Dictámenes negativos de proposiciones


Dictámenes negativos de proposiciones

De la Comisión de Cultura y Cinematografía, sobre la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al director general del Instituto Nacional de Antropología e Historia a supervisar la rehabilitación y reestructuración de la alameda Trinidad García de la Cadena, en Zacatecas

Honorable Asamblea:

La Comisión de Cultura y Cinematografía, de esta Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XII; y 45, numeral 6, incisos e), D y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y 158 numeral 1, fracción 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este Pleno el presente dictamen al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primero. Con fecha 12 de febrero de 2015, la diputada María del Socorro Núñez Monreal del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de esta LXII Legislatura, la proposición con punto de acuerdo, por la que se exhorta al Director General del INAH a supervisar la rehabilitación y reestructuración de la Alameda “Trinidad García de la Cadena” en la ciudad de Zacatecas.

Segundo. Con la fecha antes señalada, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-4-2144, turnó a la Comisión de Cultura y Cinematografía la proposición de mérito, para su respectivo dictamen.

Tercero. Mediante oficio número CCC/LXII/3990, de fecha 16 de febrero, la Comisión de Cultura y Cinematografía, envió copia de la proposición con punto de acuerdo turnada, a los diputados integrantes de la Comisión, con el fin de que emitieran sus observaciones y comentarios a la misma.

Cuarto. Con fecha 18 de febrero, el Ingeniero Rafael Sánchez Preza, Director General de la Junta y Coordinador General del Proyecto de Regeneración de la Alameda “Trinidad García de la Cadena” remitió senda oficio al diputado Hugo Jarquín, presidente de la Comisión Especial de Ciudades Patrimonio de la Humanidad de esta honorable Cámara de Diputados en la LXII Legislatura, remitiendo copia del mismo a la diputada Margarita Saldaña Hernández, Presidenta de la Comisión de Cultura y Cinematografía.

Quinto. A efecto de cumplir con lo dispuesto por el artículo 84 del Reglamento de la Cámara de Diputados, los integrantes de la Comisión, se reunieron el 26 de febrero de dos mil quince, para dictaminar la proposición señalada con anterioridad, con el fin de someterla a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados, al tenor de los siguientes:

Considerandos

Primero. Que esta Comisión es competente para conocer y resolver respecto de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director general del INAH a supervisar la rehabilitación y reestructuración de la Alameda “Trinidad García de la Cadena” en la ciudad de Zacatecas.

Segundo. Que cuando en el rubro con el que etiqueta cada una de las dos páginas de su Proposición, por la que se exhorta al Director General del INAH a supervisar la rehabilitación y reestructuración de la Alameda “Trinidad García de la Cadena” en la ciudad de Zacatecas, la información motivo de la presente proposición con punto de acuerdo, canalizar una preocupación manifiesta de un número de ciudadanas y ciudadanos por mantener la integridad del patrimonio cultural de los mexicanos, como lo son Rebeca Toledo Cisneros, Mónica Eunice Ruiz Rodríguez, Moisés Jiménez Cortés, María Edith Ortega González, Salvador Pintor Rodríguez, Luis Días Leaños y Martín Letechipía, entre otros.

Tercero. Como antecedentes, la promovente del Punto de Acuerdo menciona que el pasado 20 de marzo de 2014, la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas, recibió la petición de diversos ciudadanos preocupados por la protección del patrimonio cultural de Zacatecas, sustentada en la Ley de Protección y Conservación del Patrimonio Cultural del Estado de Zacatecas, en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas, y la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, suscrito por México en 1984, de observancia obligatoria en nuestro país, de conformidad con el artículo 133 de la Constitución de la República.

Menciona además que las obras de rehabilitación y restauración de la alameda Trinidad García de la Cadena, en curso, son realizadas por la Secretaría de Infraestructura del Estado de Zacateca s y que como se puede apreciar con las fotografías que se adjuntan a la presente proposición, la alameda Trinidad García de la Cadena ha sido intervenida y modificada en su arquitectura, pórticos, herrería, balaustrada, kiosco, bancas, fuentes, macetones, calles, piso, arriates, flora, y en sus principales elementos ornamentales, afectando a este monumento natural histórico que la Ley de Protección y Conservación del Patrimonio Cultural del Estado de Zacatecas, en su artículo 26, lo considera como zona típica, contrariando la Convención de Venecia de 1964, en la que se suscribió la Carta Internacional sobre la Conservación y la Restauración de Monumentos y Sitios, y la Convención de Florencia relativa específicamente al tema de jardines históricos.

Afirma la promovente que para los zacateca nos y los mexicanos en general, es de suma importancia que toda obra que forma parte de nuestro patrimonio cultural, se rehabilite y restaure observando la normatividad aplicable, observando los lineamientos del Instituto Nacional de Antropología e Historia y del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (Icomos, por las siglas en inglés), y no atendiendo las ocurrencias de autoridades y vecinos como al parecer (sic) se han llevado a efecto los trabajos relativos a la alameda Trinidad García de la Cadena que se hacen del conocimiento del pleno a través de esta proposición.

Que todos los ornamentos del foro corresponden al estilo art decó, que estaba en boga durante su período de construcción, lo que convirtió a ese parque en un hito a nivel nacional y mundial, en donde se declaran por un lado los ideales modernos y el culto a la tecnología y por otro los valores nacionalistas.

Cuarto. Que en la Conferencia Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre el Patrimonio Cultural celebrada en México en 1982, definió que “El Patrimonio Cultural de un pueblo comprende las obras de sus artistas, arquitectos, músicos, escritores y sabios, así como las creaciones anónimas, surgidas del alma popular, y el conjunto de valores que dan sentido a la vida, es decir, las obras materiales y no materiales que expresan la creatividad de ese pueblo; la lengua, los ritos, las creencias, los lugares y monumentos históricos, la literatura, las obras de arte y los archivos y bibliotecas”.

Sin embargo, en México desde 1914 el Estado a través de un marco jurídico regula el Patrimonio Cultural, a través de normas para la conservación de monumentos arqueológicos, históricos, artísticos y a partir de 1986 también los paleontológicos.1

El 6 de mayo de 1972 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que entró en vigor a los 30 días de dicha publicación. Con objeto de garantizar el material arqueológico, histórico y artístico. Protege bienes muebles como inmuebles. El patrimonio tangible y prevé protección a monumentos en lo individual o bajo el concepto de zonas. Obligaciones y derechos para propietarios y poseedores de bienes. Se conserva la modalidad de propiedad privada para los bienes históricos y artísticos, así como la obligación de llevar registro nacional de los bienes, siendo la Federación la competente para aplicar la Ley.

Los diversos monumentos, edificios y bienes culturales, son motivo de preocupación en su conservación, difusión e investigación, por lo que desde hace varios siglos son objeto de regulación normativa y de incorporación en la política cultural.

Actualmente, por ley, la responsabilidad primordial en la preservación del Patrimonio Cultural en el país, corresponde al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), en lo referente a custodia del patrimonio paleontológico, arqueológico e histórico de los períodos prehispánico, virreinal y siglo XIX y al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBA) en lo relativo al patrimonio artístico del siglo XX. Éste último, creado en diciembre de 1946 con objeto de preservar, fomentar y difundir el patrimonio artístico de México.

Respecto al INAH, la necesidad de preservar, fomentar y difundir el patrimonio histórico de la nación, originó su creación el 3 de febrero de 1939 por Lázaro Cárdenas. Su función primordial fue la vigilancia, conservación y restauración de monumentos históricos y artísticos del país y de objetos que se encuentren en ellos.

Se creó el Departamento de Monumentos Coloniales que se dividió en dos partes: la Dirección de Monumentos Prehispánicos y la Dirección de Monumentos Coloniales.

Hacia 1973, el Departamento de Monumentos Coloniales y de la República, se incorporó a la recién creada Dirección de Monumentos Históricos y años después desaparece.2

Quinto. Que la Ley de Protección y Conservación del Patrimonio Cultural del Estado de Zacatecas del 15 de diciembre de 2013,3 establece en su Artículo 26 lo siguiente:

“Artículo 26

Son Zonas Típicas las actuales zonas urbanas de las ciudades de Sombrerete, Pinos, Jerez, Nochistlán y Villanueva. En la ciudad de Guadalupe es zona típica la constituida por la plaza principal y las calles Independencia, Constitución, Madero, Luis Moya y los callejones sin nombre entre la plaza y el arroyo.

En la ciudad de Zacatecas, es zona típica la constituida por las siguientes calles y plazas:

De Jesús, Plazuela de García, en todo su perímetro; calles que desembocan en ésta, a saber: Calle de López Velarde, Calle de Santa Vera cruz, Calle del Progreso y Calle de San Diego; Calle de Abasolo y los Callejones transversales de El Morante y Callejón Ancho; Callejón de San Francisco y Calle de Matamoros, desde la esquina formada con aquél, hasta la Fuente de los Conquistadores; Avenida Juan de Tolosa en toda su longitud y los Callejones que desembocan en ella, que son: Vecindad de Gómez, Callejón del Moral, Callejón del Indio Triste y Callejón Cuatro de Julio; Avenida Hidalgo en todo su desarrollo, y las calles y callejones transversales siguientes: Callejón de Luis Moya, Callejón de las Campanas, Callejón de Osuna, Jardín Hidalgo en todo su perímetro, Callejón de Veyna, Calle de González Ortega (costado norte del Mercado Principal), Callejón de Santero, costado Sur del Mercado Principal; Calle de la Palma, Calle de la Caja, Calle de Rosales, Calle Allende, Callejón de la Bordadora y Callejón de Cuevas; Avenida Juárez en toda su longitud; Jardín Morelos en todo su perímetro, Callejón del Espejo, Avenida Torreón en toda su longitud; Alameda “Trinidad García de la Cadena” en todo su perímetro; Plaza de Santo Domingo en todo su perímetro y las calles y callejones transversales siguientes:

Calle del Estudiante, Callejón del Lazo, Callejón de Cornejo, Calle del Ideal, Calle de San Agustín, Calle Mártires de Chicago, Callejón de Lancáster, Calle de la Moneda, Calle del Hospital, Calle Genaro Codina en toda su longitud y Callejón de García Rojas. Calle Félix U. Gómez, Plazuela de Yanguas, en todo su perímetro; Calle de Yanguas, a. del Cobre, Calle de Aurelio Elías, Plazuela del Estudiante, Crucero del Estudiante y Calle de Velasco.

Jardín Juárez en todo su perímetro, Calle Miguel Auza, Plaza de Miguel Auza en todo su perímetro y Calle del Dr. Ignacio Hierro.

Calle González Ortega (antigua de Tacuba), en toda su longitud y la Calle transversal de Reforma (antigua calle Nueva); Plaza de González Ortega en todo su perímetro; Calle de Guerrero en toda su longitud y los Callejones transversales de Tenorio; de la Aurora y Correa; Calle Víctor Rosales en toda su longitud; Callejones transversales siguientes; Callejón de Venustiano Carranza, Callejón de Tampico, Callejón de Guadalupe Victoria o de Santa Rosa y Callejón de Santa Lucía, Callejón del Barro, Crucero del Arbotante, Callejón de la Peña; Jardín de las Delicias, Crucero de Venustiano Carranza, Crucero de Tampico y Plazuela del Tepozán.

Calle de Justo Sierra, Rinconada de San Juan de Dios, Crucero de Justo Sierra, Calle de García de la Cadena, Crucero de García de la Cadena, Calle de Zamora, Plazuela de Zamora en todo su perímetro, Calle de Juventino Rosas, Callejón de Quijano; Calle

Insurgentes (antigua Manjarrez) hasta el punto denominado La Perla.

Calle Aldama en toda su longitud, Plaza de la Loza en todo su perímetro, Callejón del Tráfico, Plaza Independencia en todo su perímetro, Calle de la Exclaustración y Calle Libertad.

Avenida Morelos en toda su longitud, y los Callejones transversales de: El Rayo, Chinchavel o del Enano, Del Portillo, De los Perros, De las Carretas y de Ruiz, Callejón de San Benito. Avenida Rayón en toda su longitud y los Callejones transversales de: El Trabajo, Crucero del Moral, Callejón del Resbalón, Del Turquito, Palomares o de San Marcos, Del Chino, Del Moro, Del Triunfo y Plaza de las Carretas en todo su perímetro.

Calle de Juárez (antigua del Ángel), hasta la esquina de la Calle Primero de Mayo; Calle Primero de Mayo con toda su longitud, Calle Venustiano Carranza, incluyendo la antigua Calle de San José Viejo, hasta dar acceso al nuevo Fraccionamiento de la Bufa”.

Sexto. Que la dictaminadora coincide con los propósitos de la autora de la proposición que se analiza, ya que la garantía de preservación del Patrimonio Cultural es determinante para que permanezca en el tiempo y continúe alimentando a generaciones posteriores, a fin de que conozcan y palpen antecedentes históricos que nos distinguen como nación, su realidad presente, que contribuyan a su reafirmación cultural futura, a través de un proceso armónico de asimilación y ubicación en el desarrollo, sin perder identidad. Es por ello, que el Estado mexicano ha implementado diversas formas legislativas y administrativas para protegerlo.

Asimismo, el redimensionamiento bajo el concepto de Patrimonio Cultural por la UNESCO, no limita ese dimensionamiento como símbolo de identidad, en el reconocimiento de una porción representativa de la cultura de nuestra nación y objeto de preservación como parte de ella, lejos de eso, contribuye a entender el desenvolvimiento histórico de sus generaciones y es una forma de preservar el pasado cultural, permitiendo su ubicación en el presente y preservación de identidad futura.

La gran riqueza del patrimonio arquitectónico, histórico y artístico de la nación, son también ejemplo de pluralidad cultural de este país, pero sobre todo de nuestra gran riqueza cultural.

Ahora bien, aun cuando se coincide con el espíritu de la promovente, al tiempo que esta dictaminadora considera loable su preocupación, es preciso señalar que, de diversa información recabada por esta Comisión, respecto del proyecto que actualmente se realiza en la Alameda “Trinidad García de la Cadena”, se informa que los trabajos consisten en la Regeneración del espacio y que en su momento fueron socializados previo a su comienzo con vecinos inmediatos, colegios de profesionistas y asociaciones cuyo objetivo son el cuidado y preservación del patrimonio.

Asimismo, en oficio número DG-014/2015 referido en el numeral cuarto del apartado de antecedentes del presente dictamen, se afirma por parte de la autoridad que el presupuesto para llevar a cabo éstos trabajos fueron autorizados por la LXI Legislatura del Estado de Zacatecas; mediante oficios DJ/195/2014 Y DJ/196/2014 ambos de fecha 30 de octubre del año 2014, emitidos por la honorable Junta de Monumentos y que de ello, se informó tanto al Presidente de la Comisión de Agua y Saneamiento así como al presidente de la Comisión de Obras Públicas y Desarrollo Urbano de la LXI Legislatura del estado, por ser propios de su interés el comienzo de las obras de Regeneración así como la remisión de las autorizaciones y vistos buenos de las entidades normativas que tienen que ver para la intervención del espacio.

También, es preciso señalar que la autoridad remitente, remite una sucinta descripción del proceso que se siguió para llevar a cabo la Regeneración de la Alameda “Trinidad García de la Cadena”, consistente en lo siguiente:

1. Durante los meses de Junio, Julio, Agosto y Septiembre del año 2014, se realizaron reuniones con vecinos inmediatos, asociaciones, medios de comunicación, organismos empresariales, redes sociales, colegios de profesionistas, entre otros con el objetivo y propósito de colegiar, conciliar y tomar en cuenta las opiniones de estos, contrastándolas con las necesidades que el propio espacio requiere, a más de hacer del conocimiento el objetivo y alcance del proyecto.

2. El proyecto de regeneración, revitalización y reordenamiento vial y urbano, sí como el corredor intercultural, fue mediante licitación Pública Estatal, convocada por parte de la Secretaría de Infraestructura y la Secretaría de la Función Pública del Gobierno del Estado de Zacatecas, siendo la empresa Cathedral, SA de CV, la ganadora, en tal virtud en fecha 20 de octubre del 2014, y contando con las autorizaciones de las Instancias Normativas competentes dio inicio la regeneración de la Alameda.

3. El proyecto en comento fue aprobado mediante:

- Resolución otorgada por el Pleno de la Junta de Protección y Conservación de Monumentos Zonas Típicas del Estado de Zacatecas, mediante oficio SPPB-0628/2014 de fecha 15 de octubre del 2014, dirigido al ingeniero Mario Rodríguez Márquez, Secretario de Infraestructura de Gobierno del Estado.

- Oficio CINAHZ-JURl072/2014 de fecha 15 de octubre del año 2014, emitida por el Centro INAH Zacatecas y dirigido al Ing. Mario Rodríguez Márquez, Secretario de Infraestructura.

- Determinación de recomendación aprobatoria emitida por el Consejo Internacional de Monumentos y Sitios, Organismo “A” de UNESCO Icomos Mexicano, y dirigido al ciudadano ingeniero Rafael Sánchez Preza, Director General de la Junta de Monumentos, de fecha 29 de septiembre del 2014.

- Oficio 00-01008/2014 de fecha 26 de septiembre de 2014, emitido por la Comisión Federal de Electricidad Zona Zacatecas, referente al visto bueno sobre la propuesta y materia eléctrica, y dirigido al Arq. Luis Mario Báez Vázquez, Subsecretario de Desarrollo Urbano de la Secretaría de Infraestructura de Gobierno del Estado de Zacatecas.

- Oficio 5002/2014de fecha 25 de septiembre de 2014 emitido por la Secretaría de agua y Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Zacatecas y dirigido al Ing. Mario Rodríguez Márquez, Secretario de Infraestructura, mediante el cual se autoriza la manifestación de Impacto Ambiental del proyecto.

- Oficio DG/527/2014 de fecha 15 de octubre del 2014, emitido por la Junta Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de Zacatecas, dirigido al Ing. Mario Rodríguez Márquez, Secretario de Infraestructura, otorgando el Visto Bueno en materia Hidráulica de Agua Potable y alcantarillado sanitario.

- Licencia de Construcción emitida en fecha 07 de octubre del 2014, por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Municipio.

Complementariamente a las autorizaciones y vistos buenos descritos, para mayor claridad y descripción del proyecto de Regeneración de la Alameda “Trinidad García de la Cadena” la autoridad responsable de la obra, editó material gráfico y digital consistente en diez trípticos y cinco recorridos virtuales que se adjuntan en medio impreso y magnético respectivamente y que remite a esta Dictaminadora en donde constan todos y cada uno de los aspectos mencionados anteriormente.

Asimismo y de una exhaustiva revisión a los portales electrónicos en materia de transparencia, esta Dictaminadora afirma que todas las actuaciones y procedimientos relativos al Proyecto de Regeneración de la Alameda “Trinidad García de la Cadena”, y en apego estricto a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas, han sido publicado en el Portal del mismo nombre, lo referente al proyecto y su ejecución, el cual se puede consultar mediante la siguiente liga:

http://transparencia.zacatecas.gob.mxl?s=&dependenc ia=22&fraccion=41&datefrom=&dateto=&vigente=1

Ahora bien, aun cuando se afirma por parte de la promovente en su tercer párrafo de Considerandos del Punto de Acuerdo objeto del presente Dictamen que “Para los zacateca nos y los mexicanos en general, es de suma importancia que toda obra que forma parte de nuestro patrimonio cultural, se rehabilite y restaure observando la normatividad aplicable, observando los lineamientos del Instituto Nacional de Antropología e Historia y del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (Icomos por la sigla en inglés), y no atendiendo las ocurrencias de autoridades y vecinos como al parecer se han llevado a efecto los trabajos relativos a la alameda Trinidad García de la Cadena que se hacen del conocimiento del pleno a través de esta proposición”, es preciso señalar con toda objetividad que, con independencia de que se trata de un juicio subjetivo de valoración y no se cuenta con los dictámenes por parte de especialistas, opiniones, y en general, documentales que permitan de manera categórica afirmar el dicho planteado líneas arriba y por el contrario, existen elementos documentales y autorizaciones por parte de los responsables de dicha obra que brindan elementos suficientes a esta dictaminadora para afirmar que sí se han llevado a cabo las acciones de protección y salvaguarda.

Por los argumentos y fundamentos que plantea esta comisión dictaminadora en cada uno de los Considerandos, se estima improcedente el petitorio de la presente Proposición.

Con base en lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, la Comisión de Cultura y Cinematografía, considera que es de resolverse y se

Resuelve

Artículo Único. Se desecha en su totalidad, la proposición con punto de acuerdo, por la que se exhorta al director general del INAH a supervisar la rehabilitación y reestructuración de la Alameda “Trinidad García de la Cadena” en la ciudad de Zacatecas.

Notas

1 http://www.academia.edu/419404/EI_patrimonio_cultural_en_Mexico_un_recu rso_estrategico_para_el_desarrollo

2 http://www.oei.es/cultura2/mexico/c7.htm#indice

3 http://www.congresozac.gob.mx/e/articulo&art=27882&ley=26&t it=O&cap=O&sec=O

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 26 de febrero de 2015.

Signan el presente dictamen los diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía.

La Comisión de Cultura y Cinematografía

Diputados: Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Raquel Jiménez Cerillo, Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Zuleyma Huidobro González, Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), Hugo Jarquín (rúbrica), Roberto López González (rúbrica), Ricardo Flores Suárez, Angelina Carreño Mijares (rúbrica), secretarios; Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Alma Jeanny Arroyo Ruiz (rúbrica), Juana Bonilla Jaime, Frine Soraya Córdova Morán (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona, Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, José Martín López Cisneros, María Carmen López Segura (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), Tanya Rellstab Carreto, Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), Rosa Elia Romero Guzmán, Martín de Jesús Vásquez Villanueva, Alejandro Sánchez Camacho, Ofelia Limón Robles (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla, Carlos Bernardo Guzmán Cervantes (rúbrica).

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sobre la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar modificaciones al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de ordenamiento ecológico

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, le fue turnada para dictamen, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que realicen modificaciones al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 79, numeral 1, fracción II; 80, numeral 1, fracción VI; 85, y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este Honorable Pleno Cameral, el presente dictamen al tenor de los siguientes:

I. Antecedentes

Primero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados, celebrada el día 3 de febrero de 2015, la diputada Graciela Saldaña Fraire, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó Proposición con Punto de Acuerdo por el que se solicita exhortar al Titular del Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que realicen modificaciones al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico.

Segundo. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

Confirma la diputada proponente que el viernes 31 de octubre de 2014 el Ejecutivo federal publicó en el Diario Oficial de la Federación, DOF, una serie de decretos que reforman varios reglamentos en materia ambiental (paquete), así como el Reglamento de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Ambiente del Sector Hidrocarburos. Sobre todo el reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente en materia de ordenamiento ecológico.

Estima la legisladora que la reforma energética aprobada por el Poder Legislativo en agosto pasado representa el mayor reto ambiental del país.

Lograr que el paquete verde incluya previsiones y acciones en materia de ordenamiento ecológico del territorio para garantizar el derecho a un medio ambiente sano y al desarrollo integral y sustentable es una necesidad imperante si queremos evitar una regresión en las políticas ambientales de México.

Afirma la proponente que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente representa la ley marco del sector ambiental en la que se encuentran establecidos los principios y principales instrumentos de política ambiental del país. Por ello, reforzar con el reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente en materia de ordenamiento ecológico para evitar cualquier daño y deterioro ambiental que se pueda ocasionar con el desarrollo de las recientes reformas aprobadas, por lo que es una acción imprescindible, incorporando criterios que fortalezcan la gestión ambiental como el principio precautorio en las definiciones de la ley, ya que ésta debe ser la base de un sistema que garantice la protección del ambiente como cimiento para el desarrollo integral y sustentable de la sociedad mexicana.

Indica la legisladora que el ordenamiento ecológico del territorio es un instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos. Se considera que es el instrumento de política ambiental más adecuado para armonizar las actividades humanas con la vocación del suelo de manera que se puedan asegurar condiciones de sustentabilidad en el corto, mediano y largo plazo ya que permite orientar el emplazamiento geográfico de las actividades productivas, así como las modalidades de uso de los recursos y servicios ambientales, lo cual lo convierte en la base de la política ecológica.

Comenta la proponente que por su parte la Ley de Hidrocarburos establece que las obras o actividades de dicho sector son competencia federal, no por ello la infraestructura que se establezca en algún territorio deja de tener impactos físicos sobre las regiones en las que se asienta, además de que puede representar un factor de riesgo para otras actividades en caso de siniestro, por lo que requieren ser considerados al momento de la planeación del uso del territorio. Más aun, en una lógica de corresponsabilidad del Estado mexicano (a través de la federación), convenir con otros órdenes de gobierno la realización de ordenamientos ecológicos territoriales en su modalidad regional facilita la coordinación y comunicación entre ambos órdenes en términos de planeación espacial del territorio, por lo que incluir en estos procesos las consideraciones respecto de la infraestructura del sector hidrocarburos (de parte del orden federal) es su responsabilidad pensando en el desarrollo integral y sustentable del país que enmarca el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por lo que se considera que no sujetar a estos convenios las actividades del sector hidrocarburos consiente y evidencia una irresponsabilidad y falta de interés por coordinar la planeación del desarrollo nacional. Lo que sin duda alguna dificultará alcanzar la meta de un desarrollo integral y sustentable.

Es por lo anterior que la diputada proponente observa que se requiere considerar la exclusión de la materia de hidrocarburos dentro del marco de planeación a nivel local y regional tal cual como lo plantean los artículos 38 y 40 del Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente en materia de ordenamiento ecológico. Sobre la etapa de diagnóstico al que se refiere el artículo 43 del ya mencionado reglamento, que busca identificar y analizar los conflictos ambientales en el área de estudio cuando se elabora un ordenamiento ecológico regional, es ilógico que queden fuera del mismo las actividades del sector hidrocarburos, que se prevé sean las que mayor conflicto puedan generar en el territorio.

Por lo que esta exclusión debe ser reconsiderada por el Poder Ejecutivo en su propuesta de reformas al reglamento. La etapa de pronóstico abordada en el artículo 44 del Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente en materia de ordenamiento ecológico pretende analizar la evolución de los conflictos ambientales a partir de la previsión de las variables naturales, sociales y económicas como resultados de las actividades que se realizan sobre el territorio, por lo que excluir al sector hidrocarburos, sus actividades e infraestructura de esta etapa no garantiza que se logre una planeación integral del desarrollo en el territorio nacional.

En los artículos 48 y 49, se establecen los supuestos para modificar un ordenamiento ecológico territorial regional, es de particular interés, pues conlleva la posibilidad de modificar por la vía rápida los ordenamientos ecológicos regionales vigentes al momento de la publicación del reglamento lo que pondría en riesgo la planeación territorial previa y por tanto, la garantía de los gobernados a un desarrollo integral y sustentable (con su participación activa).

El artículo 58 que corresponde a los ordenamientos ecológicos locales, excluyen de su competencia la posibilidad de reconocer en cualquiera de las etapas de la elaboración del ordenamiento las obras o actividades del sector hidrocarburos pese a que son actividades de la mayor relevancia para el desarrollo integral local.

Un ordenamiento ecológico nacional no tiene sentido si no se escala de lo local a lo regional, y luego a la escala nacional, por lo que deben incluirse las actividades del sector.

III. Consideraciones

Las y los diputados integrantes de esta comisión dictaminadora, reconocemos la importancia del planteamiento de la diputada proponente, y coincidimos con su preocupación por asegurar la estricta vigilancia en el proceso del desarrollo de la industria de los hidrocarburos en México, indicadas en su propuesta; sin embargo se desecha la propuesta de referencia de acuerdo a las consideraciones siguientes:

En concordancia con la preocupación de la proponente, la integridad del ambiente en relación con la gama ecosistemas y los servicios ambientales que nos brindan para el desarrollo de la humanidad, estimamos importante señalar, que México ocupa un lugar destacado en el concierto internacional, por estar reconocido como un país continente de una megadiversidad que se refleja en una gran variedad de ecosistemas, este patrimonio biológico y su correcto manejo, es aprovechado su potencial para el desarrollo económico y social, siendo las políticas públicas en México las que atienden de mejor manera las necesidades del país y se refieren a la preservación y valorización de los recursos naturales.

Concatenado a lo anterior y con respecto a las estimaciones publicadas por el Consejo Nacional de Población, Conapo, entre los años 2010-2030, la población del país se incrementará en alrededor de 8 millones de habitantes.

Además, para 2030 aproximadamente el 81 por ciento de la población total del país se asentará en localidades urbanas. Se calcula que para 2030, según las estimaciones del Conapo, en el año 2030 se espera que alrededor de 41 millones de mexicanos se asienten en núcleos de población con más de 500 mil habitantes.

Ahora bien, de acuerdo con la información sustentada por la Comisión Nacional Para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio), la gestión sobre la biodiversidad se refiere al desarrollo de acciones encaminadas a la conservación, manejo y uso sustentable de recursos biológicos, genéticos y de los ecosistemas, de acuerdo con las comunidades dueñas o poseedoras de los territorios que la sustentan, por lo que en México existen instrumentos de política ambiental que fomentan la conservación de la biodiversidad y el uso y manejo sustentable de los recursos naturales; el modelo de desarrollo territorial en zonas biodiversas se propone como un instrumento de política transversal que revalore los diversos recursos naturales, sociales y económicos con que cuentan comunidades y organizaciones y a su vez, que reconozcan las nuevas condiciones demográficas y socio ambientales.

Es menester confirmar la importancia que representa la conservación de la biodiversidad, lo anterior también en apego al espíritu de la legisladora en su planteamiento expuesto en la presente Proposición con Punto de Acuerdo; sin embargo, esta Comisión Dictaminadora estima que es competencia Federal, ya que la rectoría del desarrollo nacional corresponde al Estado, para garantizar que este sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía Nacional en la exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos; en tal virtud, el estado tendrá a su cargo de manera exclusiva dichas áreas estratégicas, en las cuales el Estado ejercerá su rectoría y protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación, como imperiosa prioridad. De lo anterior y en observancia a la correcta aplicación del Estado en el ejercicio de sus atribuciones en la materia, se creó la nueva Ley de Hidrocarburos, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el día 11 de agosto de 2014, la cual establece plenamente que la promoción del desarrollo sustentable de actividades referentes a la exploración y extracción de hidrocarburos, tal y como lo indica en el Capítulo III, de la Jurisdicción, Utilidad Pública y Procedimientos, que a la letra dice:

Artículo 95. La industria de Hidrocarburos es de exclusiva jurisdicción federal. En consecuencia, únicamente el Gobierno Federal puede dictar las disposiciones técnicas, reglamentarias y de regulación en la materia, incluyendo aquéllas relacionadas con el desarrollo sustentable, el equilibrio ecológico y la protección al medio ambiente en el desarrollo de esta industria.

Con el fin de promover el desarrollo sustentable de las actividades que se realizan en los términos de esta Ley, en todo momento deberán seguirse criterios que fomenten la protección, la restauración y la conservación de los ecosistemas, además de cumplir estrictamente con las leyes, reglamentos y demás normativa aplicable en materia de medio ambiente, recursos naturales, aguas, bosques, flora y fauna silvestre, terrestre y acuática, así como de pesca.

Artículo 96. La industria de Hidrocarburos a que se refiere esta Leyes de utilidad pública. Procederá la constitución de servidumbres legales, o la ocupación o afectación superficial necesarias, para la realización de las actividades de la industria de Hidrocarburos, conforme a las disposiciones aplicables en los casos en los que la Nación lo requiera.

Las actividades de Exploración y Extracción se consideran de interés social y orden público, por lo que tendrán preferencia sobre cualquier otra que implique el aprovechamiento de la superficie o del subsuelo de los terrenos afectos a aquéllas.

La Federación, los gobiernos de los Estados y el Distrito Federal, de los municipios y de las delegaciones, contribuirán al desarrollo de proyectos de Exploración y Extracción, así como de Transporte y Distribución por ductos y de Almacenamiento, mediante procedimientos y bases de coordinación que agilicen y garanticen el otorgamiento de los permisos y autorizaciones en el ámbito de su competencia.

Es por ello que esta Comisión Dictaminadora estima que la propuesta de referencia pondría en riesgo la correcta aplicación de los preceptos legales. Adicionalmente se advierte que la propuesta de la legisladora no es vinculante para la institución exhortada, siendo ésta el Ejecutivo Federal, para que se modifique el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico, ya que dicho reglamento responde exclusivamente a la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente; por lo que deberá ser a partir de las reformas de Ley, para que el reglamento se encuentre en el mismo tenor, que es la vía legislativa en el Congreso de la Unión y no mediante la exhortación al Ejecutivo Federal para que reforme el reglamento de la Ley, todo ello en clara observancia de las disposiciones ordenadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su artículo 89, fracción I, que a la letra dice:

Artículo 89. Las facultades y obligaciones del presidente, son las siguientes:

I. Promulgar y ejecutar las leyes que expida el congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.

Esto es, el presidente es la institución facultada para expedir los reglamentos de las leyes emanadas del Congreso de la Unión, para su exacta observancia por los gobernados.

Por lo anterior expuesto y fundado, las y los legisladores integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sometemos a la consideración del Honorable Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados desecha en su totalidad la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, realice modificaciones al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en Materia de Ordenamiento Ecológico.

Segundo. Archívese este expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2015.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), J. Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés, Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Ángel Cedillo Hernández, Cristina Olvera Barrios, secretarios; Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza, José Luis Esquivel Zalpa, Juan Manuel Fócil Pérez (rúbrica), Marina Garay Cabada, Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz (rúbrica), Adriana Hernández Íñiguez, Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica).

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, sobre la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la STPS a promover la cultura laboral

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para estudio y elaboración del dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a promover la cultura laboral, presentada por Rosa Elba Pérez Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Con fundamento en los artículos 39, numeral 1, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, numeral 1, fracción II, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, 167, numeral 4, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Trabajo y Previsión Social somete a consideración de los integrantes de esta asamblea el presente dictamen, de acuerdo con la siguiente

Metodología

En el apartado “Antecedentes” se indica la fecha de recepción ante el pleno de la Cámara de Diputados, su turno y la materia sobre la que versa la proposición con punto de acuerdo.

En el apartado “Análisis de la proposición con punto de acuerdo” se examina el contenido sustancial de la propuesta legislativa, los argumentos en que se sustenta y se determina el sentido y su alcance.

Por último, en el apartado “Consideraciones”, la comisión dictaminadora realiza las reflexiones necesarias para motivar el sentido de resolución, el análisis y valoración de la proposición con punto de acuerdo mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos, así como lo dispuesto en la legislación vigente aplicable para el caso en concreto.

I. Antecedentes

1. En sesión celebrada por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión en fecha 28 de enero de 2015, la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, en ejercicio de la facultad conferida en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados presentó la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a promover la cultura laboral.

2. La Mesa Directiva de la Comisión Permanente, con identidad de fecha en sesión y mediante el oficio número DGPL 62-II-6-1935, acordó que se turnase a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para el análisis y dictamen correspondientes, asignándole el número de expediente 5929.

II. Análisis de la proposición con punto de acuerdo

1. La proposición materia del presente dictamen plantea el siguiente proyecto de acuerdo:

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a colaborar en el ámbito de su competencia y establecer conforme a sus facultades un programa que promueva la cultura laboral hacia la inclusión de personas del grupo de edad de 25 a 44 años, con objeto disminuir los índices de desocupación de ese sector y pueda integrarse al mercado laboral del país.

2. En la exposición de motivos, la proposición con punto de acuerdo plantea lo siguiente:

a) La proponente alude a que en nuestra sociedad existe un fenómeno social común y que es la discriminación laboral por edad, la cual se encuentra vinculada con el bono demográfico presente en el país y su proyección en algunos años más. Apunta que la discriminación laboral por edad se acentúa a partir de los 35 años, circunstancia indeseable, pues a esas alturas de la vida las personas cuentan con fuerza física plena y además, con la experiencia propia de la vida, así como la propia de su técnica o profesión.

b) Según datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la población desocupada en el tercer trimestre de 2014 fue de 2.7 millones de personas; de ese total, 1.2 millones de personas pertenece al grupo de edad de 25 a 44 años, con lo que se infiere que dicho grupo representa 44 por ciento de los desempleados de un sexo y otro. Apunta que los empleadores suelen no contratar a personas de este segmento, porque sus honorarios son más costosos a los de jóvenes, y a éstos se les puede remunerar con cantidades decrecientes en comparación a las personas mayores.

c) La proponente menciona que el ciclo económico y las condiciones del mercado laboral convierten a este tipo de personas en subempleados, trabajando en condiciones diferentes a las de su experiencia o su preparación, percibiendo poco y no correspondiendo con todo lo aprendido por ellas durante años.

d) Menciona que la cláusula antidiscriminatoria para nuestro país ha quedado establecida en el párrafo quinto del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece:

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas.

e) Por otra parte, en la legislación mexicana, el concepto de discriminación ha quedado definido en el artículo 4 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación:

Artículo 4. Para los efectos de esta ley se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, talla pequeña, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.

f) En el entendido de que la reforma constitucional en materia de derechos humanos define las obligaciones del Estado para garantizar su disfrute en igualdad de condiciones, el objeto de este punto de acuerdo es proteger los derechos de las personas del rango 25 a 44 años para que puedan tener acceso a oportunidades de empleo.

g) Por eso, la proponente desea se exhorte a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), la dependencia del gobierno federal encargada de contribuir a que los mexicanos se incorporen de manera formal a un trabajo decente y digno para construir una sociedad más igualitaria e incluyente, cuya misión es fortalecer la política laboral a partir de cuatro ejes rectores dirigidos a lograr que los mexicanos tengan acceso a empleos formales y de calidad, con prestaciones y derechos plenos, a través de la democratización de la productividad y la plena salvaguarda de sus derechos y el de las personas en situación de vulnerabilidad, a efecto de que promueva una cultura laboral, entre los distintos sectores de la economía, a efecto de aminorar los efectos de la discriminación por edad.

h) Aunado a lo anterior, los ejes rectores, las estrategias y las acciones de la política laboral de México quedan establecidos en el Programa Sectorial de Trabajo y Previsión Social 2013-2018. El eje III, “Democratizar la productividad laboral, la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores”, prevé que corresponde a la STPS vigilar que a todas las personas sea respetado el derecho a tener un trabajo digno o decente, sin importar su situación en cuanto al sexo, edad, preferencia sexual, situación social, raza, religión o algún tipo de discapacidad.

i) La proponente concluye, argumentando que la discriminación y la desigualdad en las oportunidades de empleo están estrechamente relacionadas con la cultura, que la STPS promueva una cultura laboral donde el sexo, la edad, la discapacidad, el estado de salud o cualquier otra condición, no sean obstáculo para la inclusión laboral; donde la responsabilidad social de los centros de trabajo con los sectores más desfavorecidos de la sociedad sea un valor. La vulnerabilidad laboral de las personas en el país, condicionada por su sexo, edad, discapacidad o cualquier otra condición, constituye un problema que impide a distintos sectores de la población en edad productiva, su acceso, promoción, movilidad y estabilidad en el empleo.

IV. Consideraciones

1. Esta dictaminadora, con base en los antecedentes expuestos y con las facultades conferidas en la normatividad vigente, se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

2. Que la propuesta de la diputada no es viable por las siguientes circunstancias:

a) Actualmente, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ha hecho esfuerzos tendientes a establecer una nueva cultura laboral, la cual busca el armonizar las relaciones de trabajo que aseguren la permanencia y el desarrollo de las fuentes de empleo. Dentro de esa nueva cultura, según vemos publicado en la página de internet (véase la siguiente página de internet, consultada el 5 de febrero del 2015: http://www.stps.gob.mx/02_sub_trabajo/03_dgra/cult_lab.html).de la dependencia, se encuentran valores como

a.1) El trabajo humano tiene un valor ético y trascendente que debe ser respetado y protegido por la sociedad.

a.2) El fundamento que determina el valor del trabajo es, en primer lugar, la dignidad de la persona de quien lo ejecuta, lo cual determina su primacía sobre las cosas, sistemas económicos y administrativos.

a.3) El trabajo, además de ser el medio legítimo de manutención del ser humano y su familia, debe ser también el medio de desarrollo integral de la persona.

a.4) El trabajo es fuente de derechos y obligaciones. Los derechos deben ser respetados y promovidos. Las obligaciones deben ser cumplidas con espíritu de responsabilidad y autoexigencia.

a.5) El lugar mayoritario del trabajo en la actualidad es la empresa, donde confluyen trabajadores, directivos e inversionistas, la cual no podría existir sin ello. La solidaridad entre sus integrantes y su decidida participación favorecen la productividad. La clave para avanzar en la productividad y la calidad para la competitividad radica sobre todo en la coordinación de los sectores productivos.

a.6) Para poder elevar el nivel de vida de la sociedad es necesaria la productividad, que es un proceso en el que intervienen numerosos factores, y que debe permitir una remuneración mejor a las personas que intervienen para lograrla. El trabajo que genera desarrollo es garantía de paz social.

a.7) Los esfuerzos por asegurar mayores beneficios a los trabajadores deben tener siempre en cuenta la situación económica general del país y de las empresas en particular.

a.8) Como el país existe en un mundo económico globalizado, es que se debe impulsar la creatividad, la responsabilidad social, la imaginación de todos los mexicanos, para adoptar una nueva cultura laboral mexicana que permita alcanzar el pleno empleo con productividad y calidad para la competitividad.

a.9) La nueva cultura laboral mexicana debe tener como sustento fundamental el diálogo, la concertación y la unidad de esfuerzos entre las organizaciones sindicales y los directivos empresariales. Invariablemente buscaremos que dicha cultura se oriente a la creación y permanencia de las empresas, a la conservación y promoción del empleo, al aumento de la rentabilidad, a la justa distribución de las utilidades y a la lucha contra la corrupción de líderes sindicales y empresarios.

a.10) El problema clave de la ética social al que deben contribuir en la solución organismos empresariales, sindicatos y gobierno, es el de la justa remuneración de todos los factores de la producción, procurando ante todo que se den las condiciones favorables para la generación de empleo digno y productivo.

b) Asimismo, considera el establecimiento de ciertos principios, como éstos:

b.1) La idea central que ha conducido este esfuerzo es la de alentar la cooperación entre los factores de la producción, así como los procesos educativos y de capacitación, al interior de los centros de trabajo y fuera de ellos, como los medios privilegiados para la valorización del trabajo humano, el aumento de la productividad y la satisfacción de las necesidades de los trabajadores y sus familias.

b.2) El desarrollo de una nueva cultura laboral implica un proceso que supone un esfuerzo continuo, permanente y corresponsable de los factores productivos.

b.3) La revaloración del trabajo humano como elemento fundamental en la empresa para alcanzar niveles superiores de productividad y competitividad. El trabajo que posibilita la superación personal es garantía de paz social.

b.4) La capacitación de los trabajadores y empresarios como un proceso permanente y sistemático a lo largo de su vida activa.

b.5) Estimular la creación de empleos y la preservación de los existentes, y la gestación en la empresa de una mayor capacidad de previsión y adaptación al cambio.

b.6) Generar una cultura nacional de productividad y calidad, que coadyuve a la preservación y fomento de las fuentes de empleo.

b.7) Los trabajadores han de recibir una remuneración justa y tener acceso a servicios de seguridad social de la mayor calidad, indispensables para ellos y sus familias, que les permitan asegurar un nivel digno de vida, durante y después de su actividad productiva.

b.8) La inversión en capital humano y una más eficiente asignación de los recursos productivos son los factores esenciales para aumentar la productividad y la competitividad de la economía mexicana. En este sentido, se deben reforzar las políticas orientadas a elevar los niveles de educación y capacitación de la población, así como aquellas dirigidas a eliminar los factores que limitan el desarrollo económico sano.

b.9) Reconocimiento de la importancia de la educación y la capacitación para introducir un cambio de actitudes y conductas que promuevan la creación de una nueva cultura laboral, y para elevar la productividad de los trabajadores y las empresas.

b.10) Los procesos productivos no sólo requieren de equipos y tecnología de punta compatibles con el aprovechamiento productivo de la mano de obra, sino también de nuevas formas de gestión, organización y capacitación para el trabajo productivo, que además de propiciar el uso racional y eficiente de los recursos disponibles, estimulen la capacidad de innovación, el potencial creativo y la superación intelectual de los trabajadores.

b.11) La educación y la capacitación, además de ser fuentes fundamentales de productividad y eficiencia en las empresas y de mejores condiciones de trabajo y remuneración para los trabajadores, inculcan valores como los de responsabilidad, solidaridad, superación continua, capacidad de adaptación al cambio y trabajo en equipo, entre otros.

b.12) La persona encuentra en el proceso de educación y capacitación el medio para ejercer plenamente su libertad con responsabilidad, para su propia realización y, en consecuencia, la de su sociedad, proceso básico que se debe dar a partir de las familias, las escuelas, los sindicatos y los propios centros de trabajo.

b.13) Debe promoverse que en los planes de estudios de los diversos niveles educativos y en los programas de capacitación se incluyan contenidos que fomenten valores fundamentales como la calidad, la productividad, el respeto, la justicia, la equidad y el reconocimiento del trabajo como una vía para el progreso personal y colectivo.

b.14) Es necesario reforzar los valores en la formación personal, así como en la vida cívica y social. Educar, enseñar, demostrar e impulsar los valores del trabajo como ámbito para la completa expresión y crecimiento de la persona.

b.15) Mediante la educación estaremos incidiendo en un cambio de actitudes y conductas que contribuirán a crear una nueva cultura laboral que rebase los límites de la simple instrucción técnica, capacitación y adiestramiento para el trabajo. Asimismo, se deben preservar y potenciar aquellos valores y tradiciones culturales que definen e identifican nuestra nacionalidad.

b.16) Trabajadores, empresas, sindicatos y autoridades, en un esfuerzo corresponsable, deben privilegiar la educación y la formación para que la nueva cultura de trabajo sea una realidad que enriquezca a la sociedad mexicana.

Por tal razón, y considerando que la dependencia a quien se dirige la presente proposición con punto de acuerdo ya prevé, en sus valores y principios, una cultura igualitaria y sin visos discriminatorios, sustentada en las capacidades innatas al ser humano, quienes dictaminamos consideramos no debe aprobarse ésta.

3. Además, esta dictaminadora estima que, como lo invoca la proponente, el que se discrimine a una persona por su edad para acceder a una fuente de empleo, violenta el artículo 1o. de la Carta Magna, por ese solo hecho constituye una aplicación directa por parte de la autoridad jurisdiccional, en razón de que ésta debe instar a la autoridad administrativa a que se respete la integridad de la persona y a no ser discriminada, según lo vemos lo ha establecido el Poder Judicial de la Federación en la siguiente tesis, de los tribunales colegiados de circuito:

Décima época. Registro número 2005203. Tribunales colegiados de circuito. Tesis aislada. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 1, diciembre de 2013, tomo II. Materia constitucional. Tesis I.4o.A.20 K (10a.), página 1211.

Principio pro homine. Variantes que lo componen

Conforme al artículo 1o., segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las normas en materia de derechos humanos se interpretarán de conformidad con la propia Constitución y con los tratados internacionales de la materia, procurando favorecer en todo tiempo a las personas con la protección más amplia. En este párrafo se recoge el principio pro homine, el cual consiste en ponderar el peso de los derechos humanos, a efecto de estar siempre a favor del hombre, lo que implica que debe acudirse a la norma más amplia o a la interpretación más extensiva cuando se trate de derechos protegidos y, por el contrario, a la norma o a la interpretación más restringida, cuando se trate de establecer límites a su ejercicio. En este contexto, desde el campo doctrinal se ha considerado que el referido principio pro homine tiene dos variantes: a) Directriz de preferencia interpretativa, por la cual se ha de buscar la interpretación que optimice más un derecho constitucional. Esta variante, a su vez, se compone de: a.1.) Principio favor libertatis, que postula la necesidad de entender al precepto normativo en el sentido más propicio a la libertad en juicio, e incluye una doble vertiente: i) las limitaciones que mediante ley se establezcan a los derechos humanos no deberán ser interpretadas extensivamente, sino de modo restrictivo; y, ii) debe interpretarse la norma de la manera que optimice su ejercicio; a.2.) Principio de protección a víctimas o principio favor debilis, referente a que en la interpretación de situaciones que comprometen derechos en conflicto, es menester considerar especialmente a la parte situada en inferioridad de condiciones, cuando las partes no se encuentran en un plano de igualdad; y b) Directriz de preferencia de normas, la cual prevé que el juez aplicará la norma más favorable a la persona, con independencia de la jerarquía formal de aquélla.

Revisión fiscal 69/2013. Director general adjunto jurídico contencioso, por ausencia del titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública, 13 de junio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Antonio Nazar Sevilla. Secretario: Homero Fernando Reed Mejía.

Esta tesis se publicó el viernes 13 de diciembre de 2013, a las 13:20 horas, en el Semanario Judicial de la Federación.

Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Trabajo y Previsión Social somete a consideración del pleno los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a promover la cultura laboral, presentada por Rosa Elba Pérez Hernández, diputada del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentada al pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el 28 de enero de 2015.

Segundo. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2015.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social

Diputados: Claudia Delgadillo González (rúbrica), presidenta; Jorge del Ángel Acosta (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), Fernando Salgado Delgado, Karina Labastida Sotelo, Rafael Alejandro Micalco Méndez, Ramón Montalvo Hernández (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem, Luisa María Alcalde Luján (rúbrica), José Arturo López Candido, José Angelino Caamal Mena (rúbrica), secretarios; Carlos Humberto Aceves del Olmo, Luis Ricardo Aldana Prieto, Elsa Patricia Araujo de la Torre (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal (rúbrica), Silvano Blanco Deaquino, María del Socorro Ceseñas Chapa (rúbrica), Patricio Flores Sandoval (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos, Esther Angélica Martínez Cárdenas (rúbrica), María Leticia Mendoza Curiel (rúbrica), Esther Quintana Salinas (rúbrica).

De la Comisión de Transportes, sobre la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a implantar con las autoridades de Tabasco medidas para evitar, prever y reparar los daños generados a los vehículos que transitan por vialidades en malas condiciones en la entidad

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transportes de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo, por la que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en conjunto con las autoridades correspondientes del estado de Tabasco para implementar de manera conjunta las medidas necesarias y adecuadas, para evitar, prever y reparar los daños generados a los vehículos que transitan por vialidades en malas condiciones, con baches, grietas e irregularidades estructurales en el estado de Tabasco, a cargo de la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

La Comisión de Transportes, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, numeral 1, fracción VI, 81, numeral 2, 82, 84, 85, 157, 158 167, numeral 4, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados celebrada el 10 de febrero de 2015, la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en conjunto con las autoridades correspondientes del estado de Tabasco, a implementar de manera conjunta las medidas necesarias y adecuadas, para evitar, prever y reparar los daños generados a los vehículos que transitan por vialidades en malas condiciones, con baches, grietas e irregularidades estructurales en el estado de Tabasco.

2. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión turnó dicha proposición a la Comisión de Transportes, para su estudio y dictamen correspondiente.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

La diputada promovente menciona que en México los reportes de la Policía Federal indican que las principales causas de los accidentes en las carreteras federales son en 80 por ciento factor humano, 7 por ciento debidas al vehículo, 9 por ciento por factores naturales y 4 por ciento por las características de la vialidad. Dentro del factor estructural de tránsito se encuentran los errores en los señalamientos viales, las carreteras en mal estado o sin mantenimiento, ya sea con baches, hoyos o pavimento deteriorado, y la falta de pintura y reflejantes en las líneas centrales de la carretera.

Comenta que las cifras anteriores difieren con los datos que el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), ya que el instituto reporta que 16 por ciento de los accidentes carreteros se deben a la falta de mantenimiento en las carreteras de México.

Asimismo, la promovente menciona que una cifra alarmante es que en el país, en promedio cada día 14 personas mueren en accidentes carreteros y 92 resultan lesionadas.

Menciona que el estado de Tabasco sufre un índice de accidentes superior al promedio nacional y se encuentra dentro de los estados con un alto número, con 4 mil 445 accidentes solamente en diciembre de 2014. Cifra que va más allá del daño vehicular. Los daños contra la salud y el índice de mortandad son resultado de la falta de mantenimiento en carreteras y calles.

Consideraciones

La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Esta comisión coincide con la diputada promovente debido a que es preocupante dicha problemática, sin embargo la diputada no establece cuáles son las carreteras que tienen este problema, no menciona si son federales, locales o incluso concesionadas.

Por lo que el exhorto a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes no es considerable hacerlo, debido a que el planteamiento no está definido y no se establece si son carreteras o caminos bajo la jurisdicción del estado de Tabasco o municipales del mismo estado. Las calles planteadas en las consideraciones son exclusivamente responsabilidad del estado de Tabasco.

Esta comisión dictaminadora consideró pertinente que la petición de la diputada promovente sea desechada, en virtud de que en el artículo 40 y 41 primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala lo siguiente:

Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa, democrática, laica, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.

Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución federal y las particulares de los estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del pacto federal.

Lo que al leer con atención el artículo 41 constitucional nos queda claro que en lo que corresponde a los estados y a sus regímenes interiores no podrá contravenir estipulaciones del pacto federal.

Por lo anteriormente expuesto, esta comisión dictaminadora, emite el siguiente:

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que en conjunto con las autoridades del estado de Tabasco, implementen medidas para evitar, prevenir y reparar los daños generados a los vehículos que transitan por vialidades en malas condiciones en la entidad, presentada por la diputada Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 10 de febrero de 2015.

Segundo. Archívese y dese totalmente por concluido el asunto.

Palacio Legislativo de San Lázaro. México, DF, a 26 de febrero de 2015.

La Comisión de Transportes

Diputados: Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Norma González Vera (rúbrica), Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara, Jorge Rosiñol Abreu, Luis Manuel Arias Pallares, Valentín González Bautista, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), secretarios; Rafael Acosta Croda (rúbrica), Petra Barrera Barrera, José Angelino Caamal Mena, Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Roy Argel Gómez Olguín, Víctor Rafael González Manríquez (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), María del Rosario Merlín García, Jesús Morales Flores, Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Germán Pacheco Díaz, Hugo Mauricio Pérez Anzueto, Humberto Armando Prieto Herrera, Francisco Tomás Rodríguez Montero (rúbrica), José Soto Martínez, Jorge Terán Juárez.