Dictámenes a discusión


Dictámenes a discusión

De la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a coordinar y realizar por la Segob y Capufe acciones para erradicar el ambulantaje en el puente internacional Hidalgo-Reynosa, en Tamaulipas

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transportes de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada, para estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a coordinar y realizar por la Segob y Capufe acciones para erradicar el ambulantaje en el puente internacional Hidalgo-Reynosa, de Tamaulipas, a cargo del diputado Humberto Armando Prieto Herrera, del Grupo Parlamentario del PAN.

La Comisión de Transportes, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, numeral 1, fracción VI, 81, numeral 2, 82, 84, 85, 157, 158 167, numeral 4, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados celebrada el 24 de marzo de 2015, el diputado Humberto Armando Prieto Herrera, del Grupo Parlamentario del PAN, presentó proposición con punto, por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a coordinar y realizar por la Segob y Capufe acciones para erradicar el ambulantaje en el puente internacional Hidalgo-Reynosa, de Tamaulipas, a cargo del diputado Humberto Armando Prieto Herrera, del Grupo Parlamentario del PAN

2. En la misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición a la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen correspondiente.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

El diputado autor de la proposición, expone que el puente internacional Hidalgo-Reynosa pertenece a la red operada por Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe), siendo este un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propio, y entre sus atribuciones se encuentran:

1) Conservar, reconstruir, mejorar, administrar y explotar por sí o a través de terceros los caminos y puentes a su cargo.

2) Administrar caminos y puentes federales concesionados mediante la celebración de los convenios correspondientes.

3) Coadyuvar a solicitud de la SCT en la inspección de carreteras y puentes federales concesionados y, en su caso, en la operación de estos últimos, así como en la ejecución y operación del programa de caminos y puentes concesionados.

Con lo anteriormente señalado, el puente internacional Hidalgo-Reynosa tiene su operación, administración y conservación bajo la responsabilidad de Capufe; por lo que la seguridad y protección civil de los usuarios que hacen uso de esta infraestructura está bajo su resguardo.

De acuerdo al Estatuto Orgánico de Capufe, el organismo debe establecer programas de seguridad vial y protección civil que atiendan la infraestructura carretera

El proponente plantea que en la mayoría de las carreteras y autopistas de nuestro país, sobre todo en las casetas y/o zonas de descanso o de baja velocidad es común encontrar vendedores ambulantes que desarrollan esta actividad como un manera de sobrevivir, como un trabajo, que aunque en la mayoría de los casos no afectan a los usuarios tampoco es una actividad legal. Poco se ha logrado y en muchos de estos casos, poco se ha intentado hacer para erradicar esta costumbre, al parecer se ha convertido en el menor de los males con lo que tienen que lidiar los responsables de Capufe.

En el mismo sentido expone que el ambulantaje en los puentes y/o cruces fronterizos en los últimos años ha evolucionado de una complicidad entre los comerciantes para crecer el negocio, a una mafia donde compiten entre ellos a través de la violencia.

Han transcurrido ya más de 5 años desde que se llevan a cabo reuniones entre diferentes autoridades municipales y federales para planear estrategias de cómo erradicar el ambulantaje, en específico, en el puente internacional Hidalgo, en donde hace unos meses se publicó una grabación de una riña entre “limpiavidrios” que utilizaban objetos punzocortantes para agredirse unos a otros sobre los automóviles que se encontraban esperando en línea para cruzar el puente, lugar en donde existen señalamientos que prohíben claramente el ambulantaje. Lo más preocupante de todo es que durante esta riña jamás se acercó ningún elemento de seguridad y/o policía. Claramente es una situación de la cual ya se perdió el control.

El diputado proponente plantea que es obligación de los titulares de Capufe, apoyarse con las autoridades ya sea municipales o federales para poner orden en los puentes que se encuentran bajo su administración, por imagen, por seguridad de los usuarios y simplemente porque es una actividad ilegal.

Por todo lo anterior presentó la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo:

Único. Se exhorta al Poder Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Gobernación y al titular de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, para que se coordinen y realicen las acciones necesarias para erradicar el ambulantaje que se presenta en el puente internacional Hidalgo-Reynosa en el Estado de Tamaulipas.

Consideraciones

La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Esta comisión dictaminadora coincide con el diputado proponente en la necesidad de la intervención del estado para erradicar el ambulantaje en los puentes internacionales.

Esta actividad conlleva a varias actividades ilícitas como es la venta de artículos de dudosa procedencia, corrupción etcétera, de la misma manera se permiten grupos delictivos que controlen a los vendedores y que en muchas ocasiones hacen valer su autoridad por mediación de la violencia.

Sin embargo esta Comisión de Transportes considera que las proposiciones de acuerdo tienen que ser generales, y en este caso específico no podemos solicitar exclusivamente que sea para el puente internacional Hidalgo Reinosa de Tamaulipas.

Lamentablemente esta problemática se presenta en la mayoría si no es que en todos los puentes internacionales, por lo que es necesario tener un mejor control de estos accesos y salidas de nuestro país.

Por lo antes expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes emiten el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Poder Ejecutivo federal, a través del titular de la Secretaría de Gobernación y al titular de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, para que se coordinen y realicen las acciones necesarias para erradicar el ambulantaje que se presenta en los puentes internacionales.

Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, DF, a 16 abril de 2015.

La Comisión de Transportes

Diputados: Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Celestino Manuel Alonso Álvarez (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Atihé (rúbrica), Norma González Vera (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez (rúbrica), Diana del Carmen Vera Ávila (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares, Rodrigo Rosas Esparza (rúbrica), María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), secretarios; Rafael Acosta Croda, Petra Barrera, José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Antolín Etienne Rivera, Víctor Rafael González Manríquez (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), Roy Argel Gómez Olguín, María del Rosario Merlín García, Jesús Morales Flores, J. Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Hugo Mauricio Pérez Anzueto, Teresita de Jesús Ramírez Hernández (rúbrica), Ignacio Ramírez Juárez (rúbrica), Francisco Tomás Rodríguez Montero (rúbrica), José Soto Martínez.

De la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar por el director general de Capufe acciones para restablecer la iluminación en el acceso del puente internacional Reynosa-Pharr, en Tamaulipas

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transportes de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para estudio y dictamen la Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar por el director general de Capufe acciones para restablecer la iluminación en el acceso del puente internacional Reynosa-Pharr, en Tamaulipas, a cargo del diputado Humberto Armando Prieto Herrera, del Grupo Parlamentario del PAN.

La Comisión de Transportes, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, numeral 1, fracción VI, 81, numeral 2, 82, 84, 85, 157, 158 167, numeral 4, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados celebrada el 24 de marzo de 2015, el diputado Humberto Armando Prieto Herrera, del Grupo Parlamentario del PAN, presentó Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal a realizar por el Director General de Capufe acciones para restablecer la iluminación en el acceso del puente internacional Reynosa-Pharr, en Tamaulipas

2. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición a la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados, para su estudio y dictamen correspondiente.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

El proponente expone que existe una falta de iluminación notable en algunos tramos del acceso del puente internacional Reynosa Pharr, todo el alumbrado del lado mexicano se encuentra apagado. El puente internacional Pharr representa una importante obra de infraestructura que favorece al intercambio comercial y al flujo de personas entre México y Estados Unidos. El responsable del puente y concesionario es Banobras-Farac, pero es Capufe quién opera su funcionamiento.

De acuerdo a sus especificaciones físicas, el puente presenta una longitud de 2.6 kilómetros, cuenta con cuatro carriles y posee una banqueta peatonal en ambos sentidos, para que las personas puedan acceder a las garitas y realizar sus trámites correspondientes de migración e internación.

De los 11 puentes internacionales que opera Capufe, este es el que registra más tránsito vehicular de carga, con alrededor de 2 mil unidades diarias además de las 3 mil unidades ligeras que cruzan la frontera diariamente.

En teoría, Capufe pone en manos de empresas privadas el mantenimiento de sus puentes y vías, sin embargo es su responsabilidad verificar de dichas empresas cumplan con los contratos y obligarlas a que realicen las acciones necesarias para que se brinde este servicio esencial.

Si la causa de la falta de iluminación es imputable a la Comisión Federal de Electricidad, entonces se le invita a que gestione los oficios necesarios para que dicha Comisión verifique sus cableados y se logre brindar la electricidad necesaria a la zona. En fin, se responsabilice y solucione este problema.

Está de sobra destacar la inseguridad que en la actualidad habita en el estado de Tamaulipas y lo complicado que está siendo poder recuperar la tranquilidad de sus habitantes y/o de turistas que ayuden a mejorar la situación económica que viven la mayoría de los tamaulipecos que decidieron no abandonar sus hogares o sus negocios.

El proponente expresa que la falta de iluminación notable en este puente no sólo daña la imagen de Reynosa, también simboliza que Tamaulipas no es si quiera capaz de responsabilizarse de sus puentes fronterizos, como entonces se espera que se responsabilice de la situación social, y en consecuencia y en contraste con el país vecino es México también quien se ve afectado por esta falta de servicio, si no podemos darles iluminación a los ciudadanos, como queremos prometerles seguridad. Es momento de aprovechar estas oportunidades que tenemos de hacer las cosas correctamente, Tamaulipas lo necesita.

Por todo lo anterior presentó la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo:

Único. Se exhorta al Poder Ejecutivo federal a través del titular de Caminos y Puentes de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe), para que realice las acciones necesarias que permitan el restablecimiento de la iluminación en el acceso al puente internacional Reynosa-Pharr en Tamaulipas.

Consideraciones

La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Esta comisión dictaminadora coincide con el diputado proponente en la necesidad de que nuestras vías de comunicación se encuentren en buen estado para un óptimo funcionamiento para evitar accidentes a los usuarios.

A los integrantes de la Comisión de transportes nos queda claro que una buena visibilidad es fundamental para evitar accidentes automovilísticos, y de igual forma se requiere para tener una mayor seguridad para las personas que cruzan el puente caminando.

Sabemos que la inseguridad es un problema que nos atañe a todos y que actualmente es un problema nacional, y consideramos que es deber de todos los niveles de gobierno hacer lo que esté a nuestro alcance para garantizar el bienestar de los Mexicanos.

Por lo antes expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes emiten el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Poder Ejecutivo federal a través del titular de Caminos y Puentes de Ingresos y Servicios Conexos, para que realice las acciones necesarias que permitan el restablecimiento de la iluminación en el acceso al puente internacional Reynosa-Pharr en Tamaulipas.

Palacio Legislativo de San Lázaro. México, DF, a 16 de abril de 2015.

La Comisión de Transportes

Diputados: Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Celestino Manuel Alonso Álvarez (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Atihé (rúbrica), Norma González Vera (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez (rúbrica), Diana del Carmen Vera Ávila (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares, Rodrigo Rosas Esparza (rúbrica), María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), secretarios; Rafael Acosta Croda, Petra Barrera Barrera, José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Antolín Etienne Rivera, Víctor Rafael González Manríquez (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), Roy Argel Gómez Olguín, María del Rosario Merlín García, Jesús Morales Flores, J. Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Hugo Mauricio Pérez Anzueto, Teresita de Jesús Ramírez Hernández (rúbrica), Ignacio Ramírez Juárez (rúbrica), Francisco Tomás Rodríguez Montero (rúbrica), José Soto Martínez (rúbrica), José Soto Martínez.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los cuales se exhorta al gobierno federal a ejecutar por la Semarnat, la Profepa y la Conagua acciones preventivas y correctivas o de remediación y de las responsabilidades en las afectaciones del río Tonto, afluente del Papaloapan

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales fue turnada para dictamen la proposición con punto de acuerdo con expediente número 6013 por el que se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Comisión Nacional del Agua y las autoridades ambientales estatales, se coordinen en la generación e implementación de las acciones preventivas, correctivas o de remediación de las afectaciones de contaminación en la cuenca del Río Tonto, afluente de del Rio Papaloapan, de la región hidrológica Gofo Centro.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 79, numeral 1, fracción II; 80, numeral 1, fracción VI; 85 y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este honorable pleno cameral, el presente dictamen al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Primero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 5 de febrero de 2015, el diputado José Soto Martínez, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó proposición con punto de acuerdo por el que solicita exhortar al titular del Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Procuraduría de Protección al Ambiente y la Comisión Nacional del Agua, a efecto de que se atiendan la grave problemática que representa los niveles de contaminación del Río Tonto, principal afluente del Rio Papaloapan.

Segundo. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

Refiere el proponente que a más de cuatro meses del peor desastre ambiental en la historia de México, en el cual se derramaron aproximadamente 40 mil metros cúbicos de sulfato de cobre acidulado en el arroyo de Tinajas, en Sonora, y el ecocidio en el lago de Cajititlán, en Jalisco, donde aproximadamente 270 toneladas de diversas especies en peces resultaron muertas por los malos manejos de aguas residuales en la zona; a pesar de estos dos desastres naturales y debido a la falta de justicia sobre los responsables de estos delitos, estas prácticas se han vuelto invariables y repetitivas a lo largo y ancho de todo el país.

Indica el proponente que un ejemplo de ello, es el actual suceso en los caudales del Río Tonto, importante afluente del Río Papaloapan en los límites de Oaxaca y Veracruz, principales estados afectados, donde hace menos de un mes algún tipo de contaminante causó la mortandad de cientos de peces de diversas especies.

Confirma el legislador que funcionarios del municipio de Tuxtepec han salido a la defensiva, afirman que el río se encuentra en buen estado y que es libre de contaminantes. Lo cierto es que, no es la primera ocasión en la que los caudales del Río Papaloapan sufre este tipo de percances, y peor aún, propiciados por la tratadora de aguas residuales del este municipio.

Informa el diputado que una de las fábricas de papel que se encuentra en la zona ha sido c1ausurada por derramar aguas residuales al Río Papaloapan. Al igual que con la Cervecera del Trópico, también cuenta con antecedentes, ya que vecinos de ésta fábrica, afirman que en horarios nocturnos, realizan una contaminación despiadada al río y a los mantos freáticos de Tuxtepec, vertiendo sus aguas residuales. Son varios los posibles responsables de estos continuos accidentes en el río, como lo es la fábrica de papel Tres Valles, también situada en la zona y que al igual se afirma han sido grandes responsables por la afectación de la flora y fauna de esa región. Otros más, son las alcoholeras, responsables de verter sus desechos tóxicos al río, y que hasta el momento son uno de los que más perjudican el ecosistema.

Confirma el legislador que esta situación adversa tiene por lo menos quince años luchando contra este problema que afecta a todos los habitantes de la zona, desde consumidores, hasta pescadores y comerciantes.

III. Consideraciones

Los integrantes de esta comisión dictaminadora reconocemos efectivo el planteamiento del proponente y coincidimos en la propuesta de exhortar a las autoridades federales y estatales competentes, para que atiendan el problema que representa la grave contaminación de la cuenca del Río Tonto, importante afluente del Rio Papaloapan.

Estimamos importante señalar que México ocupa un lugar destacado en el concierto internacional, por estar reconocido como un país continente de una megadiversidad de recursos que se reflejan en una gran variedad de ecosistemas, climas, bosques, selvas, pastizales, flora, fauna, cuerpos de agua, ríos, lagos, entre otros.

De acuerdo con la información de la Comisión Nacional del Agua, publicada en el Atlas del Agua en México 2014, el país se ha dividido en 13 regiones hidrológico-administrativas, las cuales están formadas por agrupaciones de cuencas, consideradas las unidades básicas de gestión de los recursos hídricos, sus límites respetan los municipales, para facilitar la administración e integración de información socioeconómica; la Comisión Nacional del Agua (Conagua), órgano administrativo, normativo, técnico y consultivo encargado de la gestión del agua en México, ejecuta sus funciones a través de estos 13 organismos de cuenca, cuyo ámbito de competencia son las regiones hidrológico-administrativas, siendo la región hidrológico-administrativa X, Golfo Centro, la encargada de la cuenca del Rio Tonto, afluente de la importante cuenca del Papaloapan.

El agua es un elemento fundamental para la vida y de acuerdo con cifras correspondientes al año 2010, presentadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en donde se observa que la cobertura es, 88 de cada 100 municipios en México tienen servicio de agua potable y veintiséis de las 32 entidades federativas tienen este servicio en todos sus municipios.

De acuerdo con las estimaciones publicadas por el Consejo Nacional de Población (Conapo), entre los años 2010-2030 la población del país se incrementará en alrededor de 20.4 millones de personas, además, para 2030 aproximadamente el 75.2 por ciento de la población total se asentará en localidades urbanas; se calcula que para el periodo 2012-2030, más del 70 por ciento del crecimiento poblacional ocurrirá en seis regiones hidrológicas administrativas las regiones hidrológico-administrativas. La región hidrológico-administrativa X Golfo Centro, para 2012 registra una población de 10 mil 311 y para el año 2030, se calcula que la población será de 11 mil 607, estimando un incremento de la población a la orden de mil 296 personas.

Respecto de los informes emitidos por la Comisión Nacional del Agua, mediante su publicación denominada Atlas del Agua en México 2014, anualmente México recibe del orden de 1,489’000 millones de metros cúbicos de agua en forma de precipitación. Se estima que el 71.6 por ciento se evapotranspira y regresa a la atmósfera, el 22.2 por ciento escurre por los ríos y arroyos, y el 6.2 por ciento restante se infiltra al subsuelo de forma natural y recarga los acuíferos. Tomando en cuenta las exportaciones e importaciones de agua con los países vecinos, así como la recarga incidental, el país cuenta con 471.5 mil millones de metros cúbicos de agua dulce renovable, por año, a lo que se denomina disponibilidad natural media. La disponibilidad media per cápita (por habitante) de agua a nivel nacional disminuye con el aumento de la población, ya que la disponibilidad natural media total se divide entre un mayor número de habitantes.

Ahora bien, respecto de las mediciones denominadas Demanda Química de Oxígeno (DQO), es un parámetro que sirve para estimar la cantidad de materia orgánica en el agua que es oxidada o degradada por medios químicos. Este parámetro mide tanto materia orgánica biodegradable como no biodegradable, que es oxidada o degradada por medios químicos. En cualquiera de los dos casos, son resultado del vertido de aguas residuales. El resultado del vertido de aguas residuales tanto municipales como no municipales, y un aumento en la concentración de éstos significa una reducción en el contenido de oxígeno disuelto en el agua, afectando a los organismos y ecosistemas acuáticos.

Un aumento en este parámetro indica presencia de aguas residuales no municipales, es decir, aguas residuales provenientes principalmente de la industria. Del total de sitios donde se tomaron las muestras, un 13.8 por ciento muestra condiciones excelentes, 8.9 por ciento de buena calidad, 33.2 por ciento aceptable, lo que representa un 55.9 por ciento de sitios con calidad por encima de lo aceptable. Por el contrario, un 38.1 por ciento de sitios son contaminados y un 6 por ciento altamente contaminados, dando un resultado del 44.1 por ciento de sitios con calidad por debajo de lo aceptable. Los sitios con mayores niveles de DQO se encuentran en los mayores núcleos urbanos del país, sobre todo en las regiones centro y occidente.

De los datos citados con anterioridad, es importante señalar que los muestreos reportados para el año 2013 resulto un 31.7 por ciento de sitios con calidad por debajo de lo aceptable, lo que representó en un año un alarmante incremento del 39.20 por ciento de sitios altamente contaminados reportados en el año 2014.

Es por lo anterior, consideramos de suma trascendencia atender la problemática que se genera derivado de las severas afectaciones por la contaminación que se registran en los cuerpos de agua del país, ya que se muestran diversos grados de contaminación en donde se perciben químicos altamente tóxicos como son el mercurio, plomo, cadmio, cromo y compuestos como el tolueno o el benceno, los cuales representan un severo foco de infección y en consecuencia los respectivos daños a la salud pública, que afectan principalmente en las zonas aledañas a los cuerpos de agua, en donde se vierten, sin precaución alguna, los desechos de los diversos usos del agua previstos en la ley; adicionalmente, es insuficiente el nivel cultural de nuestro pueblo que se manifiesta en la desobligación con la que vierten desechos tóxicos sin conciencia de la obligación legal que tienen de revertir y reparar los graves daños que ocasionan al ambiente, con independencia de que el vertedor de tales desechos sea del sector público, privado o social.

Es importante señalar que la biodiversidad se ha visto comprometida en las últimas décadas, debido a las distintas actividades humanas que generan un deterioro acelerado de los ecosistemas y una disminución crítica de la biodiversidad y de las especies, como uno de los problemas ambientales más serios que enfrentamos, por lo que debemos conjugar esfuerzos para revertir este efecto negativo y contribuir a la conservación, conocimiento y uso sustentable de los recursos naturales.

Estimamos que a partir del reconocimiento de que el agua es un elemento fundamental para la vida, y cabe destacar que uno de los principales activos con los que cuenta México es su riqueza natural; particularmente, el agua, el suelo, el clima, sus bosques y mares, entre otros; por lo que la implementación del saneamiento con visión integral de la cuenca del Río Tonto, el más importante afluente del Rio Papaloapan, contribuye en el proceso de recuperación de las áreas dañadas en el contexto del ámbito de utilización racional de la biodiversidad y hacer uso integral del capital natural, sin poner en riesgo el futuro de los recursos naturales.

Por lo anterior expuesto y fundado, los legisladores de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales sometemos a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Comisión Nacional del Agua y las autoridades ambientales estatales, se coordinen en la generación e implementación de las acciones preventivas, correctivas o de remediación de las afectaciones de contaminación en la cuenca del Río Tonto, afluente de del Rio Papaloapan, de la Región Hidrológica X, Gofo Centro.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y de la Comisión Nacional del Agua, proceder a deslindar responsabilidades para el caso de afectaciones de contaminación en la cuenca del Río Tonto, afluente de del Rio Papaloapan, de la Región Hidrológica X, Gofo Centro, y se ejecuten las sanciones que correspondan.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril de 2015.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres, José Ignacio Olvera Caballero (rúbrica), Cristina Olvera Barrios, secretarios; Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa, Juan Manuel Fócil Pérez, Marina Garay Cabada, Ignacio Mestas Gallardo, María Guadalupe Velázquez Díaz (rúbrica), Teresita de Jesús Ramírez Hernández (rúbrica), Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica).

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar por la Profepa, la Semarnat y la PGR acciones para la conservación del jaguar, especie en peligro de extinción

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para dictamen, la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar –por medio de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Procuraduría General de la República– acciones en materia de conservación del jaguar, especie en peligro de extinción, expediente número 6056, del Grupo Parlamentario del PRD.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 80, numeral 1, fracción VI; 82, numeral 1; 84; 85; 157, numeral 1, fracción 1, y 158, numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del honorable pleno, el proyecto de dictamen sobre la Proposición con Punto de Acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a realizar por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Profepa, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, Semarnat, y la Procuraduría General de la República, PGR, acciones en materia de conservación del jaguar, especie en peligro de extinción, Expediente número 6056, del Grupo Parlamentario del PRD, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

1. En sesión de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, celebrada el 12 de febrero de 2015, la diputada Graciela Saldaña Fraile, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar por la Profepa, la Semarnat y la PGR acciones en materia de conservación del jaguar, especie en peligro de extinción.

2. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva, dictó sobre el asunto, el trámite siguiente: “Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales para dictamen”.

II. Contenido de la iniciativa

La proponente nos narra los sucesos ocurridos en los Estados de Quintana Roo y Sonora, hechos que día a día se han convertido en prácticas cotidianas en distintos Estados al interior de la República mexicana, principalmente por el desconocimiento del valor ecológico y cultural la especie Panthera Onca, además actualmente los delitos narrados se encuentran impunes.

Sonora

Con fecha 28 de febrero de 2014 en el rancho Cueva Blanca del municipio de Granados, Sonora, se encontraron los restos de una hembra de jaguar (Panthera Onca) la cual fue envenenada y calcinada, presentándose denuncia ante la Procuraduría General de la República por la doctora Ivonne Cassaigne, que fue radicada con el número de averiguación 531, mesa 26 con la licenciada Victoria Karina Medina, de la Unidad Especializada en Delitos Ambientales.

Dicho ejemplar era conocido con el nombre de “Corazón” y formaba parte de investigaciones científicas, que contaba con un collar transmisor satelital (GPS) colocado por el Instituto de Ecología de la Universidad Autónoma de México. Expediente a la fecha sin concluir.

En fecha 23 de junio de 2011 campesinos dieron muerte a jaguar atándolo sobre una bicicleta en una carretera del municipio de José María Morelos, Quintana Roo.

El 28 junio de 2014 sobre la carretera Puerto Juárez-Tulum en Quintana Roo, se encontró jaguar hembra la cual presentaba dos heridas de impacto de balas, uno en el cráneo y otro a la altura de la cadera. La Profepa tuvo conocimiento del caso por llamada telefónica en la que se realizaba denuncia.

Con fecha 16 de noviembre de 2014 se encontró el cadáver de una hembra de jaguar, degollada, desollada y sin garras en las extremidades anteriores y posteriores en un paraje en la avenida los olivos, el municipio de Solidaridad, Quintana Roo. La Profepa tuvo conocimiento del caso por denuncia realizada por habitantes y organizaciones civiles del municipio de Solidaridad.

Nos refiere la proponente que de conformidad con lo señalado y enlistado en la norma oficial mexicana NOM-059-Semarnat-2010, Protección ambiental, Especies nativas de México de flora y fauna Silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo, el jaguar es una especie en peligro de extinción.

Informa que de acuerdo con el censo realizado en 2011 por la Comisión de Áreas Naturales Protegidas en coordinación con especialistas de la especie, existían 4 mil 100 ejemplares de jaguar en México, que organizaciones que trabajan para la conservación del jaguar han alertado la posibilidad de que esta especie desaparezca ante las amenazas de caza furtiva, la destrucción, fragmentación y deterioro del hábitat y la disminución de las poblaciones de sus presas principales. El Código Penal Federal vigente en su artículo 420, fracción III, establece que se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente, realice actividades de caza, pesca o captura con un medio no permitido, de algún ejemplar de una especie de fauna silvestre, o ponga en riesgo la viabilidad biológica de una población o especie silvestres. De igual forma impondrá sanción a quien dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestres, en peligro de extinción.

Hace referencia la proponente que en la mayoría de los municipios de Quintana Roo, donde se avistan los ejemplares en cuestión sufren de problemas de caza furtiva aunado a la falta de información en materia de conservación ya que existe total ausencia de las autoridades encargas de preservar el medio ambiente y sus recursos naturales.

En este tenor, se sabe que la práctica de la caza puede ser de forma dolosa y en otras ocasiones sucede que los campesinos desconocen la legislación y la importancia del jaguar aunado a los problemas de distancia que complica la difusión de la información y a que las autoridades no cuentan con los medios necesarios para hacérselas llegar, ni perseguir los delitos.

De conformidad a lo establecido en el Código Federal de Procedimientos Penales, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en cuanto tenga conocimiento de la probable existencia de un delito, está obligada a participarlo inmediatamente al Ministerio Público, trasmitiéndole todos los datos que tuviere, de igual forma atendiendo a lo señalado en la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como el Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Una vez analizado el contenido del presente dictamen y con base a los argumentos vertidos, la proponente plantea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al titular de la Procuraduría General de la República para que dé celeridad a la integración y consignación de las averiguaciones iniciadas, relacionadas a las muertes de jaguares en los diversos Estados del país, allegándose de los medios indispensables para la integración del cuerpo del delito y la determinación de la probable responsabilidad y que en caso de no contar con los peritos especialistas en la materia o con los medios científicos para lograrlo, solicite la intervención de instancias Internacionales para tal fin.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, a la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a instaurar programas y estrategias efectivas enfocadas a informar sobre la normatividad ambiental y la importancia de la conservación del jaguar y su hábitat tanto en el ámbito rural como en el urbano, haciéndolas llegar a las localidades que se encuentran más alejadas, zonas en donde el avistamiento de esta especie en peligro de extinción es frecuente.

Tercero. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente capacite al personal adscrito a esa procuraduría para el efecto del correcto manejo de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como de los instrumentos, objetos o productos del delito.

III. Consideraciones

Los y las integrantes de esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, reconocemos la relevancia de la protección de la especie Panthera Onca, conocida como jaguar, ya que es una especie en peligro de extinción que requiere una atención urgente, pues ha desaparecido más del 60 por ciento del área que ocupa en México y la población estimada es de menos de 5 mil individuos a nivel nacional, resaltando que su conservación beneficia a miles de especies de plantas y animales silvestres de México.

De acuerdo con datos proporcionados por la Comisión nacional para el conocimiento y uso de la biodiversidad, el jaguar es el depredador más grande de la América tropical, su función es importante no sólo por la presión que ejerce extrayendo individuos del sistema sino también por que modifica las densidades poblacionales de sus presas. Cuando los grandes depredadores desaparecen comienzan a actuar fenómenos en cadena que desestabilizan los ecosistemas y les puede llevar al deterioro.

La principal amenaza para las poblaciones del jaguar, de acuerdo con el Grupo de especialistas en México, es la cacería en represalia que hacen los productores rurales, por la depredación del ganado, aunado a la reducción de su hábitat por la fragmentación de los ecosistemas, y actividades antropogénicas como agricultura, ganadería, asentamientos humanos, obras públicas como trazos carreteros, tendidos eléctricos, además de la cacería para trofeos y venta de productos y subproductos (piel, colmillos y garras), lo que en conjunto impacta enormemente la conservación del jaguar en México. Motivo por el cual actualmente la especie Panthera Onca se encuentra protegida por la norma NOM-059-SEMARNAT-2010, en la categoría de especie amenazada.

La importancia del jaguar no sólo radica en la cadena biótica, también tiene un gran valor en la muchas de las culturas de las civilizaciones prehispánicas, desde los olmecas hasta los aztecas, como un ícono recurrente para simbolizar liderazgo, sacrificio y guerra. La fascinación que ejercieron los jaguares sobre la imaginación de los pueblos indígenas persistió en la época colonial y ha llegado hasta nuestros días, pero la falta de difusión de su importancia histórica, cultural y como parte clave de un ecosistema, propicia que hoy en día sucedan hechos como los acaecidos en Sonora, Quinta Roo, entre otros.

Esta comisión dictaminadora prevé que las posibilidades de conservar al jaguar se reducen debido a la falta de estrategias sólidas para su protección. La enorme complejidad que representa salvar al jaguar en estado silvestre en México, requiere de un esfuerzo sostenido, de gran escala, que no puede llevarse a cabo por sectores aislados de la sociedad o el gobierno, se requiere de acciones concertadas entre la iniciativa privada, la sociedad civil y el gobierno de México.

La implantación de políticas públicas integrales, el fortalecimiento de las leyes, así como la correcta aplicación de las mismas generara que la conservación de la Panhtera Onca sea más eficaz para su protección, en el ámbito penal, teniendo como fundamento para la persecución del delito tal y como lo prevé el Código Penal Federal vigente en su artículo 420, fracción III, establece que se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente realice actividades de caza, pesca o captura con un medio no permitido, de algún ejemplar de una especie de fauna silvestre o ponga en riesgo la viabilidad biológica de una población o especie silvestres. Para dotar de mayor eficiencia el referido supuesto jurídico enunciado, los integrantes de esta Comisión consideramos pertinente que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente coadyuvé en la capacitación de los peritos adscritos a la Procuraduría General de Justicia en materia ambiental (fauna silvestre), para que puedan determinar de manera minuciosa y efectiva los posibles hechos delictuoso que se ejercen sobre la especie de la Panthera Onca, y con ello disponer de mecanismos efectivos para salvaguardar la preservación de la especie, aplicando estrictamente la ley a quienes transgreden.

Los integrantes de esta comisión consideramos que es necesario difundir de forma prioritaria en los Programas de Semarnat, Conabio y Profepa la implementación de campañas de concientización de manera anual en Sonora, Sinaloa, Nayarit, Colima, Guerrero, Oaxaca, Chiapas, Quintana Roo, Yucatán, Campeche, Tabasco, Veracruz, Tamaulipas y Nuevo León, estados donde existe la presencia de esta especie; con la finalidad de brindar protección a las poblaciones de Jaguar y su hábitat, enseñar a las comunidades la importancia de la protección del jaguar, incrementar la participación de la sociedad en la conservación, para así evitar la reducción de ilícitos ambientales y a través de las acciones de inspección y vigilancia, reducir la cacería furtiva de las presas que consume el Jaguar, siendo importante resaltar la implementación del programas para que todas las actividades rurales sean sustentables y permitan la permanencia del jaguar.

Por lo antes expuesto y fundado, las legisladoras y los legisladores integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos naturales, sometemos a la consideración del honorable pleno de La Cámara de Diputados la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta al titular de la Procuraduría General de la República, para que dé celeridad a la integración y consignación de las averiguaciones iniciadas relacionadas a las muertes de jaguares en los diversos Estados del país, allegándose de los medios indispensables para la integración del cuerpo del delito y la determinación de la probable responsabilidad.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, para que a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, coadyuve a la capacitación del personal adscrito a la Procuraduría General de la Republica, para efecto de instruir el correcto manejo de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como de los instrumentos, objetos o productos de los delitos cometidos a las especies silvestres.

Tercero. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a instaurar programas y estrategias efectivas enfocadas a informar sobre la normatividad ambiental y la importancia de la conservación del jaguar y su hábitat, tanto en el ámbito rural como en el urbano, haciéndolas llegar a las localidades que se encuentran más alejadas, zonas en donde el avistamiento de esta especie en peligro de extinción es frecuente.

Cuarto. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como la Comisión Nacional de Uso y Conocimiento de la Biodiversidad y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, a fin de que por conducto de la Dirección General de Programación y Presupuesto, prevean la suficiencia presupuestal que permita la implementación eficaz de campañas enfocadas a la educación, prevención y cuidado de la pantera onca en las regiones y comunidades donde hay presencia de esta especie y con ello generar conciencia social del cuidado de este tipo de felinos mayores.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril 2015.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres, José Ignacio Olvera Caballero (rúbrica), Cristina Olvera Barrios (rúbrica), secretarios; Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa, Juan Manuel Fócil Pérez, Marina Garay Cabada, Ignacio Mestas Gallardo, María Estela Moreno Alvarado (rúbrica), Teresita de Jesús Ramírez Hernández (rúbrica), Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica).

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar por la Semarnat y la Profepa acciones para detener el daño ambiental derivado de las actividades en Campeche y Chiapas de Palma Tica de México, SA de CV

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, le fue turnada para dictamen, la proposición con punto de acuerdo con expediente número 6203 por el que se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y de las autoridades ambientales estatales, para proceder a detener el daño ambiental, así como la implementación de las acciones preventivas, correctivas o de remediación de las afectaciones por la contaminación al ambiente derivado de las actividades en los procesos de producción de la empresa Palma Tica de México, SA de CV, en los estados de Campeche y Chiapas y en su caso proceder a las sanciones correspondientes.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los Artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 79, numeral 1, fracción II; 80, numeral 1, fracción VI; 85, y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este honorable pleno camaral, el presente dictamen al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Primero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados, celebrada el jueves 5 de marzo de 2015, el diputado Jorge Rosiñol Abreu, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que solicita exhortar al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Procuraduría de Protección al Ambiente y las autoridades ambientales estatales, a efecto de que se atiendan la grave problemática que representa la contaminación derivada de actividades en los procesos de producción de la empresa Palma Tica de México, SA de CV, en Campeche y Chiapas.

Segundo. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

Refiere el diputado proponente que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente señala en su artículo 3o., fracción 1, que el ambiente es “el conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados”. Ello implica que la obligación del Estado en esta materia no solamente conlleva garantizar que el hombre viva en un ambiente sano y adecuado a sus necesidades, sino también garantizar que los seres vivos no humanos puedan desarrollarse libremente sin afectaciones en su entorno ni riesgo para su vida.

Indica el legislador que en el artículo 11 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Protocolo de San Salvador, establece –por una parte– el derecho a vivir en un medio ambiente sano y –por otra– la obligación del Estado de promover la protección, la preservación y el mejoramiento del ambiente. Es por ello que en el artículo 4o. de la Carta Magna reconoce que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, reiterándose la obligación del Estado a garantizar dicho derecho.

Estima el diputado que las acciones que la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, Semarnat y la Procuraduría de Protección al Ambiente, Profepa, lleven a cabo en materia de política ambiental son fundamentales para que el Estado cumpla su obligación de garantizar este derecho, por lo cual, los eventos que se han suscitado en el área natural protegida Laguna de Términos afectan de manera directa el derecho al medio ambiente y van en detrimento de todos los seres vivos, humanos y no humanos, que habitan en la zona.

Observa el legislador que en La Laguna de Términos, en Carmen, Palizada y Champotón, Campeche, es el sistema lagunar-estuarino de mayor volumen y extensión del país, constituye ambientes definidos como “hábitat críticos” que permiten la existencia de una elevada biodiversidad de flora y fauna; pero derivado de la deforestación; el dragado y relleno de humedales; las alteraciones del caudal fluvial y del flujo laminar de agua; la sobreexplotación de manglares y de otras especies relacionadas; los asentamientos humanos irregulares; la contaminación de los cuerpos acuáticos, y los derrames o residuos de petróleo a la zona costera, entre otras fuentes de deterioro ambiental, que han modificado o destruido los hábitat críticos de la región, el gobierno se vio en la necesidad de declararla mediante decreto presidencial del 6 de junio de 1994 como área natural protegida con el carácter de área de protección de flora y fauna, por ser este un tema de interés público.

Comenta el proponente que por citar un ejemplo derivado de este decreto, el 4 de junio de 1997 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el programa de manejo del área de protección de flora y fauna de Laguna de Términos, donde se enmarcó la relevancia ecológica y socioeconómica de la región, estableciendo que los humedales de la Laguna de Términos, que están actualmente contaminados pese a la prohibición de descargar cualquier tipo de sustancia contaminante o tóxica en los cuerpos de agua, conforman junto con los de Tabasco una unidad ecológica y son considerados como los más importantes de Mesoamérica.

El proponente confirma que el programa reportaba al menos 84 familias de plantas, con 3 mil 745 especies, entre las que se encuentran algunas consideradas amenazadas, en peligro de extinción o bajo protección especial. Se señaló que la diversidad faunística estaba representada por al menos mil 468 especies, entre terrestres y acuáticas, de las cuales 30 son endémicas y 89 están consideradas en las listas de especies raras, amenazadas o en peligro de extinción.

Refiere el diputado que pese a la protección que las autoridades están obligadas a dar al ambiente y sobre todo a las áreas naturales protegidas, desde hace más de tres años la empresa costarricense Palma Tica de México, SA de CV, ha realizado diversas acciones, como la construcción de drenes para el cultivo de palma africana, que han contaminado los humedales, envenenado animales, desplazado a la fauna y afectado de manera directa a los habitantes de la zona.

El legislador afirma que derivado de la contaminación de los humedales, la falta de autorización de construcción de un dren en el arroyo San Jeronimito y la inexistencia del manifiesto de impacto ambiental para solicitar el cambio de uso de suelo de selva a cultivo agroindustrial, la Asociación Ecologista Santo Tomás y la Dirección de Área de Protección de Flora y Fauna Laguna de Términos presentó el año pasado las denuncias correspondientes ante la Profepa para tratar de detener la afectación a esta área natural, sin que hasta la fecha se hayan tomado las medidas precautorias pertinentes para detener el avance de la contaminación y la pérdida de diversas especies de flora y fauna.

Adicionalmente el diputado informa que la situación se agrava porque la destrucción del hábitat del jaguar, una especie en peligro de extinción prevista en la NOM-059-SEMARNAT-2010 y en la lista roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, ha obligado a esta especie a desplazarse por la zona en busca de resguardo provocando que algunos ejemplares sean cazados por el temor a un ataque, inclusive se han tomado fotos y videos de jaguares cruzando la laguna en busca de refugio.

Manifiesta el proponente que el programa de manejo del área de protección de flora y fauna de Laguna de Términos establece que “siempre que una especie de flora y fauna que se encuentre bajo alguna categoría de protección, se vea sometida a alguna presión ocasionada por la actividad que se está llevando a cabo o pretenda desarrollarse, la especie y su hábitat tendrá prioridad y se tendrán que adoptar estrategias que eviten dicha presión”, acciones que hasta el momento no se han realizado por parte de las autoridades. Inclusive otras especies que han sido amenazadas por esta situación, son los tejones, anfibios, mapaches, conejos, venados y jabalíes que han muerto por el maíz envenenado que se ha regado en el área para evitar que los roedores se coman la raíz de la palma; a su vez, diversas especies de pescados han desaparecido por la contaminación de los cuerpos de agua dejando a casi 2 mil familias sin sustento porque la pesca es una actividad fundamental para ellas.

Es por lo anterior que el proponente estima que esta .grave amenaza al ambiente, es indispensable establecer acciones de protección y conservación en la zona, así como las estrategias tendientes a mitigar este daño y controlar sus efectos mientras las autoridades realizan las investigaciones correspondientes para fincar responsabilidades.

III. Consideraciones

Las diputadas y los diputados integrantes de esta comisión dictaminadora, reconocemos efectivo el planteamiento del diputado proponente y coincidimos en la propuesta de exhortar a las autoridades Federales y Estatales competentes en materia ambiental, a efecto de solventar la problemática ambiental derivada de todos los procesos de producción de aceite de palma, que realiza en forma descuidada y en volúmenes considerables, la empresa denominada Palma Tica de México, SA de CV, ocasionando con esta irregular práctica producción, diversas afectaciones y pasivos ambientales al suelo, subsuelo, cuerpos de agua y a la diversidad de especies y ecosistemas de Campeche y Chiapas.

Estimamos importante señalar, que México ocupa un lugar destacado en el concierto internacional, por estar reconocido como un país continente que posee una megadiversidad de recursos biológicos y culturales que se reflejan en una variedad excepcional de ecosistemas, climas, bosques, selvas, pastizales, flora, fauna, cuerpos de agua, ríos, lagos, entre otros; lo que constituye un privilegio y representa una oportunidad de desarrollo para el país, sin embargo este privilegio propicia un reto importante en el correcto aprovechamiento de los recursos naturales, y representa una gran responsabilidad con nuestra sociedad y con el mundo para su conservación, recuperación y uso sustentable de nuestro capital natural; es por ello que será indispensable reconocer que los servicios ambientales que nos proporcionan los ecosistemas son fundamentales para la sobrevivencia de los seres vivos, además de aportarnos alimentación y diversos recursos.

De conformidad con la publicación de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, Conabio, titulada Capital Natural de México 2012, en donde manifiesta claramente la importancia del conocimiento que refiere, principalmente a contar con la información y conocimiento relevante y accesible a toda la sociedad sobre el capital natural, a efecto de apoyar a los tres órdenes de gobierno y a 105 distintos sectores de la economía y de la sociedad civil en la toma de decisiones, es por ello que en México es notorio el avance en la generación e integración de conocimiento en temas estratégicos respecto de la diversidad biológica y la creación de capacidades humanas, para la conservación de capital natural, aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y en su caso los mecanismos para su detección y los procesos de restauración y remediación.

México debe contar con una política integral de conservación, armónica con el desarrollo económico y social, que permita mantener los ecosistemas, la biodiversidad alberga, así como los servicios ambientales que proporcionan a la sociedad mexicana, por tal razón como respuesta a los cambios drásticos ocasionados por el severo deterioro ambiental, particularmente en el sector rural, desde principios de los años noventa se ha conformado una política ambiental con criterios de protección y conservación, con lo que se ha logrado consolidar instrumentos como las Áreas Naturales Protegidas (ANP), que en el ámbito Federal se han incrementado hasta alcanzar 25 millones de hectáreas en los espacios continentales y marinos, estas áreas representan una herramienta importante para la conservación de la biodiversidad.

Respecto del uso sustentable, se debe fortalecer las capacidades de las comunidades que dependen directamente del capital natural, para que se conviertan en administradoras de sus propios recursos, mediante el uso sustentable y diversificado de la biodiversidad con valor agregado, y con la creación y fortalecimiento de mercados locales y regionales que generen equidad y bienestar económico y social. El desarrollo rural se ha basado en fomentar las actividades productivas primarias, utilizando irregulares prácticas de manejo que implican la transformación total de los ecosistemas naturales, con un gran perjuicio a los cuerpos de agua y otras actividades como las forestales, maderables, no maderables, y el uso sustentable de la vida silvestre.

Por lo anterior, el reto es, identificar los posibles daños ambientales y fortalecer opciones de uso y manejo sustentable de la biodiversidad, así mismo contar con las políticas públicas transversales y los mecanismos e instrumentos Institucionales que permitan detener, minimizar o revertir los pasivos ambientales, así como vigilar y evaluar los avances de una gestión integral del ambiente. Sin duda, este será un asunto estratégico en las agendas de los diferentes órdenes de gobierno involucrados y de los sectores de la sociedad, con la finalidad de garantizar su conservación y uso sustentable.

Aunado a lo anterior, es importante señalar que una de las afectaciones más críticas, radica en los cuerpos de agua del territorio nacional, siendo el agua un elemento fundamental para la vida y de acuerdo con cifras correspondientes a 2010, presentadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en donde se observa que la cobertura es, 88 de cada 100 municipios en México tienen servicio de agua potable y veintiséis de las 32 entidades federativas tienen este servicio en todos sus municipios.

De acuerdo con las estimaciones publicadas por el Consejo Nacional de Población, Conapo, entre 2010-2030 la población del país se incrementará en alrededor de 20.4 millones de personas.

Ahora bien, de acuerdo con la de la Comisión Nacional del Agua, titulada Atlas del Agua en México 2014, respecto de las mediciones denominadas demanda química de oxígeno (DQO) es un parámetro que sirve para estimar la cantidad de materia orgánica en el agua que es oxidada o degradada por medios químicos; este parámetro mide tanto materia orgánica biodegradable como no biodegradable, que es oxidada o degradada por medios químicos. En cualquiera de los dos casos, son resultado del vertido de aguas residuales y el resultado del vertido de aguas residuales tanto municipales como no municipales, un aumento en la concentración de éstos significa una reducción en el contenido de oxígeno disuelto en el agua, afectando a los organismos y ecosistemas acuáticos.

Un aumento en este parámetro, indica presencia de aguas residuales no municipales, es decir, aguas residuales provenientes principalmente de la industria. Del total de sitios donde se tomaron las muestras, un 13.8 por ciento muestra condiciones excelentes, 8.9 por ciento de buena calidad, 33.2 por ciento aceptable, lo que representa un 55.9 por ciento de sitios con calidad por encima de lo aceptable. Por el contrario, un 38.1 por ciento de sitios son contaminados y un 6 por ciento altamente contaminados, dando un resultado del 44.1 por ciento de sitios con calidad por debajo de lo aceptable.

De los datos citados con anterioridad, es importante señalar que los muestreos reportados para 2013 resulto un 31.7 por ciento de sitios con calidad por debajo de lo aceptable, lo que represento en un año, un alarmante incremento de 39.20 por ciento de sitios altamente contaminados reportados en 2014, por la Comisión Nacional del Agua.

Por lo anterior, consideramos de suma trascendencia atender la problemática que se genera derivado de las severas afectaciones por la contaminación que se registran en los cuerpos de agua del país, ya que se muestran diversos grados de contaminación en donde se perciben químicos altamente tóxicos como son el mercurio, plomo, cadmio, cromo y compuestos como el tolueno o el benceno, los cuales representan un severo foco de infección y en consecuencia los respectivos daños a la salud pública, que afectan principalmente en las zonas aledañas a los cuerpos de agua, en donde se vierten, sin precaución alguna los desechos de los diversos usos del agua previstos en la ley.

Es importante señalar, que la biodiversidad se ha visto comprometida en las últimas décadas, debido a las distintas actividades humanas, que generan un deterioro acelerado de los ecosistemas y una disminución crítica de la biodiversidad y de las especies, como uno de los problemas ambientales más serios que enfrentamos, por lo que debemos conjugar esfuerzos para revertir este efecto negativo y contribuir a la conservación, conocimiento y uso sustentable de los recursos naturales; sin poner en riesgo el futuro de la biodiversidad de la Nación.

Por lo expuesto y fundado, las legisladoras y los legisladores integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sometemos a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, de la Comisión Nacional del Agua y de las autoridades ambientales estatales, para proceder a detener el daño ambiental, así como la implementación de las acciones preventivas, correctivas o de remediación de las afectaciones por la contaminación al ambiente originadas por las actividades en los procesos de producción en los estados de Campeche y Chiapas de la empresa Palma Tica de México, SA de CV, y en su caso proceder a las sanciones correspondientes.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y de la Comisión Nacional del Agua, proceder a deslindar responsabilidades para el caso de afectaciones de contaminación en los estados de Campeche y Chiapas, originadas por la empresa Palma Tica de México, SA de CV, en su caso se ejecuten las sanciones correspondientes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril de 2015.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres, José Ignacio Olvera Caballero (rúbrica), Cristina Olvera Barrios, secretarios; Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa, Juan Manuel Fócil Pérez, Marina Garay Cabada, Ignacio Mestas Gallardo, María Estela Moreno Alvarado (rúbrica), Teresita de Jesús Ramírez Hernández (rúbrica), Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica).

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta a distintas dependencias federales y de Oaxaca a implantar una estrategia de impulso turístico sustentable en el proyecto Desarrollo Playa Cacaluta, Órgano y Maguey

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales le fue turnada para dictamen, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a distintas dependencias federales y del estado de Oaxaca, para que implementen una estrategia de impulso turístico sustentable en el proyecto Desarrollo Playa Cacaluta, Órgano y Maguey, suscrita por la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRD.

Esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 80, numeral 1, fracción VI; 82, numeral 1; 84; 85; 157, numeral 1, fracción 1, y 158, numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del honorable pleno, el proyecto de dictamen sobre la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a distintas dependencias federales y del estado de Oaxaca, para que implementen una estrategia de impulso turístico sustentable en el proyecto Desarrollo Playa Cacaluta, Órgano y Maguey, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

1. En sesión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, celebrada el 28 de enero de 2015, la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a distintas dependencias federales y del estado de Oaxaca, para que implementen una estrategia de impulso turístico sustentable en el proyecto Desarrollo Playa Cacaluta, Órgano y Maguey.

2. En la misma fecha, el presidente de la Mesa Directiva, dictó sobre el asunto, el trámite siguiente: “Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen”.

Las y los diputados integrantes de la comisión dictaminadora, una vez analizada la proposición objeto del presente dictamen, exponemos el siguiente:

II. Contenido de la proposición

Refiere la proponente que el 25 de marzo de 2008, fue anunciado por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) el proyecto de desarrollo turístico Desarrollo Playa Cacaluta, Órgano y Maguey. La microcuenca Cacaluta, es considerada como un humedal de importancia internacional y fue integrada al catálogo de sitios protegidos por la Convención Ramsar el 27 de noviembre de 2003, como sitio 1321 cuencas y corales de la zona costera de Huatulco, además de ser declarada reserva de la biósfera por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.

Sostiene la promovente que Fonatur cuenta con lotes para usos de suelo comercial de equipamiento hotelero, industrial, multifamiliar y espera ampliar la oferta turística e inmobiliaria con productos que resulten atractivos y de alto diseño constructivo en la zona de Huatulco. Asimismo señala que se trata de una zona con excelentes vistas y amplio frente de playa que se comercializará a través de megalotes con servicios, con el fin de atraer a prestigiadas cadenas hoteleras e inmobiliarias para el desarrollo de villas y condominios, un campo de golf, una casa club, hoteles boutique, hoteles cinco estrellas, clubes de playa y comercios.

Señala que el impacto ambiental de la obra afectará sitios arqueológicos zapotecos de alto valor cultural y religioso en la bahía de Cacaluta, por la introducción de conexiones subterráneas de energía eléctrica. Por ello refiere que el estado de Oaxaca plantea impulsar un turismo basado en la promoción de bahías de Huatulco y Puerto Escondido, con base en los tres ejes para el desarrollo del turismo en el estado: conectividad, desarrollo de productos turísticos y promoción asertiva.

Asegura la proponente que Cacaluta alberga una región de gran riqueza biológica, en la que destaca uno de los arrecifes más significativos del Pacífico mexicano; así como el gran valor natural, ecológico y paisajístico de la parte baja de la región de Cacaluta, en la cual hay varios humedales que congregan abundante vegetación acuática y subacuática, con condiciones que contribuyen durante el estiaje a proveer de agua para los animales.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, la proponente somete a consideración la siguiente proposición con puntos de acuerdo.

Proposición con punto de acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), para que se modifique la idea original del proyecto Desarrollo Playa Cacaluta, Órgano y Maguey, con la finalidad de impulsar una estrategia de ecoturismo que respete el medio ambiente y el equilibrio ecológico de la región.

Segundo. La Comisión Permanente exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), y al Instituto Estatal de Ecología y Desarrollo Sustentable de Oaxaca, para que implementen una estrategia de impulso turístico sustentable en el proyecto Desarrollo Playa Cacaluta, Órgano y Maguey.

III. Consideraciones

Las diputadas y los diputados integrantes de esta comisión reconocen la importancia del planteamiento de la proposición con punto de acuerdo, y coincidimos en la propuesta de la diputada Yesenia Nolasco por la que se exhorta respetuosamente al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), para que se modifique el Desarrollo Playa Cacaluta, Órgano y Maguey, con la finalidad de impulsar una estrategia de ecoturismo que conserve el medio ambiente y el equilibrio ecológico de la región; la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), y al Instituto Estatal de Ecología y Desarrollo Sustentable de Oaxaca, para que implementen una estrategia de impulso turístico sustentable en el proyecto Desarrollo Playa Cacaluta, Órgano y Maguey.

Las y los integrantes de esta comisión sabemos que México ocupa una posición preponderante a nivel mundial, ya que es catalogado como un país megadiverso; alberga una gran variedad ecosistemas, es el caso del Parque Nacional Huatulco, en el cual está incluida playa Cacaluta Órgano y Maguey, bahías que reúnen una diversidad de especies animales y vegetales, características de ecosistemas de selva baja caducifolia, humedales, manglares y arrecifes coralinos, entre otros. Siendo estos elementos bióticos (ecosistemas y especies asociadas) y abióticos (ambiente físico y dinámicas ecológicas) importantes para la continuidad de diferentes procesos ecológicos a nivel local y regional. La diversidad biológica y de ambientes representados en dicha zona contribuye con servicios ambientales esenciales para la población humana circundante.

Dada su gran importancia, la Convención sobre los Humedales, firmada en la ciudad de Ramsar, Irán, el 2 de febrero de 1971, es un tratado intergubernamental que sirve de marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y uso racional de los humedales, designó el 27 de noviembre de 2003, gran parte del municipio de Santa María Huatulco (41 mil 323 hectáreas) como Sitio Ramsar 1321: Cuencas y Corales de la Zona Costera de Huatulco, reconocido como un humedal de importancia internacional, debido principalmente a la presencia de selva baja caducifolia o selva seca, además de la dinámica ecológica que comparte con los humedales temporales y permanentes que están presentes, como arroyos, ríos, lagunas, manglares, arrecifes de coral, selva mediana inundable y otras comunidades vegetales que componen estos ecosistemas tan importantes y que proveen gran cantidad de servicios ambientales.

De acuerdo con información emitida por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), Playa Cacaluta, Órgano y Maguey, alberga un frágil ecosistema arrecifal reconocido como uno de los sistemas coralinos más importantes del Pacífico mexicano, por su importancia ambiental y paisajística, expresamos la preocupación por exhortar a las autoridades competentes a la elaboración de un proyecto ecoturístico, social y cultural para el impulso sustentable del Desarrollo Playa Cacaluta, Órgano y Maguey.

Con base en el Plan de Manejo de Playa Cacaluta, Órgano y Maguey se registran mil 158 especies, 34 de ellas son especies endémicas, 126 protegidas por la NOM- ECOL 059, todas ellas habitan en las pequeñas lagunas costeras semipermanentes, desembocaduras de ríos y comunidades de manglar que fungen como hábitat y refugio, algunos ejemplos de flora son: Bravaisia integérrima, Bursera coyucensis, Pterocereus gaumeri, Conocarpus erectus, Laguncularia racemosa, Rhizophora mangle, Avicennia germinans; en cuanto a fauna: Insilius coccifer (Bufo coccifer) sapo chiquito, Insilius marmoreus (Bufo marmoreus) sapo marmoleado, Dermophis oaxacae (cecilia oaxaqueña), Passerculus sandwichensis (gorrión savanero), Falco peregrinus (halcón peregrino), Pelecanus occidentalis (pelícano pardo), Campephilus guatemalensis (carpintero grande), Herpailurus yagouaroundi (jaguarundi) Lutra longicaudis (perro de agua), Tamandua (mexicana oso hormiguero), Zalophus californianus californianus (lobo marino), Choeronycteris mexicana (murciélago trompudo mexicano), Bassariscus astutus (cacomixtle), Rhinoclemmys pulcherrima (tortuga sabanera), Boa constrictor (mazacuata o boa), Lampropeltis triangulum (falso coral), Crocodylus acutus (cocodrilo), Eretmochelys imbricata bissajimbricata (tortuga carey), Heloderma horridum (escorpión), Porthidium dunni (chatilla), invertebrados acuáticos como Plicopurpura pansa (caracol púrpura), Pteria sterna (concha nácar), Ancistromesus mexicanus (lapa gigante), Rhamdia guatemalensis (bagre), Holacanthus passer (ángel real), entre otras.

Manifestamos que de acuerdo con información emitida por la Universidad del Mar, de Oaxaca, Playa Cacaluta, Órgano y Maguey, forma parte de un macizo forestal con gran relevancia para la continuidad de distintos procesos ecosistémicos y servicios ambientales generados, como captura de carbono, recarga de acuíferos y regulación climática, además de ser reservorio genético de comunidades y poblaciones de flora y fauna. Incluye ecosistemas marinos que se encuentran amenazados y que contienen un número importante de peces, arrecifes coralinos, algas y diversos invertebrados sujetos a presión antropogénica constante, como el caso del caracol púrpura, el cual es considerado como patrimonio de la región y aunado al establecimiento de Área Natural Protegida Bahías de Huatulco, la Dirección General de Vida Silvestre (DGVS), establece y diseña un esquema de aprovechamiento, mediante la aplicación de técnicas y métodos de mínimo o nulo impacto al medio ambiente, basados en el conocimiento tradicional de las comunidades indígenas de Pinotepa de Don Luis, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, garantizando así la conservación del hábitat natural del caracol púrpura y de las poblaciones y ejemplares de especies silvestres (artículo 39 de la Ley General de Vida Silvestre).

Sabemos que la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad ha señalado a Playa Cacaluta, Órgano y Maguey, como una zona de alta prioridad para su conservación y como área clave en el mapa de la biodiversidad mexicana; además, la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN, por sus siglas en inglés) ha declarado a las selvas bajas caducifolias, como uno de los ecosistemas prioritarios de conservación en la medida que a nivel mundial sólo 0.009 por ciento de éste se encuentra bajo un régimen de protección, y menos de 2 por ciento está lo suficientemente conservado (INE, 2010) Estimamos que la construcción del Desarrollo Turístico Playa Cacaluta Órgano y Maguey, en el área de la microcuenca de Cacaluta y bahías correspondientes, pone en riesgo la continuidad estructural y viabilidad ecológica de los ecosistemas de selva baja caducifolia y humedales presentes en el área. Las amenazas de conservación que se presentan y modifican la integridad ecológica de los ambientes naturales de Playa Cacaluta, Órgano y Maguey están focalizadas y estratificadas en diferentes grados de impacto que van desde cambios ambientales severos como pérdida de cobertura forestal para agricultura, ganadería y desarrollo urbano-turístico, hasta afectaciones particulares para ciertos grupos taxonómicos.

Reconocemos que entre los principales inconvenientes a los que se enfrenta la diversidad biológica del área de influencia se encuentran la remoción de cobertura forestal y hábitats potenciales; además de colisiones de fauna terrestre con vehículos automotores. Específicamente, en ambientes marinos, la extracción y azolvamiento de cuerpos de agua con arena más la eutroficación del agua a causa de agroquímicos, estimula el crecimiento constante de algas, lo cual genera un efecto de sombreado que disminuye la luminosidad y “asfixia” los arrecifes coralinos de la mayoría de las bahías.

Estudios recientes (Granja y López, 2008) señalan que el efecto combinado de la sedimentación natural y/o causada por actividades humanas, puede modificar la estructura de la comunidad coralina, provocando eventualmente la pérdida de los arrecifes más importantes en Playa Cacaluta, Órgano y Maguey, ya que el mismo presenta la amenaza de pescadores, buzos y turistas quienes provocan daños con anclas de embarcaciones, desechos sólidos y pesca excesiva, lo cual altera el equilibrio de las comunidades marinas. Consideramos necesario profundizar en las principales actividades económicas y turísticas que se realizan actualmente en la zona de influencia de las bahías de Playa Cacaluta, Órgano y Maguey, ya que las mismas se deben de adecuar al plan de manejo de la zona, para no causar alteraciones significativas a los ecosistemas que por sus características naturales son recursos no renovables.

El proyecto Desarrollo Playa Cacaluta, Órgano y Maguey afectará los reservorios de humedad de los cuales dependen la gran diversidad de especies de flora y fauna, pues la introducción de infraestructura de energía eléctrica, drenaje y agua potable alterará los arroyos que irrigan los humedales, las lagunas costeras y las playas, además del impacto antropogénico que se causará con las actividades que se realicen en el área.

Reconocemos y exaltamos los derechos consagrados en nuestra Carta Magna, de acuerdo con el artículo 4 constitucional “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, y el estado garantizará el respeto a este derecho”, en el caso de los habitantes de Playa Cacaluta, Órgano y Maguey, su derecho consagrado en el referido artículo está siendo violentado, ya que en ningún momento se realizó la consulta popular prevista en ley para la realización del Desarrollo Playa Cacaluta, Órgano y Maguey, además la afectación es para todos los mexicanos, pues se está devastando un patrimonio natural que difícilmente podrá renovarse, es importante resaltar que Playa Cacaluta corresponde a las áreas que presentan el más alto índice de calidad ambiental y en el espacio marino tiene como fin prioritario la conservación de la biodiversidad insular, esto de acuerdo con el Programa del Parque Nacional Huatulco.

Consideramos que la construcción del complejo turístico Playa Cacaluta, Órgano y Maguey, afectará la simbiosis que existe en las 20, 975-01-65 hectáreas, de la zona de Bahías de Huatulco, exhortando a las autoridades a la implementación de políticas públicas que impulsen un régimen jurídico que garantice el resguardo y protección frente a las actividades turísticas nocivas de alto impacto, favoreciendo la preservación de nuestros ecosistemas y recursos naturales, con la prioridad de conservar la calidad de los servicios ambientales que nos brindan, auspiciando el debido manejo de la zona.

Por lo antes expuesto y fundado, las y los legisladores integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos naturales, sometemos a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, y al Instituto Estatal de Ecología y Desarrollo Sustentable de Oaxaca, para que verifiquen que se cumpla con los permisos que enmarca la ley para la construcción del Desarrollo Playa Cacaluta, Órgano y Maguey.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Fondo Nacional de Fomento al Turismo, para que ajuste el proyecto Desarrollo Playa Cacaluta, Órgano y Maguey, solicitando se impulse una estrategia de ecoturismo sustentable de bajo impacto, que vaya de acuerdo con las especificaciones del Plan de Manejo de la Zona de Playa Cacaluta, Órgano y Maguey; además, respetar las zonas declaradas por la Convención Ramsar, ya que Playa Cacaluta, forma parte de un plan estratégico de preservación Ramsar declarado como sitio 1321 a nivel internacional dada la importancia de los humedales y arrecifes que existen en la zona, así como adecuar dicho proyecto a los estudios de capacidad de carga por ecosistema y actividad, y en caso de afectación a las zonas de Playa Cacaluta, Órgano y Maguey, y en caso de afectación se exhorta a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente aplique las sanciones correspondientes conforme a la ley.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril 2015.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres, José Ignacio Olvera Caballero (rúbrica), Cristina Olvera Barrios, secretarios; Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa, Juan Manuel Fócil Pérez, Marina Garay Cabada, Ignacio Mestas Gallardo, María Estela Moreno Alvarado (rúbrica), Teresita de Jesús Ramírez Hernández (rúbrica), Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica).

De la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades de los tres niveles de gobierno en materia de trabajo a garantizar la inclusión de las mujeres en la vida laboral con igualdad de oportunidades

Honorable Asamblea:

La Comisión de Igualdad de Género, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 66, 79 numeral 2, 80; 81, 82, 84, 85, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV; y 167, numeral 4, 176, fracción I, y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

Con fecha 10 de marzo de 2015, las diputadas Ana Lilia Garza Cadena, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito, Bárbara Gabriela Romo Fonseca, Martha Edith Vital Vera, Carla Alicia Padilla Ramos, Mónica García de la Fuente, Gabriela Medrano Galindo, Rosa Elba Pérez Hernández, Laura Ximena Martel Cantú, Ruth Zavaleta Salgado, Lourdes Adriana López Moreno diputada Martha Lucía Beatriz Córdova Bernal, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó ante la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades de los diferentes niveles de gobierno en materia de trabajo a garantizar la inclusión de las mujeres en la vida laboral con igualdad de oportunidades.

El 10 de marzo 2015, mediante el oficio número DGPL 62-II-7-2128, la proposición con punto de acuerdo fue remitida para su análisis y dictamen correspondiente, bajo el expediente 6233, a la Comisión de Igualdad de Género, la cual fue recibida en fecha 11 de marzo de 2015.

En su proposición con punto de acuerdo, las promoventes plantean su preocupación debido a que de manera cotidiana las mujeres se enfrentan a constantes actos discriminatorios por cuestiones de género, sus acciones son constantemente devaluadas lo que se ha reforzado históricamente por la creencia de que el hombre es “cabeza de familia”, que ejerce la autoridad y es el representante legal de la mujer y su descendencia. Señalaron que, si bien hoy en día esa falsa ideología se ha transformado, y de manera paulatina se ha logrado la incursión de las mujeres en temas que eran considerados exclusivos de hombres, aun no se ha erradicado.

Las proponentes enfatizaron que la equidad entre géneros es indispensable para mejorar las condiciones económicas, sociales, políticas y culturales de la sociedad en su conjunto, también contribuye a lograr una ciudadanía más integral y a fortalecer la gobernabilidad democrática, de ello dan cuenta el trabajo y esfuerzo institucional para lograr la inclusión total de la mujer a todos los sectores de la vida.

En torno a ello, las proponentes puntualizaron que desde el 8 de marzo de 1975, día en que se conmemoró por primera vez el Día Internacional de la Mujer, para concientizar sobre la importancia de la participación de las mujeres en los diversos ámbitos de la vida, año con año, la Organización de las Naciones Unidas, ONU, se ha esforzado por impulsar mecanismos eficientes de inclusión y respeto a los derechos de la mujer. Para 2015 la conmemoración apunta hacia la reflexión en torno de los avances logrados, pedir más cambios y celebrar la valentía y la determinación de mujeres que ha jugado un papel clave en la historia de sus países y comunidades. Asimismo, se propone empoderar a las mujeres a través de la recreación de un mundo en el que cada mujer y cada niña puede escoger sus decisiones, tales como participar en la política, educarse y vivir en sociedades sin violencia ni discriminación.

Como lo afirmó la ONU, las proponentes manifestaron que para crear economías más fuertes, lograr los objetivos de desarrollo y sostenibilidad convenidos internacionalmente y mejorar la calidad de vida de las mujeres, las familias y las comunidades, resulta fundamental empoderar a las mujeres para que participen plenamente en la vida económica, en todos sus sectores; impulsar el desarrollo de las capacidades de la mujer, facilitar el acceso de la mujer a oportunidades económicas, políticas, sociales y culturales, así como garantizar su seguridad, para lo cual requieren involucrarse conjuntamente las autoridades de los diferentes niveles de gobierno, instituciones públicas y privadas, asociaciones y en particular la propia sociedad como elemento fundamental para el desarrollo de cualquier práctica en este tema.

Finalmente, manifestaron que a pesar de los grandes avances en torno a la inclusión de la mujer en la vida laboral, en la toma de decisiones y en el reconocimiento y garantía de sus derechos, no puede afirmarse que la discriminación, la violencia contra las mujeres y la desigualdad estén erradicadas, de ahí la pertinencia del presente exhorto, a través del cual se pretende seguir trabajando en beneficio de la eliminación de cualquier acto que provoque desigualdad en contra de las mujeres.

Consideraciones

Esta dictaminadora coincide con la apreciación de las diputadas proponentes en torno a sus planteamientos en favor del ejercicio efectivo y garantía plena de los derechos humanos de las mujeres, pues a pesar de los grandes avances en torno a su inclusión en la vida laboral, en la toma de decisiones y en el reconocimiento y garantía de sus derechos, no puede afirmarse que la discriminación, la violencia contra las mujeres y la desigualdad estén erradicadas.

En efecto, datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh) 2011, dicen que 46.1 por ciento del total de mujeres encuestadas de 15 años y más, sufrieron algún incidente de violencia de pareja a lo largo de su actual o última relación conyugal. El porcentaje fluctúa entre 56.9 por ciento en el estado de México y 29.8 por ciento en Chiapas. El 42.4 por ciento de las mujeres de 15 años y más, declaró haber recibido agresiones emocionales en algún momento de su actual o última relación que afectan su salud mental y psicológica; 24.5 por ciento recibió algún tipo de agresión para controlar sus ingresos y el flujo de los recursos monetarios del hogar, así como cuestionamientos con respecto a la forma en que dicho ingreso se gasta.

Asimismo, el 13.5 por ciento de estas mujeres de 15 años y más confesó haber sufrido algún tipo de violencia física que les provocaron daños permanentes o temporales. Los contrastes por entidad federativa son: el estado de México con 15.5 por ciento, mientras que en Sinaloa alcanzó el 9.7 por ciento. De igual forma, la encuesta arrojó que de las mujeres de 15 años y más, víctimas de violencia sexual cometida por sus propias parejas, representan el 7.3 por ciento; ellas declararon haber sufrido diversas formas de intimidación o dominación para tener relaciones sexuales sin su consentimiento.1

Por otra parte, la Endireh también identificó las diversas situaciones de discriminación laboral que enfrentaron las mujeres en su lugar de trabajo durante el último año, entre las que destacan: a pesar de tener el mismo nivel y puesto que un hombre le pagaron menos; tuvo menos oportunidad para ascender o menos prestaciones; le bajaron el salario, la despidieron o no la contrataron debido a su situación conyugal; o en su lugar de trabajo le solicitaron la prueba de embarazo. En el nivel nacional, la encuesta arrojó que ascendió a 20.6 por ciento, el porcentaje de mujeres ocupadas de 15 años y más, que señalaron haber tenido algún incidente como los descritos.2

En este orden de ideas, el Estado mexicano ha realizado esfuerzos específicos en favor de la protección, defensa y garantía de los derechos humanos de las mujeres que se observan en la ratificación de múltiples compromisos internacionales en la materia, entre ellos destacan la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1981) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Belém do Pará (1999). Además, ha participado en las cuatro Conferencias Mundiales de la Mujer y aprobó, con la unanimidad de los Estados participantes, la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.

La Plataforma es un llamamiento a los Estados firmantes para la adopción de medidas concretas con diversos objetivos, entre ellos: proteger y promover los derechos humanos de las mujeres y las niñas; erradicar la carga persistente y creciente de la pobreza que soportan las mujeres; eliminar los obstáculos que se oponen a su plena participación en la vida pública; eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres; garantizar la igualdad de acceso de niñas y mujeres a la educación y los servicios de salud y promover la autonomía económica de las mujeres.

En dicha plataforma se reafirmó entre otras cuestiones el defender los derechos y la dignidad humana intrínseca de las mujeres y los hombres, todos los demás propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales de derechos humanos, en particular, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño, así como la Declaración sobre la Eliminación de la violencia contra la mujer y la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo.

Esta dictaminadora coincide con los planteamientos de las proponentes en la pertinencia del objetivo del punto de acuerdo que se analiza, pues sin duda se requiere seguir trabajando en beneficio de la eliminación de cualquier acto que provoque desigualdad en contra de las mujeres, pugnar por su empoderamiento que conlleve a su participación plena en todos sus sectores; así como impulsar el desarrollo de sus capacidades, facilitar el acceso de las mujeres a oportunidades económicas, políticas, sociales y culturales; para lo cual es ineludible que se involucren de manera conjunta las autoridades de los diferentes niveles de Gobierno, instituciones públicas y privadas, asociaciones y en particular la propia sociedad como elemento fundamental para el desarrollo.

Por lo expuesto, la Comisión de Igualdad de Género emite el presente dictamen en sentido positivo, con modificaciones que abonan a precisar a las autoridades a quienes se dirige el exhorto, esta modificación fue comentada y cuenta con la venia del grupo promovente.

Por lo anterior, se somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las autoridades en materia de trabajo de las entidades federativas a efecto de que se garantice la inclusión de las mujeres a la vida laboral con igualdad de oportunidades, implementando los mecanismos necesarios para eliminar cualquier acto que ponga a las mujeres en grado de desventaja en comparación a los hombres.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

Notas

1 http://www.inmujeres.gob.mx/index.php/sala-de-prensa/inicio-noticias/64 5-el-inegi-e-inmujeres-dan-a-conocer-los-resultados-de-la-endireh-2011

2 Ibíd.

La Comisión de Igualdad de Género

Diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Claudia Rocío Villa Oñate (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), secretarias; María de Lourdes Flores Treviño (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Carolina Hernández Ortiz (rúbrica), Lucía Reynoso Castellanos, Brenda Alvany Franco de la Torre (rúbrica), Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera, María Eugenia de León Pérez, Alejandra Gutu Deskens, Julisa Mejía Guardado, Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica).

De la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Congreso de Chihuahua a armonizar de manera debida su legislación en materia de feminicidio con base en la legislación federal y los instrumentos internacionales de derechos humanos de las mujeres

Honorable Asamblea:

La Comisión de Igualdad de Género, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 66, 79 numeral 2, 80; 81, 82, 84, 85, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV; y 167, numeral 4, 176, fracción I, y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

Con fecha 19 de febrero de 2015, la diputada Martha Lucía Beatriz Córdova Bernal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Movimiento Ciudadano, presentó ante la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso de Chihuahua a llevar a cabo la debida armonización de su legislación en materia de feminicidio en base a la legislación federal y a los instrumentos internacionales aplicables.

El 26 de febrero de 2014, mediante el oficio número DGPL 62-II-5-2535, la proposición con punto de acuerdo fue remitida para su análisis y dictamen correspondiente bajo el expediente 6159 a la Comisión de Igualdad de Género, la cual fue recibida en fecha 27 de febrero de 2015.

En su proposición con punto de acuerdo la promovente plantea que con la promulgación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el 1 de febrero de 2007 se establece por primera vez en un ordenamiento jurídico la violencia feminicida, al referirse a la violencia extrema de la violencia de género contra las mujeres y le añade elementos tales como: que se conforma por el conjunto de conductas misóginas, que pueden conllevar impunidad social y del Estado. En el año 2011, con la incorporación del delito de feminicidio como un nuevo tipo penal en el catálogo de delitos del orden federal, se da un nuevo tratamiento de homicidio doloso calificado, a quien prive dolosamente de la vida a una mujer, cuando se cometa en ciertas circunstancias y no sólo atendiendo a la calidad de la víctima.

Asimismo, señala que de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Inegi, durante 2010, el total de defunciones registradas ascendió a 592 mil 018 (332 mil 027 hombres y 259 mil 669 mujeres), mientras que las muertes por homicidio fueron 25 mil 757 (23 mil 285 hombres y 2 mil 418 mujeres); es decir, el 4.4 por ciento de las defunciones del país fueron por esta causa. Ese mismo año, a nivel nacional hubo 4.4 defunciones por cada 100 mil mujeres y las tasas de muertes por homicidio por encima de la media nacional se registran en Chihuahua, Durango, Nayarit, Sinaloa, Baja California, Guerrero, Tamaulipas, Morelos, Oaxaca, Coahuila y Quintana Roo.

Por lo que se refiere a los lugares en donde se perpetra el feminicidio, según el Inegi, en el último quinquenio cuatro de cada 10 homicidios de mujeres han ocurrido en su hogar y tres en la vía pública; sin embargo, la proporción de muertes de mujeres en la vía pública aumentó de manera considerable, pasando de 27.9 por ciento en 2005 a 35.7 por ciento en 2009.

En este contexto, señala la proponente que el Estado debe proporcionar garantías plenas y efectivas de atención, protección, restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición. Resulta fundamental la inclusión de la perspectiva de género en la impartición de justicia ya que, en contra sentido, se estaría consintiendo tácitamente con la comisión de delitos contra mujeres.

De ahí que la proponente puntualice la necesidad de armonizar el tipo penal del delito de feminicidio de manera homóloga, a fin de que en cualquier entidad federativa se castiguen como tal las mismas conductas que prevé el Código Penal Federal, así como la previsión de las medidas de atención a las víctimas, tales como atención y tratamientos médicos, psicológicos, espacios adecuados, personal calificado y capacitado, para la atención; pero lo más importante, para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres y la preservación de sus vidas; ya que sin duda el bien jurídico tutelado más preciado es la vida y es con base a este bien que pueden desarrollarse los demás derechos de los que toda persona es titular; por ello la privación de la vida constituye la conducta mayormente reprochable y condenable por la sociedad y por la ley, por lo que para ello recomienda considerar:

• Tipificar el delito de feminicidio en el Código Penal estatal, contemplando la definición y la sanción conforme al Código Penal Federal y señalar las circunstancias que consideran que el delito se cometió por razones de género.

• Establecer, conforme al Código Penal Federal, la pena de 40 a 60 años de prisión, así como la determinación de la multa correspondiente, acorde al mismo ordenamiento.

• Incorporar entre los elementos del delito las razones de género, que distinguen al tipo penal de feminicidio como un delito autónomo y que son las siguientes circunstancias:

* La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.

* A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.

* Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima.

* Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza.

* Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.

* La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.

* El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

• Sancionar en la legislación penal, al sujeto activo del delito de feminicidio con la pérdida de todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.

• Sancionar al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia en el delito de feminicidio, armonizándolo con el Código Penal Federal (Pena privativa de libertad, multa y destitución e inhabilitación).

• Ampliar en la ley de violencia estatal, la figura del agravio comparado.

• Incorporar tiempos para emitir la alerta de violencia de género.

• Mandatar explícitamente en la ley de violencia estatal, la especialización de las y los agentes del Ministerio Público, peritos, personal que atiende a víctimas para la debida diligencia en la conducción de averiguaciones previas y procesos judiciales relacionados con feminicidio; y la elaboración y aplicación de protocolos especializados con perspectiva de género en la búsqueda inmediata de mujeres y niñas desaparecidas, para la investigación de los delitos de feminicidio.

A mayor abundamiento, la proponente plantea que para efectos de tipificación del feminicidio es indispensable considerar:

- Que la conducta típica es privar de la vida a una o más mujeres. A diferencia del tipo penal del homicidio, este tipo penal sí describe diversas causales que señalan formas y medios de ejecución específicos, como el nexo causal entre conducta típica y el resultado típico.

- Que la culpabilidad es resultante de la antijuridicidad de la conducta desplegada por el sujeto activo, lesionando el bien jurídico tutelado, en ese sentido, en este tipo de delitos, este elemento se encuentra presente, basta estudiar los contextos y las circunstancias en que se perpetra y en donde se evidencia la crueldad y la extrema violencia.

- Que dentro de los principales fundamentos para tipificar el delito de feminicidio, se encuentran la igualdad sustancial, la no discriminación, el respeto del derecho de las mujeres a una vida sin violencia y el respeto a la vida de las mujeres.

- Que constituye un clasificación independiente e incluyente que visibiliza y reconoce la privación de la vida de mujeres por razones de género, en la que concurren circunstancias especiales de extrema violencia como la tortura, el descuartizamiento, decapitación, la asfixia entre otras, en la que además pueden presentarse otros tipos penales como la violación, la privación de la libertad, la trata de personas, entre otras formas crueles e inhumanas de causar dolor hasta la muerte de una o varias mujeres, lo que justifica plenamente la inclusión de una disposición formalmente separada del tipo penal de homicidio.

- Los sujetos requeridos para que exista el delito de feminicidio son dos, el activo y el pasivo o víctima, aunque pueden existir diversos sujetos activos y diversos sujetos pasivos de este delito. El sujeto activo puede ser cualquier persona, mujer u hombre indistintamente, mientras que el sujeto pasivo siempre será una mujer.

Consideraciones

Esta dictaminadora coincide plenamente con los planteamientos de la proponente, dado que el feminicidio constituye la forma de la violencia en su peor expresión, causante de la muerte de mujeres en todo el país, por lo cual su tipificación como delito en el orden jurídico nacional, constituye una gran necesidad y una exigencia.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 325 del Código Penal Federal, la privación de la vida de las mujeres, constituye la máxima afrenta que el Derecho Penal prevé y sanciona, la conceptualización del feminicidio y su tipificación, encuentran su marco de referencia en diversos instrumentos internacionales y está previsto en él, la adecuación al tipo a través de diferentes causas.

En este orden de ideas, corresponde al Estado otorgar garantías plenas y efectivas de atención, protección, restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición, así como la incorporación de la perspectiva de género en administración, procuración e impartición de justicia.

Con ello, las y los servidores públicos están obligados a incorporar en su desempeño la perspectiva de género. Ello derivado de la suscripción por parte del Estado Mexicano de diversos instrumentos internacionales, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer como la Convención contra la Tortura.

Asimismo la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, trajo entre sus avances más significativos el que las personas y sus derechos constituyen el eje central de la impartición de justicia, lo que obliga a todas las autoridades y operadores legales a aplicar los criterios contenidos en los tratados internacionales en materia de derechos humanos.

De ahí que el Estado mexicano se encuentra obligado a dar cumplimiento a las recomendaciones emitidas en materia de derechos humanos, entre las cuales está la debida armonización del marco jurídico nacional.

En esta materia, resulta relevante la sentencia de la Corte Interamericana en contra del Estado mexicano “Caso González y otras (Campo Algodonero) versus México”, (2009). En su resolutivo 18 destaca: El Estado deberá, en un plazo razonable, continuar con la estandarización de todos sus protocolos, manuales, criterios ministeriales de investigación, servicios periciales y de impartición de justicia, utilizados para investigar todos los delitos que se relacionen con desapariciones, violencia sexual y homicidios de mujeres, conforme al Protocolo de Estambul, el Manual sobre la Prevención e Investigación Efectiva de Ejecuciones Extrajudiciales, Arbitrarias y Sumarias de Naciones Unidas y los estándares internacionales de búsqueda de personas desaparecidas, con base en una perspectiva de género, conforme a lo dispuesto en los párrafos 497 a 502 de esta sentencia.

Este resolutivo ha sido de gran trascendencia para la tipificación del feminicidio en los Códigos Penales de México, ya que sustenta jurídicamente la obligación del estado mexicano de cumplir con la creación y estandarización de un protocolo que permitiera la investigación y sanción de los homicidios de mujeres por razones de género, mejor conocidos como feminicidios.1

En este marco, esta dictaminadora coincide con la proponente quien puntualiza que es necesario homologar en todo el país el tipo penal de feminicidio, a fin de que en cualquier entidad federativa se castiguen como tal las mismas conductas que prevé el Código Penal Federal, con las recomendaciones de orden técnico a que hace referencia en proposición con punto de acuerdo.

Esta dictaminadora coincide con la proponente en la pertinencia del objetivo del punto de acuerdo que se analiza, pues si bien es cierto que en el ámbito normativo hay un esfuerzo del Estado mexicano por sancionar el delito de feminicidio, aún falta en algunos estados legislar en congruencia con los estándares en la materia, así como con los compromisos internacionales existentes, por ello se insiste en la importancia de llevar a cabo la armonización del marco jurídico del estado de Chihuahua. Es fundamental que el marco jurídico de esa entidad esté acorde con las normas federales en la materia, pues es inadmisible que persista la impunidad y que las mujeres sigan siendo vulneradas en sus derechos fundamentales por diversos factores, entre ellos por el hecho de ser mujeres, por su estatus social, económico o cultural, así como por la falta de reconocimiento de sus derechos en las leyes.

Por lo expuesto, la Comisión de Igualdad de Género emite el presente dictamen en sentido positivo, por lo que somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al Congreso de estado de Chihuahua a llevar a cabo la armonización legislativa en materia de feminicidio con base a la legislación federal y a los instrumentos internacionales aplicables en materia de derechos humanos de las mujeres.

Nota

1 Estudio de la Implementación del Tipo Penal de Feminicidio en México: Causas y Consecuencias 2012-2013. Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio. Páginas 18 y 19.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

La Comisión de Igualdad de Género

Diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Claudia Rocío Villa Oñate (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, María Guadalupe Moctezuma Oviedo (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), secretarias; María de Lourdes Flores Treviño (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Carolina Hernández Ortiz (rúbrica), Lucía Reynoso Castellanos, Brenda Alvany Franco de la Torre (rúbrica), Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera, María Eugenia de León Pérez, Alejandra Gutu Deskens, Julisa Mejía Guardado, Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica).

De la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobernador de Oaxaca a evitar las violaciones de los derechos humanos de las internas en el penal femenil de Tanivet, Tlacolula

Honorable Asamblea:

La Comisión de Igualdad de Género, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea, el siguiente dictamen.

Antecedentes

1. Con fecha 5 de marzo la Diputada federal de Oaxaca, Angélica Rocío Melchor Vásquez, integrante del Grupo Parlamentario del PRD, presentó ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno de Oaxaca a evitar las violaciones de los derechos humanos de las internas del penal femenil de Tanivet, en Tlacolula, Oaxaca.

2. En esa misma fecha, la proposición fue turnada para su estudio y dictamen a la Comisión de Igualdad de Género.

3. Con fecha 6 de marzo, se recibió en la Comisión de Igualdad de Género el expediente 6214 con dicha proposición.

Contenido

Refiere la diputada proponente que con fecha sábado 14 de febrero de 2015, por la mañana, alrededor de 230 mujeres internas del Penal de Reinserción Social de Tanivet, Tlacolula, Oaxaca; se negaron, como único recurso a su alcance, al primer pase de lista y a recibir los primeros alimentos del día, en protesta de los malos tratos recibidos por servidores públicos del penal; específicamente la Directora Ángela Torres y el Lic. Valdemar Pérez Canseco, Subsecretario de Reinserción Social de la Secretaria de Seguridad Pública del Estado, y custodios por mandato o permisibilidad de los directivos, tales como la falta de agua potable, el agua que les proporcionan es salada.

La reclusas, precisa la proponente, solicitaron la presencia del Secretario General de Gobierno y del titular de la Defensoría de Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, con el fin de que se instalara una mesa de diálogo que escuchara y resolviera las siguientes peticiones:

I. Revisión y adecuación del contenido de la dieta diaria, conforme al artículo 27 de la Ley de Ejecución de sanciones privativas y medidas restrictivas de libertad para Oaxaca.

II. Asistencia médica permanente y medicamentos. Asistencia médica especializada en hospitales de Salud pública federal o estatal a mujeres que padecen enfermedades crónico-degenerativas. De acuerdo a los artículos 28-32 de la misma ley.

III. Que les permitan tener más de tres mudas de ropa y ropa para el clima frío.

IV. Respeto a la permanencia de los sus hijas e hijos que requieren cuidados maternos.

V. Personal administrativo y de custodia del sexo femenino. No hombres en un penal para mujeres.

VI. Traslado para que puedan compurgar sus penas en los centros penitenciarios ubicados en la región de donde proceden, a fin de propiciar su reintegración a la comunidad como forma de reinserción social y en su caso estar cerca del juzgado en que llevan sus procesos, en términos del artículo 18 constitucional.

VII. Adquisición del material necesario para desarrollar su actividad ocupacional trabajo como lo establece el artículo 62 de la Ley de Ejecución de sanciones privativas y medidas restrictivas de libertad para el Estado de Oaxaca.

VIII. Mejorar el trato a la visita, revisión higiénica de los alimentos que ingresan para las internas y sus niñas y niños.

IX. Pleno respeto a los derechos humanos de las internas tal como lo prescribe la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las autoridades penitenciarias, no obstante la visita previa del titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, quien fue a cerciorarse de las condiciones en que se encontraban las reclusas y solicitó al Subsecretario de Reinserción Social de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y a la Directora del Penal que respetasen la integridad física y los derechos humanos de las mujeres que se encuentran bajo su responsabilidad; durante la madrugada del día domingo 15 de febrero de 2015, ordenaron a un grupo de policías antimotines que sometieran a las mujeres para encerrarlas en sus celdas, con abuso de la fuerza.

Posteriormente, sacaron de sus celdas a seis mujeres y las desnudaron, las expusieron para que los perros entrenados olfatearan sus genitales y las golpearon, para después recluirlas en una zona apartada del resto de la población penitenciaria; hechos que pueden encuadrar en actos de tortura. En los días transcurridos desde esa fecha siguieron las acciones vejatorias en contra de las mujeres, pues las autoridades del penal se obcecaron y les han impedido hasta la fecha que compren el tanque de gas para poder cocinar, les retiraron las mesas y sillas comedor, las dejaron sin cortinas en sus celdas.

Se negaron reiteradamente a atender las medidas cautelares de la Defensoría de los Derechos Humanos. Esperaron hasta el último momento para cumplir –a medias– la suspensión dictada en el incidente del juicio de amparo que promovieron las seis mujeres torturadas, para que cesara su aislamiento.

Han endurecido el uso de la violencia psicológica en contra de la población del penal e incluso ahora están generando un clima de escarnio y de división, hasta el grado de seleccionar a algunas internas para ofrecerles trato preferencial a cambio de fidelidad y de que hostiguen a las “rebeldes”.

De las conductas de estos servidores públicos, que han infligido tratos crueles, degradantes e inhumanos han tenido conocimiento diferentes instancias del poder ejecutivo, entre ellos su superior jerárquico, que es el encargado del despacho de la Secretaría de Seguridad Pública; pero también han sido omisos y han dejado hacer y pasar, sin dictar ninguna medida para impedir que se sigan cometiendo.

Consideraciones

Esta comisión dictaminadora estima que los hechos narrados por la diputada proponente son claramente violatorios de derechos humanos e inadmisibles en un Estado democrático y de derecho, que ha signado una serie de instrumentos internacionales de derechos humanos para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

Lo expuesto es una muestra clara del deterioro y agotamiento de una sistema penitenciario caduco, en el que prevalece la tortura y los malos tratos. En el caso que nos ocupa se observa además una doble victimización de las mujeres reclusas, quienes son reprimidas por atreverse a exigir su derecho a un trato digno.

Para esta dictaminadora existen elementos para presumir que las autoridades penitenciarias del estado de Oaxaca han incurrido en actos violatorios de derechos humanos, los cuales deben ser debidamente investigados por las instancias competentes para que quienes resulten responsables sean sancionados, pero particularmente para garantizar el principio de no repetición y la reparación integral del daño a las víctimas de tortura, así como de tratos crueles inhumanos y reparar el daño causado a las mujeres.

Coincidimos con la proponente en que la violencia ejercida en contra de las mujeres internas en el penal Tanivet de Tlacolula, Oaxaca, son completamente opuestos a los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de libertad en las Américas, adoptados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que establece entre otros los siguientes:

Principio XI

Alimentación y agua potable

1. Alimentación

Las personas privadas de libertad tendrán derecho a recibir una alimentación que responda, en cantidad, calidad y condiciones de higiene, a una nutrición adecuada y suficiente, y tome en consideración las cuestiones culturales y religiosas de dichas personas, así como las necesidades o dietas especiales determinadas por criterios médicos. Dicha alimentación será brindada en horarios regulares, y su suspensión o limitación, como medida disciplinaria, deberá ser prohibida por la ley.

2. Agua potable

Toda persona privada de libertad tendrá acceso en todo momento a agua potable suficiente y adecuada para su consumo. Su suspensión o limitación, como medida disciplinaria, deberá ser prohibida por la ley.

Principios relativos a los sistemas de privación de libertad

Principio XX

Personal de los lugares de privación de libertad

El personal que tenga bajo su responsabilidad la dirección, custodia, tratamiento, traslado, disciplina y vigilancia de personas privadas de libertad, deberá ajustarse, en todo momento y circunstancia, al respeto a los derechos humanos de las personas privadas de libertad y de sus familiares.

El personal deberá ser seleccionado cuidadosamente, teniendo en cuenta su integridad ética y moral, sensibilidad a la diversidad cultural y a las cuestiones de género, capacidad profesional, adecuación personal a la función, y sentido de responsabilidad.

Se garantizará que el personal esté integrado por empleados y funcionarios idóneos, de uno y otro sexo, preferentemente con condición de servidores públicos y de carácter civil. Como regla general, se prohibirá que miembros de la Policía o de las Fuerzas Armadas ejerzan funciones de custodia directa en los establecimientos de las personas privadas de libertad, con la excepción de las instalaciones policiales o militares.

Los lugares de privación de libertad para mujeres, o las secciones de mujeres en los establecimientos mixtos, estarán bajo la dirección de personal femenino. La vigilancia y custodia de las mujeres privadas de libertad será ejercida exclusivamente por personal del sexo femenino, sin perjuicio de que funcionarios con otras capacidades o de otras disciplinas, tales como médicos, profesionales de enseñanza o personal administrativo, puedan ser del sexo masculino.

Se dispondrá en los lugares de privación de libertad de personal calificado y suficiente para garantizar la seguridad, vigilancia, custodia, y para atender las necesidades médicas, psicológicas, educativas, laborales y de otra índole.

Principio XXIII

Medidas para combatir la violencia y las situaciones de emergencia

1. Medidas de prevención

De acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos, se adoptarán medidas apropiadas y eficaces para prevenir todo tipo de violencia entre las personas privadas de libertad, y entre éstas y el personal de los establecimientos.

Para tales fines, se podrán adoptar, entre otras, las siguientes medidas:

...

f. Promover la mediación y la resolución pacífica de conflictos internos;

g. Evitar y combatir todo tipo de abusos de autoridad y actos de corrupción; y

h. Erradicar la impunidad, investigando y sancionando todo tipo de hechos de violencia y de corrupción, conforme a la ley.

...

Para esta dictaminadora, es oportuno recordar que la violencia contra las mujeres es una asignatura pendiente, pues desde junio de 2011 la Comisión Nacional de Derechos Humanos, CNDH, emitió un Informe especial sobre el estado que guardan los derechos humanos de las mujeres internas en centros de reclusión de la República Mexicana 1 en el que realizó una serie de recomendaciones a los gobiernos federal y de los estados. En el informe, la CNDH reportó que 11 mil 901 reclusas viven en condiciones de vulnerabilidad, hacinamiento, peligro y mala alimentación; incluso, alertó que el 64.8 por ciento de ellas se alberga en centros mixtos, es decir en convivencia con población varonil.

En aquella ocasión, el Congreso de la Unión aprobó un punto de acuerdo por el cual solicitó al gobierno federal y a los estatales a informar sobre las acciones realizadas para dar cumplimiento a las recomendaciones hechas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Para esta dictaminadora no pasa inadvertido que los hechos materia de la proposición en comento son contrarios a los principios que inspiran la organización del sistema penitenciario en México, cuyo fundamento jurídico radica en el artículo 18 constitucional, el cual refiere que la readaptación social se aplicará sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación.

Por lo expuesto y atendiendo a lo previsto en la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Comisión de Igualdad de Género considera emitir el presente dictamen en sentido positivo, con algunos cambios en la redacción de los puntos de acuerdo, que sin afectar el sentido de los mismos pretenden dar mayor certeza y claridad al exhorto.

Por lo expuesto, la Comisión de Igualdad de Género somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados respetuosamente exhorta al ciudadano gobernador de Oaxaca, Gabino Cue Monteagudo, para que realice las gestiones necesarias para que cesen de inmediato los presuntos actos de tortura y las violaciones a los derechos humanos en contra de las mujeres reclusas del penal femenil de Tanivet, Tlacolula, Oaxaca; y en lo sucesivo se observe en todos los reclusorios del sistema penitenciario del estado de Oaxaca un trato de respeto pleno a los derechos humanos de todas las personas privadas de su libertad. Asimismo se le exhorta a que gire sus instrucciones para se dé inicio a una investigación sobre los hechos de probable tortura y violencia en contra de las mujeres en el penal de Tanivet, con el objetivo de identificar a los funcionarios presuntamente responsables y se les aplique la normativa que corresponda.

Nota

1 http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/informes/especiales / informeEspecial_CentrosReclusion_0.pdf.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

La Comisión de Igualdad de Género

Diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Claudia Rocío Villa Oñate (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), secretarias; María de Lourdes Flores Treviño (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Carolina Hernández Ortiz (rúbrica), Lucía Reynoso Castellanos, Brenda Alvany Franco de la Torre (rúbrica), Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera, María Eugenia de León Pérez, Alejandra Gutu Deskens, Julisa Mejía Guardado, Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica).

De la Comisión de Igualdad de Género, con punto de acuerdo por el cual se exhorta a la SHCP a garantizar –en el marco del ajuste del gasto correspondiente a 2015 anunciado por ella el pasado 30 de enero– que no se afecten los recursos clasificados en el anexo 13, “Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres”

Honorable Asamblea:

La Comisión de Igualdad de Género, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 66, 79 numeral 2, 80; 81, 82, 84, 85, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV; y 167, numeral 4, 176, fracción I, y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

Con fecha 17 de febrero de 2015, las diputadas Martha Lucía Mícher Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y Dora María Talamante Lemas, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, presentaron ante el pleno de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a garantizar que en el marco del ajuste del gasto para 2015, anunciado por dicha dependencia el pasado 30 de enero, no se afecten los recursos clasificados en el Anexo 13, “Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres”.

En la misma fecha, mediante el oficio número DGPL 62-II-7-2033, la proposición con punto de acuerdo fue remitida para su análisis y dictamen correspondiente bajo el expediente 6004, a la Comisión de Igualdad de Género, la cual fue recibida en fecha 6 de febrero de 2015.

En su proposición con punto de acuerdo, las proponentes externan su preocupación pues en el marco del ajuste del gasto público para 2015, el Secretario de Hacienda y Crédito Público, SHCP, Luis Videgaray, anunció una disminución de 2 mil millones de pesos al presupuesto de Petróleos Mexicanos, 10 mil millones de pesos a la Comisión Federal de Electricidad y 52.3 mil millones de pesos a las dependencias y entidades de la administración pública. De este último, 65 por ciento se aplicará al gasto corriente y el resto a gasto de inversión.

Si bien, la SHCP ha expresado que este ajuste responde no a una situación económica de urgencia sino a una medida preventiva para fortalecer las finanzas públicas y lograr la estabilidad macroeconómica, las proponentes consideraron que ésta coyuntura es idónea para que el Estado demuestre que los derechos humanos de las mujeres son prioridad para este gobierno y que, en el marco del principio de progresividad, dicha condición no se modificará por ajustes del gasto para 2015.

A este respecto, puntualizaron las proponentes que el marco internacional de derechos humanos impone a los Estados el deber de respetar, proteger y cumplir los derechos humanos. De esta forma, para que el Estado cumpla sus obligaciones en materia de derechos humanos, resulta indispensable contar con un presupuesto que refleje su interés y posibilite el cumplimiento de dichas obligaciones. De ahí que los presupuestos públicos con perspectiva de género son una herramienta eficaz para garantizar los derechos de las mujeres; dar cumplimiento al marco legal internacional, nacional y estatal en materia de igualdad entre los géneros, y cerrar las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres.

En apoyo de lo anterior, señalaron que la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados ha tenido un papel relevante en la institucionalización del presupuesto con perspectiva de género; a través de la Comisión de Igualdad de Género, desde su creación en 1999 con el nombre de Comisión de Equidad y Género, se han desarrollado una serie de acciones para garantizar la asignación de recursos y programas específicos para las mujeres en el Presupuesto de Egresos de la Federación, PEF. El logro más destacado en el ámbito legislativo, desde entonces, es el aumento progresivo del gasto etiquetado para mujeres. El comportamiento del presupuesto etiquetado para la igualdad de género en los PEF es el siguiente:

De esta manera, las proponentes enfatizaron que la Comisión de Igualdad de Género promovió que las erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres en 2015 consideren recursos destinados al cumplimiento de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres y ordenamientos de la política de igualdad como la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley General de Acceso a una Vida Libre de Violencia, el Programa Nacional de Desarrollo 2013- 2018 y el Proigualdad; dichos recursos por un monto de 23 mil 308 millones 185 mil 225 pesos, clasificados en el anexo 13, “Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres”, que fueron aprobados por el pleno de la Cámara de Diputados el 13 de noviembre de 2014, y así fue incluido en el decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2014.

Finalmente, manifestaron que aun cuando para 2015 se logró la etiquetación más alta, en proporción con el total del PEF de 2015, las erogaciones para la igualdad representan no más de 0.5 por ciento, lo que implica que estos recursos resultan insuficientes para solventar las necesidades que existen en la materia.

Consideraciones

La Comisión de Igualdad de Género coincide con la apreciación de las diputadas proponentes en torno a su preocupación, por el anuncio de una disminución al presupuesto de diversas dependencias y entidades de la administración pública, anunciada por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, en el marco del ajuste del gasto público para 2015.

Tal como lo manifestaron las proponentes, esta coyuntura puede contribuir a refrendar el compromiso del Estado mexicano en favor del ejercicio efectivo de los derechos humanos de las mujeres, en congruencia con el principio de progresividad de los derechos humanos, y procurar que dicho ajuste no se manifieste en el presupuesto etiquetado para mujeres en 2015.

En este orden de ideas, cabe precisar que el Estado mexicano ha suscrito diversos instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos de las mujeres. Entre ellos destacan la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1981) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Belém do Pará (1999). Además, ha participado en las cuatro Conferencias Mundiales de la Mujer y aprobó, con la unanimidad de los Estados participantes, la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.

La Plataforma es un llamamiento a los Estados firmantes para la adopción de medidas concretas con diversos objetivos, entre ellos: proteger y promover los derechos humanos de las mujeres y las niñas; erradicar la carga persistente y creciente de la pobreza que soportan las mujeres; eliminar los obstáculos que se oponen a su plena participación en la vida pública; eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres; garantizar la igualdad de acceso de niñas y mujeres a la educación y los servicios de salud, y promover la autonomía económica de las mujeres.

En dicha plataforma se estableció la necesidad de “integrar la perspectiva de género en las decisiones presupuestarias sobre las políticas y programas, así como la adecuada financiación de programas específicos para asegurar la igualdad entre las mujeres y los hombres”.

Cabe precisar que la Plataforma especifica que “para lograr esos objetivos, los gobiernos deberían tomar medidas para revisar sistemáticamente la manera en que las mujeres se benefician de los gastos del sector público; ajustar los presupuestos para lograr la igualdad de acceso a los gastos del sector público, tanto para aumentar la capacidad productiva como para satisfacer las necesidades sociales”.

Para elaborar buenas estrategias nacionales de aplicación de la Plataforma de Acción, los gobiernos deberían asignar suficientes recursos, incluidos los necesarios para llevar a cabo análisis de las repercusiones de género.”1

Tal como lo han señalado las proponentes, la plataforma destaca que los presupuestos con perspectiva de género tienen profunda incidencia en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, ejemplo de ellos es que las metas que presentan mayor rezago económico para México son justamente las vinculadas con la condición de las mujeres. El informe “A 20 años de la Plataforma de Acción de Beijing: objetivos estratégicos y esferas de preocupación”, realizado por el Comité de ONG de América Latina y el Caribe para la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW) y coordinado por la presidenta de la Fundación para el Estudio y la Investigación de la Mujer (Argentina), destaca que en México como en otros países de Latinoamérica los avances legislativos no se han traducido en mejoras vitales y cotidianas; la desigualdad y el machismo siguen en pie. Muestra de ello es el incremento de los feminicidios en el país y el primer lugar en muertes maternas, por mencionar algunos aspectos que dan cuenta de lo catastrófico que resultaría para México en términos del cumplimiento de los Objetivos del Milenio cualquier recorte al anexo 13 del PEF.

Esta dictaminadora estima que justamente para atender estas deficiencias se incorporó por primera vez el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018, la perspectiva de género como uno de los tres ejes transversales, por lo cual todas las políticas públicas, programas y acciones derivados del PND deben contar con este enfoque. Es decir, se advierte cierta preocupación por atender el déficit de resultados en materia de igualdad, por lo que un recorte al presupuesto en ese sentido es a todas luces incongruente con el espíritu de la política de desarrollo social.

Muestra de ello es que el poder ejecutivo federal publicó en agosto de 2013, el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018, de observancia obligatoria para las dependencias y entidades de la administración pública federal, las que deberán considerar sus objetivos, estrategias y líneas de acción para elaborar los respectivos programas, lo que como estrategia para la igualdad México ha adoptado a través de un esquema de presupuesto público sensible al género en el que reconoce que mujeres y hombres tienen necesidades e intereses diferenciados, que deben ser considerados para responder con pertinencia a uno y otro sexo. El presupuesto con perspectiva de género conlleva un avance constante hacia una asignación más equitativa de los recursos públicos para favorecer el acceso de las mujeres al ejercicio de sus derechos.

Sobre el particular, el artículo 1o., párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”.

La progresividad de los derechos humanos de las mujeres también encuentra eco en el marco legal vigente relativo a la defensa y protección de los derechos humanos de las mujeres, entre los que destacan la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, así como los programas derivados de estas leyes que requieren de suficiencia presupuestaria para su operatividad. De tal suerte que para que el Estado mexicano cumpla con su obligación de generar en cada momento histórico, protección y garantía de los derechos humanos, debe también garantizar los recursos para la ejecución de los programas, que en ningún momento deben retroceder en perjuicio de las mujeres.

De ahí que esta dictaminadora coincide plenamente con las diputadas proponentes en su preocupación planteada en el punto de acuerdo y con la pertinencia de éste.

Por lo expuesto, la Comisión de Igualdad de Género emite el presente dictamen en sentido positivo y somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al secretario de Hacienda y Crédito Público a garantizar en el marco del ajuste del gasto para 2015, anunciado por dicha dependencia el pasado 30 de enero, que no se afecten los recursos clasificados en el anexo 13, “Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres”.

Nota

1 Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, párrafo 346, página 139.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

La Comisión de Igualdad de Género

Diputadas: Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), presidenta; Rosalba de la Cruz Requena (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María Guadalupe Sánchez Santiago, Blanca Jiménez Castillo (rúbrica), Claudia Rocío Villa Oñate (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo (rúbrica), Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), secretarias; María de Lourdes Flores Treviño (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Carolina Hernández Ortiz (rúbrica), Lucía Reynoso Castellanos, Brenda Alvany Franco de la Torre (rúbrica), Leticia López Landero, Flor de María Pedraza Aguilera, María Eugenia de León Pérez, Alejandra Gutu Deskens, Julisa Mejía Guardado, Lorenia Iveth Valles Sampedro (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica).

De la Comisión de Protección Civil, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a los titulares de la Sener y la STPS a establecer con las autoridades estales y municipales de protección civil un programa o acciones de verificación y detección de irregularidades de las tomas de gas natural o LP en las unidades habitacionales de todo el país

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Protección Civil le fue turnada, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo para exhortar a los titulares de la Secretaría de Energía y de la Secretaria del Trabajo y Prevención Social, para que de manera conjunta establezcan con las autoridades encargadas de Protección Civil de los estados y municipios, un programa acciones de verificación y detección de irregularidades de las tomas de gas natural o LP en las unidades habitacionales de todo el país, presentada en la sesión del pleno del 3 de marzo de 2015, por la diputada Karen Quiroga García, del Grupo Parlamentario Partido de la Revolución Democrática.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 80 fracción VI, 85, 157, fracción I, 176, numeral 1, 182 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con los siguientes apartados:

Antecedentes

En la sesión del pleno del 3 de marzo de 2015, la diputada Karen presentó la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados acordó turnarla a la Comisión de Protección Civil, para su estudio y dictamen correspondiente.

Propone exhortar a los titulares de la Secretaría de Energía y de la Secretaria del Trabajo y Prevención Social, para que de manera conjunta establezcan con las autoridades encargadas de Protección Civil de los estados y municipios, un programa acciones de verificación y detección de irregularidades de las tomas de gas natural o LP en las unidades habitacionales de todo el país.

Metodología

Se realizó el análisis de esta proposición mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos, así como en otras proposiciones relativas a la misma materia dictaminada previamente en esta comisión y la información pública disponible al momento de su dictaminación.

Consideraciones

Respecto de la materia de la proposición la Comisión desea apuntar lo siguiente:

Como es de conocimiento público la pasada explosión del hospital infantil Cuajimalpa ocurrida el pasado 29 de enero del presente año y que por desgracia dejo 73 heridos y tres personas fallecidas, ha alertado a las autoridades de todos los órdenes de gobierno a trabajar coordinadamente para la verificación, detección y prevención oportuna de cualquier anomalía en las prestadoras de servicio de este producto.

A partir de este lamentable suceso, la propia Secretaría de Energía puso en práctica sus facultades de investigación y verificación en materia de seguridad industrial, con el operativo practicado a dos de las plantas de distribución de Gas LP de la empresa Gas Express Nieto, dando por resultado la inmovilización de once pipas, nueve camiones de reparto, siete cilindros en mal estado y la clausura de cuatro tanques de almacenamiento.

Aunado a ello, con las recientes volcaduras de los tanques de gas de la empresa Gas Express Nieto, la última acaecida el pasado 24 de febrero del presente año, y en menos de un mes de la catástrofe del hospital infantil, ha generado una psicosis entre la ciudad y los mexicanos por tomar mayores precauciones y obliga a las autoridades capitalinas y federales a realizar acciones mayores de prevención y verificación de los diversos puntos de abastecimiento, distribución y suministro de gas.

Un factor clave para la temprana detección de este tipo de irregularidades se encuentra en las diversas unidades habitacionales que existen en todo el territorio mexicano muchas familias que viven en condominio ya sea vertical u horizontal, tienen tomas de gas natural o por tanques en zonas al aire libre o en diversas áreas comunes del condominio, ya sea tomas personales o prorrateadas. Esto se traduce en decenas y tal vez cientos, diversas tornas de gas en un mismo conjunto habitacional que multiplica el riesgo a los mexicanos que habitan un mismo predio.

La antigüedad, el deterioro, algún caso fortuito o de fuerza mayor, incluso la posible negligencia de laguna constructora de algún edificio, pueden ser causales de alguna ruptura, desajuste o irregularidad en alguna de estas tomas de gas que se traducen en un peligro inminente en los habitantes de una unidad habitacional.

Tan solo en el año 2013, en el propio Distrito Federal quien concentra la mayor parte de unidades habitacionales en todo México, reporto a través de la Procuraduría Social del Distrito Federal, que de los ocho mil condominios registrados, cuatro mil sufren algún deterioro físico o de riesgo, que pueden ser fallas estructurales, deterioro sísmico, geológico o de inundación.

Por ello resulta necesario que la propia Secretaria de Energía, en coordinación con diversas autoridades como la Secretaría del Trabajo y Prevención Social y las autoridades encargadas de Protección Civil de cada estado y municipio, trabajen conjuntamente para programar visitas a las diversas unidades habitacionales, especialmente aquellas de escasos recursos y de interés social con mayor antigüedad para que se verifiquen todas y cada una de los puntos de contacto con gas natural o LP, con el fin de evitar nuevas catástrofes y en beneficio de la seguridad de millones de mexicanos que habitar bajo este tipo de vivienda.

Al respecto cabe mencionar que esta comisión dictaminó una proposición con punto de acuerdo para exhortar a los titulares de la Secretaría de Energía y de la Secretaría del Trabajo y Prevención Social, para que de manera conjunta establezcan con las autoridades encargadas de Protección Civil de los estados y municipios, un programa acciones de verificación y detección de irregularidades de las tomas de gas natural o LP en las unidades habitacionales de todo el país, presentada en la sesión del pleno del 3 de marzo de 2015 por la diputada Karen Quiroga García del Grupo Parlamentario Partido de la Revolución Democrática con los siguientes resolutivos:

Primero: Se exhorta a la Secretaría de Energía y a la Secretaría del Trabajo y Prevención Social, para que de manera conjunta establezcan con las autoridades encargadas de Protección Civil de los estados y municipios, un programa acciones de verificación y detección de irregularidades de las tomas de gas natural o LP en las unidades habitacionales de todo el país.

Segundo: Se exhorta a la Secretaria de Energía y a la Secretaría del Trabajo y Prevención Social, para que de manera conjunta establezcan con las autoridades encargadas de Protección Civil de los estados y municipios, un programa acciones de verificación y detección de irregularidades de las tomas de gas natural o LP en todo el país.

En virtud de las reflexiones que anteceden, la comisión aprecia que resultaría eficaz modificar la redacción de los resolutivos de la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen, con la finalidad atender su objetivo, ante la gravedad de los hechos que han costado vidas humanas.

Conclusiones

Los integrantes de la Comisión de Protección Civil de la Cámara de Diputados, en base a las consideraciones que preceden, estiman aprobar la proposición con punto de acuerdo objeto del presente dictamen con las modificaciones apuntadas, por lo que se somete a la consideración del pleno los siguientes

Resolutivos

Primero: Se exhortar a la Secretaría de Energía y a la Secretaría del Trabajo y Prevención Social, para que de manera conjunta establezcan con las autoridades encargadas de Protección Civil de los estados y municipios un programa acciones de verificación y detección de irregularidades de las tomas de gas natural o LP en las unidades habitacionales de todo el país

Segundo: Se exhorta a la Secretaría de Energía y a la Secretaría del Trabajo y Prevención Social, para que de manera conjunta establezcan con las autoridades encargadas de Protección Civil de los estados y municipios, un programa acciones de verificación y detección de irregularidades de las tomas de gas natural o LP en todo el país.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los siete días del mes de abril de dos mil quince

La Comisión de Protección Civil

Diputados: Martha Beatriz Córdova Bernal (rúbrica), presidenta; Fernando Hernández Charleston (rúbrica), Isela González Domínguez (rúbrica), Gloria María del Carmen Valencia González (rúbrica), Enríquez Ramírez Maribel (rúbrica), Raudel López López (rúbrica), Arturo Cruz Ramírez (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), secretarios; Ana Isabel Allende Cano, Alma Jeanny Arroyo Ruiz (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal, Tomás López Landero (rúbrica), Lorena Méndez Denis (rúbrica), María del Carmen Ordaz Martínez (rúbrica), Teresita de Jesús Ramírez Hernández (rúbrica), Martha Guadalupe Villarreal Rangel (rúbrica).

De la Comisión de Protección Civil, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al titular de la SEP y sus homólogos estatales y del DF a implantar un programa especial de protección civil en el ciclo escolar 2015-2016, con motivo del 30 aniversario de los sismos de 1985

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Protección Civil, con fecha 18 de marzo del año 2015, le fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, la proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular de la SEP y sus homólogos estatales y del DF a implantar un programa especial de protección civil en el ciclo escolar 2015-2016, con motivo del 30 aniversario de los sismos de 1985, a cargo del diputado Samuel Gurrión Matías, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e) y f), ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 80, fracción VI, 85, 157, fracción I, 176, numeral 1, 182 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, con los siguientes apartados:

Antecedentes

La mañana del jueves 19 de septiembre de 1985, la Ciudad de México, capital y centro del país, se paralizó por completo, la fuerza de un terremoto de 8.1 grados en la escala de Richter, hizo que toda actividad se suspendiera, desatando psicosis, miedo, asombro, desesperación y caos. Hasta entonces, no había en el Distrito Federal un antecedente registrado de una catástrofe de tal magnitud.

El terremoto, de acuerdo a cifras oficiales, dejó 33 mil 224 personas damnificadas; poco más de 10 mil personas fallecieron a causa del fenómeno natural; además más 30 mil edificaciones resultaron destruidas y poco más de 6 mil quedaron con daños parciales.

El gobierno de Miguel de la Madrid, presidente de la República en aquel entonces, se vio rebasado por la magnitud del desastre, los cuerpos de emergencia, seguridad y salud, resultaron insuficientes e ineficaces para atender a las personas que necesitaban atención médica de urgencia, evitar actos delictivos y en consecuencia el restablecimiento del orden no fue posible a un corto plazo.

El problema que el gobierno federal debía enfrentar era de tal magnitud que gobiernos y organismos internacionales brindaron apoyo en tareas de búsqueda de personas, demolición y, en el caso, reparación de edificios, albergues para los damnificados, médicos para atender a heridos, e incluso con fondos para la reconstrucción de la ciudad.

Ante la parálisis gubernamental, la sociedad civil salió a las calles, se organizó y en un gesto inédito de solidaridad, comenzó a levantar escombros para buscar sobrevivientes, proveyó de alimento a muchos que lo necesitaban, colaboró en la reconstrucción de la ciudad, y sobre todo, demostró que la única forma de enfrentar este tipo de fenómenos naturales es por medio de la participación social.

A consecuencia de la tragedia del sismo de 1985, y ante la imposibilidad de pronosticar este tipo de fenómenos naturales, nació la necesidad de educar a la ciudadanía bajo una cultura de protección civil, encaminada a evitar grandes pérdidas humanas ante este tipo de acontecimientos. En este sentido, autoridades, organizaciones no gubernamentales y en general la sociedad civil, comenzaron a trabajar en protocolos para actuar durante y después de un sismo.

Desde 1985, en la Ciudad de México se ha trabajado para concientizar a la ciudadanía en cuanto a la importancia de su participación para contener la tragedia ante este tipo de eventos.

Desde entonces, no se ha vivido una catástrofe de tal magnitud, sin embargo, los expertos señalan, que debido a la posición geográfica en la que se encuentra la República Mexicana, y en particular la zona sobre la cual ha sido edificado el Distrito Federal, las posibilidades de que un sismo de igualo mayor magnitud vuelva a sacudir a la capital del país son inminentes.

En este sentido, trabajar en la formación de personas bajo los principios de protección civil resulta ser una tarea de todas las autoridades, en particular, las que tienen a su cargo la formación básica en las escuelas públicas y privadas del Estado mexicano.

A casi 30 años de ocurrida la tragedia del sismo de 1985, es importante rescatar de la memoria colectiva lo ocurrido aquella mañana de jueves 19 de septiembre, con la finalidad de que las nuevas generaciones tengan presentes que salvar su vida, mantener su integridad y la de las personas que los rodean depende de actuar de la manera correcta ante este tipo de fenómenos naturales.

El sismo del 19 de septiembre de 1985, de acuerdo a cifras oficiales, dejó poco más de 10 mil personas muertas. Según los expertos, este número de muertes pudo haber sido mucho menor si hubiera existido una educación en protección civil entre la ciudadanía, que les permitiera saber cómo reaccionar ante eventos de esta índole.

Hoy en día, a casi 30 años de ocurridos los hechos, muchas experiencias se han ido diluyendo en la memoria de los testigos, los jóvenes que vivieron estos acontecimientos deben tener alrededor de 60 años o más de vida; los niños que nacieron en los años anteriores a la tragedia o aquellos que nacieron el año del sismo, es decir, aquellos que son hijos de quienes vivieron el sismo, en la actualidad tendrán alrededor de 30 años o poco más, esto probablemente les permite tener un lazo emocional con aquellos que sufrieron el dolor, la tragedia y la desolación que ocasionó el terremoto de 1985, y mantener en su memoria parte de la tragedia.

Durante 2014 ocurrieron 17 sismos registrados por el Servicio Sismológico Nacional (SSN) de los cuales cuatro fueron de intensidad considerable y tuvieron origen en las costas del estado de Oaxaca. El SSN en su estudio México: zona de alta sismicidad, publicó que existe un hueco en las capas tectónicas que van desde el sureste de Petatlán estado de Guerrero hasta muy cerca de Pinotepa Nacional, estado de Oaxaca, y de romperse este hueco de un solo movimiento telúrico puede tener una magnitud superior a 8 grados en escala de Richter1.

Lamentablemente no hay una fecha, ni un lugar específico; se sabe que la costa del pacífico que comprende estados como Oaxaca y Guerrero son lugares de alta sismicidad por lo que estamos obligados a concientizar y educar a las nuevas generaciones de niños mexicanos en materia de protección civil para estar preparados ante cualquier tipo de catástrofe natural que pueda azotar a nuestro país.

Al día de hoy en las escuelas de educación básica, puede que observen lo ocurrido en aquel año como algo distante y lejano a su realidad y, en consecuencia, la seriedad y objetividad con la que asumen la educación en protección civil no sea la más adecuada.

Por lo tanto, es necesario reforzar la educación en materia de protección civil en todas las escuelas de educación básica y media superior, acercar su vida cotidiana a los hechos ocurridos, a fin de que logren vislumbrar lo que significa vivir una catástrofe de tal dimensiones, y con ello, generar una mayor conciencia acerca de la importancia de la participación en actos de protección civil de cómo se debe actuar durante y después de un sismo.

En este sentido, el presente punto de acuerdo tiene por objeto exhortar de manera respetuosa a la Secretaría de Educación Pública (SEP), para que en coordinación con sus homologas estatales y del Distrito Federal, en el marco de los 30 años de los hechos ocurridos por el sismo de 1985, refuercen el trabajo de educación en protección civil, implementando un programa especial en todas las escuelas de nivel básico y medio superior.

Asimismo, tiene por objeto exhortar a la SEP a que organice, en coordinación con las autoridades del Distrito Federal, una convocatoria para recolectar relatos y narraciones de los testigos presenciales del sismo del 19 de septiembre de 1985, en los cuales, los relatores narren los sentimientos, experiencia y emociones de lo ocurrido, con el objeto de transmitirlo al lector y esto permita generar en él un estado de empatía y solidaridad y, en consecuencia, actúe cambiando las actitudes negativas que pongan en riesgo su integridad en los actos de simulacros de sismo, y de esta manera formar una mayor conciencia de la importancia de educarse en el ámbito de protección civil, de tal modo que aquellos que transmitan la importancia de que salvar la vida en un sismo depende de esto, sean difundidas entre las escuelas de nivel básico y medio superior del Distrito Federal.

Metodología

Se realizó el análisis de esta proposición mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos, así como en otras proposiciones relativas a la misma materia dictaminada previamente en esta Comisión y la información pública disponible al momento de su dictaminación.

Consideraciones

Respecto de la materia de la proposición la Comisión desea apuntar lo siguiente:

Primera: Se exhorta al titular de la SEP y sus homólogos estatales y del DF a implantar un programa especial de protección civil en el ciclo escolar 2015-2016 con motivo del 30 aniversario de los sismos de 1985.

Segunda: En coordinación con la Coordinadora Nacional de Protección Civil y las respectivas en las entidades federativas y los municipios, que se lleve a cabo un programa de Protección Civil en todos los planteles escolares del país, y de todos los niveles escolares.

En virtud de las reflexiones que anteceden, la Comisión aprecia que resultaría eficaz modificar la redacción de los resolutivos de la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen, con la finalidad atender su objetivo.

Conclusiones

Los integrantes de la Comisión de Protección Civil de la Cámara de Diputados, en base a las consideraciones que preceden, estiman aprobar la proposición con punto de acuerdo objeto del presente dictamen con las modificaciones apuntadas, por lo que se somete a la consideración del pleno los siguientes

Resolutivos

Primero: Se exhorta al titular de la SEP y sus homólogos estatales y del DF a implantar un programa especial de protección civil en el ciclo escolar 2015-2016 con motivo del 30 aniversario de los sismos de 1985.

Segundo: En coordinación con la Coordinadora Nacional de Protección Civil y las respectivas en las entidades federativas y los municipios, que se lleve a cabo un programa de protección civil en todos los planteles escolares del país, y de todos los niveles escolares.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los siete días del mes de abril de dos mil quince.

La Comisión de Protección Civil

Diputados: Martha Beatriz Córdova Bernal (rúbrica), presidenta; Fernando Hernández Charleston (rúbrica), Isela González Domínguez (rúbrica), Gloria María del Carmen Valencia González (rúbrica), Enríquez Ramírez Maribel (rúbrica), Raudel López López (rúbrica), Arturo Cruz Ramírez (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), secretarios; Ana Isabel Allende Cano, Alma Jeanny Arroyo Ruiz (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal, Tomás López Landero (rúbrica), Lorena Méndez Denis (rúbrica), María del Carmen Ordaz Martínez (rúbrica), Teresita de Jesús Ramírez Hernández (rúbrica), Martha Guadalupe Villarreal Rangel (rúbrica).

De la Comisión de Protección Civil, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Sener y la Coordinación Nacional de Protección Civil a realizar con los gobiernos estatales una estricta verificación de las empresas transportistas de gas LP, tanto en instalaciones y parque vehicular como en capacitación del personal

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Protección Civil fue turnada para análisis y elaboración del dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo a fin de que la Cámara de Diputados exhorte a la Secretaría de Energía (Sener) y la Coordinación Nacional de Protección Civil a realizar con los gobiernos estatales una estricta verificación de todas las empresas transportistas de gas LP, tanto en las instalaciones y el parque vehicular como en la capacitación del personal, propuesta por el diputado Luis Ángel Xariel Espinoza Cházaro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, fracción VI, 85, 157, fracción 1, 176, numeral 1, 182 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a consideración de esta asamblea el presente dictamen, con los siguientes apartados:

La Comisión de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, numeral 1, fracción VI, 84, 85, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, 167, numeral 4, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la asamblea el dictamen, con base en los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha 3 de febrero de 2015, el diputado Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro, del Grupo Parlamentario del PRD, presentó la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Sener y la Coordinación Nacional de Protección Civil a realizar con los gobiernos estatales una estricta verificación de todas las empresas transportistas de gas LP, tanto en las instalaciones y el parque vehicular como en la capacitación del personal.

II. La mesa directiva determinó turnarla el 3 de marzo del presente a la Comisión de Protección Civil de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, para análisis y dictamen.

Contenido de la proposición

En el cuerpo de la proposición, el diputado promovente señala que el 29 de enero del año en curso, aproximadamente a las 7:00 horas, una explosión de gas destruyó el hospital materno-infantil Cuajimalpa, en el Distrito Federal.

Que el estallido fue provocado por una rotura en una manguera de suministro utilizada por el autotanque de la empresa distribuidora de gas licuado de petróleo (LP) Gas Express Nieto, cuando abastecía el hospital.

Tal incidente tuvo consecuencias lamentables: según reza en los considerandos de la proposición, provocó la muerte de al menos 4 personas y dejó lesionadas a otras 72.

Señala el promovente que éste no es un caso aislado, pues en mayo de 2013 una pipa explotó en la autopista México-Pachuca, a la altura de Ecatepec, México.

Los hechos dejaron un saldo de 27 víctimas mortales, más de 30 heridos y decenas de viviendas dañadas.

El diputado señala a manera de ejemplificar que el 29 de julio de 2014, otra pipa de Gas Express Nieto explotó en Querétaro. En esa ocasión, los hechos causaron la pérdida de la vida a 3 personas, 5 más lesionadas, 5 unidades quemadas y 150 desalojados.

La relataría de las consideraciones refiere que el 13 de abril de 2012, un tanque de gas en mal estado explotó en Querétaro, lo que provocó lesiones a dos bomberos. El tanque pertenecía a la empresa Gas Express Nieto.

En suma, el promovente insta a que la Sener y la Coordinación Nacional de Protección Civil realicen con los gobiernos estatales una estricta verificación de las empresas transportistas de gas LP, las instalaciones y el parque vehicular, sin omitir la capacitación del personal.

Consideraciones

Primera. Que México es uno de los principales consumidores de gas LP como combustible de uso doméstico e industrial. Su producción, transporte, distribución y uso final implican diferentes riesgos a la población. Generalmente se presentan fugas e incendios que involucran este producto en el hogar, comercios y también en instalaciones industriales.

Que las pipas que distribuyen el gas LP están subdivididas y alimentan tanques estacionarios de distinta capacidad, desde 200 hasta 5 mil litros. Los de menor capacidad, comúnmente de 200 litros, se hallan en domicilios particulares (unifamiliares); y los de 500 a mil litros, en edificios de departamentos (multifamiliares), donde abastecen a varios usuarios. Cilindros de capacidades desde 500 hasta 5 mil litros se usan principalmente en instalaciones de tipo comercial, industrial y de servicios.

Asimismo, del análisis de la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado promovente se resalta que en materia de regulación es preciso cumplir las normas oficiales mexicanas (NOM) emitidas por las secretarías reguladoras, como señala el artículo 49 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización:

Artículo 49. Cuando una norma oficial mexicana obligue al uso de materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías específicos, los destinatarios de las normas pueden solicitar la autorización a la dependencia que la hubiere expedido para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativos.

Que cuando se hace referencia a gas LP, debe entenderse como un combustible derivado del petróleo, principalmente compuesto de butano y propano.

Que la abreviatura LP significa “licuado de petróleo”. Se produce en estado gaseoso, pero se transforma en estado líquido a través de compresión y enfriamiento (por lo cual se le dice “licuado”), a fin de manejarlo en mayor cantidad. En ese estado se transporta de las refinerías a las plantas de almacenamiento por semirremolque o ducto; y de éstas, a los usuarios finales, ya sea por autotanques (pipas) a recipientes no transportables (tanques estacionarios) o por recipientes transportables (cilindros).

Segunda. Que el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 22 de diciembre de 2011 señala el acuerdo que a la letra reza:

Acuerdo que determina la utilización de una medida alternativa para el cumplimiento de las finalidades de la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SESH-2010, “Vehículos para el transporte y distribución de gas LP. Condiciones de seguridad, operación y mantenimiento”.

Por lo que es al caso de estudio, se entiende que es responsabilidad del Ejecutivo federal, a través de las dependencias de la administración pública federal, establecer mediante normas oficiales mexicanas las características y especificaciones que deben reunir los equipos, los materiales, los dispositivos y las instalaciones, particularmente cuando sean peligrosos.

Tercera. Que el 5 de diciembre de 2007, en el DOF se dio a conocer el Reglamento de Gas Licuado de Petróleo, donde se establece que los permisionarios tienen la obligación de mantener en todo momento sus obras, instalaciones, vehículos, equipos y accesorios, en cuanto a su instalación, operación, mantenimiento y condiciones de seguridad, conforme a lo dispuesto en las NOM aplicables.

Según lo establece la Sener, hay un directorio de unidades de verificación en materia de gas LP. Se denomina así a la persona física o moral que realiza actos de verificación para evaluar la conformidad con NOM en materia de gas LP, la que ha sido acreditada por una entidad de acreditación, y aprobada por la Secretaría de Energía siempre que se cumplan las NOM establecidas.

La verificación consiste en una constatación ocular, y comprobación mediante pruebas, medición y examen de documentos que se realizan para evaluar la conformidad con las NOM en materia de gas LP en un momento determinado.

Cuarta. Que el 28 de noviembre de 2014 se dio a conocer en el DOF el programa de supervisión de 2015 para la verificación de instalaciones, vehículos, equipos y actividades de permisionarios de transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de gas LP.

Que la empresa Gas Express Nieto, a la que hace referencia el diputado promovente, cuenta por la Sener, en específico por la Dirección General de Gas LP, con 159 permisos.

Que el programa de supervisión de 2015 hace referencia a un calendario donde se determinan los plazos para que los permisionarios presenten los resultados de la evaluación de la conformidad de sus instalaciones, vehículos, equipos y actividades, mediante el reporte técnico aplicable.

Que el mismo programa, en el numeral 6, reza: “La inobservancia de las disposiciones del presente programa, o no atender la verificación de las instalaciones, vehículos, equipos y actividades de gas LP conforme a lo establecido en él, será sancionada por la secretaría en los términos de la Ley de Hidrocarburos, de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización”.

Quinta. Que en 2013, según informó la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), con el propósito de proteger derechos de consumidores y evitar prácticas comerciales abusivas, se realizaron 128 operativos en plantas gaseras y vehículos, inmovilizando 844 cilindros por irregularidades.

Que en el comunicado 139 de la Profeco también se señala que se inmovilizaron 30 básculas, 10 autotanques y 10 vehículos por dar litros y kilogramos incompletos, carecer de medidas de seguridad, fallas mecánicas y falta de holograma vigente (calibración), entre otras irregularidades.

Sexta. Que para 2014 hubo 378 denuncias de consumidores contra las gaseras de LP, destacando Gas Express Nieto, que tuvo 28 (7.4 por ciento). Asimismo, las multas para estas empresas se triplicaron de 2012 a 2014, pues pasaron de 50 millones de pesos a 176 millones.

Que el caso específico de Gas Express Nieto, propietaria de la pipa que estalló y destruyó el hospital materno-infantil Cuajimalpa, las multas se cuadriplicaron: subieron de 4.2 millones a 16 millones de pesos.

Séptima. Que en la práctica es urgente fortalecer las herramientas para identificar riesgos, principalmente por lo que se refiere a las listas de verificación.

Que el uso de estas listas abona a comprobar el cumplimiento de las revisiones para detectar los puntos críticos donde pueden presentarse fallas o peligros.

Que según el Sistema Nacional de Protección Civil, los accidentes ocurridos en México donde ha estado involucrado el gas LP indican que la mayor cantidad de ellos involucra la fuga de material, ocurrida por la falta de mantenimiento de los tanques, por lo cual es necesario contar con un adecuado programa de mantenimiento preventivo y correctivo que permita minimizar la ocurrencia de incidentes, especialmente las fugas.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Protección Civil coincidimos con el proponente y sometemos a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión los siguientes

Acuerdos

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a los secretarios de Gobernación, y de Energía a informar a esta soberanía en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil sobre las empresas que violenten el procedimiento para la evaluación de la conformidad general para llevar a cabo la verificación de seguimiento de las normas oficiales mexicanas en materia de gas LP, sujetas a la observancia por parte de permisionarios de transporte, almacenamiento y distribución de gas licuado de petróleo.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al secretario de Energía a hacer públicos los dictámenes emitidos y avalados por la unidad de verificación, que debe señalar al o los responsables del aval mediante el cual se hace constar el cumplimiento o no de infraestructura sujeta a norma oficial mexicana en materia de gas LP de las empresas gaseras que prestan servicio a nivel nacional.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la secretaria de Salud a entregar a ella un balance por lo que se refiere a las afectaciones de tipo físico y emocional en los individuos involucrados en el accidente del hospital materno-infantil Cuajimalpa, en el Distrito Federal, así como el protocolo de atención postrauma a que serán sujetos los involucrados.

Cuarto. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera muy atenta y respetuosa a la Procuraduría Federal del Consumidor a hacer en su padrón de comerciantes y empresas que manejan residuos peligrosos una revisión exhaustiva para que dichos prestadores de servicios cuenten con los protocolos actualizados, su personal cuente con la capacitación necesaria para hacer frente a una contingencia de cualquier tipo, que cuenten con el equipo de trabajo, traslado y manejo para evitar accidentes como el suscitado en el hospital materno-infantil Cuajimalpa.

Dado en el Palacio legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015.

La Comisión de Protección Civil

Diputados: Martha Beatriz Córdova Bernal (rúbrica), presidenta; Fernando Charleston Hernández (rúbrica), Isela González Domínguez (rúbrica), Gloria María del Carmen Valencia González (rúbrica), Maribel Enríquez Ramírez (rúbrica), Raudel López López (rúbrica), Arturo Cruz Ramírez (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), secretarios; Ana Isabel Allende Cano, Alma Jeanny Arroyo Ruiz (rúbrica), Marco Antonio Barba Mariscal, Tomás López Landero (rúbrica), Lorena Méndez Denis (rúbrica), María del Carmen Ordaz Martínez (rúbrica), Teresita de Jesús Ramírez Hernández (rúbrica), Martha Guadalupe Villarreal Rangel (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el cual se exhorta al gobierno de Veracruz a esclarecer los asesinatos de periodistas ocurridos en la entidad y cumplir con la mayor brevedad los compromisos de apoyo de las familias de los comunicadores victimados que han quedado desamparadas

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de lo siguiente:

I. Antecedentes

A. El 9 de abril de 2015, el diputado Danner González Rodríguez del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó una proposición con punto de acuerdo relativo a la seguridad pública y procuración de justicia del libre ejercicio del periodismo en Veracruz.

B. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la referida proposición a la Comisión de Derechos Humanos, para su dictamen correspondiente.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo en estudio se compone de tres resolutivos :

El primero propone que esta Cámara de Diputados exhorte “respetuosamente, al gobierno estatal de Veracruz, para que esclarezca los asesinatos de periodistas ocurridos en la entidad, procurando que no quede ningún caso por resolver.”

A través del segundo resolutivo, el diputado promovente propone que esta Soberanía exhorte “respetuosamente, al gobierno estatal de Veracruz, para que a la brevedad se cumpla con los compromisos de apoyo a las familias de los periodistas asesinados que quedaron en el desamparo.”

Finalmente, el tercer resolutivo propone que esta Cámara baja exhorte “respetuosamente, al gobierno estatal de Veracruz, para que implemente los mecanismos necesarios de seguridad pública y procuración de justicia que garanticen el libre ejercicio del periodismo y prevengan actos delictuosos en contra de los periodistas, a fin de garantizar el derecho humano a la libertad de opinión y expresión.”

III. Consideraciones del diputado promovente

En su exposición de motivos, el diputado Danner González Rodríguez destaca que [...] El año 2012 fue el más catastrófico para los periodistas en México y para el ejercicio de su profesión en más de una década, se registraron once asesinatos y el país se ubicó en la posición 4 a nivel mundial en esta materia [...] Asimismo, agrega que [...] En 2013, el país registró dos casos de periodistas asesinados, ocupando el lugar once de 17 países, empatando con Mali y Rusia. Y el año pasado, México se situó en la posición seis a nivel mundial en homicidios de periodistas al registrar tres casos, de acuerdo con la organización Reporteros sin Fronteras [...] Finalmente, señala que [...] durante el año 2014 el país estuvo en el lugar cinco de la lista negra de lugares en el mundo con más secuestros a periodistas, ya que se contabilizaron tres plagios en contra de comunicadores [...]

Por otra parte, el diputado promovente indica que de acuerdo con datos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, desde enero de 2000 a junio de 2014 en el país se han perpetrado 87 homicidios de periodistas. Agrega que la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión indicó que han sido asesinados 102 periodistas y de éstos, 16 han sido en Veracruz, de los cuales, once se han dado en la actual administración estatal, por lo que el Estado de Veracruz ha sido la entidad que más asesinatos de periodistas ha registrado en dicho periodo.

En su argumentación, el diputado proponente destaca que [...] La violencia contra periodistas es un atentado contra el derecho humano de opinión y libertad de expresión. En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, este derecho se encuentra consagrado en el párrafo segundo del artículo 6o. y en el primer párrafo del artículo 7º [...]

Por otra parte, agrega que [...] En el derecho internacional de los derechos humanos, la libertad de opinión y expresión está consagrada en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; en el artículo 13 de la Convención Americana de los Derechos Humanos; y en el artículo IV de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, por mencionar algunos [...]

Por lo anterior, señala que [...] Es un mandato constitucional, y un deber que impone el bloque de convencionalidad de los derechos humanos, a las autoridades del Estado mexicano garantizar que no se afecte, limite o menoscabe el derecho a la información o las libertades de opinión y expresión [...]

Adicionalmente, añade el diputado González Rodríguez el avance que se ha tenido para la atención del sector periodístico, desde las reformas al marco jurídico hasta las acciones emprendidas para ello en los diversos órdenes de gobierno, destacando entre éstas, la despenalización del delito de difamación, calumnia e injuria y las adiciones a nuestra Carta Magna para que las autoridades federales pudieran atraer bajo su jurisdicción los crímenes y delitos que atenten contra la libertad de expresión, información e imprenta, o contra el ejercicio del periodismo.

Por otra parte, agrega el diputado promovente que [...] en Veracruz, las autoridades han dicho que los crímenes en contra de periodistas no quedarán impunes, han manifestado su compromiso absoluto para esclarecer los asesinatos, y se ha conformado la Comisión de Atención y Protección a Periodistas, asimismo, se han comprometido a apoyar a los familiares de las víctimas [...] Sin embargo, contrasta que pese a lo anterior [...] estas acciones no han sido suficientes. Las investigaciones con frecuencia se cierran de prisa o las trabas burocráticas las hacen lentas, pero nunca terminan por esclarecerse lo hechos, lo cual lleva a un clima de impunidad [...]

IV. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

Después de haber analizado los planteamientos presentados en la proposición con punto de acuerdo sujeta a estudio, esta Comisión de Derechos Humanos tiene a bien emitir dictamen en sentido positivo, con base en lo siguiente:

El pasado 7 de enero de 20151 el diputado Ricardo Mejía Berdeja presentó en la Comisión Permanente una proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos en contra de la Libertad de Expresión de la PGR, al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, y a la PGJ de Veracruz, a fin de brindar protección eficiente, pronta y expedita a las personas que se dedican al periodismo.

Posteriormente, el 21 de febrero del mismo año,2 la Comisión permanente del Congreso de la Unión aprobó el dictamen recaído a la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Ricardo Mejía Berdeja en los términos planteados por éste.

El 24 de febrero de 2015, la Secretaría de Gobernación remitió contestación al primer resolutivo del punto de acuerdo del diputado Mejía Berdeja: [...] Al respecto, le participo que la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) , en cumplimiento a las atribuciones que tiene conferidas, al tener conocimiento de hechos posiblemente constitutivo de delitos cometido en agravio de quienes ejercen la actividad periodística, entiendo esta, como la que lleve a cabo una persona física o moral que se dedique a través de un medio de comunicación a tareas de información o de creación de opinión; inicia una investigación en aras de acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad, que permita resolver conforme a derecho, los hechos que se investigan.”

Asimismo, agrega el maestro Jorge Nader Kuri, Director General de la instancia exhortada: [...] tenga la certeza que esta unidad administrativa se encuentra efectuando todos los esfuerzos para atender y resolver en el ámbito de su competencia los delitos cometidos contra la Libertad de Expresión, buscando con ello erradicar la impunidad [...]

Como se desprende de lo anterior, ya existe un antecedente relacionado con la proposición con punto de acuerdo que nos ocupa, así como una respuesta por parte de una de las instancias encargadas directamente de la atención a este sector, sin embargo, a la fecha aún no se cuenta con respuesta por parte del Gobierno del Estado de Veracruz.

En esa tesitura, esta Comisión comparte la preocupación del diputado proponente y en razón de las alarmantes cifras de homicidios y secuestros de personas dedicadas al periodismo en esa entidad, respalda su proposición, a efecto de coadyuvar a la protección de los derechos humanos de un sector tan vulnerable como es el de los periodistas.

Por lo anterior, se somete a la consideración de la Honorable Asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al Gobierno del Estado de Veracruz, para que esclarezca los asesinatos de periodistas ocurridos en la entidad, así como para que a la brevedad cumpla con los compromisos de apoyo a las familias de los periodistas asesinados que han quedado en desamparo; para que implemente los mecanismos necesarios de seguridad pública y procuración de justicia que garanticen el libre ejercicio del periodismo, y para que prevenga actos delictuosos en contra de los periodistas a fin de garantizar el derecho humano a la libertad de expresión.

Notas

1 Véase Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, consultado el 10 de abril de 2015 en: http://gaceta.diputados.gob.mx/

2 Véase Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, consultado el 10 de abril de 2015 en: http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/62/2015/ene/20150121-III.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), presidenta; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Minerva Marisol Sánchez Hernández (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Leticia Salas López (rúbrica), José Luis Muñoz Soria, Roberto Cabrera Solís (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Álvaro Martínez García (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al presidente de la CNDH, los titulares de la PGR y la SFP, y el gobernador de Michoacán respecto a la desaparición de siete agentes de la Policía Federal y un civil el 16 de noviembre de 2009 en las inmediaciones de Zitácuaro

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I, 158 numeral 1, fracción IV, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de lo siguiente:

I. Antecedentes

A. El 7 de abril de 2015, las diputadas Margarita Elena Tapia Fonllem y Loretta Ortiz Ahlf, del Grupo Parlamentario del Parido de la Revolución Democrática y de la Agrupación de Movimiento de Regeneración Nacional, respectivamente, así como diversos legisladores suscriptores de diversos grupos parlamentarios, presentaron proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos –CNDH, a la Titular de la Procuraduría General de la República –PGR-, al Titular de la Secretaría de la Función Pública –SFP- y al Gobernador del Estado de Michoacán de Ocampo, para que realicen diversas acciones en torno a la desaparición de siete agentes de la Policía Federal y un civil, ocurridas el 16 de noviembre de 2009 en las inmediaciones del Municipio de Zitácuaro, Michoacán.

B. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicho punto de acuerdo se remitiera, para dictamen, a la Comisión de Derechos Humanos.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo en que se analiza se compone de cuatro exhortos, mismos que se trascriben:

Primero. Exhorta respetuosamente al presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a esclarecer, en el ámbito de sus atribuciones, las presuntas violaciones a derechos humanos cometidas en el caso de la desaparición de siete agentes de la Policía Federal y un civil el 16 de noviembre de 2009 en las inmediaciones del municipio de Zitácuaro, Michoacán, que atendían una supuesta solicitud de apoyo de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Ciudad Hidalgo, Michoacán.

Segundo. Exhorta respetuosamente a la titular de la Procuraduría General de la República a que, en el ámbito de sus atribuciones, gire instrucciones para que se realicen efectivamente las acciones de búsqueda e investigación sobre el caso de la desaparición de siete agentes de la Policía Federal y un civil el 16 de noviembre de 2009, en las inmediaciones del municipio de Zitácuaro, Michoacán, que atendían una supuesta solicitud de apoyo de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Ciudad Hidalgo, Michoacán, y a hacer pública la información acerca del estado que guardan los procesos de investigación de los actos u omisiones que constituyan delitos del orden penal por parte de servidores públicos en torno a los hechos señalados.

Tercero. Exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de la Función Pública, a fin de que, en el ámbito de sus atribuciones, se realicen las investigaciones y sanciones administrativas a que haya lugar sobre los presuntos actos y omisiones de servidores públicos sobre el caso de la desaparición de siete agentes de la Policía Federal y un civil el 16 de noviembre de 2009 en las inmediaciones del municipio de Zitácuaro, Michoacán, que atendían una supuesta solicitud de apoyo de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Ciudad Hidalgo, Michoacán, así como aquellas conductas que atenten contra el derecho de acceso a la verdad y a la justicia y que hayan significado una revictimización de sus familiares, y a hacer pública la información sobre el estado que guardan los procedimientos sobre el caso.

Cuarto. Exhorta respetuosamente al gobernador del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo para que gire instrucciones a quien corresponda, a efecto de que se establezcan las responsabilidades penales, civiles y, en el caso, administrativas que correspondan a los servidores públicos del ámbito estatal y, en el caso, municipal que hayan incurrido en actos u omisiones contrarios a la ley en torno a la desaparición de siete agentes de la Policía Federal y un civil el 16 de noviembre de 2009 en las inmediaciones del municipio de Zitácuaro, Michoacán, que atendían una supuesta solicitud de apoyo de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Ciudad Hidalgo, Michoacán.

Los proponentes sustentan su petición con base en las siguientes consideraciones:

Indican que [...] en el contexto de la estrategia de combate al crimen organizado en la administración de Felipe Calderón, las autoridades federales civiles y militares intervinieron directamente en las funciones de gobiernos estatales y municipales... en tareas de seguridad pública [...]

Detallan que entre las desapariciones que se han registrado en nuestro país [...] un caso de gran relevancia y preocupación ha sido el de un civil y siete policías federales, entre los cuales se encuentra el joven Luis Ángel León Rodríguez, que supuestamente atendían un llamado del ayuntamiento de Ciudad Hidalgo, Michoacán, para desempeñar funciones en la Dirección de Seguridad Pública Municipal en noviembre de 2009 [...]

Agregan que tras la desaparición de estas personas [...] pasaron seis días sin que nadie supiera de su paradero. El presidente municipal –encargado del Despacho de la Presidencia Municipal de Ciudad Hidalgo- Pedro Tello Gómez, no realizó ninguna notificación ni cuestionamiento a otras autoridades acerca de los policías que debían llegar a su jurisdicción. Los mandos de la Policía Federal tampoco tomaron ninguna acción al respecto en esos días [...]

Informan que la PGR inició una investigación sobre el caso, misma que fue cerrada en mayo de 2013 y en la que se concluyó que los responsables de la desaparición presuntamente fueron integrantes de la delincuencia organizada que en el Municipio de Zitácuaro, Michoacán, habrían capturado y asesinado a las ocho personas, para posteriormente eliminar sus cadáveres mediante un método químico.

Relatan que la madre de Luis Ángel León Rodríguez, Araceli Rodríguez, [...] lejos de encontrar justicia y ejercer sus derechos a la verdad y a la reparación, ha enfrentado una serie de obstáculos y negativas que la han llevado a convertirse en una destacada activista, al promover recursos en las instancias judiciales y administrativas por sus propios medios [...]

Detallan que en mayo de 2013, tras cerrarse el expediente que presentó Araceli Rodríguez por la desaparición de su hijo, llegó a su domicilio un citatorio del Órgano Interno de Control de la Policía Federal, en el que se le imputaba la omisión de la declaración patrimonial de su hijo en 2010. Agregan que tras este acto [...] se le prometió que se investigaría y sancionaría a quienes incurrieron en irregularidades, incluyendo los tratos de presunta tortura psicológica que significa que el área de recursos humanos de la Policía Federal haya considerado a los agentes como presuntos responsables de “abandono de trabajo” en vez de desaparecidos y que se haya tramitado su presunción de muerte sin aclarar plenamente los hechos [...] Relatan, a la vez, que [...] con la salida del titular del Órgano Interno de Control de la Policía Federal, Jean Paul Aguilera Reynaud, los compromisos no tuvieron seguimiento por parte de sus sucesores, por lo cual los tres expedientes que se abrieron ante la Secretaría de la Función Pública han tenido avances prácticamente nulos [...]

Mencionan también [...] el asunto se encuentra, en sus respectivos ámbitos legales de acción, en la Fiscalía de Servidores Públicos de la PGR y en la Secretaría de la Función Pública, sin que hasta la fecha de (sic) haya proporcionado a la señora Araceli información sobre el avance de las investigaciones [...]

En ese tenor, concluyen diciendo: [...] hacemos un respetuoso llamado a diversas instituciones a atender el caso de estos servidores públicos que, en cumplimiento de su deber, fueron víctimas de desaparición, y cuyas familias han vivido largos años de incertidumbre y angustia, sin poder ejercer sus derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación [...]

III. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

En diversas ocasiones la Comisión de Derechos Humanos se ha pronunciado en temas vinculados con la desaparición forzada de personas. A la vez, quienes integran este órgano legislativo dejan claramente asentado que un acontecimiento como el que se analiza no puede quedar en el olvido, ya que constituye un punto de ruptura a partir del cual debe exigirse que acontecimientos como aquel, jamás vuelvan a repetirse. Para ello y a colación, no omite señalarse que en el ámbito legislativo se requiere la tipificación adecuada de este delito, así como el establecimiento de altos estándares de exigencia a nuestros servidores públicos.

Por lo que hace en concreto al asunto sujeto a estudio, ya desde la LXI Legislatura esta Cámara de Diputados aprobó un punto de acuerdo de urgente resolución para exhortar al entonces Secretario de Seguridad Pública Federal, Genaro García Luna, para que recibiera a los familiares de los siete federales desaparecidos y el civil, a fin de que les informara el avance de la investigación realizada y los pasos a seguir en dicha búsqueda, así como para que escuchara de viva voz de los familiares, lo sucedido desde el 16 de noviembre de 2009.1

Siguiendo esa línea de acción, esta Comisión tras realizar un amplio seguimiento a los sucesos narrados por las legisladoras proponentes, constató que la PGR inició un expediente de averiguación por el delito de privación ilegal de la libertad y los que resulten, cometidos en agravio de los agentes de la Policía Federal y el civil. Asimismo, mediante el acuerdo A/ 189/ 11, publicado en el Diario Oficial de la Federación, en fecha 27 de diciembre de 2011, esa representación social ofreció una recompensa de hasta diez millones de pesos a quien(es) proporcionará(n) información que llevara al paradero de las víctimas, y de hasta tres millones de pesos a quien(es) proporcionará(n) datos que condujeran a la identificación, localización, detención y/o aprehensión del o los probables responsables del delito de privación ilegal de la libertad cometido en agravio de las víctimas. Cabe precisar que en dicho acuerdo la PGR señala que la privación de la libertad de las víctimas pudo haber sido realizada por integrantes del crimen organizado.

Adicionalmente, este órgano legislativo solicitó información a la Unidad Especializada en Investigación de Delitos en Materia de Secuestro –UEIS- de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada –SEIDO- y recabó los siguientes datos:

• LA UEIS inició las averiguaciones PGR/SIEDO/UEIS/180/2010 y PGR/SIEDO/UEIS/587/2011 por los delitos de privación ilegal de la libertad en modalidad de secuestro, cometidos en perjuicio de los siete agentes de la Policía Federal y el civil referidos en la proposición con punto de acuerdo;

• A la fecha se ha logrado la detención de diversos presuntos responsables de los hechos, e incluso en el pasado mes de octubre de 2014 se logró la detención de un sujeto más, sujeto con el cual, relata la Unidad especial, se realizaron labores de búsqueda de las víctimas desaparecidas;

• Se informó, asimismo, que el Juzgado Primero de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales, con sede en Toluca, Estado de México ha girado diversas órdenes de aprehensión en contra de los probables responsables dentro de la causa penal 32/2010;

• Se señaló también que a la fecha las averiguaciones siguen abiertas especificándose que las mismas no serán concluidas, ya que esto no es posible en tanto no se dé con el paradero de las víctimas desaparecidas;

• Con relación a la atención proporcionada a la ciudadana Araceli Rodríguez, se informó que le han sido otorgadas medidas de seguridad, que se ha entrevistado con personas de la UIES así como con algunos de los probables responsables, que se ha puesto a su disposición las declaraciones vertidas por los presuntos responsables y que ha participado en algunas diligencias de búsqueda de las víctimas.

Por otra parte, esta Comisión legislativa está cierta de que en el año 2010, el entonces Titular del Órgano Interno de Control de la Policía Federal, Jean Paul Aguilera Reynaud, se comprometió a atender los siguientes puntos:2

“Abrir (sic) expediente de 2010 para saber que se ha investigado sobre la desaparición de Luis Ángel y sus compañeros”; “recibir o canalizar la queja por tortura psicológica para que se investigue a quien resulte responsable”, y “hacer del conocimiento del Dr. Manuel Mondragón y Kalb el caso de Luis Ángel.”

En adición a lo anterior, la ciudadana Araceli Rodríguez acusó que la Secretaría de la Función Pública cerró el expediente sobre la desaparición de los siete elementos federales y un civil, sin imponer ninguna sanción en contra de seis mandos de la Policía Federal.3 Asimismo, esta Comisión no omite mencionar que la ciudadana Araceli Rodríguez ha declarado ante medios de comunicación que pese a que en la vía penal ya se ha identificado a 33 presuntos responsables que probablemente forman parte de la delincuencia organizada, en la vía administrativa no ha sido sancionado servidor público alguno, a pesar de la existencia de diversas irregularidades que impidieron una búsqueda efectiva de los agentes.4

Ahora bien, partiendo de la anterior información, cabe precisar que la Comisión de Derechos Humanos no puede determinar, ni prejuzgar, sobre si el presente asunto corresponde, efectivamente, a un caso de desaparición forzada. Como anteriormente se ha señalado en diversas resoluciones, este órgano legislativo no es la instancia especializada para atribuir el carácter de desaparición forzada a aquellos ilícitos que acontezcan en el territorio nacional, ya que tal atribución corresponde, en todo caso, a las instancias con competencia expresa para ello, como lo son las autoridades investigadoras en la etapa de averiguación y las autoridades judiciales, durante la sustanciación del proceso penal.

Una vez señalado lo anterior, la Comisión de Derechos Humanos externa su solidaridad con la ciudadana Araceli Rodríguez y con cada uno de los familiares de las víctimas del asunto sujeto a análisis. Por lo anterior, se emite dictamen en sentido positivo con modificaciones, de conformidad con las apreciaciones que a continuación se describen:

Primero. Como se señaló líneas atrás, esta Comisión Legislativa constató la existencia de dos averiguaciones abiertas en el caso de las víctimas desaparecidas e incluso, la ciudadana Araceli Rodríguez manifestó que a la fecha ya se han identificado a 33 presuntos responsables que forman parte del crimen organizado.

En ese sentido y sin presumir sobre el carácter de desaparición forzada, involuntaria de personas, o el delito de privación ilegal de la libertad en su modalidad de secuestro –siendo este último por el que investigó y ejerció acción penal la PGR-, debe recordarse que la PGR es el órgano especializado a quien compete, entre otras cosas, la investigación y persecución de los delitos federales. Así, a esta Comisión de Derechos Humanos no le compete en modo alguno indicar a esa instancia cómo debe de realizar sus investigaciones o bajo que categoría debe clasificar los delitos que investiga o habrá de perseguir.

No obstante, en virtud de los antecedentes del caso y dado que a la fecha siguen abiertas las investigaciones de este lamentable suceso, esta Comisión legislativa estima oportuno exhortar a la PGR para que agilice las investigaciones ya existentes , más no en términos tales que denotaran la total ausencia de acciones de búsqueda e investigación en el asunto de privación ilegal de la libertad acaecido el 16 de noviembre de 2009.

Segundo. Con relación al exhorto para que el Titular de la Secretaría de la Función Pública realice las investigaciones y sanciones administrativas a que haya lugar sobre los presuntos actos y omisiones de servidores públicos en el caso de la privación ilegal de la libertad de siete agentes de la Policía Federal y un civil, ocurrido en fecha 16 de noviembre de 2009, así como aquellas conductas que pudieran atentar contra el derecho de acceso a la verdad y a la justicia que hayan significado una re-victimización de los familiares de las víctimas, esta Comisión estima procedente su aprobación, con la salvedad de que dicho exhorto sea dirigido al Órgano Interno de Control de la Policía Federal. Lo anterior en virtud de que ante la última instancia es donde se instauró la tramitación de los expedientes narrados por la proponente.

Tercero. Respecto a la propuesta de exhorto al Gobernador del Estado de Michoacán, para que gire instrucciones a quien corresponda, a efecto de que se establezcan las responsabilidades penales, civiles y, en el caso, administrativas que correspondan a los servidores públicos de los ámbitos estatal y municipal que pudieran haber incurrido en actos u omisiones contrarios a la ley en torno al delito de privación ilegal de la libertad ocurrido el 16 de noviembre de 2009. Esta Comisión estima oportuno aclarar que conforme al artículo 50, fracción I, inciso g) de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se establece que son delitos del orden federal los cometidos en contra de un servidor público o empleado federal, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas . En consecuencia la investigación y juzgamiento de tales ilícitos corresponden a las autoridades federales y no a las del fuero común, pese a que algún sujeto activo pudiera ser una autoridad local. En ese tenor, seria dentro del proceso penal 32/2010 recaído a las averiguaciones PGR/SIEDO/UEIS/180/2010 y PGR/SIEDO/UEIS/587/2011, donde en todo caso debe determinarse si hubo responsabilidad penal de servidores públicos del fuero común para que, en un momento dado, se imponga las sanciones civiles y administrativas a que, en su caso, haya lugar.

Cuarto. Con relación a la propuesta de exhorto al Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que en el ámbito de su competencia esclarezca las presuntas violaciones a derechos humanos cometidas en el caso de la privación ilegal de la libertad de siete agentes de la Policía Federal y un civil, ocurridas el 16 de noviembre de 2009, esta Comisión estima procedente girar el exhorto referido a efecto de que ese órgano constitucional realice las investigaciones necesarias que permitan, en un momento dado, determinar si existieron, o no, actos que pudieran constituir violaciones a los derechos humanos de las víctimas que fueran atribuibles a servidores públicos.

Quinto. Por lo que hace a las solicitudes para hacer pública la información acerca del estado que guardan los procesos de investigación de los actos u omisiones que constituyan delitos del orden penal por parte de servidores públicos en torno a los hechos señalados y la información sobre el estado que guardan los procedimientos incoados en el Órgano Interno de Control de la Policía Federal sobre el caso, este Órgano legislativo no puede pasar por alto lo estipulado en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, cuyos artículos 13, fracción V, y 14, fracciones III, IV y V, considera a la información requerida por las proponentes como reservada . Por lo anterior y de conformidad con las disposiciones legales invocadas, este órgano legislativo no se encuentra habilitado para solicitar la información en los términos planteados por las proponentes.

Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión de Derechos Humanos somete a la consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la titular de la Procuraduría General de la República a que agilice las acciones de búsqueda e investigación sobre el caso de la privación ilegal de la libertad de siete agentes de la Policía Federal y un civil, acontecida el 16 de noviembre de 2009 en las inmediaciones del Municipio de Zitácuaro, Michoacán.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Órgano Interno de Control de la Policía Federal a que, en el ámbito de sus atribuciones, realice todas las acciones necesarias a fin de investigar y, en su caso, sancionar los presuntos actos y omisiones en que pudieran haber incurrido servidores públicos con relación al caso de la privación ilegal de la libertad de siete agentes de la Policía Federal y un civil, ocurrida el 16 de noviembre de 2009 en las inmediaciones del Municipio de Zitácuaro, Michoacán. Así como aquellas conductas que pudieran atentar contra el derecho de acceso a la verdad y a la justicia que hayan significado una re victimización de sus familiares.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta al Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a investigar, en el ámbito de sus atribuciones, la presunta comisión de actos u omisiones que pudieran constituir violaciones a los derechos humanos de Juan Carlos Ruiz Valencia, Pedro Alberto Vázquez Hernández, Luis Ángel León Rodríguez, Bernardo Israel López Sánchez, Israel Ramos Usla, Jaime Humberto Ugalde Villeda, Víctor Hugo López Lorenzo, y Sergio Santoyo García, que pudieran haberse derivado de la sustanciación del caso de su privación ilegal de la libertad, acontecida el 16 de noviembre de 2009 en las inmediaciones del Municipio de Zitácuaro, Michoacán.

Notas

1 Véase: Proposición con punto de acuerdo de urgente resolución por el que se exhorta al Titular de la Secretaría de Seguridad Pública, atienda a los familiares de 7 agentes de la Policía Federal Preventiva desaparecidos en Comisión Oficial, y de un civil vinculado a este fallido operativo, así como agilizar las investigaciones, aporte datos sobre la ubicación de los oficiales y sean presentados de inmediato. Disponible en: http://sitl.diputados.gob.mx/LXI_leg/proposicioneslxi.php?filit=5&p ert=3&edot=T&comt=0

2 Véase comunicado de Javier Sicilia, “Urgen respuestas claras ante problema nacional de desapariciones: MPJD” de fecha 17 de mayo de 2013. Disponible en:

http://www.teleformula.com.mx/notas.asp?Idn=325652
Y el video “El MPJD hace un llamado urgente al Estado mexicano para actuar frente a la emergencia nacional”. Disponible en:
http://movimientoporlapaz.mx/es/2013/05/16/el-mpjd-hace-un-llamado-urgente-al-estado-mexicano-para-actuar-frente-a-la-emergencia-nacional/

3 Véase: “Dejan sin sanción a 6 mandos de PF que cometieron negligencia en búsqueda de policías”. Disponible en:
http://www.animalpolitico.com/2015/01/negligencia-de-funcionarios-en-busqueda-de-policias-desaparecidos-queda-sin-castigo-acusa-familia/

4 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), presidenta; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Minerva Marisol Sánchez Hernández (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Leticia Salas López (rúbrica), José Luis Muñoz Soria, Roberto Cabrera Solís (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Álvaro Martínez García (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Conapred a investigar y fincar al alcalde de Chihuahua las responsabilidades correspondientes por su conducta discriminatoria

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I, y 158 numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de lo siguiente:

I. Antecedentes

A. El 9 de abril de 2015, la diputada Karen Quiroga Anguiano presentó una proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) para que investigue y finque las responsabilidades a que pueda haber lugar al alcalde de Chihuahua, por su conducta discriminatoria.

B. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la referida Proposición con Punto de Acuerdo a la Comisión de Derechos Humanos, para su dictamen correspondiente.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo en cuestión se compone de un único punto resolutivo a través del cual la diputada promovente plantea que esta Cámara de Diputados exhorte [...] al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, investigar y fincar las responsabilidades a que haya lugar e imponer las sanciones respectivas, en los términos del ordenamiento legal en materia de responsabilidades, por la conducta discriminatoria al alcalde de Chihuahua, Javier Garfio Pacheco [...]

III. Consideraciones de la diputada proponente

En la argumentación de su propuesta, la diputada Karen Quiroga Anguiano señala: [...] el Día de la Empleada Doméstica, celebrado el pasado 22 de marzo, el mexicano Javier Garfio Pacheco, alcalde de Chihuahua, en su discurso, aconsejó a las empleadas domésticas que usen la televisión para ver telenovelas y no los noticieros, en el evento el gobierno estatal y municipal regalaron televisiones de plasma [...] Transcribiendo textualmente lo dicho por el munícipe: [...] las pantallas plasma son las más requeridas para que puedan ver las novelas en su rato de descanso. No vean las noticias porque no crean que son tan buenas las noticias, vean más bien las novelas y sobre todo las novelas buenas, así es que yo espero que traigan mucha suerte. Este evento lo hacemos con mucho esfuerzo el gobierno del estado y el gobierno municipal, para que ustedes tengan un momento de esparcimiento, puedan llevarse un regalo y poderlas apapachar a todas ustedes. Muchas felicidades y que Dios me las bendiga a todas [...]

Por otra parte, la diputada promovente agrega que en México 2.2 millones de personas se dedican al trabajo doméstico y que de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2010; alrededor de dos millones de personas sufren varias violaciones a sus derechos humanos elementales, como la discriminación, el maltrato y la humillación.

La diputada instruye, además, sobre el significado del trabajo doméstico y señala que [...] consiste en el trabajo que se lleva a cabo en un hogar y para él, y lleva implícito las tareas domésticas, el cuidado de niños entre otros; genéricamente se puede diferenciar entre remunerado y no remunerado [...]

Añade la diputada Quiroga Anguiano [...] el Día de las Trabajadoras del Hogar, es instituido por los movimientos sociales y organizaciones de trabajadoras del hogar lo que llevo a considerar precisamente la intención de colocar en la agenda pública su situación de discriminación sistemática y de indiferencia social [...]

Asimismo agrega que [...] en 1988, en Bogotá, Colombia, tuvo lugar el primer Congreso de Trabajadoras del Hogar, donde se conformó la Confederación Latinoamericana y del Caribe de trabajadoras del Hogar (Conlatraho), y se instituyó el 30 de marzo como Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar, como fecha conmemorativa y de reivindicación de los derechos de este sector compuesto en su mayoría por mujeres indígenas o empobrecidas [...]

Sobre los hechos concretos atribuidos al edil de Chihuahua, la Diputada Quiroga Anguiano menciona [...] al finalizar el festejo, el edil aseguró que se trató de “un chascarrillo [...] a lo que la legisladora agrega [...] tal vez no se ha percatado que la discriminación como lo establece el Consejo para Prevenir la Discriminación, es una práctica cotidiana que consiste en dar un trato desfavorable o de desprecio inmerecido a determinada persona o grupo, que a veces no percibimos, pero que en algún momento la hemos causado o recibido [...]

Por lo que la diputada indica que [...] en este caso específico a las trabajadoras domésticas, a las que ha puesto por un lado en el rol de que por su género, (ya que en la practica la mayoría son mujeres), su inteligencia no da más allá de la comprensión de una telenovela; y por el otro como ciudadanas de este país, les hace notar que el estado no tiene nada bueno que hacerles saber a través de los noticieros [...]

Por último, añade [...] La discriminación ocurre cuando hay una conducta que demuestre distinción, exclusión o restricción, a causa de alguna característica propia de la persona que tenga como consecuencia anular o impedir el ejercicio de un derecho... El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación refiere que el trabajo que realizan las trabajadoras del hogar es considerado social y económicamente inferior [...] por lo que según ella [...] queda claro que este (sic) fue la postura del alcalde [...]

IV. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

Después analizar los planteamientos presentados por la diputada Karen Quiroga Anguiano en la proposición con punto de acuerdo sujeta a estudio, la Comisión de Derechos Humanos, emite el presente dictamen en sentido positivo con base en lo siguiente:

La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación en su artículo 2 establece “Corresponde al Estado promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas. Los poderes públicos federales deberán eliminar aquellos obstáculos que limiten en los hechos su ejercicio e impidan el pleno desarrollo de las personas así como su efectiva participación en la vida política, económica, cultural y social del país y promoverán la participación de las autoridades de los demás órdenes de Gobierno y de los particulares en la eliminación de dichos obstáculos.”

Adicionalmente, el artículo 9 de la Ley en mención establece las conductas que pueden ser consideradas discriminatorias, por lo que, en ese tenor, declaraciones como las emitidas por el alcalde de Chihuahua posiblemente pudieran encuadrar en lo establecido por dicho precepto.

Asimismo, como se plantea en el exhorto en mención, es al Conapred a quien en todo caso corresponde valorar y determinar si las declaraciones vertidas por el Alcalde de Chihuahua constituyen o no actos discriminatorios. Por lo que en ese sentido, esta Comisión dictaminadora coincide con el planteamiento de la diputada proponente y respalda su planteamiento para exhortar al Conapred para que investigue y en su caso, determine las medidas a que haya lugar, derivadas de la conducta presuntamente discriminatoria del Alcalde de Chihuahua, Javier Garfio Pacheco, en el festejo del “Día de la Empleada Doméstica” celebrado el pasado 22 de marzo de 2015.

No se omite mencionar que esta dictaminadora propone realizar un ajuste al texto del resolutivo propuesto por la diputada Quiroga Anguiano, en el sentido de que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación no cuenta con facultades para pronunciarse sobre las responsabilidades de Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, sino exclusivamente respecto de aquellas que establece la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Derechos Humanos somete a la consideración de la Honorable Asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación para que investigue y, en su caso, determine las medidas que correspondan al Alcalde de Chihuahua, Javier Garfio Pacheco, por la comisión de presuntos actos discriminatorios durante el festejo del “Día de la Empleada Doméstica” celebrado el pasado 22 de marzo de 2015.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), presidenta; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Minerva Marisol Sánchez Hernández (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Leticia Salas López (rúbrica), José Luis Muñoz Soria, Roberto Cabrera Solís (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Álvaro Martínez García (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a distintas autoridades por presuntas violaciones de los derechos humanos de los ciudadanos Martín Alonso Colmenero Ledezma y Francisco Javier Aguilar Siller en Chihuahua

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I, 158 numeral 1, fracción IV, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de lo siguiente:

I. Antecedentes

A. El 9 de abril de 2015, la diputada Rocío Esmeralda Reza Gallegos, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentó la proposición con punto de acuerdo para emitir un atento y enérgico extrañamiento al titular del Poder Ejecutivo del estado de Chihuahua, ante las declaraciones vertidas por el titular de la Fiscalía Zona Centro en dicho Estado, con relación al asesinato de dos jóvenes militantes del Partido Acción Nacional.

B. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicho punto de acuerdo se remitiera, para dictamen, a la Comisión de Derechos Humanos, siendo recibido en esta Comisión en fecha 10 de abril de 2015.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición en mención se compone de cuatro exhortos, mismos que se trascriben:

Primero. La honorable Cámara de Diputados de la Sexagésima Segunda Legislatura del H. Congreso de la Unión, emite un atento y enérgico extrañamiento al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, ante las precipitadas y desafortunadas declaraciones vertidas por el titular de la Fiscalía Zona Centro en el estado de Chihuahua, licenciado Sergio Almaraz Ortiz, con relación al asesinato de dos jóvenes militantes del Partido Acción Nacional en la ciudad de Chihuahua.

Segundo. Derivado de las probables violaciones a los derechos humanos de las víctimas y ofendidos del delito cometidos por la autoridad investigadora, se exhorta a la Procuraduría General de la República a efecto de que ejerza su facultad de atracción en la investigación de los homicidios de Martín Alonso Colmenero Ledezma y Francisco Javier Aguilar Siller, a fin de que garantice imparcialidad y agote todas las líneas de investigación que permitan dar con los probables responsables de la comisión de este atroz delito.

Tercero. De la misma forma, se exhorta de manera respetuosa y diligente al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, para que en uso de sus facultades y atribuciones, gire las instrucciones correspondientes para que se investigue si hubo o no violaciones a la Ley de Atención y Protección a Víctimas u Ofendidos del Delito del Estado de Chihuahua por parte del funcionario público Sergio Almaraz Ortiz, y en su caso, si es de considerar la sanción, se efectúe la destitución inmediata del Fiscal de la Zona Centro. De la misma forma para que se proceda a incoar el procedimiento de responsabilidad que le corresponda, en los términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Chihuahua, por incumplimiento a la máxima diligencia en el servicio encomendado y actuar con deficiencia y abuso indebido de su cargo.

Cuarto. La honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, solicita al Gobernador del Estado de Chihuahua y al Fiscal General del mismo, redoblen los esfuerzos y agoten todas las líneas de investigación respetando los derechos de las víctimas y ofendidos del delito, a efecto de que se den con él o los responsables del doble homicidio y se haga efectiva la procuración e impartición de justicia en el estado de Chihuahua.

La proponente sustenta su proposición con base en las siguientes consideraciones:

Refiere el caso ocurrido el viernes 20 de marzo de 2015 en las afueras de Chihuahua, ciudad capital, y en el que perdieron la vida los jóvenes Martín Alonso Colmenero Ledezma y Francisco Javier Aguilar Siller, jóvenes militantes del PAN. Indica que, a tan sólo cuatro días de los hechos, el Fiscal de la Zona Centro en el Estado, Lic. Sergio Almaraz Ortiz, en rueda de prensa dio conocimiento de las indagatorias emprendidas por la Fiscalía, con lo que la proponente indica, fue violentada la secrecía de la investigación y se violaron los derechos de las víctimas y ofendidos del delito, al hacerse referencia a un “supuesto y absurdo crimen pasional” .

Indica que, estas expresiones han sido calificadas por diputados y diputadas federales como “homofóbicas” e, incluso, el titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos ha indicado que pudiera haberse violado el derecho humano de las víctimas y ofendidos del delito, reconocidos en el artículo 7, inciso 7, de la Ley de Atención y Protección a Víctimas u Ofendidos del Delito del Estado de Chihuahua. Asimismo, indica que de actualizarse el hecho de un crimen con connotaciones de carácter sexual, el servidor público habría incurrido en violación al artículo 16 de la misma ley.

Agrega la proponente que con tales declaraciones se ha provocado una doble victimización a los familiares de los jóvenes asesinados, a la militancia panista y a la sociedad en general. Agrega que en este caso, “hay algo más de fondo y mucho más perverso: la vieja, sucia y socorrida técnica de denostar a la víctima para quitarle autoridad, solidaridad y, sobre todo, credibilidad. Agrega que no es la primera vez en la una autoridad estatal recurre al descrédito de la víctima como una forma de desinformar el descontento social ante un crimen de alto impacto.

III. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

En diversas ocasiones la Comisión de Derechos Humanos se ha pronunciado en temas vinculados con la discriminación, la impartición de justicia y los derechos de las víctimas. A tal grado que se ha modificado estructuralmente la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, se ha expedido la Ley General de Víctimas y se han aprobado diversas proposiciones con puntos de acuerdo tendientes a lograr la armonización legislativa a nivel nacional bajo los parámetros delineados por diversas instancias internacionales especializadas en el tema.

El caso que la proponente trae a colación refiere precisamente sobre conductas que pudieran derivar en una conculcación a los derechos fundamentales vinculados con la no discriminación, los derechos de las víctimas y el debido proceso jurisdiccional. Tras un detenido análisis -y toda vez que de acuerdo con la propia Comisión de Derechos Humanos local pudieran actualizarse violaciones a derechos humanos- se ha convenido en aprobar los pedimentos de la proponente, no sin antes realizar diversas modificaciones a los mismos.

En efecto, las declaraciones anticipadas de los funcionarios públicos encargados de realizar una investigación pueden tener graves repercusiones, tanto en el proceso de investigación –toda vez que se fija una línea investigativa que puede partir de un error de origen- como en la conculcación de diversos derechos fundamentales (cuando se realizan, por ejemplo, declaraciones fundadas en prejuicios arraigados).

Toda autoridad, conforme a nuestro artículo Primero Constitucional está obligada a conducirse bajo los más altos estándares en materias de derechos humanos (delineados por el orden jurídico interno e internacional) a fin de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas y todos. Declaraciones desafortunadas, como la vertida por el servidor público de mérito, no se corresponden con estos lineamientos impuestos desde nuestra máxima norma y deben ser sujetos de las investigaciones correspondientes que determinan la responsabilidad en la que pueda haberse incurrido.

Debe de señalarse que en el caso particular, han existido diversas observaciones vertidas desde el ámbito interamericano, en relación al proceder fundado en prejuicios de servidores públicos del Estado de Chihuahua, lo cual pudiera revelar una preocupante generalización del fenómeno. De hecho, una de las más emblemáticas sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se refiere al proceder de los funcionarios públicos chihuahuenses fundado en prejuicios y estereotipos, en los párrafos 152 a 154 de la sentencia (de 2009) se lee:

151. La Comisión y los representantes alegaron que las actitudes de las autoridades estatales frente a los homicidios de mujeres en Ciudad Juárez eran notoriamente discriminatorias y dilatorias, situación que la Comisión describió como un “alarmante patrón de respuesta y concepciones estereotipadas de las mujeres desaparecidas”. En particular, el patrón “se manifestaba en la percepción de los funcionarios estatales que la búsqueda y protección de mujeres reportadas como desaparecidas no era importante” e implicaba que en un principio las autoridades se negaban a investigar.

152. Al respecto, el Estado señaló que la cultura de discriminación de la mujer “contribuyó a que tales homicidios no fueran percibidos en sus inicios como un problema de magnitud importante para el cual se requerían acciones inmediatas y contundentes por parte de las autoridades competentes”. El Tribunal observa que aunque el Estado no señaló este reconocimiento en el trámite ante la Corte, sí remitió el documento en el que consta tal reconocimiento, siendo parte del acervo probatorio que será analizado conforme a las reglas de la sana crítica.

153. Diversas fuentes afirman que la respuesta de funcionarios estatales frente a los crímenes fue influenciada por un contexto de discriminación basada en género. Según el Relator Especial sobre la independencia judicial de la ONU, “al principio es indudable que estos hechos no conmovieron mucho a los agentes de la policía y a los procuradores, quienes llegaron incluso a reprochar a las mujeres su presunta falta de moralidad”. La Relatora sobre ejecuciones extrajudiciales de la ONU señaló que:

[l]a conducta arrogante de algunos funcionarios públicos y su manifiesta indiferencia ante [...] estos delitos permiten concluir que muchos de ellos fueron deliberadamente pasados por alto por la mera razón de que las víctimas eran ‘sólo’ muchachas corrientes y, por lo tanto, no eran consideradas una gran pérdida. Cabe temer que, como consecuencia de los retrasos y las irregularidades, se hayan perdido tiempo y datos muy valiosos.1

Asimismo, en diversos párrafos puede leerse:

196. La Comisión alegó que “cuando se denunció cada desaparición, los familiares recibieron comentarios por parte de agentes estatales sobre la conducta de sus hijas que consideran influenciaron la inacción estatal posterior”.

197. Los representantes señalaron que “las autoridades minimizaban los hechos o desacreditaban” las denuncias de los familiares de las víctimas “bajo el pretexto de que eran muchachitas que ‘andaban con el novio’ o ‘andaban de voladas’”.

208. El Tribunal considera que en el presente caso, los comentarios efectuados por funcionarios en el sentido de que las víctimas se habrían ido con su novio o que tendrían una vida reprochable y la utilización de preguntas en torno a la preferencia sexual de las víctimas constituyen estereotipos. De otra parte, tanto las actitudes como las declaraciones de los funcionarios demuestran que existía, por lo menos, indiferencia hacia los familiares de las víctimas y sus denuncias.2

Estos elementos vertidos con antelación permiten en cierta medida esbozar una alarmante situación en la que los prejuicios y estereotipos constituyen factores bajo los cuales diversas autoridades realizan su labor. En el caso sujeto a análisis se constata la existencia de una desafortunada declaración que ciertamente puede haber conculcado los derechos fundamentales de las víctimas de estos actos.

Una vez referido lo anterior y constatada la viabilidad de la propuesta planteada por la diputada Reza Gallegos, se pasará al análisis de sus exhortos. En el caso del primero de ellos, no se entiende –ni tampoco se aportan argumentos- de la razón de emitir un “atento y enérgico extrañamiento al titular del Poder Ejecutivo del estado de Chihuahua” puesto que la conducta no ha sido realizada por él y, en todo caso, en el exhorto número tres se dirige ya una concreta petición al Gobernador del Estado para que intervenga en este asunto.

En el caso del segundo exhorto, debe de indicarse que la facultad de atracción de la PGR no puede ser solicitada per se ante cualquier caso, existen disposiciones constitucionales, legales e incluso reglamentarias en las que se regula esta facultad de atracción y, para el caso concreto, sólo podría solicitarse cuando tuviera conexidad este delito común con uno del orden federal (artículo 13, fracción VI del Reglamento de la Ley Orgánica de la PGR, entre otras disposiciones). Por tanto, sólo corresponde exhortar a la PGR para que, analice el asunto y, en su caso, determine si puede o no ejercer su facultad de atracción.

En cuanto al tercer exhorto, se considera adecuado, salvo lo relativo a la destitución inmediata del Fiscal, toda vez que esta consecuencia puede ser el resultado de las investigaciones que, en su caso se realicen, más no corresponde a esta Comisión de Derechos Humanos determinar precisamente qué tipo de consecuencia habrá de darse.

Finalmente, el cuarto exhorto se considera viable en los términos planteados por la proponente.

Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión de Derechos Humanos somete a la consideración de la Honorable Asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de la República a efecto de que analice y determine si es de proceder el ejercicio de la facultad de atracción en la investigación de los homicidios de Martín Alonso Colmenero Ledezma y Francisco Javier Aguilar Siller.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta, de manera respetuosa y diligente, al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, para que en uso de sus facultades y atribuciones, gire las instrucciones correspondientes para que se investigue si se realizaron violaciones a la Ley de Atención y Protección a Víctimas u Ofendidos del Delito del Estado de Chihuahua, por parte del funcionario público Sergio Almaraz Ortiz. De la misma forma para que, en su caso, se proceda a incoar el procedimiento de responsabilidad en los términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Chihuahua.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, solicita al gobernador del estado de Chihuahua y al Fiscal General de esa entidad que redoblen los esfuerzos y agoten todas las líneas de investigación, respetando los derechos de las víctimas y ofendidos del delito, a efecto de que se den con él o los responsables del doble homicidio y se haga efectiva la procuración e impartición de justicia.

Notas

1 CoIDH. Caso Gonzáles y Otras (campo algodonero) versus México. Párrafo 151-153.

2 CoIDH. Caso Gonzáles y Otras (campo algodonero) versus México. Párrafo 196-197, 208.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 16 de abril de 2015

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), presidenta; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Minerva Marisol Sánchez Hernández (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Leticia Salas López (rúbrica), José Luis Muñoz Soria, Roberto Cabrera Solís (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Álvaro Martínez García (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los cuales se exhorta al procurador general de Justicia de Puebla a agilizar las investigaciones derivadas de la denuncia interpuesta por el ciudadano Manuel Alberto Merlo Martínez por los ataques de que fue víctima; y al gobierno del estado, a garantizar su seguridad e integridad y la de su equipo de trabajo

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de lo siguiente:

I. Antecedentes

A. El martes 7 de abril de 2015, la diputada Roxana Luna Porquillo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al gobierno y a la Procuraduría General de Justicia del estado de Puebla a investigar los ataques denunciados por el ciudadano Manuel Alberto Merlo Martínez, y garantizar su seguridad y la de su equipo de trabajo.

B. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la referida proposición a la Comisión de Derechos Humanos, para su dictamen correspondiente, siendo recibida en este órgano legislativo el pasado 8 de abril.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo en mención se compone de dos resolutivos:

El primero plantea que la Cámara de Diputados “exhorte al titular de la Procuraduría General de Justicia del estado de Puebla a investigar de manera pronta y expedita, y conforme a derecho, la denuncia interpuesta por el ciudadano Manuel Alberto Merlo Martínez sobre los ataques que sufrió el pasado 11 de marzo del año en curso”.

A través del segundo resolutivo, la diputada promovente propone que esta soberanía “exhorte al gobierno del estado de Puebla a garantizar la seguridad e integridad del ciudadano Manuel Alberto Merlo Martínez y de todo su equipo de trabajo.”

II. Consideraciones de la legisladora promovente

En su exposición de motivos, la diputada Luna Porquillo señala que “...Manuel Alberto Merlo Martínez fue el único de los siete aspirantes a candidatos sin partido en el estado de Puebla que logró reunir cada uno los requisitos que nuestro marco nacional jurídico impone a candidaturas independientes. Agrega la diputada que (...) Alberto Merlo es un joven de 23 años de edad, estudiante en la Universidad Iberoamericana de Puebla, y activista social que ha destacado por su trabajo en temas de participación política ciudadana y bienestar de los animales –añadiendo– que gracias al trabajo de él y su equipo, entre el 22 y el 29 de marzo, solicitará el registro ante la junta local del Instituto Nacional Electoral, INE, como candidato a diputado federal por el distrito VI del estado de Puebla.

Adicionalmente, de acuerdo con la diputada promovente “...en declaraciones, Merlo ha sostenido que la figura de candidatura independiente vulnera todo un sistema político de intereses, prebendas y privilegios...” por lo que sostiene que es en el marco de dicha declaración donde encuentra sentido a la agresión que enfrentó el pasado miércoles 11 de marzo del año en curso en su propio hogar.

La diputada proponente señala que la tarde de ese miércoles, “...una mujer se presentó en su domicilio solicitando asesoría jurídica y mientras su equipo de trabajo estaba tomándole los datos, tres sujetos armados con pistolas irrumpieron en la vivienda exigiendo que se les entregara dinero”.

Agrega la diputada que “...los sujetos apuntaron en todo momento a la cabeza y nuca de Alberto Merlo, a pesar de que éste no dejara de repetir que en su casa no había nada de valor”. Tras amarrarlo de pies y manos, los sujetos se retiraron del inmueble con los teléfonos celulares de todas las personas presentes –cuatro voluntarias de su equipo y la empleada del hogar–, y con un joyero. No se llevaron ni una de las cinco computadoras ni alguna de las dos tabletas electrónicas que se encontraban en una mesa de trabajo en el domicilio.

Adicionalmente, señala la diputa que “después del ataque, Alberto Merlo encontró un mensaje en el portón de su casa que decía: “Hola Beto vas a valer madres”. Ante esta situación, levantó la denuncia correspondiente en la Procuraduría General de Justicia, PGJ, del estado de Puebla, por lo que se realizaron las diligencias y peritajes de dactiloscopia y criminología correspondientes.

A la vez, indica la diputada que el agente del Ministerio Público 04 Metropolitana Sur se rehusó a proporcionarle copia de la denuncia que presentó el mismo día del ataque, precisando que todos los hechos quedaron asentados en la averiguación previa AP-134/2015/AMP04.

Aunado lo anterior, el afectado señaló que durante 2014 “...también fue víctima de hostigamiento y amedrentamiento por encabezar como integrante del Colectivo Pro Animal de Puebla, la defensa del aviario del Parque Ecológico y oponerse al proyecto de remodelación que detonó la Secretaría de Infraestructura, agrega la diputada que: “El aspirante a candidato, declaró que no conoce las causas verdaderas que motivaron el ataque que enfrentó”.

Es por todo lo descrito que la diputada Roxana Luna Porquillo considera urgente garantizar la seguridad de Alberto Merlo, así como de su equipo de trabajo y de cualquier activista o persona defensora de derechos humanos en el estado de Puebla.

IV. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

Después de analizar ampliamente los planteamientos presentados en la proposición con punto de acuerdo sujeta a estudio, esta Comisión de Derechos Humanos tiene a bien emitir dictamen en sentido positivo, con base en lo siguiente:

Esta comisión coincide con los planteamientos expuestos por la diputada Roxana Luna Porquillo, en el sentido un futuro candidato a un puesto de elección popular en cualquier Estado, tiene la obligación de tomar todas las medidas necesarias para garantizar su seguridad y más aún cuando existen actos que constituyen ataques que pudieran tener como móvil la participación política, tal como la que pretende formalizar el ciudadano Manuel Alberto Merlo Martínez.

Adicionalmente y como en reiteradas ocasiones este órgano legislativo ha señalado, no corresponde a esta instancia prejuzgar y menos aún determinar sí los atacantes del joven aspirante a candidato laboran, o no, para el Ejecutivo estatal de Puebla. Por lo que en esa tesitura, esta comisión no asume como propias las declaraciones vertidas por la legisladora Luna Porquillo en el sentido de responsabilizar sobre determinados sucesos al Ejecutivo del estado de Puebla.

Sin embargo, quienes integran esta comisión comparten la preocupación planteada por la proponente, en el sentido de que es necesario que el gobierno del estado tome, de manera pronta y expedita, todas aquellas medidas preventivas para investigar el hostigamiento previo y las amenazas que el ciudadano Manuel Alberto Merlo Martínez ha padecido, particularmente, derivado de sus actividades como activista y defensor de derechos humanos.

Es así, que por lo expuesto, esta comisión respalda la propuesta de la diputada Roxana Luna Porquillo y somete a la consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados los siguientes

Acuerdos

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al titular de la Procuraduría General de Justicia del estado de Puebla a agilizar las investigaciones derivadas de la denuncia interpuesta por el ciudadano Manuel Alberto Merlo Martínez, en relación con los ataques de que fue víctima el pasado 11 de marzo de 2015.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al gobierno del estado de Puebla a garantizar la seguridad e integridad del ciudadano Manuel Alberto Merlo Martínez y la de su equipo de trabajo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), presidente; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo, secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Minerva Marisol Sánchez Hernández (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Leticia Salas López (rúbrica), José Luis Muñoz Soria, Roberto Cabrera Solís (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Álvaro Martínez García (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Baja California a garantizar la salud, la integridad y el debido proceso ajustado al pleno respeto de los derechos fundamentales de la ciudadana María Aurora Meza Calles

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I, 158 numeral 1, fracción IV, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de lo siguiente:

I. Antecedentes

A. El 28 de enero de 2015, el diputado Carlos de Jesús Alejandro y la diputada Aleida Alavés Ruiz, ambos del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como a la Procuraduría General de Justicia y al gobierno del estado de Baja California, para que investiguen las presuntas violaciones a los derechos humanos de María Aurora Meza Calles.

B. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente dispuso que dicho punto de acuerdo se remitiera a la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, siendo recibido en esta comisión el 3 de febrero de 2015.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo en cuestión se compone de tres exhortos, mismos que se trascriben:

“Primero. La Comisión Permanente del Congreso de Unión exhorta respetuosamente a la Procuraduría General de Justicia de Baja California a garantizar la salud, integridad, y a respetar el derecho al debido proceso apegado al pleno respeto a las garantías procesales de la imputada y observando los más altos estándares en materia de derechos humanos a la ciudadana María Aurora Meza Calles, originaria del pueblo indígena kumiai, de la comunidad de Las Palmas, municipio de Tecate, Baja California.

Segundo. Se exhorta a la Comisión Nacional de Derechos Humanos a investigar las presuntas violaciones a los derechos humanos cometidas en contra de María Aurora Meza Calles.

Tercero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al gobierno de Baja California a cesar el hostigamiento, la persecución social y jurídica en contra de las comunidades indígenas de Baja California, y que cese la violación de derechos y las agresiones a los integrantes de la comunidad kumiai.”

Los proponentes sustentan su proposición con base en las siguientes consideraciones:

Destacan que “[...] en un régimen verdaderamente democrático, los principios básicos de bienestar, desarrollo humano, salud, educación, justicia económica, política y social, de cualquier persona, pero sobretodo de las mujeres indígenas y sus familias, son garantizados, protegidos y respetados en un marco jurídico congruente con una visión de derechos humanos [...]”

No obstante lo anterior, reconocen que en los últimos años han existido diversos eventos en los que se han advertido serias violaciones procedimentales y a los derechos más elementales del individuo, tal es el caso de la señora María Aurora Meza Calles, mujer del pueblo indígena Kumiai de la comunidad de Las Palmas, municipio de Tecate, estado de Bala California. Acto seguido, describe los hechos del caso, siendo sintéticamente los siguientes:

María Aurora, fue aprehendida y encarcelada el viernes 19 de diciembre de 2014 por policías ministeriales sin una orden de aprehensión y con base en engaños, puesto que las autoridades le informaron que sólo la interrogarían y desde ese momento se encuentra detenida. Fue acusada por el presunto delito de abigeato de dos caballos y presentada ante el Juez de primera instancia del ramo penal del Partido Judicial de Tecate. Relata el diputado que, de acuerdo con María Aurora, desde hace más de un año, algunos caballos cuyo dueño era desconocido, entraron en diversas ocasiones en su propiedad, causando daños a sus cultivos. Frente a esto, ella recurrió en múltiples ocasiones a la Secretaría de Fomento Agropecuario del estado para tratar de encontrar una solución a su problema sin éxito alguno, de manera que tomó la decisión de llevar a los caballos (cinco) a la delegación municipal del Valle de Las Palmas, del municipio de Tecate, para que el dueño de los equinos cubriera los daños ocasionados en su propiedad o, según el caso, vendiera los animales y de allí cobrase la reparación del daño.

Acto seguido agrega que María Aurora logró vender los caballos y dio aviso a Fomento Agropecuario, institución que le dijo que había actuado incorrectamente por lo que le regresaron los animales y ella el dinero. Señala que posteriormente, Rubén Martínez Pérez, junto con otras personas, llegó a la propiedad de María Aurora y se llevaron a todos los caballos que estaban en el lugar para luego acusarla de abigeato, razón por la cual, la señora María Aurora se encuentra privada de su libertad.

El proponente agrega que la señora María Aurora tiene 57 años, está enferma de diabetes, enfrenta un proceso injusto y se teme por la salud y seguridad de ella y de su comunidad, pues la comunidad kumiai ha sido con anterioridad objeto de diversos actos en los que se ha pretendido despojarlos de su territorio.

III. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

Recientemente fue reformada nuestra Constitución federal para colocar como tema central de todo el engranaje estatal a los derechos humanos. Esta reforma, considerada por muchos como una de las más importantes desde la promulgación misma de nuestra vigente Constitución de 1917 vino a inaugurar una nueva etapa en nuestro país.

En este mismo sentido, nuestro estado ha dado muestras de su compromiso por garantizar el respeto, protección y promoción de los derechos humanos, tal cual lo refleja la reforma en comento, los criterios de nuestro máximo tribunal en lo que hace al control de convencionalidad y el cumplimiento progresivo que de las observaciones, recomendaciones y/o sentencias de organismos internacionales ha venido realizando el estado.

Si bien es cierto, existen aún muchos retos y obstáculos por superar por el estado, a través de sus diversos órganos, éste ha dado ya los primeros pasos en esta materia de la mayor importancia. Uno de los temas aún pendientes y que esta Comisión de Derechos Humanos considera apremiante es el referente al del acceso a la justicia de los pueblos originarios de nuestro país.

Tal como lo comentan los proponentes: “En un régimen verdaderamente democrático, los principios básicos de bienestar, desarrollo humano, salud, educación, justicia económica, política y social, de cualquier persona, pero sobretodo de las mujeres indígenas y sus familias, son garantizados, protegidos y respetados en un marco jurídico congruente con una visión de derechos humanos.”

Del mismo modo, ha sido considerado así por el actual relator especial para la Situación de los Derechos y Libertades Fundamentales de los Pueblos Indígenas, Rodolfo Stavenhaven, quien durante su mandato señaló que “Los pueblos indígenas se cuentan entre los sectores sociales más pobres y vulnerables del mundo. Suelen ser víctimas de distintas formas de discriminación y de la negación de sus derechos básicos.”1

Es fácil advertir que los pueblos indígenas y los indígenas individualmente considerados, son sectores de una gran vulnerabilidad y frecuentemente son víctimas de violaciones a los derechos humanos más elementales. El caso que el diputado proponente trae a colación en su proposición con punto de acuerdo es precisamente el de María Aurora Meza Calles, mujer del pueblo indígena kumiai de la comunidad de Las Palmas, municipio de Tecate, estado de Baja California. Un caso en el que diversos órganos especializados del estado han advertido diversas violaciones a los derechos más elementales por lo que se tiene por acreditada esta situación. En efecto, de acuerdo con información oficial consultada por esta Comisión de Derechos Humanos, se ha constatado que durante el proceso jurisdiccional al que fue sometida la señora Meza Calles no se cumplió con el deber fundamental de garantizarle un traductor que conociera su lengua y cultura, lo cual, colocó en estado de indefensión a la susodicha2 .

Asimismo, debe señalarse –a diferencia de lo que sostienen los diputados proponentes– que la señora Meza Calles se encuentra en estado de libertad, habiendo sido absuelta por no haberse acreditado pruebas que sustentaran los dichos de la parte acusadora3 . No obstante, también se tiene información de que el proceso jurisdiccional aún continúa al no haberse dictado una sentencia definitiva en el caso4 .

En cuanto a los puntos resolutivos que proponen los diputados peticionarios, y atento a los elementos antes indicados, se constata, por un lado, que siguen existiendo elementos para el primer punto referente al proceso jurisdiccional, toda vez que no existe una sentencia definitiva. No obstante, esta comisión considera conveniente no dirigirlo directamente a la Procuraduría General de Justicia del Estado pues no es a ella a quien corresponde todo lo planteado por el proponente, sino al gobierno del estado en general para que, a través de sus correspondientes instituciones garantice la salud, integridad y el respeto de los derechos humanos de la señora María Aurora Meza Calles, así como para que se investiguen las presuntas violaciones a los derechos humanos de las que pudiera haber sido objeto.

En lo relativo a la intervención de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) debe recordarse que existe una prohibición expresa para que la CNDH pueda intervenir (artículo 7, fracción II y artículo 8, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos), en tal sentido, no es procedente esta situación5 En todo caso, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas ha tomado ya conocimiento del asunto6 .

Finalmente, a esta Comisión de Derechos Humanos no corresponde determinar si se ha dado o no un “hostigamiento, persecución social y jurídica” en contra de las comunidades indígenas del estado de Baja California, por lo que no puede asumir como propias las afirmaciones que hacen los proponentes.

Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión de Derechos Humanos somete a la consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Baja California para que garantice la salud, integridad y el debido proceso apegado al pleno respeto a los derechos fundamentales de la ciudadana María Aurora Meza Calles, así como para que se investiguen las presuntas violaciones a los derechos humanos de las que pudiera haber sido objeto.

Notas

1. Comisión de Derechos Humanos. Informe anual a la Comisión de Derechos Humanos. Los derechos humanos y las cuestiones indígenas. Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pueblos indígenas, Rodolfo Stavenhaven. E/CN.2005/88, 6 de enero de 2005. Consultado en la Página Oficial del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el 20/11/12. Disponible en:

http://www2.ohchr.org/spanish/issues/indigenous/rapporteur/reports.htm

2. “Mujer indígena pasa dos meses en cárcel” Nota informativa del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI), 9 de marzo de 2015, donde se indica que: “Juan Malagamba Zentella, delegado en Baja California de la Comisión Nacional para los Pueblos Indígenas, informó que la liberación se dio por una sentencia absolutoria del juez penal al no encontrar pruebas suficientes para mantener en prisión a Meza Calles.” Disponible: http://site.inali.gob.mx/intranet/yportal.php?t=nota&e=142591791689 229700&cve=Si150309; Asimismo: “La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) expresó su respaldo y preocupación por la salud de Aurora Meza, indígena kumiai acusada injustamente del robo de unos caballos y anunció que se pedirá la intervención del Congreso del Estado al respecto. Juan Malagamba Zentella, delegado de la CDI en Baja California, indicó que este organismo ya está enterado a nivel nacional de esa situación y en el ámbito local se trabaja no sólo por liberar a la detenida, sino porque se le dé la atención adecuada a la mujer de 52 años que padece diabetes y artritis. Indicó que lo ocurrido con Aurora Meza no es un caso aislado, sino que la comunidad kumiai de Juntas de Neji ha sufrido un hostigamiento constante por parte de Rubén Martínez, quien denunció a la mujer indígena por el presunto robo de los caballos. Dicha acusación, enfatizó Malagamba Zentella, carece de sustento como se ha comprobado en el expediente, ya que la detenida nunca robó esos animales. En la revisión del expediente, puntualizó el delegado de la CDI, se comprueba que nunca hubo un robo. Malagamba Zentella dijo que por parte de la CDI se le brindará todo el apoyo necesario a Aurora Meza y señaló que aunque se le ofreció asesoría jurídica, ya cuenta con una abogada que está realizando su defensa.” Síntesis informativa de la CDI, 20 de enero de 2015, disponible en: http://www.cdi.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=3698; También se ha dicho por parte de la CDI que en Baja California “No hay un reconocimiento pleno por parte del Poder Judicial de Baja California, sobre cuál es el protocolo que se tiene que seguir en el ámbito penal cuando se detiene a un indígena.” Nota BC no reconoce los derechos de los indígenas: CDI Diario UniMexicali nota de 23 de enero de 2015, disponible en: http://www.unimexicali.com/noticias/bajacalifornia/319664/bc-no-reconoc e-los-derechos-de-los-indigenas-cdi.html

3. “Absuelven y liberan a indígena Kumiai Aurora Meza” Nota de 6 de marzo de 2015, diario La Jornada de Baja California. Disponible en: http://jornadabc.mx/tijuana/06-03-2015/absuelven-y-liberan-indigena-kum iai-aurora-meza; “Liberan en BC a indígena kumiai Aurora Meza; enfrentó proceso irregular” Nota de 6 de marzo de 2015, diario La Jornada. Disponible en: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2015/03/06/liberan-a-indigena-kumiai -aurora-meza-en-baja-california-2693.html

4. “Mujer indígena pasa dos meses en cárcel” Nota de 8 de marzo de 215, diario El vigía. Disponible en: http://www.elvigia.net/general/2015/3/8/mujer-indigena-pasa-meses-carce l-190117.html; “Mujer indígena pasa dos meses en cárcel” Nota informativa del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI), 9 de marzo de 2015, disponible en:http://site.inali.gob.mx/intranet/yportal.php?t=nota&e=142591791 689229700&cve=Si150309

5. “Artículo 7o. La Comisión Nacional no podrá conocer de los asuntos relativos a: I... II. Resoluciones de carácter jurisdiccional; III ...”

“Artículo 8o. En los términos de esta ley, sólo podrán admitirse o conocerse quejas o inconformidades contra actos u omisiones de autoridades judiciales, salvo las de carácter federal, cuando dichos actos u omisiones tengan carácter administrativo. La Comisión Nacional por ningún motivo podrá examinar cuestiones jurisdiccionales de fondo.”

6. “Mujer indígena pasa dos meses en cárcel” Nota de 8 de marzo de 215, diario El vigía. Disponible en: http://www.elvigia.net/general/2015/3/8/mujer-indigena-pasa-meses-carce l-190117.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), presidente; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Minerva Marisol Sánchez Hernández (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Leticia Salas López (rúbrica), José Luis Muñoz Soria, Roberto Cabrera Solís (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Álvaro Martínez García (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a diversos congresos locales a emprender medidas legislativas para armonizar sus normas en materia de no discriminación

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I, 158 numeral 1, fracción IV, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de lo siguiente

I. Antecedentes

A. El jueves 5 de febrero de 2014, la diputada Martha Edith Vital Vera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó una proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta a los Congresos locales a emprender medidas legislativas a fin de armonizar sus normas en materia de no discriminación.

B. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la referida proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Derechos Humanos, para su dictamen correspondiente.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo en cuestión se compone de dos resolutivos: a través del primero de éstos, la diputada promovente propone que: La honorable Cámara de Diputados exhorte respetuosamente a los Congresos de Jalisco, Nuevo León y Tabasco, a fin de que logren armonizar su legislación referente a la no discriminación conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte y a través del segundo la legisladora plantea que la honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los Congresos de los estados de Aguascalientes, Baja California, Campeche, Chihuahua, Guerrero, Nayarit, Querétaro, Sonora, Tamaulipas, Veracruz y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a fin de que se incluya la cláusula antidiscriminatoria en sus constituciones locales y en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal respecto de la cláusula antidiscriminatoria del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

III. Consideraciones de la legisladora promovente

De acuerdo con la diputada proponente “en nuestro país la discriminación sigue siendo uno de los principales obstáculos que existen no sólo para eliminar la pobreza y reducir la desigualdad, sino además para construir una nueva cultura de inclusión social y de respeto a la diversidad; continua siendo la manifestación de la negación del principio de igualdad y constituye uno de los mayores obstáculos para avanzar en el pleno ejercicio de los derechos humanos”.

Asimismo sostiene que “en el ámbito legislativo se han realizado importantes reformas en materia de derechos humanos, hasta 2001, con la reforma de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se incorporó al marco jurídico nacional el derecho a la no discriminación, como un derecho fundamental de todas y todos, mediante la adición de un tercer párrafo al artículo 1, mismo que a partir de la reforma constitucional aprobada en junio de 2011, pasó a ser el quinto prohibiendo la discriminación por razones específicas” y señala que “queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

La diputada Vital Vera destaca que “para reglamentar dicho artículo constitucional, en 2003 se expidió la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación (LFPED), la cual tiene por objeto prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona en los términos del artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como promover la igualdad de oportunidades y de trato.

Además, añade la legisladora promovente que “nuestro país ha suscrito y ratificado diversos instrumentos internacionales en materia de discriminación, mismos que revisten importancia debido a que la CPEUM reconoce también que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia”.

Añade que entre dichos instrumentos internacionales se encuentran:

La Declaración Universal de Derechos Humanos, la cual en su articulado establece que: “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos; toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en la Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.”

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el cual señala que “los Estados firmantes del pacto se comprometen a respetar y a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el Pacto, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.”

La Convención Americana sobre Derechos Humanos, misma indica que “los Estados parte de la Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.”

De igual forma, la diputada promovente añade que “se han creado ordenamientos legales específicos relativos al derecho a la no discriminación, entre ellos sobresale la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, por mencionar algunos”.

No obstante y a pesar del marco legal creado para evitar la discriminación, la diputada Vital Vera sostiene que “la realidad revela que la discriminación es algo que existe, que muchos conocemos y con la que de una u otra forma nos enfrentamos todos los días, es un problema persistente, que segrega, excluye y principalmente niega o limita del acceso y disfrute de los derechos y libertades de las personas”.

Para complementar la información relativa a su proposición, la diputada promevente agrega que “actualmente, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) identifica 12 grupos en situación de discriminación, a saber, los adultos mayores, los afrodescendientes, los credos religiosos, las etnias, los migrantes y refugiados, las mujeres, las niñas y niños, las personas con discapacidad, las personas con VIH, los jóvenes, las personas con preferencia u orientación sexual distinta a la heterosexual y las trabajadoras del hogar”.

Asimismo, hace alusión a información del Censo de Población y Vivienda 2010 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en donde se estima que en el país hay una población de 15.7 millones de indígenas, que, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México 2010 (ENADIS) realizada por el Consejo Nacional para prevenir la Discriminación, señalan que el principal problema que perciben es la discriminación, seguido de la pobreza, el apoyo del gobierno y por la lengua indígena.

De igual forma la legisladora señala que otro grupo es el de los adultos mayores, que de acuerdo con la misma fuente, Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Inegi, hay más de 11.7 millones de personas, los cuales sufren actos de discriminación como exclusión, rechazo, maltrato y violencia porque suelen ser relacionados con enfermedad, ineficiencia, lentitud y poca productividad, además de padecer como su principal problema el relativo a su situación laboral, seguido de otros como la salud y la atención médica.

Finalmente, la diputada proponente señala que también los niños y niñas son un grupo altamente discriminado, precisando que conforme a datos del Inegi, en México residen 32.5 millones de niños de 0 a 14 años, los cuales representan el 29 por ciento de la población total.

Cita que de acuerdo con la ENADIS, dos de cada diez personas opinan que no existe respeto hacia los derechos de los niños; siete de cada diez consideran que pegarle a una niña o un niño para que obedezca no se justifica nada, y 27 por ciento de las personas encuestadas afirmó que las y los niños deben tener los derechos que sus padres o madres les quieran dar.8

Con base en los datos anteriores, la legisladora sostiene que “la discriminación no distingue edad, color, sexo, condición social, etcétera, y a pesar de que con la reforma de 2001 se dio un avance importante en materia de derechos humanos en el marco jurídico mexicano, y con ello fue posible poner en marcha una variedad de instrumentos y mecanismos jurídicos e institucionales para prevenir y eliminar las desigualdades y la discriminación, el logro constitucional no estará completo si no se materializa mediante disposiciones legales que tengan como objetivo común prevenir, eliminar y erradicar cualquier forma de discriminación, buscando así alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades para cualquier persona”.

A la vez, indica que “la cláusula antidiscriminatoria de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue reglamentada a través de la creación de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, a nivel estatal la inclusión de la prohibición de no discriminar en las constituciones locales ha tenido su propia reglamentación en las leyes secundarias de carácter local: en los últimos años se han creado 29 leyes locales antidiscriminatorias; sin embargo, aún hay entidades federativas que no cuentan con una ley específica en la materia, tal es el caso de los estados de Jalisco, Nuevo León y Tabasco”.

De igual forma refiere que “respecto a las cláusulas antidiscriminatorias de las Constituciones de las entidades federativas, 21 constituciones las tienen, exceptuando Aguascalientes, Baja California, Campeche, Chihuahua, Guerrero, Nayarit, Querétaro, Sonora, Tamaulipas, Veracruz y el Distrito Federal”.

La legisladora previene que “dado que el Estado mexicano está obligado a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas, esta obligación implica reformar los ordenamientos que resulten incompatibles con los derechos humanos y en su caso crear nuevas leyes, por lo cual se considera necesario emprender las medidas legislativas necesarias para prevenir, y eliminar actos de discriminación contra cualquier persona mediante la armonización de las leyes estatales conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los tratados e instrumentos internacionales de los que el Estado mexicano es parte, a fin de que se cuente en todo el país con un marco jurídico sólido que enmiende las desigualdades sociales y elimine todas las formas de exclusión que día a día impiden el goce pleno de los derechos humanos”.

Por todo lo anterior, la diputada Vital Vera señala que “es urgente que en las entidades federativas en donde no existe una cláusula antidiscriminatoria, se incluya en sus Constituciones locales. Además de que las entidades federativas de Jalisco, Nuevo León y Tabasco en las cuales no existe una ley en la materia, cuenten con un ordenamiento regulatorio para prevenir, combatir y erradicar cualquier forma de discriminación, con la finalidad de alcanzar una igualdad de oportunidades para toda la población en todo el país.”

IV. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

La Comisión de Derechos Humanos, comprometida con el deber ineludible del Estado consistente en promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas, no puede pasar por alto los altos grados de discriminación que padece nuestro país, de acuerdo con la información estadística y especializada presentada por la diputada Vital Vera.

Tampoco pasa por alto que el deber genérico de tutela a los derechos fundamentales imbuye a todas las autoridades del Estado. Ello implica que, en el ámbito legislativo, tanto el Congreso de la Unión como las legislaturas de las diversas entidades federativas de nuestro país, en sus respectivos ámbitos de competencia, tienen el deber de reformar los ordenamientos que resulten incompatibles con los derechos humanos y, en su caso, expedir nuevas leyes.

En este sentido, quienes integramos esta Comisión consideramos que, efectivamente, como lo sostiene la diputada Vital Vera, es necesario emprender las medidas legislativas necesarias para prevenir, y eliminar actos de discriminación contra cualquier persona, mediante la armonización de las leyes estatales conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los tratados e instrumentos internacionales de los que el Estado mexicano es parte, y entre los cuales se encuentran ese abanico de instrumentos citados por la diputada Martha Edith Vital Vera.

La atención a la preocupación de la diputada promovente y de esta Comisión en la temática, puede ponerse claramente de manifiesto en la aprobación por el Pleno de esta Cámara, de un dictamen con punto de acuerdo en el mismo sentido, en fecha 11 de abril de 2013, y que fue turnado para su atención a las legislaturas citadas. Sin embargo, de forma lamentable, en su momento no se obtuvo la respuesta esperada, ya que todavía persisten algunas entidades en las que, o bien no se ha legislado sobre el tema, o cuando se ha realizado, se lo ha hecho de manera insuficiente (generalmente por defecto en la armonización legislativa).

Por ello, esta comisión legislativa considera que no resulta ocioso hacer un recordatorio a las entidades aludidas en cada caso, a efecto de que consideren abordar la falta de armonización señalada, coadyuvando con ello a maximizar la garantía al derecho a la no discriminación consagrado en nuestra Carta Magna, por lo que esta Comisión dictaminadora considera que es procedente la proposición de la diputada Martha Edith Vital Vera, más aún cuando cotejadas las legislaciones de las entidades federativas indicadas por la misma, se ha constatado la ausencia de normativa especializada en la materia o, en su caso, su insuficiente integración a los órdenes locales.

En razón de lo expuesto, la Comisión de Derechos Humanos somete a la consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados los siguientes

Acuerdos

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los Congresos de Jalisco, Nuevo León y Tabasco, para que armonicen su legislación relativa a la no discriminación conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los Congresos de los Estados de Aguascalientes, Baja California, Campeche, Chihuahua, Guerrero, Nayarit, Querétaro, Sonora, Tamaulipas, Veracruz y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a fin de que se incluya la cláusula antidiscriminatoria en sus constituciones locales y en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, respecto de la cláusula antidiscriminatoria contemplada en el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), presidente; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Minerva Marisol Sánchez Hernández (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Leticia Salas López (rúbrica), José Luis Muñoz Soria, Roberto Cabrera Solís (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Álvaro Martínez García (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Puebla y a diversas autoridades a realizar acciones sobre las presuntas violaciones de los derechos humanos de activistas y alcaldes auxiliares del estado

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I, 158 numeral 1, fracción IV, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de lo siguiente:

I. Antecedentes

A. El jueves 5 de febrero de 2015, la diputada Roxana Luna Porquillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta a los gobiernos del Distrito Federal y de Puebla, así como a diversas autoridades de esta última entidad federativa, y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para que emprendan diversas acciones tendentes a garantizar los derechos fundamentales de activistas y alcaldes auxiliares del estado de Puebla.

B. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la referida proposición a la Comisión de Derechos Humanos, para su dictamen correspondiente, siendo recibida en este órgano legislativo el viernes 6 de febrero del año en curso.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo en cuestión se compone de seis resolutivos, mismos que continuación se transcriben:

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a investigar las presuntas violaciones de los derechos humanos de Adán Xicale Huitle, Alejandro Paul Xicale Coyopol, Albino Tlachi Álvarez, Primo Manuel Tlachi Álvarez, Rubén Sarabia Sánchez, Atl Rubén Sarabia Reyna, Raúl Pérez Velázquez, alcalde auxiliar de San Miguel Canoa, Puebla, Sabino Báez Serrano, alcalde auxiliar de La Resurrección, y Jairo Javier Montes Bautista, alcalde auxiliar de San Bernardino Chalchihuapan.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno y a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla a cesar el hostigamiento y la represión contras las comunidades indígenas, y la protesta social en Puebla.

Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al procurador general de Justicia de Puebla a garantizar el debido proceso para Adán Xicale Huitle, Alejandro Paul Xicale Coyopol, Albino Tlachi Álvarez, Primo Manuel Tlachi Álvarez, Rubén Sarabia Sánchez, Atl Rubén Sarabia Reyna, Raúl Pérez Velázquez, Alcalde Auxiliar de San Miguel Canoa, Puebla, y Jairo Javier Montes Bautista, Alcalde Auxiliar de San Bernardino Chalchihuapan, con respeto pleno a las garantías procesales de los imputados, observando los más altos estándares en materia de derechos humanos, a investigar los presuntos actos de tortura que les han sido infligidos y a garantizar su seguridad e integridad.

Cuarto. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al secretario general de Gobierno de Puebla a otorgar las medidas cautelares solicitadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para Rubén Sarabia Sánchez Simitrio, Atl Tonatiuh Rubén Sarabia Reyna, Xihuel Sarabia Reyna, Ehecatl Tonatiuh Sarabia Amador, Alejandra López Reyna, Irma Reyna Martínez, Raúl Pérez Velázquez, Leonardo Báez Serrano, Adán Xicale, Paul Xicale, Primo Tlachi, Albino Tlachi y Alfredo Portillo.

Quinto. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al gobierno del Distrito Federal a hacer pública la información que esclarezca si tenía conocimiento del operativo que la Procuraduría General de Justicia del estado de Puebla llevó a cabo el 22 de diciembre de 2014 para detener a Atl Rubén Sarabia Reyna en el Distrito Federal, y, en su caso, especificar las actuaciones que pudieran haber sido realizadas por autoridades del Distrito Federal para tal efecto.

Sexto. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al titular de la Comisión de Derechos Humanos a solicitar las medidas cautelares pertinentes para Roberto Formacio, Karina Pérez, Teódulo Coaya, Armando Pérez, Mafa Larringa, Braulio Coyopol, Arturo Heulitl, Víctor Blanco, Paola Zuculima, Leonor Romero, Hilario Gallegos, Araceli Montes Bautista, Claudia López Reyna, Rocío Pérez Pérez y Javier Pérez Pérez.

III. Consideraciones de la legisladora proponente

Inicia la diputada Luna Porquillo señalando que México enfrenta un serio problema en materia de protección de derechos humanos, y específica que en Puebla las violaciones a los derechos fundamentales, principalmente de activistas, comunidades indígenas y dirigentes sociales, son una constante.

En ese orden de ideas, relata diversas detenciones que califica de arbitrarias, mismas que señala, fueron giradas a instancia del Gobierno del Estado de Puebla, entre ellas:

• Las detenciones del abogado Adán Xicale Huiltle, su hijo Alejandro Paul Xicale Coyópol, y los hermanos Primo Manuel y Albino Tlachi Álvarez, integrantes del Círculo de Defensa del Territorio de Cholula, acontecida el 7 de octubre de 2014 en un operativo policiaco frente al palacio municipal de San Andrés Cholula. Menciona la proponente que al momento de la detención “dichas personas se encontraban pacíficamente en un plantón indefinido, en demanda de diálogo con las autoridades municipales, y en señal de protesta por el proyecto llamado “Parque de las Siete Culturas”.

Agrega la diputada, que la detención se realizó en un marco de irregularidades, como la consistente en el ocultamiento del paradero de las personas detenidas por más de 10 horas a sus familiares y su tardía puesta a disposición ante la Procuraduría de Justicia del estado.

• La aprehensión de Jairo Javier Montes Bautista, presidente de la Junta Auxiliar de San Bernardino Chalchihuapan, en virtud de la orden emitida el 16 de octubre de 2014 por el juez tercero penal bajo los delitos de tentativa de homicidio, privación ilegal de la libertad, motín y ataques a las vías de comunicación. Expresa que a dicho alcalde auxiliar “se le acusa por el simple hecho de defender la identidad cultural de su junta auxiliar y manifestarse contra la reforma a la Ley Orgánica Municipal de Puebla”.

• Las detenciones de Florentino Tamayo Ponce, Raúl Contreras Montes, Vicente Juárez García, Álvaro García Xelhua y Fausto Montes, quienes fueron arrestados durante la madrugada del 18 de octubre de 2014 a cargo de las Policías Ministerial y Estatal en Chalchihuapan, Puebla, quienes ingresaron “ingresaron de manera violenta en varios domicilios sin previa identificación, ni presentando órdenes de cateo o aprehensión, violando chapas y forzando puertas”.

• Añade que el 18 de octubre de 2014, el presidente de la junta auxiliar de La Resurrección, Sabino Leonardo Báez Serrano, fue detenido por elementos de la Policía Ministerial mediante engaños. En ese tenor, indica que “los agentes lo hicieron subir a una camioneta alegando que harían un recorrido, ya en el vehículo le hablaron de la orden en su contra por los delitos de presunta resistencia de particulares y el ejercicio indebido de funciones”. Menciona también, que la detención del edil se ejecutó justo después de haber conformado, con otros presidentes auxiliares, el organismo “Juntas Auxiliares por México”.

• La detención del presidente auxiliar de San Miguel Canoa, Raúl Pérez Velázquez, ocurrida el viernes 31 de octubre de 2014 alrededor a las 16:00 horas, cuando el mismo salía de las oficinas de Obras Públicas del ayuntamiento de Puebla. Señala la proponente que Raúl Pérez “fue detenido de manera arbitraria por los delitos de robo, amenazas y privación ilegal de la libertad –y– la detención se ejecutó sin una orden, a pesar de tener en sus manos el amparo 1671/2014 de parte del juzgado tercero de distrito, para evitar cualquier orden de aprehensión en su contra. Después de lo acontecido, el 5 de diciembre, ganó un nuevo amparo para lograr su libertad por el que pagó 28 mil pesos, pero el distrito séptimo de lo penal ordenó una nueva orden de aprehensión. Agrega que posteriormente al edil le fue imputado el delito de peculado, por lo que ya no es posible que salga de prisión bajo fianza. A la vez, menciona que “organizaciones sociales y familiares del alcalde, han denunciado tortura física y psicológica por parte de reos del penal de San Miguel en nombre del gobierno de Puebla, a fin de que sus hijos Javier y Rocío Pérez desistan de la lucha legal y defensa del pueblo náhuatl”.

• Las detenciones de los dirigentes sociales Rubén Sarabia Sánchez y su hijo Atl Rubén Sarabia Reyna, precisando que el primero fue detenido el pasado 19 de diciembre de 2014, aproximadamente a las 11:00 horas cuando asistía a una reunión concertada con el secretario de Gobernación municipal, José Guillermo Aréchiga Santamaría, al llegar las oficinas del citado funcionario, lo esperaban personas con armas largas, 9 hombres y 3 mujeres, sin orden de aprehensión y sin explicación alguna fue subido de manera violenta a un vehículo Jetta sin placas. Esta detención fue precedida por actos de hostigamiento.

Sobre el arresto de Atl Rubén Sarabia Reyna señala que fue detenido de manera violenta y sin orden de aprehensión, el lunes 22 de diciembre de 2014, por elementos de la policía ministerial de Puebla en las inmediaciones de El Ángel de Independencia en el Distrito Federal.

En suma, la legisladora Luna Porquillo atribuye al gobierno del estado Puebla “más de 45 detenciones arbitrarias de activistas y opositores, la muerte de un niño de 13 años y la omisión e indolencia ante los señalamientos de organismos como la CNDH que piden garantizar los derechos humanos de la sociedad en Puebla”.

Especifica que las detenciones de los ediles auxiliares mencionados, quienes son integrantes de la Coordinación Estatal por la Defensa y la Identidad de los Pueblos, se deben a su oposición a la reforma a la Ley Orgánica Municipal de Puebla y a diversas acciones del gobierno estatal.

Por último, relata que las detenciones de Javier Montes Bautista, presidente de la Junta Auxiliar de San Bernardino Chalchihuapan y de activistas y opositores del Gobierno se han realizado en un marco de criminalización realizado a través de la fabricación de acusaciones.

IV. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

Tras analizar los planteamientos presentados en la proposición con punto de acuerdo sujeta a estudio, la Comisión de Derechos Humanos tiene a bien emitir dictamen en sentido parcialmente positivo, con base en lo siguiente:

Respecto al primer punto resolutivo que plantea dirigir un exhorto a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, cabe precisar que conforme al artículo 4, párrafo primero, y 13, fracción II, inciso a) de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, corresponde a ese organismo estatal de protección conocer de las quejas relacionadas con presuntas violaciones a los derechos humanos, si éstas fueren imputadas a autoridades y servidores públicos estatales y municipales. Ahora bien, y dado que la diputada proponente atribuye la posible comisión de los actos relatados en su escrito al Gobierno estatal de Puebla, no es posible girar el exhorto en los términos planteados, sino en todo caso, a la Comisión estatal de Derechos Humanos de aquella entidad.

En complemento a lo anterior y con relación a este primer exhorto, cabe hacer la precisión de que esta dictaminadora no prejuzga sobre la posible comisión de actos conculcadores de derechos humanos a cargo de las autoridades estatales de Puebla, ya que en todo caso será, en su momento, el organismo de protección estatal poblano quien, en su caso, determiné si se vulneraron, o no, los derechos fundamentales de los alcaldes auxiliares y los activistas con el actuar de tales autoridades. Adicionalmente, cabe precisar que este órgano legislativo tampoco emite pronunciamiento alguno sobre la responsabilidad penal de los detenidos y la arbitrariedad, o no, de las detenciones enunciadas en la proposición con punto de acuerdo, ya que la valoración de ambas es competencia exclusiva de cada juez penal en particular y los tribunales de alzada.

Con relación al segundo punto resolutivo planteado por la proponente, mismo que busca exhortar al Gobierno y a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla para que cesen el hostigamiento y la represión contras las comunidades indígenas y la protesta social en Puebla, se estima pertinente reiterar lo dicho por esta dictaminadora en anteriores ocasiones, en el sentido de que no compete a esta instancia legislativa el determinar si ha existido, o no, dicho hostigamiento y represión, por lo que no puede asumir como propias las afirmaciones que hace la proponente. En todo caso, las investigaciones que, en su momento realice la Comisión Estatal de Derechos Humanos, serán las que permitan determinar la existencia o no de tales conculcaciones. En consecuencia, no se estima procedente la aprobación del segundo resolutivo contenido en la proposición.

En cuanto al tercer punto resolutivo, consistente en solicitar al Señor Procurador del Estado de Puebla que, la instancia pública a su cargo, garantice el debido proceso de los detenidos con total apego al respeto de sus garantías procesales y los más altos estándares en materia de derechos humanos, en lo concerniente a la actuación de esa representación social, se estima procedente la aprobación de dicho resolutivo con algunas modificaciones, como la consistente en no incluir a los activistas Albino Tlachi Álvarez y Primo Manuel Tlachi Álvarez, en razón de que ambos sujetos han sido liberados al no existir elementos para integrar los ilícitos en su contra.1

Por lo que hace al cuarto punto resolutivo, relativo al exhorto para que el secretario general de gobierno de Puebla otorgue las medidas cautelares solicitadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Esta comisión legislativa constató la emisión de los oficios V4/73505 y V4/73506, ambos de fecha 11 de diciembre de 2014 y signados por la cuarta visitadora general de la CNDH, maestra Yolanda Leticia Escandón Carrillo, mediante los cuales solicita al entonces secretario general de gobierno de Puebla, licenciado Luis Maldonado Venegas, que se tomen las medidas cautelares consistentes en instruir a quien corresponda para que se tomen las acciones necesarias tendientes a salvaguardar la integridad y seguridad personal, así como al debido proceso en la causa penal que se instruye en contra de los agraviados que se encuentran privados de su libertad en el Centro de Reinserción Social de Cholula, así como de los integrantes del Frente Municipal Cholulteca en Defensa de la Identidad y el Territorio de esa entidad federativa, con el propósito de evitar daños de difícil o imposible reparación. A la vez, solicita también que se tomen las acciones necesarias tendientes a salvaguardar la integridad y seguridad personal de los integrantes de la Unión Popular de Vendedores Ambulantes “28 de octubre”, con el propósito de evitar daños de difícil o imposible reparación.

En esa tesitura, se estima oportuno la aprobación de dicho resolutivo.

Sobre el quinto punto resolutivo, mediante el cual se propone exhortar al gobierno del Distrito Federal para que haga pública la información que esclarezca si el presunto operativo de la Procuraduría General de Justicia del estado de Puebla para detener a Atl Rubén Sarabia Reyna, fue realizado en la ciudad capital y, en su caso, especificar las actuaciones que pudieran haber sido realizadas por autoridades del Distrito Federal para tal efecto, se estima improcedente dicha solicitud.

Lo anterior, con base en lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que señala en su artículo 36, párrafo primero, que la información definida por ese ordenamiento como de acceso restringido, en sus modalidades de reservada y confidencial, no podrá ser divulgada. En ese tenor, el precepto 37 de dicha ley establece, en su fracción VII, que se considera información reservada los expedientes, archivos y documentos que se obtengan producto de las actividades relativas a la prevención, que llevan a cabo las autoridades en materia de seguridad pública y procuración de justicia en el Distrito Federal, así como las averiguaciones previas y las carpetas de investigación en trámite. Adicionalmente, el artículo 39, párrafo primero de la ley en comento, establece que “las autoridades competentes tomarán las previsiones debidas para que la información confidencial que sea parte de procesos jurisdiccionales o de procedimientos seguidos en forma de juicio, se mantenga restringida y sólo sea de acceso para las partes involucradas, quejosos, denunciantes o terceros llamados a juicio.” En esa tesitura y dado que la información relativa a la detención del señor Atl Rubén Sarabia Reyna forma parte del expediente del proceso penal que se le sigue y, de conformidad con las disposiciones legales invocadas, este órgano legislativo no se encuentra habilitado para solicitar la información, y menos aún su difusión, en los términos planteados por la proponente.

Por último, con referencia al sexto punto resolutivo, mediante el cual la legisladora proponente plantea exhortar al titular de la Comisión de Derechos Humanos para que solicite las medidas cautelares pertinentes para Roberto Formacio, Karina Pérez, Teódulo Coaya, Armando Pérez, Mafa Larringa, Braulio Coyopol, Arturo Heulitl, Víctor Blanco, Paola Zuculima, Leonor Romero, Hilario Gallegos, Araceli Montes Bautista, Claudia López Reyna, Rocío Pérez Pérez y Javier Pérez Pérez. Cabe precisar que la diputada no expone en su documento cuales son los actos que pudieran, en su caso, dar origen a que dicho organismo determine si ha lugar o no a solicitar las medidas necesarias a su favor, de conformidad con lo establecido por el artículo 40 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla.

Por lo expuesto, la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados somete a la consideración de esta honorable asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla para que investigue los presuntos actos violatorios de derechos humanos de Adán Xicale Huitle, Alejandro Paul Xicale Coyopol, Albino Tlachi Álvarez, Primo Manuel Tlachi Álvarez, Rubén Sarabia Sánchez, Atl Rubén Sarabia Reyna, Raúl Pérez Velázquez, Sabino Báez Serrano y Jairo Javier Montes Bautista.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al procurador general de Justicia del estado de Puebla para que garantice el debido proceso de Adán Xicale Huitle, Alejandro Paul Xicale Coyopol, Rubén Sarabia Sánchez, Atl Rubén Sarabia Reyna, Raúl Pérez Velázquez y Jairo Javier Montes Bautista, apegado al pleno respeto de los derechos humanos.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta al secretario general de gobierno del estado de Puebla para que otorgue las medidas cautelares solicitadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en los oficios número V4/73505 y V4/73506, ambos de fecha 11 de diciembre de 2014.

Nota

1 Véase: “Liberan a Primo y Albino Tlachi, presos políticos de Cholula”. Disponible en: http://www.periodicocentral.mx/2014/nota-roja/liberan-a-primo-y-albino- tlachi-presos-politicos-de-cholula

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), presidente; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica en contra), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Minerva Marisol Sánchez Hernández (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Leticia Salas López (rúbrica), José Luis Muñoz Soria, Roberto Cabrera Solís (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Álvaro Martínez García (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Fiscalía General de Morelos a garantizar el derecho a una debida procuración de justicia en el caso del asesinato de Alejandro Gustavo Salgado Delgado

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de lo siguiente

I. Antecedentes

A. El 10 de febrero de 2015, el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, presentó una proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta a la Comisión de Derechos Humanos y a la Fiscalía General de Morelos a garantizar el derecho a una debida procuración de justicia en el caso del asesinato de Alejandro Gustavo Salgado Delgado.

B. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la referida Proposición a la Comisión de Derechos Humanos, para su dictamen correspondiente.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo en cuestión se compone de dos resolutivos:

El primero propone que la Cámara de Diputados exhorte a la Fiscalía General del estado de Morelos a que garantice el derecho a una debida procuración de justicia en el caso del asesinato de Alejandro Gustavo Salgado Delgado, dirigente del Frente Popular Revolucionario.

A través del segundo resolutivo, el diputado promovente propone que la Cámara de Diputados exhorte a la Comisión de Derechos Humanos de Morelos a investigar los posibles actos de hostigamiento en contra de Alejandro Gustavo Salgado Delgado y demás integrantes del Frente Popular Revolucionario.

III. Consideraciones del promovente

En su exposición de motivos, el diputado promovente señala que tras unas horas de no tener conocimiento sobre su paradero y por ello el haber comenzado la búsqueda, el pasado miércoles 4 de febrero, el cuerpo de Alejandro Gustavo Salgado Delgado, dirigente del Frente Popular Revolucionario, FPR, fue encontrado torturado, decapitado y con las manos cortadas, en el paraje de Las Huilotas, perteneciente al municipio de Ciudad Ayala en Morelos.

El diputado proponente indica que Salgado Delgado se trasladó a una reunión a El Chivatero donde permaneció hasta las seis de la tarde. Sus compañeros lo acompañaron a que tomara un transporte público que lo llevaría a la carretera para tomar el camión urbano que lo llevaría de regreso a Ayala. Al no arribar a su siguiente cita emprendieron su búsqueda en cuarteles municipales y estatales, incluso acudieron al Ministerio Público donde no quisieron recibir la denuncia.

Destaca el diputado Mejía Berdeja que Salgado Delgado, joven de 32 años se caracterizó por su gran labor a favor de los jornaleros de la montaña de Guerrero y de Oaxaca, así como por apoyar en meses recientes en la promoción de movilizaciones por el caso de los 43 normalistas de Ayotzinapa.

De igual forma hace notar el diputado promovente que tras estos hechos, sus compañeros denunciaron que Salgado Delgado había recibido hostigamiento por parte de las autoridades y de caciques locales; como muestra aluden a su arbitraria detención el 20 de marzo de 2014 mientras participaba en una marcha contra la Ley de Ingresos, en Cuernavaca, Morelos.

Por otra parte, señala el diputado Mejía Berdeja que: Si bien, cuatro hombres, pertenecientes a un grupo denominado Los Victorinos fueron detenidos como sospechosos del crimen. La fiscalía se apresuró a rechazar cualquier sesgo político en el asesinato y apuntó como posible móvil una disputa por tierras. Por lo que sostiene que en virtud de los anteriores antecedentes “es necesario que este caso se resuelva conforme a lo establecido en la ley y no se apresuren a descartar ninguna línea de investigación, sobre todo en el lamentable contexto que se vive en el país, donde un grupo importante de las víctimas de la inseguridad o de la represión de los gobiernos locales o del federal, son las y los activistas, líderes sociales”.

IV. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

Después de haber analizado los planteamientos presentados en la proposición con punto de acuerdo sujeta a estudio, esta Comisión de Derechos Humanos tiene a bien emitir dictamen en sentido positivo, con base en lo siguiente:

Efectivamente, como lo señala el diputado promovente, los medios de información hacen mención de lo expresado por el Frente Popular Revolucionario, el cual al conocer el asesinato, responsabilizaron directamente al estado de Morelos y a su gobernador.

Por su parte, la Fiscalía General del estado de Morelos a través del boletín 0821 , de fecha 5 de febrero, informó sobre el aseguramiento de cuatro personas, quienes posiblemente habrían participado en el homicidio del activista Gustavo Alejandro Salgado Delgado, integrante del Frente Popular Revolucionario, que fue reportado como desaparecido el pasado martes 3 del mes y año en curso (febrero de 2015).

Destaca dicho boletín que “Lo anterior, es resultado de la oportuna intervención con la que actuaron agentes de esta corporación al abocarse a las investigaciones al momento que se tuvo conocimiento de la desaparición del líder social... Además de esta detención, los agentes investigación decomisaron un vehículo Nissan tipo Platina color blanco con placas de circulación HAG-16-65; varios machetes de cinta, de los cuales se tiene indicios de que uno de éstos fue el arma homicida. Asimismo, una motocicleta, un auto Nissan Aprio con placas HFA-18-87 del estado de Guerrero, un Beetle color rojo, éste último con reporte de robo, mismos que se presumen fueron utilizados para cometer estos actos delictivos.”

En el boletín se señala que de acuerdo a las primeras investigaciones, se establece que el posible móvil del homicidio pudo tratarse de un conflicto entre particulares por posesión de terrenos que se ubican en la reserva ecológica conocida como El Chivatero, de la localidad en Moyotepec, municipio de Ayala.” Asimismo indica que “... los presuntos responsables y la víctima se conocían, ya que eran integrantes del Frente Popular Revolucionario y tras disputas se separaron conformando los primeros el grupo social denominado Victorinos o Semilla.”

En este contexto y con elementos de prueba con los que se contaba hasta ese momento se presumía la participación de los imputados en este hecho, así como las diferencias entre particulares como el posible móvil.

Posteriormente, el pasado 8 de febrero de 2015, la Fiscalía General de Morelos emite el boletín 0882 mediante el cual informa que “...en audiencia de formulación de imputación y medidas cautelares, el agente del Ministerio Público formuló imputación a Héctor “N”, Elidió “N’’ Víctor “N” y Victorino “N”, señalados como quienes presuntamente participaron en el delito de homicidio calificado, cometido en agravio del activista Gustavo Alejandro Salgado Delgado, integrante del Frente Popular Revolucionario.”

Asimismo se señala que, ante los datos de prueba expuestos por la Fiscalía Regional Oriente el juez de la causa ordenó la prisión preventiva como medida cautelar.

Por otra parte, cabe destacar que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, emitió el pasado 12 de febrero el boletín número 011/153 , “CIDH condena asesinato de defensor de derechos humanos en México”.

En este boletín, la CIDH condena el asesinato del defensor de derechos humanos Gustavo Alejandro Salgado Delgado, en México y urge al Estado a investigar este asesinato, y a procesar y sancionar a los responsables.

En este mismo comunicado se menciona que “...según la información disponible, desde septiembre de 2014, Salgado Delgado habría recibido una serie de amenazas de muerte presuntamente por parte de agentes de la policía del municipio Ayala. Dichas amenazas supuestamente estarían relacionadas con sus labores como defensor de los derechos humanos...”

Asimismo señala la CIDH que “...toma nota de las investigaciones que se habrían iniciado por parte de las autoridades para esclarecer estos hechos. En este sentido, la Comisión destaca la importancia de seguir líneas de investigación que tengan en cuenta si este asesinato fue cometido como represalia por las labores que desempeñaba Salgado Delgado y a poner en práctica todos los instrumentos con los que cuenta para sancionar a los responsables materiales e intelectuales. Dicha investigación debe ser emprendida con debida diligencia y de manera exhaustiva, seria e imparcial. Asimismo, la CIDH urge al Estado a adoptar una política efectiva de prevención y protección para garantizar el derecho a la vida, la integridad y seguridad de las y los defensores de derechos humanos a fin de que puedan ejercer su trabajo en un ambiente seguro y libre de ataques y hostigamientos.”

En virtud de las amenazas y represalias antes de la desaparición y asesinato de Alejandro Gustavo Salgado Delgado, y después de ésta a los familiares y amistades del occiso, esta comisión coincide con el promovente y la CIDH en el sentido de incluir en la investigación que realiza la Fiscalía General del estado de Morelos líneas de investigación que consideren la posibilidad de que el asesinato se halla perpetuado con motivo de las actividades que desempeñaba como defensor de derechos humanos. Asimismo, que la Comisión de Derechos Humanos de Morelos investigue los presuntos actos de hostigamiento en contra de Alejandro Gustavo Salgado Delgado y demás integrantes del Frente Popular Revolucionario

Por lo expuesto, la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados somete a la consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados los siguientes

Acuerdos

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Fiscalía General del estado de Morelos a que garantice el derecho a una debida procuración de justicia en el caso del asesinato de Alejandro Gustavo Salgado Delgado, dirigente del Frente Popular Revolucionario.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la Comisión de Derechos Humanos del estado de Morelos a investigar los posibles actos de hostigamiento en contra de Alejandro Gustavo Salgado Delgado y demás integrantes del Frente Popular Revolucionario.

Notas

1 Fiscalía General de Morelos, Boletín 082; consultado el 8 de abril de 2015 en: http://fiscaliageneral.morelos.gob.mx/noticia/asegura-policia-de-invest igacion-criminal-a-presuntos-homicidas-de-un-activista-social

2 Fiscalía General de Morelos, Boletín 082; consultado el 8 de abril de 2015 en: http://fiscaliageneral.morelos.gob.mx/noticia/prision-preventiva-a-pres untos-homicidas-de-un-activista-social

3 Comisión interamericana de Derechos Humanos, consultado el 8 de abril de 2015 en: http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2015/011.asp.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), presidente; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Minerva Marisol Sánchez Hernández (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Leticia Salas López (rúbrica), José Luis Muñoz Soria, Roberto Cabrera Solís (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Álvaro Martínez García (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al presidente del Tribunal Superior de Justicia, al jefe del gobierno y al procurador general de Justicia del Distrito Federal a garantizar en el ámbito de sus facultades la impartición de justicia expedita respecto al caso de la ciudadana Paola Geraldine Cervantes Cedeño

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) a g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

A. El 12 de febrero de 2015, la diputada Zuleyma Huidobro González presentó una proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, al jefe del gobierno del Distrito Federal y al procurador general de Justicia del Distrito Federal a garantizar la impartición de justicia expedita en el caso de Paola Geraldine Cervantes Cedeño.

B. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la referida proposición a la Comisión de Derechos Humanos, para el dictamen correspondiente.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo en cuestión se compone de un único punto resolutivo, a través del cual “la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, al jefe de gobierno del Distrito Federal y al procurador general de Justicia del Distrito Federal a garantizar en el ámbito de sus facultades la impartición de justicia pronta y expedita, respetar el debido proceso y emitir una resolución estrictamente ajustada a derecho en la causa penal seguida contra la ciudadana Paola Geraldine Cervantes Cedeño”.

III. Consideraciones de la legisladora promovente

La diputada Huidobro González señala en su exposición: “[...] En sus orígenes, la inocencia se tomó como un estado de pureza absoluta; la lectura fue ideológica: se afirma que las personas al nacer llegan al mundo inocentes, y ese estado pervive en su existencia hasta la muerte. La aplicación en el proceso penal de esta idea se transmite con igual intensidad: sólo la sentencia judicial puede variar el estado de inocencia. Y por eso cuando el juez ‘absuelve’, declara y confirma dicho estado de inocencia, mientras que la ‘condena’ es constitutiva, pues a partir de ello nace un estado jurídico nuevo [...]”

Por otra parte, sostiene la legisladora, “mientras que la presunción de inocencia posee, además de la eficacia procesal inherente a este derecho, una extraprocesal de recibir la consideración y el trato de no autor o no partícipe en hechos de carácter delictivo o análogos, el reconocimiento de inocencia va más allá: permite al sentenciado que ha sido declarado culpable de un delito, alegar en su favor circunstancias supervenientes que demuestran su inocencia”.

De igual forma, destaca que “lejos de ser de ser un simple procedimiento incidental, el reconocimiento de inocencia debe verse como un derecho subjetivo público que posee su eficacia en un solo plano: el plano procesal; y que encuentra un influjo decisivo en el régimen jurídico de la prueba. Es una institución de carácter extraordinario y excepcional que reconociendo el principio de seguridad jurídica surgido con la sentencia definitiva, tiene por objeto corregir verdaderas injusticias cometidas por el juzgador penal, cuando habiendo condenado a una persona, posteriormente se demuestra de manera fehaciente e indubitable que es inocente”.

La diputada promovente argumenta que “el artículo 20, apartado B, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona imputada tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad penal mediante sentencia emitida por el juez de la causa”.

Asimismo, agrega que “la naturaleza y alcances del derecho fundamental a la presunción de inocencia determinan una configuración compleja en su contenido, pues influyen con notoria eficacia tanto en el tratamiento que debe darse al imputado antes y durante el desarrollo del procedimiento, como en la actividad probatoria que se practique con el fin de demostrar su culpabilidad”.

Pese a lo anterior, la diputada sostiene: “[...] no siempre se lleva a la práctica nuestro texto constitucional, ya que hoy en día es muy común escuchar en los medios de comunicación casos de personas inocentes que se encuentran recluidos en una cárcel por la imputación de delitos que no cometieron [...]” Apunta que la razón de lo anterior es que “en la mayoría de los casos se debe a las inconsistencias judiciales, la falta de pruebas contundentes, el cambio radical y “sospechoso” en las declaraciones de las víctimas, las sentencias al vapor y la urgencia de las autoridades por presentar culpables, dejando en el desamparo absoluto a personas inocentes”. Agrega que “un importante número de inocentes están presos porque no tuvieron los recursos económicos para demostrar su inocencia, o simplemente porque su proceso condenatorio estuvo plagado de vicios por parte de la propia autoridad que no les permitió tener una sentencia justa y transparente y conforme a derecho”.

Ahora, por lo que hace de manera concreta al caso que plantea la diputada Huidobro González, el de la señora Paola Geraldine Cervantes Cedeño, quien de acuerdo con lo expuesto por la diputada fue privada de la libertad desde el pasado 23 de mayo por agentes judiciales del Distrito Federal, cerca de su domicilio, por el presunto homicidio de una persona de sexo masculino en fecha 29 de abril de 2011, la legisladora expone que, “de acuerdo con los familiares de la hoy injustamente detenida, ella se encontraba saliendo de su domicilio en Tultitlan, estado de México, para dirigirse a la tienda cuando fue abordada por dos agentes judiciales los cuales querían saber si respondía a alguno de los nombres o alias al de la orden y que sin importar la diferencia de apellidos fue llevada con lujo de violencia al juzgado 51 (cuyos hechos quedaron asentados por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal con el número de expediente CDHDF/1/121/CUAUH/14/D3427), donde se le dictó de manera inmediata auto de formal prisión por el delito de homicidio”.

La legisladora indica que “las pruebas en las que basa la investigación son una foto extraída de su perfil de la red social Facebook y el testimonio de “vecinos anónimos” del autor intelectual del homicidio, lo cual a todas luces no representan una prueba fehaciente para la imputación de dicho delito. Asimismo destaca la diputada que no existen coincidencias con el parecido de la supuesta cómplice del homicidio con Paola Geraldine, así como los resultados del estudio antropométrico practicado”.

Dados los antecedentes mencionados, la diputada Huidobro Gonzáles concluye: “[...] Paola Geraldine se encuentra pagando un delito que no cometió, pues a pesar de que se han presentado las pruebas para decretar su inmediata y absoluta libertad, el juez 51 de lo penal en el Distrito Federal resolvió mantenerla en la cárcel, pues no podía determinar que ella no es la persona que las autoridades buscan [...]”

La legisladora sostiene que, “evidentemente por actuaciones irregulares de la autoridad se han vulnerado otros derechos fundamentales de Paola Geraldine como lo son la dignidad humana, la libertad, el honor, la intimidad e, incluso, la propia imagen”.

Por lo expuesto, la diputada Huidobro González propone que se exhorte “a las autoridades judiciales para que se lleve a cabo el respeto del debido proceso y emita una resolución justa, así como al jefe capitalino para que garantice la impartición de justicia pronta y expedita”.

IV. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

Después realizar un minucioso análisis de los planteamientos presentados por la diputada Zuleyma Huidobro González en la proposición con punto de acuerdo sujeta a estudio, la Comisión de Derechos Humanos emite dictamen en sentido positivo, con base en lo siguiente:

Quienes integran esta dictaminadora comparten la preocupación de la diputada promovente, y con base en la información proporcionada por ella, determina que el caso en estudio presenta elementos que permiten fundadamente suponer una violación a los derechos fundamentales de la procesada, fundamentación que por lo demás, ha sido presentada por diversas instancias de orden nacional y en donde se evidencia una flagrante actuación indebida de las autoridades.

Por otra parte, y coincidiendo con lo señalado por la diputada Huidobro González, “la presunción de inocencia es un derecho que el Estado se encuentra obligado por garantizar, lo que significa que el ministerio público, la policía y los jueces tendrán que modificar sus percepciones en cuanto a los derechos de los imputados, quienes tienen que ser considerados inocentes aunque exista una causa abierta en su contra” (véase Proyecto violencia y medios: presunción de inocencia; cuaderno de trabajo en el sistema penal acusatorio para periodistas. Disponible en http://insyde.org.mx/wp-content/uploads/2013/09/C2_PRESUNCI_N-INOCENCIA .pdf).

En el proceso penal, la presunción de inocencia concibe múltiples obligaciones para las actuaciones de la autoridad judicial, del Ministerio Público y la policía, así como de respeto a los derechos del imputado.

Esta comisión coincide con la diputada promovente, en el sentido de que, efectivamente, en la actualidad es frecuente –y lamentable– escuchar en los medios de comunicación, diversos casos de personas inocentes que se encuentran recluidos en una cárcel por la imputación de delitos que no cometieron.

De igual forma, esta dictaminadora coincide en que pese al vasto andamiaje jurídico para garantizar la presunción de inocencia y el debido proceso, existen actuaciones que distan mucho de la protección de los derechos humanos de los procesados.

Lo anterior se deduce de la enorme cantidad de personas inocentes que están presas porque no tuvieron los recursos económicos para demostrar su inocencia, o simplemente porque, como lo señala la diputada promovente, su proceso condenatorio estuvo plagado de vicios por parte de la propia autoridad que no les permitió tener una sentencia justa y transparente y conforme a derecho.

Persiste en la memoria colectiva el emblemático caso del documental Presunto culpable, el cual aborda la condena por asesinato y la pena de 20 años de cárcel contra Antonio Zúñiga, un joven vendedor ambulante, en el que el equipo jurídico de Zúñiga revelan las fallas del sistema judicial mexicano, el cual no reconoce la presunción de la inocencia.

En diversos dictámenes, esta comisión dictaminadora se ha caracterizado por el respeto de las competencias de las instituciones y los poderes del Estado mexicano, no estándole permitido incidir directamente en los asuntos sujetos a la competencia exclusiva de otras entidades. Sin embargo, el caso traído a colación por la diputada Huidobro González es sumamente conocido, como también las actuaciones de los servidores públicos involucrados, por lo que no puede pasarlo por alto y menos aún las implicaciones del mismo. En este sentido, y respetando cabalmente la competencia de las autoridades jurisdiccionales, así como la del jefe del gobierno y el procurador general de Justicia del Distrito Federal, se ha convenido en emitir un exhorto respetuoso en términos tales que, sin presumir sobre la responsabilidad o no de la imputada, pueda serle garantizada la debida tutela a sus derechos fundamentales durante el proceso jurisdiccional que afronta, a fin de que el mismo pueda ser resuelto bajo la más estricta observancia del estado de derecho.

Por lo expuesto, la Comisión de Derechos Humanos somete a consideración de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa al presidente del Tribunal Superior de Justicia, al jefe del gobierno y al procurador general de Justicia, todos del Distrito Federal, a garantizar en el ámbito de sus facultades la impartición de justicia pronta y expedita, así como el respeto del debido proceso para que se emita una resolución estrictamente ajustada a derecho en la causa penal seguida contra Paola Geraldine Cervantes Cedeño.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), presidente; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Minerva Marisol Sánchez Hernández (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Leticia Salas López (rúbrica), José Luis Muñoz Soria, Roberto Cabrera Solís (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Álvaro Martínez García (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México a investigar los presuntos actos conculcadores de derechos humanos que la policía y personal de la administración municipal de Texcoco pudieron haber realizado en el desalojo y la demolición de viviendas el 28 de octubre de 2013 en el predio El Barco, de los ejidos de San Miguel Tocuila, en esa localidad

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) a g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

A. El 3 de marzo de 2015, el diputado Israel Moreno Rivera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta a los titulares de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México a investigar los abusos de la policía y personal de la administración municipal, durante el desalojo y demolición de viviendas en el predio El Barco, de los ejidos de San Miguel Tocuila, en Texcoco, México.

B. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicha proposición se remitiese a la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, y fue recibida en esta comisión en fecha 4 de marzo de 2015.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo en cuestión se compone de un único exhorto, mismo que se trascribe:

Único. Se exhorta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México a investigar los abusos de la policía y personal de la administración municipal, durante el desalojo y demolición de viviendas, así como a la autoridad municipal a indemnizar a las familias que se les demolió su vivienda en el predio El Barco de los ejidos de San Miguel Tocuila, en Texcoco, México.

El proponente sustenta su proposición relatando los diversos procesos jurisdiccionales que derivaron en el desalojo y demolición de las viviendas indicadas, advirtiendo la existencia de posibles violaciones al procedimiento durante el mismo. En virtud de ello, sustenta el pedimento indicado.

III. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

La Comisión de Derechos Humanos ha tenido conocimiento del presente asunto en virtud de la proposición presentada por el diputado Israel Moreno Rivera, así como por comentarios directos vertidos por las personas cuyas viviendas han sido demolidas en este asunto. En virtud de lo anterior y dada la posibilidad de que efectivamente pudieran actualizarse supuestos de conculcación a los derechos humanos, ha elaborado el presente dictamen en sentido positivo.

Sintéticamente, los hechos del caso narrados por el diputado Moreno Rivera son los siguientes:

A partir de 1999, las personas afectadas adquirieron de buena fe y mediante pago en efectivo derechos de propiedad sobre los terrenos, situados en los predios El Barco y La Cruz, pertenecientes a los ejidos de San Miguel Tocuila y sus barrios, en Texcoco, México.

Los ejidatarios, Mercedes Gutiérrez Hernández, Teresa Herrera Dehesa, José Daniel Ruiz Ruiz, Felipe Ruíz Ayala y José Guadalupe Torres Pérez; en su carácter de propietarios, realizaron la transmisión de la propiedad de los terrenos ubicados en los predios conocidos como El Barco y La Cruz, mediante contratos de cesión de derechos y posteriores cobros de dinero en efectivo realizados por intermediación de Alfonso Verona Casales; quedando con ello transmitidos legalmente los derechos de propiedad de los terrenos.

A lo largo de más de 10 años de trabajo, esfuerzo y la inversión de capital propio, las familias afectadas construyeron un patrimonio inmobiliario, que se consolidó en viviendas y otras edificaciones, que se realizaron en los terrenos adquiridos.

Entre 2000 y 2010, la autoridad municipal de Texcoco, la Comisión Federal de Electricidad y otros organismos gubernamentales realizaron los cobros de impuestos y servicios relacionados con las viviendas construidas. Del mismo modo, los cobros relacionados con el reconocimiento de vecindad. Sin embargo, a 10 años o más de haber iniciado y en muchos casos de haber concluido sus viviendas, miembros del comisariado ejidal, en un acto cuestionable de interés público, solicitan a la presidenta municipal, profesora Delfina Gómez Álvarez, “detener las construcciones”, mediante el oficio número 3/II/2013. La autoridad municipal abre un expediente de lo solicitado y da a conocer las acciones que llevará a cabo mediante el oficio AA/19/2013, firmado por Ernesto Bautista Roldán, director de Desarrollo Urbano.

Derivado de esta solicitud, la autoridad administrativa abre el procedimiento administrativo común AJ/48/2013, con fecha 9 de julio de 2013, cuya finalidad fue verificar la existencia de construcciones en el predio El Barco, por lo que en su informe DDU/283/BIS otorga valor probatorio a los informes de sus subalternos, argumentando que las construcciones establecidas no cuentan con licencias, permisos, planos arquitectónicos, uso de suelo, factibilidad de servicios, entre otros, apoyándose en el decreto número 246, por el que se adiciona el libro décimo octavo denominado “De las construcciones” y que por su vigencia y constitucionalmente, no debió ser aplicado en forma retroactiva a los hechos que analizó la autoridad. Por lo que la sanción administrativa dictada por la presidenta municipal la maestra Delfina Gómez Álvarez, consiste en la demolición de viviendas sin previo aviso el 28 de octubre de 2013.

En vista de lo anterior se iniciaron 14 procedimientos contencioso-administrativos ante la Cuarta Sala Regional del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México y cuya resolución administrativa AJ/48/2013, con fecha de 30 de septiembre de 2013, fue favorable a los afectados. Aun así, la autoridad demolió 14 viviendas.

El 3 de octubre de 2014, el ayuntamiento inició un nuevo procedimiento administrativo, con el expediente AJ/03/2014, donde la Dirección de Desarrollo Urbano, lleva a cabo la demolición de 26 viviendas, haciendo uso de la fuerza pública y maquinaria pesada, sin tomar en cuenta otras instancias; violentando la debida notificación y el derecho de audiencia de los afectados y sin respetar los amparos promovidos ante ese procedimiento administrativo, dejando en consecuencia a las familias en un estado de indefensión jurídica.

Una vez expuesto lo señalado por el proponente y en primer término, debe recordarse que este órgano legislativo carece de atribuciones jurisdiccionales para conocer del presente asunto. En tal sentido, no puede en modo alguno prejuzgar sobre el proceder de las autoridades a efectos de determinar si su actuación –o, en su caso, omisión– resultó adecuada o no. Esta función corresponde exclusivamente a los órganos jurisdiccionales con competencia para el caso.

Del mismo modo, se recuerda que frente a la función jurisdiccional, carece de competencia la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en términos de lo dispuesto en el artículo 7o., fracción II, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos:

Artículo 7o. La Comisión Nacional no podrá conocer de los asuntos relativos a

I. Actos y resoluciones de organismos y autoridades electorales;

II. Resoluciones de carácter jurisdiccional;

III. Se deroga.

Adicionalmente, el artículo 6o., fracción II, numeral a), del ordenamiento indicado señala:

Artículo 6o. La Comisión Nacional tendrá las siguientes atribuciones:

I. Recibir quejas de presuntas violaciones a derechos humanos;

II. Conocer e investigar a petición de parte, o de oficio, presuntas violaciones de derechos humanos en los siguientes casos:

a) Por actos u omisiones de autoridades administrativas de carácter federal;

b) ...

III. a XVI. ...

No obstante lo anterior, atento a la solicitud vertida por el diputado Moreno Rivera en su punto resolutivo, se desprende que su petición se dirige en el sentido de investigar las posibles conculcaciones a los derechos humanos que los cuerpos policiales y el personal de la administración municipal de Texcoco, pudieran haber realizado durante la demolición de las viviendas indicadas.

Siendo lo anterior así, la Comisión de Derechos Humanos considera viable la propuesta planteada sujeta previamente a diversas modificaciones.

Por lo que compete a exhortar a la CNDH, se ha visto ya que tal institución no es la competente sino, ante todo, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, como se desprende del artículo 13 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos de esa entidad federativa, que en la parte conducente precisa:

Artículo 13. Para el cumplimiento de sus objetivos, la comisión tiene las atribuciones siguientes:

I. Conocer de quejas o iniciar de oficio investigaciones, sobre presuntas violaciones a derechos humanos, por actos u omisiones de naturaleza administrativa de cualquier autoridad o servidor público estatal o municipal;

II. a XVII. ...

En tal sentido, se conviene en exhortar a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, modificando formalmente el exhorto, toda vez que no consta efectivamente a esta comisión que efectivamente se hayan dado “abusos de la policía y personal de la administración municipal”, por lo que en el exhorto se refiere únicamente a “presuntos actos conculcatorios de los derechos humanos”. La determinación final en este rubro corresponde ser dilucidada por el propio organismo estatal protector de derechos humanos.

En cuanto al exhorto al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México a investigar “los abusos de la policía y personal de la administración municipal, durante el desalojo y demolición de viviendas”, se recuerda que la función de los tribunales de lo contencioso administrativo no es en esencia una función de investigación a los actos conculcatorios de derechos humanos, sino una función de tutela ante las resoluciones administrativas que puedan ser dictadas por autoridades de este orden. A escala federal, la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo dispone la procedencia de la tutela contencioso-administrativa federal de este modo:

Artículo 2o. El juicio contencioso administrativo federal, procede contra las resoluciones administrativas definitivas que establece la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Asimismo, procede dicho juicio contra los actos administrativos, decretos y acuerdos de carácter general, diversos a los reglamentos, cuando sean autoaplicativos o cuando el interesado los controvierta en unión del primer acto de aplicación.

Las autoridades de la administración pública federal tendrán acción para controvertir una resolución administrativa favorable a un particular cuando estime que es contraria a la ley.

En el orden local, el Código Administrativo del Estado de México contiene disposiciones similares. El artículo 1.8, fracción XII dispone:

Artículo 1.8. Para tener validez, el acto administrativo deberá satisfacer lo siguiente:

I. a XI. ...

XII. Tratándose de resoluciones desfavorables a los derechos e intereses legítimos de los particulares, deberá hacerse mención del derecho y plazo que tienen para promover el recurso administrativo de inconformidad o el juicio ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo;

XIII. ...

Asimismo, el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México dispone con relación al Tribunal de lo Contencioso Administrativo de esa entidad:

Artículo 202. El tribunal tiene por objeto dirimir las controversias de carácter administrativo y fiscal que se susciten entre la Administración Pública del Estado, municipios, organismos auxiliares con funciones de autoridad y los particulares en funciones de autoridad y los particulares.

Se desprende de lo indicado la improcedencia de exhortar al referido tribunal para que “investigue los abusos de la policía y personal de la administración municipal, durante el desalojo y demolición de viviendas”, pues su tarea esencial no es aquélla.

Finalmente, en cuanto al exhorto dirigido a la autoridad municipal a “indemnizar” a las familias cuya vivienda se demolió, recordamos que a la Comisión de Derechos Humanos no corresponde pronunciarse en el sentido de determinar si efectivamente ha tenido lugar un acto conculcatorio de los derechos humanos o no. En caso de que el órgano competente concluya la existencia de una violación, en tal supuesto se actualizaría el derecho a una reparación integral por el daño ocasionado y la autoridad competente (ya sea la estatal o municipal) deberá resarcir el daño, entre otras cosas, indemnizando a las familias cuya vivienda fue demolida. No obstante, hasta en tanto no se determine la responsabilidad por violación de derechos humanos, no puede dirigirse por este órgano legislativo un exhorto en este sentido.

Por todo lo expuesto, la Comisión de Derechos Humanos somete a consideración de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de México a investigar los presuntos actos conculcadores de derechos humanos que la policía y personal de la administración municipal de Texcoco pudieran haber realizado durante el desalojo y la demolición de viviendas ocurridos el 28 de octubre de 2013 en el predio El Barco, de los ejidos de San Miguel Tocuila, en Texcoco, México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), presidente; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Minerva Marisol Sánchez Hernández (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Leticia Salas López (rúbrica), José Luis Muñoz Soria, Roberto Cabrera Solís (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Álvaro Martínez García (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a considerar en el ámbito de sus atribuciones ampliar las investigaciones sobre el caso de desaparición forzada de la ciudadana Aurora de la Paz Navarro del Campo, en el periodo de la “guerra sucia”

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de lo siguiente:

I. Antecedentes

A. El 5 de marzo de 2015, los diputados Roberto Cabrera Solís, José Antonio León Mendívil y Víctor Reymundo Nájera Medina, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron proposición con punto de acuerdo por la que “se exhorta a la Procuraduría General de la República (PGR), a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) a que, en el ámbito de sus atribuciones, atiendan y retomen las investigaciones sobre los casos de desaparición forzada durante la llamada “Guerra Sucia”, incluyendo los casos de Aurora de la Paz Navarro del Campo y José Cortés Castro.

B. La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispuso que dicho punto de acuerdo se remitiera a la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, siendo recibida en este órgano legislativo el día 6 de marzo de 2015.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo en cuestión se compone de tres exhortos , mismos que se transcriben:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Procuraduría General de la República a girar instrucciones para que, en el ámbito de sus atribuciones, y en cumplimiento de las normas en materia derechos humanos de la Constitución Política y los tratados internacionales de que México es parte, se reanuden las acciones de búsqueda e investigación respecto a la desaparición forzada presuntamente cometida por diversas autoridades federales a partir del 3 de febrero de 1976 en contra de Aurora de la Paz Navarro del Campo y José Cortés Castro, según consta en la información obtenida por sus familiares.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a considerar en el ámbito de sus atribuciones ampliar las investigaciones sobre los casos (sic) desaparición forzada durante el periodo de la llamada “guerra sucia” que la información y las investigaciones respectivas hasta la fecha, que no estén comprendidos en la recomendación 26/ 2001 de la CNDH, incluyendo los casos de Aurora de la Paz Navarro del Campo y José Cortés Castro, víctimas de desaparición forzada cometida presuntamente por diversas autoridades federales a partir del 3 de febrero de 1976, según consta en la información obtenida por sus familiares.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al presidente de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas a que, en el ámbito de sus atribuciones, y conforme a los derechos que reconoce la Ley General de Víctimas y las normas en materia derechos humanos de la Constitución Política y los tratados internacionales de que México es parte, brinde la asesoría jurídica e inicie los trámites respectivos para una reparación integral a los familiares de Aurora de la Paz Navarro del Campo y José Cortés Castro, presuntas víctimas de desaparición forzada cometida presuntamente por diversas autoridades federales a partir del 3 de febrero de 1976, según consta en la información obtenida por sus familiares.

Los diputados proponentes sustentan su proposición con los siguientes argumentos:

Indican que el “fantasma de la guerra sucia” aún se encuentra presente en nuestro país, señalando que esta situación transformó gravemente la vida de cientos de familias y personas. Los diputados proponentes indican que durante esta época personas fueron detenidas arbitrariamente, desaparecidas, torturadas, ejecutadas extrajudicialmente y masacradas.

Agregan que fue en el Estado de Guerrero donde los enfrentamientos fueron más flagrantes y recurrentes, debido a [...] la represión, el centralismo y una sistemática violación a los derechos humanos -por lo que los guerrerenses- han respondido con organización y movilizaciones y, a su vez, el gobierno en no pocas ocasiones ha respondido con violencia y ha querido prevenir futuros brotes con un despliegue “preventivo” de fuerza contra la población civil inerme, con lo cual Guerrero ha padecido la impronta cíclica de represión-resistencia-represión [...]

Allende lo dicho, señalan que de los más de mil trescientos casos que se han documentado de personas detenidas-desaparecidas, más de la mitad corresponden al Estado de Guerrero. Más sin embargo, indican que los datos registrados son sólo una cifra y que no puede saberse con certeza el número real de víctimas y la afectación a sus familias.

Los proponentes indican que la existencia de una nula justicia de los familiares de detenidos desaparecidos en aquella época es lo que los ha llevado a acudir ante instancias internacionales. Presentan, de este modo y como ejemplo, el caso Rosendo Radilla Pacheco llevado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la sentencia que a este caso recayó. Destacan los proponentes los efectos que esta sentencia ha tenido en el sistema jurídico mexicano.

Mencionan el conocido caso de desaparición de 43 estudiantes de la escuela normal rural de Ayotzinapa, indicando que se ha [...] puesto de manifiesto otra vez que la práctica de desaparición forzada está presente en nuestro país y es ante la presente crisis institucional, y ante la condena de organismos internacionales, que la exigencia de justicia por casos de desaparición forzada del pasado una vez más cobran fuerza y vigencia [...]

Acto seguido, presentan el caso de la C. Aurora de la Paz Navarro del Campo y del C. José Cortés Castro, indicando que [...] la última vez que se vio con vida a Aurora fue en las manos del Estado, como lo menciona el informe policiaco del 3 de febrero de 1976 emitido por el entonces director de la ... entonces Dirección Federal de Seguridad, Guillermo Lira Murrieta [...] Inmediatamente presentan los proponentes los detalles del caso de la C. Navarro del Campo, su infancia, formación, compromisos ideológicos, fundación de la organización guerrillera “Fuerzas Armadas Revolucionarias, FAR”, presunta captura (3 de febrero de 1976) y desaparición.

Respecto de Carmelo Cortés Castro, indican que [...] El 30 de agosto de 1975, en un centro comercial de Ejército Nacional, colonia Irrigación, Distrito Federal, Carmelo Cortés Castro fue herido, pero se le detuvo con vida y se le trasladó al campo militar número 1, donde fue torturado. Al día siguiente, se presentaron las fotos de su cadáver a la prensa que anunció con espectacularidad que había muerto en un enfrentamiento con la policía. Sin embargo, el cadáver nunca fue entregado a la familia Cortés-Castro [...]

Agregan que [...] Aurora fue la única mujer en la historia de las guerrillas mexicanas en dirigir una organización político-militar, y fue sometida a un incierto destino, probablemente en los calabozos del campo militar número 1. Nunca nadie la volvió a ver. Treinta años después uno de sus hijos se enteró de que la Dirección Federal de Seguridad asentó en el expediente un resumen de la declaración de Aurora, fechado en 1985, casi una década después de su desaparición. Los familiares han obtenido mediante un amparo la información que obra en poder de la Procuraduría General de la República, misma que también conoció la desaparecida Fiscalía Especializada en Movimientos Políticos y Sociales del Pasado, en la cual consta que la DFS tuvo bajo su resguardo a Aurora y José, a pesar de que las autoridades habían negado su detención. Lo anterior se encuadra en la definición del artículo 2o. de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas [...]

Finalmente, hacen mención de los compromisos asumidos por el Estado a nivel internacional y lo que hace falta cumplir al respecto.

IV. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

Esta Comisión de Derechos Humanos se ha pronunciado en repetidas ocasiones sobre el tema de las desapariciones forzadas, condenando rotundamente su comisión y esforzándose por dar cabida a las adecuaciones normativas que se requieren en este tema bajo los más altos estándares internacionales.

El caso de la “Guerra Sucia” precisamente trata este lamentable suceso y, al respecto, las instituciones del Estado han emprendido acciones a fin de esclarecer lo ocurrido en este periodo y garantizar el derecho a la verdad y a la reparación de los familiares de las víctimas.

El 27 de noviembre de 2001, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió su recomendación 26/2001 relativa al tema de desaparición forzada, así como a la vulneración de diversos derechos fundamentales acaecidos durante la década de los años setentas y principios de los ochentas, en el contexto de la “Guerra sucia”.

En esta investigación, la CNDH recomienda una serie de medidas encaminadas a dar respuesta a las exigencias más apremiantes para los familiares: otorgar garantías de no repetición, la creación de una fiscalía especial para atender estos hechos y la reparación de los daños y perjuicios ocasionados a las víctimas sobrevivientes y sus familiares.

La investigación realizada por la CNDH en el periodo señalado recoge 535 casos, de los cuales: en 275 se puede acreditar que las personas fueron víctimas de detención, interrogatorios y eventual desaparición forzada por parte de servidores públicos; en 97 casos, sólo existen indicios para presumir la existencia de desaparición forzada y; en 160 casos no se logró acreditar la desaparición forzada. Asimismo, 308 casos tuvieron lugar en zona rural y 174 en zona urbana de nuestro país.

Paralelamente, fue creada al interior de la Procuraduría General de la República la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado la que, más tarde, pasaría a incorporarse a la Coordinación General de Investigación de la PGR (en el caso de Guerrero fue creada mediante la Ley No. 932 la Comisión de la Verdad para la Investigación de las Violaciones a los Derechos Humanos durante la Guerra Sucia de los Años Sesenta y Setentas del Estado de Guerrero.)

Es importante señalar que esta Comisión de Derechos Humanos ha tenido conocimiento por parte de ambas dependencias (CNDH y PGR) que los asuntos relativos a la “Guerra Sucia” aún continúan en investigación por lo que no constituyen casos cerrados para tales dependencias.

En este sentido, los planteamientos de los promoventes en el sentido de que tanto la PGR como la CNDH retomen sus investigaciones para el caso de la Guerra Frías, carece de materia al estar aún en curso las investigaciones correspondientes.

En lo relativo al caso particular del señor José Cortes Castro, esta Comisión de Derechos Humanos ha indagado en diversos informes y solicitado información a la CNDH y PGR, sin encontrar referencia alguna al mismo. No obstante, se ha encontrado información sobre Carmelo Cortes Castro, esposo de la señora Aurora de la Paz Navarro del Campo, quien también fue desaparecido en este periodo. En este orden de ideas, esta Comisión de Derechos Humanos tiene argumentos para creer que es a esta persona a quien los diputados proponentes quisieron referirse, así, supliendo el posible error de los proponentes, se hará referencia al Sr. Carmelo Cortez Castro.

Esta Comisión constata que en el “Informe de la Investigación sobre Presuntos Desaparecidos en el Estado de Guerrero durante 1971 a 1974”, de la CNDH si se hace referencia al Sr. Cortez Castro y sobre el mismo se ha pronunciado ya en el sentido de no tener elementos suficientes para catalogar su caso como una desaparición forzada, toda vez que la CNDH tiene elementos para presumir su muerte en 1975. Del mismo modo y, atento a las reglas generales en materia de prescripción de delitos, al no ser un delito continuado (toda vez que se trataría de un homicidio) tampoco puede proceder el exhorto ante la PGR dada la temporalidad existente desde aquel periodo.

En lo que hace al caso de la C. Aurora de la Paz Navarro del Campo, ciertamente no se tienen registros de ella ni en la Recomendación 26/2001, ni en el “Informe de la Investigación sobre presuntos desaparecidos en el Estado de Guerrero durante 1971 a 1974” de la CNDH, más sin embargo si se tiene evidencia de su probable desaparición forzada en el “Informe final de actividades” de la Comisión de la Verdad del Estado de Guerrero. Por ende, se considera procedente el exhorto a la CNDH a fin de que considere la posibilidad de investigar este caso, no así para la PGR toda vez que en el mismo “Informe final de actividades” se evidencia que la PGR ha tenido ya conocimiento del caso.

En cuanto al tercer resolutivo planteado por los proponentes, y dado que existen elementos para suponer una desaparición forzada en el caso de la C. Aurora de la Paz Navarro del Campo, se considera procedente. No así en el caso del C. Cortez Castro, donde no existen elementos para presumir una desaparición forzada. Ahora bien, se modifica la redacción planteada por los proponentes a efecto de que la C. Navarro del Campo pueda ser incluida en el Registro Nacional de Víctimas toda vez que hecho lo anterior, podrán actualizarse las diversas consecuencias que devienen de la Ley General de Víctimas, entre ellas la reparación integral. Del mismo modo, se modifica la redacción a fin de que la CEAV pueda realizar lo anterior si es que así lo considera conveniente, dadas las evidencias que sobre el caso existen. Ello es así, toda vez que este órgano legislativo no puede en modo alguno ordenar a la CEAV la inclusión de la C. Navarro del Campo, más si sugerirle su inclusión atenta a las evidencias existentes.

Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión de Derechos Humanos somete a la consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que, en el ámbito de sus atribuciones, considere ampliar las investigaciones sobre los casos desaparición forzada durante el periodo de la llamada “guerra sucia” con relación al caso de la ciudadana Aurora de la Paz Navarro del Campo.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Presidente de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para que, dados los antecedentes del caso, considere la pertinencia de incluir en su Registro Nacional de Víctimas a la C. Aurora de la Paz Navarro del Campo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), presidenta; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo, secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Minerva Marisol Sánchez Hernández (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Leticia Salas López (rúbrica), José Luis Muñoz Soria, Roberto Cabrera Solís (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Álvaro Martínez García (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia y la Comisión de Derechos Humanos de Puebla a dar celeridad a la averiguación número 698/2014/Zacapoaxtla e investigar sobre las presuntas violaciones de los derechos fundamentales cometidas contra las víctimas durante la sustanciación de esa indagatoria

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) a g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

A. El 18 de marzo de 2015, Roberto Cabrera Solís y Roxana Luna Porquillo, diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta a la Procuraduría General de Justicia (PGJ) y a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla a investigar la violación sexual de una menor indígena en Xochitlán de Vicente Suárez, Puebla.

B. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la referida proposición a la Comisión de Derechos Humanos para el dictamen correspondiente.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo en cuestión se compone de dos resolutivos:

El primero propone que esta soberanía “exhorte a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, con base en los principios del debido proceso y bajo una perspectiva de género, para que concluya la investigación en torno a la violación sexual de una menor de edad en Xochitlán de Vicente Suárez, a fin de que sea procesado y sancionado conforme a la ley el presunto responsable del delito... así como a garantizar la presencia de una persona intérprete y defensora que acompañe a la víctima en todas las etapas del proceso judicial”.

A través del segundo resolutivo, los legisladores proponen que la Cámara de Diputados “exhorte a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla a investigar las presuntas violaciones a los derechos humanos cometidas en agravio de – las victimas–, durante el proceso judicial que ellas iniciaron al denunciar un caso de violación sexual, a fin de lograr la añorada justicia, particularmente por ser una menor indígena y considerar la pertinencia cultural correspondiente”.

III. Consideraciones de los promoventes

De acuerdo con los proponentes, el lamentable suceso ocurrió en Xochitlán de Vicente de Suárez, municipio poblano con 12 mil 249 habitantes. Ahí, 60.3 por ciento de los adultos habla alguna lengua indígena.

Los legisladores señalan: “[...] en mayo de 2014, una menor indígena –V1–enfrentó un ataque sexual por de su tío... hecho que hasta hoy continúa impune como resultado de la indolencia, omisión e indiferencia institucional que permea las instancias de “justicia” en el estado de Puebla [...]”

Indican los diputados que esta historia fue denunciada por la madre de la menor –V2–, quien explicó que comenzó a observar en su hija un comportamiento extraño y después de muchas preguntas, la menor relató la violación a que fue sometida por su tío y por la cual quedó embarazada.

Relatan que a partir de ello “acudieron al juzgado menor de la presidencia de Xochitlán –donde originalmente inició su búsqueda de justicia–, pero enfrentaron diversos obstáculos para presentar la denuncia, por lo que tuvieron que dirigirse al Ministerio Público de Zacapoaxtla, donde lograron interponer la denuncia penal. El 15 de diciembre de 2014, mediante el oficio número 163/14, fue enviado a Teziutlán para abrir un expediente de investigación. Posteriormente, en este vía crucis legal, en Zacapoaxtla su declaración les fue tomada, abriéndose el expediente penal 698/2014/Zacapoaxtla”.

Los legisladores proponentes indican que “[...] la madre de la menor declaró que tanto en la agencia ministerial de Teziutlán como en Zacapoaxtla no contó con apoyo de un traductor o intérprete, pues ella y su hija hablan sólo la lengua náhuatl, por lo que consideró que no se tomaron en cuenta sus declaraciones con pertinencia cultural existiendo deficiencias, omisiones y vicios de origen. De esta manera, hay clara presunción de que su derecho al debido proceso, y a ser asistidas por intérpretes y defensores que tengan conocimiento no sólo de su idioma sino también de su cultura original, les fue violado [...]”

Argumentan que el derecho a contar con un intérprete “se encuentra asentado en el artículo 2o., fracción VI, de la Carta Magna, que a la letra establece los derechos de los pueblos y las comunidades indígenas para ‘VI. Acceder plenamente a la jurisdicción del estado. Para garantizar ese derecho, en todos los juicios y procedimientos en que sean parte, individual o colectivamente, se deberán tomar en cuenta sus costumbres y especificidades culturales respetando los preceptos de esta Constitución. Los indígenas tienen en todo tiempo el derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura’”.

De igual forma, sostienen: “[...] el Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Puebla establece en el artículo 55 que cuando una persona deba intervenir en un acto procesal y no comprenda el idioma español, no se exprese con facilidad o tenga algún impedimento para escuchar o darse a entender, se le brindará el apoyo necesario para que se desarrolle en su lenguaje [...]”

Añaden los diputados: “[...] pese a lo establecido en el marco jurídico nacional, la historia de una menor de edad víctima de violencia sexual no ha podido encontrar justicia en las instituciones de su estado [...]”

Finalmente, los legisladores señalan: “[...] En Puebla hay un problema generalizado de invisibilización por las autoridades de los delitos sexuales que enfrentan las mujeres. Esto ocurre en parte por el subregistro y la complejidad jurídica para definir el delito. Todo esto se enmarca en una cultura de la violación dentro de una estructura patriarcal que tolera y normaliza la violencia sexual contra mujeres y niñas, que atravesado por los componentes de edad y étnico, agrava el problema de injusticia [...]”

En atención de lo expuesto, los diputados promoventes plantean que se exhorte a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla concluir con base en los principios del debido proceso y desde una perspectiva de género la investigación en torno de la violación sexual de una menor de edad en Xochitlán de Vicente Suárez, a fin de que sea procesado y sancionado conforme a la ley el presunto responsable del delito, así como a garantizar la presencia de un intérprete y defensor que acompañe a la víctima en todas las etapas del proceso judicial.

Asimismo, proponen que se exhorte a la Comisión de Derechos Humanos de aquella entidad a investigar las presuntas violaciones de los derechos humanos cometidas en agravio de V2 y V1 durante el proceso judicial que ellas iniciaron al denunciar actos de violación sexual.

IV. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

Después de realizar un amplio análisis de los planteamientos presentados en la proposición con punto de acuerdo sujeta a estudio, la Comisión de Derechos Humanos tiene a bien emitir dictamen en sentido positivo, con base en lo siguiente:

En anteriores ocasiones, la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados ha manifestado su rechazo total hacia cualquier acto que vulnere la dignidad de las personas y que atente contra su integridad física, sicológica, moral y patrimonial.

En este contexto y considerando los dichos de la madre de la menor, existieron deficiencias, omisiones y vicios de origen, razón por la cual no se ha avanzado en el expediente de investigación, por lo que esta comisión considera oportuno exhortar a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla a dar celeridad a la investigación del expediente penal 698/2014/Zacapoaxtla.

Por lo que toca al segundo resolutivo, consistente en exhortar a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla a investigar las presuntas violaciones de los derechos humanos de V2 y V1, durante la averiguación que ellas iniciaron al denunciar un caso de violación sexual, esta comisión considera procedente dicho exhorto, pues ese organismo es competente para determinar si sus derechos fundamentales fueron violentados durante dicha etapa.

Por todo lo expuesto, la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados somete a consideración de esta asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla a dar celeridad a la investigación número 698/2014/Zacapoaxtla y a garantizar la presencia de un intérprete y defensor que acompañe a la víctima en todas las diligencias a que haya lugar.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla a investigar las presuntas violaciones de los derechos fundamentales que pudieran haber sido cometidas en agravio de las víctimas durante la sustanciación de la averiguación número 698/2014/Zacapoaxtla.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), presidente; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), María de Lourdes Amaya Reyes, Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo, secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo, Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Minerva Marisol Sánchez Hernández (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Leticia Salas López (rúbrica), José Luis Muñoz Soria, Roberto Cabrera Solís (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Álvaro Martínez García (rúbrica).

De la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Seguridad Pública local que preste servicios de seguridad y vigilancia en el exterior de los plantes educativos para velar por la integridad de los jóvenes estudiantes

Honorable Asamblea:

A la Comisión del Distrito Federal de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para análisis y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal a prestar servicios de seguridad y vigilancia en el exterior de los planteles educativos para velar por la integridad de los jóvenes estudiantes, presentada por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 45 numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 82 numeral 1, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el dictamen de la proposición con punto de acuerdo señalado, conforme a los siguientes

I. Antecedentes

1. Con fecha 17 de febrero de 2015, el diputado Ricardo Mejía Berdeja presentó al pleno la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen.

2. El 18 de febrero de 2015, con el oficio número DGPL 62-II-5-2491, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión remitió el expediente 6073, para análisis y dictamen, a la Comisión del Distrito Federal.

3. Con fecha 4 de marzo de 2015 se envió al secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal, licenciado Hiram Almeida Estrada, un oficio para hacer de su conocimiento la proposición que fue turnada a la comisión, y solicitarle información respecto a los operativos que la Secretaría de Seguridad Pública implanta para resguardar la seguridad de profesores y de estudiantes en las inmediaciones de los planteles educativos a que hace mención el diputado Berdeja. Lo anterior, a fin de contar con elementos para dictaminar la proposición en cuestión.

4. Con fecha 31 de marzo se volvió a solicitar al secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal la información referida en el punto anterior, sin haber recibido hasta el momento respuesta.

5. Con fecha 16 de abril de 2015, en reunión ordinaria de la Comisión del Distrito Federal, se analizó, discutió y aprobó el dictamen que hoy se presenta.

II. Contenido de la proposición

1. En la proposición con punto de acuerdo que se dictamina, el proponente señala: “La noche del pasado lunes 9, Elizabeth Vitela López, de 23 años, y Sebastián Mancilla Hernández, de 22, estudiantes del campus sur de la Universidad Tecnológica de México, situado en la colonia Granjas Esmeralda, delegación Iztapalapa, sufrieron un ataque a manos de un sujeto armado, quien les causó heridas de bala”.

2. Al respecto, la universidad indicó mediante sus redes sociales: “La Universidad Tecnológica de México expresa su más profunda indignación por la agresión en contra de dos de nuestros estudiantes de campus sur, exigimos a las autoridades que realicen una investigación para encontrar a los responsables y que se haga justicia”.

El diputado promovente comenta: “Si bien la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) ya comenzó la investigación de los hechos, resulta necesario garantizar una debida procuración de justicia en el caso; con la finalidad de que se respeten los derechos humanos de los capitalinos. Por lo anterior, resulta urgente velar por la seguridad de quienes habitan y transitan por el Distrito Federal, en este caso salvaguardar la integridad física de los jóvenes”.

Concretamente, el diputado proponente señala en el documento:

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal a prestar servicios de seguridad y vigilancia en el exterior de los plantes educativos para velar por la integridad de los jóvenes estudiantes.

III. Considerando que

1. Esta comisión dictaminadora comparte la preocupación del proponente en el tema de seguridad pública en la ciudad, y la necesidad de procurar vigilancia en los centros educativos del Distrito Federal para evitar que los estudiantes sean objeto de robos y otras actitudes delictivas.

2. Esta comisión coincide también con el diputado Mejía Berdeja en que las autoridades competentes del Distrito Federal lleven a cabo acciones para prevenir en lo posible esa clase de acciones delictivas.

3. En la reunión de comisión donde se analizó y discutió el presente dictamen, la diputada Aleida Alavez Ruiz, del PRD, hizo una propuesta de modificación del documento para que la solicitud se hiciera a través de la Secretaria de Gobierno capitalina, dado que por ley, indicó, ésta es el vehículo adecuado para hacerlo.

Como ya es práctica parlamentaria para el buen y correcto uso del lenguaje, se realizaron a la proposición que se dictamina modificaciones menores de corrección y estilo, sin cambiar en ningún momento el sentido de ésta.

En tal virtud, los integrantes de la comisión dictaminadora consideran que es más adecuado emplear el vocablo “solicitar” que “exhortar”.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión del Distrito Federal, con base en las consideraciones y los argumentos que preceden, resuelven: Es de aprobarse con modificaciones la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, por lo que se somete a consideración de esta soberanía el siguiente

Dictamen de la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal que preste servicios de seguridad y vigilancia en el exterior de los plantes educativos para velar por la integridad de los jóvenes estudiantes

Único. La Cámara de Diputados solicita a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal que preste servicios de seguridad y vigilancia en el exterior de los planteles educativos para velar por la integridad de los jóvenes estudiantes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

La Comisión del Distrito Federal

Diputados: Gerardo Xavier Hernández Tapia (rúbrica), presidente; Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Arnoldo Ochoa González (rúbrica), José Rangel Espinosa (rúbrica), Fernando Rodríguez Doval, Karen Quiroga Anguiano (rúbrica en contra), José Antonio Hurtado Gallegos (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz, secretarios; Carlos Humberto Aceves del Olmo, José Alberto Benavides Castañeda (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica en contra), Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), José Luis Cruz Flores Gómez (rúbrica), Carlos Augusto Morales López, Ernesto Germán Sánchez Jiménez (rúbrica en contra), Felipe de Jesús Muñoz Kapamas (rúbrica), Adolfo Orive Bellinger, Flor de María Pedraza Aguilera (rúbrica), Guiliana Guadalupe Quiroz Ávila (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Irere Sánchez Balderas (rúbrica), Gloria María del Carmen Valencia González (rúbrica).

De la Comisión del Distrito Federal, con puntos de acuerdo relativos al rescate de La Merced, DF

Honorable Asamblea:

A la Comisión del Distrito Federal de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para análisis y dictamen la proposición con puntos de acuerdo relativos al rescate de La Merced, en el Distrito Federal, suscrita por el diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño, de la agrupación Movimiento Regeneración Nacional.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 82, numeral 1, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el dictamen de la proposición con puntos de acuerdo señalada, conforme a los siguientes

I. Antecedentes

1. Con fecha 11 de marzo de 2015, con el oficio número DGPL 62-II-2-2002, fue turnado el punto de acuerdo referente al rescate del mercado de La Merced, presentado por el diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño, de la agrupación Movimiento Regeneración Nacional.

2. Con fecha 12 de marzo de 2015, el diputado Alfonso Durazo Montaño, de la agrupación Movimiento Regeneración Nacional, con fundamento en el artículo 79, numeral 2, fracción VII, del reglamento de la Cámara de Diputados, decidió retirar el punto de acuerdo relativo al rescate de La Merced, que fue programado el 9 de marzo de 2015 para hacerle algunas modificaciones.

3. Con fecha 19 de marzo de 2015, Francisco Alfonso Durazo Montaño presentó al pleno de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen.

4. El 20 de marzo de 2015, con el oficio número DGPL 62-II-5-2640, la Mesa Directiva de la Cámara de los Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión remitió el expediente 6339, para análisis y dictamen, a la Comisión del Distrito Federal.

5. Con fecha 7 de abril, el diputado Gerardo Hernández Tapia, presidente de la Comisión del Distrito Federal, recibió a una representación de locatarios afectados por el incendio del mercado de La Merced, quienes aportaron información para dictaminar el asunto en cuestión.

6. Con igual fecha, el diputado Alfonso Durazo Montaño, hizo llegar un documento con nuevas aportaciones, a su propia propuesta.

7. De igual forma, y con misma fecha calendario que la anterior, se recibió de la diputada Gloria María del Carmen Valencia González documento con el que remite las observaciones, que en su momento fueran solicitadas a los integrantes de la comisión.

II. Contenido de la proposición

1. En la proposición con punto de acuerdo que se dictamina, el proponente señala: “De acuerdo con el plano original, el mercado 101, ‘Merced Nave Mayor’, cuenta con 3 mil 251 locales, sin incluir las 6 etapas de la sala de preparación, que cuentan con un aproximado de 320 locales cada una, a los que se adiciona otro centenar situados en la zona de carga y descarga”.

2. Recientemente se han presentado diversos siniestros en el mercado Merced Nave Mayor, que han provocado una disminución en la vida útil de su estructura, pérdidas por más de 30 millones de pesos, así como disminución de la seguridad, de la confianza y perdida de la calidad de vida de comerciantes, residentes, trabajadores y visitantes.

3. Asimismo, comenta: “El 27 de febrero de 2013, nuevamente la nave mayor del multicitado mercado sufrió un incendio, que consumió el patrimonio de alrededor de mil 200 locatarios y de por lo menos 2 mil 500 familias que encontraban en la actividad comercial, la carga y descarga, así como en otros servicios su fuente de empleo y subsistencia”.

4. De tal modo, señala: “La obra de reconstrucción empezó el 16 de mayo con la demolición de las losas dañadas y fue concluida en septiembre de 2013. Se reanudaron los trabajos de “reconstrucción” el 4 de noviembre de 2013 y concluyeron en febrero de 2014. La reconstrucción de las losas de concreto armado en forma paraboloide inició a finales de agosto de 2014 y a la fecha no está concluida, a pesar de que el titular de la delegación Venustiano Carranza se comprometió a entregar la obra terminada lo más pronto posible”.

5. Expone: “A la fecha y con dos años de distancia, los trabajos de reconstrucción no han sido concluidos, aun cuando se han invertido 240 millones de pesos, según información de la delegación Venustiano Carranza. De igual manera, los directamente afectados por el siniestro continúan en condiciones inadecuadas para el ejercicio de su actividad comercial y sin información sobre el momento en que podrán regresar a sus locales”.

6. Agrega: “El 5 de abril de 2013, fue presentado un plan de rescate de la zona de La Merced, en dicho acto, hubo presencia de diferentes funcionaros incluido el secretario de Gobierno, Héctor Serrano”.

Señala: “El 20 de septiembre 2013, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal se creó el Consejo Consultivo para el Rescate Integral de La Merced, sin que haya a la fecha entre sus integrantes un solo representante de la comunidad actual del barrio de La Merced”.

7. Aunado a esto menciona: “El 31 de octubre, el Consejo Consultivo para el Rescate Integral de La Merced convocó al concurso nacional del anteproyecto conceptual para el plan maestro.

El proyecto conceptual es el punto de partida para la elaboración del plan maestro para el rescate integral de La Merced el cual, de acuerdo con los habitantes y comerciantes, no considera la visión comunitaria de barrio y ciudad de quienes habitan este lugar, por lo que se solicitó al jefe de gobierno, Miguel Ángel Mancera, y al secretario de Desarrollo Económico, Salomón Chertorivski, una explicación a la comunidad de dicho anteproyecto conceptual”.

Continúa: “En respuesta, se llevaron a cabo los denominados ‘Foros del Futuro’, realizados en el Museo de la Ciudad de México, donde hubo participación amplia de la comunidad de La Merced. No obstante, dicha comunidad tiene la sensación de no haber sido tomada en cuenta”.

Por ello, concretamente plantea que la Cámara de Diputados

1. Se exhorte respetuosamente al doctor Miguel Ángel Mancera, en su calidad de titular del gobierno del Distrito Federal y presidente del Consejo Consultivo para el Rescate Integral de La Merced, a que plantee ante el Consejo Consultivo en pleno y a la comunidad que compone el barrio de La Merced, el Plan Maestro para el rescate integral de la zona; los avances en el diseño e implementación del mismo, así como las investigaciones multidisciplinarias que lo constituyen. Se solicita igualmente otorgar al grupo promovente una copia oficial de la documentación que ahí se presente.

2. Se exhorte respetuosamente al doctor Miguel Ángel Mancera para que en su calidad de titular del gobierno del Distrito Federal instruya a la Contraloría General del Distrito Federal a transparentar, difundir y socializar entre la comunidad del barrio de La Merced el uso y destino de los recursos utilizados para la reconstrucción de la Nave Mayor del Mercado de La Merced, afectada por el incendio del 27 de febrero de 2013.

III. Considerando que

1. Es loable la preocupación del proponente del punto de acuerdo, en el sentido de que es necesario prestar atención a las demandas de los habitantes del barrio de La Merced, especialmente a los comerciantes afectados por los incendios recientemente acaecidos.

2. Una de las actividades económicas más importantes del país es el comercio. Y que una expresión de este son los mercados y tianguis que existen en todo el territorio nacional, los cuales se caracterizan por la amplia oferta de productos, su tradición y patrimonio cultural.

3. Uno de esos casos es el mercado conocido como “La Merced”, el cual fue inaugurado hace más de 50 años, concebido como una central de abasto para mayoristas, el cual ha conservado su importancia no sólo para la Ciudad de México sino también para millones de personas que vienen de varios estados del país para comprar en uno de los mercados más antiguos e importantes de la capital.

4. Este mercado tan importante, a lo largo de su historia ha sufrido graves daños como fueron la explosión de fuegos artificiales en 1988, el cual dejó 60 muertos y 65 heridos. Ese mismo año, se registró un incendio que si bien no dejó ningún herido, sí destruyó dos terceras partes de la nave mayor.

5. En febrero de 2013 se registró otro incendio, el cual destruyó la mitad de la nave mayor, con daños sólo materiales. Desafortunadamente, el 25 de enero de 2014 se registró otro incendio en el mercado de dulces de Ampudia, que a su vez afectó el mercado El Banquetón, los cuales forman parte de La Merced.

6. Si bien se espera que pronto se recupere este espacio, transcurrirá un tiempo importante en el cual los comerciantes verán afectada su economía al no poder ejercer de forma habitual su actividad productiva.

7. La comisión dictaminadora coincide con las observaciones del diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño en el sentido de que es importante que los habitantes y comerciantes del barrio de La Merced tengan conocimiento del plan maestro para el rescate integral de la zona, así como del uso y destino de los recursos utilizados para la reconstrucción de la nave mayor del mercado de La Merced, en virtud de que las obras que se realicen sirvan para el beneficio y mejora de la calidad de vida de la comunidad ahí radicada.

8. Empero, en el nuevo documento enviado por el propio diputado proponente se observa que hace una modificación en todo lo que se refiere a la “comunidad y barrio” de La Merced por “comerciantes y locatarios”, lo cual se refleja también en los puntos resolutivos de su propuesta. Si bien no hay una justificación explícita para ello, se infiere que es para referirse con mayor precisión a quienes tienen actividad comercial en la zona de La Merced, por lo cual esta comisión no ve inconveniente para modificar el cuerpo del dictamen, toda vez que es un derecho que sobre sus propuestas tienen los diputados.

9. De la reunión entre representantes de locatarios y comerciantes del mercado de La Merced el 14 de abril del presente año con el presidente de la Comisión del Distrito Federal, se desprende que dado a que la zona de La Merced ha sido y es reconocida por ser comercial e involucra directa e indirectamente diversos mercados y plazas comerciales de la zona de La Merced, conviene que el Consejo Consultivo cuente con representantes de estas plazas y mercados, elegidos democráticamente por ellos mismos. (Párrafo incluido considerando la propuesta que hicieran llegar los afectados; rediseñado y adaptado al dictamen.)

Además, coinciden con el sentido de las propuestas de modificación del diputado Alfonso Durazo.

10. Como ya es práctica parlamentaria para el buen y correcto uso del lenguaje, se realizaron a la proposición que se dictamina modificaciones menores de corrección y estilo, sin cambiar en ningún momento el sentido de ésta. En tal virtud, los integrantes de la comisión dictaminadora consideran más adecuado emplear el vocablo “solicitar” que “exhortar” y otras más de redacción y puntuación.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión del Distrito Federal, con base en las consideraciones y los argumentos que preceden, resuelven que es de aprobarse con modificaciones la proposición con puntos de acuerdo presentada por el diputado Francisco Alfonso Durazo Montaño, de la agrupación Movimiento Regeneración Nacional, por lo que se somete a consideración de esta soberanía el siguiente

Dictamen de la proposición con puntos de acuerdo relativos al rescate del mercado de La Merced, en el Distrito Federal

Primero. Se solicita respetuosamente al doctor Miguel Ángel Mancera, en su calidad de titular del gobierno del Distrito Federal y presidente del Consejo Consultivo para el Rescate Integral de La Merced, que plantee ante el Consejo Consultivo en pleno y a la comunidad que compone el barrio de La Merced el plan maestro para el rescate integral de la zona, los avances en el diseño y la implantación de éste, y las investigaciones multidisciplinarias que lo constituyen. Se solicita igualmente otorgar al grupo promovente copia oficial de la documentación que ahí se presente.

Segundo. Se solicita respetuosamente al doctor Miguel Ángel Mancera que en su calidad de titular del gobierno del Distrito Federal instruya a la Contraloría General del Distrito Federal a transparentar, difundir y socializar entre la comunidad del barrio de La Merced el uso y destino de los recursos utilizados para la reconstrucción de la nave mayor del mercado de La Merced, afectada por el incendio del 27 de febrero de 2013.

Tercero. Se solicita respetuosamente al jefe del gobierno del Distrito Federal, doctor Miguel Ángel Mancera, que como presidente del Consejo Consultivo del Rescate de La Merced permita la participación de dicho consejo de uno o varios representantes de los locatarios afectados en el incendio ocurrido el 27 de febrero de 2013, elegidos democráticamente por los mismos comerciantes.

La Comisión del Distrito Federal

Diputados: Gerardo Xavier Hernández Tapia (rúbrica), presidente; Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Arnoldo Ochoa González (rúbrica), José Rangel Espinosa (rúbrica), Fernando Rodríguez Doval, Karen Quiroga Anguiano (rúbrica), José Antonio Hurtado Gallegos (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz, secretarios; Carlos Humberto Aceves del Olmo, José Alberto Benavides Castañeda (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), José Luis Cruz Flores Gómez (rúbrica), Carlos Augusto Morales López, Ernesto Germán Sánchez Jiménez (rúbrica en contra), Felipe de Jesús Muñoz Kapamas (rúbrica), Adolfo Orive Bellinger, Flor de María Pedraza Aguilera (rúbrica), Guiliana Guadalupe Quiroz Ávila (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Irere Sánchez Balderas (rúbrica), Gloria María del Carmen Valencia González (rúbrica).

De la Comisión del Distrito Federal, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al gobierno del DF y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre la capacitación y las habilidades de manejo y trato de los operadores de las unidades del Metrobús

Honorable Asamblea:

A la Comisión del Distrito Federal de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión le fue turnada, para análisis y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en relación con el adiestramiento y habilidades en el manejo y trato de los operadores de los vehículos del Metrobús, suscrito por la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 45 numerales 6, incisos e) y f), 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 82 numeral 1 y 158 numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados; y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el dictamen a la proposición con punto de acuerdo señalado, conforme a los siguientes:

I. Antecedentes

1. Con fecha 18 de Marzo de 2015, la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, presentó a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen.

2. El 19 de marzo de 2015, con oficio No. D.G.P.L.62-II-2-2020, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, remitió el expediente 6291, para su análisis y dictamen, a la Comisión del Distrito Federal.

3. Con fecha 16 de abril de 2015, en Reunión Ordinaria la Comisión del Distrito Federal, analizó, discutió y aprobó el dictamen que hoy se presenta.

II. Contenido de la proposición

1. En la proposición con punto de acuerdo que se dictamina, la proponente señala que: “el Metrobús es un sistema de transporte, basado en autobuses de capacidad y tecnología de punta, que brinda movilidad urbana de manera rápida y segura por medio de la integración de una infraestructura preferente, operaciones rápidas y frecuentes, sistema de pago automatizado y excelencia en calidad en el servicio. Y que a nivel mundial, este nuevo sistema de transporte público fue implementado exitosamente en más de 150 ciudades alrededor del mundo.”

2. “La inversión pública destinada a la conformación de una red de Metrobús, representa una alternativa de alta eficiencia social, dado su bajo costo relativo y su elevado impacto en la comunidad, de allí el éxito de este tipo de soluciones en las más diversas latitudes.”

3. Asimismo, comenta que: “En la ciudad de México, la implementación del Sistema Metrobús materializa la modernización del transporte público, mejorando la calidad de vida tanto de los usuarios como de la población en general, estos beneficios los encontramos en temas como: Ordenamiento vial, mejoramiento de la imagen urbana y recuperación de espacios públicos, modernización de semáforos y cruces peatonales, mayor cobertura, seguridad y rapidez en el traslado, reducción en tiempos de recorrido, accesibilidad garantizada.”

4. De tal, modo señala que: “Gracias a la cultura sustentable, para 2013, la ciudad de México fue reconocida con el premio al Transporte Sustentable, este galardón es otorgado desde 2005 con el objetivo de reconocer a las ciudades que practican estrategias de movilidad y transporte sustentable, la consumación de la línea 4 del Metrobús, el sistema de parquímetros, la línea 12 del metro y la expansión del programa Ecobici, fueron los proyectos mejor evaluados en la ciudad”.

5. Expone además que “el Instituto Nacional de Ecología (INE), a través de su presidente Adrián Fernández, reconoció que el desarrollo de sistemas de transporte público masivos, como el Metrobús en la Ciudad de México, ha traído beneficios ambientales para la población de la capital”.

6. Señalando también que: “No obstante este gran número de ventajas económicas, ambientales y sociales, en 10 años de operación en la Ciudad de México el Metrobús ha participado en gran número de accidentes de tránsito”.

7. Por lo que continúa señalando que: “Derivado de los accidentes de los últimos momentos surgidos de manera reiterada y, considerando que anteriormente la Secretaria de Salud Federal, a través del Centro Nacional para la Prevención de Accidentes, de la Subsecretaria de Prevención y Promoción de la Salud, realizó el estudio denominado Auditoría de Seguridad Vial Línea 2 del Metrobús Ciudad de México, en el cual emitió recomendaciones.”

Por lo que concretamente plantea que:

1. Se exhorte respetuosamente al Gobierno del Distrito Federal, para que a través de la Secretaría de Protección Civil del D.F., implemente un proceso adecuado de adiestramiento, adquisición o fortalecimiento de habilidades y destrezas de los operadores del transporte Metrobús que maniobra en el Distrito Federal.

2. Se exhorte respetuosamente a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en medida de sus atribuciones, a evaluar a los operadores del transporte Metrobús, en cuanto a su adiestramiento y habilidades en el trato hacia los usuarios de este transporte público.

III. Considerando que

1. Esta comisión dictaminadora coincide con el legislador promotor del punto de acuerdo, en que es necesario que el Gobierno del Distrito Federal y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, tengan en cuenta la necesidad básica de los capitalinos de poder trasladarse de manera segura dentro de la ciudad, por lo que se debe de implementar un proceso adecuado de adiestramiento, adquisición o fortalecimiento de habilidades y destrezas de los operadores del transporte Metrobús que maniobra en el Distrito Federal.

2. Es necesario que el Gobierno del Distrito Federal instruya al director general del Metrobús, a realizar una evaluación a los operadores del transporte, en cuanto a su adiestramiento y habilidades en el trato hacia los usuarios, para que los vehículos que transitan diariamente en la ciudad no se vean involucrados en accidentes de tránsito.

3. Los integrantes de esta dictaminadora coinciden en que es necesario que los ciudadanos tengan garantizado que los operadores del transporte público, estén capacitados para brindar un servicio seguro y eficiente.

Lo anterior, teniendo presente que el ahora denominado “Derecho a la movilidad”1 como parte de una nueva generación de derechos humanos que se inserta también en el control de convencionalidad e interpretación conforme, justifican que la diputada proponente invoque la intervención de la Comisión Nacional de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Empero, haciendo una revisión a las facultades de la Comisión Nacional de Derechos Humanos que pudieran aplicarse al caso en concreto, tenemos que dicho órgano autónomo contempla en su Ley lo siguiente:

Artículo 6. Para cumplir con los objetivos citados esta Comisión Nacional tiene como atribuciones:

I. a VII...

VII. Impulsar la observancia de los derechos humanos en el país;

VIII. a XVIII...

1. Como es una práctica parlamentaria para el buen y correcto uso del lenguaje, se realizó a la proposición que se dictamina, modificaciones menores de corrección y estilo; sin cambiar en ningún momento, el sentido de la misma.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión del Distrito Federal con base a las consideraciones y argumentos que preceden, resuelven que: Es de aprobarse, con modificaciones la proposición con punto de acuerdo presentado por la diputada Yesenia Nolasco Ramírez del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; por lo que se somete a consideración de esta soberanía el siguiente:

Dictamen a la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en relación al adiestramiento y habilidades en el manejo y trato de los operadores de los vehículos del Metrobús.

Primero. Se solicita respetuosamente al Gobierno del Distrito Federal, que a través de la Secretaría de Protección Civil del DF, implemente un proceso adecuado de adiestramiento, adquisición o fortalecimiento de habilidades y destrezas de los operadores del transporte Metrobús que maniobra en el Distrito Federal.

Segundo. Se solicita respetuosamente a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en la medida de sus atribuciones, a evaluar a los operadores del transporte Metrobús, en cuanto a su adiestramiento y habilidades en el trato hacia los usuarios de este transporte público.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de abril de 2015.

La Comisión del Distrito Federal

Diputados: Gerardo Xavier Hernández Tapia (rúbrica), presidente; Paloma Villaseñor Vargas (rúbrica), Arnoldo Ochoa González (rúbrica), José Rangel Espinosa (rúbrica), Fernando Rodríguez Doval, Karen Quiroga Anguiano (rúbrica), José Antonio Hurtado Gallegos (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz, secretarios; Carlos Humberto Aceves y del Olmo, José Alberto Benavides Castañeda (rúbrica), Mario Miguel Carillo Huerta (rúbrica), Antonio Cuéllar Steffan (rúbrica), José Luis Cruz Flores Gómez (rúbrica), Ernesto Germán Sánchez Jiménez (rúbrica en contra), Carlos Augusto Morales López, Felipe de Jesús Muñoz Kapamas (rúbrica), Adolfo Orive Bellinger, Flor de María Pedraza Aguilera (rúbrica), Giuliana Guadalupe Quiroz Ávila (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Irere Sánchez Balderas (rúbrica), Gloria María del Carmen Valencia González (rúbrica).

De la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la SEP, la PGR y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia a llevar a cabo en el ámbito de sus respectivas facultades una campaña de prevención, orientación e información contra el grooming

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, le fue turnada para su análisis y correspondiente dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Secretaria de Educación Pública, de la Procuraduría General de la República y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, para que lleven a cabo una campaña de prevención, orientación e información contra la conducta atípica denominada grooming .

La Comisión de Derechos de la Niñez, con fundamento los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 67, 80, 84, 85, 157, 162, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primero: Con fecha de 24 de marzo de 2015, la diputada Karen Quiroga Anguiano del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática presentó ante el pleno la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Titulares de la Secretaria de Educación Pública, de la Procuraduría General de la República y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, para que lleven a cabo una campaña de prevención, orientación e información contra la conducta atípica denominada grooming .

Segundo: En la misma fecha, la mesa directiva determinó turnarla a la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII legislatura de la honorable Cámara de Diputados para su análisis y dictamen.

Contenido de la proposición

La diputada proponente expone que, el día diecinueve de junio del año 1990, en el marco de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, México dejó claro que todas las niñas y los niños de nuestro país son sujetos de derechos que todo Gobierno, cualquiera que fuera el nivel, debería respetar, salvaguardar y garantizarlos en beneficio de millones de niños mexicanos para una nueva estructura generacional.

Señala que, el grooming , hace referencia a un término anglosajón que se define como: “las acciones que lleva a cabo un adulto por internet para ganarse la confianza y amistad de un menor haciéndose pasar por otro de la misma edad, con el objeto de pedirle imágenes o actos de contenido sexual o erótico para satisfacerse sexualmente”

Precisa que, el grooming acarrea una serie de eventos desafortunados que dañan psicológicamente a los menores incluso en agresiones físicas, amenazas, acoso o daño moral, por lo tanto es necesario y urgente que el Gobierno Federal a través de la Secretaria de Educación Pública, la Procuraduría General de la Republica y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia elabore una campaña para prevenir el “grooming ” de tal manera que difunda el tema en la sociedad, para explicar a los padres esta conducta y como evitarla y de esta manera fomentar la denuncia.

Por lo anterior, me permito someter a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los Titulares de la Secretaría de Educación Pública, de la Procuraduría General de la República y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, para que en el ámbito de sus respectivas facultades, lleven a cabo una campaña de prevención, orientación e información a las y los mexicanos contra la conducta atípica denominada grooming .

Consideraciones

Tras el análisis detallado de la propuesta y coincidir en términos generales con los argumentos expuestos en la proposición con punto de acuerdo referido en el presente proyecto de dictamen, esta Comisión Dictaminadora estima procedente la proposición, con fundamento en las siguientes consideraciones:

Primera. En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se expresa el interés superior de la Niñez, en su artículo cuarto noveno párrafo, en el que señala que: “en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez”.

Con base en el anterior artículo constitucional se integra el interés superior de la niñez, estableciéndose como obligación del Estado, velar y cumplir la observancia de tal principio en todas sus decisiones y actuaciones, garantizando de manera plena los derechos de las niñas y niños, sin restricción alguna, para poder lograr un pleno desarrollo integral.

Segunda. Entre los tratados internacionales que ha firmado el Estado Mexicano, se encuentra la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN ), la cual fue suscrita y ratificada desde el veintiuno de septiembre de mil novecientos noventa, y que contiene un catálogo de derechos humanos dirigidos a las niñas, niños y adolescentes.

Es así que el artículo 34 expresa a la letra:

Artículo 34

Los Estados Partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales. Con este fin, los Estados Partes tomarán, en particular, todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir:

a) La incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal;

b) La explotación del niño en la prostitución u otras prácticas sexuales ilegales;

c) La explotación del niño en espectáculos o materiales pornográficos.

Tercera. El Código Penal Federal tipifica la pornografía infantil en su Capítulo Segundo del Título Octavo, denominado: “Pornografía de Personas Menores de Dieciocho Años de Edad o de Personas que no tienen Capacidad para comprender el Significado del Hecho o de Personas que no tienen Capacidad para Resistirlo”, el cual refiere en su artículo 202 que:

Artículo 202. Comete el delito de pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales , reales o simulados, con el objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos. Al autor de este delito se le impondrá pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa.

Es así que, este delito de pornografía infantil es una violación grave a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, ya que no solo constituye un brutal ataque a la libertad, a la salud y al derecho de sano esparcimiento, sino también a la dignidad de los seres humanos.

Más aún este delito constituye un grave flagelo a los derechos de niñas, niños y adolescentes, ya que esta conducta descrita en el Código Penal Federal consiste en realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, lo cual vulnera gravemente su esfera de protección de un pleno desarrollo integral de las niñas y los niños, pues estos actos ocasionan traumas psicológicos para el resto de su vida, ya que se derivan en lesiones psíquicas, que son un daño para la persona que es víctima del delito.

Por ello, es importante que los Titulares de la Secretaria de Educación Pública, de la Procuraduría General de la República y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, en el ámbito de sus respectivas facultades, lleven a cabo una campaña de información, orientación y prevención dirigida a las y los mexicanos para informar, prevenir, atender y erradicar los problemas asociados con la pornografía infantil, máxime cuando la población víctima es menor de 18 años.

Cuarto. La Universidad Nacional Autónoma de México presentó el documento denominado “Protección de Niños en la Red Sexting ciberbullyng y pornografía infantil”, en el que se señala al “grooming” como el conjunto de estrategias que una persona adulta desarrolla para ganarse la confianza de un menor de edad a través del internet con el fin de obtener concesiones de índole sexual, este fenómeno se encuentra dentro de las prácticas de la pornografía infantil.1

Asimismo el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), detalla en su publicación “Grooming guía práctica para adultos información y consejos para entender y prevenir el acoso a través de internet abril 2014” señala al “grooming” como la acción deliberada de un adulto de acosar sexualmente a un niño o niña mediante el uso de internet. Siempre es un adulto quien ejerce el grooming . Estos adultos suelen generar un perfil falso en una red social, sala de chat, foro u otro, en donde se hacen pasar por un chico o una chica y entablan una relación de amistad y confianza con el niño o niña que quieren acosar. Este mecanismo suele incluir un pedido de foto o video de índole sexual o erótica (pedido por el adulto, utilizando el perfil falso). Cuando consigue la foto o el video, comienza un período de chantaje en el que se amenaza a la víctima con hacer público ese material si no entrega nuevos videos o fotos o si no accede a un encuentro personal.2

La organización civil mexicana Alianza por la Seguridad en internet (ASI), expone que a través de internet y dispositivos móviles los adolescentes reconocen en un 10,5% haberse enamorado de las personas con quienes mantienen contacto por internet, y un porcentaje similar confesó que habla de sexo ocasional o usualmente por internet

Asimismo señala que, sólo en el Distrito Federal del 2006 hasta mediados de 2011, la Procuraduría General de la República ha detenido a 45 personas por diversos delitos cometidos donde el modus operandi fue el grooming . En ocasiones, el lugar de enganche con el menor de edad es Facebook, donde el pedófilo crea un perfil fingiendo ser otro menor de edad. La policía mexicana habla de un reciente caso donde 7 víctimas sufrieron abuso tras ser contactadas en esa red social de internet.3

Finalmente, esta Comisión Dictaminadora considera necesario hacer modificaciones a la propuesta de punto de acuerdo, a fin de que mejor se comprenda las acciones que deben realizar las dependencias públicas federales, y por otro lado, por cuestiones de técnica legislativa, el vocablo o denominación “grooming ”, no es un lenguaje que se encuentra incluido en nuestro idioma o previsto en alguna norma de cualquier ordenamiento jurídico nacional, por lo que sugiere remplazar la figura del mismo por el delito de pornografía infantil tal y como lo contempla la legislación nacional antes referida.

Por lo antes expuesto, las y los integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados considera viable el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaria de Educación Pública, de la Procuraduría General de la República y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, para que en el ámbito de sus respectivas facultades, lleven a cabo campañas de información, orientación y prevención dirigida a las y los mexicanos para informar, prevenir, atender y erradicar los problemas asociados con la pornografía infantil.

Notas

1 http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/8/3646/5.pdf

2 http://www.unicef.org/argentina/spanish/guiagrooming_2014.pdf

3 https://stopgrooming.wordpress.com/2011/06/30/mexico-del-%C2%ABgrooming %C2%BB-a-la-explotacion-y-el-abuso-sexuales/

Palacio Legislativo de San Lázaro, abril de 2015.

La Comisión de Derechos de la Niñez

Diputados: Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), presidenta; Marina Garay Cabada, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco, Cinthya Noemí Valladares Couoh, Claudia Rocío Oñate Villa (rúbrica), María del Rosario Merlín García (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán, secretarios; Alberto Anaya Gutiérrez, Flor Ayala Robles Linares (licencia), Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica), María Guadalupe Jaramillo Villa (rúbrica), Mirna Velázquez López (rúbrica), Martha Guadalupe Villarreal Rangel (rúbrica).

De la Comisión de Derechos de la Niñez, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la presidenta del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia a llevar a cabo acciones a fin de disminuir el maltrato infantil

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, le fue turnada para su correspondiente análisis y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, para que lleve a cabo acciones tendientes a la disminución del maltrato infantil.

La Comisión de Derechos de la Niñez, con fundamento los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 67, 80, 84, 85, 157, 162, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primero: Con fecha 18 de Marzo de 2015, el Diputado Jaime Chris López Alvarado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el pleno de la honorable Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, para que lleve a cabo acciones tendientes a la disminución del maltrato infantil.

Segundo: En la misma fecha, la mesa directiva determinó turnarla a la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de diputados

Contenido de la proposición

El diputado proponente señala, que los derechos humanos han logrado obtener a lo largo de los años, un vasto desarrollo y protección, por lo que tanto los entes públicos como privados tienen el deber de respetarlos y hacerlos respetar. La evolución y las necesidades de la sociedad han obligado a los Estados a reconocer derechos humanos específicos en razón de la condición y contexto social en el que se encuentran las personas, tal es el caso de las niñas, niños y adolescentes, quienes, por hallarse en un estado de vulnerabilidad requieren una mayor vigilancia y protección.

Menciona que, a pesar de la importancia que tienen los menores de edad en la sociedad mexicana, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación los clasifica un grupo en situación de discriminación por dos principales razones: primera, porque se encuentran en proceso de formación y desarrollo manteniendo una mayor dependencia con otras personas y segunda, porque frecuentemente la violación de los derechos de la infancia es poco visible en relación con otros grupos de la población.

Señala que, la Organización Mundial de la Salud define al maltrato infantil como todas las formas de violencia: abuso sexual, descuido o negligencia o explotación comercial o de otro tipo, que originen un daño real o potencial para la salud del niño, su supervivencia, desarrollo o dignidad en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder.

La familia, como base de la sociedad, debe ser el primer entorno en el cual, niñas, niños y adolescentes, se sientan seguros, protegidos y amados, de lo contrario buscarán refugio en otros entornos sociales. La violencia infantil es muy problema muy serio que aún sufre el país, pero que puede disminuir de forma considerable si se combate desde el hogar.

El maltrato infantil es el primer paso para la crianza de posibles jóvenes delincuentes, con problemas psicológicos y de salud; son los padres quienes tienen la responsabilidad y deber de cuidar, proteger y educar a sus hijos bajo medidas aceptables, que no consideren violencia y que le permita a las niñas, niños y adolescentes vivir en armonía bajo una excelente calidad de vida.

Punto de acuerdo

Primero: La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia a fin de que difunda la importancia del sano esparcimiento familiar y las graves consecuencias del maltrato infantil.

Segundo: La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia a fin de que se cree un programa que le permita a las madres, padres y tutores el aprendizaje de las mejores prácticas educativas y correctivas, coadyuvando a la disminución del maltrato infantil.

Consideraciones

Primera. El marco jurídico mexicano de derechos de las niñas y los niños tiene como base el párrafo noveno del artículo 4o. Constitucional, que establece que: “En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez”.

Segunda: La Convención sobre los Derechos del Niño al ser el primer tratado internacional de carácter obligatorio que reconoció los derechos humanos de todos los niños, niñas y adolescentes, en su artículo tercero apartado 2, expresa lo siguiente:

Artículo 3

1...

2. Los Estados parte se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.

Asimismo, dentro del mismo ordenamiento internacional en su numeral uno del artículo 19, se señala:

Artículo 19

1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.

Es importante mencionar que México es uno de los países que ratificaron la convención y por ello está obligado a desarrollar acciones para combatir el maltrato de niños, niñas y adolescentes.

Tercera: En la legislación Nacional aplicable, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en su artículo 46, señala que las: “Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad”.

Por lo tanto, esta disposición prevé principios rectores de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, y persigue como objetivo garantizar a éstos la tutela y el respeto de los derechos fundamentales reconocidos en la propia Constitución.

Por otro lado, el Código Civil Federal, en su artículo 423, expresa la facultad de quienes ejerzan la patria potestad o que tienen menores de edad bajo su custodia de corregirlos y la obligación de observar una conducta que sirva a éstos de buen ejemplo. La facultad de corregir no implica infligir a los menores de edad actos de fuerza que atenten contra su integridad física o psíquica.

Por lo tanto, si en la relación entre padres e hijos, las niñas, los niños y adolescentes son respetados como personas, sí son escuchados y su voz es tomada en cuenta, se habrán puesto los pilares fundamentales para la resolución de los conflictos por vías excluyentes de cualquier forma de violencia.

Cuarta. Cabe señalar que, la Organización Mundial de la Salud (OMS), define al maltrato infantil como los abusos y la desatención de que son víctima los menores de 18 años, e incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder. La exposición a la violencia de pareja también se incluye a veces entre las formas de maltrato infantil.1

La OMS refiere que el maltrato infantil es una causa de sufrimiento para los niños y las familias, y puede tener consecuencias a largo plazo. El maltrato causa estrés y se asocia a trastornos del desarrollo cerebral temprano. Los casos extremos de estrés pueden alterar el desarrollo de los sistemas nervioso e inmunitario. En consecuencia, los adultos que han sufrido maltrato en la infancia corren mayor riesgo de sufrir problemas conductuales, físicos y mentales

Asimismo, la Unicef estima que en México, el 62% de los niños y niñas han sufrido maltrato en algún momento de su vida, 10.1% de los estudiantes han padecido algún tipo de agresión física en la escuela, 5.5% ha sido víctima de violencia de sexual y un 16.6% de violencia emocional. La ONU asegura que en el mundo existen 275 millones de niños que son maltratados con golpes, insultos, humillaciones y abandonos. Además, una cantidad significativa son obligados a trabajar, a prostituirse o a realizar prácticas pornográficas, otros son víctimas de tráfico humano.2

La Organización Panamericana de la Salud (OPS) comenta que “la mayoría de las personas que golpean a sus hijos con la intención de corregirlos no son conscientes de que los golpes son poco eficaces para educar y que producen daño real o potencial sobre la salud, desarrollo, la dignidad y la autoestima del niño; cuando se afecta su autoestima, se perturba su capacidad de relacionarse, la habilidad para expresarse y sentir, deteriora su personalidad.3

El Informe Nacional sobre Violencia y Salud, señala que dos niños con menos de 14 años mueren cada día a causa de la violencia en México. Ambos estudios tienen como propósito principal hacer recomendaciones encaminadas a la prevención y eliminación de todas las formas de violencia contra los niños y las niñas, y constituyen un fuerte llamado a las instituciones gubernamentales y a la sociedad en su conjunto de atacar este problema con urgencia. En este contexto, la Secretaria de Educación Pública, el Secretario de Salud y la Presidenta del Sistema Nacional del DIF han firmado un acta de compromiso para dar seguimiento a las recomendaciones de ambos estudios.4

En consecuencia con lo anterior, los adultos que han sufrido maltrato en la infancia corren mayor riesgo de sufrir problemas de conducta, físicos y mentales, de igual forma “hay que señalar que actualmente hay pruebas de que enfermedades importantes de la edad adulta (entre ellas la cardiopatía isquémica, el cáncer, la enfermedad pulmonar crónica, el síndrome de colon irritable y la fibromialgía), están relacionadas con experiencias de maltrato durante la niñez”.5

No hay que olvidar que el interés superior del niño es un principio general del Derecho. Su carácter de principio general permite reformular todo el Derecho de Familia, cuyo eje de gravedad será ahora el menor de edad, debido al carácter superior de su interés sobre cualquier otro concurrente.

Quinta. En México el maltrato infantil aumentó 50% en el lapso de un año. Un reporte de las procuradurías de la Defensa del Menor y la Familia, y de los sistemas estatales del DIF revela que en 2014 hubo 9 mil 378 denuncias más que en 2013, que fueron comprobadas por las autoridades.

Los estados donde se reportaron la mayoría de casos de violencia contra este sector de la población en 2014 son Aguascalientes, Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Quintana Roo, Sinaloa y Yucatán.6 Por ello, es importante también exhortar a los estados y al Distrito Federal para disminuir y erradicar el maltrato infantil.

Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión Dictaminadora considera modificar el texto del exhorto, a fin de que el Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia, los estados y el Distrito Federal difundan la importancia del sano esparcimiento familiar y las graves consecuencias del maltrato infantil, así como crear programas y políticas públicas que permita a las madres, padres y tutores el aprendizaje de las mejores prácticas educativas y correctivas, coadyuvando a la disminución y erradicación del maltrato infantil.

Por lo anterior, la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la H. Cámara de Diputados considera viable el siguiente.

Acuerdo

Primero: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia, a fin de que difunda la importancia del sano esparcimiento familiar y las graves consecuencias del maltrato infantil, así como crear programas y políticas públicas que permita a las madres, padres y tutores el aprendizaje de las mejores prácticas educativas y correctivas, coadyuvando a la disminución y erradicación del maltrato infantil.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a los estados y al Distrito Federal para que difundan la importancia del sano esparcimiento familiar y las graves consecuencias del maltrato infantil, así como crear programas y políticas públicas que permita a las madres, padres y tutores el aprendizaje de las mejores prácticas educativas y correctivas, coadyuvando a la disminución y erradicación del maltrato infantil.

Notas

1 http://www.inegi.org.mx/inegi/contenidos/espanol/prensa/Contenidos/esta disticas/2013/ni%C3%B1a0.pdf

2 http://www.forbes.com.mx/violencia-infantil-la-otra-cara-de-mexico/

3 http://www1.paho.org/spanish/ad/fch/ca/si-maltrato1.pdf

4 http://www.unicef.org/mexico/spanish/proteccion_6932.htm

5 “Informe mundial sobre la violencia y la salud”, Organización Panamericana de la Salud. Pág. 76. Disponible en: http://archivos.diputados.gob.mx/Centros_Estudio/Ceameg/violencia/sivig /doctos/imsvcompleto.pdf

6“Repunta el maltrato infantil en el país”. Alcántara Liliana, periódico El Universal, lunes 6 de abril de 2015.

Palacio Legislativo de San Lázaro, abril de 2015.

La Comisión de Derechos de la Niñez

Diputados: Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), presidenta; Marina Garay Cabada, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco, Cinthya Noemí Valladares Couoh, Claudia Rocío Oñate Villa (rúbrica), María del Rosario Merlín García (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán, secretarios; Alberto Anaya Gutiérrez, Flor Ayala Robles Linares (licencia), Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica), María Guadalupe Jaramillo Villa (rúbrica), Mirna Velázquez López (rúbrica), Martha Guadalupe Villarreal Rangel (rúbrica).

De la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Procuraduría General de la República a sumarse e implantar la resolución aprobada por el Parlamento Europeo sobre la lucha contra el abuso sexual infantil y las imágenes ilegales en internet

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, le fue turnada para su análisis y correspondiente dictamen, la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y la Procuraduría General de la República (PGR) a sumarse e implantar la resolución aprobada por el Parlamento Europeo sobre la lucha contra el abuso sexual infantil y las imágenes ilegales en internet.

La Comisión de Derechos de la Niñez, con fundamento los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 67, 80, 84, 85, 157, 162, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero: Con fecha de 7 de abril de 2015, la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática presentó ante el pleno la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y la Procuraduría General de la República (PGR) a sumarse e implantar la resolución aprobada por el Parlamento Europeo sobre la lucha contra el abuso sexual infantil y las imágenes ilegales en internet.

Segundo: En la misma fecha, la mesa directiva determinó turnarla a la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII legislatura de la honorable Cámara de Diputados para su análisis y dictamen.

Contenido de la proposición

La diputada proponente señaló que, el pasado 5 de diciembre de 2012, la Comisaria Europea de Asuntos de Interior, lanzó una convocatoria para conformar la Alianza Global Contra el Abuso Sexual Infantil en Línea (IP/12/1308 y Memo/12/937). La iniciativa, contempla unir a las y los responsables de la toma de decisiones en el tema de infancia de todo el mundo para identificar con mayor oportunidad y rapidez a los probables delincuentes, perseguirles e implementar sanciones y para mejorar y ayudar a las víctimas de estos actos.

Entre los participantes en su inicio, se incluyeron ministros y altos funcionarios de los 27 Estados miembros de la Unión Europea, así como de 21 países de fuera de la Unión, entre los que se encuentran: Albania, Australia, Camboya, Croacia, Estados Unidos, Filipinas, Georgia, Ghana, Japón, México, Moldavia, Montenegro, Nigeria, Noruega, Nueva Zelanda, República de Corea, Serbia, Suiza, Tailandia, Turquía, Ucrania y Vietnam, entre otros.

Así también, los países participantes presentaron compromisos políticos para alcanzar una serie de objetivos, entre ellos destacan los siguientes:

• Redoblar los esfuerzos para identificar a las víctimas y garantizar que reciban la asistencia, el apoyo y la protección adecuados.

• Redoblar los esfuerzos para investigar los casos de abusos sexuales a menores de edad en línea e identificar y perseguir a los autores de éstos.

• Aumentar entre los menores de edad la concienciación sobre los riesgos de internet, incluida la toma de imágenes de uno mismo y sobre los métodos de manipulación utilizados por los pederastas.

• Reducir la disponibilidad de material de pornografía infantil en línea y victimización secundaria de los menores de edad.

Se calcula que actualmente están disponibles en línea más de un millón de imágenes de menores de edad sometidos a abusos sexuales y explotación. Además, según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, anualmente se añaden otras 50 mil nuevas imágenes de este tipo.

Informó que el abuso sexual infantil en línea es un crimen que no conoce fronteras ni límites, por lo que las imágenes de abuso infantil circulan con facilidad a través de jurisdicciones y perpetúan la victimización de las niñas, niños y adolescentes cuyo abuso se representa y se describe una y otra vez. Se sabe que los delincuentes de pornografía infantil operan cada vez más en grupos internacionales en línea que utilizan tecnologías altamente sofisticadas para frustrar los esfuerzos de la aplicación de las leyes que investigan sus crímenes.

Por ello, se pretende con esta iniciativa internacional reforzar los recursos nacionales para poner a más autores de este delito a disposición de la Justicia internacional, así como identificar a más víctimas de abusos sexuales menores de edad y garantizar que reciban ayuda y apoyo. Asimismo, mediante esta Alianza mundial se podrá explotar el éxito de anteriores operaciones policiales transfronterizas que han desmantelado redes internacionales de pederastas y proteger así a más niñas, niños y adolescentes de todo el mundo.

Cabe señalar que en nuestro país, además de las carencias y la falta de efectividad de sus derechos, la población infantil y adolescente enfrenta otro devastador indicador, las niñas, niños y adolescentes mexicanos son víctimas de las redes de pornografía infantil y el país es ya el primer lugar en la difusión de este delito a través de Internet, así como el segundo sitio en producción de este tipo de materiales en Internet, según la información vertida en el foro “Combate a la Pornografía de Niñas, Niños y Adolescentes”, organizado por la Cámara de Senadores.

Dado que México concretó su adhesión a la Alianza Global Contra el Abuso Sexual de Niños en Internet, establecida por Estados Unidos y la Unión Europea el 5 de diciembre de 2012, mediante la cual, se pretende fortalecer los esfuerzos de la comunidad internacional para identificar a víctimas de abuso sexual y pornografía y asegurar que reciban orientación adecuada, apoyo y protección, es fundamental que nuestro país adopte y aplique sin demora lo incluido en esta resolución.

Único. La Honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Procuraduría General de la República, a sumarse e implementar la resolución aprobada por el Parlamento Europeo sobre la Lucha Contra el Abuso Sexual Infantil y las imágenes ilegales en internet.

Consideraciones

Tras el análisis detallado de la propuesta y coincidir en términos generales con los argumentos expuestos en la proposición con punto de acuerdo referido en el presente proyecto de dictamen, esta Comisión Dictaminadora estima procedente la proposición, con fundamento en las siguientes consideraciones:

Primera. En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se expresa el interés superior de la Niñez, en su artículo cuarto noveno párrafo, en el que señala que: “en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez”.

Con base en ello, se integra el interés superior de la niñez, estableciéndose como obligación del Estado, velar y cumplir la observancia de tal principio en todas sus decisiones y actuaciones, garantizando de manera plena los derechos de las niñas y niños, sin restricción alguna, para poder lograr un pleno desarrollo integral.

Sirve de apoyo a lo anterior, la tesis jurisprudencial emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que a la letra dice:

9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Abril de 2011; Pág. 310

Interés superior del niño. Es un principio de rango constitucional implícito en la regulación de los derechos de los menores previstos en el artículo 4o. constitucional.

De acuerdo a una interpretación teleológica, el interés superior del niño es principio de rango constitucional, toda vez que en el dictamen de la reforma constitucional que dio lugar al actual texto del artículo 4o., se reconoce expresamente que uno de los objetivos del órgano reformador de la Constitución era adecuar el marco normativo interno a los compromisos internacionales contraídos por nuestro país en materia de protección de los derechos del niño . En este sentido, el interés superior del niño es uno de los principios rectores más importantes del marco internacional de los derechos del niño . En el ámbito interno, el legislador ordinario también ha entendido que el interés superior es un principio que está implícito en la regulación constitucional de los derechos del niño , ya que es reconocido expresamente en la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como un principio rector de los derechos del niño .

Primera Sala

Amparo directo en revisión 1187/2010. 1o. de septiembre de 2010. Cinco votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretarios: Ana María Ibarra Olguín y Javier Mijangos y González.

Por otro lado, en el 2011 el Estado dio un gran paso al elevar a los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos al mismo rango que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, favoreciendo a todas las personas con la protección más amplia de sus derechos.

En este sentido, la reforma al artículo 1º de la Constitución, establece el principio de Convencionalidad, que a la letra dice:

“En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece”.

En la reforma también se expresó el principio pro- persona, y la obligación de las autoridades de los tres órdenes de Gobierno para respetar los Derechos Humanos, que a continuación se detalla:

“Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.”

Segunda. El artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que la Constitución, las Leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión.

Sirve de apoyo a lo anterior, la tesis jurisprudencial emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que a la letra dice:

“Tratados internacionales. Son parte integrante de la Ley Suprema de la Unión y se ubican jerárquicamente por encima de las leyes generales, federales y locales. Interpretación del artículo 133 constitucional. La interpretación sistemática del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos permite identificar la existencia de un orden jurídico superior, de carácter nacional, integrado por la Constitución Federal, los tratados internacionales y las leyes generales. Asimismo, a partir de dicha interpretación, armonizada con los principios de derecho internacional dispersos en el texto constitucional, así como con las normas y premisas fundamentales de esa rama del derecho, se concluye que los tratados internacionales se ubican jerárquicamente debajo de la Constitución Federal y por encima de las leyes generales, federales y locales, en la medida en que el Estado Mexicano al suscribirlos, de conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre los Estado y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales y, además, atendiendo al principio fundamental de derecho internacional consuetudinario “pacta sunt servanda”, contrae libremente obligaciones frente a la comunidad internacional que no pueden ser desconocidas invocando normas de derecho interno y cuyo incumplimiento supone, por lo demás una responsabilidad de carácter internacional”1

Este precepto enuncia el principio de supremacía constitucional por el medio del cual se establece que la Constitución es la Ley Suprema de toda la Unión y es la cúspide de todo orden jurídico; señalando de igual forma a los Tratados celebrados entre Estado o Estados y Organismos Internacionales.

La incorporación de los tratados al derecho interno se da generalmente de manera automática, es decir, no se requiere un acto de producción normativa interna, ya que una vez ratificado por el Senado y celebrado por el Presidente, crean derechos y obligaciones de las partes que celebren el tratado.

En este tenor, esta Comisión dictaminadora coincide en que es necesario ajustar el marco vigente en materia de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, con el propósito de adecuarlo a los instrumentos y convenios internacionales que nuestro país ha suscrito y ratificado, mediante los cuales se establecen un marco de principios y obligaciones relativos a la garantía de los derechos de los niños y de las niñas.

Entre los diversos instrumentos internacionales que ha suscrito y ratificado el estado mexicano, se encuentra la Convención de Derechos del Niño, la cual fue ratificada por México en mil novecientos noventa, en ella se contemplan un cumulo de derechos dirigidos a la protección de niñas, niños y adolescentes, en referencia, el artículo 34 refieren lo siguiente:

Artículo 34

Los Estados Partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales. Con este fin, los Estados Partes tomarán, en particular, todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir:

a) La incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal;

b) La explotación del niño en la prostitución u otras prácticas sexuales ilegales;

c) La explotación del niño en espectáculos o materiales pornográficos.

Tercera. Como lo señala la proponente, el pasado 5 de diciembre de 2012, la Comisaria Europea de Asuntos de Interior, lanzó una convocatoria para conformar la Alianza Global Contra el Abuso Sexual Infantil en Línea (IP/12/1308 y Memo/12/937). La iniciativa, contempla unir a las y los responsables de la toma de decisiones en el tema de infancia de todo el mundo para identificar con mayor oportunidad y rapidez a los probables delincuentes, perseguirles e implementar sanciones y para mejorar y ayudar a las víctimas de estos actos.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y la Familia (UNICEF), en su estudio “Infancia Robada”, expone que la pedofilia es un problema grave de proporciones epidémicas, ya no sólo vinculado a las desviaciones sexuales y pérdida de valores morales de los victimarios, sino a uno de los negocios más lucrativos después del narcotráfico, en el que están involucrados empresarios y políticos que han encontrado en la pornografía infantil y venta de menores una manera más de enriquecerse.

La UNICEF señala que el abuso de niñas y niños en sus diversas formas como son prostitución, pornografía y turismo sexual, genera ganancias anuales por más de 32 mil millones de dólares, lo que explica el gran poder económico de las mafias de la pedofilia que, en el caso de México, aprovechan la proclividad a la corrupción de jueces y ministerios públicos y recovecos legales que les permiten actuar impunemente.2

En el caso de Nuestro país, datos de la Secretaria de Seguridad Publica, señalan que en México se registran altos índices de abuso sexual infantil: 77% de las víctimas son niñas, con un promedio de edad de 5.7 años. En todos los casos la víctima conocía al agresor: el hermano (19%), el padrastro (18%), un tío (16%), el padre (15%); asimismo señala que la Internet ha propiciado el desarrollo de redes de pederastas quienes, según la Policía Federal, en apenas 12 minutos contactan a una niña o niño y lo inducen a desnudarse o ver pornografía. Tan solo en cinco años se detectaron en México más de cuatro mil páginas de pornografía infantil en Internet.3

Por lo anterior, dado que México concretó su adhesión a la Alianza Global Contra el Abuso Sexual de Niños en Internet, establecida por Estados Unidos y la Unión Europea el 5 de diciembre de 2012, mediante la cual, se pretende fortalecer los esfuerzos de la comunidad internacional para identificar a víctimas de abuso sexual y pornografía y asegurar que reciban orientación adecuada, apoyo y protección, es fundamental que nuestro país adopte y aplique sin demora lo incluido en esta resolución por medio de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y en particular, la Procuraduría General de la República, quien deberá fortalecer los mecanismos de procuración de justicia, así como investigar y castigar a los delincuentes, incrementar la conciencia pública sobre este delito y disminuir la disponibilidad de pornografía infantil en línea en nuestro país.

Finalmente, esta dictaminadora expone que al sumarse a la implementación de la resolución que aprobó el Parlamento Europeo sobre la Alianza Global Contra el Abuso Sexual Infantil en Línea, se generaría brindar una protección más amplia a todas las niñas, niños y adolescentes de México.

Por ello las y los integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la H. Cámara de Diputados considera viable el siguiente

Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Procuraduría General de la República, a sumarse e implementar la resolución aprobada por el Parlamento Europeo sobre la Lucha Contra el Abuso Sexual Infantil y las imágenes ilegales en internet.

Notas

1 Tesis: P.IX/2007 Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Pleno; tomo XXV, Abril de 2007; Pág: 6

2 http://www.unicef.org/mexico/spanish/mx_resources_infancia_robada.pdf

3 http://www.ssp.gob.mx/portalWebApp/ShowBinary?nodeId=/BEA%20Repository/1214170//archivo

Palacio Legislativo de San Lázaro, abril de 2015.

La Comisión de Derechos de la Niñez

Diputados: Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), presidenta; Marina Garay Cabada, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco, Cinthya Noemí Valladares Couoh, Claudia Rocío Oñate Villa (rúbrica), María del Rosario Merlín García (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán, secretarios; Alberto Anaya Gutiérrez, Flor Ayala Robles Linares (licencia), Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica), María Guadalupe Jaramillo Villa (rúbrica), Mirna Velázquez López (rúbrica), Martha Guadalupe Villarreal Rangel (rúbrica).

De la Comisión de Derechos de la Niñez, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los congresos estatales, salvo el de Hidalgo y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a modificar su marco jurídico que rige las comisiones locales de derechos humanos

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, le fue turnada para su análisis y dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Congresos estatales, salvo al de Hidalgo y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) a modificar su marco jurídico que rige las Comisiones Locales de Derechos Humanos.

La Comisión de Derechos de la Niñez, con fundamento los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 67, 80, 84, 85, 157, 162, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primero: Con fecha de 14 de abril de 2015, la diputada Martha Loera Arámbula del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el pleno la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Congresos Estatales, salvo el de Hidalgo y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) a modificar su marco jurídico que rige las Comisiones Locales de Derechos Humanos.

Segundo: En la misma fecha, la mesa directiva determinó turnarla a la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII legislatura de la honorable Cámara de Diputados para su análisis y dictamen.

Contenido de la proposición

La Diputada proponente señala que, México es Estado parte de la Convención sobre los Derechos del Niño que “sienta las bases de una relación jurídica entre los Estados y sus sociedades con los niños y las niñas, a quienes fortalece como sujetos de Derecho, dejando de lado sus anteriores consideraciones como objetos de tutela”.

Así, en cumplimiento de tal prevención, nuestro país ha presentado sus informes y con motivo del que sustentó sobre el cumplimiento de las prevenciones del Protocolo sobre a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, el referido Comité observó: Si bien toma nota de la información de la delegación del Estado parte de que los niños pueden presentar quejas a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, preocupa al Comité que únicamente la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal reciba quejas de los propios niños, mientras que la interposición de quejas ante todas las comisiones de derechos humanos estatales está sujeta a la aprobación paterna. Le preocupa asimismo la escasa independencia y capacidad de las comisiones de derechos humanos a nivel de los estados.

En esos términos el Comité anotó que en nuestro país aún persisten condiciones que inhiben el acceso de las niñas y los niños a procedimientos administrativos y legales para que, por sí o a través de un representante, intervengan en los que les afecten, contrariándose así [...] el principio de participación en los procesos que sean de su interés, siendo éste la base que determina la capacidad jurídica de la niñez y la adolescencia para actuar directamente y de manera independiente en dichos procesos.

Ciertamente, hasta esa fecha en que se formuló la observación, en nuestro país los menores sólo podían presentar directamente, ante la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, quejas por presuntas violaciones a sus derechos humanos sin necesidad de representante cuando se pusiera en peligro su vida, la libertad o la integridad física o psicológica. Ahora, y a esta fecha, ya también la Comisión del Estado de Hidalgo las puede recibir.

De esa manera, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, así como la del Estado de Hidalgo están facultadas expresamente para recibir quejas de niñas y niños cuando se violentan sus derechos, lo que no acontece tratándose de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, ni de los organismos protectores estatales que si bien en algunos casos se prevé que podrán recibir quejas de los afectados.

En ese marco de protección y garantía y con base en el principio rector del Interés Superior de la Infancia, el Estado Mexicano ha emprendido diversas acciones que van desde el ámbito de lo administrativo y judicial, hasta el legislativo, para proteger los derechos de los menores y garantizar su ejercicio, a fin de promover su supervivencia, desarrollo, crecimiento y bienestar.

Con base en ello, se transita hacía un modelo de protección de los derechos de los niños y las niñas reconociendo su autonomía y “definiendo las responsabilidades del Estado en la tutela de esos límites” y, bajo ese esquema, es importante reconocer y garantizar a los menores la posibilidad de que puedan promover directamente ante instancias administrativas y judiciales, sin necesidad de representación o autorización de quienes ejerzan la patria potestad o tutela sobre ellos, acciones para protegerlos en caso de transgresión.

De esa manera, estoy segura, se abonará a la construcción de mayores condiciones de garantía en beneficio de nuestra niñez, por lo que me permito proponer ante esta honorable soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a los Congresos Locales de las entidades federativas, con excepción de Asamblea Legislativa del Distrito Federal y al Congreso del estado de Hidalgo, a modificar su marco jurídico que rige las Comisiones Locales de Derechos Humanos, para que expresamente se les faculte a recibir quejas de niñas y niños sin necesidad de que a su nombre las formule un representante cuando se ponga en peligro su vida, libertad o su integridad física o psicológica.

Consideraciones

Primera. En el 2011 el Estado dio un gran paso al elevar a los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos, al mismo rango que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, favoreciendo a todas las personas con la protección más amplia de sus derechos.

En este sentido, el artículo 1º de la Constitución, establece el principio de Convencionalidad, que a la letra dice:

“En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece”.

Esta disposición constitucional también expresa el principio pro- persona , y la obligación de las autoridades de los tres órdenes de Gobierno para respetar los Derechos Humanos, que a continuación se detalla:

“Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.”

Por otro lado, el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la cual se establece que “en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez”.

Con base en el anterior artículo constitucional, se integra el interés superior de la niñez, estableciéndose como obligación del Estado, velar y cumplir la observancia de tal principio en todas sus decisiones y actuaciones, garantizando de manera plena los derechos de las niñas y niños, sin restricción alguna, para poder lograr un pleno desarrollo integral.

Segunda. La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la cual se expidió el 04 de diciembre de 2014, refiere dentro del Título Quinto de la Protección y Restitución Integral de los Derechos Humanos de Niñas, Niños y Adolescentes, el Capítulo Quinto de los Organismos de Protección de los Derechos Humanos, en el que se precisa en su artículo 140, lo siguiente:

Artículo 140. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos y los organismos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas, en el ámbito de sus competencias, deberán establecer áreas especializadas para la protección efectiva, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos de niñas, niños y adolescentes

Tercera. Esta Comisión de Derechos de la Niñez considera de beneplácito la proposición, ya que como lo refiere la proponente en la exposición de motivos, la justicia para la niñez y adolescencia, no debe de limitarse por falta de representación o autorización de quienes ejerzan la patria potestad o tutela sobre ellos. Es por ello que con la entrada en vigor de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, se precisa en su artículo 71 perteneciente al Capitulo Décimo quinto denominado “Del derecho a la participación” que toda niña, niño o adolescente tiene el derecho a ser escuchado y tomado en cuenta en los asuntos de su interés.

Asimismo la Convención Sobre los Derechos del Niño, es el documento jurídico internacional que protege y reconoce a la niñez y adolescencia como sujetos plenos de derechos, y en la que se menciona en su artículo 12, la obligatoriedad que tienen los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño.

Finalmente, esta dictaminadora expone que al modificar el marco jurídico que rigen a las Comisiones Locales de Derechos Humanos, se brindaría una protección más amplia a todas las niñas, niños y adolescentes de México.

Por ello las y los integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados considera viable el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a los Congresos Locales de las entidades federativas, con excepción de Asamblea Legislativa del Distrito Federal y al Congreso del estado de Hidalgo, a modificar su marco jurídico que rige las Comisiones Locales de Derechos Humanos, para que expresamente se les faculte a recibir quejas de niñas y niños sin necesidad de que a su nombre las formule un representante cuando se ponga en peligro su vida, libertad o su integridad física o psicológica.

Palacio Legislativo de San Lázaro, abril de 2015

La Comisión de Derechos de la Niñez

Diputados: Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), presidenta; Marina Garay Cabada, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas, Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco, Cinthya Noemí Valladares Couoh, Claudia Rocío Oñate Villa (rúbrica), María del Rosario Merlín García (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán, secretarios; Alberto Anaya Gutiérrez, Flor Ayala Robles Linares (licencia), Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica), María Guadalupe Jaramillo Villa (rúbrica), Mirna Velázquez López (rúbrica), Martha Guadalupe Villarreal Rangel (rúbrica).

De la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los integrantes de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados a difundir y fortalecer sus acciones de investigación, información y educación sobre los efectos del maíz transgénico en la salud humana y la diversidad biológica

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego de la LXII Legislatura fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente punto de acuerdo por el que se exhorta a los integrantes de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados, para que difundan y fortalezcan sus acciones de investigación, información y educación, sobre el impacto del maíz transgénico en la salud humana, a cargo de la diputada Elizabeth Vargas Martin del Campo, del Grupo Parlamentario del PAN, en el pleno de la Cámara de Diputados en la sesión del pasado 9 de abril del año en curso.

Una vez recibida por la Comisión de Agricultura y Sistema de Riego, sus integrantes entramos a su estudio con la responsabilidad de considerar lo más detalladamente posible su contenido y analizar los fundamentos esenciales en que se apoya, para proceder a emitir dictamen conforme a las facultades que les confieren los artículos 39 numeral 2 fracción I y 45 numeral 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 68, 80 numeral 1 fracción VI, 84, 176, 180 numeral 2 fracción I y II; 182, numeral 3 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados; a la Comisión de Agricultura y Sistema de Riego le corresponde dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo a partir de los siguientes

Antecedentes

El 16 de abril de 2015, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego de la LXII Legislatura, con número de oficio número DGPL. 62-II-4-2321 y número de expediente 6564 para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, Punto de Acuerdo por el que se exhorta a los integrantes de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados, para que difundan y fortalezcan sus acciones de investigación, información y educación, sobre el impacto del maíz transgénico en la salud humana, a cargo de la diputada Elizabeth Vargas Martin del Campo, del Grupo Parlamentario del PAN. Con base en los antecedentes mencionados, los integrantes de esta Comisión dictaminadora formulamos los siguientes

Considerandos

Que con fundamento al Convenio sobre la Diversidad Biológica del que México es firmante, y en la que se establecen tres objetivos principales, que los países comprometidos tendrán que cumplir como es la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos. Su objetivo general es promover medidas que conduzcan a un futuro sostenible, firmado el 5 de junio de 1992 en la Cumbre de la Tierra celebrada en Río de Janeiro, y entró en vigor el 29 de diciembre de 1993.

Que de conformidad con el enfoque de precaución que figura en el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, el objetivo del Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad de la Biotecnología, es contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos.

Que el Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre responsabilidad y compensación suplementario al protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología, siendo su objetivo del protocolo suplementario es contribuir a la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, proporcionando normas y procedimientos internacionales en la esfera de la responsabilidad y compensación en relación con los organismos vivos modificados.

Que en nuestro país se han desarrollado diversos proyectos para el fortalecimiento de capacidades de los recursos humanos, se han equipado laboratorios de detección e identificación de OGM; uno de los laboratorios está acreditado para detectar el maíz GM, a partir de metodologías y protocolos específicos para el análisis de muestras, ello derivado de que en la Ley de Bioseguridad de los OGM se establece que el maíz tendrá un régimen de protección especial (artículo 2 fracción XI) por la condición de centro de origen y concentración de agro diversidad de nuestro país y, por la aplicación directa al principio y enfoque precautorio de reconocer el valor estratégico de este cultivo para México.

Que lo anterior, significa un enorme reto y responsabilidad para nuestro gobierno Mexicano respecto a otras disposiciones de la ley, como los artículos 86, 87 y 88, donde se establece que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, deben determinar tanto las especies que tienen su centro de origen y diversidad genética en México, como las áreas donde estas se encuentran, con el fin de que en estas zonas no se lleven a cabo liberaciones al ambiente de los OGM de esa especie, lo que implica, como ya se mencionó, crear las capacidades necesarias y los instrumentos eficientes necesarios para garantizar un uso responsable del desarrollo de la biotecnología.

Que se coincide con el promovente, de que la tendencia internacional es a seguir trabajando en el marco normativo, reforzando las disposiciones para generar mayor confianza en los consumidores de que los productos GM están autorizados, particularmente con normas específicas de etiquetación. La OMS “tomará un papel activo en relación con los alimentos GM, principalmente por dos razones: (1) debido a que la salud pública podría beneficiarse enormemente por el potencial de la biotecnología, por ejemplo por un aumento en el contenido de nutrientes de los alimentos y producción alimentaria y producción más eficiente; y (2) en base a las necesidades de examinar los efectos negativos potenciales para la salud humana del consumo de alimentos producidos mediante modificación genética, también a nivel mundial”.

Que la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados y su Reglamento, hace fundamental seguir realizando evaluaciones de los posibles riesgos actuales y potenciales de los OGM y sus productos, caso por caso, a fin de garantizar un uso responsable de estos organismos, en beneficio de la salud humana.

Que la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados tiene por objeto regular las actividades de utilización confinada, liberación experimental, liberación en programa piloto, liberación comercial, comercialización, importación y exportación de organismos genéticamente modificados, con el fin de prevenir, evitar o reducir los posibles riesgos que estas actividades pudieran ocasionar a la salud humana o al medio ambiente y a la diversidad biológica o a la sanidad animal, vegetal y acuícola.

Que en términos de salud, si bien es cierto, no existe evidencia empírica alguna de que el proceso de producir cultivos GM sea dañino o benéfico en sí para la salud animal o humana. Lo que debe evaluarse son los efectos negativos o positivos de los productos de las plantas transgénicas, así como los de cualquier forma de cultivo mejorado, incluso por métodos de producción convencionales.

Que el sentir público sugiere niveles de preocupación sobre la toxicidad del maíz GM entre la población mexicana considerablemente elevados, tanto como para ameritar una respuesta de una política pública orientada o como se está estableciendo en la legislación marco de nuestro país en este tema, que podría incluir investigaciones específicas además de procesos de información y educación pública.

Que el debate tiene que seguir sobre los efectos de la presencia de OGM en las razas locales de maíz mexicano. Se debe seguir estableciendo las líneas de investigación necesarias por medio de las instancias especializadas en este tema para que puedan establecer y ofrecer información a la sociedad clara y precisa, para que sepa que es lo que está consumiendo.

Que se debemos tener cuidado en reconocer el impacto de las opiniones y posibles intereses tanto de quienes defienden como de quienes se oponen al maíz transgénico en México y sin duda, será de gran utilidad contar con información confiable y oficial para la toma de decisiones y sobre todo, para emprender acciones específicas.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de esta comisión tenemos a bien poner a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Primero. Se exhorta, a la a los integrantes de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados a difundir y fortalecer sus acciones de investigación, información y educación a la población mexicana sobre el posible impacto del maíz transgénico en la salud humana y la diversidad biológica.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 20 de abril de 2015.

La Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego

Diputados: José Antonio Rojo García de Alba (rúbrica), presidente; Benjamín Castillo Valdez (rúbrica), José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Abraham Montes Alvarado (rúbrica), Ofelia Limón Robles (rúbrica), Marisol Morales Fernández (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Edilberto Algredo Jaramillo, Pedro Porras Pérez (rúbrica), José Humberto Vega Vázquez, Héctor Narcia Álvarez (rúbrica), Adriana Soto Martínez (rúbrica), secretarios; Salvador Barajas del Toro, Carlos Humberto Castaños Valenzuela (rúbrica), Mónica Clara Molina (rúbrica), Mario César Gaona García (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, Alicia Hernández Monroy (rúbrica), José Luis Martínez Meléndez (rúbrica), Mario Rafael Méndez Martínez, José Luis Oliveros Usabiaga, Jorge Alfredo Pérez Covarrubias (rúbrica), María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez.

De la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de la Sagarpa; el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias; y la Universidad Autónoma Chapingo a realizar acciones para impulsar la producción y comercialización de la pitaya

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego de la LXII Legislatura, le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo, por lo que se exhorta a los titulares de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP) y la Universidad Autónoma Chapingo a realizar acciones para impulsar la producción y comercialización de la pitahaya; a cargo de la diputada María del Carmen Ordaz Martínez, del Grupo Parlamentario del PRD, presentada en la sesión del 21 de abril de 2015.

Una vez recibida por la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego, sus integrantes entramos a su estudio con la responsabilidad de considerar lo más detalladamente su contenido y analizar los fundamentos esenciales en que se apoya, para proceder a emitir dictamen conforme a las facultades que les confieren los artículos 39 y 45 numeral 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 69, 80, 81, 82, 84, 102, 157 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, corresponde a esta comisión dictaminar la proposición con punto de acuerdo en comento, a partir de los siguientes:

Antecedentes

El 21 de abril del año en curso, la diputada María del Carmen Ordaz Martínez, del Grupo Parlamentario Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a los titulares de la Sagarpa, el Conacyt, el INIFAP y la Universidad Autónoma Chapingo a realizar acciones para impulsar la producción y comercialización de la pitahaya.

El 22 de abril de 2015 la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego de la LXII Legislatura, mediante oficio: D.G.P.L. 62-II-6-2156 y número de expediente 6600 la proposición con punto de acuerdo antes mencionada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, a partir de las siguientes:

Consideraciones

Que la pitahaya es un fruto de una cactácea que ha sido alimento en América por muchas generaciones, considerándose como una fruta exótica de sabor dulce y gran contenido de agua, la cual crece en forma silvestre en veinte estados de la república, y que se cultiva con fines comerciales en regiones de Tabasco, la Península de Yucatán, y el estado de Puebla, dicho producto tiene una alta demanda en el mercado internacional.

Las pitahayas pueden tener diversos usos, pueden ser ornamentales, así como pueden ser usadas como barreras protectoras, también tienen importantes aportaciones medicinales y alto valor alimenticio. También como uso medicinal se nos menciona que fracciones licuadas de tallos son utilizadas para el tratamiento de afecciones de los riñones, la eliminación de amibas, para calmar el dolor de cabeza y el cansancio de los pies, lavarse el cabello y eliminar la caspa.

El uso principal de la pitahaya es de carácter alimenticio, su fruto se puede comer fresco o se puede enfriar o congelar; se acostumbra cortarlo en trozos a los que se le agrega sal y jugo de limón y también se le puede preparar como refresco, agregándole agua y azúcar; se puede utilizar para preparar jarabes y helados, su valor energético es elevado, en la industria se puede procesar la pulpa y también extraer los colorantes y pectinas contenidos en la cáscara.

Los primeros intentos de cultivo especializado de pitahaya en México, se encuentra en el estado de Tabasco, así como que en 1993, la Universidad Autónoma de Chapingo, formuló las primeras propuestas para el mejoramiento de la producción de los huertos familiares y para el establecimiento de plantaciones especializadas.

Que la propia Universidad Autónoma Chapingo ha formulado proyectos productivos y ha participado en la elaboración de guías técnicas para el cultivo y para la producción de plantas en viveros, también es importante señalar que en los otros dos estados de la Península de Yucatán, Campeche y Quintana Roo, también se ha impulsado su cultivo, y que en el estado de Puebla se han establecido parcelas demostrativas, también se nos refiere que en los últimos tiempos existen en México mil hectáreas con plantaciones especializadas.

Que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, considera que el cultivo de la pitahaya es una alternativa para el desarrollo económico regional, toda vez que las plantaciones comerciales generan empleos y proporcionan valor agregado a los terrenos, señalando que el producto tiene buena aceptación y buen precio en los mercados nacional y de exportación, también nos señala que dichas plantaciones comerciales tienen excelentes perspectivas para los productores pequeños y medianos y aún para los que posean pequeños traspatios, siendo la planta resistente a prolongadas sequías y que después de un periodo seco florece al iniciarse las lluvias.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de esta comisión dictaminadora tenemos a bien emitir el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a los titulares de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, al Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias y a la Universidad Autónoma Chapingo, a realizar acciones para impulsar la producción y comercialización de la pitahaya.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril de 2015.

La Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego

Diputados: José Antonio Rojo García de Alba (rúbrica), presidente; Benjamín Castillo Valdez (rúbrica), José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Abraham Montes Alvarado (rúbrica), Ofelia Limón Robles (rúbrica), Marisol Morales Fernández (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Edilberto Algredo Jaramillo, Pedro Porras Pérez (rúbrica), José Humberto Vega Vázquez, Héctor Narcia Álvarez (rúbrica), Adriana Soto Martínez (rúbrica), secretarios; Salvador Barajas del Toro, Carlos Humberto Castaños Valenzuela (rúbrica), Mónica Clara Molina (rúbrica), Mario César Gaona García (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, Alicia Hernández Monroy (rúbrica), José Luis Martínez Meléndez (rúbrica), Mario Rafael Méndez Martínez, José Luis Oliveros Usabiaga, Jorge Alfredo Pérez Covarrubias (rúbrica), María Concepción Ramírez Diez Gutiérrez, Micaela Rodríguez Zamora (rúbrica), Rodrigo Rosas Esparza, Blas Ramón Rubio Lara, Genaro Ruiz Arriaga (rúbrica), Gildardo Sánchez González (rúbrica), Andrés de la Rosa Anaya (rúbrica), Ossiel Niaves López (rúbrica).

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo relativo al rescate de las obras murales y demás elementos localizados en el inmueble que alberga la escuela primaria Doctor Belisario Domínguez, en Cuauhtémoc, Distrito Federal

Honorable Asamblea:

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, de conformidad con lo enunciado en los artículos 39 y 45 del numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 80, 85, 176 y 182, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente

Dictamen

I. Antecedentes

1. En sesión del pleno del martes 3 de febrero de 2015, la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó la proposición con punto de acuerdo, objeto del presente dictamen.

2. En fecha 3 de febrero de 2015, la Presidencia de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen correspondientes.

3. La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos dio trámite de recibo e inició el análisis de la proposición.

II. Contenido de la Proposición

1. La diputada promovente parte de que “toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales” -artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos-, por lo que el “Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural”.

2. La diputada plantea que la escuela “donde los niños y niñas aprenden a leer y escribir para comunicarse, desarrollan sus habilidades matemáticas, aprenden a convivir, a explorar el mundo, comprenderlo y desarrollarse como personas”, recoge, además, en sus planes y programas de estudio aquellos saberes socialmente construidos en una época determinada, asimismo, que la escuela es un todo “alfabetizador” que transmite conocimiento a través de las técnicas empleadas en un periodo histórico, por ejemplo, en la construcción del inmueble, así como permite desarrollar la sensibilidad de las niñas y los niños al contemplar los murales que hospeda.

3. Con base en lo anterior, la diputada promovente hace la siguiente contextualización: La escuela primaria “Dr. Belisario Domínguez”, ubicada en calle Héroes número 25, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, en el Distrito Federal, Clave: 09DPR2379L, conocida en sus inicios como Centro Cultural Belisario Domínguez, fue inaugurada en junio de 1923 por el Secretario de Educación Pública, José Vasconcelos, quien mencionó en su inauguración: “Hacemos, pues, saber que por fin hay en la capital de la república una escuela moderna de tipo genuinamente mexicano; que puede servir de modelo a las demás de la patria”. Cinco décadas después, en 1973, la artista Maris Bustamante1 pinta en el inmueble de la escuela un mural dedicado al doctor Belisario Domínguez. “En él la silueta del senador mexicano se funde con la del cubano José Martí y la del chileno Salvador Allende. El lugar elegido uno de los pocos aún sin pintar, fue el mismo en que alguna vez Emilio Amero representara una frase del abanderado de la unión latinoamericana, Simón Bolívar. Alguien diría que la escuela Belisario Domínguez hace honor a su nombre”.

Por lo tanto, en la escuela primaria “Dr. Belisario Domínguez” confluyen dos corrientes artísticas de la cultura mexicana del Siglo XX, es decir, una arquitectura “de tipo genuinamente mexicano” y el muralismo.

4. Sin embargo, expone la diputada, “lo que hace un poco más de 90 años era modernidad, innovación, el día de hoy se ha convertido en abandono, negligencia y descuido por parte de las autoridades federales, respecto del cuidado de las obras murales, puertas, ventanales, muros, etcétera, componentes todos de un inmueble que por sus características indudablemente se vuelve histórico, en nuestro tiempo, aunado a que forma parte del patrimonio de edificios federales de nuestro país”.

5. En consecuencia, la diputada promovente, con fundamento en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Manual de Organización General del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, formula un exhorto a la Secretaria de Educación Pública para que a través de la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes planee y coordine las estrategias y acciones tendientes a proteger, conservar y restaurar las obras murales, puertas, ventanales, muros, etcétera, componentes todos del inmueble que alberga la escuela pública primaria “Dr. Belisario Domínguez”, ubicada en calle Héroes número 25, colonia Guerrero, delegación Cuauhtémoc, en el Distrito Federal, por considerarse que se trata de un bien inmueble que integra el patrimonio cultural de propiedad federal.

Con base en los argumentos anteriores, la diputada promovente propone el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al secretario de Educación Pública, licenciado Emilio Chuayffet Chemor, para que a través de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes planee y coordine las estrategias y acciones tendientes a proteger, conservar y restaurar las obras murales, puertas, ventanales, muros, etcétera, componentes todos del inmueble que alberga la Escuela Pública Primaria “Dr. Belisario Domínguez”, ubicada en calle Héroes número 25, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, en el Distrito Federal, por considerarse que se trata de un bien inmueble que integra el patrimonio cultural de propiedad federal de nuestro país.

III. Consideraciones

3.1. Generales

a) La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión es competente, de acuerdo con los artículos 39 numeral 3; 45 numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80 y 82, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, es competente para dictaminar la proposición con punto de acuerdo presentada por la diputada Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

b) La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos realizó el análisis y valoración de la proposición con punto de acuerdo en tratamiento mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos y con la información pública disponible al momento de su dictamen.

3.2. Particulares

a) Esta Comisión Dictaminadora comparte con la diputada proponente el concepto de Cultura, el cual define de la siguiente manera: “la cultura es concebida como el conjunto de rasgos que caracterizan e identifican a una sociedad o un grupo social dentro de los cuales destacan las diversas manifestaciones artísticas, cosmovisiones, modos de vida, tradiciones, creencias, festividades, formas de interacción y sistemas de valores y forma parte del patrimonio de la sociedad en su conjunto”; sin embargo, como lo señala Rodolfo Stavenhagen2 “la cultura no es necesariamente el capital cultural acumulado o existente, sino más bien el proceso de creación artística o científica, por lo tanto “en toda sociedad existen ciertos individuos que “crean” la cultura (o alternativamente quienes “interpretan” obras culturales). Dentro de esta perspectiva, el derecho a la cultura significa por supuesto, el derecho de los individuos a crear sus “obras” culturales libremente y sin restricciones, y el derecho de toda persona a disfrutar el libre acceso a las mismas (museos, conciertos, bibliotecas, etc.) por consiguiente las políticas culturales tienen por objeto apoyar la posición del creador cultural individual en la sociedad (pintores, escritores, artistas) y el derecho de estos creadores a la libre expresión cultural se ha convertido en uno de los derechos más apreciados de la época contemporánea”.

b) La Declaración Universal de Derechos Humanos, específicamente el Artículo 27, señala que “Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten”; por su parte, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales se instituye que los Estados partes del Pacto reconocen el derecho de las personas a “participar en la vida cultural; gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones; beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora”. En este Pacto se establecen medidas entre los Estados parte, que estos deberán adoptar para asegurar el pleno ejercicio de este derecho, figurarán las necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y de la cultura.

c) En ese sentido, el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que: “toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales.”

d) Con base en lo anterior, y a fin de dar viabilidad al punto de acuerdo impulsado por la diputada proponente, esta Comisión Dictaminadora fundamenta su recomendación en los siguientes artículos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, a saber:

i) Artículo 2°. Es de utilidad pública, la investigación, protección, conservación, restauración y recuperación de los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos y de las zonas de monumentos.

ii) Artículo 33. Son monumentos artísticos los bienes muebles e inmuebles que revistan valor estético relevante. Para determinar el valor estético relevante de algún bien se atenderá a cualquiera de las siguientes características: representatividad, inserción en determinada corriente estilística, grado de innovación, materiales y técnicas utilizadas y otras análogas. Tratándose de bienes inmuebles, podrá considerarse también su significación en el contexto urbano.

iii) Artículo 45. El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura es competente en materia de monumentos y zonas de monumentos artísticos.

iv) Artículo 46. En caso de duda sobre la competencia de los Institutos (INAH e INBA) para conocer un asunto determinado, el Secretario de Educación Pública resolverá a cual corresponde el despacho del mismo.

e) Por otro lado, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes tiene dentro de sus funciones “dirigir la planeación y coordinación de las estrategias y acciones tendientes a proteger, conservar y restaurar los sitios y monumentos históricos, así como bienes muebles que integran el patrimonio cultural de propiedad federal” (Manual de Organización General del referido organismo).

f) Así pues, esta Comisión Dictaminadora concluye que los derechos en materia de cultura comprenden el derecho de toda persona a participar en la vida cultural de la comunidad, el derecho a la protección de las producciones científicas, literarias y artísticas y los derechos individuales y libertades fundamentales, tales como la libertad de expresión, la libertad de religión y creencia, la libertad de asociación y el derecho a la educación, por lo que de acuerdo con lo sustentado por la diputada proponente, corresponde a “las autoridades (...) llevar a cabo un proceso de rescate de edificios públicos históricos en el que se articulen los diversos esfuerzos, intereses y visiones, que involucren una eficaz respuesta gubernamental que vea más allá de su dimensión física o de utilidad inmediata, también se debe valorar desde una dimensión socio-cultural”.

Por lo expuesto y con fundamento en el artículo 180, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al secretario de Educación Pública, licenciado Emilio Chuayffet Chemor, para que a través de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes planee y coordine las estrategias y acciones tendientes a proteger, conservar y restaurar las obras murales, puertas, ventanales, muros, etcétera, componentes todos del inmueble que alberga la Escuela Pública Primaria “Dr. Belisario Domínguez”, ubicada en calle Héroes número 25, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, en el Distrito Federal. Por considerarse que se trata de un bien inmueble que integra el patrimonio federal de nuestro país.

Notas

1 Es originaria del Distrito Federal y nació en el año de 1949. Estudió la carrera de Artes Plásticas en la Escuela Nacional de Pintura y Escultura La Esmeralda del INBA–SEP. Ha realizado 21 exposiciones individuales y participado en más de 900 exposiciones colectivas, nacionales y extranjeras; incursionando en todas las disciplinas artísticas tradicionales como el dibujo, pintura, mural y grabado. También ha incursionado en el arte-correo, arte objeto y libros de artistas, escenografías para teatro de vanguardia y diseños para televisión, cine y publicidad. http://www.elkiosko.com.mx/maris_bustamante.htm; Consulta realizada el 6 de abril de 2015:

2 http://132.247.1.49/catedra/index.php?option=com_content&view=artic le&id=1436&Itemid=864

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de febrero de 2015.

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Diputados: Roberto López González (rúbrica), presidente; Leticia Salas López (rúbrica), Tania Margarita Morgan Navarrete (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero (rúbrica), Roy Argel Gómez Olguín (rúbrica), Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Adriana Fuentes Téllez, Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez, Víctor Reymundo Nájera Medina, Mario Francisco Guillén, secretarios; Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola, Leticia López Landero, María Guadalupe Ayala Bravo (rúbrica), Julio César Flemate Ramírez (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), Eduardo Solís Nogueira (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez, Mónica García de la Fuente, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), María Guadalupe Jaramillo Villa (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Víctor Sánchez Guerrero (rúbrica).

De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, con punto de acuerdo relativo a la creación de la universidad de la energía, en Villahermosa, Tabasco

Honorable Asamblea:

La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, de conformidad con lo enunciado en los artículos 39 y 45 del numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 80, 85, 176 y 182, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen.

I. Antecedentes

1. En sesión del pleno del martes 3 de marzo de 2015, la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó la proposición con punto de acuerdo, objeto del presente dictamen.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen correspondientes.

3. La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos dio trámite de recibo e inició el análisis de la iniciativa.

II. Contenido de la proposición

1. La diputada proponente del punto de acuerdo, parte de que “La cobertura en la educación superior en el país, alcanza apenas alrededor de 24 por ciento del grupo de edad escolar correspondiente, y la oferta que mantiene y reproduce se ubica en disciplinas que ya no se corresponden con la producción y transferencia de nuevas áreas del conocimiento moderno, de tipo inter y transdisciplinario”. Y, aunque “la educación no puede solucionar ni la pobreza ni las crisis políticas, sin su intervención no podrán edificarse las bases constitutivas de un nuevo desarrollo más justo y democrático”.

Lo anterior, “supone el impulso a la creación de un tipo de universidad y de sistema de producción de conocimientos distinto, que haga de lo educativo y de la educabilidad un proceso institucional compartido, participativo y deliberativo para centrar sus objetivos en construir nuevos conocimientos que puedan ser apropiados con fines de transformación y liberación”.

2. “...la propuesta educativa –de la diputada proponente–, busca incrementar la capacidad del sistema de educación superior nacional, así como organizar la oferta educativa en áreas de frontera y de gran impacto en la sociedad y la producción, ubicando la misma en un estado, como lo es el de Tabasco, en donde se cuenta con condiciones óptimas para el despliegue de esta propuesta, dada su cercanía con campos petroleros, sus excepcionales condiciones medioambientales que deben protegerse, una gran capacidad educativa y tecnológica instalada y la infraestructura para lograrlo”.

Es decir, “una Universidad de la Energía debe ser un imperativo, porque en éste juega un papel muy relevante la puesta en marcha de decisiones que se orienten de manera explícita a la innovación y al cambio de manera integral en el conjunto del sistema educativo”. Crear “la Universidad de la Energía en la zona centro del estado de Tabasco, como una institución de investigación y formación de profesionales relacionados con los campos del conocimiento de la existencia, aprovechamiento, control y producción de la energía desde tres ámbitos de su estudio y aplicación, a saber: el subsuelo, el suelo y la atmósfera”.

3. La Universidad de la Energía, “Desde la formulación académico-institucional anterior, la estructura y proceso académico (así como las carreras que se proponen), sería la siguiente:

Primer tramo formativo: tronco básico interdisciplinario. Duración dos semestres.

Segundo tramo formativo: ingreso a alguna de las tres áreas de conocimiento:

a) Energía del subsuelo (geofísica, geología, gas, petróleo, minerales, etcétera);

b) Energía del suelo, áreas acuíferas y marítimas (ríos, mar, extracción petrolera, medio ambiente, sustentabilidad, nuevas tecnologías de aplicación, etcétera);

c) Energía de la atmósfera (viento, sol, ciencias del espacio, etcétera).

Tercer tramo formativo: ingreso a la especialidad en alguna de las tres áreas anteriores, sobre la base de proyectos de generación de conocimientos, su aplicación y generación de empresas relacionadas”.

4. Dicha propuesta educativa de educación superior, de acuerdo con lo que plantea la diputada promovente, tiene por objeto “fortalecer los componentes claves de la integración y la articulación de los sujetos, instituciones, agencias y recursos para garantizar una estructura flexible de redes y de movilidad académica que evite sustituir, alterar o dirigir la iniciativa local”, debido a que “Este proyecto de creación de una nueva universidad, por el modelo de innovación que impulsa, estaría organizado para producir y transferir un alto valor social en conocimientos y aprendizajes relacionados con la energía, con la pertinencia y responsabilidad social en sus tareas y procesos académicos, y de bien público de la institución hacia su entorno. La transformación de sus estructuras irán tomando el cuerpo de una red que se sostiene en plataformas de cooperación interinstitucionales de todo tipo y nivel desde proyectos compartidos, con un muy amplia movilidad de académicos y estudiantes, con la coparticipación de recursos, instalaciones y equipo y con una orientación educativa no punitiva sino sustentada en un aprendizaje múltiple, significativo, complejo, interdisciplinario e inter y transcultural. Los valores educativos se comparten y son motivo de análisis e investigación, la docencia se articula con la investigación cognitiva y se da un fuerte impulso a la investigación estratégica con el objetivo de que el cambio de contenidos sea permanente y en correspondencia con el logro de objetos de conocimiento y aprendizaje, la creación de nuevas habilidades y capacidades de resolución de problemas desde el contexto de su aplicación. Este modelo se articula con una amplia posibilidad de innovación, con actores comunitarios y regionales, nacionales e internacionales que la impulsan de adentro hacia afuera de la universidad1 .

Por lo anteriormente expuesto, la diputada propone al pleno de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Educación Pública que junto con Petróleos Mexicanos impulse la creación de la Universidad de la Energía en el estado de Tabasco, como una institución de investigación y formación de profesionales relacionados con campos del conocimiento para el aprovechamiento y desarrollo de la energía, desde tres ámbitos de su estudio y aplicación, a saber: el subsuelo, el suelo y la atmósfera en el estado de Tabasco con recursos compartidos para su ejecución y función.

III. Consideraciones

3.1. Generales

a) La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión es competente, de acuerdo con el los artículos 39, numeral 3; 45 numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80 y 82, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, para dictaminar la proposición con punto de acuerdo presentada por la diputada Nelly del Carmen Vargas Pérez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

b) La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos realizó el análisis y valoración de la proposición con punto de acuerdo en tratamiento mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos y con la información pública disponible al momento de su dictamen.

3.2. Particulares

a) Esta comisión dictaminadora comparte con el otrora subsecretario de Educación Superior, Rodolfo Tuirán, su afirmación en cuanto a que “la educación superior es un bien público que también produce beneficios privados. Éstos se manifiestan en una gran variedad de esferas, incluidos ingresos más elevados y mayor satisfacción laboral. Más trascendentes colectivamente son los beneficios públicos. Una población más y mejor educada significa una ciudadanía más informada, participativa y crítica. Además, la educación superior tiene importantes efectos multiplicadores en el desarrollo económico y social y es un componente crucial para construir una nación más próspera y socialmente incluyente2 .

Pues, para “seguir avanzando en la construcción de un sólido sistema de educación superior que permita hacer viables metas cada vez más ambiciosas en este ámbito, se requiere configurar una política con visión de estado. Esto supone asignar a la educación superior cada vez mayor prioridad y acordar compromisos y esfuerzos de todos los actores políticos relevantes. El impulso de una política de esta naturaleza es imprescindible para alinear esfuerzos y propósitos y para brindar certidumbre a la sociedad de que la inversión en educación es incuestionablemente provechosa, competitiva y gestionada con transparencia”3 .

b) Esta comisión dictaminadora, asimismo, considera que “la trayectoria de la educación superior en los años recientes está marcada por un crecimiento cada vez más vigoroso de la matrícula total: mientras que en el ciclo escolar 2006-2007 alcanzó alrededor de 2 millones 525 mil estudiantes (sin incluir el posgrado), en 2011-2012 se situó en cerca de 3 millones 274 mil y se prevé que en 2012-2013 alcanzará una cifra cercana a 3 millones 500 mil”4 , sin embargo, de acuerdo con la exposición de motivos de la diputada promovente “La cobertura en educación superior en el país alcanza apenas a alrededor de 24 por ciento del grupo de edad escolar correspondiente”. Por lo tanto, a pesar de los avances logrados en los últimos años, en la educación superior sigue habiendo un enorme rezago en materia de cobertura, producto –entre otros factores— del arraigo durante muchas décadas de un “modelo elitista” de acceso y permanencia en la educación superior y del estancamiento de la tasa de cobertura entre 1982 y 1996.

“La experiencia internacional enseña que todos los sistemas que atraviesan por las etapas de “masificación” y “universalización” se ven obligados a impulsar reformas profundas que transforman la arquitectura institucional, las prácticas y el andamiaje normativo de la educación superior. Estas reformas suelen apuntar, entre otros aspectos, a la diversificación de las fuentes de financiamiento y al fortalecimiento de los mecanismos de inclusión. Además, no hay duda de que un crecimiento cada vez mayor de la cobertura con equidad y calidad exige un sistema de educación superior más flexible y articulado, un robustecido programa de becas, nuevos y más eficientes modelos de organización, gestión y administración de las propias instituciones de educación superior, así como esfuerzos cada vez mayores de formación y reclutamiento de docentes (con grados de habilitación adecuados), profundización de los esfuerzos descentralizadores, transformación de los sistemas educativos estatales y una sólida cultura de la evaluación, entre otros aspectos. El futuro nos convoca a revisar políticas, programas, reglas y prácticas de la educación superior”5 .

c) Una forma de ampliar la cobertura y diversificar la oferta en educación superior, consiste en fortalecer los modelos educativos escolarizados, potenciar los abiertos y a distancia e incrementar los recursos públicos para las instituciones de educación superior, pero es necesario, a su vez, articular los “componentes claves en la integración de los sujetos, instituciones, agencias y recursos para garantizar una estructura flexible de redes y de movilidad académica que evite sustituir, alterar o dirigir la iniciativa local”, lo que significa, según la diputada proponente, “la transformación de estructuras que van tomando el cuerpo de una red que se sostiene en plataformas de cooperación interinstitucionales de todo tipo y nivel desde proyectos compartidos, con una muy amplia movilidad de académicos y estudiantes, con la co-participación de recursos, instalaciones y equipo y con una orientación educativa no punitiva sino sustentada en un aprendizaje múltiple, significativo, complejo, interdisciplinario e inter y transcultural”.

d) En el marco de la reforma energética impulsada por la presente administración federal, el 11 de agosto de 2014, el presidente de la República dio a conocer 10 acciones inmediatas para la efectiva implementación de la reforma. La sexta consiste en el Programa Estratégico de Formación de Recursos Humanos en Materia Energética (PEFRHME), para contar con los especialistas que requerirá el sector energético en los próximos años6 . En dicho programa, hecho público el 30 de septiembre de 2014, se reconoce que “se requieren expertos de alto nivel, profesionales y técnicos con los conocimientos y capacidades para hacer frente a los grandes retos que enfrentará el sector energético en el futuro próximo, tanto en las áreas de las ingenierías como en las económicas, sociales y legales, entre otras”, y “Para enfrentar estos retos, es necesario generar los incentivos y establecer el sistema de gestión para la coordinación y articulación de los esfuerzos que la Secretaría de Energía, Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad en conjunto con la Secretaría de Educación Pública, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, y la Secretaría de Relaciones Exteriores...”, para “formar un mínimo de 135 mil expertos de alto nivel, profesionales y técnicos en distintas especialidades en los próximos cuatro años, para cubrir la demanda directa del sector, así como nuevos mecanismos que contribuyan a conectar adecuadamente la oferta y la demanda de recursos humanos, misma que se convierte en un desafío para la educación, la ciencia y la tecnología mexicanas y para sus instituciones”.

e) Con esa finalidad, el 19 de noviembre de 2014 fue inaugurada la Universidad Politécnica de la Energía (UPE) en el municipio de Tula, Hidalgo7 , con una oferta educativa relacionada con tres ingenierías: en petróleos, logística, y transporte y energías, informó el titular de la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo (SEPH), Joel Guerrero8 . Esta institución educativa, por supuesto, es una más de la instituciones públicas de educación superior, así como por organismos del sector energético, por ejemplo, el Instituto Mexicano del Petróleo, que ofrecen a la juventud alternativas educativas vinculadas con la energía. No obstante, la propuesta educativa de Universidad de la Energía en Tabasco curricularmente se propone además de formar profesionistas, investigadores y docentes en las tradicionales ingenierías relacionadas con el petróleo y la electricidad, esta institución inaugurará ingenierías en campos del conocimiento relacionados con “áreas acuíferas y marítimas (ríos, mar, extracción petrolera, medio ambiente, sustentabilidad, nuevas tecnologías de aplicación, etcétera; y energías de la atmósfera: viento, sol, ciencias del espacio, etcétera)”.

En tal virtud, esta comisión dictaminadora coincide con la afirmación de la diputada proponente, toda vez que “la Universidad de la Energía en la zona centro del estado de Tabasco, como una institución de investigación y formación de profesionales relacionados con los campos del conocimiento de la existencia, aprovechamiento, control y producción de la energía desde tres ámbitos de su estudio y aplicación, a saber: el subsuelo, el suelo y la atmósfera”, tiende a abatir el rezago en cuanto cobertura en la educación superior, fomenta el desarrollo regional y brinda oportunidades educativas a la juventud. La viabilidad de este proyecto está demostrada pues instituciones de esta naturaleza empiezan a ser una realidad, por ejemplo, Tula, Hidalgo, como consecuencia de las nuevas necesidades educativas y profesionales que originó la puesta en marcha de la reforma energética.

Por lo expuesto y con fundamento en el artículo 180, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Educación Pública y a Petróleos Mexicanos para que impulsen en conjunto la creación de la Universidad de la Energía en el estado de Tabasco, como una institución de investigación y formación de profesionales relacionados con campos del conocimiento para el aprovechamiento y desarrollo de la energía, desde tres ámbitos de su estudio y aplicación, a saber: el subsuelo, el suelo y la atmósfera en el estado de Tabasco con recursos compartidos para su ejecución y función.

Notas

1. Axel Didriksson Takayanagui. En “La Universidad en la Sociedad del Conocimiento: hacia un modelo de producción y transferencia de conocimientos y aprendizajes”, http://www.scielo.br/scielo.php?pid=S1414-40772014000300002&script= sci_arttext.

2. Rodolfo Tuirán, Subsecretario de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública (SEP), en “La educación superior en México 2006-2012 .Un balance inicial”. http://red-academica.net/observatorio-academico/2012/10/03/la-educacion -superior-en-mexico-2006-2012-un-balance-inicial/

3. Op.cit.

4. Op.Cit

5. Op. Cit.

6. http://www.energia.gob.mx/res/Prog%20Estrat.pdf

7. http://www.unionhidalgo.mx/articulo/2014/11/18/universidad-de-la-energi a-abrira-sus-puertas-en-tula

8. http://www.cronicahidalgo.com/2014/07/comienza-actividad-formal-politec nica-de-tula-seph/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de abril de 2015.

La Comisión de Educación Pública

Diputados: Roberto López González (rúbrica), presidente; Leticia Salas López (rúbrica), Tania Margarita Morgan Navarrete (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero (rúbrica), Roy Argel Gómez Olguín (rúbrica), Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Adriana Fuentes Téllez, Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica), Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez, Víctor Reymundo Nájera Medina, Mario Francisco Guillén Guillén, Juan Manuel Gastélum Buenrostro (rúbrica), Alejandra López Noriega, Glafiro Salinas Mendiola, Leticia López Landero, María Guadalupe Ayala Bravo (rúbrica), Julio César Flemate Ramírez (rúbrica), Gaudencio Hernández Burgos (rúbrica), Eduardo Solís Nogueira (rúbrica), Harvey Gutiérrez Álvarez, Mónica García de la Fuente, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), María Guadalupe Jaramillo Villa (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Víctor Sánchez Guerrero (rúbrica).