Proposiciones de urgente u obvia resolución
Proposiciones
Efemérides


Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República a iniciar en el ámbito de su competencia una investigación contra el ciudadano Gustavo Enrique Madero Muñoz o quien resulte responsable por el nombramiento de Lucero Guadalupe Sánchez López, actual legisladora local, como candidata por el distrito electoral XVI de Cosalá, Sinaloa, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, César Alejandro Domínguez Domínguez, diputado a la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta punto de acuerdo de urgente resolución, con el fin de exhortar respetuosamente a la Procuraduría General de la República para que sea iniciada una investigación en contra del ciudadano Gustavo Enrique Madero Muñoz, en virtud de su relación y presunta intervención para el nombramiento como candidata por el distrito electoral XVI del estado de Sinaloa, a la actual legislatura local de aquella entidad, de nombre Lucero Guadalupe Sánchez López, y que a la fecha se ha verificado su contacto con el narcotraficante Joaquín Archivaldo Guzmán Loera, alias El Chapo Guzmán. Lo anterior, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

I. Si bien es cierto, la vida íntima y sentimental de una diputada del Congreso local de Sinaloa es un asunto que sólo se constriñe estrictamente a ese ámbito, el personal, y que sólo debiera interesarle a ella como persona, no menos cierto es que cuando esta integrante de uno de los tres poderes estatales, se ve involucrada dentro de su espacio particular con Joaquín “El Chapo” Guzmán, uno de los narcotraficantes más buscados en el mundo, líder de una de las organizaciones criminales más grandes, y de reciente detención por las autoridades mexicanas, es evidente que el tema obtiene por sí mismo otro carácter.

La legisladora por Cosalá, Sinaloa, Lucero Guadalupe Sánchez López, después de que se diera a conocer su presunto vínculo con el criminal, ha sido investigada por las correspondientes áreas de inteligencia de la Policía Federal, Secretaría de Marina y el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen), y presentada en cumplimiento de una orden de presentación, ante el Ministerio Público de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (Seido). Dicha relación ha sido confirmada por las declaraciones ministeriales de los agentes pertenecientes a las distintas corporaciones, desde la última fuga del capo en julio de 2015, quienes aseguran que la diputada iba a visitarlo personalmente al Centro Federal de Readaptación Social número 1, Penal de Máxima Seguridad denominado El Altiplano, utilizando identificaciones que ostentaba como oficiales, pero que sin embargo, se trataba de documentaciones apócrifas. Existen también reportes del último hijo de la citada funcionara, de aproximadamente un año, mismo que tiene como progenitor a Joaquín Guzmán Loera, lo que aumenta en gran medida su relación con este individuo.

La diputada ha tenido diversas manifestaciones sobre tales circunstancias, negando primeramente cualquier tipo de contacto con el personaje, sin embargo, el abogado defensor del Chapo, se ha pronunciado de manera oficial ante el Ministerio Público de la Procuraduría General de la República (PGR) en el sentido de que efectivamente se trata de ella, quien junto con él acudió al penal para realizar las visitas. Ahora bien, sus declaraciones han caído en constantes contradicciones, tal y como lo muestra un video que contiene una entrevista para varios medios de comunicación, en donde ella de propia voz señala de manera titubeante: “No lo conozco en si así, de cerca, pero lo he visto en ocasiones”.

Cabe resaltar que de las casi nulas participaciones trascendentes en tribuna de Sánchez López, sale a relucir aquella que realizó en el mes de octubre de 2015, en donde ejerció distintas críticas a los operativos realizados por la Secretaría de Marina y el Ejército en la región conocida como El Triángulo Dorado, lugar donde curiosamente se habían implementado acciones para recapturar a El Chapo. “Es lamentable de verdad la situación que ahorita nos está acechando...”, dijo en el pleno del Congreso la diputada Lucero Guadalupe, “ayer estuvimos con más de 200 familias que han estado afectadas por esta situación...” “Solamente comentarles lo que pasó, ayer platiqué con todas las familias desplazadas y me comentan que hay detenidos por la Marina, no los han presentado a la PGR ni en Sinaloa, están desaparecidos desde el 8 de octubre” “...le pedimos al gobernador también que nos escuche y ponga atención, que visite el municipio de Cosalá y vea la situación que estamos pasando en este momento, es lamentable de verdad”, continuó dirigiéndose a los demás congresistas presentes; afirmó también que “los abusos de la Marina” habían ocurrido en los municipios de Angostura, Culiacán y Cosalá. Ciertamente debemos preguntarnos si hablaba en nombre de las citadas víctimas, o a título personal porque se estaba buscando a un sujeto con el cual sostenía una relación.

II. Compañeros, de todo lo anterior surgen innumerables interrogantes, algunas de las cuales como parlamentarios y representantes del pueblo mexicano tenemos la obligación de cuando menos, tratar de responderlas y contribuir a su esclarecimiento. El día de hoy no estamos aquí particularmente por la legisladora a la que hemos hecho alusión en los párrafos anteriores y que se encuentra ya bajo investigación, sino para cuestionar el actuar de aquellas personas que lamentablemente impulsaron, intervinieron y materializaron la candidatura por Cosalá de esta persona en 2013, y los intereses a los que responden.

Es importante aclarar que el primer dato obtenido sobre esta candidatura, proviene del 16 de mayo del año 2013, cuando es anunciada por la Comisión de Selección de Candidatos del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN) la entrega a la dirigencia estatal, de los nombres que se encontraban postulados para los 15 ayuntamientos y las 19 diputaciones que le correspondía a dicho partido poner para las elecciones locales del 7 de julio de ese año, como integrantes de la coalición conformada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), el Partido del Trabajo (PT), el Partido Nueva Alianza (Panal) y el Partido Sinaloense (PAS). En esa lista se encontraba el nombre de Lucero Guadalupe Sánchez López, por el distrito XVI de Cosalá, de apenas 24 años y sin ninguna experiencia previa como política o funcionaria pública .

Pues bien, en aquel momento, el dirigente nacional del Partido Acción Nacional (PAN) era Gustavo Madero Muñoz; en su momento, se dijo a los ciudadanos del estado por parte del líder local, que para la selección de candidatos se había tomado en cuenta de forma precisa “la trayectoria, rentabilidad electoral, currículum y capacidades...”; para éste caso, Lucero Sánchez no tenía ni trayectoria, ni currículum, y tal vez sí capacidades...pero legislativas, definitivamente no. En las últimas fechas el PAN ha hecho aclaraciones diversas, expresando que la multicitada diputada no es militante de su partido, e incluso se manifiesta a favor de que se siga una investigación en su contra; sin embargo, ello resulta severamente incongruente y contraviene a la realidad, ya que desde un principio sí apoyó su candidatura, en su agenda política siempre se exteriorizó como miembro activo y nunca, por el tiempo que lleva de su mandato –hasta hace escasos días– fue expulsada de su fracción parlamentaria. Ello demuestra claramente las inconsistencias de esta institución política y sus dirigentes, dándole la espalda a una de sus “integrantes” para deslindarse de cualquier responsabilidad que pudiera recaer en su contra.

Tan es cierto lo que aquí se afirma, que hace tan sólo unos días, la señora Margarita Zavala, panista a todas luces de abolengo, ha pedido explicaciones públicas a la ex dirigencia nacional de su partido para que aclare la situación que prevaleció en esta postulación y posterior diputación.

No obstante, no podemos dejar de preguntarnos cuáles fueron los intereses que impulsaron la carrera política de Sánchez López; para qué fines y con qué recursos fue promovida esa carrera; si se sabía de las personas con las que estaba relacionada, entre otras incógnitas, de las cuales pudiera resultar la comisión de algún delito y que no se debe quedar impune. Consideramos pues, que el primer responsable de esta intervención para su nombramiento como candidata a la diputación, es el señor Gustavo Madero Muñoz, por ser quien en las elecciones sinaloenses de 2013 llevaba las riendas del Partido Acción Nacional, y por consecuencia debió mediar su participación en estos hechos, por lo que se pretende con la presente propuesta, se haga un respetuoso llamado por esta alta asamblea a la Procuraduría General de la República, para que instaure en el ámbito de sus competencias, una investigación a nuestro compañero legislador federal, a fin de que se aclare tal circunstancia, acatando invariablemente el respeto a los documentos básicos, declaración de principios y estatutos de ese partido, y el porqué no se acataron, respetaron y privilegiaron en la selección y postulación de candidatos del estado de Sinaloa en el año 2013.

Además, se investigue la relación que existió y probablemente exista entre ambos personajes, en virtud de que no podemos saber, sino hasta que concluyan las investigaciones, si el diputado Madero tenía conocimiento o no de esta presunta relación entre la diputada y el narcotraficante, y si tenía conocimiento, hasta qué grado pudo haber sido participe en la comisión de algún ilícito.

III. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter a la consideración del pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Artículo Único. La LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Procuraduría General de la República, para que en el ámbito de su competencia, tenga a bien iniciar una investigación en contra del ciudadano Gustavo Enrique Madero Muñoz y/o quien resulte responsable, por la probable comisión de hechos constitutivos de algún delito, en virtud de su relación y presunta intervención para el nombramiento como candidata por el distrito electoral XVI, municipio de Cosalá, Sinaloa, de la actual legisladora local de nombre Lucero Guadalupe Sánchez López y que de la cual a la fecha se ha verificado su contacto con el narcotraficante Joaquín Archivaldo Guzmán Loera, alias “El Chapo Guzmán”. Además, se investigue la relación que existió y probablemente exista entre ambos personajes, para determinar si el señor Madero tenía conocimiento o no de esta presunta relación entre la diputada y el narcotraficante, y si tenía conocimiento, hasta qué grado pudo haber participado en la comisión de algún ilícito el señor Madero.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputado César Alejandro Domínguez Domínguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Veracruz a garantizar la gobernabilidad, la seguridad pública, el cumplimiento de la ley y la protección de los derechos humanos en el estado durante el proceso electoral de 2016, a cargo del diputado Enrique Cambranis Torres, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito diputado Enrique Cambranis Torres, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 79, fracción II, numeral 2, fracción VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, el presente punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

En algunos estados de la república la violencia se ha recrudecido por la incapacidad, la corrupción, la complicidad y la indolencia de las autoridades locales.

La delincuencia organizada, en sus diversas manifestaciones, como lo son el narcotráfico, el secuestro, la trata de personas, el robo, la extorsión, el cobro por “derecho de piso”, el tráfico de armas etcétera, así como también la desaparición forzada de personas, cometida por agentes del Estado y el ataque sistemático a los periodistas, comunicadores, reporteros, camarógrafos y reporteros gráficos representan un riesgo y una amenaza muy seria para la seguridad de las y los mexicanos así como también para la seguridad nacional del país.

Tal es el caso del estado de Veracruz, donde ser periodista o comunicador es una profesión de altísimo riesgo y peligro de muerte pero también, trágicamente, en Veracruz, ser estudiante, ser buen ciudadano, ser joven y divertirse o ser de la tercera edad y jubilado, ser padres de familia o ser opositor al actual gobierno estatal y manifestarse pacíficamente, son oficios de alto riesgo que ponen en peligro la gobernabilidad en el estado.

Los medios de comunicación, a principios de enero del presente año, daban a conocer la noticia de la desaparición forzada de cinco jóvenes de Tierra Blanca en manos de la policía estatal veracruzana.

Ellos son José Benítez de la O, de 24 años de edad, egresado de Ingeniería Mecánica Industrial, soltero y trabaja en la tortillería de sus padres, era el conductor al momento de la detención; Mario Arturo Orozco Sánchez, de 27 años, es propietario de un negocio de autopartes en playa, padre de una niña de tres años, es el dueño del auto Jetta en el que viajaban Alfredo González Díaz, de 25 años, se dedica al ganado como empleado de un rancho y es soltero; Bernardo Benítez Arróniz, de 25 años, estudió administración de empresas en Xalapa, trabaja con sus papás en Playa Vicente quienes tienen la concesión de la cerveza Sol y Superior y la joven Susana Tapia, de 16 años, estudia en la secundaria técnica de Playa Vicente.

Hasta la fecha no se sabe qué suerte han corrido estos jóvenes.

También hay que destacar el artero asesinato del reportero gráfico Rubén Espinosa, en la madrugada del 1 de agosto del 2015, quien perdiera la vida junto con otras cuatro personas en un departamento situado en la colonia Narvarte de la Ciudad de México, si bien es cierto que el homicidio se cometió en la capital del país, este joven reportero, Rubén Espinosa, que colaboraba en diversos medios, se había autoexiliado del estado de Veracruz, porque, por su trabajo, se vivía acosado y amenazado tanto por el gobierno local de esa entidad como por la delincuencia organizada y nadie le garantizaba ni su vida, ni su bienestar. Este crimen sigue impune.

¿Qué decir también del asesinato de Regina Martínez Pérez, la corresponsal de la revista Proceso en Veracruz? Regina Martínez, la periodista asesinada el 28 de abril de 2012 en Veracruz, también es invisible en el discurso gubernamental.

En el día en que se cumplieron tres años de su asesinato, mayo de 2015, no hubo anuncios de algún nuevo avance del caso, no hubo conferencias para dar un balance, ni siquiera algún recordatorio o promesa de alguien del gobierno o del mismo Javier Duarte.

A Regina Martínez, la mataron a golpes en el baño de su casa y hasta el momento este crimen sigue impune también.

Por otra parte, en Veracruz las fuerzas del orden reprimen las manifestaciones pacíficas de los ciudadanos como sucedió con jubilados y pensionados el pasado 23 de diciembre de 2015, donde armados con escudos, toletes y bastones eléctricos, policías antimotines de la Secretaría de Seguridad Pública, SSP, del estado desalojaron a un grupo de pensionados y jubilados que se manifestaban pacíficamente en el centro de Xalapa, en protesta porque el gobierno de Veracruz incumplió su compromiso de pagar las pensiones de noviembre y diciembre, el aguinaldo y un incremento de 3.4 por ciento, retroactivo del primero de enero hasta octubre. Seis personas resultaron lesionadas, entre ellas dos maestras.

La seguridad pública así como el respeto y protección de los derechos humanos en el estado de Veracruz son temas que se han dejado de lado, de los que sólo se esconden las cifras para no enfrentar que la violencia sigue en todo el estado y que las autoridades se han visto rebasadas, y no obstante lo anterior, el gobernador Javier Duarte expresa con todo lujo de cinismo que en Veracruz no pasa nada.

El gobierno de Javier Duarte se ha distinguido por su incompetencia, su incapacidad, su corrupción y también por ser profundamente autoritario y represivo.

Lo anterior, es una muestra de que en México hay quienes ejercen el poder de forma dictatorial, contrario a los principios democráticos más esenciales y ello representa un muy peligroso riesgo de regresión a prácticas que creíamos ya superadas en el país, lo que nos debe poner en alerta máxima para evitar que esto tipo de gobiernos tengan cabida en nuestra democracia que debe ir evolucionando y consolidándose para el pleno reconocimiento de libertades y derechos.

Por lo expuesto, se presenta la siguiente proposición de urgente y obvia resolución con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión hace un enérgico llamado al gobernador del estado de Veracruz, Javier Duarte a garantizar la gobernabilidad, la seguridad pública, el cumplimiento de la ley y la protección de los derechos humanos de las ciudadanas y los ciudadanos veracruzanos durante el proceso electoral de 2016.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputado Enrique Cambranis Torres (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a los gobiernos locales que no han instalado el correspondiente grupo estatal para prevenir el embarazo en adolescentes a realizarlo con la mayor brevedad, a cargo del diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, Jesús Salvador Valencia Guzmán, diputado federal de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numerales 1, fracción II y 2, fracciones III, IV y VI del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. El tema de prevención del embarazo no planificado en adolescentes forma parte de distintos instrumentos jurídicos internacionales ratificados por el Estado mexicano, como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (también conocida por sus siglas en inglés CEDAW), la Convención sobre los Derechos del Niño y el Programa de Acción de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo.

2. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece en uno de sus ejes prioritarios el mejoramiento de la salud, la promoción, la prevención de las enfermedades y la protección de la salud, con perspectiva de género, apegado a criterios éticos y respondiendo al mosaico multicultural que caracteriza al país. “Una política pública exitosa de prevención, protección y promoción debe incorporar no sólo acciones propias de salud pública, sino también intervenciones que cambien el actuar de las personas, en términos de su responsabilidad respecto a comportamientos sexuales”, entre otras.

3. En el Programa Sectorial de Salud 2013-2018 se desarrollan las estrategias y líneas de acción a través de las cuales se busca incrementar el acceso a la salud sexual y reproductiva con especial énfasis en adolescentes y poblaciones vulnerables, además establece la necesidad de coordinar con el sector educativo del nivel básico y medio superior una educación integral de la sexualidad así como promover la salud sexual y reproductiva responsable

4. La Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo Adolescente (Enapea) abunda a profundidad la problemática social que representa el embarazo en adolescentes y señala que se ha convertido en un problema poblacional que amplía las brechas sociales y de género; con esta estrategia, se busca disminuir a cero los nacimientos en niñas de 10 a 14 años y, para 2018, lograr cifras de 63.1 por cada mil chicas de 15 a 19.

Con base en dicha estrategia, la Secretaría de Salud ejecuta programas de prevención del embarazo entre adolescentes mediante la distribución gratuita de métodos anticonceptivos en las diferentes jurisdicciones sanitarias del país.

Asimismo, establece en su apartado 7, Política Intersectorial y Mecanismos de Coordinación que las entidades federativas constituirán el Grupo Estatal para la Prevención del Embarazo en Adolescentes (GEPEA), tomando como modelo de referencia el nacional, que podrá adecuarse respetando los arreglos institucionales en los estados.

En el ámbito estatal se considera prioritario apoyar a los contextos municipales y locales con procesos de capacitación y el asesoramiento para establecer los mecanismos de articulación con las demás dependencias, así como las gestiones que permitan destrabar obstáculos y mejorar el rendimiento local”.

5. La Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en el artículo 50 establece que “niñas, niños y adolescentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de servicios de atención médica gratuita y de calidad de conformidad con la legislación aplicable, con el fin de prevenir, proteger y restaurar su salud. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, en relación con los derechos de niñas, niños y adolescentes, se coordinarán a fin de:

...

VI. Establecer las medidas tendentes a prevenir embarazos de las niñas y las adolescentes;

6. No obstante lo anterior, México ocupa el primer lugar en embarazos de adolescentes, entre los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), lo que representa un problema de bienestar sexual, reproductivo y violatorio de sus derechos.

Según datos del organismo internacional, México lidera el problema de embarazo en adolescentes de 12 a 19 años de edad. Al día se registran 1252 partos cuyas madres están en este rango de edad.

Datos de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) en 2012 el 51.9 por ciento de las mujeres adolescentes entre 12-19 años que mantuvieron relaciones sexuales estuvieron alguna vez embarazadas.

Dicha Encuesta manifestó también que 36.7 por ciento de las mujeres adolescentes de 15 a 19 años no usó ningún anticonceptivo en su última relación sexual.

7. Unicef establece que, en 2014, 1 de cada 6 nacimientos en México se dan en adolescentes entre 15-19 años de acuerdo a estimaciones y Proyecciones de Población 2010-2050 del Conapo (Consejo Nacional de Población).

Más aún, establece Unicef que la desatención del reto que implica el embarazo en la adolescencia constituye una apuesta segura para perpetuar la pobreza y la desigualdad. Las adolescentes que se han embarazado a edades tempranas encuentran frecuentemente un menor acceso a oportunidades educativas y situaciones de deserción escolar, limitadas oportunidades laborales y/o de menores ingresos, la pobreza y la falta de posibilidades para poder construir y ver realizado su plan de vida.

De acuerdo con datos de la Tasa de Natalidad del INEGI, en los estados de Coahuila y Baja California Sur, se presenta el mayor número de embarazos en adolescentes: 55 de cada mil menores de 19 años tuvieron un hijo en 2013.

No obstante lo anterior, al día de hoy y a casi un año de la presentación y puesta en marcha de la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo Adolescente (ENAPEA), todavía no se cumple con lo establecido en la misma en lo relativo a la instalación de los Grupos Estatales para la Prevención del Embarazo en Adolescentes, pues a finales de 2015 sólo se habían instalado 14 de los Grupos Estatales que mandata la Estrategia, los cuales son: Oaxaca, Campeche, Puebla, San Luis Potosí, Chiapas, Jalisco, Estado de México, Guerrero, Nuevo León, Zacatecas, Coahuila, Colima, Durango, Veracruz.

Por ello y dada la relevancia que el tema adquiere para la salud de las adolescentes en nuestro país, se hace necesario la agilización en la instalación de los Grupos Estatales en las entidades federativas que no lo han realizado pues sin la instalación de los mismos el objetivo central de la Enapea será difícil de cumplir.

Con base en lo anterior, se somete a consideración de ésta asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta, respetuosamente, a los gobiernos de las entidades federativas que no han llevado a cabo la instalación de su correspondiente grupo estatal para la prevención del embarazo en adolescentes para que en el ámbito de sus facultades y a la brevedad posible, puedan realizar la instalación de los mismos de acuerdo a lo establecido en la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo Adolescente, considerando los elementos técnicos y financieros necesarios para su operación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán (rubrica)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita a la SCT y sus equivalentes locales y de la Ciudad de México que los concesionarios de transporte público de pasajeros cobren tarifa preferencial a los enfermos oncológicos, a cargo del diputado David Mercado Ruiz, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado David Mercado Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados de la LXIII, con fundamento en los artículos 3, fracción XVIII; 6, fracción I, 62, 76, fracción IV, y 79, numeral 1, fracción II, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del gobierno federal y a las Secretarías de Transporte u órganos competentes de las entidades federativas y de la Ciudad de México exhorten a los concesionarios del transporte público para pasajeros, a que se otorgue el beneficio de una tarifa preferencial a todos los enfermos oncológicos, del cincuenta por ciento (50%) de descuento de la tarifa regular en los servicios de transporte público y comercial que utilicen, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

En el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, se señala como uno de los objetivos más trascendentes; asegurar los servicios de salud para todos los mexicanos, esto, a través de una estrategia consistente en avanzar en la construcción de un Sistema Nacional de Salud Universal. Una de las líneas de acción es el garantizar el acceso y la calidad a los servicios de salud a los mexicanos, con independencia de su condición laboral. No obstante que el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece el derecho de toda persona a la protección de la salud y su incorporación en el Sistema Nacional de Salud, el acceso a los servicios de salud de la población todavía muestra un rezago considerable, aunado a esto, tenemos el indicador del 2014 del Coneval con relación a la pobreza, que registra un índice relacionado con la carencia de seguridad social, a casi el 60% de la población en esa condición, mientras que un 18% no tiene acceso a los servicios de salud.

Lo anterior, es quizás una de las razones por las cuales el gasto en salud de las familias mexicanas es de los más altos del mundo, así, por ejemplo, el gasto en salud como porcentaje del PIB en México aumentó de 5.1 a 6.4% del 2000 a la fecha. Aun así, continúa por debajo del promedio de América Latina que es de 6.9%. Y si se considera el gasto per cápita en salud, la diferencia es aún más significativa. El promedio de este gasto en los miembros de la OCDE es de 3,233 dólares por habitante, mientras que en México es de menos de una tercera parte y, la situación es más delicada si consideramos que casi la mitad sigue siendo gasto de bolsillo.

El mismo Plan Nacional de Desarrollo señala que hay situaciones que atentan contra la salud como la pobreza y los estilos de vida poco saludables y de riesgo, entre otros menciona: la falta de actividad física, la nutrición inadecuada, consumo de tabaco, consumo de alcohol y drogas ilícitas, como principales factores que explican la alta incidencia de enfermedades crónicas como la diabetes millitus, las enfermedades isquémicas del corazón y los tumores malignos.

En México, el cáncer es un problema de salud pública y una de las principales causas de muerte en nuestro país. La epidemiología, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y disminución de esta enfermedad es un problema de salud de dimensiones complejas que entra en lo que se denomina gasto catastrófico de las familias, en la terminología del Seguro Popular. Acorde con datos aportados por el Instituto Nacional de Cancerología, en nuestro país se diagnostican anualmente alrededor de 120 000 nuevos casos de todos los tipos de cáncer y aproximadamente 80 000 personas mueren cada año en México a consecuencia del padecimiento.

El cáncer comprende 200 tipos diferentes de tumores malignos, originados en los diferentes tejidos del organismo. Los más predominantes son el cáncer de mama, de cérvix uterino, de próstata, linfomas, de colon, de estómago, de los tejidos blandos, del ovario, cáncer de pulmón, entre los más frecuentes. Se calcula que alrededor del 70% se presenta en mujeres y el 30% en hombres.

El costo económico que enfrentan los pacientes oncológicos es considerable y en constante incremento. El aumento de la población y la transformación de la pirámide poblacional en nuestro país hacen del cáncer una enfermedad en crecimiento constante.1 En México no tenemos todavía un estudio económico oficial en el cual se defina cuál es el gasto total que enfrenta un paciente con cáncer; sin embargo, estudios realizados en diversos países, entre ellos, Holanda, Suecia y Estados Unidos han señalado que el costo de un cáncer va de 5 a 6% del presupuesto derivado del sector salud para el tratamiento y manejo de todos los cánceres.2 Los costos se pueden analizar entre costos directos e indirectos .

Los directos son aquellos caracterizados por los bienes y servicios otorgados por el sistema de salud de manera directa, o bien, gastos que pudieron haber sido desviados o utilizados por otro paciente de manera mediata o inmediata. Los costos indirectos son aquellos derivados de la enfermedad del paciente a través de horas-hombre perdidas, disminución de la productividad o carga para la sociedad por morbilidad o muerte. Evidentemente, los costos indirectos son más difíciles de cuantificar, pues éstos no son obtenidos de manera inmediata y, no obstante, en ocasiones son mucho más altos que los costos directos .3

Para efectos de cuantificar los costos indirectos se conocen dos métodos. El primero es conocido como el método descriptivo del capital humano , que hace una valoración del gasto que implica dejar de percibir dinero, ya sea por morbilidad o mortalidad, y el segundo es denominado el método de aceptación de pago , éste último evalúa el costo que está dispuesto a pagar un paciente con cáncer en aras de evitar la enfermedad, o bien, para afrontarla. Cabe señalar que, ambos métodos han sido fuertemente criticados puesto que en el análisis que se realiza se tiende a discriminar a aquellos pacientes que económicamente son improductivos.4

Y es justamente la ausencia de un estudio oficial del costo económico total de este tipo de padecimientos en nuestro país lo que nos lleva a proponer un planteamiento que pueda disminuir la dificultad económica de los pacientes con cáncer y sus familias. Uno de los grandes retos a los que se enfrentan los enfermos oncológicos que están recibiendo tratamiento es el desplazamiento en transporte público, éste supone un importante gasto económico, que se une al esfuerzo que se requiere para poder permanecer en el vehículo, trasladarse a los puntos de recogida del transporte o mantener la espera, cuando la capacidad física se ha mermado o se encuentra bajo los efectos secundarios de los tratamientos.

Esta situación puede llegar a ser aún más difícil para los pacientes cuando se combinan con cualquier otro tipo de gasto ordinario como es el pago de un alquiler, hipoteca o aquellos derivados de la convivencia con hijos o adultos mayores a cargo. Además, si el paciente reside en algún punto alejado de la Ciudad de México, habría que considerar también el gasto ocasionado por el desplazamiento en transporte hasta este punto.

En adición al importante costo económico que ya se ha señalado, hay que unir otros condicionantes que se derivan de la propia enfermedad (una posible merma de las facultades o la necesidad de reposo y descanso aumentada ) y de los efectos secundarios de los tratamientos.

Cabe destacar la incomodidad de viajar en un transporte público en el que el resto de pasajeros no entiende la situación física y emocional del enfermo oncológico. Además, los posibles efectos secundarios derivados del tratamiento como las náuseas, los mareos o los vómitos pueden hacerle experimentar un alto nivel de malestar en unas condiciones en las que no se le puede facilitar una respuesta por parte del transporte que le ayude a aliviarle.

Debemos tener presente que un enfermo con cáncer no requiere únicamente medicamentos, todo su entorno cambia, toda la familia debe cambiar. La necesidad de acudir acompañado cuando se hace uso del transporte público no es inusual por los motivos que ya se han mencionado relacionados con su estado físico, por lo que el costo se duplica y se produce un cambio en las actividades diarias de los miembros de la familia o del entorno cercano que puede afectar sus obligaciones laborales o familiares.

A las necesidades derivadas de la propia enfermedad se han sumado aquellas relacionadas con los efectos de la coyuntura económica del país. Por ello, estamos convencidos de que este punto de acuerdo representa una acción que se suma a los esfuerzos y al compromiso de esta Honorable Cámara de Diputados para facilitar el acceso a la salud a grupos vulnerables, será, asimismo, una ayuda importante en la esfera económica de los enfermos con cáncer y sus familias.

Así, considerando que es obligación del Estado Mexicano garantizar el derecho universal a la salud y el alto impacto que ocasiona a la economía de enfermos con cáncer y la difícil situación por la que atraviesa el país, es necesario mantener un equilibrio razonable, proporcional y equitativo entre los factores de la producción en el servicio del transporte y sus usuarios en condiciones de vulnerabilidad, de donde se concluye que es justificado una disminución en las tarifas de transporte público para los enfermos oncológicos.

En atención a lo anterior, el suscrito pone a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno Federal y a las Secretarías de Transporte u órganos competentes de las Entidades Federativas y de la Ciudad de México exhorten a los concesionarios del transporte público para pasajero, a que se otorgue el beneficio de una tarifa preferencial a todos los enfermos oncológicos, del cincuenta por ciento (50%) de descuento de la tarifa regular en los servicios de transporte público y comercial que utilicen, siempre y cuando, demuestren su condición de salud con la acreditación debida del Centro de Salud correspondiente. Asimismo, se prohíba recargo alguno en la tarifa de transporte por concepto del acarreo de sillas de ruedas, andaderas, equipo médico u otras ayudas técnicas que precisen los pacientes enfermos con cáncer.

Notas

1 Márquez Heine, Juan Carlos, Rojas Buendía, Lenin, Ávila Arroyo, Nancy, Pacheco Gahbler, Carlos, Calderón Ferro, Francisco. El costo del cáncer de próstata. ¿Qué esperamos? Revista Mexicana de Urología, Vol. 65. Número 5. Septiembre-Octubre 2005. Website: http://www.medigraphic.com/pdfs/uro/ur-2005/ur055d.pdf Disponible el 16 de noviembre de 2015.

2 Moore R, Mao Y, Zang J, Clarke K. Economic burden of illness in Canada , 1993. Ottawa: Health Canada; 1997

3 Obrien B, Viramontes JL. Willingness to pay: A valued and reliable measure of health state preference . Med Decis Making 1994; 14: 289-97

4 Resource intensity weights: Summary of methodology , 1996-97. Ottawa: Canadian Institute for Health Information; 1996

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputado David Mercado Ruiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a la designación de los titulares de los órganos internos de control en el IFT y la Cofece, a cargo de la diputada María Eloísa Talavera Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada federal María Eloísa Talavera Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Las telecomunicaciones son de suma importancia para cualquier país del mundo ya que estas desempeñan un papel satisfactorio en la sociedad actual, a nivel mundial, un país con el sector de telecomunicaciones fuerte y desarrollado, es un país en progreso, con crecimiento social y económico, ya que gracias a los avances y logros tecnológicos permiten mejorar la calidad de vida de los habitantes.

Por otra parte, la competencia económica es un pilar fundamental de las economías para la obtención de mejores bienes y servicios a la población. La existencia de la competencia hace, junto con otros mecanismos, que exista un conjunto de reglas que permitan fortalecer las economías de los países y potencializar el desarrollo humano de quienes viven en ellas.

Derivado de la importancia que representa la competencia económica en México y el sector de las telecomunicaciones, en nuestro país, se llevaron a cabo diversas reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones y competencia económica, las cuales fueron publicadas el 11 de junio de 2013 en el Diario Oficial de la Federación.

A través de estas reformas, se crean como organismos autónomos al Instituto Federal de Telecomunicaciones, IFT, y a la Comisión Federal de Competencia Económica, determinándose en la fracción XII, del artículo 28 Constitucional, que dichos organismos contarán con un Contralor Interno, el cual será designado por dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados.

En este sentido, cabe resaltar que el control interno es un proceso que lleva a cabo la administración de una organización y que debe estar diseñado para dar una seguridad razonable, en relación con el logro de los objetivos previamente establecidos en los siguientes aspectos básicos: Efectividad y eficiencia de las operaciones; confiabilidad de los reportes financieros y cumplimiento de leyes, normas y regulaciones, que enmarcan la actuación administrativa.1 En ese sentido la contraloría interna de estos organismos debe ser autónoma y encargarse de la fiscalización de sus ingresos y egresos, así como de la aplicación de las sanciones a los servidores públicos que violen la ley de Responsabilidades.

Sin embargo a la fecha el Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Comisión Federal de Competencia Económica no cuentan con los Titulares de las Contralorías Internas, cuestión que se considera de suma importancia ya que para el caso del Instituto Federal de Telecomunicaciones, el presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal de 2016 considera un monto total de 2 mil millones de pesos, manteniendo el mismo techo de gasto en términos nominales respecto al presupuesto autorizado desde su constitución como órgano autónomo, y registrando una disminución en términos reales respecto al presupuesto autorizado en 2015 de 2.1 por ciento y de 5.9 por ciento respecto a 2014.2

La falta de un contralor auspicia la nula o pobre rendición de cuentas pero también puede desacreditar al instituto y a la comisión al no dar certeza sobre el manejo de los recursos y demás facultades que debe velar por su cumplimiento los titulares de dichos órganos. La legislación secundaria, establece que quien desempeñe el cargo de contralor interno del IFT debe ser considerado como garante de la imparcialidad, la objetividad, la eficacia y la honestidad que debe prevalecer en el ejercicio de las labores de control y regulación del instituto.

Una de las obligaciones de un Estado democrático es el de dotar de mecanismos necesarios para que la sociedad asuma el control ciudadano del quehacer público de sus autoridades mediante la transparencia y la rendición de cuentas.

En la actualidad se ha demandado por parte de la ciudadanía transparencia en la información y gestión de la administración pública en todos sus ámbitos ya sea federal, estatal o municipal debido a los escándalos financieros y de corrupción en los que diversas autoridades de la administración pública federal se han envuelto y se han hecho públicos que se han hecho públicos.

Por ello se propone exhortar a la Junta de Coordinación Política de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que proponga al Pleno el procedimiento correspondiente para nombrar a los titulares de los Órganos Internos de Control de los organismos señalados a efecto de que esta Cámara esté en aptitud de cumplir el mandato constitucional que se le ha conferido en el artículo 28, fracción XII, de la Carta Magna.

El Contralor Interno deberá garantizar que éste se convierta en un contrapeso en el funcionamiento del organismo, pero garantizando la independencia de sus integrantes y siempre velando por el debido respeto a la legalidad y transparencia del organismo público.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión para que proponga al Pleno de la Cámara de Diputados la convocatoria para la designación de los titulares de los Órganos Internos de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones y de la Comisión Federal de Competencia Económica.

Notas

1 Charry Rodríguez, Alirio. El control interno y los principios de evaluación de gestión en las entidades del Estado, primera edición.

2 Instituto Federal de Telecomunicaciones, Presupuesto Autorizado 2016.
http://www.ift.org.mx/sites/default/files/contenidogeneral/presupuesto-asignado-y-ejercido/
160120presupuestoautorizado2016ift.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputada María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita a la Segob y la PGR que coordinen una evaluación sobre los casos de violencia contra niños migrantes y personas desaparecidas, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Considerandos

1. Los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes se enmarcan en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales y en las demás leyes aplicables, principalmente en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, publicada el 4 de diciembre de 2014, la cual reconoce a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos.

Este último ordenamiento jurídico, en su artículo 13, fracción XIX reconoce como derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes acompañados y no a establecer medidas especiales de protección, así como los servicios correspondientes, independientemente de su nacionalidad o su situación migratoria. De igual forma, señala que el principio del interés superior de la niñez y la adolescencia, será una consideración primordial durante el procedimiento administrativo migratorio -en el que se deberán observar las garantías del debido proceso- y en cualquier decisión que se tome en cada caso concreto de niñas, niños y adolescentes migrantes.

Cabe señalar que en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y en la Ley de Migración, las niñas, los niños y los adolescentes migrantes no acompañados se específica que deben ser canalizados por el Instituto Nacional de Migración a los Sistemas DIF Nacional, del Distrito Federal y de los estados, hasta la conclusión de su procedimiento administrativo migratorio, lo que en los hechos no sucede.

2. En México la migración es un tema de seguridad nacional y provoca su criminalización. Las niñas, niños y adolescentes que cruzan las rutas migratorias hacia la frontera norte sin compañía son víctimas de violaciones a su integridad física y a sus derechos humanos, violencia, maltrato, tortura, explotación sexual y laboral, trata de personas y desapariciones son parte del peregrinar. Sufren accidentes como asfixia, deshidratación, heridas, además son propensos a ser reclutados por las redes del crimen organizado y, al momento de ser repatriados u alojados en centros migratorios, sufren maltrato institucional e incluso pierden la vida en el momento del tránsito y cruce, entre muchas otras cosas.

3. Muchas pueden ser las causas que llevan a niñas, niños y adolescentes a migrar sin compañía, entre ellas el reunirse con sus familiares, la violencia y falta de condiciones que les permitan una vida digna en sus lugares de origen. Hay diversas cifras que hablan de esta problemática:

– De enero a noviembre de 2011 fueron repatriados de Estados Unidos a México 14 mil 554 niños, de los cuales el 35.1 por ciento viajaron sin la compañía de sus padres o de algún familiar; es decir, 5 mil 108 menores de edad han llegado a diversas ciudades de Estados Unidos en compañía de grupos de migrantes, en su mayoría personas ajenas a su crianza y a su círculo familiar, revelan estadísticas del Centro de Estudios Migratorios del Instituto Nacional de Migración.

– Entre 2002 y 2014 al menos 476 migrantes, sin especificar grupo de edad, fueron mutilados por el tren, perdieron piernas, brazos o ambas extremidades, según datos del Instituto Nacional de Migración y el Comité? Internacional de la Cruz Roja en México. Esta cifra supone un promedio de 37 casos al año. Sin embargo, no hay estadísticas oficiales de los fallecidos, los que nunca fueron hallados o simplemente fueron atendidos por otras instituciones en su ruta.

– La Institución de Asistencia Privada “Sin Fronteras”, tiene cifras que entre los años de 2014 y 2015, pasaron por nuestro país 53 mil 313 migrantes menores de edad, de los cuales 26 mil 461 viajaron sin compañía, entre sus publicaciones acerca de las detenciones de los migrantes en las Estaciones Migratorias, esta IAP ha identificado que esas detenciones constituyen un mecanismo costoso e ineficaz que no protege a las personas y que se convierten en un trato cruel, inhumano y degradante, lo que implica una restricción al derecho de la libertad y la libre circulación; además de que sufren tortura psicológica derivada de la incertidumbre y el desconocimiento, la falta de información y de acompañamiento legal en el procedimiento administrativo migratorio.

– El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, reporta haber coordinado 47 módulos y albergues migratorios y atendido a 25 mil 418 niñas, niños y adolescentes migrantes.

– Datos arrojados a noviembre de 2015 a partir del estudio Menores Migrantes en México, extranjeros presentados ante las autoridades migratorias y mexicanos devueltos por Estados Unidos, de la Unidad de Política Migratoria de la Secretaría de Gobernación, se ha registrado un incremento general de menores migrantes presentados, el grupo de 0 a 11 años muestra un crecimiento preocupante en lo que va de 2015, al registrar una cifra superior a la del mismo periodo del año previo (8 mil 353 contra 12 mil 277 respectivamente); además de un aumento de menores de 12 años entre los migrantes presentados originarios de Honduras, Guatemala y El Salvador y una mayor presencia femenina al cierre de 2015, determinada por la tendencia creciente de niñas y adolescentes guatemaltecas y hondureñas, que representan del 33.2 y 42.9 por ciento.

4. Por otra parte, el fenómeno de la desaparición de personas en nuestro país afecta la vida diaria de muchas familias y en el caso de menores de edad hay cifras alarmantes. Por ejemplo, el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, reportó que del total de personas desaparecidas en el país entre 2006 y 2014, que fueron más de 23 mil; 30 por ciento, es decir 6 mil, son niñas y adolescentes de cero a 17 años. En tanto la Red por los Derechos por la Infancia en México, con base en datos del Registro Nacional de Personas Extraviadas y Desaparecidas de la Secretaría de Gobernación señala que de 2006 a 2014, 30 por ciento de personas desaparecidas son menores de 18 años y suman 6 mil 725.

En esa misma línea de información, la representante adjunta del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia destaca que la población menor de 18 años sufre de desaparición forzada, teniendo que la mayor proporción de desaparecidos y extraviados afecta a los adolescentes de 12 a 17 años, y que existe una cifra negra de incidencia entre niñas y adolescentes mujeres de 14 años, superior que la de los niños.

5. Para atender los problemas que se derivan de los puntos expuestos, existen protocolos de atención implementados por diversas autoridades; sin embargo, el incremento desmedido de la problemática nos obliga a reforzar los esfuerzos y solicitar la revisión y evaluación de resultados de los protocolos contemplados en el Programa Especial de Migración 2014-2018, en específico los siguientes:

– Protocolo de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes no Acompañados o Separados que se Encuentran Albergados, en Módulos y Albergues, elaborado por el Sistema Nacional DIF.

– Protocolo para la Detección de Niñas, Niños y Adolescentes no Acompañados o Separados con Necesidades de Protección Internacional Alojados en las Estaciones Migratorias del INM, elaborado por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, con el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados

– Protocolo para la Atención Consular de Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes no Acompañados, desarrollado por la Secretaría de Relaciones Exteriores y el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia en México.

6. Es importante destacar que el Comité de los Derechos del Niño de la ONU en el documento de Observaciones finales sobre los informes periódicos cuarto y quinto consolidados de México de 2015, ha comentado favorablemente el Protocolo para la Asistencia Consular de Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes No Acompañados, creado en colaboración con el Unicef el 11 de mayo de 2015; sin embargo, ha emitido recomendaciones relacionadas con la difícil situación de las niñas y niños no acompañados en el territorio mexicano, centrando su preocupación en los siguientes puntos:

– Las niñas y los niños que se encuentran en los centros de detención para migrantes y la carencia de reportes de violencia y abusos que se cometen en su contra en esos centros.

– Sobre las niñas y niños migrantes que son sujetos de asesinatos, secuestros, desapariciones, violencia sexual, explotación y abuso, y por la falta de datos oficiales desagregados en este respecto.

– Los reportes de que niños y niñas migrantes son deportados sin un proceso preliminar para determinar su interés superior, a pesar del reconocimiento legal de este principio en la Ley de Migración y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

La insuficiencia de las medidas adoptadas para garantizar los derechos de las personas migrantes nacionales, así como los derechos de los muchos niños y niñas que han sido desplazados como resultado de la violencia armada.

Por lo anterior es preciso solicitar que el Estado Mexicano implemente de manera efectiva y evalúe regularmente lo siguiente:

– El Protocolo de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes migrantes no acompañados y refuerce y adopte medidas eficaces para conocer el número y la situación de las niñas, niños y adolescentes migrantes y desplazados.

– Intensifique los esfuerzos para prevenir asesinatos, secuestros, desapariciones, violencia sexual, explotación y abuso de niñas y niños migrantes, e investigar, enjuiciar y sancionar a los responsables, inclusive cuando el autor es un agente del Estado.

– Establezca un Proceso de Determinación del Interés Superior del Niño en las decisiones relativas a la infancia migrante y siempre lleve a cabo un debido proceso con garantías procesales para determinar las circunstancias individuales, las necesidades y el interés superior del niño, antes de tomar una decisión sobre su deportación.

– Prestar especial atención a la reunificación familiar; garantice que niñas y niños migrantes sean informados sobre su estatus legal, asegurando que entiendan plenamente su situación y proporcione los servicios de defensa pública y/o tutores en todo el proceso. Niñas y niños también deben ser informados acerca de su posibilidad de contactar a sus Servicios Consulares; asegure que todo el personal profesional que trabaja con o para niñas y niños migrantes esté debidamente capacitado y hablen su lengua materna, en particular, el personal de fronteras e inmigración, trabajadores sociales, abogados defensores, tutores y la policía; adopte medidas integrales para prestar asistencia a niñas y niños migrantes nacionales y desplazados, y garantizar su acceso a la educación y la salud y su protección frente a la violencia.

– Recopile datos desagregados relativos a los casos de violencia contra niñas y niños migrantes y desplazados, incluidos los casos de desapariciones y desapariciones forzadas.

Por lo anteriormente expuesto y fundado se somete a la consideración de esta Soberanía el siguiente:

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación y a la Procuraduría General de la República para que coordinen una evaluación sobre los diversos instrumentos de atención respecto a niñas y niños migrantes acompañados o no, haciendo públicos sus resultados, debiendo contener necesariamente información sobre los casos que se presentan en nuestro país sobre violencia y desplazamientos, incluidos los casos de desapariciones forzadas del que son objeto.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación y a la Procuraduría General de la República para que valoren la implementación de las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de la ONU en el documento de Observaciones finales sobre los informes periódicos cuarto y quinto consolidados de México de 2015 respecto a la situación de las niñas y niños migrantes acompañados o no en el territorio mexicano y hagan público el acto realizado y, de ser el caso, las medidas a aplicar.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a los 9 días de febrero de 2015.

Diputada Maricela Contreras Julián (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal a considerar el cambio climático una amenaza real a la seguridad nacional e implantar acciones para reducir su efecto en la población, a cargo del diputado Javier Octavio Herrera Borunda, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, Javier Octavio Herrera Borunda, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Desde la perspectiva de la seguridad ampliada o multidimensional, sustentada en las nuevas amenazas a la sociedad internacional, la seguridad se refiere a las condiciones de estabilidad que se suponen benéficas para el desarrollo de los individuos, un país o de la comunidad internacional.

El efecto, la magnitud y la durabilidad de los fenómenos ambientales, sociales y económicos detonados por el cambio climático lo convierten en un asunto prioritario que afecta de manera directa en cada una de las esferas de seguridad, llegando a poner en riesgo la supervivencia humana, la de diversas especies y las condiciones de vida en el planeta.

Los efectos del cambio climático constituyen un desafío real y serio para el desarrollo humano sostenible. Por tanto, es urgente, en primer lugar plasmar en nuestro cuerpo de leyes el reconocimiento de dicho problema, en segundo lugar diseñar las políticas públicas para disminuir los impactos antes señalados y por ultimo destinar y ejecutar los recursos disponibles para aplicar dichas políticas públicas.

Por lo mencionado, el papel del Estado frente al cambio climático, es el de asegurar, proteger y proveerse de los recursos estratégicos necesarios para enfrentarse de manera óptima a los enormes retos traducidos en el acceso a las fuentes de energía, agua, disputas fronterizas, emergencias humanitarias, problemas de salud, migración, entre otro.

Y es que otros países se preparan ante el cambio climático y su amenaza a la seguridad nacional.

En un informe dado a conocer el 13 de octubre de 2014, el Departamento de Defensa de Estados Unidos asegura que el cambio climático plantea riesgos inmediatos para la seguridad nacional, reconociendo que este fenómeno tendrá un amplio y costoso impacto en la forma en que la primera potencia militar del mundo lleva a cabo sus operaciones.

En su intervención en la undécima Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas, en Perú, el secretario de Defensa de Estados Unidos de América afirmó que el calentamiento global constituye un multiplicador de amenazas. Añadió que el aumento del nivel del mar y la proliferación de fenómenos meteorológicos extremos podrían exacerbar numerosos peligros desde el riesgo de enfermedades infecciosas hasta el terrorismo.

La secretaria ejecutiva de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático aseguró que el cambio climático descontrolado amenaza la seguridad nacional de muchos países y en general la estabilidad mundial.

Sobre esta situación, el Centro para el Clima y la Seguridad afirmó en un comunicado estar de acuerdo con el escenario esbozado por el informe a la vez que urgió a los legisladores y tomadores de decisiones a seguir el camino trazado por el Pentágono.

Y es que 2015 fue el más caliente de los últimos 136 años, y los expertos prevén que en 2016 la situación se agravará; asimismo, enfermedades como el zika pueden ampliar su ámbito geográfico y reproducirse de manera descontrolada debido a que las lluvias serán más intensas y su temporada será más larga.

Por sus características geográficas, climáticas, orográficas e hidrológicas, así como su situación económica y social, el país es sumamente vulnerable a fenómenos meteorológicos que pueden ocasionar desastres de magnitud insospechada.

Por lo mencionado, los efectos del cambio climático en el país provocarán un aumento en la intensidad de los periodos de sequía, lluvias y ciclones tropicales, lo anterior empeorará las inequidades en empleos, salud, acceso a los alimentos y agua; lo anterior provocará un deterioro en las condiciones de seguridad en las diferentes regiones y estados del país.

Ante este panorama, el país necesita implantar acciones para mitigar las consecuencias del cambio climático y fortalecer las acciones destinadas a mitigar y resistir los efectos del cambio climático, y es que la falta de acciones frente al cambio climático tendrá graves repercusiones y probablemente irreversibles sobre la seguridad nacional e internacional.

En virtud de lo aquí expuesto pongo a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobierno federal a contemplar el cambio climático como una amenaza a la seguridad nacional, con la finalidad de reducir su efecto en la población del país.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputado Javier Octavio Herrera Borunda (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades de Chihuahua a solucionar la escasez de agua en Jiménez, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Norma Rocío Nahle García, diputada federal a la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6o. y el artículo 79, numeral 1, fracción II, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

En promedio cada año el volumen de agua disponible en México es de 476 km3, lo que se considera una cantidad baja, siendo su distribución temporal y espacial muy irregular, ya que dentro del país existen diferencias muy grandes en cuanto a su disponibilidad. La mayor parte de la zona centro y norte del país es árida o semiárida y recibe poca lluvia; los estados norteños que abarcan cerca de 50% de la superficie territorio nacional apenas reciben 25% del total de lluvia.

Pese a esta escases de agua en el norte se tienen poblaciones que con base al trabajo arduo se han desarrollado en estas zonas, este el caso del municipio de Jiménez, Chihuahua, ubicado en el sureste de esta entidad.

Dicho municipio, enclavado en el desierto de Chihuahua ha conseguido desarrollar actividades productivas del agro y otros sectores pese a las condiciones adversas que el medio le opone, con clima extremoso que presenta temperaturas en el rango de los 42 a los -14oC, con clima muy seco, en la que se presenta escasa precipitación media anual.

Al igual que sucede frecuentemente en nuestros país en zonas de escasa precipitación, en Jiménez las aguas subterráneas han desempeñado un papel crucial en el crecimiento socioeconómico dela región, gracias a las características físico químicas de estas aguas que permiten su aprovechamiento de manera versátil, además de tener la ventaja de que al encontrarse en el subsuelo funcionan como presas de almacenamiento y red de distribución, siendo posible extraer agua en cualquier época del año de prácticamente cualquier punto de la superficie del acuífero.

Pero, el uso continuo del que fueron objeto las aguas subterráneas desde inicios del siglo pasado ha llevado a que varios de los acuíferos del país se encuentren sobrexplotados. A partir del proceso de identificación, delimitación, estudio y cálculo de la disponibilidad de agua en estos cuerpos de agua, comenzado en 2001, se ha detectado que el número de acuíferos sobreexplotados oscila anualmente entre 100 y los 106.

Tal es el caso del acuífero Jiménez-Camargo (clave 0832), con la dificultad en su problemática de que en la región las lluvias son escasas, con apenas 340 milímetros anuales y una elevada evaporación potencial media anual, consecuentemente la mayor parte del agua precipitada se evapora y la infiltración que recargue el acuífero es reducida.

Además, el análisis del comportamiento histórico de la precipitación en la región ha develado el hecho de que las lluvias paulatinamente disminuyen, como una manifestación del cambio climático global, por lo que la recarga vertical del acuífero se ve aún más mermada.

De hecho, el acuífero en comento desde hace décadas ha sido objeto de diferentes instrumentos jurídicos con la intención de revertir su deterioro, así en 1951 se publicó en el Diario Oficial de la Federación del 12 de julio un decreto que establece por tiempo indefinido la veda para el alumbramiento de aguas subterráneas en la porción norte del acuífero, posteriormente la porción oriente fue objeto del mismo trato,1 para que finalmente se decretara la suspensión del libre alumbramiento de las porciones no vedadas.2

Si bien las acciones tomadas han permitido disminuir su sobrexplotación, propiciado que en la disposición del agua se pasara de un déficit de 144 millones de metros cúbicos anuales en el 2011, a un déficit de 142 millones de metros cúbicos anuales en el 2014, no se ha podido llegar a un aprovechamiento sustentable.

Actualmente, Ciudad Jiménez y áreas aledañas que dependen del suministro de agua que provee el acuífero atraviesan una crítica situación derivada de la escasez del líquido, con la imposibilidad de extraer mayores cantidades del mismo, de hecho, esta sobreexplotación también ha propiciado que el agua presente valores altos de algunos elementos nocivos para la salud, como lo es el arsénico.

Además de la afectación en la calidad de vida de los habitantes de la región, la falta de agua también afecta de manera negativa las actividades productivas, ya que en los últimos tres años la escasez del vital líquido ha propiciado el cierre de empresas e inhibido la creación de nuevas, con las consiguientes pérdidas de empleos.

De tal forma que el problema es complejo y presenta dos vertientes que a primera impresión parecerían excluyentes, por una parte se requiere revertir el abatimiento del manto freático, recuperar el acuífero y por el otro, es necesario abastecer de agua al municipio de Jiménez y permitir el desarrollo de las actividades productivas que requieren del vital líquido.

Derivado de la problemática del agua en Ciudad Jiménez, la vida de los pobladores de esta zona y el desarrollo de las actividades productivas de la misma se ven comprometidas y obligan a implementar acciones que vayan más allá de tan solo reducir la cantidad extraída del acuífero. Si bien es necesario extraer una cantidad menor del agua de tal menara que se llegue a un punto en la relación extracción/recarga sea sustentable, también se necesita la intervención coordinada de los tres órdenes de gobierno, con acciones que lleven al correcto ordenamiento del acuífero, aprovechándolos de forma eficiente el líquido, con un decidido apoyo para la tecnificación a los productores del agro y demás agentes económicos, que permita el empleo optimo del agua, el tratamiento y reusó de las aguas residuales, entre otras, de tal forma que se vayan reduciendo los volúmenes de extracción pero con un empleo eficiente en el aprovechamiento de las extraídas.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, someto a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa al Gobernador del Estado de Chihuahua, al titular de la Comisión Nacional del Agua y al presidente municipal de Jiménez, Chihuahua, a que con base a las facultades y atribuciones conferidas a sus respectivas instituciones por la normatividad aplicable, a que implementen las acciones necesarias para solucionar la problemática de la escasez de agua en el municipio de Jiménez, Chihuahua, se optimice la utilización del agua procedente del acuífero Jiménez-Camargo, y se lleve a cabo el ordenamiento de dicho acuífero, a fin de que las aguas de este sean aprovechadas de forma sustentable.

Notas

1 Al respecto consultar el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 17 de abril de 1965.

2 Al respecto consultar el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 5 de abril de 2013.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a difundir antes de asistir a la Ungass la postura del Estado mexicano ante la Asamblea General de Naciones Unidas en sesión especial sobre el problema de las drogas, a cargo de la diputada María Elena Orantes López, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, María Elena Orantes López, integrante de la LXIII Legislatura en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, y 79, párrafos primero, fracción II, y segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Gobierno de la República para aclarar públicamente, antes de asistir a la UNGASS, la postura del Estado mexicano ante la Asamblea General de Naciones Unidas en sesión especial sobre el problema de las drogas, con base en las siguientes

Consideraciones

Entre del 19 y el 21 de abril de 2016, los 193 estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas están citados para participar en la Asamblea General de las Naciones Unidas en Sesión Especial sobre el Problema de las Drogas (UNGASS por sus siglas en inglés), en la que se definirá la continuidad o los cambios en los próximos compromisos y metas internacionales en materia de control de drogas.

Desde 1990 y 1998, la UNGASS ha marcado el rumbo de la cooperación internacional en torno al paradigma dominante en materia de control de drogas, repercutiendo directamente en la política de drogas diseñada en el espacio nacional.

En este contexto, a pesar de la influencia que nuestro país tiene en espacios como la Asamblea General para conformar posturas en bloque, entre las naciones latinoamericanas, hasta la fecha no se conocen datos oficiales sobre el posicionamiento de México.

Todos sabemos que la responsabilidad de analizar la Política Exterior es una facultad que el artículo 76 de nuestra constitución reserva exclusivamente al Senado de la República y que dirigirla, compete únicamente al Jefe del Estado mexicano de acuerdo con el artículo 89 de nuestro texto fundamental. Sin embargo, la dinámica de violencia delictiva que se ha desarrollado en el país desde hace por lo menos 10 años, innegablemente vinculada al paradigma dominante del control de drogas, así como el debate público que se ha acordado por casi todas las fuerzas políticas y sociales del país sobre la marihuana, necesariamente se entrelazan con aquello que los jefes de estado definan en abril, ante la ONU.

En consecuencia, definir ante el Congreso de la Unión las líneas generales del posicionamiento que hará nuestro país y las posibilidades que deriven de éste para coaliciones que cambien o no el paradigma internacional sobre control de drogas, es indispensable para entender el alcance del “debate público” y democrático que se dará en México, en torno al empleo lúdico de la marihuana y otros temas que inevitablemente incumben a la Cámara de Diputados.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Gobierno de la República para aclarar públicamente, antes de asistir a la UNGASS, la postura del Estado Mexicano ante la Asamblea General de Naciones Unidas en Sesión Especial sobre el Problema de las Drogas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputada María Elena Orantes López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa y la Conapesca a realizar estudios para reacondicionar el puerto pesquero de Santa Rosaliita, en Ensenada, Baja California, a cargo del diputado Próspero Manuel Ibarra Otero, del Grupo Parlamentario del PRI, y suscrita por integrantes de la Comisión de Pesca

Los suscritos, integrantes de la Comisión de Pesca de Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las flotas pesqueras de Baja California, Baja California Sur, Sonora y Sinaloa, realizaban de forma tradicional su pesca de Pelágicos Menores en aguas de jurisdicción federal del Océano Pacífico, incluyendo el golfo de California sin limitaciones geográficas para cada estado.

De esta forma las embarcaciones de Baja California podían pescar 5 meses en su propio estado que es el periodo que dura la temporada de sardina en esta región y otros 5 meses en los estados de Baja California Sur o en el golfo de California.

Lo anterior permitía que la flota tuviera oportunidad de trabajar 10 meses al año en promedio, el mismo tiempo que tienen la flota de las otras regiones.

En la actualidad, las zonas pesqueras se encuentran determinadas por regiones, donde Baja California se encuentra en la Región 1, que a su vez está dividida en dos zonas.

Cabe destacar, que en el tema económico, la sardina, así como la mayoría de los pelágicos, pueden ser comercializadas de acuerdo a la calidad con la que son entregadas, por lo que revierte especial importancia el tiempo de traslado de las mismas.

Como ejemplo práctico, el costo de la sardina que no es apta para consumo humano, tiene un precio significativamente menor al costo al que puede ser comercializada cuando es apta para consumo humano.

Se hace referencia a lo anterior, debido a que actualmente la zona de pesca predominante se encuentra en la Zona 2 (en 2014 se capturaron 77,000 toneladas), es decir, a más de veintiséis horas del puerto de embarque que es Ensenada, ocasionando que, por las horas de navegación, el 90% de la captura no fuera apta para el consumo humano, ya que el producto capturado al ser sometido a travesías largas como la anterior (de Santa Rosaliíta a El Sauzal) éste tiende a golpearse por el movimiento de las embarcaciones, físicamente el pescado se revienta, y así deja de ser apto para consumo humano.

A lo anterior, se le deben sumar los altos costos de los insumos propios de las embarcaciones como salarios, diesel, aceite, comida, mantenimiento y reparaciones.

Esta situación provocó que los ingresos de los Armadores Sardineros disminuyeran por el orden de los 10 millones de dólares tan sólo en 2014.

Asimismo, generó que las plantas procesadoras de Ensenada tuvieran una disminución en sus procesos hasta del 80% provocando pérdida de empleos, cierre de plantas y una baja en sus ingresos de hasta 21 millones de dólares, ya que la sardina al haber sido destinada para otros insumos y no aprovechada para el consumo humano, generó que el producto no fuera empacado en las plantas congeladoras de Ensenada, colapsando la dinámica económica del sector.

Actualmente, ya existe infraestructura en el Puerto de Santa Rosaliíta, la cual no ha sido aprovechada, por encontrarse inconclusa, lo que ocasiona un rápido deterioro por falta de uso y mantenimiento.

La habilitación de dicho puerto tendría un impacto económico y social exponencial, ya que su estratégica ubicación geográfica, favorece en todos sentidos los procesos, disminuyen ampliamente los costos de operación y promovería a la región como un polo de desarrollo que genere fuentes de empleo, empresas y con ello divisas para Baja California y Baja California Sur, teniendo en cuenta que la gran mayoría de las inversiones se dan al norte del estado de Baja California.

El Puerto de Santa Rosaliíta se encuentra en la zona de traslape de la región 1 y 2, lo cual permitiría el incremento de la captura hasta en un 100% ya que se podrían descargar los barcos de Baja California y Baja California Sur (región 1 y 2), pudiendo llegar hasta 154,000 toneladas.

De esta manera, se evitaría el maltrato al que es sometido el producto cuando tiene que ser trasladado para su procesamiento a Ensenada vía marítima, al disminuir los costos e incrementar el número de captura apta para el consumo humano, se podrían generar ingresos adicionales hasta por 20 millones de dólares.

Adicionalmente, al tener descargas de 154 mil toneladas y transportar el producto vía terrestre, el nuevo Puerto de Santa Rosaliíta provocaría una derrama económica a las plantas procesadoras de Ensenada, por el incremento sustancial a su plantilla laboral en virtud de los ingresos adicionales que rebasarían los 38 millones de dólares por temporada.

La habilitación del Puerto de Santa Rosaliíta, como toda actividad primaria, favorecería la creación de un polo de desarrollo que permeará, no solamente en la actividad pesquera, también deriva en empleos del sector comercio y servicios, favoreciendo esa región en su conjunto, al crearse talleres y refaccionarias industriales y automotrices, hoteles, moteles, restaurantes, farmacias, tiendas de servicio, etc.

Este proyecto concuerda con la visión del Gobierno Federal y del Presidente de la República Enrique Peña Nieto en diversos contextos: en primer lugar, apuntala de manera importante para la región noroeste del país y genera acciones contundentes en el marco de la Cruzada Nacional contra el Hambre, al ofrecer al consumidor nacional, productos del mar de la más alta calidad proteínica a bajo costo.

El impulsar el consumo de productos del mar, derivará en una mejor calidad en la salud de la sociedad, logrando así, establecer un canal contra la obesidad infantil, las enfermedades cardiovasculares, etcétera.

En resumen, adecuar la infraestructura portuaria que hoy existe en Santa Rosaliíta a Puerto Pesquero, generaría para el sector industrial y de pesca de pelágicos menores de Baja California ingresos adicionales por 59 millones de dólares anuales, generación de empleos, generación de empresas, creación de un nuevo polo de desarrollo al sur del Estado y contribuiría grandemente al decreto del Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, en el marco de la Cruzada Nacional contra el Hambre.

Como representante popular no puedo ni debo sustraerme de mi responsabilidad de apoyar aquellos proyectos cuya trascendencia va más allá de un simple trámite de gestión, ya que peticiones para infraestructura que con un poco de esfuerzo e inversión, permiten dar trabajo y con ello sustento a miles de familias no deben dejarse de lado con una sola respuesta de insuficiencia presupuestal, máxime que en este caso son de las pocas inversiones proyectadas y realizadas en el sur profundo del municipio de Ensenada Baja California, en donde existe una amplia zona de litorales desaprovechados, en mucho debido a la falta de infraestructura portuaria que la detone.

Por las razones anteriormente vertidas, se somete al pleno, la siguiente proposición con Punto de:

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de la Comisión Nacional de Pesca y Acuacultura a realizar los estudios necesarios para se lleve a cabo la rehabilitación y reacondicionamiento del Puerto Pesquero de Santa Rosaliíta en el municipio de Ensenada, Baja California.

Diputados: Próspero Manuel Ibarra Otero (rúbrica), Efraín Arellano Núñez (rúbrica), Rosa Elena Millán Bueno (rúbrica), José Luis Toledo Medina, Víctor Ernesto Ibarra Montoya, Jesús Antonio López Rodríguez, Blandina Ramos Ramírez (rúbrica), Candelario Pérez Alvarado (rúbrica), Diego Valente Valera Fuentes (rúbrica), Fidel Calderón Torreblanca, David Aguilar Robles, Lucely del Perpetuo Socorro Alpízar Carrillo (rúbrica), Oswaldo Guillermo Cházaro Montalvo (rúbrica), Moisés Guerra Mota (rúbrica), Mario Ariel Juárez Rodríguez (rúbrica), Nelly del Carmen Márquez Zapata, Jisela Paes Martínez (rúbrica), Esdras Romero Vega (rúbrica), Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo (rúbrica).

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a considerar en el Programa Nacional contra el Cáncer acciones e indicadores específicos para el diagnóstico oportuno de cáncer de estómago, a cargo de la diputada Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, del Grupo Parlamentario del PAN

La que se suscribe, Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional ante la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El cáncer de gástrico es una enfermedad en la que células anormales crecen de manera descontrolada en los tejidos que revisten el estómago y terminan por formar un tumor con la capacidad de invadir y destruir los tejidos y órganos intestinales. Por lo general, este tipo de cáncer se desarrolla lentamente durante muchos años y puede tardar en mostrar señales de su presencia. Entre los principales síntomas destacan la falta de apetito, pérdida de peso, dolor abdominal, sensación de llenura, acidez, indigestión y náuseas.

Por su parte, la comunidad médica considera que entre los factores que pueden detonar cáncer gástrico se encuentra el consumo excesivo de alimentos curados, ahumados y encurtidos, relacionados con malos hábitos alimenticios. Además, fumar aumenta al doble el riesgo de padecer la enfermedad.

Desafortunadamente el padecimiento es uno de los cánceres más comunes y el segundo cáncer más mortal en México. Según cifras del INEGI, de 2000 a 2013 se registraron 72,758 muertes a causa de esta enfermedad, por encima de cáncer de próstata, mama y cervicouterino.1

El 65% de los pacientes de cáncer de estómago se presentan con una enfermedad avanzada,2 por lo que apenas 4 de cada 10 pacientes sobreviven, a diferencia del cáncer mama, donde sobreviven 8 de cada 10, o 7 de cada 10 en cérvico-uterino. Y es alarmante que en México 86% de los pacientes sobreviven menos de 2 años al momento del diagnóstico.

Cabe mencionar, que una de la causas del diagnóstico tardío o equivocado de cáncer de estómago es que los pacientes confunden los síntomas de este padecimiento al de enfermedades ácido pépticas o de la gastritis, y se automedican con fármacos de libre prescripción, 3 lo que reduce su posibilidad de sobrevida global . De hecho, es de la opinión de la comunidad médica que la detección del cáncer gástrico puede verse afectada debido a la automedicación de productos o fármacos que esconden los síntomas de enfermedades ácido pépticas, pues ellos mismos aseguran que esto puede derivar en un diagnóstico tardío, y en una prognosis negativa.

Según el artículo 2, numeral III del Reglamento de la Ley General de Salud, en materia de publicidad, se entiende publicitario “al mensaje dirigido al público o a un segmento del mismo, con el propósito de informar sobre la existencia o las características de un producto, servicio o actividad para su comercialización y venta o para motivar una conducta .

Dicho esto, es sumamente importante que este tipo de fármacos cuenten con una leyenda que indique al paciente que si persiste el malestar por un periodo prolongado, debe acudir a su médico, ya que puede ser síntoma de cáncer gástrico.

Asimismo, dentro de la información que existe en las instituciones de salud referente a cáncer gástrico, se puede destacar lo siguiente:

• Impacta especialmente a la población en edad productiva (45 a 60 años)

• Afecta todas las regiones del país: destacando una más alta mortalidad en el sur y una mayor incidencia en el norte.4

• Destacan por alta mortalidad, las entidades de Oaxaca, Chiapas, Distrito Federal, Guerrero, Tabasco y Yucatán5

• Los pacientes con cáncer gástrico pasan más días promedio en el hospital que pacientes con cualquier otro tipo de cáncer, representando una carga económica importante para el Sistema de Salud6

En una revisión de política pública sobre los cánceres más comunes y mortales en México dentro las tres principales instituciones de salud, se puede apreciar en la siguiente tabla que en cáncer de estómago y de pulmón hay una agenda pendiente, pues a pesar de que el cáncer gástrico es uno de los más comunes en la población mexicana, a la fecha no existen acciones específicas para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica de este padecimiento. Estos hechos reflejan una debilidad normativa que pone en riesgo la vida de millones de mexicanos.

Especialmente ahora que se está trabajando en la creación de un Programa Integral para la Prevención y Control del Cáncer en México la intervención de gobierno puede revertir las tasas de mortalidad de este padecimiento, como se ha logrado ya en cáncer de mama y cervicouterino. El cáncer gástrico debe ser priorizado en la agenda de salud en dos vertientes:

1. La incorporación de acciones específicas para la detección oportuna y atención del cáncer en todas sus etapas;

2. La cobertura de la atención del cáncer gástrico para todas las personas sin seguridad social en el Sistema Nacional de Salud, a través del Fondo de Protección Contra Gastos Catastróficos

Otros países con tasas de mortalidad similares han implementado esquemas para la prevención, detección y atención del cáncer gástrico con buenos resultados:

• En Costa Rica, se desarrolló un programa de detección temprana y de tratamiento de cáncer gástrico el cual está dirigido a una población de alto riesgo. Este programa logró una reducción del 20.3% por encima de México.

• En Chile, se implementó en 1996 un programa de detección de cáncer gástrico y en 2006 el cáncer gástrico fue incorporado en el Plan de Acceso Universal de Garantías Explícitas , el cual aporta cobertura a la atención de la mayoría de la población en ese país, garantizando el acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud.

• En Japón, se realizan un tamizajes masivos para cáncer gástrico que han sido efectivos en reducir la tasa de mortalidad por esta enfermedad en un 10.6% por encima de México.

Es indispensable incorporar al cáncer gástrico en la atención de la población sin seguridad social. El Fondo de Protección Contra Gastos Catastróficos del Sistema de Protección Social en Salud cubre las patologías de alto impacto para la población de estas características en nuestro país; no obstante resulta crítico que el 2º cáncer más mortal de México no esté considerado por el Seguro Popular, cuya cobertura corresponde al 50% de la población de México.

Asimismo, es necesario que acciones y esquemas de prevención, detección y atención similares a la experiencia internacional sean evaluados e incorporados dentro del Programa Integral de Prevención y Control del Cáncer en México, así como las estrategias de las diferentes instituciones del sector salud. En el pasado, la tasa de detección del cáncer podían llegar a ser prohibitivas, pero nuevas opciones de detección pueden potencialmente derivar en la atención de muchos pacientes. Estas opciones innovadoras deben ser exploradas por las diferentes instituciones del sector salud para su incorporación a los esquemas de prevención, detección y atención del cáncer gástrico en México.

Por ello, tomando en cuenta lo anteriormente expuesto en el marco del Día Mundial Contra el Cáncer, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Por el que se exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal a considerar dentro del Programa Nacional Contra el Cáncer, anunciado por Presidente de la República, acciones e indicadores específicos para el diagnóstico oportuno de cáncer de estómago a fin de reducir las tasas de mortalidad de este padecimiento.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud, Consejo de Salubridad General y a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, para que conforme a sus atribuciones respectivas, consideren la incorporación del cáncer gástrico en el Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos del Seguro Popular.

Tercero. Se exhorta respetuosamente al titular de la Comisión Federal de Protección Contra Riesgo Sanitarios (Cofepris), para que se incluya una leyenda en los medicamentos de libre prescripción para síntomas estomacales que advierta el riesgo de cáncer de estómago en caso de que persista el malestar por tiempo prolongado.

Notas

1 Inegi, “Conjunto de datos: Mortalidad general”, (DE, 20 de julio de 2015)

2 Gregorio Quintero Beuló et. Al, “Cáncer Gástrico. Experiencia en el servicios de Oncología del Hospital General de México”, en Gaceta Mexicana de Oncología , Vol. 3, núm. 3, págs. 26-30

3 Los fármacos de libre prescripción son aquellos fármacos que se venden al consumidor sin receta y que ha sido autorizados por la Secretaria de Salud para su adquisición sin la intervención inicial de un médico.

4 Meneses et al. “Principales neoplasias malignas en México y su distribución Geográfica (1993-2002)”, Revista de Investigación Clínica, Vol. 64, núm. 4, págs. 322-329.

5 Ibídem.

6 Dirección General de Información en Salud, “Cubos Dinámicos”, (DE, 20 de julio de 2015)

Palacio Legislativo de San Lázaro a 8 de Febrero del 2016

Diputados: Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa (rúbrica), Enrique Cambranis Torres.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los tres niveles de gobierno a redoblar esfuerzos en materia de políticas y programas sociales encaminados a atender a los adultos mayores, a cargo del diputado José Santiago López, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Cada 28 de agosto se conmemora el Día Nacional del Adulto Mayor en el país. Como nunca, la población global vive una revolución demográfica. De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, existen 600 millones de personas de 60 años y más, cifra que se duplicará en el año 2025 y para 2050 se ubicará en casi 2 mil millones.1

Datos del Consejo Nacional de Población (Conapo) señalan que en el país hay 11 millones 669 mil 432 adultos mayores, de los cuales el 46 por ciento corresponden a hombres y 54 por ciento a mujeres.2 Del total, “31.5 por ciento están en una etapa de prevejez (60 a 64 años); 41.1 por ciento se encuentran en una vejez funcional (65 a 74 años); 12.3 por ciento en vejez plena (75 a 79 años) y 15.1 por ciento transita por una vejez avanzada (80 años y más)”.3

El estudio Diagnóstico sociodemográfico del envejecimiento en México, elaborado por el propio Conapo, refiere que aproximadamente la población de adultos mayores para el año 2050 en México alcanzará más de 24 millones de personas, que representarán más de 20 por ciento de la población.

Estamos frente a una experiencia inédita en el mundo y en México. En el país se estima que entre 2000 y 2030 el segmento de 65 años y más se incrementará en 334 por ciento, en contraste con el de 15 a 64 años que crecerá en 45.5 por ciento, y el de cero a 14 años decrecerá en 20 por ciento.4

Esto debe ser motivo de preocupación para las autoridades federales, estatales y municipales, producto de la vulnerabilidad que surge con la caída del ingreso al final de la vida productiva y con la dependencia que resulta de las enfermedades crónicas, situación agravada por el endeble sistema de seguridad social del país, que la mayoría de las veces no protege a un número considerable de adultos mayores, por lo tanto, no tienen acceso a los beneficios que otorgan las instituciones de seguridad social como salud, pensiones y créditos para la vivienda.

Datos ilustrativos y consistentes en esta materia son los siguientes:5

• De los poco más de 31.6 millones de hogares que hay en el país, en 3 de cada 10 vive al menos una persona de 60 años y más, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH).

• Datos del segundo trimestre de 2014 de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del Inegi señalan que la tasa de participación económica de la población de 60 años y más fue de 33.7 por ciento. La mayoría labora por cuenta propia (50.5 por ciento), mientras que 4.9 por ciento son trabajadores sin pago. Una tercera parte de los adultos mayores económicamente activos (35.5 por ciento) es subordinada y remunerada; y la mitad de éstos no reciben prestaciones (49.2 por ciento). Además, 3 de cada 4 adultos mayores (74.3 por ciento) se insertan en el mercado laboral informal, de éstos 1 de cada 3 gana entre 67.29 o 63.77 pesos diarios.

• En materia de pensiones, una cuarta parte del total de adultos mayores del país cuenta con una pensión (26.1 por ciento), de acuerdo a la Encuesta Nacional de Empleo y Seguridad Social del Inegi. Los hombres cuentan con una mayor cobertura (35 por ciento) que en las mujeres (18.5 por ciento).

• De los hogares donde hay al menos un adulto mayor, más de la mitad (54.8 por ciento) reciben una pensión por jubilaciones, pensiones e indemnizaciones por accidente de trabajo, despido y retiro voluntario; y 9.3 por ciento son beneficios provenientes de programas gubernamentales.

• En el rubro de salud, la ENIGH señala que del total de personas con discapacidad en el país, 51.4 por ciento tiene 60 años o más. En mayor proporción se presentan dificultades para caminar, moverse, subir o bajar (71.9 por ciento); siguen las deficiencias para ver incluso usando lentes (32.1 por ciento), y para oír aun usando aparato auditivo (21.8 por ciento). De esos casos de discapacidad, 54 de cada 100 son consecuencia de la edad avanzada y 36 de cada 100 por enfermedad.

• 6 enfermedades crónico-degenerativas concentran más de la mitad (55.1 por ciento) de las causas de muerte de este sector de la población: diabetes mellitus (16.9 por ciento), las enfermedades isquémicas del corazón (16.5 por ciento), las enfermedades cerebrovasculares (7 por ciento), las enfermedades crónicas de las vías respiratorias inferiores (5.9 por ciento), las enfermedades del hígado (4.5 por ciento) y las enfermedades hipertensivas (4.3 por ciento).

• Los problemas emocionales y psicológicos también destacan en este sector poblacional. En 2012, del total de egresos hospitalarios en personas de 60 años y más por trastornos mentales y del comportamiento, 12.3 por ciento estuvieron relacionados con la depresión.

Aunque no comparto esta cruda realidad, parece que en México ser adulto mayor significa falta de oportunidades, de acceso y disfrute al ejercicio pleno de los derechos humanos, así como un futuro incierto y lleno de carencias.

Es necesario que los tres niveles de gobierno, en el ámbito de sus atribuciones legales, diseñen y pongan en marcha más políticas y más programas sociales encaminados a elevar la calidad de vida y hacer autosuficiente a la población de 60 años y más, asimismo, que amplíen el catálogo de beneficiarios de los programas y políticas existentes dirigidos a este sector poblacional.

Hay que poner énfasis en que los recursos destinados para estos fines, se deben ejercer con transparencia e imparcialidad, a fin de que lleguen a quienes verdaderamente lo necesitan.

En suma, es urgente construir una nueva visión en este sector poblacional, que permita desmitificar la imagen de obsolescencia y pérdida. Hay que apostarle a generar un nuevo rol de las personas adultas mayores, que contribuya más al beneficio de la sociedad y de ellas mismas.

La falta de valoración social y la no inclusión, son los problemas que más los aquejan. La valoración, especialmente la inclusión, debe darse desde la familia hasta en la definición de las políticas y de los programas sociales que, como imperativo, deben protegerlos.

Millones de adultos mayores ya produjeron en su momento. Es hora de retribuirles algo de lo mucho que aportaron y nos siguen dando.

En virtud de lo anterior someto a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita respetuosamente al Ejecutivo federal, a los gobiernos de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como a los gobiernos municipales, a que en el ámbito de sus atribuciones legales, diseñen y pongan en marcha más políticas y más programas sociales encaminados a elevar la calidad de vida y hacer autosuficiente a la población de 60 años y más, asimismo, para que se amplíe el catálogo de beneficiarios de los programas y políticas existentes dirigidos a este sector poblacional. El manejo de los recursos destinados a estos fines se deberá hacer de manera imparcial y transparente.

Notas

1 “Más de 600 millones de habitantes en la tercera edad”, Boletín UNAM-DGCS-492, 27 de agosto de 2015. Disponible en http://www.dgcs.unam.mx/boletin/bdboletin/2015_492.html (Última consulta: 2 de febrero de 2016)

2 Ibídem.

3 “5 claves que retratan la situación de los adultos mayores”, CNN, 1 de octubre de 2014. Disponible en http://mexico.cnn.com/nacional/2014/10/01/5-claves-que-retratan-la-situ acion-de-los-adultos-mayores (Última consulta: 2 de febrero de 2016)

4 “Más de 600 millones de habitantes en la tercera edad”, obra citada.

5 “5 claves que retratan la situación de los adultos mayores”, obra citada.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputado José Santiago López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IMSS a construir el inmueble de la clínica número 58 en Huatusco, Veracruz, a cargo del diputado Miguel Ángel Sedas Castro, del Grupo Parlamentario del PVEM

Miguel Ángel Sedas Castro, diputado integrante de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, perteneciente al Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

El Sistema de Salud de México está compuesto por dos sectores: público y privado. El sector público comprende a las instituciones de seguridad social Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Petróleos Mexicanos (Pemex), Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), Secretaría de Marina (Semar) y otros, que prestan servicios a los trabajadores del sector formal de la economía, y a las instituciones que protegen o prestan servicios a la población sin seguridad social, dentro de las que se incluyen el Seguro Popular de Salud (SPS),la Secretaría de Salud (Ssa), los servicios estatales de salud (Sesa) y el Programa IMSS-Oportunidades (IMSS-O). El sector privado presta servicios a la población con capacidad de pago. El financiamiento de las instituciones de seguridad social proviene de tres fuentes: contribuciones gubernamentales, contribuciones del empleador (que en el caso del ISSSTE, Pemex, Sedena y Semar es el mismo gobierno) y contribuciones de los empleados. Estas instituciones prestan sus servicios en sus propias instalaciones y con su propio personal. Tanto la Ssa como los Sesa se financian con recursos del gobierno federal y los gobiernos estatales, además de una pequeña contribución que pagan los usuarios al recibir la atención (cuotas de recuperación). La población de responsabilidad de la Ssa y de los Sesa se atiende en las instalaciones de estas instituciones, que cuentan con su propio personal. Finalmente, el sector privado se financia con los pagos que hacen los usuarios al momento de recibir la atención y con las primas de los seguros médicos privados, y ofrece servicios en consultorios, clínicas y hospitales privados.

Entendiendo las bases de la seguridad social

Los conceptos más básicos de la seguridad social definen los roles dentro de la relación laboral, así como la justificación de la seguridad social y son:

Patrón. Persona que paga un sueldo o salario a otra a cambio de un servicio o trabajo, ya sea mental o físico. También se le conoce como “sujeto obligado”, por ser la persona que debe realizar el pago de cuotas obrero-patronales.

Trabajador. Persona que presta sus servicios a otra, a cambio de una remuneración económica que le permita llevar una buena calidad de vida. El trabajador puede ser eventual cuando su relación de trabajo es por tiempo u obra determinada y es permanente cuando la relación de trabajo es por tiempo indefinido.

Seguridad social. Es la búsqueda de la garantía de una mejor calidad de vida de los trabajadores. A través de la seguridad social el estado busca asegurar el derecho a la salud, dar una mejor calidad de vida al trabajador durante y después de trabajar y otorgar los servicios necesarios para que esto pueda ser llevado a cabo.

Cuotas obrero-patronales. Son las aportaciones obligatorias que el patrón debe realizar para garantizar la seguridad social del trabajador. Para definir el monto exacto de estas cuotas es necesario tomar en consideración varios requisitos: obligaciones establecidas en la Ley de Seguridad Social, características de la relación de trabajo y del trabajador y aspectos fiscales.

Salario . Pago que recibe el trabajador a cambio de la prestación de sus servicios.

Régimen obligatorio. Cuando un trabajador inicia la relación laboral, el patrón está obligado a darlo de alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Régimen voluntario. Cuando una persona trabaja por su cuenta tiene la posibilidad de afiliarse al Instituto Mexicano del Seguro Social y hacer las aportaciones correspondientes por su cuenta y de manera voluntaria.

Una garantía de calidad de vida para el trabajador

A través de la seguridad social, el estado busca asegurarse de que todos los trabajadores tendrán acceso a los niveles básicos de calidad de vida. Para poder llevar esto a cabo, tanto el estado como los patrones están obligados a realizar las aportaciones correspondientes en la cuenta que para eso designe el IMSS y en tiempo y forma estipulados en la Ley de Seguridad Social.

Ahora bien, la unidad médico familiar número 58 del Instituto Mexicano del Seguro Social ubicada en el municipio de Huatusco, en el estado de Veracruz, funciona desde el año de 1975 en un domicilio particular pagando una renta mensual , donde se atiende a una población derechohabiente de más de 12 mil habitantes, provenientes de los municipio circundantes de Comapa: Sochiapa, Tenampa, Tlacotepec de Mejía, Totutla, Zentla, además de la población de la ciudad de Huatusco en el estado de Veracruz.

Esta Unidad de Medicina Familiar (UMF), presta entre otros servicios, el de consulta externa, atendida por cinco médicos y el de laboratorio clínico, cuyos estudios de gabinete según su naturaleza corresponda, son remitidos a las ciudades que se ubican en los municipios de Orizaba y Córdoba del estado, porque esta unidad UMF no cuenta con la infraestructura suficiente para ser atendidos, cabe señalar que dicha clínica no cuenta con servicios de urgencia ni de maternidad, siendo deficiente la operación de la misma unidad médica debido a no contar con adecuadas instalaciones propias .

Ante este escenario y dada la preocupación de los derechohabientes, en el año 2002 se constituyó el comité pro-construcción de la UMF número 58, dicho comité ha venido gestionando ante diferentes autoridades como municipales, estatales y del mismo Instituto Mexicano del Seguro Social; gestiones que hasta el momento no se han concretado, para la realización de la obra, a pesar de que en instituto cuenta ya en la ciudad de Huatusco, Veracruz, con un terreno de 2 mil 970.96 metros cuadrados para su construcción y dicho terreno es propiedad del instituto.

Que el Plan Nacional de Desarrollo (PDN) 2013-2018 establece asegurar recursos humanos, equipamiento, infraestructura y tecnologías de la salud suficientes, oportunas y acordes con las necesidades de salud de la población, las características de esta vertiente de política incluyen la edificación de más hospitales regionales y en general, la ampliación de la infraestructura de salud y sus equipos en las ciudades y el campo, así como la mejoría y el mantenimiento de las instalaciones que ya funcionan.

En este mismo sentido plantea que en materia de infraestructura física en salud, se consolidará la red de servicios de atención a la salud. Priorizando a la red de hospitales regionales de alta especialidad y las unidades de especialidades médicas.

La UMF número 58, que se encuentra ubicada en el municipio de Huatusco, Veracruz, es insuficiente para atender a toda la población derechohabiente de esta misma clínica, quienes ante tal panorama se ven en la penosa necesidad de transportarse a otras clínicas fuera de su demarcación municipal, lo que ocasiona tener mayores gastos para la atención de su estado de salud, es por ello que se requiere ampliar estos servicios de salud, que permitan proporcionar un servicio adecuado y suficiente para la población derechohabiente de la demarcación, es por ello que desde este momento estoy solicitando se otorgue la cantidad de 14 millones de pesos para la construcción de la clínica número 58, en el terreno que es propiedad del Instituto Mexicano del Seguro Social y destinado para dicha causa , para que se agregue y se tome en consideración en el Presupuesto de Egresos de la Federación, mismo que será aprobado en próximos días.

El punto de acuerdo es viable ya que el IMSS cuenta con la solvencia económica para poder llevar a cabo esta obra que beneficiaría a más de 12 mil derechohabientes.

Durante los últimos años el IMSS ha venido reportando informes que para sacar lo obsoleto que resulta de los 28 años de edad de las UMF en condiciones inadecuadas de operación, las necesidades de remodelación y ampliación de servicios, así como las adecuaciones en los inmuebles a las que obligan las actividades de los programas integrados de salud (Prevenimss) y del proceso de mejora de medicina familiar, se ha establecido entre otras acciones, la construcción de nuevas UMF para incrementar la infraestructura en consultorios y ampliar la capacidad de atención, así como la remodelación de las unidades de medicina familiar ya existentes, para mejorar su funcionalidad e imagen, y llevar así una recuperación de las obras inconclusas.

La construcción de las UMF ha permitido el otorgamiento a prestaciones médicas en áreas geográficas relativamente circunscritas, para que acerquen los servicios de la población, y así evitar grandes desplazamientos, es por lo que resulta necesario que se realicen las gestiones a las que haya lugar para la realización de la obra correspondiente a la UMF número 58, ubicada en el municipio de Huatusco en el estado de Veracruz. Por lo antes expuesto solicito

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Instituto Mexicano del Seguro Social a construir el inmueble de la clínica número 58 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la ciudad de Huatusco, Veracruz.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputado Miguel Ángel Sedas Castro (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la titular de la Ssa y a los gobernadores a continuar e implantar nuevas acciones que contribuyan a prevenir, combatir y erradicar el virus del zika, a cargo de la diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena

Diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno el siguiente punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al tenor de lo siguientes

Antecedentes y consideraciones

El bosque de Uganda de donde salió el virus del zika que afecta a América Latina, está en Entebbe, a 23 kilómetros de la capital ugandesa, Kampala, y alberga todo tipo de animales y plantas; hace casi siete décadas, en ese lugar extremadamente apacible, los científicos descubrieron el virus zika que hoy tiene en alerta a gran parte de América Latina.

Un microorganismo que, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), se está expandiendo “de forma explosiva”. Lo hallaron en 1947 en unos monos, siete años antes de que se detectara la primera infección en humanos a 4 mil kilómetros de distancia, en Nigeria.

Transmitido por el mosquito Aedes aegypti –que también contagia de dengue y chikungunya–, el zika provoca síntomas leves como fiebre baja, dolor de cabeza y articular o sarpullidos. Pero se sospecha que en embarazadas puede causar microcefalia, una enfermedad congénita que provoca daños neurológicos irreparables en el desarrollo de los bebés.

Por otro lado en Colombia se han registrado más de 20 mil casos de infectados por el virus zika, 2 mil de ellos en mujeres embarazadas, un riesgo latente que mantiene en alerta a América Latina por los posibles daños neurológicos a bebés.

Según el último boletín epidemiológico del Instituto Nacional de Salud colombiano, hasta la tercera semana de enero de 2016 se reportan 20 mil 297 casos de zika, 2 mil 116 de ellos en embarazadas. Colombia es el segundo país más afectado de la región por el virus después de Brasil, que ha registrado más de un millón y medio de infectados desde abril1 .

Brasil investiga la relación del zika con los más de 3 mil 400 casos sospechosos de microcefalia en bebés reportados en medio de un brote del virus.

Sin vacuna disponible, los países latinoamericanos han pedido redoblar esfuerzos en la eliminación de criaderos de larvas de mosquito, como en Nicaragua u Honduras, donde brigadas de voluntarios formadas por maestros, alumnos y padres limpiarán posibles cunas de zancudos en aguas estancadas.

“... En Colombia, de los casos de zika notificados, mil 50 fueron confirmados por exámenes de laboratorio, 17 mil 115 confirmados por clínica y 2 mil 132 son casos sospechosos. Según proyecciones del gobierno, se esperan 600 mil infectados.

El virus ya afecta a 193 municipios, que tienen decretada la alerta verde hospitalaria para prepararse ante la “fase expansiva” del zika en el país. Como se puede observar la propagación del virus del zika en América Latina no se detiene, afectando así a la población en general pero peor aún lo es que afecte a niñas, niños y mujeres embarazadas.

Después de que la semana última médicos norteamericanos publicaron un artículo crítico en el Journal of the American Medical Association por la lenta reacción de los organismos internacionales ante el crecimiento de los casos de zika en América, Margaret Chan, directora general de la Organización Mundial de la Salud (OMS), convocó ayer a una reunión urgente de virólogos y sanitaristas para el lunes. Los expertos deberán decidir si corresponde declarar la emergencia sanitaria global”...

“La propagación del virus es explosiva –dijo Chan, durante la sesión del consejo ejecutivo de la OMS que se transmitió vía streaming desde Ginebra. El nivel de preocupación es extremadamente alto, igual que él de incertidumbre.”

Sylvain Alighieri, de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), estimó que en los próximos doce meses entre tres y cuatro millones de personas podrían resultar infectadas por el virus, pero aclaró que estos números están basados en modelos matemáticos porque sólo uno de cada cuatro o cinco individuos tiene síntomas, y no se cuenta con pruebas de diagnóstico comercialmente disponibles y suficientemente certeras.

Es una enfermedad nueva en el continente americano, transmitida por el mismo tipo de mosquito que propaga el dengue, por lo que en algunos casos se pueden contraer ambas infecciones.”...2

Por su parte, México se encuentra en declaratoria de emergencia por los primeros 18 casos confirmados con el virus de zika, mismos que podrían aumentar. La Secretaría de Salud informó que México está en declaratoria de emergencia por estos casos registrados en este país, y descartó que se trate de una alerta epidemiológica.

El director de Epidemiología de la Secretaría de Salud, Cuitláhuac Ruiz, dijo que de noviembre del año pasado, que se detectó el primer caso, ya hay más de 18 casos confirmados del virus del zika en México.

De los casos confirmados, 15 son procedentes de Chiapas (10), Nuevo León (4) y Jalisco (1), y los tres restantes importados. Señaló que hasta este momento se han contabilizado 18 casos confirmados por laboratorio del virus del zika en este país3 .

Sin embargo en las últimas horas del 2 de febrero de 2016, la propia secretaria de Salud, Mercedes Juan López declaró “En México hay 34 casos de personas infectadas con el virus del zika...”4

La titular de Salud reiteró la alerta de la Organización Mundial de la Salud (OMS) que ha declarado la situación del virus del zika como una “emergencia pública de salud de preocupación internacional”.

En ese tenor, el 1o. de febrero la Organización Mundial de la Salud realizó la emergencia sanitaria mundial por la propagación de zika, cabe destacar que dicho concepto de emergencia se ha declarado con ocasión de pandemias como la de influenza A/H1N1 (también llamada gripe A) en 2009 y el ébola en 2014.

Por su parte, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) informó que el virus se ha extendido a Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guyana francesa, Guatemala, Guyana, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Surinam, Venezuela, Barbados, República Dominicana, Guadalupe, Haití, Martinica, San Martín, Puerto Rico e Islas Vírgenes, así como a las islas Cabo Verde, frente a la costa occidental de África, y Samoa, en el Pacífico sur5 .

Por lo tanto, si bien es cierto que la misma constitución establece en su artículo 4o. en cuarto párrafo lo siguiente:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.”

De lo anterior se desprende que el estado como autoridad, debe garantizar las modalidades de protección de salud para todos sus habitantes y que el mismo artículo 73, fracción XVI, obliga al estado a tomar medidas preventivas; necesarias para el caso de epidemias o que pongan en riesgo la integridad de las personas.

Por otra parte, la Ley General de Salud dispone, en su artículo 1o. Bis lo siguiente:

“Se entiende por salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”; y considerando que esta disposición es ley reglamentaria del artículo 4o. de nuestra Carta Magna, es necesario tomar medidas al respecto.

No debiendo pasar por desapercibido que dicha enfermedad se trasmite por el mismo tipo de mosquito que propaga el dengue y el chikungunya, por lo que se deben tomar medidas de prevención y protección a nivel nacional, evitando su propagación, tal y como lo señaló el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Pablo Kuri Morales.

“...De noviembre de 2015 al 8 de enero de 2016 se han confirmado 15 casos de zika en México, y aunque ese padecimiento es de baja gravedad, pueden presentarse complicaciones principalmente en las gestantes, informó la Secretaría de Salud.

Al igual que el dengue y el chikungunya, este mal es transmitido por el mosquito Aedes aegypti, recordó en esta localidad de Morelos el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Pablo Kuri Morales...”6

El zika se sigue propagando, por lo que es necesario poner atención al tema, así como a las medidas para combatirlo y así evitar que continúe su proliferación, generando los canales de comunicación necesarios con los organismos de salud internacionales involucrados para evitar su propagación.

Es por esa razón que se deben tomar medidas necesarias tendientes a erradicar y evitar la proliferación de esta enfermedad en el territorio mexicano, considerando la prevención como así lo establece la legislación en materia de salud, pudiendo de la misma manera generar conciencia en la población de una plena cultura sobre la sanidad de viviendas y sobre todo en el de los terrenos baldíos o donde se llegaran a formar depósitos de agua que sirven como criaderos de mosquitos.

Por otro lado se deben considerar estrategias para evitar un problema de salud pública, así como unificar criterios de los casos ya presentados, en México ya van 4 entidades de la República en las que se ha presentado el virus.

Otro aspecto importante que se debe tomar en cuenta es la de formular planes de contingencia, así como gestionar y monitorear consecutivamente en colaboración con todas las autoridades implicadas en este tema que es de interés para todos mexicanos, para lograr una pluralidad y suma de esfuerzos en conjunto.

Por lo anteriormente motivado y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la titular de la Secretaría de Salud del gobierno federal, y a los jefes del Poder Ejecutivo de los estados que conforman la República Mexicana, a efecto de que continúen e implementen nuevas acciones que coadyuven en la prevención, combate y erradicación del virus del zika, así como para que generen los canales de comunicación con los organismos internacionales en materia de salud para contribuir a que dicho virus y sus consecuencias no se propaguen en el territorio nacional.

Notas

1 http://www.lanacion.com.ar/1866860-colombia-registra-mas-de-20000-enfer mos-con-el-virus-zika

2 http://www.lanacion.com.ar/
1866323-la-oms-advirtio-que-la-propagacion-del-zika-es-explosiva-el-lunes-reunion-de-urgencia

3 http://www.tiempo.com.mx/noticia/14476-confirmados_18_casos_del_virus/1
4 http://www.jornada.unam.mx/2016/02/02/sociedad/028n1soc

5 http://www.cnnexpansion.com/economia/2016/01/21/mexico-reporta-15-casos -de-zika-desde-noviembre
6 http://www.cnnexpansion.com/economia/2016/02/02/mexico-tiene-21-casos-d el-virus-zika-secretaria-de-salud

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita a la Ssa y la SEP que emitan el plan de instalación de bebederos en las escuelas, a cargo del diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo, que exhorta a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Educación Pública, la publicación final del dictamen 02/1310/171214 en el Diario Oficial de la Federación, para que así la Secretaría de Educación Pública pueda comenzar con la real instalación de bebederos en escuelas y hacer uso de los recursos destinados para tal fin, con fundamento en la siguiente

Exposición de Motivos

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) ha señalado que México ocupa a nivel mundial el alarmante primer lugar en obesidad infantil1 .

La Secretaría de Salud informó que México registró de enero a noviembre pasado 35 mil 157 nuevos casos de obesidad entre niños de 1 a 14 años y 15 mil 626 nuevos casos entre jóvenes de 15 a 19 años2 .

En la actualidad, el estilo de vida se ha visto afectado a causa de la tecnología, largas jornada de trabajo, falta de tiempo para comer y malos hábitos alimenticios3 . En específico, los niños pasan varias horas sentados, debido a los videojuegos, televisión, tabletas, celulares y computadoras, dando como resultado un gasto de energía pobre; la cual, al no ser utilizada se convierte en grasa y se acumula en el organismo generando sobrepeso y obesidad4 .

Dentro de los malos hábitos alimenticios encontramos que en 95 por ciento la ganancia de peso es debida al consumo excesivo de alimentos altos en grasas y azúcares refinados5 .

La obesidad por sí misma es un problema de salud pública que requiere de la adecuada acción de políticas públicas que impulsen cambios en nuestra forma de vida e implementación de programas de nutrición que puedan orientar la adecuada nutrición.

El orden y la disciplina en la alimentación resulta algo que debemos educar desde temprana edad para que las nuevas generaciones tengan una mejor calidad de vida.

Datos de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) indican que uno de cada tres adolescentes de entre 12 y 19 años presenta sobrepeso u obesidad. Para los escolares, la prevalencia combinada de sobrepeso y obesidad ascendió un promedio de 26 por ciento para ambos sexos, lo cual representa más de 4.1 millones de escolares conviviendo con este problema6 .

Las causas de la obesidad infantil, dicen los especialistas son: poca o nula actividad física y la ingesta de alimentos hipercalóricos que son ricos en grasa, sal y azúcares pero pobres en vitaminas y minerales7 , lo que se le llama “calorías vacías” o “calorías tóxicas”, al no aportar ningún beneficio a la alimentación, pero sí una afectación directa a la salud, causando enfermedades como la obesidad, y otros padecimientos crónicos, como la diabetes tipo 2.

La obesidad en niños y adolescentes puede ser el principio de enfermedades consideradas de adultos, tales como diabetes mellitus, problemas en pies y espalda, trastornos hormonales, hipertensión arterial, várices y cáncer. La genética también puede influir, ya que si los padres presentan obesidad o las madres durante los primeros tres meses de gestación, existe la posibilidad que los hijos padezcan sobrepeso durante la niñez y/o adolescencia8 .

Este conjunto de padecimientos terminan afectando a la economía del país, por ejemplo, en el costo de la medicina institucional, así como en el rendimiento y la productividad9 .

El niño que es obeso en edad pediátrica, tiene una probabilidad de 80 por ciento de ser obeso en la etapa adulta10 , por lo tanto un niño obeso tiene mayor probabilidad de ser un adulto enfermo11 , y en nuestro país, uno de cada tres niños tiene sobrepeso u obesidad.

Las consecuencias inmediatas en la obesidad infantil son dificultad respiratoria, alteraciones musculoesqueléticas, exceso de carga en articulaciones que se comienzan a deformar, dificultad para caminar e inactividad, además de efectos psicológicos, a mediano plazo son que gracias la grasa que se ha ido acumulando se desarrollen alteraciones metabólicas, por ejemplo que le sube el azúcar, que sea un niño prediabético y después en el futuro sea un niño diabético; que tiene triglicéridos altísimos, el colesterol alto y en automático adultos con diabetes, hipertensión, problemas vasculares y cardiacos12 .

En nuestro país una de cada seis personas sufre de diabetes, padecimiento que se ha convertido en una de las principales causas de muerte. Ante esta problemática especialistas urgen a las autoridades implementar acciones de educación alimenticia a corto plazo en las escuelas13 .

La resolución a este exhorto sería además complemento para el éxito de la Estrategia Nacional para la Prevención y control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes, puesta en marcha por el presidente Enrique Peña Nieto en octubre de 2013, en donde uno de sus tres pilares, el de salud pública, habla del acceso al agua potable14 .

Para evitar la obesidad en niños, los expertos recomiendan jugar mucho para quemar calorías, hacer ejercicio, llevar una dieta balanceada, e ingerir alimentos con tiempo, no con prisas, esto para tener una buena digestión15 .

Uno de los factores que más incide en el aumento de peso y en la obesidad es una alimentación inadecuada, en donde el consumo de refrescos y bebidas azucaradas suele ser un factor detonante. Ofrecer y garantizar un mayor acceso al agua potable, en lugar de bebidas azucaradas, es una de las estrategias recomendadas para prevenir y reducir los índices de obesidad infantil. Sin embargo, el acceso al agua potable es reducido, principalmente en las escuelas, lugar donde los menores pasan por lo menos la mitad de su día.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud en Escolares de 2008, solamente 55.9 por ciento de las primarias y 60.6 por ciento de las secundarias a nivel nacional cuentan con agua para beber dentro de sus instalaciones, pero la cantidad de bebederos instalados y funcionales es mucho menor a este porcentaje; solo 15 por ciento. En este sentido impera la necesidad de promover una alimentación correcta dentro de los inmuebles escolares, con el objetivo de reducir los factores de riesgo que inciden en la obesidad infantil y en adolescentes.

Considerandos

La mayoría de las escuelas en nuestro país, ya sean públicas o privadas, carecen de bebederos, o estos se encuentran en pésimas condiciones y/o son inoperantes, la calidad del agua resulta muy mala y provoca enfermedades gastrointestinales, por lo cual no son una alternativa viable ante las bebidas altamente azucaradas.

Ya hay un decreto que promueve la instalación de bebederos en escuelas, sin embargo éste se encuentra sin una real implementación, lo cual dificulta que los niños y las niñas puedan consumir agua potable de manera continua en las escuelas, lo que mejoraría notablemente su salud. Esta situación es de gran importancia, dado que se trata de un tema mayúsculo y un problema de salud pública.

Propuesta

A raíz de la publicación, en mayo de 2014, del decreto que reforma los artículos 7, 11 y 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, donde se señala que se garantizará la existencia de bebederos suficientes y con suministro continuo de agua potable en cada inmueble de uso escolar conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, ambas secretarías debieron de trabajar de manera coordinada para asegurar el inicio de la instalación de los bebederos en los inmuebles escolares. Lamentablemente, esto no ha ocurrido así, y uno de los principales obstáculos ha sido en primer lugar, la falta de rapidez en la publicación de los lineamientos mencionados en el Diario Oficial de la Federación.

La importancia de dichos lineamientos recae en que éstos son la base normativa de las características y mecanismos idóneos para la instalación de los bebederos en las escuelas. Podríamos decir que sin la correcta y urgente implementación de estos lineamientos por parte de la Secretaría de Educación Pública, a través del Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa, el cual es el organismo facultado para la instalación de los bebederos, se retrasa cada vez más el cumplimiento del deber constitucional de garantizar el acceso al agua potable, especialmente a los niños.

De acuerdo al decreto mencionado anteriormente, específicamente en el transitorio quinto, se menciona explícitamente que “La Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, emitirán en un plazo de 90 días, los lineamientos previstos en el artículo 11”. Es decir, los lineamientos tuvieron que haber sido publicados en agosto de 2014, situación que no sucedió, y que se realizó a finales de 2015. Es decir, un año y medio de retraso.

Ejemplo de esto, es que de acuerdo con la página de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer)16 , apenas el 15 de septiembre de 2015 (13 meses después de cumplirse el plazo máximo) se contaba con un dictamen final de los lineamientos, sin haber sido publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Más allá de la publicación de los lineamientos, un elemento clave es la instrumentación de los mismos, que permita la instalación de bebederos de agua potable en todas las escuelas de educación públicas el país. En el decreto de 2014, el transitorio sexto habla que: “El Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa procurará que las instalaciones del Sistema Educativo Nacional cuenten con la infraestructura de bebederos de agua potable prevista en los artículos 7 y 11 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, en un plazo máximo de 3 años a partir de la publicación del presente decreto”. Es decir, estamos por cumplir dos años del plazo establecido para que se instalen bebederos en todas las escuelas del país sin que haya un avance significativo hacia esta meta.

Lo que hoy le demos como alimento y bebida a nuestros niños, es lo que ellos como sociedad nos van a devolver el día de mañana, por lo tanto llevar acciones que impulsen un estilo de vida más sano, como es el proveer de bebederos de agua potable en las escuelas de todo el país, resulta fundamental para incrementar la calidad de vida de la población infantil. El desarrollo de una niñez sana, se traducirá en un México sano.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración del pleno de esta soberanía, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se solicita a los titulares de las Secretarías de Salud y de Educación Pública que emitan el plan de instalación de los bebederos en las escuelas, señalando el número de bebederos por instalarse y las escuelas (localización y cantidad), así como se evidencie si se cumplirá con la meta a 3 años (mayo de 2017), tal y como se estableció en el decreto publicado en mayo de 2014, que reforma los artículos 7, 11 y 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, con el objetivo de garantizar “la existencia de bebederos suficientes y con suministro continuo de agua potable en cada inmueble de uso escolar”.

Segundo. Se exhorta al Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa a que inicie con el proceso de instalación de los bebederos en las escuelas, provea un sistema de purificación de agua confiable que contribuya a la salud de los niños y a la economía familiar y contribuya a la creación de instalaciones dignas para la niñez. Se pide asimismo el correcto mantenimiento, higiene y limpieza de los bebederos, para garantizar la inocuidad y salud de los mismos.

Notas

1 http://www.unicef.org/mexico/spanish/17047.htm
2 http://oment.uanl.mx/mexico-encabeza-estadisticas-en-obesidad-en-adulto s-y-ninos/
3 http://www.businessreviewamericalatina.com/finance/1270/
M%C3%A9xico-ocupa-el-primer-lugar-en-obesidad-infantil-y-en-adultos-en-Am%C3%A9rica-Latina

4 http://www.imss.gob.mx/salud-en-linea/obesidad-menoredad
5 http://www.imss.gob.mx/salud-en-linea/infografias/infografia-sobrepeso
6 http://www.unicef.org/mexico/spanish/17047.htm
7 http://oment.uanl.mx/mexico-encabeza-estadisticas-en-obesidad-en-adulto s-y-ninos/
8 http://www.imss.gob.mx/salud-en-linea/obesidad-menoredad

9 http://www.businessreviewamericalatina.com/finance/1270/
M%C3%A9xico-ocupa-el-primer-lugar-en-obesidad-infantil-y-en-adultos-en-Am%C3%A9rica-Latina

10. http://www.razona.com.mx/
index.php?option=com_content&view=article&id=646:obesidad-en-mexico&catid=94&Itemid=559

11 http://oment.uanl.mx/mexico-encabeza-estadisticas-en-obesidad-en-adulto s-y-ninos/
12 http://oment.uanl.mx/mexico-encabeza-estadisticas-en-obesidad-en-adulto s-y-ninos/
13 http://www.businessreviewamericalatina.com/finance/1270/
M%C3%A9xico-ocupa-el-primer-lugar-en-obesidad-infantil-y-en-adultos-en-Am%C3%A9rica-Latina

14 http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2015/08/07/
en-lucha-contra-obesidad-infantil-expertos-de-mexico-eu-y-canada-6735.html

15 http://oment.uanl.mx/mexico-encabeza-estadisticas-en-obesidad-en-adultos-y-ninos/
16 http://cofemersimir.gob.mx/expedientes/14291

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa y la Ssa a investigar sobre el empleo de diclorofenol en los plaguicidas y herbicidas, y su efecto en la salud pública, suscrita por los diputados Rafael Yerena Zambrano y Evelyng Soraya Flores Carranza, de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PVEM, respectivamente

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados; 22, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones jurídicas aplicables, los que suscriben, diputado Rafael Yerena Zambrano y la diputada Evelyng Soraya Flores Carranza, integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PVEM, respectivamente de la LXIII Legislatura, someten a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

El empleo de los pesticidas en los cultivos agrícolas, ha sido la técnica más utilizada para el control de las plagas y enfermedades, así como para disminuir los riesgos y pérdidas en las cosechas. La efectividad probada de estos productos ha originado a que se posicionen como un insumo prioritario para obtener buenos rendimientos en la producción de productos agrícolas.

Asimismo los plaguicidas son necesarios para controlar las plagas que causan daño durante el almacenamiento o transporte de alimentos. Además, se emplean para el control de vectores de enfermedades humanas y animales, y de organismos que sin embargo, interfieren en el bienestar del ser humano y los animales.1

La manipulación y aplicación de plaguicidas puede entrañar riesgos para el ser humano, ya sea como usuario o consumidor de vegetales, frutas y productos tratados.2

Los riesgos se deben principalmente a la utilización de químicos que si bien son cuidadosamente empleados en la elaboración de los pesticidas observando las normas de inocuidad que establecen límites permisibles, lamentablemente en ocasiones las concentraciones y los efectos aditivos elevan potencialmente los riesgos en la salud humana.

De acuerdo con información proporcionada por el Centro de Estudios de Desarrollo Rural Sustentable y de la Soberanía Alimentaria, dentro de la variedad de sustancias que representan una potencial toxicidad en la formulación de los pesticidas, tenemos a la denominada como diclorofenol. Esta sustancia es el resultado de la adición de dos moléculas de cloro al fenol, obtenida esta última como un derivado del petróleo, el cual en ciertas cantidades es tóxico.

El diclorofenol se usa para la elaboración del herbicida 2,4 diclorofenoxiacético, el cual disuelta en agua puede ser fácilmente absorbida por la piel, por lo que quienes lo trabajan en la industria que los utiliza, corren el riesgo de contaminarse por vía cutánea o inhalación, que en grandes cantidades puede ser fatal.

Pero no sólo en las plantas industriales se presentan los grandes riesgos ya que el diclorofenol al transformarse en diclorofenoxiacético adquiere mayor toxicidad cuando se le utiliza en la agricultura, así como en el control de malezas de jardines urbanos.

De acuerdo al último Censo Agropecuario en el 2007, se reportó que en 5.2 millones de hectáreas se usan herbicidas químicos que contienen la sustancia multicitada, en una superficie que equivale a 17% de la superficie agrícola del país, en donde principalmente se da el monocultivo de maíz, trigo, cebada, arroz caña de azúcar y en el control de malezas de pastizales.

Las cifras transcritas anteriormente, reflejan un impacto importante de los herbicidas, y esta situación hace imperiosa la necesidad de revisar la composición de estos químicos para prevenir daños en la salud humana, puesto que las cosechas de alimentos se contaminan con la aplicación de estos, debido a que como la mayoría de los plaguicidas de síntesis química, ocasionan efectos adversos, como la toxicidad, la cual puede presentarse de diferente magnitud según el nivel de concentración y forma de introducción en las personas, pudiendo ser esta última por ingestión, inhalación y dérmico como ya se dijo.

Asimismo, de acuerdo con un estudio publicado en Annals of Allergy, Asthma and Immunology, los altos niveles de diclorofenol en el cuerpo están relacionados con las alergias a la comida, mostrando que el aumento en los pesticidas y otros químicos están asociados con un aumento en las alergias, donde el diclorofenol puede debilitar la tolerancia a ciertos alimentos, lo que causaría las alergias en ciertas personas.3

De otro estudio denominado 2,4-D Razones para su prohibición mundial menciona que el diclorofenol está vinculado con el cáncer tipo linfomano Hodkin en personas que han estado en contacto, así como efectos teratógenicos.4

Dada la complejidad que existe en la composición de los pesticidas, en nuestro marco jurídico, contamos con la Ley Federal de Sanidad Vegetal, la cual establece la responsabilidad en dictaminar sobre los aspectos fitosanitarios de los límites máximos de residuos de plaguicidas que se establezcan y da la atribución a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación de certificar y evaluar la aplicación, uso y manejo de plaguicidas e insumos de nutrición vegetal.

Es así que la Sagarpa es la dependencia facultada para la formulación, conducción y evaluación de la política general de desarrollo rural, incluyendo los programas de sanidad vegetal y animal, entre otras atribuciones tiene:

• Dictaminar los límites máximos de residuos de plaguicidas.

• Dictaminar la efectividad biológica de los plaguicidas.

• Normar, en coordinación con las dependencias competentes, la expedición de documentos para el registro e importación de plaguicidas de uso agrícola, así como normar y supervisar su uso.

• Normar y regular la importación y movilización de productos químicos agropecuarios.

• Elaborar, en colaboración con las dependencias competentes, la regulación aplicable a los plaguicidas.

A su vez, la Sagarpa cuenta en su estructura orgánica con el Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad y Calidad Agroalimentaria que tiene la función de regular, administrar y fomentar las actividades de sanidad, inocuidad y calidad agroalimentaria, para reducir los riesgos inherentes en materia agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera, en beneficio de los productores, consumidores e industria.

Es por ello que se necesita una investigación que arroje resultados concluyentes sobre el riesgo real que representa el uso del diclorofenol, para así contar con elementos que permitan tomar decisiones correctas.

Por lo anterior se propone a esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y a la Secretaría de Salud, ambas del gobierno federal a llevar a cabo investigaciones sobre el empleo de la sustancia diclorofenol en los plaguicidas y herbicidas, así como de su impacto en la salud pública.

Notas

1 María Antonia Pérez, Hermilio Navarro y Edith Miranda, Revista Internacional de Contaminación Ambiental, número 29, “Residuos de plaguicidas en hortalizas: problemática y riesgo en México” (Número especial sobre plaguicidas), UNAM, pp. 45-64.

2 Ídem.

3 Elina Jerschow, Consultado en http://www.vidanueva.mx/actualidad/pesticidas.html

4 Consultado en http://www.rap-al.org/articulos_files/El_2,4-D.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputados Rafael Yerena Zambrano, Evelyng Soraya Flores Carranza (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a iniciar por la Semarnat juicio de lesividad contra la manifestación de impacto ambiental, en su modalidad particular, para evaluar el proyecto Malecón Cancún Tajamar, suscrita por las diputadas Maricela Contreras Julián e Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del PRD

Las suscritas, Maricela Contreras Julián e Ivanova Isaura Pool Pech, diputadas federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:

Considerandos

El 10 de febrero de 2005, el Fondo Nacional de Fomento al Turismo, Fonatur, solicitó ante el Centro Integral de Servicios de la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, la manifestación de impacto ambiental en su modalidad particular, MIA-P, para evaluar el proyecto “Malecón Cancún” o como se le conoce “Malecón Cancún Tajamar”

Desde la introducción del documento presentado ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Semarnat, se manifiesta la vocación de dicho proyecto: “... consiste en un desarrollo inmobiliario, promovido por FONATUR, a ubicarse en el Municipio de Benito Juárez Q. Roo. Uno de los elementos de análisis dentro del contexto turístico es el Mercado Inmobiliario y en Cancún, existe actualmente una oferta interesante de lotes para emplazamiento de vivienda Primario y Secundario; el proyecto “Malecón Cancún” será operado por Fonatur como desarrollo primario (urbanización y dotación de servicios), para posteriormente comercializar lotes urbanizados y servicios a promotores inmobiliarios que los venderán con infraestructura para uso habitacional de densidad baja.”

En el capítulo II Descripción del proyecto en el apartado 2.2. se contempla una afectación de 37 hectáreas de vegetación hidrófila (manglar), 11.49 hectáreas de vegetación terrestre y 9.4 de cuerpos de agua y terracerías. Dando un total de 58.76 hectáreas impactadas.

El 28 de julio de 2005, mediante el oficio número SGPA/DGIRA.DEI.1855.05, Ricardo Juárez, entonces titular de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, DGIRA, de la Semarnat autorizó de forma condicionada la MIA y en febrero de 2006, la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos de la misma dependencia otorgó la autorización para realizar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales.

Para 2009 Fonatur dio a conocer que el proyecto malecón Tajamar llevaba un avance de obra de 70 por ciento y se reveló que el plan incluía áreas mixtas condominales y comerciales y además la construcción de una importante zona financiera comercial y habitacional de la ciudad. Cuando se aprobó el proyecto se planeó en 3 etapas: Urbanización, Lotificación y Construcción, de las cuales las dos primeras fueron evaluadas por la Semarnat, la tercera etapa correspondiente a la construcción y quedó sujeta al cumplimiento de los requisitos ambientales que las autoridades soliciten o requieran, en su momento a cada uno de los adquirientes de los lotes.

Desde su aprobación, habitantes y organizaciones civiles se han opuesto al proyecto, argumentado el grave deterioro y el impacto negativo que producen en el ecosistema de la zona, pero es en septiembre de 2015 que fue otorgado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito un amparo a más de 100 niñas y niños los cuales son acompañados por la Asociación Salvemos el Manglar Tajamar, el cual detuvo por un momento el avance de las obras y la destrucción del manglar. El principal argumento bajo el cual está sustentado es la exigencia de tener un ambiente saludable para el desarrollo como lo garantiza el artículo 4º constitucional.

No obstante el día 15 de enero y en la madrugada del sábado 16 de enero de 2016 personal de Fonatur así como maquinaria de dicha dependencia iniciaron la devastación de 22 hectáreas de manglar; el proceso duró dos días.

Habitantes, organizaciones civiles y organismos internacionales se han pronunciado en contra de la devastación, la cual han catalogado como un atentado y se han interpuesto una serie de demandas ante las irregularidades de los procesos, entre las cuales destacan las siguientes:

El Centro Mexicano de Derecho Ambiental ha interpuesto juicios de amparo para evitar la destrucción del manglar, una denuncia popular y solicitud de revocación, también han documentado que los trabajos fueron ejecutados sin cumplir los protocolos y los tiempos que marca la ley.

Vecinos de la zona que constituyeron el Comité de Defensa que en redes sociales se llaman “Salvemos el manglar Tajamar” han instalado un plantón en las inmediaciones de lo que fuera el manglar y han señalado que Fonatur no cumplió con el rescate y/o ubicación de la flora y fauna, incumpliendo su propio acuerdo.

Otra acción que a emprendido la sociedad civil es la firma de peticiones en Change.org, una para detener la obras y otra para que la ONU encuentre otra sede para la reunión de la Convención de Diversidad Biológica de las Naciones Unidas.

Se ha denunciado que Fonatur y Semarnat fueron omisas en reconocer la presencia de manglar en el predio de Tajamar, ya que a esta zona se aplicaba el ordenamiento ecológico de manglares de Nichupté y criterio E22, el cual indica que no se pueden impactar o afectar ecosistemas extraordinarios o significativos de Nichupté, así como de la laguna Morelos y manglares o arrecifes.

Otro aspecto a tomar en cuenta es la inhabilitación del funcionario que aprobó la MIA del proyecto; Ricardo Juárez por otorgar al menos 70 permisos irregulares durante su periodo como titular de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental.

En 2005 se publicó el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Benito Juárez, siendo un instrumento que obedece a la necesidad de proteger el medio ambiente de la depredación que provoca el aumento de complejos turísticos. En 2013 se reforma y se reconoce que en los años anteriores en materia de cambio de uso de suelo “se planteaban a través de metodologías poco claras e incluso en algunos casos, tendenciosa para favorecer a algún sector y/o limitar a otro.”

Tanto Fonatur como la Semarnat se han pronunciado respecto al tema, ambas dependencias se deslindan argumentado que los permisos se otorgaron desde 2005:

En el comunicado 02/2016 titulado: Fonatur actúa conforme a la normatividad y estricto apego a derechos en sus desarrollos turísticos, menciona que “En el caso concreto del malecón Tajamar en Cancún, como lo ha reconocido la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Profepa, Fonatur ha dado cumplimiento a los requerimientos ambientales previstos por la Ley, y todas sus acciones se han realizado de conformidad con autorizaciones vigentes.”

En tanto la Semarnat en el comunicado de prensa 008/16, explica que “Fonatur acreditó que los lotes que integran el Plan Maestro de Malecón Cancún Tajamar cuentan y cumplen con las autorizaciones en materia de impacto ambiental y forestal emitidas a su favor por las autoridades federal y local correspondientes, así como el rescate de la fauna silvestre.”

En ninguna de las dos dependencias las autoridades han planeado una revisión del caso, su principal argumento radica en las pérdidas millonarias que representaría la cancelación de proyecto. Su postura queda alejada del artículo 25 de la Constitución Política, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Benito Juárez.

Ante la presión de la sociedad civil, un juez de distrito concedió una suspensión definitiva a la solicitud de amparo interpuesta por un ciudadano contra las obra de chaponeo, desmonte y relleno en el Malecón Tajamar, con lo que se suspende en definitiva las obras relacionadas con la construcción, hasta en tanto exista una solución a la controversia entre vecinos, autoridades federales y municipales que otorgaron los permisos. La suspensión llega cuando más de 90 por ciento del manglar y fauna han sido destruidos

La Semarnat está obligada a promover el juicio de lesividad en contra del oficio SGPA/DGIRA.DEI.1855.05 de fecha 28 de julio de 2005, emitido por la Dirección de Impacto y Riesgo Ambiental en favor de Fonatur; puesto que es una obligación legal y moral para con los ciudadanos el protegerlos de actos de la administración pública que les causen afectaciones a sus derechos, en este caso, el derecho Constitucional de contar con un medio ambiente sano, pues es indudable que en las obras que se iniciaron en el Manglar Tajamar la madrugada del 16 de enero pasado se llevó a cabo un ecocidio terrible, donde no sólo fueron sepultadas plantas endémicas y animales en peligro de extinción, sino que también en caso de que impacte un ciclón en esta zona, la población quedaría totalmente desprotegida, pues el manglar cumple una función natural de actuar como contención ante este tipo de fenómenos naturales.

Fue apenas en octubre de 2015 cuando el gobierno federal presumió de su logro ante el paso del huracán Patricia, de que mediante eficaces medidas de prevención, logró minimizar los daños que se habían previsto; luego entonces, esta también es una oportunidad de prevenir la pérdida de vidas humanas, ante fenómenos climáticos similares; no permitiendo que se altere el orden natural de la zona.

Por lo expuesto, se somete a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados los siguientes

Acuerdos

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a promover el juicio de lesividad a que se refiere el artículo 13, fracción III, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo a fin de que se anule el permiso de la Manifestación de Impacto Ambiental del Proyecto Malecón Cancún Tajamar, toda vez que su emisión se fundó en informes falsos, lo que permitió obtener el permiso, con lo que se contraviene la normatividad local y federal además de lesionar gravemente el derechos de los habitantes de la zona y de los ciudadanos en general a disfrutar de un medio ambiente sano.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular de la Secretaría de la Función Pública a iniciar los procedimientos de responsabilidad administrativa en contra de los servidores públicos responsables de otorgar los permisos que han provocado un daño ecológico en la zona conocida como manglar Tajamar; investigando a su vez un posible conflicto de interés ente los funcionarios federales, estatales y locales con los 22 empresarios beneficiarios del proyecto turístico.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a los 9 días de febrero de 2016.

Diputadas: Maricela Contreras Julián, Ivanova Isaura Pool Pech (rúbricas).

Con punto de acuerdo, relativo al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos de América contra Cuba, suscrita por los diputados Delfina Gómez Álvarez, Sandra Luz Falcón Venegas y Mario Ariel Juárez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena

Los que suscriben diputados federales de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, numeral 1, fracción XIX, 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento para la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, el siguiente punto de acuerdo, según los sucesivos

Antecedentes

El bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos contra Cuba desde hace más de 50 años, es el más largo en la historia de la humanidad, catalogado por diversos especialistas del Derecho Internacional como la expresión más elevada de una política cruel e inhumana, carente de legalidad y legitimidad y deliberadamente diseñada para provocar hambre, enfermedades y desesperación en la población cubana.

El gobierno de los Estados Unidos lejos de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero que impuso contra la República de Cuba, ha mantenido en vigor las leyes, disposiciones y prácticas que le sirven de sustento. Se ha continuado reforzando los mecanismos políticos, administrativos y represivos para su instrumentación más eficaz y deliberada.

Las acciones ejercidas contra Cuba por el Gobierno de los Estados Unidos no se enmarcan en la definición de “Embargo”. Por el contrario, trascienden éste y tipifican un “Bloqueo” al perseguir el aislamiento, la asfixia, la inmovilidad de Cuba, con el avieso propósito de ahogar a su pueblo y llevarlo a claudicar de su decisión de ser soberano e independiente; todo ello constituye precisamente elementos cardinales en el concepto de “Bloqueo”, que significa cortar, cerrar, incomunicar con el exterior para lograr la rendición del sitiado por la fuerza o por el hambre.

La hostilidad por parte del Gobierno de Estados Unidos, la clara intención de intervenir directa o indirectamente en el proceso revolucionario y las amenazas persistentes para los países que se han solidarizado con Cuba no han cesado desde que triunfó la Revolución en 1959. Bastaría recordar la invasión a la Bahía de Cochinos en 1961, que inauguraría una etapa de largo alcance con el fin de desestabilizar el gobierno emanado de la Revolución por medio de actos de sabotaje, terrorismo, asesinatos de los líderes cubanos, ataque militares e infiltraciones. Los esfuerzos por asilar a Cuba rindieron frutos en enero de 1962, cuando los países americanos, presionados por Estados Unidos, tomaron la decisión de excluirla de la Organización de Estados Americanos (OEA). Para entonces, sólo México mantenía relaciones con Cuba.

El bloqueo económico ha tenido consecuencias funestas para Cuba. De acuerdo a los indicadores presentados por Cuba en la ONU, se concluye que el daño económico ocasionado al pueblo cubano por la aplicación del bloqueo económico, comercial y financiero de EE.UU. contra Cuba, asciende a 933 mil 755 millones de dólares.

El año pasado, los 191 estados miembros de la ONU fueron testigos, mediante su voto a favor, del proyecto de resolución cubano: “Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial, y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”.

Aunque ya desde 1982, Estados Unidos reconoció el éxito de Cuba en la esfera de la salud en un informe que aseveró que el sistema de salud cubano era superior al de otros países en desarrollo y competía con el de muchos países desarrollados; pese a todas las limitaciones materiales a las que se ha enfrentado,1 no ha sido consecuente con ponerle fin a este bloqueo.

En la actualidad Cuba es vanguardia en diferentes campos y tiene convenio con 67 países en materia de salud, deporte, educación, etc. Más de 65 mil cooperantes cubanos laboran en 89 países, sobre todo en las esferas de la salud y la educación. Se han graduado en la isla 68 mil profesionales y técnicos de 157 países; de ellos, 30 mil de la salud. Las brigadas cubanas han brindado atención médica al pueblo haitiano desde 1998 y su trabajo en la erradicación del cólera, el ébola y otras epidemias ha sido calificado como heroico por la ONU.

Por lo que se refiere a avances significativos, Cuba se ha convertido en el único país de América Latina y el Caribe que no presenta el grave problema de la desnutrición infantil severa, de acuerdo con el reporte Progreso para la infancia, un balance sobre la nutrición publicado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF).2

Por su parte, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) señaló, en 2014, que Cuba se ha convertido en un referente de la seguridad alimentaria en América Latina y el Caribe, ya que es uno d los ocho países de la región que han logrado erradicar el hambre. Raúl Benítez, representante regional de la FAO enfatizó que la experiencia cubana es un repositorio valioso para los demás países de la región y para el resto del mundo, no sólo debido al saber técnico y político que implica, sino por algo más fundamental: demuestra que el hambre sí puede ser superada si un pueblo entero, una nación, sus ciudadanos y el gobierno deciden decir no más hambre.”3

El sistema de salud cubano es mundialmente reconocido por su excelencia y su eficiencia. A pesar de los recursos sumamente limitados y el impacto dramático causado por las sanciones económicas que impone Estados Unidos desde hace más de medio siglo, Cuba ha logrado universalizar el acceso a la salud a todas las categorías de la población y conseguir resultados similares a los de las naciones más desarrolladas. Margaret Chan, directora general de la Organización Mundial de la Salud, elogió el sistema de salud cubano y se declaró impresionada por los logros en este campo. Declarando que Cuba es el único país que he visto que tiene un sistema de salud estrechamente relacionado con la investigación y el desarrollo de un ciclo cerrado. Es esta la dirección correcta, porque la salud humana no puede mejorar si no es con la innovación. Deseamos fervientemente que todos los habitantes del planeta puedan tener acceso a servicios médicos de calidad, como en Cuba.4

Si bien en estos días ya ondea la bandera de las barras y las estrellas en el malecón de La Habana y la representación de Cuba ha abierto sus puertas en Washington, el bloqueo económico y las medidas restrictivas para la isla, permanecen casi intactas. El acercamiento de ambos gobiernos ha generado expectativas y cambios que se consolidarán gradualmente; sin embargo, el tema no ha sido bien visto por algunos miembros de la política estadunidense, como aquel 1961 cuando el presidente de Estados Unidos Dwight Eisenhower cortó las relaciones diplomáticas con Cuba.

El presidente cubano, Raúl Castro ha señalado en diversos espacios que El establecimiento de las relaciones diplomáticas es el inicio de un proceso hacia la normalización. No obstante, esta normalización no será posible mientras exista el bloqueo, mientras no se devuelva el territorio ilegalmente ocupado por la base militar de Guantánamo, no cesen las transmisiones radiales y televisivas violatorias de las normas internacionales, no haya compensación justa a nuestro pueblo por los daños económicos y humanos que ha sufrido.5

Por su parte François Hollande durante una visita de Estado de Raúl Castro en Francia en Febrero de 2016, ha reiterado y exhortado a los EU acabar ya con el vestigio de la guerra fría sobre Cuba y terminar con embargo que pesa sobre la Isla.

Asimismo las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y el Caribe, reunidos en Quito Ecuador, en el marco de la IV cumbre de la CELAC (Cumbre de la Comunidad de Estados Americanos y Caribeños) celebrada a principios de este año, han hecho manifiesta en su Declaración Especial IV: Poner fin al bloqueo Económico, Comercial, y Financiero contra Cuba, reafirmando su rechazo ante las medidas coercitivas sin ningún sustento en el Derecho Internacional.

Por lo anterior resulta necesario, indispensable e impostergable, manifestarse en contra del daño humanitario que representa el bloqueo y que es una clara violación a los derechos humanos del pueblo cubano. EE.UU. ya eliminó a Cuba de la lista de los países terroristas, ha reestablecido relaciones diplomáticas y sería congruente que termine con este bloqueo comercial, económico y financiero, que además es una exigencia de la comunidad internacional.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados con pleno respeto a los principios de política exterior consagrados en nuestra Constitución: i) Principio de autodeterminación de los pueblos; ii) La no intervención; iii) La solución pacífica de controversias constitucionales; iv) La proscripción de la amenaza o del uso de la fuerza de las relaciones internacionales; v) La igualdad jurídica de los Estados; vi) La cooperación internacional para el desarrollo; vii) La lucha por la paz y la seguridad internacional, se pronuncia en contra del bloqueo comercial, económico y financiero impuesto por EU en contra de la República de Cuba.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados solicita a la SRE exprese por los conductos diplomáticos correspondientes, nuestra petición al congreso de Estados Unidos de ponerle fin al bloqueo económico en contra de la República de Cuba y sea consecuente con el Proyecto de Resolución Cubano “Necesidad de poner fin al bloqueo económico comercial y financiero impuesto por Estados Unidos contra Cuba”, de la Asamblea General de la ONU de fecha 27 de octubre de 2015.

Notas

1 Véase: Feinsilver, Julie M., “La diplomacia médica cubana”, en Foreign Affairs en Español, Octubre-Diciembre de 2006.

2 Consultado en: www.cubadebate.cu/noticias/
3 Véase: www.fao.org

4 Obtenido de: Agencia Cubana de Noticias: “World Health Organization Praises Cuba’s Achievements.

5 Obtenido de:
www.jornada.unam.mx/2015/01/29/mundo/024n1mun

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputados: Sandra Luz Falcón Venegas, Alicia Barrientos Pantoja, Mario Ariel Juárez Rodríguez (rúbrica).

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar por la Sagarpa mayores acciones de apoyo y protección de la producción aguacatera en Michoacán, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita Claudia Sofía Corichi García, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración del pleno de esta asamblea el siguiente punto de acuerdo por el que la honorable Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal, para que, a través de la Sagarpa implemente mayores acciones de apoyo y protección a la producción del aguacate que se produce en Michoacán, al tenor de las siguientes

Consideraciones

I. El aguacate mexicano se presentó como una estrella más en el Super Bowl 50 que se transmitió el pasado domingo 7 de febrero, ya que los aguacateros michoacanos se promocionaron en el gran juego de la NFL por segundo año consecutivo.

II. Empresarios mexicanos organizados en la asociación de aguacateros Avocado from Mexico, trabajó por segundo año consecutivo en un comercial de un minuto, como parte de una estrategia para posicionar al aguacate mexicano en Estados Unidos.

El 2015 fue la primera vez que una empresa mexicana, con una participación del 60 por ciento en el mercado estadounidense, de acuerdo con información de la página oficial de Avocados from Mexico, se sumaba a la lista de anunciantes de la final de la NFL. Los espacios publicitarios de 30 segundos se vendían en cerca de 4.5 millones de dólares, según datos de la cadena NBC.

Según estos datos, el volumen total de los aguacates vendidos en 2005 fue de 364,224,162 kilos y ese número saltó a 799,952,731 kilos en 2014. De acuerdo con la Asociación de Productores y Empacadores de Aguacate de México (APEAM), Avocados from Mexico espera llevar a Estados Unidos 100,000 toneladas de aguacate en las próximas semanas.

III. México se ha convertido en un productor internacional monstruo de aguacate al cerrar el 2014 con una cosecha de 1 millón 100,000 toneladas del fruto, monto que representa más de 50 por ciento de la producción mundial que osciló en 2 millones 100,000 toneladas.

“La industria aguacatera mexicana es la más grande del mundo, y la organización cúpula APEAM no sólo es la más importante en México sino en el mundo. Debemos ser el único producto en el mundo en el cual marcamos la pauta a seguir. Se producen 2 millones 100,000 toneladas en el mundo, de las cuales en México se produce 1 millón 100,000 toneladas”, aseveró en entrevista Benjamín Grayeb Ruiz, presidente del Consejo Nacional Agropecuario (CNA).1

Benjamín Grayeb presumió que el aguacate Hass es un regalo de México para el mundo, donde el gusto por este producto crece aceleradamente. Japón es el segundo comprador del fruto mexicano, con 40,000 toneladas anuales, y tiene la apuesta de aumentar su importación al doble. Otras naciones consumidoras son Francia, España, Países Bajos (Holanda) y Reino Unido.

IV. Michoacán se constituye como el principal productor de aguacate hass en México, con 122,251 hectáreas de acuerdo con cifras del 2013, lo que representa 72.7 por ciento de la superficie total establecida. En ese mismo año, la producción en Michoacán fue de 1 millón 193,751 toneladas, 81.3 por ciento del total nacional, que es de 1 millón 467,837 toneladas. Otros estados que también participan en la producción de aguacate son Jalisco, con 6.0 por ciento; Estado de México, con 3.9 por ciento; Nayarit, con 2.3 por ciento, y Morelos, con 1.9 por ciento. Estas cinco entidades concentran 95.3 por ciento de la producción nacional. El rendimiento promedio en Michoacán alcanzó las 10.6 toneladas por hectárea (SIAP Sagarpa).

V. La producción total de aguacate permite abastecer al mercado nacional y generar excedentes de exportación por su excelente calidad. El principal destino de las exportaciones de este fruto es Estados Unidos, al cual se movilizó 79 por ciento del volumen exportado en la temporada 2012-2013, en tanto que a Japón, Centro América y Canadá se exportó 9, 6 y 5 por ciento, respectivamente. En tanto, a Europa se envió 1 por ciento de las exportaciones, mientras que en los países asiáticos se tuvo una participación marginal.

Todo lo anterior representó para nuestro país un volumen exportado de 642,752 toneladas, de acuerdo con datos de la APEAM del 2013.

VI. Es cierto que parte del éxito y crecimiento de la red aguacate de México obedece al trabajo coordinado de la Sagarpa, los comités y las juntas locales de sanidad vegetal, la Asociación de Productores y Empacadores Exportadores de Aguacate de México y el Consejo Nacional del Sistema Producto Aguacate.

Los productores en Michoacán cultivan esta fruta en apróximadamente 16,891 huertas certificadas para exportación, en 27 municipios, lo que abarca una superficie de 78,034 hectáreas, loq ue equivale a 39 por ciento de la superficie cultivada del país. De igual forma, existen 39 empresas empacadores certificadas para exportación hacia Estados Unidos, que garantoizan el manejo adecuado de este producto y su comercialización, con datos de la APEAM, 2014.

VII. Las estadísticas y datos que nos arroja la APEAM son realmente alentadores, sin embargo, sabemos que el estado de Michoacán, como otros en nuestro país, atraviesa una crisis de seguridad, de aquí mi preocupación por reforzar medidas que garanticen a estos 27 o más municipios productores de aguacate su producción sin ninguna dificultad y que estos mismos no sean amenazados ni extorsionados por la delincuencia organizada.

En producción aún hay mucho más que hacer por incrementar la productividad, como explican los productores de Michoacán, en su estado, la floración ocurre durante 10 meses al año y suelen presentarse hasta cuatro flujos de floración en un mismo árbol o huerto, por eso el lema “always in season”. Debido a esto, el mantenimiento de este cultivo es permanente, así que sería necesario dar apoyos para hacer uso de mejoras tecnológicas en las podas, fertilización, rehabilitación y riego.

Y, respecto a la comercialización, sería muy importantes otorgar mayores apoyos a las empresas empacadoras para desarrollar más proveedores y quizá invertir en la industrialización de esta fruta en tipo guacamole, por ejemplo. Así como también, continuar con campañas continuas de promoción y difusión a Estados Unidos principalmente, pero también a países como China y Japón donde se tiene que intensificar esta actividad.

Datos que arroja FIRA muestran que durante los últimos 10 años, esta entidad de la banca de desarrollo muestra una tendencia creciente en la canalización de créditos a esta red. El saldo de crédito en el 2014 fue de $1,561 millones, beneficiando a 1,891 productores tanto en la actividad primaria como en la comercialización e industrialización y servicios de la red aguacate. El año pasado el financiamiento creció 20 por ciento, este año debemos redoblar esfuerzos.

Por todo lo anteriormente expuesto, es que someto a la consideración de esta honorable asamblea, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo a reforzar las medidas de protección y seguridad en los 27 municipios de Michoacán, productores de aguacate Hass.

Segundo. Se exhorta al Poder Ejecutivo a través de la Sagarpa y a las instancias que corresponda, a llevar a cabo las acciones necesarias para realizar mejoras tecnológicas, mayor capacitación, más promoción y difusión en la producción y comercialización, a los productores de aguacate Hass en el estado de Michoacán.

Nota

1 Entrevista publicada por Lilia González / El Economista, México, 23 de enero de 2015.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputada Claudia Sofía Corichi García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos estatales y los municipales a implantar medidas para atender el maltrato y la explotación infantiles, a cargo del diputado Benjamín Medrano Quezada, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado federal Benjamín Medrano Quezada, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la Sexagésima Tercera Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

En el informe anual 2014, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) México, se menciona que este organismo aportó su experiencia técnica en el proceso convocado por el Poder Legislativo para enriquecer la Iniciativa preferente del Presidente de México, que derivó en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Esta Ley contempla la creación de un sistema eficaz para la protección de los derechos de la infancia y la adolescencia.

Con esta ley se fortalecen los mecanismos que permiten garantizar todos los derechos a todos los niños y niñas en México, por ejemplo el de obtener gratuitamente su acta de nacimiento, acceso a servicios básicos de salud, asistir a la escuela y recibir protección jurídica para la restitución de sus derechos cuando éstos hayan sido violados.

La nueva ley establece la construcción del Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que busca fortalecer a las instituciones que atienden y protegen a la niñez a nivel nacional, estatal y municipal, para que se coordinen en una “red”, en la que cada instancia (como el sistema de Desarrollo Integral de la Familia (DIF), los servicios de salud y el sistema judicial), responda eficientemente a las necesidades y problemáticas específicas de la infancia.

En este contexto, el pasado 4 de diciembre de 2014, se publicó la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, promulgada por el Presidente Enrique PEÑA Nieto y que cumple con los estándares internacionales según lo reconoció el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), menciona que a estos grupos poblacionales, se les reconoce como titulares de derechos, se garantiza el pleno respeto de los derechos humanos de los mismos, se establecen los principios rectores y criterios que orientaran la política nacional en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, asimismo pondera el interés superior de la niñez, que debe ser considerado cuando se tomen decisiones en temas que involucren a los niños y a los jóvenes mexicanos.

En su contenido trata con puntualidad los siguientes Derechos: la Identidad, el vivir en Familia, la Igualdad, el no ser Discriminado, el Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal, la Protección de la Salud y la Seguridad Social, entre otros.

En igual sentido, establece las obligaciones que tienen las personas que ejercen la Patria Potestad, Tutela o Guarda y Custodia de Niñas, Niños y Adolescentes.

Finalmente, trata el tema de la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y determina las instituciones encargadas de brindar dicha protección.

A nivel internacional, en 1989, la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) es adoptada de forma unánime por la Asamblea General de las Naciones Unidas y fue esta, el primer instrumento internacional que establece que todas la niñas, niños y adolescentes, sin ninguna excepción, tienen derechos y que su cumplimento es obligatorio para todos los países que la han firmado, incluido México, que la ratificó en septiembre de 1990. Con la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), los niños, niñas y adolescentes dejan de ser simples beneficiarios de los servicios y la protección del Estado, pasando a ser concebidos como sujetos de derecho.

Por otra parte, en el marco de su 100º periodo ordinario de sesiones, celebrado en Washington, DC, del 24 de septiembre al 13 de octubre de 1998, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), donde México participa con el objetivo universal de difundir y proteger el pleno goce de los derechos humanos, decidió crear la Relatoría sobre los Derechos de la Niñez con el fin de fortalecer el respeto de los derechos humanos de las niñas, los niños y los adolescentes en las Américas y cuyo mandato principal es la promoción de los derechos humanos de los niños, las niñas y los adolescentes dentro de la jurisdicción de los 35 estados miembros de la Organización de los Estados Americanos.

Es de resaltar que en septiembre de 2015, la UNICEF en conjunto con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), presentaron un informe sobre la equidad del gasto público en la infancia y la adolescencia en México, donde se destaca la necesidad de distribuir dicho gasto en desarrollo humano con equidad desde la infancia para promover el goce efectivo de los derechos y fomentar la igualdad de oportunidades.

Dicho estudio señala que, de entre la población de 0 a 17 años, los niños menores de 5 años, son quienes reciben menor porcentaje del gasto destinado a desarrollo humano pese a que tienen el menor nivel de desarrollo.

Sin embargo, a pesar de todos los esfuerzos que se han realizado en el País, incluso con la ayuda y supervisión internacional, México presenta actualmente altos índices de violencia física, abuso sexual y homicidios en menores de 14 años, según datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), comentó Marina Mandujano Curiel, Directora del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género, de esta Soberanía, en el marco del foro “Por un mundo sin abuso infantil, la importancia de la prevención”, llevado a cabo el pasado mes de noviembre de 2015, en las instalaciones de esta Cámara de Diputados.

Se puede mencionar que, como se consigna en diversos medios de comunicación, el maltrato infantil en el País ha repuntado en los últimos años, por ejemplo la periodista Liliana Alcántara del periódico El Universal, en una nota fechada el 6 de abril de 2015, reporta que de acuerdo con el registro anual de las Procuradurías de la Defensa del Menor y la Familia de los Sistemas Estatales del DIF, en 2014 se comprobaron 27 mil 675 casos de abuso contra niños y niñas, señalando que, según este registro, las formas de violencia que tuvieron mayor incidencia son el abandono en primer lugar, seguido por las agresiones físicas y sexuales, así como la explotación sexual comercial.

Teresa Sotelo, presidenta de la Fundación en Pantalla contra la Violencia Infantil, indica que en México hay un alto nivel de tolerancia para la violencia que se ejerce contra los menores de edad, ya que los castigos físicos y el maltrato verbal “son prácticas cotidianas que gozan de altos niveles de aceptación”.

Sotelo apuntó que las cifras del DIF son sólo una parte del grave problema que representa el maltrato infantil en México.

Por su parte, Roberto Fleischer Haro, en la revista Dossier Político, publicada el 17 de octubre de 2015, señala que según datos del programa Navega Protegido, auspiciado por TELMEX, la edad promedio de un menor que se encuentra con material XXX en el internet es de 9 años.

Fleischer continua diciendo que aunque el cuerpo humano madure a los 15 años, el cerebro lo hace hasta los 22, lo que aumenta el riesgo para que los menores que se topa en la red con quienes les proporcionan material para adultos o les hacen propuestas indecorosas.

En el artículo intitulado “Acciones para evitar el maltrato infantil”, publicado por Caritina Sáenz el 28 de mayo de 2014, en milenio.com, se menciona que “La prevención del maltrato infantil requiere de la participación de todos los sectores de la sociedad y de gobierno, a fin de implementar programas eficaces que garanticen brindarle a los menores una educación de calidad que les permita desarrollarse de manera integral.”

Es decir, que a pesar de todos los esfuerzos que se han llevado a cabo tanto por parte del gobierno, como por parte de diversas organizaciones de la sociedad civil, la explotación, el abandono, los maltratos verbales, los castigos físicos y el abuso sexual hacia la niñez, son prácticas cotidianas que debemos erradicar.

El propósito del presente punto de acuerdo es realizar un respetuoso exhorto, a los gobiernos estatales y municipales, a efecto de que tomen medidas jurídicas y sociales, que impidan que el maltrato y la explotación infantil sean prácticas recurrentes en nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a los gobiernos estatales y municipales, para que en el ámbito de sus atribuciones legales, implementen las medidas necesarias que atiendan la problemática de maltrato y explotación infantil que prevalecen en el país.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a los 3 días de febrero de 2016.

Diputado Benjamín Medrano Quezada (rubrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sedena y la Semar a realizar un diagnóstico de las labores de seguridad pública donde participan integrantes de esas instituciones, a cargo de la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Considerandos

1. El Ejército Mexicano se conformó el 19 de febrero de 1913, un día después de que se culminara el periodo conocido como la Decena Trágica, mediante el cual Victoriano Huerta derrocó el gobierno de Francisco I. Madero. Fue entonces que el XXII Congreso Constitucional de Coahuila, emitió el decreto 1421, por el que se desconoció a Huerta como Jefe del Ejecutivo. Al mismo tiempo le concedió a Venustiano Carranza, mandatario de la entidad, facultades extraordinarias para armar fuerzas y se exhortó a gobernadores de los demás estados, así como otras fuerzas federales para que apoyaran el acto, con ello nació posteriormente el Ejército Constitucionalista que enfrentó a las fuerzas federales.

De este modo, desde hace más de cien años, el Ejército Mexicano ha servido con lealtad y patriotismo a nuestro país. Y fue a partir de 1925, que se estableció un plan para profesionalizar al Ejército surgido de la Revolución, cuando el General Joaquín Amaro, Secretario de Guerra y Marina, reestructuró la educación militar, creó nuevos planteles como la Escuela Telegráfica, remodeló los cuarteles militares, se publicaron nuevas Leyes y Reglamentos; se crearon el Estado Mayor General y la Inspección General del Ejército, se mandó a Generales al extranjero como agregados militares, se crearon varias escuelas como la Escuela Superior de Guerra, de Veterinaria, de Aplicación para las Armas, para la tropa y para sus derechohabientes, entre otras.

A la fecha, las fuerzas militares se encuentran facultadas Constitucionalmente para preservar la seguridad nacional y la defensa exterior de la Federación.

2. El artículo 1 Bis de la Ley de disciplina del ejército y fuerza aérea mexicanos define el trabajo que deben cumplir los miembros del ejército mexicano, de manera literal establece que “El servicio de las armas exige que el militar lleve el cumplimiento del deber hasta el sacrificio y que anteponga al interés personal, el respeto a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la soberanía de la Nación, la lealtad a las instituciones y el honor del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.”

Como podemos observar, las mujeres y hombres que integran el ejército mexicano adquieren un compromiso muy grande con todos los mexicanos. Ahora bien, con todo y que en los últimos diez años el ejército mexicano ha visto mermada su imagen ante la ciudadanía, sigue siendo la Institución en la que más confían los mexicanos y la que mejor calificación recibe; ello debido a que además de la defensa armada que realizan, llevan a cabo una labor social sin parangón en materia de protección civil y auxilio a la ciudadanía en caso de desastres; también son ampliamente reconocidas y aplaudidas sus labores de prevención del delito e impartición de pláticas y talleres sobre cuidado del medio ambiente; su función de protección del país, de ayuda para programas sociales como vacunación, reforestación o alfabetización; es decir, la ciudadanía reconoce su labor de ayuda a la gente, sus valores y vocación de servicio al país.

3. Por otro lado, de conformidad con el artículo 21 de nuestra Constitución:

“... La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.

Las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública...”

Debido a que la violencia y la inseguridad en el país se han recrudecido con la diversificación y aumento de la delincuencia, el escaso desarrollo institucional hizo de los cuerpos policiacos una presa fácil de bandas cada vez mejor armadas, con mayores recursos y una gama más amplia de negocios ilícitos, con una historia que a nuestros días se vislumbra casi interminable, de constante colusión entre grupos delictivos y cuerpos policíacos, la mayoría de las instituciones policiales en el país funcionan sin controles para la contratación, permanencia y desarrollo profesional de sus integrantes. No existen definiciones claras sobre los objetivos de las corporaciones, y los ascensos y remuneraciones no están vinculados al desempeño de sus funciones, en muchas ocasiones la policía actúa bajo condiciones de alta vulnerabilidad.

Es por ello que en la última década poco a poco y cada vez más, le han sido encargadas al ejército o a la Marina labores de seguridad pública; provocando en muchos casos que se perciba que Gobernadores o Presidentes Municipales han claudicado a ejercer sus atribuciones Constitucionalmente dadas en materia de seguridad pública y en lugar de cambiar las inercias de sus cuerpos policiacos, de profesionalizarlos, de destinarles presupuesto, han dejado en manos del ejército la función de proporcionar seguridad a la ciudadanía que representan.

4. No obstante la loable labor que realiza el ejército mexicano, algunos de sus elementos no se han apegado a las reglas de honor y defensa patriótica con que deben conducirse los miembros de la milicia; por ejemplo, el 30 de junio de 2014, autoridades militares anunciaron que durante un ataque en una bodega en el municipio de Tlatlaya en el Estado de México, soldados mataron a 22 de los agresores, incluyendo a una niña de 15 años. Sólo después de varios meses, y gracias a una valiente testigo y algo de periodismo audaz, emergió una historia por completo diferente; dicha historia sugiere que la mayor parte de esas 22 personas de hecho se habían rendido y que luego fueron ejecutadas sumariamente, y que tres mujeres sobrevivientes habían sido sujetas a detención arbitraria y a tortura. Desde entonces, detalles más alarmantes sobre el caso han emergido, como la aparente alteración de la escena del crimen y la fabricación de cargos contra las sobrevivientes, así como la naturaleza de las órdenes de operación dadas al oficial a cargo de las mismas.

En el caso de los 43 Normalistas desaparecidos de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa y el asesinato de seis personas, ocurridos en Iguala, Guerrero. Los informes sugieren que la policía local realizó violentos ataques y emboscadas en contra de los estudiantes desarmados, y que el ejército mexicano jugó un papel de omisión importante.

En la última visita a México del Alto Comisionado de la Organización de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Zeid Ya’ad Al Hussein, realizando al Gobierno mexicano las siguientes cuatro recomendaciones:

– Fortalecer de manera urgente las procuradurías en el país para asegurar que las violaciones de derechos humanos sean propiamente investigadas, conduciendo a resultados expeditos.

– Fortalecer de manera urgente la capacidad de la policía para llevar a cabo sus funciones de seguridad pública en línea con las obligaciones de derechos humanos, incluyendo el desarrollo de un marco legal sobre el uso de la fuerza.

– Adoptar un cronograma para el retiro de las fuerzas militares de las funciones de seguridad pública.

– Implementar las recomendaciones del Grupo Internacional de Expertos Independientes y considerar mecanismos similares de seguimiento para otros casos graves.

5. Según últimos informes del Secretario de la Defensa Nacional, el Ejército cuenta con 45 mil elementos desplegados en todo el país en apoyo a la seguridad pública, realiza mil 500 operaciones diarias; por lo que dadas las Recomendaciones del Alto Comisionado de la ONU y las quejas acerca de violaciones a derechos humanos por parte de algunos elementos del ejército; considero que si bien habrá de reconocer a aquellos hombres y mujeres integrantes del ejército que han hecho un buen trabajo brindando seguridad a la ciudadanía; considero necesario y urgente que los gobiernos estatales y municipales asuman su responsabilidad constitucionalmente otorgada de hacerse cargo de la seguridad pública.

Sin embargo la desmilitarización debe hacerse de manera ordenada; paulatina y sobre todo, que exista un compromiso y avance real de profesionalización y saneamiento de las policías estatales y municipales; por lo que la presente proposición plantea que exista un diagnóstico de los resultados obtenidos por la milicia en la realización de labores de seguridad pública y con base en ello, con criterios que defina el Sistema Nacional de Seguridad Pública, comenzar el retiro de las fuerzas armadas de labores de seguridad pública.

Por lo expuesto anteriormente, se somete a la consideración del Pleno de esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Único . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Secretaría de Marina a que realicen y hagan público un diagnóstico de la labor realizada con la participación de integrantes de dichas instituciones en tareas de seguridad pública, con el propósito de evaluar un retiro programado de los elementos de las Fuerzas Armadas de México de labores de seguridad y en su lugar el Sistema Nacional de Seguridad Pública implemente medidas tendientes a que se cumpla de manera coordinada y efectiva en los gobiernos estatales y municipales la obligación constitucional de proporcionar seguridad pública a las y los ciudadanos.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a los 9 días de febrero de 2016.

Diputada Maricela Contreras Julián (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo al incremento de embarazos de adolescentes en México, suscrita por los diputados Mariana Trejo Flores y Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena

Los que suscriben, Diputados Federales a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3 numeral 1, fracción XIX, 79 numeral 2, fracción III del Reglamento para la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable legislatura el siguiente punto de acuerdo según los sucesivos

Antecedentes

México ocupa el primer lugar en embarazos de adolescentes, entre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, lo que representa un problema de bienestar sexual y reproductivo, de desarrollo humano y de salud.

En nuestro país existen 22.4 millones de personas entre 10 y 19 años, según el Consejo Nacional de Población, y de acuerdo con la encuesta nacional de salud y nutrición 2012, la proporción de sujetos de 12 a 19 años con vida sexual pasó por de 15 por ciento a 23 por ciento, de 2006 a 2012 respectivamente.

Para el año 2012, 456 mil nacimientos se registraron en menores de 20 años y más de 10 mil nacimientos en personas de 15 años. La muerte materna se incrementó de 32 por ciento a 37 por ciento por cada 100 mil niños y niñas nacidas vivos en 2013.

La organización mundial de la salud (OMS) apunta que la mortalidad materna del grupo de 15 a 19 años se duplica al compararla con la tasa de mortalidad materna del grupo de 20 a 34 años.

Este problema tiene resonancia en la esfera educativa, desde el nivel básico hasta el superior. Así lo ha referido la UNAM mediante el boletín UNAM-DGCS-457 México, primer lugar de la OCDE en embarazos de adolescentes, el cual señala que la gravidez temprana repercute en las aulas, pues más del 90 por ciento de las madres de 12 a 19 años no asiste a clases. Del mismo modo, la Encuesta Nacional de Juventud 2010 arrojó que el 10 por ciento de las y los jóvenes abandonaron sus estudios por causas de paternidad o maternidad.

El campo laboral no queda exento de la problemática en cuestión. La posibilidad de percibir ingresos estables o acceder a empleos especializados y de calidad es menor, pues nueve de cada diez madres de 15 a 19 años reportaron que sólo se dedican al hogar, lo que impide el desarrollo integral de la familia. Se estima que cada nueva familia no planificada es una nueva familia en situación de pobreza.

La paternidad precoz detona una cadena de condiciones de vulnerabilidad agravadas en los hijos. Para combatir este lamentable escenario se debe reforzar la estructura y operación de la Estrategia nacional para la prevención de embarazo en adolescentes que busca disminuir a cero los nacimientos en niñas de 10 a 14 años y para 2018 lograr cifras de 63.1 por cada mil mujeres adolescentes de 15 a 20.

En el rubro de conocimiento y uso de métodos anticonceptivos, el porcentaje de mujeres que conocen un método anticonceptivo según el nivel de escolaridad es del 82.6 por ciento sin escolaridad; 93.8 por ciento primaria incompleta; 96.3 por ciento primaria completa y 99.4 por ciento primaria y más. Con lo que se puede concluir que a mayor nivel de escolaridad hay mayor conocimiento y uso de métodos anticonceptivos.

Aunque el 90 por ciento de las entidades federativas están alineadas al Programa nacional de salud sexual y reproductiva para adolescentes, paradójicamente, la cobertura de uso de métodos anticonceptivos ha disminuido de un 45 por ciento en 1997 a un 39.7 por ciento de la población entre los 15 y 19 años en 2010, según cifras del Consejo Nacional de Población (Conapo), aspecto que además se refleja en la demanda insatisfecha de anticonceptivos, en el incremento de madres adolescentes y el número de jóvenes que han adquirido alguna infección de transmisión sexual.

Los estados de Coahuila y Baja California Sur presentan la mayor tasa de embarazos adolescentes; 55 de cada mil menores de 19 años tuvieron un hijo en 2013, según los datos de nacimiento del Inegi. Tlaxcala, Chihuahua y Michoacán se encuentran por debajo, 47 y 43 jóvenes de cada 1000 fueron madres.


Con los puntos y razones desarrolladas anteriormente se concluye que el embarazo adolescente constituye un problema social, que debe ser resuelto de forma inmediata, procurando abordarlo desde una perspectiva multidisciplinaria que respete, garantice y haga cumplir en todo momento los derechos sexuales y reproductivos de las y los adolescentes.

Fundado y motivado en las consideraciones anteriormente expuestas, sometemos a consideración los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al titular de la Secretaría de Salud, para generar y fomentar campañas permanentes de mayor alcance, para prevenir los embarazos en adolescentes e infecciones de transmisión sexual.

Segundo. Se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de las Secretarías de Educación Pública de los gobiernos estatales y la de la Ciudad de México, se realicen jornadas periódicas de educación sexual y reproductiva, en los planteles de educación básica y media superior, con el objetivo de que las y los estudiantes, tengan acceso a la información necesaria para evitar la maternidad y la paternidad precoz.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputados: Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, Mariana Trejo Flores (rúbricas).

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejo de Salubridad General y a la Ssa a emitir un acuerdo para declarar alerta epidemiológica el virus del zika y tomar acciones tendentes a controlarlo y erradicarlo, a cargo de la diputada María Victoria Mercado Sánchez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, María Victoria Mercado Sánchez, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano, en la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2, y 79, numeral 2, fracción I, II y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguiente

Exposición de Motivos

El Consejo de Salubridad General emite disposiciones de carácter obligatorio en materia de Salubridad General en todo el país y define prioridades, expide acuerdos y formula opiniones del Poder Ejecutivo Federal. Estamos ante una enfermedad que el día de hoy está siendo tomada como peligro de epidemia por la OMS (Organización Mundial de la Salud), es necesario que nuestro país tome medidas extraordinarias para poder hacerle frente y buscar mitigar sus efectos nocivos para la población en general, el día de hoy la Secretaria de Salud, tiene activo solo un aviso epidemiológico, y lo único que se está realizando en la observación en la evolución de esta enfermedad, no se está tomando la acción decisiva para su prevención y control, por eso es que solicitamos que el Consejo de Salubridad General se reúna de manera extraordinaria y emita un acuerdo para declarar una alerta epidemiológica y se tome acciones pertinentes para el control y erradicación del virus del zika y su agente vector y por lo tanto precisar que el Ejecutivo Federal por medio de la Secretaria de Salud, realice una exhaustiva campaña de prevención y difusión sobre las graves consecuencias de este virus y cuales son la población vulnerable y su peligro.

El tratamiento consiste en aliviar el dolor, fiebre o cualquier otro síntoma que cause molestia al paciente. No hay vacuna específica contra el virus, señores legisladores estamos vulnerable como frente a casi todos los virus, la enfermedad ordinariamente es leve y auto limitante con duración de dos a siete días, lo alarmante aquí es lo que sigue existen complicaciones neurológicas y autoinmunes y lo que impulsa esta emisión de alerta son las malformaciones congénitas (microcefalia) en niños que sus madres fueron expuestas a este virus durante el embarazo.

La infección por virus zika es una enfermedad causada por el virus del mismo nombre que es transmitido a través de la picadura de mosquitos del género Aedes (el mismo que es portador de Dengue y Chikungunya). Se estima que cuatro de cada cinco pacientes son asintomáticos. Aquí es donde reside el verdadero peligro ya que podría pasar desapercibido para una madre que se encuentre en el embarazo y no darle la importancia requerida y su bebe tener malformaciones que los dejarían postrados y tener consecuencias graves para el núcleo familiar, por eso es que necesitamos la alerta epidemiológica para que el Estado active todos los protocolos y recursos para evitar tanto el contagio y la proliferación de este virus y en atención una campaña dirigida a las madres que se encuentren en el embarazo.

Señores legisladores no podemos esperar a tener una epidemia ya que sería muy graves las consecuencias, debemos ser previsores y adelantarnos a los eventos, el día de hoy la OMS apuesto esta alerta “el perfil de riesgo de zika ha cambiado de una amenaza leve a uno de proporciones alarmantes” por lo que debemos aprobar este punto de acuerdo para que el Estado Mexicano active los protocolos necesarios y se destine presupuesto el combate de este flagelo, señores no olvidemos que la microcefalia en los bebes es un punto de extrema atención y si a eso le sumamos que no estamos preparados con una inmunidad a este virus ya que es nuevo en nuestro territorio, y por los cambios climáticos actuales y la presencia del fenómeno del Niño se verán masificado la presencia del vector trasmisor del virus.

Por lo anterior expuesto y fundado ponemos a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único . Se solicita respetuosamente al Consejo de Salubridad General y de manera especial a la Secretaria de Salud, sesionen de manera extraordinaria y emitan una alerta Epidemiológica contra el virus del zika; se tomen los acuerdos para el control y erradicación del vector que propaga este virus, de igual manera se implemente una campaña de información masiva en los medios de comunicación y dirigido de manera especial a las madres a las mujeres embarazadas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 9 días del mes de febrero de 2016.

Diputada María Victoria Mercado Sánchez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las legislaturas locales a incorporar en su normativa civil y familiar los más altos estándares en materia de derechos humanos, a cargo del diputado Armando Luna Canales, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, Armando Luna Canales, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I, III, IV y VI, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las legislaturas de las entidades federativas para que emprendan las medidas legislativas necesarias para incorporar, en su legislación civil y familiar, los más altos estándares en materia de derechos humanos señalados en los precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con base en las siguientes

Consideraciones

I. La reforma constitucional de derechos humanos: un nuevo paradigma en la interpretación y la aplicación de los derechos.

Han transcurrido cerca de cinco años desde la entrada en vigor de la reforma más trascendental en la vida institucional de nuestro país: la reforma constitucional en materia de derechos humanos, con la cual, nuestra ley fundamental, colocó al ser humano como el fundamento y sentido de todo proceder estatal.

A la par, con la reforma en comento, fue inaugurada una nueva era en la manera de ver, entender, interpretar y aplicar el derecho, lo cual fue reflejado, en el Poder Judicial de la Federación, con el hecho de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación –SCJN- declaró el inicio de una nueva época en la emisión de precedentes judiciales.

A la vez, con las enmiendas constitucionales señaladas, fue adoptado un nuevo paradigma a seguir, consistente en que el reconocimiento, la protección y la garantía de los derechos humanos constituyen el eje fundamental de la acción del Estado, además de constituir guías para la interpretación y aplicación de las normas secundarias, así como el parámetro para orientar la producción legislativa.

Mención especial merece el hecho de que, con la reforma citada, fueron elevados a rango constitucional los derechos fundamentales estipulados en los tratados internacionales de los que México es parte, con lo cual fueron sentadas las bases para garantizar una mayor promoción y protección de los derechos humanos reconocidos internacionalmente.

A la par de lo anterior, fue establecido el principio pro persona en la ley suprema, mediante el cual, todas las autoridades tienen el deber de interpretar las normas relativas a derechos humanos en el sentido que favorezca la protección más amplia a la persona en todo momento.

Adicionalmente, fue establecido que todas las autoridades del país, en sus respectivos ámbitos competenciales, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.1

Ahora bien, en virtud de este cambio de paradigma y de la equiparación constitucional de los derechos humanos estipulados en los tratados internacionales, el Estado Mexicano robusteció su compromiso de cumplir las obligaciones suscritas por el mismo ante la comunidad internacional de Estados, como lo son aquellas contraídas dentro del Sistema Universal de Naciones Unidas y las pactadas ante el Sistema Interamericano.

II. Acciones emprendidas en el plano federal y asignaturas pendientes en el ámbito local.

Con la entrada en vigor de la reforma de 2011, las autoridades de los Poderes de la Unión emprendieron una serie de acciones para acelerar, dentro de sus ámbitos competenciales, la consolidación del nuevo paradigma en materia de derechos humanos. Así, el Poder Legislativo Federal realizó una serie de medidas legislativas para incorporar en el marco jurídico federal las normas que desarrollaran los contenidos de la reforma constitucional aludida y aquellas insertas en los instrumentos internacionales en la materia. Lo propio fue realizado por el Poder Ejecutivo Federal, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dentro de sus respectivas atribuciones.2

Particularizando, en lo que atañe a los Poderes Legislativo Federal y el Judicial de la Federación, una de las primeras acciones emprendidas por el Congreso de la Unión –y aún pendiente en algunos rubros- fue la consistente en armonizar el orden jurídico federal con los tratados internacionales suscritos por nuestro país, ya que la omisión de ello o, en su caso, la emisión y aplicación de normas internas que contravengan lo dispuesto por tales instrumentos internacionales, puede derivar en responsabilidad internacional para el Estado Mexicano.

En cuanto al Poder Judicial de la Federación, como ya se ha dicho, este inauguró la Décima Época en la interpretación judicial, emitiendo magníficos fallos en los que se desarrolla y maximiza esa nueva manera de entender al derecho conforme a los más altos estándares en materia de derechos humanos, reconociendo, inclusive, que la jurisprudencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos es vinculante para los jueces nacionales, siempre y cuando la misma sea más favorable a las personas.3

Como se puede apreciar, la reforma constitucional de derechos humanos ha sido implementada en gran parte dentro del ámbito federal, sin embargo, en lo referente al orden local, aún hoy en día, varias entidades federativas presentan rezagos en la adecuación de sus normas jurídicas con los contenidos de la reforma constitucional de junio de 2011 y con los estándares internacionales en la materia.

Lo anterior se evidencia ante el hecho de que son cada vez más las personas que mediante el juicio de amparo buscan el reconocimiento de sus derechos humanos, bajo el argumento de la falta de adecuación de las normas locales con la Constitución y con los tratados internacionales de los que México es parte.

En esa tesitura, por lo que hace al caso específico de las normas jurídicas locales en las materias civil y familiar, las cuales regulan, entre otras instituciones, aquellos actos y negocios jurídicos de mayor inmediatez en la vida cotidiana de las personas, el Supremo Tribunal del país ha emitido diversos precedentes en los que ha declarado la contravención de tales normas con los principios plasmados en la Constitución y en los instrumentos internacionales suscritos por nuestro país.

Cabe precisar que, si bien, las resoluciones emitidas por la SCJN se refieren a la declaración de inconstitucionalidad de determinadas normas locales, la construcción argumentativa de tales fallos se basa en la estimación de inconstitucionalidad realizada mediante un nivel de abstracción que permite desprender reglas constitucionales de carácter general , esto es, válidas frente a todas las leyes que establezcan los mismos supuestos normativos, por lo que, en consecuencia, aquellas normas locales en las que se verifique la existencia de las mismas razones que motivaron pronunciamientos previos de inconstitucionalidad por parte de la SCJN, deberían ser reformadas por el legislador local.

En ese orden de ideas, es necesario que los congresos locales emprendan las medidas legislativas necesarias para adecuar su legislación civil y familiar conforme a los criterios emitidos por la SCJN, en su calidad de intérprete final de la Constitución, y con los estándares internacionales reconocidos en materia de derechos humanos.

Para concretizar a plenitud la reforma constitucional de derechos humanos, es menester que las entidades federativas enmienden sus ordenamientos jurídicos en aquellas instituciones que han sido detectadas como inconstitucionales, ya que de esta manera se reducirá la brecha existente entre el derecho positivo local y el derecho internacional de los derechos humanos suscrito por el Estado Mexicano.

III. Algunas normas civiles y familiares locales que han sido declaradas inconstitucionales.

A continuación, se hará una referencia ilustrativa de criterios mediante los cuales la SCJN ha declarado la inconstitucionalidad de normas locales en materias civil y familiar, particularmente, en lo que atañe a instituciones como el divorcio, la adopción, la patria potestad, el derecho al nombre, la indemnización extra patrimonial y el matrimonio entre personas del mismo sexo, por citar algunas.

Por lo que hace a la institución del divorcio , esta ha sido especialmente desarrollada, particularmente en lo que aún se regula en algunas entidades federativas como “causales” y que constituyen aquellas razones de índole legal que habilitan el acceso a un divorcio. Al respecto, y siguiendo los más elevados parámetros en materia de derechos humanos, la SCJN ha sentado una línea jurisprudencial de acuerdo con la cual la sola existencia de una “causal” de divorcio atenta contra el derecho fundamental a la libre personalidad del individuo.

En la “Contradicción de Tesis 73/2014” la SCJN determinó que la legislación civil vulnera el derecho fundamental a la dignidad humana cuando exige una causal de divorcio para los cónyuges, aún y cuando existiera consentimiento mutuo de ambas partes contratantes:

Divorcio necesario. El régimen de disolución del matrimonio que exige la acreditación de causales, vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad (códigos de Morelos, Veracruz y legislaciones análogas). El libre desarrollo de la personalidad constituye la expresión jurídica del principio liberal de “autonomía de la persona”, de acuerdo con el cual al ser valiosa en sí misma la libre elección individual de planes de vida, el Estado tiene prohibido interferir en la elección de éstos, debiéndose limitar a diseñar instituciones que faciliten la persecución individual de esos planes de vida y la satisfacción de los ideales de virtud que cada uno elija, así como a impedir la interferencia de otras personas en su persecución.

En el ordenamiento mexicano, el libre desarrollo de la personalidad es un derecho fundamental que permite a los individuos elegir y materializar los planes de vida que estimen convenientes, cuyos límites externos son exclusivamente el orden público y los derechos de terceros.

De acuerdo con lo anterior, el régimen de disolución del matrimonio contemplado en las legislaciones de Morelos y Veracruz (y ordenamientos análogos), que exige la acreditación de causales cuando no existe mutuo consentimiento de los contrayentes, incide en el contenido prima facie del derecho al libre desarrollo de la personalidad. En este sentido, se trata de una medida legislativa que restringe injustificadamente ese derecho fundamental, toda vez que no resulta idónea para perseguir ninguno de los límites que imponen los derechos de terceros y de orden público. En consecuencia, los artículos 175 del Código Familiar para el Estado de Morelos y 141 del Código Civil para el Estado de Veracruz, en los cuales se establecen las causales que hay que acreditar para que pueda decretarse la disolución del matrimonio cuando no existe mutuo consentimiento de los cónyuges, son inconstitucionales [...]4 (El remarcado es propio)

Mismo criterio fue sostenido por la SCJN al resolver el amparo directo 553/2014 en el que determinó la inconstitucionalidad de exigir una causal de divorcio, aún y cuando existiera mutuo consentimiento de las partes para disolver el vínculo matrimonial. En la tesis III.2o.C.25 C (10a.) de rubro “Divorcio. El artículo 404 del Código Civil del Estado de Jalisco al exigir la acreditación de una causal para disolver el vínculo matrimonial vulnera el derecho de libre desarrollo de la personalidad y, por tanto, de la dignidad humana”, la Corte indicó que:

[...] si la libre voluntad de las partes es un elemento esencial del matrimonio, es indudable que aquélla también debe ser tomada en cuenta para decidir, legalmente, si dicha unión conyugal seguirá existiendo o si se disolverá, pues no puede ser reconocida sólo al momento de celebrarse el matrimonio, y soslayarse una vez tramitado el divorcio.

Así, el artículo 404 del Código Civil del estado de Jalisco vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad y, por tanto, la dignidad humana, al exigir la acreditación de una causal de divorcio para disolver el vínculo matrimonial, pues la libertad del cónyuge para diseñar de manera autónoma su proyecto de vida, no puede condicionarse a la demostración de las causales que invocó en su escrito inicial de demanda, pues esta imposición incidiría de manera perniciosa en el libre desarrollo de su personalidad y dignidad humana; por tanto, la única causa determinante que puede considerarse como constitucionalmente válida, no es más que la libre voluntad que expresó en su demanda, con independencia de que dicha decisión haya sido motivada o no, por alguna de las conductas que enumera el citado precepto de la legislación civil de Jalisco.5

En el caso del Estado que represento, Coahuila de Zaragoza, también se han dado importantes precedentes de los cuales ha tomado conocimiento la SCJN. En el amparo directo en revisión 1819/2014, referente a la disolución ordenada jurisdiccionalmente de un vínculo matrimonial en el que una de las partes manifestó su inconformidad, se determinó que la legislación civil del Estado era acorde a los principios constitucionales al no exigir una “causal” de divorcio que habilitará la procedencia de aquel por cualquiera de los consortes. En este amparo, la Corte indicó:

[...] Es verdad que antes de la legislación familiar que ahora se combate, ya se contemplaban diversas formas de disolución matrimonial (divorcio voluntario y divorcio necesario), sin embargo, debe destacarse que el establecimiento del divorcio sin causales resulta congruente con la obligación contenida en el tercer párrafo del artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues con ello se atiende al derecho fundamental a la dignidad humana ...

El divorcio sin causa, constituye un camino, por llamarlo así, de fácil acceso para la disolución del vínculo matrimonial, en el que es suficiente la solicitud unilateral de la disolución del matrimonio para que el juez la decrete aún sin causa para ello, donde incluso no importa la posible oposición del diverso consorte, pues la voluntad del individuo de no seguir vinculado con su cónyuge es preponderante, no está supeditada a explicación alguna sino simplemente a su deseo de ya no continuar casado, por lo que la sola manifestación de voluntad de no querer continuar con el matrimonio es suficiente [...]6 (El remarcado es propio)

De este asunto se derivaron dos tesis de nuestro máximo tribunal, en las que nuevamente pueden advertirse los altos estándares en materia de derechos humanos que las guían, al indicarse en ellas que el divorcio incausado, manifestado por cualquiera de las dos partes, constituye una manifestación del libre ejercicio de la personalidad tutelado por nuestra Constitución. Así, la Corte sentó:

Divorcio sin expresión de causa. Constituye una forma de ejercer el derecho al libre desarrollo de la personalidad. En el divorcio sin expresión de causa, es suficiente la solicitud unilateral de la disolución del matrimonio para que el juez la decrete aun sin causa para ello, donde incluso no importa la posible oposición del diverso consorte, pues la voluntad del individuo de no seguir vinculado con su cónyuge es preponderante, la cual no está supeditada a explicación alguna, sino simplemente a su deseo de ya no continuar casado, por lo que la sola manifestación de voluntad de no querer continuar con el matrimonio es suficiente. Así, dicha manifestación constituye una forma de ejercer el derecho al libre desarrollo de la personalidad, pues decidir no continuar casado y cambiar de estado civil, constituye la forma en que el individuo desea proyectarse y vivir su vida; es decir, el modo en que decide de manera libre y autónoma su proyecto de vida.7

Asimismo:

Divorcio sin expresión de causa. Al establecerlo en la ley, el legislador del estado de Coahuila atiende a la obligación que tienen todas las autoridades del estado mexicano, prevista en el tercer párrafo del artículo 1o. constitucional. Si bien es cierto que antes de que se estableciera en la legislación familiar del estado de Coahuila de Zaragoza el divorcio sin expresión de causa, ya se contemplaban diversas formas de disolución matrimonial (divorcio voluntario o divorcio necesario), también lo es que el legislador de ese Estado, al incorporar tal figura en los artículos 362 y 365 del código adjetivo, y 582 del sustantivo, de la entidad, atendió a la obligación que tienen todas las autoridades del Estado mexicano de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, establecida en el artículo 1o., párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, considerando que con la simple manifestación de voluntad de uno solo de los cónyuges de no seguir casado, se ejerce el derecho al libre desarrollo de la personalidad.8

Por lo que hace a la institución de la adopción , la misma ha sido también otro de los grandes progresos en los que nuestra Suprema Corte se ha destacado. Ya desde el año 2011 nuestro máximo tribunal manifestaba su temprano parecer en torno a la adopción por parte de personas del mismo sexo. En la Acción de inconstitucionalidad 2/2010, referente a la reforma de la legislación civil en el Distrito Federal que habilitó la unión civil entre personas del mismo sexo y, consecuentemente, permitió también la adopción por parte de aquellos, la SCJN determinó que no asistía la razón al quejoso (Procuraduría General de la República) pues independientemente de quienes integran el lazo del matrimonio debía de estarse para el caso del menor al interés superior de aquel y no establecer una suerte de prejuicio condicionado al género de los adoptantes. La SCJN indicó que:

Interés superior del niño tratándose de la adopción por matrimonios entre personas del mismo sexo. La protección al interés superior de los niños y las niñas consagrado en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un principio que exige su cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles de gobierno y ámbitos competenciales y si bien es cierto que tratándose de la institución civil de la adopción, los derechos de los menores sujetos a adopción se encuentran en posición prevalente frente al interés del adoptante o adoptantes, también lo es que ello no se traduce en que la orientación sexual de una persona o de una pareja lo degrade a considerarlo, por ese solo hecho, como nocivo para el desarrollo de un menor y, por ello, no permitirle adoptar.

Cualquier argumento en esa dirección implicaría utilizar un razonamiento vedado por el artículo 1o. constitucional que, específicamente, prohíbe la discriminación de las personas por razón de sus preferencias, lo que además sería contrario a la interpretación que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha desarrollado respecto del tipo de familia protegido por el artículo 4o. constitucional y los derechos de los menores. Así pues, en el caso de la adopción, lo que exige el principio del interés superior del menor es que la legislación aplicable permita delimitar el universo de posibles adoptantes, sobre la base de que ofrezcan las condiciones necesarias para el cuidado y desarrollo del menor establecidas en la ley, para que la autoridad aplicadora evalúe y decida respecto de la que represente su mejor opción de vida, pues sostener que las familias homoparentales no satisfacen este esquema implicaría utilizar un razonamiento constitucionalmente contrario a los intereses de los menores que, en razón del derecho a una familia, deben protegerse.9 (El remarcado es propio)

Esta posición de la SCJN fue reafirmada de manera contundente en tiempo reciente, de este modo, en la acción de inconstitucionalidad 8/2014 nuestro máximo tribunal determinó la inconstitucionalidad del artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia del Estado de Campeche al vulnerar los principios de igualdad y no discriminación, así el derecho a una familia por parte de las personas que forman parte de una sociedad civil de convivencia al no permitirles adoptar en forma conjunta o individual.

En este caso, la SCJN señaló que las sociedades de convivencia, ya sea entre personas del mismo sexo o heterosexuales, conforman un modelo de familia reconocido por la Constitución y que, por tanto, les asiste el derecho a la adopción de hijos. Además, la Corte indicó que es nulo de pleno derecho cualquier pacto que contravenga este derecho elemental a la constitución de una familia por vía de la adopción.10

A la par de las instituciones enunciadas hasta el momento, existen también otras que, de conformidad con los criterios emitidos por la SCJN y con los instrumentos internacionales en los que nuestro país es parte, es necesario reformar en el ámbito local.

En materia de patria potestad , el máximo tribunal al resolver el amparo directo en revisión 77/2012, declaró la inconstitucionalidad de legislación civil estatal que contravenía los principios pro persona y el del interés superior de la niñez. En la Tesis 1a. CXVIII/2012 (10a.) de rubro “Patria Potestad. El artículo 598, fracción III, del Código Civil del Estado de Jalisco, en la parte que condiciona la pérdida de aquélla a que se demuestre que quienes la ejercen comprometieron la seguridad o moralidad del menor, es inconstitucional”:

[...] el artículo 598, fracción III, del Código Civil del Estado de Jalisco, en la parte que sanciona con la pérdida de la patria potestad a condición de que el abandono de los deberes alimenticios de quienes la ejercen comprometa la seguridad o la moralidad de aquellos sobre quienes se ejerce, es inconstitucional al transgredir el interés superior del menor, pues no se justifica que la aplicación de dicha sanción se condicione a que con el abandono se comprometa su seguridad o moralidad, porque la protección que se le da a través de esa sanción no es eficaz , ya que cuando un padre incumple sus deberes, entre ellos los alimentarios, frecuentemente alguien más se hace cargo de ellos, lo que impediría sancionar al progenitor que ha incumplido de forma contumaz con sus obligaciones y deberes de protección. En este sentido, basta con que el juez verifique en el caso concreto que efectivamente el progenitor en cuestión ha incumplido sus deberes alimenticios sin que exista una causa justificada para ello, para que el juzgador pueda decretar la pérdida de la patria potestad del menor. Tampoco es oportuna, porque en el supuesto de que nadie se haga cargo de aquellos deberes, dicha disposición no sólo se reduce a recomendaciones sino que implícitamente permite a los ascendientes que incumplan con sus deberes hasta el grado o medida en que el menor pueda estar en riesgo o peligro, lo cual va en contra de los artículos 4o. de la Ley Fundamental, así como 5o., 18, apartado 1 y 27, apartados 2 y 4 de la Convención sobre los Derechos del Niño [...]11 (El remarcado es propio)

Adicionalmente, sobre esta misma institución, la Primera Sala de la SCJN, al resolver el amparo directo en revisión 12/2010, mediante la Tesis: 1a. CCV/2011 (9a.) de rubro “Pérdida de patria potestad. La porción normativa de la fracción II del artículo 4.224 del Código Civil del Estado de México que establece un requisito adicional al abandono de las obligaciones alimentarias por más de dos meses, es inconstitucional”, declaró la inconstitucionalidad de la disposición aludida en virtud de que dicha norma condicionaba la pérdida de la patria potestad al hecho de que con el incumplimiento de las obligaciones alimentarias por más de dos meses se comprometiera la salud, la seguridad o la moralidad de los menores.

Al respecto, la Corte señaló que con ese requisito adicional al simple incumplimiento de las obligaciones alimentarias por el tiempo estipulado en la legislación, se contravenía el interés superior del menor y los deberes constitucionales a cargo de los ascendientes, tutores y custodios establecidos en el artículo 4o. constitucional, ya que el interés superior del menor impone una tutela reforzada de los derechos de la niñez, por lo que, dentro esa línea, si el legislador establece un requisito adicional al abandono de los deberes alimentarios para perder la patria potestad, con ello se contraviene la garantía de tutela reforzada para los menores, ya que para estos resulta una medida más protectora de sus intereses una causal de pérdida de patria potestad, que otra donde simplemente se exija el incumplimiento de los deberes alimentarios por determinado tiempo, sin necesidad de que se acrediten otras circunstancias.12

En relación también con la patria potestad, el pleno de la SCJN, mediante la Tesis Jurisprudencial P./J. 61/2008, al resolver la contradicción de tesis 21/2006-PL, señaló:

Patria potestad. El supuesto normativo que impone su pérdida por abandono injustificado del hogar conyugal por más de 6 meses, es una sanción civil que transgrede el artículo 22 de la constitución política de los estados unidos mexicanos. Del indicado precepto se advierte que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos proscribe cualquier tipo de sanción excesiva (penal, civil, administrativa, etcétera), lo que incluye, entre otras, las que afecten a terceras personas vulnerables y no involucradas, así como las que no contengan las reglas adecuadas para que las autoridades impositoras puedan fijar su monto o cuantía según su gravedad.

A partir de esta base, la pérdida de la patria potestad como consecuencia de la declaración de divorcio por abandono injustificado del hogar conyugal por más de 6 meses es una sanción civil que transgrede el artículo 22 constitucional, pues aunque no es inusitada, sí resulta excesiva, toda vez que tiene por efecto privar absolutamente de la titularidad de derechos derivados de la patria potestad al cónyuge culpable, que presenta, además, el riesgo de afectar el interés superior del niño (ya que el abandono del hogar conyugal no implica necesariamente el abandono del niño), de manera que el carácter excesivo y desproporcional de dicha medida deriva de la posibilidad de que produzca un impacto sobre terceros vulnerables e indefensos . Asimismo, es inconstitucional porque el legislador ha establecido -a priori - la sanción de pérdida de la patria potestad para todo abandono injustificado del hogar conyugal, sin dejar al juzgador la posibilidad de graduarla o de imponer una medida alternativa (por ejemplo, una simple suspensión de la patria potestad), lo que impide valorar la pertinencia de aplicar o no dicha sanción según las particularidades del caso concreto, siendo que el legislador no debe descartar, en abstracto, la posibilidad de que la pérdida de la patria potestad lejos de beneficiar, afecte los derechos del niño.13 (El remarcado es propio)

Por lo que hace al derecho humano al nombre , la Primera Sala del máximo tribunal señaló, en la resolución del amparo directo en revisión 772/2012, lo siguiente:

Derecho humano al nombre. El artículo 3.38, fracción II, del Código Civil del estado de México, al prohibir implícitamente el cambio de apellidos de una persona para rectificar o cambiar su acta de nacimiento, es inconstitucional.

De la fracción II del citado precepto, se advierte que la modificación o rectificación del registro de nacimiento en aquellos casos en que se demuestre que la persona ha usado invariable y constantemente otro diverso en su vida social y jurídica, sólo se encuentra prevista para modificar o cambiar el nombre propio; lo cual lleva implícita la prohibición de modificar los apellidos en el acta de nacimiento respectiva.

Ahora bien, si se toma en cuenta que el derecho humano al nombre implica la prerrogativa de modificar tanto el nombre propio como los apellidos , aspecto que puede estar regulado en la ley para evitar que conlleve un cambio en el estado civil o la filiación, implique un actuar de mala fe, se contraríe la moral o se busque defraudar a terceros, y que el supuesto previsto en dicho numeral consiste en la posibilidad de que una persona que haya utilizado en sus relaciones sociales, familiares o con el Estado un nombre diverso al asentado en su acta de nacimiento, pueda cambiarlo, es claro que la razón que inspira a una solicitud de modificación de nombre radica en adaptar la identificación jurídica del solicitante a la realidad social; de donde se sigue que con el cambio de apellido no existe una modificación a su estado civil ni a su filiación, pues variarlo no implica una mutación en la filiación cuando permanecen incólumes el resto de los datos que permiten establecerla, como sería el nombre de la madre, el padre, hijo o cónyuge; además, no puede considerarse que la solicitud correspondiente cause perjuicios a terceros, ya que los derechos y obligaciones generados con motivo de las relaciones jurídicas creadas entre dos o más personas no se modifican ni extinguen sino por alguna de las causas previstas en el propio ordenamiento civil, dentro de las cuales no se encuentra el cambio en los asientos de las actas del Registro Civil; de ahí que tales derechos y obligaciones continúen vigentes con todos sus efectos. Por tanto, el artículo 3.38, fracción II, del Código Civil del Estado de México, al prever la prohibición implícita de modificar los apellidos de una persona, carece de justificación constitucional, pues no constituye una medida necesaria, razonable o proporcional y, por ende, viola el derecho humano al nombre .14 (El remarcado es propio)

En materia de indemnización extra patrimonial por daño moral, la SCJN declaró inconstitucionalidad de una norma al resolver el amparo directo 30/2013:

Indemnización extrapatrimonial por daño moral. El artículo 1916, párrafo último, del Código Civil para el Distrito Federal, en la porción normativa que señala “la situación económica de la víctima”, es inconstitucional si se aplica para cuantificar aquélla. El citado precepto dispone que para calcular el monto de la indemnización por daño moral debe tomarse en cuenta “la situación económica de la víctima”. Así, el daño moral puede dar lugar a consecuencias de dos categorías: extrapatrimoniales o morales en sentido estricto, o bien, de índole patrimonial.

Ahora bien, dicha porción normativa es contraria al principio de igualdad contenido en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, si se aplica para cuantificar las consecuencias extrapatrimoniales del daño, en virtud de que si bien podría considerarse que el artículo 1916, párrafo último, del Código Civil para el Distrito Federal, al establecer la ponderación de la situación económica de las víctimas persigue una finalidad constitucionalmente imperiosa, consistente en satisfacer el derecho a una justa indemnización, la medida no es idónea para lograr dicho fin, pues la situación económica de la víctima no es útil para medir la calidad e intensidad del daño extrapatrimonial, por lo que no conduce a satisfacer el derecho a una justa indemnización, ya que la condición social de la víctima no incide, aumenta o disminuye, el dolor sufrido. Lo contrario llevaría a afirmar que una persona con mayores recursos sufre más la muerte de un hijo que una persona con menores recursos, o que una persona con bajos ingresos merece una mayor indemnización que una persona económicamente privilegiada.15 (El remarcado es propio)

En adición a las instituciones enunciadas hasta el momento, mención especial merece la figura del matrimonio entre personas del mismo sexo , respecto a la cual nuestro país fue la onceava nación en el mundo que aceptó este tipo de matrimonio, conforme a lo señalado por Human Rights Watch.

En México, entidades federativas como Coahuila de Zaragoza y el Distrito Federal fueron pioneras en la expedición de legislaciones que, con base en el derecho a la igualdad, reconocen y tutelan las uniones civiles16 y los matrimonios entre personas del mismo sexo.17 Sin embargo, en varios estados de la República todavía se prevén figuras especiales para la unión de personas del mismo sexo (sin reconocimiento del matrimonio), lo cual, por sí mismo, resulta discriminatorio en tanto que con ello se estípula una distinción no justificable con base en el contenido esencial estipulado por los derechos humanos y el principio de igualdad.

Al respecto, la SCJN ha señalado que una norma que en sí misma resulta excluyente de un determinado componente social o que determina cualidades no permisibles a un ejercicio de convencionalidad en materia de derechos humanos, resulta inaceptable en un Estado constitucional y democrático de derecho:

Normas discriminatorias. No admiten interpretación conforme y existe obligación de reparar. Cuando una norma en sí misma discrimina a una persona o grupo de personas que se ubican en una categoría sospechosa, no es posible realizar una interpretación conforme, pues dicha norma continuaría existiendo en su redacción, aun siendo discriminatoria y contraria al artículo 1o. constitucional y a las obligaciones internacionales contraídas por México en cuanto a no discriminar con base en categorías sospechosas.

Estas obligaciones no pueden cumplirse mediante una interpretación que varíe la base misma del concepto impugnado y que no modifique la situación discriminatoria sufrida por dichas personas. Un planteamiento como ese es incompatible con un Estado constitucional de derecho que aspira a tratar con igual consideración y respeto a todos sus ciudadanos y ciudadanas.

Si se considera que una norma es discriminatoria, la interpretación conforme no repara dicha discriminación porque lo que buscan las personas discriminadas es la cesación de la constante afectación y su inclusión expresa en el régimen jurídico en cuestión; en otras palabras, no sólo acceder a esa institución, sino suprimir el estado de discriminación generada por el mensaje transmitido por la norma. Así pues, el reconocimiento público del matrimonio entre personas del mismo sexo, así como la inconstitucionalidad en la enunciación en caso de no preverlo expresamente, sitúa a la dignidad del ser humano más allá de los meros efectos restitutivos y articula un entendimiento de dignidad que es fundamentalmente transformativo y sustantivo.18

La jurisprudencia antes indicada parte del amparo en revisión 735/2014. Los hechos muy sucintos del caso refieren que el artículo 147 de la Constitución del Estado de Colima y los preceptos del Código Civil de esa entidad, reformados mediante el decreto número 155, transgredieron el principio de igualdad y no discriminación, la dignidad humana y el derecho al libre desarrollo de la personalidad, al haber hecho una distinción entre parejas homosexuales y parejas heterosexuales, generando con ello un régimen de “separados pero iguales”19 Ello, en razón de que el legislador local creó una figura similar al matrimonio para las parejas homosexuales a la que denominó “enlace conyugal”, distinción que además de no encontrar razón suficiente para justificar su existencia misma, además, excluyó a las parejas homosexuales de los beneficios expresivos y materiales derivados del matrimonio.

Asimismo, se determinó por parte de la SCJN que:

(1) Las normas impugnadas establecen un juicio de valor negativo sobre las parejas homosexuales ya que si bien no establecen una obligación de hacer o no hacer a este grupo, la norma sí obliga a las autoridades estatales a hacer una distinción entre parejas del mismo sexo y aquellas de sexo distinto.

(2) Las normas al diferenciar el “matrimonio” del “enlace conyugal” se basan en una de las “categorías sospechosas” enunciadas en el artículo 1o. de la Constitución: las preferencias sexuales. Asimismo, las normas impugnadas excluyen de la posibilidad de adoptar a aquellas parejas que formen un “enlace conyugal” y únicamente dan preferencia a las uniones de personas de distinto sexo. A pesar de que no sea requisito para adoptar que las personas manifiesten su preferencia sexual, las normas hacen una distinción entre aquellas parejas heterosexuales y las parejas homosexuales, al dar preferencias a los matrimonios y excluir al enlace conyugal del régimen de adopción.

Adicionalmente, existen los siguientes criterios de nuestro máximo tribunal:

Matrimonio entre personas del mismo sexo. No existe razón de índole constitucional para no reconocerlo. Las relaciones que entablan las parejas del mismo sexo pueden adecuarse perfectamente a los fundamentos actuales de la institución matrimonial y más ampliamente a los de la familia. Para todos los efectos relevantes, las parejas homosexuales se encuentran en una situación equivalente a las parejas heterosexuales, de tal manera que es totalmente injustificada su exclusión del matrimonio .

La razón por la cual las parejas del mismo sexo no han gozado de la misma protección que las parejas heterosexuales no es por descuido del órgano legislativo, sino por el legado de severos prejuicios que han existido tradicionalmente en su contra y por la discriminación histórica. El derecho a casarse no sólo comporta el derecho a tener acceso a los beneficios expresivos asociados al matrimonio, sino también el derecho a los beneficios materiales que las leyes adscriben a la institución.

En el orden jurídico mexicano existen una gran cantidad de beneficios económicos y no económicos asociados al matrimonio. Entre éstos destacan los siguientes: (1) beneficios fiscales; (2) beneficios de solidaridad; (3) beneficios por causa de muerte de uno de los cónyuges; (4) beneficios de propiedad; (5) beneficios en la toma subrogada de decisiones médicas; y (6) beneficios migratorios para los cónyuges extranjeros. En este sentido, negar a las parejas homosexuales los beneficios tangibles e intangibles que son accesibles a las personas heterosexuales a través del matrimonio implica tratar a los homosexuales como si fueran “ciudadanos de segunda clase”, lo cual esta Primera Sala no comparte. No existe ninguna justificación racional para reconocer a los homosexuales todos los derechos fundamentales que les corresponden como individuos y, al mismo tiempo, reconocerles un conjunto incompleto de derechos cuando se conducen siguiendo su orientación sexual y se vinculan en relaciones estables de pareja.

Los modelos para el reconocimiento de las parejas del mismo sexo, sin importar que su única diferencia con el matrimonio sea la denominación que se da a ambos tipos de instituciones, son inherentemente discriminatorios porque constituyen un régimen de “separados pero iguales”. La exclusión de las parejas del mismo sexo de la institución matrimonial perpetúa la noción de que las parejas del mismo sexo son menos merecedoras de reconocimiento que las heterosexuales, ofendiendo con ello su dignidad como personas y su integridad. 20 (El remarcado es propio)

En el anterior criterio se encuentran razones de orden jurisprudencial con las que se justifica la inclusión dentro de la figura del matrimonio de las personas del mismo sexo, dejando claramente señalado que esta institución no se circunscribe únicamente a las parejas heterosexuales, sino que incluye a las homosexuales y que constituye una conducta discriminatoria, no tolerable en un estado constitucional y democrático de derecho el no permitir a las personas del mismo sexo poder acceder al mismo. Incluso, aún y cuando pudiese existir una figura con distinta denominación pero con exactamente las mismas prerrogativas concedidas al matrimonio, la sola diferenciación que se hace por motivos de preferencia sexual, incluye en sí mismo un elemento discriminatorio que atenta contra la dignidad humana de la persona.

Continuando con la figura del matrimonio, se presenta la siguiente tesis jurisprudencial emitida recientemente por el máximo tribunal constitucional:

Matrimonio. La ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad de aquél es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional. Considerar que la finalidad del matrimonio es la procreación constituye una medida no idónea para cumplir con la única finalidad constitucional a la que puede obedecer la medida: la protección de la familia como realidad social. Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales. La distinción es discriminatoria porque las preferencias sexuales no constituyen un aspecto relevante para hacer la distinción en relación con el fin constitucionalmente imperioso. Como la finalidad del matrimonio no es la procreación, no tiene razón justificada que la unión matrimonial sea heterosexual, ni que se enuncie como “entre un solo hombre y una sola mujer”.

Dicha enunciación resulta discriminatoria en su mera expresión. Al respecto cabe recordar que está prohibida cualquier norma discriminatoria basada en la orientación sexual de la persona. En consecuencia, ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, tanto por parte de autoridades estatales como de particulares, pueden disminuir o restringir los derechos de una persona a partir de su orientación sexual. Así pues, bajo ninguna circunstancia se puede negar o restringir a nadie un derecho con base en su orientación sexual. Por tanto, no es factible hacer compatible o conforme un enunciado que es claramente excluyente.21

Es importante mencionar que con relación al matrimonio igualitario, otras instancias protectoras de los derechos humanos, como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos –CNDH-, se han pronunciado al respecto. Así, la CNDH emitió recientemente la Recomendación General No. 23,22 dirigida a los titulares de los poderes ejecutivos y a los órganos legislativos de todas las entidades federativas del país, a fin de que “adecuen los correspondientes ordenamientos en materia civil y/o familiar con el fin de permitir el acceso al matrimonio a todas las personas y en condiciones tales que se impida cualquier tipo de discriminación, en términos del quinto párrafo del artículo primero de la Constitución General de la República.”

En la recomendación en mención, la CNDH menciona que en la mayoría de las entidades federativas, las personas tienen que acudir al juicio de amparo para poder acceder al matrimonio igualitario y, pese a ello, los congresos locales no han realizado las reformas legislativas necesarias para reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Asimismo, la CNDH considera que la imposición del deber de procrear o la perpetuidad de la especie, como fines del matrimonio, son inconstitucionales. Asimismo, estima que el acceso al matrimonio no puede estar condicionado a una sola orientación sexual, ya que tales disposiciones son contrarias al derecho de autodeterminación de la persona y al libre desarrollo de la personalidad.

Igualmente, señala que conforme al último párrafo del artículo 1° de la Constitución Política, mismo que prohíbe cualquier tipo de discriminación en razón de una orientación sexual, no es posible reducir el acceso al matrimonio a la unión entre un hombre y una mujer, ya que con ello se excluiría, de manera injustificada, el acceso a las personas del mismo sexo que deseen contraer matrimonio.

La CNDH refuerza lo anterior, citando criterios recientes en la materia emitidos por la SCJN, fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, recomendaciones generales del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos, entre otros fallos y resoluciones.

Por lo anterior, para la CNDH [...] las normas civiles que contemplen como finalidad del matrimonio la “procreación”, “la reproducción”, o la “perpetuación de la especie” y limiten su acceso a la unión entre un hombre y una mujer, así como aquellas que den un trato o acceso diferenciado al matrimonio no son acordes con los artículos 1, quinto párrafo y 4°, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ni con los artículos 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el 7 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que consagran los derechos a la igualdad y no discriminación [...]

Finalmente, el Órgano Constitucional enfatiza que la orientación sexual no puede ser un criterio relevante para diferenciar el acceso al disfrute de este derecho, por lo que, el no reconocimiento de acceso al matrimonio a las parejas del mismo sexo, viola el principio de igualdad y el derecho a la protección de la familia consagrado en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por otra parte, otro caso reciente y de gran avance en el tópico de los derechos humanos fue el alcanzado en el amparo directo en revisión 5781/2014, relativo a la obligación de dar alimentos cuando existen menores en el matrimonio. De acuerdo con la Suprema Corte, esta obligación nace desde el momento de la filiación y puede ser ejercida retroactivamente sin importar la edad del beneficiado. De este modo, para la Corte son irrelevantes los años que hayan transcurrido toda vez que existe un derecho imprescriptible de los hijos a recibir los alimentos (entendidos en sentido amplio, de acuerdo con lo que la propia Corte ha indicado en diversos casos). Este importante criterio lo había ya delineado la Corte con antelación en el Amparo directo en revisión 2293/2013 y en el que se aprobó la siguiente tesis:

Reconocimiento de paternidad. La obligación de proporcionar alimentos nace a partir del vínculo paterno-materno-filial. La obligación de los progenitores de prestar alimentos a sus hijos queda integrada en la relación de patria potestad, pero la fuente no es la patria potestad sino la paternidad y/o maternidad en los casos de los alimentos que derivan del reconocimiento de paternidad, de tal manera que esa situación comienza para el menor desde el instante que marca el inicio de su vida, es decir, el origen es el vínculo paterno-materno-filial.

Así pues, tomando en cuenta que los alimentos tienen su fundamento en razón de la generación, la única condición para la existencia de la deuda alimenticia -en los casos de los alimentos que derivan del reconocimiento de paternidad- reside en que exista el lazo o vínculo entre padres e hijos derivado de la procreación. Por tanto, en dichos supuestos, la existencia del nexo biológico es el fundamento del derecho alimentario y no el reclamo judicial.

Sentado lo anterior, queda de manifiesto que la sentencia que admite el estado de hijo es declarativa de estado: sólo reconoce una situación jurídica anteriormente existente y, por lo tanto, su efecto propio es la retroactividad al momento en que quedó constituida la relación o situación jurídica a la cual se refiere; es decir, la adjudicación de la paternidad es un requisito previo para el cumplimiento del deber alimentario, pero no crea la obligación.23

IV. Consolidación del sistema jurídico mexicano

Como puede advertirse, son diversos los fallos en los que nuestro máximo tribunal se ha pronunciado con relación a las instituciones civiles y familiares contenidas en el derecho local, argumentado aquellos principios contenidos en la reforma constitucional de junio de 2011 y los enunciados en las normas internacionales suscritas por el Estado mexicano.

No hay que perder de vista también, que si bien, la SCJN es el último intérprete de la Ley Suprema, el legislador es quien interpreta dicha norma en un primer momento ya que mediante su actividad se modela y da contenido a las normas jurídicas que habrán de regir y aplicarse en toda la sociedad. Por ello, es de trascendental importancia que los legisladores de las entidades federativas incorporen plenamente a su normatividad aquellos principios delineados en la Constitución y en los tratados internacionales suscritos por nuestro país.

Para los legisladores la labor jurisprudencial de la Suprema Corte resulta de especial importancia, ya que mediante los precedentes de esta nos es posible identificar, con mayor facilidad, aquellas disposiciones jurídicas –que son similares o idénticas a las de otros estados- que han sido declaradas inconstitucionales por dicho tribunal.

Si las legislaturas locales toman en cuenta dichos criterios, además de cumplir con su responsabilidad de incorporar a su orden jurídico los postulados contenidos en la Carta Magna y en el derecho internacional, también estarán previniendo que, en el futuro, se emitan sentencias que declaren inconstitucionales las normas que no hayan sido adecuadas conforme a lo estipulado en nuestra ley suprema.

Por lo anterior, y dado que la estructura de nuestro sistema federal permite la coexistencia de un orden jurídico federal y los correlativos de cada entidad federativa, en ciertas materias, como es el caso de la legislación civil y familiar, el que suscribe, considero oportuno que esta Cámara de Diputados gire un respetuoso exhorto a las legislaturas de los estados, a fin de que las mismas emprendan las medidas legislativas necesarias para incorporar en sus ordenamientos jurídicos los precedentes emitidos por la SCJN, y para que desarrollen en los mismos los más altos estándares previstos en el derecho internacional de los derechos humanos.

Si los legisladores locales adoptan a cabalidad el paradigma protector acogido ya en otras instancias y órdenes de gobierno del Estado Mexicano, nuestro país se aproximará cada vez más a la consolidación del estado constitucional y democrático de derecho que anhelamos, en el que se garanticen y respeten los derechos de todas las personas por cada ámbito de gobierno, como sucede en otras latitudes del mundo.

Por lo anterior, de aprobarse el exhorto propuesto y, en su caso, sea atendido por los congresos locales, se estará avanzando hacia la adecuación de las normas estatales con los criterios jurisprudenciales del máximo intérprete de nuestra Constitución Federal y, eventualmente, también se darán pasos hacia la consolidación de la legislación local conforme a lo establecido por el texto constitucional y los instrumentos internacionales suscritos por el Estado Mexicano.

Si las entidades federativas se suman a esta labor, también se estará dando seguimiento a las recomendaciones aceptadas por México ante la comunidad internacional de Estados, particularmente las relativas a armonización y fortalecimiento del marco normativo e institucional,24 ya que como es sabido las autoridades de los distintos poderes y órdenes de gobierno conforman, todas en su conjunto, al Estado Mexicano.

Por último, con tales acciones, se dará un paso de la mayor importancia para que nuestra reforma constitucional de 2011 pase del plano de la abstracción al de la realidad, beneficiando así a toda la población del país.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las Legislaturas de las Entidades Federativas para que emprendan las medidas legislativas necesarias para incorporar, en su legislación civil y familiar, los más altos estándares en materia de derechos humanos señalados en los precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Notas

1 Para mayor abundamiento sobre el sentido y alcance de estos principios véase la Tesis: I.4º.A.9 k (10ª.), Materia Constitucional, 10ª Época, Tesis Aislada.

2 Véase los documentos: “Diagnóstico sobre la Implementación de la Reforma Constitucional de Derechos Humanos de 2011, Evaluación del Proceso a tres años de su entrada en vigor: una perspectiva integral del Estado Mexicano” y “Avances y Retos en la Implementación de la Reforma Constitucional de Derechos Humanos”, publicados en junio de 2014 y junio de 2015, respectivamente, en conjunto por los tres Poderes de la Unión.

3 Tesis: P./J. 21/2014 (10ª.), Materia Común, Jurisprudencia.
4 Tesis: 1a./J. 28/2015 (10a.). Jurisprudencial (constitucional).

5 Tesis: III.2o.C.25 C (10a.) Tesis aislada (constitucional)
6 Amparo directo en revisión 1819/2014, párrafo 70, 73-75
7 Tesis: 1a. LIX/2015 (10a.) Aislada (constitucional).
8 Tesis: 1a. LVIII/2015 (10a.) Aislada (constitucional).
9 P./J. 13/2011. Jurisprudencia (constitucional).
10 Acción de inconstitucionalidad 8/2014.

11 Tesis: 1a. CXVIII/2012 (10a.), Materia constitucional. 10ª época. Tesis aislada.
12 Véase la Tesis: 1a. CCV/2011 (9a.), Materia constitucional. 10ª época. Tesis aislada.

13 Tesis P./J. 61/2008, Materia constitucional- civil, 9ª época, Jurisprudencia.
14 Tesis: 1a. CXCVIII/2012 (10a.), Materia constitucional. 10ª época. Tesis aislada.
15 Tesis: 1a. CCLXXIV/2014 (10a.), Materia constitucional. 10ª época. Tesis aislada.

16 Las Sociedades de Convivencia en el Distrito Federal fueron aprobadas por la Asamblea Legislativa el 9 de noviembre de 2006. La figura del Pacto Civil de Solidaridad fue aprobada por el Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza el 11 de enero de 2007.

17 El 21 de diciembre de 2009 la Asamblea Legislativa del DF aprobó diversas reformas al Código Civil de esta entidad, mediante las cuales se reconocieron los matrimonios entre personas del mismo sexo. Esas reformas fueron publicadas el 29 de diciembre de ese año y entraron en vigor el 4 de marzo de 2010.

El 1 de septiembre de 2014, el Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza aprobó diversas reformas a los Códigos Civil y Procesal Civil, mediante las cuales se regula en esa entidad federativa las figuras del matrimonio igualitario, el concubinato y la sociedad de convivencia entre personas del mismo sexo. Dichas reformas fueron publicadas el 16 de septiembre de ese mismo año y entraron en vigor al día siguiente de su publicación.

18 Tesis: 1a./J. 47/2015 (10a.), Materia constitucional. 10ª época. Jurisprudencia.
19 Para profundizar en este régimen, véase la clásica remisión al caso Brown vs. Board of Education of Topeka

20 Tesis: 1a./J. 46/2015 (10a.), Materia constitucional, civil. 10ª época. Jurisprudencia.
21 Tesis: 1a./J. 43/2015 (10a.) Materia Constitucional, civil. Jurisprudencia.

22 Véase: Recomendación General No. 23 Sobre el Matrimonio Igualitario, disponible en:
http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Recomendaciones/gen erales/RecGral_023.pdf

23 Tesis: 1a. LXXXVI/2015. 2015 (10a.) Materia civil. Tesis aislada.

24 Véase las recomendaciones 148.21, 148.35, 148.38 del Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, 25 Período de Sesiones, documento A/HRC/25/7, páginas 16 y 17.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputado Armando Luna Canales (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a diversas autoridades de Puebla a atender el feminicidio de Olga Nayely Sosa Romero, a cargo del diputado Omar Ortega Álvarez, del Grupo Parlamentario del PRD

Quienes suscriben, diputadas y diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

El día 9 de junio de 2014, Olga Nayely Sosa Romero fue asesinada por Moisés Torres López quien era su esposo. Moisés confesó el asesinato después de haber caído en contradicciones ante agentes de la policía ministerial de Puebla.

De acuerdo con su declaración, Olga murió ese mismo 9 de junio cuando ella le contó que había reprobado el curso de idioma francés que estudiaba en la Facultad de Lenguas de la BUAP y que, además, le era infiel; él indicó que golpeó a Olga con un marro en repetidas ocasiones hasta causarle la muerte, le sacó los órganos, descuartizó su cuerpo y machacó los huesos para después ir a quemar y enterrar todo en un paraje de Huaquechula, Puebla, en la comunidad de Soto y Gama, lugar en el que los restos fueron encontrados enterrados el 18 de junio del mismo año. Moisés Torres, por su conocimiento como médico especialista en medicina interna y como médico legista de una agencia del Ministerio Público, sabía lo que debía hacer para no dejar rastro del crimen.

En esa declaración, Moisés Torres López refirió también que su padre, Moisés Torres Monroy, le ayudó a limpiar la escena del crimen y a deshacerse de la evidencia, por lo que existe también una averiguación previa (AP 410/2014) iniciada en la agencia especializada en la investigación de personas desaparecidas para determinar la participación de otras personas y en actos de encubrimiento. No obstante, esta investigación, a más de un año, no ha avanzado.

De igual forma, pese a la detallada confesión con la que lograron encontrar los restos, Moisés cambió su declaración para decir que Olga murió de manera accidental y que al ver que no presentaba signos vitales, tuvo miedo de que sospecharan de él y decidió deshacerse del cadáver. Además, ha interpuesto tres amparos que han sido rechazados y recientemente él amplió su declaración para alegar tortura.

El asesino de Olga todavía sigue aportando pruebas para que el proceso de instrucción no pueda cerrarse y no se le pueda dictar sentencia. Sin embargo, ya existe un auto de formal prisión por el delito de feminicidio contra él.

Aunado a todo lo descrito, debe señalarse que Olga fue madre de una niña que ahora tiene cuatro años de edad. Los primeros en tener la custodia de la niña fueron los abuelos paternos tras un proceso envuelto en irregularidades que parecieron agudizarse por el lazo familiar existente entre el feminicida y el magistrado Manuel Nicolás Ríos Torres, tío de Moisés. Ante esto, la familia de Olga Nayely, su hermana Alejandra Sosa Romero y su madre Argelia Romero Cinto, pasaron meses sin poder ver a la niña pero emprendieron una lucha legal por la que ahora comparten la custodia.

Pese a las dificultades que enfrentan tanto Alejandra como Argelia, ellas continúan exigiendo justicia para que al asesino de Olga se le dicte finalmente una sentencia que lo condene por el crimen que cometió. Piden que las autoridades correspondientes intervengan para determinar la custodia de la hija de Olga y Moisés, quien no debería pasar tiempo con el presunto cómplice del feminicidio de su madre, por lo que demandan que se investigue al implicado, cuyo expediente sigue abierto por su supuesta participación en los hechos. Además, las familiares de la víctima desean que se les entreguen los restos de Olga Nayely que se encuentran bajo custodia de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla (PGJ), la cual se niega a entregarlos.

La historia de Olga, desafortunadamente, se suma a una lista difícil de integrar en Puebla. Para septiembre de 2015, en la entidad se registraron más de 164 feminicidios en 36 meses, muchos de ellos cometidos por las parejas de mujeres embarazadas.

Estos crímenes contra las mujeres se ejecutan en el marco de la complicidad, corrupción e indiferencia del sistema de procuración e impartición de justicia del estado de Puebla. En este sentido, resulta indignante que la familia de Olga siga esperando que se haga justicia por este artero crimen y se castigue a Moisés Torres López, y que en tanto, ni siquiera puedan recuperar los restos de ella y que además una niña de cuatro años deba convivir con el presunto cómplice del asesinato de su madre.

Por todo lo descrito anteriormente, sometemos a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al Tribunal Superior de Justicia de Puebla a través del Juzgado 8o. de lo Penal de la misma entidad a que emita sin dilación, una sentencia acorde con los derechos humanos de las mujeres reconocidos por el orden jurídico nacional y los tratados internacionales, en el caso del asesinato de Olga Nayely Sosa Romero.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al Tribunal Superior de Justicia de Puebla a que emita, a través del juzgado competente, la sentencia en donde se le conceda la patria potestad exclusiva de la hija de Olga Nayely Sosa Romero a Argelia Romero Cinto, la madre de ésta.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de Justicia de Puebla a continuar con las investigaciones sobre la participación de Moisés Torres Monroy, en el asesinato de Olga Nayely Sosa Romero y en cualquier conducta ilegal posterior a dicho acontecimiento.

Cuarto. La Cámara de Diputados exhorta a los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública, la Procuraduría General de Justicia y de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Puebla, a elaborar un diagnóstico sobre feminicidios en la entidad, para llevar a cabo estrategias de prevención, investigación y sanción de dichos crímenes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016

Diputado Omar Ortega Álvarez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instituir por la Secretaría de Cultura el 28 de enero como Día del Pluralismo Cultural, derivado de la diversidad de los pueblos indígenas, en el calendario gubernamental, a cargo de la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, numeral I, fracción I, y 79, numeral I, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter a esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Cultura, se instituya el día 28 de enero, como el Día del Pluralismo Cultural derivado de la diversidad de los pueblos indígenas, dentro del calendario gubernamental, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. Una de las fuentes de mayor riqueza en el mundo se encuentra precisamente en la diversidad cultural, fuente de conocimientos, desarrollo artístico y visiones del mundo. No obstante, esta riqueza cultural se ha convertido en fuente de sangrientos conflictos, derivado del desconocimiento, el avasallamiento y la imposición de culturas. Sin duda, el reconocimiento y respeto de las diferencias culturales es indispensable en el marco de las transformaciones mundiales. El fomento y respeto de las diferencias culturales debe erigirse en un valor de las sociedades democráticas.

Segundo. Así, en el contexto de la globalización económica, y de una aparente homogeneización mundial en todos los ámbitos (económica, política e incluso cultural), la diversidad cultural debe ser preservada, reconocida y respetada en aras de la convivencia nacional e internacional. Únicamente 10 por ciento de los 193 estados en el planeta son étnicamente homogéneos, lo que significa la existencia de aproximadamente seis mil grupos étnicos y naciones diferentes a nivel mundial.

México ocupa el octavo lugar en el mundo entre los países con mayor cantidad de pueblos indígenas y es también el primer país latinoamericano en reconocerse como “nación multicultural” resultado, en mucho, de las exigencias desatadas con el movimiento indígena zapatista de 1994. Ello refuerza el carácter democrático de su sistema político en la medida en que se han reconocido los derechos de los diferentes grupos étnicos del país.

Tercero. De conformidad con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) define a la cultura como un conjunto de elementos distintivos, espirituales, intelectuales y emocionales de una sociedad o un grupo social. Acompañados del arte, la literatura, estilos de vida, formas de convivencia, sistemas de valores, tradiciones y creencias.

El respeto y la salvaguarda de la cultura es parte del entramado de protección de los derechos humanos. La cultura, afirma la Unesco, da al hombre la capacidad de reflexionar sobre sí mismo. Es ella la que hace de nosotros seres específicamente humanos, racionales, críticos y éticamente comprometidos.

A través de ella el hombre se expresa, toma conciencia de sí mismo, se reconoce como un proyecto inacabado, pone en cuestión sus propias realizaciones, busca incansablemente nuevas significaciones, y crea obras que lo trascienden.

Cuarto. Por lo que es menester citar algunos de los principios que establece la Declaración Universal de la Unesco sobre la Diversidad Cultural, que a la letra dicen:

“Identidad, diversidad y pluralismo

Artículo 1. La diversidad cultural, patrimonio común de la humanidad

La cultura adquiere formas diversas a través del tiempo y del espacio. Esta diversidad se manifiesta en la originalidad y la pluralidad de las identidades que caracterizan a los grupos y las sociedades que componen la humanidad. Fuente de intercambios, de innovación y de creatividad, la diversidad cultural es tan necesaria para el género humano como la diversidad biológica para los organismos vivos. En este sentido, constituye el patrimonio común de la humanidad y debe ser reconocida y consolidada en beneficio de las generaciones presentes y futuras.

Artículo 2. De la diversidad cultural al pluralismo cultural

En nuestras sociedades, cada vez más diversificadas, resulta indispensable garantizar una interacción armoniosa y una voluntad de convivir de personas y grupos con identidades culturales a un tiempo plurales, variadas y dinámicas. Las políticas que favorecen la integración y la participación de todos los ciudadanos garantizan la cohesión social, la vitalidad de la sociedad civil y la paz. Definido de esta manera, el pluralismo cultural constituye la respuesta política al hecho de la diversidad cultural. Inseparable de un contexto democrático, el pluralismo cultural es propicio para los intercambios culturales y el desarrollo de las capacidades creadoras que alimentan la vida pública.

Artículo 3. La diversidad cultural, factor de desarrollo

La diversidad cultural amplía las posibilidades de elección que se brindan a todos; es una de las fuentes del desarrollo, entendido no solamente en términos de crecimiento económico, sino también como medio de acceso a una existencia intelectual, afectiva, moral y espiritual satisfactoria.

Diversidad cultural y derechos humanos

Artículo 4. Los derechos humanos, garantes de la diversidad cultural

La defensa de la diversidad cultural es un imperativo ético, inseparable del respeto de la dignidad de la persona humana. Ella supone el compromiso de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales, en particular los derechos de las personas que pertenecen a minorías y los de los pueblos indígenas. Nadie puede invocar la diversidad cultural para vulnerar los derechos humanos garantizados por el derecho internacional, ni para limitar su alcance.

Artículo 5 . Los derechos culturales, marco propicio para la diversidad cultural

Los derechos culturales son parte integrante de los derechos humanos, que son universales, indisociables e interdependientes. El desarrollo de una diversidad creativa exige la plena realización de los derechos culturales, tal como los definen el artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 13 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Toda persona debe tener la posibilidad de expresarse, crear y difundir sus obras en la lengua que desee y en particular en su lengua materna; toda persona tiene derecho a una educación y una formación de calidad que respeten plenamente su identidad cultural; toda persona debe tener la posibilidad de participar en la vida cultural que elija y conformarse a las prácticas de su propia cultura, dentro de los límites que impone el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.

Artículo 6. Hacia una diversidad cultural accesible a todos

Al tiempo que se garantiza la libre circulación de las ideas mediante la palabra y la imagen, hay que velar porque todas las culturas puedan expresarse y darse a conocer. La libertad de expresión, el pluralismo de los medios de comunicación, el plurilingüismo, la igualdad de acceso a las expresiones artísticas, al saber científico y tecnológico –comprendida su presentación en forma electrónica– y la posibilidad, para todas las culturas, de estar presentes en los medios de expresión y de difusión, son los garantes de la diversidad cultural.

Diversidad cultural y creatividad

Artículo 7. El patrimonio cultural, fuente de la creatividad

Toda creación tiene sus orígenes en las tradiciones culturales, pero se desarrolla plenamente en contacto con otras culturas. Esta es la razón por la cual el patrimonio, en todas sus formas, debe ser preservado, realzado y transmitido a las generaciones futuras como testimonio de la experiencia y de las aspiraciones humanas, a fin de nutrir la creatividad en toda su diversidad e inspirar un verdadero diálogo entre las culturas.”

En este tenor de ideas, a mi consideración, es necesario adminicular a lo ya establecido con antelación, lo que prevé la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Originarios Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), administración de justicia indígena. Perduración de la herencia colonial.

“La declaración, en su artículo 2o., alude a tres voces fundamentales:

1. Cultura. “Abarca los valores, las creencias, las convicciones, los idiomas, los saberes y las artes, las tradiciones, instituciones y modos de vida por medio de los cuales una persona o un grupo expresa su humanidad y los significados que da su existencia y a su desarrollo”.

2. Identidad cultural. “Conjunto de referencias culturales por el cual una persona, individual o colectivamente, se define, se constituye, comunica y entiende ser reconocida en su dignidad”.

3. Comunidad cultural. “Grupo de personas que comparten las referencias constitutivas de una identidad cultural común, que desea preservar y desarrollar”.

Asimismo en el Convenio 169 de la OIT en su numeral octavo regula:

Al aplicar la legislación nacional a los pueblos interesados deberá tomarse debidamente en consideración sus costumbres o su derecho consuetudinario. Lo que implica que es una obligación del juzgador aplicar el convenio.

Debe recordarse que es un principio general del derecho: que no puede alegarse ignorancia, desuso o práctica en contrario y se puede tener responsabilidades. Dichos pueblos deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos en el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos. Siempre que sea necesario deberán establecerse procedimientos para solucionar los conflictos que puedan surgir de la aplicación de este principio.”

Considerandos

Primero. En razón de que el 28 de enero de 1992 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reformas al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por virtud de las cuales se considera por primera vez el pluralismo cultural derivado de la diversidad de los pueblos indígenas, en donde reconoce a los individuos pertenecientes a este grupo vulnerable como titulares de derechos subjetivos públicos y los integra bajo la idea de la generalización de los derechos humanos, otorgándoles mayor importancia a su autodeterminación.

Segundo. Bajo ese tenor es necesario que la enseñanza de las familias, desde la diversidad, necesita adoptar un enfoque pluricultural, es decir proponer el respeto por todas las culturas en todos los contextos, para una relación tolerante y solidaria entre los diferentes grupos culturales.

Tercero. El pluriculturalismo hace referencia a la existencia de muchos antecedentes y factores culturales que son importantes para las organizaciones, y también que las personas, a pesar de sus diferentes antecedentes, puedan coexistir y prosperar en la organización, impulsando a la convivencia, adaptación, tolerancia y aceptación de los seres humanos en sociedad y grupo.

Cuarto. A la luz de lo anterior, impera la necesidad de seguir promoviendo la no discriminación por razones de raza o cultura, y el reconocimiento de la diferencia cultural, así como el derecho a ella.

Quinto. En consecuencia el pluriculturalismo responde al interés, necesidad y obligación de establecer criterios y procedimientos que reconozcan las diferencias culturales existentes en las distintas sociedades.

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Cultura se instituya el 28 de enero dentro del calendario gubernamental como el Día del Pluralismo Cultural, derivado de la diversidad de los pueblos indígenas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputada Norma Xóchitl Hernández Colín (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a los titulares de la SEP y de la Secretaría de Cultura que difundan entre las escuelas y los centros laborales públicos y privados la modalidad de lectura grupal slow reading, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Mirza Flores Gómez, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 2, y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública difundir entre las escuelas y los centros de trabajo, tanto públicos como privados, la modalidad de lectura grupal conocida como slow reading; con la finalidad de destinar espacios y horarios determinados para dedicar exclusivamente a la lectura, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La lectura es una de las actividades más importantes y útiles que el ser humano puede realizar a lo largo de su vida. En primer lugar, la lectura, del mismo modo que todas las restantes actividades intelectuales, es una actividad exclusiva de los seres humanos, únicos seres vivos que han podido desarrollar un sistema intelectual y racional de avanzada. Esto quiere decir que la lectura es una de aquellas actividades que nos define por lo que somos frente al resto de los seres vivos. La lectura es una actividad que por lo general comienza a adquirirse muy lentamente desde temprana edad y se mantiene de por vida, es decir que no se pierde con el tiempo.

La lectura es el camino hacia el conocimiento y la libertad. Ella nos permite viajar por los caminos del tiempo y del espacio, y conocer la vida, el ambiente, las costumbres, el pensamiento y las creaciones de los grandes hombres que han hecho y hacen la historia.

La lectura implica la participación activa de la mente y contribuye al desarrollo de la imaginación, la creatividad, enriquece el vocabulario como la expresión oral y escrita.

Desde el punto de vista psicológico ayuda a comprender mejor el mundo como a nosotros mismos, facilita las relaciones interpersonales, su desarrollo afectivo, moral y espiritual y en consecuencia, la capacidad para construir un mundo más justo y más humano.

De acuerdo con los resultados del módulo de lectura que corresponde a agosto de 2015, el cual genera información estadística sobre el comportamiento lector de la población mexicana de 18 años y más, el promedio de libros leídos en los últimos 12 meses fue de casi cuatro.

El organismo apuntó que el promedio de revistas leídas también fue muy próximo a cuatro, en los tres meses previos al levantamiento; mientras que el correspondiente a periódicos fue cerca de tres y medio ejemplares leídos una semana antes del levantamiento.

El informe precisó que la razón principal que tienen las personas para leer libros y revistas es por “entretenimiento”, mientras que quienes leen periódicos lo asocian a su interés por la “cultura general o por estar al día”.

En promedio, la población entrevistada dedica 38 minutos a la lectura por sesión continua; el tiempo destinado por los varones es ligeramente superior al de las mujeres, con 39 y 38 minutos de manera respectiva, añadió.

El nivel de instrucción escolar también se refleja en el comportamiento lector pues las personas con al menos un grado de educación superior dedican a esta actividad un promedio de 50 minutos, en tanto que las personas sin educación básica terminada registran un tiempo promedio de 29 minutos por sesión.

En cuanto a la velocidad, el Inegi refirió que 9.8 por ciento de las personas alfabetas de 18 años y más declara que su lectura es algo lenta, poco menos de la mitad de la población dijo que es regular, 27.5 por ciento la considera medianamente rápida y 14.5 por ciento rápida.

Los motivos más frecuentes por los que la población de 18 años y más no lee los materiales considerados por Molec son por falta de tiempo, 38.8 por ciento; por falta de interés, 24.5; mientras que por problemas de salud, 20 por ciento.

En países como Nueva Zelanda, surgió un proyecto como contrarrespuesta a la desaceleración y desintoxicación digital, el slow reading, la lectura lenta. El proyecto surgió en Nueva Zelanda con el primer Slow Reading Club y se ha extendido a muchas partes del mundo.

La idea concreta es reunirse con otras personas en un café o en un espacio determinado para leer. Cada quien lleva su libro y apaga el celular. A continuación todos pasan una hora juntos, leyendo en silencio y sin distracciones.

En este sentido, el presente punto de acuerdo tiene como objetivo exhortar de manera respetuosa a la Secretaria de Educación Pública y a la Secretaria de Cultura para que difunda entre las escuelas y los centros de trabajo públicos y privados, esta nueva modalidad de lectura grupal; con la finalidad de destinar espacios y horarios para la aplicación de la modalidad de lectura slow reading o lectura lenta.

Considerandos

Primero. Que el artículo 3° Constitucional establece que todo individuo tiene derecho a recibir educación.

Segundo. que el artículo 4° Constitucional dispone que toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural.

Tercero. Que el objeto de la ley de fomento para la Lectura y el Libro, de conformidad con el artículo 4 fracción primera y segunda es la generación de políticas, programas, proyectos y acciones dirigidas al fomento y promoción de la lectura así como Establecer mecanismos de coordinación interinstitucional con los distintos órdenes de gobierno y la vinculación con los sectores social y privado, para impulsar las actividades relacionadas con la función educativa y cultural del fomento a la lectura y el libro.

Cuarto. Que de acuerdo al artículo 5 numeral A y B de la Ley citada supra, corresponde a la Secretaría de Cultura y a la Secretaría de Educación pública en el ámbito de sus respectivas competencias, son las encargadas de cumplimentar los objetivos de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.

Quinto. Que de conformidad con el artículo 10 de la Ley en comento, corresponde a la Secretaría de Educación Pública fomentar el acceso al libro y la lectura en el Sistema Educativo Nacional, promoviendo que en él se formen lectores cuya comprensión lectora corresponda al nivel educativo que cursan, en coordinación con las autoridades educativas locales.

Sexto. Corresponde a la Secretaría de Cultura Promover conjuntamente con la iniciativa privada acciones que estimulen la formación de lectores y estimular y facilitar la participación de la sociedad civil en el desarrollo de acciones que promuevan la formación de lectores entre la población abierta.

Séptimo. En una sociedad de la información, la lectura tiene un papel clave para convertir la información en conocimiento y esto es fundamental para el desarrollo del país. La cantidad de datos producidos actualmente es inconmensurable y el acceso crítico y responsable a los mismos solamente se puede lograr con las habilidades lectoras bien desarrolladas. La lectura, en definitiva, es crucial para tomar la palabra y perfilar nuevos horizontes de participación ciudadana en la construcción de una sociedad más justa.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, pongo a consideración de esta Honorable Cámara la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública y a la Secretaría de Cultura, difundir entre las escuelas y los centros de trabajo públicos y privados, la modalidad de lectura grupal conocida como slow reading; con la finalidad de destinar espacios y horarios exclusivos para la lectura.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2015.

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita a las autoridades del sector salud que implanten con las de Veracruz una campaña informativa permanente para prevenir las causas de diabetes, a cargo de la diputada Lillian Zepahua García, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada Lillian Zepahua García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad otorgada por los artículos 3o., numeral 1, fracción XVIII, 6o., numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a las autoridades del sector salud implementar acciones de coordinación con las del estado de Veracruz, así como una campaña permanente de información con énfasis en la prevención de las causas que ocasionan diabetes, particularmente en las zonas de Tierra Blanca y Zongolica, debido al aumento de casos en estas regiones, con base en los siguientes:

Antecedentes

1. La diabetes mellitus (DM) es un conjunto de trastornos metabólicos que comparten la característica común de presentar concentraciones elevadas de glucosa en la sangre de manera persistente o crónica. La American Diabetes Association, clasifica la diabetes mellitus en 3 tipos: la diabetes mellitus tipo 1, en la que existe una destrucción total de las células â, lo que conlleva una deficiencia absoluta de insulina; la diabetes mellitus tipo 2 o no insulinodependiente, generada como consecuencia de un defecto progresivo en la secreción de insulina, así como el antecedente de resistencia periférica a la misma; la diabetes gestacional, la cual es diagnosticada durante el embarazo; y otros tipos de diabetes ocasionados por causas diferentes. La ocasionan varios trastornos, siendo el principal la baja producción de la hormona insulina, secretada por las células â o por su inadecuado uso por parte del cuerpo, que repercutirá en el metabolismo de los hidratos de carbono, lípidos y proteínas. La diabetes mellitus y su comorbilidad constituyen una importante causa de preocupación en salud pública.

Los síntomas principales de la diabetes mellitus son emisión excesiva de orina, aumento anormal de la necesidad de comer, incremento de la sed y pérdida de peso sin razón aparente. En ocasiones se toman como referencia estos tres síntomas para poder sospechar diabetes tipo 2 ya que en su mayoría son los más comunes en la población.

En el mundo se calcula que hay 346 millones de personas, de las cuales, el 90 por ciento tiene diagnóstico de diabetes tipo 2.

2. En México, es la segunda causa de muertes solo por debajo de las enfermedades cardiovasculares, su costo anual es de 8,835 millones de pesos en atención y de acuerdo con datos del INEGI:1

• A nivel nacional durante 2011, en 9 de cada 100 personas no aseguradas que se realizaron una prueba de diabetes, ésta fue positiva.

• En México durante 2011, 70 de cada 100 mil personas, murieron por diabetes mellitus.

• Las defunciones por diabetes se concentran en la de tipo II. En 2011 representaron 62% en mujeres y 61% en varones.

• Cada paciente con diabetes cuesta al año 23 mil pesos.

Cifras de la Secretaría de Salud, señalaban que para 2011 Veracruz ocupaba el octavo lugar con el mayor número de personas de 20 o más años de edad que tienen un diagnostico positivo para diabetes mellitus pero que no cuentan con ningún tipo de seguro social.

De acuerdo con la Asociación Alianza Generacional, Veracruz ocupa el primer lugar en obesidad y se encuentra entre los primeros 5 lugares en casos de diabetes a nivel nacional.2

La incidencia de diabetes mellitus para hombres mexicanos es de 326.81 por 100 mil habitantes, mientras que para mujeres es de 442.23 por 100 mil habitantes.

En lo que respecta al Estado de Veracruz existe una incidencia de Diabetes Mellitus de entre 275.83 a 331.77 por cada 100 mil habitantes para el caso de hombres. Para mujeres, la entidad se encuentra en un rango de 369.61 a 488.20 por cada 100 mil habitantes.

El porcentaje de morbilidad hospitalaria por diabetes mellitus en hombres a nivel nacional es de 4.4% y para mujeres es de 2.1.

Para Veracruz estas cifras son mayores en ambos sexos, para hombres se encuentra en un rango de 5.1 a 6.5 por ciento, mientras que para mujeres es de 2.3 a 3.4 por ciento, es decir mayor a la media nacional.

La tasa de mortalidad observada en la población con diabetes mellitus a nivel nacional es de 69.78 por cada 100 mil habitantes, Veracruz se encuentra en un rango de 71.56 a 99.57 por cada 100 mil habitantes, es decir mayor a la media nacional.

3. Con datos proporcionados por la Sociedad de Metabolismo y Corazón, el Estado de Veracruz es uno de los que registra mayor número de casos de diabetes en niños de entre 6 y 7 años de edad por diversos factores, entre los que podemos considerar tanto hereditarios como de falta de ejercicio, la ausencia de políticas públicas que propicien una reactivación física y sobre todo una mala alimentación.

Lo preocupante es que año con año, el Estado de Veracruz escala posiciones de entre las Entidades con más casos de diabetes tipo 2 y para este año, se encuentra en tercer lugar, solo por debajo del Distrito Federal y el Estado de México, asimismo y con datos de la propia Sociedad antes citada, las zonas del Estado donde más se han encontrado casos documentados de diabetes, se ubican en la sierra de Zongolica y la zona de Tierra Blanca.

4. Aunque la diabetes es una enfermedad incapacitante y cada año se erogan importantes sumas de dinero en su atención, está demostrado que una verdadera política de salud con énfasis en la prevención y en la atención pronta y oportuna puede generar cambios que repercutan en una mejor calidad de vida de quienes la padecen, pues al lograr un buen control de la glucosa, colesterol, triglicéridos y presión arterial, no se verá afectada la capacidad del enfermo para realizar las actividades cotidianas. Además no impide que destaque en cualquier actividad que decida realizar. Ello implica mejorar hábitos alimenticios, incluyendo ejercicio regular que otorga bienestar físico y mental, medir frecuentemente la glucosa para checar que se encuentre en los niveles correctos, cuidar la dosis y horarios de los medicamentos e insulina y visitar frecuentemente al médico para vigilar estrechamente la función de los órganos, como los riñones y el corazón.

Sin embargo, todo ello se puede lograr en la medida en que la población cuente con acceso a información acerca de cómo cuidar su salud, así como un correcto y eficaz acceso a los servicios de atención médica a los que pueda acudir.

5. Aunque se han realizado importantes esfuerzos a nivel federal para dimensionar el problema de salud pública provocado por el aumento de personas con diabetes, es una realidad que todavía existen zonas del país en donde esta enfermedad ha venido en aumento, debido a múltiples factores como la falta de oportunidades de desarrollo económico de la región donde se ha focalizado, los usos y costumbres, la ausencia de información que permita desde la niñez una cultura de la alimentación equilibrada y saludable y la falta de infraestructura de salud.

Por ello, es fundamental que en el combate a la diabetes, así como en la prevención eficaz de aquellos factores que la propician como la obesidad y el sedentarismo, el Gobierno Federal participe y sea el eje coordinador de las acciones a fin de que actúen de manera eficaz, todos los actores sociales; en este sentido el aporte e implementación de políticas públicas eficaces con énfasis en la prevención y atención temprana se vuelve determinante y puede ser la diferencia entre erradicar este grave problema de salud pública, o convertirnos en un país de diabéticos.

Considerandos

Primero. Las y los legisladores, conscientes del compromiso adquirido con nuestros representados, desde el inicio de la actual legislatura nos hemos dado a la tarea de diseñar e impulsar acciones que permitan proteger los valores fundamentales de la sociedad.

La diabetes es la enfermedad más cara del mundo debido a la multiplicidad de factores que se requieren para su atención, sin embargo también es una realidad que en aquellos países en donde se ha podido combatir con mayor eficacia este problema es donde se han diseñado políticas públicas con acento en la prevención de los factores que la propician. En este sentido, como legisladores asumimos el reto de actuar a fin de exhortar al Gobierno Federal a que continúe con las acciones que permitan su combate eficaz.

Es preciso reconocer que precisamente es el Presidente de la República, licenciado Enrique Peña Nieto quien de manera reiterada ha exhortado a las autoridades del sector salud, a diseñar estrategias y acciones que permitan atender este grave problema de salud pública, por ello, sin dejar de mencionar que nos solidarizamos con esta visión, es preciso que como representantes populares cuyo mandato electivo surge de una región específica del país, seamos voceros de las necesidades de esos lugares, sin dejar de lado la perspectiva nacional.

En este sentido, en mi carácter de legisladora federal de mayoría, cuyo distrito se asienta en el Municipio de Zongolica, tengo un compromiso con mis representados de atender esta problemática en particular, sobre todo porque los datos citados anteriormente, dan cuenta que es precisamente en esta región donde se concentra un número importante de niños y niñas con diagnóstico de diabetes tipo dos, dato estadístico que coincide con cifras a nivel mundial que indican que la mayor incidencia de esta enfermedad se da en zonas y regiones con bajo desarrollo, lamentablemente 8 de cada 10 fallecimientos como consecuencia de la diabetes se da también es estas regiones.

Segundo. Es una realidad, que en nuestro país el aumento de casos de diabetes se ha vuelto un verdadero problema de salud pública y que esto es consecuencia de años de desatención en materia de prevención de los factores propiciatorios de dicha enfermedad, al convertirnos en el país más obeso del mundo sin que se atendiera de manera eficaz e integral esta problemática.

Sin embargo, es preciso actuar de manera oportuna y coordinada con las autoridades del sector salud, a fin de dotarles de los elementos que les permitan actuar de manera focalizada en las zonas y regiones donde este problema se recrudece, particularmente en el estado de Veracruz, donde a pesar de las acciones y políticas que han sido coordinadas desde el ámbito Federal, todavía nos encontramos con aumentos fuera de proporción de casos de personas con diabetes.

Tercero. Que en el diseño de acciones y en el perfeccionamiento del marco normativo que permita a las autoridades en materia de salud contar con mejores y más eficaces herramientas para combatir la denominada “epidemia del siglo XXI”, esta H. Cámara de Diputados debe asumir un rol fundamental, sobre todo por tratarse de un tema donde se requiere que todas y cada una de las fuerzas políticas aquí representadas, dejemos de lado lo que nos opone y hagamos causa en común pues se trata del futuro sustentable y de salud de toda la nación.

Cuarto. Que particularmente debe llamar la atención el aumento de casos de niños y niñas con diabetes tipo dos en el Estado de Veracruz y particularmente concentrados en las zonas de Tierra Blanca y Zongolica; este crecimiento atípico debe ser parte de toda una estrategia en materia de prevención y atención en salud por parte de las autoridades de los tres niveles de gobierno y se debe actuar de manera oportuna estableciendo acciones coordinadas que permitan llevar a cabo campañas de prevención, por ello se debe exhortar a las autoridades a que focalicen el problema y actúen de forma inmediata.

Por las consideraciones expuestas, propongo al Pleno de esta Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita a las autoridades del sector salud implementar acciones de coordinación con las del estado de Veracruz, así como una campaña permanente de información con énfasis en la prevención de las causas que ocasionan diabetes, particularmente en las zonas de Tierra Blanca y Zongolica, debido al aumento de casos en estas regiones

Dado en el Palacio Legislativo, a 9 de febrero de 2016.

Diputada Lillian Zepahua García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita la creación de una comisión especial que atienda los asuntos relacionados con la pornografía infantil en México, a cargo de la diputada María Concepción Valdés Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada María Concepción Valdés Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y en relación con lo previsto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Consideraciones

Proteger la infancia contra la violencia, la explotación y el abuso sexual constituye un componente integral de la protección de su derecho a la supervivencia, el crecimiento y el desarrollo. Estamos obligados a crear en el mundo un ambiente protector, donde los niños y niñas estén libres de violencia, explotación y separación innecesaria de la familia; y en el que las leyes y prácticas minimicen la vulnerabilidad de la infancia.

Hasta el día de hoy es imposible cuantificar la verdadera magnitud de la violencia contra los menores en todo el mundo. No hay cifras exactas de víctimas infantiles: porque los casos se esconden y se mantienen en secreto y no son denunciados. Sin embargo se estima que entre 500 y 1500 millones de niños experimentan la violencia anualmente.

La pornografía infantil se refiere al abuso y explotación sexual de menores de edad con algún fin de lucro. Se cataloga como delito trasnacional y penado con cárcel en cualquier parte del mundo. Este delito se propaga por medio de vendedores de DVD, CD, bandas de personas que se encargan de prostituir o vender menores y el más común en la actualidad es el internet, las páginas web donde se encargan de publicar videos, fotografías y/o se acuerdan citas de encuentro.

Las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN),1 el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,2 la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer,3 la Convención contra la Tortura y otros Tratados o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes,4 y otros tratados, particularmente los tratados regionales de derechos humanos, son aplicables a la violencia contra los niños y niñas en la comunidad.

Todos estos instrumentos tratan las prácticas tradicionales dañinas: la esclavitud, la servidumbre, la tortura y el trato o castigo cruel, inhumano o degradante. El Protocolo de Palermo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños,5 (más conocido como Protocolo contra la trata de personas) fue adoptado en Palermo Italia en el 2000, y es un acuerdo internacional adjunto a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional; define la obligación legal de tipificar como delito y luchar contra la trata de personas. El Protocolo facultativo de la CDN6 relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía define normas relacionadas contra la explotación de los niños y niñas en la prostitución y la pornografía.

En el protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía de Organización de las Naciones Unidas, en su artículo 34 cita:7

“Los Estados Partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales. Con este fin, los Estados Partes tomarán, en particular, todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir:

a) La incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal;

b) La explotación del niño en la prostitución u otras prácticas sexuales ilegales;

c) La explotación del niño en espectáculos o materiales pornográficos.”.

Existen pocas estadísticas en relación con la explotación sexual de los niños y niñas, puesto que estos delitos se cometen de manera encubierta y suelen estar asociados con intensos sentimientos de vergüenza que impiden a los niños y a adultos pedir ayuda a las autoridades competentes.

La Organización Mundial de la Salud8 calcula que 150 millones de niñas y 73 millones de niños han experimentado relaciones sexuales forzadas u otras formas de violencia sexual que implican contacto físico. Los cálculos relativos al año 2000 indican que 5.7 millones realizaban trabajo forzoso o trabajo en condiciones de servidumbre, 1.8 millones trabajaban en la prostitución y la pornografía y 1.2 millones eran víctimas de la trata de niños.9

Lamentablemente y muy a mi pesar, también debemos reconocer que la mayoría de las niñas y niños no denuncian la violencia sexual que experimentan porque temen lo que les pasará a ellos y a sus familias. Temen que nadie les crea cuando por fin toman el valor de decirlo. Y peor aún, temen que no se hizo nada al respecto cuando no les creen o porque la familia lo niega y esconde.

Hoy en día las imágenes explícitamente sexuales de menores de edad están prohibidas prácticamente en todo el mundo y su producción se restringe casi en su totalidad a producciones independientes o caseras facilitadas en gran medida por la masificación de la fotografía y el vídeo digital. Al contrario de lo que suele creerse comúnmente, estas colecciones fabricadas en casa rara vez son objeto de transacciones comerciales, siendo usualmente material de intercambio entre personas que comparten un interés de carácter marcadamente erótico o sexual por los niños o niñas.

La violencia contra los niños jamás es justificable; toda violencia contra los niños se puede prevenir. A pesar de todo, dicha violencia existe en todos los países del mundo, independientemente de las culturas, clases sociales, niveles educativos, ingresos y origen étnico. En contra de las obligaciones que exigen los derechos humanos y de las necesidades de desarrollo de los niños, la violencia contra éstos está socialmente consentida en todas las regiones, y frecuentemente es legal y está autorizada por el Estado. Proteger a los niños de la violencia es una cuestión urgente. Los niños han sufrido durante siglos la violencia de los adultos sin ser vistos ni oídos. Ahora que las consecuencias de toda forma de violencia contra los niños están comenzando a ser más conocidas, es necesario prevenir esta violencia y proteger a los niños de manera eficaz, como lo exige su derecho incuestionable.

La violencia pasa desapercibida también porque no existen vías seguras o fiables para que los niños o los adultos la denuncien. En algunos lugares del mundo la gente no confía en la policía, los servicios sociales u otras autoridades; en otros, sobre todo en zonas rurales, no hay autoridades accesibles a las que se pueda acudir. En los casos en que se recopilan datos, no se recogen siempre de forma completa, coherente o transparente. Concretamente, se dispone de pocos datos sobre la violencia en instituciones de acogida y dependencias de detención, ya que, aunque los incidentes estén documentados, la mayoría de las instituciones no está obligada a registrar y dar a conocer tal información, ni siquiera a los padres de los niños afectados.

En las últimas décadas se ha reconocido y documentado que la violencia contra los niños ejercida por los padres y otros miembros cercanos de la familia —física, sexual y psicológica, así como la desatención deliberada— es un fenómeno corriente. Desde la infancia temprana hasta los 18 años de edad, los niños son vulnerables a variadas formas de violencia en sus hogares. Los agresores son diferentes de acuerdo con la edad y madurez de la víctima, y pueden ser los padres, padrastros, padres de acogida, hermanos y otros miembros de la familia y cuidadores.

La explotación de los niños menores de 18 años en la prostitución, la pornografía infantil y actividades similares constituyen formas de violencia10 Se calcula que 1 millón de niños se incorpora a estos sectores cada año.11

Muchos son coaccionados, secuestrados, vendidos y engañados para hacerles emprender estas actividades o son víctimas de la trata. Además de la violencia sexual intrínseca a la prostitución infantil, los chicos y chicas empleados en la prostitución y otros ámbitos relacionados con ella sufren violencia física y psicológica, además de desatención.

La pornografía es una industria, una cadena productiva que involucra a personas que lucran con ella, que trabajan directamente en ella y consumidores que pagan por ella y que obtienen a cambio una gratificación sexual. La pedofilia es la presencia de fantasías o conductas que implican actividad sexual entre un adulto y un niño. Las conductas de la pedofilia van del simple exhibicionismo hasta la penetración. El adulto suele ganarse la confianza y el cariño del niño para luego llevar a cabo sus objetivos. El abuso sexual de los menores puede acontecer dentro del cuadro familiar (incesto), en el ámbito comunitario (pederastia) o a nivel internacional (prostitución infantil).

La internet se ha convertido en el primer distribuidor de videos y fotos de pornografía infantil, en este problema los países que tiene más índice de pornografía son: Estados Unidos, Colombia, México y Venezuela.12

En las redes de la prostitución infantil, la agresión viene de la industria sexual organizada, que bajo pretexto de turismo, actúa sobre millares de criaturas del mundo de la miseria y del hambre, ante la pasividad complaciente de Estados y Gobiernos del mundo entero.

La internet también estimula la producción, distribución y uso de materiales en los que se muestran actos de violencia sexual contra niños. Se ha utilizado la Internet para pedir relaciones sexuales en línea o para “preparar” a niños, obtener su confianza para que acaben en una situación en la que pueden sufrir daños. También expone a los niños a materiales violentos o pornográficos, así como a hostigamiento e intimidación por parte de adultos y otros niños. En la actualidad un gran número de escolares han sido hostigados, intimidados o victimizados por correo electrónico, chats o teléfonos móviles, o alguien ha publicado información engañosa sobre ellos por Internet. El acceso a la Internet y su uso por parte de los niños es más difícil de controlar que su uso de los medios impresos, la televisión y las películas.

Ahora bien. En nuestro país, son decenas de ciudades donde cada vez es más frecuente la explotación sexual de menores:

• En Cancún al menos 30% de las sexoservidoras son niñas.

• En Acapulco, existen más de medio centenar de puntos donde se ejerce la prostitución infantil, son lugares ni siquiera alejados de los ojos de la ciudadanía y las autoridades, plazas, playas o centros comerciales.

• Guadalajara no es la excepción: la zona del mercado de San Juan de Dios, los alrededores del centro comercial Plaza del Sol, el Mercado de Abastos, el parque Morelos y la antigua central camionera son sitios donde de día y de noche se oferta los servicios sexuales de menores.13

• En 2010 se descubrieron 580 cuentas, en 2011 la cifra subió a más de tres mil; para 2012 ya eran siete mil y en 2013 superaban las 12 mil.

• En el 2014 se detectaron más de 12,300 cuentas de Internet que desde México distribuyen fotos y videos que exhiben a niños explotados sexualmente, de acuerdo a la Procuraduría General de la República (PGR).14

• Ésta última cifra colocó a México en el primer lugar mundial en difusión de pornografía infantil, afirma la Organización de Naciones Unidas15 así como el Departamento de Seguridad de Estados Unidos.

• La cantidad de cuentas que distribuyen materiales pornográficos ha ido en aumento desde 2010, fecha en la que la Fiscalía Especial para Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas comenzó con las indagaciones.

La noticia más reciente:

• El 10 de septiembre de 2015, Matthew David Graham, de 22 años de edad, fue arrestado en Melbourne por dirigir una red de sitios de pornografía infantil, que también ofrecían el “servicio” en diversas ciudades del mundo, incluyendo el Distrito Federal, Guadalajara, Monterrey y Morelia, en México. 16

• Actualmente México se ubica en el quinto lugar a nivel mundial en el delito de trata de personas, además de que el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef por sus siglas en inglés) y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) señalan que aproximadamente 16 mil niños son explotados sexualmente en el territorio nacional.

Ahora bien, en México la dependencia que se encarga de prevenir, investigar y perseguir las conductas ilícitas, consumadas por medios electrónicos, cibernéticos o tecnológicos es la Policía Federal-División Científica, y en específico la Coordinación para la Prevención de los Delitos Electrónicos. Que con base en el Artículo 21 Constitucional y 8 de la Ley de la Policía Federal, así como 15 y 27 del Reglamento de la Ley de la Policía Federal realiza entre sus actividades:

– Análisis y monitoreo de la red pública de internet.

– Participación en programas y acciones para la prevención de los delitos electrónicos.

Y atiende entre otros delitos el de pornografía infantil. Y realiza el monitoreo e investigación de la red pública de internet; hace difusión para la prevención de delitos electrónicos contra personas menores de edad.17 Aunque no se debe omitir mencionar que en materia de aplicación de la ley, dicha actividad se realiza a través de las autoridades judiciales.

Seguramente la dependencia a cargo hace todo lo posible, sin embargo no es suficiente, ya que diariamente se realizan más de 116 mil búsquedas en la web y al menos 80 mil niñas y niños son explotados.18

En el mundo la pornografía infantil es el tercer delito que mayores ganancias genera a grupos del crimen organizado, los cuales obtienen más de 30 mil millones de dólares al año, lo cual coloca a este ilícito como el tercero en ganancias, sólo por debajo del narcotráfico y el tráfico y la trata de personas.

El 26 de septiembre de 2013, la titular de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos reveló que la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas firmó un convenio que permitirá que la PGR intercambie información con autoridades de 48 países sobre pornografía y explotación sexual infantil.19

Y todas estas acciones están llenas de buenas intenciones. Empero, en México tenemos un problema real. Crudo para quienes en estos mismos momentos están padeciendo el infierno de ser explotados sexualmente, de vivir bajo el yugo de quienes los están abusando.

Es nuestro deber crear sistemas de denuncia y servicios accesibles, adecuados y eficientes para los niños. Establecer mecanismos seguros, bien publicitados, confidenciales y sobre todo accesibles para los menores, sus representantes y otras personas para denunciar la violencia contra los niños. Líneas telefónicas de ayuda mediante los cuales los niños puedan denunciar los abusos, hablar con un asesor capacitado de manera confidencial, pedir apoyo y asesoramiento, y se debemos considerar la posibilidad de crear otras maneras de denunciar los casos de violencia mediante nuevas tecnologías.

Tenemos la obligación de proteger a nuestros niños, no sólo con el discurso o con leyes y buenas intenciones que en la práctica no se respetan. Permiten que sigan creciendo las cifras. Pero aún más allá de las cifras, estamos permitiendo que nuestros menores sean abusados. Ello nos convierte en participes y cómplices al no generar lo necesario y fundamental para su protección.

Por todo lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero . La Cámara de Diputados acuerda de conformidad la creación de una comisión especial que atienda los asuntos relacionados con la pornografía infantil en México.

Segundo . La comisión especial creada por el presente acuerdo tendrá el objeto de su denominación, ejerciendo sus atribuciones y facultades en la forma más amplia que en derecho proceda, y su duración será por toda la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Tercero. La comisión especial que por el presente Acuerdo se crea se integrará por los diputados y diputadas pertenecientes a todos los grupos con base en el criterio de proporcionalidad e inclusión, entre la integración del pleno y su conformación. Los recursos técnicos y financieros para el funcionamiento de ésta comisión especial deberán ser aprobados por la Junta de Coordinación Política.

Cuarto. Para cumplir su objeto, de manera enunciativa y no limitativa, la comisión especial podrá requerir y allegarse la información que estime pertinente. Así como reunirse con autoridades competentes de cualquier orden de gobierno u organismos descentralizados, órganos autónomos y cualquier ente público. Así como llevar a cabo cualquier otra acción concerniente a su objeto y en el ámbito de su competencia.

Quinto. En el ejercicio de sus atribuciones, la comisión especial respetará en todo tiempo el principio de máxima publicidad de la información en posesión de cualquier autoridad, poder o ente público, en consecuencia, publicará, periódicamente y en tiempo real, la información atinente.

Notas

1 http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CRC.aspx
2 http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CCPR.aspx
3 http://www.unicef.org/panama/spanish/MujeresCo_web.pdf
4 http://www.pgjdf.gob.mx/temas/4-6-1/fuentes/11-A-2.pdf
5 http://www.pgjdf.gob.mx/temas/4-6-1/fuentes/4-A-9.pdf
6 http://www.unicef.org/spanish/crc/index_protocols.html

7 http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/Programas/Discapaci dad/Conv_DNi%C3%B1o.pdf

8 http://www.who.int/mediacentre/news/releases/2006/pr57/es/

9 Un futuro sin trabajo infantil: Informe global (Ginebra, Oficina Internacional del Trabajo, 2002.

10 Para una definición completa de la explotación sexual de los niños con fines comerciales, véase la Declaración del Congreso Mundial contra la Explotación Sexual comercial de los Niños, Estocolmo, junio de 1996. Para verlo en línea: http://www.esecworldcongress.org/sp/index.htm

11 Aprovecharse del abuso: una investigación sobre la explotación sexual de nuestros niños y niñas (Nueva York, UNICEF, 2001.)

12http://www.iaba.org/site/index.php?option=com_content&view=article&id=313%3Apornografia-infantil&catid=23%3Aprogr amas-sociales&Itemid=166&lang=es

13 http://www.lajornadajalisco.com.mx/2013/09/27/prostitucion-y-pornografi a-infantil-en-mexico/

14 http://www.pgr.gob.mx/Fiscalias/fevimtra/Paginas/default.aspx
15 http://www.onu.org.mx/inicio_ONU_Mexico.html

16 http://www.theage.com.au/victoria/how-matthew-david-grahams-hurtcore-pa edophile-habit-began-on-the-dark-web-20150908-gjhz43.html

17 Aunque considero que es poca la difusión, ya que muy pocos ciudadanos conocen de ésta misma.

18 http://www.jornada.unam.mx/2013/09/26/sociedad/035n1soc
19 http://www.jornada.unam.mx/2013/09/26/sociedad/035n1soc

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputada María Concepción Valdés Ramírez (rubrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a diversas autoridades a adoptar políticas sustentables que generen crecimiento del país sin afectar sus recursos naturales, y a investigar la posible comisión de delitos en el deterioro o destrucción del ambiente en el malecón Tajamar, a cargo de la diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, del Grupo Parlamentario de Morena

Diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez, integrante de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno proposición con puntos de acuerdo, de urgente u obvia resolución, al tenor de los siguientes

Antecedentes y consideraciones

Los humedales costeros, en particular los manglares, brindan gran variedad de servicios ambientales: son zonas de alimentación, refugio y crecimiento de crustáceos y alevines jóvenes, por lo que sostienen gran parte de la producción pesquera, son utilizados como combustible (leña), poseen un alto valor estético y recreativo, actúan como sistemas naturales de control de inundaciones y como barreras contra huracanes e intrusión salina, controlan la erosión y protegen las costas, mejoran la calidad del agua al funcionar como filtro biológico, contribuyen en el mantenimiento de procesos naturales tales como respuestas a cambios en el nivel del mar, mantienen procesos de sedimentación y sirven de refugio de flora y fauna silvestre, entre otros.

Pese a la importancia de los manglares, su extensión a nivel global se ha reducido notablemente. Se estima que en las últimas dos décadas se ha perdido aproximadamente 35 por ciento de los manglares del mundo. En el país, los manglares han sido afectados principalmente por la tala o remoción que se ha llevado a cabo para abrir paso a las actividades agrícolas, ganaderas, acuícolas y turísticas.

En fechas recientes, el tema del manglar Tajamar, en Quintana Roo, ha sido uno de los más retomados por los medios de comunicación. Así pues, la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) publicó un video en el cual afirma que la extensión de los manglares en México representa el 5 por ciento del total en el mundo, además que el país ocupa el cuarto lugar entre las naciones que poseen este ecosistema.1

La pérdida de un manglar no es ni debe ser cosa menor, se trata de un espacio que describe nuestras costas mexicanas, pues como se mencionó México es uno de los países con mayores extensiones de manglar.

Sin embargo, el Fonatur ya ha allanado casi la mitad del humedal, casi 60 hectáreas para arrasar, se trata de un proyecto pensado desde inicios de 2000, pero en 2006 la Secretaría de Medio Ambiente dio los permisos inmobiliarios al Fonatur (Fondo Nacional de Fomento al Turismo) para construir en el manglar.

Para obtener la autorización de impacto ambiental, expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), que permitió el desarrollo del proyecto Malecón Tajamar, en Cancún, el Fonatur presentó información falsa, al omitir la existencia de manglares en la zona por desarrollar, de acuerdo con el análisis jurídico del caso, hecho por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda).

La agrupación interpuso un amparo el 31 de julio pasado contra la autorización condicionada que la Semarnat emitió el 28 de julio de 2005, a favor del Fonatur.

El Cemda ubicó que dicho permiso ambiental presenta vicios de origen que dieron pie a la expedición de permisos posteriores, igualmente ilegales, en detrimento de los manglares y de la fauna ahí existente.

Al demostrarse la existencia de un humedal costero, se debe aplicar la Norma Oficial Mexicana 022, que se refiere a la preservación, conservación, aprovechamiento sustentable y restauración de los humedales costeros en zona de manglar. También el artículo 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre que prohíbe la remoción, relleno, trasplante, poda o cualquier obra o actividad que afecte la integridad del manglar y del ecosistema y su zona de influencia.

El Fonatur argumenta que dicho marco jurídico no es aplicable al proyecto, pues fue autorizado antes que entraran en vigor el artículo 60 (2007) y la norma oficial mexicana 059 (2011), que aumenta la protección del manglar.2

Los vecinos y las organizaciones ecologistas de Cancún, apoyadas por la organización internacional Greenpeace, se han movilizado desde que comenzaron las obras en agosto del año pasado para impedir que se perdiera ese espacio natural, sin embargo ha sido una denuncia interpuesta en un juzgado local la que ha logrado detener el proyecto, especialmente el relleno, que implicaría la destrucción de la zona de humedal.

No obstante las obras comenzaron y han causado la indignación de los vecinos y de la sociedad en general en el país. Tajamar es de las pocas áreas que quedan todavía en Cancún sin construir, donde los vecinos más humildes de la ciudad acuden con sus familias a pasar el fin de semana.

Se han observado algunas especies en peligro de extinción como el cocodrilo moreletti o especies nativas protegidas como el cangrejo azul donde no se ha llevado a cabo las labores correspondientes de reubicación de estos animales ni de la flora existente. Afirma el Instituto de Ecología de la UNAM que después de lo que se ha hecho, el manglar tardará en regenerarse de 20 a 30 años.

La secretaría destaca en su comunicado que durante las obras no se registró la “evidencia de ejemplares de fauna silvestre”. Sin embargo, las fotos de los vecinos que se han multiplicado en las redes sociales parecen contradecir la versión del organismo. Las obras en el manglar de Tajamar han sido suspendidas por una denuncia particular en un juzgado estatal. Pero la empresa seguirá teniendo los permisos para trabajar sobre esas tierras hasta el 8 de febrero de 2016.3

No obstante que el 20 de enero de 2016 el Juzgado Segundo de Distrito reconoció que se debe conceder la suspensión “en virtud de la naturaleza del acto reclamado [el desmonte y relleno del manglar], estando en juego derechos de las personas en lo individual así como de una colectividad”.

En el malecón Tajamar hay especies en peligro de extinción, las cuales como se mencionó están incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059 de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), entre ellas hay aves migratorias, cangrejo azul, rana leopardo, iguana rayada, cocodrilo moreletti, garza tigre, pelícano café, entre otras, añadió el ambientalista.

Además, las cerca de 60 hectáreas estaban compuestas por diversas especies de mangle (rojo, blanco, negro y botoncillo), así como por palma nakax y palma chit, las que se encuentran amenazadas.4 El manglar provee al ser humano de gran cantidad de beneficios también llamados servicios ecosistémicos, albergan una gran cantidad de especies que se utilizan para el comercio pesquero, es utilizado como una fuente de energía al servir de leña y además forma una barrera natural contra las inundaciones, por lo que actúa como un muro contra huracanes. También impide la erosión de las zonas costeras, actúa como un filtro natural manteniendo la calidad del agua y es refugio para una gran cantidad de flora y fauna.

No obstante que el Juzgado Segundo de Distrito con sede en Cancún concedió una suspensión definitiva el 2 de febrero de 2016, respecto de las obras de chapeo, desmonte y relleno en el malecón Tajamar, Cancún, en la demanda que fue interpuesta por 113 niños que solicitaron el amparo de la justicia por su derecho a un medio ambiente sano, hecho que no puede pasar inadvertido para los ciudadanos diputados de la LXIII Legislatura, quienes tenemos que velar por los intereses del futuro del país y de su biodiversidad en conjunto, el estado por mandato constitucional tiene la obligación de garantizar un medio ambiente sano para el desarrollo de los mexicanos, de conformidad con el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Artículo 4o. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

...

...

...

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto en la ley...

Y más aún, el Estado debe garantizar el estado de derecho, por lo que el daño y deterioro ambiental provocado en el Malecón Tajamar generó responsabilidad para quien lo provoca, en términos del propio artículo 4o. de la Carta Magna, por lo cual los integrantes del Grupo Parlamentario de Morena condenamos rotundamente el ecocidio, esto es, el deterioro o destrucción del ambiente en el malecón Tajamar, justificándolo en la construcción de un complejo turístico.

Actualmente, decenas de corporaciones mineras, hidráulicas, turísticas, carreteras, energéticas, bancarias, biotecnológicas, financieras, inmobiliarias, están haciendo añicos los recursos naturales de la nación, es increíble que por un lado escuchan los comerciales del gobierno federal, señalando que el cambio climático está afectando al mundo y a nuestro país y por el otro permita a través de sus diferentes instancias como el Fonatur y la Semarnat que actúen en complicidad con los particulares permitiendo se destruyan nuestros recursos naturales.

En razón de lo anterior, se debe exhortar al presidente de la Republica para que su gobierno adopte políticas públicas sustentables que generen el crecimiento del país, sin afectar sus recursos naturales, al Fondo Nacional de Fomento al Turismo, a la Secretaría de Medio Ambiente y al gobierno de Quintana Roo, a que en el ámbito de sus facultades den cumplimiento a lo establecido en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, garantizando un medio ambiente sano para los quintanarroenses, absteniéndose de participar en el deterioro o destrucción de los manglares situados en esa entidad, y a la Procuraduría General de la República para que a través de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales, adscrita a la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales, en el ámbito de su competencia investiguen sobre la posible comisión de uno varios delitos cometidos en el deterioro o destrucción del ambiente en el malecón Tajamar, en contra de los quintanarroenses y de la sociedad en general.

Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al presidente de la República para que su gobierno adopte políticas públicas sustentables que generen el crecimiento del país, sin afectar los recursos naturales del mismo.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al Fondo Nacional de Fomento al Turismo, a la Secretaría de Medio Ambiente y al gobierno de Quintana Roo a que en el ámbito de sus facultades den cumplimiento a lo establecido en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, garantizando un ambiente sano para los quintanarroenses y para la sociedad en general, absteniéndose de participar en el deterioro o destrucción del ambiente en esa entidad.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de la República para que a través de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales, adscrita a la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales, en el ámbito de su competencia, investigue sobre la posible comisión de uno varios delitos cometidos en el deterioro o destrucción de los manglares situados en el malecón Tajamar, en contra de los quintanarroenses y de la sociedad en general.

Notas

1 http://www.sexenio.com.mx/articulo.php?id=71265
2 El Universal, 5 de agosto de 2015.

3 El País, 21 de enero de 2016.
4 http://www.sinembargo.mx/20-01-2016/1602512

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputada Blanca Margarita Cuata Domínguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Ssa a realizar un protocolo de investigación sobre la mutilación genital femenina en México para establecer políticas tendentes a proteger la salud y los derechos reproductivos de las mujeres, a cargo de la diputada Mirza Flores Gómez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La mutilación genital femenina (MGF) o ablación comprende todos los procedimientos consistentes en la resección parcial o total de los genitales externos femeninos, así como otras lesiones de los órganos genitales femeninos por motivos no médicos.

Estos procedimientos no aportan ningún beneficio a la salud de las mujeres y niñas. Pueden producir hemorragias graves y problemas urinarios, y más tarde pueden causar quistes, infecciones, infertilidad, complicaciones del parto y aumento del riesgo de muerte del recién nacido.

En la mayor parte de los casos, la mutilación genital femenina es realizada por circuncisores tradicionales que suelen tener otras funciones importantes en sus comunidades, tales como la asistencia al parto. No obstante, más del 18% de las Mutilaciones Genitales Femeninas son practicadas por dispensadores de atención de salud, y esta tendencia va en aumento.

Más de 140 millones de mujeres y niñas vivas actualmente han sido objeto de la mutilación genital femenina en los 29 países de África y Oriente Medio donde se concentra esta práctica, sin embargo la mutilación genital femenina también existe en España y Estados Unidos, debido a la cantidad de inmigrantes de países en los que la ablación forma parte de su cultura.

Las causas de la mutilación genital femenina consisten en una mezcla de factores culturales, religiosos y sociales existentes en familias y comunidades; cuando es una convención social, la práctica tiende a perpetuarse por la presión social a adaptarse a lo que hacen los demás y a lo que se ha venido haciendo tradicionalmente, en algunas comunidades, se considera a menudo parte necesaria de la buena crianza de la niña y una forma de prepararla para la vida adulta y el matrimonio.

Otro argumento que permite perpetuar estos actos inhumanos y de tortura contra la mujer es el religioso. Aunque no hay escritos que prescriban la práctica, tristemente quienes la llevan a cabo suelen creer que tiene un respaldo religioso.

Sin embargo, estos argumentos y cualquier otro carecen de sustentabilidad en el siglo XXI.

Esta práctica es a todas luces violatoria de los derechos humanos porque refleja una desigualdad entre los sexos muy arraigada, y constituye una forma extrema de discriminación de la mujer. Es practicada casi siempre en menores y constituye una violación de los derechos del niño. Asimismo, viola los derechos a la salud, la seguridad y la integridad física, el derecho a no ser sometido a torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes, y el derecho a la vida en los casos en que el procedimiento acaba produciendo la muerte.

El 20 de diciembre de 2012, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Resolución A/RES/67/146, en la cual exhorta a los Estados, al sistema de la ONU, a la sociedad civil y a todas las partes implicadas a seguir observando el 6 de febrero como el Día Internacional de la Tolerancia Cero contra la Mutilación Genital Femenina, y a aprovechar la ocasión para mejorar las campañas de sensibilización y tomar medidas concretas contra la mutilación genital femenina.

Por lo tanto se requiere continuar con los trabajos de concientización de las causas y consecuencias de esta práctica, así como la atención a todas aquellas mujeres que han sufrido y sufren las consecuencias de la mutilación genital femenina, y finalmente y no menos importante la concientización del personal médico, que aunque la práctica de la ablación no puede justificarse en razones médicas, en muchos países se ejecuta por profesionales de la medicina cada vez de forma más asidua.

Si bien es cierto, en México no existe ningún caso registrado de mutilación genital femenina, debemos tomar en consideración que nuestro país, como nación multicultural está integrado por diferentes grupos étnicos. El fenómeno de la migración hacia México va en aumento, hoy en día compartimos usos y costumbres con poblaciones de diferentes países, por ello es necesario que el Estado Mexicano debe velar por los derechos humanos de aquellas mujeres que llegan a nuestro país y que en su país de origen se llevan a cabo prácticas de mutilación Genital Femenina con el objetivo de que en nuestro territorio se encuentren a salvo de ésta práctica tan aberrante y de barbarie humana.

En México como en el occidente se lleva a cabo esta práctica con fines estéticos, conocidos como “rejuvenecimiento vaginal” o “vaginoplastía” en los procedimientos de cirugía plástica moderna.

En México es un campo emergente, pero en Estados Unidos, Londres y España, las operaciones para mejorar la apariencia de los genitales femeninos a través de aumentar o disminuir los labios vaginales, hacer una liposucción en el monte de Venus e incluso reconstruir el himen, son técnicas cada vez más demandadas.

La cirugía estética vaginal es una práctica criticada por diversas publicaciones especializadas. Apuntan que las cirugías conllevan riesgos y no se ha llevado a cabo investigación suficiente en este campo; que los medios de comunicación, el consumismo y la sociedad explotan las inseguridades de las mujeres y las estimulan a someterse a operaciones innecesarias.

Durante la VII Conferencia Científica Internacional del Colegio Real de Obstetras y Ginecólogos que se celebró en Montreal, Canadá, especialistas de Londres advirtieron que la cirugía estética, en cualquiera de sus tipos, puede provocar serias consecuencias.

Señalaron que la labioplastia puede dañar las fibras nerviosas en lugares muy sensibles de los órganos de la mujer y en casos extremos podrían presentar desgarros y hemorragias durante un parto.

Durante la conferencia se difundió que existe muy poca evidencia que confirme la seguridad o efectividad de estos procedimientos. Mientras que algunos estudios de casos arrojaron que los procedimientos tienen resultados estéticos positivos, no ha sido comprobado el que también mejoren los sentimientos negativos de la mujer y su funcionamiento sexual.

En México no existen más de 100 cirujanos con la formación en este campo, destacó el especialista de Culiacán, Lelevier Rico. Gran parte de las cirugías estéticas en la vagina se realizan en el sector médico privado, por lo que, “es difícil saber cuántos procedimientos se llevan a cabo”.

Pero como ha ido sucediendo desde 1984, fecha en que se registró el primer reporte con fines estéticos, este tipo de cirugías tendrá cada vez mayor demanda.

Por lo anteriormente expuesto, propongo ante esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Para exhortar respetuosamente a la titular de la Secretaría de Salud, doctora Mercedes Juan Sosa, para que

Primero : Realice un protocolo de investigación sobre la mutilación genital femenina en México.

Segundo: Realice una investigación de cuántas cirugías de rejuvenecimiento vaginal o vaginoplastía se realizan en México desde 2012 al 2016 y haga pública la información.

Tercero: De a conocer qué cirujanos plásticos cuentan con alguna certificación para realizar este tipo de procedimientos estéticos en México.

Cuarto: emita los lineamientos necesarios dirigidos a los médicos especialistas en practicar los procedimientos estéticos conocidos como “rejuvenecimiento vaginal”, con la finalidad de salvaguardar los derechos a la salud, la seguridad y la integridad física, el derecho a no ser sometido a torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes, y el derecho a la vida en los casos en que el procedimiento acaba produciendo la muerte de las mujeres que se someten a este procedimiento.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 9 días del mes de febrero de 2016.

Diputada Mirza Flores Gómez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Nuevo León a difundir el estado de la infraestructura educativa local, a cargo del diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federal Waldo Fernández González, integrante de la LXIII Legislatura, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, del Reglamento de esta Cámara de Diputados, someto a su consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En septiembre del año de 2015, el Gobierno Federal anunció el Programa de Certificados de Infraestructura Educativa, instrumento mediante el cual se pretende realizar una inversión de 50 mil millones de pesos, con el objeto de mejorar las condiciones físicas de las escuelas públicas del país, se estima que con dicho programa se beneficien aproximadamente a 30 mil escuelas en todo el territorio nacional.

No escapa a los ojos de nadie, la deteriorada infraestructura educativa que hay en el país, sabemos que en algunas comunidades ni siquiera existen aulas y se tiene que brindar la enseñanza en condiciones verdaderamente deplorables, lo que sin duda, complica significativamente tener una instrucción de calidad y que los educandos obtengan los resultados deseados para su desarrollo personal y que por supuesto impacta en el de su comunidad.

La educación, compañeros legisladores, debe ser vista como el principal detonante de desarrollo; pero si esta no es de calidad y no se garantiza en términos de lo que consagra el artículo 3º de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todo lo que este precepto dispone es letra muerta, de ahí la importancia de que en realidad se garantice que todas las escuelas del país cuenten con los mínimos requerimientos de infraestructura para poder impartir la educación que los mexicanos nos merecemos, si no se realiza esto, cualquier esfuerzo aislado será inútil.

El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), señala que la infraestructura escolar influye directamente en la calidad de la educación, en la Evaluación de las Condiciones Básicas para la Enseñanza y el Aprendizaje (ECEA) realizada por este organismo se destaca que en nuestro país son pocas las escuelas cuentan con todos los espacios físicos de apoyo a la enseñanza. Dicha Evaluación es diseñada y desarrollada por el INEE con el objetivo de conocer la medida en que las escuelas de educación obligatoria del país cuentan con condiciones básicas para su operación y funcionamiento, tales como infraestructura, mobiliario, materiales de apoyo educativo, convivencia y organización escolar.1

De acuerdo al INEE, “las condiciones básicas” son las características con que deben contar las escuelas para asegurar que todos los niños, niñas y adolescentes puedan ejercer su derecho a la educación.2

Algunos de los resultados de la ECEA respecto de las condiciones sobre infraestructura para el bienestar y aprendizaje de los estudiantes, señalan que a nivel nacional, ocho de cada diez escuelas cuentan con tazas sanitarias; sin embargo, esta condición se observa sólo en 45% de las primarias comunitarias y en 56% de las indígenas multigrado; el 43% de las escuelas carece de espacios adicionales a las aulas para el desarrollo de actividades académicas. Esta proporción aumenta en las escuelas indígenas, llegando a casi 69% en el caso de las no multigrado, el 57% de las primarias generales de tipo multigrado tampoco cuentan con espacios adicionales.3 Los resultados arrojados por la ECEA, señalan que poco más de una cuarta parte de las escuelas a nivel nacional presenta 5 o más riesgos para los estudiantes, estos riesgos están relacionados con la falta de mantenimiento a los inmuebles escolares.4

Para el caso que nos ocupa, es necesario aludir a algunas cifras relativas a la materia en el estado de Nuevo León, para tal efecto el INEE en el Panorama Educativo de México, destaca que en la entidad se reportaron en los años 2012-2013, 2868 escuelas a nivel preescolar; 2836 primarias; 1009 secundarias y 504 de nivel medio superior.5

De acuerdo con información del INEGI en la Perspectiva Estadística de Nuevo León de diciembre de 2012, en la entidad la población de 5 a 14 años que asisten a la escuela es de 95.6%; la población de 15 años y más con educación postprimaria es de 74.6%; y hay 18.8 alumnos por maestro.6

Estas cifras resultan relevantes para conocer el panorama educativo del Estado de Nuevo León, cabe mencionar lo que se dice respecto a la infraestructura educativa en el libro estatal, publicado por la Secretaría de Educación Pública Federal, que contiene datos al año 2010, por lo que resulta menester que por medio de la Secretaria de Educación del Estado, se actualicen estas cifras a fin de poder contar con información que nos permita detectar cuales son las necesidades primordiales a mejorar, y que coadyuven a eficientar la impartición de educación; en este libro estatal se destaca que para mantener los niveles de cobertura y seguir ampliando los servicios de educación básica, es necesario continuar con la construcción, mejora y rehabilitación de edificios escolares, en las que se detecta que resulta necesario la construcción de 1084 espacios educativos, entre aulas, laboratorios, talleres de computación y de electrónica y anexos, ya que el crecimiento demográfico de la entidad demanda la ampliación de la infraestructura educativa.7

Como ya se mencionó en las presentes consideraciones, una condición ineludible para garantizar la calidad de la educación es contar con la infraestructura y equipamiento suficientes en condiciones óptimas para que los educandos puedan en realidad tener acceso a una educación eficaz que les permita potencializar su desarrollo.

Información de este libro estatal, dispone que en 306 escuelas de educación básica están instaladas 125 aulas móviles y 252 aulas semifijas, estas aulas son una respuesta inmediata a las necesidades de expansión, no obstante no proporcionan las condiciones adecuadas para el aprendizaje y por tanto, se requiere una inversión de alrededor de 350 millones de pesos.8

Estas cifras de 2010, nos muestran una realidad que no se puede ocultar, en Nuevo León se necesita invertir en infraestructura educativa, el 23% de las escuelas de educación básica tiene necesidades de inversión para hacer frente a labores de rehabilitación y mantenimiento, en instalaciones sanitarias, eléctricas, de impermeabilización.9

En diversos recorridos realizados por algunos planteles educativos de la entidad, se ha constatado la precariedad de las instalaciones lo que es evidente que constituye una barrera para poder brindar a los alumnos una educación de calidad como lo mandata nuestra Ley Fundamental en el artículo 3o.

Por lo anteriormente expuesto se pone a consideración de esta H. Asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta al gobierno del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, para que haga del conocimiento público, la información sobre el estado que guarda la infraestructura educativa en dicha entidad federativa.

Notas

1 Información disponible en: http://www.inee.edu.mx/images/stories/2015/ecea2015/Primer-reporte-dici embre2015.pdf

2 Ídem.

3 Primer Reporte ECEA, diciembre de 2015. Información disponible en:
http://www.inee.edu.mx/images/stories/2015/ecea2015/Prim er-reporte-diciembre2015.pdf

4 Ídem.

5 Información disponible en:
http://www.inee.edu.mx/index.php/component/content/artic le?id=1778:convenio-nuevo-leon

6 Inegi, información disponible en:
http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvi negi/productos/integracion/estd_perspect/nl/Pers-nl.pdf

7 Información disponible en:
http://basica.sep.gob.mx/seb2010/pdf/libroestatal/NuevoL eon.pdf

8 Ídem.
9 Ídem.

Palacio legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputado Waldo Fernández González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Justicia de esta soberanía a dictaminar las iniciativas de Ley para prevenir, investigar y sancionar el Delito de Desaparición Forzada de Personas presentadas, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena

Juan Romero Tenorio, en mi calidad de Diputado Federales de la LXIII Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de loes Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración del pleno proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución por la que se exhorta respetuosamente a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados para que en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo segundo transitorio de la reforma constitucional al artículo 73, fracción XXI, publicada el 10 de junio de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, se discutan y dictaminen las iniciativas de Ley para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Desaparición Forzada de Personas que han sido previamente presentadas ante esta Cámara de Diputados, bajo las siguientes:

Consideraciones

Primera. Que el pasado 29 de abril de 2015 fue aprobada por el pleno del Senado de la República, modificación al artículo 73, fracción XXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de otorgar facultades al Congreso para expedir leyes generales en materia de desaparición forzada, tortura, y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Segunda. Que esta reforma fue turnada de inmediato a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y fue aprobada por esta Cámara el jueves 30 de abril de 2015 y turnada a las legislaturas de los estados para completar el proceso de aprobación del Constituyente Permanente.

Tercera. Que esta reforma fue publicada el miércoles 10 de junio de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, la cual establece en el artículo segundo transitorio que:

Segundo. El Congreso de la Unión deberá expedir la legislación en las materias que se adicionan por virtud del presente decreto al artículo 73, fracción XXI, inciso a), dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del mismo.

La legislación a que se refiere el presente transitorio deberá regular el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

En este sentido, y considerando que dicho plazo venció el 10 de enero de 2016, es preocupante que el Congreso de la Unión en esta LXIII Legislatura incumpla con el mandato de la reforma Constitucional para legislar en materia de Desaparición Forzada de Personas. Es una deuda que el Estado nacional tiene con todas las víctimas y las familias de quienes han padecido este flagelo.

Es decir, el mandato constitucional establecido en ese transitorio se ha cumplido, sin embargo a pesar de ello ninguna de las Cámaras ha dictaminado las diversas iniciativas que de manera formal se encuentran presentadas ante ellas

Cuarto. Que en mi carácter de diputado federal perteneciente al Grupo Parlamentario de Morena de la LXIII Legislatura, con fecha 29 de septiembre de 2015, presenté ante pleno de este honorable Congreso, un proyecto de decreto que expide la Ley para prevenir, investigar y sancionar el Delito de Desaparición Forzada de Personas.

En dicha iniciativa de Ley para prevenir, investigar y sancionar el Delito de Desaparición Forzada de Personas tiene como objetivo:

Prevenir la desaparición forzada de personas; tipificar el delito de desaparición forzada de personas y desaparición de personas por particulares; sancionar a las o los autores, cómplices y encubridores del delito de desaparición forzada de personas, así como la tentativa e incitación a la comisión del mismo; inhibir la práctica de la desaparición forzada de personas, estableciendo su sanción bajo cualquier circunstancia, incluyendo situaciones de posible emergencia, peligro, disturbio público, catástrofe natural o cualquiera otra; establecer directrices para la creación de protocolos de búsqueda inmediata de personas desaparecidas y protocolos de investigación del delito; realizar acciones encaminadas al descubrimiento de la verdad ocurrida con las personas desaparecidas, así como la pronta localización de su paradero; definir criterios generales para la creación de bancos de datos genéticos y de cadáveres no identificados; y establecer las bases para conformar políticas públicas en materia de desaparición forzada.

Misma que fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis, discusión y dictamen el mismo día y año.

Quinto. Que con fecha 9 de diciembre de 2015 fue se presentó iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para prevenir, investigar y sancionar el Delito de Desaparición Forzada de Personas por parte de los diputados Jerónimo Alejandro Ojeda Anguiano y Jesús Zambrano Grijalva del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la cual fue turnada igualmente, para su estudio a la Comisión de Justicia de la honorable Cámara de Diputados.

Sexto. Que el artículo 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, que a la letra contempla:

Artículo 182.

1. Todo asunto turnado a comisión deberá ser resuelto por esta, dentro de un término máximo de cuarenta y cinco días, a partir de la recepción formal del asunto, con las salvedades que este Reglamento y la Constitución establecen.

Séptimo. El tema de desaparición forzada de personas ha cobrado especial importancia en nuestro país dada la enorme cantidad de personas desparecidas según datos oficiales. Es urgente contar con una legislación que contemple la desaparición forzada de personas como un delito de lesa humanidad considerándolo como una grave ofensa.

De acuerdo con datos oficiales son aproximadamente 25 mil 821 personas víctimas de desaparición forzada , cifra que denota la grave crisis humanitaria por la que atraviesa el país, lo que obliga a la exigencia de verdad, memoria, justicia y reparación integral para los miles de casos que existen dada la situación que azota a nuestro país.

Por ello, hacemos énfasis en las obligaciones que tiene el Estado mexicano, en regular el delito de desaparición forzada; Como antecedentes de ello expongo lo siguiente:

La ratificación de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (18/3/2008), y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (9/4/2002).

Que el 23 de noviembre de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió el caso Radilla Pacheco contra los Estados Unidos Mexicanos en el que se estudian aspectos relacionados con la prohibición de la desaparición forzada de personas en México. Caso que a la fecha no se ha dado cumplimiento a ninguno de los puntos recomendatorios por parte del Estado mexicano.

Que el 4 de mayo de 2012, se suscribió una solución amistosa con el Estado mexicano, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en la que se reconoció la responsabilidad internacional del Estado mexicano, por la desaparición forzada de Jesús Ángel Gutiérrez Olvera. En dicho acuerdo se establece como garantía de no repetición de los hechos, la adecuación del marco normativo nacional a los estándares internacionales.

Que el 7 de abril de 2010, el Comité de Derechos Humanos en su observación final 12, recomendó al Estado mexicano, enmendar legislación penal a fin de armonizarla con los estándares internacionales en materia de derechos humanos.

Que del 18 al 31 de marzo de 2011, el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias visitó al Estado mexicano y a finales de ese año, emitió un informe con una serie de recomendaciones generales, así como recomendaciones específicas en torno a seis aspectos: el marco legislativo; medidas preventivas y de seguridad; el derecho a la justicia y a la protección judicial; el derecho a la verdad; el derecho a la reparación del daño; y grupos en situación de particular vulnerabilidad.

Durante la audiencia del Comité de Desaparición Forzadas de la Organización de las Naciones Unidas, realizada en Ginebra, Suiza, en el mes de febrero del presente año, se calificó como un “reto inmediato la aprobación de la ley”. Por ello, es el Estado mexicano quien debe intensificar sus esfuerzos para asegurar que todos los casos de desaparición forzada sean investigados sin demora y los presuntos autores enjuiciados, de ser declarados culpables, sean sancionados de acuerdo con la gravedad de sus actos.

Aunado a lo anterior, el gobierno federal prometió a la sociedad mexicana que a más tardar en junio de 2015, quedaría aprobada una ley en materia de desaparición forzada, promesa que como otras, no se cumplió.

Por tanto y con fundamento en lo expresado, así como en las disposiciones invocadas en el proemio se propone, como de urgente u obvia resolución, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados para que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo segundo transitorio de la reforma constitucional al artículo 73, fracción XXI, publicada el 10 de junio de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, se discutan y dictaminen las iniciativas de Ley para prevenir, investigar y sancionar el Delito de Desaparición Forzada de Personas que han sido previamente presentadas ante la Cámara de Diputados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputado Juan Romero Tenorio (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a incluir los elementos y las consideraciones referidos por los integrantes de las Comisiones de Asuntos de las Fronteras Norte y Sur respecto a la integración y operación del Fondo para Fronteras aprobado en el PEF de 2016, a cargo del diputado Leonardo Amador Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2 fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

El pasado 13 de noviembre de 2015, fue aprobado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, por la honorable Cámara de Diputados, un artículo noveno transitorio, denominado Fondo para Fronteras.

El Anexo 20 del decreto, se incluye la cantidad de $1,600,000,000.00, para la constitución del Fondo para Fronteras, el cual tiene por objeto el otorgamiento de subsidios que se destinarán a coadyuvar a abatir la pobreza, a través de una estrategia de inclusión y bienestar social, así como a contribuir al desarrollo económico a través del otorgamiento de apoyos a proyectos que fomenten la creación, consolidación y competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, en las entidades federativas en cuyo territorio se encuentren las líneas divisorias internacionales del norte y sur del país.

Dichos recursos se encuentran aprobados en el Ramo General 23, Provisiones Salariales y Económicas, los cuales serán transferidos y ejercidos por las Secretarías de Desarrollo Social y de Economía. La distribución por entidad federativa será convenida por las dependencias antes referidas.

Cabe destacar que los ciudadanos de la Frontera Norte, requieren con urgencia los recursos para abatir el rezago económico, acentuando la problemática que significa en los Estados Unidos de América, por lo que es importante, que antes de que sean publicadas las reglas de operación de dicho Fondo en el Diario Oficial de la Federación.

Las Comisiones de Asuntos de la Frontera Norte y Asuntos de la Frontera Sur, han solicitado una reunión con las dependencias federales involucradas, con la finalidad de contribuir en la elaboración de los lineamientos para que los recursos lleguen directamente a la población más necesitada de los estados fronterizos y con ello, garantizar mayor competitividad, desarrollo en la economía integral, abatir la pobreza y la desigualdad en la zona.

La distribución por entidad federativa será convenida por las dependencias antes referidas, y para dar cumplimiento, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) deberá publicar dentro del primer trimestre del ejercicio fiscal los lineamientos para su ejercicio.

Los diputados integrantes de la Comisión de Asuntos de la Frontera Norte, a través de su presidencia, hemos solicitado reiteradamente, audiencia con la SHCP, con la finalidad de establecer y ampliar los criterios que permitan a todos los sectores involucrados participar de manera objetiva en la elaboración de las reglas de operación, mismas que deberán ser flexibles, y cuya característica principal sea la extinción de candados para ejercer los recursos.

Es importante hacer valer el consenso de los grupos parlamentarios que conforman la LXIII Legislatura y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuando se acordó la constitución del fondo.

Éste servirá de base para inyectar recursos a las Fronteras norte y sur del país, el cual tiene la finalidad de generar competitividad, elevar la productividad, sostener el empleo formal, combatir el hambre, la desigualdad y propiciar desarrollo integral en la frontera, en donde los estados y municipios puedan ejercer los recursos directamente, tomando siempre en consideración la problemática de cada región.

Queremos señalar que los recursos asignados no son suficientes para atender la problemática que enfrentan los estados fronterizos, pero representa un avance en términos de federalismo y de atención a los retos que tienen las ciudades fronterizas.

Los recursos por tanto, estarán destinados a impulsar a las pequeñas y medianas empresas a programas sociales, programas culturales, empleo y alimentación, prioritarios.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta al secretario de Hacienda y Crédito Público a incluir elementos y consideraciones hechas por los diputados de las Comisiones de Asuntos de la Frontera Norte y Asuntos de la Frontera Sur, que contribuyan al mejor análisis y aplicación de las Reglas de Operación del Fondo para Fronteras.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero 2016.

Diputado Leonardo Amador Rodríguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CDH de la Ciudad de México a investigar las violaciones cometidas por autoridades locales en la aplicación del nuevo Reglamento de Tránsito y las fotomultas, a cargo del diputado Jesús Emiliano Álvarez López, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, Jesús Emiliano Álvarez López, diputado a la LXIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo establecido en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 79, fracción II y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El pasado 15 de diciembre entró en vigor el Nuevo Reglamento de Tránsito para el Distrito Federal, según el gobierno de la ciudad tiene la finalidad de “proteger la vida de las personas”; no obstante, dicha medida ha sido severamente cuestionada por la ciudadanía y por amplios sectores; incluyendo a legisladores federales y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Uno de las preocupaciones es la violación a los derechos humanos de las personas que conducen algún vehículo automotor, sobre la cual diversos expertos han coincidido en que, con estas disposiciones, se afectan los derechos ciudadanos.

Coincidimos con los estudiosos del tema, ya que con el Nuevo Reglamento de Tránsito y las llamadas fotomultas, se contravienen diversas garantías que establece la Constitución federal, dado que las infracciones o multas impuestas al ciudadano por la violación del Reglamento de Tránsito son excesivas, ya que aplica tarifas homogéneas, es decir, iguales para cualquier infractor.

En dicho Reglamento no se fijan las reglas adecuadas para que las autoridades impositoras puedan fijar su monto o cuantía, tomando en cuenta la gravedad de la infracción, la capacidad económica del infractor, su reincidencia en la conducta que la motiva y todas aquellas circunstancias que tiendan a individualizarla, propiciando excesos autoritarios al resultar aplicables a todos por igual, de manera invariable e inflexible.

Lo anterior contraviene a lo establecido en los artículos 22 y 31, fracción IV, de nuestra Carta Magna, pues el primero prohíbe las multas excesivas y el segundo aporta el concepto de proporcionalidad tributaria, es decir que los mexicanos estamos obligados a contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa; lo que no fue considerado en el Reglamento en comento.

Al respecto, debemos citar lo estipulado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien en pleno y por unanimidad ha determinado que las leyes que imponen multas fijas son inconstitucionales, esto a través de la jurisprudencia con número de registro 200349 y que a continuación se transcribe:

MULTAS FIJAS. LAS LEYES QUE LAS ESTABLECEN SON INCONSTITUCIONALES. Esta Suprema Corte ha establecido que las leyes, al establecer multas, deben contener las reglas adecuadas para que las autoridades impositoras tengan la posibilidad de fijar su monto o cuantía, tomando en cuenta la gravedad de la infracción, la capacidad económica del infractor, la reincidencia de éste en la conducta que la motiva y, en fin, todas aquellas circunstancias que tiendan a individualizar dicha sanción, obligación del legislador que deriva de la concordancia de los artículos 22 y 31, fracción IV, de la Constitución Federal, el primero de los cuales prohíbe las multas excesivas, mientras el segundo aporta el concepto de proporcionalidad. El establecimiento de multas fijas es contrario a estas disposiciones constitucionales, por cuanto al aplicarse a todos por igual, de manera invariable e inflexible, propicia excesos autoritarios y tratamiento desproporcionado a los particulares. 1

Otro acto violatorio a los derechos humanos, es el relacionado con la boleta de infracción impuesta a una persona por la autoridad administrativa; ya que de conformidad con lo que estatuye el artículo 16 de la Constitución federal de la República, cualquier acto de autoridad que implique la afectación del patrimonio de un gobernado, debe fundarse y motivarse adecuadamente, es decir, en forma individualizada, prudente, pormenorizada, señalando claramente los preceptos legales en los cuales apoya la autoridad el despliegue de su conducta, así como las circunstancias específicas, constancias y demás datos que informen el caso concreto de que se trate y que justifiquen la aplicación del precepto legal en cuestión. Hecho que no sucede en este caso.

De igual manera, se da una violación a datos personales, hecho gravísimo, ya que es una violación a la vida privada. La empresa que controla las cámaras sabe el nombre completo y dónde vive el ciudadano, y cuenta con la autorización del gobierno para constituirse en su domicilio y entregar las multas. Se atenta contra la vida privada al momento de hacer una transferencia de datos entre el gobierno y una empresa.

Asimismo, el programa de fotomultas, es anticonstitucional debido a que hay actos de molestia de la autoridad hacia los ciudadanos y no se da la oportunidad de legítima defensa, es decir, el automovilista no tiene un peritaje que diga que el radar está calibrado correctamente, es decir, el ciudadano desconoce si el radar está alterado.

Debemos de mencionar que en varios estados del país, la subrogación de sistemas electrónicos para aplicación de multas ha tenido resultados contradictorios, y también ha ocasionado malestar entre la ciudadanía. En algunos, como Coahuila y el estado de México, las comisiones de derechos humanos han tenido que abordar el tema.

En Coahuila, la Comisión de Derechos Humanos emitió la recomendación 103/20152 , contra el Ayuntamiento de Saltillo y pide al alcalde suspender las fotomultas por considerarlo violatorio de las garantías de los ciudadanos; entre otras recomendaciones, destacan las siguientes:

• Se instruya un procedimiento administrativo de responsabilidad en contra de servidores públicos del personal del R. Ayuntamiento de Saltillo que, conforme la presente Recomendación, autorizó a una empresa particular a realizar las funciones de detectar, notificar y ejecutar infracciones por faltas administrativas al Reglamento de Tránsito y Transporte, cuando esa función sólo le corresponde realizarla a la autoridad municipal de conformidad con los artículos 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como por haber trasmitido a la misma empresa particular los datos que se contienen en el Padrón Vehicular del Estado de Coahuila, no obstante tener la prohibición legal para hacerlo, todo ello en violación de los derechos humanos de los agraviados.

• Que las funciones de detectar, notificar y ejecutar infracciones por faltas administrativas al Reglamento de Tránsito y Transporte, las realice en forma directa la autoridad administrativa municipal competente, como acto de molestia que incide en la esfera jurídica de los gobernados, de conformidad con los artículos 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

• Con el carácter de urgente se proceda al análisis y estudio del contrato de prestación de servicios, a dicho contrato se le realicen las modificaciones necesarias las que se ajusten a las disposiciones constitucionales, legales y normativas y, en particular, que el sistema lo opere directamente la autoridad municipal competente.

Asimismo, la CDHEC solicitó al alcalde que se abstenga de realizar operativos para la entrega de fotomultas por carecer “del principio de legalidad y seguridad jurídica, esto al haberse realizado por una empresa particular prestadora del servicio y no de la autoridad”.

La recomendación, fue más allá del exhorto pues adelantó que se dará parte a la Procuraduría de Justicia para que inicie investigación por los hechos, anomalías detectadas “y, en su oportunidad, proceda conforme a derecho”. Considera que la aplicación de las fotomultas resulta ilegal y el procedimiento incurriría en delito.

Por su parte, en el estado de México, el comisionado de los Derechos Humanos de esa entidad, hace algunos días informó que tienen el registro de una queja por la aplicación injustificada de las fotomultas por lo que están en la etapa de la investigación y de encontrar irregularidades en la aplicación de estas sanciones van a enviar la recomendación correspondiente.

Es por lo anterior, que consideramos pertinente que la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal ejerza sus facultades constitucionales para que el respeto a los derechos humanos no sea violentado con la aplicación del Nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal y en la aplicación de las fotomultas.

Es de observarse que la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) tiene la facultad por ley, y de acuerdo al artículo 17 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, la de “Conocer e investigar, a petición de parte o de oficio, presuntas violaciones de derechos humanos”, y por ende, elaborar una Recomendación cuando una investigación resulta una violación de los derechos humanos, como el caso que nos ocupa.

Asimismo, proponer a las diversas autoridades del Distrito Federal, en el ámbito de su competencia, la formulación de proyectos de las modificaciones a las disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de prácticas administrativas que a juicio de la CDHDF redunden en una mejor protección de los derechos humanos.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de este Pleno la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, a investigar las violaciones de derechos humanos cometidos por las autoridades del gobierno de la Ciudad de México, en la aplicación del Nuevo Reglamento de Tránsito y de las llamadas fotomultas.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, para que en el ámbito de su competencia y facultades otorgadas por ley y del resultado de las investigaciones realizadas proceda a emitir la o las recomendaciones conducentes a la autoridad o autoridades responsables, en la aplicación del Nuevo Reglamento de Tránsito y de las llamadas fotomultas.

Notas:

1 200349. P./J. 10/95. Pleno. Novena Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo II, Julio de 1995, Pág. 19.

2http://cdhec.org.mx//archivos/pdf/Recomendaci%C3%B3n%20 103%202015%20versi%C3%B3n%20p%C3%BAblica.pdf

Dado en salón de plenos de la Cámara de Diputados, a los 9 días del mes de febrero de 2016.

Diputado Jesús Emiliano Álvarez López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita la creación de la comisión especial para evaluar el uso de recursos públicos a fin de erradicar que su aplicación o ejecución influya en procesos electorales, a cargo de la diputada Isaura Ivanova Pool Pech, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien suscribe; diputada Isaura Ivanova Pool Pech, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y términos del inciso c), numeral 1, del artículo 34; y del artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como del artículo 207 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta proposición con punto de acuerdo por el que se crea la Comisión Especial para evaluar el uso de recursos públicos, con el objeto de erradicar que su aplicación o ejecución influya en procesos electorales; lo anterior en virtud de las siguientes

Consideraciones

Las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, Federación, Estados y Municipios están obligados a uso adecuado de los recursos públicos, los cuales deben destinarse para los fines que establezca la ley. Por un lado están aquellos relacionados con programas sociales, mismos que por su naturaleza se administran desde cualquiera de estos ámbitos de competencia; por otro están los que administran los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria.

En este punto es necesario señalar la importancia que tiene la creación de instancias que evalúen, vigilen y supervisen en términos de trasparencia el uso de recursos públicos, así como los plazos en los que se ejecutan.

Desde el Poder Legislativo resulta imprescindible requerir la información necesaria que contribuya a este propósito, y con ello implementar políticas públicas más eficientes, y el combate a la corrupción de los funcionarios que utilizan el presupuesto con fines electorales.

Debemos tener en cuenta como la evidencia demuestra que existen programas o acciones que se ejecutan sin resultado alguno durante cada ejercicio fiscal; se calcula el momento para ejercer y los recursos que en muchos casos no llegan a los beneficiarios, hasta que se aproximan los procesos electorales, liberando recursos, creando nuevos programas y acciones e incrementando indiscriminadamente los padrones de afiliados a programas sociales, sin que se abata el rezago; por el contrario Coneval en el resultado de sus mediciones incrementa las cifras, año con año; el anterior con dos millones más de pobres.

Es preciso señalar que se ha generado un padrón cautivo al cual se copta y convierte en clientes que dependen de los programas y recursos que usan los gobiernos, con fines políticos. Por ello es necesario revisar a fondo la implementación de los mismos y de la política asistencialista que se ha utilizado a partir de recursos públicos, así como las responsabilidades de los funcionarios que están implicados en ello.

Sólo por citar un ejemplo de lo anterior, en Quintana Roo el otorgamiento de programas federales a través de la secretaria de desarrollo social, reportó que del 2012 al 2014 se había incrementado en un 359% el padrón de beneficiarios en el Estado.

Estos son hasta esa fecha, la aplicación de recursos públicos que incrementan únicamente la pobreza, pero que garantizan beneficios electorales.

Se aumentaron recursos a nueve programas sociales y los beneficiarios de los comedores comunitarios.

• Comedores comunitarios, 147 mil 150 personas en los 10 municipios de esa entidad.

• Programa Pensión para Adultos Mayores pasó de 13 mil 636 beneficiarios en 2012, a 31 mil 246 en 2014, con un incremento de 230 por ciento.

• Programa 3x1 para Migrantes pasó de mil 594 beneficiarios en 2012 a 31 mil 400 en 2014 un crecimiento de mil 970 por ciento.

• Coinversion social pasó de cinco mil 430 beneficiarios en 2012 a 10 mil 341 en el 2014.

• Programa Empleo Temporal avanzó de mil 300 a 15 mil 24 beneficiarios de 2012 a 2014 con 568 proyectos atendidos, con lo cual superó en mil 155 por ciento sus resultados.

• Programa Opciones Productivas informó que en 2012 aplicó 3.5 millones de pesos, mientras que en 2014 llegó a 4.3 millones de pesos, para un incremento de 12 por ciento y los proyectos atendidos pasaron de 35 a 42, en beneficio de 177 personas.

• Programa de Estancias Infantiles ascendió de 120 a 132 en ese tipo de instalaciones, para atender a los hijos de las madres trabajadoras, en beneficio de dos mil 705 personas.

• Programa de Desarrollo de Zonas Prioritarias 333 por ciento en el número de beneficiarios, al pasar de 14 mil 119 en 2012 a 47 mil 42 en 2014.

• Atención a Jornaleros Agrícolas incrementó de 60 a 192 los apoyos otorgados en dos años.

• Seguro de Vida para Jefas de Familia registró 37 mil 967 mujeres y 95 beneficiarios recibieron el apoyo.

• Cruzada Nacional contra el Hambre; en Quintana Roo se establecieron 76 comedores comunitarios en los 10 municipios de la entidad, en beneficio de nueve mil 120 personas.

La gente que se vuelve dependiente de estos apoyos tiene temor a perderlos y se obligan a votar por los partidos en el gobierno.

La estrategia que se utiliza es incrementar exponencialmente los programas sociales a fin de garantizar un porcentaje de votación a favor, y en diversos medios de comunicación se filtran grabaciones de estas prácticas que ante sólo en algunos casos ha causado incluso la anulación de elecciones pero se siguen llevando acabo.

Al coaccionar el voto de esta forma también se crea una baja expectativa del elector, así como un altísimo abstencionismo que en promedio para este Estado ha sido de más del 60%.

En 2014, con un padrón de votantes de 1, 038,77, no salieron a votar 623,263. En cambio el Coneval publicó que existía 76.4% de la población en pobreza.

Como se explica que siendo uno de los Estados que inyecta más dólares a la economía nacional, siendo “líderes” turísticos tengamos uno de los niveles más altos de pobreza.

Como todos sabemos la riqueza se concentra en muy pocas manos, por ello el 76.4 % de los Quintanarroenses está en una situación de pobreza.

Los datos del Coneval sobre pobreza revelan que de 1, 540,000 habitantes en Quintana Roo:

445,500 es población en situación pobreza moderada 28.9%

107,600 es población en pobreza extrema 6.98%

526,300 es población vulnerable por carencias sociales 34.17%

96,300 es población vulnerable por ingresos 6.25%

365,500 es población no pobre y no vulnerable 23.73%

Total 76.4% de la población viven en alguna situación de pobreza, es decir 1, 175,700 de Quintanarroenses pobres.

En consecuencia se requiere identificar y evitar que quienes presiden las dependencias encargadas de administrar recursos públicos se beneficien personalmente, o bien favorezcan los intereses de otros.

Actualmente se encuentra en proceso de instrumentación la reforma constitucional que contempla el sistema nacional anticorrupción (SNA), por lo cual sin duda es pertinente la creación de la Comisión Especial para evaluar el uso de recursos públicos, con el objeto de erradicar que su aplicación o ejecución influya en procesos electorales, que permita ser contrapeso y coadyuve en los objetivos del sistema, así como al cumplimiento de la legislación relacionada con fiscalización, rendición de cuentas y conflictos de interés.

Ahora bien, los recursos públicos que se utilizan con fines electorales y con los cuales se podría beneficiar algún partido político o candidato, no son sólo aquellos que se distribuyen a través de los programas sociales sujetos a reglas de operación del gobierno federal, (inaccesibles por cierto de manera directa para el ciudadano, la mayor parte del tiempo, por su complejidad), lo cual ha generado la intermediación de personas que ayudan o mejor dicho acarrean votos cuando incorporan a las familias a estos programas.

En realidad estos recursos son una parte de la maquinaria que se utiliza con propósitos electorales, puesto que más allá del análisis que se realice sobre el asistencialismo de estos programas, debemos considerar el gasto social en todos sus rubros, así como el uso de la infraestructura o comunicación social, y el manejo presupuestal que realizan las dependencias de gobierno.

Por ello, los avances y contrapesos que generen las evaluaciones que realice esta Comisión Especial, proporcionarán a la sociedad un instrumento de participación que integre propuestas sobre indicadores, o instrumentos de medición, que se puedan sumar a los establecidos por los órganos autónomos existentes, los cuales han sido criticados por los posibles sesgos que habría hacia ciertos intereses particulares.

Al mismo tiempo se estudiará el cumplimiento de la metodología operativa que se utiliza, así como el cumplimiento de objetivos y la justificación tanto de la evaluación, como de los resultados en la utilización de los recursos públicos.

En relación a las cantidades exorbitantes de dinero que se destinan a los diferentes programas sociales o a diversos proyectos, y ante la falta de mecanismos y parámetros de medición y de resultados, se puede afirmar que no se están utilizando los recursos públicos para generar un bien común, por el contrario, si tomamos en cuenta los altos niveles de pobreza y la desigualdad, es necesario la supervisión cotidiana del uso adecuado de estos recursos.

A partir del mandato constitucional que establece que los recursos económicos de que dispongan la federación, los estados, los municipios, el DF y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados; es como la presente propuesta cumpliría con el objetivo claro sobre la observación en el manejo de los recursos y la amanera en que se utilizan.

Una de las tareas más importantes del Congreso debe ser la supervisión y evaluación de la distribución de recursos públicos, que nos permita generar políticas públicas para abatir la pobreza y la pobreza extrema; educación, empleo, alimentación, salud y vivienda, en estricto apego a la igualdad y una justa distribución del ingreso y la riqueza, que permita el pleno ejercicio de nuestras libertades.

Así, el manejo discrecional o mal uso de los recursos públicos con intereses políticos, y la falta de transparencia y rendición de cuentas, ha propiciado la creación de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales ha (Fepade); órgano de la Procuraduría General de la República (PGR) responsable de la pronta, expedita y debida procuración de justicia en lo relativo a delitos del orden federal, y sus atribuciones se pueden resumir en los siguientes términos:

• En casos de urgencia o flagrancia, ordenar la detención y, en su caso, la retención de los probables responsables en los términos del artículo 16 de la Constitución.

• Recibir las denuncias y practicar las diligencias necesarias para integrar las indagatorias relacionadas con los delitos electorales federales.

• Determinar el ejercicio de la acción penal o, en su caso, el no ejercicio de la misma, la reserva o la incompetencia, según se desprenda de cada averiguación previa.

• Presentar ante las autoridades jurisdiccionales los pliegos de consignación, conclusiones y, en su caso, los pedimentos de sobreseimiento que procedan.

• Interponer ante dichas autoridades los recursos pertinentes.

• Intervenir en los juicios de amparo o en cualquier otro procedimiento relacionado con las averiguaciones o los procesos respectivos.

En ese orden de ideas, podemos señalar la importancia que tiene la contribución que este órgano Legislativo realice a través de la creación de la Comisión Especial para evaluar el uso de recursos públicos, con el objeto de erradicar que su aplicación o ejecución influya en procesos electorales; más aún si consideramos la reiteración de planteamientos recientes relacionados con esta problemática, que no puede ceñirse únicamente a programas sociales.

Es pertinente mencionar algunas quejas que desde esta Cámara se han presentado en cuanto al uso indebido de recursos públicos con fines políticos:

• 4 de diciembre de 2014, punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a tomar medidas precautorias para que el programa de transición a la televisión digital terrestre no se utilice como herramienta de proselitismo político en periodos electorales de 2015, a cargo del diputado Juan Pablo Adame Alemán, del Grupo Parlamentario del PAN

• 14 de enero de 2015, punto de acuerdo, por el que se exhorta al INE y al Trife a resolver las quejas presentadas por los partidos políticos en materia de propaganda y gastos electorales, suscrita por los diputados Agustín Miguel Alonso Raya, Trinidad Morales Vargas y Carol Antonio Altamirano, del Grupo Parlamentario del PRD

• 21 de enero de 2015, punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a detener hasta después de las elecciones de 2015 la entrega de televisores digitales realizada como parte de la transición del apagón digital, suscrita por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

• 28 de enero de 2015, punto de acuerdo, por el que se solicita al INE y los órganos electorales locales a garantizar transparencia y equidad en los próximos comicios, suscrita por el senador David Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario del PT

• 24 de marzo de 2015, punto de acuerdo, por el cual se exhorta al titular de la SFP a establecer medidas para garantizar que no se ejerzan con fines electorales recursos públicos en Guerrero, a cargo de la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

• 21 de abril de 2015, punto de acuerdo, por el cual se exhorta al INE a diseñar y difundir por los medios de comunicación una campaña para explicar que los beneficios de los programas sociales gubernamentales son un derecho de los mexicanos y no se entregan a cambio de votos, a fin de garantizar la equidad en los procesos electorales, a cargo del diputado Luis Alberto Villarreal García, del Grupo Parlamentario del PAN

• 21 de Abril de 2015, punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal y diversas autoridades de Yucatán a ceñirse y vigilar el estricto cumplimiento de los acuerdos aprobados por el INE para evitar el uso electoral de los programas sociales y garantizar la imparcialidad en el ejercicio de los recursos públicos, a cargo de la diputada Beatriz Zavala Peniche, del Grupo Parlamentario del PAN

• 16 de abril de 2015, punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a abstenerse de utilizar con fines electorales el Programa de Empleo Temporal, a cargo del diputado Carol Antonio Altamirano, del Grupo Parlamentario del PRD

Por último y en concordancia con los trabajos realizados durante la Semana Nacional de Trasparencia 2015, en la que los legisladores de todos los partidos políticos tanto locales como federales nos hemos pronunciado a favor del fortalecimiento en trasparencia y rendición de cuentas, y ante el reto de asumir el compromiso de facilitar el acceso a la información.

Proponemos dotar de más y mejores herramientas a la ciudadanía para la toma de decisiones y el fomento a la participación que obligue al gobierno y sus funcionarios, ejercer con mayor eficiencia el dinero público.

Deseamos que se conforme la Comisión, y se atiendan de manera responsable el destino que debe darse a los recursos públicos, sin que se desvié su verdadero propósito. Nuestro encargo de representación popular, nos obliga de manera directa a evitar la opacidad y utilización con fines políticos.

Por ello entendemos y nos sumamos a los grandes retos que se tienen por delante en el combate a la corrupción, así como a los objetivos más amplios que pretenden evitar el enriquecimiento ilícito, la configuración de delitos y responsabilidades de los servidores públicos.

Justamente por esa razón y desde nuestro ámbito de competencia, habremos de contribuir con la información y evaluación sobre el uso de recursos que pudieran ser utilizados indebidamente, a fin de evitar mayores repercusiones en cuanto al menoscabo del patrimonio y la violación a los derechos constitucionales de los mexicanos.

Por lo anteriormente motivado y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. En términos del inciso c), numeral 1, del artículo 34; y del artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como del artículo 207 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se acuerda la creación de la Comisión Especial para evaluar el uso de recursos públicos con el objeto de erradicar que su aplicación o ejecución influya en procesos electorales.

Segundo. Corresponderá a la Junta de Coordinación Política la conformación plural de sus integrantes.

Tercero. Para el cumplimiento de sus objetivos, la Comisión Especial se extinguirá hasta el término de la presente legislatura.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputada Isaura Ivanova Pool Pech (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno y a la Fiscalía General de Guerrero a liberar a Nestora Salgado García, indemnizar y reparar el daño, a cargo del diputado Jesús Emiliano Álvarez López, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe Jesús Emiliano Álvarez López integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al tenor de las siguientes

Consideraciones

El estado de Guerrero está inmerso en una crisis humanitaria que no tiene precedentes. Las autoridades han sido rebasadas y suplantadas por el poder fáctico que representa el crimen organizado, mismo que ha copado las instancias de la vida pública en todos sus ámbitos. Con este cuadro sintomático que se extiende por todo el territorio guerrerense ante la incapacidad de brindar las garantías más básicas de seguridad por parte de las instancias de los gobiernos federales, estatales y municipales; se puede concluir que se trata de un Estado fallido que ha renunciado a la capacidad de respetar la vida de sus ciudadanos.

No obstante, este panorama no es exclusivo de esta entidad, ya que el Informe Mundial 2015: México, elaborado por la reconocida organización de derechos humanos Human Rights Watch, revela que en nuestro país existe una grave crisis humanitaria, en la cual se identifican diversas problemáticas como: las desapariciones forzadas, la impunidad de abusos militares, la práctica común de la tortura, el deficiente sistema de justicia penal, las precarias condiciones en los centros de detención, la constantemente amenazada libertad de los medios de comunicación y la integridad de sus miembros, la violencia de género y la dramática situación de los migrantes.1

En el informe Justicia fallida en el Estado de Guerrero, elaborado por la fundación Open Society Justice Initiative en coordinación con los centros de derechos humanos Miguel Agustín Pro Juárez y de La Montaña Tlachinollan, se señala que la violencia e impunidad persistentes en la entidad tienen profundas causas políticas y también estructurales. Sin embargo, hasta ahora, las autoridades se han negado a aceptar suficientemente esta realidad, pese a los hechos ocurridos con la desaparición forzada de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa. Asimismo, es contundente al concluir que “esta atrocidad se convirtió en símbolo de incapacidad de México de proteger a sus ciudadanos de homicidios y desapariciones, así como para investigar y sancionar culpables”.

Ante este escenario que se ha impuesto a sangre y fuego, los habitantes de las comunidades de Guerrero han ejercido y construido mecanismos de protección y vigilancia comunitarios. De hecho, la figura de la Policía Comunitaria es reconocida por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero en su artículo 14, enmarcado en el apartado “De los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos” que a la letra dice: El estado reconoce y garantiza las acciones de seguridad pública y prevención del delito; de su sistema de faltas, sujetas a su reglamento interno, que no constituyan ilícitos tipificados en el Código Penal del Estado, y que implementen los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, dentro de sus localidades, de acuerdo a sus prácticas tradicionales, cuyo seguimiento de acción se dará a través de su Policía Comunitaria o Rural, integradas por los miembros de cada comunidad y designados en Asamblea Popular o General .2

La Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC) y su Policía Comunitaria, en el estado de Guerrero, constituyen uno de los procesos autonómicos más importantes en el país, particularmente en lo que se refiere a sus prácticas de justicia y seguridad, basadas en las asambleas comunitarias como máximos órganos de autoridad y decisión, y en los denominados sistemas normativos, pluralismo jurídico de hechos, derecho consuetudinario propio de estas comunidades indígenas. El ilustre antropólogo mexicano Gilberto López y Rivas3 apunta que el funcionamiento de esta Policía se basa en la visión de prestación de servicios comunitarios que los indígenas tienen en su organización social y política. Esta característica cultural ha permitido construir espacios de autonomía que respondan a sus necesidades y sobre todo, que las respuestas sean satisfactorias.

Desde que el ex presidente Felipe Calderón declaró la guerra contra el narcotráfico y en el país se incrementaron los índices de violencia de forma exponencial, las comunidades del estado de Guerrero –entre otras–, han sufrido de forma sistemática los estragos de esta política de seguridad que persiste y que no ha tenido resultados positivos, por el contrario, se han habilitado escenarios bélicos que a su vez generan dominaciones autoritarias, facilitando las formas más radicales de violencia represiva. La llamada guerra contra el crimen recurre a una organización jurídica y penitenciaria que conduce al encierro de personas, en especial jóvenes y pobres, en aras de la supuesta seguridad interior del Estado.

La policía comunitaria ha trastocado intereses encubiertos tras los contubernios establecidos entre las fuerzas de seguridad y el narcotráfico. Hoy en día no es una novedad entender el negocio redondo que representa la seguridad pública para quienes la controlan y para aquellos que, como policías o militares, cobran un sueldo a cargo del erario y se dedican a organizar bandas criminales. Por eso mismo, la policía comunitaria ha sido atacada virulentamente por los gobiernos federal y estatal y el Ejército, a tal grado que varios de sus miembros se encuentran actualmente encarcelados por prestar un servicio a sus pueblos.

En este contexto se ubica el caso de la guerrerense Nestora Salgado, comandante de la Policía Comunitaria de Olinalá, comunidad ubicada en la región de La Montaña, al oriente de la entidad. Nestora fue encarcelada desde el 23 de agosto de 2013, bajo los cargos de secuestro, asociación delictuosa, robo y homicidio; todos estos procesos se han llevado a cabo con plenas irregularidades y múltiples contradicciones. Las personas que la acusan no se han presentado a los careos y el proceso sigue alargándose, acumulándose nuevos cargos, donde los presuntos acusadores ni siquiera mencionan su nombre en las declaraciones.

Mientras Nestora estuvo al frente de la policía comunitaria, decidió firmemente perseguir y castigar a la pandilla de “Los Rojos”, que cometía toda clase de abusos y crueldades en contra de los habitantes de Olinalá. Durante su periodo como comandante, cesaron los homicidios y la delincuencia disminuyó en un 90 por ciento; muchos habitantes consideraban su liderazgo como un respiro y una esperanza. Como parte de su trabajo, Nestora detuvo a un síndico, Armando Patrón Jiménez y a sus cómplices que robaban ganado y ya habían matado al dueño de las vacas. Los amigos y familiares de Armando Patrón acusaron a Nestora de tenerlo secuestrado y por esa acusación de delincuencia organizada, la comandanta fue detenida junto con 30 policías comunitarios.

Varias organizaciones sociales se han pronunciado por la liberación de Nestora Salgado. El pasado domingo 10 de enero se realizó una manifestación afuera de las instalaciones del Centro Femenil de Readaptación Social ubicado en Tepepan, esta “visita colectiva” fue organizada por diversas organizaciones de la sociedad civil y de derechos humanos.

Por su parte, el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) pidió al gobierno de México su liberación inmediata y proporcionarle una compensación apropiada, luego de concluir que la detención y la posterior privación de libertad de Nestora Salgado fueron ilegales y arbitrarias y que su proceso judicial ha sido injusto. En la resolución 56/2015 publicada el martes 2 de febrero, el organismo de Naciones Unidas informó que ya dio vista de este caso al Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos y al que atiende casos de tortura, a fin de que se aseguren de que la señora Salgado no sea victimizada nuevamente. A manera de conclusión, el numeral 42 de dicha resolución, menciona: “pareciera que la señora Salgado habría sido perseguida debido a su lucha por los derechos de la población indígena, e incluso es un patrón que se ha observado en los últimos años.

Por lo anteriormente expuesto y en atención a lo que señala nuestra Constitución y los tratados internacionales en materia de derechos humanos, presentamos a esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Guerrero y a la Fiscalía General del estado de Guerrero a liberar inmediatamente a Nestora Salgado García, se le indemnice la reparación del daño, así como a garantizarle una protección adecuada y apegada al respeto irrestricto a sus derechos humanos.

Notas:

1 Véase: www.hrw.org/es/world-report/2015/country-chapters/
2 Extracto de: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero
3 Véase: www.jornada.unam.mx/2014/03/28/opinion/024a1pol

Dado en el Palacio Legislativo a 9 de febrero de 2016.

Diputado Jesús Emiliano Álvarez López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita la creación de la comisión especial de ciudades, espacios y expresiones patrimonio nacional y de la humanidad, a cargo de la diputada Cecilia Guadalupe Soto González, del Grupo Parlamentario del PRD

Considerandos

Que actualmente existe y predomina en el discurso mundial de patrimonio la tendencia a diferenciar lo natural de lo social o cultural lo que dificulta un manejo integral de los elementos que integran los espacios protegidos desde el enfoque patrimonial.

Que en las diferentes escalas existen objetos, materiales o no, considerados patrimonio internacional ya que su valor es compartido por diversas naciones, pero también existen aquellos que sólo son reconocidos de valor para determinados Estados, regiones o comunidades.

Que el Patrimonio de la Humanidad puede ser de carácter natural, cultural o mixto, y representa la herencia común de todos los seres humanos. Está integrado por sitios, muebles, inmuebles y elementos intangibles que, por su importancia excepcional, merecen ser preservados, para lo cual se han implementado instrumentos locales, regionales e internacionales.

Que en el contexto internacional existen diversos convenios internacionales relacionados con el tema patrimonial como las cartas de Atenas, Venecia, Florencia y del Restauro, los Convenios de Patrimonio Mundial, Biosfera, Diversidad Biológica, Patrimonio Intangible, Patrimonio Subacuático, Diversidad Cultural y Expresiones Culturales.

Que en el ámbito nacional el tema patrimonial está desagregado en diversos instrumentos jurídicos, muchos de ellos no atienden ya a la realidad social de la problemática en torno a los espacios y expresiones patrimoniales. Entre ellos están las leyes en materia de bienes nacionales, monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, equilibrio ecológico y protección al ambiente, vida silvestre, así como leyes locales que conservan y protegen el patrimonio local.

Que en la actualidad, el listado de UNESCO con declaratoria de Patrimonio de la Humanidad, es de 1031 sitios reconocidos en 163 países, de entre los cuales, México ocupa el sexto lugar y el primero en Latinoamérica, con 33 sitios declarados y 23 en la lista tentativa, muestra de la importante riqueza cultural que existe en este país y el interés de la comunidad científica, cultural y la sociedad civil para conseguir esa distinción en el ámbito internacional.

Que por lo que hace al tema del patrimonio inmaterial 314 elementos de expresiones culturales a escala mundial ocho de ellas son de México.

Que de los 2,177 espacios reconocidos como humedales de importancia internacional 141 están en el territorio nacional. Existen en el territorio nacional 177 áreas naturales protegidas decretadas que forman parte del patrimonio de la nación, de las cuales 41 son Reservas de la Biosfera, que es una categoría instaurada por la UNESCO.

Que la situación imperante en los espacios nacionales reconocidos como patrimonio mundial presentan problemas que ponen en riesgo su conservación, además de que los mecanismos de vinculación comunitaria no son los adecuados para resguardarlos, así como el incremento de las manchas urbanas y las propias transformaciones dentro de los espacios urbanos llegan a modificar e impactar sobre el patrimonio, de ahí que se requiere hacer una revisión exhaustiva sobre el estado que guardan las ciudades, espacios y expresiones patrimonio de la nación y que son reconocidas internacionalmente.

Que es importante contar con una comisión especial no sólo que atienda a las ciudades patrimonio de la humanidad, sino aquellos espacios y expresiones en torno a este tipo de patrimonio que coadyuve a mejorar las leyes, propiciar actualizaciones a tratados internacionales, realizar diagnósticos sobre la situación del patrimonio nacional reconocido internacionalmente, generar la participación social en la toma de decisiones, mejorar los presupuestos destinados a su mejor conducción y procurar la participación social en la toma de decisiones, entre otras.

Con base en lo anteriormente expuesto, y con fundamento en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración del pleno la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Junta de Coordinación Política, para que con fundamento en los artículos 34, incisos b) y c), y 42 de la Ley Orgánica para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, determine la creación de la Comisión Especial de Ciudades, Espacios y Expresiones Patrimonio Nacional y de la Humanidad , y una vez realizado lo anterior, lo someta a consideración del pleno de la Cámara de Diputados.

Segundo. El objeto de la comisión especial será emprender lo que se deriva de su denominación, en particular, atender a las ciudades patrimonio de la humanidad en el territorio nacional así como aquellos espacios y expresiones en torno a este tipo de patrimonio que coadyuve a mejorar las leyes, propiciar actualizaciones a tratados internacionales, realizar diagnósticos sobre la situación del patrimonio nacional reconocido internacionalmente, generar la participación social en la toma de decisiones, mejorar los presupuestos destinados a su mejor conducción y procurar la participación social en la toma de decisiones, entre otras.

Tercero. La comisión especial estará integrada por los miembros que determine la Junta de Coordinación Política, en forma proporcional a la representación en la Cámara de Diputados, siendo presidida por el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Cuarto. Para el cumplimiento de su objetivo, dicha comisión especial podrá allegarse la información que considere pertinente; así como reunirse cuando lo considere necesario con las autoridades federales, estatales y municipales responsables, organizaciones civiles, y desempeñar cualquier otra acción para el cumplimiento de su objetivo, en el ámbito de sus competencias.

Quinto. La comisión especial objeto del presente punto de acuerdo, funcionará de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento para el Gobierno Interior y demás disposiciones aplicables, contando con la asignación de los recursos humanos, económicos y materiales necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones.

Sexto. La duración máxima de los trabajos que realice la comisión especial, será el mes de agosto de 2018, sin perjuicio de que al cumplirse su objetivo para el cual fue creada, se extinga en forma anticipada, y por la importancia del tema no será rotatoria.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a nueve de febrero de dos mil dieciséis.

Diputada Cecilia Soto González (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se solicita al titular de la Consar que difunda las medidas puestas en marcha para evitar la disminución del ahorro de los trabajadores, a cargo de la diputada Norma Rocío Nahle García, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Norma Rocío Nahle García, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Como ha sostenido Morena y sustentan diversos estudios, la corrupción es uno de los principales problemas públicos en México. De acuerdo con el índice de percepción de 2015 de Transparencia Internacional, el país se ubica en el lugar 95 de 165 en un orden descendente de los menos a los más corruptos. De ahí que el Grupo Parlamentario de Morena haya denunciado distintos actos de corrupción y conflictos de interés como parte de su agenda legislativa para dignificar la vida pública.

En su momento solicitó a la Cámara de Diputados que se creará una comisión que se encargará de investigar a diversas dependencias del gobierno federal, así como el otorgamiento de contratos al Grupo Higa y sus filiales, empresa de Juan Armado Hinojosa Cantú, empresario que se encargó de vender la Casa Blanca a Angélica Rivera, esposa del Enrique Peña Nieto, que durante su administración en el estado de México y en los dos primeros años como presidente de la República, la ha beneficiado con múltiples contratos millonarios.

OHL no es la excepción, otra empresa favorita del actual gobierno y que al igual que Higa, se ha visto envuelta en posibles actos de corrupción de la adolece el país. Desde el inicio de la LXIII Legislatura, Morena ha presentado al Congreso de la Unión diferentes proposiciones con punto de acuerdo para investigar, auditar y en su caso cancelar los proyectos y sancionar el presunto conflicto de interés que existe entre la empresa OHL y funcionarios de los tres órdenes de gobierno, las empresas productivas del Estado Comisión Federal de Electricidad y Pemex, paraestatales y dependencias federales en la administración de Peña Nieto.

Como hemos expuesto en otros documentos, la empresa OHL, desde el inicio de sus actividades en el año 2002, ha tenido un crecimiento exponencial, se ha consolidado como una de las principales operadoras de infraestructura en el país, liderando el sector en el área metropolitana de la Ciudad de México, no solo por el gran número de concesiones asignadas, sino como por el número de kilómetros de autopistas que actualmente administra.

Hasta ahora sabemos que la filial OHL México administra, opera y mantiene 7 autopistas de peaje y 1 aeropuerto. Poco se sabía de la magnitud de los negocios de esta empresa, hasta antes que se dieran a conocer por las redes sociales audios filtrados donde sus directivos y representantes sobornaban a servidores públicos para obtener dichas concesiones o modificar sus condiciones. Las concesiones que le han sido otorgadas operan en Puebla, estado de México, Quintana Roo y la Ciudad de México, entre otros.

Esta empresa no sólo es operadora de infraestructura de transporte en el país. Morena denunció en su momento la CFE y Pemex, también le han otorgado contratos para infraestructura en el ramo con la intervención interesada del titular de la Secretaría de Comunicaciones Transportes. Lo han hecho también empresas paraestatales como Nacional Financiera, el Instituto Mexicano de la propiedad Industrial, el Consejo de Promoción Turística de México y el Banobras.

De acuerdo con las fuentes consultadas por Morena OHL se beneficia con el contrato que recibe anualmente la empresa Golf de Mayakoba, filial de suya, que solo en tres años ha recibido más de 70 millones de pesos del Consejo de Promoción Turística para el torneo de golf que se realiza año con año en Quintana Roo. Cabe señalar que OHL México solo en ocho años –las administraciones de EPN– creció exponencialmente, ya que para finales de 2010 inició a cotizar en la Bolsa Mexicana de Valores, fecha en la que colocó una importante base de inversores nacionales.

Desde las primeras grabaciones que se difundieron sobre actos de corrupción como los posibles sobornos por miembros de la empresa hacia funcionarios públicos, Morena se ha dado a la tarea de verificar el origen y el monto de los contratos que le han sido otorgados por los estados y las dependencias gubernamentales. Hasta ahora hemos registrado que sólo en México por los contratos que ya todos conocemos, esta empresa ha tenido acceso a recursos públicos por más de 75 mil millones de pesos por desarrollar los proyectos; el plazo que se les ha otorgado a algunas concesiones es demasiado extenso, solo en el caso del Circuito Exterior Mexiquense, este tienen fecha de vencimiento hasta 2051. Los datos de los ingresos y los pazos de las concesiones que opera la empresa pueden ser verificados en los propios informes anuales que la empresa entrega a la Bolsa Mexicana de Valores.

Como es conocido, los recursos federales que son invertidos en proyectos sociales, deben ser administrados a través de fideicomisos públicos. De conformidad con nuestras indagatorias en el caso de esta empresa a los fideicomisos que se han creado para su administración se les ha dado el carácter de “irrevocables”; sin embargo, estos recursos han sido utilizados para financiar y refinanciar obras públicas, han sido utilizados para inversiones extrajeras, dejando como garantía los fondos federales.

OHL ha tenido a su disposición una gran bolsa de fondos públicos a los que ha accedido gracias a sus buenas relaciones con funcionarios del actual gobierno federal. Por si esto no fuera suficiente, ahora se ha difundido que además la empresa se financia con los ahorros de los trabajadores mexicanos destinados a su jubilación.

El 27 de enero del año en curso, el diario La Jornada hizo público lo siguiente:

(Los) Fondos de pensiones que administran los recursos para la jubilación de los trabajadores mexicanos fueron afectados en su rentabilidad debido al escándalo de corrupción que afronta la empresa constructora OHL México y cuyas acciones sufren una baja de 40 por ciento en su valor desde el año pasado.

Así lo reconoció el director general de la constructora, Sergio Hidalgo Monroy, quien precisó que los fondos de pensiones participan como tercer principal inversionista de la compañía. Sin precisar el monto de la afectación a los fondos de pensiones ni de la empresa, el directivo sólo comentó que a raíz del escándalo por la divulgación vía redes sociales de audios ilícitos, el precio de la acción se redujo en 40 por ciento.

La constructora ha realizado inversiones en concesiones de infraestructura por 60 mil millones de pesos y actualmente el sistema financiero del país tiene comprometidos 37 mil 500 millones adicionales.

El sistema pensionario mexicano, a 20 años de su implantación, atraviesa por una situación delicada que ha llevado a organismos como la OCDE a proponer su revisión profunda. Uno de los problemas que le aquejan es la insuficiencia del ahorro individual para financiar una pensión decorosa al final de la vida productiva del trabajador.

El esquema privado de pensiones exige una densidad mínima de aportaciones de los asalariados, el máximo de años de vida laboral activa, el mínimo de comisiones por su administración y un rendimiento suficiente para garantizar una pensión digna. Si alguno de esos componentes falla, la pensión del trabajador será apenas de sobrevivencia. De ahí que la inversión de los ahorros de los trabajadores debe realizarse con una gran responsabilidad y en empresas solventes.

El Sistema de Ahorro para el Retiro y, en específico, el Sistema de Pensiones de Cuentas Individuales tienen un ahorro de largo plazo de 2 469 572 miles de millones de pesos; es un ahorro perteneciente a 48 millones de dueños, quienes poseen una cuenta individual. Más de 20 millones de trabajadores en activo participan en el sistema privado de pensiones.

Del total de recursos que administran las Afore, según datos de la Consar (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. Informe trimestral al Congreso de la Unión sobre la situación del SAR, julio, agosto, septiembre de 2015 http://www.consar.gob.mx/otra_informacion/pdf/transparencia/informes/in forme_al_Congreso_Trimestre_3_2015.pdf), el monto de los recursos al inicio del año fue de 1 300.5 millones de pesos, 107.7 mil millones de pesos fueron las aportaciones del periodo acumulado del año (enero-septiembre) y 1 61.4 mil millones de pesos son los rendimientos netos de las comisiones.

Actualmente son 11 las Afore que administran las Siefore: Azteca, Banamex, Coppel, Inbursa, Invercap, Metlife, Pensionissste, Principal, Profuturo GNP, Sura y XXI-Banorte.

Datos de la Consar refieren que al cierre del periodo ordinario de registró, enero-mayo de 2015, el Sistema de Registro Electrónico de Planes de Pensiones de la Consar reportó mil 967 planes patrocinados por mil 750 razones sociales.

Los planes registrados al cierre de mayo 2015 cubren a 1 millón 380 mil 48 personas, 28 mil más que el año pasado. De ellas, 1 millón 284 mil 294 son empleados activos, 71 mil 245 son pensionados y 24 mil 511 son empleados inactivos con derechos adquiridos.

La edad promedio de los trabajadores activos se ubica en 35.9 años, mientras que la antigüedad promedio de los pensionados que reciben beneficios de estos planes es de 66 años.

El total de recursos financieros que administran los planes registrados asciende a 504 mil 292 millones de pesos, lo que representa 2.9 por ciento del producto interno bruto. Estos recursos forman parte del patrimonio pensionario de los trabajadores adscritos a dichos planes.

De los planes, 95.4 por ciento (mil 876) declara encontrarse fondeado, al menos parcialmente. Sólo 66 por ciento de los fondos se encuentra administrado bajo la figura del fideicomiso irrevocable, aun que dicho fondos administran 92 por ciento de los recursos acumulados.

La política de inversión bajo la cual se rige el fondo suele ser diferida y aprobada por un Comité u órgano colegiado, en el que podrían incluirse consejeros independientes o representantes de los participantes del plan.

La entidad que administra los recursos suele ser, en orden de recurrencia, una casa de bolsa, un banco o una operadora de sociedades de inversión; sin embargo, poco más de la mitad de los recursos es administrado por los bancos.

La inversión de los recursos suele realizarse, en orden de recurrencia, a través de un fondo de inversión o un fondo propio del fideicomiso; sin embargo, 66 por ciento de los recursos son invertidos a través de este último

Las políticas de inversión a las que se sujetan los Planes registrados han permitido diversificar los portafolios de sus fondos. La información de la Consar muestra que 52.6 por ciento de los recursos administrados están invertidos en instrumentos del gobierno federal.

Existe un claro sesgo hacia la inversión en el mercado nacional, se invierte 30 por ciento de la cartera en renta variable nacional y 3.8 en renta variable extranjera.

Aquí nos vamos a detener. De conformidad con nuestra investigación OHL México se beneficia de los fondos de pensiones que se invierten en renta variable y que podrían ir a fideicomisos. Estos fondos se utilizan para las inversiones de renta variable. Es decir, que de los 504 mil 292 millones de pesos que son el total de recursos financieros que administran los Planes registrados, la inversión en el mercado nacional en la cartera en renta variable nacional asciende a 151 mil 287 millones de pesos.

Una parte de la inversión nacional en renta variable es para el financiamiento del sector de infraestructura a través de algunas empresas que cotizan en la bolsa. Éstos son los instrumentos de renta variable (financiamiento a empresas bursátiles). Estos financiamientos se van a dos tipos de empresas: compañías internacionales listadas en varios mercados de valores y compañías mexicanas listadas en el mercado de valores nacional especializadas.

En el caso de México, en 2012 la Consar reportó que dentro de las compañías mexicanas se invirtieron estos recursos en dos sectores: las desarrolladoras, por ejemplo: Homex, Ara, Urbi, Geo, Hogar y Sare, y las constructoras u operadoras en materia de infraestructura, en las que se encuentra Ideal, ICA, OHL y Pinfra.

Solo en 2010 en el sector de infraestructura local financiado a través de empresas bursátiles, la inversión total en este tipo de empresas locales, ascendió a 14 mil 330 millones de pesos, de los cuales 2 mil 71 millones de pesos fueron para OHL, esta fue la segunda empresa con el mayor monto de recursos otorgados.

Hasta ahora no se cuenta con el cuarto y último informes del ejercicio fiscal de 2015 de la Consar, para conocer con exactitud, después de 3 años el incremento de los recursos provenientes de los fondos de pensiones con los que se han visto beneficiada la empresa OHL México.

Sector que hace un par de semanas se vio afectado en 40 por ciento su rentabilidad debido al escándalo de corrupción que afronta la empresa constructora OHL México, lo que ha impactado y seguirá impactando directamente a los 1.38 millones de personas que tienen sus recursos en el fondo de pensiones. La caída en la rentabilidad de las inversiones de los fondos de pensiones afectará el bienestar futuro de los trabajadores en activo que vieron disminuidos sus ahorros, por lo que la Cámara de Diputados debe intervenir para solicitar a la Consar una explicación detallada de las medidas que ha tomado contra las Siefore que invierten en renta variable y que financian empresas que ha protagonizado escándalos de corrupción como OHL.

Aunado a lo anterior se debe exigir a la Secretaría de la Función Pública investigue si se configuró conflicto de interés entre diversos funcionarios del actual gobierno en la entrevista que sostuvo el año pasado Enrique Peña Nieto con Juan Manuel Villar Mir y José Andrés de Oteyza, altos funcionarios de OHL España y México, respectivamente, a instancias de miembros de su gabinete. Dependencias del Ejecutivo negaron sistemáticamente la realización de dicha entrevista que se produjo con objeto de forzar al gobierno del Estado de México para interceder en favor de OHL en su disputa legal con Infraiber.

Por lo expuesto, y de conformidad con las disposiciones invocadas en el proemio, solicito que se ponga a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita al titular de la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Carlos Ramírez Fuentes, que difunda las medidas que el organismo a su cargo ha puesto en marcha para evitar la disminución del ahorro de los trabajadores provocada por la caída en las inversiones de empresas que se financian con dichos recursos y que se han visto envueltas en escándalos de corrupción, específicamente OHL México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputada Norma Rocío Nahle García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades correspondientes de Nuevo León a realizar el pago correspondiente a los ex trabajadores migratorios, proveniente de un fondo autorizado por el congreso local, a cargo de la diputada Tania Victoria Arguijo Herrera, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal Tania Victoria Arguijo Herrera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a su consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El programa bracero se inició en la década de los cuarenta y comprendió de los años 1942 a 1964, con el objeto de remediar la escasez de mano de obra, sobre todo en los campos agrícolas, que estaban severamente afectados por la economía de guerra. Durante ese tiempo, trabajadores mexicanos fueron a Estados Unidos a laborar gracias al convenio firmado entre el gobierno mexicano de Manuel Ávila Camacho y el estadounidense de Franklin D. Roosevelt.

Como parte de este convenio se brindaba a los trabajadores migrantes hospedaje, alimentación, trabajo, salario; pero además se convino que se les descontara un 10 por ciento de su sueldo para constituir un fondo de ahorro que se les entregaría al término de sus servicios.

Los bancos estadounidenses Wells Fargo y el Unión Trust Co. transfirieron los fondos provenientes del ahorro de los trabajadores al Banco Nacional Agrícola de México para que fuera dicha institución la encargada de pagar a los jornaleros mexicanos al regresar a nuestro país. Es aquí donde inició la problemática que se ha sostenido por décadas y que se puede sintetizar en la desaparición de los fondos de ahorros de los trabajadores, y la consecuente falta de restitución de dicho dinero a sus legítimos dueños.

En esa virtud, han sido varios los esfuerzos que se han realizado para que los braceros y sus familias puedan recuperar al menos parte de lo que, sin duda, injustamente los despojaron. No obstante lo anterior, la justicia no ha llegado para todos, pues solamente algunos han podido recuperar parte de sus recursos mediante recursos legales a los que no todos pueden tener acceso.

Por este motivo, las autoridades mexicanas federales crearon en el año de 2005 la Ley que creó el Fideicomiso Administrador del Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, con el objetivo de otorgar un apoyo social extraordinario a los ex braceros. En el mismo tenor, el H. Congreso del Estado de Nuevo León aprobó en el año de 2006 la etiquetación de recursos para la creación de un fondo solidario estatal, con aportaciones durante los ejercicios fiscales de 2006 a 2010, contenidas en las respectivas Leyes de Egresos.

Dichos recursos existen, como lo hizo constar la Tesorería del Estado de Nuevo León en el oficio DT-SSE-DPCP-262/2011 en contestación al exhorto enviado por la LXXII Legislatura al H. Congreso del Estado el 8 de febrero de 2011, en donde se solicita a la citada dependencia estatal informar sobre los montos acumulados de dinero destinados al apoyo a los ex trabajadores migratorios de Nuevo León. Al respecto, el entonces secretario de Finanzas y ex Tesorero General C.P. Othón Ruiz Montemayor informó lo siguiente:

Se anexa al presente punto de acuerdo copia simple del oficio de contestación girado al H. Congreso del Estado de Nuevo León, recibido también por la Fracción Legislativa del Partido de la Revolución Democrática.

En este contexto, compañeros legisladores quiero enmarcar la presente proposición con punto de acuerdo, pues han acudido a nosotros clamando apoyo los trabajadores ex braceros oriundos del estado de Nuevo León, quienes han señalado que las autoridades estatales se han mostrado reacias a dispersar entre los beneficiarios los recursos procedentes de los montos autorizados por el Congreso del estado. Mencionan además que se han acercado en diversas ocasiones ante la Secretaría de Gobierno de Nuevo León, sin obtener ninguna respuesta favorable a sus solicitudes.

Cabe destacar que al aprobarse dichos montos por parte del Legislativo de tal entidad, se tenían contabilizados un aproximado de 11 mil trabajadores migratorios en el estado y, que según diversas asociaciones civiles de atención a ex braceros, únicamente se les ha dotado de este apoyo estatal a aproximadamente 300 personas.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

De urgente u obvia resolución

Único. La LXIII legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al gobernador constitucional del estado de Nuevo León, C. Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, a instruir a la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado el pago inmediato del apoyo solidario estatal a los trabajadores migratorios denominados “ex braceros”, proveniente de los montos aprobados por el H. Congreso del estado y que hasta el ejercicio fiscal 2010 acumulaban $55,114,000 pesos. Asimismo se solicita que se haga público el estado que guarda la aplicación de estos recursos y el saldo a la fecha de estos montos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a nueve días del mes de febrero de 2016.

Diputada Tania Victoria Arguijo Herrera (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al INE a efecto de que en la organización de la elección de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, las contrataciones que realice se ajusten a la normativa en materia de gasto eficiente para adquisiciones o arrendamientos de muebles y servicios, a cargo del diputado Juan Romero Tenorio, del Grupo Parlamentario de Morena

Juan Romero Tenorio, en su calidad de diputado federal de la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario Morena, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso y la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución por el que se exhorta respetuosamente al Instituto Nacional Electoral para que durante la organización para la elección de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México las contrataciones que realice se apeguen a la normatividad existente en materia gasto eficiente para adquisiciones o arrendamientos de muebles y servicios, dando cuenta de ello en tiempo real al Congreso de la Unión de los gastos realizados conforme a los Principios Constitucionales de Transparencia, a fin de evitar el mal uso de recursos públicos. , bajo las siguientes

Consideraciones

Primera. El 29 de enero de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de la reforma política de la Ciudad de México,1 el cual, entre otros aspectos, estableció:

“Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, salvo disposición en contrario conforme a lo establecido en los artículos transitorios siguientes:

...

Artículo Séptimo. La Asamblea Constituyente de la Ciudad de México se compondrá de cien diputados constituyentes,

VII. El Consejo General del Instituto Nacional Electoral emitirá la Convocatoria para la elección de los diputados constituyentes a más tardar dentro de los siguientes 15 días a partir de la publicación de este Decreto . El Acuerdo de aprobación de la Convocatoria a la elección, establecerá las fechas y los plazos para el desarrollo de las etapas del Proceso Electoral, en atención a lo previsto en el párrafo segundo del presente Transitorio.

VIII. El Proceso Electoral se ajustará a las reglas generales que apruebe el Consejo General del Instituto Nacional Electoral . Dichas reglas deberán regular el proceso en atención a la finalidad del mismo y, en consecuencia, el Instituto podrá realizar ajustes a los plazos establecidos en la legislación electoral a fin de garantizar la ejecución de las actividades y procedimientos electorales .

Los actos dentro del Proceso Electoral deberán circunscribirse a propuestas y contenidos relacionados con el proceso constituyente. Para tal efecto, las autoridades electorales correspondientes deberán aplicar escrutinio estricto sobre su legalidad.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación será competente para resolver las impugnaciones derivadas del Proceso Electoral, en los términos que determinan las leyes aplicables.

F) ...

La Asamblea Constituyente ejercerá en forma exclusiva todas las funciones de Poder Constituyente para la Ciudad de México y la elección para su conformación se realizará el primer domingo de junio de 2016 para instalarse el 15 de septiembre de ese año, debiendo aprobar la Constitución Política de la Ciudad de México, a más tardar el 31 de enero de 2017, por las dos terceras partes de sus integrantes presentes”.

Segunda . El 4 de febrero de 2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en observancia al Decreto, emitió “Acuerdo INE/CG53/2016 por el que se aprueba el Plan y Calendario integral del Proceso Electoral relativo a la elección de sesenta diputados por el principio de representación proporcional para integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, se determinan las acciones conducentes para atenderlos, y se emiten los lineamientos correspondientes”, mismos que fueron publicados en el Diario Oficial de la federación el 5 de febrero de 2016.2

Tercera . Que en los lineamientos contenidos en el “Acuerdo INE/CG53/2016 por el que se aprueba el Plan y Calendario integral del Proceso Electoral relativo a la elección de sesenta diputados por el principio de representación proporcional para integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México”, en su punto 37 señalan:

“37. Aspectos presupuestales.

...

Por su parte el artículo 50, fracción XII, del Reglamento del Instituto Federal Electoral en materia de adquisiciones, arrendamientos de muebles y servicios, aprobado por el Consejo General con el Acuerdo CG209/2013, establece que se podrán contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, a través de los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas o de adjudicación directa cuando la situación descrita no haya sido posible ser prevista, sea inesperada, súbita o tenga como consecuencia la materialización de riesgos que pongan en peligro extremo los objetivos, funciones u operaciones del Instituto ; así como algún otro caso de excepción previsto en dicho Reglamento.

Toda vez que el Decreto no realizó precisión respecto de la instancia que deberá solventar los costos del desarrollo de la elección, se estima pertinente que, en términos de lo dispuesto por los artículos 57 y 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Instituto Nacional Electoral por conducto del Secretario Ejecutivo realice las gestiones necesarias para llevar a cabo las adecuaciones presupuestarias pertinentes y solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público recursos adicionales a los que le fueron otorgados , ya que en el presupuesto aprobado para el presente ejercicio, al no haber sido aprobada aun la reforma que le da origen, no se encuentra contemplado el gasto relacionado con el Proceso Electivo de referencia.

En atención a que la elección del Constituyente está programada para realizarse el 5 de junio de 2016, de manera inmediata se tienen previstas las actividades de preparación de la elección, y los tiempos para realizar las adquisiciones de bienes y servicios se encuentran reducidos, se estima pertinente que, en aras de cumplir con las actividades que el Constituyente Permanente mandató al Instituto, se autorice al Secretario Ejecutivo, con el auxilio de la Dirección Ejecutiva de Administración, para que, con base en la normativa del Instituto, se puedan excepcionar de requisitos para realizar las contrataciones que correspondan.

Asimismo, de conformidad con la disponibilidad presupuestaria, se instruye a la Junta General Ejecutiva para, en su caso, cumplir con lo preceptuado en el artículo 50, segundo párrafo, del Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa.”3

Sirviendo de base para que el Acuerdo INE/CG53/2016 en su parte resolutiva aprobará lo siguiente:

“Noveno. Se instruye al Secretario Ejecutivo para que realice las gestiones pertinentes a efecto de obtener los recursos financieros necesarios por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público , para la celebración de esta elección, asimismo, se le autoriza a realizar las adecuaciones presupuestales y adelantos de calendario que se consideren necesarios e indispensables para el cabal ejercicio de las atribuciones del Instituto, incluso para financiar temporalmente los gastos con recursos del INE, mismos que posteriormente deberán ser gestionados y recuperados ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, e informados a la Junta General Ejecutiva.

Asimismo, se instruye al Secretario Ejecutivo para que, en términos de lo establecido en los artículos 21, fracción II, 49, primer y segundo párrafos y 50 del Reglamento del Instituto Federal Electoral en materia de adquisiciones, arrendamientos de muebles y servicios, gire sus instrucciones a las áreas respectivas para que se analice la ruta de la contratación de bienes o servicios requeridos para llevar a cabo esta elección, para que en su caso, se lleven a cabo las contrataciones mediante procedimientos de excepción a la licitación pública . Para tal efecto, se puede contar con la opinión de los asesores de la Dirección Jurídica y la Contraloría General, de acuerdo con sus facultades.

Por otra parte, se instruye al Secretario Ejecutivo para que con el auxilio de la Dirección Ejecutiva de Administración y/o la Unidad Técnica de Planeación, realice los movimientos presupuestarios al proyecto que se autorice, a efecto de solventar los procesos y subprocesos descritos en el Plan y Calendario Integral que se aprueba, por ende, se autoriza a llevar a cabo los pagos retroactivos que procedan, debiendo informar las acciones que hayan resultado necesarias en virtud de la extraordinariedad, a las áreas u órganos correspondientes, una vez superada la emergencia.

Asimismo, de conformidad con la disponibilidad presupuestaria, se instruye a la Junta General Ejecutiva para, en su caso, cumplir con lo preceptuado en el artículo 50, segundo párrafo, del Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa”.4

Para el caso, el Instituto Nacional Electoral solicitara y ejercerá 5000 millones de peso adicionales a su presupuesto, delos cuales 101.4 millones serán etiquetados a los partidos como prerrogativas, por lo que para contrataciones y arrendamientos de bienes y servicios ejercerá una bolsa mínima de 400 millones pesos,5 según o ha manifestado el Consejero Electoral Arturo Sánchez, sin que previamente estén autorizados para el efecto, ni por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, ni por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y donde no existirán procedimientos de licitación pública.

Cuarta . Considerando Instituto Nacional Electoral, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2016, tiene como deber aplicar las obligaciones y medidas de racionalidad y disciplina presupuestaria para el buen ejercicio del erario público, en todo sus acciones , aun cuando las actividades extraordinarias que deba realizar la autoridad electoral “no haya sido posible ser prevista, sea inesperada, súbita” tal y como lo argumenta en lineamiento 37 y en punto resolutivo noveno del mencionado “Acuerdo INE/CG53/2016 por el que se aprueba el Plan y Calendario integral del Proceso Electoral relativo a la elección de sesenta diputados por el principio de representación proporcional para integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México”.

En este orden de ideas, a pesar de lo 2subito d e inesperado de la situación, es necesario dar certeza del uso y destino del dinero público, máxime cuando se considera que no habrá licitaciones públicas para el ejercicio de 400 millones de pesos, por tanto, a fin de transparentar estos recursos, conforme a la reforma Constitucional en Materia de Transparencia y Acceso a la información publicada en el Diario Oficial de Federación el 7 de febrero de 2014 en la que se estableció:

“Artículo 6o....

A. Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases:

Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos , partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones , la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información”.

Es claro entonces que el Instituto Nacional Electoral tiene no solo la responsabilidad de ejercer los recursos públicos cumpliendo las obligaciones y medidas de racionalidad que la ley señala, sino que además, por mandato Constitucional, tiene como cometido aplicar los principios rectores en materia de transparencia señalados en la Carta Magna tales como:

• El derecho de los ciudadanos a estar informados así como la obligación de informar el ejercicio de los recursos públicos por medios electrónicos.

• La obligación de los sujetos obligados a informar y transparentar el uso de recursos públicos. En este sentido el artículo 6 de la Constitución Federal establece expresamente que son sujetos obligados a informar cualquier autoridad, entidad, y órgano de los Poderes Ejecutivo Federal, Legislativo y Judicial, órganos autónomos , partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física o moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el m ámbito federal, estatal y municipal.

• Aplicar el principio de máxima publicidad establecido en el apartado “A” fracción I, del propio artículo 6o. de la Carta Magna.

• La obligación de publicación de ejercicio de los recursos públicos, establecido en el apartado “A” fracción V, del artículo 6o. Constitucional que indica que los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles la información completa y actualizada sobre el ejercicio de los recursos públicos y los indicadores que permitan rendir cuenta del cumplimiento de sus objetivos y de los resultados obtenidos.

Por tanto y con fundamento en lo expresado así como en las disposiciones invocadas en el proemio, se propone como de urgente u obvia resolución el siguiente:

Punto De Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al Instituto Nacional Electoral para que durante la organización para la elección de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, las contrataciones que realice se apeguen a la normatividad existente en materia de gasto eficiente para adquisiciones o arrendamientos de muebles y servicios, haga público en tiempo real un informe de los gastos realizados conforme a los principios constitucionales de transparencia, a fin de evitar el mal uso de recursos públicos.

Notas

1 Diario Oficial de la Federación 29 de enero de 2016. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5424043&fecha=29/01/2 016

2 Diario Oficial de la Federación 5 de febrero de 2016. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5424622&fecha=05/02/2 016

3 Ídem. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5424622&fecha=05/02/2 016

4 Ibídem. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5424622&fecha=05/02/2 016

5 La Jornada, domingo 7 de febrero de 2016, pág. 31.
http://www.google.com.mx/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&
cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwicwIuYo-jKAhWCQCYKHd9HDXcQFggbMAA&url=http%3A%2F%2F
www.jornada.unam.mx%2F2016%2F02%2F07%2Fcapital%2F026n1cap&usg=AFQjCNFhjSTbWPjnI1MH57C1KN7VBNzMrA

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputado Juan Romero Tenorio (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo al incremento de feminicidios en el estado de México, suscrita por diversos integrantes del Grupo Parlamentario de Morena

Las y los diputados que suscriben, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, nos permitimos presentar a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El estado de México es uno de los treinta y un estados que, junto con la Ciudad de México, conforman las treinta y dos entidades federativas de los Estados Unidos Mexicanos. Es uno de los estados fundadores de la federación, y el de mayor densidad de población, con más de 15 millones de habitantes, por lo que se convierte en la entidad más poblada de nuestro país. Posee una superficie mayor a 22 mil kilómetros cuadrados y se divide en 125 municipios.

El estado de México ha sido cuna de grandes personalidades, incluyendo a mujeres como Sor Juana Inés de la Cruz, destacada escritora y religiosa nacida en San Miguel Nepantla; y a hombres como José María Velasco Gómez, destacado paisajista nacido en Temascalcingo; quienes han contribuido al desarrollo de la vida social, económica, política y cultural de la entidad, y cuyas aportaciones en diferentes ámbitos han ayudado también al desarrollo del país1 .

El estado de México contribuye con 9.5 por ciento al producto interno bruto (PIB) de México, lo que le posiciona como la segunda economía del país, según lo que ha publicado el diario El Economista 2 , sólo detrás del Distrito Federal. El PIB estatal está compuesto en 28 por ciento por la industria manufacturera, de maquinaria y equipo, de electrónicos, automotriz, textil y maquiladora; 22 por ciento por el sector servicios; 20 por ciento por el comercio, hoteles y restaurantes; y 15 por ciento por los servicios financieros y actividades inmobiliarias.

El estado de México cuenta con 42 desarrollos industriales, 2 mil 137 unidades económicas que captan 129 mil 457 personas, 137 unidades económicas que captan 129 mil 457 personas ocupadas, y para efectos de presentación, los municipios donde operan estos desarrollos han sido ordenados en cuatro grupos. De los 42 parques, ciudades y corredores industriales, 13 ubican en el primer grupo denominado al noreste de la zona metropolitana de la Ciudad de México (ZMCM), donde se registran 841 unidades económicas y 41 mil 944 de personal ocupado. Le sigue en importancia por el número de puestos de trabajo, el grupo localizado al noroeste de la ZMCM, en el que laboran 38 mil 678 personas en 786 unidades económicas. En el centro de la entidad se concentran 12 parques industriales, donde 33 mil 190 personas ocupadas se emplean en 464 unidades económicas; y finalmente, en el grupo ubicado al norte del estado, se localizan 4 desarrollos industriales que reportan 15 mil 645 puestos de trabajo.

Los últimos censos señalan que el estado de México tiene una población total de 15 millones 175 mil 862 personas; de las cuales 7 millones 778 mil 876 son mujeres y 7 millones 396 mil 986 son hombres. Entre los principales problemas que aquejan a la entidad destacan: la pobreza y la desigualdad, el crimen organizado, los feminicidios y la ausencia de transparencia en las tareas de gobierno.

De acuerdo con las conclusiones del reporte Midiendo el bienestar en los estados mexicanos, publicado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) , una persona que vive en el estado de México puede tener una probabilidad más alta de encontrarse en pobreza, cuatro años menos de esperanza de vida, una posibilidad siete veces mayor de abandonar la escuela, siete veces más probabilidades de trabajar muchas horas por un salario muy bajo y la posibilidad cinco veces más alta de sentirse inseguro en su propia localidad.

En lo que se refiere a los feminicidios, diferentes medios internacionales han dado muestra de la cantidad alarmante de dichos delitos perpetrados en el estado de México. El diario británico The Guardian señala que en dicha entidad entre 2011 y 2012 un total de mil 258 niñas y mujeres fueron reportadas como desaparecidas. De ese total, 53 por ciento tenía entre 10 y 17 años de edad. Asimismo, recuerda que entre 2005 y 2011, cuando el actual presidente de México, Enrique Peña Nieto, fue gobernador del estado, fueron asesinadas mil 200 mujeres.

Por otra parte, el diario estadunidense The New York Times apunta que en un sexenio más de mil 900 mujeres y niñas fueron asesinadas de forma violenta en México y casi la mitad de ellas con armas de fuego. Esto ubica a nuestro país entre los 25 países con la mayor tasa de feminicidios del mundo.

Por estas y otras cifras el estado de México vive en la actualidad una situación dramática y alarmante, que nos preocupa y ocupa como legisladores. Por otro lado y durante la última década, esta entidad federativa se ha caracterizado por ser una de las que presentan mayores índices de desigualdad, pobreza y violencia.

El caso Tlatlaya es un botón de muestra que nos da cuenta de esta crisis generalizada que ha convertido al estado de México en uno más de los territorios ingobernables de este país, donde impera un ambiente de absoluta omisión de los graves problemas, violación de los derechos humanos y la impunidad hacia los actores involucrados.

En lo que respecta al feminicidio, el informe sobre este tema en México elaborado y publicado desde 2011 por la ONU Mujeres, el Instituto Nacional de la Mujeres y el Colegio de México, indica que el país ocupa el lugar 16 en la incidencia de homicidios contra mujeres a escala global, pues se registra un aumento sostenido del delito desde 2007 y se estima que en nuestro país son asesinadas 6 mujeres al día.

Desde hace siete años, diversas organizaciones sociales encabezadas por el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) han demandado a las autoridades federales emitir la alerta de género en la entidad, pues consideran que existe “una violencia estructural y sistemática contra las mujeres ”, que se expresa en cientos de asesinatos y desapariciones de niñas y jóvenes con fines de trata.

De 2011 a 2014 se documentaron más de 800 muertes violentas de mujeres , de las cuales menos de una cuarta parte han sido reconocidas e investigadas como feminicidios por la Procuraduría General de Justicia del Estado de México. El menosprecio y el desdén por parte del gobernador Eruviel Ávila hacia esta grave crisis humanitaria, ha contribuido a la consolidación de una ignominia persistente.

Si bien, la Alerta de Violencia de Género para once municipios del estado de México fue declarada –de forma tardía– el 31 de julio de 2015; en lo que va de este 2016, los feminicidios siguen siendo una constante en la entidad. Durante las primeras semanas de este año, no ha disminuido y por el contrario se han reportado más feminicidios, sin que un sólo agresor haya sido detenido.

Fundado y motivado en las consideraciones anteriormente expuestas, sometemos a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal para que a través del secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, declare al estado de México, estado de emergencia , por el alza alarmante de feminicidios ocurridos en dicha entidad.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, extienda la alerta de violencia de género contra las mujeres a los 125 municipios del estado de México y haga público un informe.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al gobernador del estado de México, Eruviel Ávila Villegas a que en el ámbito de sus atribuciones, active los protocolos adecuados para la atención, el tratamiento y el respeto irrestricto para las víctimas de la violencia de género en la entidad.

Notas

1 Obtenido de:
https://es.wikipedia.org/wiki/Estado_de_M%C3%A9xico#Orig en.2C_fundaci.C3.B3n_y_evoluci.C3.B3n_territorial

2 Véase: http://eleconomista.com.mx/mercados-estadisticas/2013/12/02/monterrey-t ercera-economia-pais

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 febrero de 2016.

Diputados: Delfina Gómez Álvarez, Sandra Luz Falcón Venegas, Concepción Villa González, Mario Ariel Juárez Rodríguez (rúbrica), Jesús Serrano Lora.

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a las administraciones estatales y municipales a instaurar acciones para que los resultados del ejercicio del gasto público sean evaluados por instancias técnicas en los tres órdenes de gobierno, a cargo del diputado Javier Guerrero García, del Grupo Parlamentario del PRI

El diputado Javier Guerrero García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 6 numeral 1, fracción I, así como los artículos 62, 65, 76, 79, 82 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución por el cual la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos Exhorta a los poderes de los estados de la República y del Gobierno de la Ciudad de México para que instrumenten las acciones necesarias que permitan el estricto y total cumplimiento del mandato contenido en el artículo 134 constitucional referente a que los resultados del ejercicio del gasto público sean evaluados por instancias técnicas en los tres órdenes de gobierno, con base en las siguientes

Consideraciones

Atendiendo al principio de que el gobierno debe garantizar a los ciudadanos que los recursos de los que disponga se gasten de la manera más eficiente, logrando resultados tangibles para la población, es necesario incrementar la calidad con la que se ejerce el gasto público, así como fortalecer la transparencia y rendición de cuentas sobre el uso de dichos recursos.

En este contexto, es menester señalar que en el año de 2008 el Constituyente Permanente rediseño el artículo 134 constitucional incorporando la especificación de que los resultados del ejercicio del gasto realizado por la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales deben ser evaluados por instancias técnicas instituidas ex profeso, respectivamente en la Federación, los estados y el Distrito Federal, con el objeto de propiciar que los recursos económicos que se asignen en los respectivos presupuestos, se administren con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Es decir, que las instituciones públicas deben fijar los objetivos que buscan lograr con los presupuestos asignados a sus respectivos programas y el grado de cumplimiento de dichos objetivos deberá ser evaluado. Lo anterior, sin menoscabo de lo dispuesto en los artículos 74, fracción VI y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo relevante de esa reforma fue que los resultados obtenidos a través del ejercicio de los recursos públicos deben ser evaluados por instancias técnicas , con pleno respeto a la soberanía de las entidades federativas y a la autonomía de sus municipios y sin interferir de modo alguno en la administración y ejercicio de los recursos. Pero debe haber una evaluación técnica de la calidad del gasto público.

En el decreto de promulgación de la reforma del 2008 se determinó que el Congreso de la Unión, así como las legislaturas de los Estados y del Distrito Federal, deberían aprobar las leyes y, en su caso, las reformas fueran necesarias, a más tardar en un plazo de un año, para que se instrumentara el rediseño institucional y legal que permitiera operar a plenitud el mandato constitucional . Sin embargo, el término ha transcurrido en exceso y a la fecha no se han instrumentado íntegramente las acciones conducentes para dar el vigor y cumplimiento total y eficiente al mandato constitucional en materia de evaluación del gasto público, incluso hay entidades federativas que aún no han constituido las instancias técnicas ex profeso que se encarguen de realizar las evaluaciones, encomendado está tarea a algunas instancias como algo adicional a sus tareas sustantivas en quebranto del mandato constitucional.

A nivel federal se ha venido dando el cumplimiento a este mandato constitucional, se evalúa el gasto público por instancias técnicas y se han ido construyendo matrices de indicadores con un fuerte énfasis en el impacto, los resultados y productos en los programas presupuestarios.

Todo esto ha exigido un gran esfuerzo y aun se deberán superar una serie de retos con el trabajo de diversas áreas. Será necesario asegurar la continuidad del proceso y avanzar en su institucionalización. Pero indudablemente en la Federación ya se cuenta con evaluaciones hechas por instancias técnicas. Toca una respuesta aun de mayor compromiso por las entidades federativas.

En suma, el espíritu de la reforma constitucional de 2008 fue impulsar el fortalecimiento de las haciendas públicas de los tres órdenes de gobierno, dando los instrumentos en rango constitucional para el mejoramiento del proceso presupuestario y el uso de los recursos públicos, así como también se buscó una mayor transparencia y equidad en materia de gasto público. Planteando esencialmente que las evaluaciones se tomen en cuenta para realizar asignaciones subsiguientes de recursos públicos en los respectivos presupuestos, así como reasignaciones en los ejercicios en curso.

Por lo anteriormente expuesto, solicitamos a esta soberanía sea aprobado de forma urgente el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a los poderes de los estados de la República y del Gobierno de la Ciudad de México para que instrumenten las acciones necesarias que permitan el estricto y total cumplimiento del mandato contenido en el artículo 134 de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos referente a que los resultados del ejercicio del gasto público de la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, sean evaluados por instancias técnicas en los tres órdenes de gobierno.

Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, DF, a 9 de febrero de 2016.

Diputado Javier Guerrero García (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al SAT a suspender el decomiso de vehículos de procedencia extranjera en Zacatecas, a cargo del diputado Francisco Escobedo Villegas, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe Francisco Escobedo Villegas, diputado federal, perteneciente a la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en el artículo 79, numeral 1, fracción II; numeral 2, fracciones I, II y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

En días recientes el Sistema de Administración Tributaria (SAT), Órgano Desconcentrado de Servicios al Contribuyente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, inició en varios estados de la república, entre ellos Zacatecas, revisiones para el decomiso de vehículos de procedencia extranjera (E.U.A), hasta el 28 de enero se han decomisado cuatro vehículos, con ello se genera un problema he incertidumbre entre las personas que cuentan con un vehículo de estas características.

Aun con la inclemencia del tiempo por las que está pasando Zacatecas (fríos y nevadas en 18 municipios), ciudadanos que cuentan con esta clase de vehículos tomaron la caseta ubicada en el municipio de Calera, inconformándose por estas acciones.

Como todos saben, Zacatecas es un estado con un alto índice migratorio hacia el vecino país del norte (primer lugar con 1,054.297), y con una población rural de 746,194 (55.1%), donde la necesidad de la gente hace que se adquieran vehículos de procedencia extranjera, al no tener recursos para la compra de autos nacionales; mismos que son eminentemente utilizados en labores del campo como herramientas de trabajo.

El gobierno del estado ha realizado acciones para atender la problemática, implementado que los poseedores de este tipo de automóviles los aseguren, ya que actualmente circulan más de 40,000; por ello, la importancia de tener un registro confiable que ha arrojado como resultado que la Secretaría de Finanzas cuente con una cifra de aproximadamente 5 mil vehículos de este tipo, sin embargo y se debe de aclarar que esto no implica que sea un proceso de legalización.

Es de señalar que el objetivo del registro ante el gobierno del estado, es para determinar si el vehículo no tiene reporte de robo o fue utilizado en algún hecho delictivo aclarando que con estas medidas no se acredita la estancia legal en el país de la unidad, sin embargo el SAT, debe ser consiente y sensible que la gran mayoría de los automóviles se usan en labores agrícolas, es decir no son autos de lujo.

De seguir el SAT con el decomiso de vehículos de procedencia extranjera en el Estado de Zacatecas, se afectaría gravemente al sector rural y máxime que está iniciando el año agrícola, donde los agricultores requieren de sus vehículos para el traslado hacia las parcelas. Además recordemos que la gente adquiere este tipo de vehículos es por necesidad no por gusto, porque los recursos no les alcanzan para adquirir uno nacional por los altos costo.

Por todo lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en el artículo 79, numeral 1, fracción, II; numeral 2, fracciones I, II, III y 65 numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de ese honorable pleno, de urgente y obvia resolución el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Sistema de Administración Tributaria (SAT) a tener sensibilidad social ante la necesidad de la gente y suspenda el decomiso de carros de procedencia extranjera en el estado de Zacatecas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 9 días del mes de febrero de 2016.

Diputado Francisco Escobedo Villegas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Auditoría Superior de Puebla a realizar investigaciones sobre los fideicomisos contratados por el gobierno de la entidad en la presente administración, precisar el destino, y transparentar y hacer pública la contratación de los proyectos para prestar servicios, a cargo del diputado Víctor Manuel Giorgana Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben, diputados federales integrantes de la coordinación del estado de Puebla, en la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 79 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por el que la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta al Gobierno del estado de Puebla para que realice las investigaciones pertinentes e informe a esta soberanía, sobre los distintos Fideicomisos que el gobierno del Estado de Puebla ha contratado durante la presente administración al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El Fideicomiso es un contrato por virtud del cual una persona física o moral denominada fideicomitente, transmite y destina determinado patrimonio (bienes o derechos) a una institución fiduciaria encomendándole la realización de fines determinados y lícitos en beneficio de una tercera persona o en su propio beneficio.

Las partes que intervienen en el contrato de fideicomiso son:

• Fideicomitente: Es la persona que destina bienes o derechos para constituir el fideicomiso.

• Fideicomisario: Es la persona que recibe el beneficio derivado del fideicomiso, puede ser el mismo fideicomitente.

• Fiduciario: Institución con autorización para llevar a cabo operaciones fiduciarias y quien recibe los bienes del cliente (Patrimonio) para realizar los fines lícitos determinados por el fideicomitente.

El régimen general del Fideicomiso está establecido en los artículos 346 a 359 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. En forma adicional podemos encontrar un número importante de previsiones sobre la materia en los artículos 79 a 83 y 85 de la Ley de Instituciones de Crédito; 3o. y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 40 a 45 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; el Título séptimo del Manual de Normas Presupuestarias, para la Administración Pública Federal y la comprobación del manejo transparente de los recursos públicos federales otorgados a fideicomisos, mandatos o contratos análogos; entre otras disposiciones.

Las finalidades que puede tener un fideicomiso son tan diversas que pueden consistir, entre otras, en la inversión y reinversión de los recursos monetarios del cliente; realizar pagos con cargo a dicho fondo; en la administración de fondos a favor de trabajadores o empleados, para el pago de sus primas de antigüedad, pensiones, jubilaciones y fondos de ahorro, etc.; depósitos condicionales; para el desarrollo inmobiliario; para la emisión de certificados bursátiles o de certificados de participación ordinarios; para el establecimiento de garantías, etc.

En días pasados, los diarios de mayor circulación en territorio nacional dieron a conocer información relativa al contrato de Fideicomiso de fecha 29 de noviembre de 2012, firmado por el Gobernador Constitucional del estado de Puebla con la empresa Evercore para que ésta administre por 50 años los recursos obtenidos del cobro del Impuesto Sobre la Nómina, los cuales se usarán para el pago a proveedores y contratistas del Estado de Puebla.

Son al menos 12 fideicomisos, con nombre y apellido, los que el gobierno del estado tiene registrados y a los que destinó en 2014 poco más de mil millones de pesos, de acuerdo con información de la cuenta pública de ese año. Ninguno de ellos es el fideicomiso para la administración de los ingresos por concepto de Impuesto Sobre la Nómina que fue dado a conocer por el diario Reforma en su edición del martes 2 de febrero.

De acuerdo con un estudio realizado por el Colegio de Contadores de México (IMCP) denominado “Algunas Consideraciones sobre el Fideicomiso Público”1, define los Fideicomisos Públicos como aquellos contratos por medio de los cuales el gobierno federal, los gobiernos de los estados o los ayuntamientos, con el carácter de fideicomitentes, transmiten la titularidad de determinados bienes públicos o privados o afecta fondos públicos en una institución fiduciaria para realizar un fin lícito determinado de interés público.

Conocida la transacción mediante la cual el gobierno estatal de Rafael Moreno Valle Rosas entregó los recursos del Impuesto Sobre la Nómina (ISN) a un fideicomiso privado

El Centro de Estudios de Desarrollo Económico y Social de la Facultad de Economía de la Universidad Autónoma de Puebla, precisó que son “9 mil 525. 281 millones de pesos que no se sabe a ciencia cierta a donde se fueron por el fideicomiso”.

Dicho Centro de Estudios ha hecho un desglose de las obras que han sido financiadas con el esquema de PPS, en la cual destaca el segundo piso de la México–Puebla, que tiene un costo de 5 mil millones de pesos a pagar en 30 años y una tasa de interés por contrato de 13.56 por ciento. De la cual será beneficiado el consorcio OHL–Pinfra, con un cobro total de 20 mil millones 340 mil pesos.

El Centro Integral de Servicios, con un precio de 3 mil 800 millones de pesos, a liquidarse en 23 años a la empresa GTC, tiene una tasa de interés por contrato de 9.57 por ciento, por lo que su costo final será de 8 mil 364.18 millones de pesos.

Pero también hubo inyección directa de recursos públicos a la iniciativa privada. Las plataformas para la planta alemana armadora de vehículos Audi costaron 2 mil millones de pesos a liquidarse en un cuarto de siglo a Construcciones y Desarrollo Inmobiliarios Santa Fe, con una tasa de interés por contrato de 13.56 por ciento, lo cual al final significará una erogación de 6 mil 508.5 millones de pesos.

La autopista Cuapiaxtla–Cuacnopalan, que tiene un costo de mil 662 millones de pesos a pagar en 20 años a la empresa Edificaciones y Desarrollo de Ingeniería S.A. de C.V., con una tasa de 13.56 por ciento, tendrá al final un costo de 4 mil 891.9 millones de pesos.

El llamado “alumbrado ecológico” para 17 municipios tuvo un costo de mil 4.2 millones de pesos a saldarse en 10 años a la empresa Infraenergía, con una tasa de 13.56 por ciento, lo que al final significará un costo de mil 361.68 millones de pesos.

La estrella de Puebla, un juego mecánico presentado por el gobernador Rafael Moreno Valle Rosas como el mayor atractivo turístico en la entidad, tuvo un costo de 400 millones de pesos a pagarse en 25 años a la compañía Maurer German Wheels, con una tasa de 13.56 por ciento, lo que elevará su costo a mil 301.7 millones de pesos.

El Parque Paseo del Teleférico, que tuvo un costo de 220.7 millones de pesos a pagarse en 20 años a la empresa Ay PP Construcciones CEMS, con una tasa de interés por contrato de 13.56 por ciento, terminará costando a los poblanos 598.53 millones de pesos.

Finalmente, el nuevo edificio de la Procuraduría General de Justicia, con un costo de 158 millones de pesos a pagarse a 20 años a Edificaciones y Desarrollo de Ingeniería con una tasa de 13.56 por ciento, terminará costando 465 millones de pesos.

La administración morenovallista ha rechazado en distintas ocasiones que el gobierno del estado de Puebla haya contratado algún tipo de deuda. Pero el aumento de esos pasivos financieros se realizó por medio de los Proyectos de Prestación de Servicios en el sexenio actual ya que de acuerdo a la ley de contabilidad gubernamental, deben ser identificadas como obligaciones de tipo financieras.

Según la inauguración de obras de los últimos años, el gobierno estatal ha contratado 21 mil 554 millones de pesos en PPS. Se hacen estimaciones porque el gobierno estatal no ha hecho público el saldo de al menos 7 proyectos de prestación de servicios, reporta en una nota publicada en el Diario Intolerancia, de Puebla.

Esta información no aparece en ningún documento oficial. Solo aparecen, el CIS en la Ley de egresos y la compra de equipo de alumbrado para 8 municipios. Si se revisan los informes presentados del 15 de enero de 2013 al 15 de enero de 2015, o las cuentas públicas de julio en esos años o en los informes de finanzas públicas, el gobierno de Puebla no ha presentado esta información.

Referente al Fideicomiso con la empresa Evercore, en días pasados el Jefe de la Oficina del Ejecutivo, Roberto Moya Clemente, rechazó que la administración estatal haya hipotecado los ingresos por concepto de Impuesto sobre Nómina (ISN) para los próximos años. El funcionario calificó de “errónea” la información difundida en un periódico de circulación nacional en la que se aseguró que la partida –que fue de 2.4 millones de pesos en 2014– por concepto de ISN, fue integrada a un fideicomiso a modo de hipoteca, sin embargo tampoco fue capaz de brindar información al respecto, cito: “en primer lugar, no hay hipoteca; de ninguna forma se hipoteca el Impuesto de Nómina”. Sostuvo que ningún movimiento financiero que haga el gobierno estatal se encuentra fuera del marco que el Congreso local aprobó en su oportunidad, al estudiar el Presupuesto del estado.

A pesar de las declaraciones que Moya Clemente realizó ante medios de comunicación, quedan muchas dudas al aire ya que la información es imprecisa.

El gobierno de Moreno Valle ha ocultado la información sobre el manejo de los PPS. Si se revisa el rubro 3 denominado “Gobierno honesto y al servicio de la gente” o el 3.1 Gasto público por ningún lado aparece algún reporte sobre los PPS. Lo único que hay es lo relativo a los proyectos de prestación de servicios de 8 municipios que contrataron con la empresa Reingeniería SA de CV.

Lo que está haciendo la administración estatal es proporcionar información incompleta. Se trata de documentos oficiales que son incompletos, parciales y entonces el gobierno de Puebla está ocultado la información sobre los PPS. En realidad lo que está haciendo es “ocultar la nueva deuda” que ha adquirido esta administración.

Esta Legislatura se ha preocupado en todo momento por la transparencia y acceso a la información pública de todos los gobernados y el caso al que nos referimos no coincide con el espíritu que este Legislativo ha determinado. Al respecto, la propia legislación del estado de Puebla establece en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece en el artículo 2, quienes son sujetos obligados:

Artículo 2. Los Sujetos Obligados de esta Ley son:

I. El Poder Ejecutivo, sus Dependencias y Entidades;

II. El Poder Legislativo y cualquiera de sus Órganos;

III. El Poder Judicial y cualquiera de sus Órganos;

IV. Los Tribunales Administrativos, en su caso;

V. Los Ayuntamientos, sus Dependencias y Entidades;

VI. Los Órganos constitucional o legalmente autónomos; y

VII. Los Partidos Políticos.

Al respecto, el artículo 4 refiere que toda la información generada, administrada o en posesión de los Sujetos Obligados se considera información pública, accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que establece esta Ley y el resto de la normatividad aplicable.

Refiriéndonos a la misma Ley, los Sujetos Obligados que generen, obtengan, administren, manejen, archiven o custodien información pública serán responsables de la misma en los términos de esta Ley y de las demás disposiciones jurídicas aplicables.

Se establece además que toda la información en poder de los Sujetos Obligados estará a disposición de las personas interesadas en los términos y plazos de la referida Ley, salvo aquella que se considere como información de acceso restringido en sus distintas modalidades.

Es importante mencionar que el mismo artículo 9 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública párrafo tercero establece:

El servidor público responsable de la pérdida, destrucción, modificación, alteración u ocultamiento de los documentos, archivos, registros o datos en que se contenga información pública será sancionado en los términos de la legislación aplicable.

En tal virtud, es imprescindible resaltar la responsabilidad que las autoridades competentes tienen con relación al fideicomiso del que se cita.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 79 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, con carácter de urgente u obvia resolución, la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo que exhorta al Gobierno del estado de Puebla para que realice las investigaciones pertinentes e informe a esta soberanía, sobre los distintos Fideicomisos que el gobierno del Estado de Puebla ha contratado durante la presente administración.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Auditoría Superior del estado de Puebla a que en el ámbito de sus atribuciones, realice las investigaciones sobre los distintos Fideicomisos que el Gobierno del estado de Puebla ha contratado durante la presente administración, para que la opinión pública conozca el destino y asimismo transparente y se haga pública la contratación de los Proyectos para la Prestación de Servicios, en cumplimiento a las obligaciones de transparencia y acceso a la información pública, delimitando montos, tiempos, intereses, contratistas y fuente de pago de cada uno de ellos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 9 de febrero de 2016.

Diputado Víctor Manuel Giorgana Jiménez (rúbrica)



Efemérides

Con motivo del Día Mundial de los Humedales, a cargo del diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del PRD

El 2 de febrero se conmemoró, como cada año, el Día Mundial de los Humedales. Esto se debe a que en esa fecha fue firmado en 1972 el Convenio sobre los Humedales, en la ciudad iraní de Ramsar, por lo que se le denomina Convención de Ramsar.

La Convención de Ramsar sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos. Uno de sus principales logros ha sido la creación de la lista de humedales de importancia internacional. Dicha lista está compuesta por 2 mil 227 humedales de 169 países con una superficie de 214 millones 326 mil 438 hectáreas1 . México se adhirió al convenio en 1986, y hasta febrero 2014 había incorporado a la Lista de Humedales de Importancia Internacional 142 sitios con una superficie de 8 millones 643 mil 581 hectáreas2.

En el caso de México, la Ley de Aguas Nacionales define en su fracción XXX de su artículo 3o., a los humedales como: “Las zonas de transición entre los sistemas acuáticos y terrestres que constituyen áreas de inundación temporal o permanente, sujetas o no a la influencia de mareas, como pantanos, ciénagas y marismas, cuyos límites los constituyen el tipo de vegetación hidrófila de presencia permanente o estacional; las áreas en donde el suelo es predominantemente hídrico; y las áreas lacustres o de suelos permanentemente húmedos por la descarga natural de acuíferos.”

Por otra parte, la Convención de Ramsar hace uso de una definición más amplia, ya que además de considerar a pantanos, marismas, lagos, ríos, turberas, oasis, estuarios y deltas, también considera sitios artificiales como embalses, salinas y zonas marinas próximas a las costas cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros, los cuales pueden incluir a manglares y arrecifes de coral3 .

El lema de este año es Humedales para nuestro futuro: medios de vida sostenibles . La Secretaría de la Convención de Ramsar ha elegido este lema para demostrar el papel esencial que desempeñan los humedales para el futuro de la humanidad y particularmente su relevancia para el logro de los nuevos Objetivos de Desarrollo Sostenible.

El Informe Nacional de México sobre la Aplicación de la Convención de Ramsar sobre los Humedales que se presentó a la duodécima reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes en el 2015, señala que: “como resultado del Inventario Nacional de Humedales se determinó que en México existen 6 mil 464 complejos de humedales, que cubren alrededor de cinco por ciento de la superficie del territorio nacional”4 . Esto llevaría a estimar alrededor de 10 millones de hectáreas identificadas como superficie de humedal en el país.

Sin embargo, el propio informe advierte: “Una radiografía actual de la situación de los humedales en el país, indica que para el caso de aquellos que cuentan con la designación internacional Ramsar, en la mayoría de los casos, ha permitido detonar o acelerar los procesos para la planificación de su manejo de manera participativa y transparente. Por el otro lado, los humedales del territorio nacional que no cuentan con ningún esquema de protección o reconocimiento, están siendo amenazados o, en algunos casos, sometidos a procesos de degradación, modificando sus características ambientales. Los factores causantes en general son la deforestación de las cuencas y microcuencas, el arrastre de sedimentos y nutrientes, la construcción de diferente tipo de infraestructura, así como procesos de alta eutrofización que favorece la aparición de florecimientos algales y proliferación de malezas.”

Agrava más este hecho la omisa atención que dan las autoridades al problema de la devastación de los manglares. El ejemplo del proyecto Tajamar impulsado por una institución del gobierno federal como el Fondo Nacional del Turismo (Fonatur), es claro ejemplo de ello

Debe agregarse que la ciencia de la ecología ha hecho claro que la destrucción de humedales costeros, como el ecosistema de manglar, con seguridad ha contribuido al incremento de daños a las poblaciones y sus habitantes en las zonas costeras de nuestro país.

La fuerza de la naturaleza nos ha demostrado que somos vulnerables ante ella, y que la irresponsabilidad con la que nos hemos conducido hacia el cuidado de la misma nos hace directamente responsable de muchas de las catástrofes naturales por las que hoy atraviesa, no sólo nuestro país, sino el planeta entero.

Estamos ciertos de que la sociedad mexicana debe conocer y entender que conservar humedales es una opción económica viable y de futuro sostenible. La conservación y protección de los humedales, en especial de los manglares y otros ecosistemas no está peleada con generar ingresos y bienestar para la sociedad. Como al parecer los intereses de una minoría nos quiere hacer ver. Por el contrario, la única opción que tiene la sociedad para asegurarse un bienestar a corto, mediano y largo plazo es justamente la conservación de la naturaleza de la que forma parte para así transitar hacia un desarrollo sustentable.

Por ello, desde el Grupo Parlamentario del PRD en la Cámara de Diputados, tenemos como objetivo crear una política nacional consistente y sin demagogia o retorica para la conservación, restauración y aprovechamiento sustentable de humedales, en especial del ecosistema manglar.

Notas

1 http://www.ramsar.org/es
2 http://ramsar.conanp.gob.mx/la_conanp_y_los_humedales.php

3 Ibíd.
4 http://www.ramsar.org/sites/default/files/documents/2014/national-repor ts/COP12/cop12_nr_mexico.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputado Fernando Rubio Quiroz (rúbrica)

Con motivo del Día Mundial contra el Cáncer, a cargo del diputado José Refugio Sandoval Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PVEM

El Instituto Nacional de Cancerología define a esta terrible enfermedad, como el padecimiento crónico-degenerativo de mayor incidencia entre los adultos, y representa la tercera causa de muerte entre los mexicanos, después de las enfermedades cardiovasculares y la diabetes.

Anualmente, la incidencia de este padecimiento crece entre un 10 y 15 por ciento, lo que extrañamente refleja un aumento en el nivel de consciencia en las personas que acuden al médico para su diagnóstico ante la presencia de los primeros indicios de la enfermedad.

Por género, la prevalencia de esta enfermedad es variada, las mujeres padecen principalmente cáncer de mama, cáncer cervicouterino y de ovario; mientras que en los hombres predomina el cáncer de próstata, pulmón, estómago, hígado y colorrectal.

Al año se diagnostican 160 mil nuevos casos de enfermos de cáncer; nueve mexicanos mueren cada hora por este padecimiento. Respecto de las causas que lo originan encontramos que un 30 por ciento de las muertes se deben a cinco factores de riesgo conductuales y dietéticos: índice de masa corporal elevado, ingesta reducida de frutas y verduras, falta de actividad física, consumo de tabaco y consumo de alcohol.

El consumo de cigarro es el factor de riesgo más importante y la causa del 22 por ciento de las muertes mundiales por cáncer.

Las cifras sin duda son alarmantes, hoy en día es muy común hablar de enfermos de cáncer y en consecuencia de las opciones para su tratamiento, las cirugías, quimioterapia y radioterapia, son las vías idóneas para su combate e incluso erradicación.

Al respecto, es importante distinguir que cada cáncer es diferente, y cada persona responde de forma distinta al tratamiento; por esta razón, es mejor no comparar a una persona con otra, ni asumir que un tratamiento es universal.

De ahí que las investigaciones continúen, que no se dé por ganada la batalla contra este enfermedad, pues desafortunadamente conforme avanzan las investigaciones se descubren nuevas afectaciones o simplemente nuevos tipos de cáncer.

Para ello, como sociedad no nos queda más que hacer consciencia y poner en práctica acciones preventivas que nos permitan evitar la presencia de la enfermedad o bien, hacer frente a la misma de manera prematura, para garantizar con ello su cura.

A nivel mundial se han establecido programas y mecanismos de acción que intentan sensibilizar a las personas sobre la gravedad del cáncer, sus posibles causas y tratamientos.

Ejemplo de ello son las acciones emprendidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), que en el 2008, puso en marcha el plan de acción sobre enfermedades no transmisibles, que abarca intervenciones específicas contra el cáncer.

La OMS y el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer, organismo especializado que depende de ella, colaboran con otras organizaciones de las Naciones Unidas y asociados con el fin de:

• Aumentar el compromiso político con la prevención y el control del cáncer;

• Coordinar y llevar a cabo investigaciones sobre las causas del cáncer y los mecanismos de la carcinogénesis en el ser humano;

• Elaborar estrategias científicas de prevención y control del cáncer;

• Generar y divulgar conocimientos para facilitar la aplicación de métodos de control del cáncer basados en datos científicos;

• Elaborar normas e instrumentos para orientar la planificación y la ejecución de las intervenciones de prevención, detección temprana, tratamiento y atención;

• Facilitar la formación de amplias redes mundiales, regionales y nacionales de asociados y expertos en el control del cáncer;

• Fortalecer los sistemas de salud locales y nacionales para que presten servicios asistenciales y curativos a los pacientes con cáncer, y

• Prestar asistencia técnica para la transferencia rápida y eficaz de las prácticas óptimas a los países en desarrollo.

Acciones que se suman a la conmemoración anual del Día Mundial de la Lucha Contra el Cáncer, que cada 4 de febrero busca difundir que: “Ésta enfermedad no es sinónimo de muerte, pero ante cualquier sospecha, lo ideal es acudir al médico de inmediato, ya que en etapas tempranas, el cáncer, se puede curar.”

Bajo esta premisa, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, se suma a las acciones informativas y de difusión, invitando a todas las diputadas y diputados integrantes de la presente legislatura, para que en el marco de sus atribuciones se sumen a la lucha contra el cáncer, aportando ideas, generando trabajos y diseñando políticas públicas que le permitan a nuestra sociedad contar con elementos de prevención y cuidado de esta enfermedad.

Hacemos propio el mensaje de la Organización de las Naciones Unidas para conmemorar este 2016 el Día Mundial contra el Cáncer: “Nosotros podemos. Yo puedo. Nosotros podemos trabajar juntos, yo puedo inspirar”, seamos inspiración de las personas que han depositado la confianza en nosotros como sus representantes para trabajar por un objetivo común, garantizar el bienestar y la salud de las y los mexicanos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 9 días del mes de febrero de 2016.

Diputado José Refugio Sandoval Rodríguez (rúbrica)

Con motivo del 4 de febrero, Día Mundial contra el Cáncer, a cargo de la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El jueves 4 de febrero se celebró el Día Mundial contra el Cáncer 2016, la enfermedad que más vidas cobra en el mundo y representa una de las mayores preocupaciones y problemas financieros de la humanidad. No en vano el cáncer matará a más de 8 millones de personas en todo el mundo este 2016, la mitad de ellas personas en edad laboral.

Pese a los avances que se han tenido para el tratamiento del cáncer, 70 por ciento de los 160 mil casos nuevos que se diagnostican cada año en México están en etapas avanzadas, por lo que es necesario reforzar las campañas informativas y de prevención.

El Instituto Nacional de Cancerología en México ha extendido sus esfuerzos más allá de sus paredes para luchar contra esta enfermedad compartiendo sus conocimientos y experiencias a otras instituciones.

El director de dicho instituto, Abelardo Meneses García, ha destacado que uno de los factores que han detonado los padecimientos con cáncer es precisamente el cambio de estilo de vida de los mexicanos como resultado del proceso de modernización y urbanización y que han derivado en sedentarismo, mala alimentación y estilos de vida insanos.

De 1980 a la fecha, los padecimientos cardiovasculares, la diabetes y el cáncer, pasaron de ser de 40 por ciento a 80 por ciento de las principales causas de esta enfermedad.

En el caso del cáncer, uno de los factores principales es el tabaquismo. Esto se debe a que hay 16 tipos de tumores fuertemente relacionados con el tabaquismo. A ello se suma el hecho que el gasto en salud es de más de 61 mil millones de pesos únicamente por atender a pacientes relacionados con el consumo del tabaco; cerca de seis millones de casos nuevos se registran en el mundo.

De ahí la importancia de hacer estas campañas para influir en temas de educación con la finalidad de evitar que los jóvenes empiecen a fumar a edades cada vez más tempranas.

Organismos internacionales, nacionales, locales, todos coinciden que el cambio en el estilo de vida y una sana alimentación favorecen la reducción de factores que generan cáncer, sobre todo considerando que 70 por ciento de la población tiene sobrepeso u obesidad, por lo que las dietas hipercalóricas es lo que tenemos que evitar y en México, desafortunadamente existe un alto consumo de alimentos hipercalóricos, encabezados por los refrescos, siendo este otro gran tema.

A escala mundial, con el lema de la campaña We can. I can. (Nosotros Podemos. Yo puedo), el Día Mundial contra el Cáncer representa una oportunidad única para llamar la atención sobre lo que puede hacerse para tratar el cáncer, salvar millones de muertes evitables y, a su vez, apoyar el desarrollo y crecimiento económico global.

La Unión para el Control Internacional del Cáncer, la mayor ONG internacional, recomienda un paquete de “medidas esenciales” contra el cáncer que salvan vidas:

- Implantación de los programas de vacunas que evitan infecciones que causan el cáncer cervical y de hígado;

- Escalada de mayor acceso a los programas de detección temprana y exploración de los cánceres cervical, de mama e intestino y tratamiento de seguimiento;

- Mejora de impuestos, regulación y control del tabaco; y

- Alivio del dolor y cuidados paliativos para todos los pacientes con cáncer.

Se ha estimado que las implicaciones del coste en las economías mundiales causadas por el cáncer y otras enfermedades no comunicables, podrían ser de hasta 47 billones de dólares estadounidenses si no se toman medidas para reducir el crecimiento anticipado en casos en las próximas dos décadas. Esto produce un mayor impacto económico que la crisis financiera global de 2008 y representa 75 por ciento del producto interno bruto global.

Por lo anterior, la conmemoración del Día Mundial contra el Cáncer representa una oportunidad de reflejar lo que todo el mundo puede hacer para reducir el efecto de esta devastadora enfermedad, ahora y en el futuro.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2016.

Diputada Claudia Sofía Corichi García (rúbrica)