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Iniciativas de ley o decreto de las legislaturas de los estados


Comunicaciones oficiales

De la diputada Carla Alicia Padilla Ramos

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de febrero, 2013.

Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en el artículo 77 numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar muy atentamente a ese órgano de gobierno que sea retirada la siguiente iniciativa, presentada ante el pleno el pasado día 22 de noviembre de 2012 y turnada a la Comisión de Salud para su dictamen:

Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 350 Bis 6 de la Ley General de Salud, para reflejar la manera en la que un aborto de menos de 500 gramos o 12 semanas de gestación pueda contar con un destino final, previo certificado médico.

Número 3650

A efecto de que, se realicen las acciones conducentes y se actualicen los registros parlamentarios.

Atentamente

Diputada Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica)


Del diputado Humberto Armando Prieto Herrera

Palacio legislativo de San lázaro, a 28 de febrero de 2013.

Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

De conformidad con lo establecido en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicito de la manera más atenta se retire la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 112 y el párrafo primero del artículo 113, ambos de la Ley General de Salud, y reforma la fracción XVI del artículo 19 de la Ley General de Protección Civil que suscribe un servidor.

Sin más por el momento agradezco sus atenciones.

Atentamente

Diputado Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica)

De la Secretaría de Gobernación, tres con las que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados

México, DF, a 27 de febrero de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-8-0l09, signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, entonces vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número DGVI/241/2013, suscrito por la licenciada Patricia M. Troncoso Altamirano, directora de Análisis Legislativo de la Dirección General de Vinculación Interinstitucional de la Secretaría de Desarrollo Social, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo al diseño de un Proyecto Integral Gubernamental, para enfrentar los efectos de las tormentas en la zona metropolitana de Xalapa.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, a 26 de febrero de 2013.

Héctor Hugo Olivares Ventura

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Subsecretaría de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al oficio número SEL/UEL/311/2795/12, de fecha 3 de octubre de 2012, por el cual se hizo del conocimiento de esta dirección general el punto de acuerdo aprobado en la sesión del 2 de octubre de 2012 por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, referente al exhorto que se le hizo a esta Secretaría de Desarrollo Social, entre otras secretarías, para enfrentar los efectos de las tormentas en la zona metropolitana de Xalapa, Veracruz.

Al respecto, me permito anexar al presente, copia simple del oficio número SDSH.200/CI/00912013, de fecha 29 de enero de 2013, signado por el maestro Edgar Martínez Salgado, director de Coordinación Interinstitucional de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano, perteneciente a esta dependencia, mediante el cual se da contestación al punto de acuerdo.

Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Adriana González Maíz Flores (rúbrica)

Directora General

En suplencia por ausencia de la ciudadana directora general de Vinculación Interinstitucional y del director general adjunto de Vinculación Interinstitucional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de Agosto de 2012, firma la licenciada Patricia M. Troncoso Altamirano, directora de Análisis Legislativo.


México, DF, a 29 de enero de 2013.

Licenciada Adriana González Maíz Flores

Directora General de Vinculación Interinstitucional

Presente

Por este conducto y en respuesta a su oficio DGVI/06SI2013, en el cual nos comunica sobre el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión respecto al exhorto a la Secretaría de Desarrollo Social, entre otras secretarías a diseñar un proyecto integral para enfrentar los efectos de las tormentas en la zona metropolitana de Xalapa, Veracruz.

Al respecto, me permito informarle que se toma nota del tema y se hará del conocimiento de las unidades administrativas competentes, adscritas a esta subsecretaría.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Edgar Martínez Salgado (rúbrica)

Director de Coordinación Institucional

(Se remite a la Comisión de Protección Civil, para su conocimiento.)


México, DF, a 27 de febrero de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta del oficio número DGPL 62-II-5-306, signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, presidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número DGVI/ 238/ 2013, suscrito por la licenciada Patricia M. Troncoso Altamirano, directora de Análisis Legislativo de la Dirección General de Vinculación Interinstitucional de la Secretaría de Desarrollo Social, así como el anexo que en él se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a implantar un programa urgente de apoyo a los productores piscícolas de país e incentivar la crianza y comercialización de los peces nativos de México.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, a 26 de febrero de 2013.

Héctor Hugo Olivares Ventura

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Subsecretaría de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al oficio número SEL/ UEL/ 311/ 3404/ 12, de fecha 19 de diciembre de 2012, por el cual se hizo del conocimiento de esta dirección general el punto de acuerdo aprobado en la sesión del 18 de diciembre de 2012 por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, referente al exhorto que se hizo a los secretarios de Desarrollo Social, y de Economía a implantar juntos en el ámbito de su competencia un programa urgente de apoyo a los productores piscícolas del país e incentivar la crianza y comercialización de los peces nativos de México.

Al respecto, me permito anexar al presente copia simple del oficio número 613. UPRl/ 033/ 2013, de fecha 25 de enero de 2013, signado por el maestro Gerardo Franco Parrillat, jefe de la Unidad de Planeación y Relaciones Internacionales de la Subsecretaría de Prospectiva, Planeación y Evaluación, así como copia simple del oficio número SDSH. 200/ CI/ 008/ 2013, de fecha 29 de enero de 2013, signado por el maestro Édgar Martínez Salgado, director de Coordinación Interinstitucional de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano, ambas pertenecientes a esta dependencia, mediante los cuales se da contestación al punto de acuerdo.

Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Adriana González Maíz Flores (rúbrica)

Directora General de Vinculación Interinstitucional

En suplencia por ausencia de la directora general de Vinculación Interinstitucional y del director general adjunto de Vinculación Interinstitucional con fundamento en lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2012, firma la licenciada Patricia M. Troncoso Altamirano, directora de Análisis Legislativo.


México, DF, a 29 de enero de 2013.

Licenciada Adriana González Maíz Flores

Directora General de Vinculación Interinstitucional

Presente

Por este conducto y en respuesta de su oficio número DGVI/ 048/ 2013, en el cual nos comunica sobre el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión respecto al exhorto a los secretarios de Desarrollo Social, y de Economía a implantar juntos en el ámbito de su competencia un programa urgente de apoyo a los productores piscícolas del país e incentivar la crianza y comercialización de los peces nativos de México.

Me permito informarle que con fundamento en los artículos 6 y 7 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, esta subsecretaría no tiene entre sus atribuciones implantar programas urgentes del tema relativo. Respecto a la incentivación de la crianza y comercialización de los peces nativos del país, se toma nota y se hará del conocimiento de las unidades administrativas competentes adscritas a esta subsecretaría para su atención y apoyo conforme a las reglas de operación vigentes.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Édgar Martínez Salgado (rúbrica)

Director de Coordinación Institucional


México, DF, a 25 de enero de 2013.

Licenciada Adriana González Maíz Flores

Directora General de Vinculación Interinstitucional de la Secretaría de Desarrollo Social

Presente

Hago referencia al oficio número DGVJ/ 047/ 2013, a través del cual solicita que se formulen os comentarios pertinentes al punto de acuerdo por el que se exhorta a las Secretarías de Desarrollo Social, y de Economía a “que conjuntamente en el ámbito de su competencia implementen un programa emergente de apoyo a los productores piscícolas del país y se incentive la crianza y comercialización de los peces nativos de México”, emitido el 19 de diciembre de 2012 por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Con relación a su petición, hago de su conocimiento que según lo que establece la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en el artículo 32, es facultad de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) el combate efectivo de la pobreza, la atención específica de las necesidades de los sectores sociales más desprotegidos, la coordinación de las acciones que incidan en el combate de la pobreza, y la coordinación y ejecución de programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos.

La citada ley refiere en el artículo 34 que es facultad de la Secretaría de Economía establecer la política de industrialización, distribución y consumo de los productos agrícolas, ganaderos, forestales, minerales y pesqueros, en coordinación con las dependencias competentes.

Considerando lo anterior, la Sedesol no tiene atribuciones en materia de fomento del desarrollo productivo del país sino en el combate de la pobreza y la atención de los sectores sociales más desprotegidos. Como parte de sus acciones centradas en dichos sectores, la Sedesol cuenta con el Programa de Opciones Productivas, que apoya la implantación de proyectos productivos de la población rural cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar. El fin último del programa es que las familias, los grupos sociales o las organizaciones de productores cuenten con opciones de ingreso.

Como se observa, las acciones que la Sedesol realiza a través del Programa de Opciones Productivas no tienen como objetivo fomentar el desarrollo productivo del país sino generar opciones de ingreso para la población que situada en los deciles de ingreso más bajos. Al respecto, la Secretaría de Economía podría ser la dependencia más indicada para coordinar las acciones a que hace referencia el presente exhorto. La Sedesol, por su parte, podría colaborar con la Secretaría de Economía, considerando sus atribuciones en atención de las necesidades de la población en condiciones de pobreza.

Al respecto, me permito remitir la opinión de esta unidad de manera impresa y no omito mencionar que la versión electrónica de dicha opinión también ha sido remitida al correo electrónico patricia.troncoso@sedesol.gob.mx.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Gerardo Franco Parrillat (rúbrica)

Jefe de la Unidad de Planeación y Relaciones Internacionales

(Se remite a la Comisión de Economía, para su conocimiento.)


México, DF, a 4 de marzo de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL 62-1I-8-0625 signado por la diputada Patricia Elena Retamoza Vega, vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número PF/OCG/0288/2013 suscrito por el maestro Enrique Francisco Galindo Ceballos, Comisionado General de la Policía Federal de esta secretaría, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a los hechos violentos sucedidos en el Palacio Legislativo de San Lázaro, así como en el Centro Histórico de la Ciudad de México, el pasado 1 de diciembre de 2012.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, a 28 de febrero de 2013.

Diputada Patricia Elena Retamoza Vega

Vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Me refiero al punto de acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2012, cuyo punto primero textualmente señala:

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, formula respetuosamente una solicitud de información a los titulares del Ejecutivo federal y del gobierno de la Ciudad de México, relativo al estado que guarda el proceso de investigación y determinación de los presuntos responsables de los hechos violentos sucedidos en el Palacio Legislativo de San Lázaro, así como en el Centro Histórico de la Ciudad de México el pasado 10 de diciembre de 2012.

Al respecto, con fundamento en los artículos 1o., párrafo tercero, y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1, 2, 3 y 8 de la Ley de la Policía Federal, me permito comunicar a usted que en el ejercicio de las funciones en materia de prevención y combate al delito, la Policía Federal se rige bajo los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y el respeto a las garantías individuales y a los derechos humanos reconocidos en nuestra Carta Magna, y cuya actuación se ajusta al ámbito de competencia que se establece en las disposiciones legales aplicables, observando en todo momento un marco de respeto a las atribuciones entre las instancias de la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, eje rector del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

En observancia a lo anterior, el artículo 21 constitucional, señala que “la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función”, siendo el caso que esta institución policial con motivo de los hechos del pasado 1 de diciembre de 2012, ha atendido en tiempo y forma los requerimientos que la autoridad ministerial le formuló en relación con las averiguaciones previas PGR/DF/SPE-XVIII/6780/12-12 y PGR/DDF/SPE-XXXI/6779/12-1-12.

De igual manera, se ha proporcionado en tiempo y forma a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, toda la información requerida sobre la participación de la Policía Federal en dichos acontecimientos. Asimismo, se mantiene estrecha colaboración con el Ministerio Público del Distrito Federal, dependiente de la Procuraduría General de Justicia capitalina. Es importante mencionar que con base en su competencia y atribuciones, dicha instancia es la responsable de efectuar la investigación de los hechos ocurridos el 10 de diciembre de 2012, por lo que esta institución a mi cargo carece de facultades y elementos para informar sobre su petición.

No omito mencionar que, mediante oficio 52719/2012, el agente del Ministerio Público de la federación, titular de la Mesa XVIII-DDF de la Subdelegación de Procedimientos Especiales, delegación en el Distrito Federal, de la Procuraduría General de la República, solicitó a esta corporación información para la integración de la averiguación previa PGR/DF/SPE-XVIII/6780/12-12 iniciada con motivo de los hechos del 10 de diciembre de 2012, en las inmediaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro, misma que fue proporcionada oportunamente. Asimismo, se dio vista a la Dirección General de Asuntos Internos, así como al órgano interno de control de esta Policía Federal.

Cabe señalar, que la Policía Federal respetará los resultados de las investigaciones y acatará lo conducente en caso de que el Ministerio Público determine responsabilidad en que pudieran haber incurrido integrantes de esta Institución y permanece atenta para apoyar en todo lo que le sea requerido por parte de las autoridades ministeriales y del citado organismo protector de los derechos humanos para el debido esclarecimiento de los hechos acontecidos en las inmediaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección


Maestro Enrique Francisco Galindo Ceballos (rúbrica)

Comisionado General de la Policía Federal

(Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, tres con las que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente correspondiente al primer receso

México, DF, a 28 de febrero de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-4-364 signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, entonces presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 112.2.126/2013 suscrito por el licenciado Francisco Olvera Acevedo, director general adjunto de Estudios Interinstitucionales de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como del anexo que en él se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a ampliar los programas de apoyo a la agricultura en Sinaloa, a fin de que se supere el desastre agrícola en la zona.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, a 25 de febrero de 2013.

Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

En atención a su oficio número SEL/UEL/311/0155/13 del 31 de enero de 2013, por el que remite punto de acuerdo aprobado en sesión celebrada el 30 de enero del año en curso, Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, hace un atento exhorto para que a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, se amplíen los programas de apoyo a la agricultura en Sinaloa, a fin de que se supere el desastre agrícola de la zona, producto de las heladas registradas durante el mes de enero del presente, me permito hacerle llegar la siguiente documentación:

Sobre el particular adjuntamos a la presente información con las observaciones y comentarios que sobre el tema nos hizo llegar la Subsecretaría de Desarrollo Rural, mediante Oficio No. 112/2013 del 19 de febrero de 2013, con el cual se da respuesta a la información requerida.

Sin más por el momento, le reitero las seguridades de mi distinguida consideración.

Atentamente

Licenciado Francisco Olvera Acevedo (rúbrica)


México, DF, a 19 de febrero de 2013.

Licenciado Francisco Olvera Acevedo

Director General Adjunto de Estudios Interinstitucionales

Presente

Me refiero a su oficio número 112.2.078/2013 enviado al subsecretario de Desarrollo Rural, profesor Arturo Osornio Sánchez, turnado a esta Dirección General a mi cargo, a través del cual remite copia del documento firmado por el profesor Héctor Hugo Olivares Ventura, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, oficio número SEL/UEL/311/0155/12 del 31 de enero de 2013, mediante el cual remite punto de acuerdo aprobado en sesión celebrada el 30 de enero de 2013, por el honorable Congreso de la Unión, el que contiene el siguiente resolutivo:

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, hace un atento exhorto para que a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, se amplíen los programas de apoyo a la agricultura en Sinaloa, a fin de que se supere el desastre agrícola de la zona, producto de las heladas registradas durante el mes de enero del presente.

Para lo cual solicita hacer llegar a la Coordinación General de Enlace Sectorial las observaciones y comentarios sobre el tema. Al respecto me permito comentarle lo correspondiente al Componente Atención a Desastres Naturales en el Sector Agropecuario y Pesquero (Cadena) a cargo de esta Dirección General:

Tomando en cuenta que Sinaloa no cuenta con cobertura de Seguro Catastrófico, el procedimiento que señala la normatividad para acceder a los apoyos directos es por petición del Ejecutivo estatal y previamente se debe contar con un dictamen técnico de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) que corrobore la ocurrencia de la contingencia o fenómeno perturbador y donde se mencionen los municipios afectados y el período de ocurrencia, iniciando con esto el proceso de gestión de los apoyos.

Para tal efecto, le comento que el pasado 16 de enero del presente, el gobierno de Sinaloa inició un proceso de gestión de apoyos directos ante el Componente Cadena mediante solicitud a la Comisión Nacional del Agua para la emisión del diagnóstico climatológico que corrobore la ocurrencia del fenómeno de helada atípica en los municipios de Ahome, Angostura, Badiraguato, Culiacán, Choix, El Fuerte, Guasave, Mocorito, Navolato, Salvador Alvarado y Sinaloa.

En respuesta, el 21 de enero de 2013, la Conagua emitió su dictamen técnico donde corrobora la ocurrencia del fenómeno de helada atípica del 14 al 16 de enero de 2013 en los municipios de Ahome, Angostura, Choix, El Fuerte, Guasave, Navolato, Sinaloa y Salvador Alvarado.

Para los municipios en los que se corrobore la ocurrencia del desastre natural, el gobierno de Sinaloa a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca cuenta con 12 días naturales contados a partir del lunes posterior a la emisión del dictamen de corroboración del desastre natural para realizar la entrega del diagnóstico de daños y la solicitud de recursos y de publicación de la declaratoria por desastre natural, pudiéndose otorgar previa solicitud de la entidad una prórroga de 7 días naturales y una segunda prórroga de 30 días naturales de tiempo adicional prevista en Reglas de operación del Cadena.

El 8 de febrero del presente, el gobierno de Sinaloa solicitó una prórroga de 7 días naturales, por lo cual debió presentar el acta de diagnóstico de daños el 15 de febrero del presente, sin embargo, el 14 de febrero, el gobierno del estado solicitó la segunda prórroga por 30 días naturales, por lo que tiene hasta el 17 de marzo para presentar el diagnóstico de daños.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ingeniero Víctor Celaya del Toro (rúbrica)

Director General


México, DF., a 28 de febrero de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L 62-II-2-355, signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 112.2.127/2013, suscrito por el licenciado Francisco Olvera Acevedo, director general adjunto de Estudios Interinstitucionales de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a los programas de apoyo a la agricultura en los municipios de Comondú y Mulegé del Estado de Baja California Sur.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, a 25 de febrero de 2013.

Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

En atención a su oficio número SEL/UEL/311/0153/13 del 31 de enero de 2013, por el que nos remite punto de acuerdo aprobado en sesión celebrada el 30 de enero del año en curso, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, hace un atento exhorto al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, se amplíen los programas de apoyo a la agricultura en los municipios de Comondú y Mulegé del estado de Baja California Sur, a fin de que se supere el desastre agrícola de la zona, producto de las heladas registradas durante el mes de enero del presente año , me permito hacerle llegar la siguiente documentación:

Sobre el particular adjuntamos a la presente información con las observaciones y comentarios que sobre el tema nos hizo llegar la Subsecretaría de Desarrollo Rural, mediante oficio número 111/2013 del 19 de febrero de 2013, con el cual se da respuesta a la información requerida.

Sin más por el momento, le reitero las seguridades de mi distinguida consideración.

Atentamente

Licenciado Francisco Overa Acevedo (rúbrica)

Director General Adjunto de Estudios Interinstitucionales


México, DF, a 19 de febrero de 2013.

Licenciado Francisco Olvera Acevedo

Director General Adjunto de Estudios Interinstitucionales

Presente

Me refiero a su oficio número 112.2.076/2013 enviado al ciudadano subsecretario de Desarrollo Rural, profesor Arturo Osornio Sánchez, turnado a esta Dirección General a mi cargo, a través del cual remite copia del documento firmado por el Prof. Héctor Hugo Olivares Ventura, Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, oficio No. SEL/UEL/311/0153/12 del 31 de enero de 2013, mediante el cual nos remite Punto de Acuerdo aprobado en sesión celebrada el 30 de enero de 2013, por el honorable Congreso de la Unión, el que contiene el siguiente resolutivo:

“Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, hace un atento exhorto al Ejecutivo Federal para que a través de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, se amplíen los programas de apoyo a la agricultura en los municipios de Comondú y Mulegé del estado de Baja California Sur, a fin de que se supere el desastre agrícola de la zona, producto de las heladas registradas durante el mes de enero del presente año.”

Para lo cual solicita hacer llegar a la Coordinación General de Enlace Sectorial las observaciones y comentarios sobre el tema. Al respecto me permito comentarle lo correspondiente al Componente Atención a Desastres Naturales en el Sector Agropecuario y Pesquero (Cadena) a cargo de esta dirección general:

Tomando en cuenta que el Estado de Baja California Sur no cuenta con cobertura de Seguro Catastrófico, el procedimiento que señala la Normatividad para acceder a los apoyos directos es por petición del Ejecutivo Estatal y previamente se debe contar con un dictamen técnico de la Comisión Nacional del Agua que corrobore la ocurrencia de la contingencia o fenómeno perturbador y donde se mencionen los municipios afectados y el período de ocurrencia, iniciando con esto el proceso de gestión de los apoyos.

Para tal efecto, le comento que el pasado 16 de enero del presente, el Gobierno del Estado de Baja California Sur inició 1 proceso de gestión de Apoyos Directos ante el Componente Cadena mediante solicitud a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) para la emisión del Diagnóstico Climatológico que corrobore la ocurrencia del fenómeno de helada atípica en los municipios de Comondú, La Paz, Loreto, Los Cabos y Mulegé.

En respuesta, el 22 de enero de 2013, la Conagua emitió su dictamen técnico donde corrobora la ocurrencia del fenómeno de helada atípica del 12 al 16 de enero de 2013 en los municipios de Comondú y Mulegé.

Para los municipios en los que se corrobore la ocurrencia del desastre natural, el Gobierno del Estado de Baja California Sur a través de la Secretaría de Promoción y Desarrollo Económico cuenta con 12 días naturales contados a partir del lunes posterior a la emisión del dictamen de corroboración del desastre natural para realizar la entrega del Diagnóstico de Daños y la Solicitud de Recursos y de Publicación de la Declaratoria por Desastre Natural, pudiéndose otorgar previa solicitud de la Entidad una prórroga de 7 días naturales y una segunda prórroga de 30 días naturales de tiempo adicional prevista en Reglas de operación del Cadena.

Sin embargo, debido a que el Gobierno del Estado no presentó el Acta de Diagnóstico de Daños en el plazo establecido en la normatividad del Componente, ni solicitó prórroga adicional de tiempo para presentación de la misma, el 12 de febrero del presente se dio por concluido el proceso de gestión ante el Cadena, al considerar que el Gobierno del Estado desistió de su solicitud de apoyo al componente.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ingeniero Víctor Celaya del Toro (rúbrica)

Director General de Atención al Cambio Climático de la Subsecretaría de Desarrollo Rural


México, DF, a 27 de febrero de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta del oficio número DGPL 62-II-7-340, signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número DGVI/ 240/ 2013, suscrito por la licenciada Patricia M. Troncoso Altamirano, directora de Análisis Legislativo de la Dirección General de Vinculación Interinstitucional de la Secretaría de Desarrollo Social, así como el anexo que en él se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a la implantación de programas sociales en beneficio de la comunidad indígena hñahñu.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Profesor Héctor Hugo Olivares Ventura (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


México, DF, a 26 de febrero de 2013.

Héctor Hugo Olivares Ventura

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Subsecretaría de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al oficio número SEL/ UEL/ 311/ 0068/ 13, de fecha 16 de enero de 2013, por el cual se hizo del conocimiento de esta dirección general el punto de acuerdo aprobado en la sesión del 16 de enero del actual, por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, referente al exhorto que se hizo a la Secretaría de Desarrollo Social del gobierno del federal a implantar programas sociales, principalmente 70 y Más, Opciones Productivas, Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias y los demás aplicables, en beneficio de la comunidad indígena hñahñu.

Me permito anexar al presente copia simple del oficio número SDSH. 200/ CI/ 011/ 2013, de fecha 29 de enero de 2013, signado por el maestro Édgar Martínez Salgado, director de Coordinación Interinstitucional de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano, perteneciente a esta dependencia, mediante el cual se da contestación al punto de acuerdo.

Aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Adriana González Maíz Flores (rúbrica)

Directora General de Vinculación Interinstitucional

En suplencia por ausencia de la directora general de Vinculación Interinstitucional y del director general adjunto de Vinculación Interinstitucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2012, firma la licenciada Patricia M. Troncoso Altamirano, directora de Análisis Legislativo.


México, DF, a 29 de enero de 2013.

Licenciada Adriana González Maíz Flores

Directora General de Vinculación Interinstitucional

Presente

Por este conducto y en respuesta de su oficio número DGVI/ 088/ 2013, en el cual nos comunica sobre el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión respecto al exhorto a la Secretaría de Desarrollo Social a implantar programas sociales, principalmente 70 y más, Opciones Productivas, Desarrollo de Zonas Prioritarias y los demás aplicables, en beneficio de la comunidad indígena hñahñu.

Me permito informarle que todos los programas sociales suscritos a esta unidad administrativa son aplicables en beneficio de las personas que más lo necesitan, de acuerdo con los principios rectores de la política de desarrollo social y conforme a lo establecido en la Ley General’ de Desarrollo Social y en las reglas de operación vigentes de cada uno de los programas, la comunidad indígena mencionada no se encuentra exenta de recibir los apoyos de los programas respectivos, siempre que cumpla lo establecido en la normativa respectiva, por lo que solicitamos que se acerquen a la delegación de la Sedesol en Hidalgo para informarle sobre las características de cada uno de los programas y puedan beneficiarse de ellos.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Édgar Martínez Salgado (rúbrica)

Director de Coordinación Institucional

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el cuarto informe trimestral de 2012 sobre la operación y gestión de Petróleos Mexicanos

México, DF, a 28 de febrero de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

Por este medio y con fundamento en lo dispuesto por la fracción VIII del Artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número 100.DGVE/35/13, la maestra Sharon M. T. Cuenca Ayala, directora general de Vinculación y Enlace de la Secretaría de Energía, remite el informe trimestral 2012, respecto de la operación y gestión de Petróleos Mexicanos.

Por lo anterior, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido y de sus anexos.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario de Enlace Legislativo


México, DF, a 28 de febrero de 2013.

Licenciado Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

Anexo al presente me permito enviarle el “informe trimestral respecto de la operación y gestión de Petróleos Mexicanos”, remitido a esta dependencia por el director general de la entidad paraestatal, el 26 de febrero de 2013, correspondiente al trimestre del año 2012.

Lo anterior con el objeto de que, por su conducto, se haga llegar dicha información al honorable Congreso de la Unión, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 71 de la Ley de Petróleos Mexicanos, Sin otro particular, envío a usted un cordial saludo.

Atentamente

Maestra Sharon M. T. Cuenca Ayala (rúbrica)

Directora General de Vinculación y Enlace

Informe PEMEX

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el informe de avance del Programa para Incrementar la Eficiencia Operativa en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios correspondiente al cuarto trimestre de 2012, así como las observaciones de la Secretaría de Energía

México, DF., a 28 de febrero de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

Por este medio y con fundamento en lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número 100.DGVE/34/13, la maestra Sharon M.T. Cuenca Ayala, directora general de Vinculación y Enlace de la Secretaría de Energía, remite el “informe del programa para incrementar la eficiencia operativa en Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios” correspondiente al cuarto trimestre de 2012, así como las observaciones de la Secretaría de Energía a dicho informe.

Por lo anterior, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido y de sus anexos.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario


México, DF, a 28 de febrero de 2013.

Licenciado Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

Anexo al presente oficio el “informe del programa para incrementar la eficiencia operativa en Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios” correspondiente al cuarto trimestre de 2012, entregado por Pemex el 29 de enero de 2013 a esta dependencia, así como las observaciones de la Secretaría de Energía a este informe, de conformidad con lo establecido en el artículo noveno transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el l de octubre de 2007 (decreto).

Lo anterior con el objeto de que, por su amable conducto, se haga llegar dicha información al honorable Congreso de la Unión, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo noveno transitorio del decreto.

Sin otro particular, envío a usted un cordial saludo.

Atentamente

Maestra Sharon M. T. Cuenca Ayala (rúbrica)

Directora General de Vinculación y Enlace

Informe           Comentarios

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite solicitud de permiso para que los ciudadanos Gabriela Paola Herrera Lizarde, Paloma Sánchez Hernández y Jesús Alejandro Arrona Saldaña puedan prestar servicios en las Embajadas de Estados Unidos de América y de Nueva Zelanda en México, y en el Consulado General del primero en Matamoros, Tamaulipas

México, DF, a 4 de marzo de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión

Presentes

Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número DEP-0309/13, el licenciado Emilio Suárez Licona, director general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicita que se tramite ante el honorable Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción II, Apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las personas que se citan a continuación, puedan prestar sus servicios al Gobierno extranjero que se menciona:

Nombre: Jesús Alejandro Arrona Saldaña.
Puesto: Asistente administrativo.
Lugar de trabajo: Consulado de Estados Unidos de América en Matamoros, Tamaulipas.

Nombre: Gabriela Paola Herrera Lizarde.
Puesto: Asistente administrativo.
Lugar de trabajo: Embajada de Estados Unidos de América en México.

Nombre: Paloma Sánchez Hernández.
Puesto: Asesora Política y Traductora.
Lugar de trabajo: Embajada de Nueva Zelanda en México.

Por lo anterior me permito anexar, para la integración de sus expedientes, copias certificadas de las actas de nacimiento que acreditan la nacionalidad mexicana de dichas personas y originales de los escritos en los que solicitan se realicen los trámites correspondientes; asimismo, copias simples de sus identificaciones oficiales.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario de Enlace Legislativo

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite la información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal en los términos de la Ley General de Deuda Pública y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes a enero de 2013, la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, y el pago de éstas, desagregada por tipo de fondo y por entidad federativa

México, DF, a 1 de marzo de 2013.

Diputado Francisco Arroyo Vieyra

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 107, fracción II de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito enviar la información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal, en los términos de la Ley General de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondiente al mes de enero del 2013.

Asimismo, se informa sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, y por entidad federativa en ambos casos la comparación correspondiente con el mes de enero de 2012.

De igual forma, en términos del artículo 22, fracción I de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, se proporciona la información sobre la evolución de la recaudación para el mes de enero de 2013. Adicionalmente, se incluye la información consolidada sobre la finanzas públicas y la deuda pública al mes de enero del año en curso.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Luis Videgaray Caso (rúbrica)

Secretario

Informe SHCP

De la Cámara de Senadores, con la que remite acuerdo aprobado por el que se designan senadores para integrar la Comisión Bicamaral de Concordia y Pacificación del Congreso de la Unión

México, DF, a 28 de febrero de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada en esta fecha se aprobó el siguiente acuerdo de la Junta de Coordinación Política:

Acuerdo

Primero. Se designan como integrantes de la Comisión Bicamaral de Concordia y Pacificación del Congreso de la Unión, para efectos de la LXII Legislatura, a los siguientes senadores:

1. Senador Roberto Armando Albores Gleason, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

2. Senador por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional pendiente de nombrar.

3. Senador Zoé Robledo Aburto, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

4. Senador Luis Armando Melgar Bravo, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

5. Senadora Ana Gabriela Guevara Espinoza, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Segundo. Comuníquese el presente acuerdo a la honorable Cámara de Diputados.

Atentamente

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente

De la Cámara de Senadores, con la que remite acuerdo aprobado por el que se exhorta al Poder Ejecutivo federal a declarar la última de abril como Semana Nacional de la Seguridad Social, en conmemoración de la entrada en vigor del Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo, de fecha 27 de abril de 1955

México, DF, a 28 de febrero de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

En atención a la solicitud del senador Fernando Enrique Mayans Canabal, presidente de la Comisión de Seguridad Social, me permito hacer de su conocimiento que en sesión celebrada el 7 de febrero de 2013, se aprobó el siguiente punto de acuerdo:

Primero. En un marco de respeto a la colaboración de los Poderes, el Senado de la República exhorta al Poder Ejecutivo federal a fin de que se declare la última semana de abril, como la “Semana Nacional de la Seguridad Social”; en conmemoración de la entrada en vigor del Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo, de fecha 27 de abril de 1955; instrumento que constituye la norma mínima y de mayor relevancia de la seguridad social.

Segundo. En ese mismo tenor, se exhorta al Poder Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, México se adhiera formalmente a la Declaración de Guatemala; con el objeto de que se convoque a las instituciones y dependencias de la seguridad social a realizar acciones dirigidas a promover y fortalecer la cultura de la seguridad social

Tercero. El Senado de la República, a través de la Comisión de Seguridad Social con la colaboración del Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social implementará un programa de actividades para celebrar la Semana Nacional de la Seguridad Social del 22 al 26 de abril de 2013.

Atentamente

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente

Del Consejo Nacional de Armonización Contable, con la que remite el informe anual de la armonización contable en México

México, DF, a 28 de febrero de 2013.

Diputado Francisco Arroyo Vieyra

Presidente de la Cámara de Diputados
Presente

En cumplimiento del artículo 9, último párrafo, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, que fue incorporado en la reforma a la citada ley el pasado 12 de noviembre 2012 y que señala:

El consejo presentará, a más tardar el último día hábil de febrero, el informe anual al Congreso de la Unión, en el que incluirá las recomendaciones que estime pertinentes para el mejor cumplimiento de los objetivos de esta ley.

Por el presente se hace entrega del informe ejecutivo, autorizado por el Consejo Nacional de Armonización Contable en la sesión celebrada el 27 de febrero de 2013. Asimismo, se acompaña de un disco compacto que contiene los anexos correspondientes.

Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi especial consideración.

Anexos

Ingeniero Juan Manuel Alcocer Gamba (rúbrica)

Secretario Técnico


Con fundamento en el último párrafo del artículo 9 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Consejo Nacional de Armonización Contable

Presenta
Al Congreso de la Unión

El informe anual de la armonización contable en México
Febrero de 2013

Presentación

La Ley General de Contabilidad Gubernamental se promulgó al 31 de diciembre de 2008, con objeto de adoptar e implantar en el gobierno mexicano, un modelo contable incluyente de las mejores prácticas nacionales e internacionales que, tomando como eje el registro del devengado contable de las gestiones públicas con impacto económico y financiero, los entes públicos del país, puedan revelar bajo un mismo marco conceptual y metodológico, así como bajo los mismo postulados básicos, de manera armónica y comparable los activos, pasivos, ingresos y gastos públicos, así como el patrimonio del Estado.

También la ley, en sus reformas y adiciones del 12 de noviembre de 2012, extienden sus disposiciones para determinar mayor transparencia del proceso presupuestario, fortalecer el principio de publicidad de la información pública, puntualiza reglas de programación y transparencia para el gasto federalizado de las entidades federativas y los municipios; es decir, fortalece el ciclo de la hacienda pública, en todas sus etapas, a partir de la planeación y hasta la rendición de cuentas, abarcando al Presupuesto basado en resultados y el sistema de evaluación del desempeño, para asegurar que el gasto público cumpla de mejor manera con los principios de eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia.

Para lograr los objetivos y las metas de la armonización contable de manera progresiva, que establece la ley en sus apartados transitorios, donde todos los entes públicos tienen la obligación de adoptar e implantar disposiciones normativas complementarias, para lograr como punto de llegada haber establecido las condiciones para la operación de los sistemas de contabilidad gubernamental, en tiempo real, y la generación, presentación y publicación de información financiera; la ley prevé un esquema flexible y gradual, a través de un marco institucional.

Dicho marco institucional prevé la creación y funcionamiento del Consejo Nacional de Armonización Contable, el cual cuenta con un secretario técnico que es la instancia que realiza estudios, análisis y propuestas para formular los proyectos de las disposiciones e informes que se establecen en la ley para que, sean emitidas por el consejo. Adicionalmente, se incluye la existencia de un comité consultivo, con facultades de opinar los proyectos que se someterán a aprobación del consejo y evaluar las emisión, presentación y publicación de la información financiera de los entes públicos.

En este marco de referencia se presenta al Congreso de la Unión el informe del estado que guarda la armonización contable, en los tres órdenes de gobierno.

Base normativa

Con fundamento en los artículos 1, 7, 9, 10, 11 y 15 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Consejo Nacional de Armonización Contable, órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad gubernamental y que tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para la generación de información financiera que aplicarán los entes públicos, presenta al Congreso de la Unión el informe anual de 2012 del estado que guardan las adopción e implantación de la ley y las disposiciones emitidas por este órgano rector, así como las recomendaciones que, a consideración de este consejo son pertinentes para el mejor cumplimiento de los objetivos de esta ley.

Introducción

El Consejo Nacional de Armonización Contable, durante 2012, emitió 7 disposiciones normativas relativas a la administración y al registro contable de los patrimonios públicos, en los tres órdenes de gobierno; también disposiciones de carácter simplificado para los municipios con menos de veinticinco mil habitantes; y la armonización de dos componente presupuestarios; primero la emisión de la metodología para hacer comparables las cifras presupuestarias de los últimos seis ejercicio fiscales; segundo, armonizar la clave presupuestaria, a través de homologar las clasificaciones de fuentes de financiamiento del gasto, en cada ente público.

Asimismo, el consejo aprobó al secretario técnico la implantación de las medidas para la consolidación de la armonización contable, con objeto de impulsar su consolidación y sentar las bases de sustentabilidad para el pleno cumplimiento de los objetivos de la ley; con dichas medidas se logró identificar los resultados esperados de la instrumentación del proceso de transformación, se estableció una metodología y criterios generales para evaluar el nivel de desarrollo de implementación de la norma en los sistemas, a efecto de determinar el grado de implantación, a fin de generar un programa de recomendaciones y compromisos para dar cabal cumplimiento a los objetivos de la ley.

También se continúa el desarrollo de la solución tecnológica Sig@if, que considera la gestión automatizada de la operación de los gastos e ingresos públicos; con los clasificadores presupuestarios, el plan de cuentas y la matriz de conversión, las guías contabilizadoras y los catálogos de proveedores y beneficiarios de pagos.

Para lo anterior se utilizaron recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 y 2012 destinados a la armonización contable, y a través del secretario técnico especificar sus características y modelo de operación tecnológica; por ello con el Sig@if, durante 2012 se puso a disposición de los entes públicos que no contaban con una herramienta para la automatización del sistema de contabilidad gubernamental.

Además, estas medidas para la consolidación incluyeron establecer un mecanismo permanente de capacitación, profesionalización y certificación de los servidores públicos vinculados a la armonización contable; también se incorporó información el portal de la armonización contable, respecto de la red de atención de la oficina del secretario técnico para la implantación de las medidas de consolidación, la información normativa de cada una, ámbitos de aplicación, operación de los sistemas y plataformas, atención a usuarios e información de dichas medidas permanentes para la sustentabilidad de los objetivos y metas de la armonización contable.

Para el ejercicio de los recursos previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2012 para la armonización contable –anexo 12, “Programas del ramo general 23, ‘Provisiones salariales y económicas’”, por 51 millones 750 mil pesos– y la previsión del ramo 27, “Función pública”, bajo la unidad responsable Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) hasta por un monto de 64 millones 390 mil 400; dichas previsiones presupuestarias destinadas en beneficio de las entidades federativas y los municipios, para el otorgamiento de subsidios para la capacitación y profesionalización de las unidades administrativas competentes en materia de contabilidad gubernamental, así como para la modernización de tecnologías de la información y comunicaciones; el secretario técnico del consejo, con fundamento en los artículos 6, 7, 9, 11, 16, 17, 18, 19 y noveno transitorio de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y 61 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el ejercicio fiscal de 2012; emitió los lineamientos correspondientes a la aplicación de estos recursos para la implantación de las medidas para la armonización contable, aprobadas por el consejo.

Para la coordinación de la adopción e implantación de la ley y las disposiciones del Consejo Nacional de Armonización Contable, el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 y 2012, dispuso la creación de los consejos de estatales de armonización contable en las entidades federativas y el Distrito Federal, los cuales debían constituirse incluyendo a los municipios, órganos de fiscalización estatales y colegios de contadores, con el propósito de coadyuvar en el proceso de implantación de los acuerdos aprobados en el Consejo Nacional de Armonización Contable. Estos órganos de coordinación estatal, buscan asegurar el cumplimiento del artículo 1 de la ley; a la fecha de este informe se han constituido 32.

Adopción normativa

Emisión de 7 disposiciones normativas durante 2012, estableciendo el plazo para su adopción e implementación; respecto a la adopción mediante la publicación en los medios oficiales e internet en las entidades federativas y, cada disposición establece las fechas máximas de cumplimiento para implantación. Al respecto, el secretario técnico del consejo recibió información de los consejos estatales.

Medidas para la consolidación de la armonización contable

Sig@if: Sistema Gubernamental Armonizado de Información Financiera

Se lleva a cabo un proceso de adhesión e implantación en mil 103 entes públicos; de los cuales corresponden mil 93 a 23 entidades federativas y el Distrito Federal, y 10 a entidades de control presupuestario indirecto de la federación.

Se informa que con los recursos previstos en el PEF para 2012, una vez concluida la adhesión e implementación, los entes públicos realizarán su operación en el Sig@if a través de un servicio en la nube, con el doble propósito que los entes públicos valoren adoptar una solución tecnológica, viable desde el punto de vista técnico y económico haciéndoles posible alcanzar los objetivos y las metas de la armonización contable.

La información de las funcionalidades, el esquema de operación, los manuales de usuario, el proceso de implementación y demás aspectos específicos del sistema Sig@if, se encuentran publicados en Internet y disponibles en las direcciones electrónicas siguientes:

Mecanismos de capacitación, profesionalización y certificación de la armonización contable

En cumplimiento de las medidas de consolidación aprobadas por el consejo, en esta materia, el secretario técnico, en coordinación con la SFP y INAP, desarrolló un mecanismo permanente de capacitación, profesionalización y certificación, con el propósito de orientarlo a la formación del, conocimiento de todos los servidores públicos vinculados a la adopción e implementación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las disposiciones que emite el consejo.

Programa de facilitadores replicadores

El 14 de noviembre de 2012 se formó la primera generación de facilitadores-replicadores de la armonización contable, dando comienzo a sentar las bases del mecanismo permanente de capacitación, profesionalización y certificación del capital humano en tanto activo del conocimiento de la armonización contable.

La capacitación, profesionalización y certificación ha estado dirigida a los servidores públicos de todo el país cuya vocación de servicios está orientada a la administración del ciclo de la hacienda pública; y a las instituciones sociales y privadas dedicadas a las materias de administración pública y de la contabilidad gubernamental.

A la fecha del informe, 271 participantes en el curso de facilitador-replicador suscribió su adhesión a un programa que tiene como objetivo replicar el conocimiento al interior del ente público en que labora modelo de implantación y operación.

Objetivo general

El objetivo general es instaurar un mecanismo integral y permanente de capacitación, profesionalización y certificación para los servidores públicos creando un activo de conocimiento de la adopción e implementación de los objetivos y metas de la armonización contable, con base en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas, metodologías, plan de cuentas, clasificadores que emita el Conac.

Objetivos específicos

Formar en los temas relacionados con el ciclo de la hacienda pública; es decir, gestión de ingresos, gasto, deuda y tesorería; parea el manejo integral de la gestión e información financiera –contable, presupuestaria y programática.

Dotar del conocimiento de los instrumentos normativos y de los enfoques sistémicos del sistema de contabilidad gubernamental que integran la totalidad de las transacciones administrativas y presupuestarias que afectan el patrimonio.

Impulsar el conocimiento para el desarrollo y uso de los sistemas de administración financiera para la emisión automática de la cuenta pública, la creación de herramientas de generación de información para toma de decisiones en los procesos de gestión pública, presupuesto, contabilidad y finanzas públicas.

Ámbito de aplicación

Vertientes de la capacitación

Capacitación presencial: Incorpora métodos expositivos, participativos, reflexivos y de análisis, combinándolos con técnicas de manejo de grupos, dinámicas, aspectos lúdicos y ejercicios vinculados a la adopción e implantación en los entes públicos de las normas, metodologías, plan de cuentas, clasificadores presupuestarios armonizados; así como las normas para la generación y emisión de la información financiera –contable, presupuestaria y programática.

Capacitación de distancia: Plataforma tecnológica para impulsar la generación del conocimiento, a través de medios electrónicos, acerca de la adopción e implementación de la Ley General de Contabilidad y las normas, metodologías, plan de cuentas y clasificadores presupuestarios armonizados emitidos por el Conac.

El mecanismo de capacitación a distancia está concebido para facilitar al servidor público su desarrollo técnico administrativo desde su lugar donde radica y con un manejo flexible de sus horarios laborales. Esta solución disminuye incurrir en costos de traslado y estancia en otras localidades.

Materiales

Los planes de capacitación cuentan con el apoyo de baterías de documentos técnicos normativos, libros de texto, entre otros. Asimismo, una serie pedagógica diseñada expresamente con los siguientes materiales de disponibilidad para los asistentes a los cursos y en la página electrónica del consejo, www.conac.gob.mx

Los temas son los siguientes:

i. Marco normativo comprensivo sobre la armonización contable;

ii. Temas básicos de la armonización contable;

iii. Preguntas frecuentes sobre la armonización contable;

iv. Glosario de términos clave de la armonización contable; y

v. Caso práctico de contabilidad gubernamental.

Esta serie se irá enriqueciendo gradualmente y permitirá recoger las aportaciones de los servidores públicos, así como de las personas o instituciones interesas en las materias de la administración pública y de la contabilidad gubernamental.

Profesionalización y certificación

El secretario técnico del Conac crea un mecanismo de reconocimiento y valor curricular para la Profesionalización y Certificación de los servidores públicos relacionados el ciclo hacendario, a través de las competencias acreditadas en el Sistema Nacional de Competencias e inscritas en el Registro Nacional de Estándares del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (Conocer).

Competencias de armonización

EC0256. Armonización de la Contabilidad Gubernamental en la Administración Pública EC0257. Manejo del Sistema Gubernamental Armonizado de Información. Financiera (Sig@if) v1

Los estándares de competencia de la armonización contable, con alcance nacional, permiten la formación de capital humano, con base en el desarrollo de competencias de personas con vocación de servicio público, y son fuente de conocimiento y acreditación para desarrollarse laboralmente en la gestión de las instituciones de los tres órdenes de gobierno.

La operación del mecanismo, la programación de cursos, la capacitación a distancia, los procedimientos de inscripción se realizan a través de las siguientes direcciones electrónicas:

www.armocontable.com.mx y http://www.conac.gob.mx/secretario.html

Operación

El 24 de octubre de 2012, dio inicio la formación de la primera generación de facilitadores­replicadores de la armonización contable, dando comienzo a sentar las bases del mecanismo permanente de capacitación, profesionalización y certificación del capital humano en tanto activo del conocimiento de la armonización contable.

Se han trabajando dos frentes de acción complementarios; uno, que cree ciclos de generaciones facilitadores replicadores, otro, la capacitación presencial y a distancia para atender a la totalidad de los servidores públicos que aplican día con día las materias de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

En este marco se trabaja un enfoque integral, conectivo y vinculan te para que los programas de capacitación guarden una relación activa con los objetivos, estrategias y medidas de consolidación y mejora continua de la armonización contable. Asimismo, en todo momento se procura relacionar y coordinar los mecanismos institucionales y de gobernanza de la armonización contable, a través de la estrecha vinculación activa entre el secretario técnico del consejo y los correspondientes a los consejos estatales y ambos con los facilitadores replicado res de la armonización contable, y de esa manera observar en forma permanente una unidad de propósitos y esfuerzos hacia los objetivos y metas de la armonización contable.

A la fecha de este informe, se presentan los siguientes avances:

Se incorpora a este informe el anexo II, en formato electrónico, la lista de los servidores públicos beneficiarios del mecanismo de capacitación.

Modelo de diagnóstico y de evaluación del nivel de la adopción e implementación de la armonización contable

Para efectos de automatizar y llevar un registro de las acciones del diagnóstico y evaluación por cada ente público, el secretario técnico del Conac, por conducto de la SHCP desarrolló un sistema denominado Siv@ (Sistema de diagnóstico y evaluación de la armonización contable).

Dicho sistema permitirá i. integrar por vez primera el inventario de los entes públicos, con base en su taxonomía jurídica; ii. integrar por vez primera el directorio de los servidores públicos responsables de la armonización contable; iii. el diagnóstico y evaluación, obteniendo como resultado el estado que guarda cada ente público en la adopción e implementación de la armonización contable, iv. un programa de compromisos por cada ente público y con base en éste integrar un plan de acción para alcanzar mayores niveles de madurez de la armonización contable.

A la fecha, se tiene el registro de 5 mil 73 entes públicos, de los cuales 3 mil 874 completaron el proceso de autodiagnóstico:

La información respecto al SIV@ y su modelo de diagnóstico y evaluación, los lineamiento de operación, los calendario, la red de soporte al usuario están disponibles en la dirección electrónica http://www.conac.gob.mx/secretario.html

El modelo de autodiagnóstico mide el nivel de madurez (básico, medio, alto y de mejora continua) del proceso de armonización contable en los entes públicos, a través de un cuestionario de 100 preguntas con 370 reactivos, distribuidos de la siguiente forma:

Adopción normativa 2 56

Adopción gestión del cambio 3 14

Implantación procesos institucionales 10 39

Implantación de capacitación 15 32

Implantación de sistemas 70 229

Del autodiagnóstico se desprende que hay avances importantes en las entidades federativas y en menor medida en los municipios, a su vez, entre estos órdenes de gobierno se presentan diferencias en cuanto a los avances en la implementación de la ley.

Se incorpora a este informe el anexo III, en formato electrónico, el inventario de entes públicos y los resultados del autodiagnóstico de la armonización contable, en las entidades federativas.

Portal de armonización contable

(www.conac.gob.mx)

El Consejo Nacional de Armonización Contable, por conducto del secretario técnico, en cumplimiento de lo que establece la Ley General de Contabilidad Gubernamental, ha realizado actualizaciones y publicaciones en la página de Internet del Conac, con la finalidad de difundir instrumentos técnico-normativos y actividades que integran las medidas de consolidación para la armonización contable.

- A finales de octubre de 2012 se diseñó la sección en el sitio del Conac en la que se incluye el resultado de las diferentes iniciativas que el Secretario Técnico ha desarrollado con la finalidad de que el proceso de armonización contable se implemente de manera adecuada.

- El 13 de noviembre de 2012 se publicó la sección del secretario técnico en el portal del Conac.

- La sección del secretario técnico está integrada por 3 apartados principales:

1. Medidas para la consolidación de la armonización contable, en la que se incluye el modelo de diagnóstico y evaluación para medir la adopción e implementación de la armonización contable, sistema gubernamental armonizado de información financiera y el mecanismo integral de capacitación, profesionalización y certificación;

2. Atribuciones del secretario técnico de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, capítulo II, Del secretario técnico”, artículo 11; y

3. Secretario técnico y red de apoyo, que contiene los datos de contacto del secretario técnico, miembros de su oficina y del grupo de apoyo para los diversos mecanismos para la armonización contable.

- Se cuenta con vínculos a las sitios web de capacitación y de los sistemas de la armonización contable que utilizan los entes públicos, como el Siv@.

- En noviembre se publicó el decreto por el que se reforma la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Se pone a disposición pública la sección del secretario técnico dentro de la página del Conac, que está destinada preferentemente a difundir y publicar los instrumentos que integran las medidas de consolidación de la armonización contable, la cual está disponible en la siguiente dirección electrónica http://www.conac.gob.mx/secretario.html

Recomendaciones

Derivado del autodiagnóstico y el seguimiento del secretario técnico del consejo ha llevado a cabo se recomienda lo siguiente:

1. Incrementar el apoyo financiero para la armonización contable en las entidades federativas y municipios, el cual contempla la gestión del cambio, la capacitación en materia contable, de información financiera y de sistemas.

2. Apoyo financiero a los municipios y en especial a aquellos con menos de 25 mil habitantes para la implantación de sistemas que permitan el cumplimiento de la ley.

3. Revisar los plazos de cumplimiento de la ley.

Anexo I            Anexo II

Del Fideicomiso que Administra el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, por la que informa sobre los nombres de los funcionarios de la Secretaría de Gobernación con participación en él

México, DF, a 8 de febrero de 2013.

Diputado Francisco Agustín Arroyo Vieyra

Presidente de la Mesa Directiva de la LXII Legislatura

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en los artículos 2o., Apartado A, fracción I, Apartado B, fracción V, y 13 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, así como el oficio número SG/200/013/2013 de fecha veintiocho de enero del presente año, mediante el cual el titular de la Subsecretaría de Gobierno nombra Encargado de los Trabajos de la Dependencia Coordinadora al suscrito; informo a usted lo siguiente:

Derivado de recientes nombramientos realizados en la Secretaría de Gobernación, comunico a usted los nombres de los funcionarios con participación en el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos, como a continuación se menciona:

• Subsecretario de Gobierno: Licenciado Luis Enrique Miranda Nava, representante propietario de la Secretaría de Gobernación y Presidente del Fideicomiso.

• Titular de la Unidad de Enlace federal y coordinación con entidades federativas y representante suplente de la Secretaría de Gobernación: Licenciado Alejandro Ozuna Rivero.

• Encargado de los Trabajos del Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos: Ingeniero José Luis Soberanes Reyes.

Agradeciendo de antemano sus atenciones, envío a usted un cordial saludo.

Ingeniero José Luis Soberanes Reyes (rúbrica)

Encargado de los Trabajos de la Dependencia Coordinadora del Fideicomiso



Minutas

Con proyecto de decreto, por el que se adiciona el artículo 100 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

México, DF, a 28 de febrero de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 100 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Atentamente

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente


Proyecto de Decreto

Por el que se adiciona un artículo 100 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se adiciona un artículo 100 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 100 Bis.

1. De acuerdo con el decreto por el que se crea el reconocimiento “Elvia Carrillo Puerto”, en conmemoración al Día Internacional de la Mujer, que otorga el Senado, se deberá cumplir lo siguiente:

a) El Senado de la República celebrará sesión solemne en el mes de marzo de cada año, para hacer entrega del Reconocimiento “Elvia Carrillo Puerto” a la mujer que haya sido acreedora al mismo por su destacada labor en el reconocimiento, defensa, protección, ejercicio e investigación de los Derechos Humanos de las Mujeres y de la Igualdad de Género en nuestro país.

b) A la sesión solemne se invitará a las y los titulares del Poder Ejecutivo federal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Cámara de Diputados, titulares de los organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la promoción, defensa e investigación de los derechos humanos de las mujeres, así como de las universidades e instituciones educativas del país.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 28 de febrero de 2013.

Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)

Vicepresidente

Senadora María Elena Barrera Tapia (rúbrica)

Secretaria



Iniciativas de ley o decreto de las legislaturas de los estados

Con proyecto de decreto, que reforma el primer párrafo del artículo 81 y las fracciones II y III del artículo 83 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, así como el inciso 1) de la fracción III del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales

Toluca de Lerdo, México, a 15 de febrero de 2013.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes

Tenemos el honor de dirigimos a ustedes para comunicarles que la LVIII Legislatura del estado de México, en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 57 y 61, fracción VII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; y 38, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, en sesión de esta fecha, resolvió presentar ante la Cámara de Diputados iniciativa de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 81, así como las fracciones II y III del artículo 83 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, el inciso 1 de la fracción III del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, conforme a la iniciativa que se adjunta, acompañándose de la exposición de motivos y del dictamen legislativo, así como ejemplar del Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, correspondientes.

Lo anterior, para los efectos constitucionales procedentes.

Sin otro particular, reiteramos a ustedes nuestra distinguida consideración.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.


Diputada María de Lourdes Aparicio Espinosa (rúbrica)

Secretaria

Diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas (rúbrica)

Secretaria

Diputado Alberto Hernández Meneses (rúbrica)

Secretario


La LVIII Legislatura del estado de México, en uso de las facultades que le confieren los artículos 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, y 38, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, ha tenido a bien aprobar

Iniciativa al congreso de la unión

Único. En ejercicio del derecho de iniciativa previsto en los artículos 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 61, fracción VII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y en su correlativo 38, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, preséntense ante el Congreso de la Unión iniciativa de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 81, así como las fracciones II y III del artículo 83 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y el inciso 1 de la fracción III del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 10 que los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional.

La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos determina los casos, las condiciones, los requisitos y los lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas.

El artículo 5o. de la misma ley establece que el Ejecutivo federal, y los gobiernos de los estados, del Distrito Federal y de los ayuntamientos realizarán campañas educativas permanentes que induzcan a reducir la posesión, la portación y el uso de armas de cualquier calibre.

El Código Penal Federal tipifica y sanciona las modalidades de portación de armas de fuego, con una pena de prisión que va de 3 meses a 3 años o de 180 a 360 días multa y decomiso, independiente de los delitos que se pudieran llegar a cometer.

El marco jurídico mexicano está dotado de una de las más estrictas regulaciones sobre la portación de armas de fuego, pues pueden adquirirse únicamente a través de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos establece como requisitos para portar un arma de fuego tener un modo honesto de vivir, haber cumplido el servicio militar, no tener impedimentos físicos ni mentales, no haber sido condenado por algún delito con el empleo de armas y no consumir estupefacientes.

En las estadísticas ofrecidas por el Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el primer bimestre de 2012, el estado de México aparece en el quinto lugar, con 153 asesinatos cometidos con arma de fuego; ello refleja que en promedio 3 personas fueron asesinadas cada día con una pistola, un fusil, una ametralladora o un rifle.

Otro estudio revela que en las viviendas donde se guarda una pistola se duplica la posibilidad de ser víctima de homicidio por arma de fuego, aumenta 16 veces la posibilidad de cometer un suicidio y es 43 veces más probable que se mate a algún familiar o conocido que a un extraño en defensa propia.

Actualmente, de cada 10 delitos violentos que se cometen 8 son cometidos con armas de fuego, ya sea de uso exclusivo del Ejército o armas de fuego en general, y eso no se puede permitir en nuestra entidad.

Aunado a lo anterior, según estudios del doctor Ernesto Villanueva, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, solamente 1 de cada 300 armas en el país está registrada ante la Sedena (confróntese Seguridad, armas de fuego y transparencia. Mito y realidad sobre el derecho de posesión y portación de armas de fuego en México, Villanueva, Ernesto; y Valenzuela, Karla, México, Jus, 2012, página 70) y el objetivo es que podamos cada día más saber a detalle dónde están las armas existentes en el país.

Se considera necesario implantar políticas públicas suficientes para proteger a la sociedad del riesgo inminente en que se encuentra derivado de la portación de armas por ciertas personas sin la licencia respectiva.

La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, como ley fundamental de esta entidad federativa, considera las bases generales de los derechos y las garantías de los habitantes, así como las de la organización de la administración pública y la vigilancia y administración de los recursos públicos, por lo que uno de los compromisos del gobierno del estado de México es privilegiar el derecho a la seguridad de la ciudadanía; es decir, lograr una protección eficaz de la sociedad.

El gobierno del estado ha realizado importantes esfuerzos para garantizar el derecho a la seguridad y a la justicia por medio de una profunda reforma de los sistemas de seguridad pública, procuración e impartición de justicia, en armonía con las recientes reformas del marco jurídico federal.

Por ello se propone reformar el artículo 194, fracción III, inciso 1, del Código Federal de Procedimientos Penales, con la finalidad de que la portación de arma de fuego sea considerada delito grave.

La actual Ley de Armas de Fuego y Explosivos data de hace 42 años; sus circunstancias de expedición son totalmente diferentes de las que vive el México de hoy. Por eso es necesario presentar esta iniciativa, que propone elevar las penas que se señalan en el artículo 81 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a fin de quien cometa este delito no obtenga libertad bajo caución y compurgue la pena impuesta.

Se reforman las fracciones II y III del artículo 83 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para incrementar la penalidad, estableciendo que al que sin permiso correspondiente porte un arma de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea se sancionará

• Con prisión de cinco a diez años y de cincuenta a doscientos días multa, cuando se trate de armas comprendidas en los incisos a) y b) del artículo 11 de esta ley.

• Con prisión de cinco a quince años y de cien a quinientos días multa cuando se trate de cualquiera de las otras armas comprendidas en el artículo 11 de esta ley.

La presente iniciativa reforma diversos artículos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y del Código Federal de Procedimientos Penales, por lo que se somete a la consideración del Congreso de la Unión lo siguiente:

La LVIII Legislatura del estado de México, en uso de las facultades que le confieren los artículos 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 38, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México ha tenido a bien aprobar

Proyecto de Decreto

Que reforma el primer párrafo del artículo 81 y las fracciones II y III del artículo 83 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, y el inciso 1) de la fracción III del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales

El Congreso de la Unión decreta:

Primero. Se reforma el primer párrafo del artículo 81, así como las fracciones II y III del artículo 83 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para quedar como sigue:

Artículo 81. Se sancionará con penas de cinco a siete años de prisión y de cien a trescientos días multa a quien porte un arma de las comprendidas en los artículos 9 y 10 de esta ley, sin tener expedida la licencia correspondiente.

...

Artículo 83 . ...

I. ...

II. Con prisión de cinco a diez años y de cincuenta a doscientos días multa cuando se trate de armas comprendidas en los incisos a) y b) del artículo 11 de esta ley; y

III. Con prisión de cinco a quince años y de cien a quinientos días multa cuando se trate de cualquiera de las otras armas comprendidas en el artículo 11 de esta ley.

...

...

Segundo. Se reforma el inciso 1) de la fracción III del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar de la forma siguiente:

Artículo 194. ...

I. y II. ...

III. ...

1) Portación de armas de fuego.

2) a 5) ...

IV. a XVIII. ...

...

Transitorios

Primero. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Transitorios

Primero. Publíquese la presente iniciativa al Congreso de la Unión en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.

Segundo. Remítase la presente iniciativa al Congreso de la Unión.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en Toluca de Lerdo, México, a 15 de febrero de 2013.

Diputado David López Cárdenas (rúbrica)

Presidente

Diputada María de Lourdes Aparicio Espinosa (rúbrica)

Secretaria

Diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas (rúbrica)

Secretaria

Diputado Alberto Hernández Meneses (rúbrica)

Secretario

Con proyecto de decreto, que reforma el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Toluca de Lerdo, México, a 15 de febrero de 2013.

Secretarios de la Honorable

Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
Presente

Tenemos el honor de dirigimos a ustedes para comunicarles que, la honorable LVIII Legislatura del estado de México, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 57 y 61, fracción VII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 38, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, en sesión de esta fecha, resolvió presentar ante la Cámara de Diputados federal, iniciativa de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la iniciativa que se adjunta, acompañándose de la exposición de motivos y del dictamen legislativo, así como ejemplar del Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México, correspondientes.

Lo anterior para los efectos constitucionales procedentes.

Sin otro particular, reiteramos a ustedes nuestra distinguida consideración.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.


Diputada María de Lourdes Aparicio Espinosa (rúbrica)

Secretaria

Diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas (rúbrica)

Secretaria

Diputado Alberto Hernández Meneses (rúbrica)

Secretario


La LVIII Legislatura del estado de México, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 38, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, ha tenido a bien aprobar:

Iniciativa al Congreso de la Unión

Único . En ejercicio del derecho de iniciativa previsto en el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 61, fracción VII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y en su correlativo 38, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, preséntese, ante el honorable Congreso de la Unión iniciativa de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

El artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en ella y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que la misma determina.

Bajo esta tesitura, existen diversos instrumentos internacionales tendentes a proteger la vida y la seguridad de las personas, como es el caso de la Declaración Universal de los Derechos Humanos,1 en cuyo artículo 3 se establece que “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona, “asimismo, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre,2 que señala: “Artículo 1. Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad ya la seguridad de su persona”.

En razón de lo anterior, es contundente, tanto a nivel nacional como internacional, la obligación primordial del Estado de salvaguardar la vida y la integridad de las personas, como parte fundamental de los derechos humanos.

En el país existe una situación delicada en relación con el delito de extorsión, mismo que ha ido en aumento, así como las repercusiones económicas, sociales, laborales y psicológicas que genera en sus víctimas; ello, en razón de que la violencia e intimidación ejercida sobre la persona trasciende y afecta los diferentes ámbitos de su vida.

De acuerdo a datos estadísticos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, en las distintas fiscalías, se iniciaron 751 carpetas de investigación por denuncias del delito de extorsión durante el año de 2011 y 720 en 2012; en promedio se formulan dos denuncias diarias.

Cabe destacar, que estos datos no corresponden al total real, toda vez que la gran mayoría de estos delitos no son denunciados ante la autoridad, ya que no existe en la ciudadanía una cultura de la denuncia, debido, entre otros aspectos, al temor que generan las amenazas.

En un estimado se podría afirmar que, sólo se denuncia uno de cada diez delitos de extorsión que se cometen.

En este sentido, las víctimas son obligadas a actuar de determinada forma, con base en el miedo a que algo les suceda a ellas o a su familia, afectándose no solo su patrimonio sino su tranquilidad y sus relaciones interpersonales, ya que la psicosis generada las obliga a cambiar de hábitos, de trabajo o incluso de residencia. Siendo además muy común que el extorsionador vuelva a buscarlos.

De esta manera, el delito de extorsión es uno de los que más dalia a la persona y a su entorno, y de los que más se duele la sociedad.

En este contexto, es imprescindible combatir este delito con medios constitucionales y legales más eficaces y severos, a fin de lograr su disminución y, con ello, el aumento de la confianza de la población para denunciarlo, evitando una posible revictimización. Esto último, toda vez que en múltiples ocasiones las personas, por miedo a represalias por parte de los extorsionadores, no acuden a ejercer el derecho de la denuncia, o bien, al hacerlo, viven aterrorizadas por la posibilidad de ser localizados por sus agresores, con las consecuencias que ello implicaría.

Resulta indispensable señalar que con la finalidad de incorporar el delito de extorsión como aquellos a los que se aplicará la prisión preventiva y sin afectar el principio de proporcionalidad y al mismo tiempo observar el criterio de generalidad que debe manifestar el texto constitucional, somos de la opinión que las Legislaturas de los Estados deberán limitar su aplicación a los delitos que califiquen como extorsión agravada.

Al hacer uso de la atribución establecida en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos e iniciar el proceso legislativo en el ámbito federal a través de la presente iniciativa, promoviendo que dicha conducta antijurídica sea integrada en la disposición constitucional, observamos las disposiciones contenidas en la Convención Americana Sobre Derechos Humanos en su artículo 7 numeral 2, por lo que la propuesta resulta convencional con el marco internacional de respeto a los derechos humanos que resulta aplicable al Estado mexicano y que estamos obligados a observar todas las autoridades.

En tal razón, se propone incluir el delito de extorsión en el catálogo de delitos contenido en el artículo 19 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de que el juez ordene la prisión preventiva de oficio, al activo de este.

La presente iniciativa reforma el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que se somete a la consideración de ese H. Congreso de la Unión el siguiente:

La LVIII Legislatura del estado de México, en uso de las facultades que le confieren los artículos 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 38, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, ha tenido a bien aprobar iniciativa ante el Congreso de la Unión

Proyecto de Decreto

Que reforma el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El honorable Congreso de la Unión decreta:

Artículo Único. Se reforma el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 19 . ...

El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. El juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, extorsión, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

Transitorios

Primero . Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo . El presente decreto entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Tercero . El honorable Congreso de la Unión expedirá la reforma legal correspondiente dentro de los ciento ochenta días posteriores a la publicación del presente decreto.

Transitorios

Primero . Publíquese la presente iniciativa en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de México “Gaceta del Gobierno.”

Segundo . Remítase la presente iniciativa al honorable Congreso de la Unión.

Notas

1 Adoptada por la Resolución de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas. Fecha de Adopción 10 de diciembre de 1948.

2 Aprobada en la Novena Conferencia Internacional Americana, mediante resolución XXX, Bogotá, Colombia. Fecha de Adopción: 2 de mayo de 1948.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del estado de México, a los quince días del mes de febrero del año dos mil trece.

Diputado David López Cárdenas (rúbrica)

Presidente

Diputada María de Lourdes Aparicio Espinosa (rúbrica)

Secretaria

Diputada Xóchitl Teresa Arzola Vargas (rúbrica)

Secretaria

Diputado Alberto Hernández Meneses (rúbrica)

Secretario