Dictámenes a discusión


Dictámenes a discusión

De la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT a emitir en 2015 por el Servicio Postal Mexicano una estampilla conmemorativa del centenario del nacimiento del muralista José Raúl Anguiano Valadez

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transportes de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) a emitir en 2015 por el Servicio Postal Mexicano (Sepomex) una estampilla conmemorativa del centenario del nacimiento del muralista José Raúl Anguiano.

La Comisión de Transportes, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, numeral 1, fracción VI, 81, numeral 2, 82, 84, 85, 157, 158, 167, numeral 4, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta asamblea, el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados celebrada el 4 de septiembre de 2014, Luis Armando Córdova Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT a emitir en 2015 por el Sepomex una estampilla conmemorativa del centenario del nacimiento del muralista José Raúl Anguiano.

2. En la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión turnó la proposición a la Comisión de Transportes, para el estudio y dictamen correspondientes.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

El proponente expone que José Raúl Anguiano Valadez fue uno de los muralistas más reconocidos del siglo XX. En su obra, destacan el México rural e indígena, es sus paisajes se plasman como símbolos de identidad nacional las tradiciones rurales, como su religión, sus fiestas y sus tradiciones, lo cual le permitió ser conocido en el mundo.

Su calidad artística puede apreciarse en la Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México, en el Museo Nacional de Antropología e Historia y en la Secretaría de Relaciones Exteriores, entre otras instituciones.

El autor de la proposición expresa que hablar del muralista José Raúl Anguiano Valadez significa hacer referencia a un artista cuya obra plasmó una visión mexicanista; muestra de ello son sus obras. Su inquietud artística y de identidad nacionalista lo motivó a fundar el Taller de la Gráfica Popular, en 1938, donde realizó grabados y litografías con muestras solidarias hacia los trabajadores y los campesinos. Fue cofundador del Salón de la Plástica Mexicana, en 1949 (que actualmente forma parte del Instituto Nacional de Bellas Artes), donde se exponen las obras más representativas de la plástica nacional. Han formado parte de esté salón obras de destacados pintores, escultores, muralistas y grabadores; sobresalen los trabajos de Diego Rivera, David Alfaro Siqueiros, Frida Kahlo, Rufino Tamayo y Juan O’Gorman.

El diputado proponente expone que si bien las nuevas tecnologías han provocado un nuevo paradigma en las comunicaciones, el correo convencional constituye aún uno de los servicios estatales más relevantes en la SCT, no sólo por su uso recurrente, especialmente para las comunicaciones comerciales, sino por el arte de sus estampillas, coleccionadas en todo el mundo. El correo representa en el caso de México un elemento de nuestra memoria histórica. En este sentido, a lo largo de más de cuatro siglos el correo con sus cartas, cédulas reales, sellos y estampillas ha creado una importante y destacada cultura postal.

Podemos citar que la diversidad de imágenes en la estampilla ha sido amplia. Por ejemplo, la emisión regular de éstas de 1934 a 1950 consistió en 15 estampillas postales, con precios desde un centavo hasta cinco pesos, hechas con grabados de imágenes indígenas yalaltecas (mujeres indígenas de Oaxaca cuya vestimenta tradicional consiste en huipil blanco y falda de enredo) y tehuanas, mujeres del istmo de Tehuantepec, Oaxaca, y cuya vestimenta es de dos piezas: una blusa, llamada huipil, y una falda, ambas bordadas con coloridas y llamativas flores.

El autor del punto de acuerdo propone a la Cámara de Diputados que a través de un objeto de gran valor cultural y artístico conocido y codiciado a escala mundial, una estampilla emitida por el Sepomex, el Congreso de la Unión y la Presidencia de la República conmemoremos a uno de los muralistas mexicanos más reconocidos en el planeta: don José Raúl Anguiano Valadez.

Por todo lo anterior se presenta la siguiente

Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT a emitir en 2015 por el Servicio Postal Mexicano una estampilla conmemorativa del centenario del nacimiento del muralista José Raúl Anguiano Valadez.

Consideraciones

La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos formulados en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

La comisión dictaminadora coincide con el proponente y hace una mención de los logros del artista.

La obra de Raúl Anguiano es codiciada por reconocidos coleccionistas nacionales y extranjeros. Sus obras han sido expuestas no sólo en México, sino en países como Argentina, China, Estados Unidos de América (en San Francisco), Francia, Italia, Polonia y Suecia. Obtuvo reconocimientos tan significativos por su trabajo como la condecoración en la categoría de Commendatore de Italia en 1977; el Premio Nacional de Ciencias y Artes en 2000; en 1956, el Congreso de Jalisco le impuso la condecoración José Clemente Orozco; en 1958 recibió la Medalla de Oro del Salón Panamericano de Porto Alegre, Brasil; el Premio Jalisco, en 1983. La Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión determinó concederle, en 2005, la prestigiada Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913, “por la destacada trayectoria de este mexicano universal, activo creador y promotor de nuestras artes en todo el mundo, genio en cuyas obras se reconoce el ser mexicano del siglo XX, cualidades que deben inspirar a nuestros compatriotas a comprometerse con la superación nacional”.

Sin embargo, esta comisión dictaminadora, con fundamento en el artículo 64 de la Ley del Servicio Postal Mexicano, que establece que “las emisiones de estampillas postales se harán, retirarán, substituirán o resellarán en los términos en que lo disponga por decreto el presidente de la República”, considera necesario cambiar el exhorto al titular del Ejecutivo federal.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes emiten el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Respetuosamente se exhorta al titular del Ejecutivo federal a emitir un decreto a fin de crear una estampilla conmemorativa del centenario del nacimiento del muralista José Raúl Anguiano Valadez.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 30 de septiembre de 2014.

La Comisión de Transportes

Diputados: Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez, Miguel Sámano Peralta (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares (rúbrica), Valentín González Bautista, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), secretarios; Rafael Acosta Croda, José Angelino Caamal Mena, Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Felipe Arturo Camarena García (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Catalino Duarte Ortuño, Raúl Santos Galván Villanueva (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), Roy Argel Gómez Olguín, María del Rosario Merlín García, Jesús Morales Flores (rúbrica), J. Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Hugo Mauricio Pérez Anzueto, Francisco Tomás Rodríguez Montero (rúbrica), José Soto Martínez (rúbrica), Jorge Terán Juárez.

De la Comisión de Cultura y Cinematografía, con punto de acuerdo por el que se exhorta al delegado en Cuauhtémoc, Distrito Federal, a difundir la información del proyecto Obra de Recuperación del Foro Lindbergh y del Parque México

Honorable Asamblea:

La Comisión de Cultura y Cinematografía de esta Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XII; y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno el presente dictamen al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primero. Con fecha 11 de septiembre de dos mil catorce, el diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de esta LXII Legislatura, la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente al titular de la delegación Cuauhtémoc a que remita un informe detallado relativo al plan denominado “Obra de recuperación del Foro Lindbergh y del parque México”, incluyendo el proyecto ejecutivo, proyecto técnico, declaración de impacto ambiental y permisos otorgados por el INAH y/o INBA, así como el presupuesto contemplado para la ejecución de la obra del mismo.

Segundo. Con la fecha antes señalada, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-4-1682, turnó a la Comisión de Cultura y Cinematografía la proposición de mérito, para su respectivo dictamen.

Tercero. Mediante oficio número CCC/LXII/3038 de fecha veintidós de septiembre de dos mil catorce la Comisión de Cultura y Cinematografía, envió copia de la proposición con punto de acuerdo turnada, a los diputados integrantes de la comisión, con el fin de que emitieran sus observaciones y comentarios a la misma.

Cuarto. A efecto de cumplir con lo dispuesto por el artículo 84 del Reglamento de la Cámara de Diputados, los integrantes de la comisión, se reunieron el veintitrés de octubre de dos mil catorce, para dictaminar la proposición señalada con anterioridad, con el fin de someterla a la consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, al tenor de los siguientes

Considerandos

Primero. Que esta comisión es competente para conocer y resolver respecto de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente al titular de la delegación Cuauhtémoc a que remita un informe detallado relativo al plan denominado “Obra de recuperación del Foro Lindbergh y del parque México”, incluyendo el proyecto ejecutivo, proyecto técnico, declaración de impacto ambiental y permisos otorgados por el INAH y/o INBA, así como el presupuesto contemplado para la ejecución de la obra del mismo.

Segundo. Que aun cuando en el rubro con el que etiqueta cada una de las páginas de su Proposición, alude a que el referido Titular “remita de un informe detallado”, al concretar su proposición la refiere a “publicar en el portal de transparencia de la Institución”, la información motivo de la presente proposición con punto de acuerdo, en ésta, busca que el titular de la delegación Cuauhtémoc Licenciado Alejandro Fernández Ramírez, a través del portal de transparencia de la referida demarcación, informe respecto al Proyecto denominado “Obra de Recuperación del Foro Lindbergh y del parque México, lo siguiente: a) aclarar los avances de la obra; b) las empresas contratistas que la llevan a cabo; c) la inversión económica erogada a la fecha; d) el dictamen de impacto ambiental; y e) si cuenta con los permisos otorgados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia y/o el Instituto Nacional de Bellas Artes.

Tercero. Como antecedentes, el diputado proponente refiere que el parque México, se encuentra ubicado entre las calles de Avenida parque México y Avenida Sonora en el polígono de Condesa-Roma, en las inmediaciones de la Delegación Cuauhtémoc, cuenta con 8.8 hectáreas y fue inaugurado el 25 de octubre de 1927 y oficialmente se le llamó Parque General San Martín, el teatro recibió en nombre de Charles Lindbergh, quien el 13 de diciembre de 1927 aterrizó en el altiplano mexicano y fue llevado al parque recién construido.

Que todos los ornamentos del foro corresponden al estilo art decó, que estaba en boga durante su período de construcción, lo que convirtió a ese parque en un hito a nivel nacional y mundial, en donde se declaran por un lado los ideales modernos y el culto a la tecnología y por otro los valores nacionalistas.

Que el Foro Lindbergh contempla en su entrada una fuente con la figura de una mujer abrazando dos cántaros, delimitado por una pérgola cubierta de bugambilias, enmarcado por un escenario de cinco columnas de concreto y en sus extremos, dos pequeños camerinos con relieves alegóricos con referencias al teatro.

Refiere el diputado proponente, que en este contexto, es que con el pasar del tiempo, la estructura del denominado Foro Lindbergh, se ha deteriorado ante el deficiente mantenimiento de las administraciones delegacionales, ya que a pesar de que la recuperación del foro ha sido planteada por tres administraciones consecutivas, a la fecha no se ha concretado y se encuentra en condiciones de fuerte deterioro, que incluso entre los años 2010 y 2012, se anunció la remodelación del foro a cielo abierto, mismo que está catalogado como Patrimonio Artístico por el INBA.

Que no obstante lo anterior, este espacio cultural alberga gran cantidad de vecinos, visitantes de otras delegaciones, Entidades Federativas e incluso turismo internacional que durante todo el año acuden a realizar diversas actividades en su interior, las cuales van desde baile danzón, bicicletas y actividades que se encuentran limitadas por la falta de instalaciones seguras, limpias y funcionales.

Manifiesta el diputado Castellanos Mijares, que en este contexto, es que la actual administración anunció en diversos medios de comunicación que tiene proyectada una inversión cercana a los 20millones de pesos y que contempla la construcción de una cisterna de captación de agua de lluvia, con la cual se regará el parque México, en donde además se renovará completamente el estanque de los patos y se desmantelarán las bodegas de los trabajadores de limpia que se ubican en el centro del jardín, entre otras acciones.

Que así también, se destaca en publicaciones impresas que las autoridades han declarado que se habilitará en el parque México un área exclusiva para perros, y que la zona canina tendrá mil 300 metros cuadrados, para lo cual se contempla derribar cerca de 400 sujetos forestales para la realización de este proyecto y de otras actividades, sin que a la fecha se conozcan los detalles del plan de manera integral.

Que en este orden de ideas y ante la falta de información respecto a los alcances de dicho proyecto a ejecutarse en el sitio, es que los vecinos han llevado a cabo movilizaciones ante la presunta intención del gobierno delegacional en Cuauhtémoc de restringir el horario y las actividades en ese espacio público, toda vez que las obras se encuentran paradas sin que hasta el momento se conozcan los recursos aplicados ni los avances tangibles en la ya terminada primera etapa.

Asimismo, que derivado de lo anterior, se han realizado recorridos en las inmediaciones del referido Foro Lindbergh, se observa el espacio cercado por tapia colocado desde hace nueve meses, y al interior se puede apreciar que el espacio continúa deteriorado.

Que desde hace cinco meses no se ha realizado ningún tipo de trabajo de rehabilitación, sin embargo existen declaraciones de las autoridades delegacionales que afirman que la primera etapa de remodelación ha sido concluida.

De igual forma, es importante destacar que los vecinos presentaron un Proyecto alterno a las autoridades delegacionales, el cual surgió como resultado del trabajo organizado de los mismos, y que tuvo como origen la realización de encuestas entre más de mil asistentes al Parque.

Que este plan integral de recuperación del foro, contó con la participación de vecinos involucrados en el sector académicos, social, etc., destacando el amplio interés que existe en este espacio público, con el único y claro objetivo de mejorar y reintegrar en beneficio de todos este bello Parque de la Ciudad de México.

Señala el diputado proponente, que el espacio del citado foro, además de ser considerado un sitio cultural, ha fungido como el lugar de encuentro de generaciones, al realizarse actividades culturales, sociales y recreativas, a la par de ser un sitio de encuentro de visitantes y vecinos de la colonia Hipódromo y colonias que la rodean.

Cuarto. Que en la Conferencia Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre el Patrimonio Cultural celebrada en México en 1982, definió que “El Patrimonio Cultural de un pueblo comprende las obras de sus artistas, arquitectos, músicos, escritores y sabios, así como las creaciones anónimas, surgidas del alma popular, y el conjunto de valores que dan sentido a la vida, es decir, las obras materiales y no materiales que expresan la creatividad de ese pueblo; la lengua, los ritos, las creencias, los lugares y monumentos históricos, la literatura, las obras de arte y los archivos y bibliotecas”.

Sin embargo, en México desde 1914 el Estado a través de un marco jurídico regula el Patrimonio Cultural, a través de normas para la conservación de monumentos arqueológicos, históricos, artísticos y a partir de 1986 también los paleontológicos.

Es así que desde la segunda década del siglo XX, se responsabiliza de establecer normatividad para conservación, bajo la modalidad de “antigüedades mexicanas” que posteriormente se les denomina monumentos, involucrando a la fuente de conocimiento científico, cultural e histórico tangible e intangible.

El 6 de mayo de 1972 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que entró en vigor a los 30 días de dicha publicación. Con objeto de garantizar el material arqueológico, histórico y artístico. Protege bienes muebles como inmuebles. El patrimonio tangible y prevé protección a monumentos en lo individual o bajo el concepto de zonas. Obligaciones y derechos para propietarios y poseedores de bienes. Se conserva la modalidad de propiedad privada para los bienes históricos y artísticos, así como la obligación de llevar registro nacional de los bienes, siendo la Federación la competente para aplicar la Ley.

De acuerdo con este ordenamiento en su artículo 5 que son monumentos arqueológicos, artísticos, históricos y zonas de monumentos los determinados expresamente en esta Ley y los que sean declarados como tales, de oficio o a petición de parte. Sin embargo, el Foro Lindbergh, ni el Parque San Martín ni el parque México, como se conoce popularmente, tienen una declaratoria de monumento artístico del Ejecutivo federal en términos de la ley federal en la materia.

El parque es considerado como espacio abierto monumental del Distrito Federal de acuerdo con el artículo 12 de la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Urbanístico Arquitectónico del Distrito Federal.

Quinto. Que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal establece en el artículo 39fracciónXLVII, que corresponde a los titulares de los órganos político-administrativos de cada demarcación territorial, proponer y ejecutar las obras tendientes a la regeneración de barrios deteriorados y en su caso, promover su incorporación al patrimonio cultural.

Por su parte, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal establece en su artículo 3, que toda información generada, administrada o en posesión de los Entes Obligados se considera un bien de dominio público, accesible a cualquier persona en términos y condiciones que establece esta Ley y demás normatividad aplicable.

Que de conformidad con su artículo 4, fracción V, son entes obligados entre otros, los órganos desconcentrados, entre los que se encuentran las Delegaciones del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto en el artículo 3, fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Siendo responsable como Ente Obligado, con fundamento en el artículo 5 b) de la referida Ley de Transparencia local, de contribuir al fortalecimiento de espacios de participación social, que fomenten la interacción entre la sociedad y los Entes Obligados en temas de transparencia, acceso a la información pública y rendición de cuentas.

Entre otros deberán conforme al artículo 12 fracción II, publicar y mantener actualizada para su disposición en internet la información a que se refiere la presente Ley (de Transparencia); así como garantizar que sea fácilmente identificable, accesible y cumpla con los requerimientos de organización que determine el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal.

Sexto. Que la dictaminadora coincide con los propósitos del autor de la proposición que se analiza, ya que la garantía de preservación del patrimonio cultural es determinante para que permanezca en el tiempo y continúe alimentando a generaciones posteriores, a fin de que conozcan y palpen antecedentes históricos que nos distinguen como nación, su realidad presente, que contribuyan a su reafirmación cultural futura, a través de un proceso armónico de asimilación y ubicación en el desarrollo, sin perder identidad. Es por ello, que el Estado mexicano ha implementado diversas formas legislativas y administrativas para protegerlo.

Asimismo, el redimensionamiento bajo el concepto de Patrimonio Cultural por la UNESCO, no limita ese dimensionamiento como símbolo de identidad, en el reconocimiento de una porción representativa de la cultura de nuestra nación y objeto de preservación como parte de ella, lejos de eso, contribuye a entender el desenvolvimiento histórico de sus generaciones y es una forma de preservar el pasado cultural, permitiendo su ubicación en el presente y preservación de identidad futura.

La gran riqueza del patrimonio arquitectónico, histórico y artístico de la nación, son también ejemplo de pluralidad cultural de este país, pero sobre todo de nuestra gran riqueza cultural.

Ahora bien, aun cuando en el rubro con el que etiqueta cada una de las páginas de su Proposición, el diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares alude a que el referido Titular “remita de un informe detallado” y que al concretar su proposición la refiere a “publicar en el portal de transparencia de la Institución” la información motivo de la presente proposición con punto de acuerdo, en ésta, busca que el titular de la delegación Cuauhtémoc Licenciado Alejandro Fernández Ramírez, a través del portal de transparencia de la referida demarcación, informe respecto al Proyecto denominado “Obra de Recuperación del Foro Lindbergh y del parque México, lo siguiente: a) aclarar los avances de la obra; b) las empresas contratistas que la llevan a cabo; c) la inversión económica erogada a la fecha; d) el dictamen de impacto ambiental; y e) si cuenta con los permisos otorgados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia y/o el Instituto Nacional de Bellas Artes, esta dictaminadora advierte que en general las propuestas son compatibles y complementarias, además de que inciden en los mismos propósitos de que informe detalladamente acerca del proyecto arriba descrito, por lo que estima procedente atender ambos planteamientos, armonizando su contenido y redacción. No obstante lo anterior, es preciso señalar que, al no tener Declaratoria de Monumento Artístico con base en lo que establece la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos Artísticos e Históricos, la intervención para la remodelación del parque no es competencia de ninguno de los Institutos referidos en la propia ley.

Por los argumentos y fundamentos que plantea esta Comisión Dictaminadora en cada uno de los Considerandos, se estima procedente con modificaciones el petitorio de la presente proposición.

Con base en lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, la Comisión de Cultura y Cinematografía, pone a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente

Acuerdo

Artículo Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la delegación Cuauhtémoc Licenciado Alejandro Fernández Ramírez, a que le remita un informe detallado y a publicar en el portal de transparencia de la Institución toda la información relativa al proyecto denominado “Obra de recuperación del Foro Lindbergh y del parque México”. En dicho sitio electrónico deberán aclararse los avances de la obra, las empresas contratistas que la llevan a cabo; la inversión económica erogada a la fecha y el dictamen de impacto ambiental.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a ____ de ______ de 2014.

Signan el presente dictamen los diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía.

La Comisión de Cultura y Cinematografía

Diputados: Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Raquel Jiménez Cerillo (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías, Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Zuleyma Huidobro González, Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), Hugo Jarquín, Roberto López González (rúbrica), Víctor Oswaldo Fuentes Solís (rúbrica), Angelina Carreño Mijares (rúbrica), secretarios; Claudia Elena Águila Torres, Alma Jeanny Arroyo Ruiz, Juana Bonilla Jaime, Frine Soraya Córdova Morán (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona, Gerardo Francisco Liceaga Arteaga (rúbrica), José Martín López Cisneros, María Carmen López Segura (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), Tanya Rellstab Carreto (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz, Rosa Elia Romero Guzmán (rúbrica), Martín de Jesús Vásquez Villanueva, Alejandro Sánchez Camacho, Ana Paola López Birlain, María Isabel Ortiz Mantilla, Carlos Bernardo Guzmán Cervantes.

De la Comisión de Cultura y Cinematografía, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México a editar un libro conmemorativo del centenario de la toma de Zacatecas, los Tratados de Teoloyucan y el ingreso del Ejército Constitucionalista en la Ciudad de México

Honorable Asamblea:

La Comisión de Cultura y Cinematografía de esta Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 39, numerales 1 y 2 fracción XII; y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I y 158 numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno el presente dictamen al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. Con fecha 17 de septiembre de 2014, el diputado Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de esta LXII Legislatura, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México a editar un libro conmemorativo del centenario de la toma de Zacatecas, los Tratados de Teoloyucan y el ingreso del Ejército Constitucionalista en la capital del país.

Segundo. Con fecha 18 de septiembre de 2014, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-7-1629, la turnó a la Comisión de Cultura y Cinematografía para su respectivo dictamen.

Tercero. Mediante oficio número CCC/LXII/3128 de fecha 22 de septiembre de 2014 la Comisión de Cultura y Cinematografía, envió copia de la proposición con punto de acuerdo turnada, a los diputados integrantes de la comisión, con el fin de que emitieran sus observaciones y comentarios a la misma.

Cuarto. A efecto de cumplir con lo dispuesto por el artículo 84 del Reglamento de la Cámara de Diputados, los integrantes de la comisión se reunieron el 23 de octubre de 2014, para dictaminar la proposición señalada con anterioridad, con el fin de someterla a la consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, al tenor de los siguientes

Considerandos

Primero. Que esta comisión es competente para conocer y resolver respecto de la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México a editar un libro conmemorativo del centenario de la toma de Zacatecas, los Tratados de Teoloyucan y el ingreso del Ejército Constitucionalista en la capital del país.

Segundo. Como antecedentes, el diputado proponente menciona que 2014 se ha caracterizado por la conmemoración del centenario de tres importantes acontecimientos vinculados a la Revolución Mexicana: La toma de Zacatecas, los Tratados de Teoloyucan y el ingreso del Ejército Constitucionalista a la Ciudad de México.

Los hechos históricos referidos, lamentablemente, son poco conocidos y valorados por las nuevas generaciones, ya que el conocimiento e interés por la Revolución Mexicana se va perdiendo y solamente en el ámbito institucional se hace remembranza de tan significativos momentos relacionados con esa etapa que definió el rumbo del país.

Es por ello que siendo el Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México (INEHRM) la instancia competente para contribuir al rescate y conservación de materiales documentales, bibliográficos y gráficos sobre las grandes transformaciones políticas, económicas, sociales y culturales generadas por las revoluciones que han definido la historia nacional, como lo establece el artículo 1o. de su decreto en vigor, que el proponente considera indispensable exhortarlo para el efecto de que lleve a efecto una edición conmemorativa de los tres relevantes pasajes referidos de la historia de México.

Igualmente sostiene que la toma de Zacatecas, los Tratados de Teoloyucan y el ingreso del Ejército Constitucionalista a la Ciudad de México, podrán difundirse entre la sociedad mexicana para que no se pierda nuestra identidad nacional.

Tercero. Conforme al artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todo individuo tiene derecho a recibir educación, la cual tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

Aunado a lo anterior, el artículo 7, fracción III, de la Ley General de Educación prevé que la educación que impartan el estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fortalecerá la conciencia de la nacionalidad y de la soberanía, el aprecio por la historia, los símbolos patrios y las instituciones nacionales, así como la valoración de las tradiciones y particularidades culturales de las diversas regiones del país.

Cuarto. En los tratados internacionales de que México es parte, también se establece el derecho humano a la educación así como a los valores constitucionales y legales que se señalaron en el considerando precedente.

Así, el artículo 1 (1) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que todos los pueblos deben establecer libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.

Igualmente en el artículo 13 (1) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales los estados parte reconocen el derecho de toda persona a la educación, además de que ésta debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales.

Se establece en el mismo artículo que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz.

En el artículo 13 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Protocolo de San Salvador, se ratifica el derecho de toda persona a la educación así como que deberá orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad y deberá fortalecer el respeto por los derechos humanos, el pluralismo ideológico, las libertades fundamentales, la justicia y la paz.

Adicionalmente se indica en el artículo que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad democrática y pluralista, lograr una subsistencia digna, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos raciales, étnicos o religiosos y promover las actividades en favor del mantenimiento de la paz.

Quinto. Que el INEHRM es el órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, que tiene por objeto desarrollar y colaborar en la investigación, estudio y difusión de la historia de las grandes transformaciones políticas, económicas, sociales y culturales generadas por las revoluciones que han definido la historia nacional; así como coadyuvar en la formación de especialistas en estos campos, y contribuir al rescate y conservación de materiales documentales, bibliográficos y gráficos sobre dichas transformaciones, para difundirlos entre la sociedad mexicana1 .

Dicho instituto fue creado bajo el nombre de Instituto Nacional de Estudios de la Revolución Mexicana, mediante decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de agosto de 1953 y era un órgano de la Secretaría de Gobernación “para adquirir, concentrándolos en el Archivo General de la Nación, los documentos que se refieren a dicha revolución y planear y publicar trabajos de investigación histórica sistemática, promoviendo las medidas adecuadas para el mejor conocimiento de esa época”.

Por decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 1987, el Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana amplió sus objetivos, para coadyuvar en la formación de especialistas en su campo.

Por otra parte, el 29 de mayo de 2006, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se cambia la denominación del Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana por Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, y se reforman los artículos 1o., 2o., 3o. y 4o., fracción II del decreto por el que el Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana amplía sus atribuciones y objetivos”.

En ese decreto se amplió el ámbito de competencia y estudio del INEHRM a las revoluciones que han acontecido en el México independiente, entre ellas la Independencia de 1810, la Revolución liberal de 1857, la Revolución social de 1910, así como la transición democrática de finales del siglo XX.

En la página web del INEHRM2 se destaca que en el año 2014, se conmemoran importantes hechos como el bicentenario de la promulgación del Decreto constitucional para la Libertad de la América mexicana, conocido como la Constitución de Apatzingán, los centenarios de la defensa heroica del Puerto de Veracruz, de los Tratados de Teoloyucan y de la Soberana Convención Revolucionaria de Aguascalientes.

En la misma3 se indica que el INEHRM ha emitido 720 publicaciones impresas y electrónicas; de ellas, 53 versan sobre la Independencia de México, 31 se ocupan de la Reforma liberal, 25 abordan temas relativos al siglo XIX, 307 giran en torno a la Revolución Mexicana, 66 están dedicadas al siglo XX, 36 se agrupan en los rubros de cronologías, Marina-Armada de México, Conmemoraciones 2010 y Conmemoraciones 2013. Por otra parte, se han editado 107 libros para el público infantil y 55 publicaciones periódicas, entre revistas, boletines y diarios conmemorativos. Producto de la utilización de las nuevas tecnologías, se han editado 40 libros en PDF, además de 417 artículos contenidos en la sección expedientes digitales de la página de Internet del INEHRM.

De igual manera, el INEHRM dispone de 5 mil 542 síntesis informativas sobre la Independencia, la segunda Intervención Francesa y la Revolución Mexicana, contenidas en nueve periódicos de la sección Días de México, que cubren los periodos 1808-1812, 1861-1862 y 1908-1912.

Sexto. Arturo Langle Ramírez, del Instituto de Investigaciones Históricas de la UNAM4 , afirma que son dos los principales hechos históricos que registra la toma de Zacatecas y ambos de vital importancia para México: uno, el triunfo definitivo constitucionalista, y el otro, el rompimiento Carranza-Villa.

El año de 1914 marcó la senda del triunfo de las armas constitucionalistas. Todos los cuerpos del ejército e inclusive columnas volantes de segundo orden obtuvieron victorias sobre los federales. El cuerpo de ejército del noroeste, a las órdenes del general Álvaro Obregón, inició el desplazamiento hacia el sur desde Navojoa, Sonora, el 25 de marzo; tras derrotar a los gobiernistas en Acaponeta, en Tepic y en Orendáin ocupó la importante plaza de Guadalajara el 9 de julio, dirigiéndose días después a la ciudad de Querétaro a reunirse con el general Pablo González, para que ambos marcharan a Teoloyucan, estado de México, donde llegaron el 13 de agosto con la representación del primer jefe, Venustiano Carranza, para entablar las negociaciones sobre la entrega de la Ciudad de México y del gobierno mismo de Francisco Carbajal, quien ocupaba la presidencia interinamente a consecuencia de la renuncia de Victoriano Huerta; los representantes gobiernistas fueron el general José Refugio Velasco, que era el secretario de la Guerra, y Eduardo Iturbide, como autoridad civil de la Ciudad de México.

Pablo González, general en jefe del cuerpo de ejército del noreste, después de haber fracasado en octubre de 1913 en el asalto a la ciudad de Monterrey, logró finalmente su ocupación el 24 de abril de 1914, posesionándose más tarde de Saltillo y dirigiéndose posteriormente a la ciudad de Querétaro, a la que llegó el 8 de agosto, continuando hacia Teoloyucan al desempeño de la comisión ya relatada, en compañía del general Obregón.

La campaña de la División del Norte, comandada por el general Francisco Villa, había sido impresionante y los triunfos venían desde fines de 1913; en marzo de 1914 ocupaban Torreón; obtuvieron otras victorias como la de Ciudad Juárez, San Pedro de las Colonias, Paredón, etcétera, y hacia el mes de junio estaba lista para atacar Zacatecas, máxime que habían fracasado Pánfilo Natera y los hermanos Arrieta; por otra parte, ante el avance incontenible de la División del Norte, el gobierno presidido por el general Victoriano Huerta, jugándose su última carta, reunió en aquella plaza a lo mejor de su contingente, sumando un efectivo de 12 mil hombres que puso a las órdenes del general Luis Medina Barrón; los resultados como ya se mencionó fueron favorables a los constitucionalistas, pero lo más importante fue el desmoronamiento del Ejército federal, y junto con él vino la caída definitiva del gobierno de Victoriano Huerta, ya que para el 15 de julio de ese año presentaba su renuncia al Congreso de la Unión. En otras palabras fue el golpe de gracia al huertismo que, ante la falta de apoyo militar, tuvo que entregar el poder usurpado en aquellos trágicos acontecimientos de febrero de 1913.

Séptimo. Que los legisladores integrantes de esta comisión dictaminadora consideramos procedente la propuesta del diputado proponente, en razón de que, conforme a lo razonado en estos considerandos, la difusión de los hechos históricos, para fomentar la conciencia cívica entre la población es un mandato constitucional que, a la vez, constituye un derecho humano.

Por ello, es conveniente que esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorte al órgano desconcentrado del Ejecutivo federal, que sea competente, para que se edite un libro que recoja los últimos estudios e investigaciones sobre el centenario de la toma de Zacatecas, los Tratados de Teoloyucan y el ingreso del Ejército Constitucionalista en la capital del país y se edite el libro correspondiente.

Igualmente coincidimos en que el órgano competente para realizar esas investigaciones y edición es el INEHRM, órgano desconcentrado de la SEP, en razón de que la normatividad que le rige precisamente le faculta a realizar estas investigaciones y difundirlas, entre otros, emitiendo libros especializados.

Es por lo antes razonado que esta Comisión de Cultura y Cinematografía considera procedente aprobar en sus términos la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México a editar un libro conmemorativo del centenario de la toma de Zacatecas, los Tratados de Teoloyucan y el ingreso del Ejército Constitucionalista en la capital del país.

Con base en lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, la Comisión de Cultura y Cinematografía, pone a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Acuerdo

Artículo Único. La Cámara de Diputados exhorta al Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México a editar un libro conmemorativo del centenario de la toma de Zacatecas, los Tratados de Teoloyucan y el ingreso del Ejército Constitucionalista en la capital del país.

Notas

1. Conforme al artículo 1 del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del similar por el que el Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana amplía sus atribuciones y objetivos; del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública; del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación y del Acuerdo por el que se determina la coordinación ejecutiva de los programas y calendarios acordados por la Comisión Organizadora de la Conmemoración del Bicentenario del inicio del movimiento de Independencia Nacional y del Centenario del inicio de la Revolución Mexicana”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2010.

2. Disponible en http://www.inehrm.gob.mx/es/inehrm/El_INEHRM

3. Ver http://www.inehrm.gob.mx/es/inehrm/Publicaciones

4. Ver Arturo Langle Ramírez, “El significado de la toma de Zacatecas”, en José Valero Silva (Editor), Estudios de Historia Moderna y Contemporánea de México, México, Instituto de Investigaciones Históricas de la UNAM, 1965, P. 125-133.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a ____ de ______ de 2014.

La Comisión de Cultura y Cinematografía

Diputados: Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), presidenta; Raquel Jiménez Cerillo (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías, Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), Hugo Jarquín, Roberto López González (rúbrica), Víctor Oswaldo Fuentes Solís (rúbrica), Angélica Carreño Mijares (rúbrica), secretarios; Claudia Elena Águila Torres, Alma Jeanny Arroyo Ruiz, Juana Bonilla Jaime, Frine Soraya Córdova Morán (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona, Gerardo Francisco Liceaga Arteaga (rúbrica), José Martín López Cisneros, María Carmen López Segura (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), Tanya Rellstab Carreto (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz, Rosa Elia Romero Guzmán (rúbrica), Martín de Jesús Vásquez Villanueva, Alejandro Sánchez Camacho, Ana Paola López Birlain, María Isabel Ortiz Mantilla, Carlos Bernardo Guzmán Cervantes.

De la Comisión de Cultura y Cinematografía, con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal que realice gestiones a fin de emitir el decreto expropiatorio sobre el predio que ocupa el centro cultural Polyforum Siqueiros

Honorable Asamblea:

La Comisión de Cultura y Cinematografía de esta Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XII; y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y 158 numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno el presente dictamen al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. Con fecha 3 de septiembre de dos mil catorce, la diputada Zuleyma Huidobro González y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano, presentaron ante el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de esta LXII Legislatura, la proposición con punto de acuerdo por el cual se le solicita al Ejecutivo federal realice las gestiones necesarias a fin de emitir decreto expropiatorio respecto del predio que ocupa el Centro Cultural Polyfórum Siqueiros.

Segundo. Con fecha 9 de septiembre de 2014, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-4-1677, la turnó a la Comisión de Cultura y Cinematografía para su respectivo dictamen.

Tercero. Con fecha 6 de octubre de 2014, la Subdirección General del Patrimonio Artístico Inmueble, envió oficio SGPAI/2502/2014 dirigido a la Presidenta de la Comisión de Cultura y Cinematografía, signado por el doctor Xavier Guzmán Urbiola, subdirector general, mediante el cual se informa que después del análisis de la proposición con punto de acuerdo presentada por la diputada Zuleyma Huidobro González y suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario del Partido de Movimiento Ciudadano, el Instituto Nacional de Bellas Artes reitera que buscará mediante el diálogo llegar a una conciliación de intereses con los propietarios del inmueble, que permita al INBA actuar dentro del marco de su competencia para preservar el patrimonio declarado monumento artístico, y con base en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, respetar los derechos del propietario.

Asimismo, consideran que de común acuerdo se pueden instrumentar mecanismos y fuentes de financiamiento para restaurar y preservar el Polyfórum Cultural Siqueiros, sin necesidad de afectar el Monumento Artístico en su integridad, ni patrimonialmente a sus propietarios.

Por último, señalan que se requiere evaluar la relación costo/beneficio de una expropiación y si las causas de utilidad pública son lo suficientemente justificables para proceder en consecuencia.

Cuarto. Mediante oficio número CCC/LXII/3049 de fecha once de septiembre de dos mil catorce la Comisión de Cultura y Cinematografía, envió copia de la proposición con punto de acuerdo turnada, a los diputados integrantes de la comisión, con el fin de que emitieran sus observaciones y comentarios a la misma.

Quinto. A efecto de cumplir con lo dispuesto por el artículo 84 del Reglamento de la Cámara de Diputados, los integrantes de la comisión, se reunieron el veintitrés de octubre de dos mil catorce, para dictaminar la proposición señalada con anterioridad, con el fin de someterla a la consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, al tenor de los siguientes

Considerandos

Primero. Que esta comisión es competente para conocer y resolver respecto de la proposición con punto de acuerdo por el cual se le solicita al Ejecutivo federal realice las gestiones necesarias con el fin de emitir decreto expropiatorio respecto del predio que ocupa el Centro Cultural Polyfórum Siqueiros.

Segundo. Como antecedentes, los diputados proponentes mencionan que en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la nación, la que tiene el derecho de transmitir el dominio a los particulares, constituyéndose así la propiedad privada. Y que las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

Que la Ley de Expropiación en el artículo 1, fracción IV, señala como causa de utilidad pública para que proceda la ejecución de una expropiación, la conservación de los lugares de belleza panorámica, de las antigüedades y objetos de arte, de los edificios y monumentos arqueológicos o históricos, y de las cosas que se consideran como características notables de nuestra cultura nacional.

Que conforme a los artículos 2 y 4 del ordenamiento arriba mencionado, es competencia del Ejecutivo Federal emitir la declaratoria de utilidad y publicar el decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Por otra parte, mencionan que la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, prevé en el artículo 38 que las zonas y monumentos estarán sujetos a la jurisdicción de los poderes federales, en los términos prescritos por la ley y su reglamento.

Tercero. Los diputados refieren que el 18 de julio de 1980, mediante decreto emitido por el entonces presidente de la República, José López Portillo, el Polyfórum Siqueiros fue declarado Monumento Artístico Nacional, estableciéndose en el documento lo siguiente:

Artículo 1. Se declara monumento artístico nacional la totalidad de la obra del artista mexicano David Alfaro Siqueiros, incluyendo la del caballete, la obra gráfica, los murales y los documentos técnicos, sean de propiedad nacional o de particulares.

Artículo 2. El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura será el organismo competente para dar cumplimiento a lo establecido por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos y Reglamento, respecto de la obra de David Alfaro Siqueiros, declarada monumento artístico por el presente decreto.

Artículo 3. Los propietarios o poseedores de obras realizadas por David Alfaro Siqueiros tendrán las siguientes obligaciones:

I. Inscribirlas en el registro público de monumentos y zonas artísticas, dependiente del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura;

II. Dar aviso al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura;

a) Del cambio de propietario o poseedor de las obras de su enajenación y de cualquier transacción que sobre ellos se realice. Tratándose de operaciones translativas de dominio, deberán hacerse constar en escritura pública;

b) De todo cambio de lugar en que se depositen las obras, cuando el cambio sea solamente temporal.

Artículo 4. Los propietarios o poseedores de las obras a que se refiere este decreto solo podrán llevar a cabo reparaciones o restauraciones en las miomas, mediante autorización que al efecto expida el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables, por lo que se deberán dar aviso al propio instituto de cualquier alteración, cambio o deterioro que observen en ellas.

Artículo 5. La reproducción de las obras de la presente declaratoria solo podrá hacerse con autorización del instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura. Si dicha reproducción se hace con fines comerciales, el Instituto fijará los derechos que deban cubrirse y en su caso se estará a lo dispuesto por la Ley Federal de Derechos de Autor.

Artículo 6. Queda prohibida la exportación de las obras del artista mexicano David Alfaro Siqueiros. El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura podrá autorizar excepcionalmente la exportación temporal de una o varias de dichas obras, siempre que se otorguen las garantías necesarias para asegurar su reingreso al país; o bien, de manera definitiva cuando sean adquiridas por museos o galería de exposiciones de reconocido prestigio, con el fin de ser exhibidas públicamente en condiciones convenientes para el interés cultural de México.

Artículo 7. La falta de cumplimiento a las disposiciones del presente decreto será sancionada en los términos de los preceptos legales aplicables.

Cuarto. Que la problemática que se expone en esta proposición, comenzó durante el sexenio pasado, cuando la administración del INBA le dio al propietario del Polyfórum Cultural Siqueiros, el ciudadano Alfredo Suárez Ruiz, un permiso para reubicar los murales y construir un nuevo complejo, así también, se dio a conocer la intención de querer mover los murales de David Alfaro Siqueiros y construir en su lugar una Torre de uso comercial de 57 pisos. Esto a pesar de existir más de 35 mil firmas ciudadanas que buscan impedir el daño a la obra artística, así como frenar el crecimiento desmedido de una zona a punto de colapsar.

Que el proyecto que se pretende levantar en el lugar, busca convertir al centro de eventos en un edificio de 48 pisos, más nueve de estacionamiento, el cual contará con departamentos, hotel, oficinas y comercios, y que así lo detalla el documento que tiene acuse de recibo de la Dirección General de Regulación Ambiental del gobierno del Distrito Federal.

Que se ha dado a conocer que en la Oficina de Información Pública de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del gobierno del Distrito Federal, se han realizado dos solicitudes de certificado único de zonificación de uso de suelo, respecto del predio donde se encuentra el Polyfórum Siqueiros, en fecha 12 de marzo de 2013 y 10 de abril de 2014 respectivamente.

Señalan que los dueños del terreno donde se encuentra la obra mural, dicen no contar con los recursos necesarios para el mantenimiento del inmueble y de la obra, y que parte de ello se debe a que ha funcionado como institución privada y que después de más de cuatro décadas, resulta insostenible.

Que es necesario que el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, a través del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura preserve jurídica y materialmente las obras declaradas como monumento artístico, como es el caso del Polyfórum Siqueiros, por tratarse de una institución federal normativa responsable de salvaguardar la obra de David Alfaro Siqueiros.

Quinto. Que con fecha 31 de mayo de 2014, el ciudadano Alfredo Suárez Ruiz propietario del Polyfórum Cultural Siqueiros, interpuso un amparo indirecto en contra de la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos Artísticos del Instituto Nacional de las Bellas Artes, para defender sus derechos como propietario, cuyo número de expediente es el 646/2014, el cual fue radicado ante el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal.

Que con fecha 11 de agosto de 2014 se emitió sentencia, cuyos resolutivos fueron el sobreseimiento del juicio de amparo y no amparar ni proteger al quejoso ciudadano Alfredo

Suárez Ruiz, por no acreditar una autorización previa para el cambio de ubicación del monumento artístico.

Que con fecha 25 de junio de 2014, mediante oficio número CP2R2A.- 1256 el Diputado Héctor Gutiérrez de la Garza hizo del conocimiento de la Diputada proponente el Oficio de la Coordinación de Enlace con el H. Congreso de la Unión de la Secretaría de Educación Pública, que contenía la respuesta al Acuerdo de la Comisión Permanente, de fecha 28 de mayo de 2014 relativo a la preservación del Polyfórum Cultural Siqueiros, en donde se destaca lo siguiente:

– Con base en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos y su Reglamento, corresponde al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL) su protección y preservación.

– El Polyfórum Cultural Siqueiros es un inmueble indivisible de la obra artística a la que está asociada. El inmueble como los interiores y exteriores están declarados Monumento Artístico Nacional.

– Que el 28 de octubre de 2013, el ciudadano Alfredo Suárez Ruiz presentó ante la Subdirección General de Patrimonio Artístico Mueble del INBAL, un proyecto para desplazar el Polyfórum 30 metros hacia Insurgentes con la intención de desarrollar un proyecto inmobiliario en el predio.

– Que en fecha 14 de marzo de 2014, la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos Artísticos emitió opinión en sentido de la no pertinencia de mover el monumento artístico, la cual le fue notificada al subdirector general de Patrimonio Artístico Inmueble.

– Que con fecha 24 de abril de 2014, el juez primero de distrito en materia administrativa en el Distrito Federal notificó al INBAL la demanda de amparo promovida por el ciudadano Alfredo Suárez Ruiz en donde consideraba violación a sus derechos, en virtud de que la opinión emitida por la Comisión Nacional de Zonas y Monumentos revoca una supuesta autorización otorgada el 30 de noviembre de 2012.

Sexto. Que en enero de 2014, la Subdirección General de Patrimonio Artístico Inmueble, el Centro Nacional de Conservación y Registro del Patrimonio Artístico Mueble del Instituto Nacional de Bellas Artes, realizaron un análisis de las condiciones técnicas para la restauración del Polyfórum Siqueiros, dando cuenta detallada del creciente deterioro del inmueble.

Mencionan los diputados que se trata de una causa de orden público y de interés social, por tratarse del Patrimonio Artístico y Cultural de la Nación, por lo que se conmina al Ejecutivo federal para que emita el decreto expropiatorio en términos de la Ley de Expropiación vigente y demás ordenamientos aplicables.

Que el Polyfórum Cultural Siqueiros alberga la obra mural de David Alfaro Siqueiros, es decir, se encuentra parte de la historia mural de nuestro país y con ello parte de la identidad cultural a través de la historia plasmada en murales.

Los diputados proponentes señalan que al término de la Revolución Mexicana surgió un movimiento artístico denominado “muralismo” que proponía plasmar la realidad mexicana en obras monumentales, entre sus principales exponentes se encontraban Diego Rivera, José Clemente Orozco y David Alfaro Siqueiros, los cuales con cada uno de sus estilos y técnicas, constituyeron la crónica de la lucha y la historia del pueblo mexicano, influyendo en la plástica contemporánea iberoamericana.

Asimismo, que el muralismo en México no sólo representó una expresión artística, sino una falange de la Revolución de 1910 y su idealismo sociopolítico y con el propósito de que existiera un espacio que albergara la obra cumbre del muralista mexicano y en el que se llamara a los hombres a establecer la libertad, el bienestar y la justicia sobre la tierra por medio del arte, se construyó un espacio exclusivamente para el pintor, al cual se le denominaría como Polyfórum Siqueiros.

Que los diputados de Movimiento Ciudadano coinciden en que “la cultura es concebida como el conjunto de rasgos que caracterizan e identifican a una sociedad o a un grupo social dentro de los cuales destacan las diversas manifestaciones artísticas, cosmovisiones, modos de vida, tradiciones, creencias, festividades, formas de interacción y sistemas de valores y forman parte del patrimonio de la sociedad en su conjunto.” Así también, consideran que los diputados tienen la obligación de representar los intereses de los ciudadanos y de la Nación en términos del artículo 51 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Y que ante la nueva evidencia que existe, derivada de los informes que se han dado a conocer del Polyfórum Cultural Siqueiros, donde se demuestra que el ciudadano Alfredo Suárez Ruiz lo tiene en estado de deterioro y no piensa en su cuidado sino en negocios personales, los diputados proponentes señalan que el punto de acuerdo que se analiza, es un paso para tratar de preservar el patrimonio artístico y cultural del país, anteponiendo el interés público, sobre los intereses de un particular.

Séptimo. Para el análisis del presente punto de acuerdo, es importante destacar que en la Conferencia Mundial sobre las Políticas Culturales, celebrada en México en el año 1982, se define en un sentido amplio a la cultura como “el conjunto de los rasgos distintivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o un grupo social. Ella engloba, además de las artes y las letras, los modos de vida, los derechos fundamentales al ser humano, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias.”1

También, la conferencia señala que el patrimonio cultural comprende “las obras de sus artistas, arquitectos, músicos, escritores y sabios, así como las creaciones anónimas, surgidas del alma popular, y el conjunto de valores que dan un sentido a la vida. Es decir, las obras materiales y no materiales que expresan la creatividad de ese pueblo: la lengua, los ritos, las creencias, los lugares y monumentos históricos, la literatura, las obras de arte y los archivos y bibliotecas.”2

En este sentido, la preservación y cuidado del patrimonio cultural ha sido un tema constante a nivel internacional, con el propósito de que sea incluido como parte fundamental dentro de las políticas públicas de los gobiernos, que contribuirá a reafirmar su identidad cultural y con la finalidad de conservar el patrimonio cultural de la humanidad.

Por ello, los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano en la materia, han dado como resultado la creación de un marco jurídico que regula el patrimonio cultural, a través de normas para la conservación de monumentos arqueológicos, históricos y artísticos.

Es el caso de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de mayo de 1972, cuyo objeto es de interés social y nacional, y sus disposiciones de orden público.

La mencionada ley establece que la responsabilidad primordial en la preservación del patrimonio cultural en el país corresponde al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), en lo referente a custodia del patrimonio paleontológico, arqueológico e histórico de los períodos prehispánico, virreynal y siglo XIX y al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura en lo relativo al patrimonio artístico del siglo XX.

Para el caso que nos ocupa, el Centro Cultural Polyfórum Siqueiros se describe en su página web, como un foro múltiple en donde se realizan actividades de carácter cultural, político y social, que consta de varios espacios: el Foro Universal, el Espacio Arte Emergente (EAE), la tienda, el teatro y las oficinas administrativas; y en donde los doce paneles exteriores del edificio y el mural “La Marcha de la Humanidad”, suman un total de 8 mil 700 metros cuadrados de la muestra más importante y representativa del muralismo mexicano.

Su exterior tiene forma de dodecaedro, decorado con doce piezas complementadas en altorrelieve: El Liderato, El Árbol Seco y El Árbol Renacido, El Circo, Alto a la Agresión, Moisés Rompe las Tablas de la Ley, El Cristo Líder, La Danza, La Huida, Invierno y Verano, El Mestizaje, La Música y El Átomo.

Asimismo, tiene una barda de sesenta metros de largo por seis metros de alto, que en la parte superior presenta varias siluetas humanas estilizadas que van de un extremo a otro y en donde la última figura funge como una línea de fuerza que dirige la atención hacia el dodecágono. Su segmento inferior está cubierto con pedacería metálica.

En el interior de la barda, para celebrar el cincuentenario del movimiento muralista mexicano (1921-1971), David Alfaro Siqueiros personificó los retratos de Diego

Rivera, José Clemente Orozco, José Guadalupe Posada, Leopoldo Méndez y Gerardo Murillo (Dr. Atl).

En medio de los retratos de Orozco y Posada se encuentra una escultura realizada por Armando Ortega, que representa a un ser carbonizado, simbolizando el renacer del hombre a pesar de todas sus muertes.

Por último, en la misma página web se describe la misión del Centro Cultural la que es: “promover, difundir y preservar la obra escultopictórica del maestro David Alfaro Siqueiros y posicionar el Polyfórum al nivel de los mejores museos internacionales. Así mismo incentivar a través del arte y la cultura a descubrir el profundo contenido y la relevante aportación del muralismo en el ámbito universal.”3

En este orden de ideas, los diputados proponentes mencionan que el 18 de julio de 1980, mediante Decreto del Presidente José López Portillo, el Polyfórum Siqueiros fue declarado Monumento Artístico Nacional, comprendiendo la totalidad de la obra del artista mexicano David Alfaro Siqueiros, incluyendo la del caballete, la obra gráfica, los murales y los documentos técnicos de propiedad nacional o de particulares.

En este sentido, el artículo 33 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos establece que son monumentos artísticos los bienes muebles e inmuebles que revistan valor estético relevante, para lo cual se atenderá a alguna de las siguientes características: representatividad, inserción en determinada corriente estilística, grado de innovación, materiales y técnicas utilizados y otras análogas. Para los bienes inmuebles, podrá considerarse también su significación en el contexto urbano.

Señala la misma ley, que la obra mural de valor estético relevante será conservada y restaurada por el Estado.

Asimismo, su artículo 38 estipula que las zonas de monumentos estarán sujetas a la jurisdicción de los poderes federales en los términos prescritos por la ley y su reglamento.

Conforme lo arriba mencionado, la problemática que se analiza en el presente dictamen, consiste en que el terreno donde se ubica el Centro Cultural Polyfórum Siqueiros pertenece al ciudadano Alfredo Suárez Ruiz, concurriendo el derecho de propiedad privada, con el interés social de preservar un monumento artístico que forma parte del patrimonio cultural de la nación.

En relación con lo anterior, la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 27 que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la nación, esta tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo así la propiedad privada.

Asimismo, dentro del mismo artículo se establece una limitación a este derecho de propiedad privada, denominada expropiación, la cual sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

Por su parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado en el siguiente sentido:

Época: Novena Época
Registro: 175498
Instancia: Pleno
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo XXIII, Marzo de 2006
Materia(s): Constitucional
Tesis: P./J. 37/2006
Página: 1481

Propiedad Privada. El derecho relativo está limitado por su función social.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 14, 16 y principalmente el 27, reconoce como derecho fundamental el de la propiedad privada; sin embargo, lo delimita fijando su contenido, a fin de garantizar otros bienes o valores constitucionales, como el bien común o el respeto al ejercicio de los derechos de los demás integrantes de la sociedad. Luego, tratándose de aquel derecho, la Constitución Federal lo limita a su función social, toda vez que conforme al indicado artículo 27, el Estado puede imponer modalidades a la propiedad privada por causas de interés público o bien, podrá ser objeto de expropiación por causas de utilidad pública y, por tanto, es ella la que delimita el derecho de propiedad en aras del interés colectivo, por lo que no es oponible frente a la colectividad sino que, por el contrario, en caso de ser necesario debe privilegiarse a esta última sobre el derecho de propiedad privada del individuo, en los términos que dispone expresamente la norma fundamental.

Acción de inconstitucionalidad 18/2004. Diputados integrantes de la Quincuagésima Cuarta Legislatura del Congreso de Colima. 24 de noviembre de 2005. Mayoría de nueve votos. Disidentes: José Ramón Cossío Díaz y José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretaria: Laura García Velasco.

El Tribunal Pleno, el dieciséis de febrero en curso, aprobó, con el número 37/2006, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a dieciséis de febrero de dos mil seis.

Respecto a la figura jurídica de expropiación contemplada en la Carta Magna, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido la siguiente Tesis Aislada:

Época: Octava Época Registro: 230066
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Tomo II, Segunda Parte-1, julio-diciembre de 1988
Materia(s): Administrativa
Tesis:
Página: 259

Expropiación está sujeta a que exista un caso de utilidad pública.

La garantía de seguridad jurídica de las personas exige la intervención y tramitación del expediente administrativo de expropiación, en cumplimiento de lo ordenado por el artículo tercero de la ley de la materia, en donde se prueba que el bien raíz afectado es el indispensable para la satisfacción del interés social, con los estudios técnicos, proyectos, planos y demás elementos que cada caso requiera. La falta de dicho expediente produce la ilegalidad del acto expropiatorio, por ausencia de motivos y fundamentos, puesto que al no estar demostrada la necesidad de ocupar por esta vía la propiedad privada, en modo alguno puede decirse que existe una causa de utilidad pública.

Revisión administrativa 2533/88. Autotransportes San Pedro Santa Clara, kilómetro 20, SA de CV. 8 de diciembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Alfredo Soto Villaseñor. Secretaria: Atzimba Martínez Nolasco.

Revisión administrativa 2013/88. Teresa Marín Lama viuda de González, sucesión. 15 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Alberto Pérez Dayán.

En este sentido, los diputados señalan en los antecedentes del punto de acuerdo, la intención del ciudadano Alfredo Suárez Ruiz de reubicar los murales del Centro Cultural Polyfórum Siqueiros para construir un nuevo complejo que constaría de 57 pisos, los cuales tendrían uso de departamentos, hotel, oficinas y comercios.

Además, mencionan que a decir de los dueños del terreno, no cuentan con los recursos necesarios para el mantenimiento del inmueble y de la obra, ya que ha funcionado como institución privada y que después de más de cuatro décadas resulta insostenible.

Por último, manifiestan que ante la nueva evidencia que existe derivada de los informes que se han dado a conocer del Polyfórum Siqueiros, se demuestra que el complejo se encuentra en un estado de deterioro progresivo.

Si bien, durante más de cuatro décadas los dueños del terreno donde se encuentra el complejo habían podido sostener los costos de mantenimiento del recinto, es evidente que ya no se encuentran en posibilidad de alcanzar los objetivos en beneficio de la colectividad, es decir, el cuidado y preservación de la obra artística que en ella se encuentra, sumado al hecho de querer reubicar los murales, lo cual podría generar daños a la obra artística, hace imperiosa la necesidad de que el Ejecutivo federal, por tratarse de una causa de orden público e interés social, adopte las medidas jurídicas necesarias a fin de evitar la pérdida de la obra del muralista David Alfaro Siqueiros y que forma parte del patrimonio cultural de nuestra nación.

Como se mencionó con anterioridad, la expropiación sólo puede hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización, por lo que para su realización deberá acreditarse plenamente la causal de utilidad pública con base en los dictámenes técnicos correspondientes, así como la adecuada integración del expediente administrativo de expropiación.

Para ello, la Ley de Expropiación en su artículo 1, fracción IV, contempla dentro de las causas de utilidad pública la de conservación de los lugares de belleza panorámica, de las antigüedades y objetos de arte, de los edificios y monumentos arqueológicos o históricos, y de las cosas que se consideran como características notables de nuestra cultura nacional.

Asimismo, la secretaría de Estado competente será la encargada de emitir la declaratoria de utilidad pública y posteriormente, el Ejecutivo federal deberá emitir declaratoria de expropiación mediante decreto que deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Cabe mencionar que dentro del procedimiento que establece la ley para llevar a cabo la expropiación, se establecen garantías para los interesados, quienes podrán manifestar lo que a su derecho convenga y presentar las pruebas que estimen pertinentes; al desahogo de pruebas; a presentar alegatos conforme a los plazos establecidos; así como a impugnar la resolución a través del juicio de amparo.

Octavo. La dictaminadora coincide con los propósitos plasmados en la proposición que se analiza, ya que la garantía de preservación del patrimonio cultural es determinante para que permanezca en el tiempo y continúe alimentando a generaciones posteriores, por ello, el Estado mexicano ha implementado diversas formas legislativas y administrativas para su protección.

Estamos ciertos de que la gran riqueza del patrimonio arquitectónico, histórico y artístico de la nación, son también ejemplo de pluralidad cultural de este país, pero sobre todo de nuestra gran riqueza cultural, por lo que Centro Cultural Polyfórum Siqueiros, al ser una obra magistral de gran relevancia, se considera de suma importancia su protección y conservación a través de la aplicación de lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, la Ley de Expropiación y la demás normatividad aplicable en la materia, que contribuya a la preservación de este patrimonio cultural.

Con base en lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, la Comisión de Cultura y Cinematografía pone a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Artículo Único. La Cámara de Diputados solicita al Ejecutivo federal realice las gestiones necesarias a fin de emitir decreto expropiatorio respecto del predio que ocupa el Centro Cultural Polyfórum Siqueiros.

Notas

1 Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura. http://portal.unesco.org/culture/es/files/35197/11919413801mexico_sp.pd f/mexico_sp.pdf

2 Ídem

3 Polyfórum Siqueiros. http://www.polyforumsiqueiros.com/htmls/conocenos/conocenos_01.html

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a__ de_____ de 2014.

La Comisión de Cultura y Cinematografía

Diputados: Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías, Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), Hugo Jarquín, Roberto López González (rúbrica), Víctor Oswaldo Fuentes Solís (rúbrica), Angelina Carreño Mijares (rúbrica), secretarios; Claudia Elena Águila Torres, Alma Jeanny Arroyo Ruiz, Juana Bonilla Jaime, Frine Soraya Córdova Morán, Blanca Estela Gómez Carmona, Gerardo Francisco Liceaga Arteaga (rúbrica), José Martín López Cisneros, María Carmen López Segura (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), Tanya Rellstab Carreto (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz, Rosa Elia Romero Guzmán (rúbrica), Martín de Jesús Vásquez Villanueva, Alejandro Sánchez Camacho, Ana Paola López Birláin, María Isabel Ortiz Mantilla, Carlos Bernardo Guzmán Cervantes.

De la Comisión de Deporte, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a designar al miembro titular vacante del pleno de la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte para garantizar la debida integración y funcionamiento del órgano colegiado

Honorable Asamblea:

La Comisión de Deporte de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente

Dictamen

I. Antecedentes

1. El pasado 18 de septiembre de 2014, las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte de la Cámara de Diputados, suscribieron una Proposición con punto de acuerdo ante el pleno de la Cámara de Diputados, para exhortar al Poder Ejecutivo federal, a fin de designar al miembro titular vacante del pleno de la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte.

2. El pasado 25 de septiembre de 2014, la Mesa Directiva turnó a la Comisión del Deporte para efectos de análisis y dictamen el asunto mencionado en el numeral anterior, mediante el número de expediente 5028, a través del oficio No. D.G.P.L. 62-II-1-2054.

II. Contenido de la proposición

a) Las y los diputados integrantes de la Comisión, argumentan que la actual Ley General de Cultura Física y Deporte publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2013, en sus artículos 78 y 79, establece que la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte (CAAD) es como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, que tiene por objeto, entre otros, conocer y resolver el recurso de apelación sobre las impugnaciones planteadas por cualquier persona física o moral inscrita en el Registro Nacional de Cultura Física y Deporte (Renade) o cualquiera de los miembros del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (Sinade), en contra de actos, omisiones, decisiones, acuerdos o resoluciones emitidos por las autoridades, entidades u organismos deportivos, que afecten los derechos deportivos reconocidos a favor del apelante, en la misma ley o en los reglamentos y demás disposiciones que de ella emanen.

Asimismo, dicho organismo es el encargado de conciliar dentro del proceso de recurso de apelación e intervenir como panel de arbitraje en las controversias que se susciten o puedan suscitarse entre deportistas, entrenadores, directivos, autoridades, entidades u organismos deportivos.

b) De igual forma se argumenta que el artículo 80 de la citada ley prevé que la integración de la CAAD, a través de un pleno, de unidades administrativas y de oficinas regionales, necesarias para el cabal desempeño de sus funciones. Respecto del pleno, éste se integrará por un presidente y cuatro miembros titulares que son designados por el titular del Ejecutivo federal, por un periodo de tres años, pudiendo ser reelectos un periodo más. Estos nombramientos deberán recaer en personas con profesión de licenciado en derecho o abogado, amplio conocimiento del ámbito deportivo, reconocido prestigio y calidad moral.

Actualmente la CAAD se encuentra conformada por un presidente y tres miembros titulares ratificados por el titular del Poder Ejecutivo federal para el periodo 2013-2016. Lo anterior debido a que el 1 de febrero de 2013, hizo efectiva su renuncia uno de los cuatro miembros titulares, misma que fue comunicada mediante escrito de fecha 17 de enero de 2013, al presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Enrique Peña Nieto.

c) En tal sentido, la naturaleza jurídica de la CAAD como órgano colegiado, requiere que sus resoluciones sean adoptadas por mayoría de votos; esto es, tres de cinco; no obstante lo anterior; la actual integración y funcionamiento del citado órgano –Un presidente y tres miembros titulares- hace inminente la posibilidad de empate en cualquiera de las resoluciones que éste adopte y, al mismo tiempo limita el cumplimiento eficaz y oportuno al momento de conocer y resolver recursos de apelación, arbitraje, mediación y conciliación, debido a que estos medios de solución de conflictos se aprueban por mayoría de votos.

d) Ante tal panorama, las diputadas y diputados federales integrantes de la Comisión de Deporte, en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, proponen mediante la proposición objeto del presente dictamen, exhortar respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal para que, en el ámbito de sus atribuciones en materia de deporte, designe al miembro titular vacante del pleno de la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte, con el objeto de garantizar la debida integración y funcionamiento de dicho órgano colegiado.

III. Análisis, discusión y valoración de la proposición

a) Las y los integrantes de la Comisión de Deporte analizaron y discutieron las consideraciones que sostienen la proposición objeto del presente dictamen, en la reunión ordinaria realizada para tal finalidad.

b) En este tenor, la proposición objeto del presente dictamen presenta congruencia con el marco normativo vigente y es de vital importancia resaltar, que la CAAD es un organismo que tiene 22 años de funcionamiento, su creación se origina con la Ley de Estímulo y Fomento del Deporte de 1990 y se constituye en 1992, y ha evolucionado en relación a sus atribuciones, tras las reformas a la Ley General del Deporte del año 2000, la Ley General de Cultura Física y Deporte de 2003, y sus reformas en 2013.

c) La Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte, es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, dotado de plena jurisdicción y autonomía para dictar sus acuerdos, laudos y resoluciones, se integra por un pleno y por unidades administrativas y oficinas regionales.

d) La CAAD tiene entre sus funciones, el conocer y resolver los Recursos de apelación, el Arbitraje, la Mediación y Conciliación que ante éste órgano se presenten, respecto de controversias de naturaleza jurídica deportiva que se susciten o puedan suscitarse entre deportistas, entrenadores, directivos, autoridades, entidades u organismos deportivos, con la organización y competencia que la Ley establece; entendiendo que ejerce atribuciones materialmente jurisdiccionales.

e) La CAAD cuenta con figuras jurídicas tan importantes, como lo es la Suspensión provisional y definitiva del acto impugnado y la suplencia de la queja, las cuales dotan de certeza jurídica a quienes acuden a este órgano de justicia, por la posible violación a sus derechos deportivos.

f) En este contexto, la existencia de medios alternativos de solución de controversias, la posibilidad de imponer correcciones disciplinarias y medidas de apremio, la agilidad en el desahogo de los procedimientos, la autonomía técnica y administrativa y la ampliación de atribuciones, han sido factores decisivos para que la CAAD haya recurrido a la instalación de oficinas regionales, áreas de mediación y de compilación y sistematización de criterios generales.

g) No obstante lo anterior, el pleno de la CAAD tiene más de un año funcionando con la falta de un integrante, cuyo nombramiento es atribución del Ejecutivo federal.

Ante esta situación, es necesario puntualizar que las resoluciones emitidas por este tipo de órganos colegiados, constituyen actos que implican el resultado de la colaboración de varias y diversas voluntades, por ello; el funcionamiento de estos órganos debe basarse dentro de las disposiciones legales que regulan su actuación, no solamente para garantizar que esta manifestación de la voluntad por parte de los miembros integrantes del órgano colegiado sea protegida y expresada, en condiciones de equidad y con la certeza de que en esta decisión que afectará a terceros, se hayan cumplido todos los requisitos para que ésta tenga plena validez jurídica.

h) En virtud de lo anterior, las sesiones de este órgano colegiado, suponen la confluencia en lugar y tiempo determinados, de un número mínimo de miembros integrantes de este órgano colegiado a efecto de conformar la resolución colectiva en términos de legalidad; condición sine qua non para estar en posibilidad de emitir todo tipo de acuerdo así como para considerar válidas las sesiones celebradas y todo tipo de votación que en ellas se lleve a cabo.

i) Por las consideraciones antes expuestas, las y los diputados integrantes de la Comisión de Deporte sometemos a la consideración de esta asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal para que en el ámbito de sus atribuciones en materia de deporte, designe al miembro titular vacante del pleno de la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte, con el objeto de garantizar la debida integración y funcionamiento de dicho órgano colegiado.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de octubre de dos mil catorce.

La Comisión de Deporte

Diputados: Felipe de Jesús Muñoz Kapamas (rúbrica), presidente; Gerardo Francisco Liceaga Arteaga (rúbrica), Mayra Karina Robles Aguirre, William Renán Sosa Altamira (rúbrica), Regina Vázquez Saut (rúbrica), Fernando Alejandro Larrazábal Bretón (rúbrica), Flor de María Pedraza Aguilera (rúbrica), Gabriela Medrano Galindo, Juana Bonilla Jaime (rúbrica), José Valentín Maldonado Salgado (rúbrica), Brasil Alberto Acosta Peña (rúbrica), José Guadalupe García Ramírez (rúbrica), Rafael González Reséndiz (rúbrica), Alejandra López Noriega (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Roberto Ruiz Moronatti (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), Jorge Salgado Parra, Tomás Brito Lara (rúbrica), Catalino Duarte Ortuño (rúbrica), Delvim Fabiola Bárcenas Nieves (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital, Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), Carlos Bernardo Guzmán Cervantes (rúbrica), Rosa Elia Romero Guzmán (rúbrica),

De la Comisión de Derechos de la Niñez, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a los titulares de los Poderes Ejecutivos federal, estatales y del Distrito Federal a coordinar, operar y actualizar los registros nacional y estatales de los centros de atención, como dispone la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Derechos de la Niñez de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnada la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de los Poderes Ejecutivos federal, estatales y del Distrito Federal a coordinar, operar y actualizar los Registros Nacional y Estatales de los Centros de Atención, como dispone la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, a cargo de la diputada Carmen Lucía Pérez Camarena, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, 157, numeral 1, fracción I, 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada el 4 de septiembre de 2014, la diputada Carmen Lucía Pérez Camarena, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo por el que se por el que se exhorta a los titulares de los Poderes Ejecutivos federal, estatales y del Distrito Federal a coordinar, operar y actualizar los Registros Nacional y Estatales de los Centros de Atención, como dispone la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

Segundo. La misma fue turnada con el número de expediente 4870 a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su análisis y dictamen.

Contenido de la proposición

La diputada proponente manifiesta que, una vez más hemos visto la falta de un registro, control y responsabilidad de los encargados de las instituciones que albergan a niñas, niños y adolescentes que por situaciones de abandono, administrativas, judiciales y de otra índole, se encuentran de albergues, casas hogar, casas de asistencia en total desprotección, existiendo un gran déficit de datos y de información confiable que permita conocer su situación y de esta manera elaborar políticas públicas eficaces, de seguimiento y evaluación. Miles de niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental hoy en día, se encuentran en total desamparo.

Menciona que es injustificable que después de tres años de ser aprobada la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, no exista como lo marca la Ley un Registro Nacional de Centros de Atención.

De igual forma señala que el 18 de abril de 2013 fue presentada una iniciativa que expedía la Ley de Coordinación y Control de las Instituciones de Asistencia Social y Responsables de la Tutela de Niñas, Niños y Adolescentes, y reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el objetivo de crear un nuevo ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer la coordinación entre los tres órdenes de gobierno y sus órganos político-administrativos, para el control de las instituciones de asistencia social responsables de la tutela de las niñas, niños y adolescentes. Facultar a la Secretaría de Gobernación, para conocer el registro de identificación de niñas, niños y adolescentes en instituciones de asistencia social.

Determina que este no es tema nuevo, pues la carencia de controles y los riesgos para la población infantil institucionalizada se hicieron patentes desde que se dio la desaparición de varios niños en una casa hogar llamada “Casitas del Sur” en el Distrito Federal en el 2009, quedando al descubierto todas las irregularidades que existían. Otro caso más salió a la luz el pasado mes de junio del presente año, agentes de la Procuraduría General de Justicia de Puebla señalan que rescataron a 33 menores de edad y 10 jóvenes de una casa hogar, presuntas víctimas de violencia y otros ilícitos.

En este mes también fuimos informados de una operación conjunta entre el gobierno federal y de Michoacán, donde informaron que se rescataron a casi 600 persona, de las cuales 462 son menores de edad, derivado de diversas denuncias hacia la casa hogar denominada “La Gran Familia”, en donde se presume eran víctimas de abusos sexuales y psicológicos, que vivían en condiciones inhumanas, operación en la que inclusive participó el Ejército para intervenir este albergue que operaba como internado.

Por último argumenta que, si bien la Ley de Asistencia Social, establece en el capítulo IX que la supervisión y vigilancia para el cumplimiento de las normas mexicanas, corresponde a la Secretaría de Salud a través del organismo y a las autoridades locales, además de que serán coadyuvantes del organismo en la supervisión, los Sistemas Estatales y del Distrito Federal para el Desarrollo Integral de la Familia y las juntas de asistencia privada u órganos similares, ésta no se cumple.

Por tanto, consideramos que es apremiante que exista un control estricto de todos los menores de edad de su salud y su condición jurídica. Es necesario además, establecer en el Reglamento de la ley, los mínimos de información que deben proporcionar para la conformación del registro. Es claro que si no se ve de manera integral el problema, seguiremos escuchando casos lamentables como los que aquí se han mencionado y seguiremos teniendo más deudas sociales con nuestra niñez.

Ante lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de los Poderes Ejecutivos, federal, estatales y del Distrito Federal, para que coordinen, operen y actualicen los Registros Nacional y Estatales de los Centros de Atención, como lo mandata la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de los Poderes Ejecutivos, federal, estatales y del Distrito Federal, a efecto de que realicen las acciones necesarias para la instrumentación de un control estricto y un registro actualizado de las y los niños, su estado de salud y situación jurídica, que se encuentran en los Centros de Atención previstos en la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

Consideraciones

Primera. La comisión dictaminadora considera que la protección de niñas y niños es una tarea del Estado mexicano que debe realizar vigilando periódicamente los lugares o centros en donde son albergados las niñas y los niños, con objeto que tengan la máxima seguridad para su bienestar y desarrollo pleno de sus personas, como lo indica el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que los Estados parte se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.

Es importante el registro de la identidad de las niñas y niños para tener conocimiento de su origen y personalidad, con lo cual se contribuye a que estos menores de edad en algún momento de su vida puedan ser localizados de inmediato, en caso de, alguna desaparición forzosa. Por esas causas, se considera se debe tomar en cuenta lo que en la Convención sobre los del Niño se hace mención claramente de la identidad del niño, en el artículo 8, que los Estados parte se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares de conformidad con la ley sin injerencias ilícitas. Cuando un niño sea privado ilegalmente de algunos de los elementos de su identidad o de todos ellos, los Estados parte deberán prestar la asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer rápidamente su identidad.

Además, el registro es el resultado necesario para asegurar una identidad jurídica, la cual a su vez es necesaria para garantizar los derechos fundamentales reconocidos en la convención. Se ha señalado que el registro de nacimiento es uno de los derechos humanos fundamentales. No sólo otorga al niño o niña el reconocimiento legal de su existencia e identidad, sino que además señala que pertenece a una familia, a una comunidad y a una nación. Demuestra que la niña o el niño tiene un lugar en todas y cada una de dichas instituciones. Abre el camino a los demás derechos, como el acceso a los servicios sanitarios y a la educación, ofrece protección contra la discriminación y el abandono, determina el tratamiento por parte del sistema jurídico y dura toda la vida, garantizando el derecho del individuo a ocupar su puesto en la vida social y política del país.

Segunda. El gobierno federal, de los estados y del Distrito Federal, deben reforzar esfuerzos de acuerdo con sus respectivas competencias, para vigilar los centros de atención infantil y guarderías que sus registros estén actualizados, con la finalidad que la población infantil que acuda a estos lugares esté protegida.

Con lo que se velará por el interés superior del niño, que el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, párrafo octavo, que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

Es urgente que los Poderes Legislativos de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, legislen para que se constituya un Registro Nacional para los Centros de Desarrollo Integral Infantil y guarderías establecida en la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, con lo que se contribuirá con el cuidado y protección de la niñez mexicana. De esta manera el Registro Nacional se coordinará con los Registros Estatales de los Centros de Atención.

Tercera. No podemos negar la gran importancia social que tienen los Centros de Atención, pues en sus manos se deja la enorme responsabilidad del cuidado de miles de niñas y niños, además de bridar ayuda a madres y padres trabajadores; pero es necesario lograr concretar el equilibrio que se necesita en su operación, para que estas puedan seguir existiendo y sigan colaborando en el desarrollo y bienestar de nuestros niños y niñas.

La Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, impulsada por ciudadanas y ciudadanos, que se publicó hace 4 años con la finalidad de garantizar que los Centros de Atención Infantil del país cuenten principalmente con requisitos de seguridad y protección civil, y así evitar tragedias como la ocurrida en 2009, aún no es del todo operativa; esto a consecuencia del atraso que han tenido las entidades en armonizar su legislación y por falta de reglamentos locales para su funcionamiento; hasta hoy, solo Colima, Sonora, estado de México, Puebla, Yucatán, Baja California y Jalisco lo han hecho; mientras que el Distrito Federal y Tabasco están en proceso; solo Jalisco la ha reglamentado e instalado. Cuatro años, es demasiado tiempo para armonizar las leyes locales con la ya mencionada ley, pues tomemos en cuenta que se encuentra de por medio el “interés superior de la niñez”.

En relación con este punto de acuerdo, este atraso provoca que no se pueda actualizar el Registro Nacional de los Centros de Atención que la ley ya antes citada estipula; por lo que es urgente que el gobierno federal lleve a cabo las acciones necesarias para actualizar y operar el respectivo registro, además de que los Congresos locales den celeridad a la legislación respectiva, y por consiguiente, operen, actualicen y coordinen sus registros de los centros de atención para así llevarse a cabo correctamente el Registro Nacional de los Centros de Atención.

Por tanto, en la Comisión de Derechos de la Niñez estamos conscientes que el cuidado y protección de las y los niños en nuestro país es una labor en la cual toda la sociedad debemos estar inmersos, pero principalmente los tres niveles de gobierno, quienes tienen una mayor responsabilidad de vigilar el cumplimiento de las leyes.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de los Poderes Ejecutivos, federal, estatales y del Distrito Federal, para que coordinen, operen y actualicen los Registros Nacional y Estatales de los Centros de Atención, como lo mandata la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de los Poderes Ejecutivos, federal, estatales y del Distrito Federal, a efecto de que realicen las acciones necesarias para la instrumentación de un control estricto y un registro actualizado de las y los niños, su estado de salud y situación jurídica, que se encuentran en los Centros de Atención previstos en la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

Palacio Legislativo de San Lázaro, octubre de 2014.

La Comisión de Derechos de la Niñez

Diputados: Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica), presidenta; María del Rosario Merlín García (rúbrica), María de la Paloma Villaseñor Vargas, Cinthya Noemí Valladares Couoh (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Marina Garay Cabada (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), Carmen Lucía Pérez Camarena, Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), secretarios; Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica), Flor Ayala Robles Linares, Isela González Domínguez (rúbrica), Alberto Anaya Gutiérrez, Mirna Velázquez López (rúbrica), Leopoldo Sánchez Cruz.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal y al gobierno de Nuevo León a llevar a cabo, conforme a sus atribuciones, acciones para agilizar la mitigación, el saneamiento y la remediación de las afectaciones ambientales causadas por el derrame de hidrocarburos al río San Juan, en Cadereyta, Nuevo León

Honorable Asamblea:

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e) a g), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 79, numeral 1, fracción II, 80, numeral 1, fracción VI, 85 y 100 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno el presente dictamen, al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

Primero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 4 de septiembre de 2014, María del Socorro Ceseñas Chapa, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al director general de Petróleos Mexicanos (Pemex), al procurador federal de Protección al Ambiente (Profepa) y al titular de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) a reparar los daños causados al río San Juan, en Cadereyta, Nuevo León, y promover ante las instancias correspondientes el deslinde de responsabilidades de los involucrados.

Segundo. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para análisis y dictamen.

Tercero. En sesión plenaria de la Cámara de Diputados celebrada el 4 de septiembre de 2014, María de Jesús Huerta Rea, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a las Secretarías de Desarrollo Sustentable, y de Salud de Nuevo León, así como a las representaciones de la Profepa y de la Conagua en la misma entidad, que agilicen las acciones de limpieza y mitigación del daño necesarias, ante las afectaciones causadas con el derrame de crudo, ocurrido en el río San Juan, en Cadereyta, Nuevo León.

Cuarto. En la misma reunión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, turnándolo a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para análisis y dictamen.

II. Contenido de la proposición

La legisladora proponente diputada María del Socorro Ceseñas Chapa informa que la explotación de una “toma clandestina” de petróleo crudo en Cadereyta, Nuevo León, provocó una fuga que alcanzó la corriente del río San Juan el 17 de agosto del presente año. Mediante el boletín de prensa regional número 74, Pemex informó lo siguiente: “técnicos especializados controlaron un derrame de hidrocarburo provocado por una toma clandestina instalada en el oleoducto Madero-Cadereyta, en las inmediaciones del poblado San Juan, del mismo municipio”.

La legisladora considera importante destacar que Cadereyta es uno de los principales municipios del estado y colinda al norte con Pesquería; al sur con Santiago, Allende y Montemorelos; al este con General Terán y Los Ramones; y al oeste, con Juárez. De acuerdo con el último censo del Inegi, la población del municipio rebasa 86 mil habitantes, en una extensión territorial superior a mil 4.5 kilómetros cuadrados.

Informa la proponente que la afectación de este derrame se generó principalmente en los cuerpos de agua de la subcuenca, de los ríos San Juan (50 por ciento), Pesquería (26 por ciento), Ramos (16 por ciento) y Monterrey (8 por ciento), pudiendo afectar los afluentes de los ríos Sabinas, San Juan, Santa Catarina, Atongo, Ramos, Garrapatas y Ayancual; en los intermitentes de los ríos Los Sabinos, El Pilón Viejo, Carrizalejo, Arroyo Chueco, El Salitre, Santa Isabel, La Boquilla, Los Cuatro Tubos y Arroyo Salado. Sobre lo anterior, las acciones emprendidas por la empresa Basa y Pemex han ofrecido empleo a los habitantes de la comunidad para llevar a cabo las tareas de limpieza ocasionadas por el derrame, tarea que la proponente considera inaceptable.

Por su parte, la legisladora proponente del asunto mencionado en el antecedente tercero, diputada María de Jesús Huerta Rea, confirma que la Constitución Política consagra derechos fundamentales entre los que encontramos el derecho a la salud y el derecho a gozar de un ambiente sano para el desarrollo y bienestar de las personas. El ejercicio pleno de estos derechos se ha visto afectado por diversos motivos, entre los cuales, menciona los estragos causados en diversas partes del país, por los siniestros registrado en la infraestructura de Pemex, debido a las tomas clandestinas que terminan provocando derrames y afectaciones a las regiones en las que se realizan.

Refiere de acuerdo con el informe de la Jefatura de Seguridad Industrial de Protección Ambiental de Pemex-Refinación Zona Norte, señala que en lo que va del año se han detectado 121 tomas clandestinas, de las cuales 117 han sido descubiertas por las acciones de Pemex, en coordinación con la Secretaría de la Defensa Nacional y autoridades federales, particularmente las tomas clandestinas localizadas en Cadereyta.

Menciona que dichos datos reflejan las afectaciones al estado, como el siniestro ocurrido en la línea 2 del oleoducto Madero-Cadereyta, en el tramo Nuevo Teapa-Madero González, precisamente en la comunidad de La Fragua, afectando al río San Juan, afluente importante del Bravo, y uno de los principales afluentes de la presa el Cuchillo-Solidaridad, considerada una de las más importantes fuentes de abastecimiento de agua potable para la zona metropolitana de Monterrey.

Confirma que la afectación por el derrame de petróleo, alcanzó aproximadamente 18 kilómetros a lo largo del río San Juan, perjudicando al menos a seis comunidades. Sobre lo anterior, el domingo 17 de agosto del presente año, la vocería de Pemex dio a conocer la información en la que indicó que como medida preventiva y para el control del derrame provocado por una toma clandestina instalada en el oleoducto Madero-Cadereyta, en las inmediaciones del poblado de San Juan en este municipio, se procedió a cortar el flujo del hidrocarburo.

Indica que Pemex ha informado que los trabajos de limpieza en las márgenes del río y en la acequia que conduce el derrame hacia el río San Juan, se han venido realizando las 24 horas del día, con el objetivo de concluirlas de manera rápida y efectiva; para ello, trabajan en el lugar de los hechos más de 500 personas, por lo que se han colocado barreras oleofílicas que absorben el aceite, así como barreras marinas que impiden el avance del crudo y facilitan su contención.

Una vez analizadas las proposiciones con punto de acuerdo referidas, los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por encontrarse convergente la petición y el planteamiento respecto del derrame del río San Juan, estimamos pertinente conjugar ambas proposiciones en un solo dictamen, en el ánimo de favorecer la economía del procedimiento parlamentario, lo que hacemos a partir de las siguientes

III. Consideraciones

Los integrantes de la comisión dictaminadora reconocemos loable el planteamiento de las diputadas proponentes y coincidimos en la propuesta de exhortar a las autoridades federales y estatales competentes, para que atiendan el problema que representa la contaminación de la cuenca del río San Juan, en Nuevo León, y de las posibles afectaciones ambientales.

Estimamos importante señalar que México ocupa un lugar destacado en el ámbito internacional, por estar reconocido como un país continente de una megadiversidad de recursos que se reflejan en gran variedad de ecosistemas, climas, bosques, selvas, pastizales, flora, fauna, ríos y lagos, entre otros.

El agua es el elemento fundamental para la vida y de acuerdo con cifras correspondientes a 2010, presentadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se observa que la cobertura de agua potable es de 88 por ciento de los municipios que prestan el servicio de agua potable en México tienen servicio de agua potable y 80 por ciento de los estados tienen este servicio en todos sus municipios.

Estimamos importante mencionar que de acuerdo con la información publicada en las estadísticas del agua en México, edición 2013, presentada por la Conagua, Aspectos geográficos que influyen en la disponibilidad del agua, se confirma que la ubicación geográfica y el relieve son factores que inciden sobre la disponibilidad del recurso hídrico. En México, dos terceras partes del territorio se consideran áridas o semiáridas, comprendiendo la zona norte del país, con precipitaciones anuales menores de 500 mm, mientras que el sureste es húmedo con precipitaciones que superan los 2 mil mm por año.

La superficie de la cuenca del río San Juan se divide en tres zonas y en base a su funcionamiento, la zona de cabecera generalmente es la parte alta de las montañas que garantiza la captación inicial de las aguas y el suministro de las mismas a las zonas inferiores durante todo el año; los bosques, en las cabeceras de las cuencas, controlan la cantidad y temporalidad del flujo del agua protegiendo a los suelos de ser erosionados por las corrientes del vital líquido con la consecuente sedimentación y degradación de los ríos y la pérdida de fertilidad en las laderas.

Por lo anterior consideramos que la zona cabecera de la subcuenca del río San Juan es la Sierra Madre Oriental y la Sierra del Cerro de la Silla, sus laderas captan y transportan el agua a niveles inferiores almacenándose en la presa Rodrigo Gómez, liberando el recurso hídrico que viaja a través de 135 kilómetros hacia la llanura y en el municipio de China, Nuevo León, y se almacena en la presa El Cuchillo-Solidaridad, para luego liberarse hasta su desembocadura en el río Bravo que desemboca en el Golfo de México.

Reconocemos que entre las funciones hidrológicas más importantes de la cuenca está la captación de agua que escurre a través de arroyos y ríos; en el proceso de transportación se pueden presentar áreas de almacenamiento en diferentes formas y tiempos de duración. A lo largo de su trayecto esta cuenca, de acuerdo con su topografía, origen geológico y tipo de suelo, entre otros, provee diversidad de sitios y rutas que registran interacciones entre las características de calidad física y química del agua; estos sitios constituyen hábitats y corredores de flora y fauna terrestre y acuática, como componentes biológicos del ecosistema; dichas funciones ambientales de la cuenca incluyen la recarga hídrica de los mantos freáticos, la conservación de la biodiversidad que permite mantener el germoplasma de las especies nativas, además de mantener la integridad y diversidad de los suelos al permitir que el agua fluya a través de los canales.

El río Bravo tiene subcuencas intermedias, y precisamente el río San Juan, cuyo recorrido por el territorio de Nuevo León ha permitido constituir dos cuerpos de almacenamiento para el uso doméstico y urbano del recurso hídrico: las presas Rodrigo Gómez, La Boca y El Cuchillo-Solidaridad, las cuales suministran el recurso para el servicio de agua potable a la zona metropolitana de Monterrey, Nuevo León.

El 17 de agosto de 2014 se presentó el incidente del derrame de hidrocarburo que afecto al río San Juan, y que de acuerdo con información de la Conagua y de Pemex, se debió a una toma clandestina descontrolada del oleoducto de 24 pulgadas de diámetro de la línea uno Madero-Cadereyta, en Cadereyta, Nuevo León, provocando que el crudo fluyera 12 kilómetros a través de una acequia hasta llegar al río San Juan, en el mismo municipio. El crudo se esparció en una distancia estimada de 6 kilómetros del cauce del río San Juan; desde el sitio de la descarga de la acequia hasta el sitio en que fue contenido por la empresa Basa contratada por Pemex, para realizar las acciones correspondientes a la remediación y saneamiento de la zona afectada. Cabe mencionar que la distancia del sitio de la irregular descarga del crudo del río San Juan hasta la presa El Cuchillo, es de aproximadamente 78 kilómetros, por lo que se estima que no se generaron mayores riesgos de contaminación en esta fuente de abastecimiento.

Uno de los principales activos con que cuenta Nuevo León es su riqueza natural; particularmente, los cuerpos de agua, el suelo, el clima y sus bosques, entre otros, por lo que la implementación ágil del saneamiento con visión integral de la cuenca del río San Juan, contribuye en el proceso de recuperación de las áreas dañadas derivadas del derrame de hidrocarburos por una irregular toma clandestina en los ductos de Pemex, suscitado en Cadereyta, Nuevo León. Por ello consideramos que la puesta en marcha de acciones inmediatas, responsables y correctas, evitará poner en riesgo el futuro de los recursos naturales de la localidad afectada.

La biodiversidad se ha visto comprometida en las últimas décadas debido a las actividades humanas que generan un deterioro acelerado de los ecosistemas y una disminución crítica de las especies, el agua y de la biodiversidad, como uno de los problemas ambientales más serios que enfrentamos, por lo que es importante sumar esfuerzos para revertir este efecto negativo y contribuir a la conservación, conocimiento y uso sustentable de los recursos naturales.

Por lo expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales sometemos a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente dictamen con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y de la Comisión Nacional del Agua, así como al Ejecutivo estatal para que a través de la Secretaría de Salud de Nuevo León, en ejercicio de sus respectivas atribuciones, agilicen la reparación y mitigación de las afectaciones ambientales causadas por el incidente del derrame de hidrocarburo crudo en el cuerpo de agua del río San Juan, en Cadereyta, Nuevo León; asimismo, promuevan ante las instancias correspondientes el deslinde de responsabilidades por los daños causados.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al gobernador de Nuevo León a informar a esta soberanía sobre los trabajos de remediación y saneamiento realizados en coordinación con gobierno federal en la zona afectada por el derrame de hidrocarburo en Cadereyta, Nuevo León, así como los avances alcanzados y el estado que guarda la recuperación ambiental de dicha zona.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta al organismo descentralizado Petróleos Mexicanos a informar a esta soberanía sobre los trabajos de remediación y saneamiento realizados en la zona afectada por el derrame de hidrocarburo en Cadereyta, Nuevo León, así como los avances alcanzados y el estado que guarda la recuperación ambiental de dicha zona.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de octubre de 2014.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), José Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla, Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Ángel Cedillo Hernández, Cristina Olvera Barrios (rúbrica), secretarios; Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Juan Manuel Fócil Pérez, Marina Garay Cabada (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Fernando Hernández Charleston, Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Semarnat a resolver, previa consulta con las comunidades indígenas involucradas, sobre la concesión o denegación del permiso ambiental para iniciar la obra de construcción de la hidroeléctrica Las Cruces

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, mediante el expediente 4890, le fue turnada para dictamen la proposición con punto de acuerdo que exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al gobernador constitucional del estado de Nayarit, para que instruyan la revisión de las resoluciones emitidas sobre los proyectos de las comunidades indígenas de Nueva Villa de San Blas, así como de la hidroeléctrica “Las Cruces”.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 80, numeral 1, fracción VI; 82, numeral 1; 84; 85; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de ese Honorable Pleno, el proyecto de dictamen sobre la proposición con punto de acuerdo que exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al gobernador constitucional del estado de Nayarit, para que instruyan la revisión de las resoluciones emitidas sobre los proyectos de las comunidades indígenas de Nueva Villa de San Blas, así como de la hidroeléctrica “Las Cruces”.

I. Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 4 de septiembre de 2014, la diputada Cristina Olvera Barrios, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al gobernador constitucional del estado de Nayarit, para que instruyan la revisión de las resoluciones emitidas sobre los proyectos de las comunidades indígenas de Nueva Villa de San Blas, así como de la hidroeléctrica “Las Cruces”.

Segundo. En la misma sesión, la presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite al asunto, en los siguientes términos: “Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen”.

Una vez analizado el planteamiento de la diputada proponente, las y los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, exponemos el siguiente

II. Contenido de la proposición

La diputada proponente plantea que México, de acuerdo con nuestra Constitución Federal, es una nación “pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas”.

Señala que de los 2 mil 443 municipios existentes, sólo 30 de ellos no registran una elevada dispersión de la población indígena. Asimismo refiere la existencia de 15.7 millones de habitantes indígenas, de los cuales, sólo 7 millones hablan su lengua natal.

Apunta que de acuerdo con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el concepto del término territorio indígena, es “el espacio apropiado y valorizado por los pueblos indígenas, ya sea de manera simbólica o instrumental. Son espacios en donde practican y desarrollan su vida colectiva, sus actividades económicas, políticas sociales y religiosas. Los territorios indígenas son unidades geográficas que pueden estar separadas como por ejemplo: el cerro, el sitio sagrado, o las rutas de peregrinación, ya que son espacios en los que reproducen sus prácticas culturales.”

Refiere que el territorio constituye para los indígenas, una parte fundamental de su historia, de su identidad y de su vida misma; un elemento esencial e inalienable de su comunidad, y que de acuerdo con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, los territorios son “lo que cubre la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna otra manera”

Indica que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales con el aval del Gobierno de Nayarit, ha violado los preceptos antes mencionados mediante la emisión de dos resoluciones.

El primero de los casos se da entre el comisionado de Bienes Comunales de la comunidad indígena Nueva Villa de San Blas, en Nayarit, donde la SEMARNAT resolvió desincorporar la zona en que se encuentra la Isla del Rey, del régimen de dominio público para entregarlo a la desarrolladora turística Aramara, SA de CV, acto presuntamente violatorio, consistente en la entrega de 354 mil 364.89 metros cuadrados de terrenos ganados al mar, mismos que, según la proponente, integraban el patrimonio de esa comunidad indígena.

Apunta que la Isla del Rey, a la cual el pueblo Huichol llama: “Tatei Haramara”, es un lugar sagrado en donde nace el agua que alimenta a todas las formas de vida que hay en la comunidad, donde de las 13 hectáreas que comprende dicho lugar sagrado, el gobierno del estado vendió diez, aunque ocho de ellas son de reserva natural.

Manifiesta que se está en espera de que la SEMARNAT decida si otorga o no el permiso ambiental al proyecto de construcción de la hidroeléctrica Las Cruces, mismo que en caso de aprobarse, será desarrollado por la Comisión Federal de Electricidad.

Expresa que la construcción de este proyecto sobre el caudal del río San Pedro Mezquital, implica el desalojo forzoso de cientos de habitantes de territorios indígenas, así como la afectación de catorce sitios sagrados.

Señala que con dicho proyecto, se vulnerarán los derechos humanos a la vivienda adecuada, al agua y a los medios de subsistencia, a la cultura y a la educación de estos pueblos.

Indica que las comunidades indígenas no fueron consultadas sobre el proyecto, en los términos previstos en el artículo 6 del propio Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Asegura que de construirse la hidroeléctrica “Las Cruces”, la reducción del caudal del Río San Pedro, afectaría las actividades de las que dependen económicamente más de 20 comunidades de la zona.

En base a lo anterior, la Proponente solicita a la Cámara de Diputados, exhorte al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como al Titular del Ejecutivo del Estado de Nayarit para que instruyan la revisión de las resoluciones emitidas en los casos descritos, a fin de evitar los posibles daños que se infligiría a las comunidades indígenas la construcción de estos dos proyectos que se tienen previstos, mediante la proposición de los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que instruya la revisión y, en su caso, rectificación de la resolución emitida en el caso de la comunidad de Nueva Villa de San Blas, así como el permiso ambiental para la construcción de la hidroeléctrica Las Cruces en el estado de Nayarit.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al gobernador constitucional del estado de Nayarit para que, en el ámbito de sus atribuciones, garantice los derechos humanos de los pueblos indígenas Wirráikas y Náyeri, que resultarán afectados en su cultura, patrimonio y territorio por actos de autoridad del Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

En virtud del análisis realizado sobre la proposición con punto de acuerdo objeto del presente dictamen, las y los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, expresamos las siguientes:

III. Consideraciones

Quienes integramos la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, reconocemos con la Proponente, que México es una nación pluricultural, en los términos del Artículo 2º. De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Coincidimos con la Proponente en cuanto al señalamiento de que más de 2 mil 400 municipios del país, registran una elevada dispersión de la población indígena, y que sólo alrededor del 44 % de los habitantes indígenas hablan su lengua natal.

Reconocemos válida la definición planteada para el término “territorio indígena”, como: el espacio apropiado y valorizado por los pueblos indígenas, donde practican y desarrollan su vida colectiva, sus actividades económicas, políticas sociales y religiosas. Los territorios indígenas son unidades geográficas que pueden estar separadas, ya que son espacios en los que reproducen sus prácticas culturales.

Estimamos válida la definición del Convenio 169 de la OIT, en el sentido de que los territorios de los pueblos indígenas son todo lo que cubre la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna manera.

Consideramos atendible por esta Soberanía, la posibilidad de que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales con el aval del Gobierno de Nayarit, haya violado las disposiciones internacionales referidas por la Proponente, mediante las dos resoluciones de realización incierta, y que presuntamente consisten en desincorporar del régimen de dominio público, un área de 354 mil 364.89 metros cuadrados de terrenos ganados al mar, continente de una zona de 130 mil metros cuadrados, área total de la Isla del Rey, mismos que, según la proponente, integraban el patrimonio de una comunidad indígena.

Sobre este punto, en particular, consideramos que los terrenos ganados al mar, es decir los 354 mil 364.89 metros cuadrados de terrenos que antes de ser objeto de la desincorporación del régimen de dominio público, no eran playas , ni eran parte de la Zona Federal Marítimo Terrestre, pues eran mar.

En razón de lo anterior, la Isla del Rey, al no ser mar, tampoco podría ser un terreno ganado al mar. En consecuencia, todos estos terrenos no pueden ser parte integrante del patrimonio de una comunidad indígena. Por ello, estimamos que los terrenos objeto de la desincorporación del régimen de dominio público, en su caso, no pueden comprender terrenos integrantes del patrimonio de una comunidad indígena.

Sin embargo, apreciamos prudente exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que en la brevedad posible, y previa consulta a las comunidades indígenas involucradas, resuelva sobre si otorga o deniega la autorización ambiental para que inicie la obra de construcción de la hidroeléctrica “Las Cruces” y, en su caso, el desarrollo del proyecto por la Comisión Federal de Electricidad.

En cuanto a las posibles afectaciones a las actividades económicas que desarrollan las comunidades de la zona de construcción de la hidroeléctrica “Las Cruces”, estimamos son materia de la manifestación de impacto ambiental y de la autorización correspondiente a cargo de la Semarnat.

Finalmente, consideramos que la revisión de los actos emitidos por autoridad competente del Ejecutivo Federal, debe resolverse mediante el Recurso previsto en la Ley Federal del Recurso Administrativo, y no mediante un punto de acuerdo que carece de efectos vinculatorios.

En mérito de lo anterior, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales estima inviable la proposición con punto de acuerdo, en los términos planteados en los resolutivos del mismo.

Por lo anterior expuesto y fundado, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, somete a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el presente dictamen con proyecto de

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que en breve término, y previa consulta a las comunidades indígenas involucradas, resuelva sobre la concesión o denegación de la autorización ambiental para que inicie la obra de construcción de la hidroeléctrica “Las Cruces” y, en su caso, el desarrollo del proyecto correspondiente por la Comisión Federal de Electricidad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de octubre de 2014.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), J. Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Ángel Cedillo Hernández, Cristina Olvera Barrios (rúbrica), secretarios; Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Juan Manuel Fócil Pérez, Marina Garay Cabada (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Fernando Hernández Charleston, Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz.

De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a los titulares de la Semarnat y de la Conagua a actualizar las normas mexicanas sobre las descargas en cuerpos de agua por la actividad minera

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con expediente número 4883, le fue turnada para dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional del Agua, para que actualicen las normas mexicanas sobre las descargas en cuerpos de agua por la actividad minera; transparentar la información del monitoreo de la calidad del agua de los ríos recientemente afectados por los desastres mineros, así como hacer públicos los derechos de agua de Grupo México; y a que desarrollen e implementen políticas públicas para la minería sostenible y la conservación de cuerpos de agua.

Esta comisión dictaminadora, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, fracción XXXV, y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 79, numeral 1, fracción II; 80, numeral 1, fracción VI; 85 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este honorable pleno cameral, el presente dictamen al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 4 de septiembre de 2014, el diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, presentó a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional del Agua, para que actualicen las normas mexicanas sobre las descargas en cuerpos de agua por la actividad minera; transparentar la información del monitoreo de la calidad del agua de los ríos recientemente afectados por los desastres mineros, así como hacer públicos los derechos de agua de Grupo México; y a que desarrollen e implementen políticas públicas para la minería sostenible y la conservación de cuerpos de agua.

Segundo. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, dictó el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.”

Como resultado del análisis de la proposición objeto del presente dictamen, las y los diputados integrantes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, expresamos el siguiente

Contenido de la proposición

El diputado proponente señala que México tiene una gran capacidad minera; que además de ocupar el primer lugar en la producción de plata a nivel mundial, está entre los 10 principales productores de 16 diferentes minerales, y es el primer destino en inversión para la exploración minera en América Latina y 4o. en el mundo, de acuerdo con el reporte de Metals Economics Group, correspondiente a marzo 2013. El sector minero contribuye con el 4.9 por ciento de nuestro producto interno bruto.

Refiere que la producción minera en México se concentra en doce entidades federativas fuertemente vinculadas con el agua, la cual se utiliza en los procesos de exploración, explotación y en los de concentración por flotación, en la fusión y electro refinación, o en el proceso hidrometalúrgico consistente en lixiviación, extracción por solventes y electro obtención.

Sostiene que en la minería, cada proceso u operación utiliza importantes volúmenes de agua para contribuir a la eficiencia del proceso. De ahí que la demanda industrial-minera del agua sea significativamente mayor que la que presentan otros usos del vital líquido. La industria minera también es fuente de contaminación, puesto que en todas las etapas incluidas en sus procesos, generan problemas ambientales de alto impacto al generar aguas residuales, residuos peligrosos y, en algunos casos, emisiones de gases y partículas a la atmósfera.

Sin embargo, dos de las etapas que más contaminación producen son las de explotación de los minerales y la de fundición-refinación.

Por otro lado, refiere que en nuestro país, más del 70 por ciento de los cuerpos de agua presentan algún grado de contaminación y en los ríos del país se han encontrado residuos de mercurio, plomo, cromo y cadmio, entre otros.

Menciona que la demanda bioquímica de oxígeno (DBO), indicador de calidad del agua de la Comisión Nacional del Agua, señala que las descargas industriales representan 340 por ciento más de contaminación, que las aguas residuales municipales.

Comenta que en la Unión Europea (UE) son miles los compuestos que están reglamentados y prohibidos; en contraste, en México son cientos las sustancias altamente tóxicas que se vierten en los ríos y, sin embargo, pocas han sido reguladas.

Nos ilustra sobre la Directiva Marco del Agua de la Unión Europea, que establece las normas de calidad medioambientales para el agua en toda la Unión Europea, definiendo contaminantes químicos preocupantes (arsénico incluido), y convocando a los estados miembros a su eliminación en los cuerpos de agua.

El proponente manifiesta que el pasado 6 de agosto de 2014, el derrame de un represo utilizado en la operación de la mina Buenavista del Cobre, del Grupo México, vertió 40 mil metros cúbicos —equivalentes a 40 millones de litros— de lixiviados de sulfato de cobre acidulado en los ríos Bacanuchi y Sonora, con cuyas aguas se sustenta el consumo humano y las actividades económicas de 22 mil habitantes de siete municipios aledaños.

Nos refiere los antecedentes que se han dado a conocer en varios medios de comunicación, sobre científicos de diversos centros de estudio, quienes han estado documentando la contaminación en el acuífero desde tiempo atrás, alertando a los productores sobre sus efectos, por lo que seguramente no se trata de un hecho aislado y reciente.

Este desafortunado acontecimiento ha sido calificado ya como el peor desastre ambiental minero.

Adicionalmente, el proponente hace referencia al hecho ocurrido el 10 de agosto del año en curso, en el municipio de El Oro, en Durango, una emergencia ambiental en una mina, ocasionada por que la presa de jales de la empresa Proyecto Magistral derramó alrededor de 2 mil metros cúbicos de agua con cianuro al arroyo denominado La Cruz.

Asimismo, refiere el caso de Tetela de Ocampo, Puebla, donde según el proponente, se han realizado diversas movilizaciones ante la posible contaminación del Río Papaloateno, por la presunta explotación a cielo abierto del cerro La Espejera, con el objetivo de extraer oro por parte de la minera Frisco.

El proponente manifiesta que la minería es una actividad importante para la economía del país, y para la generación de empleos; sin embargo, es ineludible actuar con prontitud para evitar que se siga poniendo en riesgo la seguridad hídrica de nuestros ecosistemas y cuerpos de agua, así como las condiciones de vida de los pobladores en la zona de afectación del proyecto minero.

Para el proponente, tan importante es el desarrollo y crecimiento de ese sector económico, como el adecuado equilibrio con la conservación y preservación del agua en el país.

Aún y cuando existen normas mexicanas que permiten la descarga de ciertos volúmenes de substancias contaminantes o tóxicas, lo cierto es que nuestra política debería estar encaminada para alcanzar cero descargas de este tipo en los próximos años.

Finalmente, considera que este órgano legislativo debe ser coadyuvante en el desarrollo de una política integral en la materia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, que señala: “el Ejecutivo Federal y el Congreso de la Unión desarrollarán políticas integrales en materia de prevención de daños al ambiente; investigación, persecución, sanción y prevención general y especial de los delitos e infracciones administrativas que los ocasionan...”

Finalmente, el proponente somete a la consideración de esta Soberanía los resolutivos del punto de acuerdo, siguientes:

Primero. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como al titular de la Comisión Nacional del Agua, a revisar y, en caso necesario, actualizar las Normas Oficiales Mexicanas 001, 002 y 003 sobre las descargas en cuerpos de agua, así como las NOM 120, 141 y 157 relacionadas con la actividad minera y el impacto ambiental, a fin de mitigar la afectación de cuerpos de agua;

Segundo Se exhorta respetuosamente a los titulares de las mismas dependencias a transparentar en sus portales de internet los derechos de agua, concesiones y permisos otorgados a Grupo México, así como el estado que guarda sus pago de derechos; y en el mismo tenor, toda la información relacionada con el monitoreo de la calidad del agua de los ríos Sonora y Bacanuchi, en Sonora, así como del arroyo La Cruz en Durango; y del Río Papaloateno, en la localidad de Tetela de Ocampo, Puebla, hasta que se restituya el estado base de estos cuerpos de agua, como lo establece el artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Tercero. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como al titular de la Comisión Nacional del Agua para que desarrollen políticas públicas encaminadas a la implementación de tecnologías verdes, procesos y desarrollo de capacidades para la minería sostenible, así como para la conservación de los cuerpos de agua susceptibles de ser vulnerados en México, por esta actividad.

En virtud del contenido de la proposición que nos ocupa, quienes integramos la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, exponemos las siguientes

Consideraciones

Reconocemos que México tiene la gran capacidad minera que le permite ocupar el primer lugar como productor de plata y estar entre los diez principales productores de 16 minerales; asimismo, coincidimos en que el sector minero de nuestro país aporta el 4.9 % del producto interno bruto del país.

Coincidimos con el proponente en que la industria minera requiere de importantes volúmenes de agua para su utilización en las diversas etapas del proceso de producción, lo que representa una demanda de volúmenes mayores de los requeridos en para otras actividades comprendidas dentro del uso industria del recurso hídrico.

Reconocemos que en las diversas etapas del proceso de la producción minera se ocasionan graves impactos contra el ambiente a través de la generación de aguas residuales, así como de residuos peligrosos y la emisión de gases y partículas contaminantes a la atmósfera, siendo las etapas de explotación de los minerales y la de fundición y refinación, las que producen más contaminantes.

Evidentemente, advertimos que la gran mayoría de los cuerpos de aguas nacionales presentan altos grados de contaminación, destacando las aguas residuales del uso industrial, por ser continentes de residuos de mercurio, plomo y cadmio, entre otros.

Estimamos acertado el señalamiento del proponente, en el sentido de que la demanda bioquímica de oxígeno, según la Comisión Nacional del Agua, indica que las descargas de aguas residuales del uso industrial, son 3.4 veces más contaminantes que las descargas de aguas residuales municipales, provenientes de sus diversos usos.

Coincidimos con el proponente, en cuanto a la carencia en México de una regulación que atienda el problema de la contaminación de los cuerpos de agua receptores de substancias de alta toxicidad contenidas en las aguas residuales de los diversos usos de agua que se vierten en ellos.

Concordamos con el proponente, en el reconocimiento del grave problema que representa el derrame del represo de la mina Buenavista del Cobre, con vertimiento de 40 millones de litros de lixiviados de sulfato de cobre acidulado, en los ríos Bacanuchi y Sonora, cuyas aguas se destinan al consumo humano y las actividades económicas de los habitantes de siete municipios del Estado de Sonora.

Tenemos conocimiento de que la contaminación del acuífero ha venido siendo documentada, sus efectos han sido hechos del conocimiento de los productores; de tal manera, estimamos se trata de una sucesión de hechos irregulares por la falta de tratamiento de las aguas residuales de uso industrial, y continuados por la repetición permanente de las descargas en dichos cuerpos de agua.

Al lado del desastre ambiental minero referido en el párrafo anterior, estimamos pertinente atender también, la emergencia ambiental ocasionada por el derramamiento de aproximadamente 2 mil metros cúbicos de agua con cianuro, por la presa de jales de la empresa Proyecto Magistral, al arroyo: “La Cruz, en el municipio de El Oro, en el Estado de Durango; así como el caso de Tetela de Ocampo, donde se ha movilizado la población ante el riesgo de contaminación del Río Papaloateno, a partir de la probable explotación minera a cielo abierto, del cerro de La Espejera, para la extracción de oro por la Minera Frisco.

En nuestra consideración, si bien la minería resulta una actividad importante para la economía del país y la generación de empleos, requerimos actuar con celeridad, en aras de dar certidumbre a la población de las comunidades citadas, salvaguardando la seguridad hídrica de los ecosistemas y cuerpos de agua, eliminando en la medida de lo posible los riesgos que corre la población mencionada, en virtud de los eventos reseñados que ponen en grave riesgo el desarrollo y crecimiento del sector económico, en particular la industria minera, así como el adecuado equilibrio y la conservación y preservación de los ecosistemas amenazados, y de la calidad y cantidad del recurso hídrico nacional.

Finalmente, estimamos viable la propuesta de que esta Cámara de Diputados coadyuve en el desarrollo de una política integral en materia de prevención de daños al ambiente, de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, que señala:

“Artículo 53. El Ejecutivo Federal y el Congreso de la Unión desarrollarán políticas integrales en materia de prevención de daños al ambiente; investigación, persecución, sanción y prevención general y especial de los delitos e infracciones administrativas que los ocasionan; así como...”.

En mérito de lo anterior, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, somete a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el presente dictamen con proyecto de

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como al titular de la Comisión Nacional del Agua, a revisar y, en su caso, actualizar las Normas Oficiales Mexicanas 001, 002 y 003 que versan sobre las descargas en cuerpos de agua; así como las Normas Oficiales Mexicanas 120, 141 y 157, relativas a la actividad minera y el impacto ambiental, a fin de mitigar la afectación de cuerpos de agua;

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al Director General de la Comisión Nacional del Agua, a transparentar en sus portales de internet los derechos de agua, concesiones y permisos otorgados a Grupo México, así como el estado que guarda el pago de sus derechos; asimismo, la información relacionada con el monitoreo de la calidad del agua de los ríos Sonora y Bacanuchi, en el Estado de Sonora; del arroyo La Cruz, en el Estado de Durango, y del Río Papaloateno, en Tetela de Ocampo, Puebla, hasta que se restituya el estado base de estos cuerpos de agua, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como al titular de la Comisión Nacional del Agua, para que desarrollen políticas públicas encaminadas a la implementación de tecnologías verdes, procesos y desarrollo de capacidades para la minería sostenible, así como para la conservación de los cuerpos de agua susceptibles de ser vulnerados en México, por dicha actividad productiva.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de octubre de 2014.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica), presidenta; Minerva Castillo Rodríguez (rúbrica), Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), J. Pilar Moreno Montoya (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital, María Isabel Ortiz Mantilla, Gerardo Peña Avilés (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Ángel Cedillo Hernández, Cristina Olvera Barrios (rúbrica), secretarios; Ricardo Astudillo Suárez, Darío Badillo Ramírez (rúbrica), Mario Miguel Carrillo Huerta (rúbrica), Eufrosina Cruz Mendoza (rúbrica), José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), Juan Manuel Fócil Pérez, Marina Garay Cabada (rúbrica), Ignacio Mestas Gallardo (rúbrica), Fernando Hernández Charleston, Adriana Hernández Íñiguez (rúbrica), Patricia Lugo Barriga (rúbrica), Ossiel Omar Niaves López (rúbrica), Ramón Antonio Sampayo Ortiz (rúbrica), Aída Fabiola Valencia Ramírez (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz.

De la Comisión de Juventud, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a las Secretarías de Desarrollo Social, de Educación Pública, de Economía, y del Trabajo y Previsión Social a implantar mejores estrategias y políticas públicas encaminadas a brindar a los jóvenes mayores oportunidades

Honorable Asamblea:

La Comisión de Juventud de la LXII Legislatura de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, fracción II, 81, numeral 2, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados el presente dictamen.

I. Antecedentes

1. En sesión ordinaria celebrada el 2 de octubre del año 2014, el diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a las Secretarías de Desarrollo Social, de Educación Pública, de Economía y del Trabajo y Previsión Social, para que implementen mejores estrategias y políticas públicas encaminadas a brindar mayores oportunidades a las y los jóvenes.

2. La presidencia de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Juventud, para dictamen” mediante el número de expediente 5093.

3. A partir del día 3 de octubre del 2014, con fundamento en el artículo 182 numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados, inició el término de cuarenta y cinco días hábiles para que la proposición fuera dictaminada en la Comisión de Juventud.

4. En sesión ordinaria celebrada el día 2 de octubre del año 2014, la diputada Joaquina Navarrete Contreras del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo para que esta Soberanía manifieste su interés por que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como las unidades promotoras del empleo en las entidades federativas, promuevan la creación de fuentes de empleo hacia las personas mayores de 16 años y menores de 30.

5. La presidencia de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Juventud, para su dictamen” mediante el número de expediente 5102.

6. A partir del día 3 de octubre del 2014, con fundamento en el artículo 182, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, inició el término de cuarenta y cinco días hábiles para que la proposición fuera dictaminada en la Comisión de Juventud.

II. Contenido de las proposiciones

El punto de acuerdo presentado por el diputado René Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza con expediente 5093, propone exhortar a los titulares de las Secretarías de Desarrollo Social, de Educación Pública, de Economía y del Trabajo y Previsión Social con la finalidad de que implementen mejores estrategias y políticas públicas encaminadas a brindar mayores oportunidades a las y los jóvenes.

Lo anterior, de acuerdo a la exposición de motivos del promovente, en respuesta a los cambios y procesos económicos y tecnológicos constantes, debido a que esta situación dinámica, aunada a un mercado laboral que se trasforma de manera permanente, requiere de un conjunto de capacidades desarrolladas, habilidades y competencias que permitan la inserción de las y los jóvenes al mercado de trabajo.

Por lo que refiere, al punto de acuerdo presentado por la diputada Joaquina Navarrete Contreras, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática con expediente 5102, propone exhortar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como las unidades promotoras del empleo en las entidades federativas, con la finalidad de que promuevan la creación de fuentes de empleo para las personas mayores de 16 años y menores de 30 años de edad.

Con base a la exposición de motivos de la promovente, presenta el correspondiente exhorto debido a que existe una necesidad urgente de revertir la tendencia de desempleo juvenil actual, ya que las instituciones de nuestro país carecen de capacidad para brindar a la juventud mexicana oportunidades para su desarrollo y de esta manera fortalecer el capital humano, por lo que el Estado tiene la obligación de promover acciones en beneficio de los sectores que requieren de su apoyo.

Es así, que en el presente dictamen se abordan las proposiciones con número de expediente 5093 y 5102 respectivamente, debido a que en términos generales, ambos diputados promoventes plantearon en ellas, la propuesta de instruir a las instancias pertinentes en la elaboración y supervisión de políticas públicas y estrategias, encaminadas a promover el empleo juvenil para combatir el rezago social y la proliferación de jóvenes que ni estudian ni trabajan.

III. Proceso de análisis

En México la educación es uno de los temas preponderantes que contemplan el interés general de la población, siendo un asunto prioritario para lograr el crecimiento y el desarrollo de las naciones, ya que los países que han logrado apropiarse del conocimiento, aceleran su crecimiento económico de manera sostenida y sus habitantes adquieren una mejor calidad de vida, así pues, lo expuso la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) ya que considera que la educación puede sacar de la pobreza y la exclusión social a los individuos y por ende a la sociedad, de este modo y siguiendo esta línea encontramos que la educación tiene una relación directa con el empleo y el desempleo.

Nuestro país, a través de la Secretaría de Educación Pública (SEP),1 tiene como propósito crear condiciones que permitan asegurar el acceso de todas las mexicanas y mexicanos a una educación de calidad, en el nivel y modalidad que la requieran y en el lugar donde la demanden. Aunado a lo anterior, encontramos que en México los problemas que aquejan al estudiantado son de diversa índole, en el caso de las y los jóvenes particularmente, 38.2 millones de personas entre el rango de 12 a 29 años2 de edad (grupo que comprende la tercera parte de la población total en el país), encuentran dificultades para seguir con sus estudios.

De acuerdo con el Informe Nacional para la Evaluación de la Educación 2014, la deserción escolar es el mayor problema que enfrenta el país ya que este factor permite que el desempleo aumente, la inactividad en el ámbito académico puede ser ocasionada por diversos factores en los distintos niveles educativos. Por ejemplo, en educación primaria, la deserción puede ser propiciada por problemas familiares mientras que a nivel secundaria y media superior se puede atribuir a condiciones sociales.3

La educación en un nivel básico ha logrado el objetivo de tener una cobertura universal entre la población de 5 a 14 años, sin embargo y de acuerdo con cifras presentadas en el estudio Panorama de Educación 2014 4 realizado por la OCDE, nuestro país tiene el 53% de individuos entre 15 a 19 años de edad con registro y matricula en educación, dejando a casi la mitad de los jóvenes sin posibilidad de acceso al correspondiente nivel educativo. Si se compara con países como Argentina con el 73% o Brasil con el 78%,5 nuestro país exhibe un menor índice de jóvenes con posibilidades de cursar su nivel medio superior. Cabe señalar que, la demanda por ingresar a una escuela de nivel medio superior y superior en instituciones públicas del gobierno, es elevada.

De acuerdo con la encuesta Parametría, nueve de cada diez estudiantes en México están matriculados en escuelas gubernamentales, cuyo comportamiento destaca que las personas tienen preferencia por la educación pública antes que la privada en niveles básicos a superiores.6 Así mismo la OCDE indica que de entre los hombres jóvenes en el mundo de 15 a 29 años de edad, aproximadamente el 40%, se encuentra estudiando, el 50% está fuera de la educación pero con empleo y sólo el 10% no estudia ni trabaja. Por su parte las mujeres jóvenes en educación media superior y superior se registran por debajo del 40%, mientras que el 25% está con empleo y fuera de la educación y las que no estudian ni trabajan son alrededor de 35%.

Además, esta organización deja ver que en la actualidad, los estudiantes mexicanos tienden a abandonar la escuela de manera prematura, ya que el 62% de los jóvenes de 16 años están inscritos en educación media superior, mientras que 35% de los jóvenes de 18 años cursan estudios (19% en media superior y en educación superior el 16%). De tal manera que la cifra de jóvenes que se encuentran estudiando disminuye conforme incrementa la edad, por lo que apenas el 26% de los jóvenes de 20 años se encuentran matriculados en alguna universidad.

La Encuesta Nacional de Valores en Juventud 20127 presentó que el 43.1% de los jóvenes terminó la secundaria, el 28.2% cursó su preparatoria o bachillerato, el 10.5% únicamente concluyó sus estudios a nivel profesional y tan sólo el 0.5% termina sus estudios de posgrado como la maestría o el doctorado. En este contexto, se presenta un grupo de jóvenes quienes al no tener ni estudios ni trabajo se encuentran pertenecientes al denominado grupo “ninis”.8 Relacionado a esto, encontramos que existe una relación directamente proporcional entre el aumento de la población en esta circunstancia y la edad, como lo verifica la OCDE, ya que a mayor edad existe más posibilidad de que los jóvenes se encuentren en un estado de inactividad, así mismo es importante mencionar que en México, la población general se encuentra con el 37% de educación media superior, por debajo del promedio de países pertenecientes a la OCDE con el 75% a nivel general de sus 34 integrantes9 encontrándose sólo por arriba de Turquía que tiene el 34%.

De igual manera, si tomamos en cuenta que el capital humano hace referencia a la capacidad que tiene el personal en relación a sus estudios, conocimientos, capacidades, habilidades y que son aplicables a los centros de trabajo de los individuos donde se desempeñen y que probablemente se verán remunerados, se determina que la inversión en estas características es de suma importancia.

Ante esta situación, el 56.9% de las y los jóvenes considera que es más importante el estudio en comparación con experiencia laboral (26.6%) para conseguir trabajo.10 Sin embargo, de acuerdo con reportes por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) el 78.9% de las personas sin empleo tienen estudios de bachillerato y nivel superior, es decir casi son ocho de cada diez desempleados.11 Además la OCDE destaca que en el año 2012 México y Corea fueron los únicos países en donde la tasa de desempleo fue más alta en personas con educación superior (4.6%) que en educación media superior (3.5%). El 6.7% de jóvenes con educación superior y en edad de 25 a 34 años están desempleados, en contraste con el 4.5% de personas que no tiene empleo y que cuenta con educación por debajo de la enseñanza media superior.

En este contexto, encontramos que la juventud mexicana pone sus expectativas en el nivel académico para conseguir un buen empleo, pero contradictoriamente esto no sucede según lo demuestran las cifras citadas líneas arriba, la realidad de nuestro país contempla deficiencias para erradicar el problema de deserción escolar a nivel medio superior a falta de oportunidades que permitan a las y los jóvenes su permanencia en el ámbito académico y su continuidad en nivel superior e incluso a la etapa de posgrado.

Fuentes bibliográficas

• Consejo Nacional de Población

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

• Encuesta Nacional de Juventud 2010

• Encuesta Nacional de Valores en Juventud 2012

• Información Económica de coyuntura del Instituto Nacional de Estadística y Geografía

• Informe Nacional para la Evaluación de la Educación 2014

• Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos

• Secretaría de Educación Pública

IV. Consideraciones

Con base en las opiniones recabadas, y el análisis propio de la Comisión de Juventud, se llegó a lo siguiente:

De acuerdo a cifras oficiales por instituciones y organizaciones de reconocimiento internacional, en México nos encontramos con importantes problemáticas que requiere atención y solución de manera inmediata, la deserción escolar, el desempleo juvenil y falta de oportunidades para el sector joven de la población, son lamentables realidades a las que los jóvenes de nuestro país se enfrentan.

En este, tenor considerando que en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional, en este tenor uno de los objetivos del Gobierno Federal en materia de juventud, es contribuir a la integración de los jóvenes al desarrollo, mediante el fortalecimiento a la coordinación interinstitucional de acciones dirigidas a la atención de los jóvenes.

Por lo anterior, se considera que es facultad de las Secretarías y Unidades a nivel nacional y local, responsables en generar políticas públicas en materia de juventud, promover de manera efectiva la inserción y permanencia de las y los jóvenes en el mundo laboral, así como brindar oportunidades académicas de calidad y las facilidades de la continuidad de la vida académica para la correcta prevención de la deserción escolar.

Ante esta problemática, la Comisión de Juventud considera que se deben generar de manera urgente soluciones viables para corregir esta situación, que de no ser atendida a la brevedad, se traduciría en rezagos sociales incrementales, un capital humano poco productivo y un menor potencial de crecimiento económico, lo que afectaría directamente al desarrollo del país, considerando que hoy en día México es un país de jóvenes.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Juventud de la LXII legislatura presentamos el siguiente:

Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al gobierno federal, particularmente al Instituto Mexicano de la Juventud, a la Secretaría de Desarrollo Social, a la Secretaría de Educación Pública, a la Secretaría de Economía, y a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para que implementen más y mejores políticas públicas que faciliten la transición académica hacia el mercado laboral.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a las unidades promotoras de empleo en las entidades federativas del país para que implementen más y mejores políticas públicas que promuevan la creación del empleo para los jóvenes comprendidos entre 16 y 29 años de edad.

Notas

1 Visión y Misión , Secretaría de Educación Pública disponible en el sitio web:

http://www.sep.gob.mx/es/sep1/sep1_Vision_de_la_SEP#.VC2 r9vl5NUU

2 Cifras publicadas por el Consejo Nacional de la Población

3 Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, Disponible en http://www.inee.edu.mx/bie/mapa_indica/2010/PanoramaEducativoDeMexico/A T/AT02/2010_AT02__d-vinculo.pdf

4 Título original Education at a Glance 2014 , OECD INDICATORS . Disponible en el sitio web: http://www.oecd.org/centrodemexico/medios/la-movilidad-educativa-se-hac e-mas-lenta-en-el-mundo-industrializado-dice-la-ocde.htm

5 Sólo Colombia y China presentan las tasas de matriculación más bajas con el 43 y 34% respectivamente.

6 VV. AA, “La evaluación de la educación: el contraste de dos realidades latinoamericanas”, VI Congreso WAPOR, Latinoamérica, Santiago, Chile 2014. Disponible en

http://www.parametria.com.mx/carta_parametrica.php?cp=46 68

7 Encuesta Nacional de Valores en Juventud 2012, México, IMJUVE-IIJ, UNAM, 2012. Área de Investigación Aplicada y Opinión. Encuesta nacional en vivienda de 5000 casos.

8 Palabra que se utiliza para describir a los jóvenes que no estudian ni trabajan. Negrete Prieto, Rodrigo y Leyva Parra, Gerardo, “Los ninis en México: una aproximación crítica a su medición” en Realidad, datos y espacios , Revista Internacional de Estadística y Geografía, INEGI, volumen 4, número 1, enero-abril 2013 [en Línea] http://www.inegi.org.mx/RDE/RDE_08/RDE_08_Art6.html

9 Australia, México, Bélgica, Nueva Zelanda, Chile, Países Bajos, Dinamarca, Noruega, Alemania, Austria, Estonia, Polonia, Finlandia, Portugal, Francia, Suecia, Grecia, Suiza, Irlanda, República Eslovaca, Islandia, Eslovenia, Israel, España, Italia, República Checa, Japón, Turquía, Canadá, Hungría, Corea, Reino Unido, Luxemburgo y Estados Unidos. http://www.oecd.org/centrodemexico/paisesmiembros.htm

10 Encuesta Nacional de Valores en Juventud 2012, México, IMJUVE-IIJ, UNAM, 2012. Área de Investigación Aplicada y Opinión. Encuesta nacional en vivienda de 5000 casos.

11 Información económica de coyuntura Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Disponible en el sitio web: http://www.inegi.org.mx/inegi/contenidos/espanol/prensa/boletines/bolet in/muestra.asp?tema=20&c=1047

Palacio Legislativo de San Lázaro a los 28 días del mes de octubre del año 2014.

Comisión de Juventud de la LXII Legislatura

Diputados: José Luis Oliveros Usabiaga (rúbrica), presidente; Sue Ellen Bernal Bolnik (rúbrica), María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica), Delvim Fabiola Bárcenas Nieves (rúbrica), Laura Guadalupe Vargas Vargas (rúbrica), María Guadalupe Velázquez Díaz, Tania Margarita Morgan Navarrete (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Crystal Tovar Aragón, secretarios; Juan Pablo Adame Alemán (rúbrica), Gabriel de Jesús Cárdenas Guízar (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo, Gerardo Gaudiano Rovirosa (rúbrica), Ricardo Medina Fierro, María Teresa Jiménez Esquivel, Gloria Elizabeth Núñez Sánchez (rúbrica), Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica), Carla Guadalupe Reyes Montiel, Jesús Antonio Valdés Palazuelos (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Gisela Raquel Mota Ocampo, Jessica Salazar Trejo, Jorge Salgado Parra, Jorge Francisco Sotomayor Chávez (rúbrica).