Gaceta Parlamentaria, año XV, número 3476-VI, jueves 22 de marzo de 2012


Iniciativas
Proposiciones

Iniciativas

Que reforma el artículo 17 de la Ley de la Policía Federal, a cargo del diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Planteamiento del problema

Hoy día, la reforma policial y del sistema de seguridad pública a nivel estructural, que se ha dado como respuesta al crecimiento del crimen organizado, se encuentra como prioridad en la agenda pública de nuestro país. Su origen está en el inicio del proceso de redemocratización de comienzos de los años noventa, se vuelve imperiosa debido al incremento del delito común y del temor al crimen y avanza en parte como producto del impulso a la reforma del Estado.

Las dificultades que puede enfrentar el proceso de reforma dependen del contexto social, político y propiamente criminal de la violencia en la sociedad respectiva, asimismo es claro que toda reforma estructural lleva un proceso de pequeñas reformas que lo acompañan.

En un contexto internacional, y con el fin de acentuar la dificultad y el largo tiempo que lleva toda reforma, podemos decir que en el curso de las últimas dos décadas, son variados los ejemplos de reformas policiales que no han alcanzado el éxito esperado, como desgraciadamente, es el caso de México.

La actual administración, ha centrado sus esfuerzos en una mayor profesionalización de la Policía Federal, como parte de los objetivos a cumplir en el menos tiempo posible, ya que la sociedad mexicana no puede vivir mucho tiempo más en las condiciones actuales.

En el Grupo Parlamentario Nueva Alianza consideramos que las reformas aprobadas hasta el día de hoy han sido positivas pero insuficientes, la Policía Federal se ha convertido en un cuerpo de seguridad pública medianamente confiable y efectivo, claramente mejor y más preparado que hace unos años, y por supuesto, han arrojado cifras más alentadoras que la desaparecida Policía Federal Preventiva.

Es claro que una reforma estructural no sea da de un día a otro, es un proceso en el que se involucra la voluntad y el esfuerzo de todos los poderes del Estado, con el fin de lograr un proyecto exitoso en pro de todas las mexicanas y mexicanos, del cual queremos ser parte.

Entendemos igualmente, que si no hemos logrado un éxito en el cumplimiento de los objetivos en cuanto a la seguridad interior del Estado mexicano, no podemos permitir errores elementales en la legislación en la materia. Es indispensable contar con un marco regulatorio del sistema de seguridad nacional, absolutamente claro, que no se preste a diferentes interpretaciones por parte de los encargados de la seguridad de las mexicanas y mexicanos.

En la presente iniciativa se expondrá una grave falta en la que se incurrió en la elaboración de la Ley de la Policía Federal, la cual, atenta directamente contra el objetivo de contar con una policía profesional y capacitada. Para ello, me serviré de citar el artículo 17 de la misma.

“Artículo 17. Para ingresar o permanecer en la Policía Federal se requiere:

A. Para el ingreso:

I. Ser ciudadano mexicano [por nacimiento] en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles, [sin tener otra nacionalidad];

Fracción declarada inválida por sentencia de la SCJN a acción de inconstitucionalidad, DOF 24-06­2011 (en las porciones normativas que señalan “por nacimiento” y “sin tener otra nacionalidad”)

II. Ser de notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso, ni estar sujeto a proceso penal;

III. Acreditar que ha concluido, al menos, los estudios siguientes:

a) En el caso de aspirantes a las áreas de investigación, enseñanza superior o equivalente;

b) Tratándose de aspirantes a las áreas de prevención, enseñanza media superior o equivalente, y

e) En caso de aspirantes a las áreas de reacción, los estudios correspondientes a la enseñanza media básica.

IV. Aprobar el concurso de ingreso y los cursos de formación;

V. Contar con los requisitos de edad y el perfil físico, médico y de personalidad que exijan las disposiciones aplicables;

VI. Aprobar los procesos de evaluación de control de confianza;

VII. Abstenerse de consumir sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares;

VIII. No padecer alcoholismo;

IX. Someterse a exámenes para comprobar la ausencia de alcoholismo o el no uso de sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares;

X. No estar suspendido o inhabilitado, ni haber sido destituido por resolución firme como servidor público;

XI. Cumplir con los deberes establecidos en esta ley, y demás disposiciones que deriven de ésta;

XII. Los demás que establezcan otras disposiciones legales aplicables.

B. Para la permanencia:

I. Ser de notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso;

II. Mantener actualizado su Certificado Único Policial;

III. No superar la edad máxima de retiro que establezca el reglamento de la Ley, salvo lo previsto en el artículo 21;

IV. Acreditar que ha concluido, al menos, los estudios siguientes:

a) En el caso de integrantes de las áreas de investigación, enseñanza superior, equivalente u homologación por desempeño, a partir de bachillerato;

b) Tratándose de integrantes de las áreas de prevención, enseñanza media superior o equivalente, y

e) En caso de integrantes de las áreas de reacción, los estudios correspondientes a la enseñanza media básica.

V. Aprobar los cursos de formación, capacitación y profesionalización;

VI. Aprobar los procesos de evaluación de control de confianza;

VII. Aprobar las evaluaciones del desempeño;

VIII. Participar en los procesos de promoción o ascenso que se convoquen, conforme a las disposiciones aplicables;

IX. Abstenerse de consumir sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares;

X. No padecer alcoholismo;

XI. Someterse a exámenes para comprobar la ausencia de alcoholismo o el no uso de sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares;

XII. No estar suspendido o inhabilitado, ni haber sido destituido por resolución firme como servidor público;

XIII. No ausentarse del servicio sin causa justificada, por un periodo de tres días consecutivos o de cinco días dentro de un término de treinta días;

XIV. Abstenerse de incurrir en cualquier acto u omisión que afecte la prestación del servicio;

XV. No incurrir en actos u omisiones que causen la pérdida de confianza, y

XVI. Las demás que establezcan las disposiciones legales aplicables.”

Cabe resaltar, que en las fracciones III del apartado A y en la IV del apartado B, ambas en su inciso c), anotan:

c) En caso de aspirantes a las áreas de reacción, los estudios correspondientes a la enseñanza media básica.

Claro está, que la Ley General de Educación, no contempla en ninguno de sus artículos, la enseñanza “media básica”. Es por ello que esto crea una falta grave a la legislación en materia de profesionalización policial, ya que los elementos de reacción, según la Ley de la Policía Federal, deben acreditar un nivel educativo que no existe en nuestro país.

Es nuestro deber como legisladores, corregir esta falla ya que, comprometidos con la idea de una creciente profesionalización de la Policía Federal, los elementos de la misma que colaboren como elementos de reacción, cuenten como mínimo con la educación básica, entendida, hasta el día de hoy como primaria y secundaria.

Es por lo expuesto, que la presente iniciativa propone hacer una reforma al artículo 17 de la Ley de la Policía Federal, con el objetivo de darle claridad a la Ley, así como dejar plasmado en la legislación, que los elementos de reacción tengas que acreditar como mínimo, la educación básica y con ello, lograr una mayor profesionalización de nuestro cuerpo policial a nivel federal, contando con las herramientas suficientes para lograr disminuir los altos niveles de inseguridad en los que hoy vivimos.

Argumentación

Es innegable que el progreso se funda en la justicia efectiva que brinda’ el Estado de derecho. El desarrollo humano requiere del respeto irrestricto de la ley, porque es mediante su aplicación que las personas pueden acceder a mejores oportunidades de vida, mientras que se es partícipe, de manera libre y responsable, del ejercicio democrático de la nación. Ningún Estado democrático puede lograrse sin la plena vigencia de la legalidad.

La legalidad del derecho hace referencia a la necesidad de que las leyes sean claras, sencillas y fácilmente inteligibles por todo ciudadano, que no contengan margen alguno de incertidumbre, sino, todos los elementos necesarios para su correcta interpretación.

Lo anterior constituye un elemento determinante para el desarrollo del país, ya que el vivir plenamente en un Estado de derecho favorece el crecimiento económico, mejora las posibilidades de atraer las inversiones lo que se traduce en un mayor nivel de vida para las mexicanas y mexicanos, contribuyendo de esa manera, en reducir la brecha de desigualdad, lo que es indispensable para un desarrollo sostenido.

En el Grupo Parlamentario Nueva Alianza, estamos convencidos de que es nuestra obligación promover la adecuación de nuestro marco legal para que éste sea justo y responda a la realidad nacional, de manera tal que la ciudadanía esté convencida de que su interés está mejor protegido dentro de la legalidad que al margen de ella.

Las mexicanas y los mexicanos, merecen país en el que existan leyes modernas, claras y sencillas que normen de manera efectiva todos los ámbitos de la vida nacional, quieren que la ley se cumpla y se haga cumplir; es decir, se nos exige un Estado democrático de derecho, con una sólida cultura de la legalidad y certeza jurídica.

Por lo anterior, ésta soberanía tiene la obligación de corregir tan grave falta en la legislación objeto de la iniciativa, ya que de la manera que hoy se encuentra publicada, cae en una violación al principio de certeza jurídica, impidiendo la ejecución clara y sencilla del ordenamiento en la materia, y por ende, tropezando en el sendero de una Policía Federal profesionalizada.

A este respecto, es claro que la Ley de la Policía Federal, incluye en uno de sus artículos más importantes, ya que habla de los requisitos que deben de cumplir todos los elementos de la institución, un nivel educativo que la Ley General de Educación no contempla en ninguno de sus artículos por lo que no existe en el sistema educativo del Estado mexicano.

En ese sentido, la presente iniciativa propone reformas el artículo 17 de la Ley de la Policía Federal, con el objeto de que se dé certeza jurídica en aras de una institución eficiente, la cual este dentro de un marco jurídico de clara interpretación.

Con esto, el Grupo Parlamentario Nueva Alianza, refrenda su compromiso con las ciudadanas y los ciudadanos, al ofrecerles una mayor certeza jurídica en una de las instituciones que lamentablemente tiene que ser protagonista dentro del contexto social en el que se encuentra el día de hoy nuestro país.

Por las consideraciones expuestas y fundadas, en mi calidad de diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza a la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71.II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6.1.I, 77.1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante esta soberanía iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el inciso c) de la fracción III del apartado A y el inciso c) de la fracción IV del apartado B; ambos del artículo 17 de la Ley de la Policía Federal

Primero. Se reforman los incisos c) de la fracción III en su apartado A y c) de la fracción IV en su apartado B; ambos del artículo 17 de la Ley de la Policía Federal, para quedar como sigue:

“Artículo 17. Para ingresar o permanecer en la Policía Federal se requiere:

A. Para el ingreso:

I. ...

II. ...

III. Acreditar que ha concluido, al menos, los estudios siguientes:

a) En el caso de aspirantes a las áreas de investigación, enseñanza superior o equivalente;

b) Tratándose de aspirantes a las áreas de prevención, enseñanza media superior o equivalente, y

c) En caso de aspirantes a las áreas de reacción, los estudios correspondientes a la enseñanza básica.

IV. a XII. ...

B. Para la Permanencia:

I. ...

II. ...

III. ...

IV. Acreditar que ha concluido, al menos, los estudios siguientes:

a) En el caso de integrantes de las áreas de investigación, enseñanza superior, equivalente u homologación por desempeño, a partir de bachillerato;

b) Tratándose de integrantes de las áreas de prevención, enseñanza media superior o equivalente, y

c) En caso de integrantes de las áreas de reacción, los estudios correspondientes a la enseñanza básica.

V. a XVI. ...”

Artículo Transitorio

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 22 de marzo de 2012.

Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica)

Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Miguel Ernesto Pompa Corella, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Miguel Ernesto Pompa Corella, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70, 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, pone a consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto para la constitución de la comisión ordinaria de minería, para lo cual se propone adicionar al numeral 2 del artículo 39, la fracción XLI, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En nuestros días la importancia de la actividad minera se encuentra demostrada. Es inevitable no reconocer su trascendencia en la vida económica, social y ambiental de nuestro país. La minería se encuentra delimitada por diversos factores que la condicionan y determinan, provocando con ello su revisión integral desde el Poder Legislativo.

Es así que el Poder Legislativo se encuentra ante uno de los desafíos más importantes en cuanto a la riqueza nacional: la depredación minera que, en un marco legislativo vetusto, otorga a las empresas facilidades para hacerlo y, en el caso de la legislación vigente, hay condiciones que no son respetadas.

El Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2010 de la Auditoría Superior de la Federación señala que se entregaron concesiones a empresas sin actas constitutivas que acreditaran nacionalidad cuyo objeto social se encontraba la minería. Otro de los desafíos lo constituye la escasa información que rinden los concesionarios sobre sus actividades y el ajuste a las disposiciones en materia de protección al ambiente, entre otras, que realizaran las obras que están obligados a hacer por ley.

Otras irregularidades que prevalecen en el sector es que de mil 121 concesiones que se autorizaron en 2010, 272 no se registraron en el padrón correspondiente, lo que lo convierte en un instrumento de control poco confiable; de igual manera, 80 de ellas no consignaron su registro federal de contribuyentes, impidiendo que la Secretaría de Hacienda pueda requerirles el pago correspondiente por derechos; además, que en 39 casos la empresa titular de la concesión no pagó derechos y en 27 pagó menos de lo que era su obligación liquidar.

Hoy los parámetros tradicionales por medio de los cuales se aborda el sector minero y sus impactos en la economía, han sido rebasados por nuevas y emergentes realidades, que se involucran directa e indirectamente. Las condiciones superan los paradigmas que los análisis tradicionales han ofrecido para el conocimiento del sector minero, transformando los referentes de conocimiento para abordar la minería. Surgen relaciones horizontales entre la explotación de recursos extractivos, la protección y remediación ecológica, la responsabilidad social de las empresas y la compensación social.

La trascendencia y los impactos de este sector económico y social, atraviesa la cadena productiva de esta industria extractiva: la exploración-prospección, explotación y comercialización de los recursos minerales tanto metálicos como no metálicos, siendo relevantes los siguientes datos que son irrefutables, fundando con ello entre otros elementos, la motivación de esta iniciativa, contando con toda la información disponible y verificable que permite realizar esta propuesta de reforma legislativa, misma que posee el sustento técnico y socio-jurídico indispensable para su aprobación en positivo.

Por ejemplo, para el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi), en su informe mensual de septiembre de 2011 y cuyos generadores de datos son las empresas del sector minero, puntualizó que “la producción minero-metalúrgica creció 4.55 por ciento en septiembre de 2011 con relación a la del mes previo, con cifras desestacionalizadas. En su comparación anual y con datos originales, la producción minero metalúrgica se elevó en términos reales 18.5 por ciento en Septiembre de este año respecto a igual mes de 2010. El avance anual de la producción minero metalúrgica fue producto del comportamiento heterogéneo de los distintos minerales que la conforman: aumentó la de cobre, carbón no coquizable y la de fluorita, principalmente. En contraste, descendió la producción de yeso, plomo y azufre, entre otros, en el mes que se reporta. La producción minero-metalúrgica del país (referida a las actividades de extracción, beneficio, fundición y afinación de minerales metálicos y no metálicos) se incrementó 4.55 por ciento en septiembre de 2011 con relación al mes previo. Entre los metales preciosos (utilizados para fines industriales, acuñación de moneda y joyería), la producción de plata se incrementó 7.9 por ciento en septiembre del año en curso respecto a igual mes de 2010, al obtener 346 mil 591 kilogramos y la de oro alcanzó 7 mil 22 kilogramos, mostrando un ligero avance de 0.1 por ciento. En los metales industriales no ferrosos (se emplean principalmente en la industria manufacturera para la fabricación de tuberías y tubos, entre otros productos), la producción de cobre aumentó 78.8 por ciento, al situarse en 36 mil 692 toneladas y la de zinc subió 2.3 por ciento con 47 mil 710 toneladas, en tanto que la de plomo disminuyó (-) 9.5 por ciento a tasa anual con 12 mil 299 toneladas. Los metales y minerales siderúrgicos (destinados básicamente a la fabricación de acero), la producción de carbón no coquizable creció 60.6 por ciento, logrando 1 millón 543 mil 655 toneladas; en cambio la de pellets de fierro retrocedió 3.6 por ciento con 619 mil 442 toneladas y la de coque fue menor en (-) 1.7 por ciento al producir 139 mil 130 toneladas en el mes en cuestión. Los minerales no metálicos (se usan para la elaboración de insecticidas, fertilizantes, productos químicos, petróleo y petroquímica), la producción de fluorita fue de 107 mil 123 toneladas, nivel superior en 22.9 por ciento a tasa anual; mientras que la de yeso se redujo (-) 9.7 por ciento al sumar 286 mil 825 toneladas y la de azufre cayó (-) 4.7 por ciento con 74 mil 88 toneladas, comparada con la del mismo mes de un año antes”. 1

Por otro lado, la producción minera por entidad federativa (referida únicamente a las actividades de extracción y beneficio de minerales metálicos y no metálicos) presentó los siguientes resultados durante septiembre de 2011: la mayor producción de oro se obtuvo en Sonora 34.7 por ciento del total nacional, Chihuahua 18.5 por ciento, Zacatecas 17.3 por ciento, Durango 9.6 por ciento, Guerrero 9.2 por ciento y San Luis Potosí 6.3 por ciento; en tanto que Guanajuato, estado de México ,Querétaro y otras entidades produjeron en forma conjunta 4.4 por ciento. El 77.7 por ciento de la extracción y beneficio de plata se concentró en cuatro estados: Zacatecas que contribuyó con 40.9 por ciento, Chihuahua 19.1 por ciento, Durango 10.5 por ciento y Sonora 7.2 por ciento; mientras que el 22.3 por ciento se realizó en Coahuila de Zaragoza, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Estado de México, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa y otros estados. Por lo que se refiere a la producción de plomo, sobresalió la de Zacatecas con 58.2 por ciento Chihuahua 20.2 por ciento y Durango con 6.6 por ciento; por su parte, Guerrero, estado de México, San Luis Potosí, Sinaloa y otras entidades generaron 15 por ciento en el mes en cuestión. La producción de cobre se llevó a cabo principalmente en Sonora con una participación de 80.1 por ciento, le siguió Zacatecas con 7.9 por ciento, San Luis Potosí 5 por ciento y Chihuahua con 2.5 por ciento. El 4.5 por ciento restante se registró en Durango, Guerrero, estado de México, Michoacán de Ocampo, Querétaro y otras entidades. Cuanto a la extracción y beneficio de zinc, la de Zacatecas significó 47.4 por ciento del total nacional, Chihuahua 19.4 por ciento, San Luis Potosí 9.1 por ciento y Guerrero 7.1 por ciento. El complemento de 17 por ciento se originó de manera agregada en los estados de Durango, estado de México, Querétaro, Sinaloa y otros estados. La totalidad de la producción de coque se logró en Coahuila de Zaragoza; la de fierro en los estados de Coahuila de Zaragoza, Colima y Michoacán de Ocampo con participaciones de 43.2 por ciento, 24.3 por ciento y 11.9 por ciento en ese orden; el 20.6 por ciento restante lo obtuvo Chihuahua, Durango y otros estados.

El azufre se produjo en los estados de Tabasco, Chiapas, Nuevo León e Hidalgo con 42.1 por ciento, 25.9 por ciento, 13.6 por ciento y 5.3 por ciento, respectivamente; una proporción inferior correspondió a Guanajuato, Oaxaca, Tamaulipas y Veracruz de Ignacio de la Llave, acumulando 13.1 porciento. Por lo que toca a la fluorita, San Luis Potosí generó el 90.2 por ciento y Coahuila de Zaragoza 9.8 por ciento en el mes de referencia.

En este orden de ideas los datos arrojados por esta institución oficial nos demuestran el peso económico y social de esta relevante actividad.

El diagnóstico del año 2009 que elaboró una de las representaciones gremiales de las empresas mineras en México agrupadas en torno a la Cámara Minera de México y que desde su punto de vista señaló en ese año que “la actividad minera en nuestro país se vio marcada por el entorno mundial recesivo, que afectó prácticamente a todos los sectores industriales. La industria pudo haber tenido mayores fortalezas frente a los entornos virulentos externos si se contara con políticas públicas dirigidas a impulsar el crecimiento del sector. Por otro lado los índices macroeconómicos del país registraron comportamientos negativos. La actividad minera productiva representó el 1.6 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), la inflación fue apenas inferior a 5 por ciento, mientras que el dólar se recuperó 21 por ciento al situarse en 13.58 pesos por dólar, contra 11.21 en 2008, este último afectó el valor de la producción minero-metalúrgica. No obstante, la industria minera se mantuvo como el tercer sector productivo del país. Las divisas generadas por la venta de petróleo se desplomaron 41 por ciento y los ingresos por turismo cayeron 15 por ciento; el valor de la producción minero-metalúrgica significó 85 por ciento de los ingresos generados por el sector turismo y 44 por ciento de las ventas de petróleo. En tanto, los envíos de remesas desde el exterior se redujeron 16 por ciento y la inversión extranjera directa (IED) se contrajo 38 por ciento.” 2

La misma fuente consultada evaluó que en 2011, la inversión realizada en el sector minero, alcanzó un monto total “de 3 mil 316 millones de dólares, monto que representó un incremento de 16.0 por ciento con relación al año anterior, reflejando un incremento positivo en las actividades, motivado por las cotizaciones internacionales de los minerales. Los niveles de empleo en el sector minero presentaron un ascenso durante 2010. El número de personas empleadas en el sector minero alcanzó un total de 283 mil 800 trabajos directos al cierre de diciembre, cantidad que representó 3 mil 533 empleos más, registrándose un incremento de 5.3 por ciento anual, cifra como se observa, superior a 2009. El 2010 fue un año relevante para el sector minero mexicano, pues las producciones de los principales metales preciosos, metales industriales y no metálicos rompieron récords de producción consolidando a México, como uno de los países más importantes de la minería mundial. Este empuje en la producción permitió que el valor de la producción minero-metalúrgica fuera de 13 mil 900 millones de dólares, lo que significa que nuestro sector generó más divisas que la industria turística que sumó 11 mil 875 millones de dólares. Actualmente, la minería atraviesa por un ciclo positivo determinado por los altos precios de los metales por el contexto global de incertidumbre económica que hace regresar a los inversionistas a los metales preciosos y, a la demanda de los metales industriales impulsada por China e India, así como la recuperación de Estados Unidos. En México, la industria minera genera empleos de calidad, es motor económico en diversas regiones del país y sobre todo es impulsor de proyectos de largo plazo que garantizan el uso de tecnología de punta, que le permite mantenerse a la vanguardia en seguridad industrial y ofrecen empleos de calidad y capacitación permanente. Por tercer año consecutivo, la minería se ubica entre los sectores productivos más importantes de nuestro país. Las divisas generadas por la industria minera ascendieron a 15 mil 474 millones de dólares, 51 por ciento más que en 2009.En 2010, el monto global invertido en exploración minera –incluyendo uranio– ascendió a 11 mil 500 millones de dólares, equivalente a un incremento de 45 por ciento respecto al periodo anterior. Por segundo año consecutivo, América Latina volvió a ser la región más atractiva en exploración al recibir 27 por ciento del monto total. Asimismo en dichos diagnósticos, se señala, desde su punto de vista “que la vocación minera del país es indudable, 70 por ciento del territorio es potencialmente explorable para seguir localizando yacimientos minerales de clase mundial. Hoy la industria minera es una solución productiva para México, que observa la disminución paulatina y acelerada de sus ingresos anuales generados por la venta de petróleo y el envío de las remesas”. 3

La Camimex también ha destacado que el sector minero, puede tener un crecimiento más vigoroso si se instrumentaran políticas públicas que generen un clima de certidumbre y oportunidades para los inversionistas nacionales e internacionales. Y estiman que para el periodo 2007-2012, las inversiones, que habrán sumado 21 mil 753 millones de dólares. Aunque la perspectiva es extremadamente alentadora, nuestro país ha desperdiciado un ciclo positivo de la industria en el mercado global y limitado las inversiones, que han sido recibidas en otros países de la región como Chile y Perú. México debe trabajar en atraer más inversiones, nacionales y extranjeras, que se traduzcan en crecimiento económico para la generación de empleos de calidad, uso de última tecnología, creación de infraestructura básica e infraestructura social, entre otros beneficios. Es indispensable que la industria minera sea considerada estratégica para acelerar el crecimiento económico del país”. 4

Asimismo, para la Asociación de Ingenieros de Minas, Metalurgistas, y Geólogos de México, la situación de la minera en 2011 es la siguiente: “se han creado cerca de 300,000 empleos directos y más de 1 millón 500 mil indirectos. El valor de la producción en 2010 fue de 128 mil millones de pesos, se produjeron 64 toneladas de oro, 3 mil 116 toneladas de plata, 227 mil toneladas de cobre, 121 mil toneladas de plomo y 71 mil toneladas de zinc. El desarrollo sustentable y el progreso en las comunidades mineras ponen de manifiesto a un sector que se encuentra produciendo y trabajando, esto por enunciar algunos datos de nuestra actividad minera. El lamentable accidente de los pozos de carbón (entiéndase, no minas formales), ha generado una mala imagen de la industria, pero si hacemos un recuento de los mexicanos muertos en otras industrias, veremos que la industria con menos pérdidas de vidas humanas –proporcionalmente hablando– es la industria minera. Si una activad tiene todo tipo de regulaciones, inclusive antes de arrancar y al fenecer, es la minería. Todas nuestras acciones son vigiladas por aquellas personas (medios, organizaciones no gubernamentales, etcétera) responsables como la nuestra, que se preocupan por los grandes ejes como son gobernación, ambiente, entorno social y por supuesto, desarrollo económico. Entonces, ¿qué hacer? Debemos difundir los beneficios de la minería y su determinante importancia para cubrir las necesidades vitales y el cumplimiento de los satisfactores del ser humano. Debemos “culturizar” de nueva cuenta a los ciudadanos de este país. Debemos hacerles saber que la minería es inherente al progreso y desarrollo. Nuestros niños deben saber que estamos llevando a cabo una actividad que ayuda al desarrollo y que produce satisfactores. Algunas de las actividades que la asociación realiza son la difusión de nuestras profesiones, la organización de seminarios, foros y grupos de trabajo para el análisis y toma de decisiones de los temas relacionados a esta actividad, como revisiones de reglamento y normas, participación líder y muy activa en los foros de consultas para los ordenamientos ecológicos tanto de la nación como de los estados. Actualmente, se circula la primera edición de Los minerales en nuestra vida diaria, un proyecto dirigido a los niños de 5o. y 6o. de primaria. La primera edición consta de 75 mil ejemplares, cuya distribución está asegurada por las propias empresas y nuestros distritos”. 5

Otro aspecto que la minería en México representa, según los datos principales del gobierno mexicano, exhibidos en su quinto Informe, en el apartado de economía competitiva y generadora de empleos, es “el de incrementar la participación de México en los flujos de comercio mundial y en la atracción de inversión extranjera directa estrategia así como incrementar la inversión en el sector minero”. Señalando en el documento presentado ante el Congreso para su estudio “que la “inversión privada en el sector minero metalúrgico durante 2010 ascendió a 3 mil 316 millones de dólares, lo que representó un crecimiento de 16 por ciento con relación a la inversión ejercida en 2009.Para 2011 se estima invertir 4 mil 731 millones, 42.7 por ciento superior a la inversión registrada en 2010 y la más alta efectuada en todas las administraciones gubernamentales. De la inversión total, 4 mil 172 millones de dólares (88.2 por ciento) corresponden a inversión nacional que proviene de las empresas afiliadas a la Cámara Minera de México y 559 millones de dólares (11.8 por ciento) corresponden a inversión extranjera. Las cifras estimadas para el periodo enero-agosto de 2011 registran la captación de 3 mil 154 millones de dólares de inversión, 42.7 por ciento superior con relación a lo observado en igual periodo de 2010 y representa un avance de 66.7 por ciento respecto a la meta programada para 2011. Este dinamismo se explica por varios factores: el buen ciclo de precios de los metales, la riqueza geológica de nuestro país, un marco normativo competitivo a nivel mundial y la gran demanda de minerales proveniente de países como China, India, Brasil y Estados Unidos. En lo que va de este gobierno (2007 a agosto de 2011), se ha captado inversión en el sector por un monto de 15,140 millones de dólares, cifra superior en 193.5 por ciento a los 5 mil 159 millones de dólares que se registraron durante todo el sexenio anterior. Cabe destacar que con este nivel de inversión se ha logrado superar en 3.1 por ciento la meta establecida para 2012 (14,682 millones de dólares). De la inversión total, 12 mil 258 millones de dólares (81 por ciento) corresponde a empresas nacionales y 2 mil 882 millones de dólares (19 por ciento) a empresas extranjeras y (en el tema del empleo la administración federal informa) que en la industria minerometalúrgica. Para 2011, se estableció como meta alcanzar 300 mil empleos en el sector, 5.7 por ciento superior en comparación al nivel de empleo registrado en 2010. A julio de 2011, se cuenta con 307 mil 196 trabajadores asegurados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), cifra superior en 7.5 por ciento a lo reportado en igual periodo de 2010. Es importante destacar que se han generado cerca de 23 mil 396 nuevos empleos formales en comparación al empleo registrado a diciembre de 2010, que además son 34 por ciento mejor remunerados que el salario promedio diario de cotización nacional y se ha superado en 7 mil 196 empleos la meta establecida para 2011 (en otra parte del informe) con los datos de la coordinación general de minería se menciona, que la industria minera es una actividad estratégica de la economía nacional, debido a que contribuye al desarrollo económico y a la generación de empleo, tanto a nivel regional como local. A fin de contribuir a alcanzar los objetivos y metas nacionales, estipulados en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 y el Programa Sectorial de Economía 2007-2012, particularmente en el impulso al crecimiento sostenido y la generación de empleos, se han desarrollado un conjunto de acciones orientadas a fomentar la competitividad y la inversión en el sector minero y establece que a junio de 2011, el sector minero generó 305 mil 787 empleos, principalmente en zonas rurales y marginadas de los estados de Nuevo León, Coahuila, México, Chihuahua, San Luis Potosí, Sonora y Jalisco; mismos que aportan el 56.5 por ciento del valor de la producción minera nacional de minerales concesibles. Asimismo, con base en la última información censal disponible, la industria minera reportó 2 mil 916 unidades económicas. Dado el dinamismo y recuperación económica en el sector, lo que promovió alcanzar mayores montos de inversión y el desarrollo de nuevos proyectos. (Por otro lado) establece respecto a las concesiones mineras otorgadas. Al mes de junio se han expedido 463 nuevos títulos de concesión minera, las cuales amparan una superficie de 1.06 millones de hectáreas, lo que alcanzó un saldo acumulado de 25,786 títulos de concesión minera vigentes, en una superficie de 27 millones de hectáreas, cifras 2.5 por ciento y 5.9 por ciento superior a las cifras registradas en el mismo periodo del año anterior. Durante el primer semestre de 2011, las concesiones expedidas se concentraron de la siguiente manera: Sonora (4,259), Durango (3,581), Chihuahua (3,396), Zacatecas (2,544), Coahuila (2,061), Jalisco (1,528), Sinaloa (1,436), Michoacán (803), San Luis Potosí (713), Baja California (662), Nuevo León (618), Guerrero (581), Guanajuato (577), Hidalgo (435), Nayarit (427), Oaxaca (341), Querétaro (318), Puebla (278), Estado de México (271) y el resto de las entidades federativas (957). Asimismo, las entidades con mayor porcentaje de superficie concesionada vigente para el periodo enero-junio 2011 fueron las siguientes: Sonora (13.9 por ciento), Coahuila (12.6 por ciento), Zacatecas (10.6 por ciento), Durango (9.6 por ciento), Chihuahua (8.9 por ciento), Jalisco (7.4 por ciento), Baja California (6.2 por ciento), Sinaloa (5 por ciento) y las demás entidades (25.8 por ciento) en la rama de las sociedades inscritas en el Registro Público de Minería. De conformidad a las acciones realizadas por esta administración para la atracción de inversión extranjera directa, se ha alcanzado un acumulado de 2,286 sociedades registradas al mes de junio de 2011, de las cuales 982 tienen participación extranjera y 1,304 son de capital 100 por ciento mexicano. A junio de 2011 se han inscrito 115 nuevas sociedades mineras en el Registro Público de Minería, 5.3 por ciento más con respecto a las inscritas hasta diciembre de 2010, de las cuales, 87 sociedades cuentan con capital nacional y las 28 restantes con participación extranjera. En cuanto a la eficiencia en los trámites administrativos, se registró un total de 16.9 días hábiles para la expedición de títulos de concesión minera, un 12.7 por ciento mayor al registrado en el mismo en el periodo de 2010, lo anterior debido a la intensificación de acciones de revisión y validación, para incrementar la certeza jurídica en los trámites realizados. Del total de concesiones tituladas ingresadas durante el primer cuatrimestre de 2011, 73.8 por ciento de las concesiones fueron expedidas a tiempo. Se iniciaron las estrategias y acciones señaladas en la Agenda de Gobierno Digital para promover la digitalización del trámite de expedición de título de concesión y asignación minera, y así facilitar el acceso al ciudadano a dicho trámite en línea, cuyo objetivo es bajar sustancialmente los tiempos de tramitación señalados por la normatividad minera para la expedición descrita. En 2011, se inició un programa de verificación de centros de trabajo en concesiones mineras de manera conjunta, entre la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Secretaría de Economía, específicamente para la zona carbonífera de Sabinas, Coahuila con el objetivo de revisar la aplicación de la normatividad de seguridad en las minas y elevar las condiciones de trabajo con las que actualmente laboran los empleados en la extracción de carbón de dicha región. También se establece en el informe que el sector minero del gobierno creó programas especiales durante 2010: Programa para la Reactivación de Distritos Mineros; Programa Especial de Financiamiento para la Reactivación Económica de Cananea, Sonora, que cuenta con recursos por 20 millones de pesos para contribuir a la reactivación económica del municipio, mediante el financiamiento a las Mipyme que realicen actividades productivas relacionadas con la minería y su cadena productiva. Se opera con los recursos autorizados al FIFOMI, con garantía líquida de la Secretaría de Economía, a través del Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural (Focir); Programa Especial de Financiamiento para la Pequeña Minería del Carbón, Coahuila, se realiza conjuntamente por la SE y el gobierno del estado de Coahuila, con recursos por 50 millones de pesos, para su operación, a fin de otorgar financiamiento de primer piso a los pequeños productores, destinado a equipamiento y capital de trabajo, así como complementar o reforzar las medidas de Seguridad que establece la Norma Oficial Mexicana NOM-032-STPS-200848. El 22 de julio de 2011, el FIFOMI suscribió el contrato correspondiente de Fondo de Fondos (F de F) ante la Corporación Mexicana de Inversiones de Capital, SA de CV (CMIC), con el propósito de promover el capital de riesgo en el sector minero y facilitar el acceso de las empresas a mayores recursos comparados con los disponibles en las instituciones del mercado financiero. El F de F se suscribió bajo el siguiente esquema: Inversionistas: a través del Fondo de Fondo México I, la CMIC invertiría hasta 30 millones de dólares en el fondo denominado Arias Resource Capital Fund II, LP (ARCF II), condicionado a la participación del FIFOMI en el Fondo de Fondo México I. Inversión en México: a través del Fondo de Fondo México I, se estima que durante el cuarto trimestre de 2011. Los fondos de vocación minera en que invierta, se les destinen al menos dos veces el capital comprometido del Fondo de Fondo México para inversiones en el país. Con esto, la CMIC invertirá al menos 60 millones de dólares en el fondo ARCF II, por lo que la minería nacional se beneficiará con un efecto multiplicador del monto invertido por el FIFOMI a través del Fondo de Fondo México I de al menos seis veces.” 6

Esta es la información que el gobierno federal exhibe en su quinto Informe de Gobierno, cuando aborda el sector minero dependiente del ramo 10 (Economía); Es por tanto necesario evaluar los resultados que se han producido casi al final de esta administración Federal, así como ponderar la importancia del tema de la minería, dentro de la Cámara de Diputados para que pueda existir una comisión ordinaria que atienda plenamente los asuntos mineros de México. Los argumentos sobran: observemos al evaluar los datos producidos por el gobierno federal. Al respecto surgen varias preguntas sobre esta rama de la administración pública que tendrán que responderse tarde o temprano: ¿Por qué en el quinto informe no aparece el denominado sector social de la economía y su participación en esta rama y porque no alude a la existencia de programas de fomento a la pequeña y mediana minería? ¿Por qué sólo demuestra tener una visión economicista de toda la política minera en tanto está dirigida a promover únicamente, la inversión y olvidando otros sectores inherentes al sector? ¿Por qué se da una visión, exclusivamente financiera a un recurso natural estratégico para su explotación? ¿Acaso sólo se persigue generar, renta sin tener en cuenta la vida de las poblaciones mineras y de sus trabajadores? ¿Por qué no se aborda la complejidad del sector y su carácter multidimensional? ¿Por qué tampoco alude a la importancia económica de su naturaleza histórica al ser un sector de ciclos económicos definidos y que los propios actores no han sido capaces de resolver? ¿Por qué no señala que la creación del Fondo de Fondo México no determina el universo de beneficiarios probables y de viabilidad de las inversiones, hacia las cuales están dirigidos los créditos o recursos de este fondo? ¿Por qué no explica el motivo de su creación? ¿Por qué no informa al respecto de la delicada situación de la región carbonífera de Sabinas Coahuila y del padrón de propietarios de la cuenca de carbón mineral? ¿Por qué no señala o establece una política integral de utilización del carbón mineral, de sus usos como materia prima para la generación de energía eléctrica? ¿O si existe una estrategia de transición energética o de aprovechamiento sustentable del carbón mineral? ¿Por qué no informa de los concursos por convocatoria para el otorgamiento de las concesiones mineras, las primas por descubrimiento o contraprestación económico respectiva que garanticen las mejores condiciones para el Estado? ¿Por qué no señala que obras se realizaran de parte de las empresas mineras grandes respecto del denominado plan de cierre de mina o es que acaso, eso no es importante para el gobierno? ¿Por qué no informa al respecto del número de cancelaciones, suspensiones e insubsistencia de derechos mineros en el país? ¿Por qué no menciona de la suspensión de obras y trabajos cuando se ajusta al supuesto de poner en peligro la vida o integridad física de los trabajadores o de los miembros de la comunidad al ocurrir fatalidades o accidentes? ¿Por qué no menciona el número de hectáreas concesionadas en México al 2011? ¿Por qué no menciona nada de las insuficiencias de personal operativo para poder desempeñar sus tareas administrativas en el área de minería? ¿Por qué no informa de las inspecciones, sanciones realizadas a las empresas mineras para el cumplimiento pleno de la ley vigente? Éstas son solo algunas de las interrogantes que una comisión ordinaria de asuntos mineros tendría que responder.

Asimismo existen otras motivaciones que generaron para presentar esta iniciativa, que se respaldan en la solidez de los argumentos y en la contundencia de los datos e información disponible y verificable. En el tema del carbón mineral .El mayor número de reservas de carbón del mundo se localizan en Estados Unidos, Rusia, China e India. Según la World Coal Association, las reservas mundiales se estiman en 847 mil millones de toneladas equivalentes a 119 años de reservas de producción. En México, las reservas geológicas conocidas ascendieron a mil 264 millones de toneladas, un ligero incremento de 2 por ciento respecto al 2009. La minería espera 4 mil 400 millones de dólares de inversión para el 2011. La Cámara Minera de México prevé que existan 50 proyectos de plata, oro, cobre y zinc, mismos que se esperan ser explotados por la vía de la fusión o adquisición, debido a los elevados precios de los metales. “El director de Caminex espera que para el 2011 el sector minero crezca un 7.3 por ciento respecto al año pasado principalmente por los planes de expansión del yacimiento de Cananea. En marzo de 2011 existían 738 proyectos de exploración en México. Por otro lado, señala que los proyectos de exploración más avanzados en México son propiedad de las mineras incluidas Grupo México, Goldcorp y Fresnillo y la Unidad de Metales Preciosos de Peñoles. Sin embargo, existe poca mano de obra calificada, no se producen los suficientes ingenieros relacionados con la minería en las universidades. La producción minera está determinada por los altos precios en la energía eléctrica, la escasez de agua y según dice la Cámara Minera de México. La dinámica de la producción en 2010 de la minería se focalizó en el oro, el coque, el plomo, la plata, los pellets de fierro, la fluorita y el zinc. El mercado metálico mexicano se encuentra actualmente globalizado, la gran mayoría de sus productos, para bien o para mal, están sujetos a la oferta y la demanda del mercado internacional. En materia de concesiones está representado un crecimiento, a partir de 2004 inicia el boom de los metales y en el 2009 el gobierno otorgó 132 títulos de concesión para duplicar la tierra concesionada a la minería, que pasó de 3.1 a 7.4 millones de hectáreas listas para explorar o para extraer minerales, a partir de 2006 la concesión minera es única y no es posible diferenciar entre exploración y explotación”. 7

Por otro lado se conoce que el dinero que llega a la industria (minera) tiene sus particularidades según el análisis de Pedro Mentado Contreras. Por ejemplo, 70 por ciento es de empresas extranjeras, mientras que 30 por ciento es de recursos nacionales. “En cuanto a la producción 60 por ciento es de compañías nacionales y 40 por ciento de extranjeras, con una notable participación de 75 por ciento de corporativos canadienses y 15 por ciento de Estados Unidos. En el 2009 estas inversiones se aplicaron a la extracción de metales preciosos y el 37 por ciento de éstas de un 100 al beneficio de otros metales no ferrosos. Según los especialistas en minería consideran que el costo de la industria se determina por su valor intrínseco en el mercado o por la cotización industrial del mismo y actualmente los metales preciosos llevan la delantera como refugio de los inversionistas en época de crisis, su creciente uso en los productos de nuevas tecnologías les da un valor casi insuperable. A diferencia de los productos industriales que están más sujetos a la demanda industrial. El boom trajo consigo inversiones en México que se han canalizado a las minas de oro y plata, nuestro país con sus casi 70 mil toneladas producidas es el segundo productor de oro luego de Perú y reporta un crecimiento de más de 30 por ciento en la producción desde 2008, mientras que la producción de plata ronda las 4 mil toneladas y va por el segundo lugar en la producción mundial. Actualmente la mina más grande del mundo es Fresnillo localizada en Zacatecas y tiene reservas probadas para 12.8 años de producción. En 2009 produjo 37.9 millones de onzas de plata (mil 178.8 toneladas) lo que significa 36 por ciento del total nacional. En general la dirección de promoción minera tiene registrados más de 700 proyectos de exploración distribuidos actualmente en toda la República Mexicana y en este momento hay 300 empresas extranjeras invirtiendo en México. En 2009 (México) se generó un debate para gravar con 4 por ciento la producción minera como parte de la reforma fiscal del ese año. Las mineras “grandes” argumentaron que las inversiones se iban a ahuyentar y representaba una carga para los proyectos. Sin embargo, en diferentes partes del mundo existen experiencias relevantes, por ejemplo, “En Australia tras una disputa del gobierno con las empresas mineras en 2010 se decidió un impuesto de 30 por ciento sobre las utilidades en la industria del hierro y del carbón, a partir de 2012 el gobierno Australiano evalúa la posibilidad de algunos esquemas de exención. En Chile de 2010 el Congreso aprobó un nuevo impuesto a la minería: la iniciativa Royalty que establece un impuesto específico entre 5 y 14 por ciento cuando el margen operacional llegue a 85 por ciento de las empresas. Además creó el Fondo de inversión y reconversión regional, que recibirá aportaciones de 100 millones de dólares en los próximos 4 años. En México existe un amplio debate sobre el tema minero que no puede ser evadido o minimizado por ejemplo, en el estado de Baja California Sur en los últimos meses se aprobó la reforma a la Ley de Fomento y Desarrollo Económico y a la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente de Baja California Sur, que prohíbe a los gobiernos estatal y municipal a autorizar uso de suelo para las actividades industriales y económicas de riesgo para el medio ambiente. Esta nueva legislación estatal establece lo que son actividades riesgosas: La minería a cielo abierto, la instalación de plantas termonucleares para la generación de energía eléctrica, así como aquellas que para su operación utilicen materiales explosivos o sumamente tóxicos. Esta ley ya desató un debate en la industria pues los empresarios mineros aseguran, según su dicho, que ni los estados ni los municipios tienen atribuciones para realizar o promover manifestaciones de impacto ambiental, ya que eso es competencia de la federación”. 8

Por otro lado se analiza la evolución de la minería en México después de los cambios surgidos en los últimos lustros, para encontrarla de la siguiente manera, según Edna Reyes. “La evolución de la minería en México permitió que el cambio de propiedad del estado a la privatización tuviese beneficiarios de este proceso, los grupos que obtuvieron este beneficio fueron los que ya estaban constituidos y que por lo general tenían estabilidad e intereses en el sector, como el caso de los Bailleres, Larrea y García que a su vez se fusionaron con empresarios provenientes de otros ámbitos, caso Garza Sada, Senderos, Pagliai, Sánchez Navarro, Espinosa Iglesias, todos vinculados con la banca comercial. La intención de la privatización más que diversificar la composición del capital privado nacional contribuyó a afianzar y a consolidar a una fracción de la clase empresarial mexicana. Se ha conocido en la minería el periodo de la mexicanización que es el periodo en el cual el estado tiene una participación directa en el sector, fue durante los periodos de los Presidentes Echeverría y de López Portillo. Fue cuando se consideraba a este sector como estratégico. En este marco se promulgó la Ley Minera de 1975; las condiciones fueron: una mayor participación gubernamental en el sector, el estímulo a los programas federales de exploración y desarrollo en gran escala, la participación directa o mediante asociaciones del Estado en la explotación de yacimientos mineros, la instalación y operación, operación de plantas de beneficio y fundiciones, la construcción de complejos siderúrgicos y el establecimiento de comercializadoras. En 1988 se dio el banderazo de salida al proceso de privatización con desincorporación sucesiva de alrededor de 6.6 millones de hectáreas. Y en paralelo se inició la privatización del sector paraestatal. La reforma a la Ley Minera que se conoce como el periodo neoliberal se produjo en 1990 estableciendo 1.8 millones de hectáreas de reservas mineras nacionales y determinó la posibilidad de que el capital foráneo en labores de exploración que es el capital de riesgo pudiese realizarse, por otro lado, el ejercicio del derecho superficiario se elevó en más de mil por ciento lo que trajo consigo la liberación de concesiones a favor de la gran minería y el consecuente desplazamiento de los pequeños mineros. Las reformas de 1991 en materia ejidal abrieron la opción de que las empresas adquirieran los terrenos para desarrollar sus actividades de manera integral, dando con ellos plena seguridad a sus inversiones. El 25 de septiembre de 1992 se expidió la nueva Ley Minera, cuya aplicación inició el 29 de marzo de 1993. Mediante este marco normativo no sólo se derogó en forma total el impuesto a la explotación minera, reduciéndose sensiblemente la carga fiscal de las grandes empresas, sino que se modificaron aspectos fundamentales relativos a la participación del capital foráneo en el sector. En los hechos la nueva Ley Minera abrió el sector a la inversión extranjera, bajo la figura de sociedades mexicanas y esto se redondeó en 1996, al expedirse el instrumento para hacerla efectiva: La Ley de Inversión Extranjera. Otro aspecto de la Ley Minera de 1993 es que amplió el plazo de las concesiones de 25 a 50 años prorrogables por igual término. En 1999 se publicó el nuevo reglamento de la Ley Minera, que entre otras disposiciones se fijan plazos oficiales de respuesta a la mayoría de las gestiones, realizadas por empresas mineras con lo que se conoce como positiva ficta, es decir, asignación de tiempos relativamente breves para cada gestión, luego de los que, de no haber respuesta oficial se asume automáticamente la procedencia o autorización del trámite correspondiente. De acuerdo a la Dirección General de Minas expone que el 77 por ciento de las mineras, 198 tienen sus oficinas centrales en Canadá, 14 por ciento, o sea 36 por ciento en Estados Unidos, 2 por ciento, o sea 5 en Inglaterra. 1.5 por ciento, o sea 4 en Australia. Poco más de uno por ciento, o sea 3 en Japón, 1 por ciento en China y Corea, o sea 2, y una empresa por cada país en Suiza, Luxemburgo, Chile, Italia, Holanda y Perú”. 9

Asimismo en esta argumentación es destacar la importancia de las empresas mineras Canadienses o sus subsidiarias en México, pues nuestro país es la duodécima fuente de oro en el mundo, con reservas aproximadas de 91.4 millones de onzas. “Un grupo de seis firmas mineras de Canadá controlan 70 por ciento de la explotación de oro en México y poseen en territorio nacional reservas de ese metal con un valor total de 83 mil millones de dólares. Las ventajas de extraer oro en México, del que proceden las reservas canadienses más cuantiosas, es evidente. “Este país es muy importante para la minería canadiense”, dice Jaime Kneen, de Mining Watch Canada. “Los bajos costos de operación, impuestos y cuotas ambientales significan una cosa: poca inversión y muchas ganancias”. El caso de Goldcorp, con sede en Vancouver, lo ilustra claramente: por la ocupación de poco más de mil hectáreas de Carrizalillo, Guerrero, en donde se ubica la mina Los Filos, paga a la comunidad 55 millones de pesos al año. Pero los ingresos que obtiene en el mismo tiempo por la extracción de oro no tienen comparación: 4 mil 742 millones de pesos. El reporte 2010 de la Camimex hace evidente el dominio de estas empresas sobre la minería de oro. Ocho de las 11 principales minas de este metal son operadas por empresas canadienses y controlan 70 por ciento de la producción de oro en México. Si se agrega el valor de las reservas de oro de cada mina, estimadas por el Almanaque Minero Internacional: 1. Peñasquito, Zacatecas, operada por Goldcorp. Valor de las reservas: 44 mil 279 millones de dólares 2. Los Filos, Guerrero, operada por Goldcorp. Valor de las reservas: 15 mil 046 millones de dólares.3. Mulatos, Sonora, operada por Alamos Gold. Valor de 7mil749 de millones de dólares. 4. Dolores, Chihuahua, por Minefinders. Valor de las reservas: 5. Pedro, San Luis Potosí, operada por New Gold. Valor de las reservas: 4 mil 767 millones de dólares. 6. Ocampo, Chihuahua, operada por Gammon Gold. Valor de las reservas: 2 mil 826 millones de dólares.7. San Dimas, Durango, operada por Primero Mining. Valor de las reservas: 2 mil 308 millones de dólares. 8. El Sauzal, Chihuahua, operada por Goldcorp. Valor de las reservas: 730 millones de dólares. El valor total de las reservas de oro mexicano que pertenecen a mineras canadienses: 82 mil 924 millones de dólares. Lo relevante en la explotación minera de empresas canadienses: concesiones de subsuelo. La Ley Minera y la Ley Federal de Derechos permite las concesiones del subsuelo para exploración y explotación (no hace distinción entre ambas) por 50 años prorrogables. Los titulares de la concesiones deben pagar cuotas de entre 5.80 y 111 pesos por hectárea cada semestre, dependiendo de la vigencia de la concesión. Por ejemplo, Goldcorp compró concesiones en octubre de 2010 por un total de 177 hectáreas para explotación minera en el municipio de Eduardo Neri, Guerrero, al que pertenece la región de Mezcala. A diferencia de países como Chile, Perú o Bolivia, México no cobra regalías por explotación minera. Las empresas no pagan más que los impuestos que le corresponden a cualquier otra compañía. El problema no se sabe cuánto pagan estas empresas porque es materia de secreto fiscal”. 10

Como se señala al principio de la exposición de motivos, son múltiples los argumentos a favor de la iniciativa aquí formulada. Otros más, son los conflictos que aparecen entorno al tema de la explotación minera y del en alrededor de cual se efectúa esta. En estos momentos existen conflictos mineros relevantes con empresas canadienses.

1. Unión Wixárika contra FirstMajestic. Silver Comunidades Huicholes de Jalisco, Nayarit, Durango, San Luis Potosí y Zacatecas Formaron la Unión Wixarika parexigirla clausura de la explotación de plata de la compañía First Majestic Silver en la región de Wirikuta, en Real de Catorce, San Luis Potosí. Recién la empresa acaba de anunciar que van invertir para el desarrollo de la mina subterránea antes de afectar la región. A fines de febrero 2012, tribunales federales concedieron la suspensión provisional del proyecto de explotación hasta no esclarecer o informar las repercusiones ambientales y culturales de la explotación de la mina.

2. Cocula. Minera Media Luna, Torex Gold, transfirió o vendió la mina a una empresa canadiense. Pretende realizar la extracción oro y plata. Se encuentra ubicada en el municipio de Cocula, Guerrero. Existen conflictos actualmente con el ejido Real del Limón que han impedido su explotación por existir diferencias con la minera.

3. Minera San Xavier New Gold San Luis Potosí. Se dedica a la producción de oro a cielo abierto. Fue clausurada por la Profepa en noviembre 2009. Está ubicada en el municipio de Cerro de San Pedro, promociona en su página web los beneficios otorgados a la población. Este conflicto lleva más de 10 años en litigio en diversos tribunales del grupo ecologista denominado Frente Amplio Opositor a la mina vs. la minera San Javier New Gold Cerro de San Pedro.

4. Minera Vista Gold. Se denominaba Paredones Amarrillos y recientemente cambiaron el nombre por la Concordia en Sierra de la Laguna. El proyecto pretende, la explotación a cielo abierto para extraer oro. Existe oposición de ciudadanos, organizaciones no gubernamentales, académicos, políticos de la Paz Baja California, el proyecto se encuentra ubicado a 65 kilómetros de la Paz. El Congreso de Baja California Sur aprobó reformas a las leyes de equilibrio ecológico y protección al ambiente, en las que establece la prohibición, tanto para el gobierno estatal y municipal para el otorgamiento de permisos de uso de suelo para las minas a cielo abierto en ese estado de la república.

5. Minera Goldroup Mining y sus subsidiarias Minera Cardel y Candymin Caballo Blanco. Mina a cielo abierto de oro ubicada en los municipios de Actopan y Alto Lucero. Se localiza a pocos kilómetros de la central nucleoeléctrica de Laguna Verde .Existe rechazo de habitantes, ambientalistas, del Congreso del estado y del gobierno estatal, éste entregó a la Semarnat opinión técnica que dictamina que no se garantiza la sustentabilidad del proyecto. La Semarnat tendrá que emitir en marzo 2012 autorización o rechazo de manifestación de impacto (MIA) ambiental, con la cual la empresa y subsidiarias iniciarían operaciones a fines del año. A fines de febrero se realizo una consulta publica en el ayuntamiento de Alto Lucero que organizo la Semarnat se manifestó un abierto rechazo a este proyecto minero se produjo un conflicto minero cuyo origen son empresas canadienses.

6. La conflictiva multifactorial existente en la cuenca carbonífera (carbón mineral) de Sabinas Coahuila, en la que existe la necesidad de su regulación vigilancia y reestructuración en la cual ocurren lamentables accidentes, en la explotación de este recurso.

7. La continuidad de varios años de las huelgas en Taxco y Sombrerete no resueltas. Y la omisión del gobierno federal para su resolución.

En este orden de ideas, para México el gobierno de Canadá y la Embajada de Canadá, ante los problemas y conflictos ocurridos en los últimos cuatro años, con las mineras canadienses, elaboraron el manual informativo sobre la minería en México que contempla las actividades desde la exploración, el desarrollo, la operación y el cierre de las actividades mineras. El objetivo de dicho manual es contribuir a conocer y entender el ciclo minero y las actividades de la mediana y gran minería, pretendiendo buscar mayores oportunidades, para que la población se involucre y participe en ella señalan los autores. El texto se orienta a promover espacios de diálogo entre las comunidades, en las cuales se encuentra asentada el yacimiento minero, la empresa minera y los niveles de gobierno de acuerdo a las políticas de responsabilidad social corporativa. Este texto tuvo su origen en el manual desarrollado para las comunidades aborígenes de Canadá Mining information kit for aboriginal communites. El texto se produjo en 2009. Asimismo, el gobierno de Canadá estableció diversos lineamientos en marzo 2009, denominados “construyendo la ventaja canadiense: estrategia de responsabilidad social empresarial (RSE) para el sector de extracción internacional canadiense”, que persigue en términos generales actividades voluntarias que puede emprender una compañía, para operar de manera sostenible desde el punto de vista económico, social y ambiental. Estos lineamientos se generaron como producto de las diversas situaciones de conflicto social y ambiental que tenían y tienen empresas canadienses extractivas en países denominados en vías de desarrollo. Dicho texto incluye incentivos de naturaleza fiscal, e incentivos legales para las empresas de este ramo.

Por otro lado es importante asentar en el fundamento de la iniciativa, que el peso de la pequeña minería en nuestro país es de alta relevancia, así se establece en el texto la pequeña minería en México (2010). “Dentro de la industria minera de México tradicionalmente se ha considerado la existencia de tres tipos de empresas en función de su magnitud, la cual se define en relación a la cantidad de producción, éstas son: (a) empresas mineras grandes, (b) empresas mineras medianas, y (c) empresas mineras pequeñas. Sin embargo, existe una división por debajo de todas ellas, que es la minería artesanal. La pequeña minería en México aporta el 2.9 por ciento del valor total de la producción minero-metalúrgica nacional, la cual asciende a 6,800 millones de dólares y representa el 1.6 por ciento del producto interno bruto (PIB) del país. La pequeña minería está ligada de manera intrínseca a la cultura y a la economía de México, generando empleos de manera formal e informal, y su explotación en ocasiones puede rayar lo rudimentario y lo artesanal. En muchas ocasiones, los pequeños mineros operan fuera de la legalidad, y este hecho oculta el verdadero potencial económico y social que tienen estas pequeñas operaciones mineras. El camino de evolución que es típico de la gran mayoría de pequeñas empresas mineras se puede desarrollar bajo dos ambientes: (1) con apoyo financiero de organizaciones gubernamentales, cuya perspectiva a futuro puede ser de éxito, o (2) sin apoyo financiero del estado. En este último caso, sus perspectivas suelen ser de corta vida y con pocas probabilidades de éxito. La escasez cada vez mayor, de mano de obra dedicada a laborar en la industria minera, sea ésta mano de obra calificada o no calificada, ha conducido a que las pequeñas empresas mineras en México se tornen más competitivas acelerando la tendencia a la mecanización para contrarrestar los efectos de la falta de mano de obra. La llegada en masa de grandes consorcios mineros ha con llevado efectos diversos, tanto a favor como en contra para la evolución de la pequeña minería. Sin embargo, puede considerarse que las empresas de este tipo que han sobrevivido lo han hecho gracias a que han evolucionado adaptándose a las nuevas condiciones”. 11

Ante estos variados diagnósticos y argumentos emitidos por diversas instancias vinculadas al sector minero de manera general y particular, se anuncia inevitablemente la importancia de la actividad minera dentro de la economía y la sociedad nacional. Como consecuencia, la minería en 2011, posee particularidades que le dan un perfil específico y una dimensión concreta, es necesario revisar su potencial estratégico, como elemento primario de la economía nacional. Esto implica valorar integralmente, al sector y reconocerlo como fuente de abastecimiento de materia prima, de acumulación de capital y explotación sustentable de los recursos naturales no renovables mineros, de manera tal que hoy no se comprometa la satisfacción y los derechos, de las necesidades de las generaciones futuras y no se produzca un desequilibrio ecológico en la explotación de los recursos extractivos minerales.

Como una consecuencia de este trascendental impacto, se requiere pensar la actividad minera para el siglo XXI en México, comprendiendo que la materia prima que se utiliza en esta actividad representa la existencia de recursos naturales finitos agotables que su explotación y utilización en beneficio de la sociedad, requiere hoy, poseer alturas de miras de parte de quien está involucrado en el proceso legislativo nacional para abordar y reconocer, que el sector minero es estratégico para el pueblo de México. Es decir, se tiene que empezar, a pensar en las próximas generaciones de mexicanos y en los recursos naturales que éstas habrán de disponer para su utilización y de la tranquilidad del presente en el que habrán de vivir.

Respecto al tema del carbón mineral, y del siniestro ocurrido en Sabinas Coahuila, el 3 de mayo de 2011, el país conoció nuevamente de un siniestro en el municipio de Sabinas Coahuila en la zona Carbonífera, en el pozo número tres en la zona de los denominados Pozitos de los cuales se extrae carbón mineral. Que es “una roca sedimentaria de color negro, muy rica en carbono, utilizada como combustible fósil. Suele localizarse bajo una capa de pizarra y sobre una capa de arena y arcilla. Se cree que la mayor parte del carbón se formó durante el periodo carbonífero (hace 280 a 345 millones de años). El carbón se origina por la descomposición de vegetales terrestres, hojas, maderas, cortezas y esporas, que se acumulan en zonas pantanosas, lagunares o marinas, de poca profundidad. Los vegetales muertos se van acumulando en el fondo de una cuenca. Quedan cubiertos de agua y, por tanto, protegidos del aire que los destruiría. Comienza una lenta transformación por la acción de bacterias anaerobias, un tipo de microorganismos que no pueden vivir en presencia de oxígeno. Con el tiempo se produce un progresivo enriquecimiento en carbono. Posteriormente pueden cubrirse con depósitos arcillosos, lo que contribuirá al mantenimiento del ambiente anaerobio, adecuado para que continúe el proceso de carbonificación. Los geólogos estiman que una capa de carbón de un metro de espesor proviene de la transformación por el proceso de diagénesis de más de diez metros de limos carbonosos. Hay otra teoría que explica que el carbón se forma con emanaciones continuas de gas metano en las profundidades de la tierra. El carbón suministra el 25 por ciento de la energía primaria consumida en el mundo, sólo por detrás del petróleo. Además es de las primeras fuentes de energía eléctrica, con 40 por ciento de la producción mundial (datos de 2006). Las aplicaciones principales del carbón son:

1. Generación de energía eléctrica. Las centrales térmicas de carbón pulverizado constituyen la principal fuente mundial de energía eléctrica.

2. Coque. El coque es el producto de la pirolisis del carbón en ausencia de aire. Es utilizado como combustible y reductor en distintas industrias, principalmente en los altos hornos (coque siderúrgico). Dos tercios del acero mundial se producen utilizando coque de carbón, consumiendo en ello 12 por ciento de la producción mundial de carbón (cifras de 2003).

3. Siderurgia. Mezclando minerales de hierro con carbón se obtiene una aleación en la que el hierro se enriquece en carbono, obteniendo mayor resistencia y elasticidad. Dependiendo de la cantidad de carbono, se obtiene:

1. Hierro dulce: menos del 0,2 por ciento de carbono.

2. Acero: entre 0,2 por ciento y 1,2 por ciento de carbono.

3. Fundición: más del 1,2 por ciento de carbono.

4. Industrias varias. Se utiliza en las fábricas que necesitan mucha energía en sus procesos, como las fábricas de cemento y de ladrillos.

5. Uso doméstico. Históricamente el primer uso del carbón fue como combustible doméstico. Aún hoy sigue siendo usado para calefacción, principalmente en los países en vías de desarrollo, mientras que en los países desarrollados ha sido desplazados por otras fuentes más limpias de calor (gas natural, propano, butano, energía eléctrica) para rebajar el índice de contaminación.

6. Carboquímica. Es practicada principalmente en África del Sur y China. Mediante el proceso de gasificación se obtiene del carbón un gas llamado gas de síntesis, compuesto principalmente de hidrógeno y monóxido de carbono. El gas de síntesis es una materia prima básica que puede transformarse en numerosos productos químicos de interés, como por ejemplo:

1. Amoniaco.

2. Metanol.

3. Gasolina y gasóleo de automoción a través del proceso Fischer-Tropsch (proceso químico para la producción de hidrocarburos líquidos a partir de gas de síntesis, CO y H2).

Petróleo sintético. Mediante el proceso de licuefacción directa, el carbón puede ser transformado en un crudo similar al petróleo. La licuefacción directa fue practicada ampliamente en Alemania durante la Segunda Guerra Mundial pero en la actualidad no existe ninguna planta de escala industrial en el mundo. Estas dos últimas aplicaciones antiguas son muy contaminantes y requieren mucha energía, desperdiciando así un tercio del balance energético global. Debido a la crisis del petróleo se han vuelto a utilizar.” 12

Es así que el Siniestro lamentable aquí mencionado, en el cual perdieron la vida trabajadores carboneros el día tres de mayo en Sabinas Coahuila, permite inferir desafortunadamente, que aconteció en condiciones; de abandono, indolencia, incapacidad, irregularidades y omisiones en la aplicación del ley de la materia y desprecio a la dignidad de la vida de los mineros, según destacan las noticias de diversos medios de comunicación que recogen esta fatalidad. “ (3 de mayo).Una explosión de gas metano ocurrió a 58 metros de profundidad en el municipio de Sabinas Coahuila, abierta hace 25 días sin dar el correspondiente aviso a la Secretaría del trabajo. (8 de mayo) después de varios días de penosa espera fueron rescatados. La noche de este sábado fueron encontrados y recuperados los tres últimos cuerpos de un total de 14 mineros que fallecieron en la explosión de un pozo carbonífero en el ejido Sabinas”. 3

Asimismo sobre el caso se aportan otros datos de relevancia como el que presenta Hilda Fernández y Thelma Gómez, corresponsal y enviada del periódico El Universal: “Jesús Fernando Lara Ruiz comenzaba su vida como carbonero —como aquí les llaman a los hombres que trabajan en la extracción del carbón— cuando la explosión del pozo lo dejó sin su brazo derecho. Él tiene 15 años de edad. Hace unas semanas comenzó a trabajar en el pozo 3 del ejido de Sabinas, de la empresa Binsa (Beneficios Internacionales del Norte), cuando el martes 3 de mayo una explosión sepultó a los 14 mineros que estaban dentro del pozo. Jesús era ganchero, así le dicen a quienes se encargan de recibir el tambo con carbón que sacan los mineros. Ese es el trabajo que hacen los más jóvenes. Y no son pocos los adolescentes que trabajan en los pozos, la forma más rudimentaria, barata y peligrosa para sacar el carbón. Hay muchos chiquillos trabajando en los ‘pocitos’. En cada pocito hay dos o tres, dice Juan Sánchez, quien inició a trabajar como carbonero cuando tenía 16 años. A los menores de edad no sólo los emplean como gancheros, también son malacateros —los que jalan las cuerdas que suben el tambo— o como hueseros —encargados de limpiar el carbón—. Incluso, en el pozo que explotó el pasado martes, el huesero acababa de cumplir 18 años, asegura su familia. El día del accidente, los primeros familiares en llegar al lugar miraron cómo “se quedó ahí, sentadito, llorando, porque su papá estaba adentro”. La Ley Federal del Trabajo prohíbe que menores de 16 años sean empleados en la minería. Siempre ha sido así. Rogelio Robledo Mendoza es carbonero. Tiene 54 años, pero se ve mucho mayor. Así es aquí, los mineros de 30 años parecen de 40. “Yo empecé a los 16 años en un ‘pocito’, como casi todos los de aquí”, dice este hombre que la noche del viernes pasado recibió el cadáver de su hijo. Se llamaba igual que él y tenía 30 años, la edad en la que los mineros del carbón tienen su máxima productividad, cuando pueden sacar hasta 25 toneladas de carbón a la semana. Después, el cuerpo ya no da más. Por ejemplo, Rogelio, el de 54 años, ahora vive con sus rodillas “echas pedazos. Pero a mí me fue bien, porque no quedé dentro de un pozo”, dice. A Raúl Villasana Cantú no le fue bien. Él empezó en las minas de carbón a los 17 años. Murió de 32, junto con 65 de sus compañeros, en la explosión de la Mina de Pasta de Conchos, el 19 de febrero de 2006. Su madre, María Trinidad Cantú, no se ha cansado de exigir que saquen su cadáver. “No hay otros medios de trabajo para la región, por eso todos se van a trabajar ahí desde chicos. No tiene idea del hambre, de la necesidad de poder tener otras fuentes de empleo”, explica María Trinidad. Al año, en promedio, tres millones 300 mil toneladas de carbón salen de esta región. Ramiro Flores Morales, cronista de Sabinas, dice que hay dos compradores principales del carbón: La Compañía Federal de Electricidad (CFE), que lo utiliza para las carboeléctricas, las cuales generan 14 por ciento de la electricidad de todo el país. Y las fundidoras, como Altos Hornos de México y Peñoles. El mismo cronista asegura que desde 1884, a la fecha, en la región carbonífera han muerto poco más de mil 400 mineros en 117 explosiones. La que dejó más víctimas ocurrió el 31 de marzo de 1969, en Barroterán. Ahí murieron 154 mineros. Y aunque la minería y sus tragedias forman parte de la historia de esta región, Ramiro Flores, advierte que ha sido en los últimos años cuando “como nunca” han existido tantos “pocitos”, extracciones que se realizan de manera informal, sin cumplir con las medidas de seguridad; en donde los mineros no cuentan con las prestaciones de ley. Estos pocitos sólo funcionan entre seis meses y un año. “Sacan el carbón que hay y cierran. Después abren otro, y lo mismo”, dice Rogelio Robledo. Los carboneros prefieren trabajar en los pocitos que en las minas grandes, donde supuestamente existen mayores medidas de seguridad, porque ganan más. En una mina, el pago es de 700 pesos a la semana, en promedio. En un pozo puede ser de mil 200 a mil 500 a la semana. “Aquí sólo hay de dos: o te arriesgas la vida o te mueres de hambre”. A los menores de edad les pagan alrededor de 600 pesos a la semana. “Muchos empiezan a trabajar en cuanto salen de la secundaria. Los dejan un tiempo como ‘hueseros’, ‘malacateros’ o ‘gancheros’, después los meten al pozo”, dice Yesenia Robles, hermana de Rogelio, uno de los 14 mineros que murieron en la explosión. De SLP a la zona carbonífera Jesús García Ayala empezó como minero cuando tenía 16 años. El 20 de mayo próximo se cumplirá un año de que murió, cuando el pozo de la vertical 4, de Progreso, se inundó y él estaba adentro. Falleció a los 33 años. Su papá, Fermín García, también era “carbonero”. Él tiene 65 años de edad y es de los pocos que se pudo jubilar. Su pensión es de 66 pesos, insuficiente para cubrir los achaques de las rodillas y la espalda que le dejaron las minas. En el pozo donde murió Jesús también estaba Francisco Zamora, de 29 años de edad; él resultó con una fractura en el cráneo y las costillas. Apenas el día que llegó a la clínica había sido dado de alta ante el IMSS. Él es originario de Real de Catorce, San Luis Potosí. Llegó a esta zona carbonera cuando tenía 16 años. “Cuando me vine, fue el hermano del patrón por nosotros allá. Iba hasta San Luis Potosí a traer gente. A veces se venían como 15 o 20. Algunos tenían 14 años”, cuenta Francisco, quien desde el accidente se quedó sin trabajo. Él repite lo mismo que dicen todos en esta región: “Aquí trabajan muchos que son chicos, pero trabajan a escondidas. Los patrones los esconden”.

Ante esta dramática realidad, el gobierno federal reaccionó con lentitud y torpeza en representación de éste, al evaluar el siniestro su secretario del Trabajo que se quiso autoenmendarse la plana con acciones que nunca emprendió durante los últimos 5 años, de la administración calderonista, pues de haberse realizado, por lógica elemental no estaría se hubieran reducido las fatalidades ocurridas. “Desde la tragedia de la mina de Pasta de Conchos en 2006, se han cuestionado las prácticas de explotación minera en México por parte de sectores sociales y sindicales, sin que se haya establecido un nuevo reglamento legal al respecto”. 14 Ante este accidente el sábado 7 de mayo el gobierno reacciono ante una realidad evidente en Sabinas, Coahuila. “El gobierno federal (anuncio) trabaja en una estrategia integral para mejorar las condiciones de trabajo de los mineros a fin de evitar más muertes, indicó el secretario del Trabajo y Previsión Social, Javier Lozano Alarcón. Sostuvo que las muertes de los 14 mineros de la empresa Binsa no serán en vano y que además de la sanción penal a los responsables de la explosión del martes en el pozo de Sabinas, se prevén acciones preventivas integrales para evitar más situaciones de ese tipo. Lozano Alarcón informó que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ya inició las auditorías a la empresa para revisar su estado y que se avanza en el proceso para cancelar la concesión de explotación de carbón mineral a BINSA. Llamó a los empresarios, no sólo del ramo minero, sino de todas las industrias y de todo el país para que cumplan de manera responsable con sus obligaciones, pues aclaró que hay muchas artimañas legales con las que, al menos en el caso de los mineros, evaden el cumplimiento de sus obligaciones con sus trabajadores. Consideró que las industrias de alto riesgo como la minería y la petroquímica deben tener sus propios sistemas de vigilancia para verificar que las condiciones de trabajo sean legales. El funcionario planteó que si bien tienen costos esos sistemas de seguridad y verificación, igual que todos los negocios, requieren inversión y si los empresarios no desean pagar que se dediquen a otra cosa. Sobre los tres cuerpos que quedan dentro del pozo carbonero, una vez que hasta la víspera sumaban 11 los recuperados, dijo que en el transcurso de este día podrían ser rescatados. La prioridad es esa: la recuperación de cuerpos y en segundo lugar la atención a las familias, y garantizó que ninguno de los deudos quedará en el desamparo”. Por otro lado han aparecieron en aquel momento en los medios de comunicación, declaraciones poco afortunadas. “En los últimos días ha habido un cruce de acusaciones entre autoridades federales y estatales respecto de la seguridad en las minas y la operación de éstas dentro de los cauces legales.” 15

El sábado 7 se informo que se habían rescatado los cuerpos de los trabajadores mineros quedando la tragedia, como otra más sumándose a la de Pasta de Conchos, que ocurrió en la misma zona y que aun no tiene respuestas y responsables de la muerte de los mineros, quienes realizaron una gira internacional para mostrar la gravedad de la minería del carbón en esa Cuenca. “La organización Familia Pasta de Conchos inició una gira internacional informativa y de solidaridad con las víctimas de los accidentes en las minas de México. Se presentará en las ciudades de Ámsterdam, en Holanda; La Haya, en Bélgica, y Roma, Italia. La agrupación, integrada por familiares de algunos de los 64 mineros muertos hace más de cinco años en Pasta de Conchos, Coahuila, dio a conocer que fueron invitados por varios países para proyectar la película Voces del subterráneo.” 16

Como se comprende, la situación de la minería del carbón y de los trabajadores mineros requiere abordarse plenamente integralmente sin omisiones y dilaciones, pues la tragedia ocurrida en Sabinas Coahuila, desafortunadamente representa el efecto de una realidad minera que no pude ni debe ser desatendida en consecuencia el Poder Legislativo no puede ser omiso ante esta responsabilidad.

En otro orden de ideas, y reafirmando la importancia de la minería en Latinoamérica, ésta tiene su eco trascendente en los congresos de las naciones hermanas, al integrar y constituir al interior de las mismos congresos, comisiones ordinarias que se abocan al estudio y análisis de este sector extractivo. Observemos:

• En el Congreso Peruano existe la Comisión Ordinaria de Energía y Minas.

• En el Congreso de Chile existe la Comisión Permanente de Minería y Energía.

• En el Congreso de Uruguay existe la Comisión Permanente de Industria, Energía y Minería.

• En el Congreso de Brasil existe la Comisión de Minas y Energía.

• En el Congreso de Guatemala existe la Comisión de Energía y Mina.

• En el Congreso de Colombia existe la Comisión Quinta Constitucional Permanente de Régimen Agropecuario, Ecología, Medio Ambiente, Recursos Naturales, Adjudicación y Recuperación de Tierras, Recursos y Asuntos del Mar, Minas y Energía, Corporaciones Autónomas Regionales.

Como es evidente, concurre un interés substancial de los Poderes Legislativos de naciones hermanas por estudiar y abordar, los fenómenos que se suscitan en la industria minera en esta época de acelerada globalización. Sin embargo, en nuestro Congreso no tenemos una instancia que se aboque al estudio y análisis de manera permanente de los asuntos mineros, de sus vinculaciones, de su importancia, de su peso en la economía, en la vida social y ambiental y en las relaciones vinculantes con las nuevas y emergentes demandas del sector. En suma, nos encontramos hoy en el rezago de la historia parlamentaria.

Como consecuencia de estas informaciones que fundamentan el argumento de la tesis principal de la iniciativa que se presenta aquí, para la importancia de la constitución de la comisión ordinaria que aborde el sector minero en toda su integralidad, la justificación de su creación es evidente. La norma reglamentaria deberá acoger la pertinencia de esta nueva instancia legislativa en la que tendrán que abordarse todas las realidades para analizar lo que ocurren en el sector. Es así que las visiones unilaterales del sector minero de quien las promueve han quedado rebasadas sobre este sector estratégico nacional. Es importante reconocer que el mismo, esta y deberá entrar en un proceso de reajuste de normas jurídicas, conductas, visiones no tradicionales, pero sobre todo el de asumir la conciencia racional de la explotación de los recursos extractivos y el respecto a la sociedad y al ambiente, pues se revela esta necesidad histórica de transformación del sector minero, ante ello el Poder Legislativo mexicano y la Cámara de Diputados no debe ser omiso.

Observemos; más fuentes que ofrecen esta sobrada justificación y motivación. En la reciente entrega a mediados del mes de Febrero del 2012-y como se anoto al principio de la exposición de motivos - de parte de la Auditoria Superior de la Federación que forma parte del Poder Legislativo Federal, que tiene como una de sus funciones la de control y vigilancia. Esta entrego a la Cámara de Diputados el Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2010 .En la auditoria al ramo 10 Economía que es la responsable de abordar el tema minero e impulsar su política en el país desde una Coordinación de Minería, en la estructura del organigrama de esta rama de la administración publica-es importante señalar que esta no tienen ,por supuesto el rango de subsecretaria o de otro tipo que reconozca la importancia y relevancia del tema minero .

Los datos del informe señalan en el rubro del pago de Derechos Sobre Minería que se instrumento la Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 10-0-10100-02-0809 DE-076. Que por su relevancia se presentan aquí los elementos más destacados. He aquí otra muestra o botón de muestra que sostiene este demoledor argumento. Se transcribe aquí, por su importancia parte del documento presentado a la Cámara de Diputados el 15 de febrero del 2012 que ofreció el Auditor Superior de la Federación Juan Manuel Portal Martínez.

La auditoria al ramo 10 (minería), tuvo como objetivo “Fiscalizar la gestión financiera relacionada con el otorgamiento de concesiones y verificar que las operaciones sujetas al pago de los derechos, su cálculo, entero, cobro, registro y presentación en la Cuenta Pública, se efectuaron de conformidad con las disposiciones legales y normativas aplicables.

Alcance

Universo seleccionado: 1,955,566.5 miles de pesos.

Muestra auditada: 326,699.1 miles de pesos.

Representatividad de la muestra: 16.7 por ciento.

Los 1,955,566.5 miles de pesos correspondieron al pago de los derechos por concesiones y asignaciones mineras para la explotación y exploración de sustancias o minerales, reportados en el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta Pública de 2010, de los cuales se revisaron 326,699.1 miles de pesos, que representaron el 16.7 por ciento del total.” Se generaron como producto de este trabajo las siguientes recomendaciones directas hacia el Congreso mexicano de parte de su órgano de fiscalización en el apartado de acciones del Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2010.

Acciones: Recomendaciones. Para que la Cámara de Diputados, por conducto de las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Economía, (no existe Comisión ordinara de Minería aclaración del autor) analice la conveniencia de incrementar los Derechos por concesiones mineras o el establecimiento de otros tributos o regalías a la exploración, explotación y beneficio de minerales y sustancias, a efecto de aumentar los ingresos públicos derivados de esta actividad y cuidar el patrimonio nacional, en virtud de que no existe congruencia entre los beneficios obtenidos por los particulares en la explotación obtenida de los lotes mineros y el pago de derechos que realizan.

[Resultado1]10-0-01100-02-0809-01-002. Para que la Cámara de Diputados, por conducto de la Comisión de Economía, analice la conveniencia de revisar la normativa y los requisitos para el otorgamiento de concesiones mineras, a fin de que éstas se autoricen, a partir de premisas que garanticen utilidad pública y beneficios a la nación.

[Resultado 1]10-0-01100-02-0809-01-003. Para que la Cámara de Diputados, por conducto de la Comisión de Economía, instruya la incorporación en la Ley Minera de un porcentaje razonable de visitas de inspección por parte de la Secretaría de Economía, en relación al número de concesiones otorgadas, así como otorgarle las facultades que requiera como autoridad, para verificar la correcta operación y explotación de las concesiones, los volúmenes de extracción reportados, el tipo de minerales o sustancias, el tamaño de la superficie y el número de concesiones vigentes, entre otros aspectos, a fin de que cuente con mayores elementos para tomar acciones e imponer sanciones en caso de incumplimientos, ya que durante 2010 sólo se llevaron a cabo 83 visitas de inspección de un universo de 20,958 títulos de concesión vigentes, lo que representó un 0.4 por ciento.

[Resultado 3]10-0-10100-02-0809-01-001. Para que la Secretaría de Economía concluya a la brevedad la implantación del Sistema Integral de Administración Minera (SIAM), debido a las deficiencias en la operación actual respecto de la integración, control y seguimiento del padrón de títulos de concesión minera y asignaciones, los pagos de derechos de minería establecidos en la Ley Federal de Derechos (concesiones mineras, estudio, trámite y resolución de solicitudes de concesión o asignación minera y expedición de planos de cartografía minera), así como de los informes técnicos, estadísticos y contables, de emplazamientos, cancelaciones, transmisiones de derechos, a fin de que la dependencia cumpla con las atribuciones que la ley le confiere en esa materia, asimismo, actualice su normativa institucional respecto del SIAM a fin de que esta refleje los procedimientos y actividades que cada área tendrá que realizar con la aplicación de dicho sistema.

[Resultado]10-0-10100-02-0809-01-002. Para que la Secretaría de Economía emita la normativa en relación con los documentos que deberán contener los expedientes físicos y digitales de las concesiones mineras otorgadas como el historial de cada título de concesión, de sus pagos de derechos y de sus incumplimientos, así como información sobre los titulares, las transferencias de derechos, los resultados de su explotación y los que considere adicionales a éstos.

[Resultado]10-0-10100-02-0809-01-003. Para que la Secretaría de Economía incorpore en su normativa que se realicen conciliaciones con el Servicio de Administración Tributaria sobre la captación que esta última haya reportado por los ingresos por Derechos por concesiones y asignaciones mineras y Derechos por estudio, trámite y resolución de solicitudes de concesión o asignación minera y expedición de planos de la cartografía minera previstos en la Ley Federal de Derechos, a fin de que la dependencia reporte cifras confiables de los ingresos por concesiones mineras y determine a los concesionarios omisos y realice las sanciones correspondientes.

[Resultado] 10-0-10100-02-0809-01-004. Para que la Secretaría de Economía determine los créditos fiscales de las 25 concesiones mineras que fueron canceladas por la omisión del pago de derechos mineros en el ejercicio de 2010, así como de los 21 títulos de concesión que fueron emplazados a realizar el pago mediante el oficio de inició procedimiento de cancelación, y que finalmente no hayan cubierto el adeudo una vez concluido el plazo para su atención y envíe éstos al Servicio de Administración Tributaria para que lleve a cabo las acciones de cobro a través del procedimiento administrativo de ejecución.

[Resultado] Promociones 10-9-10104-02-0809-08-001. Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no cumplieron con su atribución de imponer multas a 216 titulares de concesiones mineras que no presentaron los informes estadísticos sobre la producción, beneficio y destino de minerales o sustancias concesibles, previstos en la Ley Minera y su reglamento.

[Resultado] 10-9-10104-02-0809-08-002. Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no verificaron el pago correcto de los derechos de seis títulos de concesiones mineras, ya que pagaron de menos en función de la antigüedad del título y la superficie que reportó en el padrón de concesionarios al 31 de diciembre de 2010.

Resultado.

Resumen de Observaciones y Acciones;

Se determinó (aron) 3 observación (es) la (s) cual (es) generó (aron): 7 Recomendación (es) y 2 Promoción (es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

Dictamen: Con salvedad.

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, la Secretaría de Economía y el Servicio de Administración Tributaria cumplieron con las disposiciones normativas, excepto por los resultados que se precisan en el apartado correspondiente de este informe y que se refieren principalmente a que (i) el importe de las cuotas que se pagan actualmente es simbólico y contrasta con los volúmenes extraídos de recursos minerales ya que el valor de éstos está por arriba de los derechos por concesión que cobra el Estado, como se observó en el periodo 2005 a 2010, en el que el valor de la producción ascendió a 552,422,429.3 miles de pesos, y el de los derechos cobrados a 6,543,417.4 miles de pesos, los cuales equivalieron al 1.2 por ciento de la primera, además de que los requisitos para el otorgamiento de concesiones mineras contenidos en la normativa federal son mínimos y de fácil cumplimiento, por lo que no se encuentra garantizado el correcto uso y aprovechamiento de los recursos naturales y proporcionar un beneficio a la nación, (ii) se encontraron deficiencias en la integración y datos del padrón de concesionarios y asignaciones mineras, así como, en el contenido de los expedientes; (iii) la Secretaría de Economía carece de manuales de procedimientos o lineamientos específicos para el control de los pagos de los derechos de solicitud y trámites diversos al título de concesión minera, de concesiones y asignaciones mineras, así como de los adeudos de ejercicios anteriores, además de que desconoce de importes de derechos mineros que el Servicio de Administración Tributaria reportó en la Cuenta Pública de 2010, (iv) en el caso de seis títulos de concesión cubrieron cantidades inferiores por 240.6 miles de pesos de los derechos de concesiones mineras en 2010 y (v) no se cobraron multas a 216 concesionarios por 129.2 miles de pesos, que no presentaron sus informes estadísticos sobre la producción, beneficio y destino de minerales o sustancias concesibles en 2010.

Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Verificar que los títulos de concesión y de las asignaciones mineras se solicitaron y otorgaron de conformidad con la normativa, así como que se pagaron los derechos por el estudio, trámite y resolución de cada solicitud.

2. Comprobar que para las modificaciones y prórrogas de los títulos de concesión y de las asignaciones mineras se realizaron los pagos de derechos correspondientes, además de que se solicitaron y autorizaron de conformidad con la normativa.

3. Constatar que la Secretaría de Economía (SE) verificó el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los concesionarios o asignatarios o, en su caso, que impuso las sanciones administrativas derivadas de su inobservancia.

4. Verificar que la SE validó el cálculo de los Derechos por concesiones y asignaciones mineras y, en caso de existir diferencias o falta de pago, realizó el requerimiento al contribuyente o solicitó al Servicio de Administración Tributaria que iniciara el procedimiento administrativo de ejecución.

5. Constatar que los ingresos de los Derechos por estudio, trámite y resolución de solicitudes de concesión o asignación minera, expedición de planos de cartografía y por concesiones y asignaciones mineras, se registraron y reportaron en la Cuenta Pública de 2010.

Áreas revisadas:

La Dirección General de Minas de la Secretaría de Economía y la Administración Central de Cuenta Tributaria y Contabilidad de Ingresos, adscrita a la Administración General de Servicios al Contribuyente, del Servicio de Administración Tributaria.

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas.

Durante el desarrollo de la auditoría practicada se determinaron Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas.

Durante el desarrollo de la auditoría practicada se determinaron incumplimientos en las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: artículo 73, fracciones VII, X y

XXIX, numeral 2.

Ley Minera: artículo 7, fracciones VI, XI y XII.

Reglamento Interior de la Secretaría de Economía: artículo 5, fracción XV.

2. Ley General de Contabilidad Gubernamental: artículo 19, fracciones V y VI.

3. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Ley Minera: artículos 7, fracción XII y 57, fracción XII.

Reglamento Interior de la Secretaría de Economía: artículo 33, fracción XII. Ley Federal de Derechos: artículos 3, párrafo quinto; 263 y 264. Ley Minera: artículo 7, fracción XII.

Reglamento de la Ley Minera, artículo 115 segundo párrafo.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Comentarios de la entidad fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar y/o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación y que les dio a conocer esta entidad fiscalizadora para efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado”. 17

Esto sin lugar a dudas no puede seguir así, se requiere actuar de parte de los Legisladores de esta Soberanía y establecer la Comisión Ordinaria de Minería dentro del Poder Legislativo, dentro de la Cámara de Diputados que permita singularizar el tema y ejercer plenamente la función de control y vigilancia que le corresponde al Legislativo de conformidad con nuestra Constitución Política. Recordemos hace unos meses en la discusión, análisis y en su caso modificación del Presupuesto de Egresos de la Federación que para este Presupuesto de Egresos de la Federación, el PEF 2012 el ramo 10 (Economía) por la vía de la entidad Servicio Geológico Mexicano .LAU. Presentada por el titular del Ejecutivo y por el secretario de despacho de Economía, esta entidad tuvo “una asignación de mil 600 millones de pesos para exploración por energéticos para identificar localidades con contenido de carbón y gas asociado a yacimientos de carbón mineral para ser aprovechados como fuentes alternas de energía, buscando disminuir su importación al apoyar el desarrollo de la exploración, como proyectos de preinversión”. Cuando en el país ya esta mapeado y encontrado estos recursos, que según se dijo, en ese momento de Noviembre 2011 por funcionarios de hacienda que no serian destinados los mil 600 millones para exploración sino para el pago de derechos de ¡asignaciones mineras! Muchos legisladores no opusimos a esa simulación presupuestaria. Y hoy la Auditoria nos indica que existen elementos arriba señalados en el pago de los derechos en la cuenta pública del 2010 con observaciones serias.

En consecuencia la norma que regula la vida de la Cámara de Diputados debe estar completa con la Comisión Ordinaria de Minería , que sin duda habrá de asumir entre otras cosas la función de control y equilibrio institucional del ejercicio de una rama del poder como lo es el Legislativo ante el Ejecutivo.

Posponer esta decisión sólo implicará que los fenómenos del sector y las manifestaciones sociales y ambientales, vinculados al mismo, aglutinen una presión innecesaria, que será una demostración adicional de la necesidad de iniciar transformaciones integrales.

Denominación del proyecto de ley o decreto y ordenamientos a modificar

En tal sentido y en mérito de lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión la presente iniciativa con proyecto de decreto por el cual se propone adicionar al numeral 2 del artículo 39, la fracción XLI, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que instituye la Comisión Ordinaria de Minería.

Artículo Único. Se adiciona la fracción XLI al artículo 39 numeral 2 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 39

1. ...

2. ...

XLI. De Minería.

Transitorio

Artículo Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Inegi. Informe Minero Metalúrgico 2011 .Mexico. Septiembre de 2011.

2 Camimex (2011). Cámara Minera de México 2010-2011. México, DF.

3 Íbid.

4 Íbid.

5 Trelles Monje Sergio. Revista virtual GEOMIMET.XXXVIII Época. Asociación de Ingenieros de Minas, Metalurgistas, y Geólogos de México. Mayo-junio de 2011.

6 Calderón Hinojosa, Felipe. Titular del Poder Ejecutivo federal. 2007-2012.Quinto Informe de Gobierno 2011.

7 Informes Camimex.

8 Mentado Contreras Pedro. Energía Hoy . Febrero de 2011. México, DF.

9 Reyes Edna. Energía Hoy . Febrero de 2011. México, DF.

10 Cruz Mónica y Christian Palma .EMEEQUIS ,13 de junio de 2011.

11 González Sánchez, Francisco. Boletín de la Sociedad Geológica Mexicana, volumen 62.

12 La enciclopedia libre virtual Wikimedia Commons . 2011.

13 Periódico La Razón .Mayo de 2011. México, DF.

14 Ibídem.

15 Periódico Milenio. Notimex. Mayo de 2011.Mexico, DF.

16 Obra citada La Razón.

17 Auditoria Superior de la Federación. Cámara de Diputados: Informe del resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de 2010. Presentado el 15 de febrero 2012 a la honorable Cámara de Diputados por el CPC Juan Manuel Portal. México, DF.

México, DF.- Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2012.

Diputado Miguel Ernesto Pompa Corella (rúbrica)

Que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a cargo del diputado José Luis Ovando Patrón, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, José Luis Ovando Patrón, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifica el inciso a) y se adiciona un inciso e) a la fracción V del artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la cual se fundamenta y motiva en la siguiente

Exposición de Motivos

1. Los ingresos excedentes del gobierno son definidos en la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria como aquellos recursos que durante el ejercicio fiscal se obtienen en exceso de los aprobados en la Ley de Ingresos o, en su caso, respecto de los ingresos propios de las entidades de control indirecto.

2. La Unidad de Evaluación y Control de la Auditoría Superior de la Federación señaló que de 2003 a 2009 se obtuvieron ingresos excedentes por 1.3 billones de pesos. Monto que equivale al 40 por ciento de los recursos que gastara el sector público durante todo 2011.

3. El análisis de los informes sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública al segundo trimestre de 2011, publicado por el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, reporta que en el primer trimestre del presente año ingresaron de manera excedente 1,523,482.20 millones de pesos.

4. Si bien los ingresos extraordinarios en la actualidad, no han tenido grandes incrementos, y por el contrario, tienen tendencia a disminuir, es importante considerarlos debido a que las fluctuaciones económicas varían y en algunos periodos de tiempo pueden significar ingresos considerables, que si se utilizan de manera correcta, pueden contribuir al desarrollo de alguna de las funciones del estado.

5. Los ingresos excedentes se aplican en los siguientes rubros y orden:

a) Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas.

b) Fondo de Estabilización para la Inversión en Infraestructura de Petróleos Mexicanos.

c) Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros.

d) A programas y proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento de las entidades federativas. Dichos recursos se destinarán a las entidades federativas conforme a la estructura porcentual que se derive de la distribución del Fondo General de Participaciones reportado en la Cuenta Pública más reciente.

6. La seguridad pública es una función del estado que encuentra su sustento en la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos. El artículo 21 de nuestra Carta Magna señala:

“La seguridad pública es una función a cargo de la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.”

7. Respecto los recursos para la seguridad pública, la Constitución señala en el artículo 21 inciso e) lo siguiente:

“Artículo 21. ...

e) Los fondos de ayuda federal para la seguridad pública, a nivel nacional, serán aportados a las entidades federativas y municipios para ser destinados exclusivamente a estos fines...”

8. El Presupuesto de Egresos de la Federación para 2011 otorga 115 mil 826.5 millones de pesos en materia de seguridad pública (incluyendo el presupuesto de la Secretaría de Defensa, y de Marina), equivalente a un aumento del 7.2 por ciento en términos reales, respecto al Presupuesto de Egresos de la Federación de 2010.

9. Aún con el incremento registrado durante los últimos años en el rubro de seguridad, en 2010 el gasto en la materia apenas representó el 0.8 por ciento del PIB, por debajo de la media que gastan los países de la OCDE, que para 2009 representó el 1.6 por ciento del PIB.

Gráfico proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011Sectores básicos

Es decir que el Estado mexicano tendría que destinarle aproximadamente 130 mil millones de pesos al ramo correspondiente para poder alcanzar el promedio de la OCDE. Es decir 13 mil millones de pesos más.

10. Del total del presupuesto destinado a seguridad pública los estados y municipios reciben 3 de cada 10 pesos, es decir casi 15 mil millones de pesos (tan sólo del presupuesto en seguridad pública, no incluyendo defensa y marina).

11. El propósito de la propuesta que presentamos es dotar a las entidades y municipios de mayores recursos en materia de seguridad, cuando los ingresos federales tengan importantes excedentes, para que puedan hacer frente a los delitos del fuero común como el robo, homicidio, violaciones, secuestros, etcétera.

12. El delito del fuero común representa el 93 por ciento de los delitos que se cometen en nuestro país. Según estadísticas de la Procuraduría General de la República, de 2000 a 2009, estos delitos crecieron en un 21 por ciento aproximadamente, siendo víctimas el 15 por ciento de cada 100 mil habitantes.

13. De esta manera se podrían aplicar los recursos adicionales, en tareas que fortalezcan la labor de los estados y municipios en la materia.

Por lo expuesto y fundado, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Decreto

Único. Se reforma el inciso a) y se adiciona un inciso e) a la fracción V del artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para quedar como sigue:

“Artículo 19. ...

I. a IV. ...

V. ...

a) En un 20 por ciento a los programas y proyectos de inversión en infraestructura que establezca el Presupuesto de Egresos, dando preferencia al gasto que atienda las prioridades en las entidades federativas.”

b) a d)...

e) En un 5 por ciento a los programas y proyectos de inversión en infraestructura de seguridad pública de los estados y municipios establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación. El ejercicio de los recursos se sujetará a los rubros de inversión en infraestructura establecidos en los convenios de seguridad pública vigentes y firmados entre la federación y los gobiernos estatales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2012.

Diputado José Luis Ovando Patrón (rúbrica)

Que reforma los artículos 363 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 11 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a cargo del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Jaime Fernando Cárdenas Gracia, diputado federal a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, fracción I, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se derogan el inciso c), párrafo segundo, del artículo 363 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, y el inciso a) del primer párrafo del artículo 11 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a fin de eliminar la figura del desistimiento en materia electoral.

Exposición de Motivos

En esta iniciativa se propone la derogación del inciso c) párrafo segundo del artículo 363 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y, la derogación del inciso a) del primer párrafo del artículo 11 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a fin de eliminar la figura procesal del desistimiento en materia electoral. Lo anterior porque el derecho electoral es de interés y de orden público y, porque los bienes jurídicos tutelados, a diferencia del derecho privado y de otros ámbitos del derecho, son fundamentales para mantener y preservar el sistema democrático y el Estado de derecho. El sistema electoral no debe estar sujeto a los intereses particulares sino a los derechos de la sociedad en su conjunto.

En el derecho procesal tradicional se entiende por desistimiento la renuncia de la parte actora a los actos del proceso o a su pretensión litigiosa. Se distingue así, entre la renuncia a los actos del proceso o desistimiento de la instancia, que es un desistimiento parcial porque solo afecta a los actos del proceso y deja subsistente la posibilidad de que el actor exija la satisfacción de su pretensión en un nuevo proceso, distinto de aquel en que se haya planteado el desistimiento de la instancia; y, por otro lado, la renuncia de la pretensión litigiosa o desistimiento de la pretensión o del derecho, que es un desistimiento total, porque afecta directamente a la pretensión de fondo, la cual ya no podrá ser reclamada en ningún otro proceso. El desistimiento de la instancia, por implicar sólo una renuncia a los actos del proceso y dejar subsistente la pretensión del actor, requiere en el derecho procesal civil del consentimiento del demandado cuando éste haya sido emplazado; en cambio, el desistimiento de la pretensión, por implicar una renuncia total a ésta, no requiere en ningún caso de dicho consentimiento.

Algunos procesalistas aluden a tres tipos de desistimiento, que son: de la demanda, de la instancia y de la acción. En el desistimiento de la demanda tenemos en realidad una actitud del actor por la que se retira el escrito de demanda, antes de que ésta haya sido notificada al demandado. En este caso la relación procesal aún no ha surgido. El desistimiento de la instancia, por el contrario, implica que el demandado ha sido llamado a juicio y, requiere de su consentimiento expreso para que surta efectos el desistimiento del actor. El desistimiento de la acción entraña una renuncia al derecho o a la pretensión, por lo que este desistimiento en materia de derecho procesal civil prospera aún sin el consentimiento del demandado.

En realidad la única figura real de desistimiento es el desistimiento de la acción porque significa una renuncia de la pretensión o del derecho del actor que tiene por propósito solucionar el litigio al no haber ya pretensión. Sin la existencia de la pretensión, no puede subsistir el proceso.

A pesar que en el derecho procesal civil se permite el desistimiento, en ciertas materias que tienen que ver con derechos irrenunciables, la figura procesal mencionada no tiene efectos jurídicos vinculantes. Por eso, cuando se trata de de derechos que merecen una tutela o protección especial y que afectan el orden o el interés público, verbigracia, derechos de familia, derechos alimentarios, o bien, derechos sociales, como los regulados por el derecho del trabajo o por el derecho a la seguridad social, el desistimiento es improcedente.

En esta iniciativa proponemos que dado que los bienes jurídicamente tutelados por el derecho electoral son de tal importancia para el mantenimiento del sistema democrático y del Estado de Derecho, el desistimiento no puede nunca ser admitido en los asuntos que son del conocimiento y competencia de las autoridades electorales. Ya la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha dicho que: “...en ejercicio de la acción tuteladora de un interés difuso, colectivo o de grupo o bien del interés público, resulta improcedente su desistimiento, para dar por concluido el respectivo juicio o recurso, sin resolver el fondo de la litis, porque el ejercicio de la acción impugnativa, en ese caso, no es para la defensa de su interés jurídico en particular, como gobernado, sino para tutelar los derechos de la ciudadanía en general y para garantizar la vigencia plena de los mencionados principios rectores de la materia electoral, sustantiva y procesal. Por tanto, el partido político demandante no puede desistir válidamente del medio de impugnación promovido, porque no es el titular único del interés jurídico afectado, el cual corresponde a toda la ciudadanía e incluso a toda la sociedad, lo cual implica que el órgano jurisdiccional debe iniciar o continuar la instrucción del juicio o recurso, hasta dictar la respectiva sentencia de mérito, a menos que exista alguna otra causal de improcedencia o de sobreseimiento, del medio de impugnación...”. Se transcribe a continuación y para ilustración la jurisprudencia 8/2009 del citado Tribunal:

“Partido Acción Nacional

Versus

Consejo General del Instituto

Federal Electoral

Jurisprudencia 8/2009

Desistimiento. Es improcedente cuando el medio de impugnación es promovido por un partido político, en ejercicio de una acción tuitiva del interés público. — De la interpretación sistemática del artículo 41, párrafo segundo, bases I, V y VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 11, párrafo 1, inciso a), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y 62 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, teniendo presentes los principios que rigen el sistema electoral mexicano, sustantivo y procesal, así como la naturaleza y fines de los partidos políticos, se arriba a la conclusión de que, cuando un partido político promueve un medio de impugnación, en materia electoral, en ejercicio de la acción tuteladora de un interés difuso, colectivo o de grupo o bien del interés público, resulta improcedente su desistimiento, para dar por concluido el respectivo juicio o recurso, sin resolver el fondo de la litis, porque el ejercicio de la acción impugnativa, en ese caso, no es para la defensa de su interés jurídico en particular, como gobernado, sino para tutelar los derechos de la ciudadanía en general y para garantizar la vigencia plena de los mencionados principios rectores de la materia electoral, sustantiva y procesal. Por tanto, el partido político demandante no puede desistir válidamente del medio de impugnación promovido, porque no es el titular único del interés jurídico afectado, el cual corresponde a toda la ciudadanía e incluso a toda la sociedad, lo cual implica que el órgano jurisdiccional debe iniciar o continuar la instrucción del juicio o recurso, hasta dictar la respectiva sentencia de mérito, a menos que exista alguna otra causal de improcedencia o de sobreseimiento, del medio de impugnación.

Recurso de apelación. SUP-RAP-50/2009.— Actor: Partido Acción Nacional.— Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Federal Electoral.— 25 de marzo de 2009.— Unanimidad de cinco votos.— Ponente: Flavio Galván Rivera.— Secretario: Alejandro David Avante Juárez.

Recurso de apelación. SUP-RAP-53/2009.— Actor: Partido de la Revolución Democrática.— Autoridades responsables: Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral y otras.— 22 de abril de 2009.— Unanimidad de seis votos.— Ponente: María del Carmen Alanís Figueroa.— Secretarios: Armando Cruz Espinosa y Enrique Figueroa Ávila.

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-7/2009.— Actor: Partido de la Revolución Democrática.— Autoridad responsable: Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial del Estado de Durango.— 15 de abril de 2009.— Mayoría de cinco votos.— Ponente: Pedro Esteban Penagos López.— Secretarios: Alejandro Santos Contreras, Ernesto Camacho Ochoa y Leobardo Loaiza Cervantes.

La Sala Superior en sesión pública celebrada el veinte de mayo de dos mil nueve, aprobó por unanimidad de votos la jurisprudencia que antecede y la declaró formalmente obligatoria.”

Ahondando en el sentido de la jurisprudencia transcrita y, por considerar que el derecho electoral es derecho público y no derecho privado y, por estimar que los asuntos que se plantean ante las autoridades electorales tienen que ver con la sociedad entera y no con individuos específicos y, principalmente, porque en los casos electorales estamos en presencia de bienes jurídicos fundamentales que son base para la construcción de una sociedad democrática y de un Estado de derecho, es que proponemos en esta iniciativa, que la figura procesal del desistimiento no exista en materia electoral. De esta manera, salvaguardaremos con mayor vigor los principios rectores de la función electoral y los principios que dan lugar a elecciones democráticas: la libertad, la autenticidad de los procesos electorales y su periodicidad.

En consecuencia, solicitamos la derogación del inciso c), párrafo segundo, del artículo 363 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y, la derogación del inciso a) del primer párrafo del artículo 11 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Por lo expuesto y fundado, se somete a esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por la que se derogan el inciso c) párrafo segundo del artículo 363 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y, el inciso a) del primer párrafo del artículo 11 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a fin de eliminar la figura del desistimiento en materia electoral

Artículo Primero. Se deroga el inciso c), párrafo segundo, del artículo 363 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar en los siguientes términos:

“Artículo 363

1 ...

a) ...

b) ...

c) ...

d) ...

2. ...

a) ...

b) ...

c) Derogado”.

Artículo Segundo. Se deroga el inciso a) del primer párrafo del artículo 11 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral para quedar en los siguientes términos:

“Artículo 11

1...

a) Se deroga

b) ...

c) ...

d) ...

2. ...

a) ...

b) ...”

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Dado en el Palacio de San Lázaro, residencia de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

México, DF, a 20 de marzo de 2012.

Diputado Jaime Cárdenas Gracia (rúbrica)

Que reforma los artículos 7o., 14, 33 y 43 de la Ley General de Educación, a cargo de Alejandro Bahena Flores y suscrita por María de Lourdes Reynoso Femat, María Sandra Ugalde Basaldúa y Jaime Oliva Ramírez, diputados del Grupo Parlamentario del PAN

Los que suscriben, Alejandro Bahena Flores, María de Lourdes Reynoso Femat, María Sandra Úgalde Basaldua y Jaime Oliva Ramírez , diputados de la LXI Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa que reforma los artículos 7, 14, 33 y 43 de la Ley General de Educación, para impulsar la alfabetización digital.

Exposición de Motivos

Una de nuestras garantías individuales plasmada en el artículo 3o. de la Carta Magna es el derecho a la educación, en este marco la presente iniciativa intenta promover como parte esencial de la educación el impulso de la alfabetización digital, pues en esta época en donde la información influye y cambia minuto a minuto en el mundo y en el modo en que nos educamos o nos entretenemos, las tecnologías que permiten el acceso a la información son un elemento fundamental y parte de la innovación educativa.

El creciente impacto que Internet ha tenido en nuestra vida se debe entre otras cosas a la inmediatez y rapidez del acceso, la diversidad de versiones sobre un mismo acontecimiento, y la posibilidad del ciudadano común para crear, modificar y cuestionar información. Sin embargo, no todos alcanzan estos beneficios y por lo que hay que tomar las medidas necesarias a fin de evitar su marginación.

Hoy podemos entender y saber qué ocurre en cualquier parte del mundo con sólo quererlo, las economías se encuentran interconectadas, el arte es digital y las enciclopedias crecen en función del conocimiento comunitario, todo esto en gran medida por no decir en su totalidad está digitalizado. De tal suerte que la alfabetización digital se refiere a la habilidad para usar tecnología digital, herramientas de comunicación y redes para definir una necesidad de información, dominar, integrar y evaluar la misma, es decir, crear conocimiento y ser capaz de comunicar esta información a otros mediante el Internet.

A este respecto la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) menciona que la alfabetización digital es el aprendizaje de destrezas de manejo funcional de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). Ello implica fundamentalmente la capacidad de dominar las aplicaciones TIC más relevantes. Este organismo establece que el aprendizaje de estas destrezas ha sido un importante componente de equidad de las políticas de TIC en educación sobre todo en países en desarrollo donde el acceso a las TIC en el hogar es todavía limitado 1 .

La alfabetización digital permite realizar juicios de valor formulados acerca de la información que se obtenga en línea, promueve las destrezas de lectura y comprensión en un entorno dinámico y no secuencial, así como la habilidad de búsqueda en Internet, estimula una estrategia personal utilizando filtros, selección de fuentes y mecanismos de distribución a través de multimedia.

Asimismo, la alfabetización digital nos permite tener conciencia de la existencia de otras personas para contactarlas y debatir a través de las redes, valorando las herramientas del sistema como apoyo a los formatos tradicionales. Y desde luego los dispositivos por los que nos comunicamos cada día son más accesibles, económicos y fáciles de usar. Los teléfonos inteligentes nos permiten estar conectados a las diferentes redes en cualquier lugar y en cualquier momento; lo anterior, nos permite estar inmersos en las oportunidades y atentos a sus soluciones, mismas que podemos compartir cada vez más rápida y eficazmente.

La mitad de la población mundial vive en zonas y en comunidades apartadas. En el caso de México es evidente que existe una política pública que está redoblando esfuerzos al respecto. De acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) hay 32.8 millones de mexicanos conectados a Internet, es decir una penetración de 29.5 por ciento. Esto parece no estar tan mal, sin embargo, el objetivo es llegar a 60 por ciento de penetración, es decir, más o menos 70 millones. Esto hace que las comunidades que tienen más acceso a estos servicios cada vez serán las mayores generadoras de conocimiento global.

En la actualidad existe un fuerte consenso en torno a la conceptualización de la alfabetización digital como un derecho ciudadano. Al ser considerada la alfabetización digital un derecho ciudadano, ésta debe estar asegurada para todos por lo tanto se estima necesario que el estado sea un actor fundamental en el diseño de política que posibilite un acceso igualitario vinculado con las transformaciones en los conocimientos, habilidades y destrezas necesarios para el desempeño pleno en la vida social y laboral en las sociedades dominadas por las tecnologías de la información.

Se estima que en los países desarrollados, siete de cada diez personas tienen en promedio, acceso a las nuevas tecnologías, pero en México, la circunstancia es muy contrastante, sólo cuatro de cada diez personas, pueden acceder a las nuevas tecnologías.

Es importante señalar que tras la signatura de la Alianza por la Calidad de la Educación (ACE) el 15 de mayo de 2008, y con base al seguimiento de los acuerdos pactados, la Secretaría de Educación Pública (SEP), seleccionó 200 escuelas secundarias para poner en marcha el programa Habilidades Digitales para Todos (HDT). La ACE estableció como meta, lograr que 75 por ciento de las escuelas posean equipo de cómputo y conectividad, es decir, como continuidad del programa Enciclomedia, Habilidades Digitales para Todos, debe contar con 300 mil aulas digitales equipadas en su totalidad para 2012.

Así pues en el Plan Nacional de Desarrollo se habla de incrementar la competencia entre concesionarios con la finalidad de aumentar la cobertura de los servicios en el país y contribuir a que las tarifas permitan el acceso de un mayor número de usuarios al servicio, promover la adhesión de actores en todos los niveles de gobierno y de la sociedad para el diseño y desarrollo de estrategias que faciliten el uso de tecnologías de información y comunicación, promover la infraestructura tecnológica de conectividad para alcanzar ese tan anhelado 60 por ciento de penetración consolidando así el uso de tecnología de los servicios en cualquier lugar, modernizar el marco normativo que permita el crecimiento de las telecomunicaciones, proponer esquemas de financiamiento y autosustentabilidad para fomentar la aplicación y desarrollo de nuevas tecnologías y desarrollar mecanismos y las condiciones necesarias a fin de incentivar una mayor inversión en la creación de infraestructura y en la prestación de servicios de telecomunicaciones.

Sin embargo, no podemos dejar de reconocer que aunque se han logrado grandes cosas ha faltado la inclusión de las partes interesadas y que hoy por hoy existen disputas políticas que no permiten concretar muchos de los objetivos de carácter nacional y en beneficio de todos. Quizá se requiere de mayor voluntad política y mayor inversión en infraestructura en comparación a la gran demanda.

Así es como se da origen a la agenda digital pues está claro que la inclusión de tecnología es un instrumento valioso para avanzar justo en temas como la educación. Así pues en este terreno, el acceso a Internet permite el acceso a nutridas fuentes de información para interconectar escuelas, universidades y bibliotecas, logrando la educación a distancia y por qué no, la alfabetización digital, la cual nos permitiría una comunicación interactiva, mayor atención y el tan anhelado conocimiento de los estudiantes.

Cabe destacar que México cuenta ya con herramientas suficientes para brindar mejores soluciones tecnológicas, sin embargo, aun nos resta un largo camino y para ello hay que fomentar una toma de conciencia sobre las implicaciones de la brecha digital, mostrando que las tecnologías, la alfabetización digital y la innovación tecnológica y científica pueden contribuir sustancialmente a alcanzar los retos nacionales y globales aprovechando el Internet para llevar a las poblaciones marginadas y remotas educación, promoviendo la innovación y desarrollando una mayor colaboración en las actividades científicas y tecnológicas a través del uso de esta red.

Con el propósito de reducir la brecha digital que hay en el país, el titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes aseguró que para 2012 México contará con más de 24 mil centros comunitarios digitales, conectados en su mayoría por vía satelital. Ahora bien, en términos de educación este es un gran desafío, no sólo para la formación y el trabajo docente, de ahí la importancia de la SEP y el Programa Docente para Todos. Es decir, las nuevas tecnologías están incorporadas a la vida cotidiana, pero no necesariamente los profesores. A veces se introduce casi como una necesidad, pero en términos de obligación, pareciera que estar actualizado es únicamente usar las tecnologías en las clases, pero sin entender su valor y su potencia pedagógica.

El concepto de alfabetización digital deberá enmarcarse como un nuevo hacer-saber y saber-usar de tal suerte que el docente en su trabajo con las tecnologías le va a permitir un uso más eficaz a los contenidos en las clases.

Es imposible lograr la alfabetización digital sólo repartiendo computadoras e insumos a escuelas. Quizás haya que priorizar en la enseñanza sobre los usos posibles de las tecnologías, instituir un repertorio de conocimientos que realmente les sirva a los chicos; tal es el caso de las últimas reformas en las que implantar y fomentar la divulgación de las tecnologías de la información y la comunicación sean tan importantes como eje central de esta reforma.

Al cierre de 2009, había 68 millones de mexicanos sin acceso a Internet, es decir, de personas que carecen de acceso a la educación y a la capacitación a distancia, a servicios de telemedicina, servicios de comunicación a bajo costo y, en general, a los servicios que brinda la participación en las redes sociales y de soporte para el mejoramiento de sus condiciones de vida.

Hay elementos que son complicados para superar pero que de no intentar incorporar estas reformas en la ley, seguirán siendo parte del rezago, pues la brecha de los mexicanos está llegando a un punto de no inflexión en donde la alta marginación y vulnerabilidad, los bajos ingresos y escolaridad y la baja disponibilidad de tiempo libre desprovista de habilidades para el uso de la tecnología de la informática no han podido permear las barreras que impiden las sinergias para el tan anhelado cambio educativo en materia de alfabetización digital y la educación a distancia.

Es importante reconocer que no todo es contar con computadoras en las escuelas sino que requerimos de la conectividad, de otro modo, estaríamos en presencia de políticas con una sola pata. Es muy interesante pensar en una donación de computadoras en el país, pero esto deberá venir acompañado con la conectividad y la difusión de saberes apropiados. Por lo que quizá debamos resaltar el hecho de que la alfabetización digital es una pieza clave para promover un repertorio de saberes que sean de utilidad en la práctica del desarrollo intelectual y un promovente insustituible en la alfabetización de nuestra joven sociedad mexicana.

Cabe destacar que las competencias de los individuos para poder explotar las oportunidades de una manera más equitativa y las cuales se encuentran consideradas en la agenda digital, son habilidades que requieren los individuos para usar los dispositivos que le permiten el acceso a efecto de obtener información, y por ende hacer el mejor uso de los distintos medios para mejorar no sólo sus actividades, sino para optimizar su vida, profesional, educativa y laboral.

En este rubro México está sentando las bases para revertir esta tendencia, la agenda digital está concebida justo como una estrategia para acelerar la adopción tecnológica nacional, creando un modelo nacional de producción digital, una política integral de comunicaciones con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y la creación de una plataforma orientada a la conectividad social y gubernamental; lo que finalmente llevará a México a tener una plataforma tecnológica propia, con una alfabetización digital masiva, el acceso al conocimiento y la tan anhelada conectividad que permitirá garantizar la disponibilidad de todos esos recursos.

La propuesta de la agenda digital para cerrar esta brecha en México contempla tres programas. El primero se orienta justamente a generar habilidades digitales en los niños de educación básica en primarias y secundarias, mediante el Programa Habilidades Digitales para Todos de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y los gobiernos estatales que implantan un modelo educativo basado en el uso de la tecnología. En materia de brecha dura, se busca movilizar a estudiantes universitarios y de educación media superior para realizar una campaña de alfabetización digital de adultos; especialmente aquellos en condiciones de marginalidad y vulnerabilidad, que se denomina Campaña Nacional de Inclusión Digital, Vasconcelos 2.0, que encabeza la SCT en el marco del Sistema Nacional e-México, en coordinación con la SEP, Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Secretaría de Economía (SE), por último, en zonas rurales remotas marginadas se amplía significativamente el programa de centros comunitarios digitales e-México del Instituto de Educación para los Adultos de la SEP, Núcleos Agrarios de la Secretaria de la Reforma agraria, entre otros.

Por lo anterior, los suscritos someten a su consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción VII del artículo 7, la fracción VIII del artículo 14, la fracción VI del artículo 33 y el artículo 43 de la Ley General de Educación, en materia de alfabetización digital.

Artículo Único. Se reforma la fracción VII del artículo 7, la fracción VIII del artículo 14, la fracción VI del artículo 33 y el artículo 43 de la Ley General de Educación, para quedar como sigue:

Artículo 7o. La educación que impartan al estado sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:

I. a VI. ...

VII. Fomentar actitudes que estimulen la investigación, la alfabetización digital y la innovación científicas y tecnológicas;

VIII. a XVI.

Artículo 14. Adicionalmente a las atribuciones exclusivas a las que se refieren los artículos 12 y 13, corresponden a las autoridades educativas federal y locales de manera concurrente, las atribuciones siguientes:

I. ...VII. ...

VIII. Promover la investigación y el desarrollo de la ciencia y la tecnología, fomentar su enseñanza y divulgación; y mejorar el proceso formativo mediante habilidades y capacidades de alfabetización digital;

IX. a XIII. ...

Artículo 33. Para cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior, las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias llevarán a cabo las actividades siguientes:

I. a V. ...

VI. Establecerán sistemas de educación a distancia, promoviendo la alfabetización digital;

VII. a XV. ...

Artículo 43. La educación para adultos está destinada a individuos de quince años o más que no hayan cursado o concluido la educación primaria y secundaria. Se presta a través de servicios de alfabetización, incluyendo la alfabetización digital, educación primaria y secundaria, así como de formación para el trabajo, con las particularidades adecuadas a dicha población. Esta educación se apoyará en la participación y la solidaridad social.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1. M. Claro (2010). El impacto de las TIC en los aprendizajes de los estudiantes. Documentos de Trabajo. Cepal, Santiago de Chile.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2012.

Diputados: Alejandro Bahena Flores, María de Lourdes Reynoso Femat, María Sandra Ugalde Basaldúa, Jaime Oliva Ramírez (rúbricas).

Que reforma el artículo 307 de la Ley General de Salud, a cargo de la diputada María Antonieta Pérez Reyes, del Grupo Parlamentario del PAN

Con fundamento en las fracciones II del artículo 71 y III del 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la suscrita, María Antonieta Pérez Reyes, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXI Legislatura, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa, por la que se adiciona un párrafo cuarto al artículo 307 de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El derecho social a la protección de la salud, consagrado en el artículo 4o. de la Carta Magna, por su naturaleza exige la intervención activa del Estado, a fin de que se realicen las acciones precisas para que haya la infraestructura en salud necesaria, para que podamos restaurar nuestra salud en caso de ser necesario, pero también para controlar los elementos de riesgo para la salud.

La obesidad, según su grado y especialmente su duración, puede transformarse en una enfermedad. 1 En Latinoamérica, la prevalencia de la obesidad ha aumentado considerablemente en todos los grupos sociales, en particular en los de bajo nivel socioeconómico, las mujeres en edad reproductiva y los niños menores de 5 años. 2

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, el sobrepeso y la obesidad se definen como una acumulación anormal o excesiva de grasa, que puede ser perjudicial para la salud. Afirma que en 2010, alrededor de 43 millones de niños menores de 5 años tenían sobrepeso.

La causa fundamental del sobrepeso y la obesidad es un desequilibrio energético entre calorías consumidas y gastadas. En el mundo se han producido

• un aumento de la ingesta de alimentos hipercalóricos, ricos en grasa, sal y azúcares, pero pobres en vitaminas, minerales y otros micronutrientes; y

• un descenso de la actividad física, como resultado de la naturaleza cada vez más sedentaria de muchas formas de trabajo, de los nuevos modos de desplazamiento y de la creciente urbanización.

A menudo, los cambios de los hábitos de alimentación y actividad física son consecuencia de cambios ambientales y sociales asociados al desarrollo y a la falta de políticas de apoyo en sectores como la salud, la agricultura, el transporte, la planeación urbana, el ambiente, el procesamiento, la distribución y la comercialización de alimentos, y la educación. 3

En México, la obesidad y el sobrepeso se han convertido en dos problemas de salud con dimensiones alarmantes, en virtud de la relación que ambas guardan con la adquisición de enfermedades crónico-degenerativas.

Las enfermedades crónico-degenerativas representan un factor de elevación de los costos en salud que el país tendrá que afrontar. El ex secretario de Salud José Ángel Córdova Villalobos advirtió en 2011 que de continuar el incremento de la obesidad, las enfermedades crónico-degenerativas se incrementarían a tal grado que en 20 años su costo pondría colapsar el sistema de salud.

Por ello es necesario reforzar las acciones de prevención de la obesidad y el sobrepeso, con lo que se prevendrá también el crecimiento de las enfermedades crónico-degenerativas.

En el país, 68.3 por ciento de la población padece sobrepeso; y 32.1, obesidad. Aún somos considerados el segundo país con más personas obesas. Por eso, el gobierno mexicano en todos sus niveles ha iniciado acciones para controlar ésta, que ya se considera una epidemia.

La obesidad y el sobrepeso tienen origen multicausal. Sin embargo, pueden ser controlados con una dieta adecuada y actividad física. En la mayoría de los casos, eso es suficiente, aunque hay casos más complejos que pueden relacionarse con disfunción tiroidea u otros factores de carácter genético.

El estilo de vida predominante en este siglo desempeña un papel relevante en la aparición de la epidemia. Por ello, las acciones para reducir la prevalencia y la incidencia de obesidad pretenden lograr en la población la adopción de estilos de vida más saludables.

Los hábitos alimenticios están relacionados estrechamente con el estilo de vida. Las personas que sufren sobrepeso en lo general no logran hábitos alimenticios como la ingesta de alimentos balanceados. La base para lograr el equilibrio idóneo de alimentos adecuado es la buena combinación de los grupos de alimentos.

El plato del buen comer y las tablas de balance de aportes calóricos por grupos de alimentos son herramientas útiles para obtener una dieta equilibrada. Sin embargo, su conocimiento no está al alcance de la mayoría de la población.

Aunque el enfoque en la materia ha sido retirar los alimentos del alcance de las personas, un verdadero enfoque preventivo debe estar basado en las acciones adecuadas en materia de educación para la salud.

Debemos poner al alcance de la población la información necesaria para que tome las mejores decisiones respecto a la alimentación y logre el autocuidado.

Por ello, la presente iniciativa propone que en los establecimientos donde se expenden alimentos y bebidas no alcohólicas los impresos publicitarios entre que se incluyen los menúes de alimentos se proporcione la información para que el comensal pueda elegir los más equilibrados. De esa manera se podría introducir a las personas en el uso de herramientas para su cuidado.

Se podría pensar en dejar a cargo del establecimiento el cálculo del contenido calórico de las porciones o de los platillos, pero ello tendría mayor efecto económico pues los establecimientos tendrían que contratar nutriólogos para el cálculo diarios según el menú.

Se propone que la Secretaría de Salud emita las características de la información o de la herramienta que deba ponerse al alcance del público, para mantener su rectoría en el tema y en concordancia con las facultades que en materia de publicidad de alimentos, así como en nutrición, le confiere la Ley General de Salud. Esta iniciativa deja a salvo la facultad de los gobiernos de las entidades federativas para ejercer la verificación y el control de esos establecimientos.

Es necesario reiterar lo que afirma la Organización Mundial de la Salud: “La causa fundamental del sobrepeso y la obesidad es un desequilibrio energético entre calorías consumidas y gastadas”. 4

Por lo aquí expuesto, pongo a consideración del pleno la presente iniciativa con proyecto de

Decreto

Artículo Único. Se adiciona un párrafo cuarto al artículo 307 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 307. ...

...

...

Los impresos a que se refiere el párrafo anterior, cuando sean utilizados por establecimientos que expendan o suministren al público alimentos y bebidas no alcohólicas, deberán contener la información necesaria para el cálculo del contenido calórico de éstos, de acuerdo con las disposiciones normativas que al efecto emita la Secretaría de Salud.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Montero, JC. “Epidemiología de la obesidad en siete países de América Latina”, en Formación Continua Nutricional y Obesidad 5(6):325-330, 2002.

2 Hernández, B.; Cuevas, NL; Shamah, LT; Monterrubio, EA; Ramírez, SC; García, FR; Rivera, JA; y Sepúlveda, AJ. “Factores asociados con sobrepeso y obesidad en niños mexicanos de edad escolar: resultados de la Encuesta Nacional de Nutrición 1999”, en Salud Pública de México 45(4):1-8, 2003.

3 Organización Mundial de Salud. Obesidad y sobrepeso, nota descriptiva número 311, marzo de 2011.

4 Ibídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de marzo de 2012.

Diputada María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica)



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los congresos locales a considerar mayores penas para el robo de cobre en instalaciones eléctricas, hidráulicas, de gas y de casas habitación, así como en partes de equipamiento urbano, de alumbrado público, industrial y agrícola, a cargo de la diputada Mirna Lucrecia Camacho Pedrero, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Mirna Lucrecia Camacho Pedrero, integrante del Grupo Parlamentario de Acción Nacional en la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes

Consideraciones

El cobre es un metal no precioso con buena conductividad eléctrica, ductilidad y resistencia mecánica. Esas características lo han convertido en el material más empleado para fabricar cables eléctricos, que se utilizan en empresas, industrias y hogares.

En 2010, el cobre encabezó la lista de metales no ferrosos que más se revalorizaron en el mundo. Esto hizo que no sólo el insumo pasara a representar 30 por ciento más del costo para fabricar productos que lo contienen, sino que se multiplicaran los casos de robo clandestino de cableado o tubería de cobre, con amplios dividendos para los delincuentes y las personas que lo comercializan.

La oferta del metal permite una fácil comercialización y amplia demanda en el mercado negro, donde es bien pagado y no se averigua cómo se obtiene. Regularmente se vende en padacería y se comercializa por kilogramo. Los delincuentes estudian previamente los lugares donde hurtarán, actúan de día o de noche e indistintamente si la propiedad es pública o privada, con lo cual afectan a miles de usuarios y causan enormes pérdidas por las consecuencias de la extracción del metal.

En toda la república se registran pérdidas millonarias por el robo de cobre en instalaciones eléctricas, hidráulicas, de gas, de equipamiento urbano, agrícolas e industriales. Ello causa cuantiosas pérdidas de todo tipo y afecta gravemente a los sectores público y privado.

Congresos como el de Coahuila y Colima han tipificado en los Códigos Penales este delito como robo calificado, aumentando penas y estableciendo agravantes que impiden al inculpado la libertad bajo fianza. Estas medidas, junto con mayor vigilancia, han permitido disminuir tan grave problema.

Es importante que las reformas de los Códigos Penales de los estados restantes incluyan la penalización por robo, la comercialización, la enajenación, el traslado y el aporte de recursos para ejecutar las actividades relacionadas con el robo de cableado y entubado de cobre.

Si el robo se comete contra instalaciones públicas, es delito federal y se encuentra tipificado en el Código Penal Federal. Sin embargo, el robo de industrias, hogares y empresas es de índole local, y falta que algunos congresos legislen en la materia, que afecta gravemente a la población en general.

De acuerdo con diversas noticias, el robo de cobre se ha convertido en un problema que afecta de forma grave tanto a la industria en sus distintos ramos como a los ciudadanos en lo particular.

La impunidad con que se manejan los compradores y los vendedores de metales causa ya graves daños a la economía familiar, por lo cual es importante que se considere grave este delito y se exhorte respetuosamente a los congresos a legislar sobre el tema y se combata de forma efectiva este acto ilícito.

Es necesario considerar instrumentos legales eficaces y específicos, políticas preventivas y de seguridad pública que permitan evitar éste y otro tipo de delitos, que afectan a la sociedad en general.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los congresos locales a considerar penas más severas para el robo de cobre en instalaciones eléctricas, hidráulicas, de gas, casas habitación, partes de equipamiento urbano, alumbrado público, industriales y agrícolas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 22 de marzo de 2012.

Diputada Mirna Lucrecia Camacho Pedrero (rúbrica)