Gaceta Parlamentaria, año XV, número 3636-IV, miércoles 31 de octubre de 2012
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Congreso del estado de Chihuahua para que actualice las disposiciones contenidas en su Código Civil, a efecto de reconocer, salvaguardar y garantizar la dignidad de las mujeres y la infancia, a cargo de la diputada Lourdes Quiñones Canales, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita diputada Lourdes Quiñones Canales a nombre propio y de diputadas federales, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, sometemos a la consideración del pleno de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de motivos
El pasado 18 de octubre, el Congreso del estado de Chihuahua aprobó las reformas al Código Civil del estado para posibilitar los matrimonios entre las parejas de 16 años de edad y 14 cuando haya embarazo, a saber:
Artículo 136. Para contraer matrimonio, el hombre y la mujer necesitan haber cumplido dieciséis años, salvo que exista embarazo se permitirá a los catorce años.
Entre los argumentos para aprobar dichas reformas, de acuerdo a lo señalado en medios de comunicación, entre los argumentos que se esgrimieron para aprobar la iniciativa están el alto índice de divorcios en la entidad, sobre todo en menores de edad y los usos y costumbres de los pueblos y comunidades indígenas.
Al respecto es menester destacar, que dichas reformas resultan una regresión en la materia, toda vez que se contrapone con la ley fundamental y con diversos instrumentos internacionales firmados y ratificados por México, entre los que destacan la Convención sobre los Derechos de la Niñez.
Las disposiciones aprobadas, además caminan en sentido contrario al andamiaje legal e institucional realizado en México, por medio por el cual se han seguido una serie de políticas públicas en defensa de los derechos de los infantes, así como para erradicar el embarazo en adolescentes.
A mayor abundamiento, las reformas al Código Civil en el estado de Chihuahua violan la Convención Internacional sobre los Derechos de la Niñez, aprobada en 1990 por el Estado mexicano y hace caso omiso a las recomendaciones hechas por el Comité de los Derechos del Niño de la ONU para que se eleve la edad en que las y los adolescentes puedan contraer matrimonio; para que las adolescentes no se embaracen a temprana edad; y para que se atienda de manera prioritaria la preocupación principal que debe tener el Estado: que las niñas y niños estudien y gocen de derechos que les permitan desarrollarse plenamente.
De acuerdo al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, UNICEF, en México el aumento en el número de embarazos no deseados ha llevado a que muchas niñas y adolescentes tengan hijos, se casen o vivan en pareja y la mayoría de ellas viven en zonas pobres y muchas han sido o son víctimas de violencia sexual.
Queda claro, que las niñas y adolescentes no están preparadas ni física, ni psicológica, ni emocionalmente para procrear o vivir en pareja, permitirlo, constituye una grave violación a sus derechos y constituye una barrera para su desarrollo.
Es menester que el Estado, en sus tres niveles y poderes de gobierno, realice lo conducente a efecto de garantizar el desarrollo integral de los infantes y adolescentes, así como garantizar los derechos de las niñas, adolescentes y mujeres.
Nuestro deber es difundir que los derechos de la infancia, de las y los adolescentes y de las mujeres está por encima de cualquier suposición, consideración o uso y costumbre.
En virtud de lo cual, se somete a la consideración la presente proposición con
Punto de Acuerdo
Único . Con pleno respeto a la soberanía del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, en un ánimo democrático que garantice la vigencia de los derechos de la infancia, de las y los adolescentes y de las mujeres, consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en diversos instrumentos internacionales de los que México es parte, se exhorta respetuosamente al Congreso del estado de Chihuahua para que, revise, analice y actualice las disposiciones contenidas en el Código Civil del estado, a efecto de reconocer, salvaguardar y garantizar la dignidad de las mujeres en las diferentes etapas de su vida y los derechos que le son intrínsecos. Así como para expedir a la brevedad la legislación que proteja los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Palacio Legislativo de San Lázaroa 31 de octubre de 2012
Diputados: Lourdes Quiñones Canales, María del Rocío García Olmedo, Maricruz Cruz Morales, Erika Yolanda Funes Velázquez, Aurora Denisse Ugalde Alegría, Francisca Elena Corrales Corrales, Emilse Miranda Munive, Dulce María Muñiz Martínez, Cristina González Cruz, María de la Paloma Villaseñor Vargas, Blanca María Villaseñor Gudiño, María de Jesús Huerta Rea, Marco Antonio González Valdez, María del Rocío Corona Nakamura, Celia Isabel Gauna Ruiz de León, Rafael González Reséndiz, María Leticia Mendoza Curiel, Alma Marina Vitela Rodríguez, Sonia Catalina Mercado Gallegos, María Carmen López Segura, Mayra Karina Robles Aguirre, María Concepción Navarrete Vital, Ma. Elena Cano Ayala, Alejandro Rangel Segovia, Petra Barrera Barrera, María Rebeca Terán Guevara, María Guadalupe Velázquez Díaz, Norma Ponce Orozco, Williams Oswaldo Ochoa Gallegos, Irazema González Martínez Olivares, Blanca Estela Gómez Carmona, María Esther Garza Moreno, José Enrique Doger Guerrero, Angelina Carreño Mijares, Leticia Calderón Ramírez, María de las Nieves García Fernández, Heriberto Manuel Galindo Quiñones, Jesús Antonio Valdés Palazuelos, Maricela Velázquez Sánchez, Mirna Esmeralda Hernández Morales, Manuel Añorve Baños, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Sergio Torres Félix, Raúl Santos Galván Villanueva, Adriana Hernández Iñiguez, María Guadalupe Sánchez Santiago, Miguel Ángel Aguayo López, Francisco Alberto Zepeda González, Juan Manuel Rocha Piedra, José Noel Pérez de Alba, Gloria Elizabeth Núñez Sánchez, Roy Argel Gómez Olguín, Lizbeth Loy Gamboa Song, Raymundo King de la Rosa, Eduardo Román Quian Alcocer, Oscar Bautista Villegas, José Everardo Nava Gómez, Esther Angélica Martínez Cárdenas, Tanya Rellstab Carreto, Adriana Fuentes Téllez, Kamel Athie Flores, Pedro Ignacio Domínguez Zepeda, Diana Karina Velázquez Ramírez (rúbricas)