trabajadores de la salud en las entidades federativas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputado Roberto Guzmán Jacobo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a la integración, la organización y el funcionamiento de los consejos estatales para el desarrollo rural sustentable, a fin de garantizar el cumplimiento del principio de representatividad de las organizaciones sociales del sector rural, a cargo de la diputada Natalia Karina Barón Ortiz, del Grupo Parlamentario del PRD

Natalia Karina Barón Ortiz, diputada a la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II; y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo relativo a la integración, organización y funcionamiento de los Consejos Estatales y Municipales para el Desarrollo Rural Sustentable, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Los pequeños productores y productoras son un componente central en los procesos de desarrollo rural en América Latina, además de tener múltiples formas y manifestaciones de acuerdo a las maneras de hacer agricultura de los pueblos originarios.

Las y los pequeños productores forman en gran medida lo que conocemos como agricultura familiar, campesina e indígena que en América Latina significa alrededor del 80 por ciento de todas las exportaciones agrícolas que hay en América Latina; provee entre el 27 y el 67 por ciento del total de la producción alimentaria en función de las diferencias que hay en cada uno de los países; tiene un papel enorme en la ocupación en el empleo; entre el 12 y el 67por ciento de la superficie agropecuaria; genera entre el 55 y el 77 por ciento del empleo agrícola.i

En nuestro país este sector representa un 67 por ciento de las unidades productivas menores a 5 hectáreas, se tiene una estructura agraria basada en pequeñas unidades productivas. Aportan el 40 por ciento de la producción agropecuaria y el 57 por ciento de los empleos en el campo, eso da una idea de la importancia que tienen para el campo nacional las y los pequeños productores agropecuarios.ii

Desgraciadamente este sector se encuentra abandonado. El presupuesto agrícola se concentra en las zonas con mayor desarrollo de infraestructura y no en las zonas marginadas como la Ley de Desarrollo Rural Sustentable lo determina. Los recursos de los programas dirigidos al desarrollo rural se concentran en los grandes productores y no en los pequeños que son la inmensa mayoría.

Hace falta que se cumpla a cabalidad lo que establece la norma a efecto de que exista una verdadera concurrencia de los programas en los tres niveles de gobierno, mayores facilidades en su acceso con reglas de operación claras, fáciles de entender y de aplicar, para llegar a un mayor número de campesinos. Necesitamos concentrar los recursos públicos y dirigirlos a estratos de la población muy específicos; como lo son las y los pequeños productores que se encuentran en un estado de desatención alarmante.

Por la dispersión en que se presenta la economía campesina y la agricultura familiar, agricultoras y agricultores de pequeña escala están aislados y actúan de manera dispersa sin capacidad organizativa. Estimaciones preliminares indican que sólo alrededor del 10 por ciento de los productores tienen representación en los Consejos Estatales para el desarrollo rural sustentable, está lamentable situación les impide participar en las actividades propias del desarrollo rural y así, combatir su marginalidad.

En los términos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable con la integración de la Comisión Intersecretarial y el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable fue posible la instalación de consejos estatales, regionales, distritales y municipales para el desarrollo rural sustentable; sin embargo, junto a un funcionamiento más regular y democrático de estos consejos, es necesario aterrizar los programas, recursos y facultades, para que se vayan aplicando en los lugares donde se requieren y sobre todo que se apliquen con apego absoluto a lo que estipula la regulación secundaria.

Al respecto, el artículo 24 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable en lo conducente establece:

“Con apego a los principios de federalización, se integrarán Consejos para el Desarrollo Rural Sustentable, homologados al Consejo Mexicano, en los municipios, en los Distritos de Desarrollo Rural y en las entidades federativas. Los convenios que celebre la Secretaría con los gobiernos de las entidades federativas preverán la creación de estos Consejos, los cuales serán además, instancias para la participación de los productores y demás agentes de la sociedad rural en la definición de prioridades regionales, la planeación y distribución de los recursos que la Federación, las entidades federativas y los municipios destinen al apoyo de las inversiones productivas, y para el desarrollo rural sustentable conforme al presente ordenamiento.”

Bajo este marco legal y con el objetivo de reforzar el desarrollo rural los consejos estatales están encargados, de conformidad al artículo 26 de la Ley en comento, de articular los planteamientos, proyectos y solicitudes provenientes de las diversas regiones de la entidad, canalizadas a través de los distrito de desarrollo rural, lo que asigna a estas entidades el papel estratégico como integrador de las acciones de desarrollo a nivel estatal.iii

De igual forma, la integración y funcionamiento de estos Consejos está estipulada en el artículo 25 de la Norma de referencia que en su primer párrafo señala:

Los Consejos Estatales podrán ser presididos por los gobernadores de las entidades federativas. Serán miembros permanentes de los Consejos Estatales los representantes de las dependencias estatales que los Gobiernos de las entidades federativas determinen; los representantes de las dependencias y entidades que forman parte de la Comisión Intersecretarial y los representantes de cada uno de los Distritos de Desarrollo Rural, así como los representantes de las organizaciones sociales y privadas de carácter económico y social del sector rural, en forma similar a la integración que se adopta para el Consejo Mexicano.

Con base en la esencia de esta disposición, formulamos nuestra presente propuesta en razón de que, es a través del establecimiento de estos órganos colegiados que las organizaciones formadas por las y los pequeños productores tienen la facultad de formar parte sustancial en la acciones del desarrollo rural en sus estados. Sin embargo, además de que en los Consejos estatales de desarrollo rural, la representatividad de los pequeños productores es frágil y casi no se les toma en cuenta, dichos órganos funcionan de manera muy irregular, sin programas de trabajo ni cronogramas de reuniones, sin evaluación de resultados, con opacidad en el manejo de programas operativos y recursos, mediante convocatorias de escasa difusión y en donde la mayoría de quienes intervienen en la toma de decisiones son los Consejeros vinculados al poder público.

Todo ello se traduce en que los grupos y organizaciones integradas por campesinos e indígenas, por pequeñas productoras y productores en las diversas entidades federativas, esten fuera de las políticas públicas y los programas que de acuerdo con nuestra legislación, deberían beneficiar prioritariamnete a la población menos favorecida de la sociedad rural.

De esta manera, la infracción al artículo 26 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable al dejar fuera de los Consejos y de la toma de decisiones a las y los pequeños productores, se esta impidiendo que dicho sector, mayoritario en la sociedad rural, sea parte incluyente en el desarrollo integral y sustentable de sus estados.

Por todo lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como a los Gobernadores de las entidades federativas y al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a garantizar efectivamente la representación en los Consejos Estatales y municipales de Desarrollo Rural Sustentable de las organizaciones de las y los pequeños productores establecidas como sujetos de derecho en el artículo 2 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable,

Segundo. Se exhorta respetuosamente al Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como a los Gobernadores de las entidades federativas y al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, para que, en el ámbito de su competencia, hagan del conocimiento público las medidas y acciones que han realizado en la constitución, funcionamiento y organización de los Consejos Estatales para el Desarrollo Rural Sustentable a fin de garantizar el cumplimiento del principio de representatividad de las organizaciones sociales del sector rural consideradas en el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable.

Notas

i Seguridad y Soberanía Alimentaria , Congreso Nacional de Políticas Públicas para el Campo, 8-9 de abril, 2013.

ii Ibid.

iii López Bárcenas, Francisco (Coord.), Legislación para el desarrollo rural: una visión de conjunto. CEDRSSA, Cámara de Diputados, LX Legislatura.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 4 de abril de 2017.

Diputada Natalia Karina Barón Ortiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a instruir las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los acuerdos suscritos con motivo del conflicto laboral acaecido en la unidad académica de Las Margaritas de la Universidad Intercultural de Chiapas, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, diputado ante la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, de conformidad con lo establecido en los artículos 6, numeral I, fracción I; y 79, numeral I, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Desde que tomó posesión, en agosto de 2015, el rector de la Universidad Intercultural de Chiapas (UNICH), Miguel Ángel Yáñez Mijangos, ha emprendido una campaña de intimidación y agresiones a los derechos de estudiantes y trabajadores que ha desmoronado los ideales y principios que dieron fundación a dicha institución y ejercer, para su beneficio propio, un control casi incontestable sobre la universidad. Para lograrlo, ha despedido a docentes que se han negado a alinearse a su mandato y ha acosado laboralmente a quienes que se oponen a sus prácticas autoritarias. Además, ha desinformado a la comunidad universitaria sobre el presupuesto real asignado a la UNICH, con el propósito de manejar discrecionalmente los recursos disponibles para las unidades.

En contrapartida, la comunidad universitaria de la Unidad Académica del Municipio de Las Margaritas (UAM-LM), uno de los cinco planteles con que cuenta la UNICH en el Estado de Chiapas (la sede central se encuentra en la ciudad de San Cristóbal de Las Casas, mientras que las tres unidades académicas restantes están localizadas en los municipios Oxchuc, Yajalón y Salto de Agua), ha manifestado con firmeza su rechazo a las prácticas y tratos empleados por el rector, violatorios tanto los principios rectores de la UNICH como los derechos de los pueblos indígenas.

Ejemplo de esta férrea actitud de defensa de los valores y preceptos que dieron vidala UNICH fue la demanda pública y posterior acuerdo suscrito el 02 de agosto de 2014 entre ésta comunidad universitaria y el ex rector de la UNICH, Oswaldo Chacón Rojas, para el despido inmediato de un grupo de profesores encabezados por Antonio de Jesús Nájera Castellanos, por incurrir en prácticas discriminatorias contra miembros de la comunidad universitaria de Las Margaritas y el pueblo tojolabal en su conjunto. Por desgracia, pese al activismo de docentes y alumnos, los acuerdos fueron incumplidos por la pasada administración y desechados por quienes hoy dirigen la universidad. Lo que es peor, lejos de imponer las sanciones correspondientes, las autoridades de la UNICH han mantenido a varios de los inculpados en la nómina de la universidad en calidad de “aviadores”, percibiendo ingresos mensuales sin ninguna constancia de su contribución a la institución. Sin embargo, a pesar del desdén de la rectoría a sus demandas, la comunidad universitaria de Las Margaritas ha continuado denunciando las imposiciones y arbitrariedades cometidas por el rector Miguel Ángel Yáñez.

Pese a estos loables esfuerzos, el martes 23 de febrero de 2016, la rectoría de la UNICH llamó a la entonces titular de la Coordinación Académica de la UAM-LM, Mtra. Yaneth del Rosario Cruz Gómez, para presentarse en el plantel de San Cristóbal de Las Casas y firmar su renuncia. Les acompañaron, en calidad de testigos, representantes de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos y de la Secretaría de la Función Pública Estatal. En un acto orquestado y evidentemente arbitrario, ella no aceptó ni firmó la renuncia, pues no existían razones objetivas para exigir su deposición del cargo en el plantel situado en la región tojolabal de la que ella misma es originaria.

Al día siguiente, miércoles 24 de febrero, Karen Ballinas Hernández, funcionaria adscrita a la Secretaría General de Gobierno del estado, acudiría a las instalaciones de la UNICH en compañía del Mtro. Lorenzo López Méndez –entonces presidente del Consejo Estatal de Derechos Humanos-, para presentarlo como el nuevo coordinador académico de la UAM-LM. Cabe mencionar que el Lorenzo es tseltal, lo que lo hacía poco idóneo para dirigir un plantel enclavado en la región tojolabal del estado. Por esta y otras razones, la comunidad universitaria de Las Margaritas no aceptó la nueva designación, pues reconoció que no existía justificación alguna para la remoción de la coordinadora y que más bien se trataba de la imposición de un coordinador a modo del rector.

Durante el intento de imposición del nuevo coordinador académico, estudiantes y docentes presentes en la sede de la unidad exigieron a Ballinas Hernández y a López Méndez el apersonamiento del rector, a fin de que constatara y resolviera personalmente las muchas situaciones anómalas que hasta entonces seguían perjudicando a la comunidad universitaria de la UNICH y en particular, a la UAM-LM. Por acuerdo del Consejo Ciudadano Universitario (CCU), se indicó a tales autoridades que habrían de permanecer en la sede universitaria hasta que el rector hiciera acto de presencia. En respuesta, la funcionaria manifestó a estudiantes y docentes que ella no se iría del lugar hasta que no se llegase a una resolución al conflicto. Sin embargo, a pesar de reiterados intentos, no hubo respuesta alguna por parte del rector a las llamadas realizadas por Ballinas Hernández.

Docentes y estudiantes de la UNICH acordaron trasladarse la tarde del día jueves 25 de febrero de 2016, junto con autoridades de comunidades tojolabales también integrantes del CCU, a una reunión con autoridades de la UNICH en las oficinas de la Subsecretaría de Gobierno Región XV Meseta Comiteca-Tojolabal, en la ciudad de Comitán de Domínguez, a fin de consensar un acuerdo que diera solución al conflicto provocado por el rector. De dicho diálogo emanó la firma de una minuta de acuerdos signada entre ambas partes. En la cláusula Vigésima Segunda de dicha minuta se acuerda que:

La rectoría, secretaría académica, apoderado legal y/o quien resulte interesado con derecho alguno de acción por ejercitar dependientes de la UNICH, se desisten de cualquier acción penal, civil, administrativa o de cualquier índole que pudiera ejercitarse en contra de la Coordinadora, cuerpo docente, cuerpo administrativo, alumnado y/o quien más resulte involucrado en la presente controversia ”.

No obstante, apenas al día siguiente, el CCU tuvo conocimiento de una querella presentada por Ballinas Hernández contra Yaneth del Rosario Cruz Gómez, Edith Vázquez Hernández, Alejandra Monette Álvarez Castillo, Agustín Ávila Romero, Valentín Argüello Rodríguez, José Luna Jiménez y Oliber Rodríguez Gómez, contraviniendo de manera flagrante con la minuta de acuerdos suscrita la tarde anterior. Con sospechosa celeridad se integraron carpetas de investigación que fueron remitidas al Juzgado Penal en Comitán. Ante la amenaza de su captura, la tarde de ese mismo viernes el CCU convocó a asamblea y acordó dar protección y resguardo en comunidades tojolabales del municipio de Las Margaritas a las profesoras y profesores que en ese momento corrían el riesgo de perder su libertad por acusaciones falsas fabricadas por el rector Miguel Ángel Yáñez.

Presionada para la firma de su renuncia a la institución con la amenaza de que esta será la única forma de que el Gobierno del Estado cesara en las acciones penales interpuestas en su contra y los docentes, así como diera cumplimiento a la minuta de acuerdos suscrito, el 15 de marzo de 2016 la Mtra. Yaneth del Rosario Cruz Gómez acepta, en un acto de alta integridad profesional, ética y humana, su destitución. No obstante, sólo fueron retiradas las acciones penales, sin que ninguna de las cláusulas de la minuta haya sido cumplida hasta el día de hoy.

A pesar de haber sido señalados como “racistas y discriminadores del pueblo tojolabal” , el 09 de agosto de 2016 son reinstalados en la UAM-LM los ciudadanos Manuel de Jesús Alfaro García, con cargo de Técnico Académico; Javier Alejandro Aguilar Hernández, como Técnico Académico, y Flor de María López Gordillo. Este acto sólo generó un fuerte malestar e inconformidad en el ánimo de la comunidad universitaria, de por sí tensado por el incumplimiento de los acuerdos asumidos por el Gobierno del Estado. Se decide convocar entonces a las autoridades comunitarias, al consejo estudiantil, al Consejo Ciudadano Universitario y a organizaciones sociales, aglutinadas en el Bloque de Organizaciones Sociales y Magisteriales, para exhortar en conjunto a los antes citados a que se retiraran de forma pacífica de las instalaciones de la UAM-LM. Para galvanizar sus demandas, los inconformes resuelven cerrar temporalmente las instalaciones de la unidad académica, con el objeto de que el Gobierno del Estado y las autoridades universitarias dieran pronto pleno cumplimiento a sus demandas.

El 15 de agosto de 2016, los ciudadanos Alejandra Monette Álvarez Castillo, María Isabel Maldonado Hernández, Sara Leticia Duque Sosa, Carmelino Méndez Jiménez, Oliver Rodríguez Gómez, María Trinidad Pérez Aguilar, Pedro Hernández Jiménez, Oscar Fernando Rojas Avendaño, Pedro Hernández Luna, Jorge Alejandro García Domínguez, María Rosalba Santiz Aguilar y Valentín Arguello Rodríguez son notificados vía telefónica por el Lic. Vicente Cruz Gómez, Coordinador Académico de la UAM-LM sobre la cancelación de su recontratación para el periodo escolar agosto-diciembre 2016.

La decisión no puede considerarse más que como un acto de represión contra quienes legítimamente participaron de los actos de denuncia de la corrupción que impera en la UNICH pues no existían argumentos razonables para justificar la cesación, en primera lugar, porque en su conjunto, este grupo de trabajadores representaba entonces más del 70% de la plantilla docente de la unidad; y en segundo, porque todos cuentan con el aval de la comunidad universitaria y cumplen con el perfil académico exigido para la impartición de las materias a cada uno asignadas. Así también, varios de ellos cuentan con una experiencia laboral en la UNICH superior a cinco años y cuentan con reconocimiento a la excelencia por su desempeño académico. No existían pues, razones válidas y legítimas para instruir su despido.

Ante la indolencia de las autoridades gubernamentales y académicas competentes, así como la puesta en marcha del despido injustificado de los 16 docentes, el 22 de agosto del 2016 las autoridades comunitarias, el consejo estudiantil, el CCU, así como diversas organizaciones sociales y el Bloque de Organizaciones Sociales y Magisteriales acuerdan tomar de manera simbólica el edificio que ocupa la UAM-LM, como un acto de denuncia ante las vejaciones.

En respuesta a los reclamos de los estudiantes, el 7 de octubre de 2016 se instala una mesa de diálogo interinstitucional conformada por representantes de instituciones federales, estatales y autoridades de la UNICH, quienes se comprometen a conformar una mesa de trámite para regularizar el semestre de julio-diciembre 2016, dado que este periodo había iniciado con la resistencia de docentes y alumnos. Sin embargo, a los pocos días de haberse establecido el acuerdo las autoridades volvieron a hacer caso omiso de sus compromisos.

Por lo anterior, el 17 de noviembre de 2016 se instala una mesa amplia de trabajo con presencia del Lic. Alejandro Negrete Espinoza, Director General Adjunto de Investigación y Atención a Casos de la Unidad para la Defesa de los Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación; Lic. Juan Pablo Ramírez Peña, Abogado General de la Universidad Intercultural de Chiapas; Lic. Jorge Baldemar Utrilla, Subsecretario de Gobierno y Derechos Humanos, Lic. Guillermo Rafael Velázquez Esquinca, Director de Gobierno, ambos pertenecientes a la Secretaría General de Gobierno del estado; Lic. Francisco Mariano Castellanos, representante de la Subsecretaría de Educación Federalizada de la Secretaría de Educación; Lic. Ramón Cancino Utrilla, de la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México de la Secretaría de Gobernación; Lic. Leopoldo Abel Esquinca Sarmiento, Lic. Luis Armando Gutiérrez Zarate y Claudia Cruz Sibaja, director, asesor y visitadora adjunta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos respectivamente; representantes del consejo estudiantil de la UAM-LM y profesores de la misma, así como miembros de organizaciones magisteriales, sociales y estudiantiles. De dicha mesa de trabajo derivan los siguientes acuerdos:

Primero: Se establece llevar a cabo una reunión de trabajo para el día martes 22 de noviembre del año en curso en las oficinas de la Subsecretaría de Gobierno y derechos Humanos con los titulares de la Secretaría de Educación del Estado, el Rector de la Universidad Intercultural de Chiapas, el de la Comisión para el Diálogo de los Pueblos Indígenas de México de la Secretaría de Gobernación, así como el representante de la Sección 7, el representante de los alumnos y maestros disidentes, con la finalidad de darles resolución sobre la propuesta general de validar el semestre de los estudiantes y por ende, la plantilla de docentes que les han dado clases, así como su contratación para el semestre inmediato.

Segundo: El representante de la Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, convocará mediante oficio a los titulares de las dependencias señaladas en el punto anterior.”

Sin embargo, al igual con el resto de los compromisos suscritos entre las partes a lo largo del desarrollo del conflicto, al día de hoy ninguno de los acuerdos alcanzados en la mesa de trabajo han sido debidamente cumplidos.

El 21 de diciembre de 2016 concluye el semestre y las instalaciones quedan bajo resguardo de las organizaciones y comunidades indígenas y campesinas de la región. Sin embargo, a tres meses de finalizado el semestre, las autoridades de la UNICH siguen sin hacer valido el periodo, arguyendo su desconocimiento de la plantilla docente. Cabe destacar también que a todo lo largo del semestre julio-diciembre 2016, los alumnos del UAM-LM fueron objeto de presiones y hostigamiento por parte del personal administrativo de la UNICH, quienes a base de amenazas, utilizando como instrumento de coerción y extorsión el trámite de las becas de manutención-transporte, la entrega de recursos federales PIFI, la gestión viajes de estudio y la expedición de documentos oficiales como constancias, indispensables para el trámite de becas SEPI, CDI y Conafe, les exigían subordinación y acatamiento.

Estos actos constituyen violaciones flagrantes al derecho a una educación digna consagrado el artículo 3º de nuestra Carga Magna y, por tanto, deben ser condenados con toda firmeza, pues manifiestan una impunidad y violencia institucional intolerables que atentan contra los derechos humanos de estudiantes.

Debe quedar claro que la cerrazón que ha distinguido el desarrollo de este conflicto no se ha desprendido en ningún momento del actuar del pueblo tojolabal o el de las personas vulneradas por los actos de discriminación previamente señalados. Basta tener presente la voluntad conciliadora manifiesta por los afectados el día 9 de enero de 2017 en donde, por acuerdo de organizaciones y comunidades indígenas y campesinas de la región, deciden reabrir las instalaciones para iniciar trabajos administrativos en calidad de resistencia, acordando a su vez el día lunes 16 de enero de 2017 se iniciarían, también en calidad de resistencia, las actividades académicas correspondientes al semestre enero-julio 2017.

Debido a que a la fecha no se han acreditado las calificaciones de las y los estudiantes del semestre julio-diciembre 201616, muchos de ellos están en riesgo de perder sus becas. Asimismo, tampoco se cumplido con la reinstalación de los 12 docentes no recontratados, ni tampoco se ha convierto con el acuerdo de contratación de otros 8 docentes que habrían de sumarse para este periodo a la plantilla de docentes en la UAM-LM.

Finalmente, el sábado 11 de febrero de 2017, la comunidad universitaria fue informada, mediante oficio signado por la empresa que brinda los servicios de guardia y custodia de las instalaciones, que los dos guardias designados para la UAM-LM serían retirados, sin dar ninguna explicación de las razones que habrían motiva dicha acción. Desde entonces, las instalaciones de la UAM-LM han estado operando sin contar el personal de seguridad que el reglamento de la institución requiere.

La larga lista de actos de provocación perpetrados por el rector de la UNICH y su caterva de cómplices ha generado un grave clima de inestabilidad social que, si no se atienda con sensibilidad y responsabilidad, puede derivar en hechos aún más nocivos para la paz y bienestar de la región. Por ello, es menester que de manera urgente se implementen acciones al respecto, asumir con responsabilidad el cumplimiento de las minutas firmadas y garantizar el acceso y efectivo ejercicio de los derechos humanos y laborales de estudiantes y docentes.

El conflicto ha escalado a tal punto que actualmente se han ejecutado, por órdenes de altos mandos del gobierno del estado, intentos por desestabilizar el movimiento. Esto incluso ha incluido la amenaza de intervención de un grupo armado afín a la organización de la CIOAC HISTÓRICA en Las Margaritas, lo que pone en alto nivel de riesgo la integridad física y moral de quienes han sido objeto de acciones de discriminación por su origen étnico.

Cabe destacar que la fracción VII del artículo 3o. de nuestra Carta Magna, versa en lo siguiente:

“Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía... realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas... Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los términos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere”

Por tanto, como garantes de la Carta Magna, los legisladores estamos obligados a condenar con contundencia estos hechos, pues de lo contrario estaremos avalando la perpetuación de la infección del amiguismo, las canonjías a sindicatos al servicio de intereses políticos y económicos, la malversación y desfalco de recursos públicos destinados a la formación estudiantil, el despido arbitrario de académicos de amplia trayectoria, la intolerable discriminación étnica en una institución que en principio debiera pugnar por lo contrario y en última instancia, el ocaso de la otrora considerada mejor universidad intercultural de México, la UNICH.

Por todo lo expuesto y fundando, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero: La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud del gobierno federal para que garantice, ante la inoperancia de las instituciones del Gobierno del Estado de Chiapas, el cumplimiento de la minuta de acuerdos suscrita el 25 de febrero de 2015 y de los acuerdos emanados de la mesa de trabajo efectuada el 17 de noviembre de 2016 con motivo del conflicto laboral y educativo acaecido en la Unidad Académica de Las Margaritas de la Universidad Intercultural de Chiapas, y se implementen las medidas precautorias para salvaguardar la vida, integridad y libertad de docentes, estudiantes y miembros del Consejo Ciudadano Universitario, así como de las comunidades de la región tojolabal.

Segundo: Se exhorta a la LXIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados a conformar una comisión de diputados y diputadas con la encomienda de vigilar, coadyuvar y garantizar el cumplimiento de los acuerdos derivados de las mesas de trabajo antedichas, velando por la absoluta terminación de los actos de discriminación, corrupción y autoritarismo que han tenido lugar en la Unidad Académica de Las Margaritas, cometidos en contra de los derechos humanos y laborales de trabajadores administrativos, docentes y alumnos, en detrimento del proyecto original de la UNICH.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedatu a ordenar la ministración de todos los subsidios federales correspondientes al Programa de Infraestructura 2016, en la vertiente Ampliación o Mejoramiento de la Vivienda y cubrir con la mayor brevedad la deuda contraída con las instancias ejecutoras de los programas Hábitat y Un Cuarto Más en Chiapas, a cargo del diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, diputado a la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 6, numeral I, fracción I; y 79, numeral I, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

De acuerdo con la edición más reciente de la Encuesta Nacional de los Hogares, publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en México más de 14 millones 424 mil personas habitan en casas o departamentos en condiciones de hacinamiento.1 Esta cifra supone que 11.9 por ciento de la población del país carece de acceso a una vivienda que les garantice una vida con dignidad, espacio suficiente y condiciones mínimas de intimidad, indispensables para el pleno desarrollo de la persona. En el medio rural, la proporción de hogares en hacinamiento es superior a 20.1 por ciento y en las zonas urbanas la cifra se ubica en 9.4. La encuesta reveló además que Guerrero, Chiapas y Oaxaca presentan el mayor porcentaje de hogares con hacinamiento con 32.9, 29.8 y 17.6 por ciento, respectivamente.2

Ante esta situación, en octubre de 2015, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) anunció la implantación de un nuevo programa de apoyo a la vivienda, Un Cuarto Más. Su objetivo consistiría en combatir el hacinamiento y prevenir la violencia intrafamiliar contra niñas y adolescentes mediante la construcción de recámaras individuales donde éstas pudieran disfrutar, en condiciones adecuadas, de su derecho a la intimidad. Al mismo tiempo, el programa estaría diseñado para impulsar el desarrollo de las economías locales, pues impulsaría a constructoras regionales, generando empleo en zonas periurbanas y rurales.

Si bien en Chiapas, los altos índices de pobreza que se viven en la entidad, así como las carestías que en materia de vivienda se extienden a lo largo de su territorio, supondrían que el cumplimiento de los objetivos del programa “Un Cuarto Más” serían considerada como de carácter prioritario para el plan de desarrollo en el estado, lo cierto es que esto no ha sido así.

Lo anterior obedece a las omisiones e indiferencia en que ha incurrido la delegación de la Sedatu de la entidad, quien ha faltado sistemáticamente a su responsabilidad de coordinar, velar y coadyuvar para el correcto cumplimiento del programa, especialmente en Chamula, Pantelhó y Tenejapa, donde se había comprometido la edificación de 186 cuartos.

Para dar cuenta de lo que se manifiesta, se presenta una crónica de los hechos:

31 de diciembre de 2015. Son publicadas en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de los programas de infraestructura pertenecientes a la Sedatu. En Chiapas, esto da lugar a que distintas organizaciones dedicadas a la gestión de proyectos acudan a la delegación de la Sedatu en Tuxtla Gutiérrez a fin de entregar la documentación correspondiente y realizar los trámites para su aprobación como entidades ejecutoras del programa.

20 de junio de 2016. Atendiendo a la normativa y las reglas de operación vigentes, la organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, con sede en Tuxtla Gutiérrez, presenta ante la delegación de la Sedatu en Chiapas propuesta de inversión para la autorización de subsidios federales para la construcción de cuartos adicionales en comunidades indígenas de la región Altos de Chiapas, en la vertiente Ampliación o Mejoramiento de la Vivienda (Un Cuarto Más), por un monto de 8 millones 13 mil 867.66 pesos, acreditándose como sociedad autorizada para ejecutar el programa.

21 de junio de 2016. Sergio Lobato García, mediante el oficio número 127. 1210/ AMO/ AP. 1-054, en representación de la delegación de la Sedatu en Chiapas, con fundamento en la normativa aplicable, aprueba para la organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, el ejercicio de recursos por la cantidad total de 8 millones 13 mil 867.66 pesos, correspondientes a subsidios federales del Programa de Infraestructura, en su vertiente Ampliación o Mejoramiento a la Vivienda, aplicado por parte de la organización. Los proyectos aprobados incluyen la ejecución de 76 acciones de vivienda en Chamula, 60 acciones en Tenejapa y 50 acciones en Pantelhó, todas en la región Altos de Chiapas.

24 de junio de 2016. Luego de la aprobación de los proyectos formulados por Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, se establece entre dicha organización y la Sedatu, representada por su entonces delegado en Chiapas, licenciado Sergio Lobato García, el correspondiente convenio de concertación para distribuir y ejercer subsidios federales del Programa de Infraestructura.

En la cláusula séptima del citado convenio, “De las aportaciones”, las partes acuerdan lo siguiente:

1. Para las acciones del convenio de concertación citado se prevé una inversión total de 8 millones 13 mil 867.66 pesos.

2. La Sedatu aportará 8 millones 13 mil 867.66 pesos, recursos con carácter de subsidios que provienen del ramo administrativo 15, designados al programa Un Cuarto Más, autorizados mediante el oficio número SDUV/ UPAIS/ VIVIENDA/ 07/ A/ S/ 001/ 16, de fecha 20 de junio de 2016.

3. Considerando que corresponderá 100 por ciento de las aportaciones a la Sedatu, se dispersará 30 por ciento de anticipo y, seguidamente, una estimación para concluir el finiquito.

En cumplimiento de las reglas de operación del programa de infraestructura y firmado el convenio de concertación para el desarrollo de los proyectos, la organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, presentó formalmente al arquitecto Abraham Flores López, en calidad de enlace ante la Sedatu.

29 de junio de 2016. Aprobados sus proyectos, la organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, en su calidad de instancia ejecutora, estimando necesaria la subcontratación de especialistas en la construcción, emite contrato de obra donde se establece la participación de las siguientes personas:

- Grupo constructor Jalferma, SA de CV, para realizar 50 acciones (cuartos adicionales), en Pantelhó, equivalentes a 689 mil 364 pesos.

- Con el ingeniero Luis Eduardo Gutiérrez Aguilar, para realizar 76 acciones (cuartos adicionales) en Chamula, equivalentes a 1 millón 47 mil 834 peso.

- Con el ingeniero Luis Humberto Gutiérrez Díaz, para realizar 60 acciones en Tenejapa, equivalentes a 827 mil 237 pesos.

10 de agosto de 2016. La Sedatu presenta al ciudadano Wilebaldo de Jesús Aguilar Sánchez, en calidad de enlace entre esta institución y la organización ejecutora.

12 de agosto de 2016. La organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, envía la primera solicitud formal dirigida al licenciado Sergio Lobato García, entonces delegado de la Sedatu en Chiapas, mediante la cual se le solicita el depósito correspondiente a la primera ministración para las obras y acciones aprobadas, por la cantidad de 2 millones 564 mil 435 pesos.

15 de agosto de 2016 . La Sedatu informa a la organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, de la transferencia electrónica de subsidios federales otorgados en el marco del Programa de Infraestructura 2016. Ésta se convertiría en la única ministración de los recursos asignados al desarrollo de las obras, pertenecientes a la vertiente Ampliación o Mejoramiento a la Vivienda, por la cantidad de 2 millones 564 mil 435 pesos, distribuida de la siguiente forma:

- Chamula: 1 millón 47 mil 834.00 pesos.

- Pantelhó: 689 mil 364 pesos.

- Tenejapa: 827 mil 237 pesos.

Una vez adjudicado el presupuesto comprometido, en estricto apego al anexo técnico, las reglas de operación del programa en cuestión y el convenio de concertación, la organización Juventud y Cultura de México, AC, inició el desarrollo de los proyectos en mención.

El avance físico de las obras y su documentación respectiva fueron verificados y supervisados por el personal de la Sedatu.

Sin más ministraciones por la Sedatu, quienes forman el conjunto de interesados en el desarrollo del programa: comités comunitarios de las localidades beneficiadas, empresas constructoras y la organización ejecutora Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, convinieron en dar prioridad a la terminación de 100 por ciento de los proyectos comprometidos, para luego dar trámite a la recuperación de la ministración pendiente, que suma la cantidad de 5 millones 449 mil 432.66.

7 de octubre de 2016. Se realiza reunión de trabajo en las instalaciones de la delegación estatal de la Sedatu en la que participan diversas autoridades de la Secretaría y representantes de las instancias ejecutoras de los municipios y organizaciones de la sociedad civil. Por un lado, las instancias ejecutoras reportan los avances generales en la construcción de los cuartos adicionales, comprometiéndose a regularizar y cumplir con la entrega puntual de los documentos pendientes.

10 de octubre de 2016. La delegación de la Sedatu en Chiapas envía a la organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, guía para elaborar el padrón de beneficiaros y los lineamientos generales para realizar adecuadamente el cierre del ejercicio. Asimismo, le solicita que le sean remitidos los estados de la cuenta bancaria creada para los fines del programa Un Cuarto Más; es decir, la administración de los recursos federales aportados. Se indica también el color en que deberán ser matizados los interiores de las habitaciones construidas.

9 de noviembre de 2016. La organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, realiza formal entrega del expediente comprobatorio en relación a los avances y recursos ejercidos correspondientes a las acciones comprometidas ante la coordinadora de la Vertiente de Ampliación y Mejoramiento de la Vivienda en Chiapas, arquitecta Verónica Guillermina Solís Pinedo.

16 de noviembre de 2016. La organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, envía un nuevo oficio al delegado de la Sedatu en Chiapas, mediante el cual realiza formal solicitud para que se deposite la ministración faltante de 70 por ciento para las obras y acciones incluidas en el oficio de aprobación número 127.1210/AMV/AP.I-054, por la cantidad de 5 millones 449 mil 432.66.

1 de diciembre de 2015. La organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, realiza formal entrega de 100 por ciento de las obras comprometidas en Chamula, Tenejapa y Pantelhó, Chiapas. Informa de ello mediante oficio al biólogo Ricardo Mejía Zayas, encargado del despacho de la delegación.

12 de noviembre de 2016. Atendiendo el espíritu del convenio de concertación para el desarrollo del programa de infraestructura antedicho, puntualizando su cláusula séptima que contempla como fecha última de la vigencia el 31 de diciembre de 2016, la organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, solicita a la titular de la Sedatu, licenciada Rosario Robles Berlanga, su inmediata intervención a fin de solucionar el retraso en la entrega de los recursos faltantes y ordene la liberación inmediata de la ministración, equivalente a 5 millones 449 mil 432.66 pesos.

15 de diciembre de 2016. Se realiza reunión de trabajo entre representantes de la organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, y el titular de la Coordinación de Programas de Infraestructura de la delegación de la Sedatu en Chiapas, licenciado Roger Eduardo Castellanos, donde las partes acuerdan, dada la gravedad de la problemática, realizar una nueva reunión en las oficinas centrales de la Sedatu en la Ciudad de México, el miércoles 21 de diciembre de 2016.

21 de diciembre de 2016. Se realiza reunión de trabajo entre representantes de la organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, y autoridades de la Sedatu, como el licenciado Roberto Gómez Morales, quien informa a los interesados que el recurso pendiente se liberaría a más tardar el 20 de enero de 2017.

23 de diciembre de 2016. En respuesta de las peticiones de radicación de los subsidios federales pendientes por liberar, el titular de la Coordinación de Programas de Infraestructura informa a la organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, mediante el oficio número 127.1210/AMV/1720/2016, que la delegación estatal de la Sedatu “continuará gestionando la liberación del subsidio federal autorizado y aprobado dentro de la vertiente Ampliación o Mejoramiento de la Vivienda del Programa de Infraestructura 2016”.

20 de enero de 2017. La organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, presenta formal denuncia ante la delegación estatal de la Sedatu en Chiapas, contra el C. Armando Asunción Díaz Gutiérrez, quien funge como titular de la Subdelegación de Desarrollo Urbano, Ordenamiento del Territorio y Vivienda en la entidad, por actos de corrupción, luego de que éste solicitara a las asociaciones afectadas fuertes cantidades de dinero para acelerar el pago de los adeudos que la Sedatu mantiene con ellas.

18 de febrero de 2017. Representantes de diversas organizaciones ejecutoras del programa “Un Cuarto Más” en Chiapas presentan una nueva solicitud formal dirigida a la titular de la Sedatu, Mtra. Rosario Robles Berlanga, mediante la cual se exige un informe por escrito de los motivos que originaron el impago de los adeudos con las organizaciones, así como la fecha exacta en la que serían entregados.

28 de febrero de 2017. Las organizaciones presentan solicitud de intervención al presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Edmundo Javier Bolaños Aguilar, a fin de hacer de conocimiento de la problemática a las Comisiones de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Transparencia y Anticorrupción, para que por su conducto se haga comparecer al oficial mayor y a la titular de la Sedatu y rindan informes sobre los hechos denunciados. En el mismo oficio solicitan que se notifique del asunto a la Auditoría Superior de la Federación y se constituya una comisión especial de investigación dedicada al seguimiento y pronta resolución del caso.

7 de marzo de 2017. Ante la ausencia de respuestas por parte de la Sedatu y la Cámara de Diputados, las organizaciones inconformadas dirigen un oficio al presidente de la República, Enrique Peña Nieto, para que intervenga y de pronta solución a la problemática e instruya a las autoridades competentes para que presenten informe sobre las razones que han motivado el impago de los adeudos y la fecha en que serán liquidados.

30 de marzo de 2017. A la fecha, la Sedatu continúa incumpliendo la ministración total de los recursos públicos asignados al desarrollo del programa Un Cuarto Más en Chiapas, toda vez que la organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, sigue sin recibir un solo peso del monto pendiente, pese a que ésta si cumplió la entrega puntual de la totalidad de las acciones previstas en el acuerdo suscrito con la Sedatu el 24 de junio de 2016.

La situación que enfrenta la Organización Juventud y Cultura de Nuestro México, AC, es similar a la de otras organizaciones en el estado que, en el mismo tenor de acontecimientos, se vieron defraudados por la delegación de la Sedatu en Chiapas. Éstas son

La Sedatu mantiene importantes adeudos con distintos gobiernos municipales por concepto del mismo programa, afectando gravemente los planes de desarrollo en la región. Éstos son

Ante innumerables denuncias planteadas por las organizaciones inconformadas ante diversas instancias del gobierno federal, éstas siguen sin recibir respuestas claras sobre la radicación de los recursos. En cambio, sólo han obtenido excusas verbales a través de las cuales la Sedatu o promete la entrega del presupuesto en tiempos venideros sin anticipar fecha exacta para su radicación o justifica el retiro del recurso comprometido a causa de nuevas reformas a la Tesorería de la Federación, contraviniendo la inamovilidad en la asignación de los recursos toda vez que ya se han suscrito los convenios correspondientes.

Por si esto fuera poco, el cambio del titular de la delegación de la Sedatu en Chiapas, acaecido en los últimos días de agosto de 2016, así como la publicación de informes falsos dirigidos al presidente de la República donde se manifiesta la radicación total de los recursos asignados al programa Un Cuarto Más en Chiapas, sólo han agravado la incertidumbre y desconfianza entre los afectados sobre el correcto desahogo del proceso.

Más allá de las flagrantes violaciones del convenio de concertación, las irregularidades en la administración de los recursos públicos asignados al programa Un Cuarto Más cometidas por autoridades de la Sedatu, en tanto que suponen la manipulación de las necesidades y expectativas de personas en situación de alta vulnerabilidad, son claramente violatorias del derecho humano a la vivienda, consagrado en el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su párrafo VII versa:

Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

Los retrasos, negativas y omisiones en las que ha incurrido la delegación de la Sedatu en Chiapas respecto a la entrega de los recursos públicos destinados al desarrollo de espacios de vivienda a organizaciones de la sociedad civil legalmente facultadas para su ejercicio también atenta con lo estipulado en el artículo 91 de la Ley de Vivienda, que establece:

Las organizaciones de la sociedad civil que tengan por objeto la adquisición, mejoramiento, construcción o producción social de la vivienda, así como el otorgamiento de asesoría integral en la materia, serán objeto de acciones de fomento por parte de las dependencias y entidades de la administración pública federal, para lo cual se sujetarán, además de lo dispuesto en la presente ley, a la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.

La Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil dicta en el artículo 6o., fracción V, lo siguiente:

Artículo 6o. Para los efectos de esta ley, las organizaciones de la sociedad civil tienen los siguientes derechos...

VI. Acceder a los apoyos y estímulos públicos que para fomento de las actividades previstas en el artículo 5 de esta ley, establezcan las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;

La cantidad que se adeuda a diversas organizaciones de la sociedad civil en Chiapas por la Sedatu asciende a 21 millones 417 mil 861.06 pesos. Dicho adeudo ha causado un fuerte malestar entre las comunidades supuestamente beneficiadas por el programa y además ha afectado la estabilidad social y económica y comprometido el prestigio de las instancias ejecutoras, pues al día de hoy todavía mantienen adeudos con proveedores, constructores, albañiles y otras personas que contribuyeron con su inversión y esfuerzo a la edificación de los cuartos en cuestión.

Durante 2016, Chiapas recibió recursos procedentes de la Federación para la aplicación de los programas Hábitat y Un Cuarto Más, por más de 203 millones de pesos. No obstante, a la fecha sigue sin comprobarse cabalmente el ejercicio de los recursos ni se ha cumplimentado lo reglamentado para su distribución y ejecución. En tanto, numerosas organizaciones sociales siguen denunciando a la delegación de la Sedatu por el desvío de los fondos de vivienda, en lo que hoy sugiere un escándalo de corrupción de escala mayúscula.

Las irregularidades en la conducción y administración de los recursos del programa “Un Cuarto Más” son evidentes y sólo apuntan a posibles corruptelas. La delegación de la Sedatu en Chiapas ha atravesado durante los últimos años diversas acusaciones que han derivado en la designación de al menos tres delegados al frente de la máxima instancia de la Sedatu en Chiapas en menos de un año y medio. Destaca el caso de Sergio Lobato, mencionado en líneas anteriores, destituido por señalamientos de corrupción. A Lobato siguió Ricardo Mejía Zayas, quien dimitió al cargo luego de innumerables cuestionamientos en su contra.

Ante estos hechos, la Sedatu está obligada a entregar los millonarios recursos a las organizaciones afectadas, aun cuando se esté fuera de los tiempos reglamentarios. Después de todo, hay convenios y compromisos económicos adquiridos por las organizaciones y empresas ejecutoras que los mantienen, pese a la indolencia del gobierno federal, en una situación de grave incertidumbre profesional, económica e incluso, de carácter social. Mientras la Sedatu insista en su negativa por dar plena solución a esta grave problemática, la inconformidad entre asociaciones, empresas, comunidades y familias afectadas sólo acrecentará, derivando en graves afectaciones a la economía de los chiapanecos y un estado de tensión social que pone en entredicho la vigencia del estado de derecho.

Por todo lo expuesto y fundando someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, maestra Rosario Robles Berlanga, a ordenar la ministración de la totalidad de los subsidios federales correspondientes al Programa de Infraestructura 2016, en su vertiente Ampliación o Mejoramiento de la Vivienda y cubra con la mayor brevedad la deuda contraída con las instancias ejecutores de los programas Hábitat y Un Cuarto Más en Chiapas.

Notas

1 Se considera hacinamiento cuando la razón entre los residentes de la vivienda y el número de cuartos de éstas sea igual o mayor a 2.5.

2 Inegi. Encuesta Nacional de los Hogares, 2015.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputado Guillermo Rafael Santiago Rodríguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al gobierno de la Ciudad de México a reintegrar de inmediato la legal posesión del mercado San Lázaro a los locatarios integrantes del Fideicomiso 421-6 San Lázaro Tapo, reparar los daños ocasionados por el desalojo injustificado que sufrieron el 3 de abril de 2017 y abstenerse de realizar cualquier acto contrario a los fines previstos para dicha plaza, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena

Juan Romero Tenorio, diputado de la LXIII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I, del numeral 1, del artículo 6o. y numeral 1, fracción II, artículo 79 todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. Que con fecha 25 de noviembre de 1993 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación decreto por el que se autorizaba a la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) donar 8 polígonos del inmueble denominado ex Polígono de San Lázaro, ubicado en la delegación Venustiano Carranza, Distrito Federal, en favor del entonces Departamento del Distrito Federal, para ser utilizados como paraderos de transporte público así como para la construcción de un mercado que alojará bajo el régimen de propiedad en condominio a los comerciantes que habían venido ejerciendo su actividad en la vía pública.

El mencionado decreto presidencial en su parte sustantiva señala:

Considerando

Que el Departamento del Distrito Federal ha solicitado al Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social, la donación en su favor, de los polígonos 1, 2, 3, 3 bis, 4, 6, y 7 referidos en el considerando precedente, con el objeto de que continúe utilizándolos con paraderos de transporte público.

Que el Banco Nacional de Comercio Interior, S.N.C., en su carácter de Institución Fiduciaria en el Fideicomiso No. 421-6 San Lázaro Tapo, ha solicitado al Gobierno Federal la enajenación a título oneroso y fuera de subasta en su favor, del polígono 5 referido en el considerando primero de este ordenamiento, a efecto de llevar a cabo la construcción de un mercado que alojará bajo el régimen jurídico de propiedad en condominio, a comerciantes que han venido ejerciendo su actividad en la vía pública.

Que siendo propósito del Ejecutivo Federal a mi cargo dar al patrimonio inmueble federal el óptimo aprovechamiento, propiciando que los bienes que lo constituyen y que sean aptos para la prestación de servicios públicos se utilicen para dicho fin , he tenido a bien expedir el siguiente.

Decreto

Artículo Primero. Se desincorporan del régimen de dominio público de la Federación los polígonos a que se refiere el considerando primero del presente decreto y se autoriza a la Secretaría de Desarrollo Social para que en nombre y representación del Gobierno Federal, done los polígonos 1, 2, 3, 3 bis, 4, 6 y 7, en favor del Departamento del Distrito Federal, con el objeto de que continúe utilizándolos con paraderos de transporte público.

Artículo Segundo. Si el Departamento del Distrito Federal no utilizare los polígonos cuya donación se autoriza en su favor o les diere un uso distinto al previsto, sin la previa autorización de la Secretaría de Desarrollo Social, dichos bienes con todas sus mejoras y accesiones revertirán al patrimonio del Gobierno Federal. Esta prevención deberá insertarse en el título de propiedad que al efecto se expida.

Artículo Tercero. Se autoriza a la Secretaría de Desarrollo Social para que en nombre y representación del Gobierno Federal enajene a título oneroso y fuera de subasta pública, EL POLÍGONO 5 referido en el considerando primero del presente, en favor del Banco Nacional de Comercio Interior, S.N.C., en su carácter de Institución Fiduciaria en el Fideicomiso No. 421-6 San Lázaro Tapo , CON EL OBJETO DE QUE LO UTILICE EN LA CONSTRUCCIÓN DE UN MERCADO que alojará bajo el régimen jurídico de propiedad en condominio, a comerciantes que han venido ejerciendo su actividad en la vía pública .1

Esta donación dio paso a la construcción, en el polígono 5, del mercado San Lázaro identificado con el número de fideicomiso 421-6 San Lázaro-Tapo del Banco Nacional de Comercio Interior y fue la primera plaza de su tipo, de acuerdo al Programa de Mejoramiento del Comercio Popular dado a conocer por el entonces Departamento del Distrito Federal, para llevar a cabo la integración del Comercio ambulante al comercio formal.

Segunda . El mercado San Lázaro tiene 253 locales comerciales, mismo que dan empleo a más de 1000 personas de manera directa y a cerca de 3000 de manera indirecta .

Se encuentra junto a la Terminal de Autotransporte de Pasajeros de Oriente (TAPO), por ahí pasan conexiones a dos líneas del metro, la línea 1, que corre de Pantitlán a Observatorio, y la línea B, que transita de Ciudad Azteca a Buena Vista, ambas con transferencia en el metro San Lázaro; llegan dos líneas del metrobús, la 4 que corre de Buena Vista a San Lázaro, y la 5 que corre desde Puente Negro, en el norte de la Ciudad, hacia San Lázaro; se encuentra a un costado del Centro de Transferencia Modal (Cetram) de San Lázaro donde llegan el transporte proveniente del oriente de la ciudad por la calzada Ignacio Zaragoza, y del sur desde el Periférico por todo el eje Tres Oriente, Francisco del Paso y Troncoso; se sitúa frente a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y del Palacio de Justicia Federal en la Ciudad de México.

Esta ubicación en sí misma es un privilegio, puesto que por ahí pasan cientos de miles de personas al día.

Sin embargo desde la creación del mercado de San Lázaro Tapo, los locatarios, han sido víctimas del abandono por parte de las diversas autoridades de la Ciudad de México y en consecuencia han sido excluidos de cualquier programa de apoyo para el mejoramiento de las plazas comerciales, lo que les ha impedido emprender mejoras que detonen la actividad comercial del mercado y presten el servicio público de abasto de manera óptima conforme al decreto presidencial. Así mismo, en contubernio entre autoridades del Gobierno de la Ciudad de México y los dueños de la Terminal de Autotransporte de Pasajeros de Oriente Adicionalmente se construyó un muro de 100 metros de largo y cuatro metros de altura en un espacio público destinado al paso de personas , situación que obliga a los transeúntes a caminar directamente hacia la terminal de autobuses y la entrada del metro San Lázaro a la línea 1 sin pasar por el mercado, reduciendo el paso de personas y mercancías al mínimo, impidiendo completamente la visibilidad hacia el interior del mercado que está justo detrás de esta muro.

La construcción de este muro por parte la Terminal de Autotransporte de Pasajeros de Oriente (TAPO) en un espacio público destinado al paso de personas ha provocado pérdidas económicas a los locatarios del orden de los $62,500.00 (sesenta y dos mil quinientos pesos 00/100 m.n.) diarios, es decir $22,812,500.00 (veintidós millones ochocientos doce mil quinientos pesos 00/100 M.N) al año, que traducidos por 20 años que tiene de construido el muro han significado pérdidas por aproximadamente $456,250,000.00 (cuatrocientos cincuenta y seis millones doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N).

Sin embargo y a pesar de estas adversidades, el mercado San Lázaro ha resistido con sus propios medios.

Actualmente el terreno sobre el que se sitúa el inmueble por su ubicación y su plusvalía tiene un valor superior a los $500,000,000.00 (quinientos millones de pesos 00/100 M.N.)

Ahora sin embargo, fuera de toda razón y derecho, el gobierno de la Ciudad de México pretende expropiar el mencionado inmueble, sin que exista causa de utilidad pública alguna .

Así en la madrugada del 3 de abril de 2017 se emitió y publicó en la Gaceta Oficial del Gobierno de la Ciudad de México el siguiente:

Decreto por el que se expropia el predio identificado como Polígono 5, que forma parte del inmueble denominado ex Polígono San Lázaro, ubicado en calzada Ingeniero Eduardo Molina (Eje 3 Oriente), entre calles Artilleros y calzada General Ignacio Zaragoza, colonia Escuela de Tiro (actual 7 de Julio), delegación Venustiano Carranza, identificado registralmente como polígono denominado 6 según plano número DRC-010-93, con una superficie de 3,082.98 metros cuadrados, para la prestación de los servicios públicos de transporte en la Ciudad de México, así como el establecimiento, mejoramiento y uso adecuado de las áreas de tránsito peatonal y vehicular, ciclistas y personas con capacidades diferentes, conforme a la jerarquía de movilidad y la infraestructura de movilidad y equipamiento auxiliar de los servicios públicos de transporte de pasajeros y de carga que garantice la eficiencia en la prestación del servicio, en virtud de la importancia estratégica para el desarrollo sustentable y el mejoramiento del centro de población por el embellecimiento al entorno en los niveles urbano y metropolitano respecto del espacio público, de beneficio colectivo .

Artículo 1 . Se expropia la poligonal que se describe en el presente artículo, para la prestación de los servicios públicos de transporte en la Ciudad de México, así como para el establecimiento, mejoramiento y uso adecuado de las áreas de tránsito peatonal y vehicular, ciclista y personas con capacidades diferentes, conforme a la jerarquía de movilidad y la infraestructura de movilidad y equipamiento auxiliar de los servicios públicos de transportes de pasajeros y de carga que garantice la eficiencia en la prestación del servicio; lo anterior en virtud de la importancia estratégica por el desarrollo sustentable y el mejoramiento del centro de población, por el embellecimiento al entorno en los niveles urbano y metropolitano respecto del espacio público, de beneficio colectivo, respecto del siguiente predio: Ubicación: Polígono 5, que forma parte del inmueble denominado Ex Polígono “San Lázaro”, ubicado en Calzada Ingeniero Eduardo Molina (Eje 3 Oriente), entre Calles Artilleros y Calzada General Ignacio Zaragoza, Colonia Escuela de Tiro (actual 7 de Julio), Delegación Venustiano Carranza, identificado registralmente como Polígono denominado 6 según plano No. DRC-010-93. Superficie: 3,082.98 metros cuadrados.

...

Artículo 2 . La Oficialía Mayor de la Ciudad de México, tomará posesión inmediata de la superficie expropiada y determinará las medidas administrativas necesarias para que se destine a la utilidad pública prevista en este decreto .

Artículo 3 . La indemnización constitucional se realizará conforme a la coordinación que efectué la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos , a los titulares de los bienes que resulten afectados por esta expropiación y acrediten su interés legítimo ante la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, mediante el procedimiento administrativo correspondiente, que establece la normatividad de la materia.

Artículo 4 . Quedan exceptuados del presente decreto, los predios propiedad de la federación y de la Ciudad de México .

Transitorios

Primero . Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Segundo . El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Tercero . Inscríbase el presente decreto en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. Dado en la residencia oficial del jefe de gobierno de la Ciudad de México, a los treinta y un días del mes de marzo de dos mil diecisiete.

El jefe de gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera Espinosa. Firma.- La secretaria de Gobierno, Dora Patricia Mercado Castro.- Firma.- El secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Felipe de Jesús Gutiérrez Gutiérrez.- Firma.”

Esto a pesar de que se trata de un inmueble que todavía es propiedad del gobierno federa l, a través del Sistema de Administración y Enajenación de Bienes, en su carácter de fiduciario sustituto del Fideicomiso del Banco Nacional de Comercio Interior, SNC, Institución Fiduciaria en el Fideicomiso número 421-6 San Lázaro Tapo creado al tenor del multi mencionado decreto presidencial del “en su carácter de institución fiduciaria en el Fideicomiso número 421-6 San Lázaro Tapo , CON EL OBJETO DE QUE LO UTILICE EN LA CONSTRUCCIÓN DE UN MERCADO que alojará bajo el régimen jurídico de propiedad en condominio, a comerciantes que han venido ejerciendo su actividad en la vía pública”.

Esta situación sólo se explica por la intención de construir un centro comercial de grandes dimensiones y varios pisos en ese espacio, aprovechando la ubicación estratégica de San Lázaro que se encuentra ubicada en un lugar privilegiado.

El proyecto abarca desde el sur a partir de la calzada Ignacio Zaragoza hasta el norte en la calle de Niño Artillero y del poniente desde Eduardo Molina hasta la entrada del metro San Lázaro al oriente, lo que atraviesa directamente sobre la explanada del metro San Lázaro, el Centro de Transferencia Modal, el túnel de acceso a la TAPO y claro por el mercado San Lázaro.

Buscan la expropiación forzada del mercado, puesto que se encuentra ubicado exactamente en el corazón en donde pretenden construir este mega centro comercial. Se trata de un proyecto excluyente que no incluye a los comerciantes y locatarios del mercado.

Por lo que al más puro estilo gansteril se construyó un falso argumento de utilidad pública en donde no lo existe, simplemente para beneficio de algunos cuantos empresarios.

Tercera . El régimen de propiedad que impera sobre el mencionado inmueble y que hasta el 2 de abril de 2017 era pacíficamente ocupado por los comerciantes integrantes del Fideicomiso número 421-6 San Lázaro Tapo es del gobierno federal como se desprende de las siguientes constancias:

1) Con fecha 25 de noviembre de 1993 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación decreto por el que se autorizaba a la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) para donar 7 polígonos del inmueble denominado ex-Polígono de San Lázaro, ubicado en la delegación Venustiano Carranza, DF, en favor del (entonces) Departamento del Distrito Federal, para ser utilizados como paraderos de transporte público así como UNO (el polígono número 5 de acuerdo al plano número DRC-010-93) a título oneroso para la construcción de un mercado que alojará bajo el régimen de propiedad en condominio a los comerciantes que habían venido ejerciendo su actividad en la vía pública.

El mencionado decreto presidencial en su parte sustantiva señala:

Considerando

Que dentro de los bienes de dominio público de la federación se encuentran los polígonos 1, 2, 3, 3 Bis, 4, 5, 6, 7.... que forman parte del inmueble denominado “ex Polígono de San Lázaro”, ubicados en la calzada Ingeniero Eduardo Molina, entre calle Artilleros y avenida General Ignacio Zaragoza, colonia Escuela de Tiro, delegación Venustiano Carranza, Distrito Federal,... con la medidas y colindancias que se consignan en el plano DRC-010-93 elaborado a escala 1:500 en marzo de 1993, por la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal de la Secretaría de Desarrollo Social.

Que el Departamento del Distrito Federal ha solicitado al gobierno federal, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social, la donación en su favor, de los polígonos 1, 2, 3, 3 Bis, 4, 6, y 7 referidos en el considerando precedente, con el objeto de que continúe utilizándolos con paraderos de transporte público.

Que el Banco Nacional de Comercio Interior, SNC , en su carácter de Institución Fiduciaria en el Fideicomiso número 421-6 Mercado San Lázaro Tapo, ha solicitado al gobierno federal la enajenación a título oneroso y fuera de subasta en su favor del Polígono 5 referido en el considerando primero de este ordenamiento, a efecto de llevar a cabo la construcción de un mercado que alojará bajo el régimen jurídico de propiedad en condominio, a comerciantes que han venido ejerciendo su actividad en la vía pública.

...

Que siendo propósito del Ejecutivo federal a mi cargo dar al patrimonio inmueble federal el óptimo aprovechamiento, propiciando que los bienes que lo constituyen y que sean aptos para la prestación de servicios públicos se utilicen para dicho fin , he tenido a bien expedir el siguiente.

Decreto

Artículo Primero. Se desincorporan del régimen de dominio público de la federación los polígonos a que se refiere el considerando primero del presente decreto y se autoriza a la Secretaría de Desarrollo Social para que en nombre y representación del gobierno federal, done los polígonos 1, 2, 3, 3 Bis, 4, 6 y 7, en favor del Departamento del Distrito Federal, con el objeto de que continúe utilizándolos como paraderos de transporte público.

Articulo Segundo. Si el Departamento del Distrito Federal no utilizare los polígonos cuya donación se autoriza en su favor o les diere un uso distinto al previsto, sin la previa autorización de la Secretaría de Desarrollo Social, dichos bienes con todas sus mejoras y accesiones revertirán al patrimonio del gobierno federal. Esta prevención deberá insertarse en el título de propiedad que al efecto se expida .

Artículo Tercero. Se autoriza a la Secretaría de Desarrollo Social para que en nombre y representación del gobierno federal enajene a título oneroso y fuera de subasta pública, el Polígono 5 referido en el considerando primero del presente, en favor del Banco Nacional de Comercio Interior, SNC , en su carácter de Institución Fiduciaria en el Fideicomiso número 421-6 San Lázaro Tapo, con el OBJETO de que lo utilice en la CONSTRUCCIÓN DE UN MERCADO que alojará bajo el régimen jurídico de propiedad en condominio, a comerciantes que han venido ejerciendo su actividad en la vía pública .2

2) Esta enajenación a título oneroso a favor del Banco Nacional de Comercio Interior, SNC dio paso a la construcción del Mercado San Lázaro en el Polígono 5, identificado con el número de fideicomiso 421-6 San Lázaro-Tapo, asentado en el Polígono 5, que forma parte del inmueble denominado ex Polígono San Lázaro, ubicado en calzada Ingeniero Eduardo Molina (Eje 3 Oriente), entre calles Artilleros y calzada General Ignacio Zaragoza, colonia Escuela de Tiro (actual 7 de Julio), delegación Venustiano Carranza, identificado registralmente como Polígono denominado 6 según plano número DRC-010-93.

Por tanto, existe una imposibilidad jurídica para realizar declaratoria y determinación como caso de utilidad pública, paso previo a un decreto de expropiación, sobre bienes inmuebles propiedad de un ente jurídico gubernamental .

39 En este asunto en particular, la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México emitió:

Decreto por el que se expropia el predio identificado como Polígono 5, que forma parte del inmueble denominado ex Polígono San Lázaro, ubicado en calzada Ingeniero Eduardo Molina (Eje 3 Oriente), entre calles Artilleros y calzada General Ignacio Zaragoza, colonia Escuela de Tiro (actual 7 de Julio), delegación Venustiano Carranza, identificado registralmente como polígono denominado 6 según plano número DRC-010-93, con una superficie de 3,082.98 metros cuadrados, para la prestación de los servicios públicos de transporte en la Ciudad de México, así como el establecimiento, mejoramiento y uso adecuado de las áreas de tránsito peatonal y vehicular, ciclistas y personas con capacidades diferentes, conforme a la jerarquía de movilidad y la infraestructura de movilidad y equipamiento auxiliar de los servicios públicos de transporte de pasajeros y de carga que garantice la eficiencia en la prestación del servicio, en virtud de la importancia estratégica para el desarrollo sustentable y el mejoramiento del centro de población por el embellecimiento al entorno en los niveles urbano y metropolitano respecto del espacio público, de beneficio colectivo

Sobre el Polígono 5 en el que se asienta actualmente se encuentra el Mercado San Lázaro, cuya propiedad detenta actualmente el Sistema de Administración y Enajenación de Bienes, en su carácter de Institución Fiduciaria Sustituta en el Fideicomiso número 421-6 San Lázaro-Tapo.

Cabe aclarar que este fideicomiso se instituyo “con el objeto de que lo utilice en la construcción de un mercado que alojará bajo el régimen jurídico de propiedad en condominio a comerciantes que han venido ejerciendo su actividad en la vía pública3 , según el artículo tercero del decreto del 25 de noviembre de 1993, por el que se autoriza a Sedesol a enajenar a título oneroso y fuera de subasta pública los polígonos del inmueble denominado ex Polígono San Lázaro, ubicado en la delegación Venustiano Carranza.

Por ende el multicitado inmueble no puede considerarse como una propiedad privada, toda vez que no ha cumplido el fideicomiso el fin para el cual fue creado y no es aplicable una expropiación al mismo .

El artículo tercero del mencionado decreto a la letra señala:

Artículo Tercero. Se autoriza a la Secretaría de Desarrollo Social para que en nombre y representación del gobierno federal enajene a título oneroso y fuera de subasta pública, el polígono 5 referido en el considerando primero del presente, en favor del Banco Nacional de Comercio Interior, SNC , en su carácter de Institución Fiduciaria en el Fideicomiso número 421-6 San Lázaro Tapo, con el OBJETO de que lo utilice en la CONSTRUCCIÓN DE UN MERCADO que alojará bajo el régimen jurídico de propiedad en condominio, a comerciantes que han venido ejerciendo su actividad en la vía pública.”

4) El polígono 5, donde se asienta el Mercado San Lázaro-Tapo, fue originalmente enajenado en 1993 por la Secretaría de Desarrollo Social del gobierno federal, a título oneroso y fuera de subasta, a favor del Banco Nacional de Comercio Interior Sociedad Nacional de Crédito , cuya naturaleza jurídica era la de una entidad de la administración pública federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, tal y como lo establece el artículo 30 de la Ley de Instituciones de Crédito:

Artículo 30. Las instituciones de banca de desarrollo son entidades de la administración pública federal , con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituidas con el carácter de sociedades nacionales de crédito, en los términos de sus correspondientes leyes orgánicas y de esta ley.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público expedirá el reglamento orgánico de cada institución, en el que establecerá las bases conforme a las cuáles se regirá su organización y el funcionamiento de sus órganos.

Las instituciones de banca de desarrollo tienen como objeto fundamental facilitar el acceso al crédito y los servicios financieros a personas físicas y morales , así como proporcionarles asistencia técnica y capacitación en términos de sus respectivas leyes orgánicas con el fin de impulsar el desarrollo económico. En el desarrollo de sus funciones las instituciones referidas deberán procurar la sustentabilidad de la institución, mediante la canalización eficiente, prudente y transparente de recursos y la suficiencia de las garantías que se constituyan a su favor, sin que resulten excesivas. Las instituciones de banca de desarrollo podrán realizar funciones de banca social, conforme a lo que se determine en sus respectivas leyes orgánicas. (Párrafo adicionado DOF 24-06-2002. Reformado DOF 10-01-2014)

...

...

El reglamento orgánico y sus modificaciones deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación e inscribirse en el Registro Público de Comercio”.

Por su parte, la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Interior4 establecía:

Artículo 1o . La presente ley rige al Banco Nacional de Comercio Interior, Sociedad Nacional de Crédito, en su carácter de institución de banca de desarrollo, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

Artículo 2o . El Banco Nacional de Comercio Interior, Sociedad Nacional de Crédito, en su carácter de institución de banca de desarrollo, prestará el servicio de banca y crédito con sujeción a los objetivos y prioridades del plan nacional de desarrollo vigente y de los programas derivados del propio plan, en especial los relacionados con el financiamiento del desarrollo, para promover y financiar las actividades de los sectores encomendados en la presente ley.

Artículo 3o . El Banco Nacional de Comercio Interior, Sociedad Nacional de Crédito, en su carácter de institución de banca de desarrollo económica nacional y regional del país, tendrá por objeto fundamental, la promoción y financiamiento del desarrollo económico nacional y regional del país, promoviendo su productividad y eficiencia, en particular del comercio interior y del abasto, así como de los servicios y de aquellas ramas de actividades que por su importancia le encomiende el Gobierno Federal.

Artículo 6o . La sociedad en el ejercicio de su objeto estará facultada para:

...

X . Ser fiduciaria y administradora de los fideicomisos, mandatos y comisiones constituidos por el Gobierno Federal en relación al objeto de la sociedad señalado en el artículo 3o. de esta ley.

Artículo 9o . En los contratos de fideicomiso que celebre la sociedad, ésta podrá actuar en el mismo negocio como fiduciaria y fideicomisaria y realizar operaciones con la propia sociedad en cumplimiento de fideicomisos y mandatos , como excepción a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 348 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y al inciso a) de la fracción XIX del artículo 106 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Artículo 10 . El gobierno federal responderá en todo tiempo de las operaciones concertadas por el Banco Nacional de Comercio Interior, Sociedad Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo, con personas físicas o morales nacionales y con instituciones del extranjero privadas, gubernamentales e intergubernamentales, o cualquier otro organismo de cooperación financiera internacional.”

A su vez el Reglamento Orgánico del Banco Nacional de Comercio Interior, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, establecía que:

Artículo 1o. El Banco Nacional de Comercio Interior, Sociedad Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo, está constituido conforme a la Ley de Instituciones de Crédito y a su Ley Orgánica, con personalidad jurídica y patrimonio propio”.

En este orden de ideas queda claro que el Polígono 5, espacio donde actualmente se asienta el Mercado San Lázaro Tapo, y que forma parte del inmueble denominado ex Polígono San Lázaro, ubicado en calzada Ingeniero Eduardo Molina ( Eje 3 Oriente), entre calles Artilleros y calzada General Ignacio Zaragoza, colonia Escuela de Tiro (actual 7 de Julio), delegación Venustiano Carranza, identificado registralmente como Polígono denominado 6 según plano número DRC-010-93, motivo de la ilegal expropiación forzada, fue enajenado “en favor de una entidad de la administración pública federal como lo era el Banco Nacional de Comercio Interior, Sociedad Nacional de Crédito, en su carácter de Institución Fiduciaria en el Fideicomiso número 421-6 San Lázaro-Tapo con el objeto de que sea utilizado en la construcción de un mercado que alojará bajo el régimen jurídico de propiedad en condominio a comerciantes que han venido ejerciendo su actividad en la vía pública 5 , según el artículo tercero del decreto del 25 de noviembre de 1993.

Tal y como consta en la escritura pública número cincuenta y siete, de fecha trece de noviembre de dos mil tres otorgada ante la fe del licenciado Francisco Xavier Arredondo Galván, notario número ciento setenta y tres del Distrito Federal y del Patrimonio Inmueble Federal, actuando en el Protocolo Inmueble Federal en el que se hace constar la Protocolización del Contrato Privado de Fideicomiso Denominado Mercado San Lázaro a solicitud del Banco Nacional de Comercio Interior, Sociedad Nacional de Crédito, en Liquidación (antes Banco Nacional de Pequeño Comercio, (Banpeco) y en donde se establecen las siguientes:

Cláusulas:

B) De la aportación del terreno en fideicomiso: Primera. Aportación.- El gobierno federal por conducto de la Secretaría de la Función Pública, a través de su órgano desconcentrado la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales, representada como se dijo, en cumplimiento del decreto de veinticinco de noviembre de mil novecientos noventa y tres, relacionado con el antecedente segundo de esta escritura, ratifica y formaliza el contrato de fideicomiso transcrito en el antecedente primero de esta escritura y aporta y transmite en favor de Banco Nacional de Comercio Interior, Sociedad Nacional de Crédito, en Liquidación (antes Banco Nacional del Pequeño Comercio (Banpeco) representado, como se dijo, en su calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado Mercado San Lázaro-Tapo, para incrementar el patrimonio de dicho fideicomiso, la propiedad del terreno mencionado, conocido como Polígono Cinco , que forma parte de del inmueble denominado “Ex Polígono de San Lázaro, ubicado en la calzada Ingeniero Eduardo Molina entre calle Artilleros y Avenida General Ignacio Zaragoza, colonia Escuela de Tiro, delegación Venustiano Carranza, Distrito Federal, con la superficie, medidas y linderos descritos en el antecedente tercero de esta escritura.

Con fecha 31 de enero de 2007 se realizó convenio de sustitución fiduciaria entre el Banco Nacional de Comercio Interior, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo (en liquidación) y el Sistema de Administración y Enajenación de Bienes (SAE ) como Fiduciario Sustituto en el Fideicomiso 421-6 Mercado San Lázaro Tapo, según consta en el instrumento notarial 47966 pasado ante la fe del notario público 165 del Distrito Federal, Lic. Carlos A. Sotelo Regil Hernández y por tanto continua con las mismas obligaciones plasmadas en el contrato privado de Fideicomiso para concretar el mandato establecido en el artículo Tercero del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 1993 para que “en su carácter de Institución Fiduciaria en el Fideicomiso número 421-6 San Lázaro-Tapo”, cumpla “con el OBJETO de que lo utilice en la CONSTRUCCIÓN DE UN MERCADO que alojará bajo el régimen jurídico de propiedad en condominio, a comerciantes que han venido ejerciendo su actividad en la vía pública.”

Esto en base a las reformas a diversas disposiciones la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público6 , publicadas en el Diario Oficial de la Federación de fecha 23 de febrero de 2005 entre las que estaban:

Artículo 76. El SAE será un organismo descentralizado de la administración pública federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con domicilio en el Distrito Federal, el cual tendrá por objeto la administración, enajenación y destino de los bienes señalados en el artículo 1 de esta Ley, así como el cumplimiento de las atribuciones establecidas en el artículo 78 de la misma.

El SAE estará agrupado en el sector coordinado por la Secretaría (De Hacienda).

Artículo 78. Para el cumplimiento de su objeto, el SAE contará con las siguientes atribuciones:

I. Recibir, administrar, enajenar y destruir los bienes de las entidades transferentes conforme a lo previsto en la presente ley . Así como, realizar todos los actos de administración, pleitos y cobranzas y de dominio respecto de los bienes, aun y cuando se trate de entidades paraestatales en proceso de desincorporación, en aquellos casos en que así lo determine la Secretaría;

...

X. Fungir como fiduciario sustituto en los fideicomisos constituidos en instituciones de crédito, instituciones de seguros, instituciones de fianzas, sociedades financieras de objeto limitado y almacenes generales de depósito, cuya liquidación sea encomendada al SAE, así como, en aquellos en los que actúe con el carácter de fideicomitente o fideicomisario el Gobierno Federal o alguna entidad paraestatal de la Administración Pública Federal ;”

Por tanto, el decreto de expropiación mencionado, es un despropósito legal , toda vez que se realiza sobre un bien inmueble que todavía se encuentra en dominio de “un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, como es el Sistema de Administración y Enajenación de bienes del Patrimonio Público (SAE), lo cual hace jurídicamente imposible que se la aplique esta figura, simple y sencillamente porque no pueden expropiar lo que jurídicamente es propiedad del Gobierno Federal.

Las expropiaciones se encuentran sustento constitucional en lo establecido por el artículo 27 de la Carta Magna que la letra señala:

Artículo 27. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.

Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público , así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad.

...”

Las expropiaciones no operan en contra de propiedad de la federación o de su administración descentralizada.

Sirva la siguiente tesis de jurisprudencia para ilustra lo anterior:

Época: Octava Época
Registro: 221681
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Tomo VIII, Octubre de 1991
Materia(s): Administrativa
Tesis:
Página: 179

Expropiación. Para que se decrete, es necesario que el bien respectivo sea idóneo para satisfacer la causa de utilidad pública de que se trate. De conformidad con el artículo 3o. de la Ley de Expropiación “El Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Estado, Departamento Administrativo o Gobierno de los Territorios correspondientes, tramitará el expediente de expropiación, de ocupación temporal o de limitación de dominio, y en su caso hará la declaratoria respectiva”. Es así que en la expropiación de un bien de propiedad particular, no basta con que exista una causa de utilidad pública, sino que es necesario además, que el bien cuya expropiación se pretende sea el idóneo para satisfacer la causa de utilidad pública respectiva, siendo que la idoneidad del bien en cuestión únicamente puede determinarse mediante la tramitación e integración del expediente de expropiación a que alude la disposición legal en consulta, y sólo así se justifica la necesidad de que se prive a una persona de los bienes de su propiedad, para que sean destinados a la satisfacción del interés social. La exigencia de dicho requisito constituye, a su vez, una garantía de seguridad jurídica para el gobernado, cuya finalidad es evitar que ante la sola invocación de causa de utilidad pública, las autoridades expropien en forma arbitraria cualquier bien de propiedad particular, aun cuando el mismo no sea el apropiado para satisfacer el interés colectivo implícito en la causa determinante de la expropiación; en tal virtud la ausencia del mencionado expediente administrativo de expropiación provoca la ilegalidad del acto expropiatorio, pues al no demostrarse la necesidad de disponer precisamente del bien expropiado, consecuentemente no puede considerarse que dicho acto se encuentre debidamente fundado y motivado como lo exige el artículo 16 constitucional.

Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. Amparo en revisión 1943/91. Gabriel Aparicio Palomares. 14 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Jesús García Vilchis.”

Esta situación representa una violación abierta a la utilidad social por el cual para la que fue cedido el terreno y construido el mercado según lo establecido en decreto presidencial y que debe imperar sobre los beneficios particulares y empresariales.

En razón de lo anterior, vengo a proponer ante esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, de urgente y obvia resolución, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al jefe de gobierno de la Ciudad de México para que reintegre de manera inmediata la legal posesión del mercado San Lázaro a los locatarios integrantes del Fideicomiso 421-6 San Lázaro-Tapo, repare los daños ocasionados por el desalojo injustificado que sufrieron el 3 de abril de 2017 y se abstenga de realizar cualquier acto que atente contra los fines previstos para para dicha plaza según el decreto presidencial de fecha publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 1993 por el que “se autoriza a la Secretaría de Desarrollo Social para que en nombre y representación del gobierno federal enajene a título oneroso y fuera de subasta pública, el Polígono 5 del ex Polígono de San Lázaro, ubicado en la delegación Venustiano Carranza, DF, referido en el considerando primero del presente, en favor del Banco Nacional de Comercio Interior, SNC, en su carácter de Institución Fiduciaria en el Fideicomiso número 421-6 San Lázaro-Tapo, con el objeto de que lo utilice en la construcción de un mercado que alojará bajo el régimen jurídico de propiedad en condominio, a comerciantes que han venido ejerciendo su actividad en la vía pública”.

Segundo . La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Sistema de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) para que en su carácter de Fiduciario sustituto del Fideicomiso del Banco Nacional de Comercio Interior, SNC, Institución Fiduciaria en el Fideicomiso número 421-6 San Lázaro Tapo 421-6, cumpla con sus responsabilidades legales, derivadas del decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 1993 por el que “se autoriza a la Secretaría de Desarrollo Social para que en nombre y representación del gobierno federal enajene a título oneroso y fuera de subasta pública, el Polígono 5 del ex-Polígono de San Lázaro, ubicado en la delegación Venustiano Carranza, DF, referido en el considerando primero del presente, en favor del Banco Nacional de Comercio Interior, SNC, en su carácter de Institución Fiduciaria en el Fideicomiso número 421-6 San Lázaro-Tapo, con el objeto de que lo utilice en la construcción de un mercado que alojará bajo el régimen jurídico de propiedad en condominio, a comerciantes que han venido ejerciendo su actividad en la vía pública” e interponga todos los recursos legales pertinentes para defender el mencionado inmueble ante la pretensión ilegal del gobierno de la Ciudad de México de realizar una expropiación en un inmueble perteneciente al patrimonio federal.

Notas

1 Diario Oficial de la Federación 25 de noviembre de 1993. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4805917&fecha=25/11/1 993

2 Diario Oficial de la Federación 25 de noviembre de 1993. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4805917&fecha=25/11/1 993

3 Diario Oficial de la Federación 25 de noviembre de 1993. Páginas13 y 14. Decreto por el que se autoriza a Sedesol a donar 7 polígonos del inmueble denominado Ex Polígono “San Lázaro”, ubicado en la Delegación Venustiano Carranza.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4805917&fecha=25/11/1993

4 Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Interior. DOF: 30/06/1992
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4674053&fecha=30/06/1992

5 Diario Oficial de la Federación 25 de noviembre de 1993. Páginas13 y 14. Decreto por el que se autoriza a Sedesol a donar 7 polígonos del inmueble denominado Ex Polígono “San Lázaro”, ubicado en la Delegación Venustiano Carranza.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4805917&fecha=25/11/1993

6 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público. DOF 23-02-2005
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=788547&fecha=23/02/2005

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputado Juan Romero Tenorio (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la ASF a difundir, aclarar y proporcionar la documentación que justifique y compruebe las observaciones formuladas sobre las auditorías de inversiones físicas practicadas al proyecto Minatitlán, Paquete 4, Planta Hidrodesulfuradora de Gasóleos, Planta de Hidrógeno y Planta Recuperadora de Azufre, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, diputada federal Norma Rocío Nahle García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena de esta LXIII Legislatura, con fundamento en el artículo 79, apartado 1, fracción II, apartado 2, fracciones I, y III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al gobierno del estado de Veracruz asigne recursos para la reparación y mantenimiento a la carretera no. 185 que une a las ciudades de Coatzacoalcos y Minatitlán, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

A principios de la década pasada, ante el incremento constante de la demanda de gasolinas, Pemex Refinación se planteó como objetivo modernizar sus refinerías. El Proyecto de Reconfiguración de la Refinería de Minatitlán se originó en 2003; entre sus principales objetivos estuvieron la modernización de la refinería Lázaro Cárdenas con la construcción de 12 nuevas plantas de proceso, los servicios auxiliares y las unidades complementarias necesarias para darle viabilidad en su operación, asegurar el suministro de petrolíferos en condiciones adecuadas de volumen y calidad y contribuir a incrementar los niveles de empleos directos e indirectos en su zona de influencia. Para la realización del proyecto se contrataron seis paquetes, uno para la construcción de caminos de acceso y cinco para la construcción de las plantas bajo la modalidad de Ingeniería, Procura y Construcción (IPC).

El 30 de diciembre de 2003, Pemex Refinación publicó en el Diario Oficial de la Federación la Convocatoria para la Licitación Pública Internacional núm. 18572039-015-03, con objeto de que se realizaran los trabajos consistentes en el “Desarrollo de la Ingeniería. Procura de equipo y materiales, construcción, pruebas, capacitación, preparativos de arranque, arranque y pruebas de comportamiento para las unidades: Planta Hidrodesulfuradora de Gasóleos, Planta de Hidrógeno y Planta Recuperadora de Azufre que Incluye sección Claus y Sección de Tratamiento de Gas de Cola, en la Refinería “General Lázaro Cárdenas” en Minatitlán, Veracruz. El 5 de enero de 2005 se dio a conocer el fallo mediante el cual se adjudicó al grupo formado por las empresas Río San Juan Construcciones, S.A. de C.V., Técnicas Reunidas, S.A. y Constructora Norberto Odebrecht, S.A., el contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado núm. PR-OP-L-002/05P el 4 de febrero de 2005, por un monto de 317.0 milllones de dólares, y un plazo de ejecución de 1,064 días naturales, comprendidos del 8 de febrero de 2005 al 7 de enero de 2008, equivalente a 3 mil 475 millones 512 mil pesos.

El monto total del proyecto final fue por 366 millones 262 mil 400 dólares equivalentes a 4 mil 782 millones 911 mil pesos; la diferencia entre el proyecto y la obra final es de 1 mil 307 millones 399 mil pesos.

La Auditoría Superior de la Federación, en su programa anual de revisión de la Cuenta Pública 2009, incluyó la revisión del Proyecto Minatitlán Paquete 4: Planta Hidrodesulfuradora de Gasóleos, Planta de Hidrógeno y Planta Recuperadora de Azufre realizando la Auditoría de Inversiones Físicas No. 09-1-18T4M-04-0372.

La Auditoría Superior de la Federación consideró que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, Pemex-Refinación no cumplió las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago respecto de las operaciones examinadas, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde se destacan los siguientes: incrementos en el monto y el plazo programados; otorgamiento indebido de anticipos al contrato a precio alzado por el 100% de los trabajos pendientes de ejecutar por incapacidad financiera de la contratista; modificaciones al modelo de contrato; contratación de un despacho para la solución de controversias; reconocimiento y pago de ajuste de costos y gastos no recuperables improcedentes; celebración de contratos extraordinarios para el reconocimiento de trabajos considerados en el contrato a precio alzado y devolución de penas convencionales.

En consecuencia, se determinaron recuperaciones probables por 146 millones 146 mil 400 pesos, generando: 3 Solicitudes de Aclaración. Con ello la Auditoría Superior de la Federación consideró el Dictamen de la Auditoría de Inversiones Físicas No. 09-1-18T4M-04-0372 relativa al Proyecto Minatitlán Paquete 4 Planta Hidrodesulfuradora de Gasóleos, Planta de Hidrógeno y Planta Recuperadora de Azufre: Negativo.

En la revisión de la Cuenta Pública 2010, la Auditoría Superior de la Federación integró en el Programa Anual 2010, la Auditoría de Inversiones Físicas: 10-1-18T4M-04-0797 referente al Contrato Núm. PR-OP-L-002/05P de la Reconfiguración de la Refinería “Gral. Lázaro Cárdenas”, Paquete IV, en Minatitlán, Veracruz.

La Auditoría Superior de la Federación consideró en esta nueva auditoría que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, Pemex Refinación no cumplió con las disposiciones normativas, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde se destacan que el pago de los convenios primero y cuarto parciales conciliatorios del 8 de julio y 30 de noviembre de 2010 de reconocimiento por mayor permanencia de obra por un total de 420 millones 141 mil 400 pesos no está debidamente acreditados, ya que el soporte documental correspondiente presenta inconsistencias tanto en los cálculos realizados por el tercer experto como en los pagos efectuados por la entidad; y 104 mil 600 pesos, por concepto de diferencia en los porcentajes de indirectos, financiamiento utilidad y cargos adicionales que se utilizaron para la integración de los precios unitarios para el pago de los volúmenes adicionales. Se determinaron recuperaciones probables por 420 millones 246 mil pesos, generando 2 Recomendaciones y 2 Solicitudes de Aclaración. En este caso la Auditoría Superior de la Federación consideró el Dictamen de la Auditoría de Inversiones Físicas No. 10-1-18T4M-04-0797 relativa al Proyecto Minatitlán Paquete 4 Planta Hidrodesulfuradora de Gasóleos, Planta de Hidrógeno y Planta Recuperadora de Azufre: Negativo.

En el Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, la Auditoría Superior de la Federación consideró realizar una Auditoría de Inversiones Físicas a la Reconfiguración de la Refinería General Lázaro Cárdenas en Minatitlán, Veracruz, con el No.11-1-18T4M-04-0219

La Auditoría Superior de la Federación consideró en este caso que en términos generales y respecto de la muestra auditada, Pemex Refinación no cumplió con las disposiciones normativas aplicables, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde destacan: los pagos correspondientes a los convenios parciales conciliatorios para reconocer mayor permanencia de la mano de obra en el sitio de los trabajos en el ejercicio 2011. Solicitando a Pemex Refinación que aclarará y proporcionara la documentación justificativa y comprobatoria del pago de los convenios parciales conciliatorios quinto, sexto y séptimo, en lo que corresponde al reconocimiento de mayor permanencia de la mano de obra, maquinaria y equipo en el sitio de los trabajos por 250 millones 428 mil 200 pesos (17 millones 900 mil de dólares), el cual no está debidamente acreditado, ya que el soporte documental correspondiente presenta inconsistencias. En este caso la Auditoría Superior de la Federación consideró el Dictamen de la Auditoría de Inversiones Físicas No. 11-1-18T4M-04-0219 relativa al Proyecto Minatitlán Paquete 4 Planta Hidrodesulfuradora de Gasóleos, Planta de Hidrógeno y Planta Recuperadora de Azufre: Negativo.

Paro el ejercicio fiscal 2012, la Auditoría Superior de la Federación en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2012, propuso la Auditoría de Inversiones Físicas: 12-1-18T4M-04-0212, relativa al Proyecto Asociado al Cierre Administrativo de la Reconfiguración de la Refinería de Minatitlán.

En esta auditoría integradora se menciona que, respecto al Proyecto Minatitlán Paquete 4 Planta Hidrodesulfuradora de Gasóleos, Planta de Hidrógeno y Planta Recuperadora de Azufre, como resultado de las reclamaciones de la contratista (grupo formado por las empresas Río San Juan Construcciones, S.A. de C.V., Técnicas Reunidas, S.A., y Constructora Norberto Odebrecht, S.A.) hacia Pemex Refinación, entre otras; la solicitud de reconocimiento de costos por mayor permanencia en sitio, principalmente de las reprogramaciones, así como de la solicitud de reconocimiento al incremento de los precios de la mano de obra debido a la modificación a las condiciones establecidas en las bases de licitación, por lo que ambas partes solicitaron intervención de la Secretaría de la Función Pública, y como seguimiento a la Conciliación núm. 084/2010, se llevaron a cabo 19 audiencias en las que se celebró un convenio que originó la contratación de un Tercero Experto (T.E.) para que éste dictaminara la procedencia de pago de los conceptos reclamados por la contratista; así, de común acuerdo entre Pemex y la contratista, se celebró el contrato núm. RSOA03510P con la empresa C & C Estudios y Proyectos, S.A. de C.V.

El Tercero Experto desarrolló una metodología para evaluar las afectaciones por mayor permanencia en sitio del personal así como las afectaciones por el incremento en la mano de obra, y emitió el resolutivo del Dictamen Final del 31 de mayo de 2012, en el que el Tercero Experto dictaminó mediante su metodología el pago procedente de 79 millones 533 mil 700 dólares (equivalentes a 1 mil 050 millones 91 mil 600 de pesos con un tipo de cambio de 13.2135 pesos/dólar), mediante cuatro exhibiciones de 2 millones 500 mil dólares, 19 millones 625 mil 900 dólares, 37 millones y 20 millones 407 mil 800 dólares, respectivamente, por concepto de la diferencia entre el monto del dictamen final y los pagos parciales efectuados en ejercicios anteriores a 2012, con lo cual se llegó a una completa resolución de las controversias con carácter de obligatorio, definitivo y vinculante, renunciando las partes a la posibilidad de ejercer reclamación alguna por la vía judicial, extrajudicial, arbitral, administrativa o de cualquier otra índole por los conceptos determinados por el Tercero Experto.

Adicionalmente, se pagaron 53 millones 624 mil 500 pesos por concepto de órdenes de trabajo formalizadas mediante 14 contratos ROPA, con lo cual el monto pagado para el Paquete IV en la Cuenta Pública 2012 ascendió a 1 mil 104 millones 542 mil 100 pesos.

El Proyecto Asociado al Cierre Administrativo de la Reconfiguración de la Refinería de Minatitlán, autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en mayo de 2012, señaló que el proyecto “Reconfiguración de la Refinería Lázaro Cárdenas, en Minatitlán” contaba con un avance promedio de 98.0% y que se requerían 409 millones 100 mil dólares (monto equivalente a 5 mil 220 millones 116 mil pesos al tipo de cambio de 12.76 pesos por dólar), para la conclusión administrativa del proyecto de reconfiguración a ejercerse de julio a diciembre de 2012. Con esta petición, el Análisis Costo-Beneficio estimó una Tasa Interna de Retorno (TIR) menor que la tasa social de descuento del 12% y un Valor Presente Neto (VPN) negativo, condiciones que impidieron que la SHCP actualizara el proyecto.

Para el cierre Administrativo de la Reconfiguración de la Refinería de Minatitlán que incluye los seis paquetes, la Auditoría determinó recuperaciones probables por 20 millones 684 mil 200 pesos, a través de: 3 Recomendaciones, 2 Solicitudes de Aclaración y 1 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria. Con ello, la Auditoría Superior de la Federación consideró que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, Pemex Refinación cumplió con las disposiciones normativas aplicables. Con ello, la Auditoría Superior de la Federación consideró el Dictamen de la Auditoría de Inversiones Físicas No. 12-1-18T4M-04-0212 relativa al Proyecto Asociado al Cierre Administrativo de la Reconfiguración de la Refinería de Minatitlán que incluye Proyecto Minatitlán Paquete 4 Planta Hidrodesulfuradora de Gasóleos, Planta de Hidrógeno y Planta Recuperadora de Azufre: Limpio.

Consideraciones

La Auditoría Superior de la Federación es un órgano especializado de la Cámara de diputados que cuenta con autonomía técnica para decidir sobre su organización funcionamiento, resoluciones y manejo de los recursos presupuestales que le son asignados, pero la Cámara de Diputados tiene la facultad constitucional de evaluar el desempeño de la Auditoría Superior de la Federación, tal y como se expresa en el último párrafo del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dice:

Artículo 74 . Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

VI.

(...)

La Cámara de Diputados evaluará el desempeño de la Auditoría Superior de la Federación y al efecto le podrá requerir que le informe sobre la evolución de sus trabajos de fiscalización;”

En acatamiento de este precepto constitucional, se establece en el artículo 38 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas que la Auditoría Superior debe informar a la Cámara de Diputados sobre el estado que guarda la fiscalización de las Cuentas Públicas:

Artículo 38. La Auditoría Superior de la Federación informará a la Cámara, por conducto de la Comisión, del estado que guarda la solventación de observaciones a las entidades fiscalizadas, respecto a cada uno de los Informes individuales que se deriven de las funciones de fiscalización.

Para tal efecto, el reporte a que se refiere este artículo será semestral y deberá ser presentado a más tardar los días primero de los meses de mayo y noviembre de cada año, con los datos disponibles al cierre del primer y tercer trimestres del año, respectivamente.

El informe semestral se elaborará con base en los formatos que al efecto establezca la Comisión e incluirá invariablemente los montos efectivamente resarcidos a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales, derivados de la fiscalización de la Cuenta Pública y en un apartado especial, la atención a las recomendaciones, así como el estado que guarden las denuncias penales presentadas y los procedimientos de responsabilidad administrativa promovidos en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y esta Ley. Asimismo deberá publicarse en la página de Internet de la Auditoría Superior de la Federación en la misma fecha en que sea presentado en formato de datos abiertos conforme a lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y se mantendrá de manera permanente en la página en Internet.

En dicho informe, la Auditoría Superior de la Federación dará a conocer el seguimiento específico de las promociones de los informes de presunta responsabilidad administrativa, a fin de identificar a la fecha del informe las estadísticas sobre dichas promociones identificando también las sanciones que al efecto hayan procedido.

Respecto de los pliegos de observaciones, en dicho informe se dará a conocer el número de pliegos emitidos, su estatus procesal y las causas que los motivaron.

En cuanto a las denuncias penales formuladas ante la Fiscalía Especializada o las autoridades competentes, en dicho informe la Auditoría Superior de la Federación dará a conocer la información actualizada sobre la situación que guardan las denuncias penales, el número de denuncias presentadas, las causas que las motivaron, las razones sobre su procedencia o improcedencia así como, en su caso, la pena impuesta.”

Asimismo, en la fracción VIII del artículo 6 del Reglamento Interior de la ASF, se dice:

Artículo 6. El Auditor Superior de la Federación tendrá además, las siguientes atribuciones no delegables:

(I...VII )

VIII. Informar semestralmente a la Cámara de Diputados, por conducto de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, del estado que guarda la solventación de observaciones, recomendaciones y acciones promovidas a las entidades fiscalizadas, con motivo de la fiscalización de la Cuenta Pública y publicar dicha información en la página de Internet de la Auditoría Superior de la Federación;

...”

Por las consideraciones antes expuestas, y en cumplimiento de la fracción I numeral A del artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en mi calidad de diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, someto a la consideración de este pleno la siguiente:

Proposición con Punto de Acuerdo por el que:

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita a la Auditoría Superior de la Federación que, de acuerdo con lo establecido en el último párrafo del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y acatando el artículo 38 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, haga del conocimiento público, en donde aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria que permitió solventar las observaciones realizadas sobre las auditorías de inversiones físicas realizadas al Proyecto Minatitlán Paquete 4 Planta Hidrodesulfuradora de Gasóleos, Planta de Hidrógeno y Planta Recuperadora de Azufre.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica)



Efemérides

Con motivo del 2 de abril, Día Mundial de la Concienciación sobre el Autismo, a cargo de la diputada Patricia Elena Aceves Pastrana, del Grupo Parlamentario de Morena

El pasado dos de abril se conmemoró el día mundial de concienciación o concientización sobre el autismo. Se trata de una condición neurológica que se manifiesta durante la infancia temprana, permanece toda la vida y no distingue género, raza o nivel socioeconómico. Las personas afectadas por el autismo se caracterizan por mantener relaciones sociales atípicas, tener formas distintas de aprendizaje, inclinación a seguir rutinas y tiene como desafío, la comunicación por sus formas particulares de procesar la información sensorial.

A pesar de que la incidencia del autismo en todas las regiones del mundo es alta, la falta de comprensión hacia esta condición tiene un tremendo impacto en los individuos, sus familias y las comunidades en donde se desarrollan.

Estigmatización y discriminación, asociadas a diferencias neurológicas, permanecen como los principales obstáculos para su diagnóstico y terapia, lo que lo hace un tema que tiene que ser atendido por aquellos que instrumentan políticas, como por nosotros, que elaboramos las leyes.

Aquí debemos recordar que en mayo de 2014, la 57 Asamblea Mundial de la Salud aprobó la resolución titulada “Medidas integrales y coordinadas para gestionar los trastornos del espectro autista”, que fue apoyada por más de 60 países incluido México. Lo anterior obliga al Estado mexicano a proporcionar una vida digna y el ejercicio pleno de sus derechos a las personas con autismo.

Aquí, este Congreso dio un primer paso adelante, al aprobar el 30 de abril de 2015 la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, y más recientemente, en esta LVIII legislatura, con la creación de la Comisión Especial Para revisar y analizar la legislación y política en materia de atención a la niñez y la adolescencia con autismo y otros trastornos generalizados del desarrollo.

En este tenor, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró de forma unánime al 2 de abril, que aquí vengo a conmemorar, como el Día Mundial de Concientización del Autismo , para destacar la necesidad que existe de mejorar la calidad de vida de aquellos con autismo.

El apoyo, las facilidades apropiadas y, sobre todo, la aceptación que demos a esta variación neurológica, permitirán a aquellos en el Espectro, disfrutar de igualdad de oportunidades, así como de una plena y efectiva participación dentro de la sociedad.

Gracias. Es cuanto, señora presidenta.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputada Patricia Elena Aceves Pastrana (rúbrica)

Con motivo del 2 de abril, Día Mundial de la Concientización sobre el Autismo, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, María Elena Orantes López, integrante de la LXIII Legislatura en la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, y 79, párrafos primero, fracción II, y segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante el pleno de esta soberanía la 2 de abril por el día mundial de la concienciación sobre el autismo:

Efeméride

Hace 10 años, a iniciativa de Qatar, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a partir de la resolución A/RES/62/139, estableció conmemorar el 2 de abril de cada año el Día Mundial de la concienciación sobre el autismo.1 Esta fecha busca promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad entre todos los seres humanos fomentando la construcción de una sociedad que cuide a todos sus miembros y garantice que los niños y adultos con autismo puedan llevar una vida plena.2

De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), más de 70 millones de personas, equivalente al 1 por ciento de la población mundial tiene condiciones del espectro autista.3

El desconocimiento sobre muchos aspectos del origen de la condición del espectro autista así como los retos económicos y materiales para su diagnóstico y tratamiento han propiciado limitaciones importantes a la generación de contextos que hagan viable la mejora en las condiciones de vida de los niños y niñas con autismo. Por ello, las Naciones Unidas se plantearon apoyar y facilitar a los niños y niñas para mejorar su calidad de vida y en la medida de lo posible brindarles las herramientas para tomar sus propias decisiones con respecto a aspectos como poder determinar en algún momento de su vida dónde y con quién vivir, trabajar o gestionar sus finanzas personales.4

Actualmente, se han encontrado datos que marcan un aumento en la incidencia de personas que nacen con esta condición, seres humanos a quienes la falta de un diagnóstico y tratamiento adecuado y oportuno, la marginación económica, la ignorancia colectiva sobre su padecimiento y la discriminación impactan de manera alarmante junto a todo su entorno familiar.

Es tiempo que entendamos que en la medida en que generemos mejores condiciones para las personas con condiciones del espectro autista, desde la infancia, estaremos creando entornos favorables que les permitan construir una vida mejor a las personas con estas características y a sus familias, rompiendo ciclos de maltrato y áreas de desintegración familiar que persistentemente han contextualizado la difícil cotidianidad de miles de familias mexicanas.

Por todo lo anterior, les invito a concientizarse, a informarse y a juntar esfuerzos para trabajar unidos en la difícil tarea de atender desde la infancia este tipo de retos y mejorar las condiciones e historias de vida de miles de personas con condiciones del espectro autista y sus familias.

Notas

1 Véase:
http://www.un.org/es/comun/docs/?symbol=A/RES/62/139

2 OMS: http://www.un.org/es/events/autismday/background.shtml

3 http://www.un.org/es/events/autismday/

4 http://www.un.org/es/events/autismday/2017/sgmessage.shtml

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2017.

Diputada María Elena Orantes López (rúbrica)