Dictámenes a discusión


Dictámenes a discusión

De la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal y las secretarías de Estado ejecutoras de los programas sociales y productivos sujetos a reglas de operación a incluir en éstas para obtener los apoyos respectivos, a partir del ejercicio fiscal de 2016 y como parte de los documentos que acreditan la legal propiedad de las tierras, las actas de posesión emitidas por el comisariado de bienes comunales o ejidales

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXIII Legislatura le fue turnada para dictamen la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que en las reglas de operación de los programas a su cargo, incluya como parte de los documentos que acreditan la legal propiedad de las tierras, las actas de posesión emitidas por el comisariado de bienes comunales o ejidales, presentada por el Diputado Jorge Tello López, del Grupo Parlamentario de Morena, en el pleno de la Cámara de Diputados en las sesiones del pasado 8 y 29 de octubre del año 2015.

La Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, con fundamento en los artículos 39, numeral 2, fracción I, y 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 68, 80, numeral 1, fracción VI, 84, 176, 180, numeral 2 fracción I y II; 182, numeral 3, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados; le corresponde dictaminar la presente proposición a partir de los siguientes

Antecedentes

El 8 de octubre de 2015, el diputado Jorge Tello López, del Grupo Parlamentario de Morena, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que en las Reglas de Operación de los programas a su cargo, incluya como parte de los documentos que acreditan la legal propiedad de las tierras, las actas de posesión emitidas por el comisariado de bienes comunales o ejidales.

El 8 de octubre de 2015, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego de la LXIII Legislatura, con número de oficio: DGPL 63-II-3-74 y número de expediente 473 para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la proposición en comento.

El 29 de octubre de 2015, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego de la LXIII Legislatura, con número de oficio DGPL 63-II-4-135 y número de expediente 742 para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la proposición en comento.

El pasado 15 y 30 de octubre, la comisión recibió para atender las proposiciones.

Consideraciones

Que de los artículos 23, fracción VIII, 31 y 197 de la Ley Agraria, se establece que corresponde a la asamblea general de ejidatarios o comuneros la regularización de la tenencia de los posesionarios y que de toda asamblea se levantará un acta; lo que permitía concluir que el consentimiento para la posesión de un bien comunal necesariamente exige sea a través del consentimiento expreso.

Para que el Comisariado de Bienes Comunales, en principio, pueda válidamente expedir constancias de posesión, debe acreditar que cuenta con el acta de la asamblea en la que se determina el reconocimiento del parcelamiento económico o de hecho y regularización de tenencia de posesionarios, o en su caso, la asignación de las tierras en favor de determinado miembro de la comunidad, y que está ejecutando dicha determinación como representante que es del núcleo de población comunal.

Por lo antes descrito, se solicita que todas las secretarías de Estado que operan los Programas Sociales y Productivos, sujetos a Reglas de Operación, que a partir del ejercicio fiscal de 2016, que para acreditar la legal propiedad de las tierras, los ejidatarios y comuneros puedan presentar las actas de posesión emitidas por el comisariado de bienes comunales o ejidales.

Por lo antes expuesto, esta comisión dictaminadora somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único: La honorable Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal, para que todas las secretarías de Estado que operan los programas sociales y productivos, sujetos a Reglas de Operación, y que para acceder a los apoyos, el beneficiario que a partir del ejercicio fiscal 2016, acredite la posesión de la propiedad de las tierras, los ejidatarios y comuneros puedan presentar las actas de posesión emitidas por el comisariado de bienes comunales o ejidales.

Palacio Legislativo, a 25 de noviembre de 2015.

La Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego

Diputados: German Escobar Manjarrez (rúbrica), presidente; Iveth Bernal Casique (rúbrica), José Hugo Cabrera Ruiz (rúbrica), Jorge Alejandro Carvallo Delfín (rúbrica), Julián Nazar Morales (rúbrica), Mariana Arámbula Meléndez (rúbrica), Exaltación González Ceceña (rúbrica), Miguel Alva y Alva (rúbrica), Adán Pérez Utrera (rúbrica), Felipe Reyes Álvarez (rúbrica), Omar Noé Bernardino Vargas (rúbrica), secretarios; Felipe Cervera Hernández, Eloisa Chavarrías Barajas, Adriana Elizarraraz Sandoval, Francisco Escobedo Villegas (rúbrica), Óscar García Barrón (rúbrica), Ángel García Yáñez (rúbrica), Leonardo Rafael Guirao Aguilar, Alex Le Baron González, Edgardo Melhem Salinas, Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (rúbrica), Evelio Plata Inzunza (rúbrica), Blandina Ramos Ramírez (rúbrica), Francisco Javier Santillán Oceguera, Rafael Valenzuela Armas, Natalia Karina Barón Ortiz (rúbrica), José Guadalupe Hernández Alcalá.

De la Comisión de Asuntos Indígenas, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a intensificar las acciones de difusión, sensibilización y capacitación de los servidores públicos sobre los derechos de tales grupos

Honorable Asamblea:

La Comisión de Asuntos Indígenas de esta Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 39, fracción V; y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de este pleno el presente dictamen al tenor de la siguiente

Metodología

I. En el apartado de “Antecedentes” se da constancia del trámite e inicio del proceso legislativo para elaborar el dictamen de la Proposición con Punto de Acuerdo que nos ocupa.

II. En la parte correspondiente a “Contenido de la proposición” se plasma de manera resumida, el objeto, alcance y propuesta de la proposición con punto de acuerdo en estudio.

III. En las “Consideraciones”, esta comisión realiza los argumentos de valoración lógico-jurídicos, así como los razonamientos y motivos que sustentan el sentido del dictamen.

Antecedentes

Primero. En la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 27 de octubre de 2015, el diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a reforzar las acciones de difusión, sensibilización, y capacitación de los servidores públicos de los diferentes niveles de gobierno, sobre los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.

Segundo. El 28 de octubre de 2015, se recibió en esta Comisión, oficio número D.G.P.L. 62-II-4-2183 de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por el cual turna el expediente 697 conteniendo la proposición con punto de acuerdo de referencia para su estudio y dictamen.

Tercero . El día 18 de noviembre se recibió en esta comisión dictaminadora la opinión del diputado Luis de León Martínez Sánchez del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional expresando su acuerdo con el diputado proponente.

Contenido de la proposición

El diputado proponente, en su exposición de motivos, menciona que el Gobierno de la Republica diseña y promueve la política pública para la atención de la población indígenas a través de la Comisión Nacional para el desarrollo de los pueblos indígenas, que fue creada en 2003 con las funciones de consulta, evaluación de programa y acciones de gobierno y de capacitación de servidores públicos de los tres órdenes de gobierno, para mejorar la atención da la población indígenas, utiliza los programas y su presupuesto para construir una acción articulada para contribuir al desarrollo integral y hacer efectiva la promoción y vigencia de los derechos indígenas.

Por otra parte, realiza un análisis sobre los datos del Censo de Población y Vivienda 2010 realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), y afirma, en cuanto a la población indígena la existencia de 15.7 millones de indígenas, de los cuales 8.7 millones son pobres de acuerdo a la última medición de la Pobreza realizada en 2014 por el Consejo Nacional de la Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval). El proponente enfatiza que según datos de Coneval en 2012 existían 8.2 millones indígenas pobres y para 2014 más de medio millón de indígenas pasó a serlo.

El proponente señala que las dependencias, entidades del Poder Ejecutivo Federal, Estatal, Gobierno del Distrito Federal; así como los gobiernos municipales, congresos locales y cabildos municipales deben actuar de forma coordinada para resolver la problemática de pobreza, discriminación y exclusión social que enfrentan las comunidades indígenas. Señala además que el objetivo del Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno Federal para que los pueblos y comunidades indígenas vivan en condiciones económicas y sociales dignas dentro de un marco de igualdad e interculturalidad, determina que la CDI tenga la responsabilidad de orientar eficazmente, las políticas, los programas y proyectos hacia una promoción del desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas

Finalmente, hace la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo: solicita que la Cámara de Diputados exhorte a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a reforzar las acciones de difusión, sensibilización, y capacitación de los servidores públicos de los diferentes niveles de gobierno, sobre los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.

Esta comisión recibió opinión del diputado Luis de León Martínez Sánchez, secretario de la Comisión de Asuntos Indígenas, a favor de la proposición en comento, donde expresa su recomendación para reforzar las acciones de difusión, sensibilización y capacitación de los servidores públicos de los tres órdenes de gobierno sobre los derechos de los pueblos y comunidades indígenas establecidos en la carta magna, las leyes mexicanas y los tratados internacionales.

Por su parte, el diputado Vitálico Cándido Coheto Martínez, presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas, planteó la conveniencia de sustituir el término “reforzar” con el término “intensificar” “las acciones de difusión, sensibilización y capacitación de servidores públicos...” en la parte correspondiente del resolutivo. Esto, con el fin de establecer mayor precisión al objetivo del exhorto.

De igual forma, el diputado Coheto Martínez planteó que dicho exhorto, por el que la CDI intensificaría las acciones de “difusión, sensibilización y capacitación a servidores públicos de los diferentes niveles de gobierno...” tendría mayores alcances si se suprime la expresión “de los diferentes niveles de gobierno”; el objeto es que esas acciones que se exhorta realice la CDI se dirijan a “los servidores públicos”, en general, sin limitar el exhorto a los servidores públicos de los tres órdenes de gobierno, permitiendo así que en un momento dado los servidores públicos de órganos autónomos, por ejemplo La Comisión Nacional de los Derechos Humanos o el Instituto Nacional Electoral, puedan ser objeto del referido exhorto.

Bajo estos supuestos, esta comisión dictaminadora expone las siguientes:

Consideraciones

Primera. De conformidad con lo señalado por el artículo 39, fracción XII, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta comisión es competente para conocer y resolver respecto de la proposición con punto de acuerdo presentado por el diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Segunda. Que en cuanto al resolutivo único del punto de acuerdo, referente a exhortar a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a reforzar las acciones de difusión, sensibilización, y capacitación de los servidores públicos de los diferentes niveles de gobierno, sobre los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, y en virtud de que el diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez, sustenta su proposición en el apartado B del artículo 2o. Constitucional, se procedió al análisis del citado apartado.

Efectivamente, la Constitución, en su artículo 2o., consigna la obligación de las autoridades de los tres órdenes de gobierno de establecer instituciones y determinar políticas públicas para promover la igualdad de oportunidades de los pueblos indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, con la finalidad de garantizar la vigencia de sus derechos y su desarrollo integral. Dichas políticas públicas deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos, y se establece la obligación para dichas instituciones para impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno, con la participación de las comunidades.

Tercera. Que en relación al argumento “El Gobierno de la Republica, Diseña y promueve la política pública para la atención de la población indígena y la vigencia de sus derechos y evalúa programas y acciones de gobierno y de capacitación de servidores públicos de los tres órdenes de gobierno”, expresado por el proponente, del análisis realizado por esta Comisión Dictaminadora se desprende:

1. En la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas se establece:

• Que en la fracción I del artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas está establecido como una de sus funciones ser instancia de consulta para la formulación, ejecución de los planes, programas y proyectos que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal desarrollen en la materia” .

• Que en la fracción IX del mismo artículo, se establece la función de la CDI de Diseñar y operar, en el marco del Consejo Consultivo de la Comisión, un sistema de consulta y participación indígenas, estableciendo los procedimientos técnicos y metodológicos para promover la participación de las autoridades, representantes y comunidades de los pueblos indígenas en la formulación, ejecución y evaluación de los planes y programas de desarrollo”.

• Que la fracción III consigna la función de “Realizar tareas de colaboración con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las cuales deberán consultar a la Comisión en las políticas y acciones vinculadas con el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas; de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios; de interlocución con los pueblos y comunidades indígenas, y de concertación con los sectores social y privado”.

• Que la Fracción X del mismo artículo 2° de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas establece la función de “Asesorar y apoyar en la materia indígena a las instituciones federales, así como a los estados, municipios y a las organizaciones de los sectores social y privado que lo soliciten ”.

• Que la Fracción XIII del artículo 2° de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (LCNDPI). Establece la función para la Comisión Nacional para el desarrollo de los pueblos indígenas de “Desarrollar programas de capacitación para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como para las entidades federativas y municipios que lo soliciten, con el fin de mejorar la atención de las necesidades de los pueblos indígenas .”

2. En el Programa Especial de los Pueblos Indígenas 2014-2018 publicado por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, en el numeral I “Marco Normativo”, se establece:

• Que se puede leer textualmente “El Gobierno de la República diseña y promueve la política pública para la atención de la población indígena y la vigencia de sus derechos, a través de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), que es un organismo descentralizado de la APF, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa.”, dicho programa cita que la CDI formula el Programa Especial de los Pueblos Indígenas 2014-2018, en términos de los artículos 2º y 26, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 16, 22, 26 y 29 de la Ley de Planeación, así como 2o., fracción I de la LCNDPI.

• Que, en el Anexo 2 del propio Programa Especial de los Pueblos Indígenas 2014-2018. “Resultados de la Consulta sobre las Prioridades de las Comunidades Indígenas ” se observa que se generaron 12,630 propuestas en los diversos foros consultivos realizados por dicha institución. Dichos resultados enuncian que se obtuvieron 1,548 propuestas en cuanto al tema de derechos y 127 propuestas sobre sensibilización y capacitación a funcionarios en cuanto a Reglas de operación.

3. En las conclusiones del documento de fecha 10 de abril de 2013 denominado “Respuesta de México en cumplimiento de la resolución 21/24 “Derechos Humanos y Pueblos Indígenas” con énfasis en el tema de acceso a la justicia en La promoción y protección de los derechos de los pueblos indígenas” 1 enviado por la Misión Permanente de México ante las Oficinal de las Naciones unidas a las oficinas del Alto Comisionado de la Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se establece lo siguiente:

México dará puntual seguimiento al tema de acceso de los pueblos indígenas a la justicia en la nueva administración del gobierno federal, encabezada por el Presidente Enrique Peña Nieto, quien ha estimado como una de sus políticas públicas, el fortalecimiento de las comunidades indígenas a través de un reconocimiento efectivo de las comunidades y pueblos indígenas como entidades de derecho e interés público y el acceso equitativo a la justicia y a la educación, garantizando que la población indígena tenga acceso a defensores de oficio de calidad y a traductores bilingües para sus procesos de defensa así mismo tendrán una educación bilingüe

4. En el “Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas DOF 26/07/20102 se encontró:

• Que en su artículo 21 fracción I. señala que “compete a la Unidad de Coordinación y Concertación, establecer, promover y proponer los mecanismos de colaboración y concertación con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, gobiernos estatales y municipales, así como con organizaciones de los sectores social y privado; diseñar y promover actividades de inducción y sensibilización a los servidores públicos de las dependencias y entidades de la administración pública sobre comunidades y pueblos indígenas, así como instrumentar la capacitación que se imparta para apoyar las acciones federales, estatales y municipales ”.

• Que el artículo 25 establece competencias a las delegaciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos indígenas. Entre ellas, en su fracción I establece “Promover y fortalecer acciones de coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales en la entidad, para la gestión y atención de los asuntos relacionados con el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas ”-; así como su fracción VI, establece “Coadyuvar con las Unidades Administrativas en acciones de capacitación, inducción y sensibilización, conforme a la normatividad vigente ”.

Cuarta. Que esta Comisión Dictaminadora tiene noticias respecto a que la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas ha impartido capacitación y acciones de difusión y sensibilización a comunidades indígenas y a servidores públicos como son los casos siguientes:

En comunidades indígenas

• Programa de Blindaje Electoral, el cual se realiza en coordinación con la Procuraduría General de la República (PGR) a través de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), que consiste en el desarrollo de acciones encaminadas a la prevención de delitos electorales, impulsa acciones de capacitación a comunidades indígenas con el objetivo de generar una cultura de la prevención de los delitos electorales y generar una ciudadanía informada sobre sus derechos y obligaciones. Dentro de este programa se han realizado acciones de difusión y sensibilización como fue la transmisión del spot “Denuncia”, así como la difusión de mensajes en lenguas Ch’ol, Tzeltal y Tzotzil.

Capacitación externa denominada “Evaluación y Mejora de Plan de Negocios y Contabilidad Básica”, cuyo objetivo fue proporcionar las herramientas básicas a los miembros de los consejos directivos pertenecientes al Programa de Fondos Regionales de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, para el buen desempeño de sus funciones en la administración de los recursos federales en las actividades que realizan diariamente en el financiamiento de proyectos productivos en el área de influencia.

• Seis talleres de “Capacitación para la Mejora Económica Cooperativa de la Población Indígena” realizados por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en Jalisco, mediante los cuales fueron capacitados 29 promotores indígenas de Jalisco y Nayarit en coordinación con el Instituto Nacional para el Desarrollo de Capacidades del Sector Rural, AC (Inca Rural) de la Sagarpa.

Es de señalar que en el Informe sobre el ejercicio de los subsidios mediante programas y proyectos” al cuarto trimestre de 2014,3 la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas reporta lo siguiente:

• Que en el Programa de Derechos Indígenas para 2014 se aprobaron 477 proyectos de los cuales 475 suscribieron convenio, proporcionando beneficio de 16,2344 personas, cada proyecto contempla un apoyo máximo de 75,000 pesos por proyecto. La misma cantidad se contempla en la “Convocatoria para la Implementación de Proyectos para el Ejercicio de Derechos de Acceso a la Justicia para 2015” 4 dirigida a los núcleos agrarios y organizaciones sociales con personalidad jurídica propia, esta convocatoria se emitió para apoyar proyectos orientados a desarrollar actividades para el ejercicio de los derechos de acceso a la justicia, mediante acciones de difusión, capacitación, asesoría y/o gestión.

Respecto a este tema, en relación al ejercicio fiscal 2015, se procedió a revisar el portal electrónico de la CDI, encontrándose que se puede consultar la liga a los indicadores de programas presupuestarios del Programa de Derechos Indígenas Clave U-011,5 en donde se puede apreciar lo siguiente:

“Con fecha 8 de enero de 2015 se emitió la convocatoria para el proceso de formación de jóvenes indígenas para la protección de su patrimonio cultural y se recibieron las solicitudes. Se llevó a cabo la dictaminación de las solicitudes de apoyo presentadas por jóvenes indígenas en el marco de la convocatoria. En este proceso se seleccionó a 108 beneficiarios. Se suscribió el convenio de colaboración con el CREFAL para el desarrollo del proceso de formación el cual tiene una duración de 7 meses. Inició en Abril y concluirá en octubre. A la fecha se lleva un avance adecuado en formación presencial y a distancia. El 2° taller de capacitación presencial se realizó el 3 de junio por cuestiones de logística y organización y se alinearon las acciones seguimiento a este cambio en calendario.

• Que en el programa de la producción y productividad indígena, en la modalidad de apoyos complementarios para el desarrollo indígena. Entre las metas alcanzadas se menciona que se realizaron 257 acciones de capacitación estratégica, en beneficio de 24,422 personas.

En cuanto a la capacitación a servidores públicos:

Capacitación de programas y proyectos que la delegación estatal de la CDI ejecuta en San Luis Potosí, para presidentes y autoridades municipales, con el fin de coadyuvar con ellos, en las diversas necesidades que presentan los pueblos y comunidades de los 23 municipios, con presencia indígena.

Impartido por la Coordinación General de Fomento al Desarrollo Indígena.

• Taller de capacitación a servidores públicos sobre contraloría social sobre el programa para el mejoramiento de la producción y productividad indígena

• Talleres de capacitación para servidores públicos adscritos a la Delegación de la CDI en el estado de Chiapas y al personal de las Radiodifusoras “La Voz de los Vientos y “La Voz de la Frontera Sur” del SRCI.

Es de señalar que no fue posible encontrar un informe de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas sobre las acciones de difusión, sensibilización y capacitación a servidores públicos.

Bajo estos términos, es que ésta dictaminadora concluye que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Programa Especial de los Pueblos Indígenas 2014-2018, facultan a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos para realizar las acciones de difusión, sensibilización y capacitación que señala el proponente.

Con base a los informes consultados, se encontró que la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas realiza actividades de capacitación sensibilización y difusión así como acuerdos interinstitucionales para llevar a cabo los diferentes programas y sus componentes, mismos que están dirigidos a los integrantes de las comunidades indígenas; pero no se encontró gran información respecto a la capacitación de servidores públicos, de ahí se concluye que es necesario reforzar las acciones de difusión, sensibilización y capacitación de los servidores públicos de los tres órdenes de gobierno sobre los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.

Quinta. Que el actual Gobierno de la República ha estimado como una de sus políticas públicas prioritarias, el fortalecimiento de las comunidades indígenas a través de un reconocimiento efectivo de las comunidades y pueblos indígenas como entidades de derecho e interés público y el acceso equitativo a la justicia y a la educación.

Sexta. Se consideran viables los planteamientos de los diputados Luis de León Martínez Sánchez y Vitálico Cándido Coheto Martínez, expuestos en el apartado de Antecedentes del presente dictamen, razón por la cual se incorporan en el resolutivo correspondiente.

Séptima. Durante la discusión del dictamen en la primera reunión ordinaria de la Comisión de Asuntos Indígenas, realizada el 24 de noviembre de 2015, el diputado Miguel Ángel Sulub Caamal propuso la siguiente modificación al resolutivo (en negritas y subrayado):

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, en coordinación con las 31 entidades federativas y el Distrito Federal , a intensificar las acciones de difusión, sensibilización, y capacitación de los servidores públicos, sobre los derechos de los pueblos y comunidades indígenas establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Leyes mexicanas y los tratados internacionales de los que México es parte.

Octava . En la referida Primera Reunión Ordinaria de la Comisión de Asuntos Indígenas, el diputado Joaquín Jesús Díaz Mena propuso la siguiente modificación al resolutivo (en negritas y subrayado):

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a intensificar las acciones de difusión, sensibilización, y capacitación de los servidores públicos, y funcionarios del Poder Ejecutivo Federal, así como de magistrados, jueces, secretarios y personal administrativo del Poder Judicial de la Federación, sobre los derechos de los pueblos y comunidades indígenas establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Leyes mexicanas y los tratados internacionales de los que México es parte.

Novena. Las diputadas y diputados presentes en la Primera Reunión Extraordinaria de la Comisión de Asuntos Indígenas, aprobaron por unanimidad que se incorporen al resolutivo de la Proposición con Punto de Acuerdo las modificaciones propuestas por los diputados Miguel Ángel Sulub Caamal y diputado Joaquín Jesús Díaz Mena referidos en las Consideraciones Séptima y Octava del presente dictamen.

Por todo lo anteriormente expuesto, esta comisión dictaminadora concluye que existen elementos suficientes para aprobar la proposición con punto de acuerdo objeto de este dictamen, con la incorporación de las modificaciones descritas en las consideraciones séptima y octava.

En consecuencia, la Comisión de Asuntos Indígenas de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, en coordinación con las 31 Entidades Federativas y el Distrito Federal, a intensificar las acciones de difusión, sensibilización y capacitación de los servidores públicos y funcionarios del Poder Ejecutivo Federal, así como de magistrados, jueces, secretarios y personal administrativo del Poder Judicial de la Federación, sobre los derechos de los pueblos y comunidades indígenas establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Leyes mexicanas y los tratados internacionales de los que México es parte.

Notas

1 Documento consultado en http://www.ohchr.org/Documents/Issues/IPeoples/EMRIP/StudyAccessToJusti ce/Mexico.pdf

2 Documento consultado en
http://www.cdi.gob.mx/index.php?option=com_content&v iew=article&id=1273&Itemid=77

3 Recibido en la Comisión de Asuntos Indígenas en la LXII legislatura

4 Se puede consultar en http://www.cdi.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=3681%3Aconvocatoria-2015-implementacion-de-proyectos-para-el-ejercicio-de-derechos-de-acceso-a-la-justicia&catid=103%3Aconvocatorias-2015&device=xhtml

5 https://www.sistemas.hacienda.gob.mx/ptpsed/datosProgramaLlave.do?id=06 U011

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2015

La Comisión de Asuntos Indígenas

Diputados: Vitálico Cándido Coheto Martínez (rúbrica), presidente; Dora Elena Real Salinas (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Edith Villa Trujillo (rúbrica), Lillian Zepahua García (rúbrica), Hugo Alejo Domínguez (rúbrica), Joaquín Jesús Díaz Mena (rúbrica), Luis de León Martínez Sánchez (rúbrica), Victoriano Wences Real (rúbrica), Modesta Fuentes Alonso, Karina Sánchez Ruiz (rúbrica), secretarios; Jorge Álvarez López (rúbrica), Rosa Guadalupe Chávez Acosta (rúbrica), Eva Florinda Cruz Molina (rúbrica), J. Guadalupe Hernández Alcalá, Próspero Manuel Ibarra Otero (rúbrica), Araceli Madrigal Sánchez (rúbrica), Cesáreo Jorge Márquez Alvarado (rúbrica), María Elena Orantes López, Janette Ovando Reazola, Álvaro Rafael Rubio (rúbrica), Heidi Salazar Espinosa (rúbrica), Christian Joaquín Sánchez Sánchez (rúbrica), Guillermo Rafael Santiago Rodríguez, Francisco Ricardo Sheffield Padilla (rúbrica), Timoteo Villa Ramírez (rúbrica).

De la Comisión de Asuntos Indígenas, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de las entidades federativas y el DF a considerar la asignación de recursos para establecer planes, programas y políticas que garanticen los derechos de los indígenas en materia de acceso a la justicia

Honorable Asamblea:

La Comisión de Asuntos Indígenas de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 39, numeral 2, fracción V; y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de este pleno el presente dictamen al tenor de la siguiente

Metodología

I. En el apartado de “Antecedentes” se da constancia del trámite e inicio del proceso legislativo para elaborar el dictamen de la Proposición con Punto de Acuerdo que nos ocupa.

II. En la parte correspondiente a “Contenido de la Proposición” se plasma de manera resumida, el objeto, alcance y propuesta de la Proposición con Punto de Acuerdo en estudio.

III. En las “Consideraciones”, esta Comisión realiza los argumentos de valoración lógico-jurídicos, así como los razonamientos y motivos que sustentan el sentido del dictamen.

Antecedentes

1. En la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 26 de noviembre de 2015, los Diputados César Octavio Camacho Quiroz y Miguel Ángel Sulub Caamal, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron la Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a los titulares de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de las entidades federativas y del DF, para que consideren la asignación de recursos para el establecimiento de planes, programas y políticas que garanticen los derechos de los indígenas, en materia de acceso a la justicia.

2. La Presidencia de la Mesa Directiva acordó el siguiente turno: “Túrnese a la Comisión de Asuntos Indígenas”, para su estudio y dictamen correspondiente.

3. Con fecha 14 de octubre de 2015, a través del Expediente Num. 1071, la Comisión de Asuntos Indígenas recibió formalmente dicha Proposición con Punto de Acuerdo.

Contenido de la proposición

Los diputados proponentes expresan su preocupación porqué, de acuerdo con datos de la Secretaría de Gobernación, se estima que existen más de 10 mil indígenas en cárceles del país, de los cuales sólo 10 por ciento tuvo acceso a un intérprete para comunicarles cuál era su situación legal.

Mencionan que en nuestro país actualmente existen 15.7 millones de personas que se identifican como indígenas, distribuidos en 68 pueblos indígenas, con 11 familias lingüísticas y 364 variantes de éstas.

Esta población, indican los diputados, padece una situación de franca vulnerabilidad y constantes violaciones a sus derechos, llegando incluso a la privación de su libertad por el simple hecho de que no tienen una defensa adecuada, al no contar con un traductor o intérprete que les pueda transmitir la información legal de manera correcta.

En este sentido, los proponentes destacan el espíritu del artículo 2o. constitucional, en su Apartado B, en el cual se establecen responsabilidades dirigidas a las instituciones del Estado para diseñar y poner en marcha una política integral y transversal de atención a la población indígena para garantizar la vigencia de sus derechos. En refuerzo de lo anterior, citan la fracción VIII del Apartado A de dicho Artículo, que establece: “Los indígenas tienen en todo tiempo el derecho de ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura”.

Citan, además, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo suscrito por nuestro país, como marco jurídico internacional que protege el derecho al debido acceso a la justicia de la población indígena y garantiza la existencia de intérpretes u otros medios eficaces para que puedan comprender y hacerse comprender en los procedimientos legales que sean parte.

Los diputados proponentes enfatizan que el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado corresponde a una perspectiva integral de los derechos indígenas, y se relaciona con su derecho individual y colectivo a expresarse en su lengua, porque es la garantía de una colectividad de preservar su identidad a través del uso de su idioma.

En función de lo anterior y con el objeto de garantizar que en la realidad existan condiciones para que los indígenas ejerzan plenamente el derecho de acceso efectivo a la justicia, los Diputados proponentes presentaron los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a las honorables Legislaturas de las 31 entidades federativas y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que en sus respectivos Presupuestos de Egresos próximos a analizar y aprobar, prevean la asignación de recursos para el establecimiento de planes, programas y políticas, que garanticen el debido ejercicio de los derechos de los indígenas en materia de acceso a la justicia, en lo que se refiere a contar con intérpretes o traductores debidamente capacitados y remunerados.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a los 31 titulares de los Poderes Ejecutivos de las entidades federativas y del Distrito Federal, para que por su conducto instruyan a las instancias locales de administración, procuración e impartición de justicia, a garantizar el acceso a la justicia de la población indígena, mediante la existencia de intérpretes o traductores debidamente capacitados y remunerados; considerando que para la identificación y capacitación del personal que preste dichos servicios pueden coordinarse con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y con el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.

Bajo tales supuestos, esta comisión dictaminadora procedió al análisis del contenido de la proposición con punto de acuerdo, lo cual nos permitió generar las siguientes

Consideraciones

Primera. De conformidad con lo señalado por el artículo 39, fracción XII de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta comisión es competente para conocer y resolver respecto de la proposición con punto de acuerdo presentado por los diputados César Octavio Camacho Quiroz y Miguel Ángel Sulub Caamal, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Segunda. Esta comisión dictaminadora coincide plenamente con los diputados proponentes, en su visión de que el derecho de acceso a la justicia es uno de los problemas cruciales de los pueblos indígenas de México.

Tercera. En este orden de ideas, resulta pertinente el exhorto que plantean los diputados proponentes para que las 31 entidades federativas y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que prevean la asignación de recursos para el establecimiento de planes, programas y políticas, que garanticen el debido ejercicio de los derechos de los indígenas en materia de acceso a la justicia, en lo que se refiere a contar con intérpretes o traductores debidamente capacitados y remunerados.

Cuarta. Esta Comisión Dictaminadora considera que la Proposición con Punto de Acuerdo se fundamenta adecuadamente, al traer a colación el mandato en el artículo 2o. de la Constitución, que dice: “La federación, los estados y los municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades... la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, las legislaturas de las entidades federativas y los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán las partidas específicas destinadas al cumplimiento de estas obligaciones en los presupuestos de egresos que aprueben, así como las formas y procedimientos para que las comunidades participen en el ejercicio y vigilancia de las mismas”.

Quinta. Es totalmente acertado el exhorto del segundo resolutivo del Punto de Acuerdo, para que los 31 titulares de los Poderes Ejecutivos de las entidades federativas y del Distrito Federal, promuevan que las instancias locales de administración, procuración e impartición de justicia, garanticen el acceso a la justicia de la población indígena, mediante la existencia de intérpretes o traductores debidamente capacitados y remunerados. De este modo, los Diputados proponentes plantean una acción integral del Estado para asignar recursos suficientes y, a la vez, garantizar que se cuente con los recursos humanos, técnicos y metodológicos para asegurar que la población indígena acceda a la justicia sin ningún tipo de desventaja.

Sexta. Es de la mayor relevancia que los diputados proponentes hagan referencia al Padrón Nacional de Abogados Indígenas Bilingües, resaltando que solamente cuenta con 198 abogados bilingües, cantidad que resulta insuficiente frente a la necesidad de garantizar el pleno acceso de los pueblos indígenas a la justicia. En ese sentido, es pertinente el señalamiento de los diputados proponentes de que solamente existen 650 intérpretes y traductores indígenas, insuficientes para que la población indígena tenga una justicia más accesible, imparcial y transparente, mediante la asistencia y apoyo adecuados.

Séptima. Es pertinente referir lo afirmado por la directora general de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, Cdi, en el marco de la firma del convenio referido en la octava consideración de este dictamen, en el sentido de que desde el año 2013 el Programa de Derechos Indígenas de la CDI, con el apoyo de los abogados bilingües que integran el Padrón Nacional antes mencionado, han sacado de prisión a más de tres mil 600 personas, que estaban presas por no pagar una fianza de 2,500 pesos o por hablar el español y no contar con un intérprete.

Octava. Para esta comisión dictaminadora, es de la mayor relevancia que los diputados proponentes incluyan en su argumentación la histórica firma del Convenio Marco para la Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal con Visión Intercultural y Multilingüe, impulsado por el gobierno de la República y suscrito el pasado 29 de octubre de 2015, por los titulares del Poder Judicial de la Federación, la Secretarías de Gobernación, la Procuraduría General de la República, el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

El nuevo sistema de justicia penal acusatorio, que deberá funcionar a plenitud en julio de 2016, tiene como uno de sus componentes centrales la utilización de los juicios orales para agilizar y optimizar la procuración e impartición de justicia. Por razones obvias, este nuevo modelo de justicia entraña la necesidad de garantizar a la población indígena el derecho al uso de sus lenguas y culturas en los procesos legales a los que esté vinculada, para lo cual es indispensable contar con los suficientes traductores e intérpretes, así como la mayor cantidad de abogados bilingües, jueces y magistrados que hagan posible el efectivo acceso de los pueblos indígenas a la jurisdicción del Estado.

Novena. Los exhortos materia del presente Dictamen, deberán contribuir a que el Nuevo Sistema de Justicia Penal reconozca e integre los sistemas normativos internos de los pueblos indígenas para que, en el marco de su derecho a la libre determinación y autonomía, acudan a sus autoridades tradicionales para la resolución de conflictos no graves a través de un juicio justo. Al respecto, esta Comisión Dictaminadora considera pertinente referir que el pasado 27 de octubre se firmó el Convenio de Colaboración entre el Congreso Nacional de Tribunales Superiores de Justicia y el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, que tiene por objeto generar las condiciones para que la población indígenas acceda a la justicia sin desventajas en el marco del Nuevos Sistema de Justicia Penal.

En conclusión, esta comisión dictaminadora tiene pleno convencimiento de que la proposición con punto de acuerdo planteada por los diputados proponentes, contiene exhortos que, al cumplirse, contribuirán a la construcción de condiciones propicias para que la población indígena acceda de forma efectiva, expedita y sin discriminaciones a la jurisdicción del Estado, razón por la cual es de aprobarse en sus términos.

En mérito de lo expuesto y fundado, la Comisión de Asuntos Indígenas, se permite someter a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a las honorables Legislaturas de las 31 entidades federativas y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que en sus respectivos Presupuestos de Egresos próximos a analizar y aprobar, prevean la asignación de recursos para el establecimiento de planes, programas y políticas, que garanticen el debido ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas en materia de acceso a la justicia, en lo que se refiere a contar con intérpretes o traductores debidamente capacitados y remunerados.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a los 31 titulares de los Poderes Ejecutivos de las entidades federativas y al jefe de gobierno del Distrito Federal, para que por su conducto instruyan a las instancias locales de administración, procuración e impartición de justicia, a garantizar el acceso a la justicia de la población indígena, mediante la existencia de intérpretes o traductores debidamente capacitados y remunerados; considerando que para la identificación y capacitación del personal que preste dichos servicios pueden coordinarse con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y con el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2015.

La Comisión de Asuntos Indígenas

Diputados: Vitálico Cándido Coheto Martínez (rúbrica), presidente; Dora Elena Real Salinas (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Edith Villa Trujillo (rúbrica), Lillian Zepahua García (rúbrica), Hugo Alejo Domínguez (rúbrica), Joaquín Jesús Díaz Mena, Luis de León Martínez Sánchez (rúbrica), Victoriano Wences Real, Modesta Fuentes Alonso (rúbrica), Karina Sánchez Ruiz (rúbrica), Jorge Álvarez López (rúbrica), secretarios; Rosa Guadalupe Chávez Acosta (rúbrica), Eva Florinda Cruz Molina (rúbrica), J. Guadalupe Hernández Alcalá (rúbrica), Próspero Manuel Ibarra Otero (rúbrica), Araceli Madrigal Sánchez (rúbrica), Cesáreo Jorge Márquez Alvarado (rúbrica), María Elena Orantes López, Janette Ovando Reazola, Álvaro Rafael Rubio, Heidi Salazar Espinosa, Christian Joaquín Sánchez Sánchez (rúbrica), Guillermo Rafael Santiago Rodríguez (rúbrica), Francisco Ricardo Sheffield Padilla (rúbrica), Timoteo Villa Ramírez (rúbrica).

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo a fin de que se tomen previsiones para cumplir el decreto que reforma el artículo 4o. del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derechos de las personas con discapacidad auditiva

Honorable asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y; 80 numeral 1, fracción VI, 180 y 182 numeral 3 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables somete a la consideración del pleno de esta honorable asamblea el presente dictamen en sentido positivo, al tenor de los siguientes

Antecedentes

I. En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, en fecha 24 de septiembre de 2015, la Diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la titular del Canal de Televisión del Congreso, se tomen las previsiones para el cumplimiento del Decreto de reformas al Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de personas con discapacidad auditiva.

II. En la misma sesión, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, en uso de sus facultades, instruyó el turno de la Proposición con Punto de Acuerdo a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para su dictamen.

III. La Presidencia de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables procedió al análisis del asunto y la elaboración del presente dictamen, que fue aprobado en sus términos por el pleno de la comisión.

Contenido de la proposición:

La Diputada proponente expone que el pasado 18 de mayo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforma el artículo 4 del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Esta modificación reglamentaria instruye al Canal del Congreso que la información que se difunda a través de este medio deberá traducirse simultáneamente a lengua de señas mexicanas, o subtitularse con palabras en español, o ambas.

Igualmente expone que el artículo segundo transitorio instruye a las Mesas Directivas de ambas Cámaras, a que en ejercicio de facultades concedidas por la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, hagan las previsiones presupuestales para asignar los recursos necesarios para el cumplimiento del decreto.

Consideraciones

1. Que en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el numeral 5 del artículo 141 es establece que “la organización y funcionamiento del Canal se sujetarán a las disposiciones legales aplicables y a las reglamentarias específicas que al efecto dicte el Congreso de la Unión, así como a las políticas internas de orden general y programas de trabajo que apruebe la Comisión Bicamaral”.

2. Que la modificación al artículo 4 del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, empero al día de hoy no se realizan las traducciones simultáneas de las transmisiones en vivo de las sesiones a la lengua de señas mexicana, o el subtitulado con palabras al español.

3. Que el transitorio segundo del decreto que reforma el artículo 4 del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, prevé que el impacto presupuestario deberá ser previsto por las Mesas Directivas de ambas cámaras, a fin de dar cumplimiento a la reforma que ya entró en vigor.4

4. Que en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 34 inciso e) establece que la Junta de Coordinación Política deberá aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Cámara de Diputados; el artículo 66 inciso h), indica que el proyecto de presupuesto anual de egresos de la Cámara deberá ser presentado ante el pleno por la Mesa Directiva.

5. Que en el Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 8 inciso a) prevé que “las aportaciones que anualmente realice el Congreso a través de cada Cámara por partes iguales, de acuerdo con el presupuesto que les haya sido asignado al efecto en el Presupuesto de Egresos de la Federación, de conformidad con la normativa establecida en cada una de las Cámaras; en el artículo 14 inciso e) se le atribuye a la comisión bicameral la potestad de “evaluar supervisar y aprobar el anteproyecto de presupuesto anual del Canal y el programa de trabajo correspondiente, a más tardar el 30 de junio de cada año; en el artículo 14 inciso f) se dicta que “una vez aprobado, turnar el proyecto de presupuesto anual del canal a los órganos de gobierno y a los funcionarios responsables de la administración de ambas Cámaras, a más tardar durante los primeros cinco días del mes de julio de cada año, para los efectos correspondientes”.

6. Que en el Reglamento de Cámara de Diputados, el artículo 79 numeral 1, fracción I, se define “acuerdos parlamentarios, que son resoluciones económicas en materia de régimen interior de la Cámara, previstas en la fracción I del artículo 77 Constitucional”; en la fracción II se define “Puntos de Acuerdo, que representan la posición de la Cámara en relación con algún asunto específico de interés nacional o sus relaciones con los otros poderes de la Federación, organismos públicos; Entidades Federativas y Municipios”.

7. Que para la interpretación conjunta de los puntos anteriores, se debe contemplar lo siguiente:

a. La responsabilidad del Canal de TV del Congreso es una responsabilidad de ambas Cámaras, que se administra a través de la comisión bicameral, responsable de aprobar el proyecto de presupuesto y plan de trabajo, pero que depende presupuestalmente de las Juntas de Coordinación Política y de las Mesas Directivas de ambas Cámaras, que deben presupuestar, aprobar y aportar en partes iguales los recursos para su operación;

b. El reglamento interno de Cámara de Diputados señala que deberán ser acuerdos parlamentarios las cuestiones internas de este tipo, empero por la independencia que posee cada una de ellas, la Cámara de Diputados únicamente puede emitir acuerdos para sí y exhortos a la colegisladora;

c. Que para dar cabal cumplimiento a la reforma al artículo 4 del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, deberá la Comisión Bicameral del Canal del Congreso incluir en su propuesta de trabajo la traducción simultánea a lenguaje de señas o subtitulado, y en el presupuesto de ambas cámaras las previsiones económicas que permitan su realización.

Por lo tanto, se concluye que la honorable Cámara de Diputados debe emitir un acuerdo parlamentario que instruya: 1) A los miembros Diputados de la Comisión Bicameral del Canal de Congreso, para que sea incluido en su plan de trabajo lo relativo a la reforma al artículo 4 del reglamento del canal del congreso y en su presupuesto las previsiones económicas para su operación, y; 2) A la Junta de Coordinación Política y a la Mersa Directiva para que sea incluido y aprobado en el presupuesto general de Cámara de Diputados.

Igualmente, la honorable Cámara de Diputados debe emitir un punto de acuerdo por el que exhorte respetuosamente a la H. Cámara de Senadores para que, a través de su Junta de Coordinación Política y su Mesa Directiva, incluyan en su presupuesto los recursos económicos necesarios para dar cumplimiento a lo relativo a la reforma al artículo 4 del reglamento del canal del congreso.

Por lo antes expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXIII Legislatura, someten a la consideración del pleno el siguiente:

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a través de un acuerdo parlamentario, instruye: 1) a los diputados miembros de la Comisión Bicameral del Canal del Congreso, incluir en el Plan de Trabajo y en el Presupuesto del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, lo relativo a la reforma publicada el 18 de mayo de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, al artículo 4 del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos en materia de derechos para personas con discapacidad auditiva, y; 2) a la Junta de Coordinación Política y a la Mesa Directiva para que incluya en el Presupuesto de Egresos de la Cámara de Diputados los recursos necesarios para dar cumplimiento a la reforma publicada el 18 de mayo de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, al artículo 4 del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derechos para personas con discapacidad auditiva.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la honorable Cámara de Senadores para que a través de su Junta de Coordinación Política y su Mesa Directiva, incluyan en su Presupuesto de Egresos los recursos económicos necesarios para dar cumplimiento a la reforma publicada el 18 de mayo de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, al artículo 4 del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derechos para personas con discapacidad auditiva.

La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), presidente; Edith Anabel Alvarado Varela (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica), Yarith Tannos Cruz (rúbrica), José Alfredo Torres Huitrón, Kathia María Bolio Pinelo, Eloísa Chavarrías Barajas, Erika Irazema Briones Pérez, Sara Paola Gálico Félix Díaz, Irma Rebeca López López, Refugio Trinidad Garzón Canchola (rúbrica), secretarios; Evelyng Soraya Flores Carranza, Lilia Arminda García Escobar, Fabiola Guerrero Aguilar, Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), María Isabel Maya Pineda, María Angélica Mondragón Orozco (rúbrica), Karla Karina Osuna Carranco (rúbrica), María Guadalupe Oyervides Valdez, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María Monserrath Sobreyra Santos, Mariana Trejo Flores (rúbrica), Manuel Vallejo Barragán (rúbrica).

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, con puntos de acuerdo por el que se exhorta a la Sedesol y el Inapam a efectuar las sanciones administrativas pertinentes en los casos de maltrato o violencia por autoridades de las instituciones públicas y privadas de atención a personas adultas mayores

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80 numeral 1, fracción VI, 84, 85, 167, numeral 4, 180, numeral 2, fracción I, y 182, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el presente dictamen, en sentido positivo con modificaciones, de conformidad con la siguiente

Metodología

1. En el capítulo “Antecedentes” se da constancia de la presentación y turno de la proposición con punto de acuerdo para su dictamen.

2. En el capítulo “Contenido de la proposición” se sintetiza la propuesta.

3. En el capítulo “Consideraciones” se expresa la argumentación que funda y motiva la determinación de los integrantes de esta comisión y enseguida, la emisión del dictamen a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados.

Antecedentes

1. En sesión celebrada el 27 de octubre de 2015 por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión se dio cuenta con la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta la Secretaría de Desarrollo Social y al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores a efectuar las sanciones administrativas pertinentes en los casos de maltrato o violencia por autoridades de las instituciones públicas y privadas de atención a personas adultas mayores, a cargo de la diputada Ana Guadalupe Perea Santos, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social.

2. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para la elaboración del dictamen correspondiente.

3. Dicha proposición con punto de acuerdo fue publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados.

4. Con base en lo anterior, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXIII Legislatura procedió al análisis, la discusión y la elaboración del presente dictamen.

Contenido de la proposición

La diputada proponente manifiesta que el abuso y maltrato por los servidores públicos que se encuentran al frente de instituciones públicas y privadas, que brindan atención a personas de edad avanzada es reconocido como un problema social cada vez más frecuente, por ello cabe resaltar que se debe prevenir y erradicar estas prácticas.

La violencia que impera en la sociedad actual, es producto de la crisis que afecta a amplios sectores sociales e incluye las dimensiones: política, económica y social; por lo que las personas adultas mayores en este contexto constituyen un sector vulnerable que es objeto de exclusión y sufriendo, lo que se denomina violencia social en sus múltiples facetas.

Este grupo de la población sufre múltiples dificultades, razón por la cual se debe garantizar el pleno ejercicio de los derechos que las leyes han otorgado a las personas adultas mayores; entre otros, el derecho a una vida con calidad, libre de violencia, a la no discriminación, a ser respetado en su persona, a ser protegido contra toda forma de explotación y recibir un trato digno y apropiado.

El desamparo y la violencia contra las personas adultas mayores constituyen una grave violación a sus derechos; en tal sentido, existen diversos instrumentos internacionales, entre los que destaca la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como las resoluciones de Naciones Unidas, que sobre el caso específico en adultos mayores obligan a los estados a actuar en un marco de total respeto a sus derechos y que han sido debidamente ratificados en nuestro país.

Por tanto, es necesario atender de manera integral a las personas adultas mayores, para contribuir a elevar su calidad de vida, disminuir las desigualdades, erradicar la violencia y mejorar sus condiciones de salud.

En tal virtud, la diputada Ana Guadalupe Perea Santos propone que la Cámara de Diputados exhorte respetuosamente a la Secretaría de Desarrollo Social y al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, para que cuando exista maltrato o violencia de parte de los titulares de las diferentes instituciones públicas y privadas de atención a personas adultas mayores se les aplique de manera enérgica las sanciones pertinentes que enmarca la Ley Federal del Procedimiento Administrativo con el objetivo de otorgar una vida digna y garantizar la protección a sus derechos humanos.

Consideraciones

La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables considera procedente la proposición con punto de acuerdo objeto del presente estudio; sin embargo, se le realizan algunas modificaciones para que sea real y prácticamente viable.

En primer lugar, la Secretaría de Desarrollo Social, como dependencia federal, posee facultades para intervenir en los casos de maltrato o violencia que sean cometidos por los titulares de las diferentes instituciones públicas o privadas de atención a personas adultas mayores, dando vista a las autoridades competentes, para el efecto de aplicar las sanciones pertinentes, de conformidad a lo dispuesto por la fracción IX del artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que determina que dicha dependencia tiene la facultad de impulsar las políticas públicas y dar seguimiento a los programas de inclusión y atención de los adultos mayores y sus derechos.

Asimismo, tiene competencia dicha dependencia federal en la materia, de conformidad con la i primera del artículo 2o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, que establece que la aplicación y el seguimiento de la ley corresponden al “Ejecutivo federal, a través de las secretarías de Estado y demás dependencias que integran la administración pública, así como las entidades federativas, los municipios, los órganos desconcentrados, y paraestatales, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicción”.

Es importante hacer destacar que los titulares de las instituciones públicas, deben ser denominados en este caso, como servidores públicos, ya que esa constituye su naturaleza jurídica.

Respecto a los titulares de las instituciones privadas, éstos deben ser denominados prestadores de servicios, porque su naturaleza jurídica no corresponde a la de una institución de carácter público o gubernamental, por tanto, no son servidores públicos.

Por tanto, hay la necesidad de modificar en este aspecto y en dichos términos, el presente punto de acuerdo para darle viabilidad jurídica y operativa. En el mismo sentido, es preciso darle dicha viabilidad, para que cuando la Secretaría de Desarrollo Social al conocer de actos de maltrato, violencia u omisión, en su caso, de vista de los hechos a la autoridad o autoridades competentes.

En segundo lugar, y en los términos descritos, el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, también posee facultades para intervenir en los casos de maltrato o violencia cometidos por los servidores públicos de las instituciones públicas y de los prestadores de servicio de las instituciones privadas de atención a personas adultas mayores, dando vista a las autoridades competentes, para el efecto de aplicar las sanciones pertinentes, toda vez que de conformidad con la fracción IV del artículo 2o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, la aplicación y el seguimiento de dicho ordenamiento corresponden al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores. Por ende, y de acuerdo a dicha facultad legal del instituto, a éste corresponde observar el cumplimiento de la ley en cita, la cual tiene por objeto garantizar a las personas adultas mayores diversos derechos, entre los que se encuentran los siguientes, como dispone el artículo 5o. de dicho ordenamiento:

I. De la integridad, dignidad y preferencia:

a) A una vida con calidad.

b) Al disfrute pleno, sin discriminación ni distinción alguna, de los derechos que ésta y otras consagran.

c) A una vida sin violencia.

d) Al respeto de su integridad física, psicoemocional y sexual.

e) A la protección contra toda forma de explotación.

f) A recibir protección por parte de la comunidad, la familia y la sociedad, así como de las instituciones federales, estatales y municipales.

II. De la certeza jurídica:

b) A recibir apoyo de las instituciones federales, estatales y municipales en el ejercicio y respeto de sus derechos.

De conformidad con el artículo 28 de la citada ley, el Instituto Nacional de las Personas Mayores también tiene las facultades relativas a proteger, asesorar, atender y orientar a las personas adultas mayores y presentar denuncias ante la autoridad competente; promover en coordinación con las autoridades competentes y en los términos de la legislación aplicable, que la prestación de los servicios y atención que se brinde a las personas adultas mayores en las instituciones, casas hogar, albergues, residencias de día o cualquier otro centro de atención, se realice con calidad y cumplan con sus programas, objetivos y metas para su desarrollo humano integral; realizar visitas de inspección y vigilancia a instituciones públicas y privadas, casas hogar, albergues, residencias de día o cualquier centro de atención a las personas adultas mayores para verificar las condiciones de funcionamiento, capacitación de personal, modelo de atención y condiciones de la calidad de vida, y hacer del conocimiento de las autoridades competentes, de las anomalías que se detecten durante las visitas realizadas a los lugares antes mencionados, pudiendo también hacer del conocimiento público dichas anomalías.

Es preciso, como se ha observado, ampliar la conducta en que pueden incurrir los servidores públicos y prestadores de servicio respectivamente, en contra de las personas adultas mayores, y no solamente concretarla al maltrato y violencia, sino es necesario ampliarla a la omisión, la cual implica la abstención de una actuación que constituye un deber legal, y que, por ende, produce o puede constituir una falta o un delito.

En virtud de lo expuesto, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables propone a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Desarrollo Social y al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores para que cuando exista maltrato, violencia u omisión por parte de los servidores públicos de las diferentes instituciones públicas y de los prestadores de servicio de las diferentes instituciones privadas de atención a personas adultas mayores, den vista a las autoridades competentes, con el objetivo de otorgar una vida digna y garantizar la protección de sus derechos humanos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de noviembre de 2015.

La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Diputados: Gustavo Enrique Madero Muñoz (rúbrica), presidente; Edith Anabel Alvarado Varela (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica), Yarith Tannos Cruz (rúbrica), José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), Kathia María Bolio Pinelo (rúbrica), Eloísa Chavarrías Barajas (rúbrica), Érika Irazema Briones Pérez, Sara Paola Galico Félix Díaz (rúbrica), Irma Rebeca López López (rúbrica), Refugio Trinidad Garzón Canchola (rúbrica), secretarios; Evelyng Soraya Flores Carranza, Lilia Arminda García Escobar, Fabiola Guerrero Aguilar (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), María Isabel Maya Pineda, María Angélica Mondragón Orozco (rúbrica), Karla Karina Osuna Carranco (rúbrica), María Guadalupe Oyervides Valdez, Angélica Reyes Ávila, María de los Ángeles Rodríguez Aguirre, María Monserrath Sobreyra Santos (rúbrica), Mariana Trejo Flores (rúbrica), Manuel Vallejo Barragán (rúbrica).

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Semarnat a intensificar tanto los esfuerzos de conservación de las tortugas marinas en territorio nacional como las actividades de inspección y vigilancia en el golfo de Ulloa, en Comondú, Baja California Sur, para evitar la mortandad de la tortuga caguama

Honorable Asamblea:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 79, numeral 1, fracción II; 80, numeral 1, fracción VI; 85, y 100, numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este honorable pleno cameral, el presente dictamen al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Primero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados, celebrada el martes 15 de septiembre de 2015, la diputada Sofía González Torres, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó proposición con punto de acuerdo, a fin de intensificar los esfuerzos de la conservación de las tortugas marinas en territorio nacional.

Segundo. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

Tercero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados, celebrada el martes 6 de octubre de 2015, el diputado Wenceslao Martínez Santos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para evitar la mortandad de la tortuga caguama (Caretta caretta ), en el Golfo de Ulloa, en Comondú, Baja California Sur.

Cuarto. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

Una vez recibido el duplicado del expediente correspondiente, la Comisión instruyó su registro y el análisis para formular el dictamen.

II. Contenido de la proposición

A continuación se exponen el contenido y texto de la proposición en cuestión:

La diputada Sofía González Torres, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y el diputado Wenceslao Martínez Santos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, muestran una preocupación por la alta mortandad que presentan las tortugas marinas.

Los legisladores consideran de suma importancia llevar a cabo acciones efectivas que frenen de una vez por todas el crecimiento de este índice de mortandad, con normas y regularización en las prácticas de pesca, así como intensificar los esfuerzos en su conservación, ya que las tortugas marinas son una especie de alto valor ecológico y cultural para el país.

Señalan además que los planes y programas empleados han tenido un gran índice de efectividad para la conservación de las tortugas marinas, sin embargo es necesario intensificar los operativos y las medidas de conservación que encabeza el Estado mexicano.

De igual manera, los legisladores llaman a contar con una mejor difusión sobre la implementación y alcance de los operativos, a fin de que la población esté consciente de la importancia y los retos inmediatos que plantea la conservación.

Los legisladores proponentes concluyen con el siguiente proyecto de

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como a sus órganos desconcentrados, Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a intensificar los esfuerzos de conservación de las seis especies de tortugas marinas en territorio nacional, fortalecer las acciones para evitar el saqueo de nidos durante la presente temporada de arribo, reforzar la participación de las comunidades rurales e indígenas, y de la ciudadanía en general, en la vigilancia y protección de las seis especies de tortugas que arriban a playas de México con fines reproductivos, así como difundir los resultados de su involucramiento dentro de la estrategia general de conservación.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Marina a reforzar los operativos de vigilancia en las playas de anidación con la presencia de efectivos que apoyen las acciones de conservación y vigilancia que llevan a cabo los órganos desconcentrados de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Marina y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a impulsar convenios de cooperación para atender la protección de las seis especies de tortuga marina durante sus temporadas de reproducción en las diferentes playas de anidación.

Cuarto. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a reforzar las actividades de inspección y vigilancia en el golfo de Ulloa, municipio de Comondú, Baja California Sur, con el objeto de evitar la mortandad de la tortuga caguama(Caretta caretta ).

Un vez analizada las proposiciones con puntos de acuerdo referidas con antelación, las diputadas y diputados integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por encontrarse convergente la petición y planteamiento respecto a intensificar los esfuerzos de conservación de las tortugas marinas en territorio nacional, estimamos pertinente conjugar ambas proposiciones en un solo dictamen, en el ánimo de favorecer la economía del procedimiento parlamentario, lo que hacemos a partir de las siguientes:

Consideraciones

Para los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales es de suma importancia velar por la seguridad de la vida silvestre en este caso por las tortugas marianas, ya que reconocemos que las tortugas marinas forman parte de la biodiversidad mundial, son un grupo primitivo y singular con características anatómicas únicas que no han cambiado substancialmente desde que aparecieron en la tierra.

Hasta el siglo XIX, las tortugas marinas fueron muy abundantes en sus áreas de distribución en los océanos templados y tropicales, estando sus poblaciones formadas por millones de individuos.

En la actualidad las poblaciones de las diferentes especies de tortugas marinas se encuentran reducidas. Esta merma en el ámbito de su distribución mundial es resultado de la interacción de diversas causas como son: la pesca excesiva, el comercio ilícito, el saqueo de nidos, la captura y sacrificio de hembras, la modificación y degradación de hábitat y la captura incidental.

En los últimos años, el hombre ha diezmado drásticamente la capacidad de estas especies para mantener su viabilidad, por lo que la mayoría de sus poblaciones se encuentran en declinación, frecuentemente a niveles críticos.

Ante esta problemática el Estado mexicano ha tomado medidas necesarias para poder garantizar la supervivencia de la especie, estableciendo diversas acciones de índole técnico, jurídico y administrativo encaminadas a la protección, conservación e investigación de las tortugas marinas, las cuales ha contribuido para contrarrestar el deterioro en las poblaciones de tortugas marinas.

Las acciones instrumentadas a lo largo de los últimos 30 años proveen herramientas básicas para la protección de las seis especies de tortugas marinas que arriban a territorio mexicano, que desde tiempos ancestrales anidan y se alimentan en nuestras costas, razón por la cual se considera a México como una región de especial importancia en la conservación de tortugas marinas y una zona estratégica para la aplicación de programas de protección, conservación, investigación y manejo de estos quelonios.

Las tortugas marinas son importantes biológicamente hablando por tratarse de seres vivos que han permanecido a lo largo de millones de años de evolución en el planeta, desde el punto de vista ecológico. Las tortugas marinas pueden ser herbívoras como la tortuga blanca y la negra en algunos de sus estadios; el resto de las otras especies son, por lo general consumidores de invertebrados. Forman parte de complejas cadenas alimenticias tanto en las playas de anidación como en los ambientes costeros y oceánicos.

En México se han impulsado, desde hace más de tres décadas, las actividades dirigidas a la conservación, protección e investigación de tortugas marinas, con el fin de entender su biología, movimientos migratorios, conocer las densidades poblacionales en los sitios de anidación y la caracterización genética de las poblaciones, esto con el fin de delimitar unidades de manejo bajo las cuales será necesario aplicar las estrategias para su recuperación.

Muchos de estos programas no han sido efectivos por diferentes factores como el saqueo para consumo, el tránsito de vehículos automotores en las áreas de anidación, el desarrollo costero, ya sea para efectos de infraestructura turística o de vivienda generando con ello iluminación artificial, la contaminación de las zonas costeras por diversos factores así como la depredación por fauna nociva. Otros son los factores naturales como por ejemplo: el impacto meteorológico y la destrucción por la marea.

Actualmente, las actividades de protección y conservación de tortugas marinas en México son realizadas por una gran diversidad de instituciones gubernamentales y no gubernamentales. A la fecha se tiene conocimiento de la operación de 127 campamentos tortugueros; Esta gran diversidad de instituciones, ya sea públicas o privadas asumen distintos conceptos y criterios para el manejo de estas especies, lo que refleja la poca homogeneidad de los datos generados por dichos campamentos.

Sin embargo estas acciones se ven francamente diluidas o disminuidas, producto de problemas en la educación y concientización de las comunidades costeñas con referencia a la preservación y conservación de las tortugas marinas, la falta de opciones de desarrollo socioeconómico, así como el desconocimiento del marco legal vigente para la protección de la vida silvestre, la insuficiente vigilancia en las zonas costeras de arribazón, provocan la comercialización de individuos y sus derivados como huevos, carne y piel.

Hasta ahora, la naturaleza y la humanidad no ha sufrido la pérdida de ninguna de las siete especies de tortugas marinas conocidas en el mundo, sin embargo muchas de sus poblaciones se han reducido al mínimo poniendo en riesgo a las propias especies, siendo la principal causa de la reducción de sus poblaciones, las de origen antropogénico.

En mérito de lo anterior, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, presenta a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como a sus órganos desconcentrados, Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a intensificar los esfuerzos de conservación de las seis especies de tortugas marinas en territorio nacional, fortalecer las acciones para evitar el saqueo de nidos durante la presente temporada de arribo, reforzar la participación de las comunidades rurales e indígenas, y de la ciudadanía en general, en la vigilancia y protección de las seis especies de tortugas que arriban a playas de México con fines reproductivos, así como difundir los resultados de su involucramiento dentro de la estrategia general de conservación.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Marina a reforzar los operativos de vigilancia en las playas de anidación con la presencia de efectivos que apoyen las acciones de conservación y vigilancia que llevan a cabo los órganos desconcentrados de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Marina y a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales a impulsar convenios de cooperación con autoridades estatales y municipales, para atender la protección de las seis especies de tortuga marina durante sus temporadas de reproducción en las diferentes playas de anidación.

Cuarto. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a reforzar las actividades de inspección y vigilancia en el golfo de Ulloa, municipio de Comondú, Baja California Sur, con el objeto de evitar la mortandad de la tortuga caguama (Caretta caretta ).

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de noviembre de 2015.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Arturo Álvarez Angli, Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Susana Corella Platt (rúbrica), María del Carmen Pinete Vargas (rúbrica), Sergio Emilio Gómez Olivier (rúbrica), René Mandujano Tinajero (rúbrica), Juan Fernando Rubio Quiroz (rúbrica), Alma Lucía Arzaluz Alonso (rúbrica), Angie Dennisse Hauffen Torres, Francisco Javier Pinto Torres (rúbrica), María Ávila Serna (rúbrica), José Teodoro Barraza López (rúbrica), Laura Mitzi Barrientos Cano (rúbrica), Héctor Ulises Cristopulus Ríos (rúbrica), María Chávez García (rúbrica), Laura Beatriz Esquivel Valdés (rúbrica), Rosa Elena Millán Bueno, Candelario Pérez Alvarado, José Ignacio Pichardo Lechuga, Silvia Rivera Carbajal, Juan Carlos Ruíz García (rúbrica).

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a llevar a cabo por la Semarnat y la Profepa, conforme a las respectivas facultades, acciones para revisar y –en su caso– revocar cualquier autorización relacionada con el proyecto Don Diego, respecto a la explotación de arenas fosfáticas en el golfo de Ulloa, en la costa occidental de Baja California Sur

Honorable Asamblea:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e) a g), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 79, numeral 1, fracción II, 80, numeral 1, fracción VI, 85 y 100, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno el presente dictamen, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Primero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados celebrada el 13 de octubre de 2015, el diputado Juan Fernando Rubio Quiroz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se solicita exhortar al titular del Ejecutivo para que por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales emita resolutivo en sentido negativo y proceda a cancelar el proyecto minero Don Diego, en el golfo de Ulloa, en la costa occidental de Baja California Sur.

Segundo. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

Tercero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados celebrada el 15 de septiembre de 2015, la diputada Jisela Paes Martínez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales a denegar cualquier autorización al proyecto Don Diego, de la empresa Exploraciones Oceánicas, en el golfo de Ulloa, en la costa occidental de Baja California Sur.

Cuarto. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

El legislador proponente, diputado Juan Fernando Rubio Quiroz , informa que la explotación de la minería en el fondo marino es una práctica reciente,1 que si bien los estudios en ingeniería consideran viable y de “bajo impacto”, en realidad aún se desconocen sus implicaciones, sobre todo porque la práctica minera de este tipo depende de las condiciones económicas, sociales, y sobre todo, ambientales donde se practique.

El diputado proponente puntualiza la información siguiente: respecto de las afectaciones ambientales, no se encuentra consensado debido al desconocimiento real sobre los costos e impacto ambiental en el mediano y largo plazo, contraviniendo de este modo, al desarrollo sustentable de cualquier región donde se practique la minería marina.

A pesar de las limitaciones científicas que permitan conocer la situación sobre el impacto al medio ambiente de la minería marina, en México, se propuso un primer intento en 2014 para explorar en este tipo de minería e instaurar el proyecto Don Diego (Don Diego I), que fue retirado por el promovente ante la evidente presión de la población; quienes con apoyo de científicos y organizaciones no gubernamentales, presentaron pruebas suficientes de la inviabilidad del proyecto.

Indica el legislador que durante los años corrientes se realizó una segunda propuesta del proyecto bajo el nombre de “Dragado de arenas fosfáticas negras del yacimiento Don Diego” (Don Diego II) con modificaciones inherentes a las observaciones negativas sobre el primer proyecto y una nueva manifestación de impacto ambiental (MIA).

El proyecto Don Diego es una propuesta para impulsar la minería marina para la extracción de arenas fosfáticas a través de un proceso de dragado del fondo marino, en la zona económica exclusiva de México de la bahía de Ulloa, en Baja California Sur (figura 1), por un periodo de 50 años, divido en etapas.

Figura 1. Fuente: MIA modalidad regional para el proyecto “Dragado de arenas fosfáticas negras del yacimiento Don Diego”.

El diputado proponente apunta que el objetivo del proyecto es extraer 7 millones de toneladas anuales de arenas fosfáticas y obtener fósforo; un total de 350 millones de toneladas durante los 50 años de vida útil del proyecto, con opción de postergarse otros 50 años. La finalidad del dragado es producir 3.5 millones de toneladas de arenas fosfáticas cribadas y secadas como producto final de preparado para su transporte.2 El dragado se realizará a una profundidad de entre 60 y 90 metros.

La superficie total del proyecto es de 91 mil 269 hectáreas, divido en 5 etapas, una cada 10 años y con 5 áreas de trabajo (figura 2), determinadas por polígonos en los que se llevarán los trabajos anualmente, con la posibilidad de modificar el área de trabajo con base a muestreos para delimitar el contorno exacto del dragado.3

Figura 2. Fuente: MIA modalidad regional para el proyecto “Dragado de arenas fosfáticas negras del yacimiento Don Diego”.

El proyecto estaría a cargo de Odyssey Marine Exploration (USA), vía su subsidiaria Exploraciones Oceánicas, con la participación de Altos Hornos de México (AHMSA).

La justificación principal del proyecto es que la extracción y el procesamiento de arenas fosfáticas resultan un elemento central para la producción de fertilizantes; esenciales en la producción de alimentos y con ello se estaría asegurando la sustentabilidad alimentaria del país.

Consideraciones sobre el proyecto Don Diego:

Primero, con la cancelación por parte del promovente de Don Diego I y la propuesta posterior de Don Diego II, se evitó el proyecto generará un antecedente jurídico en caso de que éste fuese evaluado de forma negativa y, por tanto, el resolutivo impidiera su realización.

Otro aspecto “significativo” a la luz de la nueva MIA para la aprobación de Don Diego II, se encuentra en el apartado “reducción voluntaria del título minero original” se señala, se hizo una reducción del área concesionada para el proyecto que equivale a 70.15 por ciento; esto es, se pasó de 268 mil 238.1 hectáreas, de la concesión original a 80 050. 45 hectáreas, con la concesión actual, sin embargo, en el apartado “dimensiones para el proyecto”, refiere que el espacio requerido para el mismo es de 91 mil 267 hectáreas.

En suma, no se explica cómo es posible el proyecto pueda ejecutarse con dimensiones menores que las requeridas por el mismo, al respecto, se presenta un déficit de 11 mil 217 hectáreas, equivalentes a 13 por ciento del espacio requerido. En este sentido, el área a dragar conlleva a pensar es la misma y sólo se trata de un juego de números, ya que el promovente no comprueba la “cesión” de las hectáreas antes mencionadas como señala la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cedma).4

Por otra parte, la bahía de Ulloa “ha sido caracterizada como de alta productividad y biodiversidad, con especies de interés pesquero y de conservación que incluyen tiburones, rayas, almejas, langostas, camarones, y aves, mamíferos y tortugas marinas”.5 Así lo señala la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad en el estudio sobre la caracterización socioeconómica y pesquera del área del golfo de Ulloa, BCS, 2010.

A su vez, la zona donde se ubica el proyecto es de gran importancia para el “tránsito, alimentación y refugio de especies como la ballena azul (Balaenoptera musculus), la ballena jorobada (Megaptera novaeangliae) y la tortuga caguama (Careta careta); 6 esta última especie se encuentra actualmente en peligro de extinción como lo declara la Procuraduría Federal de Protección Ambiental.7

Además, señala la AIDA, 20 por ciento de la zona donde se establecería el proyecto está ubicada en Bahía Magdalena. Las afectaciones más graves incurren en el impacto ecológico y económico a la zona al tratarse de un sitio de manglar con relevancia ecológica y la necesidad de rehabilitación ecológica. Al mismo tiempo, esta zona “posee una riqueza pesquera por la abundancia de los manglares, en esencia estos son sitios de crianza y de alimentación para especies comerciales cuyo valor promedio anual de las pesquerías se estima en 37 mil 500 dólares estadounidenses por hectárea de manglar”.8

Respecto al proceso de dragado por succión en marcha se considera es la forma “menos perjudicial para la seguridad y el medio ambiente”, reconociendo de esta forma existe un riesgo e incertidumbre sobre la utilización del dragado, sin embargo, el argumento es que, resulta ser el más factible de entre los diversos tipos de dragado, se asume todos proclives a dificultades para resolver los problemas que pudieran presentarse, pese a eso, se manifiesta la ciencia del dragado está en evolución, esto sugiere, ir ajustando respuestas y soluciones con base a los avances científicos.

Por su parte, el dragado marino consiste en la utilización de barcos para dragar/escarbar el lecho marino con el fin de extraer grandes cantidades de arena, y a consecuencia de esto, se extraen también organismos del área, lo cuales, son regresados al mar por medio del proceso de “rebosamiento” una vez separadas las arenas fosfóricas en las embarcaciones.

Contrario sensu, la minería de fosfato es una de las principales fuentes de contaminación radionuclear, este tipo de minería libera fuentes potencialmente contaminantes como lo son el Uranio (238 U) y el Torio (232Th). Por tanto, la separación de las arenas fosfóricas libera elementos tóxicos, al regresar el remanente por el proceso de “rebosamiento” se regresan estas sustancias, contaminando no sólo el agua sino a su vez creando la posibilidad de ser consumidas por las especies marinas y ya sea éstas mueran o sean pescadas con altos niveles de intoxicación. Más aún, la acumulación de sustancias toxicas durante los 50 años de vida útil del proyecto no está considerada en la MIA.

Por último, si se considera que los proyectos de dragado marino para extraer fósforo son nuevos en la región e incluso a nivel internacional con el estudio de caso de Namibia comentado, se está ante una inminente miopes sobre los efectos reales en el ambiente que puede generar este tipo de minería.

Resulta por tanto un imperativo que se deniegue el permiso para practicar minería marina en la bahía de Ulloa, en Baja California, cuando menos hasta dar certeza científica de que la actividad minera no generará costos ambientales comprometiendo los recursos de las futuras generaciones, ya que este tipo de proyectos no han sido estudiados con la seriedad suficiente y ponen en claro riesgo los sistemas marinos, la actividad pesquera de la zona, el turismo y compromete la salud de los pobladores.

Lo anterior contravine el artículo 5o. de la Ley General de la Vida Silvestre, la cual dice a la letra en la fracción II:

[...] En ningún caso la falta de certeza científica se podrá argumentar como justificación para postergar la adopción de medidas eficaces para la conservación y manejo integral de la vida silvestre y su hábitat

En conclusión, la propuesta del dragado en la bahía de Ulloa, Baja California Sur, transgrede la ley General de la Vida Silvestre al respaldar su proyecto bajo suposiciones, siendo carente en varios sentidos de certeza científica.

Así, resulta necesario aplicar el principio precautorio contenido en el artículo 5o. de la Ley General de Vida Silvestre anteriormente citado y cuyo fundamento se encuentra en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en el principio número 15 ratificado por México en sus compromisos con Naciones Unidas para la protección del ambiente.

Por su parte, en el mismo sentido, la legisladora proponente del asunto mencionado en el antecedente tercero, diputada Jisela Paes Martínez, confirma que en los estados del noroeste de México se concentra más de 70 por ciento de la producción pesquera nacional; Baja California Sur es el tercer productor en el país, en términos de la captura total y por el valor de su producción. La pesca, en el ámbito estatal y nacional, como actividad primaria, tiene una importancia fundamental debido a su valor económico y social; es parte de una cadena productiva donde se generan empleos directos e indirectos, valor agregado, divisas, materia prima para otras industrias y sobre todo constituye un factor clave en la seguridad alimentaria.

Confirma la diputada proponente la información siguiente: En nuestro estado, la costa occidental es la de mayor productividad ya que en esa zona se encuentran las pesquerías de alto valor, no solamente estatal sino nacional, como son la langosta, el abulón y camarón, que generan empleos e ingresos producto de las ventas internacionales.

Las comunidades en esa región se encuentran dispersas en toda la costa, en campos pesqueros que han tenido que enfrentarse al aislamiento geográfico, usando sus propios recursos para desalinizar agua y, hasta hace poco tiempo, generar la electricidad para sus actividades productivas, ya que por tratarse de asentamientos humanos con pocos habitantes el gobierno federal no había destinado recursos para la instalación de torres de transmisión eléctrica.

Asimismo, la costa occidental de la península de Baja California es una de las regiones más productivas del país debido a que en esta zona se mezcla el agua de la corriente de California, rica en nutrientes, con masas de agua más cálidas provenientes del sur.

Se presenta, entonces, un ciclo virtuoso que favorece el enriquecimiento del agua, las surgencias, donde un elemento fundamental es el fósforo. Las aguas frías de los fondos marinos son más ricas en fósforo que las calientes de la superficie, cuando las primeras ascienden arrastran cierta cantidad de nutrientes que atraen a numerosos organismos que aportan más fósforo.

El fósforo es un nutriente esencial que incrementa la formación del fitoplancton, que al ser la base de la cadena alimenticia marina, multiplica la vida de organismos superiores como los peces. Tanto el fitoplancton como los peces al morir se depositan en el fondo de la plataforma, sufriendo sus partes orgánicas una degradación que supone la acumulación de sus esqueletos. El continuo reflujo de fósforo por las elevaciones de corrientes frías produce una continua transformación de estos esqueletos.

Justamente la riqueza pesquera de la región en comento se sustenta en el fósforo que se ha depositado en cientos de años y que ahora la empresa Odyssey Marine Exploration pretende obtener del fondo marino.

Exploraciones Oceánicas, S de RL de CV, es una filial de la estadounidense Odyssey Marine Exploration, que cuenta con 61.9 por ciento de la empresa y cotiza en la bolsa de Nueva York desde 2003, identificándose con el símbolo Omex, del Nasdaq.

La empresa presentó a evaluación de impacto ambiental (EIA) ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) un proyecto de minería submarina. “El objetivo para el proyecto de dragado es la extracción de 7 millones de toneladas de arena fosfática por año, durante 50 años de vida del proyecto, para producir 350 millones de toneladas de arenas fosfáticas cribadas y secadas como producto final preparado para su transporte.

El dragado y bombeo de material a la barcaza se pronostica que será un proceso continuo de 24 horas, siete días a la semana durante 52 semanas al año” El número de empleados que calculó para operar la embarcación, será de 80 personas entre la barcaza y la draga, dividido en 2 turnos de 40 personas.

El método de extracción de la fosforita en el lecho marino se plantea sea por dragado y posterior procesamiento, para separación mecánica (no química) del sustrato con fosfato (concentrado) del material de dragado, y vertido del materia y sustancias sobrantes al lecho marino, en todos los casos desde embarcaciones, para su posterior embarque por vía marítima.

Marine Exploration, se dedica a la explotación de restos de hundimientos de barcos antiguos, con el fin de vender los hallazgos o comercializar con reportajes sobre las operaciones de recuperación de dichos restos. Greg Stemm es su cofundador y Tom Dettweiler gerente de proyectos, éste último, en entrevista para el medio de comunicación The New York Times, corroboró las intenciones de iniciar exploraciones mineras.

“Hay mucho en juego”, dijo Dettweiler en dicha publicación. “Si los precios del metal suben, un depósito de mil millones de dólares se puede convertir en uno de cien mil millones de dólares”.

De acuerdo con información oficial el proyecto Don Diego, promovido por Odyssey Marine Explorations (Odyssey) y de valuaciones independientes, el yacimiento tiene un potencial caracterizado de fosforita de 92 millones de toneladas, en concentraciones de 19 por ciento, en un área de 23 kilómetros cuadrados.

El yacimiento por explotar se ubica a una distancia de entre 20 a 40 kilómetros de la línea de costa, a una profundidad de 70 a 90 metros; con un espesor de hasta seis metros debajo del lecho marino, sin embargo de acuerdo a la batimetría del golfo de Ulloa, existe la posibilidad de que el área de extracción sea más cercana a la línea de costa, que la señalada de 40 kilómetros.

A la fecha se desconoce cuáles serían los impactos ambientales de un proyecto de tal magnitud, sin embargo la remoción del fondo marino podría afectar la biodiversidad y directamente a las pesquerías de la zona por la extracción constante de partículas que posteriormente se depositarían en áreas aledañas al sitio de operación cubriendo el hábitat de especies como el abulón, la langosta y moluscos bivalvos que se distribuyen en la zona, llevando a una grave crisis socioeconómica a los pescadores de la región y, por ende, afectando la economía del estado.

Es preciso señalar que el golfo de Ulloa está caracterizado como región marina prioritaria para la conservación, según la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) y ha sido reconocida por su alta productividad biológica y, por esta razón, sitio de gran importancia para la pesca de la región.

También se reconoce como zona crítica para la población de tortugas marinas y zona de tránsito de ballenas, ambos grupos de especies bajo alguna categoría de protección. La misma Semarnat ha considerado en su propuesta de Programa de Ordenamiento Ecológico Marino del Pacífico Norte que no hay compatibilidad entre la minería y la pesca, debido a los atributos ambientales para el golfo de Ulloa.

También refiere la diputada proponente que 42 por ciento de la actividad pesquera en Baja California Sur, se ubica en esta zona. El Instituto Nacional de la Pesca ha dicho que los polígonos del proyecto minero se traslapan con las concesiones pesqueras de las sociedades cooperativas de producción pesquera, Puerto Chale y La Poza.

Cabe señalar que en esa zona se encuentra la única pesca certificada internacionalmente como sustentable y si este proyecto es aprobado, los logros de sustentabilidad serían afectados.

Aunque el proyecto minero sustenta su viabilidad en los beneficios para la agricultura, ya que el principal insumo para la producción de fertilizantes se obtendría en México. Sin embargo, de acuerdo con la Secretaría de Economía existen otros yacimientos en tierra que podrían resultar menos impactantes que el propuesto y las cantidades a obtener serían suficientes para proveer a los agricultores del país.

De autorizarse éste, el gobierno de México sería el primero en el mundo en aprobar un proyecto de estas características, con la probable violación de tratados internacionales. En países como Nueva Zelanda y Namibia, los gobiernos negaron los permisos o decretaron una moratoria a este tipo de actividad hasta que se demuestre que no generará efectos graves.

Por ello, la legisladora estima que antes de tomar una decisión, el gobierno federal deberá evaluar los posibles riesgos por daños ambientales que una actividad minera de tal magnitud tendría sobre los recursos naturales; es el ejemplo más claro de que el principio precautorio debe imperar.

Este proyecto fue presentado desde septiembre de 2014 y después del proceso de consulta pública, se esperaba la decisión de la Semarnat de no aprobar este proyecto de minería submarina.

Durante la reunión pública informativa realizada a finales de 2014, los gobiernos estatal y municipal, las organizaciones de la sociedad civil, y los más de 350 asistentes de diferentes comunidades pesqueras de la región, rechazaron ese proyecto. Las dos observaciones principales de los asistentes hacia la Semarnat fueron 1. Lenguaje muy técnico y poco claro por parte de los representantes del proyecto; 2. Éstos fallaron en explicar concretamente.

Sin embargo, a unos días de la decisión, los promoventes retiraron el proyecto Don Diego, para volverlo a tramitar a los dos días de cancelado, ahora con participación de Minera del Norte, SA de CV, subsidiaria de Altos Hornos de México.

Se estima que este cambio se realizó con la finalidad de no generar antecedentes legales, es decir que al someter a evaluación de nueva cuenta el proyecto, no se considera el resolutivo adverso del primer trámite.

A pesar de que se le cambió el nombre de Don Diego a Dragado de arenas fosfáticas negras del yacimiento Don Diego, es el mismo proyecto, sólo se agregó la información adicional que la Semarnat requirió en el proceso de evaluación de impacto ambiental anterior y con las mismas inconsistencias.

Los promoventes explican en un comunicado de prensa del 22 de junio de 2015, que “vuelven a someter su manifestación de impacto ambiental, para informar al gobernador, congresistas, alcaldes y líderes de la comunidad de Baja California Sur, que fueron elegidos el 7 de junio, para que puedan comprender a fondo los detalles del proyecto y los efectos positivos que tendrá en su estado y las comunidades”.

La nueva manifestación de impacto ambiental para dicha mina, ingresó en oficinas centrales de la Semarnat el 26 de junio de 2015, a pocos días de haberse retirado la primera, publicando el 2 de julio de 2015, en un diario estatal que su procedimiento fue ingresado, aunque en la Gaceta Ecológica, donde se debió dar a conocer oficialmente el ingreso de la solicitud, no se haya publicado nada en dicho momento, toda vez que la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), con la participación de la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas, suspendieron sus actividades durante el mes de julio, justificando cambio de domicilio.

El Consejo Consultivo de Desarrollo Sustentable de Baja California Sur, se manifestó en contra de este proyecto y denunció los grandes riesgos que representa y la manera irregular en la que se busca su aprobación, y se pronunció porque se lleve a cabo una revisión a fondo del mismo y una consulta pública, refiriéndose al daño al humano por la ingesta de alimentos del mar sacados de esa zona y que no se ha medido el impacto sobre los mamíferos marinos, como delfines, ballena gris, azul, y jorobada.

Sabemos que la Semarnat ha abierto un nuevo proceso de consulta pública y que, a petición de grupos de los pescadores de la región, en su momento deberá llevar a cabo una reunión pública de información, a fin de transparentar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental y para que la sociedad esté debidamente informada de sus impactos potenciales.

La oposición al proyecto minero Don Diego, en Baja California Sur, es de toda la sociedad civil: cooperativas pesqueras, grupos ambientalistas, organizaciones ecoturísticas, la comunidad científica del estado, el congreso del estado, autoridades estatales y municipales, ya que representa un riesgo ambiental y económico para miles de pescadores y sus familias que dependen exclusivamente de esa actividad.

Derivado de la gran preocupación de la sociedad sudcaliforniana por el avance del proyecto y por sus impactos negativos hacia la pesca, y en general al ecosistema marino, estimamos pertinente la correspondiente demanda, para que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales revise y, en su caso proceda, a denegar cualquier autorización y concesión para el desarrollo de actividades mineras marinas en el golfo de Ulloa, en Baja California Sur.

Una vez analizadas las proposiciones con punto de acuerdo referidas, los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por encontrarse convergentes la petición y el planteamiento respecto al proyecto de explotación de arenas fosfáticas Don Diego, a la empresa estadounidense Odyssey Marine Exploration, su filial en México Exploraciones Oceánicas, S de RL de CV, Minera del Norte, SA de CV, subsidiaria de Altos Hornos de México, SAB de CV, o cualquier empresa que refiera al proyecto Don Diego, y que desarrolle la explotación de arenas fosfáticas del lecho marino del golfo de Ulloa, en la costa occidental de Baja California Sur, estimamos pertinente conjugar ambas proposiciones en un solo dictamen, en el ánimo de favorecer la economía del procedimiento parlamentario, lo que hacemos a partir de las siguientes

III. Consideraciones

Las y los diputados integrantes de esta comisión dictaminadora reconocemos loable el planteamiento de la diputada y el diputado proponentes y coincidimos en la propuesta de exhortar a las autoridades Federales competentes, para que atiendan el procedimiento y evidencias que se presentan para otorgar diversas concesiones a las empresas, Odyssey Marine Exploration, y su filial en México Exploraciones Oceánicas, S de RL de CV; Minera del Norte, SA de CV, subsidiaria de Altos Hornos de México, SAB de CV, o cualquier empresa que refiera al proyecto Don Diego, para el proyecto de la explotación de arenas fosfáticas que se encuentran sedimentadas en el lecho marino del golfo de Ulloa, en la costa occidental de Baja California Sur; a efecto de certificar su viabilidad o las posibles afectaciones ambientales, que representa esta actividad minera marina y proceder en su caso.

Estimamos importante, señalar que México ocupa un lugar destacado en el ámbito internacional, por estar reconocido como un país continente de una megadiversidad de recursos que se reflejan en una gran variedad de ecosistemas, el territorio mexicano representa poco más de 1 por ciento de la superficie terrestre y cuenta con el privilegio de albergar en sus territorio y litorales a más de 10 por ciento de la diversidad biológica del mundo, adicionalmente a esto es importante destacar que buena parte de esa biodiversidad es exclusiva del país, entre otros 60 por ciento de especies conocidas de plantas, más de 42 por ciento de las especies registradas en el mundo de peces, anfibios 48 por ciento y reptiles 45. Por esta megadiversidad México tiene una gran responsabilidad y enfrenta retos de gran trascendencia para que el manejo sustentable de sus recursos naturales represente una certera oportunidad de desarrollo de bienestar y equidad para su sociedad y para el mundo.

Entre otros aspectos fundamentales y en la materia que nos ocupa, de acuerdo con la información publicada por la Conabio en el quinto Informe nacional de México ante el Convenio sobre la Diversidad Biológica, se establece que los factores de presión y deterioro de los ecosistemas costeros resaltan el cambio de uso de suelo y la alteración dinámica costera por el desarrollo de actividades humanas, el incremento de los asentamientos e infraestructura tanto en las partes altas y medianas de las cuencas hidrográficas, como en la zona costera. En un periodo de 24 años (1976-2000), se estimó una pérdida de 31 mil 656 kilómetros cuadrados de vegetación natural costera en el país, lo que equivale a 9.3 por ciento de la vegetación natural en los municipios costeros, tomando como referencia una franja costera de 2 kilómetros de ancho.

De manera específica, para el caso de los manglares, en 2010 había una extensión estimada de 764 mil 486 hectáreas, lo que coloca a México en el cuarto país a nivel mundial con mayor extensión de estos ecosistemas; sin embargo no se ha podido frenar su deterioro, la destrucción del hábitat, la contaminación y la sobre explotación de los recursos con las actividades humanas, son las que más impactan a los ecosistemas de manglar, la evaluación de los factores de presión y amenaza a la biodiversidad también tiene desafíos importantes, entre ellos destaca que las instituciones generan información sobre procesos de deterioro ambiental, y de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, los costos por agotamiento y degradación ambiental representaron 6.3 por ciento del PIB a precios de mercado en 2012.

Ahora bien, la explotación de los fosfatos se orienta a la obtención de fosforita, que se clasifican en dos grupos, la apatita y fosforita, según su estructura y origen, la apatita son sustancias de origen rocoso de estructura cristalina y dura; mientras que la fosforita son en cambio sustancias de origen sedimentario, amorfas de poca dureza y de aspecto térreo, y contiene altas cantidades de minerales fosfatados; este material se ubica en yacimientos en el fondo marino de la zona del golfo de Ulloa en Baja California Sur, en forma de sedimentos que están constituidos por lodos y limos gradando en arenas de medias a gruesas.

Estas arenas fosfáticas contienen una gran cantidad de fosforo y tiene aplicaciones en distintas industrias, como la agrícola, ganadera y química; se estima que el 85% de la producción de fosfatos se utiliza en la industria de los fertilizantes, esto en virtud de que el fosforo es uno de los tres macro nutrientes principales junto con el nitrógeno y el potasio, elemento fundamental en el proceso de conversión de energía solar en alimento de las plantas, ya que desempeña una función importante en la fotosíntesis, concretamente en el metabolismo de azucares, en la transferencia de energía, en la división celular, en el alargamiento de células y en la transferencia de información genética.

Por las importantes cualidades citadas y por el valor que representa en la industria alimenticia; la empresa estadounidense Odyssey Marine Explotations, Inc., a través de su filial Exploraciones Oceánicas, S de RL de CV, presentó a evaluación de impacto ambiental ante la Semarnat, el proyecto de minería submarina denominado “Don Diego”, mediante el cual pretende dragar 91,000 hectáreas de fondo marino para extraer 7 millones de toneladas de arena fosfática por año en el golfo de Ulloa en Baja California Sur; por un periodo de 50 años, lo que representaría una totalidad de explotación de 350 millones de toneladas de arena fosfática; sin embargo por diversos aspectos técnicos adverso, ahora con la participación de Minera del Norte, SA de CV, subsidiaria de Altos Hornos de México, SAB de CV, procedió a presentar el mismo proyecto minero marino, con el nombre “Dragado de Arenas Fosfáticas Negras del Yacimiento Don Diego”.

Este proyecto minero, Don Diego, único y primero en su tipo en el país, pretende extraer fosforita por el sistema de dragado de sedimento de arenas fosfáticas marinas, mediante la utilización de grandes barcos que dragan el lecho marino, a efecto de extraer la arena y los propios organismos marinos que se encuentren en el área, el material dragado es transportado a una embarcación en dónde es separado para obtener solamente el material de valor, que es la arena fosfática, el resto del material que se considera que no es de utilidad, se regresara al mar, esto de acuerdo con la MIA, capítulo II.

De lo anterior se infiere la preocupación de diversos sectores de la sociedad, ya que en el área en donde se propone el multicitado proyecto representa una zona de importancia para tránsito, alimentación y refugio de especies como la ballena azul (Balaenoptera musculus), la ballena jorobada (Megaptera novaeangliae) 9 y la tortuga caguama (Careta careta) .10

Precisamente con la finalidad de proteger el hábitat crítico de alimentación y desarrollo de la tortuga Camagua, el Estado mexicano está impulsando la creación de un área de refugio en la bahía de Ulloa.11

En las consideraciones que define la Semarnat para el Diagnóstico Ambiental que Justifican el Área de Refugio del golfo de Ulloa se indica lo siguiente: Se localiza en la costa occidental de Baja California Sur, aproximadamente entre los 25° y los 27° de latitud Norte y entre los 112° y 114° de latitud Oeste, desde el sur de Punta Abreojos hasta Cabo San Lázaro; de junio a noviembre las condiciones de temperatura marina generan condiciones ambientales que conectan otros centros de actividad biológica (CAB) al norte y al sur. Por tales circunstancias, presenta la productividad primaria más alta del Pacífico norte, así como las concentraciones más altas de especies de importancia comercial y biológica de toda la región.

El golfo de Ulloa, en Baja California Sur, como macrosistema, es zona que ha sido definida por la Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte (CCA), como la eco región del Pacifico Sudcaliforniano donde confluyen aguas de las corrientes del norte y del sur, dicha eco región se extiende desde el norte de Punta Concepción en California, hasta Los Cabos, en Baja California Sur.

En el Pacífico se presentan intensos eventos de surgencias costeras en primavera y verano, lo que favorece el reclutamiento (incorporación individuos juveniles) en poblaciones ictiológicas de importancia comercial como sucede en el golfo de Ulloa.

En esta región del Pacífico se incluyen siete áreas marinas prioritarias de conservación (APC), dentro de las cuales se encuentra la bahía Magdalena y el golfo de Ulloa.12

El golfo de Ulloa, en Baja California Sur, como microsistema, dadas sus características estacionales se estima que es un área importante para poblaciones de peces y la alta productividad primaria, mantiene una importante concentración de consumidores tanto de especies comerciales como de especies bajo protección legal, se han identificado seis zonas de pesca dentro del este Golfo, que son, San Ignacio, San Jacinto, Esteros Norte, Centro y Sur y Puerto Adolfo López Mateos. La alta productividad de esta zona, favorece la presencia de recursos pesqueros como camarón, almeja, escama y pelágicos menores en cantidades tales que han mantenido la industria pesquera más importante de la entidad, además de aportar aproximadamente 25 por ciento de toda la pesca artesanal del estado.

Esta alta productividad y surgencias marinas han permitido una alta concentración de langostilla (Pleuroncodes planipes), la fuente principal de alimento de la tortuga caguama en esta región.13 Estos procesos naturales han generado que dichas especies sean atraídas formando áreas de agregación.

Por lo anterior, y de acuerdo con la información de referencia se observan diversas situaciones adversas generadas por las actividades humanas que pudieran crear un impacto ambiental en el golfo de Ulloa, ubicado en la costa occidental de Baja California Sur, en particular derivado de la explotación minera marina y la posible afectación en los fondos marinos arenosos y rocosos así como la diversidad de organismos que habitan en el fondo marino de esta zona, y su consecuente de conservación de la riqueza biológica que compone el ecosistema que compone la región, adicionalmente esta comisión dictaminadora estima trascendente manifestar que esta actividad de “minería oceánica” para la extracción de fosfato en el lecho marino, es relativamente nueva en el mundo, lo que podrá representar una limitada experiencia, condición que hace imposible conocer con exactitud la magnitud de los daños ambientales que generaría dicha actividad de explotación.

Consideramos importante señalar que la biodiversidad se ha visto comprometida en las últimas décadas, debido a las distintas actividades humanas que generan un deterioro acelerado de los ecosistemas y una disminución crítica de las especies, mares, agua y de la biodiversidad, como uno de los problemas ambientales más serios que enfrentamos, por lo que es preponderante sumar esfuerzos para revertir este efecto negativo y contribuir a la conservación, conocimiento y uso sustentable de los recursos naturales.

Por lo expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en el ejercicio de sus respectivas atribuciones, lleven a cabo una minuciosa revisión y la consecuente revocación de cualquier autorización para proceder a la explotación de arenas fosfáticas del lecho marino del golfo de Ulloa, en la costa occidental del estado de Baja California Sur, a las empresas Odyssey Marine Exploration y su filial Exploraciones Oceánicas, S de RL de CV, así como a Minera del Norte, SA de CV, subsidiaria de Altos Hornos de México, SAB de CV, o a otra empresa relacionada con el proyecto denominado “Don Diego” o “Dragado de Arenas Fosfáticas Negras del Yacimiento Don Diego” (Don Diego II), o cualquier otro que pretenda el mismo objetivo.

Notas

1 De acuerdo con la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente y Fundación Nuestro Mar, la primera incursión en minería marina de fósforo se propuso en Namibia en 2013, sin embargo, dado el desconocimiento de las implicaciones ambientales de un proyecto de estas dimensiones se postergó. Asimismo, el “Gobierno de Namibia pidió asesoramiento práctico a investigadores noruegos fue así como solicitó a la Consejería de Medio Ambiente de Noruega proporcionar asistencia a través de “la Fundación para la Investigación Científica e Industrial del Instituto Noruego de Tecnología” (SINTEF, por su siglas en Noruego) y el Instituto de Investigaciones Marinas (IMR), para obtener datos empíricos de la investigación sobre la minería de fosfatos en el fondo marino. Con todo, a los científicos les preocupa la posible liberación de sustancias peligrosas, incluso de materiales radiactivos, que pueden dañar y matar la vida marina directa o indirectamente y con ello ahogar o retrasar la comercialización de muchas poblaciones de peces debido a la mala calidad”. Véase Nuestro Mar. “El gobierno podría cambiar su postura sobreexplotación minera (Namibia)”, en Web de la Fundación Nuestro Mar del 07 abril de 2014 y Scoop Independet News World. Marine Phosphate Mining Cannot be Sustained by Namibia del 9 de julio de 2013.

2 Manifestación de impacto ambiental modalidad regional para el proyecto dragado de arenas fosfáticas negras del yacimiento Don Diego.

3 Ibídem.

4 Véase CEDMA. Seminario Virtual (Webinar). “Minería marina y evaluación de impacto ambiental: el proyecto Don Diego en México”. 25 de septiembre de 2015 y AIDA. Comentarios de derecho internacional a la manifestación de impacto ambiental del Proyecto Don Diego (Baja California Sur, México), modalidad regional con clave 03BS2014M0007, sobre dragado marino para la extracción de arenas fosfáticas. Distrito Federal, México, San José, Costa Rica, 18 de marzo de 2015.

5 Aida. Comentarios de derecho internacional a la manifestación de impacto ambiental del Proyecto Don Diego (Baja California Sur, México), modalidad regional con clave 03BS2014M0007, sobre dragado marino para la extracción de arenas fosfáticas. Distrito Federal, México, San José, Costa Rica, 18 de marzo de 2015.

6 Ibídem.

7 Profepa. Especies Marinas Protegidas. “Existen 90 especies protegidas por la Ley bajo alguna categoría de riesgo enlistadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010”. Consultado en http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/429/1/mx/especies_marinas_prot egidas.html el 4 de octubre de 2015.

8 Aida. Obra citada.

9 Instituto Nacional de Ecología-Semarnat (2006). “Las ballenas del golfo de California”. Disponible en
http://www2.inecc.gob.mx/publicaciones/download/487.pdf [Última visita: 15 de marzo de 2015]

10 INE-Semarnat. Cuadro sobre diversidad de tortugas marinas en México. Disponible en
http://www2.inecc.gob.mx/publicaciones/libros/187/03.html [Última visita: 13 de marzo de 2015]

11 El acuerdo por el que se establece el área de refugio de la tortuga amarilla (Caretta caretta) en el golfo de Ulloa, en Baja California Sur, está en la Comisión Federal de Mejora Regulatoria para obtener un dictamen de aprobatorio, 9 de diciembre de 2014. Disponible en
http://www.cofemermir.gob.mx/mir/crLecAnte.asp?submitid=33808

12 Comisión de Cooperación Ambiental, 2008 Eco regiones marinas de América del Norte .

13 Chávez-López, S. y Schmitter-Soto, J. J. 1995. Marco geológico y ambiental del área de estudio, capítulo 1: 1-9. En La langostilla: biología, ecología y aprovechamiento, editores Aurioles-Gamboa, D. y Balart, E.F. Pub. Esp. Cibnor, 233 página.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de noviembre de 2015.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Arturo Álvarez Angli, presidente; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Susana Corella Platt (rúbrica), María del Carmen Pinete Vargas (rúbrica), Sergio Emilio Gómez Oliver (rúbrica), René Mandujano Tinajero (rúbrica), Juan Fernando Rubio Quiroz (rúbrica), Alma Lucía Arzaluz Alonso (rúbrica), Angi Dennisse Hauffen Torres, Francisco Javier Pinto Torres (rúbrica), secretarios; María Ávila Serna (rúbrica), José Teodoro Barraza López (rúbrica), Laura Mitzi Barrientos Cano (rúbrica), Héctor Ulises Cristopulos Ríos (rúbrica), María Chávez García (rúbrica), Laura Beatriz Esquivel Valdés (rúbrica), Rosa Elena Millán Bueno, Candelario Pérez Alvarado, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Silvia Rivera Carbajal Juan Carlos Ruiz García (rúbrica).

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades ambientales y de salud de los tres niveles de gobierno a implantar campañas de información y toma de conciencia respecto a las afectaciones de la salud humana y, en general, del ambiente provocadas por uso irracional de automóviles

Honorable Asamblea:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 79, numeral 1, fracción II; 80, numeral 1, fracción VI; 85, y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este honorable pleno camaral, el presente dictamen al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Primero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados, celebrada el día 22 de septiembre de 2015, el diputado Jesús Sesma Suarez, integrante del Grupo Parlamentario Partido Verde Ecologista de México, presento Proposición con Punto de Acuerdo por el cual se exhorta respetuosamente a las autoridades ambientales y de salud de los diferentes niveles de gobierno, a efecto de que implementen campañas de información y concientización respecto de las afectaciones a la salud humana y en general al medio ambiente provocadas por el uso irracional de automóviles.

Segundo. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

A continuación se exponen el contenido y texto de la proposición en cuestión:

El diputado Jesús Sesma Suarez preocupado por el uso irracional de automóviles y los efectos negativos que estos tienen en el ambiente y en la salud humana impulsa este punto de acuerdo donde menciona que, los datos aportados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, que en el año 2014, a nivel nacional existían 17, 081,833 automóviles registrados en circulación, estos destinados en su mayor parte al trasporte de personas.

Si bien estos datos no representan un peligro significativo, la suma de indicadores a nivel mundial, refleja una realidad verdaderamente preocupante; inicialmente en la movilidad de la ciudad donde cada día se torna más difícil y con ello un problema ambiental de grandes dimensiones.

El proponente no deja de fuera las afectaciones a la salud humana, esto debidamente a las emisiones de contaminantes que se encuentran en el aire y que hoy en día afectan gravemente a la sociedad, especialmente a aquellos sectores vulnerables, los cuales son los principales afectados.

También reconoce que en la actualidad se han buscado implementar políticas públicas para desincentivar el uso desmedido de automóviles, ya que las afectaciones por este uso irracional, estimulan afecciones respiratorias que en ocasiones ponen en riesgo a los sectores vulnerables.

El proponente hace énfasis en que existen personas que usan el automóvil para desplazarse un acorta distancia, el ejemplo más claro son los padres que dejan a sus hijos en la escuela que está a 5 calles o bien para adquirir productos o servicios en tiendas cercanas.

El legislador proponente concluye con el siguiente proyecto de

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades ambientales y de salud de los diferentes niveles de gobierno, a efecto de que implementen campañas de información y concientización respecto de las afectaciones a la salud humana y en general al medio ambiente provocadas por el uso irracional de automóviles; desincentivando el uso de automotores e impulsando la movilidad y activación física de la sociedad.

III. Consideraciones

Los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos naturales, reconocemos que el loa últimos años se ha incrementado el parque vehicular automotriz en México y se estima que este crecimiento incrementara. Esto nos implica que tendremos tasas de motorización similares a los países industrializados, pero a diferencia de ellos no contamos con las medidas que controlen las externalidades negativas por el uso de automóviles.

Numerosas investigaciones en el tema señalan que la utilización desmedida del automóvil genera amplios efectos negativos sobre el medio ambiente y propicia la generación de enfermedades, muertes prematuras y por accidentes esto dejando a miles de personas incapacitadas y discapacitadas.

Además que la dependencia del automóvil crea una fuerte fragilidad externa en México y una independencia energética, ya que la gasolina se ha convertido en uno de los principales productos importados, esta situación es preocupante desde el punto de vista económico. A esto le sumamos que el uso del automóvil acaba con las ventajas económicas de vivir en la ciudad ya que genera pérdidas millonarias anualmente.

Esta dependencia fragmenta el espacio urbano y favorece a una menor convivencia social, esto nos da resultados de segregación social, una menor tolerancia, estos factores afectan a la construcción de un proyecto de nación estable.

Esta situación es desalentadora cuando se observan que las políticas públicas favorecen el uso del automóvil, mediante la construcción de nuevas vías de comunicación, los subsidios a la gasolina, así como la eliminación del impuesto a la tenencia.

Estas políticas públicas crean una mayor desigualdad social, ya que en México se estima que entre el 46.3% y el 51.3 de la población está dentro de una de las categorías de pobreza.

Ante este escenario es urgente implementar políticas que tengan por objeto reducir los kilómetros recorridos por los automóviles en áreas urbanas y que funjan como una opción viable, posible y deseable para el país.

En mérito de lo anterior, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, presenta a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades ambientales y de salud de los diferentes niveles de gobierno, a efecto de que implementen campañas de información y concientización respecto de las afectaciones a la salud humana y en general al medio ambiente provocadas por el uso irracional de automóviles; desincentivando el uso de automotores e impulsando la movilidad y activación física de la sociedad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2015.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Arturo Álvarez Angli (rúbrica), presidente; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Susana Corella Platt, María del Carmen Pinete Vargas, Sergio Emilio Gómez Oliver, René Mandujano Tinajero (rúbrica), Juan Fernando Rubio Quiroz, Alma Lucia Arzaluz Alonso (rúbrica), Angie Dennisse Hauffen Torres (rúbrica), Francisco Javier Pinto Torres (rúbrica), secretarios; María Ávila Serna (rúbrica), José Teodoro Barraza López (rúbrica), Juan Carlos Ruiz García (rúbrica), Héctor Ulises Cristopulos Ríos (rúbrica), María Chávez García (rúbrica), Laura Beatriz Esquivel Valdés (rúbrica), Rosa Elena Millán Bueno (rúbrica), Candelario Pérez Alvarado, José Ignacio Pichardo (rúbrica), Silvia Rivera Carbajal (rúbrica).

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sagarpa y la Semarnat a realizar estudios sobre los efectos del uso de artefactos de manipulación del clima en el país

Honorable Asamblea:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 79, numeral 1, fracción II; 80, numeral 1, fracción VI; 85, y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este honorable pleno cameral, el presente dictamen al tenor de los siguientes:

I. Antecedentes

Primero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados, celebrada el día 29 de septiembre de 2015, el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, integrante del Grupo Parlamentario Partido Revolucionario Institucional, presento proposición con punto de acurdo por el cual se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que realicen estudios sobre los efectos y las consecuencias derivadas del uso de artefactos de manipulación del clima en todo el país.

Segundo. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

A continuación se exponen el contenido y texto de la proposición en cuestión:

El diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana, integrante del Grupo Parlamentario Partido Revolucionario Institucional señala que las actividades económicas como la agricultura y la ganadería; son fuente de nuestros alimentos y base de la subsistencia humana; pero esta situación se ha convertido en un situación crítica y perturbadora en nuestro país y en todo el mundo.

Esto es gracias al impacto del cambio climático sobre estas dos actividades económicas imprescindibles, el cual ha sido devastador por las lluvias intensas, las sequias y varios fenómenos meteorológicos atípicos.

Ante esta situación, se han liberado apoyos gubernamentales los cuales fluyen de una manera insuficiente, las modificaciones y adecuaciones en las técnicas de cultivo y de riego parecen ineficientes para mitigar los efectos negativos. Como resultado tenemos problemas de abastecimiento nacional del maíz. Frijol, sorgo, trigo, caña de azúcar entre otros por productos que son básicos en la alimentación de los mexicanos.

El diputado proponte menciona que a raíz de estos problemas y ante el panorama que enfrenta el país; en los últimos años ha cobrado una gran interés el uso de artefactos de manipulación del clima, en especial los llamados “cañones antigranizo” o bien “sistemas antigranizo”. Los cuales como ya sabemos este fenómeno meteorológico causa daños a los cultivos.

El proponente explica cuál es el funcionamiento del cañón antigranizo, el cual genera ondas con iones positivos, estas ondas desestabilizan el proceso de congelamiento de la lluvia y con ello evitar la precipitación en forma de granizo.

Sin embargo el uso de estos artefactos de manipulación, ha consolidado un criterio entre los agricultores y ganaderos de que los causantes de los largos periodos de sequía por su uso indiscriminado. Al respecto, algunas instituciones educativas declaran que estos sistemas únicamente tienen la capacidad de modificar el proceso de transformación de la lluvia de líquido a sólido, pero que no hay sustentos científicos que revelen que incrementan o disminuyen la cantidad de la precipitación.

En contraparte, hay declaraciones de agrónomos que refutan lo anterior y afirman que el uso cotidiano e indiscriminado de los llamados cañones antigranizo, si tienen la capacidad de incidir de manera negativa en la formación de lluvias de toda una región.

El diputado proponte recalca que esta situación es inadmisible; ya que nuestro país cuenta con instituciones del más alto nivel y de excelencia científica, capaces de realizar de manera profesional e imparcial un estudio detallado sobre el tema, que clarifique las opiniones, de certidumbre a todos los interesados y permita a las autoridades correspondientes asumir decisiones de manera informada.

El legislador proponente concluye con el siguiente proyecto de

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y a la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que:

1. Conjuntamente y en atención de sus facultades, realicen estudios pertinentes e investigaciones, sobre los efectos y las consecuencias tanto meteorológicas, de medio ambiente, en la agricultura y la ganadería; derivadas del uso de artefactos de manipulación del clima en todo el país, específicamente de los llamados “cañones antigranizo”.

2. Con base en los resultados, emitan los lineamientos y la reglamentación específica; para regular en su caso, su uso adecuado en todo el territorio nacional.

III. Consideraciones

Las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales reconocemos la preocupación de la población en relación al uso de artefactos de manipulación climática en especial aquellos denominados cañones antigranizo, los cuales, han sido motivo de controversia y agitación en el medio rural en los años recientes.

Los principales usuarios de los cañones antigranizo son los productores de hortalizas y frutales, esto con el objetivo de proteger sus cultivos de daños por el granizo. Esto ha generado inquietud y protestas de quienes se dicen afectados, por que se quejan de que los cañones antigranizo alejan a las tormentas que les dejan agua para sus cultivos de temporal

Existen varios municipios de la República Mexicana, donde está la grande efervescencia sobre el impacto de los cañones entre sus promotores y sus detractores.

Esta situación amerita una postura definida de las autoridades, tanto de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), porque existe una preocupación de los productores que se dicen agraviados por el uso de los cañones.

Hasta el momento no existe un posicionamiento claro por parte de las autoridades agropecuarias, como para que los productores tengan la certidumbre sobre la utilización de los cañones.

Ya que no se conocen con exactitud la efectividad real de los métodos artificiales de modificación del clima en este caso los cañones antigranizo y tampoco, sus efectos sobre otros ambientes. La situación se hace más difícil al ser mayores los indicios del cambio climático pueden incidir en el volumen de precipitación en toda la región así como su distribución, además que las actividades antropogénicas modifican las condiciones meteorológicas locales y a veces regionales.

Debido a que los estudios sobre los efectos ambientales de la modificación del clima resultan largos y costosos, no se realizan de manera detallada. Sim embargo son necesarios para comprobar que los cañones anti granizos o cualquier artefacto de manipulación climatológica afecta al ciclo de agua.

En mérito de lo anterior, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, presenta a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y a la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que:

1. Conjuntamente y en atención de sus facultades, realicen estudios pertinentes e investigaciones, sobre los efectos y las consecuencias tanto meteorológicas, de medio ambiente, en la agricultura y la ganadería; derivadas del uso de artefactos de manipulación del clima en todo el país, específicamente de los llamados “cañones antigranizo”.

2. Con base en los resultados, emitan los lineamientos y la reglamentación específica; para regular en su caso, su uso adecuado en todo el territorio nacional.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2015.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Arturo Álvarez Angli (rúbrica), presidente; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Susana Corella Platt, María del Carmen Pinete Vargas, Sergio Emilio Gómez Oliver, René Mandujano Tinajero (rúbrica), Juan Fernando Rubio Quiroz, Alma Lucía Arzaluz Alonso (rúbrica), Angie Dennisse Hauffen Torres (rúbrica), Francisco Javier Pinto Torres (rúbrica), secretarios; María Ávila Serna (rúbrica), José Teodoro Barraza López (rúbrica), Juan Carlos Ruiz García (rúbrica), Héctor Ulises Cristopulos Ríos (rúbrica), María Chávez García (rúbrica), Laura Beatriz Esquivel Valdés (rúbrica), Rosa Elena Millán Bueno (rúbrica), Candelario Pérez Alvarado, José Ignacio Pichardo (rúbrica), Silvia Rivera Carbajal (rúbrica).

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat y la Conanp a inscribir el de Tláhuac en la lista de sitios protegidos por la convención relativa a los humedales de importancia internacional

Honorable Asamblea:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 79, numeral 1, fracción II; 80, numeral 1, fracción VI; 85, y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este honorable pleno camaral, el presente dictamen al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Primero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados, celebrada el día 8 de octubre de 2015, la diputada Norma Xóchitl Hernández Colín, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, presento Proposición con Punto de Acuerdo por el cual se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, para que inscriban al humedal de Tláhuac, en la lista de sitios protegidos por la convención relativa a los humedales de importancia internacional.

Segundo. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

A continuación se exponen el contenido y texto de la proposición en cuestión:

La diputada proponente señala que el humedal de Tláhuac forma parte del antiguo sistema de lagos de la cuenca de México y más específicamente, el remanente del lago de Chalco, su extensión varía de acuerdo a las condiciones climatológicas entre 400 y 800 hectáreas, donde las cuales son un refugio para más de 25 especies vertebradas.

El humedal de Tláhuac tiene un gran importancia desde el enfoque ecosistemico, ya que presenta una gran variedad de fauna y flora, adema que funciona como un regulador hidrogeológico de las avenida pluviales de la periferia y una zona de desarrollo para varias especies de aves, por lo cual la Conabio lo nombra como uno de los últimos ambientes que pueden dar alimento y refugio a una gran variedad de aves.

Pese a que la Conabio incluye al humedal de Tláhuac dentro de su programa de áreas de importancia para la conservación de aves (AICAS) con el nombre de Ciénega de Tláhuac y que la UNESCO lo declaro Patrimonio Mundial Cultural y Natural, ya que cumple como un hito en el planta.

La Proponente reconoce la preocupación de los ejidatarios de Tláhuac y solicita a la Conanp, designe al humedal de Tláhuac o Ciénega de Tláhuac, como sitio Ramsar.

La legisladora proponente concluye con el siguiente proyecto de

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, a que desde el ámbito de las facultades y atribuciones conferidos a las instituciones a su cargo por las normas jurídicas aplicables, realicen las gestiones necesarias a fin de que la ciénaga de Tláhuac sea incluida en la lista de sitios protegidos por la Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como hábitat de aves acuáticas.

III. Consideraciones

Esta comisión coincide con la preocupación de la proponte respecto a la inclusión del humedal de Tláhuac dentro de los sitios Ramsar ya que como sistema lacustre tiene una gran importancia ecológica.

Este humedal funciona como un sitio de invernada y de paso migratorio para una gran variedad de aves acuáticas y terrestres del neártico, que usualmente llegan a este sitio. Adicionalmente, son utilizados como sitios de reproducción por especies residentes.

Otra de las funciones importantes que tiene este humedal, por sus características es la de regular el ciclo hidrológico de la zona.

Reconocemos que una de las principales amenazas para este humedal es la urbanización ya que por su proximidad al poblado de Xico y Tláhuac es un sitio idóneo para la edificación, a esto hay que sumarle los asentamientos humanos irregulares y todos los efectos negativos que generan las diferentes actividades antropogénicas que se realizan en esta zona.

Cabe recordar que el humedal de Tláhuac tiene un estatus de “Suelo de Conservación”, el cual está regulado por el gobierno del Distrito Federal, además que es considerado como un Área de Importancia para la Conservación de las Aves.

Sin embargo estas categorías no garantizan la protección del humedal de Tláhuac, ya que en los últimos años ha aumentado su fragilidad ecológica, por estos motivos la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, presenta a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, a que desde el ámbito de las facultades y atribuciones conferidos a las instituciones a su cargo por las normas jurídicas aplicables, realicen las gestiones necesarias a fin de que la Ciénega de Tláhuac sea incluida en la lista de sitios protegidos por la Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como hábitat de aves acuáticas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2015.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Arturo Álvarez Angli (rúbrica), presidente; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Susana Corella Platt (rúbrica), María del Carmen Pinete Vargas, Sergio Emilio Gómez Oliver, René Mandujano Tinajero (rúbrica), Juan Fernando Rubio Quiroz, Alma Lucía Arzaluz Alonso (rúbrica), Angie Dennisse Hauffen Torres (rúbrica), Francisco Javier Pinto Torres (rúbrica), secretarios; María Ávila Serna (rúbrica), José Teodoro Barraza López (rúbrica), Juan Carlos Ruiz García (rúbrica), Héctor Ulises Cristopulos Ríos (rúbrica), María Chávez García (rúbrica), Laura Beatriz Esquivel Valdés (rúbrica), Rosa Elena Millán Bueno (rúbrica), Candelario Pérez Alvarado, José Ignacio Pichardo (rúbrica), Silvia Rivera Carbajal (rúbrica).

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades a investigar los daños ambientales en municipios de Puebla y Oaxaca para afrontar los efectos en la primera de las actividades de la cementera Cycna de Oriente, SA de CV

Honorable Asamblea:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV; 45, numerales 6, incisos f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 1, fracción II, y 80, numeral 1, fracción VI del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Primero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados, celebrada el jueves 5 de noviembre de 2015, el diputado Rodrigo Abdala Dartigues, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, presentó proposición con punto de acuerdo que solicita lleven a cabo las acciones necesarias para su revisión en el cumplimiento de la normatividad ambiental y el cumplimiento de los acuerdos del funcionamiento sustentable de la planta cementera CYCNA de Oriente, SA de CV, ubicada en el municipio de Palmar de Bravo, estado de Puebla.

Segundo. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

Refiere el diputado proponente, que en lo referente al derecho humano de un medio ambiente sano, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4o., párrafo quinto establece que: toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, el estado garantizará el respeto a este derecho, el daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

Comenta el legislador que en el estado de Puebla el cumplimiento de este precepto constitucional está en duda. En 2005 las empresas Cruz Azul y Polysius –filial de la transnacional alemana ThyssenKrupp– comenzaron la construcción de una planta productora de cemento en 575 hectáreas de la región de Palmar de Bravo, de las cuales poco menos de la mitad se encuentran en la reserva de la biosfera Tehuacán–Cuicatlán.

Informa el proponente que desde que iniciaron los trabajos de construcción de la planta los ejidatarios de San José Tuzuapan, Palmarito Tochapan, de la colonia Adolfo López Mateos, La Noria y Manjarrez denunciaron ante los medios de comunicación que las obras les provocaron pérdidas en más de 78 hectáreas de cultivos de lechuga, coles, betabel, cebollín y zanahoria, debido a polvaredas causada por las obras, por lo que pidieron a la empresa el pago de un millón 500 mil pesos por los daños causados a sus cosechas.

Confirma el diputado proponente que el 9 de enero de 2007 la empresa CYCNA de Oriente SA de CV y/o Cruz Azul firmó un acuerdo de concertación con el gobierno del estado de Puebla así como con la organización no gubernamental TPQ Pro de la Reserva, Mantos Acuíferos y Calidad Ambiental AC1 , misma que representa a las comunidades de Adolfo López Mateos, San José Tuzuapan, Palmarito Tochapan, Froylan C. Manjarrez, San Miguel Xaltepec, Jesús Nazareno, Guadalupe Enríquez y San Simón Yehualtepec; para efecto de promover el funcionamiento sustentable de la planta cementera CYCNA de Oriente SA de CV y/o Cruz Azul, ubicada en el municipio de Palmar de Bravo, Puebla, y garantizar el cumplimiento de la normatividad aplicable en materia de agua y protección al ambiente.

En dicho acuerdo se estipuló lo siguiente:

• La empresa CYCNA de Oriente SA de CV y/o Cruz Azul, se comprometió a no usar el agua del pozo instalado en el poblado de Froylán C. Manjarrez, municipio de Quecholac, Puebla, así como a no llevar a cabo perforación del mismo ni ningún otro pozo, no sustraer agua de los mantos freáticos, o del acuífero de la región, concluyendo en utilizar agua de pipas para su actividad industrial.

• El gobierno del estado de Puebla y CYCNA de Oriente SA de CV y/o Cruz Azul se comprometieron a llevar a cabo la construcción de dos microplantas de tratamiento de agua en un plazo no mayor a doce meses contados a partir de la firma del mencionado acuerdo, en lugares designados por los agricultores de las comunidades representadas por la TPQ AC. Dichas microplantas reciclarían el agua de los drenajes residuales, destinándose el beneficio del agua tratada, para los programas de reconversión de agua a favor de las comunidades y en un consumo no mayor a 4 mil 500 metros cúbicos mensuales.

• El gobierno del estado de Puebla, a través de las Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Desarrollo Rural y de Salud, en coordinación con la TPQ AC, asistidos por algún órgano descentralizado como puede ser una universidad, instituto académico, Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) o la Academia Nacional de Ciencia, ejecutarían acciones permanentes de monitoreo, inspección y vigilancia de la operación de la planta cementera denominada CYCNA de Oriente SA de CV y/o Cruz Azul, acciones que permitirían formular reportes mensuales sobre los niveles de contaminación ambiental; aprovechamiento sustentable de los recursos acuíferos; las vibraciones originadas por la extracción de materia prima, con el fin de evitar brotes de enfermedades; daños a los cultivos; desvío de los mantos acuíferos de la región de Palmar de Bravo, Quecholac, Tecamachalco y Yehualtepec, que sean consecuencia de la contaminación ocasionada por la operación de la planta cementera o de vibraciones por la extracción de materia prima.

• La empresa CYCNA de Oriente SA de CV y/o Cruz Azul se comprometió a utilizar la más alta tecnología y aplicar todas las medidas de seguridad necesarias durante sus operaciones garantizando con ello la no generación de ningún daño en la zona. Asimismo, la Secretaría de Desarrollo Rural, a través del Consejo Estatal de Desarrollo Rural, se encargaría de evaluar los reportes del monitoreo antes mencionado, en coordinación con la TPQ AC y, en su caso, dictaría las medidas necesarias, para prevenir o evitar la generación de los daños a cultivos.

• La empresa CYCNA de Oriente SA de CV y/o Cruz Azul llevó a cabo en coordinación con la TPQ AC, un monitoreo de la calidad existente en ese momento del medio ambiente a través de las instituciones convenidas entre las partes consistente en la medición del volumen de agua de los manantiales que proveen de agua a la comunidad de San Simón Yehualtepec y las condiciones generales de salud en la región, para tener un marco de referencia. Concluyendo que la empresa CYCNA de Oriente SA de CV y/o Cruz Azul, sería la única responsable de reparar los daños y perjuicios que puedan causarse a los cultivos o productos agrícolas de la región, así como los que se generen a los manantiales que proveen de agua a la comunidad de San Simón Yehualtepec, y que sean atribuibles a su actividad, durante la existencia y operación de la planta cementera ubicada en el municipio de Palmar de Bravo.

• El gobierno del estado se comprometió a realizar acciones necesarias para garantizar el desarrollo armónico de las actividades económicas, agrícolas e industriales en la región y exigir la responsabilidad que corresponde a CYCNA de Oriente SA de CV y/o Cruz Azul, en beneficio de los agricultores que resulten afectados.

• El gobierno del estado procuraría coordinarse con dependencias y organismos federales competentes en materia de agua y medio ambiente con el fin de dar cabal cumplimiento al acuerdo firmado y no afectar la agricultura e incluir el desarrollo sustentable de la región.

• La empresa CYCNA de Oriente SA de CV y/o Cruz Azul impulsaría el desarrollo de un centro de monitoreo ambiental, una clínica para monitorear y atender las enfermedades de la región, así como un complejo para el aprovechamiento ecoturístico de las hectáreas que legalmente sean parte de la Reserva de la Biosfera Tehuacán-Cuicatlán, ubicada en Palmar de Bravo para beneficio de las comunidades y la preservación del medio ambiente.

Informa el legislador que la cementera ubicada en el municipio de Palmar de Bravo, comenzó operaciones el 23 de marzo de 2007, siendo la cuarta planta del consorcio en el país, según el portal de la Cooperativa Cruz Azul en internet. Desde que comenzó a operar la empresa CYCNA de Oriente SA de CV y/o Cruz Azul, los municipios de Quecholac, Tecamachalco, Palmar de Bravo y Yehualtepec pertenecientes al estado de Puebla, han resentido los daños causados por la actividad de la empresa cementera CYCNA de Oriente SA de CV y/o Cruz Azul.

Afirma el diputado proponente que los daños más severos son principalmente la disminución del manto freático del acuífero de Tecamachalco, y la falta de compromiso por parte de la empresa para respetar la reserva, así como a los campos de cultivo y a reparar y mitigar los daños causados por la generación de polvos que la planta cementera despide, especialmente por las noches, porque esta región se caracteriza por ser semidesértica y por su escasa precipitación media pluvial.

Adicionalmente, comenta el diputado proponente, que otra de las promesas incumplidas, fue la rehabilitación de la clínica de salud, con equipo nuevo e idóneo para atender a quienes padecieran males respiratorios y de piel, relacionados con la explotación de los cerros para la producción de cemento.

Esta rehabilitación, con la que la empresa cementera pretendió dar cumplimiento a la cláusula del acuerdo consistió en ampliar en una habitación, baño y cocineta para un médico; un consultorio dental, un área de control y farmacia, la clínica de salud San José Tuzuapan, lo cual dista mucho de lo comprometido por la empresa, máxime cuando se han presentado casos de mujeres con cáncer que no se atienden por falta de equipo, en los últimos tres años la contaminación generó la muerte de cinco personas por cáncer de enfisema pulmonar, debido la inhalación del polvo por las detonaciones que se hacen diariamente para extraer el material pétreo en la cementera.

Señala el proponente que los problemas que aquejan a las poblaciones cercanas a la cementera y que pueden atribuirse a la misma son muchos, entre estos se encuentran:

• Se tiene sobreexplotación de los pozos de agua que abastecían a la población, a nivel de que estos se han secado y ahora los habitantes tienen que conseguir el agua mediante pipas que la transportan desde varios kilómetros de distancia.

• El polvo emanado de la explotación de los materiales pétreos y de las actividades de la planta perjudica los sembradíos.

• El agua que se utiliza para regar la cosecha proviene de la planta tratadora de la cementera, pero, al no ser el tratamiento adecuado, ésta contamina los cultivos de hortalizas, con las consecuentes pérdidas para los campesinos.

Una vez analizada la proposición con punto de acuerdo referida las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, hacemos las siguientes

III. Consideraciones

Las y los diputados integrantes de esta comisión dictaminadora, reconocemos loable el planteamiento del diputado proponente y coincidimos en la propuesta de exhortar a las autoridades federales y estatales competentes en materia ambiental a efecto de realizar una minuciosa investigación en el impacto ambiental, por las posibles afectaciones derivadas de la operación de la empresa cementera CYCNA de Oriente, SA de CV, ubicada en el municipio de Palmar de Bravo, estado de Puebla, dentro de la Reserva de la Biosfera Tehucán-Cuicatlán.

Consideramos de suma trascendencia mencionar que México ocupa un lugar destacado ya que tiene el privilegio de albergar una gran diversidad biológica, y buena parte de esta diversidad biológica es exclusiva del país.

Ahora bien, de acuerdo con datos publicados por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio), respecto de la gestión de la biodiversidad se refiere al desarrollo de acciones encaminadas a la conservación, manejo y uso sustentable de recursos biológicos, genéticos y de los ecosistemas, de acuerdo con las comunidades dueñas o poseedoras de los territorios que la sustentan, por lo que en México existen instrumentos de política ambiental que fomentan la conservación de la biodiversidad y el uso y manejo sustentable de los recursos naturales.

La mayor riqueza de la biodiversidad se encuentra en territorios habitados por diversas comunidades rurales que paradójicamente viven en condiciones de marginación y pobreza; su conservación depende de la capacidad de diferentes sectores sociales, económicos y políticos para el establecimiento de desarrollo que les permita aprovechar de manera sustentable los recursos biológicos existentes y con ello contribuir a incrementar la calidad de vida y el bienestar principalmente en aquellas comunidades que se encuentran directamente involucradas en el cuidado, conservación y uso de los ecosistemas.

La fórmula adecuada se encamina a la integración de políticas fuera de los sectores tradicionales, a partir de objetivos integrales y comunes; se reconoce que las Áreas Naturales Protegidas, representan actualmente la mejor herramienta del país para la conservación de la biodiversidad y los servicios ambientales, este conjunto de áreas protegidas no podrá conservarse por sí mismo, por lo que es necesario complementar esta política con otras que favorezcan el manejo integral sustentable de los territorios conexos no protegidos.

Es por ello que el mejor instrumento de política ambiental con mayor definición jurídica para la conservación de la biodiversidad son las áreas protegidas, éstas son representadas por porciones terrestres o acuáticas del territorio nacional representativas de diversos ecosistemas en donde el ambiente original no ha sido esencialmente modificado y que producen beneficios ecológicos cada vez más reconocidos y valorados, estas zonas son creadas mediante decreto presidencial o a través de la certificación de un área cuyos propietarios deciden destinar a la conservación y a las actividades que pueden llevarse a cabo en ellas.

De acuerdo con los registros de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas actualmente se tiene registrado 177 Áreas Naturales Protegidas de carácter federal que representan más de 25’628,239 hectáreas, de las cuales la mayoría de la superficie se encuentra en la categoría de Reservas de la Biosfera, con 41 Zonas Protegidas que representan 12’751,149 hectáreas.

Ahora bien, respecto de la Reserva de la Biosfera de Tehuacán-Cuicatlán, es una Zona Natural Protegida, se localiza en la región sureste de los estados de Puebla con 20 municipios y al noroeste del estado de Oaxaca con 31 municipios, en la zona de confluencia de la región Neártica y Neotropical, se ubica en las provincias fisiográficas Selvas Secas del Balsas, Xerófila del Valle de Tehuacán y en menor proporción en la provincia de los bosques templados de las Sierras Meridionales, con una extensión de 490,186, hectáreas; se ubica entre los paralelos 17°32’24.00 y 18°52’55.20 de latitud norte y los meridianos 96°59’24.00 y 97°48’43.20 de longitud oeste.

Es importante destacar que de acuerdo con la publicación de Comisión Nacional del Agua (Conagua), en su Estadísticas del Agua en México 2012 , con la finalidad de conservar el estado óptimo de las áreas naturales protegidas, además de asegurar que sigan funcionando como áreas de recarga de acuíferos, se establecen los decretos necesarios para la protección de los ecosistemas terrestres, de los humedales y de las áreas de recarga, en particular a escala nacional como mundial.

Es importante señalar que la biodiversidad se ha visto comprometida en las últimas décadas, debido a las distintas actividades humanas que generan un deterioro acelerado de los ecosistemas y una disminución crítica de las especies y de la biodiversidad, como uno de los problemas ambientales más serios que enfrentamos, por lo que debemos conjugar esfuerzos para revertir este efecto negativo y contribuir a la conservación, conocimiento y uso sustentable de los recursos naturales.

Por lo anterior expuesto y fundado, las y los legisladores integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sometemos a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, para que a través del titular de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que desde el ámbito de sus atribuciones y facultades, se realicen las acciones necesarias para la revisión y el cumplimiento de la normatividad ambiental, en las operaciones de la planta cementera CYNCA de Oriente, SA de CV, a efecto de garantizar un medio ambiente sano, de los habitantes que se encuentran en su área de influencia en los municipios de los estados de Puebla y Oaxaca, región en donde se encuentra la Reserva de la Biosfera Tehuacán-Cuicatlán.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, para que a través del titular de la Comisión Nacional del Agua, desde el ámbito de sus atribuciones y facultades, se realicen las acciones necesarias para la revisión y el cumplimiento de la normatividad en materia de recursos hídricos, derivado de la operación de la empresa cementera CYNCA de Oriente, SA de CV.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo del Estado de Puebla, para que a través del titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Sustentabilidad del Estado de Puebla, en el ámbito de su competencia proceda a la revisión, cumplimiento y vigilancia de los acuerdos establecidos para promover el funcionamiento sustentable de la planta cementera CYNCA de Oriente, SA de CV, y fomente en colaboración con las autoridades federales competentes, para el fortalecimiento y creación, en su caso, de programas que preserven el ambiente y los recursos naturales en la Reserva de la Biosfera Tehuacán-Cuicatlán, y favorezcan también el manejo integral sustentable de los territorios conexos no protegidos.

Nota

1 TPQ: Las siglas de la organización vienen de; Tecamachalco, Palmar de Bravo, y Quecholac, todos municipios del estado de Puebla, cercanos a la planta cementera CYCNA de Oriente SA de CV. En dichos municipios los agricultores han señalado a dicha cementera como causante de daño al ambiente y los recursos hídricos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2015.

Por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Arturo Álvarez Angli (rúbrica), presidente; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Susana Corella Platt (rúbrica), María del Carmen Pinete Vargas, Sergio Emilio Gómez Olivier, René Mandujano Tinajero (rúbrica), Juan Fernando Rubio Quiroz, Alma Lucía Arzaluz Alonso (rúbrica), Angie Dennisse Hauffen Torres (rúbrica), Francisco Javier Pinto Torres (rúbrica), secretarios; María Ávila Serna (rúbrica), José Teodoro Barraza López (rúbrica), Juan Carlos Ruíz García (rúbrica), Héctor Ulises Cristopulos Ríos (rúbrica), María Chávez García (rúbrica), Laura Beatriz Esquivel Valdez (rúbrica), Rosa Elena Millán Bueno (rúbrica), Candelario Pérez Alvarado, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Silvia Rivera Carbajal (rúbrica).

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se solicita a la Conafor que diseñe y ejecute con las autoridades municipales programas de prevención, protección, conservación y restauración de los recursos y suelos afectados por los incendios forestales en Zapopan, Jalisco

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Comisión Nacional Forestal para que en coordinación con las autoridades municipales, diseñe y ejecute programas de prevención, protección, conservación, y restauración de los recursos y suelos afectado por los incendios forestales en Zapopan, Jalisco.

Esta comisión dictaminadora con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 81, 84, 85, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV; 167, numeral 4 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, el presente dictamen al tenor de los siguientes:

I. Antecedentes

En sesión ordinaria celebrada en la Cámara de Diputados el martes 10 de noviembre de 2015, la diputada Mirza Flores Gómez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Comisión Nacional Forestal para que en coordinación con las autoridades municipales, diseñe y ejecute programas de prevención, protección, conservación, y restauración de los recursos y suelos afectados por los incendios forestales en Zapopan, Jalisco; la cual fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen correspondiente.

II. Contenido de la proposición

El punto de acuerdo en estudio propone exhortar a la Comisión Nacional Forestal, para que en coordinación con las autoridades municipales, diseñe y ejecute programas de prevención, protección, conservación, y restauración de los recursos y suelos afectados por los incendios forestales en Zapopan, Jalisco.

La proposición en estudio refiere que el fuego es un elemento natural que necesita nuestro ecosistema para la regeneración de bosques y montes, pues aporta estrategias rebrotadoras y de germinación tras su paso. Sin embargo, ha dejado de ser una perturbación natural que modela el paisaje para convertirse en una terrible amenaza que en su mayoría son ocasionados por el ser humano.

Asimismo, señala que se calcula que las actividades humanas ocasionan 99 por ciento de éstos incendios y sólo el resto tiene como causa fenómenos naturales como descargas eléctricas y la erupción de volcanes.

Considera que la falta de prevención es un problema fundamental; por lo que este factor, junto con el abandono rural y otras dificultades estructurales, ha generado un aumento de incendios forestales altamente peligroso, no solo para la biodiversidad, sino también para la seguridad de la población. Además, la mayor frecuencia e intensidad de las olas de calor y el aumento de las temperaturas contribuye a una mayor frecuencia e intensidad de incendios forestales.

Refiere que el impacto ecológico es muy superior a lo que se ve a simple vista y sobrepasa incluso las áreas afectadas. La destrucción de biodiversidad, el aumento de la desertificación o la disminución de la calidad de las aguas y la atmósfera son algunas de las consecuencias negativas posteriores a un incendio. La recuperación de los bosques afectados, si es que se consigue, puede llevar décadas.

Señala que el municipio de Zapopan tiene una superficie territorial de 89 mil 315 hectáreas, de las cuales 43 mil 269 son utilizadas con fines agrícolas, 23 mil 730 en la actividad pecuaria, 11 mil 400 son de uso forestal, 3,910 son suelo urbano y 7 mil 006 hectáreas tienen otro uso. En lo que a la propiedad se refiere, una extensión de 49 mil 031 hectáreas es privada y otra de 32 mil 938 es ejidal; 7 mil 346 hectáreas son propiedad comunal.

Debido a la gran extensión de territorio forestal, cada año se hace necesario realizar acciones para disminuir el riesgo de incendios forestales; en este sentido, en el 2015, de acuerdo al tercer Informe de Gobierno del expresidente municipal, se han llevado a cabo trabajos de prevención, tales como la elaboración de 263,866 metros lineales de guardarrayas, 484,191.50 metros cuadrados de chaponeo y 1’491,044.36 metros cuadrados de líneas negras, de igual forma se contrató un avión cisterna (Air Tractor), mismo que operó en el combate de 29 incendios.

A pesar de las medidas para disminuir incendios, y con base en el documento antes referido, en lo que va del año 2015 se han registrado y atendido 158 incendios, que produjeron la quema de 1,980.54 hectáreas, quedando afectadas 214 hectáreas.

En virtud de lo manifestado, la proponente hizo referencia a diversas consideraciones, señalando que de conformidad con el artículo 4o. constitucional, toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

Así también, señaló que el 4 de abril de 2001, se crea por decreto presidencial la Comisión Nacional Forestal, que es un organismo público descentralizado cuyo objetivo es desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de conservación y restauración en materia forestal, así como participar en la formulación de los planes, programas, y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable.

Qué la Comisión Nacional Forestal (Conafor), con fundamento en el artículo 22, fracciones XX, XXII y XXIII de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, está facultada para constituirse en enlace con otras dependencias y entidades de la administración pública federal y con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, para la ejecución de programas de prevención y combate de incendios forestales así como participar en la implementación y promoción de programas productivos, de restauración, de conservación y de aprovechamiento sustentable de suelos y sus ecosistemas.

Que de acuerdo al reporte semanal y acumulado 2015 de la Conafor, las entidades federativas con mayor número de incendios fueron: México, Distrito Federal, Jalisco, Chiapas, Chihuahua, Oaxaca, Michoacán, Tlaxcala, Puebla y Guerrero, que representan 76.42 por ciento del total nacional.

Bajo este esquema, resulta de imperiosa necesidad que la Comisión Nacional Forestal en coordinación con las autoridades competentes del municipio de Zapopan, Jalisco, diseñe y ejecute los programas de prevención, protección, conservación, y restauración de los recursos y suelos forestales, en dicha zona geográfica.

En virtud de lo anterior, la proposición con punto de acuerdo en estudio pretende exhortar a la Comisión Nacional Forestal para que en coordinación con las autoridades municipales, diseñe y ejecute programas de prevención, protección, conservación, y restauración de los recursos y suelos afectados por los incendios forestales en Zapopan, Jalisco.

III. Consideraciones

Esta comisión dictaminadora estima pertinente aprobar, en sus términos, la propuesta de proposición con punto de acuerdo, ya que es necesario dar una respuesta efectiva y contundente a un tema tan relevante como lo es la protección y conservación de los recursos naturales, específicamente los bosques, por ser éstos, elementos indispensables para garantizar el equilibrio ecológico en nuestro país.

Y por los argumentos previamente referidos, esta comisión dictaminadora considera procedente exhortar respetuosamente a la Comisión Nacional Forestal para que en coordinación con las autoridades municipales, diseñe y ejecute programas de prevención, protección, conservación, y restauración de los recursos y suelos afectados por los incendios forestales en Zapopan, Jalisco; lo anterior, atendiendo a la importancia del ecosistema de que se trata.

De acuerdo a cifras publicadas por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), la superficie forestal en México es de 138 millones de hectáreas, lo que equivale a 70 por ciento de la superficie total de nuestro país (197 millones de hectáreas). De dicho porcentaje de superficie forestal, 65 millones son bosques y selvas, y 73 millones corresponden a zonas áridas, semiáridas u otros tipos de vegetación.

Según la Evaluación de los Recursos Forestales Mundiales 2015 ¿Cómo están cambiando los bosques del mundo? , de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO); las formas en que los bosques contribuyen al bienestar humano son variadas y de amplio alcance. Ellos desempeñan una función fundamental en la lucha contra la pobreza rural, en el logro de la seguridad alimentaria y en el aseguramiento de medios de subsistencia decentes. Los bosques ofrecen asimismo oportunidades para el crecimiento verde a mediano plazo, y proveen servicios ambientales de primordial importancia como el aire limpio y el agua limpia, la conservación de la biodiversidad y la mitigación de los efectos del cambio climático.

Dichos recursos ambientales se ven severamente amenazados por diversos factores, dentro de los principales se encuentran los incendios forestales, los cuales preponderantemente son ocasionados por actividades humanas, causando 99 por ciento de estos incendios y sólo el resto tiene como causa fenómenos naturales como descargas eléctricas y la erupción de volcanes.

De acuerdo a los datos aportados por la Comisión Nacional Forestal en su Guía Práctica para Comunicadores sobre Incendios Forestales, en los últimos años, casi la mitad de estos incendios se producen por actividades agropecuarias y de urbanización, junto con las acciones intencionadas y los descuidos de personas que no apagan bien sus cigarros o fogatas.

Los incendios forestales implican un cambio severo en los factores ecológicos y ambientales que rigen el funcionamiento de los ecosistemas, debido a la participación dentro de los ciclos ambientales, no obstante, la propia Comisión Nacional Forestal, señala que el fuego desempeña un rol importante dentro del ciclo vital de los ecosistemas forestales que, al igual que otros fenómenos naturales, frecuentemente se convierte en problema a partir de la intervención humana.

El aumento acelerado de los incendios forestales en nuestro país ha obligado a las autoridades ambientales a implementar acciones emergentes que permitan poner un alto y minimizar los efectos dichas afectaciones a los bosques, las cifras son alarmantes, sin embargo, se debe reconocer que los programas aplicados han sido de gran beneficio.

Para ejemplificar lo anterior, la Comisión Nacional Forestal a través de su Centro Nacional de Control de Incendios Forestales, informó en el marco de su Programa Nacional de Prevención de Incendios Forestales, la variación de dichos acontecimientos en el lapso de 18 años, tal y como se muestra en la gráfica siguiente:

Resumen de datos acumulados (Hasta el 19 de noviembre de 2015)

*Fuente: Conafor

Asimismo, ejemplificó en el mismo periodo de evaluación, la superficie afectada por los incendios forestales, como se muestra en la siguiente gráfica:

*Fuente: Conafor

Lo anterior, es muestra clara de que existe una disminución anual considerable en incendios forestales y por ende, de superficie afectada, no obstante, la finalidad es erradicarlos y con ello poner a salvo uno de los recursos ambientales más importantes para el medio ambiente.

La situación no es exclusiva de alguna zona específica, sin embargo existen estados que son más susceptibles a padecer este tipo de emergencias, ya sean ocasionadas por la negligencia humana o por fenómenos naturales, tal y como se muestra a continuación:

*Fuente: Conafor

Ante dichas evidencias, es innegable reconocer las bondades de la estrategia general de prevención y control de incendios forestales, sistematizada a través del Programa Nacional de Prevención de Incendios Forestales, y en cuya aplicación participan instituciones de los tres órdenes de gobierno, organismos civiles y voluntarios.

Desde 2002 la instancia responsable de la operación y coordinación general del Programa de Incendios es la Comisión Nacional Forestal, misma que fue creada en fecha 4 de abril de 2001, como un organismo público descentralizado, cuyo objeto es desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de protección, conservación y de restauración en materia forestal, así como participar en la formulación de los planes y programas y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable y sus instrumentos.

Asimismo, el Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal señala que para cumplir con su objeto tiene como misión impulsar, con la participación de la sociedad, los cambios necesarios para la creación de una nueva política de desarrollo forestal sustentable del país, con el propósito de elevar el nivel de productividad y de competitividad de la cadena forestal, impulsando así un crecimiento con calidad en las zonas urbanas y rurales.

Como parte de sus atribuciones la Comisión Nacional Forestal podrá, entre otras, coordinarse con las dependencias o entidades de la federación, estados, Distrito Federal y municipios, a fin de que el desarrollo forestal sustentable obedezca a políticas y criterios integradores, para lo cual podrá suscribir los acuerdos y convenios que sean necesarios; en el marco de la implementación de diversos programas, tales como de prevención, detección y combate de incendios forestales en las entidades, tal y como lo establecen los artículos 22 y 24 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

En atención a todo lo referido, queda manifiesta la facultad de la Comisión Nacional Forestal para conocer y atender los incendios forestales, así como para diseñar e implementar programas de prevención, protección, conservación, y restauración de los recursos y suelos afectado por dichos incendios, ya sea a nivel nacional o en aquellas entidades donde su prevalencia lo requiera.

Por lo expuesto, los miembros de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales someten a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, la aprobación de la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Comisión Nacional Forestal para que en coordinación con las autoridades municipales, diseñe y ejecute programas de prevención, protección, conservación, y restauración de los recursos y suelos afectados por los incendios forestales en Zapopan, Jalisco.

Lo anterior, por tratarse de la tercera entidad con mayor número de incendios forestales anuales, siendo 361 casos hasta el 19 de noviembre de 2015, los acontecidos en el estado de Jalisco.

Atendiendo los argumentos aquí vertidos sometemos a su consideración la siguiente proposición con:

Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional Forestal para que en coordinación con las autoridades municipales, diseñe y ejecute programa de prevención, protección, conservación, y restauración de los recursos y suelos afectado por los incendios forestales en Zapopan, Jalisco.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2015.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Arturo Álvarez Angli (rúbrica), presidente; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Susana Corella Platt (rúbrica), María del Carmen Pinete Vargas, Sergio Emilio Gómez Olivier, René Mandujano Tinajero (rúbrica), Juan Fernando Rubio Quiroz, Alma Lucía Arzaluz Alonso (rúbrica), Angie Dennisse Hauffen Torres (rúbrica), Francisco Javier Pinto Torres (rúbrica), secretarios; María Ávila Serna (rúbrica), José Teodoro Barraza López (rúbrica), Juan Carlos Ruíz García (rúbrica), Héctor Ulises Cristopulos Ríos (rúbrica), María Chávez García (rúbrica), Laura Beatriz Esquivel Valdez (rúbrica), Rosa Elena Millán Bueno (rúbrica), Candelario Pérez Alvarado, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Silvia Rivera Carbajal (rúbrica).

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT y la Semarnat a emprender una campaña nacional de difusión que informe y motive a la población a entregar los televisores analógicos en los centros de acopio establecidos para desecharlos adecuadamente

Honorable Asamblea

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados presentamos a la consideración del pleno de esta representación, el dictamen en sentido positivo por el que se exhorta respetuosamente al gobierno federal para que se emprenda una campaña nacional que informe e incentive a la población a entregar sus televisores analógicos a los centros de acopio establecidos a fin de que se desechen adecuadamente, de acuerdo con la siguiente

Metodología

Esta Comisión responsable del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo que nos ocupa, desarrolló los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

I. En el apartado Antecedentes se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo y del recibo de turno de esta Comisión para emitir el dictamen correspondiente.

II. En el apartado Contenido de la proposición se resume el objetivo del punto de acuerdo que nos ocupa.

III. En el apartado Consideraciones , los integrantes de esta comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

I. Antecedentes

Primero. El 3 de diciembre de 2015, la diputada Sharon María Teresa Cenca Ayala, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó la proposición con punto de acuerdo para exhorta respetuosamente al gobierno federal para que se emprenda una campaña nacional que informe e incentive a la población a entregar sus televisores analógicos a los centros de acopio establecidos a fin de que se desechen adecuadamente.

Segundo. El 3 de diciembre de 2015, la proposición con punto de acuerdo fue publicada en la Gaceta Parlamentaria y turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

II. Contenido de la proposición

La diputada proponente menciona: con el objetivo de potenciar y asegurar la implantación de la Televisión Digital Abierta, el gobierno federal ha marcado una fecha a partir de la cual todas las emisiones analógicas deberán haber sido sustituidas por emisiones digitales.

La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) estableció el 31 de diciembre de 2015 como la fecha límite para terminar las transmisiones analógicas de la televisión abierta en México (apagón analógico). Este proceso se está llevando a cabo de manera escalonada y por ciudades.

México inicia su transición a la televisión digital; los mexicanos deberán reemplazar sus televisores analógicos por modelos más nuevos.

Y con esta nueva disposición, muchos aparatos ya no podrán funcionar, lo que generará un desecho masivo de los mismos, las repercusiones ecológicas no se harán esperar.

De acuerdo con datos del Inegi más del 94 por ciento los hogares cuentan con una televisión y el porcentaje de reemplazo de televisores en el país, tiene un crecimiento del 5 a 6 por ciento anual.

Cifras de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) han confirmado el universo de desechos de televisores analógicos y estima que pudiera rondar sobre los 40 millones de aparatos únicamente en los hogares, convirtiéndose en RAEE (residuos de aparatos eléctricos y electrónicos).

Menciona que por esta circunstancia puede existir riesgos ambientales y a la salud, ya que los televisores analógicos están constituidos por tecnología de tubo de rayos catódicos (TRC), que si bien puede ser considerada una tecnología antigua, sigue siendo utilizada o almacenada en los hogares.

El dispositivo de TRC típico se compone de entre 7 y 40 kilogramos de vidrio, que protege a los usuarios de la radiación producida por la pistola y el haz de electrones. Este vidrio de protección se puede encontrar en cuatro componentes diferentes:

• Panel de vidrio. Representa las 2/3 partes de peso del TRC y puede contener óxido de plomo y óxido de bario.

• Embudo. Es donde la mayor parte del plomo se encuentra en un TRC.

• Cuello de vidrio. Rodea al cañón de electrones y contiene plomo.

• Sellos de soldadura de vidrio de la TRC. Están compuestos por 85 por ciento de plomo y retardantes de fuego bromados.

Continua mencionando que como se puede apreciar, los televisores tienen dentro de sus componentes materiales como plomo, mercurio y cadmio, entre otros, los cuales pueden contaminar el medio ambiente y afectar la salud de las personas, si no son manejados y confinados apropiadamente.

El problema se presenta cuando son dispuestos inadecuadamente en la calle, en tiraderos a cielo abierto, barrancas, terrenos baldíos o cauces de ríos, ya que sus componentes altamente tóxicos podrían ser liberados y convertirse en potencial fuente de contaminación.

Entre los riesgos a la salud tenemos:

• Silicosis

• Inhalación y contacto directo con plomo y cadmio.

• Cortes con vidrio en caso de explosión.

En los riesgos ambientales se encuentran:

• Contaminación de suelo y aguas por metales pesados (plomo y bario).

• Emisión de fósforo tóxico por quema de materias.

Por lo anterior, es importante y necesario para cuidar el medio ambiente y la salud, tener centros especiales para desecho, reciclaje o reúso de televisiones analógicas, pues se trata de evitar que lleguen a los tiraderos de basura en donde sus componentes pueden contaminar el ambiente y provocar daños a la salud.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) han tomado acciones para proteger al medio ambiente de los impactos que pudiera ocasionar el manejo y destino final inadecuado de dichos televisores como producto de la transición a la Televisión Digital Terrestre (TDT). Publicaron el Programa Nacional para la Gestión Integral de los Televisores Desechados por la Transición a la Televisión Digital Terrestre.

El Programa es coordinado por la Semarnat. Bajo el esquema de responsabilidad compartida, corresponderá a los Municipios instalar centros de acopio de televisores analógicos, a las autoridades de los Estados la instalación de centros de almacenaje temporal, y a la Semarnat celebrar los contratos con empresas recicladoras autorizadas para el transporte y reciclaje de los televisores analógicos acopiados.

La SCT llevará a cabo la instalación de centros de acopio y de almacenaje temporal, en los lugares de distribución de los televisores digitales, conforme al Programa TDT. Asimismo, y en coordinación con la Semarnat y dentro de los plazos del Programa TDT, celebrará contratos con empresas recicladoras autorizadas.

Para lo anterior, se requiere la participación activa de la sociedad para que lleve a los centros de acopio sus televisores que dejarán de utilizar, evitando dañarlos o romperlos, a efecto de evitar y prevenir que sus componentes peligrosos sean expuestos al medio ambiente, con su consecuente impacto contaminante y daños a la salud.

El objetivo central del Programa referido es proteger la salud de la población y evitar la contaminación ambiental, mediante un esquema de responsabilidad compartida, entre los tres órdenes de gobierno y la sociedad, para el manejo integral de los televisores analógicos, a fin de evitar su inadecuado desecho incrementado por la transición a la TDT.

En dicho Programa se invita a las organizaciones de la sociedad civil, a tiendas de autoservicio, cámaras y asociaciones empresariales, a participar de manera voluntaria en las campañas de difusión, así como en la operación de centros de acopio y de almacenaje temporal.

Este Programa es una muestra de que el gobierno federal se ha preocupado por darles a los televisores un destino final adecuado, ya que pueden generar contaminantes a la atmósfera y contaminantes al suelo. Sin embargo, el próximo 31 de diciembre se concreta el apagón analógico y se estima insuficiente, ya que se requiere la divulgación y propaganda para que la población conozca de dicho programa y la ubicación de los centros de acopio.

III. Consideraciones

Esta Comisión Dictaminadora es competente para conocer de este asunto de acuerdo a lo que establecen los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 158 numeral IV y 159 del Reglamento para la Cámara de Diputados en relación con el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales coincide con los argumentos esgrimidos por la proponente, con la siguiente precisión: con base en la Reforma Constitucional en Telecomunicaciones publicada el 11 de junio de 2011, la Comisión Federal de Telecomunicaciones se transforma en el Instituto Federal de Telecomunicaciones como un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, encargado de regular, promover y supervisar el desarrollo eficiente en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones en México, además de ejercer de forma exclusiva las facultades en materia de competencia económica en dichos sectores, conforme a lo establecido en la Constitución.1

A su vez esta dictaminadora reconoce que la transición a la televisión digital terrestre trae consigo desechar todos los aparatos de televisión analógicos. De esta manera el universo de desechos de televisores con estas características se estima que pudiera rondar sobre los 40 millones de aparatos únicamente en los hogares.2

Este desechamiento de televisiones analógicas si no son manejados, acopiados y confinados adecuadamente pueden contaminar el medio ambiente y en consecuencia dañar la salud de las mexicanas y los mexicanos, ya que los componentes de estos aparatos contienen materiales tóxicos como plomo, mercurio y cadmio, retardantes de fuego bromados y policloruro de vinilo.

Al respecto esta Dictaminadora cree necesario describir los siguientes contenidos normativos en materia de protección al medio ambiente.

Artículo 4o. constitucional en su párrafo 5:

“Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley”.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente:

Artículo 1o. La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para:

I. Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar;

II. Definir los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación;

III. La preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente;

IV...

V...

VI. La prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo;

VII. Garantizar la participación corresponsable de las personas, en forma individual o colectiva, en la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente;

VIII.- El ejercicio de las atribuciones que en materia ambiental corresponde a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73 fracción XXIX - G de la Constitución;

IX.- El establecimiento de los mecanismos de coordinación, inducción y concertación entre autoridades, entre éstas y los sectores social y privado, así como con personas y grupos sociales, en materia ambiental, y

X.- El establecimiento de medidas de control y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de esta Ley y de las disposiciones que de ella se deriven, así como para la imposición de las sanciones administrativas y penales que correspondan.

...

Misma ley en su artículo 3o., fracciones XXXII y XXXIII menciona:

...

XXXII. Residuo: Cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuya calidad no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó; Fracción recorrida;

XXXIII. Residuos peligrosos: son aquellos que posean alguna de las características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad o que contengan agentes infecciosos que le confieran peligrosidad, así como envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieran a otro sitio y por tanto, representan un peligro al equilibrio ecológico o el ambiente;

...

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos:

Artículo 19. Los residuos de manejo especial se clasifican como se indica a continuación, salvo cuando se trate de residuos considerados como peligrosos en esta Ley y en las normas oficiales mexicanas correspondientes:

...

VIII. Residuos tecnológicos provenientes de las industrias de la informática, fabricantes de productos electrónicos o de vehículos automotores y otros que al transcurrir su vida útil, por sus características, requieren de un manejo específico;

...

Artículo 31. Estarán sujetos a un plan de manejo los siguientes residuos peligrosos y los productos usados, caducos, retirados del comercio o que se desechen y que estén clasificados como tales en la norma oficial mexicana correspondiente:

...

VII. Aditamentos que contengan mercurio, cadmio o plomo;

...

Esta dictaminadora reconoce la política pública de prevención que implementó el gobierno federal a través de la Secretaría de Comunicación y Transporte en coordinación con la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales denominado Programa Nacional para la Gestión Integral de los Televisores Desechados por la Transición a la Televisión Digital Terrestre que señala el correcto manejo de televisores analógicos al final de su vida útil ya que es de suma importancia conocer los procesos de desensamble parcial o total y su reciclaje.3

La dictaminadora coincide con la proponente en que es necesario evitar el procesamiento y disposición final inadecuado de los televisores analógicos ya que esto traería contaminación al medio ambiente y daños a la salud.

Por tal motivo se reconoce la necesidad de realizar una campaña de difusión por los medios de comunicación para que la población en general tome conciencia y conozca el procesamiento adecuado para dar una gestión integral a los desechos de los televisores analógicos dispuestos en el Programa de Trabajo para la Transición a la Televisión Digital Terrestre, este trabajo deberá ser un esfuerzo coordinado entre las Secretarías de Comunicación y Transportes y Medio Ambiente y Recursos Naturales, con el apoyo de la sociedad civil, considerando los siguientes elementos:

Acopio;
Transporte;
Almacenaje;
Reciclaje; y
Disposición final.

Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a las Secretarías de Comunicación y Transportes y Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno Federal para que en el ámbito de sus atribuciones emprendan una campaña nacional de difusión que informe e incentive a la población en general a entregar sus televisores analógicos a los centros de acopio con base en lo establecido en el Programa Nacional para la Gestión Integral de los Televisores Desechados por la Transición a la Televisión Digital Terrestre.

Notas

1 http://www.ift.org.mx/conocenos/acerca-del-instituto/historia/se-crea-e l-ift#sthash.DEKAZSvk.dpuf

2 http://www.sct.gob.mx/fileadmin/TDT/Programa_TV_TDT.pdf. Programa Nacional para la Gestión Integral de los Televisores Desechados por la Transición a la Televisión Digital.

3 Ídem

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2015.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Arturo Álvarez Angli (rúbrica), presidente; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Susana Corella Platte (rúbrica), María del Carmen Pinete Vargas, Sergio Emilio Gómez Oliver, René Mandujano Tinajero (rúbrica), Juan Fernando Rubio Quiroz, Alma Lucia Arzaluz Alonso (rúbrica), Angie Dennisse Hauffen Torres (rúbrica), Francisco Javier Pinto Torres (rúbrica), secretarios; María Ávila Serna (rúbrica), José Teodoro Barraza López (rúbrica), Juan Carlos Ruiz García (rúbrica), Héctor Ulises Cristopulos Ríos (rúbrica), María Chávez García (rúbrica), Laura Beatriz Esquivel Valdés (rúbrica), Rosa Elena Millán Bueno (rúbrica), Candelario Pérez Alvarado, José Ignacio Pichardo (rúbrica), Silvia Rivera Carbajal (rúbrica).

De la Comisión de Desarrollo Metropolitano, con punto de acuerdo por el que se exhorta al grupo interinstitucional formado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y el Consejo Nacional de Población a realizar el estudio correspondiente para verificar con los criterios del propio grupo si Hidalgo del Parral, Delicias, Cuauhtémoc, Camargo y Jiménez, Chihuahua, son susceptibles de integrar una nueva zona metropolitana

El pasado 29 de septiembre de 2015, mediante oficio D.G.P.L. 63-II-4-66, fue turnada a la Comisión de Desarrollo Metropolitano, para su análisis y dictamen la Propuesta con Punto de Acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los Titulares de la Secretaria de Desarrollo Social, del Consejo Nacional de Población y del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, a replantear las delimitaciones de las zonas metropolitanas y considerar la inclusión de los municipios de Hidalgo del Parral, Delicias y Cuauhtémoc, así como sus zonas conurbadas o periferias contiguas, como nuevas zonas metropolitanas, todos pertenecientes al estado de Chihuahua, suscrita por el diputado Juan Antonio Meléndez Ortega, y otros integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Verde Ecologista de México y Revolucionario Institucional.

La Comisión de Desarrollo Metropolitano de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 numerales 1 y 2 fracción XVII, y 45 numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I y 158 numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen:

I. Antecedentes

1. Mediante oficio D.G.P.L. 63-II-7-63, fue turnada a la Comisión de Desarrollo Metropolitano para su análisis y dictamen la Propuesta con Punto de Acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaria de Desarrollo Social, del Consejo Nacional de Población y del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, a replantear las delimitaciones de las zonas metropolitanas y considerar la inclusión de los municipios de Hidalgo del Parral, Delicias y Cuauhtémoc, así como sus zonas conurbadas o periferias contiguas, como nuevas zonas metropolitanas, todos pertenecientes al estado de Chihuahua, suscrita por el diputado Juan Antonio Meléndez Ortega, y otros integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Verde Ecologista de México y Revolucionario Institucional.

2 . Con oficio HCD/LXIII/CDM/0011/15 fue remitido a los integrantes de la Comisión de Desarrollo Metropolitano el Punto de Acuerdo citado en el antecedente número uno, para su análisis y posterior discusión en sesión ordinaria de la Comisión.

3. Para dar cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y, 158 numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Metropolitano, se reunieron el día 25 de noviembre de 2015, en sesión ordinaria con la finalidad de analizar y elaborar el dictamen que se presenta al Pleno de esta H. Cámara.

II. Descripción de la propuesta

Primero. La propuesta con punto de acuerdo que se analiza, plantea entre otros lo siguiente:

Que Ciudad Delicias cuenta con una población de 137,935 habitantes, se ha consolidado como la cuarta ciudad en importancia en el contexto estatal, tanto en el aspecto demográfico como en términos económicos, asimismo, destaca por contar con infraestructura industrial, comercial, comercial y de servicios de primer nivel.

Delicias ha comenzado a figurar como uno de los municipios con mayor calidad de vida en la entidad, de acuerdo con el Índice de Desarrollo Humano (IDH) elaborado por la Organización de las Naciones Unidas; ocupa el lugar número 61 entre los 2,418 municipios del país desde 2005.

El IDH se compone de tres dimensiones: salud, educación e ingreso. Con base a este índice puede observarse que tiene un grado de desarrollo humano similar al de importantes capitales estatales como Puebla, Guadalajara, Morelia, Saltillo y Ciudad Victoria, o bien de municipios importantes como Los Cabos, Baja California Sur o Apodaca, en Nuevo León. La calidad de vida ofrecida por Delicias es similar a las de esas ciudades.

En este contexto, Delicias tiene un grado de desarrollo similar a municipios importantes como Saltillo, Coahuila, municipios relevantes en su contexto estatal como Aguaprieta, Sonora; Ocotlán, Jalisco; y Playa del Carmen, en Quintana Roo. El desarrollo del municipio de Delicias, es también equiparable a municipios incorporados a grandes zonas metropolitanas: Santa Catarina, que forma parte del área metropolitana de Monterrey, Cuautlacingo, que pertenece a la zona metropolitana de Puebla y Jiutepec al área metropolitana de Cuernavaca.

En el ámbito estatal, tanto el Índice de Desarrollo Humano (IDH), como en el Índice de Desarrollo Municipal (IDM), Delicias ocupa la tercera posición en la entidad solo detrás de los municipios de Chihuahua y Juárez, junto a Cuauhtémoc e Hidalgo del Parral. El IDM, se descompone en cuatro componentes: ambiental, económico, social e institucional El componente ambiental se evalúa la disponibilidad servicios públicos en las viviendas, principalmente disponibilidad del agua potable y drenaje. En este componente, Delicias sobresale en la cobertura de agua potable, ya que es la más alta a nivel estatal.

En el componente económico, Delicias se ubica en la tercera posición en la productividad por habitante, solo detrás de Juárez y Chihuahua.

En el aspecto institucional, el municipio de Delicias destaca por tener una elevada cantidad de ingresos propios (38 por ciento del total), lo que refleja el esfuerzo hecho por la administración municipal. En el aspecto social, registra la tasa de mortalidad infantil más baja de todo el estado, esto gracias a la infraestructura hospitalaria existente en la ciudad que cuenta con 3 hospitales públicos (IMSS, ISSSTE y Hospital Regional) y un hospital privado (Clínica Delicias).

Delicias ha experimentado un importante auge en el sector comercial y de entretenimiento, gracias a la llegada de franquicias nacionales e internacionales; posee todas las comodidades e infraestructura de una ciudad media: tres parques industriales; una central de abastos; un centro de exposiciones; un complejo cultural (Teatro de la Ciudad, Museo de Paleontología y Biblioteca); un club de golf privado, excelentes hoteles; centros comerciales; restaurantes; cines; así, como instalaciones deportivas de primer nivel entre las que se encuentran un nuevo estadio de béisbol, tres gimnasios de basquetbol y el Parque de Fundadores; parque central de la ciudad que cuenta con una ciclo pista, canchas de tenis, frontón y basquetbol, así como una área para deportes extremos.

En suma, se observa que Delicias es una ciudad competitiva en el plano nacional. La calidad de vida ofrecida por Delicias, es similar a la de algunas capitales estatales, es una ciudad media que ofrece todas las comodidades de una ciudad más grande. Los municipios aledaños constituyen la zona agroindustrial más importante del Estado.

Esto debido a que las regiones que cuentan con mayor nivel de infraestructura, ofrecen mejores prestación de servicios y, sobre todo, cuentan con una mayor diversificación de sus actividades productivas, han sorteado mejor la recesión económica induciendo grandes inmigraciones de población, tal es el caso de Cuauhtémoc, Chihuahua y Delicias.

Ciudad Cuauhtémoc, tiene una semejanza muy marcada y guardada a las debidas proporciones a una ciudad fronteriza, el comentario anterior, se desprende de la constante movilización migratoria de personas que llegan de otras regiones, como municipios cercanos y más pequeños, comunidades de la sierra tarahumara, personas provenientes del sur del país y el crecimiento natural demográfico de sus mismos habitantes, provocando con esto un rápido crecimiento en su población y en consecuencia, en las necesidades de sobrevivencia que tienen sus pobladores al demandar, alguna actividad económica, empleo, servicios, seguridad, educación, cultura, recreación, e infraestructura.

Cada vez es mayor la cantidad de migrantes temporales que deciden establecer su residencia en el Municipio Cuauhtémoc, ocasionando con esto el nacimiento de nuevas colonias y crecimiento irregular de las ya existentes, con la consabida falta de infraestructura en vivienda y servicios básicos como agua, luz, drenaje, seguridad, educación, servicios médicos y servicios sociales.

De acuerdo con el Censo General de Población y Vivienda 2010, residen en las 180 localidades del Municipio 154,639 personas, de los cuales el 49.1 por ciento son hombres y el 50.9 por ciento son mujeres. La población del municipio representa el 4.54 por ciento del total estatal y la densidad de población es de 42.86 habitantes/km2.

El municipio cuenta con 43,673 viviendas habitadas de las cuales el 98.1 por ciento dispone de excusado o sanitario el 96.67 por ciento dispone de drenaje, el 99. 3 por ciento cuenta con agua entubada de la red pública, mientras que el 99.4 por ciento cuenta con energía eléctrica. El 94.9 por ciento de las viviendas habitadas, es decir 40,163 cuenta con los tres servicios: agua, drenaje, y energía eléctrica.

La población económicamente activa del municipio se compone de 61 mil 586 personas, de las cuales el 68.5 por ciento son hombres y el 31.5 por ciento mujeres. El producto Interno Bruto por habitante, en pesos corrientes de 2005, es de $102,226 pesos.

De la población entre 3 y 17 años (45,631 personas), el 74.7 por ciento asiste a la escuela. Existe en el municipio 172 planteles públicos para la educación, los cuales atienden a 32,462 alumnos de los niveles de pre-escolar, primaria, secundaria, bachillerato y profesional técnico, y 42 escuelas privadas en los que están inscritos 3,979 alumnos para los mismos niveles.

Del total de la población, el 69.7 por ciento es derechohabiente de algún sistema de salud, público o privado.

Por otra parte, Ciudad Hidalgo del Parral es el centro de desarrollo regional más importante del sur del Estado de Chihuahua, su zona de influencia abarca los municipios de Allende, Balleza, Coronado, El Tule, Huejoitán, Matamoros, Santa Bárbara, San Francisco del Oro y Valle de Zaragoza.

Cuenta con una población de más de 107,061 habitantes, en 112 comunidades, concentrada principalmente en la cabecera municipal.

De los recursos hidráulicos, el municipio cuenta con tres acuíferos, los cuales se encuentran en equilibrio en su relación consumo, recarga.

En materia de desarrollo económico, el municipio cuenta con 6,312 unidades económicas del sector industrial y de servicios, propiciando la generación de más de 21 mil empleos formales.

De esto, se deriva la participación de la región y del municipio en el Producto Interno Bruto estatal, generando el 3.23 por ciento de éste.

En infraestructura educativa, el municipio cuenta con 153 planteles, cubriendo la demanda de oferta educativa.

En cuanto a vivienda y servicios públicos, se tienen registradas 26,827 viviendas, de las cuales más del 95 por ciento cuenta con servicios de agua potable, drenaje y electricidad.

La integración de las acciones, programadas y proyectos que se realicen dentro del municipio, cuentan con el respaldo de objetivos y estrategias producto de la participación del Ayuntamiento y la sociedad parralense en su conjunto, por ello, la validación de la sociedad y el compromiso del Gobierno Municipal darán frutos medibles y cuantificables.

Hidalgo del Parral, es una ciudad principal, no solo un municipio, sino que ha consolidado como el principal polo de desarrollo de la región, en infraestructura, servicios, de desarrollo económico, por las condiciones actuales en la entidad y en el extranjero. Las tendencias de retorno de la población que emigró a otras ciudades del Estado y el extranjero tiene la expectativa de encontrar oportunidades en el municipio.

El desarrollo urbano ha rebasado la capacidad de contar con un crecimiento ordenado, provocando así la asfixia vial y los consecuentes accidentes.

En el municipio, se cuenta con diferentes instituciones que dan servicio a sus derechohabientes, como son el IMSS, ISSSTE, pensiones civiles del Estado, así como instituciones particulares.

En el sector industrial en el municipio se encuentra incipiente, cuenta con un potencial de crecimiento en las áreas metalmecánica, automotriz, lo cual, puede detonar el empleo y el desarrollo de empresas de servicios industriales. Como áreas de oportunidad, se encuentran la infraestructura, servicios y capacitación para el trabajo.

El comercio y los servicios se encuentran concentrados en la cabecera municipal, proveen de bienes a toda la región, conformando así un eje de desarrollo económico para el municipio, sustento de cientos de familias parrelenses.

El turismo puede desarrollarse y convertirse en otro eje del desarrollo económico de la región, cuenta con lugares que tiene el potencial, para convertirse en productos turísticos de impacto regional, las Jornadas Villistas cuentan ya con el reconocimiento Estatal he internacional, atrayendo cada vez a más participantes y visitantes en el municipio.

Se observa un equilibrio económico en las actividades productivas del municipio, en comento, en el área comercial, agropecuaria, agroindustria, industria y turismo, este factor permite llevar un desarrollo económico estable durante todas les épocas del año.

Con el objetivo de continuar apoyando, un desarrollo equilibrado, se han contemplado dentro el Plan Estatal de Desarrollo, la realización de Infraestructura Básica, que le da sustento al resto de la infraestructura, mediante la realización de importantes obras, que en su mayoría, ya se encuentran iniciadas y que demandan recursos para su continuación y conclusión. Estas obras incluyen, la construcción de carreteras; alimentadoras; la ampliación y modernización de carreteras existentes, la construcción de carreteras pavimentadas a cabeceras municipales, que aún no contaban con una Carretera Pavimentada; Construcción de Libramientos, para facilitar el paso y la conexión en los Centros Urbanos, así como La Construcción de Infraestructura Aeroportuaria con la Construcción de Aeropuertos Regionales y de Infraestructura Hidroagricola con la Construcción de Presas. Así mismo, en conjunto con los Municipios de esta región, se han construido Caminos Rurales Pavimentados que comunican los Centros Poblacionales de la región, dándoles acceso por una vía Pavimentada a las Carreras Alimentadoras y Troncales del Estado, ahorrándoles tiempo y costos en los traslados.

Es importante señalar que Delicias, Hidalgo del Parral y Cuauhtémoc, destacan dentro de las regiones económicas más importantes del Estado de Chihuahua, dentro de los sectores Agropecuario, Minería, Industria Manufacturera, Comercio y Servicios para empresas. De ahí que cuenten con un gran potencial de desarrollo, siendo polo de desarrollo regional, potencializando las expectativas de convertirse en una metrópoli con zona conurbada intermunicipal, toda vez que su economía ha evolucionado, convirtiendo a cada Municipio en el centro de confluencia económica, industrial, comercial y de servicios.

Aunque el desarrollo industrial se concentra principalmente en Ciudad Juárez, seguido de Chihuahua Capital, se conserva un crecimiento de la industria manufacturera en las ciudades de: Delicias, Cuauhtémoc e Hidalgo del Parral. La Secretaria De Economía define a siete clusters como básicos para la promoción de la actividad económica: agroindustrial y alimentos; textil y confección; industria forestal; materiales para construcción; industria automotriz; electrónica y telecomunicaciones; y la industria aeronáutica.

Por lo expuesto ante esta soberanía se propone el siguiente:

Puntos de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Desarrollo Social, el Consejo Nacional de Población, y el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática; todas las anteriores del Ámbito Federal; replantear las delimitaciones de las Zonas Metropolitanas y considerar la inclusión como Zonas Metropolitanas, para las Ciudades de Delicias, conformada por las Zonas Conurbadas ó Municipios de: Rosales, Julimes, Meoqui y Saucillo, Hidalgo del Parral y sus Zonas Conurbadas o Municipios: Valle de Zaragoza, Valle de Allende, San Francisco del Oro, Santa Bárbara Villa Matamoros y Huejoitlan; y Cuauhtémoc y sus Zonas Conurbadas o Municipios: Carichi, Namiquipa, Riva Palacio, Cusihuiriachi, Gran Morelos, Bachíniva y Guerrero, todas del Estado de Chihuahua.

La Comisión de Desarrollo Metropolitano previo estudio y análisis de la citada propuesta, basan su dictamen en los siguientes

III. Considerandos

Primero. Que esta comisión es competente para conocer de la propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaria de Desarrollo Social, del Consejo Nacional de Población y del instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, a replantear las delimitaciones de las zonas metropolitanas y considerar la inclusión de los municipios de Hidalgo del Parral, Delicias y Cuauhtémoc, así como sus zonas conurbadas o periferias contiguas, como nuevas zonas metropolitanas, todos pertenecientes al estado de chihuahua; suscrita por el diputado Juan Antonio Meléndez Ortega, y otros integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Verde Ecologista de México y Revolucionario Institucional; de conformidad con lo dispuesto por los artículos los artículos 39 numerales 1 y 2 fracción XVII, y 45 numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I y 158 numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Segundo. Que esta comisión comparte y hace propio el planteamiento de los diputados proponentes al verificar los datos de crecimiento económico, poblacional y de infraestructura relativos a los municipios de Delicias, Cuauhtémoc e Hidalgo del Parral.

Tercero. Que los municipios aludidos comparten una zona geográfica y de desarrollo que hace necesario realizar los estudios por parte de las autoridades referidas en el punto de acuerdo, para analizar la viabilidad de crear una o más zonas metropolitanas en el estado de Chihuahua, que además contemple a los municipios de Camargo y Jiménez, al compartir vías de comunicación, zonas industriales, agrícolas, ganaderas y comerciales.

Cuarto. Que en materia económica el estado de Chihuahua al segundo trimestre de 2015, presenta en el Producto Interno Bruto una variación mensual de .50, mientras que el indicador global de la actividad económica para agosto de 2015, representa una variación mensual del 0.47 y en la actividad industrial a septiembre de 2015 tiene un 0.38, esto es por encima de la media nacional programada para el Ejercicio Fiscal 2015, lo que permite saber que de acuerdo a las estimaciones del propio Inegi, Chihuahua como estado, ha tenido un crecimiento económico y poblacional de manera exponencial situación que obliga a revisar las zonas metropolitanas y su distribución económica, siempre con la intención de fomentar y beneficiar el bienestar de los habitantes de cada zona en proporción a su crecimiento y comportamiento.

Quinto. Que en base a la información publicada por el propio Inegi los municipios de mayor crecimiento poblacional en el estado de Chihuahua son los que ocupan el contenido de la propuesta con punto de acuerdo y se enlistan a continuación:

Cuauhtémoc   2.13
Delicias   1.65
Hidalgo del Parral   .58
Camargo   .59
Jiménez   .72

Sexto. Que el artículo 41 en sus fracciones I, X, XVII y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece entre otros que:

A la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. Impulsar, en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento, con la formulación de políticas que armonicen: a) El crecimiento o surgimiento de asentamientos humanos y centros de población;

X. Planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, y coordinar las acciones que el Ejecutivo federal convenga con los gobiernos de las entidades federativas y municipales para la realización de acciones en esta materia, con la participación de los sectores social y privado;

XVII. Facilitar las acciones de coordinación de los entes públicos responsables de la planeación urbana y metropolitana en las entidades federativas y municipios cuando así lo convengan; X

XXI. Aportar diagnósticos y estudios al Consejo Nacional de Población en materia de crecimiento demográfico y su impacto en el ámbito territorial;

Séptimo. Que de acuerdo a las Reglas de Operación del Fondo Metropolitano una Zona Metropolitana se define como el conjunto de dos o más municipios o demarcaciones territoriales en los que se localiza una ciudad de 50 mil o más habitantes, cuya área urbana, funciones y actividades rebasan el límite del municipio o demarcación que originalmente la contenía, incorporando como parte de sí misma o de su área de influencia directa a municipios vecinos, predominantemente urbanos, con los que mantiene un alto grado de integración socioeconómica; y

Octavo. Que tanto la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Consejo Nacional de Población y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía; en base a sus atribuciones y a los datos expuestos en el cuerpo de los presentes considerandos deben de profundizar los estudios con tendencia a un desarrollo metropolitano con la finalidad de determinar si cumplen con los requisitos financieros y sociales para consolidar a los municipios referidos como una nueva Zona Metropolitana en su conjunto y no así por separado como lo señala el promovente, toda vez que su ubicación geográfica permite crear una sola Zona Metropolitana y no así tres Zonas Metropolitanas, y que dichas autoridades conforman el Grupo Interinstitucional a cargo de emitir la delimitación de las Zonas Metropolitanas.

Por lo anteriormente expuesto y fundado y en términos de los artículos 39 numerales 1 y 2 fracción XVII, y 45 numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I y 158 numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados; la Comisión de Desarrollo Metropolitano emite el siguiente:

IV. Resolutivo

Es de aprobarse con modificaciones la propuesta con punto de acuerdo por el que La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Desarrollo Social, el Consejo Nacional de Población, y el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática; todas las anteriores del Ámbito Federal; replantear las delimitaciones de las Zonas Metropolitanas y considerar la inclusión como Zonas Metropolitanas, para las Ciudades de Delicias, conformada por las Zonas Conurbadas o Municipios de: Rosales, Julimes, Meoqui y Saucillo; Hidalgo del Parral y sus Zonas Conurbadas o Municipios: Valle de Zaragoza, Valle de Allende, San Francisco del Oro, Santa Bárbara Villa Matamoros y Huejoitlan; y Cuauhtémoc y sus Zonas Conurbadas o Municipios: Carichi, Namiquipa, Riva Palacio, Cusihuiriachi, Gran Morelos, Bachíniva y Guerrero, todas del Estado de Chihuahua, al tenor del siguiente resolutivo:

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al grupo insterisntitucional conformado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y el Consejo Nacional de Población a realizar el estudio y análisis correspondiente a fin de verificar, bajo los criterios del propio grupo, sí los municipios de Hidalgo del Parral, Delicias, Cuauhtémoc, Camargo y Jiménez, pertenecientes al estado de Chihuahua, son susceptibles de integrar una nueva zona metropolitana.

Firman los diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Metropolitano de la honorable Cámara de Diputados, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil quince.

La Comisión de Desarrollo Metropolitano

Diputados: Salvador Zamora Zamora (rúbrica), presidente; Montserrat Alicia Arcos Velázquez (rúbrica), Pablo Basáñez García (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Laura Valeria Guzmán Vázquez (rúbrica), Gianni Raúl Ramírez Ocampo (rúbrica), Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Ingrid Krasopani Schemelensky Castro (rúbrica), Olga Catalán Padilla (rúbrica), Alicia Barrientos Pantoja (rúbrica), José Alfredo Ferreiro Velazco (rúbrica), José Refugio Sandoval Rodríguez (rúbrica), secretarios; María Ávila Serna (rúbrica), Susana Corella Platt (rúbrica), Raúl Domínguez Rex (rúbrica), José Máximo García López, Alejandra Gutiérrez Campos (rúbrica), Luis Gilberto Marrón Agustín, Rosalina Mazari Espín, Tomás Roberto Montoya Díaz (rúbrica), María de la Paz Quiñonez Cornejo (rúbrica), María del Rocío Rebollo Mendoza (rúbrica), Juan Fernando Rubio Quiroz (rúbrica), Julio Saldaña Morán (rúbrica), Daniel Torres Cantú (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Jesús Salvador Valencia Guzmán.

De la Comisión de Desarrollo Metropolitano, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, al jefe del gobierno del Distrito Federal, y a los gobernadores del estado de México y de Hidalgo a instalar y poner en funcionamiento la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana del Valle de México

Honorable Cámara de Diputados

El 29 de septiembre de 2015, mediante oficio D.G.P.L. 63-II-7-63, fue turnada a la Comisión de Desarrollo Metropolitano, para su análisis y dictamen la propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal; al jefe de Gobierno del Distrito Federal; y, al gobernador del estado de México, a fin de integrar y poner en funcionamiento la Comisión Metropolitana del Valle de México, presentada por el diputado Rafael Hernández Soriano, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La Comisión de Desarrollo Metropolitano de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura, con fundamento en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XVII, y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen.

I. Antecedentes.

1. Mediante oficio D.G.P.L. 63-II-7-63, fue turnada a la Comisión de Desarrollo Metropolitano para su análisis y dictamen la propuesta con punto de acuerdo por, el que se exhorta al Ejecutivo federal; al jefe de Gobierno del Distrito Federal; y, al gobernador del estado de México, a fin de integrar y poner en funcionamiento la Comisión Metropolitana del Valle de México; presentada por el diputado Rafael Hernández Soriano, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

2. Con Oficio HCD/LXIII/CDM/0011/15, fue remitido a los integrantes de la Comisión de Desarrollo Metropolitano, el punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal; al jefe de Gobierno del Distrito Federal; y, al gobernador del estado de México, a fin de integrar y poner en funcionamiento la Comisión Metropolitana del Valle de México, presentada por el diputado Rafael Hernández Soriano, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para su análisis y posterior discusión en sesión ordinaria de la comisión.

3. Para dar cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I y 158 numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Metropolitano, se reunieron el día 25 de noviembre de 2015, en sesión ordinaria con la finalidad de analizar y elaborar el dictamen que se presenta al Pleno de esta H. Cámara.

II. Descripción de la propuesta

Primero. La propuesta con punto de acuerdo que se analiza, plantea entre otros lo siguiente:

El federalismo es una forma de distribuir el poder entre distintos órdenes de gobierno, para el ejercicio territorial y competencial de la autoridad, así como para la realización de los fines del Estado de regular las relaciones sociales y garantizar los derechos humanos de sus habitantes.

Es una distribución funcional de competencias entre distintos órdenes de gobierno, que tiene fundamento en diversos artículos de la llamada arte orgánica de nuestra Constitución, de atribuir diferentes grados de autonomía a cada uno de los órganos territoriales del Estado mexicano, si bien de manera coordinada, como la Federación, los Estados y sus municipios, así como el Distrito Federal con sus delegaciones.

De esta forma, el fundamento del federalismo y sus principales partes integrantes nos lleva a considerar que la Constitución en su artículo 40, dispone que: “es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una Republica representativa, democrática laica federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.”

En su artículo 40, ubicado en el Capítulo I de su Título Segundo, “De la Soberanía Nacional y de la Forma de Gobierno”, dispone que, es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa, democrática, laica, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.

En su artículo 115, referente a “Los Estados de la Federación y al Distrito Federal”, proclama que, los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, y dispone las bases para que los distintos órganos federados actúen en conjunción armónica de esfuerzos para atender, bajo una planificación y regulación comunes, los fenómenos o problemas que comparten de manera frecuente, como sucede cuando, sin perder formalmente autonomía, dos o más órdenes de gobierno concurren al desarrollo de ciudades conurbadas o de áreas metropolitanas.

Es decir, cuando entre dos o más ciudades situadas en distintos municipios existe o tiende a existir continuidad geográfica, pero particularmente en los casos de poblaciones vecinas que se ubican en municipios de dos o más entidades federativas.

El fenómeno de conurbación, ocurre debido al crecimiento exponencial de las ciudades, y tal continuidad alcanza su mayor diversidad y complejidad en el caso de las megalópolis, donde, la necesidad de planeación y regulación conjunta de las zonas urbanas en conexión geográfica es innegable, por cuanto la interacción de sus habitantes expresada de sus relaciones de convivencia y necesidades colectivas son intensas y cambiantes dada la movilidad y los flujos migratorios del campo, y, de las poblaciones menores hacia los centros urbanos más grandes y que ofrecen mayores oportunidades.

En tales condiciones, el federalismo paradójicamente obliga al ejercicio conjunto de las autonomías, mediante el ejercicio armonizado de atribuciones de cada orden de gobierno y de cada poder o autoridad, esto cuando de la planeación y el desarrollo de las zonas conurbadas y metropolitanas se trata.

Cuestiones relativas a la regulación de los servicios públicos (sobre todo en materia de agua potable y desechos sólidos); el equilibrio ecológico; el transporte; la sustentabilidad; la seguridad pública; el empleo, las comunicaciones y la construcción de obra pública de beneficio común; implican un esfuerzo coordinado permanente entre las áreas conurbanas y las metrópolis. Es decir, que estas actividades, precisamente por su naturaleza, realidad y vinculación, no pueden atenderse en forma simplemente separada.

Por ello, en razón de que los poderes públicos deben cumplir normas relativas a los derechos humanos de sus habitantes, al establecer un diseño ordenado del crecimiento de las ciudades, es que, desde 1976, el Constituyente Permanente estableció, en el artículo 115 fracción VI a mayor abundamiento que:

“VI. Cuando dos o más centros urbanos situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad geográfica, la federación, las entidades federativas y los municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias, planearán y regularán de manera conjunta y coordinada el desarrollo de dichos centros con apego a la ley federal de la materia”.

Sobre el mismo tema, el apartado G del artículo 122 constitucional, dispone que:

“Para la eficaz coordinación de las distintas jurisdicciones locales y municipales entre sí, y de éstas con la federación y el Distrito Federal en la planeación y ejecución de acciones en las zonas conurbadas limítrofes con el Distrito Federal, de acuerdo con el artículo 115, fracción VI de esta Constitución, en materia de asentamientos humanos; protección al ambiente; preservación y restauración del equilibrio ecológico; transporte, agua potable y drenaje; recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos y seguridad pública, sus respectivos gobiernos podrán suscribir convenios para la creación de comisiones metropolitanas en las que concurran y participen con apego a sus leyes.

Las comisiones serán constituidas por acuerdo conjunto de los participantes. En el instrumento de creación se determinará la forma de integración, estructura y funciones.

A través de las comisiones se establecerán:

a) Las bases para la celebración de convenios, en el seno de las comisiones, conforme a las cuales se acuerden los ámbitos territoriales y de funciones respecto a la ejecución y operación de obras, prestación de servicios públicos o realización de acciones en las materias indicadas en el primer párrafo de este apartado;

b) Las bases para establecer, coordinadamente por las partes integrantes de las comisiones, las funciones específicas en las materias referidas, así como para la aportación común de recursos materiales, humanos y financieros necesarios para su operación; y

c) Las demás reglas para la regulación conjunta y coordinada del desarrollo de las zonas conurbadas, prestación de servicios y realización de acciones que acuerden los integrantes de las comisiones”.

De lo anteriormente expuesto, por una parte se concluye que, en el marco del federalismo establecido en las normas constitucionales, al Distrito Federal le aplica, al igual que a los estados, el mandato supremo de coordinar acciones con sus pares, mediante la planeación y regulación conjunta del desarrollo de dichos centros urbanos, así como de las zonas metropolitanas.

De tal forma tenemos que:

...la zona metropolitana del valle de México o por sus siglas ZMVM, es el área metropolitana formada por el Distrito Federal y 60 municipios aglomerados uno de ellos en el estado de Hidalgo, los restantes del estado de México.

Y según los resultados del censo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía en 2010 esta zona contaba con una población de alrededor de 20 millones de habitantes (tan solo en el Distrito Federal son 8 millones 851 mil 80 habitantes). Según datos de la ONU en 2012, era la tercera aglomeración humana más poblada del mundo.

Lo que implica que, además de la necesaria actualización del mapa demográfico y geográfico atendible, tales centros urbanos requieren de la integración de una coordinación metropolitana o comisión de conurbación, misma que, según algunos funcionarios del gobierno federal, no opera actualmente, a pesar de que el artículo 20 de la Ley General de Asentamientos Humanos, señala su pertinencia.

En efecto, el mencionado precepto de la ley general referida, situado en el Capítulo Cuarto “De las Conurbaciones”, en congruencia con lo establecido en la vigente fracción VI del numeral 115 constitucional, dispone que:

“Cuando dos o más centros de población situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad física y demográfica, la Federación, las entidades federativas y los municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias, planearán y regularán de manera conjunta y coordinada el fenómeno de conurbación de referencia, con apego a lo dispuesto en esta ley”

De lo expresado con antelación, se concluye que resulta obvio que en el caso de los municipios conurbados del valle de México, es jurídicamente obligatoria que se integre o reestructure en su caso (en todo caso que funcione) una Coordinación Metropolitana del valle de México, a fin de dar cumplimiento al mandato previsto en los artículos 115, fracción VI, y 122 Apartado G de la Constitución, así como a lo establecido al efecto en la Ley General de Asentamientos Humanos, en forma conjunta y coordinada entre los distintos órdenes y órganos de gobierno.

Resulta urgente aprobar por esta Cámara la constitución o reestructuración de la citada Coordinación Metropolitana.

Para ello, entre otras cosas, se tiene en cuenta que, en septiembre de 2014, con motivo de su segundo informe de gobierno, el Presidente de la República anunció la construcción del nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, programado para iniciar en 2015, en terrenos del ex lago de Texcoco; esto ante la saturación de vuelos que presenta el actual Aeropuerto Internacional Benito Juárez.

De acuerdo a declaraciones a través de la Secretaría de Comunicaciones y Trasportes, el proyecto contempla tres etapas: De 2015 a 2020. Inicia con obras hidráulicas, infraestructura aeroportuaria y la licitación del proyecto. La segunda etapa deberá iniciar en 2020, fase durante la cual se construirán otras 3 pistas con operaciones triples simultaneas. La tercera etapa no se ha detallado, aunque el Presidente anunció que en los terrenos del actual aeropuerto se construirá una zona habitacional con servicios de salud, áreas comerciales, culturales y deportivas y un centro de convenciones para los trabajadores del aeropuerto. De tal forma que el nuevo aeropuerto internacional de la Ciudad de México llegará a su máxima capacidad en 2065.

En ese contexto, un proyecto de tal magnitud conlleva la existencia o inminencia de múltiples impactos; tales como: los ambientales urbanos, las inundaciones, la carencia o insuficiencia de agua potable de uso doméstico, la expansión y el crecimiento desordenado de áreas aledañas al actual y al nuevo aeropuerto que se proyecta, aunado a otros severos efectos que se producirán por la ubicación geográfica de la nueva terminal aérea, incluyendo cierta fragmentación y desarticulación de localidades de esa región, problemas de movilidad, vialidades y transporte, así como como los que atañen a los empleos directos e indirectos asociados actualmente al funcionamiento del aeropuerto internacional Benito Juárez, muchos de los cuales desaparecerán.

En ese orden de consideraciones, incluso, son de citar parte de las conclusiones del foro denominado “Las decisiones económicas de la Ciudad de México”, llevado a cabo en el Museo Nacional de Antropología, el 5 y el 6 de noviembre de 2013:

“Los factores que han alterado la sustentabilidad en la Ciudad de México son: el crecimiento poblacional desordenado y el cambio en los patrones de consumo y producción”.

Además, se tiene registrado que existen 22 millones de viajes diarios entre el Estado de México y la Ciudad de México, lo que repercute en un alto consumo de combustible, daños en la calidad del aire y desechos dejados sobre la infraestructura de la ciudad.

“...avanzar hacia la Ciudad sustentable, requiere tomar decisiones importantes en dos materias: agua y desechos sólidos, e implementar una serie de acciones coordinadas que logren objetivos de gran alcance como los que la Ciudad ya pudo resolver”.

Por lo tanto, es claro que, si, ya en 2013, el número de viajes diarios entre la Ciudad de México y el estado de México fue de 22 millones, es fácil imaginar cómo aumentará de manera exponencial, el número de traslados de una entidad federativa a otra tras la construcción y puesta en operación del nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, con todos los problemas de sustentabilidad que ello implica entre ambas entidades federativas.

Más aún, si los trabajos de la nueva terminal aérea prácticamente ya se han iniciado, e irán creciendo en intensidad en los años siguientes.

Ahora bien, aunado a los problemas de transporte y movilidad urbana descrita, así como los relativos al agua y los desechos sólidos, muy comunes en la zona metropolitana del Valle de México, existen fenómenos sociales de urgente coordinación regional; tales como el aumento a la delincuencia y la contaminación, cuya planeación y regulación conjunta por los poderes y autoridades competentes, es menester consolidar y plantear las estrategias de solución.

Incluso, más allá del marco nacional sobre el tema, es importante considerar que existen documentos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos Emergentes, que es un instrumento programático elaborado por organizaciones de la sociedad civil internacional, en el marco del Foro Universal de las Culturas de Barcelona 2004 y Monterrey 2007, a fin de cristalizar los derechos humanos para este milenio, en cuyo artículo 7, sobre el derecho a la democracia participativa, señala que:

“Todos los seres humanos y comunidades y los pueblos en que se integran tienen derecho a participar activamente en los asuntos públicos y a disfrutar de una administración democrática en todos los niveles de gobierno.

Este derecho humano fundamental comprende los siguientes derechos:

1. El derecho a la ciudad, que asegura que todo ser humano y toda comunidad encuentren en la ciudad las condiciones para su plena realización política, económica, social, cultural y ecológica.

2. El derecho a la movilidad universal, que reconoce el derecho de toda persona a migrar y establecer su residencia en el lugar de su elección.

3. El derecho universal al sufragio activo y pasivo, que ampara el derecho de toda persona mayor de edad, con independencia de su nacionalidad, al sufragio activo y pasivo en todos los procesos electorales y consultas populares que se celebren en su lugar de residencia habitual.

4. El derecho a ser consultado, que garantiza que el derecho de todos los seres humanos a ser consultados colectivamente en las decisiones que les afecten.

5. El derecho a la vivienda y a la residencia, que garantiza a todo ser humano el derecho a mantener su residencia en el lugar donde tiene sus relaciones sociales, en sus entornos significantes, o a tener otro de su libre elección.

6. El derecho al espacio público, a la monumentalidad y a la belleza urbanística, que supone el derecho a un entorno urbano articulado por un sistema de espacios públicos y dotados de elementos de monumentalidad que les den visibilidad e identidad, incorporando una dimensión estética y un urbanismo armonioso y sostenible.

7. El derecho a la movilidad local y a la accesibilidad, pues toda persona tiene derecho a un tráfico ordenado y respetuoso con el medio ambiente y a moverse con facilidad por la ciudad metropolitana. Toda persona discapacitada tiene derecho a que se facilite su movilidad y a la supresión de todas las barreras arquitectónicas.

8. El derecho a la conversión de la ciudad marginal en ciudad de ciudadanía, que implica el derecho de toda persona a habitar en zonas urbanas de calidad, con carácter de centralidad.

9. El derecho al gobierno metropolitano o plurimunicipal, que garantiza el derecho de toda persona, por razones de participación y de eficacia de la gestión pública, a un gobierno local de proximidad que, en las regiones más urbanizadas, puede tener una dimensión plurimunicipal o metropolitana”.

Finalmente, en razón de que el artículo 26, Apartado A, de la Constitución mexicana, reconoce el derecho fundamental de los habitantes del país, a la planeación democrática y deliberativa del desarrollo, planeación que, mediante los mecanismos de participación que establezca la ley, recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad, para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo, se propone exhortar al Ejecutivo federal para que establezca procedimientos específicos de participación y consulta popular, así como los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo metropolitano del Valle de México.

Por lo expuesto ante esta soberanía se propone el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal, al Jefe de Gobierno del Distrito Federal y al Gobernador del Estado de México, a integrar y poner en funcionamiento la Comisión Metropolitana del Valle de México, a fin de coordinarse entre sí y con los ayuntamientos de los municipios y delegaciones del Distrito Federal que conforman dicha zona metropolitana, para efectos de planeación y regulación conjunta del desarrollo urbano, en el ámbito de sus competencias.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal para que, en coordinación con las demás autoridades competentes, establezca los mecanismos específicos de participación y consulta popular, por medio de los cuales recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo metropolitano del Valle de México, así como, los criterios para su formulación, instrumentación, control y evaluación.

La Comisión de Desarrollo Metropolitano previo estudio y análisis de la citada propuesta, basan su dictamen en los siguientes:

III. Considerandos

Primero. Que esta Comisión es competente para conocer de la propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al jefe de Gobierno del Distrito Federal y al gobernador del estado de México, a fin de integrar y poner en funcionamiento la Comisión Metropolitana del Valle de México; presentada por el diputado Rafael Hernández Soriano, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; de conformidad con lo dispuesto por los artículos los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XVII, y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Segundo. Que la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM) es la zona conurbada más poblada del país, al habitar en ella más de 20 millones de mexicanos, concentrando tan solo en el Distrito Federal 8 millones y en ella confluyen los gobiernos del estado de México, del estado de Hidalgo, y del Distrito Federal y en ella concurren 60 municipios y 16 delegaciones, por lo que resulta indispensable la coordinación de autoridades de los tres órdenes de gobierno para la planeación y ordenación del territorio y su desarrollo.

Tercero. Que de conformidad a los artículos 115, fracción VI, y 122, apartado G, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se advierte la obligatoriedad de constituir una coordinación Metropolitana en el Valle de México y:

Cuarto. Que la Zona Metropolitana del Valle de México está integrada por el estado de Hidalgo (con 1 municipio), por el estado de México (con 59 municipios) y el Distrito Federal (con 16 demarcaciones territoriales) para la conformación de la Zona Metropolitana en comento, por lo que está Comisión recomienda se incluya la participación del gobierno del estado de Hidalgo y el ayuntamiento del municipio correspondiente en la integración de la Comisión Metropolitana del Valle de México.

Por lo anteriormente expuesto y fundado y en términos de los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XVII, y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Desarrollo Metropolitano emite el siguiente

IV. Resolutivo

Es de aprobarse con modificaciones la propuesta con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al jefe de Gobierno del Distrito Federal, al gobernador del estado de México y al gobernador del estado de Hidalgo a fin de instalar y poner en funcionamiento la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana del Valle de México al tenor del siguiente resolutivo:

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, al jefe de Gobierno del Distrito Federal, al gobernador del estado de México y al gobernador del estado de Hidalgo a instalar y poner en funcionamiento la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana del Valle de México, a fin de coordinarse entre sí, con los ayuntamientos de los municipios y delegaciones del Distrito Federal que conforman dicha zona metropolitana, para efectos de planeación y regulación conjunta del desarrollo metropolitano, en el ámbito de sus competencias.

Firman los diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Metropolitano de la honorable Cámara de Diputados, a los venticinco días del mes de noviembre del año dos mil quince.

La Comisión de Desarrollo Metropolitano

Diputados: Salvador Zamora Zamora (rúbrica), presidente; Montserrat Alicia Arcos Velázquez (rúbrica), Pablo Basáñez García, Alfredo Bejos Nicolás (rúbrica), Laura Valeria Guzmán Vázquez (rúbrica), Gianni Raúl Ramírez Ocampo (rúbrica), Arlette Ivette Muñoz Cervantes, Ingrid Krasopani Schemelensky Castro (rúbrica), Olga Catalán Padilla, Alicia Barrientos Pantoja (rúbrica), José Alfredo Ferreiro Velazco (rúbrica), José Refugio Sandoval Rodríguez (rúbrica), secretarios: María Ávila Serna (rúbrica), Susana Corella Platt (rúbrica), Raúl Domínguez Rex (rúbrica), José Máximo García López, Alejandra Gutiérrez Campos (rúbrica), Luis Gilberto Marrón Agustín, Rosalina Mazari Espín, Tomás Roberto Montoya Díaz, María de la Paz Quiñonez Cornejo (rúbrica), María del Rocío Rebollo Mendoza, Juan Fernando Rubio Quiroz (rúbrica), Julio Saldaña Morán (rúbrica), Daniel Torres Cantú (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Jesús Salvador Valencia Guzmán.

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP en materia de bebederos escolares

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le fueron turnadas, para su estudio y dictamen, las proposiciones con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Educación Pública, presentadas por la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano; el diputado Matías Nazario Morales, del grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; el diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional; y el diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, de la LXIII Legislatura.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, de conformidad con lo enunciado en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 80, 85, 176 y 182, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente

Dictamen

I. Antecedentes

1. A la comisión que suscribe de Educación Pública y Servicios Educativos le fue turnada para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo en la que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Educación Pública y de la Secretaría de Salud a difundir la información sobre el avance de la instalación de bebederos de agua potable en los planteles educativos, presentada por la diputada Claudia Sofía Corichi García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, el 22 de septiembre de 2015.

2. A la Comisión que suscribe de Educación Pública y Servicios Educativos le fue turnada para su estudio y Dictamen, la proposición con punto de acuerdo en la que se exhorta al titular de la Secretaría de Educación Pública a agilizar la instalación de bebederos en las escuelas públicas y privadas del país, presentada por el diputado Matías Nazario Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 29 de septiembre de 2015.

3. A la Comisión que suscribe de Educación Pública y Servicios Educativos le fue turnada para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo en la que se exhorta al Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa para que informe detalladamente a la opinión pública sobre la instalación de bebederos en las escuelas públicas y privadas de las Entidades Federativas, presentada por el diputado Edmundo Javier Sánchez Bolaños Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional, el 6 de octubre de 2015.

4. A la comisión que suscribe de Educación Pública y Servicios Educativos le fue turnada para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo en la que se solicita a la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Salud que publiquen los lineamientos establecidos en la reforma de la Ley General de Infraestructura Física Educativa para garantizar la existencia de bebederos suficientes y con suministro continuo de agua potable en cada centro escolar, presentada por el diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, el 15 de octubre de 2015.

5. En esas fechas, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó las proposiciones en comento a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados.

6. La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos dio trámite de recibo e inició el análisis correspondiente.

II. Descripción de la proposición

A. Proposición con punto de acuerdo de la diputada Claudia Sofía Corichi García

En la proposición presentada por la diputada Claudia Corichi, manifiesta la preocupación por conocer los avances que han realizado la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Salud en razón a la instalación de bebederos en los planteles escolares del país.

La diputada menciona que en México el índice de sobrepeso y obesidad, representan un problema de salud pública. Según la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012, el 34.4% de los niños en edad de 5 a 11 años tienen sobrepeso y obesidad, mientras que en los adultos esta condición se presenta en el 73% de la mujeres y en el 69.4% de los hombres.

La promovente señala que la causa central de esta problemática es el consumo de refrescos, ya que en el país se llega a consumir un promedio de 163 litros de refresco por persona al año, es decir, un 40% mayor al de Estados Unidos de América (118 litros).

Una de las medidas que destaca la diputada para disminuir el consumo de alimentos ultraprocesados es “que los gobiernos, la comunidad científica y las organizaciones de la sociedad civil apoyen e implementen políticas para proteger y promover la elección de alimentos saludables”, acciones que están consideradas en el Plan de Acción para la Prevención de la Obesidad en Niños y Adolescentes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Con lo anterior, se llevó a cabo la reforma a los artículos 7, 11 y 19 de la Ley General de Infraestructura Física Educativa en materia de bebederos escolares. En dicha modificación se estableció la garantía de contar con los bebederos suficientes y el suministro de agua potable en cada inmueble de uso escolar.

Cabe señalar que “la meta sexenal para la instalación de bebederos era de “40 mil en escuelas públicas y sólo se registra el 6.68% de avance, según dio a conocer la Secretaría de Educación Pública (SEP), es decir, sólo se han instalado dos mil 675 bebederos, mil 174 durante 2014 y en lo que va del año, mil 500”.

Por tanto, la diputada solicita al pleno de esta soberanía la aprobación del siguiente punto de acuerdo:

Único. Se exhorta a la Secretaría de Educación Pública y a la Secretaría de Salud, hagan pública la información sobre el avance de instalación de bebederos suficientes y con suministro continuo de agua potable en cada inmueble de uso escolar, parte de la Estrategia Nacional para la prevención y control del sobrepeso, la obesidad y al diabetes.

B. Proposición con punto de acuerdo del diputado Matías Nazario Morales

En la proposición presentada por el diputado Matías Nazario, manifiesta la importancia de agilizar la instalación de bebederos en las escuelas del país con el fin de contribuir en la salud de la niñez y disminuir los índices de sobrepeso y obesidad.

El promovente señala que de acuerdo con el Fondo para la Infancia de las Naciones Unidas (UNICEF), México ocupa el primer lugar en obesidad infantil y el segundo en obesidad en adultos. Asimismo, en la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición muestra que 4.1 millones de escolares presentan sobrepeso y obesidad. Lo anterior, por causa de los malos hábitos alimenticios.

En ese sentido, se llevaron a cabo “reformas a la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, para que sean instalados bebederos de agua potable en cada escuela del país, tanto públicas como particulares”.

Por tanto, el diputado solicita al pleno de esta soberanía la aprobación del siguiente punto de acuerdo:

Único. Se exhorta a la Secretaría de Educación Pública a agilizar la instalación de bebederos en las escuelas públicas y privadas del país.

C. Proposición con punto de acuerdo del diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar

En la proposición presentada por el diputado Edmundo Bolaños, manifiesta la importancia de que se cumpla la reforma a la Ley General de Infraestructura Física Educativa en materia de instalación de bebederos en cada una de las escuelas del país.

El promovente enfatiza que la “reforma tiene un gran mérito ya que la ausencia de bebederos en las escuelas de nuestro país es un factor que influye en el consumo de bebidas azucaradas”.

El diputado alude que la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) indican que México ocupa los primeros lugares de obesidad a nivel mundial.

En lo que respecta al suministro de agua potable en las escuelas del país, la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición señala que solamente “el 55% de las primarias y el 60% de las secundarias cuentan con agua para beber de manera gratuita”.

La Secretaría de Educación Pública publicó que la meta sexenal para la instalación de bebederos en las escuelas públicas es de 40 mil; sin embargo, “se registra un 6.68 por ciento de avance, es decir, sólo se han instalado 2 mil 675 bebederos, mil 174 durante 2014, y en lo que va del año solo mil 500”.

Cabe señalar que en México, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), hay un total de 207 mil 682 planteles de educación básica, por lo que el diputado manifiesta que existe un rezago norme en esta materia.

Por tanto, el diputado solicita al pleno de esta soberanía la aprobación del siguiente punto de acuerdo:

Primero. Se exhorta respetuosamente al titular del Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa para que informe detalladamente a la opinión pública, en el marco del Programa de la Reforma Educativa, el grado de avance en la instalación de bebederos en las escuelas públicas y privadas en cada entidad federativa (cuántos bebederos se han instalado, cuántos necesitan mantenimiento, cuántos se requieren instalar) y asimismo informe cuál es el presupuesto requerido para que se contemplen los recursos necesarios en el Presupuesto de Egresos de la Federación del 2016 con el propósito de proveer bebederos de agua potable en todos los planteles escolares públicos del país.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al titular del Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa a que en el ámbito de su competencia, tome las medidas conducentes a fin de cumplir con los plazos establecidos en los artículos Tercero y Sexto Transitorios del decreto publicado el 7 de mayo del 2014 en el DOF que reforma los artículos 7, 11 y 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa.

D. Proposición con punto de acuerdo del diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido

En la proposición presentada por el diputado Germán Ralis, manifiesta la preocupación por la instalación de los bebederos en las escuelas del país, y señala que la reforma a la Ley General de Infraestructura Física Educativa “se encuentra sin resolución, lo cual dificulta la real instalación de éstos”.

En cuanto a la exposición de sus motivos, alude que la UNICEF indica que México ocupa el primer lugar en el índice de obesidad infantil. Además, la “Secretaría de Salud informó que México, registró de enero a noviembre pasado 35 mil 157 nuevos casos de obesidad entre niños de 1 a 14 años y 15 mil 626 nuevos casos entre jóvenes de 15 a 19 años”.

La obesidad es un problema en salud pública el cual no sólo la inadecuada alimentación incide en ella, sino también la falta de ejercicio y un orden en el estilo de vida; ya que en la actualidad, la vida sedentaria y la falta de tiempo para comer hace que se generen malos hábitos.

El promovente subraya que únicamente el 55.9% de las primarias y el 60.6% de las secundarias cuentan con agua para beber en las instalaciones, pero sólo el 15% tiene bebederos funcionales. Lo anterior, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud en Escolares, 2008.

En lo que respecta a la reforma de los artículos 7, 11 y 19 de la Ley General de Infraestructura Física Educativa, se estableció la garantía de instalar bebederos suficientes y con suministro de agua potable, “pero no ha ocurrido así, y uno de los principales obstáculos para esto es la falta de publicación de los lineamientos mencionados en el Diario Oficial de la Federación”.

Por tanto, el diputado solicita al pleno de esta soberanía la aprobación del siguiente punto de acuerdo:

Primero. Se solicita a los titulares de la Secretaría de Salud y de la Secretaría de Educación Pública que publiquen en el Diario Oficial de la Federación, los Lineamientos establecidos dentro del decreto publicado en mayo de 2014, que reforma los artículos 7, 11 y 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, con el objetivo de garantizar “la existencia de bebederos suficientes y con suministro continuo de agua potable en cada inmueble de uso escolar”.

Segundo. Que la publicación de los lineamientos antes mencionados, sea en un plazo no mayor a 30 días naturales, en el Diario Oficial de la Federación.

Tercero. El Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa deberá, al momento de iniciar con el proceso de instalación de los bebederos en las escuelas, proveer un sistema de purificación de agua confiable que contribuya a la salud de los niños y a la economía familiar, además de contribuir a la creación de instalaciones dignas para la niñez. Se asegurará también del correcto mantenimiento, higiene y limpieza de los bebederos, para garantizar la inocuidad y salud de los mismos.

III. Consideraciones de la comisión

1. En opinión de esta comisión dictaminadora, es garantía de las niñas y niños “la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral” (artículo 4o. constitucional). Además, “toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible” (ídem).

2. La Organización Mundial de la Salud (OMS), señala que en 2013 la cifra de niños lactantes y pequeños de 0 a 5 años que padecen sobrepeso u obesidad fue de 42 millones, 10 millones más que en 1990. En los países con ingresos bajos y medios “la prevalencia de sobrepeso y obesidad infantil entre los niños en edad preescolar supera el 30%”.1 Se calcula que “en 2010 hay 42 millones de niños con sobrepeso en todo el mundo, de los que cerca de 35 millones viven en países en desarrollo”.2

3. La Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012 (Ensanut 2012), muestra que la población en edad escolar (5 a 11 años) con sobrepeso y obesidad fue de 34.4%, es decir, representa alrededor de 5 millones 664 mil 870 niños en México. Las niñas presentan un 20.2% en sobrepeso y 11.8% en obesidad, mientras que los niños fue de 19.5% y 17.4% por ciento, respectivamente.3

4. En este sentido, el 7 de mayo de 2014 se decreta la reforma a los artículos 7, 11 y 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, en materia de Bebederos Escolares. Dicha reforma garantiza la “existencia de bebederos suficientes y con suministro continuo de agua potable en cada inmueble de uso escolar conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Educación Pública”.4

5. En lo que respecta a los lineamientos generales en materia de bebederos escolares y calidad de agua, se cuenta con un anteproyecto del acuerdo referente a los lineamientos generales para la instalación y mantenimiento de bebederos en las escuelas del Sistema Educativo Nacional (SEN). Por ende, no se tiene los lineamientos de manera oficial publicados en el Diario Oficial de la Federación.

6. El Sistema Educativo Nacional debe contar con la infraestructura de bebederos de agua potable, en un plazo máximo de 3 años. El total de escuelas en el Sistema Educativo es de 260 mil 297, de las cuales 216 mil 556 son públicas y 43 mil 741 son privadas.6 En el Tercer Informe de Gobierno 2014-2015, se menciona que al 31 de diciembre de 2014, el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa (INIFED) “instaló bebederos de agua potable en 1,175 centros escolares de nivel básico con una inversión de 58.8 millones de pesos, y al concluir agosto de 2015 se instalaron 497 bebederos más, beneficiando a un total de 185,745 alumnos”.7 Por tanto, actualmente se han instalado bebederos en 1 mil 672 escuelas, lo que representa un 0.64% del total.

7. En resumen, la comisión dictaminadora considera que la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Salud y el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa debe dar seguimiento puntual de la instalación de los bebederos con suministro de agua potable conforme al decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación.

En virtud de lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 180, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Educación Pública a fin de que informe a esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el grado de avance en materia de instalación de bebederos escolares y haga pública su respuesta a la brevedad.

Notas

1 OMS (2015) Datos y cifras sobre obesidad infantil. Recuperado el 18 de noviembre 2015, desde:
http://www.who.int/end-childhood-obesity/facts/es/

2 OMS (2015) Estrategia mundial sobre régimen alimentario, actividad física y salud. Sobrepeso y obesidad infantiles. Recuperado el 18 de noviembre 2015, desde:
http://www.who.int/dietphysicalactivity/childhood/es/

3 Instituto Nacional de Salud Pública (2013) Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012. Resultados nacionales. Segunda edición. Recuperado el 18 de noviembre de 2015, desde:
http://ensanut.insp.mx/informes/ENSANUT2012ResultadosNacionales2Ed.pdf

4 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión (2014) Ley General de la Infraestructura Física Educativa. Artículo 11. Recuperado el 18 de noviembre de 2015, desde:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm

5 SEP, SSA e INIFED (2015) Anteproyecto de los lineamientos para la instalación y mantenimiento de los bebederos escolares. Recuperado el 18 de noviembre de 2015, desde:
http://www.promocion.salud.gob.mx/dgps/descargas1/programas/acuerdos_bebederos/ACUERDO_Lineamientos_Bebederos_Sistema_Educativo_Nacional.pdf

6 SEP (2015) Principales cifras del Sistema Educativo Nacional, 2014-2015. Recuperado el 18 de noviembre de 2015, desde:
http://planeacion.sep.gob.mx/assets/images/principales_cifras/2014_2015_PRINCIPALES_CIFRAS_BOLSILLO.pdf

7 Presidencia de la República (2015) Tercer Informe de Gobierno 2014-2015. Página 261 y 262. Recuperado el 18 de noviembre de 2015, desde:
http://www.presidencia.gob.mx/tercerinforme/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de diciembre de 2015.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Diputados: Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), María Esther Guadalupe Camargo Félix (rúbrica), Martha Hilda González Calderón, Miriam Dennis Ibarra Rangel (rúbrica), Matías Nazario Morales (rúbrica), Adriana del Pilar Ortiz Lanz (rúbrica), Rocío Matesanz Santamaría (rúbrica), María del Rosario Rodríguez Rubio (rúbrica), Patricia Elena Aceves Pastrana (rúbrica), Jorge Álvarez Máynez (rúbrica), Manuel Alexander Zetina Aguiluz (rúbrica), María Luisa Beltrán Reyes (rúbrica), Jorgina Gaxiola Lezama (rúbrica), Laura Mitzi Barrientos Cano (rúbrica), Manuel Jesús Cloutier Carrillo (rúbrica), Hersilia Onfalia Adamira Córdova Morán (rúbrica), Juana Aurora Cavazos (rúbrica), Delfina Gómez Álvarez, Gustavo Enrique Madero Muñoz (rúbrica), Ariana Montiel Reyes (rúbrica), Adolfo Mota Hernández, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, María del Carmen Pinete Vargas, Yulma Aguilar Rocha (rúbrica), María Guadalupe Cecilia Romero Castillo (rúbrica), Juan Carlos Ruiz García, Francisco Alberto Torres Rivas, Luis Maldonado Venegas, Francisco Martínez Neri, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado (rúbrica), Joaquín Jesús Díaz Mena (rúbrica).

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la SEP y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes a solucionar el conflicto en el Canal 22 de televisión

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le fue turnada, para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Secretario de Educación Pública y al presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes , presentada por los diputados Jesús Emiliano Álvarez López y Virgilio Dante Caballero Pedraza, del Grupo Parlamentario de Morena, de la LXIII Legislatura.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, de conformidad con lo enunciado en los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 80, 85, 176 y 182 numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente

Dictamen

I. Antecedentes

A la Comisión que suscribe de Educación Pública y Servicios Educativos les fue turnado para su estudio y Dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo en la que se exhorta al Secretario de Educación Pública y al Presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, presentada por los diputados Jesús Emiliano Álvarez López y Virgilio Dante Caballero Pedraza, del Grupo Parlamentario de Morena, el 08 de septiembre de 2015.

En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la Proposición en comento a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos dio trámite de recibo e inició el análisis correspondiente.

II. Descripción de la proposición

En la proposición presentada por los diputados Jesús Emiliano Álvarez López y Virgilio Dante Caballero Pedraza, los cuales manifiestan su preocupación por la situación que está pasando en el canal 22 de televisión. Los promoventes manifiestan que los trabajadores del equipo editorial emitieron un comunicado en el que expresaban su indignación por la atmosfera de censura y acoso hacia ellos. Dicho comunicado fue publicado en el aniversario del canal en el que manifestaban que tenían muy poco que celebrar ya que existe una “práctica censora sistemática de revisión, mutilación y no emisión de programas, enfáticamente referidos a violencia criminal, social y de Estado, seguridad y violación de derechos humanos”.

Los diputados refieren que la situación está desde hace tres meses, en la que se han cancelado programas de periodismo de investigación, se realizan cambios a la barra informativa nocturna y se atrasan los pagos de honorarios, todo por “presiones directas de la Dirección General”. Por lo cual los trabajadores hacen responsable a Raúl Cremoux López, quien asumió el cargo de Director General del canal 22 desde diciembre de 2012.

Las denuncias realizadas por los trabajadores tuvieron como consecuencia varios despidos.

Por tanto, el Diputado solicita al pleno de esta soberanía la aprobación del siguiente punto de acuerdo:

Único. Se exhorta al Secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño Mayer, y al Presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, Rafael Tovar y de Teresa, a solucionar el conflicto en el canal 22 de televisión; asimismo, a realizar las acciones necesarias para preservar este importante medio público.

III. Consideraciones de la comisión

1 Los miembros de esta Comisión Dictaminadora reconocen la importancia de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, ya que son públicos y de interés general. El Estado será el encargado de salvaguardar la eficiencia y eficacia de la prestación de los servicios públicos.

“En la prestación de dichos servicios estará prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas” (artículo 2 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión).

2. A la Secretaría de Educación Pública (SEP) le corresponde promover el uso de las tecnologías de la información y de la educación en el sector educativo, fomentando programas de interés cultural, cívico, educativo y recreativo para la población y en especial para los niños y niñas del país. Además de suscitar el respeto a los derechos humanos, así como la perspectiva de género. Por tanto,

“el derecho de información, de expresión y de recepción de contenidos a través del servicio público de radiodifusión y de televisión y audio restringidos, es libre y consecuentemente no será objeto de ninguna persecución o investigación judicial o administrativa ni de limitación alguna ni censura previa, y se ejercerá en los términos de la Constitución, los tratados internacionales y las leyes aplicables” (artículo 222 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión).

3 En lo que respecta al canal 22, su misión es “divulgar las mejores expresiones artísticas y culturales de México y el mundo, producir televisión de la más alta calidad, colaborar en la creación de lectores y de públicos para las artes y fomentar una visión crítica de la realidad, con honestidad y eficiencia, en estrecha vinculación con los ciudadanos”.1 Sin embargo, en estos últimos meses ha pasado por una situación de crisis, en el que se han reducido tiempos o cancelado programas, censura, acoso y despido de trabajadores. Una de las causas por las cuales se justifica el despido de los trabajadores es por el recorte presupuestal; no obstante, los trabajadores han demandado a través de tres comunicados, la situación que actualmente se vive en el canal televisivo. Uno de los comunicados, fue publicado el 22 de junio en la página del trabajador Marco Lara Klahr, en el que describe una atmósfera de censura y acoso y cancelación del periodismo de investigación.2 Otro de los comunicados, es una carta que fue publicada en la página de www.change.org, una plataforma mundial para realizar peticiones y que las personas puedan firmar a favor de la causa y hacerla extensiva entre sus contactos de las redes sociales. En esa ocasión los trabajadores Fabrizio Mejía y Marco Lara Klahr, son los que exigen “la intervención del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, la Secretaría de Educación Pública, el Congreso de la Unión, la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública y el Instituto Federal de Telecomunicación para fiscalizar la gestión de Cremoux y asumir sus facultades legales asegurándose de que el Canal 22 retome su función de interés público”.3

4. Otra carta publicada el 28 de junio del presente año en la página del trabajador Marco Lara Klahr, exigen al Director General del Canal 22, Raúl Cremoux López, el derecho de réplica y un debate público. Por considerar “por considerar que desde el inicio de su mandato ha establecido una Dirección basada en acoso laboral, censura y abuso de autoridad, en nuestro perjuicio y el del público televidente, dicho servidor público ha emprendido contra nosotros una campaña sistemática de denostación en medios de comunicación”.4

5 Cabe señalar, que el 04 de octubre del presente año, el titular de la Secretaría de Educación Pública, Aurelio Nuño Mayer, emitió un comunicado en el que se nombra como Director General del Canal 22 a Ernesto Velázquez Briseño.5 Con lo anterior, se espera que el nuevo director solucione los problemas que se han generado en la comunidad del canal y garantizar que el canal 22 siga ofreciendo “una visión amplia de la cultura que propicie el desarrollo democrático de la nación y sea un medio de expresión de la pluralidad del país”.6

En virtud de lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 180, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño Mayer, y al presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, Rafael Tovar y de Teresa, a solucionar el conflicto en el canal 22 de televisión; asimismo, a realizar las acciones necesarias para preservar este importante medio público.

Notas

1 Canal 22 (2009) Manual de Organización del canal 22, Televisión Metropolitana S.A. de C.V. Recuperado el 25 de noviembre de 2015, desde: https://www.canal22.org.mx/transparencia/manualorg.pdf

2 Comunicado sobre el canal 22 el 22 de junio de 2015, desde:
http://marcolaraklahr.mx/en-atmosfera-generalizada-de-censura-y-acoso-el-canal-22-cancela-periodismo-de-investigacion/

3 Carta publicada el 23 de junio de 2015, desde:
https://www.change.org/p/al-instituto-federal-de-telecomunicaciones-a-la-secretar%C3%ADa-de-educaci%C3%B3n-p%C3%BAblica-al-consejo-nacional-en-defensa-del-canal-22

4 Carta publicada el 28 de junio de 2015, desde:
http://marcolaraklahr.mx/wp-content/uploads/2015/06/CARTA2_CANAL22_JUN25_2015_OK-2.pdf

5 SEP (2015) Comunicado 292. Presenta el secretario de Educación Pública su equipo de trabajo, desde:
http://www.comunicacion.sep.gob.mx/index.php/comunicados/octubre-2015/1260-comunicado-292-presenta-el-secretario-de-educacion-publica-su-equipo-de-trabajo

6 Canal 22 (2009) Manual de Organización del canal 22, Televisión Metropolitana S.A. de C.V. Recuperado el 25 de noviembre de 2015, desde:
https://www.canal22.org.mx/transparencia/manualorg.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de diciembre de 2015.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Diputados: Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), María Esther Guadalupe Camargo Félix (rúbrica), Martha Hilda González Calderón, Miriam Dennis Ibarra Rangel (rúbrica), Matías Nazario Morales (rúbrica), Adriana del Pilar Ortiz Lanz (rúbrica), Rocío Matesanz Santamaría (rúbrica), María del Rosario Rodríguez Rubio (rúbrica), Patricia Elena Aceves Pastrana (rúbrica), Jorge Álvarez Máynez (rúbrica), Manuel Alexander Zetina Aguiluz (rúbrica), María Luisa Beltrán Reyes (rúbrica), Jorgina Gaxiola Lezama (rúbrica), Laura Mitzi Barrientos Cano (rúbrica), Manuel Jesús Cloutier Carrillo (rúbrica), Hersilia Onfalia Adamira Córdova Morán (rúbrica), Juana Aurora Cavazos (rúbrica), Delfina Gómez Álvarez, Gustavo Enrique Madero Muñoz (rúbrica), Ariana Montiel Reyes (rúbrica), Adolfo Mota Hernández, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, María del Carmen Pinete Vargas, Yulma Aguilar Rocha (rúbrica), María Guadalupe Cecilia Romero Castillo (rúbrica), Juan Carlos Ruiz García, Francisco Alberto Torres Rivas, Luis Maldonado Venegas, Francisco Martínez Neri, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado (rúbrica), Joaquín Jesús Díaz Mena (rúbrica).

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la SEP y la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos a verificar la distribución oportuna de los ejemplares en el sistema braille de todo el país

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le fue turnada, para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Educación Pública y a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, presentada por el diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, de la LXIII Legislatura.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, de conformidad con lo enunciado en los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 80, 85, 176 y 182 numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente

Dictamen

I. Antecedentes

A la Comisión que suscribe de Educación Pública y Servicios Educativos les fue turnado para su estudio y Dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo en la que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública y a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, presentada por el diputado Francisco Javier Pinto Torres, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, el 10 de noviembre de 2015.

En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la proposición en comento a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos dio trámite de recibo e inició el análisis correspondiente.

II. Descripción de la proposición

En la proposición presentada por el diputado Francisco Javier Pinto Torres, quien manifiesta la importancia de la entrega oportuna de los libros de texto gratuito en braille a los alumnos con discapacidad visual, para que éstos tengan un punto de partida común al de la educación regular.

El promovente menciona que “la inclusión educativa va más allá de la simple inscripción y asistencia de niñas y niños con discapacidad en los planteles regulares”. La inclusión es la integración de los alumnos con alguna discapacidad en el proceso de enseñanza-aprendizaje regular.

El proceso de inclusión educativa “busca asegurar el acceso, permanencia, tránsito, participación y aprendizaje de todas y todos los alumnos, poniendo especial atención en quienes enfrentan o están en peligro de enfrentar exclusión y marginación”. Para ello, es importante que en la escuela se realicen las adaptaciones necesarias para garantizar el máximo logro de los alumnos, a través de los apoyos y materiales idóneos, los métodos y la infraestructura educativa.

En lo que respecta a la discapacidad visual, el diputado destaca que “de cada 100 personas con dificultades para ver en edad escolar, 53 asisten a la escuela”, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Y para que estas niñas y niños con discapacidad visual asistan y se integren al Sistema Educativo Nacional, la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (Conaliteg) está comprometida a producir y distribuir libros de texto en braille, como un derecho social que permite la equidad en la escuela.

No obstante, “en el estado de Colima, las maestras y maestros de diversas escuelas han manifestado que no han recibido los libros en Braille y en Macrotipo que les permitan brindar la atención educativa necesaria a los alumnas y alumnos con discapacidad visual inscritos en las escuelas regulares”.

Por tanto, el diputado solicita al pleno de esta soberanía la aprobación del siguiente punto de acuerdo:

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública para que verifique la distribución oportuna de los libros de texto gratuitos en Braille dentro del territorio nacional e implemente las acciones necesarias para supervisar dicha distribución.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos a verificar que los libros de texto gratuitos en Braille hayan sido entregados en todo el país y, en su caso, entregar sin dilación alguna el material educativo faltante.

III. Consideraciones de la comisión

1. Los miembros de la Comisión Dictaminadora reconocen que las niñas, niños y adolescentes con discapacidad “tienen derecho a la igualdad sustantiva y a disfrutar de los derechos contenidos en la presente Ley, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales y demás leyes aplicables. (...) Las niñas, niños y adolescentes con discapacidad tienen derecho a vivir incluidos en la comunidad, en igualdad de condiciones que las demás niñas, niños y adolescentes” (artículo 53 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes [LGDNNA]). Asimismo, “niñas, niños y adolescentes con discapacidad tienen derecho en todo momento a que se les facilite un intérprete o aquellos medios tecnológicos que les permitan obtener información de forma comprensible” (artículo 54 de la LGDNNA).

2. Los libros de texto gratuito fungen un papel importante en el proceso de enseñanza-aprendizaje de los alumnos de educación básica. Con los libros de texto gratuito se da garantía del derecho a la educación a través de tres postulados: laicidad, gratuidad y obligatoriedad.

3. La educación, forma parte fundamental en el desarrollo integral del ser humano, en todos los momentos de su vida, ya sea en el seno familiar, en la escuela, en la comunidad o en actividades sociales. La educación, es un “medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad” (artículo 2 de la Ley General de Educación). Por tanto, los libros, materiales didácticos y contenidos educativos proporcionados por la Secretaría de Educación Pública (SEP) deben ser conforme a lo establecido en el artículo tercero constitucional y a los artículos 7 y 8 de la Ley General de Educación.

4. En cuanto a la inclusión educativa, su importancia radica en la integración de todo ser humano al proceso de enseñanza-aprendizaje, con todo lo que implica, métodos, usos del conocimiento, herramientas y recursos. En el artículo 12 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, se establece que la Secretaría de Educación Pública (SEP) “promoverá el derecho a la educación de las personas con discapacidad, prohibiendo cualquier discriminación en planteles, centros educativos, guarderías o del personal docente o administrativo del Sistema Educativo Nacional”. Para ello, se deben realizar algunas acciones, entre ellas, incorporar a la enseñanza el Sistema de Escritura Braille y la Lengua de Señas Mexicana, “fomentando la producción y distribución de libros de texto gratuitos en Sistema de Escritura Braille, macrotipos y textos audibles que complementen los conocimientos de los alumnos con discapacidad” (fracción VII de la LGIPD).

5. De acuerdo con el Inegi, en el 2010, había 4 millones de personas discapacitadas, de las cuales 1 millón presentan discapacidad visual. Cabe señalar, que sólo el 20% en edad escolar tiene problemas visuales;1 pero a pesar de ser una minoría considerable, los niños y las niñas tienen el derecho a integrarse a la educación formal.

6. En lo que respecta al tema de la distribución de los materiales educativos en braille, en 2013, el Conaliteg concluyó la entrega de más de 32 mil materiales educativos en el mes de diciembre2 ; y en 2014, se finalizó la entrega de más de 66 mil libros en formato macrotipo y braille hasta el 31 de diciembre. Quedando pendientes únicamente 3 mil 33 ejemplares Braille de secundaria que fueron entregados a más tardar el 6 de marzo del 2015.3 Con lo anterior, se observa que existe un retraso por parte de Conaliteg para la entrega oportuna de los libros de texto en braille, tanto de primaria como de secundaria.

En virtud de lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 180, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos somete a la consideración de esta honorable asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública para que verifique la distribución oportuna de los libros de texto gratuitos en Braille dentro del territorio nacional e implemente las acciones necesarias para supervisar dicha distribución.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos a verificar que los libros de texto gratuitos en Braille hayan sido entregados en todo el país y, en su caso, entregar sin dilación alguna el material educativo faltante.

Notas

1 AMFECCO (2010) Estadísticas de problemas visuales en México. Recuperado el 25 de noviembre de 2015, desde: http://www.amfecco.org/article_estadisticas.php

2 Conaliteg (2013) Producción y distribución de libros en macrotipo y código braille. Recuperado el 25 de noviembre de 2015, desde: http://www.conaliteg.gob.mx/index.php?view=article&id=224

3 Conaliteg (2014) Programa Institucional de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos 2014-2018. Logros 2014. Recuperado el 25 de noviembre de 2015, desde: http://www.hacienda.gob.mx/LASHCP/pnd/11pi_conaliteg.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de diciembre de 2015.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Diputados: Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), María Esther Guadalupe Camargo Félix (rúbrica), Martha Hilda González Calderón, Miriam Dennis Ibarra Rangel (rúbrica), Matías Nazario Morales (rúbrica), Adriana del Pilar Ortiz Lanz (rúbrica), Rocío Matesanz Santamaría (rúbrica), María del Rosario Rodríguez Rubio (rúbrica), Patricia Elena Aceves Pastrana (rúbrica), Jorge Álvarez Máynez (rúbrica), Manuel Alexander Zetina Aguiluz (rúbrica), María Luisa Beltrán Reyes (rúbrica), Jorgina Gaxiola Lezama (rúbrica), Laura Mitzi Barrientos Cano (rúbrica), Manuel Jesús Cloutier Carrillo (rúbrica), Hersilia Onfalia Adamira Córdova Morán (rúbrica), Juana Aurora Cavazos (rúbrica), Delfina Gómez Álvarez, Gustavo Enrique Madero Muñoz (rúbrica), Ariana Montiel Reyes (rúbrica), Adolfo Mota Hernández, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, María del Carmen Pinete Vargas, Yulma Aguilar Rocha (rúbrica), María Guadalupe Cecilia Romero Castillo (rúbrica), Juan Carlos Ruiz García, Francisco Alberto Torres Rivas, Luis Maldonado Venegas, Francisco Martínez Neri, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado (rúbrica), Joaquín Jesús Díaz Mena (rúbrica).

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal a apoyar a la Universidad Autónoma de Guerrero por su grave crisis

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la LXIII Legislatura de la H. Cámara de Diputados le fue turnada, para su análisis y dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal para apoyar a la Universidad Autónoma de Guerrero por su grave crisis, suscrita por integrantes de diversos grupos parlamentarios.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con fundamento los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 66, 67, 68, 80, 84, 85, 157, 162, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con base en la siguiente

Metodología

Esta comisión, responsable del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo que nos ocupa, desarrolló los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

I. En el apartado denominado “Antecedentes ”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo y del recibo de turno de esta Comisión para emitir el dictamen correspondiente.

II. En el apartado titulado “Contenido de la proposición ” se resume el objetivo del punto de acuerdo que nos ocupa.

III. En el apartado “Consideraciones ”, las y los integrantes de esta comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

I. Antecedentes

Primero: Con fecha 27 de octubre de 2015, las y los diputados María Verónica Muñoz Parra, Beatriz Vélez Núñez, Silvia Rivera Carbajal, Ricardo Taja Ramírez, Ricardo Ángel Barrientos Ríos, Julieta Fernández Márquez, Marbella Toledo Ibarra, Victoriano Wences Real, Lluvia Flores Sonduk, Roberto Guzmán Jacobo, Arturo Álvarez Angli, David Jiménez Rumbo y Salomón Majul González, de diversos grupos parlamentarios, presentaron ante el pleno de esta H. Cámara, la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal para apoyar a la Universidad Autónoma de Guerrero por su grave crisis.

Segundo: En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados para su análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

Las y los diputados proponentes señalan que, fundada el 22 de junio de 1960, fue promulgada la creación de la Universidad de Guerrero, para dar atención a las necesidades educativas de las y los jóvenes del estado. No obstante las dificultades que se han sufrido en la entidad, la Universidad Autónoma de Guerrero “es una institución pública”, que cuenta con campus en siete ciudades de la entidad y que imparte treinta y cuatro carreras a nivel licenciatura y veintinueve post grados, en las diversas áreas del conocimiento.

Indican los proponentes que, a pesar de las condiciones adversas, la Uagro se ha preocupado por superar su nivel educativo, “profesionalizando a su plantilla docente, mejorando las instalaciones físicas educativas y participando en múltiples eventos académicos, deportivos y culturales”, por lo cual ahora se sitúa por encima de la media nacional en calidad educativa, recibiendo con ello diversos reconocimientos como el otorgado por el Consorcio de Universidades Mexicanas.

Asimismo, las y los proponentes especifican que la matrícula total de la Uagro es de 82 mil 770 alumnos y que “el costo promedio por alumno del ciclo escolar 2014-2015 es de los más bajos... [situándola] en el penúltimo lugar del total de las universidades públicas estatales, con un importe de 44 mil 5 pesos...”

Sin embargo, el gobierno estatal adeudaba, al 30 de septiembre pasado, un subsidio ordinario de “520 millones 114 mil 997 pesos” y el gobierno federal, la cantidad de “162 millones 835 mil 971 pesos, como aportación estatal de fondos extraordinarios federales”.

Adicionalmente, señalan las y los proponentes que la Universidad tiene un déficit en su nómina superior a los 266 millones de pesos, mismos que generarán graves dificultades tomando en consideración los compromisos que, con sus trabajadores, tiene la propia institución en este fin de año. De la misma manera, señalan las y los proponentes que el pasivo laboral agrava esta situación, dado que 1,173 trabajadores que han debido pasar a retiro, no lo han hecho para lo cual se ha propuesto la creación de un programa de retiro voluntario, estableciendo una mesa de trabajo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la finalidad de cubrir, paulatinamente, los 1,971 millones 367 mil 162 pesos que se requieren.

Por todo lo anterior, las y los proponentes sometieron a la consideración del pleno de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta al gobierno federal a apoyar a la Universidad Autónoma de Guerrero debido a la grave crisis que enfrenta.

III. Consideraciones

Primera. Tras el análisis detallado de la propuesta y coincidir, en términos generales, con los argumentos expuestos en la proposición con punto de acuerdo referida en el presente dictamen, esta Comisión Dictaminadora estima procedente la proposición con punto de acuerdo, toda vez que la formación profesional que provee la Universidad Autónoma de Guerrero y todas las instituciones públicas de educación superior del país, resultan de particular importancia para las y los jóvenes.

Al respecto, consideramos conveniente mencionar que, en cumplimiento a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Poder Legislativo Federal debe velar por garantizar el derecho al acceso a la educación para todas las personas que así lo deseen.

Es por ello que el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, indica en sus fracciones VII y VII, que:

“VII. Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio. Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los términos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere;

“VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan...”

Con base en el anterior artículo constitucional, se establecen las libertades que la autonomía otorga a las universidades y demás instituciones de educación superior así como la obligación del Congreso de la Unión para fijar las aportaciones económicas que la federación, los estados y los municipios deberán destinar a cumplir con la función social educativa, incluyendo la que se refiere a la educación superior.

Segunda. Como se sabe, a partir del primero de enero de 2015, entró en vigor el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, aprobado por esta honorable Cámara de Diputados y en el cual se contempla la erogación de 2,146,515,387 pesos, destinados para el programa U081 Apoyos para la atención a problemas estructurales de las UPES, dentro del gasto del Ramo 11 Secretaría de Educación Pública.

En el mismo sentido, el propio Presupuesto contuvo la cantidad de 59,095,294,815 pesos para el programa de Subsidios Federales para Organismos Descentralizados Estatales.

Asimismo, la estrategia programática del propio Presupuesto de Egresos, indica:

“Conforme al compromiso establecido en el PND 2013-2018 de incrementar la cobertura en educación media superior y superior, hasta alcanzar al menos 80 por ciento y 40 por ciento respectivamente, así como elevar la calidad de los servicios educativos para mejorar la formación de las capacidades y los valores de los jóvenes, a fin de ofrecer alternativas de desarrollo educativo congruentes con el entorno económico, político, social, cultural y tecnológico de la nación, la SEP será la encargada del establecimiento de normas y políticas para la planeación y organización de la Educación Media Superior y Superior en sus diferentes tipos y modalidades, orientada bajo los principios de equidad y calidad, en los ámbitos Federal y Estatal, a fin de ofrecer alternativas de desarrollo educativo congruentes con el entorno económico, político, social, cultural y tecnológico de la nación.

...

...

“Asimismo, cabe destacar el Programa de Subsidios Federales para Organismos Descentralizados Estatales, en el que se consolidan los recursos que están destinados a contribuir con la prestación del servicio educativo que proporcionan los Organismos Descentralizados Estatales que actualmente existen en las entidades federativas, como son las Universidades Públicas Estatales, las Universidades Tecnológicas y Politécnicas, los Institutos Tecnológicos Descentralizados y las Instituciones de educación media superior descentralizadas.

“En complemento a lo anterior, se continuará apoyando a estas instituciones a través de los Programa de Expansión de la Oferta Educativa en Educación Media Superior y Superior, y de los Apoyos para saneamiento financiero y la atención a problemas estructurales de las UPES.”

En este sentido, la situación que presenta la Universidad Autónoma de Guerrero así como las demás instituciones de educación superior, debido a sus características y con base en la información proporcionada por las y los proponentes, esta dictaminadora considera pertinente que, con base en lo establecido en la Estrategia Programática, alineada con el Plan Nacional de Desarrollo 2012-2018, el gobierno federal avance en la resolución de la problemática que aqueja a la las instituciones públicas de educación superior.

Tercera. Tomando en cuenta lo anterior, la dictaminadora coincide con las y los proponentes en el sentido de la importancia de atender la problemática que se presenta en algunas universidades e instituciones de educación superior a lo largo del territorio nacional, razón por la cual la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos logro un incremento de 5,126,788,249 millones de pesos adicionales al proyecto recibido del Ejecutivo Federal al Ramo 11 de Educación Educativa, por lo que el gran esfuerzo realizado por esta Soberanía para garantizar recursos destinados a este fin, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, consistentes en asignar la cantidad de 119,429,023 pesos para el Apoyo para el Saneamiento Financiero de las UPES (Anexo 29.1) para la Universidad Autónoma de Guerrero así como la ampliación de 500 millones de pesos para el programa U081 Apoyos para la atención a problemas estructurales de las UPES, respecto del proyecto enviado por el Ejecutivo que contemplaba la cantidad de 2,213,057,364 pesos, mismos que son concursables y a los cuales tienen acceso las 34 universidades públicas del país.

Finalmente, esta Comisión Dictaminadora considera procedente el Acuerdo propuesto por las y los diputados que suscribieron este punto, con la finalidad de coadyuvar con las instituciones de educación superior para el cumplimiento de su objeto social.

Cuarta. No obstante lo anterior, esta Dictaminadora considera indispensable realizar algunas modificaciones a la proposición con la finalidad de dirigir el exhorto correspondiente al Titular del Poder Ejecutivo Federal para que, a través del Secretario de Educación Pública y del Secretario de Hacienda y Crédito Público, sea atendida la problemática estructural de la instituciones de educación superior derivada de las dificultades para cubrir con los compromisos presupuestales establecidos, principalmente en materia laboral, derivados de los derechos adquiridos de las y los trabajadores de esas instituciones.

Adicionalmente, esta Comisión Dictaminadora considera que debe asumir su papel de coadyuvante en el presente asunto, para lo cual es indispensable dar el seguimiento correspondiente a través de la información que reciba de las dependencias involucradas, para lo cual se propone modificar el resolutivo propuesto por los promoventes.

Por lo todo lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a su consideración el siguiente:

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita, de manera respetuosa, al titular del Poder Ejecutivo Federal para que, a través del secretario de Hacienda y Crédito Público y del secretario de Educación Pública sea remitida a esta soberanía información relativa a las dificultades estructurales que sufren las instituciones de educación superior, principalmente la Universidad Autónoma de Guerrero.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de diciembre de 2015.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Diputados: Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), María Esther Guadalupe Camargo Félix (rúbrica en contra), Martha Hilda González Calderón, Miriam Dennis Ibarra Rangel (rúbrica en contra), Matías Nazario Morales, Adriana del Pilar Ortiz Lanz (rúbrica en contra), Rocío Matesanz Santamaría (rúbrica), María del Rosario Rodríguez Rubio (rúbrica), Patricia Elena Aceves Pastrana (rúbrica), Jorge Álvarez Máynez (rúbrica en contra), Manuel Alexander Zetina Aguiluz (rúbrica en contra), María Luisa Beltrán Reyes (rúbrica), Jorgina Gaxiola Lezama (rúbrica en contra), Laura Mitzi Barrientos Cano (rúbrica en contra), Manuel Jesús Cloutier Carrillo (rúbrica), Hersilia Onfalia Adamira Córdova Morán (rúbrica), Juana Aurora Cavazos (rúbrica en contra), Delfina Gómez Álvarez, Gustavo Enrique Madero Muñoz (rúbrica), Ariana Montiel Reyes (rúbrica), Adolfo Mota Hernández, María Guadalupe Murguía Gutiérrez, María del Carmen Pinete Vargas, Yulma Aguilar Rocha (rúbrica en contra), María Guadalupe Cecilia Romero Castillo (rúbrica), Juan Carlos Ruiz García, Francisco Alberto Torres Rivas, Luis Maldonado Venegas, Francisco Martínez Neri, Cesáreo Jorge Márquez Alvarado (rúbrica en contra), Joaquín Jesús Díaz Mena (rúbrica).

De la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a difundir por el Consejo Nacional de Población y el Instituto Nacional de las Mujeres los avances conseguidos por el grupo interinstitucional para prevenir el embarazo en adolescentes

Honorable Asamblea:

La Comisión de Igualdad de Género de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y demás relativos, así como el artículo 80, 82, numeral 1; 85, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV; y 176 del Reglamento de Cámara de Diputados y demás relativos, presenta a la honorable asamblea, el siguiente

Dictamen

I. Metodología

La Comisión de Igualdad de Género encargada del análisis y dictamen del punto de acuerdo en comento, desarrollo los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe.

En el apartado “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.

En el apartado “Contenido de la proposición con punto de acuerdo”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición en el que se resume su contenido, motivos y alcances.

En las “Consideraciones” los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

II. Antecedentes

1. En sesión ordinaria de fecha 8 de octubre de 2015, la diputada Angélica Reyes Ávila, integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza , sometió a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaria de Gobernación, para que a través del Consejo Nacional de Población y del Instituto Nacional de las Mujeres se difundan los avances conseguidos por el grupo interinstitucional para la prevención del embarazo en adolescentes.

2. En misma fecha, 8 de octubre de 2015, la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, dispuso que dicha proposición con punto de acuerdo fuera turnada a la Comisión de Igualdad de Género para su estudio y dictamen correspondiente.

III. Contenido de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo tiene por objeto exhortar a la Secretaria de gobernación, para que a través del Consejo Nacional de Población y del Instituto Nacional de las Mujeres difunda los avances conseguidos por el grupo interinstitucional para la prevención del embarazo en adolescentes, para establecer los parámetros y mediciones estadísticas necesarias para dimensionar esta problemática a nivel nacional.

IV. Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra en su artículo primero:

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.”

Por lo que es una materia de derechos humanos regulada en nuestra Ley Suprema y como tal debe dársele el análisis requerido, en virtud de salvaguardar los derechos de las y los mexicanos a la vida, la libertad, integridad y seguridad.

Segunda. De igual manera el artículo cuarto de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la igualdad entre hombres y mujeres e implícitamente los derechos reproductivos de todas las y los mexicanos:

Artículo 4o. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará.

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución”.

Del precepto mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social que busca regular los mecanismos y acciones para lograr la igualdad entre hombres y mujeres, como un derecho humano interrelacionado, interdependiente e indivisible, que tutela la garantía de igualdad.

Es así que el derecho a la igualdad es uno de carácter social y universal, elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases tendientes eliminar la situación desigualdad que existe de facto entre hombres y mujeres.

Tercera. La proposición señala “...de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, 16 millones de adolescentes de entre 15 y 19 años y aproximadamente 1 millón de niñas menores de 15 años dan a luz cada año, la mayoría en países de ingresos bajos y medianos.

Asimismo, refiere que cada año, unos 3 millones de adolescentes de los 15 a los 19 años se someten a abortos peligrosos.

El problema del embarazo en adolescentes es también una preocupación a nivel nacional.”

La comisión reconoce que el embarazo no intencionado, ya sea por falta de planificación o no deseado, en adolescentes es una cuestión de salud pública común en el mundo. Los embarazos en estos grupos de adolescentes ocurren con frecuencia y están relacionados en mayor medida con riesgos de resultados adversos para las madres adolescentes y sus bebés.

Asimismo la proposición destaca “Datos de la última Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (Enadid 2014), señalan que la edad media para el inicio de la vida sexual de las mujeres es a los 18 años, lo que representa un año menos en comparación con la Enadid 2009.”

El problema más evidente en esta situación es la de los riesgos asociados a un embarazo juvenil, toda vez que este presenta varias consecuencias no solo físicas y psicológicas para la madre sino de índole social como el aislamiento, abandono de estudios, depresión, etc.

Por lo que la proposición destaca: “Dichas tendencias se reflejan en el porcentaje de nacimientos en madres adolescentes, mismo que se ha incrementado de 15.6 por ciento en 2003 a 18.7 por ciento en 2012.

De acuerdo con la Enadid de 2014, de las adolescentes de 15 a 19 años que declararon haber tenido relaciones sexuales, 44.9 por ciento dijo no haber usado un método anticonceptivo durante su primera relación sexual.”

Por lo anterior, la presente Comisión considera prioritario la implementación de políticas públicas eficaces que fomenten el uso de anticonceptivos que protejan a las y los adolescentes mexicanos de consecuencias como un embarazo no deseado o del contagio de ETS que puedan poner en peligro no solo su vida sino la de su pareja.

Cuarta. La Comisión dictaminadora expresa su interés en la obtención de información estadística que permita conocer el impacto de las políticas públicas vigentes, para poder evaluar el desempeño de cada una y cuantificar los avances obtenidos.

Quinta. Esta Comisión esta consiente que la creación de la “Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes” (Enapea) supone un gran avance en la materia, ya que propone la creación de programas interinstitucionales y transversales que fomentan una cultura sexual segura e integral.

Sexta. La Comisión coincide en que desde la creación de la Enapea, no se han publicado datos suficientes para poder contabilizar el trabajo realizado por las diferentes entidades que la integran, por lo que considera importante la publicación de datos que permitan observar los indicadores de desempeño y la consecución de objetivos por parte de la misma.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Igualdad de Género somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la Secretaria de Gobernación, para que a través del Consejo Nacional de Población y del Instituto Nacional de las Mujeres difunda los avances conseguidos por el grupo interinstitucional para la prevención del embarazo en adolescentes.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de noviembre de 2015.

La Comisión de Igualdad de Género

Diputados: Laura Nereida Plascencia Pacheco (rúbrica), presidenta; Sofía del Sagrario de León Maza (rúbrica), Carolina Monroy del Mazo (rúbrica), Erika Araceli Rodríguez Hernández (rúbrica), Carmen Salinas Lozano (rúbrica), Guadalupe González Suástegui (rúbrica), Janette Ovando Reazola, Karen Orney Ramírez Peralta (rúbrica), Angélica Reyes Ávila, secretarias; Sasil Dora Luz de León Villard (rúbrica), Lucely del Perpetuo Socorro Alpizar Carrillo (rúbrica), Erika Lorena Arroyo Bello (rúbrica), Ana María Boone Godoy (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), David Gerson García Calderón (rúbrica), Patricia García García (rúbrica), Genoveva Huerta Villegas (rúbrica), Irma Rebeca López López (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra (rúbrica), Karina Padilla Ávila (rúbrica), Flor Estela Rentería Medina (rúbrica), María Soledad Sandoval Martínez (rúbrica), Concepción Villa González (rúbrica).

De la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Economía, la Sagarpa y los gobiernos de Veracruz, Oaxaca, estado de México, Guerrero y Michoacán a fortalecer las políticas públicas destinadas a mejorar las condiciones de vida de las habitantes de zonas rurales del país y sus demarcaciones territoriales

Honorable Asamblea

La Comisión de Igualdad de Género de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, y 167 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea el siguiente

Dictamen

I. Metodología

La Comisión de Igualdad de Género encargada del análisis y dictamen de los puntos de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de las proposiciones con punto de acuerdo.

En el apartado “Contenido de la proposición con punto de acuerdo”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de las proposiciones en el que se resume su contenido, motivos y alcances.

En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

II. Antecedentes

1. Con fecha 27 de octubre de 2015, la diputada Karina Sánchez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza , presentó ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, proposición con punto de acuerdo para exhortar a los titulares de la Secretaría de Economía, de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y del Gobierno del Estado de Oaxaca, a fin de fortalecer las políticas públicas destinadas a mejorar las condiciones de vida de las mujeres que habitan en zonas rurales en dicha entidad.

2. En fecha 28 de octubre de 2015, la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, dispuso que dichas proposiciones con punto de acuerdo fueran turnadas a la Comisión de Igualdad de Género, para su análisis y dictamen correspondiente.

III. Contenido de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo, en su conjunto tiene por objeto, exhortar a los titulares de la Secretaría de Economía, de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y del Gobierno del Estado de Oaxaca, a fin de fortalecer las políticas públicas destinadas a mejorar las condiciones de vida de las mujeres que habitan en zonas rurales en dicha entidad, en pleno reconocimiento del rol e importancia de las mujeres rurales como colaboradoras fundamentales de la economía del mundo, incrementando la productividad agrícola y rural; así como velando por la seguridad alimentaria que contribuya a reducir los niveles de pobreza en sus familias y comunidades.

IV. Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra en su artículo primero la tutela de los derechos humanos reconocidos en ella y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte:

“En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección , cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia .

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad . En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”.

Es decir; el marco constitucional define la protección de los derechos de todas las personas, para gozar de los derechos humanos que establece la carta magna, así como los tratados internacionales, constituyéndose con ello el principio de igualdad en su más amplio sentido universal.

Asimismo, en el artículo 4o. de la Ley suprema en referencia, establece el principio de igualdad en los siguientes términos:

“El varón y la mujer son iguales ante la ley...”1

Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr la igualdad entre hombres y mujeres, como un derecho humano interrelacionado, interdependiente e indivisible, que tutela la garantía de igualdad.

El derecho a la igualdad, es un derecho social y universal, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre hombres y mujeres.

Segunda. Ahora bien, en lo referente al exhorto que nos ocupa, cabe hacer las siguientes apreciaciones:

En cumplimiento a los tratados de los que nuestro país es parte, tales como la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, la cual en materia de Pobreza y Desarrollo Rural establece las siguientes recomendaciones:

“21. El Comité insta al Estado Parte a aplicar una estrategia eficaz para incorporar las perspectivas de género en todos los planes nacionales y a estrechar los vínculos entre los planes nacionales para el desarrollo y la erradicación de la pobreza y el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y la No Discriminación contra la Mujer, a fin de asegurar la aplicación efectiva de todas las disposiciones de la Convención. El Comité pide al Estado Parte que, en su próximo informe periódico, incluya información sobre los efectos de las políticas macroeconómicas, incluidos los acuerdos comerciales regionales, sobre las mujeres, en particular las que viven en zonas rurales y trabajan en el sector agrícola”. 2

Por su parte la Plataforma de Acción de Beijín 1995, establece dentro de sus objetivos específicos:

“A.3. Dar a la mujer acceso a mecanismos e instituciones de ahorro y crédito. A.4. Formular metodologías basadas en el género y realizar investigaciones para abordar el problema de la terminación de la pobreza”

Las nuevas acciones de Beijin+5 establecen:

“71.b) Adaptar políticas y mecanismos ambientales y agrícolas, cuando corresponda, a fin de incorporar una perspectiva de género y, en cooperación con la sociedad civil, apoyar a los agricultores, en particular las agricultoras y las personas que viven en esas zonas rurales, con programas de educación y capacitación. 73.c) Aumentar, cuando proceda, y utilizar eficazmente las inversiones financieras y otros recursos en el sector social, especialmente en la educación y la salud, a fin de lograr la igualdad entre los géneros y la potenciación del papel de la mujer como estrategia central de las actividades de desarrollo y erradicación de la pobreza. 73.d) Procurar reducir la cantidad desproporcionada de mujeres que viven en la pobreza, especialmente en las zonas rurales, mediante la puesta en marcha de programas nacionales de erradicación de la pobreza que tengan en cuenta la perspectiva de género y la potenciación del papel de la mujer, e incluyan el logro de objetivos a corto y a largo plazo.”3

Todo ello tendiente a lograr consolidar el empoderamiento de las mujeres rurales y garantizar con ello condiciones de igualdad en el acceso a las oportunidades en las mismas condiciones que los hombres.

Tercera. Que en el derecho interno mexicano rige la Ley General de Igualdad entre Mujeres y hombres, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de agosto de 2006, y que tiene por objeto regular y garantizar la igualdad entre mujeres y hombres y proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el Territorio Nacional.

Cuarta. En tal sentido y con la finalidad de ilustrar la situación que prevalece en el medio rural, se cita el siguiente análisis: “las mujeres en el medio rural. En nuestro país, la población rural se integra por 24.2 millones de habitantes ubicados en 196 mil localidades menores de 2,500 habitantes a lo largo del territorio nacional, se caracteriza por vivir en condiciones de pobreza inferiores a la población urbana, el grado de marginación de estas localidades no es homogénea, varía entre entidad federativa y grupos sociales; obviamente es mayor en localidades que no se han beneficiado por el desarrollo económico y social. Tipo de pobreza Urbana Rural Nacional Alimentación 7.5 24.5 13.8 Capacidades 13.6 32.7 20.7 Patrimonio 35.6 54.7 42.6 Cuadro 1 Porcentaje de personas en condición de pobreza, 2006 Fuente: Centro Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo. Coneval 1992-2006. Los mayores porcentajes de pobreza están en el sector rural, esta situación se traduce en un alto grado de marginación y falta de oportunidades para el desarrollo de la población de zonas rurales que padece pobreza alimentaria, población que cuenta con un ingreso per cápita insuficiente para adquirir una alimentación mínima aceptable; pero también pobreza de capacidades, que si bien la población puede cubrir sus necesidades mínimas de alimentación, su ingreso es insuficiente para realizar inversiones mínimas aceptables en la educación y salud de cada uno de los miembros del hogar, y la pobreza de patrimonio, que si bien la población puede cubrir sus necesidades mínimas de alimentación, educación y salud, su ingreso es insuficiente para adquirir mínimos indispensables de vivienda, vestido, calzado y transporte para cada uno de los miembros del hogar”.4 Datos que nos reflejan la necesidad que sufren las mujeres en las zonas rurales, que históricamente han alargado la brecha de desigualdad entre mujeres y hombres en las diferentes entidades federativas sobresaliendo según datos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), los estados de Chiapas, Guerrero, Oaxaca y Michoacán; “En 2010 y 2012 Chiapas fue la entidad federativa con mayor porcentaje de personas con rezago educativo (35 y 33.5 por ciento, respectivamente). Asimismo, en este último año Oaxaca, Guerrero y Michoacán presentaron el mayor rezago educativo (27.7, 26.8 y 26.1 por ciento, respectivamente). • En 2012, 64.5% de la población de Chiapas con regazo educativo era rural y 35.5% urbana. Asimismo, 13.9% tenía menos de 18 años de edad”.5

Quinta. Si hablamos de empoderamiento de las mujeres, se deben plantear las mejores estrategias para que los entes de gobierno encargados de estas, tengan las herramientas necesarias, para lo cual a continuación el extracto de un artículo publicado en el Periódico “El Financiero”, respecto de la opinión de la periodista Isabel Cruz, donde destaca aspectos relevantes derivados de un Estudio realizado a tres casos en zonas rurales del país: “Los tres casos estudiados –Centro Comunitario Centéotl, Red Nacional de Mujeres Rurales y Visión Indígena-, muestran buenas prácticas que denotan un entendimiento amplio del empoderamiento. Parte de la sistematización de este estudio, mostró que cada una de estas organizaciones sociales –con orígenes distintos, métodos de trabajo y condiciones de financiamiento variadas- coinciden mayoritariamente en la búsqueda para empoderar a la mujer rural a través del acceso a servicios financieros, principalmente ahorro y crédito. Otro de los elementos comunes ha sido el aprovechamiento de espacios de reunión de las mujeres para capacitarlas y sensibilizarlas sobre derechos y equidad de los géneros –y en algunos casos se ha hecho extensivo a los hombres-, asimismo, coinciden los esfuerzos por generar vínculos de la mujer rural hacia actividades productivas para generar ingresos propios o incrementar el ingreso familiar”.6 Todo se resume a la capacidad para dotar a las mujeres a créditos y accesos financieros para hacerlas autosustentables, con una injerencia importante en el mercado global que repercute en beneficios directos que ayudan al crecimiento y desarrollo de la nación. Datos duros que nos obligan como legisladoras y legisladores, a ser la voz de quienes nos eligieron, para coadyuvar desde nuestra esfera de competencia, no solo legislando, sino exhortando de manera respetuosa a las Autoridades a quienes compete la implementación y ejecución de políticas públicas que ayuden a mejorar las condiciones de vida de las mujeres en las zonas vulnerables como lo son las zonas rurales.

Sexta. En dicho tenor, si bien es cierto, que con fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación de 04 de junio de 2015, la LXII Legislatura modificó los artículos 36 y 46 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la cual establece, en sus artículos 36 fracción VIII, la incorporación de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano al Sistema Nacional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, y en el artículo 46 Ter; estipula las facultades de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, de las que se desprende entre otras:

• Coordinar acciones que propicien la igualdad de oportunidades y la no discriminación de mujeres y de hombres en materia agraria;

• Delinear, con una visión transversal, la política integral con perspectiva de género orientada a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en las comunidades agrarias y ejidos, incluyendo a las de origen étnico;

• Fomentar la cultura de respeto a los derechos humanos de las mujeres que habitan en zonas rurales, incluyendo a las de origen étnico;

• Diseñar y difundir materiales que promuevan la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres en los ejidos y comunidades agrarias;

• Tomar medidas y realizar las acciones necesarias, en coordinación con las demás autoridades, para alcanzar los objetivos previstos en la presente ley;

• Constituir un padrón sobre las unidades destinadas para las mujeres a las que se refieren los artículos 63 y 71 de la Ley Agraria, con base en la información contenida en el Registro Agrario Nacional;

• Establecer, utilizar, supervisar y mantener todos los instrumentos y acciones encaminados al mejoramiento del sistema y del programa.

Contenido del que se desprende las acciones vinculantes de las Secretarías en comento; sin embargo, esta comisión considera viable el exhorto, dado que la legisladora proponente lo solicita de la Secretaría de Economía, de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como del Gobierno del estado de Oaxaca con el fin de fortalecer las políticas públicas destinadas a mejorar las condiciones de vida de las mujeres que habitan en zonas rurales en el Estado de Oaxaca, bajo el siguiente argumento:

Séptima. Dentro de la exposición de motivos, la promovente hace mención:

Que no obstante de que el papel de la mujer rural es de suma importancia, tan es así que este año Ban Ki-Moon, Secretario General de las Naciones Unidas, en su mensaje, relacionado con el día internacional de la mujer rural, hizo énfasis en el papel de las mujeres rurales al constituir “una porción significativa, vital y considerable de la humanidad. Son agricultoras y trabajadoras rurales, especialistas en horticultura y vendedoras en mercados, empresarias, y líderes comunitarias... su labor es crucial no solo para el progreso de los hogares rurales y las economías locales, sino también para las economías nacionales, a las que contribuyen participando en cadenas de valor agrícolas”.

De igual manera y en virtud de que a nivel nacional, la población rural femenina se concentra en un número reducido de entidades federativas: en 2014, una de cada tres mujeres rurales reside en Veracruz, Oaxaca o el Estado de México. No obstante, al interior de estas entidades, la de mayor proporción de mujeres rurales se presenta en Oaxaca, donde 52% de las mujeres viven en localidades de menos de 2,500 habitantes, las y los diputados integrantes consideramos que el exhorto base del presente dictamen no solo debe concentrarse al estado de Oaxaca, sino además incluir a las entidades federativas en las que se cristalice la necesidad de fortalecer las políticas públicas tendentes a mejorar las condiciones de vida de las mujeres rurales de manera enunciativa más no limitativa, los estados de Veracruz, Oaxaca, Estado de México, Guerrero y Michoacán.

Con respecto a la participación de las mujeres rurales en las actividades económicas, la información del segundo trimestre de 2015 muestra que el 66.21% de las mujeres residentes en zonas rurales se encuentran ocupadas en actividades poco calificadas, relacionadas con la agricultura, ganadería, silvicultura, caza, pesca y de estas, 7 de cada 10 son trabajadoras remuneradas con menos de dos salarios mínimos mensuales, además de no tener acceso a las prestaciones de ley.

Esta proporción es diametralmente contrastante con el dato de derechohabientes de género femenino en asentamientos urbanos donde el indicador señala que el 66.9 % de las mujeres urbanas es derechohabiente de por lo menos una institución de salud, y donde el 75.3 % de las mujeres que laboran en asentamientos urbanos reciben entre 1 a 5 salarios mínimos mensuales por su trabajo.

Si bien en todo el territorio nacional contamos con una importante participación de mujeres rurales, en Oaxaca esta proporción es mayor a la media nacional, además de presentar características que las hacen particularmente vulnerables, aspecto que demanda de acciones específicas, que las pueden empoderar en el aspecto económico y social, para mejorar su calidad de vida, pues esta entidad federativa tienen una mayor proporción de mujeres rurales, al menos el 52.3% (970 mil), viven en localidades de 2,500 habitantes.

Entre otras situaciones que denotan las condiciones en que viven las mujeres rurales con oportunidades prácticamente nulas, de ahí la importancia por reivindicar el papel que juegan al frente de las explotaciones agrarias y la comercialización de los productos que de ahí se derivan.

Octava. La Comisión dictaminadora ve con optimismo y comparte la propuesta de la legisladora, para exhortar de manera respetuosa a las entidades que se refieren, en el cuerpo del presente dictamen, así como al Gobierno estado de Oaxaca; en virtud de que debemos abonar para el fortalecimiento de las políticas públicas destinadas a mejorar las condiciones de vida de todas las mujeres, máxime tratándose de nuestras hermanas que viven en las zonas rurales de todas las entidades federativas, en el caso que nos ocupa en el presente dictamen del estado de Oaxaca, lo anterior tomando en consideración que según datos del INEGI, que refiere: “Al respecto, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) reporta que en los países de América Latina se observan diferencias entre las mujeres que viven en el medio rural y las que viven en zonas urbanas, con una mayor dedicación de horas per cápita de las mujeres de las zonas rurales hacia este tipo de labores; lo anterior tiene relación con los índices de fecundidad más altos, con los ingresos más bajos y con la falta de acceso de las personas que habitan en áreas rurales a los servicios sociales básicos, que abran la posibilidad de un uso del tiempo en tareas distintas del trabajo no remunerado que se realiza en el hogar. En México, las mujeres que habitan en las áreas rurales destinan semanalmente 7.8 horas más a realizar las labores domésticas y de cuidados que las que viven en las zonas urbanas, realizando 42.5 horas a la semana, equivalentes a contribuir con 49,700 pesos al año para cubrir las necesidades de su hogar.”7

Por lo anteriormente expuesto y fundado, la Comisión de Igualdad de Género de la LXIII Legislatura, pone a consideración el siguiente:

Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a los titulares de las Secretarías de Economía y de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; así como a los titulares de los Gobiernos de Veracruz, Oaxaca, Estado de México, Guerrero y Michoacán para que, de manera coordinada, fortalezcan las políticas públicas destinadas a mejorar las condiciones de vida de las mujeres que habitan en zonas rurales del país, y de sus demarcaciones territoriales respectivamente.

Notas

1 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_100715.pdf (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2 http://www.inmujeres.gob.mx/inmujeres/images/stories/ce daw/cedaw/ca_08.pdf

3 http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/text/sconvention .htm

4 http://www.pa.gob.mx/publica/rev_36/Nicol%C3%A1s%20Edmundo%20Venosa%20Pe%C3%B1a.pdf “
El Empoderamiento de las Mujeres Rurales: Retos y Perspectivas, Nicolás Edmundo Venosa Peña, Laura Gabriela Cortes Ruiz.

5 http://www.coneval.gob.mx/Informes/Evaluacion/Consideraciones_presupuestales/
Consideraciones_presupuestales_2015.pdf

6 Opinión de Isabel Cruz, del Diario El Financiero. Publicado en
http://www.elfinanciero.com.mx/opinion/que-tanto-sabemos-del-enfoque-de-genero-y-el-empoderamiento-de-mujeres-rurales.html

7 http://www.inegi.org.mx/saladeprensa/aproposito/2015/mujer0.pdf

Palacio Legislativo, a los 26 días del mes de noviembre del 2015.

La Comisión de Igualdad de Género

La Comisión de Igualdad de Género

Diputados: Laura Nereida Plascencia Pacheco (rúbrica), presidenta; Sofía del Sagrario de León Maza (rúbrica), Carolina Monroy del Mazo (rúbrica), Erika Araceli Rodríguez Hernández (rúbrica), Carmen Salinas Lozano (rúbrica), Guadalupe González Suástegui (rúbrica), Janette Ovando Reazola, Karen Orney Ramírez Peralta (rúbrica), María Candelaria Ochoa Ávalos (rúbrica), Angélica Reyes Ávila, secretarias; Sasil Dora Luz de León Villard (rúbrica), Lucely del Perpetuo Socorro Alpizar Carrillo (rúbrica), Erika Lorena Arroyo Bello (rúbrica), Ana María Boone Godoy (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), David Gerson García Calderón (rúbrica), Patricia García García (rúbrica), Genoveva Huerta Villegas (rúbrica), Irma Rebeca López López (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra (rúbrica), Karina Padilla Ávila (rúbrica), Flor Estela Rentería Medina (rúbrica), María Soledad Sandoval Martínez (rúbrica), Concepción Villa González (rúbrica).

De la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares del Poder Ejecutivo federal y de la Procuraduría General de la República a coordinar y homologar con sus similares de las entidades federativas la implantación de un protocolo único de acción para temas de violencia de género contra las mujeres

Honorable Asamblea:

La Comisión de Igualdad de Género de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 45, numeral 6, incisos e) y f), y demás relativos, así como 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y 176 del Reglamento de Cámara de Diputados y demás relativos, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:

I. Metodología

La Comisión de Igualdad de Género encargada del análisis y dictamen del punto de acuerdo en comento, desarrollo los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe.

En el apartado “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.

En el apartado “Contenido de la proposición con punto de acuerdo” se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición en el que se resume su contenido, motivos y alcances.

En “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

II. Antecedentes

1. En sesión ordinaria de fecha 10 de noviembre de 2015, la diputada Maricela Contreras Julián, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, sometió a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las procuradurías generales de justicia del país, para que realicen e instauren un protocolo de investigación ministerial, pericial y policial con perspectiva de género, que se aplique a todas las mujeres víctimas de violencia de género.

2. En la misma fecha, 10 de noviembre de 2015, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dispuso que dicha proposición con punto de acuerdo fuera turnadas a la Comisión de Igualdad de Género, para el estudio y dictamen correspondientes.

III. Contenido de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo tiene por objeto exhortar a las Procuradurías Generales de Justicia del país, para que realicen e instrumenten un protocolo de investigación ministerial, pericial y policial con perspectiva de género, que se aplique a todas las mujeres víctimas de violencia de género, como una forma de salvaguardar la integridad psicológica y emocional de la mujer que es afectada por ello y que además se instruya a los servidores públicos encargados de atenderla.

IV. Consideraciones

Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra en el artículo 1o.:

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Por ello es materia de derechos humanos regulada en la ley suprema y, como tal, debe dársele el análisis requerido, en virtud de salvaguardar los derechos de las mexicanas a la vida, la libertad, integridad y seguridad.

Segunda. De igual manera el artículo cuarto de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra en su primer párrafo el derecho a la igualdad entre hombres y mujeres:

Artículo 4o. El varón y la mujer son iguales ante la ley...

Del precepto mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social que busca regular los mecanismos y acciones para lograr la igualdad entre hombres y mujeres, como un derecho humano interrelacionado, interdependiente e indivisible, que tutela la garantía de igualdad.

Así, el derecho a la igualdad reviste carácter social y universal, elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases tendientes eliminar la situación desigualdad que existe de facto entre hombres y mujeres, como se consagra en los cuerpos normativos con que cuenta el Estado mexicano, los cuales buscan salvaguardar los derechos de la mujer no solo en el ámbito social, laboral, económico y de salud.

• Ley del Instituto Nacional de las Mujeres;

• Ley General de Igualdad entre Mujeres y Hombres;

• Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia;

• Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia;

• Programa Nacional de Igualdad para Mujeres y Hombres;

• Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer;

• Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos; y

• Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Por ello, esta comisión realizó un análisis minucioso de la proposición con punto de acuerdo, buscando los elementos necesarios para emitir el sentido de este dictamen de forma completa y veraz.

Tercera. La proposición comenta primeramente: “En el país, los niveles de violencia se han recrudecido; sin embargo cuando la violencia es perpetrada en contra de mujeres y niñas existe un patrón de impunidad sistemática en el proceso judicial, ya que existe un alto porcentaje de casos que carecen de una investigación, sanción y reparación efectiva del daño. La impunidad de los delitos en contra de las mujeres perpetúa la aceptación social del fenómeno de la violencia contra ellas, así como el sentimiento y la sensación de inseguridad, no en vano persiste la desconfianza de éstas en el sistema de administración de la justicia”.

La comisión considera real y preocupante la problemática que experimentan las mujeres mexicanas que se han vistos afectadas por delitos en cuestión de género, la cual en muchos deviene en la intervención de un servidor público que no siempre se encuentra capacitado de manera idónea para realizar su labor de forma óptima, con la sensibilidad y empatía necesaria hacia la víctima. Esto tiene como resultado que gran parte de los delitos cometidos en contra de las mujeres no sean denunciados ante las autoridades, ya que el miedo, la desinformación o la apreciación de los entes públicos puede ser la menos propicia para que una mujer denuncie.

Consecuente con las dificultades que enfrenta la mujer día a día el desempeño de sus labores, come jefa de casa, profesionista, empresaria etcétera datos del Banco Nacional de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres actualizado al 17 de noviembre de 2015, señalan que el tipo más común de violencia perpetrada en contra de la mujer es la de índole psicológica y de igual manera señala que en estos casos el principal agresor suele ser un familiar.1

Más adelante, la proposición continúa: “Este clima de violencia no sólo ha generado señalamientos por parte de organismos internacionales, sino que casos particulares han llegado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de este modo, el Tribunal Interamericano ha sentenciado en seis ocasiones al Estado mexicano. La mitad de estas sentencias se refieren a violaciones de los derechos humanos de las mujeres”.

Se desprende de esto que la formación de los servidores públicos relacionados a la atención de este tipo de incidentes es insuficiente, ya que muchas veces por cuestiones sociales y culturales no prodigan el trato a que la víctima tiene derecho.

La proposición continúa: “Por otro lado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha documentado que los familiares de las víctimas de violencia contra las mujeres reciben de las autoridades judiciales y estatales un trato inadecuado cuando procuran obtener información sobre la investigación de sus expedientes o cuando intentan colaborar en estos procesos; con ello ven vulnerado su derecho de acceso a la justicia; violándose los artículos 1 y 2 del Código de Conducta para Funcionarios Encargados de hacer cumplir la Ley de las Naciones Unidas, que establecen que en el desempeño de sus deberes los funcionarios respetarán y protegerán la dignidad humana y mantendrán y defenderán los derechos humanos de todas las personas”.

La comisión expresa su acuerdo al señalar la falta de capacitación que debe instrumentarse como obligatoria a los diferentes servidores públicos, desde el elemento de policía que conoce de la situación hasta el Ministerio Publico encargado de integrar la averiguación previa, pasando por el médico legista, la trabajadora social y así continua toda la cadena de servidores con los cuales habrá de interactuar la mujer víctima de violencia.

Sigue exponiendo la proposición: “Asimismo, en el caso de Ciudad Juárez, ese organismo internacional observó parcialidades y sesgos de género presentes en las actuaciones de los fiscales e investigadores ante casos de violencia contra las mujeres, los cuales descalificaban a las víctimas durante el proceso de investigación...”

Para la comisión, este hecho es por demás conocido, entra la población en general las actuaciones de los Ministerios Públicos en la mayoría de los casos tienden a desestimar las circunstancias que experimentan las mujeres víctimas y no sólo ellas, varias personas consideran la atención de los Ministerios Públicos y agentes de policía como deficiente o poco informativa.

Asimismo la proposición señala diferentes casos, mediáticamente relevantes o que se han encontrado discutidos dentro dela agenda pública nacional y con los cuales busca ejemplificar de manera notable las situaciones en las que incurren las diversas corporaciones policiacas a momento de realizar las labores de investigación de un hecho delictivo. De igual manera, señala en los puntos 6 y 7 las ausencias en los protocolos de actuación e investigación ministerial que busquen de manera eficiente allegarse de todos los medios posibles para una correcta determinación del ejercicio de la acción penal en contra de quienes resulten responsables.

La comisión está al tanto de las mejoras que se han ido introduciendo para profesionalizar a los diferentes cuerpos ministeriales, policiales y periciales, en aras de ofrecer un mejor servicio a la ciudadanía en general que contemple una correcta actuación con perspectiva de género con el objetivo de realizar sus labores con estricto arreglo a la ley y respeto a los derechos humanos de las mexicanas.

En el punto 8, la proposición señala: “Además, los sistemas de justicia no protegen de manera suficiente la dignidad y la privacidad de las víctimas dentro del proceso de investigación. Las víctimas llegan a ser revictimizadas por una falta de sensibilidad ante su situación de víctimas, su sexo y la gravedad de los hechos alegados. Las oficinas gubernamentales donde las víctimas realizan sus denuncias no siempre garantizan su privacidad y éstas tienen que esperar largos períodos de tiempo para recibir atención”.

En este punto, la comisión señala que la privacidad en delitos cometidos por cuestión de género deben mantener una esencia eminentemente privada, toda vez que exponer de manera pública a la mujer víctima podría acarrear consecuencias de índole social que violenten de manera continua sus derechos, esto porque vuelve a la mujer proclive a ser señalada y como culturalmente se expuso al principio del presente dictamen, ser señalada e incluso culpada del delito cometido en su contra.

De igual forma, en el punto 9 la proposición señala: “No obstante lo anterior, ha habido tímidos avances para la atención de la violencia en contra de las mujeres, aunque han sido lentos e inconcusos; por ejemplo tenemos que el 30 de agosto de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018”.

La comisión reconoce el interés del Poder Ejecutivo federal para prevenir en todas sus formas la discriminación y la violencia que son cometidas en agravio de la mujer, toda vez que es de primordial atención los puntos relativos a la inclusión de la perspectiva de género en los diferentes actuares de los servidores públicos, esto da como resultados el ejercicio de los derechos dela mujer mexicana en igualdad de condiciones, como señala el artículo 4o. de la Carta Magna.2

En el punto 10, la proposición reconoce la publicación del Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y lo señala como “el cual busca fortalecer el acceso de las mujeres de a instancias y recursos judiciales de protección frente a actos de violencia, de conformidad con los parámetros internacionales de derechos humanos, estableciendo también diversos objetivos y estrategias encaminadas a lograr la protección de los derechos de las mujeres en México”.

Asimismo, en el punto 11 denota el Protocolo de investigación ministerial, pericial y policial con perspectiva de género para la violencia sexual, el cual establece dentro de su introducción las causas de su creación y que no son otras que la adopción e implantación que la Comisión y Corte Interamericana de Derechos Humanos señalo al Estado mexicano como susceptibles de violaciones de derechos humanos de niñas y mujeres mexicanas. Este protocolo contempla e implementa principios científicos y metodológicos básicos para la atención e investigación de los delitos de carácter sexual así como ofrecer una atención integral orientada a proteger a la víctima y hacerla sentir segura.

Un punto importante que destaca la comisión es lo aprobado en el Presupuesto de Egresos de 2016, en el cual se considera en el anexo 13 que las aportaciones que serán destinadas a fomentar la igualdad entre mujeres y hombres. Aquí se puede apreciar en el numeral 17 los recursos designados a la Procuraduría General de la Republica, en concreto, los que serán ejercidos para la “Promoción del Desarrollo Humano y Planeación Institucional”, estos bienes están señalados para capacitar al personal de la institución en temas destinados a incentivar y respetar el derecho a la igualdad.3

Como se desprende del texto de la proposición, la violencia hacia la mujer es una realidad que las corporaciones ministeriales y policiacas aún deben atender de forma idónea, su profesionalización y sensibilización en el tema debe ser la adecuada para dar la atención integral que la víctima requiere, de igual manera ser otorgada con estricto apego a la ley y en total respeto de los derechos humanos de las mujeres que sufren estas atroces situaciones.

Por ello esta comisión, consciente de la realidad que se presenta día con día, conviene en buscar la perfección en los servidores públicos que conozcan de estos casos, en su capacitación diaria para mejorar su desempeño y labor.

Sin embargo, la comisión considera innecesario instaurar 32 protocolos ministeriales, uno por entidad federativa, por lo que considera de mayor eficiencia la instrumentación de un único protocolo de actuación ministerial con perspectiva de género, que deberá ser realizado por la Procuraduría General de la Republica con auxilio del Instituto Nacional de las Mujeres y en coordinación con cada una de las Procuradurías Generales de Justicia de las entidades.

Por lo expuesto, la Comisión de Igualdad de Género somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal y a la titular de la Procuraduría General de la República para que coordinen y homologuen con sus respectivos similares de las entidades federativas la implementación de un protocolo único de acción para temas de violencia de género en contra de las mujeres, así como para capacitar al personal relacionado con temas de perspectiva de género.

Notas

1 http://www.mujereslibresdeviolencia.gob.mx/Banavim/Informacion_Publica/ Informacion_Publica.aspx

2 http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5312418&fecha=30/08/2 013

3 http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/63/2015/nov/20151112-B.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de noviembre de 2015.

La Comisión de Igualdad de Género

Diputados: Laura Nereida Plascencia Pacheco (rúbrica), Sofía del Sagrario de León Maza (rúbrica), Carolina Monroy del Mazo (rúbrica), Érika Araceli Rodríguez Hernández (rúbrica), Carmen Salinas Lozano (rúbrica), Guadalupe González Suástegui (rúbrica), Janette Ovando Reazola, Karen Orney Ramírez Peralta (rúbrica), María Candelaria Ochoa Ávalos (rúbrica), Angélica Reyes Ávila, Sasil Dora Luz de León Villard (rúbrica), Lucely del Perpetuo Socorro Alpízar Carrillo (rúbrica), Érika Lorena Arroyo Bello (rúbrica), Ana María Boone Godoy (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), David Gerson García Calderón (rúbrica), Patricia García García (rúbrica), Genoveva Huerta Villegas (rúbrica), Irma Rebeca López López (rúbrica), María Verónica Muñoz Parra (rúbrica), Karina Padilla Ávila (rúbrica), Flor Estela Rentería Medina (rúbrica), María Soledad Sandoval Martínez (rúbrica), Concepción Villa González (rúbrica).

De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a las legislaturas locales a armonizar sus respectivas normativas con la Ley General de Transparencia

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados le fue turnada, para su análisis y dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las legislaturas locales a armonizar sus respectivas normatividades con la Ley General de Transparencia, a cargo del diputado José Hernán Cortés Berumen, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

La Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con fundamento los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 66, 67, 68, 80, 84, 85, 157, 162, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con base en la siguiente

Metodología

Esta comisión, responsable del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo que nos ocupa, desarrolló los trabajos correspondientes conforme .al procedimiento que a continuación se describe:

I. En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo y del recibo de turno de esta Comisión para emitir el dictamen correspondiente.

II. En el apartado titulado “Contenido de la proposición” se resume el objetivo del punto de acuerdo que nos ocupa.

III. En el apartado “Consideraciones”, las y los integrantes de esta Comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

I Antecedentes

Primero: Con fecha de 22 de septiembre de 2015, el diputado José Hernán Cortés Berumen, del Grupo Parlamentario dl Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las legislaturas locales a armonizar sus respectivas normatividades con la Ley General de Transparencia y Acceso a la información Pública.

Segundo: Con fecha 14 de octubre de 2015, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados para su análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

El diputado proponente señala que, derivado de la publicación de la reforma constitucional del 7 de febrero de 2014, y tras la publicación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada el 4 de mayo del presente año; las entidades federativas, de conformidad con las disposiciones transitorias, deberán ajustar sus marcos normativos tanto al marco constitucional como legal.

Precisa que la armonización de las entidades federativas resulta primordial para continuar con el propio funcionamiento del Sistema Nacional de Transparencia, ya que este sistema conformado mayoritariamente por los órganos garantes en las entidades federativas, requieren que sus lineamientos, políticas y los propios criterios, sean equiparables con la propia Ley General.

Señala que es menester de esta soberanía poder impulsar que dichas reformas sean realizadas de manera consensuada y analizada, no sólo por los Congresos locales, en quienes recae la facultad, sino con la participación activa de la Sociedad Civil Organizada en temas de transparencia quienes indudablemente podrán aportar a la armonización incluyendo puntos en los cuales estén interesados.

Por lo expuesto y haciendo un primer llamado para que las Legislaturas estatales diseñen el esquema legislativo que les permita lograr la armonización de su ley a la luz pública y con un serio trabajo de intercambio de opiniones elevo a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a las Legislaturas locales a armonizar sus respectivas leyes con la Ley General de Transparencia, invitando en todo momento a dicha discusión a la sociedad civil organizada para aportar a dicha armonización y que informen a la opinión pública sobre la fase en la que dichos trabajos se encuentran.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para que solicite a los órganos garantes de las entidades federativas, le remitan informe al propio INAI sobre los avances que presenta esta armonización y el trabajo que se ha realizado con los Congresos locales y a su vez el instituto pueda determinar la pertinencia y prioridad de las visitas de la “Gira por la Transparencia”.

III Consideraciones

Primera. Tras el análisis detallado de la propuesta y coincidir en términos generales con los argumentos expuestos en la proposición con punto de acuerdo referido en el presente proyecto de dictamen, esta comisión dictaminadora estima procedente la proposición con punto de acuerdo, toda vez que la nueva Ley es necesaria para dar cumplimiento a las obligaciones que impone a los estados y al Distrito Federal, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2015.

Al respecto, consideramos conveniente mencionar que, en cumplimiento a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los tratados internacionales de los que México es parte, el Poder Legislativo federal ha reformado y creado diversos ordenamientos legales que obligan a hacer pública toda información producida por quien ejerza recursos públicos.

Así se encuentran las reformas a las fracciones I, IV y V del apartado A del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dicen:

A. ...

I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información.

II. a III. ...

IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos que se sustanciarán ante los organismos autónomos especializados e imparciales que establece esta Constitución.

V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán, a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre el ejercicio de los recursos públicos y los indicadores que permitan rendir cuenta del cumplimiento de sus objetivos y de los resultados obtenidos.

En este sentido, desde la promulgaci6n de la reforma constitucional de febrero de 2014, se abrió la puerta para que el honorable Congreso de la Unión expidiera una Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública para sentar las bases de concurrencia y colaboración entre los diferente órdenes de gobierno, para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, las entidades federativas y los municipios.

Así tenemos que, entre los tratados internacionales de los que es parte México, se encuentra la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, la cual establece en el inciso a) del artículo 10, lo siguiente:

Habida cuenta de la necesidad de combatir la corrupción, cada Estado parte, de conformidad con los principios fundamentales de su derecho interno, adoptará las medidas que sean necesarias para aumentar la transparencia en su administración pública, incluso en lo relativo a su organización, funcionamiento y procesos de adopción de decisiones, cuando proceda. Esas medidas podrán incluir, entre otras cosas:

a) La instauración de procedimientos o reglamentaciones que permitan al público en general obtener, cuando proceda, información sobre la organización, el funcionamiento y los procesos de adopción de decisiones de su administración pública y, con el debido respeto a la protección de la intimidad y de los datos personales, sobre las decisiones y actos jurídicos que incumban al público;

b) y c)...

Segunda. A partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, de la reforma constitucional del 7 de febrero de 2014, se determinó en el transitorio segundo la obligación del Congreso de la Unión de expedir la Ley General del Artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en un plazo de un año contado a partir de la fecha de publicación del presente decreto.

De ahí que el 4 de mayo del presente año la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación, estipula en su artículo quinto transitorio que, las legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, tendrán un plazo de hasta un año, contado a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para armonizar las leyes relativas, conforme a lo establecido en esta ley.

Esta comisión dictaminadora hace referencia que dentro de los objetivos primordiales de la Ley General en comento, se establece la Distribución de competencias entre los organismos garantes de acceso a la información de la Federación y de las entidades federativas.

Amplía los sujetos obligados donde se establece la obligación de los Poderes Judicial y Legislativo, los órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, y cualquier organismo que reciba recursos públicos a transparentarlos, cómo los utilizan y no se podrá reservar información sobre violaciones graves a derechos humanos, delitos de lesa humanidad y corrupción.

Además, obliga a transparentar a cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las entidades federativas y los municipios.

Determina que las diputadas y los diputados federales, así como senadores de la República deberán dar detalles del dinero público que reciben por concepto de bono, ingresos prestaciones, primas y gratificaciones.

Incorpora los mecanismos de transparencia en materia energética, las autoridades y empresas productivas del Estado estarán sujetos a la disposición de la máxima transparencia.

Crea el Sistema Nacional de Transparencia que estará integrado por el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y la homologación de los marcos legales estatales para que las disposiciones de ley general tengan aplicación en todo el país.

Establece en el artículo quinto transitorio el plazo de un año para que las legislaturas de los estados, la Asamblea Legislativa y el Congreso de la Unión armonicen la legislación en el ámbito de su competencia.

Como es sabido, son muchos más los avances que presenta esta Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin embargo, más allá de entrar a detallar cada una de las bondades de la presente ley, es importante que los Congresos locales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal avancen en garantizar a la ciudadanía, a la que representamos, una mayor transparencia en el ejercicio de las funciones que desempeñamos.

Tercera. Con base en lo anterior, es necesario tomar en cuenta que la ley antes mencionada fue impulsada con el propósito de rendir cuentas, fortalecer y flexibilizar los mecanismos de acceso a la información pública para que la sociedad en general esté informada de los recursos públicos, la transparencia de información y del desempeño de sus servidores públicos, al tiempo que permite un mayor combate a la corrupción y empodera a la sociedad en la vigilancia de la gestión pública.

Por ello, a pesar de que han transcurrido seis meses de la entrada en vigor de la legislación en comento, son diversas entidades federativas las que no han homologado sus legislaciones locales a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ya que sólo lo han hecho los congresos de Chihuahua, Coahuila, Querétaro y Jalisco; por lo que es sumamente importante exhortar respetuosamente a los Congresos Locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que a la brevedad armonicen o expidan la legislación en la materia, según sea el caso, conforme a lo previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública,

Por lo tanto, esta Comisión de Transparencia y anticorrupción se pronuncia a favor de exhortar respetuosamente a los Congresos de los Estados y a la Asamblea Legislativa, a efecto de que realicen las acciones necesarias para armonizar su marco jurídico con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Asimismo, se pronuncia a exhortar al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, a efecto de que solicite a los órganos garantes de las entidades federativas, le remitan los avances de la armonización legislativa y el trabajo que se ha realizado con los Congresos locales.

Finalmente, esta comisión considera necesario hacer modificaciones a la propuesta, en el ánimo de que la redacción quede más clara.

Por ello las y los integrantes de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados considera viable el siguiente

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de forma respetuosa a órganos legislativos de las entidades federativas a armonizar su legislación con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dentro del plazo legal establecido e involucrando .en la deliberación parlamentaria a la sociedad civil organizada conforme a las mejores prácticas vigentes.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales a solicitar a los órganos garantes de las entidades federativas que le remitan los avances de armonización legislativa y el trabajo que se ha realizado con los órganos legislativos de las entidades federativas para que el Instituto pueda determinar la pertinencia y prioridad de las visitas de la “Gira por la Transparencia por la Armonización de la Ley General de Transparencia”,

Palacio Legislativo de San Lázaro, 26 de noviembre de 2015.

La Comisión de Transparencia y Anticorrupción

Diputados: Rogerio Castro Vázquez (rúbrica), presidente; Laura Mitzi Barrientos Cano (rúbrica), Juana Aurora Cavazos Cavazos (rúbrica), Hugo Daniel Gaeta Esparza (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), Lorena del Carmen Alfaro García (rúbrica), María Guadalupe Cecilia Romero Castillo (rúbrica), Sharon María Teresa Cuenca Ayala (rúbrica), María Candelaria Ochoa Avalos (rúbrica), Omar Ortega Álvarez (rúbrica), Emma Margarita Alemán Olvera (rúbrica), Claudia Edith Anaya Mota (rúbrica), Bernardino Antelo Esper (rúbrica), José Hernán Cortés Berumen (rúbrica), Mayra Angélica Enríquez Vanderkam (rúbrica), José Alfredo Ferreiro Velazco, Jorgina Gaxiola Lezama (rúbrica), Guadalupe Hernández Correa (rúbrica), Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Susana Osorno Belmont (rúbrica), Yulma Rocha Aguilar (rúbrica), Georgina Trujillo Zentella (rúbrica), Luis Felipe Vázquez Guerrero (rúbrica), Brenda Velázquez Valdez (rúbrica), Francisco Martínez Neri (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jorge Carlos Ramírez Marín (rúbrica), Pedro Luis Noble Monterrubio (rúbrica).

De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con puntos de acuerdo por los cuales se exhorta al Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a difundir el estado que guarda la incorporación de sujetos obligados a la plataforma nacional de transparencia

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados le fue turnada, para su análisis y dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, para que difunda el estado que guarda la incorporación de sujetos obligados a la Plataforma Nacional de Transparencia, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

La Comisión de Transparencia y Anticorrupción, con fundamento los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 66, 67, 68, 80, 84, 85, 157, 162, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con base en la siguiente

Metodología

Esta comisión, responsable del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo que nos ocupa, desarrolló los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

I. En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo y del recibo de turno de esta comisión para emitir el dictamen correspondiente.

II. En el apartado titulado “Contenido de la proposición” se resume el objetivo del punto de acuerdo que nos ocupa.

III. En el apartado “Consideraciones”, las y los integrantes de esta Comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

I. Antecedentes

Primero: Con fecha de 15 de septiembre de 2015, la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el pleno la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, para que difunda el estado que guarda la incorporación de sujetos obligados a la Plataforma Nacional de Transparencia.

Segundo: Con fecha 14 de octubre de 2015, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la LXIII legislatura de la honorable Cámara de Diputados para su análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

La diputada proponente señala que, resulta importante conocer plenamente del estado que guarda el ejercicio de los recursos públicos por todos los sujetos obligados.

Precisa que, se ha expresado la convicción de la actual administración de elevar los niveles de transparencia y, al mismo tiempo, responder al derecho de los ciudadanos a la información pública bajo el principio de la máxima publicidad.

Señala que esta soberanía tendrá que estar consciente de que la sociedad mexicana reclama su derecho a estar plenamente informado de las acciones de sus gobernantes. Las legisladoras y los legisladores tenemos que ser factor para que la ciudadanía recobre la confianza en sus instituciones presentando ante su vista la información que se genera en el gobierno.

Menciona que, la materia de transparencia se encuentra reglamentada, fundamentalmente por dos normas: la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que tiene como finalidad proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad federal; y la ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que ya fue señalado, tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, las entidades federativas y los municipios.

Determina que, la presente proposición pretende, como establecen los artículos transitorios octavo y décimo de la ley General, que el Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a que obsequie a la Cámara de Diputados un informe pormenorizado del estado que guarda la incorporación de sujetos obligados a la Plataforma Nacional de Transparencia; así como el cumplimiento de los municipios con menos de 70 mil habitantes con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Indica que, también, la propuesta pretende que la Auditoría Superior de la Federación entregue a la Junta de Coordinación Política un informe detallado de sus actividades como miembro del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. Debido a que, de acuerdo con el artículo 30 la ley General citada, la Auditoría Superior de la Federación pertenece, junto con el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, los organismos garantes de las entidades federativas, el Archivo General de la Nación, y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía al Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Finalmente, destaca que el Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales se instaló el 23 de junio de 2015. Con la instalación del Consejo Sistema Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se pretende transparentar la función de gobierno, auditar los recursos públicos, escudriñar el gasto de los partidos y sindicatos, e incluso de las fundaciones y agrupaciones civiles que reciben fondos federales.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se somete a esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a que dé a conocer a la opinión pública el estado que guarda la incorporación de sujetos obligados a la Plataforma Nacional de Transparencia; así como el cumplimiento de los municipios con menos de 70 mil habitantes como lo establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a sus órganos de gobierno a implementar a la brevedad posible, las medidas que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2015; asimismo, exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a entregar a la Junta de Coordinación Política un informe detallado de sus actividades como miembro del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

III. Consideraciones

Tras un minucioso análisis de la propuesta, esta Comisión dictaminadora concuerda .en términos generales con la proposición con punto de acuerdo referida en el presente proyecto de dictamen, emitiendo las siguientes consideraciones.

Primera. En cumplimiento a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Poder Legislativo federal ha reformado y creado diversos ordenamientos legales que obligan a hacer pública toda información producida por quien ejerza recursos públicos.

De este modo, la reforma constitucional en materia de transparencia tiene mayores alcances e influencia sobre el derecho de acceso a la información pública en México e incluso sobre el derecho a la protección de datos personales que los que tiene en materia de transparencia.

Así se encuentran las reformas a las fracciones I, IV y V del apartado A del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dicen:

A. ...

I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, morolo sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información.

II. a III...

IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos que se sustanciarán ante los organismos autónomos especializados e imparciales que establece esta Constitución.

V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán, a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre el ejercicio de los recursos públicos y los indicadores que permitan rendir cuenta del cumplimiento de sus objetivos y de los resultados obtenidos.

Como se puede apreciar, con la reforma constitucional publicada el pasado 7 de febrero del año 2014 en el Diario Oficial de la Federación, se incorporaron a nuestra norma fundamental nuevos elementos que fortalecerán el Sistema Nacional de Transparencia, en principio, porque amplía los derechos ciudadanos para accesar a la información pública, en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, las entidades federativas y los municipios, así como para la protección de datos personales.

Por otro lado, porque se establece un catálogo enunciativo más no limitativo de sujetos obligados a transparentar la información que de manera general establecen a todas las autoridades tanto de los fueros locales como federales, por lo que ahora, son sujetos obligados, cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal.

Con lo anterior, podemos advertir que se fortalece el principio de máxima publicidad, transparencia y rendición de cuentas por parte de todo aquel que reciba o ejerza recursos públicos, lo que eventualmente se traduce no sólo en la posibilidad de que cualquier ciudadano interesado pueda ejercer su derecho de acceso a la información pública vía solicitud de información, sino también a la difusión de información de oficio a través de los medios electrónicos dispuestos para ello.

Segunda. Con la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 7 de febrero de 2014, se estableció la obligatoriedad del honorable Congreso de la Unión de expedir una Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública que siente las bases de concurrencia y colaboración entre los diferente órdenes de gobierno, para garantizar el derecho de acceso a la información.

De ahí que, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo del presente año, ampliara los sujetos obligados mediante la cual se establece la obligación de los Poderes Judicial y Legislativo, los órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, y cualquier organismo que reciba recursos públicos a transparentarlos, cómo los utilizan y no se podrá reservar información sobre violaciones graves a derechos humanos, delitos de lesa humanidad y corrupción.

Como podemos advertir, la Ley General obliga a transparentar a cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, las entidades federativas y los municipios.

Sobre el particular, el artículo 1o. de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, estipula lo siguiente:

Artículo 1o. La presente ley es de orden público y de observancia general en toda la República, es reglamentaria del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia y acceso a la información.

Tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, las entidades federativas y los municipios.

Lo anterior está relacionado con los artículos 23, 24, 25 y 26 del Capítulo III de la Ley General en comento, que a la letra establecen:

Capítulo III
De los Sujetos Obligados

Artículo 23 . Son sujetos obligados a transparentar y permitir el acceso a su información y proteger los datos personales que obren en su poder: cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en los ámbitos federal, de las Entidades Federativas y municipal.

Artículo 24 . Para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, los sujetos obligados deberán cumplir con las siguientes obligaciones, según corresponda, de acuerdo a su naturaleza:

I. Constituir el Comité de Transparencia, las Unidades de Transparencia y vigilar su correcto funcionamiento de acuerdo a su normatividad interna;

II. Designar en las Unidades de Transparencia a los titulares que dependan directamente del titular del sujeto obligado y que preferentemente cuenten con experiencia en la materia;

III. Proporcionar capacitación continua y especializada al personal que forme parte de los Comités y Unidades de Transparencia;

IV. Constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión documental, conforme a la normatividad aplicable;

V. Promover la generación, documentación y publicación de la información en Formatos Abiertos y Accesibles;

VI. Proteger y resguardar la información clasificada como reservada o confidencial;

VII. Reportar a los Organismos garantes competentes sobre las acciones de implementación de la normatividad en la materia, en los términos que éstos determinen;

VIII. Atender los requerimientos, observaciones, recomendaciones y criterios que, en materia de transparencia y acceso a la información, realicen los Organismos garantes y el Sistema Nacional;

IX. Fomentar el uso de tecnologías de la información para garantizar la transparencia, el derecho de acceso a la información y la accesibilidad a éstos;

X. Cumplir con las resoluciones emitidas por los Organismos garantes;

XI. Publicar y mantener actualizada la información relativa a las obligaciones de transparencia;

XII. Difundir proactivamente información de interés público;

XIII. Dar atención a las recomendaciones de los Organismos garantes, y

XIV. Las demás que resulten de la normatividad aplicable.

Artículo 25 . Los sujetos obligados serán los responsables del cumplimiento de las obligaciones, procedimientos y responsabilidades establecidas en esta Ley, la Ley Federal y las correspondientes de las Entidades Federativas, en los términos que las mismas determinen.

Artículo 26 . Los fideicomisos y fondos públicos, considerados entidades paraestatales deberán dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en las leyes a que se refiere el artículo anterior por sí mismos, a través de sus propias áreas, unidades de transparencia y comités de transparencia. En el caso de los fideicomisos y fondos públicos que no cuenten con estructura orgánica y, por lo tanto, no sean considerados una entidad paraestatal, así como de los mandatos públicos y demás contratos análogos, cumplirán con las obligaciones de esta Ley a través de la unidad administrativa responsable de coordinar su operación.

Tercera. En concreto, la Ley antes mencionada, permite que la sociedad mexicana esté informada del desempeño de las acciones de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, las entidades federativas y los municipios, como sujetos obligados.

Por eso, es pertinente que las y los legisladores de esta comisión dictaminadora hagamos referencia a ello y que sea la actual administración de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, las entidades federativas y los municipios, la que haga transparentar y permitir el acceso a su información y proteger los datos personales que obren en su poder, a fin de responder al derecho de los ciudadanos a la información pública bajo el principio de la máxima publicidad.

A lo anterior habría que agregar que, con la instalación del Consejo Sistema Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública -23 de junio de 2015-, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, busca transparentar más la función de gobierno, auditarlos recursos públicos, escudriñar el gasto de los partidos y sindicatos, e incluso de las fundaciones y agrupaciones civiles que reciben fondos federales.

Por ello, es tan importante y tan necesaria, que los sujetos obligados a través del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, den a conocer a la Cámara de Diputados un informe pormenorizado del estado que guarda la incorporación de sujetos obligados a la Plataforma Nacional de Transparencia; así como el cumplimiento de los municipios con menos de 70 mil habitantes, de conformidad con los artículos transitorios octavo y décimo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que a letra dicen:

Octavo. Los sujetos obligados se incorporarán a la Plataforma Nacional de Transparencia, en los términos que establezcan los lineamientos referidos en la fracción VI del artículo 31 de la presente Ley.

En tanto entren en vigor los lineamientos que se refieren en el párrafo siguiente, los sujetos obligados deberán mantener y actualizar en sus respectivas páginas de Internet la Información conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y las leyes de transparencia de las Entidades Federativas vigentes.

El Presidente del Consejo Nacional, en un periodo que no podrá exceder de un año a partir de la entrada en vigor del presente decreto, deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo mediante el cual el Sistema Nacional aprueba los lineamientos que regularán la forma, términos y plazos en que los sujetos obligados deberán cumplir con las obligaciones de transparencia, a que se refieren los Capítulos del I al V del Título Quinto de la presente Ley.

Las nuevas obligaciones establecidas en los artículos 70 a 83 de la presente Ley no contempladas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y en las leyes de transparencia de las Entidades Federativas vigentes, serán aplicables solo respecto de la información que se genere a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Décimo. Sin perjuicio de que la información que generen y posean es considerada pública, de conformidad con lo señalado en la presente Ley General y que le son aplicables los procedimientos, principios y bases de la misma; en tanto el Sistema Nacional emite los lineamientos, mecanismos y criterios correspondientes para determinar las acciones a tomar, los municipios con población menor a 70,000 habitantes cumplirán con las obligaciones de transparencia de conformidad con sus posibilidades presupuestarias.

Lo anterior, sin perjuicio de que dichos municipios continuarán cumpliendo con las obligaciones de información a que se refiere la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las disposiciones que emanan de ésta, en los plazos, “términos y condiciones previstas en dicha ley y en las disposiciones referidas.

Dichos municipios podrán solicitar al Organismo garante de la Entidad Federativa correspondiente, que, de manera subsidiaria, divulgue vía Internet las obligaciones de transparencia correspondientes.

No es ajeno también a que, la Auditoría Superior de la Federación entregue a la Junta de Coordinación Política de esta honorable Cámara de Diputados un informe detallado de sus acciones como miembro del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en consonancia con el artículo 30 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Por ello las y los integrantes de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados considera viable el siguiente

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a que dé a conocer a la opinión pública el estado que guardan la emisión de los lineamientos para el funcionamiento de la Plataforma Nacional de Transparencia y los esfuerzos con otros sujetos obligados para concluir con este procedimiento.

Segundo. De igual forma, se exhorta respetuosamente al Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a que dé a conocer a la opinión pública el estado que guarda el cumplimiento del artículo décimo del régimen transitorio de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dirigido a municipios con población menor a 70, 000 habitantes.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta a sus órganos de gobierno a implementar a la brevedad posible, las medidas que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Último. Finalmente, se exhorta respetuosamente a la Auditoria Superior de la Federación a entregar a la Cámara de Diputados un informe detallado de sus actividades como integrante del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 26 de noviembre de 2015.

La Comisión de Transparencia y Anticorrupción

Diputados: Rogerio Castro Vázquez (rúbrica), presidente; Laura Mitzi Barrientos Cano (rúbrica), Juana Aurora Cavazos Cavazos (rúbrica), Hugo Daniel Gaeta Esparza (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), Lorena del Carmen Alfaro García (rúbrica), María Guadalupe Cecilia Romero Castillo (rúbrica), Sharon María Teresa Cuenca Ayala (rúbrica), María Candelaria Ochoa Avalos (rúbrica), Omar Ortega Álvarez (rúbrica), Emma Margarita Alemán Olvera (rúbrica), Claudia Edith Anaya Mota (rúbrica), Bernardino Antelo Esper (rúbrica), José Hernán Cortés Berumen (rúbrica), Mayra Angélica Enríquez Vanderkam (rúbrica), José Alfredo Ferreiro Velazco, Jorgina Gaxiola Lezama (rúbrica), Guadalupe Hernández Correa (rúbrica), Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, Susana Osorno Belmont (rúbrica), Yulma Rocha Aguilar (rúbrica), Georgina Trujillo Zentella (rúbrica), Luis Felipe Vázquez Guerrero (rúbrica), Brenda Velázquez Valdez (rúbrica), Francisco Martínez Neri (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jorge Carlos Ramírez Marín (rúbrica), Pedro Luis Noble Monterrubio (rúbrica).

De la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo a fin de exhortar a la SCT a incrementar la vigilancia para que los concesionarios ferroviarios de transporte de carga, especialmente los de sustancias químicas peligrosas, cumplan las normas, los reglamentos y los protocolos de seguridad y de protección civil

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transportes de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión le fue turnada, para estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la SCT y a las empresas ferroviarias a tomar medidas preventivas para reducir accidentes que pongan en riesgo a la población, a cargo de la diputada, Noemí Zoila Guzmán Lagunes, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

La Comisión de Transportes, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, numeral 1, fracción VI, 81, numeral 2, 82, 84, 85, 157, 158 167, numeral 4, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados celebrada el 22 de septiembre de 2015, la diputada Noemí Zoila Guzmán Lagunés, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta el titular de la SCT y a las empresas ferroviarias a tomar medidas preventivas para reducir accidentes que pongan en riesgo a la población.

2. En la misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición a la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen correspondiente.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

La diputada proponente expone que el pasado 9 de septiembre en el municipio de José Azueta, ubicado al sur de Veracruz, en la cuenca del Papaloapan ocurrió el descarrilamiento de cuatro furgones de un ferrocarril de la empresa Ferromex.

Uno de los furgones explotó y los otros derramaron las sustancias químicas que transportaban tales como: óxido de etileno, bióxido de carbono, amoniaco y otras, derivadas de hidrocarburos.

Este siniestro se dio en una zona despoblada, a tres kilómetros de la estación más próxima.

En este suceso hubo daños patrimoniales y ambientales, porque se trata de una importante zona agropecuaria y por la contaminación de suelo, aire y agua, provocada por líquidos y vapores altamente tóxicos.

Este tipo de accidentes, por eso mismo, resultan ser catastróficos al propiciar un riesgo excesivo para la seguridad de la población y su integridad.

La respuesta inmediata la otorgó el gobernador de Veracruz a través del Comité Estatal de Emergencias y hasta la fecha se han realizado recorridos en el lugar del accidente por parte de funcionarios Federales, Estatales y Municipales para atender los daños por la explosión y el derrame, con base en protocolos muy precisos: Asistir, evacuar y acordonar la zona de impacto: 10 familias y 11 trabajadores fueron trasladados a lugares seguros.

Asimismo, se realizaron recorridos en campo para una primera inspección y evaluación de daños agrícolas y ambientales y se determinaron acciones a seguir para reparar los daños de inmediato.

De igual manera con directivos de Ferromex, funcionarios estatales, municipales y el diputado federal de la zona Erick Lagos Hernández para acordar acciones de restitución de daños y prevenir futuros accidentes.

Al lugar acudieron bomberos de Cosamaloapan, Tierra Blanca y de la Zona Conurbada Veracruz Boca del Rio; y equipos contraincendios del Comité Local de Ayuda Mutua de la zona industrial de Coatzacoalcos.

Es importante resaltar, que de la empresa Ferrosur no hubo respuesta inmediata para atacar el incendio o detener el derrame.

De hecho, no fue sino hasta dos días después, cuando una empresa contratada por Ferrosur se presentó al sitio del accidente en la comunidad de Dobladero del municipio de José Azueta Veracruz.

Tan sólo en Veracruz en los últimos meses, con éste han ocurrido tres accidentes ferroviarios, que también provocaron riesgos por contaminación, daños patrimoniales y personales, aunque sin pérdida de vidas humanas.

Uno de ellos el 18 de mayo de 2014, en el que hubo un derrame del orden de los 11,500 litros de combustible.

El otro, fue el pasado 5 de septiembre, cuando colisionaron dos máquinas por falta de comunicación de ambos operadores, dejando a una de ellas totalmente destruida.

Pensemos que, de acuerdo con información de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la red ferroviaria es de 26 mil 727 kilómetros de vía.

Ferrocarril Mexicano, SA de CV, conocida como Ferromex, opera una de las redes ferroviarias más grandes del país con casi 10,000 kilómetros de vía, cubriendo las principales zonas industriales, de consumo y de servicios con 631 locomotoras, conectándose a 8 puertos y 4 cruces fronterizos. De estos ocho, dos están en Veracruz.

Ferrocarril del Sureste por sus siglas Ferrosur, filial de Ferromex, cubre el corredor del Golfo de México, operando principalmente en los estados de Oaxaca y Veracruz y cuenta con 147 locomotoras, que cruzan zonas urbanas, altamente pobladas.

En el territorio veracruzano contamos con 1806.4 kilómetros de vías Troncales, ramales y vías secundarias.

Esas empresas, por su propia responsabilidad, están obligadas a contar con Planes de Emergencia internos y externos; y, además de cumplir las disposiciones de seguridad de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, deben también observar la Ley General de Protección Civil y las Leyes estatales en la materia.

Por todo lo anterior, presento a la consideración de esta Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

1. Solicitar que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes vigile en las empresas de transporte de carga, especialmente aquellas que mueven sustancias químicas peligrosas, el cumplimiento de las normas, reglamentos y protocolos de seguridad y de protección civil, con énfasis a su paso en las zonas urbanas y rurales más pobladas.

2. Exhortar a las autoridades y a las empresas ferroviarias para que:

a. Entreguen a los Gobiernos de los Estados información del recorrido de ferrocarriles por su territorio; e informes detallados de los materiales peligrosos que transportan.

b. Acaten las disposiciones en materia de seguridad de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, así como las relativas al transporte de materiales peligrosos.

c. Cumplan con lo dispuesto en la Ley General de Protección Civil y en las leyes estatales respectivas; y que,

d. En todos los casos, aplique seguros contra daños a quienes resulten afectados en su salud, bienes, posesiones y entorno ambiental.

e. Que no se permita el traslado, si no cuentan con el seguro ambiental, para resarcir afectaciones a los suelos y garantizar el pago a los agricultores afectados.

Consideraciones

La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Esta comisión coincide con la diputada proponente en la necesidad de tomar medidas preventivas para prever accidentes que pongan en riesgo a la población.

Sabemos que los accidentes no los podemos evitar del todo pero si podemos tomar medidas para preverlos y en caso de que se produzcan remediar la situación en la medida de lo posible.

Esta comisión dictaminadora considera importante mencionar los siguientes fundamentos de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.

Artículo 39. El equipo ferroviario deberá cumplir las condiciones de peso, dimensiones, capacidad y otras especificaciones; con la verificación técnica de sus condiciones físicas y mecánicas, y obtener la constancia de aprobación correspondiente.

Artículo 42. La concesión para la prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga autoriza a sus titulares para realizar el transporte de cualquier tipo de bienes.

La Secretaría regulará el transporte de materiales, residuos, remanentes y desechos peligrosos que circulen en las vías férreas, sin perjuicio de las atribuciones que la ley otorga a otras dependencias del Ejecutivo Federal.

Artículo 53. Es obligación de los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros o de carga, en los términos que determine la Secretaría, conforme al Reglamento de esta Ley:

I. Realizar las aportaciones al Fondo previsto en el artículo 31 Bis de esta Ley;

II. Garantizar el pago de los daños que puedan ocasionarse a terceros en su persona y sus bienes, vías generales de comunicación y cualquier otro daño que pudiera generarse por el equipo o por la carga.

Tratándose de materiales, sustancias, residuos, remanentes y desechos tóxicos o peligrosos, deberá contratarse un seguro en los términos que establezca el reglamento respectivo, el que será por cuenta del usuario, salvo pacto en contrario.

Artículo 57. La Secretaría verificará el cumplimiento de esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables. Para tal efecto, los concesionarios y permisionarios estarán obligados a permitir el acceso a los verificadores de la Secretaría a sus instalaciones; a transportarlos en sus equipos para que realicen la verificación en términos de la presente Ley, y en general, a otorgarles todas las facilidades para estos fines.

La Secretaría, por sí o a través de los verificadores, podrá requerir a los concesionarios y permisionarios, informes con los datos que permitan a la Secretaría conocer la operación y explotación del servicio ferroviario.

Artículo 58. Las certificaciones de las unidades de verificación establecidas por terceros tendrán validez cuando dichas unidades hayan sido previamente autorizadas por la Secretaría en términos de lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

La Secretaría podrá autorizar directamente a las empresas concesionarias o permisionarias de servicios ferroviarios que puedan contar con los elementos técnicos necesarios y el personal capacitado, para que realicen por sí la verificación físico-mecánica de su equipo ferroviario.

Artículo 59. Las infracciones a lo dispuesto en la presente ley, serán sancionadas por la Agencia de acuerdo con lo siguiente:

I. Prestar servicio público de transporte ferroviario sin la concesión respectiva, con multa de diez mil a veinticinco mil salarios mínimos;

II. Prestar servicio público de transporte ferroviario con equipo cuyas condiciones no cumplan con los reglamentos correspondientes y demás disposiciones aplicables, con multa de mil a veinte mil salarios mínimos;

III. No mantener las vías férreas en buen estado operativo, con multa de mil a veinte mil salarios mínimos;

IV. Aplicar tarifas de flete y de servicios diversos superiores a los registrados ante la Agencia o si éstas no se aplican en igualdad de condiciones a los usuarios para servicios comparables, con multa de mil a veinte mil salarios mínimos;

V. Tripular en estado de ebriedad o bajo los efectos de enervantes, con multa de doscientos a mil salarios mínimos y suspensión de la licencia por un año; por la segunda infracción, cancelación de la licencia.

En el supuesto anterior, al concesionario del servicio de transporte se le impondrá una multa de quinientos a dos mil salarios mínimos;

VI. Rebasar los máximos de velocidad establecidos o no respetar las señales, con multa al o los responsables de doscientos a mil salarios mínimos; suspensión de la licencia por seis meses por la segunda infracción, y cancelación de la misma por la tercera infracción.

En el supuesto anterior, al concesionario del servicio de transporte se le impondrá una multa de quinientos a dos mil salarios mínimos;

VII. Conducir vehículos de transporte ferroviario sin la licencia que exige la ley, con multa de doscientos a mil salarios mínimos.

En el supuesto anterior, al concesionario del servicio de transporte se le impondrá una multa de quinientos a dos mil salarios mínimos;

VIII. Destruir, inutilizar, desactivar, remover o cambiar una señal establecida para la seguridad de las vías férreas o del equipo ferroviario, con multa de cien a tres mil salarios mínimos;

IX. Ejecutar obras que invadan o perjudiquen una vía general de comunicación ferroviaria, con multa de cien a tres mil salarios mínimos, además de que será aplicable lo señalado en el artículo siguiente;

X. Incumplir con los lineamientos en materia de emisiones de ruido y otros contaminantes atribuibles al tránsito ferroviario que se realice al interior de zonas urbanas o centros de población, con multa de mil quinientos a dos mil salarios mínimos, y

XI. Cualquier otra infracción a lo previsto en esta Ley, con multa de cien a cinco mil salarios mínimos.

En caso de reincidencia, la Secretaría podrá imponer una multa equivalente hasta el doble de las cuantías señaladas.

Para los efectos del presente capítulo, se entiende por salario mínimo, el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal al momento de cometerse la infracción.

En el mismo sentido presentamos los siguientes artículos del Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.

Artículo 5o. Para transportar substancias, materiales y residuos peligrosos por las vías generales de comunicación es necesario que la Secretaría así lo establezca en el permiso que se otorgue al autotransportista, en términos del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares y demás disposiciones jurídicas aplicables. Lo anterior, sin perjuicio de las autorizaciones que deban otorgar otras dependencias del Ejecutivo Federal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

Las condiciones de operación se sujetarán a las disposiciones establecidas en este Reglamento.

Artículo 5o. Bis. Para transportar substancias, materiales y residuos peligrosos a través del sistema ferroviario nacional es necesario que la Secretaría así lo establezca en el permiso que se otorgue a las empresas ferroviarias, en términos de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables. Lo anterior, sin perjuicio de las autorizaciones que deban otorgar otras dependencias del Ejecutivo Federal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. Las empresas ferroviarias que soliciten el permiso, deberán presentar un escrito de solicitud en el que debe señalar:

I. El nombre o denominación social de quien o quienes promueven;

II. El domicilio y nombre de las personas autorizadas para recibir notificaciones;

III. El número de teléfono, fax y correo electrónico opcional;

IV. La petición que se formula, los hechos y las razones que dieron motivo a la misma;

V. La Unidad Administrativa de la Secretaría, a quien se dirige; VI. El lugar y fecha de suscripción, y

VII. La firma del solicitante o representante legal. En caso de que la solicitud no contenga los datos o no cumpla con los requisitos aplicables, la Secretaría, dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación del escrito correspondiente, deberá prevenir al interesado para que dentro del término de diez días naturales subsane la omisión.

La resolución será emitida dentro de los treinta días naturales, contados a partir de que se presente la solicitud debidamente integrada.

Las condiciones de operación se sujetarán a las disposiciones establecidas en este Reglamento.

La vigencia del permiso que, en su caso, otorgue la Secretaría, estará vinculada con el tiempo que dure la concesión correspondiente.

Artículo 52. En el traslado de substancias, materiales o residuos peligrosos será obligatorio que en la unidad de transporte se cuente con los siguientes documentos, mismos que deberán colocarse en un lugar visible y accesible de la cabina de la unidad, de preferencia en una carpeta-portafolios:

I. Documento de embarque de las substancias, materiales o residuos peligrosos;

II. Información de emergencia en transportación, que indique las acciones a seguir en caso de suscitarse un accidente, de acuerdo a la substancia, material o residuo peligroso de que se trate, la cual deberá apegarse a la norma que expida la Secretaría;

III. Póliza de seguro individual o en conjunto del transportista y del expedidor de la substancia, material o residuo peligroso;

IV. Licencia federal de conductor vigente específica para el transporte de materiales y residuos peligrosos o licencia federal ferroviaria vigente; según corresponda;

V. Documento que avale la inspección técnica de la unidad;

VI. Manifiesto de entrega, transporte y recepción, para el caso de transporte de residuos peligrosos, de acuerdo al formato que determine la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;

VII. Autorización respectiva, para el caso de importación y exportación de materiales peligrosos;

VIII. Manifiesto para casos de Derrames de Residuos Peligrosos por Accidente, y

IX. Los demás que se establezcan en las normas. Será obligatorio además de lo anterior, que en la unidad de autotransporte se cuente con los siguientes documentos:

I. Bitácora de horas de servicio del conductor;

II. Bitácora del operador relativa a la inspección ocular diaria de la unidad, y

III. Documento que acredite la limpieza y control de remanentes de la unidad, cuando ésta se realice. La limpieza será obligatoria por razones de incompatibilidad de los productos a transportar de conformidad con la norma respectiva.

Artículo 109. Los transportistas, expedidores o generadores de los materiales o residuos peligrosos, deberán contratar, un seguro que ampare los daños que puedan ocasionarse a terceros en sus bienes y personas, ambiente, vías generales de comunicación y cualquier otro daño que pudiera generarse por la carga en caso de accidente de conformidad con la normatividad respectiva.

Artículo 111. La cobertura mínima de los seguros para cada riesgo del material y residuo peligroso de que se trate, se determinarán conjuntamente por las autoridades involucradas, en función del tipo de material que se transporta, cantidad o volumen de la carga y alcance de los daños que pudieran provocar los materiales.

Artículo 114. Para el transporte de materiales y residuos peligrosos el expedidor tendrá como obligaciones:

I. Cerciorarse que los envases y embalajes que contengan las materias o residuos peligrosos cumplan con las especificaciones de fabricación estipuladas en las normas correspondientes;

II. Identificar los materiales y residuos con las etiquetas y carteles correspondientes en los envases, embalajes y unidades de transporte de acuerdo a las normas respectivas;

III. Proporcionar la “Información de emergencia en transportación”, así como el documento correspondiente al embarque de la substancia, material o residuo peligroso a transportarse conforme a lo que estipula este Reglamento, la cual deberá apegarse a la norma que expida la Secretaría;

IV. Indicar al transportista sobre el equipo de seguridad necesario de acuerdo al material o residuo de que se trate;

V. Proporcionar al transportista los carteles o rótulos que deberán instalar en las unidades, de acuerdo al tipo de substancia, material o residuo peligroso de que se trate; conforme a la norma correspondiente;

VI. No efectuar el envío de materiales o residuos peligrosos en unidades que no cumplan con las especificaciones indicadas en el presente Reglamento o en las normas correspondientes;

VII. Contar con las autorizaciones necesarias y la documentación complementaria requerida para evitar que se retrase el traslado de la carga;

VIII. Proporcionar al destinatario todos los datos relativos al embarque de materiales y residuos peligrosos, con objeto de que éste pueda, en cualquier momento, realizar el seguimiento de los materiales o residuos transportados, indicándole además fecha y hora prevista para su llegada al punto de destino;

IX. Verificar que las maniobras de carga se realicen exclusivamente por personal capacitado, que cuente con equipo de protección adecuado, y

X. Contar con seguro vigente que ampare los daños que puedan ocasionarse al ambiente, vías generales de comunicación y cualquier otro daño que pudiera generarse por la carga en caso de accidente.

Artículo 134. Las infracciones al presente Reglamento, salvo en materia de transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos en unidades de autotransporte federal y transporte privado en la zona terrestre de las vías generales de comunicación a que se refiere el artículo 134 Bis, serán sancionadas en la forma siguiente:

IV. Se aplicará multa hasta por el equivalente de quinientos a mil días de salario mínimo; así como suspensión de la licencia por seis meses por la segunda infracción, y cancelación de la misma por la tercera infracción, al o los responsables de rebasar los límites máximos de velocidad establecidos en los artículos aplicables de este Reglamento y en los ordenamientos de la materia. En estos supuestos, al concesionario del servicio de transporte también se le impondrá una multa de quinientos a dos mil salarios mínimos.

De los artículos anteriores podemos ver que tanto la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario como el Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos establecen normas para evitar en la medida de las posibilidades los accidentes, sin embargo se siguen presentando accidentes ferroviarios de manera reiterada es por eso que esta comisión considera necesario establecer mecanismos para vigilar el cabal cumplimiento de las disposiciones en materia de seguridad.

Por otro lado la Comisión de Transportes no considera que la Cámara de Diputados pueda exhortar particulares ya que los exhortos se realizan a nivel gubernamental, el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece las facultades del Congreso de la Unión, dicho artículo no faculta a intervenir en la actividad de los particulares, solamente lo puede hacer regulando sus actividades en las normas aplicables.

Por todo lo anterior sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes incremente la vigilancia para que los concesionarios ferroviarios de transporte de carga, especialmente aquellos que mueven sustancias químicas peligrosas, cumplan las normas, reglamentos y protocolos de seguridad y de protección civil.

Palacio Legislativo de San Lázaro. México, DF, a 08 diciembre de 2015.

La Comisión de Transportes

Diputados: Alfredo Javier Rodríguez Dávila (rúbrica), presidente; José Luis Orozco Sánchez Aldana (rúbrica), José Lorenzo Rivera Sosa (rúbrica), Francisco Lauro Rojas San Román (rúbrica), Daniel Torres Cantú (rúbrica), Lillian Zepahua García (rúbrica), Jorge López Martín (rúbrica), Arturo Santana Alfaro (rúbrica), Eduardo Francisco Zenteno Núñez (rúbrica), Concepción Villa González (rúbrica), Jonadab Martínez García, secretarios; María Guadalupe Alcántara Rojas (rúbrica), Héctor Javier Álvarez Ortiz, Tania Victoria Arguijo Herrera (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Omar Noé Bernardino Vargas (rúbrica), Vitalico Cándido Coheto Martínez, María Antonia Cárdenas Mariscal (rúbrica), Jesús Juan de la Garza Díaz del Guante (rúbrica), Raúl Domínguez Rex (rúbrica), Andrés Fernández del Valle Laisequilla, María Cristina Teresa García Bravo (rúbrica), Pedro Garza Treviño (rúbrica), Alejandra Gutiérrez Campos (rúbrica), Francisco José Gutiérrez de Velasco Urtaza, Elías Octavio Iñiguez Mejía (rúbrica), Christian Joaquín Sánchez Sánchez (rúbrica).

De la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SHCP y la SCT a considerar la asignación de fondos para continuar el proyecto de infraestructura ferroviario Línea 3 del Sistema de Transporte Colectivo Monterrey, en León

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transportes de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión le fue turnada, para estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que consideren la asignación de fondos necesarios para la continuación del proyecto de infraestructura ferroviario “Línea 3 del Sistema de Transporte Colectivo Monterrey” en el estado de Nuevo León, suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios, del Partido Revolucionario Institucional, Acción Nacional, de la Revolución Democrática y del Verde Ecologista de México.

La Comisión de Transportes, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, numeral 1, fracción VI, 81, numeral 2, 82, 84, 85, 157, 158 167, numeral 4, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del Pleno de la Cámara de Diputados celebrada el 3 de diciembre de 2015, los diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios, del Partido Revolucionario Institucional, Acción Nacional, de la Revolución Democrática y del Verde Ecologista de México, presentaron proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte para que consideren la asignación de fondos necesarios para la continuación del proyecto de infraestructura ferroviario “Línea 3 del Sistema de Transporte Colectivo Monterrey” en el estado de Nuevo León

2. En la misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición a la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen correspondiente.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

Los diputados proponentes exponen que la zona metropolitana de Monterrey es la tercera más poblada del país, sólo por debajo de la zona del Valle de México y la de Guadalajara. Según el último censo de población y vivienda del INEGI, Monterrey tiene una población de 1,135,550 habitantes y junto con otros 11 Municipios forman la zona Metropolitana con una población de 4,057,631 habitantes.

Actualmente la población que utiliza las unidades urbanas de pasajeros, gasta alrededor del 30 por ciento de sus ingresos para trasladarse dentro de la metrópoli, y esto depende en gran medida por el crecimiento constante de la población que convive en la zona metropolitana.

La longitud promedio de una ruta radial es de 40.44 kilómetros. Mientras que la longitud promedio de una ruta periférica era de 54.15 kilómetros. La existencia de rutas largas es debido en parte por el descontrolado crecimiento de la zona urbana en la región, donde las viviendas de las personas de bajos ingresos, quienes son los que utilizan mayormente el transporte público, están muy alejadas a los centros de trabajo, de educación, de salud y de espacios de convivencia. De lo anterior se estima que el promedio de los traslados per cápita es de más de 50 minutos.

El gobierno federal tomó la decisión de la construcción de 7.5 kilómetros de viaducto de metro para tren ligero con ocho estaciones y 50 paradas a nivel para los autobuses, en los tres corredores alimentadores; siendo su inversión de 8,039 millones de pesos.

La terminación de la construcción de la Línea 3 del metro de Monterrey, beneficiará a gran parte de la población que vive, estudia y trabaja en los municipios que integran la zona metropolitana de la capital, por lo que su impacto es de alto nivel para mejorar las condiciones de vida de los neoloneses.

El propósito del presente punto de acuerdo es el de exhorta a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte para que consideren la asignación de fondos necesarios para la continuación del Proyecto de Infraestructura Ferroviario “Línea 3 del Sistema de Transporte Colectivo Monterrey”, a fin de generar infraestructura para una movilidad de pasajeros moderna, integral, ágil, segura, sustentable e incluyente, cumpliendo con los estrategias establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo.

Por todo lo anterior, presentaron a la consideración de esta Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a los titulares de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte para que consideren la asignación de fondos necesarios para la continuación del Proyecto de Infraestructura Ferroviario “Línea 3 del Sistema de Transporte Colectivo Monterrey” en el estado de Nuevo León.

Consideraciones

La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

En el Programa de Inversión en Infraestructura de Transporte y Comunicaciones 2013- 2018 el Ejecutivo Federal en el compromiso CG-033 establece la construcción junto con el gobierno estatal de la línea 3 y la elaboración del proyecto de la línea 4 del metro, así como el apoyo a los proyectos de Eco vías en el Estado de Nuevo León.

En una nota del periódico El Financiero de enero de 2015 la Secretaría de Comunicaciones y Transportes por medio de un comunicado dio a conocer que el proyecto se compone de un viaducto subterráneo, con un avance de 83 por ciento, del total de 600 metros; así como de un viaducto elevado, que a la fecha tiene un avance de 46 por ciento y una longitud de 7 kilómetros.

“El costo total estimado es de 5 mil 700 millones de pesos, de los cuales el 32 por ciento corresponde a inversión estatal y 35 por ciento a privada; el monto restante corresponde a inversión federal.

“Atendiendo una demanda estimada de 116 mil pasajeros diarios y beneficiará a más de dos millones de habitantes de la zona metropolitana de Monterrey, cuya obra se estima concluir en marzo de 2016”.

La construcción del transporte colectivo inició en octubre de 2013. Se trata de un tren ligero que consta de ocho estaciones de metro con 50 paradas a nivel, en tres corredores alimentadores.

Esta comisión coincide con los diputados de los distintos grupos parlamentarios en la necesidad de concluir esta importante obra que generara un desarrollo importante al estado de Nuevo León.

Por todo lo anterior sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único.- Se exhorta a los Titulares de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte para que consideren la asignación de fondos necesarios para la continuación del Proyecto de Infraestructura Ferroviario “Línea 3 del Sistema de Transporte Colectivo Monterrey” en el estado de Nuevo León.

Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, DF, a 8 diciembre de 2015.

La Comisión de Transportes

Diputados: Alfredo Javier Rodríguez Dávila (rúbrica), presidente; José Luis Orozco Sánchez Aldana (rúbrica), José Lorenzo Rivera Sosa (rúbrica), Francisco Lauro Rojas San Román (rúbrica), Daniel Torres Cantú (rúbrica), Lillian Zepahua García (rúbrica), Jorge López Martín (rúbrica), Arturo Santana Alfaro (rúbrica), Eduardo Francisco Zenteno Núñez (rúbrica), Concepción Villa González (rúbrica), Jonadab Martínez García, secretarios; María Guadalupe Alcántara Rojas (rúbrica), Héctor Javier Álvarez Ortiz, Tania Victoria Arguijo Herrera (rúbrica), José Erandi Bermúdez Méndez (rúbrica), Omar Noé Bernardino Vargas (rúbrica), Vitalico Cándido Coheto Martínez, María Antonia Cárdenas Mariscal (rúbrica), Jesús Juan de la Garza Díaz del Guante (rúbrica), Raúl Domínguez Rex (rúbrica), Andrés Fernández del Valle Laisequilla (rúbrica), María Cristina Teresa García Bravo (rúbrica), Pedro Garza Treviño (rúbrica), Alejandra Gutiérrez Campos (rúbrica), Francisco José Gutiérrez de Velasco Urtaza, Elías Octavio Iñiguez Mejía (rúbrica), Christian Joaquín Sánchez Sánchez (rúbrica).

De la Comisión de Deporte, con punto de acuerdo por el cual se exhorta a la Conade a realizar acciones para apoyar a los seleccionados nacionales de basquetbol y deportistas que participan en el proceso para clasificar para los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro de 2016

Honorable Asamblea:

La Comisión de Deporte de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.

I. Antecedentes

1. Con fecha 29 de septiembre de 2015, el diputado Marco Antonio Gama Basarte, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de la honorable asamblea, una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte a realizar las acciones necesarias, para que los seleccionados nacionales de basquetbol y todos los deportistas que participan en el proceso para obtener su clasificación en los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro 2016, cuenten con el apoyo necesario para lograrlo.

2. El 13 de octubre de 2015, la Mesa Directiva turnó dicha proposición a la Comisión del Deporte para su análisis y dictamen, mediante el número de expediente 357, a través del oficio número DGPL 63-II-7-62, de fecha 29 de septiembre del presente año.

II. Contenido de la proposición

1. El diputado promovente manifiesta en su proposición, que el Campeonato FIBA Américas de 2015, también conocido como el Preolímpico Ciudad de México 2015, fue la decimoséptima edición del campeonato de baloncesto del continente americano. Entre los países que se postularon para albergar tan importante evento, tenemos a Argentina, Brasil, Estados Unidos, Venezuela, y por supuesto México. El 6 de agosto del presente, la Federación Internacional de Baloncesto, confirmó a México para albergar el torneo; si bien en un principio, el torneo se pretendía realizar en la Arena Monterrey, en Nuevo León, posteriormente se decidió que la sede fuera en la Ciudad de México, lo cual representa un orgullo y gran satisfacción para todos los mexicanos.

Dicho campeonato se llevó a cabo en el Palacio de los Deportes en la Ciudad de México, entre el 31 de agosto y el 12 de septiembre de 2015; el torneo sirvió como eliminatorio para clasificar dos equipos a los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro 2016.

2. Asimismo establece, que en la fase preliminar, las diez selecciones participantes (Brasil, México, Panamá, República Dominicana, Uruguay, Argentina, Canadá, Cuba, Puerto Rico y Venezuela) se dividieron en dos grupos de cinco (A y B) determinados mediante sorteo. Los equipos juegan dentro del grupo en un sistema de todos contra todos y una vez concluidas las cinco jornadas de partidos, los cuatro primeros equipos de cada grupo avanzan a la siguiente fase, mientras que los últimos quedan eliminados.

3. En la segunda fase, los equipos que han avanzado se juntan en un solo grupo y se enfrentan a los cuatro equipos que formaron parte del otro grupo en la ronda preliminar. Cada selección mantiene todos los puntos obtenidos en la primera fase, a excepción de aquellos obtenidos ante el equipo de su grupo que quedó eliminado. Los mejores cuatro equipos de este grupo avanzan a semifinales. Los dos finalistas se clasifican a los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro 2016.

En la primera ronda, nuestra selección quedó en primer lugar del Grupo A con un total de 8 puntos, obteniendo de esta manera su pase automático en la segunda fase; en ésta fase, México quedó en cuarto lugar del Grupo B con un total de 13 puntos, por lo que obtuvo su pase a la semifinal compitiendo contra Argentina el 11 de septiembre y posteriormente disputándose la ronda final contra Canadá el 12 de septiembre, obteniendo el cuarto lugar de la competencia, tan solo después de Venezuela, Argentina y Canadá –en ese orden.

4. Asimismo argumenta, que tras 40 años de ausencia en unos Juegos Olímpicos, la Selección Mexicana de Baloncesto logró su boleto de entrada a éste torneo con un titánico regreso y dio un avance considerable ante un rival complicado como lo es Canadá; en este sentido, es de notar los frutos en cuanto a niveles de competitividad, dando claras muestras de seguir madurando como equipo, como colectivo y sobretodo en busca de la identidad que los ha caracterizado.

5. El diputado Gama Basarte asegura también, que a la fecha, México suma 15 triunfos y 5 derrotas en los dos pasados torneos de la FIBA Américas. Y es por su excelente desempeño, que resulta preponderante e indispensable congratularse ante el resultado obtenido por nuestra selección en aras de apoyar a nuestros connacionales, a los bien llamados “12 guerreros” y sobretodo fomentar la cultura del deporte en nuestro país.

6. En este orden de ideas, el promovente establece que la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, Conade, es la Institución encargada de atender a los atletas que participan activamente en competencias internacionales representando a México o que están en etapa de formación, fomentando el deporte y procurando la activación de la cultura física.

Sin embargo, recientemente se ha revelado que de acuerdo con información obtenida mediante notas periodísticas*, la selección mexicana de basquetbol tuvo serias complicaciones durante el proceso de preparación para el Campeonato FIBA Américas de 2015, toda vez que no contaban con uniformes ni balones oficiales, sino hasta unos días antes de la competencia; en este mismo orden de ideas, resulta lamentable que ante el Torneo de Cuatro Naciones, en el que participaron cuatro de los más importantes equipos de la FIBA Américas (Argentina, Brasil, México y Venezuela) los atletas mexicanos reportaron la falta de uniformes, y siete de sus seleccionados denunciaron la falta de pago inclusive hasta por siete meses.

7. Derivado de lo anterior, afirma que es preocupante la falta de apoyo que existe hacia los deportistas mexicanos, pues son ellos quienes representan a nuestro país en las competencias internacionales, y no solamente por la selección de basquetbol, sino por las constantes denuncias que distintos deportistas han hecho evidentes hacia el Comité Olímpico Mexicano y la Conade por la falta de apoyo o bien, apoyo limitado para con ellos.

8. En esta tesitura, el diputado Marco Antonio Gama Basarte, presenta el punto de acuerdo exhorta a la Conade a garantizar apoyos integrales a los deportistas mexicanos en cuanto a material y vestuario deportivo, a proporcionar oportunamente y en el ámbito de su competencia, becas económicas y académicas, apoyos económicos, apoyo a entrenadores, entre otros, para efecto de garantizar la tranquilidad, estabilidad de nuestros deportistas, y sobre todo, asegurar su concentración total en el deporte y/o competencia a realizar, para poder contar con varios clasificados mexicanos a las próximas Olimpiadas 2016.

El promovente presenta su proposición en los siguientes términos:

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a la Conade a realizar las acciones necesarias en el ámbito de su competencia, para que los seleccionados nacionales de basquetbol y todos los deportistas que participan en el proceso para obtener su clasificación en los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro 2016, cuenten con todo el apoyo necesario para lograrlo.

Segundo. El pleno de la Cámara de Diputados, felicita formalmente a la Selección Mexicana de Basquetbol, por su desempeño realizado en el campeonato FIBA Américas 2015.

III. Análisis, discusión y valoración de la proposición

Las y los integrantes de la Comisión de Deporte analizaron y discutieron las consideraciones que sostienen la proposición objeto del presente dictamen, en la reunión ordinaria realizada para tal finalidad, la cual presenta congruencia y armoniza con el marco jurídico vigente.

En este tenor, las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte coinciden con el diputado promovente sobre la importancia de prever apoyos dirigidos a las y los deportistas mexicanos, en razón del esfuerzo, los años de preparación, la complejidad y la disciplina que representa cumplir con el alto honor de competir representando a México en los diversos eventos deportivos internacionales.

Es un hecho reconocido la existencia de los conflictos que las federaciones deportivas presentan actualmente con la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, situación que está influyendo directamente en el desempeño de las y los deportistas mexicanos en su actividad.

Las y los integrantes de la Comisión de Deporte, consideramos que las situaciones de conflicto entre federaciones deportivas y la Conade, deben ser estimadas por el gobierno mexicano de forma independiente a las estrategias que se emprendan para apoyar el desempeño de las y los deportistas mexicanos y los apoyos con los que deben contar para asegurar su participación en las competencias que participen.

La práctica del deporte es un elemento esencial para el mejoramiento de la calidad de vida de los seres humanos; no sólo representa un elemento esencial para el sano desarrollo los individuos, también influye en la construcción de una sociedad en la que los valores de autocuidado, protección a la salud, respeto, honestidad, no discriminación, protección de los derechos humanos y preservación del Estado de Derecho, entre otros; son fundamentales para el bienestar social.

Particularmente la visión de los Juegos Olímpicos, constituye una filosofía de vida, que exalta y combina, en un todo balanceado, las calidades del cuerpo, de la voluntad y de la mente. Al mezclar el deporte con la cultura y la educación, el Olimpismo busca crear un estilo de vida basado en el gozo del esfuerzo, el valor educativo del buen ejemplo, la responsabilidad social y el respeto por los principios éticos fundamentales universales.

En tal sentido, las y los jóvenes deportistas mexicanos, siempre han destacado por su compromiso y disciplina en competencias tanto de carácter nacional, como internacional; lo cual posiciona a México como un país que trabaja unido y en torno a metas concretas en materia de deporte, esto permite obtener buenos resultados y atraer a más jóvenes que encuentran en el deporte una filosofía de vida basada en hábitos y valores que les representa un elevado nivel de desarrollo humano.

IV. Modificaciones de la comisión dictaminadora

En lo que respecta al primer petitorio que compone esta proposición, las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte, consideramos pertinente dejar claro el sentido del apoyo que la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte debe otorgar a las y los deportistas mexicanos.

Al respecto es preciso retomar que el promovente en sus consideraciones, se refirió a este apoyo consistente en el otorgamiento de materiales, vestuario deportivo, becas económicas y académicas, apoyos económicos, apoyo a entrenadores, entre otros, para efecto de garantizar la tranquilidad, estabilidad de nuestros deportistas, y sobre todo, asegurar su concentración total en el deporte y/o competencia a realizar, para contar con varios clasificados mexicanos a las próximas Olimpiadas 2016.

En ese tenor, se modificó la parte final del primer petitorio a efecto de dejar claro que las y los deportistas deberán contar con los apoyos necesarios que garanticen su participación en las competencias de este evento deportivo.

Por las consideraciones antes expuestas, las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte sometemos a la consideración de esta asamblea el siguiente:

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a la Conade a realizar las acciones necesarias en el ámbito de su competencia, para que los seleccionados nacionales de basquetbol y todos los deportistas que participan en el proceso para obtener su clasificación en los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro 2016, cuenten con los apoyos necesarios que garanticen su participación en las competencias de este evento deportivo.

Segundo. El pleno de la Cámara de Diputados, felicita formalmente a la Selección Mexicana de Basquetbol, por su desempeño realizado en el campeonato FIBA Américas 2015.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2015.

La Comisión de Deporte

Diputados: Pablo Gamboa Miner (rúbrica), presidente; Montserrat Alicia Arcos Velázquez (rúbrica), Flor Ángel Jiménez Jiménez (rúbrica), Fidel Kuri Grajales (rúbrica), Leydi Fabiola Leyva García (rúbrica), Adriana Elizarraraz Sandoval (rúbrica), Jacqueline Nava Mouett, Jesús Emiliano Álvarez López (rúbrica), José Alfredo Ferreiro Velazco (rúbrica), secretarios; Olga Catalán Padilla (rúbrica), Andrés Fernández del Valle Laisequilla (rúbrica), Rosa Alicia Álvarez Piñones (rúbrica), María García Pérez (rúbrica), José Adrián González Navarro, Próspero Manuel Ibarra Otero (rúbrica), Míriam Dennis Ibarra Rangel, Alejandro Juraidini Villaseñor (rúbrica), Renato Josafat Molina Arias (rúbrica), Luis Ernesto Munguía González (rúbrica), Cristina Sánchez Coronel, Ximena Tamariz García (rúbrica), Ruth Noemí Tiscareño Agoitia (rúbrica), Nadia Haydee Vega Olivas, Beatriz Vélez Núñez (rúbrica), Timoteo Villa Ramírez (rúbrica), Claudia Villanueva Huerta (rúbrica), Érika Irazema Briones Pérez, José Santiago López (rúbrica), Karen Orney Ramírez Peralta.

De la Comisión de Deporte, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a las legislaturas locales y a la ALDF a realizar la armonización legislativa de conformidad con lo establecido en la Ley General de Cultura Física y Deporte

Honorable Asamblea:

La Comisión de Deporte de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 45, numerales 6, incisos e) y f), 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el siguiente dictamen:

I. Antecedentes

1. Con fecha 6 de octubre de 2015, la diputada Jaqueline Nava Mouett, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de esta asamblea la proposición con punto de acuerdo para exhortar a las legislaturas de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a revisar sus marcos normativos a fin de armonizarlos con la Ley General de Cultura Física y Deporte.

2. El 13 de octubre de 2015, la Mesa Directiva turnó a la Comisión del Deporte para efectos de análisis y dictamen el asunto mencionado en el numeral anterior, mediante el número de expediente 420, a través del oficio número DGPL 63-II-3-65, de fecha 6 de octubre del año en curso.

II. Contenido de la proposición

a) La diputada promovente establece en el apartado de consideraciones del documento motivo del presente dictamen, que el 7 de junio de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una nueva Ley General de Cultura Física y Deporte, acorde a las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, concretamente, el último párrafo del artículo 4o. que a la letra dice: “Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia.”, y estableciéndose una ley de orden público e interés social, así como de observancia general en toda la República, por tanto, corresponde su aplicación bajo el principio de concurrencia previsto en la fracción XXIX-J del artículo 73 Constitucional (reformada el 12 de octubre de 2011); y en consecuencia, implica establecer las bases generales para la distribución de competencias, coordinación y colaboración entre el Ejecutivo federal por conducto de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade), las autoridades estatales, del Distrito Federal y las municipales, así como los sectores social y privado.

b) Asimismo, manifiesta que las legislaturas de los estados y del Distrito Federal, tienen entre sus facultades expedir e iniciar leyes o decretos que establezcan las bases de coordinación con la federación, entidades y sus municipios; leyes eficientes que garanticen, en el ámbito de su aplicación, un correcto desempeño, con homologación de criterios, que armonicen y estén acorde al entramado del orden jurídico nacional en la concurrencia entre los tres niveles de gobierno referida anteriormente, que precisen y distribuyan con claridad las responsabilidades, competencias y mecanismos para una coordinación eficaz con pleno respeto a las atribuciones que a cada quien corresponda; y en consecuencia, ello implica la obligación primordial de los diputados para velar por el ejercicio pleno de los derechos de los ciudadanos, así como la efectiva aplicación de la ley.

c) En este tenor, declara también que la “Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte” adoptada el 21 de noviembre de 1978 por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en su vigésima reunión en París, determina como finalidad la de “poner el desarrollo de la educación física y el deporte al servicio del progreso humano, favorecer su desarrollo y exhortar a los gobiernos, las organizaciones no gubernamentales competentes, los educadores, las familias y los propios individuos a inspirarse en ella, difundirla y ponerla en práctica.”; y en sus 10 artículos determina claramente: “La práctica de la educación física y el deporte es un derecho fundamental para todos...”; “La educación física y el deporte constituyen un elemento esencial de la educación permanente dentro del sistema global de educación...”; “Los programas de educación física y deporte deben responder a las necesidades individuales y sociales...”; “La enseñanza, el encuadramiento y la administración de la educación física y el deporte deben confiarse a un personal calificado...”; “Para la educación física y el deporte son indispensables instalaciones y materiales adecuados...”; “La investigación y la evaluación son elementos indispensables del desarrollo de la educación física y el deporte...”; “La información y la documentación contribuyen a promover la educación física y el deporte...”; “Los medios de comunicación de masas deberían ejercer una influencia positiva en la educación física y el deporte...”; “Las instituciones nacionales desempeñan un papel primordial en la educación física y el deporte...”; y “La cooperación internacional es una de las condiciones previas del desarrollo universal y equilibrado de la educación física y el deporte...”

d) La diputada promovente señala que la Carta de las Naciones Unidas proclama la fe de los pueblos en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana, y por tanto, afirma su resolución de promover el progreso social y elevar el nivel de vida para las personas, con el énfasis en que una de las condiciones esenciales del ejercicio efectivo de los derechos humanos depende de la posibilidad brindada a todos y a cada uno de desarrollar y preservar libremente sus facultades físicas, intelectuales y morales y que en consecuencia se debería dar y garantizar a todos la posibilidad de acceder a la educación física y al deporte; aunado a que la preservación y el desarrollo de las aptitudes físicas, intelectuales y morales del ser humano mejoran la calidad de la vida en los planos nacional e internacional, por ende la educación física y el deporte deben reforzar su acción formativa y favorecer los valores humanos fundamentales que sirven de base al pleno desarrollo de los pueblos subrayando, por consiguiente, que la educación física y el deporte han de tender a promover los acercamientos entre los pueblos y las personas, así como la emulación desinteresada, la solidaridad y la fraternidad, el respeto y la comprensión mutuos, y el reconocimiento de la integridad y de la dignidad humanas, y más aún, integrar la educación física y el deporte en el medio natural equivale a su enriquecimiento, inspira el respeto hacia los recursos del planeta y despierta el deseo de conservarlos y utilizarlos para el mayor provecho de la humanidad entera.

e) Aunado a lo anterior, el informe final de la quinta Conferencia internacional de ministros y altos funcionarios encargados de la educación física y el deporte, celebrada en Berlín, Alemania el 29 y 30 de mayo de 2013, en la que se manifiestan Llamamientos a todas las Partes Interesadas, determina Compromisos y Recomendaciones para los Estados, y señalando en concreto: “El acceso al deporte como derecho fundamental para todos”; “La promoción de la inversión en programas de deporte y educación física”; y “La preservación de la integridad del deporte”. Por tanto, las partes interesadas, habrían de realizar las adecuaciones necesarias en sus Marcos Normativos, así como de emprender las acciones pertinentes en sus estructuras de Gobierno, además de lo referente al ámbito social y privado.

Por consiguiente, la Ley General de Cultura Física y Deporte ha estado avanzando en su configuración acorde con los compromisos internacionales signados y ratificados; sin embargo, aún no basta de perfil, existen aún sensibles pendientes que hay que reforzar e incentivar, y que son primordiales de observancia general para encontrar los mecanismos de aplicación de manera eficaz dirigidos a las personas sin importar su edad o condición social o económica, y en la medida correspondiente, a aquellos que deciden dedicar su vida a actividades deportivas.

f) La diputada establece que en particular, el artículo 36 de la propia Ley General de Cultura Física y Deporte determina:

En el ejercicio de sus atribuciones, los estados, el Distrito Federal y los municipios, observarán las disposiciones de esta ley, su Reglamento y los demás ordenamientos aplicables en la materia, nacional e internacionales.

Los congresos de los estados, con apego a sus respectivas Constituciones, y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal expedirán los ordenamientos que sean necesarios para regular las materias de su competencia previstas en esta ley, contemplando lo relacionado a estímulos fiscales y deducciones de impuestos.

Los ayuntamientos, por su parte, dictarán las disposiciones administrativas que correspondan, con apego a lo establecido por la presente ley.

g) Asimismo, la promovente considera que desde la entrada en vigor de la nueva Ley General de Cultura Física y Deporte (que abrogó la anterior, del 24 de febrero de 2003), ha sido reformada y adicionada recientemente en diversas disposiciones, las cuales se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2014, y en los términos de los artículos transitorios del decreto, establece los plazos para las adecuaciones a las disposiciones legales y administrativas que implican a las autoridades tanto federales como de las entidades federativas, y además, incluye en su artículo segundo transitorio a las legislaturas de los estados y la del Distrito Federal; sin embargo, y a pesar de los plazos señalados, diversas legislaturas y titulares del Ejecutivo de las entidades federativas, así como las autoridades correspondientes del Distrito Federal, aún no han actualizado ni adecuado sus marcos normativos acorde con las últimas reformas de la Ley General de Cultura Física y Deporte; por otro lado, también hay reformas ejemplares en algunas legislaturas locales, en las que se han realizado las reformas pertinentes, así como las gestiones señaladas para los titulares del Ejecutivo estatal, y lo concerniente a las autoridades municipales; pero no basta de esfuerzos, lo que hace imperativo, loable y oportuno considerar seriamente, que esta soberanía emita un exhorto al respecto.

El punto de acuerdo objeto del presente dictamen contiene los siguientes petitorios:

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a las legislaturas de los estados y del Distrito Federal a revisar sus marcos normativos con el propósito de realizar las reformas pertinentes en sus legislaciones para actualizarlas y armonizarlas con la Ley General de Cultura Física y Deporte.

Segundo. Se exhorta a los titulares del Ejecutivo estatal de las entidades federativas y al jefe del gobierno del Distrito Federal a incorporar con la mayor brevedad las actualizaciones reglamentarias necesarias derivadas de la armonización que las legislaturas locales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal realicen a sus disposiciones acorde al contenido de los términos de la Ley General en la materia.

Tercero. Se exhorta respetuosamente a los titulares del Ejecutivo estatal de las entidades federativas y al jefe del gobierno del Distrito Federal, así como a las legislaturas locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que se implementen las previsiones presupuestales y administrativas necesarias con el propósito de reforzar la ejecución de los términos de la normatividad relativa al deporte mexicano.

III. Análisis, discusión y valoración de la proposición

Los integrantes de la Comisión de Deporte analizaron y discutieron las consideraciones que sostienen la proposición objeto del presente dictamen, en la reunión ordinaria realizada para tal finalidad.

En este tenor, la proposición objeto del presente dictamen es congruente con el marco normativo vigente y es de vital importancia resaltar, que el desarrollo de las sociedades en un contexto de globalización como en el que actualmente vivimos, origina nuevas reglas de convivencia, que apuntan hacia la eliminación de barreras y dan paso a la transparencia, a la rendición de cuentas y al perfeccionamiento del sistema jurídico, a fin de impulsar el estado de derecho y el bienestar de la población, en un clima de apertura y legalidad.

Basándose en la idea anterior, con la finalidad de contribuir a la construcción del estado de derecho y asimismo procurar la protección y garantía del ejercicio de los derechos constitucionales de las y los mexicanos, es preciso dar cumplimiento a los instrumentos internacionales signados y ratificados por nuestro país y de igual forma, es preciso impulsar la armonización de las normas jurídicas en todos los órdenes de gobierno.

Debido a la complejidad en la que hoy se desarrollan las relaciones humanas, las sociedades actuales construyen sistemas jurídicos que presentan gran diversidad en cuanto a su ámbito de aplicación, los cuales van desde la Constitución Política, hasta reglamentos de carácter municipal o incluso de regulación interna de las instituciones, estos instrumentos normativos, son claramente el reflejo de cómo se comporta la sociedad ante determinado asunto y cómo debe ser visto desde el campo del derecho.

Lo anterior no es ajeno al ámbito del deporte, el derecho a la cultura física y la práctica del mismo, son también objeto de un profundo proceso de transformación para incluir la garantía del ejercicio de este derecho constitucional en el entramado jurídico, lo cual requiere de la revisión de las leyes, reglamentos y demás instrumentos normativos, con la finalidad de que la protección y acceso al ejercicio de este derecho se encuentre previsto en cada norma jurídica vigente, independientemente de su ámbito de aplicación.

En tal sentido, las normas de mayor jerarquía deben ser en todo momento motivo de adecuación y armonización con la finalidad de establecer las herramientas jurídicas necesarias para garantizar el reconocimiento, la protección y el ejercicio de los derechos constitucionales y éste sea también objeto de los ordenamientos que norman los procedimientos internos y administrativos de las instituciones.

La relevancia de armonizar las normas jurídicas, más allá de si el Poder Legislativo elabora las leyes, el Poder ejecutivo reglamenta y el Poder Judicial realiza jurisprudencia, consiste en que todos los poderes forman parte de una maquinaria que preserva el orden jurídico del estado, cualquier acto u omisión tiene consecuencias en el funcionamiento de la administración pública, que además de mantener un buen gobierno, debe preservar la solidez de las instituciones públicas y salvaguardar un orden jurídico eficiente, con la finalidad de otorgar seguridad jurídica para el desarrollo de la vida cotidiana del país.

Siendo la Ley General de Cultura Física y Deporte, un instrumento jurídico de carácter general, que tiene como principal objetivo la distribución de competencias y la concurrencia en todos los niveles de la Administración Pública en torno a un derecho reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, resulta fundamental atender la necesidad de que los contenidos de la Ley General de Cultura Física y Deporte se armonicen y encuentren eco en los ordenamientos de carácter estatal, lo anterior; representa la columna vertebral para que este nuevo cuerpo legal se adapte de manera congruente, sutil, eficaz, a las conductas de la sociedad que va a regir sus gestiones a través de ella, a las autoridades que van a aplicarla y a las que sancionarán su incumplimiento.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de la Comisión de Deporte sometemos a consideración de esta asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a las legislaturas de los estados y del Distrito Federal a revisar sus marcos normativos con el propósito de realizar las reformas pertinentes en sus legislaciones para actualizarlas y armonizarlas con la Ley General de Cultura Física y Deporte.

Segundo. Se exhorta a los titulares del Ejecutivo de las entidades federativas y al jefe del gobierno del Distrito Federal a incorporar con la mayor brevedad las actualizaciones reglamentarias necesarias derivadas de la armonización que las legislaturas locales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal realicen a sus disposiciones acorde al contenido de los términos de la Ley General en la materia.

Tercero. Se exhorta respetuosamente a los titulares del Ejecutivo de las entidades federativas y al jefe del gobierno del Distrito Federal, así como a las legislaturas locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que se implementen las previsiones presupuestales y administrativas necesarias con el propósito de reforzar la ejecución de los términos de la normatividad relativa al deporte mexicano.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2015.

La Comisión de Deporte

Diputados: Pablo Gamboa Miner (rúbrica), presidente; Montserrat Alicia Arcos Velázquez (rúbrica), Flor Ángel Jiménez Jiménez (rúbrica), Fidel Kuri Grajales (rúbrica), Leydi Fabiola Leyva García (rúbrica), Adriana Elizarraraz Sandoval (rúbrica), Jacqueline Nava Mouett, Jesús Emiliano Álvarez López (rúbrica), José Alfredo Ferreiro Velazco (rúbrica), secretarios; Olga Catalán Padilla (rúbrica), Andrés Fernández del Valle Laisequilla (rúbrica), Rosa Alicia Álvarez Piñones (rúbrica), María García Pérez (rúbrica), José Adrián González Navarro, Próspero Manuel Ibarra Otero (rúbrica), Míriam Dennis Ibarra Rangel, Alejandro Juraidini Villaseñor (rúbrica), Renato Josafat Molina Arias (rúbrica), Luis Ernesto Munguía González (rúbrica), Cristina Sánchez Coronel, Ximena Tamariz García (rúbrica), Ruth Noemí Tiscareño Agoitia (rúbrica), Nadia Haydee Vega Olivas, Beatriz Vélez Núñez (rúbrica), Timoteo Villa Ramírez (rúbrica), Claudia Villanueva Huerta (rúbrica), Érika Irazema Briones Pérez, José Santiago López (rúbrica), Karen Orney Ramírez Peralta.

De la Comisión de Deporte, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conade a reforzar con las entidades federativas y los municipios las acciones de promoción deportiva mediante el mejoramiento de la infraestructura y los estímulos deportivos

Honorable Asamblea:

La Comisión de Deporte de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente

Dictamen

I. Antecedentes

1. El 6 de octubre de 2015, el Diputado Pablo Gamboa Miner, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el Pleno de esta H. Asamblea, una Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, para que en coordinación con el gobierno del Estado de Yucatán y los municipios, refuerce las acciones de promoción del deporte a través del mejoramiento de la infraestructura y estímulos deportivos.

2. Con fecha 13 de octubre del presente año, la Mesa Directiva turnó la proposición a la Comisión del Deporte para su análisis y dictamen, mediante el número de expediente 431, a través del oficio número D.G.P.L. 63-II-7-73, de fecha 6 de octubre de 2015.

II. Contenido de la proposición

a) El diputado Pablo Gamboa Miner manifiesta en su proposición, que los jóvenes son actores fundamentales del cambio social y político, poseedores de un gran potencial creativo y capacidad de imaginación.

En nuestro país existen 31.2 millones de jóvenes de entre 12 y 29 años, mientras que en su estado, Yucatán, según datos del Inegi, al 2010, habitaban poco más de 644 mil personas de entre 12 y 29 años.1

b) Asimismo establece, que el Consejo Nacional de Población calcula que el país deberá atender las demandas de un promedio de 30 millones de jóvenes anualmente durante las próximas cuatro décadas.

Hablamos de personas con sueños, anhelos y esperanzas, que se erigen como el sector más importante para el devenir de la sociedad, pero que al mismo tiempo juega un papel crucial en el presente.

Sin duda alguna, las y los jóvenes de este país constituyen un valioso recurso cuyo aprovechamiento depende en gran medida del apoyo que se les brinde desde las instituciones públicas.

En ese sentido, los jóvenes conforman un sector poblacional ante el cual estamos obligados a generar oportunidades y garantías para el ejercicio irrestricto de sus derechos fundamentales.

En el plano laboral, los jóvenes desean que las autoridades faciliten su inserción en el mercado laboral y se les apoye como emprendedores para la creación empresas, para ser investigadores, acceder a las nuevas tecnologías e incursionar al arte y la cultura.

c) Sin embargo, el diputado promovente afirma que el panorama para los jóvenes aún enfrenta rezagos que es preciso resarcir.

De la población juvenil que participa en actividades productivas, el 38.9 por ciento se ubica en puestos formales y el 61.1 por ciento en actividades informales.

d) Asimismo señala, que de acuerdo con cifras del INEGI, del total de los egresados a nivel nacional, únicamente el 30 por ciento encuentra empleo en el primer año y de estos, solo la tercera parte labora en una actividad relacionada con los estudios que cursaron.

e) Según el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, la desocupación en México afecta principalmente a los jóvenes, pues el 53 por ciento de los desocupados tienen entre 15 y 29 años.

Estas cifras nos ayudan a comprender por qué 7 de cada 10 mexicanos inmigrantes que se van del país son jóvenes a los que se les negaron oportunidades de progreso.

En materia social, la situación de los jóvenes enfrenta también importantes áreas de oportunidad.

La pobreza afecta hoy en día a 8.2 millones de jóvenes; 27 por ciento no tiene acceso a servicios de salud y 69.1 por ciento de ellos no cuentan con seguridad social.

Sólo 3 de cada 10 jóvenes en edad de acudir a la universidad tienen la oportunidad de hacerlo, lo que implica una exclusión inaceptable del 70 por ciento de nuestros jóvenes.

En resumen, México está en deuda con su juventud porque todavía se enfrentan a contextos de incomprensión, exclusión, discriminación y ausencia de oportunidades de progreso y vida digna.

Por ello resulta urgente repensar al país desde la visión de la juventud.

f) El diputado promovente manifiesta su compromiso de campaña con los jóvenes de Yucatán y de México a representarlos de forma permanente, defendiendo sus intereses y dándoles voz a sus demandas en esta soberanía.

g) Con la presente proposición el diputado promovente busca ensanchar las oportunidades de desarrollo para los jóvenes en Yucatán, a través de la promoción del deporte en el estado, en el entendido de que esta actividad, representa una de las estrategias más importantes del Estado para fomentar la salud, el desarrollo y la inclusión social, particularmente de las y los jóvenes, quienes representan el futuro de nuestro país.

h) Asimismo expresa que el marco jurídico e institucional reconoce la importancia del deporte. El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra a la práctica del deporte como uno de los derechos fundamentales que el Estado se encuentra obligado a garantizar.

i) El promovente menciona que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, por su parte, retoma este principio constitucional, estableciendo como uno de sus objetivos el “promover el deporte de manera incluyente para fomentar una cultura de la salud”2 .

Para lograr este importante objetivo, dicho documento de planeación traza como estrategia la creación de un programa de infraestructura deportiva, así como las siguientes líneas de acción:

• Contar con información confiable, suficiente y validada, de las instalaciones existentes a nivel municipal, estatal y federal, para conocer el estado físico y operativo de las mismas.

• Definir con certeza las necesidades de adecuación, remodelación y óptima operación de las instalaciones deportivas, incluyendo las escolares.

• Recuperar espacios existentes y brindar la adecuada respuesta a las necesidades futuras que requieren los programas deportivos.

• Promover que todas las acciones de los miembros del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte se fundamenten en la planeación de largo plazo.

• Poner en operación el sistema de evaluación en materia deportiva que garantice la eficiencia de los recursos financieros invertidos en el deporte nacional.

j) El Programa Nacional de Cultura Física y el Deporte que se desprende del Plan Nacional de Desarrollo, contempla acciones dirigidas a convertir al deporte en un instrumento de desarrollo para formar mexicanos más sanos y competentes, además de procurar que los niños y jóvenes deportistas con cualidades y talentos específicos cuenten con entrenamiento y servicios especializados, con estímulos adecuados en instalaciones propicias y un sistema de competencia estructurado3 .

k) Asimismo señala que en estos primeros tres años del sexenio, el gobierno de la República ha demostrado su compromiso con el deporte nacional, desplegando un conjunto de políticas públicas y programas que buscan consolidar a nuestro país como una auténtica potencia deportiva a nivel mundial.

Durante la presente administración se han apoyado 858 acciones de obra para los programas de infraestructura municipal y estatal, de las cuales 367 fueron obras nuevas, 379 rehabilitaciones, 98 ampliaciones y 14 equipamientos, mismas que beneficiaron a las 32 entidades federativas, a 598 municipios y a las 16 delegaciones del Distrito Federal4 .

Asimismo, es de destacarse que desde el inicio de la administración, hasta agosto de 2015, los atletas mexicanos que participaron en diferentes competencias internacionales obtuvieron 3 mil 813 medallas, de las cuales, mil 355 fueron de oro5

El gobierno federal también lleva a cabo acciones para fomentar el deporte en las esferas más próximas a la ciudadanía. La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, por medio de los Centros del Deporte Escolar y Municipal, fomenta en la población mexicana la práctica regular y sistemática del deporte, aprovechando la infraestructura y recursos existentes para promover la iniciación deportiva en niños y jóvenes.

l) El diputado Gamboa declara que en Yucatán se ha puesto en marcha un esfuerzo importante para mejorar la infraestructura deportiva.

A través del Fondo de Pavimentación, Espacios Deportivos, Alumbrado Público y Rehabilitación de Infraestructura Educativa, durante los últimos meses se ha apoyado a más de 40 municipios del estado, entre ellos Tixcacalcupul, Chankom, Tahdzi, Temozón, Espita, Kaua, Chichimilá, Tizimín, Izamal, Teabo, Chocholá, Progreso, Tekantó y Suma de Hidalgo6 .

Como parte de estas obras, se modernizó la Unidad Deportiva Kukulcán en Mérida, para convertirla en el Complejo Deportivo Yucatán, con capacidad para ser sede de competencias nacionales e internacionales, inaugurada en enero de 2015, en beneficio de aproximadamente 271 mil deportistas.

En cuanto a la labor institucional a nivel local, el Instituto del Deporte del Estado de Yucatán, apoya permanentemente a los atletas y deportistas yucatecos.

m) El promovente afirma que es preciso reconocer que los esfuerzos gubernamentales emprendidos hasta el momento están dando muy buenos resultados. Muestra de ello, es que en la Olimpiada Nacional 2015, Yucatán se situó en el quinto lugar del medallero, obteniendo 80 preseas de oro, 82 de plata y 117 de oro, superando a entidades como el Distrito Federal y a instituciones como el Instituto Politécnico Nacional y la Universidad Nacional Autónoma de México7 .

No obstante los avances logrados, no podemos bajar la guardia en el impulso al deporte en Yucatán.

En este tenor, desde esta Asamblea hace un llamado a las autoridades para que refuercen las estrategias y acciones que actualmente están realizando para promover el deporte en Yucatán, específicamente en materia de infraestructura y estímulos para los deportistas y atletas yucatecos.

El compromiso con los jóvenes se debe traducir en propuestas concretas para favorecer a su sano desarrollo.

La proposición se presentó en los siguientes términos:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte a que, en coordinación con el gobierno del estado de Yucatán y los municipios, refuerce las acciones de promoción del deporte en dicha entidad, a través del mejoramiento de la infraestructura deportiva y estímulos a los deportistas y atletas yucatecos.

III. Análisis, discusión y valoración de la proposición

La proposición motivo del presente dictamen, es congruente y concordante con el marco normativo vigente, en tal sentido, las y los diputados integrantes de la Comisión dictaminadora, presentan con relación a la proposición motivo del presente dictamen, las siguientes reflexiones:

La práctica del deporte es un catalizador de relaciones que sustituye en los adolescentes, el marco que prestaban los juegos en la niñez. Los jóvenes se decantan por practicar deporte simplemente porque en él encuentran relaciones de amistad que les potencia su integración en un grupo.

Otros, en cambio, eligen la práctica de un deporte individual buscando reafirmarse personalmente en la conciencia de superación. En cualquier caso, el deporte favorece en adolescentes y jóvenes la experiencia de gestionar personalmente un ámbito diferenciado de las relaciones familiares.

Practicar deporte especialmente en los jóvenes, constituye un beneficio para la mente, ya que fomenta valores de relación, de superación, de responsabilidad, de organización, entre muchos otros; que se derivan de tener que gestionar personalmente el proceso de esa actividad, tanto más cuando se desarrolla en equipo, donde se aprende a ponderar el propio interés con el común.

En este orden de ideas, es de vital importancia la organización de programas deportivos y estrategias enfocadas a facilitar el acceso a la cultura física y el deporte especialmente en este importante sector de la población, ya que un programa deportivo bien organizado, asesorado por gente experta en las disciplinas deportivas, además de lograr un trabajo corporal óptimo, influirá en la población de adolescentes y jóvenes en la prevención de problemas de salud futuros, en la prevención de las adicciones y el delito y con grandes beneficios para el desarrollo individual de la personalidad, fomentando la estabilidad emocional, las relaciones personales sanas y contribuyendo a un bienestar general.

En este tenor, el gobierno desde sus diferentes ámbitos de acción, debe asumir a la cultura física y el deporte, que además son derechos reconocidos constitucionalmente, como herramientas cuyo destino es la generación de más y mejores posibilidades que influyen en el desarrollo humano integral, que promueven el mejoramiento de la calidad de vida, que estimulan la adopción de hábitos saludables, promueve mejores hábitos educativos e impulsa la organización y la participación social en las comunidades. En otras palabras, por mandato constitucional, establecido en el artículo 4° el gobierno en todas sus esferas de actuación, debe asumir la obligación de ser garante de tal derecho para toda la población y especialmente contemplar a niñas, niños, adolescentes y jóvenes; a través de acciones de política pública que estén articuladas y sean transversales en todos los ámbitos de la administración.

Atendiendo a lo anterior, en esta última década se han realizado grandes esfuerzos para posicionar la cultura física y el deporte como generadores de cohesión social y como un ámbito dentro del cual la población en su conjunto deje de ser mera observadora del deporte como espectáculo para ocupar el lugar de activa participante y como tal, protagonista de sus propios procesos de desarrollo.

Específicamente en el caso de Yucatán, la entidad se ha convertido en semillero de atletas de alto rendimiento con destacadas participaciones en competencias de carácter internacional y asimismo en los Juegos Olímpicos, con una visión de gobierno en materia de deporte consistente en lograr ser una entidad en la cual el deporte y la cultura física estén al alcance de toda la comunidad y sea parte integral de su forma de vida, contribuyendo a elevar la calidad de la salud, la educación y el bienestar de la sociedad, resulta prioritario dotar al Estado, de los elementos necesarios en materia de infraestructura, de acciones para la promoción y el fomento deportivo, a través de los programas adecuados y de igual forma de los recursos económicos destinados para el cumplimiento de tales fines.

En razón de estas reflexiones, las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte consideran la proposición necesaria, viable y de importante influencia para el beneficio de los municipios en el Estado de Yucatán.

IV. Modificaciones de la comisión dictaminadora

En la sesión celebrada el 8 de diciembre del año en curso la diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia solicitó que el exhorto que se dirigirá a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, incluya la coordinación con todas las entidades federativas.

De igual forma, el diputado Timoteo Villa Ramírez, propuso que a través de esta coordinación con la Conade y las entidades federativas se refuercen las acciones de promoción del deporte, para contribuir al mejoramiento de la salud y la prevención del delito.

En ese tenor, el petitorio original se modifica para incluir las propuestas ya mencionadas.

Por las consideraciones antes expuestas, las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte sometemos a la consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte a que, en coordinación con los gobiernos estatales y los municipios, refuerce las acciones de promoción del deporte, para contribuir a la promoción de la salud y la prevención del delito, a través del mejoramiento de la infraestructura deportiva y estímulos a los deportistas y atletas mexicanos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2015.

La Comisión de Deporte

Diputados: Pablo Gamboa Miner (rúbrica), presidente; Montserrat Alicia Arcos Velázquez (rúbrica), Flor Ángel Jiménez Jiménez (rúbrica), Fidel Kuri Grajales (rúbrica), Leydi Fabiola Leyva García (rúbrica), Adriana Elizarraraz Sandoval (rúbrica), Jacqueline Nava Mouett, Jesús Emiliano Álvarez López (rúbrica), José Alfredo Ferreiro Velazco (rúbrica), Olga Catalán Padilla (rúbrica), Andrés Fernández del Valle Laisequilla (rúbrica), secretarios; Álvarez Piñones Rosa Alicia (rúbrica), María García Pérez (rúbrica), José Adrián González Navarro, Próspero Manuel Ibarra Otero (rúbrica), Miriam Dennis Ibarra Rangel, Alejandro Juraidini Villaseñor (rúbrica), Renato Josafat Molina Arias (rúbrica), Luis Ernesto Munguía González (rúbrica), Cristina Sánchez Coronel, Ximena Tamariz García (rúbrica), Ruth Noemí Tiscareño Agoitia (rúbrica), Nadia Haydee Vega Olivas, Beatriz Vélez Núñez (rúbrica), Timoteo Villa Ramírez (rúbrica), Claudia Villanueva Huerta (rúbrica), Erika Irazema Briones Pérez, José Santiago López (rúbrica), Karen Orney Ramírez Peralta.

De la Comisión de Deporte, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conade y los gobiernos de Morelos y de Jiutepec a instaurar acciones orientadas a atender, desarrollar y fortalecer la práctica deportiva en la entidad

Honorable Asamblea:

La Comisión de Deporte de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.

I. Antecedentes.

1. El diputado Ángel García Yáñez, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presentó con fecha 13 de octubre de 2015, ante el pleno de esta honorable asamblea, una proposición con punto de acuerdo para exhortar a los titulares del gobierno de Morelos, del municipio de Jiutepec y de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, a fin de instrumentar acciones orientadas a atender, desarrollar y fortalecer la práctica deportiva en esa entidad.

2. El 15 de octubre del presente año, la Mesa Directiva turnó la proposición a la Comisión del Deporte para su análisis y dictamen, mediante el número de expediente 512, a través del oficio número D.G.P.L. 63-II-5-123, de fecha 13 de octubre de 2015.

II. Contenido de la proposición

A) El diputado proponente establece que el deporte tiene una gran influencia en la sociedad; destaca de manera notable su importancia en la cultura y en la construcción de la identidad nacional, además de que su práctica tiene efectos tangibles y predominantemente positivos en las esferas de la educación, la economía y la salud pública.

B) En el terreno educativo sostiene que el deporte juega un papel de transmisión de valores a niños, adolescentes e incluso adultos. En conjunción con la actividad física se inculcan valores como el respeto, la responsabilidad, el compromiso y la dedicación, entre otros, sirviendo a un proceso de socialización y de involucración con las mejoras de las estructuras y actitudes sociales.

Así, el deporte contribuye a establecer relaciones sociales entre personas y culturas y contribuye a inculcar la noción de respeto hacia los otros, enseñando cómo competir constructivamente, sin hacer del antagonismo un fin en sí.

Otro valor social importante en el deporte es el aprendizaje de cómo ganar y cómo saber reconocer la derrota, sin sacrificar las metas y objetivos.

C) Asimismo, el diputado manifiesta en sus consideraciones, que como contribuyente para el desarrollo económico, la influencia del deporte es indudable, en función de la cantidad insumos y accesorios de las personas que lo practican, así como de aquellas que lo disfrutan como espectáculos de masas, fomentando e incentivando con ello a la misma economía, mediante la participación de reconocidas marcas y, en el caso, productores que financian a deportistas, la generación de agentes y promotores, presencia y especialización de medios de comunicación, el incentivo al turismo deportivo y, también debe decirse, indirectamente a otros sectores de la economía.

D) La práctica del deporte eleva el bienestar y la calidad de vida de la sociedad por los efectos beneficiosos de la actividad física, tanto para la salud corporal como la emocional; las personas que practican deporte y otras actividades no sedentarias, con regularidad suelen sentirse más satisfechos y experimentan, subjetivamente, un mayor bienestar.

E) El promovente sostiene que cada vez cobra más fuerza la concepción de que la educación física, la recreación y el deporte son de los más propicios campos de intervención para el mejoramiento de la calidad de vida de nuestras comunidades y como medios para disminuir la violencia y delincuencia en la sociedad.

F) Asimismo revela, que si bien, las razones antes expuestas son inobjetables, éstas en décadas no han generado un eco propicio en Morelos, tomando en las últimas fechas al deporte como un medio reactivo, cuando debería de priorizarse su carácter preventivo para disminuir la grave problemática delincuencial que se vive en una entidad de más de 1.8 millones de habitantes y que sólo cuenta con 8 unidades deportivas en todo su territorio, la mayoría de ellas dentro de un solo municipio:

• Caeza: Complejo Acuático Emiliano Zapata, ubicado en Tezoyuca, dentro del municipio de Emiliano Zapata;

• Unidad deportiva Centenario: en Cuernavaca;

• Margarita Maza de Juárez: en la colonia Margarita Maza de Juárez, en Cuernavaca;

• Miguel Alemán: ubicado en la colonia Carolina, en Cuernavaca;

• Miraval: también en Cuernavaca;

• Los Pinos: dentro de la colonia Satélite, en Cuernavaca;

• Revolución: localizable en el centro de Cuernavaca; y

• Ticumán: ubicado en la colonia Ticumán, en el municipio de Tlaltizapán.

G) En contraste, en el municipio de Jiutepec, ubicado al este de la ciudad de Cuernavaca, siendo su cabecera la segunda ciudad más grande en tamaño del estado, que genera 50 por ciento del producto interno bruto, PIB, estatal y en donde reside 13 por ciento de la población del estado, no cuenta con una sola unidad deportiva.

La importancia económica del municipio para el desarrollo económico estatal es innegable, cuenta con la zona industrial más grande de la entidad, llamada Ciudad Industrial del Valle de Cuernavaca, Civac, con 250 plantas; tiene más de 2 mil 500 establecimientos comerciales, se cultivan 500 hectáreas, viveros y cultivos a base de riego y es el principal productor nacional de la flor de nochebuena.

El municipio de Jiutepec es una zona de alto desarrollo, integrada por una alta población flotante, gracias a la cercanía con el Distrito Federal y Cuernavaca, pero a pesar de su desarrollo y potencial, ese municipio no cuenta con un espacio deportivo digno para el desarrollo y esparcimiento de sus ciudadanos, a diferencia de municipios más pequeños en el estado, los cuales sí cuentan con instalaciones o unidades deportivas en forma.

H) Asimismo sostiene, que aunado a esta lamentable carencia de infraestructura deportiva municipal, Jiutepec ha sido escenario de graves actos vinculados con la inseguridad, uno de los cuales impactó de manera directa a jóvenes talentos deportivos del municipio y del estado, cuando celebraban precisamente un notable triunfo en una competencia nacional.

No obstante el ánimo de zozobra que la inseguridad pueda generar, la sociedad jiutepense no claudica en mejorar y fortalecer su convivencia cotidiana.

Con base en ello, en la colonia Progreso, localizada en una de las principales vías de comunicación del municipio y de la zona metropolitana de Cuernavaca, las autoridades ejidales y comunales donaron al municipio un predio de 4 mil metros cuadrados, bajo la condicionante de que el inmueble solamente puede ser utilizado para el esparcimiento y fomento del deporte.

En dicho predio, gracias a la participación del Colegio de Arquitectos de Cuernavaca, se tiene proyectada la construcción de la unidad deportiva municipal, con una inversión calculada en 7 millones 350 mil 834.86 pesos, contemplando la creación de una cancha de futbol reglamentaria, cancha de usos múltiples y explanada para actividades físicas.

Con la construcción de esta unidad deportiva, se busca crear una alternativa para que las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, así como la ciudadanía en general, practiquen y fomenten la actividad física y, en su caso, el deporte de su agrado.

I) Hace mención de que en Nueva Alianza tienen la creencia de que no debe desalentarse el esfuerzo ciudadano y municipal logrado hasta el momento; si bien los recursos presupuestales requeridos son una imperiosa necesidad, en tanto no se programen y cumplan las autoridades responsables con la normatividad en la materia, las autoridades estatales, municipales y las responsables de la activación física y el deporte en el país deben aprovechar la inercia social generada, a efecto de beneficiar con acciones específicas y coordinadas a una comunidad claramente necesitada de recomponer y fortalecer su cohesión y tejido social.

Con base en las anteriores consideraciones, la proposición se presenta en los siguientes términos:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Morelos, al alcalde del municipio de Jiutepec, así como al director general de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte para que, de manera coordinada, se instrumenten las acciones interinstitucionales orientadas a atender la imperiosa necesidad de desarrollar y fortalecer la práctica deportiva, el fomento al sano esparcimiento y la promoción de la activación física en ese municipio del estado de Morelos.

III. Análisis, discusión y valoración de la proposición

En tanto que la proposición motivo del presente dictamen, guarda congruencia y armonía con el marco normativo vigente, las y los integrantes de la Comisión de Deporte analizaron y discutieron las consideraciones vertidas en la proposición objeto de estudio.

Al respecto la Comisión de Deporte considera que el deporte es considerado un elemento esencial que contribuye a mejorar la calidad de vida y el desarrollo de la población. Por ello surge la importancia de dar impulso a los programas dirigidos al fortalecimiento de la infraestructura deportiva y a reforzar una cultura de deporte y activación física para todas las y los mexicanos.

En este contexto, el gobierno en todos sus niveles de administración, de conformidad con el artículo 4o. constitucional en su último párrafo, otorga atribuciones al Estado, para la promoción, fomento y estímulo de la cultura física y la práctica del deporte, de conformidad con las leyes en la materia, hecho que convierte a la Administración Pública en todos sus niveles, en la entidad encargada de la difusión, promoción, fomento, investigación, práctica y supervisión de la cultura física y el deporte, así como de la vigilancia y validación en coordinación con las dependencias y entidades competentes para el cumplimiento de los lineamientos en materia de infraestructura de cultura física y deporte, a través de la promoción de la creación, mantenimiento y conservación de instalaciones y áreas óptimas para su práctica en los diferentes sectores de la población.

Los logros obtenidos en materia de impulso a la cultura física y deporte son innegables, hoy hacen posible reconocer al deporte como un factor de gran relevancia del impacto social y económico y de la inversión empleada para su estímulo y promoción, sin embargo, es aún imprescindible contar con estrategias que promuevan la creación y mejoramiento de la infraestructura deportiva y el impulso de programas que permitan a la sociedad el fácil acceso a la práctica deportiva, a efecto de hacer válido el derecho constitucional antes mencionado.

El actual Plan Nacional de Desarrollo establece que una sociedad con cultura deportiva desarrolla capacidades de liderazgo, competencia y habilidades sociales que mejoran el bienestar y el nivel de plenitud del individuo. Es por ello que entre sus líneas de acción en materia de deporte se determinó como factor de suma importancia el desarrollo del talento deportivo en la juventud para promover una cultura de salud, la cual actualmente presenta un deterioro importante ante la escasa actividad física que realizan las y los ciudadanos.

La inversión en actividad física supone un ahorro en la inversión en salud pública, y según recomendaciones de las Naciones Unidas, cada peso que se invierta en actividades físicas, se traduce en un ahorro de ahorro de 3.20 pesos de gasto médico en el futuro.

Atendiendo a lo anterior, es preciso aumentar la capacidad de la infraestructura deportiva, para fomentar que toda persona tenga acceso a la cultura física y al deporte1 .

En este orden de ideas, la Comisión de Deporte considera que la proposición objeto del presente dictamen indudablemente expone un panorama del Estado de Morelos que requiere de especial atención a efecto de reducir conductas y fenómenos sociales que afectan de manera importante el óptimo desarrollo de la población de esa entidad federativa y que a través de una correcta estrategia de impulso, promoción y fomento de la cultura física y el deporte, será posible contribuir de forma significativa en el bienestar de la población del Estado de Morelos.

IV. Modificaciones de la comisión dictaminadora

Con la finalidad de que la proposición con punto de acuerdo presente congruencia con la jerarquía institucional de competencias de la Administración Pública, las y los integrantes de la Comisión de Deporte modificaron el orden bajo el cual se redactó el petitorio original, a efecto de que la coordinación interinstitucional que pondera el exhorto, se de en un principio desde el ámbito federal, hacia el estatal y municipal, en razón de sus respectivas competencias y jurisdicción. Por ello, en la redacción del petitorio quedaría en primer lugar la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, continuando con el Titular del Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Morelos y finalmente el Presidente Municipal del Municipio de Jiutepec.

Por las consideraciones expuestas, las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte sometemos a la consideración de esta asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, para que conjuntamente con el titular del Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Morelos y el presidente municipal de Jiutepec, se instrumenten de manera coordinada acciones interinstitucionales orientadas a desarrollar y fortalecer la práctica deportiva, el fomento al sano esparcimiento y la promoción de la activación física en ese municipio del estado de Morelos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2015.

La Comisión de Deporte

Diputados: Pablo Gamboa Miner (rúbrica), presidente; Montserrat Alicia Arcos Velázquez (rúbrica), Flor Ángel Jiménez Jiménez (rúbrica), Fidel Kuri Grajales (rúbrica), Leydi Fabiola Leyva García (rúbrica), Adriana Elizarraraz Sandoval (rúbrica), Jacqueline Nava Mouett, Jesús Emiliano Álvarez López (rúbrica), José Alfredo Ferreiro Velazco (rúbrica), secretarios; Olga Catalán Padilla (rúbrica), Andrés Fernández del Valle Laisequilla (rúbrica), Rosa Alicia Álvarez Piñones (rúbrica), María García Pérez (rúbrica), José Adrián González Navarro, Próspero Manuel Ibarra Otero (rúbrica), Míriam Dennis Ibarra Rangel, Alejandro Juraidini Villaseñor (rúbrica), Renato Josafat Molina Arias (rúbrica), Luis Ernesto Munguía González (rúbrica), Cristina Sánchez Coronel, Ximena Tamariz García (rúbrica), Ruth Noemí Tiscareño Agoitia (rúbrica), Nadia Haydee Vega Olivas, Beatriz Vélez Núñez (rúbrica), Timoteo Villa Ramírez (rúbrica), Claudia Villanueva Huerta (rúbrica), Érika Irazema Briones Pérez, José Santiago López (rúbrica), Karen Orney Ramírez Peralta.

De la Comisión de Deporte, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Conade a realizar con los gobiernos estatal y municipal de Irapuato, Guanajuato, acciones para resolver la problemática del Centro Nacional Paralímpico

Honorable Asamblea:

La Comisión de Deporte de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente

Dictamen

I. Antecedentes

1. El 1° de diciembre de 2015, la Diputada Lorena del Carmen Alfaro García, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de esta honorable asamblea, una Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional de cultura Física y Deporte a realizar las acciones necesarias, para recibir el Centro Nacional Paralímpico, ubicado en el municipio de Irapuato, Guanajuato.

2. Con fecha 2 de diciembre de 2015, la Mesa Directiva turnó para análisis y dictamen, dicha proposición a la Comisión del Deporte, mediante el número de expediente 1109, oficio No. D.G.P.L. 63-II-1-0214, de fecha 1° de diciembre del presente año.

II. Contenido de la proposición

1. La diputada promovente comenta en su proposición, que el “Centro Paralímpico Nacional” es un proyecto federal ejecutado bajo la tutela de la Comisión Nacional del Deporte construido en la ciudad de Irapuato, Guanajuato, que surge de la necesidad a nivel nacional y regional, de contar con instalaciones que permitieran la preparación y entrenamiento de deportistas de alto rendimiento.

2. Asimismo afirma, que en 2010 se visualizó la construcción del Centro Paralímpico Nacional en la ciudad de Irapuato, Guanajuato, y, para llevar a cabo dicho proyecto, la Universidad de Guanajuato donó al gobierno federal 30 hectáreas.

3. De igual forma hace mención, que en septiembre de 2010, el Gobierno Federal a través de la Comisión Nacional del Deporte y el municipio de Irapuato, administrado por el Ayuntamiento 2009-2012, celebraron un convenio de colaboración.

Según sus cláusulas, dicho convenio tuvo como objeto la entrega de la posesión, por parte de la Comisión Nacional del Deporte, en su calidad de destinatario al municipio de Irapuato, de un predio con superficie de 300,000 metros cuadrados, en el que se realizaría la construcción del Centro Paralímpico Nacional.

4. La diputada promovente declara que dicho convenio no generó derechos reales al municipio sobre el inmueble y las instalaciones, únicamente se otorgó el uso y goce temporal del mismo durante la vigencia del convenio, esto es del 5 de septiembre de 2010 al 9 de octubre de 2012, según se desprende la cláusula quinta, fecha en que la administración municipal concluiría su periodo.

5. Según los términos de la proposición, en el multicitado convenio, el municipio de Irapuato asumió las siguientes obligaciones:

a) Durante el tiempo en que el mencionado inmueble permanezca en su posesión, se obliga a cuidar de su mantenimiento y conservación y a responder de todo deterioro que este sufriera por su culpa, así como dar aviso a “LA Conade” de cualquier novedad que pudiere ser dañosa o perjudicial para los bienes objeto de este convenio;

b) Llevar a cabo todos los trámites y procedimientos que sean necesarios para que se lleve a cabo la construcción del “Centro Paralímpico Nacional”

c) No podrá destinar los bienes entregados por este convenio a un uso diverso que el de la construcción del Centro en comento.

6. Según lo establecido proposición, en la segunda cláusula del convenio, la Conade autorizó al municipio únicamente para llevar a cabo la construcción del “Centro Paralímpico Nacional”, habiendo concluido con dicha encomienda.

7. De igual forma la diputada promovente asegura que en 2011 se firmó un convenio de coordinación entre la Conade, el Gobierno del Estado de Guanajuato y el municipio de Irapuato, con el objeto de establecer las bases para la entrega de los Subsidios federales señalados en el decreto de presupuesto de egresos de la federación para el ejercicio fiscal 2011.

8. En la proposición se establece que en marzo de 2012 se inauguró la primera etapa, con una inversión de 246.75 millones de pesos, etapa que se compone de la pista de atletismo, canchas de tenis, futbol y de usos múltiples, todo con las especificaciones determinadas por su naturaleza, solo por mencionar algo; ese mismo día se anunció el arranque de la segunda etapa para ese mismo año.

9. Se hace mención que en noviembre de 2013 se concluyó la segunda etapa, con una inversión de 124.8 millones de pesos, misma que consistió en la construcción del centro acuático con albercas olímpica techada, semiolímpica, de relajación y de control y nado contra corriente, así como la obra exterior.

Sin embargo, las instalaciones deportivas del Centro Paralímpico Nacional de vanguardia y adaptadas para los deportistas con alguna discapacidad, no han podido ser destinadas a su objetivo.

10. Asimismo se alude a que en enero de 2014, la Conade, derivado de una visita de revisión al Centro, presentó un estimado del costo de operación y mantenimiento del Centro, cantidad que asciende a 1 millón 174 mil 800 pesos mensuales.

11. Se menciona también, que la construcción de la primera etapa estaba concluida, la vigencia del contrato celebrado con la Conade se había terminado, el municipio de Irapuato no tenía derechos reales sobre el inmueble ni las instalaciones, sino únicamente el uso y goce temporal del mismo durante la vigencia del convenio.

12. Frente a lo anterior, el nuevo Ayuntamiento 2012- 2015 inició las gestiones ante la Conade para realizar la entrega de la obras concluidas, cosa que a la fecha no ha sucedido.

13. Se declara también en la proposición, que se dieron diversas comunicaciones atendiendo a las formalidades que el caso ameritaba, cuya evidencia documental cuenta desde el acta de la sesión de Ayuntamiento donde se tomaron acuerdos para dar cauce a la búsqueda de soluciones, hasta la minuta levantada con motivo de la reunión celebrada con el entonces Director General de Conade, Jesús Mena Campos.

En dicha visita a las instalaciones en la Conade, los integrantes del Ayuntamiento, conforme al acuerdo tomado por el ayuntamiento, urgieron a dicha dependencia federal a recibir el inmueble con las obras terminadas a fin de que diera el cuidado, vigilancia, mantenimiento y operación de tales instalaciones, sugiriendo la promoción de eventos deportivos para los que fueron construidas, y así evitar su deterioro.

14. Al respecto la promovente afirma que han pasado más de 3 años desde que se concluyó la primera etapa y dos años de la segunda etapa, sin que haya habido acción o solución alguna por parte del organismo federal encargado del proyecto, a pesar de las diversas comunicaciones, solicitudes, e incluso, acuerdos tomados en conjunto.

De dichas gestiones no se ha recibido una respuesta, por parte de la Conade, que de cauce, por lo menos, al proceso de entrega recepción de las obras terminadas correspondientes a la primera y segunda etapas del “Centro Paralímpico”.

Ante la magnitud de la inversión destinada para la construcción del “Centro Paralímpico Nacional”, el Ayuntamiento 2012-2015 realizó diversas gestiones ante la Comisión Nacional del Deporte con el objeto de buscar un nuevo acuerdo para convenir y actualizar las obligaciones tanto de la Conade como del municipio de Irapuato, pero especialmente para que la Conade reciba las etapas terminadas.

Incluso, luego del nombramiento del nuevo Director General de Conade, Alfredo Castillo Cervantes, en abril pasado, el municipio de Irapuato, envió una comunicación al nuevo Director, para informar de la situación que guarda el inmueble en cuestión, y a pesar de la voluntad de buscar solución conjuntamente con el estado y el municipio, a la fecha no se tiene una solución.

15. Señala la promovente, que dentro de las atribuciones de la Conade se establecen las de promover la construcción, conservación, uso y mejoramiento de las instalaciones destinadas a la cultura física y el deporte; así como coordinarse entre otros, con los municipios para promover la construcción, adecuación, conservación y aprovechamiento óptimo de la infraestructura para la cultura física y el deporte, tal como se desprende la Ley General de Cultura Física y Deporte, atribuciones que solicitamos respetuosamente, se ejerzan de manera completa en beneficio de los mexicanos.

Todo lo anteriormente expresado, ha traído como consecuencia el deterioro natural y provocado que en cinco ocasiones, se hayan dado robos a dichas instalaciones; esto en virtud de que el municipio de Irapuato no cuenta con las facultades legales, ni capacidad administrativa y financiera, para hacerse cargo del Centro, resultando absurdo pretender que así lo hiciera.

La situación actual sobre las instalaciones del “Centro Paralímpico Nacional” es de incertidumbre. No se ha dado un aprovechamiento de las instalaciones, creando un elefante blanco. Se ha vuelto un reclamo a las autoridades de los tres órdenes de gobierno urgiendo a la solución de ese asunto.

16. También establece la promovente, que con el nuevo Director de la Conade a principios de este año se notó un cambio de actitud y la voluntad de resolver el tema, y el estado de Guanajuato por conducto del director de la Comisión del Deporte hasta este año aceptó la posibilidad de administrar el inmueble siempre y cuando se le asigne el recurso; de igual manera, con el cambio de administración municipal el nuevo alcalde de Irapuato, ha planteado a la ciudadanía su voluntad de resolver el tema.

Punto a considerar, es que la ciudadanía demanda que se utilice el “Centro Paralímpico Nacional”, es necesario que de inmediato se dé cauce real a los objetivos iniciales del centro o los que de acuerdo a la realidad actual acuerde la Conade.

En virtud de lo anterior, resulta imperante que las instalaciones deportivas de vanguardia y adaptadas para los deportistas con discapacidad, no sigan en el estado de abandono y deterioro en el que se encuentran, considerando, además, que se trata de una inversión de más de trecientos millones de pesos de los mexicanos.

La proposición se presenta de la siguiente forma:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular de la Comisión Nacional del Deporte a realizar las acciones que resulten necesarias para que la Conade, en el ámbito de sus atribuciones legales reciba de inmediato el Centro Nacional Paralímpico ubicado en el municipio de Irapuato, Guanajuato.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular de la Comisión Nacional del Deporte a resolver de manera definitiva sobre el cuidado, administración y operación del Centro Nacional Paralímpico, en el entendido de que para hacer rentables dichas acciones, se pueda ampliar el uso de las instalaciones que alberga dicho centro, y no sea limitativo al deporte adaptado.

III. Análisis, discusión y valoración de la proposición

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte analizaron y discutieron las consideraciones que sostienen la proposición objeto del presente dictamen, al respecto coincidieron que la misma es congruente con el marco normativo vigente.

La práctica del deporte adaptado en México proviene directamente de la labor que la sociedad civil constantemente realiza en aras de impulsar la difusión y la protección de los derechos de las personas con discapacidad, así como la garantía para su ejercicio.

No obstante lo anterior, aún son indispensables acciones que conduzcan a la promoción, educación, financiación y capacitación en materia de deporte adaptado, y de igual forma la coordinación de gobierno y sociedad para que las personas con discapacidad, gocen de los beneficios que implica la cultura física y la práctica del deporte, que además de ser una actividad que trae múltiples beneficios al desarrollo de la sociedad, es ya un derecho constitucional que debe ser garantizado por el gobierno.

El deporte es considerado como parte de los valores esenciales comúnmente aceptados por la sociedad, ya que influye directamente en el desarrollo integral de las personas, tanto en el aspecto físico como en el psíquico o social, lo cual hace posible lograr equilibrio en la personalidad del ser humano. Específicamente en el caso de las personas que viven algún tipo de discapacidad, los efectos del deporte son aún mucho más claros y benéficos, ya que es un elemento indispensable para la readaptación física y psicológica y fortalece la integración social.

México tiene una historia de inclusión de las personas con discapacidad en la práctica del deporte, que datan de 1957, año en el que se llevaron a cabo los primeros torneos interescolares, los cuales han sido inspiración para concebir al deporte adaptado de forma profesional y federada y un paso definitivo hacia su inclusión en el marco normativo mexicano, tanto a nivel federal, como estatal. Es a través de las leyes vigentes, que el deporte es comprendido como un medio esencial para el desarrollo de las personas con discapacidad.

Ante este panorama, es preciso que el gobierno en coordinación con la sociedad civil, emprenda una serie de acciones, medios y directrices para el fomento del deporte y la garantía de fácil acceso a la población en su conjunto y muy en especial, dirigir estos esfuerzos a las personas con discapacidad.

En tal sentido, la construcción y el mejoramiento de la infraestructura deportiva juega un papel indispensable en el impulso de la práctica del deporte en la población, el Estado debe ser un agente garante de que la misma cuente con los elementos necesarios de accesibilidad y equipamiento adecuado para hacer de la práctica deportiva un factor de impulso al desarrollo de la sociedad en condiciones de inclusión y equidad.

En el caso específico del Centro Nacional Paralímpico, cuya inversión asciende a más de 370 millones de pesos, es un proyecto de suma relevancia para el impulso de la actividad deportiva de alto rendimiento en materia de discapacidad, sus instalaciones y equipamiento deben ser resguardados y administrados por el gobierno, con la finalidad de dar acceso a la población que requiera de los servicios.

Ante tal situación de abandono en el que se encuentra este importante proyecto, es menester que se implementen acciones de coordinación entre los distintos niveles de la administración pública, a efecto de llevar a cabo las acciones pertinentes que conlleven a su recuperación y cumpla con la finalidad para la cual fue construido. En tal sentido, es prioritario que el Gobierno Federal, a través de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, establezca de forma inmediata las gestiones necesarias para que este centro sea funcional y se convierta en un beneficio para las personas con discapacidad.

IV. Modificaciones de la comisión dictaminadora

En lo que respecta al primer petitorio que compone esta proposición, las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte, consideramos pertinente que la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, debe estudiar todas las posibles soluciones que hagan funcional el Centro Nacional Paralímpico, aspecto que se convierte en la principal finalidad, independientemente de la esfera gubernamental que tenga a cargo su administración.

Asimismo, es preciso dejar claro que sus instalaciones y equipamiento fueron en un principio pensados para impulsar las diversas disciplinas deportivas que conforman el deporte adaptado, ante la escasez de lugares destinados exclusivamente a la práctica del deporte de las personas con discapacidad, por lo que es preciso que el inmueble cumpla con su misión para la que inicialmente fue pensado.

En tal sentido, la Comisión de Deporte ha coincidido en que la proposición motivo del presente dictamen, sólo se componga de un único petitorio, el cual consista en dirigir el exhorto a la Conade, para que en coordinación con el gobierno del estado de Guanajuato, estudie las diversas alternativas que den operatividad al Centro Nacional Paralímpico en el municipio de Irapuato, Guanajuato.

Por las consideraciones antes expuestas, las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte sometemos a la consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular de la Comisión Nacional del Deporte a que en el ámbito de sus atribuciones legales y en coordinación con el gobierno estatal y municipal, estudien las alternativas pertinentes que resuelvan de forma definitiva la problemática que presenta el Centro Nacional Paralímpico, ubicado en el municipio de Irapuato, Guanajuato y sus instalaciones sean operativas y funcionales para la práctica del deporte adaptado.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2015.

La Comisión de Deporte

Diputados: Pablo Gamboa Miner (rúbrica), presidente; Montserrat Alicia Arcos Velázquez (rúbrica), Flor Ángel Jiménez Jiménez (rúbrica), Fidel Kuri Grajales (rúbrica), Leydi Fabiola Leyva García (rúbrica), Adriana Elizarraraz Sandoval (rúbrica), Jacqueline Nava Mouett, Jesús Emiliano Álvarez López (rúbrica), José Alfredo Ferreiro Velazco (rúbrica), Olga Catalán Padilla (rúbrica), Andrés Fernández del Valle Laisequilla (rúbrica), secretarios; Álvarez Piñones Rosa Alicia (rúbrica), María García Pérez (rúbrica), José Adrián González Navarro, Próspero Manuel Ibarra Otero (rúbrica), Miriam Dennis Ibarra Rangel, Alejandro Juraidini Villaseñor (rúbrica), Renato Josafat Molina Arias (rúbrica), Luis Ernesto Munguía González (rúbrica), Cristina Sánchez Coronel, Ximena Tamariz García (rúbrica), Ruth Noemí Tiscareño Agoitia (rúbrica), Nadia Haydee Vega Olivas, Beatriz Vélez Núñez (rúbrica), Timoteo Villa Ramírez (rúbrica), Claudia Villanueva Huerta (rúbrica), Erika Irazema Briones Pérez, José Santiago López (rúbrica), Karen Orney Ramírez Peralta.