Acuerdos


Acuerdos

De la Junta de Coordinación Política, por el que se establece el procedimiento para informar al Pleno de la Cámara los cambios que comuniquen los grupos parlamentarios en la integración de comisiones ordinarias, especiales, comités, de centros de estudio, grupos de trabajo y organismos internacionales permanentes durante el segundo receso del Primer Año de Ejercicio de la LXII Legislatura

La Junta de Coordinación Política, con fundamento en los artículos 33 y 34, numeral 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y

Considerando

I. Que el artículo 33 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establece que la Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad de la Cámara de Diputados y el órgano en el que se impulsan entendimientos y convergencias políticas a fin de alcanzar acuerdos para que el pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden;

II. Que el artículo 34, numeral 1, inciso b), del citado ordenamiento, establece que la Junta de Coordinación Política tiene la atribución de presentar a la Mesa Directiva y al pleno proyectos de acuerdo.

III. Que conforme a lo establecido en el artículo 34, numeral 1, inciso c) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, compete a la Junta de Coordinación Política proponer al Pleno la integración de las comisiones ordinarias, especiales, comités, centros de estudio, grupos de trabajo y organismos internacionales permanentes.

IV. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 44, numeral 2 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los coordinadores de los grupos parlamentarios podrán solicitar a la Junta de Coordinación política la sustitución temporal o definitiva de los integrantes de las comisiones y demás órganos legislativos de las y los diputados que formen parte de sus grupos.

V. Que en términos de lo dispuesto en la fracción VI del artículo 239 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Gaceta Parlamentaria es el instrumento idóneo para informar a la Asamblea de las sustituciones de integrantes de comisiones y demás órganos legislativos que los coordinadores de los grupos parlamentarios soliciten a la Junta de Coordinación Política.

VI. Que conforme a lo establecido en el artículo 23, numeral 1, inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Presidente de la Mesa Directiva es el facultado para dar curso a los asuntos y determinar los trámites que deban recaer a las solicitudes de sustitución de integrantes de las comisiones y demás órganos legislativos, por lo que tiene la atribución de instruir a la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados la publicación en la Gaceta Parlamentaria de las sustituciones solicitadas por los coordinadores de los grupos parlamentarios.

VII. Que conforme a lo dispuesto en el artículo 36, numeral 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Presidente de la Junta de Coordinación Política es responsable de velar por el cumplimiento de las decisiones que se adopten y, por lo tanto, es responsable de velar por la efectividad de las sustituciones que determinen los coordinadores de los grupos parlamentarios respecto de los integrantes de las comisiones y demás órganos legislativos.

VIII. Que las comisiones y demás órganos legislativos continúan desempeñando sus funciones durante los recesos de la Cámara, por lo que es fundamental que entren en vigor las sustituciones de sus miembros en cuanto sean solicitados por los coordinadores de los grupos parlamentarios.

Por lo antes expuesto, la Junta de Coordinación política adopta el siguiente

Acuerdo

Primero. Se autoriza al Presidente de la Junta de Coordinación Política para que durante el Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio de la LXII Legislatura, pueda solicitar al presidente de la Mesa Directiva que instruya la publicación en la Gaceta Parlamentaria de las designaciones y las sustituciones que los coordinadores de los grupos parlamentarios soliciten respecto a la integración de comisiones ordinarias, especiales, comités, grupos de trabajo y organismos internacionales permanentes.

Segundo. Las sustituciones o designaciones surtirán sus efectos formales a partir del día de su publicación en la Gaceta Parlamentaria.

Dado en el Recinto Legislativo de San Lázaro, a 23 de abril de 2013.

Diputado Luis Alberto Villarreal García (rúbrica)

Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional


Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica)

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional


Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica)

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática


Diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica)

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México


Diputado Ricardo Monreal Ávila (rúbrica p.a.)

Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano


Diputado Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica)

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo


Diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica p.a.)

Coordinadora del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza