Comunicaciones


Comunicaciones

De la Mesa Directiva, relativa a modificación de turno de iniciativa con proyecto de decreto

Honorable Asamblea:

La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se realizó modificación de turno, de la siguiente:

• Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 8o. de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, presentada por el diputado Alejandro Rangel Segovia, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 31 de octubre de 2013.

“Se turna a las Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología, y de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen”.

México, DF, a 27 de noviembre de 2013.

Diputado Ricardo Anaya Cortés (rúbrica)

Presidente

De la diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas, relativa a retiro de iniciativa con proyecto de decreto

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de noviembre de 2013.

Ricardo Anaya Cortés

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Por este conducto me es grato saludarle y, al mismo tiempo, solicitarle de la manera más atenta, con fundamento en el Reglamento de Cámara de Diputados, en el artículo 77, párrafo segundo, que realice los trámites necesarios para que la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo a la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Educación, que presenté el 20 de agosto de 2013, sea retirada de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

Sin otro particular, me despido de usted agradeciendo su amable atención al presente.

Atentamente

Diputada Dora María Guadalupe Talamante Lemas (rúbrica)

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite alcance de la Secretaría de Economía con los informes finales de las evaluaciones de diseño 2013 de los programas U006, Fondo Emprendedor, y G005, Regulación y modernización del servicio del Registro Público de Comercio y apoyo a los Registros Públicos de la Propiedad, así como la aplicación de la Ley Federal de Correduría Pública, a cargo de esa dependencia

México, DF, a 25 de noviembre de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Por este medio me permito hacer de su conocimiento que por oficio número 100.2013.DGVP.866, el maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, envía el informe de las instituciones que llevaron a cabo las evaluaciones de diseño 2013 de los siguientes programas a cargo de esa dependencia:

• U006 Fondo Emprendedor.

• G005 Regulación y modernización del Servicio del Registro Público de Comercio y apoyo a los Registros Públicos de la Propiedad, así como la aplicación de la Ley Federal de Correduría Pública.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos


México, DF, 19 de noviembre de 2013.

Licenciado Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos
Secretaría de Gobernación

Presente

En alcance a mi oficio 100.2013.DCVP.317 de fecha 29 de abril de 2013, y en cumplimiento del artículo 180, último párrafo del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, le informo que las siguientes instituciones llevaron a cabo las evaluaciones de diseño 2013, establecidas en el Programa Anual de Evaluación 2013 de los programas a cargo de esta Secretaría y su sector coordinado.

• U006 Fondo Emprendido

Ahumada Lobo y Asociados, SA de CV

• G005 Regulación y modernización del servicio del Registro Público del Comercio y apoyo a los Registros Públicos de la Propiedad, así como la aplicación de la Ley Federal de Correduría Pública.

Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey

Lo anterior, a fin de que por su amable conducto se remita la información en comento a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en el artículo 27, fracción VIII de la Ley Orgánica de la administración pública federal.

No omito señalar que los informes finales de dichas evaluaciones se encuentran publicados en la página de internet de la Secretaría de Economía, como lo establece la normatividad.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Maestro Maximiliano Gutiérez Caballero (rúbrica)

Director General de Vinculación Política

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el informe trimestral sobre la situación que guardan los sistemas de ahorro para el retiro correspondiente al periodo julio-septiembre de 2013

México, DF, a 26 de noviembre de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

Con fundamento en lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número D00/100/187/2013, el ciudadano Carlos Ramírez Fuentes, presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, envía el informe trimestral sobre la situación que guardan los Sistemas de Ahorro para el Retiro, correspondiente al periodo julio-septiembre de 2013.

Por lo anterior, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como el anexo que en el mismo se cita, en formato impreso y disco compacto.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos


México, DF, a 26 de noviembre de 2013.

Licenciado Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

De conformidad con lo establecido por el artículo 27, fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, atentamente le solicito que sea usted el amable conducto para dar cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 5o., fracción XIII, 8o., fracción VIII, y 12, fracciones III, VIII y XIII, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y el artículo 151 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Por lo anterior, anexo al presente me permito acompañar por duplicado el Informe trimestral sobre la situación que guardan los Sistemas de Ahorro para el Retiro, correspondiente al período julio-septiembre de 2013, tanto en impreso como en disco compacto, el cual fue aprobado por la Junta de Gobierno de esta comisión en su segunda sesión extraordinaria de dos mil trece y que, de no existir inconveniente, deberá entregarse a cada una de las Cámaras del honorable Congreso de la Unión a más tardar el 29 de noviembre del año en curso.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un saludo.

Atentamente

Carlos Ramírez Fuentes (rúbrica)

Presidente

Informe             Resumen

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, relativo a las políticas de control y combate del contrabando y de la piratería

México, DF, a 25 de noviembre de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-0875, signado por el diputado José González Morfín, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 100.2013.DGVP.844, suscrito por el maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a implementar políticas de control y combate’ al contrabando y piratería.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos


México, DF, a 20 de noviembre del año de 2013.

Licenciado Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos

Secretaría de Gobernación

Presente

En seguimiento a su atento oficio SEL/300/1411/13 con fecha 3 de octubre de 2013 me permito enviar respuesta al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión relativo al siguiente resolutivo:

“Único. La Cámara de Diputados exhorta al titular del Ejecutivo Federal para que a través de las Secretarías de Educación Pública, de Economía, y de Gobernación, así como de la Procuraduría General de la República, se implementen políticas de control y combate al contrabando y piratería, con el objetivo de proteger el mercado interno y alentar la inversión de los mexicanos.

Al respecto me permito hacer de su conocimiento que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) informa que es la autoridad administrativa en materia de propiedad industrial con facultades para tramitar y, en su caso, otorgar patentes de invención, y registros de modelos de utilidad, diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados, marcas, y avisos comerciales, emitir declaratorias de protección a denominaciones de origen, la publicación de nombres comerciales y las demás que le otorga la Ley de Propiedad Industrial (LPI) y su Reglamento para el reconocimiento y conservación de los derechos de propiedad industrial.

El IMPI también cuenta con facultades para realizar las investigaciones de presuntas infracciones administrativas; ordenar)’ practicar visitas de inspección; requerir información r datos; ordenar y ejecutar las medidas provisionales para prevenir o cesar la violación a los derechos de propiedad industrial; oír en su defensa a los presuntos infractores, e imponer las sanciones administrativas correspondientes en materia de propiedad industrial.

Asimismo, le corresponde la aplicación administrativa de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) en lo que se refiere a las facultades para sancionar las infracciones en materia de comercio; adoptar las medidas precautorias en la LPI; realizar investigaciones; ordenar y practicar visitas de inspección; requerir información y datos, así como para emitir una resolución de suspensión de libre circulación de mercancías de procedencia extranjera en frontera, en términos de lo dispuesto por la Ley Aduanera.

No obstante que el término “piratería” no se prevé en la LPI, este se ha venido utilizando en el ámbito penal para referirse al uso sin autorización de los derechos de propiedad industrial (falsificación de marcas protegidas por la ley), así como de derechos de autor y derechos conexos (uso sin autorización de obras, fonogramas, videogramas, etcétera).

Las conductas sancionadas como delitos en la LPI se describen en los artículos 223 y 223 Bis, conforme a lo siguiente:

Articulo 223. Son delitos.

I. Reincidir en las conductas previstas en las fracciones II a XXII del artículo 213 de esta Ley, una vez que la primera sanción administrativa impuesta por esta razón haya quedado firme;

II. Falsificar, en forma dolosa y con fin de especulación comercial, marcas protegidas por esta Ley;

III. Producir, almacenar, transportar, introducir al país, distribuir o vender, en forma dolosa, con fin de especulación comercial, objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por esta Ley, así como aportar o promover de cualquier forma, a sabiendas, materias primas o insumos destinados a la producción de objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por esta ley;

IV. Revelar a un tercero un secreto industrial, que se conozca con motivo de su trabajo, puesto, cargo, desempeño de su profesión, relación de negocios o en virtud del otorgamiento de una licencia para su uso, sin consentimiento de la persona que guarde el secreto industrial, habiendo sido prevenido de su confidencialidad, con el propósito de obtener un beneficio económico para sí o para el tercero o con el fin de causar un perjuicio a la persona que guarde el secreto;

V. Apoderarse de un secreto industrial sin derecho y sin consentimiento de la persona que lo guarde o de su usuario autorizado, para usarlo o revelarlo a un tercero, con el propósito de obtener un beneficio económico para sí o para el tercero o con el fin de causar un perjuicio a la persona que guarde el secreto industrial o a su usuario autorizado, y

VI. Usar la información contenida en un secreto industrial, que conozca por virtud de su trabajo, cargo o puesto, ejercicio de su profesión o relación de negocios, sin consentimiento de quién lo guarde o de su usuario autorizado, o que le haya sido revelado por un tercero, a sabiendas que éste no contaba para ello con el consentimiento de la persona que guarde el secreto industrial o su usuario autorizado, con el propósito de obtener un beneficio económico o con el fin de causar un perjuicio a la persona que guarde el secreto industrial o su usuario autorizado.

Los delitos previstos en este artículo se perseguirán por querella de parte ofendida.

Artículo 223 Bis. Se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de cien a diez mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al que venda a cualquier consumidor final en vías o en lugares públicos, en forma dolosa v con el fin de especulación comercial, objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por esta Ley. Si la venta se realiza en establecimientos comerciales, o de manera organizada o permanente, se estará a lo dispuesto en los artículos 223 y 224 de esta Ley. Este delito se perseguirá de oficio.

En este sentido, el IMPI carece de competencia en el área penal, ya que corresponde a los Tribunales de la Federación conocer de los delitos en propiedad industrial, tal y como se desprende del artículo 227 de la LPI, que señala:

“Artículo 227. Son competentes los tribunales de la Federación para conocer de los delitos a que se refiere este artículo, así como de las controversias mercantiles y civiles” de las medidas precautorias que susciten con motivo de la aplicación de esta ley.

Cuando dichas controversias afecten sólo intereses particulares, podrán conocer de ellas a elección del actor, los tribunales del orden común, sin perjuicio de la facultad de los particulares de someterse al procedimiento de arbitraje.”

El contrabando es un delito fiscal tipificado en el Código Fiscal de la Federación, que en términos generales se relaciona con la importación o exportación de mercancías omitiendo el pago de las contribuciones, cuotas compensatorias, o autorizaciones correspondientes.

Lo anterior no debe confundirse con la facultad con la que cuenta el 1MPI para emitir una resolución de suspensión de la libre circulación de mercancías de procedencia extranjera en frontera, en los términos de lo dispuesto por la Ley Aduanera.

Dichas resoluciones se emiten en respuesta a la solicitud de adopción de medidas provisionales solicitadas en un procedimiento de declaración administrativa de infracción, planteado ya sea en los términos de la LPI o de la LFDA en los que se investiga la posible violación administrativa a derechos de propiedad intelectual.

Por lo tanto, el delito de contrabando en sí mismo considerado, sale de la esfera de competencia del IMPI, al igual que la persecución directa de los ilícitos penales.

No obstante lo anterior, derivado del compromiso del IMPI con respecto a los derechos de propiedad intelectual, dentro del ámbito de su competencia ha celebrado convenios de cooperación, coordinación y concertación con instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras para el fomento y protección de los derechos de propiedad industrial.

En el caso de la observancia de los derechos de propiedad intelectual destacan las siguientes acciones concretas:

a) Mesa de Combate a la Ilegalidad.

El pasado 4 de junio de año en curso se suscribió el acuerdo de colaboración para el combate a la ilegalidad, en el que participaron el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Procuraduría General de la República (PGR), el IMPI, y el sector privado.

Mediante el comunicado de prensa 021/2013 del 4 de junio de 2013, el SAT informó que como parte de los esfuerzos que realiza el Gobierno de la República para facilitar el comercio exterior y, a la vez, detener prácticas ilícitas en esta materia, se acordó la instalación de la Mesa de Combate a la Ilegalidad.

Dicha Mesa tendría como propósito la aplicación estricta del marco legal en las operaciones de comercio exterior, así como identificar y sancionar prácticas ilegales que afecten a los sectores productivos nacionales.

Como parte de los acuerdos alcanzados, destaca la firma del Acuerdo de Colaboración para regular la operación de la Mesa de Combate a la Ilegalidad, entre autoridades y organismos participantes, celebrado el 4 de junio del año en curso.

Así como la integración de un grupo de trabajo multidisciplinario, que se constituiría en un centro de inteligencia que concentrará información para generar acciones concretas de fiscalización, con base en el análisis de riesgo de las operaciones de comercio exterior.

En lo que se refiere a la defensa de los derechos de propiedad industrial, durante el 2012 el IMPI recibió 1,027 solicitudes de declaración administrativa de infracción, de las cuales 480 fueron por infracción a derechos de autor en materia de comercio y 547 solicitudes por infracción a derechos de propiedad industrial y medidas provisionales.

En el mismo periodo se entregaron ·180 dictámenes técnicos o información solicitada por el Ministerio Público de la Federación, los cuales tienen la finalidad de analizar los derechos de propiedad industrial involucrados en la posible comisión de un delito, para la integración de la averiguación previa respectiva y que, en su caso, sirva como requisito para el ejercicio de la acción penal.

Se llevaron a cabo visitas de inspección con el objeto de verificar las condiciones de uso y explotación de los derechos de propiedad intelectual, por lo que en este rubro se alcanzó la cifra de 4,107 visitas de inspección de oficio (alrededor de 76.8%) y a petición de parte (23.2%) a diversos establecimientos.

Por lo que se refiere al “Buzón de piratería” que el IMPI tiene instalado en su página web, se atendió oportunamente, en un plazo no mayor a 48 horas, el 99% de las denuncias recibidas.

Asimismo, durante el año 2012 se aseguraron 484,243 productos, de los cuales 11,516 fueron en materia de derechos de autor y 472,72 7 de propiedad industrial, entre los que destacan productos como soportes electromagnéticos y papelería en los que presuntamente se materializaban las infracciones con un valor aproximado de 19,450,752 pesos.

El IMPI aplaude el interés de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en la protección del mercado interno y en alentar la inversión extranjera y la intención de fortalecer las políticas de control y combate al contrabando y piratería.

Como se ha señalado anteriormente, el IMPI es la autoridad en materia de propiedad industrial con las facultades administrativas que la LPI le confiere, quedando fuera de su competencia el ámbito penal como lo serían los delitos de contrabando y los relacionados con la propiedad industrial.

No obstante, en el ámbito de su competencia no sólo ha centrado sus esfuerzos en la protección de la propiedad industrial mediante el otorgamiento de derechos exclusivos y en las acciones tendientes a prevenir y sancionar administrativamente el uso sin autorización de los mismos, sino que participa activamente con otras dependencias y organizaciones de la sociedad civil para la consecución de dichos objetivos.

Muestra de ello es el seguimiento que se ha venido dando a los acuerdos adoptados en la Mesa de Combate a la Ilegalidad, cuyas acciones y resultados se han analizado recientemente en su cuarta reunión celebrada el 24 de octubre del año en curso y en la cual el IMPI fungió como anfitrión.

Dicha sesión contó con la participación del SAT, PGR, Secretaría de Gobernación, Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, así como cámaras nacionales y estatales.

En la reunión se analizaron los acuerdos y las acciones específicas emprendidas para enfrentar la ilegalidad de manera multiinstitucional.

Durante la sesión, el SA T explicó las acciones que se están llevando a cabo contra la piratería, en el ámbito de su competencia, así como para el descubrimiento de mercancía ilegal en las estaciones aduanales de la República.

A su vez la Profeco informó que se han emprendido diversas acciones para evitar daños económicos a quienes consumen productos ilegales, apócrifos o piratas expendidos en establecimientos del país. Mientras que los integrantes de las cámaras nacionales y estatales presentaron propuestas para inhibir la proliferación y consumo de productos apócrifos.

Con lo anterior, el IMPI reafirma la disposición de trabajar conjuntamente con otras instituciones, así como apoyar a los titulares de derechos de propiedad industrial, a efecto de abordar la problemática o preocupaciones que enfrentan en relación a la protección de sus derechos.

Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la fracción II del artículo 48 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, así como el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el 1 de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, se solicita atentamente haga del conocimiento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión la información contenida en el presente, en la forma que usted estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero (rúbrica)

Director General de Vinculación Política

(Se remite a la Comisión de Economía, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para que los vales de despensa sean un medio de pago autorizados en los mercados públicos de las delegaciones y los municipios de la República Mexicana

México, DF, a 26 de noviembre de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta del oficio número DGPL 62-II-2-778, signado por el diputado José González Morfín, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número 100. 2013. DGVP. 860, suscrito por el maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a impulsar medidas para que los vales de despensa sean un medio de pago aceptado en los mercados públicos de las delegaciones y los municipios de la República Mexicana.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Encargado del Despacho de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, a 15 de noviembre de 2013.

Unidad de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

En seguimiento de su atento oficio número SEL/ UEL/ 311/ 1757/ 13, con fecha 3 de octubre de 2013 me permito enviar respuesta al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión relativo al siguiente resolutivo:

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal a impulsar por conducto de la Secretaría de Economía y en el ámbito de sus facultades medidas para que los vales de despensa sean un medio de pago aceptado en los mercados públicos de las diversas delegaciones y municipios de la República Mexicana, y para que la Secretaría coadyuve al establecimiento de los convenios respectivos con las empresas que expiden dichos vales, para que los locatarios puedan canjearlos por efectivo de manera ágil.

Al respecto, me permito hacer de su conocimiento que entre las atribuciones que en el Reglamento Interior de la Secretaria de Economía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2012, no se cuenta con la facultad para impulsar que los vales de despensa sean un medio de pago aceptado en los mercados públicos, máxime que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos corresponden a los estados y los municipios las funciones y los servicios públicos en materia de mercados y centrales de abasto.

Se sugiere que el tema en comento sea trasladado a los gobiernos estatales y municipales de la república, incluidas la administración pública del Distrito Federal y sus delegaciones.

Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 27 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la fracción II del artículo 48 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, así como el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la conducción y coordinación de las relaciones del Poder Ejecutivo federal con el Poder Legislativo de la Unión, publicado el 1 de octubre de 2003 en el Diario Oficial de la Federación, se solicita atentamente que haga del conocimiento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la información contenida en el presente, en la forma que se estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo.

Atentamente

Maestro Mario Emilio Gutiérrez Caballero (rúbrica)

Director General de Vinculación Política

(Se remite a la Comisión de Economía, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por la que informa que en octubre de 2013, el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras competentes, destinó únicamente mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y no transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes

México, DF, a 25 de noviembre de 2013.

Diputado Ricardo Anaya Cortés

Presidente de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

Presente

Por medio del presente y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 145, penúltimo párrafo de la Ley Aduanera vigente, le informo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través de las aduanas, como las unidades competentes para dar destino a las mercancías de comercio exterior, durante el mes de octubre de 2013, únicamente destinaron mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y aquellas que no son transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE).

Entre los bienes que fueron destinados por el SAT por conducto de las aduanas, se encuentran los siguientes:

• Alimentos y bebidas sin alcohol; animales vivos; artículos de limpieza y aseo; pinturas, barnices, solventes y lubricantes; productos agrícolas y agropecuarios; productos farmacéuticos y material de curación; productos químicos, entre otros.

El total de bienes destinados en el mes de octubre de 2013 fue de 76 mil 665 bienes; los cuales se encuentran contabilizados en unidades de medida, tales como: pieza, kilogramo, cabeza y litro, se anexa al presente el informe respectivo.

Sin otro asunto por el momento, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Julio César Sánchez Gamiño (rúbrica)

Administrador Central del Destino de Bienes