Gaceta Parlamentaria, año XIX, número 4643-VII, jueves 20 de octubre de 2016
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Ssa a implantar con sus homólogas locales campañas de difusión para prevenir, controlar y atender el cáncer testicular, a cargo del diputado Marco Antonio García Ayala, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, diputado Marco Antonio García Ayala, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2; 65, 76, numeral 1, fracción II; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo para exhortar respetuosamente a la Secretaría de Salud federal para que en coordinación con las secretarías de salud de las treinta y dos entidades federativas, implementen una campaña de difusión en materia de prevención, control y atención del cáncer testicular, al tenor de los siguientes
Antecedentes
1. El cáncer testicular se considera una neoplasia altamente curable cuando es diagnosticado en forma temprana, por lo que la sospecha clínica ante los primeros signos y la referencia oportuna impacta directamente en la sobrevida de los pacientes.
El cáncer de testículo constituye 1 por ciento de la totalidad de las neoplasias en el sexo masculino, pero es la neoplasia más común en los hombres de entre 15 y 35 años. Más de 95 por ciento corresponde a tumores de origen en las células germinales.
2. El cáncer de testículo es un tumor germinal gonadal o extragonadal, que se manifiesta por aumento de volumen testicular firme, no sensible, sin signos inflamatorios y casi siempre unilateral. Una masa testicular no dolorosa es la presentación clásica de un tumor testicular primario, pero ocurre en pocos pacientes. En algunos casos, la tumoración testicular se presenta acompañada de dolor testicular difuso, inflamación, endurecimiento o alguna combinación de estos hallazgos. La presencia de dolor con o sin masa palpable ocurre en 10 por ciento de los pacientes en quienes se ha diagnosticado cáncer testicular y se atribuye a hemorragia o infarto tumoral. Es por eso que puede ser confundido con procesos inflamatorios como epididimitis, retrasando así su diagnóstico y tratamiento.
3. El tratamiento de cáncer testicular es multimodal y dependiendo del estadio de la enfermedad, requiere en todos los casos cirugía, quimioterapia o radioterapia.
El diagnóstico y el tratamiento de cáncer tienen un fuerte impacto psicológico y emocional en el paciente que lo padece, lo que repercute en un cúmulo de aspectos psico-afectivos como la ansiedad y la depresión.
En el paciente con cáncer la presencia de ansiedad y depresión representan problemas psicológicos de alta prevalencia, debido a que este tipo de cáncer ocurre en hombres jóvenes activos en el área laboral, sexual y social; y se producen problemas en la adaptación.
4. En las últimas décadas se ha observado un aumento significativo en la incidencia de cáncer testicular en diversas poblaciones. En México, el Registro Histopatológico de las Neoplasias Malignas durante el año 2001 documentó mil 186 casos, que representan 2.4 por ciento de las neoplasias en el sexo masculino.
Su importancia radica en que esta neoplasia es diagnosticada en hombres en edades tempranas y laboralmente activas y ocupó el primer lugar en los menores de 19 años y entre los 20 y 39 años.
5. Actualmente más de 95 por ciento de los pacientes con tumor de células germinales de testículo pueden ser curados; por lo que el diagnóstico oportuno y rápido de esta neoplasia es la oportunidad de minimizar la morbi-mortalidad a largo plazo.
6. La Organización Mundial de la Salud (OMS) precisó que, hasta 2011, el cáncer testicular sólo se registra entre 1 y 1.5 por ciento de los hombres en todo el mundo. Pero cifras del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el Distrito Federal, también de 2011, plantean que este tipo de cáncer ha aumentado casi 30 por ciento en los últimos 10 años.
7. De acuerdo con el catálogo de padecimientos de Fondo de Gastos Catastróficos del Sistema de Protección Social en Salud, conocido comúnmente como Seguro Popular, actualmente cuenta con fondos asignados para atención del cáncer testicular, por lo que las campañas de difusión para su prevención, control y atención promueven de manera directa la corresponsabilidad de los usuarios en el autocuidado de la salud.
8. Cabe destacar que el pasado 21 de septiembre en sesión ordinaria de la Comisión de Salud fue aprobado el dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma las fracciones X y XI y adiciona la fracción XII al artículo 27 de la Ley General de Salud en el que se considera como servicio básico de salud la atención de padecimientos como: cáncer de próstata y el cáncer testicular que hoy nos ocupa en este punto de acuerdo.
Considerandos
Primero. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4o. establece el derecho a la protección de la salud, del cual debe gozar toda persona dentro del territorio nacional sin excepción alguna, texto constitucional que en su parte conducente es del tenor siguiente:
Artículo 4o. ...
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XI del artículo 73 de esta Constitución.
Segundo. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo octavo señala que:
Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
Tercero. Que es facultad de las y los diputados de esta soberanía presentar proposiciones con punto de acuerdo, de conformidad con lo establecido por el Reglamento de la Cámara de Diputados en el artículo 6o. numeral 1, fracción I; mismo que señala:
Artículo 6.
1. Serán derechos de los diputados y diputadas:
I. Iniciar leyes, decretos y presentar proposiciones ante la Cámara;
...
Cuarto. Que el ordenamiento antes señalado precisa en el artículo 79, numeral 1, fracción II, lo siguiente:
Artículo 79.
1. El pleno podrá conocer proposiciones que busquen el consenso de sus integrantes, a través de:
I. ...
II. Puntos de acuerdo que representan la posición de la Cámara, en relación con algún asunto específico de interés nacional o sus relaciones con los poderes de la federación, organismos públicos, entidades federativas y municipios, y
2 a 3. ...
Quinto. Que la presente proposición con punto de acuerdo da cumplimiento a lo señalado por la fracción I del numeral 2 del artículo 79, y se sujetará a lo previsto por las fracciones II y V del numeral 2 del mismo artículo:
Artículo 79.
1. ...
2. Las proposiciones con punto de acuerdo se sujetarán a lo siguiente:
I. Deberán presentarse a través de un escrito fundado, con una propuesta clara de resolutivo y firmadas por sus autores;
II. Las proposiciones presentadas por las diputadas y los diputados y las que se registren a nombre de grupo, pasarán a comisión;
III. a IV. ...
V. Las proposiciones que la Junta no considere proponer ante el pleno con el carácter de urgente u obvia resolución, se tramitarán conforme al artículo 62, numeral 3, de este Reglamento;
VI. a VII. ...
3. ...
Sexto. Que la Ley General de Salud señala en el artículo 3o. que es materia de salubridad general:
Artículo 3o. En los términos de esta ley, es materia de salubridad general:
I. La organización, control y vigilancia de la prestación de servicios y de establecimientos de salud a los que se refiere el artículo 34, fracciones I, III y IV, de esta ley;
...
XI. Educación para la salud;
...
XVI. La prevención y el control de enfermedades no transmisibles y accidentes;
...
XXVI. El control sanitario de la disposición de órganos, tejidos y sus componentes y células;
...
XXVIII. Las demás materias que establezca esta ley y otros ordenamientos legales, de conformidad con el párrafo tercero del artículo 4o. constitucional.
Séptimo. Que en materia de prevención y control de enfermedades y accidentes, la Ley General de Salud establece:
Título Octavo
Prevención y control de enfermedades y accidentes
Capítulo I
Disposiciones comunes
Artículo 133. En materia de prevención y control de enfermedades y accidentes, y sin perjuicio de lo que dispongan las leyes laborales y de seguridad social en materia de riesgos de trabajo, corresponde a la Secretaría de Salud:
I. Dictar las normas oficiales mexicanas para la prevención y el control de enfermedades y accidentes;
...
III. Realizar los programas y actividades que estime necesario para la prevención y control de enfermedades y accidentes, y
IV. Promover la colaboración de las instituciones de los sectores público, social y privado, así como de los profesionales, técnicos y auxiliares para la salud y de la población en general, para el óptimo desarrollo de los programas y actividades a que se refieren las fracciones II y III.
Octavo. Que la Ley General de Salud establece la competencia de la federación y las entidades federativas en materia de enfermedades no transmisibles:
Capítulo III
Enfermedades no transmisibles
Artículo 158. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, realizarán actividades de prevención y control de las enfermedades no transmisibles que las propias autoridades sanitarias determinen.
Artículo 159. El ejercicio de la acción de prevención y control de las enfermedades no transmisibles comprenderá una o más de las siguientes medidas, según el caso de que se trate:
I. La detección oportuna de las enfermedades no transmisibles y la evaluación del riesgo de contraerlas;
II. La divulgación de medidas higiénicas para el control de los padecimientos;
III. La prevención específica en cada caso y la vigilancia de su cumplimiento;
IV. La realización de estudios epidemiológicos, y
V. La difusión permanente de las dietas, hábitos alimenticios y procedimientos que conduzcan al consumo efectivo de los mínimos de nutrimentos por la población general, recomendados por la propia Secretaría, y
VI. Las demás que sean necesarias para la prevención, tratamiento y control de los padecimientos que se presenten en la población.
Artículo 160. La Secretaría de Salud coordinará sus actividades con otras dependencias y entidades públicas y con los gobiernos de las entidades federativas, para la investigación, prevención y control de las enfermedades no transmisibles.
Noveno. Que de acuerdo con la estrategia Hacer de las acciones de protección, promoción y prevención un eje prioritario para el mejoramiento de la salud del objetivo 2.3 Asegurar el acceso a los servicios de salud, incluido en el eje estratégico Para un México Incluyente del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, se establece como línea de acción:
Garantizar la oportunidad, calidad, seguridad y eficacia de los insumos y servicios para la salud.
Reducir la carga de morbilidad y mortalidad de enfermedades crónicas no transmisibles, principalmente diabetes e hipertensión.
Fortalecer programas de detección oportuna de cáncer de mama, de cáncer cérvico-uterino y de cáncer de próstata.
Décimo. Que el cáncer testicular se considera una neoplasia altamente curable cuando es diagnosticado en forma temprana, por lo que la sospecha clínica ante los primeros signos y la referencia oportuna impacta directamente en la sobrevida de los pacientes.
Undécimo. Que en el caso de pacientes que han sido diagnosticados con esta neoplasia, el riesgo de un segundo primario en el testículo contralateral es de 1 a 3 por ciento si el paciente recibió quimioterapia y hasta de 5 por ciento si no la recibió.
La probabilidad de un segundo cáncer en el testículo contralateral cuando existe una neoplasia intratesticular no tratada es de 70 por ciento a siete años.
Duodécimo. Que en materia de educación para la salud, se debe recomendar la autoexploración testicular en hombres de 15 a 40 años de edad, dado que en cierto número de pacientes con cáncer testicular la sospecha clínica se origina posterior a ello.
Decimotercero. Que es importante que la Secretaría de Salud federal implemente, coordine y fortalezca las medidas tendientes a la detección oportuna, tratamiento y cuidado de enfermedades no transmisibles, impulsando así desde el Poder Legislativo la promoción de la salud para el desarrollo del Estado.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de ésta soberanía, el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud federal para que en coordinación con las secretarías de salud de las treinta y dos entidades federativas, implemente campañas de difusión en materia de prevención, control y atención del cáncer testicular, que comprenda la siguiente información:
1. Mecanismos de detección oportuna.
2. Divulgación de las medidas para el control epidemiológico.
3. Causas, sintomatología y prevención.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de 2016.
Diputado Marco Antonio García Ayala (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Ssa a establecer como obligatoria en el sistema nacional de salud la realización de una ecocardiografía fetal entre las semanas 18 y 22 de gestación, y promover con el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas y las instituciones educativas correspondientes la formación de especialistas en patologías fetales, a cargo de la diputada Ingrid Krasopani Schemelensky Castro, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, Ingrid Krasopani Schemelensky Castro, integrante de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Secretaría de Salud para que, en el marco de sus competencias, establezca como obligatoria la realización de una ecocardiografía fetal entre las semanas 18 y 22 de gestación en todo el sistema nacional de salud y, en coordinación con el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas y las instituciones educativas correspondientes, promueva la formación de especialistas en el área de patologías fetales, al tenor de los siguientes
Considerandos
El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el derecho a la salud y, derivado de ese dispositivo, la Ley de Salud considera, en el capítulo 5, la atención materno-infantil.
El cuidado de la salud de la mujer y su bebé durante el embarazo constituye un eje fundamental de la salud pública, por lo que es necesario que el sistema nacional de salud prevea diversos estudios que ayuden al desarrollo del bebé.
Estas acciones se sujetan al Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el cual prevé en la meta II (México Incluyente) el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y la no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018, en el que la estrategia 4.2 (Impulsar el acceso de las mujeres a los servicios de cuidado a la salud en todo el ciclo de vida), a su vez, considera entre las líneas de acción el cuidado perinatal.1
Las ecografías son estudios que se realizan a la embarazada para observar la evolución de las estructuras embrionarias y fetales a lo largo de la gestación, con lo que es posible estudiar los órganos formados en el feto, permiten valorar la edad de gestación, la situación de la placenta, del cordón umbilical y alguna anomalía que pueda presentarse en el feto.2
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, durante un embarazo deben realizarse tres ecografías en momentos específicos. La primera en las semanas 11-13 y sirve para ver la situación de la placenta, el número de fetos y el pliegue nucal (test combinado del primer trimestre). La segunda ecografía se realiza en las semanas 18-20 para ver la formación de órganos y posibles anomalías de desarrollo. Finalmente, la tercera ecografía se hace entre las semanas 33-34 para valorar el crecimiento fetal.3
Entre estos estudios destaca la ecocardiografía fetal, que se realiza durante el segundo trimestre de gestación, en la cual se examina la formación del corazón en el feto con la intención de identificar posibles problemas y atenderlos oportunamente.
En la atención perinatal se considera que la ecocardiografía fetal es indispensable para conocer el estado de los órganos que se han formado en el feto. Las malformaciones congénitas representan la principal causa de mortalidad entre los recién nacidos, las más frecuentes son las que afectan al corazón y pueden manifestarse en el periodo prenatal. Actualmente se calcula que 1 de cada 100 nacimientos presentará algún tipo de afección cardiaca congénita.4
Por lo anterior, la realización de la ecocardiografía fetal representa la posibilidad de que en caso de identificarse una anomalía en el corazón se pueda planear un tratamiento futuro para el bebé, lo cual mejoraría ampliamente su calidad de vida.
No obstante, para realizar estudios de esa índole es necesario contar con médicos certificados en medicina materno-fetal que puedan brindar un diagnóstico y posible tratamiento de manera efectiva. Para lograr dicha subespecialidad se debe contar con el título de médico y con la especialidad en ginecología y obstetricia.
En México, la Universidad Nacional Autónoma de México, en la Unidad de Investigación en Neurodesarrollo del Instituto de Neurobiología, y la Unidad de Medicina y Cirugía Fetal del Hospital de Especialidades del Niño y la Mujer promueven la investigación en materia de salud prenatal. Asimismo, existe el Instituto de Medicina Fetal México, cuyo origen se encuentra en Barcelona, en el que se ofrecen cursos de actualización a los médicos que deseen especializarse en las patologías fetales, fortaleciendo así el conocimiento sobre los métodos y técnicas disponibles para la detección, estudio, vigilancia y tratamiento del feto que presente anomalías durante su formación.5
Sin embargo, el número de especialistas en ginecología y obstetricia que han obtenido el grado de subespecialistas en medicina materno-fetal es demasiado bajo: apenas 134 cuentan con certificación vigente por el Consejo Mexicano de Ginecología y Obstetricia. Esa cifra representa sólo 2.2 por ciento de los 6 mil 181 especialistas certificados por dicho consejo.6
Por lo expuesto se someten a consideración de esta soberanía los presentes
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud para que, en el marco de sus competencias, establezca como obligatoria la realización de una ecocardiografía fetal entre las semanas 18 y 22 de gestación en todo el sistema nacional de salud.
Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Salud a que, en coordinación con el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas y las instituciones educativas correspondientes, promueva la formación de especialistas en el área de patologías fetales.
Notas
1 Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades
y no Discriminación contra las Mujeres, Proigualdad 2013-2018.
Disponible en
<http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=531241
8&fecha=30/08/2013>
2 Belizan, J. Ecografía para evaluación fetal en el
inicio del embarazo: Comentario de la BSR (última revisión: 22 de
septiembre de 1998), en La Biblioteca de Salud Reproductiva de la
OMS , Ginebra: Organización Mundial de la
Salud. Disponible en
<http://apps.who.int/rhl/pregnancy_childbirth/fetal_disorders/prenatal_diagnosis/jbcom/es/>
3 Ídem.
4 Finch, A. La importancia de la ecocardiografía fetal en la detección y el manejo de las malformaciones cardiacas congénitas, en Revista Española de Cardiología , volumen 59, número supl. 3, 2006. Disponible en <http://www.revespcardiol.org/es/content/articulo/13096254/>
5 Medicina
materno-fetal. Disponible en
<http://www.drjasso.com/medicina_materno_fetal.html>
6 Consejo Mexicano de Ginecología y Obstetricia.
Nuestros médicos
certificados. Disponible en
<http://www.cmgo.org.mx/cmgo/index2.php?option=com_wr
apper&view=wrapper&Itemid=113> [Consulta: 17 de octubre de
2016.]
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de 2016.
Diputada Ingrid Krasopani Schemelensky Castro (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y la Fepade a solicitar la renuncia inmediata del titular de la Sedesol, licenciado Enrique Nava Miranda, y realizar una investigación exhaustiva por la entrega condicionada de despensas y tarjetas La efectiva en el estado de México por servidores públicos federales y locales, a cargo del diputado Tomás Octaviano Félix, del Grupo Parlamentario del PRD
El que suscribe, Tomás Octaviano Félix, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes
Consideraciones
El manejo de recursos públicos para favorecer a un precandidato, candidato o partido político, constituye un delito electoral que debe perseguirse de origen y castigarse con todo el rigor de la ley.
En 2012, previo a la elección presidencial de nuestro país, el caso Monex fue sin duda el mejor ejemplo de la estrategia político electoral utilizado por parte del Partido Revolucionario Institucional para la compra de votos, ya que se denunció y comprobó la entrega de apoyos económicos a través de monederos electrónicos para financiar la estructura electoral y persuadir a los electores.
Los resultados de las denuncias presentadas evidentemente fueron desechados, lo cual exoneró al PRI por el financiamiento ilegal de la estrategia financiera que llevó al Lic. Enrique Peña Nieto a la Presidencia de la República, pese a que se comprobó que la triangulación de los recursos utilizados, no solo rebasó los topes establecidos en Ley, sino que también se comprobó que fueron utilizados para persuadir el voto de los electores.
Si bien es cierto que el caso Monex fue revisado tan solo por la vertiente del origen y destino de los recursos utilizados y que estos provenían de bancos, personas físicas y empresas. Es también cierto que no hubo una actuación satisfactoria por parte de la autoridad electoral para sancionar y deslegitimar la elección del 2012.
El mal precedente obsequiado tanto por la autoridad electoral, antes IFE, y el Partido Revolucionario Institucional, nos lleva a la sofisticación, a nuevos esquemas para el financiamiento de las estructuras electorales y la compra de conciencias, pero con la agravante de la utilización de recursos públicos, disfrazados de programas sociales, lo cual lo hace doblemente injustificable, ventajoso y tramposo frente al proceso electoral que se tendrá en el estado de México.
La pasada entrega de despensas y tarjetas La Efectiva en los municipios de Huixquilucan y Zinacantepec, son una clara evidencia del manejo electorero que lleva a cabo el gobierno federal con los programas de corte social en el estado de México, debido a la proximidad del proceso de elección para renovar la gubernatura en la entidad.
No es gratuito que sea a través de la Secretaría de Desarrollo Social la que sea parte de la comitiva de reparto de estos beneficios, cuando su titular ha manifestado su intención por contender por este cargo. Mucho menos cuando las expectativas electorales no favorecen al PRI.
Bajo este contexto, sería ingenuo pensar que este reparto es parte de la dinámica tradicional de con que el gobierno federal hace entrega de los beneficios, cuando se encuentra de por medio la solicitud expresa de credenciales de elector a los favorecidos y en eventos multitudinarios. Ya que los padrones son claros y sin coacción hacia partidos.
Por todo lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura exhorta al titular del Ejecutivo federal, a solicitar la renuncia inmediata del secretario de Desarrollo Social, el licenciado Enrique Miranda Nava, por la entrega condicionada de despensas y de tarjetas La efectiva en el estado de México, bajo el esquema de la denominada Feria Integral de Servicios.
Segundo. Se exhorta a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, a realizar una investigación exhaustiva por la entrega condicionada de despensas y de tarjetas La efectiva en el estado de México, bajo el esquema de la denominada Feria Integral de Servicios, por parte de servidores públicos federales y estatales.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de 2016.
Diputado Tomás Octaviano Félix (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades ambientales de Tlaxcala a ejecutar con la Profepa acciones para resolver la problemática y las afectaciones provocadas por el derrame de azufre ocurrido en Hueyotlipan, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM
Quienes suscriben, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El pasado lunes 17 de octubre fue reportado un derrame de aproximadamente mil litros de azufre fundido sobre la carpeta asfáltica y suelo natural en Hueyotlipan, entre las poblaciones de Santiago Tlalpan y San Simeón Xipetzingo, Tlaxcala, a consecuencia de la volcadura de un autotransporte propiedad de la empresa Transmate, SA de CV.
En el control del desastre participaron elementos de Protección Civil estatales y municipales, así como Policía Federal e inspectores de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), quienes revisaron la zona y el vehículo volcado, encontrando un derrame del azufre fundido.
El azufre se encuentra frecuentemente en la naturaleza en forma de sulfuros. Durante diversos procesos se añaden al ambiente enlaces de azufre dañinos para los animales y los hombres.
Estos enlaces de azufre dañinos también se forman en la naturaleza durante diversas reacciones, sobre todo cuando se han añadido sustancias que no están presentes de forma natural. Los compuestos del azufre presentan un olor desagradable y son sumamente tóxicos; los principales efectos contra la salud humana son éstos:
1. Efectos neurológicos y cambios en el comportamiento;
2. Alteración de la circulación sanguínea;
3. Daños cardiacos;
4. Efectos en los ojos y en la vista;
5. Fallos reproductores;
6. Daños al sistema inmunitario;
7. Desórdenes estomacales y gastrointestinales;
8. Daños en las funciones del hígado y los riñones;
9. Defectos en la audición;
10. Alteraciones del metabolismo hormonal;
11. Efectos dermatológicos; y
12. Asfixia y embolia pulmonar.
De manera generalizada, el azufre provocar irritaciones en los ojos y garganta de las personas y animales, siendo en éstos últimos los más afectados principalmente por daños cerebrales, a través de un mal funcionamiento del hipotálamo y generando un perjuicio en el sistema nervioso.
Por lo que hace a las personas, según el Congreso Nacional de Medio Ambiente en Madrid, España, se reconoce al azufre como un contaminante capaz de causar daño severo a la salud de las personas, en especial entre los niños, los adultos mayores y los enfermos de asma, produciéndoles efectos severos como bronco constricción, bronquitis crónica y bronco espasmos. La Organización Mundial de la Salud señala que exposiciones de la población al azufre y sulfatos de azufre producen un aumento de las enfermedades respiratorias agudas e incluso la muerte.
Durante la visita de inspección ejecutada por la Profepa se constató que fueron afectados 30 metros cuadrados de suelo natural a un costado de la carretera, así como la presencia de residuos del azufre derramado en una fosa de escurrimiento de la carretera con una profundidad de 1 metro, 2 de ancho por 2 de largo.
Las referidas autoridades dieron a conocer que como medida de control la empresa realizará la limpieza del sitio afectado, la cual contempla la remoción de la sustancia solidificada con las medidas de seguridad necesarias debido a que el olor es penetrante y sofocante.
Diversos medios de comunicación refieren que durante la inspección, la Profepa señaló que realizó la visita de inspección en materia de contaminación de suelos para constatar posible afectación al mismo y atendiendo a los resultados de la misma, se ordenarán a la empresa las medidas de seguridad de urgente aplicación.
La problemática acontecida por el derrame de azufre en Tlaxcala es alarmante y urgente de atender, pues además de los daños ambientales provocados, las externalidades del derrame pueden impactar en la salud y vida de los animales y habitantes de la zona.
Por ello sometemos a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades ambientales de Tlaxcala para que en coordinación con la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, ejecuten las acciones necesarias para garantizar que el responsable del derrame de azufre en Hueyotlipan implante con carácter de urgente las medidas de remediación y compensación necesarias para regresar a su estado natural el sitio afectado.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que en el marco de sus atribuciones investigue y sancione al responsable de provocar el referido derrame de azufre, conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental y demás leyes aplicables.
Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades de salud de Tlaxcala a participar en la investigación de los daños ocasionados por el referido derrame, así como los efectos negativos en la salud humana que pudieron ser generados, otorgando atención médica a los afectados a cargo del responsable del derrame acontecido.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de 2016.
Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Arturo Álvarez Angli, Jorge Álvarez López, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, María Ávila Serna, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Lorena Corona Valdés, José Alberto Couttolenc Buentello, Sharon María Teresa Cuenca Ayala, Sasil Dora Luz de León Villard, Daniela de los Santos Torres, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, Sara Paola Galico Félix Díaz, José de Jesús Galindo Rosas, Jorgina Gaxiola Lezama, Sofía González Torres, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Jesús Gerardo Izquierdo Rojas, Lía Limón García, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Virgilio Mendoza Amezcua, Cándido Ochoa Rojas, Emilio Enrique Salazar Farías, José Refugio Sandoval Rodríguez, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro, Édgar Spinoso Carrera, Wendolin Toledo Aceves, Francisco Alberto Torres Rivas, Diego Valente Valera Fuentes, Claudia Villanueva Huerta, Enrique Zamora Morlet.
Con punto de acuerdo, relativo al establecimiento de una estrategia preventiva y de detección oportuna con base en la autoexploración y mastografía a través de unidades médicas móviles que proporcionen servicios de prevención, diagnóstico y tratamiento de cáncer de mama, a cargo de la diputada Mirna Isabel Saldívar Paz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
Quien suscribe, Mirna Isabel Saldívar Paz, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2 y 79, numerales 1, fracción II y 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En México, el mes de octubre que se ha determinado como el mes de sensibilización del cáncer de mama, nos hace un apremiante recordatorio sobre esta problemática en nuestro país, ya que el cáncer es la tercera causa de muerte y se estima que cada año se detectan 148 mil casos nuevos. Asimismo, aproximadamente 53 por ciento de las mujeres fallece por esta enfermedad, por lo que debemos de aumentar la atención y el apoyo prestados a la concientización, detección temprana y tratamiento adecuado.1
El cáncer es un proceso de crecimiento y diseminación incontrolados de células anormales. Puede aparecer en cualquier parte del cuerpo e invadir el tejido circundante y puede también provocar metástasis en puntos distantes del organismo.2
Cuando el cáncer se detecta en una etapa temprana, las posibilidades de curación se potencializan. El cáncer más frecuente en las mujeres es el de mama, por ello desde el año 2006, gracias a la detección temprana y opciones de tratamiento, se ha demostrado que la tasa de mortalidad disminuye. Un porcentaje importante de cánceres pueden curarse mediante cirugía, radioterapia o quimioterapia, especialmente si se detectan, como ya se dijo, en una fase temprana.3
Debido a su impacto, y como iniciativa de la Organización Mundial de la Salud (OMS), cada año alrededor del mundo durante el mes de octubre se realizan diversos eventos cuya finalidad es concientizar e incentivar la autoexploración mamaria y el diagnóstico temprano , motivo por el cual se le conoce como Octubre: mes de la sensibilización sobre el cáncer de mama.
Por su parte, el 19 del mismo mes se conmemora el Día Mundial de la lucha contra el cáncer de mama, lo cual representa no sólo un apoyo moral sino un compromiso de los gobiernos de ejercitar acciones en beneficio de las mujeres que lo padecen.4
En México, la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011 para la Prevención, Diagnóstico, Tratamiento, Control y Vigilancia Epidemiológica del Cáncer de Mama contempla tres medidas de detección: la autoexploración, el examen clínico de las mamas y la mastografía.
La primera debe promoverse de forma tal que las mujeres la realicen a partir de los 20 años; el examen clínico a partir de los 25 años y la mastografía de los 40 a los 69 años, cada dos años. En las mujeres mayores de 70 años, la mastografía se realiza bajo indicación médica ante antecedentes heredofamiliares de cáncer de mama. Este estudio no se recomienda en mujeres menores de 40 años, pero puede realizarse si existe algún indicio de alteración de los senos en el examen clínico de mamas.5
Pese a lo anterior, aproximadamente 60 por ciento de los casos lamentablemente se detectan en etapas avanzadas, lo que incrementa las probabilidades de muerte. En México, los factores de riesgo en adultos fueron: obesidad (27.6 por ciento), inactividad física (25.4 por ciento), consumo actual de tabaco (17.4 por ciento), consumo doméstico de combustibles sólidos (14 por ciento) y consumo per cápita de alcohol.6
De ahí la imperiosa necesidad de su detección temprana a partir de dos actividades principalmente, que son:
Diagnóstico temprano: consiste en conocer los signos y síntomas iniciales para facilitar el diagnóstico y el tratamiento antes de que la enfermedad alcance una fase avanzada.
El cribado: es la aplicación sistemática de una prueba de detección en una población asintomática para descubrir anomalías indicativas de una lesión precancerosa. Algunos ejemplos son la inspección visual con ácido acético y el frotis de Papanicolaou para cáncer cervicouterino y la mamografía para el cáncer de mama.7
Es de señalar que del año 2007 al año 2014, la incidencia de cáncer de mama para los hombres de 20 años y más se mantuvo muy baja y, relativamente estable, fluctuando entre 0.39 y 0.64 casos nuevos por año. Sin embargo, en las mujeres la tendencia es a la alza, siendo 2014 el año en el cual se presenta la incidencia más alta, con 28.75 casos nuevos por cada 100 mil mujeres de 20 años y más, es decir, por cada caso nuevo en los varones se detectan 29 en las mujeres.8
Al analizar la incidencia por grupos de edad para 2014, se observa que hay un aumento en los casos nuevos de tumores malignos de mama conforme se incrementa la edad de la mujer, siendo en el grupo de 60 a 64 años donde se concentra el mayor número de casos nuevos (68 por cada 100 mil mujeres de ese grupo de edad). Asimismo, resulta importante destacar que el incremento que se da pasa de 14.30 (por cada 100 mil mujeres de 25 a 44 años) a 51.98 (en las del grupo de 45 a 49 años).9
Como se observa, el comportamiento de la incidencia de cáncer en México sigue el patrón internacional, en el sentido de que es una enfermedad que se incrementa con la edad y que los casos nuevos se presentan primordialmente en mujeres mayores de 40 años, durante la menopausia o posmenopausia.10
No obstante, en ocasiones, pese al tratamiento, puede haber decesos, generalmente debido a las complicaciones relacionadas con el debilitamiento del sistema inmunológico y con padecimientos como la diabetes, o bien, por algunos tratamientos como la quimioterapia, que resultan dañinos a largo plazo. La tasa de letalidad hospitalaria por cáncer de mama permite observar el grado de agresividad de la enfermedad, a través del número de personas fallecidas por ésta en relación al total de egresos hospitalarios.11
Sin embargo, de acuerdo con el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (CIIC), la supervivencia al cáncer de mama difiere alrededor del mundo. En países desarrollados como Suecia, Japón, Estados Unidos y Canadá, la supervivencia a esta enfermedad es mayor que en países de ingresos medianos y bajos.12
En el año 2014, entre las mujeres, se presentaron más de 20 mil casos de cáncer de mama: casi 14 mil de cervicouterino; casi 4 mil de colorrectal; 3 mil 500 de estómago y más de 3 mil de hígado.13
A saber, los tipos de cáncer que mayor mortalidad causan son: De mama (15.8 por ciento), cervicouterino (12 por ciento), hígado (7.9 por ciento), estómago (7.5 por ciento) y tráquea, bronquios y pulmones (6.4 por ciento) (OMS, 2014b).14
En otro asunto, es de mencionar que en ocasiones realizarse una mastografía en una institución a cargo del gobierno puede implicar una muy larga espera, ya sea para obtener una cita o para poder recibir los resultados de estos estudios diseñados para prevenir y detectar el cáncer.
Así, las unidades médicas móviles constituyen una alternativa, ya que son un vehículo construido para la prevención del cáncer de mamá a través de la toma de mastografía, orientada al tamizaje de mujeres mayores de 40 años, acorde a la NOM 041-SSA2-2011, cuyo objetivo principal es incrementar la cobertura de detección del cáncer de mama con servicios accesibles, eficientes y de calidad.15
Estas unidades móviles médicas cuentan con mastógrafos y el respaldo de un centro de diagnóstico, con lo que se puede atender a un mayor número de mujeres, principalmente las que se encuentran marginadas y en zonas de difícil acceso. Con una adecuada focalización de las mismas se podrá duplicar el número de estudios de mastografía, reduciendo drásticamente los tiempos de entrega de resultados.16
En este sentido, es importante también tener en cuenta y destacar que 98 por ciento de los casos de cáncer de mama son curables, por eso el presente exhorto tiene como una de sus finalidades multiplicar el número de unidades médicas móviles.
Ante este panorama, se hace necesario reforzar las estrategias ya empleadas en dos vertientes principalmente, la prevención y el tratamiento, en donde no sólo intervengan profesionales de la salud como médicos y enfermeras, sino un equipo multidisciplinario que atienda todas las dimensiones de la enfermedad.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto respetuosamente a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Salud federal y de las entidades federativas para que, en coordinación con las autoridades sanitarias responsables, implementen acciones para garantizar a las mujeres en zonas marginadas el acceso a los programas de prevención y detección oportuna de cáncer de mama.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Salud federal y de las entidades federativas, a que refuercen una estrategia de prevención y detección oportuna con base en la autoexploración y mastografía a través de unidades médicas móviles que otorguen servicios de prevención, diagnóstico, tratamiento, vigilancia, seguimiento y tratamiento del cáncer de mama, con el fin de disminuir la tasa de mortalidad con un diagnóstico certero y oportuno para que puedan alcanzar su máximo potencial de vida.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Salud federal y de las entidades federativas para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, refuercen y fortalezcan la difusión, promoción y ejecución de los programas de prevención y detección oportuna de cáncer de mama, sin estimarse que el desarrollo de las acciones emprendidas representen un impacto presupuestal adicional al establecido para el cumplimiento y seguimiento de las actividades institucionales programadas.
Notas
1 Organización de las Naciones Unidas, Día Mundial contra el Cáncer, 4 de febrero, Disponible en: http://
www.un.org/es/events/cancerday/, Consultado en enero de 2016.
2 Ídem.
3 Ídem.
4 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi, 2015), Estadísticas a propósito de... Día Mundial contra el Cáncer: Datos nacionales, Inegi, 16 de octubre 2015, en
http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2015/mam a0.pdf
5 Diario Oficial de la Federación [DOF]. (2011, 9 de junio). Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama. Diario Oficial de la Federación. Recuperado el 3 de septiembre de 2016, de:
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5194157&
6 Gobierno de la República, Secretaria de Salud (2013), Programa Sectorial de Salud 2013-2018. México: SSA.
7 Organización Mundial dela Salud (OMS, 2014), Perfiles oncológicos de los países, 2014. Disponible en:
www.who.int/cancer/country-profiles/es/ Consultado en octubre 2016.
8 SSA, CENAVECE (2014), para 2007 a 2009 y para 2010 a 2014: Anuarios de Morbilidad 1984-2014; y CONAPO (2008). Proyecciones de la Población de México 2005-2050. Procesó INEGI; y CONAPO (2014). Proyecciones de la Población 2010-2050. Procesó INEGI.
9. SSA, CENAVECE (2014). Anuarios de Morbilidad 1984-2014; y CONAPO (2014). Proyecciones de la Población 2010-2050. Procesó INEGI.
10 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi, 2015), Estadísticas a propósito de... Día Mundial contra el Cáncer: Datos nacionales, Inegi, 16 de octubre 2015, en
http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2015/mam a0.pdf
11 Santos Cruz, Y. O. (2014). Protocolo Conocimiento sobre el cáncer de mama, técnica de autoexamen, actitudes y asociación con la práctica en mujeres derechohabientes a la Unidad de Medicina Familiar No. 066. Recuperado el 9 de septiembre de 2015, de: http://www.uv.mx/blogs/favem2014/files/2014/07/Protocolo-Yaren.pdf
12 Organización Panamericana de la Salud [OPS]. (2012). 19 de Octubre: Día Mundial de la Lucha contra el Cáncer de Mama. Recuperado el 2 de septiembre de 2015, de:
http://www.paho.org/par/index.php?option=com_content&view=article&id=796:19-octubredia-mundial-lucha-contra-cancer-mama &Itemid=255
13 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi, 2015), Estadísticas a propósito de... Día Mundial contra el Cáncer: Datos nacionales, Inegi, 16 de octubre 2015, en
http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2015/mam a0.pdf
14 Organización Mundial de la Salud (OMS), 2014, La batalla mundial contra el cáncer no se ganará únicamente con tratamiento, comunicado de prensa de CIIC y la OMS. Disponible en: http://www.who.int/mediacentre/news/releases/2014/cancer-report-2014020 3/es/
15 Secretaria de Salud, Acciones y Programas, Programa de Acción Específico Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 2013 2018, consultado última vez el 03 de octubre de 2016, en http://www.gob.mx/salud/acciones-y-programas/cancer-de-mama-unidades-mo viles
16 Secretaria de Salud, Acciones y Programas, Programa de Acción Específico Prevención y Control del Cáncer de la Mujer 2013 2018, consultado última vez el 03 de octubre de 2016, en http://www.gob.mx/salud/acciones-y-programas/cancer-de-mama-unidades-mo viles
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de 2016.
Diputada Mirna Isabel Saldívar Paz (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades a incluir en su legislación la alienación parental como forma de violencia familiar y tomar medidas para detectarla y tratarla, con la procura del interés superior del menor, a cargo del diputado Tomás Roberto Díaz Montoya, del Grupo Parlamentario del PRI
El que suscribe, Tomás Roberto Montoya Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo que establecen los artículos 6, numeral 1, fracción I; 65, numeral 1, fracción I; y 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía propuesta con punto de acuerdo a fin de exhortar a los Poderes Legislativo y Judicial de las entidades de la república y a los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia a reconocer en su legislación civil y familiar la alienación parental como una forma de violencia familiar y tomar las medidas adecuadas para su detección y tratamiento procurando el interés superior del menor, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La protección de los derechos de los menores debe entenderse como una asignatura permanente e incondicional en la actuación de todos los órdenes de gobierno y las autoridades encargadas de velar por la protección de la familia, el interés superior del menor no puede someterse a consideraciones políticas, económicas, sociales ni utilizar su protección como moneda de cambio de fines particulares.1
El artículo 16, numeral 3, de la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como el artículo 17 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, señala que es obligación del Estado proteger a la familia; entendiendo que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad.
Una de las principales funciones de la familia es la primera socialización del menor, así como apoyar a la conformación de su personalidad e identidad . La pertenencia a la familia da identidad, permite desarrollar sentimientos de afecto, seguridad, apego y obtención de valores. Además la familia debe fomentar una autoestima sana en la niñez, que esté basada en la confianza que los progenitores transmitieron a sus hijos e hijas.
De ahí que cuando esta confianza no logró transmitirse, no se creó un ser seguro de sí mismo, con el consiguiente perjuicio para la familia y la sociedad.2
Así, uno de estos derechos del niño es el de vivir con una familia, consagrado en los artículos 1, 8 y 9 de la Convención sobre los Derechos de Niños y los artículos 13, 22 y 23 de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, estableciendo que los menores, cuyos padres se encuentran separados, tendrán derecho a convivir o mantener relaciones personales y contacto directo con sus familiares de modo regular.
La convivencia y una relación natural con sus padres, parte importante del proceso de construcción de la personalidad e identidad de un menor, este proceso no debe ser interrumpido ni coartado de manera arbitraria o prejuiciosa por ninguna persona ni autoridad. Conocer a sus padres, mantener relaciones familiares sin injerencias ilícitas, y velar que los niños no sean separados de sus padres, son derechos de las niñas y niños reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas 3 y protegidos por la legislación mexicana.
No obstante, durante los procesos de divorcio en los que se ven involucrados menores de edad cuya custodia está en controversia, se vislumbra una conducta propiciada por los propios padres que afecta la conciencia y adecuado desarrollo de los niños, mediante la cual, uno de los padres fomenta el rechazo, temor o descalificación hacia el otro progenitor con el fin de obstaculizar su convivencia y de no permitir que se desarrolle un vínculo adecuado entre ellos, a este fenómeno se le conoce como síndrome de alienación parental (SAP).
El que uno de los progenitores manipule y programe a sus hijos y los oriente en contra del otro padre es un fenómeno cada vez más frecuente en la actualidad, acontece en muchas separaciones o divorcios mexicanos y constituye un medio de violencia hacia los menores, altera la percepción que los niños deben tener de sus padres y se vulnera su derecho de convivir con sus padres.
El profesor de psiquiatría clínica del Departamento de Psiquiatría Infantil de la Universidad de Columbia, Richard Gardner, define el SAP como un trastorno que surge principalmente en el contexto de las disputas por la guarda y custodia de los niños. Su primera manifestación es una campaña de difamación contra uno de los padres por parte del hijo, campaña que no tiene justificación. El fenómeno resulta de la combinación del sistemático adoctrinamiento (lavado de cerebro) de uno de los padres y de las propias contribuciones del niño dirigidas a la denigración del progenitor objetivo de la campaña.4
Gardner estableció una serie de componentes que manifiestan la existencia del SAP:
1. Campaña de Difamación. El progenitor alienador transmite al hijo detalles, sentimientos negativos y malas experiencias vividas con el progenitor odiado.
2. Animadversión hacia el progenitor alienado que carece de la ambivalencia normal. El hijo está absolutamente seguro de su sentimiento de odio.
3. Fenómeno del Pensador Independiente. El niño está seguro que ha llegado solo, sin ayudas externas, al odio que siente hacia su progenitor.
4. Apoyo al Progenitor Alienador. El niño siente que debe apoyar al progenitor que inicia la campaña de difamación puesto que en dicho progenitor está su seguridad, ya que normalmente dicho progenitor detenta su cuidado personal.
5. El niño expresa desprecio sin culpa alguna contra el progenitor odiado.
6. El niño utiliza un lenguaje que no le es propio. A veces utiliza terminología que no entiende, porque repite lo que expresa el progenitor alienador.
7. El odio se traspasa a toda la familia del progenitor alienado. El niño no quiere ver a sus abuelos, tíos o primos.
De acuerdo con datos del Inegi, para 2014, el 18 por ciento de los matrimonios realizados en México terminan en divorcio (113 mil 478 divorcios), de los cuales 62 mil 803 parejas tienen hijos menores de edad,5 la mayoría termina en instancias judiciales. Es durante este proceso que la conducta alienadora de uno de los padres es propicia a presentarse.
La doctora María Angélica Verduzco Álvarez Icaza, directora de los Centro de Convivencia Familiar supervisada del DF, señala que en 10 años se programaron en la Ciudad de México 210 mil 365 convivencias y sólo se realizaron 67 mil 348 , lo que significa que sólo se realizó la entrega en un 32 por ciento. 6 Cifra que pone en evidencia la obstrucción para permitir la convivencia, frecuentemente propiciada por la manipulación del padre o madre que ejerce la guarda y custodia sobre el hijo, provocando la alienación parental.
Por lo anterior, se puede considerar que en el 68 por ciento de los divorcios en donde hay hijos menores de edad, la persona que ejerce la guarda y custodia realiza conductas manipuladoras en contra del otro padre.
Cabe señalar que la manipulación de los menores se presenta tanto en hombres como mujeres e incluso participan abuelos, tíos, y los propios hermanos del menor. Las denuncias por hechos falsos, son una práctica frecuente por parte de la pareja alienadora (e incluso un síndrome asociado al SAP),7 para entorpecer los juicios de guarda y custodia, mientras se encarga de manipular la mente de sus hijos para generarles desamor y hasta miedo hacia uno de sus padres.
El psicólogo Douglas Darnall creó una serie de escalas de alienación parental que entregan una serie de pautas para descubrir al SAP8 en la cual describe las tácticas más utilizadas por los alienadores:
Entregar a los niños información inapropiada
En este rubro encontramos a padres y madres que exponen a sus hijos a declaraciones, actuaciones e informes del proceso de divorcio no aptos para su comprensión o entendimiento, con la finalidad de que tomen partido por ellos frente a la autoridad judicial ratificando las acusaciones que el alienador haya hecho en el procedimiento.
Fomentar temor en los menores
Los padres alienadores infunden en sus hijos miedo a relacionarse con sus padres mediante amenazas o chantajes tales como Si te vas con tu papá, ya nunca me vas a ver, no debes ver a tu papá porque es malo y puede golpearnos, Si decides quedarte con tu mamá ya no te voy a querer.
Esta conducta se realiza con dos fines, inculcar un temor infundado en los menores, y propiciar la rendición del otro progenitor ante la negativa de su hijo de querer verlo.
Usar a los niños como espías
En ocasiones, los progenitores les piden a sus hijos que les informen sobre las conductas, relaciones y cualquier otro aspecto que puedan usar en su contra en los tribunales o para chantajear.
Cuando un progenitor le pide a su hijo que espíe, le está pidiendo que sea desleal con uno de sus progenitores, que mienta y que viole su confianza. Tampoco es aconsejable que los progenitores interroguen a sus hijos, sobre lo que ocurre en la relación directa y regular, y desde luego tampoco exigir que los hijos guarden secretos.9
Comparaciones peyorativas
Éstas se presentan desde simples comparaciones con personas que realizan conductas violentas o inadecuadas para menores, hasta acusaciones directas inventadas por el padre o madre alienador que los menores asocian con los progenitores sin oportunidad de poder refutar estos comentarios, logrando que con el tiempo, los menores asuman estas afirmaciones como la verdad.
Negar el acceso a los hijos .
El padre o madre alienador, buscará evitar que sus hijos convivan el menor tiempo posible con su otro progenitor evitando que éste pueda revertir las acusaciones y temores infundados en los niños. Conductas como cambiar sin previo aviso las fechas y horarios de visita, no presentar al menor a las visitas ordenadas por el juez o dilatar el procedimiento con la intención de entorpecer la convivencia son conductas frecuentes de los padres alienadores.
Otras conductas de los padres alienadores son las siguientes:
Presentan a su nueva pareja a los hijos como su nueva madre o su nuevo padre.
Insultan al otro progenitor delante de los hijos y en ausencia del mismo.
Toma decisiones importantes sobre los hijos sin consultar al otro progenitor (religión, elección de la escuela, viajes, cursos).
Según datos la asociación civil Niños, Niñas y Adolescentes con MaPa. Al menos cien mil menores de edad se encuentran como rehenes de los juicios de divorcio de sus padres. La Comisión Nacional de Defensoría del Menor y la Familia, estima que cada año por lo menos 70 mil menores de edad se enfrentan al problema de la alienación parental.
A ese odio y abuso por parte de los alienadores se suman los vacíos legales y la falta de información sobre el tema, lo que genera que los menores puedan quedar atrapados en juicios de hasta diez años sin resolución, lo que contribuye al rompimiento del vínculo de los hijos con uno de los padres. Nos encontramos, quizás por primera vez, con una enfermedad que no ha sido descubierta en laboratorios u hospitales, sino en el seno de nuestra propia ciencia jurídica: en el ámbito de los tribunales de justicia.10
Los artículos 22 y 23 de la Ley General de Derechos de las Niñas, niños y Adolescentes establecen los derechos de los menores cuyas familias estén separadas, a convivir o mantener relaciones personales y contacto directo con sus familiares de modo regular, así como la obligación de las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, a establecer políticas de fortalecimiento familiar para evitar la separación de niñas, niños y adolescentes de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia.
El código civil federal, aporta una definición de violencia familiar que describe las conductas realizadas por los propios familiares que generan un daño a veces irreparable en sus víctimas.
Artículo 323 Ter. Por violencia familiar se considera el uso de la fuerza física o moral, así como las omisiones graves, que de manera reiterada ejerza un miembro de la familia en contra de otro integrante de la misma, que atente contra su integridad física, psíquica o ambas independientemente de que pueda producir o no lesiones; siempre y cuando el agresor y el agredido habiten en el mismo domicilio y exista una relación de parentesco, matrimonio o concubinato.
La licenciada Lucía Rodríguez Quintero, subdirectora del Programa de Asuntos de la Niñez y la Familia de la CNDH, refiere: Como lo afirma la literatura especializada, la alienación parental es una manifestación de maltrato psicológico, que puede constituirse como la base de diversas patologías infantiles que afectan la vida presente y futura de la niñez.11
Está demostrado que la alienación parental produce trastornos psicológicos y sociológicos en el menor, que de acuerdo al grado de alienación, pueden manifestarse de diversa forma: Ansiedad, trastornos del sueño (el niño no puede dormir o duerme mucho) y de alimentación (puede comer poco o mucho), depresión crónica, problemas para relacionarse en ambientes psicológicos y sociales, trastornos de identidad e imagen, desesperación, sentimientos de culpa, sentimientos de aislamiento, comportamiento hostil y falta de organización, entre otras consecuencias que puede producir esta alienación. Esto indudablemente afecta el desarrollo de personalidad e identidad del menor y afecta su vida futura.12
Consideramos necesario que esta conducta sea equiparada y reconocida explícitamente como una forma de violencia familiar en las leyes civiles y familiares federales y locales pues vulnera notoriamente la salud emocional de las niñas, niños y adolescentes y los expone a una ruptura injustificada de los lazos familiares provocada por la premeditación de uno de los padres.
Tanto los órganos legislativos, como las autoridades judiciales, conciliatorias y de protección a la familia deben reconocer este problema y procurar porque no se vulnere el interés superior del menor en ninguna de sus actuaciones.
La ausencia en los textos legales de este grave comportamiento, sólo genera impunidad y procedimientos familiares viciados pero sobretodo una violación a los derechos de los niños.
Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente a los congresos de las entidades federativas a reconocer en su legislación civil y familiar a la alienación parental como una forma de violencia familiar, entendiéndose ésta cuando alguno de los padres transforma la conciencia de un menor de edad con el objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con uno de sus progenitores, estableciendo además las medidas necesarias para su detección, tratamiento así como las sanciones correspondientes a los que ejerzan esta conducta como la pérdida de la custodia y/o patria potestad de los hijos.
Segundo. Se exhorta respetuosamente a los titulares de los Poderes Judiciales de las entidades federativas a priorizar el interés superior del menor en sus actuaciones, promoviendo e instrumentando protocolos de actuación en los casos en los que se detecte el síndrome de alienación parental de niñas, niños y adolescentes, con la finalidad de interrumpir y sancionar cualquier conducta que vulnere el libre ejercicio del derecho de convivencia de un menor con sus padres.
Tercero. Se exhorta respetuosamente al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, así como sus homólogos en las Entidades Federativas y Municipios a difundir las causas y efectos nocivos del síndrome de alienación parental en las niñas, niños y adolescentes, así como implementar las medidas necesarias para su detección y tratamiento.
Notas
1 El artículo 83 fracciones I y II de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, obliga a las autoridades mexicanas a garantiza el ejercicio sus los derechos. El artículo 6º, fracción VI, de la misma Ley, establece el derecho al menor a tener acceso a una vida libre de violencia.
2 Rodríguez Quintero, Lucia, Alienación Parental y Derechos Humanos en el Marco Jurídico Nacional, algunas consideraciones en el libro Alienación Parental , Comisión Nacional de Derechos Humanos, México, 2011, páginas 74 a 76.
3 Los Estados parte velarán por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separación es necesaria en el interés superior del niño. Tal determinación puede ser necesaria en casos particulares, por ejemplo, en los casos en que el niño sea objeto de maltrato o descuido por parte de sus padres o cuando éstos viven separados y debe adoptarse una decisión acerca del lugar de residencia del niño. Convención sobre los Derechos de los Niños de las Naciones Unidas, artículo 9. http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CRC.aspx
4 Gardner, Richard (1998), The Parental AlienationSyndrome, Estados Unidos. CreativeTherapeutics Inc., página XIX.
5 No entran en este número de parejas las relaciones de hecho o concubinato, por lo que el número de parejas separadas con hijos menores es mayor. Fuente: INEGI.
6 Verduzci Álvarez Icasa, María Angélica, Alienación Parental , Comisión Nacional de los Derechos Humanos, México, página 247.
7 La práctica de presentar denuncias por hechos falsos de violencia familiar, e incluso de violación, es otro síndrome asociado al SAP, tal y como puede verse en el artículo del Dr. Miguel Angel Soto Lamadrid, en el Libro Alienación Parental de la CNDH, 2014, página 207.
8 Darnall, Douglas, DivorceCasualties: Protectingyourchildrenfrom parental alienation. Dallas, Texas. Taylor Publishing Company, citado por Torrealba Jenkinsop. cit. página 71.
9 Torrealba Jenkins, Alfredo Emilio, El síndrome de Alienación Parental en la Legislación Familiar, Universidad de Chile, Facultad de Derecho, 2011.
10 Torrealba Jenkins, Alfredo Emilio, op. cit.
11 Rodríguez Quintero, Lucia, Alienación Parental y Derechos Humanos en el Marco Jurídico Nacional, algunas consideraciones op cit., página 66.
12 Ibídem, páginas 87 a 89.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de octubre de 2016.
Diputado Tomás Roberto Montoya Díaz (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos locales a legislar en materia de desplazamiento interno forzado, a cargo del diputado José Hernán Cortés Berumen, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, José Hernán Cortés Berumen, diputado de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, presenta a esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
De acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), desplazamiento forzado interno se define como (...) personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano, y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida.
A diferencia de los refugiados, los desplazados internos no cruzan fronteras internacionales en busca de seguridad y protección, sino que permanecen dentro de su propio país. En determinadas circunstancias, pueden ser obligados a huir por las mismas razones de los refugiados (conflicto armado, violencia generalizada, violaciones de los derechos humanos), con la diferencia que los desplazados internos permanecen bajo la protección de su gobierno, aun en los casos en que el mismo gobierno se convierte en una de las causas de su huida.1
Los desplazados internos conservan todos los derechos que les corresponden como ciudadanos, además de la protección derivada del derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. La diferencia entre los desplazados internos y los refugiados radica en que cuando un civil que huye cruza la frontera internacional de su país, él o ella se convierte en un refugiado y, como tal, es candidato para recibir protección internacional.
En México, el fenómeno de desplazamiento forzado interno se presenta desde la década de los setenta y era originado principalmente por intolerancia religiosa (entre católicos y minorías de indígenas protestantes), conflictos comunales, así como disputas por tierras y recursos naturales en algunos estados como Nayarit, Hidalgo, Oaxaca, Guerrero y Chiapas, entre otros. El diagnóstico sobre la situación de los derechos humanos en México, elaborado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas (OACNUDH) en 2004, menciona que las cifras generales estimadas para ese año, a pesar de la ausencia de una estadística oficial, variaban entre los 3 mil y 60 mil desplazados.
Ante esta situación, el gobierno federal incluyó la problemática del desplazamiento interno en el Programa Nacional de Derechos Humanos 2004-2008.2
Por otro lado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó el 18 de agosto del 2014 su informe Derechos humanos de los migrantes y otras personas en el contexto de movilidad humana en México, en el cual, además de describir a México como un país de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes, aborda la movilidad humana a nivel interno subrayando que el contexto de violencia generalizada exacerbada en diversas zonas de México, ha sido el causante del desplazamiento forzado de miles de personas en los últimos años, y denuncia la tendencia de las autoridades a minimizar el fenómeno asumiéndolo como una incómoda consecuencia de la situación de violencia o bajo el argumento de que los movimientos de poblaciones internas responden a motivaciones económicas.
El desplazamiento en México ha sido tanto un recurso reactivo como preventivo. Los desplazados huyen de sus hogares de residencia habitual ya sea como consecuencia de actos criminales y violaciones de derechos humanos cometidos en su contra o hacia su familia, o bien, como consecuencia del temor fundado de ser víctimas ante un clima generalizado de inseguridad y de impunidad.
Tomando en cuenta las recientes recomendaciones del presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Luis Raúl González Pérez, es necesario emprender acciones específicas para atender el tema de los desplazamientos forzados en el país.3
El informe de Desplazamiento Forzado Interno de la CNDH4 dio a conocer que en este año el número de víctimas de desplazamiento forzado es de un aproximado de 35 mil 433 víctimas, de igual manera en este informe se reportó que este fenómeno ocurre en 27 entidades federativas, principalmente en Chiapas, Guerrero, Michoacán, Sinaloa, Tamaulipas y Jalisco, donde la principal causa es la violencia y la inseguridad.
Como se observa en el mapa, Tamaulipas es la entidad con mayor número de víctimas de desplazamiento forzado, representando 60 por ciento de los casos reportados por la CNDH. Le siguen Guerrero con 2 mil 165; Chihuahua con 2 mil 8 casos, y Veracruz con mil 131 casos reportados. Dentro de esta estadística, prácticamente 100 por ciento de las víctimas huyeron de su entidad de origen a causa de la violencia.
La inseguridad y la lucha de las autoridades contra los cárteles de las drogas no son fenómenos nuevos en México. Sin embargo, factores recientes contribuyeron a intensificar la violencia: la lucha por rutas de distribución de drogas entre los cárteles se recrudeció y tanto la estrategia de seguridad como la disputa entre los cárteles causaron la fragmentación de éstos últimos, lo cual trajo como consecuencia la proliferación de grupos delictivos más pequeños con divisiones internas. Actualmente, estos grupos pugnan entre sí por el control del territorio para fortalecer su influencia en el territorio nacional. Mientras los cárteles más grandes mantienen el control del tráfico transnacional de drogas, estos nuevos actores más pequeños concentran su actividad criminal en otros delitos como la extorsión, el cobro de cuotas de piso (protección ilegal), secuestros, distribución y venta de drogas en el mercado local, estableciendo su presencia en casi todo el país. Por su parte, la población civil ha estado expuesta a todos estos delitos mencionados ejercidos por los integrantes de organizaciones criminales, y en particular, a delitos tales como: robos de bienes materiales, desapariciones, reclutamiento forzado y homicidios de familiares.
Ciertas violaciones a los derechos humanos ejercidas por autoridades municipales, estatales y federales (tortura, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada de personas) han llegado a ser calificadas por organismos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) como generalizadas o sistemáticas, y miles de civiles han muerto en fuego cruzado o como víctimas directas del crimen organizado.
En este escenario, la violencia extendida, los intensos enfrentamientos entre las fuerzas armadas y de seguridad con grupos organizados durante periodos prolongados, y las violaciones a derechos humanos, sumados a la corrupción y la impunidad, han sido las causas del desplazamiento interno forzado reciente.
El desplazamiento forzado en México, en las condiciones actuales, afecta a toda la sociedad en conjunto, lo hace de manera más aguda a las poblaciones vulnerables: adultos mayores, mujeres, niños e indígenas particularmente a aquellos de escasos recursos. La mayor parte de víctimas de desplazamiento interno son campesinos, personas que se mantienen por medio de una economía de subsistencia, activistas y defensores de derechos humanos, pequeños propietarios de negocios, empresarios, políticos, funcionarios, y periodistas.
México carece de un mecanismo institucional suficiente para proteger y asistir a las víctimas del desplazamiento interno, sin embargo existen algunas expresiones de políticas públicas y legislaciones donde se reconoce el fenómeno, como son: Proyecto para la Atención a Indígenas Desplazados (PAID)5 , Leyes estatales para la Prevención y Atención del Desplazamiento Interno6 , Comisión Estatal de Derechos Humanos de (CEDH) Sinaloa. Recomendación General número 10: Informe Especial sobre los Desplazamientos Internos de Personas en Sinaloa7 , CEDH Michoacán: Informe Especial, Derechos Humanos en Áreas de Conflicto en el estado de Michoacán8 , entre otras.
A nivel federal, la Ley General de Víctimas, reconoce la existencia de grupos de población con características particulares o con mayor situación de vulnerabilidad. Las autoridades que deban aplicarla deben ofrecer, en el ámbito de sus respectivas competencias, garantías especiales y medidas de protección a los grupos expuestos a un mayor riesgo de violación de sus derechos, como las personas en situación de desplazamiento interno. (Artículo 5). El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) o su análogo, similar o correlativo en las entidades federativas y los municipios, y las instituciones de las que dependen las casas de refugio y acogida que existan y brinden estos servicios en el ámbito federal, estatal, del Distrito Federal o municipal, contratarán servicios o brindarán directamente alojamiento y alimentación en condiciones de seguridad y dignidad a las víctimas que se encuentren en especial condición de vulnerabilidad o que se encuentren amenazadas o desplazadas de su lugar de residencia por causa del delito cometido contra ellas o de la violación de sus derechos humanos. El alojamiento y la alimentación se brindarán durante el tiempo que sea necesario para garantizar que la víctima supere las condiciones de emergencia y pueda retornar libremente en condiciones seguras y dignas a su hogar (Artículo 38).
Se requiere perfeccionar el andamiaje legal e institucional necesario para proteger y asistir el problema del desplazamiento interno. Las respuestas estatales se han dado de manera fragmentada y no existe un reconocimiento oficial del fenómeno derivado de la política de seguridad. Sin embargo, hay algunas expresiones de políticas públicas y legislaciones locales, e incluso generales en las que se reconoce el fenómeno.
Debido a que no existe un diagnostico nacional y oficial sobre este problema es necesario considerar la elaboración de un proyecto de inactiva que abra las puertas al reconocimiento de esta problemática. Se requiere constituir una herramienta fundamental para la construcción de políticas públicas y programas eficaces que aborden las consecuencias sociales, económicas, jurídicas y políticas de dicho fenómeno. De igual manera es pertinente que se realice el reconocimiento de las víctimas y de esta manera se pueda asegurar que van a recibir la protección que merecen.
El desplazamiento forzado interno en México es un problema constante y creciente, es por eso que se debe incluir en la agenda política federal y local, para entender que sucede con las personas desplazadas, cuál es la problemática que enfrentan y cómo, desde la ley, podemos impulsar que se realicen políticas que ayuden a aminorar y eventualmente solucionar el problema.
En esta Cámara se ha discutido la idoneidad de facultar al Congreso de la Unión para legislar en la materia, lo cual esperamos tenga un amplio y fructuoso debate, sin embargo actualmente sigue siendo una competencia primordialmente local. Por ello, y sin desconocer la responsabilidad de este Congreso, las legislaturas de los estados deben construir un marco jurídico que proteja y restituya a las personas víctimas, que por cualquier motivo han tenido que desplazarse de su lugar de origen de forma involuntaria hacia otro lado, por conservar su vida, integridad o patrimonio, por lo que ponemos a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las legislaturas de las entidades federativas, a legislar para establecer o perfeccionar, según sea el caso, mecanismos de protección para las personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocados por el ser humano, y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida.
Segundo. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de las entidades federativas a informar a la opinión pública, las medidas que han tomado para el contener y atender el fenómeno del desplazamiento interno forzado, así como de la información estadística con la que cuentan en la materia.
Notas
1 ACNUR, Desplazados Internos en http://www.acnur.org/a-quien-ayuda/desplazados-internos/
2 El Objetivo específico de este busca introducir la perspectiva de derechos humanos en el diseño, implementación y seguimiento de las políticas públicas de la Administración Pública Federal, incluye la situación del desplazamiento interno y plantea una serie de líneas de acción En: Programa Nacional de Derechos Humanos 2004-2008, disponible en: http://www. ohchr.org/documents/issues/nhra/mexico_sp.pdf
3 http://www.vertigopolitico.com/articulo/39732/Propone-la-CNDH-ley-gener al-de-desplazamientos-forzados revisado el 8 de julio de 2016
4 Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno en México en http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Informes/Especiales/2016_IE_Despla zados.pdf
5 Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno en México pp. 11
6 Ibídem pp.12
7 Ibídem pp. 13
8 Ibídem pp. 14
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de 2016.
Diputado José Hernán Cortés Berumen (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Seduvi, la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial, la demarcación Cuajimalpa de Morelos y la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México a formular y aprobar un nuevo programa de desarrollo urbano para esa delegación, suscrita por la diputada Sara Paola Galico Félix Díaz e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM
Quien suscribe, Sara Paola Galico Félix Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El Distrito Federal, actual Ciudad de México, se ha caracterizado por su constante crecimiento, siendo un importante receptor de acelerados procesos económicos, sociales, políticos, culturales y tecnológicos, lo cual ha formulado desigualdades, rezagos, demandas de servicios básicos y una mayor demanda de vivienda, como consecuencia de una inadecuada planeación de su desarrollo urbano.
De tal forma, como consecuencia de lo señalado en el párrafo anterior, el 19 de noviembre de 1976 fue aprobado el Plan de Desarrollo Urbano para el Distrito Federal,1 el cual contenía por primera vez la zonificación del uso de suelo en el Distrito Federal, para establecer una estructura urbana adecuada, dosificación de zonas de vivienda, áreas de trabajo y núcleos de servicios.
De acuerdo con Horacio Landa, el desarrollo urbano, es el proceso de adecuación y ordenamiento, a través de la planeación del medio urbano, en sus aspectos físicos, económicos y sociales; implica además de la expansión física y demográfica, el incremento de las actividades productivas, la elevación de las condiciones socioeconómicas de la población, la conservación y mejoramiento del ambiente y el mantenimiento de las ciudades en buenas condiciones de funcionamiento.
El desarrollo urbano persigue el equilibrio entre los aspectos físicos, económicos y sociales, siendo diferente del crecimiento parcial de algunos de éstos que en ocasiones es interpretado como desarrollo. El desarrollo urbano debe ser concebido en forma integral con el desarrollo regional o territorial, ya que difícilmente se da en forma independiente.2
Sin embargo, el tema no sólo fue abordado desde la óptica del Distrito Federal en general, sino qué, el mismo fue regulado e implementado de forma particular por cada una de las demarcaciones territoriales que lo integran (delegaciones políticas), esto como consecuencia de las diversas problemáticas y necesidades específicas que presentaban como consecuencia de un crecimiento desordenado en materia de urbanización.
Una de las principales causas es la incorporación masiva de suelo para la construcción habitacional, sin contar con una planeación de desarrollo acorde con la vocación del territorio.
Por eso, a partir de la aprobación de los programas delegacionales de desarrollo urbano, cada uno de ellos se ha constituido como un elemento rector en materia de planeación y el ordenamiento territorial, en cada uno de los órganos político-administrativos que integran al Distrito Federal, ahora Ciudad de México, toda vez que regulan temas como: estructura urbana; usos del suelo; vialidad y transporte; infraestructura; equipamiento y servicios; vivienda; asentamientos irregulares; reserva territorial; conservación patrimonial; imagen urbana; medio ambiente; riesgo y vulnerabilidad, y síntesis de la problemática.
De acuerdo con la página de internet de la Secretaría de Desarrollo Urbano y de Vivienda de la Ciudad de México, los programas delegacionales de desarrollo urbano han tenido distintas fechas de publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal;3 las siguientes son las más actuales:
Cuajimalpa de Morelos (1997).
Benito Juárez, Magdalena Contreras, Venustiano Carranza y Xochimilco (2005).
Azcapotzalco, Cuauhtémoc, Iztacalco, Iztapalapa, Miguel Hidalgo y Tláhuac (2008).
Coyoacán, Tlalpan y Gustavo A. Madero (2010).
Álvaro Obregón y Milpa Alta (2011).
Se encuentran en proceso de actualización los programas de La Magdalena Contreras y Benito Juárez.
El Programa de Desarrollo Urbano de la Delegación Cuajimalpa fue publicado hace más de 19 años, hecho que lo convierte en el programa con mayor antigüedad que se encuentra vigente, sin que a la fecha haya sido actualizado de conformidad a las necesidades y demandas que se presentan en una demarcación que ocupa una superficie de 8 mil 95 hectáreas, y que representan 5.1 por ciento del territorio del Distrito Federal (actual Ciudad de México).
Dicho programa fue puesto en marcha considerando una población registrada de 136 mil 873 habitantes de acuerdo con el censo de población y vivienda del 5 de noviembre de 1995, y de acuerdo con el Inegi para 2015 la delegación contaba con 199 mil 224 habitantes;4 es decir, en la actualidad hay una diferencia de más de 60 mil personas que viven en la demarcación.
Asimismo, es importante hacer el comparativo de dos aspectos principales que aborda el programa citado, en comparación con la realidad actual de la demarcación:
Programa vigente
- Asentamientos irregulares: se tenían detectados 50 asentamientos irregulares dispersos en una superficie de 650 hectáreas, con una población estimada en mil 829 familias.
- Territorio: 80 por ciento de la superficie corresponde al suelo de conservación y 20 es suelo urbano, donde el uso del suelo predominantemente es el habitacional.
Realidad actual
Asentamientos irregulares: se cuenta con 40 mil personas que viven en 68 asentamientos irregulares, de los cuales 29 no pueden ser regularizados ya que se encuentran en consideradas áreas verdes protegidas.5
Territorio: 76.8 por ciento correspondiente al área de conservación y 23.2 de área urbana. Se forma por cuatro pueblos (San Pedro Cuajimalpa, San Lorenzo Acopilco, San Mateo Tlatenango y San Pablo Chimalpa) y 41 colonias.6
El programa multicitado se elaboró tomando en cuenta disposiciones como el Programa Integral de Transporte y Vialidad; Programa Dirección General de Construcción y Operación Hidráulica; Programa de Fomento Económico; Programa para Mejorar la Calidad del Aire en el Valle de México, y el Programa de Desarrollo Rural y Alianza para el Campo, cada uno establecido para el periodo de 1995-2000.
Esa situación deja en claro que las consideraciones que se hayan tomado en su momento respecto la incidencia que dichos programas pudieran haber tenido al desarrollo urbano de la delegación se encuentran obsoletos al haber pasado ya 16 años.
Como consecuencia del acelerado y descontrolado crecimiento urbano que se ha llevado a cabo en los últimos años en la delegación, se han incrementado problemas conexos a este hecho, como
Desarrollo de vivienda tipo residencial que ha venido desplazando a la población de ingresos medio y bajo, pasando a ocupar los terrenos que se localizan en suelo de conservación;
Graves problemas de fluidez en algunas vialidades, esto debido a que se tienen más de 80 mil vehículos registrados, lo cual, aunado a la existencia de calles estrechas, genera un alto grado de congestionamiento vial;7
La Delegación presenta un alto crecimiento demográfico y tiene la segunda tasa de crecimiento media anual, la más alta del Distrito Federal;8 y
Falta de servicios como drenaje, agua, luz y teléfono, así como la falta de calles pavimentadas.
Otro aspecto importante de resaltar, es que de acuerdo con la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México,9 uno de los aspectos más relevantes de los procesos de cambio en el uso del suelo es la transformación de los paisajes, los cuales han ido cambiando de naturales a rurales y de rurales a urbanos.
Esos procesos han causado cambios en la cobertura forestal, en la dinámica hidrológica y por ende en los procesos de recarga del acuífero del cual se abastece la ciudad. Los patrones de desarrollo urbano, han modificado la cantidad y el patrón de áreas construidas, las áreas naturales y las áreas dedicadas a la agricultura y la ganadería, causando efectos en el potencial de los servicios ecológicos, afectando de manera diferencial la sustentabilidad de la ciudad y la posible recuperación de los espacios naturales que pueden prestarle servicios ambientales.
Con base en lo anterior, resulta claro que se requiere elaborar un nuevo programa de desarrollo urbano para Cuajimalpa, para lo cual se necesita la intervención de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial y la delegación Cuajimalpa de Morelos, así como de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México.
Lo anterior, toda vez que de conformidad con el artículo 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, y artículo 7 Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, corresponde a la Seduvi el despacho de las materias relativas a la reordenación y desarrollo urbano, siendo su atribución la elaboración y modificación de los programas delegacionales y parciales de desarrollo urbano, para que en coordinación con las delegaciones, sean sometidos a consideración del jefe del gobierno.
El artículo 36 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal establece que los jefes delegacionales deberán participar en lo que corresponda a sus respectivas demarcaciones delegacionales en todas las etapas de formulación de los programas en que participe la secretaría.
De acuerdo con lo previsto en la fracción II del artículo 5o. de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, corresponde a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobar los programas y sus modificaciones, y remitirlos al jefe del gobierno para su promulgación y publicación e inscripción en el Registro de Planes y Programas.
Por eso propongo que se exhorte a los titulares de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial y de la delegación Cuajimalpa de Morelos, así como a la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, para que de forma coordinada y con base en sus funciones, formulen y aprueben un nuevo programa delegacional de desarrollo urbano para Cuajimalpa, pues el programa vigente data del 10 de abril de 1997 y resulta obsoleto a las circunstancias actuales de dicha demarcación.
Lo anterior, toda vez que el proceso de urbanización que se lleva a cabo en Cuajimalpa impone una serie de retos que deben atenderse para avanzar hacia una distribución territorial de la población y sus actividades más equilibradas, bajo condiciones de equidad que reduzcan la pobreza y la marginación, incentiven el uso sustentable de los recursos naturales, así como brinden una solución a los problemas en materia de infraestructura y servicios, que garanticen mejorar la calidad de vida de sus habitantes.
También debe tomarse en cuenta que para el proceso de urbanización de la demarcación, éste debe ir acompañado de inclusión y aprovechamiento, de equipamiento y servicios, así como de sistemas de transporte público más efectivos.
Contar con un programa vigente y acorde tanto a la realidad actual de la delegación Cuajimalpa como a las leyes y reglamentos de la Ciudad de México, contribuirá a mejorar y elevar la calidad de vida de sus habitantes y evitará con ello actos de corrupción.
Por lo expuesto y fundado se somete a consideración de esta asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial y de la delegación Cuajimalpa de Morelos, así como a la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, para que de forma coordinada y con base en sus atribuciones y ámbitos de competencia, formulen y aprueben un nuevo programa delegacional de desarrollo urbano para Cuajimalpa, el cual responda a la problemática actual de la demarcación, incorporando las voces y visiones de sus habitantes; ello, atendiendo a que el programa vigente data del 10 de abril de 1997 y resulta obsoleto para atender las necesidades, demandas y problemáticas actuales.
Notas
1 http://www.posgrado.unam.mx/sites/default/files/2016/04/1103.pdf
2 http://www.hic-al.org/glosario_definicion.cfm?id_entrada=19
3 http://www.data.seduvi.cdmx.gob.mx/portal/index.php/programas-de-desarr ollo/programas-delegacionales
4 http://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/df/poblacion/comot u.aspx?tema=me&e=09
5 http://www.milenio.com/region/
Viven-zonas-alto-peligro-Cuajimalpa-PAOT-Atlas-Riesgo-DF-asentamientos-irregulares_0_639536067.html
6 http://cuajimalpa.cdmx.gob.mx/historia/
7 http://azcapotzalco.df.gob.mx/wp-content/uploads/2016/07/GOCM-12-05-201 6.pdf
8 Ídem.
9 http://centro.paot.org.mx/documentos/paot/estudios/EOT-11-2010.pdf
Fuentes consultadas
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal. Disponible en
http://www.aldf.gob.mx/archivo-3a6419f3c20189c5c79382d35 f87c41f.pdf Consultado el 7 de octubre de 2016.
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http://www.aldf.gob.mx/archivo-e6937bc8a449371542a9379c2 28a8920.pdf Consultado el 7 de octubre de 2016.
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http://www.eluniversal.com.mx/articulo/metropoli/df/2015 /09/30/tendra-df-plan-de-desarrollo-urbano-en-2016 Consultado el 7 de octubre de 2016.
Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Programa de Desarrollo Delegacional de Cuajimalpa de Morelos 2015-2018. Disponible en
http://azcapotzalco.df.gob.mx/wp-content/uploads/2016/07 /GOCM-12-05-2016.pdf Consultado el 7 de octubre de 2016.
La Jornada. Viven 16 mil vecinos de Cuajimalpa en zozobra ante orden de desalojo. Disponible en
http://www.jornada.unam.mx/2015/10/17/capital/027n1cap Consultado el 7 de octubre de 2016.
Excélsior. Santa Fe pasó de tiradero a joya urbana. Disponible en http://www.excelsior.com.mx/2012/05/20/comunidad/835365
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Milenio. Viven 40 mil en zonas de alto peligro en Cuajimalpa. Disponible en http://www.milenio.com/region/Viven-zonas-alto-peligro-Cuajimalpa-PAOT- Atlas-Riesgo-DF-asentamientos-irregulares_0_639536067.html Consultado el 7 de octubre de 2016.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de 2016.
Diputada Sara Paola Galico Félix Díaz (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobernadores, la SCT y la CFE a tomar medidas tendentes a fomentar el uso de automóviles híbridos y eléctricos, a cargo del diputado Tomás Roberto Montoya Díaz, del Grupo Parlamentario del PRI
El que suscribe, Tomás Roberto Montoya Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Sexagésima Tercera Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo que establecen los artículos 6, numeral 1, fracción I; 65, numeral 1, fracción I; y 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía propuesta con puntos de acuerdo para exhortar respetuosamente a los titulares de los Ejecutivos de las entidades federativas, a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la Comisión Federal de Electricidad a tomar medidas de políticas públicas a fin de incentivar el uso de vehículos automotores híbridos y eléctricos, al tenor de los siguientes
Considerandos
En el análisis de la realidad actual del país a través del paso de tiempo la sociedad en su conjunto ha transitado hacia el progreso. El Diccionario de la Real Academia Española define progreso como un desarrollo, una mejora o un avance. El término indica que algo se dirige hacia adelante, ya sea de manera simbólica, temporal o física, lo habitual es asociar el progreso al desarrollo humano. Se entiende, en este sentido, que el progreso implica una mejora en las condiciones de vida de las personas.
Una definición más amplia o específica sobre progreso propicia el uso del término de progreso social, que se define como el cambio de la sociedad hacia su ideal, incluye todos los avances que afectan a la mejora de las condiciones de vida de los seres humanos. El progreso social es la idea de que las sociedades pueden hacer o mejorar en términos de sus estructuras sociales, políticas y económicas. Esto puede ocurrir como resultado de la acción humana directa, como en la empresa social o por medio de activismo social, o como una parte natural de la evolución sociocultural. El progreso social es esencialmente un concepto contemporáneo, ya que se asocia con las condiciones de vida del ser humano en la sociedad moderna. Fue introducido en las teorías sociales de principios del siglo XIX, especialmente las de los evolucionistas sociales como Auguste Comte y Herbert Spencer.
Sin embargo, es necesario reconocer que no todo el progreso es en bien de la comunidad. Es evidente que el progreso plantea una serie de retos complejos a la sociedad y a los gobiernos en el precepto de los avances para obtener mejores condiciones de vida.
En el caso del país, el tan mencionado progreso ha ocasionado, entre otras cosas, un proceso de reconfiguración demográfico que ha propiciado la urbanización de la población, es decir, la población paso de ser mayoritariamente rural a urbana en un tiempo relativamente corto, considerando que a mediados del siglo pasado, la población se encontraba distribuida en zonas netamente rurales, para los tiempos actuales 3 de cada 4 habitantes se encuentran asentados en ciudades de más de 200 mil habitantes.
Este proceso de concentración demográfica consistente en la convivencia de grandes cantidades de personas asentadas en pequeños espacios territoriales, ha implicado una serie de retos de administración y gobernanza en los zonas de población, en virtud de que se polarizan e incrementan geométricamente la demanda de los servicios públicos básicos que la población requiere como los de salud, seguridad, educación, movilidad, transporte, tanto público como privado, empleo, entre otros.
Pero además otro de los graves problemas que acarrea la concentración demográfica tiene que ver con la aparición de situaciones severas de contaminación ambiental que se genera. Ésta es delicada, toda vez que, normalmente, redunda en afectaciones a la salud de los habitantes de los grandes centros de población por la concentración de basura y la concentración de un enorme parque vehicular, público, privado, industrial y distribución de mercancías, en espacios reducidos con insuficiente caminos o rutas para la movilidad de las personas.
En el estudio El sector transporte y sus implicaciones en la calidad del aire, elaborado por Hilda Martínez, integrante del Centro de Transporte Sustentable de México, publicado en el trabajo Recomendaciones de políticas públicas para mejorar la calidad del aire en México, una visión compartida elaborado por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, AC, con la colaboración de las instituciones como la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Instituto Nacional de Ecología, Health Effects Institute, Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco), Centro de Transporte Sustentable de México (CTS-Embarq), Asociación Mexicana de la Industria Automotriz, Bosch; Energía, Tecnología y Educación, The International Council on Clean Transportation, y Ética Ambiental, AC, señala: En las grandes ciudades la contaminación del aire proviene principalmente del sector transporte, debido a deficiencias en la administración de éste, que se manifiestan en fallas en el sistema de transporte público, congestionamiento vial y mayores distancias recorridas en los vehículos automotores. Todo esto está asociado a una flota vehicular con tasa de renovación poco dinámica que impiden el uso generalizado de tecnologías de menores emisiones y mayor rendimiento energético.
Asimismo, expresa el estudio de datos y tendencias de la calidad del aire en 20 ciudades mexicanas (2000-2009), en la zona metropolitana del valle de México las fuentes móviles representan 82.4 por ciento de los gases emitidos, por otro lado en la zona metropolitana de Guadalajara las fuentes móviles son 99.5 por ciento de CO emitido.
De acuerdo con datos del CTS-Embarq México, el transporte representa una de las principales fuentes de emisiones y consumo energético en el país. En 2006 generó 20 por ciento de las emisiones totales de gases de efecto invernadero, del cual, 93 por ciento corresponde a vehículos automotores. Este sector consume 95 por ciento de la gasolina del país, asociado principalmente a los vehículos ligeros.
El parque vehicular total en 2010 se formaba por más de 24 millones de unidades, con una proyección de casi 54 millones para 2035. En términos generales, se aprecia que los vehículos particulares, es decir compactos, subcompactos, de lujo y deportivos, representan la mayoría de la flota, con 53 por ciento del total. En seguida se encuentran los vehículos de carga, que representan aproximadamente 32 por ciento del total. El restante 15 por ciento corresponde a vehículos de transporte de pasajeros.
Gabriela Alarcón, del Imco, en el análisis ¿Cuál es el impacto de la contaminación en la salud de las poblaciones del Distrito Federal y Monterrey?, publicado por el Cemda, referente a los efectos que la contaminación tiene en la salud, el Imco realizó un estudio para analizar el impacto que tienen distintas concentraciones de contaminantes atmosféricos (O3, PM2.5, PM10, NO2, CO y SO2) sobre el número de visitas a hospitales por motivo de enfermedades respiratorias agudas (infecciones respiratorias altas e infecciones respiratorias bajas) y otras enfermedades respiratorias.
Se menciona en el estudio que el análisis se efectuó para Monterrey y el Distrito Federal, pues estas dos ciudades fueron las únicas que contaban con información suficiente para realizar el análisis a través de un periodo de tiempo amplio. El estudio analizó los efectos en niños menores de 15 años, adultos mayores a 65 años y en la población en general.
Los resultados expuestos en el estudio evidencian que a medida que aumenta la contaminación, las visitas a hospitales por enfermedades respiratorias también se incrementan. También puede observarse que el efecto es mayor en el DF que en Monterrey, a pesar de que en Monterrey el número de días en que las concentraciones de contaminantes sobrepasan los límites permitidos es mayor. Además, de manera general, en Monterrey las consultas aumentan dos días después de la exposición al contaminante, mientras en el DF éstas se incrementan al siguiente día.
Las relaciones más fuertes y significativas encontradas entre el nivel de contaminantes y el de las visitas a hospitales en ambas ciudades se presentan cuando aumenta tanto la concentración de partículas en el aire, como el dióxido de nitrógeno. En Monterrey, el incremento es menor en ambos componentes, en particular en el aumento de partículas pequeñas, y en algunos casos los efectos no son significativos.
Además, el estudio estima las implicaciones económicas derivadas de dichos impactos en la salud. Argumenta que, para el caso del Distrito Federal, si se lograra reducir los niveles de contaminantes desde cuando se declaran precontingencias a los que marca la norma oficial mexicana para partículas suspendidas, se reducirían mil 517 visitas al año (una reducción de 37 por ciento en las visitas hospitalarias). Esto se traduciría en un ahorro por cada persona enferma de 24 mil 233 pesos para el sector salud o para las familias, en el caso de que éstas asumieran el costo por la hospitalización, de esta manera, en el Distrito Federal el sector salud podría ahorrarse 37 millones de pesos, por un menor número de enfermos hospitalizados si se cumplieran las normas federales de calidad del aire.
Al mismo tiempo, esto representaría un ahorro para las empresas locales (por un menor ausentismo laboral) que equivaldría a 1.25 millones de pesos. En el caso de que se cumplieran los estándares recomendados por la Organización Mundial de la Salud, los ahorros para el sector salud serían de 92.7 millones de pesos y el aumento en productividad equivaldría a 3.2 millones de pesos.
El estudio reconoce que los impactos estimados no consideran a los enfermos que no acuden al IMSS o que no ingresaron al hospital. Con ello, reconocen que los impactos económicos subestiman el efecto total de la contaminación. Derivado de este estudio es posible afirmar la relación significativa entre la concentración de los contaminantes y las enfermedades respiratorias (reflejada en el número de visitas a hospitales).
Está más que claro entonces que para mitigar los efectos de la contaminación en todo el país, pero principalmente en los centros urbanos de población, donde habita el 75 por ciento de las personas, donde el fenómeno de la contaminación se expresa en toda su plenitud, tal como lo padeció la megalópolis de la zona metropolitana de la Ciudad de México durante los tres día de declarada fase 1 de contingencia ambiental los día 15, 16 y 17 de marzo de 2016, por presencia de altas concentraciones de ozono en el aire, es prioritario emprender acciones contundentes con la finalidad de atender el problema y en la búsqueda de acciones para a propiciar mejores condiciones de vida para la ciudadanía a través de las políticas públicas deben enfocarse en diversas y multidisciplinarias vertientes.
Para reducir la contaminación del aire se requiere una estrategia integral, con metas de corto, mediano y largo plazos, que involucre a todos los actores de la sociedad. Es necesario e ineludible diseñar una política integral de transporte cuyos componentes principales sean la introducción de tecnologías más limpias y la disponibilidad de mejores combustibles, más limpios, con un menor contenido de azufre.
Es importante la gestación de un modelo de desarrollo compartido industria-gobierno, donde el este implemente políticas públicas para apoyar la investigación y el desarrollo de tecnologías revolucionarias y promueva la introducción en el mercado de vehículos ecológicos, más amables con el medio ambiente, mediante apoyos en infraestructura, incentivos y disponibilidad de combustibles adecuados, acciones que deberán ser consideradas en la elaboración de la norma de eficiencia energética para dar cumplimiento a los compromisos del Estado mexicano en la COP 21 efectuada en París, referente al tema de cambio climático. Las principales oportunidades en el corto y mediano plazo para mejorar la calidad del aire dependerán de una política integral, consistente en acciones que se tomen respecto a los vehículos en circulación y su alcance a nivel nacional, así como el efectivo control de las importaciones de vehículos usados y la distribución de combustibles limpios.
En el contexto de que son los vehículos automotores los que propician la mayor cantidad de sustancias que se arrojan a la atmosfera, uno de los focos que merece mayor atención, cuando menos en el corto plazo, debe ser el de los incentivos gubernamentales, en los tres órdenes de gobierno, para impulsar el uso de vehículos de autotransporte, en todas sus modalidades, de pasajeros individual o colectivo, de trasporte público, de transporte para el traslado y distribución de mercancías, de unidades vehiculares amables con el medio ambiente como son los automóviles y camiones híbridos y eléctricos, clasificados como los automóviles menos contaminantes y ahorradores de combustible por sus bajos niveles de consumo. Se calcula que el costo de la energía que necesita un automóvil de batería para circular durante un mes es 60 por ciento menor respecto de un coche que consume gasolina. Cálculos realizados por el Instituto de Asistencia en Investigaciones Ecológicas, muestran que un vehículo circula o recorre mil 510 kilómetros al mes por promedio, que representa un costo menor de casi 50 por ciento.
El gobierno federal ha dado pasos importantes en ese tenor al establecer en la Ley de Ingresos de la Federación de 2016 la autorización para que ese tipo de unidades queden exentas de pagar el impuesto que establece la Ley Federal de Impuestos sobre Automóviles Nuevos, al determinar en el artículo 16, inciso B, fracción I, referente a exenciones:
Se exime del pago del impuesto sobre automóviles nuevos que se cause a cargo de las personas físicas o morales que enajenen al público en general o que importen definitivamente en los términos de la Ley Aduanera, automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como de aquéllos eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno.
En el rubro de los estímulos instrumentados por el gobierno de la República también se establecen tarifas preferenciales en el consumo de energía eléctrica, a través de la Comisión Federal de Electricidad, para las personas que adquieren este tipo de unidades.
También se debe resaltar que a nivel de gobiernos estales locales este tipo de unidades automotoras han recibido estímulos respecto a la exención de incorporarse a los programas que limitan la circulación mediante verificaciones de gases contaminantes.
Sin embargo las acciones de políticas públicas para incentivar el uso de esos vehículos ante la población no han sido suficientes. Según datos de 2015, durante el primer trimestre, enero-marzo, se vendieron 306 mil 157 unidades, de los cuales sólo 443 fueron eléctricos o híbridos, el 0.14 por ciento. Este tipo de autos, a pesar de su importancia al ser muy benignos con el medio ambiente por la casi nula emisión de gases de efecto invernadero por el bajo consumo de combustible fósil, se han vendido menos de lo que se esperaría.
El mercado de autos híbridos y eléctricos marcha muy lentamente por diversas razones. Una de ellas es la errónea percepción de los posibles compradores al considerar que los autos son complicados, difíciles de reparar y de mantenimiento caro, aunado a que se considera que la inversión inicial para la adquisición del vehículo es alta, por arriba de los estándares que maneja el mercado, sin embargo soslayan lo que se ahorraran en el pago del combustible y que los efectos negativos sobre el medio ambiente son considerablemente menores, y por consiguiente, en la salud de la población.
Otro factor que inhibe la proliferación y crecimiento del mercado de autos ecológicos es la ausencia de políticas públicas para incentivar tanto a la industria como al consumidor. Por ello, la oferta de coches híbridos es muy pobre: sólo 7 de las 47 marcas que operan en el país tienen en su portafolio automóviles con esas características, y caros además.
En otros países, principalmente europeos, como Noruega se ofrece atractivos estímulos a los ciudadanos que adquieren unidades vehiculares con esta tecnología. En ese país el Estado financia con 6 mil euros la adquisición de esos autos, no les cobran IVA, ni les cobran el impuesto derivado de la compra de un auto nuevo, circulan gratuitamente en todas las carreteras, tienen carriles exclusivos y en los centros de recarga de vehículos eléctricos no cobran. En Francia, las personas que adquieren este tipo de vehículos reciben un estímulo de 7 mil euros, que representa 35 por ciento del valor del vehículo; en Estados Unidos se otorga un estímulo de 7 mil dólares para los compradores.
Hay una opción para atacar frontalmente y decididamente el severo problema de la contaminación ambiental y los efectos negativos de la emisión de gases efecto invernadero por la proliferación del consumo de combustible fósil mediante vehículos automotores, es claro que el camino deberá ser arduo y tardado, pero sino iniciamos con prontitud la toma de decisiones a través de políticas públicas, las consecuencia del cambio climático serán desastrosas para las futuras generaciones.
Se deben impulsar acciones de corto, mediano y largo plazos a fin de incentivar el crecimiento de la industria automotriz haciendo énfasis en incrementar el mercado de estas unidades que beneficie tanto a productores como consumidores, comerciales, industriales y privados, aumento que permitirá cumplir los compromisos del gobierno federal en el marco de la COP 21 para inhibir la emisión de gases con efecto invernadero mediante la disminución del uso de combustible fósil.
Por expuesto someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente a los gobiernos de las entidades federativas a considerar la implantación de un conjunto amplio de beneficios tributarios por el uso o la posesión de vehículos eléctricos, híbridos o cualquier otro sistema de propulsión que sea compatible con el ambiente.
Segundo. Se exhorta respetuosamente a los gobiernos de las entidades federativas a impulsar la celebración de convenios con asociaciones de tiendas departamentales y centros comerciales para relevar del cobro de cuotas de estacionamiento dentro de sus instalaciones a los vehículos eléctricos, híbridos o cualquier otro sistema de propulsión que sea compatible con el ambiente.
Tercero. Se exhorta respetuosamente a la Comisión Federal de Electricidad a implantar medidas que favorezcan a los poseedores de un automóvil eléctrico e incentivar a los consumidores a adquirir uno, tales como la instalación de centrales públicas de carga y medidores especiales que diferencien la cuantificación del consumo del hogar y de recarga de un auto eléctrico.
Cuarto. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a considerar la eliminación del cobro de cuotas de peaje en autopistas federales para los vehículos eléctricos o híbridos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de 2016.
Diputado Tomás Roberto Montoya Díaz (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Michoacán y el Instituto Tecnológico de Morelia a realizar acciones para concluir las obras en el Campus II de esa casa de estudios, suscrita por el diputado Omar Noé Bernardino Vargas e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM
Quien suscribe, diputado Omar Noé Bernardino Vargas, en nombre de los diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El Instituto Tecnológico de Morelia cuenta actualmente con más de medio siglo de existencia. Desde su creación, en 1964, se ha constituido como una pieza fundamental del sistema educativo estatal. Este centro de estudios se encuentra ubicado en la ciudad de Morelia, en el estado de Michoacán, y goza de un amplio prestigio y tradición, en su modalidad de educación superior tecnológica, ocupando a nivel regional el primer lugar en el ranking de institutos tecnológicos de alto desempeño, según información de la Secretaría de Educación Pública. Otros datos a destacar es que cuenta con una acreditación internacional en competencias interculturales internacionales, a lo largo de su existencia ha formado a más de 30 mil egresados, además cuenta con la ventaja de vincularse en los periodos de verano con instituciones educativas de otros países, gracias a su reconocido prestigio.
El Instituto Tecnológico de Morelia atiende actualmente a una matrícula de 5 mil 400 estudiantes distribuidos en sus 20 programas de ingenierías, licenciaturas y posgrados; todos sus programas educativos actualmente se encuentran acreditados por la Secretaría de Educación Pública.
Debido a su vinculación con el sector empresarial, se logró la apertura del Programa de Ingeniería en Mecatrónica en 2016 y en el área de posgrado, la apertura del doctorado en ingeniería aprobado por el Programa Nacional de Posgrado de Calidad del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).
Aunado a lo anterior, el Instituto Tecnológico ocupa el segundo lugar nacional en proyectos de investigación autorizados y financiados por el Tecnológico Nacional de México, lo que posiciona al Instituto como una potencia en este rubro.
Dentro de las funciones más importantes de esta importante institución destacan: contribuir al desarrollo integral de la sociedad, a través de la formación de profesionistas para incidir decididamente en el desarrollo científico, tecnológico, económico y social; vincularse favorablemente con el sector productivo; fortalecer el proceso educativo con la sociedad influyendo en su desarrollo a través de soluciones innovadoras a los problemas tecnológicos, económicos y sociales con egresados de excelencia, reconocidos nacional e internacionalmente.
Pero las problemáticas en el la construcción del campus II del Instituto Tecnológico de Morelia están presentes desde 2009 hasta la fecha, ya que solo está funcionando un 80 por ciento del avance originalmente planteado, teniendo pendiente para su terminación en la primera etapa, una explanada cívica, la cafetería y la barda perimetral, la cual es de suma importancia para el resguardo de las Instalaciones, y debido a la retención indebida de los recursos en varias administraciones estatales no se ha podido completar de manera integral.
En 2009, el Instituto Tecnológico de Morelia gestionó ante el gobierno de la república la edificación del campus II, con los objetivos de responder a la creciente demanda en el número de su matrícula escolar. Derivado de la gestión en comento, el gobierno de la república otorgó la cantidad de 24 millones 124 mil 660 pesos con cargo al programa PAOE, para iniciar la construcción del referido campus II, recursos que fueron depositados el 25 de septiembre de ese mismo año a la Secretaría de Finanzas de Michoacán, iniciándose los trabajos de construcción del citado campus en los terrenos que se asignaron para tal fin, los cuales se localizan en la Ciudad del Conocimiento, en la Tenencia Morelos, municipio de Morelia, Michoacán.
Sin embargo, en el 2011 se decretó la moratoria de pagos, situación que obligó a detener los trabajos de construcción en el mes de diciembre, alcanzándose a ejercer aproximadamente la cantidad de 13 millones de pesos del monto original asignado, esto significa que sólo se utilizaron 53.8 por ciento de los recursos obtenidos.
Para agosto del año 2012, durante la administración del gobernador Fausto Vallejo, se lograron reanudar los trabajos de edificación del campus II, alcanzando un considerable avance, pasando de obra gris de la construcción a proyecto concluido, el cual está conformado por tres unidades académicas y un edificio para oficinas administrativas, todos con sus acabados y pintura, a partir de los recursos monetarios con cargo al Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM), por el monto de 8 millones 600 mil pesos, los cuales a través del convenio de trasferencia, se depositaron a la Secretaría de Finanzas y Administración del estado, no obstante, desafortunadamente al día de hoy y agotadas todas las instancias, siguen sin liberarse dichos recursos, generando un detrimento al nuestro tecnológico.
En 2015, mediante el Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM) se logró licitar y ejecutar la obra, por la cantidad de 12 millones de pesos correspondientes a 2014, con la finalidad de construir un edificio académico departamental, resaltando el apoyo del entonces gobernador del estado, Salvador Jara Guerrero, quien instruyó a la Secretaría de Finanzas para que radicara los recursos a las cuentas del Tecnológico y éste los administrara, garantizándose así, que no se perdieran o se sumaran a la moratoria. Desafortunadamente, por cambios en la estafeta gubernamental a finales de 2015, se detuvieron nuevamente los trabajos de dicha construcción.
Cabe resaltar que derivado de la no terminación del campus II del Instituto, se han generado las siguientes consecuencias:
1. Menor nivel de cobertura de educación superior al estimado por sus instalaciones, esto desfavorece el desarrollo del país y el bienestar social de la región, toda vez que en materia de cobertura sólo se atiende al 35.8% de población en edad de estudiar una licenciatura o ingeniería, lo cual genera desinterés en el sector juvenil;
2. Se impide al Instituto cumplir con las metas institucionales de ampliación de la cobertura, elevar la calidad del servicio educativo y por ende brindar oportunidades a los jóvenes michoacanos, contribuyendo con ello a la reconstrucción del tejido social de Michoacán; y
3. Deterioro creciente y grave por la falta de uso y mantenimiento en la mayoría de los edificios concluidos del campus II, los cuales requerirán de una inversión adicional para su pleno y correcto funcionamiento.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de ésta asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo de Michoacán para que de manera conjunta con el Instituto Tecnológico de Morelia, realicen las gestiones pertinentes a efecto de obtener los recursos necesarios para la conclusión total de las obras del campus II de esa casa de estudios, incluyendo la restauración de aquellas áreas que se han que se han deteriorado debido de la interrupción de los trabajos de construcción.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de octubre de 2016.
Diputados: Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Arturo Álvarez Angli, Jorge Álvarez López, Rosa Alicia Álvarez Piñones, José Antonio Arévalo González, Alma Lucía Arzaluz Alonso, Luis Ignacio Avendaño Bermúdez, María Ávila Serna, Omar Noé Bernardino Vargas, Paloma Canales Suárez, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Juan Manuel Celis Aguirre, Lorena Corona Valdés, José Alberto Couttolenc Buentello, Sharon María Cuenca Ayala, Sasil Dora Luz de León Villard, Daniela de los Santos Torres, Andrés Fernández del Valle Laisequilla, Evelyng Soraya Flores Carranza, Sara Paola Gálico Félix Díaz, José de Jesús Galindo Rosas, Jorgina Gaxiola Lezama, Sofía González Torres, Yaret Adriana Guevara Jiménez, Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Javier Octavio Herrera Borunda, Jesús Gerardo Izquierdo Rojas, Lía Limón García, Mario Machuca Sánchez, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado, Virgilio Mendoza Amezcua, Cándido Ochoa Rojas, Emilio Enrique Salazar Farías, José Refugio Sandoval Rodríguez, Adriana Sarur Torre, Miguel Ángel Sedas Castro, Édgar Spinoso Carrera, Wendolin Toledo Aceves, Francisco Alberto Torres Rivas, Diego Valente Valera Fuentes, Claudia Villanueva Huerta, Enrique Zamora Morlet.
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Infraestructura Carretera y Aeroportuaria de Guerrero a adoptar medidas para resolver con prontitud la problemática derivada del incumplimiento de Grupo Mexicano de Desarrollo, SA, a los compromiso adquiridos con el ejido Tres Palos, al concesionarle la construcción, conservación y explotación de la autopista La Venta-Punta Diamante, en Acapulco de Juárez, a cargo de la diputada Julieta Fernández Márquez, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, diputada Julieta Fernández Márquez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción i; 62, numeral 2, 65, 76, numeral 1, fracción II, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2; así como los artículos 79, numeral 2, fracción III, y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo invocando respetuosamente el carácter de urgente y obvia resolución para exhortar respetuosamente al Titular de la Comisión enunciada en el proemio de la citada proposición, al tenor de los siguientes.
Antecedentes
En los últimos años la inversión en la infraestructura en el estado de Guerrero ha crecido significativamente gracias al Gobierno de la Republica, legisladores federales y al propio Gobernador Héctor Astudillo Flores, entre los tantos beneficios a la población están la creación temporal de empleos en la región, el auxilio al combate a la delincuencia y la reactivación económica de las comunidades más alejadas de los centros de comercio de los estados.
Es el caso especial de la construcción de la carretera Viaducto La Venta-Punta Diamante, la cual consiste, en un tramo de 21.5 kilómetros (en un inicio) y se constituye como una continuación de la autopista Cuernavaca-Acapulco, que desemboca en la zona denominada Acapulco Diamante y al aeropuerto de Acapulco, según reportes de la empresa Grupo Mexicano de Desarrollo, SA.
Esta obra caracterizada en su tiempo como la inversión más cara y por consiguiente la concesión más costosa brindada a dicha empresa por el Gobierno Estatal, fue concesionada para su construcción, explotación, y conservación en el año 1991 a la empresa Grupo Mexicano de Desarrollo, SA, por medio de su empresa filial Autopistas de Guerrero, SA de CV, por un plazo de 20 años.
Según reportes de la misma empresa, el costo de esta carretera en un inicio fue de $212.4 millones, se financió a través de un crédito con Banobras e Inverlat, SA, por el 56.4% y además, se obtuvo un 10% adicional derivado de un crédito subordinado de Banobras; la concesionaria aportó el 30.8% de la inversión y el Gobierno Estatal contribuyó con el 2.8%.
Posteriormente el honorable Congreso del estado de Guerrero, autorizó por decreto número 214 de fecha 13 de febrero del año 2004, publicado el 6 de abril del mismo año en el Periódico Oficial del Estado, un periodo adicional por 20 años más el título de concesión, por la razón de que, como lo afirma la empresa,
El Viaducto no había alcanzado el aforo originalmente previsto que afectó la factibilidad financiera del proyecto, y con la finalidad de estar en posibilidades de recuperar la inversión efectuada.
Mismo acuerdo elaborado por el Congreso del Estado de Guerrero, la multicitada empresa Grupo Mexicano de Desarrollo, SA, por medio de su empresa filial Autopistas de Guerrero, SA de CV, se comprometió como prioridades de la aplicación de los ingresos obtenidos de las tarifas de peaje a la utilización de la infraestructura carretera para los siguientes puntos:
a) Pagar los gastos propios de la operación del Viaducto,
b) Al mantenimiento preventivo y correctivo del Viaducto e instalaciones
c) Al pago de los impuestos derivados de la explotación de la Concesión, y
d) A la amortización de los compromisos financieros asumidos por la Concesionaria con terceros y de los créditos e inversiones destinados por la misma al proyecto, en su oportunidad a la recuperación de sus inversiones, así como los demás compromisos y convenios suscritos para la prestación de los servicios.
Posteriormente, dicha concesión tuvo renovación de manera bilateral por medio del Congreso del estado de Guerrero y el gobierno de la misma entidad, mismo acuerdo que se inscribió en la siguiente publicación:
Periódico Oficial del Estado de Guerrero
Número de periódico: 30 A-I.
Publicado en abril 6 de 2004. En la Categoría: Decretos del Legislativo. Decreto número 214 por el que se autoriza al titular del Poder Ejecutivo estatal para prorrogar el plazo del título de concesión para construir, explotar y conservar el viaducto La Venta-Punta Diamante, a la empresa Grupo Mexicano de Desarrollo quien lo ejerce a través de su empresa filial Autopistas de Guerrero, SA de CV.
Partiendo de este mismo punto, el Congreso del Estado de Guerrero tomo medidas preventivas acerca de la problemática de la situación del incumplimiento de los compromisos adquiridos por la empresa, con fecha 6 de septiembre de 2011 los diputados locales, presentaron la propuesta de acuerdo parlamentario para crear la Comisión Especial para el seguimiento de los convenios establecidos por el Grupo Mexicano de Desarrollo con los ejidatarios y habitantes del poblado de Tres Palos, Guerrero, en la construcción, explotación y conservación del viaducto La Venta-Punta Diamante y los servicios conexos.
Desde el año 2011, el poblado de Tres Palos ha tenido una serie de inconformidades generados por el incumplimiento de la concesionaria, como lo señala el acuerdo de la Comisión Especial del Congreso del estado de Guerrero creada para solucionar la problemática señalo lo siguiente en relación a los puntos inconclusos:
...al no efectuar la pavimentación del acceso al poblado a través del camino tradicional de la laguna de Tres Palos, siendo este uno de los compromisos reconocidos como obras complementarias otorgadas como una contraprestación a favor del Ejido, por beneficiarse con el convenio de servidumbre de paso, mismo que desde el año de 1991 explotan sin otorgar/e ningún beneficio al Poblado en mención.
...los habitantes del poblado de Tres Palos temen por la amenaza latente de inundarse en las temporadas de lluvias, debido a los defectos de obra que tiene el viaducto Diamante desde sus inicios, tales como el insuficiente número de alcantarillas, número que no es el presentado en el proyecto original.
Consideraciones
Es por lo anterior, que hasta el momento se mantiene la problemática con el ejido de Tres Palos derivado de numerosos puntos de incumplimiento por parte de la empresa Grupo Mexicano de Desarrollo, entre los cuales se encuentran:
a) Terminación de puentes, apertura de callejones sacacosechas laterales, mantenimiento de alcantarillas, pavimentación del camino viaducto kilómetro 5 más 200 Tres Palos.
b) La pavimentación del camino del kilómetro uno La Poza.
Derivado de lo anterior, muchos de los, compromisos adquiridos por la empresa concesionaria, pese a que han transcurrido 12 años luego de la prórroga, no han sido cumplidos.
Derivado de las omisiones de la empresa concesionaria, el ejido de Tres Palos está siendo afectado severamente, entre los daños se encuentra:
a) A los automovilistas que quieren evitar el pago de peaje en la caseta ubicada en el entronque de las carreteras Acapulco-Pinotepa Nacional transiten por calles del Ejido y generen daños a la infraestructura vial de este.
b) La falta de mantenimiento y la falta de ampliación al alcantarillado en la vía, es evidente que, en temporadas de lluvia se provoca inundaciones en zonas habitacionales, al haberse constituido la autopista en un dique del río que cruza los puentes Sabana 1 y 2.
Es paradójico y contrario a la moral, dentro del informe Reporte anual que se presenta de acuerdo con las disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores ya otros participantes del mercado del año 2014, la empresa Grupo Mexicano de Desarrollo, asegura:
Por lo que se refiere a la concesionaria de la autopista Viaducto La Venta-Punta Diamante en Acapulco, Guerrero, reportamos que por décimo segundo año consecutivo se obtuvo el certificado de administración, operación y mantenimiento ISO 9001:2008.1
Según el reconocimiento consiste según la página Normas 9000, dice que es la base del sistema de gestión de la calidad, ya que es una norma internacional y que se centra en todos los elementos de administración de calidad con los que una empresa debe contar para tener un sistema efectivo que le permita administrar y mejorar la calidad de sus productos o servicios.
Según la página, el objetivo de la ISO es llegar a un consenso con respecto a las soluciones que cumplan con las exigencias comerciales y sociales (tanto para los clientes como para los usuarios).
Derivado de lo anterior, no es creíble que una empresa que sigue incumpliendo consecutivamente por 12 años con los acuerdos pactados, se le siga dando una concesión valiosa para el municipio de Acapulco y además premiando con este tipo de certificaciones.
En otro aspecto, la empresa en el 2014 reportó un incremento en el flujo de vehicular donde menciona:
En 2014 el aforo vehicular fue de 2 millones, que comparado con el año anterior aumentó en un 6.8%. El incremento de aforo se dio principalmente por el tráfico local, representando un aumento de 51% contra 2013, así como por un incremento de 4.6% en el aforo de largo itinerario (turismo)...
Por consiguiente, se incrementaron las ganancias para la empresa derivado del cobro de peaje por 188.4 mdp, que comparado con el año anterior representaron un incremento del 22.4%.
De esta manera, la concesionaria explota la vía, obteniendo para sí beneficios económicos que consecutivamente año con año tiene incrementos significativos, por su parte el ejido de Tres Palos no solo no recibe productos por el uso de su suelo sino, paradójicamente, daños por las causas citadas en los anteriores párrafos.
Es importante hacer un llamado enérgico al Director de la Comisión de Infraestructura Carretera y Aeroportuaria del Estado de Guerrero, para que de manera inmediata aplique las medidas necesarias a fin de que la Empresa Grupo Mexicano de Desarrollo cumpla con los compromisos adquiridos con el ejido de Tres Palos, además evitar el cobro desmedido a los mismos habitantes que transitan diariamente, ya que es un medio necesario para el desarrollo y sustento de las familias guerrerenses.
En razón a ello, es que someto a la consideración de esta Soberanía, solicitando se tramite como de urgente y obvia resolución, el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al titular de la Comisión de Infraestructura Carretera y Aeroportuaria del estado de Guerrero, para que adopten las medidas o acciones necesarias a fin de resolver con prontitud la problemática derivada del incumplimiento de la empresa Grupo Mexicano de Desarrollo, SA, a los compromisos adquiridos con el ejido Tres Palos, al concesionársele la construcción, conservación y explotación de la autopista La Venta-Punta Diamante, en Acapulco de Juárez, en el estado de Guerrero.
Notas
1 http://www.gmd.com.mx/descargas/reporteAnual2014.pdf
Dado en el salón de sesiones del Recinto Legislativo de San Lázaro, a los 20 días del mes de octubre del año 2016.
Diputada Julieta Fernández Márquez (rúbrica)
Con motivo del 17 de octubre, 63 aniversario del reconocimiento del derecho de las mujeres al voto en México, suscrita por la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, del Grupo Parlamentario del PRI, e integrantes de la Comisión de Igualdad de Género
No permitamos pues sólo caricaturas de democracia.
Ana Lilia Ulloa Cuellar
El 63 aniversario del sufragio femenino en México, constituye una fecha de suma importancia para todas las diputadas de esta Cámara y para todas las mujeres mexicanas, porque significó el reconocimiento constitucional del derecho de las mujeres al sufragio universal, en virtud de ello es motivo de conmemoración.
La historia oficial señala que las mujeres alcanzaron la mayoría de edad política el 3 de julio de 1955, ya que fue la primera vez que la mujer mexicana emitía su voto en unas elecciones federales, a fin de integrar la XLIII Legislatura de la Cámara de Diputados.
Aunque antes, el 17 de octubre de 1953, el Diario Oficial de la Federación publicó los textos normativos que permitían votar a las mujeres en elecciones federales mediante las reformas a los artículos 34 y 35 constitucionales, que les concedieron a las mexicanas plenitud de derechos civiles y políticos.
No obstante que desde 1853, un grupo de mujeres zacatecanas habían solicitado que se les otorgará el estatus de ciudadanas, lo que implicaba por supuesto el derecho a votar.
Por otro lado la Convención Sobre los Derechos Políticos de las Mujeres estableció en 1954 la obligación de los estados para garantizar la posibilidad de que las mujeres puedan votar o ser votadas.
Por su parte, la incorporación e intervención de las mujeres en los espacios de toma decisiones, como lo señala la Plataforma de Acción de Beijing: no sólo es una exigencia básica de justicia o democracia sino que puede considerarse una condición necesaria para que se tengan en cuenta los intereses de las mujeres. Sin la participación activa de las mujeres y la incorporación del punto de vista de las mujeres a todos los niveles del proceso de adopción de decisiones no se podrán conseguir los objetivos de igualdad, desarrollo y paz.
Así las cosas, las mujeres, en ese proceso histórico, hemos transitado de la exigencia de ejercer el derecho al voto a la demanda de incorporarnos a los puestos de representación popular o de toma de decisiones.
De esta forma nacieron las famosas cuotas de género, y de las cuotas de género acabamos de transitar a la paridad de género, donde se estableció que dicha representación femenina deber ser al 50 por ciento en todos los procesos comiciales a fin de garantizar el alcance de la paridad efectiva y total.
Sin dejar de reconocer la influencia que tuvo en esta reforma la Sentencia Histórica SUP-JDC-12624/2011, emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
No obstante ello, es relevante mencionar que una cuestión es garantizar el acceso a estos espacios, pero otra es, en la realidad, alcanzar el empoderamiento de las mujeres en la vida pública, en donde el respeto y reconocimiento en igualdad de condiciones de su trabajo, dentro de un ambiente como la política, históricamente masculinizado, sea una constante y no una excepción.
En el ámbito político, como en cualquier espacio de la sociedad, se perpetúan comportamientos discriminatorios en contra de las mujeres que participan en él, lo que impacta negativamente el desarrollo de la actividad política de dichas mujeres, lo que es contrario a la democracia porque ésta implica la existencia de un sistema incluyente, popular y representativo, debe ser respetuosa de los Derechos Humanos de las mujeres.
Considero que para que el Estado mexicano alcance un estándar excepcionalmente democrático debe incluir a las mujeres, es necesario promover que dicha democracia sea entendida desde lo conceptual y lo filosófico, como una forma de vida que toma en cuenta la voz, opinión y decisiones de las mujeres en todos los ámbitos, desde la familia, la escuela, el trabajo, las organizaciones y, por supuesto, la política.
De esta forma transitaríamos de lograr que más mujeres ocupen un mayor número de puestos de elección popular, a que todas las mujeres, en todos los espacios, participen en igualdad de condiciones y oportunidades, sin violencia, sin discriminación y con condiciones que hagan accesible su incorporación.
Debemos entender, que la democracia de género, como sistema inclusivo y de vigencia de derechos humanos, es la ¡democracia completa!
Y que mientras entre las mujeres y los hombres siga existiendo una distribución desigual en el acceso y ejercicio del poder, así como del trabajo, el ingreso y el tiempo, seguirá existiendo un déficit democrático.
Los exhorto pues, a revertir esta deuda y a construir, en conjunto, una sociedad justa e igualitaria para mujeres y para hombres.... una sociedad para todos.
Muchas gracias.
Notas:
1. Diagnóstico sobre la Participación Política de las Mujeres en México. ONUMujeres-PNUD. Disponible en
http://www.cinu.mx/minisitio/voto_mujeres/2-Cap1-Diagnos tico.pdf.
2. Historia de la Ciudadanía de las Mujeres en México. Disponible en http://griseldaalvarez.org/pdf/femenino.pdf
3. Gómez Galvarratio, Aurora. Historia de los derechos políticos de las Mujeres en México: Una perspectiva internacional. Disponible en
http://genero.ife.org.mx/sitio60Aniv/docs/23lun/m1_02_Au roraGomez.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de octubre de 2016
Diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco
Con motivo del 15 de octubre, Día Internacional de la Mujer Rural, a cargo de la diputada María Soledad Sandoval Martínez, del Grupo Parlamentario del PRI
El 15 de octubre se celebra el día internacional de la mujer rural, sin duda alguna es de reconocer el trabajo que se ejercer en el campo por ellas; las contribuciones dentro de la producción y el desarrollo del mismo, en la promoción del trabajo a gran escala agrícola, como en la comunidad, siempre buscando la mejora en la seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza rural.
Dentro del trabajo rural reconocemos y debemos tener claro la duplicidad del papel que la mujer tiene, ya que el despliegue de las acciones en cualquier lugar se amplían al responsabilizarse de las tareas de casa y las actividades económicas en pequeña, escala conocidas como trabajo de traspatio. Conforme los años avanzan las actividades se convierten en mayor medida participación de la mujer en ellos, señalándose con ello el fenómeno llamado feminización de la agricultura campesina.
La feminización de la agricultura campesina comienza con los cambios a implementados a inicios de los años ochenta, donde la agricultura de exportaciones no tradicionales, tiene un giro económico mayor al que se tenía en los años setentas, es en esta década de los años ochenta, es cuando la mujer comienza a involucrarse en las actividades rurales mejor remuneradas, dejando a un lado la labor de los huertos de traspatio, incorporándose al trabajo en la temporada de cosechas de cultivos tradicionales de exportación.
Sin embargo, las labores que realizan las mujeres se consideran, por lo general, no calificadas. Por lo cual existe una menor probabilidad de que las mujeres reciban capacitación y adquieran conocimientos que les permita acceder a trabajos mejor remunerados (Dolan y Sorby, 2003: 29-31).
Dentro de la potencialización rural de la participación de la mujer, sin duda ha sido el de generar una mayor participación y con la finalidad de lograr el posicionamiento que hoy en día tiene, con objetivo fijo de mejorarlo, pero sin duda alguna, como se mencionó al principio de este artículo el papel de duplicidad que la mujer maneja, es sin duda de suma importancia, debido a que, aunque se esté logrando el posicionamiento del reconocimiento de la participación de la mujer dentro del mundo rural, la duplicidad de las labores siguen siendo totalmente responsabilidad de ella.
La igualdad entre hombres y mujeres no es simplemente una materia de números iguales de hombres y mujeres en el empleo, sino más bien el grado en el que su trabajo contribuye al bienestar y empoderamiento de la mujer. (Dolan y Sorby 2003: 43)
Sin duda alguna la capacidad de la mujer en generar y poder controlar los ingresos, ya sean producto de los derivados de su trabajo y/o salario, o de la misma producción agrícola realizada por ellas, contribuye a su empoderamiento dentro de su participación en actividades productivas en campo. Además de mejorar el bienestar de su familia, contribuyen al desarrollo de las técnicas de agricultura e impulso de la distribución del factor final de producción.
Diputada María Soledad Sandoval Martínez (rúbrica)
Con motivo del 19 de octubre, Día Mundial contra el Cáncer de Mama, a cargo de la diputada Rosa Alba Ramírez Nachis, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La importancia del diagnóstico precoz
El cáncer de mamá constituye en México, desde hace ya algunos años, la primera causa de muerte por enfermedad de cáncer en la población femenina de 25 años y más.
Actualmente el cáncer de mama resulta para nuestro país un importante problema de salud ya que con el tiempo, el número de casos se ha incrementado y cada vez es más frecuente en la mujer mexicana, de manera que cada dos horas, una mujer mexicana muere a causa de esta enfermedad.i
Entre las medidas de prevención, que se recomiendan se encuentra el autoexamen mamario que debe realizarse mensualmente a través de una palpación simple.ii Las señales que deben tenerse en cuenta son la presencia de pequeños bultos, endurecimientos, dolores, pezones retraídos, o pérdida de líquido por los pezones.
Igualmente, se debe realizar un control ginecológico por lo menos una vez al año, con exámenes de mamografía y ecografía, lo cual es indispensable para asegurar una prevención integral.
Cabe destacar que en caso de que el cáncer de mamas sea detectado en las primeras fases, las posibilidades de curación ascienden a un 97 por ciento.iii
Por ello, al conmemorarse este 19 de octubre, el día mundial contra el cáncer de mama, nos solidarizamos en la lucha y el sufrimiento de miles y miles de mujeres que sufren en nuestro país y en el mundo entero esta enfermedad; reconocemos también el esfuerzo que a nivel mundial realizan organismos internacionales como la OMS, la Organización Panamericana de la Salud, entre otros, así como a las autoridades sanitarias en nuestro país, de manera especial hago un reconocimiento a las organizaciones civiles que suman sus esfuerzos para combatir a este mal, mediante la concientización y las acciones de salud que para tal efecto vienen desarrollando.
No obstante reconocemos, las grandes limitantes que hoy por hoy se dan en la atención a quienes padecen esta enfermedad, en donde el presupuesto destinado a salud juega un papel importante, en tanto que es el instrumento que promueve la investigación y lleva la atención médica a quien lo requiere, por ello también manifestamos nuestra inconformidad con la reducción que el ejecutivo federal presenta a este órgano legislativo en el presupuesto destinados al ramo.
Notas
i Estadios del cáncer de seno:
http://www.cancer.gov/espanol/pdq/tratamiento/seno/
ii 19-octubre-dia-mundial-lucha-contra-cancer-mama&Itemid=255
http://www.paho.org/par/index.php?option=com_content&view=article&id
iii Ibídem
Diputada Rosa Alba Ramírez Nachis (rúbrica)