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Comunicaciones oficiales

De los diputados Luisa María Alcalde Luján, Trinidad Secundino Morales Vargas y Lucila Garfias Gutiérrez, sobre retiro de iniciativas con proyecto de decreto

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de febrero de 2014.

Diputado Ricardo Anaya Cortés

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

LXII Legislatura

Presente

Por este conducto y en uso de la facultad que me confiere lo dispuesto en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, vengo a ejercer mi derecho de retirar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 101 de la Ley del Seguro Social, presentada por la suscrita en la sesión ordinaria de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados de fecha 26 de noviembre de 2012. Cabe mencionar que la Presidencia de la Comisión de Seguridad Social ya está al tanto de dicha determinación.

Sobre el particular, solicito a usted que dicte sus apreciables instrucciones a quien corresponda a efecto de que se realicen las modificaciones correspondientes en los registros parlamentarios de la Cámara.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Diputada Luisa María Alcalde Luján (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2014.

Diputado Ricardo Anaya Cortés

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

LXII Legislatura

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, solicito que sea retirada la iniciativa que presenté el 1 de octubre de 2013 denominada “Proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos”.

Sin otro particular le envío un cordial saludo.

Suscribe

Diputado Trinidad Morales Vargas (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2014.

Diputado Ricardo Anaya Cortés

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en el artículo 77, párrafo segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicito de la manera más atenta que dicte sus apreciables instrucciones para que sea retirada y borrada de todos los registros parlamentarios la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 8o. de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, presentada por la suscrita, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, el 21 de noviembre de 2013 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de esta soberanía el 12 de noviembre de 2013, la que fue turnada a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Derechos de la Niñez de la Cámara de Diputados para el dictamen correspondiente.

Agradeciéndole de antemano su atención a la presente, reciba usted mis saludos más cordiales.

Atentamente

Diputada Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de febrero de 2014.

Diputado Ricardo Anaya Cortés

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en el artículo 77, párrafo segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicito de la manera más atenta que dicte sus apreciables instrucciones para que sea retirada y borrada de todos los registros parlamentarios la iniciativa que reforma los artículos 92 y 92 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, presentada por la suscrita, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, el 12 de noviembre de 2013 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de esta soberanía el 24 de octubre de 2013, la que fue turnada a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados para el dictamen correspondiente.

Agradeciéndole de antemano su atención a la presente, reciba usted mis saludos más cordiales.

Atentamente

Diputada Lucila Garfias Gutiérrez (rúbrica)

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite el documento Evolución de la actividad recaudatoria de 2013 y programas y presupuesto de 2014

México, DF, a 12 febrero de 2014.

Diputado Ricardo Anaya Cortés

Presidente de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

Presente

Con el propósito de dar cumplimiento a lo que establece el último párrafo del artículo 14 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, me permito enviar el documento denominado Evolución de la actividad recaudatoria 2013 y programas y presupuesto 2014 , que contiene la siguiente información:

• Informe sobre la evolución de los ingresos del gobierno federal durante 2013.

• Los principales programas que ejecutará este órgano desconcentrado y la información relacionada con el presupuesto correspondiente al ejercicio de 2014.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Aristóteles Núñez Sánchez (rúbrica)

Jefe del Servicio de Administración Tributaria


Evolución de la actividad recaudatoria 2013 y programas y presupuesto 2014

I. Introducción

El último párrafo del artículo 14 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece lo siguiente:

“Durante los primeros cuarenta y cinco días de cada año, el presidente del Servicio de Administración Tributaria enviará al Congreso de la Unión, y en los recesos de este último, a su Comisión Permanente, una exposición sobre los programas a ejecutar por el órgano, la información relacionada con el presupuesto correspondiente a dicho ejercicio y la información sobre la actividad recaudatoria correspondiente al ejercicio inmediato anterior, en el contexto de la situación económica nacional.”

A fin de dar cumplimiento con lo establecido en dicho precepto, a continuación se describe la evolución de la actividad recaudatoria observada en 2013 y se presenta una breve exposición de los principales programas que desarrollará el SAT y el presupuesto para el ejercicio fiscal de 2014 que ejercerá dicho órgano.

II. Evolución de los ingresos del gobierno federal durante 2013

De acuerdo con la información preliminar disponible1 durante el ejercicio fiscal de 2013 los ingresos del gobierno federal alcanzaron un total de 2 billones 703 mil 195 millones de pesos, monto 6.2 por ciento superior en términos reales al obtenido en 2012.

- Los ingresos petroleros del gobierno federal2 ascendieron a 778 mil 732 millones de pesos, lo que implicó un incremento real de 4.1 por ciento. La variación se explica por la combinación de los siguientes factores:

• Mayor precio del gas natural en dólares (31.4 por ciento).

• Menor precio de la mezcla mexicana de petróleo en los mercados internacionales en 3.6 por ciento (98.9 dólares por barril (dpb) en promedio en 2013 contra 102.6 dpb promedio en 2012).

• Menor plataforma de producción de crudo (0.8 por ciento) con respecto al mismo periodo del año anterior.

• La apreciación de la paridad cambiaria en 7.2 por ciento (12.8 pesos por dólar en promedio en 2013 contra 13.2 pesos por dólar en promedio en 2012).

• El precio promedio de venta al público de las gasolinas y el diesel fue menor al precio productor de Pemex, lo que implicó que la tasa de este impuesto fuera negativa, propiciando un traslado de recursos hacia el consumidor final de 105 mil 288 millones de pesos al cierre de 2013.

- Los ingresos tributarios no petroleros registraron un incremento real de 4.4 por ciento3 , principalmente por las siguientes causas:

• El sistema renta (ISR-IETU-IDE) aumentó 13.4 por ciento real. La evolución favorable se explica por los pagos definitivos del año anterior, el efecto favorable del programa de regularización de adeudos fiscales 2013 Ponte al Corriente, los ingresos derivados de la enajenación del Grupo Modelo, efecto del Buen Fin y menos compensaciones aplicadas a estos impuestos4 .

• El IEPS aumentó 3.8 por ciento real principalmente por una mayor recaudación en bebidas alcohólicas, cervezas, juegos y sorteos y el impuesto a telecomunicaciones.

• La recaudación del IVA se contrajo en 7.5 por ciento real, principalmente por el aumento en las compensaciones aplicadas al impuesto5 .

• En general, en los últimos meses del año se registraron ingresos adicionales por el adelanto de operaciones ante la entrada en vigor de los cambios al marco tributario a partir de 2014.

- Por su parte, los ingresos no tributarios no petroleros del gobierno federal mostraron un incremento real de 25.6 por ciento debido a los mayores productos y aprovechamientos registrados al cierre de 2013, respecto al año anterior.

Con respecto al programa de la LIF 2013, los ingresos del gobierno federal fueron superiores en 204 mil 548 millones de pesos. Esta diferencia fue resultado de los siguientes factores.

- Los ingresos petroleros del gobierno federal fueron superiores en 14 mil 165 millones de pesos debido a que:

• El traslado de recursos al consumidor por concepto de IEPS sobre gasolinas y diesel fue superior en 56 mil 393 millones de pesos a lo previsto originalmente.

• La apreciación del tipo de cambio en promedio durante 2013 fue mayor a la esperada en 12.0 centavos de dólar (1.0 por ciento).

• La menor plataforma de producción respecto a lo esperado (23.8 miles de barriles diarios).

• El precio de exportación del petróleo crudo mexicano fue mayor al programado en 12.1 dólares por barril.

Los ingresos tributarios estuvieron 1.0 por ciento arriba de lo esperado originalmente, con una diferencia de 16 mil 266 millones de pesos debido a:

• Mayor recaudación del IEPS por 1 mil 95 millones, principalmente en los impuestos a telecomunicaciones, bebidas alcohólicas y cerveza.

• Mayor recaudación en el sistema renta (ISR-IETU-IDE) por 79 mil 881 millones de pesos, debido a pagos definitivos de las empresas mayores a los previstos, al efecto favorable del programa de regularización de adeudos fiscales 2013 Ponte al Corriente, a la enajenación del Grupo Modelo y al efecto del Buen Fin.6

• Menor recaudación del IVA en 65 mil 823 millones de pesos, debido a la evolución del consumo.7

• En los últimos meses del año se registraron ingresos adicionales por el adelanto de operaciones ante la entrada en vigor de los cambios al marco tributario a partir de 2014.

- Mayores ingresos no tributarios por 174 mil 117 millones de pesos, debido a mayores derechos, productos y aprovechamientos.

III. Programas a ejecutar y presupuesto del Servicio de Administración Tributaria en 2014

El SAT tiene como misión recaudar los recursos tributarios y aduaneros que la ley prevé, dotando al contribuyente de las herramientas necesarias que faciliten el cumplimiento voluntario y se trabajará para que en los próximos años se transforme en una institución moderna que se enfoque principalmente en la promoción del cumplimiento voluntario de los contribuyentes a través de procesos simples.

El principal objetivo que se ha planteado la institución es aumentar la recaudación promoviendo el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales y de comercio exterior. Lo anterior se pretende lograr a través de: 1) facilitar los procesos y las transacciones que hace el contribuyente ante la institución; 2) generar oportunidades de corrección que faciliten el tránsito de la omisión al pago y 3) incrementar la contundencia en el ejercicio de facultades, especialmente cuando el contribuyente no ha atendido el llamado reiterado de las autoridades a corregir su situación fiscal o aduanera.

Así, durante el ejercicio fiscal de 2014, los principales programas y acciones que el SAT realizará se concentran en los siguientes conceptos:

Cumplir es fácil

Las acciones que el SAT implemente deberán buscar en todo momento que los contribuyentes y usuarios perciban la facilidad que otorga el SAT para cumplir con sus obligaciones fiscales y aduaneras, misma que se fundamentará en las reformas recientemente aprobadas, en el uso de nuevas herramientas tecnológicas orientadas al autoservicio, así como trámites ágiles y simplificados.

• Se trabajará en facilitar la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes y difundir su uso de manera generalizada.

• Se establecerá el uso generalizado del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), el cual contendrá información que permitirá de manera gradual, reducir las declaraciones informativas que actualmente los contribuyentes están obligados a presentar y agilizará el intercambio de información entre los contribuyentes y la autoridad fiscal.

• Se promoverá el uso de un único medio de autenticación en los sistemas del SAT que dé acceso de manera sencilla a los principales trámites de los contribuyentes.

• Se incrementarán los puntos y los medios de pago de las contribuciones y se buscará la integración de tecnologías móviles como principales interfaces de comunicación entre el SAT y los contribuyentes (se crearán herramientas como el Buzón tributario y Mis cuentas, ésta última será un sistema fácil que permitirá llevar el control de ingresos y gastos de las personas físicas”) siempre privilegiando la simplificación en los procesos que enfrenta el contribuyente.

• A efecto de facilitar el comercio exterior se trabajará hacia la consolidación de la operación del despacho aduanero en un ambiente 100 por ciento digital.

• Generar las condiciones necesarias para la operación adecuada y oportuna del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) que permita una reducción de la informalidad en los próximos años.

• Establecer programas de capacitación y asesoría fiscal a diferentes cámaras y asociaciones del sector empresarial, así como resolver en forma ágil y homogénea las problemáticas de carácter fiscal que enfrenten grupos de contribuyentes, especialmente por los cambios realizados al marco tributario que entraron en vigor en 2014.

Conviene autocorregirse rápidamente

En 2014 se promoverá que el SAT ofrezca herramientas que permitan a los contribuyentes percibir la conveniencia de corregir su situación fiscal rápidamente ante un incumplimiento en cualquier etapa del ciclo de fiscalización.

• Se promoverá la implementación de los acuerdos conclusivos como una herramienta que permita discernir oportunamente diferencias en la apreciación de la norma tributaria y así motivar el pago.

• Se establecerán nuevos mecanismos de determinación de contribuciones omitidas que sean más rápidos y que fomenten un contexto propicio al pago voluntario.

• Se dará mayor información al contribuyente sobre la evolución de las auditorías a las que está sujeto de tal manera que se propicie una mejor y más oportuna toma de decisiones por parte del contribuyente.

• Se trabajará para la implementación de revisiones electrónicas con un enfoque específico a operaciones particulares que fomenten la detección oportuna y la corrección inmediata de los contribuyentes.

Incumplir tiene consecuencias

La efectividad del SAT ante el incumplimiento debe continuar su tendencia ascendente como en años previos. Para ello, una parte relevante del esfuerzo estará enfocado a que los contribuyentes perciban mejor las consecuencias de sus actos u omisiones en perjuicio del fisco federal.

• Se fortalecerá el intercambio de información entre las entidades federativas y el SAT a fin de contar con mayor información del contribuyente.

• Se trabajará en mantener una alianza estratégica con las entidades federativas a fin de ampliar la capacidad fiscalizadora, así como ser más oportunos en los actos de control ante contribuyentes evasores u omisos.

• Se trabajará con otras instituciones encargadas de hacer cumplir obligaciones fiscales y financieras a fin de profundizar la cooperación para la detección de conductas encaminadas a la evasión.

• Se fortalecerán los modelos de riesgo con los que trabaja la institución y se promoverá una integración total en sus procesos.

• Se implementarán nuevos mecanismos de comunicación con los contribuyentes que permitirán reducir los plazos de actuación de la autoridad en concordancia con los cambios tecnológicos que se han dado en las últimas dos décadas.

• Se combatirán esquemas agresivos de evasión como el outsourcing que busca eludir responsabilidades de tipo laboral y fiscal; así como los relacionados con empresas facturadoras de operaciones simuladas y empresas que deducen operaciones simuladas.

• Se fortalecerá la ejecución de los actos de fiscalización en materia de comercio exterior posteriores al despacho integrando líneas de investigación de planeación fiscal.

Presupuesto 2014

Los recursos asignados se distribuirán conforme a las actividades institucionales y programas presupuestarios aprobados, de acuerdo con la siguiente estructura:

Los principales rubros de gasto se orientan al pago de personal, material y suministros, así como de servicios. En cuanto a la inversión, ésta se ha dirigido al equipamiento para las actividades de recaudación de las contribuciones federales y la infraestructura física y tecnológica para la operación aduanera y de comercio exterior.

El presupuesto para 2014 es 2.9 por ciento superior en términos reales al aprobado para el ejercicio fiscal de 2013, el cual atenderá las necesidades operativas derivadas de la aprobación de la reforma fiscal para el presente año.

Anexo: Estructura programática 2014

Las acciones se sintetizan en la estructura programática para el ejercicio fiscal 2014 que se integra por tres actividades institucionales y cinco programas presupuestarios:

De las actividades institucionales autorizadas, las identificadas con las claves: 001 Función pública y buen gobierno, y 002 Servicios de apoyo administrativo, son comunes a toda la administración pública federal. La primera corresponde a las funciones del órgano interno de control y la segunda incluye el desarrollo de las actividades adjetivas correspondientes a la administración de los recursos humanos, materiales y financieros del SAT,

La tercera actividad institucional 003 Política de ingresos equitativa y promotora de la competitividad, se conforma por tres programas presupuestarios: el R099 corresponde al gasto de cuotas a organismos internacionales; el E025 identifica el proceso aduanero y de comercio exterior; el E026 identifica las actividades de fiscalización, recaudación y de orientación al público en general, con excepción de las relativas al ámbito aduanero.

Los dos últimos programas resumen el quehacer fundamental del SAT, por lo que, de acuerdo con la normatividad programático-presupuestal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), se desarrollaron para estos programas matrices de indicadores bajo la metodología de marco lógico. La siguiente tabla ejemplifica la metodología que se aplica para establecer los indicadores de la operación aduanera:

Notas

1. La información definitiva estará disponible hasta la presentación de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2013.

2. Los ingresos petroleros se conforman con los derechos a cargo de Pemex, el impuesto a los rendimientos petroleros y el impuesto especial sobre producción y servicios que se aplica a las gasolinas y diesel.

3. A partir de 2013 las compensaciones por saldos a favor de impuestos se aplican sobre el impuesto que las generó, hasta 2012 prácticamente la totalidad de las compensaciones se aplicaban en el Impuesto Sobre la Renta. Este cambio metodológico implica que las cifras de 2012 y 2013 no sean comparables de forma desagregada, es decir, por impuesto.

4. Ajustado por compensaciones, el sistema renta creció sólo 6.8% real.

5. Ajustando el por el cambio metodológico en la aplicación de las compensaciones, el IVA creció 2.7% real.

6. Si se elimina el efecto del cambio metodológico en el registro de las compensaciones de impuestos mencionado en la sección anterior, la recaudación por el sistema renta sería mayor de la prevista en 24 mil 404 millones de pesos.

7. Sin el efecto del cambio en el criterio de compensación de impuestos la diferencia con respecto al programa sería de 4 mil 549 millones de pesos.

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondientes a enero de 2014, desagregada por tipo de fondo, efectuando la comparación respectiva al mismo mes de 2013

México, DF, a 14 de febrero de 2014.

Diputado Ricardo Anaya Cortés

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Con el propósito de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 107, tercer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito anexar la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondientes a enero de 2014, desagregada por tipo de fondo de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente a enero de 2013.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Doctor Fernando Aportela Rodríguez (rúbrica)

Subsecretario de Hacienda y Crédito Público

De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con la que remite el informe anual de las concesiones otorgadas en el ejercicio fiscal de 2013

México, DF, a 11 de febrero de 2014.

Diputado Ricardo Anaya Cortés

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Congreso de la Unión

Me refiero a la recomendación número 08-0-09100-07-0526-07-002, determinada por la Auditoría Superior de la Federación con motivo de la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública de 2008, a través de la cual se solicitó a esta secretaría la elaboración del informe anual sobre las concesiones otorgadas en el ejercicio fiscal de 2013, a fin de presentarlo ante esta honorable Cámara de Diputados.

En atención a ello y en cumplimiento del artículo 72, último párrafo, de la Ley General de Bienes Nacionales, me permito ofrecer la respuesta que en términos del artículo 7o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, obsequió el licenciado Armando Ruiz Massieu Aguirre, director general de Programación, Organización y Presupuesto, mediante oficio 5.1.-216 del 5 de febrero de 2014, que se adjunta al presente para los fines conducentes.

Hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Adrián del Mazo Maza (rúbrica)

Director General de Vinculación


México, DF, a 5 de febrero de 2014.

Licenciado Adrián del Mazo Maza

Director General de Vinculación
Presente

Me refiero a la recomendación al desempeño número 08-0-09100-07-0526-07-002, determinada por la Auditoría Superior de la Federación, con motivo de la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública 2008, a través de la cual se solicitó a esta secretaría la elaboración del informe anual sobre las concesiones otorgadas por esta dependencia, a fin de presentarlo a la honorable Cámara de Diputados, en cumplimiento del artículo 72, último párrafo, de la Ley General de Bienes Nacionales.

Por tal motivo, me permito solicitar a usted su valiosa intervención para que el informe referido correspondiente al año 2013 (anexo), se haga llegar por su amable conducto a la honorable Cámara de Diputados, y con ello dar puntual atención a la recomendación presentada por el órgano superior de fiscalización.

Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Armando Ruiz Massieu Aguirre (rúbrica)

Director General de Programación, Organización y Presupuesto


México, DF, a 21 de enero de 2014.

Licenciado José Javier Guadarrama Smith
Director de Control y Seguimiento de Auditorías

Con fundamento en los artículos 1, 2, fracción I, 14, 16, 18, 26, párrafo doce, y 36, fracción XXVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, tracción XVI, y 21 del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, me refiero al diverso 5.1.-2614 de 20 de julio de 2010, suscrito por Alberto Castillo Adame, quien fungiera como director general de Programación, Organización y Presupuesto, mediante el cual hizo del conocimiento a esta Dirección General de Aeronáutica Civil, que de conformidad con el artículo 72, último párrafo de la Ley General de Bienes Nacionales, se deberá remitir durante el mes de enero de cada año el informe anual de concesiones otorgadas, al amparo del orden jurídico antes referido.

Por lo anterior, y con el propósito de cumplir oportunamente con dicha obligación legal, me permito hacer de su conocimiento la única concesión otorgada en el ejercicio fiscal 2013. En tal sentido la concesión otorgada por esta unidad administrativa a mi cargo es la siguiente:

• Link Conexión Aérea, SA de CV, concesión para prestar el servicio público de transporte aéreo nacional regular de pasajeros, carga y correo, otorgada el 28 de enero de 2013, con vigencia de 10 años.

Atentamente

Alexandro Argudín Le Roy

Director General de Aeronáutica Civil


México, DF, a 13 de enero de 2014.

Licenciado José Javier Guadarrama Smith
Director de Control y Seguimiento de Auditorías

Me refiero al oficio número 5.1.-2225, de fecha 20 de julio de 2010, mediante el cual el director General de Programación, Organización y Presupuesto de esta Secretaría solicita a la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal que, a partir del ejercicio fiscal 2011, se envié a esa unidad administrativa, durante el mes de enero de cada año, el informe anual de concesiones otorgadas, lo anterior con objeto de dar debido cumplimiento al artículo 72, último párrafo, de la Ley General de Bienes Nacionales.

Sobre el particular, y como lo solicita en su correo electrónico de fecha 10 de enero del año en curso, enviado al titular de esta dirección general, anexo remito por este medio, en forma impresa y en archivo digital, el listado que contiene datos específicos de las concesiones y asignaciones vigentes otorgadas en materia ferroviaria.

Sin más por el momento, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Juan Arturo Sánchez Reyes (rúbrica)

Director de Asuntos Legales

                


México, DF, a 15 de enero de 2014.

Licenciado Armando Ruiz Massieu Aguirre

Director General de Programación, Organización y Presupuesto

Por instrucciones superiores y para dar atención al correo electrónico de fecha 10 de enero del presente año, mediante el cual solicita que se proporcione el informe anual de concesiones otorgadas en el ejercicio 2013, que se debe presentar a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en cumplimiento al artículo 72, último párrafo, de la Ley General de Bienes Nacionales y al oficio W 5.1.2223 de fecha 20 de julio de 2010.

Al respecto me permito enviar la relación de concesiones otorgadas en el ejercicio 2013, para dar cumplimiento a lo establecido en el oficio citado.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Contador Público Fernando Palma Soto (rúbrica)

Director de Seguimiento de Títulos de Concesión


México, DF, a 31 de enero de 2014.

Licenciado Armando Ruiz Massieu Aguirre

Director General de Programación, Organización y Presupuesto

Me refiero al oficio 5.1.-2224 del 20 de julio de 2010, por el que solicita que a partir del ejercicio fiscal 2011 se envíe informe anual de concesiones otorgadas, esto a efecto de atender la recomendación 08-0-09100-07-0526-07-002 de la Auditoria Superior de la Federación, respecto del cumplimiento al artículo 72, último párrafo, de la Ley General de Bienes Nacionales.

Al respecto, adjunto padrón de concesiones, permisos y autorizaciones en materia portuaria, otorgadas fuera del régimen de administración portuaria integral del ejercicio 2013.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

El Director General (rúbrica)

Por suplencia del director general de Puertos, firma la directora de Concesiones, Permisos y Autorizaciones, licenciada Andrea Yoalli Hernández Xoxotla, de conformidad con el artículo 50 del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

                     

De la Secretaría de Educación Pública, con la que remite información complementaria correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio fiscal de 2013 de los organismos descentralizados coordinados por la Subsecretaría de Educación Media Superior

México, DF, a 12 febrero de 2014.

Diputado Ricardo Anaya Cortés

Presidente de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

Presente

Se hace referencia al oficio DGPyRF 10.2/1201, mediante el cual se remitió información correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio fiscal de 2013, entre otros, de los organismos descentralizados coordinados por la Subsecretaría de Educación Media Superior, conforme a lo establecido en el artículo 43 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.

Al respecto, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 7 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 35 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, se remite en disco compacto información complementaria correspondiente a los organismos descentralizados (Colegios de Bachilleres, Colegios de Estudios Científicos y Tecnológicos e Institutos de Capacitación para el Trabajo) coordinados por la Subsecretaría de Educación Media Superior.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Rodolfo Demetrio Alor Muñoz (rúbrica)

Director General

1        2        3        4        5

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el informe trimestral sobre la situación que guardan los sistemas de ahorro para el retiro correspondiente al periodo octubre-diciembre de 2013

México, DF, a 12 de febrero de 2014.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

Con fundamento en lo dispuesto en la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal., me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número D00/100/011/2014, el ciudadano Carlos Ramírez Fuentes, presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, envía el informe trimestral sobre la situación que guardan los sistemas de ahorro para el retiro, correspondiente al periodo octubre-diciembre de 2013.

Por lo anterior, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como el anexo que en el mismo se cita, en formato impreso y disco compacto.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario


México, DF, a 13 de febrero de 2014.

Licenciado Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

Estimado subsecretario Solís:

De conformidad con lo establecido en el artículo 27, fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, atentamente le solicito sea usted el amable conducto para dar cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 5o., fracción XIII, 8o., facción VIII, y 12 fracciones III, VIII y XIII, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y el artículo 151 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Por lo anterior, anexo al presente me permito acompañar por duplicado el informe trimestral sobre la situación que guardan los Sistemas de Ahorro para el Retiro, correspondiente al período octubre-diciembre de 2013, tanto en impreso como en disco compacto, el cual fue aprobado por la Junta de Gobierno de esta comisión en su primera sesión extraordinaria de dos mil catorce y que, de no existir inconveniente, deberá entregarse a cada una de las Cámaras del honorable Congreso de la Unión a más tardar el 28 de febrero del año en curso.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Carlos Ramírez Fuentes (rúbrica)

Presidente

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados

México, DF, a 14 de febrero de 2014.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL 62-II-8-6283 signado por el diputado José González Morfín, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 100.2014.DGVP.009, suscrito por el maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a boletinar y evidenciar, a través de las instancias correspondientes, a nivel nacional, a todas aquellas gasolineras del país que no hayan cumplido con lo establecido en las Normas 005 y l85, para que los consumidores tengan oportunidad de saber en qué gasolineras sí se pueden comprar litros de a litro.

Sin otro particular, aprovecho la .ocasión para reitera.rles1aseguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, a 13 de febrero de año de 2014.

Unidad de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación
Presente

En seguimiento al oficio SEL/UEL/311/1979/13, con fecha 21 de noviembre de 2013, me permito enviar respuesta al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputadas del honorable Congreso de la Unión relativo al siguiente resolutivo:

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Economía que boletine y evidencie, a través de las instancias correspondientes, a nivel nacional, a todas aquellas gasolineras del país que no hayan cumplido con lo establecido en las Normas 005 y 185, para que los consumidores tengan oportunidad de saber en qué gasolineras sí se pueden comprar litros de a litro.

Al respecto me permito hacer de su conocimiento que la Secretaría de Economía considerando que es responsabilidad del gobierno federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los instrumentos de medición que se comercialicen en territorio nacional sean seguros y exactos, con el propósito de que presten un servicio adecuado conforme a sus cualidades metrológicas y aseguren la exactitud de las mediaciones que se realicen en las transacciones comerciales; y considerando que debe procurarse que los productos usados en instrumentos de medición y que se comercialicen en territorio nacional, contengan requisitos de protección y confiabilidad, a fin de asegurar las transacciones comerciales, ha emitido las normas oficiales mexicanas (NOM): NOM-005-SCFI-2011 “Instrumentos de medición-Sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos-Especificaciones métodos de prueba y de verificación”, (Norma de los dispensarios), y NOM-185-SCFI-2012, “Programas informáticos y sistemas electrónicos que controlan el funcionamiento de los sistemas para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos-Especificaciones métodos de prueba y de verificación”, (Norma del Software).

En cuanto a la evaluación de la conformidad de los sistemas para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos objeto de ambas NOM, así como su vigilancia corresponde a la Dirección General de Normas y a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en el ámbito de sus respectivas atribuciones, siendo la Profeco la autoridad que realiza verificaciones a los sujetos de aplicación de ambas NOM, para corroborar que efectivamente las estaciones de servicio den cumplimiento puntual a lo largo del país.

Dada la entrada en vigor de ambas NOM, la Dirección General de Normas de esta Secretaría ha recibido notificaciones de acciones judiciales para tratar de impugnar su validez. Así se han recibido múltiples notificaciones de juicios de Amparo y de Nulidad. En la mayoría de los casos, se ha solicitado la suspensión y se ha negado. Siendo el mecanismo más recurrido el juicio de nulidad y en la mayoría de estos juicios aún se encuentran en proceso de resolución, o la sentencia aún no es firme.

Esta Secretaría ha realizado acciones normativas tendientes a proteger los derechos del consumidor, en especial del usuario de las gasolineras, con la finalidad de que las mediciones sean exactas, y brindándole la información que sea necesaria para la toma de una decisión de compra o contratación de un servicio.

Por su parte, la Profeco realiza las acciones necesarias para promover y proteger los derechos de los consumidores en sus relaciones de consumo, sin embargo se encuentra impedida para boletinar, evidenciar y pub1icar las estaciones de servicio, comúnmente denominadas gasolineras, que no hayan cumplido con lo establecido en NOM-005-SCFI-2011, “Instrumentos de medición-Sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos-Especificaciones, métodos de prueba y de verificación” y NOM-185.SCFI-2012, “Programas informáticos y sistemas electrónicos que controlan el funcionamiento de los sistemas para medición y despacho de gasolina y otros líquidos-Especificaciones, Métodos de prueba y de verificación, toda vez que de las visitas de verificación realizadas a dichas estaciones de servicio, en diversas se han iniciado los procedimientos administrativos correspondientes por las irregularidades que se decretaron, situación por la cual los mencionados procedimientos aún no culminan, o bien, se encuentran en algún medio de defensa otorgado por la ley que no ha causado estado, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14, fracción IV, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que a la letra dispone:

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

Artículo 14. También se considerará como información reservada;

...

IV. Los expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio en tanto no hayan causado estado;

...”

En este sentido, los Tribunales Colegiados de Circuito del Poder Judicial de la Federación, han establecido que si bien es cierto la Profeco tiene facultades para informar a la sociedad sobre los resultados de su gestión, control y verificación, a efecto de que el consumidor pueda ejercer sus derechos en la contratación de los bienes y servicios que le son ofrecidos, también lo es que para que se realicen dichas actividades debe haberse dictado la resolución que clasifique esos actos y declare infractor al proveedor.

Robustece lo anterior, el siguiente criterio judicial emitido por los Tribunales Colegiados de Circuito:

Procuraduría Federal del Consumidor la difusión de las irregularidades cometidas por los proveedores y la clasificación de éstos como infractores, al ser un acto de molestia debe cumplir con la fundamentacióny motivación que exige el artículo 16 de la Constitución Federal.

Si bien es cierto que los artículos 1 a 10 y 13 a 26 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 6 a 9, 13, 20, 24, y 44 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, facultan a la Procuraduría Federal del Consumidor para informar a la sociedad sobre los resultados de su gestión, control y verificación, a efecto de que el consumidor pueda ejercer sus derechos en contratación de los bienes y servicios que le son ofrecidos, también lo es que el ejercicio de esa actividad, en cuanto puede afectar el honor o reputación de los proveedores, aun cuando no es un acto de privación, sino de molestia, debe ceñirse a los requisitos de fundamentación y motivación que prevé el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En este sentido aunque no puede exigirse que en cada caso exista un mandamiento escrito que ordene la inserción en la página de internet de las denuncias y reportes contra los proveedores, el número de visitas de verificación practicadas, las medidas adoptadas por la institución en cuanto a dichas quejas y los amparos promovidos contra aquellas, porque el acto no está dirigido a un particular, es necesario, que esté fundado en la ley que faculte a la autoridad para difundir la información, además de que los datos que haga públicos sean objetivos y se identifiquen las fuentes. De esta manera, debe estimarse inconstitucional la información relativa a que un establecimiento ha cometido irregularidades, si la autoridad sólo exhibe actas de verificación en donde se hacen constar ciertos hechos pero no acredita que se haya dictado alguna resolución que clasifique esos actos y declare infractor al proveedor de que se trate.

Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

Amparo en revisión.3912007. Servicio Lomas de Vista Hermosa, SA de CV, y otras. 16 de febrero de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretario: Sergio Padilla Terán. Registro Número 171954; Novena Época; Tribunales Colegiados de Circuito; Semanario Judicial de la Federación; Tomo XXVI, julio de 2007; Tesis Aislada (Administrativa); I. 8°.A.125 A”.

En caso de que la Profeco detecte que algún proveedor de bienes o servicios cometa violaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actuará con base en el marco jurídico aplicable, para proteger los derechos de los consumidores e imponer las sanciones económicas correspondientes.

Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la fracción II del artículo 48 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, así como el acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el 1 de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, se solicita atentamente haga del conocimiento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la información contenida en el presente, en la forma que se estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviar1e un saludo cordial.

Atentamente

Maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero (rúbrica)

Director General de Vinculación Política

(Se remite a la Comisión de Economía, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite nueve contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio de la LXII Legislatura

México, DF, a 12 de febrero de 2014.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Honorable Congreso de la Unión
Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-7-1200, signado por la senadora Lisbeth Hernández Lecona, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 1.3.-07312014, suscrito por el licenciado Adrián del Mazo Maza, director general de Vinculación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a llevar a cabo las acciones necesarias, a fin de que se combata a la delincuencia organizada, que emplea diversos sistemas y mecanismos para frenar a los ferrocarriles y robar su carga, así como implementar las acciones correspondientes para hacer del transporte ferroviario un medio más seguro, rápido y eficaz, mediante la instalación de1os señalamientos y equipos de seguridad electrónica que sean necesarios.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario


México, DF, a 11 de febrero de 2014.

Licenciado Felipe Salís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos

Secretaría de Gobernación

Me refiero al oficio número SELAP/UEL/311/09/14, del 23 de enero de 2014, mediante el cual la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, remite copia del punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión en sesión celebrada el 22 del actual, cuyos resolutivos cito a continuación:

Primero. La Comisión Permanente exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a llevar a cabo las acciones necesarias, como permitir aumentar la velocidad a 40 kilómetros por hora en los tramos urbanos, a fin de que se combata a la delincuencia organizada, que emplea diversos sistemas y mecanismos para frenar a los ferrocarriles y robar su carga. Segundo. La Comisión Permanente exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a implementar las acciones correspondientes para hacer del transporte a implementar las acciones correspondientes para hacer del transporte ferroviario un medio más seguro, rápido y eficaz, mediante la instalación de los señalamientos y equipos de seguridad electrónica que sean necesarios.”

En atención a ello, me permito ofrecer la respuesta que, en términos de lo establecido en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, obsequió el contador público Pablo Suárez Coello, director de Transportes Ferroviario y Multimodal, mediante oficio número 4.3.-141/2014 de 5, de febrero de 2014, que se adjunta al presente para los fines conducentes.

Hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Adrián del Mazo Maza (rúbrica)

Director General de Vinculación


México, DF, a 5 de febrero de 2014.

Licenciado Adrián del Mazo Maza

Director General de Vinculación

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Presente

Hago referencia a su atento oficio número 1.3.-54/2014, de fecha 28 de enero del año en curso, a través del cual remite al subsecretario de Transporte copia del punto acuerdo aprobado por el pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, celebrada el 22 de enero, solicitando se conceda mediante similar la respuesta que se considere pertinente.

Sobre el particular, derivado del análisis técnico-jurídico realizado a los documentos que tuvo a bien remitir, acompaño al presente., documento que contiene la opinión de esta Unidad Administrativa respecto al punto de acuerdo de referencia.

Atentamente

Contador público Pablo Suárez Coello (rúbrica)

Director General

(Se remite al Promovente, para su conocimiento.)


México, DF, a 12 de febrero de 2014.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-8-2918, signado por la senadora Lisbeth Hernández Lecona, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número DGPPVCI/DV/0102/2014, suscrito por el maestro Jorge Nader Kuri, director general de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional de la Procuraduría General de la República, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a revisar y perfeccionar los procedimientos del programa Amber; si no se ha implementado, urgir a que se haga y, finalmente, implementar campañas de difusión e información sobre el mismo, a efecto de que se tome conciencia de su importancia y del que la participación ciudadana tiene para su éxito en cada emisión de alerta.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos


México, DF, a 10 de febrero de 2014.

Licenciado Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al oficio SELAP/300/041/14, por el que se comunica a esta Procuraduría el punto de acuerdo aprobado por el honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el día 15 de enero del año en curso y que, en el resolutivo conducente señala, en lo que atañe a esta Institución:

“Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en el marco del 18 aniversario de la creación del programa Alerta Amber, exhorta respetuosamente al gobierno federal, a los gobiernos del Distrito Federal y de las entidades federativas del país, a que a manera de remembranza y reconocimiento, se proceda a revisar y perfeccionar los procedimientos de dicho programa, si no se ha implementado, urgir a que se haga y finalmente, implementar campañas de difusión e información sobre el mismo, a efecto de que se tome conciencia de su importancia y del que la participación ciudadana tiene para su éxito a fin de que la sociedad participe activamente en cada emisión de alerta.” (sic)

Sobre el particular, y con fundamento en el artículo 89, fracciones X y XI, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, comunico a usted que la Subprocuraduría de Derechos Humanos Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, a través de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas informó a esta de mi cargo que:

“Al respecto, cabe mencionar que la Coordinación Nacional del Programa Alerta Amber México, tiene como una de sus premisas la proactividad y frecuente revisión de sus tareas y resultados de las mismas, para observar una mejora continua a través de la implementación de acciones y estrategias definidas, así como el análisis e incorporación de todas aquellas propuestas que sean viables y contribuyan a robustecer los buenos resultados y cumplimiento de objetivos, el Programa como estrategia busca sensibilizar y concientizar a la sociedad en general, sumando miles de ojos y oídos para ver, escuchar y apoyar en esta tarea, con la finalidad de promover acciones en conjunto con las autoridades de todos los niveles, obteniendo así, una herramienta eficaz de difusión, que contribuya a la búsqueda, localización y pronta recuperación de niñas, niños y adolescentes.

El pasado 8 de enero la Secretaría de Gobernación, la Procuraduría General de la República y la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT) firmaron un convenio de colaboración para hacer más efectivo, más inmediata y eficaz la posibilidad de localizar a las niñas, niños y adolescentes. Para lo anterior se acordó con la CIRT, que por medio de esta Coordinación Nacional de Alerta Amber México, previo informe de las coordinaciones estatales a esta coordinación, se podrá solicitar el apoyo inmediato en las acciones de difusión de las alertas en las diferentes entidades a través de las emisoras afiliadas a esta organización en su región o en su caso a nivel nacional.

A la fecha, 31 entidades operan con éxito de manera coordinada, de las cuales 22 cuentan con un protocolo estatal formalizado, 9 estados lo operan sin formalizar y sólo falta 1 estado que se encuentra realizando trabajos para la implementación del Programa en su territorio. Se anexa mapa.” (sic)

Reciba un saludo afectuoso.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.


Maestro Jorge Nader Kuri (rúbrica)

Director General

(Se remite al Promovente, para su conocimiento.)


México, DF, a 12 de febrero de 2014.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Honorable Congreso de la Unión
Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-2-1077, signado por el senador Fernando Herrera Ávila, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 1.3.071/2014, suscrito por el licenciado Adrián del Mazo Maza, director general de Vinculación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a la problemática que presenta la carretera Escénica por el hundimiento, ocurrido el 28 de diciembre en la autopista Tijuana-Ensenada.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario


México, DF, a 11 de febrero de 2014.

Licenciado Felipe Salís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos

Secretaría de Gobernación

Me refiero al oficio número SELAP/300/063/14, del 23 de enero de 2014, mediante el cual remite copia del punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 22 de enero de 2014 cuyos resolutivos cito a continuación:

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, solicita respetuosamente a Caminos y Puentes Federales que agilice el análisis del deslizamiento ocurrido en la carretera Escénica, a fin de que se conozca a la mayor brevedad el dictamen técnico sobre el problema en cuestión. Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, que a partir del dictamen técnico se procesa a la dispersión expedita de los fondos necesarios para la reparación de la carretera Escénica, materiales y humanos para que se repara con la mayor brevedad posible el tramo afectado por las hundimientos del día 28 de diciembre del año pasado, en la autopista Tijuana-Ensenada, a fin que se establezca de manera normal la comunicación vía terrestre entre ambas ciudades del Estado de Baja California. Tercero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a la Dirección de Caminos y Puentes Federales, y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que garantice con el cobro del peaje en la autopista, la cobertura del seguro de viajero, así como tarifas justas con base en los kilómetros transitados; y a que en su caso, se valoren otras medidas de apoyo a las comunidades afectadas por este incidente.

Asimismo, que las carreteras libres utilizadas como vías alternas se acondiciones con los señalamientos, acotamiento y medidas preventivas necesarias para garantizar la seguridad de los viajeros nacionales y extranjeros, y que la información propiciada en folletos sea amplia y suficiente y, esté disponible en idiomas español e inglés. Cuarto. Se solicita a la Secretaría de Desarrollo Social, en coordinación con las autoridades de los tres órdenes de Gobierno que resulten competentes, que implementen un programa de atención integral para la atención en salud, educación, alimentación, empleo temporal y en general para satisfacer las necesidades básicas de las familias que, previa elaboración del padrón y estudio socio-económico correspondientes, se hayan colocado en una situación de vulnerabilidad derivado de la disminución de las actividades económicas en los municipios de Ensenada, Rosarito y Tijuana, mientras se restablece la comunicación por la carretera Tijuana- Ensenada. Quinto. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión de la Unión solicita de manera respetuosa al área correspondiente de la Policía Federal Preventiva para que implante acciones de vigilancia y control del acceso al autotransporte de carga pesada, de manera que se garantice la seguridad de los viajeros que transitan por las utas alternas a la carretera Escénica, principalmente por la carretera libre Ensenada-Tijuana.

En atención a ello, me permito ofrecer las respuestas que remitieron las áreas que integran esta Secretaría, lo anterior en términos de lo establecido en los artículos 1o., 2o. fracción XV, 9o., 10o. fracción V y 50 párrafo primero, del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y, artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, mismos que se adjuntan al presente para los fines conducentes:

• Oficio 3.4.078 de 6 de febrero de 2014, del Ing. Héctor A. Castañeda Molina, Director General Adjunto de Supervisión Física de Autopistas de la Dirección General de Desarrollo Carretero.

• Oficio 09/J0U/DJ/0115/2014 de 31 de enero 2014, del licenciado Jorge Martín Jiménez Zárate, Director Jurídico en Capufe.

Hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Adrián del Mazo Maza (rúbrica)

Director General de Vinculación


Ciudad de México, a 6 de febrero de 2014.

Licenciado Adrián del Mazo Maza

Director General de Vinculación
SCT

Me refiero al oficio número SELAP/300/063114, de fecha 23 de enero de 2014, mediante el cual el subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de. Gobernación remitió al secretario de Comunicaciones y Transportes el oficio número D.G.P.L 62-II-2-1077, signado por el senador vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, con el que comunicó el acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en relación con la problemática presentada el 28 de diciembre de 2013 en el km 93+000 de la autopista Tijuana-Ensenada.

De conformidad con el acuerdo primero , me permito hacer de su conocimiento que a partir del 30 de diciembre de 2013 el organismo Capufe contrató a la empresa TGC Geotecnia, SA de CV, quien es la encargada de realizar los estudios y el proyecto ejecutivo definitivo de reparación de la zona, se prevé que en un lapso de 4 a 6 semanas se tenga una solución conceptualizada con el fin de que se inicien las obras correspondientes.

Con fecha 1 de enero de 2014, se iniciaron los trabajos preliminares, en la construcción provisional de rampas de acceso en los lados sur y norte, para permitir los trabajos de limpieza y brindar un área de seguridad para poder realizar los estudios con la empresa contratada por Capufe, quien proporcionará como resultado una solución técnica factible y segura.

La empresa que realiza los estudios ha informado de manera preliminar que el deslizamiento se debió a una combinación de factores: lluvia, flujos de agua subterránea y un sismo registrado en la zona; a la fecha, con la información obtenida en campo y en gabinete se ha propuesto como solución reconstruir la vialidad mediante la conformación de un terraplén aligerado, con la finalidad de reducir el volumen y el peso del nuevo terraplén, manteniendo preferentemente el trazo original de la vía; así como la construcción de una galería filtrante para la inducciórl.de escurrimientos.

El 29 de enero de 2014 la empresa proyectista comunicó mediante boletines sobre las actividades que pueden iniciarse de inmediato, entre las que se encuentran el abatimiento del talud superior a 45 grados y la construcción de bermas intermedias de 8 m de ancho incluyendo su impermeabilización y se ha informado que dichos trabajos se iniciaron el 31 enero de 2014.

Con relación al acuerdo segundos le informo que Banobras, SNC, concesionaria de la autopista Tijuana-Ensenada, tiene autorizados y disponibles los recursos necesarios para proceder a la ejecución inmediata de las obras de reparación del terraplén del km 93+000, mediante una partida para atención de emergencias técnicas; para el inicio formal de los trabajos se esperan los resultados definitivos y el procedimiento de obra.

Con respecto al acuerdo terceros le comunico que el cobro del peaje con el desvío del tránsito a la carretera libre en La Misión, está acorde con los recorridos que realizan los flujos vehiculares dentro de la autopista, dado que el último tramo de cobro es de La Misión a Ensenada y éste no se está cobrando en la caseta Ensenada, porque esta caseta no está operando debido al desvío.

El seguro del usuario aplica en los tramos de autopista que se están utilizando

Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ingeniero Carlos Bussey Sarmiento (rúbrica)

Director General


Cuernavaca, Morelos, a 31 de enero de 2014.

Licenciado Adrián del Mazo Maza

Director General de Vinculación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Me refiero al oficio número D.G.P.L 62-II-2-1078, suscrito por el senador Fernando Herrera, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el cual fue turnado a Capufe mediante volante número E10000l4-311, de fecha 27 de enero del año en curso, por medio del cual se informa sobre el punto de acuerdo aprobado el 22 de enero de 2014.

Sobre el particular, con relación al punto primero del referido acuerdo, Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, en adelante Capufe, remite la siguiente información:

A) De forma inmediata se iniciaron los trabajos preliminares, consistentes en: (i) la construcción provisional de Rampas de acceso lado sur y norte, asimismo (ii) trabajos de limpieza para brindar un área de seguridad para que pudieran realizar los estudios y proyectos con empresas reconocidas que den como resultado una solución viable, factible y segura.

I. Actualmente se están llevando a cabo en el estudio como acciones inmediatas las siguientes:

I.1.Levantamiento topográficas de la zona deslizada, misma que se nene ya terminada. Recorridos de inspección geológicas con especialistas en geología y geotecnia, sondeos de exploración, donde se están utilizando 2 equipos de perforación montados en camión del tipo Mobile Drill B61.

II. El estudio contemplará:

II.1. Levantamiento Topográfico.

Estudio Hidrológico-Hidráulico, que incluya la revisión de las obras de drenaje existentes y la dirección de los escurrimientos para proyectar las adicionales que se requieran.

II.2.Estudio Geológico, que incluye una revisión geohidrológica que complemente la información geológica existente. Sondeos de exploración para determinar la profundidad de la superficie de deslizamiento, para ello se emplearan las técnicas de: penetración estándar, medición electrónica de parámetros de perforación y el muestreo con barril NQ.

III.3.Pruebas de Phicómetro, para determinar las propiedades de resistencia de los materiales. Instrumentación: Se instalará Piezómetro y tubos de observación para medir los niveles de agua subterránea, así como inclinómetros y puntos de control topográficos para detectar los desplazamientos.

II.4.Pruebas de bombeo para estimar el gasto que se podrá extraer de las galerías filtrantes que se pretende construir.

II.5.Pruebas de laboratorio para identificar y clasificar los materiales recuperados con los sondeos de exploración.

Estudio geotécnico, para evaluar el factor de seguridad de la ladera con la sobrecarga que inducirá al terraplén con el que se recuperará la vialidad y la influencia del drenaje interno en la estabilidad de la ladera.

Derivado de lo anterior, la empresa proyectista nos proporcionará las alternativas de solución presentando un proyecto ejecutivo que incluya planos ejecutivos, especificaciones técnicas y volúmenes de obra para la posible solución.

Por lo anterior es importante obtener los resultados derivados del estudio para determinar la solución más viable, factible y segura.

Por lo anterior, a la fecha no es posible proporcionar un presupuesto de la alternativa. de solución, sin embargo como se menciona en líneas anteriores, ya se iniciaron los estudios necesarios para obtener la solución más adecuada. Asimismo la realización de los estudios y proyectos que nos darán las alternativas de solución, requieren de un tiempo considerable de ejecución.

B) Por otra parte en relación al punto tercero del citado acuerdo, me permito informar a usted que dentro de la cobertura del seguro del usuario, se considera el tramo Tijuana-Ensenada; éste es un seguro de Responsabilidad Civil contratado por Capufe para los usuarios y opera mientras estos transiten en un vehículo automotor dentro de los límites de la carpeta asfáltica, acatamientos y derecho de vía, incluyendo los distribuidores viales de acceso o salida y gasas de las vías generales de comunicación que opera Capufe.

Mediante convocatoria de la licitación pública nacional, con fecha 27 de diciembre de 2013, se llevó a cabo el fallo en el que se adjudicó la póliza del seguro del usuario, a la empresa Qualitas aseguradora.

En virtud de lo anterior, la cobertura, está vigente.

C) Por último le informo de las acciones operativas realizadas con motivo de la emergencia por hundimiento de carpeta asfáltica en la autopista Tijuana-Ensenada:

•A partir de las 2:20 horas del 28 de diciembre 2013, se presentó hundimiento en la superficie de rodamiento, por lo que a partir de ese momento ya no fue factible el tránsito en el km 93+000 autopista Tijuana-Ensenada, ambos cuerpos (falla geológica).

• Se ha mantenido monitoreo permanente en la zona, eVacuándose a todos los vehículos, únicamente fue imposible sacar del área siniestrada un transporte de carga, de la empres Cemex con carga sobre el cuerpo A (conductor fuera del área. de peligro).

• Plaza de Cobro 36 Ensenada cierre al tránsito ambos cuerpos dejando pasar exclusivamente unidades de emergencia, maquinaria y residentes aledaños.

• En la Plaza de Cobro 35 Rosarito, cuerpo A, la circulación se desvía en el km 65+000 para continuar por carretera libre.

• Únicamente continúan en tránsito sobre autopista usuarios que se trasladan a La Salina (Km 72+000) y baja Mar (km 82+000).

Sin otro particular, reitero a ustedes las seguridades de mi consideración distinguida.

Atentamente

Licenciado Jorge Martín Jiménez Zárate (rúbrica)

Director Jurídico

(Se remite al promovente, para su conocimiento.)


México, DF, a 12 de febrero de 2014.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-7-1201 signado por la senadora Lisbeth Hernández Lecona, entonces Vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UR 120 UCE/CECU/0129/14 suscrito por el licenciado Adrián Guerra Yáñez, coordinador de Enlace con el honorable Congreso de la Unión de la Secretaría de Educación Pública, así como el anexo que en él se menciona, mediante los cuales responden el punto de acuerdo relativo a vigilar estrictamente que al reiniciar el ciclo escolar 2013-2014 y en el proceso de pre inscripción a la educación básica para el próximo ciclo escolar 2014-2015, en ningún caso se impida o condicione la prestación del servicio educativo a los educandos, al pago de cualquier contra prestación, tal como lo establece el artículo 6o. de la Ley General de Educación.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, 7 de febrero de 2014.

Licenciado Valentín Martínez Garza

Encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al oficio número SELAP/UEL/311/090/14, a través del cual la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, hizo del conocimiento el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión en la sesión celebrada el 22 de enero de 2014, relacionado con el resolutivo segundo por el que exhorta a que en ningún caso se impida o condicione la prestación del servicio educativo.

En virtud de lo anterior, envío copia del oficio número DGPyEE/019/2014, suscrito por el licenciado Antonio Ávila Díaz, director general de Planeación y Estadística Educativa de la Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas de esta secretaría, con los comentarios correspondientes.

Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Adrián Guerra Yáñez (rúbrica)

Coordinador de Enlace


México, DF, a 4 de febrero de 2014.

Licenciado Adrián Guerra Yáñez

Coordinador de Enlace de la Unidad de Coordinación Ejecutiva

Presente

En atención a su oficio número UR 120 UCE/CECU/0077/14, mediante el cual comunica el acuerdo aprobado por Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en la sesión celebrada el 22 de enero de 2014, que en su resolutivo segundo señala:

Segundo. La Comisión Permanente exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública y a las autoridades educativas de los estados a vigilar estrictamente que al reiniciar el ciclo escolar 2013-2014 y en el proceso de preinscripción a la educación básica para el próximo ciclo escolar 2014-2015 en ningún caso se impida o condicione la prestación del servicio educativo a los educandos, al pago de cualquier contraprestación, tal como lo establece el artículo sexto de la Ley General de Educación.

Al respecto, le comunico que la Secretaría de Educación Pública en apoyo al programa de preinscripciones para el ciclo escolar 2014-2015, desplegó un proceso de difusión mediante carteles impresos dirigidos a las autoridades educativas estatales para su distribuidos en todas las escuelas de educación básica del país; en dichos documentos se comunica el periodo de preinscripciones, los requisitos básicos para realizar el trámite y, de manera destacada se indica que en México la educación básica es laica, gratuita y obligatoria para todos, como lo establecen los artículos 4, 5 y 6 de la Ley General de Educación.

Como parte del proceso de orientación a los padres de familia las autoridades educativas estatales elaboraron materiales descriptivos con los requisitos específicos para realizar el trámite de preinscripciones en los que se destaca de manera clara la gratuidad del mismo; también se indican los datos de contacto para reportar acciones que lesionen el principio de gratuidad.

Se anexa una muestra de los materiales de difusión de Sonora, Yucatán y el Distrito Federal.

Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Antonio Ávila Díaz (rúbrica)

Director General

(Se remite al Promovente, para su conocimiento.)


México, DF, a 13 de febrero de 2014.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta del oficio número DGPL 62-II-3-1278, signado por la senadora Lisbeth Hernández Lecona, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número 170/ UCVPS/ DGAVS/ 99/ 2014, suscrito por el licenciado Rodrigo Reina Liceaga, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como el anexo que en él se menciona, mediante los cuales responden el punto de acuerdo relativo al reconocimiento que hace ese órgano legislativo a las mujeres y a los hombres dedicados a la enfermería en México, en el marco de la conmemoración del Día de la Enfermera y el Enfermero; asimismo, se solicita un diagnóstico sobre la situación prevaleciente en la formación profesional de los enfermeros en el país y promover la profesionalización y capacitación continua de los servicios de enfermería en México.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, a 11 de febrero de 2014.

Oficina del Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

En atención del oficio número SELAP/ EUL/ 311/ 048/ 14, de fecha 16 de enero de 2014, mediante el cual informa respecto al punto de acuerdo aprobado en la sesión ordinaria del 15 de enero del 2014, que refiere:

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión extiende un reconocimiento a las mujeres y a los hombres dedicados a la enfermería en México, en el marco de la conmemoración del Día de la Enfermera y el Enfermero.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita a la Secretaría de Salud que elabore y remita a esta soberanía un diagnóstico sobre la situación prevaleciente en la formación profesional de los enfermeros en el país.

Tercero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud para que, en los términos de la legislación vigente, promueva la profesionalización y capacitación continua de los servicios de enfermería en México.

Al respecto, me permito acompañar el oficio número SIDSS/ CAS/ 022/ 14, de fecha 5 de febrero de 2014, suscrito por el doctor Luis Rubén Durán Fontes, subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud.

Con base en lo anterior he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica)

Titular de la Unidad de Vinculación y Participación Social


México, DF, a 5 de febrero de 2014.

Licenciado Rodrigo Reina Liceaga

Titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social

Presente

A fin de atender lo solicitado mediante el oficio número 170UCVPS/ DGAVS/ 34/ 2014, de fecha 20 de enero del año en curso, relativo al punto de punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión en materia de enfermería, de forma anexa le envío el documento Diagnóstico de la situación de la formación de recursos humanos en enfermería, el cual concentra información general sobre la situación de la formación profesional de enfermería de 2011 a 2013.

De igual manera, le informo que en lo relativo al tema de profesionalización y capacitación continuo de los servicios de enfermería en México, la Comisión Permanente de Enfermería tiene como propuesta de trabajo para la presente administración revisar el marco jurídico que avala dichos procesos a fin de promover que la profesionalización y capacitación de los recursos humanos en enfermería se realicen con estándares de calidad técnica y pedagógica, debiendo considerar que dichos aspectos serán abordados en la próxima sesión ordinaria de la Comisión Interinstitucional de Formación de Recursos Humanos en Salud.

Esperando que dicha información le sea de utilidad, quedo de usted.

Reconocido por su atención, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Luis Rubén Durán Fontes (rúbrica)

Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud

(Se remite al Promovente, para su conocimiento.)


México, DF, a 13 de febrero de 2014.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L 62-II-2-1077 signado por el senador Fernando Herrera Ávila, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número SEGOB/CNS/00074/2014 suscrito por el doctor Manuel Mondragón y Kalb, comisionado nacional de Seguridad de esta secretaría, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a implementar acciones de vigilancia y control del acceso al autotransporte de carga pesada, de manera que se garantice la seguridad de los viajeros que transitan por las rutas alternas a la carretera Escénica, principalmente por la carretera libre Ensenada-Tijuana.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario


México, DF, a 11 de febrero de 2014.

Licenciado Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos

Presente

En atención al similar con número SELAP/300/0066/14, relativo al punto de acuerdo que fue aprobado en el pleno del Congreso de la Unión, que a la letra dice:

...

Quinto. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita de manera respetuosa al área correspondiente de la Policía Federal Preventiva para que implante acciones de vigilancia y control del acceso al autotransporte de carga pesada, de manera que se garantice la seguridad de los viajeros que transitan por las rutas alternas a la carretera escénica, principalmente por la carretera libre Ensenada-Tijuana.

Al respecto, informo a usted lo siguiente:

La Comisión Nacional de Seguridad a través de su órgano administrativo desconcentrado Policía Federal, en el marco de las atribuciones que tiene conferidas, realiza labores de vigilancia, seguridad e inspección en diversos puntos de revisión, así mismo mantiene patrullaje permanente en la red carretera federal del país, con el fin de prevenir y disuadir la comisión de delitos.

La Policía Federal, a través de la coordinación estatal de Baja California, a partir del 28 de diciembre de 2013, ha venido implantando las siguientes medidas de control y seguimiento:

• Se canaliza la circulación de vehículos de carga pesada (más de tres toneladas), por el camino nacional (3) Tecate-Ensenada; tramo: Vallecitos-EI Sauzal, implementando un operativo permanente de información, seguridad vial, así como a todos los usuarios que transitan en ella.

• Se implementa el operativo permanente de vigilancia en el camino nacional (1) Tijuana-Ensenada; tramo: La Misión-San Miguel.

• Se lleva a cabo una campaña permanente de difusión, por los diferentes medios de comunicación de la localidad, con el fin de mantener informados a los usuarios de las medidas adoptadas, para la seguridad de éstos.

• Se mantiene comunicación constante entre las autoridades tanto de la Secretaría de Comunicación y Transportes, Caminos y Puentes Federales, autoridades municipales y del estado, a fin de poder ejecutar el plan de acción inmediata previamente consensado, en caso de presentarse eventualidades similares. Asimismo se lleva a cabo una coordinación con las Cámaras de Transporte para la emisión de boletines a sus agremiados por cualquier cambio de rutas, evitando con esto contratiempos.

• Con independencia de las acciones enunciadas, a partir de marzo de 2013, la Policía Federal puso en marcha el “Programa Cuadrantes Carreteros”; para ello, se han establecido 136 cuadrantes carreteros a través de las 5 regiones en las que se dividió el país, con la finalidad de garantizar la seguridad e integridad física de la población y su patrimonio, al circular por la Red Carretera Federal.

• En lo que respecta a Baja California, se delimitaron tres cuadrantes carreteros los cuales cuentan con presencia policial permanente en los caminos federales, entre los que destaca el Cuadrante NO-03, Estación Tijuana, que cubre 59 kilómetros, que atiende las labores descritas en los incisos anteriores.

Asimismo, se encuentra en operación el Centro de Atención del Comisionado, que cuenta con 200 asesores para la atención ciudadana las 24 horas, con 100 líneas abiertas para captar denuncias a nivel nacional en el número 088, para quien desee realizar alguna queja o denuncia sobre la vigilancia y control del acceso al autotransporte y pasajeros que transitan por la zona dañada, que incluso pueden ser anónimas, así como la cuenta de de twitter @ceac_cns , el correo ceac@cns.gob.mx y la aplicación PF Móvil que está disponible para todas las plataformas de telefonía celular, con la posibilidad de adjuntar multimedia (audio, foto o video); reportes que son canalizados a las áreas correspondientes para su atención.

Todas las llamadas son atendidas en tiempo real, este servicio nos ayuda a tener más cercanía con la población y a atender eficaz y oportunamente los requerimientos de la ciudadanía.

Finalmente, se reitera el compromiso de esta Institución para continuar realizando acciones orientadas a salvaguardar la vida, la integridad, la seguridad y los derechos de las personas, así como a combatir la comisión de delitos en todo el territorio nacional.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Manuel Mondragón y Kalb (rúbrica)

Comisionado

(Se remite al Promovente, para su conocimiento.)


México, DF, a 14 de febrero de 2014.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL 62-II-8-2922 signado por la senadora Lisbeth Hernández Lecona, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 100.2014.DGVP.083 suscrito por el maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a tomar las medidas necesarias en defensa de los usuarios del servicio Gas Natural de Juárez; investigar, corregir y sancionar las faltas que la empresa gasera haya cometido, así como a iniciar las investigaciones correspondientes para deslindar responsabilidades sobre el cobro excesivo del Impuesto al Valor Agregado.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, a 13 de febrero de 2014.

Unidad de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación
Presente

En seguimiento al oficio SELAP/UEL/311/042/14 con fecha 16 de enero de 2014 por el que comunica punto de acuerdo aprobado el mismo día por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión relativo a los siguientes resolutivos:

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor para que tome las medidas necesarias en defensa de los usuarios del servicio Gas Natural de Juárez; investigue, corrija y sancione las faltas que la empresa gasera haya cometido, así como a iniciar las investigaciones correspondientes para deslindar responsabilidades sobre el cobro excesivo de Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Segundo . ...”

Al respecto me permito hacer de su conocimiento que la Procuraduría Federal de Consumidor (Profeco) con fundamento en lo dispuesto por los artículos 20 y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), la Profeco es un organismo descentralizado de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene funciones de autoridad administrativa, encargada de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor, así como procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del mismo ordenamiento, entre los principios básicos en las relaciones de consumo, se encuentran los siguientes:

(i) La educación y divulgación sobre el consumo adecuado de los productos y servicios, que garanticen la libertad para escoger;

(ii) La información adecuada y clara sobre los diferentes productos y servicios, con especificación correcta de cantidad, características, composición, calidad y precio, así como los riesgos que representen;

(iii) La protección contra la publicidad engañosa y abusiva, métodos comerciales coercitivos y desleales, así como prácticas y cláusulas abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos y servicios;

(iv) El respeto a los derechos y obligaciones derivados de las relaciones de consumo y las medidas que garanticen su efectividad y cumplimiento; y

(v) La libertad de constituir grupos u otras organizaciones de consumidores que, sin contravenir las disposiciones de la ley, sean garantes de los derechos del consumidor.

Por lo anterior, la Profeco realiza las acciones necesarias para promover y proteger los derechos de los consumidores en sus relaciones de consumo.

Por lo que hace al punto de acuerdo de mérito, con fundamento en el artículo 24 fracción XIV y XIV Bis de la LFPC, la Profeco sólo realiza verificaciones relacionadas con Gas L.P. (también llamado Gas Licuado de Petróleo) y con la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SCFI-2011, Productos preenvasados-Contenido neto-Tolerancias y métodos de verificación publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 2012; la cual establece, entre otros aspectos, lo siguiente:

“1. Objetivo y campo de aplicación

1.1. Objetivo

Esta norma oficial mexicana establece las tolerancias y los métodos de prueba para la verificación de los contenidos netos de productos preenvasados y los planes de muestreo usados en la verificación de productos que declaran su contenido neto en unidades de masa o volumen.

7. Métodos de prueba

7.1 Antes de iniciar la verificación del contenido neto deben cuidarse los siguientes aspectos:

7.1.1. Que el contenido neto del producto preenvasado esté debidamente expresado en unidades que correspondan a las establecidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SCFI-2002.

7.1.2. Que los instrumentos de mediación que se utilicen para verificar el contenido neto por cualquiera de los métodos, tengan dictamen o certificado de calibración vigente.

7.1.3. Que la incertidumbre de los instrumentos de medición, la cual se obtendrá del dictamen o certificado de calibración vigente expedido por un laboratorio de calibración acreditado, y en su caso aprobado, no sea mayor a la décima parte de la tolerancia correspondiente (0,1 T).

7.1.4. La verificación del contenido neto se realizará solamente a productos terminados listos para su comercialización, en los lugares donde se administren, almacenen, transporten, distribuyan o expendan productos o mercancías o en los que se presten servicios, incluyendo aquéllos en tránsito, y se efectuará por la Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, o por la Procuraduría Federal del Consumidor, conforme a lo establecido por las disposiciones legales aplicables.

9. Verificación y vigilancia

La verificación y vigilancia de la presente norma oficial mexicana estará a cargo de la Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, y de la Procuraduría Federal del Consumidor, conforme a sus respectivas atribuciones.”

En consecuencia, la Profeco, de manera específica, a través de la Dirección de Verificación de Gas adscrita a la Dirección General de Verificación de Combustibles de la Subprocuraduría de Verificación, dando cumplimiento a la LFPC, a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SCFI-2011, se coordina, diseña, ordena y supervisa las acciones de verificación de gas L.P. en plantas de almacenamiento y distribución, vehículos de reparto y vehículos auto-tanque en todo el país.

En cuanto al gas natural, cabe señalar que los proveedores de servicios relacionados con su distribución, deben tener registrado su contrato de adhesión ante la Profeco, en el cual establezcan las condiciones que debe cumplir el servicio de distribución, las recomendaciones que el consumidor debe tomar en cuenta para la contratación y las obligaciones de los distribuidores y de los consumidores respecto a la prestación del mismo; garantizando al consumidor de esta forma, que se cumpla con la LFPC y el marco jurídico de gas natural. Asimismo, la Profeco, a través de la delegación y subdelegación Chihuahua en Ciudad Juárez, intervino inmediatamente a favor del consumidor, respecto de la problemática planteada por el cobro excesivo de IVA a los consumidores de gas natural en dicha entidad federativa, otorgando un número telefónico para que denunciaran a través del módulo de atención a denuncias.

De igual manera, ininterrumpidamente se han otorgado asesorías solicitadas por el público en general, sobre la forma de aplicación del IVA en la frontera, incluyendo el relativo al servicio de suministro de gas natural, explicando el total del contenido del decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado publicado el 11 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, abundando en la explicación en lo dispuesto en el inciso a) de la fracción 1 del artículo segundo de las disposiciones transitorias de dicha legislación, por constituir la mayor parte de las asesorías referidas al cobro del IVA en el servicio prestado en el mes de diciembre y su pago en el mes de enero. En este sentido, se han atendido 112 usuarios para asesoría, solucionándose 101 de ellas, decidiendo el resto presentar formal queja ante la subdelegación en Chihuahua.

Ahora bien, la Profeco informa que con relación a la empresa Gas Natural de Juárez, en la delegación y subdelegación en Chihuahua de esta dependencia, se recibieron 257 quejas derivadas de la reclamación del cargo indebido del 16 por ciento de IVA en el suministro de gas natural en Ciudad Juárez, las cuales se encuentran en trámite conciliatorio, de conformidad a lo establecido en la LFPC, por lo que una vez agotada la instancia de conciliación, se determinará iniciar los procedimientos por infracciones a la ley, en caso de que existan hechos que se presuman violatorios a los derechos del consumidor.

Aunado a ello, la LFPC protege a los consumidores que acuden con los proveedores de servicios de gas natural; por tal motivo, se les informa que las denuncias y quejas relacionadas por los servicios que presten dichos proveedores, se reciben los 365 días del año, las 24 horas, por los siguientes medios:

a) Vía telefónica al 55688722 en el Distrito Federal o zona metropolitana, y el número 01 800 468 8722 larga distancia sin costo en el resto del país o bien, a través del micrositio del teléfono del Consumidor www.telefonodelconsumidor.gob.mx

b) Vía electrónica a

denunciasprofeco@profeco.gob.mx

Las quejas también se pueden presentar a través del Programa de Citas por teléfono (Procitel) en la siguiente dirección electrónica http://telefonodelconsumidor.gob.mx/jsp/procitel.jsp que se estableció para la recepción de quejas.

El consumidor también puede acudir directamente a la delegación Profeco que le corresponda en su entidad federativa, proporcionando la siguiente información:

• Nombre y domicilio del consumidor.

• Nombre o razón social del proveedor, así como su dirección (calle y número, colonia, delegación o municipio, entidad federativa y código postal).

• Documento que acredite la relación de consumo en original y dos copias (por ejemplo: contrato, factura, recibo, publicidad, entre otros.)

En caso de que la Profeco detecte que algún proveedor de bienes o servicios cometa violaciones a la LFPC, se actuará con base en el marco jurídico aplicable, para proteger los derechos de los consumidores e imponer las sanciones económicas correspondientes.

Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la fracción II del artículo 48 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, así como el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el 1 de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, se solicita atentamente hacer del conocimiento del Congreso de la Unión la información contenida en el presente, en la forma que se estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero (rúbrica)

Director General de Vinculación Política

(Se remite al Promovente, para su conocimiento.)


México, DF, a 14 de febrero de 2014.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-3-1320 signado por la senadora Lisbeth Hernández Lecona, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 100.-III.-034/2014 suscrito por el licenciado Flavio Varela Pineda, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responden el punto de acuerdo relativo al exhorto para que el Servicio de Administración Tributaria establezca un procedimiento expedito para la devolución de los impuestos a las personas que se dedican exclusivamente a las actividades agropecuarias.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo


México, Distrito Federal, a 13 de febrero de 2014.

Maestro Valentín Martínez Garza

Encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo, Secretaría de Gobernación

Presente

En relación al oficio número SELAP/UEL/311/152/14, le remito a usted para su conocimiento, el oficio número 500-2014-034 que hace llegar al suscrito el actuario José Genaro Ernesto Luna Vargas, Administrador General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, dando respuesta al Punto de Acuerdo aprobado por el Pleno del Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 29 de enero de 2014, mediante el que se “exhorta al Ejecutivo federal, a través del Sistema de Administración Tributaria, para que establezca un procedimiento expedito para la devolución de los impuestos a las personas que se dedican exclusivamente a las actividades agrícolas, silvícolas, ganadera o pesqueras”.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Flavio Varela Pineda (rúbrica)

Titular de la Unida de Enlace


México, DF, 12 de febrero de 2014.

Licenciado Flavio Varela Pineda

Jefe de la Unidad de Enlace con el Congreso

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Presente

Se hace referencia a los puntos de acuerdo presentados por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, mediante los cuales proponen dos acciones concretas a fin de mejorar las condiciones para la producción del sector primario, a través de estímulos fiscales focalizados y eficientes que potencialicen su desarrollo y crecimiento, por lo que en primer término solicita que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público considere en el decreto que compila beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa una lista amplia de insumos y articulas esenciales para las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras, a fin de que se les aplique también la tasa del 0 por ciento del impuesto al valor agregado, asimismo, propone que el Servicio de Administración Tributaría (SAT) , establezca un procedimiento expedito para la devolución de impuestos a las personas que se dedican exclusivamente a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras.

Para mayor referencia, a continuación se transcriben de manera literal los dos puntos de acuerdo emitidos por el mencionado grupo parlamentario:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en el ámbito de colaboración entre Poderes, exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a que considere incluir en el “decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa”, una lista amplia de insumos y artículos esenciales para las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras, con el objetivo de que se les aplique la tasa del o por ciento del impuesto al valor agregado.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en el ámbito de colaboración entre Poderes, exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, a través del Servicio de Administración Tributaria, a que establezca un procedimiento expedito para la devolución de los impuestos a las personas que se dedican exclusivamente a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras.

Por lo anterior, mediante el presente oficio, esta autoridad atiende el segundo punto de acuerdo citado conforme a lo siguiente.

Esta Administración General de Auditoría Fiscal Federal, adscrita al Servicio de Administración Tributaria (SAT), con fundamento en los artículos 1, 2, 7, fracciones VII y XVI y 8, fracción m, de la Ley del SAT; 2, primer párrafo, apartado B, fracción III y tercer párrafo, 9, penúltimo párrafo y 17, del Reglamento Interior del SAT; así como 33, último párrafo del Código Fiscal de la Federación, realiza las siguientes consideraciones:

La autoridad fiscal está obligada a verificar la procedencia de las devoluciones que solicitan los contribuyentes de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables, acorde con lo dispuesto en el artículo 22, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación: “Las autoridades fiscales devolverán las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales ...”

Para cumplir con este mandato legal, es necesario verificar el origen de las cantidades solicitadas en devolución, la existencia o materialidad de las operaciones que las generan y su estricta indispensabilidad para la realización de las actividades del contribuyente solicitante, además del cumplimiento de los requisitos del impuesto al valor agregado (IVA), para que pueda acreditarse de conformidad con la ley de la materia, lo cual se realiza a través de requerimientos o del ejercicio de facultades de comprobación.

Ahora bien, con el objeto principal de atender las diferentes peticiones de los contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras, para contar con un procedimiento eficiente para la devolución de impuestos, el SAT en el mes de marzo de 2014 establecerá mediante reglas de carácter general una facilidad administrativa para que a partir del mes de junio de 2014 los contribuyentes del sector agropecuario, puedan obtener en forma expedita la devolución del IVA en un plazo máximo de 20 días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud correspondiente, siempre que se cumplan al menos con ciertos requisitos, tales como:

1. Contar con opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales.

2. Haber realizado sus operaciones con clientes y proveedores que igualmente cuenten con opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales. Lo cual promueve la cultura de cumplimiento.

3. Haber expedido y recibido facturas electrónicas por las enajenaciones de productos y/o servicios prestados, así como de adquisiciones y uso o goce temporal de bienes o. servicios contratados.

Por lo anterior se solicita a esa honorable Comisión tener por presentado y atendido en tiempo y forma, el informe sobre “el procedimiento expedito para la devolución de impuestos a personas que realizan exclusivamente actividades agropecuarias.”

Atentamente

Actuario José Genaro Ernesto Luna Vargas (rúbrica)

Administrador General de Auditoría Fiscal Federal


México, DF, a 14 de febrero de 2014.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-2-1031, signado por el senador Fernando Herrera Ávila, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de1a Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 100.2014.DGVP.082 suscrito por el maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a diseñar medidas tendientes para prevenir y sancionar la venta de productos navideños de procedencia ilícita para 1a próxima temporada navideña.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles1a seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, a 13 de febrero de año de 2014.

Unidad de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación
Presente

En seguimiento al oficio SELAP/UEL/311/064/14, con fecha 16 de enero de 2014 por el que comunica punto de acuerdo aprobado el mismo día por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión relativo al siguiente resolutivo:

“Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al titular de la Procuraduría Federal del Consumidor, licenciado Alfredo Castillo Cervantes, a efecto de que tras el análisis de las inspecciones y denuncias derivadas de la pasada época de festividades navideñas, se diseñen medidas tendientes para prevenir y sancionar la venta de productos navideños de procedencia ilícita para la próxima temporada navideña.”

Al respecto me permito hacer de su conocimiento que la Procuraduría Federal de Consumidor (“Profeco”) con fundamento en lo, dispuesto por los artículos 20 y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (“LFPC”), la Profeco es un organismo descentralizado de servicio social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene funciones de autoridad administrativa encargada de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor, así como procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del mismo ordenamiento, entre los principios básicos en las relaciones de consumo, se encuentran los siguientes:

(i) La educación y divulgación sobre el consumo adecuado de los productos y servicios, que garanticen la libertad para escoger;

(ii) La información adecuada y clara sobre los diferentes productos y servicios, con especificación correcta de cantidad, características, composición, calidad y precio, así como los riesgos que representen;

(iii) La protección contra la publicidad engañosa y abusiva, métodos comerciales coercitivos y desleales, así como prácticas y cláusulas abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos y servicios;

(iv) El respeto a los derechos y obligaciones derivados de las relaciones de consumo y las medidas que garanticen su efectividad y cumplimiento; y

(v) La libertad de constituir grupos u otras organizaciones de consumidores que, sin contravenir las disposiciones de la ley, sean garantes de los derechos del consumidor.

Por lo anterior, la Profeco realiza las acciones necesarias para promover y proteger los derechos de los consumidores en sus relaciones de consumo.

Asimismo, le manifiesto que como parte de sus atribuciones, la Profeco, por conducto de la Subprocuraduría de Verificación, realiza acciones de verificación para proteger los derechos de los consumidores.

Dichas verificaciones, tienen su fundamento en lo dispuesto por fracciones XIII, XIV y XIV Bis del artículo 24 de la LFPC, que establecen lo siguiente:

“Artículo 24. La Procuraduría tiene las siguientes atribuciones:

...

XIII. Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de precios y tarifas establecidos o registrados por la autoridad competente y coordinarse con otras autoridades legalmente facultadas para inspeccionar precios para lograr la eficaz protección de los intereses del consumidor y, a la vez evitar duplicación defunciones;

XIV. Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en esta ley y, en el ámbito de su competencia, las de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como de las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables, y en su caso determinar los criterios para la verificación de su cumplimiento;

XIV Bis. Verificar que las pesas, medidas y los instrumentos de medición que se utilicen en transacciones comerciales, industriales o de servicios sean adecuados y, en su caso, realizar el ajuste de los instrumentos de medición en términos de lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;

Por lo que hace al punto de acuerdo de mérito, la Profeco, a través de la Subprocuraduría de Verificación, implemento el “Programa Nacional de Verificación y Vigilancia de Seguridad de Producto”, como parte del seguimiento a los procedimientos derivados de las acciones de verificación e inmovilización de series de luces navideñas marca Súper, modelos K-026-B, K-026-A, K-026-D y K-028-D, por incumplimiento a la LFPC y la Norma Oficial Mexicana NOM 003-SCFI-2000, Productos Eléctricos- Especificaciones de Seguridad, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2001, la cual indica, entre otros aspectos, lo siguiente:

“1. Objetivo

Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones de seguridad que deben cumplir los aparatos y productos eléctricos, con el propósito de prevenir y eliminar peligro de daño corporal de los usuarios y para la conservación de sus bienes.

5. Requisitos generales

Los requisitos enunciados en este capítulo están destinados a proporcionar seguridad a las personas, sus bienes y los animales domésticos en contra de los peligros y daños que puedan resultar del uso normal de los aparatos eléctricos que utilicen para su alimentación, tanto la energía eléctrica del servicio público, así como de otras fuentes de energía, tales como pilas, baterías, acumuladores, autogeneración, etcétera.

5.1 Protección contra contacto directo

Las personas y los animales domésticos deben quedar protegidos contra /os peligros que pueden resultar de un contacto con las partes vivas de los aparatos eléctricos.

Esta protección debe asegurarse por cualquiera de los métodos siguientes:

- prevención del paso de corriente a través del cuerpo humano o del cuerpo de un animal;

- limitación de la corriente que pueda pasar a través del cuerpo humano a un valor menor a aquél al de la corriente de choque.

5.2 Protección contra contacto indirecto

Las personas y los animales domésticos deben quedar protegidos contra los peligros que pueden resultar de un contacto con partes conductoras expuestas en caso de una falla.

Esta protección debe asegurarse por cualquiera de los métodos siguientes:

- prevención del paso de corriente a través del cuerpo humano o del cuerpo de un animal;

- limitación de la corriente que pueda pasar a través del cuerpo humano a un valor menor a aquél al de la corriente de choque;

- desconexión automática de la alimentación en un tiempo determinado después de la aparición de una falla susceptible de causar un flujo de corriente, a través del cuerpo humano en contacto con partes conductoras expuestas, donde el valor de esta corriente es igualo mayor que el valor de la corriente de choque.

5.3 Protección contra efectos térmicos

Los aparatos eléctricos, objeto de esta de Norma Oficial Mexicana, deben estar fabricados de tal manera que excluyan todo riesgo de ignición de materiales flamables debido a las elevadas temperaturas o al surgimiento de arcos eléctricos. En suma, durante la operación normal de estos aparatos no debe haber riesgo de quemaduras para los seres humanos y los animales domésticos.

5.4 Protección contra las sobrecorrientes

Las personas, sus bienes y los animales domésticos deben estar protegidas contra los daños por temperaturas extremadamente elevadas o por esfuerzos mecánicos, debido a sobrecorrientes susceptibles de producirse en los conductores vivos y/o energizados.

Esta protección debe asegurarse por cualquiera de los siguientes métodos:

- desconexión automática en la ocurrencia de una sobrecorriente para que no alcance un valor peligroso, tomando en cuenta su duración;

- limitación de la máxima sobrecorriente a un valor seguro, tomando en cuenta su duración.

5.5 Protección contra corrientes de falla

Los conductores de los aparatos eléctricos, otros conductores activos, así como otras partes destinadas a la conducción de corrientes de falla, deben ser capaces de soportar estas corrientes sin alcanzar elevadas temperaturas.

5.6 Protección contra sobretensiones

Las personas, sus bienes y los animales domésticos deben quedar protegidos contra los efectos nefastos de una falla entre las partes activas de los circuitos de alimentación para los aparatos eléctricos.

Las personas, sus bienes y los animales domésticos deben quedar protegidos contra el daño como consecuencia de tensiones excesivas que se puedan originar debido a otras causas, tales como fenómenos atmosféricos, sobretensiones por maniobras, etcétera.

10. Vigilancia

La vigilancia de la presente Norma Oficial Mexicana estará a cargo de la Secretaria de Comercio y Fomento Industrial y de la Procuraduría Federal del Consumidor, conforme a sus respectivas atribuciones.”

El incumplimiento a la normatividad, consistió en que el producto denominado serie de luces navideñas marca Súper, modelos KQ8026-B, KQ8026-A, KQ8026-D y KQ8028-D consumen más energía de lo que se declara, por lo que se deberá modificar la información que se brinda a los consumidores; lo anterior se notificó a las Cámaras y Asociaciones Comerciales, para que dicho producto fuera retirado del punto de venta.

Derivado de lo anterior, se practicaron verificaciones en las aduanas de Manzanillo y Pantaco, obteniendo como resultado la inmovilización de 68,920 series de luces navideñas.

Por otra parte con relación a la seguridad de las luces navideñas, la Profeco a través de la Revista del Consumidor en línea, la Revista del Consumidor, Webcast y el canal de Youtube de Profeco, realizó las siguientes publicaciones:

Al respecto, cabe precisar que las series de luces navideñas pueden constituir un riesgo para los consumidores al ser fuente de incendios, quemaduras y descargas eléctricas. Esto sucede cuando no se utilizan de manera adecuada o se compran en el mercado informal. En este sentido, la Profeco ha realizado acciones para identificar los modelos de series de luces navideñas que son peligrosas debido a que no cumplen con las normas de seguridad. Por ello, la principal recomendación es adquirir luces de Navidad en lugares comerciales establecidos que cumplan con la normatividad y ofrezcan garantía e información comercial al consumidor, como instructivos en español.

Algunas recomendaciones para reducir riesgos y conocer los peligros que pueden ocasionar, son los siguientes:

• Las series de luces navideñas que se instalen dentro o fuera de la casa deben especificar la contraseña NOM, que asegura que el producto ha sido evaluado en todos los aspectos relativos a la calidad y la seguridad.

• Al tratarse de luces para el exterior verificar que las etiquetas indiquen que están certificadas para su uso en tales condiciones.

• Verificar que los aparatos que se van a conectar a la corriente, entre los que se encuentran las luces navideñas, nuevas o usadas, no tengan enchufes rotos, cables pelados, desgastados o conexiones sueltas.

• Nunca utilizar luces eléctricas en un árbol metálico, el árbol podría recibir una carga eléctrica de luces defectuosas y esto podría causar electrocución y/o quemaduras graves.

• Apagar todas las luces decorativas antes de dormir o salir de la casa, las luces podrían provocar un corto circuito y ocasionar un incendio.

• Respetar las recomendaciones de conexión que se indican en los manuales e instructivos de las series de luces.

• No dejar que los niños menores manipulen los elementos eléctricos, pues ellos son los más vulnerables.

Por otra parte, se le informa que la Profeco a través de la Dirección de Concilianet de la Subprocuraduría de Servicios, pone a disposición de todos los consumidores, una plataforma de solución de controversias en la página web http://concilianet.profeco.gob.mx/conciliante/faces/inicio.jsp, en la cual pueden presentar sus reclamaciones o quejas. En esta plataforma se atiende a las quejas de manera más rápida (el trámite durará 25 días en promedio) y permite a sus usuarios presentarlas desde su hogar, oficina o cualquier otro lugar con acceso a internet. Las audiencias de conciliación se llevan a cabo mediante una sala de audiencias virtual (tipo chat), en la cual, el consumidor, el proveedor y esta Procuraduría, buscarán encontrar una solución a la queja.

Asimismo, en caso de que el consumidor afectado por incumplimientos de proveedores, quiera presentar alguna queja, se pone a su disposición él Teléfono del Consumidor número 5568 8722 si se encuentra en el D.F. o Zona Metropolitana, y él número 01800 468 8722 larga distancia sin costo, en el resto del país, o bien, a través del micrositio del Teléfono dé Consumidor www.telefonodelconsumidor.gob.mx

En caso de que la Profeco detecte que algún proveedor de bienes o servicios corneta violaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actuará con base en el marco jurídico aplicable, para proteger los derechos de los consumidores e imponer las sanciones económicas correspondientes.

Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la fracción II del artículo 48 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía así corno el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo Federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el! de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, se solicita atentamente hacer del conocimiento del honorable Congreso de la Unión la información contenida en el presente, en la forma que se estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero (rúbrica)

Director General de Vinculación Política

(Se remite al promovente, para su conocimiento.)

Del Instituto Sonorense de la Mujer, con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, sobre la organización y el desarrollo de un sistema estatal para la igualdad entre mujeres y hombres

Hermosillo, Sonora, a 27 de enero de 2014.

Diputado José González Morfín

Diputado Federal a la LXII Legislatura

Cámara de Diputados

México, DF

Por medio de la presente y en respuesta de su oficio número DGPL 62-II-2-955, de fecha 3 de diciembre de 2013, mediante el cual nos informa de los acuerdos tomados en la Cámara de Diputados del Congreso de la unión, en la fecha señalada.

1. Que Sonora ya cuenta con la armonización legislativa correspondiente a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, pues tenemos la Ley de Fomento a la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Sonora. Ley 172; B. O. número 25, sección IX, de fecha 25 de septiembre de 2008.

2. Sonora ya cuenta con el Sistema Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, el cual se instaló desde el 30 de junio de 2010.

3. Respecto al cumplimiento de la política local en materia de igualdad, el instituto trabaja para que los presupuestos del estado se implanten en materia de igualdad.

Sin otro en particular, quedo a sus a sus apreciables órdenes.

Atentamente

Maestra Angélica María Payán García (rúbrica)

Directora General

(Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, para su conocimiento.)

Del gobierno de Nuevo León, con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, sobre la perspectiva de género en la planeación y el diseño de su Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2014

Monterrey, Nuevo León, a 30 de enero de 2014.

Diputado José González Morfin

Vicepresidente de la Mesa Directiva de la LXII Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados

Presente

En relación a su atento oficio número D.G.P.L. 62-II-2-953 (Expediente 3017), de fecha 3 de diciembre de 2013, por el que comunica al titular del Poder Ejecutivo del estado de Nuevo León, ciudadano Rodrigo Medina de la Cruz, el acuerdo de la honorable Cámara de Diputados por el cual se le exhorta para que se incorpore la perspectiva de género en la planeación y diseño del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2014, me permito comunicarle que dentro de la iniciativa de la Ley de Egresos contenida en el “paquete fiscal del estado de Nuevo León para el año 2014”, se incluyó el “Programa Mujeres y Equidad de Género”, en la función protección social, dentro de la clasificación funcional-programática, para cumplir con el propósito de que las mujeres y hombres de Nuevo León cuenten con las mismas oportunidades para su desarrollo integral.

La información derivada de la ejecución del programa de referencia se pondrá a disposición de la comunidad a partir de abril del presente año, para su consulta en el portal electrónico del gobierno de Nuevo León, en la Red Mundial de Información, en el apartado de Transparencia Fiscal Itdif (Índice de Transparencia de la Disponibilidad Fiscal), disponible en la liga:http://nl.gob.mx/?P=transoarencia itdif.

Por último me permito comunicarle que se generó la Matriz de Indicadores para Resultados “Mujeres y Equidad de Género” de la cual se anexa una copia, en donde se establecen resultados concretos en materia de perspectiva de género para la administración pública del estado de Nuevo León.

Le reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Álvaro Ibarra Hinojosa (rúbrica)

Secretario General de Gobierno

(Se remite a la Comisión de Igualdad de Género, de la Cámara de Diputados, para su conocimiento.)



Minutas

Con proyecto de decreto, que reforma la fracción II del artículo 3o. de la Ley General de Cambio Climático

México, DF, a 13 de febrero de 2014.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 3o. de la Ley General de Cambio Climático.

Atentamente

Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica)

Vicepresidenta


PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 3o. DE LA LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO

ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma la fracción II del artículo 3o. de la Ley General de Cambio Climático, para quedar como sigue:

Artículo 3o. Para efectos de esta Ley se entenderá por:

I. ...

II. Atlas de riesgo: Documento dinámico cuyas evaluaciones de riesgo en asentamientos humanos, regiones o zonas geográficas vulnerables, consideran los actuales y futuros escenarios climáticos.

III. a XXXIV. ...

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 13 de febrero de 2014.

Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica)

Vicepresidenta

Senadora María Elena Barrera Tapia (rúbrica)

Secretaria

Con proyecto de decreto, que adiciona las fracciones XII y XIII al artículo 3o., XI al 18, III al 21 y XXXI y XXXII al 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

México, DF, a 13 de febrero de 2014.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adicionan las fracciones XII y XIII al artículo 3o.; la fracción XI al artículo 18; la fracción III al artículo 21 y las fracciones XXXI y XXXII al artículo 28, todos de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

Atentamente

Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica)

Vicepresidenta


Proyecto de Decreto

POR EL QUE SE ADICIONAN LAS FRACCIONES XII Y XIII AL ARTÍCULO 3o.; LA FRACCIÓN XI AL ARTÍCULO 18; LA FRACCIÓN III AL ARTÍCULO 21 Y LAS FRACCIONES XXXI Y XXXII AL ARTÍCULO 28, TODOS DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES.

ARTÍCULO ÚNICO. Se adicionan las fracciones XII y XIII al artículo 3o.; la fracción XI al artículo 18; la fracción III al artículo 21 y las fracciones XXXI y XXXII al artículo 28, todos de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para quedar como sigue:

Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

I. a IX. ...

X. Calidad del servicio. Conjunto de características que confieren al servicio la capacidad de satisfacer tanto las necesidades como las demandas actuales y potenciales;

XI. Instituto. Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores;

XII. Cuidador. Aquella persona mayor de edad que asiste o cuida a una persona adulta mayor, que puede estar o no afectado de cualquier tipo de discapacidad o incapacidad que le dificulte o impida el desarrollo normal de sus actividades vitales o de sus relaciones sociales, y

XIII. Cuidador temporal. Aquella persona mayor de edad que presta sus servicios de forma voluntaria y temporal en los centros de salud, asilos y albergues que estén reconocidos por el INAPAM.

Artículo 18. Corresponde a las Instituciones Públicas del Sector Salud, garantizar a las personas adultas mayores:

I. a VIII. ...

IX. Gestiones para apoyar y proteger a los grupos de personas adultas mayores en situación de vulnerabilidad social o familiar;

X. Los cuidados proporcionados a las personas adultas mayores por la familia, por los responsables de su atención y cuidado, o en su caso por las instituciones públicas o privadas que tengan a su cargo a estas personas, comprenderán los siguientes aspectos:

a. - c. ...

XI. La promoción del servicio social como cuidador temporal de conformidad con lo establecido en las fracciones XXXI y XXXII del artículo 28 de esta ley.

Artículo 21. Corresponde a las instituciones públicas de vivienda de interés social, garantizar:

I. Las acciones necesarias a fin de concretar programas de vivienda que permitan a las personas adultas mayores la obtención de créditos accesibles para adquirir una vivienda propia o remodelarla en caso de ya contar con ella;

II. El acceso a proyectos de vivienda de interés social que ofrezcan igual oportunidad a las parejas compuestas por personas adultas mayores, solas o jefes de familia, y

III. El diseño de viviendas para personas protegidas por esta Ley, procurando la aplicación de modalidades especiales de acceso y financiamiento, conforme a lo establecido por las disposiciones en la materia.

Artículo 28. Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores tendrá las siguientes atribuciones:

I. a XXVII. ...

XXVIII. Elaborar y proponer al titular del Poder Ejecutivo Federal, los proyectos legislativos en materia de personas adultas mayores, que contribuyan a su desarrollo humano integral;

XXIX. Expedir su Estatuto Orgánico;

XXX. Crear un registro único obligatorio de todas las instituciones públicas y privadas de casas hogar, albergues, residencias de día o cualquier centro de atención a las personas adultas mayores;

XXXI. En coordinación con la Secretaría de Educación Pública, las instituciones de educación superior, deberán firmar el convenio respectivo a fin de que se les reconozca a los interesados la prestación del servicio social de cuidadores en los centros de salud, asilos y albergues que estén reconocidos por el INAPAM, y

XXXII. Al cuidador temporal que preste sus servicios en alguno de los centros de salud, asilos o albergues reconocidos por el INAPAM, le será equiparada dicha actividad como un servicio social. Para ello deberán cumplir con los requisitos que son necesarios para esta actividad.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 13 de febrero de 2014.

Senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica)

Vicepresidenta

Senadora María Elena Barrera Tapia (rúbrica)

Secretaria



Proposiciones de acuerdo de los órganos de gobierno

De la Junta de Coordinación Política, por el que se integra la delegación que participará en la decimocuarta Reunión Interparlamentaria México-Cuba, por celebrarse en la Ciudad de México del 20 al 23 de febrero de 2014

De la Junta de Coordinación Política, por el que se felicita al Ejército Mexicano en su aniversario 101, que se celebra el 19 de febrero