Gaceta Parlamentaria, año XVI, número 3650-I, jueves 22 de noviembre de 2012
De la Secretaría de Gobernación, por la que se solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Susana Adame Carreón, Rosa María Jiménez Narváez, Patricia Oliva Romero, Gracia América Elorza Bonifaz Calvo, Álvaro Pacheco Ruvalcaba, Miguel Ángel Reyes Cabrera, Pedro Arellano Alvarado, Daniela Linet López García, Mariana Viñas Portilla, Mariana Colchado Durán, Els Michiel Ann Mestdagh, María Aydelia Pilar Mayela Gutiérrez Buces y Rocío Yaneth Córdova Montijo puedan prestar servicios en las Embajadas de Estados Unidos de América, del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y de Bélgica en México, así como en el Consulado del primero en Hermosillo, Sonora; e informa que Mónica Gabriela Marquina Gaxiola dejó de prestarlos en el Consulado General del mismo país en Guadalajara, Jalisco
México, DF, a 20 de noviembre de 2012.
Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes
Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que mediante el oficio número DEP 1441/ 12, la licenciada Betina Claudia Chávez Soriano, directora general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicita que se tramite ante el Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción II, Apartado C, del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que las personas que se citan a continuación puedan prestar servicios al gobierno extranjero que se menciona:
Nombre: Els Michiel Ann Mestdagh.
Puesto: Recepcionista.
Lugar de trabajo: Embajada de Bélgica en México.
Nombre: María Aydelia Pilar Mayela Gutiérrez
Buces.
Puesto: Asistente económica y comercial para la
región valona de Bélgica AWEX.
Lugar de trabajo: Embajada de Bélgica en México.
Nombre: Daniela Linet López García.
Puesto: Asistente de propiedades y mantenimiento.
Lugar de trabajo: Embajada del Reino Unido de la Gran
Bretaña e Irlanda del Norte en México.
Nombre: Mariana Viñas Portilla.
Puesto: Secretaria bilingüe.
Lugar de trabajo: Embajada del Reino Unido de la Gran
Bretaña e Irlanda del Norte en México.
Nombre: Rocío Yaneth Córdova Montijo.
Puesto: Empleada de visas.
Lugar de trabajo: Consulado de Estados Unidos de América
en Hermosillo, Sonora.
Nombre: Susana Adame Carreón.
Puesto: Coordinadora de viajes.
Lugar de trabajo: Embajada de Estados Unidos de América
en México.
Nombre: Rosa María Jiménez Narváez.
Puesto: Asistente administrativa.
Lugar de trabajo: Embajada de Estados Unidos de América
en México.
Nombre: Patricia Oliva Romero.
Puesto: Operadora telefónica.
Lugar de trabajo: Embajada de Estados Unidos de América
en México.
Nombre: Gracia América Elorza Bonifaz Calvo.
Puesto: Empleada de visas.
Lugar de trabajo: Embajada de Estados Unidos de América
en México.
Nombre: Álvaro Pacheco Ruvalcaba.
Puesto: Asistente de pasaportes y ciudadanías.
Lugar de trabajo: Embajada de Estados Unidos de América
en México.
Nombre: Miguel Ángel Reyes Cabrera.
Puesto: Asistente de pasaportes y ciudadanías.
Lugar de trabajo: Embajada de Estados Unidos de América
en México.
Nombre: Pedro Arellano Alvarado.
Puesto: Asistente en computación.
Lugar de trabajo: Embajada de Estados Unidos de América
en México.
Por lo anterior me permito anexar para la integración de los expedientes, copias certificadas de las actas de nacimiento y de la carta de naturalización mexicana, que acreditan la nacionalidad mexicana de dichas personas, y originales de los escritos donde solicitan que se realicen los trámites correspondientes, así como copias simples de las identificaciones oficiales.
Al mismo tiempo se informa que la persona que se cita a continuación solicita la cancelación del permiso concedido para prestar servicios al gobierno extranjero que se menciona:
Nombre: Mónica Gabriela Marquina Gaxiola.
Puesto: Asistente de visas.
Lugar de trabajo: Consulado General de Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
Atentamente
Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)
Titular de la Unidad de Enlace Legislativo
De la Secretaría de Gobernación, con las que remite tres contestaciones a puntos de acuerdo, aprobados por la Cámara de Diputados, relativos al consumo interno de frijol mexicano, al Programa de Apoyo a la Inversión en Equipamiento e Infraestructura, y a las estaciones de servicio de venta de combustible
México, DF, a 16 de noviembre de 2012.
Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes
En respuesta del oficio número DGPL 62-II-8-248, signado por el diputado José González Morfín, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número 112.2.-829/2012, suscrito por el licenciado Salvador Moreno Cerda, director general adjunto de Enlace con el Congreso de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como el anexo que en él se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a impulsar el consumo interno del frijol mexicano, e instaurar un programa urgente para la distribución y comercialización en el país.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
Atentamente
Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)
Titular de la Unidad de Enlace Legislativo
México, DF, a 15 de noviembre de 2012.
Maestro Antonio Hernández Legaspi
Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación
En atención de su oficio número SEL/ UEL/ 311/ 2965/ 12, del 31 de octubre de 2012, a través del cual nos remite punto de acuerdo, aprobado por el H. Congreso de la Unión, que exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a impulsar el consumo del frijol mexicano e instaurar un programa urgente para la distribución y comercialización en el país, me permito hacerle llegar la siguiente documentación:
Sobre el particular adjuntamos a la presente información con las observaciones y los comentarios que sobre el tema nos hizo llegar la Subsecretaría de Agricultura, mediante el oficio número 310.- 003011, del 13 de noviembre de 2012, con el cual se da respuesta a la información requerida.
Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.
Atentamente
Licenciado Salvador Moreno Cerda (rúbrica)
Director General Adjunto de Enlace con el Congreso
México, DF, a 13 de noviembre de 2012.
Licenciado Salvador Moreno Cerda
Director General Adjunto de Enlace con el Congreso
Presente
En referencia de su oficio número 112.2.- 813/ 2012, de fecha 9 de noviembre del presente año, mediante el cual nos remite el punto de acuerdo del Congreso de la Unión, aprobado en sesión celebrada el 30 de octubre, el cual de manera expresa manifiesta lo siguiente:
Exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, a través de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a impulsar el consumo del frijol mexicano e instaurar un programa urgente para la distribución y comercialización en el país.
Al respecto me permito informarle que esta subsecretaria ha implantado una serie de acciones de manera coordinada con los secretarios de Desarrollo Agropecuario de Chihuahua, Durango, San Luis Potosí y Zacatecas, así como los delegados de la Sagarpa de esos estados, contando con presencia de acopiadores y comercializadores del S-P Frijol, para llevar a cabo de manera integral mecanismos que permitan desplazar la cosecha P-V 2012 de forma adecuada, buscando obtener ingresos acordes con lo esperado para el sector productivo. De lo anterior se desprende las siguientes acciones de manera concreta:
Con el objetivo de apoyar con recursos, la Financiera Rural ha diseñado el esquema siguiente:
El esquema de financiamiento tendría como punto de partida para el aforo en el precio de 12.00 pesos, el cual se denominará precio de referencia. El aforo será de la siguiente manera:
1. Para Durango trae un soporte de 100 mil toneladas, de las cuales corresponden 80 mil a pintos, con un aforo a 50 por ciento, equivalente a 6.00 pesos; y 20 mil a negros, con un aforo de 55 por ciento, equivalente a 6.30 pesos.
2. Para Zacatecas trae un soporte de 57 mil toneladas, de las cuales 11 mil 400 corresponden a pintos, con un aforo a 50 por ciento; y 45 mil 600, a negros, con un aforo de 55 por ciento. A lo anterior hay que agregar las intervenciones de FIRA y de otras parafinancieras.
Por lo anterior se cubriría perfectamente el costo de producción, estimado en 4.80 pesos por kilogramo, y quedaría un remanente al productor.
En las reuniones celebradas con los sectores integrantes de la cadena productiva (productores, acopiadores y comercializadores, entre otros) se ha concertado el esquema administración de cosecha; es decir, el mercado no será saturado con producto en exceso para evitar el deterioro en el precio.
A la fecha, el esquema propuesto ha tenido resultados inmediatos, en virtud de que como mínimo se está pagando en la central de abasto de Distrito Federal un precio de 9.20 pesos para frijoles negros, que son los que pueden tener acceso con menor precio. Variedades preferentes como pintos, mayocobas y flores están alcanzando, como en el caso del mayocoba, precios de hasta 20.00 pesos. La Subsecretaria de Agricultura estará atenta ante cualquier desviación del programa que pudiera lesionar al sector productivo.
Respecto a la autorización de cupos, el del volumen autorizado de 150 mil toneladas para el presente ejercicio, únicamente han ingresado 33 mil (22 por ciento de lo autorizado) y considerando que ya no ingresara un mayor volumen que pueda afectar el desplazamiento de la producción nacional. La cancelación de los cupos en comento es atribución de la Secretaría de Economía, por lo que estaremos atentos a la respuesta de esa institución ante el requerimiento del Legislativo.
Asimismo, están por iniciarse gestiones con objeto de promover la venta de producto nacional de manera directa a institucionales gubernamentales tales Diconsa, la Sedena y el DIF, evitando con ello la intervención de comercializadores que encarecen el producto.
Sin otro particular, sea éste el conducto para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Ingeniero Simón Treviño Alcántara (rúbrica)
Director General de Fomento a la Agricultura
México, DF, a 15 de noviembre de 2012.
Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes
En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-11-8-0195, signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 112.2.824/2012, suscrito por el licenciado Salvador Moreno Cerda, director general adjunto de Enlace con el Congreso, de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a la liberación de recursos concernientes al Programa de Apoyo a la Inversión en Equipamiento e Infraestructura, particularmente en su componente sustitución de motores marinos ecológicos correspondiente al Estado de Yucatán.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
Atentamente
Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)
Titular de la Unidad de Enlace Legislativo
México, DF, a 14 de noviembre de 2012.
Maestro Antonio Hernández Legaspi
Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación
Presente
En atención a su oficio número SEL/UEL/311/2899/12, del 19 de octubre de 2012, a través del cual nos remite punto de acuerdo aprobado por el honorable Congreso de la Unión, exhortando a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y al de su órgano desconcentrado Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, a fin de que liberen los recursos concernientes al Programa de Apoyo a la Inversión en Equipamiento e Infraestructura, particularmente en su componente sustitución de motores marinos ecológicos correspondientes al Estado de Yucatán, me permito hacerle llegar la siguiente documentación:
Sobre el particular adjuntamos a la presente información con las observaciones y comentarios que sobre el tema nos hizo llegar la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), mediante oficio número DGI/05049/061112, del 6 de noviembre de 2012, con el cual se da respuesta a la información requerida.
Sin más por el momento, le envió un cordial saludo.
Atentamente
Licenciado Salvador Moreno Cerda (rúbrica)
Director General Adjunto de Enlace con el Congreso
Mazatlán, Sinaloa, 06 de noviembre de 2012.
Licenciado Salvador Moreno Cerda
Director General Adjunto de Enlace con el Congreso en la Coordinación General de Enlace Sectorial de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Presente
Me refiero al oficio número SEL/UEL/311/2899/2012, mediante el cual el maestro Antonio Hernández Legaspi, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Subsecretaria de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, informa que el día 18 de octubre de 2012, la Cámara de Diputados aprobó el punto de acuerdo mediante el cual se exhorta a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca para que liberen recursos relativos al Programa de Apoyo a la Inversión en Equipamiento e Infraestructura en Específico para el Componente Sustitución de Motores Marinos Ecológicos, para el ejercicio 2012, en el Estado de Yucatán.
Al respecto, hago de su conocimiento que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con base en la circular número 307-A.-3083, de fecha 29 de junio de 2012, mediante la cual estableció las disposiciones específicas para el cierre del ejercicio presupuestario 2012, entre las que destaca como fecha límite para los procedimientos de contratación, formalización y registro de los compromisos el 31 de julio de 2012; así como el mecanismo de cierre del ejercicio presupuestal 2012, disposiciones que son de observancia obligatoria para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por lo que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, retiró los recursos que no fueron comprometidos a través de algún instrumento jurídico que formalizara la operación de los mismos en coordinación con los gobiernos de los estados.
En ese sentido, le comunico que, derivado de que el gobierno del estado de Yucatán no participó en la ejecución del Componente antes citado, no fue posible contar con el instrumento jurídico para formalizar y comprometer los recursos necesarios para operar el componente Sustitución de Motores Marinos Ecológicos en esa entidad federativa, durante el periodo que dispuso la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para tal efecto en la circular antes referida, aunado a esto, la Subdelegación de Pesca en el estado de Yucatán no cuenta a la fecha con las facultades necesarias para formalizar el documento que permita la operación de manera directa del recurso, esto derivado de su reciente desincorporación de la Delegación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el estado.
Derivado de lo anterior, le informo que actualmente esta Dirección General ya no cuenta con recursos presupuestales disponibles para la operación del componente Sustitución de Motores Marinos Ecológicos.
Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Arquitecto José Manuel Soto López (rúbrica)
Director General
En ausencia del director general de Infraestructura, firma el director de Estudios y Proyectos, ingeniero Sofío Hernández Lorenzo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por lo cual se delegan las facultades que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012.
México, DF, a 16 de noviembre de 2012.
Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente
En respuesta al oficio número D.G.P.L. 62-II-8-0161 signado por el diputado Francisco Arroyo Vieyra, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 200/SDT/0153/2012 suscrito por el Rafael Adrián Avante Juárez, subsecretario del Trabajo y Previsión Social, así como el anexo que en él se menciona, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo al marco regulatorio del Protocolo en materia de seguridad e higiene que tienen que cumplir los operadores de estaciones de servicio de venta de combustibles (gasolineras).
Sin otro particular, reciban un cordial saludo
Atentamente
Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)
Titular de la Unidad de Enlace Legislativo
México, DF, 14 de noviembre de 2012.
Licenciado Rubén Alfonso Fernández Aceves
Subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación
Presente
Me refiero al atento oficio número SEL/UEL/311/2866/12, mediante el cual se remite punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 11 de octubre pasado, en el que exhorta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a revisar y modificar, en su caso, el marco regulatorio del Protocolo en materia de seguridad e higiene que tienen que cumplir los operadores de estaciones de servicio de venta de combustibles (gasolineras), a efecto de otorgar un mayor plazo para su implementación.
Al respecto, comunico a usted que se ha tomado debido conocimiento del acuerdo de mérito, siendo importante resaltar por parte de esta Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), lo siguiente:
El protocolo de inspección en materia de seguridad e higiene para estaciones de servicio, es un documento interno de esta secretaría, el cual tiene como finalidad unificar criterios a nivel nacional y agilizar el desahogo de las inspecciones practicadas en este tipo de establecimientos, cuyo marco jurídico está conformado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el Reglamento General para la Inspección y Aplicación de Sanciones por Violaciones a la Legislación Laboral, y el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, así como por las Normas Oficiales Mexicanas aplicables a la actividad.
La revisión del cumplimiento de la normatividad laboral para el caso de los operadores de estaciones de servicio de venta de combustibles (gasolineras), se basa en la aplicación de las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) en materia de seguridad y salud en el trabajo, conforme a la naturaleza de su actividad, escala y factores de riesgo asociados.
A este respecto, conviene mencionar que para efecto de facilitar la identificación de las NOM que le aplican a un centro de trabajo, la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo dependiente de la STPS, desarrolló el asistente para la identificación de las Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo, que se puede consultar a través de la página electrónica de esta Secretaría, el cual permite conocer de manera organizada los diversos requerimientos aplicables de dichas disposiciones, agrupando los requisitos de manera funcional.
Adicionalmente, también se cuenta en la página electrónica de la STPS, con el Módulo para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo, a fin de que los centros de trabajo puedan realizar una revisión para determinar el grado de cumplimiento de las NOM, al igual que las medidas preventivas y correctivas por adoptar.
Se destaca que el resultado del asistente y el módulo no es limitativo y su confiabilidad está en función de la veracidad y exactitud de las respuestas e información proporcionada por el usuario. A manera de ejemplo, se adjunta al presente el documento que genera el asistente para la identificación de las Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo, para un centro de trabajo con las características generales de las estaciones de servicio de venta de combustibles (gasolineras), así como el documento generado por el Módulo para la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo.
Aunado a lo expuesto, es de precisarse que en abril de 2011, la STPS llevó a cabo el programa de inspección a Estaciones de Servicio en seguimiento a lo establecido en el artículo 527 último párrafo de la Ley Federal del Trabajo, en el que se dispone como de competencia federal la aplicación de las normas laborales respecto de las obligaciones de los patrones en las materias de seguridad e higiene y de capacitación y adiestramiento en los centros de trabajo de cualquier rama de industria, efectuándose un total de 446 inspecciones, en las que se dictó mil 935 medidas técnicas de seguridad e higiene, en beneficio de 2 mil 958 trabajadores.
Ese año, después de haberse reunido el 15 y 16 de noviembre y el primero de diciembre con representantes de la Organización Nacional de Expendedores de Petróleo, AC, (Onexpo), la STPS modificó el Protocolo de inspección en materia de seguridad e higiene para estaciones de servicio.
Posteriormente, en marzo y junio de 2012 se realizaron reuniones, en las que participaron representantes de Onexpo y Petróleos Mexicanos, a fin de tratar asuntos relacionados con los requerimientos de seguridad e higiene del protocolo en comento; en tanto que en mayo de este mismo año, se presentó una ponencia en la XXIV Convención de la referida organización, a fin de dar a conocer los trabajos que se han desarrollado con su personal para definir el Protocolo para estaciones de servicio 2012, y en el propio mes de junio, para la aplicación de dicho instrumento se realizaron visitas de orientación y asesoría a dos estaciones del estado de Chihuahua y una en Tijuana, Baja California.
Por otra parte, debe tomarse en cuenta que durante el desahogo de una inspección los inspectores comisionados realizan un recorrido por las instalaciones del centro de trabajo a fin de detectar actos o condiciones inseguras que pongan en riesgo la vida, salud o integridad física de los trabajadores, plasmando en el acta respectiva las medidas sugeridas, mismas que son notificadas a la empresa mediante un emplazamiento técnico de medidas de seguridad e higiene, donde se establece el tiempo que se tiene para dar cumplimiento a cada una de ellas. Los plazos otorgados para su cumplimiento pueden ser de aplicación inmediata y hasta de 90 días, dependiendo del riesgo que represente la medida sugerida.
Independientemente de lo anterior, los particulares pueden solicitar ante esta secretaría una ampliación del plazo otorgado, argumentando y motivando su petición. Dicha ampliación no excederá en ningún caso la mitad del plazo previsto originalmente.
En el presente año se han efectuado un total de 232 inspecciones a estaciones de servicio, beneficiando con ello a 4 mil 20 trabajadores, en las que se dictaron un total de 8 mil 568 medidas.
Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
Atentamente
Rafael Adrian Avante Juárez (rúbrica)
Subsecretario de Trabajo y Previsión Social
Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo Aplicables al Centro de Trabajo por Sección
Fecha: 26 de octubre de 2012.
Nombre o razón social:
Centro de trabajo: Gasolinera registro patronal:
Área, departamento o sección: todo el centro de trabajo Domicilio: ...Tlalpan, Distrito Federal
Representante legal:
Normas aplicables
Con base en la información proporcionada en el asistente, las normas aplicables al centro de trabajo son:
Normas de seguridad
NOM-00l Edificios, locales e instalaciones NOM-002 Prevención y protección contra incendios.
NOM-005 Manejo, transporte y almacenamiento de sustancias peligrosas NOM-009 Trabajos en altura.
NOM-020 Recipientes sujetos a presión y calderas NOM-022 Electricidad estática.
NOM-029 Mantenimiento de instalaciones eléctricas Normas de salud.
NOM-025 Iluminación.
Normas de organización
NOM-017 Equipo de protección personal NOM-019 Comisiones de seguridad e higiene NOM-021 Informes sobre riesgos de trabajo NOM-026 Colores y señales de seguridad.
NOM-030 Servicios preventivos de seguridad y salud.
Secciones o disposiciones específicas de las normas aplicables:
NOM-00l Edificios, locales e instalaciones Obligaciones del patrón: 5.1., 5.2., 5.3., 5.4., 5.5., 5.6. Obligaciones de los trabajadores: 6.1., 6.2., 6.3.
Condiciones generales: 7.1., 7.1.1., 7.1.2., 7.1.3., 7.1.4., 7.1.5., 7.1.6., 7.2., 7.3., 7.4.
Condiciones específicas: 7.5., 7.5.1., 7.5.2., 9., 9.1., 9.2., 9.3., 9.4., 9.8., 9.9.
NOM-002 Prevención y protección contra incendios
Obligaciones del patrón: 5., 5.1., 5.2., 5.3., 5.4., 5.5., 5.7., 5.8., 5.9., 5.12.
Obligaciones de los trabajadores: 6., 6.1., 6.2., 6.3., 6.4., 6.5., 6.6., 6.7., 6.8., 6.9.
Condiciones generales: 7., 7.1., 7.2., 7.3., 7.4., 7.5., 7.5.1., 7.5.2., 7.5.3., 7.6., 7.6.1., 7.6.2., 7.7., 7.8., 7.9., 7.10., 7.11., 7.12., 7.13., 7.14., 7.15., 7.16., 7.17., 7.18., 7.19., 8., 10., 10.1., 10.2., 11., 11.1., 11.2., 11.5., 101., 101.1., 101.1.1., 101.1.2., 101.1.3., 101.1.4., 101.1.5., 101.1.6., 101.2.
Condiciones específicas: 5.6., 5.11., 8.2., 9.1., 9.2., 9.3., 10.3., 11.3., 11.4., 5.10.2., 8.1.2.
NOM-005 Manejo, transporte y almacenamiento de sustancias peligrosas
Obligaciones del patrón: 5.1., 5.2., 5.3., 5.4., 5.5., 5.6., 5.7., 5.8., 5.9., 5.10., 5.11., 5.12., 5.13., 5.14., 5.15., 5.16., 5.17.
Obligaciones de los trabajadores: 6.1., 6.2., 6.3., 6.4., 6.5.
Condiciones generales: 7., 7.1., 7.2., 8, 9.6., 9.9., 9.10., 9.11.
Condiciones específicas: 9.2., 9.4., 9.5., 9.7., 9.8.
NOM-009 Trabajos en altura
Obligaciones del patrón: 5., 5.1., 5.2., 5.3., 5.4., 5.5., 5.6., 5.7., 5.8., 5.10., 5.11., 5.12., 5.13., 5.14., 5.15.
Obligaciones de los trabajadores: 6, 6.1., 6.2., 6.3., 6.4., 6.5.
Condiciones generales: 7., 7.1., 7.2., 7.3., 7.6., 7.7., 7.8., 7.9., 7.10., 7.11., 7.12., 7.13., 7.14., 7.15., 8., 8.1., 8.1.1., 8.1.2., 13., 13.1., 14., 14.1., 14.2., 14.3., 15., 15.1., 16., 16.1., 16.2.
Condiciones específicas: 12.1., 12.2., 12.3., 12.4., 16.6.
NOM-020 Recipientes sujetos a presión y calderas
Obligaciones del patrón: 5., 5.1., 5.2., 5.3., 5.5., 5.6., 5.7., 5.8., 5.9., 5.11., 5.14., 5.18.
Obligaciones de los trabajadores: 6., 6.1., 6.2., 6.3., 6.4., 6.5.
Condiciones generales: 7., 8., 8.1., 9., 11., 12., 12.1., 13., 13.7., 13.7.1., 14., 14.1., 14.2., 14.3., 17., 17.2., 18.
Condiciones específicas: 5.4., 5.10., 5.12., 5.15., 5.16., 5.17., 7.1.1., 9.2., 10.1., 11.1., 11.1.2., 11.2., 11.2.2., 11.3., 11.3.2., 12.1.2., 12.2., 12.2.1., 13.1., 13.2., 13.3., 13.5., 14.4., 15., 17.1., 18.1., 18.2., 18.3., 18.4.
NOM-022 Electricidad estática
Obligaciones del patrón: 5.1., 5.2., 5.3., 5.4., 5.5., 5.6., 5.7.
Obligaciones de los trabajadores: 6.1., 6.2.
Condiciones generales: 7.1., 7.2., 7.3., 7.4., 7.5., 7.6., 7.7., 8.1., 8.2., 8.3., 9.1., 9.2., 9.3., 9.3.1.
NOM-029 Mantenimiento de instalaciones eléctricas
Obligaciones del patrón: 5., 5.1., 5.2., 5.3., 5.4., 5.5., 5.6., 5.7., 5.8., 5.9., 5.10., 5.11., 5.12., 5.13., 5.14., 5.15., 5.16., 5.17., 5.18., 5.19., 5.20.
Obligaciones de los trabajadores: 6., 6.1., 6.2., 6.3., 6.4., 6.5., 6.6., 6.7., 6.8., 6.9.
Condiciones generales: 7., 7.1., 7.2., 7.3., 7.4., 8., 8.1., 8.2., 8.3., 8.4., 9., 9.1., 9.2., 9.3., 9.4., 9.5., 10., 10.1., 10.2., 10.3., 10.4., 10.5., 10.6., 13., 13.1., 14., 14.1., 14.2.
NOM-025 Iluminación
Obligaciones del patrón: 5.1., 5.2., 5.3., 5.4., 5.5., 5.6., 5.7., 5.8., 5.9., 5.10., 5.11.
Obligaciones de los trabajadores: 6.1, 6.2, 6.3, 6.4
Condiciones generales: 7, 8., 8.1., 8.2, 9., 9.1., 9.1.1., 9.1.2., 10., 10.1., 10.2., 10.3., 10.4., 11., 12., 12.1.
NOM-017 Equipo de protección personal.
Obligaciones del patrón: 5.1., 5.2., 5.3., 5.4., 5.5., 5.5.1., 5.5.2., 5.6., 5.7., 5.8.
Obligaciones de los trabajadores: 6.1., 6.2., 6.3., 6.4.
Condiciones generales: 7., 7.1.
NOM-019 Comisiones de seguridad e higiene
Obligaciones del patrón: 5., 5.1., 5.2., 5.3., 5.4., 5.5., 5.6., 5.7., 5.8., 5.9., 5.10., 5.11., 5.12., 5.13., 5.14.
Obligaciones de los trabajadores: 6., 6.1., 6.2., 6.3., 6.4., 6.5., 6.6., 6.7.
Condiciones generales: 7, 7.1., 7.2., 7.3., 7.4., 7.5., 7.6., 8., 8.1., 8.2., 8.3., 8.4., 9., 9.1., 9.2., 9.3., 9.4., 9.5., 9.6., 9.7., 9.8., 9.9., 9.10., 9.11., 9.12., 9.13., 10., 10.1., 10.2., 10.3., 11., 11.1., 11.2., 11.3., 11.4.
NOM-021 Informes sobre riesgos de trabajo
Obligaciones del patrón: 3.1., 3.1.1., 3.1.2., 3.1.3., 3.1.4., 3.2., 3.2.1., 3.2.2., 3.2.3., 3.3., 3.3.1., 3.3.2., 3.3.3.
NOM-026 Colores y señales de seguridad Obligaciones del patrón: 5.1., 5.2., 5.3., 5.4.
Obligaciones de los trabajadores: 6.1., 6.2.
Condiciones generales: 7.1., 7.2., 8, 8.1., 8.2., 8.2.1., 8.2.2., 8.2.3., 8.2.4., 8.2.5., 8.3., 8.3.1., 8.3.2., 8.4., 8.5., 8.5.1., 8.5.2., 8.5.3., 8.6.
NOM-030 Servicios preventivos de seguridad y salud
Obligaciones del patrón: 4., 4.1., 4.2., 4.3., 4.5., 4.6., 4.7., 4.8., 4.9.
Condiciones generales: 5., 5.1., 5.2., 5.3., 5.4., 5.5., 5.6., 5.7., 5.8., 5.9., 6., 7.
Condiciones específicas: 4.1.1., 4.4.1., 6.2., 7.2.
Información que sustenta las normas aplicables:
Se anexan preguntas formuladas y respuestas proporcionadas
Disposiciones sobre sustancias químicas:
Se adjunta clasificación, límites permisibles, procedimientos de medición y riesgos físicos y a la salud de las sustancias que almacena, procesa o transporta el centro de trabajo.
Términos y restricciones de la información proporcionada:
El Asistente para la Identificación de Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo ti ene por objeto poner a disposición de los empleadores, trabajadores, comisiones de seguridad e higiene, investigadores y demás sujetos interesados, un instrumento que les oriente sobre las principales disposiciones que le son aplicables en la materia, de acuerdo con la actividad económica, escala y factores de riesgo asociados a los procesos productivos de cada centro de trabajo.
Dicha herramienta se sustenta en las respuestas que proporciona el usuario a una serie de preguntas diseñadas para identificar tanto la actividad económica, como los factores de riesgo relacionados con los procesos y las características del centro de trabajo.
La confiabilidad de los resultados del asistente para la identificación de las Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo se sustenta en la veracidad y exactitud de las respuestas e información proporcionada por el usuario.
El cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas identificadas por el Asistente, no exime a los sujetos obligados del cumplimiento de otras Normas Oficiales Mexicanas o disposiciones legales y reglamentarias que, según cada caso, resulten aplicables.
De la Cámara de Senadores, con las que remite cuatro proposiciones con punto de acuerdo a fin de que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 se asignen recursos a diferentes ramos, presentadas por integrantes de diversos grupos parlamentarios
México, DF, a 20 de noviembre de 2012.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Itzel Sarahí Ríos de la Mora, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, para que en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2013 se destinen 165 millones de pesos para el control y mitigación de la plaga del huanglongbing en el estado de Colima.
La presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)
Vicepresidente
La suscrita senadora Itzel Sarahí Ríos de la Mora, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXII Legislatura, con fundamento en el artículo 8, numeral 1, fracción II, y artículo 276 del Reglamento del Senado de la República presenta ante esta soberanía la proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes.
Consideraciones
El pasado 30 de octubre del actual, ante el pleno de esta asamblea, punto de acuerdo mediante el cual se solicitaban tres acciones fundamentales.
Primero. Se exhorta respetuosamente al gobierno federal, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), a que cumpla con lo establecido en la Ley Federal de Sanidad Vegetal, a efecto de que realice las acciones necesarias para combatir la plaga conocida como Dragón Amarillo.
Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), a que se modifiquen las Reglas de Operación del Programa de Empleo Temporal 2012 y sean considerados para las de 2013, a efecto de que se incluyan a los jornaleros agrícolas que hayan perdido sus cosechas por fenómenos climáticos y/o fitosanitarios.
Tercero. Se exhorta respetuosamente a la Cámara de Diputados para que en el Decreto de Presupuesto de Egresos de 2013 se asignen mayores recursos a programas que combatan la propagación de plagas.
Este punto de acuerdo, fue aprobado por unanimidad como muestra de que los temas sociales y del sector agropecuario son fundamentales y de importancia toral en los asuntos que esta LXII Legislatura abordará durante su vigencia.
A raíz de este punto de acuerdo la Sagarpa publicó en el Diario Oficial de la Federación la relación sobre los estados y las zonas bajo control fitosanitario con presencia del Dragón Amarillo, fueron incluidos nueve estados, entre ellos Colima.
En el estado de Colima, esta situación es muy grave, y lo peor del caso que esta plaga no se ha podido controlar y sigue aumentando día con día.
El problema lo ubicamos en dos vertientes, el económico-productivo y el social, de seguir sin control esta plaga nos encontramos ante un enorme problema social en potencia, el cultivo de limón da trabajo a miles de jornaleros y es el sustento de sus respectivas familias por lo que es necesario implementar acciones precisas para su atención, ya que, prácticamente quedaran sin fuente de ingresos, por un periodo de poco mas de 4 meses.
Otro elemento a considerar es que el cultivo del limón es realizado en más de 20 mil hectáreas, del cual dependen 3 mil productores y 20 mil jornaleros, estas cifras representan 50 por ciento de los empleos generados en la actualidad para el estado de Colima, según algunas estimaciones las pérdidas de empleo en la citricultura serían por el orden de los 2 millones 764 mil 800 jornales.
Esta situación se reflejará en la pérdida de ingresos para doce mil jornaleros, los cuales al quedarse sin empleo tendrán que buscar alguna forma para el sustento personal y de sus familias, de lo contrario quedarán en condiciones desfavorables, sin tener alternativas de un ingreso para subsistir y atender sus necesidades básicas.
Los principales programas institucionales se encuentran la mayoría de ellos en cierre de ejercicio fiscal por lo que es poco probable poder incluirlos en el próximo año.
El Congreso del Estado de Colima se planteó esa reflexión sobre cómo atender las necesidades básicas de los jornaleros y sus familias durante este mes de noviembre y hasta febrero del próximo año. La alimentación de los niños, adultos y personas de la tercera edad que dependen y habitan la misma vivienda, servicios asistenciales de salud, en especial de los niños y adultos de la tercera edad, garantizar la asistencia regular de los niños a la escuela, así como el mantenimiento de sus servicios domésticos como el agua, luz, gas, son entre otros algunos servicios y necesidades básicas que cotidianamente enfrentaran los jornaleros y sus familias, durante estos poco más de cuatro meses. Los precarios ingresos que perciben no les alcanzan para generar ahorros que pudieran ayudarles en situaciones como la actual, la cual puede ocasionar serios daños a la salud pública de miles de jornaleros.
Resultado de esta reflexión el Congreso del Estado de Colima aprobó un acuerdo que a la letra dice:...se exhorta al Poder Ejecutivo federal, a que gire las indicaciones pertinentes al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para la creación de un fondo emergente de recursos financieros, el cual se destinaría de manera inmediata, a la atención de las necesidades básicas de alimentación, salud, educación, servicios asistenciales y básicos de agua, luz, gas, entre otros servicios, para la atención de las familias de los jornaleros que están perdiendo su empleo, como consecuencia de los bajos niveles de producción , generada por la afectación de la plaga denominada Dragón Amarillo
Además de otro resolutivo que dice.... solicita, adicionalmente, que el pleno del honorable Congreso de la Unión, valore y considere la pertinencia y prioridad, de asignar recursos financieros suficientes, dentro de la iniciativa de proyecto de presupuesto del gobierno federal para el próximo ejercicio fiscal de 2013, para la atención efectiva e integral de esta emergencia social que persistirá hasta erradicarse por completo del territorio estatal colimense.
Los recursos que se han calculado para llevar a cabo estas acciones alcanzan el monto de los 165 millones de pesos. Cifra que de aprobarse en el próximo presupuesto traería grandes beneficios para miles de jornaleros y sus familias.
Por todo lo anteriormente expuesto someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, para que en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013 se destinen 165 millones de pesos para el control y mitigación de la plaga del huanglongbing (HLB) en el estado de Colima.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados a los 20 días del mes de noviembre de 2012.
Senadora Itzel Sarahí Ríos de la Mora (rúbrica)
México, DF, a 20 de noviembre de 2012
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que, en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Marcela Torres Peimbert y Francisco Domínguez Servién, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados a que, en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2013, se asigne una ampliación presupuesta I al Instituto Politécnico Nacional por 59 millones 625 mil pesos para finalizar la construcción del Centro de Investigación en Ciencia Avanzada y Tecnología Aplicada en el estado de Querétaro.
La Presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)
Vicepresidente
Marcela Torres Peimbert y Francisco Domínguez Servién, Senadores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, sometemos a la consideración del Pleno de esta Soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo a través del cual se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, para que en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2013, se asigne una ampliación presupuestal al Instituto Politécnico Nacional por cincuenta y nueve millones seiscientos veinticinco mil pesos, para finalizar la construcción del Centro de Investigación en Ciencia Avanzada y Tecnología Aplicada (CICATA) en el estado de Querétaro, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
De conformidad con la fracción V del artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el Estado además de impartir la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior, deberá promover y atender todos los tipos y modalidades educativos, incluyendo entre éstas a la educación superior necesaria para el desarrollo de la nación, asimismo tiene la obligación de apoyar a la investigación científica y tecnológica.
En cumplimiento de lo dispuesto por la Constitución, el Estado Mexicano se ha encargado de fortalecer instituciones de educación superior a lo largo y ancho del país. Como claro ejemplo tenemos al Instituto Politécnico Nacional, el cual desde su fundación en el año de 1936, tiene como uno de sus principios rectores el de integrar y estructurar un sistema de enseñanza técnica, mismo que ha consolidado a través de los años mediante la construcción de diversos campus no sólo en la zona metropolitana sino también en el interior de la República, descentralizando el conocimiento.
El Instituto Politécnico Nacional, desde su creación en 1936 ha formado a profesionales en diversas áreas del conocimiento técnico y científico, ponderándose como una de las Instituciones Educativas de mayor renombre no sólo en México sino también en Latinoamérica. La empresa inglesa QS World University Ranking ubicó en su ranking 2011 al Instituto Politécnico Nacional en el número 16 de entre más de 200 Universidades Latinoamericanas.
Cabe Señalar que en el año de 2011, el IPN atendió a una matrícula de más de 153 mil estudiantes en el sistema escolarizado, 144 mil a distancia y 61 mil en centros de idiomas. Según cifras del mismo Instituto, éste cuenta con 81 unidades académicas, distribuidas a lo largo de 17 de las 32 Entidades Federativas del Territorio Mexicano, 26 Escuelas de Nivel Superior, 20 Centros de Investigación Científica y Tecnológica, 12 Centros de Educación Continua y a distancia, 7 Unidades de Apoyo y 17 Centros de Nivel Medio superior.
El CICATA-IPN es el Centro de Investigación en Ciencia Aplicada y Tecnología Avanzada. Es un centro relativamente nuevo del Instituto Politécnico Nacional que inició sus actividades el 3 de septiembre de 1996, en sus cuatro unidades: Distrito Federal, Puebla, Querétaro y Tamaulipas. El CICATA-IPN está concebido para servir de enlace entre la comunidad científica y los sectores productivos de bienes y servicios, atenderlos y ofrecerles soluciones a sus inquietudes de desarrollo tecnológico, innovación y transferencia tecnológica.
En particular, el crecimiento de la planta física del CICATA Querétaro ha sido progresivo, conforme a la disponibilidad de recursos.
El proyecto tiene como objetivo crear infraestructura de planta física, de manera progresiva para un mejor aprovechamiento de los recursos disponibles. La construcción del CICATA-IPN Querétaro se considera un proyecto que traerá al Estado la formación de cuadros profesionales, que desempeñaran un papel de generadores de riqueza social. La construcción del CICATA-IPN Querétaro contribuirá a incrementar la productividad, la calidad en la formación de los egresados, en pro de la excelencia, el crecimiento del patrimonio institucional para el cumplimento de su responsabilidad social.
La construcción del Edificio Central del CICATA Querétaro (Centro de Investigación en Ciencia Avanzada y Tecnología Aplicada) permitirá:
1. Contribuir a incrementar la productividad.
2. Contribuir a incrementar la calidad en la formación de los egresados, en pro de la excelencia.
3. El crecimiento del patrimonio institucional para el cumplimiento de su responsabilidad social.
Entre los beneficios derivados de la operación del IPN, está el de generar productores de riqueza social. Según consideraciones del propio IPN, tan solo el número causantes de impuesto, egresados del instituto, que se incorporan a los ya existentes. El número anual de egresados titulados de la institución es de 10,068
Según ese mismo cálculo de beneficios del Instituto, estos recién egresados, en su primer año de ejercicio profesional contribuirían tan sólo en 2006 (fecha en la cual se realizó el proyecto) con 17.232 millones de pesos por concepto de pago de impuestos. Suponiendo razonablemente que en el primer año de ejercicio profesional los nuevos profesionistas pueden obtener ingresos mensuales promedio del orden de 3,200 pesos. Por otro lado, estimando para este proyecto un factor de participación de 18,000,000/6779X100=0.265%, el beneficio fiscal aportado a la nación, atribuible a este proyecto, sería de $45,664.76, durante el primer año. Sin embargo el monto de esta recaudación crecería anualmente en función de que la percepción económica por los sueldos, regalías y/u honorarios se ha observado crece en función del tiempo, además de que cada año hay nuevos egresados con su consecuente incorporación a las responsabilidades tributarias.
Como mexicanos estamos conscientes de la importancia y beneficios que a mediano y largo plazo trae consigo el fortalecimiento de la educación de alta calidad en todos y cada uno de los rincones de nuestro país, como Senadores representantes del Estado de Querétaro consideramos necesario concluir cuanto antes la construcción del CICATA-IPN, a favor de profesionalización la juventud Queretana
Por todo lo anteriormente expuesto, someto a la consideración del Pleno de esta Soberanía, el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, para que en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2013, se asigne una ampliación presupuestal al Instituto Politécnico Nacional por cincuenta y nueve millones seiscientos veinticinco mil pesos, para finalizar la construcción del Centro de Investigación en Ciencia Avanzada y Tecnología Aplicada en el Estado de Querétaro.
Salón de sesiones del Senado de la República, a 20 de noviembre de 2012.
Atentamente
Senadora María Marcela Torres Peimbert (rúbrica)
Senador Francisco Domínguez Servién (rúbrica)
México, DF, a 20 de noviembre de 2012.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Martha Elena García Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo que exhorta al gobierno federal a continuar aplicando acciones afirmativas a favor de las madres solteras con el objeto de que concluyan sus estudios de educación superior; y a la Cámara de Diputados a contemplar dentro del anexo 10 del Presupuesto de Egresos de la Federación un aumento de recursos dirigidos a la atención de madres solteras que deseen concluir sus estudios de educación profesional especializada técnica o de licenciatura.
La Presidencia dispuso que el primer resolutivo de dicho punto de acuerdo, que se anexa, se turnara a la Comisión de Ciencia y Tecnología, y el segundo a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)
Vicepresidente
La que suscribe, Martha Elena García Gómez, senadora del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al gobierno federal a través del Conacyt a continuar aplicando acciones afirmativas a favor de las madres solteras con el objeto de que concluyan sus estudios de educación superior y a reducir la brecha de género persistente entre mujeres y hombres; y a la Cámara de Diputados a contemplar dentro del anexo 10 del Presupuesto de Egresos de la Federación un aumento de recursos dirigidos a la atención de madres solteras que deseen concluir sus estudios de educación profesional especializada técnica ó de licenciatura, con miras a fortalecer su formación profesional, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La inclusión de las mujeres al mercado laboral, ha contribuido a la desaparición del modelo tradicional de la familia, no obstante no ha sido posible consolidar un modelo familiar en que se concilien los tiempos y trabajos derivados de las responsabilidades profesionales y familiares, lo anterior ha exigido a las mujeres adaptarse en la organización del trabajo de cuidado y no contemplar posibilidades profesionales para su desarrollo.
La realidad para aquellas que se encuentran en edades reproductivas y deciden ejercer la maternidad, implica que sus decisiones con respecto al desarrollo académico sean postergadas. Por ello, quienes coinciden con esta situación, tienden a abandonar sus estudios por considerar prioritario dedicarse de lleno a la maternidad y a las responsabilidades del hogar que históricamente les han sido asignadas.
Aunado a ello, el proceso de incorporación laboral de las mujeres ha significado introducirse a una esfera mayormente ocupada por los hombres, la cual funciona de la manera que lo hace en virtud de que no visibiliza situaciones propias de la esfera reproductiva, para la cual se requieren libertad de tiempos y espacios necesarios para la atención de las tareas de cuidado y del hogar. En este sentido, el modelo masculino de participación laboral no puede ser generalizable, ya que se limita su autonomía y su desarrollo profesional, y por otro lado se descuida potencialmente el ámbito familiar.
Además de que esta doble participación de las mujeres en el mercado laboral y en el ámbito familiar ha derivado en dobles y triples jornadas de trabajo, inestabilidad laboral, brechas salariales entre mujeres y hombres por la realización de un mismo trabajo, estrés, etcétera, y por consiguiente una posibilidad casi nula para dedicar tiempo al desarrollo profesional.
No obstante, esta problemática ha sido abordada por algunas instituciones a través de políticas públicas que ayuden a eliminar la desigualdad existente entre mujeres y hombres en esta área. En este sentido, resulta necesario que las instituciones que entre sus atribuciones apoyan el desarrollo académico incorporen en sus políticas el enfoque de género, con la finalidad de visibilizar las inequidades que viven las mujeres.
El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), de conformidad con lo dispuesto en las atribuciones que le confiere la Ley de Ciencia y Tecnología y su Ley Orgánica, así como en las estrategias y líneas de acción contenidas en el Programa Especial de Ciencia y Tecnología 2008-2012 (Pecyt), en el marco del Programa de Fomento, Formación, Desarrollo y Vinculación de Recursos Humanos de Alto Nivel, y en un renovado esfuerzo por incrementar la capacidad científica, tecnológica y la formación con enfoque de género en cantidad y calidad, ha decidido apoyar la atención de madres solteras que deseen realizar estudios de educación profesional (especialización técnica o licenciatura), con miras a fortalecer su formación profesional facilitando su inserción en el mercado laboral.
En las estadísticas de natalidad del Inegi, en cuanto a la escolaridad de las madres, se observa que de 1990 a 2008 se ha incrementado el número de mujeres profesionistas en tan sólo 9.9 por ciento. Analizando esta situación con visión prospectiva, una posible reducción de la brecha de género significativa, se podría dar en más de 15 años. Lo que hace prioritaria la atención de este segmento poblacional con acciones afirmativas.
El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología apoya a la atención de madres solteras que deseen realizar estudios de educación profesional (especialización técnica o licenciatura), con miras a fortalecer su formación profesional facilitando su inserción en el mercado laboral.
En agosto de 2010 se publicó la primera convocatoria pública Formación Profesional Técnica y Universitaria de Madres Solteras. Los estudios estadísticos del Inegi se vieron reflejados en la realidad con los siguientes resultados:
Solicitudes recibidas: 3 mil 266. Instituciones de Educación Superior (IES) participantes: 164; entidades federativas participantes: 32.
Considerando un apoyo mensual de 3 mil pesos, más un monto de 2 mil pesos por cada inicio de ciclo lectivo, con un máximo de 36 meses. Sólo se pudieron apoyar 249 solicitudes (85 IES de 31 entidades federativas) con un inversión de 11 millones 455 mil 500.00 pesos.
Es decir, solo se atendió al 7.45 por ciento de la demanda. Esta situación obligó a otorgar los apoyos a postulaciones que reflejaban una situación socioeconómica de extrema necesidad, quedando fuera más de 2 mil 500 candidatas que reflejaban claramente una pertinencia del apoyo en la conclusión de sus estudios profesionales con alta probabilidad de finalizarlos con éxito.
Ante esta realidad, se manifestó la necesidad de publicar una segunda convocatoria Formación Profesional Técnica y Universitaria de Madres Solteras a finales de mayo de 2011.
El seguimiento realizado año con año de los recursos otorgados desde 2010 a la fecha en sus respectivas convocatorias, se presentan los siguientes datos:
Seguimiento del recurso 2010
Formación Profesional Técnica y Universitaria de Madres Solteras, según los resultados de la convocatoria, reportados en el informe de actividades del cuarto trimestre 2010, se continúa con el seguimiento académico de los apoyos otorgados.
Seguimiento del recurso 2011
Formación Profesional Técnica y Universitaria de Madres Solteras, en seguimiento a los resultados de la convocatoria, reportados en el informe de actividades del tercer trimestre 2011, se continúa con el seguimiento académico de los apoyos otorgados.
Seguimiento del recurso 2012
Formación Profesional Técnica y Universitaria de Madres Solteras, el 13 de abril del presente se publican los resultados de la convocatoria abierta para instituciones inscritas en el Reniecyt que participaron con solicitudes de apoyo a madres mexicanas jefas de familia para fortalecer su desarrollo profesional.
Como se puede observar, año con año ha incrementado la demanda de las becarias del programa para madres solteras, razón por la cual se prevé como necesario el apoyo a este programa y su etiquetación específica en el PEF mediante el anexo Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Lo anterior dado que una acción afirmativa como ésta, dirigida a atender una situación social de desigualdad más que evidenciada, requiere que al menos se atienda un mayor porcentaje de las solicitudes, lo que impulsara la reducción de la brecha de género que se vive en nuestro país.
Es importante resaltar que el presupuesto etiquetado para la igualdad entre mujeres y hombres que se otorga a este Consejo, no puede ser ampliado con recursos propios del Conacyt para apoyos en la modalidad de becas para estudios de licenciatura, sino que se requiere una ampliación de los recursos que se incluya dentro del anexo 10, Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.
Por lo expuesto, de conformidad con los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración del pleno de la honorable Cámara de Senadores la siguiente propuesta con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente al gobierno federal a través del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología a continuar aplicando acciones afirmativas a favor de las madres solteras, facilitar el acceso y difundir las estrategias con el objeto de que más mujeres concluyan su formación profesional técnica y universitaria.
Segundo. Se exhorta respetuosamente a la Cámara de Diputados a través de las Comisiones de Equidad y Género, y de Presupuesto y Cuenta Pública, con la finalidad de que se contemple dentro del anexo 10, Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013 un aumento de recursos dirigidos a la atención de madres solteras que deseen concluir sus estudios de educación profesional especializada técnica ó de licenciatura, con miras a fortalecer su formación profesional.
Dado en el salón de sesiones del Senado de la República, a 20 de noviembre de 2012.
Senadora Martha Elena García Gómez (rúbrica)
México, DF, a 20 de noviembre de 2012.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Francisco García Cabeza de Vaca, Daniel Gabriel Ávila Ruiz y Jorge Luis Preciado Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron proposición con punto de acuerdo que exhorta a la Cámara de Diputados a establecer en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación una ampliación presupuestal para el ejercicio de 2013, con respecto al presupuesto de 2012, destinada exclusivamente a la resolución definitiva de los conflictos agrarios.
La presidencia dispuso que dicho punto de acuerdo, mismo que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)
Vicepresidente
Quienes suscriben, Francisco García Cabeza de Vaca, Daniel Gabriel Ávila Ruiz y Jorge Luís Preciado Rodríguez, integrantes de la LXII Legislatura de la Cámara de Senadores, con fundamento en lo dispuesto por la fracción XIX del artículo 27 constitucional, así como de los artículos 8 numeral 1, fracción II, y 276 del Reglamento del Senado de la República, someten a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente propuesta con punto de acuerdo, por el que el Senado de la República exhorta a la Cámara de Diputados para establecer en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, una ampliación presupuestal para el ejercicio 2013, con respecto al Presupuesto de Egresos del 2012, destinada exclusivamente a la resolución definitiva de los conflictos agrarios, con base en los siguientes:
Antecedentes
Hace más de dos décadas la modificación al artículo 27 constitucional, generó la existencia de una nueva Ley Agraria y a la par, la creación de la Procuraduría Agraria y de los Tribunales Agrarios con su ley orgánica correspondiente, lo que nos ofrece el testimonio de que uno de los objetivos centrales del marco legislativo agrario ha sido la procuración de justicia en el campo.
La nueva vida agraria tiene como hilo conductor la justicia y su impartición, por ello la ley y las instituciones representan esas medidas con las que el Estado mexicano cuenta para cumplir con lo dispuesto en la fracción XIX del artículo 27 constitucional. Esta disposición obliga a garantizar con rapidez y de manera honesta, la impartición de justicia agraria, porque quien la imparte es un magistrado y su resolución es definitiva.
Pero además, el Estado mexicano asigna a un representante social a través de una institución: la Procuraduría Agraria. Esta es la institución encargada de la defensa de los derechos de los ejidatarios, comuneros, sucesores de ejidatarios o comuneros, ejidos, comunidades, pequeños propietarios, avecindados y jornaleros agrícolas.
Coinciden diversos tratadistas en que la reforma de 1992, es la modificación a la Constitución más profunda y trascendental desde 1917, en el tema del campo. Su anuncio ocasionó posiciones encontradas. La postura de quienes apoyaron el proyecto de reformas, la visualizaban con miras a transformar el campo y mejorar el nivel de vida de los campesinos. La otra, veía con suma preocupación que el proyecto de reformas trajera como consecuencia la privatización del ejido y la legitimación del latifundio. La globalización económica mundial, jugaba un factor fundamental en el desarrollo del campo mexicano.
En su parte medular, la reforma estableció la posibilidad de la adopción del dominio pleno para las parcelas ejidales. El artículo 27 reformado libera al ejido de su dependencia burocrática, le da independencia a su representación, reconoce el poder de decisión de los ejidatarios y rompe con la dependencia corporativa que se derivaba de la intervención de autoridades en las decisiones internas. La nueva ley posibilitó la adquisición del dominio pleno de las parcelas en tierras ejidales para que éstas pudieran pasar al régimen de propiedad privada; la propiedad privada tiene garantías constitucionales y civiles distintas a las de la propiedad ejidal y comunal, creándose así varias condiciones que anteriormente no existían.
Como observamos, la legislación e instituciones de la reforma agraria en México, generan las condiciones favorables para una expedita procuración de la justicia. Sin embargo, existe actualmente un rezago alarmante de juicios agrarios, en los Tribunales Agrarios Unitarios, representativos en distritos por todo el país, siendo una de las causales principales la falta de recursos derivado de procesos por medio del cual se pretende desincorporar las tierras agrarias del régimen ejidal, para ser sujetas al derecho común. Entre esos procesos, encontramos las expropiaciones y precisamente, la figura jurídica del dominio pleno.
El proceso para la adquisición del dominio pleno, la figura jurídica de la expropiación, cuyo elemento fundamental es la causa de utilidad pública y la indemnización, generan costos altos para el sector social. Se genera un costo, con el solo hecho de elaborar e inscribir un título de propiedad, a quienes acreditan la legítima posesión de la tierra ejidal. Esto ha generado retraso e interrupciones constantes en los procesos que derivan en numerosos conflictos agrarios por todo el país.
Tanto el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal, que es un fideicomiso público auxiliar del Poder Ejecutivo federal cuya finalidad, entre otros, es la de administrar los fondos comunes ejidales y comunales que determinen las asambleas de los núcleos agrarios, así como la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, se encuentran en situaciones financieras alarmantes, mientras que se generan anualmente, alrededor de 90 mil nuevos asentamientos irregulares por toda la república.
Ante esta situación es momento de sensibilizamos y comprometemos con una justicia para el campo pronta, expedita, eficiente y honesta. Para ello vemos que las condiciones legales e institucionales están prácticamente dadas; faltan mejorar algunas situaciones que siguen volubles ante la reciente reforma agraria, entre otras: la asignación de recursos presupuestales adecuada y suficiente destinada a abatir el rezago agrario.
En el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio de 2012 la cifra asignada para la atención de conflictos agrarios y obligaciones jurídicas es en el orden de los 856.3 millones de pesos, lo que representa sólo 15 por ciento sobre el total asignado para el Ramo Administrativo de Reforma Agraria.
En ese orden de ideas, previo extensivo análisis del ejercicio del gasto, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
De urgente resolución por el que se solicita
Único. El Senado de la República del Congreso de la Unión solicita que la Cámara de Diputados considere en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio 2013, una ampliación presupuestal, con respecto al presupuesto de egresos del 2012, destinada exclusivamente a la resolución definitiva de los conflictos agrarios.
Senadores: Francisco García Cabeza de Vaca, Daniel Gabriel Ávila Ruiz, Jorge Luis Preciado Rodríguez (rúbricas).
De los Congresos de Coahuila, Hidalgo, Sinaloa y Tabasco, siete con las que remiten acuerdos a fin de que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2013 se destinen e incrementen recursos de diversos ramos
Diputado Jesús Murillo Karam
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
En la sesión celebrada el 16 de octubre de 2012, el pleno del Congreso de Coahuila de Zaragoza trató lo relativo a una proposición con punto de acuerdo con relación a solicitar la implantación de un programa urgente de empleo temporal que beneficie a la gente del campo de Coahuila, planteada por el diputado José Francisco Rodríguez Herrera, con los integrantes del Grupo Parlamentario Profesora Dorotea de la Fuente Flores, del Partido Revolucionario Institucional, en los términos que consigna el documento que se acompaña a la presente comunicación.
Al tratarse este asunto, el pleno del Congreso resolvió sobre la aprobación de un acuerdo, mediante el cual se determinó lo siguiente:
Único. Que el Congreso del estado envíe un atento exhorto a la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para solicitar que a través de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública se etiquete en el Presupuesto del próximo año un programa urgente de empleo temporal para enero, febrero y marzo próximos, a fin de aminorar la grave situación económica y la falta de empleo por la que atraviesan los algodoneros, forrajeros, ganaderos, ixtleros y candelilleros de Coahuila de Zaragoza.
En virtud de lo señalado y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 228 de la Ley Orgánica, el Congreso comunica a usted este acuerdo, para su debido conocimiento y la consideración de lo consignado en él.
Sin otro particular, protestamos a usted las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 17 de octubre de 2012.
Licenciado Francisco Javier Rangel Castro (rúbrica)
Oficial Mayor del Congreso del Estado
La severa sequía por la que atravesó el campo coahuilense durante este año afectó, según reportes de la Sagarpa, una superficie de 160.00 mil hectáreas, afectando a por lo menos 58 000 mil productores agrícolas y 43 000 mil hectáreas de superficie de agostadero, perdiéndose 24 300 mil cabezas de ganado, en los 38 municipios.
Según los expertos, la sequía por la atraviesa el país es la más difícil que se haya padecido en los últimos 70 años. Chihuahua, Durango, Zacatecas, Nuevo León y Coahuila son los estados que más han sufrido y padecido el fenómeno meteorológico.
El campo del estado gira en torno de diversas actividades primordiales, como la siembra de algodón, la siembra de forrajes, y la producción de ganado, de ixtle y de candelilla.
Pero desafortunadamente, como lo he venido señalando, en los últimos años la gente del campo se ha visto muy afectada en sus ingresos económicos, pues les resulta incosteable realizar alguna de las actividades que pueden desarrollarse en el campo, debido principalmente a la falta de agua y de recursos económicos suficientes por las autoridades.
Por señalar un ejemplo, quiero comentarles que para trabajar una hectárea de algodón, el cual es el cultivo rector que mueve la economía de la región laguna, se necesita la preparación de tierras, semillas, fertilizantes, agua y mano de obra, lo que se traduce en un costo aproximado de producción de 26 mil pesos, y una vez que se logró obtener la cosecha de esa hectárea, se obtienen aproximadamente entre 4 o 5 toneladas de algodón en hueso, las cuales ya en pluma serían siete pacas de algodón, que se venden en un precio de 4 mil pesos cada una, tomando como referencia el precio internacional, que está en 72 centavos de dólar la libra, el agricultor obtiene 28 mil pesos en total, por lo que su ganancia final después de un año de trabajo es de sólo 2 mil pesos.
Imaginen, compañeras y compañeros diputados, qué puede hacer un campesino con una ganancia de sólo 2 mil pesos al año.
¿Con ese dinero creen ustedes que podrá alimentar y vestir a la familia?
Claro que no, compañeros. He ahí la dura realidad por la que atraviesan nuestros hermanos del campo.
Reconocemos que los tres órdenes de gobierno han implantado diversos programas urgentes en apoyo del campo en la región laguna, pero desafortunadamente han sido insuficientes, pues la crisis económica de la gente de la región se sigue agudizando, derivado de la falta de empleo prevaleciente y, más aun, la caída de los precios internacionales del algodón.
En las regiones del desierto, centro, sureste y norte del estado, los productores de ganado se vieron en la necesidad de deshacerse de los animales por la escasez de agua y forrajes. Los candelilleros y productores de ixtle atraviesan por una difícil situación, derivada de la escasez de agua y la falta de apoyos para producir candelilla. Además, las lluvias de los últimos días fueron insuficientes para solucionar en su totalidad el problema.
Por ello ocurro hoy a esta tribuna para pedirles su apoyo y que juntos solicitemos a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión establezca en el próximo Presupuesto de Egresos un programa urgente de empleo temporal para enero, febrero y marzo del próximo año, que beneficie a los productores del estado, quienes se encuentran desempleados y en espera de algún apoyo para iniciar el próximo ciclo agrícola.
En el programa urgente de empleo temporal pueden desarrollarse, entre otras, estas actividades:
1. La limpia de regaderas interparcelarias, lo cual ayudaría a bajar los costos de producción y permitiría mayor ahorro en el consumo de agua.
2. La preparación de las tierras de cultivo para el ciclo agrícola de 2013.
3. El retiro de maleza en caminos de acceso, lo cual facilitaría la movilización de las cosechas.
4. La reparación de líneas de cercado para el ganado.
5. La plantación de lechuguilla y otros.
En el programa urgente de empleo temporal, solicitado en este punto de acuerdo, pedimos que se incluyan al sector social productores de algodón, candelilleros, ganaderos y forrajeros, a fin de que en los próximos meses de invierno tengan algún ingreso: esa época es la más difícil de afrontar.
Por lo expuesto, y en ejercicio de las facultades que nos confiere el artículo 22, fracción V, de la Ley Orgánica del Congreso del Estado; y con fundamento en los artículos 170, 171, 172, 173 y demás relativos del citado ordenamiento, nos permitimos someter a consideración del pleno, como de urgente u obvia resolución, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Que el Congreso del estado envíe un atento exhorto a la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para solicitar que a través de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Publica se etiquete en el Presupuesto del próximo año un programa urgente de empleo temporal para enero, febrero y marzo venideros, a fin de aminorar la grave situación económica y la falta de empleo por la que atraviesan los algodoneros, forrajeros, ganaderos, ixtleros y candelilleros de Coahuila.
Saltillo, Coahuila, a 16 de octubre de 2012.
Diputado José Francisco Rodríguez Herrera (rúbrica)
Diputado Jesús Murillo Karam
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
Avenida Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque
México, DF
En la sesión celebrada el 2 de octubre de 2012, el pleno del Congreso de Coahuila de Zaragoza, trató lo relativo a una proposición con punto de acuerdo en el que se exhorta al Congreso de la Unión a aumentar y modificar la proporción en la asignación de los recursos del fondo para zonas metropolitanas a los estados de Coahuila y Durango, planteada por el diputado Francisco José Dávila Rodríguez, conjuntamente con las diputadas y diputados que la suscriben, en los términos que consigna el documento que se acompaña a la presente comunicación.
Al tratarse este asunto, el pleno de éste Congreso, resolvió sobre la aprobación de un acuerdo, mediante el cual se determinó lo siguiente:
Único. Que este Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, exhorte al Congreso de la Unión a aumentar y modificar la proporción en que se asignan los recursos del fondo para zonas metropolitanas que se asignan a los estados de Coahuila y Durango para la zona metropolitana de La Laguna, en relación directa al peso poblacional. Asimismo, se le solicite que los municipios de Francisco I. Madero, San Pedro y Viesca, Coahuila de Zaragoza, sean considerados dentro de la zona metropolitana de La Laguna.
En virtud de lo señalado y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 228 de la Ley Orgánica este Congreso, se comunica a usted este acuerdo, para su debido conocimiento y la consideración de lo consignado en el mismo.
Sin otro particular, protestamos a usted las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Saltillo, Coahuila, a 3 de octubre de 2012.
Licenciado Francisco Javier Rangel Castro (rúbrica)
Oficial Mayor del Congreso del Estado
El suscrito diputado Francisco José Dávila Rodríguez, con apoyo en lo dispuesto en los artículos 22, fracción V, 163, 172, 173 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, me permito presentar a esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo.
Motivos de esta proposición
Se define como zona metropolitana al conjunto de dos o más municipios donde se localiza una ciudad de 50 mil o más habitantes, cuya área urbana funciones y actividades rebasan el límite que originalmente la contenía, incorporando como parte de sí mismo o de su área de influencia directa a municipios vecinos, predominantemente urbanos, con los que se mantiene un alto grado de integración socioeconómica.
Lo anterior forma parte de la definición de zonas metropolitanas de México que en el año 2005 definieron en un análisis conjunto la Secretaría de Desarrollo Social federal (Sedesol) la Comisión Nacional de Población (Conapo), y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
Las zonas metropolitanas tienen municipios centrales y municipios exteriores. Los primeros son aquellos, donde se localiza la ciudad principal que da origen a la zona metropolitana, que por sus características comparten una conurbación intermunicipal, entendida ésta como la unión física entre dos o más localidades censales de diferentes municipios, y cuya población en conjunto asciende a 50 mil o más habitantes.
Los municipios exteriores son aquellos contiguos a los anteriores (centrales) cuyas localidades no están conurbadas a la ciudad principal pero que mantienen un alto grado de integración ubicada a no más de 10 kilómetros por carretera pavimentada y de doble carril, de la localidad o conurbación que dio origen a la zona metropolitana en cuestión.
En la actualidad con base a esos criterios la zona conurbada de La Laguna se conforma de los municipios de Torreón y Matamoros (Coahuila) y de Gómez Palacio y Lerdo (Durango) y con base en lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación, los recursos asignados a esta conurbación, se dividen en un cincuenta por ciento para cada estado.
Al margen de la normativa propia para el ejercicio de los recursos, que señala una serie de requisitos para los proyectos a financiar, es necesario actualizar y puntualizar la proporcionalidad de los recursos en base al peso poblacional que cada estado tiene en esta zona metropolitana,
El último registro censal nos arroja una población de alrededor de un millón doscientos 24 mil habitantes en total. De los cuales el 61 por ciento corresponderían a Coahuila, por la suma de los habitantes de Torreón y Matamoros, cercanos a setecientos cincuenta mil personas, y el 39 por ciento a Gómez Palacio y Lerdo, alrededor de cuatrocientos setenta mil habitantes.
Otra característica que debe cumplir un municipio exterior, es que al menos un 15 por ciento de su población ocupada trabaje en los municipios centrales de la zona metropolitana, ó bien que tenga un 75 por ciento de su población económicamente activa dedicada a actividades industriales, comerciales y de servicios.
La asignación de recursos de manera igualitaria refleja una inconsistencia en relación al peso poblacional de las ciudades que conforman la zona conurbada de La Laguna.
Adicionalmente a lo anterior, la dinámica de crecimiento urbano de Torreón y del municipio de Francisco I. Madero, y San Pedro de Las Colonias, obliga a replantear la composición de la esta zona metropolitana, dado que la conurbación entre estos municipios es inminente, y demanda inversiones mayores por su peso poblacional.
Es nuestro deber como representantes populares encabezar la defensa de los intereses de nuestros municipios de origen, y de todo el estado en general. La conurbación coahuilense alrededor de Torreón demanda con urgencia de recursos federales para seguir construyendo la infraestructura y el equipamiento urbano que. mejoren su movilidad, que aumenten su competitividad, y que potencien su desarrollo integral, para el bien de los laguneros, de los coahuilenses, y de todo México.
Basado en todo lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 22, fracción V, 163, 172, 173 y demás relativos a la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, presento ante este pleno, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Solicito sea tramitada como de urgente y obvia resolución;
Único: Que este Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza exhorte al Congreso de la Unión a aumentar y modificar la proporción en que se asignan los recursos del fondo para zonas metropolitanas que se asignan a los estados de Coahuila y Durango para la zona metropolitana de Torreón-Gómez Palacio.
Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 1 de octubre de 2012.
Atentamente
Diputado Francisco José Dávila Rodríguez (rúbrica)
Pachuca, Hidalgo, 6 de noviembre de 2012.
Secretarios de la Honorable Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes
Los diputados integrantes de la Primera Comisión Permanente de la Niñez, la Juventud, el Deporte y la Familia, de la Sexagésima Primera Legislatura emitieron acuerdo económico relativo al planteamiento realizado por el diputado Mario Vera García, con tema juventud, mismo que fue aprobado en sesión ordinaria de esta fecha, del cual le estoy enviando copia, en suplencia de la Secretaría, para su conocimiento y efectos.
Sin otro particular por el momento, le reitero las seguridades de mi consideración distinguida.
Atentamente
Licenciado Lamán Carranza Ramírez (rúbrica)
Secretario de Servicios Legislativos del Congreso del Estado de Hidalgo
Diputados integrantes de la Sexagésima Primera Legislatura:
A los Diputados Mario Vera García, Prisco Manuel Gutiérrez, Luis Alberto Marroquín Morato y Sandra María Ordaz Oliver, integrantes de la Primera Comisión Permanente de la Niñez, la Juventud, el Deporte y la Familia, por instrucciones de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del estado Libre y Soberano de Hidalgo, nos fue turnado en sesión ordinaria de fecha 2 de octubre del 2012, el planteamiento del diputado Mario Vera García, con el tema juventud, para los efectos procedentes; por lo que con fundamento en lo establecido por los artículos 75, 77 fracciones VI, 85 y 87 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Congreso del estado de Hidalgo, nos permitimos realizar el siguiente estudio, con base en los siguientes:
Antecedentes
Primero. El asunto en referencia fue turnado a la Comisión que suscribe, registrándose en el libro de Gobierno respectivo, con el número 19/2012.
Segundo. El planteamiento Juventud, fue suscrito por el diputado Mario Vera García, del Grupo Legislativo Nueva Alianza, de esta Sexagésima Legislatura, a fin de exhortar a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión a que, en la discusión y aprobación del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal de 2013, se destinen mayores recursos a la juventud, superiores a los previstos en el Presupuesto de Egresos presentado por el Ejecutivo federal, para el Ejercicio Fiscal de 2012.
Por lo anteriormente expuesto; y
Considerando
Primero. Que la Comisión Legislativa que suscribe es competente para conocer sobre el presente asunto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75 y 77, fracción VI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
Segundo . Que la juventud es la etapa en la cual los individuos se incorporan a la actividad económica, inician su vida en pareja y empiezan si reproducción, lo que en términos de política pública, implica el enorme desafío de garantizar la satisfacción de sus necesidades en materia de educación, empleo y salud, entre otros aspectos, que permitan mejorar su calidad de vida y potencializar sus capacidades.
Tercero. Que México es un país de Jóvenes, pues la mitad de la población con que cuenta, tiene 26 años o menos, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) correspondientes al año 2010; cabe destacar que los jóvenes desempeñan un papel muy importante en el desarrollo social y económico del país, por lo que si la sociedad brinda orientación adecuada y apropiada, además de oportunidades de desarrollo en áreas como educación, salud empleo y creación, los jóvenes podrán transitar a la edad adulta.
Cuarto. Que el Inegi, además, señala que el 22.9 por ciento de jóvenes viven en localidades menores a 2 mil 500 habitantes, mientras que el 77.1 por ciento radica en localidades de más de 2 mil 500 habitantes. En relación al estado conyugal de la población joven, el 61.2 por ciento se encuentran solteros, el 36.1 por ciento se encuentran casados o en unión libre, el 47.1 por ciento de los jóvenes trabaja y el 26.7 por ciento estudia, mientras que el 26 por ciento restante no estudia ni trabaja, encontrándose en una situación improductiva.
Asimismo, la población de entre 15 y 29 años de edad es de 29 millones 706 mil 560 cifra superior al año 2000, en la que Inegi contabilizó en el territorio nacional, un total de 27 millones 221 mil 012 jóvenes. El número de mujeres es mayor que el de los hombres, lo cual significa que hay 96 hombres por cada 100 mujeres; que este sector de la población de entre 15 y 29 edad, desempeñan un papel muy importante en el desarrollo social y económico del país.
Quinto. Que de acuerdo a la OCDE México, respecto a la educación en 2012, nuestro país se encuentra en tercer lugar de la Organización, con el porcentaje más alto de jóvenes que no estudian ni trabajan representando el 24.4 por ciento de ellos, quienes realizan funciones y actividades socialmente útiles, se encuentran buscando trabajo o colaboran con tareas en el hogar, por lo que este fenómeno exige la intervención de todos los órdenes de gobierno.
Sexto. Que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2012, la partida destinada al desarrollo de los jóvenes, deriva de la distribución de recursos por ramo, entidades, fondos, programas, entre otros, siendo que en el anexo 22 destinado para el desarrollo de los jóvenes, se asignó el monto de 135 mil 731 millones, 376 mil, 528 pesos, que representa cerca del 3.6% del gasto neto total, del cual, 99.3 por ciento se destina al ramo de educación pública y el 0.7 por ciento restante, se destina para Hacienda y Crédito Público, el Instituto Mexicano de la Juventud, Salud, Reforma Agraria y Desarrollo Social.
Séptimo. Que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, en su artículo 57, menciona que las dependencias y entidades responsables de la ejecución del presupuesto, procurarán que en el diseño y ejecución de sus programas y en sus reglas de operación se considere específicamente la atención a los jóvenes, tomando en consideración sus características y necesidades, por lo que la inversión en la juventud es una acción a todas luces justificable.
Por lo que, atendiendo a lo expuesto y de conformidad con lo que establecen los artículos 55 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, 133 y 134 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la Entidad, los Diputados integrantes de la Primera Comisión Permanente de la Niñez, la Juventud, el Deporte y la Familia del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, nos permitimos someter a la consideración de este pleno, los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero . Los diputados integrantes de la Sexagésima Primera Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, exhortamos a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para que en la discusión y aprobación del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013 se destinen mayores recursos a la juventud, superior a los previstos en el Presupuesto de Egresos presentado por el Ejecutivo Federal para el Ejercicio Fiscal de 2012.
Segundo. Para los efectos precisados en el punto que antecede, gírese oficio a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, anexando copia de este acuerdo.
Dado en la sala de comisiones del Congreso del Estado Libre y Soberano del Hidalgo, a los 10 días del mes de octubre de 2012.
Primera Comisión Permanente de la Niñez, la Juventud, el Deporte y la Familia
Diputados: Mario Vera García, presidente; Prisco Manuel Gutiérrez, Elba Leticia Chapa Guerrero, secretarios; Luis Alberto Marroquín Morato, Sandra María Ordaz Oliver (rúbricas).
Pachuca, Hgo., 30 de octubre de 2012.
Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes
Los diputados integrantes de las primeras Comisiones Permanentes conjuntas de Educación y de Hacienda y Presupuesto, de la LXI Legislatura, emitieron acuerdo económico, relativo al planteamiento realizado por el diputado Francisco Javier Pérez Salinas, con el tema Educación, que fue aprobado en sesión ordinaria de esta fecha, del cual les estoy enviando copia, en suplencia de la Secretaría, para su conocimiento y efectos.
Sin otro particular por el momento, les reitero las seguridades de mi consideración distinguida.
Atentamente
Licenciado Lamán Carranza Ramírez (rúbrica)
Primeras Comisiones Permanentes Conjuntas de Educación y de Hacienda y Presupuesto
Diputados integrantes de la LXI Legislatura
A los diputados Francisco Javier Pérez Salinas, J. Ramón Flores Reyes, Juan Manuel Camacho Bertrán, Myrlen Salas Dorantes, Martín Pérez Sierra integrantes de la Primera Comisión Permanente de Educación, Reymundo Pérez Soní, Oscar Damián Sosa Castelán, Humberto Pacheco Miralrío, Adrian López Hernández, Nora Liliana Oropeza Olguín, Hemeregilda Estrada Díaz, Christian Pulido Roldán y Carlos Alberto Anaya de la Peña, integrantes de la Primera Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto, por instrucciones del Presidente de la Directiva del Congreso del Estado, nos fue turnado el Planteamiento del Francisco Javier Pérez Salinas, para los efectos procedentes, por lo que con fundamento en los que establecen los artículo 75, 77 fracciones III y V de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, realizamos el estudio, análisis y resolutivo correspondiente con base a los siguientes:
Antecedentes
1. El planteamiento de referencia, con el tema Educación nos fue turnado en Sesión Ordinaria del martes 25 de septiembre del año en curso;
2. Dicho asunto se registró bajo el número 29/2012 y 139/2012, de las Comisiones Legislativas que resuelven respectivamente;
3. Dentro del planteamiento se sometió a la consideración del pleno la propuesta de acuerdo económico, para exhortar a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que se destinen mayores recursos al rubro educativo, así como solicitar la adhesión de las legislaturas locales y la Asamblea del Distrito Federal; y
Considerando
Primero. Que las comisiones legislativas que resuelven son competentes para estudiar, analizar y resolver sobre los asuntos que les sean turnados por la Directiva, con fundamento en lo que estable el artículo 85 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Hidalgo.
Segundo. Que quienes integramos las comisiones legislativas conjuntas, coincidimos con el planteamiento en cuestión, ya que la educación es el centro de toda estrategia de desarrollo nacional y ocupa un lugar preponderante en los derechos consignados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la del estado, en donde se consagra el derecho a recibirla de manera laica y gratuita.
Tercero. Que la educación que imparta el Estado, debe permitir el desarrollo pleno del individuo y será obligatoria en los niveles de preescolar, primaria, secundaria y media superior. Constituyendo el principal medio para el desarrollo de las capacidades de las personas, que les permita participar activamente en el desarrollo social económico del país.
Cuarto. Que de igual manera, compartimos la idea de que para que alcanzar un desarrollo pleno personal y social, debe contarse con una educación de calidad, que sea determinante en la formación integral de las personas, que permitan el acceso al conocimiento y a la capacidad productiva, reflejando un impacto en el crecimiento económico y bienestar social.
Quinto. Que si bien es cierto que México, pertenece a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, por sus siglas OCDE, es uno de los países con el más bajo gasto público destinado a la educación del total del producto interno bruto, con un 6.2 por ciento del 8 por ciento recomendado por esta.
Sexto. Que una de las vías más eficientes para revertir los problemas sociales a los cuales se enfrenta nuestro país, es sin duda, invertir en la educación, para tener una educación de calidad, mayores escuelas, inversión en ciencia y tecnología, mejoramiento profesional, sustentado una sociedad competitiva en el mundo globalizado.
Séptimo. Que las Comisiones de Educación y de Hacienda y Presupuesto, consideran necesario que se destinen mayores recursos a la educación en México en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2013, con el propósito de alcanzar el porcentaje del 8 por ciento del producto interno bruto contemplado en la Ley General de Educación, por lo que consideramos oportuno emitir el siguiente acuerdo.
Por lo que atendiendo a lo expuesto y de conformidad con lo que establecen los artículos 55 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, 133 y 134 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la entidad, nos permitimos someter a la consideración de este pleno, los siguientes
Acuerdos Económicos
Primero. Los diputados integrantes de la LXI Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, exhortamos a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que en la discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2013 se destinen mayores recursos en materia educativa, para alcanzar el 8 por ciento del producto interno bruto, establecido en la Ley General de Educación.
Segundo. A efecto de lo anterior gírese oficio a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, anexando copia de este acuerdo para los efectos precisados.
Tercero. Asimismo gírense oficios las legislaturas de los estados y a la Asamblea del Distrito Federal, anexando copia del presente acuerdo, solicitando su adhesión al mismo de considerarlo pertinente.
Acordado en la sala de sesiones de las comisiones legislativas, del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, en la ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil doce.
Por la Primera Comisión Permanente de Educación
Diputados: Francisco Javier Pérez Salinas (rúbrica), Ramón Flores Reyes (rúbrica), Juan Manuel Camacho Bertrán (rúbrica), Myrlen Salas Dorantes (rúbrica), Martín Pérez Sierra (rúbrica).
Por la Primera Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto
Diputados: Reynaldo Pérez Soní (rúbrica), Óscar Damián Sosa Castelán (rúbrica), Humberto Pacheco Miralrío (rúbrica), Adrian López Hernández (rúbrica), Nora Liliana Oropeza Olguín (rúbrica), Hemeregilda Estrada Díaz (rúbrica), Christian Pulido Roldán (rúbrica), Carlos Alberto Anaya de la Peña (rúbrica).
Pachuca, Hidalgo, a 25 de octubre de 2012.
Ciudadanos Secretarios de la Honorable Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes
Los diputados integrantes de las Primeras Comisiones Permanentes Conjuntas de Equidad de Género, de Derechos Humanos, de Hacienda y Presupuesto, de la Sexagésima Primera Legislatura, emitieron acuerdo económico relativo al planteamiento realizado por la diputada Myrlen Salas Dorantes, con el tema equidad de género, mismo que fue aprobado en sesión ordinaria de esta fecha, del cual estoy enviando copia, en suplencia de la secretaría, para su conocimiento y efectos.
Sin otro particular por el momento, les reitero las seguridades de mi consideración distinguida.
Atentamente
Licenciado Lamán Carranza Ramírez (rúbrica)
Secretario de Servicios Legislativos del Estado de Hidalgo
Primeras Comisiones Permanentes Conjuntas de Equidad de Género, de Derechos Humanos, de Hacienda y Presupuesto
Integrantes de la Sexagésima Primera Legislatura del Congreso del estado:
A los integrantes de las Comisiones Conjuntas de Equidad de Género, de Derechos Humanos, de Hacienda y Presupuesto nos fue turnado el Planteamiento de la diputada Myrlen Salas Dorantes, para los efectos procedentes, por lo que con fundamento en los artículos 75 y 77, fracciones III, VII y XIV, de la Ley Orgánica de Poder Legislativo del estado de Hidalgo, y con base en los siguientes
Antecedentes
1. En sesión ordinaria del martes 25 de septiembre del presente año nos fue turnado, por instrucciones del presidente de la Directiva del Congreso, el asunto general con el tema equidad de género.
2. En este asunto se propuso mediante acuerdo económico exhortar a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión a que en la discusión y aprobación del decreto de Presupuesto de Egresos de para el Ejercicio Fiscal 2013 se aprueben recursos adicionales a los contenidos en el proyecto de Presupuesto de Egresos presentado por el Ejecutivo federal, en los rubros de erogaciones para la igualdad entre hombres y mujeres, para así combatir la violencia contra la mujer.
3. Dicho planteamiento fue registrado en el Libro de Gobierno de las Comisiones bajo el número 12/201, 14/2012 Y 140/2012 respectivamente y,
Considerando
Primero. Que con fundamento en lo que establece el artículo 85 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, estas comisiones resultan competentes para estudiar, analizar y resolver el presente asunto.
Segundo. Que en términos del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en ella y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.
Entre los instrumentos internacionales que reconocen los derechos humanos de las mujeres ratificados por México se encuentra la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, conocida por sus siglas en ingles CEDAW y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, también denominada Convención de Belén do Pará.
Tercero. Que tal y como ha sido referido en la CEDAW, la discriminación contra la mujer viola los principios de la igualdad de derechos y de respeto de la dignidad humana, dificultando su participación, en las mismas condiciones que el hombre en la vida política, social, económica y cultural, constituyendo un obstáculo para el aumento del bienestar de la sociedad y de la familia, que entorpece el pleno desarrollo de las posibilidades de la mujer para prestar servicio a su país y a la humanidad
Mediante la CEDAW, los Estados se comprometen a tomar todas las medidas apropiadas, en las esferas política, social, económica y cultural, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre.
Por otra parte, la Convención de Belém do Pará, considera que la violencia contra la mujer es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres; su eliminación es condición indispensable para su desarrollo individual y social y su plena e igualitaria participación en todas las esferas de vida.
En ella, se tutela el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público, como en el privado. Los Estados parte condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia.
Cuarto. Que en el ámbito, nacional tanto la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y la ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia mandatan diversas acciones a la federación, entidades federativas, Distrito Federal y Municipios, que deben ser fortalecidas y ampliadas mediante la aplicación de recursos, para ello, ya la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, precisa que la administración de los recursos públicos federales se realizará con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género. La Ley de Planeación en su artículo 2, mandata que la planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de la cual, son parte la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos; para ello, la planeación estará basada en la igualdad de derechos entre mujeres hombres, la atención de las necesidades básicas de la población y la mejoría en todos los aspectos de la calidad de la vida, para lograr una sociedad más igualitaria, garantizando un ambiente adecuado para el desarrollo de la población, así como en la perspectiva de género, para garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y promover el adelanto de las mujeres, mediante el acceso equitativo a los bienes y beneficios del desarrollo.
Quinto. Que la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó en su Resolución 55/2 del 8 de septiembre de 2000, la Declaración del Milenio, en la cual los estados parte, reafirman su compromiso con el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales, el respeto de la igualdad de derechos de todos, sin distinciones por motivo de raza, sexo, idioma o religión y la cooperación internacional para resolver los problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario. En la declaración se establecieron los Objetivos de Desarrollo del Milenio a cumplir para 2015, que son erradicar el hambre, y la pobreza extrema, lograr la educación primaria universal, promover la igualdad de género y otorgar poderes a las mujeres, reducir la mortalidad infantil, mejorar la salud materna, combatir el VIH/Sida, la malaria y otras enfermedades, asegurar la sustentabilidad ambiental y desarrollar una asociación global para el desarrollo.
Sexto. Que como ha sido referido, la discriminación y violencia contra las mujeres, vulneran sus derechos humanos por tanto, la disminución de las brechas de desigualdad y la erradicación de la violencia deben ser temas prioritarios en el Presupuesto de Egresos, de tal forma que desde este rubro se sienten las bases para avanzar como país al logro de los mejores condiciones de vida de mujeres y hombres, en todos los ámbitos.
Séptimo. Que en este contexto y en términos del artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, siendo facultad exclusiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación, los integrantes de las comisiones, consideramos emitir el siguiente exhorto, en el sentido de que si bien es cierto, se han destinado recursos para la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres, y la erradicación de la violencia contra las mujeres, es menester redoblar esfuerzos hacia la consecución de los Objetivos del Milenio en el plazo establecido para tal efecto, cuya consecuencia será el mejoramiento de la calidad de vida de mujeres y hombres.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 132, 134 y 135 de la Ley Orgánica del poder Legislativo del Estado de Hidalgo, nos permitimos someter a consideración de este pleno el siguiente
Acuerdo Económico
Primero. Que las diputadas y los diputados integrantes de la Sexagésima Primera Legislatura del Congreso del Estado libre y Soberano de Hidalgo exhortamos a los integrantes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que tal y como ha venido ocurriendo, se fortalezcan las acciones para erradicar la violencia contra las mujeres y el logro de la igualdad entre mujeres y hombres, mediante el incremento de los recursos destinados para tal efecto dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2013.
Segundo. A efecto de lo anterior, gírese atento oficio a las diputadas y los diputados de la Cámara de Diputados del congreso de la Unión, anexando copia del acuerdo económico para los efectos precisados.
Elaborado en la sala de comisiones del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo, a 22 de octubre de 2012.
Elaborado en la sala de comisiones, del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, en la ciudad de Pachuca de Soto, a los 22 días del mes de octubre de 2012.
La Primera Comisión Permanente
de Equidad de Género
Diputada Myrlen Salas Dorantes (rúbrica)
Diputada Elisa Licona Suárez (rúbrica)
Diputada Sandra María Ordaz Oliver (rúbrica)
Diputado Crisóforo Torres Mejía (rúbrica)
Diputado José Ramón Berganza Escorza (rúbrica)
La Primera Comisión Permanente
de Derechos Humanos
Diputado Óscar Damián Sosa Castelán (rúbrica)
Diputado Luis Alberto Marroquín Morato (rúbrica)
Diputado Ramón Flores Reyes (rúbrica)
Diputada Elisa Licona Suárez (rúbrica)
Diputado Mario Vera García (rúbrica)
La Primera Comisión Permanente
de Hacienda y Presupuesto
Diputado Reynaldo Pérez Soní (rúbrica)
Diputado Óscar Damián Sosa Castelán (rúbrica)
Diputado Humberto Pacheco Miralrío (rúbrica)
Diputado Adrián López Hernández (rúbrica)
Diputada Nora Liliana Oropeza Olguín (rúbrica)
Diputada Hemeregilda Estrada Díaz (rúbrica)
Diputado Christian Pulido Roldán (rúbrica)
Diputado Carlos Alberto Anaya de la Peña (rúbrica)
Culiacán Rosales, Sinaloa, a 23 de octubre de 2012.
Diputado Jesús Murillo Karam
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Por instrucción del diputado presidente de la Diputación Permanente del Congreso del estado de Sinaloa y en ejercicio de las atribuciones que a la Secretaría General confiere el artículo 96, fracciones V, VI, XI y XII, de la Ley Orgánica del Congreso del estado de Sinaloa, me permito remitir a usted el punto de acuerdo número 144 aprobado por la Sexagésima Legislatura del honorable Congreso del estado de Sinaloa, en sesión pública ordinaria celebrada en esta fecha, el que textualmente dice:
Único. La Diputación Permanente de la Sexagésima Legislatura del honorable Congreso del estado de Sinaloa, exhorta respetuosamente a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, tomando en consideración los principios de transparencia y rendición de cuentas, en el ejercicio de análisis y aprobación respecto del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, se considere en las erogaciones para la educación pública un conjunto de ampliaciones para los ramos 11, 25 y 33, privilegiando la inversión en programas dirigidos a la atención de grupos vulnerables, educación indígena, rezago educativo, equipamiento, enseñanza del inglés, mejoramiento docente e infraestructura y tecnologías educativas, de tal manera que se incremente el presupuesto educativo en proporción suficiente para avanzar en el cumplimiento de la Ley General de Educación y asignar a este rubro un presupuesto equivalente al 8 por ciento del producto interno bruto.
Lo que comunicamos a usted para su conocimiento y efectos correspondientes.
Atentamente
Licenciado Jacinto Pérez Gerardo (rúbrica)
Secretario General
La Diputación Permanente de la Sexagésima Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, ha tenido a bien expedir el siguiente
Punto de acuerdo número 144
Único. La Diputación Permanente de la Sexagésima Legislatura del honorable Congreso del estado de Sinaloa, exhorta respetuosamente a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, tomando en consideración los principios de transparencia y rendición de cuentas, en el ejercicio de análisis y aprobación respecto del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, se considere en las erogaciones para la educación pública un conjunto de ampliaciones para los ramos 11, 25 y 33, privilegiando la inversión en programas dirigidos a la atención de grupos vulnerables, educación indígena, rezago educativo, equipamiento, enseñanza del inglés, mejoramiento docente e infraestructura y tecnologías educativas, de tal manera que se incremente el presupuesto educativo en proporción suficiente para avanzar en el cumplimiento de la Ley General de Educación y asignar a este rubro un presupuesto equivalente al 8 por ciento del producto interno bruto.
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los veintitrés días del mes de octubre de 2012.
La Diputación Permanente del Honorable Congreso del Estado de Sinaloa
Diputado Cenovio Ruiz Zazueta (rúbrica)
Presidente
Diputada Margarita Lobo Inzunza (rúbrica)
Secretaria
Villahermosa, Tabasco, a 25 de septiembre de 2012.
Diputado Jesús Murillo Karam
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presente
Por acuerdo del presidente de la Mesa Directiva por el mes de septiembre del presente año; correspondiente al segundo período ordinario de sesiones, del tercer año de ejercicio constitucional de la Sexagésima Legislatura; tengo a bien comunicar a usted, que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 28, segundo párrafo, y 36, fracción XLIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, el honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco, emitió el punto de acuerdo número 292 del que remito un tanto, para la atención que corresponda.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para saludarle.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Licenciado Remedio Cerino Gómez (rúbrica)
Oficial Mayor del Honorable Congreso del Estado de Tabasco
La Sexagésima Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 28, segundo párrafo, y 36, fracción XLIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, y con base en lo siguiente:
Considerando
Primero. Que la población del municipio de Tenosique, Tabasco requiere de la culminación de los trabajos de la obra del tramo carretero federal Balancán-Tenosique, en el kilometro 67+900, mismos que no han sido terminados desde el año 2010. Con fecha 26 de abril de 2012 fue aprobado y turnado por el pleno de la LX Legislatura del estado, un punto de acuerdo mediante el cual: se invita y se exhorta al titular del Centro SCT en la entidad a efecto de que informe los motivos por los cuales la obra del tramo carretero federal Balancán-Tenosique, en el kilometro 67+900, no han sido terminados solicitando su pronta reparación en razón de que representa el principal acceso al municipio de Tenosique, Tabasco.
Segundo. Que dicho tramo se encuentra en una zona pantanosa y que en ocasiones se han presentado hundimientos, por lo que hay que desarrollar trabajos sobre elevación para recuperar el nivel del rasante y evitar el corte de comunicación con el municipio de Tenosique, Tabasco.
Tercero. Que en razón de lo anterior, el Centro SCT, Tabasco solicitó un diagnostico geotécnico de dicho tramo para desarrollar una o varias propuestas de solución.
Cuarto. Que hecho lo anterior, de entre varias soluciones temporales factibles, se optó por la de: Hacer uso de inclusiones rígidas de mortero con fc=50kilogramos/centímetro cuadrado, de 30 centímetros, de diámetro y de una longitud de 8.0, 10.0 y 12.0 metros, para reducir los asentamientos que induciría el terraplén que se conformaría para recuperar el alineamiento vertical de la carretera. Asimismo, construir una alcantarilla cimentada con micropilotes de 6 pulgadas de diámetro y 25 metros de longitud, la cual funcionaria como un vaso comunicante para mantener los mismo niveles de agua en ambos lados. A pesar de que parte de la carretera se estabilizó con dicha solución, el tramo donde se construyó la alcantarilla fallo y es donde actualmente se refleja el problema.
Quinto. Que actualmente la Unidad General de Servicios Técnicos del SCT, Delegación Tabasco, está elaborando un dictamen para determinar qué solución se dará para evitar la interrupción del tráfico hacia el municipio de Tenosique, Tabasco, con la condicionante de que dicho tramo estará operando bajo condiciones de restricciones de velocidad, hasta en tanto no se tengan autorizados los recursos para el estudio, el proyecto y construcción de un viaducto, que es la solución definitiva.
Sexto. Que, en virtud de lo anterior, estando facultado el honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco, de conformidad con lo establecido en los artículos 28, segundo párrafo y 36, fracción XLIII, de la Constitución Local, para aprobar, los puntos de acuerdos que propongan a la Legislatura los diputados o las fracciones parlamentarias, para gestionar ante las instancias competentes apoyo a la población o que busquen el beneficio de la ciudadanía tabasqueña; ha tenido a bien emitir el siguiente
Punto de acuerdo 292
Único. La Sexagésima Legislatura del honorable Congreso del Estado de Tabasco, exhorta a los integrantes de las comisiones competentes y al Pleno de la LXIII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a verificar que sean realizadas las diligencias necesarias a efecto de que sea incluida en el presupuesto de egresos 2013, la asignación de recursos para la culminación de obra del tramo carretero federal Balancán - Tenosique, en el Kilometro 67+900, en razón de los problemas técnicos que presenta. Así mismo se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transporte, con la finalidad de que las acciones programadas tengan continuidad y conclusión en tiempo y forma.
Transitorio
Único. Se instruye al oficial mayor para que realice los trámites correspondientes, para hacer llegar a sus destinatarios el presente exhorto.
Dado en el salón de sesiones del Poder Legislativo del estado, en la ciudad de Villahermosa, capital del estado de Tabasco, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil doce.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Honorable Congreso del Estado
Diputado Manuel Antonio Ulin Barjau (rúbrica)
Presidente
Diputado Fernando Morales Mateos (rúbrica)
Secretario
Con proyecto de decreto, que reforma las fracciones VI y XVI del artículo 95 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por Lilia Guadalupe Merodio Reza y Carlos Alberto Puente Salas, de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PVEM
México, DF, a 20 de noviembre de 2012.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Lilia Guadalupe Merodio Reza y Carlos Alberto Puente Salas presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley del Impuesto sobre la Renta.
La Presidencia dispuso que dicha iniciativa, la cual se anexa, se turnase a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)
Los suscritos, Lilia Guadalupe Merodio Reza y Carlos Alberto Puente Salas, integrantes respectivamente de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, de conformidad con los artículos 8, numeral 1, fracción I, y 164 del Reglamento del Senado de la República, someten a consideración del pleno iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de deducibilidad con relación a la promoción deportiva, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
Conforme a la legislación vigente en la materia, no todas las personas con fines no lucrativos están autorizadas para recibir donativos deducibles de impuesto; en particular, la promoción del deporte, actividad establecida en la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil como objeto de fomento que no se encuentra prevista en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Se señala la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil porque considera la promoción del deporte como objeto de fomento por su importancia para el desarrollo nacional.
Todo ello derivado de conformidad con la Ley General de Cultura Física y Deporte, que establece en el artículo 2
Esta ley y su reglamento tienen por objeto establecer las bases generales de coordinación y colaboración entre la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, así como de la concertación para la participación de los sectores social y privado en materia de cultura física y deporte, teniendo las siguientes finalidades generales:
I. Fomentar el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de la cultura física y el deporte en todas sus manifestaciones y expresiones;
II. Elevar, por medio de la cultura física y el deporte, el nivel de vida social y cultural de los habitantes en las entidades federativas, Distrito Federal y municipios;
III. Fomentar la creación, conservación, mejoramiento, protección, difusión, promoción, investigación y aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y financieros destinados a la cultura física y el deporte;
IV. Fomentar el desarrollo de la cultura física y el deporte, como medio importante en la preservación de la salud y prevención de enfermedades;
V. Fomentar el desarrollo de la cultura física y el deporte, como medio importante en la prevención del delito;
VI. Incentivar la inversión social y privada para el desarrollo de la cultura física y el deporte, como complemento de la actuación pública;
VII. Promover las medidas necesarias para erradicar la violencia y reducir los riegos en la práctica de actividades físicas, recreativas o deportivas que pudieran derivarse del doping, así como de otros métodos no reglamentarios;
VIII. Fomentar, ordenar y regular las asociaciones y sociedades deportivas, deportivo-recreativas, del deporte en la rehabilitación y de cultura físico-deportiva;
IX. Promover en la práctica de actividades físicas, recreativas y deportivas el aprovechamiento, protección y conservación adecuada del medio ambiente;
X. Garantizar a todas las personas sin distinción de género, edad, capacidades diferentes, condición social, religión, opiniones, preferencias o estado civil la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en materia de cultura física y deporte se implanten; y
XI. Los deportistas con algún tipo de discapacidad no serán objeto de discriminación alguna, siempre que las actividades por realizar no pongan en peligro su integridad.
Aunado a lo anterior, debemos destacar que el 12 de octubre de 2011 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las reformas de los artículos 4o. y 73, fracción XXIX-J, de la Constitución, en materia de cultura física y deporte, en la cual se establece:
Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponden al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia.
Este nuevo derecho consagrado en la Constitución debe aplicarse a partir de la participación también de los sectores social y privado en colaboración con esta nueva responsabilidad del Estado, atendiendo tanto al mandato constitucional como a la concertación de la participación de ambos sectores en materia de cultura física y deporte que impone la Ley General de Cultura Física y Deporte a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade).
En el caso de la deducibilidad de la promoción del deporte, encontramos que la Ley General de Cultura Física y Deporte confiere a la Conade la responsabilidad de ser el gestor de estímulos fiscales para las aportaciones de los sectores social y privado, conforme lo dispone el artículo 29, fracciones IX y XX, de dicho ordenamiento:
Artículo 29. La Conade tiene las siguientes atribuciones:
...
IX. Promover y fomentar ante las instancias correspondientes en el ámbito federal el otorgamiento de estímulos fiscales a los sectores social y privado derivado de las acciones que estos sectores desarrollen a favor de la cultura física y el deporte;
...
XX. Promover e incrementar con las previsiones presupuestales existentes los fondos y fideicomisos, ya sean públicos o privados, que en materia de cultura física y deporte se constituyan con objeto de organizar la participación de los sectores social y privado, a efecto de contribuir al desarrollo deportivo del país;
En concordancia con esta última fracción del artículo 29 de Ley General de Cultura Física y Deporte, cabe señalar que la Conade cuenta con dos fideicomisos públicos, que conforme a la normatividad y facultades, ya no son susceptibles de recibir donativos: Fondo Nacional para el Deporte y Fondo para el Deporte de Alto Rendimiento, ambos creados con el propósito de incrementar los apoyos que se otorgan al deporte. Son además fundamentales para la formulación de normas y programas, así como ejecutar acciones para promover la educación física, el deporte para todos, el deporte estudiantil, el selectivo y el de alto rendimiento.
Aun cuando la ley confiere atribuciones a la Conade para crear fideicomisos públicos o privados, ésta no ha cumplido la reforma planteada en 2005 para el reconocimiento a los medallistas olímpicos a que se refiere la ley en el artículo 99, que a letra dice:
Corresponde a la Conade y a los organismos de los sectores públicos otorgar y promover en el ámbito de sus respectivas competencias ayudas, subvenciones y reconocimientos a los deportistas, técnicos y organismos de cultura física y deporte ajustándose a lo dispuesto en la presente ley, su reglamento y, en su caso, en la convocatoria correspondiente.
La Conade promoverá y gestionará la constitución de fideicomisos destinados al otorgamiento de un reconocimiento económico vitalicio a los deportistas que en representación oficial obtengan o hayan obtenido una o más medallas en juegos olímpicos o paralímpicos.
La Conade regirá los criterios y las bases para el otorgamiento y monto de la beca a que se harán acreedores los beneficiados por los fideicomisos creados para reconocimiento a medallistas olímpicos y paralímpicos.
La propuesta aquí planteada busca establecer las condiciones para que, efectivamente, se incentiven la cultura física y el deporte como actividad considerada como objeto de fomento dada su importancia para el desarrollo del país. Pretende incentivar además la participación de los sectores social y privado, a través de que sean éstos susceptibles de recibir donativos deducibles, para lo cual deberán cumplir los requisitos que establece la legislación aplicable en la materia, para con ello contribuir a salvaguardar los recursos del Estado y fortalecer los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas de las organizaciones de la sociedad civil.
Basta revisar el brutal incremento del presupuesto federal destinado al deporte, durante la administración que está por concluir, para dar por sentado que no se observa la debida importancia que tienen los recursos privados para el desarrollo del deporte del país, aunado a las bondades que trae consigo la práctica de la actividad deportiva, en especial para el combate del sedentarismo y la obesidad, y la canalización adecuada del ocio, cuya responsabilidad recae también de manera social en el sector privado.
La obtención de recursos a través de la deducción de donativos recibidos debe servir para impulsar todas las acciones de apoyo y fomento del deporte, con arreglo a la normatividad aplicable y bajo la promoción y supervisión de la Conade para transparentar y hacer eficiente la aplicación de los recursos en beneficio del deporte nacional.
El objeto de esta iniciativa no sólo tiene que ver con la captación de mayores recursos privados para la actividad deportiva: busca además con ello cumplir el objeto de la Ley General de Cultura Física y Deporte en aras de cumplir las finalidades enmarcadas en el artículo 2, sino contribuir con la Conade como rector de la política nacional en la materia, a desarrollar todo lo concerniente a la actividad deportiva con arreglo a las disposiciones constitucionales del derecho a la cultura física y la práctica del deporte.
Sin duda, ésta es la primera respuesta para que pueda darse cabal cumplimiento al nuevo mandato constitucional en el tema.
Por lo expuesto se somete a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforma la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de deducibilidad con relación a la promoción deportiva
Artículo Único. Se reforman las fracciones VI y XVI del artículo 95 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:
Articulo 95. ...
I. a V. ...
VI. Instituciones de asistencia o de beneficencia, autorizadas por las leyes de la materia, así como las sociedades o asociaciones civiles, organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos en los términos de esta ley, que tengan como beneficiarios a personas, sectores, y regiones de escasos recursos; que realicen actividades encaminadas al desarrollo y promoción del deporte; que realicen actividades para lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo a las comunidades indígenas y a los grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad, dedicadas a las siguientes actividades:
a) a h) ...
i) La promoción del deporte.
VII. a XV. ...
XVI. Asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines políticos o religiosos;
XVII. a XX. ...
...
...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Senado de la República, a 20 de noviembre de 2012.
Senadores: Lilia Guadalupe Merodio Reza, Carlos Alberto Puente Salas (rúbricas).
Con proyecto de decreto, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por Marcela Torres Peimbert, Javier Corral Jurado, Ernesto Ruffo Appel, Francisco Domínguez Servién, Víctor Hermosillo y Celada, Héctor Larios Córdova, Dolores Padierna Luna, Armando Ríos Piter, Mario Delgado Carrillo, María Lucero Saldaña Pérez y María del Rocío Pineda Gochi, de los Grupos Parlamentarios del PAN, del PRD y del PRI
México, DF, a 20 de noviembre de 2012.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes
Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, los senadores Marcela Torres Peimbert, Javier Corral Jurado, Ernesto Ruffo Appel, Francisco Domínguez Servién, Víctor Hermosillo y Celada, Héctor Larios Córdova, Dolores Padierna Luna, Armando Ríos Piter, Mario Delgado Carilla, María Lucero Saldaña Pérez y María del Rocío Pineda Gochi presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
La Presidencia dispuso que dicha iniciativa, que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.
Atentamente
Senador José Rosas Aispuro Torres (rúbrica)
Vicepresidente
Marcela Torres Peimbert, Javier Corral Jurado, Ernesto Ruffo Appeal, Francisco Domínguez Servién, Víctor Hermosillo y Celada, Héctor Larios Córdova, Dolores Padierna Luna, Armando Ríos Piter, Mario Delgado Carilla, María Lucero Saldaña Pérez, María del Rocio Pineda Gochi, senadores de la república para la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción I, 164, numeral 1, 169 y 172 del Reglamento del Senado de la República, someten a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman el párrafo quinto de la fracción I del artículo 31, el párrafo séptimo del artículo 93, la fracción I y el primer párrafo de la fracción II, ambos del artículo 97, el párrafo cuarto de la fracción III del artículo 176; se adiciona la fracción XXI al artículo 95; y se deroga el párrafo segundo de la fracción II del artículo 97, todos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Estamos ante un cambio de época, fenómenos como la migración, la inclusión de la mujer en el mercado laboral, la corta duración del matrimonio, entre otras, ocasionaron que el papel de la familia se viera desplazado. Desde hace algunos años, la conformación familiar se transformó, según cifras del Inegi, tan sólo 7 de cada 100 niños viven con ambos padres, mientras que el tiempo promedio de duración del matrimonio es de 10 años. Hoy día no hay heterogeneidad en la familia, por el contrario, hay familias uniparentales, con padres del mismo sexo, formadas con uno de los padres y los abuelos, etcétera, este cambio en la configuración de la familia implicó, necesariamente, un cambio en la configuración social.
Tareas básicas como la de transmisión de valores, de formación de una identidad nacional, de unión y trabajo en equipo, de protección a los niños, a los adultos mayores o en general a los débiles, ya no se enseñan en el seno familiar. Hoy día tenemos un hueco en el proceso de formación del ser humano, el cual no se cubre con la escuela, pero es paulatinamente reemplazado por los medios masivos de comunicación, la televisión es quien educa a nuestros jóvenes. El fenómeno de transformación de la familia es mundial y plantea un reto a las sociedades actuales, adaptarse y buscar la manera de enseñar a los jóvenes estas tareas que la familia ya no cubre, o educar nuevas generaciones con profundas carencias en su formación humana.
En países como Alemania, donde cada ciudadano participa en al menos 7 organizaciones sin fines de lucro, las tareas que antes transmitía la familia, ahora las transmite la sociedad organizada. Es así que la participación ciudadana, a través de la conformación de organizaciones de la sociedad civil, se pondera en el siglo XXI como el mejor medio para transmitir valores, formar una identidad nacional, proteger a los desvalidos, generar unión y enseñar a trabajar en equipo a los jóvenes que forman parte de una sociedad determinada.
Aunado a lo anterior, en nuestro país la figura de Estado paternalista que subsistió durante muchos años, generó una codependencia de los mexicanos hacia la resolución de los problemas sociales mediante medidas estrictamente gubernamentales. Esta codependencia ha impedido fortalecer a la ciudadanía y trascender de una mera democracia formal a una democracia de calidad.
La hipertrofia legislativa en materia electoral nos demuestra que los esfuerzos por fortalecer a la democracia no deben ser sólo legislativos, por el contrario, la democracia no se logra en o por las leyes, la democracia se logra a través de los ciudadanos, sólo los ciudadanos son capaces de construir una democracia sólida cuando se les permite participar y deliberar en los asuntos públicos.
En nuestro país tan solo existen 36 mil organizaciones de la sociedad civil, para aproximadamente 112 millones de mexicanos, mientras que en países como Argentina existen 100 mil para 30 millones de argentinos, en México no comprendemos que la ciudadanía fuerte hace fuerte al país.
Como legisladores, esta situación nos exige tomar medidas, a efecto de reformar el marco fiscal de las OSC con el objeto de incentivar la creación de nuevas organizaciones, y el fortalecimiento de las ya existentes, en el entendido de que, como medida de largo plazo, se liberará al Estado de realizar muchas actividades que se pueden realizar de manera más eficiente desde la sociedad civil organizada.
Justificación de la reforma a los artículos 31, 95, 97 y 176
El 25 de abril de 2007 el diputado federal del PRD, Juan Guerra Ochoa, en nombre de los Grupos Parlamentarios del PRD, de Convergencia y del PT, presentó la iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.
Entre varios puntos, la iniciativa contenía la reforma a los artículos 31 y 176 del la Ley del Impuesto sobre la Renta. La reforma planteada por el diputado Juan Guerra tenía como objetivo establecer un límite de 50 por ciento a la deducibilidad del monto otorgado en donativo a las organizaciones de la sociedad civil, tanto por personas físicas como personas morales.
Entre los argumentos principales que el diputado incorporó en su propuesta se encontraban los siguientes:
1. Que México era uno de las pocos países en el mundo que no contaba con límites a la deducción fiscal sobre el monto de donativos otorgados a las organizaciones de la sociedad civil, lo que se implicaba que cualquier cantidad monetaria donada a una donataria autorizada significaba una reducción de la utilidad fiscal para personas morales y físicas. En virtud de que significaba una reducción de la utilidad fiscal, esto se traducía en un menor pago de impuestos por parte de las personas, lo que en última instancia equivalía a que el donativo fuera otorgado en realidad por la autoridad fiscal, pues la disminución en la recaudación derivaba de la menor utilidad fiscal. El diputado Juan Guerra señalaba que estos donativos se convertían en recursos 100 por ciento públicos entonces.
2. Que la falta de un límite a la deducción por donativos otorgados a las donatarias autorizadas había generado comportamientos perversos en donde muchas personas morales, principalmente, creaban organizaciones no lucrativas con la única finalidad de evadir el impuesto sobre la renta, realizando operaciones de triangulación y donaciones cruzadas hacia sus propias organizaciones civiles, que también eran donatarias autorizadas.
3. Que existía un conjunto de carencias y observaciones en la calidad, claridad y discrecionalidad con la que el sector público otorgaba donativos desde el presupuesto público federal.
De estos argumentos, el diputado Juan Guerra determinó que los contribuyentes debíamos demandar un mecanismo de control efectivo, por lo que un primer paso podría ser establecer un límite de 50 por ciento de deducción a los donativos realizados a donatarias autorizadas, de forma tal que existiera una verdadera participación del sector privado, asumiendo un 50 por ciento del monto del donativo y no dejando la carga total al sector público por el costo fiscal que implicaba la deducibilidad del monto en donación. En principio, el mecanismo también tenía como propósito prevenir y contener comportamientos de corrupción, evasión fiscal y para inducir la transparencia en el uso de los recursos públicos otorgados en donativo a las organizaciones de la sociedad civil.
Si bien los planteamientos del diputado Juan Guerra en parte eran correctos, sus argumentos en realidad estaban enfocados a los donativos que realizaban las personas morales, es decir, en la reforma al artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. En los argumentos presentados en su iniciativa, no había un soporte claro para que también se estableciera el mismo límite a la deducibilidad de los donativos otorgados por las personas físicas.
Seguramente, en el análisis personal del diputado Juan Guerra era más sencillo igualar los límites tanto para personas físicas como para morales, evitando de esta forma que los accionistas o socios de una persona moral, pudieran evadir la carga fiscal personal realizando el donativo como persona física si el límite de deducibilidad para donativos fuera mayor para personas físicas. Sin embargo, eso no queda del todo claro en la iniciativa del diputado Juan Guerra.
Fue, sin embargo, la Comisión de Hacienda y Crédito Público, presidida por el entonces diputado del PRI Jorge Estefan Chidiac, quien ajustó este límite a la deducibilidad del monto otorgado en donativos a las organizaciones de la sociedad civil. De esta forma, de un límite a la deducibilidad de 50 por ciento planteado por el diputado Juan Guerra, la comisión, sin dar ningún argumento de la disminución del límite, decidió establecerlo en 7 por ciento. No. hubo análisis detrás de esta determinación ni argumento que convenciera de que ese límite era el adecuado para el eficiente funcionamiento del mecanismo de control que planteó el diputado Juan Guerra. Simplemente, así lo aprobó la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados en la anterior legislatura.
La comisión en comento tampoco argumentó la razón por la cual igualaba el límite de la deducibilidad entre personas morales y físicas. Simplemente señaló que se considera que la modificación propuesta permite orientar de manera adecuada el beneficio fiscal de deducir los donativos efectuados a las donatarias autorizadas, pues al establecer que el límite de la deducibilidad sea en los términos indicados permite que la deducibilidad de los donativos sólo la realicen los contribuyentes que generaron utilidades fiscales en el ejercicio inmediato anterior.
Si bien los argumentos de control fiscal para evitar la evasión y elusión fiscales son del todo adecuados, lo que nunca imaginaron el diputado Juan Guerra, ni la Comisión de Hacienda y Crédito Público que dictaminó dicha iniciativa, es que un límite tan bajo como es el 7 por ciento, a la deducibilidad de los donativos otorgados por personas físicas y morales a donatarias autorizadas, no incentiva la donación y mucho menos, permite la proliferación de recursos que financien la operación de organizaciones de la sociedad civil que, por vocación y compromiso, atienden a grupos vulnerables, minorías y dan solución a problemas sociales en nuestro país.
Esta situación de falta de fuentes de recursos para apoyar la operación ciudadana a través de las organizaciones de la sociedad civil, sólo limita el tamaño del sector social, su capacidad de acción social y desincentiva la donación.
De acuerdo con un análisis realizado por el doctor Michael D. Layton, del ITAM,1 se evidencia que el financiamiento o los recursos de operación de las organizaciones de la sociedad civil están fuertemente determinados por los cobros por servicios que ellas mismas realizan y que está relacionada con su objeto social. El doctor Michael D. Layton señala en sus estudios que en México, aproximadamente el 85 por ciento de los recursos que reciben las organizaciones de la sociedad civil provienen de cobros por servicios que ellas mismas proporcionan, 9 por ciento proviene de apoyos gubernamentales y tan sólo 6 por ciento proviene de la filantropía. En comparación, en Estados Unidos estos porcentajes son del 57 por ciento, 31 por ciento y 13 por ciento, respectivamente; y en el promedio de países latinoamericanos las cifras son del 74 por ciento, 15 por ciento y 10 por ciento, respectivamente.
Adicionalmente, señala que el apoyo filantrópico y gubernamental hacia estas organizaciones en México es uno de los más bajos del mundo si se le mide en relación con el PIB. De una muestra de 36 países, México ocupa el último lugar con sólo el 0.04 por ciento de su PIB otorgado en donativos a las organizaciones de la sociedad civil.
Fuente: Lester M. Salamon et at, Global Civil Society, Dimensions of the Nonprofit Sector, Volume 2, Johns Hopkins Comparative Nonprofit Sector Project, Kumarian Press, 2004.
Éstas son las verdaderas razones de que tengamos un sector de organizaciones ciudadanas tan pequeño, tan poco fortalecido y con problemas para sobrevivir. Pocos son los ciudadanos, los que pueden observar los problemas cotidianos que enfrentan las organizaciones de la sociedad civil para sobrevivir a causa de la falta de fuentes de recursos.
Las organizaciones de la sociedad civil han cobrado una verdadera importancia en el desarrollo social de México y en la reintegración de las minorías mexicanas en la sociedad y en las actividades cotidianas. Este tipo de organizaciones realizan actividades de remediación social que no realiza ni el sector privado ni el sector público, no sólo por falta de capacidad técnica, humano y operativa, sino también por una verdadera falta de visión para empoderar a la sociedad civil y fortalecer a los grupos menos favorecidos de la sociedad.
Las organizaciones de la sociedad civil, con una gran vocación de servicio y compromiso, aportan su experiencia y sus escasos recursos económicos, humanos y materiales a la atención de la población mexicana.
Si bien la publicación de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil en el año 2004 permitió que este tipo de organizaciones se constituyera en México en un canal eficiente para la participación ciudadana y para la atención de demandas sociales, el crecimiento y fortalecimiento de este sector depende fuertemente del nivel de recursos con el que cuente.
Es por lo anterior que la iniciativa que se presenta cobra especial relevancia. Se trata de rescatar el espíritu inicial de la iniciativa del diputado Juan Guerra de establecer límites a la evasión y elusión fiscal mediante el otorgamiento de donativos, pero corregir el extremo en que cayó la Comisión de Hacienda y Crédito Público al llevar ese límite al 7 por ciento.
Por ello se propone aumentar el límite existente en la legislación en los artículos 31 y 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta del 7 por ciento al 25 por ciento. La ampliación del límite de la deducibilidad de los donativos otorgados por personas físicas y morales a donatarias autorizadas al 25 por ciento privilegiaría la actividad que realizan las organizaciones de la sociedad civil y fortalecería al sector, dando mejores esperanzas de supervivencia a las organizaciones de la sociedad civil que cuentan con pocos recursos para llevar a cabo su actividad social y enfocarla hacia los grupos más necesitados de este país.
Ahora bien, respecto al artículo 95 se propone adicionarle una fracción XXI, lo anterior a efecto de que las asociaciones y sociedades que se encuentren debidamente inscritas en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil conforme a la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil serán consideran personas morales con fines no lucrativos, además de las señaladas en el artículo 102 de la misma, las siguientes.
Asimismo se propone incluir en el artículo 97 la referencia a la fracción XXI, la cual se adicionó en el artículo 95, con el fin de que el contenido de la ley sea armónico. Se elimina también la prohibición de las OSC para influir en la legislación contenida en la fracción II del artículo 97, toda vez que esto constituye una limitación al derecho de petición de la cual gozamos todos los mexicanos por estar contenido en el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Justificación de la reforma al artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta
El 10 de septiembre de 2009, el Ejecutivo federal presentó, como todos los años, su reforma a la miscelánea fiscal en el marco de la discusión del paquete económico para el ejercicio fiscal 2010.
En esa ocasión se presentó lo que se denominó como reforma integral de la hacienda pública lo que el gobierno federal justificó como una iniciativa que se tornaría en un instrumento para garantizar al Estado la captación de mayores recursos para atender las necesidades de financiamiento y, en consecuencia, alcanzar el desarrollo humano sustentable, que constituye un aspecto prioritario contenido en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.
Sin duda, la justificación de una reforma integral a la hacienda pública era más que evidente en el marco de una desaceleración económica mundial que requería fortalecer los mecanismos de financiamiento del gasto público en el país. Por esa razón y considerando fundamental para el desarrollo y crecimiento económico del país mantener la solidez en las finanzas públicas y conservar la estabilidad de las principales variables macroeconómicas, fue que el Ejecutivo federal planteó modificar la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), y en consecuencia incrementar su eficiencia recaudatoria.
El Ejecutivo federal señaló en esa iniciativa que en el ejercicio fiscal de 2008, la recaudación por concepto del ISR había generado ingresos equivalentes al 5.2 por ciento del producto interno bruto, y que esa recaudación era superior al nivel superior promedio que se había observado en los últimos 28 años. Sin embargo, señalaba la iniciativa, durante los primeros meses de 2009 se había observado una baja en la recaudación, lo que significó que en el mes de julio de 2009, los ingresos generados por ISR registraran una caída de 14.3 por ciento en términos reales con respecto del monto observado en el mismo periodo de 2008.
Esto era consecuencia de una desaceleración económica internacional derivada de una crisis financiera internacional que impactaba el ciclo económico nacional, además de los efectos que había causado la contingencia sanitaria ocurrida en abril del año 2009.
Fue así que con el objetivo de mantener una estabilidad de la macroeconomía en el país, y anticipando una menor recaudación tributaria, el gobierno federal debió instrumentar medidas tributarias que permitieran salvar esa situación económica internacional. Esa fue la razón de las medidas que se incluyeron en la reforma a la Ley del Impuesto Sobre la Renta aplicables para el ejercicio fiscal 2010.
En particular, en materia del sector de donatarias autorizadas, la iniciativa propuesta por el Ejecutivo federal incorporó algunas medidas a fin de homologar las obligaciones fiscales de todas las donatarias, garantizar mayor certidumbre jurídica respecto de las actividades que pueden realizar las donatarias autorizadas y asegurar la transparencia de la información referente, entre otros, a los recursos públicos que de forma indirecta reciben vía los donativos de los particulares, así como sobre el uso y destino de los mismos, y de esta manera permitir a las autoridades fiscales contar con los elementos suficientes para que ejerzan sus facultades de comprobación.
Fue así que se propuso, y posteriormente se aprobó, precisar que los ingresos que obtienen las donatarias autorizadas por la enajenación de bienes o prestación de servicios no relacionados con su objeto social o los fines para los que fueron creadas, no podrían exceder del 10 por ciento de los ingresos obtenidos por el desarrollo de las actividades directamente relacionadas con su objeto. La iniciativa justificó que ello se debía a que las donatarias deben dedicarse exclusivamente a la consecución de su objeto social y no a actividades empresariales.
En virtud de que las condiciones económicas internacionales se han modificado y son más favorables para la economía nacional, y que la recaudación por impuestos se ha fortalecido hasta el año 2011, es importante para el sector de las organizaciones de la sociedad civil hacer una evaluación sobre las reformas que se aprobaron en el contexto económico entonces prevaleciente.
Es cierto que es correcto obligar a las organizaciones de la sociedad civil, y en particular a las donatarias autorizadas, a dedicarse exclusivamente a las actividades que define la consecución de su objeto social y a no encubrir la realización de actividades empresariales, pues de esta manera se transparenta la actividad de este sector. Adicionalmente, se evita la evasión o elusión fiscal por esta vía, en la medida en que actividades empresariales pudieran disfrazarse de actividades sociales perjudicando la imagen del sector, en relación con la ayuda social que este brinda a la población mexicana.
Sin embargo, también es cierto que esta reforma al artículo 93 presupuso, de una forma un tanto errónea, que las actividades directamente definidas por el objeto social de las Organizaciones de la Sociedad Civil son suficientes para financiar su actividad y su supervivencia.
Si los ingresos derivados por las actividades enmarcadas por el objeto social de las organizaciones de la sociedad civil fueran suficientes para garantizar su supervivencia, estas organizaciones no se verían obligadas a realizar actividades distintas a las de su objeto social.
Más aún, si los ingresos provenientes por fuentes distintas a su propia actividad, es decir, donativos y apoyos económicos provenientes de la filantropía, del sector privado empresarial y público, fueran suficientes y distribuidos de una forma mucho más equitativa entre todas las organizaciones de la sociedad civil, estas organizaciones no se verían obligadas a realizar actividades que las distraen de la realización y cumplimiento cabal de su objeto social, pero que sin duda les generan ingresos para poder sobrevivir y seguir realizando actividades sociales en apoyo de la sociedad mexicana, principalmente la más vulnerable o la menos protegida.
Las organizaciones de la sociedad civil han venido creciendo en número y sectores abarcados en la última década, principalmente a partir del año 2004 en que se expidió la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
Sin embargo, este crecimiento ha estado relacionado directamente con su capacidad para encontrar fuentes de financiamiento, principalmente por las actividades que ellas mismas realizan.
De acuerdo con información compilada por la Universidad Johns Hopkins2 y analizada por el doctor Michael D. Layton3 sobre 36 países, si se analiza el sector de las organizaciones de la sociedad civil desde el la perspectiva de los recursos y donaciones con que cuentan para llevar a cabo su labor de ayuda y auxilio a la sociedad, Michael D. Layton señala que el financiamiento de este sector de la sociedad civil está fuertemente determinado por los cobros por servicios que realizan y que, en cambio, es muy débil el apoyo filantrópico y gubernamental hacia estas organizaciones.
Dadas estas cifras de dependencia de los ingresos provenientes de las actividades que ellas mismas realizan para poder sobrevivir y llevar a cabo su actividad social, se requiere revisar la reforma al artículo 93 aprobada en el año 2009 y que limita al 10 por ciento los ingresos exentos provenientes por actividades que no necesariamente se relacionan con su objeto social.
Sin duda y con un afán de evitar la evasión y elusión fiscal y efectivamente obligar a las organizaciones de la sociedad civil a que cumplan con su misión y objeto social para las que fueron creadas, es importante no abrir completamente este límite, pero sí es fundamental para la supervivencia y crecimiento del sector de organizaciones civiles sin fines de lucro, que este límite se revise a la alza.
La justificación por incrementar este límite, cobra especial relevancia si se revisan las cifras del apoyo económico por parte del sector público a las organizaciones de la sociedad civil. En el Informe Anual de las Acciones de Fomento y de los Apoyos y Estímulos otorgados por Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal a favor de estas organizaciones, correspondiente a 2010, de OSC, se señala que en 2010 se otorgaron 6 mil 28 apoyos económicos a 3 mil 49 OSC. Esto representa un incremento en el número de apoyos económicos de casi 40 por ciento con respecto a 2009, pero sólo un incremento de poco más de 15 por ciento con en el número de organizaciones apoyadas. Si se consideran las organizaciones que a fines del año 2010 registraron tener su CLUNI, estas cifras evidencian que sólo el 23 por ciento de las organizaciones que aparecen en el Registro Federal recibieron apoyos económicos otorgados por la administración pública federal.
Por lo anterior, en esta iniciativa de reforma se propone cambiar la redacción actual del artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de podrán obtener ingresos por actividades distintas a los fines para los que fueron autorizados para recibir dichos donativos, siempre que no excedan del 10 por ciento de sus ingresos totales en el ejercicio de que se trate a obtener ingresos por actividades con fines no lucrativos a los que se refieren del artículo 95 de esta ley, susceptibles de ser consideradas para recibir donativos en los términos de este título, siempre que no excedan de una tercera parte de sus ingresos totales en el ejercicio de que se trate.
Esta modificación, sin duda daría un respiro a las organizaciones de la sociedad civil, en virtud de que en el marco de la crisis económica internacional, este sector no gozó de ningún esquema que le permitiera sortear de mejor forma la disminución de ingresos provenientes de todas las fuentes, incluyendo las de la filantropía.
Como se puede notar, se sugiere que el texto se refiera a que estarán exentos los ingresos provenientes de cualquier actividad susceptible de autorización, conforme al artículo 95 de la Ley del ISR. Cabe señalar que esta propuesta no afecta en ningún momento la recaudación fiscal, ya que se circunscribe al régimen de personas morales con fines no lucrativos y se preservan los estímulos que les corresponden por este carácter. Por otra parte, se solicita que los ingresos sean una tercera parte de los ingresos para estar en consonancia con la Regla Miscelánea Fiscal I.3.9.15.
Apoyar a las organizaciones de la sociedad civil con esta reforma significa ser justos socialmente hablando, en virtud de que este sector no tuvo apoyos económicos para sortear la crisis económica mundial de 2009 y 2010. También significa un incrementar las oportunidades que tienen los sectores más vulnerables de la sociedad y las minorías por tener a su alcance ayuda y auxilio como el que prestan las organizaciones de la sociedad civil y que no necesariamente prestan las empresas privadas o el sector público en el país.
Por lo expuesto, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción I,164 numeral 1, 169 y 172 del Reglamento del Senado de la República, sometemos a consideración del pleno de la Cámara de Senadores el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman el párrafo quinto de la fracción I del artículo 31, el párrafo séptimo del artículo 93, la fracción I y el primer párrafo de la fracción II, ambos del artículo 97, y el párrafo cuarto de la fracción III del artículo 176; se adiciona la fracción XXI al artículo 95; y se deroga el párrafo segundo de la fracción II del artículo 97 de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Artículo Único. Se reforman el párrafo quinto de la fracción I del artículo 31, el párrafo séptimo del artículo 93, la fracción I, y el primer párrafo de la fracción II, ambos del artículo 97, el párrafo cuarto de la fracción III del artículo 176; se adiciona la fracción XXI al artículo 95; y se deroga el párrafo segundo de la fracción II del artículo 97 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:
Artículo 31. ...
I. ...
a) a f)
...
...
El monto total de los donativos a que se refiere esta fracción será deducible hasta por una cantidad que no exceda del 25 por ciento de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se efectúe la deducción.
II . a XXIII . ...
Artículo 93 . ...
...
...
...
...
...
Las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de impuestos podrán obtener ingresos por actividades con fines no lucrativos a los que se refieren del artículo 95 de esta ley, susceptibles de ser consideradas para recibir donativos en los términos de este Título, siempre que no excedan de una tercera parte de sus ingresos totales en el ejercicio de que se trate . No se consideran ingresos por actividades distintas a los referidos fines los que reciban por donativos; apoyos o estímulos proporcionados por la federación, las entidades federativas, o municipios, así como aquellos establecidos en los ordenamientos fiscales federales que así lo determinen ; enajenación de bienes de su activo fijo o intangible; cuotas de sus integrantes; intereses; derechos patrimoniales derivados de la propiedad intelectual; uso o goce temporal de bienes inmuebles, o rendimientos obtenidos de acciones u otros títulos de crédito, colocados entre el gran público inversionista en los términos que mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de Administración Tributaria. En el caso de que sus ingresos no relacionados con los fines para los que fueron autorizadas para recibir dichos donativos excedan del límite señalado, las citadas personas morales deberán determinar el impuesto que corresponda a dicho excedente, de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior.
Artículo 95. ...
I. a XX. ...
XXI. Las asociaciones y sociedades que se encuentren debidamente inscritas en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil conforme a la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
...
...
Artículo 97. Las personas morales con fines no lucrativos a que se refieren las fracciones VI, X, XI, XII y XXI del artículo 95 de esta ley deberán cumplir con lo siguiente para ser consideradas como instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de esta ley:
I. Que se constituyan y funcionen exclusivamente como entidades que se dediquen a cualquiera de los fines a que se refieren las fracciones VI , X , XI , XII y XXI del artículo 95 de esta ley y que de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto expida el Servicio de Administración Tributaria, una parte sustancial de sus ingresos la reciban de fondos proporcionados por la federación, estados o municipios, de donativos o de aquellos ingresos derivados de la realización de su objeto social. Tratándose de aquellas entidades a cuyo favor se emita una autorización para recibir donativos deducibles en el extranjero conforme a los tratados internacionales, además de cumplir con lo anterior, no podrán recibir ingresos en cantidades excesivas por concepto de arrendamiento, intereses, dividendos o regalías o por actividades no relacionadas con su objeto social.
II. Que las actividades que desarrollen tengan como finalidad primordial el cumplimiento de su objeto social, sin que puedan intervenir en campañas políticas o involucrarse en actividades de propaganda.
Se deroga.
III. a VII. ...
...
...
...
...
Artículo 176. ...
I . a II. ...
III. ...
a) a f)
...
...
El monto total de los donativos a que se refiere esta fracción será deducible hasta por una cantidad que no exceda del 25 por ciento de los ingresos acumulables que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta a cargo del contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se efectúe la deducción, antes de aplicar las deducciones a que se refiere el presente artículo.
IV. a VIII. ...
...
...
...
Transitorio
Único . El presente decreto entrará en vigor 180 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Profesor de tiempo completo y director del Proyecto sobre Filantropía y Sociedad Civil, Departamento Académico de Estudios Internacionales del Instituto Tecnológico Autónomo de México.
2 Layton, Michael (2009). Financiando la sociedad civil en México: una aproximación a través de la II Encuesta Nacional sobre Filantropía y Sociedad Civil, 2008.
3 Profesor de tiempo completo y director del Proyecto sobre Filantropía y Sociedad Civil, Departamento Académico de Estudios Internacionales del Instituto Tecnológico Autónomo de México.
Senadores: María Marcela Torres Peimbert (rúbrica), Javier Corral Jurado (rúbrica), Ernesto Ruffo Appeal (rúbrica), Francisco Domínguez Servién (rúbrica), Víctor Hermosillo y Celada (rúbrica), Héctor Larios Córdova (rúbrica), Dolores Padierna Luna (rúbrica), Armando Ríos Piter (rúbrica), Mario Delgado Carrillo (rúbrica), María Lucero Saldaña Pérez, María del Rocío Pineda Gochi (rúbrica).