Gaceta Parlamentaria, año XV, número 3450-I, martes 14 de febrero de 2012


Comunicaciones Oficiales
Solicitudes de licencia

Comunicaciones Oficiales

Del diputado Herón Agustín Escobar García, por la que solicita el retiro de iniciativas

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de febrero de 2012.

Diputado Guadalupe Acosta Naranjo

Presidente de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en el numeral 2 del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitarle que sean retiradas de las comisiones respectivas las siguientes iniciativas turnadas por la Presidencia de la Mesa Directiva el 7 de febrero del año en curso:

• Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del diputado Herón Agustín Escobar García y suscrita por el diputado Óscar González Yáñez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

• Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del diputado Herón Agustín Escobar García, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Turno: Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Diputado Herón Agustín Escobar García (rúbrica)

De la Comisión Permanente, con la que remite el informe de las actividades realizadas durante el primer receso del tercer año de ejercicio

Secretarios de la Cámara de Diputados

Presentes

Tenemos el honor de remitir a ustedes el informe de las actividades realizadas por la Comisión Permanente durante el primer receso del tercer año de ejercicio de la Sexagésima Primera Legislatura, con el que se dio cuenta en la sesión celebrada en esta fecha.

La Presidencia dictó el siguiente trámite: “De enterado, insértese en el Diario de los Debates y remítase a las honorables Cámaras de Diputados y de Senadores”.

México, DF, a 1 de febrero de2012.

Diputado Rigoberto Salgado Vázquez (rúbrica)

Reincorporación de los diputados Sofía Castro Ríos, Claudia Ruiz Massieu Salinas y Sergio Gama Dufour

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de enero de 2012.

Diputado Guadalupe Acosta Naranjo

Presidente de la Mesa Directiva

De la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 16, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados; le informo de mi reincorporación al ejercicio de mi cargo como diputada federal, a partir del próximo 16 de febrero del año en curso. Para los efectos que contempla el mismo artículo 16, en su numeral 2, del reglamento antes mencionado.

Sin otro particular, agradezco su atención.

Atentamente

Diputada Sofía Castro Ríos (Rúbrica)

México, DF, a 7 de febrero de 2012.

Diputado Guadalupe Acosta Naranjo

Presidente de la Mesa Directiva

De la Honorable Cámara de Diputados

La que suscribe, Claudia Ruiz Massieu Salinas, diputada federal con licencia, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXI Legislatura, solicito respetuosamente mi reincorporación a las actividades legislativas de esta honorable Cámara de Diputados a partir del 16 de febrero del año en curso.

Comunico lo anterior para los fines legales y administrativos correspondientes.

Asimismo, hago propicia la ocasión para reiterarle las seguridades de mi consideración y respeto.

Atentamente

Diputada Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica)

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de enero de 2012.

Diputado Guadalupe Acosta Naranjo

Presidente de la Mesa Directiva de la

Cámara de Diputados del Honorable

Congreso de la Unión

Presente

El que suscribe, Sergio Gama Dufour, diputado federal electo por el 3 distrito electoral federal del estado de San Luis Potosí e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXI Legislatura, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 23, numeral 1, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo 16 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, me dirijo a usted de la manera más atenta y respetuosa, para hacer de su conocimiento de la reincorporación al ejercicio de mi cargo como diputado federal para desempeñar las labores legislativas, a partir del lunes 20 de febrero del año 2012, por lo consiguiente solicito la conclusión hasta el domingo 19 de febrero del 2012 la licencia por tiempo indefinido que me fue concedida por el pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión en sesión celebrada el día 4 de enero de 2012.

Por lo expuesto y fundado, le solicito se sirva notificar lo anterior al pleno de esta soberanía, así como a todas las instancias administrativas pertinentes para los efectos procedentes a que haya lugar.

Sin más por el momento y en espera de una respuesta favorable, quedo de usted.

Atentamente

Diputado Sergio Gama Dufour (rúbrica)

De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con el que remite el informe anual sobre las concesiones que otorgó la Secretaría de Comunicaciones y Transportes durante el ejercicio 2011

México, DF, a 9 de febrero de 2012.

Diputado Guadalupe Acosta Naranjo

Presidente de la Mesa Directiva

De la Cámara de Diputados

Congreso de la Unión

Me refiero a la recomendación número 08-0-09100-07-0526-07-002, determinada por la Auditoría Superior de la Federación con motivo de la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública de 2008, a través de la cual se solicitó a esta secretaría la elaboración del informe anual sobre las concesiones otorgadas, a fin de presentarlo ante la Cámara de Diputados.

Sobre el particular y en cumplimiento del artículo 72, último párrafo, de la Ley General de Bienes Nacionales, le remito la información correspondiente a las concesiones otorgadas en el ejercicio fiscal de 2011 por esta dependencia.

Hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Sofía Fernández del Castillo Quintana (rúbrica)

Encargada de la Dirección General de Vinculación

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el diagnóstico de la situación financiera y operativa de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública

México, DF, a 7 de febrero de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número DG/017/030212, Benjamín González Roaro, director general de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, envía el diagnóstico sobre su situación financiera y operativa, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en la fracción XIV del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el artículo transitorio décimo primero del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido y de su anexo.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

México, DF, a 3 de febrero de 2012.

Licenciado Rubén Fernández Aceves

Subsecretario de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

Estimado subsecretario:

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo transitorio décimo primero del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, que dispone que a más tardar el 15 de febrero la Lotería Nacional para la Asistencia Pública deberá enviar a la Cámara de Diputados un diagnóstico sobre su situación financiera y operativa, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Anexo al presente, encontrará el documento presentado a la Junta Directiva de esta entidad en su primera sesión ordinaria, de fecha 2 de febrero de 2012, con la atenta solicitud de que por su conducto sea remitido a la honorable Cámara de Diputados a efecto de dar atención a la obligación antes referida.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Benjamín González Roaro (rúbrica)

Director General

Diagnóstico de la situación financiera y operativa

Febrero 2, 2012

Antecedentes

La Lotería Nacional cuenta con más de 240 años de existencia, se trata de una de las instituciones más antiguas del gobierno federal y mejor valoradas históricamente por los mexicanos. En razón de esto, su vida jurídica en la época moderna es recogida por el Congreso de la Unión, mediante la Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, publicada en Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 1985. Dicha Ley, determina en su artículo 2o. el objeto de su creación, mismo que a continuación se transcribe:

El objeto del organismo es apoyar económicamente las actividades a cargo del Ejecutivo Federal en el campo de la asistencia pública, destinando a ese fin los recursos que obtenga mediante la celebración de sorteos con premios en efectivo.

Dichos recursos, una vez deducidos el monto de los premios, reintegros y gastos de administración, así como el importe que se asigne para formar e incrementar las reservas y garantías a que se refiere esta ley, serán enterados a la Tesorería de la Federación para el cumplimiento de su destino especifico.

Consideraciones generales

• La filosofía de los sorteos de la Lotería Nacional es la de repartir muchos premios, mayores, medianos, menores y reintegros, a diferencia de otros juegos y sorteos que tienen como única finalidad la acumulación de fondos para ofrecer grandes premios. La naturaleza del juego de lotería tradicional, implica regresar a los usuarios un alto porcentaje de recursos (62.0 por ciento). 1

• Los juegos y sorteos que ofrecen las loterías estatales en el mundo, evitan la presencia de prácticas ilegales en esta actividad y la ludopatía en la población, por lo que los gobiernos fomentan su modernización y fortalecen su operación.

• Por la frecuencia de los juegos que se ofrecen en las “casas de juego”, el intervalo de pago, la accesibilidad y entorno social en el que se desarrollan, es común que los clientes de esos centros, experimenten problemas de ludopatía. Además de que fomentan un mayor desembolso de recursos de los consumidores.

• La Lotería Nacional tiene incorporado a sus vendedores ambulantes en el Seguro Social, en cumplimiento con el decreto presidencial emitido en diciembre de 1974. Asimismo, genera empleos indirectos para más de 40 mil personas aproximadamente en el proceso de distribución y venta de los billetes de lotería y cubre la seguridad social de alrededor de 10 mil personas, paga a empresarios y billeteros que comercializan sus productos y contrata a diversas empresas del Estado, como es el caso de Servicio Postal Mexicano.

Diagnóstico

La Lotería Nacional en los últimos 10 años ha sido afectada por la intensa competencia en el sector de juegos y sorteos, primeramente por la incursión de empresas privadas en el mercado y posteriormente con la proliferación de casinos y casas de juego, algunas de ellas ilegales, así como por los juegos de apuesta a través de Internet y la presencia de video loterías que operan de manera irregular y que no pagan impuestos. Lo anterior ha provocado una caída constante en sus ventas, como se muestra en el cuadro y gráficas siguientes:

En 2009 la Lotería Nacional enfrentó una difícil situación, originada principalmente por la desaceleración económica que se presentó en el País, así como por las medidas sanitarias tomadas para frenar el contagio del virus de la influenza, aspectos que se vieron reflejados en un fuerte impacto en las finanzas de la Institución. En este sentido es conveniente mencionar, que al mes de julio de ese año, se llevaba ya una pérdida de 279.6 millones de pesos y se estaba manifestando una creciente baja en las ventas.

Para frenar esta situación, en ese año se llevaron a cabo una serie de acciones en los esquemas operativos y comerciales, que aunadas a un programa de retención del gasto administrativo, se logró que en los últimos meses de 2009 se alcanzara una utilidad de 171.6 millones de pesos, que si bien no fue suficiente para resarcir la pérdida acumulada, colocó a la Institución en una mejor situación financiera.

La estructura de costo que tiene la Lotería Nacional, está conformada mayoritariamente por conceptos de difícil reducción, como es el caso de los premios, comisiones mercantiles a los Organismos de Venta, los servicios personales, la impresión de billetes que se realiza a través de un tercero, los servicios que ofrecen los Centros de Atención Tecnológica, los gastos de publicidad, así como los apoyos y seguridad social que se otorga a los billeteras y jubilados de la Institución. En su conjunto estos conceptos representan el 96.4 por ciento de las ventas. Además, en los últimos años los gastos se han aumentado por el pago del IEPS, que tiene un peso aproximadamente del 11.0 por ciento de las ventas, generándose en consecuencia una operación deficitaria.

En la presente administración y con objeto de aminorar la problemática financiera, se han llevado a cabo una serie de acciones enfocadas principalmente a la modernización de las operaciones, así como de mejoras comerciales y de optimización de los recursos, las cuales se describen a continuación:

• Estudio de la rentabilidad de los productos, con base a ello, se tomó la decisión de retirar del mercado el sorteo “30 por 30” que venía presentando un constante déficit.

• Oferta de nuevos sorteos, como fue “Gordito” que inició sus operaciones en el último trimestre de 2009.

• Diseño de una nueva imagen, para posicionar a la Lotería Nacional a través de su ícono más representativo, que son los niños gritones.

• Fortalecimiento de la red comercial de la lotería, incorporándose 50 nuevas agencias y realizándose una redistribución de la dotación de billetes.

• Redistribución geográfica de la dotación de billetes, abriendo nuevos puntos de venta, para atender aquellas zonas donde la presencia de los productos de la Lotería Nacional es débil.

• Certificación de las agencias de venta, con objeto de elevar la calidad de sus operaciones, con base a las mejores prácticas comerciales y estableciéndose estándares de operación. Esta acción se lleva a cabo con el apoyo de la Secretaría de Economía y del Instituto Politécnico Nacional.

• Certificación en estándares de competencia a Billeteros, a través del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de la SEP.

• Venta de todos los sorteos a través del Internet, buscando con ello abrir el mercado para la comercialización electrónica de los productos tradicionales.

• Implantación del sorteo “Profecía Maya”, en sustitución del sorteo “Zodiaco Especial”, buscando obtener una mejora en el ingreso y rentabilidad en este sorteo, al bajar el porcentaje del repartible en premios y ofreciendo un producto más económico.

• Lanzamiento al mercado de 5 sorteos de lotería instantánea impresa, los “Rascaditos”, con la finalidad de participar en el mercado de estos productos el cual tiene mayores perspectivas de crecimiento.

• Implantación del Monedero Electrónico, ofreciendo este medio para comprar productos de la Lotería Nacional, a través de la página de Internet, para lo cual se establece una cuenta por cada cliente, quien además puede adquirirlos utilizando tarjetas de crédito, de débito y de prepago, así como depósito bancario referenciado.

• Desarrollo de 42 sorteos electrónicos en línea, que se ofrecen en el portal de Internet de la Lotería Nacional.

• Con objeto de aumentar los ingresos de operación, se están revisando la política de precios, seleccionando para ello a un sorteo de de baja participación como lo es “El Gordito por Terminaciones”, para conocer su efecto sobre la demanda, tomando en cuenta su elasticidad y el impacto neto de dichos aumentos en las ventas totales.

• En el último trimestre de 2009 se contrataron los servicios para la impresión de billetes, en virtud de que las condiciones de la Planta de la Lotería Nacional eran deplorables, de acuerdo a lo señalado por los dictámenes correspondientes. Para garantizar su operación se requería de una inversión considerable (aproximadamente 150 millones de pesos). Es de mencionar, que las medidas de alta seguridad en la impresión que ofrece este servicio, permiten descartar la reincidencia de casos de falsificación de billetes presentados en los años 2008 y 2009.

• Con el objeto de reducir costos relacionados con la devolución que realizan los organismos de venta de los billetes de lotería que no pudieron ser vendidos y que por normatividad deben resguardarse en las oficinas centrales de la Lotería Nacional, como documentación soporte para los registros contables, la SHCP autorizó la sustitución de los billetes de lotería por los reportes que emiten los sistemas computacionales que operan los sorteos, lo que representa un avance muy importante en la modernización de la Institución y un ahorro anual estimado de 20.0 millones de pesos, quedando pendiente la emisión de la norma correspondiente.

• La infraestructura informática con la que se disponía en 2009, era obsoleta y ponía en riesgo el almacenamiento de la información de los sorteos, por lo que fue necesario la contratación de los servicios de tres centros de atención tecnológica (administrativo, telecomunicaciones y empresarial), requeridos para garantizar las operaciones de la Institución y para el diseño e implementación de sorteos electrónicos que actualmente se ofrecen en el mercado.

• Implantación de un nuevo sistema integral para la administración de recursos (GRP), que comprende el seguimiento presupuestal, el registro contable y los procesos de adquisición de bienes y servicios, lo que ha significado elevar la eficiencia en estas operaciones.

• Modernización de la Tesorería, incorporando en su operación a la banca electrónica, así como de los registros contables, mejorando la calidad en la información.

• Modificación del procedimiento de contratación de los servicios médicos y hospitalarios, estableciéndose un mecanismo de pago tipo seguro, que fija un tope máximo de gasto y garantiza recibir los servicios sin incrementar el costo.

• Elaboración de un cuadro básico de medicinas, basado principalmente en el surtimiento de medicamentos genéricos intercambiables, lo que ha disminuido este tipo de gasto.

• En materia de racionalización del ejercicio presupuestal, se han tomado importantes medidas como la disminución de la plantilla de personal, la cancelación de proyectos nuevos, la contratación plurianual de los principales servicios, generando con ello economías, el ajuste de los contratos abiertos a los niveles mínimos de ejecución y el retiro trimestral a las unidades del presupuesto no comprometido, entre otras.

• Promoción para la enajenación de los activos inmobiliarios de la Institución, entre los que destaca la venta en el pasado mes de diciembre del Edificio Prisma por un monto de 165.2 millones de pesos, cantidad superior al avalúo realizado por el Indaabin.

No obstante del resultado positivo de estas medidas y de haber recibido a finales del año pasado ampliaciones presupuesta les por 150.0 millones de pesos, la Lotería Nacional seguirá presentando un déficit en el 2012, producto del tiempo de maduración y consolidación que requieren los productos modernos, con características electrónicas y con estructuras financieras que permiten una mayor rentabilidad.

Este es el caso de productos como los “Rascaditos” y juegos en línea, que se han lanzado al mercado desde el año anterior y de los cuales se esperan ingresos crecientes. Es de mencionar, que para atender problemas de liquidez se hizo uso de la reserva para pago de premios y se mantuvo una rotación alta en el pago de proveedores, generándose un pasivo de operación de aproximadamente 200.0 millones de pesos.

En este contexto es que el resultado de operación se ha venido mejorando año con año y se espera que para el año 2013 la entidad presente una utilidad después de impuestos, como se muestra en el cuadro siguiente:

Reflexiones finales

• La Lotería Nacional en los últimos años ha enfrentado a un mercado abierto, cuyos competidores han crecido con base a condiciones distintas y operar con esquemas que les representan una mayor rentabilidad.

• Con la entrada del sector privado en el mercado de juegos y sorteos, se presenta una competencia agresiva, lo que ha repercutido para la Lotería Nacional en una reducción en las ventas, en virtud de estar disminuyendo su participación en este mercado, al no complementar su oferta con sorteos que tengan características de comercialización electrónica, premios inmediatos y bolsas atractivas, que son los que actualmente son requeridos por el consumidor.

• La instrumentación de los sorteos como los que ofrece Lotería Nacional, resulta muy costosa por las condiciones especiales de su operación y tienen una menor rentabilidad. Es por ello, que esta administración empezó a diseñar un portafolio de productos modernos, con características electrónicas y con estructuras financieras que permitan mayor rentabilidad, sin embargo, estos productos requieren de tiempo para su maduración y consolidación en el mercado, por lo que mientras concluya este periodo de transición, se requerirá de una ampliación presupuestal por parte del gobierno federal.

• Aunado a los conceptos anteriormente descritos, es conveniente resaltar que la Lotería Nacional es la única entidad en el país que ofrece un tipo de productos como son sus sorteos tradicionales o clásicos, cuya producción, distribución y comercialización de billetes resulta muy costosa, ya que abarca desde una impresión en tinta magnética, códigos de seguridad tanto visuales como electrónicos, papel con características especiales, la necesidad de su distribución por mensajería a todo el territorio nacional y la devolución correspondiente, hasta el pago de seguridad social a población vulnerable como los billeteros, en cambio la gestión de sorteos realizados por medios electrónicos, es de muy bajo costo, es por ello, que de acuerdo a las condiciones actuales del mercado, el futuro de la rentabilidad de la Institución estará basada en incrementar su participación en el mercado de los juegos electrónicos, tal como se está previendo con las acciones que se vienen desarrollando en los últimos años.

• Será obligación de la Lotería Nacional acelerar sus trabajos de instrumentación de sorteos modernos, atractivos, eficientes que combaten la ludopatía y generen recursos para la asistencia pública.

• Conforme a los tiempos de desarrollo que representa la implementación de los nuevos sorteos, se espera llegar a un nivel aceptable de penetración en el mercado a partir del 2013, mientras tanto la generación de recursos de los sorteos tradicionales serán insuficientes para cubrir la totalidad de los compromisos institucionales de gasto.

Solución

En atención a lo estipulado en el artículo décimo primero transitorio del decreto que aprueba el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, en el sentido de establecer las acciones para lograr una operación superavitaria que le permita cumplir con sus fines de ampliar la cobertura de los beneficios de la asistencia pública a favor de la población más desprotegida, la Lotería Nacional recibirá de manera transitoria una ampliación presupuestal del gobierno federal y en su caso, continuar con dicho apoyo hasta en tanto se concluya con el proceso de modernización de la Institución y los nuevos sorteos electrónicos generen los recursos suficientes para cubrir la totalidad de los compromisos, sin descuidar la operación de los sorteos tradicionales. En este sentido, en 2012 se ministrarán recursos que permitan restituirle a la reserva para pago de premios los recursos que fueron utilizados, así como cubrir el pasivo que se generó en el 2011 y concluir con las acciones de renovación.

Nota

1 España tiene un repartible en premios del 70.0 por ciento, Costa Rica del 63.3 por ciento, Uruguay del 63.0 por ciento, El Salvador del 61.7 por ciento y Panamá del 60.2 por ciento

De la Secretaría de Gobernación, seis con las que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados

México, DF, a 8 de febrero de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 61-II-3-2314, signado por el diputado Bonifacio Herrera Rivera, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 170/UCVPS/DGAVS/115/2012, suscrito por la licenciada Iliana Castells Salas, directora de Vinculación y Participación Ciudadana de la Secretaría de Salud, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a llevar a cabo las acciones necesarias para que el Hospital Materno Infantil de Tlaxcala le sea reconocido el carácter de hospital regional de alta especialidad.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

Titula de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, 3 de febrero de 2012.

Licenciado Antonio Hernández Legaspi

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

De la Secretaría de Gobernación

Presente

Hago referencia al punto de acuerdo presentado el 19 de octubre de los corrientes por la diputada Oralia López Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN, mediante el cual exhorta a la Secretaría de Salud para que lleve a cabo las acciones necesarias para que al Hospital Infantil de Tlaxcala le sea reconocido el carácter de hospital regional de alta especialidad.

Al respecto, me permito acompañar oficio CA/205/2011, suscrito por el licenciado José Ángel González Arreola, coordinador de asesores de la Subsecretaría de Administración y Finanzas, con los anexos correspondientes; asimismo, se anexa oficio 1166, suscrito por el doctor Manuel de la Llata Romero, director general de Coordinación de Hospitales Regionales de Alta Especialidad.

Con base en lo anterior he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciada Iliana Castells Salas (rúbrica)

Firma, en ausencia del Director General Adjunto de Vinculación Social, con fundamento en el artículo 55 del Reglamento Interior de la Secretaria de Salud, la Directora de Vinculación y Participación Ciudadana.

México, DF, a 8 de noviembre de 2011.

Doctor José Luis Treviño Rodríguez

Director General Adjunto

Unidad Coordinadora de

Vinculación y Participación Social

Presente

En respuesta a su similar 170/UCVPS/DGAVS/1016/2011, en el que solicita información para desahogar el punto de acuerdo de la diputada Oralia López Hernández, con relación al Hospital Infantil de Tlaxcala, le comento que en opinión de esta Comisión Coordinadora, para que ese hospital continúe prestando servicios a la población, no es necesario que se transforme en un hospital regional de alta especialidad, dependiente de la federación.

Se sugiere complementar los recursos del hospital a través de convenios de intercambio de servicios entre las instituciones públicas del sector y de los diferentes fondos del sistema de protección social en salud, como los del Fondo de Protección Contra Gastos Catastróficos y los del Seguro para una Nueva Generación.

Sin otro particular por el momento, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Manuel de la Llata Romero (rúbrica)

Director General de Coordinación de Hospitales

Regionales de Alta Especialidad

México, DF, a 31, de octubre de 2011.

Maestro Miguel Limón García

Titular de la Unidad Coordinadora de

Vinculación y Participación Social

Presente

Me refiero al oficio número 170/UCVPS/DGAVS/1016/2011, mediante el cual se hace del conocimiento de esta Subsecretaría que la diputada Oralia López Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó un punto de acuerdo en los siguientes términos:

Único .- Se exhorta a la Secretaría de Salud para que en el ámbito de su competencia lleve a cabo las acciones necesarias para que el Hospital Infantil de Tlaxcala le sea reconocido el carácter de hospital regional de alta especialidad”.

Sobre el particular, me permito remitir a usted copia del oficio número DGPOP/06/004480 emitido por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, en el que se indica que para que esa Unidad Administrativa emita opinión de impacto presupuestario, se deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18, 19 y 20 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como enviar la información correspondiente, en particular, indicar la posible fuente de financiamiento.

Asimismo, se adjunta al presente copia del oficio CA/198/2011, mediante el cual se envió el oficio de referencia a la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud, a efecto de que en el ámbito de las atribuciones conferidas a esa Dirección General, conforme al artículo 25 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, se dé el trámite que en, su caso corresponda, de conformidad con las disposiciones normativas y administrativas aplicables.

Sin otro particular, me reitero a sus órdenes para cualquier duda y/o comentario, y hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

José Ángel González Arreola (rúbrica)

Coordinador de Asesores

México, DF, a 31 de octubre de 2011.

José Ángel González Arreola

Coordinador de Asesores

Subsecretaría de Administración y Finanzas

Presente

En atención a su oficio número CA/197/2011, mediante el cual solicita a esta Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto que emita emitir opinión en relación con lo señalado en el oficio número 170/UCVPS/DGAVS/1016/2011, suscrito por el doctor José Luis Treviño Rodríguez, director general adjunto de Vinculación Social, relativo al punto de acuerdo presentado por la diputada Oralia López Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, respecto del Hospital Infantil de Tlaxcala, en los siguientes términos:

Único. Se exhorta a la Secretaría de Salud para que, en el ámbito de su competencia lleve a cabo las acciones necesarias para que el Hospital Infantil de Tlaxcala le sea reconocido el carácter de hospital regional de alta especialidad”:

Sobre el particular le comento que para que esta dirección general a mi cargo emita una opinión de impacto presupuestario primero el Hospital Infantil de Tlaxcala tendrá que cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18, 19 y 20 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por lo que deberá considerar los aspectos contemplados en dichos artículos y que a continuación se mencionan.

Articulo 18 . Las dependencias y entidades deberán contar con un dictamen de la Secretaría sobre el impacto presupuestario de los siguientes proyectos que propongan someter a consideración del presidente de la república:

I. Iniciativas de leyes y decretos que deban enviarse al Congreso de la Unión;

II. Reglamentos de leyes;

III. Reglamentos interiores, decretos y demás ordenamientos que impliquen la creación o la- modificación de las estructuras orgánicas y ocupacionales de las dependencias y entidades;

IV. Decretos y acuerdos, cuando consideren que tienen un impacto presupuestario, y

V. Los demás proyectos que determine la Consejería Jurídica del Ejecutivo federal.

Adicionalmente, los proyectos a que se refiere la fracción III de este artículo deberán contar con el dictamen sobre la estructura orgánica u ocupacional de la dependencia o entidad de que se trate, que emita la Función Pública en términos de las disposiciones aplicables.

Artículo 19 . Las dependencias y entidades que tramiten proyectos en términos del artículo anterior, realizarán una evaluación sobre su impacto presupuestario en los términos que establezca la Secretaría.

La evaluación del impacto presupuestario considerará cuando menos los siguientes aspectos:

I. Impacto en el gasto de las dependencias y entidades por la creación o modificación de unidades administrativas y plazas o, en su caso, creación de nuevas instituciones;

II. Impacto presupuestario en los programas aprobados de las dependencias y entidades;

III. Establecimiento de destinos específicos de gasto público. En este caso, solamente podrán preverse destinos específicos en leyes fiscales;

IV. Establecimiento de nuevas atribuciones y actividades que deberán realizar las dependencias y entidades que requieran de mayores asignaciones presupuestarias para llevarlas a cabo, y

V. Inclusión de disposiciones generales que incidan en la regulación en materia presupuestaria:

Las dependencias y entidades deberán estimar el costo total del proyecto respectivo con base en los aspectos señalados en las fracciones anteriores, para lo cual podrán tomar como referencia el costo que hayan tenido reformas similares. En caso de que el proyecto tenga un impacto en el presupuesto, las dependencias o entidades deberán señalar la posible fuente de financiamiento de los nuevos gastos en términos del artículo 18 de la Ley.

Artículo 20 . La Secretaría, a través de la Subsecretaría de Egresos, dictaminará el impacto presupuestario de los proyectos a que se refiere el artículo anterior...

Por lo anterior, para que esta dirección general pueda estar en condiciones de emitir opinión sobre el mismo, se requiere el envío de la información antes mencionada, en particular señalar la posible fuente de financiamiento.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Carlos García Nava (rúbrica)

Director General

México, DF, a 25 de octubre de 2011.

Licenciado Fernando Álvarez del Río

Director General de Planeación y

Desarrollo en Salud

Presente

Me refiero al oficio número 170/UCVPS/DGAVS/1016/2011, emitido por la Dirección General Adjunta de Vinculación Social, relativo al punto de acuerdo presentado por la diputada Oralia López Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, respecto del Hospital Infantil de Tlaxcala, en los siguientes términos:

Único .: Se exhorta a la Secretaría de Salud para que en el ámbito de su competencia lleve a cabo las acciones necesarias para que el Hospital Infantil de Tlaxcala fe sea reconocido el carácter de hospital regional de alta especialidad”.

Al respecto, me permito atentamente remitir el oficio de referencia a efecto de que en el ámbito de las atribuciones conferidas a esa dirección general a su digno cargo, conforme al artículo 25 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, se dé él trámite que en su caso corresponda, de conformidad con las disposiciones normativas y administrativas aplicables.

Sin otro particular, me reitero a sus órdenes para cualquier duda y/o comentario, y hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

José Ángel González Arreola (rúbrica)

Coordinador de Asesores

(Se remite a la Comisión de Salud.)

México, DF, a 10 de febrero de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL-61-II-2-1952, signado por el diputado Jesús María Rodríguez Hernández, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número 100.2012.DGE.071, suscrito por el ciudadano Rodrigo Ortega Cajigas, director general de Enlace de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a la inclusión en normas oficiales los límites máximos permisibles del contenido de mercurio en las lámparas fluorescentes compactas que se comercializan en territorio nacional. Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 8 de febrero de 2012.

Licenciado Antonio Hernández Legaspi

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

En atención al oficio SEL/UEL/311/4282/11, del 7 de diciembre de 2011, mediante el cual se comunicó el punto de acuerdo aprobado en la Cámara de Diputados el pasado 6 de diciembre, el cual se transcribe a continuación:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que, por conducto de las dependencias e instancias correspondientes, se incluya en normas oficiales (NOM) los límites máximos permisibles del contenido de mercurio en las lámparas fluorescentes compactas que se comercializan en territorio nacional acorde con los estándares internacionales en la materia así como para proporcionar al consumidor la información homologada que deban contener los empaques de las referidas lámparas sobre su manejo disposición final.

”Segundo. Se exhorta al Ejecutivo federal para que por conducto de las dependencias e instancias correspondientes se implementen las medidas necesarias para que los empaques de las lámparas fluorescentes compactas que se comercializan en el país, cuenten con la información homologada de las referidas lámparas sobre su manejo y disposición final.”

Al respecto la Subsecretaría de Competitividad y Normatividad informa que la norma oficial mexicana NOM- 017-ENER/SCFI-2008 Eficiencia energética y requisitos de seguridad de lámparas fluorescentes compactas autobalastradas. Límites y métodos de prueba; establece los límites mínimos de eficacia que deben cumplir estas lámparas, así como las especificaciones de seguridad al usuario y los métodos de prueba aplicables para verificar dichas especificaciones. Asimismo, establece el tipo de información que deben llevar los productos objeto de esta Norma Oficial Mexicana que se comercialicen dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos y atiende la necesidad de que dichos productos propicien el uso eficiente y el ahorro de energía.

Actualmente la NOM-017-ENER/SCFI-2008 no contempla los límites máximos permisibles de contenido de mercurio en las lámparas fluorescentes compactas, su manejo y disposición final; no obstante, las Secretarías de Energía y de Economía sólo pueden establecer aspectos de eficiencia energética, de seguridad al usuario y de información comercial en dicha norma.

Conforme a lo señalado en la fracción IV del artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se considera que la competencia en la materia recae en la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, toda vez que establece los límites máximos permisibles de contenido de mercurio en las lámparas fluorescentes compactas, su manejo y disposición final.

Por lo anterior, y con fundamento en la fracción II del artículo 2 del acuerdo por el que se establecen las funciones de las áreas de apoyo al Secretario de Economía para el cumplimiento de diversas atribuciones, le solicito atentamente haga del conocimiento de la Cámara de Diputados la información contenida en el presente, en la forma que usted estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Rodrigo Ortega Cajigas (rúbrica)

Director General de Enlace

(Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.)

México, DF, a 10 de febrero de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL-61-II-2-1969, signado por el diputado Francisco Javier Salazar Sáenz, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 1 00.2012.DGE.038, suscrito por el ciudadano Rodrigo Ortega Cajigas, director general de Enlace de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a la simplificación de trámites relacionados con la apertura y operación de empresas en México en el ejercicio de 2012.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 8 de febrero de 2012.

Licenciado Antonio Hernández Legaspi

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

En atención al oficio número SEL/UEL/311/4324/11, del 9 de diciembre de 2011, mediante el cual se comunicó el punto de acuerdo aprobado en la Cámara de Diputados el pasado 8 de diciembre, mismo que se transcribe a continuación:

“Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Economía y a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria de la administración pública federal a continuar realizando la mediación y evaluación de las acciones de simplificación administrativa de los trámites federal, estatales y municipales relacionados con la apertura y operación de empresas en México en el ejercicio de 2012.”

Al respecto la Secretaría de Economía y la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) continuarán realizando la medición y evaluación de las acciones de simplificación administrativa de los trámites federal, estatales y municipales relacionados con la apertura y operación de empresas en México. Asimismo, esta dependencia seguirá instrumentando esquemas, acciones, programas, mecanismos e instrumentos que fomenten la creación de micro, pequeñas y medianas empresas, así como su consolidación y competitividad.

Por lo anterior, y con fundamento en la fracción II del artículo 2 del acuerdo por el que se establecen las funciones de las áreas de apoyo al secretario de Economía para el cumplimiento de diversas atribuciones, le solicito atentamente haga del conocimiento de la Cámara de Diputados la información contenida en el presente, en la forma que usted estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Rodrigo Ortega Cajigas (rúbrica)

Director General de Enlace

(Se remite a la Comisión de Economía.)

México, DF, a 10 de febrero de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta del oficio número DGPL 61-II-3-725, signado por los diputados Jorge Carlos Ramírez Marín y María de Jesús Aguirre Maldonado, presidente y secretaria, respectivamente, de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número 100.2012.DGE.040, suscrito por el ciudadano Rodrigo Ortega Cajigas, director general de Enlace de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a fortalecer la simplificación administrativa en los tres órdenes de gobierno, relacionados con la apertura y operación de empresas en México, llevando a cabo anualmente el estudio Doing business.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 8 de febrero de 2012.

Licenciado Antonio Hernández Legaspi

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

En atención del oficio número SEL/ UEL/ 311/ 3503/ 10, del 21 de octubre de 2010, mediante el cual se comunicó el punto de acuerdo, aprobado en la Cámara de Diputados el mismo día, que se transcribe a continuación:

Único . La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Economía y a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria de la administración pública federal a continuar realizando la medición y evaluación de las acciones de simplificación administrativa de los trámites federal, estatales y municipales relacionados con la apertura y operación de empresas en México, llevando a cabo anualmente el estudio Doing business.

Al respecto, la Secretaría de Economía reitera el compromiso de continuar llevando a cabo acciones encaminadas a fortalecer la simplificación administrativa en los tres órdenes de gobierno. En agosto de 2009, el portal tuempresa.gob.mx fue creado para facilitar la constitución y puesta en operación de empresas en México, mediante la simplificación de los trámites federales. De acuerdo con los reportes proporcionados por la Subsecretaría de Competitividad y Normatividad, dicha plataforma electrónica había logrado los siguientes resultados un año después de su publicación:

• Reducción de los costos de oportunidad del ciudadano para abrir una empresa en hasta 65 por ciento.

• Trabajo coordinado con las 19 entidades federativas habilitadas en el portal tuempresa.gob.mx

• Reducción del tiempo para abrir una empresa de 13 a 9 días y del número de trámites de 8 a 6.

Los índices de competitividad son herramientas muy poderosas para la elaboración de políticas públicas, por lo que la secretaría continuará apoyando las mediciones y evaluaciones que en el ámbito internacional se hacen sobre el país, a través de indicadores ampliamente reconocidos, así como realizando esfuerzos para llevarlas a cabo en las entidades federativas.

Por lo anterior, y con fundamento en la fracción II del artículo 2 del acuerdo por el que se establecen las funciones de las áreas de apoyo al secretario de Economía para el cumplimiento de diversas atribuciones, le solicito atentamente que haga del conocimiento de la Cámara de Diputados la información contenida en el presente, en la forma que usted estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Rodrigo Ortega Cajigas (rúbrica)

Director General de Enlace

(Se remite a la Comisión de Economía.)

México, DF, a 10 de febrero de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 61-II-8-1787, signado por el diputado Jesús María Rodríguez Hernández, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 100.2012. DGE.077, suscrito por el ciudadano Rodrigo Ortega Cajigas, director general de Enlace de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a fortalecer las acciones de inspección y vigilancia para verificar el punto de entrada al país de las lámparas fluorescentes compactas en cumplimiento de la NOM-017-ENER/SCFI-2008.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 8 de febrero de 2012.

Licenciado Antonio Hernández Legaspi

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

En atención al oficio número SEL/UEL/311/4000/11, del 11 de noviembre de 2011, mediante el cual se comunicó el punto de acuerdo aprobado en la Cámara de Diputados el pasado 10 de noviembre, el cual se transcribe a continuación:

“Primero. La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, gire instrucciones a las autoridades aduaneras para fortalecer las acciones de inspección y vigilancia para verificar el punto de entrada al país de las lámparas fluorescentes compactas en cumplimiento de la NOM-017-ENER/SCFI-200B, eficiencia energética y requisitos de seguridad de lámparas fluorescentes compactas autobalastradas, límites y métodos de prueba.

Segundo. Se exhorta a los titulares de las Secretarías de Economía y de Energía para que a través de la Procuraduría Federal del Consumidor y la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, conforme a sus atribuciones y en el ámbito de sus respectivas competencias, implanten las medidas convenientes para fortalecer la vigilancia y el cumplimiento de la NOM- ENER/SCFI-200B, sobre las lámparas fluorescentes compactas que se comercialicen en territorio nacional.”

Al respecto la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) precisa que la Administración General de Aduanas del Sistema de Administración Tributaria emite un dictamen técnico de la mercancía de procedencia extranjera que ingresa a territorio nacional, mismo que debe ser turnado oportunamente a las autoridades correspondientes con el propósito de ejercer facultades, atribuciones y eficientar las labores de vigilancia, para que la Profeco o cualquier autoridad competente proceda a través de acciones inmediatas de verificación a aplicar las medidas precautorias conducentes y ordenar su retiro del mercado, en caso de tratarse de productos inseguros para el consumidor por incumplir las normas oficiales mexicanas.

En relación con las acciones de verificación y vigilancia de los productos denominados lámparas fluorescentes compactas autobalastradas, Profeco informa que se han verificado un total de 4,481 artículos correspondientes a diversas marcas, constatando que los mismos cumplen con los requisitos de información comercial establecidos en la normatividad aplicable. Dichas acciones de verificación se han realizado de manera exclusiva en tiendas de autoservicio.

Por lo anterior, y con fundamento en la fracción II del artículo 2 del acuerdo por el que se establecen las funciones de las áreas de apoyo al secretario de Economía para el cumplimiento de diversas atribuciones, le solicito atentamente haga del conocimiento de la Cámara de Diputados la información contenida en el presente, en la forma que usted estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial

Atentamente

Rodrigo Ortega Cajigas (rúbrica)

Director General de Enlace

(Se remite a las Comisiones de Economía y de Energía.)

México, DF, a 10 de febrero de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta del oficio número DGPL 61-II-8-1920, signado por el diputado Francisco Javier Salazar Sáenz, vicepresidente de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número 100.2012.DGE.079, suscrito por el ciudadano Rodrigo Ortega Cajigas, director general de Enlace de la Secretaría de Economía, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a la defensa de los intereses de los productores ganaderos nacionales.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 8 de febrero de 2012.

Licenciado Antonio Hernández Legaspi

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

En atención del oficio número SEL/ UEL/ 311/ 4326/ 11, del 9 de diciembre de 2011, mediante el cual se comunicó el punto de acuerdo aprobado en la Cámara de Diputados el pasado 8 de diciembre, el cual se transcribe a continuación:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal a realizar por la Secretaría de Economía la defensa de los intereses de los productores ganaderos nacionales. Asimismo, entable la impugnación correspondiente para eliminar las trabas al libre comercio generadas a partir de la entrada en vigor de la Ley de Etiquetado por País de Origen en Estados Unidos de América.

Al respecto, la Subsecretaría de Industria y Comercio informa que en diciembre de 2008, México y Canadá solicitaron a Estados Unidos la celebración de consultas en el marco de la OMC en relación con los requisitos de etiquetado de país de origen aplicables a diversos productos agropecuarios establecidos por dicho país. México consideró que la regulación en la materia, conocida como “COOL” (por sus siglas en inglés), publicada por el Servicio de Inspección y Seguridad Alimentaria de Estados Unidos, en agosto de 2008 y cuya entrada en vigor se registró el 16 de marzo de 2009, era violatoria de las reglas de la OMC, en materia de trato nacional, marcado de país de origen y obstáculos técnicos al comercio previstos por dicha organización.

Lo anterior dio lugar a que México y Canadá solicitaran ante el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la OMC el establecimiento de un panel o grupo especial para que determinara si las disposiciones que regulan el etiquetado de diversos productos agropecuarios son compatibles con las reglas de la OMC.

En noviembre de 2011, dicho panel falló a favor de México, y en contra de la medida regulatoria de Estados Unidos (COOL) por considerar que es violatoria del artículo 2.2 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, ya que discrimina las importaciones de ganado bovino (becerros) y crea obstáculos innecesarios al comercio.

El 23 de diciembre de 2011 México, Estados Unidos y Canadá solicitaron al OSD adoptar la decisión emitida por el grupo especial en esta disputa, no antes del 23 de marzo de 2012. Lo anterior, a menos que el OSD decida por consenso no hacerlo, o cualquiera de las partes en disputa notifique al órgano su decisión de apelar.

Mediante comunicado del 5 de enero de 2012, el OSD de la OMC acepta la solicitud mencionada, por lo que aplaza hasta el 23 de marzo del año en curso la fecha límite para adoptar o apelar la decisión del grupo especial. En caso de que Estados Unidos apele el fallo la disputa continuará, y en caso de no hacerlo, dicho país tendrá que acatar el fallo y eliminar la regulación de etiquetado impuesta (COOL).

Por lo anterior, y con fundamento en la fracción II del artículo 2 del acuerdo por el que se establecen las funciones de las áreas de apoyo al secretario de Economía para el cumplimiento de diversas atribuciones, le solicito atentamente que haga del conocimiento de la Cámara de Diputados la información contenida en el presente en la forma que usted estime conveniente.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo cordial.

Atentamente

Rodrigo Ortega Cajigas (rúbrica)

Director General de Enlace

(Se remite a la Comisión de Economía.)

De la Secretaría de Gobernación, cuatro con las que remite contestaciones a puntos de acuerdo aprobados por la Comisión Permanente del primer receso del tercer año

México, DF, a 7 de febrero de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL 61-II-2-2088, signado por el diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 345-006, suscrito por el ciudadano Miguel Messmacher Linartas, titular de la Unidad de Planeación Económica de la Hacienda Pública de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como el anexo que en el mismo se menciona, mediante los cual responde el punto de acuerdo relativo al informe sobre el estado que guardan sus predicciones y estimaciones del desempeño de la economía mexicana para 2012.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 2 de febrero de 2012.

Maestro Antonio Hernández Legaspi

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

De la Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el 18 de enero del año en curso, donde “se exhorta al Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a remitir un informe a esa soberanía del estado que guardan sus predicciones y estimaciones del desempeño de la economía mexicana para 2012, ante los estudios y proyecciones realizadas por organismos internacionales y nacionales autónomos, respecto de los problemas económicos detectados que afectan a nuestro país”.

Al respecto, con fundamento en el artículo 16 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se anexa el informe estimaciones del desempeño de la economía mexicana durante 2012, elaborado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para dar cumplimiento al acuerdo antes citado.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Miguel Messmacher Linartas (rúbrica)

Titular de la Unidad de Planeación Económica de la Hacienda Pública

Estimaciones del Desempeño de la Economía Mexicana durante 2012

En respuesta al punto de acuerdo de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, aprobado el 18 de enero de 2012, por el que se exhorta al Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a remitir un informe a esa soberanía del estado que guardan sus predicciones y estimaciones del desempeño de la economía mexicana para 2012, ante los estudios y proyecciones realizadas por organismos internacionales y nacionales autónomos, respecto de los problemas económicos detectados que afectan a nuestro país, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público presenta el siguiente

Informe

En septiembre de 2011, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público envió al honorable Congreso de la Unión la propuesta de paquete económico para 2012, el cual incluyó los criterios generales de política económica para la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al ejercicio fiscal de 2012 (CGPE2012). El documento CGPE2012 contiene proyecciones de los principales indicadores de la economía mexicana para 2012, así como los supuestos que las sustentan.

Derivado del análisis del paquete económico de 2012 y considerando la información adicional que se dio a conocer durante el periodo de análisis, discusión y aprobación del mismo, el Congreso de la Unión realizó modificaciones a algunos de los pronósticos de indicadores económicos de México para 2012. En particular, se redujo la estimación de crecimiento del PIB de 3.5 a 3.3 por ciento y se incrementó el tipo de cambio promedio del peso respecto al dólar de Estados Unidos de América de 12.2 a 12.8 pesos por dólar.

Cabe notar que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no ha realizado una modificación a las proyecciones de los principales indicadores de la economía mexicana para 2012 publicados en los CGPE2012, si bien cuando fue consultada su opinión sobre las modificaciones propuestas en el Congreso de la Unión durante las sesiones de trabajo en las Comisiones de Hacienda de ambas Cámaras, se manifestó que estas eran adecuadas dada la información adicional que se observó en el periodo entre la entrega de los CGPE2012 y la aprobación de la Ley de Ingresos para 2012.

Los pronósticos más recientes para la economía mexicana de los principales organismos internacionales así como las encuestas que recopilan las predicciones de los principales analistas del sector privado, los cuales son totalmente independientes del gobierno federal, fueron publicados entre la segunda semana de enero y la primera semana de febrero del presente año.

Específicamente, las últimas encuestas a los especialistas del sector privado recabadas por el Banco de México y Banamex se publicaron el 1 de febrero y el 19 de enero de 2012, respectivamente; la encuesta Blue Chip Economic Indicators, más reciente, es del 10 de enero de 2012; y el Fondo Monetario Internacional (FMI) divulgó una actualización de sus proyecciones el 24 de enero pasado.

Cabe destacar que, dada su temporalidad, incorporan la información relativa al deterioro en las condiciones económicas en la zona del euro así como la estabilización en el dinamismo de la economía de Estados Unidos durante el cuarto trimestre de 2011, información que es adicional a la que se contaba al momento de la aprobación del paquete económico de 2012.

Las proyecciones actualizadas de los analistas especializados y el FMI son consistentes con las estimaciones incluidas en los CGPE2012 y las modificaciones realizadas por el Congreso de la Unión. Las expectativas de crecimiento del PIB se ubican en un rango de 3.1 a 3.5 por ciento, el cual incluye las contempladas en el paquete económico de 2012. Cabe notar que las mismas se han estabilizado, después de revisiones a la baja durante el tercer trimestre y el inicio del cuarto trimestre, ambos de 2011.

Las proyecciones de crecimiento del PIB y la producción industrial de Estados Unidos se estabilizaron también al inicio del cuarto trimestre de 2011, y posteriormente se revisaron ligeramente al alza.

En el caso de la tasa de interés, los analistas esperan que ésta se sitúe alrededor de 4.5 por ciento al cierre del año, ligeramente por debajo del 4.8 por ciento proyectado en el paquete económico de 2012.

Lo anterior se debe a que ante un escenario de mayores riesgos a la baja para el crecimiento global, ahora se considera menos probable un aumento de la tasa de interés por parte del Banco de México.

Ello difiere de lo observado al momento de la aprobación y discusión del paquete económico de 2012 cuando tanto los analistas como la curva de tasas de interés observada en los mercados financieros eran consistentes con un aumento. Por el contrario, las cotizaciones actuales de los futuros de tasas de interés de cierre de año para México implican una ligera disminución de las mismas; por ejemplo, las cotizaciones del 31 de enero de 2012 indican que la tasa de los cetes a tres meses será de 4.52 por ciento al cierre de este año, mientras que el 15 de noviembre de 2011 se esperaba que al cierre de 2012 está fuera de 4.60 por ciento.

Las estimaciones más recientes de los analistas indican que el tipo de cambio gel peso respecto al dólar cerrará el año entre 13.0 y 13.1 pesos por dólar, cifras que implican un promedio superior al contemplado en el paquete económico de 2012. Lo anterior fue resultado de la depreciación del tipo de cambio en el periodo septiembre-noviembre de 2011. Sin embargo, es importante notar que a partir de entonces se ha dado un proceso de apreciación del mismo, llevando a que el tipo de cambio se ubicara en 13.03 pesos por dólar al cierre del 31 de enero de 2012. De continuar la tendencia reciente, el tipo de cambio se ubicaría en niveles consistentes con los empleados en la aprobación del paquete económico de 2012.

Es responsabilidad mencionar que en el artículo 42, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria se establece lo siguiente:

“El Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría, deberá enviar al Congreso de la Unión, a más tardar el 1 de abril, un documento que presente los siguientes elementos:

a) Los principales objetivos para la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del año siguiente;

b) Escenarios sobre las principales variables macroeconómicas para el siguiente año: crecimiento, inflación, tasa de interés y precio del petróleo;

c) Escenarios sobre el monto total del Presupuesto de Egresos y su déficit o superávit;

d) Enumeración de los programas prioritarios y sus montos.”

En el documento que se enviará en 2012 al Congreso de la Unión para cumplir con esa disposición, se incorporará la información adicional que se observe durante el resto del primer trimestre de 2012, llevando a cabo las actualizaciones adicionales que sean pertinentes a las estimaciones de los principales indicadores macroeconómicos para 2012.

México, DF, a 7 de febrero de 2012.

Secretarios de la Cámara de Diputados

Del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL 61-II-9-4646, signado por el diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número PFPN3/8C.17.5/ 0057 -12, suscrito por el licenciado Sergio Eduardo Herrera Torres, subprocurador de Inspección Industrial de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a la realización de una inspección a fin de evaluar el cumplimiento de las normas ambientales correspondientes, durante la operación de depósito de basura proveniente del Distrito Federal en rellenos sanitarios del estado de México.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 30 de enero 2012.

Licenciado Rubén Alfonso Fernández Aceves

Subsecretario de Enlace Legislativo

De la Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al oficio número SEL/UEL/311/131/12, de fecha 12 de enero de 2012, por el que el maestro Antonio Hernández Legaspi, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Subsecretaría de Enlace Legislativo a su digno cargo, informó al licenciado Wilehaldo David Cruz Bressant, titular de la Unidad Coordinadora de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que mediante oficio número DGPL 61-11-9­4646, el diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de La Unión, hizo del conocimiento de la Secretaría de Gobernación sobre el punto de acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión celebrada el 11 de enero de 2012, que en su punto segundo a la letra dice: Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, a realizar una inspección a fin de evaluar la observación de las normas ambientales correspondientes durante la operación de depósito de basura proveniente del Distrito Federal en rellenos sanitarios del estado de México.

Sobre el particular, por instrucciones superiores, aprovecho este conducto para acusar recibo del referido oficio, y hacer de su conocimiento que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente carece de competencia para verificar el cumplimiento de las normas ambientales correspondientes a la operación de sitios en donde se deposite basura, específicamente la Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003, que establece las especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, toda vez que en la misma se indica que su vigilancia le corresponde a los gobiernos de los estados y municipios.

Asimismo, de conformidad con las fracciones VI y XIII del artículo 7o. y IV, XII y XIV del artículo 8o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, le corresponde a los gobiernos estatales y municipales, respectivamente, vigilar el cumplimiento de la citada norma oficial mexicana, es decir, la aplicación de las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de los efectos sobre el ambiente ocasionados por la generación, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos e industriales que no estén considerados como peligrosos.

Además, de acuerdo con las fracciones II, III, IV y XVIII del artículo 9o., III, IV, V y VII del artículo 10o. y con el artículo 97 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, corresponde a los gobiernos estatales y municipales, vigilar el manejo de los residuos de manejo especial y regular la generación y manejo integral de los residuos sólidos urbanos y vigilar el cumplimiento de la citada NOM-083-SEMARNAT­2003 correspondiente.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un saludo y ponerme a sus órdenes para cualquier aclaración al respecto.

Atentamente

Licenciado Sergio Eduardo Herrera Torres (rúbrica)

Subprocurador de Inspección Industrial

México, DF, a 8 de febrero de 2012

Secretarios de la Cámara de Diputados

Del Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L.61-II-9-4685 signado por el diputado Gustavo González Hernández, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DGF/ 0228/2012 suscrito por el licenciado Rubem Hofliger Topete, director general del Fondo de Desastres Naturales de la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a la liberación de recursos procedentes de dicho fondo, en los términos de ley, para la atención de la problemática y contingencia climática de la Sierra Tarahumara.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Maestro Antonio Hernández Legaspi

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Presente

Me refiero al oficio SEL/UEL/311/20l/12 de fecha 20 de enero de 2012 dirigido inicialmente a la licenciada Laura Gurza Jaidar, coordinadora general de Protección Civil, por medio del cual se comunica que mediante oficio DGPL 61-II-9-4685 el diputado Gustavo González Hernández, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, hace del conocimiento de la Secretaría de Gobernación (Segob), el punto de acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo en sesión celebrada el 18 de enero de 2012, y cuyo punto resolutivo segundo se reproduce a continuación:

“Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en el marco de la división y colaboración de poderes, exhorte respetuosamente al gobernador del estado de Chihuahua para que solicite la liberación de recursos procedentes del Fondo de Desastres Naturales al Ejecutivo federal a efecto de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Gobernación de ser procedente, lleven a cabo la liberación de los mismos, en los términos de ley para la atención de la problemática y contingencia climática de la Sierra Tarahumara .

Sobre el particular, y considerando que el asunto de mérito fuera remitido a esta Dirección General del Fondo de Desastres Naturales (DGF) el 24 de enero de 2012 para efectos de su atención correspondiente, se comunica que en el presente oficio nos pronunciaremos específicamente sobre el punto resolutivo antes transcrito, por ser el único que guarda una relación directa con la esfera de competencia de la Segob, y por ende, de esta unidad administrativa. Ello, solicitando atentamente a usted, sea el amable conducto para hacer del conocimiento de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, lo siguiente:

I. En términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), son diversas las dependencias y entidades que conforman la Administración Pública Federal (centralizada y paraestatal), y cada una de ellas cuenca con atribuciones, presupuesto y programas propios e independientes para dar atención a los asuntos que les son encomendados. En esa lógica, cada dependencia o entidad puede ejecutar los programas que tengan a su cargo y manejar su respectivo presupuesto sin que para ello resulte necesario comunicar de su actuación a alguna otra dependencia y/o entidad en particular. Por su parte, cada entidad federativa cuenta con instituciones y legislación (específicas y propias), para atender las encomiendas de orden local que resultan de su competencia.

Atentos a lo anterior, y toda vez que las atribuciones conferidas a cada una de las instancias antes mencionadas pueden válidamente permitir que éstas converjan en brindar apoyo a un mismo asunto en particular, debe entenderse que no podría existir una única institución responsable de dar atención a las necesidades de la población que hubiere resultado afectada en su patrimonio, o bien para llevar a cabo las acciones tendientes para mitigar los daños ocasionados por la ocurrencia de un desastre natural, ya que cada una puede prestar el auxilio correspondiente, dentro de la esfera de su competencia y a través de los programas, apoyos y montos que sus propias atribuciones y respectiva normatividad les facultan.

Así también, serán dichas instancias quienes, atentas a la normatividad que rija los procesos de acceso a los apoyos que proporcionan, establezcan los medios, requisitos y formalidades que se deban satisfacer a efecto de ser beneficiarios de los mismos, así como de los montos a otorgarse.

II. En ese orden de ideas, y considerando que esta unidad administrativa carece de atribuciones para conocer, disponer y/o concentrar la información relativa a los recursos que, en su caso y en el ejercicio de sus atribuciones, pudieron haber erogado otras dependencias o entidades (ya sea federales o locales), para la atención del asunto a que se refiere el punto de acuerdo que nos ocupa, en el presente únicamente se centrará en las acciones que, una vez cubiertos los requisitos, formalidades y procedimientos previstos en la normatividad aplicable, han sido llevadas a cabo por la Segob, a través de la DGF y en la implementación del Fondo de Desastres Naturales (Fonden), para atender la ocurrencia de diversos fenómenos naturales perturbadores en el estado de Chihuahua.

De igual manera, en el presente oficio informaremos respecto a la forma y términos en los que el apoyo correspondiente fue puesto a disposición del estado de Chihuahua, y sobre las instancias encargadas de su manejo, distribución y/o control, según corresponda. Sin demérito de ello, podemos válidamente adelantar que en el marco del Fonden, el apoyo respectivo en ningún caso se entrega directamente a las autoridades municipales, a los órganos políticos-administrativos, o a la población en general.

Tal aseveración obedece a que, según se observará, en la normatividad que rige a este programa federal, ya se encuentran claramente definidos los instrumentos a través de los cuales se atiende la ocurrencia de algún fenómeno natural perturbador, el tipo de apoyo que por virtud de cada instrumento se brinda, las instancias y/o procedimientos a través de los cuales el apoyo correspondiente es puesto a disposición de las entidades federativas afectadas, y las instancias encargadas de su distribución, manejo, control y/o seguimiento, según corresponda.

III. Ahora bien, con la finalidad de lograr un mejor entendimiento de la información que antecede, así como de aquella que suministramos líneas adelante, ofrecemos a usted las consideraciones siguientes, relativas a las características generales y alcances del Fonden, los instrumentos financieros que lo integran, y el procedimiento de acceso a los mismos, vistos a la luz de la normatividad vigente y aplicable a este programa federal al día de la fecha, a saber el “Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales. 1

(en lo sucesivo las Reglas Generales ):

Comenzaremos por mencionar que el Fonden, en términos de lo dispuesto en el artículo 1 de las Reglas Generales se define como un instrumento interinstitucional que tiene por objeto ejecutar acciones, autorizar y aplicar recursos para mitigar los efectos que produzca un fenómeno natural perturbador, en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil. Para el cumplimiento de su objeto, cuenta con los instrumentos financieros siguientes:

a) El Fondo Revolvente Fonden , que se utiliza cuando exista una Declaratoria de Emergencia y con ello que esta DGF autorice la adquisición de suministros de auxilio (insumos) 2 , para responder de manera inmediata a las necesidades urgentes para la protección de la vida y la salud de la población afectada por situaciones de emergencia generadas o asociadas con la inminencia, alta probabilidad o presencia de un fenómeno natural perturbador (según el numeral 3, fracción I de las Reglas Generales, y los artículos 1 y 3 del “Acuerdo que establece los Lineamientos para emitir las Declaratorias de Emergencia y la utilización del Fondo Revolvente Fonden 3 , en lo sucesivo los Lineamientos ).

En el marco del Fondo Revolvente Fonden se generan Declaratorias de Emergencia , para efectos del acceso a los suministros de auxilio que se autorizan con cargo a este instrumento, mismas que están entendidas como el acto mediante el cual la Segob, reconoce que uno o varios municipios u órganos político-administrativos de una entidad federativa se encuentran ante la inminencia, alta probabilidad o presencia de una situación anormal generada por un fenómeno perturbador de origen natural, que puede causar un daño a la sociedad y propiciar un riesgo excesivo para la seguridad e integridad de la población. Dicha declaratoria podrá subsistir aún ante la presencia de una Declaratoria de Desastre Natural (artículo 7 de los Lineamientos).

Cabe señalar que, si bien es cierto en términos de los Lineamientos a la DGF le corresponde autorizar la adquisición de suministros de auxilio con cargo al Fondo Revolvente Fonden, y coordinar el procedimiento de acceso a los mismos, también lo es que esta unidad administrativa no tiene a su cargo la entrega de tales suministros a las entidades federativas, municipios u órganos político-administrativos en particular, ya que según el artículo 15 del ordenamiento en cita, dichos insumos son adquiridos por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) de la Segob, y entregados por esa unidad administrativa a la entidad federativa de que se trate, para que esta última proceda a su distribución.

b) El Fonden Reconstrucción (que incluye al Programa Fondo de Desastres Naturales del Ramo General 23 “Provisiones Salariales y Económicas” del Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal, y el Fideicomiso Fondo de Desastres Naturales, en términos del numeral 3 fracciones II y III de las Reglas Generales), a través del cual se autorizan recursos destinados a la restitución parcial o total de los daños sufridos por un fenómeno natural perturbador en los sectores de competencia federal, o de competencia de las entidades federativas, municipios u órganos político-administrativos del Distrito Federal, así como a la mitigación de los daños a las viviendas de la población de bajos ingresos afectadas por un fenómeno natural perturbador.

Por virtud de este instrumento en el marco de las Reglas Generales, la Coordinación General de Protección Civil (CGPC) de la Segob, emite Declaratorias de Desastre Natural, entendidas como el documento mediante el cual la Segob declara formalmente en zona de desastre natural a determinados municipios, así como a los órganos político-administrativos en las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, para que se pueda tener acceso a los recursos del Fondo de Desastres Naturales.

Cabe igualmente señalar que, atentos a lo dispuesto por el artículo 33 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, en la implementación del Fonden Reconstrucción la participación de la Segob, por conducto de la DGF, se limita a coordinar el procedimiento de acceso a los recursos que se autorizan con cargo a este instrumento, dando cumplimento para tales efectos a los plazos, requisitos y formalidades establecidos en las Reglas Generales, motivo por el cual no autoriza, ni tiene a su cargo la entrega de los recursos autorizados a un municipio u órgano político-administrativo en particular, y tampoco actúa como instancia ejecutora de obras y acciones de reconstrucción de lo dañado.

Para acceder a los instrumentos que opera el Fonden, resulta necesario que se cumpla previamente con los requisitos, formalidades y procedimientos establecidos en la normatividad aplicable a cada uno de ellos:

Al respecto, diremos que para la autorización de suministros de auxilio con cargo al Fondo Revolvente Fonden, los Lineamientos establecen la necesidad de contar con una solicitud de Declaratoria de Emergencia, dirigida a la CGPC, de la Segob, suscrita por el titular del Poder Ejecutivo de la entidad federativa correspondiente (o en su caso por el servidor público del nivel jerárquico inmediato inferior con facultades expresas para ello), en la que se describa, entre otros aspectos, el fenómeno natural perturbador origen de la situación de emergencia, los municipios u órganos político-administrativos en situación de emergencia, la población estimada que fue o pueda ser afectada con motivo de la emergencia, y señalar expresamente que ha sido rebasada la capacidad de respuesta de la entidad federativa y de los municipios u órganos político-administrativos en el Distrito Federal respecto de los que se solicita la Declaratoria de Emergencia.

Por su parte, para la autorización de los recursos con cargo al Fonden Reconstrucción, las Reglas Generales establecen que una vez corroborada la existencia del fenómeno natural perturbador por parte de la instancia técnica facultada 4 para ello, el gobierno de la entidad federativa afectada debe presentar una solicitud de Declaratoria de Desastre Natural, suscrita por el titular del Ejecutivo estatal correspondiente, dirigida a la CGPC de la Segob, en la que se deberá manifestar, entre otros aspectos, los municipios u órganos político-administrativos afectados que han sido corroborados por la instancia técnica facultada, incluyendo la descripción del fenómeno natural perturbador y la fecha de su ocurrencia; así como que ha sido rebasada su capacidad financiera y operativa, para atender, por sí misma, la totalidad de los efectos del fenómeno.

Contando ya con el conocimiento que plantean las consideraciones anteriores, y aun cuando en el punto de acuerdo que se atiende no se establece algún periodo específico de tiempo sobre el cual pudiéramos enmarcar la información del apoyo proporcionado a través de Fonden al estado de Chihuahua, hemos estimado oportuno comunicar sobre los suministros de auxilio y los recursos autorizados con cargo al Fonden durante el ejercicio 2011 y lo que va del presente 2012, con motivo de la ocurrencia de diversos fenómenos naturales perturbadores en dicha entidad federativa, respecto de los cuales medió una declaratoria de emergencia o de desastre natural, según corresponda.

En ese orden de ideas, precisamos que los municipios que han sido declarados en emergencia o como zona de desastre a la fecha, no necesariamente pueden coincidir con aquellos que abarca la Sierra Madre Occidental, conocida también como Sierra Tarahumara (es decir los municipios de Bocoyna, Urique, Guachochi, Guadalupe y Calvo, Batopilas, Carichí, Balleza y Nonoava del estado de Chihuahua). Ello, obedece principalmente a que, según se ha puntualizado, son las entidades federativas, en una primera instancia, las encargadas de incluir en sus correspondientes solicitudes de corroboración, los municipios u órganos político-administrativos que consideren que de manera particular sufrieron o pudieron haber sufrido afectaciones a causa del fenómeno natural perturbador de que se trate.

Asimismo, se comunica que la información que ponemos a disposición, se encuentra actualizada al martes 7 de febrero de 2012, y aún podría sufrir una constante actualización por virtud de la dinámica propia del programa Fonden.

Instrumento Fondo Revolvente Fonden 2011-2012

Estado de Chihuahua

Declaratoria de Emergencia por la ocurrencia de helada severa del 2 al 3 de febrero de 2011, en 11 municipios del estado de Chihuahua.

• Con oficio P.P 034/2011, de fecha 3 de febrero y recibido el 4 de febrero de 2011 por la CGPC, el gobernador constitucional del estado de Chihuahua, licenciado César Duarte Jáquez, solicitó a la Segob a través de la CGPC la emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Aldama, Bocoyna, Casas Grandes, Chihuahua, Coyame, Cuauhtémoc, Delicias, Guerrero, Ignacio Zaragoza, Manuel Benavides, Namiquipa, Nuevo Casas Grandes, Ojinaga y Temósachi, por el fenómeno de Temperaturas Mínimas Extremas, a consecuencia del arribo el día primero de febrero del frente frío número 26 que se asoció con una masa de aire frío polar ártica, provocando nevadas ligeras en la zona fronteriza.

• Mediante oficio número CGPC/211/2011, de fecha 4 de febrero de 2011, la CGPC con el objeto de emitir la declaratoria de emergencia respectiva, solicitó la opinión a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) respecto de su procedencia.

• A través del oficio número BOO.-152, de fecha 4 de febrero de 2011, la Conagua emitió su opinión técnica respecto de dicho evento, misma que en su parte conducente dispone lo siguiente: se corrobora el fenómeno de helada severa del 2 al 3 de febrero de 2011, en los municipios de Aldama, Casas Grandes, Chihuahua, Coyame de Sotol, Delicias, Guerrero, Ignacio Zaragoza, Manuel Benavides, Nuevo Casas Grandes, Ojinaga y Temósachi del estado de Chihuahua.

• Con fecha 4 de febrero de 2011, se emitió boletín de prensa 041/11, mediante el cual la CGPC declara en emergencia a los municipios citados en el punto que antecede, con lo que se activaron los recursos del Fondo Revolvente del Fonden para dar atención inmediata a la población damnificada. La declaratoria de emergencia fue publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 15 de febrero de 2011.

• Por virtud de tal declaratoria de emergencia fueron autorizados los siguientes suministros de auxilio:

• Con el boletín de prensa 076/11, de fecha 8 de marzo de 2011 se cerró esta declaratoria de emergencia, motivo por el que se concluyó con la atención de este evento en el estado de Chihuahua.

Declaratoria de emergencia por la ocurrencia de helada severa del 1 al 3 de febrero de 2011, en 4 municipios del estado de Chihuahua

• Con oficio P. P 033/2011, de fecha 2 de febrero y recibido el día 3 de febrero de 2011 por CGPC, el gobernador constitucional del estado de Chihuahua solicitó a la Segob través de la CGPC, la emisión de la declaratoria de emergencia para los municipios de Ascensión, Guadalupe D.B., Juárez y Praxedis G Guerrero, por el fenómeno de nevada derivada del frente frío número 26 que arribó al estado e interaccionó con una alta presión y una masa de aire frío muy densa lo que provocó nevadas ligeras acompañadas de vientos de 30 a 45 kilómetros por hora, y temperaturas que sobrepasan los 10 grados centígrados bajo cero, iniciándose esto el día 1 de febrero.

• Mediante oficio número CGPC/208/2011, de fecha 3 de febrero de 2011, la CGPC, con el objeto de emitir la declaratoria de emergencia respectiva, solicitó la opinión a la Conagua respecto de su procedencia.

• Con el oficio número BOO.-151, de fecha 4 de febrero de 2011, la Conagua emitió su opinión técnica respecto de dicho evento, misma que en su parte conducente dispone lo siguiente: se corrobora el fenómeno de helada severa del 1 al 3 de febrero de 2011, en los municipios de Ascensión, Guadalupe, Juárez y Praxedis G. Guerrero del estado de Chihuahua.

• Con fecha 4 de febrero de 2011, se emitió boletín de prensa 042/11, mediante el cual la CGPC declara en emergencia a los municipios citados en el punto que antecede, con lo que se activaron los recursos del Fondo Revolvente del Fonden para dar atención inmediata a la población damnificada. La declaratoria de emergencia fue publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 15 de febrero de 2011.

• Por virtud de tal declaratoria de emergencia fueron autorizados los siguientes suministros de auxilio:

• Mediante boletín de prensa 077 /11, de fecha 8 de marzo de 2011 se cerró esta declaratoria de emergencia, motivo por el que se concluyó con la atención de este evento en el estado de Chihuahua.

Declaratoria de emergencia por la ocurrencia de helada severa el 3 de febrero de 2011, en 8 municipios del estado de Chihuahua

• A través del oficio P.P 035/2011, de fecha 7 de febrero y recibido el 8 de febrero de 2011 por CGPC, la secretaria general de Gobierno del estado de Chihuahua, licenciada Graciela Ortiz González, solicitó a la Segob a través de la CGPC, la emisión de la declaratoria de emergencia para los municipios de Aquiles Serdán, Bachiniva, Cuauhtémoc, Madero, Matachi, Riva Palacio, Rosales y Satevó, por el fenómeno de heladas severas.

• Mediante oficio número CGPC/239/2011, de fecha 8 de febrero de 2011, la CGPC, con el objeto de emitir la declaratoria de emergencia respectiva, solicitó la opinión a la Conagua respecto de su procedencia.

• Con oficio número BOO.-253, de fecha 16 de febrero de 2011, la Conagua emitió su opinión técnica respecto de dicho evento, misma que en su parte conducente dispone lo siguiente: se corrobora el fenómeno de helada severa el 3 de febrero de 2011, en los municipios de Aquiles Serdán, Bachíniva, Cuauhtémoc, Madera, Matachí, Riva Palacio, Rosales y Satevó, del estado de Chihuahua.

• Con fecha 17 de febrero de 2011, se emitió boletín de prensa 055/11, mediante el cual la CGPC declara en emergencia a los municipios citados en el punto que antecede, con lo que se activaron los recursos del Fondo Revolvente del Fonden para dar atención inmediata a la población damnificada. La declaratoria de emergencia fue publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 25 de febrero de 2011.

• Por virtud de tal declaratoria de emergencia fueron autorizados los siguientes suministros de auxilio:

• Mediante Boletín de Prensa 070/11, de fecha 4 de marzo de 2011 se cerró esta declaratoria de emergencia, motivo por el que se concluyó con la atención de este evento en el estado de Chihuahua.

Declaratoria de emergencia por la ocurrencia de nevada severa el 23 y 24 de diciembre de 2011, en 9 municipios del estado de Chihuahua

• Con el oficio número DE-159-2011, recibido con fecha 26 de diciembre de 2011 en la CGPC, el gobernador constitucional del estado de Chihuahua, solicitó a la Segob a través de la CGPC, la emisión de la declaratoria de emergencia para los municipios de Ascensión, Buenaventura, Casas Grandes, Galeana, Ignacio Zaragoza, Janos, Juárez, Madera, Namiquipa y Nuevo Casas Grandes, por el fenómeno de nevada severa, y los municipios de Ahumada, Aldama, Allende, Aquiles Serdán, Bachíniva, Balleza, Belisario Domínguez, Bocoyna, Camargo, Carichí, Chihuahua, Coronado, Coyame del Sotol, La Cruz, Cuauhtémoc, Cusihuiriachi, Delicias, El Tule, Gómez Farías, Guadalupe D.B. Guadalupe y Calvo, General Trías, Gran Morelos, Guerrero, Hidalgo del Parral, Huejotitán, Jiménez, Julimes, Maguarachi, Manuel Benavides, Matachí, Matamoros, Meoqui, Moris, Nonoava, Ocampo, Ojinaga, Práxedis G. Gro, Riva Palacio, Rosario, San Francisco de Borja, San Francisco de Conchos, San Francisco del Oro, Santa Bárbara, Temósachi, Uruachi y Valle de Zaragoza del estado de Chihuahua por el fenómeno de helada severa, con el propósito de poder acceder a los recursos del Fondo Revolvente Fonden.

• En atención al oficio DE-159-2011, y mediante oficio CGPC/2052/2011, de fecha 27 de diciembre de 2011, la CGPC solicitó a la Conagua su opinión técnica sobre la procedencia de emitir la declaratoria de emergencia para los municipios solicitados del estado de Chihuahua.

• Con oficio Boo.-22, de fecha 6 de enero de 2012, la Conagua emitió su opinión técnica en atención al oficio CGPC/2052/2011, disponiendo en su parte conducente que se corrobora el fenómeno de nevada severa el 23 y 24 de diciembre de 2011, en los municipios de Ascensión, Buenaventura, Casas Grandes, Galeana, Ignacio Zaragoza, Janos, Juárez, Namiquipa y Nuevo Casas Grandes del estado de Chihuahua.

• Con fecha 7 de enero de 2012, se emitió boletín de prensa 010/12, mediante el cual la CGPC declara en emergencia a los municipios citados en el punto que antecede, con lo que se activaron los recursos del Fondo Revolvente del Fonden para dar atención inmediata a la población damnificada. La declaratoria de emergencia fue publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 16 de enero de 2012.

Por virtud de tal declaratoria de emergencia fueron autorizados los siguientes suministros de auxilio:

• Al día de la fecha esta declaratoria de emergencia continúa abierta, motivo por el que aún no se concluye con la atención de este evento en el estado de Chihuahua.

Para el caso de que se desee conocer la forma en que los suministros de auxilio que hemos detallado han sido distribuidos en el estado de Chihuahua, se sugiere atentamente solicitar dicha información ante las instancias que hayan sido designadas por el gobierno de dicha entidad federativa para esos efectos, en razón de que, según se ha visto, en el marco de los Lineamientos, los insumos autorizados por la DGF serían adquiridos por la DGRMSG de la Segob, y entregados por dicha unidad administrativa a la entidad federativa de que se trate, a efecto de que esta última procediera a su posterior distribución.

Instrumento Fonden Reconstrucción

Estado de Chihuahua 2011-2012

Declaratoria de desastre natural por la ocurrencia de sequía severa del 1 de mayo al 30 de noviembre de 2011, en 37 municipios del estado de Chihuahua.

• A través del oficio DE-154-2011, en cumplimiento al artículo 7 de las reglas generales, el gobernador constitucional del estado de Chihuahua, licenciado César Horacio Duarte Jáquez, solicitó a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) la corroboración del fenómeno natural perturbador descrito como sequía severa, en los municipios de Ahumada, Aldama, Allende, Aquiles Serdán, Ascensión, Bachiniva, Balleza, Batopilas, Bocoyna, Buenaventura, Camargo, Carichi, Casas Grandes, Coronado, Coyame, La Cruz, Cuauhtémoc, Cusihiriachi, Chihuahua, Chinipas, Delicias, Dr. Belisario Domínguez, Galeana, Santa Isabel, Gómez Farías, Gran Morelos, Guachochi, Guadalupe, Guadalupe y Calvo, Guazapares, Guerrero, Hidalgo del Parral, Huejotitán, Ignacio Zaragoza, Janos, Jiménez, Juárez, Julimes, López, Maguarichi, Madera, Manuel Benavides, Matachi, Matamoros, Meoqui, Morelos, Moris, Namiquipa, Nonoava, Nuevo Casas Grandes, Ocampo, Ojinaga, Praxedis G. Guerrero, Riva Palacio, Rosales, Rosario, San Francisco de Borja, San Francisco de Conchos, San Francisco del Oro, Santa Barbará, Satevó, Saucillo, Temosáchic, El Tule, Urique, Uruachi y Valle de Zaragoza de dicha entidad federativa.

• Mediante oficio Boo-3255, de fecha 26 de diciembre de 2011 y en atención al oficio DE-154-2011, la Conagua emitió su opinión técnica al respecto, disponiendo en su parte conducente que se corrobora la ocurrencia de sequía severa del 1 de mayo de 2011 al 30 de noviembre de 2011, para los municipios de Aldama, Aquiles Serdán, Ascensión, Bachiniva, Balleza, Camargo, Chihuahua, Coyame del Sotol, Cuauhtémoc, Cusihuiriachi, Delicias, Dr. Belisario Domínguez, El Tule, Guadalupe, Guadalupe y Calvo, Huejotitán, Jiménez, Juárez, Julimes , La Cruz, López, Manuel Benavides, Matachí, Matamoros, Meoqui, Nonoava, Ojinaga, Praxedis G. Guerrero, Riva Palacio, Rosario, San Francisco de Borja, San Francisco de Conchos, San Francisco del Oro, Santa Bárbara, Satevó, Saucillo y Valle de Zaragoza del estado de Chihuahua.

• Que con fecha 28 de diciembre de 2011, y con fundamento en el artículo 11 de las Reglas Generales, se llevó a cabo la correspondiente sesión de instalación del Comité de Evaluación de Daños, en la cual el gobierno del estado de Chihuahua presentó la solicitud de declaratoria de desastre natural respectiva.

• Una vez cubiertos los requisitos y formalidades que establecen las Reglas Generales, la CGPC emitió y publicó en el Diario Oficial de la Federación de fecha 3 de enero de 2012 la “Declaratoria de desastre natural por la ocurrencia de sequía severa del 1 de mayo al 30 de noviembre de 2011, en 37 municipios del estado de Chihuahua.

• Con fecha 24 de enero de 2012 se llevó a cabo la sesión de entrega de resultados del CED.

• Por virtud de esta declaratoria de desastre natural se han autorizado con cargo al Fonden Reconstrucción los siguientes recursos, para la atención del sector hidráulico estatal:

No se omite señalar que al diagnóstico definitivo de obras y acciones que la Comisión Nacional del Agua (Conagua) (en su carácter de instancia Federal 5 encargada del sector hidráulico) presentó a la DGF, acompañó también el respectivo anexo al convenio marco de coordinación que suscribieron la Segob, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el gobierno del estado de Chihuahua. En dicho anexo ya se han identificado expresamente las obras y acciones que serán atendidas por cada uno de los órdenes de gobierno.

Abundando en las ideas anteriores, diremos que las obras a cargo de cada uno de los órdenes de gobierno y el tiempo estimado de ejecución para atender el fenómeno natural perturbador de que se trate, son acordados en un anexo del convenio marco de coordinación que, de conformidad con el artículo 22 de las Reglas Generales, ya tuvieron a bien suscribir la Segob y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el gobierno de cada una de las entidades federativas con el fin de acordar los términos generales para la ejecución de obras y acciones de reconstrucción de infraestructura estatal, que serán llevadas a cabo a través de las dependencias y entidades federales, por sí o a través de un tercero, hasta por 50 por ciento con cargo al Fonden según se ha mencionado, y la entidad federativa por el porcentaje restante.

No se omite señalar que el anexo a que se refiere el párrafo que antecede, será suscrito exclusivamente por las dependencias y entidades federales responsables de la ejecución de obras y acciones de reconstrucción y por la entidad federativa dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la sesión de entrega de resultados del CED, con la intervención que en su caso corresponda al testigo social que designe el gobierno federal.

Asimismo, consideramos importante mencionar que la ejecución de las obras y acciones de reconstrucción que le corresponda llevar a cabo a las dependencias y entidades federales para la atención del fenómeno natural perturbador que nos ocupa, no estarán sujetas a que los recursos federales se ejerzan de manera concurrente con recursos de los otros órdenes de gobierno.

Acciones de la Segob en torno al “Acuerdo por el que se instruyen acciones para mitigar los efectos de la sequia que atraviesan diversas entidades federativas”

Adicionalmente a las acciones que actualmente lleva a cabo la Segob a través del Fonden Reconstrucción para atender la ocurrencia de sequía severa por la que atraviesa el estado de Chihuahua, diremos que en cumplimiento a las disposiciones del “Acuerdo por el que se instruyen acciones para mitigar los efectos de la sequía que atraviesan diversas entidades federativas” 6 emitido por el titular del Ejecutivo federal, la Segob ha remitido a diversas dependencias de la administración pública federal. 7

la lista de aquellas entidades federativas y sus respectivos municipios que al día de la fecha se encuentran declarados como zona de desastre por la ocurrencia de sequía en el marco del Fonden 8 y del “Programa de Prevención y Manejo de Riesgos” a través de su Componente de Atención a Desastres Naturales en el Sector Agropecuario y Pesquero (Cadena) que implementa la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa).

Lo anterior, con la finalidad de que dichas dependencias indiquen a la DGF si a través de los programas que implementan en materia de atención del fenómeno natural perturbador aludido, existen municipios que no estén incluidos en la lista mencionada, pero que invariablemente requieran de una declaratoria de desastre para que puedan ser atendidos. Ello, en aras de que los municipios que, en su caso se sirvan señalar, sean igualmente contemplados en las acciones que la Segob y la Sagarpa llevarán a cabo para dar debida observancia al mandato contenido en el acuerdo de mérito, y se atienda de forma inmediata la apremiante situación que se vive en diversas entidades federativas como consecuencia de las sequías.

Al día de la fecha nos encontrarnos a la espera de la respuesta que se sirvan emitir las dependencias a las que se efectuó tal petición.

Sin otro particular, y en espera de que la información suministrada en el ámbito de nuestras atribuciones resulte de utilidad, hago propicia la ocasión para saludarle cordialmente.

Notas

1. Publicado en el Diario Oficial de Federación el 3 de diciembre de 2010.

2. Productos consumibles (despensas alimenticias, agua para beber, medicamentos, materiales de curación, insumos para el control de vectores y otros relacionados con la atención y protección de la salud de la población afectada o en riesgo). Productos duraderos (artículos de abrigo y protección como colchonetas, cobertores, láminas, bolsas para cadáveres, costales, hule y/o plásticos para evitar que traspase el agua proveniente de lluvias o fenómenos naturales similares en las viviendas de los damnificados, herramientas, artículos de limpieza, artículos de aseo personal, mochilas aspersoras para la atención de incendios forestales), servicios (arrendamiento de letrinas, arrendamiento de regaderas, fletes o transportes, combustible), según el Anexo I de los Lineamientos.

3. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008.

4. Aquellos entes facultados para corroborar la ocurrencia de un desastre natural en una fecha y lugar determinado, pudiendo ser la Comisión Nacional del Agua (Conagua), por tratarse de fenómenos meteorológicos e hidrometeorológicos, la Comisión Nacional Forestal (Conafor) en caso de incendios forestales, o el Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred) para el caso de los fenómenos geológicos.

5. Según el artículo 5, fracción IX de las Reglas Generales, dependencias federales son aquellas a las que se refiere el artículo 2, fracción VIII de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH). Para efectos de las Reglas Generales, las dependencias federales se considerarán normativas, cuando realizan funciones de validación y supervisión de la ejecución de obras y acciones conforme a sus atribuciones; asimismo, se considerarán ejecutoras en el caso de que realicen acciones de reconstrucción. Por su parte, las entidades federales son las entidades paraestatales a que se refiere el artículo 2, fracción XVI, de la propia LFPRH.

6. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2012 y en cuyo artículo tercero, fracción III, se establece que la Segob “... se coordinará con los titulares de las dependencias y entidades que corresponda, a efecto de que en términos de la Ley General de Protección Civil y las demás disposiciones aplicables, se emitan de manera prioritaria e inmediata las declaratorias de desastre natural relativas a las entidades federativas y municipios que hayan sido severamente afectados por la sequía y aún no cuenten con dichas declaratorias.

7. A saber, las Secretarías de Hacienda y Crédito Púbico (SHCP); de Economía (SE); de la Reforma Agraria (SRA); de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat); de Salud (Ssa); de Desarrollo Social (Sedesol), así como a la Comisión Nacional del Agua (Conagua).

8. Incluidos los 37 municipios del estado de Chihuahua referidos con antelación en el presente oficio.

Atentamente

Licenciado Rubem Hofliguer Topete (rúbrica)

Director General

México, DF, a 8 de febrero de 2012

Secretarios de la Cámara de Diputados

Del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 61-II-8-2136 signado por el diputado Gustavo González Hernández, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DGPPCI/V/0298/12 suscrito por el licenciado Abel Jiménez Alcázar, encargado de la Dirección General de Políticas Públicas y Coordinación Interinstitucional de la Procuraduría General de la República, mediante el cual responde el punto de acuerdo relativo a la elaboración de un Registro Nacional de Niños y Niñas Extraviados, a fin de adoptar políticas públicas focalizadas a la prevención y pronta recuperación de niñas, niños y adolescentes desaparecidos, extraviados o sustraídos.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Antonio Hernández Legaspi (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

México, DF, a 31 de enero de 2012.

Maestro Antonio Hernández Legaspi

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Presente

En respuesta a su oficio SEL/UEL/311/114/12, por el que la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta a los titulares del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, de la Procuraduría General de la República y de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, para que, en el contexto del proyecto de Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, trabajen de manera coordinada en la elaboración de un registro Nacional de Niños y Niñas Extraviados, a fin de adoptar políticas públicas focalizadas a la prevención y pronta recuperación de niñas, niños y adolescentes desaparecidos, extraviados o sustraídos.

Sobre el particular, me permito informarle que esta Institución a través de la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas participa en diversas acciones institucionales con el fin de concretar importantes proyectos de políticas públicas que redunden en la prevención de delitos relacionados con desapariciones especialmente de mujeres y niñas, así como en la activación de mecanismos eficaces para la búsqueda de personas en caso de reportes de desaparición y extravío. En este tenor de ideas le comparto los siguientes esfuerzos institucionales que se llevan a cabo:

En cumplimiento de la sentencia González y otras contra México (Campo Algodonero) emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el Estado mexicano desarrolla una serie de acciones con miras a su cumplimiento, de manera específica y en relación con el resolutivo 18 de la sentencia, se conformó un grupo de trabajo ad hoc integrado con personal de la Procuraduría General de la República (Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, Dirección General de Servicios Periciales y la Agencia Federal de Investigación) y de la Secretaría de Gobernación (Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres), con la participación además de investigadores del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe). con el propósito de recabar las experiencias que dichas áreas tienen en integración de la averiguación previa, determinación de investigación científica; seguimiento e investigación de los delitos materia del protocolo base.

El 15 de abril de 2011, el Inacipe entregó a la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales de la PGR la versión preliminar del Protocolo único de investigación de los delitos relacionados con desapariciones de mujeres, del delito de violación de mujeres y del delito de homicidio de mujeres por razones de género, el cual se puso a consideración de diversas instancias con la finalidad de recabar comentarios y observaciones con miras a su fortalecimiento.

El grupo de trabajo ad hoc continuó con las acciones de análisis, perfeccionamiento e inclusión de las aportaciones recibidas por parte de las Procuradurías y las Fiscalías de 26 entidades federativas (Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, Colima, Distrito Federal, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas), y las que fueron emitidas por las organizaciones civiles Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio y el Comité de América Latina y el Caribe para la defensa de los derechos humanos de las mujeres, las cuales fueron transmitidas por conducto de la Comisión Especial para conocer y dar seguimiento puntual y exhaustivo a las acciones que han emprendido las autoridades competentes en relación a los Feminicidios registrados en México de la Cámara de Diputados.

Así, el 25 de noviembre de 2011, en el marco de la XXVI Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia se adoptó la aplicación del instrumento técnico titulado Lineamientos Generales para la estandarización de investigaciones de los delitos relacionados con desapariciones de mujeres, del delito de violación de mujeres y del delito de homicidio de mujeres por razones de género. El acuerdo tomado por las y los titulares de las Procuradurías y Fiscalías de las entidades federativas del país es el siguiente:

CNPJ/XXVI/ll/2011. Investigación de ilícitos cometidos contra mujeres.

La Conferencia aprueba los Lineamientos Generales para la estandarización de las investigaciones de los delitos relacionados con desapariciones de mujeres, violación de mujeres y homicidio de mujeres por razones de género, Con base en estos lineamientos, cada instancia de procuración de justicia formulará su protocolo, conforme a los recursos económicos, científicos, humanos, técnicos y jurídicos disponibles, y precisando las medidas especiales que adoptarán para lograr su aplicación y cumplimiento en su ámbito de competencia.

Asimismo, en el término de 6 meses a partir de la aprobación de 105 Lineamientos Generales, el Instituto Nacional de Ciencias Penales, en colaboración con la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales de la Procuraduría General de la República, coordinarán la instalación de una mesa técnica por cada especialidad (investigación ministerial, investigación policial e investigación pericial), con la participación de representantes de las procuradurías y fiscalías generales de justicia del país, para evaluar su aplicación y adecuaciones, en su caso, con miras a su fortalecimiento.

Estatus actual de cumplimiento del resolutivo 18.

Con la finalidad de dar cabal cumplimiento al acuerdo anterior tomado en la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, la Procuraduría General de la República realiza actualmente las siguientes acciones:

• La Dirección General de Normatividad de la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales analiza el mecanismo institucional o, en su caso, el instrumento jurídico mediante el cual se establezca la obligatoriedad de la aplicación de los lineamientos referidos al interior de la institución la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, realiza una análisis minucioso con miras al fortalecimiento y aplicación de los lineamientos generales para la estandarización de las investigaciones de los delitos relacionados con desapariciones de mujeres, violación de mujeres y homicidio de mujeres por razones de género, incluyendo estándares internacionales establecidos en el Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (Protocolo de Estambul), emitido por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos; el Manual de las Naciones Unidas para la Prevención e Investigación Eficaces de las ejecuciones extralegales, sumarias, las ejecuciones arbitrarias de la ONU (Protocolo de Minnesota); los Principios relativos a la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes adoptados por la Asamblea General en la resolución 55/89; estándares internacionales de búsqueda de personas desaparecidas, además de la inclusión de estándares señalados en jurisprudencia internacional determinada por Cortes Internacionales.

Resolutivo 19

Respecto a los avances sobre la adecuación del Protocolo Alba o, en su defecto, la implementación de un nuevo dispositivo análogo, de acuerdo a las directrices señaladas en la propia sentencia de la CIDH, es importante informar que la instancia responsable de la coordinación interinstitucional para el seguimiento de este resolutivo es la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres de la Secretaría de Gobernación. Sin embargo, por las atribuciones legales de la Fevimtra en materia de búsqueda y localización de mujeres y niñas reportadas como desaparecidas, esta Fiscalía ha tenido una participación activa en las sesiones de trabajo, el análisis de documentos, la emisión de propuestas, la aportación de enfoques, lineamientos y directrices internacionales en materia de derechos humanos y en la retroalimentación de los trabajos realizados por el grupo interinstitucional que coordina para este efecto la Conavim.

Actualmente los trabajos continúan con la finalidad de lograr el mecanismo de búsqueda que señala la CIDH en la sentencia, bajo los más altos estándares que produzcan en la práctica la activación inmediata y sin dilación alguna, de los mecanismos de búsqueda y localización de mujeres y niñas reportadas como desaparecidas, eliminando los obstáculos de jure y de facto para la obtención de resultados eficaces.

Resolutivo 21

Base de datos de personas desaparecidas a nivel nacional.

De conformidad con las reuniones sostenidas entre el grupo de trabajo encargado de dar cumplimiento al resolutivo 21 y funcionarías de la Secretaría de Seguridad Pública federal, se estableció que para dar cumplimiento a la creación o actualización de una base de datos que contenga la información disponible de mujeres y niñas desaparecidas a nivel nacional, se tome como referente el sistema que integra la Secretaría de Seguridad Publica Federal, denominado Registro Nacional de Personas Extraviadas (Renpe). el cual es parte del programa “Plataforma México”, y es operado a través de su Centro Virtual de Atención a Víctimas.

Este programa se encuentra en adecuación en términos de los lineamientos establecidos en la sentencia dictada por la CIDH; en él se publica la información que proporcionan las autoridades y la ciudadanía para la búsqueda y localización de personas extraviadas; está ubicado en la página de Internet: www.ssp.gob.mx, seleccionando la liga Personas Extraviadas y tiene cobertura mundial con disponibilidad los 365 días del año.

Asimismo, el Renpe forma parte del sistema de atención a víctimas y cuenta con el servicio telefónico gratuito a través de los números 088 01800 32 Ayuda (29832) y 01800 4403 690, opción 6 y por ese medio se permite la obtención de indicios para las autoridades competentes sobre la posible ubicación de la persona extraviada, por lo cual el expediente que se genere será dado de baja una vez que la persona sea localizada, sin que sea necesario el inicio de averiguación previa para el registro y publicación de la persona extraviada en el Renpe.

Como parte de las adecuaciones para el cabal cumplimiento de la sentencia, el RENPE cuenta con los filtros de búsqueda para niñas, adolescentes y mujeres no sólo aplicables para el municipio de Ciudad Juárez, sino para todos los municipios de la República Mexicana. Se tiene conocimiento que será incluido el campo para ingresar el “código de ADN” en las fichas de registro.

Por otro lado, en el marco de la XXV Conferencia Nacional de Procuración de Justicia (CNPJ) celebrada el ro de junio de 2011 en el Estado de Chiapas, se estableció un punto de acuerdo referente a la elaboración de un protocolo de intercambio de información, a fin de potenciar las acciones ministeriales en materia de denuncias de personas reportadas como desaparecidas a nivel nacional.

Adicionalmente, en los trabajos del XI Encuentro Nacional de Presidentes/as de Tribunales Superiores de Justicia y Procuradores/as Generales de Justicia celebrado el 22 y 23 de septiembre de 2011 en el Estado de Veracruz, se firmó el Convenio de colaboración para la unificación, integración e intercambio de información en materia de personas no localizadas, entre la Procuraduría General de la República y las Procuradurías y Fiscalías Generales de Justicia del país.

Este documento se conforma por un protocolo de intercambio de información, el cual tiene como principal objetivo, coadyuvar en la investigación y la actuación de las Procuradurías y Fiscalías con información consistente y confiable enriquecida por estas instancias, sobre los casos correspondientes a personas que se encuentran en calidad de no localizadas.

Base de datos genéticos.

Con la finalidad de dar el debido cumplimiento respecto a la construcción de la base de datos genética, existe un acuerdo entre la Procuraduría General de la República y el Buró Federal de Investigaciones (FBI por sus siglas en inglés) de la Embajada de los Estados Unidos de América, a fin de suministrar un software denominado Codis, para la instalación de una Base de Datos Nacional, conformada por información genética que mejore la investigación de diversos delitos en México.

El Codis es de acceso restringido, motivo por el cual en México únicamente será la Procuraduría General de la República la encargada de administrar tanto la base como los derechos de uso. No obstante el software y el protocolo Codis se compartirá con las distintas procuradurías y fiscalías generales de justicia de las entidades federativas para su implementación e intercambio de información, a fin de homologar criterios respecto a técnicas, reactivos e insumas utilizados. Sobre esta plataforma se pretende crear la Base Nacional de Datos Genéticos de personas fallecidas en un hecho delictivo. Asimismo, se contempla brindar capacitación al personal responsable en las entidades federativas que cuenten con laboratorios forenses que cumplan con los estándares exigidos por el FBI.

Con relación a la Carta de Entendimiento entre el FBI y la PGR para la utilización del Codis, suscrita el 25 de septiembre de 2009, y a fin de dar cumplimiento a los compromisos alcanzados en el marco de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, la Procuraduría General de la República elaboró un proyecto de bases de coordinación y colaboración para alimentar la base de datos relativa al sistema indexado combinado de ADN en el territorio nacional e integrar información completa y exacta relacionada con investigaciones efectuadas en territorio mexicano, el cual se planea suscribir entre la Procuraduría General de la República y las Procuradurías y Fiscalías Generales de justicia de las entidades federativas. Dicho documento tiene como objetivo establecer el mecanismo de coordinación y colaboración para alimentar la base de datos del Codis, con información relacionada con investigaciones efectuadas en territorio mexicano, que estén a cargo de las instituciones de procuración de justicia del país.

Además de lo anterior, es importante destacar que actualmente el Ejecutivo Federal, desarrolla proyectos interinstitucionales de alcance nacional e internacional como el Programa Alerta Amber, el cual constituye un mecanismo operativo de coordinación y respuesta inmediata para la búsqueda de personas menores de edad reportadas como desaparecidas; su objetivo es la implantación de dispositivos de oficio y sin dilación alguna para la protección de la vida, libertad e integridad, hasta dar con su paradero, eliminando los obstáculos de jure y de facto para el inicio y consecución de las investigaciones y procedimientos pertinentes; vincula la cooperación de autoridades de los tres ámbitos de gobierno, organizaciones de la sociedad civil, medios de comunicación e iniciativa privada.

Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección

Licenciado Abel Jiménez Alcázar (rúbrica)

Encargado de la Dirección General de Políticas

Públicas y Coordinación Interinstitucional



Solicitudes de licencia

Del diputado Ángel Aguirre Herrera

Palacio Legislativo, a 13 de febrero de 2012

Diputado Guadalupe Acosta Naranjo

Presidente de la Mesa Directiva

De la LXI Legislatura Cámara de Diputados

Presente

Por medio de la presente le envío un cordial saludo, al mismo tiempo, solicito de la manera más atenta, se me otorgue licencia por los próximos 25 días a partir del 14 de febrero del presente año.

Esperando contar con su apoyo, quedo a sus órdenes.

Diputado Ángel Aguirre Herrera (rúbrica)

Del diputado Joel González Díaz

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2012.

Diputado Guadalupe Acosta Naranjo

Presidente de la Mesa Directiva

De la Comisión Permanente

Congreso de la Unión

Presente

Por este conducto y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 62 y 78 fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción XVI; 12, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito informarle a usted de la necesidad de ampliar la licencia que me fuera concedida el martes 24 de enero del año en curso, para separarme de mi cargo como diputado federal, por la Comisión Permanente de esta Cámara de Diputados, en el periodo comprendido del 26 de enero al 12 de febrero de 2012.

Es así que por razones de fuerza mayor requiero que dicha ampliación comprenda a partir del 13 de febrero al 5 marzo del año en curso. Por tal motivo, solicito a usted que realice todos los trámites conducentes a la presente.

Sin otro particular y para los efectos legales a que haya lugar, agradezco de antemano su fina atención.

Atentamente

Diputado Joel González Díaz (rúbrica)