Proposiciones de urgente u obvia resolución
Proposiciones


Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Conagua, a la Semarnat y demás dependencias competentes a revisar y determinar si las obras realizadas en el rancho Pozo Nuevo, en Sonora, propiedad del licenciado Guillermo Padrés Elías y su familia, se ajustaron a lo establecido en la ley, a cargo del diputado Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI

Los suscritos diputados federales del estado de Sonora, integrantes del Partido Revolucionario Institucional, Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez, Flor Ayala Robles Linares y Faustino Félix Chávez, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 62, numeral 3; artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2; artículos 100 y 113, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y demás dependencias competentes del gobierno federal a efecto de que revise y determine si las obras realizadas en el rancho Pozo Nuevo, propiedad del licenciado Guillermo Padrés Elías y su familia, se realizaron conforme a lo que establece la ley, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El 4 de septiembre del año en curso, el programa denominado Punto de Partida, que conduce la periodista Denise Maerkeri dio a conocer a través de una investigación realizada por Fátima Monterrosa y Marco Tinoco, que el gobernador de Sonora, licenciado Guillermo Padrés Elías, y su familia tienen en su rancho una presa hidráulica con capacidad de contener varios millones de metros cúbicos de agua.

Se trata del rancho Pozo Nuevo, ubicado a cinco kilómetros del pueblo de Bacánuchi, de tres mil 670 hectáreas, para la siembra y riego de nogal, que luce imponente con la presa El Titanic, como la conocen los ejidatarios, construida a finales de 2011 y principios de 2012, sin el título de concesión que otorga la Comisión Nacional del Agua, ni la autorización de Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Para entender lo anterior, la Ley de Aguas Nacionalesii señala en su artículo 3o., fracción XIII lo siguiente:

XIII. “Concesión”: Título que otorga el Ejecutivo Federal, a través de “la Comisión” o del Organismo de Cuenca que corresponda, conforme a sus respectivas competencias, para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, y de sus bienes públicos inherentes, a las personas físicas o morales de carácter público y privado, excepto los títulos de asignación”.

De igual forma, el artículo 3o. de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambienteiii señala que:

XXI. Manifestación del impacto ambiental: El documento mediante el cual se da a conocer, con base en estudios, el impacto ambiental, significativo y potencial que generaría una obra o actividad, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea negativo;

La construcción de la presa El Titanic y la perforación de seis pozos en el Rancho Pozo Nuevo de Guillermo Padrés, a partir de febrero de 2012, está escriturada a nombre de Guillermo Padrés Elías, de su hijo Guillermo Padrés Dagnigo, de su hermano Miguel Padrés Elías, y de su sobrino Miguel Padrés Molina; coinciden con la caída en el suministro de agua para el resto de los poco más de 200 habitantes de Bacanuchi, sobre todo en estos momentos, por la contaminación que están padeciendo los Río Sonora y el propio río Bacanuchi.

El embalse, de 120 metros de longitud y una cortina de 80 metros de altura, tiene capacidad para almacenar cuatro millones de metros cúbicos de agua que llega del río Manzanal, como lo dio a conocer Excélsiori en su edición del viernes 5 de septiembre.

De igual forma es deber de la Cámara de Diputados, investigar y llegar hasta las últimas consecuencias en el caso que nos ocupa para saber y determinar el origen de los recursos que el Gobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías, utilizó para la construcción de la Presa y las inversiones millonarias que ha realizado en los últimos años para modernizar el Rancho Pozo Nuevo.

En la entrevista que le realizan a Guillermo Padrés Elías, en el programa Punto de Partida, existe que hay un “represo que tiene más de 60 años que ya estaba en una comunidad minera” y termina justificando “que hay muchos, incluyendo el rancho nuestro”...

Sin embargo, en la Ley de Aguas Nacionales no existe el término represo; sin embargo el artículo 3 en su fracción XVII, establece lo que es un “cuerpo receptor” dentro del que se menciona a la presa:

XVII. “Cuerpo receptor”: La corriente o depósito natural de agua, presas, cauces, zonas marinas o bienes nacionales donde se descargan aguas residuales, así como los terrenos en donde se infiltran o inyectan dichas aguas, cuando puedan contaminar los suelos, subsuelo o los acuíferos;

Y el artículo 113 del propio ordenamiento indica que la administración de los bienes nacionales que se enumeran quedarán a cargo de la Comisión, entendiéndose por ésta a la Comisión Nacional del Agua:

...

VI. Las islas que existen o que se formen en los vasos de lagos, lagunas, esteros, presas y depósitos o en los cauces de corrientes de propiedad nacional, excepto las que se formen cuando una corriente segregue terrenos de propiedad particular, ejidal o comunal, y

VII. Las obras de infraestructura hidráulica financiadas por el gobierno federal, como presas, diques, vasos, canales, drenes, bordos, zanjas, acueductos, distritos o unidades de riego y demás construidas para la explotación, uso, aprovechamiento, control de inundaciones y manejo de las aguas nacionales, con los terrenos que ocupen y con las zonas de protección, en la extensión que en cada caso fije “la Comisión”.

En cuanto a los recursos económicos que se han erogado para la construcción de la presa y el auge del rancho Pozo Nuevo, hasta el momento, no se han especificado ni tampoco se han dado a conocer pues la opacidad, la corrupción y la falta de rendición de cuentas ha sido el común denominador del Gobierno del Estado de Sonora, ¿Cómo se podrá justificar las inversiones millonarias que han sido realizadas sobre el Rancho en los últimos años?

Es evidente que no existe, ni habrá explicación alguna para justificar las inversiones millonarias que han sido realizadas sobre el Rancho en los últimos años, y exigimos a las instancias legales que correspondan que lleguen hasta las últimas consecuencias; pues el video que detonó la gravedad de la situación que padecen los habitantes de Bacanuchi, con la escasez de agua, del problema de contaminación por el derrame que realizó la Mina Buenavista, de la muerte de ganado y cosecha, nos ha dejado ver que el Rancho Pozo Nuevo en el año 2008 no tenía imágenes ni rastros de la obra de la Presa; sin embargo en imágenes tomadas en el año 2012 se puede ver la obra de la Presa ya construida, misma que fue verificada con las mismas coordenadas por los propios investigadores del Programa Punto de Partida.

Por lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable Cámara de Diputados los presentes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional del Agua para que revise, si la presa que se encuentra ubicada en el rancho Pozo Nuevo y la construcción de la cortina que tiene la misma, no representa un riesgo para las poblaciones aledañas, derivado del volumen de metros cúbicos de agua almacenada.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que dé a conocer públicamente, si la presa ubicada en el Rancho Pozo Nuevo cuenta con Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) y con título de concesión correspondiente; así como si el desmonte para realizar dicha obra cuenta con autorización para el cambio de uso de suelo forestal, ambos debidamente autorizados.

Tercero. Se exhorta respetuosamente a las demás dependencias competentes del gobierno federal, a efecto de que se revise y determine si las obras realizadas en el Rancho Pozo Nuevo, propiedad del licenciado Guillermo Padrés Elías y familia, están dentro de la legalidad.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de septiembre de 2014.

Notas

i www. http://noticieros.televisa.com/programas-punto-de-partida/

ii http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/16_110814.pdf

iii http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/148.pdf

iv www.excelsior.com.mx, viernes 5 de septiembre de 2014, lunes 8 de septiembre 2014.

Diputados: Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez (rúbrica), Faustino Félix Chávez, Flor Ayala Robles Linares (rúbrica).

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y a la PGR a emprender acciones para prevenir, erradicar, investigar, sancionar y reparar a las víctimas de los casos de desaparición forzada; y a los congresos locales, a legislar en la materia, conforme a lo establecido en los estándares internacionales, a cargo de Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6 fracción I, y 79 numeral 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados presentan ante la Cámara de Diputados punto de acuerdo conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

Según la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, (en adelante Convención) adoptada a partir de 2006, por los países miembros de la Organización de las Naciones Unidas.

Se entenderá por “desaparición forzada” el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del estado, seguida de la negativa de reconocer dicha privación de libertad o de ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley1 .

Asimismo, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ha enlistado una serie de derechos tanto civiles o políticos, económicos, sociales y culturales, que podrían ser violados por el hecho de una desaparición.

Entre ellos se encuentran el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica; el derecho a la libertad y seguridad de la persona; el derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; el derecho a la vida, en caso de muerte de la persona desaparecida; el derecho a una identidad; el derecho a un juicio imparcial y a las debidas garantías judiciales; el derecho a un recurso efectivo, con reparación e indemnización; el derecho a conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición; y, en caso de que la víctima de desaparición forzada sea el sostén económico de la familia, ésta podría quedar en un estado de vulnerabilidad permeando así derechos como el derecho a la protección y a la asistencia a la familia; el derecho a un nivel de vida adecuado; el derecho a la salud o el derecho a la educación.2

Por otro lado, respecto a las acciones que los estados parte deberán cumplir para la prevención de la desaparición forzada, la Convención prevé:

“La prohibición expresa de la detención en lugares secretos y se pide a los estados que garanticen unas normas jurídicas mínimas sobre la privación de libertad, como el mantenimiento de registros oficiales de las personas privadas de libertad con un mínimo de información y la autorización para comunicarse con su familia, un abogado o cualquier otra persona de su elección.”

En la Convención se establece que cada estado parte tomará las medidas necesarias para establecer su jurisdicción sobre los delitos de desaparición forzada en los casos en que el presunto autor se halle en cualquier territorio bajo su jurisdicción, salvo que dicho estado lo extradite o lo entregue a otro estado conforme a sus obligaciones internacionales, o lo transfiera a una jurisdicción penal internacional cuya competencia haya reconocido3 .

Por su parte, en México, se ha establecido por parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en la Agenda Nacional de Derechos Humanos que

“La desaparición de personas constituye una de las violaciones más graves a los derechos humanos. El estado es el primero obligado a combatirla, y desde el momento en que éste deja de reconocer su responsabilidad en los hechos o se niega a proporcionar información para la localización de las víctimas, conocer su suerte o destino final, se actualiza una violación de lesa humanidad que afecta sustancialmente la integridad, seguridad, libertad y vida de las personas.”

Sin embargo, como se podrá observar más adelante, la Comisión señalada ha sido rebasada por la situación que se vive en el país en materia de desapariciones forzadas, por lo que su actuación al respecto ha sido objeto de fuertes críticas por parte de activistas y especialistas.

En el marco del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, a partir de 2011, conmemorado el 30 de agosto, algunas de las voces con mayor trayectoria en la atención y análisis de estos hechos, como Amnistía Internacional y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, criticaron al gobierno mexicano por la falta de claridad en las cifras que han dado a conocer.

Cifras oficiales aportadas por la Secretaría de Gobernación el 22 de mayo hablaban de 8 mil personas desaparecidas. Sin embargo, el 16 de junio las autoridades explicaron que en realidad se trataba de 16 mil personas, cuando el 21 de agosto de 2014, la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales de la Procuraduría General de la República (PGR), anunció que el número de personas no localizadas sobre las que se presentó una denuncia suman 22 mil 3224 .

Para Amnistía Internacional “no existe ningún documento oficial que explique claramente el proceso de depuración de datos y el porqué las cifras han variado de forma tan drástica en tan poco tiempo. Tampoco hay claridad en cuanto a las personas localizadas después de haber sido reportadas como sustraídas por la fuerza.”5 Por su parte

La alta comisionada en esta materia, Navi Pillay, en un comunicado [...] hizo eco de los legítimos reclamos de las familias de las víctimas que exigen verdad y justicia. Asimismo, pidió al gobierno mexicano que reconozca la competencia del Comité de la Organización de la Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada, quien en su informe más reciente exigió a México políticas para prevenir, erradicar, investigar, sancionar y reparar a las víctimas6 .

En el mismo sentido, Ariel Dulitzky, quien encabezó la misión del grupo de trabajo de Desapariciones Forzadas de la ONU en México, ha realizado una revisión seria de los avances y pendientes que el gobierno federal presenta en la materia, por lo que ha concluido en que la falta de transparencia y de una metodología acorde en la elaboración de la base de datos de personas no localizadas a nivel nacional, aunado a las carencias que presentan los protocolos de búsqueda e identificación de personas desaparecidas a nivel local; entre otros elementos7 , han provocado que los casos de desapariciones sigan siendo una constante en nuestro país.

Respecto a la actuación de la CNDH, el doctor José Antonio Guevara Bermúdez, director ejecutivo de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, dio a conocer en el coloquio Evaluación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos , realizado en la Cámara de Diputados el pasado 18 de agosto, que la comisión ha emitido desde 2006, sólo diez recomendaciones sobre desaparición forzada.

Dichas recomendaciones involucran a 26 personas víctimas de desaparición forzada, sin embargo durante la actual administración encabezada por Enrique Peña Nieto, no se ha emitido ninguna recomendación a pesar del creciente número de casos de desapariciones en el país.

En dicho tenor, debe mencionarse que:

“La desaparición forzada se ha usado a menudo como estrategia para infundir el terror en los ciudadanos. La sensación de inseguridad que esa práctica genera no se limita a los parientes próximos del desaparecido, sino que afecta a su comunidad y al conjunto de la sociedad.

La desaparición forzada se ha convertido en un problema mundial que no afecta únicamente a una región concreta del mundo. Las desapariciones forzadas, que en su día fueron principalmente el producto de las dictaduras militares, pueden perpetrarse hoy día en situaciones complejas de conflicto interno, especialmente como método de represión política de los oponentes.”8

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Gobernación y a la Procuraduría General de la República, a que emprendan, en el marco de sus atribuciones, las acciones para prevenir, erradicar, investigar, sancionar y reparar a las víctimas de los casos de desaparición forzada.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a los congresos locales a legislar en materia de desaparición forzada, considerando lo establecido en los estándares internacionales, con la finalidad de contar con un marco jurídico acorde.

Notas

1. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, “Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas”, [en línea], Dirección URL: http://www2.ohchr.org/spanish/law/disappearance-convention.htm

2. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, Folleto informativo No. 6/Rev.3 “Desapariciones forzadas o involuntarias”, p.p. 3, 4, [en línea], Dirección URL: http://www.ohchr.org/Documents/Publications/FactSheet6Rev3_sp.pdf http://www.ohchr.org/Documents/Publications/FactSheet6Rev3_sp.pdf

3. Ibid., p. 9

4. Sin Embargo, “La desaparición de personas es una crisis para México, advierten Amnistía y la ONU; los casos van en aumento, dicen”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.sinembargo.mx/31-08-2014/1102849

5. La Jornada, “Incoherentes, las cifras oficiales de desaparecidos: AI”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2014/08/30/gobierno-ha-dejado-que-prevalezca-la-confusion-sobre-desaparecidos-ai-2707.html

6. StarMedia México, “ONU solicita a México elaborar Ley General para personas desaparecidas”, [en línea], México, Dirección URL: http://noticias.starmedia.com/mexico/onu-solicita-mexico-elaborar-ley-general-para-personas-desaparecidas.html

7. Animal Político, “Tres fallas de Peña Nieto contra la desaparición forzada, según experto”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.animalpolitico.com/2014/08/tres-fallas-de-pena-nieto-contra-la-desaparicion-forzada-segun-experto/#axzz3Bsu0Ouk4

8. Naciones Unidas, “Día Internacional de las Víctimas”, [e

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de septiembre de 2014.

Diputados: Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica), Ricardo Monreal Ávila.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de los Ejecutivos federal y estatales, así como al jefe del gobierno del Distrito Federal, a exponer de modo exacto y detallado por las Secretarías de Finanzas o de Hacienda correspondientes el estatus de la deuda pública de cada estado durante las dos últimas administraciones, en particular lo referente a los pasivos generados por los sistemas de pensiones y seguridad social, a cargo del diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Grupo Parlamentario del PT

El que suscribe, Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, diputado en la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 79, numeral 1, fracciones II, III y IV, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución con carácter de urgente resolución, bajo las siguientes

Consideraciones

1. Según un análisis de la deuda pública de las entidades federativas y municipios realizado por la Auditoría Superior de la Federación,1 diversas entidades federativas han contraído elevados montos de deuda no registrada que ha sido identificada por el Consejo de Estabilidad del Sistema Financiero por medio de fuentes secundarias, como las instituciones bancarias y la Bolsa Mexicana de Valores.

2. Al 31 de diciembre de 2011 y de acuerdo con la información publicada por la SHCP, con base en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de las Entidades Federativas y Municipios, el saldo de la deuda subnacional ascendió a 390 mil 777.5 mdp, con un crecimiento nominal de 92.4% respecto a los 203,070.2 mdp al cierre de 2008, y que en términos reales es de 67.9%. De 2008 a 2011 las variaciones reales con los montos más altos se presentaron en 11 entidades:

Campeche (2 mil 420.5%); Coahuila (1,639.2%); Tamaulipas (552.9%); Morelos (412.9%); Zacatecas (406.0%); Quintana Roo (312.4%); Nayarit (213.7%); Yucatán (199.1%); Veracruz (165.9%); Chihuahua (139.9%), y Baja California Sur (114.9%).

Al analizar los saldos de la deuda pública de las entidades federativas incluidos los municipios, conforme a lo registrado ante la SHCP, entre 2008 y 2011 se tiene un aumento en términos absolutos de 187,707.3 mdp, del cual 10 entidades concentran el 76.5% del total, como sigue:

Coahuila (18.5%); Nuevo León (11.0%); Veracruz (10.0%); Jalisco (6.4%); Chihuahua (5.9%); Distrito Federal (5.7%); Quintana Roo (5.5%); Tamaulipas (5.2%); Michoacán (4.5%), y Chiapas (3.8%).

3. Con base en los datos del Inegi y de manera acumulada para las 32 entidades federativas, se observa que 18 tenían déficit primario en el periodo 2006-2010, entre las que resaltan Coahuila (8 mil 089.1 mdp); Jalisco (7 mil 497.5 mdp); Tamaulipas (7 mil 203.2 mdp); Veracruz (5 mil 019.5 mdp); Chihuahua (3 mil 339.2 mdp), y Nayarit (2 mil 965.1 mdp), que en conjunto suman 70.1% del déficit primario acumulado en este lapso por 48 mil 683.6 mdp. Veracruz contrato una deuda en monto superior a su superávit acumulado (7 mil 087.5 millones de pesos), ya que su endeudamiento en el periodo de 2006 a 2010, fue de 15 mil 985.6 millones de pesos.2

Por entidad federativa y con datos del INEGI disponibles al cierre de 2010, el indicador Deuda/Ingresos Garantizables mantuvo valores por arriba del valor nacional (54.0%) en 11 entidades federativas, distribuidas como sigue: Quintana Roo (127.3%), Nuevo León (130.1%), Sonora (105.5%), Veracruz (70.4%), Chihuahua (70.3%), Jalisco (67.1%), Tamaulipas (63.2%) Michoacán (62.0%), Coahuila (61.9%), Baja California (60.9%) y Nayarit (58.7%). Este indicador muestra que 15 entidades tienen comprometida más de la mitad de sus ingresos garantizables en el pago de su deuda.

Según datos aportados por la publicación de Contralinea con el pretexto de resolver las urgencias administrativas, en el sexenio pasado, las entidades federativas y los municipios se consolidaron como uno de los principales clientes de la banca privada.

Actualmente, más del 60 por ciento de las deudas se concentra en tres instituciones, revelan datos de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Se trata de las firmas mexicanas Banorte e Interacciones y de la española BBVA Bancomer.3

Aunque la deuda total de entidades y municipios que reporta la Comisión al cierre de junio de 2013 no coincide con la que registra la Secretaría de Hacienda, sí refleja la composición de este mercado: de la cartera total en el ámbito privado por 282 mil 675 millones, el 28 por ciento, 79 mil 184 millones, fue prestado por Banorte; el 20.7 por ciento, 58 mil 530 millones, por BBVA Bancomer, y el 15.5 por ciento, 44 mil 34 millones, por Interacciones.

Otros bancos que mantienen carteras multimillonarias con estados y municipios son Banamex, con 19 mil 935 millones de pesos; Multiva, con 18 mil 476 millones; Inbursa, con 15 mil 562 millones; Banco del Bajío, con 12 mil 691 millones; HSBC, con 10 mil 466 millones, y Santander, con 9 mil 265 millones.

Juan José Dávalos, académico de la Facultad de Economía de la UNAM, señala que los bancos tienen responsabilidad respecto de las deudas contratadas con las entidades federativas y los ayuntamientos: las instituciones financieras no deben dar créditos chatarra, deben asegurarse de que el cliente es solvente y les va a pagar.

Hasta junio de 2014, la deuda de estados y municipios llegó a un saldo máximo de 489 mil 643.4 millones de pesos, del cual el Distrito Federal, Nuevo León, Chihuahua, Veracruz y estado de México concentran casi 50 por ciento.

Datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público muestran que el endeudamiento de los gobiernos locales creció 1.4 por ciento respecto al saldo del cierre de 2013 (482 mil 807.2 millones de pesos), y 10.5 por ciento en relación con junio del año pasado (443 mil 38.9 millones).

Señala que las obligaciones financieras de estados y municipios representó 3.0 por ciento del producto interno bruto estatal, porcentaje ligeramente menor al de 3.1 por ciento en diciembre de 2013, pero superior al de 2.8 por ciento en junio de año pasado.

Las entidades más endeudadas a junio de 2014 fueron Distrito Federal (61 mil 402.8 millones de pesos), Nuevo León (58 mil 443.9 millones), Chihuahua 41 mil 603.1 millones), Veracruz (40 mil 767.4 millones) y estado de México (39 mil 124.1 millones).

En conjunto, estas cinco entidades sumaron 241 mil 341.4 millones de pesos, monto que representa 49.28% del total de la deuda local, según las cifras de la Secretaría de Hacienda.4

Por lo anteriormente expuesto y en base a lo estipulado en el artículo 26. De la Constitución refiere que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.5

El artículo 117 Constitucional, en su fracción VIII, estipula que los Estados no pueden, en ningún caso:

VIII. Contraer directa o indirectamente obligaciones o empréstitos con gobiernos de otras naciones, con sociedades o particulares extranjeros, o cuando deban pagarse en moneda extranjera o fuera del territorio nacional.

Los Estados y los Municipios no podrán contraer obligaciones o empréstitos sino cuando se destinen a inversiones públicas productivas, inclusive los que contraigan organismos descentralizados y empresas públicas, conforme a las bases que establezcan las legislaturas en una ley y por los conceptos y hasta por los montos que las mismas fijen anualmente en los respectivos presupuestos. Los ejecutivos informarán de su ejercicio al rendir la cuenta pública.

De la misma manera el artículo 134. De ese ordenamiento refiere en sus párrafos primero, quinto y séptimo que los recursos económicos de que dispongan la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

El manejo de recursos económicos federales por parte de los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se sujetará a las bases de este artículo y a las leyes reglamentarias. La evaluación sobre el ejercicio de dichos recursos se realizará por las instancias técnicas de las entidades federativas a que se refiere el párrafo segundo de este artículo.

Los servidores públicos de la Federación, los Estados y los municipios, así como del Distrito Federal y sus delegaciones, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

Según lo dispuesto en el Artículo 6o. apartado A. fracciones I III y IV de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos el cual a la letra dice que para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases:

I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información.

III. Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de éstos.

IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos que se sustanciarán ante los organismos autónomos especializados e imparciales que establece esta Constitución.

En el artículo 79, fracción I, constitucional, en su segundo párrafo refiere que también fiscalizará directamente los recursos federales que administren o ejerzan los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, con excepción de las participaciones federales; asimismo, fiscalizará los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos o cualquier otra figura jurídica, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia e otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.

Artículo 1 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, menciona que los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta ley deberán observar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género.

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal y los Ejecutivos de los estados así como al jefe de gobierno del Distrito Federal a fin de que expongan de manera exacta y detallada, por conducto de sus Secretarías de Finanzas o de Hacienda que correspondan, sobre el estatus de la deuda pública que tiene cada Estado de la Republica durante las dos últimas administraciones y en particular lo referente a los pasivos generados por los sistemas de pensiones y seguridad social.

Notas

1 http://www.asf.gob.mx/uploads/56_Informes_especiales_de_auditoria/1._An alisis_de_Deuda_Publica_Agosto_2012.pdf agosto 2012

2 Comparativo entre los balances presupuestario y primario, con el endeudamiento

3 http://contralinea.info/archivo-revista/index.php/2013/09/22/estados-municipios-las-deudas-se-ven-pero-se-pagan/ 1-09-14.

4 17 de agosto, 2014 El Economista.

5 Artículo 26 A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Párrafo reformado DOF 05-06-2013.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 3 de septiembre de 2014.

Diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara (rúbrica)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México a editar un libro conmemorativo del centenario de la toma de Zacatecas, los Tratados de Teoloyucan y el ingreso del Ejército Constitucionalista en la capital del país, a cargo del diputado Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Gerardo Licéaga Arteaga, diputado federal a la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo a través del cual se exhorta al Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México a editar un libro conmemorativo del centenario de la toma de Zacatecas, los Tratados de Teoloyucan y del ingreso del Ejército Constitucionalista a la Ciudad de México, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El sábado 29 de agosto de 1953, el Diario Oficial de la Federación publicó el Decreto presidencial mediante el cual se creó el Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, y el primero de julio de 2010 el propio instrumento de difusión daría a conocer el Decreto del Ejecutivo Federal por el que se reformaban, adicionaban y abrogaban diversas disposiciones del similar para ampliar sus atribuciones y objetivos, definiéndolo como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública con el objetivo de desarrollar y colaborar en la investigación, estudio y difusión de la historia de las grandes transformaciones políticas, económicas, sociales y culturales generadas por las revoluciones que han definido la historia nacional.

2014 se ha caracterizado por la conmemoración del centenario de tres importantes acontecimientos vinculados a la Revolución Mexicana: La toma de Zacatecas, los Tratados de Teoloyucan y el ingreso del Ejército Constitucionalista a la Ciudad de México.

Los hechos históricos referidos, lamentablemente, son poco conocidos y valorados por las nuevas generaciones, ya que el conocimiento e interés por la Revolución Mexicana se va perdiendo y solamente en el ámbito institucional se hace remembranza de tan significativos momentos relacionados con esa etapa que definió el rumbo del país.

Es por ello, que siendo el INHERM la instancia competente para contribuir al rescate y conservación de materiales documentales, bibliográficos y gráficos sobre las grandes transformaciones políticas, económicas, sociales y culturales generadas por las revoluciones que han definido la historia nacional, como lo establece el artículo 1o. de su decreto en vigor, que el proponente considera indispensable exhortarlo para el efecto de que lleve a efecto una edición conmemorativa de los tres relevantes pasajes referidos de la historia de México.

De esta manera, la toma de Zacatecas, los Tratados de Teoloyucan y el ingreso del Ejército Constitucionalista a la Ciudad de México, podrán difundirse entre la sociedad mexicana para que no se pierda nuestra identidad nacional.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración del pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México a editar un libro conmemorativo del centenario de la toma de Zacatecas, los Tratados de Teoloyucan y del ingreso del Ejército Constitucionalista a la Ciudad de México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de septiembre de 2014.

Diputado Gerardo Licéaga Arteaga (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a expedir el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para dar certeza jurídica a la regulación y el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas, a cargo de la diputada Tania Margarita Morgan Navarrete, del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, Tania Margarita Morgan Navarrete, diputada federal de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con carácter de urgente u obvia resolución por el que se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal, en uso de su facultad reglamentaria prevista en el artículo 89 constitucional, fracción I, y de conformidad con el artículo sexto transitorio de la ley, a expedir el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para que, a través de éste, se dé certeza jurídica para la regulación y aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas, así como a los productores pesqueros al tenor de las siguientes

Consideraciones

Las leyes expedidas por el Congreso de la Unión creadas por la facultad legislativa que tiene este Poder de la Unión, al crear, modificar, derogar o abrogar leyes, conforman el ordenamiento jurídico por el que se rige el Estado mexicano, siendo así que tenemos un vasto marco normativo sobre diversos sectores y materias que son objeto de regulación.

Así es que el Congreso de la Unión, haciendo uso de sus facultades, conforme el artículo 73 constitucional, fracción XXIX-L, expidió la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables (en adelante, LGPAS) la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (en adelante, DOF) el 24 de julio del 2007. La LGPAS abrogó la Ley de Pesca de 1992 y desde su publicación ha sufrido tres reformas, dos en el 2012 y una más reciente en enero del 2014.

El artículo 89 constitucional, fracción I, prevé la facultad reglamentaria del presidente de la República atribuyéndole la facultad de promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.

El presidente es la única autoridad competente para elaborar y expedir los reglamentos para dar ejecución a las leyes que expide el Poder Legislativo. Estos tienen por objeto desarrollar y explicitar las disposiciones contenidas en los ordenamientos legales.

Varios teóricos del derecho, entre ellos el doctor Gabino Fraga,1 describe que “la atribución de la facultad reglamentaria al Poder Ejecutivo se justifica desde el punto de vista práctico por la necesidad de aligerar la tarea del Poder Legislativo relevándolo de la necesidad de desarrollar y completar en detalle las leyes para facilitar su mejor ejecución, teniendo en cuenta que el Ejecutivo está en mejores condiciones de hacer ese desarrollo, puesto que se encuentra en contacto más íntimo con el medio en el cual va a ser aplicada la ley.”

El reglamento de la Ley de Pesca fue publicado en el DOF el 29 de septiembre de 1999. La última reforma publicada fue el 28 de enero de 2004.

La LGPAS que entró en vigor el 24 de abril de 2008 prevé en el artículo sexto transitorio, prevé que su reglamento correspondiente deberá ser expedido por el presidente dentro de los seis meses posteriores a la entrada en vigor de este ordenamiento legal. Lo cual significa que debería haber sido publicado desde octubre del 2008. Situación que a casi 6 años transcurridos, aun no se ha atendido. Por lo que además de no contar con un reglamento que especifique, precise y clarifique las disposiciones legales para su correcta aplicación y cumplimiento, también se ha generado cierta incertidumbre normativa para la interpretación del marco que regula las actividades pesqueras y acuícolas.

Sin embargo, mientras no se publicara esta reglamentación, seguirá vigente el Reglamento de la Ley de Pesca. El cual es importante distinguir, pues se ha vuelto un instrumento jurídico insuficiente para regular la LGPAS, ya que la vigencia entre ambos no es coincidente.

El artículo 4, fracción I de la LGPAS prevé que la acuacultura es el conjunto de actividades dirigidas a la reproducción controlada, preengorda y engorda de especies de la fauna y flora realizadas en instalaciones ubicadas en aguas dulces, marinas o salobres, por medio de técnicas de cría o cultivo, que sean susceptibles de explotación comercial, ornamental o recreativa. El desarrollo de esta actividad ha ido en incremento, ya que sus horizontes se han ampliado y expandido en gran medida gracias a las nuevas técnicas de instrumentación, por lo que fue necesario incluir en la legislación en la materia, una regulación más adecuada que cubriera el vasto campo de acción. Por lo cual, y dada la importancia de esta actividad, debe ser objeto de una reglamentación más precisa mediante la conformación de un nuevo reglamento que satisfaga y cubra la totalidad de la acuacultura.

La expedición de un Reglamento de la LGPAS dará mayor certeza jurídica a los sujetos a quienes les aplica la Ley al establecer las disposiciones relativas a las concesiones y permisos para el aprovechamiento de la pesca y la acuacultura, así como las relativas a la elaboración y ejecución de los Programas de Ordenamiento Pesquero, de manera que los sujetos obligados deberán cumplir sus obligaciones conforme a sus competencias.

A pesar de existir un Anteproyecto de la LGPAS2 publicado por la Conapesca, el titular del Poder Ejecutivo no ha ejercido su facultad reglamentaria, ya que desde mayo de 2008, la Sagarpa sometió a consulta pública dicho anteproyecto a través de su página web así como realizó diversos foros en varias entidades federativas. Está de más decir que el tema se debió dar por concluido hace ya varios años, y con ello debieron haberse integrado las opiniones de la ciudadanía en el Reglamento para su posterior expedición.

Es de suma importancia dar concordancia de las autoridades que velarán por el cumplimiento a la ley con el reglamento en mención, ya que en él (vigente desde 1999), se contempla que su aplicación corresponde a la Semarnap (Secretaría de Medio Ambiente Recursos Naturales y Pesca), que antes se encargaba también de los asuntos relacionados con la pesca. Sin embargo, esta actividad fue desincorporada de las competencias de la –ahora- Semarnat, para ser conferida a la Sagarpa.

Para evitar conflictos generados por la poca claridad en la distribución de competencias, es esencial el esclarecimiento de sus atribuciones a cada autoridad, y el establecimiento de mecanismos efectivos de coordinación entre las instituciones a cargo de hacer cumplir la ley, entre las cuales, además de la Sagarpa, se encuentra la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), el Instituto Nacional de Pesca (Inapesca) y el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica). Las competencias de éstas, se contemplan en el anteproyecto del tan mencionado reglamento de la ley con el que se sientan las bases para el ejercicio de sus atribuciones.

En el estudio realizado por el Instituto Mexicano para la Competitividad, AC, “Una barrera a la competitividad”, se señala que la pesca realizada en contravención de las disposiciones legales aplicables (pesca ilegal) tiene tres principales causas: económicas, sociales e institucionales. Práctica que ha ido en incremento en el territorio nacional.

Por citar un ejemplo, sólo en el 2011, 351 embarcaciones menores fueron confiscadas y un poco más de 3,500 toneladas de producto fueron retenidas en el mismo año; por lo cual, la acción de la justicia no representa una amenaza real. De esta forma, se producen mayores ganancias en la pesca ilegal que las que se generan por la realizada conforme a las disposiciones legales, verbigracia, “un pescador legal produce entre 5 y 6 kilos en una jornada larga de pesca, mientras que un pescador irregular produce durante la noche aproximadamente 12 kilos de camarón”.

Por lo cual, es necesario un esquema de penas y sanciones para asegurar que las disposiciones existentes se cumplan en concordancia con los principios de proporcionalidad y disuasión, ya que la explotación excesiva de los recursos naturales, como la pesca desmedida, tiene impactos ambientales y recursos sociales, por lo que resulta necesario propiciar un desarrollo integral y sustentable de la pesca y acuacultura.

Es así que en el proyecto de reglamento, hay apartados que refieren a las vedas, se específica una amplia regulación a la imposición y ejecución de sanciones, sobre la suspensión de las mismas y a la supletoriedad en cuanto a las sanciones administrativas, etcétera.

Las multas se harán efectivas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y se destinarán a la integración de fondos para desarrollar programas vinculados con la inspección y vigilancia. Asimismo, se desarrolla lo relacionado con el decomiso, retención y aseguramiento precautorio de bienes y productos pesqueros y acuícolas por infractores de la ley, del reglamento y de las demás disposiciones aplicables.

Es por ello, y dada la importancia de contar con dicho ordenamiento jurídico para dar certeza jurídica al sector pesquero y acuícola, a los productores pesqueros, y a la concurrencia de la federación, entidades federativas y municipios sobre los recursos pesqueros y acuícolas, que la que suscribe pone a consideración de esta soberanía con carácter de urgente u obvia resolución el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal, en uso de su facultad reglamentaria prevista en el artículo 89 Constitucional fracción I, y de conformidad con el artículo sexto transitorio de la ley, a expedir el Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para que, a través de éste, se dé certeza jurídica para la regulación y aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas, así como a los productores pesqueros.

Notas

1 Doctor en Derecho por la Escuela Nacional de Jurisprudencia de la Universidad Nacional de México, fue ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, catedrático de Derecho Administrativo en la UNAM, etcétera [http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/4/1973/3.pdf]

2 Última versión del Anteproyecto de Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables [Última modificación miércoles 4 de julio de 2012]

[http://www.conapesca.gob.mx/wb/cona/ultima_version_del_anteproyecto_de _reglamento_de_l ]

Referencias:

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

3. Miguel Alejandro López Olvera. La facultad reglamentaria del Poder Ejecutivo en México. Un estudio Histórico Disponible en: [http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/4/1855/22.pdf ]

4. Conapesca; Última versión del Anteproyecto de Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Disponible en: [http://www.conapesca.gob.mx/wb/cona/ultima_version_del_anteproyecto_de _reglamento_de_l ]

5. IMCO. Una barrera a la competitividad. Disponible en: [http://imco.org.mx/wp-content/uploads/2013/5/pescailegal_ppt.pdf]

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de septiembre de 2014.

Diputada Tania Margarita Morgan Navarrete (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a indemnizar a los campesinos ejidatarios y pequeños propietarios de Tlaxcala, Puebla, Veracruz, Oaxaca, Guanajuato, Sinaloa y Morelos afectados por la servidumbre de paso de la CFE derivada de la instalación de líneas de transmisión de alta tensión, a cargo del diputado José Humberto Vega Vázquez, del Grupo Parlamentario del PRD

Los suscritos, diputados Humberto Vega Vázquez y Javier Orihuela García, integrantes de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, del Partido de la Revolución Democrática del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad otorgada con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución con base en las siguientes

Consideraciones

1. La Comisión Federal de Electricidad instaló cableados y torres de alta tensión, en predios y terrenos en una cobertura amplia de municipios de los estados de Tlaxcala, Puebla, Veracruz, Oaxaca, Guanajuato, Sinaloa y Morelos, mismos que pertenecieron a más de dos mil campesinos ejidatarios y pequeños propietarios.

Cabe señalar que las afectaciones abarcaron una parte, y en algunos casos la totalidad de sus propiedades, como se muestra en los cuadros anexos.

2. Tales acciones han afectado su economía, ya que la mayor parte de afectados son campesinos que se dedican al cultivo de maíz y diversas hortalizas para su propio aprovechamiento personal y que no tienen otra forma de sobrevivir, únicamente de lo que la tierra les proporciona a través de sus cultivos, y que es la única entrada de ingresos que tienen para solventar las necesidades más apremiantes de sus respectivas familias.

3. Cabe destacar, que en el presente caso, nunca los propietarios de los predios fueron notificados de la implantación del cableado y líneas de transmisión de la CFE en sus predios, no obstante, amparándose en la jurisprudencia dictada por la suprema corte de justicia de la nación, la cual, establece que: por el solo hecho de que comisión federal de electricidad instale sus torres de alta tensión y cableado en predios que pertenezcan a ejidos, o propiedad privada, queda constituida la servidumbre legal de paso, a favor de CFE pero también establece la previa indemnización a sus propietarios.

Esta anomalía violenta la garantía constitucional, establecida en el segundo párrafo del artículo 27 constitucional, misma que establece, que:

“Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización”

En el caso de nuestros representados, nunca fueron notificados de algún decreto expropiatorio en su contra, lo que sí, es por demás evidente, es la violación de sus derechos humanos.

4. En los hechos, con dicha intromisión por parte de la comisión federal de electricidad, todos estos campesinos ejidatarios y pequeños propietarios fueron despojados de sus tierras por donde se instaló la servidumbre de paso.

Ello, en virtud de que, además de no ser notificados, no se les ha finiquitado la parte correspondiente y de seguir las cosas como se han dado: por omisión, negligencia, dilación, irresponsabilidad y, por si no fuera el colmo, por pretextos administrativos o legaloides, para el finiquito correspondiente, seguirá eternamente, violentándose el estado de derecho.

Lo dicho esta soportado por los expedientes de los convenios en minutas de trabajo, planos topográficos, y avalúos bancarios, así como expedientes completos que acreditan la propiedad de las parcelas ejidales, asimismo hemos demostrado la pequeña propiedad privada, con sus respectivos acuses correspondientes, que valga decir, cada que ha habido reconfiguración de las gerencias regionales, como ha sido la de una parte de la de transmisión oriente a la del centro (en el Distrito Federal). Se recicla al principio la tortuosa tramitología, incluso ya se dio, la evasiva irresponsable, de que los archivos topográficos se les habían perdido, mismos que fueron repuestos por los representantes José Encarnación Aguilar Méndez y otros, que se mencionarán más adelante.

5. Ante esta violación de sus derechos humanos constitucionales, la arbitrariedad, la falta de información, la ignorancia y la incertidumbre, pero sobre todo el más elemental respeto por el estado de derecho, los más de dos mil afectados por las líneas de trasmisión de alta tensión, en su predios y terrenos de su propiedad, por la paraestatal, comisión federal de electricidad, se organizaron espontáneamente, y por su propio derecho consensaron nombrar sus representantes, a los ciudadanos José Encarnación Aguilar Mendez, Vicente Cote Cuatepotzo, y Federico Linares Ochoa, mismos que han hecho las gestiones correspondientes al finiquito.

Los oficios de los representantes han logrado que la CFE haya pagado hasta el momento a más del treinta por ciento del padrón de los representados, a través de tres gerencias regionales: a) la gerencia de transmisión central (actualmente, en distrito federal); b) la gerencia de transmisión oriente (Veracruz); y c) la gerencia de transmisión occidente (actualmente, Guadalajara, Jalisco). No obstante, aún quedan pendientes más del 70 por ciento de los afectados.

Es conveniente destacar que es el estado de Tlaxcala, donde nació el movimiento, es justamente donde se mayor avance en el finiquito por las afectaciones en comento.

6. La incertidumbre subió de tono cuando, en algunos casos los funcionarios de la CFE, han aludidos a la prescripción del plazo para reclamar el finiquito por servidumbre de paso, de 10 años, que al efecto establece el Código Civil de Procedimientos Civiles.

No obstante, los representantes, también se amparan en lo que establece el artículo 1168 relativo a la interrupción de la prescripción, que a la letra, la fracción III, dice.

“...porque la persona a cuyo favor corre la prescripción reconozca expresamente, de palabra o por escrito, o tácitamente por hechos indudables (...).

“Empezara a contarse el nuevo término de la prescripción en caso de reconocimiento de las obligaciones, desde el día en que se haga, si se renueva el documento, desde la fecha del nuevo título y si se hubiera prorrogado el plazo del cumplimiento de la obligación, desde que este hubiera vencido”

Y, de lo anterior, los representantes quieren dejar en claro que obran en poder los oficios de compromisos por parte de CFE, minutas de trabajo, planos topográficos e incluso avalúos bancarios, entre otros, donde se reconoce la afectación, hecho que diluye el argumento legal de que ya terminó el plazo para solicitar el pago respectivo.

7. Solo mencionar que otro mecanismo para acelerar el finiquito de sus tierras, fue el acercamiento a través de los diputados federales José Humberto Vega Vázquez y Javier Orihuela García, quienes solicitaron de manera individual, pero hasta el momento no han logrado su objetivo, razón por la cual decidieron hacerlo a través de este punto de acuerdo.

Como corolario, expresamos que las acciones llevadas a cabo por funcionarios y personal de la comisión federal de electricidad, transgreden flagrantemente sus derechos humanos, las garantías de legalidad y seguridad jurídica consagradas en nuestra suprema carta, así como diversos artículos de nuestra Constitución General, como los siguientes:

Artículo 5.- a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria comercio, o trabajo que les acomode siendo lícitos, como consecuencia una que vez que se despojó a nuestros representados de sus ejidos y pequeñas propiedades, pues se les impidió, que se dediquen a la profesión industria, comercio o trabajo que les acomode siendo lícitos, violando flagrantemente la empresa denominada CFE, este precepto constitucional.

Desde que CFE instaló su cableado e instalo sus torres de alta tensión, sin previa indemnización a sus respectivos dueños y propietarios, se han violado sus garantías individuales de legalidad y seguridad jurídica, consagradas en nuestra suprema carta, contenidas en los artículos 5, 14,16, 17 y 27 constitucionales.

Finalmente, los afectados quieren dejar constancia de que “por creer en las instituciones los afectados no han procedido con violencia, así como tampoco recurrir ante los tribunales previamente establecidos, a denunciar el despojo y reclamar la indemnización correspondiente por la afectación causada, por la empresa CFE que ustedes dignamente representan, y solamente ha abusado de su buena fe, dándoles evasivas, pese a que se han comprometido, con documentos al pago correspondiente, pero no nos dice cuándo”. En tal virtud, anexo al presente documento los cuadros de los afectados por estado para complementar la información.

1       2       3       4    Cuadros informativos

Por lo anteriormente expuesto y legalmente fundado, solicito atentamente se apruebe la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhortar, respetuosamente, al titular del ejecutivo federal, enrique peña nieto, para que gire sus instrucciones al director general de la Comisión Federal de Electricidad, doctor Enrique Ochoa Reza, con el objeto de indemnizar a más de 2 mil campesinos ejidatarios y pequeños propietarios, ubicados en Tlaxcala, Puebla, Veracruz, Oaxaca, Guanajuato, Sinaloa y Morelos (se anexa relación), quienes resultaron afectados por la servidumbre de paso, de la Comisión Federal de Electricidad, por la instalación de líneas de transmisión de alta tensión de dicha empresa, sufridas en su propiedad y patrimonio.

Los nombres se anexan al presente acuerdo.

Palacio Legislativo de San Lázaro del honorable Congreso de la Unión, a 17 de septiembre de 2014.

Diputados: Humberto Vega Vázquez, Javier Orihuela García (rúbricas).

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la PGR a difundir las investigaciones realizadas desde la recepción de los testimonios ciudadanos relacionados con el incendio de la guardería ABC y el estado del expediente, a cargo de Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes

Consideraciones

De acuerdo con información vertida por una investigación periodística de Reporte Índigo , misma que retomaran posteriormente otros medios de comunicación, se dio a conocer que la Procuraduría General de la República (PGR) tiene desde hace nueve meses diversos testimonios que afirman que el incendio de la Guardería ABC de Hermosillo, Sonora, fue provocado por una orden proveniente del palacio de gobierno de dicho estado.

Según los datos publicados, Carlos Lam Félix, secretario técnico del exgobernador Eduardo Bours, fue quien solicitó quemar una bodega contigua a la estancia infantil en la que fallecieron 49 niñas y niños el 5 junio de 2009.

Los testimonios que posee la dependencia a cargo de Jesús Murillo Karam, también fueron grabados voluntariamente, en video, por los testigos que acudieron a la PGR de parte de los padres de los niños que perdieron la vida.

Como sucede en muchos de los casos de violaciones a derechos humanos, en donde existen víctimas directas e indirectas, las investigaciones quedan en manos de las familias.

En este caso las madres, padres y abogados han realizado una investigación paralela a la de las autoridades, obteniendo resultados que ponen al descubierto que el posible objetivo de quemar la bodega adyacente a la Guardería ABC era desaparecer los documentos financieros de la administración priista de Eduardo Bours Castelo.

En los videos en poder de Reporte Índigo se muestra a Santiago Alonso Lugo Carrasco, Aarón Alberto Fierro Ruiz y Eimy Yuvicela Olivas Díaz asegurando que todo sucedió por la orden que Carlos Lam Félix dio a sus colaboradores más cercanos, y que culminó con la tragedia infantil más grande en la historia de nuestro país.

En la reconstrucción de los hechos Carlos Andrés López Meza, alias El Teniente , quien era el jefe de escoltas de Lam Félix, es señalado como el principal perpetrador del incendio.

Según las declaraciones ministeriales, la orden habría salido del palacio de gobierno directamente hacia Lam Félix, quien a su vez le pidió a su chofer que llevara a cabo la quema de papeles que presuntamente comprobarían desvío de recursos. El chofer, quien tenía formación militar, reclutó a dos personas más para lograr su objetivo.

El Teniente fue brutalmente asesinado el 17 de agosto de 2009, dos meses después del incendio mediante tres tiros en la cabeza y otros seis en el tórax. El crimen hasta ahora no ha sido aclarado.

Esta teoría se manejó desde el principio por los padres y oficialmente se abrió como línea de investigación por parte de la PGR, sin embargo, hasta el momento no ha habido resultados.

Han transcurrido nueve meses desde que Lugo Carrasco, Fierro Ruiz y Olivas Díaz rindieron su testimonio y a la fecha la PGR no ha dado respuesta oficial, motivo por el cual la organización Manos Unidad por Nuestros Niños, integrada por padres de las víctimas de la Guardería ABC solicitará ante un juez federal un amparo por dilación en la aplicación de justicia.

Gabriel Alvarado, representante legal de la organización, ha expresado de manera pública que han presentado los elementos suficientes para plantear un pliego de consignación en contra de personas por su probable responsabilidad en tales hechos, sin embargo, consideran que existe resistencia por parte de las autoridades para actuar ante lo que consideran son pruebas contundentes.

Bajo la presunción de que esta resistencia al interior de la PGR tiene como fin no fincar responsabilidades en contra de integrantes de gobiernos emanados del partido político del gobierno federal en turno, las familias continúan en un constante estado de incertidumbre y falta de acceso a la justicia y la debida reparación del daño.

Fundado y motivado en las consideraciones antes expuestas, sometemos a su consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Exhorta al procurador general de la República, Jesús Murillo Karam, a que en ejercicio de sus facultades, haga público un informe pormenorizado de las investigaciones realizadas desde la recepción de los testimonios de los ciudadanos Santiago Alonso Lugo Carrasco, Aarón Alberto Fierro Ruiz y Eimy Yuvicela Olivas Díaz a la fecha; así como el estado actual que guarda el expediente relacionado con el incendio en la Guardería ABC el 5 de junio de 2009, y los avances en las investigaciones correspondientes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de septiembre de 2014.

Diputados: Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica), Ricardo Monreal Ávila.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de las dependencias reguladoras del sistema financiero mexicano a implantar las recomendaciones de la Comisión Federal de Competencia Económica, a cargo de la diputada María Sanjuana Cerda Franco, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

La diputada María Sanjuana Cerda Franco, integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, respetuosamente somete a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La reforma financiera constituyó uno de los grandes cambios que México necesitaba para dinamizar la economía y asignar racionalmente el ahorro que concentran los intermediarios financieros.

Con fecha 10 de enero de 2014, fue promulgada y publicada en el Diario Oficial de la Federación, la reforma financiera, estableciendo como objetivos que la banca de desarrollo y la comercial, otorguen créditos accesibles; establecer un esquema de financiamiento a las actividades productivas, más competitivo y más justo; y sobre todo, que la banca otorgue préstamos accesibles a las micro, pequeñas y medianas empresas, que son las que generan la mitad de los empleos en México.

Con estos objetivos se buscó dotar de mayor flexibilidad al sistema financiero para otorgar más créditos y mejorar las condiciones de los servicios financieros para los consumidores y, de esta forma, contribuir al crecimiento económico y social del país.

Derivado de lo anterior, es pertinente regular la competencia entre actores del propio sector.

La fracción I del artículo quinto del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia financiera y se expide la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, a la letra señala:

“La Comisión Federal de Competencia Económica contará con un plazo de ciento ochenta dios naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para llevar a cabo una investigación sobre las condiciones de competencia en el sistema financiero y sus mercados, para lo cual deberá escuchar la opinión no vinculante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Como resultado de dicha investigación la Comisión Federal de Competencia Económica podrá, en su caso, formular recomendaciones a las autoridades financieras para mejorar la competencia en este sistema y sus mercados y ejercer las demás atribuciones que le confiere la Ley Federal de Competencia Económica a fin de evitar prácticas monopólicas, concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados en este sistema, incluyendo, según corresponda, ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia; ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos, en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos, y el resto de las medidas facultadas por la Constitución y la ley de la materia.

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) entregó el trabajo de investigación y recomendaciones sobre el sistema financiero y sus mercados, que el honorable Congreso de la Unión mandató al aprobar la reforma financiera, en el plazo solicitado de 180 días naturales.

De conformidad con el boletín COFECE-013-2014, se estima que en el trabajo se detectó que existe poca movilidad por parte de los usuarios de los servicios financieros y también, que faltan incentivos de los intermediarios financieros para atraer clientes, vía mejores términos y condiciones de sus productos y servicios.

La existencia de ambas condiciones presionaría a los mercados para lograr mejores precios y rendimientos, al tiempo que las instituciones podrían captar más clientes, generando así crecimiento del sector, mayor inclusión financiera y desarrollo económico.

En suma, el sistema financiero y sus mercados requieren de una mayor presión competitiva. Para ello, es necesario lograr que consumidores informados premien con su elección a los proveedores que ofrezcan las mejores condiciones, así como un marco regulatorio que reconozca las características del mercado, facilite la movilidad de los usuarios e incentive a las instituciones financieras a competir y aportar sus capacidades en beneficios de los consumidores.

Tal y como lo establece el informe ejecutivo del Trabajo de investigación y recomendaciones sobre las condiciones de competencia en el sector financiero y sus mercados, existen importantes áreas de oportunidad en materia de regulación o política sectorial para fomentar la competencia y libre concurrencia en cinco aspectos fundamentales:

• Evitar desplazamientos o se impida el acceso a competidores a los mercados financieros. Recomendaciones orientadas a que la regulación promueva aún más que los agentes compartan y otorguen acceso a las redes e infraestructura a sus competidores, y a que todos los participantes del sector puedan acceder a la misma información.

• Reducir riesgos de efectos coordinados anticompetitivos entre competidores. En el sector financiero mexicano existen condiciones que facilitan la coordinación de los agentes económicos, lo que puede generar efectos anticompetitivos. Estas recomendaciones se encaminan a inhibir estas conductas a fin de lograr reducciones de precios y mejorar la calidad de los servicios.

• Reducir barreras a la competencia para quienes ya están en el sector pero les cuesta trabajo competir. Las recomendaciones se centran fundamentalmente en mejoras al marco normativo para incrementar el número de participantes en los mercados.

• Para eliminar restricciones que hacen que el funcionamiento de los mercados no sea eficiente. Las recomendaciones en este rubro buscan mejorar la información en los mercados financieros para facilitar la toma de decisiones y perfeccionar la regulación o intervención del Estado a fin de lograr mayor eficiencia en los mercados financieros.

• Aumentar la efectividad de investigación y de sanción de la autoridad de competencia sobre posibles conductas violatorias de la Ley Federal de Competencia Económica. Se busca mejorar el monitoreo, la información y el análisis de los mercados para que la Cofece esté en posibilidad de cumplir con eficacia su mandato constitucional en este sector de la economía.

Derivado de lo anterior, se realizaron 36 recomendaciones puntuales, a los siguientes temas del sistema financiero:

– Regulación prudencial

– Sistemas de pago de bajo valor (cajeros automáticos)

– Transferencias electrónicas, pagos móviles, sistemas de pagos, depósitos en entidades reguladas y corresponsales

– Riesgo sistémico

– Sistemas de pago de bajo valor (tarjetas de crédito y débito)

– Transparencia

– Crédito al consumo y la vivienda

– Crédito de nómina

– Crédito hipotecario

– En materia de puntos de contacto

– Seguros

– Requisitos para la constitución y operación de entidades

– Fideicomisos

– Sistemas de pago de bajo valor (tarjetas de crédito y débito)

– Sistemas de pago de bajo valor (tarjetas de crédito y débito)

– Remesas

– Fideicomisos

– Banca de Desarrollo

– Crédito personal

– Crédito hipotecario

– Facultades concurrentes

– Fideicomisos

Nueva Alianza, reconoce que las observaciones de la Cofece, constituyen el reflejo de la necesidad que tiene el Estado Mexicano de fortalecer el Sistema Financiero, a través de potencializar la competencia en el sistema bancario y financiero; así como, generar incentivos adicionales para lograr un desarrollo sostenido del Sistema Financiero mexicano.

El Grupo Parlamentario Nueva Alianza, es promotor de fortalecer los órganos reguladores del sistema financiero, y respetar la competencia de cada órgano, en este caso de la Cofece en su carácter de órgano encargado de vigilar, y promover la libre competencia y concurrencia en los mercados.

Lo anterior a efecto de garantizar la libre competencia y concurrencia, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones prohibidas, regular los insumos esenciales y las barreras a la competencia, así como las demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, en los términos que establecen la Constitución, los tratados y las leyes.

La reforma financiera solo podrá rendir los resultados esperados, si todos nosotros asumimos el compromiso de vigilar la correcta aplicación de las disposiciones, de evaluar el desempeño del sistema financiero, de fortalecer la capacidad regulatoria del Estado y preservar los elementales márgenes de soberanía nacional en un sector dominado ampliamente por bancos extranjeros.

Por lo anteriormente expuesto, respetuosamente se somete a la consideración de este pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta de manera respetuosa al Gobernador del Banco de México, al presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, al presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, al presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, al presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros a que implementen las recomendaciones emitidas por la Comisión Federal de Competencia Económica, en el ámbito de su competencia.

Cámara de Diputados, a 17 de septiembre 2014.

Diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a la liberación de ciudadanos cubanos detenidos en Estados Unidos de América, suscrita por integrantes del Grupo de Amistad México-Cuba

Quienes suscribimos el presente punto de acuerdo, diputadas y diputados de la LXII Legislatura, con fundamento en el artículo 79, párrafo 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como demás relativos y aplicables y, recogiendo el sentir de quienes en esta soberanía integramos el Grupo de Amistad México-Cuba, sometemos a la consideración de la honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

1. Al paso de distintas legislaturas de la honorable Cámara de Diputados, se han emitido diversos puntos de acuerdo demandando la libertad de los cinco ciudadanos cubanos detenidos injustamente en cárceles de Estados Unidos de América; a mayor abundancia, el pasado septiembre de 2013, la Junta de Coordinación Política con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del Artículo 34 de la ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, hizo suya la proposición con punto de acuerdo siguiente: Único: la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión considerando el Artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas, hace suya la solicitud para que sean liberados los ciudadanos Antonio Guerrero Rodríguez, Fernando González L., Gerardo Hernández Nordelo, Ramón Labañino Salazar y René González Sehwerert que se encuentran en prisión en Estados Unidos de América desde hace más de 15 años. Dicho acuerdo fue suscrito por todos y cada uno de los ciudadanos diputados y coordinadores de los grupos parlamentarios, a saber: Silvano Aureoles Conejo, de la Revolución Democrática; Manlio Fabio Beltrones Rivera, del Revolucionario Institucional; Luis Alberto Villarreal García, de Acción Nacional; Arturo Escobar y Vega, del Verde Ecologista de México; Ricardo Monreal Ávila, de Movimiento Ciudadano; Alberto Anaya Gutiérrez del Partido del Trabajo y María Sanjuana Cerda Franco, de Nueva Alianza;

2. Que la demanda por la inmediata libertad de los Cinco, responde a un clamor mundial, y, para que se haga justicia en el caso de los antiterroristas cubanos condenados a largas penas en cárceles de Estados Unidos, la opinión pública en Estados Unidos de América debe tomar conciencia sobre la realidad de la historia de los cinco cubanos, de los cuales tres aún permanezcan en prisiones estadounidenses. No debemos olvidar que los cinco fueron arrestados en 1998 y condenados a largas e injustas penas por alertar a su país de los actos terroristas orquestados en el estado estadounidense de La Florida por organizaciones anticubanas y que, René González y Fernando González, salieron de prisión después de cumplir íntegramente la condena que les fue impuesta, pero aún están en las cárceles Gerardo Hernández, Ramón Labañino y Antonio Guerrero.

3. Que dicho clamor internacional tiene como razón de ser la sensibilidad que ha provocado la causa de los cinco –como se les conoce internacionalmente– y el llamado de un sin número de destacadas personalidades a que se ponga fin a la injusticia de la que siguen siendo víctimas, baste a modo de ejemplo los nombres de quienes se han sumado, a saber: La alcaldesa de Richmond (California) Gayle McLaughlin; el actor, director y productor Mike Farrel, la pacifista Cindy Sheehan, la reverenda Joan Brown Campbell, y el escritor Michael Parenti; Peter Phillips, director de Proyecto Censurado desde 1996 hasta 2010; y el excongresista de Dakota del Sur James Abourezk, así como el periodista, profesor y escritor Stephen Kimber y el también periodista y escritor Arnold August, ambos canadienses; el Abogado Peter Schey, director del Centro por los Derechos Humanos y Constitucionales de Los Ángeles, el sacerdote sudafricano Michael Lapsley, y el líder sindical de origen hispano Santos Crespo; destacados luchadores sociales y políticos, premios Nobel entre los que destacan José Ramos Orta, Adolfo Pérez Esquivel, Rigoberta Menchú Tum, José Saramago, Nadide Gordimer, Darío Fo, entre otr@s, así como la Mary Robinson (Alta Comisionada de Derechos Humanos de la ONU 1997-2002) y el ex Director General de la UNESCO, entre muchas personalidades más, así como integrantes de distintos Parlamentos, Asociaciones Civiles y Políticas.

4. Que el pasado marzo de 2014, la Alta Comisionada Adjunta de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Flavia Pansieri, recibió en Ginebra a Adriana Pérez, esposa de Gerardo Hernández, uno de los antiterroristas cubanos que sufre injusta prisión en Estados Unidos de América, a fin de apelar nuevamente a un gesto humanitario, el cual requiere de voluntad política y ética por parte del gobierno estadounidense, para liberar a los tres patriotas que permanecen en las cárceles norteamericanas y, en dicho encuentro, la esposa del Héroe cubano aportó elementos que demuestran los perjuicios a la salud física y mental provocados a Gerardo Hernández y sus compañeros por tantos años de encarcelamiento;

5. Reiteramos que la libertad es un derecho inalienable, así está estipulado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, principalmente en sus primeros Artículos (1.; 2. Y 3.) en donde se señala que a ningún ser humano se le puede conculcar su derecho a la libertad, por raza, credo, religión, opinión política o de cualquier otra índole. En suma, como seres humanos todo individuo tiene derecho a la vida y a la libertad, por lo que, entre los múltiples pronunciamientos de distintas instancias de derechos humanos, destaca la Resolución de Amnistía Internacional de octubre de 2010, misma que no ha sido atendida por los Estados Unidos de América, EUA;

6. Que el 12 de septiembre del año en curso se cumplen 16 años de injusto encarcelamiento y que, si bien los ciudadanos cubanos Fernando González Llort y René González Sehwerert, se encuentran ya en libertad, en tanto los otros tres continúen encarcelados, la demanda sigue siendo por la libertad de los Cinco; Por tal razón, se ha impulsado una nueva Campaña Internacional por la libertad de Los Cinco, de la cual se destaca como uno de los momentos culminantes una vigilia frente a la Casa Blanca en Washington, EUA, el 12 de septiembre de 2014, por la libertad de Antonio Guerrero, Ramón Labañino y Gerardo Hernández, aún encarcelados pese al reclamo mundial al presidente estadounidense Barack Obama para que les conceda el indulto, así como el X Coloquio internacional en apoyo a la causa, que tendrá lugar en La Habana, el 11 y 12 del propio mes, en tanto innumerables acciones paralelas realizará el Movimiento de Solidaridad con Cuba en más de 30 países, como “plantones” frente a embajadas de EUA, el envío de mensajes al mandatario norteamericano, emisión de declaraciones, actos e iniciativas de diversa índole para imprimir un impulso especial a la campaña de referencia;

7. Reiteramos que los Cinco son luchadores contra el terrorismo y arriesgaron sus vidas en territorio estadounidense para evitar la muerte y las agresiones contra su país y su pueblo, acciones violentas originadas en La Florida con la complicidad y anuencia de las autoridades del gobierno de esa nación que ha desarrollado una fracasada política hostil y agresiva hacia Cuba desde el triunfo de la Revolución en 1959;

8. Que el Grupo de Amistad México-Cuba de la presente legislatura, fundamentó su accionar en fortalecer las históricas relaciones entre nuestros pueblos tal cual se asienta en el boletín número 2174 de la propia Cámara con el objetivo de “promover los vínculos comerciales, culturales y educativos en la Isla, así como una cooperación parlamentaria para fortalecer a ambos países” y si bien es cierto que de suma importancia es poder tener acercamientos que trasciendan las relaciones institucionales que México y Cuba han entablado a través de la historia, por lo que, por razones de amistad y solidaridad y por supuesto, por razones de reclamo de justicia elemental y ante la difícil situación que prevalece en las condiciones de vida de los ciudadanos cubanos que todavía se encuentran encarcelados en detrimento de sus derechos humanos, así como el que las autoridades estadounidenses han incurrido en violentar el Debido Proceso, así como incurrir en falta al cumplimiento irrestricto del Derecho Internacional, a nombre del Grupo de Amistad México-Cuba y, por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito poner a la consideración de la Plenaria, a que se apruebe por obvia y urgente Resolución los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de La Unión, nuevamente se pronuncia por exhortar respetuosamente a las autoridades del gobierno federal de los Estados Unidos Mexicanos a fin de atender la opinión número 19/2005 del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas así como el pronunciamiento de la relatora especial de las Naciones Unidas sobre la Independencia de Jueces y Abogados, Gabriela Knaul, según los cuales la detención de los cinco ciudadanos cubanos fue arbitraria y en su enjuiciamiento se ha realizado en contravención a normas y principios esenciales del derecho internacional y el debido proceso.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de La Unión, se suma al reclamo mundial por la inmediata libertad de los ciudadanos Antonio Guerrero Rodríguez, Gerardo Hernández Nordelo y Ramón Labañino Salazar.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, respetuosamente solicita del señor Barack Hussein Obama II, presidente de Estados Unidos de América, a que por razones humanitarias y en estricta justicia, utilice la atribución legal que le otorga la Constitución de su propio país y, determine la inmediata liberación de dichos ciudadanos cubanos, mediante el indulto con la técnica jurídica de habeas corpus.

Cuarto. La Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, respetuosamente solicita de la cancillería mexicana, a que el presente punto de acuerdo sea del conocimiento inmediato de las autoridades competentes del gobierno federal de Estados Unidos de América.

Dado en el Recinto Legislativo de la honorable Cámara de Diputados, a 17 de septiembre de 2014.

Diputado Guillermo Sánchez Torres (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a implantar medidas para erradicar el analfabetismo en las entidades con menor rezago educativo, a cargo de la diputada María de Jesús Huerta Rea, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, María de Jesús Huerta Rea, diputada de la LXII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 67, numeral 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en lo dispuesto por los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del pleno de esta Cámara de Diputados el presente punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública a implementar las medidas que considere oportunas encaminadas a erradicar el analfabetismo en los primeros 5 estados que, de acuerdo con el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, se consideran con menor rezago educativo a nivel nacional, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Según datos del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), el Consejo Nacional de la Población (Conapo) y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), los estados que encabezan el ranking nacional con menor rezago educativo son1 :

Partiendo de este análisis, Nuevo León es sinónimo de progreso y desarrollo nacional, motivo por el cual, como nuevoleonesa, es un honor hacer de su conocimiento que mi estado ocupa el tercer lugar, a nivel nacional, con menor rezago educativo. 2

Si tomamos en consideración que Nuevo León cuenta con una población de poco más de 4 millones de habitantes y 20.5 por ciento de ese sector presenta rezago educativo, es menester señalar que Sonora cuenta con la mitad de nuestra población y posee 19.7 por ciento de rezago educativo. 3

En materia de analfabetismo, Nuevo León ocupa el segundo lugar a nivel nacional con menor índice. Si el Distrito Federal presenta 1.3 por ciento y Nuevo León 1.4 por ciento, la diferencia es de 0.1 puntos porcentuales, seguido de Sonora que registra 3 puntos porcentuales, no obstante que cuenta con menor población que Nuevo León. 4

Es por ello que el presente punto de acuerdo versa en la primacía de que el gobierno federal implemente medidas oportunas encaminadas a erradicar el analfabetismo en estos cinco estados, ya que considero dable reconocer aquellas entidades que se han esforzado por erradicar estos fenómenos sociales.

En el caso de Nuevo León, si bien las cifras son alentadoras porque nuestro gobernador, Rodrigo Medina de la Cruz, tiene la plena convicción de que la marginación y la desigualdad son formas de exclusión social y por ello en su gobierno ha luchado por elevar la calidad de vida de los ciudadanos, -prueba de ello es que en Nuevo León sólo 21.1 por ciento vive en situación de pobreza y de ésta solamente 1.9 por ciento en pobreza extrema 5; en la misma sintonía con el Ejecutivo estatal, reitero, debemos continuar trabajando para erradicar estos fenómenos sociales.

En este orden de ideas, Nuevo León ha contribuido a impulsar el desarrollo del país al implementar políticas sociales, económicas y educativas que posicionan a la población con un grado de marginación muy bajo , de acuerdo con el análisis situacional del desarrollo del estado hecho por el Consejo Nacional de Población y que estadísticamente lo sitúa en el lugar 31.

Posición ocupada a nivel nacional según valor del índice de marginación

Fuente: Conapo (2001), Índices de marginación, 2000, http://www.conapo.gob.mx/00cifras/2000.htm (Consulta: noviembre 1, 2005)

En este tenor debemos tener presente que la educación permite al individuo madurar intelectualmente; adquirir conciencia analítica para tomar decisiones; desarrollar valores, conocimientos, habilidades y destrezas para elevar su calidad de vida; ejercer sus derechos y adquirir la responsabilidad de sus deberes, entre otros; por lo que representa un agente preponderante para definir en el individuo su ubicación futura en la sociedad.

Es por ello que para hacer frente al futuro del país reiteramos que debemos erradicar cualquier factor que conlleve la exclusión educativa.

Evidencia de lo anterior, en los últimos cinco años de gobierno de Rodrigo Medina de la Cruz, se obtuvieron los siguientes logros educativos:

• Segundo lugar nacional de los alumnos de primaria y secundaria en la Evaluación Nacional de Logro Académico en Centros Escolares 2010.

• Se creó el Sistema Estatal de Becas y cuyo fondo pasó de 48.3 millones de pesos a 73 millones, como una estrategia para ampliar la cobertura educativa, favorecer la equidad y mejorar la calidad de la educación.

• Se invirtieron 123 millones de pesos para la adquisición de material didáctico y equipo tecnológico así como para el mejoramiento de la infraestructura y construcción de áreas comunes de planteles educativos de nivel básico.

• Se duplicó el número de escuelas participantes en el Programa Escuelas de Tiempo Completo, al pasar de 21 a 42, con lo cual se le permite al alumnado beneficiarse con asignaturas adicionales como computación e inglés, permitiéndoles un mejor desarrollo en cuanto a la alfabetización tecnológica.

• En el programa Escuela Siempre Abierta a la Comunidad, se tienen ya registrados 503 planteles que benefician a niños, jóvenes y adultos con clases de salud, arte y cultura, divulgación de la ciencia y la tecnología, esparcimiento y recreación, fortalecimiento curricular, actividades físicas y deportivas, además de abordar problemáticas y necesidades particulares de su comunidad.

• Se introdujeron redes inalámbricas de Internet en 200 sitios públicos que benefician a 1.2 millones de nuevoleoneses de 24 municipios.

• Se han construido 46 nuevos planteles que benefician a 101 mil 433 alumnos.

• La cobertura del Sistema de Universidades Tecnológicas de Nuevo León se posicionó 30 por ciento encima de la media nacional.

• Se crea la Universidad Politécnica de Nuevo León, beneficiando a diez municipios del estado.

• En materia de transparencia que tiene el gobierno del estado, la Secretaría de Educación de Nuevo León, se colocó a la cabeza en el semáforo de transparencia (verde).

• Alumnos nuevoleoneses del nivel básico obtuvieron el primer lugar en matemáticas y robótica durante la décima Olimpiada Nacional de Matemáticas.

En tal virtud y no obstante la condición general en materia social del estado de Nuevo León, se reconoce que el fenómeno del rezago educativo en la entidad aún está presente, debido entre otras causas a que:

*En el último decalustro el crecimiento poblacional promedio fue de 38 por ciento pasando de 1.1 millones de habitantes en el año 1960 a 4.6 millones de habitantes en 2010.

Fuente: Inegi. Censo de Población y Vivienda 2010. Nuevo León/Población/ Población por Entidad Federativa y edad desplegada según sexo.

*Consecuencia de lo anterior está en que el territorio urbano haya crecido de manera importante ocasionando que en la actualidad 3.13 por ciento de la población (145 mil 653 nuevoleoneses), se encuentren en menor ventaja socioeconómica.

Cabe destacar que de 2009 a 2013, durante el gobierno de Rodrigo Medina de la Cruz, Nuevo León redujo su población de analfabetas en 17 por ciento, mientras que a nivel nacional la tasa de analfabetismo se redujo en 13 por ciento, lo anterior implica que Nuevo León se posicione en el tercer estado con menor rezago educativo6 .

Es importante advertir que la tasa de crecimiento de la población en rezago educativo fue negativa pasando de 28.8 por ciento a 25.6 por ciento, lo que equivale a un decremento de 11.1 por ciento, en virtud de que aunado a lo antes expuesto el fenómeno de la deserción escolar, que en su nivel básico ha tenido un crecimiento promedio de apenas 2.5 por ciento, lo cual representa en el nivel primaria apenas de 0.1 por ciento y a nivel secundaria del 4.2 por ciento, como se observa en las siguientes gráficas.


Por tanto, si tomamos en consideración que la población nuevoleonesa en rezago educativo representa apenas el 0.2 por ciento de la población en esta condición y que la tarea de brindarle los servicios educativos a la población nuevoleonesa en rezago educativo, principalmente a los que yacen en condiciones de marginación, comprende una estrategia de enorme magnitud y trascendencia, que implica intensificar las políticas por parte del gobierno federal en ésta materia.

Resulta congruente a los considerandos anteriores, el someter a la atención y aprobación del alto cuerpo colegiado de esta Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública a implementar las medidas que considere oportunas encaminadas a erradicar el analfabetismo en los primeros cinco estados que, de acuerdo con el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, se consideran con menor rezago educativo a nivel nacional.

Notas

1. http://www.inea.gob.mx/

2. http://www.inea.gob.mx/

3. http://www.inea.gob.mx/

4. Ibidem.

5. Indicadores de Pobreza por Municipio 2010. Nuevo León. Coneval. Estadísticas de desarrollo social. Gobierno del Estado de Nuevo León. http://www.nl.gob.mx/pics/pages/sdsocial_estadistica_base/indicadoresso cialesnl.pdf.

6. Información emitida por el INEA y el Instituto Estatal para la Educación de los Adultos de Nuevo León,

http://www.inea.gob.mx/ineanum/pdf/indicador_MIR_edo14.pdf y http://nuevoleon.inea.gob.mx/Estadisticas/ResagoEducativoTabla.htm, respectivamente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de septiembre de 2014.

Diputada María de Jesús Huerta Rea (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al comisionado para la Seguridad y Desarrollo Integral de Michoacán a atender y resolver los casos de extorsión contra productores y comerciantes de limón en la entidad, a cargo de Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante la Cámara de Diputados el presente punto de acuerdo conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

El pasado 10 de mayo en el estado de Michoacán entró en operaciones la Nueva Policía Fuerza Rural Estatal (en adelante Fuerza Rural) a raíz de la incorporación de algunas de las personas que, hasta entonces, integraban las llamadas autodefensas, como parte de las acciones que emprendió el comisionado para la Seguridad y Desarrollo Integral de Michoacán, Alfredo Castillo; para atender el estado de crisis que se vive en la entidad y que costó la detención de José Manuel Mireles y un grupo de personas.

Sin embargo, la creación de dicha figura ha generado una serie de cuestionamientos por parte de la ciudadanía ya que no se ha alcanzado los objetivos de disminuir la inseguridad y situación de violencia que se había prometido con esta y otras acciones.

Al respecto, en días pasados “comerciantes y productores de limón denunciaron abuso y cobro de cuotas por parte de los elementos de la Fuerza Rural, que encabeza Luis Antonio Torres González, Simón, alias El Americano, en la tenencia Felipe Carrillo Puerto, conocida como La Ruana, municipio de Buenavista Tomatlán”.1

De esta manera, y en conjunto con representantes de comités de cortadores de limón de Buenavista y Apatzingán, se manifestaron con pancartas y denunciaron ante la Gendarmería Nacional que, de nueva cuenta, han sido víctimas de extorsiones (pago de cuotas) por parte de grupos del crimen organizado y que estos operan bajo el consentimiento o solapamiento de la Fuerza Rural.

“Piden desde 500 a los 2 mil y hasta 5 mil pesos para poder cortar el limón; aparte, uno de los comandantes de la Fuerza Rural, Luis Antonio Torres, El Americano, se pasea en Buenavista en camionetas de lujo y con los emblemas del gobierno federal”2 dijo el líder de uno de los comités de la Ruana.

Un ejemplo de la gravedad de la situación se pudo observar en pasados meses cuando el limón alcanzó precios máximos de venta, ya que los grupos del crimen organizado son, con base en lo denunciado por los productores y comerciantes del cítrico, los que establecen el precio por kilo; por lo que ellos no podían vender el limón más barato de sesenta pesos (precio de producción) por lo que la Procuraduría Federal del Consumidor comenzó a clausurar bodegas de quienes vendían el limón por arriba de este monto.

En febrero de 2013 habitantes de Buenavista, particularmente los de La Ruana, ubicada en Tierra Caliente, a unos 40 kilómetros de Apatzingán, iniciaron una lucha armada contra la delincuencia organizada, lo que permitió que en un lapso de un mes acabaran con el cobro de cuotas, secuestros y extorsiones, sin embargo, en marzo de este año fue detenido el líder de los autodefensas Hipólito Mora y se quedó al frente El Americano, quien había sido expulsado de esta población porque había tenido nexos con la delincuencia y de pronto se convirtió en autodefensa. Los últimos cuatro meses ha sido cuestionada su conducta, incluso ahora que tiene una comandancia en la Fuerzan Rural.3

Resulta insostenible que continúen las extorsiones o cualquier tipo de delitos por parte de la delincuencia organizada y, mucho menos, que pudiera existir nexos entre quienes dicen hacer guardar el orden y paz pública; es por ello que, comprendiendo la urgencia por investigar esta situación, presentamos a esta asamblea el siguiente resolutivo con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a Alfredo Castillo, comisionado para la Seguridad y Desarrollo Integral de Michoacán, atender y resolver los casos de extorsión a productores y comerciantes de limón en el estado, fincando responsabilidades y aplicando las sanciones correspondientes.

Notas

1. La Jornada, “Limoneros denuncian cobro de cuotas por parte de la Fuerza Rural en La Ruana”, [en línea], México, dirección URL: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2014/09/11/denuncian-cobro-de-cuotas -por-parte-de-la-fuerza-rural-en-municipio-de-michoacan-9660.html

2. Reforma, “Acusan limoneros cobro de cuotas”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.comfin.mx/sofomes/2014/septiembre/10/10reforma-agro.html

3. La Jornada, Op. Cit.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de septiembre de 2014.