Proposiciones de urgente u obvia resolución
Proposiciones
Efemérides


Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IFT a revisar la política para devolver frecuencias de radio AM por la falta de cobertura y continuidad del servicio que afectará a la población, suscrita por los diputados Adolfo Bonilla Gómez y Federico José González Luna Bueno, de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PVEM, respectivamente

Los que suscriben, diputados Adolfo Bonilla Gómez y Federico González Luna Bueno, de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numerales 1, fracción II, y 2; 100; y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía una proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Estamos ante un momento delicado para la radiodifusión sonora en nuestro país, particularmente para las estaciones de amplitud modulada (AM) y para el gran número de radioescuchas que se informan y se divierten con las señales de radio de dichas estaciones, ello en virtud, de que desde 2008 se inició un proceso para que las estaciones de AM, o la mayor parte de ellas, obtuvieran una señal de frecuencia modulada (FM) como parte de un fenómeno de evolución tecnológica.

El proceso que relatamos, prácticamente ha culminado y el Instituto Federal de Telecomunicaciones ha ordenado que desde fines del pasado mes de enero de 2015 se apaguen estas estaciones de AM y se devuelvan las frecuencias, en cumplimiento de la política pública que se adoptó para lograr dicho adecuación tecnológica.

Esta situación probablemente genere una serie de problemas que deben considerarse por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, como órgano regulador del sector, encargado de la ejecución de las diversas políticas públicas que tengan por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, garantizando lo establecido en los artículos 6o. y 7o. de esta Constitución.

La afectación se origina porque las estaciones de AM, técnicamente tienen una mayor cobertura geográfica que las estaciones de FM, por lo que si ordena apagar y devolver las estaciones de AM y devolver las frecuencias, vamos a afectar a miles de poblaciones y a millones de personas.

A efecto de precisar y enumerar las consecuencias adversas de que se ordene se apaguen las señales de radio AM y se devuelvan las frecuencias, tenemos lo siguiente:

1. Se afecta la pluralidad informativa y el derecho de acceso a la información , que son dos derechos fundamentales de las personas, tutelados en el artículo sexto constitucional, ya que si las audiencias dejan de recibir las señales de AM, luego entonces, se cortan o disminuyen las fuentes de información de los ciudadanos.

Cabe recordar que dichos fines constitucionales se plasmaron expresamente en la reforma constitucional de telecomunicaciones del 11 de junio de 2013, por lo que son mandatos constitucionales que deben orientar las decisiones públicas.

2. Se afecta la naturaleza de la continuidad y permanencia de un servicio público de interés general como lo es el servicio de radiodifusión, lo que igualmente está previsto como principio constitucional en el artículo sexto, donde se refiere que el estado garantizará que sea prestado en condiciones de competencia y calidad y brinde los beneficios de la cultura a toda la población, preservando la pluralidad y la veracidad de la información, así como el fomento de los valores de la identidad nacional, contribuyendo a los fines establecidos en el artículo 3o. constitucional.

En tal sentido, apagar las señales de AM, (estamos hablando de alrededor de 408 estaciones, de acuerdo a los datos estadísticos de la infraestructura con que cuenta el IFT1 ) significa en consecuencia, disminuir o afectar el servicio que se presta en poco más de 400 localidades principales en el país, y de ahí nuestra aseveración de que se afecta a millones de personas. Si bien sólo deben devolverse las señales AM por parte de quienes obtuvieron una FM, no estamos ante un problema menor.

3. La población afectada por el apagón de las estaciones de AM no tendría acceso a campañas informativas relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia, y que son el medio de difusión más idóneo y de primera mano para afrontar con diligencia y rapidez casos de epidemias, contingencias o accidentes cuyo conocimiento oportuno, constituyen información pública relevante para la población.

Cabe referir que es tal la importancia de ese tipo de campañas informativas que las mismas no se suspenden ni aun en periodos electorales de conformidad con el artículo 41 constitucional, luego entonces, de ahí la necesidad de replantear la devolución de las estaciones de AM que genera la posibilidad de reducir tan importantes contenidos para la población en cuanto a su salud, bienestar y seguridad personal.

4. Otra consecuencia negativa, resulta que al apagarse las señales de AM y devolver dichas frecuencias, en lo que corresponde a las estaciones que se encuentran en las frontera, provocará que dichos espacios los ocupen o invadan estaciones extranjeras , lo que no sólo afecta el aprovechamiento de las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico sino también una afectación cultural, lo que igualmente afectaría el valor de la identidad nacional que se tutela en nuestra Constitución.

5. Igualmente grave, resulta el desequilibrio económico que genera el cierre de estaciones de AM para los diversos inversionistas y empresarios del sector, además del consiguiente efecto en la disminución de fuentes formales de empleo , y que además la industria de la radiodifusión es un sector que genera sinergias en otras cadenas económicas.

6. El Instituto Federal de Telecomunicaciones, de conformidad con el artículo 28 constitucional, tiene a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico. En tal sentido, las frecuencias que queden disponibles por el cierre de las estaciones de AM no tienen un nuevo destino específico y urgente, que amerite su devolución inmediata.

En efecto, el pasado martes 30 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de bandas de frecuencias 2015, en el que precisamente no se contempla el uso y aprovechamiento en alguna licitación sobre las bandas de AM que quedarán disponibles, de ahí la afirmación del párrafo que antecede.

Por tanto, si consideramos que no hay un problema de interferencia perjudicial ni un mejor o nuevo uso a las bandas de frecuencias AM en el futuro cercano, no se entiende la premura por la devolución ordenada en el Acuerdo por el que se establecen los requisitos para llevar a cabo el cambio de frecuencias autorizadas para prestar el servicio de radio y que operan en la banda de amplitud modulada, a fin de optimizar el uso, aprovechamiento y explotación de un bien del dominio público en transición a la radio digital, y en contraposición, si hay efectos adversos con la política de devolución de frecuencias de AM.

7. Un rubro muy particular del derecho a la pluralidad y acceso a la información que también se verá perjudicado, es lo que corresponde al ámbito político electoral. Como ya vimos, el fenómeno provocaría la disminución de fuentes de información en muchas poblaciones dejando sin oportunidad a los ciudadanos de contenidos informativos y noticiosos relativos a los procesos electorales, así como de la propia propaganda política de candidatos y partidos políticos.

Una vez planteado el objeto de este punto de acuerdo, así como los efectos adversos que genera la política de devolución de las frecuencias AM, pasamos a realizar una exposición sobre los diversos antecedentes para un mejor entendimiento del tema:

• El 15 de septiembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, por el secretario de Comunicaciones y Transportes, el acuerdo por el que se establecen los requisitos para llevar a cabo el cambio de frecuencias autorizadas para prestar el servicio de radio y que operan en la banda de amplitud modulada, a fin de optimizar el uso, aprovechamiento y explotación de un bien del dominio público en transición a la radio digital. (En lo sucesivo, el Acuerdo )

• En virtud del Acuerdo se otorga la posibilidad para que las estaciones de radio de la banda de AM, pudieran solicitar el cambio para operar en la banda de FM, bajo los presupuestos de una mejor prestación de servicios, mayor calidad en las señales y de un mejor aprovechamiento del espectro radioeléctrico.

Además, de que dicha conversión sería un paso previo para que en el futuro, se pudiera migrar en forma más ordenada hacía un nuevo estándar digital en la radio, es decir, primero saltar de la AM a FM y posteriormente a la nueva radio digital, aclarando que para 2008 aún no se definía el estándar tecnológico++NOTA 2++ .

En su momento, el Acuerdo representó un beneficio para los radiodifusores de AM, particularmente por la mayor penetración comercial y crecimiento que había tenido la radio FM++NOTA 3++ , de acuerdo a datos de la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), se recibieron 541 solicitudes de cambio de frecuencias de AM a FM.

• Dentro de los cuestionamientos a dicha política de transición de AM a FM, fue precisamente la posibilidad de que haya una interrupción del servicio público que afectase a la población o bien que hubiere disminuciones en la cobertura del servicio, en razón de que el Acuerdo obliga a devolver las frecuencias de AM después de un año de transmisiones simultaneas de AM y FM (en combo), y otorgó a la Cofetel, la facultad discrecional para establecer un plazo mayor para no devolver la frecuencia de AM, siempre que las transmisiones de AM sean las únicas en las poblaciones en las que se tenga cobertura.

Efectivamente, en el artículo sexto del Acuerdo se dispone lo siguiente:

“Sexto. El concesionario o permisionario deberá iniciar operaciones en la frecuencia de FM en un plazo no mayor de un año, contado a partir de que se notifique el cambio de frecuencia, atendiendo a los parámetros autorizados.

El concesionario o permisionario deberá continuar la operación de la frecuencia de AM, estando obligado a transmitir en forma simultánea el mismo contenido de programación en las frecuencias de AM y FM durante un año, contado a partir del cambio de frecuencias, salvo que en la cobertura de la estación de AM se encuentren poblaciones que únicamente reciben el servicio de AM, debiendo transmitir en forma simultánea el mismo contenido en ambas frecuencias por el tiempo que determine la comisión en cada caso.

Vencido dicho plazo, concluirá el derecho del concesionario o permisionario de usar, aprovechar y explotar la frecuencia de AM, y únicamente podrá prestar el servicio concesionado a través de la frecuencia de FM.”

En tal sentido, al devolverse las frecuencias y dejar de transmitir en AM, se puede llegar a producir la interrupción del servicio o bien la disminución de su área de cobertura.

• Inclusive, este fenómeno adverso para la cobertura del servicio, no sólo se puede deber a una decisión discrecional, sino que también obedece a un aspecto técnico, ya que el propio Acuerdo en su último considerando, refiere que al dejar de transmitir en AM y sólo en señal de FM, se puede reducir el área de cobertura, párrafo que se cita a continuación:

“Que dadas las características de propagación de las señales de FM en la banda de 88-108 megahertz (MHz), es posible que en algunos casos la cobertura de las estaciones se vea reducida en relación con la cobertura actual de las estaciones de AM en la banda de 535-1705 kilohertz (kHz), por lo que en tales casos, es necesario se lleven a cabo los procesos de licitación o asignación respectivos, para contar con nuevas concesiones y permisos en la banda de FM, y...”

Ante los antecedentes narrados, el Instituto Federal de Telecomunicaciones como la nueva autoridad encargada de la política pública de radiodifusión debe revisar puntualmente que la devolución de frecuencias de AM, no vayan a provocar afectaciones a la población, ya sea porque se interrumpe el servicio, o bien porque se disminuye su cobertura.

Además, debe contemplarse que la propia política definida desde 2008 trata de salvaguardar en todo momento la continuidad y permanencia de los servicios de radiodifusión, por lo que dicho principio de previsión debe adoptarse y considerarse en toda su extensión.

En tal tesitura, de conformidad con el artículo 28 constitucional, el Instituto Federal de Telecomunicaciones es el órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto, entre otros, el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, teniendo a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, garantizando lo establecido en los artículos 6o. y 7o. de la Constitución.

Por las razones anteriormente vertidas, se somete al pleno, con carácter de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Federal de Telecomunicaciones para que revise la política pública para la devolución de las frecuencias de radio AM por los efectos adversos que se pudiesen generar con motivo de dicha política pública.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Federal de Telecomunicaciones para que revise y, en su caso, modifique el Acuerdo por el que se establecen los requisitos para llevar a cabo el cambio de frecuencias autorizadas para prestar el servicio de radio y que operan en la banda de amplitud modulada , a efecto de que se suspenda la devolución de las frecuencias de radio AM, hasta en tanto se implementen las acciones necesarias que garanticen la cobertura, continuidad, pluralidad de la información para la población, así como la no afectación a la industria de la radiodifusión sonora.

Notas

1. El listado completo de estaciones AM, se puede consultar en: http://www.ift.org.mx/iftweb/wp-content/uploads/2015/01/Infraestructura _AM_20-01-15.pdf

2. Fue hasta el 16 de junio de 2011, cuando se publicó el Acuerdo por el que se adopta el estándar para la radio digital terrestre y se establece la política para que los concesionarios y permisionarios de radiodifusión en las bandas 535-1705 kHz y 88-108 MHz, lleven a cabo la transición a la tecnología digital en forma voluntaria.

3. De conformidad con el Acuerdo del 15 de septiembre de 2008, en el año 2003 las 473 estaciones de FM obtuvieron el 72 por ciento de los ingresos por publicidad en tanto las 760 estaciones de AM lograron ingresos del 28 por ciento por el mismo rubro. La participación de audiencia de la radio FM pasó del 8 por ciento en 1972 al 77 por ciento en 2005, en tanto que para el 2005 la media de participación de audiencia de la FM fue de 83 por ciento y la de la AM del 17 por ciento.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015.

Diputados: Adolfo Bonilla Gómez (rúbrica), Federico José González Luna Bueno.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar diversas acciones en materia de política de precios de las gasolinas como medidas para salvaguardar la economía de los consumidores, a cargo del diputado Heberto Neblina Vega, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado federal, Heberto Neblina Vega, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional representado en esta LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, numeral 1, fracción XIX; 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I, II y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, tengo a bien someter a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por la cual se exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo federal, a realizar diversas acciones en materia de política de precios a las gasolinas, como medidas de salvaguarda para proteger la economía nacional de los consumidores, a través de las siguientes:

Consideraciones

Con el permiso de la presidencia

Acudo a esta alta tribuna para presentar la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, en torno a una de las problemáticas que más afectan a nuestro país y a los bolsillos de los ciudadanos, relacionada con la caída de los precios del petróleo, los incrementos constantes en los precios de las gasolinas, la injusta política de precios que nos ha impuesto el gobierno federal, y la ordeña de los ductos de Pemex.

En México, a diferencia de lo que ocurre con países como Estados Unidos, los precios de la gasolina y el diésel son administrados por el gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Esta peculiar situación nos lleva a esquemas deficientes y poco competitivos, ya que a diferencia de lo que sucede en Estados Unidos, los precios en México son insensibles a las variaciones, como la caída actual de los precios internaciones del petróleo.

En cambio, en Estados Unidos, el sistema de precios obedece a criterios de competitividad, siendo altamente sensibles a los shocks externos.

Y cuál es el resultado: pues que en Estados Unidos los precios de la gasolina son notablemente inferiores a los que se cobran en nuestro país, como respuesta a los precios bajos del petróleo a nivel internacional.

Pero en México, a pesar de tener precios del petróleo más bajos, el precio se seguía incrementando a través de los llamados gasolinazos, lo cual tiene su razón en las políticas de impuestos que aplica en nuestro país.

Esto es, que actualmente el consumidor de gasolinas paga la carga tributaria que, en su caso corresponda por la venta de gasolina y diésel, la cual incluye IEPS e IVA.

El IEPS se ajusta automáticamente en relación a la variación entre el precio de productor y precio al público.

Así, cuando el precio del petróleo sube, la tasa de IEPS disminuye, entendiéndose esto como “subsidio al consumidor”. Lo que significa que cuando el precio internacional del petróleo sube, los costos de Pemex y de transporte de gasolina aumentan, en tanto que los precios locales no lo hacen, de tal forma la tasa de IEPS se vuelve negativa.

Lamentablemente, la situación actual es contraria, pues con la caída del precio internacional de petróleo ha provocado una disminución en los precios de las gasolinas en Estados Unidos, pero en México es el caso opuesto, lo que nos ha llevado a pagar un IEPS cercano a 3.00 pesos por litro de gasolina, con la consecuente afectación a la de por sí ya muy deteriorada economía nacional.

Mientras que en Estados Unidos el precio de la gasolina magna está en sus mínimos históricos, registrando 7.57 pesos por litro, en nuestro país, la gasolina magna es 44 por ciento más cara.

Entendemos que es la política de precios que impera en México y que con la aprobación de la Reforma Energética esta situación se solucionará, pero el problema actual es el que debemos atacar por el beneficio de las y los mexicanos.

Y es que vemos que el gobierno federal está en condiciones de asumir la situación de la caída de los precios internacionales del petróleo, pero desgraciadamente vemos que les está pasando el costo y la responsabilidad a los consumidores.

Y esto se debe a que el costo de importación de la gasolina magna y el ingreso que recibe Pemex por la venta al público en el mercado local, nos arroja que Pemex ha registrado ahorros diarios importantes.

Desde abril de 2013, cuando la gasolina en Estados tenía un precio de 10.91 pesos por litro y el precio de la gasolina en México era de 11.25 pesos por litro, el gobierno federal no sólo registró ahorros por concepto de menores costos de importación, sino también generó ingresos por IEPS.

Esta situación continuará a lo largo del 2015, nos queda claro que el gobierno federal importa gasolinas baratas y las vende caras en el interior de la República Mexicana y que, además, recibe recursos por concepto de IEPS, obviamente a costa de los consumidores de nuestro país, lo que impacta terriblemente en la economía de la sociedad mexicana.

Por ello, es que de manera urgente les solicitamos a las autoridades gubernamentales poner un alto y a que el gobierno federal asuma los costos de esta situación en donde importa gasolinas baratas, las vende caras y además les encaja el IEPS a los consumidores.

Una de las promesas de campaña de este Gobierno era bajar los precios de los combustibles y lo que tenemos no sólo es una mentira, sino un incremento abusivo que perjudica la economía de las familias mexicanas.

Por otra parte, a Acción Nacional le sigue preocupando el tema de la ordeña de los ductos de Pemex. En los últimos seis años, Pemex ha sufrido pérdidas de aproximadamente 46 mil millones de pesos debido al robo de gasolina a través de la ordeña de ductos. Esta cifra equivale a poco más del 2.98% de las ventas totales de esa empresa durante 2013 que fueron por billón y medio pesos.

Lo anterior según datos revelados por Pemex, donde además se detalla que en 2009 las mermas por tomas clandestinas sumaron 3,500 millones de pesos, mientras que en 2014 son ubicadas en 17,000 millones de pesos, lo cual deja ver un aumento de casi 385.30% en las pérdidas de la petrolera registradas en 2014 frente a las de 2009, a causa del hurto de hidrocarburos.

Entre 2009 y 2014 hubo nueve mil 375 tomas clandestinas; en el mismo periodo de tiempo las pérdidas sumaron 46 millones de pesos; igualmente, el volumen faltante entre 2009 y 2012 ascendió a 13 millones de barriles1.

Derivado de lo anterior y ante la necesidad de combatir frontalmente la ordeña de ductos y evitar que la empresa productiva del Estado siga perdiendo anualmente miles y miles de dólares, en los últimos días Pemex ha hecho del conocimiento nacional una nueva estrategia a fin de desincentivar la ordeña de ductos, la cual consiste en que los ductos distribuirán gasolina y diésel, pero sin que éstos productos se encuentren totalmente terminados.

Es decir, ahora los combustibles carecerán de aditivos y pigmentos durante su traslado por los ductos, llegarán a las Terminales de Almacenamiento y Reparto del País y ahí se complementarán para después ser transportados por pipas hasta su venta final.

Al margen de lo anterior, resulta de suma importancia cuestionar dicha propuesta, tomando en consideración el recorte del gasto sufrido por Pemex, el cual afectará en gran medida a las refinerías del país, por lo que no se entiende o al menos, resulta poco clara dicha estrategia, al recortar recursos a las refinerías y querer terminar los productos en las Terminales de Almacenamiento y Reparto, es decir, ¿cómo se terminarán dichos productos si resulta necesaria la participación o intervención de las refinerías en dicha terminación?.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta honorable soberanía, con carácter de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se hace un atento exhorto al Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para establecer mecanismos presupuestarios que disminuyan el precio de venta de las gasolinas al consumidor, como una medida de salvaguarda para la economía nacional.

Segundo. Se hace un atento exhorto al Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de Energía, y del titular de Pemex, para que rectifiquen la política de recorte de gasto presupuestario que se tiene previsto realizar en Pemex Refinación, toda vez que dicho recorte afectará ineludiblemente las labores de terminación de las gasolinas y del diésel, dada la nueva estrategia anunciada por Pemex, con la cual se pretende desincentivar la ordeña de ductos.

Dado en el Palacio de San Lázaro, a los 24 días del mes de febrero de 2015.

Diputado Heberto Neblina Vega (rúbrica)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director general de los Servicios de Transportes Eléctricos del DF a acelerar el mantenimiento de los trolebuses retirados del corredor Cero Emisiones Eje Central Lázaro Cárdenas, a cargo del diputado Jesús Antonio Valdés Palazuelos, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado federal José Antonio Valdés Palazuelos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y de conformidad con lo previsto en el artículo 79, fracción segunda, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

La Ciudad de México se ha transformado en una capital más dinámica, con una movilidad más eficiente y con más opciones de transporte amigables con el ambiente, gracias a la innovación e implementación de proyectos como el sistema Metrobús; el sistema de bicicletas públicas Ecobici; infraestructura ciclista urbana de vanguardia o los Corredores Cero Emisiones de trolebuses.1

El Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal (STE) es el encargado de brindar las alternativas de transporte sustentable proporcionando a los usuarios un transporte no contaminante, seguro, oportuno y económico, que satisfaga su necesidad de traslado a diversos puntos de la ciudad, y tiene a su cargo, entre otros servicios, al tren ligero y las líneas de trolebuses.

Las líneas de trolebuses tienen una importancia histórica y simbólica2 enorme para el transporte del Distrito Federal, ya que son el sistema de transporte más antiguo de la ciudad.

La Red de Trolebuses actualmente cuenta con 8 Líneas en servicio con una longitud de operación de 203.64 kilómetros, incluye los Corredores Cero Emisiones Eje Central, Eje 2-2A Sur y el nuevo Corredor Cero Emisiones Bus-Bici Eje 7 - 7A Sur, inaugurado el 1 de noviembre de 2012.3

Según el portal de internet del STE, la flota vehicular programada es de 290 trolebuses, los cuales operan a un intervalo de paso promedio de 4.0 minutos, todos dentro del Distrito Federal.

La ruta más exitosa del trolebús es el Corredor Cero Emisiones de Eje Central, que ha crecido en pasaje año tras año, hasta rebasar su capacidad, transportando 120 mil pasajeros en día laboral.4

El 15 de octubre de 2014, el gobierno del Distrito Federal aprobó el Programa Integral de Movilidad 2013-2018 (PIM), que incluye políticas públicas para todos los sistemas de transporte con la finalidad de mejorar los desplazamientos diarios, además de contribuir al cuidado del medio ambiente provocando como consecuencia una mejora en la calidad de vida de los capitalinos.

Una de las metas que contempla el PIM es realizar el mantenimiento de 240 autobuses de la Red de Transporte de Pasajeros y 200 trolebuses del Sistema de Transportes Eléctricos.

En los últimos días se ha documentado que usuarios del Corredor Cero Emisiones Eje Central Lázaro Cárdenas, el cual como se mencionó anteriormente es la ruta más utilizada por los usuarios de este servicio, padecen diversos contratiempos debido a que los trolebuses comenzaron a saturarse, pues 50 unidades del Servicio de Transportes Eléctricos del DF fueron retiradas de circulación al mismo tiempo para mantenimiento.5

Estamos de acuerdo y apoyamos la meta que el PIM pretende realizar al dar mantenimiento a diversas unidades del trolebús, debido a que el estado físico de algunas de éstas evidencia su extendido tiempo de uso, pero no concordamos en retirar 50 unidades simultáneamente, ya que se afecta a millones de mexicanos que utilizan este tipo de transporte para trasladarse a su trabajo, escuela, etcétera.

Dentro de los problemas que los usuarios deben afrontar en su recorrido diario por los trolebuses son: las enormes filas que deben realizar para poder abordar, la dosificación por parte del personal de STE que indica a los operadores la capacidad de la unidad y que los trolebuses ya estén a su máxima capacidad desde el sur.6

Es ilógico que se hayan retirado 50 unidades a la vez sí se sabe que en un principio esa línea transporta más de 120 mil. ¿Dónde se refleja el impacto positivo en la calidad de vida de los capitalinos?

Por ello, es necesario que se atienda esta situación y acelerar el mantenimiento que se está dando a los trolebuses, para que así el gobierno del Distrito Federal, cumpla su objetivo principal planteado en el Programa Integral de Movilidad para conseguir una verdadera movilidad.

Reconocemos el esfuerzo del Distrito Federal para conseguir que la Ciudad de México sea una ciudad líder en movilidad sustentable y la firme intención de causar un impacto favorable en materia de salud, seguridad vial, medio ambiente, desarrollo económico y turismo,7 pero este impacto benéfico no se logrará, si no se consigue cubrir de manera efectiva la gran demanda de transporte colectivo que la población mexicana necesita para trasladarse de un lugar a otro.

Es por lo anteriormente expuesto, que se somete a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de los Servicios de Transportes Eléctricos del Distrito Federal para que dé celeridad al mantenimiento de los trolebuses retirados del Corredor Cero Emisiones Eje Central Lázaro Cárdenas.

Notas

1 http://www.consejeria.df.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/3b3d5d0fb924 a67b0b6fa5fdade4adbc.pdf, 16 de enero de 2015, 14:28 horas

2 http://redaccion.nexos.com.mx/?p=5906, 16-enero-2015, 15:20 horas

3 http://www.ste.df.gob.mx/index.html?page=1&content=2, 15 de enero de 2015, 20:25 horas

4 http://redaccion.nexos.com.mx/?p=5906, 16 de enero de 2015, 18:23 horas

5 http://www.reforma.com/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/default.aspx?id=431453&sc=672&urlredirect=http://www.reforma.com/aplicacion es/articulo/default.aspx?id=431453&sc=672, 16 de enero de 2015, 18:22 horas

6 http://www.tallapolitica.com.mx/?p=308046, 16 de enero de 2015, 18:53 horas

7http://www.eluniversal.com.mx/ciudad-metropoli/2014/gdf -avala-programa-integral-de-movilidad-2013-2018-1046198.html, 16 de enero de 2015, 20:22 horas

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015.

Diputado José Antonio Valdés Palazuelos (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al SAT a agilizar los pagos pendientes por concepto de devolución del IVA a favor de los contribuyentes, a cargo del diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, y de conformidad con lo previsto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuenta con un atraso en los proceso de devoluciones del impuesto al valor agregado (IVA) a favor de los contribuyentes. Organismos como la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) se ha manifestado en distintas ocasiones, señalando que el SAT ha sobrepasado sus facultades, incumpliendo con lo dispuesto en las leyes de la materia, pues hace uso de procedimientos y criterios que retrasan sin justificación la obtención, o no, de las devoluciones de IVA a favor de los contribuyentes. Lo anterior configura, sin lugar a dudas, violaciones a principios y derechos fundamentales como los de legalidad, seguridad y certeza jurídica.

Resulta preocupante que estos procedimientos no hayan sido atendidos por la autoridad hacendaria, aun y cuando desde 2013, la Prodecon ha manifestado diversas recomendaciones sistémicas sobre los procedimientos y criterios que el SAT ha utilizado para retrasar injustificadamente la obtención de las devoluciones de IVA por parte de los contribuyentes, configurando malas prácticas administrativas.

Si bien estas violaciones de derechos han tratado de ser subsanadas, lo cierto es que el SAT no ha garantizado el derecho de los contribuyentes a obtener en forma expedita los saldos de IVA a su favor y, en cambio, ha iniciado auditorías a los contribuyentes que solicita la devolución de IVA. Un gran número de contribuyentes continúan a la espera de que la autoridad resuelva su solicitud de devolución de IVA, donde los plazos legales se han prolongado, generando graves perjuicios en el flujo de efectivo necesario para la inversión, la creación de fuentes de trabajo, el pago de proveedores y simplemente contar con los recursos que por derecho les son propios.

Sobre las resoluciones de procedencia de solicitudes de IVA se han detectado diversas prácticas administrativas deficientes por parte de la autoridad hacendaria. La autoridad ha insistido en solicitar información y realizar requerimientos extemporáneos, innecesarios y excesivos; además, de que un gran número de las auditorías fiscales iniciadas son injustificadas y afectan directamente a los contribuyentes. Sumado a lo anterior, la información que el SAT ha emitido para agilizar la solicitud es deficiente, ya que continuamente requiere mayor documentación. Además, este procedimiento de continuamente requerir más y más información ha representado una gran carga probatoria para el contribuyente.

Si bien el SAT ha buscado mecanismos para agilizar los procesos de devoluciones del IVA, existen contribuyentes que duplican el tiempo de espera de su devolución. El SAT estableció un plazo ilegal entre 90 y 180 días para concluir este proceso; sin embargo, existen casos donde este plazo ha excedido el doble del tiempo establecido unilateralmente por el SAT. Diversos sectores productivos como alimentos, farmacéutico, minería, exportación, automotriz y otros, son sectores que tienen grandes afectaciones, pues se ven imposibilitados al carecer de flujo de efectivo de realizar nuevas inversiones y adquirir activo fijo para continuar con sus actividades. Con los retrasos del SAT, los contribuyentes se han visto envueltos en problemas de cargas financieras excesivas, falta de flujo de efectivo, entre otros problemas.

A pesar de que el 8 de octubre de 2014 el SAT emitió un comunicado donde expresó cambios en su normatividad interna a propuesta de la ombudsman fiscal respecto a las reglas de actuación y para garantizar los derechos de los contribuyentes, lo cierto es que un gran número de contribuyentes siguen expresando su preocupación por la situación de retraso en el proceso de devolución de IVA e insisten en la necesidad de que distintos órdenes de gobierno los ayuden a hacer valer sus derechos.

Entre las reglas emitidas por el SAT para agilizar las devoluciones de saldos a favor de IVA destacan:

– Cuando con motivo de la solicitud de devolución de saldos a favor de IVA, el SAT inicie una auditoría de verificación de procedencia, el acto de fiscalización deberá concluir en un plazo de 90 días, o máximo 180, en flagrante violación al artículo 22 del Código Fiscal de la Federación. La notificación de procedencia o no de la devolución deberá ser notificado dentro de esos mismos plazos.

– Se levantará acta final de visita con el fin de otorgar al contribuyente la oportunidad de refutar cualquier observación hecha por la autoridad.

– La auditoría de revisión de procedencia de la devolución se hará preferentemente a través de visita domiciliaria, con el fin de verificar la existencia material de las operaciones que dan origen al saldo a favor solicitado.

– Se deberá informar al contribuyente auditado de la solicitud de informes a terceros.

– Si el contribuyente tiene varias solicitudes de devolución respecto de un mismo impuesto, el SAT podrá efectuar un solo requerimiento de información y documentación por todas las solicitudes y, en su caso, practicar una sola auditoría.

Estas reglas fueron establecidas con el fin de garantizar el debido proceso y proporcionar seguridad jurídica a los contribuyentes que solicitan las devoluciones de saldos a favor de IVA. El poder legislativo en el ámbito de sus competencias debe pugnar por hacer valer los derechos de los contribuyentes pues éstos se han visto vulnerados.

El Poder Legislativo debe procurar, y manifestarse en contra de cualquier práctica generalizada dilatoria que viole derechos de los contribuyentes, así como de las negativas de devolución sin fundamento o faltas de motivación, de requerimientos excesivos, rechazos improcedentes y violaciones de plazos legales.

Los diputados como representantes de los ciudadanos cumplidos debemos estar atentos a que el SAT cumpla con sus funciones y garantice los derechos de los contribuyentes, los cuales han visto afectados sus intereses vitales. Se debe informar de manera veraz y exacta el estatus de las solicitudes de devolución de los contribuyentes, así como enfatizar la necesidad de cumplir con los plazos legales en los procedimientos de la autoridad hacendaria, evitar cargas probatorias onerosas e injustificadas, condicionar las devoluciones apegadas a la renuncia de otros derechos como contribuyentes, así como que las solicitudes de devolución sean resueltas debidamente fundadas y motivadas.

Así, por lo antes expuesto, someto a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al Servicio de Administración Tributaria a que en pleno cumplimiento con la legislación vigente agilice los pagos pendientes por concepto de devolución del impuesto al valor agregado a favor de los contribuyentes, así como a conducirse en estricto apego a la legalidad en la aplicación de procedimientos y criterios que permitan cumplir con el proceso de devoluciones del IVA.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Servicio de Administración Tributaria para que en un plazo no mayor a 20 días hábiles después de haber recibido el exhorto, informe a la opinión pública las acciones emprendidas para dar cabal cumplimiento a la legislación respecto a las solicitudes de devolución del impuesto al valor agregado a personas morales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015.

Diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al coordinador de la comisión intersecretarial y al representante ante el fideicomiso creado por Grupo México para remediar los daños causados por el derrame en los ríos Sonora y Bacanuchi, o Comisión Río Sonora, a cargo de la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, Lorenia Iveth Valles Sampedro, diputada por el estado de Sonora en su primera circunscripción, en la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numerales 1, fracción II, y 2; 100; y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución bajo las siguientes

Consideraciones

1 . Que luego de analizar las acciones en la fase de emergencia que las dependencias de la administración pública federal han llevado a cabo para atender y remediar la afectación ecológica y social ocasionada por el derrame de sustancias tóxicas en los ríos Sonora y Bacanuchi que ocasionó Grupo México, se advierte que no se ha satisfecho la demanda de los pobladores y prevalecen múltiples quejas e inconformidades.

2 . Que al sostener diversas reuniones de trabajo con representantes de la Comisión Intersecretarial Río Sonora, se ha manifestado que el marco contractual del fideicomiso celebrado entre Grupo México y dicha comisión, impide ampliar o realizar ciertas acciones para salvaguardar y contrarrestar el daño ecológico y social en la zona, por lo que resulta indispensable hacer una modificación al mismo, toda vez que ha sido el argumento constante de los funcionarios encargados de la comisión intersecretarial para encontrar el escape o evasiva, a las peticiones de los diputados federales.

3 . Que el actual clausulado del Fideicomiso Río Sonora por parte de la comisión intersecretarial y la falta de negociación ante los representantes de la empresa Grupo México, impide realizar acciones que amplíen los beneficios de restauración y remediación ecológica y social en la zona.

4 . Que si bien algunas de las acciones de la comisión intersecretarial, han contrarrestado parte del daño, sólo se han desarrollado acciones para remediar el daño y para atender la emergencia, pero no se han considerado acciones para prevenir de nuevo el daño y que permita mantener la estabilidad ecológica y social en la zona.

5 . Que diversos integrantes de la comisión especial para dar seguimiento a estas acciones y otros diputados federales, han propuesto diversas acciones para mantener la seguridad ambiental y social de la zona y que la población pueda continuar con la disponibilidad de agua potable.

6 . Que la falta de propuesta de la comisión intersecretarial para modificar el clausulado del fideicomiso con Grupo México, ha imposibilitado acciones que reviertan la afectación ocasionada en la zona.

7 . Que la falta de información detallada y transparente de la asignación de los recursos que forman parte del Fideicomiso Río Sonora, ha generado descontento ante la población afectada en la zona.

8 . Que las acciones preventivas, como el desarrollo de la presa, la rehabilitación de las vías de comunicación por el constante incremento en la circulación de transporte pesado en la zona, entre otras, son propuestas por diputados federales que han sido portavoz de las necesidades y requerimientos de los pobladores afectados en la zona.

9 . Que las acciones de remediación deben contemplar establecer programas o infraestructura preventiva, que permitan mantener la disponibilidad de agua potable y mantener en operación las inversiones que se establecieron en la zona.

10. Que el 9 de octubre de 2014, se celebró una reunión de trabajo con diversos funcionarios de la administración pública federal, encabezadas por el licenciado Alfonso Navarrete Prida, en su carácter de coordinador de la comisión intersecretarial y el ingeniero Rodolfo Lacy Tamayo, en su carácter de representante ante el fideicomiso creado por Grupo México para remediar las daños causados por el derrame en los ríos Sonora y Bacanuchi, en la cual se asumieron diversos compromisos para la remediación de la problemática en la zona, los cuales no han sido cumplimentados en su totalidad, y, en virtud de que esta comisión especial necesita rendir un informe final de actividades, previo al cierre de la presente legislatura, solicitamos de manera urgente los siguientes

Resolutivos

Primero . Se exhorta a los funcionarios de la Comisión Intersecretarial del Río Sonora a modificar el contenido y alcances del contrato del fideicomiso a fin de crear y ampliar acciones preventivas y acciones efectivas para remediar el daño, entre otras, que mantengan la estabilidad ambiental y social en la zona.

Segundo . Se exhorta a los funcionarios de la Comisión Intersecretarial del Río Sonora a realizar las obras y acciones que los diputados federales han propuesto, a petición de la población afectada como es la creación de la presa y rehabilitación de las vías de comunicación, para mantener la disponibilidad de agua potable y sostener el desarrollo económico en la zonas aledañas a las minas.

Tercero . Se exhorta a los funcionarios de la Comisión Intersecretarial del Río Sonora a transparentar de manera detallada los recursos erogados del fideicomiso.

Cuarto . Se exhorta a los funcionarios de la Comisión Intersecretarial del Río Sonora a, en caso de ser necesario, ampliar el fondo de los recursos del fideicomiso para realizar las acciones necesarias que beneficien a la población.

Quinta . Se exhorta a los funcionarios de la Comisión Intersecretarial del Río Sonora a cumplir el compromiso de proponer modificaciones normativas necesarias para ampliar las funciones de verificación y sanciones que favorezcan el ejercicio del derecho a un medio ambiente adecuado, disponibilidad de agua con calidad y el desarrollo social de la zona.

Sexta . Se exhorta a los funcionarios de la Comisión Intersecretarial del Río Sonora a que nos informe del cumplimiento de los compromisos asumidos en la reunión del 9 de octubre de 2014, entre los que se encuentran el avance sobre: la construcción de la presa; la rehabilitación de la carretera; la afectación a la salud de los pobladores de la zona; la construcción del hospital en el municipio de Ures; el cumplimiento de los diversos compromisos asumidos por las diversas autoridades para la remediación de la zona; las respuesta a las preguntas formuladas por escrito en la reunión celebrada el 9 de octubre de 2014 por los diputados integrantes de esta comisión; así como las recomendaciones del informe de trabajo de esta comisión, que se formularon al pleno de esta Cámara de Diputados, el 17 de septiembre de 2014.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015.

Diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Fiscalía General de Veracruz a garantizar el derecho a una debida procuración de justicia en el caso del presunto asalto y abuso sexual contra los pasajeros del autobús número 0147 en Tierra Blanca, a cargo del diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Ricardo Mejía Berdeja diputado integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta honorable Cámara de Diputados, el presente punto de acuerdo conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

En las primeras horas del pasado jueves 19 de febrero, “sujetos desconocidos asaltaron un autobús de la línea Autobuses de Oriente (ADO), con 25 pasajeros y violaron a varias pasajeras tras desviar la unidad a un paraje solitario, a la altura de “El Fraile”, en el municipio de Tierra Blanca, Veracruz.”1

Según los primeros reportes, el autobús identificado con el número 0147, placas 236.IIS-2 fue interceptado en la carretera federal 145 entre las localidades de El Amate y Mata Alta.

Dos sujetos con pistola amagaron al conductor y lo obligaron a conducir el autobús hacia “El Fraile” donde ingresaron a un paraje abandonado y atacaron sexualmente a las pasajeras, además de despojar de sus pertenencias a los viajeros.

De acuerdo con testigos, algunos pasajeros alcanzaron a llamar por teléfono a la policía, sin embargo, no tuvieron respuesta. Los delincuentes tuvieron tiempo suficiente para violar a las pasajeras y quitarles el dinero que traían.2

Sin embargo, cabe destacar que estos presuntos hechos se suman a lo ocurrido el pasado 27 de diciembre, cuando dos hombres armados asaltaron un autobús ADO que se dirigía de Puebla a Cancún, mientras pasaba por Coatzacoalcos, Veracruz; y, en donde una mujer de 27 años fue abusada sexualmente.

A la par de lo sucedido el pasado mes de octubre, cuando “un autobús de la línea Autobuses Unidos que pertenece al grupo ADO, fue asaltado en el tramo de Acayucan-Jaltipan, también en Veracruz, y una joven fue abusada sexualmente por los delincuentes.”3

Si bien, respecto a los hechos más recientes “la Fiscalía General del Estado de Veracruz rechazó que durante el atraco tres mujeres hayan sido violadas, como se difundió, de manera irresponsable, en las redes sociales”;4 es urgente que se esclarezca lo sucedido y se finquen las responsabilidades pertinentes.

En este contexto, vale la pena destacar que, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), “32% de las mujeres ha padecido violencia sexual por parte de agresores distintos a la pareja, la cual incluye actos de intimidación, acoso y abuso sexual,”5 situación lamentable que debe ser erradicada con acciones y políticas puntuales emprendidas en los tres niveles de gobierno y con la suma de todas las instituciones posibles, con la finalidad de garantizar que las mujeres cuenten con espacios libres de violencias. Por esto y por lo antes expuesto, presento a esta honorable asamblea el siguiente resolutivo con

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Fiscalía General del Estado de Veracruz a que investigue de manera expedita y garantice el derecho a una debida procuración de justicia en el caso de presunto asalto y abuso sexual que padecieron las y los pasajeros del autobús número 0147, placas 236.IIS-2, mientras circulaba por el municipio de Tierra Blanca, Veracruz.

Notas

1 Sin Embargo, “Criminales secuestran un ADO en Veracruz y violan a las mujeres; no es la primera vez”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.sinembargo.mx/20-02-2015/1257685

2 Ídem.

3 Ídem.

4 El Universal, “Asaltan autobús en Veracruz; niegan agresión a mujeres”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.eluniversal.com.mx/estados/2015/asaltan-autobus-en-veracruz- niegan-agresion-a-mujeres-1079053.html

5 Inegi, “Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (25 de noviembre)”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.inegi.org.mx/inegi/contenidos/espanol/prensa/Contenidos/esta disticas/2014/violencia0.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de febrero de 2015.

Diputado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Campeche a crear la universidad intercultural indígena maya y el instituto de lengua y cultura mayas, a cargo del diputado José Angelino Caamal Mena, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El suscrito, diputado integrante de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, fracción XVIII; 6o., fracción I; 62, numerales 2 y 3, y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito presentar ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo; al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La Conferencia General de la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) proclamó en noviembre de 1999, la celebración del Día de la Lengua Materna en conmemoración de las manifestaciones estudiantiles que tuvieron lugar en 1952 en Dhaka, capital del actual Bangladesh, y en las que varios participantes murieron en defensa de la lengua bangla para que se reconociera como uno de los dos idiomas oficiales del entonces Pakistán.

Actualmente se hablan aproximadamente 6,000 lenguas en todo el mundo. De seguir así, para el término de este siglo, se habrán perdido la mitad de ellas.

En nuestro país además del español, nuestro patrimonio lingüístico está formado por las 364 variantes pertenecientes a 11 familias lingüísticas que hablan nuestros 68 pueblos indígenas. El Censo de Población y Vivienda 2010 reporta que en México casi 7 millones de habitantes de 3 años y más hablan alguna lengua indígena.

En Campeche, de acuerdo con los datos del Censo 2010 del INEGI, 71,852 personas hablan maya; 10,412 hablan chol; 1,900 tzeltzal; y 1,557 kajobal. Esto representa el 12.1% de los 822, 441 habitantes que conforman la población total de ese estado, lo que lo sitúa en el séptimo lugar a nivel nacional con mayor número de hablantes de lengua indígena en el país.

En el marco de la celebración del Día Internacional de la Lengua Materna, este año, la UNESCO nos convoca a sumar esfuerzos bajo el lema “Inclusión en y a través de la educación: los idiomas cuentan”. Sin duda, la preservación de las lenguas, cualquiera que esta sea está intrínsecamente ligada a la política educativa.

Para hacer posible lo anterior, es necesario que las políticas públicas converjan en este sentido. Para ello se necesitan instituciones, leyes y presupuesto que hagan efectivos los derechos humanos de los mexicanos.

En particular, en Campeche aún falta mucho por avanzar. Pese a la gran cantidad de población indígena que tiene, no cuenta con una universidad intercultural indígena, a diferencia de todas las entidades circunvecinas que sí tienen sus universidades indígenas. Tampoco cuenta con un instituto que preserve, investigue y divulgue las culturas indígenas del Estado, como es el caso de todas las entidades federativas que lo rodean. Esto sin duda se ve reflejado en el uso y disfrute de los derechos constitucionales enunciados en el artículo segundo.

En el caso del instituto de cultura, es de destacar el Decreto número 255 aprobado el día 22 de agosto del 2012 por la LX Legislatura del Congreso del Estado en el que se expide la Ley que crea el Instituto de Lenguas Indígenas del Estado de Campeche. A más de dos años de aprobada la Ley, el Ejecutivo Estatal no ha dado cumplimiento a esta Ley. Esta falta de políticas públicas en la materia coloca a las lenguas indígenas en Campeche en situación de vulnerabilidad, y de amplio retraso con respecto a lo que se hace cotidianamente por ejemplo en el Instituto de Lengua y Cultura Maya de Yucatán, donde se ha visto una revitalización de la lengua maya.

En el caso de la Universidad Intercultural de Campeche, la propuesta se circunscribe en la política de educación superior intercultural que se aplica a nivel federal, y que otras entidades federativas han hecho lo propio creando sus universidades. Es el caso de Chiapas, Hidalgo, Tabasco, Quintana Roo, Oaxaca, Veracruz, Sinaloa, Estado de México, Guerrero, Puebla, Nayarit y San Luis Potosí.

La educación intercultural se basa en tres principios que la UNESCO definió después de largas investigaciones y debates. Estos son:

1. La educación intercultural respeta la identidad cultural del educando proporcionando una educación para todos que sea pertinente y culturalmente apropiada.

2. La educación intercultural proporciona a cada educando el conocimiento cultural, las aptitudes y habilidades necesarias para lograr una participación completa y activa en la sociedad.

3. La educación intercultural proporciona a todos los educandos el conocimiento cultural, las aptitudes y habilidades que les permitan contribuir al respeto, la comprensión y la solidaridad entre individuos, grupos étnicos, sociales culturales o religiosos y naciones.

Las lenguas maternas, su preservación, conocimiento, difusión y divulgación deben estar siempre bajo el amparo de las políticas públicas en la educación intercultural. En tanto no existan instituciones que permitan la planeación, ejecución y evaluación de las políticas públicas en la materia, será prácticamente imposible que el patrimonio cultural inmaterial que significan las lenguas indígenas perviva. En el caso de Campeche, esta situación por el atraso que presenta, es un tema que debe atenderse de manera urgente.

Al ser herederos de una cultura milenaria y significativa como la civilización maya, resulta de gran importancia revitalizar las lenguas indígena a través de la educación superior, pero también para crear profesionistas en diversos campos de las ciencias exactas, de la salud, humidades y artes, que hablen e investiguen en sus propias lenguas, creando conocimiento innovador que sin duda redundará en el desarrollo de nuestro país.

Por lo anterior, en el Grupo Parlamentario Nueva Alianza, las diputadas y los diputados nos sumamos al llamado de la UNESCO: sí, los idiomas cuentan, pues son la expresión del alma de nuestros pueblos indígenas. Estamos comprometidos con una educación de calidad para todos los mexicanos. Por ello, en el marco del Día Internacional de la Lengua Materna, presentamos ante esta soberanía el siguiente

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo del Estado de Campeche para que dé cumplimiento a la Ley que crea el Instituto de Lenguas Indígenas del Estado de Campeche, y se proceda al establecimiento de dicho instituto.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo del estado de Campeche para crear la Universidad Intercultural de Campeche a fin de preservar las lenguas indígenas en el estado y formar profesionistas que promuevan el conocimiento en sus lenguas originales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero 2015.

Diputado José Angelino Caamal Mena (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Justicia de esta soberanía a dar celeridad al proceso de dictamen de la iniciativa de Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar la Desaparición de Personas, a cargo de la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Raquel Jiménez Cerrillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I a III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

Primera. En el país, la desaparición forzada de personas era una práctica común en los inicios de la vida independiente, pues las agencias policiacas servían a los intereses de un sector privilegiado de políticos en el poder, cobrando a través de éstas, las venganzas políticas o neutralizando a los adversarios políticos, motivos que llevaban a los servidores públicos a cometer conductas de esta índole contra los ciudadanos, así como a la comisión de crímenes de lesa humanidad.

Desafortunadamente, esta lamentable práctica fue retomada en los años setenta durante la guerra sucia, en el que se dejó un número aún desconocido de muertos y desaparecidos en México. El número de denuncias recibidas por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) relacionadas con crímenes de Estado durante las décadas de 1960 a 1980 asciende a 374. Sin embargo, es posible que las víctimas sean muchas más. Tan sólo el Comité Eureka maneja 557 expedientes de personas desaparecidas entre 1969 y 2001, de las cuales más de 530 corresponden a personas desaparecidas hasta el decenio de 1980.

Lastimosamente, la impunidad que hubo en los casos anteriormente relatados ha generado condiciones para que conductas tan graves como la que nos ocupa se sigan cometiendo, y que no haya operado la garantía de no repetición, como se advierte con la situación actual que vive el país, pues resulta por demás inaceptable que en este nuevo milenio el Estado siga cometiendo esta clase de delitos como forma de represión a los ciudadanos; esto aunado a que la conducta delictiva ha evolucionado y ya no sólo el Estado perpetra las desapariciones de personas, pues el crimen organizado también utiliza esta modalidad para ajustar cuentas o cometer otra clase de delitos, como la trata de personas o el tráfico ilegal de órganos.

La cifra oficial ofrecida sobre personas en esta condición por el actual gobierno ha oscilado entre 8 mil y 26 mil 121; la más actual, anunciada en octubre de 2014, es de 23 mil 371, sin especificar cuántas corresponden a desaparición forzada, cuáles son atribuibles a la delincuencia organizada y quiénes están en calidad de “no localizadas” y si a eso le sumamos las muchas otras que no son denunciadas, sin duda el número crecería catastróficamente. Cifras preocupantes y desgarradoras, pues la desaparición no sólo a6fecta al individuo víctima de la conducta, sino también a la familia y a la sociedad en general; es decir, si hablamos de víctimas son 23 mil 371 personas desaparecidas, más sus familiares.

Segunda. Acorde con el artículo 1o. constitucional, en México todas las personas gozan de los derechos humanos y garantías para su protección reconocidas en la Carta Magna y en los tratados internacionales de que el Estado mexicano sea parte, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la misma Constitución establece.

Asimismo, las normas relativas a los derechos humanos deben interpretarse de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia y todas las autoridades, en el ámbito de su competencia tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Por tanto, deberán prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos.

En ese tenor, la tutoría de los derechos humanos para todos los individuos que se encuentran en nuestro territorio, es obligación del Estado conferida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, correspondiéndole la persecución de delitos, ejecución de penas y sanciones a la federación, estados y municipios, preservando la integridad, orden, libertad y paz social.

Tercera. El 3 de febrero de 1981, el Estado mexicano firmó y se adhirió a la Convención Americana en materia de Derechos Humanos, suscrita en San José, Costa Rica, el día 22 de noviembre de 1969, comprometiéndose con ello a respetar los derechos y libertades considerados y reconocidos, así como a garantizarlos. Dentro del documento encontramos derechos esenciales del hombre tales como la vida, la libertad personal y la integridad personal.

Por otra parte, el 2 de abril de 2002, México ratificó La Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, suscrita en Belém, Brasil, el 9 de junio de 1994. La convención establece en los artículos primero y tercero el compromiso de los Estados firmantes, de adoptar las medidas de carácter legislativo necesarias para tipificar y sancionar en el ámbito de su jurisdicción el delito de desaparición forzada.

De igual manera, el 15 de enero de 2008, México ratificó la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, que en sus artículos primero, segundo, tercero y cuarto compromete a los Estados parte para que tomen las medidas necesarias para que la desaparición forzada y la desaparición cometida entre particulares, sean tipificadas como delitos en el marco de la legislación local.

En el artículo 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, establece el deber de respetar y garantizar los derechos humanos reconocidos ella. Respecto a la obligación de garantía la Corte Interamericana ha establecido que puede ser cumplida de diversas maneras, las cuales tienen que ver con el derecho específico que el propio Estado debe garantizar a los particulares y de las particulares necesidades de protección.

Esta obligación implica el deber de los Estados de organizar todo el aparato gubernamental y, en general, todas las estructuras a través de las cuales se manifieste el ejercicio del poder público, de manera tal que sean capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos. Como parte de dicha obligación, el Estado está en el deber jurídico de “prevenir, razonablemente las violaciones de los derechos humanos, de investigar seriamente con los medios a su alcance las violaciones que se hayan cometido dentro del ámbito de su jurisdicción a fin de identificar a los responsables, de imponerles las sanciones pertinentes y de asegurar a la víctima una adecuada reparación. Lo decisivo es dilucidar “si una determinada violación [...] ha tenido lugar con el apoyo o la tolerancia del poder público o si peste ha actuado de manera que la transgresión se haya cumplido en defecto de toda prevención o impunemente”1

La corte reitera que no basta que los Estados se abstengan de violar los derechos, sino que es imperativa la adopción de medidas positivas, determinables en función de las particulares necesidades de protección del sujeto de derecho, ya sea por su condición persona o por la situación específica en que se encuentre.2

De lo anterior se desprende que la obligación de un Estado, en casos específicos de desaparición, implica la obligación de prevenir e investigar las posibles desapariciones, implementando “todas las medidas de carácter jurídico, político, administrativo y cultural que promuevan la salvaguarda de los derechos humanos y que aseguren que las eventuales violaciones de éstos sean efectivamente consideradas y tratadas como un hecho ilícito que, como tal, es susceptible de acarrear sanciones para quien las cometa, así como la obligación de indemnizar a las víctimas por sus consecuencias perjudiciales”.3

El actuar del Estado deberá en todo momento estar regido por la preservación de los Derechos Humanos, instrumentando las leyes necesarias a fin de fortalecer la estructura legal que garantice el correcto desarrollo de la sociedad, armonizando las leyes promulgadas con los compromisos internacionales de que el Estado mexicano sea parte.

Es decir, el Estado tiene la obligación de proteger al individuo de los actos de particulares y de agentes estatales que obstaculicen el ejercicio de sus derechos, al respecto la Corte Interamericana ha señalado:

... los Estados tienen la obligación de garantizar la creación de las condiciones necesarias para que no se produzcan violaciones a los derechos humanos, así como el deber de impedir que sus agentes o particulares atenten contra ellos...4

Los Estados deben adoptar las medidas necesarias para crear un marco normativo adecuado que disuada cualquier amenaza a los derechos humanos; establecer un sistema de justicia efectivo capaz de investigar, castigar y dar reparación por la privación de la vida y libertad por parte de agentes estatales o particulares; y salvaguardar el derecho a que no se impida el acceso a las condiciones que garanticen una existencia digna.5

De lo anterior se concluye que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias, tanto a nivel legislativo, administrativo y judicial, mediante la emisión de normas penales y el establecimiento de un sistema de justicia para prevenir, suprimir y castigar la participación de los agentes del Estado en actos criminales, así como también para prevenir y proteger a los individuos de actos criminales de otros individuos e investigar efectivamente estas situaciones.

No obstante lo anterior, al día de hoy no se cuenta con un marco normativo adecuado, que atienda la situación preocupante por la que actualmente atraviesa el país en materia de desaparición de personas, y mucho menos que cumpla con los compromisos internacionales a los que nos encontramos sujetos.

Cuarta. Atento a lo expuesto, el pasado 2 de diciembre presenté la iniciativa de Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar la Desaparición de Personas, la cual acata puntualmente los compromisos internacionales que el Estado mexicano ha adquirido.

Medularmente, la iniciativa en comento crea un ordenamiento con objeto de tipificar la desaparición de personas; establece los tipos y punibilidades en la materia; da pleno reconocimiento y efectividad a los derechos de las víctimas; establece las reglas básicas para la investigación, persecución, procesamiento, sanción y ejecución de las penas; propone la creación de una base de datos que contengan los registros de ADN de restos corpóreos encontrados y los de los familiares de las víctimas de desaparición; así mismo prevé un capítulo sobre el procedimiento de declaración de ausencia por desaparición con el propósito de dar pleno reconocimiento a la personalidad jurídica de las víctimas de los delitos previstos en esta ley, independientemente de que se conozca la identidad del responsable, o del estado procesal del caso. Sobre el particular, es de señalar que está aún no ha sido dictaminada por la Comisión de Justicia.

Quinta. El pasado 2 y 3 de febrero, en el marco del octavo periodo de sesiones del Comité de Naciones Unidas contra las Desapariciones Forzadas celebrado en Ginebra, Suiza; se evaluó a México respecto al alcance de las medidas adoptadas por el gobierno mexicano para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas del mencionado tratado internacional desde su entrada en vigor en 2010. México ratificó la convención en 2008 y es hoy uno de los 44 Estados parte.

El presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Luis Raúl González Pérez, presentó ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) un informe donde afirmó que México tiene un “serio problema” en materia de desapariciones ya que no ha cumplido con muchos de sus compromisos internacionales en este tema y no cuenta con un registro nacional eficaz y transparente.

De acuerdo con el documento, el ombudsman nacional incluso solicitó al Comité de Desapariciones Forzadas de la ONU que hiciera diversas recomendaciones al gobierno en esta materia, entre las que destacan las siguientes:

a) La necesidad de contar con un eficaz y exhaustivo registro nacional de datos de personas extraviadas o desaparecidas. Para ello es necesario que todas las instituciones de procuración de justicia cuenten con criterios claros, homologados y públicos sobre la forma en que califican las denuncias de desaparición, la investigación que llevan a cabo y la manera en que reportan los casos.

...

e) La formación de un adecuado sistema nacional para la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas;

f) La creación en el ámbito de las instancias de procuración de justicia, de grupos capacitados y especializados en la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas;

g) La investigación que realicen los órganos de procuración de justicia no debe circunscribirse a encontrar y sancionar a los responsables de una desaparición de personas, sino dar con el paradero de estas últimas;

h) El establecimiento de protocolos de búsqueda de personas desaparecidas que generen una reacción inmediata de las autoridades, para dar con el paradero de las personas;

i) La creación de un sistema nacional de información genética que incluya material de este tipo y muestras biológicas de familiares de personas que han sido reportadas como desaparecidas o no localizadas, y el análisis de la información genética de restos humanos encontrados en fosas comunes y clandestinas;

...

k) La expedición de una ley general en materia de desaparición forzada;

l) La tipificación del delito de desaparición por particulares y la declaración de ausencia por desaparición;6

El pasado 13 de febrero, el Comité Contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas remitió al Gobierno de México las observaciones finales y recomendaciones del Comité contra la Desaparición Forzada, en respuesta al informe que presentó sobre la implementación de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra la Desaparición Forzada; entre las que destacan las siguientes:

12. El Comité insta al Estado parte a continuar cooperando con el comité en el marco de su procedimiento de acción urgente y a garantizar el tratamiento inmediato y el seguimiento regular de todas las acciones urgentes y solicitudes de medidas cautelares y de protección remitidas por el comité.

...

16. El comité, recordando el artículo 41 de la convención, recomienda que el Estado parte adopte las medidas necesarias para asegurar que, tanto a nivel federal como estatal, la legislación y la práctica se ajusten plenamente a las obligaciones consagradas en la convención. Al respecto, lo alienta a aprobar a la mayor brevedad posible una ley general que regule de manera integral los aspectos de la desaparición forzada contenidos en la convención, en particular los relativos a la prevención, investigación, juzgamiento y sanción de las desapariciones forzadas así como a la búsqueda y situación legal de las personas desaparecidas. Asimismo, el comité recomienda que se garantice la participación de las víctimas de desaparición forzada, las organizaciones de la sociedad civil y la CNDH en todo el proceso encaminado a la adopción de esta ley.

...

18. El Estado parte debería adoptar las medidas necesarias a fin de contar con un registro único de personas desaparecidas a nivel nacional que permita establecer estadísticas confiables con miras a desarrollar políticas públicas integrales y coordinadas encaminadas a prevenir, investigar, sancionar y erradicar este delito aberrante. Dicho registro debería, como mínimo: a) reflejar de manera exhaustiva y adecuada todos los casos de personas desaparecidas, incluyendo información acerca del sexo, edad y nacionalidad de la persona desaparecida y lugar y fecha de desaparición; b) incluir información que permita determinar si se trata de una desaparición forzada o de una desaparición cometida sin ninguna participación de agentes estales; c) permitir generar datos estadísticos respecto de casos de desaparición forzada aun cuando hayan sido esclarecidos; y d) ser completado con base en criterios claros y homogéneos y actualizado de manera permanente. En este contexto, el Estado parte debería valerse de la oportunidad que ofrece el hecho de que la reglamentación de la ley del RNDPED aún esté pendiente para asegurar que cumpla con los criterios antes expuestos. Asimismo, debería adoptar las medidas necesarias para garantizar que las autoridades encargadas de ingresar los datos pertinentes lo hagan de manera uniforme, exhaustiva e inmediata luego de que se tenga conocimiento de una desaparición.

...

20. El Estado parte debería adoptar las medidas legislativas necesarias a fin de asegurar que a la mayor brevedad posible la desaparición forzada sea tipificada, tanto a nivel federal como estatal, como delito autónomo que se ajuste a la definición contenida en el artículo 2 de la convención y que prevea penas apropiadas que tengan en cuenta su extrema gravedad. A la luz del artículo 8 de la convención, debería también garantizar que, en caso de que se aplique un régimen de prescripción al delito de desaparición forzada, el plazo del mismo sea prolongado y proporcionado a su extrema gravedad y que, teniendo en cuenta el carácter continuo de la desaparición forzada, se cuente a partir del momento en que cesa el delito.

...

22. El comité recomienda que el Estado parte adopte las medidas legislativas necesarias con miras a que, tanto en la legislación federal como en la estatal, se prevea específicamente la responsabilidad penal de los superiores jerárquicos en los términos establecidos en el artículo 6, párrafo 1(b), de la convención.

...

24. El Estado parte debería, en cooperación con los países de origen y destino y con la participación de las víctimas y la sociedad civil, redoblar sus esfuerzos con miras a prevenir e investigar las desapariciones de migrantes; perseguir penalmente a los responsables; y proteger adecuadamente a los denunciantes, peritos, testigos y defensores. Asimismo, el mecanismo transnacional de búsqueda y acceso a la justicia debería garantizar: a) la búsqueda de las personas migrantes desaparecidas y, en caso de hallarse restos, su identificación y restitución; b) el relevamiento de información ante mortem y su integración a la Base de Datos Ante Mortem - Post Mortem; y c) que los allegados de las personas desaparecidas, independientemente del lugar en el que residan, tengan la posibilidad efectiva de obtener información y participar de las investigaciones y búsqueda de las personas desaparecidas.

...

28. El Estado parte debería redoblar sus esfuerzos con miras a asegurar que, cuando haya motivos razonables para creer que una persona ha sido sometida a desaparición forzada, se proceda a realizar sin demora una investigación exhaustiva e imparcial, aun cuando no se haya presentado una denuncia formal, y que los presuntos autores sean enjuiciados y, de ser declarados culpables, sancionados de conformidad con la gravedad de sus actos. Asimismo, el Estado parte debería:

a) Garantizar que, cuando haya indicios para suponer que se pudiera haber cometido una desaparición forzada, se proceda, sin dilación, a investigar de manera efectiva a todos los agentes u órganos estatales que pudieran haber estado involucrados, así como a agotar todas las líneas de investigación;

b) Fomentar y facilitar la participación de los allegados de la persona desaparecida en las investigaciones, sin que esto les confiera la responsabilidad de producir las pruebas necesarias para la investigación;

c) Garantizar la efectiva coordinación y cooperación entre todos los órganos encargados de la investigación y asegurar que cuenten con las estructuras y los recursos técnicos, periciales, financieros y de personal adecuados a fin de que puedan desempeñar sus funciones con celeridad y de manera eficaz;

d) Tomar las medidas necesarias para garantizar que las fuerzas del orden o de seguridad, sean civiles o militares, cuyos miembros se encuentren bajo sospecha de haber cometido una desaparición forzada no participen en la investigación.

29. El comité alienta al Estado parte a que considere establecer en el ámbito de la PGR una unidad fiscal especializada en la investigación de las desapariciones forzadas que cuente con recursos adecuados, en particular personal específicamente capacitado en la materia; con una perspectiva estratégica a nivel nacional y trasnacional sobre este fenómeno delictivo; que nutra las tareas de búsqueda; y trabaje de manera coordinada con otras agencias relevantes, en particular la unidad de búsqueda de personas desaparecidas.

...

41. A la luz del artículo 24, párrafo 3, de la convención, el Estado parte debería redoblar sus esfuerzos con miras a la búsqueda, localización y liberación de las personas desaparecidas y, en caso de fallecimiento, para la búsqueda, respeto y restitución de sus restos. En particular, debería

a) Garantizar en la práctica que cuando se tenga noticia de una desaparición se inicie la búsqueda de oficio y sin dilaciones de modo de acrecentar las posibilidades de encontrar a la persona con vida;

b) Asegurar que la búsqueda sea llevada adelante por las autoridades competentes con la participación de los allegados de la persona desaparecida;

c) Fortalecer la base de datos ante mortem - post mortem, asegurar que esté plenamente operativa en todas las entidades federativas a la mayor brevedad posible, y garantizar que sea completada con la información pertinente de todos los casos de personas desaparecidas, sin excepción, en estricta conformidad con los protocolos relevantes;

d) Fortalecer la base de datos genéticos de la PGR con miras a garantizar que incorpore información relativa a todas las personas que hubieran desaparecido en el Estado parte;

e) Garantizar la efectiva coordinación, cooperación y cruce de datos entre los órganos con competencia para la búsqueda de personas desaparecidas e identificación de sus restos cuando hubieran fallecido y asegurar que cuenten con los recursos económicos, técnicos y de personal necesarios.

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43. El comité recomienda que el Estado parte adopte las medidas necesarias para asegurar que la legislación en todo el Estado parte establezca un procedimiento para obtener una declaración de ausencia por desaparición forzada con el fin de regular de manera apropiada la situación legal de las personas desaparecidas cuya suerte no haya sido esclarecida y la de sus allegados. 7

En el apartado “Principales motivos de preocupación y recomendaciones” del informe en comento, el comité de la ONU destaca que los datos aportados por el país ilustran un contexto de desapariciones generalizadas en gran parte del territorio nacional, que en su mayoría podrían calificarse como desapariciones forzadas.

Como se advierte en la transcripción que antecede, hizo un llamado enérgico al gobierno de México con el fin de que adopte las medidas necesarias para asegurar que, tanto a nivel federal como estatal, la legislación y la práctica se ajusten plenamente a las obligaciones consagradas en la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas; alentándolo a aprobar a la brevedad posible una ley general que regule de manera integral los aspectos de la desaparición forzada contenidos en la convención, en particular aquellos relativos a la prevención, investigación, juzgamiento y sanción de las desapariciones forzadas, así como a la búsqueda y situación legal de las personas desaparecidas.

El comité de la ONU agregó que se deben adoptar medidas legislativas para que a la brevedad posible, la desaparición sea tipificada como delito grave y tenga un plazo prolongado de prescripción; recomendó la creación de un registro único de personas desaparecidas a nivel nacional que permita establecer estadísticas confiables con miras a desarrollar políticas públicas integrales y coordinadas encaminadas a prevenir, investigar, sancionar y erradicar este lastimoso delito.

En sus conclusiones, el Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas estableció como fecha límite el 13 de febrero de 2018 para que México presente información concreta y actualizada acerca de la aplicación de todas sus recomendaciones.

De lo expuesto se advierte la imperiosa necesidad de contar con un marco jurídico en la materia, la situación del país lo exige, y los compromisos internacionales nos obligan. Toda vez que en la elaboración de la iniciativa señalada en la consideración cuarta del presente punto de acuerdo, se llevó a cabo una mesa de trabajo para su análisis y discusión, con personalidades de la talla del maestro Javier Hernández Valencia, representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas; el doctor Luis García López Guerrero, primer visitador de la CNDH; el maestro Alán García Campos, consultor jurídico de la oficina del alto comisionado de Naciones Unidas, el maestro Santiago Corcuera Cabezut, miembro del Comité sobre las Desapariciones Forzadas de la Organización de las Naciones Unidas, el licenciado Silvano Joel Cantú Martínez, consultor independiente en temas de derechos humanos, y el licenciado Juan López Villanueva, asesor de la Asociación Civil Fuerzas Unidas de Nuestros Desaparecidos; recopilándose los comentarios y observaciones de estos expertos, para incorporarlos a la iniciativa de mérito, culminando en su presentación el pasado 2 de diciembre ante el pleno de la Cámara de Diputados, para ser turnada a la Comisión de Justicia de esta soberanía.

No cabe duda de que uniendo esfuerzos entre los tres poderes de la unión y la sociedad en general, es como podremos erradicar estas prácticas delictivas que nos aquejan y afectan a todos los mexicanos, pues en la situación actual del país no podemos permanecer indiferentes; tenemos que legislar en la materia y después unir esfuerzos para hacer cumplir la ley.

Por lo expuesto me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión a dictaminar la iniciativa de Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar la Desaparición de Personas, presentada y turnada el pasado 2 de diciembre, para que sea discutido por el pleno en este periodo ordinario de sesiones, a fin de atender la imperiosa necesidad de contar con un marco jurídico en la materia que exige la situación del país, así como los compromisos internacionales que en la materia tiene el gobierno mexicano.

Notas

1 Corte IDH. Caso González y otras (“campo algodonero”) vs. México. Sentencia de noviembre de 2009 (excepción preliminar fondo, reparaciones y costas), párrafo 236.

2 Corte IDH. Caso Baldeón García vs. Perú. Fondo, reparaciones y costas. Sentencia de 6 de 2006.

3 Corte IDH. Caso González y otras (“campo algodonero”) vs. México. Sentencia de noviembre de 2009 (excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas), párrafo 252.

4 Corte IDH. Caso Myrna Mack Chang vs. Guatemala. Sentencia de 25 de noviembre de 2003 (fondo, reparaciones y costas), párrafo 152; y Caso Juan Humberto Sánchez vs. Honduras. Sentencia de 29 de abril de 2004, párrafo 110.

5 Corte IDH. Caso Zambrano Vélez y otros vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de julio de 2007, Serie C, número 166, párrafos 79 y 81.

6 Consideraciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ante el Comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas. Resumen ejecutivo, 2 de febrero de 2015, páginas 6 y 7.

7 Observaciones finales sobre el informe presentado por México en virtud del artículo 29, párrafo 1, de la Convención, Comité contra la Desaparición Forzada, Ginebra, Suiza; febrero de 2015.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015.

Diputada Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Sedesol, el Inegi y el Conapo a elaborar un estudio que refleje el número exacto de adultos mayores en situación de calle y la cantidad en riesgo de caer en ello, a cargo del diputado Abraham Correa Acevedo, del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, diputado Abraham Correa Acevedo, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXII Legislatura, con fundamento en el artículo 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este pleno la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social, al Instituto Nacional de Estadística y Geografía y al Consejo Nacional de Población, para que elaboren un estudio en el que se conozca el número exacto de adultos mayores en situación de calle y el número de ellos en riesgo de caer en dicha situación.

Consideraciones

Si bien es cierto que nuestro país vive actualmente un fenómeno al que se ha conocido como “bono demográfico”, debido a la enorme fuerza de trabajo disponible y juventud de tal fuerza, también es cierto que nuestro país ha venido sufriendo un proceso silencioso de envejecimiento que en los últimos años ha aumentado de velocidad y todavía estamos a tiempo de anticipar.

Sin embargo, el tema es alarmante en el sentido de que cada año avanza a mayor velocidad. Según datos de Consejo Nacional de Población (Conapo), en el año de 1990 la población de 65 años en adelante era de 3.6 millones de habitantes, lo que representaba 4.2 por ciento de la población total, mientras en este año 2015 los adultos mayores conforman 8.2 millones de habitantes, lo cual representa 6.8 por ciento de la población. Es decir, en apenas 25 años la población de adultos mayores aumentó en 4.6 millones, más del doble, y según las mismas proyecciones, la población de adultos mayores crecerá los mismos 4 millones en la mitad de tiempo, es decir, en los próximos 12 años y conformarán 9.5 por ciento de la población total.

Por su parte, en 2014, la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) reconoció que en México había 7 millones de pobres entre las personas mayores de 60 años, mientras el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (Inapam) señala que hay 3 millones de adultos mayores pertenecientes a la población económicamente activa, y de ellos cerca de 2 millones trabaja en el sector informal, sin sueldo fijo, sin seguro ni prestaciones, y sólo uno de cada cinco recibe una pensión. Al mismo tiempo, Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) ha señalado en sus estudios que en el año 2012 había 800 mil adultos mayores de 65 años en situación de pobreza extrema, 700 mil de ellos carecían de calidad y espacios en la vivienda y 4.5 millones de esos adultos mayores contaban con ingresos inferiores a la línea de bienestar.

Sin embargo, es de llamar la atención que no se cuente con una relación de adultos mayores en situación de calle, siendo que basta una mirada a las zonas donde se asientan quienes son indigentes para dar cuenta que muchos de ellos son adultos mayores, quienes por su edad, es casi imposible que puedan reincorporarse como fuerza de trabajo y más difícil que logren salir de su condición de indigencia.

Por tal motivo, es necesaria una política social que permita eliminar el problema de indigencia de este sector, más allá de simples transferencias monetarias, y para ello, es preciso conocer con certeza el número de adultos mayores que se encuentran en situación de calle.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social, al Instituto Nacional de Estadística y Geografía y al Consejo Nacional de Población, para que elaboren un estudio en el que se conozca el número de adultos mayores en situación de calle y el número de ellos en riesgo de caer en dicha situación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015.

Diputado Abraham Correa Acevedo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al presidente del Inegi a instruir y coordinar la elaboración de un estudio estadístico sobre el índice de ejercicio efectivo de derechos de la infancia y la adolescencia, a cargo de la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

La que suscribe, Lucila Garfias Gutiérrez, diputada federal de la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2; el Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el cual se exhorta respetuosamente al titular del Instituto Nacional de Estadística y Geografía a fin de que instruya y coordine la elaboración de un estudio estadístico para determinar el índice de ejercicio efectivo de derechos de la infancia y la adolescencia, contenidos en el catálogo de derechos que establece el artículo 13 de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con base en las siguientes

Consideraciones

De acuerdo con las proyecciones del Consejo Nacional de Población, basadas en datos del Censo de Población y Vivienda 2010 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en enero de 2015, las personas menores de edad en México suman ya los 43.4 millones, lo que significa que de la población total, la infancia y la adolescencia representan alrededor de un 36%.

Las niñas y los niños son sujetos plenos de derechos, derechos que “se deben” concretizar en la vida cotidiana de cada persona menor de edad; por ello, el Estado mexicano, en virtud de los tratados internacionales que ha suscrito, en particular, la Convención sobre los Derechos del Niño, no sólo tiene la obligación nacional, sino también internacional de garantizar los derechos humanos de niñas, niñas y adolescentes. Asimismo, para hacer efectivos los derechos de la infancia y adolescencia, tiene la responsabilidad de guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas.

Sin embargo, de conformidad con el estudio desarrollado en México por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social, denominado Pobreza y Derechos Sociales de Niños, Niñas y Adolescentes en México, en al año 2012, 21.2 millones de niñas, niños y adolescentes estaba viviendo en condiciones de pobreza, de los cuales,4.7 millones se encontraban en pobreza extrema; es decir, que en el 2012, de los 40 millones de habitantes menores de 18 años en México, el 53.8% se encontraba en una crítica condición de vulnerabilidad de ingresos.

Estas cifras expresan que el Estado mexicano no ha asegurado las condiciones necesarias a este sector de la población que permitan garantizar el goce y disfrute de cada uno de sus derechos, así como superar las condiciones de pobreza en que vive más de la mitad de la población infantil, a través de políticas públicas eficientes de educación, salud, alimentación, aumento de ingreso familiar, entre otras; que sean el elemento fundamental para que las personas que están viviendo esta etapa de la vida rompan el circulo generacional de la pobreza.

Un elemento básico para que el Estado desarrolle respuestas adecuadas a las demandas sociales, consiste en contar con información específica y desagregada de los diversos organismos públicos que prestan algún servicio, en este caso específicamente a la infancia y adolescencia, que permita generar un diagnóstico lo más cercano posible sobre el ejercicio efectivo de los derechos de niñas y niños en el país.

La garantía de los derechos de la población menor de 18 años de edad vive un momento especial, cabe recordar que el pasado 1 de septiembre de 2014, el Ejecutivo federal presentó ante el Congreso de la Unión la iniciativa, con carácter preferente, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

La iniciativa preferente se envió al Senado de la República como Cámara de Origen en donde se turnó a 6 comisiones unidas: Derechos de la Niñez y la Adolescencia; Atención a Grupos Vulnerables; Igualdad de Género; Educación; Derechos Humanos; y de Estudios Legislativos Segunda.

En este momento del proceso se realizaron 106 modificaciones y se agregaron 14 nuevos artículos a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Ley General); la Iniciativa Preferente contenía 17 derechos de la infancia, el Senado reestructuró algunos y adicionó 4 más quedando 19 derechos enunciados.

Después, siguiendo el proceso legislativo, el 30 de octubre de 2014, el proyecto fue remitido a la Cámara de Diputados en su calidad de Cámara Revisora, en donde se turnó a la Comisión de los Derechos de la Niñez para dictamen y a las Comisiones de Igualdad y Género y de Atención a Grupos Vulnerables para Opinión.

En esta segunda fase del proceso, se modificaron 18 artículos, por lo tanto, en términos del artículo 72, inciso E. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el expediente se remitió nuevamente al Senado de la República para la revisión y discusión de las modificaciones.

Cabe resaltar que uno de los 18 artículos reformados por la Cámara de Diputados fue el artículo 13, al que se adicionó una fracción XX, por lo que actualmente el catálogo de derechos de la infancia expresado en la Ley General está integrado, de manera enunciativa, mas no limitativa, por 20 derechos.

Finalmente, el 4 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que, al abrogar la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, se convierte en el instrumento jurídico vigente más importante para garantizar los derechos de la infancia y la adolescencia en todo el país, en virtud de que no sólo es enunciativa de derechos, sino que, además, define obligaciones y competencias a los 3 órdenes de gobierno para hacer efectivos esos derechos.

A continuación se transcribe la lista de 20 derechos de la infancia que, se reitera, de manera enunciativa mas no limitativa, contiene el referido artículo 13 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes:

1. Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo;

2. Derecho de prioridad;

3. Derecho a la identidad;

4. Derecho a vivir en familia;

5. Derecho a la igualdad sustantiva;

6. Derecho a no ser discriminado;

7. Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral;

8. Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal;

9. Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social;

10. Derecho a la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad;

11. Derecho a la educación;

12. Derecho al descanso y al esparcimiento;

13. Derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura;

14. Derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información;

15. Derecho de participación;

16. Derecho de asociación y reunión;

17. Derecho a la intimidad;

18. Derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso;

19. Derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes; y

20. Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet, en términos de lo previsto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Para tales efectos, el Estado establecerá condiciones de competencia efectiva en la prestación de dichos servicios.

Es importante enfatizar que esta nueva Ley General plantea un cambio de paradigma en la forma como el Estado mexicano tutelará los derechos de la niñez en México, porque pretende transformar radicalmente la política nacional respecto de los derechos de la niñez, en virtud de que reconoce como una cuestión inherente a la condición de niña, niño o adolescente, todos y cada uno de los derechos previstos en el derecho nacional y el ámbito internacional, estableciendo diversos mecanismos para hacerlos efectivos.

Es decir, las personas menores de edad no tendrán que reclamar sus derechos, sino que el Estado mexicano, a través de las autoridades de los tres niveles de gobierno, deberá asumir como una característica inherente de la niña, niño o adolescente, todos y cada uno de los derechos contenidos en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, garantizando permanentemente el interés superior de la niñez.

El cumplimiento de las nuevas tareas de garantía y protección de los derechos de la infancia y la adolescencia significará la coadyuvancia y el trabajo conjunto de las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias.

En este sentido, contar con un estudio estadístico en este momento coyuntural de entrada en vigor de la Ley General de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que determine el índice de ejercicio efectivo de los 20 derechos de la infancia y la adolescencia, establecidos en el artículo 13 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, representa un instrumento necesario para que las instituciones y dependencias existentes cuenten con información y elementos estadísticos para adoptar las medidas necesarias en pro de dar cumplimiento a los derechos humanos de la infancia y adolescencia del país en el ámbito de sus respectivas competencias, sin discriminación de ningún tipo o condición, tal y como lo estable la parte in fine del propio artículo 13 de la referida Ley General.

Por ello, considero que el Inegi deberá generar un estudio estadístico a partir de los registros administrativos de la Información de Interés Nacional sobre infancia generada por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, incluyendo a las áreas administrativas de la Presidencia de la República y de la Procuraduría General de la República; los Poderes Legislativo y Judicial de la Federación; las entidades federativas y los municipios; los organismos constitucionales autónomos, y los tribunales administrativos federales, para conocer el índice de garantía de los derechos de la infancia en México.

Este diagnóstico podrá servir como base para la elaboración de nuevas políticas públicas que las autoridades decidan implementar para asegurar mejores condiciones de bienestar a la población objetivo que protege la ley.

En la medida que se cuente con datos específicos, desagregados y puntales sobre la infancia y adolescencia, será posible tomar mejores decisiones de política pública, para que a partir de la evidencia sobre lo que funciona y lo que no, sea posible diseñar y mejorar programas de gobierno que garanticen a plenitud los derechos de niñas, niñas y adolescentes.

El objetivo de este estudio es contar con un diagnóstico integral de las condiciones e indicadores de ejercicio efectivo de los derechos de los niños, que retrate un panorama general del sector infantil de la población y de la forma en que se están garantizando o incumpliendo sus derechos humanos, a la luz del contenido de la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Convención sobre los Derechos del Niño y de los diversos instrumentos relacionados con la protección de niñas, niños y adolescentes.

Cabe resaltar que en la propia Ley General se obliga a los tres órdenes de Gobierno a que incorporen en sus proyectos de presupuesto, la asignación de recursos para dar cumplimiento a las acciones que establece la propia norma en pro de la garantía de los derechos de la infancia y la adolescencia, lo cual robustece la necesidad de que las autoridades cuenten con el referido diagnóstico.

Finalmente, se señala que, a partir del inicio de vigencia de la Ley General, las políticas públicas de desarrollo social, vinculadas con la protección de los derechos de la infancia y la adolescencia, serán evaluadas por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. La evaluación consistirá en revisar periódicamente el cumplimiento de la Ley General, en congruencia con el Programa Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes, por lo tanto, este estudio estadístico será de gran utilidad para las autoridades que tengan atribuciones en el diseño de políticas públicas dirigidas a la población menor de edad.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Por el que se exhorta respetuosamente al titular del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, a fin de que instruya y coordine la elaboración de un estudio estadístico para determinar el índice de ejercicio efectivo de derechos de la infancia y la adolescencia contenidos en el catálogo de derechos que establece el artículo 13 de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de febrero del 2015.

Diputada Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IFT y a la SCT a suspender temporalmente la ejecución del programa de transición a la televisión digital terrestre y reanudarla tras los comicios del 7 de junio de 2015, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, Karen Quiroga Anguiano, diputada federal de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Soberanía la presente, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La radiodifusión de señales de televisión es un servicio público de interés general, por lo que el Estado está obligado a garantizar que sea prestado en condiciones de competencia y calidad, brinde los beneficios de la cultura a toda la población, preservando la pluralidad y oportunidad de la información. Actualmente, este servicio está en proceso de cambio en todo el mundo hacia la utilización de la más moderna tecnología con la televisión digital terrestre (TDT).

La transición a la TDT tiene como objetivo central el usuario, ya que dicho proceso garantiza el acceso equitativo a servicios de telecomunicaciones de clase mundial. La TDT incide de forma directa en la calidad de audio y video, y servicios adicionales que recibe el usuario, así como a la posibilidad de acceder a servicios en línea. El usuario también se beneficia al incrementarse la competencia ya que cuenta con una mayor diversidad de contenidos y servicios, al asegurarse un uso óptimo del espectro para la prestación de servicios de banda ancha. Adicionalmente, la producción de equipos receptores en México contribuye a la generación de empleos e impulso a la cadena productiva.

La digitalización de las señales deriva en una mejor calidad de imagen (en alta definición) evitando, entre otros problemas, la imagen doble y la “nieve”. La mejor calidad de sonido (alta fidelidad) se caracteriza por la ausencia de ruidos e interferencias, problemas que son comunes en la televisión analógica.

A través de este formato, y la utilización de dispositivos con conectividad, también se puede acceder a diferentes servicios en línea como la realización de trámites administrativos, y la participación en concursos, encuestas y otros eventos similares. Con ello, se propicia la inclusión digital y el acceso de los usuarios a la Sociedad de la Información y el Conocimiento. Fomenta el sano desarrollo de la competencia en el mercado de la radiodifusión al establecerse la posibilidad técnica de asignar un mayor número de estaciones en una misma zona de cobertura. Con la TDT se pueden transmitir 4 o más canales digitales en el mismo espacio requerido para la transmisión de un canal analógico, lo cual incrementa la oferta de canales y las posibilidades de elección entre una programación más amplia y con contenidos diferentes.

El cese de las transmisiones de televisión analógica, denominado comúnmente como “apagón analógico”, ya se ha llevado a cabo en diferentes partes del mundo. De acuerdo a las políticas establecidas para el caso, se han determinado diferentes plazos perentorios para la terminación de dichas transmisiones. Este proceso de transición ha incluido campañas informativas y de comunicación para que los concesionarios, permisionarios y el público en general tomen conciencia tanto de los beneficios de la digitalización, como de los riesgos de no realizar las acciones necesarias ante el “apagón” de las señales analógicas.

En México, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes elaboró el Programa de Trabajo para la Transición a la Televisión Digital Terrestre, en coordinación con las secretarías de Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Social, Economía y Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como en estrecha comunicación con el Instituto Federal de Telecomunicaciones. De acuerdo con la SEDESOL el padrón a nivel nacional sería de 13.8 millones de hogares, contemplando que la SCT entregará un televisor por hogar.

La política para la transición a la televisión digital terrestre fue publicada en julio de 2004. En esta publicación se estableció que el apagón analógico debía ocurrir de manera escalonada y concluir el 18 de julio de 2013. Sin embargo, desde julio de 2004 se ha ampliado tres veces el plazo para concluir con el apagón analógico en México. La segunda vez que se modificó la fecha fue el 4 de mayo de 2012 y la tercera vez el 4 de abril de 2013.

El 29 de mayo de 2014 era la fecha límite para que el apagón analógico se concretará en cinco ciudades del norte del país: Monterrey, Ciudad Juárez, Nuevo Laredo, Reynosa y Matamoros. El Instituto Federal de Telecomunicaciones informó que decidió ampliar el plazo hasta el 29 de noviembre de 2014.

Para el 2014, se programó que el apagón analógico ocurriera en 20 regiones del país, incluido el Distrito Federal y para el 2015, el apagón debe concretarse en 26 regiones. Por lo que el gobierno trabaja para la culminación del programa, lo que significa que el 31 de diciembre de 2015 en toda la República Mexicana sólo habrá señales de televisión digital terrestre.

El 2015 es un año donde se disputará un total de 2,159 cargos de elección popular en los comicios a celebrarse el día 7 de junio. Se renovarán la totalidad de las 500 curules de esta honorable Cámara de Diputados, 9 Gubernaturas, 641 diputaciones en 17 entidades federativas, 993 alcaldías en 16 estados de la República y las 16 jefaturas delegacionales en el Distrito Federal.

El programa que sigue ejecutando el ahora Ifetel en conjunto con la administración pública federal tal parece ser que tiene una intención política. Si bien sus funciones parten de un mandato constitucional y en el mejoramiento de la calidad de vida de los mexicanos, también es cierto que se sigue ejecutando un programa con ventaja condicionante para el electorado de las ciudades beneficiadas en los próximos comicios.

Es por ello que atendiendo a lo que dispone el artículo 449, número 1, inciso e) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que dice:

Artículo 449.

1. Constituyen infracciones a la presente Ley de las autoridades o los servidores públicos, según sea el caso, de cualquiera de los Poderes de la Unión; de los poderes locales; órganos de gobierno municipales; órganos de gobierno del Distrito Federal; órganos autónomos, y cualquier otro ente público:

e) La utilización de programas sociales y de sus recursos, del ámbito federal, estatal, municipal, o del Distrito Federal, con la finalidad de inducir o coaccionar a los Ciudadanos para votar a favor o en contra de cualquier partido político o candidato, y

Y en virtud de los principios de legalidad, equidad e imparcialidad en la democracia de nuestro país, se exhorta al Instituto Federal de Telecomunicaciones así como a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que suspendan temporalmente la ejecución del programa hasta que se hayan celebrado las elecciones programadas para el día siete de junio del año 2015.

Por todo lo anterior, me permito someter a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Instituto Federal de Telecomunicaciones y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que suspendan temporalmente la ejecución del Programa de Transición a Televisión Digital Terrestre, y una vez celebrados los comicios del día siete de junio del 2015, se continúe con el mismo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de febrero de 2015.

Diputada Karen Quiroga Anguiano (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al Infonavit a efecto de que sus órganos colegiados aprueben el programa piloto para reestructurar los créditos de vivienda originados en salarios mínimos a pesos, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, Karen Quiroga Anguiano, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El derecho a la vivienda data desde la Constitución de 1917, en cuyo artículo 123, fracción XII, se estableció la obligación de los patrones de proporcionar a los trabajadores viviendas cómodas e higiénicas.

En 1943 se creó el Instituto Mexicano del Seguro Social, para brindar seguridad social a los trabajadores, proporcionando vivienda en sus inicios a sus derechohabientes.

En 1963, el gobierno federal constituyó en el Banco de México el Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda, como una institución promotora de la construcción y de mejora de la vivienda de interés social, para otorgar créditos a través de la banca privada.

En febrero de 1972, con la reforma del artículo 123 de la Constitución, se obligó a los patrones, mediante aportaciones, a constituir un fondo nacional de la vivienda y a establecer un sistema de financiamiento que permitiera otorgar crédito barato y suficiente para adquirir vivienda.

Esta reforma dio origen al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), mediante el decreto de ley respectivo, el 24 de abril de 1972.

En mayo del mismo año se creó por decreto, en adición de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado, el Fondo de la Vivienda del ISSSTE, para otorgar créditos hipotecarios a los trabajadores que se rigen por el Apartado B de la Ley Federal del Trabajo.

Hasta 1983, cuando el derecho a la vivienda se elevó a rango constitucional y se estableció como una garantía individual.

Hasta la década de 1980, el eje de la política de vivienda había sido la intervención directa del Estado en la construcción y el financiamiento de vivienda y aplicación de subsidios indirectos, con tasas de interés menores que las del mercado. En la primera mitad del decenio de 1990 se inició la consolidación de los organismos nacionales de vivienda como entes eminentemente financieros.

Así y de conformidad con la Ley del Infonavit, es un deber social del instituto contribuir a la prosperidad del trabajador mexicano a lo largo de su ciclo de vida, ofreciéndole soluciones que permitan incrementar el patrimonio y el bienestar de su familia.

Dada esta labor social, el Infonavit debe establecer soluciones que permitan al trabajador incrementar su calidad de vida a lo largo de su vida laboral y hasta su retiro de forma sustentable. Por esto debe fomentar soluciones integrales de vivienda que mejoren la calidad de vida de los trabajadores, generando bienestar económico, social y ambiental en entornos donde los trabajadores puedan desarrollar su potencial como individuos y como ciudadanos.

En ese tenor y a fin de contribuir a esa labor social, a partir de este año el Infonavit otorgará el mayor número de créditos hipotecarios “en pesos”, aunque no será la totalidad, según señaló el director general del organismo, Alejandro Murat, en diversos medios de comunicación nacionales y explicó que se estima que durante el presente año el instituto autorice cerca de 350 mil créditos para la compra de vivienda, y se está trabajando duramente para que la mayoría de préstamos queden convenidos “en pesos” y no con la modalidad de “veces salarios mínimos”.

Asimismo, sostuvo que también a partir de este año los trabajadores podrían solicitar el cambio del esquema de sus créditos. Es decir, los que tienen préstamos fueron convenidos en el anterior modelo de “veces salarios mínimos”, podrán pasarlos a pesos.

Lo anterior implicaría que los créditos otorgados y la deuda adquirida no se incrementaran con la actualización del salario mínimo; es decir, que la deuda de los beneficiados no creciera año con año sino se mantuviera en un mismo costo.

En virtud de lo expuesto y de la trascendencia que lo anterior tiene para la economía de los trabajadores mexicanos, mediante el oficio número LXII/ DKQA/ 157/ 15, de fecha 21 de enero de 2015, se solicitó al director general del Infonavit, maestro Alejandro Murat Hinojosa, que informara sobre la migración de créditos otorgados en salarios mínimos a pesos, los métodos y parámetros que se utilizarían para dicha conversión y la instancia ante la que debían acudir los interesados en migrar.

En respuesta, mediante el oficio número SG/ 008/ 2015, de fecha 11 de febrero de 2015, el licenciado Héctor Franco Rey, secretario general del Infonavit, informó que la reestructuración de créditos debe ser sometida a consideración de los órganos colegiados del instituto, sin precisar en qué tiempo se realizaría esto.

Como la situación económica prevaleciente en el país se ha agravado con el alza de combustibles y de la canasta básica, resulta de la mayor relevancia que con la mayor brevedad los órganos colegiados del Infonavit aprueben los métodos y criterios para hacer posible la reestructuración de los créditos otorgados a los trabajadores en salarios mínimos, a fin de no hacer aún más ruinosa su situación económica.

Por lo expuesto y fundado me permito someter a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores a efecto de que, en el ámbito de sus atribuciones, sus órganos colegiados aprueben el programa piloto para la reestructura de los créditos de vivienda originados en veces el salario mínimo a pesos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015.

Diputada Karen Quiroga Anguiano (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Conaculta y la SEP a exponer los más importantes proyectos y publicaciones del semanario satírico francés Charlie Hebdo, en memoria de los lamentables hechos del 7 de enero de 2015, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, Karen Quiroga Anguiano, diputada federal de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La caricatura en la historia de México ha jugado grandes papeles protagónicos en la construcción de un país más libre, democrático y sobre todo, en la defensa del derecho a la libertad de expresión reconocido en nuestra Constitución. La caricatura no es sinónimo de entretenimiento únicamente sino también de una forma libre de expresar los pesares, problemas y carencias que vive el país. Es el retrato satírico o la crítica constructiva hecha por grandes personajes que ayudan a la sociedad a voltear a ver las necesidades básicas del mexicano, la ideología política, social o religiosa que atraviesa en el momento y expresar su opinión ya sea positiva o negativa frente a las acciones y omisiones de los acontecimientos nacionales.

Su importancia radica desde tiempos históricos y para nuestro país, especialmente en el tema de la política, data desde los movimientos post-independencia, de la misma revolución y todo el presidencialismo hasta nuestros días. La gran lucha que ha enfrentado la caricatura mexicana ha sido la censura y la poca tolerancia pero que hasta hoy en día sigue defendiéndose por ser un medio idóneo para expresar el sentir de una sociedad con humor y sarcasmo.

La caricatura mexicana tiene gran influencia europea, especialmente de la cultura francesa durante el siglo XIX. Por ejemplo, el caricaturista y también pintor realista francés Honoré Daumier, fue trascendental para grandes litógrafos mexicanos. Sin embargo, cuando el italiano Claudio Linati introduce la litografía a México y se imprime el periódico “El Iris”, surge la primera caricatura política titulada “Tiranía”, momento que provoca el desencadenamiento de miles de publicaciones, hasta la época del porfiriato, momento histórico que se destacó por la represión y dura censura del expresidente Porfirio Díaz.

Grandes publicaciones mexicanas fueron de prestigio como el Tío Nonilla, la Pata de Cabra o El Ahuizote, publicaciones que satirizaban la política mexicana de aquellos tiempos. Posterior al Porfiriato y con el fin de su dictadura, prosiguió una flexibilización del periodismo y la libertad de expresión. Se fortaleció la circulación de la prensa mexicana con publicaciones como La Prensa, El Universal y Excélsior y en ellas, el nacimiento de grandes caricaturistas dando por iniciado oficialmente el Cartón Editorial.

Actualmente existen diversos caricaturistas que han dejado huella y otros que aún representan la crítica social a la política mexicana día con día. Su medio de expresión también se ha ampliado ya no únicamente en medios impresos como periódicos y revistas, sino también en redes sociales e internet como páginas web y blogs con grandes personajes como Rafael Barajas Durán “El Fisgón”, Rogelio Naranjo, José Jorge García Hernández “Hernández”, Rafael Pineda “Rape”, José Antonio Baz “Jabaz” José Ignacio Solórzano “Jis” y José Trinidad Camacho Orozco “Trino” quienes siguen realizando de la caricatura la mejor expresión para la crítica política social en México.

Recientemente, el pasado siete de enero del presente año, el semanario satírico francés Charlie Hebdo sufrió una de las más grandes tragedias a manos de grupos terroristas. La publicación francesa con sede en París, fue víctima de hechos intolerables donde murieron doce personas, entre ellas dos policías por el radicalismo que existe en las religiones y el respeto a las creencias.

A pesar de las diversas investigaciones y manifestaciones realizadas por un pueblo francés indignado por estos ataques absurdos, es intolerable que acciones destructivas gobiernen el temor a una sociedad. Por ello y como homenaje a estos lamentables hechos y previendo que la Secretaría de Educación Pública de conformidad con la fracción XXII del artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal tiene facultades para organizar exposiciones artísticas, ferias, certámenes, concursos, audiciones, representaciones teatrales y exhibiciones cinematográficas de interés cultural, así como a través de su órgano administrativo desconcentrado, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, quien de acuerdo al artículo 2º, fracción V del Decreto por el que se crea el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, publicado el 7 de diciembre de 1988 en el Diario Oficial de la Federación, también tiene facultades para organizar la educación artística, bibliotecas públicas y museos, exposiciones artísticas, y otros eventos de interés cultural, es que ambas dependencias en coordinación puedan gestionar una breve exposición donde se muestren diversos elementos característicos de nuestra caricatura mexicana y por supuesto, de varios caricaturistas a nivel internacional, especialmente del estado francés, donde pueda representarse las más grandes publicaciones del semanario Charlie Hebdo y que el pueblo mexicano pueda observar, tener acceso a su apreciación y conocimiento, con el fin de demostrar el apoyo y solidaridad de nuestro país con la sociedad francesa.

Por todo lo anterior, me permito someter a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al titular del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes y a la Secretaría de Educación Pública, para que en el ámbito de sus facultades, organicen y realicen todas las gestiones necesarias para presentar una exposición de los más importantes proyectos y publicaciones del semanario satírico francés Charlie Hebdo , en memoria a los lamentables hechos ocurridos el pasado siete de enero del año dos mil quince.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de febrero de 2015.

Diputada Karen Quiroga Anguiano (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Conapred a realizar una campaña publicitaria para fomentar el respeto y la tolerancia de las personas con preferencias sexuales diferentes, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, Karen Quiroga Anguiano, diputada federal de la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación a realizar una campaña publicitaria que fomente el respeto y tolerancia de las personas con preferencias sexuales diferentes.

Consideraciones

El 17 de mayo de 1990, la Organización Mundial de la Salud excluyó a la homosexualidad de la clasificación estadística internacional de enfermedades y otros problemas de salud, convirtiéndose en uno de los primeros grandes pasos legales para reconocer esta preferencia a nivel mundial.

A partir de ello, diversas modificaciones a los ordenamientos jurídicos y los cambios de costumbres en la sociedad se han venido desarrollando. Prueba de ello es que el día 29 de abril del año 2003, se aprobó en México la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, misma que fue criticada en su momento por estar incompleta al no contemplar con detalle las preferencias sexuales y los objetivos de las autoridades para fomentar el respeto y protección de sus derechos.

Otro gran avance se dio en noviembre del 2006, con la promulgación de la Ley de Sociedades de Convivencia en el Distrito Federal, donde se establecieron normas para regular la figura de unión de hecho de personas homosexuales, aunque no se limitaba únicamente a este sector de la población. Sin embargo también fue duramente criticada por no contar con un reconocimiento total de sus derechos, mismos que sólo podrían conseguirse con la figura del matrimonio.

El estado de Coahuila también acogió dicho tema y reformó su Código Civil con el fin de introducir esta nueva forma de convivencia, donde se le reconocieron derechos similares al matrimonio pero se les excluyó de la adopción.

Pero el avance más importante en la historia de México sobre la homosexualidad fue con la aprobación de las reformas a los Código Civil y Código de Procedimientos Civiles, ambos para el Distrito Federal, donde la V Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal permitió el matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción por ellos, misma que fue aprobada el 21 de diciembre de 2009 y entrando en vigor el 4 de marzo del año siguiente.

Esta impactante reforma, atacada y criticada por todos los medios y sectores conservadores de nuestro país, fue una evolución y reconocimiento de los derechos de las personas con preferencias sexuales diferentes que puso a la vanguardia a México frente a la defensa de los derechos humanos.

Asimismo, el 17 de mayo de 2010 se decretó a nivel nacional como el “Día por la tolerancia y el respeto a las diferencias”, donde por supuesto se incluye el respeto a la preferencia sexual de los mexicanos.

Todos estos antecedentes han demostrado que México avanza en la inclusión de los derechos de este sector segregado, sin embargo aún existen tabúes, desconocimiento del tema y falta de información entre los ciudadanos. Es por ello que la presente propuesta busca difundir entre los mexicanos la existencia de este sector social vulnerable, fomentando el respeto e igualdad de sus derechos, la tolerancia y la buena convivencia en la sociedad, de tal forma que se permita la incorporación a una sociedad plural en armonía y fuera de toda discriminación.

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación es la autoridad responsable, de acuerdo al artículo 20 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, de diseñar estrategias e instrumentos, así como promover programas, proyectos y acciones que prevengan y eliminen tal conducta abusiva, de tal suerte que es ella la única en establecer una campaña que promueva y fomente el respeto de los derechos de las personas con preferencias sexuales diversas.

En este contexto, resulta necesario que como autoridad encargada de velar por sus derechos, se realice una difusión informada y respetuosa en los diversos espacios públicos y privados de todas las entidades federativas del país, para que sus derechos se hagan del conocimiento público y se fomente la tolerancia a los mexicanos para una mejor cohesión social.

Por lo expuesto, someto a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados, el punto de acuerdo por el que se exhorta a la Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación a realizar una campaña publicitaria que fomente el respeto y tolerancia de las personas con preferencias sexuales diferentes, bajo los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación a realizar una campaña que fomente el respeto y tolerancia de las personas con preferencias sexuales diferentes.

Segundo. Se exhorta al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación que la campaña publicitaria que realice respecto al tema de la diversidad sexual, sea difundida en los diferentes medios de comunicación masiva así como dentro de las diversas dependencias de gobierno federal y local para mayor difusión.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 24 días del mes de febrero del año 2015.

Diputada Karen Quiroga Anguiano (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Conapred a realizar un estudio sobre la discriminación actual de las personas con tatuajes en el país y una campaña publicitaria de respeto y tolerancia hacia ellas, a cargo de la diputada Karen Quiroga Anguiano, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, Karen Quiroga Anguiano, diputada a la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, realice un estudio sobre la discriminación actual de las personas con tatuajes en la República mexicana así como una campaña publicitaria que fomente el respeto y tolerancia de las personas tatuadas.

Consideraciones

Uno de los más grandes problemas que enfrenta una sociedad y que fomenta la división y discordia entre sus miembros es la discriminación, cuyas causas varían desde el desconocimiento o ignorancia hasta el miedo o rencor que existe entre ellos. Esa incapacidad de entender y tolerar que México es una nación plural, rica en diferencias sociales e ideológicas, provoca rechazo y prejuicios infundados, principalmente a un grupo vulnerable como son las personas con alguno o varios tatuajes.

En sus inicios, los tatuajes tuvieron diversos significados como de pertenencia a un clan o grupo, de creación, para rituales y otras actividades religiosas y fanáticas, características que distinguían a un hombre de su grupo. Dichos significados persisten pero la mayor parte de la sociedad desconoce lo que hay detrás de ellos y al no comprenderlo, identifican el dibujo con la persona repudiándolo sin causa fundada.

La discriminación también ha sido una práctica común desde la antigüedad. Por ejemplo, en la antigua Grecia y Roma existía la costumbre de marcar a los prisioneros de guerra, a los esclavos y a los criminales. En épocas posteriores, se hacían tatuajes los piratas y tribus sociales de alguna determinada nación. Casos más recientes fueron los tatuajes hechos en la época de la Segunda Guerra Mundial cuando los nazis marcaban a los judíos condenados a muerte.

Este estigma de asociar lo malo o visceral con el tatuaje, se ha trasladado hasta nuestra actualidad y ha adoptado un fuerte arraigo en la costumbre mexicana. Se prejuzga bajo métodos poco claros, como personas desaseadas, rebeldes, conflictivas y peligrosas. Se les asocia con el consumo de estupefacientes y portadores de enfermedades. E incluso se les atribuye una discapacidad o que no pueden practicar tareas o actividades de forma limpia, sana o justa. Bajo esta premisa, se les niegan oportunidades, se les juzga por el aspecto físico y en consecuencia, se discrimina por su condición.

Tan sólo en el Distrito Federal, para 2013, 4 por ciento de las denuncias realizadas ante la Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, fueron hechas por personas discriminadas por tener tatuajes o perforaciones, que si bien puede resultar un mínimo porcentaje, también es cierto que esas minorías deben ser atendidas con prontitud.

Es un hecho innegable de que existen personas tatuadas con estas características negativas, pero se prejuzga a todos por igual. No se observan ni se identifican las cualidades y virtudes como toda persona común y corriente posee, mismas que no son excluyentes de alguien con uno o varios tatuajes. Este gran error de generalizar a un sector de la población incide necesariamente en el individuo, afectándolo psicológicamente y cerrándole las puertas en lugares de trabajo y de entretenimiento.

Nuestro país difícilmente comprende el significado de este arte. Es una forma de expresar lo que uno siente o quiere expresar sin que existan palabras para ello; es un medio de expresión íntimo y a la vez social; un símbolo de identidad, cuya vía artística y creativa motiva la imaginación. En este sentido, el tatuaje ha ido poco a poco posicionándose en el medio artístico y en la actualidad ha adquirido gran importancia, trasladándose a otros campos del arte como la escultura, el cine o la fotografía.

Bajo este contexto, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación faculta al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), quien es la autoridad responsable, de acuerdo con el artículo 20 de la misma, para diseñar estrategias e instrumentos, así como promover programas, proyectos y acciones que prevengan y eliminen tal conducta abusiva, de tal suerte que es ella la única en establecer una campaña que promueva y fomente el respeto de los derechos de las personas con tatuajes.

Así pues, resulta necesario que como autoridad encargada de velar por sus derechos, realice una difusión informada y respetuosa en los diversos espacios públicos y privados de todas las entidades federativas del país, para que sus derechos se hagan del conocimiento público y se fomente la tolerancia a los mexicanos para una mejor cohesión social.

Finalmente y debido a la escasez que existe de estudios en la materia a nivel nacional, de conformidad con la fracción IV del artículo 20 de la ley en la materia, se faculta también al consejo para desarrollar, fomentar y difundir estudios sobre las prácticas discriminatorias en los ámbitos político, económico, social y cultural; por lo que se exhorta también a la autoridad para que tome acciones y elabore un estudio minucioso y detallado de esta problemática, lo anterior para hacerlo del conocimiento del público en general, se difunda su contenido y se promuevan los derechos de igualdad.

Por lo expuesto, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados los siguientes:

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación realice un estudio detallado, profesional y analítico de las personas discriminadas en México por tener tatuajes.

Segundo. Se exhorta al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación realice una campaña publicitaria que fomente el respeto y tolerancia de las personas con tatuajes y que la misma sea difundida en los diferentes medios de comunicación masiva, así como dentro de las diversas dependencias de gobierno federal y local.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015.

Diputada Karen Quiroga Anguiano (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que a través de Capufe, se intensifiquen las obras de reparación y mantenimiento de la carretera Durango-Mazatlán, suscrita por los diputados Alma Marina Vitela Rodríguez, Lourdes Eulalia Quiñones Canales, Sonia Catalina Mercado Gallegos, José Rubén Escajeda Jiménez, Eduardo Solís Nogueira y Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, del grupo parlamentario del PRI

Los suscritos, diputados federales Alma Marina Vitela Rodríguez, Lourdes Eulalia Quiñones Canales, Sonia Catalina Mercado Gallegos, José Rubén Escajeda Jiménez, Eduardo Solís Nogueira, Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez integrantes de la LXII Legislatura por el estado de Durango y pertenecientes al Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6o., fracción I; 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta honorable Asamblea el siguiente punto de acuerdo de conformidad con las siguientes

Consideraciones

Actualmente, la red carretera pavimentada del país asciende a más de 374 mil kilómetros, de estos, 49 mil kilómetros conforman la red federal: 41 mil kilómetros es la red federal libre de peaje y alrededor de 8 mil kilómetros autopistas de cuotas. Las redes troncal e intertroncal se consideran estratégicas, ya que conectan el 70% de la población de país y rebasan los 24 mil kilómetros.

La infraestructura carretera en los últimos años ha recibido un importante impulso, sin embargo según datos de la propia Secretaría de Comunicaciones y Transportes más del 50% de las carreteras existentes tienen una antigüedad de 40 años, significando que las políticas de diseño especificaciones y materiales son diferentes a los exigido por el volumen de tránsito que circula actualmente por la red federal.

Durango cuenta con una extensión 123 mil kilómetros cuadrados que representa el 6.3 por ciento del territorio nacional. Su red de carreteras pavimentada en el ámbito federal alcanza 2 mil kilómetros, lo que constituye menos del 5 por ciento del total de la red pavimentada a nivel nacional.

El eje troncal Matamoros-Mazatlán es la vía más importante, no sólo para el estado de Durango, sino también para los estados de Tamaulipas, Nuevo León, Coahuila y Sinaloa por los importantes beneficios que arroja en materia de disminución de costos y tiempos de traslado de personas y mercancías.

La supercarretera Durango-Mazatlán fue inaugurada el 16 de octubre del 2013, después de casi 12 años de construcción, con una inversión de 28 mil 600 millones de pesos, y está conformada con 230 kilómetros, 61 túneles, 15 puentes, destacando el Baluarte por contar con el atirantado más alto del mundo.

Sin embargo, esta autopista que está considerada como obra pública más grande de la historia de las carreteras en México, presenta serios daños en su carpeta asfáltica, esto lo revela la gran cantidad de baches y resquebrajamiento en la superficie de rodamiento por hundimiento del terraplén.

Asimismo, en el trayecto del Puente Baluarte a Santa Lucía, en Sinaloa, se registra en diversos tramos en la base hidráulica, que soporta la carpeta, un severo humedecimiento causado por continuos encharcamientos debido a la deficiente red de drenaje instalada.

La ausencia de alumbrado, funcionamiento de ventiladores y anuncios electrónicos en los túneles constituye otra dificultad que presenta la supercarretera desde que se inauguró hace 16 meses.

La presencia de diversos fenómenos climatológicos atípicos, han ocasionado algunos derrumbes y desprendimientos de laderas colindantes en diversos tramos tanto del estado de Durango como de Sinaloa.

Lo anterior son algunos ejemplos del deterioro natural y técnico que presenta la vía en mención y el poco mantenimiento que se ha observado en la operación de la misma.

Ante todo ello y anteponiendo la seguridad de los transeúntes de dicha vía de comunicación y ante el creciente detrimento de ésta, es impostergable que se amplíen e intensifiquen los trabajos de restauración, reparación y conservación por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para lo cual es necesario que a través de Capufe, se asignen recursos extraordinarios por llevar a cabo dichos trabajos.

Por lo expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que a través del organismo público descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, se asignen recursos extraordinarios por llevar a cabo los trabajos necesarios para la restauración, reparación y debida conservación de la carretera Durango-Mazatlán.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015.

Diputados: Alma Marina Vitela Rodríguez, Lourdes Eulalia Quiñones Canales, Sonia Catalina Mercado Jiménez Gallegos, José Rubén Escajeda Jiménez, Eduardo Solís Nogueira, Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbricas)



Efemérides

Con motivo del 24 de febrero, Día de la Bandera, a cargo del Grupo Parlamentario del PRI

Son cinco los símbolos principales aportados por las culturas prehispánicas al escudo nacional y por ende a nuestra bandera:

1. La montaña sagrada rodeada de agua.

2. La piedra de fundación.

3. El árbol cósmico.

4. El águila.

5. La serpiente.

6. La montaña sagrada.

Al iniciar los conquistadores su ciudad sobre la Gran Tenochtitlán, el antiguo imperio se transformó en un nuevo poderío, lo cual se mezcló y dio vida a la nación independiente que hoy vivimos: nuestro México.

Aunque en España se le llamaba a México la Nueva España, todos los pobladores reconocían el nombre real de nuestra patria. Durante el siglo XVI el nombre de México fue utilizado para poner nombre a diferentes regiones geográficas, como ejemplo, el Golfo de México o Nuevo México.

Fueron varios los intentos por realizar escudos regionales y nacionales, muchos de ellos españoles, católicos y mestizos. Existen tres características en la bandera.

• Lo antiguo es lo más sagrado, ya que prevalecen los emblemas indígenas y mestizos.

• El águila y la serpiente dan el sello de mexicanidad.

• La sociedad logra interactuar y comunicarse y con ello crea su historia y la hace perpetuar.

El escudo mexicano deja de ser el símbolo de una etnia para incorporarse a la bandera y ser el emblema colectivo que nos une en profunda comunidad, respeto y valentía.

Este día fue instituido en 1940 por el presidente Lázaro Cárdenas, con el propósito de conmemorar a nuestro lábaro patrio. La bandera es símbolo de independencia, libertad, unidad y derecho que gozamos todos los mexicanos.

Fue en el imperio de Agustín de Iturbide que la bandera tomó el diseño general que mantiene hasta hoy, tres franjas verticales, verde y roja a los extremos y blanca en el centro, el águila se mostraba solitaria con una corona, ya que simbolizaba el imperio, pero fue en 1823 cuando el Congreso Constituyente decretó que el Escudo Nacional se conformaría de acuerdo a la tradición nacional indígena: el águila de perfil, sobre un nopal devorando a una serpiente, omitiendo la corona del imperio de Iturbide.

La bandera que hoy conocemos es consecuencia del decreto expedido por el presidente Gustavo Díaz Ordaz, el 17 de septiembre de 1968 el cual modifica algunos detalles con respecto al decretado en 1916 por el presidente Venustiano Carranza.

En la bandera, el color verde representa esperanza, el blanco la unidad y el rojo la sangre de los héroes nacionales.

¡Celebremos juntos el símbolo de nuestra nación!

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2015.

(Rúbrica)

Con motivo del Día Internacional de la Lengua Materna, a cargo del diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares, del Grupo Parlamentario del PVEM

En el año de 1999, la UNESCO proclamó el 21 de febrero como el Día Internacional de la Lengua Materna, en memoria del Movimiento por la Lengua Bengalí, el cual en 1952 se manifestó por el reconocimiento de su lengua, bangla, como uno de los dos idiomas nacionales del entonces Pakistán Oriental, y en el cual fueron acribillados por la policía.

La pérdida de un idioma constituye un empobrecimiento para la humanidad, por lo cual la ONU celebra este día con el objetivo de promover la diversidad cultural y el multilingüismo.

Actualmente, existen más de 7 mil lenguas en el mundo, en donde alrededor del 97 por ciento de la población habla aproximadamente el 4 por ciento y más de la mitad están en peligro de desaparecer en las próximas generaciones.

Las lenguas son el instrumento para preservar y desarrollar el patrimonio cultural tangible e intangible, toda acción tendiente a la conservación de las lenguas maternas servirá no solo para salvaguardar el patrimonio lingüístico, sino para salvar una parte insustituible del conocimiento y de saberes ancestrales del mundo, además del inestimable valor cultural e intelectual, cada una de la diversas lenguas es un universo conceptual, un complejo ensamblaje de sonidos y emociones.

A pesar de las múltiples bondades que significa conservar una lengua, a partir de los diversos periodos de colonización europea y siguiendo las teorías de la civilización, las múltiples lenguas han sido consideradas barreras para el progreso humano por lo tanto la modernidad a través de la globalización se han ido encargando de eliminar estas barreras.

La globalización tiende a la unificación y homogeneización de todos los aspectos de la vida humana y al igual que la teoría de la evolución de Charles Darwin y la Ley del más fuerte, aplica lo mismo para las lenguas, las más habladas como el inglés, mandarín o el español pueden acabar con lenguas maternas con menos hablantes como son el sueco, el chibcha o el tlapaneco.

En el caso de América la situación es alarmante, numerosas lenguas americanas han desaparecido en el pasado, pero en la actualidad la desaparición se ha incrementado de manera alarmante, prácticamente no hay país de América en el que no haya lenguas amenazadas, incluyendo nuestro país.

México es uno de los 10 países más ricos en diversidad lingüística, ya que cuenta con 68 lenguas originarias y 364 variantes, de las cuales 64 variantes se encuentran en muy alto riesgo de desaparición.

Con la preservación de las lenguas maternas en mente, los legisladores insertaron en nuestra Carta Magna en su artículo segundo inciso A fracción IV el reconocimiento al derecho de los pueblos indígenas a preservar y enriquecer sus lenguas, sin embargo a pesar lo anterior las lenguas indígenas en nuestro país se encuentran en riesgo de desaparición.

Este riesgo se debe principalmente al reducido número de hablantes, a la dispersión geográfica, la exclusión de las lenguas indígenas de los espacios públicos e institucionales y a que el número de niños que las aprenden disminuye.

El “Atlas de las Lenguas en Peligro en el Mundo”, indica que al menos 14 lenguas menores están en serio peligro o ya moribundas en nuestro país y cuatro o cinco más con un número sustancial de hablantes también corren riesgo de desaparición.

Según el Censo de Población y Vivienda 2010, en México habitan casi 7 millones de personas que hablan alguna de las 11 familias lingüísticas, en cuanto a su distribución los estados que reportan el mayor número de hablantes son: Chiapas, Oaxaca, Veracruz, Puebla, Yucatán y Guerrero.

Según datos del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, las lenguas más habladas en nuestro país se encuentran en primer lugar el náhuatl, maya, lenguas mixtecas, lenguas zapotecas, tzotzil y tzeltal y por el contrario tenemos lenguas como el lacandón con 20 personas que lo hablan.

En el Partido Verde estamos orgullosos de preservar nuestras raíces culturales y de contar con una nación multicultural la cual llena de vida, colores y sabores nuestros pueblos y ciudades, en este sentido hacemos votos para extender y reforzar la utilización de la educación indígena bilingüe.

Dado en la Cámara de Diputados, a los 24 días del mes de febrero de 2015.

Diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares (rúbrica)