Dictámenes


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De la Comisión de Deporte, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de cultura de paz en el deporte

HONORABLE ASAMBLEA:

La Comisión Deporte de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158 numeral 1 fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos del mencionado ordenamiento, esta comisión somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen con base en los siguientes:

I. ANTECEDENTES.

1. Con fecha 15 de diciembre de 2015, el diputado Fidel Kuri Grajales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, presentó ante el Pleno de esta Cámara de Diputados, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XIII al artículo 2; se reforma la fracción XXIII del artículo 30; y se reforman las fracciones I y II del artículo 140 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

1. El documento fue turnado por la Mesa Directiva para análisis y dictamen, a la Comisión de Deporte, el 20 de enero de 2016, a través del oficio No.D.G.P.L.63-II-4-283, mediante el número de expediente 1259.

2. Con la finalidad de contar con más elementos de análisis para la discusión, la Junta Directiva de la Comisión de Deporte, solicitó a la Mesa Directiva, prórroga para el análisis y dictamen de la iniciativa en cuestión, la misma fue concedida el 1º de marzo de 2016.

3. La Comisión de Deporte analizó y discutió el dictamen en su reunión ordinaria de fecha 21 de abril de 2016.

II. CONTENIDO DE LA INICIATIVA

a) Los diputados promoventes inician la exposición de motivos de su iniciativa citando a la directora general de la UNESCO, señora Irina Bokova, quien afirmó que el deporte es uno de los pilares de una sociedad sana, que confía en sí misma, unida y diversa a la vez, basada en los derechos humanos y la igual dignidad de todos. Proporciona un espacio en el que se pueden compartir pasiones, en el que las comunidades pueden reunirse y los desfavorecidos adquirir algún poder.

b) Asimismo los diputados autores de la iniciativa mencionan que los juegos deportivos como factor de convivencia social contribuyen al sano desarrollo las relaciones sociales, y sus beneficios tienen alcances variados como la cooperación, la solidaridad, la cohesión familiar entre muchos otros. Igualmente hace despertar en los individuos el espíritu competitivo y moral por el respeto a las reglas, la disciplina, la perseverancia, y la honestidad que contribuyen a que las personas desarrollen estos valores no solo en sus prácticas deportivas, sino en su vida cotidiana.

c) También aluden a que las competencias deportivas, tanto individuales como de grupo, no sólo involucran a los contendientes, sino a todas las personas que tienen responsabilidad directa o indirecta en el desempeño de los deportistas, así como a las que sin tener dicha responsabilidad sienten una inclinación o preferencia por el deportista o el equipo que contiende en el juego o competencia.

d) Refieren que el deporte, a su vez, es una actividad individual o de conjunto que, sujeta a reglas establecidas, implica una competencia en igualdad de circunstancias, en la que el triunfo debe ser fruto exclusivo de la preparación, la disciplina, la capacidad, la habilidad y el esfuerzo personal o colectivo. El deporte sublima la inclinación natural del ser humano a buscar la victoria, mediante el empleo máximo de sus capacidades, la realización de su mayor esfuerzo y el respeto al espíritu del juego limpio.

e) Los diputados promoventes son enfáticos en que el deporte acarrea pasión, manifestándose en la afición de las personas que acuden a los recintos y lugares donde se llevan a cabo las competencias, suscitando en muchas ocasiones el desbordamiento de las pasiones que conllevan a actos violentos, tanto a nivel de cancha como extra cancha, con lo cual se desvirtúa la esencia armónica del deporte.

f) Indican que la violencia y la confrontación en el ámbito deportivo se han presentado en todos los niveles de competencia, desde el juego llanero hasta las más importantes competencias a escala mundial, lo cual hace evidente que las competiciones deportivas presentan múltiples aristas, ya que los estados de emoción violenta suelen ser susceptibles tanto en jugadores, competidores, entrenadores, auxiliares, directivos e incluso miembros de la prensa.

g) Los diputados promoventes observan que las contiendas deportivas, y más en el ámbito profesional, han sido verdaderos caldos de cultivo para la aparición de la violencia, contrario a lo que debiera ser, como factor necesario para promover los buenos hábitos, el respeto y la tolerancia así como la formación de una identidad.

h) En la exposición de motivos se hace referencia a que desgraciadamente, en la actualidad ha acontecido tanto en nuestro país como en otros, un incremento de la violencia provenida desde las rivalidades entre grupos de aficionados identificados con clubes deportivos “supuestamente” opuestos, hasta las riñas dadas en juegos callejeros o llaneros, ocasionando agresiones hacia las personas.

i) Se hace referencia a que la pasada legislatura tomó cartas en el asunto al proponer, discutir y aprobar un decreto que reformó y adicionó la Ley General de Cultura Física y Deporte para combatir la violencia en los espectáculos deportivos con el fin de proteger a las personas que asisten a presenciarlos.

j) Los promoventes reiteran la problemática de que últimamente se ha visto que la violencia que se presenta en el deporte, no sólo acontece en las gradas con los aficionados, sino que ha ocurrido en otros espacios y con otros actores, como las canchas y los miembros de los equipos.

k) Ante estas situaciones, los diputados consideran necesario la promoción de una cultura de paz en el deporte desde todos los niveles, desde el profesional hasta el amateur en todas las competencias. Indican que su iniciativa toma como principal justificación la reforma hecha a la fracción VI de la Ley General de Educación, la cual incluyó como uno de los fines de la educación que imparta el Estado, la promoción de valores y propiciar la cultura de paz.

Los diputados promoventes citan extractos del dictamen que presentó la Comisión de Educación y Servicios Educativos de la LX Legislatura referente a lo resuelto por la Asamblea General de la ONU sobre cultura de paz, lo cuales se transcriben a continuación:

La proclamación en 1998 del Decenio Internacional de una cultura de paz y no violencia para los niños del mundo 2001-2012, establece que:

• ... se causan enormes daños y padecimientos a los niños mediante diversas formas de violencia en todos los planos de la sociedad en el mundo entero y que una cultura de paz y no violencia promueve el respeto a la vida y a la dignidad de todo ser humano, sin prejuicios ni discriminaciones de ninguna índole...

• la educación debe desempeñar la función de... forjar una cultura de paz y no violencia, en particular mediante la enseñanza de la paz y la no violencia a los niños...

• que la promoción de una cultura de paz y no violencia para aprender a vivir juntos en paz y armonía... debería emanar de los adultos e inculcarse a los niños;

l) La iniciativa también indica que para atender estas resoluciones, en octubre de 1999, la Asamblea General de la ONU aprobó la Declaración y Programa de Acción sobre una Cultura de Paz, el cual establece lo siguiente:

El artículo 1o. de esta declaración establece que una cultura de paz es un conjunto de valores, actitudes, tradiciones, comportamientos y estilos de vida basados en:

a) El respeto a la vida, el fin de la violencia y la promoción y la práctica de la no violencia por medio de la educación, el diálogo y la cooperación.

En el artículo 2o. se define: El progreso hacia el pleno desarrollo de una cultura de paz se logra por medio de valores, actitudes, comportamientos y estilos de vida propicios para el fomento de la paz entre las personas, los grupos y las naciones.

El deporte es una herramienta para la reconciliación social y humanitaria y, además de ser un elemento potencial para procesar y alcanzar una cultura de paz, funge como un factor importante para contribuir a un cambio social.

m) Otro motivo que impulsa la presentación de esta iniciativa, el eje de acción del Plan Nacional de Desarrollo, “Un México en Paz” donde alude a que “México ha enfrentado en los últimos años una problemática sin precedentes en términos de seguridad pública... Para que un país logre la paz debe comenzar por prevenir la violencia contra los niños, niñas y adolescentes, y lograr el goce efectivo de sus derechos”.

n) Se alude que en el Foro Internacional para el Desarrollo y la Paz, llevado a cabo en Ginebra el 10 y 11 de mayo de 2011, organizado por la ONU, se afirmó que por medio de modelos de conducta, el deporte puede promover el liderazgo y lograr alcanzar a los jóvenes, añadiendo un mensaje educativo al deporte o eventos deportivos puede elevar la conciencia en asuntos sociales de diversa índole. Y la respuesta ha sido formidable, ya que hemos visto que el deporte profesional se ha involucrado en las acciones loables como las campañas de prevención de cáncer por citar un ejemplo.

o) De los planteamientos expuestos, los diputados promoventes proponen establecer como principio en el ejercicio del deporte, el fomento a las actitudes solidarias y a propiciar la cultura de paz a fin de que todos los actores involucrados en el deporte acaten como imperativo categórico el respeto en todas las actitudes y los comportamientos que generen la convivencia pacífica y armónica.

p) Asimismo, mencionan que la reforma plantea dotar a la CONADE la facultad de definir los lineamientos para la cultura de paz en el deporte, la cual complementará sus acciones tendientes a prevenir la violencia en el deporte.

q) Los promoventes proponen incluir el fomento de la cultura de paz dentro de las atribuciones de la Comisión Especial contra la Violencia en el Deporte, en razón de que es el organismo especializado para prevenir la violencia en el deporte, siendo la cultura de paz una herramienta idónea para lograr la erradicación de la violencia en todas sus manifestaciones.

r) Por último, los suscritos mencionan que si bien la paz es responsabilidad de todos, la paz la hacemos todos, pero también, la cultura de paz es una responsabilidad de Estado, pues es la organización social por antonomasia que se erige como el garante de la paz.

En ese tenor, la iniciativa se presenta en los siguientes términos:

Decreto

Único. Se adiciona la fracción XIII al artículo 2; se reforma la fracción XXIII del artículo 30; y se reforman las fracciones I y II del artículo 140 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:

Artículo 3. ...

XIII. Fomentar actitudes solidarias, propiciar la cultura de paz, de la legalidad y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones.

Artículo 30. La Conade tiene las siguientes atribuciones:

XXIII. Definir los lineamientos para la lucha contra el dopaje en el deporte, la prevención de la violencia y el fomento de la cultura de paz en el deporte;

Artículo 140. Las atribuciones de dicha comisión especial, además de las que se establezcan en el reglamento respectivo, serán:

I. Promover e impulsar acciones de prevención contra la violencia y la cultura de paz en el deporte;

II. Fomentar, coordinar y realizar campañas de divulgación y de sensibilización en contra de la violencia, así como de propiciar la cultura de paz con el fin de conseguir que el deporte sea un referente de integración y convivencia social;

III. ...

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

III. CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN

Esta comisión dictaminadora coincide con los motivos expuestos en la iniciativa, en el sentido de que la competencia deportiva es un factor para la sana convivencia y que fomenta la cooperación, la solidaridad, la cohesión familiar entre muchos otros.

Se comparte la preocupación de los proponentes sobre la incidencia de la violencia no solo en los eventos deportivos masivos con fines de espectáculo, sino de cualquier clase, ya que en múltiples ocasiones, se han suscitado hechos violentos en competencias deportivas.

Se ha visto que en muchas de las competencias deportivas se desatan pasiones en los individuos que concurren en ellas, desde los mismos competidores hasta los aficionados, lo cual ha provocado que existan agresiones tanto físicas como verbales, propiciando un ambiente de tensión social, en lo que debería ser un ambiente de diversión y esparcimiento.

En consecuencia, como lo indica la iniciativa, el Poder Legislativo Federal ha emprendido acciones tendientes a liberar de la violencia en todas sus manifestaciones a las competencias deportivas, siendo un de esas acciones las modificaciones a la Ley General de Cultura Física Deporte para combatir la violencia en los recintos para proteger a las personas que asisten a ver los eventos deportivos.

Los miembros de esta comisión, consideramos que el combate a la violencia en el deporte, implica la realización de varias acciones, entre ellas la del fomento de valores de integración y convivencia social.

En la propuesta de los diputados iniciadores, pretenden incluir en la Ley General de Cultura Física y Deporte el fomento de la cultura de paz, lo cual a juicio de esta comisión, es un cometido loable. Sin embargo, esta comisión hace la precisión de que para llevar a cabo las acciones para fomentar la cultura de paz, es necesario el esfuerzo generalizado para modificar mentalidades y actitudes con ánimo de promover la paz. Significa transformar los conflictos, prevenir los conflictos que puedan engendrar violencia y restaurar la paz y la confianza en poblaciones que emergen de la guerra.

Pero su propósito trasciende los límites de los conflictos armados para hacerse extensivo también a las escuelas y los lugares de trabajo del mundo entero, los parlamentos y las salas de prensa, las familias y los lugares de recreo, tal y como lo afirma la UNESCO.

En este orden y tomando en cuenta lo mencionado por la UNESCO, las competencias deportivas constituyen verdaderos espacios de recreo, ya que el deporte posee un potencial catalizador para reducir conductas antisociales, por su esencia de competencia basada en la reglamentos, códigos de conducta y una férrea disciplina, no obstante es sabido como lo afirma la iniciativa que en él se han llevado a cabo lamentablemente penosos sucesos de violencia en todos los niveles.

Tomando en cuenta el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio del 2008, por el que se reformó la fracción VI del artículo 7o. de la Ley General de Educación, esta comisión considera relevante que uno de los fines de la educación es propiciar la cultura de la legalidad, de la paz y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones y que siendo el deporte un medio educativo, es menester que en todas sus actividades se realicen dentro de los cauces pacíficos que propicien el mejoramiento de las relaciones sociales.

El deporte entendido como un conjunto de actividades físicas y psicológicas en el que se desarrollan habilidades, destrezas y la fuerza física encaminadas a la superación por medio de la competencia, ya sea con en lo individual o con adversarios, debe ser enfocado hacia la consecución de los más altos valores sociales que permitan alejar a quienes lo practican de conductas viciosas y violentas, así como a quienes tienen el sentimiento de pertenencia o de identidad con un competidor.

Por lo anterior, es que esta Comisión considera importante que se defina en la Ley General de Cultura Física y Deporte la necesidad de promover la cultura de paz y la no violencia a través de la educación para la formación de niños, niñas y jóvenes, lo cual orientará la revisión de la política y programas de deporte para asegurar que en los centros deportivos, las escuelas, así como en las ligas de las asociaciones y federaciones deportivas se promueva la cultura por la paz y la no violencia.

Esta comisión concuerda con lo que anteriormente se ha planteado en el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de mayo de 1981, por el que se crea el Consejo Nacional del Deporte, acerca de que la práctica del deporte constituye un medio calificado para el desarrollo de la educación, cuidado de la salud, fortalecimiento del sentimiento de la nacionalidad e identidad, y en general, un factor esencial para el desarrollo integral del individuo.

También resalta en este mismo decreto, que el diseño, conducción y orientación de la política nacional en materia deportiva constituye una responsabilidad del Poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Educación Pública, y que en la realización de estas acciones es conveniente coordinar y encauzar al logro de objetivos comunes vinculados a las necesidades y el desarrollo del país.

De igual forma, se concuerda con lo planteado en la iniciativa en relacionar la cultura de paz con el eje trazado en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, “Un México en Paz” en el que se expone que “México ha enfrentado en los últimos años una problemática sin precedentes en términos de seguridad pública...Para que un país logre la paz debe comenzar por prevenir la violencia contra los niños, niñas y adolescentes, y lograr el goce efectivo de sus derechos”. Y añadiendo a esto, este mismo Plan Nacional de Desarrollo indica que “El deporte, además de ser esencial para contar con una sociedad saludable, es un vehículo de cohesión social. El impulso a la cultura y el deporte constituye un fin en sí mismo, con implicaciones positivas en todos los aspectos de la sociedad, razón por la cual forman un objetivo fundamental dentro del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018”.

Articulando la cultura de paz con el deporte, se fomentará al desarrollo pleno de los individuos, la convivencia armónica y amigable, con la finalidad de generar hábitos morales que mejoren la calidad humana contribuyendo a la formación educativa de los deportistas y todas las personas involucradas en las competencias deportivas.

La prevención de la violencia, reviste la formación de una cultura, siendo la de la paz la que mejor puede coadyuvar para conseguir este cometido, ya que a través de esta se contribuirá a la formación y desarrollo de los valores sociales de respeto, tolerancia, cooperación, concordia, el diálogo y la reconciliación, para superar conflictos, que muchas veces se prolongan fuera del terreno de competencia deportiva.

De esta manera con la implementación de las acciones para difundir y promover la cultura de paz en el deporte, donde se trabajen elementos pedagógicos y comunicativos se cambiará la perspectiva de confrontación extradeportiva, la cual ocasiona muchas veces el aumento progresivo de los niveles de recurrencia a los insultos, rivalidades y comportamientos antisociales.

Por ´último los integrantes de esta comisión consideramos que el impacto normativo que se obtendrá con la aprobación de la presente iniciativa, será benéfico y al mismo tiempo no representa impacto presupuestal, pues, sólo se propone elevar a rango de ley, la promoción de la cultura de paz en el deporte, como ya sucede en el Sistema Educativo Nacional, siendo en este caso la CONADE conforme a su presupuesto y normatividad, quien determinará la coordinación e implementación de todas las acciones necesarias para promover y difundir la cultura de paz en todos los sectores involucrados en el Sistema Nacional del Deporte.

Por todo lo anterior es de concluir que los fines de la propuesta de los diputados promoventes son fundamentales, tan es así que en parte ya están previstos en el orden jurídico vigente, como lo es la Ley General de Educación. Por lo que es pertinente armonizar la Ley General de Cultura Física y Deporte, para que de este modo, las autoridades en la materia deportiva incluyan en la política de deporte, la promoción de la cultura de paz. Lo anterior bajo la concepción de que el deporte es un medio idóneo para consolidar una educación integral en los miembros de la sociedad.

IV. MODIFICACIONES DE LA COMISIÓN DICTAMINADORA.

Las y los integrantes de esta comisión, con la finalidad de dar congruencia y certidumbre jurídica al decreto, subsana el error existente en el mismo, ya que en la iniciativa se señala una adición de una fracción XIII al artículo 2 de la Ley en comento, cuando la propuesta contiene la adición en el artículo tercero.

Por las consideraciones expuestas y con la enmienda mencionada en el rubro anterior, esta comisión somete a la Honorable Asamblea, el presente:

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE.

Artículo Único. Se reforman las fracciones XI y XII del artículo 3, XXIII del artículo 30; I y II del artículo 140 y se adiciona la fracción XIII al artículo 3; de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:

Artículo 3. ...

I. a X . ...

XI. En el desarrollo del deporte debe protegerse la dignidad, integridad, salud y seguridad de los deportistas, así como asegurarse y defenderse el desarrollo sostenible del deporte;

XII. La existencia de una adecuada cooperación a nivel internacional es necesaria para el desarrollo equilibrado y universal de la cultura física y deporte, y

XIII. Fomentar actitudes solidarias, propiciar la cultura de paz, de la legalidad y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones.

Artículo 30. ...

I. a XXII. ...

XXIII. Definir los lineamientos para la lucha contra el dopaje en el deporte, la prevención de la violencia y el fomento de la cultura de paz en el deporte;

XXIV. a XXX. ...

Artículo 140. ...

I. Promover e impulsar acciones de prevención contra la violencia y la cultura de paz en el deporte;

II. Fomentar, coordinar y realizar campañas de divulgación y de sensibilización en contra de la violencia, así como de propiciar la cultura de paz con el fin de conseguir que el deporte sea un referente de integración y convivencia social;

III. a XII. ...

TRANSITORIO

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 21 de abril de 2016.

La Comisión de Deporte

Diputados: Pablo Gamboa Miner (rúbrica), presidente; Montserrat Alicia Arcos Velázquez (rúbrica), Flor Ángel Jiménez Jiménez (rúbrica), Fidel Kuri Grajales (rúbrica), Leydi Fabiola Leyva García (rúbrica), Adriana Elizarraraz Sandoval (rúbrica), Jacqueline Nava Mouett (rúbrica), Jesús Emiliano Álvarez López (rúbrica), José Alfredo Ferreiro Velazco (rúbrica), Olga Catalán Padilla (rúbrica), Andrés Fernández del Valle Laisequilla, secretarios; Rosa Alicia Álvarez Piñones (rúbrica), María García Pérez, José Adrián González Navarro (rúbrica), Próspero Manuel Ibarra Otero, Miriam Dennis Ibarra Rangel, Alejandro Juraidini Villaseñor (rúbrica), Renato Josafat Molina Arias, Luis Ernesto Munguía González (rúbrica), Cristina Sánchez Coronel, Ximena Tamariz García, Ruth Noemí Tiscareño Agoitia (rúbrica), Nadia Haydee Vega Olivas, Beatriz Vélez Núñez, Timoteo Villa Ramírez, Claudia Villanueva Huerta (rúbrica), Erika Irazema Briones Pérez (rúbrica), José Santiago López (rúbrica), Karen Orney Ramírez Peralta.