Proposiciones de urgente u obvia resolución
Proposiciones
Efemérides


Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR, la SHCP y el SAT a informar a la opinión pública si se realiza alguna investigación en torno a la probable asignación de contratos a cambio de sobornos en Sonora donde participarían el gobernador Guillermo Padrés Elías y su hermano Miguel Padrés Elías, a cargo del diputado Willy Ochoa, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Willy Ochoa diputado federal de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El pasado jueves 5 de marzo de 2015 el diario estadounidense The Wall Street Journal, publicó un artículo en el que se advierte la posibilidad de actos de corrupción en México, específicamente en Sonora al destacar una investigación por sobornos donde se señala como probables actores al Gobernador de la entidad, Guillermo Padrés Elías y a su hermano Miguel Padrés Elías.

De acuerdo con el diario, el gobierno federal abrió una investigación al respecto, encabezada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, basada en las acusaciones de que los hermanos Padrés Elías recibieron pagos por la cantidad de 3.3 millones de dólares (equivalentes a 51 millones 150 mil pesos al tipo de cambio de 15.50 pesos por dólar), por parte de firmas que ganaron contratos públicos con el gobierno sonorense, equivalentes a 20 millones de dólares (310 millones de pesos).

The Wall Street Journal expone que, según la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda, el dinero fue pagado por el empresario Mario Aguirre, para obtener las licitaciones para proveer uniformes escolares.

Adicionalmente, se refiere que la investigación de la SHCP sostiene que Miguel Padrés transfirió 5.7 millones de dólares (88 millones de pesos) a una cuenta bancaria en Estados Unidos, que abrió en 2012, a nombre de Tenerife CV, una firma con sede en Holanda. También se tiene referencia de que Miguel Padrés depositó adicionalmente 522 mil dólares (8 millones de pesos) en otra cuenta en Estados Unidos abierta por su hermano en el 2011, a nombre de Dolphinius, CV, otra sociedad de responsabilidad limitada con sede en Holanda. En total, Miguel Padrés transfirió 8.9 millones de dólares (137 millones de pesos) de cuentas de México a cuentas en bancos de Estados Unidos, desde que su hermano Guillermo Padrés se convirtiera en gobernador de Sonora en el año 2009.

Cabe destacar que el 24 de febrero pasado, tanto el gobernador Guillermo Padrés y su hermano Héctor, Miguel y Julio aseguraron públicamente que su fortuna familiar ascendía a 261 millones 875 mil 633 pesos entre mueblerías y ranchos sin mencionar ni hacer referencia a las cuentas citadas por The Wall Street Journal.

La nota cita la investigación en el sentido de que se realizaron una serie de operaciones en el Sistema Financiero Nacional y extranjero, con recursos que posiblemente tienen un origen ilícito y con un alto grado de probabilidad se operaron con la finalidad de ocultar su origen, localización, destino o propiedad?, también ha sido señalada la ausencia de explicación sobre la raíz de los fondos de Miguel Padrés, ni de sus actividades empresariales ni sus declaraciones juradas.

El gobernador Padrés, ha negado categóricamente haber abierto cuentas bancarias a nombre de la firma holandesa y desconoció la investigación tratando de desacreditarla, achacándola a rivalidades políticas.

Sin embargo, los señalamientos hechos al gobernador Padrés son graves y deben ser aclarados, más aún cuando se ha puesto en entredicho a la investigación, si el gobernador sonorense cuenta con dinero que no debería o cuyo origen sea inexplicable, la tarea de la Secretaría de Hacienda es investigar y la de las instituciones, como esta soberanía, es mantener ojos vigilantes en él.

Siendo necesario recordar que no es la primera vez que el gobernador Padrés se ha visto envuelto en controversias, simplemente basta con evocar una represa en su rancho en Sonora, cuyos habitantes se encuentran a merced de las inclemencias del clima, situación que lo hizo acreedor a una multa y a que se le ordenara la destrucción de la represa, símbolo de su inestabilidad y voracidad.

Las acusaciones en contra del gobernador Padrés son graves y deben ser aclaradas en aras de la consolidación de un servicio público transparente, eficaz y, sobre todo, benéfico para la población y no para privilegiar intereses particularmente en detrimento de la ciudadanía, es por lo anteriormente expuesto, que elevo a la consideración de esta Soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de la República, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Servicio de Administración Tributaria, a efecto de que informen a la opinión pública si se está realizando alguna investigación con relación a la probable asignación de contratos a cambio de sobornos en Sonora, en el que participarían el gobernador Guillermo Padrés Elías y su hermano Miguel Padrés Elías.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de marzo de 2015.

Diputado Willy Ochoa (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales a convocar a reuniones con el titular de la Profepa y con el encargado del Fideicomiso del Río Sonora para abordar el tema relativo a los derrames tóxicos acontecidos en ese estado, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, Lilia Aguilar Gil, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I; 79, numeral 2, fracción II; y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En la madrugada del 7 de marzo se reportó un nuevo derrame en Cananea, Sonora. En esta ocasión se advierte que la responsable fue Minera María, debido a una falla en el sistema de bombeo, provocando una contaminación de 180 metros cúbicos de solución gastada de cobre.

Según la Procuraduría de Medio Ambiente dicho derrame ha contaminado el arroyo El Tordillo, afectando una longitud de 1.6 kilómetros. Al intentar ejecutora las medidas de control, la empresa no pudo dar inicio a las actividades de neutralización de la solución derramada en el cauce del arroyo debido a un enfrentamiento con los locales.

El desastre ecológico, sucede a pocos kilómetros donde seis meses atrás aconteció el derrame de más de 40 millones de litros de lixiviados de cobre acidulado por una falla en la mina de Buenavista del Cobre, filial de Grupo México, el cual fue considerado el peor desastre ambiental en la historia de la minería moderna.

Existe una gran preocupación de que este tipo de situaciones sigan sucediendo, por lo que se requiere de atención inmediata y apegada al marco jurídico aplicable por parte de las autoridades encargadas de vigilar y supervisar las medidas que deben adoptar las mineras para prevenir y atender dichos acontecimientos.

De tal suerte se busca evitar que se vulneren nuevamente los derechos humanos, especialmente a un ambiente sano, de los habitantes de la zona, como sucedió con el derrame ya referido, en río Sonora el 6 de agosto de 2014.

Por lo anteriormente descrito se presenta a esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Resolutivos

Primero. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta Soberanía para que convoquen a una reunión de trabajo con el titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a fin de que informe sobre el seguimiento ante los casos de los derrames de soluciones contaminantes de cobre en los Ríos Sonora y Bacanuchi y recientemente, del arroyo El Tordillo, en el estado de Sonora.

Segundo. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta Soberanía para que convoquen a una reunión de trabajo con el encargado del Fideicomiso de Río Sonora a fin de que informe sobre el estado que guarda la afectación causada por el derrame de sulfato de cobre en los ríos Sonora y Bacanuchi, ocurridos el 6 de agosto de 2014 como consecuencia de las actividades de la minera Buenavista del Cobre.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de marzo de 2015.

Diputada Lilia Aguilar Gil (rúbrica)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Inmujeres a garantizar que en el diseño y la evaluación del modelo de atención de los refugios para mujeres víctimas de violencia familiar se incluya apoyo especializado para sus hijos que les permita la plena recuperación física y psicológica, a cargo de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos, diputados María del Rocío Corona Nakamura y Rafael González Reséndiz, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo para exhortar al Instituto Nacional de las Mujeres a que en el marco de sus facultades como depositario de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la Violencia contra las Mujeres, garantice que en el diseño y evaluación del modelo de atención de los refugios para mujeres víctimas de violencia familiar, se integre la atención necesaria y especializada para las hijas y/o hijos de éstas, que les permita su plena recuperación física y psicológica, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En nuestro país, sin duda alguna debemos reconocer que gracias al esfuerzo y la lucha constante de generaciones de mujeres, se ha avanzado en el esmero de lograr una efectiva igualdad, que permita el disfrute tanto de hombres y mujeres de las mismas oportunidades y condiciones de desarrollo pleno.

Sin embargo para las mujeres esto no ha sido fácil y aún falta mucho por hacer para lograr una cultura que nos permita como sociedad otorgar en igualdad de oportunidades y sin discriminación alguna, el libre ejercicio de todos los derechos que corresponden.

No obstante lo anterior, podemos afirmar que paulatinamente hemos aprendido a reconocer el papel que le corresponde a la mujer por su importancia en el desarrollo de este país al igual que de sus habitantes.

Es así que las mujeres a pesar de representar más del 50 por ciento de la población total en México1 y sobre todo de tener un lugar preponderante en el desarrollo político, económico y educativo –por mencionar algunos- han tenido que luchar para poder disfrutar de lo que les corresponde; pasando históricamente desde el reconocimiento a su derecho a votar y ser votadas, hasta la garantía de sus derechos elementales como el derecho a la vida, a elegir sobre sí mismas, el acceso a la educación, al trabajo digno y remunerado y a disfrutar de una vida libre de violencia; entre otros más.

De tal manera que hoy en día, una de cada cuatro mujeres en nuestro país son jefas de hogar y única fuente de ingresos familiares, esto sin considerar que además el 42 por ciento de las mujeres mexicanas económicamente activas trabajan fuera de su casa.2

No obstante, hay todavía factores en nuestra población que impiden el desarrollo pleno de los individuos y particularmente de las mujeres que la componen; la realidad nos hace ver, que no basta con el establecimiento en la ley y el reconocimiento por parte de los gobiernos y sus instituciones, de estos derechos hacia y de las mujeres; si la sociedad en su conjunto no los reconoce, los reproduce sistemáticamente, los enseña de manera permanente, los acepta en su totalidad y por consiguiente los lleva a la práctica diaria y están a su alcance dentro del ámbito en que se desenvuelven.

Por ejemplo, de manera grave en las escuelas desde el nivel básico de enseñanza todavía se motivan y toleran las diferencias por cuestión de género pues aún existen clases y ejercicios definidos o estandarizados para hombres y mujeres.

Todavía se castiga a los estudiantes varones como una manera efectiva de escarmiento y sometimiento a burla y rebaja en su persona mandándolos a formarse a las filas de niñas o a integrarse a los talleres o asignaturas consideradas exclusivas de ellas o para ellas y en la familia todavía existe y se reproduce la marcada diferencia de roles entre las labores propias de las mujeres y los hombres.

Básicamente a pesar de que se ha dicho mucho sobre los derechos de la mujer, integramos una sociedad que discretamente pero de manera reiterada, tolera la simulación y solapa la marginación sistemática hacia ella y no ha sido capaz de erradicar los distintos tipos y manifestaciones de violencia que sufre a lo largo de las distintas etapas de su vida.

Esto es porque quizás nos ocupamos de sembrar en nuestras leyes y gobiernos el término de igualdad de género; pero a la vez olvidamos sembrarlo y reproducirlo en nuestra sociedad, su pensamiento, su cultura, su comportamiento y los sistemas educativos que la conforman; ya sea desde la casa, la escuela así como el desarrollo del comportamiento diario desde la infancia.

Desafortunadamente y de manera particular, el nivel de violencia familiar que existe en la mayoría de los hogares; es reflejo de lo anterior.

Violencia que sin importar clase social o nivel educativo, sigue afectando principalmente a las mujeres y por consecuencia lesiona irremediablemente a la familia en su conjunto.

Al respecto las cifras son frías y claramente contundentes.

Basta mencionar que en uno de cada tres hogares en nuestro país, hay violencia familiar de manera recurrente, siendo la principal víctima la mujer y las victimas indirectas las hijas y/o los hijos.3

Hasta el año pasado, se tenía registrado que uno de cada cinco asesinatos violentos efectuados en contra de mujeres en el territorio nacional, se cometía en casa.4

Igualmente alarmante, en nuestra sociedad; de cada 100 mujeres mayores de 15 años casadas o en unión, al menos 47 han sufrido violencia ya sea emocional, física o sexual.5

Es decir, casi la mitad de las mujeres en esa condición social, han sufrido al menos una vez algún tipo de violencia de parte de sus parejas.

Frente todo lo anterior, aunque con un número insuficiente, contamos con refugios especializados en atender a las mujeres víctimas de la violencia familiar.

Instancias que a lo largo del territorio nacional, ya sea bajo el apoyo gubernamental o también administrados por organismos no gubernamentales; se ofrecen como una alternativa para escapar de ese mal que día a día las somete.

Espacios que ofrecen no solo refugio temporal, sino también la oportunidad de recibir la ayuda en todos los ámbitos –psicológicos, de empleo, educativos por ejemplo- que se requieran para lograr su reincorporación a una vida plena.

En la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su artículo 51 particularmente en la fracción IV se establece que las autoridades desde el ámbito de sus competencias deberán “proporcionar un refugio seguro a las víctimas”6 de violencia.

De igual manera, en ese mismo ordenamiento en el artículo 52 se establece que:

“En los casos de violencia familiar, las mujeres que tengan hijas y/o hijos podrán acudir a los refugios con éstos”.7

Finalmente en el artículo 54, en materia específica de los refugios se establece que éstos deberán:

I. Aplicar el Programa;

II. Velar por la seguridad de las mujeres que se encuentren en ellos;

III. Proporcionar a las mujeres la atención necesaria para su recuperación física y psicológica, que les permita participar plenamente en la vida pública, social y privada;

IV. Dar información a las víctimas sobre las instituciones encargadas de prestar asesoría jurídica gratuita;

V. Brindar a las víctimas la información necesaria que les permita decidir sobre las opciones de atención;

VI. Contar con el personal debidamente capacitado y especializado en la materia, y

VII. Todas aquellas inherentes a la prevención, protección y atención de las personas que se encuentren en ellos.8

Como se puede apreciar con lo anterior; los refugios brindan en el caso de violencia familiar lo necesario para que la mujer víctima de este mal reciba la ayuda requerida y si es el caso acudan en compañía de sus hijas o hijos.

Necesariamente tiene que ser así, porque la violencia familiar no solo afecta y victimiza a la mujer sino de igual manera, lesiona a los hijos que en su núcleo familiar la padecen.

Por ello consideramos, que es necesario que en estos refugios las hijas y/o hijos de las mujeres víctimas de violencia familiar reciban la ayuda especializada para superar en lo individual y como integrante de una familia, esa desafortunada situación.

Cifras al respecto establecen que seis de cada diez menores de edad en nuestro país, sufren de violencia familiar.9

Es decir; más de 15 millones de menores conviven diariamente bajo la sombra de violencia ejercida directa o indirectamente –victimas presenciales- de quien se supone los debería de proteger; siendo generalmente el padre. (En el 2010 había un total de 32.5 millones de menores en México.)10

No podemos ser insensibles ante esta situación; si bien hay instituciones sólidas, fuertes y con una larga trayectoria en defensa de los menores de nuestro país como lo es el DIF.

La realidad nos muestra que desafortunadamente los refugios siguen siendo necesarios, ante la carencia de una cultura de la denuncia de estos actos y de quienes los cometen.

Es por lo anterior, que no está por demás proteger a las hijas y los hijos de las mujeres que a toda costa tratan de escapar de las destructivas garras de la violencia sufrida en los hogares y ejercida por su pareja.

Estos refugios no solo deben de ser una alternativa efectiva para la mujer, sino también para la familia en su conjunto. Y para garantizar esto, el ofrecer en éstos espacios, la protección, orientación y cuidado profesional y especializado a sus hijas y/o hijos para su también recuperación física y psicológica; es indiscutiblemente necesario.

Por lo expuesto anteriormente, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de las Mujeres a que en el marco de sus facultades como depositario de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la Violencia Contra las Mujeres; garantice que en el diseño y evaluación del modelo de atención de los refugios para mujeres víctimas de violencia familiar, se integre la atención necesaria y especializada para las hijas y/o hijos de éstas, que les permita su plena recuperación física y psicológica.

Notas

1 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010.

2 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010.

3 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010.

4 Inegi. Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2013.

5 Inegi. Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2013.

6 Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Artículo 51.

7 Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Artículo 52, fracción VIII.

8 Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Artículo 54.

9 Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Reporte 2012.

10 Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de febrero de 2015.

Diputados: María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Rafael González Reséndiz.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director general del SAE a gestionar la regularización de la propiedad de casas habitación y terrenos en posesión legítima de jubilados, pensionados o ex trabajadores ferrocarrileros, a cargo del diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la LXII Legislatura, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para que realice y lleve a cabo las acciones necesarias para gestionar y agilizar la conclusión de los trabajos pendientes del proceso de liquidación, a fin de proceder lo antes posible y, en definitiva, a regularizar la propiedad de casas habitación y terrenos en posesión legítima de jubilados, pensionados y, en el caso, extrabajadores ferrocarrileros o sus sucesores, mediante las donaciones correspondientes, conforme a las siguientes

Consideraciones

Como es de nuestro conocimiento, durante prácticamente sesenta años, el Organismo Público Descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México, primero con la participación de otras empresas de participación estatal y al final de su existencia como entidad única, fue el organismo encargado de prestar el servicio público de transporte de mercancías y personas a través de vías férreas, explotando y administrando las vías generales de comunicación ferroviarias.

Sin embargo, en fecha 4 de junio de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México (FNM) y se abroga su ley orgánica; posteriormente mediante oficio 1.-203 de fecha 29 de agosto de 2001, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), designó al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC (Banobras), como liquidador responsable de FNM; luego mediante oficio 1.488 de fecha 17 de agosto de 2010 esta SCT designó al organismo público descentralizado de la administración pública federal denominado Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), como liquidador de FNM en sustitución de Banobras. Asimismo, mediante acuerdo 12-III-3, de fecha 24 de mayo de 2012, la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación (CIGFD), tomó conocimiento del proyecto de Bases para la Liquidación de FNM, y con fecha 10 de octubre de 2012 fueron publicadas en el DOF dichas bases, las cuales entre otras cosas contemplan la realización de un plan de liquidación del organismo FNM, el cual mediante acuerdo 12-E-III-1 de fecha 31 de octubre de 2012 fue aprobado por la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación (CIGPFD), mismo que contiene en uno de sus apartados el documento denominado: Proyecto de reglas de donación de casas y terrenos a jubilados, pensionados y sus sucesores, propiedad de Ferrocarriles Nacionales de México. Dicho plan contempla, entre otros aspectos, la donación de casas habitación y terrenos en posesión legitima de jubilados y pensionados ferrocarrileros o sus sucesores. El 20 de mayo de 2013 se incluyó el plan de liquidación en el Plan Nacional de Desarrollo.

Por lo que el proyecto antes citado se encuentra en etapa de revisión por diversos entes públicos involucrados en dicho proceso de liquidación, para su debida aprobación, por lo que una vez concluida dicha etapa, se estará en condiciones de poder dar el trámite correspondiente a las peticiones de donación respecto de casas y terrenos de FNM en posesión de jubilados, pensionados o sucesores.

Las bases para llevar a cabo la liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 10 de octubre de 2012 , prevén el establecimiento de reglas para regir las fases del proceso de liquidación.

El 31 de octubre de 2012 mediante acuerdo 12-E-III-1, la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación aprobó el plan de liquidación de FNML, conforme a las bases de liquidación señaladas en el párrafo anterior. Dicho plan contempla, entre otros aspectos, lo siguiente:

“a) La donación de casas habitación y terrenos en posesión legitima de jubilados y pensionados ferrocarrileros o, en su caso, sus sucesores y;

b) La donación –a los gobiernos estatales– de activos remanentes de FNML en caso de estar invadidos o en uso habitacional, con el propósito de que los regularicen a favor de los poseedores.”

No obstante lo anterior, el mecanismo y los requisitos para el análisis de las solicitudes de donación, aún se encuentran pendientes de definición.

Conforme a lo establecido en la fracción IV del artículo 2o. del decreto, el liquidador sí tiene como función, entre otras, la de llevar a cabo la regularización y tramitar la desincorporación de activos remanentes incluyendo las casas habitación que han estado en posesión legítima de jubilados y pensionados de dicho organismo o sus sucesores.

Como es de nuestro conocimiento Ferrocarriles Nacionales de México, en su momento, para que los trabajadores pudieran desempeñar sus labores para la empresa, reubicó a los trabajadores para que se establecieran en lugares apartados en donde desempeñar su trabajo, por lo que la empresa, a través de los contratos colectivos de trabajo, e incluso en la Ley Federal del Trabajo, hizo obligatorio para el patrón proporcionar a sus trabajadores casas habitación o un terreno donde construir su vivienda.

No obstante, a más de 40 años, los extrabajadores del extinto organismo Ferrocarriles Nacionales de México, que actualmente se encuentra en liquidación, los jubilados y pensionados ferrocarrileros o, en su caso, sus sucesores, continúan en posesión legitima de las casas habitación y terrenos que fueron proporcionados por la empresa, y que a la fecha no han sido regularizadas en su beneficio mediante la donación la propiedad de las casas habitación y terrenos, que han estado en posesión legitima por más de cuarenta años por los extrabajadores de esta empresa.

Por lo que Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación (FNML) persiste en su negativa para regularizar, mediante la donación, la propiedad de las casas habitación y terrenos en posesión legítima de jubilados, pensionados y, en el caso, extrabajadores ferrocarrileros, o sus sucesores, con lo que queda evidenciada la falta de cumplimiento de las obligaciones que le imponen los artículos 2 y 4 del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2001 , que a la letra establece lo siguiente:

“Artículo 2o. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en su carácter de dependencia coordinadora del sector, establecerá las bases para llevar a cabo la liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México, mediante la debida consolidación de su patrimonio y designará al liquidador responsable de ese proceso, quien realizará las siguientes funciones:

I. Ejercerá las atribuciones de apoderado general para pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio, con todas las facultades generales y aun las especiales que de acuerdo con la ley requieran poder o cláusula especial, así como para delegar su representación mediante poderes generales o especiales.

III. Administrará los activos remanentes hasta su enajenación, donación o reversión.

IV. Llevará a cabo la regularización y tramitará la desincorporación de los activos remanentes, inclusive las casas habitación que han estado en posesión legítima de jubilados y pensionados de la empresa o sus sucesores para que, en su caso, se realice la donación correspondiente a entidades federativas, municipios, pensionados y jubilados, instituciones públicas o privadas y asociaciones que no persigan fines de lucro, a fin de que sean utilizados para beneficio social, incluida la de asentamientos humanos con la intervención de las autoridades competentes, o bien, se proceda a su reversión al gobierno federal, o a su enajenación, sujetándose a lo previsto por la Ley General de Bienes Nacionales y la Ley General de Asentamientos Humanos.

En el caso de reversión, los gobiernos de los estados, el Distrito Federal y municipios, tendrán preferencia, en igualdad de condiciones, para adquirir los bienes remanentes.

V. Dará cumplimiento a los asuntos pendientes según lo establecido en los diversos títulos de concesión del servicio público de transporte ferroviario, relacionados entre otros, con la protección del entorno, con base en las auditorías ambientales y los programas de restauración ambiental.

VI. Atenderá lo relativo a los juicios laborales, civiles, mercantiles y de cualquier otra índole que se encuentran en curso, así como a la resolución de los demás asuntos laborales en trámite. El gobierno federal responderá de manera subsidiaria y, en su caso, de manera solidaria a las obligaciones que pudiesen resultar al término de los juicios mencionados.

VII. Concluirá los expedientes relativos a la liberación y ocupación del derecho de vía, así como la atención a las disputas que se presenten, buscando solucionarlas en forma conciliatoria, rápida y oportuna.

VIII. Someterá anualmente al dictamen del auditor designado por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, los estados financieros del proceso de liquidación.

IX. Informará periódicamente a las Secretarías de Contraloría y Desarrollo Administrativo; de Hacienda y Crédito Público, de Comunicaciones y Transportes y de manera semestral al Congreso de la Unión, sobre el avance y estado que guarde el proceso.

X. Levantará y actualizará el inventario de los activos pertenecientes al organismo, así como respecto de los pasivos a su cargo, y

XI. Las demás inherentes a sus funciones.

Artículo 4o. Los derechos laborales de los trabajadores de Ferrocarriles Nacionales de México, generados conforme al contrato colectivo de trabajo aplicable y a la ley, serán respetados. En toda época, el gobierno federal garantizará complementariamente el pago vitalicio de las pensiones otorgadas a los trabajadores jubilados y pensionados de Ferrocarriles Nacionales de México, en el caso de que el fondo de jubilaciones sea insuficiente.”

Como se mencionó anteriormente el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes fue designado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes como liquidador de Ferrocarriles Nacionales de México, en sustitución de Banobras.

Dicho liquidador cuenta con las más amplias facultades para actos de administración, de dominio y pleitos y cobranzas, y para suscribir u otorgar títulos de crédito, incluyendo aquéllas que, en cualquier materia, requieran poder o cláusula especial en términos de las disposiciones aplicables, así como delegar su representación mediante poderes generales o especiales.

Además de las funciones establecidas en el decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México y se abroga su ley orgánica, así como en el Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, (SAE), deberá:

• Elaborar un plan de liquidación, en el que se identificarán objetivos y acciones;

• Una vez aprobado, se someterá a la consideración de la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación, para los efectos procedentes;

• Promover todo lo necesario para el cumplimiento del plan de liquidación;

• Emitir y aplicar las políticas internas para la operación, control y conducción de los procesos sustantivos de la liquidación;

• Concluir las operaciones del organismo que se encuentren pendientes;

• Cumplir las obligaciones a cargo del organismo, para lo cual podrá disponer de su patrimonio;

• Usar y disponer para los fines propios del proceso de liquidación, los recursos materiales y financieros del organismo, y

• Dar cumplimiento a los asuntos pendientes según lo establecido en los diversos títulos de concesión del servicio público de transporte ferroviario.

Por su parte, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en su carácter de coordinadora de sector, en coordinación con el liquidador, promoverá lo necesario ante la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación, para el efecto de:

• Definir las políticas, criterios, estrategias y modalidades que orientarán el proceso de liquidación, así como supervisar su correcta aplicación, y

• Establecer las reglas que habrán de regir en cada fase del proceso de liquidación, así como supervisarlas, y obtener las recomendaciones necesarias para el financiamiento del proceso de liquidación.

Por último, una vez concluido el proceso de desincorporación, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes deberá:

• Comunicar la terminación a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con el objeto de que solicite a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la baja de la clave programática-presupuestaria, y

• Presentar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el aviso de cancelación del registro federal de contribuyentes, conjuntamente con la declaración final de la liquidación total del activo del organismo.”

Por estas razones, es que el gobierno debe cumplir con el compromiso de acabar con la incertidumbre y dar certeza a los extrabajadores ferrocarrileros conforme a lo mandatado en el decreto de orden constitucional.

Del análisis de los informes, expedientes, y puntos de acuerdo, el Congreso de la Unión se ha pronunciado en favor de las demandas de miles de extrabajadores del extinto organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México, y así, el actual organismo Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), tampoco ha cumplido con la regularización mediante la donación de las casas habitación y terrenos conforme a lo establecido en el decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México y se abroga su ley orgánica.

No obstante, a pesar de que la Secretaría de Gobernación (Segob) informó al Congreso de la Unión que el proceso de liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México (FNML) presenta un avance global de 53 por ciento, en el informe que remitió al Congreso, precisó que para otorgar certeza a las operaciones de FNML, se estableció un programa para la revisión y, en su caso, emisión de políticas para operación, registro y control de los procesos sustantivos. Aunado con el reporte que el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) envió al Senado de la República, informa que se fijó el mes de octubre del próximo año para concluir todo este proceso de liquidación de Ferrocarriles Nacionales de México, y para ello existen avances importantes en los juicios laborales, en los terrenos que se desincorporan y en la venta de bienes.

Con todo, a la fecha los pensionados, jubilados y extrabajadores ferrocarrileros o, en su caso, sus sucesores, que continúan en posesión legítima de las casas habitación y terrenos que por años han ocupado, no cuentan con la seguridad y certeza jurídica en su derecho a la propiedad.

Por lo que debemos brindar mayor atención a los millones de extrabajadores de esta empresa en liquidación y otorgarles certeza y claridad a las formas constitucionales de su propiedad y la seguridad en la tenencia de su tierra es esencial, la certeza de la propiedad es una condición para el desarrollo equitativo, la tierra de nadie no hace justicia a nadie, esta tarea tiene prioridad y urgencia.

Los tiempos han cambiado y no podemos seguir así, hoy es un problema grave por lo que el fin de un viejo problema nos permitirá concentrar recursos y experiencias para hacer frente a los retos que prevalecen en nuestro tiempo, regularizar la propiedad de casas habitación y terrenos en legítima posesión por más de 40 años por los extrabajadores del extinto organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México, nos proporcionará la satisfacción de haber cumplido una etapa, y nos brinda la confianza para enfrentarnos al futuro, ante tal situación nosotros como legisladores tenemos la gran tarea de impulsar juntos esta nueva etapa para que juntos hagamos de la tierra y de su propiedad el más firme sustento para un desarrollo equitativo que los extrabajadores ferrocarrileros nos demandan.

Por las consideraciones anteriormente expuestas y fundadas, presento ante esta Cámara de Diputados los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al titular del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para que realice y lleve a cabo las acciones necesarias para gestionar y agilizar la conclusión de los trabajos pendientes del proceso de liquidación, a fin de proceder lo antes posible y, en definitiva, a regularizar la propiedad de casas habitación y terrenos en posesión legítima de jubilados, pensionados y/o ex trabajadores ferrocarrileros o, en su caso, sus sucesores, mediante las donaciones correspondientes.

Segundo. Se exhorta al titular del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para que informe periódicamente a la opinión pública, tanto de los avances de las acciones instrumentadas, como del estado que guarda el proceso de liquidación del extinto organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México.

Fuentes consultadas

1. Decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México y se abroga su Ley Orgánica, lunes 4 de junio de 2001 Diario Oficial de la Federación (Primera Sección)

2. Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), www.fnml.com.mx, y http://www.sae.gob.mx/es/Empresas/Liquidacion/Relacion/FERRONALES/Pagin as/default.aspx

3. Tesis de jurisprudencia 46/2005. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del treinta de marzo de dos mil cinco, 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Abril de 2005; Pág. 736.

4. Leticia Robles de la Rosa, Fijan liquidación de Ferronales en 2015, 12/02/2014, 05:49 http://www.excelsior.com.mx/nacional/2014/02/12/943385

5. Liquidación de Ferrocarriles Nacionales, con avance de 53%, http://eleconomista.com.mx/industrias/2014/08/14/liquidacion-ferrocarri les-nacionales-avance-53, Miércoles 18 de febrero del 2015.

6. Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.

Diputado Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a realizar por la SHCP y la STPS una campaña publicitaria para proteger, defender y promover los derechos laborales y sociales de las empleadas domésticas, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, Karen Quiroga Anguiano, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El mercado laboral de México es competitivo y limitado por las grandes decadencias económicas dadas en los últimos años, provocando la notoria falta de empleo, trabajos mal pagados o carentes de las mínimas prestaciones de ley, lugares insalubres, falta de incentivos económicos y fiscales o, peor aún, rigurosos y tediosos trámites burocráticos para la instalación de empleos formales.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2014 México alcanzó 49.8 millones de personas empleadas formalmente, es decir, 50.4 por ciento de la población ocupada. Mientras, el empleo informal se formó por 28.9 millones de ciudadanos, equivalente a 57.9 de la población ocupada.1

La informalidad ha incrementado considerablemente ante la escasa oferta de empleo, por lo que la sociedad debe buscar de alguna forma la generación de recursos económicos para el sostenimiento de su familia y su hogar. Entre estos empleos informales se destaca la amplia participación de las mujeres, en virtud de que en los últimos años se ha manifestado un crecimiento considerable que pone a discusión los esfuerzos en materia de política de empleo tanto en el ámbito nacional como en la esfera regional.

Un ejemplo de las empleadas en el sector informal son las trabajadoras domésticas, quienes son valiosas y forman parte de nuestra vida cotidiana, pues se caracterizan como personas que prestan su servicio para ejercer la limpieza, cuidado y mantenimiento del hogar de miles de familias a cambio de un pago monetario, vivienda temporal o alguna otra forma de pago de especie. Además, tienen la particularidad de la flexibilidad de tiempos, sus horarios de entrada por salida o de planta y se calcula que en el país, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) de 2013, hecha por el Inegi, hay alrededor de 2.2 millones trabajadoras domésticas.

De cada 100 de ellas, 96 no tienen las formalidades jurídicas esenciales, como un contrato por escrito que avale la relación laboral; tampoco cuenta con prestaciones de ley como seguro social, aguinaldo o vacaciones y 13 cumple una jornada laboral superior a las 48 horas por semana.2

Un segundo aspecto, no menos importante, son las “amas de casa”, mujeres madres de familia que trabajan continuamente en el hogar sin tener una remuneración o paga en virtud de que el esposo, concubino, pareja u otra persona es el principal sostén económico de la casa que procura proveer, delegando los quehaceres del hogar y muchas veces el cuidado de los hijos y otros seres queridos.

La ocupación de las trabajadoras del hogar es difícil. En primera instancia se deben someter a jornadas largas y muchas veces sin descanso; por otro lado la necesidad de las empleadas domésticas las obliga a sobrellevar él incumplimiento de los derechos laborales como es el caso de la falta de seguridad social, de un contrato, tener un salario bajo o inexistente para las amas de casa y algunas veces, violencia física, psicológica y acoso o abuso sexual por parte de las y los patrones, esto sin menoscabo de descuentos por la comida que ingieren o del cuarto o estancia que les proporcionan.

Los patrones o contratantes de empleadas domésticas se aprovechan de la ignorancia y desconocimiento de la ley para someterlas y abusar de ellas; el acto inhumano hacia su persona como la discriminación se hacer ver con conductas denigrantes como darles de comer las sobras de un día anterior o con apelativos y tratos de inferioridad.

También el trato discriminatorio se refleja en las leyes laborales del país: sólo la Ley Federal del Trabajo (LFT) definió el concepto de trabajadores domésticos, pero casualmente se olvidó establecer para ellas los mismos derechos que tiene la mayoría de los trabajadores del país y que por mandato constitucional, tiene el Estado y los patrones la obligación de proporcionar y garantizar el cumplimiento de sus prerrogativas.3

En 2010 se registraron en la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México los principales problemas de las trabajadoras del hogar. El estudio reflejó lo siguiente: 38.8 por ciento indica trabajar con un sueldo bajo, que es la principal dificultad existente; 19.3 indica el maltrato y la desigualdad; y 12.1 considera la falta de derechos laborales. Este último tema argumenta que 97.3 de los empleados domésticos no cuenta con seguro social, 91.5 no recibe aguinaldo y 93 por ciento no tiene vacaciones, tan sólo un mínimo porcentaje goza de esas prestaciones.4

Hace poco en México surgió el programa de incorporación voluntaria al régimen obligatorio del Seguro Social, donde el patrón persona física podía realizar la inscripción en el Seguro Social del trabajador que presta servicios de aseo o asistencia relacionados con el hogar. También en el Distrito Federal, recientemente el jefe del gobierno implantó el proceso de afiliación médica por trabajadoras del hogar en la Ciudad de México a fin de facilitar el acceso a servicios de salud de forma gratuita.

Sin embargo, este tipo de programas y asistencias sociales son desconocidos para las trabajadoras domésticas quienes, en consecuencia, no pueden ejercer libremente sus derechos. Por tanto, es importante realizar campañas informativas sobre las leyes laborales en este tema para las trabajadoras, a fin de que conozcan, se acerquen a las autoridades competentes y se informen claramente de las normas existentes a su favor.

Por todo lo anterior me permito someter a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo federal a realizar por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el ámbito de sus respectivas competencias, una campaña publicitaria a favor de la protección, defensa y promoción de los derechos laborales y sociales de las empleadas domésticas.

Notas

1 Inegi (2014). Resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, cifras al cuarto trimestre de 2014. Localizado en http://www.inegi.org.mx/inegi/contenidos/espanol/prensa/comunicados/est rucbol.pdf

2 Corona, Jessica (2014). “Sólo 2 por ciento de las trabajadoras del hogar tiene seguro social”, en Milenio, Política, localizado en http://www.milenio.com/politica/trabajadoras_domesticas_sin_segurosocia l_ni_prestaciones-inegi-conapred_0_272373144.html

3 Robles, Vanesa (2013). “Trabajo doméstico: el gran pendiente de la legislación”, en Magis-ITESO, localizado en http://magis.iteso.mx/content/trabajo-dom%C3%A9stico-el-gran-pendiente- de-la-legislaci%C3%B3n

4 Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (2010). Encuesta Nacional de Discriminación en México. Trabajadoras domésticas. ONU. Localizado en http://www.conapred.org.mx/userfiles/files/Enadis-2010-TD-Accss.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.

Diputada Karen Quiroga Anguiano (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la SCJN a pronunciarse sobre los decretos publicados en el DOF el 11 de agosto de 2014 que expiden, reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia energética, a cargo del diputado Danner González Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Danner González Rodríguez, diputado integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El 10 de junio de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y se reforman diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Con ello se introdujeron los derechos humanos a nuestro texto jurídico fundamental, marcando un hito en la relación Estado-sociedad porque los parámetros del poder estatal tuvieron un giro considerable con respecto a las personas. Los criterios de interpretación y de aplicación de las normas tienen como prioridad la protección más amplia a la persona, y mandatan estrictamente que la autoridad estatal en conjunto tiene la obligación de desarrollar las condiciones estructurales para la realización, mantenimiento y cumplimiento de los derechos humanos.

Sin embargo, esta importante reforma al sistema jurídico mexicano en su conjunto, enfrenta un reto que pone en entredicho el cumplimiento y mandato constitucional de hacer valer los derechos humanos, paradójicamente por acción de las propias autoridades estatales. Toda vez que el 11 de agosto de 2014, se publicaron diversos Decretos en el Diario Oficial de la Federación en materia energética.

De manera particular, el decreto por el que se expide la Ley de Hidrocarburos y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera; la Ley Minera y la Ley de Asociaciones Público Privadas, permitirá el uso de la técnica conocida como Fractura o Fracturación Hidráulica (Fracking), que consiste en introducir a alta presión, en pozos perforados vertical, horizontal y radialmente, millones de litros de un líquido fracturante con base en agua (90 por ciento), agentes apuntalantes (8-9 por ciento) y productos químicos altamente tóxicos (1-2 por ciento), con el objetivo de fracturar la roca y liberar los hidrocarburos denominados no convencionales que se encuentran en la roca madre de baja permeabilidad (esquistos, pizarra, lutitas, “shale”), en yacimientos que pueden ir de mil hasta los cinco mil metros de profundidad.

La “técnica de explotación de hidrocarburos no convencionales es devastadora en términos sociales y ambientales”,1 como se ha comprobado en diversas partes del mundo como Alemania, Argentina, Canadá, Estados Unidos de América, Sudáfrica y Rumania, por mencionar algunos lugares.

Esta práctica violenta derechos humanos de primer orden, toda vez que en términos sociales la devastación se puede apreciar en muchos ámbitos de la vida cotidiana de las personas como: la salud y la vivienda. En el primero porque hay problemas asociados con el estrés por vivir cerca de los lugares donde se emplea esta técnica y por los daños provocados por la exposición a la mezcla de químicos altamente cancerígenos. En el segundo, porque disminuyen las condiciones de habitabilidad de los hogares pues se compromete la seguridad física de las mismas frente a riesgos estructurales y ambientales, además de que se limita el acceso a servicios como el de agua potable, tanto porque disminuye la disponibilidad del líquido, como por la contaminación del agua disponible, además, se afectan otros espacios en los que las personas de una comunidad hacen su vida cotidiana, tales como centros escolares, de salud, laborales y recreativos, toda vez que están expuestos a la contaminación ambiental, a la falta o limitación de agua potable y a los riesgos antes mencionados.

En cuanto al deterioro ambiental; se contamina el aire, el suelo, el subsuelo, las tierras de cultivo y pastura (y con ello la vegetación y la fauna así como la alimentación adecuada para el ganado), y los mantos acuíferos (pues además de utilizar cantidades exorbitantes de agua se imposibilita el tratamiento del agua residual ya que se usan sustancias químicas altamente tóxicas).

Aunado a lo anterior, el fracking tendrá incidencia directa en el ámbito laboral, puesto que se han constatado violaciones a derechos laborales de los trabajadores de la industria del gas shale en diversas partes donde se ha puesto en marcha esta práctica. Las principales conculcaciones versan entorno a las condiciones irregulares de contratación, los riesgos de trabajo y enfermedades por ausencia de condiciones de higiene y seguridad, la falta de regulación apropiada y de supervisión continua, así como precariedad en términos de salario, estabilidad y seguridad social. Lo cual repercute directamente en las familias de los trabajadores de la industria petrolera.

Además, hay proyectos para explotación de gas shale que se llevarán a cabo en territorios indígenas en nuestro país, con lo cual serán violentados los derechos de los pueblos indígenas como la libre determinación para disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales y a no ser privados de sus propios medios de subsistencia, así como la consulta libre e informada.

Advanced Resources International, ha revelado que más de 100 municipios de Veracruz, Puebla, San Luis Potosí, Hidalgo y Tamaulipas, se verán afectados por la práctica del fracking.2

Datos de la propia Secretaría de Energía refieren que 43 por ciento del territorio estatal, 80 por ciento de las tierras ejidales, 38 por ciento del territorio del pueblo Totonaca, 31 por ciento del Popoluca y 20 por ciento del Náhuatl y Huasteco serían las zonas más dañadas irreversiblemente de Veracruz. Asimismo, indicadores de la Agencia de Información de Energía, señalan que el fracking ha sido autorizado en 21 cuencas hidrográficas y 11 acuíferos de Veracruz, violando sustancialmente el derecho humano al agua y a un ambiente sano.3

En suma, es evidente que al utilizar cantidades descomunales de agua, al contaminar el medio ambiente (desde el suelo, subsuelo, aire, agua, vegetación y animales), al afectar a las personas en muchos ámbitos de su vida cotidiana (salud, alimentación, vivienda, laboral, etc.) y a grupos sociales (como los indígenas) cuya protección y desarrollo de sus características e identidades étnicas y culturales resultan prioritarios, se violarán derechos humanos tales como: el derecho al medio ambiente sano, a la salud, a la alimentación adecuada, a la educación, a la protección y asistencia a la familia, a la vivienda, a la estabilidad en el empleo, al salario suficiente, a las condiciones satisfactorias de trabajo, a la protección contra riesgos y enfermedades, y a la seguridad social, así como el derecho al descanso y al disfrute del tiempo libre y los derechos culturales de los pueblos indígenas.

Todos estos derechos, cabe puntualizar, están reconocidos en nuestra Constitución Política en los artículos 1, 2, 3, 4, 6 y 123, así como en los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos suscritos por el Estado mexicano como la Declaración Universal de los Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por mencionar algunos.

El nuevo régimen constitucional en materia de derechos humanos obliga, expresamente, a todas las autoridades del país, sin distinción de competencia, nivel jerárquico o jurisdicción, a proteger los derechos humanos contenidos en la Constitución Federal y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte, buscando en todo momento la protección más amplia de la persona bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Al respecto son aplicables las siguientes tesis de tribunales federales:

Época: Décima Época
Registro: 2003350
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Libro XIX, Abril de 2013, Tomo 3
Materia(s): Constitucional
Tesis: I.4o.A.9 K (10a.)
Página: 2254

Principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos humanos. En qué consisten.

El tercer párrafo del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone, entre otras cuestiones, que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, los que consisten en lo siguiente: i) universalidad: que son inherentes a todos y conciernen a la comunidad internacional en su totalidad; en esta medida, son inviolables, lo que no quiere decir que sean absolutos, sino que son protegidos porque no puede infringirse la dignidad humana, pues lo razonable es pensar que se adecuan a las circunstancias; por ello, en razón de esta flexibilidad es que son universales, ya que su naturaleza permite que, al amoldarse a las contingencias, siempre estén con la persona. En relación con lo anterior, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Caso de la “Masacre de Mapiripán vs Colombia) ha señalado que los tratados de derechos humanos son instrumentos vivos, cuya interpretación tiene que acompañar la evolución de los tiempos y las condiciones de vida actuales, interpretación evolutiva que es consecuente con las reglas generales de interpretación consagradas en el artículo 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como las establecidas por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. De ahí que dichos derechos, dentro de sus límites, son inalterables, es decir, que su núcleo esencial es intangible; por ello, la Norma Fundamental señala que ni aun en los estados de excepción se “suspenden”, pues en todo caso, siempre se estará de conformidad con los principios del derecho internacional humanitario; ii) interdependencia e indivisibilidad: que están relacionados entre sí, esto es, no puede hacerse ninguna separación ni pensar que unos son más importantes que otros, deben interpretarse y tomarse en su conjunto y no como elementos aislados. Todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son indivisibles e interdependientes; debe darse igual atención y urgente consideración a la aplicación, promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales; esto es, complementarse, potenciarse o reforzarse recíprocamente; y iii) progresividad: constituye el compromiso de los Estados para adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, principio que no puede entenderse en el sentido de que los gobiernos no tengan la obligación inmediata de empeñarse por lograr la realización íntegra de tales derechos, sino en la posibilidad de ir avanzando gradual y constantemente hacia su más completa realización, en función de sus recursos materiales; así, este principio exige que a medida que mejora el nivel de desarrollo de un Estado, mejore el nivel de compromiso de garantizar los derechos económicos, sociales y culturales.

Época: Décima Época
Registro: 2003881
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Libro XXI, Junio de 2013, Tomo 2
Materia(s): Constitucional
Tesis: IV.2o.A.15 K (10a.)
Página: 1289

Principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad establecidos en la Constitución federal. Representan criterios de optimización interpretativa de los derechos fundamentales.

El 10 de junio de 2011 se promulgaron reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de derechos humanos, de las que sobresale la modificación de su artículo 1o. que establece la obligación de toda autoridad de promover, respetar y garantizar los derechos humanos, favoreciendo la protección más amplia posible a favor de la persona, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En virtud de éstos, la valoración de los derechos fundamentales queda vinculada a la premisa de que deben respetarse en beneficio de todo ser humano, sin distinción de edad, género, raza, religión, ideas, condición económica, de vida, salud, nacionalidad o preferencias (universalidad); además, tales derechos han de apreciarse como relacionados de forma que no sería posible distinguirlos en orden de importancia o como prerrogativas independientes, prescindibles o excluyentes unas ante otras, sino que todos deben cumplirse en la mayor medida posible, así sea en diferente grado por la presencia de otro derecho fundamental que también deba respetarse y que resulte eventualmente preferible, por asegurar un beneficio mayor al individuo, sin que el derecho fundamental que ceda se entienda excluido definitivamente (indivisibilidad e interdependencia); asimismo, con el entendimiento de que cada uno de esos derechos, o todos en su conjunto, obedecen a un contexto de necesidades pasadas y actuales, mas no niegan la posibilidad de verse expandidos, por adecuación a nuevas condiciones sociales que determinen la necesidad y vigencia de otras prerrogativas que deban reconocerse a favor del individuo (progresividad). De esta guisa, los referidos principios representan criterios de optimización interpretativa de los derechos fundamentales, porque conducen a su realización y observancia plena e inmejorable a favor del individuo, al orientar el proceder de toda autoridad en el cumplimiento del mandato de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en la Constitución y los tratados internacionales de la materia, lo cual se refleja al ejercer el control constitucional, en el sentido de que el respeto y restauración de los indicados derechos son una tarea no sólo de la jurisdicción federal, sino también de la ordinaria en el conocimiento de los asuntos de su competencia.

Por tal motivo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su calidad de máximo Tribunal Constitucional del país, tiene la responsabilidad fundamental de ser garante del orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que en este tema está llamada a jugar un papel trascendente y obligada a aportar luz.

Derivado de lo anterior someto a la consideración de esta honorable asamblea, el presente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta, respetuosamente, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que se pronuncie respecto a los Decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, que expiden, reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia energética, si son violatorios de los derechos humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los instrumentos internacionales de derechos humanos suscritos por el Estado mexicano.

Notas

1 Sandoval Terán, Areli. “El fracking en la explotación de hidrocarburos no convencionales:amenaza para los derechos humanos, amenaza para la vida”, en Impacto Social y Ambiental del Fracking, Senado de la República, Instituto Belisario Domínguez, LXII Legislatura, México, mayo de 2014, p. 65. Disponible en: http://www.lavida.org.mx/sites/g/files/g369226/f/archivos-contenidos/Im pactos%20Fracking.pdf [Última consulta: 2 de enero de 2015]

2 “Grupo México pretende realizar Fracking en Veracruz”, REGENERACIÓN, 31 de agosto de 2014. Disponible en: http://regeneracion.mx/causas-justas/grupo-mexico-pretende-realizar-fra cking-en-veracruz/ [Última consulta: 5 de marzo de 2015]

3 “Afectará fracking 43 por ciento del territorio de Veracruz; zonas indígenas sufrirían daños irreversibles”, El Clarín, 14 de febrero de 2015. Disponible en: http://elclarin.com.mx/afectara-fracking-43-del-territorio-de-veracruz- zonas-indigenas-sufririan-danos-irreversibles/ [Última consulta: 5 de marzo de 2014]

Dado en el palacio legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de marzo de 2015.

Diputado Danner González Rodríguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP, la SE y sus homólogas locales a implantar políticas públicas que estimulen la producción artesanal de pueblos y de comunidades indígenas, a cargo de la diputada Eufrosina Cruz Mendoza, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Eufrosina Cruz Mendoza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, numeral 1, fracción XIX; 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II del Reglamento de la Cámara de Diputados, tengo a bien someter a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a sus homólogas de las entidades federativas, para que emitan estímulos fiscales a favor de la producción artesanal indígena, así como a los titulares del ejecutivo de los tres niveles de gobierno, para que implementen políticas públicas que incentiven la producción artesanal de pueblos y comunidades indígenas, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La pluriculturalidad de pueblos y comunidades indígenas de nuestra nación dan origen a una vasta riqueza cultural y étnica, que las sociedades indígenas transmiten de generación en generación, reflejando su propia identidad.

Esta diversidad cultural, hoy en día es una de las más grandes riquezas que tenemos los mexicanos, que a través de ella podemos apreciar la vida social y religiosa, la fascinante cosmogonía y hasta reconocer nuestras raíces indígenas.

Estos valores culturales los vemos plasmados en la artesanía mexicana, con sus formas, texturas y colores; en la cerámica, la cestería y los textiles que forman parte de la producción artística del México prehispánico.

En la actualidad, las manos artesanas preservan sus habilidades en los distintos pueblos del país y nos proporcionan una travesía al interior de las culturas antiguas y el rico presente, en forma de hermosos tapetes, cerámica o vestidos tradicionales.

Ejemplos de la amplia variedad de artesanías que México ofrece al mundo, tenemos los tapetes de Teotitlán, Oaxaca, piezas únicas de cerámica de Quiroga, Michoacán, y la mundialmente conocida talavera de Puebla.

En imágenes coloridas y dramáticas, los indios huicholes de las montañas de la Sierra Madre reflejan su realidad espiritual. El método de teñido de telas, como el de arte con cuentas, se ha convertido en sinónimo del movimiento para proteger los derechos de las etnias y simultáneamente les brinda oportunidades comerciales y educativas.

Los coras, reconocidos por su arte en cerámica, viven principalmente en el municipio de Nayar, al oeste del estado.

Los tepehuanos viven en pequeñas áreas en el municipio de Huajicori, y entre las artesanías que elaboran encontramos mochilas de lana, sombreros, equipales (sillas con asiento de piel) y ollas de barro.

La tradición del barro tiene una historia muy larga en México. En casi todas las regiones del país se ha desarrollado la disciplina de la alfarería.

En algunas se han descubierto vasijas de más de tres mil años de antigüedad; hoy se siguen produciendo para fines decorativos o utilitarios.

Pero entre todas las regiones del país, Oaxaca puede presumir de una alfarería con gran prestigio. En San Bartolo Coyotepec, existe una variedad de barro de color totalmente negro y con una textura tersa, estas artesanías han alcanzado renombre a nivel mundial.

Otra famosa artesanía oaxaqueña son los alebrijes, piezas irrepetibles, hechas a mano por habitantes del pueblo de San Martín Tilcajete, Oaxaca, y al adquirirlas se está contribuyendo a la manutención de las familias artesanas.

El barro, la obsidiana y el ixtle son utilizados por los artesanos hidalguenses para crear obras de decoración para las casas o como un bello recuerdo; además, utilizan el hilo derivado del maguey para realizar morrales, ayates, tapetes, bolsas y enjalmas que venden como artesanías para los turistas que visitan el Valle del Mezquital en Hidalgo, siendo así, también una forma de preservar la cultura que identifica a la región. También en Hidalgo, en los municipios de Huejutla, Huichapan, Ixmiquilpan, Jacala y Acatlán, se encuentran creaciones hermosas hechas a mano con varas de sauce o palma, los cestos y canastas, sombreros, petates, juguetería, petacas y de textiles de algodón y en lana, suéteres, cobijas y sarapes.

También en Metztitlan y Tasquillo, Hidalgo, puedes admirar las creaciones talladas en cantera como cruces, fuentes, esculturas y monumentos con bola de río y piedra negra.

Como se menciona anteriormente, la oferta de artesanías en nuestro país es tan sorprendente y tan vasta que reflejan la cultura e identidad indígena, además coadyuvan con la economía tanto familiar como del país.

En este sentido, estamos obligados a incentivar la producción y venta de las artesanías de nuestro colorido México, más aún que en nuestra Carta Magna dispone en su artículo 2o., apartado A, fracción IV, que el estado debe preservar y enriquecer las lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan la cultura e identidad de las comunidades y pueblos indígenas.

Del mismo modo, en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes establece en sus artículos 2, inciso b), y 4, que los gobiernos obligados al cumplimiento de dicho convenio, como es el caso de México, deben desarrollar acciones y tomar medidas para proteger, por una parte, los derechos culturales de los indígenas y por la otra, para preservar las culturas indígenas.

Asimismo, hay que considerar que casi la totalidad de las empresas artesanales (98 por ciento) son catalogadas como pequeñas y medianas, que usan una variedad de materiales de origen natural.

Que algunas se dedican a la exportación y tienen como destino final, principalmente, los Estados Unidos de América (91 por ciento). En el caso de la Unión Europea, México es el principal vendedor de toda América Latina, pero las artesanías representan 2.7 por ciento del monto total de exportación. Por lo que es un sector a considerar importante.

Sin embargo, hoy en día estamos ante una situación en la que fuera de que se impulse la producción y la venta de los productos artesanales indígenas, como un medio de preservar la cultura indígena y como una forma de sustento de las familias indígenas, los estamos inhibiendo, ya que las leyes en la materia y, sobre todo las fiscales, establecen lineamientos que son difíciles de cumplir por los artesanos.

En primera instancia, porque estamos ante grupos de familias que solamente hablan su lengua materna, o bien por su localización geográfica viven en condiciones precarias, limitados de toda tecnología y no tienen posibilidad de registrarse como empresa. Y en segunda, porque de acuerdo con la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, todas aquellas personas cuyas habilidades naturales o dominio técnico de un oficio, con capacidades innatas o conocimientos prácticos o teóricos que elaboren bienes u objetos de artesanía se acogerán a este ordenamiento jurídico a fin de que accedan al otorgamiento de apoyos fiscales, financieros, de mercado y de asistencia técnica, cumpliendo con numerosos requisitos y trámites que en muchas ocasiones se vuelven tortuosos, con la finalidad de que sean comerciantes formales.

En este sentido, esto implica que tengan cargas fiscales, que tengan que deducir impuestos o pagar éstos, expedir facturas electrónicas, comprobar sus ingresos, comprobar la compra de materiales con los que elaborar sus productos, aunado a que muchos de los artesanos, principalmente de origen indígena, viven en condiciones precarias o laboran en sus casas o en espacios rentados, están limitados de toda tecnología y no tienen posibilidad de registrarse como empresa, por lo que esto se vuelve un grave problema, a tal grado que muchos deciden abandonar su actividad y emigrar de sus lugares de origen en busca de mejores oportunidades.

Un ejemplo que tengo presente y que a nivel nacional se replica, es el caso de Oaxaca, donde en más de 300 de 570 municipios, están identificados como de alta marginación, cuenta con más de 80 por ciento del padrón de artesanos en el estado –que supera los 45 mil empadronados–, están en esta situación de no cumplir con los requisitos que marca la ley y con la necesidad de seguir con su oficio porque familias enteras de esto viven, sin embargo, no existen lineamientos claros que faciliten el desarrollo de la actividad artesanal, sin que se les impongan cobros excesivos de contribuciones que no pueden pagar.

En este sentido, es urgente que se le haga un llamado al Estado mexicano, al Ejecutivo federal, para que considere este asunto de interés público, en virtud de que se trata de contribuyentes en estado vulnerable y que realizan actividades económicas de relevancia; es momento de que se apoye a los artesanos indígenas mediante estímulos fiscales, subsidios, disminución o simplificación de impuestos sobre la producción de artesanías; es necesario que se impulse la actividad artesanal ya que muestra la diversidad cultural de nuestro país para que exista una real producción y venta artesanal proveniente de pueblos y comunidades indígenas.

Por otra parte, según la Encuesta Nacional de Educación y Empleo (ENOE) de 2011, más de 85 mil trabajadores de la población económicamente activa (PEA) que laboran en el sector artesanal no reciben ingresos o bien, son menores a un salario mínimo, además, en el mismo año, el Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías (Fonart) apoyó a 7 mil 300 artesanos, con una inversión de 17.2 millones de pesos, sin desconocer que en los últimos cinco años el Fonart apoyó a casi 121 mil artesanos, con un presupuesto ejercido cercano a 238 millones de pesos. Pese a esto, el número de artesanos apoyados en 2010 fue menor que en 2009 o 2007.

Es así que la procedencia de esta proposición se basa en el apoyo de cerca de un millón ochocientos mil trabajadores artesanales. Los cuales se concentran principalmente en Oaxaca (58 mil 398); Guerrero (39 mil 107); estado de México (34 mil 687); Jalisco (32 mil 504) y Yucatán (29 mil 310), entre otros estados más.

Considerando estos datos relevantes, también es imperante que se promuevan políticas públicas que en realidad impulsen la economía artesanal, donde este sector se beneficie de apoyos financieros y fiscales para que sigan con su actividad que por generaciones ha prevalecido, debido a que se transmite de familia en familia y de generación en generación.

Para fundamentar el presente punto de acuerdo, encontramos que en los artículos 25 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece subsidios y estímulos fiscales para que se fomente el crecimiento económico y el empleo del sector artesanal, en los términos siguientes:

Artículo 25 . Corresponde al estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. La competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo.

Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las (sic DOF 03-02-1983) prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las (sic DOF 03-02-1983) prohibiciones a título de protección a la industria.

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Se podrán otorgar subsidios a actividades prioritarias, cuando sean generales, de carácter temporal y no afecten sustancialmente las finanzas de la nación. El estado vigilará su aplicación y evaluará los resultados de ésta.

Asimismo, el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, faculta al presidente de la República a conceder subsidios y estímulos fiscales mediante resoluciones de carácter general, señalando el monto o proporción de los beneficios, plazos que se concedan y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiarios:

Artículo 39.- El Ejecutivo federal, mediante resoluciones de carácter general, podrá: I. Condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias. Sin que las facultades otorgadas en esta fracción puedan entenderse referidas a los casos en que la afectación o posible afectación a una determinada rama de la industria obedezca a lo dispuesto en una ley tributaria federal o tratado internacional. II. Dictar las medidas relacionadas con la administración, control, forma de pago y procedimientos señalados en las leyes fiscales, sin variar las disposiciones relacionadas con el sujeto, el objeto, la base, la cuota, la tasa o la tarifa de los gravámenes, las infracciones o las sanciones de las mismas, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes. III. Conceder subsidios o estímulos fiscales. Las resoluciones que conforme a este artículo dicte el Ejecutivo federal, deberán señalar las contribuciones a que se refieren, salvo que se trate de estímulos fiscales, así como el monto o proporción de los beneficios, plazos que se concedan y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiados.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a las autoridades hacendarias de las entidades federativas, para que en el ámbito de sus competencias, condonen, total o parcialmente, el pago de contribuciones y concedan subsidios o estímulos fiscales relacionados con la producción de artesanías que elaboran los indígenas.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a los titulares del Ejecutivo en los tres órdenes de gobierno, federal, estatal y municipal, para que en el ámbito de su competencia, implementen políticas públicas que incentiven la producción de artesanías de pueblos y comunidades indígenas, esto como una forma de proteger, conservar y usar el arte indígena en todas las manifestaciones primigenias, desde sus propias lenguas, sus usos, costumbres y tradiciones en un entorno de composición pluricultural de nuestro país.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.

Diputada Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Conapred a atender en tiempo y forma las denuncias formuladas por la conducta discriminatoria del gobernador de Baja California, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, Karen Quiroga Anguiano, diputada del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática ante la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo establecido en el artículo 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo al tenor de lo siguiente

El pasado 11 de marzo, Francisco “Kiko” Vega de Lamadrid, gobernador de Baja California, durante un acto para conmemorar el Día Internacional de la Mujer, emitió el siguiente mensaje:

“Ustedes son lo mejor que nos ha pasado. Están rebuenas todas para cuidar niños, para atender la casa, para cuando llega uno, y a ver mijito, las pantunflitas. No, no, ustedes de veras que son el pilar de la familia y perfectamente lo saben. Muchas felicidades”.

Por otro lado Elvira Luna, la vicepresidenta de la Comisión de Género de la confederación de abogados, interpuso una queja en su contra ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), por considerar que el mandatario se expresó de manera despectiva, humillante y ofensiva hacia los derechos, la integridad y la dignidad de las mujeres. Cabe mencionar que Francisco Vega, no ha legislado hasta hoy políticas públicas en pro de las mujeres y no existen acciones para contrarrestar las inequidades que afectan a las mujeres.

Por razones históricas, a la mujer se le ha asignado un papel subordinado tanto en la sociedad como en la familia, frecuentemente ella se encarga de las labores del hogar y él de proveer los alimentos, esto, no ha cambiado mucho en miles de años, y cuando se da el caso de que ambos trabajan fuera del hogar para poder subsistir de una manera más digna, y el hombre ayuda en las tareas del hogar es llamado peyorativamente “mandilón”.

Susan Sontag, militante de la igualdad entre hombres y mujeres, decía que cuando el hombre esperaba que la mujer le pusiera las pantuflas junto al sillón para estar más cómodo, él era un machista, y si la mujer lo hacía ella era una subordinada que aceptaba su papel sin chistar. El feminismo, decía la profesora Sontag, comenzaba por no hacerlo, y no por rebeldía sin sentido o irracional sino porque él podía cambiar sus zapatos por pantuflas sin ningún esfuerzo adicional, igual que servirse una copa o lavar los trastos de la cena incluso suponiendo que no supiera cocinar y que su esposa, por mutuo acuerdo, lo hiciera en una suerte de división del trabajo.

Además de que la pareja debe ser complementaria y basada en el respeto mutuo, el rol de la mujer no es de ninguna manera denigrante, como lo hace ver este mandatario con sus comentarios, la famosa película Kramer vs. Kramer, que todas las parejas deberían ver, demuestra con una dramática historia que Ted (Dustin Hoffman) induce a Joanna (Meryl Streep) a abandonarlos a él y a su hijo, porque le impedía realizarse como persona. Al quedarse solo con su hijo aprendió a ser padre, tan bien que cuando el juez le dio la custodia a ella, Joanna convino en que el niño se quedara con su padre pues estaba muy contento con él. Es decir, se pueden invertir los papeles y la mujer no tiene que ser la variable dependiente en una relación ni mucho menos llevarle las pantuflas al “macho”.

El feminismo, no consiste en desplazar al hombre sino en la afirmación de la mujer como ser humano inteligente y capaz de hacer lo mismo que él. Si somos objetivos, la mujer es superior al hombre en muchos sentidos pues nosotros no tenemos hijos ni tenemos que soportar las enormes molestias de un embarazo ni los dolores de un parto. Y, aunque con frecuencia ellas no tangan la fuerza de un hombre, ellas pueden ser incluso más resistentes que estos y, en promedio, viven más años. Hasta donde sé son muy pocas tareas que las mujeres no pueden realizar como el hombre, y más ahora con las tecnologías existentes. En cambio el sexo masculino no puede sustituir a las mujeres en todo lo que nosotros podemos hacer.

Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, establece que la discriminación es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo.

Por lo expuesto, someto a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, a Atender en tiempo y forma las denuncias llevadas a cabo por la conducta discriminatoria del gobernador de Baja California.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de Marzo de 2015.

Diputada Karen Quiroga Anguiano (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar lo conducente para instituir y celebrar el 25 de marzo como Día del Niño por Nacer, a cargo de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Raquel Jiménez Cerrillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 6, numeral i, fracción I y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I, II y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía los presentes puntos de acuerdo con base a las siguientes

Consideraciones

Primera. La vida es el eje de todos los derechos. El derecho a la vida es una condición del ser humano que se encuentra inherente a su naturaleza, siendo este el inicio de todo orden social principio mismo de su existencia.

El respeto a la vida como derecho humano fundamental debe ser principio imprescindible de nuestras leyes, sin él es imposible exigir el respeto a todos los demás derechos. Es por ello que asumiendo el compromiso como representantes de los niños y niñas que aun no pueden hablar, ni defenderse, por la etapa misma en la que se encuentran, proponemos a modo de respeto y justicia celebrar de manera oficial el “Día del Niño por Nacer”.

Para el Partido Acción Nacional, de acuerdo a nuestros principios de doctrina, “la vida y la dignidad de ser humano deben protegerse y respetarse desde el momento de su concepción hasta la muerte natural”, rector de nuestras acciones.

Segunda. Esta celebración fue constituida por primera ocasión en El Salvador, siguiéndole Argentina, declarándose el 25 de marzo de 1999, por el reconocimiento de los no nacidos, ante ello el presidente en ese entonces Carlos Saúl Menem expresó en una carta a los presidentes de los países de América Latina, España, Portugal y Filipinas, la invitación de unirse al decreto número 1406/98 del 7 de diciembre de 1998, donde se pide declarar oficialmente Día del Niño por Nacer.

En diversos países de América Latina y Europa aprobaron el proyecto declarando el 25 de marzo de cada año Día del Niño por Nacer, acogiéndolo con diferente nombre en cada país por su ideología, con el propósito de promover una cultura y defensa de la vida desde el momento de su concepción.

El Congreso de Guatemala el 20 de mayo de 1999 declaró el día 25 de marzo como Día nacional del Niño no nacido. La declaración oficial señala que de esta manera se espera “promover una cultura de vida y de defensa de la vida desde el momento de su concepción”.

En Chile, a partir de una campaña que contaba con el apoyo de miles de firmas y varios alcaldes, el 18 de mayo de 1999 la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad un proyecto de acuerdo por el que se solicita al Presidente de la República se sirva declarar el día 25 de marzo de cada año, como el día del niño concebido.

En el marco del III Encuentro de Políticos y Legisladores de América, que se realizó del 3 al 5 de agosto de 1999 en Buenos Aires, Argentina, la primera dama de Costa Rica, Lorena Clara de Rodríguez, anunció la celebración de un día por la vida del no nacido en Costa Rica. El entonces presidente costarricense Miguel Angel Rodríguez, proclamó el 27 de julio como Día Nacional de la Vida antes de Nacer.

En Nicaragua, el presidente de la República, Arnoldo Alemán, dictó el 25 de enero de 2000 un decreto por el que declara el 25 de marzo de cada año como el “Día del Niño por Nacer”. El primer magistrado nicaragüense fundamenta su resolución en que la Constitución Política de la República, en su artículo 23 declara que “el derecho a la vida es inviolable e inherente a la persona humana”. Luego añade que como “la vida humana necesita de cuidado y protección especiales, tanto antes como después del nacimiento”, el Estado nicaragüense reconoce “como una de sus prioridades velar por el desarrollo integral de las personas por nacer”. Finalmente el decreto reconoce que “el derecho a la vida, inherente a cada uno de los habitantes de la Nación y del mundo, constituye el eje principal de los derechos humanos y por tanto, merece de la decidida atención del Estado, sus instituciones y de toda la sociedad nicaragüense”.

En República Dominicana fue aprobada, a comienzos del 2001, la ley que instituye la celebración, considerando como “apropiado y necesario consignar un día al niño por nacer, con la finalidad de propiciar la reflexión sobre el importante papel que representa la mujer embarazada en el destino de la humanidad, y el valor de la vida humana que porta en su seno”.

En Brasil el proyecto de ley que instituirá el día del niño por nacer, espera su aprobación en la Cámara de Diputados. Se trata de una iniciativa del diputado Severino Cavalcanti (PPB/PE), que reclama la fiesta para cada 25 de marzo.

De lo anterior, claramente se advierte que con el paso del tiempo la importancia del día del niño por nacer se ha vuelto aún más relevante, con el objetivo de promover una cultura de defensa de la vida desde el momento de su concepción. Dicho día se celebra con el fin de propiciar la reflexión sobre el importante papel que representa la mujer embarazada en el destino de la humanidad y el valor de la vida humana que porta en su seno.

Tercera. En ese tenor, como legisladores tenemos la obligación de velar, principalmente en base a nuestra Constitución Política y en cumplimiento de los tratados internacionales, el derecho a la vida desde la concepción, con la finalidad de no dejarlo a interpretaciones, con ello se lograría respetar la dignidad humana y más aun por los seres indefensos que están por nacer.

Ante esta necesidad de que nuestra ley sea muy clara, presentamos una reforma al artículo 4o. constitucional que a la letra dice:

Artículo 4o. Toda persona tiene derecho a la vida desde la concepción y hasta la muerte natural. El estado garantizara la protección integral de los derechos del niño no nacido desde la concepción.

“Párrafos segundo al décimo...”

Podemos ver que, a través de diversos estudios realizados por científicos, antropólogos, abogados, sociólogos, entro otros, se tiene presente el privilegio del derecho a la vida y a la situación natural de su presencia, para contar con leyes más congruentes a los principios del ser humano, sin embargo existe una gama de mecanismos para la interrupción de la vida. La ausencia de un documento escrito, clarificando en nuestra ley suprema del derecho a la vida desde la concepción, apegándose al respeto de la dignidad humana ha provocado que legislaturas locales expidan ordenamientos jurídicos en la materia a favor del aborto, dejando desprotegidos tanto a la futura madre, como al no nacido.

De acuerdo a estudios psicológicos, la sola acción del aborto daña física y emocionalmente a la mujer y a la familia. La propaganda a favor del aborto mal informa que éste es médicamente seguro, con lo que han argumentado su legalización, esto según debido a la cantidad de muertes maternas causadas por el aborto ilegal, llamando engañosamente a éste maternidad sin riesgos; sin embargo, existen múltiples complicaciones como lo son hemorragias, embolias pulmonares, incluso la muerte.

No pasa desapercibido que tanto las mujeres como los hombres, quienes son también parte importante en este doloroso proceso, sufren física y emocionalmente de lo que ya se ha identificado como el síndrome postaborto, registrando en muchas ocasiones sentimientos de culpa, angustia, ansiedad, depresión, baja autoestima, tendencia al suicidio, pesadillas del evento, entre otros, cuestiones que las leyes no previenen ni apoyan en ningún sentido, como apoyo en tal decisión que pueden arrastrar como secuela para el resto de sus vidas.

Por lo anterior, resaltamos la importancia de concientizar a las mujeres y a los hombres de la importancia y respeto del niño por nacer, solicitando que se instrumenten acciones para instituir este importante día.

Señoras y señores, reconozcamos el derecho a la vida desde la concepción, cualquier valor humano necesita de la vida para hacerse realidad. Si no hay vida todo valor carece de sentido.

Por lo expuesto, someto a consideración de la honorable asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal a efecto de que se realice lo conducente para instituir y celebrar el 25 de marzo como el “Día del Niño por Nacer”.

Segundo. Una vez instituido el 25 de marzo como el “Día del Niño por Nacer”, se exhorta al Ejecutivo federal a fin de que realice las acciones pertinentes para la difusión y promoción del mismo, así como del derecho a la vida.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.

Diputada Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SSP a incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas estatales y municipales de las policías, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, diputada federal de la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo bajo las siguientes consideraciones:

Considerando que la secretaría tiene como principales funciones proponer al Secretario las políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la Nación y de sus habitantes, así como coordinar y supervisar su ejecución e informar sobre sus resultados, proponemos el siguiente punto de acuerdo.

Asimismo considerando que en México como en muchos otros países el estereotipo de la mujer se ha reducido a su espacio en los ámbitos; doméstico, reproductor y vulnerable. A consecuencia del sistema patriarcal que se basa en la coerción y en el consentimiento de la violencia hacia la mujer por parte de la sociedad. Asimismo se ha generado violencia hacia las mujeres y en varias ocasiones este acto ha quedado impune.

Algunos datos del Instituto Belisario Domínguez de la Cámara de Senadores estimó que el panorama de la violencia hacia las mujeres es devastador en tanto que el 41 por ciento de las mujeres mexicanas de 15 años y más ha sufrido algún tipo de violencia por parte de su pareja. Asimismo en 2013 se estableció en el mismo documento que más de 500 mil mujeres han sido forzadas a tener relaciones sexuales. Las investigaciones que se realizan por este delito suman cerca de 15 mil averiguaciones y se estiman casi 5 mil juicios en los tribunales Superiores de Justicia, de los cuales solamente 3 de cada 10 casos denunciados son sometidos a proceso y únicamente en 2 de cada diez llegan a ser sentencia condenatoria.

Por otro lado las cifras de defunciones femeninas son catastróficas tan sólo entre 1990 y 2011 ocurrieron 32 mil 474 defunciones femeninas con presunción de homicidio, donde el 31 por ciento de las defunciones por homicidios en mujeres ocurrió en su vivienda y 41% en la vía pública. Con lo antes dicho hago hincapié en la necesidad de encontrar una solución política, económica y social para frenar la violencia que viven las mujeres.

Hasta ahora pareciera que el Estado no ha asumido como parte de su agenda política para generar políticas que tengan como finalidad erradicar actos de impunidad para la violencia hacia las mujeres que se vive en nuestro país. Evidentemente existe un notable abandono, además pareciera que este tema se ha convertido en un tema común debido a que últimamente existe poca o nula información en los principales medios de comunicación para dar a conocer este fenómeno.

El feminicidio es el homicidio de mujeres por el hecho de ser mujeres, según Diana Russell y Jill Radford el feminicidio consiste en el conjunto de hechos violentos contra las mujeres que, en ocasiones, culmina con el homicidio de algunas niñas y mujeres.

La perspectiva de género en las instituciones es importante en la medida que dicha perspectiva consiste en la visión de respetar y tolerar las diferencias y las semejanzas entre mujeres y hombres, así como también hacer análisis basándose en la búsqueda de la mejor manera de cumplir con lo social, económico, político , cultural y jurídico. Con la finalidad de no tener un mundo homogéneo y creer que todos los seres humanos son idénticos y ahí donde hay algo diferente someterlo a muestras creencias.

La perspectiva de género comienzan desde el Estado a partir de respetar las clases sociales, edad, etnias, religiones. La violencia y el maltrato hacia las mujeres sólo revelan la intolerancia. Por lo tanto lo que se debe de comenzar a crear son nuevas políticas públicas con la finalidad de tener estándares que establezcan o ubiquen en qué momento una mujer se encuentre en situación de vulnerabilidad en su entorno familiar, laboral o de pareja.

El ámbito policial es necesario incorporar mecanismos que les permitan tener estándares de acción en el momento de encontrarse con una situación de violencia hacia las mujeres, consideramos que esta institución debe de contar con la suficiente coordinación para la asesoría y la gestión para incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas estatales y municipales de las policías con el fin de que sean capacitadas y establecer mecanismos administrativos necesarios para asegurar que la mujer víctima de violencia tenga acceso efectivo a resarcimiento y reparación del daño, con el fin de influir en la manera en que la sociedad donde los niveles de educación son muy bajos, el grueso de la población tiene el problema de desempleo exclusión social y política, así como los problemas de violencia.

El Estado de derecho del que nos hemos apropiado en discurso, parece no estar funcionando en ninguno de sus atributos; el poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial hasta ahora han cometido demasiadas faltas, las mismas que han quedado desapercibidas hasta el día de hoy, lo que está ocasionando mayor temor en la vida cotidiana de las mujeres, hay que tener en cuenta que las mujeres se ven agredidas también por las autoridades y las instituciones.

Por lo expuesto y fundado, me permito someter a la consideración de esta Soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la secretaría de seguridad pública a garantizar y homologar la coordinación para la asesoría y la gestión para incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas estatales y municipales de las policías con el fin de que sean capacitadas y establecer mecanismos administrativos necesarios para asegurar que la mujer víctima de violencia tenga acceso efectivo a resarcimiento y reparación del daño.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de marzo de 2015.

Diputada Karen Quiroga Anguiano (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a sustituir la expresión “derechos sexuales y reproductivos” por “derecho a la salud sexual y reproductiva” en la Estrategia Nacional de Prevención del Embarazo en Adolescentes, el programa de acción específico Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2013-2018 u otro instrumento jurídico emanado de la administración pública federal, a cargo de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, diputada Raquel Jiménez Cerrillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I, II y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo con base a las siguientes

Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tutela el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4°:

Artículo 4o. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

...

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

...

...

...

En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

Los ascendientes, tutores y custodios tienen la obligación de preservar y exigir el cumplimiento de estos derechos y principios.

Del precepto antes transcrito deriva que el derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios. Es decir el Estado tiene la obligación de instrumentar las medidas necesarias y suficientes a fin de proteger la salud de la población, hipótesis que en la especie no se está actualizando.

Asimismo, el precepto jurídico en comento dispone el deber que tiene el Estado de implementar las medidas necesarias para garantizar el derecho de todos los niños a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral, rigiéndose siempre por el principio del interés superior de la niñez; disponiendo que serán los ascendiente Los ascendientes, tutores y custodios tienen la obligación de preservar y exigir el cumplimiento de estos derechos y principios.

En ese tenor, seguida que fue en su trámite de discusión y aprobación en ambas cámaras de este H. Honorable Congreso de la Unión, así como promulgación por el Ejecutivo Federal, el pasado 4 de diciembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Segunda. En ese orden de ideas, es menester precisar lo siguiente:

El Ejecutivo Federal presentó el pasado 1 de septiembre de 2014, la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; ante el Senado de la República.

El pasado 30 de septiembre del 2014, la Cámara de Senadores aprobó en lo general y en lo particular el proyecto de decreto en comento. Aprobaron en lo general dicha iniciativa con 100 votos a favor y cero abstenciones, en tanto que en lo particular se aprobó por 80 votos a favor, cuatro en contra y cinco abstenciones.

De este modo, se aprobaron modificaciones a 104 de los 140 artículos que contiene la referida ley, además de que se agregaron 15 artículos, lo cual representó que dicha iniciativa fuera enriquecida y modificada en el 90 por ciento de su contenido; remitiéndola a la Cámara de Diputados para continuar el trámite de discusión y aprobación en este órgano legislativo; es de precisar que la minuta remitida por la Colegisladora mal implementaba el término de “Derechos Sexuales y Reproductivos”, en vez de “Derecho a la Salud Sexual y Reproductiva”.

En ese tenor, el 23 de octubre de 2014, esta Cámara de Diputados aprobó con modificaciones, en lo general y en lo particular, el dictamen de la minuta del Senado, regresándolo a la cámara alta para su análisis y ratificación.

Al final de la discusión en lo particular, el Pleno de la Cámara de Diputados decidió realizar dos votaciones, una para avalar las modificaciones a los artículos 26, 50, 57, 58 y 83 propuestos por el Partido Acción Nacional y el Partido Revolucionario Institucional y la segunda para mantener en sus términos los artículos reservados no aceptados.

Al respecto es de señalar, que las reservas aprobadas fueron presentadas por diputada Carmen Lucía Pérez Camarena del Partido de Acción Nacional, mismas que fueron aceptadas en votación económica por el Pleno e incorporadas al dictamen, tras un debate en el que el PRD manifestó su total rechazo; dichas reservas versaban sobre lo siguiente:

La reserva a la fracción V del artículo 26 dice que las niñas, niños y adolescentes que hayan sido separados de su familia de origen por resolución judicial, sean colocados en acogimiento residencial brindado por centros de asistencia social el menor tiempo posible, eliminando que ésta sea en casos “excepcionales”, como señalaba el proyecto.

La modificación a la fracción XI artículo 50 señala que las autoridades de los tres órdenes de gobierno se coordinarán para proporcionar asesoría y orientación sobre salud sexual y reproductiva en lugar de proporcionar asesoría y orientación sobre el ejercicio responsable de sus derechos sexuales y reproductivos.

La reserva al artículo 57 incorpora el derecho de los tutores o quienes ejerzan la patria potestad de intervenir en la educación que habrá de darse a niñas, niños y adolescentes.

La fracción VIII del artículo 58 también fue modificada para precisar que la educación de los menores tendrá también como fin el desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez de las niñas , niños y adolescentes, que les permita ejercer de manera informada y responsable sus derechos ; la redacción original destacaba que la educación debía promover la educación sexual integral, que contribuya al desarrollo de competencias que les permitan a los menores ejercer de manera informada y responsable sus derechos sexuales y reproductivos.

La reserva al artículo 83 resalta que las autoridades deben destinar espacios lúdicos de descanso y aseo para niñas, niños y adolescentes en los recintos en que se llevan a cabo procedimientos en que deban intervenir.

En noviembre del año pasado, dichas modificaciones fueron avaladas por el Senado de la República, remitiendo la iniciativa al Ejecutivo Federal para su promulgación; es decir, tanto en Cámara de Senadores, como en este órgano legislativo existió consenso en eliminar el término “Derechos Sexuales y Reproductivos”, tal y como se explica en la consideración inmediata siguiente.

Tercera. Tal y como puede advertirse en la consideración inmediata anterior, la principal modificación realizada a la iniciativa en comento en esta H. Cámara, verso sobre la mala implementación del término “Derechos Sexuales y Reproductivos”, en lugar de “Derecho a la Salud Sexual y Reproductiva”.

Lo anterior es así ya que el principal problema con el concepto de derechos sexuales es que no existen, no se encuentran definidos ni el Derecho Internacional, ni el derecho nacional, por lo que no existe un instrumento normativo que disponga sus alcances y/o implicaciones.

La promoción de la inclusión de los mal llamados derechos sexuales y reproductivos, pretende separarlos de la salud sexual y de la salud reproductiva, que a su vez se encuentran contempladas dentro del derecho a la Salud.

Es de precisar que la principal diferencia entre salud sexual y salud reproductiva y los derechos sexuales y reproductivos, es que los primeros se encuentran consensuados y los segundos no.

Generalmente, la salud sexual se entiende como un estado de bienestar físico, emocional, mental y social relacionado con la sexualidad; y la salud reproductiva es la que abarca los procesos, funciones y sistema reproductivo en todas las etapas de la vida.

Por otra parte, se reitera que los derechos sexuales y reproductivos, no se encuentran definidos en ningún tratado internacional vinculante de derechos humanos, suscrito por el Ejecutivo Federal y ratificado por el Senado por la República.

Cabe precisar que en 1994, durante la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo en el Cairo, de Naciones Unidas, se explicaron los derechos reproductivos (no así de derechos sexuales y reproductivos) de la siguiente manera:

“Los derechos reproductivos abarcan ciertos derechos humanos que ya están reconocidos en las leyes nacionales, en los documentos internacionales sobre derechos humanos y en otros documentos pertinentes de las Naciones Unidas aprobados por consenso, Esos derechos se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas la parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el esparcimiento de los nacimientos y el intervalo entre éstos y a disponer de la información y de los medios para ello y el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva. También incluye su derecho a adoptar decisiones relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coacciones ni violencia, de conformidad con lo establecido en los documentos de derechos humanos.”

En suma, los derechos sexuales y reproductivos, no se encuentran definidos y se prestan a la ambigüedad, por lo que NO debe implementarse el término en la normatividad sin antes delimitar sus alcances e implicaciones.

Cuarta. Para atender los retos y desafíos que se enfrentan en el campo de la salud sexual y reproductiva para adolescentes, el Ejecutivo Federal elaboró el Programa de Acción Específico Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2013-2018, en cual señala que se reconoce los avances alcanzados hasta la fecha, plantea lograr hacia el término de la administración objetivos específicos para atender los principales rezagos en este campo de la salud pública, entre los que destacan favorecer el acceso universal a información, educación y orientación en salud sexual y reproductiva para adolescente, así como reducir embarazos no planeados e infecciones de transmisión sexual (ITS) en adolescente, mediante el acceso efectivo a servicios de calidad específicos para esta población.

Asimismo, el pasado 23 de enero, el Titular del Ejecutivo Federal presentó la “Estrategia Nacional de Prevención de Embarazo en Adolescentes”, definiéndola como un trabajo interdisciplinario en el que participaron académicos, especialistas, autoridades y representantes de la sociedad civil, y que incorpora experiencias internacionales y las mejores prácticas que se han implementado en nuestro país; asimismo señaló que uno de los objetivos de la Estrategia es “reducir en 50 por ciento la tasa de fecundidad de las adolescentes entre 15 a 19 años, para el año 2030”. Añadió que alcanzar esta meta “significará un esfuerzo redoblado para asegurar que en 2030, no tan lejano, realmente podamos reducir al 50 por ciento esta tasa de fecundidad en mujeres adolescentes entre 15 y 19 años, y que no haya embarazos en niñas de 14 años o menos”.

En ella se contemplan objetivos específicos que se plantean, entre otras cosas: promover el desarrollo humano y las oportunidades de las y los adolescentes; crear un entorno que favorezca decisiones libres y acertadas sobre su proyecto de vida y el ejercicio de su sexualidad; incrementar la oferta y la calidad de la información y los servicios de salud sexual y reproductiva, así como una educación integral en sexualidad en todos los niveles educativos, de gestión pública o privada. Un componente de primera importancia para el éxito de la Estrategia es focalizar acciones intensivas en los municipios que presentan las mayores tasas de embarazo adolescente.

Quinta. De lo antes expuesto, se advierte la loable intención del Ejecutivo Federal para la instrumentación de políticas públicas en materia de Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes.

No obstante, resulta sumamente preocupante, que en el cuerpo de los dos documentos en comento, se implemente de manera errónea el término “DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS” en lugar de “DERECHO A LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA” ; pues de la simple lectura de ambos instrumentos se advierte que al referirse a “derechos sexuales y reproductivos” se hace alusión al derecho a la salud sexual y reproductiva; asimismo es de destacar al definir lo que deberá entenderse por éstos, los documentos señalan lo siguiente:

Estrategia Nacional de prevención del Embarazo en Adolescentes.

3.3 Derecho a la salud sexual y reproductiva de adolescentes

Los derechos reproductivos están reconocidos en el artículo 4 de la Constitución, el cual establece que “Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.” Estos derechos han sido definidos como “aquellos derechos que se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre éstos y a disponer de la información y de los medios para ello y el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva. También incluye su derecho a adoptar decisiones relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coacciones ni violencia, de conformidad con lo establecido en los documentos de derechos humanos.”

Programa de Acción Específico Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2013-2018

Glosario

Derechos sexuales . Los derechos humanos de la mujer incluyen su derecho a tener control sobre las cuestiones relativas a su sexualidad, incluida su salud sexual y reproductiva, y decidir libremente respecto de esas cuestiones, sin verse sujeta a la coerción, la discriminación y la violencia. Las relaciones igualitarias entre la mujer y el hombre respecto a las relaciones sexuales y la reproducción, incluido el pleno respeto de la integridad de la persona, exigen el respeto y el consentimiento recíproco y la voluntad de asumir conjuntamente la responsabilidad de las consecuencias del comportamiento sexual.

De la transcripción anterior, claramente se advierte la falta de congruencia y unificación al definir a lo que se pretende referir con el término “Derechos sexuales y reproductivos”. Pues en la Estrategia Nacional en comento se alude totalmente al “Derecho a la Salud Sexual y Reproductiva” que consagra nuestra Carta Magna; mientras que en el programa de acción de mérito, se intenta innovar incluyendo otros elementos, sin delimitar alcances ni implicaciones, prestándose a la grave problemática de ambigüedad que referí en el consideración tercera del presente documento.

Es por ello, y tomando en consideración el antecedente señalado en la consideración SEGUNDA del presente ocurso, relativo a la discusión y aprobación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; que estimo imperante y procedente exhortar al Titular del Ejecutivo Federal a fin de que reemplace el término de “Derechos Sexuales y Reproductivos” por el de “Derecho a la Salud Sexual y Reproductiva” en los instrumentos denominados “Estrategia Nacional de prevención del Embarazo en Adolescentes”, “Programa de Acción Específico Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2013-2018”, así como en cualquier otro instrumento jurídico emanado de la Administración Pública Federal; a fin de armonizarlos con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Por las consideraciones antes expuestas, me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular de Ejecutivo federal, a fin de que sustituya el término de “derechos sexuales y reproductivos” al de “derecho a la salud sexual y reproductiva” en los instrumentos denominados “Estrategia Nacional de prevención del Embarazo en Adolescentes”, “Programa de Acción Específico Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes 2013-2018”, así como en cualquier otro instrumento jurídico emanado de la administración pública federal; a fin de armonizarlos con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, el 26 de marzo de 2015.

Diputada Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares del Ejecutivo federal, la Semarnat, la Profepa y los gobiernos de Sonora, Baja California, Baja California Sur y Sinaloa a realizar programas y acciones tendentes a proteger y conservar la vaquita marina, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Uno de los santuarios marinos más majestuosos de nuestro país es el golfo de California, también llamado Mar de Cortés o Mar Bermejo, cuya extensión ubicada en el océano Pacífico, comprende a Sonora, Baja California, Baja California Sur y Sinaloa. Su actividad económica radica principalmente en la pesca y el turismo, esto gracias a sus recursos naturales y la posición estratégica en la que se ubican, características que brindan a los visitantes extranjeros y nacionales un lugar de descanso y exploración sin igual.

Además, el golfo de California representa no sólo un ente económico en crecimiento, recientemente en 2005 las Islas del Mar de Cortés fueron declaradas patrimonio mundial de la humanidad en la categoría de bienes naturales1 , particularidad considerada como un honor a todos los mexicanos y reconocimiento a la extensa flora y fauna que existe en nuestro país. Esto le permite contar con una pluralidad de especies entre las que destacan alrededor de 890 tipos de peces diferentes; aves como pelícanos, gavilanes y garzas y es también el único hábitat natural de la especie llamada “vaquita marina”, un pequeño, tímido y bello cetáceo con manchas negras alrededor de su piel, quien puede llegar a pesar alrededor de 36 kilogramos, se alimenta de calamares y peces y se reproduce de uno a dos años en estas regiones.

La vaquita marina vive en aguas cálidas y poco profundas de entre 11 a 50 metros, con una visibilidad de 0.9 a 12 metros y a una distancia de la costa de 11 a 25 kilómetros. Prefiere fondos marinos compuestos de arcilla y limo, a los arenosos; viaja solitaria o en grupos de dos a tres y al igual que otros cetáceos, la vaquita marina utiliza la ecolocación para reconocer su entorno, buscar alimento e identificar depredadores.2

Este ejemplar marino está al borde de la extinción total y según reportes, solo quedan lamentable 97 marsopas y en descenso.3 La principal causa de su disminución responde principalmente al ataque directo a dichos seres vivos como es a través de la pesca industrial, ya sea por pesca ilegal o tráfico de animales exóticos o en pocos casos por accidente. Este último caso por ejemplo, se refiere a que los trabajadores pesqueros utilizan herramientas como las redes de arrastre, que al ser casi imperceptibles al ojo humano y animal, se colocan todo el tiempo en el agua como cortinas y no necesariamente vigiladas para la pesca de camarón. Las vaquitas marinas son incapaces de ver las redes y por consiguiente se enredan muriendo al quedar atrapadas. Dichos seres sobreviven en aguas poco profundas y al tener la necesidad de salir a la superficie a respirar, son presa fácil para atraparlas. Incluso a pesar de que la pesca ilegal va dirigida al pez llamado “totoaba”, el cual es demandado por China y pagado en nueve mil dólares aproximadamente por kilogramo de buche4 , la pesca ilegal, clandestina y sobreexplotada de otras especies provoca la disminución aún peor de la vaquita marina.

Es por ello que el gobierno federal a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Semarnat, así como de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Profepa, y de otras organizaciones sin fin de lucro como Greenpeace México, Ecoosfera, entre otras, han promovido campañas para combatir el problema de la extinción de esta especie. Asimismo, está en espera de confirmarse la firma del pacto “Acuerdo por el que se suspende la pesca mediante el uso de redes de enmalle, cimbras y o palangres en el norte del golfo de California” entre los pescadores de alto golfo de California con Semarnat, Profepa, cooperativas de pescadores en la zona y la Secretaría de Desarrollo Social, el cual tiene como características el paro total en la pesca durante dos años, hecho que costará poco más de mil 36 millones de pesos, ya que a cada trabajador se le entregara parte del dinero para subsistir ese tiempo como indemnización y podrá generarse paulatinamente un equilibrio ecológico satisfactorio.5

Por lo anterior, es menester contar con medios más efectivos para la lucha y protección de esta especie en peligro de extinción y salvaguardar su hábitat natural como fortalecer y poner en práctica más enérgica las acciones de vigilancia por parte de Profepa, implementando por ejemplo mayor cantidad de drones (aviones no tripulados) y vigilantes para que durante las 24 horas se inspeccionen las actividades que sucedan en las áreas del golfo de California.

También generar un cambio y conciencia ecológica a la sociedad sobre la existencia de dichos animales que fomenten su protección y conservación; evitar que los ciudadanos realicen pesca ilegal y modificar las políticas comerciales, de tal manera que controlen y protejan las exportaciones e importaciones de productos pesqueros. Finalmente, exhortar al gobierno federal y los gobiernos estatales colindantes con el Mar de Cortés, a incrementar el presupuesto destinado al refugio y seguridad de los cetáceos.

Por lo expuesto, someto a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Ejecutivo federal y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, se realicen las políticas públicas, programas y acciones de conciencia social, de protección y conservación necesarios, a favor del hábitat de la vaquita marina en Sonora, Baja California, Baja California Sur y Sinaloa.

Segundo. Se exhorta al gobierno federal, a los gobiernos de Sonora, Baja California, Baja California Sur y Sinaloa y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente para que adoptan medidas más eficaces y urgentes que permitan salvaguardar a la vaquita marina de la pesca clandestina de los pescadores de la región, así como para que destinen una partida presupuestal especial para la protección y seguridad de dicha especie.

Notas

1 UNESCO (1994). Día del Patrimonio Mundial, Reserva de la Biosfera Islas del Golfo de California, localizado en: www.ecured.cu/index.php/Reserva_de_la_Biosfera_Islas_del_Golfo_de_Calif ornia

2 Conabio. Arreola Roberto, (2011). Fichas de especies prioritarias. Vaquita (Phocoena sinus) Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, México D.F.

3 Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), (2014). Informe sobre la protección de la Vaquita Marina. Localizado en:

http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/1670/1/mx.wap/v aquita_marina.html

4 Cota Karen, (2015). Prohíben la pesca en el Alto Golfo de California. Milenio, localizado en: http://www.milenio.com/estados/Prohiben_pesca_en_Alto_Golfo_de_Californ ia-protegen_a_vaquita_marina-marsopa_0_469753033.html

5 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.

Diputada Karen Quiroga Anguiano (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob, la SHCP y los organismos correspondientes a resguardar los derechos de los pensionados y jubilados ferrocarrileros, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I, III, IV y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

El derecho a la seguridad social se ha constituido a lo largo de más de 70 años, éste debe de ser un eje fundamental de la vertiente social del Estado mexicano. Este derecho fue el resultado de grandes y largas luchas de nuestros hermanos trabajadores con la finalidad de buscar el bienestar de sus familias, así como mejorar sus condiciones laborales y de vida. Fue tal la magnitud de la misión y visión progresista de los trabajadores, que los beneficios referentes a seguridad social llegaron hasta las familias de los mismos.

Una de estas luchas sin tregua fue la de los trabajadores ferrocarrileros, la cual fue bastión fundamental en la búsqueda por el derecho a la seguridad social, integral y solidaria; formando parte fundamental del movimiento obrero democrático e independiente.

Hoy, la situación para los pensionados y jubilados, así como de las viudas de los trabajadores, no es alentadora. Sufren del olvido y desesperanza, aun cuando el país tiene una deuda con los ferrocarrileros, que como ya expuse, contribuyeron con sudor, sacrificio y sangre a construir las bases al derecho a la seguridad social que el día de hoy la clase trabajadora disfruta.

La lucha de los jubilados, pensionados y viudas del Sindicato Nacional de Trabajadores Ferrocarrileros ha sido larga, a través de varias décadas. Dicha batalla llega hasta fechas recientes, ya que el 16 de marzo del presente año manifestaron las viudas que desde el mes de febrero del 2012 no reciben el pago de su póliza de seguro de vida equivalente aproximadamente a unos 50 mil pesos. Además los sindicalizados exigen que se aclare el uso de los recursos del fideicomiso creado para el pago de cuotas sindicales, el cual por mes asciende a 2 millones 893 mil 440 pesos.

Es apremiante que se respeten los derechos de los trabajadores que lucharon por los beneficios que hoy gozamos, apoyarlos económicamente y de ser necesario de manera legal, su día a día es lidiar con falta de pagos, abusos y extorsiones.

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Segob, SHCP y organismos correspondientes para que apoyen y protejan los derechos laborales de los pensionados y jubilados Ferrocarrileros.

Segundo. Se exhorta a la Segob y SHCP para que den el apoyo necesario a las viudas de los Ferrocarrileros, ya sea legal o en su caso económico, con la finalidad de que obtengan el apoyo monetario al que son acreedoras.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.

Diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sener, la CFE y los tribunales correspondientes a erradicar las prácticas de criminalización de usuarios deudores y los cortes masivos del servicio eléctrico por la empresa, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I, III, IV y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

En el país existe una problemática que casi es seguro que todos los mexicanos hemos vivido alguna vez, ya sea por descuido o falta de dinero. El pago de la luz se puede volver un calvario para los usuarios de CFE, ya que al volverse deudores pasan a ser satanizados como si fueran delincuentes.

CFE se lava las manos al argumentar que las empresas que les cortan la luz son agentes contratados por la empresa y no pertenecen a la estructura, por lo que esto se convierte meramente un reporte del usuario. Existen consumidores que han recibido amenazas, burlas y abusos al momento de que se les retira el servicio de luz. Se presentan al hogar del usuario personas sin identificarse, sin orden de corte e incluso con vehículos sin logos para su identificación.

Pero el abuso no termina ahí, cuando los usuarios cuestionan el corte del servicio, los empleados se limitan a exponer con prepotencia argumentos sin validez y sin documentos que comprueben su acción, he incluso hay reportes en los que los afectados exponen que los trabajadores se presentan con nombres falsos al momento que se les piden para el posterior reporte con la finalidad de identificarlos, Juan López y Juan Pérez son respuestas comunes entre los agresores.

Todo esto sin contar los cobros excesivos de CFE o los llamados reajustes, en los cuales hay reportes de un incremento de hasta un 1000% de la tarifa que el usuario venía pagando.

En todo momento se tiene que recordar que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa ya aclaró que CFE no es autoridad responsable para la procedencia de los recursos y juicios administrativos relacionados con el aviso por suministro de energía y el ajuste en el monto del consumo derivado de órdenes de verificación, cobro o corte de éste y su ejecución.

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Gobierno Federal a través de la Secretaría de Energía, la Comisión Federal de Electricidad y los tribunales correspondientes a eliminar las prácticas de criminalización hacia los usuarios deudores del servicio eléctrico, así como garantizar el abasto de electricidad que se ve agredido con los cortes masivos del servicio.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.

Diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal y organismos correspondientes a eliminar el cambio de horario en México, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I, III, IV y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Cuando, en abril de 1996, se introduce el horario de verano en México, se dice que busca un ahorro energético. También es claro que, con la reciente introducción del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, y el creciente intercambio comercial con Estados Unidos, es necesario alinearse a algunas de sus reglas, entre ellas el cambio de horario. Sin duda, esto genera un beneficio social para aquellos que tienen lazos comerciales con el vecino del norte y también para quienes trabajan de forma transfronteriza. Como bien apuntaba Hudson en 1895, existen beneficios para quienes gustan de las actividades vespertinas. Es posible salir a correr o hacer deporte por las tardes sin temor a sofocarse con el Sol.

De acuerdo a la Secretaría de Energía, con datos de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía aunque en general el país ha tenido un continuo declive en su consumo de energía, en el área residencial en los últimos 15 años, hemos tenido un aumento significativo en su consumo. En el año 2008, el consumo de energía eléctrica anual per cápita fue de 1.49 GJ. Es decir, que en 2008 nuestro consumo de electricidad residencial fue de 45,526,800,000 KW/h en todo el país.

El ahorro real del horario de verano fue de aproximadamente 3.5% del consumo total de energía eléctrica de uso residencial en el país. Se cree que el resultado es consistente si es comparado con otros países, pero existen otros factores que pueden afectar este descenso, no solo el cambio de horario.

Uno de los efectos más obvios es la falta de sueño y descanso, ya que las personas se duermen tarde, pero deben levantarse antes de lo que su cuerpo está acostumbrado. Esto, trae consecuencias importantes, como una notoria baja de productividad de la persona y cierta propensión a los accidentes, al menos durante los primeros días.

De igual manera, el horario de verano afecta cognitivamente a los estudiantes quienes suelen tener resultados promedio más bajos en los exámenes, de acuerdo a estudios científicos.

Asimismo, se ha mencionado el incremento de los suicidios a partir del horario de verano. La menor producción de melatonina es propia de esta etapa del año y el cambio de horario puede producir desajustes, sobre todo en personas con tendencias bipolares o depresión.

Sería pues adecuado observar si en nuestro país el tener esa hora extra de sol beneficia alguna otra actividad económica o algún beneficio social, ya que los beneficios del programa pueden traer daños a la salud e incluso no existe diferenciación entre el ahorro por el cambio de horario o la cultura de ahorro o las nuevas tecnologías de ahorro, lo que lleva a poner en duda la eficiencia del tan alardeado cambio de horario.

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al gobierno federal y a los organismos correspondientes para que se replantee la aplicación del horario de verano, dados sus ambiguos resultados económicos y diferentes daños a la salud de los mexicanos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo del 2015.

Diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal a implantar por la Conagua medidas para concluir el Plan Hídrico Integral de Tabasco, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada federal Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I, III, IV y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Pareciera que del problema de la corrupción no hay forma de escaparse, y el caso del Plan Hídrico Integral de Tabasco (PHIT) no es la excepción, tal como ocurrió con el caso de los 213 millones de pesos etiquetados para obras públicas hidráulicas en Tabasco y que no estaban consignados dentro del paquete contemplado para el 2011 en materia de infraestructura contra inundaciones, en este proyecto existen retrasos y demandas por daños a terceros contra la Comisión Nacional del Agua (Conagua).

Las acciones y alcances del PHIT han sido insuficientes, continúan cada año inundaciones en ríos de la zona, tal como es el Carrizal y Grijalva. Provocando daños a las comunidades cercanas y como consecuencia que se ponga en peligro la vida de niños, niñas, adultos mayores, mujeres y hombres.

Lamentablemente el PHIT continuará sin finalizarse o a medias, como o expuso el coordinador del proyecto Marco Antonio Parra Cota, llegando a un 80% de la obra y dejando a las siguientes administraciones el resto.

Las prioridades del Estado deben de ser dirigidas a proteger a la población, debido a la falta de seriedad de los encargados, las inundaciones en Tabasco han empeorado, aun cuando no llueva de manera extraordinaria, ya que cualquier chubasco puede generar damnificados, recordemos en años anteriores los cerca de 200 mil damnificados, la integridad de esas familias no es preocupación del gobierno para trabajar a marchas forzadas en el PHIT.

Al menos 6 mil millones de pesos se invertirían en Tabasco en los próximos cuatros años en obras del PHIT y el Prohtab para garantizar la protección a centros de población y de áreas productivas en el Estado. Pero Tabasco requiere que en realidad se apliquen los fondos destinados a sus verdaderos fines.

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al gobierno federal a través de la Conagua a implementar las medidas necesarias para concluir el Plan Hídrico Integral de Tabasco de manera segura y pronta para garantizar la seguridad de las familias que se ven afectadas por las inundaciones en la zona.

Segundo. Se exhorta al gobierno federal y a la Conagua a impedir el desvío de fondos destinados al Plan Hídrico Integral de Tabasco, castigando de manera ejemplar a la persona o empresa que caiga en estas prácticas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.

Diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y el Archivo General de la Nación a garantizar para todo investigador la consulta de los documentos relativos a la guerra sucia, a cargo del diputado Trinidad Morales Vargas, del Grupo Parlamentario del PRD

Trinidad Secundino Morales Vargas, diputado federal a la LXII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación y al Archivo General de la Nación para garantizar la consulta de los documentos relativos a la Guerra Sucia para todas y todos los investigadores, bajo las siguientes

Consideraciones

El 11 de marzo pasado, notas periodísticas consignaron la decisión de la Dirección General del Archivo General de la Nación para restringir la consulta de toda la documentación relativa a la Guerra Sucia, bajo el falaz argumento de que contiene información confidencial y que, conforme al artículo 27 de la Ley de Archivos, puede ser reservada de treinta a setenta años. Esta situación ha sido denunciada por múltiples investigadores que han señalado que la única manera de acceder a estos documentos, a partir de esta determinación del Archivo General de la Nación, es solicitarla por medio de solicitudes de información que, a más de suprimir algunos datos, no resulta de ninguna manera adecuada para el trabajo de investigación histórica.

La historia se construye paso a paso. En el quehacer histórico es fundamental la consulta de los documentos que han sido testigos de los acontecimientos. Un episodio como el de la Guerra Sucia debe ser estudiado científicamente para que, en todos los ámbitos, las víctimas directas e indirectas alcancen justicia y México logre la reconciliación que, a más de cuarenta años, no hemos obtenido.

La apertura de los Archivos de la Guerra Sucia, hace 14 años, fue un primer gran paso para que este oscuro evento de la política mexicana que cobró miles de víctimas, entre desaparecidos, encarcelados y asesinados, sea por fin estudiado, desde una perspectiva científica. El cerrar la consulta de los documentos únicamente abonará en el detrimento del quehacer histórico y, sin duda alguna, en la falta de justicia para las personas.

Resulta imprescindible que, en el marco de la construcción de un Estado Democrático y de Derecho, la historia nos muestre los acontecimientos y que el propio Estado reconozca su responsabilidad de frente a sus víctimas.

México vive una crisis política, social, humanitaria e institucional que afecta todos los niveles de gobierno y a todos los Poderes de la Unión. Resulta por ello de vital importancia que se inicie un proceso de estudio, análisis e investigación imparcial de sus causas y generar un continuo proceso de conciliación y reconciliación entre la ciudadanía y sus autoridades que coadyuve al restablecimiento de la paz social.

La garantía de no repetición pasa por el estudio científico de los hechos y, en concordancia con nuestro texto constitucional, el Estado Mexicano está obligado a permitir que estos documentos sean objeto de estudio por parte de la comunidad científica. Adicionalmente, debido al carácter que, como violaciones graves a los derechos humanos entrañan los acontecimientos de la Guerra Sucia, no pueden ser aplicadas las disposiciones legales que permiten reservar la información.

Muy al contrario, estos documentos constituyen la memoria viva de miles de personas que fueron perseguidas, asesinadas o desaparecidas y el Estado Mexicano tiene la obligación de resarcir los daños y no ocultarse detrás de un tecnicismo legaloide, para evitar su consulta.

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en el artículo 42 numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 79 numeral 1, 205 numeral 1 y 207 numerales 1 y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Gobernación y al Archivo General de la Nación para garantizar la consulta de los documentos relativos a la Guerra Sucia para todas y todos los investigadores.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de marzo de 2015.

Diputado Trinidad Secundino Morales Vargas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las autoridades de Puebla a atender el caso del asesinato de Olga Nayely Sosa Romero, a cargo de la diputada Roxana Luna Porquillo, del Grupo Parlamentario del PRD

Quienes suscriben, los diputados Martha Lucía Micher Camarena, Roxana Luna Porquillo, Margarita Elena Tapia Fonllem, Ángeles Sánchez Lira, Roberto Cabrera Solís, José Higuera Fuentes y Víctor Nájera Medina, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, integrantes de esta LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62 numeral 3; 79, numerales 1, fracción II y 2; 100; 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con puntos de acuerdo, de urgente u obvia resolución, con base en las siguientes

Consideraciones

Una vida libre de violencia sigue siendo para muchas mujeres un sueño inalcanzable, un objetivo por el que perdemos la vida y es que aunque han existido importantes avances legislativos, jurídicos, políticos y sociales, gracias al movimiento feminista y amplio de mujeres, la realidad sigue siendo devastadora.

En los últimos 25 años han existido más de 34 mil feminicidios. Actualmente siete feminicidios ocurren a diario, tres mujeres son desaparecidas al día y una mujer es violada cada cuatro minutos en México. Todo esto ocurre en el marco de la complicidad, negligencia y complacencia del sistema de procuración e impartición de justicia, del sistema de educación; es decir, de todo el sistema patriarcal que ha marcado a nuestra estructura institucional.

Este sistema que estereotipa y asigna roles de género lacerantes para las sociedades y profundiza la desigualdad y violencia que enfrentamos las mujeres, recrudece su opresión al añadir al componente de género elementos de clase, edad y etnia, porque es indiscutible que quienes son más vulnerabilizadas son las mujeres indígenas, jóvenes y pobres.

En este sentido, la ignorancia y desprecio por la vida de las mujeres pareciera una constante del sistema político mexicano, especialmente, el de Puebla. A continuación presentamos un caso que ejemplifica lo descrito.

El pasado 9 de junio de 2014, Olga Nayely Sosa Romero fue reportada como desaparecida en la ciudad de Puebla, capital de Puebla de Zaragoza. El 18 de junio del mismo año sus restos fueron encontrados enterrados en la comunidad de Soto y Gama, en el municipio de Huaquechula, Puebla. Moisés Torres López, su esposo, confesó el asesinato después de haber caído en contradicciones en sus declaraciones ante agentes de la policía ministerial.

Moisés hizo una primera declaración en la que aseveró haber asesinado a Olga ese mismo 9 de junio, día en el que ella le contó que había reprobado el curso de idioma francés que estudiaba y que además le era infiel. Moisés señaló que la golpeó con un marro en repetidas ocasiones hasta causarle la muerte y que después descuartizó su cuerpo para ir a enterrar las partes en un paraje de Huaquechula.

Sin embargo, Moisés Torres López se reservó su derecho a declarar ante el juez y sólo ha declarado ante el Ministerio Público, cambiando su primera versión para decir que Olga murió de manera accidental cuando él la empujó durante la discusión, lo que ocasionó que ella se golpeara la cabeza. Declaró que al ver que Olga ya no presentaba signos vitales, tuvo miedo de que sospecharan de él y por ese motivo decidió deshacerse del cadáver cortándolo en pedazos y trasladando los restos hasta la comunidad de Soto y Gama.

En esta declaración Moisés Torres López refiere que su padre Moisés Torres Monroy le ayudó a limpiar la escena del crimen por lo que existe también una averiguación previa (AP 410/2014) iniciada en la agencia especializada en la investigación de personas desaparecidas para determinar la participación de otras personas en el feminicidio de Olga y en posteriores actos de encubrimiento.

En el tenor de lo expuesto, también es importante señalar que Moisés Torres López promovió un amparo 1525/20014 en el 7o. Juzgado de Distrito para que le fuera devuelto el inmueble donde asesinó a Olga, argumentando que se estaban violando sus garantías. Ante esto, el juez de distrito ordenó que se levantaran los sellos declarando que Moisés Torres López podía disfrutar del bien pero no disponer del mismo, por lo cual ordenó que se le hiciera la entrega del inmueble a Moisés Torres Monroy (padre del feminicida) quien fue la persona autorizada por Moisés Torres López.

Al tener conocimiento de lo anterior, inmediatamente la familia de Olga, su hermana, Alejandra Sosa Romero y su madre, Argelia Romero Cinto, interpusieron un recurso de queja, pero el juez octavo de lo penal no hizo caso del mismo y sin resolver el trámite de dicho recurso hizo entrega material del inmueble a Moisés Torres Monroy. Aunado a esto, también solicitaron que la Procuraduría General de Justicia de Puebla reclamara el inmueble para continuar con las investigaciones sobre la posible participación de otras personas en el asesinato. Sin embargo, personal de la Procuraduría señaló que no reclamarían ese bien.

Al cabo de un tiempo, el juzgado 7o. de distrito emitió una sentencia con la que negaba el amparo a Moisés Torres López, determinando que ninguna de sus garantías estaba siendo violada. Desafortunadamente, a la hora de esta sentencia, Moisés Torres Monroy ya había tenido tiempo suficiente para alterar la escena del crimen.

Olga Nayely Sosa Romero era odontóloga y madre de una niña de tres años de edad. Su hermana, Alejandra Sosa Romero y su madre, Argelia Romero Cinto, además de hacer frente a la pérdida de Olga, emprendieron una lucha para obtener la guarda y custodia de la niña.

Después de un largo peregrinar en un proceso envuelto en irregularidades que parecieron agudizarse por el lazo familiar existente entre el feminicida Moisés Torres López y el magistrado Manuel Nicolás Ríos Torres (tío del culpable), obtuvieron la custodia compartida con la madre de Moisés, Elsa López Huerta.

Al principio del juicio de la custodia, Moisés Torres Monroy, el padre del asesino de Olga, estuvo acompañando a Elsa López. Sin embargo, este proceso iniciado por Elsa López, no fue tramitado en asociación con su esposo dado que este último, como lo hemos señalado, es sospechoso en el feminicidio de Olga, lo cual está asentado en el Triplicado que se quedó abierto en la agencia especializada en la investigación de personas desaparecidas con número 410/2014/DMZS.

Aunado a esta situación, Alejandra y Argelia han denunciado que el feminicida Moisés Torres les dijo lo siguiente: “Mi tío, el magistrado [Manuel Nicolás Ríos], cuenta con relaciones en los juzgados, por cualquier problema que se me presente”.

Pese a las amenazas, ambas presentaron una nueva demanda a nombre de Argelia Romero Cinto para solicitar el derecho de la guarda y custodia de su nieta. Luego de mucha presión, hoy han obtenido la custodia compartida de la niña.

Pese a las dificultades que enfrentan tanto Alejandra como Argelia ellas continúan su lucha para exigir que al asesino de Olga se le dicte una sentencia que lo condene por el crimen que cometió hace casi un año ya, así como para buscar que la hija de Olga se quede con ellas lejos de personas cómplices de feminicidios, que además corrompen el sistema de impartición de justicia.

De acuerdo al reportaje “Puebla supera al Estado de México en desaparición de mujeres” de la agencia de noticias Lado B, en Puebla, desde enero de 2013 y hasta el 28 de febrero de 2015, el Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr) reportó 68 feminicidios. Solamente en 2015 han contabilizado ya ocho de estos crímenes.

Aunado a lo anterior, el reportaje destaca que en Puebla existen 3,599 mujeres desaparecidas por cada cien mil habitantes, superando, de esta manera, al Estado de México en desaparición de mujeres. Durante 2014, 530 desapariciones fueron reportadas de acuerdo a cifras oficiales de la Procuraduría General de Justicia (PGJ). Hasta enero de 2015, 208 seguían sin ser localizadas.

En 2012 el feminicidio fue tipificado como delito en el estado; no obstante, en 2014, sólo se emitió una sentencia por feminicidio demostrando el intento del sistema de procuración de justicia poblano, de ocultar estos crímenes.

Hoy la entidad de Puebla es un lugar peligroso para las mujeres. El estado poblano está enfrascado en un aparato institucional machista, autoritario, patriarcal y represivo que no respeta la vida ni la dignidad de las mujeres, que viola sistemáticamente sus derechos humanos siendo omiso y negligente.

Debido a la urgencia que enfrentan niñas y mujeres poblanas, sometemos a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

La Cámara de Diputados:

Primero. Exhorta al Tribunal Superior de Justicia de Puebla a través del juzgado 8o. de lo penal de la misma entidad a que emita una sentencia acorde con los derechos humanos de las mujeres reconocidos por el orden jurídico nacional y los tratados internacionales, en el caso del asesinato de Olga Nayely Sosa Romero.

Segundo. Exhorta al titular de la Secretaría de Gobernación a tomar en consideración todos los indicadores disponibles sobre la violencia hacia las mujeres a fin de, en su caso, declarar la alerta de violencia de género en el estado de Puebla.

Tercero. Exhorta a los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública y de la Procuraduría General de Justicia de Puebla, a elaborar un diagnóstico en la materia de desapariciones de mujeres para identificar las zonas de riesgo y las mujeres de mayor vulnerabilidad, para llevar a cabo estrategias de prevención, investigación y sanción.

Cuarto. Exhorta a la Procuraduría General de Justicia de Puebla a continuar con las investigaciones sobre la participación de Moisés Torres Monroy, en el asesinato de Olga Nayely Sosa Romero y en cualquier conducta ilegal posterior a dicho acontecimiento.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.

Diputados: Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem, Roberto Cabrera Solís (rúbrica), Víctor Nájera Medina, Martha Lucía Micher Camarena (rúbrica), José Higuera Fuentes (rúbrica), Ángeles Sánchez Lira.



Efemérides

Con motivo de la conmemoración de los 102 años de la suscripción del Plan de Guadalupe, a cargo del diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares, del Grupo Parlamentario del PVEM

La revolución mexicana es considerada a nivel mundial como uno de los movimientos sociales con mayor carga ideológica.

Gracias a aquel movimiento armado los libros de historia, sociología, política y economía reconocen como objeto de estudio al constitucionalismo social, el cual procuró desde entonces a las colectividades, en especial a los gremios campesino y obrero.

La repercusión de este hecho, llegó a ser tan sublime que en el año de 1919 se erigió la segunda constitución de este tipo que recogió aquellos principios, la de Weimar en Alemania.

En la actualidad, no existe una constitución considerada por los tratadistas más destacados de la ciencia jurídica como moderna, que no reconozca los principios del liberalismo francés del siglo dieciocho y el constitucionalismo social mexicano del siglo veinte.

La gran repercusión a la cual nos referimos, tiene su origen en dos acontecimientos, los excesos de desproporción social llevados a cabo en la parte final del gobierno del Presidente Porfirio Díaz, y en la convulsa política que se presentó en el mes de febrero del año de 1913, en donde el Presidente Francisco Ignacio Madero es asesinado junto con José María Pino Suárez por quien fuera su primer general, Victoriano Huerta, en el episodio conocido como decena trágica.

Como respuesta a la usurpación que del gobierno ejecutivo hizo Victoriano Huerta, se acordó el Plan de Guadalupe, el cual recibió tal nombre por ser suscrito en la hacienda que llevaba tal denominación, sita en la entidad federativa de Coahuila.

El Plan de Guadalupe implicó desconocer a Victoriano Huerta como presidente de la República, así como a los Poderes Legislativo y Judicial de la Federación de aquel entonces, a los gobiernos de los estados que estuvieran con el usurpador.

Por otro lado, se reconoció como Primer Jefe del Ejército Constitucionalista a Venustiano Carranza, quien en aquel entonces era gobernador del estado de Coahuila y si el movimiento triunfaba, él sería interinamente el encargado del Poder Ejecutivo o bien, aquella persona que le hubiere sustituido en el mando, quien a su vez estaría obligado a convocar a elecciones generales tan luego como se haya consolidado la paz, entregando el Poder al ciudadano que hubiere sido electo.

En este sentido, el Plan de Guadalupe es la semilla que gestó el fruto social de lo que hoy es México, se reconoció el sistema democrático como el cauce por el cual transitaría México a la modernidad.

Con el Plan de Guadalupe inició el fin de los caciques, se establecieron reglas de sucesión presidencial y se empezó a delinear lo que a la postre fue la Constitución Mexicana de 1917.

El Plan de Guadalupe se erigió en respuesta a los traidores e indeseables que fueron enfrentados por la unión de las fuerzas políticas.

En la actualidad no es una exageración llevar a cabo la celebración de un nuevo pacto contra todos aquellos que pretenden atacar al país con descalificaciones o actos que conlleven a desequilibrar el orden social o bien, contra quienes negando todo y no aproando nada quieren que el país se mantenga sin crecimiento para así poder conseguir una clientela política.

A la patria no se le abandona, a la patria se le atiende, así se derrotó a Huerta, así se impuso el constitucionalismo social, así creció México, unámonos en pro de la nación y de todos los mexicanos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 26 días del mes de marzo de 2015.

Diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares (rúbrica)

Con motivo de la conmemoración de La Hora del Planeta, a cargo de la diputada Graciela Saldaña Fraire, del Grupo Parlamentario del PRD

Antecedentes

La Hora del Planeta se celebra en todo el mundo, es una iniciativa global que la World Wide Fund for Nature (WWF) promueve desde el 2007, a través del apagado simbólico de luces por una hora.

El objetivo es promover un llamado para que cada persona se comprometa a realizar acciones concretas frente al cambio climático con base a una plataforma de retos para un futuro sano y sustentable, la cual pretende involucrar a los tres niveles de gobierno, instituciones académicas, iniciativa privada, asociaciones civiles, ciudadanía en general, etcétera.

México tiene un papel crucial en los esfuerzos por frenar el cambio climático. De ahí la importancia de que todos participemos consiente y masivamente en esta iniciativa.

El apagado simbólico de las luces busca hacer conciencia sobre el vínculo estrecho entre nuestras prácticas cotidianas en el uso de energía y los impactos en la salud del planeta: en México y en el mundo la dos terceras partes de los gases de efecto invernadero provienen de la cantidad de energía que consumimos; en un 90% a partir de la quema de combustibles fósiles como el carbón, el gas o el petróleo.

Ahorrar agua, usar menos el vehículo particular o compartirlo y cambiar nuestros focos a focos ahorradores, son solo algunas de las cosas que podemos hacer para ayudar a combatir el cambio climático.

La hora del planeta se realiza a nivel mundial el último sábado de marzo de un horario de las 20:30 a las 21:30 horas.

Por lo antes expuesto, me permito solicitar la inscripción de la efeméride siguiente:

1. Con motivo de la celebración internacional de la hora del Planeta.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2015.

Diputada Graciela Saldaña Fraire (rúbrica)