Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SCT a emitir en 2015 por el Servicio Postal Mexicano una estampilla conmemorativa del centenario del nacimiento del muralista José Raúl Anguiano Valadez, a cargo del diputado Luis Armando Córdova Díaz, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito diputado Luis Armando Córdova Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, mediante la cual la Cámara de Diputados, exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que a través del Servicio Postal Mexicano se emita en 2015 una estampilla conmemorativa del centenario del nacimiento del muralista jaliciense José Raúl Anguiano Valadez, al tenor de los siguientes

Considerandos

Primero. J osé Raúl Anguiano Valadez y el impacto de su arte en México.

José Raúl Anguiano Valadez fue uno de los muralistas más reconocidos del siglo XX. En su obra, destacan el México rural e indígena, es sus paisajes se plasman como símbolos de identidad nacional las tradiciones rúales como son su religión, fiestas y tradiciones, lo que le permitió ser conocido en el mundo.

Nació en Guadalajara el 26 de febrero de 1915 y fallece en la Ciudad de México en enero de 2006.

Su calidad artística puede apreciarse en la Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México, en el Museo Nacional de Antropología e Historia y en la Secretaría de Relaciones Exteriores, entre otras instituciones.

Su expresión artística que se manifestó como surrealista y realista, fue influenciada por otros dos grandes artista como Pablo Ruiz Picasso, pintor español considerado como uno de los uno de los mayores pintores del siglo XX, y por José Clemente Orozco, otro gran muralista mexicano de prestigio internacional, nacido en Zapotlán Jalisco.

Hablar del muralista José Raúl Anguiano Valadez, significa hacer referencia a un artista cuya obra plasmó una visión mexicanista, muestra de ello son sus obras. Su inquietud artística y de identidad nacionalista lo motivó a fundar el Taller de la Gráfica Popular en 1938, en donde realizó grabados y litografías con muestras solidarias hacia los trabajadores y los campesinos.1 Fue en ese año cuando presentó en el Palacio de Bellas Artes su primera exhibición individual. Tres años más tarde, viajó a Estados Unidos donde estudió y enseñó pintura. Fue maestro en la Escuela de Artes Plásticas de la Universidad Nacional Autónoma de México. Como muralista inició su obra con el fresco “La Educación Socialista” en la Escuela Carlos A. Carrillo en la Ciudad de México.

Fue cofundador del Salón de la Plástica Mexicana en 1949 (que actualmente forma parte del Instituto Nacional de Bellas Artes) donde se exponen las obras más representativas de la plástica nacional. Han formado parte de este salón, obras de destacados pintores, escultores, muralistas, grabadores, sobresaliendo los trabajos de Diego Rivera, David Alfaro Siqueiros, Frida Kahlo, Rufino Tamayo y Juan O´Gorman, entre otros tantos.2

La obra de Raúl Anguiano es codiciada por reconocidos coleccionistas nacionales y extranjeros. Sus obras han sido expuestas no sólo en México, sino en países como Argentina, China, Estados Unidos de América (en San Francisco), Francia, Italia, Polonia y Suecia. Obtuvo reconocimientos tan significativos por su trabajo, como la condecoración en la categoría de Commendatore de Italia en 1977; el Premio Nacional de Ciencias y Artes en 2000; en 1956 el Congreso de Jalisco le impuso la Condecoración José Clemente Orozco; en 1958 recibió la Medalla de Oro del Salón Panamericana de Porto Alegre, Brasil; el Premio Jalisco, en 1988.3 La Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión, determinó concederle, en el año de 2005, la prestigiada Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913, “por la destacada trayectoria de este mexicano universal, activo creador y promotor de nuestras artes en todo el mundo, genio en cuyas obras se reconoce el ser mexicano del siglo XX, cualidades que deben inspirar a nuestros compatriotas a comprometerse con la superación nacional”.4

Segundo. El Servicio Postal y las estampillas postales en México.

Aunque las nuevas tecnologías han provocado un nuevo paradigma en las comunicaciones, es cierto que el correo convencional sigue constituyendo uno de los servicios estatales más relevantes en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, no sólo por su uso recurrente, especialmente para las comunicaciones comerciales, sino por el arte de sus estampillas, que son coleccionadas en todo el mundo.

Sin duda alguna, el correo representa en el caso de México un elemento de nuestra memoria histórica. En este sentido, a lo largo de más de cuatro siglos el correo con sus cartas, cedulas reales, sellos y estampillas han creado una importante y destacada cultura postal.

La llamada filatelia, fue la palabra que empleó un comerciante francés de sellos Gororges Herínque, para referirse al amor de coleccionar estampillas, así lo publicó en su libro “Le Collectionneur de Timbresposte” el Coleccionador de Timbres Postales, cuya publicación data de 1864.5

- El servicio de correo y la estampilla en México

Conforme a la página oficial del Servicio Postal Mexicano6 , fue que a partir del decreto del 21 de febrero de 1856, se realizó la impresión de las primeras estampillas postales, siendo las primeras con la esfinge de Don Miguel Hidalgo las que se pusieron en circulación en ese año.

Conforme a la misma fuente, actualmente las estampillas emitidas por los diferentes gobiernos de México se clasifican en cuatro etapas: a) Antigua, que comprende los gobiernos de Ignacio Comonfort a Sebastián Lerdo de Tejada así como el periodo monárquico de Maximiliano de Habsburgo, se caracterizan porque se emitieron estampillas diferenciando el tipo de correo empleado, es decir, a pie, a caballo, en carreta o en ferrocarril; b) Clásica, que comprende todo el periodo del porfiriato, actualmente las estampillas de esta época son las que tienen mayor valor en el mundo filatélico por su expresividad artística así como al manejo especial que se les daba en esos tiempos; c) Revolucionaria, que comprende los años de 1911 a 1922 y que está caracterizada por la anarquía, reduciéndose muy destacadamente el arte en su realización; y, d) Moderna, la cual inicia con la emisión de la primera estampilla postal alusiva al Correo Aéreo el 2 de abril de 1922 y está vigente a la fecha.

Podemos citar, que la diversidad de imágenes en la estampilla ha sido muy diversa. Por ejemplo la emisión regular de estas de 1934 a 1950, consistió en 15 estampillas postales con precios desde un centavo hasta cinco pesos, hechas con grabados de imágenes indígenas Yalaltecas (mujeres indígenas de Oaxaca que su vestimenta tradicional consiste en un huipil blanco y una falda de enredo) y Tehuanas, mujeres del Istmo de Tehuantepec, Oaxaca, y cuya vestimenta es de dos piezas una blusa llamada huipil y una falda, ambas bordadas con coloridas y llamativas flores.7

También, se han emitido estampillas alusivas a la arquitectura, la arqueología (como los frescos de Bonampak, Chiapas), juegos olímpicos en 1968, en su edición XIX en la Ciudad de México, así como a diversos productos que el país exporta como café, tequila, hierro forjado, algodón, entre otros.

- La estampilla como acto soberano de los Estados.

Conforme al artículo 8 de las resoluciones de la Unión Postal Universal, que es un organismo especializado de las Naciones Unidas, la Unión, tiene como finalidad mejorar los servicios postales y otorgar asistencia técnica postal a los países miembros que lo soliciten, así como fomentar la colaboración internacional en el tema postal.

Dicho artículo menciona que el sello de correos debe contar con un significado importante para el país, por lo que pueden emitirse timbres conmemorativos para personalidades o acontecimientos importantes del país emisor del mismo. En el caso de México se han emitido timbres con la efigie de personalidades como la Miguel Hidalgo y Costilla (en conmemoración al 175 aniversario de su fallecimiento), Benito Juárez García, Lázaro Cárdenas del Rio, Frida Kahlo, los ídolos pioneros del cine mexicano y el escritor Octavio Paz, ente otros.

Tercero. La estampilla como instrumento de difusión cultural.

La estampilla no sólo se emplea para el envío de cartas sino, como se mencionó, es objeto de coleccionistas en México y el mundo por su gran valor cultural; esa característica transformó a la estampilla en un instrumento muy valioso para difundir la cultura entre los habitantes de un país, ya que ella es analizada y estudiada por clubes y obras filatélicas, es objeto de reconocimiento entre personas de todas las edades que codician no sólo poseerla, sino conocer a profundidad su temática, elaboración y características propias.

Por ello, el Servicio Postal Mexicano desde hace décadas realiza esfuerzos relevantes para que sus estampillas tengan un alto valor cultural y artístico, tanto en el sello en sí como en las personas, lugares y hechos que conmemoran.

En el Programa Inicial de Emisiones de Estampillas Postales Conmemorativas y Especiales 2014, se proyectó la emisión de 64 estampillas de estas características8 , de lo que se concluye que este tipo de actividades constituye una práctica relevante que realiza el Servicio Postal Mexicano para conmemorar personas y actos relevantes en la historia patria.

Por lo anterior propongo a la Cámara de Diputados que sea a través de un objeto de alto valor cultural y artístico que es conocido y codiciado a nivel mundial: Una estampilla emitida por el Servicio Postal Mexicano, que el honorable Congreso de la Unión y la Presidencia de la República conmemoremos a uno de los muralistas mexicanos más reconocidos en nuestro Planeta: Don José Raúl Anguiano Valadez.

Por lo expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que, a través del Servicio Postal Mexicano, se emita en 2015 una estampilla conmemorativa del centenario del nacimiento del muralista jaliciense José Raúl Anguiano Valadez.

Notas

1 Visible en http://www.picassomio.es/raul-anguiano.html#sthash.h8JYelHu.dpuf

2 Visible en http://www.salondelaplasticamexicana.bellasartes.gob.mx/

3 Visible en http://omnibiografia.com/biografias/biografia.php?id=173

4 http://www.diputados.gob.mx/sedia/sia/re/RE-ISS-05-06-08.pdf

5 Visible en http:// http://federacionmexicanadefilatelia.com/

6 www.correosdemexico.gob.mx

7 www.correosdemexico.gob.mx

8 Visible en http://www.correosdemexico.gob.mx/Filatelia/ProgramaEmisiones/Documents /programae2014.pdf

Dado en el Palacio Legislativo, a 2 de septiembre de 2014.

Diputado Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Jalisco a difundir las gestiones realizadas en su administración a fin de tener acceso a los subsidios federales, de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, destinados a crear el centro de justicia femenil de la entidad, a cargo de la diputada Carmen Lucía Pérez Camarena, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe Carmen Lucía Pérez Camarena, diputada federal de la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

La violencia contra las mujeres es una forma de discriminación que impide gravemente que gocen de derechos y libertades en pie de igualdad con los hombres.

En el ámbito internacional México ha suscrito diversos instrumentos internacionales que tienen como propósito salvaguardar los derechos humanos de mujeres y hombres, entre ellos el derecho a la no discriminación y a una vida libre de violencia. La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará), son ejemplo de éstos.

La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer señala en su artículo 2o. que los Estados Parte condenan la discriminación contra las mujeres en todas sus formas, conviniendo éstos en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra las mujeres, comprometiéndose a establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los hombres y garantizar, por conducto de los tribunales nacionales competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de las mujeres contra todo acto de discriminación.

En 1989, el Comité de Expertas de la CEDAW recomendó a los Estados Parte incluyeran en sus informes periódicos información sobre la violencia que sufren las mujeres, agresiones o malos tratos, y de las medidas adoptadas para hacerle frente, señalando los servicios de apoyo que se les brindaran (recomendación general número 12, octavo período de sesiones), debiendo proporcionar a las víctimas protección y apoyo apropiados.

Una recomendación concreta del Comité de Expertas de la CEDAW en su recomendación general número 19, de su undécimo período de sesiones, 1992, a los Estados Parte es que establezcan o apoyen servicios destinados a las víctimas de violencia en el hogar, violaciones, violencia sexual y otras formas de violencia contra las mujeres, entre ellos refugios, el empleo de trabajadores sanitarios especialmente capacitados, rehabilitación y asesoramiento.

La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará) afirma que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades. Estos derechos comprenden, entre otros: a) el derecho a que se respete su vida; b) el derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral; c) el derecho a la libertad y a la seguridad personales; d) el derecho a no ser sometida a torturas; e) el derecho a que se respete la dignidad inherente a su persona y que se proteja a su familia; f) el derecho a igualdad de protección ante la ley y de la ley.

En su artículo 8 la Convención de Belém Do Pará establece que los Estados Partes convienen en adoptar, en forma progresiva, medidas específicas, inclusive programas para, entre otros: suministrar los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia, por medio de entidades de los sectores público y privado, inclusive refugios, servicios de orientación para toda la familia, cuando sea el caso, y cuidado y custodia de los menores afectados.

En el ámbito nacional, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación.

La Federación, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias deberán tomar las medidas presupuestales y administrativas correspondientes, para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, de conformidad con los Tratados Internacionales en Materia de Derechos Humanos de las Mujeres, ratificados por el Estado mexicano.

Conforme al artículo 4, fracciones III y XIII del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1° de junio de 2009, corresponde a ésta formular las bases para la coordinación entre las autoridades federales, locales y municipales para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, así como celebrar convenios que se relacionen con el ejercicio de sus atribuciones.

La Conavim en atención a diversas recomendaciones emitidas por Organismos Internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, destina recursos para que se otorguen Subsidios en las entidades federativas, a efecto de que se construyan, remodelen inmuebles o se fortalezcan los Centros de Justicia para las Mujeres.

En el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, Anexo 12. Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, Ramo 04, relativo a la Secretaría de Gobernación, se estableció la asignación presupuestal de $124’423,983.00 (ciento veinticuatro millones cuatrocientos veintitrés mil novecientos ochenta y tres pesos 00/100 moneda nacional) para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres, asignación que fue incrementada y aprobada por la H. Cámara de Diputados con $67’000,000.00 (sesenta y siete millones de pesos 00/100 moneda nacional) más, $5’000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 moneda nacional) de Bolsa para la Atención de la Alerta de Género y $62’000,000.00 (sesenta y dos millones de pesos 00/100 moneda nacional) para los Centros de Justicia para las Mujeres, ascendiendo dicho presupuesto aprobado a un total de $191’423,983.00 (ciento noventa y un millones cuatrocientos veintitrés mil novecientos ochenta y tres pesos 00/100 moneda nacional)

En el ámbito local, el Estado de Jalisco cuenta con normas legales cuyo objetivo es erradicar la violencia contra las mujeres, ha expedido entre ellas: la Ley para la Prevención y Atención de la Violencia Intrafamiliar del Estado de Jalisco (2003) y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Jalisco (2008).

En la Trigésima Primera Sesión del Consejo Nacional de Seguridad Pública, del cual Jalisco forma parte, celebrada en octubre de 2011, se establecieron los ejes estratégicos, su estructura y los programas con prioridad nacional para alcanzarlos, vinculados al ejercicio de fondos, subsidios y demás recursos de carácter federal que se otorgarían a las entidades federativas en materia de seguridad pública.

Dentro de los Programas con Prioridad Nacional para alcanzar los Ejes Estratégicos en materia de Seguridad Pública se estableció en el Artículo 2, fracción VII el acceso a la justicia para las Mujeres, el cual tiene como objetivo crear y/o fortalecer los Centros Estatales de Justicia para las Mujeres (CJUM), con la finalidad de concentrar -bajo un mismo techo- servicios interinstitucionales y especializados para facilitar el acceso a la justicia y brindar atención integral con perspectiva de género a las mujeres que han sido víctimas de los delitos relacionados con la violencia de género, en coordinación con instancias gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil.

Por ello, Jalisco debe crear y operar el Centro de Justicia para las Mujeres, con la finalidad de reducir los obstáculos que enfrentan las mujeres víctimas de violencia y sus familias y mejorar los servicios interdisciplinarios que ofrecen las diversas instancias gubernamentales, lo cual al mismo tiempo redunda en que dichos servicios sean oportunos y eficaces, concentrando esfuerzos y evitando duplicidad de acciones, razón por la cual es importante que se acceda al subsidio federal con el que se cuenta para este propósito.

El pasado 25 de noviembre de 2013 el Gobernador del Estado creó mediante Decreto el Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de Jalisco, y puso en marcha el proyecto ante los medios de comunicación en el marco del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Sin embargo, éste se desarrolla sin que haya constancia pública de la solicitud y autorización del subsidio federal, el cual se requiere en virtud de que se necesita una inversión total de $30’783,000.00 (treinta millones setecientos ochenta y tres mil pesos 00/100 moneda nacional) y a la fecha sólo se tiene disponible el 16 por ciento de ese monto, con una partida estatal de apenas $5’000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 moneda nacional), cantidad con la que no queda garantizada la continuidad del proyecto si no se cuenta con el subsidio federal.

El gobierno de Jalisco ha perdido al menos dos años la oportunidad de obtener el subsidio existente en la Conavim para desarrollar el Centro de Justicia para las Mujeres, durante dicho período no llevó a cabo los trámites y requisitos para acceder al mismo, desconociéndose los motivos de ello como también se desconoce si se van a realizar o no en fechas próximas, teniendo con ello el riesgo de que Jalisco siga un año más sin acceder a este subsidio.

Sin acceder al subsidio federal, ya incluido en el presupuesto aprobado por esta honorable Cámara de Diputados para la creación y/o fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres, el Centro de Justicia para las Mujeres de Jalisco sólo se quedará en un proyecto para generar una nota periodística en el marco de un día conmemorativo.

Es deber imperativo del Estado mejorar el acceso a la justicia de las mujeres y lograr que sus vidas estén libres de violencia, por ello la importancia de darle viabilidad oportuna y eficaz a la creación de un Centro de Justicia para las Mujeres de Jalisco, para que se concentren en él las diferentes instancias gubernamentales a efecto de que éstas presten sus servicios de manera integral a las mujeres víctimas de violencia y a sus hijas e hijos; fortaleciendo en ellas su capacidad de denuncia; propiciando una mayor confiabilidad en el sistema de justicia y evitando la revictimización de las mujeres.

De acuerdo a datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (2011) en el estado de Jalisco 45 de cada 100 mujeres han vivido eventos violentos, situación que posiciona a la entidad en el lugar 14 del país.

Aunado al dato anterior, el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio en su informe “De sobrevivientes a defensoras: Mujeres que enfrentan la violencia en México, Honduras y Guatemala” señala que Jalisco en 2013 ocupó el quinto lugar en feminicidios, habiéndose realizado 133 autopsias a mujeres asesinadas en ese año; y que a abril de 2014 fueron asesinadas 34 mujeres a manos de sus parejas, aunque dichos asesinatos todos fueron calificados como homicidio.

La violencia y asesinatos contra las mujeres pueden prevenirse si se les brinda atención integral al momento en que solicitan ayuda.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Punto de acuerdo por el cual se exhorta al gobernador del Estado de Jalisco para que informe sobre las gestiones que ha realizado durante su administración para acceder a los subsidios federales que se otorgan, a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, para la Creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Jalisco.

Dado en el Palacio Legislativo, a 2 de septiembre de 2014.

Diputada Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a distintas dependencias federales a implantar e impulsar programas gubernamentales en favor de proyectos productivos dirigidos a lograr el desarrollo económico de los pueblos indígenas, a cargo de la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, Yesenia Nolasco Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración el presente punto de acuerdo, conforme al tenor de las siguientes

Consideraciones

Que según los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), mejor conocidos como Objetivos del Milenio, divididos en ocho propósitos de desarrollo humano signados en el año 2000, por 189 países miembros de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), acordaron para 2015 cumplir ciertas metas.

Que según establece el documento final del acto especial de seguimiento de la labor realizada para lograr los ODM, éstos son fundamentales para que se atiendan las necesidades básicas de las personas de los países en desarrollo.1

Que entre los objetivos señalados se encuentran apoyar a los sectores más vulnerables, señalando que los indígenas son los deciles más pobres; con menor acceso a la educación y en general mantienen las peores condiciones de salud comparado con el resto de la población, indicó la ONU en un reporte sobre el avance de los ODM.

Que el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala:

Artículo 2o. ...

La nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.

...

...

...

A. Esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para

I. Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural.

II. a VIII. ...

B. La federación, los estados y los municipios...

...

I. Impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno, con la participación de las comunidades.2

Que las reformas de la Constitución en favor de los pueblos indígenas sustentan la coexistencia de numerosos pueblos indígenas, distinguidos por sus diferentes formas de pensar, actuar.

Que por ello, el país decidió sumarse a lo planteado en los ODM. Punto por resaltar motivo de la presente propuesta es lo establecido en los objetivos 1 y 8, que señalan lo siguiente;

Objetivo 1: Erradicar la pobreza extrema y el hambre.

- Reducir a la mitad, entre 1990 y 2015, la proporción de personas que sufren hambre.

- Reducir a la mitad, entre 1990 y 2015, la proporción de personas cuyos ingresos son inferiores a un dólar diario.

- Conseguir pleno empleo productivo y trabajo digno para todos, incluidos mujeres y jóvenes, además de rechazar rotundamente el trabajo infantil.

Objetivo 8: Fomentar una asociación mundial para el desarrollo.

- Desarrollar aún más un sistema comercial y financiero abierto, basado en normas, previsible y no discriminatorio.3

Que si bien la Carta Magna hace votos por enaltecer a los pueblos indígenas, así como los tratados firmados por el país abonan teóricamente, la realidad muestra un Estado con políticas desiguales, en las cuales el sector rural en donde se agrupan la mayoría de comunidades indígenas, son rezagadas, centrándose en el sector urbano.

Que en el proceso de apertura comercial, en favor de mantener una economía competitiva, los grupos indígenas son vulnerables y con tendencia a la desaparición por no contar con los elementos necesarios, con un país cada vez más industrializado y de mayor apertura comercial, las estrategias de mercado o los empleos que necesitan ser cubiertos son distintos de los que podrían proveer los indígenas.

Que tal como establecen los criterios del Ejecutivo federal, que señala que, para erradicar la pobreza no basta con la atención de las necesidades sociales en materia de alimentación, salud y educación, entre otras. La superación de la pobreza requiere incrementar y garantizar un flujo permanente de ingreso a las familias y las comunidades. Por tanto, la capacidad de generar ingresos tanto monetarios como no monetarios es la base para el desarrollo social y cultural.

Que en su momento el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional señalaron que el bajo crecimiento de la economía ha hecho más lenta la reducción de la pobreza entre los grupos indígenas.

Que los ODM se constituyen como un reto y a la vez como una oportunidad para los países firmantes, respetando los esfuerzos y cooperación por orientar de manera coordinada políticas, estrategias, planes y programas públicos.

Que con la presente propuesta se busca fortalecer la transversalidad entre distintos programas y acciones en las diferentes áreas de la administración pública federal, con el objetivo principal de abatir la pobreza en los sectores donde esta se encuentra más acentuada, como es el caso de las comunidades y los pueblos indígenas.

Que en el país es necesario redoblar esfuerzos para cumplir lo establecido en los ODM, si no acortar la brecha según lo establece la metodología oficial para la medición de la pobreza desarrollada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, la que permite identificar a la población en pobreza a partir de dos espacios analíticos: el bienestar económico y los derechos sociales.

Que durante los últimos 20 años, el combate de la pobreza ha mantenido un movimiento cíclico muy variable; se tiene como valor más alto el alcanzado en 1996, con 53.5 por ciento, y el más bajo resultó de 24.1, en 2006, en 2008 llegó a 31.3 de la población rural en pobreza alimentaria. Sin embargo, para 2010 se observó un ligero descenso, pues se situó en 29.3.4

Que los ODM tendrán por concluidos y esperan resultados en la fecha límite de consecución en 2015.

Que derivado de los hechos anteriores, presento a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Economía y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, en coordinación implanten e impulsen programas gubernamentales en favor de proyectos productivos dirigidos a lograr el desarrollo económico de los pueblos indígenas.

Notas

1 www.un.org/es/comun/docs/?symbol=A/68/L.4

2 www.diputados.gob.mx/

3 www.un.org/

4 www.presidencia.gob.mx

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2014.

Diputada Yesenia Nolasco Ramírez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la CNDH, de la CDH de Quintana Roo y de la PGR a realizar acciones sobre la detención del periodista Pedro Celestino Canché Herrera, a cargo de Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan a esta soberanía el siguiente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

México es un país de paralelismos abismales; por un lado tenemos medios de comunicación que gozan prácticamente de poder absoluto en cuanto a contenidos se refiere, y por otro; medios de comunicación que carecen de libertad para hacer públicos sus contenidos, o siquiera para existir del todo, como es el caso de los medios comunitarios.

Las víctimas principales de estos medios son, paradójicamente, similares. Las y los periodistas se enfrentan a un entorno de violencia constante que no hace distingos.

La libertad de prensa en México ha sido atacada por agentes del estado y criminales desde hace muchos años. Durante 2013 se registraron y documentaron un total de 330 agresiones de todo tipo contra periodistas, trabajadores de prensa e instalaciones de medios de comunicación. Este es el año con más agresiones documentadas desde 2007. En México se agrede a un periodista cada 26.5 horas1 .

En México, la libertad de prensa se ha visto amenazada y atacada desde el Estado y, a su vez, por parte de grupos criminales. Un dato claro es que en los casos del año 2013 en donde se identificó al perpetrador, 6 de cada 10 periodistas fueron agredidos por parte de un funcionario público.

La libertad de prensa adquirida en las últimas décadas es una libertad a medias, turbia. A pesar de los avances que tenemos con la creación de instituciones autónomas, un sistema político con tintes de democracia y con una oposición política al régimen de estado autoritario de antaño, las mejoras no han sido significativas en cuanto a prensa.

El pasado 20 de agosto, granaderos desalojaron violentamente a unas 150 personas que mantenían un bloqueo en las oficinas de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado, CAPA, como protesta contra el incremento de tarifas de la paraestatal y la colocación de medidores.

En el operativo, realizado en el parque central de Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo, fueron detenidos alrededor de 40 manifestantes, incluidas personas ajenas a la protesta que sólo tomaron fotos y videos de la ofensiva de los granaderos contra los activistas2 .

Sin embargo, la represión contra líderes mayas continuó en dicha entidad con la detención del activista y periodista Pedro Canché Herrera, bajo cargos de sabotaje, el día 30 de agosto.

Canché Herrera retó la semana pasada a un debate al gobernador Roberto Borge por la detención de personas en el marco de una protesta contra la CAPA debido al incremento de tarifas y la instalación de medidores.

El activista y periodista había tramitado un amparo contra actos de diversas autoridades, pero fue detenido la mañana del 30 de agosto del presente año, acusado de sabotaje.

Tras ser capturado en la gasolinería del centro de la ciudad de Felipe Carrillo Puerto, Canché Herrera fue trasladado a la sede de la Subprocuraduría de la Zona Maya y encarcelado en la prisión municipal de esta demarcación3 . El delito de sabotaje es considerado grave, por lo que Canché Herrera no obtendría la libertad bajo fianza.

Durante la semana pasada, Pedro Canché transmitió un video4 en el cual cuestionó la actuación del gobernador contra activistas mayas que protestaron por el alza de la tarifas de agua potable en Carrillo Puerto. De igual modo, hizo fuertes críticas en redes sociales contra el gobernador Borge.

Además, según ha informado Artículo 19, Sergio Caballero, corresponsal de la revista Proceso en Quintana Roo, ha recibido amenazas y mensajes de desprestigio en twitter por informar de la detención de Canché Herrera.

El caso de Pedro Canché se suma a una lista de periodistas perseguidos por el mandatario estatal, como es el caso de la propietaria de la revista Luces del Siglo, Norma Madero Jiménez, quien recibiera una suspensión provisional por parte del juez cuarto de distrito Miguel Nahim Nicolás Jiménez, en contra de actos del titular de la Dirección de la Defensoría Pública del Poder Judicial del estado, Lino Magos, señalado de ser unos de los autores materiales de la campañas difamatorias contra el semanario editado en Cancún.

Si eliminamos el paraíso de libertad que gozan algunos periodistas y medios de comunicación, la gran mayoría de los periodistas, reporteros, fotógrafos que están en las calles trabajan con miedo, bajo amenazas y también temen al gobierno, que debería respaldarlos.

Michoacán, Tamaulipas, Sinaloa, Guerrero, Chihuahua y Veracruz son estados en los que se pueden encontrar muchas historias de presiones, amenazas, hostigamientos, violencia y muerte en contra de los periodistas.

El uso del derecho penal para restringir la libertad de las personas, a fin de disuadirlas de ejercer la libertad de expresión, es una acción que no debe tolerarse en un Estado considerado democrático.

La criminalización de Pedro Celestino Canché Herrera es violatoria de los derechos humanos, además de enviar una clara señal contra el ejercicio de la libertad de prensa, para él, y para todas y todos los periodistas que, en el ejercicio de su trabajo, informan y documentan las acciones de gobierno en contra de la ciudadanía.

Punto de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta al titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Raúl Plascencia Villanueva, y al titular de la Comisión de los Derechos Humanos del estado, Harley Sosa Guillén, para que investiguen exhaustivamente el caso de la detención de Pedro Celestino Canché Herrera y adopten las medidas cautelares respectivas, emitiendo en su caso la recomendación pertinente.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al procurador general de la República, Jesús Murillo Karam, a que gire instrucciones para que la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos en contra de la Libertad de Expresión de la PGR investigue el posible abuso de autoridad y cualquier otro delito cometido en contra de Pedro Celestino Canché Herrera.

Notas

1 Disentir en Silencio, violencia contra la prensa y criminalización de la protesta, México 2013. Disponible en: http://www.articulo19.org/wp-content/uploads/2014/03/Art19_Informe2013w eb.pdf

2 Información obtenida en http://www.proceso.com.mx/?p=379988

3 Relatoría disponible en: http://www.articulo19.org/alerta-pgjqr-viola-la-ley-al-detener-a-period ista-que-tenia-amparo/

4 Disponible en https://www.youtube.com/watch?v=P1dlDY7IcTU

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2014.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al secretario de Desarrollo Social del DF a implantar con el Sistema de Transporte Colectivo Metro acciones para atender a quienes solicitan a los usuarios un apoyo económico, a cargo de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, Magdalena Núñez Monreal, diputada federal a la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno proposición con punto de acuerdo a través del cual se exhorta al titular de la Secretaría de Desarrollo Social del gobierno del Distrito Federal a implantar las acciones necesarias con el Sistema de Transporte Colectivo Metro a fin de atender a las personas que solicitan un apoyo económico a los usuarios, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Diariamente los vagones y las estaciones del Metro de la ciudad de México son visitados por personas con capacidades diferentes, con alguna enfermedad, indígenas, niñas, niños, adolescentes y adultos mayores que piden una limosna.

Estas personas requieren de una atención inmediata por parte de las autoridades del gobierno del Distrito Federal ya que se encuentran en una situación extrema de vulneración de sus derechos y se exponen a ser víctimas de la delincuencia y a todo tipo de riesgos.

La finalidad de la administración pública es procurar mejores condiciones de bienestar para los ciudadanos, de ahí que deba encaminarse a combatir la pobreza y la mendicidad en cualquier rincón del país y si se ésta se manifiesta en las instalaciones del Metro es factible la instrumentación de acciones efectivas para detectar, identificar y abordar a estas personas para apoyarlas a salir de la preocupante necesidad en que se encuentran, ya que el gobierno del Distrito Federal cuenta con los elementos necesarios para poder canalizarlos a sus áreas sociales.

La situación tiene que ser atendida con urgencia, ya que estas personas pueden ser víctimas de tratantes y porque la mendicidad infantil se desarrolla ante los propios ojos de los padres de los menores quienes son aleccionados por éstos para distribuir volantes y solicitar una “moneda”.

Usuarios constantes del Metro han percibido que por lo regular son las mismas personas las que día a día ingresan a los vagones o a las estaciones con la finalidad narrada y si bien algunos de ellos refieren a los elementos de seguridad su preocupación por lo que observan, no actúan en consecuencia, ya sea por falta de interés o porque se ha vuelto una presencia reiterada que adquiere la característica de una costumbre o por no saber qué hacer.

De ahí la preocupación de ésta legisladora por solicitar a través del presente punto de acuerdo el que se aborde esta situación a la brevedad pues su custodia no puede postergarse.

Es indudable que la participación del ciudadano puede ser de gran valía para reportar la mendicidad al interior del Metro a las autoridades correspondientes, por lo cual la instrumentación de una estrategia de comunicación a través de carteles, tanto en las estaciones como en los carros, podría coadyuvar a su atención.

Por lo anteriormente expuesto se somete a consideración del pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular de la Secretaría de Desarrollo Social del gobierno del Distrito Federal a implementar las acciones necesarias con el Sistema de Transporte Colectivo Metro a fin de atender a las personas que solicitan un apoyo económico a los usuarios.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2014.

Diputada Magdalena Núñez Monreal (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se invita a las instituciones educativas a implantar en sus programas y planes de estudios esquemas de capacitación y actualización en materia de juicios orales, a cargo del diputado Luis Armando Córdova Díaz, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, diputado Luis Armando Córdova Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo por el que se invita de manera respetuosa a las instituciones educativas a implementar en sus programas y planes de estudios, esquemas de capacitación y actualización en materia de juicios orales, conforme a los siguientes

Antecedentes

1. La reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos aprobada y publicada el 18 de junio de 2008 en el Diario Oficial de la Federación estableció un nuevo sistema de justicia penal bajo los principios de un proceso acusatorio, oral, y teniendo como base el esquema de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. Es una reforma que pretende darle un giro total a la manera en que se había venido procurando e impartiendo justicia en México a lo largo de las últimas tres décadas y busca sustituir un modelo caduco, rebasado por las cargas de trabajo, la impunidad y la falta de expedites.

2. Esta reforma, implica un cambio de paradigma en la forma de impartir justicia y al mismo tiempo un reto de política pública de grandes magnitudes debido no solamente a la puesta en marcha del mismo, la utilización de nuevos términos y todo un cambio cultural tanto en los operadores del sistema como en la ciudadanía en general, lo que conlleva a la necesidad de generar mecanismos de capacitación a efecto de que los participantes y actores del proceso se familiaricen con los nuevos lineamientos.

Con estas profundas modificaciones, prácticamente se redefine el concepto integral de derecho procesal penal en México con la intención de lograr procesos de enjuiciamiento con la protección y los más altos estándares de respeto y protección a los derechos humanos tanto para las víctimas como para los acusados, a fin de lograr el puntual cumplimiento a los convenios y tratados internacionales suscritos por el estado mexicano.

Esta reforma busca además, la profesionalización de los aparatos de justicia a fin de que estén a la altura de la demanda ciudadana, desde su nivel de investigación, transitando por la persecución penal, el juicio oral y la reinserción social, sin embargo, por tratarse no solo de una reforma nueva sino de todo un cambio de modelo, al prever la incorporación de reglas y principios innovadores, es fundamental que se establezcan las estrategias de implementación adecuadas e integrales, a la par de la armonización legal en cada uno de los estados de la República.

3. Una estrategia que pasa, de manera obligada por las aulas escolares de nivel profesional y universitario, pues no podemos dejar de lado una realidad, consistente en que este nuevo modelo de justicia impone a todos los actores, reglas y principios de aplicación a un nivel de mucha mayor exigencia de aquel que durante décadas estaban acostumbrados a manejar; ahora esta transición del modelo les cambia ese escenario de inactividad por otro donde la exigencia es la profesionalización y la exhaustividad en su trabajo; en ello cobra absoluta relevancia la participación de las universidades, los colegios y los institutos en donde se forman los nuevos litigantes que pasarán a ser actores importantes en la implementación de este modelo.

4. En el cumplimiento de esta reforma, se vuelve indispensable el diseño de un nuevo modelo pedagógico; incluso el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, dependiente de la Secretaría de Gobernación ha identificado, durante el desarrollo de sus trabajos, que uno de los puntos sensibles en la denominada “Etapa II, Implementación”, consiste en la necesidad de desarrollar dichos modelos a fin de efectuar de manera rentable la reforma, incluso proponen la creación de Institutos Estatales de Capacitación y Acreditación, cuya labor sea la de actualizar los contenidos y coordinarse con las instituciones académicas a fin de que no solamente los estudiantes universitarios sino también los litigantes e interesados en los conocimientos procesales penales puedan actualizar sus perfiles a efecto de estar en posibilidad de participar de manera inmediata en los procedimientos orales.

Considerandos

Primero. Las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, correspondientes a la reforma del sistema penal y por ende, en la implementación de la oralidad implican el establecimiento de todo un andamiaje en estructuras, órganos, competencias, etcétera, propios de un Estado democrático de derecho.

La Carta Magna es clara y precisa respecto a las atribuciones exclusivas de los actores que intervendrán en un proceso penal así como los tramos de actuación que competen a las autoridades de los estados y las reservadas al ámbito federal.

Segundo . Si bien, la Carta Magna establece esquemas de coordinación y la legislación procesal penal recientemente en vigor establece las bases, procedimientos, etapas y garantías, también es preciso reconocer que la sociedad tiene un papel determinante en la implementación de la oralidad, sobre todo en los esquemas de capacitación y profesionalización de las y los litigantes así como de quienes aspiren a serlo; en este sentido, son las instituciones académicas las que en la formación de los actores de los procesos orales, cobran relevancia.

Tercero. El Constituyente Permanente, en la reforma constitucional del 18 de junio de 2008 partió de la premisa de que la falta de coordinación y de preparación de las instituciones de seguridad y justicia llevó a una profunda crisis de credibilidad en el sistema; lo cual se vio reflejado en años de ineficiencia e ineficacia en el combate a la delincuencia, por ello se enfatizaron en los contenidos de esta reforma la visión integral y moderna de la seguridad pública, principios de actuación de las instituciones en la materia, el servicio de carrera policial, la profesionalización de las Instituciones y su coordinación, la prevención de los delitos, así como la formulación de políticas públicas para prevenir la comisión de ellos, la conversión y reestructura de todo un sistema de procuración de justicia cuya característica operativa y funcional es la de la implementación de los juicios orales.

Cuarto. El debate oral en un juicio del orden penal será la herramienta más importante y utilizada en las audiencias de procedimiento; en él, se involucra no solamente el conocimiento teórico de las normas objeto de aplicación, también se vuelve fundamental, el conocimiento del procedimiento y sobre todo la capacidad argumentativa y de síntesis de las ideas, la retórica, la oratoria e incluso el manejo psicológico de un entorno con alta carga emotiva.

Sabemos que no es lo mismo redactar un documento revestido de razonamientos e interpretaciones normativas a desarrollar, incluso desde la formación universitaria, las habilidades requeridas para participar de manera competitiva en una audiencia oral por lo que su desarrollo desde las aulas será un coadyuvante para que en la implementación de los juicios orales, la curva de aprendizaje sea lo menos pronunciada posible en beneficio de las y los ciudadanos representados.

Quinto. Consecuencia de las reformas al sistema penal y con la inminente consolidación hacia el esquema de oralidad en los juicios, algunas instituciones educativas han comenzado la tarea de adecuar sus planes y programas de estudio a fin de que este mecanismo nuevo en el derecho mexicano sea absorbido de manera natural por el estudiantado y que en su formación académica el conocimiento y puesta en marcha de la oralidad sea un proceso natural, intrínsecamente ligado a los conocimientos teóricos.

Por ello, las y los diputados debemos asumir como parte de nuestras obligaciones, el puntual seguimiento en la implementación de aquellas reformas aprobadas por nosotros, haciendo una atenta y cordial invitación a las instituciones educativas a que implementen la enseñanza de la oralidad en aquellas carreras que tengan que ver con una instrucción legal.

Se trata de que la enseñanza de los juicios orales sea tan natural como las materias que actualmente forman parte de los planes y programas de estudio, particularmente de las carreras de Derecho, al tiempo que, con un profundo respeto a la autonomía y libertad de cátedra de las instituciones académicas, esta Comisión Permanente, invita de manera abierta, a que la enseñanza de los juicios orales sea una realidad en todas y cada una de las instituciones escolares, bajo el esquema de enseñanza que más convenga a sus intereses.

Por las consideraciones expuestas, propongo a esta Soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados hace una atenta y respetuosa invitación a las instituciones educativas que impartan la carrera de derecho o equivalente, a que implementen en sus programas y planes de estudios, esquemas de capacitación y actualización en materia de juicios orales; lo anterior, con absoluta independencia y sin menoscabo de los principios de autonomía y libertad de cátedra.

Palacio Legislativo, a 2 de septiembre de 2014.

Diputado Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de los Poderes Ejecutivos federal, estatales y del Distrito Federal a coordinar, operar y actualizar los Registros Nacional y Estatales de los Centros de Atención, como dispone la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, a cargo de la diputada Carmen Lucía Pérez Camarena, del Grupo Parlamentario del PAN

La diputada federal Carmen Lucía Pérez Camarena, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura, en ejercicio de la facultad que le confiere la fracción I del artículo 6, el artículo 79, numeral 2, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes

Consideraciones

Una vez más hemos visto la falta de un registro, control y responsabilidad de los encargados de las instituciones que albergan a niñas, niños y adolescentes que por situaciones de abandono, administrativas, judiciales y de otra índole, se encuentran de albergues, casas hogar, casas de asistencia en total desprotección, existiendo un gran déficit de datos y de información confiable que permita conocer su situación y de esta manera elaborar políticas públicas eficaces, de seguimiento y evaluación. Miles de niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental hoy en día, se encuentran en total desamparo.

Preocupada por la falta de información sobre la niñez que se encuentra sin cuidado parental en instituciones públicas y privadas, con fecha 11 de abril del 2013, presenté un punto de acuerdo en el que exhorte al Gobierno Federal, a los Gobiernos de las Entidades Federativas y del Distrito Federal, para que de manera coordinada vigilarán y supervisaran el correcto funcionamiento de las instituciones públicas y privadas encargadas de la custodia, cuidado y atención de la niñez, y de ser el caso, suspenderlas de manera definitiva a las que de forma reiterada no cumplieran con los lineamientos establecidos en la normatividad correspondiente, el cual fue aprobado.

Asimismo, se demandó a los Congresos locales y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a legislar en la materia a fin de contar con un Registro Público y una certificación más rigurosa de las mismas, con la finalidad de tener datos claros de la niñez que entran y salen de estas instituciones, y para que se desarrollen indicadores de calidad de la atención, entre otros más.

Es injustificable que tres años de ser aprobada la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, no exista como lo marca la Ley un Registro Nacional de Centros de Atención.

Señala la ley antes mencionada en su artículo 7, que: “Los prestadores de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, en cualquiera de sus Modalidades y Tipos, quedan sujetos a lo dispuesto en la presente Ley y, en su caso, a las disposiciones legales y administrativas aplicables.”

Mandata dicho ordenamiento la existencia de un Registro Nacional: Catálogo público de los Centros de Atención, bajo cualquier modalidad y tipo, en el territorio nacional, en donde el Ejecutivo Federal tiene la atribución en materia de prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil de coordinar y operar dicho registro, además establece en el capítulo VI, que:

Del Registro Nacional y Registros Estatales de los Centros de Atención

Artículo 34. El Registro Nacional se organizará conforme a lo dispuesto por el Reglamento y tendrá por objeto:

I. Coadyuvar al cumplimiento de los objetivos de la política nacional y del Consejo;

II. Concentrar la información de los Centros de Atención de los sectores público, social y privado que presten servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil;

III. Identificar a los prestadores de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en cualquiera de sus Modalidades y Tipos, así como mantener actualizada la información que lo conforma;

IV. Contar con un control estadístico que contribuya a la definición de políticas públicas a que se refiere esta Ley, y

V. Facilitar la supervisión de los Centros de Atención.

Asimismo, el artículo 38 de la propia ley mandata que:

Los Registros Locales deberán proporcionar al Registro Nacional la siguiente información:

I. Identificación del prestador del servicio sea persona física o moral;

II. Identificación, en su caso, del representante legal;

III. Ubicación del Centro de Atención;

IV. Modalidad y modelo de atención bajo el cual opera;

V. Fecha de inicio de operaciones, y

VI. Capacidad instalada y, en su caso, ocupada.

Con fecha 18 de abril del 2013, fue presentada una iniciativa que expedía la Ley de Coordinación y Control de las Instituciones de Asistencia Social y Responsables de la Tutela de Niñas, Niños y Adolescentes, y reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el objetivo de crear un nuevo ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer la coordinación entre los tres órdenes de gobierno y sus órganos político-administrativos, para el control de las instituciones de asistencia social responsables de la tutela de las niñas, niños y adolescentes. Facultar a la Secretaría de Gobernación, para conocer el registro de identificación de niñas, niños y adolescentes en instituciones de asistencia social.

Este no es un tema nuevo, la carencia de controles y los riesgos para la población infantil institucionalizada se hicieron patentes desde que se dio la desaparición de varios niños en una casa hogar llamada “Casitas del Sur” en el Distrito Federal en el 2009, quedando al descubierto todas las irregularidades que existían.

Otro caso más salió a la luz el pasado mes de junio del presente año, agentes de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, señalan que rescataron a 33 menores de edad y 10 jóvenes de una casa hogar, presuntas víctimas de violencia y otros ilícitos. La Procuraduría de dicha entidad informó, que los menores de edad, de entre 5 y 17 años, así como los jóvenes, de entre 18 y 24 años, originarios de Tuxtepec, Oaxaca; el Distrito Federal y Puebla, quedaron en custodia provisional en el Sistema Estatal DIF, que los menores fueron llevados al albergue Casa de la Niñez Poblana y Casa del Adolescente, donde reciben valoración psicológica y médica; en tanto que los jóvenes fueron canalizados al Centro de Protección a Víctimas del Delito (Ceprovic), tanto se inició la averiguación por violencia familiar equiparada en agravio de menores de edad que se encontraban en la Casa Hogar Domingo Savio, AC.

En este mes también fuimos informados de una operación conjunta entre el gobierno federal y de Michoacán, donde informaron que se rescataron a casi 600 persona, de las cuales 462 son menores de edad, derivado de diversas denuncias hacia la casa hogar denominada “La Gran Familia”, en donde se presume eran víctimas de abusos sexuales y psicológicos, que vivían en condiciones inhumanas, operación en la que inclusive participó el Ejército para intervenir este albergue que operaba como internado.

Lamentablemente la asistencia social sigue siendo un asunto pendiente, un tema de segregación y estigmatización. Los desafíos que plantea el futuro inmediato, para disminuir y enfrentar las dimensiones e intensidad de la problemática que enfrentamos hoy son urgentes, y hacen imprescindible revalorar el desinterés que hemos contemplado a la asistencia social en México.

Si bien la Ley de Asistencia Social, establece en el capítulo IX que la supervisión y vigilancia para el cumplimiento de las Normas Mexicanas, corresponde a la Secretaria de Salud a través del Organismo y a las autoridades locales, además de que serán coadyuvantes del Organismo en la supervisión, los Sistemas Estatales y del Distrito Federal para el Desarrollo Integral de la Familia y las Juntas de Asistencia Privada u órganos similares, esta no se cumple.

Pugnamos porque de manera urgente todas las personas responsables de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran institucionalizados, se den a la tarea de poner orden y solución inmediata a esta situación. Tenemos como tarea una revisión a la normativa jurídica vigente para generar las acciones, obligaciones y sanciones ejemplares encaminadas al funcionamiento eficaz de las instituciones públicas como privadas que los atienden, siempre respetando sus derechos fundamentales.

Por lo tanto, consideramos que es apremiante que exista un control estricto de todos los menores de edad de su salud y su condición jurídica. Es necesario además, establecer en el Reglamento de la ley, los mínimos de información que deben proporcionar para la conformación del registro. Es claro que si no se ve de manera integral el problema, seguiremos escuchando casos lamentables como los que aquí se han mencionado y seguiremos teniendo más deudas sociales con nuestra niñez.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de los Poderes Ejecutivos, Federal, Estatales y del Distrito Federal, para que coordinen, operen y actualicen los Registros Nacional y Estatales de los Centros de Atención, como lo mandata la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de los Poderes Ejecutivos, Federal, Estatales y del Distrito Federal, a efecto de que realicen las acciones necesarias para la instrumentación de un control estricto y un registro actualizado de las y los niños, su estado de salud y situación jurídica, que se encuentran en los Centros de Atención previstos en la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 2 de septiembre del 2014.

Diputada Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a distintas dependencias federales a tomar medidas referentes a la esterilización forzada o mediante engaños, en perjuicio de mujeres y de hombres indígenas, a cargo de la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración el presente punto de acuerdo conforme al tenor de las siguientes

Consideraciones

Que según la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), artículo 4o., señala que

“La nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas. La Ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos, costumbres, recursos y formas específicas de organización social, y garantizara a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del estado.

En los juicios y procedimientos agrarios en que aquellos sean parte, se tomaran en cuenta sus prácticas y costumbres jurídicas en los términos que establezca la ley. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción xvi del artículo 73 de esta constitución.”1

Que según los hechos registrados en Tlapa, en el Estado de Guerrero, el día 4 de agosto, mujeres indígenas na savi, las cuales son beneficiarias del programa Oportunidades son obligadas a recibir una inyección mensual de un anticonceptivo y la que no acepta es retirada del programa, lo cual viola lo establecido en la Constitución y normas en materia de atención de salud, esto ante declaración del médico voluntario de organizaciones sociales, Euclides Moreno Castro.

Que lo anterior también trasgrede lo establecido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en su artículo 25 que reza;

1. Los gobiernos deberán velar por que se pongan a disposición de los pueblos interesados servicios de salud adecuados o proporcionar a dichos pueblos los medios que les permitan organizar y prestar tales servicios bajo su propia responsabilidad y control, a fin de que puedan gozar del máximo nivel posible de salud física y mental.

2. Los servicios de salud deberán organizarse, en la medida de lo posible, a nivel comunitario. Estos servicios deberán planearse y administrarse en cooperación con los pueblos interesados y tener en cuenta sus condiciones económicas, geográficas, sociales y culturales, así como sus métodos de prevención, prácticas curativas y medicamentos tradicionales.

3. El sistema de asistencia sanitaria deberá dar la preferencia a la formación y al empleo de personal sanitario de la comunidad local y centrarse en los cuidados primarios de salud, manteniendo al mismo tiempo estrechos vínculos con los demás niveles de asistencia sanitaria.

4. La prestación de tales servicios de salud deberá coordinarse con las demás medidas sociales, económicas y culturales que se tomen en el país.2

Que es conocido el proceso denominado esterilización forzosa o esterilización forzada, aplicada en algunos países como parte de su política gubernamental, este mecanismo se produce en una o más personas sin consentimiento ni justificación médica o clínica, con intención eugenésica, punitiva o anticonceptiva forzosa.

Que la esterilización forzosa estaba respaldada por la Ley de la Eugenesia, que permitía hacer una selección de individuos bajo criterios tales como un bajo cociente intelectual –menor de 70-, padecer problemas mentales como la epilepsia o ser homosexual.

Que El gobierno de México “reconoce” que funcionarios federales y estatales han realizado “esterilizaciones forzadas” en comunidades indígenas, las cuales “constituyen un delito particularmente grave” pues se asocian al “genocidio”.

Que lo anterior no es un hecho nuevo, como se diera a conocer por el medico Moreno Castro, en la comunidad de Tlapa, Guerrero, pues la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), ya había documentado y realizado recomendaciones al respecto.

Que la recomendación general número 4, emitida por la CNDH, el 16 de diciembre de 2002, relativo a las prácticas administrativas que constituyen violaciones a los derechos humanos de los miembros de las comunidades indígenas respecto de la obtención de consentimiento libre e informado para la adopción de métodos de planificación familiar, describe que;

“Dentro de estas prácticas, se ha advertido que el personal médico de las clínicas rurales de las instituciones de salud pública obliga a las mujeres que acuden a consulta a utilizar el dispositivo intrauterino (DIU) como método de control natal, bajo la amenaza de que si no aceptan usarlo pueden perder apoyos de programas gubernamentales.

Adicionalmente, en las visitas de trabajo realizadas por personal de este organismo nacional a las comunidades indígenas del país, tanto hombres como mujeres manifestaron que los servidores públicos de las clínicas rurales de las instituciones de salud pública, tanto estatales como federales, pretenden imponerles métodos de planificación familiar sin su consentimiento y sin informarles adecuada y ampliamente, en su lengua, cuáles son los beneficios para su salud, los riesgos de su empleo o los posibles efectos secundarios que pudieran presentarse.

Estas personas, muchas veces monolingües, han referido que no comprenden las indicaciones que los médicos o el personal de salud les da, debido a que no entienden el idioma español, y en ocasiones les hacen firmar o poner sus huellas digitales en documentos que no comprenden por su desconocimiento del idioma español, y en algún caso, incluso alteran su firma, como lo evidenciado en el expediente de queja número 2002/1431-4, por lo que el 6 de diciembre de 2002, este organismo nacional emitió la recomendación número 46/2002, dirigida al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Esta Comisión Nacional también documentó que el personal médico y paramédico de las brigadas de salud comunitaria, las cuales dan atención en zonas con población indígena, ejercen presión sobre la población masculina con el fin de obtener su consentimiento para la aplicación de métodos definitivos (vasectomía) de planificación familiar, mediante la promesa de proveerles de bienes materiales y recursos económicos, y en el caso extremo los amenazan con excluirlos de programas asistenciales del gobierno si no se someten a la vasectomía.”3

Que la queja emitida en Oaxaca, número 2002/1431-4, refiere que;

“El 24 de mayo del 2002, la Oficina Regional Cuenca de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Oaxaca, remitió por razón de competencia a esta Comisión Nacional el escrito de queja de la C. Graciela Victoria Zavaleta Sánchez, presidenta de la Asociación Civil denominada “Comisión Regional de Derechos Humanos, Mahatma Gandhi, A.C.”, en la que denunció hechos probablemente violatorios a los derechos humanos de la señora Hermelinda del Valle Ojeda, indígena chinanteca de la comunidad de Río Chiquito, municipio de Santiago Jocotepec, Oaxaca, cometidos por servidores públicos de la Unidad Médica Rural Monte Negro del Instituto Mexicano del Seguro Social.

La agraviada señaló que desconocía el hecho de tener un dispositivo intrauterino y que en ningún momento solicitó se le colocara, y tampoco fue notificada de tal suceso, por el contrario, la enfermera María Sánchez, adscrita a la Unidad Médica Rural de Monte Negro, Santiago Jocotepec, Oaxaca, del Instituto Mexicano del Seguro Social, le manifestó que sólo le realizarían el estudio del papanicolau para saber si tenía cáncer y posteriormente le enviaría el resultado a su domicilio; sin embargo, no recibió dichos resultados “.4

Que en el mismo estado de Guerrero, el 14 de abril de 2002, se documentó que 16 indígenas fueron esterilizados bajo engaños por personal de la Secretaria de Salud en 1998, mismos que recibieron 25 mil pesos de indemnización económica así­ como apoyos para sus hijos y despensas alimenticias.

Que por los hechos anteriores la CNDH, emitió el 17 de septiembre del 2001 la recomendación 18/2001, en la que determina que es necesario repararles los daños causados a los 16 indígenas de tres comunidades del municipio de Ayutla.5

Que derivado de los hechos anteriores y a su factor histórico y repetitivo, presentó ante esta soberanía la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al gobierno federal para que a la brevedad solicite, a la Comisión Nacional de Derechos Humanos y a la Secretaria de Salud, hacer público los casos en los que exista conocimiento de prácticas de esterilizaciones forzadas de indígenas en todo el territorio nacional.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al gobierno federal para que a través de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y la Secretaria de Desarrollo Social, se sancione conforme a derecho a todo personal involucrado en actos de esterilización forzada o mediante engaños contra, hombres y mujeres indígenas.

Tercero. Se exhorta respetuosamente al gobierno federal para que en caso, destituya a los delegados de la Secretaria de Desarrollo Social de las entidades federativas involucrados en casos de esterilización forzada o mediante engaños.

Cuarto. Se exhorta respetuosamente al gobierno federal para que mediante la Secretaria de Salud (SSA), destituya a todos los médicos y enfermeras implicados en casos de esterilizaron forzada o mediante engaños en todas las entidades federativas.

Notas

1 www.diputados.gob.mx

2 http://www.ilo.org/

3 www.cndh.org.mx

4 http://www.cndh.org.mx

5 www.eluniversal.com.mx

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2014.

Diputada Yesenia Nolasco Ramírez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y a la PGR a emprender acciones para prevenir, erradicar, investigar, sancionar y reparar a las víctimas de los casos de desaparición forzada; y a los congresos locales, a legislar en la materia, conforme a lo establecido en los estándares internacionales, a cargo de Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6 fracción I, y 79 numeral 2 fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados presentan ante la Cámara de Diputados punto de acuerdo conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

Según la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, (en adelante Convención) adoptada a partir del año 2006, por los países miembros de la Organización de las Naciones Unidas.

Se entenderá por “desaparición forzada” el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del estado, seguida de la negativa de reconocer dicha privación de libertad o de ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley1 .

Asimismo, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ha enlistado una serie de derechos tanto civiles o políticos, económicos, sociales y culturales, que podrían ser violados por el hecho de una desaparición.

Entre ellos se encuentran el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica; el derecho a la libertad y seguridad de la persona; el derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; el derecho a la vida, en caso de muerte de la persona desaparecida; el derecho a una identidad; el derecho a un juicio imparcial y a las debidas garantías judiciales; el derecho a un recurso efectivo, con reparación e indemnización; el derecho a conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición; y, en caso de que la víctima de desaparición forzada sea el sostén económico de la familia, ésta podría quedar en un estado de vulnerabilidad permeando así derechos como el derecho a la protección y a la asistencia a la familia; el derecho a un nivel de vida adecuado; el derecho a la salud o el derecho a la educación.2

Por otro lado, respecto a las acciones que los estados parte deberán cumplir para la prevención de la desaparición forzada, la Convención prevé:

“La prohibición expresa de la detención en lugares secretos y se pide a los estados que garanticen unas normas jurídicas mínimas sobre la privación de libertad, como el mantenimiento de registros oficiales de las personas privadas de libertad con un mínimo de información y la autorización para comunicarse con su familia, un abogado o cualquier otra persona de su elección.”

En la Convención se establece que cada estado parte tomará las medidas necesarias para establecer su jurisdicción sobre los delitos de desaparición forzada en los casos en que el presunto autor se halle en cualquier territorio bajo su jurisdicción, salvo que dicho estado lo extradite o lo entregue a otro estado conforme a sus obligaciones internacionales, o lo transfiera a una jurisdicción penal internacional cuya competencia haya reconocido3 .

Por su parte, en México, se ha establecido por parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en la Agenda Nacional de Derechos Humanos que

“La desaparición de personas constituye una de las violaciones más graves a los derechos humanos. El estado es el primero obligado a combatirla, y desde el momento en que éste deja de reconocer su responsabilidad en los hechos o se niega a proporcionar información para la localización de las víctimas, conocer su suerte o destino final, se actualiza una violación de lesa humanidad que afecta sustancialmente la integridad, seguridad, libertad y vida de las personas.”

Sin embargo, como se podrá observar más adelante, la Comisión señalada ha sido rebasada por la situación que se vive en el país en materia de desapariciones forzadas, por lo que su actuación al respecto ha sido objeto de fuertes críticas por parte de activistas y especialistas.

En el marco del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, a partir de 2011, conmemorado el 30 de agosto, algunas de las voces con mayor trayectoria en la atención y análisis de estos hechos, como Amnistía Internacional y la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, criticaron al gobierno mexicano por la falta de claridad en las cifras que han dado a conocer.

Cifras oficiales aportadas por la Secretaría de Gobernación el 22 de mayo hablaban de 8 mil personas desaparecidas. Sin embargo, el 16 de junio las autoridades explicaron que en realidad se trataba de 16 mil personas, cuando el 21 de agosto de 2014, la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales de la Procuraduría General de la República (PGR), anunció que el número de personas no localizadas sobre las que se presentó una denuncia suman 22 mil 3224 .

Para Amnistía Internacional “no existe ningún documento oficial que explique claramente el proceso de depuración de datos y el porqué las cifras han variado de forma tan drástica en tan poco tiempo. Tampoco hay claridad en cuanto a las personas localizadas después de haber sido reportadas como sustraídas por la fuerza.”5 Por su parte

La alta comisionada en esta materia, Navi Pillay, en un comunicado [...] hizo eco de los legítimos reclamos de las familias de las víctimas que exigen verdad y justicia. Asimismo, pidió al gobierno mexicano que reconozca la competencia del Comité de la Organización de la Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada, quien en su informe más reciente exigió a México políticas para prevenir, erradicar, investigar, sancionar y reparar a las víctimas6 .

En el mismo sentido, Ariel Dulitzky, quien encabezó la misión del grupo de trabajo de Desapariciones Forzadas de la ONU en México, ha realizado una revisión seria de los avances y pendientes que el gobierno federal presenta en la materia, por lo que ha concluido en que la falta de transparencia y de una metodología acorde en la elaboración de la base de datos de personas no localizadas a nivel nacional, aunado a las carencias que presentan los protocolos de búsqueda e identificación de personas desaparecidas a nivel local; entre otros elementos7 , han provocado que los casos de desapariciones sigan siendo una constante en nuestro país.

Respecto a la actuación de la CNDH, el doctor José Antonio Guevara Bermúdez, director ejecutivo de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, dio a conocer en el coloquio Evaluación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos , realizado en la Cámara de Diputados el pasado 18 de agosto, que la comisión ha emitido desde 2006, sólo diez recomendaciones sobre desaparición forzada.

Dichas recomendaciones involucran a 26 personas víctimas de desaparición forzada, sin embargo durante la actual administración encabezada por Enrique Peña Nieto, no se ha emitido ninguna recomendación a pesar del creciente número de casos de desapariciones en el país.

En dicho tenor, debe mencionarse que:

“La desaparición forzada se ha usado a menudo como estrategia para infundir el terror en los ciudadanos. La sensación de inseguridad que esa práctica genera no se limita a los parientes próximos del desaparecido, sino que afecta a su comunidad y al conjunto de la sociedad.

La desaparición forzada se ha convertido en un problema mundial que no afecta únicamente a una región concreta del mundo. Las desapariciones forzadas, que en su día fueron principalmente el producto de las dictaduras militares, pueden perpetrarse hoy día en situaciones complejas de conflicto interno, especialmente como método de represión política de los oponentes.”8

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Gobernación y a la Procuraduría General de la República, a que emprendan, en el marco de sus atribuciones, las acciones para prevenir, erradicar, investigar, sancionar y reparar a las víctimas de los casos de desaparición forzada.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a los congresos locales a legislar en materia de desaparición forzada, considerando lo establecido en los estándares internacionales, con la finalidad de contar con un marco jurídico acorde.

Notas

1. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, “Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas”, [en línea], Dirección URL: http://www2.ohchr.org/spanish/law/disappearance-convention.htm

2. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, Folleto informativo No. 6/Rev.3 “Desapariciones forzadas o involuntarias”, p.p. 3, 4, [en línea], Dirección URL: http://www.ohchr.org/Documents/Publications/FactSheet6Rev3_sp.pdfhttp:/ /www.ohchr.org/Documents/Publications/FactSheet6Rev3_sp.pdf

3. Ibid., p. 9

4. Sin Embargo, “La desaparición de personas es una crisis para México, advierten Amnistía y la ONU; los casos van en aumento, dicen”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.sinembargo.mx/31-08-2014/1102849

5. La Jornada, “Incoherentes, las cifras oficiales de desaparecidos: AI”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2014/08/30/gobierno-ha-dejado-que-pr evalezca-la-confusion-sobre-desaparecidos-ai-2707.html

6. StarMedia México, “ONU solicita a México elaborar Ley General para personas desaparecidas”, [en línea], México, Dirección URL: http://noticias.starmedia.com/mexico/onu-solicita-mexico-elaborar-ley-general-para-personas-desaparecidas.html

7. Animal Político, “Tres fallas de Peña Nieto contra la desaparición forzada, según experto”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.animalpolitico.com/2014/08/tres-fallas-de-pena-nieto-contra-la-desaparicion-forzada-segun-experto/#axzz3Bsu0Ouk4

8. Naciones Unidas, “Día Internacional de las Víctimas”, [e

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de septiembre de 2014.

Diputados: Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica), Ricardo Monreal Ávila.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar acciones para que se declare el 19 de noviembre como Día Nacional contra el Abuso Sexual Infantil, a cargo de la diputada Carmen Lucía Pérez Camarena, del Grupo Parlamentario del PAN

Carmen Lucía Pérez Camarena, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura, en ejercicio de la facultad que confieren la fracción I del artículo 6, el artículo 79, numeral 2, fracción III, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, con base en las siguientes

Consideraciones

Las formas de violencia contra los niños y los adolescentes apenas se están haciendo evidentes por el daño que causan. El creciente aumento del abuso sexual y las violaciones sexuales hacia este sector de la población han puesto en evidencia la urgente necesidad de prevenir, atender y combatir este grave delito, además de contar con ordenamientos eficaces que brinden justicia a las víctimas, delito que muchas veces es silencioso.

Los abusos especialmente sexuales constituyen un problema universal y alarmante; las dimensiones ocultas han dejado a miles de menores de edad sin justicia. Actualmente, no hay cifras reales ante un delito que se esconde. El abuso sexual infantil (ASI) indica etimológicamente que “el vocablo abuso deriva del latín abusus, que significa ab: “contra” y usus: “uso”. En acepción general significa el aprovechamiento de una situación contra una persona o una cosa” (...) (Gregorio, 2004)”.1

De acuerdo con el Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género de la Cámara de Diputados, el abuso sexual infantil es un término usado a nivel internacional que refiere a todo acto en el que una persona en una relación de poder, involucra a una niña, niño o adolescente en una actividad de contenido sexual que propicia su victimización y de la que el ofensor obtiene gratificación, destruyendo la autoestima y la seguridad personal de sus víctimas. El abuso sexual supone más que la violación y/o penetración, éste incluye contactos físicos y manipulación emocional.

El abuso sexual es definido como un atentado al pudor, como estupro, violentar sexualmente o un exceso sexual. Así mismo se ha dicho que el abuso deshonesto es el abuso carnal, pero sin cópula o coito, es decir, sin penetración del miembro viril, y sin consentimiento de la víctima o existiendo éste.

De acuerdo con el artículo 260 del Código Penal Federal, “comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula”... establece que la violación sexual se determina en el artículo 264, a quien por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de ocho a veinte años.

Como observamos, nuestro ordenamiento instituye claramente dos conceptos como se mencionó, el abuso sexual infantil es un término usado a nivel internacional que refiere a todo acto en el que una persona en una relación de poder, involucra a una niña, niño o adolescente en una actividad de contenido sexual.

Ante los miles de casos que se encuentran impunes y a fin de contribuir a la protección de las niñas y los niños contra este flagelo, en 2000 se instauró el Día Mundial para la Prevención del Abuso contra los Niños. Se conmemora cada 19 de noviembre y tiene por objetivo crear un punto de conciencia destinadas a poner en evidencia el problema del abuso sexual infantil y de crear políticas públicas bajo la necesidad de intervenir urgentemente, en un principio, en la difusión de programas de prevención, atención y erradicación.

Por esta grave realidad, consideramos pertinente que el país declare éste como el Día Nacional contra el Abuso Sexual Infantil para que se contribuya la creación de una cultura de prevención, que se respalde con la difusión de programas de prevención, con actividades o actos locales, estatales y nacionales; asimismo programas educativos en todas las áreas, a crear vínculos con asociaciones civiles públicas y privadas, entre muchas acciones más.

La Convención de los Derechos del Niño, instrumento internacional firmado por el país en 1999, establece en los artículos 19 y 34, que los Estados parte deberán adoptar: todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo, además de comprometerse a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales, esto no ocurre eficientemente por lo menos en nuestro país.

Derivado de estudios en la materia, el abuso sexual puede ocurrir una o varias veces en la vida de la niña, niño o adolescentes, e incluso ocurrir durante muchos años, éste puede ser intrafamiliar o extrafamiliar, pero particularmente el primer caso es el que cuenta con mayores estadísticas y como consecuencia mayor impunidad al ser considerado un ámbito privado.

Este último punto dificulta y obstaculiza las denuncias ante la autoridad correspondiente, tanto por la desigualdad de poder, generando incluso un estado de sumisión ante el agresor, aunado a los sentimientos contrariados de la víctima, derivados del coraje, la culpa e incluso cariño por ser una persona conocida.

Las características principales del abuso sexual infantil según la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI, 2001), incluye para su integración:

• La falta de consentimiento, al no ser capaz la niña, niño o adolescente de dar su aprobación, porque no entiende totalmente que está dando y no tiene el poder para negarse;

• La ambivalencia, al crearse una confusión en la víctima por los aspectos que le agradan y otros que le hacen sentir mal. No puede entender cómo la persona por quien siente afecto puede estar causándole daño;

• La fuerza, que incluye la fuerza física y otras formas de violencia tales como amenazas, chantaje, seducción y engaño;

• La intención, porque el abuso sexual no ocurre de casualidad, es una conducta buscada, planeada y su intención es la gratificación sexual del abusador;

• El secreto, ya que la persona que abusa utiliza todas las armas a su alcance para que la niña, niño o adolescente no revele el secreto;

• La culpabilidad, sentimiento que se genera en los menores abusados sexualmente con frecuencia por muchas razones: por guardar el secreto, porque saben que los demás les culpan, porque el abusador se encarga de hacerles sentir responsables.2

En cuanto a nuestra legislación sobre protección de sus derechos, la Ley para la Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2000, establece el capítulo “Del derecho a ser protegido en su integridad, en su libertad, y contra el maltrato y el abuso sexual” en el artículo 21 de la ley señala que las niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a ser protegidos contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental, su normal desarrollo o su derecho a la educación en los términos establecidos en el artículo 3o. constitucional. Las normas establecerán las formas de prever y evitar estas conductas. Enunciativamente, se les protegerá cuando se vean afectados por: El descuido, la negligencia, el abandono, el abuso emocional, físico y sexual...

Por ejemplo, la Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que “aproximadamente 20 por ciento de las mujeres y de 5 a 10 por ciento de los hombres manifiestan haber sufrido abusos sexuales en la infancia, mientras que 23 por ciento de las personas de ambos sexos refieren maltratos físicos cuando eran niños”.3

Con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), “21 por ciento de las mujeres que sufrieron violencia física y/o sexual ha pensado en suicidarse (12 por ciento) o lo ha intentado (9 por ciento)”, apuntan que “19 por ciento de mujeres de 15 años y más, actual o anteriormente casadas o unidas, que enfrentó violencia física o sexual, que equivale a 6 millones de mujeres (3.3 de las actualmente casadas o unidas y 2.7 de las anteriormente unidas)”.4

De acuerdo con la Asociación Integra, AC, dedicada a trabajar de manera comprometida contra esta problemática si no se emprenden acciones inmediatas, el problema crecerá en forma más alarmante, ya que según la Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), casi “150 millones de niñas y 73 millones de niños enfrentan el abuso sexual en cualquiera de sus formas”,5 a escala mundial.

Además, nos indican que con información proporcionada por la Subsecretaria de Prevención y Participación Ciudadana de la Secretaría de Gobernación, revelan que de los agresores, 19 por ciento fue un hermano, 18 por ciento fue el padrastro, 16 por ciento un tío y 15 por ciento fue el padre.

Estas estadísticas nos dan una mínima idea del problema que enfrentamos hoy en día. De manera dramática los menores de edad no son escuchados, mucho menos atendidos adecuadamente, tanto desde el seno familiar, al no encontrar muchas veces apoyo y desde la sociedad misma, al ser revictimizados sistemáticamente sin una atención adecuada por parte de los aplicadores de la ley.

Al encontrarse ante una situación de sometimiento y dependencia por sus circunstancias, opta por guardar silencio y desarrolla actitudes evasivas como evitar a alguna persona, autoagresión, tristeza y depresión sin causas aparentes, particularmente temor para ir a dormir, problemas del sueño, ideas suicidas y en muchas ocasiones concluir en un suicidio, falta de apetito, problemas con su identidad sexual, entre otras.

Hay innumerables consecuencias que no se lograrían considerar en el presente documento, sin embargo como víctimas de abuso sexual, se hacen más propensos ante nuevos abusos durante toda su vida, pues como consecuencia pierden la capacidad de diferenciar en quién pueden confiar y quién verdaderamente representa un peligro real.

Por ello proponemos que entre una de las acciones que se deben de generar de manera urgente a nivel nacional, es crear conciencia acerca de la magnitud y los efectos negativos del abuso sexual infantil, con el propósito de prevenir y erradicar tal problemática.

Por tanto, son deber el diseño y la implantación de políticas públicas eficaces por parte de todos los gobiernos, a través de un enfoque integral que nos involucre a todos, particularmente a las personas que interactúan con los menores de edad, como es la familia, la escuela y en los espacios recreativos.

Diputadas y diputados: debemos trabajar contra los vacíos jurídicos y administrativos, destinar recursos encaminados a programas eficaces, capacitación y seguimiento puntual de los casos, así como implantar protocolos de detección, actuación y de asistencia pronta, ya sea a través de una línea directa de denuncia que consideramos debe ser de tres dígitos acorde a la edad de las niñas y los niños, con apoyo de las organizaciones de la sociedad civil.

Debemos generar la sinergia necesaria para que gobiernos federal, estatal y municipal, legisladores, organismos internacionales, organizaciones de la sociedad, así como investigadores en la materia y la iniciativa privada, coadyuvemos con conocimiento, herramientas y acciones para el intercambio suficiente y oportuno de información, creando programas de sensibilización y de creación de conciencia.

Si bien nos encontramos trabajando para construir y adecuar sistemas de justicia amigables para la infancia que impida la revictimización y vulneración de sus derechos, aún tenemos muchas responsabilidades que cumplir.

Finalmente, el aumento de medidas preventivas, la mejora de las técnicas de protección, la sensibilización de la opinión pública y el estímulo de la denuncia, puede ser el comienzo de un trabajo encaminado a prevenir, atender y erradicar en la medida de lo posible este terrible mal.

Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal a instaurar las acciones necesarias para que se declare el 19 de noviembre como Día Nacional contra el Abuso Sexual Infantil, a fin de crear políticas públicas que prevengan y atiendan de manera urgente este delito.

Notas

1 Análisis del abuso sexual infantil en la legislación penal y civil Centro de Estudios para el Adelanto de la Mujeres y la Equidad de Género, Cámara de Diputados.

2

3 http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs150/es/

4 http://www.inegi.org.mx/inegi/contenidos/espanol/prensa/Contenidos/esta disticas/2013/violencia0.pdf

5 http://www.unicef.org/spanish/media/media_45451.html

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2014.

Diputada Carmen Lucía Pérez Camarena (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la CNDH a velar en el ámbito de sus facultades por la protección de los derechos de los habitantes de Nexapa, debido a las constantes amenazas de desalojo de sus tierras, a cargo del diputado Carlos Augusto Morales López, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en esta LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79 numeral 1 fracción II, numeral 2 fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo de urgente u obvia resolución por medio del cual se exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en el ámbito de sus facultades vele por la protección de los derechos de los habitantes del poblado de Nexapa debido a las constantes amenazas de quererlos desalojar de sus tierras y deHoracio Enríquez Escobar, quien actualmente se encuentra privado de su libertad sin justificación alguna.

Todo ello en atención a las siguientes consideraciones:

Considerandos

Primera. Que en 1996 hasta la fecha 69 trabajadores trabajaban para Francisco Escudero Robles, que abandonó a los jornaleros a su suerte en la finca, actualmente Predio Rústico “San José y su anexo San Felipe”, ubicado en la zona norte de la ciudad de Tapachula de Córdova y Ordoñez, Chiapas, Estado de Chiapas, donde no tenían ningún servicio, ni recursos sólo las manos y muchas ganas de salir adelante, donde lejos de desanimarse comenzaron a trabajar la finca la cual consta de 196-09-15 hectáreas, posteriormente se presentó el señor Francisco Escudero con la intención de recuperar sus tierras, momento en el que los jornaleros disertaron el arreglo de una indemnización, pero para el año de 2003 los trabajadores jornaleros se enteraron del fallecimiento del Señor Escudero, situación que los llevó a continuar labrando la tierra mejorando las plantaciones de café y dando mantenimiento al predio sin percibir por ello pago alguno de algún familiar propietario de la finca.

Segunda. Que actualmente esa finca ya se encuentra constituida como un centro poblado, donde la población está considerada por el propio gobierno federal con “alto grado de marginalidad”, lo que llevó a las autoridades de la Secretaría de Desarrollo Social, Sedesol, a abrir una tienda de Diconsa para paliar la hambruna que golpea a las familias campesinas.

A la fecha los habitantes tienen el reconocimiento legal y con oficios de las siguientes instituciones federales:

1. Secretaría de Relaciones Exteriores (Dirección General de Asuntos Jurídicos, permiso 4401187, expediente 20124401182 y Folio 120402441029).

2. Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) a través de la Distribuidora Conasupo (Diconsa), Ref: UOT/MAZC/137/2013.

3. Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Clave Inegi 0170, según oficio número 604.8.7/0501/2013 40.401.06 de fecha 14 de noviembre del 2013, expedido por la Dirección General de Coordinación del SNIEG, Dirección Regional Sur, Coordinación Estatal Chiapas.

4. Secretaría de Educación Pública con clave de la Supervisión Escolar 061 CCT: 07FIZ0061A, a través de la cual se constituyó la escuela primaria rural matutina “Rafael Ramírez Castañeda”, desde el 19 de agosto de 2014, con lo cual se inició el período escolar 2013-2014 con una estadística de 31 alumnos. La clave de la escuela es 07DPR4917I.

5. Comisión Federal de Electricidad dispuso con fecha 16 de enero del 2014 la instalación de 5 transformadores con un total de 60 KVA, según número DPL-OER-PRESUP-001/2014, emitido por el superintendente Zona Tapachula, ingeniero Misael Escobar Reyes. La comunidad cuenta con un recibo de energía comunitario con número de cuenta 14DK13D510100002.

6. El programa Oportunidades del gobierno federal beneficia en la actualidad a 27 familias.

7. Cruzada Nacional contra el Hambre los apoya a través de la Unidad Operativa Tapachula con número de referencia: UOT/SG/GCS/122/2014, como parte del proyecto que el gobierno Federal tiene implementado en 405 municipios de todo el país para apoyar a poblaciones en situación vulnerable y de pobreza.

8. El Instituto Mexicano del Seguro Social, a través del programa IMSS-Oportunidades que da cobertura a los habitantes, según consta en el expediente de fecha 22 de enero del 2014.

9. En el lugar se cuenta desde el año 1949 con un panteón que alberga los restos de personas que vivieron en este predio.

10. El Instituto Federal Electoral reconoce como votantes a los habitantes de esta zona con las siguientes especificaciones: Estado 07; Municipio 090; Localidad 0351; Sección 1359; y domicilio San José Nexapa S/N Tapachula Chiapas.

Además en esa comunidad funciona la Iglesia Católica San José, que está a cargo del párroco José Cruz Méndez C.O.R.C. También funciona la Iglesia del Séptimo Día, a cargo del Pastor Orlando Urbina González.

Tercera. Que la notaria pública sustituta de la notaría pública 78 de Chiapas, Joaquina de los Ángeles Hernández Toledo, con fecha 3 de septiembre del 2008 hizo constar la existencia de este poblado y su ocupación pacífica y continua, por parte de las familias, en el predio ubicado entre la carretera a Nueva Alemania y el desvío al camino que conduce al Ejido 26 de Octubre del municipio de Tapachula. La representante social hizo constar que las familias han construido sus casas con sus propios recursos, con diferentes materiales: de loza y, madera, láminas, teja de barro, y bambú, mismos que cuentan con pozos artesianos y fosas sépticas.

La propiedad es ocupada como pago por las prestaciones salariales que el fallecido Francisco Escudero Robles dejó de cubrir durante 204 meses y desde ese entonces se habita el predio a título de propietarios, por lo que en la actualidad se realizan las gestiones necesarias para lograr el título de propiedad correspondiente a cada habitante.

Cuarta. Que a raíz de esta ocupación pacífica, la señora Laura Elena Aramoni Calderón y Gabriela Escudero Aramoni, en su calidad de herederas universales ahora reclaman la devolución de las tierras sin que durante el período de 1996 al 2003 se preocuparan por cubrir los adeudos de su familiar, ya fallecido, y hoy que ya ven la tierra con producción de café quieren su devolución y para ello han ejercido una serie de presiones y el encarcelamiento en el penal de Huixtla, Chiapas, del señor Horacio Enríquez Escobar, uno de nuestros miembros a quien lo acusan de ser el “defensor” de la comunidad cuando en realidad él no es directivo y no tiene nada que ver con el tema de la ocupación pacífica del predio.

Quinta. Que en ese marco, el comisionado de la Fiscalía Especializada en Atención a Grupos Sensibles, Vulnerables y en contra de la Discriminación, de Chiapas, José Luis Selva, se apersonó al penal de Huixtla, donde está preso el señor Horacio Enríquez Escobar, a quien le dijo que la única forma de dejarlo en libertad es que sus compañeros del predio San José Nexapa desistieran de la posición de ocupar las tierras y que para excarcelarlo ponía como condición el abandono de las tierras al hacerlo serían reubicados en otro lugar, sin que precisara el sitio ni en cuanto tiempo tardaría la reubicación. El comisionado insistió que la única negociación posible pasaba por el abandono de las tierras.

Por lo tanto, a raíz de esta presión ejercida, el grupo de posesionarios del predio desistieron de la demanda del Juicio de Prescripción Positiva Número 257/12, presentada ante el juzgado primero del ramo civil, del distrito de Tapachula, Chiapas, el cual fue acumulado en el expediente del juicio sucesorio número 766/2003, que se encuentra radicado en el Juzgado Segundo de lo Familiar, del Distrito Judicial de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Los pobladores realizaron el desistimiento, pero la autoridad no cumplió con liberar al compañero Horacio Enríquez Escobar.

Sexta. Que las herederas universales han promovido la Averiguación Previa con Número 10127/C049-CT1/2013 a través de la cual se ha venido realizando una serie de presiones para desactivar y obligar a los habitantes de Nexapa a abandonar las tierras cuando en realidad estas ya son ocupadas por familias enteras, conformada por niños, ancianos, mujeres y hombres.

A raíz de la queja se promovió una “Reunión de Protocolo de Desalojo” lo que pone, de manera permanente, en peligro las garantías individuales y el respeto a los derechos humanos, consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en la UNICEF que protege a la infancia.

Séptima. Que aún con todo lo anteriormente mencionado, el 9 de mayo del 2014 se remitió oficio al licenciado Francisco Terrazas, representante legal de las señoras Laura Elena Aramoni Calderón y Gabriela Escudero Aramoni en el que se expone la disposición de los integrantes del poblado de adquirir la propiedad, que ha sido valuada en 4 millones 900 mil pesos, que pueden ser pagados en plazos convenidos. Inicialmente aceptó hacer esa negociación pero en una posterior reunión no se presentó y dejó el tema en el limbo jurídico, generando una incertidumbre.

Octava. Que los habitantes de Nexapa han cubierto los pagos convenientes entre ellos el impuesto predial rústico rezagado del terreno, según consta en el recibo 1377312 de fecha 29 de enero del 2014 por un monto de 27,280.30 pesos, mismo que fue certificado por el director de Ingresos de la Secretaría de Hacienda municipal de Tapachula, Heriberto Rodas Ruiz.

Novena. Que frente a este escenario, de la manera más encarecida se le pide a los Órganos mencionados en este Punto de Acuerdo, su intervención para que sean revisados todos y cada uno de los expedientes, que como medios legales se han promovido, ante las distintas autoridades, pero muy en especial la averiguación previa con número 10127/C049-CT1/2013 en la que se considera se ha realizado una serie de maquinaciones legaloides en contra del C. Horacio Enríquez Escobar, para tenerlo privado injustamente de su libertad, además de las distintas ordenes de aprehensión que al parecer existen en contra de otros de otros miembros y habitantes de la entidad, además de que las autoridades han utilizado dicha averiguación para realizar una serie de presiones para desactivar y obligar a los pobladores de Nexapa a abandonar sus tierras, cuando en realidad estas ya son ocupadas por familias enteras, conformada por niños, ancianos, mujeres y hombres.

Décima. Que merece especial atención y por tanto se solicita de la misma manera sea revisado por esa H. Comisión las constancias que forman parte del expediente del juicio de prescripción positiva número 257/12, presentada ante el juzgado primero del ramo civil, del distrito de Tapachula, Chiapas, el cual fue acumulado en el expediente del juicio sucesorio número 766/2003, que se encuentra radicado en el juzgado segundo de lo familiar, del distrito judicial de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. En la que se engañó por la parte denunciante y por las autoridades en las que se tramita el proceso penal, que desistiéndonos del juicio civil dejarían en libertad al ciudadano Horacio Enríquez Escobar, situación que no cumplieron.

Undécima. Que los ahora promoventes de este proceso se declaran los legítimos posesionarios si se toma en consideración el principio de que “la tierra es de quien la trabaja”, y por lo tanto, se plantea que los derechos de propiedad les sean adjudicados en pago al tiempo en que cultivaron y cuidaron con lo cual se cubre parte de sus salarios, sin contar con la inversión ya realizada, sueldos caídos y demás prestaciones que se les dejó de cubrir.

Además de que el objetivo de acreditar la veracidad de todo lo manifestado en este punto de acuerdo, los habitantes de Nexapa poseen como hecho notorio copias de todos y cada uno de los documentos que sirven de base en sus argumentos.

En la misma posición, como notable entidad gubernamental encargada de promover y proteger los derechos humanos en México; principalmente ante abusos cometidos por las personas, funcionarios públicos o por el estado, se solicita respetuosamente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos proteja los derechos de los habitantes de Nexapa como población vulnerable. En el ámbito federal, de acuerdo al artículo 102 B de la Constitución Política de México, cesen los abusos que consideramos se han cometido en contra de los pobladores de Nexapa.

Duodécima. Los habitantes del poblado de Nexapa, no descartan adquirir la tierra en pagos, es por ello que se exhorta de manera respetuosa que una autoridad competente del gobierno federal y la CNDH sean los garantes o, en su defecto, que se les reubique en otro espacio geográfico respetando en todo momento sus derechos como población vulnerable. Además que en la medida de sus facultades la CNDH pueda emitir recomendaciones tendientes a lograr alternativas de solución para la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra de las familias campesinas del poblado de Nexapa.

Por lo expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con:

Puntos de Acuerdo

Primero. Que en el ámbito de sus facultades se exhorta a la honorable Comisión Nacional de los Derechos Humanos, vele por los derechos del ciudadano Horacio Enríquez Escobar, quien se encuentra actualmente privado de su libertad sin justificación alguna, además de los derechos de los habitantes del poblado de Nexapa quienes se encuentran en la incertidumbre jurídica debido a las constantes amenazas de que los van a desalojar.

Segundo. Se exhorta respetuosamente a la honorable Comisión Nacional de Derechos Humanos, considere como una prioridad social este tema que afecta a muchas familias y que dentro de sus facultades emita recomendaciones tendientes a lograr alternativas de solución para la tenencia de la tierra de las familias campesinas que ahora la trabajan.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2014.

Diputado Carlos Augusto Morales López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Segob a diseñar e implantar políticas de reinserción social para las víctimas de desplazamiento interno, a cargo de Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante la Cámara de Diputados, el presente punto de acuerdo conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

En México, cientos de miles de personas han sido desplazadas internamente, debido a la violencia generada por los grupos del crimen organizado, ante la falta de una estrategia de seguridad integral.

En la Segunda Conferencia Regional Humanitaria sobre Migraciones Forzadas en Bogotá, Colombia, Sarnata Reynolds –asesora de Refugiados Internacional (RI) especialista en materia de Derechos Humanos- presentó un informe sobre el estado que guardan las personas desplazadas internas (IPDs, por sus siglas en inglés) del país.

Mexico’s Unseen Victims (Las Víctimas Invisibles de México)1 es el resultado de la investigación de campo realizada por RI en México, entre mayo y junio de 2014.

Como resultado de esta investigación, se descubrió que las personas desplazadas por los grupos de delincuencia organizada comparten tres características esenciales:

1. Huyen de la violencia extrema externada en las formas de asesinato, secuestro o desaparición de al menos uno de los miembros de sus familias;

2. Se enfrentan a graves problemas económicos después del desplazamiento, incluyendo la dificultad para encontrar trabajo;

3. Han perdido tierras y propiedades sin recibir ningún tipo de compensación económica.

Según RI, hay varias razones por las cuales los grupos criminales en México buscan el control de la tierra, incluyendo el cultivo de plantas utilizadas para la producción de drogas, el control de los recursos naturales, y el establecimiento de las rutas de tráfico de drogas.

La organización encontró que muchos de los desplazados internos habían sido obligados a dejar sus comunidades directamente por las organizaciones criminales –ya sea perpetrando violencia contra ellos o sus familias, o amenazándolos con hacerlo- mientras que otros habían huido de la violencia causada por las disputas territoriales entre grupos rivales, por las ofensivas militares, o por los enfrentamientos con grupos de autodefensa.

El gobierno federal ha sido incapaz hasta ahora de generar cifras oficiales que ayuden a dimensionar la verdadera profundidad de este problema, esta situación también agrava la posibilidad de generar políticas de gobierno –tanto a nivel federal como local-, que permitan la atención oportuna y adecuada para las víctimas.

Una cantidad significativa de las personas desplazadas entrevistadas por RI para la realización del estudio había sido incapaz de encontrar una vivienda adecuada o un puesto de trabajo confiable y estable. Antes de migrar, muchas de estas víctimas habían pagado considerables rescates a los grupos criminales, y en un intento de liberar a sus familiares secuestrados, aún tenían estas deudas.

Otro grave problema identificado en el estudio es la falta de documentos de identidad entre los desplazados internos, lo que dificulta que los niños se matriculen en la escuela o que los adultos sean contratados legalmente. Para los grupos criminales, la falta de identificación también hace de los niños un atractivo blanco para el reclutamiento forzoso, ya que son menos propensos a ser atrapados cometiendo crímenes.

Reynolds afirma que entre 20.000 y 30.000 niños habían caído en las garras de las organizaciones criminales. Muchos de ellos son utilizados como guías para llevar migrantes a través de la frontera hacia Estados Unidos.

Aunque las cifras sobre la cantidad de personas que han sido desplazadas internamente varían, el centro de pensamiento mexicano Parametría,2 estima que 1,65 millones de personas huyeron de sus hogares entre 2006 y 2011. Según la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), sólo en 2011 160.000 personas fueron desplazadas internamente en México, y los estados con las mayores tasas de desplazamiento ese año fueron Chihuahua, Tamaulipas, Nuevo León, Durango, Sinaloa, Michoacán y Guerrero -todos con una significativa presencia de los carteles de la droga.

RI se reunió en conjunto con 80 familias que habían abandonado la región, y ninguna de ellas -o ningún otro entrevistado por la organización- mencionó la sequía o las cuestiones agrícolas como uno de los motivos para su desplazamiento. Todas menos una de las familias afirmaron que los carteles habían entrado a su comunidad.

En 2013, México aprobó una ley para indemnizar a las víctimas del crimen organizado y de violaciones de los Derechos Humanos, sin embargo, los esfuerzos realizados hasta ahora no han sido suficientemente prósperos para diagnosticar y atender esta problemática.

Fundado y motivado en las consideraciones antes expuestas, sometemos a su consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta al Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, a que en el ámbito de sus atribuciones, y en coordinación con las dependencias correspondientes, diseñe e implemente políticas públicas de protección a las personas desplazadas internas, que garanticen su reinserción en un ámbito social seguro y garante tanto de su identidad personal, así como de sus derechos a la vivienda digna y al trabajo remunerado.

Notas

1 Disponible en el sitio http://refugeesinternational.org/sites/default/files/070214%20Mexico%20Unseen%20Victims%20English%20letterhead.pdf

2 Datos disponibles en http://www.parametria.com.mx/DetalleParMedios.php?PM=782

Dado en la honorable Cámara de Diputados, a los 2 días del mes de septiembre de 2014.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SRE a solicitar con la PGR y la SHCP a las autoridades de Estados Unidos de América el reintegro de los 6.5 millones de dólares que entregó a ese país Javier Villarreal, ex titular del SAT de Coahuila, a cargo del diputado José Guillermo Anaya Llamas, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado José Guillermo Anaya Llamas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I y artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a Procuraduría General de la República que soliciten a las autoridades de Estados Unidos de América les sean entregados los 6.5 millones de dólares que Javier Villarreal ex titular del Servicio de Administración Tributaria de Coahuila entrego a ese país , al tenor de las siguientes

Consideraciones

I. Reiteradamente he presentado ante esta tribuna propuestas de punto de acuerdo para que las autoridades de procuración de justicia y de hacienda, atiendan las peticiones de los ciudadanos respecto al desvío de recursos económicos que se hicieron durante el gobierno de Humberto Moreira en Coahuila. Incluso, uno de esos puntos de acuerdo fue aprobado por la Comisión de Relaciones Exteriores y votado a favor por el pleno de esta Cámara, sin que hasta el momento las autoridades hayan contestado algo.

Hemos dicho que Javier Villarreal, al desempeñarse como titular del Sistema de Administración Tributaria de Coahuila, sin contar con la debida autorización del Congreso local y, falsificando documentos solicitó diversos créditos, por un monto superior a 35 mil millones de pesos. No está por demás decir que esa deuda la están pagando los coahuilenses sin haber tenido ningún beneficio, pues los servicios, obras públicas e infraestructura nunca recibieron parte de esos recursos.

II. Puntualmente, hemos señalado que Javier Villarreal Hernández, ex titular del Servicio de Administración Tributaria de Coahuila, tiene por lo menos tres procesos penales, uno en la Procuraduría General de Justicia del Estado de Coahuila, otro en la Procuraduría General de la República por falsificación de documentos y uno más en Estados Unidos por lavado de dinero. En ninguno de ellos se ha hecho algo, salvo en el de Estados Unidos.

Como se sabe el 28 de octubre de 2011, Javier Villarreal es detenido por la Fiscalía General de Coahuila y trasladado al Centro de Readaptación Social de Saltillo acusado de simulación de actos jurídicos, sin embargo es liberado al día siguiente. Se trató, solamente, de una burla para la ciudadanía, porque se simulo una acción de procuración de justicia con toda la intensión de favorecer a dicha persona otorgándole toda la impunidad posible.

Sin embargo, es detenido, en febrero de 2012, en la Ciudad de Tyler, Texas a 150 kilómetros de Dallas, donde fue acusado junto con su esposa de lavado de dinero, por lo que en sus investigaciones el Departamento de Justicia y el Servicios de Impuestos Internos de Estados Unidos, informaron que se detectó en las Islas Bermudas una cuenta por 2 millones 275 mil 544 dólares a su nombre.

III. Los coahuilenses y todos los mexicanos nos enteramos la semana pasada que Javier Villarreal Hernández llego a un acuerdo con las autoridades norteamericanas para entregar 6.5 millones de dólares depositados en cuentas bancarias de Texas. De acuerdo a lo dicho por el diario texano San Antonio Express, también estaría negociando con la Fiscalía su declaración de culpabilidad sobre los cargos de fraude y lavado de dinero.

Creemos que las autoridades mexicanas deben informar de manera clara a la ciudadanía lo que está ocurriendo en este caso, pues por simple lógica se deduce que: si Villarreal pacta la entrega de 6.5 millones de dólares, es porque acepta que dicho dinero no es suyo y su finalidad es conseguir un beneficio. Ante ello, cabe la pregunta ¿por qué las autoridades encargadas de investigar e integrar el expediente respectivo no actúan en consecuencia?

Esta Cámara de Diputados no puede permanecer ajena al descontento popular, a la indignación por las cosas que han ocurrido en Coahuila al endeudarse al estado como lo hizo el gobierno de Humberto Moreira, por eso se presenta esta propuesta de punto de acuerdo para pedir, de manera formal se trate de recuperar parte de ese dinero, que dichos recursos retornen al país y sean destinados para pagar la deuda que se endoso a los coahuilenses.

Es lamentable que en el país vecino se investigue y decomise el dinero mientras en el nuestro, se ha actuado negligentemente y en complicidad ante estos hechos. Pues sólo así se puede entender que los ciudadanos y otros representantes populares hayamos presentado más de siete denuncias ante la autoridad local y federal de procuración de justicia y estas han sido ignoradas y archivadas.

Por lo expuesto, se propone a esta soberanía, como de urgente y obvia resolución, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de la manera más atenta a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que conforme a sus atribuciones y en conjunto con la Procuraduría General de la República y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, soliciten a las autoridades del Departamento de Justicia de Estados Unidos de América a que se les proporcionen los 6.5 millones de dólares que les entrego Javier Villarreal Hernández, ex titular del Servicio de Administración Tributaria de Coahuila.

Segundo. De igual manera, se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a que una vez que dichos recursos retornen a México, y toda vez que se trata de recursos de origen público, los mismos sean destinados a cubrir la deuda de Coahuila.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de septiembre de 2013.

Diputado José Guillermo Anaya Llamas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud del DF a emprender políticas relativas a la maternidad en adolescentes y jóvenes, enmarcadas en una perspectiva transversal de derechos humanos, género y juventud, a cargo de Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente Punto de Acuerdo conforme a la siguiente.

Exposición de Motivos

La organización mexicana Espolea, como parte de un proyecto apoyado por la organización global Women Deliver,1 lanzó en días pasados la campaña “Maternidad Adolescente y Juvenil”, la cual tiene como uno de sus objetivos:

Visibilizar las necesidades de salud sexual y salud reproductiva de las adolescentes y jóvenes, particularmente de aquellas que ya son madres, a través de una campaña virtual dirigida a tomadores/as decisión y activistas en materia de juventudes y derechos sexuales y reproductivos. El propósito, a su vez, es hacer un llamado para el diseño e implementación de políticas y programas que aborden dichas necesidades desde una perspectiva de género, de juventud y de derechos humanos.2

Al respecto, cabe mencionar los datos que la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) presentó en el “Informe mujeres 2013. Salud materna y violencia obstétrica. La situación de los derechos humanos de las mujeres en el Distrito Federal”, ya que en 2012 se tuvo el registro de 160 mil 852 nacimientos en la capital del país, de los cuales 28 mil 142, es decir 17.5 por ciento se dieron en mujeres entre los 10 y los 19 años de edad; de los cuales el 3.4 por ciento (962), se presentaron en mujeres entre los 10 y los 14 años.

Por su parte, en 2012, del total de las adolescentes (entre 12 y 19 años de edad) que tuvieron relaciones sexuales, el 51.9 por ciento ha estado alguna vez embarazada.3

Asimismo, en el caso de las adolescentes de menos de 18 años, y particularmente las de menos de 15, el embarazo no es el resultado de una decisión deliberada. Al contrario, el embarazo en general es el resultado de la ausencia de poder de decisión de estas niñas y adolescentes.4

Al respecto, es necesario mencionar que la CDHDF recibió, el año pasado, un total de 52 quejas por presuntas violaciones al derecho a la salud materna, sin embargo se desconoce el número de casos relativos a mujeres jóvenes. Por su parte,

De las 118 mil 500 interrupciones legales del embarazo realizadas de 2007 a 2014, seis mil 632 (5.5%) se realizaron en menores de 18 años; 0.7% se llevaron a cabo en adolescentes de entre 11 a 15 años, 4.8% sucedieron en el grupo de edad de 15 a 17 años; 47.6% se realizaron entre jóvenes de 18 a 24 años, y 22.2% en mujeres de 25 a 29 años.5

Ante dicho panorama, la campaña en cuestión emite una serie de recomendaciones, las cuales son:

• Mejorar y focalizar por grupos de edad (10-14 años) (15-19 años) (20-29 años) las campañas que promueven la educación integral en sexualidad.

• Dar seguimiento y evaluar el cumplimento de la implementación de la Declaración Ministerial “Prevenir con Educación”.

• Reforzar los componentes de género y relaciones interpersonales en los programas de educación sexual que se imparte en los espacios educativos formales y no formales.

Mejorar la información sobre salud sexual y reproductiva; VIH, derechos humanos, sexualidad y ciudadanía. En materia de prevención y atención de la violencia, es importante favorecer el respeto y reconocimiento a la diversidad en la información que se brinda a adolescentes y personas jóvenes.

• Incorporar a las/os adolescentes y personas jóvenes en el diseño, implementación y evaluación de las políticas en materia de salud sexual y salud reproductiva es clave para que éstas atiendan tanto sus necesidades prácticas como intereses estratégicos (de emancipación y autonomía).

• Dar seguimiento y continuidad a casos, recomendaciones y experiencias de necesidades de la población joven, y registrar todas las actividades y beneficios de los servicios amigables para continuar con su difusión y facilitar su acceso.

• Generar datos e información desagregados por edad y sexo, pero también en función de otras condiciones sociales y económicas.

• Promover, proteger, respetar y garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las adolescentes y mujeres jóvenes que ya son madres es fundamental para prevenir nuevos embarazos no planeados y/o no deseados.

• Garantizar el derecho de las niñas y mujeres a vivir una vida libre de violencia y discriminación, incluidas las adolescentes y jóvenes que ya son madres, impacta positivamente en el ejercicio de sus derechos económicos, políticos, sociales y culturales.

• Contar con personal sensibilizado y capacitado en escuelas y centros de salud que sepa brindar una atención integral y de calidad a las personas jóvenes en materia de salud sexual y salud reproductiva, incluidas las madres adolescentes y jóvenes.

• Garantizar el derecho de las madres adolescentes y jóvenes a seguir accediendo a educación integral en sexualidad a fin de promover un ejercicio libre y seguro de su sexualidad, así como una adecuada planificación reproductiva.

• Eliminar barreras económicas, culturales y sociales, incluidas el estigma y la discriminación para mejor la difusión sobre métodos anticonceptivos modernos y garantizar su disponibilidad y acceso para adolescentes y jóvenes.

• Promover y garantizar el acceso de las adolescentes y jóvenes a pruebas oportunas de detección de infecciones de transmisión sexual.

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud del Distrito Federal a emprender políticas públicas relativas a la maternidad en adolescentes y jóvenes, enmarcadas en una perspectiva transversal de derechos humanos, género y juventud.

Notas

1 Women Deliver, Invest in Girls and Women – It Pays, “C Exchange Youth Initiative”, Estados Unidos, [en línea], Dirección URL: http://www.womendeliver.org/corporate-partners/youth-initiative/

2 Espolea, “Espolea lanza campaña sobre maternidad en la adolescencia y la juventud”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.espolea.org/actividades-de-geacutenero/-espolea-lanza-campan a-sobre-maternidad-en-la-adolescencia-y-la-juventud

3 CEAMEG, “El embarazo en edades tempranas en México. Políticas públicas para su atención”, México, 2010.

4 Fondo de Población de las Naciones Unidas, UNFPA México, “Estado Mundial de la Población 2013, Maternidad en la niñez. Enfrentar el reto del embarazo en adolescentes”.

5 GIRE, “Perfil de las usuarias que han realizado Interrupción Legal del Embarazo en la Ciudad de México”, [en línea], México, Dirección URL: http://www.inmujeres.df.gob.mx/work/sites/inmujeres/resources/LocalCont ent/1823/5/CifrasILE2007a2014.pdf

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 2 días del mes de septiembre de 2014.

(Rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al INM a garantizar y vigilar que las niñas y los niños migrantes sean repatriados al lugar de origen con el más estricto respeto de sus derechos humanos, a cargo de Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración del pleno el presente punto de acuerdo, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

México es conocido como un país emisor de migrantes en busca de mejores condiciones económicas y sociales en Estados Unidos. Sin embargo, en las últimas décadas se ha convertido, además, en un país de tránsito para miles de migrantes internacionales que viajan hacia el norte del país, en busca del sueño americano.

La política migratoria en México se encuentra fuertemente signada por un discurso íntimamente vinculado a la soberanía y a la seguridad nacional. Esta tendencia, creciente en las últimas décadas, ha llevado al Estado mexicano a aplicar medidas discrecionales y restrictivas en materia migratoria en a favor de la seguridad pública o la seguridad nacional.

Uno de los problemas principales y motivo de paso de miles de indocumentados, de acuerdo con el Instituto Nacional de Migración (INM) es que, aproximadamente 40 mil niñas y niños que migran son repatriados desde Estados Unidos a México y unos 18 mil viajan solos.

La migración se produce en condiciones de eminente vulnerabilidad, que se profundizan e impactan con especial intensidad en los niños, niñas y adolescentes. Esta situación es un elemento que en sí mismo interpela el rol preponderante que tiene el tema de la seguridad y el control en la política migratoria, en tanto puede no solamente contribuir a reforzar los elementos que conforman el ambiente de inseguridad, sino también a incrementar los riesgos para las personas con mayores niveles de vulnerabilidad en este contexto.

El INM debe garantizar que los menores sean repatriados con todas las garantías y protecciones que debe de tener un menor no solo en México, sino a nivel internacional ya que conforma la población más frágil y vulnerable, expuesta a mayor riesgo.

Menores que deciden emprender un viaje con el sueño de reencontrarse con alguno de sus familiares o conseguir un mejor nivel de vida a través de un empleo bien remunerado o simplemente huir de la violencia familiar o de la explotación sexual que en la mayoría de las ocasiones sufren desde sus hogares.

Niños que al tomar la decisión de cruzar la frontera se encuentran en un estado de incertidumbre y de violación latente a sus derechos, integridad física y derechos humanos, pasando por múltiples accidentes como: asfixia, deshidratación, heridas, infiltrados en el crimen organizado, explotación sexual, laboral, secuestros, tráfico de drogas y por supuesto muerte de forma violenta mediante gente sin escrúpulos que se aprovecha de su vulnerabilidad para tratarlos como si fueran objetos.

No hay datos exactos ni cifras oficiales de las violaciones de los derechos de los niños, pues no existe la denuncia y, en su gran mayoría, no tienen el conocimiento de que pueden ser auxiliados por un Instituto encargado de proteger su paso por el país, sin embargo se debe de tomar conciencia y brindar el apoyo necesario para que no exista maltrato hacia los menores.

El sueño americano es sin duda el de millones de personas tanto mexicanos como de diversos países hispanos, sin embargo, al momento de empezar la travesía se dan cuenta que es una pesadilla, la deshumanización que sufren por diversas autoridades encargadas supuestamente de vigilar sus garantías son simple y sencillamente quienes abusan de ellos ya sea de forma, física, sexual, económica y psicológica.

Situándose los menores en un estado grave de indefensión y vulnerabilidad sin que alguna autoridad mexicana se ocupe y garantice la protección de las niñas y niños migrantes, menores que son vistos éstos como un mero objeto de intercambio y para las organizaciones delictivas como un medio para transportar droga o para que estos puedan pertenecer a las filas de la delincuencia.

El INM debe garantizar el ejercicio de los derechos tal y como lo estable el artículo 6o. de la Ley de Migración en el título segundo, “Derechos y obligaciones de los migrantes”, capítulo único, establece: “El Estado mexicano garantizará el ejercicio de los derechos y libertades de los extranjeros reconocidos en la Constitución, en los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano y en las disposiciones jurídicas aplicables, con independencia de su situación migratoria”.

Por lo citado presento ante la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta al Instituto Nacional de Migración a implantar de inmediato medidas de seguridad hacia las niñas y niños migrantes repatriados a fin de salvaguardar su integridad, derechos y garantías.

Dado en la Cámara de Diputados, a 2 de septiembre de 2014.

Diputados: Ricardo Mejía Berdeja, Ricardo Monreal Ávila.