Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SEP a incluir en los planes y programas de estudio del nivel básico la asignatura de autoestima para contribuir a la formación de ciudadanos con valores democráticos, a cargo de la diputada Martha Gutiérrez Manrique, del Grupo Parlamentario del PRI

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I, III, IV y VI del Reglamento de la Cámara de Diputados, quien suscribe diputada Martha Gutiérrez Manrique del Grupo Parlamentario del PRI, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Los pensamientos, sentimientos, sensaciones y experiencias que tengamos sobre nosotros mismos van a determinar nuestra autoestima o autoapreciación, a la cual podemos entender como la capacidad que tiene el ser humano de valorarse, amarse, apreciarse y aceptarse a sí mismo y en ese sentido, tener la misma capacidad para reconocer esos atributos en las personas que le rodean. Cuando no hay autoestima personal, no la va a haber hacia ningún integrante de la colectividad, ya que determina no sólo nuestra salud, sino también nuestras relaciones sociales y capacidades productivas.

En ese sentido, durante muchos años se creyó que se trataba de una capacidad inherente a toda persona y por lo tanto, innecesaria de inculcar y motivar en nuestros hijos y educandos. He ahí los resultados de hoy día: jóvenes que no sienten amor propio y viven en una profunda depresión que los lleva a tomar decisiones extremas como quitarse la vida o unirse a grupos delincuenciales que serán el vehículo para su autodestrucción.

Aspectos como la personalidad, identidad y adaptación de todo ser humano en el conglomerado de personas llamado sociedad son vitales para lograr niveles máximos de integración, cooperación, superación y sana convivencia. No obstante, no se trata de elementos constitutivos de la autoestima necesaria en todo individuo que se inculquen en los hogares de México y tampoco en las escuelas. De ahí que esa omisión familiar deba ser atendida de forma prioritaria en los centros educativos para lograr preparar a buenos seres humanos antes que buenos profesionistas.

Al pasar los años y cambiar el estilo de vida en las ciudades y el campo, la autoestima ha dejado de ser un aspecto individual para convertirse en una prioridad colectiva en aras de restablecer el tejido social, deterioro que se ha reflejado en el incremento de los llamados “niños de la calle”, desintegración familiar, deserción escolar, violencia en las calles, desinterés por el cuidado de nuestro entorno y medio ambiente, crisis de valores en la sociedad y en general, en el deterioro de la calidad de vida en nuestro país.

De ahí que sea indispensable crear una asignatura que trate esta terrible omisión que está poniendo en peligro nuestro futuro como sociedad. Ello se debe a que las personas con baja o nula autoestima tienen más probabilidades de presentar emociones agresivas y autodestructivas.

Diversos especialistas coinciden en señalar que la etapa más oportuna para el desarrollo de la autoestima es durante la infancia, ya que es en ella cuando el niño compara su “yo real” con su “yo ideal” y se juzga a sí mismo por la forma en que cumple con los patrones sociales y las expectativas que se ha formado de sí mismo.

La opinión que una niña tenga de sí misma repercutirá profundamente en el desarrollo de su personalidad y no viceversa, es decir, la autoestima es una causa de las actitudes constructivas en los individuos y no su consecuencia. De modo que si un estudiante tiene buena autoestima, ello no sólo se reflejará en una mejor convivencia con sus compañeros, sino también en un buen rendimiento escolar.

Es así como la autoestima se convierte en el motor de nuestras conductas.

En nuestro país, de acuerdo con la Encuesta “Autoestima: La forma en que nos percibimos”,1 realizada por Consulta Mitofsky , para los mexicanos nuestra apariencia física constituye el aspecto esencial en nuestra vida diaria, pues es nuestro principal instrumento de trabajo, de placer, de descanso y de todo lo que deseamos y en él reflejamos gran parte de nosotros.

Tal aseveración refleja que en su gran mayoría, los mexicanos carecemos de elementos cognitivos que nos permitan fortalecer nuestra autoestima y en consecuencia, suplimos esa deficiencia con atributos físicos que los medios de comunicación difunden como sinónimo de valor personal, tales como estatura alta, delgadez, cabello rubio, ojos claros y poder adquisitivo.

El 38.2% de los encuestados considera tener una estatura baja, mientras que el 30.7% se considero de estatura media y sólo el 26.7% dijo ser alto.

El peso y la apariencia que provoca es uno de los factores que influyen en la apreciación de cada persona tiene de sí misma. El 36% de los mexicanos consultados aseguró tener una complexión media, 34% dijo ser delgado y 26% robusto.

La autoestima tiene inevitablemente que ver con el atractivo físico particularmente en una sociedad como la nuestra.

Por tales razones, resulta urgente que en nuestro país se implemente la asignatura de Autoestima en todas las escuelas primarías del territorio nacional, a fin de evitar la distorsión del concepto y fomentar la formación de ciudadanos íntegros en su actuar y conscientes de las razones para hacerlo.

Para ello, es necesario tener presente lo estipulado en la Ley General de Educación, particularmente en el artículo 12 que a la letra señala:

Artículo 12. Corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones siguientes:

I. Determinar para toda la República los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, a cuyo efecto se considerará la opinión de las autoridades educativas locales y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación en los términos del artículo 48;

...

En sentido, el artículo 48 de dicho ordenamiento señala que

Artículo 48.- La Secretaría [de Educación Pública] determinará los planes y programas de estudio, aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana, de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica, de conformidad a los principios y criterios establecidos en los artículos 7 y 8 de esta Ley.

Para tales efectos la Secretaría considerará las opiniones de las autoridades educativas locales, y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, los maestros y los padres de familia, expresadas a través del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación a que se refiere el artículo 72, así como aquéllas que en su caso, formule el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

...

La Secretaría realizará revisiones y evaluaciones sistemáticas y continuas de los planes y programas a que se refiere el presente artículo, para mantenerlos permanentemente actualizados. En el caso de los programas de educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica serán revisados y evaluados, al menos, cada cuatro años, y deberán mantenerse actualizados conforme a los parámetros y perfiles a los que se refiere la Ley General del Servicio Profesional Docente.

Los planes y programas que la Secretaría determine en cumplimiento del presente artículo, así como sus modificaciones, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano informativo oficial de cada entidad federativa y, previo a su aplicación, se deberá capacitar a los maestros respecto de su contenido y métodos.

En mérito de lo anteriormente referido es que se somete a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Educación Pública a incluir en los Planes y Programas de Estudio del Nivel Básico de Educación la Asignatura de Autoestima, con el objetivo de que el Estado Mexicano contribuya a la formación de ciudadanos con valores democráticos.

Nota

1 Consulta Mitofsky, Autoestima: La forma en que nos percibimos , Encuesta Nacional en Viviendas realizada a 1000 ciudadanos mayores de 18 años residentes en territorio nacional, septiembre de 2010, 12 pp.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de febrero de 2014.

Diputado Martha Gutiérrez Manrique (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía se congratula por la realización de la segunda Conferencia internacional sobre el impacto humanitario de las armas nucleares, el 13 y 14 de febrero en Nayarit, a cargo de la diputada Adriana González Carrillo, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Adriana González Carrillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6, el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados se congratula por los resultados de la segunda Conferencia Internacional sobre el Impacto Humanitario de las Armas Nucleares, efectuada los días 13 y 14 de febrero en el estado de Nayarit y exhorta al Poder Ejecutivo federal a profundizar el compromiso de México con el derecho internacional, la no proliferación de armas nucleares y la búsqueda de la paz, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Después de casi siete décadas de que la primera resolución de la Asamblea General, en 1946, abordara el tema de la energía atómica y la desnuclearización, los arsenales nucleares han venido proliferando. Asimismo, la Conferencia de Desarme, foro creado por las Naciones Unidas en 1979 para negociar de manera multilateral el desarme, si bien ha convenido importantes instrumentos internacionales, ha sido incapaz de aprobar un programa de trabajo en la materia.

Es así que ante la imposibilidad de negociar en el seno de Naciones Unidas, la proscripción de armamento nuclear, en marzo de 2013 el gobierno noruego organizó la Primera Conferencia Intergubernamental para discutir, desde una perspectiva humanitaria, la amenaza que representan la armas nucleares, Un año más tarde, nuestro país es sede de la Segunda Conferencia Mundial sobre el Impacto Humanitario de las Armas Nucleares, evento que se realiza el 13 y 14 de febrero pasado con el objetivo de generar un movimiento de presión sobre los gobiernos de los países que poseen armas nucleares para reducir de manera sistemática este tipo de arsenales.

La Conferencia contó con la participación de 146 países, representantes de organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil, legisladores y expertos internacionales. De acuerdo con las distintas intervenciones, las consecuencias del uso de armas nucleares podrían llegar a ser desastrosas en términos de la aceleración del cambio climático y la desertificación, y tendrían además, importantes repercusiones en la destrucción de infraestructura, la seguridad alimentaria y el desplazamiento de las poblaciones.

Algunos de los datos más preocupantes apuntan a que en la actualidad, nueve países concentran más de 17 mil armas nucleares de las cuales dos mil están preparadas para activarse en cuestión de minutos, esparciendo sus efectos devastadores de manera indiscriminada. Este grupo de países, gasta más de 100 mil millones de dólares anuales en este tipo de armas, lo que indica que el sólo hecho de poseerlas supone graves consecuencias humanitarias. Los analistas advirtieron, además, que el fin de la Guerra Fría incrementó el número de países con armas nucleares y aunque sus arsenales puedan ser pequeños en relación con los de Rusia y Estados Unidos, tienen una gran capacidad de destrucción.

México condenó la existencia, posesión y uso de las armas nucleares y calificó como injustificable e inmoral su utilización. La posición del gobierno mexicano sostiene que las armas de destrucción masiva y en primer lugar las nucleares, deben ser prohibidas y eliminadas de manera total y definitiva, de la misma forma como la comunidad internacional alcanzó la proscripción de las armas biológicas y químicas.

La Conferencia concluyó con un llamado a iniciar un proceso diplomático que derive en un compromiso de los Estados para construir un instrumento jurídicamente vinculante que haga realidad el desarme nuclear. Nuestro país destacó la importancia de que este proceso se realice en un plazo específico y expresó su confianza en que, las naciones ausentes a esta Conferencia, formen parte de las discusiones de la próxima cumbre, a realizarse en Viena, Austria, a finales de este año.

Es importante decir que ante un escenario en el que se conjuga la resistencia de algunos países a renunciar al poder que les otorga las armas nucleares junto con el interés de grandes corporaciones de armas, esta Conferencia representa la oportunidad de abrir una nueva dinámica y promover nuevos compromisos, ante el impulso de negociaciones nucleares con Irán y Corea del Norte, por ejemplo.

Es por eso que esta Soberanía celebra la participación activa de nuestro país en materia de desarme y reconoce los logros y la trascendencia de esta Segunda Conferencia Mundial sobre el Impacto Humanitario de las Armas Nucleares.

Sabemos que la efectividad de cualquier nuevo instrumento dependerá de la voluntad política y del compromiso de la comunidad internacional, No obstante, México ha buscado un punto de no retorno en los esfuerzos globales hacia el desarme, ha propuesto una estrategia diplomática hacia la revisión integral del Tratado de no proliferación nuclear en 2015 y se ha manifestado a favor de la entrada en vigor del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares.

Por lo anterior, se somete a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados se congratula por los resultados de la segunda Conferencia Internacional sobre el Impacto Humanitario de las Armas Nucleares, efectuada los días 13 y 14 de febrero en el estado de Nayarit y exhorta al Poder Ejecutivo federal a profundizar el compromiso de México con el derecho internacional, la no proliferación de armas nucleares y la búsqueda de la paz.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2014.

Diputada Adriana González Carrillo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al presidente de la República a reconsiderar el nombramiento del director de la CFE, a cargo del diputado Carlos Augusto Morales López, del Grupo Parlamentario del PRD

Carlos Augusto Morales López, diputado federal integrante de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. Que el pasado miércoles 5 de febrero Enrique Ochoa Reza fue nombrado director General de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por el presidente de la República Mexicana Enrique Peña Nieto, luego de la renuncia al cargo por motivos personales, del licenciado Francisco Rojas.

Segunda. Que el maestro Ochoa Reza es, de acuerdo a lo publicado en diversas notas de prensa, licenciado en Economía por el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), licenciado en derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), donde actualmente es profesor de Derecho Constitucional. Cuenta con una maestría en ciencia política, otra en filosofía política y un doctorado en ciencia política por la Universidad de Columbia, en Nueva York, por lo que su preparación responde más al terreno electoral y no al energético, en este ámbito se ha desempeñado como subsecretario de Hidrocarburos, cargo que asumió en diciembre de 2012, fue asesor del secretario de Energía de 1997 a 1999, es miembro del Consejo Mexicano de Asuntos Internacionales, ha sido integrante del Consejo de Administración y de los Comités de Petróleos Mexicanos (Pemex) y de sus organismos subsidiarios.

De lo anterior se desprende que no cuenta con la experiencia necesaria para desempeñar el cargo, en un momento tan complejo para la paraestatal, debido a la aprobación de la reforma energética y estando en elaboración las leyes secundarias respectivas.

Tercera. Que estuvo involucrado en el escándalo de la reunión que se celebró el 9 de marzo de 2011, en casa de la magistrada María del Carmen Alanís Figueroa, en ese entonces para presuntamente pactar con emisarios del entonces gobernador del Estado de México durante el período 2005-2011, que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación lo exonerara de haber violado la Constitución, por lo que el hoy Presidente de México no fue sancionado. En dicha reunión Ochoa Reza, actuó como subordinado y operador de la magistrada.

Previamente había abandonado las filas del Partido Revolucionario Institucional para poder aspirar a ser consejero electoral federal impulsado por la magistrada Alanís, lo cual no fue posible luego de revelarse el oscuro encuentro que culminó con la exoneración del entonces candidato a la presidencia de la República.

Cuarta. Que el maestro Enrique Ochoa Reza se ha colocado ya como uno de los promotores de estructurar un mercado abierto de electricidad y de la apertura en distribución y comercialización de petrolíferos, lo cual indica que parece responder a una abierta estrategia privatizadora de la generación de energía eléctrica en México ahora que la reforma energética pretende abrir la puerta a la inversión privada, nacional e internacional.

Lo anterior deja ver que su designación forma parte de una estrategia clara para privatizar a la paraestatal.

Quinta. Que la fracción XVII del artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos menciona que los servidores públicos tienen la obligación de abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese o sanción de cualquier servidor público, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios en el caso, o pueda derivar alguna ventaja o beneficio para él o para las personas a las que se refiere la fracción XIII;

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración del pleno de este honorable congreso el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al ciudadano presidente de la república para que reconsidere el nombramiento del director de la Comisión Federal de Electricidad, doctor Enrique Ochoa Reza, ante la falta de conocimiento especializado de dicho funcionario en materia de generación y suministro de energía eléctrica que requiere dicho puesto. Así mismo, por haber estado involucrado directamente en hechos relacionados con la revocación, en 2011, de la sentencia del IFE que sancionaba violaciones a los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 228, párrafo 5, del Cofipe, lo cual genera falta de certeza en la motivación de su nombramiento.

Presentado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en la Ciudad de México, a 25 de febrero de2014.

Diputado Carlos Augusto Morales López (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Segob y a las instituciones de seguridad pública de las entidades federativas y del Distrito Federal a garantizar la seguridad pública en la red carretera nacional, a cargo del diputado Ricardo Astudillo Suárez, del Grupo Parlamentario del PVEM

El que suscribe, Ricardo Astudillo Suárez, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 8o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea puntos de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Recientemente “la seguridad pública se ha convertido en uno de los problemas que más alarma social genera, correlativamente al crecimiento y mantenimiento del número de víctimas es realmente preocupante”.1

En nuestro país una de las consecuencias de ello ha sido el incremento de una fractura social, pero también impulsora de muchas prácticas de concientización ciudadana.

Entre las demandas más urgentes de la sociedad civil se encuentran las referidas a la seguridad pública, las cuales hacen alusión a las actividades de prevención de la delincuencia y de procuración de justicia.

La procuración de justicia es uno de los factores primordiales para disminuir la delincuencia y obtener seguridad pública. En México la delincuencia se ha incrementado en los últimos años a causa de los altos niveles de desempleo y pobreza entre otros.

Actualmente, se ha visto disminuida la fuerza del Estado para garantizar los apoyos logísticos o de personal operativo, con el fin de minimizar el alto número de incidentes delictivos, por lo cual, existe en la actualidad factores que incrementan el riesgo como son: la continua formación de bandas de delincuencia organizada; movilización de personas foráneas a las manchas urbanas, principalmente a capitales con mayor poder adquisitivo; la impunidad en el sistema judicial; la facilidad que se tiene para obtener armas de fuego entre otras.

Lo anterior se configura como una de las principales causas para que se incremente la actividad criminal en México y ha obligado a las empresas, ciudadanos y demás organizaciones a trasladarse continuamente en busca de lugares que les garanticen seguridad, promoviendo el empobrecimiento de las zonas o áreas que abandonan.

Menos significativo, incluso en términos relativos, ha sido el incremento de la persecución y combate de las conductas peligrosas relacionadas con la seguridad vial, pues aunque ha crecido el número de sentencias, y de penas en este tipo de delitos. El crimen organizado ha tomado gran parte de las autopistas y carreteras con mayor flujo de tránsito, para hacer de ellas un botín de sus actos delictivos.

A pesar de las grandes variantes geográficas y económicas del país, es posible afirmar que en general, México presenta uno de los índices de violencia y “criminalidad más altos en el mundo, ya que en México se encuentra en primer lugar con respecto a secuestros extorsiones y homicidios per cápita; con mayor número de incidentes en las ciudades fronterizas y/o cerca de rutas de transporte del narcotráfico”.2

La existencia de cárteles o células del narcotráfico notoriamente poderosos, así como importantes redes del crimen organizado han hecho que las carreteras del país sean tomadas por dichos grupos y constituyan inseguridad para el ciudadano que transita por ellas.

Con respecto al robo a las empresas transportistas, “la mayoría de robos que sufren las unidades del transporte de carga, se da principalmente en la entrada de las grandes ciudades, como es el caso de Monterrey, Guadalajara y la Ciudad de México”.3

Dichos actos delictivos son más notorios en carreteras fronterizas y en las que conectan a los distintos aeropuertos internacionales o con mayor afluencia de tráfico aéreo. Los programas de prevención contra el delito obligaron a policías federales y a las fuerzas armadas a instalar retenes de seguridad y vigilancia, pese a esto, dicha medida ha sido aprovechada por grupos delictivos para instalar retenes falsos y ejecutar actos delictivos.

El gobierno de la república ha sido particularmente sensible a esta recurrente demanda social y, en consecuencia, se ha propuesto restablecer el sentido original de proteger y servir a la sociedad bajo los principios Constitucionales.

En 2013 se dio a conocer un programa denominado “Cuadrantes carreteros” que busca reducir la incidencia delictiva y evitar accidentes en la red de los 31 estados y el Distrito Federal. Los programas como el mencionado, constituyen parte de la estrategia permanente del gobierno para disminuir los índices delictivos del país.

No obstante, la delincuencia organizada ha rebasado al gobierno en mucha de las ocasiones en los proyectos que pudieron ser fructíferos, con la implementación de retenes falsos, las cuotas cobradas por la delincuencia para garantizar el libre tránsito, así como hacer circular patrullas falsas entre otras y o de policías que abusan de su autoridad y que con el pretexto de revisiones o de infracciones asaltan a los usuarios de las autopistas y carreteras del país.

En todo este tiempo se han ido incorporando variables al esquema de generación de información, así como programas y proyectos que tienen como objetivo disminuir y por tanto erradicar los actos delictivos en carreteras y autopistas que son fundamentales en la conectividad, de entrada y salida a los aeropuertos del país.

Con apego a este propósito, las diferentes instancias de gobierno deben incluir en su premisa el proteger y servir a las personas que esperan ser protegidas en su integridad física, sus derechos y sus bienes; y por tanto salvaguardar las libertades, el orden y la paz pública.

Tanto el ciudadano como las empresas necesitan que el gobierno garantice la efectiva vigilancia de las carreteras que conectan el país, y en mayor medida hacer un énfasis en aquellas que son más transitadas por el turismo, de entrada y salida de los aeropuertos y por el abastecimiento industrial.

Así han sido muchos los casos violencia, derivado de la ola de criminalidad, que se ha su citado, recientemente en la salida del aeropuerto internacional de la Ciudad de México con rumbo a los estados de México, Hidalgo, Querétaro y Guanajuato. Ya que muchas familias y empresarios del estado de Querétaro y de la zona del bajío, al tomar la ruta hacia el circuito mexiquense han sido vulneradas, asaltadas y despojadas de sus pertenencias, por supuestos policías o retenes falsos, y policías corruptos que abusan de su cargo y su autoridad.

Por lo anteriormente expuesto se proponen los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación para que a través de la Comisión Nacional de Seguridad, refuerce e intensifique los programas que garanticen la seguridad pública en las carreteras y autopistas al igual que en los principales aeropuertos del país, primordialmente en aquellos de mayor flujo; asimismo:

a) Dar seguimiento permanente a las denuncias y a los programas que se apliquen, en este sentido.

b) Enfatizar la seguridad en carreteras con mayor afluencia, con la finalidad de garantizar el flujo del turismo y libre tránsito de la ciudadanía por todo el territorio nacional.

c) Aplicar monitoreo permanente para detectar patrullas y retenes falsos en todo el territorio nacional.

d) Investigue los supuestos, policías, patrullas y retenes que se instalan en los alrededores del aeropuerto de la Ciudad de México rumbo al circuito mexiquense.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a las instancias de seguridad pública del Distrito Federal y de los 31 estados de la república a reforzar la seguridad en las carreteras y zonas aledañas a los aeropuertos en las cuales tengan jurisdicción.

Notas

1 Véase, González Rus, Juan José, Seguridad del tráfico y mantenimiento de la red viaria y responsabilidad penal, página 88.

2 Disponible en: http://02e210d.netsolhost.com/asiscolombia/CPP-Documents/Delincuencia-e n-Mexico.pdf

3 http://criteriohidalgo.com/notas.asp?id=167510

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2014.

Diputado Ricardo Astudillo Suárez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la PGJ de Guerrero a esclarecer de forma expedita el asesinato de Arturo Rivera Olivera, coordinador de Movimiento Ciudadano, en Metlatonoc, a cargo de Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante la Cámara de Diputados el presente punto de acuerdo conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

En la madrugada del pasado 22 de febrero fue asesinado Arturo Rivera Olivera, quien fungía como coordinador de Movimiento Ciudadano en el municipio de Metlatónoc, Guerrero, en la región de la montaña.

Según los primeros reportes y datos de familiares, el cuerpo del excandidato a la presidencia municipal por Movimiento Ciudadano, fue encontrado en las primeras horas del pasado sábado en su camioneta, la cual había sido abandonada en la colonia Centro del municipio de Tlapa de Comonfort.

Cabe destacar que, previo a su asesinato, Rivera Olivera había sostenido una reunión en el municipio de Chilapa, como parte de los trabajos de Movimiento Ciudadano.

Mediante un comunicado de prensa, el coordinador de la Comisión Operativa Estatal de Movimiento Ciudadano en Guerrero, Adrián Wences Carrasco, exigió a las autoridades competentes investigar los hechos y castigar a los responsables de tan artero asesinato que “ensombrece el avance hecho por Movimiento Ciudadano para llevar el desarrollo y la democracia a los pueblos de la montaña”.

Asimismo, es necesario destacar que el asesinato de Arturo Rivera Olivera se suma a la desaparición de Felipe Vázquez Neri, quien era el coordinador de Movimiento Ciudadano en el municipio de Atlamajalcingo del Monte y el secuestro del hermano del coordinador de Movimiento Ciudadano en el municipio de Ajuchitlán del Progreso; ambos en el estado de Guerrero, y que a la fecha siguen sin respuestas claras por parte de las autoridades competentes, por lo que no han sido esclarecidos.

Estos hechos se suman a la alarmante lista de asesinatos de líderes sociales que han ocurrido en el estado de Guerrero, por lo que se debe actuar de manera pronta para evitar que más dirigentes y luchadores sociales sean víctimas de estos delitos.

Si bien, se dio a conocer en un comunicado que la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero (PGJE) inició la averiguación previa MOR/SC/05/0119/2014, por el delito de homicidio, en contra de quien resulte responsable de la muerte de Arturo Rivera Olivera, originario y vecino de Metlatónoc, y dirigente municipal del partido Movimiento Ciudadano; es necesario indicar que a la par de que condenamos este tipo de hechos, exigimos a las autoridades responsables que realicen, de manera pronta y con estricto apego a la ley, el proceso de averiguación que permita fincar las responsabilidad pertinentes, así como de brindar la seguridad a las y los habitantes del estado con el fin de evitar que más guerrerenses sigan siendo víctimas de la delincuencia; siendo responsabilidad del estado brindar de seguridad a sus habitantes.

Por tales razones y atendiendo al grave contexto que se vive en el estado de Guerrero, presentamos a esta asamblea el siguiente resolutivo con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero a esclarecer, de forma expedita, el asesinato de Arturo Rivera Olivera, quien fungía como coordinador de Movimiento Ciudadano en el municipio de Metlatónoc, Guerrero.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2014.

Diputados: Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica), Ricardo Monreal Ávila.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP y al Conaculta a constituir un fondo para desarrollar en los municipios programas de educación musical, a cargo de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Grupo Parlamentario del PT

La suscrita, diputada federal Magdalena Núñez Monreal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo que tiene como objetivo exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes a constituir un fondo para desarrollar en los municipios del país programas de educación musical, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Gustavo Dudamel es actualmente el director de la Orquesta Filarmónica de los Ángeles. Él surgió de la Fundación del Estado para el Sistema Nacional de las Orquestas Juveniles e Infantiles de Venezuela, conocida también como El Sistema.

Originalmente llamado Acción Social para la Música, el Sistema es un programa de educación musical que tiene como objetivo sistematizar la instrucción y la práctica colectiva e individual de la música a través de orquestas sinfónicas y coros, como instrumentos de organización social y de desarrollo humanístico.

Actualmente la red cuenta con aproximadamente 120 orquestas juveniles y orquestas infantiles en el que participan alrededor de 350,000 jóvenes. El propósito del Sistema es usar la música para la protección de la niñez por medio del entrenamiento, rehabilitación y prevención del comportamiento criminal.

Producto del esfuerzo realizado por el Sistema encontramos la Orquesta Sinfónica Simón Bolívar que se ha consolidado como una de las mejores agrupaciones musicales de Latinoamérica, la cual ha sido dirigida por los más afamados directores del mundo y ha acompañado a solistas de talla internacional.

Este modelo exitoso dirigido a los jóvenes ha intentado ser reproducido en México por algunas fundaciones de carácter privado, sin embargo considero que es el momento de impulsar una política pública de acceso a la música orientada a nuestra niñez y juventud y que mejor que hacerlo en el ámbito municipal, para que sea ahí, donde se puedan desarrollar acciones orientadas a la enseñanza de instrumentos musicales a partir del apoyo económico de la federación.

Para ello propongo la constitución de un fondo cuyo patrimonio sea integrado con recursos públicos pero también con aportaciones del sector privado y social, y de personas físicas o morales, al cual puedan tener acceso los municipios del país interesados en desarrollar en sus comunidades la formación musical de sus habitantes.

Sabemos que en México muchas de las orquestas sinfónicas o filarmónicas con las que contamos reciben apoyo de las universidades del país y de particulares, por lo que en mi opinión sería factible la constitución de un fondo para la adquisición de instrumentos y el pago de un estímulo mensual a los maestros que impartan su enseñanza.

No me cabe la menor duda de que el desarrollo de un programa formal para impulsar la enseñanza musical en el nivel municipal atraerá la atención de niños y jóvenes que encontrarán en el aprendizaje de un instrumento un aliciente en sus vidas y servirá como una medida preventiva para combatir la delincuencia y evitar que muchos jóvenes sigan conductas equivocadas.

De esta manera estaremos en la posibilidad también de apoyar a aquéllos niños y jóvenes que sobresalgan por sus aptitudes musicales y contribuiremos al desarrollo cultural de nuestras comunidades.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único . Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes a constituir un fondo para desarrollar en los municipios del país programas de educación musical.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2014.

Diputada Magdalena Núñez Monreal (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al jefe del gobierno del DF a impulsar políticas públicas y programas sociales tendentes a generar espacios laborales adecuados para las personas con discapacidad desplazadas de las instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo Metro, a cargo del diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

El que suscribe, René Ricardo Fujiwara Montelongo, diputado integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza, de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3, fracción XVIII; 6, fracción I; 62; 65 fracción I del numeral 1 y numeral 4, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

El derecho al trabajo es un derecho humano que garantiza que todas las personas, no importando su sexo, color de piel, orientación sexual, devoción religiosa, origen étnico o grado educativo debemos acceder a una fuente de empleo digna, y la autoridad es la primera obligada en respetarlo y satisfacerlo por mandato constitucional.

Para ese desempeño, las personas con alguna discapacidad tienen que redoblar esfuerzos para conseguir y desarrollar un modo para mantener a sus familias. De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en el país cinco de cada 100 habitantes tienen alguna discapacidad, lo que representa el 5.1 por ciento de la población total, de ese porcentaje de población 27 por ciento corresponde a la discapacidad visual, 12 por ciento a la auditiva y ocho por ciento a la discapacidad silente.

En México persiste el enorme desafío para asegurar el acceso de las personas con discapacidad a espacios y servicios como oficinas públicas y privadas, transporte, a los sistemas y tecnologías de la información, comunicación y fuentes de empleo.

Recientemente las autoridades capitalinas han implementado una serie de medidas u operativos para impedir que comerciantes informales vendan los productos que ofrecen dentro de las instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo “Metro”, como son: andenes, escaleras, vagones, entre otros. En estas áreas se practica permanentemente el denominado “comercio ambulante”, fenómeno que se ha multiplicado de manera importante causando serias molestias a los usuarios de ese medio de transporte, pero al mismo tiempo, agudizando los conflictos entre grupos antagónicos, por la conquista espacios.

Las personas con discapacidad tienen el derecho al trabajo, no por una cuestión filantrópica sino porque cuentan con las habilidades para desarrollar las tareas que se les encomienden. Sin embargo, no se han desterrado las prácticas discriminatorias que atentan contra su dignidad. Muestra de ello fue la represión de que fueron objeto las personas ciegas o débiles visuales, el pasado martes 18 del presente mes, por los cuerpos policíacos en las estaciones de la línea 2, donde fueron detenidos y consignados, unos al Ministerio Público y otros al Juez Cívicos.1

Sorpresa e impotencia provoca ver la forma en que fueron tratadas estas personas por las fuerzas del orden, quienes desencadenaron toda la brutalidad con que puede ser tratado un ser humano, desconociendo y violentaron el mandato constitucional contenido en el artículo Quinto que a la letra establece que:

“ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos”

Los comerciantes invidentes no forman parte del acuerdo alcanzaron las autoridades del DF, con 21 organizaciones de comerciantes ambulantes para que eviten ejercer esa actividad en el Metro dentro del cual los comerciantes invidentes no forma parte.2

De 2011 a enero de este año, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) recibió 168 quejas relacionadas con el derecho a la accesibilidad. El Distrito Federal es la entidad que encabeza la lista, con casi 50 por ciento de los reclamos, seguido por estado de México, Baja California, Tamaulipas y Jalisco. Las principales causas de los presuntos actos de discriminación son por discapacidad y los derechos afectados estuvieron relacionados con la accesibilidad y el trato digno.

Es obligación ineludible del Estado mexicano generar, fomentar e instrumentar espacios laborales donde las personas con alguna discapacidad, sea auditiva, silente, visual u otra de cualquier naturaleza, tengan acceso a la justicia social procurando espacios que no representen mayor dificultad para el desempeño de las funciones o sus potencialidades productivas.

En Nueva Alianza estamos consientes que a pesar que se ha avanzado en ese terreno, falta mucho por hacer en favor de los sectores sociales más vulnerables.

Por lo antes argumentado, el Grupo Parlamentario Nueva Alianza, con fundamento en los artículos 3, fracción XVIII; 6, fracción I; 62; 65 fracción I del numeral 1 y numeral 4, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXII Legislatura la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al jefe de Gobierno del Distrito Federal, a fin de impulsar políticas públicas y programas sociales, tendentes a generar espacios laborales adecuados para las personas con discapacidad, que fueron desplazadas de las instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo Metro.

Notas

1 En total 71 personas la mayoría invidentes. De ellas 41 al Ministerio Público y 30 al Juez Cívico. Informó el secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal.

2 Periódico La Jornada, miércoles 19 de febrero de 2014. Pág. 41.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 25 de febrero del 2014

Diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Ssa a elaborar el reglamento del título octavo Bis, “De los cuidados paliativos a los enfermos en situación terminal”, de la Ley General de Salud, a cargo del diputado Leobardo Alcalá Padilla, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito Leobardo Alcalá Padilla, diputado de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Salud, a fin de que elabore con la mayor brevedad el Reglamento del Título Octavo Bis, “De los Cuidados Paliativos a los Enfermos en Situación Terminal”, de la Ley General de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 5 de enero de 2009, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Ley General de Salud tuvo una importante reforma que fue resultado de un esfuerzo de varios legisladores que en su momento manifestaron su preocupación por el tema de los cuidados paliativos para los enfermos en situación terminal.

El objetivo de los cuidados paliativos es la mejoría de la calidad de vida del enfermo, en sentido pleno, no sólo en la dimensión física, sino también en la psíquica y espiritual, y con esta reforma a la Ley General de Salud se garantiza los derechos de los enfermos en situación terminal, recibiendo la atención integral del dolor, así como los cuidados paliativos y la obligación de prestarlos, a las instituciones de salud.

Los cuidados paliativos implican el cuidado activo y total de aquellas enfermedades que no responden al tratamiento curativo, el control del dolor y de otros síntomas, así como la atención de aspectos psicológicos, sociales y espirituales.

Para poder cumplir con este control del dolor es necesario aplicar el principio del mal menor, esto es, que si bien se cuida la vida del enfermo a través del uso de los medicamentos, no habiendo otros medios para paliar el dolor, también se debe procurar disminuir los dolores para que pueda tener calidad de vida, cumpliendo con tres elementos fundamentales, a saber:

• Que sea con el propósito de aliviar el dolor y no a la pérdida de la conciencia o a la abreviación de la vida;

• Que siempre se tenga el consentimiento del paciente; y

• Que ya no existan otros medios para lograr el objetivo de aliviar el dolor.

Todos aquellos que se dedican a estos cuidados requieren un elevado nivel profesional, procedimientos médico-asistenciales bien definidos y un profundo interés humano, así como una percepción positiva del término final de la vida, la cual, al tiempo que afirma su valor, considera, sin embargo, la muerte como un acontecimiento natural. De este modo se pone al servicio del moribundo los mejores medios para controlar en la medida de lo posible el dolor y para ofrecer adecuado sostén psicológico tanto al enfermo como a su familia.

Históricamente México ha acumulado una vasta experiencia en materia de cuidados paliativos, ya que en 1992 se crea la Unidad de Cuidados Paliativos del Hospital Civil de Guadalajara y la Unidad de Cuidados Paliativos y Clínica del Dolor en el Instituto Nacional de Cancerología, desde 1995, al igual que hospitales tanto del sector público como del privado que brindan servicios de cuidados paliativos.

De conformidad con los datos estipulados en el Atlas de Cuidados Paliativos en Latinoamérica de 2012, actualmente en México contamos con servicios para la atención de cuidados paliativos:

• Unidades de atención primaria o primer nivel: 7 residencias tipo hospicio, 47 equipos de atención domiciliaria y 17 centros comunitarios.

• Unidades de atención secundaria o segundo nivel: 34 servicios o unidades de cuidados paliativos en hospitales.

• Unidades de atención especializada o tercer nivel: 10 servicios o unidades de cuidados paliativos de las cuales 4 son exclusivos de cuidados paliativos y 6 comparten actividad con clínicas del dolor.

Faltan muchas cosas por hacer en este tema, académicamente es necesario que cuidados paliativos, ya sea considerada una especial médica, hoy sólo contamos con:

• El curso de Alta Especialidad en Cuidados Paliativos;

• El Diplomado en Cuidados Paliativos, y

• La Subespecialidad en Medicina Paliativa y del Dolor.

A partir de esta importante reforma de la Ley General de Salud, se crea el Programa Nacional de Cuidados Paliativos, que es parte del Sistema Integral de Calidad en Salud, el cual depende de la Secretaría de Salud.

No sirve de nada que se estén haciendo todos los esfuerzos humanos, científicos y tecnológicos en este tema, si jurídicamente no tenemos todos los elementos para su buen funcionamiento y aplicación.

Es necesaria una política sanitaria a nivel nacional, sobre cuidados paliativos es por esto que hoy presento esta proposición con el fin de que ya sea elaborado el reglamento sobre la materia, a fin de que el desarrollo de México, en esta materia siga avanzando y que no se siga mezclando los conceptos de cuidados paliativos con clínicas de dolor y tanatología.

La reforma a la Ley General de Salud, donde se adiciona el Título Octavo Bis, “De los Cuidados Paliativos a los Enfermos en Situación Terminal , fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2009, y en el segundo transitorio que a la letra dice:

Artículo Segundo. La Secretaría de Salud tendrá 180 días naturales para expedir el reglamento respectivo de este título, contado a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

Han pasado 5 años, sin que la Secretaría de Salud haya elaborado y expedido el reglamento.

Por lo anterior expuesto someto a la consideración de este honorable pleno la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Salud, a efecto de que elabore y publique el Reglamento del Título Octavo Bis, De los cuidados paliativos a los enfermos en situación terminal, de la Ley General de Salud, de conformidad con el artículo segundo transitorio del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2009.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2014.

Diputado Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los Congresos de Michoacán, Chihuahua y Baja California Sur a expedir disposiciones para regular y penalizar el delito de feminicidio, a cargo de la diputada Martha Berenice Álvarez Tovar, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Martha Berenice Álvarez Tovar, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6o., numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable Cámara la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los Congresos locales de los estados de Michoacán, Chihuahua y Baja California Sur a fin de que expidan las disposiciones legales necesarias para regular y penalizar el delito de feminicidio, considerando su homologación y armonización con las reformas federales vigentes y las normas internacionales en la materia, conforme a los siguientes

Antecedentes

1. La violencia contra las mujeres es resultado de las desigualdades culturales, políticas, sociales y económicas entre los hombres y mujeres, auspiciada o permitida por los sistemas políticos y jurídicos, que de forma persistente a lo largo de la historia han sufrido discriminación, como parte de las tradiciones y costumbres, situación que dependiendo de la comunidad o nación de que se trate, se identifican causas específicas y sus efectos.

En nuestro país, la Constitución Política establece en su artículo 1º que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en ella y en los tratados internacionales.

Asimismo, las autoridades en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Asimismo, es deber del Estado prevenir, investigar, sancionar y reparar todas aquellas violaciones a los derechos humanos.

También, el mismo artículo 1º prohíbe todo tipo de discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.1

Por último, el artículo 4º Constitucional, estipula la igualdad jurídica del hombre y la mujer.

2. A nivel internacional se cuenta con diversos instrumentos que tutelan los derechos humanos, como la Carta de las Naciones Unidas, que establece como objetivo medular, reafirmar la fe en los derechos fundamentales, en la dignidad y valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres.2

Otros instrumentos internacionales que se refieren específicamente a la igualdad de derechos entre hombres y mujeres son:

a) La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, refleja el compromiso de la comunidad internacional para favorecer un nivel de vida verdaderamente humano para todos.

b) En 1975, Año Internacional de la Mujer, las Naciones Unidas avalaron la Primera Conferencia Mundial sobre la Mujer en la Ciudad de México. En ella se adoptaron un Plan de Acción y una Declaración sobre la igualdad de la Mujer. En esos documentos, no se hizo referencia a la violencia contra la mujer.

c) La Asamblea General de la ONU declaró de 1976 a 1985, la Década de las Naciones Unidas sobre la mujer y organizó dos conferencias: la Segunda Conferencia Mundial sobre la Mujer en Copenhague, Dinamarca, en 1980; y la Tercera Conferencia Mundial sobre la Mujer en Nairobi, Kenya, en 1985. En la primera de éstas, no se abordó la violencia contra la mujer y en la segunda solo se nombró.

Además, aunque no se incluyó dicho tema en documentos oficiales de las de México y Copenhague, hubo conferencias en foros paralelos con organizaciones que impulsaron que se incluyera la violencia contra las mujeres en los documentos de discusión de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, en Viena, Austria en 1993.

Un sector importante del movimiento, consideró que parte de su tarea política consistía en debatir la violencia contra las mujeres en espacios abiertos de Naciones Unidas, introduciendo las experiencias acumuladas por los diversos grupos de activistas.

d) Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), adoptada en 1979 por la Asamblea General de la que México es parte. Se propone fortalecer las disposiciones de los instrumentos internacionales y busca combatir la persistente discriminación contra la mujer.

e) La Declaración y Programa de Acción de Viena, principal documento adoptado por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, el 25 de junio de 1993. Estos instrumentos fueron un avance en la consideración de la violencia contra la mujer, como problema de derechos humanos, donde surgen conceptos fundamentales sobre la violencia contra ésta, entre ellos:

- Los derechos humanos de la mujer y la niña, son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales;

- La plena participación en condiciones de igualdad en la vida política, civil, económica, social y cultural, en planos nacional, regional e internacional y la erradicación de todas las formas de discriminación por el sexo, son objetivos prioritarios de la comunidad internacional;

- La violencia y toda forma de acoso y explotación, en particular las derivadas de prejuicios culturales y de la trata internacional de personas, son incompatibles con el respeto y protección de la dignidad y valía de la persona humana y deben ser eliminados;

- De esta Conferencia Mundial se adoptó la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, así también, se creó por parte de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, la Relatoría Especial sobre la Violencia contra la Mujer; y

- La Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, establece que los Estados no deben invocar ninguna costumbre, tradición o consideración religiosa, para evadir sus obligaciones con respecto a la eliminación de la violencia contra la mujer.

f) Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará 1994. Primer instrumento que prevé la prohibición expresa de la violencia contra la mujer: constituye una violación al derecho a la dignidad humana y una forma de discriminación.

Define la violencia contra la mujer como “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”.3

g) Entre junio y noviembre de 1994, se celebraron 5 Conferencias Regionales: en Yakarta, Indonesia (región Asia y Pacífico); Mar del Plata, Argentina (América Latina y el Caribe); Ammán, Jordania (Asia Occidental); Viena, Austria (para Europa y otros países); y en Dakar, Senegal (para África).

h) Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, China en 1995, proclamada por las Naciones Unidas, reconocen que la igualdad de la mujer debe ser componente central de cualquier esfuerzo por resolver los problemas políticos, sociales y económicos del mundo.

3. En México, como resultado de los esfuerzos para alcanzar la equidad de género, el 12 de enero de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, creando un organismo público descentralizado de la administración pública federal.

Así también, en el año 2007, el entonces Presidente Calderón anunció que en el marco de los compromisos con la ciudadanía en sus primeros cien días de gobierno, expediría la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para prevenir, combatir y sancionar con mayor severidad la violencia contra las mujeres.

La mencionada Ley General, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero de ese mismo año y su contenido se elaboró bajo los principios de igualdad jurídica entre el hombre y la mujer, el respeto a la dignidad de las mujeres, no discriminación y libertad.

Esta Ley regula cinco tipos de violencia: física, psicológica, sexual, económica y patrimonial, con una visión consistente en que la mujer en la sociedad actual tenga el mismo valor, igualdad de derechos y oportunidades para acceder a recursos económicos y a la representación política y social, en espacios de toma de decisiones.

Además, realizó una valiosa aportación que se suma a toda una estructura que incluye Fiscalías Especializadas, Institutos, todo un andamiaje y acervo legislativo, como la tipificación del delito de feminicidio, que es el asesinato perpetrado por hombres contra niñas y mujeres en razón del género.

Pero el problema persiste, la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, levantada a finales de 2011 por el INEGI en colaboración con el INMUJERES, lo muestra. En México, la violencia más extendida sigue ejerciéndose por el actual o último esposo o compañero:

Por cada 100 mujeres de 15 años y más con pareja o esposo, 47 han vivido violencia emocional, económica, física o sexual.

Las agresiones más experimentadas son las emocionales o psicológicas con 43.1 por ciento.

Cerca de la mitad de mujeres actualmente casadas o unidas, ha sido agredida por su pareja o esposo al menos una vez durante su vida en común (44.8 por ciento).

Mujeres de 50 años y más son quienes en mayor proporción han enfrentado este tipo de agresiones físicas y sexuales.

4. Los sucesos ubicados el 6 de noviembre de 2001, donde se encontraron los cuerpos de 3 mujeres, dos de ellas menores, masacradas y abandonadas en ese lugar, en Ciudad Juárez, Chihuahua, dieron lugar a denuncias públicas de organizaciones civiles, organismos internacionales de derechos humanos, familiares, abogadas y abogados de víctimas, en varias instancias internacionales.

Al respecto, se han emitido recomendaciones al Estado Mexicano, entre ellas la Sentencia “Campo Algodonero”, considerada la más importante emitida por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en donde se formularon diversas recomendaciones consistentes en:

-Tipificar el feminicidio en la legislación federal y estatal.

-Proporcionar a la Fiscalía Especializada para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, la autoridad necesaria para enfrentar actos de violencia cometidos por funcionarios estatales y federales.

-Hacer investigaciones rápidas y eficaces y castigar a los autores de actos de violencia contra mujeres, garantizando la cooperación eficaz de autoridades estatales y federales.

5. Derivado de estas recomendaciones, se buscó adecuar el marco normativo que permitiera castigar estas conductas deleznables, y que al mismo tiempo, fomentara la cultura de la denuncia para abatir la impunidad.

Es así, que el 14 de junio de 2012 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación diversas reformas y adiciones al Código Penal Federal, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, entre ellas, la que tipifica como delito grave el feminicidio, quedando de la siguiente forma:

Artículo 325. Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

IV. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;

VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa.

Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.

En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio.

Al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.”4

6. En el ámbito federal, tanto la Cámara de Diputados como la de Senadores tienen comisiones para atender asuntos de género: la primera tiene la Comisión denominada “Igualdad y Género”; y la segunda la Comisión “Para la Igualdad de Género”.

Además en la de Diputados hay una Comisión Especial “Para conocer y dar seguimiento a los feminicidios registrados en México”. El objetivo de ellas es avanzar en las herramientas jurídicas para una legislación armonizada y homologada en las diversas formas de violencia contra las mujeres, su tipificación y correspondiente sanción. Como lo es en el caso del feminicidio.

En el caso del Distrito Federal, el 26 de julio de 2011, se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, las reformas y adiciones al Código Penal y al de Procedimientos Penales, para tipificar el delito de feminicidio.

Además de la tipificación del feminicidio en los Códigos Penales Federal y del Distrito Federal, los siguientes Estados lo hacen en sus respectivos ordenamientos:

Aguascalientes, Baja California, Campeche, Chiapas, Coahuila, Colima, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

Respecto de las que lo regulan, encontramos tres modalidades: a) un tipo penal autónomo: Baja California, Chiapas, Coahuila, Colima, DF, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas. b) lo vinculan con el homicidio doloso: Aguascalientes, Durango, Estado de México, Guanajuato y San Luis Potosí. c) Remite a otra legislación para la penalidad: Campeche (remite a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y ésta al artículo 325 del CPF).

El pasado martes 12 de Noviembre, el Congreso de Sonora aprobó modificaciones al Código Penal del estado para tipificar el delito de feminicidio y así imponer penas de 30 a 60 años de prisión a quienes cometan este tipo de ilícitos.

Con esto, el Código Penal de Sonora se homologa al marco normativo federal, en el que se incluye la figura de feminicidio como un delito independiente y grave.

No tipifican el feminicidio: Michoacán, Chihuahua y Baja California Sur.

Considerandos

Primero. Se debe reconocer que la violencia contra mujeres es una forma de discriminación. Su protección, es señal de cero tolerancia a la violencia de género; -es un estímulo para seguir trabajando por la no discriminación y el acceso de mujeres a una vida libre de violencia;- darle visibilidad a un problema estructural de violencia extrema que llega a la privación de la vida de una mujer y al hacerlo visible y sancionable, abre la puerta a su concientización, sensibilización para su prevención y en su caso, castigo.

Segundo. En el feminicidio, los bienes jurídicos tutelados son la vida, integridad física, psíquica y la libertad sexual. Conforme a la opinión de especialistas en Derecho Penal, la clasificación del delito de feminicidio como un tipo autónomo, tiene gran relevancia, tanto social, cultural y jurídica -entre otras- debido a que el mismo tiene características y especificidades que lo diferencian de otro tipo de homicidios. De acuerdo al Derecho Penal moderno, y partiendo de la base del principio de la intervención mínima del derecho penal, el cual establece que se debe tipificar fundamentalmente las violaciones a los derechos humanos, es que se piensa, que es correcto que el delito de feminicidio al tener una naturaleza específica, se encuentre tipificado de forma autónoma.

Tercero. El agravamiento de las penas no es solución, sino abatir la impunidad, para ello se requiere promover tareas legislativas para la armonización de la normatividad, donde es fundamental identificar referentes sobre perfil de sujetos activos y pasivos, revisar experiencias y criterios en la aplicación en Entidades Federativas y en legislación internacional, para dar pulcritud y precisión a los tipos delictivos y homologación de conductas y circunstancias relativas a las “razones de género”. Asimismo, revisar a la luz de los bienes jurídicamente protegidos, la proporcionalidad de la pena, las sanciones aplicables, las causas que la agravan y la penalidad adicional.

Cuarto. Es de reconocerse que se ha avanzado en su regulación normativa, contemplada en 27 Entidades Federativas, así como en el Código Penal Federal; pero aún falta mucho para lograr revertir las condiciones de violencia estructural extrema hacia las mujeres en el país. Además de impulsar su regulación en la legislación de los Estados que faltan, es necesario que a la brevedad se integre un grupo multidisciplinario e interinstitucional, con integrantes de órganos legislativos federal y locales, para establecer un consenso sobre su armonización en los correspondientes ordenamientos.

Quinto. Las legislaciones que sí lo regulan, significan un logro porque se da visibilidad y se dota de instrumentos al aparato de justicia para sancionar el extremo de la violencia contra la mujer, pero debe hacerse de forma sólida, armonizada, consistente y congruente con la integralidad del derecho penal positivo y homologar los elementos del tipo penal, en criterios para definir qué se entiende por razones de género, atendiendo a conductas y circunstancias que las identifiquen. Además, homologar las conductas y circunstancias que acompañan al tipo delictivo para agravar la penalidad.

Reconocemos los esfuerzos realizados por diversos compañeros legisladores que se han pronunciado para que este tema sea propiamente abordado, porque estamos seguros que su contribución permitirá la adecuación y la implementación de las estrategias oportunas.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los Congresos locales de Michoacán, Chihuahua y Baja California Sur, a fin de que expidan las disposiciones legales necesarias para regular y penalizar el delito de feminicidio, considerando su homologación y armonización con las reformas federales vigentes y las normas internacionales en la materia.

Notas

1 Página web de la honorable Cámara de Diputados. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/

2 Página web de la Organización de las Naciones Unidas. http://www.un.org/spanish/aboutun/charter.htm

3 Página web de la UNICEF. www.unicef.org/argentina/spanish/ar_insumos_ConvencionBelem.pdf

4 Página web de la honorable Cámara de Diputados. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2014.

Diputada Martha Berenice Álvarez Tovar (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular de la Segob y a los gobiernos estatales, municipales y del Distrito Federal a comprometerse a preservar los derechos de los niños y de los adolescentes, así como observar el cumplimiento irrestricto del protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la participación de éste en conflictos armados, suscrita por las diputadas Verónica Beatriz Juárez Piña, Eufrosina Cruz Mendoza y Miriam Cárdenas Cantú, de los Grupos Parlamentarios del PRD, del PAN y del PRI, respectivamente

Las suscritas, Verónica Beatriz Juárez Piña, Eufrosina Cruz Mendoza y Miriam Cárdenas Cantú, integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática, Acción Nacional y Revolucionario Institucional, respectivamente, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados presentan a esta soberanía proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La reforma constitucional relativa a los derechos humanos, la cual fue publicada el 10 de junio de 2011, dio un cambio radical en el tradicional paradigma en la tutela de los derechos inherentes a la persona. De manera que en el artículo 1o. se determina el principio de convencionalidad, en el sentido de que los convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano están en el mismo parámetro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los tratados internacionales comprenden lineamientos de carácter vinculante para el Estado mexicano. Se encuentran entre ellos la Convención de los Derechos del Niño –definidos como menores de 18 años–, otorgándoles protección contra el abuso, descuido y explotación infantil, temas que son retomados en la Declaración Mundial sobre la Supervivencia, la Protección y el Desarrollo del Niño, adoptada el 30 de septiembre de 1990 en la Cumbre Mundial en favor de la Infancia. En la que también se observan aspectos a los que se ha comprometido el Estado para asegurar a la niñez la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar.

Así, en los artículos 38 y 39 la Convención de los Derechos del Niño indica:

Artículo 38

1. Los Estados parte se comprometen a respetar y velar porque se respeten las normas del derecho internacional humanitario que les sean aplicables en los conflictos armados y que sean pertinentes para el niño.

2. Los Estados parte adoptarán todas las medidas posibles para asegurar que las personas que aún no hayan cumplido los 15 años de edad no participen directamente en las hostilidades.

3. Los Estados parte se abstendrán de reclutar en las fuerzas armadas a las personas que no hayan cumplido los 15 años de edad. Si reclutan personas que hayan cumplido 15 años, pero que sean menores de 18, los Estados parte procurarán dar prioridad a los de más edad.

4. De conformidad con las obligaciones dimanadas del derecho internacional humanitario de proteger a la población civil durante los conflictos armados, los Estados parte adoptarán todas las medidas posibles para asegurar la protección y el cuidado de los niños afectados por un conflicto armado.

Artículo 39

Los Estados parte adoptarán todas las medidas apropiadas para promover la recuperación física y psicológica y la reintegración social de todo niño víctima de: cualquier forma de abandono, explotación o abuso; tortura u otra forma de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, o conflictos armados. Esa recuperación y reintegración se llevarán a cabo en un ambiente que fomente la salud, el respeto de sí mismo y la dignidad del niño.

La convención cuenta además con tres protocolos facultativos:

1. El relativo a la participación de niños en conflictos armados;

2. El relacionado con la venta de niños, y la prostitución y la pornografía infantiles; y

3. El relativo al procedimiento de comunicación, aprobado el 19 de noviembre de 2011 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos precisa en el artículo 4o. que en todas las decisiones y actuaciones del Estado velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

Éstos y otros instrumentos jurídicos buscan que prioritariamente el interés de la infancia debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad y se relacionan con niñas, niños y adolescentes. Por ello, la normatividad existente o la que se encuentre en elaboración deben dirigirse a procurarles de manera básica los cuidados y la asistencia que requieren, con el propósito de lograr un crecimiento y un desarrollo pleno, dentro de un ambiente de bienestar tanto en el aspecto familiar como social.

Sin embargo, en el protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflictos armados –2000– es urgente hacer hincapié. Y es que en 2011, una década después de ratificar el protocolo facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados, de la ONU, el Estado mexicano presentó su primer informe sobre la situación de los niños soldados, con la conclusión de que “México no se encuentra involucrado en conflictos armados (internos o internacionales) y por tanto no se presenta el reclutamiento o utilización de niños por parte de grupos armados”.

Ante esta optimista afirmación, el Comité de Derechos del Niño de la ONU expresó su “preocupación” ante lo que consideró falta de información “sobre el uso de niños por grupos armados no estatales y que, por consiguiente, el Estado mexicano no tome ninguna medida para prevenirlo”.

Por ello, el organismo de la ONU recomendó al Estado mexicano “tomar todas las medidas necesarias para asegurarse de que los niños no sean reclutados por grupos armados no estatales, identificando y monitoreando los diferentes grupos armados en el país, incluso los grupos paramilitares y los grupos de la delincuencia organizada”.1

Posteriormente, el 7 de febrero el Senado de la República retiró la objeción que México mantenía desde el año 2000 contra el artículo 4 del protocolo facultativo de la Convención de los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflictos armados, de la ONU, en el cual se establece la obligación de las autoridades nacionales de poner en marcha “todas las medidas posibles para impedir el reclutamiento y utilización (de infantes)” por parte de grupos “distintos a las fuerzas armadas”.

Este protocolo internacional prohíbe el reclutamiento de menores de edad no sólo en ejércitos regulares sino, también, en todo tipo de fuerzas armadas “no estatales”, entre las que deben considerarse, en el caso mexicano, “los grupos paramilitares, los grupos de delincuencia organizada y las compañías de seguridad”, tal como recomendó el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, en su 56 periodo de sesiones, de 2011.2

Por lo anterior resulta sumamente preocupante el señalamiento de la participación de menores de edad en los grupos de autodefensa, lo anterior de acuerdo con la información difundida por los medios de comunicación, donde encontramos diversas notas que muestran el involucramiento de estos menores en acciones bélicas, como la siguiente; “unos 3 mil habitantes de Antúnez (municipio de Parácuaro), incluidos menores y adultos mayores, bloquearon el crucero para evitar que el convoy de entre 60 y 80 vehículos militares se llevara las armas decomisadas a los miembros de las autodefensas”.

Y de manera puntual se señala la participación de un menor de 14 años, conocido como Kika, quien es parte de los grupos de civiles de autodefensa. En este clima de temor e inseguridad se ha considerado de gran riesgo acudir a la escuela, 21 mil niños se han visto impedidos para asistir a clases, al igual 450 profesores tan sólo en Apatzingán. Actualmente, la situación de los alumnos tiende a la normalidad en el desarrollo de sus actividades escolares.

Sin embargo, el ambiente que se vive en el estado de Michoacán, genera gran zozobra e inestabilidad entre la población civil, pero sobre todo entre los niños y los adolescentes, muchos de los que hoy se encuentran incorporados en algunos de los bandos confrontados.

Otro de los espacios que muestra claramente la violación a los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes, así como el incumplimiento de los acuerdos internacionales, es el tema referente a la incorporación de este sector de la población a las actividades del crimen organizado. Datos públicos indican que las organizaciones de protección a la infancia estiman que de 30 mil a 50 mil menores están vinculados con ellos, y que niñas y niños de entre 9 y 17 años, son explotados por los grupos criminales de diversas formas, y están implicados en unos 22 tipos de delitos, que van desde el tráfico de droga hasta secuestro y trata de personas, extorsiones, contrabando y piratería.

A partir de los 9 o 10 años, los niños se involucran en delitos, sobre todo en la trata de personas. Más adelante, a partir de los 12, se les utiliza para cuidar las casas de seguridad y controlar que no se escapen las víctimas de secuestros o de levantones. Los más grandes, a partir de los 16 años, trabajan en ejercicios más violentos, como secuestros o asesinatos, y todos portan armas.

Otras cifras de la organización Cauce Ciudadano son más alarmantes, pues indican que habría unos 24 mil menores incorporados a diferentes grupos de delincuencia organizada, teniendo la siguiente distribución: cártel de Sinaloa, más de 17 mil; Los Zetas, unos 7 mil 500; y La Familia Michoacana, casi 50 mil niños y adolescentes.3

Un estudio oficial realizado por la Red por los Derechos de la Infancia en México plantea que desde 2010, cada 36 horas un niño o adolescente es ejecutado en México y su muerte está vinculada a la lucha contra el crimen organizado.

No estamos hablando de balas perdidas o los mal llamados “daños colaterales”. Son muertes en población infantil por causa violenta, ligadas a la lucha contra el narcotráfico”. Lo anterior es muestra más que palpable del terrible daño al que se enfrentan y sus fuertes repercusiones en los aspectos físico, moral y psicológico para estos niños y adolescentes víctimas de la delincuencia organizada.

Otro aspecto que marca notoriamente a la niñez mexicana es de los datos de los niños víctimas de guerra; cierta información indica cifras sumamente preocupantes. “En Ciudad Juárez, la guerra ha dejado 8 mil 500 huérfanos. Proyectando esta cifra a nivel nacional, es posible que haya 50 mil huérfanos por la guerra a las drogas... No hay duda de que la exposición a la violencia, la privación, el miedo y la tensión, afectan el desarrollo de los niños aun antes de nacer”.4

A lo anterior es indispensable agregar que de las 250 mil personas desplazadas debido a la violencia ejercida por la delincuencia organizada, una gran parte, sin que se pueda contabilizar, son menores de edad que sufren hambre y enfermedades sino también las secuelas de la violencia.

Como se menciona, las leyes actuales trazan como una obligación de todos los niveles de gobierno velar por el interés supremo de la niñez, sin embargo y de acuerdo con la información mostrada, esta garantía está siendo incumplida en múltiples espacios de acción de los niños y los adolescentes.

Se olvida entonces que es responsabilidad del Estado garantizar que la población infantil y adolescente cuente la protección y el cuidado que sean necesarios para su pleno desarrollo y bienestar. Por lo que es indispensable el que los gobiernos federal, estatales y municipales se comprometan a preservar puntualmente los derechos de los niños y de los adolescentes, así como el cumplimiento irrestricto del protocolo facultativo de la convención sobre los derechos del niño, relativo a la participación de niños en conflictos armados.

Por ello es urgente la implantación de acciones, programas sociales y políticas públicas que coadyuven a lograr que los niños y los adolescentes queden blindados ante el riesgo de verse sumados a acciones bélicas o la incorporación con algún grupo delictivo del crimen organizado, en el entendido que esto evitara las limitaciones en su desarrollo personal, su derecho a una vida libre de violencia y sobre todo que el valor de su derecho a la vida se ponga en riesgo.

Es indispensable evitar que los niños y los adolescentes sean reclutados y utilizados en conflictos con carácter bélico, como se establece en la Convención de Ginebra, la cual prohíbe el reclutamiento, así como la participación en hostilidades, directa e indirectamente, para niños menores de 15 años. Reclutar o alistar a niños menores de 15 años en las fuerzas armadas nacionales o utilizarlos para participar activamente en hostilidades de este tipo, constituye también un crimen de guerra con arreglo al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (artículo 8).

Erradicar esta práctica es un desafío fundamental para el derecho nacional e internacional en materia de derechos humanos de la infancia, así como a la plena garantía del goce y ejercicio de sus derechos fundamentales.

Por lo anterior sometemos a su consideración la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta a las autoridades de los tres niveles de gobierno a garantizar a plenitud en el ámbito de sus competencias el ejercicio de los derechos humanos de los niños y los adolescentes, consignados en la Constitución y los tratados internacionales de que México forma parte, principalmente en las entidades federativas donde se presentan enfrentamientos con la delincuencia organizada.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación y a los gobiernos estatales y municipales, así como al del Distrito Federal, a abocarse al cumplimiento puntual del segundo protocolo facultativo que se desprende de la Convención de los Derechos del Niño, relativo a la participación de éste en los conflictos armados.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a las autoridades de los tres niveles de gobierno a implantar en el ámbito de sus respectivas competencias acciones, programas sociales y políticas públicas que contribuyan a lograr que los niños y los adolescentes queden blindados ante el riesgo de verse sumados a acciones bélicas o la incorporación con algún grupo delictivo del crimen organizado.

Notas

1 Martínez Alcaraz, Paris. “Los niños del hampa”, 15 de abril de 2013, en Animal Político.

2 “Después de 12 años, México acata norma sobre niños sicarios”, en Contacto Latino.com, 25 de febrero de 2013.

3 “Entre 30 y 50 mil niños, atrapados por la delincuencia organizada”, en El Universal, 30 de abril de 2012.

4 Piñeiro, José Luis. “Costos sociales y económicos de la guerra de Calderón y la urgencia de políticas de Estado en seguridad pública”, en El Cotidiano # 171, UAM-A, México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2014.

Diputadas: Verónica Beatriz Juárez Piña, Eufrosina Cruz Mendoza, Miriam Cárdenas Cantú (rúbricas).

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Protección al Ambiente de Baja California a dar continuidad a la declaratoria de área natural protegida del humedal La Lagunita, en Ensenada, suscrita por diputados de la Comisión Especial para el desarrollo sustentable

El suscrito, Ricardo Medina Fierro, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institicional, y la Comisión Especial para el desarrollo sustentable, en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6o., fracción I y artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a la Secretaría de Protección al Ambiente de Baja California, a dar continuidad a la Declaratoria de Área Natural Protegida el humedal “La Lagunita”, en Ensenada, Baja California, con base en las siguientes

Consideraciones

Los humedales son zonas terrestres que están temporal o permanentemente inundadas de acuerdo con factores climáticos. Debido a su permanente interrelación con los seres vivos que los habitan, son altamente productivos. Estos ecosistemas reciben agua por precipitaciones, agua subterránea o mediante arroyos y ríos. La almacenan, filtran, permiten escurrimientos a otros cuerpos de agua superficiales y recargando mantos acuíferos, constituyendo así un componente vital del ciclo hidrológico.

El humedal conocido como “La Lagunita”, “Lagunita el Ciprés” o “Lagunita el Naranjo” es un cuerpo de agua dulce natural que se forma principalmente por los escurrimientos pluviales de la cuenca hidrográfica número 41 (Cañada San Jorge), por lo que su área de inundación y profundidad, varían entre las épocas de lluvia y de sequía. El área de inundación máxima de este cuerpo de agua es de aproximadamente 257,000 metros cuadrados y se encuentra separado del mar por una barrera de dunas y una playa de más de 50 metros de ancho. El conjunto del humedal, las dunas y la playa son una unidad que se constituye en una de las zonas naturales de mayor valor para conservación dentro del Centro de Población de Ensenada.

El humedal es utilizado por muchas aves migratorias y residentes tanto como sitio de descanso como de anidación. En los márgenes del cuerpo de agua se observa el crecimiento de tule que caracteriza visualmente el área, protege de la desecación y provee de hábitat a la fauna. Actualmente uno de los problemas más graves es el la posibilidad de cambio de uso de suelo que pudiera darse por parte del Municipio a solicitud de particulares propietarios, si no se da una declaratoria a nivel estatal, como ya sucedió con la manzana aledaña, para la instalación de una planta desalinizadora de agua de mar. Además debe tomarse en cuenta que con los cambios de uso de suelo, se podrían realizar proyectos de fábricas y empresas que pueden afectar la calidad del agua que llega a La Lagunita y causar un impacto fuerte en el ecosistema.

En vista de que el tema del agua es de gran importancia por su escasez y degradación, se considera un asunto estratégico para las políticas de los gobiernos, ya que la cuenca hidrográfica del cauce que alimenta al sistema de La Lagunita, guarda relación directa con la infiltración, humedad del suelo y los fenómenos de erosión de dicho humedal.

En los predios aledaños de La Lagunita ya no hay mucha vegetación natural. En lo que anteriormente fueron campos agrícolas, actualmente se han desarrollado diferentes complejos comerciales y habitacionales. Sin embargo, la vegetación que rodea a La Lagunita forma una zona de refugio y de anidación para las aves residentes y migratorias. Además del tule, La Lagunita cuenta con 58 especies pertenecientes a 25 familias. En cuanto a las aves, se han registrado 78 especies, de las cuales 18 son migratorias. Existen varias especies citadas dentro de la Norma Oficial Mexicana (NOM-059-SEMARNAT-2010) con algún estatus de protección. Algunas de las especies más representativas de la zona son: Gavilán de Cooper, Gorrión Sabanero, Gaviota Ploma, Rascón Picudo, entre otras.

Desde el punto de vista social, una mayor cantidad de áreas verdes y espacios públicos permite la realización de diversas actividades recreativas que mejorarían la calidad de vida en los habitantes de Ensenada, Baja California, ello gracias a que La Lagunita posee un alto valor paisajístico, ambiental y recreativo utilizado por diferentes organizaciones académicas para efectuar actividades educativas, de investigación científica y de difusión de valores ambientales , como se estipula en la recién publicada política nacional de humedales. En lo económico, La Lagunita tiene un gran potencial para el ecoturismo está enfocado principalmente a observación de aves; esta actividad es considerada una actividad de turismo sustentable , que puede proporcionarle a Ensenada ingresos económicos pues tiene numerosos adeptos.

Actualmente los humedales costeros son reconocidos como ecosistemas productivos, pues proporcionan diversos bienes y servicios ecosistémicos que brindan a la sociedad grandes beneficios como: la regulación de caudales, almacenamiento de agua, recarga de mantos acuíferos, estabilización de suelos, protección contra tormentas y huracanes, estabilización de la línea de costa. La Lagunita es el último de varios cuerpos de agua con similares características que se encontraron y fueron rellenados durante el crecimiento y desarrollo de la ciudad de Ensenada. Su conservación garantizaría la diversidad biológica, fuente de agua y productividad primaria de muchas especies vegetales y animales. También permitiría mantener las funciones hidrológicas y biológicas del lugar.

Asimismo, La Lagunita es uno de los últimos humedales que existen en la ciudad de Ensenada y en los últimos 25 años se han presentado múltiples iniciativas y propuestas para el uso de este espacio. Sin embargo, la ausencia de un acuerdo entre las partes involucradas, así como la desinformación, han generado una gran polémica y han hecho que el futuro de este espacio sea incierto.

I. En 1985 se presentó la primera iniciativa formal para la protección del área natural protegida La Lagunita, se dio cuando se esbozó un anteproyecto para la creación del bosque de la ciudad en esta área, el cual fue desarrollado por el técnico forestal José Leonel Zamudio Rodríguez y los ingenieros Antonio Aburto Rico y Humberto Palomares Delgadillo. La propuesta no fue apoyada por las autoridades en aquel momento.

II. En 1990 Jones, C., realizó la tesis de maestría en ciencias, University of Arizona, Tucson, Land use management plan: Lagunita el Ciprés, Ensenada, Baja California, México, para determinar la posibilidad de equilibrar el desarrollo urbano con la conservación de La Laguna. En este estudio se incluye la situación en aquel entonces de La Lagunita y la evaluación de cuatro planes para el uso de suelo de esta. La evaluación se hizo bajo tres criterios: la legislación ambiental mexicana, los beneficios a la comunidad y el impacto ambiental, bajo este estudio los ecólogos profesionales locales propusieron la realización de actividades de ecoturismo y de educación ambiental.

III. En la versión de 1995 del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Ensenada, estableció uso de suelo de “conservación” a la manzana que contiene la mayor parte de la zona de La Lagunita.

IV. En 1997 se llevó a cabo la reunión de trabajo para el manejo integral de la zona costera de Ensenada, en dicha reunión se trató de “la creación de áreas de reserva” considerando a La Lagunita.

V. En 2001, en acuerdo de cabildo del XVI ayuntamiento de Ensenada, La Lagunita fue declarada zona de reserva ecológica, basado en estudios previos y en la opinión de expertos en materia de la caracterización de flora y fauna, así como en las características físicas, de localización, importancia económica, atractivo visual, etc. del humedal y ratificándola el 7 de marzo de 2002.

VI. En el 2009 se publica en el Periódico Oficial de Baja California, la actualización del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Ensenada en el que se ratifica el uso de suelo de conservación, a la manzana donde se ubica La Lagunita.

VII. El 9 de febrero de 2009, los diputados Héctor Ramos y Lucía Susana Mendoza Morales de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados presentaron un exhorto a Semarnat, Conabio, Conap y Conagua, para que La Lagunita sea decretada como área natural protegida e inscrita como Sitio Ramsar.

VIII. A partir del año 2010, el conjunto de las organizaciones proponentes, Pro Esteros, AC; Haciendo lo Necesario, AC; Centro Mexicano de Estudios para la Conservación, AC; Pro Playitas, AC; Lorax Consultores, SA de CV; Dirección de Ecología del XX Ayuntamiento de Ensenada; Arte y Medio Ambiente en Armonía, Ensenada Artist Association, AC; Héctor Benet Contreras y el Instituto Municipal de Investigación y Planeación (IMIP) de Baja California iniciaron una serie de reuniones en las que establecieron estrategias para lograr el decreto de La Lagunita como área natural protegida.

IX. En 2011, César Mancillas Amador, diputado federal de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados presenta un punto de acuerdo ante el Congreso de la Unión, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a decretar área natural protegida La Lagunita. A raíz de los exhortos realizados y de las solicitudes de la sociedad civil, las autoridades federales se acercaron a las organizaciones proponentes ofreciendo su colaboración.

X. En enero 2012 se entregó a la Secretaría de Protección al Ambiente de Baja California la primera versión del estudio previo justificativo, para la declaratoria de área natural protegida “La Lagunita”, según los nuevos términos de referencia de dicha secretaría para iniciar el sistema estatal de áreas naturales protegidas del estado.

XI. El 13 de marzo del 2013 en el Periódico Oficial de Baja California, se dio el aviso de designación como área natural protegida de competencia estatal de la zona conocida como La Lagunita ubicada en el municipio de Ensenada, Baja California.

En Virtud de ello y por el cambio de administración, la Secretaria de Protección al Ambiente de Baja California no ha continuado con los trabajos para la designación como área natural protegida estatal, a La Lagunita.

Por lo anterior, de conformidad con todo lo expuesto, me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Protección Ambiente de Baja California, a dar continuidad a la declaratoria de área natural protegida a humedal “La Lagunita”, en Ensenada, Baja California.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Cámara de Diputados, a 25 de febrero de 2014.

Diputados: Ricardo Medina Fierro (rúbrica), René R. Fujiwara Montelongo (rúbrica), Claudia Elena Águila Torres (rúbrica), Tania Margarita Morgan Navarrete (rúbrica), María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), José Humberto Vega Vázquez (rúbrica), Rafael González Reséndiz, Érika Yolanda Funes Velázquez (rúbrica), Irazema González Olivares (rúbrica), Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Francisco González Vargas (rúbrica).

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa a proporcionar –por la Unidad Técnica Especializada en Conservación y Uso Sustentable de Suelo y Agua– apoyo, orientación y seguimiento a las comunidades agrícolas donde se construyan jagüeyes y otros medios de captación de líquido, a cargo de la diputada Dulce María Muñiz Martínez, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada federal Dulce María Muñiz Martínez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I, III, IV y VI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Los conflictos por el agua no son un pronóstico lejano, sino una realidad vivida en la gran mayoría de las comunidades en el mundo. Muestra de ello son países como la India, en donde los granjeros pelean con los habitantes de Kirguizistán y Tajikistán el vital líquido cada día más escaso.

De igual forma, el río Mekong que lleva décadas siendo explotado por China, deja a millones de vietnamitas y camboyanos sin la cantidad suficiente de agua, lo cual genera conflictos permanentes.

Egipto, que recibe todo el caudal del Nilo originado en países que se encuentran al sur, es el que más provecho saca de la cuenca. Alrededor del 2% del territorio egipcio es árido, por eso el histórico río ha aportado la fertilidad del suelo que propició el florecimiento de una de las civilizaciones culturalmente más ricas de la historia.

Ejemplos hay muchos y el panorama mundial no es alentador ante la insuficiencia del agua.

Y es que sobre la crisis del agua se cierne no sólo la contaminación y el desabasto, sino también conflictos sociales por la falta de políticas públicas para su control, conservación, distribución, saneamiento y pago por el servicio.

El acceso al agua potable ha resultado ser uno de los más grandes retos de la primera década del siglo XXI en el mundo, ya que según la Organización Mundial de la Salud (OMS), mil 100 millones de personas en el planeta no gozan del vital líquido, en consecuencia cada año alrededor de cuatro millones de personas de los países en desarrollo mueren por enfermedades de origen hídrico.

No debe ignorarse que con el paso de los años y los ritmos mundiales de urbanización, el agua se ha convertido en un bien escaso, ya que del total que existe en el planeta, sólo el 2.5 por ciento es dulce (potable y para consumo humano) y la mayor parte de ésta se encuentra en forma de hielo o en depósitos subterráneos de difícil acceso. En suma, el volumen disponible para las actividades humanas se reduce a sólo el 0.01%, por lo cual deben idearse formas sustentables que ayuden a reducir, o bien, a no incrementar los impactos ecológicos del uso irracional del bien líquido.

En este sentido, México es un país que podríamos calificar de privilegiado frente al resto de las naciones emergentes, ya que por el momento su población con acceso al vital líquido -con las condiciones necesarias para el consumo humano- es del más del 85 por ciento, según el programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente.

Nuestro país cuenta con una superficie cubierta por agua cercana a los 3.8 millones de hectáreas de los cuales 2.9 millones corresponden a agua salada y, según estimaciones de la Comisión Nacional de la Biodiversidad en México, sólo el 0.9 por ciento es agua dulce distribuida en mantos acuíferos superficiales y subterráneos.

Con estas cifras se señaló que la cantidad disponible de agua por habitante en 2010 fue de 4 210 m3, misma que se ha ido mermando por lo que se prevé que para 2030 sea de aproximadamente 3 mil 783 metros cúbicos.

Estimaciones de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO, por sus siglas en inglés) arrojan que para la tercera década de este siglo la población mundial necesitará 55 por ciento más alimentos para subsistir, por ello, la demanda de agua destinada a las cosechas representará el 70 por ciento de la destinada al consumo humano, además de que en dos décadas cerca de dos tercios de la población estará concentrada en las zonas urbanas, con lo que surgirá una demanda sin precedentes para este sector de la población.

Particularmente en México se prevé que el 60 por ciento de la población residirá en 36 núcleos urbanos, lo que devienen en el desafío de garantizar agua en la cantidad y calidad necesarias para estas concentraciones urbanas.

El crecimiento de la población y la industria para el beneficio económico de los mexicanos comenzó a provocar la disminución de las reservas del vital líquido en México; el crecimiento económico fue directamente proporcional a la demanda de agua hasta llegar al punto en que la población demandó más agua que la suministrada, lo que obligó a la administración a ponderar a quién abastecer y a quién privar del recurso.

Con la creciente crisis de agua en el planeta resulta imperativo activar y perfeccionar todos instrumentos a nuestro alcance frenar las consecuencias que ya padecemos por su escases y contaminación.

El reto a confrontar en esta materia son cuatro ejes básicos:

1. La disponibilidad continua y suficiente del agua para cada persona.

2. Agua de buena calidad, es decir que esté libre de agentes nocivos, lo que garantice a la población que su salud no sea vulnerada en el ejercicio de su derecho al agua.

3. Proximidad a instalaciones y servicios de agua para todos los sectores de la población; que se garantice el suministro de agua en las cercanías inmediatas hasta en las localidades más marginadas.

4. Accesible a toda la población y que el costo por ella sea equiparable a los ingresos de cada persona

Estos ejes básicos se potencializan al hablar del uso del agua en actividades agrícolas, ya que se trata de la actividad primaria para garantizar la supervivencia de millones de personas, por lo que las acciones para preservar el agua se vuelven más urgentes.

En este sentido, para lograr un uso racional y eficiente de la misma y con el fin de evitar la escasez y el desabasto en zonas áridas y semiáridas, debe garantizarse la colaboración de los diversos actores involucrados, siendo responsabilidad gubernamental y comunitaria el cuidado y abastecimiento de ésta en diferentes zonas de nuestro país.

En este tenor de ideas, la captación de agua es una forma sustentable con mínimos impactos ambientales que permite a los habitantes de zonas con pocas precipitaciones cumplir necesidades tales como consumo doméstico, ganadería y agricultura.

La captación de agua también conocida como jagüeyes, cajas de agua, aljibes o bordos de agua, forman parte de una ancestral práctica realizada desde la época prehispánica, tal como lo demuestra la construcción de “Chultuns” en la región Maya, cuya principal función era recolectar el vital líquido proveniente de depósitos naturales, ríos, lagos y mantos acuíferos subterráneos, almacenarlo y distribuirlo de manera racional para las temporadas de sequía.

Actualmente, la construcción de las hoyas de agua es una técnica muy recurrida principalmente en la agricultura y la ganadería, sobre todo porque en los recientes años ha aumentado la transferencia de agua hacia actividades industriales en las zonas conurbanas. Con el fin de evitar reducir la superficie de riego o bombear acuíferos (cuyo costo económico y ecológico es muy alto), se ha optado por los jagüeyes. El agua que se consigue de éstos recibe un tratamiento determinado según el uso al cual se destine. Si es para el consumo humano se potabiliza o desinfecta, para que se pueda beber sin causar enfermedades. Para regar sembradíos o en la industria, se pueden utilizar aguas residuales que han pasado por un proceso de purificación y almacenamiento.

Durante el último Censo Económico del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en 2009 se captó información de 864 plantas potabilizadoras de agua y 632 plantas tratadoras, las cuales se identifican como empresas especializadas que se dedican a la captación, tratamiento y suministro del vital líquido donde el agua dulce se obtiene, principalmente, de los mantos acuíferos subterráneos y de la lluvia, la cual se capta en ríos, lagos y presas. Sin embargo, dicha actividad cuyo tamaño promedio a nivel nacional fue de 5.4 personas ocupadas, no satisface todo el universo de necesidades comunitarias en todo México, ni tampoco considera la organización local para la agricultura que cada comunidad posee.

Con base en lo anterior, el jagüey originalmente concebido como una zanja o pozo lleno de agua en el que abreva el ganado, se ha convertido en una opción sustentable para algunas regiones en México y puede ser utilizado para diversos fines. Los jagüeyes son un caso particular de la captación de agua de lluvia. Según la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) existen tres tipos de jagüeyes: los que aprovechan una corriente de agua, los que se acondicionan a partir de una pendiente natural y uniforme, y los que se hacen a partir de una excavación con una ligera pendiente. En tanto, existen jagüeyes naturales y artificiales como medios para captar, almacenar y administrar agua de lluvia con fines pecuarios y de riego, siendo una alternativa para que el ganado y la agricultura obtenga agua durante las épocas de sequía prolongada, reduciendo con ello los problemas ligados a la indisponibilidad de agua.

Las ventajas de los jagüeyes son varias. Por una parte permiten captar agua proveniente de escurrimientos superficiales durante la época de lluvia y utilizarla de manera controlada como fuente de abrevadero y de riego durante la época de sequía, utilizar eficientemente el agua y adaptar la construcción según el paisaje del lugar. Evita la disminución del ganado y la pérdida de la agricultura y mejora el entorno. No obstante, para que un jagüey sea realmente funcional y eficiente debe cumplir con una serie de requerimientos técnicos, que no siempre se consideran pues suele pensarse que su construcción es una práctica local y artesanal con tecnologías tradicionales y que no requiere de grandes conocimientos técnicos, lo cual, a la luz de la experiencia, no es exacto.

Aunque los materiales de construcción son adaptables a las condiciones de cada sitio, se requiere supervisión técnica especializada en el diseño y construcción de las microcuencas, pues se debe asegurar la impermeabilidad para evitar el desfogue del agua por filtración durante la época de más necesidad y evitar con ello inversiones adicionales para el sellado. Además, para las zonas extremadamente secas se debe recurrir a mecanismos que eviten que el agua se pudra o evapore, considerando elementos de seguridad y estabilidad de la obra para su manejo.

En suma, no debe ignorarse la cantidad de lluvia anual y la demanda diaria del vital líquido para la construcción de los jagüeyes, los cuales deben ser construidos bajo claros índices de eficiencia y con apoyo gubernamental a través de la organización local.

Bajo el anterior orden de ideas, es importante exhortar a las autoridades que cumplan con la revisión del diseño y eficiencia de estas obras, ya que para el proceso de construcción es necesario un seguimiento adecuado para que cuando la obra sea entregada a los agricultores, ésta resulte adecuada para la captación durante la temporada de lluvia y suficiente para la temporada de sequía.

El problema suele presentarse cuando llega la temporada de sequía, pues resulta que el agua guardada para esta temporada ya no existe porque se filtró o se perdió, dado que la obra estaba en mal estado. Ello genera problemas entre los pobladores, quienes reclaman a las autoridades que entregaron una obra en mal estado.

Los perjudicados, gente que vive en lugares áridos en donde existe pobreza económica y necesidad de este tipo de apoyos, pierden el dinero aportado porque la obra fue defectuosa y se quedan sin agua para su supervivencia.

El problema podría evitarse si desde el inicio la estructura se apega a especificaciones técnicas y lineamientos de construcción de eficiencia y calidad.

En este sentido, al interior de la Sagarpa la Unidad Técnica Especializada en Conservación y Uso Sustentable de Suelo y Agua, tiene como objetivo específico el dar soporte técnico y capacitación a los técnicos del Programa de Conservación y Uso Sustentable de Suelo y Agua (Coussa) en la elaboración y puesta en marcha de proyectos integrales que contribuyan a la conservación, uso y manejo sustentable de los recursos naturales utilizados en la producción primaria, así como el de apoyar a los Centros de Evaluación Estatal (CEE) en la elaboración, seguimiento y evaluación de la estrategia de Asistencia Técnica y Capacitación/Soporte en Coussa y en la realización de la Evaluación del Desempeño de los Técnicos en los Servicios Prestados, y de manera puntual, de los aspectos técnicos e indicadores de impacto de las obras y prácticas de los proyectos integrales a los que se asesoró en la puesta en marcha.

En este sentido, a través de COUSSA la Sagarpa podría evitar la pérdida de cultivo y ganado en México, previendo las especificidades climáticas y de construcción para un abastecimiento adecuado y duradero en las zonas áridas y agrícolas.

Por lo expuesto con anterioridad, se somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único . Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que por medio de la Unidad Técnica Especializada en Conservación y Uso Sustentable de Suelo y Agua y en el marco del Programa de Conservación y Uso Sustentable de Suelo y Agua, brinde apoyo, orientación y seguimiento a las comunidades agrícolas donde se lleve a cabo la construcción de jagüeyes y de otros mecanismos de captación de agua.

Diputada Dulce María Muñiz Martínez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a consolidar por la SCT y la Cofetel las áreas de servicio local en el país y revisar el Plan Nacional de Numeración para que cada zona metropolitana cuente con una sola clave de marcación, a cargo del diputado J. Jesús Oviedo Herrera, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Jesús Oviedo Herrera, de la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 numeral 1, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y la Comisión Federal de Telecomunicaciones, para que se lleve con la brevedad la consolidación de las áreas de servicio local en el país, así como una revisión del Plan Nacional de Numeración, a fin de que cada zona metropolitana cuenten con una sola clave de marcación que les permita establecer una cultura metropolitana que identifique a sus habitantes, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La consolidación de las áreas de servicio local (ASL)1 es un asunto que se encuentra pendiente en nuestro país, debido a que hay demarcaciones que poseen una alta interacción económica, política y social, y sin embargo, las llamadas telefónicas que realizan los ciudadanos entre estas zonas, los concesionarios que prestan el servicio en la región las registran de larga distancia, situación que representa una erogación superior a las llamadas locales.

El interés de los usuarios de los servicios de telefonía es que las ASL donde reside alcance el mayor tamaño posible, para que sus llamadas sean locales y no le signifiquen erogación extra alguna.

El suministro del servicio telefónico se ha supeditado a la delimitación de territorios geográficos específicos, esto ha sido un factor para el establecimiento de las tarifas telefónicas y para la determinación de la numeración y la marcación respectiva.

La consolidación de las ASL les permite a las familias tener ahorros directos en su bolsillo, no sólo porque las llamadas entre las poblaciones cercanas serán cobradas con tarifa local, sino que además permite que se incentive la competencia más equitativa entre los distintos prestadores de servicios de telecomunicaciones, lo cual redundará en más ofertas y mejores precios a los usuarios.

Esta problemática de la que se hace mención, se presenta en muchas ciudades del país, sin embargo, considero señalar el caso de los municipios de Silao con el de León, en el estado de Guanajuato, siendo que las conferencias telefónicas que se realizan son registradas por los concesionarios como de larga distancia, situación que afecta los ingresos de las familias que hacen uso de los servicios telefónicos en esta región.

Es importante señalar que la ciudad de León cuenta con clave lada 477, y las poblaciones que la utilizan se encuentran Álvaro Obregón (Santa Ana del Conde), Barretos, Duarte, Hacienda de Arriba, San José de la Concepción, Ibarrilla, Lagunillas, León de los Almada, Loza de los Padres, Medina, Nuevo Valle Moreno, El Piedrero, Plan de Ayala, Plan de Guanajuato, Puerta Cerro, El Ramillete, Los Ramírez, San José de los Sapos, San Juan de los Otates, San Judas, San Nicolás de González, y Los Sauces.2

Por su parte, Silao cuenta con clave 472 y las poblaciones que hacen uso son: Aguas Buenas, La Aldea, Bajío de Bonillas, Chichimequillas, Colonias Nuevo México, Comanjilla, El Cubilete, Exhacienda de Trejo, El Paraíso, Paxtle, Los Rodríguez, y El Salitrillo.3

La zona metropolitana de León, de acuerdo al Censo 2009, realizado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (Inegi), cuenta con más de 1.6 millones de habitantes, 87.5 por ciento corresponden a León y 12.5 por ciento a Silao, dicha población se ubica en mil 760.1 kilómetros cuadrados, 69.4 por ciento le corresponden a León y 30.6 por ciento a Silao, hay 58 mil 909 unidades económicas, de las cuales 92.6 por ciento se encuentran en León, y 7.4 por ciento en Silao, se cuenta con un total de 373 mil 596 de personal ocupado de los cuales 92 por ciento se ubican en León y 8 por ciento en Silao.

Asimismo, los datos por sector de actividad muestran que las manufacturas registran 33.5 por ciento del personal ocupado total, 61.1 por ciento de la producción bruta total y 43.9 por ciento del valor agregado censal bruto, mientras que el comercio tiene la mayor participación en las unidades económicas con 48.8 por ciento.4

Estas dos demarcaciones tienen un alto grado de interacción socioeconómica, es así que es urgente que se favorezca a sus ciudadanos, ya que pagan tarifas de larga distancia cuando se comunican entre estas lo que repercute en su economía familiar.

Ambas ciudades forman parte de la zona metropolitana de León, cabe destacar que para establecer una zona metropolitana hay que considerar las relaciones económicas y sociales que presentan, los viajes intermunicipales o distancia conurbada, la ciudad central, la distribución geográfica de las poblaciones, los recursos disponibles de cada región, las oportunidades de desarrollo y la calidad de vida de sus habitantes.

Es importante señalar que en la gestión de las zonas metropolitanas implica la concurrencia de dos o más gobiernos municipales, y en ocasiones los estatales,5 con sus respectivas autoridades, quienes pueden tener planes y proyectos no necesariamente convergentes, sin embargo las necesidades que demandan los ciudadanos se deben anteponer con acuerdos que estén por encima de de las políticas o intereses de grupos.

La falta de acuerdos por los gobiernos municipales en la atención de los problemas y necesidades de las metrópolis, las diferencias en la normatividad urbana, las disposiciones administrativas contrapuestas y la ausencia de mecanismos eficaces de coordinación intersectorial e intergubernamental, representan serios obstáculos para el adecuado funcionamiento y desarrollo integral de las metrópolis, particularmente en lo que se refiere a la planeación y regulación de su crecimiento físico, la provisión de servicios públicos, el desarrollo de infraestructura y el cuidado de su entorno ambiental.

No podemos dejar de lado el fomento e impulso de una cultural territorial metropolitana, en el que la comunicación de sus habitantes a través de los planes de marcación y numeración que establece la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), con los operadores telefónicos que prestan los servicios, sean un elemento determinante que permita identificar a los ciudadanos de una metrópoli.

Es fundamental que las políticas públicas aplicadas a la ordenación y gestión del territorio en los espacios urbanos afectados por intensos procesos de transformación espacial y funcional se encaminen a impulsar y asegurar la calidad de los servicios y una buena integración de los mecanismos de gestión de recursos que permita mejorar la calidad de vida, una funcionalidad mejor articulada, y una proyección competitiva.

Actualmente la Cofetel está revisando la problemática que tiene el país en materia de consolidación de las ASL para reducirlas de 397 a 173, esto con el fin de atender las distintas solicitudes presentadas en los últimos años por usuarios, autoridades y operadores.

Sin embargo, considero conveniente que ahora que se ha aprobado la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones, es provechoso que en el país se lleven a cabo las medidas necesarias para revisar los planes de marcación y numeración a fin de establecer una clave lada que determine la consolidación de las aéreas de servicio local en las zonas metropolitanas que se ubican en nuestro país.

Asimismo, las claves de marcación y de numeración que son asignadas sean elementos que determinen una cultura metropolitana para los habitantes en las zonas donde se ubican.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la aprobación del siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y a la Comisión Federal de Telecomunicaciones, para que se lleve a la brevedad la consolidación de las áreas de servicio local en el país, así como una revisión integral del Plan Nacional de Numeración, a fin de que cada zona metropolitana cuente con una sola clave de marcación, que les permita establecer una cultura metropolitana que identifique a sus habitantes.

Notas

1. Las Áreas de Servicio Local (ASL) Son las zonas geográficas dentro de las cuales el servicio telefónico se considera como llamada local. Por el contrario, las llamadas entre diferentes ASL son consideradas de larga distancia.

2. Fuente: Cofetel.

3. Fuente: Ibídem.

4. Zonas Metropolitanas de los Estados Unidos Mexicanos Censos Económicos 2009. Inegi.

5. Zona Metropolitana de la Laguna que comparten los Estados de Coahuila y de Durango.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2014.

Diputado Jesús Oviedo Herrera (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría de Salud que redoble los esfuerzos para atender a la población afectada por el virus de la influenza estacional, a cargo del diputado Fernando Zárate Salgado, del Grupo Parlamentario del PRD

El que suscribe, diputado federal a la LXII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 79 numeral 1 fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaria de Salud redoble los esfuerzos para la atención de la población afectada por el virus de la influenza estacional con base en las siguientes

Consideraciones

La influenza (AH1N1), en nuestro país, es considerado un problema de salud pública. En los últimos meses, muchos de nosotros hemos sido atacados por este virus y, gracias a la falta de información, algunos de nuestros conciudadanos han sido sus víctimas mortales. Según la Secretaría de Salud, “del 1 de enero al 23 de febrero del 2014 se han confirmado 5,606 casos de influenza, de los cuales 4,576 fueron por A(H1N1), 454 por A(H3N2), 115 por B y 461 debidos a otros tipos. En el mismo periodo, se han registrado 626 defunciones por Influenza, 571 por A(H1N1), 10 por A(H3N2), 1 por B, y 44 por otros tipos”.

Aunque la situación no es calificada como grave por las autoridades de salud, éstas se han visto obligadas a la implementación de una amplia campaña informativa y de vacunación que, sin embargo, no ha evitado las víctimas mortales del virus. Desde esta tribuna y en muchas ocasiones, otros compañeros legisladores han alzado su voz y han solicitado el incremento de las medidas preventivas y de atención primaria de las personas afectadas lo cual ha sido atendido por las autoridades responsables de manera parcial y, en ocasiones, poco profesional. Muchos han sido los recursos financieros, médicos y humanos que se han dedicado en esta campaña, no obstante, las defunciones siguen produciéndose.

Debemos señalar que el virus de la influenza A(H1N1) no es necesariamente mortal si se tiene una oportuna y adecuada atención médica, como se repite constantemente en la propaganda oficial que, al mismo tiempo, insiste en que es la automedicación y/o la falta de atención médica especializada la que ha propiciado el incremento en el número de casos detectados. Ninguna muerte prevenible es justificable, sobre todo si hablamos de niños o adultos mayores. Lo que queda claro, después de analizar con detenimiento las cifras aportadas por la Secretaría de Salud, es que la problemática que nos plantea la influenza no ha sido dimensionada correctamente.

Es nuestro convencimiento que la atención temprana, adecuada y oportuna de estos padecimientos, deben ser oportunamente atendidos por todas las instituciones, especialmente por el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias, de dónde hemos recibido múltiples denuncias ciudadanas por la atención deficiente, tardía y prepotente de los médicos que allí laboran.

Porque, como lo señala el comunicado de prensa 79 de la Secretaría de Salud, la “prevención y atención temprana [son] claves para combatir este tipo de enfermedades” y que “el sector salud recomienda acudir de inmediato al médico en caso de presentar fiebre, malestar general y síntomas respiratorios”, estamos plenamente convencidos de que la colaboración entre los Poderes de la Unión generará la implementación de mejores políticas públicas y forjará mejores funcionarios públicos, con fundamento en el artículo 42, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 79, numeral 1, 205, numeral 1, y 207, numerales 1 y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados solicita a la Secretaría de Salud que se haga pública la información respecto a la situación que guarda el brote de influenza estacional en nuestro país así como las medidas preventivas y de emergencia que hayan sido adoptadas para disminuir la incidencia mortal de este virus.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados solicita a la Secretaría de Salud que instruya a las instituciones médicas de nuestro país para redoblar los esfuerzos por atender a la población afectada por este padecimiento.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados solicita a la Secretaría de Salud que realice las investigaciones y, en su caso, inicie los procedimientos de responsabilidad correspondientes, en aquellas situaciones en que se haya puesto en riesgo la integridad física de los usuarios de los servicios de salud públicos, debido a la falta de atención y/o negligencia del personal médico.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2014.

Diputado Fernando Zárate Salgado (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Ssa y a los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal a garantizar y vigilar el cumplimiento de las leyes, las normas y los programas tendentes a mejorar la calidad de los servicios de salud, a cargo de la diputada Leslie Pantoja Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe la ciudadana Leslie Pantoja Hernández, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6 numeral I, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud (SSA) y a los gobiernos de las entidades federativas, incluyendo el Gobierno del Distrito Federal, a garantizar y vigilar, en el ámbito de sus competencias, el cumplimiento de las leyes, normas y programas que tiendan a mejorar la calidad de los servicios de salud, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La calidad es la esencia de cualquier tipo de acción o actividad y la encontramos implícita en todas las áreas del desarrollo del individuo y de la sociedad, de tal modo que la salud no es una excepción.

Cuando hablamos de calidad en los servicios de salud, no únicamente se refiere a la calificación del servicio (malo, regular, bueno, excelente), también atiende a otro tipo de particularidades como:1

• El cliente (paciente, familiar o la comunidad) es parte de la ejecución del servicio, por tanto es sujeto y objeto en la creación de valor.

• Es un servicio imprescindible tanto para la persona sana como para la enferma, lo cual le da carácter de universal.

• El prestador tiene una posición privilegiada con respecto al cliente, por lo que influye decisivamente sobre el consumo, del cliente y de la institución.

• Muchos errores y daños prevenibles tienen carácter irreversible o al menos provocan repetición de intervenciones.

• Cada paciente es un caso único e irrepetible.

De acuerdo con el artículo 51 de la Ley General de Salud, los usuarios tienen “derecho a obtener prestaciones de salud oportunas y de calidad idónea y a recibir atención profesional y éticamente responsable, así como trato respetuoso y digno de los profesionales, técnicos y auxiliares.”

Además, no está vinculada únicamente con la satisfacción de clientes y manejo adecuado de los costos, ya que incluye el mejorar la calidad de vida de las personas para extenderla y en muchos casos, prever enfermedades o muertes innecesarias.

A pesar de todos los conocimientos, avances y esfuerzos realizados por la sociedad, la deficiencia de calidad o de garantía de la calidad es un reto constante, pero sobre todo, para aquellos países cuyos niveles de desarrollo no han alcanzado estándares deseables y sostenidos que repercutan en su progreso sanitario y social.2

La organización Mundial de la Salud (OMS) define como Calidad de la Atención Médica:

“Otorgar atención médica al usuario, con oportunidad, competencia profesional, seguridad y respeto a los principios éticos, con el propósito de satisfacer sus necesidades de salud y sus expectativas, las de los prestadores de servicios y las de la institución.

Grado en el que los servicios de salud prestados a personas y poblaciones, aumentan la probabilidad de que se produzcan los efectos buscados en la salud y éstos son coherentes con los conocimientos profesionales del momento.”3

En pasados meses, los distintos medios de comunicación han mostrado información e imágenes donde se señalan actos de negligencia médica en distintos centros de salud.

Tal es el caso de Irma López Aurelio, de 28 años, que dio a luz en el jardín del Centro de Salud de Jalapa de Díaz, Oaxaca, donde se presentó una denuncia por presunta negligencia del personal médico en ese lugar.4

En este mismo estado, Alma Ruth Mendoza Martínez, de 23 años de edad, dio a luz a un niño afuera del Centro de Salud de San Antonio de Cal, debido a que el médico de turno no quiso atenderla.5

Otro caso donde fue denunciado un acto de negligencia en los servicios de salud es el de Luciano Enrique Ayil, quien falleció a causa de una cirugía laparoscópica de vesícula biliar mal practicada.

Al introducir el laparoscopio al organismo del Sr. Luciano, le afectaron la vena cava y otras (esto de acuerdo a la opinión del doctor legista), ocasionando la pérdida de más de cinco litros de sangre del paciente, regándosele en el interior del organismo y muriendo horas después.6

El pasado 29 de enero, ante la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó su Informe de Actividades correspondiente al ejercicio 2013, donde se señaló al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como la institución con más quejas ante la CNDH.7

Y así podemos continuar citando las distintas anomalías y casos que han sido denunciados a causa de los distintos actos de negligencia, tanto médica como en los servicios de salud.

Conforme al artículo 45 de la Ley General de Salud, corresponde a la Secretaría de Salud vigilar y controlar la creación y funcionamiento de todo tipo de establecimientos de servicios de salud, así como fijar las normas oficiales mexicanas a las que deberán sujetarse.

Es importante señalar que este órgano ha mostrado un gran esfuerzo en su actuar, a fin de establecer las sanciones correspondientes a los centros de salud que han incurrido en la calidad de los servicios de salud a la población, sin embargo, únicamente se tiene conocimiento de su actuar frente a los casos que han sido evidenciados en los medios de comunicación.

Con el paso de los años y derivado de la clara necesidad de mejorar la calidad en los servicios de salud se han creado, implementado y modificado, las leyes, reglamentos, normas y programas, con la intensión de otorgar más y mejores servicios de salud a la población; sin embargo, teniendo armas para disminuir los índices de negligencia, no es notoria la mejoría.

Sin ignorar los avances y esfuerzos realizados por las instituciones para atender la calidad, es injustificable que continúe existiendo este tipo de anomalías en el sistema de salud, a causa de no brindar la atención de calidad a los pacientes en cada una de sus instalaciones a la que toda persona tiene derecho.

Siendo la calidad un elemento esencial de los servicios de salud, es importante garantizar que los usuarios obtengan los máximos beneficios del Sistema de Salud cuando los utilizan, obteniendo distintos beneficios como una mejoraría en la percepción global y mayor credibilidad de la población sobre las instituciones de salud.

Por último, es necesario que desde nuestra posición como legisladores situemos la calidad de los servicios de salud, como una agenda permanente y prioritaria a la que estaremos vigilando y dando seguimiento al cumplimiento cabal de lo establecido por la Ley; así como de las acciones que la Secretaría de Salud estará implementando para que no vuelvan a presentarse faltas en la calidad de los servicios que perjudiquen la salud y la vida de las y los mexicanos.

Por todo lo anteriormente expuesto, el que suscribe, presenta ante esta Honorable Cámara la siguiente proposición, de urgente y obvia resolución, con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las entidades federativas, incluyendo el Gobierno del Distrito Federal, a garantizar y vigilar, en el ámbito de sus competencias, el cumplimiento de las leyes, normas y programas que tiendan a mejorar la calidad de los servicios de salud.

Notas

1 Carnota, O. Tecnologías gerenciales: una oportunidad para los sistemas de salud. Universidad de Panamá; 2005; 246-47.

2 http://www.calidad.salud.gob.mx/doctos/publicaciones/CASMI-Completo.pdf

3 OMS. Clasificación Internacional para la Seguridad del Paciente. Ginebra: OMS; 2007.

4 http://www.excelsior.com.mx/nacional/2013/10/06/922055

5 http://www.excelsior.com.mx/nacional/2013/11/06/927264

6 http://plumaslibres.com.mx/2013/11/24/denuncian-muerte-por-negligencia- medica-en-hospital-de-alta-especialidad-de-veracruz/

7 http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/PalabrasRPV/2014012 9_0.pdf

Dado en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a los 25 días del mes de febrero de 2014.

Diputada Leslie Pantoja Hernández (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instaurar por la Ssa acciones de salud pública y de atención médica para frenar el crecimiento de las tasas de morbilidad y, sobre todo, de mortalidad provocada por el virus de la influenza A (H1N1) en todo el país, a cargo de la diputada Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del PAN

La diputada Martha Leticia Sosa Govea, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6; fracción II del numeral 1 y fracción III del numeral 2 del artículo 79, numeral 2, todos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Salud, se instrumenten las acciones de salud pública y de atención médica necesarias para frenar el crecimiento de la tasa de morbilidad y sobre todo la de mortalidad provocada por el virus de la influenza A(H1N1) en todo el país y, a que se garantice que la vacuna que se está distribuyendo cumpla con los niveles necesarios de efectividad y especificidad, así como a garantizar la suficiencia para la distribución y aplicación del biológico; al tenor de las siguientes

Consideraciones

La pandemia de influenza A (H1N1), que surgió en México durante abril de 2009, tomó por sorpresa a todo el mundo, esta enfermedad viral aguda de las vías respiratorias, cuyo periodo de incubación es de 1 a 7 días y el periodo infeccioso, de 7 a 10 días. Clínicamente, la enfermedad se caracteriza por la presencia de fiebre de más de 38 grados centígrados, dolor de cabeza, tos, dolor muscular y/o articular, cansancio, escurrimiento nasal, dolor de garganta y, en ocasiones, diarrea. La tos generalmente es intensa y duradera, aunque el paciente suele recuperarse en el transcurso de 2 a 7 días. Algunos pacientes evolucionan hacia formas más graves de la enfermedad, con un intenso ataque al estado general y signos de insuficiencia respiratoria, hasta que se instala un cuadro de neumonía atípica que puede conducir a la muerte.

Es necesario recordar que esta enfermedad se hizo presente en nuestro país en los meses de marzo y abril de 2009, principalmente en el estado de México y Veracruz, y que en menos de un mes se extendió por varios estados de la república, de igual forma una semana después de haberse declarado su presencia en nuestro territorio; el nuevo virus ya había provocado casos en otros diez países de Europa, el Pacífico occidental y el Medio Oriente. En paralelo, la Organización Mundial de la Salud (OMS) se enfocó en el análisis de la epidemia y el 25 de abril declaró la fase 3 de la pandemia; dos días después, el 27 de abril, la fase 4 y el 29 de abril la fase 5. Esta última declaración implicó el reconocimiento de que la pandemia ya no podía detenerse y que se había establecido la transmisión de persona a persona en al menos tres continentes.

En este sentido, este virus fue conocido oficialmente por la Organización Mundial de la Salud como Virus H1N1/09 Pandémico, haciendo referencia al año de su aparición.

Por lo que la alerta por este padecimiento se mantuvo hasta el 29 de junio de 2010, la OMS reconoció, al final de 2009 casi 13 mil muertes por la nueva influenza en todo el mundo. El continente americano aportó más de 50 por ciento de esas defunciones. El número de casos confirmados dejó de ser reportado mucho antes de terminar 2009. En México, al final de diciembre, se habían acumulado casi 70 mil casos confirmados y alrededor de mil muertes.

En este sentido y atendiendo a esta epidemia que aquejó a nuestro país, se emitieron distintas acciones de control y se realizan ante todo caso con diagnóstico clínico de influenza y así como las actividades que incluyen cuando es factible la vacunación de personas de grupos en riesgo, vigilancia de casos y contactos, así como profilaxis o tratamiento de personas en alto riesgo de desarrollar complicaciones graves o muerte.

A pesar de los esfuerzos realizados, así como la disminución de casos reportados después de ese año, nuevamente esta epidemia vuelve a presentarse, en este sentido al corte de 10 febrero, se contabilizan 4 mil 4 casos de influenza, de los cuales 3 mil 371 fueron por A (H1N1), 237 por H3n2, 63 por B y 33 debido a otros de acuerdo a la información proporcionada en los medios nacionales

De igual forma, del total de los casos confirmados a la fecha, la Secretaría de Salud, reporta que han sido atendidos alrededor de dos mil 464 enfermos y 248 defunciones; el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) mil 99 personas y 171 muertes, y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), 405 enfermos y 28 decesos por el virus de la influenza.

Asimismo esta dependencia menciona que hay tres estados en que en los últimos días se ha duplicado las muertes por este virus: Michoacán, Zacatecas e Hidalgo.

Por lo que respecta al estado de Colima, se ubicaba como el segundo estado con menor número de casos de influenza, sin embargo en los últimos tres días se duplicó el registro de casos de influenza estacional en la entidad, pues de siete casos confirmados al 6 de febrero, este domingo se contabilizaron 15, informó la Secretaría de Salud estatal.

Lo que permite afirmar que no se está haciendo de manera correcta la implementación de acciones de vigilancia epidemiológica y que las campañas de prevención no tienen el impacto esperado, por tanto la información para el cuidado no se está difundiendo correctamente, pues en estados con menor margen de contagio ya se están presentando casos.

Por lo anterior, me permito presentar, los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Salud, se instrumenten las acciones de salud pública y de atención médica necesarias para frenar el crecimiento de la tasa de morbilidad y sobre todo la de mortalidad provocada por el virus de la influenza A (H1N1) en todo el país y, a que se garantice que la vacuna que se está distribuyendo cumpla con los niveles necesarios de efectividad y especificidad, así como a garantizar la suficiencia para la distribución y aplicación del biológico.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Salud del estado de Colima, a que se lleven a cabo las acciones de comunicación e información en materia de prevención de la influenza A (H1N1), así como para garantizar que el personal de salud esté capacitado para la detección, tratamiento y registro de los casos de esa enfermedad que se puedan presentar y para que se cuente con las condiciones necesarias para una posible reestructuración de los servicios de salud a fin de garantizar que el sistema de salud estatal pueda poseer en todo momento la capacidad de resolución ante un posible incremento de la incidencia de la influenza en la entidad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2014.

Diputada Martha Leticia Sosa Govea (rúbrica)