Proposiciones de urgente u obvia resolución
Proposiciones
Efemérides


Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGR, la SHCP y el SAT a informar a la opinión pública si se realiza alguna investigación en torno a la probable asignación de contratos a cambio de sobornos en Sonora donde participarían el gobernador Guillermo Padrés Elías y su hermano Miguel Padrés Elías, a cargo del diputado Willy Ochoa, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Willy Ochoa diputado federal de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

El pasado jueves 5 de marzo de 2015 el diario estadounidense The Wall Street Journal, publicó un artículo en el que se advierte la posibilidad de actos de corrupción en México, específicamente en Sonora al destacar una investigación por sobornos donde se señala como probables actores al Gobernador de la entidad, Guillermo Padrés Elías y a su hermano Miguel Padrés Elías.

De acuerdo con el diario, el gobierno federal abrió una investigación al respecto, encabezada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, basada en las acusaciones de que los hermanos Padrés Elías recibieron pagos por la cantidad de 3.3 millones de dólares (equivalentes a 51 millones 150 mil pesos al tipo de cambio de 15.50 pesos por dólar), por parte de firmas que ganaron contratos públicos con el gobierno sonorense, equivalentes a 20 millones de dólares (310 millones de pesos).

The Wall Street Journal expone que, según la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda, el dinero fue pagado por el empresario Mario Aguirre, para obtener las licitaciones para proveer uniformes escolares.

Adicionalmente, se refiere que la investigación de la SHCP sostiene que Miguel Padrés transfirió 5.7 millones de dólares (88 millones de pesos) a una cuenta bancaria en Estados Unidos, que abrió en 2012, a nombre de Tenerife CV, una firma con sede en Holanda. También se tiene referencia de que Miguel Padrés depositó adicionalmente 522 mil dólares (8 millones de pesos) en otra cuenta en Estados Unidos abierta por su hermano en el 2011, a nombre de Dolphinius, CV, otra sociedad de responsabilidad limitada con sede en Holanda. En total, Miguel Padrés transfirió 8.9 millones de dólares (137 millones de pesos) de cuentas de México a cuentas en bancos de Estados Unidos, desde que su hermano Guillermo Padrés se convirtiera en gobernador de Sonora en el año 2009.

Cabe destacar que el 24 de febrero pasado, tanto el gobernador Guillermo Padrés y su hermano Héctor, Miguel y Julio aseguraron públicamente que su fortuna familiar ascendía a 261 millones 875 mil 633 pesos entre mueblerías y ranchos sin mencionar ni hacer referencia a las cuentas citadas por The Wall Street Journal.

La nota cita la investigación en el sentido de que se realizaron una serie de operaciones en el Sistema Financiero Nacional y extranjero, con recursos que posiblemente tienen un origen ilícito y con un alto grado de probabilidad se operaron con la finalidad de ocultar su origen, localización, destino o propiedad?, también ha sido señalada la ausencia de explicación sobre la raíz de los fondos de Miguel Padrés, ni de sus actividades empresariales ni sus declaraciones juradas.

El gobernador Padrés, ha negado categóricamente haber abierto cuentas bancarias a nombre de la firma holandesa y desconoció la investigación tratando de desacreditarla, achacándola a rivalidades políticas.

Sin embargo, los señalamientos hechos al gobernador Padrés son graves y deben ser aclarados, más aún cuando se ha puesto en entredicho a la investigación, si el gobernador sonorense cuenta con dinero que no debería o cuyo origen sea inexplicable, la tarea de la Secretaría de Hacienda es investigar y la de las instituciones, como esta soberanía, es mantener ojos vigilantes en él.

Siendo necesario recordar que no es la primera vez que el gobernador Padrés se ha visto envuelto en controversias, simplemente basta con evocar una represa en su rancho en Sonora, cuyos habitantes se encuentran a merced de las inclemencias del clima, situación que lo hizo acreedor a una multa y a que se le ordenara la destrucción de la represa, símbolo de su inestabilidad y voracidad.

Las acusaciones en contra del gobernador Padrés son graves y deben ser aclaradas en aras de la consolidación de un servicio público transparente, eficaz y, sobre todo, benéfico para la población y no para privilegiar intereses particularmente en detrimento de la ciudadanía, es por lo anteriormente expuesto, que elevo a la consideración de esta Soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de la República, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Servicio de Administración Tributaria, a efecto de que informen a la opinión pública si se está realizando alguna investigación con relación a la probable asignación de contratos a cambio de sobornos en Sonora, en el que participarían el gobernador Guillermo Padrés Elías y su hermano Miguel Padrés Elías.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015.

Diputado Willy Ochoa (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales a convocar a reuniones con el titular de la Profepa y con el encargado del Fideicomiso del Río Sonora para abordar el tema relativo a los derrames tóxicos acontecidos en ese estado, a cargo de la diputada Lilia Aguilar Gil, del Grupo Parlamentario del PT

La que suscribe, Lilia Aguilar Gil, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I; 79, numeral 2, fracción II; y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En la madrugada del 7 de marzo se reportó un nuevo derrame en Cananea, Sonora. En esta ocasión se advierte que la responsable fue Minera María, debido a una falla en el sistema de bombeo, provocando una contaminación de 180 metros cúbicos de solución gastada de cobre.

Según la Procuraduría de Medio Ambiente dicho derrame ha contaminado el arroyo El Tordillo, afectando una longitud de 1.6 kilómetros. Al intentar ejecutora las medidas de control, la empresa no pudo dar inicio a las actividades de neutralización de la solución derramada en el cauce del arroyo debido a un enfrentamiento con los locales.

El desastre ecológico, sucede a pocos kilómetros donde seis meses atrás aconteció el derrame de más de 40 millones de litros de lixiviados de cobre acidulado por una falla en la mina de Buenavista del Cobre, filial de Grupo México, el cual fue considerado el peor desastre ambiental en la historia de la minería moderna.

Existe una gran preocupación de que este tipo de situaciones sigan sucediendo, por lo que se requiere de atención inmediata y apegada al marco jurídico aplicable por parte de las autoridades encargadas de vigilar y supervisar las medidas que deben adoptar las mineras para prevenir y atender dichos acontecimientos.

De tal suerte se busca evitar que se vulneren nuevamente los derechos humanos, especialmente a un ambiente sano, de los habitantes de la zona, como sucedió con el derrame ya referido, en río Sonora el 6 de agosto de 2014.

Por lo anteriormente descrito se presenta a esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Resolutivos

Primero. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta Soberanía para que convoquen a una reunión de trabajo con el titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a fin de que informe sobre el seguimiento ante los casos de los derrames de soluciones contaminantes de cobre en los Ríos Sonora y Bacanuchi y recientemente, del arroyo El Tordillo, en el estado de Sonora.

Segundo. El pleno de la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta Soberanía para que convoquen a una reunión de trabajo con el encargado del Fideicomiso de Río Sonora a fin de que informe sobre el estado que guarda la afectación causada por el derrame de sulfato de cobre en los ríos Sonora y Bacanuchi, ocurridos el 6 de agosto de 2014 como consecuencia de las actividades de la minera Buenavista del Cobre.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015.

Diputada Lilia Aguilar Gil (rúbrica)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Semarnat a investigar con el gobierno de Baja California las causas de la muerte de diversos ejemplares de fauna marina de la entidad, a cargo del diputado Jaime Chris López Alvarado, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado Chris López Alvarado, diputado a la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La ubicación geográfica de nuestro país privilegia la existencia de una multiplicidad de ecosistemas biológicos que enriquecen la belleza natural y la diversidad ecológica. Es por ello que México ha sido considerado como uno de los lugares más ricos e importantes del mundo en cuanto a biodiversidad y en número de especies endémicas.

La fauna marina de nuestro país, debido a los cambios propiciados en el medio ambiente a consecuencia de las interacciones del hombre con el mismo, se ha visto obligada a modificar sus dinámicas evolutivas; de la misma forma en que la vida de los animales marinos se ha visto trastocada a consecuencia del cambio climático y diversos factores exógenos.

La amplia biota marina de México tiene procesos biológicos complejos, por lo que la afección de los ecosistemas causado por procesos de negligencia humana, redundan en el daño del natural cauce de la vida animal, siendo muestra de posibles afectaciones futuras para la propia especie humana.

Así, al contar nuestro país con una gran cantidad de fauna y flora marina endémica, se tiene aparejada una gran responsabilidad social que insta a la construcción de políticas públicas y la inserción de nuevos programas que coadyuven al correcto desarrollo la vida marina en nuestro país. Por esto no podemos dejar de lado que la sobreexplotación, el cambio de uso de suelo y la fragmentación de hábitat por actividades productivas, la introducción de especies exóticas, así como la contaminación, tienen efectos que pueden poner en peligro la continuidad de las especies y sus poblaciones1.

Lo anterior nos lleva a recordar que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) encontró el pasado 11 de marzo de 2015, los restos de 55 delfines y 4 lobos marinos varados a lo largo de un recorrido de inspección, en una franja de playa de casi 124 kilómetros desde el lugar denominado La Hacienda, hasta el campo pesquero denominado El Caracol, ubicado frente de la carretera Puertecitos–San Luis Gonzaga, esto en Ensenada, Baja California, ubicado en la zona sur de la localidad de San Felipe. Cabe señalar que no ha podido determinarse la causa aparente de la muerte de la fauna hallada, porque los inertes animales fueron encontrados, de acuerdo al comunicado oficial, de manera dispersa (varios eventos) a lo largo de la playa (sustrato arenoso)2 .

A su vez, se determinó que de los organismos encontrados, 22 delfines tenían aproximadamente 20 días o más de haber muerto, y los 33 delfines restantes aunados con los cuatro 4 lobos marinos, se estima que tenían un aproximado de 5 a 7 días de muertos.

Aquí debe acotarse que la Profepa está encargada de formular y conducir la política de inspección y vigilancia en materia de conservación y protección de quelonios y mamíferos marinos, de especies acuáticas en riesgo y las que se encuentren en áreas naturales protegidas que incluyen ecosistemas costeros y marinos. De igual forma, tiene el encargo de garantizar el cumplimiento de la normatividad aplicable a la protección de estos recursos, por lo que la mortandad masiva de estos mamíferos requiere la implementación de investigaciones y posibles programas que subsanen la problemática que la ocasionó y eviten la repetición de este suceso procurando la protección de toda la biosfera marina de la localidad, y aún más de las especies endémicas y en riesgo.

Por ello, y al ser desconocida la causa de la muerte de las especies encontradas en Baja California, toda vez que de la observación de los ejemplares se resalta que no presentan alguna laceración o herida, ni hay presencia de redes, anzuelos o huellas que indicaran que la muerte es atribuible a la pesca, debe ponerse en marcha el protocolo de atención para varamiento de mamíferos marinos, e instrumentarse lo establecido en el artículo 14 y demás disposiciones de dicho protocolo al respecto. Empero, debe darse también a la Secretaría de Protección al Ambiente del gobierno del estado de Baja California parte en el proceso, debido a que existen especies que podrían verse involucradas y perturbadas por el fenómeno que ocasionó la muerte de los mamíferos encontrados.

Si bien la delegación de la Profepa en Baja California estableció contacto con instituciones de investigación y con personal de la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) con el objeto de investigar las causas de los decesos, es necesario que se esclarezca el evento, revisando después de aclarado el suceso, la posibilidad de establecer un programa o subprograma de protección de las especies endémicas de la entidad federativa.

De esta forma se protegería la fauna marina y los recursos naturales de nuestro país, en consonancia con el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013–2018, que establece como meta “Proteger el patrimonio natural”, promover el conocimiento y la conservación de la biodiversidad, así como fomentar el trato humano a los animales, y focalizar los programas de conservación de la biodiversidad y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, para generar beneficios en comunidades con población de alta vulnerabilidad social y ambiental.

Es por lo anteriormente expuesto que someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático y de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, para que en coordinación con el gobierno del estado de Baja California, se investigue el deceso de fauna marina en San Felipe, Baja California, y se considere la viabilidad de generar un programa especial de protección a las especies endémicas y propensas a riesgo, por el cual se evite la repetición de sucesos naturales que pongan en riesgo a toda la biota marina de la zona afectada.

Notas

1. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp); Lineamientos para el otorgamiento de apoyos para la ejecución de actividades del programa de conservación de especies en Riesgo (PROCER); Ejercicio Fiscal de 2014; página 2.

2. Procuraduría Federal de Protección al Ambiente; Encuentra PROFEPA 55 delfines y 4 lobos marinos muertos en Playa de San Felipe, Baja California; Comunicación-Sala de prensa; BP/145-15; 12 de marzo de 2015; en: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/6912/1/mx/encuentra_profepa_55 _delfines_y_4_lobos_marinos_muertos_en_playa_de_san_felipe_baja_califor nia.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015.

Diputado Jaime Chris López Alvarado (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Ssa a promover, instaurar y vigilar en los establecimientos públicos de salud que se realicen las actividades de atención médica para la prevención y atención de las mujeres con mayor riesgo de contraer cáncer cervicouterino, a cargo de la diputada Leslie Pantoja Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe la ciudadana Leslie Pantoja Hernández, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía la siguiente someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que promueva, instrumente y vigile que se realicen, en los establecimientos públicos de salud, las actividades de atención médica para la prevención y atención de las mujeres con mayor riesgo de contraer cáncer cervicouterino, así como al grupo de mujeres diagnosticadas en etapas avanzadas.

Exposición de motivos

El cáncer cervicouterino es el crecimiento anormal de las células que se encuentran en el cuello de la matriz. Se puede originar a partir de una infección de un tipo de virus de papiloma humano (VPH) que genera una lesión precancerosa, la cual, de no ser tratada a tiempo puede generar un cáncer en 10 años o menos.

Actualmente, el cáncer cervicouterino es la segunda causa de muerte por cáncer en la mujer. De acuerdo con cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS), publicadas en Globocan 2012, 4 mil 500 mujeres mueren anualmente a causa de esta patología, es decir, más de 12 mujeres al día.

De acuerdo con cifras de la Secretaría de Salud (Ssa) entre las entidades con mayor mortalidad destacan Colima con 23.9 por ciento, Morelos con el 16.1 por ciento, Veracruz con el 16 por ciento, Chiapas con 15.9 por ciento y Oaxaca con 15.8 por ciento. Aunado a esto, al año se registran 13 mil casos nuevos detectándose más del 12 por ciento de estos, en etapas avanzadas.

A pesar de ser una enfermedad prevenible, y de los distintos esfuerzos que se han venido realizando como el Programa de Acción Específica de Prevención y Control del Cáncer de la Mujer, el cáncer cervicouterino sigue siendo un problema de salud pública debido al alto número de muertes y el grupo poblacional en qué sucede.

Una mirada detenida al problema del cáncer cérvicouterino en México revela que es un padecimiento ligado a la desigualdad social e inequidad de género, ya que por diversas razones culturales y falta de acceso –relacionadas con la pobreza–, las mujeres tienen diagnósticos en etapas tardías. Además, como se pudo ver, las entidades más afectadas por esta neoplasia se caracterizan por tener una amplia población indígena.

Aunado a esto, las mujeres siguen llegando en etapas tardías sin opción a tratamiento personalizado y en los últimos 10 años no se han actualizado los protocolos de atención para las etapas 3 y 4 que son las más avanzadas. Lo que resulta una sentencia de muerte.

A estas condiciones se suman otras que colocan a las pacientes con cáncer cérvicouterino en etapas avanzadas como un grupo altamente vulnerable y desprotegido. Aunque desde hace 15 años se han hecho enormes esfuerzos en materia de prevención -mediante campañas para la aplicación de la vacuna contra el virus del papiloma humano, único factor para el desarrollo de esta neoplasia-, se ha descuidado la atención de las pacientes en etapas avanzadas. Este olvido se ve reflejado en la desactualización de las guías y protocolos que tienen las distintas instituciones de salud pública para la atención del cáncer cérvicouterino en etapas tardías.

El descuido de estos instrumentos limita el tratamiento de las pacientes al uso de quimioterapia, a pesar de que en estos años, gracias a los avances en el campo de la medicina oncológica, se han desarrollado terapias personalizadas, que permiten a las pacientes tener un pronóstico de vida más largo y de mejor calidad.

A pesar de que existe una política y gasto público específicos para atender el tema, plasmados en el Plan Nacional de Desarrollo 2013- 2018, el Programa sectorial de salud y en los programas de acción específico de cáncer de la mujer y de igualdad de género en salud, este escenario continúa dándose. Si bien es importante reforzar la prevención de esta enfermedad en edades tempranas, también resulta importante cubrir la atención de ese grupo de pacientes diagnosticadas en etapas avanzadas.

En México, el derecho a la protección de la salud está consagrado en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General de Salud y en los reglamentos, normas y lineamientos que de ella emanan. Este marco jurídico obliga al Estado mexicano a garantizar la salud de todos sus habitantes, incluida la de las pacientes con cáncer cervicouterino.

Es importante destacar los esfuerzos que el Sistema Nacional de Salud ha realizado para tratar el tema, no obstante, es necesario que las distintas autoridades en materia de salud, promuevan acciones específicas para la vigilancia y atención de las mujeres susceptibles de contraer cáncer cervicouterino, así como para lograr una atención integral de las pacientes que, por su condición de vulnerabilidad, no fueron diagnosticadas oportunamente y que hoy en día no cuentan con tratamientos de vanguardia en etapas tardías.

Debemos tener presente que el cáncer cervicouterino no solamente es una enfermedad de mujeres, es una enfermedad de toda la población, tanto hombres como mujeres se encuentran involucrados debido a que el Virus del Papiloma Humano se presenta en un 99 por ciento en esta enfermedad.

Finalmente, el derecho a la protección de la salud debe ser prioridad para la actual administración pública, y el fortalecer el tratamiento oportuno y de calidad del cáncer cervicouterino para mejorar las condiciones de salud de las pacientes, es una manera de garantizar la disminución en el índice de mujeres con este padecimiento.

Por todo lo anteriormente expuesto, el que suscribe, presenta ante esta honorable Cámara la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que promueva, instrumente y vigile que se realicen, en los establecimientos públicos de salud, las actividades de atención médica para la prevención y atención de las mujeres con mayor riesgo de contraer cáncer cervicouterino, así como al grupo de mujeres diagnosticadas en etapas avanzadas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro.- Cámara de Diputados, a 7 de abril de 2015.

Diputada Leslie Pantoja Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la SRE y la PGR a sumarse e implantar la resolución aprobada por el Parlamento Europeo sobre la lucha contra el abuso sexual infantil y las imágenes ilegales en internet, a cargo de la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada Verónica Beatriz Juárez Piña, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I a III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El pasado 5 de diciembre de 2012, la Comisaria Europea de Asuntos de Interior, lanzó una convocatoria para conformar la Alianza Global Contra el Abuso Sexual Infantil en Línea (IP/12/1308 y Memo/12/937). La iniciativa, contempla unir a las y los responsables de la toma de decisiones en el tema de infancia de todo el mundo para identificar con mayor oportunidad y rapidez a los probables delincuentes, perseguirles e implementar sanciones y para mejorar y ayudar a las víctimas de estos actos.

Entre los participantes en su inicio, se incluyeron ministros y altos funcionarios de los 27 Estados miembros de la Unión Europea, así como de 21 países de fuera de la Unión, entre los que se encuentran: Albania, Australia, Camboya, Croacia, Estados Unidos, Filipinas, Georgia, Ghana, Japón, México, Moldavia, Montenegro, Nigeria, Noruega, Nueva Zelanda, República de Corea, Serbia, Suiza, Tailandia, Turquía, Ucrania y Vietnam, entre otros.

Estos países que se han sumado a la alianza se comprometen a lograr una serie de metas y objetivos que se materializaran con base en una mayor cooperación internacional, contra los abusos sexuales a menores de edad en línea por lo que su lucha en este terreno será más eficaz y efectiva a nivel mundial.

Los países integrantes de la alianza podrán adoptar de manera individual las medidas apropiadas a nivel nacional para el logro de estos objetivos e informarán periódicamente al respecto.

Así también, los países participantes presentaron compromisos políticos para alcanzar una serie de objetivos, entre ellos destacan los siguientes:

• Redoblar los esfuerzos para identificar a las víctimas y garantizar que reciban la asistencia, el apoyo y la protección adecuados.

• Redoblar los esfuerzos para investigar los casos de abusos sexuales a menores de edad en línea e identificar y perseguir a los autores de éstos.

• Aumentar entre los menores de edad la concienciación sobre los riesgos de internet, incluida la toma de imágenes de uno mismo y sobre los métodos de manipulación utilizados por los pederastas.

• Reducir la disponibilidad de material de pornografía infantil en línea y victimización secundaria de los menores de edad.

Se calcula que actualmente están disponibles en línea más de un millón de imágenes de menores de edad sometidos a abusos sexuales y explotación. Además, según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, anualmente se añaden otras 50 mil nuevas imágenes de este tipo.

Asimismo, el abuso sexual infantil en línea es un crimen que no conoce fronteras ni límites, por lo que las imágenes de abuso infantil circulan con facilidad a través de jurisdicciones y perpetúan la victimización de las niñas, niños y adolescentes cuyo abuso se representa y se describe una y otra vez. Se sabe que los delincuentes de pornografía infantil operan cada vez más en grupos internacionales en línea que utilizan tecnologías altamente sofisticadas para frustrar los esfuerzos de la aplicación de las leyes que investigan sus crímenes.

Por ello, se pretende con esta iniciativa internacional reforzar los recursos nacionales para poner a más autores de este delito a disposición de la Justicia internacional, así como identificar a más víctimas de abusos sexuales menores de edad y garantizar que reciban ayuda y apoyo. Asimismo, mediante esta Alianza mundial se podrá explotar el éxito de anteriores operaciones policiales transfronterizas que han desmantelado redes internacionales de pederastas y proteger así a más niñas, niños y adolescentes de todo el mundo.

Cabe señalar que en nuestro país, además de las carencias y la falta de efectividad de sus derechos, la población infantil y adolescente enfrenta otro devastador indicador, las niñas, niños y adolescentes mexicanos son víctimas de las redes de pornografía infantil y el país es ya el primer lugar en la difusión de este delito a través de Internet, así como el segundo sitio en producción de este tipo de materiales en Internet, según la información vertida en el foro “Combate a la Pornografía de Niñas, Niños y Adolescentes”, organizado por la Cámara de Senadores.

De acuerdo con estadísticas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Inegi, hasta 2012 la población de entre cero y 14 años de edad representaba 29 por ciento de la población total nacional. Este grupo poblacional, es el blanco preferido de las redes del crimen organizado que hacen de la explotación sexual de los menores de edad su medio de financiamiento, ello porque según las y los expertos del foro calcularon que los ingresos globales por este delito superan los 3 mil millones de dólares.1

El crecimiento de este delito en México ha sido exponencial, ya que nuestro país, ocupaba en 2011 el tercer sitio a nivel mundial en delitos cibernéticos relacionados con el tráfico y negocio de contenidos fotográficos o en video con menores de edad, en el que, calcularon los especialistas, actualmente (2013) son unos 85 mil menores de edad, las y los que son obligados a participar en dichos materiales. Cálculos de corporaciones policiacas como la Interpol, sugieren que en la Internet existen unas cien mil páginas que alojan y distribuyen imágenes en video o fotografías con menores de edad. Nuestro país concentra unos mil 300 sitios web.2

Por otra parte, resulta fundamental el sensibilizar a la sociedad en su conjunto de los efectos negativos que implica cualquier abuso en los derechos de los infantes y adolescentes, en especial la explotación comercial a través de la pornografía, la cual limita su sano desarrollo personal y psico-social, es un acto criminal, razón por la cual los esfuerzos de esta Alianza, van encaminados a hacer un frente común a nivel internacional en la prevención, investigación, persecución, combate y sanción a la prostitución y pornografía infantil difundida por internet.

A la fecha, se reconocen progresos logrados, así como futuras acciones para reforzar los trabajos de la Alianza por lo que, ya se ha emitido un primer informe que resume los compromisos y los logros de los países participantes, indicando entre ellos el detectar algunos de los entramados tecnológicos que tejen para intercambiar información, pasando desapercibidos para los grandes buscadores de Internet, proveedores de correos electrónicos y las redes sociales.

Como resultado de la continuidad de estos trabajos el Parlamento Europeo recientemente –marzo, 11 de 2015– hizo un llamado para intensificar los esfuerzos contra el abuso sexual infantil en internet, procesar a los delincuentes, proteger a los menores de edad que hayan sido víctimas y eliminar de la red contenido ilegal.

Las y los eurodiputados recordaron que la reforma europea sobre protección de datos incluye cambios para proteger los derechos de los menores de edad en la red, ya que más del 80 por ciento de las víctimas son menores de 10 años.

La resolución aprobada por 606 votos a favor, 4 en contra y 67 abstenciones, incluye el luchar contra la explotación sexual de las niñas, niños y adolescentes y las imágenes de abuso infantil, para ello, es necesario un enfoque integral que abarque la investigación de los delitos, el procesamiento de los delincuentes, la protección de las niñas, niños y adolescentes víctimas y las medidas de prevención. La resolución destaca lo siguiente:

Cualquier contenido ilícito debe ser retirado de inmediato y notificado a las autoridades. Los proveedores de servicios de Internet y proveedores de alojamiento de Internet deben garantizar la eliminación rápida y eficiente “a petición de la autoridad de seguridad responsable”.

Los países integrantes y las agencias nacionales de seguridad deben garantizar los fondos necesarios, recursos humanos, capacidades técnicas y de investigación para “perseguir de forma seria y eficaz, investigar y procesar a los delincuentes”.

Se deben desarrollar nuevas capacidades de alta tecnología para hacer frente a los desafíos de analizar grandes cantidades de imágenes de abuso infantil, incluido el material escondido en la llamada “web oscura”.

Los datos personales en línea de las y los menores de edad, deben estar debidamente protegidos y se obligan a informar de una manera fácil de los riegos y consecuencias de usar sus datos online.

Incrementar las campañas de concienciación del comportamiento responsable en las redes sociales y crear programas de prevención de abuso sexual por Internet para capacitar a niños, padres y educadores en la comprensión y el manejo de los riesgos de la red. También se debe implantar números de teléfono de emergencia para permitir a los menores de edad, denunciar abusos de forma anónima.

Los países de la UE que aún no han implantado la directiva de 2011 sobre la lucha contra el abuso sexual y la explotación sexual de los niños y la pornografía infantil en su legislación nacional se les insta a hacerlo (más de la mitad todavía tienen que ponerla en práctica en su totalidad), según la resolución.

Reforzando lo anterior, debemos mencionar que, un estudio realizado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, UNICEF, encontró que de 196 países analizados sólo 45 de ellos cuentan con una legislación que penaliza las imágenes de abusos sexuales a menores de edad en internet.

Dado que México concretó su adhesión a la Alianza Global Contra el Abuso Sexual de Niños en Internet, establecida por Estados Unidos y la Unión Europea el 5 de diciembre de 2012, mediante la cual, se pretende fortalecer los esfuerzos de la comunidad internacional para identificar a víctimas de abuso sexual y pornografía y asegurar que reciban orientación adecuada, apoyo y protección, es fundamental que nuestro país adopte y aplique sin demora lo incluido en esta resolución.

Tomando en cuenta que la institución nacional encargada de dar seguimiento a la implementación de esta y otras iniciativas que se desprendan de los acuerdos de la alianza, es la Procuraduría General de la República, la cual trabajará en fortalecer los mecanismos de procuración de justicia, así como investigar y castigar a los delincuentes, incrementar la conciencia pública sobre este delito y disminuir la disponibilidad de pornografía infantil en línea en nuestro país. También se buscará intercambiar buenas prácticas con otros países, en aras de fortalecer la cooperación internacional en la erradicación de este grave delito.3

Cabe señalar que a través de su adhesión a esta iniciativa, nuestro país se convirtió en el 53° Estado en participar en la Alianza y el único país latinoamericano en formar parte de este mecanismo con lo que reitera su compromiso con la infancia y adolescencia de nuestro país.

Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta soberanía, la aprobación del siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores, y a la Procuraduría General de la República (PGR), a sumarse e implementar la resolución aprobada por el Parlamento Europeo sobre la Lucha Contra el Abuso Sexual Infantil y las imágenes ilegales en internet.

Notas

1 Datos de Sin embargo , septiembre 26 de 2013.

2 Ibídem.

3 Secretaría de Relaciones Exteriores, Dirección General de Derechos Humanos y Democracia, Boletín número 52, mayo 29, 2014.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015.

Diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a establecer instrumentos para crear entre la sociedad y el sector productivo de alimentos conciencia sobre la importancia de garantizar la inocuidad de éstos, a cargo de la diputada Carla Alicia Padilla Ramos, del Grupo Parlamentario del PVEM

Quien suscribe, Carla Alicia Padilla Ramos, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Se define a la salud como el estado de completo bienestar físico y mental, lo que implica un adecuado equilibrio entre las condiciones físicas, mentales, culturales y sociales de los seres humanos.

Atendiendo a la imperiosa necesidad que existe a nivel mundial para crear convicción respecto de la relevancia de la conservación de la salud, en el año de 1945 las Naciones Unidas crearon la Organización Mundial de la Salud (OMS), cuya finalidad primordial es trabajar para mejorar la salud física y mental de los individuos, a través de la definición de líneas de acción y mecanismos eficientes que garanticen prevenir, conservar o restituir la salud, como parte de las políticas exitosas en materia de salud.

Asimismo, el Día Mundial de la Salud fue creado para sensibilizar a la población sobre temas relacionados con la salud y generar acciones que favorezcan un mayor y mejor acceso a la salud en todo el mundo.

Sin duda, en las últimas décadas se han logrado avances importantes en materia de salud, ejemplo de ello es la erradicación de la viruela y la poliomielitis en América Latina, así como una cobertura mundial de inmunización contra seis enfermedades mortales hasta en un 80 por ciento.

Cada año, para conmemorar dicho día, la Organización Mundial de la Salud selecciona un tema que resalta aspectos de la salud pública de interés mundial, cuyo objetivo primordial es garantizar la salud como un derecho humano a través del trabajo conjunto de la sociedad y el Estado.

Para este 2015, la Organización Mundial de la Salud fijó como tema: la inocuidad de los alimentos, ello atendiendo al aumento desmedido de la globalización de los suministros de alimentos, resultando cada vez más evidente la necesidad de reforzar los sistemas que garanticen a lo largo de toda la cadena, desde la granja hasta el plato, la inocuidad de los alimentos.

Junto con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), la OMS ayuda a los países a prevenir, detectar y dar respuesta a los brotes de enfermedades transmitidas por los alimentos, esto se logra a través de una red internacional de información denominada Codex Alimentarius, una recopilación de normas, directrices y códigos de prácticas sobre los alimentos.

Se estima que tres millones de personas en los países desarrollados y en desarrollo mueren cada año a consecuencia de enfermedades transmitidas por los alimentos y el agua.

Para garantizar la inocuidad de los alimentos y proteger a los consumidores es imprescindible que haya sistemas nacionales de control de los alimentos que sean eficaces, con una base oficial y de carácter obligatorio.

Resultando decisivos para permitir a los países garantizar la inocuidad y la calidad de los alimentos que se introducen en el comercio internacional y para asegurarse de que los alimentos importados se ajusten a los requisitos nacionales.

El control de los alimentos busca garantizar que todos los alimentos, durante su producción, manipulación, almacenamiento, elaboración y distribución, sean inocuos, sanos y aptos para el consumo humano, y estén etiquetados de manera objetiva y precisa, de acuerdo con las disposiciones de la ley.

Para ello, se definieron 5 claves para la inocuidad de los alimentos, ofreciendo a los vendedores y consumidores orientaciones prácticas sobre cómo manipular y preparar los alimentos:

Clave 1: Mantenga la limpieza

Clave 2: Separe alimentos crudos y cocinados

Clave 3: Cocine los alimentos completamente

Clave 4: Mantenga los alimentos a temperaturas seguras

Clave 5: Use agua y materias primas inocuas

Sin duda, el Día Mundial de la Salud 2015 es una excelente oportunidad para concientizar y alertar a quienes trabajan en diferentes sectores en materia alimentaria, a los campesinos, a los fabricantes, a los minoristas, a los profesionales sanitarios y a los consumidores, pero sobre todo de la función que cada uno desempeña y con ello lograr obtener un 100 por ciento de erradicación en enfermedades provocadas por falta de inocuidad en alimentos.

Son innegables las bases y avances en el tema, sin embargo, aún hay mucho que trabajar para lograr fijar prioridades para actividades futuras de los programas nacionales de inocuidad alimentaria.

Inicialmente es urgente dar alta prioridad a la vigilancia de las enfermedades transmitidas por los alimentos en el desarrollo de infraestructura de inocuidad alimentaria, para así definir las relaciones causa-efecto.

Asimismo debe fortalecerse la vigilancia, para ello la Organización Mundial de la Salud iniciará una Estrategia Global para la vigilancia de enfermedades transmitidas por los alimentos, instando a los Estados Miembros a establecer sistemas de laboratorio que abarquen tanto brotes como endemias y para monitorear la contaminación microbiológica y química.

Primordialmente, se debe potenciar el perfeccionamiento de los métodos de evaluación de riesgos de peligros microbiológicos en los alimentos es necesario a fin de brindar bases exactas, globalmente representativas para el establecimiento de estándares por parte del Codex.

Sin duda, para nuestro país el reto es aún más grande, la economía desempeña un papel preponderante, sin embargo, ello no impide que se diseñen mecanismos que permitan garantizar la inocuidad de los alimentos, especialmente en los sectores más desprotegidos a nivel nacional.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a efecto de que se definan mecanismos de acción eficientes que permitan concientizar a la sociedad, especialmente al sector productivo de alimentos, respecto de la importancia de garantizar la inocuidad de alimentos, ello con la finalidad principal de erradicar los altos índices de enfermedades por falta de la misma, así como un mecanismo de prevención que permita incluir a la sociedad en general, para desarrollar acciones desde el hogar.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los siete días del mes de abril de 2015.

Diputada Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a la implantación del nuevo sistema de justicia penal acusatorio, a cargo del diputado Danner González Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Danner González Rodríguez, diputado integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El 18 de junio de 2008, en el Diario Oficial de la Federación, se publicó el decreto por el que se reforman los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115 y la fracción XIII del apartado B del artículo 123, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Estas reformas y adiciones a 10 artículos de la Carta Magna, permitieron transitar de un sistema penal semi-inquisitorio a uno acusatorio y oral, cuyos principios son la publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, mismos que se encuentran establecidos en el artículo 20 constitucional.1

La instauración de este nuevo paradigma penal representa un parteaguas en todo el sistema de procuración e impartición de justicia, propio de un Estado democrático de Derecho, toda vez que se instauraron en nuestro país “los juicios orales, las garantías de presunción de inocencia, una defensoría pública eficaz, centros específicos para prisión preventiva y juzgados especiales para asuntos de crimen organizado”.2

En el primer párrafo del artículo segundo transitorio del aludido Decreto se señala que “el sistema procesal penal acusatorio previsto en los artículos 16, párrafos segundo y decimotercero; 17, párrafos tercero, cuarto y sexto; 19; 20 y 21, párrafo séptimo, de la Constitución, entrará en vigor cuando lo establezca la legislación secundaria correspondiente, sin exceder el plazo de ocho años, contado a partir del día siguiente de la publicación de este Decreto”, es decir, se pone como fecha límite por mandato constitucional que en el 2016 debe estar funcionando plenamente el nuevo sistema procesal penal acusatorio en todo el país.

A ya casi 1 año de que se cumpla el plazo constitucional, el nuevo sistema de justicia está en una etapa que se caracteriza por la rapidez de los cambios, pero ante las prisas se corre el riesgo de que el resultado sea una implementación deficiente.3

En el año 2013, sólo 17 estados (Nuevo León, Estado de México, Chihuahua, Oaxaca, Zacatecas, Baja California, Durango, Morelos, Puebla, Chiapas, Veracruz, Coahuila, Tamaulipas, Yucatán, Guanajuato, Tlaxcala, Hidalgo y Aguascalientes) y el Distrito Federal incorporaron el sistema penal acusatorio y de los juicios orales en sus respectivos códigos de procedimientos penales. Y sólo dos estados declararon la vigencia del Código Nacional de Procedimientos Penales: Quintana Roo y Querétaro. Durante este mismo año, se dio cuentas de que faltaban por integrar en su legislación estatal al sistema penal acusatorio vía los juicios orales, once estados.4

De acuerdo con la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC), hay cuatro etapas o fases de implementación por las que los estados de la Federación debieran transcurrir para incorporarse a la reforma de 18 de junio de 2008. El diagnostico, en el año 2013, por fases fue el siguiente:5

El año pasado, de acuerdo a un análisis elaborado por el CIDAC y en una evaluación que va de cero a mil, se estableció como meta para el año 2014 el puntaje de 730 puntos en cuanto al estándar de avance óptimo para la implementación de reforma al sistema de justicia penal, sin embargo, ninguna entidad del país logró llegar a esa meta; los mejor evaluados fueron Chihuahua con 672 puntos, Baja California con 643 puntos y Guanajuato con 568 puntos. Los estados peor evaluados fueron Tlaxcala, Baja California Sur y Campeche con 145.5 puntos, 187.5 puntos y 191 puntos, respectivamente.6

A pesar de los esfuerzos realizados como la profesionalización de los ministerios públicos y jueces penales, la inversión para modificar la infraestructura de los tribunales o, de manera más reciente, la expedición del Código Nacional de Procedimientos Penales, ningún estado logró el estándar establecido para el periodo comprendido en 2014. Incluso los mejor evaluados al tomar como referencia su puntuación alcanzada en 2013, su avance no es tan significativo. Lo más dramático es que todas las entidades distan mucho del estándar ideal de los mil puntos que el CIDAC estableció

Otro aspecto relevante a considerar es que durante el año 2014 se destinaron por la Federación casi 6 mil millones de pesos para la implementación del nuevo sistema de justicia penal. De acuerdo con la SETEC, el presupuesto necesario para garantizar la finalización de la implementación de la reforma en el plazo establecido es de más de 30 mil millones de pesos. Además, es necesario el fortalecimiento de mecanismos de transparencia y rendición de cuentas que posibiliten dar seguimiento a la ejecución de los recursos, con el propósito de asegurar que cumplan sus objetivos al gastarse de forma eficiente.7

Como se puede apreciar, y sin demeritar los grandes esfuerzos que se han hecho hasta el momento como la expedición del Código Nacional de Procedimientos Penales, es urgente acelerar el paso o el nuevo sistema de justicia penal se pondrá en marcha en el 2016 con serias deficiencias en el mejor de los casos, y en el peor no se logrará.

Derivado de lo anterior someto a la consideración de esta honorable Asamblea, el presente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta, respetuosamente, a los Ejecutivos estatales, a los Congresos locales y a los Poderes Judiciales de las entidades federativas a que redoblen esfuerzos, en la medida de sus atribuciones legales, para que en sus respectivos estados se ponga en marcha lo antes posible el nuevo sistema procesal penal acusatorio.

Segundo. Se exhorta, respetuosamente, al Ejecutivo federal y al Poder Judicial de la Federación, para que en la medida de sus atribuciones legales redoblen esfuerzos a fin de que el nuevo sistema procesal penal acusatorio se ponga en marcha lo antes posible en el plano federal.

Tercero. A las instituciones referidas en los resolutivos anteriores se les exhorta, respetuosamente, a que pongan especial énfasis en mecanismos de transparencia y rendición de cuentas que posibiliten dar seguimiento a la ejecución de los recursos materiales, humanos y financieros del nuevo sistema de justicia penal acusatorio.

Notas

1 “El nuevo sistema de justicia penal acusatorio, desde la perspectiva constitucional”, Consejo de la Judicatura Federal Poder Judicial de la Federación, México, 2011, p. 11. Disponible en: http://www.cjf.gob.mx/reformas/documentos/ElnuevosistemadeJusticiaPenal Acusatorio.pdf [Última consulta: 3 de enero de 2015]

2 “Un verdadero sistema de justicia”, Editorial de EL UNIVERSAL, 24 de noviembre de 2014. Disponible en: http://www.eluniversalmas.com.mx/editoriales/2014/11/73471.php [Última consulta: 3 de enero de 2015]

3 “Ante urgencia de transformar el sistema de justicia existe riesgo de simulación”, CIDAC, boletín de prensa 20 de noviembre de 2014, p. 1. Disponible en: http://cidac.org/esp/uploads/1/Hallazgos2014-reformapenal-prensavf.pdf [Última consulta: 3 de enero de 2015]

4 Sánchez Vázquez, Rafael. “Balance y perspectivas de la reforma constitucional penal en México a cinco años de su publicación”, Boletín Mexicano de Derecho Comparado, volumen 47, número 141, México, septiembre-diciembre de 2014. Disponible en: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-86 332014000300008&lng=es&nrm=iso [Última consulta: 4 de marzo de 2015]

5 Ibídem.

6 “Hallazgos 2014 sobre los avances de la implementación y operación de la reforma penal en México”, CIDAC, p. 7. Disponible en: http://proyectojusticia.org/images/Articulos/SintesisDeHallazgos2014.pd f [Última consulta: 3 de enero de 2015]

7 Ibídem, p. 11.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 7 días del mes de abril de 2015.

Diputado Danner González Rodríguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario del Sistema Nacional de Seguridad Pública a promover las propuestas formuladas en el Informe especial sobre los centros de tratamiento interno para adolescentes que infringen las leyes penales, de la CNDH, a cargo del diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El suscrito, René Ricardo Fujiwara Montelongo, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6o., fracción I, y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

La reinserción social constituye uno de los temas más delicados al que todo estado se enfrenta, debido a la complejidad de limitar la libertad de la persona que fue sentenciada por la comisión de un delito y lo más difícil, lograr la readaptación del individuo en la sociedad.

El concepto reinserción significa volver a encauzar al hombre delincuente dentro de la sociedad que lo vio cometer un delito. El comportamiento criminoso representa la consecuencia de un desajuste social del individuo; una forma de reacción a los esquemas y valores de la sociedad, a la cual el delincuente pertenece y que no logra aceptar o asimilar; la reinserción va dirigida a obtener la responsabilizacio?n del reo hacia el mismo y hacia la sociedad a través del logro, sea de un mayor conocimiento de sus deberes y una mayor capacidad de resistencia a los estímulos criminosos o al reconocimiento de su culpabilidad y de los errores cometidos en el pasado.

El artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fija la base del Sistema Penitenciario Mexicano al establecer que:

“El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto”

Ahora bien, si en esta encomienda resulta complejo readaptar a una persona adulta, la reinserción de un adolescente que infringe la ley constituye un reto mayúsculo para el estado. Las condiciones físicas y psicológicas propias de un adolescente se vuelven un tema muy delicado al verse restringidos en su libertad para estar sometidos a un régimen de confinamiento temporal, esto con la finalidad de garantizar el pleno desarrollo de su persona y capacidades. El propio artículo 18 de nuestra Carta Magna establece que:

“La federación, los estados y el Distrito Federal establecerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral de justicia que será aplicable a quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito por las leyes penales y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad, en el que se garanticen los derechos fundamentales que reconoce esta Constitución para todo individuo, así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos. Las personas menores de doce años que hayan realizado una conducta prevista como delito en la ley, sólo serán sujetos a rehabilitación y asistencia social.

La operación del sistema en cada orden de gobierno estará a cargo de instituciones, tribunales y autoridades especializados en la procuración e impartición de justicia para adolescentes. Se podrán aplicar las medidas de orientación, protección y tratamiento que amerite cada caso, atendiendo a la protección integral y el interés superior del adolescente.

Las formas alternativas de justicia deberán observarse en la aplicación de este sistema, siempre que resulte procedente. En todos los procedimientos seguidos a los adolescentes se observará la garantía del debido proceso legal, así como la independencia entre las autoridades que efectúen la remisión y las que impongan las medidas. Éstas deberán ser proporcionales a la conducta realizada y tendrán como fin la reintegración social y familiar del adolescente, así como el pleno desarrollo de su persona y capacidades. El internamiento se utilizará sólo como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda, y podrá aplicarse únicamente a los adolescentes mayores de catorce años de edad, por la comisión de conductas antisociales calificadas como graves.”

Como podemos observar, la ley fundamental mandata al Sistema de Justicia para Adolescentes a aplicar el internamiento como una medida extrema y por el tiempo más breve que proceda por la comisión de un delito grave y en caso de aplicarse esta hipótesis normativa, que ésta se desarrolle en un marco de observancia a los derechos humanos, la garantía del debido proceso legal, así como la reintegración social y familiar del adolescente.

De igual forma, la comunidad internacional ha aprobado normas mínimas para regular las conductas de los estados en dicha materia. Están basadas en el precepto de que los derechos humanos son una responsabilidad internacional, y no son sólo un asunto interno, con el fin de articular los criterios con que se debe evaluar la conducta de cualquier estado.

Los derechos humanos de los niños, incluidos los que deben observarse cuando entran en el sistema judicial, aparecen especificados en una serie de tratados e instrumentos internacionales, entre ellos destacan:

• El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

• La Convención sobre los Derechos del Niño.

• La Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.

• Las Reglas mínimas de la ONU para la Administración de Justicia de Menores.

• Las Reglas de la ONU para la Protección de los Menores Privados de su Libertad.

La Convención sobre los Derechos del Niño es el primer instrumento internacional que toma en cuenta a este sector poblacional. Funciona como un tríptico de medidas para la aplicación de la justicia en menores. Muchas exigencias relacionadas con los derechos humanos figuran en normas que han sido aprobadas por la comunidad internacional, sin embargo a la fecha no se les ha dado forma de tratado, por lo que técnicamente tales normas carecen de la autoridad legal de los tratados.

Este marco protector de los derechos humanos de los adolescentes que infringen las leyes penales debe prevalecer y aplicarse en todos los centros de tratamiento interno que existen en nuestro país, garantizando en todo momento el sano desarrollo de quienes están sujetos a este tipo de sistema de justicia.

Actualmente en nuestro país existen un total de 56 centros de tratamiento interno que se encuentran en funcionamiento, de los cuales 15 son varoniles, 37 alojan a hombres y mujeres, y únicamente 4 son exclusivos para personas del sexo femenino. En conjunto, la capacidad instalada es de 8 mil 728 espacios, mientras que el número de personas internas asciende a 4 mil 734, entre los que se encuentran 4 mil 448 hombres y 286 mujeres. De este universo, mil 841 se encuentran sujetos a procedimiento y 2 mil 893 están cumpliendo una medida de tratamiento; asimismo, 4 mil 438 de ellos están internados por delitos del fuero común y 296 por delitos del fuero federal.

Sin embargo, el 20 de febrero de este año, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió el Informe especial sobre los centros de tratamiento interno para adolescentes que infringen las leyes penales que dependen de los gobiernos estatales y del Distrito Federal en la República mexicana . En dicho documento se da cuenta de varias irregularidades que persisten en estos centros.

Durante febrero y marzo de 2014, servidores públicos de la CNDH, con el apoyo de personal de los organismos públicos protectores de derechos humanos de diversas entidades federativas, efectuaron visitas de supervisión a 56 centros para adolescentes que han infringido las leyes penales que existen en los 31 estados de la República mexicana y el Distrito Federal, para examinar, desde su ingreso y permanencia, el trato y las condiciones de detención.

Como resultado de estas inspecciones se encontraron hechos que contravienen diversas normas nacionales e internacionales en materia de derechos humanos, en agravio de los adolescentes que infringen las leyes penales y que están relacionados con factores de riesgo en materia de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes; inadecuadas condiciones de las instalaciones e insalubridad; falta de áreas para el acceso a servicios y actividades; condiciones de desigualdad de las áreas y personal especializado; deficiencias en la alimentación; sobrepoblación y hacinamiento; privilegios; inapropiada separación y clasificación; irregularidades en la imposición de sanciones disciplinarias, insuficiente difusión de reglamentos y en algunos casos, la inexistencia de reglamentos y de manuales de procedimientos.

También se detectaron irregularidades en la prestación del servicio médico; ausencia de programas contra las adicciones y para el tratamiento de desintoxicación; insuficiente personal; falta de capacitación a servidores públicos adscritos a los centros de tratamiento interno y deficiencias en su supervisión; presencia de elementos policiales que viven en los establecimientos; obstrucción de la visibilidad hacia el interior de las estancias; deficiencias que afectan los vínculos con personas del exterior; falta de modificaciones y adaptaciones para facilitar la accesibilidad de personas con discapacidad física; incorrecta atención a adolescentes con discapacidad psicosocial, así como falta de apoyo de intérpretes para quienes pertenecen a comunidades indígenas y no hablan el idioma español.

Todos estos hechos son una muestra clara que en dichos centros son insuficientes las condiciones para cumplir con los objetivos mandatados por nuestra Constitución. El reto que tiene el Estado mexicano consiste en hacer efectivo el marco jurídico vigente que, aun cuando pudiera ofrecer un diseño adecuado al Sistema de Justicia para Adolescentes, en la realidad no corresponde a la dinámica tradicional de las instituciones y a la formación profesional de sus operadores jurídicos.

En todo estado democrático como lo es México, resulta imperativo para todas las autoridades contar con un sistema de justicia acorde al nuevo marco jurídico donde los derechos humanos se han convertido en un indicador de gobernabilidad democrática y de gestión gubernamental. Si bien es cierto que la reinserción social per se constituye una actividad sumamente delicada, consideramos que si se puede contar con un sistema de justicia para adolescentes eficaz, si se cuenta con educación, capacitación en derechos humanos y en general acciones concretas en el tratamiento y readaptación de los adolescentes, los cuales representan el capital humano de nuestro país en los próximos años.

Nueva Alianza, consciente de la naturaleza que representa la enorme tarea de reinsertar a los adolescentes en el núcleo social y que esto tiene una repercusión directa en la calidad de la ciudadanía, consideramos pertinente hacer un llamado a las autoridades de los estados y del Distrito Federal a que acaten las propuestas formuladas en el informe especial de la CNDH. La juventud mexicana merece todo el respaldo de sus instituciones y en el caso de los centros de tratamiento interno para adolescentes es claro que se están haciendo mal las cosas.

El eje principal del Sistema Nacional de Seguridad Pública consiste en coordinar, en un marco de respeto a las atribuciones entre las instancias de la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, las instancias, instrumentos, políticas, acciones y servicios tendientes a cumplir los fines de la seguridad pública y concretamente en materia de reinserción social.

Este sistema, a través de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario es el órgano legal e idóneo para hacer eco en todas las autoridades de las entidades federativas y del Distrito Federal a implementar estas propuestas que se plantean en el Informe especial sobre los centros de tratamiento interno para adolescentes que infringen las leyes penales .

En el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza hemos sido en todo momento, firmes promotores del respeto y protección de los derechos humanos, nuestras convicciones e ideales liberales así nos han conducido en nuestro quehacer legislativo, estamos convencidos de que atendiendo las sugerencias de nuestro máximo órgano protector de los derechos humanos fortaleceremos el Sistema de Justicia para Adolescentes, en aras de construir una mejor sociedad para las y los jóvenes mexicanos.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario del Sistema Nacional de Seguridad Pública a promover las propuestas formuladas en el Informe especial sobre los centros de tratamiento interno para adolescentes que infringen las leyes penales de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015.

Diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la ASF a fiscalizar los proyectos de infraestructura y contratos de servicios de que se ha beneficiado el grupo de empresas de Juan Armando Hinojosa Cantú, a cargo del diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara y suscrita por integrantes de la agrupación Movimiento Regeneración Nacional

El suscrito, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, diputado a la LXII Legislatura del Congreso de la Unión e integrante de la agrupación Movimiento Regeneración Nacional, con fundamento en los artículos 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta soberanía proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Auditoría Superior de la Federación que fiscalice los proyectos de infraestructura y contratos de servicios de que se ha beneficiado el grupo de empresas de Juan Armando Hinojosa Cantú, financiados por diversas dependencias de la administración pública federal, centralizada y paraestatal, conforme a las siguientes

Consideraciones

En un régimen democrático como el que aspiramos a construir, el gobierno federal debe someterse al control de otros poderes que impida abusos en el ejercicio de sus funciones y que prevenga, persiga y castigue hechos de corrupción. En el debate académico y parlamentario, los dos instrumentos por excelencia con que el Poder Legislativo cuenta para controlar y vigilar las acciones del gobierno son las comisiones legislativas y la fiscalización superior de la Cuenta Pública.1

En nuestro diseño institucional, el Congreso mexicano está facultado para ejercer ese control de diversas maneras; por ejemplo, creando comisiones de investigación para el examen del funcionamiento de los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal mayoritaria como derecho de minoría establecido en el artículo 93 constitucional. Ese derecho ha sido violado impunemente por el grupo parlamentario del partido en el gobierno y sus aliados en la LXII Legislatura.

Ejerce también ese control político al aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y modificación del proyecto enviado por el Ejecutivo federal, como dispone el artículo 79 de la Constitución.

Asimismo, con el auxilio de la Auditoría Superior de la Federación, examina en forma posterior los ingresos y los egresos; el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales; y realiza auditorías sobre el desempeño en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales, a través de los informes que se rinden en los términos de la ley de la materia.

La disposición constitucional invocada señala también que la Auditoría Superior de la Federación debe entregar el Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de febrero del año siguiente al de su presentación, el cual se someterá a consideración del pleno de esta soberanía y tendrá carácter público.

En dicho informe se incluirán las auditorías practicadas, los dictámenes de su revisión, los apartados correspondientes a la fiscalización del manejo de los recursos federales por las entidades fiscalizadas y a la verificación del desempeño en el cumplimiento de los objetivos de los programas federales.

El examen de la Cuenta Pública es la oportunidad para revisar si las dependencias y las entidades de la administración pública federal, así como los demás organismos fiscalizados han respetado los principios y las normas relativos a la ejecución del gasto.

Específicamente, el artículo 134 de la Carta Magna establece que los recursos económicos de que dispongan la federación, los estados, los municipios, y el Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez a fin de satisfacer los objetivos para los cuales están destinados.

La Cámara de Diputados está obligada a cumplir oportunamente la atribución constitucional de fiscalizar que el gasto del Ejecutivo se aplique conforme a estos principios.

La tarea de fiscalización de la entidad superior cobra mayor importancia en virtud de las denuncias sobre posibles actos de corrupción y conflictos de interés que han alcanzado a Enrique Peña Nieto, presidente de la República, a su familia y a prominentes miembros de su gabinete.

En efecto, a raíz de que se dio a conocer que Angélica Rivera, esposa del presidente, adquirió la que se conoce como “La Casa Blanca”, en Sierra Gorda, Lomas de Chapultepec, con un valor de 86 millones de pesos, que le fue vendida por una empresa propiedad de Juan Armando Hinojosa Cantú, quien se ha beneficiado de múltiples contratos de obra y de servicios desde que Peña Nieto era gobernador del estado de México, no ha cesado la exigencia pública de que el asunto sea aclarado.

A la fecha no hay una explicación convincente sobre las relaciones personales y de negocios del propietario de Grupo Higa con el titular del Ejecutivo federal, su familia e integrantes de su gabinete.

Ello, pese a que, obligado por la presión de la prensa nacional e internacional, así como de la sociedad mexicana, que se siente agraviada por este vergonzoso hecho, el presidente de la República “instruyó” hace más de dos meses a uno de sus subordinados, el nuevo secretario de la Función Pública, que investigara el posible conflicto de interés de que es protagonista e informase a la sociedad sobre sus resultados.

Los mexicanos seguimos esperando los detalles de las indagatorias, sin muchas esperanzas de que su subordinado y amigo, el doctor Virgilio Andrade, incrimine a su jefe.

La sociedad continúa en espera de que se aclare por qué mientras el Banobras, cuyo Consejo Directivo es presidido por Luis Videgaray, actual secretario de Hacienda, otorgó un nuevo contrato por mil 332 millones de pesos para ampliar la carretera Guadalajara-Colima al propietario de Grupo HIGA en 2013, gozaba de un préstamo de este empresario por 532 mil dólares, a tasa preferencial, para comprarle una casa de campo en Malinalco, valuada en 7.5 millones de pesos.

La sociedad aún reclama que se responda convincentemente por qué el consorcio en que participaba Juan Armando Hinojosa Cantú ganó la licitación del tren rápido México-Querétaro, cuyo costo ascendía a 58 mil 951 millones de pesos, proyecto después cancelado con el pretexto de un recorte presupuestal, cuando el escándalo de corrupción había adquirido dimensiones internacionales.

Todas estas interrogantes podrán ser respondidas sólo por las instituciones encargadas de vigilar, fiscalizar y controlar al Ejecutivo y por un Congreso que rompa las ataduras presidenciales. Sólo así se recobrará la confianza, hasta hoy perdida, de la sociedad en la política a la que asocia con la corrupción y la impunidad gubernamental.

Ésa es la razón de solicitar que la Auditoría Superior de la Federación fiscalice todos los proyectos y contratos que las dependencias y las entidades de la administración pública federal, centralizada y paraestatal, así como los fideicomisos privados que ejerzan recursos federales, han suscrito con Grupo Higa y sus filiales, y en los que haya participado Juan Armando Hinojosa Cantú. En el programa de auditorías deben incluirse, entre otros proyectos, los siguientes:

• Acueducto Monterrey VI, al que se destinarán inicialmente 3 mil 78 millones de pesos de recursos federales a fondo perdido (con un costo total del proyecto de 56 mil 763 millones).2

• Museo Internacional del Barroco, en Puebla, al que se aplicarán 543.6 millones de pesos de origen federal a fondo perdido (con un costo total proyectado de mil 724.9 millones).3

• Autopista Toluca-Naucalpan (con un costo total de 2 mil 775 millones de pesos).4

• Hangar presidencial (con un total de 977. 7 millones de pesos).5

• Autopista Guadalajara-Colima (con un costo de mil 332 millones de pesos).6

• Demolición, diseño, construcción y otros servicios al ISSSTE en el inmueble situado en la colonia Tlatelolco, Distrito Federal, hospital general Doctor Gonzalo Castañeda Escobar. Su costo será de 8 mil 68 millones de pesos.7

En las auditorías programadas en el marco de la revisión de la Cuenta Pública de 2014 deben incluirse obligadamente las siguientes dependencias, ahora consideradas empresas productivas del Estado:

Organismo

Petróleos Mexicanos y sus filiales

Pemex Exploración

Pemex Refinación

Compañía Mexicana de Exploraciones, SA de CV

PMI Comercio Internacional, SA de CV

Contratos

Arrendamiento de generadores y servicios de aerotransportación, proveeduría y mantenimiento, entre otros.

Organismo

Comisión Federal de Electricidad

Contratos

Servicios de difusión e información y, en general, actividades de comunicación social; aires acondicionados; tarjetas de salida digitales; generador de diésel de emergencia; plantas de emergencia de energía eléctrica; servicios de integración al monitoreo remoto de plantas de emergencia y servicios de mantenimiento, entre otros contratos.

Ello, en virtud de que han contratado los servicios de alguna de las empresas propiedad de Hinojosa Cantú. Por ejemplo, los servicios de transportación aérea, utilizados también por varias dependencias federales, entre ellas Pemex y sus filiales, se contrataron con Eolo Plus, SA de CV, la cual prestó naves a Enrique Peña Nieto cuando fue candidato a la Presidencia de la República.

Conforme al Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública, la ASF lleva a cabo revisiones de tres tipos a los organismos públicos: de cumplimiento financiero, de desempeño y forenses.

Estamos a tiempo de que los proyectos citados y las dependencias, así como los fideicomisos que les destinaron recursos, sean auditados con profesionalismo, imparcialidad e independencia. Sólo así recuperaremos la confianza en las instituciones y la Cámara de Diputados cumplirá eficazmente la función de control político que, en esencia, se deriva de la soberanía popular que representa. Ejerzamos a plenitud ese poder soberano.

Por lo expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión instruye a la Auditoría Superior de la Federación para que, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en el marco de la revisión de la Cuenta Pública para el ejercicio fiscal de 2014, realice las auditorías correspondientes a todos los proyectos de infraestructura financiados por dependencias de la administración pública federal, centralizada y paraestatal, en los que haya resultado beneficiado Grupo Higa, alguna de sus filiales o empresas en las que participe como accionista o propietario Juan Armando Hinojosa Cantú; entre otros: Acueducto Monterrey VI; Museo Internacional del Barroco en Puebla; autopista Toluca-Naucalpan; hangar presidencial, autopista Guadalajara-Colima y hospital general Doctor Gonzalo Castañeda Escobar, del ISSSTE, así como a los proyectos y contratos de servicios otorgados por Petróleos Mexicanos y sus filiales, y por la Comisión Federal de Electricidad, a dicho empresario.

Notas

1 Puente Martínez, Khemvirg; y Gutiérrez Luna, Anahí. “La fiscalización y el control político en el Congreso mexicano”, en Fiscalización, transparencia y rendición de cuentas, Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, Cámara de Diputados, Congreso de la Unión, LXII Legislatura, México, 2104, páginas 391 y 392.

2 Cifra proporcionada por el senador del PAN Raúl Gracia Guzmán, en la proposición con punto sobre la licitación del proyecto Acueducto Monterrey VI, presentada en el Senado de la República y publicada en la Gaceta del Senado el 12 de febrero de 2015.

3 De conformidad con los datos proporcionados por Banobras. Véase la Gaceta Parlamentaria del 3 de marzo de 2015, comunicación de la Secretaría de Gobernación con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del tercer año de ejercicio, relativo al estado del proyecto turístico integral Sistema Verde del Río Atoyac Internacional del Barroco, Puebla.

4 “Otorgan Banobras y Fonadin recursos para autopista Toluca-Naucalpan”, boletín de prensa emitido por el Banobras, 23 de febrero de 2013, en www.banobras.gob.mx/centro deinformacion.

5 Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015.

6 “Esconden contrato millonario de Higa”, en Reforma , 17 de marzo de 2015, primera plana.

7 Véase el permiso correspondiente en el Diario Oficial de la Federación, 31 de diciembre de 2014 (primera sección).

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015.

Diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al titular de la SHCP a fin de que las estancias infantiles que operan al amparo del programa social Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras queden exentas de sus obligaciones fiscales, suscrita por integrantes de la Comisión Especial de programas sociales

Los diputados, José Francisco Coronato Rodríguez, José Alejandro Montano Guzmán, Francisco Tomás Rodríguez Montero, Leonor Romero Sevilla, Cristina Olvera Barrios, Jessica Salazar Trejo, Héctor Hugo Roblero Gordillo, Carol Antonio Altamirano, Victor Serralde Martínez, Darío Badillo Ramírez, Alma Marina Vitela Rodríguez y Juan Francisco Cáceres de la Fuente, presidente, secretarios e integrantes de la Comisión Especial de Programas Sociales en la LXII Legislatura, con fundamento en el artículo 6, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, fracciones I y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, con carácter de urgente u obvia resolución, presentan ante esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor del siguiente punto de acuerdo.

Los programas sociales en nuestro país, cumplen con una función primordial en la atención de las necesidades de un sector de la población que se encuentra bajo ciertas condiciones de vulnerabilidad, ya sea en el ingreso, en la educación, en seguridad social, en seguridad alimentaria, en vivienda, entre otros factores que determinan los grados de vulnerabilidad según la medición de la pobreza del Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social (Coneval).

Existe un sector de la población que tiene la necesidad imperante de insertarse o permanecer en la estructura económica activa por medio de uno o varios empleos que le permitan ir saldando sus necesidades de ingreso para salir adelante con sus compromisos familiares y de sus hogares, sin embargo, un amplio sector de esta población se encuentra con diversas problemáticas que pudiera impedir que mantenga ese estatus quo.

Esa población, es la que por alguna circunstancia de tipo familiar, de repente, tiene la necesidad de depositar el liderazgo familiar en un solo integrante de la misma, por lo que éste pasa a ser el único o única responsable de sacar adelante principalmente a sus hijos, convirtiéndose de esta manera, en cabezas de familia, circunstancia que termina por atentar principalmente contra su estabilidad económica debido a que se ven en la disyuntiva: de ¿cómo atender a sus hijos sin descuidar sus empleos?, situación que en muchos casos complica verdaderamente la armonía familiar ya que se ven en la necesidad de en el mejor de los casos buscar que terceros eventualmente se encarguen del cuidado de los menores.

Se tienen avances significativos en esa materia para aquellas personas que trabajan, ya sean mujeres jefas de familia u hombres solteros, quienes son el sostén principal de sus familias pero que además por las características de sus empleos, no cuentan con las prestaciones que las inserten en un esquema de seguridad social que permita la tranquilidad y estabilidad laboral, que les procure el servicio de estancias infantiles para el cuidado de sus hijos. Para las cuales, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social se opera el programa social denominado “Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras”, mismo que dentro de sus reglas de operación se prevé la atención de las estrategias para atender los objetivos del Programa Sectorial de Desarrollo Social, que tiene como propósito dotar de esquemas de seguridad social que protege el bienestar socioeconómico de la población en situación de carencia o pobreza y que su ingreso per cápita estimado por hogar, no rebase la Línea de Bienestar definida por el Coneval, así como facilitar el acceso a servicios de cuidado y atención infantil a las madres y padres solos que buscan empleo, trabajan o estudian, para que puedan acceder y permanecer en el mercado laboral o continúen sus estudios.

Este programa apoya a las madres que trabajan, buscan empleo o estudian y a los padres solos con hijas(os) o niñas(os) bajo su cuidado de entre 1 y hasta 3 años 11 meses de edad (un día antes de cumplir los 4 años) y entre 1 y hasta 5 años 11 meses de edad (un día antes de cumplir los 6 años) en caso de niñas(os) con alguna discapacidad, a través de subsidios que les permitan acceder a los servicios de cuidado y atención infantil.

La población susceptible de ser beneficiaria del programa se divide en dos grupos: potencial y objetivo; la población potencial se define como el grupo de madres de 14 años y más, con hijos de entre 1 y 4 años, sin acceso a seguridad social de forma directa o por parentesco con el jefe del hogar, en hogares con ingreso estimado per cápita por debajo de la línea de bienestar, que se estima en 3 millones 266 mil 866 personas para el tercer trimestre de 2014.

Por su parte, la población objetivo es un subconjunto de la primera, que se encuentre disponible, desocupada, subocupada u ocupada en el sector informal; ésta se estima en 869,822 personas para el mismo periodo.

La población objetivo se refiere a las madres, padres solos, tutores y principales cuidadores que no tienen empleo, buscan un empleo o tienen un empleo que no les brinda seguridad social.

Para atender a la población objetivo el Programa contempla dos modalidades:

1. Apoyo a Madres Trabajadoras y Padres Solos.

2. Impulso a los Servicios de Cuidado y Atención Infantil

Ahora bien, en la Modalidad de Impulso a los Servicios de Cuidado y Atención Infantil antes mencionado, se encuadran las personas físicas, o personas morales, que deseen establecer y operar una Estancia Infantil, o que cuenten con espacios en los que se brinde o pretenda brindar el servicio de cuidado y atención infantil para la población objetivo del Programa en la modalidad de Apoyo a Madres Trabajadoras y Padres Solos, en donde para esta modalidad los beneficiarios, son las personas Responsables de las Estancias Infantiles afiliadas al Programa.

Dichas Estancias infantiles fijan sus cuotas del costo del servicio y solo reciben de la SEDESOL vía transferencia bancaria o cheque nominativo, los recursos que por cada niño se hayan acreditado, por lo que dichos recursos provienen de subsidios del programa en mención y la diferencia de las cuotas a pagar las liquidan los padres o tutores de los infantes.

Por todo lo anterior, se puede advertir que las Estancias Infantiles que funcionan con subsidios del programa referido, cumplen no solamente con una función fundamental que suple un vacío de necesidades de la población vulnerable solucionando una problemática latente, sino que además desempeñan las mismas funciones que las que están bajo la rectoría de instituciones de seguridad del estado.

De tal manera que las estancias infantiles que funcionan sujetas al programa social de la Secretaría de Desarrollo Social referido, cumpliendo con sus reglas de operación, son entes que obedecen a un objetivo trascendentalmente de corte Social para cumplir con la política pública que les dio origen y que se constituyen en una solución que se merece la sensibilidad de los órganos del Estado correspondientes para que se resguarde en la medida de lo posible el noble destino de su actuación.

Por lo antes expuesto, exhortamos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por medio de sus delegaciones estatales, con el fin de que tomando en cuenta el objetivo Social que llevan a cabo las estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras y padres solos, sean exentadas de cualquier carga fiscal de las que pudieran ser objeto y les permita incentivar la continuidad del noble fin que las mismas cumplen ante la población a la que atienden.

Punto de Acuerdo

Único. Por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con objeto de que en consideración a que las estancias infantiles, que operan al amparo del programa social “Estancias Infantiles para apoyar a Madres Trabajadoras”, a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social, queden exentas de sus obligaciones fiscales tomando en cuenta su importante objetivo social.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015

Diputados: José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), José Alejandro Montano Guzmán (rúbrica), Francisco Tomás Rodríguez Montero, Leonor Romero Sevilla (rúbrica), Cristina Olvera Barrios (rúbrica), Jessica Salazar Trejo (rúbrica), Héctor Hugo Roblero Gordillo (rúbrica), Carol Antonio Altamirano (rúbrica), Victor Serralde Martínez, Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez, Juan Francisco Cáceres de la Fuente.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la secretaria de Salud a promover la importancia del buen dormir, con hincapié en los beneficios que trae a los niños y los jóvenes, y fortalecer las acciones de combate de los trastornos del sueño, a cargo del diputado Jaime Chris López Alvarado, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito diputado Chris López Alvarado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Exposición de Motivos

A lo largo de los años México ha tenido un importante desarrollo en las actividades económicas secundarias y terciarias, es decir, aquellas que se dedican a la industria y el comercio. Lo anterior ha dado la pauta para el crecimiento de la zona urbana en los estados de la república y principalmente en el Distrito Federal, siendo una metrópoli que alcanza una población de más de 8 millones de personas.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía señala que el territorio urbano ha crecido de forma exponencial, pasando de un 42.6% en 1950 a 77.8% en 2010, contrario a ello el territorio rural decreció de un 57.4% a 22.2% en este mismo periodo. Dicho cambio trae aparejada características propias de las grandes urbes como son: la ampliación de vías de comunicación y transporte público, generación de gran cantidad de desechos, la degradación y contaminación del medio ambiente, disminución de los recursos naturales, problemas circulatorios por el tráfico, etcétera.1

Algunas de las características señaladas en el párrafo anterior llegan a ser factores detonantes de padecimientos como el estrés, el cual puede causar obesidad, pérdida de cabello, depresión, acné, ulceras, enfermedades cardiacas e insomnio. Este último es considerado como un trastorno del sueño que cada vez afecta a más personas en el país y que junto con los demás trastornos no permite que las y los mexicanos tengan un sueño reparador que de forma directa, impacta negativamente en las actividades cotidianas.

Tal como señala la Clínica de Trastornos del Dormir del Departamento de Neurología y Psiquiatría del Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán, el sueño es un estado cerebral activo en el que se generan cambios hormonales, metabólicos, térmicos, neuronales y bioquímicos.2

Este estado de descanso tiene como principales funciones la fisiológica, homeostática, de conservación, de restauración de energía, de descanso y de activación en los procesos cognitivos como atención y consolidación de la memoria. Asimismo, el dormir bien (las horas adecuadas de forma regular) trae beneficios importantes a la salud física, mental, emocional y bienestar en general, previniendo enfermedades crónicas.3

A pesar de que el descanso es esencial para el crecimiento y bienestar de todas las personas, el estrés laboral y las múltiples actividades, hacen que un adulto duerma menos de 7 horas al día, lo cual afecta su rutina y en mediano plazo su salud. Al respecto, la Secretaría de Salud del estado de Querétaro, en la conmemoración del Día Mundial del Sueño enfatizó que el no dormir lo suficiente (privación de sueño) se asocia a somnolencia diurna, rendimiento bajo y problemas de salud.4

Por su parte, el maestro José de Jesús Gutiérrez Rodríguez, jefe del departamento de Clínicas de la Salud Mental del Centro Universitario de Ciencias de la Salud señaló que dormir menos horas del tiempo indicado podría acentuar patologías como la hipertensión arterial, obstrucción de las arterias cardiacas o cerebrales que provocan infartos y lesiones neurológicas severas, además de alteraciones metabólicas como el aumento de los niveles de colesterol.5

Pero, como lo hemos señalado anteriormente, el mal sueño es causado por múltiples factores internos y externos, propios de cada persona, surgiendo con ello los trastornos del sueño, definidos por la Secretaría de Salud como aquellas alteraciones relacionadas con el proceso de dormir. Por su parte, la Sociedad Americana de Medicina del Sueño señala que existen 120 tipos de trastornos, siendo los más comunes las distintas formas de insomnio, los síndromes de somnolencia excesiva, la apnea del sueño, el sonambulismo, el síndrome de piernas inquietas, la narcolepsia y los trastornos del sueño por abuso de sustancia, entre otros.6

El alto índice de estrés y la mala alimentación son causas principales para que millones de mexicanos padezcan algún tipo de trastorno del sueño, aunque el más común es el insomnio. Cifras señaladas por el director de la Clínica del Sueño del Instituto Nacional de Psiquiatría, Alejandro Jiménez Genchi, demuestran que más del 30% de la población mexicana padece insomnio y de ellos 65% no recibe tratamiento. Asimismo, se advierte que en algunas ciudades como el Distrito Federal la cantidad de personas con insomnio alcanza el 40%. En personas mayores a 65 años llega al 50% mientras en aquellas que padecen depresión se alcanza hasta un 90%.7

Desafortunadamente, los trastornos del sueño y el hábito de dormir menos horas de las debidas no es exclusivo de los adultos, sino que dicho problema se ha extendido a los menores de edad, a quienes les afecta aún más ya que el buen dormir es parte esencial para su crecimiento físico y mental. Tal como lo aseguraron diversos especialistas de la Clínica del Sueño de la Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Iztapalapa, en los últimos cinco años aumentó 30% el número de visitas de niños a clínicas de sueño debido al uso excesivo de gadgets y tecnologías de la información y la comunicación.8

La doctora en ciencias biológicas y de la salud, Yoaly Arana, señaló que el 54% de los niños entre 6 y 11 años duermen menos de las 10 horas recomendadas, mientras que los adolescentes duermen tres horas menos de las 8 horas y media necesarias para su salud.9 Lo anterior, señala la doctora, es causado por el uso excesivo de dispositivos electrónicos, como computadoras personales, reproductores de música, consolas de videojuegos, tablets, iPad o smartphones durante el día y gran parte de la noche.

Los malos hábitos del sueño y las pocas horas dormidas pueden provocar una disminución del tiempo de vida entre 5 y 10 años, asegura el Profesor Investigador de la UAM, Javier Velázquez Moctezuma.10

De lo anterior es preciso señalar como horas de sueño recomendadas por edad la siguiente: recién nacidos de 16 a 20 horas, mayores de 6 meses de 10 a 14 horas, de 2 a 3 años 12 horas, de 3 a 5 años 11 a 12 horas, de 6 a 11 años 9 a 11 horas, los adolescentes deben dormir de 8 a 10 horas y los jóvenes y adultos de 7 a 9 horas.11

Un estudio realizado por la Procuraduría Federal del Consumidor señala como medidas de “higiene del sueño”:12 intentar dejar de preocuparse, no intentar dormir cuando no se tenga sueño, evitar leer, comer o ver TV en la cama, levantarse siempre a la misma hora, mejorar el ambiente donde se duerme, evitar ejercicio antes de dormir, no cenar en exceso y no consumir sustancias que puedan afectar el sueño como café, alcohol, refresco o cigarrillos.

A pesar de no otorgarle la importancia debida, el buen dormir es una forma en la que el cuerpo recupera energías y, contrario a lo que muchos podrían pensar, en este estado el cuerpo sigue funcionando en beneficio propio.

Para continuar con las múltiples actividades que la vida nos exige también es esencial descansar las horas debidas, dormir el tiempo suficiente y el que propio organismo nos exige, ya que de lo contrario nos encontramos propensos a sufrir enfermedades, estrés y una disminución en el tiempo de vida.

El sueño resulta esencial para el desarrollo físico y mental, así como para la conservación de nuestra salud y la generación de defensas, por lo que tanto niñas, niños, adolescentes, adultos y adultos mayores tenemos la responsabilidad personalísima de respetar nuestras horas de sueño, ello si deseamos nuestro bienestar y continuar con las actividades diarias que tienen el mismo nivel de importancia que las horas de dormir.

Es por lo anteriormente expuesto que someto a la consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la titular de la Secretaría de Salud a fin de que cree una campaña de difusión sobre la importancia del buen dormir, haciendo especial énfasis en los beneficios que trae esto a las niñas, niños y jóvenes.

Segundo: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la titular de la Secretaría de Salud, fortalezca las acciones para combatir los diversos trastornos del sueño y amplíe la atención médica a todas aquellas personas que los padecen.

Notas

1 https://socialpcpi2.files.wordpress.com/2010/02/bloque-vi-lugares-disti ntos.pdf 24 de marzo de 2015 14:11 horas.

2 http://www.innsz.mx/descargas/cursos/DiaMundialSueno2014.pdf 24 de marzo de 2015 14:47 horas.

3 Ídem.

4 http://www.queretaro.gob.mx/documentos_interna_prensa.aspx?q=epsUWZ+4EQ HwwtU8DPAF7g== 25 de marzo de 2015 11:03 horas

5 http://www.milenio.com/region/dia_mundial_del_sueno-dormir-salud_mental -buen_dormir-reparador_0_482951838.html 25 de marzo de 2015 11:09 horas.

6 http://estarbien.ibero.mx/?page_id=40 25 de marzo de 2015 11:18 horas.

7 http://www.salud180.com/salud-z/65-de-la-gente-no-se-trata-el-insomnio 25 de marzo de 2015 11:38 horas.

8 http://www.jornada.unam.mx/2015/03/13/sociedad/037n1soc 25 de marzo de 2015 11:49 horas.

9 Ídem.

10 Ídem.

11 http://www.milenio.com/region/dia_mundial_del_sueno-dormir-salud_mental-buen_dormir-reparador_0_482951838.html 25 de marzo de 2015 12:03 horas.

12 http://www.profeco.gob.mx/revista/publicaciones/adelantos_04/trastornos _sue%F1o_sep04.pdf 25 de marzo de 2015 12:09 horas

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015.

Diputado Chris López Alvarado (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a solicitar formalmente ante la Comisión de Estupefacientes de la ONU autorización para cultivar opio de manera lícita, a cargo del diputado Fernando Belaunzarán Méndez, del Grupo Parlamentario del PRD

Con fundamento en el artículo 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, el que suscribe, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presenta ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

Hace un par de semanas leí con atención los dos artículos que Carlos Puig publicó en Milenio titulados “Un plan Guerrero: legalicemos la amapola”. Ahí, el periodista da cuenta del contexto internacional de la producción legal del opio en el mundo y hace un excelente análisis de la crisis y la escasez de medicamentos como la morfina que son necesarios para aliviar el dolor en pacientes con enfermedades terminales. También presenta una serie de cifras alarmantes que representan a millones de personas en el mundo que no tienen la posibilidad de acceder a medicamentos para aliviar el dolor.

La situación que señala Carlos Puig demuestra que sólo una diminuta porción de la población mundial goza de una situación de privilegio frente a la porción mayoritaria de la población del mundo, que prácticamente está excluida de la posibilidad de acceder a medicamentos derivados de opiáceos para aliviar el dolor.

México se encuentra en el grupo de países que no cuentan con la autorización legal para cultivar y producir el opio. Por tanto, la población está excluida de la posibilidad de obtener fácilmente medicamentos derivados de opiáceos para mitigar el dolor.

Paradójicamente, de acuerdo con los datos publicados en el Informe Mundial de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito de 2014, México ocupa el primer lugar de la región en producción ilegal de opio. La información que sirve para calcular la producción de opio en México ha sido proporcionada por el gobierno de Estados Unidos porque el gobierno mexicano aún no cuenta con un sistema de monitoreo acreditado por la ONU.

Es evidente que el prohibicionismo y la guerra contra las drogas han mostrado su rotundo fracaso, pues en medio de toda esa oleada de sangre y muerte no se ha podido evitar que el país deje de producir drogas ilegales. De manera contraria, ha tenido un efecto que ha colocado a México como uno de los mayores líderes mundiales de producción de opio y en el principal productor de heroína de toda América. Tiene mucha razón Héctor Aguilar Camín cuando afirma que el prohibicionismo ha servido sólo para reproducir y multiplicar los mercados ilegales.

En México estamos experimentando un fenómeno particularmente dramático con la guerra contra las drogas, porque el balance de los resultados de esa política ha mostrado que el nivel de violencia ha generado más de 100 mil muertos y 23 mil desaparecidos y los millones de recursos que se han invertido en el combate al mercado de drogas ilícitas han sido inútiles porque en nuestro país se están produciendo grandes cantidades de opio de manera ilegal.

Lo más lamentable de todo esto es que las personas que padecen enfermedades terminales y que requieren medicamentos para aliviar su dolor, están sufriendo dolorosas agonías por no tener acceso a los medicamentos derivados del opio. El país ya es el principal proveedor ilegal de heroína de Estados Unidos.

Pascal Beltrán del Río revela en el artículo “Heroin wars” datos que demuestran que en México se sustituye la producción de mariguana por la de heroína debido a que el consumo de esta sustancia se ha incrementado hasta en 65 por ciento en Estados Unidos.

Afirma que el mercado de la heroína es muchísimo más rentable que el de mariguana, pues un kilogramo de heroína puede valer entre 80 mil y 130 mil dólares, mientras que el de mariguana no supera 12 mil dólares.

Yuriria Sierra señala en uno de sus artículos que 90 por ciento de la heroína que se consume en la costa este de Estados Unidos proviene de México, y que en el resto de ese país 70 por ciento de la heroína proviene también del nuestro.

Otro dato impresionante que quisiera resaltar del artículo de Yuriria Sierra es que de la producción de heroína que hay en el país, 90 por ciento se concentra sólo en Guerrero.

Estos reveladores datos demuestran por qué durante la reciente visita de Estado que realizó el presidente Enrique Peña Nieto a Inglaterra fue recibido con una publicación hecha por Nick Clegg, viceprimer ministro británico, en la cual señala que la guerra contra las drogas es un fracaso miserable.

Las cifras que presenta el Ejecutivo federal en el segundo Informe de Gobierno sustentan ese fracaso, pues en los últimos cinco años el país experimenta un nivel de homicidios que supera 20 mil muertos por año.

De acuerdo con la información del libro Después de la guerra contra las drogas: una propuesta para la regulación, publicado en 2012 por la fundación Transform, Drug Policy, sabemos que casi la mitad de la producción mundial del opio que se utiliza para la elaboración de medicamentos derivados del opio que se destinan a la industria médica y farmacéutica, se produce legalmente con el control estricto de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes.

La otra mitad de la producción mundial de opio se realiza de manera ilegal; los principales productores son Afganistán, Myanmar y México.

Me parece que la propuesta que hace Carlos Puig respecto a poner orden y regulación en la producción del opio es bastante plausible. Considero que el país debe comenzar a pensar en formas eficaces para resolver nuestros principales problemas y creo que si el gobierno de nuestro país asume el compromiso de someterse a la estricta regulación de Naciones Unidas podremos estar en condiciones de enfrentar los desafíos de la producción ilegal de drogas y sus ominosas consecuencias.

Con fundamento en la Convención Única de Estupefacientes de Naciones Unidas de 1961, es posible procesar una solicitud a fin de que la Comisión de Estupefacientes de la ONU autorice el cultivo y la producción legales de opio para su utilización médica, como sucede con 18 países que actualmente gozan de una licencia que les permite a esos gobiernos tener un estricto control en todo el proceso de producción y comercialización de medicamentos derivados de opiáceos.

Sin duda, la regulación y el control del Estado sobre el cultivo de opio y la producción de medicamentos evitarían que se sigan reproduciendo los vicios que acompañan a la producción clandestina en manos de la delincuencia organizada, como sucede actualmente en México.

Por lo expuesto pongo a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta al presidente de la República a solicitar de manera formal ante la Comisión de Estupefacientes de la Organización de las Naciones Unidas autorización para que el país esté en condiciones de cultivar la amapola y de manera lícita, a fin de hacer frente a la escasez de medicamentos derivados de opiáceos para aliviar el dolor de personas que padecen enfermedades terminales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015.

Diputado Fernando Belaunzarán Méndez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sectur a impulsar los sistemas integrados de transporte en destinos turísticos, a cargo de la diputada Rosa Elba Pérez Hernández, del Grupo Parlamentario del PVEM

Quien suscribe, diputada Rosa Elba Pérez Hernández integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 6, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de Cámara de Diputados, presenta ante esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

La reforma a la fracción VI del artículo 4 de la Ley General de Turismo, aprobada por unanimidad en el pleno de la Cámara de Diputados el pasado 24 de marzo, pasando al ejecutivo para sus efectos constitucionales, faculta a la Secretaría de Turismo a coadyuvar a la aplicación de los instrumentos de política ambiental y de cambio climático, en materia de turismo.

Sin duda, esta reforma abre una importante área de oportunidad para el desarrollo de programas que incidan positivamente en la disminución de las emisiones de gases de efecto invernadero, particularmente para el cumplimiento de las metas de mitigación de los efectos del cambio climático.

No debemos olvidar que México se comprometió a reducir un 30% de esos gases con respecto a la línea base para 2020 y un 50% con relación con las emisiones del año 2000. En ese sentido, la Ley General de Cambio Climático mandata priorizar las acciones de mitigación con mayor potencial de reducción al menor costo que conlleven beneficios ambientales económicos y sociales para mejorar la calidad de vida de los mexicanos y que una de las líneas de acción más importantes se refiere al sector transporte. Según datos del Inventario Nacional de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero, el sector transporte, por su consumo energético será el mayor emisor de emisiones de GEI a 20 años donde el 94% de esas emisiones provienen del autotransporte.

Bajo este contexto y con el claro compromiso de fomentar la industria turística coordinada con las medidas de adaptación y mitigación previstas en la Ley General de Cambio Climático, el Partido Verde aborda la necesidad de la aplicación de novedosos instrumentos de política de cambio climático, como puede ser la creación de instrumentos regulatorios, que imponen límites directos sobre el comportamiento de los emisores que respondan a criterios de eficacia, flexibilidad, equidad y principalmente eficiencia. Para ello, se propone que el sector turismo considere en la planeación y la conducción del desarrollo turístico nacional, la implementación de sistemas integrados de transporte como una medida de desarrollo sustentable de la actividad turística y aprovechar las ventajas de manera eficiente de aquellos destinos turísticos que lo requieran para lograr la sustentabilidad social, que en el sector turístico se entiende como una herramienta para promover la gobernanza y la inclusión de los agentes sociales en el desarrollo turístico.

Los sistemas integrados de transporte son instrumentos de planeación de la movilidad que organizan el transporte de personas o mercancías y coordina las políticas sectoriales relacionadas con transporte, circulación, estacionamientos, modos alternativos de movilidad, accesibilidad a la movilidad y trata que las políticas de desarrollo urbano sean coherentes con los sistemas de transporte.

Muchos destinos turísticos que requieren preservar su patrimonio, natural histórico y cultural podrían cambiar el paradigma respecto a la viabilidad de la actividad turística para las próximas décadas mediante acciones de carácter transversal entre los niveles de gobierno y las dependencias y entidades de la federación con modelos de desarrollos integrales que consideren a los sistemas integrados de transporte.

Los destinos turísticos presentan un desgaste constante, sobre todo aquellos de importancia cultural, histórica y o arqueológica, por la inmutable circulación de vehículos motorizados de todo tipo que trasladan personas y bienes causando además del deterioro en la calidad del aire y en la infraestructura, el incremento en los tiempos de traslado y la saturación de rutas que constituyen el atractivo turístico. Ejemplo de ello es la ciudad de Guanajuato, o San Miguel de Allende, cuya belleza resulta incompatible con los modelos de movilidad motorizada particular.

Conviene traer a la atención que mediante acuerdo presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el día ocho de noviembre de dos mil trece, se creó un Gabinete Turístico con firme tarea de analizar, definir, coordinar y evaluar las estrategias, programas y acciones que tengan cualquier vínculo la Política Nacional Turística. Este gabinete se integra por los titulares de las dependencias de Turismo, Gobernación, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Economía, Comunicaciones y Transportes, Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el titular del Ejecutivo Federal y cuenta entre sus funciones analizar y en su caso proponer acciones de coordinación en materia turística, con las autoridades de los tres órdenes de gobierno y realizar los estudios necesarios.

Asimismo, el coordinador del Gabinete Turístico tiene la facultad de establecer grupos de trabajo para la materia que se requiera y en sus discusiones podrán invitar a participar a representantes de los sectores privados, social, académico para complementarles.

Con la certeza de la próxima promulgación de la reforma de referencia y convencidas que los sistemas integrados de transporte constituyen servicios de calidad innovadores y creativos para la satisfacción de los visitantes de los destinos turísticos mexicanos, sometemos a la consideración de esta Asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, que incrementará no solo la competitividad turística sino optimizará su atractividad.

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Turismo para que, por conducto del gabinete turístico proponga mecanismos de coordinación con la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Secretaria de Comunicaciones y Transportes para crear los grupos de trabajo necesarios para formular propuestas de impulso a sistemas integrados de transporte en aquellos destinos turísticos que más convenga y a realizar los análisis, estudios, proyectos y demás trabajos que resulten necesarios.

Dado en el Palacio Legislativo, a 7 de abril de 2015.

Diputada Rosa Elba Pérez Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno y la Procuraduría General de Justicia de Puebla a investigar los ataques denunciados por el ciudadano Manuel Alberto Merlo Martínez, y garantizar su seguridad y la de su equipo de trabajo, a cargo de la diputada Roxana Luna Porquillo, del Grupo Parlamentario del PRD

Quien, suscribe, diputada Roxana Luna Porquillo integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de esta LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numerales 1, fracción II, y 2; 100; 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, con base en las siguientes

Consideraciones

Manuel Alberto Merlo Martínez fue el único de los siete aspirantes a candidatos sin partido en el estado de Puebla que logró reunir cada uno los requisitos que nuestro marco nacional jurídico impone a candidaturas independientes.

Alberto Merlo es un joven de 23 años de edad, estudiante en la Universidad Iberoamericana de Puebla, y activista social que ha destacado por su trabajo en temas de participación política ciudadana y bienestar de los animales.

Gracias al trabajo de él y su equipo, entre el 22 y el 29 de marzo, solicitará el registro ante la junta local del Instituto Nacional Electoral (INE) como candidato a diputado federal por el distrito VI del estado de Puebla.

En declaraciones, Merlo ha sostenido que la figura de candidatura independiente vulnera todo un sistema político de intereses, prebendas y privilegios. Es dentro del marco de esta declaración, que encuentra el sentido a la agresión que enfrentó el pasado miércoles 11 de marzo del año en curso en su propia casa.

De acuerdo a información que Alberto Merlo ha proporcionado, la tarde de ese miércoles, una mujer se presentó en su domicilio solicitando asesoría jurídica y mientras su equipo de trabajo estaba tomándole los datos, tres sujetos armados con pistolas irrumpieron en la vivienda exigiendo que se les entregara dinero.

Los sujetos apuntaron en todo momento a la cabeza y nuca de Alberto Merlo, a pesar de que éste no dejara de repetir que en su casa no había nada de valor. Tras amarrarlo de pies y manos, los sujetos se retiraron del inmueble con los teléfonos celulares de todas las personas presentes –cuatro voluntarias de su equipo y la empleada del hogar–, y con un joyero. No se llevaron ni una de las cinco computadoras ni alguna de las dos tabletas electrónicas que se encontraban en una mesa de trabajo en el domicilio.

Después del ataque, Alberto Merlo encontró un mensaje en el portón de su casa que decía: “Hola Beto vas a valer madres”. Ante esta situación, levantó la denuncia correspondiente en la Procuraduría General de Justicia (PGJ) del estado de Puebla, por lo que se realizaron las diligencias y peritajes de datiloscopía y criminología correspondientes.

Sin embargo, el agente del Ministerio Público 04 Metropolitana Sur, que se encuentra en el edificio de la PGJ, se rehusó a proporcionarle copia de la denuncia que presentó el mismo día del ataque. Todos los hechos quedaron asentados en la averiguación previa AP-134/2015/AMP04.

Aunado a esto, Alberto Merlo señaló que durante 2014 también fue víctima de hostigamiento y amedrentamiento por encabezar como integrante del Colectivo Pro Animal de Puebla, la defensa del aviario del Parque Ecológico y oponerse al proyecto de remodelación que detonó la Secretaría de Infraestructura.

El aspirante a candidato, declaró que no conoce las causas verdaderas que motivaron el ataque que enfrentó pero sospecha hasta de la administración del gobernador Rafael Moreno Valle Rosas.

No obstante, Alberto Merlo ha sostenido que no renunciará a sus convicciones ni ideología, por lo que no va a renunciar a inscribirse como candidato.

Puebla es uno de los focos rojos en materia de derechos humanos, las personas defensoras y ahora candidatos independientes, son hostigadas y encarceladas, la manifestación y distintas formas de expresión son criminalizadas, avanzan las leyes retrógradas e inconstitucionales, los medios de comunicación están controlados y amenazados, las mujeres desaparecen y son asesinadas en la total omisión e impunidad institucional.

Los problemas y demandas sociales parecen no importarle al gobernador, más bien, le preocupa acallarlas para no ensuciar su carrera hacia el 2018; eso incluye pactar los espacios federales que le permitirán controlar las denuncias que durante esta legislatura se hicieron desde este espacio y que han logrado sacar a relucir las violaciones a derechos humanos que Rafael Moreno Valle ha ejecutado y ejecuta sistemáticamente.

En el tenor de lo expuesto, resulta urgente garantizar la seguridad de Alberto Merlo, así como de su equipo de trabajo y de cualquier activista o persona defensora de derechos humanos en el estado de Puebla.

Por todo lo señalado, someto a consideración de esta soberanía, con carácter de urgente u obvia resolución, el siguiente:

Punto de Acuerdo

La honorable Cámara de Diputados:

Primero. Exhorta al titular de la Procuraduría General de Justicia del estado de Puebla a investigar de manera pronta y expedita, y conforme a derecho, la denuncia interpuesta por el ciudadano Manuel Alberto Merlo Martínez sobre los ataques que sufrió el pasado 11 de marzo del año en curso.

Segundo. Exhorta al gobierno del estado de Puebla a garantizar la seguridad e integridad del ciudadano Manuel Alberto Merlo Martínez y de todo su equipo de trabajo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015.

Diputada Roxana Luna Porquillo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al presidente de la CNDH, los titulares de la PGR y de la SFP, y el gobernador de Michoacán respecto a la desaparición de siete agentes de la Policía Federal y un civil el 16 de noviembre de 2009 en las inmediaciones de Zitácuaro, suscrita por integrantes de diversos grupos parlamentarios

Quienes suscriben, integrantes de la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6o., numeral 1, fracción I; 79, numeral 2 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo bajo las siguientes

Consideraciones

En el contexto de la estrategia de combate al crimen organizado en la administración de Felipe Calderón, las autoridades federales civiles y militares intervinieron directamente en las funciones de gobiernos estatales y municipales con el supuesto objetivo de apoyar o sustituir a servidores públicos de dichos órdenes de gobierno en tareas de seguridad pública, en muchas ocasiones sin el debido sustento en el marco legal o en los reglamentos para respetar los derechos de la ciudadanía y para proteger al máximo la integridad y la seguridad de los propios servidores públicos.

De acuerdo con la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, “de 2006 a 2014 la Procuraduría General de la República (PGR) había iniciado 200 averiguaciones previas por el delito de desaparición forzada de personas y tan sólo había consignado a 15 personas por ese delito”1 , lo que significa un índice dramático de impunidad si se considera que aproximadamente 23 mil personas han sido reportadas como desaparecidas en ese mismo periodo, de acuerdo a la propia PGR.

Un caso de gran relevancia y preocupación ha sido el de un civil y siete policías federales, entre los cuales se encuentra el joven Luis Ángel León Rodríguez, que supuestamente atendían un llamado del ayuntamiento de Ciudad Hidalgo, Michoacán, para desempeñar funciones en la Dirección de Seguridad Pública Municipal en noviembre de 2009. Sólo llevaban consigo sus armas de cargo y oficios girados por sus superiores. El transporte lo tuvieron que contratar por su cuenta con un civil que habitaba en la zona, dadas las condiciones violentas que atravesaba la región.

Pasaron seis días sin que nadie supiera de su paradero. El presidente municipal, Pedro Tello Gómez, no realizó ninguna notificación ni cuestionamiento a otras autoridades acerca de los policías que debían llegar a su jurisdicción. Los mandos de la Policía Federal tampoco tomaron ninguna acción al respecto en esos días.

Más adelante comenzó la PGR una interminable investigación sobre el caso, que les ha llevado a afirmar que los responsables de la desaparición presuntamente fueron integrantes del grupo de crimen organizado conocido como Los Caballeros Templarios, quienes en el territorio del municipio de Zitácuaro, Michoacán, habrían capturado y asesinado a las ocho personas, para posteriormente eliminar sus cadáveres mediante un método químico.

La madre de Luis Ángel, Araceli Rodríguez, lejos de encontrar justicia y ejercer sus derechos a la verdad y a la reparación, ha enfrentado una serie de obstáculos y negativas que la han llevado a convertirse en una destacada activista, al promover recursos en las instancias judiciales y administrativas por sus propios medios. Hasta la fecha, ningún servidor público ha recibido una sanción penal o administrativa por las omisiones o acciones que derivaron en el envío del grupo de policías a una misión en condiciones de riesgo e incertidumbre.

En mayo de 2013, habiéndose cerrado el expediente que presentó su madre por la desaparición de Luis Ángel, llegó a su domicilio un citatorio del Órgano Interno de Control de la Policía Federal, en que se le imputaba la omisión de su declaración patrimonial en 2010. Lo compelían a comparecer como elemento activo desarmado y sin uniforme. A la cita llegó su madre, cargando la fotografía de su hijo desaparecido.

“Aquí está mi hijo, con dignidad, a oír la notificación de su audiencia. No le pude quitar su uniforme, viene desarmado y asistido por una abogada, yo, su madre, Araceli Rodríguez”, dijo a los funcionarios que se encontraban presentes2 .

Tras dicho acto, que quienes suscribimos la presente calificamos como oprobioso, negligente y revictimizante, se le ofreció a la madre de Luis Ángel una explicación acerca del procedimiento burocrático y la falta de coordinación que motivaron el citatorio. Se le prometió que se investigaría y sancionaría a quienes incurrieron en irregularidades, incluyendo los tratos de presunta tortura psicológica que significa que el área de recursos humanos de la Policía Federal haya considerado a los agentes como presuntos responsables de “abandono de trabajo” en vez de desaparecidos y que se haya tramitado su presunción de muerte sin aclarar plenamente los hechos3 .

Con la salida del titular del Órgano Interno de Control de la Policía Federal, Jean Paul Aguilera Reynaud, los compromisos no tuvieron seguimiento por parte de sus sucesores, por lo cual los tres expedientes que se abrieron ante la Secretaría de la Función Pública han tenido avances prácticamente nulos.

Sin embargo, la búsqueda de verdad y justicia de Araceli no ha cesado, y ha obtenido información fundamental para que se puedan fincar responsabilidades a diversos servidores públicos. Resalta que no exista documentación de que el ayuntamiento de Ciudad Hidalgo haya solicitado formalmente y obtenido respuesta acerca del apoyo que habría de brindarle la Policía Federal, salvo un acuerdo en que ésta supuestamente le haría llegar a distintos municipios la propuesta de los titulares para ocupar las áreas de seguridad pública municipal.

Tampoco existió un plan de trabajo presentado por el agente federal Juan Carlos Ruiz Valencia, responsable del grupo, a las autoridades municipales. No hubo una planeación adecuada, ni se detalló la temporalidad de la comisión; mucho menos se gestionaron viáticos, recursos materiales ni datos de contactos para reportarse en el trayecto y a su llegada.

El asunto se encuentra, en sus respectivos ámbitos legales de acción, en la Fiscalía de Servidores Públicos de la PGR y en la Secretaría de la Función Pública, sin que hasta la fecha de haya proporcionado a la señora Araceli información sobre el avance de las investigaciones.

Quienes suscribimos, consideramos que se requiere una acción decidida para la búsqueda de todas las personas desaparecidas, para la investigación de sus casos y para llevar ante los tribunales a los servidores públicos que hayan incurrido en acciones u omisiones contrarias a sus obligaciones de brindar justicia y seguridad a las personas.

Por ello, a través de esta proposición, hacemos un respetuoso llamado a diversas instituciones a atender el caso de estos servidores públicos que, en cumplimiento de su deber, fueron víctimas de desaparición, y cuyas familias han vivido largos años de incertidumbre y angustia, sin poder ejercer sus derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración del pleno de esta Cámara la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

La honorable Cámara de Diputados:

Primero. Exhorta respetuosamente al presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a esclarecer, en el ámbito de sus atribuciones, las presuntas violaciones a derechos humanos cometidas en el caso de la desaparición de siete agentes de la Policía Federal y un civil el 16 de noviembre de 2009 en las inmediaciones del municipio de Zitácuaro, Michoacán, que atendían una supuesta solicitud de apoyo de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Ciudad Hidalgo, Michoacán.

Segundo. Exhorta respetuosamente a la titular de la Procuraduría General de la República a que, en el ámbito de sus atribuciones, gire instrucciones para que se realicen efectivamente las acciones de búsqueda e investigación sobre el caso de la desaparición de siete agentes de la Policía Federal y un civil el 16 de noviembre de 2009, en las inmediaciones del municipio de Zitácuaro, Michoacán, que atendían una supuesta solicitud de apoyo de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Ciudad Hidalgo, Michoacán, y a hacer pública la información acerca del estado que guardan los procesos de investigación de los actos u omisiones que constituyan delitos del orden penal por parte de servidores públicos en torno a los hechos señalados.

Tercero. Exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de la Función Pública, a fin de que, en el ámbito de sus atribuciones, se realicen las investigaciones y sanciones administrativas a que haya lugar sobre los presuntos actos y omisiones de servidores públicos sobre el caso de la desaparición de siete agentes de la Policía Federal y un civil el 16 de noviembre de 2009 en las inmediaciones del municipio de Zitácuaro, Michoacán, que atendían una supuesta solicitud de apoyo de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Ciudad Hidalgo, Michoacán, así como aquellas conductas que atenten contra el derecho de acceso a la verdad y a la justicia y que hayan significado una revictimización de sus familiares, y a hacer pública la información sobre el estado que guardan los procedimientos sobre el caso.

Cuarto. Exhorta respetuosamente al gobernador del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo para que gire instrucciones a quien corresponda, a efecto de que se establezcan las responsabilidades penales, civiles y, en el caso, administrativas que correspondan a los servidores públicos del ámbito estatal y, en el caso, municipal que hayan incurrido en actos u omisiones contrarios a la ley en torno a la desaparición de siete agentes de la Policía Federal y un civil el 16 de noviembre de 2009 en las inmediaciones del municipio de Zitácuaro, Michoacán, que atendían una supuesta solicitud de apoyo de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Ciudad Hidalgo, Michoacán.

Notas

1. Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, “Violaciones graves a derechos humanos en la guerra contra las drogas en México”, México: Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, 2015, página8

2. Cordero, Laura. “Ni al gobierno ni a la CNDH interesan los desaparecidos, acusan familias de víctimas”, Sin Embargo , 9 de octubre de 2014, disponible en: http://www.sinembargo.mx/09-10-2014/1137842

3. Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad, “El MPJD hace un llamado urgente al Estado mexicano para actuar frente a la emergencia nacional”, 16 de mayo de 2013, Disponible en: http://movimientoporlapaz.mx/es/2013/05/16/el-mpjd-hace-un-llamado-urge nte-al-estado-mexicano-para-actuar-frente-a-la-emergencia-nacional/

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015.

Diputados: Elena Tapia Fonllem, Loretta Ortiz Ahlf, Julisa Mejía Guardado, Jessica Salazar Trejo, José Luis Esquivel Zalpa, Danner González Rodríguez, Zuleyma Huidobro González, José Francisco Coronato Rodríguez, Juan Luis Martínez Martínez, Rosa Elia Romero Guzmán, Javier Gutiérrez Reyes, María de Jesús Hernández Martínez, Roberto López Suárez, Trinidad Morales Vargas (rúbricas).

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal y al Senado de la República a ratificar los convenios 81, 148, 174, 176 y 187 de la OIT, a cargo del diputado Eduardo Enrique Domínguez Maganda, del Grupo Parlamentario del PRD

Los suscritos, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura, en ejercicio de la facultad que nos confiere la fracción I del artículo 6 y el 79, numeral 2, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía, proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución con base en las siguientes

Consideraciones

A nueve años de la tragedia de Pasta de Conchos no han mejorado las condiciones de seguridad e higiene y prevención de los riesgos de trabajo en la región carbonífera del estado de Coahuila, por el contrario han empeorado, baste señalar que desde Pasta de Conchos, más de 105 mineros han perdido la vida. Luego urge fortalecer la inspección, seguridad e higiene y prevención de los riesgos de trabajo en beneficio de la clase trabajadora, especialmente de los que prestan sus servicios en las minas de carbón del país.

Los derechos sociales abrieron el camino para que los derechos humanos cobraran plena vigencia en la realidad, con derechos al empleo, a un salario digno, a la educación, a la vivienda, por citar algunos. No se puede hacer historia de estos derechos sociales a nivel internacional, sin atender la tarea primigenia de nuestra Constitución federal a este respecto.

Desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos, nuestro país se comprometió a velar por los derechos sociales y económicos del pueblo de México, comenzando por hacer realidad un empleo digno y con tutela a la vida y salud para sus integrantes. Lo cual fue confirmado por nuestro país mediante la ratificación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos Pacto de San José y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en este último se hace énfasis en la tutela de la seguridad e higiene en el trabajo.

Es así como se configura la relación dialéctica entre derecho nacional e internacional; debiendo concluirse que cuando algún instrumento del derecho internacional no violenten a nuestra Constitución federal y redunde en beneficios para la nación y sus integrantes, el Ejecutivo federal y el Senado de la República quedan obligados a llevar a cabo la ratificación o adhesión de tal instrumento. Todo partiendo de que las facultades de estos órganos de autoridad, no deben tomarse como derechos subjetivos, sino como atribuciones u obligaciones.

A este respecto, será de gran trascendencia que nuestro país, a la brevedad, ratifique los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) números 81 Convenio sobre la inspección del trabajo, 148 Convenio sobre el Medio Ambiente de Trabajo, 174 Convenio sobre la prevención de accidentes industriales mayores, 176 Convenio sobre seguridad y salud en las minas, Convenio 187 Sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo.

Baste a este respecto recordar que ya la Organización Internacional del Trabajo recomendó al Estado mexicano el debido cumplimiento de los convenios ya ratificados: 150 Convenio sobre la Administración del Trabajo, 155 Sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y 170 Sobre los Productos químicos. Por otro lado, le ha invitado de manera expresa a suscribir los convenios de la OIT, aún no ratificados, sobre inspección, seguridad, higiene y prevención de los riesgos de trabajo, esto en el marco del informe de 2009, elaborado con motivo de la reclamación interpuesta ante la OIT por diversos sindicatos después de los sucesos de Pasta de Conchos. Informe en el que se enlistan las siguientes omisiones en el caso de Pasta de Conchos):

1. Incumplimiento de la periodicidad legal en materia de inspecciones.

2. Falta de polveo.

3. Insuficiencia del sistema de soportes.

4. Deficiencias en las instalaciones eléctricas.

5. Máquinas de soldar en el interior de la mina.

6. Omisión de un puesto de control de metano y de medios prescritos para medir nivel de metano.

7. Omisión de planos de la mina.

8. Omisión de un procedimiento de emergencia; también sobre manipulación, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.

9. Omisión de los servicios de un médico para más de cien trabajadores.

10. Omisión de registros de servicios de lucha contra incendios, de búsqueda y rescate, de evacuación y de primeros auxilios.

11. Omisión de una evaluación de riesgos.

12. Sanciones fuera de tiempo e irrisorias.

Entre otras.

Pues bien, para coadyuvar a prevenir este tipo de omisiones inadmisibles, y que fueron y pueden ser a futuro causa de terribles riesgos de trabajo; en general para coadyuvar a fortalecer las medidas de seguridad e higiene y prevención de los riesgos de trabajo, en bien de la vida y salud de los trabajadores, es por lo que exhortamos a ratificar los convenios de la OIT ya antes aludidos.

Algunos elementos sobre los convenios de la OIT aún no ratificados

Convenio 81 Sobre la inspección del trabajo

El simple establecimiento de la inspección del trabajo no cubre los extremos de este convenio. Es decir, en éste no se prevé cualquier inspección sino una que sea suficiente, de calidad, imparcial, con todos los recursos materiales necesarios, entre otros.

Así, en referencia a los inspectores, se ordena algo que parece un sueño guajiro para México: a los inspectores se les debe garantizar la estabilidad en su empleo, con independencia de los cambios de gobierno y de cualquier influencia exterior indebida; se les debe designar tomando en cuenta únicamente sus aptitudes; deben recibir formación adecuada; el número de inspectores será suficiente para garantizar el desempeño efectivo de sus funciones según el número, naturaleza importancia y situación de los establecimientos, número y categoría de los trabajadores, número y complejidad de las disposiciones legales; se les deben proporcionar oficinas locales debidamente equipadas y, los medios de transporte necesarios; los inspectores deben estar facultados para tomar medidas para eliminar los defectos observados, ordenar las modificaciones necesarias y, la adopción de medidas de aplicación inmediata en caso de peligro inminente para la salud o seguridad de los trabajadores, (6,7,10,11 y 13)

El artículo 16 del convenio agrega que los establecimientos se deberán inspeccionar con la frecuencia y el esmero necesario para garantizar la efectiva aplicación de las disposiciones legales.

Es por todo lo antes dicho que muestra una inspección activa, eficiente, imparcial, profesional y suficiente por lo que se ha rechazado la ratificación de este convenio, que choca con la actitud dominantemente permisiva y omisa de las autoridades del país en materia de seguridad e higiene.

Convenio 148 Sobre medio ambiente de trabajo (contaminación de aire, ruido y vibraciones)

El Convenio 148, además de los aspectos meramente técnicos, contiene la normativa necesaria para la tutela de los derechos a la vida y salud de los trabajadores; destacando el papel activo de éstos para hacer realidad la norma.

El artículo del Convenio 148 señala que: los trabajadores deben ser apropiada y suficientemente informados sobre los riesgos derivados de las contaminaciones materia de este convenio, y sobre los medios para prevenir, limitar, y protegerse de tales riesgos, los trabajadores o sus representantes tienen derecho a presentar propuestas, recibir informaciones y formación, y recurrir ante las instancias apropiadas, a fin de asegurar la protección contra riesgos profesionales debidos a la contaminación del aire, el ruido y las vibraciones en el lugar de trabajo.

Hay que imaginar lo que avanzaría la seguridad e higiene en el país, si los trabajadores y sindicatos pasaran de su actual papel de invitados de piedra, salvo las comisiones de seguridad e higiene, y con su sólo carácter de clase trabajadora, de manera directa, hicieran propuestas, pudieran acudir ante la autoridad a solicitar protección, en su caso, la suspensión de las actividades con motivo de peligro inminente. Igual sería un enorme progreso lograr que los trabajadores estén plenamente preparados y conscientes sobre los riesgos que corren y sepan cómo prevenirlos.

Nuestra legislación secundaria repudia toda intervención directa, activa y real de los trabajadores en materia de seguridad e higiene, por considerar que implica una indebida participación en la administración de la empresa, en su área de decisiones. Pero tarde que temprano se tendrá que dar.

¡Qué el patrón ponga las decisiones, al cabo que los trabajadores ponen sus vidas!

Además este convenio prevé la necesidad de desarrollar la investigación en la materia.

Convenio 174 Sobre prevención de accidentes industriales mayores

Nuestro marco legal se vería muy enriquecido si se ratificara este convenio con su consecuente aplicación a favor de la seguridad e higiene en nuestro país.

Al abordar este convenio no debemos olvidar que nos introduce a los llamados accidentes mayores, como Pasta de Conchos, es decir, todo acontecimiento repentino, como una emisión, incendio o explosión de gran magnitud, con la implicación de una o varias sustancias peligrosas y que exponen a los trabajadores, a la población o al medio ambiente a un peligro grave, inmediato o diferido (artículo 3 Convenio 174).

Para prevenir este tipo de accidentes y limitar sus consecuencias, se deberán aplicar disposiciones preventivas y de protección, promoviéndose la utilización de las mejores tecnologías de seguridad disponibles.

Relativo a cada instalación expuesta a este tipo de riesgos, los patrones deben establecer un sistema documentado de prevención de riesgos, en el que se prevea la identificación y el estudio de los peligros y la evaluación de los riesgos, tomando en cuenta la interacción entre sustancias; deben igualmente señalarse las medidas técnicas sobre el diseño, los sistemas de seguridad, la construcción, la selección de sustancias químicas, capacitación de personal, planes y programas de emergencia eficaces, medidas destinadas a limitar las consecuencias de un accidente mayor, etcétera.

Ocurrido un accidente mayor, los patrones deben presentar a la autoridad un informe detallado que analice las causas del accidente, sus consecuencias y las medidas que fueron adoptadas para atenuar sus efectos y, medidas para evitar su repetición.

La autoridad debe tener personal calificado con apoyo técnico y profesional suficiente para realizar la inspección, investigación, evaluación y asesoría.

La autoridad competente deberá tener derecho a suspender cualquier actividad que presente una amenaza inminente de accidente mayor (artículo 19).

A la par del artículo 19, destaca el artículo 20, que señala derechos y obligaciones de los trabajadores y sus representantes, debiéndose destacar:

a) Su derecho a discutir con el patrón cualquier peligro potencial que ellos consideren que puede causar un accidente mayor y tener derecho a informar a la autoridad competente acerca de dichos peligros.

b) Tomar medidas correctivas e interrumpir la actividad, sin que ello les cause perjuicio, cuando basándose en su formación y experiencia, tengan razones válidas para creer que existe un peligro inminente de accidente mayor.

c) Recibir periódicamente instrucciones y formación sobre la prevención de accidentes mayores y de control de acontecimientos que puedan dar lugar a este tipo de accidentes y, los procedimientos de emergencia que han de aplicarse.

¡Para qué seguir, si es evidente que nuestro marco jurídico aplicable es ajeno a la esencia de este convenio, con mayor razón con la realidad del trabajo y la inspección en México! Es evidente por qué se niega su ratificación.

Convenio 176 Sobre seguridad y salud en las minas

Este convenio, contiene avances importantísimos para su tutela:

1) La legislación nacional debe contener la facultad de la autoridad competente para suspender o restringir, por motivos de seguridad y salud, las actividades mineras, en tanto no se hayan corregido las circunstancias causantes de la suspensión o restricción.

2) También la legislación nacional debe especificar: las exigencias en materia de salvamento en las minas; la obligación de mantener en condiciones apropiadas respiraderos de autosalvamento; la adopción por el patrón de las disposiciones necesarias para eliminar o reducir al mínimo los riesgos; que la mina se construya y dote de equipos eléctricos, mecánicos y de comunicación, para garantizar una explotación segura y saludable; mantener la estabilidad del terreno; establecer dos vías de salida; sistema de ventilación adecuado; medidas para prevenir, detectar y combatir el inicio y propagación de incendios y explosiones; garantizar la interrupción de las actividades y la evacuación de los trabajadores a un lugar seguro en caso de peligro grave.

3) Derechos y obligaciones de los trabajadores: a notificar los accidentes, los incidentes peligrosos y los riesgos al patrón y a la autoridad competente; pedir y obtener la realización de inspecciones si existe un motivo de preocupación en seguridad y salud; obtener información sobre seguridad y salud que obre en poder del patrón o autoridad; retirarse de la mina cuando haya motivos razonablemente fundados sobre un peligro grave.

4) Etcétera.

En algunos aspectos, nuestro marco jurídico es coincidente con este convenio, lo que deberá facilitar su ratificación.

Convenio 187 Sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo

Este convenio establece la mejora continua de la seguridad y salud en el trabajo mediante el desarrollo de una política, un sistema y un programa nacional, en consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores. Para lo cual los estados deben adoptar una conducta activa y deberá examinar periódicamente las medidas que podrían adoptarse para ratificar los convenios pertinentes de la OIT en materia de seguridad y salud en el trabajo.

El programa nacional deberá: promover el desarrollo de una cultura nacional de prevención en materia de seguridad y salud; análisis de la situación nacional en materia de seguridad y salud en el trabajo, que incluya un análisis del sistema nacional de seguridad y salud en el trabajo; incluir objetivos, metas e indicadores de progreso; instrumentar programas y planes nacionales de carácter complementario que ayuden a alcanzar progresivamente el objetivo de un medio ambiente de trabajo seguro y saludable; el programa nacional deberá ser ampliamente difundido y, en la medida de lo posible, ser respaldado y puesto en marcha por las más altas autoridades nacionales.

El Estado mexicano debe estar abierto al diálogo más amplio para alcanzar la aprobación de estos convenios.

Por todo lo expuesto y fundado someto a la consideración de esta asamblea, con el carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal y al Senado de la República, para que en el ámbito de sus respectivas atribuciones, se procedan a ratificar los convenios de la Organización Internacional del Trabajo números 81 Convenio sobre la inspección del trabajo; 148 Convenio sobre el medio ambiente de trabajo; 174 Convenio sobre la prevención de accidentes industriales mayores; 176 Convenio sobre Seguridad y Salud en las Minas; Convenio 187 Sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015.

Diputado Eduardo Domínguez Maganda (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la titular de la PGR a reconocer como crimen de lesa humanidad lo ocurrido el 26 y 27 de septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero, donde fueron atacados y desaparecidos estudiantes de la normal rural Isidro Burgos de Ayotzinapa, suscrita por los diputados José Luis Esquivel Zalpa y Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Grupo Parlamentario del PRD y de la agrupación Movimiento Regeneración Nacional, respectivamente

Los suscritos, diputados José Luis Esquivel Zalpa y Manuel Huerta Ladrón de Guevara, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y de la agrupación Movimiento de Regeneración Nacional, respectivamente, de la LXII legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6o., apartado 1, fracción I y 79 numeral 1 fracción II y numeral 2 fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter ante esta Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución con base en las siguientes

Consideraciones

Primera. Que el pasado 19 de marzo de 2015 el grupo interdisciplinario de expertos independientes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llamo a las autoridades del Estado Mexicano, particularmente al poder Judicial de la Federación, a que considerará la agresión sufrida por estudiantes de la normalista, en Iguala, el pasado 26 y 27 de septiembre de 2014 como un caso de “desaparición forzada”.

Segundo. Particularmente exhortaron a los jueces “a que la investigación de los hechos de Ayotzinapa sea realizada bajo la modalidad de desaparición forzada” ya que hay elementos que permiten suponer que eso fue lo que ocurrió y que “hablar de homicidio, secuestro o de otro tipo penal no involucra bienes jurídicos internacionales” y en cambio catalogarlo como desaparición forzada hace que el delito sea reconocido como un delito de lesa humanidad y por tanto imprescriptible. En este sentido señalaron que “los otros delitos son especializados o comunes y pero no con las características y la importancia de protección a la vida, a la integridad y a la dignidad de la persona” que tiene la desaparición forzada.

Tercero. A pesar de estos señalamientos el día 20 de marzo de 2015 se dio a conocer que la Procuraduría General de la República de manera oficial, mediante el oficio SJAI/DGAJ/03270/2015 fechado el 18 de marzo de 2015, a respuesta de solicitud de información pública señalo que “en el presente asunto no se advierte que se pudiera tratar de ataques generalizados o sistemáticos contra una población civil, sino que fueron hechos que si bien son delicados, sensibles y relevantes, constituyen acontecimientos aislados”. Este subrayado y resaltado se encuentra así en la respuesta oficial.

En este oficio se indica que “es de suma importancia hacer notar que si bien la CNDH inicio una investigación sobre los hechos acontecidos (según consta en el comunicado del 5 de octubre de 2014), lo cierto es, que al día de hoy no existe un pronunciamiento emitido por el órgano especializado (o algún otro órgano competente), donde se determine que en dichos sucesos acontecieron violaciones graves a los derechos humanos, ni mucho menos, que se haya emitido una recomendación en tales términos”, señala la dependencia oficial en el texto en los que los señalamientos entre paréntesis pertenecen a la propia institución.

Cuarto. En este sentido cabe recordar que la resolución AG/RES-666 (XIII - 0/83) de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos, aprobada en sesión plenaria del 18 de noviembre de 1983 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos consideró que “la Desaparición Forzada de Personas constituye un cruel e inhumano procedimiento con el propósito de evadir la ley, en detrimento de las normas que caracterizan la protección contra la detención arbitraria y el derecho a la seguridad e integridad personal”.

Frente a las desapariciones forzadas se crea un auténtico estado de indefensión. No existe recurso legal alguno que puedan intentar los familiares de los desaparecidos a fin de ubicarlos y prestarles ayuda. Mecanismos jurídicos destinados a garantizar la libertad e integridad de las personas, como el habeas corpus o el recurso de amparo, son absolutamente inoperantes.

Por consiguiente, los desaparecidos por este tipo de delito no son simples presos políticos, ni secuestrados del hampa común o de grupos organizados. En la desaparición forzada de personas, es el Estado mismo quien se convierte en delincuente, al violar el ordenamiento jurídico internacional que lo obliga a ser garante de los derechos civiles y políticos de los individuos. El fin que se persigue en estos casos no es el mero lucro económico, sino la posibilidad de disponer abusivamente de un ser humano obviando toda disposición legal.

Quinto. Que existen diversos instrumentos internacionales, de los que el Estado Mexicano es parte que tipifican el delito de desaparición forzada de personas, a saber:

1. La Declaración sobre la Protección de todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas, del 18 de diciembre de 1992 de la Organización de Naciones Unidas, en la que su Asamblea General en la Resolución 47/133, sobre se declara:

“Profundamente preocupada por el hecho de que en muchos países, con frecuencia de manera persistente, se produzcan desapariciones forzadas, es decir, que se arreste, detenga o traslade contra su voluntad a las personas, o que éstas resulten privadas de su libertad de alguna otra forma por agentes gubernamentales de cualquier sector o nivel, por grupos organizados o por particulares que actúan en nombre del gobierno o con su apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento, y que luego se niegan a revelar la suerte o el paradero de esas personas o a reconocer que están privadas de la libertad, sustrayéndolas así a la protección de la ley.”

Y se considera que “las desapariciones forzadas afectan los valores más profundos de toda sociedad respetuosa de la primacía del derecho, de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, y que su práctica sistemática representa un crimen de lesa humanidad.”

2. La Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, adoptada en la ciudad de Belém do Pára, Brasil, del 9 de junio de 1994, donde se indica que para efectos de esta Convención:

“se considera desaparición forzada, la privación de la libertad a una o más personas, cualquiera que fuere su forma, cometida por agentes del Estado o por personas o por grupos de personas, que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con lo cual se impide el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales pertinentes”.

3. El Estatuto de la Corte Penal Internacional del 17 de julio de 1998 donde se señala que:

“Por “desaparición forzada de personas” se entenderá la aprehensión, la detención o el secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, apoyo o aquiescencia, seguido de la negativa a informar sobre la privación de libertad o dar información sobre la suerte o el paradero de esas personas, con la intención de dejarlas fuera del amparo de la ley por un período prolongado”.

4. La Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas, del 20 de diciembre de 2006, en la que se indica que para efectos de dicha Convención:

“se entenderá por desaparición forzada el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad, cometida por agentes del Estado, o por personas o grupos de personas, que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad, o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”.

Sexto. En octubre de 2014 la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) señalo que “dada la naturaleza de los acontecimientos, donde fueron atacados estudiantes de la normal rural Isidro Burgos de Ayotzinapa, Guerrero, implican violaciones graves a los derechos humanos consistentes en ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada de personas , atentados contra la integridad de las personas y omisiones en el cumplimiento de la función de seguridad pública”.

Las desapariciones forzadas en México son un asunto transversal, no se tratan de hechos aislados, por el contrario se trata de una realidad diaria, constante, de una práctica sistemática y recurrente, de ello dan cuenta las miles y miles de personas desparecidas en nuestro país.

Los datos no mienten, el 21 de febrero de 213 la ex subsecretaria de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, Lía Limón, informó que el subsecretario anterior hizo entrega de una base de datos del Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate de la Delincuencia de la Procuraduría General de la República (Cenapi) que contiene una lista de más de 27 mil caos de desapariciones de este tipo.

El 19 de enero de 2015 la encargada del despacho de la Subprocuraduría de la Procuraduría General de la República, Eliana García Laguna, afirmo, en esta misma Cámara de Diputados, en un Foro sobre Desaparición Forzada de Personas que “en el país hay un registro de 23 mil 271 personas extraviadas o desaparecidas.

Estos últimos datos provienen de la propia Procuraduría General de la República por lo que evidentemente contradicen las afirmaciones de que no existen una práctica generaliza o sistemática de Desaparición Forzada en México.

Séptimo. Cabe destacar que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas mediante boletín B011/2015 de fecha 28 de enero de 2015, señalo que más allá de las investigaciones realizadas y atendiendo al principio de buena fe contenida en la normatividad que rige todas y cada una de las actuaciones de la Procuraduría General de la República, en particular lo dispuesto por el Código Federal de Procedimientos Penales Pernal y la Ley General de Víctimas “se acredita de manera plena la desaparición forzada de los 43 estudiantes dado que hay pruebas de la participación directa de elementos de la policía municipal de Iguala y de Cocula en los hechos”.

Octavo. Así mismo el 2 de febrero de 2015, durante el primer día de sesiones a del Comité de Naciones Unidas contra las Desapariciones Forzadas en Ginebra, Suiza, el comisionado Julio Hernández Barros, como representante de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) e integrante de la delegación mexicana, destaco que “es importante que se reconozca que en México existe la desaparición forzada para tener un diagnóstico real a partir del cual se pueda analizar y tomar las mejores decisiones para su erradicación”.

Noveno. El 24 de marzo de 2015 la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en el marco del Día Internacional para el Derecho a la Verdad en relación con Violaciones Graves de los Derechos Humanos y de la Dignidad Humana que “el derecho a la verdad es la respuesta ante la falta de esclarecimiento, investigación, juzgamiento y sanción de casos graves de derechos humanos por parte dela autoridad gubernamental”.

Adicionalmente menciono que “este derecho se configura como un pilar fundamental para combatir la impunidad y constituye un mecanismo de justicia indispensable para todo Estado democrático, pues coadyuva a la no repetición de dichos actos violatorios”.

La CNDH reconoce que se debe apelar al esclarecimiento de los hechos y el rescate de la memoria de las víctimas y coadyuvar en buena medida a la consolidación de los valores democráticos en la sociedad, por lo que reconoce la importancia de promover la memoria de las víctimas de violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos y del derecho a la verdad y la justicia.

En tal sentido, el ombudsman nacional dijo que “Comisión Nacional brinda especial atención a casos y situaciones relevantes, altamente sensibles para la sociedad, como los de Iguala, Guerrero; Tlatlaya, estado de México; Chalchihuapan, Puebla; Allende, Coahuila; San Fernando, Tamaulipas; Río Sonora, Sonora, así como Apatzingán y Buenavista, Michoacán, en los que por su gravedad y relevancia es prioritario hacer efectivo el derecho a la verdad, que los responsables den cuenta de sus actos ante la ley y la sociedad, se reparen de manera integral los daños a las víctimas y se adopten medidas para prevenir que se repitan las condiciones en que se generaron y las características con las que se desarrollaron hacen que nadie pueda resignarse o mantenerse indiferente ante ellos”.

Décimo. Luego entonces si existe consenso en los organismos internacionales especializados, así como en los expertos, que por desaparición forzada de personas debe entenderse “al secuestro llevado a cabo por agentes del Estado o grupos organizados de particulares que actúan con su apoyo o tolerancia, y donde las víctimas ‘desaparecen’, las autoridades no aceptan ninguna responsabilidad del hecho, ni dan cuenta de la víctima” y que el Código Penal Federal establece el tipo penal de desaparición forzada de personas e incluso la propia Procuraduría General de la República ha mencionado que consigno a los detenidos por los hechos acaecidos el 26 y 27 de septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero, por el delito de desaparición forzada de personas, pero que el juez de distrito que conoce la causa penal es quien no obsequio el auto de formal prisión por lo que el Ministerio Público federal se inconformó, ahora resulta paradójico que la Procuraduría General de la República pretenda evadir la responsabilidad del Estado mexicano y considere que los hechos ocurridos no constituyen un delito de lesa humanidad.

Nuestra sociedad demanda y tiene derecho a conocer la verdad de esos hechos, así como a exigir que se haga justicia.

En razón de lo anterior se propone a esta soberanía, como de urgente y obvia resolución

Único. Proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución para que se exhorte a la Procuraduría General de la República para que reconozca que los hechos ocurridos en Iguala, Guerrero, el 26 y 27 de septiembre de 2014, donde fueron atacados y desparecidos estudiantes de la normal rural Isidro Burgos de Ayotzinapa, son un crimen de lesa humanidad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015.

Diputados: José Luis Esquivel Zalpa, Manuel Huerta Ladrón de Guevara (rúbricas)



Efemérides

Con motivo del reconocimiento de los derechos políticos de las mujeres en el país, a cargo de la diputada Gabriela Medrano Galindo, del Grupo Parlamentario del PVEM

Las democracias constitucionales como la nuestra tienen asociados múltiples valores, pero la percepción respecto de cuáles son considerados los fundamentales y cuál es la importancia que se otorga a cada uno de ellos sufre constantes cambios con el paso del tiempo. Este es el caso de la igualdad política entre hombres y mujeres en nuestro país.

Si bien los cimientos jurídicos de este derecho pueden encontrarse en el texto constitucional de 1917, lo cierto es que su desarrollo y consolidación tuvo lugar hasta mediados del siglo XX, convirtiéndose actualmente en uno de los pilares de nuestra democracia.

La igualdad política entre hombres y mujeres es un valor que hoy inspira la conducta individual de quienes participan en nuestro sistema político. No obstante, el reconocimiento pleno de los derechos políticos de las mujeres mexicanas no ha tenido un camino fácil.

Las primeras expresiones de reclamo del voto por parte de las mujeres en México, datan de finales del siglo XIX, cuando una publicación, la revista Violetas del Anáhuac , fundada y dirigida por Laureana Wright, en la cual sólo escribían mujeres, exigió por primera vez este derecho.

Hacia 1910, diversas asociaciones de mujeres que se sumaron a la campaña de Madero, entre ellas el club femenil antirreeleccionista Las Hijas de Cuauhtémoc, al mismo tiempo que protestaban por el fraude en las elecciones demandan la participación política de las mujeres mexicanas.

Entre 1935 y 1936, se conforma el Frente Único Pro Derechos de la Mujer, el cual presionó para que en 1937 el presidente Lázaro Cárdenas enviara a la Cámara de Senadores la iniciativa para reformar el artículo 34 constitucional como primer paso para que las mujeres obtuvieran la ciudadanía.

El 24 de diciembre de 1946, la Cámara de Diputados aprobó la iniciativa enviada por el presidente Miguel Alemán, en la que se adicionó el artículo 115 constitucional, que entró en vigor el 12 de febrero del siguiente año. En ella se establecía que en las elecciones municipales podrían participar las mujeres en igualdad de condiciones con los varones, teniendo el derecho a votar y ser votadas.

Pero es hasta el 17 de octubre de 1953 que el recién nombrado presidente Adolfo Ruiz Cortines cumplió una de sus principales promesas de campaña y promulgó las reformas constitucionales que otorgaron el voto a las mujeres en el ámbito federal. Este acontecimiento histórico tiene su origen el 6 de abril de 1952, cuando más de 20 mil mujeres reunidas en el Parque 18 de marzo de la Ciudad de México para un acto de campaña del candidato presidencial Adolfo Ruiz Cortines, impulsaron a éste a comprometerse a plasmar en la Constitución el derecho de las mexicanas a votar y ser votadas, tanto a nivel local como en el municipal.

Sin embargo, a poco más seis décadas de distancia de haber conseguido la igualdad plena entre hombre y mujeres, aún no se puede cantar victoria, pues la equidad de los géneros todavía tiene mucho camino por recorrer.

La plena inclusión de las mujeres en el escenario público no se colma con el mero reconocimiento de su derecho a votar, pues su presencia en la vida política sigue lejos de gozar igualdad sustantiva y efectiva y queda sujeta a múltiples obstáculos en las estructuras políticas y muchos más en las configuraciones culturales.

En el Partido Verde Ecologista de México estamos comprometidos con la defensa de los derechos humanos y con impulsar una justicia con enfoque de género, para fortalecer el camino hacia una democracia igualitaria, con paridad y alternancia de géneros.

En este sentido, los gobiernos, las legislaturas, los tribunales, los partidos políticos, las instituciones públicas en general y la sociedad entera, tenemos el deber y el compromiso de seguir avanzando en el camino de la plena igualdad de hombres y mujeres, para lo cual se requiere consolidar las acciones afirmativas de equidad de género y, por ende, proteger los derechos políticos de las mexicanas.

Si bien es cierto que las mujeres han ido construyendo un camino sólido hacia una mayor participación en la vida económica, académica, cultural, social y política de México, todavía enfrentamos grandes retos; uno de ellos, es lograr que los actores políticos pasen de la retórica a las acciones para alcanzar una verdadera equidad de género.

De mucha utilidad será en este propósito la reforma política aprobada por esta LXII Legislatura, la cual garantiza que por primera vez en nuestra historia 50 por ciento de las candidaturas para cargos de elección popular sean ocupadas por mujeres. Ciudadanas mexicanas quienes demuestran que no sólo por el género, sino por sus valores, trabajo, esfuerzo y capacidad, contribuyen de manera decidida y fundamental al cumplimiento de los objetivos de la democracia.

Un líder religioso de origen persa escribió con mucha razón: “El mundo de la humanidad tiene dos alas, una es la mujer y la otra es el hombre. Hasta que ambas alas no se hayan desarrollado igualmente, el pájaro no podrá volar. [..] Hasta que el mundo de la mujer no llegue a ser igual al mundo del hombre en la adquisición de virtudes y perfecciones, no se podrá alcanzar el éxito y la prosperidad como debiera ser.”

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de abril de 2015.

Diputada Gabriela Medrano Galindo (rúbrica)