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Dictámenes a discusión

De la Primera Comisión, con punto de acuerdo por el cual se solicita a la PGR que informe sobre las acciones emprendidas para especializar al personal que atiende a víctimas de delitos de la debida investigación y persecución de los delitos cometidos contra niñas y mujeres

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión de la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio constitucional de la LXII Legislatura, fue turnada la “proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la PGR que informe de los servidores públicos bajo proceso que hayan retardado la procuración o administración de justicia en materia de feminicidio del 15 de junio de 2012 al 3 de enero de 2014”, suscrita por la diputada Leslie Pantoja Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Primera Comisión, someten a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente Dictamen, el cual se realiza de acuerdo con la siguiente:

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio y recibo de turno para el dictamen de la referida proposición con punto de acuerdo;

II. En el capítulo correspondiente al “Contenido” se exponen los motivos y alcance de la propuesta en estudio;

III. En el capítulo de “Consideraciones” la Primera Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de aprobar en sus términos o desechar las proposiciones en análisis.

I. Antecedentes

La proposición que se cita en el proemio, fue registrada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente de fecha 8 de enero de 2014, y turnada para estudio y dictamen correspondiente a la Primera Comisión de Trabajo de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.

II. Contenido

A. En la proposición con punto de acuerdo, que se dictamina, se manifiesta sustancialmente lo siguiente:

“Se solicita respetuosamente a la Procuraduría General de la República que informe de los servidores públicos bajo proceso a partir del 15 de junio de 2012 al 3 de enero de 2014 que hayan retardado la procuración o administración de justicia en materia de feminicidio de conformidad con lo establecido en el Código Penal Federal; y se le exhorta a enviar un informe de las acciones emprendidas para especializar a los agentes del Ministerio Público, peritos, policías federales ministeriales y, en general, al personal que atiende a víctimas de delitos para la debida investigación y persecución de los delitos cometidos contra niñas y mujeres.”

B. La proponente refiere como argumento de su propuesta:

En los últimos años, México ha avanzado en materia de atención y erradicación de la violencia contra las mujeres; sin embargo, el tema no ha sido atendido de fondo. Se han generado sistemas para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, pero no se les ha dado cabal cumplimiento.

El 14 de junio de 2012 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, que tipifica el delito de feminicidio y garantiza la investigación, persecución y sanción de los crímenes contra las mujeres, trata de personas, atención de las víctimas y reparación del daño, entre otros.

Entre las particularidades de la reforma, el artículo 325 del Código Penal Federal, sanciona a las autoridades que incurran en negligencia y entorpezcan la investigación de casos de feminicidio con penas de 3 a 8 años de cárcel, multas de 500 a mil 500 días de salario, destitución e inhabilitación para desempeñar otro empleo, encargo o comisión públicos por un periodo de 3 a 10 años.

El cumplimiento y seguimiento de este tipo de sanciones, particularmente en el caso de feminicidios, permitirían consolidar entre los operadores de justicia del país una cultura fundamentada en principios de igualdad real, no discriminación, probidad y transparencia en la función pública, así como de eficacia del sistema de justicia en el logro de su fin principal: la paz social.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en diferentes fallos sobre la responsabilidad del Estado por incumplimiento del deber de garantizar el derecho al acceso a la justicia de las mujeres ha puesto en evidencia que las conductas dolosas de jueces, policías y fiscales impiden una investigación eficiente de los delitos denunciados y, como consecuencia, se revictimiza a las víctimas en el propio aparato penal.

La CIDH, en la sentencia del caso Campo Algodonero, señala que la “ineficacia judicial frente a casos individuales de violencia contra las mujeres propicia un ambiente de impunidad que facilita y promueve la repetición de los hechos de violencia en general y envía un mensaje según el cual la violencia contra las mujeres puede ser tolerada y aceptada como parte del diario vivir”.

Sin embargo, pese a que llevamos años reformando estas herramientas para lograr mayor respuesta de los servidores públicos en la manera de desempeñar sus labores, así como en la forma correcta de tratar a la sociedad, continuamos sabiendo del incumplimiento de estas leyes.

Este tipo de críticas solemos escucharlas en los distintos ámbitos de gobierno tanto para políticos como cualquier persona que tiene algún puesto en el gobierno y que busca aprovecharse del encargo que ejerce, en cualquier nivel; pero aún se escucha una mayor problemática del incumplimiento de los servidores públicos en materia de igualdad de género.

Se ha notado la evolución en el desarrollo de normas que definan y regulen las responsabilidades en que pueden incurrir los servidores públicos como un intento por tener mayor control del poder público. Sin embargo, faltan muchos rubros por atender de manera más concreta; tal es el caso de las faltas de servidores públicos en atención de crímenes cometidos contra las mujeres en materia de feminicidio.

La CIDH ha definido la impunidad como “la falta en su conjunto de investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y condena de los responsables de las violaciones de los derechos protegidos en la Convención Americana, toda vez que el Estado tiene la obligación de combatir tal situación por todos los medios legales disponibles, ya que la impunidad propicia la repetición crónica de las violaciones de derechos humanos y la total indefensión de las víctimas y de sus familiares”.

Pese a que hay leyes claras en las que se insta a las distintas instituciones a tener programas de estudios para la especialización de servidoras y servidores públicos, responsables de la prevención y atención de las mujeres víctimas de violencia de género, no se ha tenido claridad de las actividades que se están llevando a cabo para que efectivamente se les dé cumplimiento.

Las mujeres continúan siendo objetos de burla y víctimas de una mala atención, poniendo en duda la labor de las instituciones gubernamentales para la atención de la mujer, sobre todo cuando ya fue abusada o violentada, muy en especial a la institución del Ministerio Público.

La inutilidad en la supervisión de los programas pro mujeres, genera un reclamo sobre la mejor atención a las mujeres víctimas de violencia y un escepticismo marcado por parte de sociedad en materia de mecanismos, programas educativos y verdadera eficiencia para prevenir este tipo de actos por los servidores públicos.

La Procuraduría General de la República, como órgano encargado de investigar y perseguir los delitos del orden federal, tiene la responsabilidad de informar a la sociedad el número de servidores públicos que han incurrido en la materia; así como de las acciones emprendidas para especializar a los agentes del Ministerio Público, peritos, policías federales ministeriales y en general al personal que atiende a víctimas de delitos.

Nosotros como representantes del pueblo, tenemos la responsabilidad de dar seguimiento a la implantación de estas leyes; si queremos un cumplimiento cabal de lo que se propone en este pleno, es nuestro papel verificar su acatamiento íntegro, pues no basta modificar una ley: es necesario encargarnos de que efectivamente se aplique.

III. Consideraciones

A. La Comisión permanente tiene facultad para conocer del presente asunto, de conformidad con lo que establece el artículo 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

B. Esta Primera Comisión de Trabajo, es competente para conocer y proponer una resolución a esta propuesta, de conformidad con lo que establecen los artículos 127 de la Ley Orgánica para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 175 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

C. La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de la propuesta que se dictamina y coincide con la preocupación y motivación de la proponente, pues las actitudes criminales contra el género femenino son del todo execrables y toda acción de política pública a favor de una cultura del respeto a la mujer resulta loable y positiva.

D. La propuesta contenida en la proposición es:

“Único. Se solicita respetuosamente a la Procuraduría General de la República que informe de los servidores públicos bajo proceso a partir del 15 de junio de 2012 al 3 de enero de 2014 que hayan retardado la procuración o administración de justicia en materia de feminicidio de conformidad con lo establecido en el Código Penal Federal; y se le exhorta a enviar un informe de las acciones emprendidas para especializar a los agentes del Ministerio Público, peritos, policías federales ministeriales y, en general, al personal que atiende a víctimas de delitos para la debida investigación y persecución de los delitos cometidos contra niñas y mujeres”.

E. Para efectos del dictamen podemos señalar que en el punto de acuerdo se realizan dos propuestas:

1. “...que la Procuraduría General de la República que informe de los servidores públicos bajo proceso a partir del 15 de junio de 2012 al 3 de enero de 2014 que hayan retardado la procuración o administración de justicia en materia de feminicidio de conformidad con lo establecido en el Código Penal Federal”; y

2. El exhorto a “enviar un informe de las acciones emprendidas para especializar a los agentes del Ministerio Público, peritos, policías federales ministeriales y, en general, al personal que atiende a víctimas de delitos para la debida investigación y persecución de los delitos cometidos contra niñas y mujeres”.

F. Por cuanto a la primera propuesta, pese al sano ánimo reivindicatorio contenido en ella, hay que recordar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estipula:

“Artículo 6

...

...

...

A. Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases:

I. ...

II. La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.

Artículo 16. ...

Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.

La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental establece:

Artículo 14. También se considerará como información reservada:

I. y II. ...

III. Las averiguaciones previas;

IV. Los expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio en tanto no hayan causado estado;

V. y V. ...

Artículo 20. Los sujetos obligados serán responsables de los datos personales y, en relación con éstos, deberán:

I. a V ...

VI. Adoptar las medidas necesarias que garanticen la seguridad de los datos personales y eviten su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado.

En ese sentido, la información solicitada tendría una doble restricción legal, por un lado, en su carácter de averiguación previa, expediente judicial o procedimiento administrativo en curso; y por otro, respecto de un dato personal cuyo manejo requiere autorización, puesto que al revelar la información, la dependencia tendría que decir quiénes son las personas sujetas a investigación revelando sus nombres. Por lo anterior, esta representación considera improcedente acceder a lo pretenso.

G. Por cuanto al segundo punto, la doctrina moderna del derecho legislativo considera que el ciclo de construcción del derecho, no se agota con la publicación y entrada en vigor de la norma, sino que el legislador debe iniciar el nuevo ciclo de construcción de la siguiente evolución jurídica a partir del escrutinio y evaluación de la norma respecto de su aplicación, efectividad, interpretación y en suma, de la valoración de la norma en su confronta con la realidad que pretende cubrir.

Con base en lo anterior, esta representación considera pertinente la segunda parte de la petición formulada por la diputada Pantoja Hernández, por tanto, se considera procedente solicitar la información respecto de las acciones que debe realizar la procuraduría para capacitar y adiestrar a los integrantes de esa institución, en torno al feminicidio y trata de personas, de acuerdo con el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 14 de junio de 2012, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y del cual se advierte la capacitación que deberá darse a personal de policía, justicia, salud y servicios sociales que los sensibilice; el Programa de Protección a Víctimas y Testigos, entre otras disposiciones.

El citado decreto hace referencia a la capacitación en el artículo 70 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos que establece lo siguiente:

Artículo 70. Para mejor atender las necesidades de las víctimas de los delitos objeto de esta Ley, se proporcionará al personal de policía, justicia, salud, servicios sociales, capacitación que los sensibilice sobre dichas necesidades, así como directrices que garanticen que esta ayuda sea siempre especializada y oportuna.

Por lo anteriormente expuesto, la Primera Comisión de Trabajo de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, somete a la consideración del Pleno, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita respetuosamente al titular de la Procuraduría General de la República, informe de las acciones emprendidas para especializar al personal que atiende a víctimas de delitos respecto de la debida investigación y persecución de los delitos cometidos contra niñas y mujeres de conformidad con lo establecido en el decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2012.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 21 de enero de 2014.

La Primera Comisión

Diputado Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; senador Héctor Yunes Landa (rúbrica), diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, diputado José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), secretarios; diputado Manuel Añorve Baños (rúbrica), diputado Raymundo King de la Rosa (rúbrica), senadora Ivonne Liliana Álvarez García (rúbrica), senadora Lizbeth Hernández Lecona (rúbrica), senador Javier Lozano Alarcón (rúbrica), senador Juan Carlos Romero Hicks, diputada María Teresa Jiménez Esquivel, senador Manuel Camacho Solís (rúbrica), senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza, diputada Mónica García de la Fuente (rúbrica), senador David Monreal Ávila (rúbrica)

De la Primera Comisión, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al gobierno federal a instalar una mesa de trabajo con las Cámaras del Congreso de la Unión para analizar los temas del TLCAN

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión de la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio constitucional de la LXII Legislatura, fue turnada la proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal a instalar una mesa de trabajo con las Cámaras del Congreso de la Unión para analizar los temas del TLCAN, suscrita por las diputadas Yesenia Nolasco Ramírez y Verónica Beatriz Juárez Piña, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Primera Comisión, someten a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente Dictamen, el cual se realiza de acuerdo con la siguiente:

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio y recibo de turno para el dictamen de la referida proposición con punto de acuerdo;

II. En el capítulo correspondiente al “Contenido” se exponen los motivos y alcance de la propuesta en estudio;

III. En el capítulo de “Consideraciones” la Primera Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de aprobar en sus términos o desechar las proposiciones en análisis.

I. Antecedentes

La proposición que se cita en el proemio, fue registrada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente de fecha 15 de enero de 2014, y turnada para estudio y dictamen correspondiente a la Primera Comisión de Trabajo de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.

II. Contenido

A. En la proposición con punto de acuerdo, que se dictamina, se manifiesta sustancialmente lo siguiente:

“Que con las reformas planteadas por el ejecutivo en materia de energéticos (que reforma los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos), se trastocan los derechos que se promovieron en el anexo anteriormente citado (Anexo 602.3: (2) Reservas y disposiciones especiales del TLCAN) y que se hicieron para preservar la propiedad originaria de la nación sobre estos bienes, así como su explotación exclusiva por parte del estado.”

B. Enseguida, la proponente refiere una serie de consideraciones en las que basa su petición:

“Que es necesario revisar a detalle el Anexo 602.3 del TLCAN correspondientes al capítulo VI de Energía y Petroquímica básica, en las que se reserva la inversión y la prestación de servicios, entre ellas el petróleo, gas natural.

Que el artículo 602 del TLCAN señala que “Son materia de este capítulo las medidas relacionadas con los bienes energéticos y petroquímicos básicos que se originan en territorio de las Partes, y las medidas relacionadas con la inversión y con el comercio transfronterizo de servicios vinculados a dichos bienes, tal como se establece en este capítulo”.

C. Concluye la proponente al señalar que:

“Que según lo establecido en el TLCAN, de no estudiarse a detalle las implicaciones de la reforma a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, se pone al país en una línea de altos riesgos e implicaciones, pues las empresas que busquen invertir en nuestro país con facilidad podrán apegarse a los criterios establecidos en el capitulado XI del tratado.

Que se tiene previsto por el gobierno federal una reunión denominada Cumbre de Líderes de América del Norte, en el primer trimestre de este 2014, en el cual se profundizara la ampliación de una agenda que permita una mayor participación y apertura de los mercados, entre ellos está incluido el sector energético.”

D. Abunda la proponente en detallar y resaltar algunos comentarios sobre lo anterior y formula el siguiente:

“Punto de Acuerdo

Primero. “La Comisión Permanente exhorta respetuosamente al Gobierno Federal para que a través de la Secretaría de Gobernación, instale una mesa de trabajo con representantes de las Cámaras de Senadores y Diputados, con el objetivo de analizar los temas referentes al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), a tratarse en la próxima Cumbre de Líderes de América del Norte a celebrarse este año 2014.”

Segundo. La Comisión Permanente exhorta respetuosamente al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Gobernación, haga de conocimiento de esta soberanía los agregados que se pretenden tratar en la reunión de Líderes de América del Norte, en particular lo referente al sector energético.

III. Consideraciones

A. La Comisión Permanente tiene facultad para conocer del presente asunto, de conformidad con lo que establece el artículo 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

B. Esta Primera Comisión de Trabajo, es competente para conocer y proponer una resolución a esta propuesta, de conformidad con lo que establecen los artículos 127 de la Ley Orgánica para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 175 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

C. La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de la propuesta que se dictamina y en cuanto al primer punto resolutivo, coincide con la preocupación y motivación del proponente, considerando conveniente y procedente que, a través de representantes de la Cámara de Diputados y Senadores, el Congreso de la Unión participe en la elaboración de los temas referentes al Tratado de Libre Comercio con América del Norte, a tratarse en la próxima Cumbre de Líderes de América del Norte a celebrarse en el presente año.

D. Por lo que hace al segundo resolutivo, la Comisión Dictaminadora considera oportuno que la Comisión Permanente conozca los agregados que se pretenden tratar en la reunión antes mencionada.

Cabe señalar que conforme a lo establecido en el Capítulo XXII Disposiciones Finales, artículo 2202. Enmiendas, del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, las partes podrán modificar o adicionar el texto del tratado a través de las enmiendas y dichas modificaciones formarán parte integral del tratado.

“Artículo 2202. Enmiendas

1. Las Partes podrán convenir cualquier modificación o adición a este Tratado.

2. Las modificaciones y adiciones acordadas y que se aprueben según los procedimientos jurídicos correspondientes de cada Parte, constituirán parte integral del Tratado.”

Por lo anteriormente expuesto, la Primera Comisión de Trabajo de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, somete a la consideración del Pleno, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente exhorta respetuosamente al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Gobernación, instale una mesa de trabajo con representantes de las Cámaras de Senadores y Diputados, con el objetivo de analizar los temas referentes al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), a tratarse en la próxima Cumbre de Líderes de América del Norte a celebrarse este año 2014.

Segundo. La Comisión Permanente exhorta respetuosamente al Gobierno Federal para que a través de la Secretaría de Gobernación, haga de conocimiento de esta soberanía los agregados que se pretenden tratar en la reunión de Líderes de América del Norte, en particular lo referente al sector energético.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 21 de enero de 2014.

La Primera Comisión

Diputado Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; senador Héctor Yunes Landa (rúbrica), diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, diputado José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), secretarios; diputado Manuel Añorve Baños (rúbrica), diputado Raymundo King de la Rosa (rúbrica), senadora Ivonne Liliana Álvarez García (rúbrica), senadora Lizbeth Hernández Lecona (rúbrica), senador Javier Lozano Alarcón (rúbrica), senador Juan Carlos Romero Hicks, diputada María Teresa Jiménez Esquivel, senador Manuel Camacho Solís (rúbrica), senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza, diputada Mónica García de la Fuente (rúbrica), senador David Monreal Ávila (rúbrica)

De la Primera Comisión, con punto de acuerdo por el que se solicita a las Mesas Directivas de las Cámaras de Senadores y de Diputados que, en el ámbito de su competencia, pidan al titular del Poder Ejecutivo federal el indulto a favor de la ciudadana Esperanza Reyes Aguillón, con fundamento en el artículo 97 Bis del Código Penal Federal

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión de la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio constitucional de la LXII Legislatura, fue turnada la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo Federal que revise el expediente de la ciudadana Esperanza Reyes Aguillón para que pueda otorgarse el indulto, suscrita por la diputada Celia Isabel Gauna Ruiz de León, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Primera Comisión, someten a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente dictamen, el cual se realiza de acuerdo con la siguiente:

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio y recibo de turno para el dictamen de la referida proposición con punto de acuerdo;

II. En el capítulo correspondiente al “Contenido” se exponen los motivos y alcance de la propuesta en estudio;

III. En el capítulo de “Consideraciones” la Primera Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de aprobar en sus términos o desechar las proposiciones en análisis.

I. Antecedentes

La proposición que se cita en el proemio, fue registrada en la sesión del Pleno de la Comisión Permanente de fecha 15 de enero de 2014, y turnada para estudio y dictamen correspondiente a la Primera Comisión de Trabajo de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.

II. Contenido

A. En la proposición con punto de acuerdo, que se dictamina, se manifiesta sustancialmente lo siguiente:

“se solicita respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal que revise el expediente de la ciudadana Esperanza Reyes Aguillón, con el objeto de resolver el indulto interpuesto que le permita a la brevedad recuperar su libertad.”

B. Enseguida, la proponente refiere una serie de consideraciones en las que fundamenta su proposición con base en la información proporcionada por la Barra Mexicana de Abogados, el Colegio de Abogados y la Fundación Narra de México, dada a conocer en diversos medios de comunicación de circulación nacional y estatal, quienes han dado seguimiento y brindado apoyo a la señora Esperanza Reyes Aguillón, quien es una ama de San Luis Potosí:

1. En 2011, Esperanza compró una libreta y, sin saberlo, pagó con un billete falso de 100 pesos. La encargada del negocio se percató del hecho y llamó a la policía.

2. Esperanza fue detenida, puesta disposición de las autoridades federales y condenada a cumplir con una pena de 6 años de prisión.

3. Hoy, tres años después y tras cumplir la mitad de su condena, Esperanza Reyes Aguillón desde las Islas Marías solicitó, gracias al apoyo de diversas asociaciones de abogados, al Ejecutivo federal se le indulte, ya que sus hijos menores de edad quedaron abandonados y desprotegidos.

4. Cabe destacar, que de acuerdo a sus abogados, Esperanza tuvo una nula defensa por parte del abogado de oficio que le fue asignado, teniendo como único elemento para condenarla una “actitud sospechosa”, por lo que fue trasladada al penal de Tepic, Nayarit, y de ahí a las Islas Marías, quedando sin opción para apelar ante las autoridades.

5. En suma, no existieron elementos para determinar que Esperanza estuviera involucrada en la falsificación de moneda o en la colocación de ella en el flujo circulante, y tampoco se comprobó que tuviera conocimiento de que el billete era falso.

6. Es menester señalar que Esperanza Reyes Aguillón, no contó con la defensa puntual, efectiva y oportuna a la que por ley tenía derecho. Además es madre soltera, jefa de familia, de escasos recursos y no cuenta con estudios.

Afortunadamente, su caso fue tomado por diversas asociaciones de abogados, quienes se han encargado de su caso, encontrando como único recurso la interposición del Indulto Presidencial, figura recientemente aprobada por este Congreso.

C. Concluye la proponente al señalar que:

“El indulto presidencial es una medida excepcional que puede ejercer por decisión propia o a petición del Pleno de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, expresando las razones y fundamentos, cuando existan indicios consistentes de violaciones graves a los derechos humanos de la persona sentenciada. Hechos de los cuales el Ejecutivo Federal, deberá cerciorarse así como de que la persona sentenciada haya agotado previamente todos los recursos legales nacionales.

Bajo el anterior orden de ideas y considerando los antecedentes del caso, es menester que esta Comisión Permanente se pronuncie al respecto y se solidarice con la C. Esperanza Reyes Aguillón, quien no sólo es nuestra representada sino se encuentra en estado de indefensión y suma vulnerabilidad. Al hacerlo, nos solidarizamos también con sus hijos, quienes son menores de edad y merecen ser protegidos en sus derechos y contar con las garantías suficientes que les permitan desarrollarse cabal y plenamente”.

D. Abunda la proponente en detallar y resaltar algunos comentarios sobre lo anterior y formula el siguiente:

“Punto de Acuerdo

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal que revise el expediente de la ciudadana Esperanza Reyes Aguillón, con el objeto de resolver el Indulto interpuesto que le permita a la brevedad recuperar su libertad.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal para que, en el ámbito de su competencia, gire las instrucciones necesarias a efecto de que la ciudadana Esperanza Reyes Aguillón y sus hijos menores de edad gocen de la atención, asistencia y apoyo necesarios, a efecto de que puedan reiniciar una nueva vida en condiciones dignas y humanas”.

III. Consideraciones

A. La Comisión permanente tiene facultad para conocer del presente asunto, de conformidad con lo que establece el artículo 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

B. Esta Primera Comisión de Trabajo, es competente para conocer y proponer una resolución a esta propuesta, de conformidad con lo que establecen los artículos 127 de la Ley Orgánica para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 175 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

C. La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de la propuesta que se dictamina y coincide con la preocupación y motivación de la proponente, considerando conveniente y procedente que el titular del Poder Ejecutivo Federal pueda revisar el caso de la señora Esperanza Reyes Aguillón, y en su caso otorgarle el indulto.

Cabe señalar que la señora Reyes fue trasladada del Penal de Islas Marias al Penal de la Pila en San Luis Potosí, como consecuencia de las gestiones realizadas por la Barra Mexicana de Abogados, el Colegio de Abogados, la Fundación Barra Mexicana y otros.

No obstante lo anterior, y con base en lo dispuesto por el artículo 97 Bis del Código Penal Federal, reformado por decreto del 30 de octubre del 2013, la Comisión Permanente no es competente para solicitar el indulto al Titular del Poder Ejecutivo Federal, por lo que propone modificar la proposición en comento a fin de que se solicite a las Mesas Directivas de las Cámara de Senadores y de Diputados para que en el ámbito de su competencia realicen la solicitud de indulto a favor de la señora Esperanza Reyes Aguillón.

Por lo anteriormente expuesto, la Primera Comisión de Trabajo de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, somete a la consideración del Pleno, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, solicita a la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores y a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, para que en el ámbito de su competencia soliciten al titular del Poder Ejecutivo Federal, el indulto a favor de la ciudadana Esperanza Reyes Aguillón, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 97 Bis, del Código Penal Federal.

En el mismo tenor para el caso del ciudadano David Herrera Martínez.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 21 de enero de 2014.

La Primera Comisión

Diputado Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; senador Héctor Yunes Landa (rúbrica), diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, diputado José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), secretarios; diputado Manuel Añorve Baños (rúbrica), diputado Raymundo King de la Rosa (rúbrica), senadora Ivonne Liliana Álvarez García (rúbrica), senadora Lizbeth Hernández Lecona (rúbrica), senador Javier Lozano Alarcón (rúbrica), senador Juan Carlos Romero Hicks, diputada María Teresa Jiménez Esquivel, senador Manuel Camacho Solís (rúbrica), senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza, diputada Mónica García de la Fuente (rúbrica), senador David Monreal Ávila (rúbrica)

De la Primera Comisión, con punto de acuerdo sobre la necesidad de que el Congreso de la Unión legisle en materia de propaganda gubernamental

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión de la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio constitucional de la LXII Legislatura, fue turnada “Proposición con punto de acuerdo sobre la necesidad de que el Congreso de la Unión legisle en materia de propaganda gubernamental”, suscrita por el senador Manuel Camacho Solís, del Grupo Parlamentario del PRD.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Primera Comisión, someten a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente dictamen, el cual se realiza de acuerdo con la siguiente:

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio y recibo de turno para el dictamen de la referida proposición con punto de acuerdo;

II. En el capítulo correspondiente al “Contenido” se exponen los motivos y alcance de la propuesta en estudio;

III. En el capítulo de “Consideraciones” la Primera Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de aprobar en sus términos o desechar las proposiciones en análisis.

I. Antecedentes

A. En la sesión del miércoles 8 de enero de 2014, se presentó ante el Pleno de la Comisión Permanente la proposición enunciada en el proemio del presente.

B. Esta proposición fue turnada por el Presidente de la Comisión Permanente a esta Primera Comisión de Trabajo.

C. La propuesta fue publicada en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados año XVII, número 3935-III, del 8 de enero de 2014.

II. Contenido

A. La proposición del senador Camacho Solís Comisión Permanente exhorte respetuosamente a la Junta de Coordinación Política del Senado de la República a que instrumente los acuerdos necesarios con la finalidad de que se dictamine la iniciativa de ley sobre propaganda gubernamental presentada por los Grupos Parlamentarios del PRD y del PAN dentro de sus propuestas de reforma política, para continuar su proceso legislativo hasta que apruebe una ley que evite la promoción personalizada de cualquier servidor público y someter a los tres niveles de gobierno a un régimen de información veraz propio de una democracia que rinde cuentas.

B. Basa su pretensión en la siguiente línea argumental:

“Una de las finalidades más importantes que busca alcanzar la democracia mexicana es la rendición de cuentas. Que cualquier autoridad informe de manera veraz a la sociedad sobre la forma en la que está realizando el ejercicio del gobierno contribuye a delinear una ciudadanía informada que estará en mejores condiciones para controlar socialmente al poder público.

Esta obligación ha sido totalmente desvirtuada mediante campañas publicitarias y un conjunto de instrumentos, recursos y mensajes que son propaganda política. Con recursos públicos se difunden las posiciones políticas del gobierno federal, los estados y municipios. Se promueve la imagen de los funcionarios. Se compra abierta y subrepticiamente espacios a favor de las posiciones oficiales y en contra de las oposiciones. La información y los resultados han quedado completamente desvirtuados.

En la campaña presidencial de 2012 el tema se volvió un asunto central en el debate nacional. Tanto así, que el candidato a la presidencia y hoy presidente Enrique Peña Nieto, se comprometió en su Manifiesto por un Presidencia Democrática” a “...crear una instancia ciudadana y autónoma que supervise que la contratación de publicidad de todos los niveles de gobierno en medios de comunicación se lleve a cabo bajo los principios de utilidad pública, transparencia, respeto a la libertad periodística y fomento de acceso ciudadano a la información”.

Para dar cumplimento a este compromiso, un grupo de senadores del PAN y del PRD ofrecimos legislar sobre la materia. Así, dentro del programa de los “30 Puntos para defender y profundizar la democracia” se propuso expedir una Ley de Propaganda Gubernamental.

La práctica pública de varios funcionarios públicos de todos los niveles de gobierno es utilizar la obligación que tienen de informar como pretexto para promocionar indebidamente su imagen pública.

Esta práctica inconstitucional implica, de manera expresa o velada, la utilización de recursos públicos con fines de propaganda personal; pero también provoca que se pervierta, en perjuicio de la democracia, un instrumento que lo que busca es que la sociedad esté mejor informada sobre el desempeño gubernamental.

La democracia y la honestidad pública no son compatibles con la propaganda abierta con fondos públicos o fondos privados que esperan una retribución pública. Si algo necesita la democracia mexicana es rendición de cuentas. Esta es contraria a la manipulación, al engaño y a la compra de las opiniones que son propias del autoritarismo y el patrimonialismo que nuestro sistema debe terminar de superar.

Es por eso que resulta urgente e indispensable que el Congreso de la Unión legisle en materia de propaganda gubernamental para desarrollar los mandatos constitucionales sobre este tema y se erradique esta práctica que tanto daña a la democracia mexicana.”

III. Consideraciones

A. La Comisión permanente tiene facultad para conocer del presente asunto, de conformidad con lo que establece el artículo 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

B. Esta Primera Comisión de Trabajo, es competente para conocer y proponer una resolución a esta propuesta, de conformidad con lo que establecen los artículos 127 de la Ley Orgánica para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 175 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

C. Efectivamente, conforme a los anales legislativos del Senado de la República, el 4 de septiembre de 2012, los senadores Javier Corral Jurado, Marcela Torres Peimbert, Víctor Hermosillo y Celada y Ernesto Ruffo Appel del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal de Comunicación Gubernamental misma que se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes, de Gobernación y de Estudios Legislativos.

D. Asimismo, conforme a la investigación documental realizada, se encontró que el 13 de noviembre de 2012, el Senador Armando Ríos Piter del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó la iniciativa con aval de grupo, que contiene Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley General de Propaganda Gubernamental, que fue turnada para su estudio y dictamen a las comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos.

E. Aunado a estas propuestas, el 24 de Julio de 2013, diversos senadores integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Reglamentaria para el artículo 134 constitucional, en materia de Propaganda Gubernamental, que se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia, de Gobernación, de Anticorrupción y Participación Ciudadana y de Estudios Legislativos, Primera.

F. El Reglamento del Senado, de la República, establece que el procedimiento ordinario de dictamen de las iniciativas se ciñe a las siguientes etapas:

1. Presentación de la iniciativa.

2. Turno a comisión.

3. La comisión dictamina.

4. El dictamen de comisión se difunde en el pleno mediante dos primeras lecturas.

5. El dictamen se inscribe para su discusión y votación.

G. Respecto al término, prórrogas y recursos para dictaminar, el Reglamento del Senado, de la República, establece lo siguiente:

“Artículo 212

1. Las iniciativas y proyectos turnados a comisiones son dictaminados dentro de un plazo no mayor a treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción del turno, con las salvedades que establece este Reglamento.

2. Cuando la trascendencia o la complejidad de una iniciativa o proyecto lo hagan conveniente, la Mesa puede disponer un plazo mayor al señalado en el párrafo anterior.

3. De igual forma, dentro de los diez días hábiles posteriores a la recepción del turno, las comisiones dictaminadoras pueden pedir al Presidente, mediante escrito fundado y motivado, la ampliación de los plazos señalados en este artículo hasta por la mitad del tiempo que les haya correspondido. La Mesa resuelve lo conducente e informa al Pleno en la siguiente sesión.

4. Para efectos del cómputo de los plazos para dictaminar, los días hábiles incluyen los recesos legislativos, en los términos de este Reglamento.

Artículo 213

1. Cuando la Constitución, las leyes o los decretos establecen plazos, términos o mecanismos específicos para la expedición de determinados ordenamientos, las comisiones dictaminadoras deben tomarlos en consideración para efectos de la planeación de sus trabajos, en lo que corresponde al Senado.

Artículo 214

1. Transcurridos veinte días hábiles del plazo para dictaminar, el Presidente emite directamente excitativa a las comisiones que corresponda, en los términos del artículo 67, párrafo 1, inciso g), de la Ley. De haberse establecido un plazo mayor, la excitativa se hará cuando transcurran las dos terceras partes del mismo.

2. Si transcurre el plazo y, en su caso, la prórroga, sin que se emita dictamen, los senadores pueden solicitar al Presidente se excite nuevamente a las comisiones a hacerlo; el Presidente establece un nuevo plazo de diez días hábiles para dar cumplimiento a la excitativa.

3. En los casos de iniciativas presentadas por otros sujetos con derecho a ello o de los proyectos enviados por la Cámara de Diputados, las excitativas pueden ser solicitadas por el senador que así lo estima pertinente.

Artículo 215

1. A fin de cumplir sus atribuciones para agilizar los procedimientos legislativos, la Mesa Directiva da seguimiento a los turnos dictados.

2. El Presidente presenta mensualmente al Pleno un informe general sobre los vencimientos de plazos, las prórrogas otorgadas y las excitativas formuladas. Dicho informe se publica íntegro en la Gaceta.

Artículo 216

1. La solicitud de excitativa contiene, cuando menos, los siguientes elementos:

I. Nombre del senador o senadores solicitantes;

II. Título o identificación de la iniciativa o proyecto;

III. Fecha de presentación de la iniciativa o proyecto en el Pleno o, en su caso, en la Comisión Permanente; y

IV. Comisión o comisiones a las que se turnó la iniciativa, proyecto o proposición.

2. Se presenta una excitativa por cada iniciativa, proyecto o proposición cuyo dictamen se solicita.

3. El Presidente de la comisión que coordina los trabajos de dictamen informa al Presidente el estado que guarda el asunto respectivo.

Artículo 217

1. Vencidos los plazos y prórrogas sin que se presente dictamen ni exista causa justificada para ello, a solicitud del o los proponentes, el Presidente por única vez reasigna el turno dirigiéndolo a la comisión o comisiones dictaminadoras que resulten pertinentes. El plazo para dictaminar no es mayor a treinta días hábiles, sin posibilidad de prórroga.

2. En los casos de las iniciativas, proyectos o proposiciones presentados por los otros sujetos legitimados para ello, distintos a los senadores, el Presidente procede en los términos señalados en el párrafo anterior.

3. Cuando las comisiones a las que se reasignó el turno no presentan dictamen en el plazo establecido, el Presidente les retira inmediatamente el asunto y en sus términos lo somete directamente al Pleno, a más tardar en alguna de las dos sesiones ordinarias siguientes. En la tramitación de estos asuntos ante el Pleno se observan las reglas aplicables a los dictámenes, previstas en la Ley y este Reglamento.

Artículo 218

1. Conforme a los plazos establecidos, las comisiones continúan durante los recesos el estudio de las iniciativas, proyectos y proposiciones turnados previamente por el Pleno o remitidos por la Comisión Permanente.

2. Si durante un receso vencen los plazos establecidos sin que se produzca dictamen, el Presidente de la Mesa da cuenta de ello en el informe a que se refiere el artículo 215 de este Reglamento. El Pleno toma conocimiento de los informes generados durante el receso dentro de las tres primeras sesiones del período ordinario siguiente.

Artículo 219

1. Al iniciar cada año de ejercicio legislativo, la Mesa presenta al Pleno, dentro de las cinco primeras sesiones, un informe escrito sobre las iniciativas o proyectos pendientes de dictamen, precisando las diferentes actuaciones recaídas en cada una de ellas. El informe se publica en la Gaceta.

2. Respecto de las iniciativas y proyectos pendientes de dictamen la Mesa procede, en su caso una vez que se integren las comisiones, en los siguientes términos:

I. Las iniciativas presentadas por el Presidente de la República, los diputados federales, las legislaturas locales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como los proyectos de la Cámara de Diputados, continúan su trámite en las comisiones que en cada caso corresponda;

II. Las iniciativas de senadores de las que se disponga dictamen debidamente formulado sin haberse sometido aún al Pleno, también culminan su trámite legislativo;

III. Respecto de las iniciativas de senadores presentadas durante el año de ejercicio legislativo inmediato anterior, respecto de las cuales hayan transcurrido los plazos o incumplido las disposiciones previstas en los artículos 212 al 217 de este Reglamento, y que continúen sin dictaminar, se procede a lo siguiente:

a) Dentro de los treinta días hábiles siguientes al inicio del año de ejercicio legislativo la Mesa, por conducto de la Secretaría General de Servicios Parlamentarios, remite a cada Grupo Parlamentario el listado de iniciativas presentadas por sus integrantes, a fin de que en un plazo no mayor a diez días hábiles, se pronuncien en forma escrita para mantener vigentes aquéllas que son de su interés;

b) La Mesa también consulta, en iguales plazos y para los mismos efectos referidos en el inciso anterior, a las juntas directivas de las comisiones dictaminadoras;

c) Las iniciativas así seleccionadas continúan el procedimiento legislativo, según corresponda en cada caso; y

d) Las iniciativas no seleccionadas por los grupos ni por las juntas directivas de comisiones son materia de un proyecto de acuerdo que la Mesa somete directamente al Pleno para concluir los trámites legislativos, descargar los turnos correspondientes y enviar los expedientes al Archivo Histórico y Memoria Legislativa para su resguardo”.

H. Para esta Comisión queda claro que el proceso legislativo es un sendero que transita por un proceso en el que la exposición de las ideas, el diálogo, el entendimiento y el acuerdo, construyen las decisiones democráticas de los contenidos que las normas deben tener.

I. Asimismo, queda claro para esta representación que la construcción de acuerdos tiene que ver con la argumentación y convencimiento del otro en un proceso de diálogo, entendimiento y avenimiento. En tal sentido no se puede por la vía del exhorto, la invitación o la solicitud establecer lo que el diálogo y el convencimiento no han logrado.

J. En ese sentido, esta representación no considera pertinente extender el exhorto a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores para impulsar el proceso legislativo, primero porque aún cuando materialmente esa instancia representa el punto de entendimiento para impulsar el trabajo legislativo, formalmente no tiene el asunto turnado; segundo, porque ese entendimiento no puede surgir de una inducción o exhorto ni a la Junta ni a las Comisiones a las que se ha turnado el asunto. Cabe apostillar, además, que por cuanto a las comisiones ordinarias de dictamen no cabría un exhorto para acelerar el trabajo legislativo sin poner en riesgo su autonomía y libertad de decisión democrática.

K. En ese tenor, esta comisión considera improcedente conceder la propuesta en los términos formulados.

L. No obstante lo anterior, esta dictaminadora también considera importante no cejar el empeño por atender el interés de los autores del presente punto de acuerdo y en ese sentido, considerando que la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores es el órgano que coordina el trabajo legislativo, se considera pertinente hacer una atenta solicitud para saber el estatus actual de ambas iniciativas.

Por lo anteriormente expuesto, la Primera Comisión de Trabajo de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, somete a la consideración del Pleno, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, con sustento en los artículos 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 45 numerales 1 y 3 y 97 numerales 1 y 3 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita respetuosamente lo siguiente:

a) Que las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, de Gobernación y de Estudios Legislativos informen a la brevedad posible la situación que guarda el trámite legislativo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Comunicación Gubernamental, presentadas por los senadores Javier Corral Jurado, Marcela Torres Peimbert, Víctor Hermosillo y Celada y Ernesto Ruffo Appel del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 4 de septiembre de 2012;

b) La iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Propaganda Gubernamental, presentada por el senador Armando Ríos Piter del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 13 de noviembre de 2012, turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos; y

c) La iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Reglamentaria para el artículo 134 constitucional, en materia de Propaganda Gubernamental, presentada por diversos Senadores integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, el 24 de Julio de 2013 presentaron, y se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia, de Gobernación, de Anticorrupción y Participación Ciudadana y de Estudios Legislativos, Primera.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 21 de enero de 2014.

La Primera Comisión

Diputado Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; senador Héctor Yunes Landa (rúbrica), diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, diputado José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), secretarios; diputado Manuel Añorve Baños (rúbrica), diputado Raymundo King de la Rosa (rúbrica), senadora Ivonne Liliana Álvarez García (rúbrica), senadora Lizbeth Hernández Lecona (rúbrica), senador Javier Lozano Alarcón (rúbrica), senador Juan Carlos Romero Hicks, diputada María Teresa Jiménez Esquivel, senador Manuel Camacho Solís (rúbrica), senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza, diputada Mónica García de la Fuente (rúbrica), senador David Monreal Ávila (rúbrica)

De la Primera Comisión, con punto de acuerdo por el cual se solicita al Inegi que elabore y difunda información estadística sobre las mujeres que trabajan en el sector agrario nacional

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión de la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio constitucional de la LXII Legislatura, fue turnada la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al INEGI que elabore y difunda información estadística sobre las trabajadoras del sector agrario nacional, suscrita por la senadora Mely Romero Celis, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Primera Comisión, someten a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente dictamen, el cual se realiza de acuerdo con la siguiente:

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio y recibo de turno para el dictamen de la referida proposición con punto de acuerdo;

II. En el capítulo correspondiente al “Contenido” se exponen los motivos y alcance de la propuesta en estudio;

III. En el capítulo de “Consideraciones” la Primera Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de aprobar en sus términos o desechar las proposiciones en análisis.

I. Antecedentes

La proposición que se cita en el proemio, fue registrada en la Sesión del Pleno de la Comisión Permanente de fecha 15 de enero de 2014, y turnada para estudio y dictamen correspondiente a la Primera Comisión de Trabajo de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.

II. Contenido

A. En la proposición con punto de acuerdo, que se dictamina, se manifiesta sustancialmente lo siguiente:

En 2002, el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi) junto con las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) y de la Reforma Agraria (ahora Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Sedatu) y la Procuraduría Agraria, publicaron el estudio “Las Mujeres en el México Rural”, el cual tenía como objetivo proporcionar información estadística sobre la situación social, demográfica y económica de las mujeres que habitaban en el medio rural.

Al respecto, el estudio señaló que derivado del Censo de Población y Vivienda 2000, la población rural ascendió a 24 millones 605 mil 403 habitantes, de los cuales el 50.4 por ciento (12.4 millones) eran mujeres y el restante 49.6 por ciento (12.2 millones) hombres. Específicamente, la población femenina rural, 12 millones 391 mil 803 mujeres, significó el 24.8 por ciento de la población nacional femenina y el 12.7 por ciento de la población total nacional.

Asimismo, detalló que las mujeres por grupo de edad se encontraban dentro los siguientes rangos, el 38.9 por ciento de 0 a 14 años de edad, 27 por ciento 15 a 29 años de edad, el 16.3 por ciento de 30 a 44 años, el 9.8 por ciento de 45 a 59 años de edad, y el restante 8 por ciento rebasaban los 60 años de edad.

Además, las estadísticas proporcionadas en tal documento demostraron que el 92 por ciento de las mujeres en el medio rural participan en la generación de bienes y servicios en beneficio del hogar, de las cuales invirtieron en promedio poco más de 26 horas por semana para la limpieza de la casa en comparación con las 4 horas en promedio por semana que invirtieron para actividades rurales, éstas últimas para acarrear agua, recolectar leña, crianza de animales y parcelas.

En lo que respecta a la percepción de ingresos, la información estadística señaló que 3 de cada 5 eran hombres y las restantes 2 fueron mujeres, asimismo, la mayor percepción en términos monetarios fue hacia los hombres, en razón de que 3 de cada 4 pesos fueron percibidos por los hombres y el restante peso fue hacia la mujer.

Lo anterior evidenció que las mujeres rurales están estrechamente vinculadas al trabajo propio del hogar y en una menor medida en la generación de valor agregado al sector agrario, escenario vulnerable para que la mujer rural participe en la deliberación y toma de decisiones en el seno familiar producto de su debilidad en la generación de ingresos familiares.

Aunado a ello, las estadísticas proporcionadas en dicho estudio, demostraron y manifestaron diferencias significativas en la forma de gastar los ingresos por parte de jefas de familia rurales respecto a los jefes de familia rurales. En el primer caso, las jefas de familia rurales destinan mayores ingresos en la compra de bienes para consumo, 43.3 por ciento, y gastos de vivienda, 7.3 por ciento, en cambio los jefes de familia rurales erogan el 40.9 por ciento de sus ingresos para la compra de alimentos y el 6.6 por ciento en gastos de vivienda; en el segundo caso, los jefes de familia erogan el 8.3 por ciento de sus ingresos para educación y esparcimiento en comparación con el 6.8 por ciento de los egresos que destinan las jefas de familia rurales para ese rubro.1

El 18 de diciembre de 2007, la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobó la resolución 62/136, relativa al mejoramiento de la situación de la mujer en las zonas rurales, en la cual se estableció en declarar que el 15 de octubre de cada año se celebre y conmemore en los estados miembros de dicha organización el “Día Internacional de las Mujeres Rurales”, asimismo, se les exhortó a los estados miembros a diseñar, impulsar y ejecutar políticas y programas públicos para fortalecer y mejorar la situación de las mujeres rurales con el fin de empoderarlas y resarcir su entorno vulnerable, todo ello bajo los lineamientos establecidos por la Convención sobre la Eliminación en todas las formas de Discriminación contra la Mujer.2

Bajo ese contexto, el Estado Mexicano conmemoró por primera ocasión dicha fecha en 2008, en la cual reconoció la función y contribución que hacen estas mujeres rurales para la promoción del desarrollo agrícola y rural a nivel nacional, además, de que ellas han permitido mejorar la seguridad alimentaria y erradicación de la pobreza en sus núcleos agrarios.3

En marzo de 2011, el INEGI, publicó las estadísticas definitivas del Censo de Población y Vivienda 2010, en ellas se menciona una población total de 112 millones 336 mil 538 personas, de los cuales 26 millones 49 mil 128 habitantes son población rural, y de éste subtotal, 13 millones 140 mil 437 personas son del sexo femenino, es decir, el 11.7 por ciento de la población total a nivel nacional y el 50.4 por ciento de la población rural.

En el marco del Día Internacional de las Mujeres Rurales, 15 de octubre de 2013, la Secretaría de Gobernación a través de la Secretaría General del Consejo Nacional de Población –CONAPO- emitieron un comunicado de prensa para conmemorar tal día, en el cual se aluden diversas estadísticas en la materia. Al respecto, se señala a grandes rasgos que en el país hay 13.8 millones de mujeres rurales, quienes del rango de 5 años a más, el 83.7 por ciento de las mujeres agrarias saben leer y escribir; asimismo, que el 59.3 por ciento de las mujeres agrarias de 14 años y más, realizan predominantemente actividades vinculadas al quehacer doméstico, además, que del rango de 14 años y más, solamente el 16.9 por ciento de éstas no perciben pago alguno de su trabajo respecto al 6.5 por ciento de las mujeres urbanas.

La información estadística generada y difundida por diversos medios electrónicos sobre la situación sociodemográfica que viven las mujeres rurales en el país, no ha sido de gran profundidad, es decir, no se posee información estadística actualizada y precisa sobre ese sector, si se compara con el estudio estadístico que elaboró el INEGI en 2002, Las Mujeres en el México Rural, que tuvo como finalidad difundir información estadística de corte transversal para conocer dicho sector y a partir de él se generaran acciones política pública para contrarrestar su entorno vulnerable respecto a los hombres rurales y mujeres urbanas, que no se concretó.

Contar con información estadística actualizada sobre la situación económica, demográfica, social y política de la mujer rural en México, permitirá conocer su entorno en el que se desenvuelven socialmente, al mismo tiempo, la información estadística actualizada tendrá un impacto positivo en la calidad de vida de este sector en específico de la población. Los tres órdenes de gobierno tendrán un diagnóstico puntual para diseñar, instrumentar y evaluar políticas públicas encaminadas a eliminar y erradicar las desigualdades socioeconómicas que existen entre las mujeres que viven en el medio rural y urbano, pero sobre todo con los hombres de su mismo sector, con el fin último de tutelar y salvaguardar el derecho humano de igualdad entre el hombre y la mujer, el cual está consagrado en los artículos 4o. de la Constitución Política; 1o. y 2o. de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 2o., 3o. y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; II de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 1o. y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La presente proposición con punto de acuerdo tiene como objetivo exhortar de manera respetuosa al titular del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, para que en ejercicio de sus facultades señaladas en la Constitución Política y en la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, como organismo público autónomo y coordinador del Sistema Nacional de Información Estadística y Geografía; elabore, genere, procese, difunda y promueva para uso oficial, estadísticas e indicadores relativos a la población femenina que labora y vive en el sector agrario nacional.

B. Por todo lo anterior se formula el siguiente:

“Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las diputadas y diputados integrantes de las Legislaturas de los Congresos Estatales para que a la brevedad sometan a su consideración las minutas de reformas constitucionales en materia político-electoral y anticorrupción respectivamente, enviadas por el Congreso de la Unión y evitar una merma procesal constitucional en los términos y plazos perentorios previstos por dichas reformas constitucionales para el adecuado funcionamiento de las figuras de recién creación, que a su entrada en vigor trae aparejada el funcionamiento de sistema político-electoral por un lado, así como la procuración de justicia y la investigación del órgano de anticorrupción por el otro, los cuales revisten la mayor importancia del país.

III. Consideraciones

A. La Comisión permanente tiene facultad para conocer del presente asunto, de conformidad con lo que establece el artículo 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

B. Esta Primera Comisión de Trabajo, es competente para conocer y proponer una resolución a esta propuesta, de conformidad con lo que establecen los artículos 127 de la Ley Orgánica para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 175 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

C. La Comisión Dictaminadora realizó el estudio y análisis de la propuesta que se dictamina y coincide con la preocupación y motivación del proponente, en ese sentido hace las siguientes observaciones.

El Inegi está fundado en el artículo 26, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece el Estado Mexicano contará con un Sistema Nacional de Información Estadística y Geografía, el cual captará, generará, procesará y publicará información estadística para uso de los tres órdenes de gobierno y uso oficial. La información que generé el sistema se regirá bajo los principios de accesibilidad de la información, transparencia, objetividad e independencia, además, este sistema estará a cargo de un organismo público con autonomía técnica y de gestión con personalidad jurídica y patrimonio propio.

La Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geografía establece que:

Artículo 3. El Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, tiene la finalidad de suministrar a la sociedad y al Estado Información de calidad, pertinente, veraz y oportuna, a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional.

Serán principios rectores del Sistema los de accesibilidad, transparencia, objetividad e independencia.

Artículo 4. El Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica tendrá como objetivos:

I. Producir Información;

II. Difundir oportunamente la Información a través de mecanismos que faciliten su consulta;

III. Promover el conocimiento y uso de la Información, y

IV. Conservar la Información.

Esta comisión dictaminadora considera pertinente la proposición objeto de este dictamen, tomando en cuenta que el tener información específica y verdadera permite establecer programas y acciones encaminadas a resolver las problemáticas que se presentan en determinados sectores de la población.

Esta comisión expresa que el sector agrario es uno de los más afectados económicamente de nuestro país, y que es pertinente tener datos que reflejen el desarrollo de los distintos programas gubernamentales para poder determinar su eficacia y de esa forma adecuar las acciones correspondientes, como es la cruzada nacional sin hambre que encabeza el Ejecutivo Nacional.

La dictaminadora comparte la necesidad de tener datos específicos por género, dado que las necesidades, situaciones y problemáticas pueden ser muy distintos aún viviendo en la misma comunidad o laborando en el mismo sector productivo.

Esta información estadística permitirá conocer la situación social, demográfica, política y económica de las mujeres agrarias y contribuirá en el diseño de políticas y programas presupuestarios dirigidos a contrarrestar la situación vulnerable que viven en este sector respecto a los hombres agrarios y mujeres que residen en las grandes urbes del país.

Por lo anteriormente expuesto, la Primera Comisión de Trabajo de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, somete a la consideración del Pleno, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al titular del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, para que en su calidad de coordinador del Sistema Nacional de Información Estadística y Geografía, elabore, genere, difunda y promueva indicadores estadísticos sobre la situación social, demográfica y económica de las mujeres rurales que laboran y vivan en el sector agrario nacional.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 21 de enero de 2014

La Primera Comisión

Diputado Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; senador Héctor Yunes Landa (rúbrica), diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, diputado José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), secretarios; diputado Manuel Añorve Baños (rúbrica), diputado Raymundo King de la Rosa (rúbrica), senadora Ivonne Liliana Álvarez García (rúbrica), senadora Lizbeth Hernández Lecona (rúbrica), senador Javier Lozano Alarcón (rúbrica), senador Juan Carlos Romero Hicks, diputada María Teresa Jiménez Esquivel, senador Manuel Camacho Solís (rúbrica), senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza, diputada Mónica García de la Fuente (rúbrica), senador David Monreal Ávila (rúbrica)



Dictámenes

De la Primera Comisión, sobre la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las legislaturas locales a someter a su consideración las minutas de reformas constitucionales en materia político-electoral y anticorrupción enviadas por el Congreso de la Unión

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión de la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio constitucional de la LXII Legislatura, fue turnada la proposición con punto de acuerdo para exhortar a las legislaturas locales a someter a su consideración las minutas de reformas constitucionales en materia político-electoral y anticorrupción, enviadas por el Congreso de la Unión, suscrita por los senadores Benjamín Robles Montoya y Zoé Robledo Aburto, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Primera Comisión, someten a la consideración del pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente dictamen, el cual se realiza de acuerdo con la siguiente:

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio y recibo de turno para el dictamen de la referida proposición con punto de acuerdo;

II. En el capítulo correspondiente al “Contenido” se exponen los motivos y alcance de la propuesta en estudio;

III. En el capítulo de “Consideraciones” la Primera Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de aprobar en sus términos o desechar las proposiciones en análisis.

I. Antecedentes

La proposición que se cita en el proemio, fue registrada en la sesión del pleno de la Comisión Permanente de fecha 8 de enero de 2014, y turnada para estudio y dictamen correspondiente a la Primera Comisión –de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.

II. Contenido

A. En la proposición con punto de acuerdo, que se dictamina, se manifiesta sustancialmente lo siguiente:

Tras la aprobación de la reforma constitucional en materia político-electoral el pasado 13 de diciembre de 2013, el Congreso de la Unión consideró que la tan llamada reforma del Estado era, desde hace décadas, una asignatura pendiente en nuestro país. Con la aprobación de dicha reforma los legisladores nos hemos impuesto el deber de buscar el equilibrio armónico de los poderes reales con las necesidades sociales. La reforma política-electoral implica la refundación de las relaciones entre gobierno y sociedad.

Con la citada reforma político-electoral la sociedad civil ha cambiado la “praxis” de hacer política y nos obligó a inscribir en la Carta Magna que toda decisión de sus representantes populares obtenga la mayor legitimidad posible. Así, la participación ciudadana será, en las políticas públicas y en la construcción de proyectos fundamentales, corresponsable del desarrollo de la sociedad, se crean figuras legales de beneficio político-social como gobierno de coalición y ratificación de los miembros del gabinete; Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social; autonomía del Ministerio Público y la Fiscalía General de la República; aprobación del Congreso de la Unión de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública; reelección de legisladores al Congreso de la Unión y dotar de la atribución a las legislaturas de los Estados para adoptar dicha medida en su caso; elección consecutiva de ayuntamientos hasta por un periodo más si así lo determinará la legislatura local correspondiente; nueva fecha para la transición de poderes del Ejecutivo federal; la creación del órgano autónomo en materia electoral denominado Instituto Nacional de Elecciones; aumento en el umbral para el registro de los partidos políticos y un sistema de nulidad de elección; entre otros.

De igual forma, el pasado mes de diciembre fue aprobado por el Congreso de la Unión la reforma constitucional en materia de anticorrupción, misma que sienta las bases para la creación de un sistema nacional de combate a la corrupción que permita coordinar esfuerzos de todos los órdenes de gobierno y construir de manera conjunta y homogénea las políticas públicas en la materia; la investigación y sanciones de los actos de corrupción serán una realidad lejos de los obstáculos de secretos bancario, fiduciario y fiscal.

En la designación de los titulares de los órganos anticorrupción no participarán los Poderes Ejecutivos federal y de las entidades, respectivamente, ni mediante el mecanismo de propuesta, ni mediante el mecanismo de objeción.

En la reforma constitucional existen disposiciones que representan un avance en materia de combate a la corrupción, entre otras el órgano anticorrupción tendrá competencia para prevenir, investigar y sancionar actos de corrupción cometidos por servidores públicos de la federación y por personas físicas o morales involucradas en tales actos.

Así también contará con facultad para atraer asuntos competencia de los órganos anticorrupción de las entidades federativas, en los términos que establezca la ley.

El órgano anticorrupción estará facultado además para emitir recomendaciones a los órganos públicos de los tres órdenes de gobierno, para mejorar procedimientos administrativos y prevenir prácticas de corrupción.

Se establece la obligación expresa de autoridades federales, estatales y municipales de colaborar y prestar auxilio a los órganos anticorrupción federal y locales.

La reforma constitucional en materia de combate a la corrupción refleja la voluntad de las fuerzas políticas representadas en el Congreso para emprender un mucho más profundo y eficaz combate a la corrupción en el ámbito del poder público, que contribuya también a reducir nuestros alarmantes niveles de impunidad.

Por lo anterior, y considerando que en el régimen transitorio de cada minuta de reforma constitucional se contemplaron términos y plazos perentorios para ajustar el adecuado funcionamiento de las figuras de recién creación, mismas que a su entrada en vigor trae aparejada el funcionamiento de sistema político-electoral por un lado, así como la procuración de justicia y la investigación del órgano de anticorrupción por el otro, los cuales revisten la mayor importancia del país.

B. Por todo lo anterior se formula el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Comisión Permanente de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las diputadas y los diputados integrantes de las legislaturas de los Congresos estatales para que a la brevedad sometan a su consideración las minutas de reformas constitucionales en materia político-electoral y anticorrupción respectivamente, enviadas por el Congreso de la Unión y evitar una merma procesal constitucional en los términos y plazos perentorios previstos por dichas reformas constitucionales para el adecuado funcionamiento de las figuras de recién creación, que a su entrada en vigor trae aparejada el funcionamiento de sistema político-electoral por un lado, así como la procuración de justicia y la investigación del órgano de anticorrupción por el otro, los cuales revisten la mayor importancia del país.

III. Consideraciones

A. La Comisión Permanente tiene facultad para conocer del presente asunto, de conformidad con lo que establece el artículo 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

B. Esta Primera Comisión, es competente para conocer y proponer una resolución a esta propuesta, de conformidad con lo que establecen los artículos 127 de la Ley Orgánica para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 175 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

C. La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de la propuesta que se dictamina y coincide con la preocupación y motivación del proponente, sin embargo es necesario hacer las siguientes observaciones.

El artículo 135 constitucional establece que:

...la presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerde las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los estados.

El Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, harán el cómputo de los votos de las legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas.

Del artículo anterior se desprende que una vez que sea aprobado por el Congreso de la Unión tiene que ser aprobado por la mayoría de las legislaturas locales, sin embargo, no les da un término para realizar dicha aprobación.

Es importante dejar claro que la reforma en materia político-electoral fue aprobada por la Cámara revisora el miércoles 13 de diciembre de 2014, por lo que algunas legislaturas locales estarán en receso o estarán en el proceso legislativo correspondiente, hasta el momento de la realización de este dictamen se encontraban doce votos aprobatorios de las siguientes legislaturas locales: Baja California Sur, estado de México, Coahuila, Durango, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Puebla, San Luis Potosí, y Zacatecas.

Esta comisión dictaminadora considera que las legislaturas locales están en el proceso correspondiente en tiempo y forma por lo que no es viable el exhorto objeto de este dictamen.

D. Por lo que hace a la reforma constitucional en materia de anticorrupción es necesario hacer el siguiente análisis:

Que como lo establece el artículo 135 constitucional para que pasen a la votación de las legislaturas locales se tiene que haber aprobado por el Congreso de la Unión. Dichas reformas ya fueron aprobadas por el Senado de la República, sin embargo, a la fecha de la elaboración del presente dictamen no ha tenido la entrada formal la minuta correspondiente en la Cámara de Diputados por lo que no se ha realizado el proceso legislativo correspondiente y por lo consiguiente, no ha sido aprobado por el Congreso de la Unión.

Por lo expuesto, la Primera Comisión –Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia– somete a la consideración del pleno, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se desecha la proposición con punto de acuerdo para exhortar a las legislaturas locales a someter a su consideración las minutas de reformas constitucionales en materia político-electoral y anticorrupción, enviadas por el Congreso de la Unión.

Sala de comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 21 de enero de 2014.

La Primera Comisión

Diputado Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; senador Héctor Yunes Landa (rúbrica), diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, diputado José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), secretarios; diputado Manuel Añorve Baños (rúbrica), diputado Raymundo King de la Rosa (rúbrica), senadora Ivonne Liliana Álvarez García (rúbrica), senadora Lizbeth Hernández Lecona (rúbrica), senador Javier Lozano Alarcón (rúbrica), senador Juan Carlos Romero Hicks, diputada María Teresa Jiménez Esquivel, senador Manuel Camacho Solís (rúbrica), senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza, diputada Mónica García de la Fuente (rúbrica), senador David Monreal Ávila (rúbrica).

De la Primera Comisión, respecto a la proposición con punto de acuerdo que exhorta al Instituto Nacional de Cinematografía a realizar un homenaje al crítico de cine licenciado Gustavo García

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión de la Comisión Permanente correspondiente al primer receso del segundo año de ejercicio constitucional de la LXII Legislatura, fue turnada la proposición con “punto de acuerdo para exhortar de manera respetuosa al Instituto Nacional de Cinematografía, a efecto de que realice un homenaje al crítico de cine licenciado Gustavo García”, presentada por el diputado Enrique Cárdenas del Avellano, del PRI, y suscrita por la diputada Guadalupe Vargas Vargas, del PRI.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los miembros de esta Primera Comisión, someten a la consideración del pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente Dictamen, el cual se realiza de acuerdo con la siguiente

Metodología

I. En el capítulo de “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio y recibo de turno para el dictamen de la referida Proposición con Punto de Acuerdo;

II. En el capítulo correspondiente al “Contenido” se exponen los motivos y alcance de la propuesta en estudio;

III. En el capítulo de “Consideraciones” la Primera Comisión dictaminadora expresa los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de aprobar en sus términos o desechar las proposiciones en análisis.

I. Antecedentes

La proposición que se cita en el proemio, fue registrada en la sesión del pleno de la Comisión Permanente de fecha 8 de enero de 2014 y turnada para estudio y dictamen correspondiente a la Primera Comisión de Trabajo de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.

II. Contenido

A. En la proposición con punto de acuerdo que se dictamina, se manifiesta sustancialmente que “ Se exhorta de manera respetuosa al Instituto Nacional de Cinematografía, a efecto de que realice un homenaje al crítico de cine licenciado Gustavo García”.

B. Los proponentes, conforme a la exposición de motivos de su documento, sustentan su propuesta en lo siguiente:

“La cultura ha sido siempre la esencia de nuestro país, el arte, la pintura, la danza, la música y el cine son parte de la cultura que nos caracteriza, teniendo estas una particularidad esencial, este toque que solo los mexicanos son capaces de otorgarle al arte en sus diversas expresiones.

Derivado de ello y a lo largo de la historia nos hemos congratulado de poder ser la cuna de muchos artistas de talla internacional, mundialmente reconocidos por su talento e influencia en el arte.

Es por ello que ahora lamentamos el terrible fallecimiento de uno de los grandes críticos y exponentes del cine mexicano, el Lic. Gustavo García, quien fuera considerado uno de los más grandes críticos de cine, “así como cómplice y guía del espectador”.

Gustavo García fue licenciado en periodismo y Comunicación Colectiva por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México, fundador y Director de la revista de Cine “Intolerancia”, así como columnista en diversas revistas y periódicos de cultura de México. Incursionando en la docencia el recién fallecido Gustavo García fue profesor de cine en la Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad Autónoma Metropolitana–Xochimilco; así también fue conductor de múltiples programas de radio, siendo en la mayoría titular de los mismos. Su influencia en el arte cinematográfico se vio plasmada en libros de gran importancia como son “El cine mudo Mexicano”, “La década perdida/ El cine mexicano de los cincuenta”, “La época de oro”, “El nuevo cine Mexicano”, entre otros, los cuales fueron de gran relevancia para el desarrollo y expansión del cine mexicano.

Su influencia llegó a tal grado que es considerado por muchos como un maestro que a través del cine encontró una ventana de análisis de la naturaleza humana.2 Es así que Gustavo García logró a través de sus críticas, a veces polémicas, pero siempre atinadas, adentrarse en los pormenores del cine y con ello cambiar la visión de nuestra industria cinematográfica.

La muerte de Gustavo García es una pérdida irreparable no sólo para la cultura cinematográfica, sino para el arte en México, por lo que se propone a través del presente la realización de un homenaje para este analista que pudiera incluir, entre otras actividades, mesas redondas, conferencias, proyecciones de películas y publicación de materiales”.

III. Consideraciones

A. La Comisión permanente tiene facultad para conocer del presente asunto, de conformidad con lo que establece el artículo 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

B. Esta Primera Comisión de Trabajo, es competente para conocer y proponer una resolución a esta propuesta, de conformidad con lo que establecen los artículos 127 de la Ley Orgánica para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 175 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

C. La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de la propuesta que se dictamina y coincide con la preocupación y motivación del proponente, sin embargo, el lunes 25 de noviembre de 2013, se realizó un homenaje póstumo en la sala 9 “Juan Bustillo Oro” de la Cineteca Nacional, organizado por el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, el Instituto Mexicano de Cinematografía, la Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad Autónoma Metropolitana, acto que fue transmitido por canal 22.

Jorge Sánchez, director del Instituto Mexicano de Cinematografía, agradeció al anfitrión Alejandro Pelayo, director del complejo cinematográfico de Conaculta, la realización del merecido homenaje en presencia de la viuda del decano cinematográfico, Claudia Elena Hernández Ojesto-Martínez y sus hijos, Alejandra y Ángel, los periodistas Lucero Solórzano y Nicolás Alvarado, el historiador David Ramón, así como Elvira Serio, en representación de sus alumnos, quienes recordaron muchas anécdotas que compartieron con el homenajeado.

En el acto se proyectó un video en el que personalidades como Carmen Aristegui, Silvestre López Portillo, Héctor Aguilar Camín y los familiares más cercanos de García, entre algunos otros, recuerdaron anécdotas y vivencias.

Se recordaron sus aportaciones al quehacer cinematográfico desde la escritura y la enseñanza, pues era un férreo defensor del documental como material de denuncia, fue fundador de la revista Intolerancia , además de autor de materiales sobre el tema que le apasionaba, como El cine mudo mexicano (1983), SEP-Martín Casillas; La década perdida. El cine mexicano de los cincuenta (1985), UAM-Azcapotzalco; No me parezco a nadie. La vida de Pedro Infante (1995), Editorial Clío; Pedro Armend áriz (1996), Editorial Clío; Nuevo cine mexicano (1997), Editorial Clío, y el dedicado a la cinematografía chiapaneca, titulado Al son de la marimba. Chiapas en el cine ( 2011), editado por el gobierno chiapaneco, lugar que le vio nacer un 29 de agosto de 1954.

M. El martes 26 de noviembre de 2013, García fue objeto de un homenaje en la Sala Lucio Mendieta y Núñez de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México, con la proyección de la película Mi universo en minúsculas (México, 2011), de Hatuey Viveros y los comentarios del director de la cinta, y de los investigadores fílmicos y profesores universitarios Guillermo Rivera y de Federico Dávalos Orozco.

N. Sin demérito que merece una persona de su altura por su obra y aportación a las generaciones de estudiantes, miríadas de lectores y cientos de amigos que forjó, esta Comisión considera que lo solicitado por el proponente se ha cubierto.

Por lo anteriormente expuesto, la Primera Comisión de Trabajo de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, somete a la consideración del Pleno, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Deséchese como asunto total y definitivamente concluido.

Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 21 de enero de 2014.

La Primera Comisión

Diputado Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (rúbrica), presidente; senador Héctor Yunes Landa (rúbrica), diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, diputado José Luis Esquivel Zalpa (rúbrica), secretarios; diputado Manuel Añorve Baños (rúbrica), diputado Raymundo King de la Rosa (rúbrica), senadora Ivonne Liliana Álvarez García (rúbrica), senadora Lizbeth Hernández Lecona (rúbrica), senador Javier Lozano Alarcón (rúbrica), senador Juan Carlos Romero Hicks, diputada María Teresa Jiménez Esquivel, senador Manuel Camacho Solís (rúbrica), senadora Iris Vianey Mendoza Mendoza, diputada Mónica García de la Fuente (rúbrica), senador David Monreal Ávila (rúbrica).