Proposiciones de urgente u obvia resolución
Proposiciones


Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, por el que se propone al Ejecutivo federal que dé continuidad al régimen de desgravación arancelaria en las regiones y franjas fronterizas norte y sur, a cargo del diputado Raymundo King de la Rosa, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Raymundo King de la Rosa, diputado federal por el estado de Quintana Roo, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y numeral 2, fracciones III y IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se propone al titular del Ejecutivo federal que dé continuidad al régimen de desgravación arancelaria en la región fronteriza y las franjas fronterizas norte y sur, con base en las siguientes

Consideraciones

El artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es facultad privativa de la Federación gravar las mercancías que se importen o exporten, o que pasen de tránsito por el territorio nacional, así como reglamentar en todo tiempo y aún prohibir, por motivos de seguridad o de policía, la circulación en el interior de la República de toda clase de efectos, cualquiera que sea su procedencia; y que el Ejecutivo Federal podrá ser facultado por el Congreso de la Unión para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación, expedidas por el propio Congreso, y para crear otras; así como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos, cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional, o de realizar cualquiera otro propósito, en beneficio del país.

Por su parte, en el artículo 4, fracción I, de la Ley de Comercio Exterior se establece que es facultad del Ejecutivo Federal crear, crear, aumentar, disminuir o suprimir aranceles, mediante decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En ejercicio de estas facultades, el 24 de diciembre de 2008, el Titular del Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, en cuyo artículo 5, fracciones I y II, se estableció la desgravación hasta el 31 de diciembre de 2013 de diversos productos contenidos en 1,342 fracciones arancelarias, y la aplicación hasta esa misma fecha de un impuesto general de importación del cinco por ciento a los productos contenidos en 393 fracciones arancelarias.

Este régimen arancelario aplica para las mercancías que se importen por las personas que cuenten con registro como empresa de la frontera a la franja fronteriza norte y a la región fronteriza, a cuyos efectos en el artículo 2 del Decreto en mención se define como empresa de la frontera a las personas físicas o morales dedicadas a la comercialización o prestación de servicios de restaurantes, hoteles, esparcimiento, culturales, recreativos, deportivos, educativos, investigación, médicos y de asistencia social; alquiler de bienes muebles, y servicios prestados a las empresas, según la clasificación del Catálogo de Actividades Económicas que da a conocer el SAT mediante reglas de carácter general, ubicadas en la franja fronteriza norte o región fronteriza que cuenten con registro expedido por la Secretaría.

Así mismo, se estableció como región fronteriza a los Estados de Baja California, Baja California Sur, Quintana Roo y la región parcial del Estado de Sonora; la franja fronteriza sur colindante con Guatemala y los municipios de Caborca, Sonora; Comitán de Domínguez, Chiapas; Salina Cruz, Oaxaca y Tenosique, Tabasco y como franja fronteriza norte, al territorio comprendido entre la línea divisoria internacional del norte del país y la línea paralela a una distancia de 20 kilómetros hacia el interior del país, en el tramo comprendido entre el límite de la región parcial del Estado de Sonora y el Golfo de México, así como el municipio fronterizo de Cananea, Sonora.

El decreto en cuestión formó parte de las políticas de desarrollo económico implementadas por el Ejecutivo Federal en el contexto del Plan Nacional de Desarrollo 2006-2012 y dio continuidad a diversos esquemas que ha implementado para apoyar y fortalecer las actividades económicas y comerciales en las regiones y franjas fronterizas, entre los que se encuentran los siguientes:

• Decreto por el que se establece el esquema arancelario de transición al régimen comercial general del país, para el comercio, restaurantes, hoteles y ciertos servicios, ubicados en la franja fronteriza norte del país, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1993.

• Decreto por el que se establecen las fracciones arancelarias que se encontrarán totalmente desgravadas del Impuesto General de Importación para la Franja Fronteriza Norte y en la Región Fronteriza publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1998.

• Decreto por el que se establecen las fracciones arancelarias que se encontrarán totalmente desgravadas del Impuesto General de Importación para la Franja Fronteriza Norte y en la Región Fronteriza, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2002.

El hilo conductor de los sucesivos decretos en esta materia ha sido propiciar el desarrollo de las actividades comerciales y de servicios en las franjas y regiones fronterizas, con base en los principios de transparencia, certidumbre jurídica, equidad, imparcialidad, uniformidad en la administración del marco normativo vigente, mejora regulatoria y simplificación operativa.

Con ello se ha buscado generar condiciones favorables para que las empresas de estas zonas puedan mejorar su competitividad, así como alentar la inversión y la preservación de la planta productiva y el empleo.

Lo anterior, guarda armonía con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley de Comercio Exterior en el que establece como objeto de esa norma regular y promover el comercio exterior, incrementar la competitividad de la economía nacional, propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país, integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional, defender la planta productiva de prácticas desleales del comercio internacional y contribuir a la elevación del bienestar de la población.

Es importante destacar que este esquema arancelario ha permitido la importación de diversos productos como perfumes, joyas, bisutería, productos de belleza y derivados de la leche, bolsas, alimentos y bebidas, vajillas, camisetas, muebles de madera y metal entre otros, estimulando la actividad económica en varios puntos de la geografía nacional, lo que coadyuva al mantenimiento de la planta productiva, e incluso constituye un atractivo para los turistas que adquieren aquí diversos productos más baratos no sólo para el resto de México, sino para otros países.

En este contexto, la conclusión de la vigencia del Decreto del 24 de diciembre de 2008, sin que se dé continuidad al esquema que ha venido operando en las regiones y franjas fronterizas, tendría un efecto devastador y pondría en riesgo la viabilidad económica de muchas empresas que tienen su principal actividad vinculada a la importación de estos productos, lo que terminaría afectando también al empleo en esas zonas.

A manera de ejemplo, la Asociación de Agentes Aduanales de Cancún ha alertado sobre el riesgo de desaparición de 15 empresas especializadas en trámites de importación de régimen fronterizo si no se renueva el decreto de zona fronteriza, en el que Quintana Roo está incluido, ello sin contar a las empresas comercializadoras y de servicios, lo que traería un efecto multiplicador en perjuicio de la actividad económica de la zona.

Por lo anterior, diversos Senadores de la República suscribieron y presentaron a la consideración de la colegisladora un punto de acuerdo por el que se exhorta al Titular del Ejecutivo Federal para que analizara la continuidad del régimen arancelario para las regiones fronterizas y franjas fronterizas norte y sur, y en su caso, expidiera un nuevo decreto en el que se precise la desgravación de mercancías del Impuesto General de Importación, aplicable a las empresas establecidas en estas zonas limítrofes.

En el mismo tenor, consideramos importante que esta H. Asamblea sume esfuerzos con la colegisladora, a fin de propiciar que el Ejecutivo Federal, con la intervención de las autoridades competentes, que en el caso son la Secretaría de Economía y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como con la participación de los sectores industriales y comerciales involucrados y previa opinión de la Comisión de Comercio Exterior a que se refiere el artículo 6 de la Ley de Comercio Exterior, tome las medidas conducentes para dar continuidad a la política de desgravación arancelaria en las regiones y franjas fronterizas, mediante la expedición del Decreto respectivo.

Por lo anterior, me permito someter a la consideración de esta honorable asamblea, con carácter de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se propone respetuosamente a los Titulares de las Secretarías de Economía y de Hacienda y Crédito Público, así como con la participación de los sectores industriales y comerciales involucrados, y previa opinión de la Comisión de Comercio Exterior, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 4, fracción I, de la Ley de Comercio Exterior, dé continuidad a la política de desgravación arancelaria en la región y franjas fronterizas norte y sur, mediante la expedición del decreto correspondiente.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los tres días del mes de septiembre de dos mil trece.

Diputado Raymundo King de la Rosa (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la SHCP a hacer públicos los montos de las condonaciones en materia de ISR en cada estado y el Distrito Federal; y a la ASF, a iniciar revisiones para determinar si los condonados a estados y a municipios por ese concepto correspondientes a 2012 se utilizaron para subsanar necesidades de infraestructura o proyectos productivos y no para resarcir adeudos de gobernadores o de presidentes municipales, a cargo de la diputada Mariana Dunyaska García Rojas, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada federal Mariana Dunyaska García Rojas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta Asamblea el presente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Antecedentes

1. El día 12 de febrero del año 2013, un grupo de 19 contribuyentes presentó una demanda de amparo en contra el artículo 9 de la Ley de Ingresos de la Federación para 2013, que condona 60% de las deudas de estados y municipios por concepto del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que cobran a sus empleados.

En conferencia de prensa, integrantes de la organización “#Yo Contribuyente” aseguraron que la falta de esos recursos generará un “boquete fiscal” incalculable.

Comentaron que mientras por un lado la Ley otorga beneficios fiscales a gobiernos locales que han mal administrado sus recursos, por otro exige el pago de impuestos completos al resto de los contribuyentes.

Aseguró que la Ley de Ingresos de la Federación permite un beneficio fiscal sobre el cargo del ISR de los trabajadores, equivalente al 60% para 2013 y del 30% para 2014.

Con esto los estados y municipios sólo son vehículos transitorios que detentan esos recursos y que su condonación permite que estos gobiernos locales quedarse con los impuestos cobrados a sus trabajadores, convirtiéndose así los Estados y Municipios en recaudadores fiscales indirectos.

De esta forma, al aprobar una especie de rescate financiero a estados y municipios equivale a un “borrón y cuenta nueva” a entidades federativas y municipios en la medida en que cancela pasivos a cargo de los beneficiarios, beneficiando a aquellos estados o municipios que no han logrado realizar administraciones confiables.

Con esta medida se violenta flagrantemente lo establecido por el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

La deuda total de estados y municipios ha crecido en México un 150% en los últimos seis años, según datos de JP Morgan y se elevaba, solo a medio y largo plazo, a $434.000 millones de pesos, a finales de 2012, según datos de la Secretaria de Hacienda. El dato de la deuda fiscal perdonada no se conoce, porque la condonación se hace mediante convenios con el Gobierno Federal que no son públicos, pero se estima según fuentes gubernamentales, ofrecía una cifra de $13.000 (Trece Mil Millones de Pesos).

El impulsor de #Yocontribuyente , Juan Pardinas, director del Instituto Mexicano para la Competitividad, un organismo independiente, señaló: “Están violando el principio constitucional de que los impuestos sean proporcionales y equivalentes y están generando una casta privilegiada. Si un patrón hiciera eso le caerían nueve años de cárcel”, explica. Según él no se trata solo de que ese “borrón y cuenta nueva” sea injusto.

Históricamente, los estados y municipios han dejado de pagar el ISR retenido a sus trabajadores. La causa principal fue que durante décadas las entidades federativas y los municipios no lo retuvieron efectivamente, y la federación no les exigía su pago. La justificación fue, y aún lo es, que la retención efectiva del ISR habría implicado la reducción de los sueldos de los trabajadores burócratas. Un problema al que no se ha encontrado solución estructural alguna.

La Ley de Ingresos fue aprobada en la Cámara de Diputados por 446 votos a favor, 19 en contra y siete abstenciones, y en el Senado con 101 a favor, 16 en contra y dos abstenciones. Pero las declaraciones posteriores de algunos parlamentarios dan a entender que se tramitó en ambas cámaras un tanto a la ligera. La senadora del PAN Laura Rojas admitió su equivocación por haber apoyado la medida. “Reconozco en lo personal que fue un error haber votado a favor de la exención de ISR en estados y municipios”, dijo. Rojas dio la razón a los contribuyentes que presentaron el amparo y aseguró que pedirá a la Secretaría de Hacienda que realice un plan de acción correctivo. Su compañero de partido Javier Lozano, por su parte, fue aún más directo: “Nos han metido un gol”.

Para los impulsores de la iniciativa el asunto es aún más grave por cuanto la ley prevé perdonar incluso impuestos que aún no se han devengado, ya que contempla condonaciones del 60 por ciento de la deuda fiscal que se genere en 2013 y del 30 por ciento de 2014.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público avalaron la condonación de adeudos fiscales a estados y municipios para ejercicios anteriores a 2012, que en opinión de expertos fiscales es una violación flagrante a la Ley del Impuesto sobre la Renta y a preceptos Constitucionales.

Además, la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013 -aprobada por senadores y diputados en diciembre pasado- establece en el Artículo 9 que en el caso del ejercicio 2013 los gobiernos sub nacionales podrán aplicar el 60 por ciento a los adeudos y 30 por ciento para 2014, medidas que a juicio de los expertos equivalen a un rescate financiero

En el último trimestre de 2012, la deuda de estados y municipios de México creció $27,996.6 millones de pesos, con lo que su saldo al cierre de ese año se ubicó en 434,761.2 millones de pesos, de acuerdo con cifras que dio a conocer el 18 de febrero pasado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

El endeudamiento de los gobiernos estatales aumentó 11.25 por ciento, o 43 mil 983.7 millones de pesos, desde los 390 mil 777.5 millones en que se ubicaba a diciembre de 2011, lo que significa que creció 120.5 millones de pesos por día, revelan los datos de la dependencia.

“Como cualquier empresa, los estados y los municipios retienen el ISR de sus trabajadores para después enterarlo al fisco, pero no lo hicieron y se lo gastaron. (Al representante legal de) una compañía que no entere este impuesto la meten a la cárcel porque es un delito de recaudación”, explica el socio de Impuestos de la firma consultora PwC, Pedro Carreón.

En la Ley de Ingresos para 2013 vuelven a cancelar todos los impuestos de 2012 hacia atrás -sin condición alguna- al 100%, pero sólo pagando diciembre de 2012 dando todos los beneficios, menciona en su blog el abogado de la Escuela Libre de Derecho, Luis Pérez de Acha.

Es una situación injusta, que equivale a un rescate financiero. No se da explicación alguna de la medida tomada por el Congreso; se tomó una decisión unilateral, sin fundamentación, sin dar razones de por qué se les volvía a conceder ese beneficio, una especie de privilegio, sobre todo porque en 2008 se dijo que era la solución integral y definitiva.

Los programas de condonación fiscal no son la base, ni el cimiento para construir una responsabilidad colectiva de los mexicanos y de las autoridades para garantizar el financiamiento del Estado mexicano y violenta la equidad de las personas en nuestro país.

Lo que generan es un premio a la evasión, un premio a la elusión fiscal y hacer sentir a los contribuyentes cumplidos que se los están “llevando al baile’. Y además en el contexto de la discusión de una reforma fiscal.

Todos los asalariados del país que estamos en la economía formal generamos ISR. Lo que el SAT permitió a gobiernos estatales y municipales es quedarse con ese impuesto –que se lo debían enterar a las autoridades federales–, lo cual viola la Constitución, que establece que todas las contribuciones de los mexicanos deben ser equitativas y proporcionales”.

Con esto se constituye una violación a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria al aprobar un crédito, una deducción y un privilegio fiscal sin asignarle una cuantificación.

Resalta que los estados pueden entrar a este programa y “esta amnistía que se da en este vehículo es para facilitar que se hagan las cuentas entre ellos”.

Con este hecho; a los gobernadores y los presidentes municipales, les están dando el beneficio de estos fondos de los que ellos básicamente no son dueños. En todo caso, si hubiera una exención fiscal de algún tipo tendría que ser para los propios trabajadores, porque ellos son los que generaron el impuesto”.

Estas condonaciones se dieron a la luz de lo que establece el último párrafo del Artículo 9° de la Ley de Coordinación Fiscal, que señala:

Artículo 9. Las participaciones que corresponden a las entidades y los municipios son inembargables, no pueden afectarse a fines específicos, ni estar sujetas a retención, salvo para el pago de obligaciones contraídas por los estados o municipios con autorización de las legislaturas locales, e inscritas a petición de dichas entidades ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios.

Las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluyendo sus organismos descentralizados y autónomos que se hubieran adherido al “Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia del impuesto sobre la renta, de derechos y aprovechamientos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 2008, se les extenderá el beneficio referido en el artículo segundo, fracción I de dicho Decreto, hasta el ejercicio fiscal de 2012 y anteriores, siempre y cuando se encuentren al corriente en los enteros correspondientes al mes de diciembre de 2012. Dichos órdenes de gobierno, en lugar de aplicar los porcentajes establecidos en el artículo segundo, fracción II del mencionado Decreto, podrán aplicar el 60 por ciento para el año 2013 y el 30 por ciento para el año 2014.

Lo anterior es totalmente contradictorio a lo que establece nuestra carta magna al señalar que “Los estados y municipios, al igual que los patrones del sector privado, tienen la obligación de retener el ISR generado por sus empleados y entregarlo al Sistema de Administración Tributaria del gobierno federal”.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que informe a la opinión pública, los montos de las condonaciones en materia del impuesto sobre la renta (ISR), en cada uno de los estados del país y del distrito federal, de conformidad con lo establecido por el último párrafo del artículo 9, de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2013; y

Segundo. Se exhorta a la Auditoria Superior de la Federación, para que inicie las auditorias para determinar si los recursos condonados a estados y municipios por concepto del impuesto sobre la renta correspondientes al ejercicio fiscal 2012 fueron utilizados para subsanar necesidades de infraestructura o proyectos productivos y no para resarcir adeudos irresponsables de gobernadores y/o presidentes municipales.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de septiembre de 2013.

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Segob, de la SCT y de la SHCP a integrar en la glosa del primer Informe de Gobierno el tema de la vulnerabilidad satelital de México, a cargo de la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, diputada Lizbeth Rosas Montero, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y de conformidad con lo previsto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

En años recientes y aún, en semanas pasadas, nos hemos enterado de la forma en que Estados Unidos espía lo mismo a países y gobiernos aliados, que a rivales en todo el mundo. Mediante las revelaciones en antiguos analistas y empleados, la llamada Red Digital de Inteligencia, creada por la Agencia Nacional de Seguridad, a su vez, perteneciente al Departamento de Defensa del gobierno de ese país, ha sido posible un espionaje a escala planetaria, gracias al desarrollo de tecnología y sobre todo, a las condiciones para poder transmitir y almacenar información mediante una sofisticada red de satélites.

La posibilidad de intervenir miles, cientos de miles de correos electrónicos, llamadas telefónicas, acceso a cuentas en las redes digitales con contenidos personales, diariamente, de acuerdo a testimonios de responsables de agencias de seguridad e inteligencia estadounidense, sólo es viable a través de los recursos que aporta el desarrollo tecnológico en las áreas de informática y de las industrias satelital y aeroespacial.

Otro caso reciente y muy polémico también fue el descubrimiento de sistemáticos asaltos informáticos (en la terminología de la defensa y la seguridad se le conoce como la ciberguerra) a dos periódicos estadounidenses, procedentes de servidores ubicados en la República Popular de China, de acuerdo con información dada a conocer por los propios diarios. También como en el caso de la Red Digital de Inteligencia, la posibilidad de realizar ese tipo de actos, es debido a las condiciones de competencia real que hay en el espacio para el control, y de ser necesario, el bloqueo de satélites rivales.

Pero no sólo es eso. Para el caso de México la situación es crítica. El satélite más reciente, adquirido por el gobierno anterior a la empresa Boeing Military , para recuperar, almacenar y transmitir información crítica y de seguridad nacional, impide a todas luces, tener plenas garantías de manejo exclusivo y confidencial por parte de las autoridades mexicanas.

No hay duda, que buena parte de las seguridades internacional, regional y nacionales se ubican en las condiciones tecnológicas en que cada país pueda tener acceso a sus recursos científicos y tecnológicos aeroespaciales y satelitales.

La industria satelital de México. En 1968, con la transmisión de los Juegos Olímpicos de 1968 se inaugura el sistema Intelsat. A lo largo de los años, los satélites Morelos I y Morelos II (1985), Solidaridad 1 y 2 (1993-1994), fueron las expresiones más importantes de una capacidad propia para gestionar la información desde el espacio.

En 1995, comienza el desmantelamiento y privatización de la industria satelital, que culmina en 2011, con la venta de la participación del gobierno en la empresa Satmex.

Esta empresa, cuya venta total a capital francés fue anunciada el martes 30 de julio pasado, no ha merecido ni atención ni comentario alguno del gobierno federal. Tal parece que no fuera ni relevante ni estratégico el tema para el desarrollo soberano e independiente del país, en un ámbito en donde se darán y ya se dan, parte de los conflictos de intereses mundiales.

Satmex es la única empresa operadora de satélites en México. Su venta significa, en pocas palabras, la exposición y vulnerabilidad de nuestro país, en el cerrado y dinámico ambiente de las disputas por el control, por ejemplo, de recursos hídricos o bien, la disposición de información clave respecto de las patologías del sistema de salud público. La gama de información recuperada y transmitida que pone en serios predicamentos al Estado y nación mexicanos, que rebasa por mucho, la limitada y estrecha visión de ganar unos millones dólares aquí o allá.

Gracias a la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones, es posible la venta total o la creación a un 100 por ciento, de empresas de capital extranjero en la industria satelital. Esto no estaría mal, si México tuviera una propia y consolidada presencia en material satelital, pero cuando no es así, cuando se sigue privilegiando sin más, las ganancias e inversiones aún por encima de los intereses de la Nación, los riesgos ante un ambiente que va justo en sentido contrario, nos indica qué tan clara y precisa es la estrategia en materia de seguridad nacional y de desarrollo tecnológico independiente.

La empresa francesa Eutelsat fue la que adquirió Satmex por un monto de 831 millones de dólares. Que como ha sucedido y sucede, la gestión privada de empresas anteriormente paraestatales mexicanas, fue un rotundo fracaso, sin que haya a la fecha, ninguna responsabilidad sobre los dueños (empresarios mexicanos) y de cómo cometieron fraudes contra sus mismas empresas, antes propiedad pública.

Es por eso que en el marco de la Ley de Seguridad Nacional, a tres de los consejeros en esta materia, como lo son los secretarios de estado aludidos, según el artículo 12, fracciones II, VI y IX de la precitada ley, se les exhorta a que, nos expliquen en la glosa, como seguramente sucedió, en el marco del cumplimiento del artículo 13, nuevamente de la misma Ley de Seguridad Nacional, expliquen cómo deliberaron, establecieron y articularon la política en materia de seguridad nacional, sobre todo en torno a los lineamientos para regular el uso de aparatos útiles en la intervención de comunicaciones privadas, tal y como reza la fracción VII, entre otras consideraciones.

Por lo expuesto, presento a esta honorable asamblea la siguiente proposición conforme con el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los titulares de las Secretarías de Gobernación, licenciado Miguel Ángel Osorio Chong; de Comunicaciones y Transportes, licenciado Gerardo Ruiz Esparza; y de Hacienda, licenciado Luis Videgaray Caso, a que, en la glosa del primer Informe de Gobierno, integren el tema de la vulnerabilidad satelital de México, dando a conocer al pleno legislativo en donde comparezcan, al menos los siguientes temas, según su materia de responsabilidades:

1) Las circunstancias a detalle por las cuales se vendió el 100 por ciento del capital de Satmex y cuál fue la posición del gobierno federal; así como el estudio que revele las consecuencias que tendrá para la independencia y soberanía de México en cuanto a recuperación, almacenamiento y transmisión de información crítica del Estado Nacional.

2) ¿Qué aspectos de la seguridad nacional pueden verse afectados por esta pérdida absoluta del Estado mexicano y del gobierno en turno de la capacidad para gestionar de manera autónoma la información crítica de los sitios de internet públicos vía satélite en nuestro país?

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de septiembre de 2013.

Diputada Lizbeth Rosas Montero (rúbrica)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la SEP, de la Secretaría de Economía y del Instituto Mexicano de la Juventud a implantar acciones en beneficio de los jóvenes que no estudian ni trabajan, a cargo de la diputada María Guadalupe Velázquez Díaz, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, María Guadalupe Velázquez Díaz, diputada federal de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el 6, numeral 1 y 79, numerales 1 y 2, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, se permite presentar ante esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

México presenta en la actualidad una población de 36.2 millones de personas de entre 12 y 29 años de edad, se trata de un contingente histórico con el que nuestro país cuenta para alcanzar el desarrollo de nuestro país. Los jóvenes representan actualmente una oportunidad inédita, representan un factor de cambio y motor del desarrollo económico de nuestra sociedad.

El hecho de propiciar estos cambios de forma exitosa, depende en gran medida de las circunstancias en las que las y los jóvenes lleguen a la edad adulta, en la medida en la que tengan acceso a los recursos necesarios para su evolución personal, intelectual y profesional, podremos aspirar a una sociedad inclusiva, participativa y con desarrollo económico.

Sin embargo, nuestro país presenta una problemática que requiere de urgentes soluciones, ya que 6 millones 887 mil 152 jóvenes no estudian ni trabajan y el 75% de ellos son mujeres.1

El fenómeno de jóvenes que no estudian ni trabajan, se ha convertido actualmente en una tendencia global cuyo impacto supera el territorio mexicano, no obstante lo anterior, el hecho de que no realicen actividades remuneradas económicamente, no significa que no estén haciendo nada, como tampoco significa que no busquen un empleo o que requieran conseguirlo.

Como muestra de lo anterior, observamos este 75 por ciento de mujeres que se encuentran dentro de este segmento poblacional y que se dedican de tiempo completo a las tareas domésticas, actividad que aunque no se encuentre contabilizada bajo los actuales conceptos de producción, sin duda es trabajo realizado y encaminado a atender las necesidades primarias de un hogar.

En este orden de ideas, resulta necesario generar opciones viables de apoyo para las y los jóvenes que no estudian ni trabajan, cuya situación afectará en un futuro el desarrollo de nuestra nación; ya que dentro de este sector de jóvenes, encontramos aproximadamente 5 millones de mujeres jóvenes, cuyas actividades domésticas son el resultado del rezago familiar en razón de su género, acotándoles toda oportunidad para cumplir con la instrucción educativa obligatoria o en su caso la posibilidad de incorporarse a la vida laboral; asimismo, un número considerable de jóvenes que vive con alguna discapacidad que le impide incorporarse a la vida productiva y aproximadamente 3.2 millones de jóvenes que se desempeña en roles no identificables o marginales, ya que han dejado sus estudios para buscar un empleo, los cuales en estratos más bajos son presa fácil de las redes del crimen organizado.

Es necesario generar un cambio en la mentalidad de nuestras sociedades, si mantenemos a las y los jóvenes desvinculados del mercado laboral y del sistema educativo, estaremos generando en pocos años un importante porcentaje de la población totalmente ajeno a la participación política y social de nuestra nación, así como altos costos para la economía mexicana, si establecemos acciones y políticas de apoyo para facilitar y hacer atractivas a las y los jóvenes las opciones en el mercado laboral y el sistema educativo, sin duda obtendremos una población adulta que contribuirá al crecimiento de nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados, exhorta respetuosamente a los titulares de las secretarías de Educación Pública y de Economía, así como al Director General del Instituto Mexicano de la Juventud, a implementar acciones y políticas de apoyo para que las y los jóvenes que no estudian ni trabajan tengan fácil acceso a su inserción al sistema educativo y en su caso al mercado laboral.

Nota

1 Negrete Prieto, Rodrigo; Leyva Parra, Gerardo, “Los ninis en México: una aproximación crítica a su medición”, Realidad Datos y Espacio, revista internacional de estadística y geografía, páginas 90-121, vol. 4, núm. 1, enero-abril 2013.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 14 días del mes de agosto de dos mil trece.

Diputada María Guadalupe Velázquez Díaz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a fortalecer los acuerdos comerciales México-Japón para favorecer el flujo económico entre ambos países, a cargo de la diputada Beatriz Eugenia Yamamoto Cázarez, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 42 y 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 6o., numeral I, fracción 1, 79, 295, 207 y 208 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

México ha firmado diversos tratados de libre comercio con diferentes países, lo que ha representado abrir el mercado internacional para productos mexicanos, favoreciendo la economía de nuestro país.

La apertura comercial ha traído impactantes beneficios para México, tales como inversión, empleo, salarios y un entorno de certidumbre para los negocios.

Nuestro país se posiciona como una de las economías más abiertas del mundo y a la fecha ha firmado once tratados de libre comercio con cuarenta y tres países.

Existe un tratado comercial entre México y Japón (Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre México y Japón) desde 2005, y se firmó con el objeto de llevar a cabo negociaciones para lograr un mayor acceso a mercados para productos agrícolas e industriales de interés de ambos países y facilitar las oportunidades de negocios entre ellos.

Los principales productos que México exporta a Japón son carne de bovino, porcino y pollo, naranja, jugo de naranja y jarabe de agave. Y cada uno de estos productos pose preferencias arancelarias, lo que motiva la producción mexicana.

En cuanto a las importaciones de Japón se encuentran productos como el té verde, manzana, mandarina satsuma y diversos productos industriales.

Por ello, es de suma importancia continuar con este acuerdo y darle el impulso que se merece, pues este tratado es uno de los más importantes para nuestro país dado que Japón representa una de las economías más fuertes y sobresalientes del continente asiático, además de ser la octava fuente de inversión extranjera en el mundo.

Asia es de principal interés para México ya que representa un mercado potencial de 3.7 mil millones de consumidores, y Japón aporta 127 millones.

Uno de los principales beneficios del Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación México Japón es que se cuenta con una balanza comercial a favor de nuestro país.

Además, el Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación México Japón otorga certidumbre legal para que empresas japonesas inviertan en México, esto lo demostró la instalación de plantas automotrices, particularmente en el estado de Guanajuato.

Lo que genera oportunidades de empleo para los mexicanos y crecimiento económico.

Recordemos que la finalidad de los tratados y acuerdos comerciales es facilitar el comercio entre ambos países y sobretodo, desarrollar presencia de productos mexicanos en nuevos mercados.

No basta con la firma de tratados comerciales para atraer inversión extranjera, sino mantener las condiciones necesarias para que estos acuerdos se den y beneficien a todos los países involucrados.

Dada la importancia de los tratados internacionales y en particular el formado por México y Japón se propone el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Economía a fortalecer los acuerdos comerciales entre México y Japón para favorecer el flujo económico entre ambos países.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de septiembre de 2013.

Diputada Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las legislaturas locales a homologar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia con las leyes en la materia sobre la definición y las acciones específicas respecto al acoso y hostigamiento sexuales, a cargo de Ricardo Mejía Berdeja y suscrita por Ricardo Monreal Ávila, diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I, 79, numeral 2, fracción II y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

A pesar que en México, se han firmado diversos instrumentos internacionales en materia de violencia de género como la CEDAW, ratificada en México en 1981, la cual sentaría las bases para la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) promulgada en 2007; o la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención Belém do Pará, adoptada en 1994 y ratificada en 1998; ésta sigue vigente en el país en sus diversas expresiones, lo cual afecta a gran número de mujeres de todos los sectores sociales y económicos.

Asimismo, a nivel federal se cuenta con gran número de leyes, que contemplan esta problemática y buscan brindar mecanismos para su atención, prevención y sanción, entre ellas la Ley de asistencia y prevención de la violencia familiar (1996), Ley para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes (2000), Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (2003), Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (2006), así como la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas (2007); que en su conjunto han provocado que las diversas expresiones de la violencia de género cuenten con un marco que permita, por un lado, visibilizar este problema a nivel nacional y, por el otro, sumar esfuerzos interinstitucional a favor de los derechos humanos de las mujeres.

Por ello, se debe resaltar la importancia de contar con la LGAMVLV y con las respectivas legislaciones locales, ya que se puntualizan definiciones como violencia contra las mujeres, perspectiva de género, empoderamiento de las mujeres, misoginia, víctima y agresor, entre otras; lo cual resulta fundamental para la interpretación y posible jurisprudencia en la materia.

En el artículo sexto de dicha ley se estipulan los tipos de violencia contra las mujeres, las cuales se catalogan en violencia psicológica, física, patrimonial, económica, sexual, o cualquier otra que atente contra las mujeres, de igual forma contempla las diferentes modalidades de la violencia en el Título II.

Asimismo, en el artículo 13 párrafo segundo (Capítulo II De la Violencia Laboral y Docente), define el hostigamiento sexual como:

“El ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva.”

Mientras que el acoso sexual,

Es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Cabe destacar que la LGAMVLV es la primera ley vinculante a nivel federal en lo que respecta al acoso y hostigamiento sexual, al establecer en el artículo 14 lo que las entidades federativas y el Distrito Federal, en función de sus atribuciones, tomarán en consideración:

Establecer las políticas públicas que garanticen el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en sus relaciones laborales y/o de docencia, fortalecer el marco penal y civil para asegurar la sanción a quienes hostigan y acosan, promover y difundir en la sociedad que el hostigamiento sexual y el acoso sexual son delitos, y diseñar programas que brinden servicios reeducativos integrales para víctimas y agresores.

Mientras que el artículo 15 señala que para efectos del hostigamiento o acoso sexual, los tres órdenes de gobierno deberán:

Reivindicar la dignidad de las mujeres en todos los ámbitos de la vida, establecer mecanismos que favorezcan su erradicación en escuelas y centros laborales privados o públicos, mediante acuerdos y convenios con instituciones escolares, empresas y sindicatos, crear procedimientos administrativos claros y precisos en las escuelas y los centros laborales, para sancionar estos ilícitos e inhibir su comisión, en ningún caso se hará público el nombre de la víctima para evitar algún tipo de sobrevictimización o que sea boletinada o presionada para abandonar la escuela o trabajo, para los efectos de la fracción anterior, deberán sumarse las quejas anteriores que sean sobre el mismo hostigador o acosador, guardando públicamente el anonimato de la o las quejosas, proporcionar atención psicológica y legal, especializada y gratuita a quien sea víctima de hostigamiento o acoso sexual, e implementar sanciones administrativas para los superiores jerárquicos del hostigador o acosador cuando sean omisos en recibir y/o dar curso a una queja.

Asimismo, es importante señalar que el hostigamiento sexual es una figura legal de reciente inclusión (tipificado como delito en el Código Penal Federal en 1991) y que se le considera como una conducta que vulnera la integridad física, psíquica y moral de la víctima.

En México, a la par de estipulado en la LGAMVLV, se cuenta con lo establecido en el Código Penal Federal, en el Artículo 259 Bis (Título Decimoquinto: Delitos contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual, Capítulo I: Hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro y violación):

Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación, se le impondrá sanción hasta de cuarenta días multa. Si el hostigador fuese servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, se le destituirá de su cargo.

Solamente será punible el hostigamiento sexual, cuando se cause un perjuicio o daño. Sólo se procederá contra el hostigador, a petición de parte ofendida.

De igual forma, en un estudio comparativo de la LGAMVLV con las leyes estatales en materia de acceso a una vida libre de violencia1 (las cuales fueron aprobadas entre 2007 y 2009) se observa que a nivel nacional sólo cinco entidades cuentan con una definición y acciones específicas relacionadas con el acoso y hostigamiento sexual (Baja California Sur, Guerrero, Hidalgo, Estado de México y Quintana Roo), mientras que Coahuila y Michoacán lo hacen en referencia con el acoso y Colima y Oaxaca respecto a hostigamiento.

En cinco entidades (Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro y Tabasco) sólo se cuenta con una definición pero no de medidas claras; por lo que en 18 entidades federativas, no se contempla nada relativo a acoso y hostigamiento sexual en las leyes estatales en materia de acceso a una vida libre de violencia.

Define y contempla acciones específicas para el hostigamiento y acoso sexual

Aguascalientes: No
Baja California: No
Baja California Sur: Sí
Campeche: No
Coahuila: Sí (acoso)
Colima: Sí (hostigamiento)
Chiapas: No
Chihuahua: No

Distrito Federal: No
Durango: No
Guanajuato: No
Guerrero: Sí
Hidalgo: Sí
Jalisco: No

Estado de México: Sí
Michoacán: Sí (acoso)
Morelos: Sólo define
Nayarit: Sólo define
Nuevo León: Sólo define
Oaxaca: Sí (hostigamiento)

Puebla: No
Querétaro: Sólo define
Quintana Roo: Sí
San Luis Potosí: No
Sinaloa: No
Sonora: No

Tabasco: Sólo define
Tamaulipas: No
Tlaxcala: No
Veracruz: No
Yucatán: No
Zacatecas: No

Este estudio comparativo exhibe la urgente necesidad de una armonización legislativa de las leyes estatales bajo el marco de la LGAMVLV, en miras de asegurar un marco regulatorio igualitario para cada una de las entidades federativas y de esta manera asegurar la plena protección de la integridad de las mujeres en todo el país.

“Sólo resta señalar que el gran reto que las leyes analizadas enfrentan es lograr su aplicación plena para impactar de forma positiva e inmediata en que efectivamente, las mujeres mexicanas tengan una vida libre de violencia. Esta aplicación depende, no únicamente de la existencia de las leyes de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en todas las entidades federativas, sino de la armonización de las legislaciones civiles, penales y procedimientos que se vinculen de manera directa o indirecta con los derechos humanos de las mujeres, a fin de que las leyes de acceso encuentren eco en los demás ordenamiento que conforman el marco jurídico de cada Estado de la República.”2

Por lo antes expuesto y reiterando nuestro compromiso por los derechos humanos de las mujeres, presentamos a esta Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta a las legislaturas de los estados a homologar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia con las leyes en materia en referencia con la definición y acciones específicas respecto al acoso y hostigamiento sexual.

Notas

1 Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género, Estudio comparativo de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia con las leyes estatales en materia de acceso a una vida libre de violencia , México, p.p. 47-48.

2 Íbid. p. 59.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 3 días del mes de septiembre de 2013.

(rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar por las Secretarías de Economía, y de Hacienda y Crédito Público un programa integral de regularización de vehículos de procedencia extranjera e implantar acciones que promuevan el consumo de los producidos aquí, a cargo de la diputada Beatriz Eugenia Yamamoto Cázarez, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada federal Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 42 y 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 6o.,numeral 1, fracción 1, 79, 295, 207 y 208 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados proposición con punto de acuerdo, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

El sector automotriz de nuestro país es uno de los más importantes para nuestra economía, ya que genera el 3.5 por ciento del producto interno bruto (PIB) nacional y el 19.8 por ciento del manufacturero y propicia impactos en 23 sectores industriales del país.

Además de que la exportación de vehículos es la principal fuente de divisas netas para el país, pues contribuye con el 23 por ciento del valor de las exportaciones manufactureras de México y sus exportaciones son 29 por ciento superiores al valor de las exportaciones de petróleo crudo de 2011. El saldo de la balanza automotriz es de un 46 por ciento superior a los ingresos por remesas (22731 millones de dólares) de 2011.

Sin embargo, uno de los principales problemas que enfrenta la industria automotriz es que a pesar de contar con excelentes indicadores en la exportación de vehículos no ha podido reactivar el mercado interno.

El problema se debe a la desmedida entrada de vehículos usados que compiten con la venta de vehículos nacionales.

Sin duda, afecta la producción ya que el país cuenta con agencias distribuidoras de vehículos nuevos y servicios de posventa, los cuales representa una inversión superior a 79 mil millones de pesos.

Un estudio reciente de la Secretaría de Economía sobre el potencial del mercado de vehículos ligeros en México destacó que la brecha que existe entre las ventas y el mercado potencial se explica por dos factores: escaso financiamiento y por la importación indiscriminada de vehículos usados provenientes de Estados Unidos y Canadá.

La importación de vehículos chatarra no solo afecta al sector productivo y a la economía, también produce efectos negativos en el ambiente, a la seguridad en las carreteras y a la salud pública.

La apertura indiscriminada afecta el desarrollo del mercado de vehículos usados nacional y daña el potencial de crecimiento del mercado de vehículos ligeros. Aunado a que la apertura adelantada del 2005 y la crisis financiera de 2008-2009 provocó una drástica caída en las ventas promedio por distribuidor de vehículos ligeros.

De cada 100 vehículos que se venden en la industria automotriz en México 70 se exportan a los mercados del exterior, y solo el 30 son destinados al mercado domestico.

La importación de vehículos es compleja dado que involucra a diversos sectores y es una actividad preponderante en gran parte de la frontera norte del país.

Sin embargo, los mecanismos de inspección han sido insuficientes para controlar la entrada de automóviles usados importados, por lo que el Gobierno Federal debe implementar nuevas medidas de control, campañas de regularización de vehículos, como la que se lleva a cabo en Chihuahua, en donde bancos de la región otorgan créditos a propietarios de vehículos importados para que estos puedan realizar los trámites necesarios para la regularización de sus autos.

Es necesario contar con un padrón de propietarios y hacerlos sujetos de pagos de derechos e impuestos.

De igual forma, habrá que incentivar y fortalecer el consumo de vehículos nacionales.

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal a través de las Secretarías de Economía, y de Hacienda y Crédito Público a llevar a cabo un programa integral de regularización de vehículos de procedencia extranjera, y a implementar acciones que incentiven y fortalezcan el consumo de vehículos nacionales.

Palacio Legislativo de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 3 de agosto de 2013.

Diputada Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares