Gaceta Parlamentaria, año XV, número 3498-VII, miércoles 25 de abril de 2012


Dictámenes a discusión

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Derechos Humanos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a atender e investigar las violaciones de los derechos humanos y de las garantías individuales de los habitantes de Sonora; y a proceder jurídicamente contra los servidores públicos federales y los estatales que no promueven, respetan, protegen ni garantizan el derecho de libre tránsito de dichas personas

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I y 158 numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración el presente dictamen bajo el tenor de los siguientes:

Antecedentes

1. En sesión celebrada el 22 de marzo de 2012, los diputados Onésimo Mariscales Delgadillo, Teresita Caraveo Galindo, Luz Mireya Franco Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que atienda e investigue las violaciones a los derechos humanos y garantías individuales de los habitantes del Estado de Sonora y proceda jurídicamente en contra de los funcionarios del gobierno federal y del gobierno estatal que no promuevan, respeten, protejan y garanticen el derecho de libre tránsito de dichos habitantes.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, turnó la citada proposición a la Comisión Derechos Humanos para dictamen.

Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

La proposición en estudio, señala que desde el año 2008 se han suscitado diversos hechos y actos jurídicos con motivo de la modernización de la carretera Estación Don a Nogales, Sonora. Con motivo de la construcción de la carretera citada se han presentado diversos actos en perjuicio de los habitantes de estas zonas aledañas a la construcción de la carretera en mención, toda vez que al decir de los proponentes se han causado perjuicios a la libertad, derechos fundamentales y patrimonio de los habitantes de los municipios Navojoa, Cajeme, Huatabampo, Hermosillo y demás colindantes o que su tránsito obligado es por la carretera México 15, Estación Don-Nogales, del estado de Sonora.

Por todo lo narrado con antelación los diputados proponen:

PRIMERO. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita a la Comisión de Derechos Humanos investigue los hechos que constituyen violaciones graves a los derechos humanos y sus garantías en el estado de Sonora, consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte.

SEGUNDO.- Se exhorte al gobierno federal a través de las dependencias federales: Secretaría de Comunicaciones y Transportes; Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos; Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC; Registro Público Vehicular; así como al gobierno del estado de Sonora a través de las dependencias estatales: la Secretaría de Seguridad Pública; y la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sonora; toda vez que están cancelando el derecho de libre tránsito, consagrado en el artículo 11 constitucional, en la carretera federal México 15 Nogales - Estación, al obligar al pago de peaje o en su caso tramitar un chip electrónico en Repuve para transitar por dicho tramo carretero; al no existir carretera libre federal alterna, con esta acción el gobierno federal y el gobierno estatal, están cancelando y violando los derechos humanos y garantías de los sonorenses establecidos en los artículos 1o., 6o., 8o., 9o., 16 y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en tratados internacionales; de igual manera, al obligar a los residentes a realizar un trámite para obtener un chip electrónico; además de cancelar y / o condicionar el derecho al libre tránsito, que contempla la Ley del Registro Público Vehicular como sujetos obligados.

TERCERO. Que se cancelen los centros de operación del Repuve, ubicados en Navojoa y Ciudad Obregón, Sonora, dado que su funcionamiento es ilegal y están obligando a los ciudadanos a realizar trámites que la Ley del Registro Público Vehicular, “no les obliga”, ni el artículo 11 constitucional; además se obliga a entregar documentación con información personal que nada tiene que ver con el derecho humano del libre tránsito.

CUARTO. Que Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos se desista o, en su caso, se otorgue el perdón o se exonere por parte de la autoridad judicial de la demanda de los campesinos del ejido Bacabachi, Navojoa, Sonora, Rosario García Barbón, Rosario Almada Barbón, Narcizo Buitimea Teol, Abelardo Yevismea Yocupicio y Miguel Ángel Peña Leyva, quienes han sido sentenciados a 3 meses de prisión o pago de 10 mil pesos por el hecho de manifestarse contra el acto de autoridad del gobierno federal y estatal al cerrar la brecha ejidal Tarisoroba, misma que fue abierta por acuerdo ejidal, con ello se violenta lo que establecen los artículos 9o. y 27 constitucionales. Además, que se investigue, sancione y repare las violaciones de los derechos humanos cometidas a los vecinos de los ejidos de Bacabachi y Fundición; así como los habitantes de los municipios de Navojoa, Cajeme, Huatabampo, Hermosillo y municipios vecinos y que son colindantes o que su tránsito obligado es por la carretera México 15, Estación Don-Nogales.

QUINTO. La Cámara de Diputados autoriza a la Auditoría Superior de la Federación a practicar una auditoría al Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Responsable de la administración de la carretera cuatro carriles Estación Don-Nogales, con el objeto de determinar la fuente y uso de fondos, que demuestren el no retorno de esos recursos para su mantenimiento y modernización. Por ello el 28 de febrero de 2011, nuevamente se exhortó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Cabe mencionar que los proponentes destacan que:

Los días 30 de septiembre, 8 y 30 de noviembre de 2010, 26 de enero, 22 de febrero y 3 de marzo de 2011, los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional del estado de Sonora, sostuvieron reuniones con el titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), y un equipo de funcionarios de la misma dependencia, así como de Caminos y Puentes Federales, Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos SNC y del Fondo Nacional de Infraestructuras, en las cuales se estableció agendar y formalizar los acuerdos sobre los siguientes asuntos:

1. Eliminar la caseta de peaje de Fundición, fijando nueva fecha de su eliminación, en virtud que el 30 de noviembre de 2010, se acordó eliminarla a partir del 1 de febrero de 2011, acuerdo que no se ha cumplido por SCT, a la fecha.

2. Determinar durante este mes de marzo del año en curso, el tipo de tecnología y simplificación de trámite para acreditar la residencia de los sonorenses y garantizar el libre tránsito en la carretera Estación Don-Nogales.

3. Formalizar las inversiones de modernización de la carretera Estación Don-Nogales para 2011 en los tramos Santa Ana-Hermosillo, y Navojoa-Ciudad Obregón, convenidos el 18 de septiembre de 2008 entre el gobierno federal y el gobierno del estado.

4. Formalizar el compromiso de realización de proyectos ejecutivos y la inversión en tramos carreteros del municipio de Navojoa, Sonora, que son utilizados por el tráfico federal, para ser entregados a esta representación y a las dependencias de SCT, a más tardar en junio de 2011.

a) Modernización y ampliación del periférico en el tramo de la calle Sosa Chávez al entronque periférico sur-carretera Estación Don-Nogales.

b) Construcción de puente sobre el río Mayo, en el periférico de Navojoa, Sonora.

c) Modernización y ampliación del periférico de la calle Morelos al entronque periférico norte - carretera Estación Don-Nogales.

d) Dos pasos a desnivel en los entronques del periférico sur y norte con la carretera Estación Don-Nogales.

5. Construcción de dos pasos a desnivel sobre la carretera Estación Don-Nogales, uno al sur a la entrada de la colonia Altares, y otro a la salida norte sobre el bulevar Morelos en la ciudad de Hermosillo, Sonora.

6. Arreglo del paso a desnivel que se ubica en la parte sur del libramiento Guaymas-Empalme de la carretera Estación Don-Nogales.

7. Se cumpla al 100 por ciento el convenio suscrito por la SCT y el gobierno del estado de Sonora, el 18 de septiembre de 2008 señalando el programa de inversión, adjuntando el calendario de ejecución, los términos de licitación del proceso de licitación de las obras, y las obras adicionales en los municipios donde cruza la carretera Estación Don-Nogales.

8. Se practique una auditoría al Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Concesionadas (Farac) o la dependencia que esté a cargo de la recaudación del peaje en las casetas de pago de la carretera Estación Don-Nogales. Desde que se hicieron cargo de la administración a la fecha, con el objeto de determinar la fuente y uso de fondos, que demuestran el no retorno de esos recursos para el mantenimiento y su modernización; Así como el estado que guarda la deuda contraída por el gobierno del estado con el Farac.

Consideraciones

Las reformas constitucionales sobre derechos humanos en México, publicados en el Diario Oficial de la Federación del 10 de junio de 2011, implican cambios trascendentales que nos colocan frente a la obligatoriedad de ver a los derechos humanos bajo una perspectiva íntegra de reconocimiento y respeto absoluto a los mismos. Por tanto, la proposición con punto de acuerdo que se analiza en el presente dictamen no sólo implica el respeto a los derechos humanos y garantías de los habitantes de los ejidos de Bacabachi y Fundición, así como de los municipios de Navojoa, Cajeme, Huatabampo, Hermosillo y municipios vecinos y que son colindantes o que su tránsito obligado es por la carretera México 15, Estación Don-Nogales, Sonora sino que además conllevan los derechos humanos de la sociedad en general.

Ello en virtud de que dentro del tema que nos ocupa, existen violaciones a derechos humanos que afectan a la población que habita en los municipios antes mencionados; ejemplo de lo anterior, lo constituye lo señalado en el artículo 22 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) que para el tema que nos ocupa señala:

Artículo 22. Derecho de Circulación y de Residencia.

1. Toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene derecho a circular por el mismo y, a residir en él con sujeción a las disposiciones legales.

2 ...

3. El ejercicio de los derechos anteriores no puede ser restringido sino en virtud de una ley, en la medida indispensable en una sociedad democrática, para prevenir infracciones penales o para proteger la seguridad nacional, la seguridad o el orden públicos, la moral o la salud públicas o los derechos y libertades de los demás.

4. El ejercicio de los derechos reconocidos en el inciso 1 puede asimismo ser restringido por la ley, en zonas determinadas, por razones de interés público.

...

Por su parte, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos contempla:

Artículo 12

1. Toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tendrá derecho a circular libremente por él y a escoger libremente en él su residencia.

2 ...

3. Los derechos antes mencionados no podrán ser objeto de restricciones salvo cuando éstas se hallen previstas en la ley, sean necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de terceros, y sean compatibles con los demás derechos reconocidos en el presente Pacto.

4 ...

Artículo 26

Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

De lo anterior, se colige que los acuerdos que señalan los proponentes han realizado con las autoridades de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), entre otras, y que se citan en el apartado de finalidad de la proposición del presente dictamen, afectan gravemente los derechos humanos y garantías de los habitantes de los vecinos de los ejidos de Bacabachi y Fundición; así como los habitantes de los municipios de Navojoa, Cajeme, Huatabampo, Hermosillo y municipios vecinos y que son colindantes o que su tránsito obligado es por la carretera México 15, Estación Don-Nogales, en virtud de esta población padece actos de discriminación, como lo dispone la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación que en su artículo 4:

Artículo 4. Para los efectos de esta Ley se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.

...

Por lo que conforme a las anteriores disposiciones, este órgano dictaminador estima que las autoridades involucradas han realizado actos discriminatorios en perjuicio de la población que habita los municipios y zonas antes citadas. Consecuentemente, su derecho humano a la no discriminación se encuentra actualmente vulnerado.

Asimismo, no pasa desapercibido para este órgano legislativo que la Junta de Coordinación Política de esta Cámara de Diputados, aprobó el 08 de abril de 2010, 1 el siguiente acuerdo:

PRIMERO. En virtud de que sobre la carretera federal México 15, ampliada a 4 carriles, en el estado de Sonora, no existen rutas libres alternas que eviten el obligado paso y correspondiente pago, por las casetas de La Jaula, Fundición, Esperanza y Hermosillo, se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a efecto de que instrumente de inmediato las medidas necesarias a efecto de autorizar el libre tránsito de los sonorenses por dichas casetas con el sólo requisito de presentar una identificación oficial, en tanto se construyen vías alternas que puedan ser transitadas sin hacer pago alguno.

SEGUNDO. Se solicita a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que practique una auditoría al Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas, responsable de la administración de la carretera de 4 carriles Estación Don-Nogales, con el objeto de determinar la fuente y uso de fondos, que demuestran el no retorno de esos recursos para el mantenimiento y su modernización.

TERCERO. Se exhorta a Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos a efecto de que inicie de manera inmediata las inversiones previstas en el convenio firmado el 18 de septiembre de 2008 entre el gobierno federal y el del estado de Sonora por un monto de 5,500 millones de pesos para la modernización de los 680 kilómetros que componen esta carretera federal, que va de Estación Don a Nogales, Sonora.

Refieren los proponentes que el presente acuerdo se hizo del conocimiento del entonces secretario de gobernación, Lic. Fernando Gómez Mont Urueta, mediante oficio No. DGPL.61-II-9-1189 signado por los diputados Francisco Ramírez Acuña y Ma. Dolores del Río Sánchez, presidente y secretario de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, respetivamente.

Y como lo han señalado los criterios judiciales, es de suma importancia que las autoridades federales de comunicaciones y transportes así como las autoridades estatales, protejan y tutelen cabalmente, el derecho humano y su garantía consagrado en el artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, consiste en el derecho que tienen todas las personas para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia; sin embargo, el ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de autoridad administrativa.

No debemos soslayar que en el presente caso, se encuentra implícito el derecho personal del individuo de transitar por el país y salir de él, “con independencia de que lo haga aisladamente, con o sin la posesión de algún bien mueble, o por medio de un vehículo automotor; esto es, en todo caso la autoridad debe respetar el derecho del gobernado, siempre y cuando no se presente alguno de los casos de restricción” señalados en el artículo constitucional antes mencionado. 2

Por otra parte, esta dictaminadora resalta lo argumentado por los proponentes respecto a la falta de respuesta de las autoridades de la administración pública federal, quienes por sus omisiones para atender los requerimientos de esta soberanía han incurrido en una falta de respeto a los requerimientos de esta Cámara de Diputados, fundamentados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y demás ordenamientos aplicables.

En este tenor, esta comisión destaca el derecho humano consagrado en el artículo 16 de la CPEUM relativo a la garantía de seguridad jurídica, cuyo principio implica que las normas facultan a las autoridades para actuar en determinado sentido y que las normas deben contener los elementos mínimos que permitan al particular hacer valer su derecho y conocer las consecuencias jurídicas de los actos que realice.

Asimismo, no debemos soslayar que las actuaciones de la autoridad nunca deben ser arbitrarias, sino limitadas y acotadas, en franco respeto a los derechos humanos. En tal virtud, en el caso que nos ocupa resulta evidente que los acuerdos establecidos entre las autoridades correspondientes y los legisladores del estado de Sonora, deben ser respetados.

En este mismo tenor, el pleno de esta Cámara de Diputados en su sesión de fecha 10 de febrero de 2011, aprobó un dictamen propuesto por la Comisión de Transportes, mismo que se relaciona con la problemática expuesta en la proposición en estudio, en cuyos resolutivos se contempla:

PRIMERO. La Cámara de Diputados solicita al Ejecutivo federal que cumpla el convenio suscrito por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el gobierno de Sonora referido al antecedente primero.

SEGUNDO. La Cámara de Diputados solicita al Ejecutivo federal que informe a esta soberanía sobre los términos y las condiciones en que fue signado el mencionado convenio y, concretamente, que se remita el programa de inversión, adjuntando el calendario de ejecución y los términos del proceso de licitación de la obra.

TERCERO. La Cámara de Diputados solicita al Ejecutivo federal que informe a esta soberanía sobre las obras adicionales de infraestructura complementarias en los municipios por donde cruza la carretera de cuatro carriles.

De tal manera que la falta de cumplimiento a los requerimientos de esta Cámara de Diputados, así como a los propios actos e instrumentos que las autoridades de la administración pública federal estableció con los habitantes de los municipios y zonas afectadas, incluso con los acuerdos expresados por los legisladores, se traducen en violaciones al derecho humano de seguridad jurídica.

Es por ello que las autoridades responsables deberán realizar las acciones que estén a su alcance y que les permitan responder de la mejor forma a los agravios sufridos por la ciudadanía de las zonas afectadas, con el propósito de respetar los derechos humanos vulnerados y particularmente, con la garantía de acceso a la justicia a fin de que los actos jurídicos comprometidos sean congruentes con los resultados.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Derechos Humanos somete a la consideración de la Honorable Asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con pleno respeto a sus atribuciones, concluya las investigaciones de los hechos que integran la queja CNDH/5/2011/2442/Q, radicada en la Quinta Visitaduría de ese organismo nacional.

Lo anterior, con el propósito de verificar si se han cometido violaciones graves a los derechos humanos y sus garantías por los hechos narrados en el presente dictamen, mismos que se encuentran consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte. Y de ser necesario, que el citado organismo solicite a las autoridades competentes que se investigue, sancione y repare las violaciones de los derechos humanos cometidas a los vecinos de los ejidos de Bacabachi y Fundición; así como los habitantes de los municipios de Navojoa, Cajeme, Huatabampo, Hermosillo y municipios vecinos y que son colindantes o que su tránsito obligado es por la carretera México 15, Estación Don-Nogales.

Segundo. Se exhorta al gobierno federal a través de las dependencias federales: Secretaría de Comunicaciones y Transportes; Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos; Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC; Registro Público Vehicular; así como al gobierno del estado de Sonora a través de las dependencias estatales: la Secretaría de Seguridad Pública; y la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sonora; para que en ejercicio de sus facultades, verifiquen si se encuentra limitado u obstruido el derecho de libre tránsito, consagrado en el artículo 11 constitucional, en la carretera federal México 15 Nogales - Estación.

Y de ser el caso, se repare el daño ocasionado a los habitantes afectados de los municipios de Navojoa, Cajeme, Huatabampo, Hermosillo y demás municipios vecinos y colindantes o cuyo tránsito es obligado por recorrer la carretera México 15, Estación Don-Nogales, Sonora. Asimismo, en caso de estimarlo procedente, tramitar un chip electrónico por parte de la autoridad competente para efecto de que los habitantes de los citados municipios, puedan transitar por dicho tramo carretero para efecto de evitar las violaciones a los derechos consagrados en los artículos lo., 6o., 8o., 9o., 11, 16 y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás tratados internacionales.

Tercero. Se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transporte determine con estricto apego a la ley correspondiente, si los centros de operación del Registro Público de Vehículos, ubicados en Navojoa y Ciudad Obregón, Sonora, funcionan de manera legal en consideración a los requisitos que para tal efecto contempla el artículo 11 constitucional y la Ley del Registro Público Vehicular.

Cuarto. Se exhorta a Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte, con pleno respeto a sus atribuciones y de estimarlo procedente, manifieste ante la autoridad competente el desistimiento o perdón del procedimiento judicial iniciado en contra de los campesinos del ejido Bacabachi, Navojoa, Sonora, Rosario García Borbón, Rosario Almada Borbón, Narcizo Buitimea Teol, Abelardo Yevismea Yocupicio y Miguel Ángel Peña Leyva, con el propósito de respetar lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente los artículos 9o. y 27 constitucionales.

Quinto. La Cámara de Diputados autoriza a la Auditoría Superior de la Federación para que practique una auditoría al Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas responsable de la administración de la carretera cuatro carriles Estación Don-Nogales, con el objeto de determinar la fuente y uso de fondos, así como la aplicación de los referidos recursos para su mantenimiento y modernización.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a dieciocho de abril de 2012.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Manuel Cadena Morales (rúbrica), presidente; Sabino Bautista Concepción (rúbrica), Jaime Flores Castañeda (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Clara Gómez Caro (rúbrica), Rosa Adriana Díaz Lizama, Rosi Orozco (rúbrica), Enoé Margarita Uranga Muñoz (rúbrica), secretarios; Velia Idalia Aguilar Armendáriz (rúbrica), María del Rosario Brindis Álvarez, Yulenny Guylaine Cortés León (rúbrica), Sami David David (rúbrica), Margarita Gallegos Soto (rúbrica), Celia García Ayala (rúbrica), Lizbeth García Coronado, María del Carmen Guzmán Lozano (rúbrica), Juan Pablo Jiménez Concha (rúbrica), Yolanda del Carmen Montalvo López, Aránzazu Quintana Padilla, Teresa Guadalupe Reyes Sahagún (rúbrica), Florentina Rosario Morales, Jaime Sánchez Vélez, María Sandra Ugalde Basaldúa (rúbrica), Guadalupe Valenzuela Cabrales (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Héctor Hernández Silva (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se solicita a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos que lleve a cabo una investigación sobre las presuntas violaciones de los derechos humanos de las mujeres en reclusión

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción I y 158 numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración el presente dictamen bajo el tenor de los siguientes:

Antecedentes

1. En sesión celebrada el 13 de marzo de 2012, la diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, lleve a cabo una investigación sobre las presuntas violaciones a los derechos humanos de las mujeres en reclusión.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, turnó la citada proposición a la Comisión Derechos Humanos para dictamen.

Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

Refiere la diputada Diva Gastélum en la presente proposición, la problemática que padecen las mujeres en nuestro país, particularmente destaca las condiciones en que se encuentran dentro de los centros de reclusión, cuyas condiciones han llegado a afectar de igual manera a sus familiares durante su ingreso y permanencia en los tiempos de visita.

Destaca la proponente los principios rectores para el acceso de todas las mujeres a una vida libre de violencia, tales como: la igualdad jurídica entre la mujer y el hombre; el respeto a su dignidad humana; la no discriminación y su libertad; asimismo, cita normas nacionales e instrumentos internacionales que por su contenido deben ser consideradas para la atención de las mujeres en los centros de reclusión.

Lo anterior, se contrapone con los datos estadísticos que incluye en la presente proposición, respecto a las condiciones en que se encuentran dentro de los ámbitos educativo; legal (su representación jurídica es nula o deficiente) e incluso, sin la asistencia de un traductor; protección a su salud; el debido ejercicio de su maternidad; entre otros.

Es por ello que propone que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) “realice una investigación inmediata sobre las posibles violaciones a los derechos humanos de las mujeres recluidas en los centros penitenciarios del país y emita un diagnóstico a esta Soberanía así como datos estadísticos.”

Consideraciones

Efectivamente como lo refiere la diputada proponente, las condiciones en que se encuentran no sólo las mujeres en nuestro país, sino también hombres y adolescentes que se encuentran en reclusión, requiere una mayor atención de las autoridades involucradas a fin de proteger y respetar los derechos humanos de internos, familiares y visitantes.

De manera particular, por lo que corresponde a la solicitud para que el organismo nacional de derechos humanos realice la investigación solicitada en la proposición que se analiza en el presente dictamen, la CNDH emitió en el mes de junio de 2001, la Recomendación General No. 1/2001 derivada de las prácticas de revisiones indignas a las personas que visitan los Centros de Reclusión Estatales y Federales de la República Mexicana, en cuyas consideraciones refiere los instrumentos internacionales a saber:

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, al que se adhirió México el 23 de marzo de 1981 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 20 de mayo del mismo año, el cual establece, en su artículo 7°, que nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos, adoptada por nuestro país el 24 de marzo de 1981 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de febrero del mismo año, documento que señala, en su artículo 5º, que toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral, y se pronuncia en contra de los tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Por último, la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, ratificada el 23 de enero de 1986, que en su artículo 16 prohíbe también cualquier acto que constituya un trato o pena cruel, inhumano o degradante.

Lo anterior, evidentemente refleja la obligación que tiene el Estado mexicano de respetar los derechos humanos de la población interna en los distintos centros de reclusión y particularmente, como lo solicita la diputada proponente, a las mujeres que se encuentran en estos espacios. Siendo claro que los citados instrumentos internacionales nos obligan como legisladores a encauzar nuestras acciones en busca de mejoras no sólo en nuestro marco jurídico, sino que además debemos incidir para que, previo estudio, la atención que se brinde en los centros de reclusión se respeten, garanticen y protejan los derechos humanos de la población interna.

Asimismo, este organismo emitió en el año 2002, la Recomendación General No. 3 sobre mujeres internas en centros de reclusión en la República Mexicana, dirigida a los Gobernadores de las entidades federativas, al Jefe de Gobierno del Distrito Federal y al Secretario de Seguridad Pública Federal, en cuyos puntos recomendatorios tenemos:

PRIMERA. Giren instrucciones a las autoridades responsables de la organización y funcionamiento de los centros de reclusión bajo su autoridad, para que tomen las medidas necesarias a efecto de que las mujeres reclusas reciban un trato respetuoso a su dignidad y a su condición femenina, atendiendo sus necesidades de salud, educación, trabajo productivo y remunerado, en locales totalmente separados de los que ocupan los varones, y que convivan con internas de su misma situación jurídica, sin ningún tipo de sometimiento entre ellas y con personal de custodia exclusivamente femenino, en términos de lo que ordena la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 4º, primer y tercer párrafos, 18, primero y segundo párrafos, y 19, último párrafo.

SEGUNDA. En razón del interés superior de la infancia, ordenar se realicen las gestiones administrativas y presupuestales para que se creen instalaciones y programas de atención para las niñas y niños que permanecen con sus madres o sus familias en los centros de reclusión del país, así como para que las internas mantengan el contacto necesario con las hijas e hijos que viven en el exterior, con el propósito de respetar los derechos fundamentales de la niñez, que contemplan los párrafos sexto y séptimo del artículo 4º de la Carta Magna.

TERCERA. Instruyan, en el ámbito de sus respectivas competencias, a los funcionarios responsables a efecto de que se establezcan programas de atención médica general y especializada a las mujeres en reclusión, así como a los hijos que las acompañan; sin olvidar que deben recibirla también los varones reclusos, de la misma manera que se le proporciona a la población en general, con la finalidad de que se cumpla 10 dispuesto en el párrafo tercero del artículo 4º de la Constitución General de la República.

En este sentido, es destacarse que la citada recomendación fue emitida hace una década, por lo que su propia temporalidad puede representar un elemento significativo para determinar si las observaciones contenidas en el documento de mérito, fueron atendidas por las autoridades correspondientes.

Por lo tanto, resulta viable aprobar la presente proposición con el fin de conocer de manera fehaciente las condiciones en que se encuentran las mujeres en los centros de reclusión, a fin de rescatar y preservar el respeto a la dignidad, misma que constituye el origen, la esencia y el fin de todos los derechos humanos, cuyo respeto se establece en los siguientes criterios judiciales:

Registro No. 160869

Localización: Décima Época

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Libro 1, Octubre de 2011, página: 1529

Tesis: I.5o.C. J/31 (9a.)

Jurisprudencia, Materia(s): Civil

DIGNIDAD HUMANA. SU NATURALEZA Y CONCEPTO . La dignidad humana es un valor supremo establecido en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud del cual se reconoce una calidad única y excepcional a todo ser humano por el simple hecho de serlo, cuya plena eficacia debe ser respetada y protegida integralmente sin excepción alguna.

Registro No. 165813

Localización: Novena Época

Instancia: Pleno

XXX, Diciembre de 2009, página: 8

Tesis: P. LXV /2009, Tesis Aislada

Materia(s): Constitucional

DIGNIDAD HUMANA. EL ORDEN JURÍDICO MEXICANO LA RECONOCE COMO CONDICIÓN Y BASE DE LOS DEMÁS DERECHOS FUNDAMENTALES . El artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que todas las personas son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razones étnicas o de nacionalidad, raza, sexo, religión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social que atente contra la dignidad humana y que, junto con los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos suscritos por México, reconocen el valor superior de la dignidad humana, es decir, que en el ser humano hay una dignidad que debe ser respetada en todo caso, constituyéndose como un derecho absolutamente fundamental, base y condición de todos los demás, el derecho a ser reconocido y a vivir en y con la dignidad de la persona humana, y del cual se desprenden todos los demás derechos, en cuanto son necesarios para que los individuos desarrollen integralmente su personalidad, dentro de los que se encuentran, entre otros, el derecho a la vida, a la integridad física y psíquica, al honor, a la privacidad, al nombre, a la propia imagen, al libre desarrollo de la personalidad, al estado civil y el propio derecho a la dignidad personal. Además, aun cuando estos derechos personalísimos no se enuncian expresamente en la Constitución General de la República, están implícitos en los tratados internacionales suscritos por México y, en todo caso, deben entenderse como derechos derivados del reconocimiento al derecho a la dignidad humana, pues sólo a través de su pleno respeto podrá hablarse de un ser humano en toda su dignidad.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Derechos Humanos somete a la consideración de la Honorable Asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Único. Se solicita respetuosamente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos que en uso de las facultades que le confiere el Apartado B del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la fracción XII del artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; realice una investigación inmediata, sobre las presuntas violaciones a los derechos humanos de las mujeres recluidas en los centros penitenciarios del país y posteriormente envíe a la brevedad a esta soberanía, un diagnóstico con datos estadísticos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a dieciocho de abril de 2012.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Manuel Cadena Morales (rúbrica), presidente; Sabino Bautista Concepción (rúbrica), Jaime Flores Castañeda (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Clara Gómez Caro (rúbrica), Rosa Adriana Díaz Lizama, Rosi Orozco (rúbrica), Enoé Margarita Uranga Muñoz (rúbrica), secretarios; Velia Idalia Aguilar Armendáriz (rúbrica), María del Rosario Brindis Álvarez, Yulenny Guylaine Cortés León (rúbrica), Sami David David (rúbrica), Margarita Gallegos Soto (rúbrica), Celia García Ayala (rúbrica), Lizbeth García Coronado, María del Carmen Guzmán Lozano (rúbrica), Juan Pablo Jiménez Concha (rúbrica), Yolanda del Carmen Montalvo López, Aránzazu Quintana Padilla, Teresa Guadalupe Reyes Sahagún (rúbrica), Florentina Rosario Morales, Jaime Sánchez Vélez, María Sandra Ugalde Basaldúa (rúbrica), Guadalupe Valenzuela Cabrales (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Héctor Hernández Silva (rúbrica).

De la Comisión de Derechos Humanos, con punto de acuerdo por el que se solicita al presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo que, en uso de sus atribuciones y en el ámbito de su competencia, realice la investigación respectiva y, en su caso, emita recomendación a los responsables de las violaciones de los derechos humanos cometidos contra los desalojados el 28 de enero de 2012 del predio situado en la zona 20 de noviembre, en Pachuca de Soto

Honorable Asamblea:

La Comisión de Derechos Humanos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI, 157, numeral 1, fracción 1 y 158 numeral 1, fracción IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración el presente dictamen bajo el tenor de los siguientes:

Antecedentes

1. En sesión celebrada el 16 de febrero de 2012, la diputada Leticia Quezada Contreras, del Grupo parlamentario del Partido Revolucionario Democrático, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Hidalgo, para que investigue y en su caso sancione a los responsables de las violaciones a los derechos humanos cometidos en contra de las víctimas del desalojo verificado el día 28 de de enero de 2012 en el predio ubicado en la zona norponiente de la ciudad de Pachuca, denominada Colonia Abril, en la zona 20 de Noviembre, municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo, de igual forma, se exhorta al gobierno del estado de Hidalgo para que no se criminalice el activismo social desarrollado por la organización 20 de Noviembre y “Unión de Fuerza Indígena y Campesina”; determinando en consecuencia la inmediata libertad de la C. Edith Ibarra Jiménez.

Así como para que se reparen los daños cometidos en contra de las víctimas.

2. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, turnó la citada proposición a la Comisión Derechos Humanos para dictamen.

Finalidad de la proposición con punto de acuerdo

Refiere la diputada la problemática de aquella población que vive en condiciones de pobreza o pobreza extrema y que no cuentan con los recursos para acceder por si misma a un terreno o construcción regularizada, segura y con los servicios básicos como son agua potable, luz y drenaje; por lo que muchas personas y familias se ven en la necesidad de habitar asentamientos irregulares.

De acuerdo a los datos que se aportan en el presente caso, señala que es evidente que en el Estado de Hidalgo la vivienda presenta limitaciones y obstáculos de diversos tipos, por lo que la superación de los mismos requiere de acciones legislativas, ejecutivas y de coordinación interinstitucional.

Destaca la proponente que en el predio objeto del desalojo, el Gobierno de Hidalgo ha vulnerado el derecho que tienen las personas al goce de la seguridad jurídica de la tenencia de la tierra, señala que el gobierno del estado ha omitido definir los mecanismos o procedimientos para consolidar y regularizar el inmueble, a pesar de tener las instituciones legales pertinentes para ello. Por otra parte, menciona que el desalojo referido con anterioridad sin duda alguna ha profundizado la discriminación que implica el no poder acceder a una vivienda adecuada.

Es por ello que se exhorta de manera respetuosa al Gobierno del estado de Hidalgo y de manera particular al C. José Francisco Olvera Ruiz, Gobernador Constitucional a que investigue, sancione y repare las violaciones a los derechos humanos cometidos en contra de los mexicanos y mexicanas que fueron víctimas del desalojo verificado el día 20 de enero del presente año, en el predio ubicado en la Zona Norponiente de la Ciudad de Pachuca, denominado Colonia Abril, en la Zona 20 de Noviembre, Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo.

Finalmente señala la proponente que se exhorte al mismo gobierno, para que no se criminalice el activismo social desarrollado por la Organización 20 de Noviembre y “Unión de Fuerza Indígena y Campesina” con motivo de lo anterior refiere la proponente la detención de la C. Edith Ibarra Jiménez, razón por la cual solicita su liberación.

Consideraciones

Efectivamente como lo refiere la diputada proponente el estado y la sociedad mexicana en su conjunto han plasmado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos su disposición de respetar, garantizar y proteger los derechos humanos de todos los que habitamos en el territorio nacional.

De forma particular, por lo que corresponde a la solicitud de exhortar al Gobierno del estado de Hidalgo en especial al C. José Francisco Olvera Ruiz, Gobernador Constitucional de aquel estado para que realice la investigación y en su caso sanción y reparación a las violaciones de los Derechos Humanos que se cometieron en contra de aquellas personas y familias victimas del desalojo forzado en comento que se analiza en el presente dictamen, nuestra Carta Magna a la letra cita en su Art. 4a, párrafo séptimo:

Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

Lo anterior refleja la obligación evidente que tiene el Estado de respetar el derecho a una vivienda digna, adecuada, lo que implica por lo tanto el derecho a tener un hogar y una comunidad segura en donde se pueda vivir en paz y con dignidad. La realización de este derecho requiere por lo tanto del cumplimiento de varios factores tales como: la seguridad jurídica de la tenencia de la tierra, disponibilidad de servicios e infraestructura, ubicación adecuada, condiciones de habitabilidad, que la vivienda sea accesible y asequible para todas las personas sin discriminación alguna.

Por lo que en atención a lo que refiere la proponente al manifestar diversas problemáticas que se presentan en materia de vivienda, esta dictaminadora estima que toda política pública, incluyendo la presente materia, deben diseñarse bajo un enfoque de derechos humanos y de sustentabilidad, que promueva la coordinación interinstitucional para encontrar soluciones apropiadas a los desafíos del desarrollo urbano, la vivienda y el medio ambiente, incluyendo la situación de asentamientos irregulares y el desarrollo inmobiliario en zonas de conservación.

En este sentido, debe destacarse que desde la perspectiva de los derechos humanos, no es suficiente que un lanzamiento o desocupación sea justificado y esté debidamente fundamentado con base en la normatividad local, ni basta que la sentencia o decisión de autoridad en materia judicial o administrativa se ejecute con apego a los principios generales de derecho.

Es fundamental entonces que todo lanzamiento y desocupación se ejecuten observando el derecho nacional e internacional de los derechos humanos que incluye una serie de criterios y estándares aplicables a los desalojos los cuales deben cumplirse para disminuir el sufrimiento y afectación de derechos humanos de las personas afectadas.

De manera particular, por lo que corresponde a la solicitud para que se exhorte al Gobierno de Hidalgo para que realice la investigación y en su caso sancione el desalojo forzado, ocurrido en el predio ubicado en la zona antes mencionada, sin haber respetado los principios de derecho internacional de los derechos humanos como así se enuncia en el Pacto Internacional de Derechos Humanos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado por nuestro país el 3 de enero de 1976 el cual enuncia:

Artículo 11

1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento.

Desde la perspectiva internacional tampoco se deben respetar los principios fundamentales de los derechos humanos, porque toda persona tiene derecho a tener una vida y vivienda digna adecuada para sí y toda su familia.

Por lo tanto, resulta viable aprobar la presente proposición con el fin de conocer de manera fehaciente las condiciones en las que se llevó a cabo el desalojo en comento, es decir, si se respetaron los derechos humanos a la dignidad, al goce de una vivienda digna, así como la proporcionalidad del uso de la fuerza pública y el reguardo de los bienes para las personas y familias inmersas en dicho desalojo.

Bajo este tenor y tomando en consideración la importancia de las reformas constitucionales del 10 de junio de 2011 en materia de derechos humanos y que las mismas muestran un panorama respecto a la exigibilidad y justiciabilidad, devolviendo a las personas la apropiación de estos derechos, armonizando nuestro marco normativo a los principios de derecho internacional que acompañan su protección y reconocimiento, favoreciendo en todo momento la protección más amplia de las personas.

Cabe mencionar que de los acontecimientos que se mencionan en la presente proposición pueden apreciarse hechos constitutivos de delito, sin embargo resulta inviable exhortar a la Procuraduría General de Justicia del estado de Hidalgo toda vez que por requisitos de procedibilidad, esta soberanía carece de facultades para ello.

En virtud de lo anterior esta dictaminadora considera que la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo es la facultada para investigar las posibles violaciones a los derechos humanos que se pudieron presentar en los hechos que se expusieron con antelación en virtud que tiene la función de defender y vigilar los derechos humanos, así como promover, difundir y coordinar la enseñanza, estudio y capacitación de la cultura del respeto por los derechos humanos. El objeto de la Comisión es preservar y hacer respetar el goce y ejercicio pleno de los derechos humanos de las personas físicas y colectivas, frente a los servidores públicos a que se hace referencia el artículo 9 bis de la Constitución política del Estado de Hidalgo, sobre las bases de legalidad y de eficiencia administrativa.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Derechos Humanos somete a la consideración de la Honorable Asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente:

Acuerdo

Único. Se solicita respetuosamente al titular de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos del Estado de Hidalgo, para que en uso de sus atribuciones y dentro del ámbito de su competencia, realice la investigación respectiva y en su caso emita recomendación a los responsables de las violaciones a los derechos humanos cometidos en contra de las víctimas del desalojo verificado el día 28 de enero del 2012 en el predio ubicado en la zona 20 de noviembre, Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo. Asimismo, se solicita respetuosamente al organismo estatal de derechos humanos, informe a esta soberanía el resultado de la investigación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a dieciocho de abril de 2012.

La Comisión de Derechos Humanos

Diputados: Manuel Cadena Morales (rúbrica), presidente; Sabino Bautista Concepción (rúbrica), Jaime Flores Castañeda (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Clara Gómez Caro (rúbrica), Rosa Adriana Díaz Lizama, Rosi Orozco (rúbrica), Enoé Margarita Uranga Muñoz (rúbrica), secretarios; Velia Idalia Aguilar Armendáriz (rúbrica), María del Rosario Brindis Álvarez, Yulenny Guylaine Cortés León (rúbrica), Sami David David (rúbrica), Margarita Gallegos Soto (rúbrica), Celia García Ayala (rúbrica), Lizbeth García Coronado, María del Carmen Guzmán Lozano (rúbrica), Juan Pablo Jiménez Concha (rúbrica), Yolanda del Carmen Montalvo López, Aránzazu Quintana Padilla, Teresa Guadalupe Reyes Sahagún (rúbrica), Florentina Rosario Morales, Jaime Sánchez Vélez, María Sandra Ugalde Basaldúa (rúbrica), Guadalupe Valenzuela Cabrales (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Héctor Hernández Silva (rúbrica).

De la Comisión de Desarrollo Social, con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a considerar en la elaboración de las reglas de operación de los programas federales, además de las características de las regiones socioeconómicas del país, los criterios de focalización y equidad para distribuir con ello de manera igualitaria, prioritaria y suficiente los apoyos generados mediante los programas existentes

Honorable Asamblea:

La Comisión de Desarrollo Social de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en lo previsto en los artículos 80; 82, numeral 1; 84 numeral 1; 85; 157, numeral 1, fracción 1; y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración· de esta honorable asamblea el siguiente:

DICTAMEN

Antecedentes

1. En Sesión de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de fecha 16 de febrero de 2012, el diputado Jesús Gerardo Cortéz Mendoza, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar la regionalización de las reglas de operación de sus programas y distribuir de manera igualitaria, prioritaria y suficiente los apoyos generados mediante los planes existentes.

2. En esa misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso turnar la citada proposición a la Comisión de Desarrollo Social para su análisis y dictamen correspondiente.

Contenido de la Proposición

El Diputado Cortéz Mendoza apunta en su propuesta que las reglas de operación de los programas federales son un conjunto de disposiciones que tienen el propósito de lograr los niveles esperados de eficacia, eficiencia, equidad y transparencia; sin embargo, señala, para lograr este objetivo es necesario considerar las características específicas de cada una de las regiones que integran el país y, de este modo, generar las condiciones necesarias para que los programas federales cumplan con mayor eficacia su objetivo.

El proponente sostiene que para lograr una mejor aplicación de los programas federales es necesario implementar la regionalización de las reglas de operación, ya que esto permitiría un ejercicio más cercano a las necesidades de cada región, así como facilitar los procesos de planeación para la aplicación de los programas.

Como sustento de lo anterior, se señala que entre las recomendaciones emitidas por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social en 2009, en su Informe de Seguimiento de Aspectos Susceptibles de Mejora de los Programas Federales, se especificó que es necesario promover mecanismos para la identificación de la población potencial y objetivo de los programas federales.

Mejorar la focalización de los programas demanda necesariamente la construcción de padrones de beneficiarios, aspecto que puede ser atendido con mayor facilidad mediante la regionalización de los programas; ya que el desarrollo en nuestro país es distinto en cada una de sus zonas geografías.

Para el proponente, es prioritario buscar los mecanismos necesarios para eficientar el proceso de selección de los potenciales beneficiarios de los programas federales, para evitar al máximo errores de inclusión y exclusión, ya que ciertamente existen personas que su nivel de ingreso y carencias sociales las hacen susceptibles de ser beneficiarios de algún programa social. No obstante, no lo pueden ser porque habitan en una localidad que no es considerada como de alta marginación o marginada.

Por último, el diputado Cortéz Mendoza señala que si bien es cierto que los programas federales han sido exitosos; la motivación principal de su proposición es que se implemente la regionalización de las reglas de operación de los programas federales, y así lograr distribuir de manera .igualitaria, prioritaria y suficiente los apoyos generados mediante estos y atender directamente las necesidades de cada uno de los estados de la Republica.

Consideraciones

Primero. Los integrantes de la Comisión de Desarrollo Social consideran de la mayor pertinencia la propuesta del diputado Jesús Gerardo Cortéz Mendoza, para que las reglas de operación de los programas sociales cuenten con un criterio de regionalización en su aplicación.

Coincidimos con el proponente en que es por demás notorio como en cada entidad federativa existen regiones con disparidad en su desarrollo, más allá de ser zonas rurales o urbanas; siendo patente todavía más como el fenómeno de la pobreza urbana se manifiesta de forma aguda en los llamados cinturones de miseria que rodean a las principales urbes y es, precisamente en estos asentamientos, donde se registra el desempleo y los más bajos salarios.

Quienes dictaminamos consideramos, como así lo señala el autor de la proposición, que en estas zonas predomina el sector informal, el déficit de vivienda y hay poca atención a la educación, a la cultura y al deporte, más cuando estos asentamientos irregulares no son considerados dentro de las reglas de operación de los programas federales por no pertenecer, por citar solo un ejemplo, a los polígonos elegibles por el Programa Hábitat, o por quedar fuera de los parámetros numéricos de la definición cartográfica de los mismos.

Segundo. Para los integrantes de la Comisión no pasa desapercibido que el artículo 89, fracción 1, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga al titular del Ejecutivo federal la facultad de ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.

Sin embargo, en lo que concierne a las reglas de operación para programas federales, queremos advertir que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría, en su artículo 77 inciso b) fracción 1, dispone que en el cuerpo de las reglas de operación se deberán establecer los criterios de selección de los beneficiarios, instituciones o localidades objetivo, los cuales deben ser precisos, definibles, mensurables y objetivos.

No obviamos tampoco observar lo previsto en el artículo 33, fracción 1, inciso e). del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, que establece que las reglas de operación de los programas federales deberán tomar en cuenta las características de las diferentes regiones socioeconómicas del país, como criterio de aplicación general.

Quienes dictaminamos tenemos en cuenta, además, que los artículos del 29 al 32 de la Ley General de Desarrollo Social, establecen los criterios para definir las Zonas de Atención Prioritaria, para apoyar a las zonas con mayores rezagos del país; sin embargo, dicha Ley no prevé la exclusión de atención a personas en pobreza fuera de estas zonas.

Tercero. Consideramos que los criterios hasta hoy utilizados en la definición de las Zonas de Atención Prioritaria solo incluyen los criterios de marginación y rezago, y no toman en cuenta la falta de acceso al empleo e ingresos. Así, para 2012, de acuerdo a los indicadores del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), en el país hay mil 338 municipios en los que el 70 por ciento o más de su población se encuentran por debajo de la línea de bienestar y en ellos habitan 17.4 millones de habitantes. Sin embargo, hoy solo se consideran 849 municipios que albergan a 11 millones de habitantes en las zonas prioritarias rurales.

Por lo que, para la Comisión de Desarrollo Social, esta diferencia queda excluida de ser atendida en aquellos programas que siguiesen esta definición, lo que también sucede, de manera equivalente, cuando se cambian las definiciones hacia localidades marginadas, pues se excluye a los pobres en localidades no marginadas, pero con personas en situación de pobreza.

Cuarto. La Comisión de Desarrollo Social reconoce que el esfuerzo por aumentar el presupuesto federal para el combate a la pobreza, ha permitido ampliar algunos programas de transferencias directas a todo el territorio nacional, como es el caso del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, que es apoyado por el Programa de Apoyo Alimentario en zonas sin centros educativos y/o de salud, así como verbigracia el Programa 70 y Más.

Reconocemos, igualmente, que existen actualmente otros programas que por su objetivo específico han sido acotados a ciertas regiones, como es el caso del Programa de Abasto Rural a cargo de Diconsa, y otros, que por limitaciones presupuestales, no han podido llegar a las zonas rurales más pobres, como es el caso del Programa de Abasto Social de Leche, a cargo de Liconsa.

Quinto. Sin embargo, quienes emitimos el presente dictamen también observamos como en la definición de la población objetivo de algunos programas sociales, el uso de prioridades en el ejercicio del gasto, genera importantes exclusiones, los polígonos Hábitat (298 mil manzanas) por ejemplo, que son solo un subconjunto de los polígonos urbanos definidos en las Zonas de Atención Prioritaria Urbana (335 mil manzanas).

Reconocemos que la restricción presupuestal pudiera señalar que los recursos disponibles son insuficientes aún para el universo definido en las reglas de operación, empero, queremos subrayar que la Auditoría Superior de la Federación ha observado un incumplimiento en la inversión fuera de los polígonos en pobreza, lo que habla de la necesidad de revisar los criterios de asignación del gasto. Criterio de distribución que para la Comisión de Desarrollo Social no responde a un criterio de equidad, de acuerdo a lo señalado por el diputado promovente de la proposición que se dictamina.

Sexto. La Comisión que dictamina considera que existen otros programas como los de Vivienda Rural, y de Ahorro y Subsidio para la Vivienda Tu Casa, ambos operados por el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares, que tienen duplicidades en población objetivo, y excluyen, por ejemplo, a la población fuera de los polígonos Hábitat en zonas urbanas, así como a aquella población en pobreza que vive en localidades que no son de alta y muy alta marginación en zonas rurales.

Séptimo. Por lo anterior, la Comisión de Desarrollo Social considera que la propuesta del diputado Cortez Mendoza es de la mayor relevancia, pues es necesario contar con criterios que permitan atender con equidad a las personas que se encuentran en condiciones similares de pobreza y marginación, y recuerda que recientemente la H. Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General de Desarrollo Social, a iniciativa del diputado Elpidio Concha Arellano, para que la Federación publique la distribución de los recursos de cada programa federal y con ello se genere más transparencia.

Octavo. Para quienes emitimos el presente dictamen, la propuesta del diputado Cortez Mendoza fortalece esta reforma legal, al demandar una revisión de los criterios de igualdad y equidad en la asignación del gasto de los programas sociales en el territorio nacional, lo que, en nuestra consideración, requiere necesariamente revisar los distintos criterios de focalización, particularmente aquellos que se vinculan con la ubicación geográfica (polígonos, localidades y municipios), y dar respuesta con ello a todos aquellos polígonos que quedan fuera de programas como el de Hábitat, o a localidades que aún con personas en situación de pobreza aguda, son excluidas por la calificación de marginación de la comunidad en la que viven.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Desarrollo Social somete a la consideración de la Honorable Asamblea de la Cámara de Diputados el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

Único. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta al titular del Ejecutivo federal para que en la elaboración de las reglas de operación de los programas federales considere, además de las características de las diferentes regiones socioeconómicas del país, los criterios de focalización y equidad, para con ello distribuir de manera igualitaria, prioritaria y suficiente los apoyos generados mediante los programas existentes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de abril de 2012.

La Comisión de Desarrollo Social

Diputados: Carlos Flores Rico (rúbrica), presidente; Reyna Araceli Tirado Gálvez, Edgardo Melhem Salinas (rúbrica), Maricela Serrano Hernández, Liborio Vidal Aguilar, Jesús Gerardo Cortez Mendoza (rúbrica), Elpidio Desiderio Concha Arellano (rúbrica), Jesús Giles Sánchez, Hugo Héctor Martínez González (rúbrica), Gerardo Sánchez García, Enrique Torres Delgado (rúbrica), Martín García Avilés (rúbrica), Elsa María Martínez Peña (rúbrica), secretarios; Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Esteban Albarrán Mendoza, Jesús Ricardo Enríquez Fuentes, Lucila del Carmen Gallegos Camarena (rúbrica), Gloria Trinidad Luna Ruiz, Alba Leonila Méndez Herrera, Adriana Terrazas Porras, José Óscar Aguilar González (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston (rúbrica), Héctor Hugo Hernández Rodríguez, Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Samuel Herrera Chávez (rúbrica), Aníbal Peralta Galicia (rúbrica), Bélgica Nabil Carmona Cabrera, Laura Margarita Suárez González (rúbrica), Mario Moreno Arcos (rúbrica).

De la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal a ampliar el espacio de internación en todo el territorio de los estados fronterizos y de los beneficios contenidos en el “acuerdo que tiene por objeto establecer las reglas conforme a las cuales se otorgarán facilidades migratorias a los visitantes locales guatemaltecos”

Honorable Asamblea:

Esta Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, de conformidad con lo establecido en los artículos 39, numerales 1) y 2), fracción XXVII; 45, numeral 6), incisos e) y f), todos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emite dictamen a las siguientes proposiciones: 1) para exhortar al Ejecutivo federal para que emita un acuerdo que amplíe los beneficios del “Acuerdo que tiene por objeto establecer las reglas conforme a las cuales se otorgarán facilidades migratorias a los visitantes locales guatemaltecos”, 2) por el que la Cámara de Diputados del honorable congreso de la Unión exhorta al presidente de la república para que a través de la Secretaría de Gobernación, realice un análisis de la viabilidad y conveniencia de eliminar el requisito de visa a los nacionales de las Repúblicas de Guatemala, Honduras y El Salvador.

Antecedentes

1. Que en fecha 28 de marzo de 2012, se presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal para que emita un acuerdo que amplíe los beneficios del “Acuerdo que tiene por objeto establecer las reglas conforme a las cuales se otorgarán facilidades migratorias a los visitantes locales guatemaltecos”, publicado el 12 de marzo de 2008 en el Diario Oficial de la Federación, presentado por el diputado Ariel Gómez León, del Grupo Parlamentario del PRD.

2. Que en esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, dictó el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, para su dictamen.

3. Que en fecha 29 de marzo de 2012, se presentó Proposición con Punto de Acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable congreso de la Unión exhorta al Presidente de la República para que a través de la Secretaría de Gobernación, realice un análisis de la viabilidad y conveniencia de eliminar el requisito de visa a los nacionales de las Repúblicas de Guatemala, Honduras y El Salvador, a cargo del diputado Carlos Martínez Martínez, del Grupo Parlamentario del PAN, el diputado Sami David David del Grupo Parlamentario del PRI y el diputado Ariel Gómez León del Grupo Parlamentario del PRD.

4. Que en esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, dictó el siguiente trámite: Túrnese a la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, para su dictamen.

Contenido de las proposiciones

a) La proposición presentada por el diputado Ariel Gómez León, hace referencia a un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de marzo de 2008, el cual tiene por objeto establecer las reglas para otorgar facilidades migratorias a los visitantes locales guatemaltecos, mismas que tienen una vigencia de cinco años.

Además, el diputado proponente señala también que los sujetos beneficiados del acuerdo mencionado, son solamente algunos nacionales guatemaltecos que residen en ciertos Departamentos, y no a la totalidad de la población de ese país.

Así mismo, señala que según cifras del Diario del Sur, el ingreso de familias guatemaltecas a territorio nacional, ha generado un incremento positivo para las ventas del sector comercial en el municipio de Tapachula, Chiapas.

En el mismo contexto, menciona que es importante impulsar el turismo de nuestro país permitiendo el ingreso de guatemaltecos a los distintos lugares de atracción que se encuentran en los estados de Chiapas, Quintana Roo, Tabasco y Campeche, y no solamente a unos cuantos municipios de estas entidades, restringiendo con ello, los beneficios que acarrea la entrada de turistas a los diversos sectores (restauranteros, hoteleros, comerciantes) además de la creación de nuevos empleos.

Es por ello, que la propuesta pretende eliminar la restricción de que los únicos beneficiarios del acuerdo antes mencionado, sean guatemaltecos que pertenecen solamente a algunos Departamentos, para ampliar a toda la población de Guatemala el permiso de internación hacia los estados de la frontera sur de nuestro país.

b) Por otro lado, la proposición presentada por los diputados Carlos Martínez Martínez del Grupo Parlamentario del PAN, el diputado Sami David David del Grupo Parlamentario del PRI y el diputado Ariel Gómez León del Grupo Parlamentario del PRD, en conjunto, plantea que la política migratoria del Estado Mexicano, es el conjunto de decisiones estratégicas para alcanzar objetivos determinados que son fundamento en los principios generales contenidos en la Ley de Migración, tales como el respeto irrestricto de los derechos humanos de los migrantes nacionales y extranjeros.

Menciona también, que la Forma Migratoria de Visitante Local fue diseñada para facilitar la internación de guatemaltecos, hondureños, salvadoreños y beliceños que desean visitar poblaciones fronterizas del sur de nuestro país y convertir la frontera sur en un espacio de mejor convivencia para el desarrollo regional.

Así mismo, los diputados proponentes hacen referencia que el Parlamento Centro Americano (Parlacen), junto con la representación del Senado de la República Mexicana, en su reunión de trabajo en el mes de enero del presente año, analizaron la posibilidad de eliminar la Visa que México les extiende a los ciudadanos centroamericanos con la finalidad de facilitar la libre movilidad de guatemaltecos en nuestro país, a fin de fortalecer los lazos comerciales y encaminarlos al proceso de la globalización.

Consideraciones de la comisión

Posterior al análisis realizado a ambas proposiciones con punto de acuerdo, esta Comisión coincide en que resulta de gran importancia impulsar aquellas acciones que mejoren el desarrollo económico y social de nuestro país.

Primero. En efecto, los integrantes de esta Comisión dictaminadora, coincidimos con las proposiciones con punto de acuerdo, en el sentido de que la frontera sur es importante, porque muchas personas originarias de algunos Distritos de Guatemala ingresan a nuestro país con el propósito de realizar compras de productos básicos y regresar a sus lugares de origen; además de visitar los distintos puntos donde hay actividades turísticas y de recreación, lo que genera un beneficio para nuestro país y un incremento para el sector comercial en distintos municipios.

Por ello, consideramos pertinente que se deben ampliar los permisos de internación temporal a territorio nacional, para no solo a algunos Distritos de le República de Guatemala, sino también a toda la población de aquel país, con el propósito de que puedan ingresar a los estados de la frontera sur de nuestro país, sin establecer un límite a ciertos municipios para realizar distintas actividades comerciales y turísticas, como está establecido actualmente.

En ese sentido, los integrantes de esta Comisión, coincidimos en que el gobierno deben implementar mecanismos que permitan el desarrollo del comercio, turismo y todas aquellas actividades que generen beneficios a la economía de los estados que se ubican en la frontera sur, y en consecuencia, consideramos prudente solicitar al Ejecutivo Federal considere el ampliar los beneficios del “Acuerdo que tiene por objeto establecer las Reglas conforme a las cuales se otorgarán facilidades migratorias a los visitantes guatemaltecos” publicado el 12 de marzo de 2008 en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Por otro lado, en lo referente a la segunda proposición con punto de acuerdo presentada por Diputados de diversos Grupos parlamentarios, los legisladores integrantes de esta Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, considera que el respeto a los derechos humanos de toda persona, son una prioridad en nuestro país, motivo por el cual se debe llevar a cabo una política migratoria que permita acciones a favor de los migrantes nacionales y extranjeros.

En el mismo sentido, consideramos que a partir de décadas anteriores, los estados fronterizos del sur de nuestro país han sido el lugar ideal para el comercio en beneficio de la economía de nuestro país, así como de las personas que residen en los parámetros de las naciones de Honduras y Belice, motivo por el cual nuestra frontera sur debe ser una puerta de acceso a quien pretenda activar el comercio y una mejor convivencia.

De igual manera coincidimos en que México, se ha convertido para la población de diversos países de Centroamérica en un lugar de origen, tránsito y destino de personas, debido al incremento de la movilidad poblacional que se presentó durante el año pasado en la frontera sur, registrándose un aproximado de 51 mil extranjeros asegurados y 30 mil deportados a Guatemala.

Sumado a lo anterior, es importante tomar cuenta que nuestro país, por medio de la representación de la Cámara de Senadores y el Parlamento Centro Americano, analizaron la viabilidad de que México elimine la visa que le es extendida a los ciudadanos centroamericanos, con la finalidad de facilitar el libre tránsito específicamente a personas de los países de Guatemala, Honduras y el Salvador.

Cabe señalar, que con la eliminación de visa a personas que cumplan los requisitos establecidos, se facilitarían las actividades dentro del comercio, derivando en una mayor e importante derrama económica que beneficiaría a la zona sur y en consecuencia al desarrollo económico de nuestro país.

Tercero. En función de lo expuesto con anterioridad, los integrantes de esta Comisión, nos expresamos a favor de que esta Cámara exhorte al Ejecutivo Federal, a efecto de que amplíe el espacio de internación a los estados fronterizos y de los beneficios contenidos en el “acuerdo que tiene por objeto establecer las reglas conforme a las cuales se otorgarán facilidades migratorias a los visitantes locales guatemaltecos” publicado el 12 de marzo de 2008 en el Diario Oficial de la Federación.

De igual forma, se estima pertinente exhortar al Ejecutivo Federal para que realice un análisis de la viabilidad y conveniencia de eliminar el requisito de la Visa a los ciudadanos de Guatemala, Honduras y El Salvador, que tengan el propósito de internarse a Territorio Mexicano, toda vez que ésta medida fomentaría al comercio, y en consecuencia la economía de la frontera sur de nuestro país.

Por las consideraciones anteriormente expuestas, los integrantes de esta Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, sometemos a consideración de la honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Primero: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Titular del Ejecutivo Federal a efecto de que amplíe el espacio de internación a todo el territorio de los estados fronterizos y de los beneficios contenidos en el “acuerdo que tiene por objeto establecer las reglas conforme a las cuales se otorgarán facilidades migratorias a los visitantes locales guatemaltecos” publicado el 12 de marzo de 2008 en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en el ámbito de colaboración entre los Poderes de la Unión, exhorta al Ejecutivo federal para que por conducto de la Secretaría de Gobernación, realice un análisis de la viabilidad y en su caso, la conveniencia de eliminar el requisito de visa a los nacionales de las Repúblicas de Guatemala, Honduras, y El Salvador, para internarse a territorio nacional.

Palacio Legislativo, a 17 de abril de 2012.

La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios

Diputados: Norma Leticia Salazar Vázquez (rúbrica), presidenta; Julieta Octavia Marín Torres (rúbrica), Ana Georgina Zapata Lucero (rúbrica), Cristabell Zamora Cabrera (rúbrica), Gumercindo Castellanos Flores (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Teresa Guadalupe Reyes Sahagún (rúbrica), secretarios; Heriberto Ambrosio Cipriano (rúbrica), Guillermina Casique Vences, José del Pilar Córdova Hernández (rúbrica), Jorge Venustiano González Ilescas, Olivia Guillén Padilla (rúbrica), Sandra Méndez Hernández, Héctor Pedraza Olguín, Miguel Ernesto Pompa Corella, Adriana Terrazas Porras, Carlos Martínez Martínez, Jaime Oliva Ramírez, María Yolanda Valencia Vales (rúbrica), Francisco Arturo Vega de Lamadrid (rúbrica), Ariel Gómez León (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Eduardo Ledesma Romo, Rafael Rodríguez González, Lilia Isabel Gutiérrez Burciaga (rúbrica).

De la Comisión de Turismo, con punto de acuerdo para que las empresas del ramo signen y adopten las políticas establecidas en el código de conducta nacional para la protección de los niños y los adolescentes en el sector de los viajes turísticos

Honorable Asamblea:

La Comisión de Turismo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80; 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV, y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a la honorable asamblea, el presente dictamen a partir de los siguientes

Antecedentes

En sesión ordinaria de fecha 16 de febrero de 2012 la Diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentó la proposición con punto de acuerdo por el que exhorta al Ejecutivo Federal para que, a través de la Secretaría de Turismo implemente una campaña dirigida a todas las empresas turísticas del país para que signen y adopten las políticas establecidas en el Código de Conducta Nacional para la protección de niñas, niños y adolecentes.

En esa misma fecha la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Turismo la mencionada Proposición para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

Consideraciones

De acuerdo con la declaración del Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños, que se llevó a cabo en Estocolmo, Suecia, en 1996, la explotación sexual comercial infantil (ESCI) es definida como una forma de coerción y violencia contra los niños equivalente al trabajo forzoso y a una forma contemporánea de esclavitud, que supone la utilización de los personas menores de 18 años de edad para relaciones sexuales remuneradas, pornografía infantil y adolescente, utilización de niños, niñas y adolescentes en espectáculos sexuales, donde exista además un intercambio económico o pago de otra índole para la persona menor de edad o para un tercero intermediario.

Este tipo de explotación incluye: las actividades sexuales o eróticas remuneradas con personas menores de edad mismas que incluyen también cualquier forma de relación sexual o actividad erótica que implique acercamiento físico-sexual entre la víctima y el explotador; la pornografía infantil y adolescente que incluye las actividades de producción, distribución, divulgación por cualquier medio, importación, exportación, oferta, venta o posesión de material en el que se utilice a una persona menor de dieciocho años o su imagen en actividades sexuales explícitas, reales o simuladas o la representación de sus partes genitales con fines primordialmente sexuales o eróticos; y, los espectáculos sexuales, consistentes en la utilización de personas menores de edad, con fines sexuales o eróticos en exhibiciones o en espectáculos públicos o privados.

En nuestro país, de acuerdo a estudios de UNICEF, de las 32 entidades, 21 están involucradas en la explotación sexual infantil y según declaraciones de la Dirección Regional en América Latina y el Caribe de la Coalición contra el Tráfico de Mujeres, México ocupa el quinto lugar en Latinoamérica de los países con más presencia de ESCI, con 250 mil menores de edad padeciéndola.

Este tipo de actividades muy frecuentemente se dan a través del llamado “turismo sexual organizado” definido por la Organización Mundial de Turismo (OMT) en su Declaración para la Prevención del Turismo Sexual Organizado, como “aquéllos viajes organizados desde el sector turístico o desde fuera de este sector, pero utilizando sus infraestructuras y red, con el propósito prioritario de que el turista mantenga una relación sexual comercial con residentes en el destino del viaje”, lo que trae consigo “graves consecuencias de salud, sociales y culturales, especialmente, cuando la explotación se produce en desigualdad de edad, social y económica”.

En el caso de la explotación sexual infantil, el turismo sexual es aquel realizado por personas que viajan de un lugar a otro para involucrarse en actos de carácter sexual con menores de edad. Con frecuencia los turistas sexuales infantiles viajan desde un país de origen más rico a otro menos desarrollado, o puede también tratarse de viajeros dentro de su propio país o región. Algunos turistas sexuales infantiles toman como blanco exclusivo de sus ataques a niños o niñas, pero la mayoría de abusadores no tienen generalmente una preferencia sexual por los niños y niñas; se trata más bien de abusadores situacionales que en forma inescrupulosa toman ventaja de una situación de anonimato, así como de las diferencias socio-económicas existentes en las localidades que visitan.

En este sentido, la misma OMT ha definido el nivel de responsabilidad del sector turístico en este tipo actividades, en los siguientes términos:

a) La responsabilidad directa corresponde a aquéllos que conscientemente difunden, organizan y reciben viajes de turismo sexual (incluso si existe una pequeña evidencia de que están involucrados), así como a los operadores de negocios o establecimiento donde los viajeros pueden contactar o explotar a menores, concretamente, alojamientos, centros y áreas de ocio etc. Tolerar este tipo de actividades implica complicidad con los operadores y con los organizadores de viajes.

b) Una responsabilidad indirecta corresponde a los turoperadores, agencias de viajes, transportistas, especialmente aerolíneas, si estos son conscientes de que están siendo utilizados como vehículos para conducir a los turistas sexuales declarados o potenciales a los destinos.

Con el fin de combatir este terrible fenómeno mundial, la industria turística desde principios de los años ’90, ha adoptado diversas medidas. A nivel internacional, las asociaciones de la industria turística están desarrollando políticas para sus miembros. La Federación Internacional de Asociaciones de Agencias de Viajes (UFTAA) fue la primera asociación del sector que ha aprobado el documento ‘Los Niños y las Agencias de Viajes Chárter’ (1994). Posteriormente, con la Declaración de la OMT sobre la Prevención y Organización del Turismo Sexual (1995) y el Congreso de Estocolmo, otras organizaciones turísticas han generado sus propios documentos sobre políticas turísticas o códigos de conducta contra de la explotación sexual de niños.

Uno de estos es el Código de Conducta para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes contra la Explotación Sexual en la Industria del Turismo y los Viajes, promovido por la OMT, ECPAT Internacional y UNICEF, el cual se basa en la Declaración sobre los Derechos Humanos y en la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas, haciendo énfasis en el artículo 34, que dispone el deber de los Estados parte de proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales.

La importancia de este Código radica, entre muchas otras cosas, en que las empresas del sector turístico que adoptan este Código se comprometen a cumplir con seis criterios fundamentales:

1. Establecer una política corporativa ética en contra de la explotación sexual comercial de niños.

2. Educar y formar a su plantilla tanto en el lugar de origen como en los destinos de viaje.

3. Introducir una cláusula en los contratos con proveedores, en la que se rechaza conjuntamente la explotación sexual de niños.

4. Ofrecer información a los viajeros mediante catálogos, trípticos, carteles, videos informativos abordo de los aviones, billetes, páginas web, u otros canales que se consideran oportunos.

5. Ofrecer información a los agentes locales “clave” en los destinos.

6. Elaborar un informe anual sobre la aplicación de estos criterios.

En agosto del 2011, la Secretaría de Turismo, empresarios y representantes de la sociedad civil de nuestro país firmaron, en presencia de la Presidenta del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) el “Acuerdo Nacional para la Implementación del Código de Conducta Nacional para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en el Sector de los Viajes y el Turismo”.

En virtud de lo anterior, esta Comisión Dictaminadora somete a la consideración de esta Soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Turismo, y dentro del marco del Acuerdo Nacional para la Implementación del Código de Conducta Nacional para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en el Sector de los Viajes y el Turismo redoblen esfuerzos e implante una intensa campaña dirigida a todas las empresas turísticas de nuestro país a efecto de que signen y adopten las políticas establecidas en el Código de Conducta mencionado.

La Comisión de Turismo

Diputados: Carlos Manuel Joaquín González (rúbrica), Miguel Ángel García Granados (rúbrica), Maurilio Ochoa Millán (rúbrica), Noé Martín Vázquez Pérez (rúbrica), Héctor Pablo Ramírez Puga Leyva, Juan Pablo Jiménez Concha, Fermín Gerardo Alvarado Arroyo (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín (rúbrica), Miguel Martínez Peñaloza, Lizbeth García Coronado (rúbrica), José Alfredo González Díaz, María Guadalupe García Almanza, secretarios; Rafael Yerena Zambrano (rúbrica), Martín Enrique Castillo Ruz, Cecilia Soledad Arévalo Sosa (rúbrica), Fidel Kuri Grajales (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza, Silvia Isabel Monge Villalobos (rúbrica), Martha Elena García Gómez, Iridia Salazar Blanco (rúbrica), Víctor Manuel Castro Cosío (rúbrica), Juan José Cuevas García (rúbrica), José Luis Marcos León Perea, Baltazar Martínez Montemayor (rúbrica), Felipe Borja Texocotitla, Jaime Sánchez Vélez (rúbrica), Emilio Serrano Jiménez (rúbrica), Luis Alejandro Guevara Cobos, Mayra Lucila Valdés González.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Salud, en su carácter de presidente del Consejo Nacional para la Prevención y Control de las Enfermedades Crónicas no Transmisibles, a reforzar las acciones emprendidas por éste y hacer público el Registro Nacional de Enfermedades Crónicas no Transmisibles

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión le fue turnada, para su estudio y dictamen, la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Único. Se exhorta al titular de la Secretaría de Salud, en su carácter de de presidente del Consejo Nacional para la Prevención y Control de las Enfermedades Crónicas no Transmisibles, para que refuerce las acciones emprendidas por dicho organismo y que se haga público el Registro Nacional de Enfermedades Crónicas No Transmisibles.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a su consideración el siguiente dictamen:

I. Antecedentes

1. Presentada por la diputada Silvia Esther Pérez Ceballos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en la sesión del 22 de marzo y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha.

2. La proposición con punto de acuerdo fue turnada en la misma fecha, a la Comisión de Salud, para efectos de su análisis y elaboración de dictamen previsto en los artículos 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

II. Consideraciones

I. La Comisión Dictaminadora realizo el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la Proposición con Punto de Acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

II. Las enfermedades crónicas son enfermedades de larga duración y por lo general de progresión lenta, presentan una serie de particularidades que la hacen diferente. Cuando una persona tiene una enfermedad crónica, el desenlace es incierto. El paciente no puede incorporarse al cien por ciento a sus actividades cotidianas. El impacto que tiene la familia es difícil ya que no se encuentra preparada para afrontar una enfermedad a largo plazo.

III. Las enfermedades cardíacas, los infartos, el cáncer, las enfermedades respiratorias y la diabetes, son las principales causas de mortalidad en el mundo, siendo responsables del 63% de las muertes. Las enfermedades cardiovasculares representan el 30 % de mortalidad en el mundo. El cáncer cervicouterino, de mama, próstata y colon es un grave problema en América Latina.

IV. En México, las enfermedades crónicas no transmisibles son la primera causa de muerte, discapacidad y erogación de recursos económicos. La diabetes ocupa el primer lugar con esa enfermedad que cada año ocasiona alrededor de 80 mil muertes, el cuarto lugar en estadísticas lo ocupan las enfermedades crónicas respiratorias. En 2010 los decesos por Diabetes Mellitus crecieron de 77,699 a 82,964, un 14.5% anual. La Cirrosis se mantiene estable y ocupa el 4o. lugar como causa de muerte.

V. Las enfermedades crónicas no transmisibles son causa de muerte prematura y gastos en salud, sobre todo la diabetes. La Secretaría de Salud ha destacado que se requiere 13% del gasto total en salud para su atención.

VI. Para homologar el tratamiento médico de los diferentes padecimientos, México elaboró 304 Guías de Práctica Clínica, de las cuales 148 son para tratar enfermedades crónicas no trasmisibles como obesidad, cardiopatías, hipertensión, cánceres, entre otras, éstas se encuentran disponibles en la página de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

VII. No obstante el 75 % de las enfermedades crónicas no transmisibles son prevenibles, México y América Latina enfrentan los altos costos de los pacientes crónicos, que cada vez más jóvenes sufren limitaciones físicas e incapacidad laboral. El real problema es que muchas enfermedades son prevenibles, pero los factores conductuales de la población, como el sedentarismo, la obesidad y el tabaquismo tienen relación directa con enfermedades cardiovasculares, enfermedades respiratorias y el cáncer, con costos muy altos para el paciente crónico.

VIII. Finalmente podemos resaltar la importante labor de la Secretaría de Salud que en conjunto con el Gobierno Federal han desarrollado políticas dirigidas para combatir y tratar las Enfermedades Crónicas no Transmisibles, entre las que se destacan el control del consumo de tabaco, que establece espacios libres de humo de tabaco en lugares públicos y la inserción de pictogramas en cajetillas de cigarros; los esfuerzos entre gobierno, industria y sociedad para contrarrestar el sobrepeso y la obesidad en la población mexicana con el Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria, en el que participan todos los sectores en la consecución de 10 objetivos orientados a la adquisición de competencias para tomar mejores decisiones en salud, como la activación física y la alimentación sana; para coadyuvar a combatir el problema de la obesidad, se puso en marcha el Programa 5 Pasos por tu salud, que promueve las acciones básicas como son: activación física, toma agua, come frutas y verduras, mídete y comparte, sumando a múltiples actores del gobierno, iniciativa privada y sociedad; se mejoró el contenido nutricional de los más de 10 millones de desayunos escolares diarios que se reparten en las escuelas; se reglamentó los alimentos y bebidas que se venden en las mismas y se estableció un código de autorregulación para disminuir el número de anuncios de golosinas a los que los niños están expuestos a diario en la televisión, además se incrementó el acceso a los servicios de salud a toda la población a través del Sistema de Protección Social en Salud, mejor conocido como el Seguro Popular.

En merito de lo expuesto anteriormente, la comisión dictaminadora, se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular de la Secretaría de Salud, en su carácter de presidente del Consejo Nacional para la Prevención y Control de las Enfermedades Crónicas no Transmisibles, para que refuerce las acciones emprendidas por dicho organismo y que se haga público el Registro Nacional de Enfermedades Crónicas no Transmisibles.

La Comisión de Salud

Diputados: Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos, Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica), Olga Luz Espinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, Clara Gómez Caro (rúbrica), Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Árciga (rúbrica), Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva, Laura Piña Olmedo, Leticia Quezada Contreras, Oralia López Hernández (rúbrica), Marcela Vieyra Alamilla.

De la Comisión de Salud, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al gobierno de Nayarit y al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva a aplicar medidas de prevención y atención de cáncer de mama en el estado

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Único. Se exhorta al gobierno del estado de Nayarit y al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva para aplicar medidas de prevención y atención de cáncer de mama en esa entidad federativa.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a su consideración el siguiente dictamen.

I. Antecedentes

1. Presentada por la diputada Martha Elena García Gómez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en la sesión del 8 de diciembre y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha.

2. La proposición con punto de acuerdo fue turnada en la misma fecha, a la Comisión de Salud, para efectos de su análisis y elaboración de dictamen previsto en los artículos 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

II. Consideraciones

I. La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

II. Mundialmente, el cáncer es una de las principales causas de mortalidad. Este flagelo es resultado de la interacción de factores genéticos y externos (físicos, químicos y biológicos) que produce la degeneración de las células, con lo que se originan lesiones precancerosas y finalmente tumores malignos. Dichos tumores suelen estar localizados, pero eventualmente pueden diseminarse a otros órganos (metástasis). La incidencia del cáncer se relaciona directamente con la edad, ya que las personas están más tiempo expuestas a factores causales relacionados con esta enfermedad.

III. El cáncer mamario es, sin duda alguna, uno de los principales problemas en salud que afecta particularmente a las poblaciones con mayor desarrollo socioeconómico. En nuestro país, el cáncer de mama ocupa el primer lugar como causa de mortalidad general en el grupo de mujeres mayores de 25 años. Es importante mencionar que en México el cáncer de mama es detectado principalmente por la propia mujer en etapas avanzadas; por ello, la promoción de la autoexploración y del examen clínico de senos adquiere una gran relevancia en la prevención y el control en países como el nuestro.

IV. De acuerdo con tasas de prevalencia, Nayarit ocupa el segundo lugar a nivel nacional en casos de cáncer de mama, y la edad más frecuente en que se presenta es entre los 40 y 50 años de edad; sin embargo, se puede dar en personas jóvenes de 18 a 19 años o en personas adultas de 60 a 70 años, esto según datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

V. Debido a las características de la mortalidad y morbilidad por cáncer mamario en nuestro país, es importante analizar el alcance y resultado de los tres métodos de detección o pesquisa, tradicionalmente utilizados en los últimos años: 1) autoexploración; 2) exploración clínica por personal de salud capacitado; y 3) estudio mastográfico. Las dos primeras, aunque no perciben la detección in situ (tumoraciones menores a 1 cm), sí permiten, cuando se realizan oportuna y adecuadamente por personal capacitado, la palpación de masas tumorales de más de 1 cm. (equivalente a un estadío II A o II B). Un análisis parcial de las acciones que se han realizado en la Secretaría de Salud en materia de detección, muestra la insuficiencia en calidad y cobertura alcanzada por la exploración clínica y los estudios mastográficos. De la enseñanza de la autoexploración no existen registros.

VI. Sociedades médicas nacionales e internacionales recomiendan que se comience a examinar los senos a partir de los 20 años de edad. Se ha demostrado que una de cada diez mujeres podría presentar cáncer de mama en algún momento de su vida, siendo más frecuente en edades comprendidas entre los 40 y 65 años, 95 por ciento de los casos de cáncer de mama pueden ser curados, siempre y cuando la enfermedad sea detectada en estadíos tempranos.

VII. Nayarit cuenta con una capacidad física instalada de 2 mamógrafos digitales fijos y una unidad móvil, con capacidad para la realización de 13 mil 160 estudios. No obtente la cobertura de pacientes no se logra debido a diversos factores como es la falta de operación del centro de llamado, falta de promoción; en el área quirúrgica no se cuenta con suficientes quirófanos, el hospital civil presenta baja productividad y nulo apoyo para la lectura de mastografías de la unidad móvil, y el hospital civil cobra las mastografías a pesar de operar con insumos y equipo federales.

En merito de lo expuesto anteriormente, la comisión dictaminadora se permite someter a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta al gobierno del estado de Nayarit, para que implemente las acciones necesarias como el mantenimiento del equipo para mastografías y la capacitación del personal médico, para que se realice de manera oportuna la prevención y detección del cáncer de mama.

Segundo. Se solicita a la Secretaría de Salud a través del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva coadyuve con el gobierno del estado de Nayarit para apoyar las acciones necesarias para la prevención del cáncer de mama.

La Comisión de Salud

Diputados: Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos, Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica), Olga Luz Espinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, Clara Gómez Caro (rúbrica), Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Árciga (rúbrica), Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva, Laura Piña Olmedo, Leticia Quezada Contreras, Oralia López Hernández (rúbrica), Marcela Vieyra Alamilla.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instruir a la Secretaría de Salud para establecer una estrategia nacional de promoción y difusión de la lactancia materna

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal a instruir a la Secretaría de Salud para establecer una estrategia nacional de promoción y difusión de la lactancia materna.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a su consideración el siguiente dictamen:

I. Antecedentes

1. Presentada por la diputada Josefina Rodarte Ayala, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LXI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, en la sesión del 21 de febrero de 2012 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha.

2. La proposición con punto de acuerdo fue turnada en la misma fecha, a la Comisión de Salud, para efectos de su análisis y elaboración de dictamen previsto en los artículos 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

II. Consideraciones

I. La comisión dictaminadora realizo el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

II. La lactancia materna durante los primero meses de vida, representa diversos beneficios para la salud del infante, además de que disminuye la morbilidad y mortalidad infantil. Sin embargo a pesar de todas las ventajas que ofrece el alimentar al bebe con la leche materna, su consumo en México se encuentra por debajo de los países de América Latina.

III. En México, durante las primeras 72 horas de vida de las y los recién nacidos, más del 56.8 por ciento de las madres deja de alimentarlos exclusivamente con leche materna, ello se debe a que muchas de las mujeres desconocen el valor nutrimental del lácteo y la forma en la que se les debe dar para su mayor aprovechamiento. La mitad de las madres que abandonaron la lactancia materna de forma exclusiva lo hizo porque en el hospital comenzó a darle leche industrializada. Así durante el primer mes, sólo 40 por ciento de las mujeres daba lactancia materna exclusiva. Y a los seis meses la proporción se reduce a 10 por ciento.

IV. De acuerdo con la Organización Panamericana de la Salud (OPS), el riesgo de morir de las y los menores de un año alimentados con leche industrializada, es de tres a cinco veces mayor que quienes consumen sólo leche materna.

V. La leche materna exclusiva durante los primeros seis meses reduce en los bebés el riesgo de padecer desnutrición, diarreas e infecciones respiratorias, al ser la forma más eficaz para otorgar una alimentación completa. Además del beneficio nutrimental para las niñas y niños, la lactancia materna tiene un impacto positivo en la salud de las mujeres, ya que disminuye el riesgo de hemorragia pos parto y reduce la posibilidad de sufrir osteoporosis, cáncer de mama y de ovario.

VI. Los beneficios obtenidos por un bebé a través de la lactancia materna son insustituibles, pues la madre transmite inmunoglobulinas (defensas) que permiten un sano crecimiento. Dicho alimento favorece a un desarrollo adecuado debido a que contiene nutrientes que disminuyen los cuadros respiratorios y diarreicos graves, ya que al ser de mejor digestión que la leche de vaca, previene el raquitismo y desnutrición infantil en un 50 por ciento. Asimismo, proporciona calcio, fósforo, hierro y zinc para el crecimiento, contiene ácidos grasos y aminoácidos para el desarrollo, previene el estreñimiento, protege contra enfermedades infecciosas y mejora la inteligencia.

VII. No obstante los programas implementados a través del sector salud para promover la lactancia materna han dado pocos resultados. Existen diferentes factores que afectan la prolongación de la lactancia materna, tales como son factores de tipo económicos, culturales, sociales, entre otros como también el hecho que muchas mujeres en edad fértil se han incorporado al campo laboral, las presiones y el estrés de la vida diaria, falta de apoyo de la pareja y las dudas sobre la imagen corporal de la mujer.

En merito de lo expuesto anteriormente, la comisión dictaminadora, se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo Federal a instruir a la Secretaría de Salud federal, en coordinación con las Secretarías de Salud de las entidades federativas, para establecer una Estrategia Nacional de Promoción y Difusión de Lactancia Materna, con el fin de fomentar entre la población en general y las mujeres en particular la importancia y los beneficios de la lactancia materna exclusiva.

La Comisión de Salud

Diputados: Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos, Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica), Olga Luz Espinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, Clara Gómez Caro (rúbrica), Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Árciga (rúbrica), Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva, Laura Piña Olmedo, Leticia Quezada Contreras, Oralia López Hernández (rúbrica), Marcela Vieyra Alamilla.

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud y a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria a realizar al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-017-SSA3-2007 las modificaciones correspondientes para delimitar las funciones de los diferentes tipos de prestadores de servicios relacionados con la acupuntura

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con Punto de Acuerdo:

Único. Se exhorta a los titulares de la Secretaria de Salud y de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, para que se realice las modificaciones necesarias al PROY-NOM-017-SSA3-2007 en relación a la mejora en la atención de la acupuntura.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a su consideración el siguiente dictamen.

I. Antecedentes

1. Presentada por el Diputado Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez, Balfre Vargas Cortéz y Marcos Carlos Cruz Martínez, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, en la sesión del 14 de diciembre y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha.

2. La proposición con Punto de Acuerdo fue turnada en la misma fecha, a la Comisión de Salud, para efectos de su análisis y elaboración de dictamen previsto en los artículos 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

II. Consideraciones

La comisión dictaminadora realizo el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la Proposición con Punto de Acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

La acupuntura es un método clínico terapéutico que se ejerce dentro del marco legal en México, originado en la medicina tradicional china y que consiste en la inserción y manipulación de agujas metálicas esterilizadas, en distintos puntos del cuerpo humano. Comprende además la estimulación por electricidad, láser, magnetos, ultrasonido, masajes, ventosas, agujas de tres filos, tachuelas, balines, semillas y el método de uso de calor llamado moxibustión.

La acupuntura estimula la habilidad del cuerpo a resistir o a vencer a las enfermedades o a las condiciones nocivas y favorece a corregir los desequilibrios fisiológicos. La Organización Mundial de la Salud señala: en términos de la medicina moderna la principal acción de la acupuntura es regular las funciones del cuerpo humano y aumentar su resistencia a través del estimulo del sistema inmunológico, antiflogístico, analgésico, antiespástico, antichoque y habilidades antiparalíticas del cuerpo. También podría afectar la manera en la que se liberan las sustancias químicas que regulan la presión arterial y el flujo de sangre.

Sin embargo la práctica de la acupuntura tiene riesgos al ser una técnica invasiva y están relacionados con el personal no capacitado en medicina y en particular en acupuntura que es el error principal, originando usar puntos prohibidos, equivocarse en la elección de puntos, entre otros. Por lo anterior se origina los efectos que pueden ir desde los leves, agudos y transitorios hasta los efectos crónicos o mortales. Por ejemplo puede ser desde un mal diagnostico, dolor, sangrado, “atrapamiento de la aguja”, hasta dermatitis, celulitis y abscesos.

La Organización Mundial de la Salud reconoce la utilidad de la acupuntura para el tratamiento de enfermedades, promueve su regulación e integración en los sistemas nacionales de salud y recomienda realizar estudios de investigación al respecto. Los criterios de inclusión se cumplieron en 115 artículos (98 casos clínicos y 17 series de casos) que, en total, informaron sobre 479 casos de efectos adversos tras la acupuntura. Catorce pacientes fallecieron. Los acontecimientos adversos relacionados con la acupuntura fueron clasificaron en tres categorías: traumáticos, infecciosos y «otros». Los acontecimientos adversos más frecuentes fueron: neumotórax, desmayo, hemorragia subaracnoidea e infección; mientras que los más graves fueron: lesiones cardiovasculares, hemorragia subaracnoidea, neumotórax y hemorragia cerebral recurrente.

Existen pruebas empíricas y científicas que avalan los beneficios de la acupuntura, las terapias manuales y diversas plantas medicinales en diversas afecciones crónicas o leves. Por ejemplo, la eficacia de la acupuntura, tratamiento popular para aliviar el dolor, ha sido demostrada tanto en numerosos ensayos clínicos como en experimentos de laboratorio. Por ello, el 90 por ciento de los servicios de tratamiento del dolor del Reino Unido y el 70 por ciento de Alemania incluyen la acupuntura entre los tratamientos que dispensan.

En 1990 la Secretaría de Salud convocó a las asociaciones y acupunturistas del país a participar en el proceso de reconocimiento de la acupuntura y otras alternativas terapéuticas. Resultado de ello, se dio la integración de las asociaciones y acupunturistas en un organismo representativo en el ámbito nacional, la Asociación Mexicana de Asociaciones y Sociedades de Acupuntura (AMASA); a la que la Dirección de Regulación de los Servicios de Salud de la Secretaria de Salud reconoció en 1994 como el grupo de trabajo oficial en el tema de acupuntura para lograr la incorporación de la medicina tradicional en el Programa Nacional de Salud. Posteriormente, el 7 de mayo de 2002 se publicó la Norma Oficial Mexicana (NOM) NOM-172-SSA1-1998 “Prestación de Servicios de Salud. Actividades Auxiliares. Criterios de Operación para la Práctica de la Acupuntura Humana y Métodos Relacionados”. Sin embargo, hoy en día esta NOM ha perdido vigencia, razón por la cual se comenzó el procedimiento para actualizarla.

De acuerdo con el Catálogo de Normas Oficiales Mexicanas, el 26 de julio de 2008 se presento la manifestación de impacto regulatorio (MIR) del anteproyecto PROY-NOM-017-SSA3-2007. La MIR tiene el objeto de evaluar el costo y la efectividad de las medidas regulatorias a implementar, tras la entrega de ampliaciones y correcciones solicitadas por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, se presentó el dictamen total final el 12 de enero de 2009.

Por lo anterior, es importante la revisión de la NOM ya que se puede originar el ejercicio irresponsable de la acupuntura, al realizarlo personal que no este certificado.

En merito de lo expuesto anteriormente, la Comisión Dictaminadora, se permite someter a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaria de Salud y a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria realizar las modificaciones correspondientes al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-017-SSA3-2007, a efecto de que se delimiten las funciones de los diferentes tipos de prestadores de servicios relacionados con la acupuntura.

La Comisión de Salud

Diputados: Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica), Olga Luz Espinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, Oralia López Hernández (rúbrica), Ana Elia Paredes Árciga (rúbrica), Laura Piña Olmedo, Clara Gómez Caro (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Leticia Quezada Contreras, Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva, Marcela Vieyra Alamilla (rúbrica).

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a llevar a cabo por la Secretaría de Salud las acciones reglamentarias y normativas necesarias en materia de etiquetado de bebidas alcohólicas

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Salud lleve a cabo las acciones reglamentarias y normativas en materia de etiquetado de bebidas alcohólicas.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a su consideración el siguiente dictamen:

I. Antecedentes

1. Presentada por el diputado Enrique Torres Delgado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, en la sesión del 6 de diciembre y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha.

2. La proposición con Punto de Acuerdo fue turnada en la misma fecha, a la Comisión de Salud, para efectos de su análisis y elaboración de dictamen previsto en los artículos 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

II. Consideraciones

I. La Comisión Dictaminadora realizo el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la Proposición con Punto de Acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

II. El alcoholismo es una enfermedad progresiva, crónica y degenerativa; con síntomas que incluyen una fuerte necesidad de tomar a pesar de las consecuencias negativas. La enfermedad está caracterizada por daños físicos en todos los sistemas del organismo, siendo los más complicados los que se relacionan con el sistema cardiovascular, el sistema nervioso y el hígado. Cuando el consumo de bebidas alcohólicas es exagerado o recurrente se produce tolerancia. Es decir, el organismo requiere una mayor dosis de alcohol para obtener las mismas sensaciones. Esta situación facilita la adicción, la cual es acompañada de grandes dificultades por detener el consumo cuando se empieza a beber.

III. En México se estima que existen más de 2.8 millones de personas con síntomas de dependencia al alcohol, de las cuales casi un cuarto de millón son mujeres y cerca de 300 mil son menores de edad. Situación que preocupa, ya que cifras anteriores han demostrado por ejemplo que la tendencia e los niveles de consumo de alcohol en adolescentes presenta un incremento en el índice de ingesta, por ejemplo de 27% en 1998 a 35% en el 2002 entre los varones, mientras que en las mujeres se registra un aumento de 18% a 25% en el mismo periodo.

IV. Tanto en hombres como en mujeres, el grupo de edad que muestra los niveles más altos de consumo es el de 18 a 29 años. Los niveles descienden después conforme aumenta la edad.

V. Existen muchas consecuencias del consumo desmedido del alcohol como por ejemplo, Después de un tiempo de abusar del consumo de bebidas alcohólicas, se presenta un deterioro en diversos órganos como el estómago, el hígado, los riñones y el corazón, así como en el sistema nervioso. Existen una serie de enfermedades que se relacionan con el consumo reiterado de bebidas alcohólicas, como la cirrosis hepática y las enfermedades cardiacas.

VI. Algunos estudios señalan que quienes se inician en el abuso de las bebidas alcohólicas desde jóvenes, tienen una expectativa de vida 5 a 10 años menor que los que no experimentan esta situación. El alcohol es una de las drogas más peligrosas para la mujer que está embarazada, ya que en el cuerpo de la mujer el alcohol se transforma en sustancias dañinas para las células que son absorbidas por el feto. En cantidades abundantes aumenta el riesgo de nacer con defectos, como el “síndrome alcohólico fetal”, que implica la formación de un cráneo pequeño, facciones anormales, retardo físico y mental. Consumir bebidas alcohólicas al final del embarazo, puede también afectar al feto.

VII. En el sistema cardiovascular, incrementa el riesgo de enfermedades al corazón, el bebedor incrementa sus niveles de lípidos (grasa en la sangre) que puede resultar en arteriosclerosis, incrementa el riesgo de una muerte temprana y un ataque al corazón, y el desarrollo de cardiomiopatía.

VIII. En el sistema nervioso, daño en el sistema nervioso central se reconoce luego de muchos años. Pueden aparecer problemas neurológicos desarrollados por falta de vitamina B.

IX. El sistema gastrointestinal es probablemente el sistema más dañado por efecto del consumo de alcohol. Podemos ver úlceras faciales (ulceras sangrantes y perforantes), problemas en el páncreas e incremento de la incidencia de desarrollo de cáncer al esófago. Los alcohólicos podrían desarrollar cirrosis. En la primera etapa de la cirrosis, las células del hígado se perjudican y acumulan gotas de grasa; cuantas más células sufren esta infiltración, el hígado se dilata más. Si el consumo de alcohol continúa, se forman cicatrices hasta que esto se vuelve irreversible.

X. Finalmente existe una estrecha relación entre esta adicción y las cinco de las 10 principales causas de mortalidad en nuestro país. Aunado a esto, se suman conflictos ocasionados por la violencia, la disminución de la productividad y el deterioro en la calidad de vida individual y social. En el país el consumo de alcohol y los accidentes de tránsito están íntimamente relacionados, ya que beber en exceso incrementa seis veces el riesgo de involucrarse en accidentes vehiculares y en 25% la probabilidad de que las personas ingresen a un servicio de urgencia por lesiones en riña. Además que una de cada cuatro defunciones de conductores alcoholizados ocurren entre los 15 y 24 años de edad.

En merito de lo expuesto anteriormente, la Comisión Dictaminadora, se permite someter a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaria de Salud lleve a cabo las acciones reglamentarias y normativas necesarias para los envases de las bebidas alcohólicas cuenten con una cara anterior en la que figuren leyendas y pictogramas o imágenes de advertencia que muestren los efectos nocivos del consumo de bebidas alcohólicas y que ocupen por lo menos el 30% del 100% de la cara posterior del envase.

La Comisión de Salud

Diputados: Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos, Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica), Olga Luz Espinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, Clara Gómez Caro (rúbrica), Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Árciga (rúbrica), Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villalva, Laura Piña Olmedo, Leticia Quezada Contreras, Oralia López Hernández (rúbrica), Marcela Vieyra Alamilla.

De la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno del Distrito Federal a implantar un programa de suspensión y disminución de presión a los deudores del servicio de agua potable

Honorable Asamblea:

La Comisión del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40 numeral 3 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 80 numeral 1, fracción VI, 82 numeral 1, 84 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la Honorable Asamblea el siguiente dictamen.

Antecedentes

A la Comisión del Distrito Federal le fue turnado para su estudio y dictamen el oficio número D.G.P.L. 61-II-8-685, que contiene la Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal a que, a través de la Secretaría de Finanzas y del Sistema de Aguas del Distrito Federal, se implemente un programa de suspensión y disminución de presión a los deudores del servicio de agua potable, presentada por la diputada Gabriela Cuevas Barron, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

1. Con fecha 13 de diciembre de 2010, la diputada Gabriela Cuevas Barron presentó ante la tribuna de la Cámara de Diputados la Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al jefe del gobierno del Distrito Federal a que, a través de la Secretaría de Finanzas y del Sistema de Aguas del Distrito Federal, se implemente un programa de suspensión y disminución de presión a los deudores del servicio de agua potable.

2. En la misma fecha, la proposición con punto de acuerdo de referencia fue turnada a la Comisión del Distrito Federal para que, en uso de sus facultades y atribuciones, emita el dictamen previsto en el artículo 80 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

3. Dentro de los motivos que originan la proposición mencionada, la diputada sostiene que en la Ciudad de México son muchos los usuarios del servicio de agua que no pagan o enfrentan problemas de retraso en el cumplimiento de esta obligación. De hecho, refiere que esta situación generó una deuda por 5 mil millones de pesos durante el último lustro.

También refiere que hay un promedio de un millón 950 mil usuarios de agua de los cuales 780 mil no pagan por lo que consumen, puntualizando que las mayores deudas se encuentran entre los grandes consumidores como industrias, clubes deportivos y plazas comerciales.

4. Aunque las autoridades han puesto en marcha medidas como el envío de cartas invitación para convocar a los deudores a pagar sus adeudos fiscales, la diputada señala que esto es insuficiente y propone las siguientes medidas para disminuir la morosidad en el pago: a) la suspensión en el servicio del agua a usuarios no domésticos y b) la restricción o baja de presión a los usuarios residenciales.

De manera concreta, la diputada considera necesario exhortar al jefe del gobierno del Distrito Federal para que, a través de la Secretaría de Finanzas y del Sistema de Aguas del Distrito Federal, se implante a la mayor brevedad posible un programa de suspensión y disminución de presión a los deudores del servicio de agua potable.

Consideraciones

I. La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la Proposición con punto de acuerdo referida a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

II. La proposición con punto de acuerdo que se dictamina tiene como finalidad promover una cultura de ahorro y cuidado del agua, así como evitar la morosidad en el pago por este servicio.

III. La comisión dictaminadora ha realizado el análisis respecto a la proposición del punto de acuerdo, destacando lo siguiente:

1. De conformidad con el artículo 7 de la Ley de Aguas del Distrito Federal, el Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACM) es un órgano desconcentrado de la administración pública del Distrito Federal cuyo objeto principal es la operación de la infraestructura hidráulica y la prestación del servicio público de agua potable, que funge como auxiliar de la Secretaría de Finanzas en materia de servicios hidráulicos conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal del Distrito Federal.

En uso de sus facultades, el SACM ha aplicado las medidas pertinentes a efecto de recuperar los créditos fiscales derivados de derechos por el suministro de agua potable desde hace cuatro años y, según consta en el oficio número DESU/DAU/161443/2011 enviado a esta Comisión, ha realizado las siguientes acciones de cobranza:

2. A pesar de las providencias adoptadas por el SACM, la morosidad en el pago continúa siendo un tema pendiente, razón por la cual la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó en abril de 2011 una reforma al Código Fiscal local con el objetivo de regularizar a los contribuyentes que así deseen hacerlo, sin que se vean obstaculizados o impedidos de lograrlo debido a los costos acumulados por multas, sanciones, recargos, actualizaciones y costos de reconexión.

En la exposición de motivos se manifiesta que miles de habitantes de la Ciudad de México se habían visto afectados con restricciones o suspensiones en el suministro de agua potable y que, en ocasiones, por la desesperación de no contar con el suministro de agua y no tener la cantidad económica suficiente para pagar el monto adeudado, optaban por tomar acciones desesperadas, llegando al grado incluso de reconectarse de manera ilegal.

Tomando en cuenta lo anterior, los legisladores locales modificaron el artículo 177 cuyo texto en vigor dispone que, en caso de que los contribuyentes no paguen los derechos a su cargo en dos o más periodos consecutivos o alternados, o bien, cuando reincidan en declarar consumos menores a los determinados por la autoridad, el SACM podrá:

a) Suspender los servicios hidráulicos cuando se trate de usuarios con uso no doméstico; y

b) Restringir el suministro a la cantidad necesaria para satisfacer los requerimientos básicos de consumo humano cuando se trate de usuarios con uso doméstico.

Además, establece que “estarán exentos de la restricción del servicio los jubilados, pensionados, los adultos mayores, las personas con discapacidad y las madres jefas de familia”, siempre que acrediten ser propietarios del inmueble en que se ubica la toma y que el valor de éste no exceda de la cantidad de 919 mil 179.81 pesos. 1

Según datos de la Universidad Autónoma Metropolitana, sólo el 50 por ciento de los usuarios del servicio de agua paga a tiempo su consumo, mientras que un 25 por ciento es moroso y el 25 por ciento restante no paga el agua que utiliza para satisfacer sus necesidades; situación que evidencia la poca eficiencia en la cobranza de estos derechos.

Aunque el SACM hubiera realizado cerca de 40 mil suspensiones y restricciones de agua en el periodo comprendido de enero a octubre de 2011, estas acciones son insuficientes ante un universo de deudores que es cinco veces mayor.

Hasta ahora, las suspensiones y restricciones de agua potable son mínimas y la información relativa a estas medidas no es accesible. No se sabe con exactitud el monto de los créditos recuperados como consecuencia de estas acciones, el monto de los derechos y accesorios legales generados por la omisión de pago, ni de los derechos y accesorios que corresponden a la reinstalación del suministro. Tampoco se puede determinar si en los últimos años han aumentado o disminuido los créditos fiscales derivados de derechos por el suministro de agua.

Así, de conformidad con el análisis de la información y los argumentos vertidos en el cuerpo del presente dictamen, se deriva que los planteamientos realizados por la diputada proponente deben ser actualizados en el sentido de que el SACM remita a esta Comisión información completa y desagregada sobre las medidas que ha adoptado para disminuir la morosidad en el pago por el suministro de agua.

En merito de lo expuesto, la Comisión del Distrito Federal somete a la consideración de la honorable asamblea el siguiente:

Acuerdo

Único. Se exhorta al gobierno del Distrito Federal a que, a través del Sistema de Aguas del Distrito Federal, entregue a esta soberanía un informe detallado sobre el impacto que han tenido en la eficiencia recaudatoria las medidas de suspensión y restricción del suministro de agua a los deudores de este servicio.

Nota

1 Mediante decreto publicado el 30 de diciembre de 2011 se incluyó dentro de la exención de la restricción del servicio a las personas que pertenecen a pueblos indígenas y el valor catastral del inmueble se ubicó en 952 mil 270.28 pesos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de abril de 2012.

La Comisión del Distrito Federal

Diputados: Gabriela Cuevas Barron (rúbrica), presidenta; Jesús Ricardo Enríquez Fuentes (rúbrica), Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, Roberto Rebollo Vivero, César Daniel González Madruga, Agustín Guerrero Castillo, secretarios; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Armando Jesús Báez Pinal (rúbrica), Carlos Bello Otero, Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Armando Corona Rivera (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Paz Gutiérrez Cortina (rúbrica), Kenia López Rabadán (rúbrica), Eduardo Mendoza Arellano, Víctor Hugo Círigo Vásquez (rúbrica), Nazario Norberto Sánchez, Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), Héctor Pablo Ramírez Puga Leyva, Óscar González Yáñez, María Araceli Vázquez Camacho, María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Miguel Ángel Luna Munguía (rúbrica).

De la Comisión del Distrito Federal, con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas autoridades a realizar acciones para conectar las colonias Huichapan, Altamirano y Ocoyoacac con el proyecto del Parque Ecológico del Bicentenario

Honorable Asamblea:

La Comisión del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 40, numeral 3, y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 80, numeral 1, fracción VI, 82, numeral 1, 84 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

A la Comisión del Distrito Federal le fue turnado, para su estudio y dictamen, el oficio número 61-II-6-0732, que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del Distrito Federal a realizar las acciones necesarias para la construcción de puentes peatonales, adecuaciones viales, balizamiento y señalización vertical y horizontal que brinden protección al peatón y que comuniquen a las colonias Huichapan, Altamirano y Ocoyoacac con el proyecto del Parque Ecológico del Bicentenario, presentada por la diputada Gabriela Cuevas Barron, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

1. Con fecha 8 de diciembre de 2010, la diputada Gabriela Cuevas Barron presentó ante la tribuna de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al jefe del Gobierno a que realice las acciones necesarias para la construcción de puentes peatonales, adecuaciones viales, balizamiento y señalización vertical y horizontal que brinden protección al peatón y que comuniquen a las colonias Huichapan, Altamirano y Ocoyoacac con el proyecto del Parque Ecológico del Bicentenario.

2. En la misma fecha, la proposición con punto de acuerdo de referencia fue turnada a la Comisión del Distrito Federal para que, en uso de sus facultades y atribuciones, emita el dictamen previsto en el artículo 80 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

3. Dentro de los motivos que originan la proposición mencionada, la diputada refiere que en el año 2007 el Ejecutivo Federal anunció la construcción del Parque Ecológico del Bicentenario en los terrenos donde se ubicaba la ex refinería 18 de Marzo, enfatizando que dicho proyecto se consolidaría como un importante pulmón para la ciudad.

4. La proponente expone que la circulación peatonal será la columna vertebral del Parque Ecológico del Bicentenario, mismo que contará con ciclopista y mototren para recorrer el interior del lugar. Sin embargo, señala que no se ha tomado en cuenta la accesibilidad peatonal y que falta mejorar los pasos peatonales, así como construir puentes, bahías y marimbas o cebras peatonales que fomenten la adecuada comunicación del parque con las colonias Huichapan, Altamirano y Ocoyoacac.

Agrega que “se espera lleguen hasta el parque 1.8 millones de visitantes al año en su fase de máximo desarrollo, aunado a los 872,757 viajes/persona/día que se generan hacia el territorio delegacional con motivos de trabajo, comerciales, educativos y recreativos, de los cuales 311,466 se realizan en transporte privado y 561,757 con transporte público”, por lo que considera de vital importancia la protección de los peatones que transitarán hacia este nuevo espacio de recreación para la ciudad.

En especial, señala que se requiere integrar el parque ecológico con las colonias aledañas a través de una conexión vial y peatonal que permita hacerlo accesible a todos los sectores de la población.

5. De esta manera, y considerando que los peatones deben ser una prioridad en el diseño de calles, avenidas y en los demás espacios públicos de la ciudad, la diputada proponente considera necesario exhortar al Jefe del Gobierno para que, a través de la Secretaría de Transportes y Vialidad del Distrito Federal, se coordine con la Delegación Miguel Hidalgo a fin de realizar las acciones necesarias para la construcción de los puentes peatonales, adecuaciones viales, balizamiento y señalización vertical y horizontal que brinden protección al peatón y que comuniquen a las colonias Huichapan, Altamirano y Ocoyoacac con el proyecto del Parque Ecológico del Bicentenario.

Consideraciones

I. La comisión dictaminadora realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo referida a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

II. La proposición con punto de acuerdo que se dictamina se refiere principalmente a la conexión vial y peatonal que debe tener el Parque Ecológico Bicentenario con las colonias Huichapan, Altamirano y Ocoyoacac a efecto de hacerlo accesible a todos los sectores de la población.

III. La comisión dictaminadora ha realizado el análisis respecto a la Proposición del Punto de Acuerdo, destacando lo siguiente:

El 7 de noviembre de 2010 se inauguró el Parque Bicentenario en un predio de 55 hectáreas en lo que fue la refinería 18 de Marzo, aunque fue desde 1991 que se instruyó el cierre de operaciones de esta refinería debido a los fuertes problemas de contaminación que generaba en la Zona Metropolitana del Valle de México.

A partir de esa fecha se inició la reubicación de las plantas de proceso, el desmantelamiento de instalaciones, la recuperación de hidrocarburos en fase libre y de emulsiones agua-aceite y el retiro de tanques subterráneos de almacenamiento de hidrocarburos.

Posteriormente, en 2007, Pemex transmitió la propiedad en favor del Gobierno Federal comprometiéndose a realizar acciones de remediación ambiental para que una vez concluidas se construyera el Parque Ecológico. Así, entre los años 2007 y 2009 se remediaron 1,154,111 de m3 de tierra invirtiéndose alrededor de 1,900 millones de pesos para la construcción del Parque.

IV. El diseño arquitectónico del Parque permite combinar el arte, la historia, la arquitectura paisajística, la ciencia y el entretenimiento, aspectos que lo convertirán en un símbolo emblemático de la Ciudad de México. Además, en la página electrónica www.parquebicentenario.gob.mx se lee que en el Parque podrán disfrutarse más de 4,500 árboles de diversas especies como álamo sicomoro, ahuehuete, encino, fresno, huizache, palo de Judas, pino y sauce llorón; que el jardín botánico está compuesto por una serie de plataformas que permiten generar micro-climas para cada uno de los ecosistemas representados; y que el orquidario albergará más de 7,000 plantas de esta especie.

Actualmente, el parque cuenta con las siguientes áreas que tienen características paisajísticas propias:

a) Jardín Natura, donde se puede conocer la biodiversidad de nuestro país y se encuentran el jardín botánico, el orquidario, área de talleres educativos, espacio para exhibiciones temporales, área de juegos infantiles y área de adultos mayores;

b) Jardín Viento, donde podemos encontrar la Plaza Bicentenario, un auditorio al aire libre, zonas recreativas, así como canchas y áreas deportivas (canchas de voleibol, baloncesto, fútbol rápido, voleibol playero y circuito de patinaje extremo);

c) Jardín Tierra, espacio que cuenta con la ruta del mototren y área de picnic; y

d) Jardín Sol, donde se encuentra el Museo de la Energía.

V. De la revisión del marco legal se observa que la Delegación Miguel Hidalgo, la Secretaría de Obras y Servicios y la Secretaría de Transportes y Vialidad deben sumar esfuerzos -en el marco de sus respectivas competencias- para llevar a cabo los trabajos a que hace alusión la diputada proponente.

De manera específica, el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal otorga las siguientes facultades y atribuciones a los entes arriba enunciados:

A la Secretaría de Obras, por medio de su Dirección General de Obras Públicas, le corresponde (artículo 57):

• Elaborar estudios, proyectos, construir y supervisar nuevas obras viales y pavimentos hidráulicos, así como banquetas, guarniciones y reductores de velocidad en las vialidades primarias y, en su caso, modificar las existentes;

• Realizar los estudios, proyectos, construcción, supervisión y mantenimiento de los puentes vehiculares y peatonales en la vialidad primaria, así como de los que comuniquen a dos o más demarcaciones delegacionales; y

• Coordinar con las dependencias, unidades administrativas, órganos político-administrativos y órganos desconcentrados de la administración pública, la ejecución y supervisión de los programas a su cargo;

A la Secretaría de Transportes, a través de la Dirección General de Planeación y Vialidad, le corresponde (artículo 94):

• Formular y evaluar las políticas y programas para el desarrollo del transporte y la vialidad de conformidad con los estudios y proyectos que en materia de reordenamiento, fomento y promoción lleve a cabo el sector;

• Establecer los mecanismos de coordinación con instituciones públicas y privadas para la integración de instrumentos tendientes al desarrollo del transporte y la vialidad; y

• Diseñar y supervisar la instalación del equipamiento, mobiliario urbano y control de tránsito que proteja al peatón en las vialidades.

Finalmente, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal establece en su artículo 39 que a los Titulares de los Órganos Político-Administrativos de cada demarcación territorial les corresponde, entre otros asuntos: a) construir, rehabilitar y mantener las vialidades secundarias, así como las guarniciones y banquetas requeridas en su demarcación; y b) construir, rehabilitar y mantener puentes, pasos peatonales y reductores de velocidad en las vialidades primarias y secundarias de su demarcación, con base en los lineamientos que determinen las dependencias centrales.

VI. Con el propósito de contar con mayores elementos de valoración para elaborar el presente dictamen, se hicieron solicitudes de información a la Delegación Miguel Hidalgo y a la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal respecto a las obras que hubieren realizado para lograr una conexión vial y peatonal entre el Parque Bicentenario y todos los sectores de la población.

Mediante oficio No. GDF/SOS/OIP/1940/11, la Secretaría de Obras respondió que “no cuenta con información al respecto, en virtud de que el Parque Bicentenario, así como las obras complementarias a este, son del ámbito de competencia del Gobierno Federal, específicamente de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales”. En el mismo tenor respondió la Delegación Miguel Hidalgo.

Por su parte, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales contestó mediante oficio No. SEMARNAT/UCPAST/UE/1575/11 que “las obras de conexión como los puentes peatonales o pasos a desnivel están en proceso de análisis, de acuerdo con lo estipulado con las normas y reglamentos de la Secretaría de Transporte y Vialidad del Gobierno del Distrito Federal (SETRAVI)”.

Asimismo, señaló que “respecto a la conexión vial y peatonal del Parque Bicentenario, se realizaron las obras de mantenimiento de señalización vial (cebras) y las guarniciones de las banquetas que delimitan dicho parque, en especial en la esquina de Av. 5 de mayo”.

VII. Con base en el análisis de la información y en los argumentos vertidos en el cuerpo del presente dictamen, esta Dictaminadora considera que si bien la SEMARNAT ha realizado algunas obras de mantenimiento de señalización vial y guarniciones de las banquetas en las inmediaciones del Parque, todavía se encuentran en revisión las obras de conexión con las colonias Huichapan, Altamirano y Ocoyoacac, motivo por el cual se considera necesario emitir un exhorto a las autoridades enunciadas en el presente dictamen para que, de manera coordinada, realicen las obras necesarias con la finalidad de brindar una protección adecuada a los peatones y comunicar dichas colonias con el proyecto del Parque Ecológico del Bicentenario.

En mérito de lo expuesto, la Comisión del Distrito Federal somete a la consideración de la Honorable Asamblea el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta a los titulares de las Secretarías de Transportes y Vialidad y de Obras y Servicios, ambas del Distrito Federal, así como a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Delegación Miguel Hidalgo, a que se coordinen para realizar obras de conexión, como puentes peatonales y pasos a desnivel, a fin de comunicar a las colonias Huichapan, Altamirano y Ocoyoacac con el Parque Ecológico del Bicentenario, buscando en todo momento la protección de los peatones que quieran asistir a este espacio.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de abril de 2012.

La Comisión del Distrito Federal

Diputados: Gabriela Cuevas Barron (rúbrica), Jesús Ricardo Enríquez Fuentes (rúbrica), Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, Roberto Rebollo Vivero, César Daniel González Madruga, Agustín Guerrero Castillo, Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Armando Jesús Báez Pinal (rúbrica), Carlos Bello Otero, Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Armando Corona Rivera (rúbrica), Marco Antonio García Ayala (rúbrica), Paz Gutiérrez Cortina (rúbrica), Kenia López Rabadán (rúbrica), Eduardo Mendoza Arellano, Víctor Hugo Círigo Vásquez (rúbrica), Nazario Norberto Sánchez (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), Héctor Pablo Ramírez Puga Leyva, Óscar González Yáñez, María Araceli Vázquez Camacho, María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Miguel Ángel Luna Munguía (rúbrica).

De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de Nayarit a incluir la perspectiva de género en el Presupuesto de Egresos local

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Equidad y Género de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados fue turnada la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de Nayarit a incluir la perspectiva de género en el Presupuesto de Egresos local, presentada por la diputada Martha Elena García Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 84, 85, 157, 162, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. Con fecha 28 de febrero de 2012, la diputada Martha Elena García Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo por el que por el que se exhorta a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de Nayarit a incluir la perspectiva de género en el Presupuesto de Egresos local.

Segundo. En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Equidad y Género de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados para análisis y dictamen.

Contenido de la proposición

La proponente señala que uno de los instrumentos fundamentales en la construcción de las políticas públicas son los presupuestos. Que a través de su ejercicio por parte del gobierno se consigue la atención de las demandas sociales y de las necesidades de los ciudadanos.

Que en su construcción han de participar diversos actores que tienen interés sobre determinados temas. En el caso concreto de las problemáticas de las mujeres prevalece una falta de políticas que combatan la discriminación y erradiquen la violencia que se ejerce en su contra.

Manifiesta muchas organizaciones de mujeres han ejercido presión sobre los encargados de elaborar las políticas públicas a favor de la igualdad de género. En este sentido a nivel federal se ha avanzado en la construcción de los presupuestos para la igualdad entre hombres y mujeres.

Precisa que a nivel federal, el presupuesto etiquetado ha favorecido a través de los últimos cinco años, diversas políticas que han generado mejores condiciones para que las mujeres tengan acceso a diversos bienes y servicios para su desarrollo, tal es el caso de las estancias infantiles para madres trabajadoras que les ha permitido a las beneficiarias del programa contar con más tiempo para su desarrollo laboral. Del mismo modo, el presupuesto etiquetado ha servido para ejecutar acciones estratégicas para combatir la violencia contra las mujeres, un ejemplo claro de ello son los recursos destinados a los refugios para mujeres y sus hijos e hijas víctimas de violencia.

Aduce que otro asunto que ha trascendido, es la asignación específica de un recurso para la creación de estancias infantiles en las universidades públicas para que las estudiantes que ejerzan su maternidad tengan la oportunidad de no abandonar sus estudios por el cuidado de los hijos.

Asevera que los ejemplos anteriores muestran que el etiquetado de recursos dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación ha generado cambios en las condiciones de la vida de las mujeres, si bien, no ha sido en el grueso de la población femenina, si lo ha sido para sectores que sufren de condiciones de mayores necesidades.

No obstante, observa que para el caso de Nayarit, en su estructura programática, no hay presupuesto específico para las mujeres ni para la atención de sus problemáticas.

Considera que la inclusión de la transversalidad de la perspectiva de género en el Presupuesto de Egresos es un proceso de largo plazo. Sin embargo, uno de sus primeros pasos implica que en todas las fases del procesos presupuestario se incluya la perspectiva de género y del mismo modo en cada uno de los sectores en donde se asignan recursos deban etiquetarse recursos a favor de la igualdad entre los géneros.

Considera que en el Presupuesto de Egresos de Nayarit para el ejercicio de 2012 se ha avanzado en el tema de evaluación, dado que en el artículo 80, fracción VII, se establece que los indicadores de desempeño tendrán como objetivo facilitar la medición de, entre otros factores, la equidad; esto es, de todos los elementos relativos al acceso, valoración, participación e impacto distributivo entre los grupos sociales o entre los géneros por la provisión de un bien o servicio.

Asimismo, la fracción V del artículo 83 menciona que las evaluaciones desagregarán en lo posible datos por sexo a efecto de medir el impacto diferenciado entre hombres y mujeres.

Pese a ello, puntualiza, la identificación específica mediante un presupuesto etiquetado sobre las acciones a favor de las mujeres es necesaria para conocer si desde el diseño de los presupuestos públicos se está contemplando la visión de género; es decir, en su elaboración, aprobación, ejercicio, seguimiento y fiscalización debe hacerse con perspectiva de género para obtener una verdadera acción a favor de las mujeres.

Para la proponente, es necesario que en Nayarit se etiqueten acciones estratégicas a favor de las mujeres indígenas, madres solas jefas de familia, para estudiantes de nivel bachillerato y educación universitaria que presentan dificultades para concluir sus estudios, para las mujeres que son víctimas de violencia y no cuentan con espacios para atender sus demandas, o de igual forma las mujeres que quieren emprender un proyecto pero por falta de acceso a los créditos continúan en situación de pobreza.

Concluye la proponente con que es necesario que los actores involucrados en el proceso presupuestario trabajen por incluir la perspectiva de género en todas las etapas para que en el Presupuesto de Egresos de Nayarit se incluya un anexo específico con el detalle de las erogaciones a favor de las mujeres y la igualdad de género.

Por ello presenta la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de Nayarit para que en el proceso presupuestario de esa entidad se incluya la perspectiva de género y se incluyan los lineamientos para que el ejercicio del presupuesto se haga con perspectiva de género y se incluya un anexo específico donde se detallen las erogaciones a favor de las mujeres y la igualdad de género.

Consideraciones

Para las y los integrantes de esta comisión legislativa resulta válido y oportuno llamar la atención sobre un asunto de particular importancia para apuntalar presupuestalmente el avance de las mujeres en una de las entidades del occidente del país.

De esta manera, las y los integrantes de la Comisión de Equidad y Género se dieron a la tarea de analizar y discutir los contenidos de la proposición a fin de adoptar una resolución, con base en las siguientes consideraciones:

Primera. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 1o. la prohibición “de toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”. En consecuencia, el artículo 4o. del mismo ordenamiento establece la igualdad jurídica entre mujeres y hombres.

Segunda. De manera específica, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia señala –en el artículo 1, que tiene por objeto “establecer la coordinación entre la federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación”.

En el artículo segundo de la misma ley se establece que corresponde a la federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, expedir las normas legales y tomar las medidas presupuestales y administrativas correspondientes, para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en concordancia con los tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, ratificados por el Estado mexicano.

Concretamente, en el artículo 35 se establece que la federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios se coordinarán para la integración y funcionamiento del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el cual tiene por objeto la conjunción de esfuerzos, instrumentos, políticas, servicios y acciones interinstitucionales para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.

Entre las obligaciones de la federación sobresale la de garantizar una adecuada coordinación con las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios, con la finalidad de erradicar la violencia contra las mujeres; ello, en el artículo 41 de la ley citada.

Señala el artículo 49 de la citada ley que a las entidades federativas corresponden, entre otras responsabilidades, las de

• Instrumentar y articular sus políticas públicas en concordancia con la política nacional integral desde la perspectiva de género para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

• Fortalecer e impulsar la creación de las instituciones públicas y privadas que prestan atención a las víctimas.

• Integrar el Sistema Estatal de Prevención, Erradicación y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e incorporar su contenido al Sistema Nacional.

• Promover, en coordinación con la Federación, programas y proyectos de atención, educación, capacitación, investigación y cultura de los derechos humanos de las mujeres y de la no violencia, de acuerdo con el programa.

• Impulsar programas locales para el adelanto y desarrollo de las mujeres y mejorar su calidad de vida.

• Proveer de los recursos presupuestarios, humanos y materiales, en coordinación con las autoridades que integran los sistemas locales, a los programas estatales y el Programa;

• Impulsar la creación de refugios para las víctimas conforme al modelo de atención diseñado por el sistema;

• Promover programas de información a la población en la materia;

• Impulsar programas reeducativos integrales de los agresores;

• Difundir por todos los medios de comunicación el contenido de esta ley;

• Rendir un informe anual sobre los avances de los programas locales;

• Promover investigaciones sobre las causas y las consecuencias de la violencia contra las mujeres;

• Revisar y evaluar la eficacia de las acciones, las políticas públicas, los programas estatales, con base en los resultados de las investigaciones previstas en la fracción anterior;

• Celebrar convenios de cooperación, coordinación y concertación en la materia.

A la luz de las disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a un Vida Libre de Violencia, el artículo 49 es una rica veta de atribuciones que obliga a las entidades federativas –los poderes instituidos– a desarrollarlas con una base presupuestal.

Tercera. Entre las atribuciones previstas para los gobiernos estatales y del Distrito Federal en el artículo 15 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres figuran las de

• Conducir la política local en materia de igualdad entre mujeres y hombres;

• Crear y fortalecer los mecanismos institucionales de promoción y procuración de la igualdad entre mujeres y hombres, mediante las instancias administrativas que, se ocupen del adelanto de las mujeres en los estados y el Distrito Federal;

• Elaborar las políticas públicas locales, con una proyección de mediano y largo alcance, debidamente armonizadas con los programas nacionales, dando cabal cumplimiento a la (...) Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres;

• Promover, en coordinación con las dependencias de la administración pública federal la aplicación de la presente ley.

Al respecto, es pertinente traer a colación el hecho de que el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el 11 de octubre pasado el dictamen con proyecto de decreto que adiciona el artículo 15 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres a efecto de establecer que corresponda a las y los titulares de los gobiernos estatales y del Distrito Federal incorporar en los presupuestos de egresos locales la asignación de recursos para el cumplimiento de la política local en materia de igualdad.

Con tal inclusión se refuerzan, por un lado, las atribuciones previstas en el ordenamiento general, cuyo objeto es la conjunción de esfuerzos para alcanzar la igualdad; por otro lado, aseguramos, con la “enmienda se daría pie para que los estados que todavía no han expedido la ley respectiva puedan armonizarla en este sentido”.

Cuarta. La Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres para el Estado de Nayarit vigente precisa en la fracción VII del artículo 23 que al titular del Poder Ejecutivo estatal corresponde “efectuar la planeación y previsión para incorporar en el Presupuesto de Egresos del estado la asignación de recursos para el cumplimiento de la política de igualdad”.

Téngase presente que al Instituto para la Mujer Nayarita –organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios– corresponden, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres para el Estado de Nayarit, las siguientes atribuciones:

I. Coordinar las acciones para la transversalización de la perspectiva de género, así como crear y aplicar el Programa para la Igualdad, con los principios que esta Ley señala;

II. Establecer los lineamientos sobre la rectoría de la igualdad sustantiva, y someterlos a la aprobación de quien ejerza la titularidad del Poder Ejecutivo estatal;

III. Elaborar el Programa para la Igualdad y someterlo a la aprobación de quien ejerza la titularidad del Poder Ejecutivo del Estado, una vez aprobado deberá ser revisado anualmente;

IV. Coordinar los programas de igualdad entre mujeres y hombres de las dependencias y entidades de la administración pública;

V. Formular propuestas a las dependencias competentes sobre la asignación de los recursos que requieran los programas de igualdad entre mujeres y hombres;

VI. Favorecer la institucionalización de la perspectiva de género en la administración pública;

VII. Celebrar convenios y sentar las bases de colaboración con el sector social, político, cultural y administrativo para la institucionalización de medidas a favor de la igualdad en el estado;

VIII. Promover, coordinar y realizar la revisión de programas y servicios en materia de igualdad entre mujeres y hombres en la administración pública;

IX. Impulsar la participación de la sociedad civil en la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres; y

X. Las demás que sean necesarias para cumplir los objetivos de esta ley.

Más aún, al Poder Legislativo estatal en su relación con la Política de Igualdad no se le asigna atribución alguna en el sentido de dotar de recursos a los programas y acciones de ésta (artículo 25 de la ley citada, capítulo primero, título cuarto).

Quinta. Pese a lo anteriormente expuesto, en cuanto a atribuciones del Ejecutivo estatal y del Inmunay, a la fecha, en el Presupuesto de Egresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit no se establece apartado alguno que asiente clara e inobjetablemente la cuantía de recursos destinados a concretar la política de igualdad estatal. Por tanto, en la distribución programática no se puede determinar que erogaciones corresponden para tales propósitos.

Si en cambio prevé, como lo apunta la proponente, en el artículo 80, fracción VII, que los indicadores de desempeño tendrán como objetivo facilitar la medición de los factores como “Equidad: que mide los elementos relativos al acceso, valoración, participación e impacto distributivo entre los grupos sociales o entre los géneros por la provisión de un bien o servicio”.

Y en la fracción V del artículo 83, que “las evaluaciones [realizadas a través de la verificación del grado de cumplimiento de objetivos y metas, con base en indicadores estratégicos y de gestión que permitan conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos estatales], en la medida de lo posible, deberán incluir información desagregada por sexo relacionada con las beneficiarias y beneficiarios de los programas, asimismo, en los casos que sea posible, las dependencias y entidades deberán presentar resultados con base en indicadores, desagregados por sexo, a fin de que se pueda medir el impacto y la incidencia de los programas de manera diferenciada entre mujeres y hombres”.

Sexta. Dado lo reseñado, es notorio que se requiere la etiquetación de recursos a fin de garantizar el cumplimiento de las disposiciones federales y locales en la materia, así como para determinar el impacto en las condiciones materiales de vida de mujeres y hombres.

El Congreso de Nayarit no puede ser omiso al aprobar el decreto anual de las obligaciones previstas en el marco jurídico que obligan al gobierno estatal a atender una serie de atribuciones en materia de igualdad.

Luego entonces, para esta comisión dictaminadora la propuesta de exhortar a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de Nayarit para que en el proceso presupuestario de esa entidad se incluya la perspectiva de género, los lineamientos para que el ejercicio del presupuesto se haga con perspectiva de género y un anexo específico donde se detallen las erogaciones a favor de las mujeres y la igualdad de género, resulta oportuna, necesaria y justa.

Con la etiquetación de recursos –para salud, educación, cultura, combate a la violencia, de acceso a la justicia, etcétera–, en un anexo presupuestal específico, la autoridad local responsable de la actividad evaluatoria estaría en condiciones de verificar los alcances de la acción gubernamental en cuanto al grado de cumplimiento de los objetivos y metas, y el impacto de los programas en las condiciones de vida de las personas beneficiadas.

Séptima. Derivado de sus obligaciones legales, para esta comisión dictaminadora la existencia del Instituto para la Mujer Nayarita (Inmunay) representa la materialización del esfuerzo de las mujeres de ese estado en pos de sus aspiraciones y metas.

Por ello, está obligado a jugar un papel significativo en concretar la transversalización de género en los presupuestos de egresos estatales y en la etiquetación anual de recursos para hacer efectivos los programas y acciones –orientados al mejoramiento de las condiciones de vida y la igualdad de oportunidades de las mujeres– las cuales debe formular, coordinar y dar seguimiento.

En suma, para esta comisión dictaminadora, es viable la propuesta de considerar en el presupuesto de egresos estatal la perspectiva de género y de manera precisa la identificación de todas aquellas erogaciones orientadas a apalancar acciones y programas que tengan como eje la remoción de los obstáculos que impiden a las mujeres el libre ejercicio de sus derechos consagrados en el marco jurídico estatal, nacional e internacional.

Finalmente, con objeto de lograr mayor claridad y certeza en el punto resolutivo se adecua la redacción, sin alterar su naturaleza.

En razón de lo expuesto sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente a los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado Libre y Soberano de Nayarit para que en el Presupuesto de Egresos estatal anual se incluyan la perspectiva de género y, de manera específica, un anexo con las erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres, así como los lineamientos de su ejecución.

Palacio Legislativo de San Lázaro, abril de 2012.

La Comisión de Equidad y Género

Diputados: Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo (rúbrica), presidenta; Ana Estela Durán Rico, Adela Robles Morales (rúbrica), Elvia Hernández García (rúbrica), Blanca Estela Jiménez Hernández (rúbrica), Laura Elena Estrada Rodríguez (rúbrica), Tomasa Vives Preciado (rúbrica), Bélgica Carmona Cabrera (rúbrica), secretarias; Laura Arizmendi Campos, Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica), Rosa Adriana Díaz Lizama, Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, Lucila del Carmen Gallegos Camarena (rúbrica), Margarita Gallegos Soto (rúbrica), Laura García Dávila (rúbrica), Luis García Silva (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Marcela Guerra Castillo, María del Carmen Guzmán Lozano (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero (rúbrica), Sandra Méndez Hernández, Juan Carlos Natale López, María Elena Pérez de Tejada Romero, Leticia Robles Colín (rúbrica), Frida Celeste Rosas Peralta (rúbrica), Blanca Luz Purificación Dalila Soto Plata (rúbrica), Fidel Kuri Grajales, Leticia Quezada Contreras, Guadalupe Valenzuela Cabrales (rúbrica).

De la Comisión de Equidad y Género, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Congreso de Oaxaca a discutir y, en su caso, aprobar la iniciativa para tipificar lo mismo el feminicidio que la violencia obstétrica y la familiar

Honorable Asamblea

A la Comisión de Equidad y Género de la LXI Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, le fue turnada la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Congreso de Oaxaca a discutir y, en su caso, aprobar la iniciativa por la cual se propone tipificar lo mismo el feminicidio que la violencia obstétrica y la familiar.

Esta comisión dictaminadora, con fundamento los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 84, 85, 157, 162, 180 y 182 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. Con fecha 13 de marzo de 2012, la diputada Teresa del Carmen Incháustegui Romero, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados la Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Congreso de Oaxaca a discutir y, en su caso, aprobar la iniciativa por la cual se propone tipificar lo mismo el feminicidio que la violencia obstétrica y la familiar.

Segundo. En la misma fecha, la Mesa Directiva determinó turnarla a la Comisión de Equidad y Género, de la LXI Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, para su análisis y dictamen.

Contenido de la proposición

Señala la proponente que el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia y discriminación ha sido consagrado y establecido como un desafío prioritario a nivel nacional e internacional.

Afirma que la promulgación de diversos instrumentos internacionales de derechos humanos que protegen el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia, refleja un consenso y reconocimiento por parte de los estados sobre el trato discriminatorio tradicionalmente recibido por las mujeres en sus sociedades. Asimismo, asevera que la obligación de contar con mecanismos para atender, prevenir y erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres, en todos los ámbitos de ocurrencia, ha permitido incidir de manera determinante en las agendas de los gobiernos.

Sin embargo, señala, a pesar de la existencia de un marco jurídico internacional tendiente a proteger los derechos humanos de las mujeres, la violencia contra las mujeres persiste en todos los países del mundo como una violación generalizada de los derechos humanos y se constituye como uno de los obstáculos principales para lograr la igualdad de género. Esa violencia, en palabras de la Secretaría General de las Naciones Unidas, es inaceptable, ya sea cometida por el estado y sus agentes; por parientes o por extraños; en el ámbito público o privado; en tiempo de paz o en tiempos de conflicto. Mientras siga existiendo la violencia contra la mujer, no se puede afirmar que se han logrado progresos reales hacia la igualdad, el desarrollo y la paz.

Informa que la violencia contra las mujeres, en la familia y la sociedad se ha generalizado y trasciende las diferencias de ingresos, clases sociales y culturas, y debe contrarrestarse con medidas urgentes y eficaces para eliminar su incidencia (párrafo 23 del anexo a la resolución 1990/15 del Consejo Económico y Social, de 24 de mayo de 1990).

Que entre las medidas generales y urgentes, se ha recomendado reiteradamente a nuestro país, la elaboración de un marco jurídico integral que establezca la protección de los derechos humanos de las mujeres y la prohibición explícita de la violencia en la sociedad y la familia (Resolución 1991/18 del Consejo Económico y Social)

La proponente asegura que la vulnerabilidad de los derechos de las mujeres se pone en evidencia a partir de códigos penales que atenúan de diverso modo las penalidades para quienes agreden física, sexual, psicológica y económicamente a las mujeres, así como a quienes las privan de la vida en determinadas circunstancias.

Señala que el altísimo grado de impunidad —resultado de la extendida ineficiencia y la tolerancia de las instituciones de procuración de justicia— que, según datos recabados por la Comisión Especial para el Seguimiento de los Feminicidios de la Cámara de Diputados, para 12 entidades de la república, llega a representar 99 por ciento de los casos de homicidios de mujeres entre 2000 y 2010, es una muestra de la deficiencia de nuestro marco legal y nuestro sistema judicial.

Detalla que de acuerdo a las estadísticas a propósito del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer 2011, publicadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en Oaxaca cuatro de cada diez mujeres que tienen o han tenido una pareja, han sido agredidas por ella en algún momento de su vida marital, para 2006 se estimó que 718 mil de mujeres de quince años y más, habían experimentado al menos un acto de violencia a lo largo de su vida, lo que representa 61.2 por ciento. Asimismo, esta entidad de ubica en el tercer lugar a nivel nacional, en la violencia que ocurre en los espacios comunitarios o públicos, ejercida por desconocidos, y que se refiere básicamente a actos de acoso y abusos sexuales y de despojo material y económico.

Precisa que pese a que en muchas ocasiones las mujeres son agredidas de manera grave, no acuden a denunciar los hechos delictivos perpetrados por su pareja. Más de 70 por ciento de las mujeres que padecieron violencia física o sexual por parte de su pareja, no recurrió a ninguna autoridad, particularmente a quienes agredieron físicamente (79.4 por ciento). Las mujeres que recurrieron al ministerio público para denunciar el hecho es poco significativo; en el caso de violencia física 10.9 por ciento y sexual 11.9 por ciento. Las que recurrieron a otra autoridad es alrededor de 8 por ciento en ambos casos; y las que acudieron a la policía preventiva se sitúan en 3.1 por ciento en la violencia física y 3.7 por ciento en la sexual.

En abundancia, señala que de acuerdo con el INEGI, lo anterior se debe, a que aunado al desconocimiento de las mujeres sobre sus derechos, se encuentra la desconfianza en el sistema de seguridad y procuración de justicia o piensa que él no va a cambiar, razón que se mencionó en 19.8 por ciento de los casos. Aunque la principal razón por la que no denuncian las mujeres fue por miedo, debido a sus hijos o amenazas de su pareja (42.7 por ciento); y porque no le da importancia o él tiene derecho a reprenderla en 45.6 por ciento de las mujeres casadas o unidas que fueron agredidas física y o sexualmente.

Considera como graves los riesgos y costos que deben asumir las mujeres, debido a los daños y secuelas corporales y las alteraciones emocionales, derivadas de manera directa por la violencia que padecen las mujeres, y que incluso pueden poner en riesgo su integridad física y emocional y conducirla a la muerte en un caso extremo o bien remitirlas al hospital e incapacitarlas temporal o definitivamente. Tal como lo muestran algunas declaraciones, una de cada diez mujeres casadas o unidas y las alguna vez unidas, y que han vivido algún tipo de violencia, han pensado en suicidarse. Y de éstas, tres de cada diez lo han intentado.

Asegura que los feminicidios siguen siendo un problema grave e inadmisible. Que la violencia feminicida expresada en la elevada mortalidad femenina por causas prevenibles, es la culminación de la discriminación que sufren las mujeres y una muestra más de la precariedad del estado de derecho que vivimos actualmente en el país. A nivel nacional, de acuerdo a la estadística de mortalidad que genera la Secretaría de Salud y que sistematiza el INEGI, de 1985 a 2009, hay casi 33 mil feminicidios y un crecimiento de 68 por ciento de 2005 a 2009.

Puntualiza que en contra del extendido prejuicio de que el feminicidio victimiza a las mujeres por llevar una vida poco moral, 17.2 por ciento de estas muertes ocurren en mujeres menores de edad; entre éstas destacan las niñas entre 0 y 5 años que representan 9 por ciento de estos asesinatos. Las formas en que las mujeres son privadas de la vida da cuenta igualmente de la brutalidad y violencia que se ejerce en su contra, así, en el último año, 40 por ciento perdió la vida por la vía de una arma de fuego, 20 por ciento sufrió ahorcamiento, ahogamiento o sofocación. 18 por ciento fue ultimada por el uso de armas punzo cortantes y el resto perdió la vida por el uso de sustancias, fuego, objetos romos y otros no especificados en los registros.

Añade que en el caso específico de Oaxaca, las muertes violentas de mujeres se encuentran por debajo del promedio nacional. En los últimos años, en número absolutos se redujeron de 72 a 67 muertes. Otro dato importante es que las defunciones femeninas con presunción de homicidio en 2005 y 2009 sólo ocurrieron en 78 municipios, a pesar de que el estado tiene 570; además, el único que registró más de cuatro de estas muertes en esos años fue Oaxaca de Juárez, el capitalino, con seis y 10, respectivamente.

Resalta que el porcentaje de las defunciones de mujeres menores de edad con presunción de homicidio en Oaxaca, como se observa en otras entidades, fue superior a la de los niños en el periodo de 2005 a 2009. Si bien se advierte, una tendencia decreciente en las niñas y una creciente en los niños, todavía en 2009 el porcentaje de aquéllas casi duplicaba al de éstos.

En este sentido, señala que de acuerdo a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Oaxaca, de 2005 a septiembre de 2011, han ocurrido 322 homicidios de mujeres. En cuanto a la situación que guardan estos casos, la información proporcionada por la Procuraduría General de Justicia del Estado no ha sido clara, ya que hasta el año de 2009 señalan únicamente 19 sentencias condenatorias, 3 sentencias absolutorias, y el resto de los casos se encuentran en trámite ya sea en investigación o en proceso.

La proponente informa que con el objetivo de fortalecer el marco jurídico de Oaxaca, así como proporcionar herramientas técnico-jurídicas a las y los operadores de justicia, para combatir la impunidad en los casos de violaciones a los derechos humanos y garantizar el acceso a la justicia de las mujeres, se presentó en agosto del año pasado , una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal, el Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca y el Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca para tipificar el Feminicidio y la Violencia Obstétrica y se reforma el tipo penal de violencia familiar.

En ella, señala, se propone cambiar la denominación del Título Vigésimo Segundo del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Oaxaca que actualmente se llama Delitos Contra la Familia para quedar como Delitos Contra el Derecho a una Vida Libre de Violencia, al que se incluirán tres capítulos. El capítulo primero se referirá a la violencia familiar, el capítulo segundo será para el feminicidio y el capítulo tercero para violencia obstétrica.

Ante el grave problema, dice, que representa la violencia contra las mujeres, los gobiernos, a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, deben dar respuesta a la sociedad y a las mujeres, haciendo valer la seguridad y los derechos humanos. Sin escamotear su responsabilidad frente a la violencia que viven las mujeres e invisibilizarla.

Afirma que la iniciativa presentada ante el Congreso del estado es producto del consenso entre autoridades gubernamentales, especialistas, y sociedad civil, es el resultado del estudio de las recomendaciones internacionales hechas a nuestro país en materia de erradicación de la violencia contra las mujeres, pero sobre todo es la respuesta en material legislativa a la deuda histórica que tiene la legislación con las mujeres oaxaqueñas.

Asegura que con la aprobación de una iniciativa con las características como la presentada en agosto del año pasado, permitirá avanzar en el reconocimiento jurídico de los derechos humanos de las mujeres, establecer las bases para atender oportunamente los casos de violencia contra las mujeres, especialmente en el ámbito familiar, y con ello se realizará una medida efectiva para prevenir los feminicidios en Oaxaca.

Por ello, somete a consideración el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Congreso del estado de Oaxaca para que discuta y, en su caso, apruebe la iniciativa por la que se propone la tipificación del delito de feminicidio, la violencia obstétrica y la violencia familiar.

Consideraciones

Las y los integrantes de la Comisión de Equidad y Género se dieron a la tarea de analizar y discutir la propuesta a fin de tomar una decisión al respecto.

Primera. En lo referente al feminicidio, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el 18 de enero del presente año, aprobó unánimemente un respetuoso exhorto a los congresos de las entidades federativas en las que no se haya tipificado el delito de feminicidio a tomar todas las medidas necesarias, en el ámbito de su jurisdicción y competencia, para tipificar en sus respectivos códigos penales el delito de feminicidio, promoviendo, en su caso, la armonización de la legislación en la materia (Gaceta Parlamentaria , año XV, número 3432-III, miércoles 18 de enero de 2012)

Entre las consideraciones manifestadas por la Comisión Permanente resaltan las siguientes:

(...) toman en cuenta como lo afirma la proponente que “el feminicidio ha sido tipificado, en nueve entidades federativas: Colima, Distrito Federal, Guanajuato, Guerrero, México, Morelos, San Luis Potosí, Tamaulipas y Veracruz”, y hacen suyos los planteamientos de la proponente al señalar que “resulta imperativo que el resto de las entidades asuman la existencia del feminicidio como un problema social, a efecto de que lo tipifiquen como un nuevo tipo penal, toda vez que las muertes violentas de mujeres continúan en aumento, por lo que es responsabilidad de cada una de las entidades tomar todas las medidas necesarias, en ejercicio de su deber para evitar que la violencia contra las mujeres continúe siendo un hecho que ocurre impunemente en el país.”

Asimismo:

En razón de la materia que se trata, [se] considera que el Estado mexicano debe de poner particular atención a la eliminación de la discriminación y la violencia que sufren las mujeres; lo que explica que los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos las identifiquen y las condenen, al mismo tiempo que se solicita a los Estados lleven a cabo una política pública y legislación para erradicarlas.

De tal manera (...) consideran procedente exhortar a las entidades de la República en las que no se haya tipificado el delito de feminicidio a tomar todas las medidas necesarias, en ejercicio de su deber para evitar que la violencia contra las mujeres continúe siendo un hecho que ocurre impunemente en el país.

En tales circunstancias, esta Comisión Dictaminadora considera importante retomar el exhorto que a nombre el Congreso de la Unión realizó la Comisión Permanente, a fin de resaltar la importancia que tiene para los Congresos locales el garantizar el derecho a una vida libre de violencia para las mujeres, a través de la tipificación del delito de feminicidio. La Comisión observa que el análisis y la discusión de esta iniciativa contribuiría a dar una respuesta a este exhorto.

Segunda . La Comisión Dictaminadora consciente del grave problema que representa la violencia contra las mujeres, concuerda en que los gobiernos, a través de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, deben dar respuesta a la sociedad y a las mujeres, haciendo valer la seguridad y los derechos humanos.

Es por ello que, esta Comisión Dictaminadora observa y realza la importancia de la Recomendación General 19 del Comité de la CEDAW como una herramienta clave que debe de ser atendida por las autoridades del Poder Legislativo a nivel federal y local. En dicha recomendación se establece que todas las formas de violencia contra las mujeres deben ser reconocidas como tales en las legislaciones de los Estados, adoptando “medidas apropiadas y eficaces para combatir los actos públicos o privados de violencia, por razones de sexo”.

Para ello, tal como se observa en las consideraciones del punto de acuerdo en comento, la iniciativa que busca reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Penal para tipificar el delito de feminicidio, la Violencia Obstétrica y reformar el tipo penal de violencia familiar, atiende a las recomendaciones internacionales y al marco jurídico nacional e integra el trabajo conjunto de autoridades gubernamentales, especialistas, y sociedad civil.

Lo anterior, refleja la voluntad política de asumir las obligaciones en la materia de erradicación de la violencia contra las mujeres en el Estado de Oaxaca, contribuyendo a la consolidación de las acciones que se están desarrollando por el gobierno del Estado, reforzando el marco jurídico, dando las bases para que se garantice el acceso efectivo a la justicia y el derecho a vivir libre de violencia.

Tercera . No obstante lo anterior, ésta Comisión Dictaminadora se pronuncia respetuosa del mandato constitucional previsto en el artículo 40, que a la letra dice: “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior...”; asimismo, el artículo 41 establece lo siguiente: “El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos...”

Por tanto, se considera que la discusión de una iniciativa de tal envergadura y con tan pertinentes objetivos como lo es la erradicación de la violencia contra las mujeres, debe ser asumida por la comisión dictaminadora del Congreso local con la pertinencia necesaria para su inmediato análisis.

El analizar, discutir, y en su caso aprobar esta iniciativa, tal como lo establece la proponente “permitirá avanzar en el reconocimiento jurídico de los derechos humanos de las mujeres; establecer las bases para atender y sancionar los casos de violencia contra las mujeres; garantizar un acceso real y efectivo a la justicia; e incidir en la desnaturalización de la violencia contra las mujeres”.

En razón de lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la LXI Legislatura Constitucional del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca a analizar, discutir y, en su caso, aprobar la Iniciativa por la que se propone la tipificación del delito de feminicidio, la violencia obstétrica y la violencia familiar en el Código Penal del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

Palacio Legislativo de San Lázaro, abril de 2012.

La Comisión de Equidad y Género

Diputadas y diputados: Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo (rúbrica), presidenta; Ana Estela Duran Rico, Adela Robles Morales (rúbrica), Elvia Hernández García (rúbrica), Blanca Estela Jiménez Hernández (rúbrica), Laura Elena Estrada Rodríguez (rúbrica), Tomasa Vives Preciado (rúbrica), Bélgica Nabil Carmona Cabrera (rúbrica), secretarias; Laura Arizmendi Campos, Laura Itzel Castillo Juárez (rúbrica), Rosa Adriana Díaz Lizama, Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández, Lucila del Carmen Gallegos Camarena (rúbrica), Margarita Gallegos Soto (rúbrica), Laura Felícitas García Dávila (rúbrica), Luis García Silva (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Marcela Guerra Castillo, María del Carmen Guzmán Lozano (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero (rúbrica), Sandra Méndez Hernández, Juan Carlos Natale López, María Elena Pérez de Tejada Romero, Leticia Robles Colín (rúbrica), Frida Celeste Rosas Peralta (rúbrica), Blanca Luz Purificación Dalila Soto Plata (rúbrica), Fidel Kuri Grajales, Leticia Quezada Contreras, Guadalupe Valenzuela Cabrales (rúbrica).