Dictámenes a discusión


Dictámenes a discusión

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a las legislaturas de los estados a emprender las acciones conducentes a tipificar en su normativa y conforme a los estándares internacionales en la materia el delito de desaparición forzada de personas

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

1. El 9 de abril de 2013, la diputada Miriam Cárdenas Cantú, del Grupo Parlamentario del PRI, presentó una proposición con punto de acuerdo en la que solicita se exhorte a las legislaturas locales a emprender acciones para tipificar conforme a los estándares internacionales en la materia, el delito de desaparición forzada de personas.

2. En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Derechos Humanos para su estudio y dictamen correspondiente.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La finalidad del punto de acuerdo que se dictamina, es que la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorte respetuosamente a las Legislaturas de las entidades federativas de la República Mexicana, para que emprendan las acciones legislativas conducentes, con el objeto de tipificar en su legislación y, conforme a los estándares internacionales en la materia, el delito de desaparición forzada de personas.

III. Consideraciones de la promovente

La promovente destaca que recientemente fue reformada la Constitución federal para colocar como tema central de todo el engranaje estatal, a los derechos humanos, con lo que se inauguró una nueva etapa en el país.

Asimismo, señala la diputada Cárdenas Cantú que México ha demostrado su compromiso de respetar, proteger, promover y garantizar el goce y ejercicio de los derechos humanos, porque así lo reflejan, entre otras acciones, la reforma constitucional en comento, los criterios de nuestro máximo tribunal en lo que hace al control de convencionalidad, la expedición de la Ley General de Víctimas y el cumplimiento progresivo de las observaciones, recomendaciones o sentencias emitidas por organismos internacionales.

La diputada promovente sostiene que aun con todos los avances en la matera, aún existen retos por superar y, uno de éstos, es la inclusión en el sistema normativo de algunas de las entidades federativas, del delito de desaparición forzada de personas. Asimismo, considera que algunas entidades federativas en donde ya existe ese tipo penal, deben adecuar su tipificación a los estándares internacionales en la materia.

En su exposición, la diputada indica que la desaparición forzada de personas es una realidad que nos lastima. Una realidad en la que familias enteras sufren por desconocer el paradero de sus seres queridos. Madres, padres, hijos e hijas, hermanos, hermanas, amigos y amigas viven con incertidumbre por la ausencia de hombres y mujeres que un día desaparecieron. Además, a ese sufrimiento hay que sumar que las familias deben enfrentar problemas civiles, laborales, administrativos y penales.

De igual forma destaca que la problemática reviste la mayor importancia, porque la persona desaparecida carece de un status jurídico que impide considerarle, para ciertos trámites y acciones legales, como viva o, en su caso, muerta y, por tanto, en lo que hace al ejercicio que de sus derechos podrían hacer sus familiares legítimamente habilitados (por ejemplo pensión alimenticia, indemnizaciones o ser beneficiarios de ciertos derechos), los mismos se encuentran imposibilitados jurídicamente para ejercer acción alguna. Y concluye que no se puede dejar a un lado el derecho de las víctimas a la justicia y a la reparación.

La diputada promovente señala que los diputados integrantes de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, se reunieron con miembros de sociedad civil organizada, quienes buscan unir esfuerzos para coadyuvar en la búsqueda de sus desaparecidos; en donde las víctimas de desaparecidos les expresaron el calvario que han vivido, no sólo por el dolor que les imprime la desgracia que les aqueja, sino por la tramitología y burocracia de las dependencias públicas, cuyas respuestas han sido invariablemente promesas incumplidas, apatía, desinterés, incredulidad y omisión.

IV. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

Esta comisión dictaminadora coincide con la diputada promovente en que efectivamente, en los últimos años, se han dado importantes avances en materia de derechos humanos en nuestro país, sin embargo, están pendientes algunas adecuaciones en la normativa local en materia de desaparecidos, particularmente, en lo que toca a la armonización de la misma con los parámetros determinados en diversos tratados internacionales que forman parte ya de nuestro andamiaje jurídico en la materia; de manera que de adecuarse a ellos, se avanzaría en la construcción de un sistema de protección efectivo de los derechos humanos.

En este sentido, esta comisión destaca el respaldo para este punto de acuerdo en las recomendaciones formuladas por la Organización de las Naciones Unidas que, en su informe relativo a la Misión realizada en México con motivo de las desapariciones forzadas o involuntarias (2012), en las que el grupo de trabajo que elaboró dicho informe recomienda que:

...se garantice que el delito de desaparición forzada sea incluido en los Códigos Penales de todas las entidades federativas y que a la brevedad se apruebe una ley general sobre las desapariciones forzadas o involuntarias. Dicha ley general debería definir la desaparición forzada como un delito autónomo; crear un procedimiento específico de búsqueda de la persona desaparecida con la participación de los familiares de las víctimas; establecer un registro nacional de personas desaparecidas forzosamente que garantice que los familiares, abogados, defensores de los derechos humanos y cualquier otra persona interesada tenga pleno acceso a este registro; permitir la declaración de ausencia como consecuencia de la desaparición forzada; asegurar la plena protección y apoyo de los familiares de las personas desaparecidas y de los testigos; y garantizar el derecho a la reparación integral. El grupo de trabajo recomienda garantizar la armonización de la definición de desaparición forzada en la legislación penal con lo establecido en la Declaración y otros instrumentos internacionales relevantes.

Aunado a lo anterior, esta comisión coincide con lo que en su exposición la diputada promovente destaca: “que México forma parte de diversos instrumentos internacionales en los que se prevé la desaparición forzada de personas y que, conforme a nuestra norma suprema y diversos criterios jurisprudenciales, sus disposiciones constituyen obligaciones vinculantes e irrenunciables frente a las que tiene que dar cuenta.”

Como bien lo señala la promovente, los principales instrumentos a nivel internacional en la materia son la Declaración sobre la protección a todas las personas contra las desapariciones forzadas y la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, y es en esta última, en la que se define la desaparición forzada como el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad, cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa de reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley, señalándose en ese documento que cada Estado Parte tomará las medidas necesarias para que la desaparición forzada sea tipificada como delito en su legislación penal.

Por lo que hace al sistema regional de protección de los derechos humanos, la desaparición forzada se prevé en la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. En esta convención se le define (artículo II) como la privación de la libertad a una o más personas, cualquiera que fuere su forma, cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con lo cual se impide el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales pertinentes.

De la misma manera que los instrumentos señalados anteriormente, en el interamericano se determina la obligación del Estado de adoptar medidas internas para tipificar como delito a esta figura.

Ahora bien, esta comisión es consciente de los avances que en materia de interpretación ha realizado nuestro máximo tribunal en lo que se refiere al control de convencionalidad y las obligaciones que trae aparejadas, en concreto, la máxima protección del ser humano a la luz del derecho interno y externo.

El valor de los instrumentos jurídicos internacionales es de pleno derecho y constituye, por lo tanto, una obligación ineludible para todas las autoridades del Estado Mexicano en sus distintos órdenes de gobierno.

Por si fuera poco, el tema de la desaparición forzada resulta tan preocupante para la comunidad internacional en su conjunto, que existen diversas sentencias en la materia emitidas por tribunales internacionales, como tal es el caso de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que se ha pronunciado en repetidas ocasiones sobre la desaparición forzada.

Por otra parte, en lo que se refiere a nuestro derecho interno, las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos no son soft law, recomendaciones potestativas u otra forma jurídica alternativa que carezca de carácter vinculante para el Estado mexicano. Por el contrario, las Sentencias de la Corte Interamericana en las que México sea parte, son obligatorias para todos los servidores públicos en todos los órdenes y, por tanto, deben ser cumplidas a cabalidad. Así ha sido reconocido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Por otra parte, en su exposición la diputada promovente señala que al momento de la redacción de su proposición, Baja California, Chihuahua, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, estado de México, Michoacán, Morelos, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, no han legislado en materia de desaparición forzada, con base en los parámetros internacionales.

Asimismo, precisa que existen entidades federativas que ya cuentan con un tipo penal, por lo que, en esos casos, lo que se solicita es que lo adecuen a esos parámetros, toda vez que, de un análisis de derecho comparado se desprende que algunas entidades federativas en las que se prevé el delito de desaparición forzada incurren, considerando el derecho internacional de los derechos humanos, en una distorsión de la figura, al incluir en sus tipos penales elementos ajenos al mismo, como es el caso del estado de Oaxaca. De igual forma se señala que Aguascalientes, a pesar de que prevé la figura, ésta se circunscribe estrictamente a los servidores públicos, cuando en el derecho internacional de los derechos humanos se reconoce que puede ser cometido el delito por particulares bajo el auspicio, connivencia u omisión manifiesta de actuar de parte del Estado.

Por lo expuesto, la Comisión de Derechos Humanos respalda la propuesta de la diputada Miriam Cárdenas Cantú y somete a consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las Legislaturas de las entidades federativas de la República Mexicana, para que emprendan las medidas legislativas conducentes para tipificar en su legislación, en los casos en que no lo hayan hecho, el delito de desaparición forzada de personas y para que, en aquellos estados en donde el delito se prevé, realicen, en su caso, adecuaciones con el objeto de que el tipo penal correspondiente guarde armonía con los estándares internacionales en la materia.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de abril de 2013.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), presidenta; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez, María de Lourdes Amaya Reyes (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), María Guadalupe Mondragón González, José Luis Muñoz Soria (rúbrica), Arturo Escobar y Vega, Vicario Portillo Martínez (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Cristina Ruiz Sandoval (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a dar seguimiento a la observancia de la recomendación número 061/2011, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

1. El 4 de abril de 2013, el diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 79, numeral 1, fracción II y numeral II, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentó una proposición con punto de acuerdo en la que solicita que se exhorte a la Secretaría de Gobernación a que haga uso de sus facultades a efecto de generar las condiciones que permitan el cumplimiento de la recomendación 061/2011 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

2. En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Derechos Humanos para su estudio y dictamen correspondiente.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La finalidad del punto de acuerdo planteado por el proponente, es que esta Cámara de Diputados exhorte a la Secretaría de Gobernación para que genere las condiciones que permitan el cumplimiento de la recomendación 061/2011 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, CNDH.

Su pretensión la motiva en los antecedentes y las consideraciones siguientes:

A. Antecedentes

1. El diputado Medina Filigrana relata que a consecuencia de las inundaciones que afectaron al estado de Tabasco en octubre y noviembre de 2007, se iniciaron una serie de trabajos de construcción que tuvieron consecuencias perjudiciales para amplias zonas rurales y asientos de pueblos indígenas en aquella entidad.

2. El proponente señala que como consecuencia de los trabajos de reconstrucción derivados de las inundaciones mencionadas en el punto anterior, durante los meses de septiembre de 2010 a enero de 2011, la CNDH inició la integración de 51 expedientes que tuvieron su origen en la interposición de diversas quejas presentadas por habitantes de distintas comunidades de aquel estado. Asimismo, agrega que a esos expedientes se fueron agregando otras quejas interpuestas hasta julio de 2011.

3. Citando a la CNDH, el diputado indica que 5 mil 710 personas de distintas comunidades de Tabasco fueron afectadas por actos atribuibles a servidores públicos de la Comisión Nacional del Agua, Conagua, del gobierno de Tabasco y de los ayuntamientos de los municipios de Centro, Huimanguillo, Cárdenas, Cunduacán, Paraíso, Centla, Jalpa de Méndez y Nacajuca de la entidad referida.

4. El legislador señala que como resultado de las labores emprendidas por la CNDH para dar seguimiento a las quejas interpuestas por los habitantes de Tabasco, este organismo emitió la recomendación 061/2011 de fecha 10 de noviembre de 2011, en la cual, se formulan diversas recomendaciones a distintas autoridades, entre ellas, al director general de la Conagua, al gobernador constitucional de Tabasco, así como a los miembros de los ayuntamientos de Centro, Huimanguillo, Cárdenas, Cunduacán, Paraíso, Centla, Jalpa de Méndez y Nacajuca, todos municipios de Tabasco.

Entre las principales recomendaciones que transcribe el proponente, destacan las siguientes: implementación de acciones para reparar los daños a personas que hayan sufrido afectaciones con motivo de las omisiones incurridas antes, durante y después a los hechos señalados por las víctimas; elaboración de un registro de víctimas que permita identificarlas y determinar el tipo de reparación que se deba proporcionar; implementación de un plan de contingencias; diseño y realización de campañas de difusión sobre zonas de alto riesgo de inundación en el estado de Tabasco; conclusión de las obras hidráulicas en tiempo y forma; realización de estudios y trabajos en los afluentes de ríos que escurren libremente en la entidad y desarrollo de un sistema hídrico de protección en los mismos; implementación de medidas para informar a la población que pueda ser impactada por el desarrollo de obras de infraestructura hidráulica; realización de cursos de capacitación y formación en materia de derechos humanos, así como de conocimiento, manejo y observancia de la legislación administrativa aplicable y otros relacionados con la materia de protección civil, y establecimiento de un seguro contra daños por inundaciones en zonas de alto riesgo en el estado de Tabasco, entre otras.

5. El legislador Medina Filigrana hace mención que la recomendación 061/2011 no ha sido cumplida, lo cual ocasiona que persista “...un grave problema social en la zona que va en detrimento de los derechos fundamentales de los pueblos indígenas que habitan en la misma...”

B. Consideraciones

1. En su opinión, el proponente considera que es: “...de vital importancia la intervención de la Secretaría de Gobernación del gobierno federal, a efecto de coadyuvar en la mediación y en la suma de voluntades de las diversas instancias de los tres niveles –Sic- de gobierno que han sido señaladas en la recomendación, con objeto de poder otorgar una atención y una solución integral a tan lamentable problemática...

2. El diputado Medina Filigrana fundamenta su proposición en los artículos 102 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 46 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y 27, fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

III. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

A. La Comisión de Derechos Humanos manifiesta su rechazo hacia la falta de aceptación o cumplimiento de las recomendaciones que emitan los organismos protectores de los derechos humanos por parte de las autoridades a quienes se les formulen, no obstante su carácter de no vinculatorias, cuando tal proceder redunde en la prolongación de violaciones a los derechos fundamentales de las personas.

B. Mencionado lo anterior, corresponde ahora analizar la proposición planteada.

El punto de acuerdo propuesto tiene como finalidad que el pleno de esta soberanía exhorte a la Secretaría de Gobernación para que genere las condiciones que posibiliten el cumplimiento de la recomendación 061/2011 emitida por la CNDH a un conjunto de autoridades distintas a la instancia que se pretende exhortar.

Bajo esa tesitura, y del análisis de la propuesta del acuerdo presentado, debe señalarse que, a juicio de esta dictaminadora, resulta procedente. Lo anterior con base en las razones siguientes:

1. Un principio que rige la actuación de los entes públicos es el referente al de legalidad, en razón del cual, las autoridades deben ceñir su actividad a la realización de aquellas atribuciones que la ley les confiere. En este sentido, el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, concede a la Secretaría de Gobernación la facultad de:

Artículo 27. ...

I. a X. ...

XI. Vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país; coordinar en vinculación con las organizaciones de la sociedad civil, trabajos y tareas de promoción y defensa de los derechos humanos y dar seguimiento a la atención de las recomendaciones que emitan los organismos competentes en dicha materia; así como dictar las medidas administrativas necesarias para tal efecto.(el subrayado es nuestro)

XII a XLIII. ...

...

...

De la lectura del texto legal que se acaba de citar, se desprende que la Secretaría de Gobernación, Segob, sí cuenta con atribuciones para dar seguimiento a las recomendaciones que emitan los organismos competentes en materia de derechos humanos y, si bien, la Cámara de Senadores o, en sus recesos, la Comisión Permanente, o las legislaturas locales, son las competentes para llamar a comparecer a las autoridades o servidores públicos que no acepten o cumplan las recomendaciones que se les formulen, a petición de los organismos protectores de derechos humanos, -artículos 102 Apartado B de la Constitución Política y 46 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos-, lo anterior no impide que la Segob pueda dar seguimiento a la atención de recomendaciones, coadyuvando en la mediación para su debida atención, dentro de un marco de pleno respeto a la autonomía de las instancias públicas señaladas en éstas.

2. Asimismo, del análisis de la recomendación 061/20111 , se desprende que la CNDH hizo evidentes las violaciones a los derechos a la seguridad jurídica, legalidad, propiedad y posesión, trato digno, protección a la salud, vivienda adecuada y al desarrollo, atribuibles a servidores públicos de la Conagua, del gobierno del estado de Tabasco y de los municipios de Centro, Huimanguillo, Cárdenas, Cunduacán, Paraíso, Centla, Jalpa de Méndez y Nacajuca, de dicha entidad federativa, en agravio de 5,710 víctimas directas y más de 130 mil víctimas potenciales.

3. Por lo que respecta al estado actual del cumplimiento de la recomendación 061/2011, la Presidencia de este órgano legislativo se puso en contacto con las Direcciones de Vinculación Interinstitucional y la de Seguimiento a Recomendaciones, ambas de la CNDH, a efecto de conocer la situación actual de las mismas, para lo cual dichas instancias informaron lo siguiente:

Por lo expuesto y con el objetivo de que se garantice la efectiva protección y defensa de los derechos humanos de las víctimas a que hace alusión la recomendación 061/2011, esta Comisión de Derechos Humanos somete a consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Gobernación del gobierno de la República, para que, en el ámbito de su competencia, dé seguimiento a la atención de la recomendación 061/2011 sobre el caso de las inundaciones ocurridas en diversas localidades del estado de Tabasco, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como para que dicté las medidas administrativas necesarias para tal efecto.

Nota

1 Consultada en el portal electrónico de la CNDH: http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes /documentos/Recomendaciones/2011/REC_2011_061.pdf el 11 de abril de 2013 a las 18:00 horas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de abril de 2013.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), presidenta; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Gabriel Gómez Michel, Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez, María de Lourdes Amaya Reyes (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), María Guadalupe Mondragón González, José Luis Muñoz Soria (rúbrica), Arturo Escobar y Vega, Vicario Portillo Martínez (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Cristina Ruiz Sandoval (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a las legislaturas locales a emprender medidas tendentes a tipificar en su normativa penal el delito de discriminación

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente dictamen al tenor de los siguientes

I. Antecedentes

A. El 21 de febrero de 2013, la diputada Aurora Denisse Ugalde Alegría, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I; 79, numeral 2, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentó una proposición con punto de acuerdo en la que solicita que se exhorte [...] a los Congresos Estatales de las entidades federativas del país, a emprender las acciones legislativas necesarias a fin de armonizar su legislación en materia de no discriminación y su normatividad penal, a lo señalado en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en el Código Penal Federal, así como en los ordenamientos internacionales sobre el tema.

B. En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Derechos Humanos para su estudio y dictamen correspondiente.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La finalidad del punto de acuerdo planteado por la proponente, es que esta Cámara de Diputados exhorte, en un marco de respeto, a los congresos estatales para que emprendan las acciones legislativas necesarias tendientes a armonizar su legislación en materia de no discriminación y su normatividad penal con lo señalado en la ley en la materia, el Código Penal Federal y los instrumentos internacionales sobre el tema.

Su pretensión la motiva en los antecedentes y las consideraciones siguientes:

A. Antecedentes

1. La diputada proponente, cita que desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 se estableció, en el artículo 7 que: “... Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.”

Asimismo, relata que esta declaración dio pie para que en distintos instrumentos internacionales se reconociera el derecho a la no discriminación, así como la obligación de los estados de garantizar el ejercicio de derechos sin discriminación por condiciones sociales o personales y, así cita, como ejemplo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 –Pacto de San José–; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial; el Convenio Internacional del Trabajo número 111 –referente a discriminación en materia de empleo y ocupación–; la Convención sobre todas las formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención sobre los Derechos del Niño; la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

2. Da cuenta que, merced al impulso de numerosos movimientos sociales, partidos políticos, servidoras y servidores públicos, organizaciones de la sociedad civil y el Poder Legislativo, en el año 2001 se logró reformar el artículo 1o. constitucional, agregándosele una cláusula antidiscriminatoria. A la vez, refiere que dos años después fue aprobada la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación, LFPED.

3. A la vez, la diputada Ugalde Alegría destaca la trascendencia de la aprobación de la tipificación del delito de discriminación, ocurrida el 30 de abril de 2012.

4. Adicionalmente, la legisladora precisa qué entidades federativas, a la fecha, cuentan con una cláusula constitucional antidiscriminatoria, así como con leyes estatales en la materia y cuáles tienen tipificado el delito de discriminación en su normativa penal local, informando los siguientes datos:

En total, a nivel –sic– estatal, existen 15 cláusulas antidiscriminatorias en las Constituciones locales. Por otro lado, hay 21 leyes –sic– antidiscriminatorias estatales”.

Por lo que hace a la regulación del delito de discriminación en los códigos sustantivos penales estatales, señala: “Se tipifica la discriminación en 15 códigos penales” adicionalmente “ código penal establece la discriminación como agravante del delito de injurias –Baja California Sur; 1 código penal la establece como parte del delito de odio, elementos semejantes al delito de discriminación –Campeche; 1 código penal establece la discriminación como calificativa del delito de homicidio y lesiones –Coahuila; 1 código penal establece la discriminación como calificativa del delito de homicidio contra la mujer –Nayarit; 1 Ley en materia de pueblos y comunidades indígenas, tífica la discriminación cultural –Oaxaca; 1 código penal considera la discriminación como elemento del delito de tortura –San Luis Potosí”.

B. Consideraciones

1. La proponente hace mención que pese a los avances que nuestro país ha tenido en la emisión de legislación que tutele el derecho de las personas a no ser discriminadas, todavía existen “...un gran número de prácticas discriminatorias que evidencian que este tema es un desafío a largo plazo”.

2. Resalta la necesidad de realizar una adecuada armonización de las normatividades estatales con los instrumentos internacionales de los que nuestro país forma parte en materia antidiscriminatoria, perfeccionando las normas específicas que la componen y reformando y derogando “aquella legislación que contiene disposiciones discriminatorias o que propicia este tipo de situaciones”.

3. Relata como la incorporación del delito de discriminación en el ámbito federal, representó un avance importante en la lucha contra esta problemática, en razón de que con la misma, la discriminación “deja de ser un postulado sin sanción, para ser un asunto de obligado cumplimiento”. En razón de ello, señala que la tipificación de la misma “se trata de una reforma novedosa que debe invitar a todos los congresos estatales a homologarla en su legislación penal, a fin de constituir un marco jurídico igualitario en el tema”. Finalmente, expone que “se hace imprescindible que las leyes estatales se armonicen igualmente con la legislación internacional y federal en este tema, a fin de que se cuente con un marco jurídico homologo que proteja, de manera igualitaria, a las personas que sufren este delito”.

III. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

En ocasiones anteriores, este órgano legislativo se ha manifestado sobre proposiciones con punto de acuerdo similares a la que hoy nos ocupa y, en los dictámenes recayentes en éstas, se ha desaprobado enérgicamente la comisión de conductas que constituyan acciones u omisiones discriminatorias contra las personas, destacando la importancia de impulsar, en todos los órdenes de gobierno, acciones legislativas que coadyuven a la prevención y eliminación de todas las formas de discriminación, así como para promover la igualdad en todas sus vertientes.

Asimismo, esta comisión ha señalado que la falta de regulación del derecho humano a la igualdad con su correlativa prohibición a la discriminación, como expresión material, contradice los principios constitucionales de no discriminación enunciados en el quinto párrafo del artículo 1o. de la ley suprema.

Por lo anterior, quienes integramos la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, estamos ciertos que tales omisiones legislativas no tienen cabida en un Estado democrático como el mexicano y estimamos necesario que las entidades federativas impulsen en sus correspondientes órdenes, los avances que en el plano nacional y supranacional han sido adoptados en el ámbito legislativo, tal como se enuncia a continuación:

Normatividad vigente en materia antidiscriminatoria en nuestro país

A. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

A raíz de la reforma constitucional de junio de 2011 en materia de derechos humanos, la Carta Magna concede a todas las personas el disfrute de los derechos humanos reconocidos por ella, así como aquellos determinados en los instrumentos internacionales de los que nuestro país es parte. Asimismo, determina que las normas relativas a los derechos humanos son susceptibles de ampliarse e interpretarse de la manera más favorable a las personas, lo cual posibilita que éstas puedan integrar sus contenidos mediante un sistema de reenvíos hacia otros ordenamientos+++1+++, artículo 1o., párrafos primero y segundo.

Adicionalmente, nuestra ley suprema enuncia diversos derechos fundamentales que el Estado tiene obligación de promover, respetar, proteger y garantizar, como es el caso del derecho a la igualdad con su correspondiente prohibición a la discriminación. También establece “... que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad...” artículo 1o., párrafo tercero.

B. Tratados Internacionales en materia de discriminación

En adición a las normas constitucionales enunciadas, nuestro país ha suscrito y ratificado diversos instrumentos supranacionales en materia de discriminación, que revisten una importancia toral ya que, como quedo asentado en el apartado anterior, nuestra Constitución reconoce también que la interpretación de los derechos humanos debe ser conforme con los mismos.

En adición a los instrumentos internacionales citados por la proponente, nuestro país es Parte también en los siguientes tratados en materia de discriminación:

- C100 Convenio sobre la Igualdad de Remuneración, Organización Internacional del Trabajo, OIT, 1951;

- C169 Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales, OIT, 1989;

- C182 Convenio sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, OIT, 1999;

- Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, - Convención de Belem Do Para, OEA, 1994;

- Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, OEA, 1999;

- Convención sobre Asilo Diplomático, OEA, 1954;

- Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, ONU, 1951;

- Convenio sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y Trabajadores Domésticos, OIT, 2011;

- Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, ONU, 2007;

- Declaración Universal de Derechos Humanos, ONU, 1948;

- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ONU, 1966;

- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ONU, 1966;

- Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador”, OEA, 1988;

- Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, ONU, 1999;

- Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ONU, 2006;

- Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Participación de los Niños en los Conflictos Armados, ONU, 2000;

- Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de los Niños en la Pornografía, ONU, 2000;

- Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ONU, 1966;

- Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ONU, 2008, y

- Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, ONU, 1966.

C. Ordenamientos federales que contienen disposiciones antidiscriminatorias

Además de la LFPED, en el plano federal existen otros cuerpos legales que contienen disposiciones antidiscriminatorias, entre ellas la Ley General de Educación, la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, la Ley de Migración, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley General de Desarrollo Social, la Ley General de Víctimas, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

D. Tipificación del delito de discriminación en los planos federal y estatal

El 14 de junio de 2012 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto que contiene, entre otras reformas, la adición al Código Penal Federal de un Título Tercero Bis, denominado “Delitos contra la Dignidad de las Personas”, que contiene un Capítulo Único denominado “Discriminación”, el cual regula el tipo penal del mismo nombre en su artículo 149 Ter.

Como bien señala la proponente, a la fecha solamente 15 entidades federativas tipifican el delito de discriminación++++2++++, siendo estas: Aguascalientes, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Distrito Federal, Durango, Estado de México, Guerrero, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán.

IV. Razones por las que se aprueba parcialmente la proposición con punto de acuerdo

Esta dictaminadora, siguiendo la pauta marcada por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, coincide, en lo general, con la propuesta planteada por la diputada Aurora Denisse Ugalde Alegría para que esta honorable soberanía realice un respetuoso exhorto a los congresos locales, con las especificaciones siguientes:

A. El 19 de diciembre de 2012, esta Comisión de Derechos Humanos aprobó un dictamen con punto de acuerdo, por el cual la Cámara de Diputados exhorta a las legislaturas locales de diversas entidades para que expidan las disposiciones legales que reglamenten el derecho a la no discriminación, o en su caso, armonicen su normatividad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los instrumentos internacionales y la legislación nacional en la materia. Adicionalmente, el citado dictamen, fue aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados el pasado 11 de abril de 2013.

B. En ese sentido, la propuesta de la diputada Ugalde Alegría queda sin materia en lo correspondiente a la parte del exhorto para que los congresos locales armonicen su legislación de conformidad con lo señalado en la LFPED y otros ordenamientos internacionales sobre el tema; más no así sucede, en lo referente a la parte del mismo que incita a los estados para que armonicen su normatividad penal con lo establecido en el Código Penal Federal, ya que este último llamamiento a las legislaturas locales, no ha sido materia de pronunciamiento en dictámenes anteriores aprobados por este órgano legislativo.

Por lo expuesto, la Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura somete a consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados el presente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados, en un marco de pleno respeto a la autonomía de las entidades federativas, exhorta a las legislaturas locales para que emprendan las medidas legislativas necesarias tendentes a la tipificación del delito de discriminación en su normatividad penal.

Notas

1 Caballero Ochoa, José Luis, La cláusula de interpretación conforme y el principio pro persona (artículo 1o., segundo párrafo, de la Constitución , La reforma constitucional de derechos humanos un nuevo paradigma , México, Editorial Porrúa, 2012, página 109.

2 Consultado el 8 de abril de 2013 en el portal web del Consejo Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación:http://www.conapred.org.mx/index.php?contenido=pagina&id=505&id_opcion=650&op=650&id_opcion=651&op=651. Es importante señalar que este organismo precisa que la última actualización del dato que se analiza, fue realizada el 7 de febrero del año en curso.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de abril de 2013.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), presidenta; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez, María de Lourdes Amaya Reyes (rúbrica), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica), René Ricardo Fujiwara Montelongo (rúbrica), secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel, Roxana Luna Porquillo (rúbrica), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), María Guadalupe Mondragón González, José Luis Muñoz Soria (rúbrica), Arturo Escobar y Vega, Vicario Portillo Martínez (rúbrica), Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Cristina Ruiz Sandoval (rúbrica).

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a regularizar las concesiones de pozos con títulos vencidos en el país, con el otorgamiento de facilidades para adquirir nuevas concesiones y asignaciones

Honorable Asamblea:

Esta Comisión de Recursos Hidráulicos de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo para solicitar al Ejecutivo Federal, regularice el aprovechamiento de agua, a través de la autorización de concesiones de pozos con títulos vencidos localizados en el estado de Chihuahua.

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 numeral 1 y 3, 45 numeral 6, incisos e), f) y g), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, 157 numeral I, fracción I; 158, numeral I fracción IV y 167 numeral 4 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente Dictamen, de acuerdo con los siguientes

I. Antecedentes

El día 5 de febrero de 2013, la Diputada Rocío Esmeralda Reza Gallegos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 79, numeral 2, fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo Federal, regularice el aprovechamiento de agua, a través de la autorización de concesiones de pozos con títulos vencidos localizados en el estado de Chihuahua.

2. Con fecha 14 de febrero de 2013, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó con el Oficio número D.G.P.L. 62-II-7-414, Expediente Número 1265, la presente proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Recursos Hidráulicos para su estudio y dictamen correspondiente.

3. Con fecha 4 de abril del año 2013, la junta directiva de esta comisión se reunió y dentro de los asuntos del orden del día se abordó el análisis de la proposición con punto de acuerdo en mención.

Recibido el asunto, quienes integramos esta comisión, procedimos al estudio del siguiente:

II. Contenido de la proposición con punto de acuerdo

En la proposición con punto de acuerdo primeramente hace alusión al artículo 27, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con respecto a que las aguas comprendidas en el territorio nacional, originariamente son propiedad de la Nación, la cual tiene el derecho de transmitirla a particulares, pudiendo obtener concesiones de explotación, lo anterior en relación al artículo 20 de la Ley de Aguas Nacionales, en cuanto a que de conformidad con el carácter público del recurso hídrico, la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales se realizará mediante concesión o asignación otorgada por el Ejecutivo federal...”. Asimismo, la Ley de Aguas Nacionales, en su artículo 14 Bis 5, fracción VII, establece como uno de los principios que sustentan la política hídrica nacional, que el Ejecutivo federal asegure que las concesiones y asignaciones de agua sean con base en la disponibilidad efectiva del recurso en las regiones hidrológicas y cuencas que correspondan. De la misma manera, la citada ley, en su artículo 24, establece plazos para el término de la concesión o asignación para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, además de disposiciones para la prórroga de las mismas, destacando que la falta de solicitud correspondiente, significará la renuncia al derecho de solicitar prórroga.

Por lo que se menciona que al respecto es importante señalar que esta disposición fue establecida a partir la de reforma a la Ley de Aguas Nacionales en 2004, y que posterior a la misma, ha sido objeto de desconocimiento o confusión por parte de numerosos usuarios del recurso hídrico de distintas entidades de la república, que al perder su derecho a la prórroga, sufren igualmente de pérdidas en sus actividades productivas agrícolas, energéticas, acuícolas, entre otras.

Se señala que el estado de Chihuahua no es la excepción y de igual forma se ha presentado esta problemática respecto al aprovechamiento del agua proveniente de pozos que demandan acciones urgentes por parte de las autoridades del agua y sobre todo del titular del Ejecutivo federal, al verse estas últimas limitadas para actuar dado que se tienen que ceñir a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales.

Derivado de lo anterior, se arguye que es importante regularizar esta situación si tomamos en cuenta, por un lado, que en la entidad se ha dado la extracción ilegal de los acuíferos que perjudican a la población al no hacerse un uso eficiente del recurso hídrico conforme lo mandata la ley. Dando lugar a conflictos sociales entre los habitantes de la entidad.

Finalmente refieren que al estar en una situación de irregularidad o de falta de certeza jurídica, se expone a productores a no poder acceder a diversos apoyos gubernamentales a través del cumplimiento de requisitos de programas presupuestarios tales como Procampo, tarifa eléctrica preferencial, y otros

Con base en lo anterior, la diputada propone:

Primero. Se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo Federal para que mediante los instrumentos jurídicos pertinentes y las acciones necesarias para ello a través de la Conagua, se regularicen la concesiones de pozos con títulos vencidos localizados en el estado de Chihuahua, otorgándoles nuevas concesiones y asignaciones a fin de que se haga un uso eficiente del recurso hídrico conforme a la ley en la materia y a la regulación establecida según los títulos de concesión, asignación y permisos de aguas nacionales.

Segundo. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal para que dé una resolución a concesiones de pozos con títulos vencidos del estado de Chihuahua dentro de un plazo no mayor a noventa días hábiles una vez aprobada la presente proposición.

Después del análisis del contenido de las dos Proposiciones con Punto de Acuerdo, quienes integramos la Comisión de Recursos Hidráulicos, exponemos las siguientes:

III. Consideraciones

En el caso particular que estudia esta Comisión, es consciente del problema que se expone con antelación, pues si bien es cierto que las diversas disposiciones legales aplicables en la materia y al caso en particular con respecto de la autorización de Concesiones o asignaciones para la explotación, uso o aprovechamiento de Aguas Nacionales, establecen los lineamientos, para su regulación, también lo es que al margen existen diversas problemáticas sociales que deben ser atendidas a la mayor brevedad posible.

En la medida en la que los títulos de concesiones de los pozos sean regulados, se motiva la generación de un sistema integral de abastecimiento del vital líquido, primeramente al margen de la estructura jurídica, y posteriormente por los impactos sociales. Entre ellos se destaca, más no siendo el único, el evidente aumento de la productividad en la población; así también en el desarrollo industrial permite elevar el nivel de vida de las comunidades; así como el hecho de que ocasiona indirectamente la disminución de enfermedades.

Ahora bien, la extracción ilegal de los acuíferos, deriva no solamente en una de las principales causas de contaminación de los pozos, sino que el abastecimiento del agua resulta carente de medidas de salubridad y mantenimiento que deben ejecutarse, pues al explotarse clandestinamente éstas no son consideradas por el mal uso, repercutiendo así en perjuicio de la sociedad. Debe de tomarse en consideración también, que entre los beneficios de la legal extracción y abastecimiento de agua, se disminuye exponencialmente la citada explotación clandestina y con ello, los efectos que la misma produce; asimismo al existir certeza jurídica, los productores entonces tienen la facultad de acceder a determinados programas gubernamentales, que de igual manera mejoran la economía social, lo anterior por tratarse en su mayoría de grupos vulnerables.

Esta comisión es conocedora que las concesiones han presentado un problema no sólo en Chihuahua, si no, en diversas entidades federativas.

En Chihuahua el director de Conagua, Sergio Cano Fonseca, inició un proceso donde serán clausurados todos aquellos pozos agrícolas de la entidad que se encuentren operando de forma ilegal, pues al no poseer la concesión del pozo se contribuye a la sobreexplotación de los mantos acuíferos, afectando aquellos chihuahuenses que operan en forma.

Tenemos conocimiento que la actuación que se está llevando a cabo por parte de la Comisión Nacional del Agua de clausurar algunos pozos agrícolas se debe a la preocupación que existe entre los usuarios de agua agrícola de distintos puntos del estado de Chihuahua, hay pozos que se encuentran operando sin título de concesión, Se ha dialogado con los usuarios como de las demás autoridades, que han propiciado que existan estos pozos ilegales, puesto que tienen toda una infraestructura que les permite funcionar como tal.

En el ánimo de sensibilidad política esta Comisión propone modificar la petición de la diputada proponente, para que la Comisión Nacional del Agua nos informe sobre las resoluciones a concesiones de pozos con títulos vencidos, vigentes y próximos a vencer, así como el otorgar las facilidades para adquirir nuevas concesiones y asignaciones a fin de que se haga un uso eficiente del recurso hídrico conforme a la ley en la materia y a la regulación establecida según los títulos de concesión, asignación y permisos de aguas nacionales; no solo para el estado de Chihuahua sino a nivel Federal, se amplía su alcance para todos los estados de la República Mexicana.

Por lo anterior, la Comisión de Recursos Hidráulicos somete a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional del Agua, para que se regularicen las concesiones de pozos con títulos vencidos en el país, otorgándoles las facilidades para adquirir nuevas concesiones y asignaciones a fin de que se haga un uso eficiente del recurso hídrico conforme a la ley en la materia y a la regulación establecida según los títulos de concesión, asignación y permisos de aguas nacionales.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional del Agua, para que informe el estado que guardan las concesiones vencidas, vigentes y próximas a vencer en las entidades federativas y brinde una propuesta para resolver la regularización de las concesiones de pozos con títulos vencidos dentro de un plazo no mayor a noventa días hábiles.

Palacio Legislativo de San Lázaro a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil trece.

La Comisión de Recursos Hidráulicos

Diputados: Gerardo Gaudiano Rovirosa (rúbrica), presidente; J. Jesús Oviedo Herrera, Antonio García Conejo (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Faustino Félix Chávez, Blas Ramón Rubio Lara, Jorge Terán Juárez (rúbrica), Máximo Othón Zayas (rúbrica), Enrique Aubry de Castro Palomino, Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), secretarios; Landy Margarita Berzunza Novelo, Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, Sergio Augusto Chan Lugo (rúbrica), Juan Francisco Cáceres de la Fuente (rúbrica), José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Cecilia González Gómez (rúbrica), José Antonio León Mendívil (rúbrica), Angélica Rocío Melchor Vásquez (rúbrica), Abraham Montes Alvarado (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Luis Olvera Correa (rúbrica), Gerardo Peña Avilés, Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Juan Manuel Rocha Piedra (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), Alfio Vega de la Peña (rúbrica), Miguel Alfonso Vildósola Lacarra (rúbrica).

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua a promover mediante campañas mediáticas de gran penetración sistemas de recuperación de agua pluvial y a intensificar sus programas de cultura del agua

Honorable Asamblea:

A esta Comisión de Recursos Hidráulicos de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo propuesta por el diputado Óscar Eduardo Ramírez Aguilar, a fin de exhortar al director general de la Comisión Nacional del Agua para que mediante campañas promueva un sistema de recuperación de agua pluvial, asimismo, capacite a los organismos operadores para usar y promover tecnología en la recolección de agua pluvial e intensifique su “Programa de Cultura del Agua”

Esta comisión legislativa, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 3, 45, numeral 6, incisos e), f) y g), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes:

I. Antecedentes

Primero. Con fecha 21 de marzo de 2013, el diputado Óscar Eduardo Ramírez Aguilar, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la proposición con punto de acuerdo relativa al Día Mundial del Agua

Segundo . El día 1 de abril de 2013, fue recibido en esta Comisión de Recursos Hidráulicos el oficio No. D.G.P.L. 62-II-6-0541 de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la que turnó dicha iniciativa a esta Comisión para efecto de su dictaminación.

Tercero . Con fecha jueves 04 de abril del año 2013, se reunió la Junta Directiva de esta Comisión y dentro de los asuntos del orden del día se abordó el análisis del punto de acuerdo en mención.

Recibido el presente asunto, quienes integramos esta Comisión, procedimos al estudio del siguiente

II. Contenido de la proposición con punto de acuerdo

El diputado Óscar Eduardo Ramírez Aguilar solicita se someta a la consideración de este Órgano Soberano la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Director General de la Comisión Nacional del Agua para que mediante campañas promueva un sistema de recuperación de agua pluvial, asimismo, capacite a los organismos operadores para usar y promover tecnología en la recolección de agua pluvial e intensifique su “Programa de Cultura del Agua”

Basando su argumentación en que este año fue “denominado por la UNESCO: Cooperación en la Esfera del Agua y su objetivo es centrar las miradas en la cooperación para el cuidado del agua, la cual se considera crucial para la seguridad, la lucha contra la pobreza, la justicia social y la igualdad de género.”

Asimismo plantea que “utilizando datos del INEGI, pudimos calcular que la precipitación media anual entre los años 2005 y 2011, es de 813.12 milímetros por año, lo que significa, que por m2 de superficie se precipitaron anualmente 813.12 litros. Esta cantidad de la misma manera en que cayó, se evaporo o trasporto directamente al drenaje, en ocasiones causando incluso inundaciones. Este liquido podría ser recuperado para su saneamiento y en el peor de los casos para uso domestico en aéreas como baños o riego de los jardines.”

De igual manera es indispensable “... implementar mecanismos que permitan un pleno aprovechamiento del vital liquido, la recolección de aguas pluviales es un elemento básico para combatir el desabasto”. De igual forma “Debe ser prioridad para todos los gobernantes y gobernados cuidar el agua, aprovechar la que se nos regala con la lluvia y fomentar una plena educación sobre su aprovechamiento pleno”.

Con base en lo anterior, el diputado Óscar Eduardo Ramírez Aguilar propone:

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta de la manera más respetuosa al Director General de la Comisión Nacional del Agua, a promover mediante campañas mediáticas de alta penetración, sistemas de recuperación de agua pluvial, a fin de que México se convierta en una sociedad ambientalmente sustentable.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta de la manera más respetuosa al Director General de la Comisión Nacional del Agua para que se capacite de manera inmediata a los organismos operadores a fin de comenzar a usar y promover la tecnología disponible para la recolección de agua pluvial, sobre todo a los de las grandes urbes.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados en uso de sus facultades exhorta de la manera más respetuosa al Director General de la Comisión Nacional del Agua a intensificar su “Programa de Cultura del Agua”, sobre todo en los lugares donde haya un alto consumo per cápita, para así tratar de concientizar a la población del efecto ecológico y social que tiene este hecho.

Después del análisis del contenido de la proposición con punto de acuerdo, quienes integramos la Comisión de Recursos Hidráulicos, exponemos las siguientes

III. Consideraciones

Tomando en cuenta los argumentos vertidos por el diputado Óscar Eduardo Ramírez Aguilar y aunado a ellos, que objetivo principal del programa denominado Cultura del Agua, impartido por la Comisión Nacional del Agua, es “contribuir a consolidar la participación de los usuarios, la sociedad organizada y los ciudadanos en el manejo del agua y promover la cultura de su buen uso, a través de la concertación y promoción de acciones educativas y culturales en coordinación con las entidades federativas, para difundir la importancia del recurso hídrico en el bienestar social, el desarrollo económico y la preservación de la riqueza ecológica, para lograr el desarrollo humano sustentable de la nación”.

Para lo anterior, se confirma el compromiso que debe de tener la Comisión Nacional del Agua, a fin de promover un sistema de recuperación de agua pluvial, para así poder disminuir la escases en la distribución del agua

Son las comisiones estatales de agua, quienes llevan a cabo actividades como la apertura y fortalecimiento de Espacios de Cultura del Agua; la realización de eventos de difusión educativos, académicos y culturales, para la construcción o fortalecimiento de la cultura del agua.

Por lo anterior, la Comisión de Recursos Hidráulicos somete a la consideración del honorable Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados hace un respetuoso exhorto al director general de la Comisión Nacional del Agua, a promover mediante campañas mediáticas de alta penetración, sistemas de recuperación de agua pluvial, a fin de que México se convierta en una sociedad ambientalmente sustentable y se capacite de manera inmediata a los organismos operadores a fin de comenzar a usar y promover la tecnología disponible para la recolección de agua pluvial, sobre todo a los de las grandes urbes y busque intensificar su “Programa de Cultura del Agua”, sobre todo en los lugares donde haya un alto consumo per cápita, para así tratar de concientizar a la población del efecto ecológico y social que tiene este hecho.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil trece.

La Comisión de Recursos Hidráulicos

Diputados: Gerardo Gaudiano Rovirosa (rúbrica), presidente; J. Jesús Oviedo Herrera, Antonio García Conejo (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Faustino Félix Chávez, Blas Ramón Rubio Lara, Jorge Terán Juárez (rúbrica), Máximo Othón Zayas (rúbrica), Enrique Aubry de Castro Palomino, Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), secretarios; Landy Margarita Berzunza Novelo, Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, Miguel Alfonso Vildósola Lacarra (rúbrica), Sergio Augusto Chan Lugo (rúbrica), Juan Francisco Cáceres de la Fuente (rúbrica), José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Cecilia González Gómez (rúbrica), José Antonio León Mendívil (rúbrica), Angélica Rocío Melchor Vásquez (rúbrica), Abraham Montes Alvarado (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Luis Olvera Correa (rúbrica), Gerardo Peña Avilés, Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Juan Manuel Rocha Piedra (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), Alfio Vega de la Peña (rúbrica).

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el cual se solicita a la Comisión Nacional del Agua y al gobierno federal que instauren acciones para atender el desabasto del líquido en Iztapalapa

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Recursos Hidráulicos de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo para solicitar al gobierno federal y al jefe del gobierno del Distrito Federal la instauración de acciones para atender el desabasto de agua en Iztapalapa.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, numerales 1 y 3, 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, 157, numeral I, fracción I, 158, numeral I, fracción IV, 167, numeral 4, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes

I. Antecedentes

El 12 de febrero de 2013, Carlos Augusto Morales López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentó una proposición con punto de acuerdo para solicitar al gobierno federal y al jefe del gobierno del Distrito Federal la instauración de acciones para atender el desabasto de agua en Iztapalapa.

2. Con fecha 19 de febrero de 2013, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó con el oficio número DGPL 62-II-7-419, expediente número 1278, la presente proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Recursos Hidráulicos para el estudio y dictamen correspondientes.

3. Con fecha jueves 4 de abril de 2013, la junta directiva de esta comisión se reunió y entre los asuntos del orden del día se abordó el análisis de la proposición con punto de acuerdo en mención.

Recibido el asunto, quienes integramos esta comisión procedimos al estudio del siguiente

II. Contenido de la proposición con punto de acuerdo

En la proposición con punto de acuerdo se señala que Iztapalapa, con una población de 1 millón 815 mil habitantes, es la delegación más poblada del Distrito Federal; es el territorio más densamente poblado del país; su población es mayor que la de municipios como Ecatepec de Morelos y a las ciudades de Guadalajara, Puebla, Tijuana, Ciudad Juárez, Chihuahua, o León, Guanajuato.

Asimismo, refieren que Iztapalapa recibe agua potable a través de tres tanques principales denominados La Estrella, La Caldera y Xaltepec; éstos, a su vez, reciben en conjunto un promedio 5 mil 244 litros de agua por segundo, cantidad insuficiente para cubrir las necesidades básicas de los habitantes de la demarcación.

Por lo que se explica que la consecuencia directa de este bajo suministro es la presencia de un creciente déficit de agua en la delegación, ya que debieran ser suministrados al menos 7 mil litros por segundo para cubrir las necesidades elementales de sus habitantes; en estas condiciones, el actual suministro representa un déficit de 30 por ciento en relación a la necesidad de abastecimiento de agua para la delegación.

Aducen que otra fuente de suministro de agua para Iztapalapa es a través de los pozos de extracción ubicados dentro del área delegacional. Actualmente, cuenta con 78 pozos, sin embargo 15 de estos están fuera de servicio desde hace más de un año porque se han inhabilitado, por mala calidad de agua o por fallas electromecánicas en su sistema de extracción. Además de que la situación viene a agravarse porque desde octubre pasado se ha disminuido paulatinamente el suministro de agua que recibe la delegación hasta en un 50 por ciento en los tanques de La Estrella y Xaltepec. Además, a partir del 1 de febrero del presente, a raíz de una serie de trabajos de mantenimiento que se realizan al sistema Cutzamala, el suministro se disminuyó aún más, alcanzando hoy un punto crítico, que pone en riesgo la salud de la población de Iztapalapa.

Consideran que esta situación de escasez que afecta severamente las condiciones de vida de todos los habitantes de la delegación se hace más crítica para los habitantes de 59 colonias, donde se encuentran más de 100 escuelas de nivel básico, varios centros de desarrollo infantil, el hospital de la Comunidad Europea, clínicas del seguro social, el hospital pediátrico, los animales de la granja del parque Cuitláhuac y los centros de readaptación social ubicados en la demarcación territorial.

Exponen que las colonias y unidades habitacionales con falta de agua son

Consejo Agrarista, D. U. Quetzalcoatl, Z. U. E. Santa Ma. Aztahuacán, Granjas Estrella, Presidentes de México, Insurgentes, San José Aculco, Pueblo Santa María Aztahuacán, Carlos Hank González, Los Ángeles, Paraje San Juan, Jacarandas, Las Peñas, Francisco Villa, El Manto, Leyes de Reforma, Frente V, Frente VI, Frente VII, Guadalupe del Moral, Cerro de la Estrella, Renovación, Pueblo Santa Cruz Meyehualco, Ampliación Polvorilla, Mixcoatl, El Triángulo, La Magueyera 762, La Magueyera 140, M. Cañas 51, Zafiro Arboledas, Unidades habitacionales, España 50, España 505, España 505 A, Carril 19, Bilbao 102, Bilbao 487, Bellavista 14, Bellavista 520, Bellavista 75, Bellavista 81, Bellavista 225, Bellavista 64, Hidalgo 184-A, Hidalgo 824, Hidalgo 10, Hidalgo 184, Sabadel 119, Sabadel 54, Sabadel 101, Sabadel 101-A, Monzon 36, Monzón 5730, Monzón 242, San Lorenzo 74, San Lorenzo 81, San Lorenzo 75, Santa Cruz Meyehualco, total 59 colonias (sic).

Consideran también que, ante esta grave situación, el gobierno delegacional en Iztapalapa se ha visto en la imperiosa necesidad de declarar una situación de emergencia, para lo cual nos ha informado que está desplegando todo su esfuerzo para atender la demanda de agua a través de pipas; sin embargo, evidentemente, estas acciones resultan insuficientes, ya que su equipo de pipas es limitado para realizar los viajes que se necesitan; según nos informa, la autoridad delegacional realiza 450 viajes por día pero en realidad la demanda supera los 600 viajes por día, esto en una situación de racionalización máxima del líquido que se surte a cada una de las familias.

Finalmente, concluyen aludiendo a que las consecuencias de la falta del líquido pueden ser graves, ya que afectan la salud de niños y adultos, la operación de los hospitales, la operación de las escuelas y la estabilidad de los centros de readaptación social del sistema penitenciario del Distrito Federal.

Con base en lo anterior, el diputado propone:

Primero. Solicitamos al gobierno federal y al gobierno del Distrito Federal la instauración de acciones inmediatas para atender el desabasto de agua en Iztapalapa, situación que afecta desde hace más de un año a 80 mil familias de 59 colonias de la demarcación.

Segundo. Se solicita respetuosamente al gobierno federal y al gobierno del Distrito Federal que restituyan el suministro del volumen de agua del tanque Estrella y el tanque Xaltepec a un tirante de 8.5 metros diarios y la operación de los 15 pozos de extracción de agua de Iztapalapa que están parados desde hace un año.

Después del análisis del contenido de las dos proposiciones con punto de acuerdo, quienes integramos la Comisión de Recursos Hidráulicos exponemos las siguientes

III. Consideraciones

En el caso particular que estudia esta comisión, es sensible ante la problemática que padecen los ciudadanos de Iztapalapa, debido al desabasto o abasto irregular del agua, los impactos son económicos, salubres, sociales y cognitivos.

Esta comisión coincide con los argumentos vertidos por el diputado proponente, en que la problemática radica en la escasez de agua, que afecta severamente las condiciones de vida de todos los habitantes de la delegación se hace más crítica para los habitantes de 59 colonias por diversos factores, entre ellos, la disminución de agua proveniente del sistema Cutzamala en el Distrito Federal, y no obstante que la citada delegación, recibe cinco mil litros cúbicos por segundo, arrastra un déficit de mil 500 litros cúbicos por segundo que mantienen sin agua a cerca de 600 mil habitantes, que reciben tandeo o pipas; ante una problemática que históricamente ha sufrido esta localidad debido a una infraestructura deficiente, el impacto social crece, pues por ello no sólo cada año mueren cinco millones de niños por deshidratación o enfermedades hidrotransmitidas, de acuerdo con Asociación Latinoamericana de Sociología Rural* sino que, además, el riesgo de que los recursos hídricos sean insuficientes para satisfacer las necesidades básicas de la población, el medio ambiente y las empresas, lo que conduce, a su vez, a enfermedades, escases en hospitales, escuelas de nivel básico, atentando contra los niveles más sensibles de la sociedad. El agua es un bien público, un bien privado y un bien social; un evento de escasez de agua tiene efectos privados como repercusiones públicas, que van a afectar de diferente manera a las distintas partes interesadas.

Por lo que los integrantes de esta comisión dictaminadora aprueba exhortar a instancias gubernamentales en sus distintas esferas, y muy en especial al gobierno federal por conducto de la Comisión Nacional del Agua, así como al gobierno del Distrito Federal, para que mediante políticas públicas redistribuyan la disponibilidad del vital recurso, instaurando e implantando acciones inmediatas para atender el desbasto y así garantizar la cobertura del servicio de agua potable, así como exhortarlas también a restituir el suministro del volumen de agua del tanque Estrella y el tanque Xaltepec a un tirante de 8.5 metros diarios y la operación de los 15 pozos de extracción de agua de Iztapalapa que están parados desde hace un año.

Por lo anterior, la Comisión de Recursos Hidráulicos somete a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión hace un respetuoso exhorto a la Comisión Nacional de Agua y al gobierno del Distrito Federal para que ejecuten acciones inmediatas para atender el desabasto de agua en Iztapalapa, y se restituya el suministro del volumen de agua del tanque Estrella y el tanque Xaltepec; asimismo, se revise la operatividad de 15 pozos de extracción de agua que hace un año dejaron de funcionar.

Nota

* Cruz García, L.; y Carreón Guillen, J. (2012, 5, 6 y 7 de septiembre). “La mediatización de la situación hídrica en Iztapalapa”, trabajo presentado en el segundo Congreso Internacional Pre-Alasru 2012 Diversidad y Contrastes en los Procesos Rurales en el Centro de México, Cuernavaca.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de abril de 2013.

La Comisión de Recursos Hidráulicos

Diputados: Gerardo Gaudiano Rovirosa (rúbrica), presidente; Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Antonio García Conejo (rúbrica), Enrique Cárdenas del Avellano (rúbrica), Faustino Félix Chávez (rúbrica), Blas Ramón Rubio Lara, Jorge Terán Juárez (rúbrica), Máximo Othón Zayas (rúbrica), Enrique Aubry de Castro Palomino, Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán (rúbrica), secretarios; Landy Margarita Berzunza Novelo, Claudia Elizabeth Bojórquez Javier, Miguel Alfonso Vildosola Lacarra (rúbrica), Sergio Augusto Chan Lugo (rúbrica), Juan Francisco Cáceres de la Fuente (rúbrica), José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Cecilia González Gómez (rúbrica), José Antonio León Mendívil (rúbrica), Angélica Rocío Melchor Vásquez (rúbrica), Abraham Montes Alvarado (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Luis Olvera Correa (rúbrica), Gerardo Peña Avilés, Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Juan Manuel Rocha Piedra (rúbrica), Bárbara Gabriela Romo Fonseca (rúbrica), Alfio Vega de la Peña (rúbrica).

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a incrementar los programas de prevención de embarazos en adolescentes

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente

Dictamen

I. Metodología

La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen del punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.

En el apartado “Contenido de la proposición con punto de acuerdo”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición en el que se resume su contenido, motivos y alcances.

En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

II. Antecendente

1. Con fecha 7 de febrero de 2013, el diputado Leobardo Alcalá Padilla, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional , presentó ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, proposición con punto de acuerdo para exhortar al Titular de la Secretaría de Salud.

2. El 08 de febrero de 2013, la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, dispuso que dicha proposición con punto de acuerdo fuera turnada a la Comisión de Salud, para su análisis y Dictamen correspondiente.

III. Contenido de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo tiene por objeto, exhortar al Titular de la Secretaría de Salud, incremente los Programas de Prevención en Embarazos en Mujeres Adolescentes, asimismo se hagan las modificaciones pertinentes con el fin de que todos los hospitales cuenten con servicios de ginecología y obstetricia, adecuen sus áreas para la integral atención del embarazo y den cursos de prevención y atención a los adolescentes.

IV. Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4°:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta constitución”.

Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.

El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.

En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.

Segunda. El embarazo no intencionado, tanto el no planificado como el no deseado, en adolescentes es un problema de salud pública común en todo el mundo. Los embarazos repetidos en este grupo también ocurren con frecuencia y están relacionados con mayores riesgos de resultados adversos para madres adolescentes y sus bebés. Las muertes relativas al embarazo y al parto representan la causa número uno de muerte en mujeres de 15 a 19 años de edad en todo el mundo.1 Al menos 2 millones más de mujeres jóvenes, como consecuencia del embarazo y el parto, desarrollan una enfermedad crónica o una discapacidad, que puede hacerles padecer sufrimiento de por vida, vergüenza o abandono. Las mujeres primerizas más jóvenes, físicamente inmaduras y, a menudo, con pocos recursos, tienen el mayor riesgo. Además, cada año, 2,2 a 4 millones de adolescentes recurren a un aborto no seguro.2 El noventa por ciento de las muertes maternas ocurre en lugares en vías de desarrollo3 y la mayoría se puede prevenir.4

En México el número de mujeres adolescentes se incrementó de manera importante durante los últimos treinta años. En 1970 había aproximadamente 5.7 millones, para el año 2000 esta población casi se duplicó al llegar a 10.7 millones. En contraste, durante éste mismo periodo la tasa de nacimientos en madres adolescentes descendió de forma considerable, mientras que en 1970 había 58 nacimientos por cada mil mujeres adolescentes, para el año de 1998 se redujo a 36 nacimientos por cada mil.5

Las mujeres adolescentes, representan 19.1% de las mujeres en edad reproductiva. Según datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica Demográfica en México 2009, ENADID 2009, la edad media a la primera relación sexual de las mujeres de 15 a 49 años son los 18 años, lo que las ubica entre las mujeres expuestas al riesgo de concebir un embarazo.6

El embarazo en mujeres adolescentes es prematuro en función de su desarrollo biológico, fisiológico, psicológico y social. El riesgo de tener algún problema o complicación durante el embarazo, parto o puerperio es mayor para las mujeres adolescentes, sin dejar de lado las condiciones de nutrición y salud previas al embarazo y el tipo de atención prenatal que reciben que son factores de riesgo para todas las mujeres.

Tercera. Dentro de la exposición de motivos, el promovente hace mención que el embarazo durante la adolescencia es considerado por la Organización Mundial de la Salud como un embarazo de riesgo, debido a las repercusiones que tiene sobre la salud de la madre y el producto, además de las secuelas psicosociales, particularmente sobre el proyecto de vida de los jóvenes.

Las principales causas de muerte materna en México son los trastornos hipertensivos del embarazo y las hemorragias durante el embarazo, el parto y puerperio. En las zonas urbanas casi la mitad de las muertes maternas se debe a complicaciones del embarazo, dentro de las que destaca la preeclampsia. El reto es mejorar el acceso, la calidad y la oportunidad de atención de parto y puerperio. Un problema que es necesario atender de manera prioritaria es el de los embarazos en adolescentes. En las instituciones públicas de salud 21% de los partos atendidos en 2005 fueron en menores de 20 y casi 7,289 ocurrieron en niñas de 10 a 14 años de edad. El riesgo de morir de las adolescentes que se embarazan es de 1.2 veces mayor que el de las embarazadas mayores de 20 años.

El indicador que a la fecha mejor refleja la magnitud de este problema en México es el porcentaje de partos en menores de 20 años en las instituciones públicas. En 2005 se registraron 1,174,209 partos en estas instituciones, 21% de los cuales correspondieron a menores de 20 años.

Por lo anterior uno de los retos es crear espacios de Medicina de 1er nivel a donde los adolescentes puedan acudir sin necesidad de un adulto para responder a las inquietudes respecto a su sexualidad.

Cuarta. La Comisión dictaminadora ve con optimismo este tipo de exhortos, al considerar de gran relevancia que otras instancias que no sean exclusivamente la Secretaría de Salud en todos sus niveles, se están sumando al interés y la atención para mantener visible y vigente el enfoque multidisciplinario de este problema de salud pública que representa en México los embarazos no planeados en la población adolescente, esto fortalece el abordaje integral con las Secretarías del Estado que están directamente relacionadas en su atención y resolución, porque involucra y vincula íntimamente a los diferentes sectores y niveles de gobierno, así como la población en su conjunto.

Es evidente que la Secretaría de Salud ha hecho y continúa realizando grandes esfuerzos para enfrenar este difícil desafío y se han obtenido grandes resultados pero aún quedan muchos retos por enfrentar, por lo que este exhorto posiciona y fortalece el interés y la atención en el desarrollo de las acciones que se requieren y, que además de la Secretaría de Salud, se adhieran a este esfuerzo las Secretarías e Institutos que puedan apoyar a la solución del problema.

Quinta. Esta Comisión considera que el Punto de Acuerdo en estudio es viable toda vez que se considera de suma importancia aumentar las acciones de prevención y atención de embarazos en mujeres adolescentes.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Salud, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta al titular de la Secretaría de Salud, incremente los programas de prevención de embarazos en mujeres adolescentes, así mismo se hagan las modificaciones pertinentes con el fin de que todos los hospitales cuenten con servicios de ginecología y obstetricia, adecuen sus áreas para la integral atención del embarazo y den cursos de prevención y atención a los adolescentes.

Notas

1 Adolescence: a time that matters. New York: UNICEF; 2002.

2 Olukoya, P. et al. Unsafe abortion in adolescents. International Journal of Gynecology and Obstetrics 2001; 75:137-147.

3 Bale JR, Stoll BJ, Lucas AO, Eds. Improving birth outcomes: meeting the challenge in the developing world. Washington, DC: The National Academies Press; 2003

4 Wagstaff A, Claeson M. The Millennium Development Goals for health: rising to the challenges. Washington DC: The World Bank; 2004.

5 Conapo 1998.

6 La Encuesta Nacional de Violencia en el Noviazgo 2007 señala como edad media a la primera relación sexual los 17.4 años. La diferencia radica en que el universo de esta encuesta son las jóvenes de entre 15 y 24 años de edad. De las mujeres de este grupo de edad, 15-24, que habían tenido relaciones sexuales, 20.6% las tuvo a los 15 años.

Palacio Legislativo, a los 17 días del mes de abril del 2013.

La Comisión de Salud

Diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena, Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), Jéssica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a las Secretarías de Salud federal y estatales a sumar esfuerzos, en coordinación con instituciones públicas y privadas, para intensificar mediante caravanas de salud las acciones de prevención del cáncer de mama

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el siguiente dictamen:

I. Metodología

La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen del punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la Proposición con Punto de Acuerdo.

En el apartado “Contenido de la proposición con punto de acuerdo”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición en la que se resume su contenido, motivos y alcances.

En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

II. Antecedentes

1. Con fecha 12 de febrero de 2013, la diputada Carmen Lucía Pérez Camarena, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, proposición con punto de acuerdo para exhortar a las Secretarías de Salud, federal y estatales, para que en coordinación con instituciones públicas y privadas, unan esfuerzos para que a través de caravanas de salud, intensifiquen las acciones de prevención del cáncer de mama.

2. El 13 de febrero de 2013, la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, dispuso que dicha Proposición con Punto de Acuerdo fuera turnada a la Comisión de Salud, para su análisis y Dictamen correspondiente.

III. Contenido de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo tiene por objeto, exhortar a las Secretarías de Salud federal y estatales, para que en coordinación con instituciones públicas y privadas, unan esfuerzos, para que a través de las caravanas de salud, se intensifiquen las acciones de prevención primaria, secundaria y terciaria del cáncer de mama, así como las acciones de información y asesoría para el adecuado aprovechamiento de los servicios de salud, en las zonas de difícil acceso geográfico en el país.

IV. Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.... Y establecera la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.

El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.

En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.

Segunda. El cáncer de mama constituye en México desde el año 2006, la primera causa de muerte por enfermedad en la población femenina de 25 años y más. La mayoría de los casos se presentan después de los 45 años, pero hoy en día están creciendo en mujeres que lo desarrollan en edades tempranas.

De acuerdo al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva en nuestro país el 90 por ciento de los casos detectados de cáncer de mama, se han en las etapas III y IV, por lo que cada 2 horas muere una mujer mexicana por este mal.

El gobierno federal en el sexenio pasado emprendió en todo el país programas específicos, así como mayores presupuestos para la atención de este padecimiento, ejemplo de ello es que actualmente existen 583 unidades con mastógrafo para la detección del cáncer de mama.

Se registraron en las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud 1,318,330 mastografías realizadas en mujeres de 50 a 69 años, esta cifra no incluye las realizadas fuera de este grupo como lo son las del DIF Nacional, Instituto Nacional de las Mujeres, entre otros.

En el periodo 2007-2012 se triplicó la cobertura de detección con mastografía en mujeres. Desde el 2007, se garantizó el acceso a tratamiento gratuito a mujeres y hombres diagnosticados en instituciones de seguridad social y a través del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos del Sistema de Protección Social en Salud.

Se incremento el número de mastógrafos, contando actualmente con 572 equipos, con una capacidad potencial de 2 millones 172 mil 500 mastografías anuales. Asimismo se implemento una estrategia de unidades móviles, contando actualmente en la Secretaría de Salud, con 43 equipos que acercan el beneficio de la detección a mujeres en localidades que carecen del servicio.

Tercera. Dentro de la exposición de motivos, el promovente hace mención que en nuestro país se registran alrededor de 14 muertes diarias a causa de cáncer de mama, es decir, aproximadamente cada 2 horas muere una mujer mexicana.

La desigualdad social influye de manera determinante en las desigualdades de salud. Las poblaciones marginadas en términos sociales, económicos y geográficos tienen mayor probabilidad de morir por algún tipo de cáncer que es prevenible, situación que puede atribuirse, entre otras causas, a la falta de un diagnóstico oportuno y a un tratamiento tardío.

La desinformación, la dispersión de la población, como las mismas carencias técnicas, que limitan dichas acciones de prevención, son factores de impiden que las mujeres de este sector, no puedan acceder a realizarse como prontitud los exámenes requeridos.

La necesidad de conjuntar esfuerzos e implementar programas para llegar a estos grupos poblacionales es urgente, para que tengan conocimiento de autocuidado, así como promover estilos de vida saludables, acercar la infraestructura diagnóstica para lograr una detección a tiempo y garantizar un tratamiento adecuado, son asuntos apremiantes.

Por lo anterior, resulta importante aumentar en zonas rurales y marginadas unidades móviles para la detección oportuna del cáncer de mama, así como de otros padecimientos, en las mujeres que viven en zonas alejadas y que no tienen acceso a los estudios necesarios para su pronta detección.

Cuarta. En México cada año se detectan alrededor de 14 mil casos de cáncer de mama, la mayoría en etapa avanzada y se registran poco más de cinco mil 200 defunciones anuales. En los últimos seis años el cáncer de mama se ha incrementado 28 por ciento y las mexicanas lo padecen 10 años antes que las mujeres de países desarrollados, afirmó el especialista de la Secretaría de Salud (Ssa), Jaime de la Garza Salazar.

Asimismo, indicó que si este tipo de cáncer, que provoca la muerte de dos mujeres cada hora, se detecta a tiempo y el tumor es menor a un centímetro, 95 por ciento de las pacientes salvarían la vida, sin embargo, la práctica de la autoexploración, que es el mejor método para detectar el mal, sigue siendo poco común. (Instituto Carlos Slim de la Salud, fecha de consulta 29 de marzo de 2013

http://www.salud.carlosslim.org/crece-38-cancer-de-mama-en-mexico-ss a/)

Por lo anterior, es que esta comisión dictaminadora, considera que el punto de acuerdo en estudio es viable, ya que se requiere incrementar los esfuerzos, estudios, programas, campañas, entre otros, para la prevención y detección del cáncer de mama, más aún en zonas rurales y/o marginadas donde en analfabetismo y el acceso a la atención médica resulta aún más escaso.

Quinta. Esta Comisión considera que el punto de acuerdo en estudio es viable toda vez que se considera de suma importancia aumentar en zonas rurales y marginadas la información y/o acceso a la detección y atención oportuna del cáncer de mama.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Salud, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Salud federal y estatales, para que en coordinación con instituciones públicas y privadas, unan esfuerzos para que a través de las caravanas de salud, se intensifiquen las acciones de prevención primaria, secundaria y terciaria del cáncer de mama, así como las acciones de información y asesoría para el adecuado aprovechamiento de los servicios de salud, en las zonas de difícil acceso geografía en el país.

Palacio Legislativo, a 17 de abril del 2013.

La Comisión de Salud

Diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena, Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), Jéssica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a establecer un programa permanente de detección temprana y prevención del cáncer prostático

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 39 y 45 numerales 6 incisos e) y f) y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 numeral 1, 85, 157 numeral 1 fracción I y 158 numeral 1 fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:

I. Metodología

La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la Proposición con Punto de Acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la Proposición con Punto de Acuerdo.

En el apartado “Contenido de la Proposición con Punto de Acuerdo”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición en la que se resume su contenido, motivos y alcances.

En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

II. Antecedentes

1. Con fecha 26 de febrero de 2013, la diputada Érika Yolanda Funes Velázquez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, proposición con punto de acuerdo para exhortar a las Secretarías de Salud a establecer un programa de prevención y detección temprana del cáncer de próstata.

2. El 27 de febrero de 2013, la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, dispuso que dicha proposición con punto de acuerdo fuera turnada a la Comisión de Salud, para su análisis y dictamen correspondiente.

III. Contenido de la proposición con punto de acuerdo

La proposición con punto de acuerdo tiene por objeto exhortar a las Secretarías de Salud del gobierno federal para que en las metas, planeación y programas que implemente dicha dependencia en su programa sectorial de trabajo, establezca un programa permanente para la detección temprana y prevención del cáncer de próstata, incluyendo dentro del protocolo de prevención y detección los siguientes estudios:

Marcadores Tumorales.

Antígeno Prostático Específico.

Fosfatasa Ácida Prostática.

Ecografía Transrectal.

IV. Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.... Y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.

El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.

En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.

Segunda. Para el sexo masculino el cáncer de próstata es uno de los tumores más frecuentes. En todo el mundo se diagnostican unos 700 mil nuevos casos de cáncer de próstata al año, lo que representa 11.7 por ciento de los tumores masculinos. Por eso, desde años anteriores, países como Australia, Nueva Zelanda, Reino Unido, Irlanda, Estado Unidos, Canadá, Sudáfrica, Finlandia, Países Bajos, Dinamarca, Noruega, Bélgica, la República Checa, España, Hong Kong, Singapur, Francia, Alemania, Suecia, Suiza y Austria han dirigido programas oficiales para el cuidado de la salud masculina.

El cáncer de próstata es la primera causa de muerte entre la población masculina. Se estima que a nivel mundial mueren más de 7 millones de hombres al año. La Organización Mundial de la Salud prevé que la cifra de nuevos casos de este tipo de cáncer alcance los 10 millones anuales en el 2015, una cifra alarmante que aún se puede moderar si se actúa a tiempo, con responsabilidad y cooperación.

En nuestro país, la tasa de mortalidad observada por este cáncer, aumentó de 7.7 a 11 muertes por cada 100 mil hombres entre el periodo comprendido de 2005 a 2011.

Según cifras oficiales, este mal cobra 6 mil muertes al año, misma que colocan al cáncer de próstata como la primera causa de muerte entre los mexicanos. Principalmente amenaza a quieres se encuentran entre la segunda y tercera etapa de sus vidas.

Tan solo en un año, en nuestro país se diagnosticaron 9 mil 650 casos. La posibilidad de desarrollar cáncer de próstata se incrementa después de los 65 años, razón por la cual es recomendable que desde los 40 se practiquen exámenes médicos para detectar tumores malignos de manera temprana e incrementar las posibilidades de curación.

Tercera. Dentro de la exposición de motivos, el promovente hace mención que se estima que en la población masculina mayores a 60 años en nuestro país, es de cuatro millones. A la mitad de este grupo poblacional hay que agregar el hecho de carecer de seguridad social, sí se considera que los pacientes con cáncer gastan el 30 por ciento de su salario en medicamentos, se puede dimensionar que el acaecimiento de una enfermedad como esta, implica una situación catastrófica en una edad en la que muchas veces se sufre ya condiciones de precariedad.

Es sabido que un diagnóstico a tiempo favorece el uso de tratamientos efectivos, incrementa las posibilidades de una curación completa y potencializa las oportunidades de que miles de hombres gocen de una vida plena.

Por desgracia, en nuestro país, la falta de información propicia el diagnóstico tardío, en etapas avanzadas, lo cual complica notoriamente las posibilidades de curación y afecta sensiblemente la economía del paciente.

Ciertamente, los métodos tradicionales de diagnóstico para este tipo de cáncer no gozan de popularidad y generan resistencias culturales que desincentivan la detección temprana. Sin embargo, gracias a los avances de la ciencia médica, hoy se dispone del método de antígeno prostático específico, cuya medición es realizada a través de un análisis de sangre siendo esta la prueba más sensible para detectar precozmente el cáncer de próstata.

Por lo anterior, es imperativo desarrollar un programa amplio para impulsar una adecuada prevención y una oportuna detección de cáncer de próstata.

Cuarta. Actualmente el cáncer de próstata es considerado el cáncer más frecuente en el hombre, y el segundo más letal, solo desplazado por el cáncer de pulmón. Sin embargo en México, así como en muchos países en desarrollo y a pesar de ser considerado un problema de salud pública, no se han desarrollado campañas y programas de detección nacionales orientadas a detectar oportunamente el cáncer en la población de riesgo y disminuir consecuentemente su mortalidad.

Desafortunadamente el cáncer de próstata es generalmente indolente, sin embargo, en los países desarrollados se logra detectar al 80 por ciento de los pacientes en etapas tempranas de la enfermedad, en México el 80 por ciento son diagnosticados en estado metastásico, en donde no se pueden realizar terapias encaminadas a la curación sino mas bien terapias encaminadas a la paliación de la enfermedad. Con el impacto e implicaciones personales, profesionales, familiares, sociales, en calidad de vida y económicas que esto implica.

Por lo anterior, esta Comisión considera de suma importancia, que el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Salud, implemente las campañas y/o programas necesarios para que se den a conocer el método de antígeno prostático específico, así como la realización del mismo tanto en zonas urbanas como rurales con el fin de generar una cultura en la sociedad de estar en una constante atención médica con el fin de prevenir y atender esta enfermedad.

Quinta. Esta comisión considera que el punto de acuerdo en estudio es viable, toda vez que actualmente no se cuenta con un programa y/o campaña que atienda la prevención o detección oportuna del cáncer de próstata, dadas las estadísticas que representa en nuestro país esta enfermedad, los integrantes de esta comisión estiman necesario el impulso de mecanismos de atención.

Un programa permanente de detección, prevención y tratamiento del cáncer de próstata instaurado por la Secretaría de Salud puede ayudar significativamente con la concienciación y detención temprana de esa enfermedad y de otras equivalentes, como el cáncer testicular.

En razón de lo expuesto, la Comisión de Salud somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta a las Secretarías de Salud del gobierno federal para que en las metas, planeación y programas que implemente dicha dependencia en su programa sectorial de trabajo, establezca un programa permanente para la detección temprana y prevención del cáncer de próstata, incluyendo dentro del protocolo de prevención y detección los siguientes estudios:

– Marcadores Tumorales.

– Antígeno Prostático Específico.

– Fosfatasa Ácida Prostática.

– Ecografía Transrectal.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2013.

La Comisión de Salud

Diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena, Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), Jéssica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y al Centro Nacional para la Prevención y Control de VIH/Sida a transparentar y argumentar el proceso de dictamen de la convocatoria pública dirigida a implantar estrategias de prevención combinada a fin de fortalecer la respuesta ante el VIH y el sida en 2013

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:

I. Metodología

La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el apartado “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.

En el apartado “Contenido” se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.

En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

II. Antecedentes

1. En sesión celebrada el pasado 11 de abril de 2013, se dio cuenta con la Proposición con Punto de Acuerdo para exhortar a la Secretaría de Salud y al Centro Nacional para la Prevención y Control de VIH/Sida, para que transparenten y argumenten el proceso de dictaminación de la convocatoria pública para la implementación de estrategias de prevención combinada para el fortalecimiento de la respuesta ante VIH/sida, suscrita por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

2. Con misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha proposición fuera turnada a la Comisión de Salud para su análisis y dictamen correspondiente.

III. Contenido

Se exhorta a la Secretaría de Salud y al Centro Nacional para la Prevención y Control de VIH/Sida para que transparenten el proceso de dictamen de la convocatoria pública para implementación de estrategias de prevención combinada para el fortalecimiento de la respuesta ante VIH/sida, llevada a cabo por el propio Censida.

IV. Consideraciones

Primera. En pasados meses la Secretaría de Salud, a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, en conjunto con el Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/Sida (Censida), emitieron la Convocatoria pública para la implementación de estrategias de prevención combinada para el fortalecimiento de la respuesta ante el VIH y el sida 2013 .

La convocatoria y sus bases son el resultado de las recomendaciones, mejores prácticas y aprendizajes de las convocatorias públicas emitidas de 2006 a 2012. Se indica que podrán participar con sus propuestas, en las distintas categorías, organizaciones de la sociedad civil (OSC) e instancias académicas (IA), legalmente constituidas y según lo estipulado en las presentes bases. Asimismo regula la cantidad de proyectos que podrán registrar las OSC e IA interesadas, así como las restricciones de participación por categoría.

La convocatoria precisa que “se privilegiarán a aquellas propuestas basadas en evidencia científica y/o documental y con estrategias probadas y comprobadas en la prevención del VIH y el sida y otras ITS, en el marco de derechos humanos y con perspectiva de equidad de género”

En dicha convocatoria se establecieron las bases de la misma y se expresa que el monto máximo disponible para financiar el total de los proyectos es de 101 millones 700 mil pesos distribuidos en las diferentes categorías.

De tal forma, se convocó “a todas las organizaciones de la sociedad civil e instituciones académicas con experiencia y trabajo comprobable en atención en VIH/Sida, o en las áreas que se indican en la misma convocatoria”.

El proceso de dictaminación se explica en la propia convocatoria: “El Censida conformará, por invitación, a un Comité de Revisión y Recomendación de Proyectos ( Corepro), constituido por personas expertas en distintos temas relacionados con las categorías, incluyendo la equidad de género y los derechos humanos, que se constituirá como órgano colegiado para la presente convocatoria y será encargado de la revisión y recomendación al Censida de los proyectos que serán susceptibles de recibir financiamiento para su implementación. El manual de funcionamiento 2013 del Corepro se hará público a través del SMAP al cierre del registro de proyectos. El Corepro estará integrado por especialistas en los diferentes temas que abordan las diferentes categorías incluidas en las presentes bases, procedentes del ámbito académico y científico, de agencias o instancias internacionales, de instituciones gubernamentales federales y estatales, así como personal del Censida que cuenten con reconocida experiencia y conocimiento en los temas abordados en las bases de la convocatoria, así como expertos en otras áreas necesarias para la mejor calidad de las propuestas. El Corepro mantendrá los principios que se enuncian en las presentes bases. El proceso de evaluación que realizará el Corepro consiste en una primera fase, de una revisión virtual sobre el SMAP, donde cada proyecto será asignado aleatoriamente al menos a 3 revisores de diferentes sectores Lo que garantiza que cada proyecto sea revisado por tres evaluadores distintos de manera ciega”.

“La siguiente fase consiste en una reunión presencial, donde se revisarán los proyectos con calificaciones inconsistentes; cuando el promedio de las evaluaciones de cada uno de los tres revisores tenga diferencias significativas de más de 20 puntos. En esta fase se promedian las evaluaciones para dichos proyectos, se permite la revisión aleatoria de proyectos con calificaciones consistentes de cualquiera de los niveles y, finalmente, se elabora la lista de todos los proyectos recomendables para ser financiados para que Censida lleve a cabo el dictamen final. Para facilitar el proceso de evaluación, miembros del Corepro, seleccionados por el mismo Comité, preparan una presentación para el resto de la mesa, los comentarios resultantes de la revisión virtual de los proyectos que serán revisados, con ello se logra focalizar en los contenidos y comentarios con mayor eficiencia. Cabe señalar que quienes sean presentadores, tendrán tiempo suficiente para conocer los proyectos y los comentarios de quienes les evaluaron. La reunión presencial contará con tiempos diferenciados para la evaluación de cada categoría, y se invitará a la misma a miembros del Corepro con experiencia en el tema de la categoría y en las subcategorías a ser revisadas; se agruparán a los miembros por especialidad en mesas de revisión por subcategoría, cada una de las mesas revisará los proyectos con calificaciones inconsistentes (cuando el promedio de las evaluaciones de los revisores tenga una diferencia entre la más alta y la menor de más de 20 puntos, siempre y cuando las dos calificaciones más altas sean mayor o igual a 60 puntos porcentuales) para realizar una cuarta evaluación que será producto del consenso del Corepro, esta evaluación sustituirá a la evaluación más alta y se promediara con las evaluaciones obtenidas.”

“Los resultados de la dictaminación serán publicados por Censida el día 8 de abril de 2013 en la página electrónica del Censida. No se dará información respecto de los resultados del proceso de evaluación y dictaminación de manera individual ni con fines didácticos.”

Segunda. En pasados días, organizaciones civiles especializadas en sexualidad, género y lucha contra el VIH-Sida denunciaron irregularidades en el proceso de dictaminación y los resultados de la Convocatoria pública para la implementación de estrategias de prevención combinada para el fortalecimiento de la respuesta ante el VIH y el sida 2013 . Dichas organizaciones emitieron un boletín exigiendo a la Secretaría de Salud federal que se reasignen los recursos de la convocatoria pública de Censida 2013.

El argumento que defienden las organizaciones es que “de acuerdo con el listado de los proyectos seleccionados, publicado en la página de Internet de Censida, más de 32 millones de pesos quedarían para el trabajo y administración de tan sólo seis organizaciones cuya experiencia y trayectoria es poco comprobable o desconocida, ya que no forman parte de los dos registros más importantes de México.”

De igual manera, se dio cuenta de irregularidades en la selección de OSC seleccionadas para los proyectos. Estas irregularidades incluyen: falta de experiencia, no tener antecedentes de haber elaborado proyectos similares a los cuales concursaron y por carecer de su clave única de inscripción.

Estas y otras irregularidades ponen en duda la legalidad y transparencia del proceso de selección de la convocatoria pública de Censida, por lo que se exige la transparencia de la dictaminación.

Bajo estas consideraciones, la Comisión de Salud da cuenta que los objetivos que fundamentan y motivan la presente Proposición con Puntos de Acuerdo son viables.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Salud Federal y al Centro Nacional para la Prevención y Control de VIH/Sida (Censida) a transparentar y argumentar el proceso de dictaminación de la convocatoria pública para la implementación de estrategias de prevención combinada para el fortalecimiento de la respuesta ante VIH y el sida 2013.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2013.

La Comisión de Salud

Diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena, Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), Jéssica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los cuales se exhorta a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios a limitar en el envasado de alimentos el uso de productos con bisfenol A

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos e) y f), y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 82 numeral 1, 85, 157 numeral 1, fracción I y 158 numeral 1 fracción IV, y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen.

I. Metodología

La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la proposición con puntos de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con puntos de acuerdo.

En el apartado “Contenido”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con puntos de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.

En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

II. Antecedentes

En sesión celebrada el pasado 11 de abril de 2013, la diputada Eva Diego Cruz, de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó proposición con puntos de acuerdo para exhortar a la Comisión Federal para la Protección contra riesgos Sanitarios, a fin de que limite el uso de productos que contengan bisfenol A.

Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha proposición con puntos de acuerdos fuera turnada a la Comisión de Salud para su análisis y dictamen correspondiente.

III. Contenido

1. Se exhorta a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para que en el ámbito de su competencia emita medidas a fin de limitar el uso de productos que contengan bisfenol A en el embazado de alimentos.

2. Se exhorta a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para que manera inmediata prohíba la producción y la venta de biberones de policarbonato, así como de productos que contengan bisfenol A utilizados para la alimentación de bebes.

IV. Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución”.

Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.

El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.

En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.

Segunda. El bisfenol A, usualmente abreviado como BPA, es un producto químico utilizado muy comúnmente para hacer el plástico llamado policarbonato, de ahí que lo encontremos en diversos productos de uso cotidiano como envases de alimentos reciclables, recipientes y botellas de plástico, biberones, vajillas de plástico, en el recubrimiento de las latas de conserva de alimentos, entre otros usos. Considerado también un disruptor endocrino, ya que es sospechoso de producir alteraciones en la regulación hormonal.

Tercera. El Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP en sus siglas en inglés) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) presentaron un informe encargado a 16 especialistas para evaluar las evidencias científicas relacionadas con los efectos de los disruptores endocrinos. Una de sus principales conclusiones es que estos compuestos químicos son una “amenaza global”, por lo que deben ser estrictamente vigilados.

Cuarta. La OMS y Naciones Unidas convocaron a diversos especialistas para estudiar este tipo de agentes, mismos que plantearon posibles vinculaciones con problemas reproductivos masculinos o femeninos (no sólo en humanos, incluso los vinculan a caídas demográficas de especies animales). También han hecho alusión a alteraciones relacionadas con el desarrollo neuronal, desórdenes inmunitarios o metabólicos, e incluso a tumores vinculados con alteraciones hormonales.

Quinta. No obstante, los señalamientos más graves fueron hechos por un equipo francés cuyos experimentos fueron publicados en la revista BMC Developmental Biology , los cuales dieron a conocer que el bisfenol A (BPA) tiene un impacto negativo en los embriones de algunos vertebrados.

Sexta. Estudios realizados por la Universidad Estatal de Washington publicado en Proceedings of the Nacional Academy of Science (PNAS), se aseguraba que el bisfenol A puede afectar al sistema reproductivo de la mujer, causando incluso daños en los cromosomas, abortos involuntarios y defectos de nacimiento.

Séptima. El grupo de población considerado con mayor exposición a BPA son los lactantes de 3 a 6 meses, quienes son alimentados con biberones de policarbonato. Debido a que las fórmulas infantiles y la leche materna son la única fuente de nutrición de esta población hasta los 4 meses. Se considera que si se expone el biberón al agua hirviendo o al calentamiento por microondas, el bisfenol-A se libera 55 veces más rápido de lo normal.

Octava. En marzo de 2010, el gobierno canadiense fue el primer país que impuso una prohibición consistente sobre la importación, venta y publicidad de biberones de policarbonato en Canadá, además de colaborar para el desarrollo y la implementación de códigos de conducta para reducir los niveles de BPA en fórmulas alimentarias infantiles para lograr un nivel bajo razonablemente posible.

Novena. Como consecuencia de los resultados de los múltiples estudios realizados, la Unión Europea prohibió en el 2011 la fabricación y venta de biberones con bisfenol A, como precaución ante los posibles daños que puede causar esta sustancia en el organismo. Por su parte en Estados Unidos de América, la Food and Drug Administration (FDA) prohibió el BPA en la fabricación de biberones y tazas para bebés, como apoyo a las medidas para reducir la exposición humana al BPA y sigue realizando investigaciones adicionales sobre sus efectos.

Bajo estas consideraciones la Comisión de Salud da cuenta que los objetivos que fundamentan y motivan la presente proposición con puntos de acuerdo son viables.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para que en el ámbito de su competencia emita medidas a fin de limitar el uso de productos que contengan bisfenol A en el envasado de alimentos.

Segundo. Se exhorta a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para que de manera inmediata prohíba la producción y la venta de biberones de policarbonato, así como de productos que contengan bisfenol A, utilizados para la alimentación de bebes.

Palacio Legislativo, a los 17 días del mes de abril del 2013.

La Comisión de Salud

Diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena, Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Salud a evaluar, intensificar y perfeccionar las campañas centradas en la detección temprana de la hipertensión arterial entre las personas susceptibles de padecerla

Honorable asamblea:

La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numerales 6 incisos e) y f) y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 numeral 1, 85, 157 numeral 1 fracción I y 158 numeral 1 fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el siguiente dictamen.

I. Metodología

La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen del punto de acuerdo en comento, desarrolló los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen del punto de acuerdo.

En el apartado “Contenido”, se exponen los objetivos y se hace una descripción del punto de acuerdo en el que se resume su contenido, motivos y alcances.

En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

II. Antecedentes

1. Con fecha 4 de abril de 2013, la diputada Carla Alicia Padilla Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular de la Secretaría de Salud, para que evalúe, intensifique y perfeccione las campañas enfocadas a la detección temprana de la hipertensión entre la población susceptible de padecer esta enfermedad.

2. Con misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó el asunto a la Comisión de Salud, para dictamen.

III. Contenido de la propuesta

Se exhorta a la Secretaría de Salud a que evalúe, intensifique y mejore las campañas de detección de hipertensión a la población de riesgo.

IV. Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... Y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución”.

Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.

El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.

En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.

Segunda. La hipertensión arterial (HTA) es una enfermedad con una alta prevalencia alrededor del mundo y nuestro país no escapa a esta realidad, ya que aproximadamente 30 por ciento de la población mexicana adulta padece hipertensión arterial (alrededor de 15 millones de mexicanos son hipertensos). En tan solo seis años, entre 2000 y 2006, la prevalencia de hipertensión incrementó 19.7 por ciento hasta afectar a 1 de cada 3 adultos mexicanos (31.6 por ciento). Se considera además que en 2006, 47.8 por ciento de los adultos con hipertensión no había sido diagnosticado como tal, y que únicamente 39.0 por ciento de los que ya habían sido diagnosticados recibía tratamiento.

Este padecimiento se encuentra en el séptimo lugar como causa de muerte por enfermedad única, corresponden a 18 mil 942 fallecimientos por esta causa. Sin embargo, esta enfermedad condiciona otras complicaciones, como enfermedades isquémicas del corazón o enfermedad cerebrovascular, que se encuentran en segundo y tercer lugar, respectivamente. Si tomamos en cuenta estos factores, podría aseverarse que la hipertensión arterial es un problema mucho mayor del que se asume.

Según cifras reportadas por la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) en 2012, la prevalencia actual de HTA en México es de 31.5 por ciento, y es más alta en adultos con obesidad (42.3 por ciento) que en adultos con índice de masa corporal (IMC) normal (18.5 por ciento), y en adultos con diabetes (65.6 por ciento) que sin esta enfermedad (27.6 por ciento). Además, durante la Ensanut 2012 se pudo observar que de 100 por ciento de adultos hipertensos, 47.3 por ciento desconocía que padecía HTA.

La tendencia de la HTA en los últimos seis años (2006- 2012) se ha mantenido estable tanto en hombres (32.4 vs 32.3 por ciento) como en mujeres (31.1 vs. 30.7 por ciento) y la proporción de individuos con diagnostico previo no aumentó en los últimos seis años, paso indispensable para lograr un control temprano a través de medidas de estilo de vida y tratamiento en la población.

Existen amplias diferencias entre las prevalencias de los grupos de mayor y menor edad, por ejemplo, en 2012 la distribución de la prevalencia de HTA fue 4.6 veces más baja en el grupo de 20 a 29 años de edad que en el grupo de 70 a 79 años.

La prevalencia de HTA varía de acuerdo con regiones, localidades y nivel socioeconómico (NSE), y esto pudo ser observado en la Ensanut 2012 donde se registró una prevalencia significativamente más alta en la región norte del país (36.4 por ciento) que en el sur (28.5 por ciento), en las localidades urbanas (31.9 por ciento) que en las rurales (29.9 por ciento), y en el NSE alto (31.1 por ciento) comparado con el bajo (29.7 por ciento).

De los adultos con HTA diagnosticada por un médico, sólo 73.6 por ciento reciben tratamiento farmacológico y menos de la mitad de estos tiene la enfermedad bajo control.

Tercera. Las complicaciones de la hipertensión se relacionan directamente con la magnitud del aumento de la tensión arterial y el tiempo de evolución. No hay duda de que, en general, el tratamiento temprano de la hipertensión arterial tiene importantes beneficios.

La hipertensión puede producir ataques cardiacos y cerebrales, y otros problemas de salud graves, tales como insuficiencia renal, ceguera, hemorragias y disfunción cerebral.

La hipertensión arterial esencial tiene un patrón hereditario que aun cuando el mecanismo exacto no se encuentra aún del todo dilucidado, sí permite reconocer con mucha frecuencia el antecedente de hipertensión arterial es uno o varios miembros de la familia.

En 90 por ciento de los casos de hipertensión arterial la causa es desconocida y a esta forma se le ha denominado “hipertensión arterial esencial”. Aquélla hipertensión arterial que tiene una causa demostrable, se le ha denominado hipertensión arterial secundaria.

La hipertensión arterial (HTA) es uno de los principales factores de riesgo para padecer enfermedad cardiovascular, cerebrovascular y falla renal, que son importantes causas de mortalidad en México.

Cuarta. Desde 1950, el Día Mundial de la Salud se celebra cada 7 de abril. Todos los años se elige para esa jornada un tema de salud específico a fin de destacar un área prioritaria de interés para la Organización Mundial de la Salud (OMS).

El Día Mundial de la Salud brinda una oportunidad de ámbito mundial para centrar la atención en importantes cuestiones de salud pública que afectan a la comunidad internacional. Con ocasión del Día Mundial de la Salud se lanzan programas de promoción que se prolongan largo tiempo tras el 7 de abril de cada año.

En el Día Mundial de la Salud de este año, la OMS y sus asociados abordan el problema mundial de la hipertensión arterial.

Quinta. La hipertensión es prevenible y tratable. La detección precoz es fundamental: todos los adultos deben conocer su tensión arterial. El riesgo de padecer hipertensión puede reducirse consumiendo menos sal y una dieta equilibrada, evitando el consumo nocivo de alcohol y el consumo de tabaco, y haciendo ejercicio regularmente.

Aunque afecta a uno de cada tres adultos, sigue en gran medida oculto. Mucha gente no sabe que tiene hipertensión porque no siempre produce síntomas. La consecuencia son más de nueve millones de muertes anuales, entre las que se encuentran aproximadamente la mitad de las causadas por los ataques cardíacos y cerebrales.

Aunque es fácil de diagnosticar y tratar, muchas personas carecen de acceso a servicios de salud básicos, sobre todo en los países de ingresos bajos y medios.

Es imprescindible que la detección y el control de la hipertensión (mediciones, asesoramiento sanitario y tratamiento) se combinen con una reducción simultánea de otros factores de riesgo de ataques cardiacos y cerebrales, como la diabetes o el consumo de tabaco. Se trata de elementos básicos de la atención primaria en todos los países, y deben formar parte de los esfuerzos por reducir la carga cada vez mayor de enfermedades no transmisibles.

El estado, los gobiernos locales y las comunidades deben incrementar sus esfuerzos para identificar los instrumentos legales para promover la práctica de actividad física así como la ingesta de dietas con bajo contenido de sodio y grasa, y con un alto contenido de verduras, cereales de granos enteros y lácteos bajos en grasa. Simultáneamente, se debe fomentar que la industria coopere con una transformación gradual de la oferta y la demanda a través de la educación y promoción de productos más saludables.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta al titular de la Secretaría de Salud para que evalúe, intensifique y perfeccione las campañas enfocadas a la detección temprana de la hipertensión arterial entre la población susceptible de padecer esta enfermedad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2013.

La Comisión de Salud

Diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena, Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), Jessica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal, al Consejo de Salubridad General y tanto a los gobiernos de las entidades federativas como al del Distrito Federal a intensificar las acciones para prestar servicios de atención médica integral de las enfermedades hipertensivas en el embarazo, el parto y el puerperio

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, 85, 157, fracción I, y 158, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el siguiente dictamen:

I. Metodología

La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen del punto de acuerdo en comento, desarrolló los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el apartado “Antecedentes” se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen del punto de acuerdo.

En el apartado “Contenido” se exponen los objetivos y se hace una descripción del punto de acuerdo en el que se resume su contenido, motivos y alcances.

En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

II. Antecedentes

1. Con fecha 2 de abril de 2013, la diputada Flor de María Pedraza Aguilera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó Proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal, al Consejo de Salubridad General y a los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal para que intensifiquen las acciones para la prestación de servicios de atención médica integral de las enfermedades hipertensivas durante el embarazo, el parto y el puerperio.

2. Con misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó el asunto a la Comisión de Salud, para dictamen.

III. Contenido de la propuesta

Único. Se exhorta al Ejecutivo Federal, al Consejo de Salubridad General y a los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal para que intensifiquen las acciones para la prestación de servicios de atención médica integral de las enfermedades hipertensivas durante el embarazo, el parto y el puerperio, garantizando la atención oportuna, de calidad idónea y en condiciones de seguridad a todas las mujeres, con la finalidad de disminuir la mortalidad materna para cumplir con la meta establecida en los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

IV. Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.... Y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme con lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.

El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.

En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.

Segunda. En septiembre de 2000, en la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas (ONU), 189 dirigentes del mundo formalizaron un trascendental acuerdo conocido como la Declaración del Milenio, comprometiéndose a sumar esfuerzos para alcanzar en 2015, ocho objetivos, conocidos como los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), orientados a combatir la pobreza, el hambre, las enfermedades, el analfabetismo, la degradación del medio ambiente y la discriminación contra la mujer, así como crear una asociación mundial para el desarrollo. Para este propósito se establecieron por primera vez en la historia de ese organismo multilateral, metas e indicadores para la medición del grado de avance en el cumplimiento de esos objetivos.

Se basan en una alianza mundial que hace hincapié en la responsabilidad de los países en desarrollo de poner orden en sus propios asuntos, así como de sugerir a los países desarrollados apoyar esos esfuerzos. Los ODM cuentan con un apoyo político sin precedentes, manifestado en los niveles más altos de los países, de la sociedad civil y de las principales instituciones de desarrollo.

En la Declaración del Milenio también se esbozó un plan acordado por consenso en cuanto a la forma de orientar las acciones, destacando la atención en los derechos humanos, la gestión óptima de los asuntos públicos y la democracia, así como la prevención de los conflictos y la consolidación de la paz. Los países miembros adoptaron la Declaración del Milenio con la firme convicción de que el principal desafío que enfrentan las naciones del mundo es conseguir que el proceso de globalización se convierta en una fuerza positiva, teniendo presente el reto de lograr que sus beneficios se distribuyan de forma equitativa, con el fin de abatir la desigualdad económica y social que amenazan al mundo.

Con el propósito de supervisar los progresos en cuanto al cumplimiento de los 8 Objetivos de Desarrollo del Milenio acordados por los países y de las 21 metas que de ahí derivan, la ONU, junto con el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos, aprobaron 48 indicadores cuantitativos, lo cual representó un hecho de gran relevancia, pues a través de éstos sería posible medir la situación concreta en cada país y el avance paulatino hacia el 2015, año previsto para alcanzar las metas a nivel mundial.

Por otro lado, a fin de lograr que todos los países generaran los indicadores de manera estandarizada, un grupo de trabajo presidido por el Fondo de Población de las Naciones Unidas y copresidido por la División de Estadística de las Naciones Unidas y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, elaboraron un manual que contiene hojas de metadatos para cada indicador, con la definición del mismo; el objetivo y meta a que hace referencia; la razón por la que se usa el indicador; el método de cálculo; las fuentes de datos; las referencias, incluyendo los sitios Web internacionales pertinentes; la periodicidad de las mediciones; cuestiones de género y desglose; limitaciones del indicador y organismos nacionales e internacionales que intervienen en la recolección, compilación o divulgación de los datos.

Para el cálculo de los indicadores se estableció como punto de partida 1990 y 2015 como horizonte para alcanzar las metas; cuando para el primero de esos años no se disponga de las estadísticas requeridas, la recomendación es que se utilicen los datos más cercanos a éste. De las 21 metas 11 precisan el valor que se debe alcanzar para el 2015, en tanto que 10 están plasmadas de tal manera que el propósito es el de “empezar a disminuir o mejorar”, el valor del indicador.

El progreso en el comportamiento de los indicadores a nivel mundial, es supervisado anualmente por la ONU, organismo que integra un informe global a partir de los informes que cada país presenta respecto a sus avances. Esos informes, en los dos ámbitos, sirven de base para analizar los logros y definir y acordar políticas que apoyen la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

Tercera. El objetivo que nos ocupa en este punto de acuerdo es el numeral 5, que es mejorar la salud materna. Abatir la mortalidad materna es uno de los Objetivos de Desarrollo del Milenio que ha presentado mayores dificultades para su cumplimiento. A pesar de los esfuerzos que se han realizado para disminuir el número de muertes relacionadas con el periodo prenatal, el parto y el puerperio, el país está lejos de la meta comprometida, lo que ha obligado a los tres niveles de gobierno a redoblar y focalizar esfuerzos en esta problemática.

El momento del parto debería ser un momento de alegría. Sin embargo, anualmente, para más de medio millón de mujeres el embarazo y el parto terminan en la muerte y diez millones de mujeres sufren lesiones o incapacidades graves que, si no se tratan, les pueden causar sufrimientos y humillación durante toda la vida. La muerte de una madre puede ser especialmente devastadora para los niños que deja atrás, pues para ellos aumenta el riesgo de caer en la pobreza y de ser víctimas de explotación.

Especialmente el que trata en el indicador 5.1: Razón de Mortalidad Materna (RMM). Desde 1990, la Razón de Mortalidad Materna, que representa las defunciones maternas por cada 100 mil nacidos vivos estimados, se ha reducido en México en 35.5 puntos, ya que pasó de 89.0 muertes por cada 100 mil nacidos vivos a 53.5 defunciones en 2010. Aún se encuentra distante de la meta a cumplirse en los próximos 3 años, que es de 22.3.

La siguiente gráfica muestra el desempeño que ha tenido el país en su labor para aminorar la RMM. Como se aprecia, durante la década de los noventa dicho indicador exhibe una tendencia decreciente modesta, siendo a partir de 2000 cuando la tendencia a la baja se acelera.

El compromiso de México ante las Naciones Unidas para alcanzar las metas planteadas en los ODM, detonó esfuerzos para mejorar la medición del fenómeno. Debido al problema mundial en la subestimación de la mortalidad materna, en México se lleva a cabo cada año, desde 2002, un esfuerzo nacional de búsqueda intencionada de defunciones asociadas a la maternidad, la cual implica la investigación, documentación, análisis y reclasificación tanto de las muertes maternas confirmadas como de las sospechosas de encubrir una muerte materna. Con ello, cada año se documentan poco más de 100 muertes maternas que inicialmente no habían sido clasificadas como tales por problemas de registro en los certificados de defunción.

Al analizar la RMM por entidad federativa para 2010, se han detectado marcadas diferencias en las cifras que reflejan la desigualdad existente en el país en la provisión y calidad de servicios de asistencia a las mujeres embarazadas

En los estados más pobres y con una proporción mayor de población indígena (Guerrero 103.2 y Oaxaca 82.7), la RMM prácticamente triplica a la existente en los estados que registran las mejores cifras; en este sentido, destaca el caso de Nuevo León (21.2), entidad que es la única que ha logrado la meta del milenio respecto a este indicador.

La siguiente gráfica ilustra los cambios de la RMM por entidad federativa en el periodo 1990-2010. Como se observa, son contrastantes los logros que han obtenido los estados para aminorar la muerte asociada a la maternidad, no sólo por parte de los diversos gobiernos (en quien recae la responsabilidad de la provisión de los servicios de salud), sino también de la iniciativa privada y la sociedad civil.

Dicha gráfica muestra que en el periodo analizado, diez estados experimentaron elevaciones en sus RMM, entre ellos destaca Coahuila, que si bien presenta una RMM menor a la media nacional, en los últimos 20 años dicho indicador ha crecido 21.7 puntos porcentuales. Por su parte, estados como Oaxaca y Chiapas, que mantienen RMM superiores al promedio del país, han logrado en las últimas dos décadas resultados que los han llevado a tener avances superiores al observado a nivel nacional.

Cuarta. En el análisis de 2002 a 2009 se observa que la RMM por causas obstétricas indirectas casi se duplicó en los últimos cinco años. La RMM a causa de enfermedades respiratorias que complican el embarazo, parto y puerperio pasó de 0.40 en 2002 a 10.20 en 2009, por lo que las causas obstétricas indirectas ocuparon por primera vez, el primer lugar dentro de la mortalidad materna, desplazando a la enfermedad hipertensiva y a la hemorragia obstétrica al segundo y tercer lugares, respectivamente. Todo esto se debió en gran medida al problema que aquejó a los mexicanos por causa del virus de influenza H1N1.

De los 30.7 millones de mujeres en edad reproductiva que habitaban en la República Mexicana en 2010, poco más del 21 por ciento se encontraba en localidades con menos de 2,500 habitantes, lo que dificultaba la disminución consistente y sostenida de la mortalidad materna. En 2010 más de la mitad de las muertes maternas se presentaron en siete entidades: Estado de México, Veracruz, Chiapas, Distrito Federal, Guerrero, Puebla y Oaxaca, las cuales se caracterizan por concentrar la mayor proporción de habitantes del país y varias de ellas cuentan con una población con altos y muy altos grados de marginación, así como una cantidad importante de localidades rurales aisladas.

Como se observa en la tabla previa, la primera causa de mortalidad como enfermedad única son los trastornos hipertensivos del embarazo. Es necesario atender esta situación, ya que, si se mejora la atención de estos problemas en el embarazo, la mortalidad materna disminuiría considerablemente, y por tanto, se podría alcanzar a cumplir la meta correspondiente a mortalidad materna dentro de los Objetivos del Desarrollo del Milenio.

Los países cuyas tasas de mortalidad materna ya eran bajas en 1990 han logrado nuevos progresos, pero aún queda mucho por hacer. Para reducir esa tasa en los países más afectados, deberán destinarse más recursos encaminados a lograr que la mayoría de los partos sean atendidos por médicos, enfermeras o parteras capacitadas para prevenir, detectar y tratar las complicaciones obstétricas. Cuando se presentan problemas, las mujeres deben tener la posibilidad de llegar a tiempo a un centro médico plenamente equipado.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal, al Consejo de Salubridad General y a los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal para que intensifiquen las acciones para la prestación de servicios de atención médica integral de las enfermedades hipertensivas durante el embarazo, el parto y el puerperio, garantizando la atención oportuna, de calidad idónea y en condiciones de seguridad a todas las mujeres, con la finalidad de disminuir la mortalidad materna para cumplir con la meta establecida en los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

Palacio Legislativo, a 17 de abril del 2013.

La Comisión de Salud

Diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena, Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), Jéssica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo relativos a la cancelación del registro de endosulfán en México, en cumplimiento del Convenio de Estocolmo

La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e), y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el siguiente

Dictamen

I. Metodología

La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.

En el apartado “Contenido”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.

En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

II. Antecedentes

1. En sesión celebrada el pasado 26 de febrero de 2013, el Diputado Ernesto Núñez Aguilar, de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde, presentó Proposición con Puntos de Acuerdo, relativo a la cancelación del registro de endosulfán en México, en cumplimiento del Convenio de Estocolmo.

2. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha Proposición con Puntos de Acuerdos fuera turnada a la Comisión de Salud para su análisis y Dictamen correspondiente.

III. Contenido

1. Se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Salud para que por medio de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, a corto plazo cancele los permisos de importación de endosulfán en México, y se inicie el procedimiento administrativo para la cancelación definitiva de las autorizaciones de uso otorgadas, antes de la Sexta Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo a celebrarse del 28 de abril al 11 de mayo del 2013, con el fin de reportar los avances en la implementación de la decisión SC-5-4 , y lograr así una mejor protección a la salud de la población y el medio ambiente en nuestro país.

2. Se exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a que desarrolle y aplique un programa para la difusión e implementación de alternativas al endosulfán que incluya opciones no químicas, considerando la decisión S-C 5/4: Programa de Trabajo sobre Endosulfán, con las recomendaciones e informes del Comité de Revisión de COPs y las experiencias de expertos y organizaciones de productores en manejo agroecológico de plagas, agricultura orgánica; así como la coordinación y participación de universidades, centros de investigación, empresas que ofrecen insumos no químico-sintéticos para el control de plagas, y grupos ciudadanos y ambientalistas, con el fin de que se establezcan apoyos para una mayor difusión y capacitación sobre estas alternativas a las organizaciones de productores en el país.

IV. Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4°:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta constitución”.

Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.

El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.

En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.

Segunda. El endosulfán es un plaguicida manufacturado. Se usa para controlar una variedad de insectos en cosechas de alimentos tales como cereales, té, frutas y hortalizas y en cosechas no-comestibles como por ejemplo tabaco y algodón. También se usa como preservativo para madera. El endosulfán se vende como una mezcla de dos formas diferentes (llamadas a-y ß-endosulfán). Es un sólido de color crema a pardo en forma de cristales o de escamas.

Tercera. El Instituto Nacional de Ecología (INE) elaboró un “Diagnóstico sobre la situación del endosulfán en México ” que reúne información y consta de una revisión detallada de la situación altamente riesgosa de este plaguicida en México, incluyendo: usos actuales y toxicidad; cantidades importadas y exportadas; evaluación de la problemática en el país y estudios científicos; así como información sobre posibles sustitutos menos tóxicos y control de plagas sin agroquímicos en sus diferentes usos.

Se ha demostrado que el endosulfán es altamente tóxico en forma aguda por vías oral e inhalatoria, así como ligeramente tóxico por vía dérmica. Este compuesto afecta fuertemente el sistema nervioso y sus efectos neurotóxicos han sido observados tanto en animales en estudios agudos, subcrónicos y crónicos, como en seres humanos por exposición ocupacional o intencional. La intoxicación aguda por endosulfán puede resultar en irritabilidad, inquietud, espasmos musculares, convulsiones y muerte.

El endosulfán es lipofílico y se acumula y biomagnifica en las cadenas alimenticias; a nivel internacional ha sido detectado en alimentos lácteos, carne, pollo, aceite vegetal, cacahuates, semillas, frutas, miel, arroz y diferentes hortalizas. Y derivado de esta situación, se han encontrado residuos de este peligroso químico y sus metabolitos, en sangre humana, el cordón umbilical, placenta, leche materna y tejido adiposo en diversos países.

Cuarta. En esta materia el día 22 de mayo de 2001, México suscribió con la Comunidad Internacional el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, para la protección de la salud humana y del medioambiente de los efectos de los compuestos químicos que permanecen por largos periodos en el medioambiente, que se distribuyen ampliamente geográficamente y que se acumulan en los tejidos grasos de humanos y animales silvestres. La exposición a estos compuestos puede resultar en problemas graves de salud, como algunos cánceres, defectos de nacimiento, sistemas inmunológicos y reproductivos deficientes, entre otros, mismo que fue ratificado por el Senado de la Republica el Día 17 de octubre de 2002, el cual hasta la fecha no se ha cumplido por nuestro país.

Quinta. Dentro del los trabajos realizados en la Quinta Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo, celebrada del 25 al 29 de abril del 2011, nuestro país aprobó la decisión SC-5/3, por la que se enlistó al endosulfán de calidad técnica y sus isómeros conexos en el Anexo A del Convenio para su eliminación mundial con exenciones limitadas y específicas, para cumplir con el objetivo del Convenio que es proteger la salud y el medio ambiente.

Esta decisión SC-5/3, estuvo basada en la recomendación del Comité de Revisión de Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs), en la cual se pudo demostrar por un cuerpo de expertos, que el endosulfán cumple con las características de toxicidad, persistencia, bioacumulación, y transporte a grandes distancias; asimismo, se realizaron los estudios de perfil de riesgo y evaluación de riesgo donde se consideran las distintas opciones para su restricción o eliminación a nivel internacional, incluyendo las alternativas químicas y no químicas, su eficacia, accesibilidad, costos e impactos socioeconómicos.

Sexta. Empresas multinacionales químicas-farmacéuticas se comprometieron en el año 2009 a concluir con la distribución del plaguicida Endosulfán en el año 2010 y a reemplazar a este tóxico por alternativas más seguras, que hasta la fecha no se han cumplido.

Séptima. El continuar permitiendo el uso del endosulfán en México, pone al país en riesgo de convertirse en receptor creciente de este plaguicida contaminante al cerrarse su mercado en Europa, América del Norte y varios países de América del Sur, y le da a México una imagen negativa en los mercados de consumidores de productos mexicanos importados.

Octava. Actualmente existe un abanico de alternativas viables para la sustitución del endosulfán en México, como lo demuestra su prohibición en países con cultivos y climas parecidos al nuestro; ente ellas, la experiencia de alternativas al control de plagas del café, donde antes era ampliamente usado. Estas alternativas incluyen no solo sustitutos de insecticidas y acaricidas químicos y no químicos que ya ofrecen otras empresas de control de plagas, sino también un creciente número de experiencias exitosas de manejo integrado de plagas, de manejo agroecológico de plagas y de agricultura orgánica.

Bajo estas consideraciones, la Comisión de Salud da cuenta que los objetivos que fundamentan y motivan la presente Proposición con Puntos de Acuerdo son viables.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente:

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Salud para que por medio de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, a corto plazo cancele los permisos de importación de endosulfán en México, y se inicie el procedimiento administrativo para la cancelación definitiva de las autorizaciones de uso otorgadas, antes de la Sexta Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo a celebrarse del 28 de abril al 11 de mayo del 2013, con el fin de reportar los avances en la implementación de la decisión SC-5-4 , y lograr así una mejor protección a la salud de la población y el medio ambiente en nuestro país.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a que desarrolle y aplique un programa para la difusión e implementación de alternativas al endosulfán que incluya opciones no químicas, considerando la decisión S-C 5/4: Programa de Trabajo sobre Endosulfán, con las recomendaciones e informes del Comité de Revisión de COPs y las experiencias de expertos y organizaciones de productores en manejo agroecológico de plagas, agricultura orgánica; así como la coordinación y participación de universidades, centros de investigación, empresas que ofrecen insumos no químico-sintéticos para el control de plagas, y grupos ciudadanos y ambientalistas, con el fin de que se establezcan apoyos para una mayor difusión y capacitación sobre estas alternativas a las organizaciones de productores en el país.

Palacio Legislativo, a los 17 días del mes de abril del 2013.

La Comisión de Salud

Diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena, Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), Jéssica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al gobernador y a la Secretaría de Salud de Michoacán a atender de forma prioritaria el problema de insuficiencia renal crónica que presentan los habitantes de la región oriente del estado

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e), y f), y 7, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82, numeral 1, 85, 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presenta el siguiente

Dictamen

I. Metodología

La Comisión de Salud encargada del análisis y dictamen del punto de acuerdo en comento, desarrolló los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen del punto de acuerdo.

En el apartado “Contenido”, se exponen los objetivos y se hace una descripción del punto de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.

En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

II. Antecedentes

1. Con fecha 12 de Marzo de 2013, la Diputada Verónica García Reyes, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó Proposición con Punto de Acuerdo para exhortar al Gobernador y a la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán, para que atiendan de forma prioritaria el problema de insuficiencia renal crónica que presentan los habitantes de la región oriente del estado de Michoacán.

2. Con misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó el asunto a la Comisión de Salud, para dictamen.

III. Contenido de la propuesta

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobernador del estado de Michoacán, que ordene, en uso de sus facultades, elaborar un estudio exhaustivo en la región oriente del estado de Michoacán, con el objeto de conocer el origen y las causas de la enfermedad de Insuficiencia Renal Crónica (IRC) que presentan los habitantes; así como la construcción de un centro de salud especializado en dicha enfermedad, y de una unidad de diálisis en la región oriente del estado.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobernador del estado de Michoacán, doctor Fausto Vallejo Figueroa, para que a través de la Secretaría de Salud del estado, y con base en el numeral I, del artículo 13, envíe unidades móviles a las localidades de la región oriente con la finalidad de informar a los habitantes de estas localidades los síntomas y el tratamiento que conlleva la enfermedad de Insuficiencia Renal Crónica (IRC).

IV. Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud... y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta constitución”.

Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.

El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.

En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.

Segunda. A nivel mundial la Insuficiencia Renal Crónica (IRC) está considerada como enfermedad catastrófica. Así como también es “silenciosa”, que no se detecta fácilmente pues los síntomas no son evidentes y no discrimina: raza, sexo, edad ni condición social; por lo que es considerada una epidemia a nivel mundial.

Este problema muestra una tendencia al incremento de su incidencia y prevalencia, con resultados poco prometedores y costos muy elevados.

Es la décima causa de muerte general en el país, la primera de internamiento en los hospitales y la segunda con la mayor cantidad de años de vida saludable perdidos.

La IRC es el síndrome clínico que resulta de la pérdida progresiva e irreversible de la estructura y consecuentemente de la función renal. Es un padecimiento crónico, irreversible y terminal de ambos riñones en la que el organismo pierde la capacidad de filtrar las sustancias tóxicas de la sangre y la persona requiere tratamiento de sustitución de la función renal para conservar la vida, ya sea diálisis peritoneal, hemodiálisis o trasplante.

Las causas más frecuentes de la IRC son: Diabetes Mellitus, Hipertensión arterial, Nefritis, Estrés, Inadecuada alimentación, obesidad, factores hereditarios, entre otros.

La fundación nacional del riñón (NKF) en los Estados Unidos plantea la iniciativa para mejorar la calidad de los resultados para enfermedad renal (K/DOQI), que a su vez define a la enfermedad renal crónica como el daño renal o la disminución de la tasa de filtración glomerular (TFG) menor a 60mL/min/1.73m2 por 3 o más meses. Independientemente de su causa, los resultados son destrucción de masa renal con esclerosis irreversible y pérdidas de nefronas, que a su vez dan lugar a la disminución de la tasa de filtración glomerular.

La K/DOQI publicó en 2002 la clasificación de las etapas de la enfermedad renal crónica, que son:

• Etapa 1: Daño renal con TFG normal o elevada (>90ml/min/1.73m2)

• Etapa 2: Reducción leve de la TFG (60-89 mL/min/1.73 m2)

• Etapa 3: Reducción moderada de la TFG (30-59 mL/min/1.73 m2)

• Etapa 4: Reducción severa de la TFG (15-29 mL/min/1.73 m2)

• Etapa 5: Insuficiencia Renal (< 15 mL/min/1.73 m2 or dialysis)

Esta definición y clasificación de la enfermedad renal crónica permiten una mejor comunicación entre el gremio médico y facilita la intervención a distintas etapas.

Los pacientes con enfermedad renal etapas 1 a 3 usualmente no presentan síntomas. Las manifestaciones clínicas típicamente aparecen en las etapas 4 a 5.

Las medidas para los pacientes portadores de una enfermedad renal crónica deben enfocarse en lo siguiente:

• Retrasar o detener la progresión de la enfermedad renal

• Tratar las manifestaciones patológicas de la enfermedad renal

• Planificación de terapia de reemplazo a largo plazo.

La terapia de reemplazo renal es un término usado para abarcar los tratamientos de soporte de la vida para la insuficiencia renal. Como su nombre lo indica, estas medidas sustituyen las funciones que los riñones ya no realizan, e incluye: hemodiálisis, diálisis peritoneal, hemofiltración, hemodiafiltración y trasplante renal.

Las tasas de mortalidad asociadas a la hemodiálisis son llamativas e indican que la esperanza de vida de los pacientes que entran en hemodiálisis es notablemente acortada. En 2003, más de 69.000 pacientes en diálisis inscritos en el programa de enfermedad renal terminal fallecieron. La tasa de supervivencia a 5 años en pacientes con diálisis en Estados Unidos de América es aproximadamente del 35%, y 25% para pacientes con diabetes.

Tercera . En nuestro País en la pasada década se incrementó el número de pacientes con insuficiencia renal que requieren terapia sustitutiva, de 26 mil en el año 2000 a 130 mil al presente año.

De acuerdo al Estudio de Enfermedad Renal Crónica y su Atención Mediante Tratamiento Sustitutivo en México en el año 2010, para Michoacán se contemplaron 5092 casos, con una tasa de prevalencia de 1289 casos por millón de habitantes.

En el municipio de Hidalgo, que cuenta con 130,000 habitantes, aproximadamente se esperaron 155 casos en todo el municipio y de acuerdo al registro de pacientes con Insuficiencia Renal Crónica que se obtuvo de una encuesta realizada por la UNAM se encontraron 134 casos solo en la tenencia de San Pedro Jácuaro para la cual solo se esperaban 10 casos en los 7,500 habitantes con los que cuenta dicha comunidad

Asimismo, La Asociación de Enfermos de Riñón A.C. en el Municipio de Hidalgo describió la situación de la siguiente manera: «A principios de los años 90 se empezó a conocer de varios casos de insuficiencia renal crónica en el municipio, agudizándose a principios del año 2000, manifestándose esta enfermedad en niños de 2 a 3 años de edad principalmente y en un tiempo de 6 años de manera más crítica, ya que existen matrimonios con 2 o 3 hijos que padecen esta enfermedad, y de 3 a 4 pacientes por manzana con este padecimiento renal».

Cuarta. Los pacientes con enfermedad renal crónica generalmente progresan a enfermedad renal terminal. La tasa de progresión depende del diagnóstico subyacente, en la exitosa implementación de medidas preventivas secundarias, y en el paciente individual. El inicio oportuno de la terapia de reemplazo renal es imprescindible para evitar las complicaciones de la enfermedad renal crónica que puede conducir a una significativa morbilidad y la muerte.

El alto costo del tratamiento, puede significar la ruina de cualquier familia por lo que muchas personas no tienen los recursos necesarios para acceder al tratamiento adecuado y oportuno. Ha afectado el patrimonio de muchas familias que no cuentan con los servicios de seguridad social que los respalden y se han visto obligados a solicitar créditos de diferentes formas y ahora sufren endeudamientos imposibles de cubrir, por lo que tienen que deshacerse de sus bienes materiales.

A nivel mundial, en 2004 la prevalencia de pacientes en terapia de reemplazo renal era de aproximadamente 1 millón 800 mil pacientes, es decir, 215 pacientes por millón de habitantes; el 77% en diálisis y el 23% con un trasplante renal funcional.

La enfermedad renal crónica representa una de las enfermedades más costosas a nivel mundial en materia de tratamiento, y su costo continúa aumentando, hecho que constituye un reto económico para los sistemas de salud.

La IRC afecta de manera importante la fuerza laboral de una nación porque la participación productiva de los adultos entre 18 y 64 años que viven con la enfermedad se ve disminuida significativamente.

Un estudio holandés que siguió una cohorte por 12 meses concluyó que un gran número de pacientes con IRC queda desempleado antes de empezar la diálisis, pero que aquellos que tenían un empleo al inicio de la misma lo conservan.

Se espera que de 1990 a 2010 el costo de mantenimiento de la población en diálisis a nivel mundial incremente al menos de 200 billones de dólares a 1.1 trillón de dólares. Los costos de la diálisis varían en diferentes partes del mundo dependiendo de las condiciones locales del mercado, como la producción y distribución, la importación, la presencia o ausencia de proveedores locales y el poder de adquisición.

El costo de la hemodiálisis está determinado en gran medida por los costos fijos del espacio y el personal.

La implementación de servicios de diálisis en forma masiva representa una gran inversión de recursos económicos y humanos a corto, mediano y largo plazo para el sistema de salud. Un análisis reciente mostró que en Estados Unidos el sistema Medicare paga alrededor de 67,000 dólares por el tratamiento anual de diálisis de un paciente con IRC.

En 1998, Arredondo y colaboradores publicaron un análisis sobre costo-efectividad de las diferentes modalidades de TRR en un hospital de tercer nivel en México. Sus resultados indicaron que el costo por evento fue de 3.71, 57.95 y 8,778 dólares para la diálisis peritoneal, la hemodiálisis y el trasplante renal, respectivamente. El costo del manejo anual por paciente en hemodiálisis en centro hospitalario fue de 9,631 dólares; en diálisis peritoneal continua ambulatoria, de 5,643 dólares; y en trasplante renal, de 3,021 dólares. Con respecto a la efectividad, la sobrevida del injerto fue de 89.9% y 79.6% a uno y tres años, respectivamente; mientras que la sobrevida en los pacientes en DPCA fue de 86.2% y 66.9% a uno y tres años, respectivamente. Los autores concluyeron que la mejor intervención en términos de costo-efectividad es el trasplante renal.

El diagnóstico y tratamiento oportunos de la causa subyacente y/o la instalación de medidas preventivas secundarias es mandatorio en pacientes con enfermedad renal. Esto pudiera retrasar, o posiblemente detener, la progresión de la enfermedad.

Resulta evidente la necesidad de desarrollar prácticas médicas accesibles y eficientes, así como de crear estrategias de salud costo-efectivas que formen parte de una política pública de atención a la IRC en nuestro país, garantizando la salud y calidad de vida de todos los mexicanos.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente:

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobernador del estado de Michoacán, doctor Fausto Vallejo Figueroa, que ordene, en uso de sus facultades, elaborar un estudio exhaustivo en la región oriente del estado de Michoacán, con el objeto de conocer el origen y las causas de la enfermedad de Insuficiencia Renal Crónica que presentan los habitantes; así como la construcción de un centro de salud especializado en dicha enfermedad, y de una unidad de diálisis en la región oriente del estado.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobernador del estado de Michoacán, doctor Fausto Vallejo Figueroa, para que a través de la Secretaría de Salud del estado, envíe unidades móviles a las localidades de la región oriente con la finalidad de informar a los habitantes de estas localidades los síntomas y el tratamiento que conlleva la enfermedad de Insuficiencia Renal Crónica.

Palacio Legislativo, a los 17 días del mes de abril del 2013.

La Comisión de Salud

Diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena, Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), Jéssica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a difundir a través de una campaña masiva de comunicación el uso de condón femenino y distribuirlo gratuitamente

Honorable Asamblea:

La Comisión de Salud de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 39 y 45 numerales 6 incisos e) y f) y 7 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 82 primer párrafo, 85, 157 fracción I y 158 fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás relativos de dicho ordenamiento, presentan el siguiente dictamen:

I. Metodología

Los integrantes de la Comisión de Salud, encargados del análisis y dictamen de la proposición con punto de acuerdo en comento, desarrollaron los trabajos correspondientes conforme al procedimiento que a continuación se describe:

En el apartado denominado “Antecedentes”, se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, así como de la recepción y turno para el dictamen de la proposición con punto de acuerdo.

En el apartado “Contenido de la proposición con punto de acuerdo”, se exponen los objetivos y se hace una descripción de la proposición con punto de acuerdo en la que se resume su contenido, motivos y alcances.

En las “Consideraciones”, los integrantes de la comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos por cada una de las adiciones planteadas, con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

II. Antecedentes

1. En sesión celebrada el 14 de marzo de 2013, el diputado José Arturo López Cándido, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Ssa, a que difunda a través de una campaña masiva de comunicación el uso del condón femenino y lo distribuya de forma gratuita a la población.

2. Con la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que dicha iniciativa, se turnara a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados.

III. Contenido de la proposición con punto de acuerdo

La presente proposición con punto de acuerdo tiene por objeto exhortar a la Secretaría de Salud a desarrollar una campaña masiva del uso del condón femenino y a su distribución gratuita.

IV. Consideraciones

Primera. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el derecho a la salud en su párrafo tercero del artículo 4o.:

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.... Y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta constitución.

Del precepto antes mencionado deriva el sistema de normas jurídicas de derecho social, que busca regular los mecanismos y acciones para lograr que la protección de la salud sea un bien tutelado por los diversos órdenes de gobierno, a través de la delimitación del campo de la actividad gubernamental, social e individual, siendo ésta uno de los principales elementos de justicia social.

El derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad.

En la exposición de motivos de la reforma mediante la cual se elevó en 1983 a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, se considera a éste como una responsabilidad compartida entre los diversos órdenes de gobierno, el individuo y la sociedad en su conjunto.

Segunda. El condón femenino es una funda transparente, blanda y resistente hecha de poliuretano, con dos anillos de plástico uno en cada extremo. El anillo del extremo cerrado se usa para facilitar la inserción y mantener el condón adherido al cuello uterino, el del extremo abierto es más ancho y permanece fuera de la vagina cubriendo los genitales de la mujer. Protege el contacto directo del pene con la vagina, evita el paso de los espermatozoides al conducto cervical, además de proteger contra las infecciones de transmisión sexual incluyendo VIH/sida.1

Los condones femeninos previenen los embarazos, ya que cubren el interior de la vagina. Recogen el líquido preeyaculatorio y el semen cuando un hombre eyacula. Esto impide que el esperma ingrese en la vagina. Los embarazos no se pueden producir si los espermatozoides no fecundan los óvulos.

Ya que cubren el interior de la vagina o el ano, y evitan que ingrese el semen y el líquido preeyaculatorio, los condones reducen el riesgo de infecciones de transmisión sexual.

Como todos los métodos anticonceptivos, el condón femenino es más eficaz cuando se usa correctamente.

• Si lo usan siempre de manera correcta, anualmente sólo quedan embarazadas cinco de cada 100 mujeres.

• Si no lo usan siempre de manera correcta, anualmente quedan embarazadas 21 de cada 100 mujeres.

La eficacia también es una preocupación en lo que respecta al sexo más seguro. El condón femenino también reduce el riesgo de contraer muchas enfermedades de transmisión sexual, incluso el VIH.

El uso del condón femenino es seguro, simple y conveniente. Tanto mujeres como hombres prefieren los condones femeninos por las siguientes causas:

• Permiten a las mujeres compartir la responsabilidad de prevenir infecciones.

• Se consiguen fácilmente; se pueden comprar en farmacias y en algunos supermercados.

• Los pueden usar personas alérgicas al látex.

• Se pueden usar con lubricantes a base de agua o aceite.

• No tienen ningún efecto sobre las hormonas naturales de la mujer.

• No requieren de una receta médica.

• Permanecen en el lugar independientemente de si el hombre mantiene su erección o no.2

Tercera. En su argumentación el promovente señala:

“Este preservativo puede usarse con 6 u 8 horas de antelación a la relación sexual, lo cual lo hace más práctico, además tiene la misma función del preservativo masculino de protección, cuidado de la pareja y así evitar enfermedades de transmisión sexual (VIH, gonorrea, virus del papiloma humano (VPH) o embarazos no deseados.

Cabe mencionar que las enfermedades de transmisión sexual atacan por igual a hombres y mujeres, aunque en muchos casos los problemas de salud que provocan pueden ser más graves en las mujeres, en especial si están embarazadas, es por ello que debemos de reeducarnos en materia de salud sexual y reproductiva.

Con relación a lo anterior, la Organización Mundial de la Salud (OMS), ha calculado una incidencia de 340 millones de casos anuales de infecciones de transmisión sexual curables, en México, se estima que la mayor tasa de incidencia en infecciones es por el virus del papiloma humano, con casi 24 casos por cada 100 mil habitantes, donde 30 por ciento de los mexicanos ha padecido alguna infección de transmisión sexual (ITS) con edades de entre 18 y 30 años.

Sólo por mencionar algunas de estas enfermedades con un mayor número de infectados son la candidiasis, tricomoniasis, la vulvovaginitis, sífilis, gonorrea y clamidia, de acuerdo con cifras de los últimos estudios proporcionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).”

Cuarta. El condón femenino, a pesar de su desarrollo y evolución, sigue siendo más costoso y más difícil de conseguir por parte de quienes desean utilizarlo. Incluso las instituciones que obsequian el condón masculino no distribuyen masivamente la opción femenina lo cual nos obliga a la concientización de la protección de la mujer en la decisión de usar preservativo aún cuando la pareja no desee hacerlo, la mujer puede usarlo con anticipación de por lo menos 8 horas previas al contacto sexual.

Este preservativo femenino representa la evolución en la forma de vida de una mujer ya que no solamente deja de usar pastillas anticonceptivas sino que evita adquirir una ITS.

Ante estas consideraciones, la Comisión de Salud toma a bien que esta proposición con punto de acuerdo sea viable, ya que se propone exhortar de manera respetuosa a la Secretaría de Salud a que difunda a través de una campaña masiva de comunicación el uso del condón femenino lo que disminuirá el riesgo de embarazos no deseados así como el riesgo de adquirir una infección de transmisión sexual.

Por lo expuesto, los integrantes de Comisión de Salud de la LXII Legislatura sometemos a consideración del pleno el siguiente

Resolutivo

Único. Se exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud a difundir a través de una campaña masiva de comunicación el uso del condón femenino y, asimismo, a distribuir masiva y gratuitamente este tipo de preservativo a la población para promover su uso.

Notas

1 Definición en la NOM-005-SSA2-1993, De los servicios de planificación familiar

2 http://www.plannedparenthood.org/esp/temas-de-salud/anticoncepcion/cond on-femenino-4223.htm

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2013

La Comisión de Salud

Diputados: Isaías Cortés Berumen (rúbrica), presidente; Leobardo Alcalá Padilla (rúbrica), Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rosalba Gualito Castañeda (rúbrica), Alma Marina Vitela Rodríguez (rúbrica), Mario Alberto Dávila Delgado (rúbrica), Eva Diego Cruz (rúbrica), Antonio Sansores Sastré (rúbrica), Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), secretarios; Miguel Ángel Aguayo López (rúbrica), Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica), José Enrique Doger Guerrero, Rubén Benjamín Félix Hays, Guadalupe Socorro Flores Salazar (rúbrica), Lizbeth Loy Gamboa Song (rúbrica), Héctor García García, Blanca Jiménez Castillo, Raquel Jiménez Cerrillo (rúbrica), Virginia Victoria Martínez Gutiérrez (rúbrica), María del Carmen Martínez Santillán (rúbrica), Martha Lucía Mícher Camarena, Ernesto Núñez Aguilar (rúbrica), Marcelina Orta Coronado (rúbrica), Guadalupe del Socorro Ortega Pacheco (rúbrica), Leslie Pantoja Hernández (rúbrica), Zita Beatriz Pazzi Maza (rúbrica), Ernesto Alfonso Robledo Leal (rúbrica), Jéssica Salazar Trejo, Juan Ignacio Samperio Montaño.

De la Comisión de Relaciones Exteriores, con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados manifiesta su beneplácito y respalda la candidatura de México como miembro no permanente del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas durante el periodo 2021-2022

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Relaciones Exteriores fue turnada para análisis y elaboración del dictamen correspondiente la proposición con punto de acuerdo por el que esta soberanía manifiesta su beneplácito y respalda la candidatura de México como miembro no permanente del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en el periodo 2020-2021, presentada por la diputada Adriana González Carrillo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, fracción VI, 85, 157, fracción I, 176, fracción I, 182 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, se somete a consideración de esta asamblea el presente dictamen, con los siguientes apartados:

Antecedentes

1. En sesión del pleno del 21 de marzo de 2013, la diputada Adriana González Carrillo presentó la proposición con punto de acuerdo objeto del presente dictamen.

2. En la referida fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión acordó que se turnase a la Comisión de Relaciones Exteriores, para estudio y dictamen correspondientes.

Contenido

Propone que la Cámara de Diputados manifieste su beneplácito y respalde la candidatura de México como miembro no permanente del Consejo de Seguridad de la ONU en el periodo 2020-2021.

Metodología

La comisión realizó el análisis de la proposición con punto de acuerdo en comento mediante la evaluación de los argumentos planteados en la exposición de motivos, así como los antecedentes e información pública disponible al momento de su dictamen.

Consideraciones

Primera. La diputada Adriana González destaca en la exposición de motivos las siguientes consideraciones:

Menciona que México como miembro fundador de la ONU se ha labrado un prestigio importante a lo largo de más de 65 años de participación ininterrumpida de esta organización mundial. Sin embargo, la participación de México como miembro no permanente del Consejo de Seguridad se limitó a sólo dos periodos (1946 y 1980-1981).

Sin embargo, considera que en un mundo sumamente globalizado es difícil ubicar un asunto completamente ajeno al interés nacional y que la participación de México como miembro no permanente del Consejo de Seguridad reflejaría el lugar que ocupa el país en la distribución internacional del poder político y económico.

Apunta que esta voluntad de participar en el órgano más importante para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales reflejaría la voluntad del país de ser un actor responsable en la comunidad internacional y una nueva jerarquización de nuestros principios de política exterior.

Al respecto, la comisión concuerda con las apreciaciones de la diputada promovente en el sentido de que la participación de México en el Consejo de Seguridad de la ONU consolidaría un nuevo enfoque del quehacer internacional del país y evocaría una política exterior responsable, activa y comprometida.

La única observación que la comisión realiza es que el periodo para el cual la postulación de México está registrada es el 2021-2022, elección que se realizará durante el septuagésimo quinto periodo de sesiones de la ONU, en 2020. Por lo anterior se hace el ajuste pertinente en el resolutivo de este dictamen.

Conclusiones

Los integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, con base en las consideraciones que anteceden, estiman aprobar la proposición con punto de acuerdo objeto del presente dictamen, por lo que se somete a consideración del pleno el siguiente

Resolutivo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión manifiesta su beneplácito y respalda la candidatura de México como miembro no permanente del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas durante el periodo 2021-2022.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2013.

La Comisión de Relaciones Exteriores

Diputados: Eloy Cantú Segovia (rúbrica), Heriberto Manuel Galindo Quiñones (rúbrica), Adriana González Carrillo (rúbrica), Cristina Ruiz Sandoval (rúbrica), María del Carmen García de la Cadena Romero (rúbrica), Glafiro Salinas Mendiola (rúbrica), Roberto López Rosado (rúbrica), Fernando Zárate Salgado, Rosa Elba Pérez Hernández (rúbrica), Martha Beatriz Córdova Bernal (rúbrica), Loretta Ortiz Ahlf, Juan Pablo Adame Alemán (rúbrica), Agustín Barrios Gómez Segués (rúbrica), Angelina Carreño Mijares (rúbrica), Sergio Armando Chávez Dávalos (rúbrica), David Cuauhtémoc Galindo Delgado (rúbrica), Amalia Dolores García Medina (rúbrica), Luis Antonio González Roldán (rúbrica), José Ángel González Serna (rúbrica), Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), María Guadalupe Mondragón González (rúbrica), Luis Olvera Correa (rúbrica), María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), José Rangel Espinosa, Alejandro Rangel Segovia (rúbrica), Carla Guadalupe Reyes Montiel (rúbrica), Diego Sinhué Rodríguez Vallejo (rúbrica), Leopoldo Sánchez Cruz, Crystal Tovar Aragón (rúbrica), Martín de Jesús Vásquez Villanueva (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de Tlaxcala a respetar y promover la libertad de expresión y garantizar los derechos y la independencia de los periodistas

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos de la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y 158 numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a su consideración el presente

Dictamen

I. Antecedentes:

1. El 11 de Abril de 2013, la Diputada Aurora de la Luz Aguilar Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno de Tlaxcala a respetar y promover la libertad de expresión y garantizar los derechos y la independencia de los periodistas.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó dicha Proposición con Punto de Acuerdo a la Comisión de Derechos Humanos, para su dictamen correspondiente.

II. Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

Primero. El punto de acuerdo en comento persigue que la Cámara de Diputados exhorte al gobierno de Tlaxcala a respetar y promover la libertad de expresión, así como a garantizar los derechos y la independencia de los periodistas.

Segundo. El punto de acuerdo pretende se exhorte [...] a los 13 Congresos locales de los estados en donde aún se castiga penalmente la difamación , con el objeto de que deroguen dichos tipos penales.

Tercero. Se pretende que se turne a la Comisión de Derechos Humanos el caso de la detención del director del periódico [...] e-consulta en Tlaxcala para que se hagan las investigaciones necesarias y se determine si el gobierno del estado violó las garantías individuales del periodista.

Cuarto. Se pretende se invite al Congreso de la Unión para hacer a la brevedad las adecuaciones legislativas que permitan la aplicación de la nueva facultad de atracción otorgada a la Federación para que investigue de los delitos cometidos a periodistas por su ejercicio de libertad de expresión aunque se traten de crímenes de competencia de los Estados. Asimismo, se indica que los gobiernos estatales deben hacer las adecuaciones legislativas y de política pública que hagan operable la facultad otorgada a la Federación.

III. Consideraciones de la diputada proponente

La promovente del punto de acuerdo que se dictamina, sustenta su pretensión con base en los siguientes argumentos:

1. Cita la detención de Martín Ruiz Rodríguez, director del periódico digital e-consulta ocurrida el 7 de abril de 2013 en Tlaxcala, tras la acusación por el delito de difamación en contra del Oficial Mayor del Gobierno de Tlaxcala, Ubaldo Velasco Hernández, quién se consideró agraviado por las referencias a su persona que aparecieron en la columna Señorío Tlaxcalteca.

2. La promovente señala que [...] el organismo internacional Article 19 destaca que las frases consideradas difamantes son parte del discurso considerado protegido por el derecho internacional y que su limitación sólo puede darse al superar la llamada prueba tripartita (estar en ley; ajustarse a fines legítimos del derecho internacional y tener una sanción necesaria y proporcional en un Estado democrático) y mediante un juicio donde se analicen las manifestaciones consideradas abusivas y la comprobación de un daño (responsabilidad ulterior).

3. De igual forma menciona que [...] a nivel federal los delitos en contra del honor fueron derogados en el año 2007. Además de Tlaxcala, existen 12 estados que mantienen los delitos contra el honor (difamación, calumnia y/o injuria) oponiéndose a las recomendaciones internacionales que señalan la necesidad de su eliminación.

4. Precisa la promovente que [...] el Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas, así como las Relatorías sobre Libertad de Expresión de la ONU y de la OEA has (sic) señalado puntualmente la necesidad de que México elimine los delitos contra el honor, y hacer (sic) adecuaciones a las leyes civiles que permitan la protección del derecho al honor sin que sirvan para inhibir el ejercicio del derecho de libertad de expresión.

5. Refiere también que el gobierno Mexicano en 2006, [...] creó una Fiscalía Especial en respuesta a la ola de violencia en contra de la prensa en México, posteriormente fue renombrada Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), en aras de generar un círculo de protección legal, procedimental y operativo que pudiera frenar el dramático aumento de violencia contra periodistas.

6. Señala que el no despenalizar la difamación, injuria y la calumnia en 13 entidades federativas, [...] no sólo significa un medio de censura sino que ha servido como pretexto para la privación ilegal de la libertad de periodistas y afectaciones a la integridad personal y limitar (sic) el libre flujo de información, necesaria en una sociedad democrática, como la ocurrida el pasado 7 de Abril con el director del periódico digital e-consulta en Tlaxcala.

IV. Consideraciones de la Comisión de Derechos Humanos

La Comisión de Derechos Humanos, después de haber realizado un análisis exhaustivo de los planteamientos presentados en la proposición con punto de acuerdo sujeta a estudio, emite el presente dictamen en sentido positivo, fundada en los siguientes motivos:

A. Se aprecia del planteamiento señalado por la promovente que en el asunto que refiere, existe un conflicto derivado de la ausencia, a nivel estatal, de una legislación que sea armónica con la legislación federal y, por ende con disposiciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos que, como consecuencia, motiva la adopción de diversas interpretaciones en la aplicación de la ley, mismas que dan pauta a distorsiones o falsas visiones de aquello que está permitido por la misma y lo que no lo está.

Para explicar lo anterior, cabe partir de que la libertad de expresión es una de las más preciadas libertades del ser humano que debe garantizarse por el Estado en los términos más amplios, por lo que toda limitación a la misma debe de ser razonada, proporcional y congruente con los propósitos de un Estado democrático.

A nivel internacional ese derecho se enmarca en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (vinculante para México) que, en su artículo 19 fracciones, I y II, indica:

Artículo 19

1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.

2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección (subrayado nuestro).

En ese tenor la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en su artículo 19 expresa:

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. (Subrayado nuestro).

De igual manera, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo dependiente de la OEA, de la cual México forma parte, señala que no sólo la censura previa limita el libre flujo de información, sino también responsabilidades posteriores a la expresión, como la difamación.

Así, en su 108 periodo de sesiones, realizado en octubre de 2000, la Comisión Interamericana aprobó la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, que en sus artículos 10 y 11 precisa lo siguiente:

10. Las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público. La protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público. Además, en estos casos, debe probarse que en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas.

11. Los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como “leyes de desacato” atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información. (Subrayado nuestro).

Como resultado de esos avances en el derecho internacional (soft law), el Estado Mexicano derogo a nivel federal los tipos penales de “difamación, calumnia e injurias”, los llamados delitos contra el honor, mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de 2007.

No obstante, aún subsisten en diversas entidades federativas aquellos tipos penales, porque no han adecuado sus marcos normativos en materia penal a la citada reforma y, sobre todo, a los avances que en materia de derechos humanos se han logrado a nivel internacional. Tal es el caso del Estado de Tlaxcala.

En ese contexto, se estima que las transgresiones a la libertad de expresión a lo largo del territorio nacional, obligan a realizar acciones para que no siga persistiendo un marco jurídico intolerante frente a una de las más preciadas libertades del hombre: la de expresión.

Así, se considera que los Estados del país que aún no han legislado para armonizar su codificación con la federal y con los instrumentos internacionales señalados en el rubro indicado, deben hacerlo en aras de garantizar la máxima protección de derechos a los gobernados.

Con base en lo anotado, cabe entonces hacer dos precisiones:

1. Efectivamente, las entidades federativas están obligadas a armonizar, dentro de su régimen interior, su legislación con los estándares internacionales en materia de derechos humanos, sustentado en la determinación constitucional que así lo determina.

2. Esta Comisión de Derechos Humanos condena cualquier acto que vulnere los derechos humanos de las personas, sin embargo, frente al caso que refiere la diputada promovente esta dictaminadora debe señalar que estima improcedente el exhorto al Gobernador de la referida entidad federativa porque, las autoridades que dependen del Ejecutivo actuaron atendiendo a la normatividad vigente en esa entidad.

B. Ahora bien , considerando que la promovente plantea en su proposición que se turne a la Comisión de Derechos Humanos el caso de la detención del director del periódico [...] e-consulta en Tlaxcala para que se hagan las investigaciones necesarias y se determine si el gobierno del estado violó las garantías individuales del periodista, esta Comisión de Derechos Humanos, estima conveniente señalar que no aparece determinado a cuál Comisión de Derechos Humanos se refiere la promovente, sin embargo, dada la referencia de que la intervención de esa Comisión sea para realizar las investigaciones correspondientes a la violación de derechos humanos, se infiere se trata del organismo protector de esas prerrogativas a nivel nacional, por lo que, en atención a la normatividad que regula a dicho organismo, no corresponde a la Cámara de Diputados turnarle algún asunto ya que para ello se prevé la presentación de una queja que, en este caso, debe ser presentada directamente por el director del periódico e-consulta en Tlaxcala ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos por ser este el órgano competente.

Cabe señalar que la Comisión Nacional de Derechos Humanos cuenta con el “Programa de agravio a periodistas y defensores civiles” el cual busca proporcionar atención personalizada a los colaboradores de los medios de comunicación, con la finalidad de fortalecer la creación de un frente común en la defensa de los derechos humanos; por ello este programa tiene como principal objetivo atender las quejas por presuntas violaciones a derechos humanos cometidas en contra de periodistas, procurando con ello que las autoridades se comprometan a respetar los derechos de éstos y adquirieran mayor sensibilidad ante las actividades realizadas por los periodistas.

Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión de Derechos Humanos, somete a la consideración de la Honorable Asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Único. Se exhorta respetosamente a los Congresos locales de las entidades federativas en donde se tipifica la difamación y otros delitos contra el honor, los deroguen e implementen las medidas legislativas para armonizar los ordenamientos locales con las prevenciones internacionales y nacionales en la materia. .

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de abril de 2013.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Miriam Cárdenas Cantú (rúbrica), presidenta; Rodimiro Barrera Estrada (rúbrica), María Esther Garza Moreno (rúbrica), Gabriel Gómez Michel (rúbrica), Carlos Fernando Angulo Parra (rúbrica), Verónica Sada Pérez, María de Lourdes Amaya Reyes (rúbrica en contra), Margarita Elena Tapia Fonllem (rúbrica en contra), Martha Edith Vital Vera (rúbrica), José Francisco Coronato Rodríguez (rúbrica en contra), Loretta Ortiz Ahlf (rúbrica en contra), René Ricardo Fujiwara Montelongo, secretarios; Juan Jesús Aquino Calvo (rúbrica), Carlos Humberto Castaños Valenzuela, Francisco Javier Fernández Clamont (rúbrica), María del Rocío García Olmedo (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Teresa Jiménez Esquivel (rúbrica), Roxana Luna Porquillo (rúbrica en abstención), Roberto López Suárez, María Angélica Magaña Zepeda (rúbrica), María Guadalupe Mondragón González, José Luis Muñoz Soria, Arturo Escobar y Vega, Vicario Portillo Martínez, Elvia María Pérez Escalante (rúbrica), Cristina Ruiz Sandoval (rúbrica).

De la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT y a las autoridades competentes a incluir en la Guía Completa de las Nuevas Medidas de Seguridad en los Aeropuertos la facultad para que el pasajero recupere los productos que le sean confiscados

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transportes de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fue turnada para estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y a las autoridades competentes a incluir en la Guía Completa de las Nuevas Medidas de Seguridad en los Aeropuertos la facultad para que el pasajero recupere los productos que le sean confiscados en los puntos de seguridad, presentada por el diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, expediente 1499.

La Comisión de Transportes, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 80, numeral 1, fracción VI, 81, numeral 2, 82, 84, 85, 157, 158, 167, numeral 4, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados celebrada el 12 de marzo de 2013, el diputado Víctor Manuel Jorrín Lozano, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a las autoridades competentes a incluir en la Guía Completa de las Nuevas Medidas de Seguridad en los Aeropuertos la facultad para que el pasajero recupere los productos que le sean confiscados en los puntos de seguridad.

2. Con la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dictó trámite: “Túrnese a la Comisión de Transportes, para dictamen”.

3. Con fecha 21 de marzo de 2013, el pleno de la Comisión de Transportes acordó turnar a la Subcomisión de Transporte Aéreo, para la elaboración del predictamen correspondiente, la presente proposición con punto de acuerdo.

Derivado de lo anterior, la comisión realizó diversos trabajos a efecto de revisar el contenido de la citada proposición con punto de acuerdo, con objeto de expresar sus observaciones y comentarios sobre ella e integrar el presente dictamen.

Contenido de la propuesta con punto de acuerdo

De acuerdo con información del aeropuerto internacional de la Ciudad de México, AICM, la lista de objetos prohibidos en el equipaje de mano se compone de los siguientes artículos: armas de fuego o sus réplicas, explosivos, pirotécnicos, objetos punzantes, punzocortantes, contundentes, corto contundentes, sustancias químicas, biológicas, radiológicas tóxicas y todos los líquidos en cantidades mayores de 100 ml (3.4 oz).

En la mayoría de los casos, la autoridad encargada de realizar la revisión toma el objeto prohibido y lo retiene, dado que el viajero se encuentra en una situación de desventaja, al tener que pasar a la sala de espera, debe dejar el artículo sin ninguna garantía de poder recuperarlo.

De acuerdo con la Guía Completa de las Nuevas Medidas de Seguridad en los Aeropuertos, si el pasajero lleva consigo líquidos, geles o aerosoles mayores de 100 ml no podrá ingresar con ellos, “deberá depositarlos en los contenedores ubicados en los puntos de inspección para su destrucción, por lo que se recomienda que estos sean transportados en su equipaje documentado”.

Dado que no hay un monitoreo eficiente de la conducta de las personas encargadas de los puntos de seguridad nada garantiza que los objetos en realidad son desechados y que no terminan en manos de otros individuos.

Con este tipo de políticas se ha decidido omitir deliberadamente que el usuario de un avión es a final de cuentas un cliente y como tal, merece condiciones que le propicien un trato digno y eficiente.

Por ello se considera conveniente la creación de reglas que permitan al pasajero la posibilidad de recuperar los productos confiscados al regresar al aeropuerto o en su defecto, otorgarle al mismo la facultad de designar a un tercero que pueda hacerlo.

Consideraciones

La comisión dictaminadora realizo el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

La presidencia de la Comisión de Transportes turnó a la Subcomisión de Transporte Aéreo y ésta, en la reunión del 11 de abril del presente año, llego a la conclusión que comparte la inquietud del legislador autor de la proposición, en el preocupante hecho de que los usuarios del servicio de aerotransporte, continuamente sean obligados a dejar en las terminales aéreas, Aquellos productos prohibidos en el equipaje de mano de los usuarios de este importante servicio.

Opinión jurídica

Por tratarse de una medida de seguridad, la propuesta de que se incluya un procedimiento dentro de la Guía Completa de las Nuevas Medidas de Seguridad en los Aeropuertos, o bien mediante el reglamento interno que emita cada aeropuerto, para la recuperación de los bienes de consumo que normalmente los viajeros utilizan durante su estancia en viajes de placer y de negocios, se ha convertido en una exigencia social pues por este hecho, en las revisiones de equipaje de mano se ven obligados a desprenderse de objetos que además de su valor forman parte de su uso personal.

Se estima que cuando se impida al pasajero abordar la aeronave con algún objeto o sustancia, los mismos podrían ser resguardados durante un lapso de 15 o 30 días a opción del pasajero, mediante el pago de una contraprestación por concepto de manejo y almacenaje de los objetos o sustancias; con la posibilidad de autorizar a un tercero para que este pueda recoger el objeto o sustancia materia del resguardo.

En caso de que el pasajero se abstenga de efectuar el pago correspondiente, los objetos podrán ser materia de destrucción, reciclaje o entregados a la beneficencia pública.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes se pronuncian en favor del siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados hace un atento exhorto al secretario de Comunicaciones y Transportes, y a las autoridades competentes a que se incluir en la Guía Completa de las Nuevas Medidas de Seguridad en los Aeropuertos la facultad para que el pasajero recupere los productos que le sean confiscados en los puntos de seguridad, debido a su catalogación como artículos prohibidos durante un vuelo, al regresar al aeropuerto, o en su defecto, otorgarle la posibilidad de designar a un tercero que pueda recoger los objetos retenidos.

Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, DF, a 16 de abril de 2013.

La Comisión de Transportes

Diputados: Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares (rúbrica), Valentín González Bautista (rúbrica), María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), secretarios; Rafael Acosta Croda, José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Catalino Duarte Ortuño, Raúl Santos Galván Villanueva (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez, Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), Javier Filiberto Guevara González (rúbrica), María del Rosario Merlín García (rúbrica), Jesús Morales Flores (rúbrica), Nabor Ochoa López (rúbrica), J. Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Hugo Mauricio Pérez Anzueto (rúbrica), Francisco Tomás Rodríguez Montero (rúbrica), José Soto Martínez, Jorge Terán Juárez.

De la Comisión de Transportes, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SCT, a la PGJDF y a las autoridades aeroportuarias a fortalecer las medidas de seguridad respecto al equipaje de los pasajeros en el AICM

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transportes de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnada para su estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el cual se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, así como a las autoridades aeroportuarias, a fortalecer las medidas de seguridad necesarias en las aerolíneas, respecto a la seguridad del equipaje de los pasajeros, en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, presentada por el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional, expediente 1460.

La Comisión de Transportes, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80 numeral 1, fracción VI, 81, numeral 2, 82, 84, 85, 157, 158 y 167, numeral 4, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados, celebrada el 7 de marzo de 2013, el diputado Marcelo de Jesús Torres Cofiño, integrante del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al gobierno federal, a la SCT, a la PGJDF, así como a las autoridades aeroportuarias, a fortalecer las medidas de seguridad necesarias en las aerolíneas, respecto a la seguridad del equipaje de los pasajeros en el AICM.

2. Con la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, dictó trámite: Túrnese a la Comisión de Transportes para dictamen.

3. Con fecha 21 de marzo de 2013, el pleno de la Comisión de Transportes acordó turnar a la Subcomisión de Transporte Aéreo para la elaboración del pre dictamen correspondiente, la presente proposición con punto de acuerdo.

Derivado de lo anterior, esta comisión realizó diversos trabajos a efecto de revisar el contenido de la citada proposición con punto de acuerdo, con objeto de expresar sus observaciones y comentarios a la misma e integrar el presente dictamen.

Contenido de la propuesta con punto de acuerdo

El Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México es la puerta de entrada comercial y turística a nuestro país, sin lugar a duda con un papel muy importante en el desarrollo de la economía en México y definitivamente una ventana hacia el mundo.

Con un movimiento operacional de 1 millón 500 mil pasajeros nacionales y 800 mil pasajeros internacionales, así como un movimiento de 25 mil operaciones nacionales y 8 mil operaciones internacionales, cifras que corresponden tan solo a este año 2013, se encuentra entre los más concurridos de Latinoamérica y es uno de los 30 aeropuertos con más actividad en el mundo con lo que respecta a pasajeros, operaciones y cargamento.

El Aeropuerto Internacional Benito Juárez es el principal centro de conexión nacional e internacional de México, con vuelos diarios directos a más de 300 destinos en todo el mundo.

El robo de artículos de equipaje que documentan los usuarios del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México es una lamentable constante. Personal que se encarga de trasladar las maletas documentadas a la bodega del avión sustraen cámaras fotográficas y de video, teléfonos celulares, joyas, artesanías, laptops, Xbox, lociones y hasta licores, entre otros muchos objetos personales.

Según lo que establece la Ley de Aviación Civil en el capitulo XII, “De la Responsabilidad por Daños”, particularmente en su sección primera, “De los Daños a Pasajeros, Equipaje y Carga”, en los artículos 61, 62, 64, 66, 67 y 69, los concesionarios o permisionarios de los servicios de transporte aéreo nacional, serán responsables por los daños causados a los pasajeros, a la carga y al equipaje en el transporte, será responsables del equipaje facturado desde el momento en que expida el talón correspondiente hasta que entregue el equipaje el pasajero en el punto de destino.

Consideraciones

La comisión dictaminadora realizo el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

La Presidencia de la Comisión de Transportes turnó a la Subcomisión de Transporte Aéreo y ésta, durante la reunión del 11 de abril del presente año, llegó a la conclusión que comparte la inquietud del legislador autor de la proposición, en el preocupante hecho de que los usuarios del servicio de aerotransporte, continuamente sean víctimas de la desaparición de sus pertenencias, ya sea pérdida total de maletas y porta equipaje, o en muchos casos, la sustracción de objetos de valor en las mismas maletas que son documentadas, para ser transportadas en la parte baja de los aviones.

La Ley de Aviación Civil, en el artículo 61 a la letra dice: Los concesionarios o permisionarios de los servicios de transporte aéreo nacional, serán responsables por los daños causados a los pasajeros, a la carga y al equipaje en el transporte. Y el artículo 62 de la misma Ley de Aviación Civil establece indemnización por la “destrucción o avería” del equipaje de mano y facturado, y por la “pérdida o daño del equipaje facturado” los concesionarios o permisionarios podrán pactar con los usuarios la responsabilidad, en los términos del artículo 65 de la ley citada.

Aún con las sanciones previstas en la legislación vigente, los robos, desapariciones o saqueos a los equipajes, han mostrado un crecimiento en los últimos años; las previsiones por parte de las empresas de servicios aéreos al contratar personal de confianza, son insuficientes para erradicar este problema que ha tomado dimensiones desconocidas, pues no se cuenta con información estadística de estos hechos.

Opinión jurídica

Se trata de una observación de carácter opcional, debe solicitarse a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como Aeropuertos y Servicios Auxiliares, que implementen las medidas necesarias a fin de resguardar adecuadamente el equipaje desde que es entregado en los mostradores de documentación y confirmación de vuelo, hasta que se entregan en la aeronave respectiva. La disuasión del delito tiene que ver con la política criminal que se implemente, no solo por las autoridades encargadas de procurar justicia, si no de todas las dependencias y personas que tienen injerencia en derecho materia de estudio.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Transportes se pronuncian a favor del siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno federal, a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y a las autoridades aeroportuarias a fortalecer las medidas de seguridad necesarias en las aerolíneas, respecto a la seguridad del equipaje de los pasajeros en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 16 de abril de 2013.

La Comisión de Transportes

Diputados: Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares (rúbrica), Valentín González Bautista (rúbrica), María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), secretarios; Rafael Acosta Croda, José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Catalino Duarte Orrtuño, Raúl Santos Galván Villanueva (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez, Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), Javier Filiberto Guevara González (rúbrica), María del Rosario Martín García (rúbrica), Jesús Morales Flores (rúbrica), Nabor Ochoa López (rúbrica), Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Hugo Mauricio Pérez Anzueto (rúbrica), Francisco Tomás Rodríguez Montero (rúbrica), José Soto Martínez, Jorge Terán Juárez.

De la Comisión de Transportes, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la SCT a renovar la NOM-012-SCT-2-2008 para reducir el peso y las dimensiones máximas con que los vehículos de autotransporte pueden circular en las vías generales de comunicación

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Transportes de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno de la República, a que renueve la NOM-012-SCT-2-2008, a efecto de reducir el peso y dimensiones máximas con los que puedan circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación, presentada por el diputado Rafael Acosta Croda, del Grupo Parlamentario Partido Acción Nacional, expediente número 1269.

La Comisión de Transportes, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80 numeral 1, fracción VI, 81 numeral 2, 82, 84, 85, 157, 158 y 167, numeral 4 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, presenta a la honorable asamblea, el siguiente dictamen.

Antecedentes

1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados, celebrada el 14 de febrero de 2013, el diputado Rafael Acosta Croda, integrante del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que renueve la NOM-012-SCT-2-2008, a efecto de reducir el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación.

2. Con la misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, dictó trámite “Túrnese a la Comisión de Transportes, para dictamen”.

3. Con fecha 21 de marzo de 2013, el pleno de la Comisión de Transportes acordó turnar a la Subcomisión de Transporte Carretero de Carga, para la elaboración del predictamen correspondiente, la presente proposición con punto de acuerdo.

Derivado de lo anterior, esta comisión realizó diversos trabajos a efecto de revisar el contenido de la citada proposición con punto de acuerdo, con el objeto de expresar sus observaciones y comentarios a la misma e integrar el presente dictamen.

Contenido de la propuesta con punto de acuerdo

A lo largo de la historia el transporte ha sido una imperiosa dinámica en la vida de las sociedades. El transporte de personas o de mercancías debe ser regulado de tal forma que haga factible su realización en un marco de protección tanto a las personas (directa e indirectamente involucradas), a los bienes (propios y ajenos), y a los caminos (que para tal fin y otros más se construyen).

En este sentido, lamentablemente mucho han dejado que desear los resultados que arroja la legislación en esa materia. Aún y cuando su finalidad debe estar orientada a las características mencionadas, constantemente tenemos noticias de accidentes mortales ocasionados a consecuencia de la violación a la normatividad vigente; pero lo que es peor es que seguimos teniendo esas mismas noticias no obstante se acate las normatividad vigente. Y esto es así debido a que se debe de revisar, renovar y reducir el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación.

La Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2008 especifica tales condiciones, sin embargo después de sus más de 4 años de vigencia ha demostrado su ineficacia, o por lo menos, ha dejado mucho que desear y cientos de familias mexicanas irremediablemente afectadas.

Incesantemente son difundidos los accidentes que ocurren en la carretera México-Toluca, como por ejemplo el ocurrido en octubre pasado en el que un tráiler, aparentemente por quedarse sin frenos, se impacto contra 8 automovilistas en la zona de Santa Fe en donde las ambulancias no se daban abasto para atender a tantas personas lesionadas, sin mencionar el caos vial originado por el cierre total de dicha arteria vehicular; o por el similar ahí acontecido apenas a finales de diciembre en donde al parecer por la misma causa un tráiler cargado con toneladas de arena se volcó generando un trauma vial inaudito.

Pero la realidad es que estos accidentes se dan en toda la república sin cesar y día con día. En mi estado, Veracruz, no hay una sola semana en que no se presenten accidentes de vehículos pesados excesivamente, en el tramo de la autopista México-Veracruz conocido como Las Cumbres de Maltrata. O que tal con los que se presentan en La Rumorosa de Baja California; o los de las Cañadas de México-Querétaro, Querétaro-Irapuato, o Tepic-Mazatlán, o más cerca aún, que tal los que ocurren constantemente en la México-Puebla.

Según datos de la Organización Mundial de la Salud México ocupa el séptimo lugar mundial en muertes asociadas a accidentes automovilísticos, y el promedio diario de fallecidos en territorio nacional es de 55, lo que equivale a 20 mil cada año por esta situación.

Y es que no es necesariamente que un tráiler se quede sin frenos, es la imposibilidad de frenar para un vehículo de más de 22 metros de largo con doble semirremolque en la mayoría de los casos, con una carga de más de 32 toneladas de peso, desplazándose sobre una pendiente con 90 grados de inclinación, a más de 80 kilómetros por hora (Km/h), más las incidencias propias de la carretera, como oscuridad, asfalto húmedo, derrumbes, falta de señales, malas condiciones del camino originado por accidentes acontecidos con anterioridad, etcétera.

Compañeros legisladores, no podemos quedarnos ya más sin hacer nada o simulando hacer algo. Es menester reducir el peso y dimensiones máximas de los tractocamiones que transitan en las carreteras nacionales. Es impostergable reactivar el Sistema Ferroviario Mexicano pero no sólo en una parte de la república tal y como lo anunció el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, en su toma de protesta, lo cual es loable y debemos apoyar con base en nuestra facultad como diputados federales de aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación año con año: esta reactivación debe darse aunque gradualmente en todo el territorio nacional.

Bien podríamos como representantes populares empezar a revisar conjuntamente con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del gobierno de la república la Norma Oficial Mexicana 012-SCT-2-2008 a efecto de lograr finalmente una disminución sustancial en el número de accidentes fatales que ocurren en las diversas carreteras de nuestro país, así como también ir tratando el tema de la reactivación del Sistema Ferroviario Mexicano.

Consideraciones

1. La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

2. La Presidencia de la Comisión de Transportes, turnó a la Subcomisión de Transporte Carretero de Carga y ésta, durante la reunión del 11 de abril del presente año, llegó a la conclusión que comparte la inquietud del legislador autor de la proposición, en el preocupante hecho del número de accidentes, con lamentables pérdida de vidas que se presentan continuamente a lo largo y ancho de las carretas federales, muchos de ellos ocasionados por la sobrecarga de los camiones que circulan en ellas.

3. No obstante las revisiones que se han realizado de la norma de peso y dimensiones, en su definición ha prevalecido el interés particular de algunos grandes usuarios del transporte, por sobre el general del país, dejando de lado los argumentos eminentemente técnicos y de seguridad. Esta situación ha generado que en la norma vigente se autoricen pesos, en cada una de las configuraciones, muy superiores a los que se autorizan en los países con los que México tiene relaciones comerciales.

4. De acuerdo a lo establecido por la Ley Federal de Metrología y Normalización, el subcomité respectivo debería estar llevando a cabo los trabajos para la revisión quinquenal y, en su caso, modificación de la norma de peso y dimensiones, misma que culmina su vigencia el próximo 31 de mayo.

Por lo anteriormente expuesto, las y los diputados integrantes de la Comisión de Transportes, se pronuncian a favor de los siguientes:

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al gobierno federal, para que por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, informe a esta soberanía sobre el avance de los trabajos realizados para la revisión quinquenal de la NOM-012-SCT-2-2008.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, solicita respetuosamente al gobierno federal, que por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, presente a esta soberanía un estudio comparativo respecto de los pesos y dimensiones máximas que se autorizan en los países con los que México tiene tratados o acuerdos comerciales.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al gobierno federal, para que en los trabajos de revisión de la NOM-012-SCT-2008, sean consideradas las opiniones y recomendaciones de expertos en la materia, avalados por las principales instituciones de educación de nuestro país, a efecto de garantizar que en los mismos prevalezcan los criterios de imparcialidad técnicos y de seguridad.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, solicita respetuosamente al gobierno federal, que se acredite la participación de representantes de esta soberanía en los grupos de trabajo encargados de llevar a cabo la revisión de la NOM-012-SCT-2-2008.

Quinto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, solicita respetuosamente al gobierno federal para que, por conducto de las instancias correspondientes, se prorrogue la vigencia de la NOM-012-SCT-2-2008 actual, hasta en tanto no se concluyan los trabajos de su revisión. En el entendido de que todas las disposiciones transitorias contenidas en ella, han concluido su vigencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 16 de abril de 2013.

La Comisión de Transportes

Diputados: Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares (rúbrica), Valentín González Bautista (rúbrica), María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), secretarios; Rafael Acosta Croda, José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Catalino Duarte Ortuño, Raúl Santos Galván Villanueva (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez, Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), Javier Filiberto Guevara González (rúbrica), María del Rosario Merlín García (rúbrica), Jesús Morales Flores (rúbrica), Nabor Ochoa López (rúbrica), Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Hugo Mauricio Pérez Anzueto (rúbrica), Francisco Tomás Rodríguez Montero (rúbrica), José Soto Martínez, Jorge Terán Juárez.