Gaceta Parlamentaria, año XIV, número 3376-II, martes 25 de octubre de 2011


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De las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, con opinión de la Comisión de Participación Ciudadana, sobre la minuta del Senado de la República con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política

HONORABLE ASAMBLEA:

Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación, con Opinión de la Comisión de Participación Ciudadana, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 40 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, 84, 85 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta Soberanía, el siguiente:

DICTAMEN

I. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS.

1. El 13 de octubre de 2005, el Senador Rafael Melgoza Radillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 35 y 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de democracia participativa. En esa misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Gobernación y de Estudios Legislativos.

El 12 de abril de 2011 la Mesa Directiva rectificó el turno para quedar como sigue: “Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos”.

2. El 10 de octubre de 2006, la Senadora Minerva Hernández Ramos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma a los artículos 73 fracción VII y 74 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y adiciona la fracción XXX al artículo 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reglamento y Prácticas Parlamentarias y de Estudios Legislativos, primera.

El 12 de abril de 2011 la Mesa Directiva rectificó el turno para quedar como sigue: “Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos”.

3. El 22 de noviembre de 2007, el Senador Gabino Cué Monteagudo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman: la fracción III del artículo 36; el artículo 40; el primer párrafo del artículo 41; la fracción VI del artículo 73; el primer párrafo del artículo 115; y se adicionan: una fracción VI al artículo 35; una fracción VII al artículo 41; una fracción IV al artículo 71; un segundo párrafo a la fracción V del artículo 99; y la fracción VIII al artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, primera.

El 12 de abril de 2011, la Mesa Directiva rectificó el turno para quedar como sigue: “Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos”.

4. El 11 de marzo de 2008, los Senadores Tomás Torres Mercado y Rosalinda López Hernández, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, así como el Senador Ramón Galindo Noriega, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 35, 36 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de incluir la figura de referéndum.

En esa misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, primera.

El 12 de abril de 2011, la Mesa Directiva rectificó el turno para quedar como sigue: “Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos”.

5. El 14 de mayo de 2008, el Congreso del Estado de Tlaxcala, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se deroga la última parte del inciso e) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

6. El 09 de julio de 2008, la Senadora Beatriz Zavala Peniche, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 52, el segundo párrafo del 53, el primer párrafo del 54, 56 y 59 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

7. El 04 de noviembre de 2008, la Senadora Lázara Nelly González Aguilar, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona el segundo párrafo del artículo 87 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

8. El 24 de febrero de 2009, fue presentada por el Senador Luis Alberto Coppola Joffroy, a nombre propio y de los Senadores Jaime Días Ochoa, Jesús Dueñas Llerenas, Juan Bueno Torio, Rodolfo Dorador, Teresa Ortuño, Luis David Ortiz Salinas, Guillermo Tamborrel Suárez, Felipe González, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Francisco Javier Obregon Espinoza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; y José Luis García Zalvidea, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 52, 53, 54, 56 y 59 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

9. El 17 de marzo de 2009, el Congreso del Estado de Michoacán, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

10. El 29 de octubre de 2009, la Senadora Martha Leticia Sosa Govea, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 35, 36, 40 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

11. El 19 de noviembre de 2009, el Senador Silvano Aureoles Conejo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 73 y 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

12. El 15 de diciembre de 2009, el Ejecutivo Federal presentó, Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 35, fracciones I y II; 36, fracción III; 41, fracción I, y párrafo noveno de la actual fracción V; 51, 52, 53, 54, primer párrafo y fracciones II y IV, 56, 59, primer párrafo, 60, primer párrafo, 63 primer párrafo, 71, fracciones II y III y actual último párrafo, 72 inciso B, 74 fracción IV en sus párrafos segundo y actual tercero, párrafo cuarto de la fracción VI, 77, fracción IV, 99, fracción II, párrafos primero y tercero, 115, fracción I párrafo segundo, 116 fracción II, segundo párrafo y el inciso e) de la fracción IV, 122 Base Primera, fracción I, y el actual tercer párrafo de la fracción II de la Base Tercera, 135 actual párrafo único; se adicionan: una fracción VI al artículo 35, una fracción V al artículo 41, recorriéndose en el orden las subsecuentes para pasar a ser VI y VII, y un párrafo tercero a la fracción IV del Apartado D, recorriéndose el actual párrafo tercero para ser cuarto del mismo artículo 41, un segundo párrafo al artículo 65 recorriéndose los actuales párrafos segundo y tercero para ser tercero y cuarto, las fracciones IV y V, así como un último párrafo del artículo 71, segundo y tercer párrafos del inciso C) del artículo 72, recorriéndose el actual segundo a ser cuarto, los párrafos tercero, cuarto y quinto de la fracción IV del artículo 74 pasando los actuales tercero, cuarto y quinto a ser sexto, séptimo y octavo párrafos, 81 párrafos segundo, tercero y cuarto, los párrafos tercero y cuarto a la fracción I del artículo 115, recorriéndose en su orden los actuales párrafos tercer, cuarto y quinto para pasar a ser quinto, sexto y séptimo párrafos, un tercer párrafo a la fracción II del artículo 116, recorriéndose los actuales párrafos tercero, cuarto y quinto a ser cuarto, quinto y sexto párrafos, los párrafos segundo y tercero de la fracción I de la Base Primera y un último párrafo a la fracción II de la Base Tercera todos del artículo 122, los Apartados A y B al artículo 135 y se deroga el segundo párrafo del artículo 59 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos.

13. El 18 de febrero de 2010, el Senador Arturo Núñez Jiménez, a nombre de integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática, del Partido del Trabajo y de Convergencia, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman: el párrafo cuarto del artículo 5°; los párrafos primero, segundo, octavo, noveno, décimo, en su encabezado y su inciso d), del artículo 21; los párrafos segundo, tercero y cuarto del apartado A del artículo 26; las fracciones I y II del artículo 35; la fracción III del artículo 36; el artículo 40; el párrafo primero y el primer párrafo de la fracción IV del párrafo segundo del artículo 41; el artículo 52; el artículo 53; el párrafo primero en sus fracciones I a IV del artículo 54; el primer párrafo de la fracción III y la fracción IV del artículo 55; los párrafos primero y segundo del artículo 56, el artículo 60; el párrafo primero del artículo 63; la fracción II y III del párrafo primero y el párrafo segundo del artículo 71; los párrafos segundo y quinto de la fracción VI del artículo 74, la fracción II del artículo 76; la fracción IV del artículo 77; la fracción V y VII del artículo 78: los párrafos primero, segundo, tercero y su fracción I en sus actuales párrafos primero, segundo y quinto, su fracción IV en su primer párrafo, y los actuales párrafos cuarto, quinto, sexto y séptimo del artículo 79, las fracciones I, II, III, IV, X y XVI del artículo 89, el párrafo segundo del artículo 93; los actuales párrafos primero y segundo del apartado A del artículo 102; el párrafo segundo del artículo 108; el párrafo primero del artículo 110; el artículo 111; el párrafo primero del artículo 112, el párrafo primero del artículo 115; el párrafo sexto de la fracción II, de la fracción IV y sus incisos c), e), g), h), i), j) y k), el segundo párrafo de la fracción VII del artículo 116; el artículo 133; el párrafo octavo del artículo 134. SE ADICIONAN: un párrafo quinto al apartado A y un apartado C al artículo 26; la fracción V al párrafo segundo y un tercer párrafo integrado con dos fracciones, que sustituyen a las actuales fracciones V y VI, del párrafo segundo, al artículo 41; una fracción VI al párrafo primero, y los párrafos tercero, cuarto, quinto y sexto del artículo 71; una fracción IV al artículo 73; una fracción III a los párrafos quinto, sexto y séptimo a la fracción IV, un párrafo sexto a la fracción VI y una fracción VII al artículo 74; una fracción XII, pasando la actual fracción XII a ser XIII, del artículo 76; una fracción V al artículo 77; las fracciones V y VI al tercer párrafo; un párrafo séptimo, pasando el actual séptimo a ser octavo del artículo 79; los párrafos segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto al apartado, pasando los actuales párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto, a ser párrafos séptimo, octavo, noveno y décimo, de dicho apartado, del artículo 102; un párrafo cuarto, pasando el actual párrafo sexto a ser el párrafo quinto del artículo 110; un inciso ñ) a la fracción IV y una fracción VIII al párrafo segundo del artículo 116; un segundo párrafo al artículo 128, y un último párrafo décimo al artículo 134. SE DEROGAN: las fracciones IV y VI del artículo 54; los párrafos segundo y tercero de la fracción III del artículo 55; el párrafo cuarto de la fracción IV del artículo 74; el párrafo segundo de la fracción I del artículo 76; el párrafo cuarto de la fracción I del tercer párrafo del artículo 79; la fracción IX del artículo 89; el actual párrafo sexto del apartado A del artículo 102; el párrafo cuarto del artículo 109; y los actuales párrafos cuarto y quinto del artículo 110, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos.

14. El 23 de febrero de 2010, el Senador Manlio Fabio Beltrones Rivera, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un segundo, tercero, cuarto y quinto párrafos del artículo 29; se reforma el artículo 35; se reforman las fracciones I y III del artículo 36: se adiciona la fracción VII al artículo 41; se reforma el artículo 46; se reforma el artículo 5; se reforma el artículo 53; se reforma y adiciona el artículo 54; se reforma el primer párrafo y se deroga el párrafo segundo del artículo 56; se reforma y adiciona el artículo 59; se reforma y adiciona el artículo 63; se reforma el artículo 64, se adiciona un segundo párrafo, recorriéndose en su orden los subsecuentes al artículo 65; se reforma y adiciona el artículo 69; se reforma el cuarto párrafo y se adiciona un último párrafo a la fracción IV, se reforman el tercero y quinto párrafos de la fracción VI, y se adiciona un quinto párrafo, corriéndose en su orden subsecuente al artículo 74; se reforma y adiciona las fracciones II, X y XI del artículo 76; se deroga la fracción V del artículo 78; se reforma el artículo 79; se reforma el artículo 83; se reforma y adiciona el artículo 84; se reforma y adiciona el artículo 85; se reforma y adiciona el artículo 89; se adiciona un segundo párrafo al artículo 91; se reforma el artículo 92; se reforma el artículo 93; se reforma y adiciona el segundo párrafo del artículo 97; se reforma y adiciona el artículo 102; se reforma el primer párrafo y se adiciona un inciso c) a la fracción II, recorriéndose en su orden los subsecuentes, del artículo 105; se adiciona un segundo párrafo, recorriéndose en su orden los subsecuentes, al artículo 110; se reforma el primer párrafo y se adicionan diversos párrafos, recorriéndose en su orden los subsecuentes, al artículo 111; se reforma y adiciona el artículo 112; y se reforma el segundo párrafo, se adiciona un tercer párrafo, recorriéndose en su orden los subsecuentes, a la fracción II, del artículo 116, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos.

15. El 25 de febrero de 2010, el Senador Tomás Torres Mercado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 35, 36, 41, 76, 79, 89, 93 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, del Código Penal Federal, de La Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se expiden el Decreto para el Diagnóstico y Ajuste de las Estructuras de los Poderes de la Unión y Órganos Constitucionales Autónomos, la Ley para el Decomiso o Incautación de Bienes Producto u Objeto de Delitos Patrimoniales que atenten contra el Leal Desempeño de la Función Pública y el Decreto para el Diagnóstico y Eficiencia de la Función Judicial. En esa misma fecha, tal Iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos.

16. El 04 de marzo de 2010, el Senador Arturo Escobar y Vega, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que reforma la fracción II del artículo 35, se reforman los incisos a) y c) de la fracción II y las fracciones, se reforma el inciso e) del apartado A de la fracción III, se reforma el segundo párrafo de la fracción IV, se reforman las fracciones V y VI y se le adiciona la fracción VII al artículo 41; se reforman los artículos 52 y 53; y se reforman las fracciones I, II, IV, V y VI; se adiciona una fracción VII al artículo 54; se adiciona un párrafo a la fracción I del artículo 41; se reforma el artículo 59; se adiciona un párrafo a la fracción II del artículo 116; se reforma el artículo 69; se reforman los artículos 74, fracciones II y VII; 79 fracción I, último párrafo; 89 fracción II y XIX; se reforma la fracción II del artículo 54; se reforma el artículo 74, fracciones VIII y IX; artículo 76, fracciones OO y XII; se deroga la fracción IX, del artículo 89; se reforma la fracción XII y se adicionan las fracciones XII y XIV al artículo 76; se reforma la fracción XVII del artículo 89; se reforman el segundo párrafo de la fracción I del artículo 115; y se adicionan un tercer y cuarto párrafos a la Base Tercera del artículo 122, todo ello de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos se adicionan las fracciones II, III y IV del artículo 45 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se adiciona un segundo párrafo a la fracción IV del artículo 16, y se adiciona un segundo párrafo de la fracción IV del artículo 77 de la Ley de Fiscalización Superior de la federación y se reforman las fracciones II y IV del artículo 8°; y se reforma el cuarto párrafo, posterior a la fracción IV del artículo 13, todo ello de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. En esa misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos.

17. El 22 de abril de 2010, la Senadora Claudia Corichi García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 73 y 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

18. El 9 de junio de 2010, el Senador Luis Maldonado Venegas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el párrafo segundo de la fracción I del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y modifica el primer párrafo del artículo 218 del COFIPE. En esa misma fecha fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

19. El 21 de septiembre de 2010, fue presentada por el Senador Sergio Álvarez Mata, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

20. El 11 de noviembre de 2010, los Senadores Manlio Fabio Beltrones Rivera y Raúl Mejía González, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 76 y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos para su análisis, estudio y elaboración del Dictamen.

21. El 02 de diciembre de 2010, el Senador Raúl Mejía González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 73 y 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En esa misma fecha fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

22. Hecho el análisis de todas las Iniciativas señaladas en los puntos anteriores, las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos del Senado de la República, el 14 de abril de 2011, emitieron Dictamen en sentido positivo con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

23. El 27 de abril de 2011, el Pleno del Senado de la República, aprobó el Dictamen en sentido positivo con Proyecto de Decreto por el que SE REFORMAN: El párrafo primero y la fracción II del artículo 35; la fracción III del artículo 36; el artículo 59; el último (ahora antepenúltimo) párrafo del artículo 71; la fracción XXVI del artículo 73; el párrafo cuarto de la fracción VI del artículo 74; la fracción II del artículo 76; las fracciones IV, VI y VII del artículo 78; el artículo 83; los párrafos primero, segundo y tercero (que pasan a ser a ser cuarto y quinto respectivamente) del artículo 84; los párrafos primero, segundo y tercero (que pasa a ser cuarto) del artículo 85; las fracciones II, III y IV del artículo 89; el segundo párrafo de la fracción I del artículo 115; el segundo párrafo de la fracción II y el inciso e) de la fracción IV del artículo 116; la fracción III de la Base Primera del artículo 122. SE ADICIONAN: Las fracciones VI VII y VIII al artículo 35; una fracción IV y dos párrafos finales al artículo 71; una fracción XXIX-P al artículo 73; dos párrafos tercero y cuarto al artículo 75; los párrafos quinto y sexto a la fracción IV del artículo 74; los párrafos segundo, tercero y último al artículo 84; un cuarto párrafo al artículo 85, recorriéndose en su orden el párrafo siguiente; un segundo párrafo al artículo 87; un último párrafo a la fracción II del artículo 116;un inciso o) a la fracción V de la Base Primera del artículo 122, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; enviándolo a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 fracción E de la Constitución Federal.

24. El 28 de abril de 2011, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, recibió la Minuta del Senado de la República, con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, acordando el turno a las Comisiones Unidas de puntos Constitucionales y de Gobernación y a la Comisión de Participación Ciudadana, para su opinión.

25. El 29 de abril del 2011, mediante oficio D.G.P.L. 61-II-8-1204, fue recibido en la Comisión de Puntos Constitucionales el expediente y la Minuta del senado de la República en materia de Reforma Política, para su dictaminación.

26. El 30 de mayo de 2011, fue presentado por el H. Congreso del Estado de Aguascalientes, Punto de Acuerdo por el que la LXI Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Aguascalientes, exhorta a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión para que, a la brevedad posible, se analice, delibere y en su caso, se apruebe la Minuta de Reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Reforma Política. En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, turnó el Punto de Acuerdo a la Comisión de Puntos Constitucionales para su conocimiento.

27. El Pleno de la Comisión de Puntos Constitucionales, en Reuniones de 07, 14 y 21 de junio de 2011, y con el objeto de dictaminar los temas contenidos en la Minuta del Senado de la República, acordó que previamente se llevara a cabo el Foro denominado “La Reforma Política, Cambio Estructural de la Vida Social en México”, en las Ciudades de: Distrito Federal; Mérida, Yucatán; Durango, Durango y Guadalajara, Jalisco; los días 14, 15, 21 y 28 de julio, y 1° de agosto, respectivamente. Asimismo, convocar a los Congresos Locales y a las Asociaciones Municipales.

28. Consecuentemente, Por oficio CPC/1469/2011, de fecha 28 de junio del presente año, fue enviada a las Asociaciones: AALMAC (Asociación de Autoridades Locales de México, A.C.), AMMAC (Asociación de Municipios de México), FENAMM (Federación Nacional de Municipios de México, A.C. ); la Minuta del Senado de la República, con el propósito de que al analizarla, hicieran saber a esta Cámara Revisora sus observaciones y/o aportaciones, para incorporarlas en el contenido de este Dictamen.

29. De la misma manera, por oficio CPC/1481/2011, de fecha 01 de julio del año que transcurre, fue enviada a los Congresos Locales, la Minuta del Senado de la República, con el propósito de que al analizarla, hicieran saber a ésta Cámara Revisora sus observaciones y/o aportaciones, para incorporarlas en el contenido de este Dictamen.

30. Con fechas 14, 15, 21 y 28 de julio, y 1° de agosto del presente año, se llevó a cabo el Foro “La Reforma Política, Cambio Estructural de la Vida Social en México”, en las Ciudades del Distrito Federal; Mérida, Yucatán; Durango, Durango, y Guadalajara, Jalisco, respectivamente.

31. Asimismo y por oficios HCE/SG/AT-1025, PL/160/2011 y 125/2011/II D.P., de fecha 14, 15 de de julio y 1 de agosto del presente año, fueron recibidas las aportaciones de los Congresos Locales de los Estados Libre de Tamaulipas; Zacatecas; y Chihuahua; respectivamente.

32. El 21 de septiembre de 2011, la Comisión de Participación Ciudadana envió a la Comisión de Puntos Constitucionales su Opinión a la Minuta del Senado de la República, con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Reforma Política.

33. El 12 de octubre de 2011, las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación, aprobaron el Dictamen a la Minuta enviada por la H. Cámara de Senadores, mismo que fue turnado a la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.

II.- Antes de entrar al Capítulo de las Consideraciones, esta Colegisladora ha considerado dejar constancia en este dictamen, de todos y cada uno de los elementos de convicción que la llevaron a emitir esta resolución; por ello y por rubro, se asentará su contenido en los siguientes términos:

RESULTADOS DEL FORO “LA REFORMA POLÍTICA, CAMBIO ESTRUCTURAL DE LA VIDA SOCIAL EN MÉXICO”
FORO: “LA REFORMA POLÍTICA, CAMBIO ESTRUCTURAL DE LA VIDA SOCIAL DE MÉXICO”
INAUGURACIÓN
MESA 1: MARCO GENERAL DE LA REFORMA POLÍTICA
DISTRITO FEDERAL
PALACIO LEGISLATIVO DE SAN LÁZARO
JUEVES 14 DE JULIO DE 2011

El moderador Enrique García Travesi: La Comisión de Puntos Constitucionales les da la más cordial bienvenida al foro: Reforma política, cambio estructural de la vida social de México. Nos distinguen con su presencia el diputado Uriel López Paredes, vicepresidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados. Muy bienvenido señor diputado. El diputado Juventino Castro y Castro, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales. Muchas gracias, señor diputado.

Las integrantes y los integrantes de esta comisión: Rosendo Marín Díaz, muchas gracias, señor diputado. Felipe Solís Acero, muchísimas gracias. Jaime Fernando Cárdenas Gracia, Emilio Chuayffet Chemor, muchísimas gracias, señor. La diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo, muchas gracias. Le damos la más cordial bienvenida a esta su casa al senador Pedro Joaquín Coldwell, muchísimas gracias, senador, y al maestro José Woldenberg, muchas gracias. A continuación escucharemos el mensaje por parte del diputado Uriel López Paredes, si es tan amable señor diputado.

El diputado Juventino V. Castro y Castro: Muy buenos días tengan ustedes, los recibo con mucho agrado. Señores foristas me es muy grato para mi dar comienzo a nuestros trabajos y lo primero es que el señor presidente de la Cámara de Diputados, por un asunto urgente se excusa de estar aquí con nosotros, pero está el vicepresidente del cual escucharemos unas palabras a nombre de él.

El vicepresidente diputado Uriel López Paredes: Diputado Juventino Castro y Castro, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, diputadas, diputados, senador, distinguidas invitadas e invitados, muy buenos días. El presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, José Carlos Ramírez Marín, me ha pedido que en nombre de la Mesa Directiva de este órgano colegiado les salude y les de la bienvenida a este importante evento, sobre la reforma política en México.

Quiero resaltar la importancia que tiene la reforma política para consolidar los avances democráticos que hemos construido duran los últimos casi 7 lustros, sin poner en riesgo la cuestión social y la estabilidad de las instituciones políticas del Estado mexicano.

Si se revisa con seriedad la historia política del México independiente, se encontrará que los mexicanos tardamos muchos años casi un siglo en encontrar el diseño institucional más adecuado a nuestra historia, nuestra cultura política, nuestras aspiraciones y necesidades como sociedad.

Durante todo el siglo XIX, ensayamos distintas formas de gobierno centralistas, federalistas, mixtas, republicanas, monárquicas, imperiales, dictatoriales, presidenciales y parlamentarias. Nos la pasamos entre golpes de estado del Ejecutivo al Legislativo, o de esta a aquel rebeliones de las regiones contra el centro o viceversa, cuartelazos, azonadas, inversiones extranjeras, presidencias itinerantes, defensas apasionadas de nuestra constitución o desconocimiento a veces total de la misma.

Finalmente encontramos un ordenamiento institucional que nos permitió construir con estabilidad y paz social condición necesaria, pero no suficiente para emprender el desarrollo que demandaba la sociedad mexicana.

El constituyente de 1917 tuvo la sabiduría suficiente para abrevar de nuestra historia política reciente diseñar la forma de gobierno con la que aún contamos. Sin embargo, la sociedad mexicana de 2011, tiene características que la hacen diferente de la sociedad en la que se inspiro el constituyente del 17, situación que por sí sola justificaría la necesidad de continuar revisando y perfeccionando nuestro orden político. Desde 1977 iniciamos con este proceso y hoy nuevamente estamos en esta dirección.

Nadie duda que los avances en esta materia hayan sido significativos, basta revisar las reformas aprobadas. En diciembre de 1977 se aprobó una reforma político electoral que marca el inicio de la transición democrática en México: en el 87, el 1990, en el 93, en el 94, en el 96 y en el 2007.

También se realizaron reformas significativas cuyos efectos se expresaron en la democratización gradual de nuestro sistema político, del sistema electoral que regula los consensos de conquista y conservación de los puestos de elección popular y del sistema del partido hegemónico que prevaleció durante décadas.

Las de 1977, 1990 y 1996, se distinguen por el impacto que tuvieron en este proceso. La de 1997 abre las puestas del Sistema Político Mexicano a los grupos políticos hasta entonces excluidos. La de 1990, mandata la construcción de las instituciones que a partir de entonces buscarían garantizar la imparcialidad y equidad de los procesos electorales federales y la de 1996, introduce la regulación del financiamiento y gastos de los partidos políticos, su acceso a los medios masivos de comunicación, la regulación del comportamiento de los medios en esta materia y la nueva modalidad de integración del Congreso del a Unión.

Esta última reforma permite la materialización del paradigma democrático tal y como se conoce en el mundo occidental, cuya pieza maestra es la alternancia. Es un empuje formidable para la democratización de nuestro orden político.

En 1997, el Partido Revolucionario Institucional pierde la mayoría en la Cámara de Diputados, marcando el fin de la hegemonía del presidente de la República en este órgano legislativo. En el mismo año, el mismo partido el PRI, también pierde el gobierno del Distrito Federal a manos del Partido de la Revolucionario Democrática, tres años después el mismo Partido Revolucionario Institucional es derrotado por le Partido Acción Nacional, en la contienda electoral por la presidencia de la República.

Estos tres últimos hechos marcan el fin de una época y de una creencia, la del partido nimodo, y la del partido prácticamente único. Sin que echemos las campanas al vuelo, podemos afirmar que en 1997 concluye la época de su misión del Congreso federal al titular del Ejecutivo y de la negación absoluta de los derechos políticos de los capitalinos para elegir a sus gobernantes.

En paralelo, se inaugura la alternancia en la contienda político-electoral por la presidencia de la República. Pasamos, para decirlo en términos de la lógica aristotélica, de la potencia al acto, a la realidad concreta.

Varias generaciones de mexicanas y mexicanos ilustres han participado en estos esfuerzos, sería imposible enlistar a todos los que han luchado para construir un orden político democrático. Sin embargo, es imposible dejar de nombrar a Jesús Reyes Heroles, Heberto Castillo, Ifigenia Martínez, Cuauhtémoc Cárdenas, Porfirio Muños Ledo, José Agustín Ortiz Pinquetti, José Woldenberg, entre muchos otros. Pienso en la reforma política deseable, la que idealmente permitiría el perfeccionamiento de nuestro sistema político y lo acercaría a la sociedad y creo que debería tener cinco vertientes:

La primera es la revisión y mejoramiento de las formas de organización y funcionamiento de los tres poderes federales y los mecanismos para su interrelación. La segunda, la revisión y perfeccionamiento de los tres órdenes de gobierno, así como de sus modalidades de interrelación. La tercera, el análisis del sistema electoral y quiénes lo componen, viendo su es el más justo y adecuado a nuestros intereses y a nuestras necesidades de integración del Congreso federal y si el costo de su estructura parlamentaria y mecanismo se justifica.

Cuarto. El rediseño del sistema de partidos, para consolidar al sistema plural con el que contamos buscando abrirlo a la sociedad sin que confundamos sociedad con poderes fácticos y finalmente el mejoramiento de los mecanismos de participación de la sociedad en nuestro sistema político. No sólo en los partidos, a efecto de terminar con el malestar que esta expresa de distintas formas.

Respecto de sus representantes en el gobierno, en el Congreso, en las instituciones judiciales, en los partidos políticos, y en las instituciones electorales. Sin embargo, hay diferencias significativas entre la reforma deseable y la reforma posible.

A nadie escapa que el grado de dificultad para construir acuerdos se ha incrementado en la etapa actual de la vida política del país, estamos ciertos de la necesidad de reorientar el modelo de desarrollo...

(Sigue turno 2)

... A nadie escapa que el grado de dificultad para construir acuerdos se ha incrementado en la etapa actual de la vida política del país, estamos ciertos de la necesidad de reorientar el modelo de desarrollo, de acabar con el divorcio de las políticas económicas y las políticas sociales, de modificar nuestro sistema tributario, de fortalecer nuestro sistema de seguridad social, de rediseñar nuestro sistema de seguridad pública y de seguridad nacional, de fortalecer al Estado y en consecuencia de reorientar nuestras relaciones con el mundo.

Sin embargo, ha sido muy difícil construir acuerdos, para redirigir el rumbo de la nación, afortunadamente y esto lo quiero resaltar, los legisladores federales estamos ante la posibilidad del establecimiento de consensos, para mejorar nuestra organización política, aunque el tiempo se nos está yendo, se nos está acabando, por lo menos en términos de los periodos legislativos.

En materia de reforma política coincidimos en la necesidad de robustecer al Congreso federal, a través de la reelección legislativa, de la ampliación de las facultades de la Auditoría Superior de la Federación, de establecer sanciones a funcionarios gubernamentales, del fortalecimiento de los órganos de dirección y de otros mecanismos, de revisar las formas de organización y funcionamiento del Poder Judicial federal, para rediseñar el sistema de impartición de justicia pensando en la transición del derecho a la justicia.

También, nos estamos poniendo de acuerdo en la revisión y reforma de las modalidades de organización y funcionamiento del Poder Ejecutivo federal, para hacer realidad la transparencia y fiscalización del presidente de la república y de su gobierno, por parte de la sociedad y de sus representantes, basta que el Poder Ejecutivo se vigile y haga como que se castiga así, al mismo tiempo.

No encontramos justificación, para que por ejemplo siga existiendo la Secretaría de la Función Pública, que por cierto hace tres años el propio Poder Ejecutivo establecía señales muy claras en el sentido de que por lo menos deberían desaparecer tres secretarías del gabinete, la de Turismo, la de Función Pública y la de Reforma Agraria, es un asunto que el Poder Legislativo en general y la Cámara de Diputados en particular, ha olvidado.

Tengo dudas, aprovecho para comentarlo sobre la Secretaría de Turismo, por el papel que juega en el país sobre la propia reforma agraria que debería de ser en un periodo determinado, no un decretazo y con toda seguridad la Secretaría de la Función Pública, no tiene absolutamente ninguna razón de ser, son facultades que deben pasar a la Auditoría Superior de la federación.

También, creo que podemos ponernos de acuerdo con los esquemas de financiamiento de las campañas electorales, es necesario poner diques al dinero de los poderes facticos, tanto de los legales como los extralegales, sin excluir los poderes criminales.

No debemos olvidar la revisión del sistema electoral, quizás sea necesario modificarlo, buscando el fortalecimiento de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, nos urge una ley de partidos políticos, para la cual quizá haga falta un proyecto de ingeniería legal e institucional de todo el sistema electoral y del sistema de partidos políticos...

El último ensayo de su autoría que pudo ver publicado don Jesús Reyes Heroles, afirmaba que había política de altura y política de cabotaje, no negaba la necesidad de navegar en ambas dimensiones del océano, sin embargo aconsejaba y, con razón, no perder de vista que los hombres de Estado deben de pensar en el presente y el futuro de las comunidades humanas que les ha tocado dirigir.

Hagamos política de altura, trascendamos las reyertas e intrigas del día a día que caracterizan algunas legislaturas y reconstruyamos nuestro Estado nación en el marco de la mundialización. Visualicemos el orden social y el orden político en el que queremos que vivan nuestros descendientes y avancemos en su construcción superando los egoísmos partidarios.

El maestro Enrique González Pedrero, ha dicho en su libro En la cuerda floja que en este país no estamos haciendo política y cuando uno ve los diferentes órdenes de gobierno, pareciera que el maestro González Pedrero tiene razón en ello, por eso creo que estamos al límite de empezar en este país ha hacer política y creo que foros de esta naturaleza pueden ayudarnos a caminar, a transitar hacia allá. Muchas gracias por su atención.

El moderador Enrique García Travesi: Muchísimas gracias a usted, diputado López Paredes, agradecemos igualmente la muy distinguida presencia de los diputados Nazario Norberto Sánchez, muchísimas gracias, señor diputado. Guillermo Cueva Sada, muchas gracias. Héctor Guevara Ramírez y Humberto Benítez Treviño. Nuestro agradecimiento al doctor Diego Valadés por su presencia en este foro. Le pedimos muy respetuosamente al diputado Juventino Víctor Castro y Castro dirigirnos unas palabras.

El presidente diputado Juventino Víctor Castro y Castro: Distinguidos foristas, me cabe el...honor de... como expositor este foro sobre la reforma política y el cambio estructural de la vida social de México, que será muy... para la sociedad en general, así como para fijar el criterio de los señores diputados al momento de redactar y aprobar el dictamen que la comisión podrá a la consideración primero del pleno de la propia comisión y, después, al de la Cámara misma en relación con la minuta de la colegisladora que ya ha producido su opinión.

Generosamente se me presenta como organizador del foro, no hay tal, la celebración de este foro fue impulsada por los miembros de su Junta Directiva que en efecto presido. México como el resto de los países del mundo ha entrado en la etapa de cambios profundos y debe de dar fe de los extremos en que se ubicará el cambio, ahora en el campo de su vida política.

Nuestro país, después, de sus momentos cumbres es decir la guerra de la Independencia, la Reforma y la Revolución requiere ponerse al día en sus prácticas políticas excelentes para el tiempo que se plantearon, pero cortas para nuestra vida actual. Debe no sólo reflexionar sobre su vida actual, si no sobre su vida social tan promisoria y que no vamos a... con la misma consistencia que los movimientos a los que me referido.

Creo que nuestra dinámica tan efectiva en la cual nos hemos estructurado encontramos la inspiración que tanto necesitamos, para llegar a nuestras directrices, pero no queremos quedarnos en lo ya reflexionado y vivido. Necesitamos sangre nueva que sólo ustedes, señores foristas, nos pueden sugerir, será un cambio a la mexicana, pero sin ignorar la buena técnica e inspiración de todos ustedes, al examinar la minuta del Senado que nos conduce por esos caminos hemos llegado a enriquecedora conclusión de que los señores diputados ya habían sugerido muchos de los cambios que ahora se sugieren, feliz coincidencia que mucho... conclusiones.

Así ocurre cuando el Senado nos propone temas los concernientes a la iniciativa ciudadana, las candidaturas independientes, la consulta popular, los partidos políticos y la necesidad de dictar... perfeccionamiento, la reelección de los legisladores, la cláusula de gobernabilidad y las peticiones del Ejecutivo feral en materia legislativa.

Nosotros, hemos partido una distinta perspectiva, el de la democracia participativa en efecto nuestro artículo 40 nos precisa conformarnos como una república que se rige por los principios democráticos además de los de representativa federal compuesta de estado libre y soberanos, unirse a una federación y bajo un régimen legal diferenciado.

Pero, esa misma constitución que nos rige, no define, ni identifica la democracia en sus dos grandes ramales fundamentales: la democracia representativa y la democracia participativa. Es decir, refiriéndome a aquella, el sistema democrático que se ejerce por medio de representantes del pueblo y, ahora, a la directa que el pueblo realiza usando el poder que el artículo 39 señala al pueblo mismo, a reconocer en él, el origen de la soberanía nacional y el depositario de todo un poder público.

Para confirmar el desatino, el artículo 41 sostiene que el pueblo ejerce dicha soberanía nacional por medio de los Poderes de la Unión cuando se trata del fuero federal y de los estados tratándose de cuestionar que conciernen a su régimen interior. No debe de extrañarnos que, dadas esas tan pobres expresiones, los mexicanos en su gran mayoría consideren que...

(Sigue turno 3)

... extrañarnos que, dadas esas tan pobres expresiones, los mexicanos en su gran mayoría consideren que ellos eran los titulares de la soberanía nacional. Pero después, para ejercer éste, el pueblo necesitó de representantes. Este malentendido ha impedido el desarrollo pleno de un sistema más adecuado y una vida social y política a dicho sistema. Respetuoso de sus representantes para casos bien establecidos en la Constitución, pero reteniendo y usando... en forma directa.

Por ello, la comisión que me honro en presidir no entrará de lleno al estudio de la reforma política tal y como se nos propone, sino que empezaremos por explicar cómo es que existe la democracia directa a través de la consulta popular llevada a cabo por el propio pueblo soberano.

Sus institutos... aunque también la democracia representativa... a través del voto... de representantes... que igual se pueden elegir... puede igualmente ser revocado, como ocurre en el derecho común... como todo mandante, que puede ser nombrado y desconocido por igual. No puedo, sin embargo, adelantar cuáles serán sus conclusiones. Con toda atención y cuidado los escucharemos, los estudiaremos y coincidiremos o disentiremos, según nuestro criterio. Muchas gracias.

El moderador Enrique García Travesi: Gracias, diputado Castro y Castro. Damos igualmente una cordial bienvenida al senador Arturo Escobar y Vega, y al diputado Omar Rodríguez Cisneros. Muchas gracias.

El presidente diputado Juventino Víctor Castro y Castro: Distinguidos foristas, para formar la primera mesa de trabajo declaro un breve receso. Muchas gracias.

El moderador Enrique García Travesi: El diputado Castro y Castro hará entrega de una constancia por su intervención al diputado Uriel López Paredes. Gracias.

(Receso)

(Se reanuda el foro)

El moderador Enrique García Travesi: ... tema denominado “Marco general de la reforma política”. Me permitiré mencionar y agradecer a los ponentes que integran esta mesa: el senador Pedro Joaquín Coldwell. En un momento más nos acompañará el licenciado Juan Marcos Gutiérrez, subsecretario de Gobierno de la Secretaría de Gobernación. El diputado Emilio Chuayffet Chemor. El senador Arturo Escobar y Vega. El doctor Diego Valadés y el maestro José Woldenberg.

A continuación leeré la semblanza del senador Pedro Joaquín Coldwell. Es licenciado en derecho por la Universidad Iberoamericana. Entre los cargos públicos que ha desempeñado se encuentran el de diputado constituyente en Quintana Roo, presidente del Congreso Constituyente de Quintana Roo, diputado federal a la LI Legislatura, gobernador de Quintana Roo, director general del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, secretario de Turismo federal, jefe de la Delegación Gubernamental para el Diálogo de Paz en Chiapas y embajador de México en Cuba.

Actualmente se desempeña como senador, en donde es presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e integrante de las Comisiones de Justicia, de Turismo, y de la de Reforma del Estado. También es presidente de la Comisión Nacional de Procesos Internos del CEN del PRI. Tiene usted la palabra.

El senador Pedro Joaquín Coldwell: Gracias. Aprecio la invitación de la Cámara de Diputados de participar en este foro de análisis de la reforma política. Felicito a los colegisladores por haber tenido esta feliz iniciativa de oír distintas voces antes de proceder a la dictaminación de la minuta correspondiente.

Vientos de cambio sacuden varias regiones del planeta. Las personas que viven en países autoritarios reclaman la instauración de regímenes democráticos. Las que viven en democracias muestran su desencanto por su funcionamiento y reclaman mayores índices de bienestar social. En México hay una creciente insatisfacción ciudadana con el desempeño del Estado, incapaz de frenar la violencia y la inseguridad pública. Estancada la economía y la generación de los empleos, con poderes fácticos que pretenden prevaleces sobre los constituidos constitucionalmente. E instituciones públicas y sociales quebradas y presas de la corrupción.

La descomposición se agrava por la sempiterna desigualdad social, la escisión de las cadenas productivas, los ineficientes monopolios públicos y las grandes corporaciones que dominan el sistema ante un gobierno que no acierta erigirse en árbitro, en conductor de las energías sociales.

Una parte considerable de la población se desperdiga movida por la urgencia de resolver sus problemas del día a día, atenta a los contenidos de entretenimiento que difunden los medios electrónicos, encerrada en sí misma, ajena al desempeño de las instituciones públicas que le dan la espalda.

Las encuestas de opinión reflejan el desencanto y la desconfianza social con la educación, la política, el gobierno y las figuras públicas, con la excepción de las deportivas o las del espectáculo. De manera intermitente surgen expresiones ciudadanas de diverso origen que reclaman cambios. Pero la mayor inconformidad quizás yace soterrada, y no sabemos si así seguirá o encontrará cauces para manifestarse, como ya sucede en otras naciones.

A diferencia de lo que ocurre en el África sahariana y en algunas naciones europeas agobiadas por la crisis financiera y el desempleo, en nuestro país lo que hasta ahora ha echado a la gente a las calles exigiendo políticas públicas eficaces es la prevalencia del crimen impune y la inseguridad pública que se extienden por todo el territorio nacional.

El desempeño de los partidos políticos está a juicio. Se les cuestiona su inmediatismo electoral, su ausencia de propuestas programáticas de largo alcance, sus escándalos de corrupción y su escaso compromiso con las aspiraciones sociales. En nuestro país, lamentablemente, la política y la sociedad se están moviendo en ejes paralelos y distantes entre sí, como si no fueran elementos de una misma ecuación.

Hay, sin embargo, luces en medio de la oscuridad. Las redes sociales comunican a los ciudadanos. Les permiten interrelacionarse al instante, compartir sus inquietudes, denunciar la corrupción y a los malos funcionarios públicos. Quizás estemos ante el nacimiento de una gigantesca contraloría ciudadana, que pondrá bajo supervisión el comportamiento de políticos, de empresarios y de medios de comunicación. Por esa vía, o por otras, en nuestro país está en proceso de formación una nueva ciudadanía, que alcanzará una densidad sin precedentes en nuestra historia.

Después de muchos años y varias reformas electorales, la alternancia en el ejercicio de la Presidencia llegó en el año 2000, aun cuando ya existía en algunas entidades federativas tanto a nivel municipal como de gobernador. La alternancia no trajo consigo el advenimiento de un nuevo régimen político, ni ha propiciado la renovación de la cultura política nacional. Viejas instituciones e insanas prácticas políticas deterioran el funcionamiento de un Estado esclerótico y disfuncional...

(Sigue turno 4)

... representadas en el Senado de la República, aprobamos un paquete de reformas constitucionales. Se trata de una reforma política que tiene tres vertientes, que van converger en un objetivo común, mejorar la gobernabilidad democrática de la República.

Una de las vertientes amplía considerablemente los derechos de los ciudadanos, les abre los causes a que participen en la toma de decisiones públicas. La otra pretende modernizar el funcionamiento de la institución de la Presidencia de la República y del Poder Legislativo. La tercera vertiente pretende cerrar espacios a situaciones de inestabilidad política o financiera que pudieran presentarse en el país, a partir de circunstancias extraordinarias. Me referiré brevemente a cada una.

La primera de las vertientes, la que profundiza en el derecho de los ciudadanos, incluye la posibilidad que de presenten iniciativas de ley ante el Congreso de la Unión que tengan el mismo trámite que corresponde a la que presentamos los legisladores, ya 29 entidades federativas consignan en sus cartas fundamentales, la iniciativa popular. No hay porqué negarle a los ciudadanos el derecho a presentar iniciativas, también respecto de leyes federales.

La reforma del 2007 estableció que solo cada seis años pueden ingresar nuevas fuerzas políticas a la competencia electoral, duplicó el número de afiliados que se requieren para registrar un nuevo partido político.

Cerramos así las puertas del sistema de partidos o por lo menos dificultamos el acceso de nuevas formaciones políticas. Si bien la minuta de reforma política no modifica este criterio, se abre la posibilidad de que no solamente los partidos políticos puedan registrar candidatos a cargos de elección popular, y fija la base constitucional que facilitaría a los candidatos denominados independientes, los que no se identifiquen con ningún partido para que puedan participar en las competencias políticas.

La posibilidad de que candidatos independientes les disputen el poder a los partidos, va a refrescar el sistema político, expondrá a los partidos a una mayor competencia, los obligará a seleccionar mejor a sus candidatos y presumiblemente a democratizar sus procesos internos. Bien lo decía Luis Donaldo Colosio: Hay que temerle a la incompetencia de los políticos, no a la competencia política.

Además la minuta pone fin a la antinomia que ahora registra nuestra Constitución, entre el artículo 41 y el 116 que consigna el derecho exclusivo de los partidos para inscribir candidatos y por ende no permite las candidaturas independientes en las selecciones locales.

La reforma también le da, a los ciudadanos, la posibilidad de plantearle al Congreso que lleve a cabo consultas populares sobre temas de trascendencia nacional y que el resultado de ellas sea vinculatorio para las autoridades competentes. En la construcción de esta reforma estamos abriendo alamedas más amplias para que ciudadanos se sumen a la toma de decisiones públicas.

Además la consulta popular podría ser una valiosa herramienta para que cuando los legisladores no podamos ponernos de acuerdo sobre temas de importancia nacional, apelemos a que sea la decisión popular la que rompa el... y se evite la parálisis legislativa que perjudica la nación.

La segunda vertiente de la minuta, pretende transformar a fondo el funcionamiento del Poder Legislativo, la reelección consecutiva de legisladores hasta por un periodo de los senadores y hasta por dos periodos para los diputados federales.

La reelección es un incentivo para la formación de carreras legislativas, la profesionalización del trabajo parlamentario y particularmente da a los ciudadanos la posibilidad de exigirles cuentas a sus representantes cuando regresen a buscar el voto para la reelección.

El general Calles no se equivocó cuando promovió la prohibición de al reelección consecutiva de los legisladores. Aquellos tiempos demandaban abatir los cacicazgos regionales, centralizar el poder para emprender la reconstrucción del país diezmado por los estragos de la revolución y consolidar la integración nacional.

Su lógica era impecable, un régimen de partido hegemónico tenía que ser complementado con una amplia circulación de las élites políticas, también había que dejar atrás los congresos gerentocráticos que caracterizaron al Porfiriato, los tiempos han cambiado, México es hoy un país plural, el Congreso ha asumido un papel central en el esquema de la división de los poderes, el desempeño de las funciones legislativas reclama cada vez más profesionalismo y más especialización, y los ciudadanos exigen con razón, someter a los legisladores a la rendición de cuentas electorales.

Una reforma responsable debe procurar un mejor desempeño de la institución de la presidencia de la República, con el fin de la era del partido hegemónico, se esfumaron los poderes metas constitucionales del titular del Poder del Ejecutivo Federal.

Hoy México tiene una de las instituciones presidenciales con menos poderes constitucionales de América Latina, así lo acreditan estudios de derecho comparado llevados a cabo por especialistas, por ello es que la reforma que el Senado ha enviado a esta Cámara, le da nuevas facultades al Ejecutivo dentro de un marco de división de poderes y controles constitucionales, entre ellas la de vetar el Presupuesto de Egresos, si el Presidente de la República es el responsable de la política económica, si lo responsabilizamos del mal desempeño de la economía debe tener el derecho a oponerse parcial o totalmente al Presupuesto de Egresos que es una herramienta fundamental para impulsar la economía nacional.

La minuta también le otorga a la presidencia hasta dos iniciativas preferentes para presentar al inicio de cada periodo ordinario de sesiones. En cada Cámara legislativa deberá votarla en cualquier sentido, en un plazo no mayor de 30 días.

La iniciativa preferente se interrelaciona con la erradicación del veto de bolsillo que recientemente se aprobó y que lamentablemente no se ha promulgado, de tal suerte que los dos poderes quedarían en situación simétrica, ni el Poder Ejecutivo podría dejar sin promulgar leyes aprobadas por el Congreso guardándoselas en el bolsillo, ni éste podría congelar iniciativas consideradas preferentes por el Presidente de la República.

Por otra parte, la minuta propone facultar al Presidente para solicitar al Congreso la realización de consultas populares sobre temas de trascendencia nacional, cuando se estanque la discusión y su trámite en el Congreso de la Unión.

La reforma política incluye también en su minuta que los titulares de los órganos reguladores de la energía, de las telecomunicaciones o de la competencia económica sean ratificados por el Senado de la República. Esto puede permitir transparentar la toma de estas decisiones, poner en manos de los legisladores la responsabilidad de vigilar que el nombramiento de estos funcionarios responda al principio de especialización en la materia que exigen las leyes. Las nuevas facultades que la minuta propone otorgar al Congreso y a la Presidencia, constituyen una nueva ingeniería constitucional entre los dos poderes de la Unión.

La tercera vertiente de la reforma es la que cierra espacios a situaciones de inestabilidad política o financiera por situaciones de carácter extraordinario. ¿Qué sucede hoy en día? ¿O qué sucedería hoy en día? Si llegado el 1 de enero no está vigente o no está aprobado el Presupuesto de Egresos, no hay una previsión legal clara, la reforma plantea la reconducción presupuestal, para esos casos se mantendría en vigor el pago de los llamados gastos obligatorios, es decir, los salarios de la Administración Pública, el pago de las deudas externa e interna, las partidas de ayuda social a las comunidades indígenas, las partidas presupuestales que tengan un carácter multianual y aquellas cuya suspensión de su erogación pueda afectar la realización de la obra pública con costos para el erario.

No entraría en vigor todo el Presupuesto de Egresos, porque entonces no tendríamos incentivos para que el Ejecutivo y el Legislativo acordaran la superación de sus diferencias en torno al ejercicio del gasto público. De esta manera se blindaría al país de la incertidumbre y el nerviosismo que produciría en los mercados la ausencia de un presupuesto aprobado el día 1 de enero.

Dentro de esta tercera vertiente, la reforma prevé llenar un vacío constitucional que tenemos en este momento, frente al acontecimiento indeseable y extraordinario de la falta absoluta del titular del Poder Ejecutivo Federal, mientras que el Congreso de la Unión ratifica o elije a su interino o al sustituto, no hay previsión legal que establezca quién tiene el mando del gobierno.

La reforma establece que asumiría de manera provisional, la presidencia de la República, el secretario de Gobernación con un orden sucesorio que implicaría en segundo término al de Hacienda y en tercero al de Relaciones Exteriores, con una cláusula que llamamos “Antihuerta”, que impediría al presidente provisional disponer discrecionalmente de que alterara el gabinete y en consecuencia esta línea sucesoria.

Se suprime también la facultad de la Comisión Permanente de elegir un presidente provisional, no se le restan sus facultades al Congreso y se daría un mensaje en esta circunstancia extraordinaria de estabilidad y certidumbres inmediatas al país.

Ciertamente...

(Sigue turno 5)

... no se le restan sus facultades al Congreso y se daría un mensaje en esta circunstancia extraordinaria de estabilidad y certidumbres inmediatas al país.

Ciertamente hay muchos otros temas de reforma política que quedaron pendientes, hay tópicos en los que no alcanzamos acuerdos, los grupos parlamentarios representados en el Senado, pero no podíamos seguir discutiendo indefinidamente, llega un momento en que los acuerdos tienen que cerrarse, además la tradición política mexicana no es de reformas políticas que se hagan de una vez y para siempre, muchos temas pendientes nos aguardan la equidad de género, el acotamiento del fuero de los legisladores, el tamaño de las cámaras, sus fórmulas de integración, la ratificación congresional del gabinete y otros más.

Pero dimos un paso en la dirección correcta y un mensaje al país de que la pluralidad de las fuerzas políticas no es un obstáculo insalvable para alcanzar acuerdos de relevancia nacional que mejoren el desempeño de las instituciones y amplíen las vías de la participación política de los ciudadanos.

Aún con estas omisiones, creo que es una reforma importante, baste recordar que la última vez que se votó en la Cámara de Diputados la reelección continua de legisladores, fue en los años 60 y el dictamen se congeló en la Cámara de Senadores. Desde entonces no se había aprobado ningún dictamen con este asunto, hay muchísimas iniciativas, ha habido múltiples discusiones, pero no se había podido consolidar un acuerdo político legislativo.

Por otra parte, la consulta popular vinculatoria, no ha existido la cultura política mexicana, es un rezago democrático e histórico del régimen constitucional mexicano, desde que Benito Juárez invento un plebiscito para reformar la Constitución de 1857, no se ha dado ningún ejercicio de esta naturaleza serio en nuestro país.

Hoy tenemos la posibilidad de establecer este mecanismo de democracia directa en nuestra Constitución, no para sustituir a la democracia representativa, sino para perfeccionarla y darles a los ciudadanos un instrumento para exigirles a los legisladores y al Poder Ejecutivo el cumplimiento de elaboración de leyes y de políticas públicas en temas nacionales que respondan a las aspiraciones populares.

En conjunto, la minuta de reforma política constitucional contiene el paquete de modificaciones más ambicioso que haya sometido a un proceso legislativo en los últimos años y constituye una transformación en sentido democrático de nuestro sistema político en el que se expanden las atribuciones de los ciudadanos a la vez que se pretende mejorar el mecanismo institucional y se fortalecen los ámbitos jurídicos de los Poderes Ejecutivo y Legislativo.

Señoras y señores, las reformas políticas se hacen necesarias porque los sistemas del poder tienden a aislarse del resto de la sociedad de manera casi imperceptible y a veces con una gran velocidad. Con frecuencia los políticos nos amparamos en un código ideológico presuntamente democrático, pero no percibimos cuando éste ha perdido contenido real, y es sólo una máscara que disfraza el ejercicio oligárquico del poder que por añadidura ha dejado de responder a los engranes vigentes de la sociedad.

Hace casi 35 años, un intelectual y político preclaro y singular superó esta miopía, tuvo la visión y los tamaños para mirar el horizonte de la historia y legarle al país una reforma política que nos alejó del flagelo de las luchas guerrilleras y su consecuente “Guerra Sucia” e introdujo un ambiente de libertades político electorales que nos ha permitido transitar en el entorno de la democratización global del mundo occidental. Los legisladores integrantes del poder revisor de la Constitución, debemos inspirarnos en este legado de Reyes Heroles para darle al país, a esta convulsionada nación la reforma política de fondo que requiere.

Muchos mexicanos tenemos la convicción de que este difícil y complejo momento histórico por el que atraviesa el país, no es el tiempo para los políticos conservadores, para aquellos que tienen siempre a la mano el pretexto preciso para no cambiar. No esperemos a que los cambios que no sepamos hacer por la vía de las instituciones, nos sean impuestos después por el sendero imprevisible de las circunstancias. Muchas gracias.

El moderador Enrique García Travesi: Muchísimas gracias, señor senador. Le damos la más cordial bienvenida al diputado José Luis Jaime Correa, muchas gracias, diputado. A continuación escucharemos la ponencia del diputado Emilio Chuayffet Chemor, de quien me permitiré leer su semblanza. Es licenciado en derecho con mención honorífica, con la tesis Naturaleza jurídica del Distrito Federal. Así como la presea Gabino Barreda por haber obtenido un promedio general de 10 en su carrera.

Mencionáremos a continuación solo alguno de los múltiples e importantes cargos públicos que ha desempeñado. Presidente municipal constitucional de Toluca, Estado de México. Secretario de gobierno del Estado de México. Procurador federal del Consumidor. Director general, fundador del IFE. Gobernador constitucional del Estado de México. Secretario de Gobernación. Presidente del Consejo General del IFE.

Diputado federal de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión. Presidente de la Junta de Coordinación Política en la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión. Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión.

Diputado federal por el distrito tres del Estado de México, con cabecera en Atlacomulco, por el Partido Revolucionario Institucional, de septiembre de 2009 a la fecha. Coordinador de la diputación federal mexiquense del PRI en la LXI Legislatura. Integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales, y presidente del Grupo Interparlamentario de Amistad México-España en la presente Legislatura. Es miembro del Partido Revolucionario Institucional desde 1969. Tiene usted la palabra, señor diputado.

El diputado Emilio Chuayffet Chemor: Señoras y señores integrantes de la mesa, señoras y señores. Quiero ser muy breve y muy concreto. Me voy a referir tomando como base la espléndida minuta que el Senado de la República nos envió, a una serie de iniciativas que obran en la Cámara, sobre el mismo tema, Reforma política.

La minuta enviada por los senadores con un gran cuidado y detalle, hace un análisis de todas las iniciativas que existen ahí desde 2005, la primera, la última, 2 de diciembre de 2010, para producir un dictamen que después se vuelve minuta al enviarse, aprobado por el pleno a esta Cámara, el 27 de abril. Tres días antes de que cierre el periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión.

Debo decirlo, con la comprensión de los señores senadores que incluso declararon que era prácticamente imposible para la Cámara que dentro del propio periodo ordinario se pudiera revisar esta minuta. Así las cosas.

Nosotros hemos presentado como grupo parlamentario, el del PRI, al que pertenezco, una iniciativa como lo ha hecho el PRD, como lo han hecho compañeros de Acción Nacional, como lo ha hecho el PT en distintos temas muy importantes para la reforma política, como lo ha hecho Convergencia, como lo han hecho todos los partidos componentes de la Cámara, iniciativas que tienen que ver con la reforma política y que en nuestra opinión tienen que ser como fueron las de los senadores, dictaminadas, para de esta manera proceder con los puntos sobre los que hay acuerdo y que sean fundamentales a integrar un documento enriquecido por la propia Cámara de Diputados, cumpliendo así su papel de figura revisora.

Un tema con el que...

(Sigue turno 6)

... Cámara de Diputados, cumpliendo así su papel de figura revisora.

Un tema con el que coincidimos con Pedro Joaquín Coldwell, para empezar una reforma que tiene que ver con la democracia y la política, hay que reformar el Poder Legislativo, para nadie es un secreto las quejas que existen en este país de parte de todos los ciudadanos, casi sin excepción, sobre los magros resultados que rinde el Poder Legislativo en su trabajo, por lo menos esa es mi opinión personal.

Yo creo que aquí es necesario que reformemos el marco constitucional de actuación del Poder Legislativo, ya que la propia iniciativa del Senado dice que no hubo acuerdo para modificar la composición de las Cámaras, lo dice la propia minuta enviada por el Senado y no se toca la composición de las Cámaras, ciertamente es un tema muy difícil de acordar, pero sí sería muy importante que los artículos 70, 71, 72, 74, 75 y 76 fueran reformados, ¿para qué efectos? Para efectos de que ya no se presenten lagunas y dudas sobre los distintos supuestos de aprobación, aprobación parcial, aprobación rechazo, etcétera, que se nos presentan continuamente en el quehacer de las dos Cámaras.

Para efectos también de señalar con toda claridad y jerárquicamente las normas que regulan la actividad del Poder Legislativo en México, de suerte que no quede duda alguna de cuáles son las leyes formal y materialmente hablando, la que regula estructura y procedimiento, y los reglamentos que expide cada cámara unilateral.

Una novedad que sería reservar el artículo 75 a los procesos que tienen que ver con Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos, separarlos del 71 y 72, y hacer un diseño específico del proceso de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos, incluyendo todo lo que señala el Senado, la reconducción presupuestal... todas las cuatro características que señala el Senado, la definición de los deberes obligatorios que señala el Senado en su minuta, pero tenerlo en el 75 constitucional para que de esta manera no se confunda el proceso legislativo ordinario que regula cualquier ley de los que se tienen que agotar para el cumplimiento anual de estos dos textos.

Las Cámaras tienen que tener mayor control sobre el Ejecutivo, en ese sentido nosotros estamos proponiendo que se amplíen las comisiones de investigación, que suelen ser comisiones casi ordinarias sin facultades para investigar y sin resoluciones conclusivas para deducir responsabilidades.

Para eso, reformar, de 125 a 200 el número de diputados para crear la Comisión de Investigación y dotarla de facultades de imperio, como en cualquier país del mundo, las cámaras de investigación del Legislativo tienen facultades de imperio, no en México, por ejemplo, no pueden citar a un particular, mucho menos pueden hacer la cita como autoridad, lo cual parece absolutamente desfasado.

A la Cámara de Diputados se le agregarían tres facultades: Primero, aprobar el Plan Nacional de Desarrollo, mayor control, porque además del Plan Nacional de Desarrollo derivan los programas de inversión, que son los que se aprueban cada año en el presupuesto, en consecuencia, la aprobación Nacional de Desarrollo no choca con una línea consecuente de mayor participación del legislativo en el control del Ejecutivo.

En segundo lugar agilitar la fiscalización del Ejecutivo, comenzando con revisiones preliminares durante el año de Ejercicio de la Cuenta Pública por dictaminar, e iniciando las auditorías el día siguiente de aquel en el que se cierra el año a dictaminar. Seguimos contando con un tiempo impresionante para rendir cuentas por parte de la auditoría sobre la cuenta pública.

En tercer lugar, que las auditorías de desempeño no terminen como lo manda la Constitución con recomendaciones. No sirve de nada, las recomendaciones terminan en el escritorio, que las auditorías de desempeño que son tan importantes como las contables, terminen, si es el caso, con la exigibilidad de responsabilidad aprobada por el pleno de la Cámara de Diputados.

Lo mismo, el Senado debiera tener dos facultades, como mínimo, más. No solo aprobar los tratados y convenios internacionales, sino lo que se llama en la diplomacia contemporánea, los acuerdos ejecutivos que fueron inventados en Estados Unidos para evadir al Senado y que tienen muchas veces más obligaciones para el país que lo suscribe, que un tratado, para que todo documento que bajo la denominación que sea obligue a México, pase por el Senado de la República y sea aprobado por el Senado de la República, y sin ello no tendría validez alguna.

En segundo lugar, recibir trimestralmente informes sobre el manejo de la política exterior mexicana. En relación al Poder Ejecutivo, tres cosas: Primero, es el único poder al que la Constitución llama “Supremo”, en el 80 constitucional,: El Supremo Poder Ejecutivo de la Nación se deposita en un solo individuo que se denominará Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

¿Por qué Supremo? ¿Por qué no es Supremo el Congreso, el Poder Legislativo o La Corte? Esa modalidad carrancista de 1916, debiera ser suprimida en nuestra Constitución, así sea nada más una cuestión de estilo que debiera reflejar otros cambios de mayor fondo, lo entiendo, pero debiéramos desaparecerle. En segundo lugar, darle autonomía constitucional al SAT por razones que alargarían mi intervención y no es el caso, darlas en este momento.

Tercero, ampliar un derecho de los ciudadanos, el derecho de petición, ¿cómo? Estableciendo un plazo para que resuelva la autoridad, hoy en día se aplica por alguna disposición de La Corte, términos que vienen del Código Fiscal para resolver el derecho de petición, 45 días naturales para resolver cualquier petición a partir de la cual afirmativa o negativa Ficta servirá para que el ciudadano pueda defender su derecho a solicitarle a la autoridad lo que está en su esfera jurídica pedir o solicitar.

En el Poder Judicial nosotros tenemos una observación que hacer, el arraigo, que muchas veces en materia electoral se utiliza como una forma de inhabilitar moralmente a alguien. Nosotros pedimos que medidas de carácter judicial para no seguir judicializando la política, no signifiquen la revelación de los nombres de las personas sobre las que recaen tales medidas, porque aunque esto pudiera exponerlas a la violación de derechos humanos, existen, sin embargo, formas para las cuales un juez podría ser habilitado a efecto de que él mismo custodie los derechos humanos en cuestión.

Una de las críticas que la iniciativa del PRI recibió más intensamente fue la formación de mayorías, la famosa cláusula de gobernabilidad, que nosotros nunca propusimos, sino la modificación del 8 por ciento como máximo de sobrerrepresentación que nosotros sí propusimos, elevarlo de suerte que hubiera una posibilidad de crear mayorías.

Hoy el Senado de la República nos manda una iniciativa en donde dice que es plural y democrático que en el Distrito Federal, artículo 122, con el 40 por ciento de la votación se tenga la mayoría de las constancias, es decir, sobre representación del 10, y nadie dijo que era regresión al pasado, nadie, no he leído un solo artículo que diga...

(Sigue turno 7)

... al contrario, es democrático, es plural. Bueno, pues seamos democráticos y plurales los diputados... y o nos ponemos igual que el Senado en 40 por ciento de votación o bajamos al Distrito Federal a 8 por ciento de sobrerrepresentación como límite.

Lo que no puede hacerse es que un príncipe a la federación y a los estados por la vía del 41, y por el otro lado una entidad federativa, que además aspira a ser estado del país, reciba un tratamiento distinto en cuanto a la sobrerrepresentación. Que quede claro, no queremos más que el mismo tratamiento..., que el tratamiento plural y democrático que recibió el Distrito Federal. La ampliación del periodo de los ayuntamientos, que también con alguna reforma que hizo el Senado, quizá ya no tenía sentido...

Y finalmente el Distrito Federal otra vez. Hay que gobernar democráticamente, con la participación de las mayorías y de las minorías. En el Distrito Federal no pasa, porque no hay municipios; hay delegaciones. Hay que municipalizar el Distrito Federal, para que en cada municipio haya hacienda propia que emane de la ley y de las decisiones del Poder Legislativo.

Y cuerpos edilicios en donde estén representadas las minorías, para que de esta manera todos tengan representación y todos participen. Ésta es una condición necesaria para volverse estado del país. No puede ser estado y tener delegaciones, cuando no existe ya ninguna razón para seguir sosteniendo una figura administrativa que se concibió como transicional, entre la derogación en 1928 de los municipios y una alborada que todavía no llega, que es la plenitud democrática para los habitantes del Distrito Federal. Muchas gracias.

El moderador Enrique García Travesi: Gracias, diputado Chuayffet. Damos la bienvenida al licenciado Juan Marcos Gutiérrez González, de quien me permitiré leer su semblanza. Es licenciado en derecho por la Universidad Autónoma de Baja California. Cuenta con estudios de posgrado en derecho hacendario y financiero, y solución de controversias del TLC.

El 4 de octubre de 2010, el presidente Calderón lo designó como subsecretario de Gobierno de la Secretaría de gobernación. Adicionalmente ha ocupado los siguientes cargos: cónsul general de México en Los Ángeles, California; coordinador general de Órganos de Vigilancia y Control, de la Secretaría de la Función Pública; cónsul general de México en Denver, Colorado; director general del Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas, Indetec, organismo público descentralizado del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

Coordinador de asesores en el Senado de la República, diputado federal por el PAN en la LVII Legislatura de la Cámara de Diputados. Durantes este periodo se desempeñó como presidente de la Cámara de Diputados, en diciembre de 1998, presidente de la Comisión para el Fortalecimiento Municipal y presidente de la Sección Instructora para Juicios Políticos y Declaraciones de Procedencia; secretario general de Gobierno de Tijuana, Baja California; director jurídico del XIV ayuntamiento de Tijuana, Baja California.

Es coautor de diversas publicaciones y autor de artículos en múltiples revistas especializadas en materia de federalismo, derecho hacendario y derecho constitucional. Ha sido reconocido como uno de los fiscalistas más importantes de México por la revista Defensa Fiscal. Y ha sido profesor de derecho constitucional en la Universidad Autónoma de Baja California, en la Universidad Iberoamericana y en el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey. Tiene usted la palabra, licenciado.

El licenciado Juan Marcos Gutiérrez González: Muy buenos días tengan todos ustedes, ciudadanos, diputados, señor senador, amigos, compañeros, estudiantes, representantes de organizaciones de la sociedad civil; todos los aquí presentes y los que nos habrán de ver o escuchar en los medios de comunicación. Antes que nada reciban un saludo cariñoso de parte del titular del presidente Calderón.

Quiero felicitar el esfuerzo de la Cámara de Diputados a través de la Comisión de Puntos Constitucionales, de su presidente, el diputado Juventino Casto y Castro, y de todos los integrantes. Como habrán notado, de la amable presentación que de mi persona se hizo...

Ya tuve la oportunidad de pasar por esta Cámara de Diputados en la LVII Legislatura, y me da mucho gusto constatar que la ruta del diálogo es la que sigue gobernando las importantes decisiones que esta soberanía toma y debe seguir tomando, en bien de los mexicanos. La democracia no es más que la decantación serena de las diferencias con el objetivo de encontrar, aunque parezca contradictorio, en esas diferencias las coincidencias. Espero que de estas reflexiones, diputados, senadores, amigos y amigas, podamos encontrar muchas coincidencias.

El 15 de diciembre de 2009, como muchos de ustedes saben, el presidente Calderón envió al pleno de la Cámara de Senadores, para su análisis y dictaminación, una iniciativa de decreto por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las propuestas de aquella iniciativa se dan en el contexto de la búsqueda de una reforma política, de un rediseño institucional que favorezca la consolidación de la política como instrumento al servicio del cambio. Tiene que ver esa iniciativa con objetivos fundamentales, y entre ellos el más importante es el de fortalecer el poder de la ciudadanía, ofreciéndole a ésta nuevas formas de participación, y a la vez robustecer y renovar el propio sistema político.

Aquella propuesta del Ejecutivo de manera resumida abordó 10 puntos. En primer término se propuso la reelección, o como se le quiera denominar. La posibilidad de la reelección consecutiva, con tope a 12 años, tanto para alcaldes, regidores, jefes delegacionales, así como a legisladores federales y locales. También con tope en 12 años de gestión.

Se propuso la reducción del Congreso mediante una fórmula equilibrada que llevaba hacia la baja a ambos principios: el de representación directa y el de proporción. Se introducía la iniciativa ciudadana, las candidaturas independientes, una propuesta también conocida como “segunda vuelta”, que no es otra cosa que el sistema de elección presidencial por mayoría absoluta, de mitad más uno de los electores.

Se proponía el derecho de iniciativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los asuntos de su competencia. El sistema de iniciativa preferente, para garantizar que dos piezas legislativas del Ejecutivo federal fueran siempre dictaminadas en un determinado periodo ordinario. La facultad de veto del Presupuesto de Egresos de la Federación, la Ley de Ingresos... y la denominada “reconducción presupuestal”. Así, a manera muy resumida, se conformaba aquella propuesta del presidente de la República.

Por su parte, en la Cámara de Senadores se dieron cita varias iniciativas, todas ellas importantes, todas provenientes de los distintos partidos políticos. Y en algunas, coincidiendo... quizás no en el método o la forma exacta, pero sí en la intención de renovar nuestro sistema político, y de nueva cuenta de fortalecer el factor ciudadano en el sistema de toma de decisiones.

Es así como el 27 de abril próximo pasado la Cámara de Senadores tuvo a bien aprobar un dictamen de reformas constitucionales que resuelve en su conjunto una serie de iniciativas. Desde luego que incluye la del señor presidente, pero no únicamente ésta. Resolvió o pasó por su tamiz y por su reflexión una serie de iniciativas...

(Sigue turno 8)

... Desde luego que incluye la del señor presidente, pero no únicamente ésta. Resolvió o pasó por su tamiz y por su reflexión una serie de iniciativas, repito, que ya estaban planteadas por los señores legisladores y legisladoras.

En esta fecha, pues, que el Senado de la República tuvo a bien aprobar esta trascendente reforma. Una reforma que, si me lo permiten, rápidamente les comento que recoge, porque obviamente no es exactamente lo que el Ejecutivo propuso. Sí aprobó por una parte la reelección inmediata de legisladores federales, pero con algunas importantes enmiendas respecto de lo que el Ejecutivo planteaba.

Por ejemplo, el tema de un periodo adicional, clarifical que en el caso de los senadores se trataba de un periodo adicional habida cuenta de que éste es de seis años; y hasta dos periodos adicionales en el caso de los diputados con tope a nueve años. Es decir, el periodo por el que se elije por primera vez y hasta dos periodos adicionales.

En el caso de la Asamblea del Distrito Federal y los legisladores estatales se aprobó una reforma similar. Y en el caso de los ayuntamientos en materia de reelección se aprobó una fórmula más amplia que simplemente me atrevo a decir que es una fórmula de alto contenido federalista porque le permitiría, de ser aprobada por el resto del circuito del Constituyente Permanente, a las Legislaturas estatales, a sus propios Constituyentes Permanentes decidir si tienen o no la figura de la reelección en el ámbito municipal.

Esto sería muy importante porque permitiría que no se uniformaran a todos los estados de la república; y como ya ocurre —por ejemplo— en el caso de los plazos de duración de las administraciones municipales, se pudiera tener esta modalidad de decisión verdaderamente autónoma de las entidades federativas de tener o no la figura. Debo aclarar que esta fue una reforma como de último momento porque no venía en el dictamen, pero ahí está a consideración de la colegisladora, en este caso la Cámara de Diputados.

Importante es que se aprobó la facultad de iniciativa ciudadana directa mediante el .25 por ciento de firmas de los ciudadanos inscritos. 0.25 por ciento. Quiero remarcar eso. Se trata de un cuarto de punto, por ciento, para que los ciudadanos organizados puedan acceder a introducir una iniciativa que tendría un tratamiento legislativo ordinario.

También se aprueba la figura de las candidaturas independientes con enormes retos, desde luego, para diseñarse en la legislación secundaria, pero el principio quedaría como un derecho del ciudadano y ya rompiendo con este que hasta antes de aprobarse esta reforma, si así tiene a bien hacerlo el Constituyente Permanente, ha sido un monopolio —como sabemos— de partidos. La iniciativa preferente del Ejecutivo federal no es otra cosa que la posibilidad de enrutar con un tratamiento especial dos iniciativas del Ejecutivo por periodo extraordinario:

Clarificar, porque sabemos que ya la Corte había dado algunas pautas en materia del veto al Presupuesto, pero la verdad de las cosas es que era necesario clarificar esta figura y, junto con ello, la posibilidad de la reconducción presupuestal y la Ley de Ingresos que no es otra cosa que darle certeza sobre la viabilidad de un paquete fiscal anterior, del ejercicio que concluye, cuando por alguna razón la Cámara de Diputados, en el caso del Presupuesto o ambas Cámaras en el caso de la Ley de Ingresos, no llegaren a ponerse de acuerdo.

Esto lleva a un método muy importante y francamente inédito, nos llevaría a ese marco, pero que sería relevante en el sistema de rendición de cuentas de los legisladores frente a la ciudadanía. Finalmente se aprobó la consulta popular como un mecanismo vinculante de decisiones, de orientación de política pública, legislativa y de actos de gobierno con un sistema ciertamente de control importante, pero que empodera de manera relevante a la ciudadanía.

He dicho que a través de esta figura verdaderamente los ciudadanos organizados podrán empezar a dictar en buena medida la agenda legislativa y también la agenda gubernamental. La sustitución presidencial en casos de falta absoluta, es un asunto que de manera sabia el Senado de la República —aquí quiero señalar que esta es una iniciativa plural que viene del Senado y que el Ejecutivo ve con muy buenos ojos, porque tenemos una laguna hoy por hoy en la Constitución para el tema de gobernabilidad en el caso de falta absoluta del titular del Ejecutivo en el periodo de la presidencia, así denominada, provisional— resuelve de una forma bastante razonable con vista en el derecho comparado y también con vista en nuestra realidad política.

Algo que es muy importante que se resolvió en esta minuta de reforma que ya se encuentra en la Cámara de los Diputados, es la facultad del Senado de concurrir para la ratificación de los titulares de los órganos colegiados que regulan la materia económica de nuestro país. Esto es muy importante porque es un paso definitivo hacia la autonomía. Yo siempre he dicho que la autonomía tiene grado, entonces no puedo decir autonomía total, pero es un paso muy relevante, muy importante.

Integración de la Asamblea Legislativa. Yo escuchaba con atención al diputado Chuayffet y la reforma tiene un componente para elevar un poco la marca que tiene hoy por hoy la cláusula de gobernabilidad en la Asamblea del Distrito Federal de un 30, 40 por ciento avanzando en la ruta de empezar a alinear esos elementos con el resto de las normas que regulan esta figura de la cláusula de gobernabilidad.

Régimen transitorio. Aquí no los voy a entretener. Reto a los estudiosos a verlo. Tiene sus bemoles, pero ciertamente es una reforma que en todo lo posible iniciaría su vigencia al día siguiente que se publique en el Diario Oficial la misma, pero obviamente como ustedes imaginarán, la eficacia de muchas de estas reformas va a depender en buena medida en el complemento de la legislación secundaria.

Termino diciendo que desde luego que quedan asuntos pendientes por resolver –no nos engañemos- no sólo de las propias propuestas del Ejecutivo que no obtuvieron consensos, sino de una serie de propuestas que estaban ahí. Pero no desfallezcamos. Este asunto es poco a poco. Si se me acusa de gradualista que así sea, pero ha sido ése el avance. Es el sistema para avanzar en la democracia mexicana.

Pero hay reformas clave que, de aprobarse, van a poder expeditar el resto. Van a poder provocar una mejor deliberación. Me refiero precisamente a las candidaturas ciudadanas; me refiero precisamente a la iniciativa ciudadana y a la consulta popular vinculante.

No desfallezcamos con aquello de que no pasó esta cosa o no pasó la otra. Creo que es un paquete muy relevante y es de reconocerse no sólo la decisión del Senado de la República, sino el interés de esta Cámara de los Diputados que con toda seriedad a abordar la reflexión y el debate sobre la reforma del Estado en donde la reforma política es un componente de la reforma del Estado como un todo.

Finalmente les comentaría -aclaro que voy a dejar este documento- de un cuadrito con el que estuvimos manejando los diálogos con el Senado que describe de manera muy clara –si se quiere- dónde impacta la reforma, en qué sector impacta la reforma de manera más relevante, porque si yo les digo que la reelección impacta en el Legislativo, bueno, pero también es una herramienta de empoderamiento ciudadano.

Hecha esa salvedad, lo único que quiero describir aquí es dónde impacta de manera principal o principalísima sin pretender que no impacta a la sociedad en su conjunto. La iniciativa preferente; la observación o la facultad de observación o veto del Ejecutivo al PEF; la reconducción presupuestal y de Ley de Ingresos y la figura de la presidencia provisional por ministerio de ley o constitucional, impactan directamente al Ejecutivo.

En cuanto al Poder Legislativo tenemos la...

(Sigue turno 9)

... En cuanto al Poder Legislativo tenemos la reelección de legisladores, la reelección inmediata de diputados locales y asambleístas del Distrito Federal, la ratificación o facultad de ratificación de los órganos colegiados; y para los ciudadanos, la regulación económica: Cofetel, Comisión de Energía y la Comisión Federal de Competencias.

Y en el caso de los ciudadanos tenemos la iniciativa ciudadana, la consulta popular, candidaturas independientes y estas bases para la elección de los ayuntamientos con posibilidad o no de reelección siendo el ayuntamiento la autoridad política más cercana ciudadana, por eso la paso a la cancha de los ciudadanos.

Con esto lo que quiero es más o menos acreditar el asiento del acierto de que se trata de una reforma equilibrada que al menos pretende equilibrar las relaciones entre poderes y las relaciones de los poderes públicos con los ciudadanos.

El Ejecutivo federal de manera muy respetuosa, desde luego, convoca a que continúen estos trabajos para que se apruebe de la manera que así decida esta soberanía, pero lo más pronto posible la reforma política. Por su atención, muchas gracias. (Aplausos)

El moderador Enrique García Travesi: Muchísimas gracias, señor subsecretario. Antes de continuar con los siguientes ponentes vamos a abrir una sesión de comentarios entre los integrantes de esta comisión, y los invitados especiales. Moderará el diputado Nazario. Por favor, diputado.

El diputado Nazario Norberto Sánchez: Muy buenos días a todas y a todos. Muy buenos días, senadores y diputados. Vamos a hacer una ronda de preguntas entre los participantes. Nosotros vamos a hacer una ronda de preguntas entre los participantes o nosotros mismos. Obviamente en primer término estuvo con nosotros el senador Pedro Joaquín Coldwell, el diputado Emilio Chuayffet al terminar. Aquí son importantes las preguntas que pudiese haber de acuerdo con su exposición. Si tienen algún comentario. Diputado Humberto Benítez Treviño.

El diputado Humberto Benítez Treviño: Más que una pregunta es un comentario a la intervención del diputado Chuayffet y del subsecretario de Gobernación. Por ahí veía una manta hace un momento en donde se urgía al diputado Chuayffet a que se aprueba la reforma política.

Quiero recordarles a todos ustedes y a nuestro gentil auditorio que como integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales yo propuse la celebración de estos foros, precisamente por las razones que arguye el diputado Chuayffet.

Nosotros recibimos la minuta del Senado tres días antes de que clausuráramos el periodo ordinario. Hubiese sido, señor subsecretario, una grave irresponsabilidad de los diputados haber aprobado la minuta sin hacer el análisis correspondiente. Por eso es que invitamos a estos distinguidos especialistas en la materia para que nos dieran sus puntos de vista. Qué caso tiene aprobar la reforma política en este momento cuando todavía no celebramos los foros.

En segundo término, yo propuse que se celebraran foros para escuchar la voz de los juristas de la provincia, por eso vamos a ir a Mérida, vamos a ir a Durango y vamos a ir a Guadalajara, porque si no, estamos también centralizando lo que aparentemente queremos federalizar. Yo orgullosamente soy maestro en la Universidad Nacional, en el doctorado, pero esto no me califica para externar la opinión de todos los juristas del país en el seno de la Cámara de Diputados.

Porque además, ¿dónde surgió el juicio de amparo? No surgió en el Instituto de Investigaciones Jurídicas donde nosotros somos participantes; surgió en la provincia. La fórmula Otero no surgió en la Ciudad de México, ¿verdad?

Por eso es que vamos a ir a escuchar la opinión respetable, consistente, analítica y válida de los juristas de todo el país. Después de que celebremos los foros, sobre todo el de Mérida y el de Durango, tendremos las conclusiones en Guadalajara y ya veremos si estamos de acuerdo en qué es lo que se dice.

Yo he adelantado algunos comentarios respecto a mi oposición a la reelección, porque además recuerdo —y con esto termino— en la campaña del presidente Salinas, yo fui delegado político, sustituí a un espléndido delegado que hoy es nuestro coordinador de los diputados mexiquenses, Emilio Chuayffet. Tú fuiste presidente municipal. Ya desde ese entonces en las formas de participación ciudadana preguntaban si el mandato de los presidentes municipales debiera ser de 3 años, de 4 años, de 6 años, con la reforma electoral que conducimos en el estado de México los presidentes actuales tienen casi 3 años y medio.

En eso estábamos el Instituto Nacional de Desarrollo Municipal, con el maestro Martínez Cabañas, de grata memoria para todos nosotros, si debía de duplicarse el término del mandato de los presidentes municipales a 6 años. Y habló el presidente de Tecámac, de mi tierra, y dijo: Mire, señor candidato, si a los que dicen que somos buenos presidentes ya nos quieren correr a los dos años, ahora imagínese seis años en el poder. No vamos a poder ni salir de palacio.

Entonces son temas que tenemos que reflexionar, compañeros diputados, que hay muchos aquí, y a la sociedad civil, que tenemos que meditar porque las generaciones políticas emergentes, lo decía yo hace dos días en una ceremonia, reclaman espacios de participación.

Cuando se promulgó la Constitución del 57, México tenía 7 millones 800 mil habitantes. Cuando se promulgó la Constitución del 17, México tenía 15 millones de habitantes. Hoy somos 112 millones, en consecuencia tenemos que concluir y en eso sí estoy totalmente de acuerdo, que en el orden jurídico constitucional que regula nuestra democracia primitiva, ya es obsoleto, pero después de que terminemos los foros vamos a ir concluyendo cuáles deben ser las reformas de gran calado que merece, en esta materia, el pueblo de México.

El diputado Nazario Norberto Sánchez: Muchas gracias, diputado Humberto Benítez. Tiene el uso de la palabra el diputado Jaime Cárdenas Gracia.

El diputado Jaime Cárdenas Gracia: Gracias. Trataré de ser muy breve. Primero, agradecer mucho a los tres ponentes. Fue muy interesante, desde la perspectiva y de la posición ideológica de cada quien, escucharlos.

Quiero hacer tres preguntas, tres comentarios; algunas respuestas serán tal vez obvias, pero quiero enfatizar de todas maneras la pregunta. Por ejemplo, me llama en primer lugar mucho la atención que uno de los temas fundamentales de cualquier reforma política en México pues tiene que ver con la influencia que en este momento tiene, de manera indebida, los poderes fácticos que han subordinado, secuestrado a las instituciones formales del Estado.

Esta minuta del Senado no contiene ni una sola referencia, ni una referencia al papel, por ejemplo, de los medios de comunicación electrónica que están en este momento presionando hasta el límite a instituciones como el Instituto Federal Electoral. Entonces cómo vamos a tener una reforma política en serio en México, profunda, si el tema de los poderes fácticos permanece...

(Sigue turno 10)

... Entonces cómo vamos a tener una reforma política en serio en México, profunda, si el tema de los poderes fácticos permanece intocado o no tratado.

En este mismo orden de ideas —y coincido con una de las observaciones de don Emilio Chuayffet— tiene que ver con el asunto de la relación con los Estados Unidos y los mecanismos de aprobación de tratados. En la Cámara de Diputados, tal vez porque ahora soy diputado, nos llama mucho la atención que el Senado se meta con el presupuesto y nosotros decimos: si van a meterse con el presupuesto por qué los tratados no los aprobamos por ambas cámaras y por qué ciertos tratados internacionales que tienen impactos en la seguridad nacional del país, no son sometidos a referéndum.

En el tema de los acuerdos ejecutivos hay una iniciativa en las comisiones de esta Cámara para reformar la ley de tratados; sigue insistiendo en que los acuerdos gubernativos no pasen ni siquiera por el Senado. Creo que sí es fundamental para cualquier reforma política que haya una respuesta de parte del Congreso de la Unión a la influencia indebida o excesiva, perniciosa de los poderes fácticos.

Otra pregunta. Muy bien —dice mi amigo subsecretario de Gobernación Juan Marcos Gutiérrez— esta reforma es extraordinaria porque introduce mecanismos de democracia participativa. Pero lo que no le decimos a la gente es la verdad. Por ejemplo, el derecho de consulta para que los ciudadanos puedan promoverlo va a exigir el 2 por ciento del listado nacional, es decir, casi como si constituyéramos siete partidos políticos.

En la facultad de iniciativa —eso sí se dijo— es 0.25, casi como constituir un partido político, casi, 0.25 del listado nominal. Es muchísimo para una iniciativa ciudadana. Creo que en el tema de democracia participativa hace falta una visión mucho más radical y exigente por parte del Congreso. Establecer requisitos que sean fácilmente superables por los ciudadanos. No pedir el 2 por ciento de la voluntad ciudadana, del listado, para promover una consulta; no pedir el 0.25 para una iniciativa ciudadana.

Tenemos que pedir, en todo caso, números inferiores a estos, porcentajes inferiores a estos, muy inferiores e introducir otros mecanismos de democracia participativa como la propia revocación del mandato; ya que vamos a establecer la reelección de legisladores, o se pretende establecer la reelección de legisladores, mecanismos de revocación de mandato que permitan sustituir, por voluntad popular, a los malos gobernantes.

Hay otro tema que tiene que ver con el Poder Judicial que aunque en la iniciativa del Ejecutivo sí había una propuesta en ese sentido para que tuviese facultad de iniciativa de ley la Suprema Corte en esos ámbitos, me llama mucho la atención que sea un poder que no sea parte de manera integral de una visión de reforma política.

En concreto me refiero, porque lo vivimos aquí en la Cámara de Diputados no digo que todos los días pero sí frecuentemente, cuando esta Cámara de Diputados promueve una controversia constitucional ante la Suprema Corte, generalmente las controversias son desechadas argumentando la Corte falta de interés legítimo, aunque se trata de asuntos de derecho público que tienen que ver con el respeto al orden constitucional.

Me parece que aquí un gran mecanismo de democracia participativa que podríamos brindarles a los ciudadanos, como existe en otros países como Colombia desde 1911, sería dotar a los ciudadanos de acciones ciudadanas o populares de inconstitucionalidad. Que cualquier ciudadano, sin tener que demostrar un interés jurídico, un interés legítimo, pudiese acudir ante el órgano de constitucionalidad y decirle: esta ley que aprobó el Congreso federal o el congreso local o este reglamento del Ejecutivo o este tratado es contrario a la Constitución, que es un derecho que no tienen actualmente los ciudadanos.

Termino con esta última reflexión. Hace unas horas la Suprema Corte, de manera muy positiva, acaba de determinar límites al fuero castrense para que cuando haya violaciones o presuntas violaciones a los derechos humanos, los militares sean sometidos a responsabilidades en la jurisdicción civil.

Otra cosa importante que resolvió la Corte fue la posibilidad de que cualquier juez del fuero común, cualquier autoridad administrativa pueda hacer interpretación de las leyes secundarias, tomando en cuenta los preceptos constitucionales, es decir, interpretación desde la Constitución.

Sería también muy importante que las autoridades en este país tuviésemos como mecanismo de defensa de la Constitución, o tuviesen otras autoridades como mecanismo de defensa de la Constitución la figura de cuestión de inconstitucionalidad para que cualquier juez local, cualquier autoridad administrativa, cuando piense que va a interpretar o que va a aplicar una ley contraria a la Constitución, pueda hacerlo saber a la Suprema Corte y la Suprema Corte determinar si esa ley susceptible de aplicación es conforme al texto constitucional o es contraria a la Constitución.

Creo que sí es una minuta que contiene ventajas, desde luego, no las niego, las que pueda tener, pero en otros sentidos es una reforma política que se queda muy corta tomando en cuenta las grandes expectativas que tiene la sociedad para democratizar al sistema político. Muchas gracias.

El diputado Nazario Norberto Sánchez: Muchas gracias, diputado Jaime Cárdenas. Le damos el uso de la palabra al diputado Felipe Solís Acero.

El diputado Felipe Solís Acero: Muchas gracias. En primer lugar quiero agradecer mucho la presencia de los ponentes que hoy nos acompañan, que distinguen este foro inaugural que creo que inicia...

(Sigue turno 11)

... agradecer mucho la presencia de los ponentes que hoy nos acompañan, que distinguen este foro inaugural que creo que inicia con los mejores augurios.

Quiero hacer un par de comentarios muy breves y muy puntuales. Uno tiene que ver con el método de dictaminación, porque el tema fue abordado aquí en esta primera parte del foro. La minuta del Senado de la República, de acuerdo con las disposiciones del nuevo Reglamento de la Cámara de Diputados, que ahora nos rige, tiene que ser dictaminada en lo individual.

Eso dice el artículo 81 del nuevo Reglamento, que dice: Los dictámenes que atiendan minutas deberán abocarse sólo a éstas, el resto de los dictámenes podrán atender una o varias iniciativas o asuntos siempre y cuando traten el mismo tema.

Hay aquí en la Cámara ciertamente un paquete importante de iniciativas que tocan, de iniciativas de los diversos grupos parlamentarios o de diputados de los diversos grupos parlamentarios, que tocan temas relacionados con la minuta o temas paralelos a los que contiene la minuta cuyo análisis y discusión es el motivo del foro que hoy nos convoca, que yo creo que como lo solicitó el diputado Chuayffet deben ser dictaminados, pero ese proceso de dictaminación de acuerdo con la nueva reglamentación de la Cámara de Diputados, artículo 81 del Reglamento, debe seguir un proceso de dictaminación paralelo.

El dictamen de esas iniciativas no puede incluirse en el dictamen que la Comisión de Puntos Constitucionales emita en relación con la minuta que llegó del Senado en materia de reforma política, se trata de dictámenes diferentes y por supuesto sería conveniente que se hiciera la dictaminación correspondiente de las otras iniciativas, que por cierto especialmente la que fue invocada se refiere a temas que no son contrapuestos a los temas contenidos de la minuta, sino más bien temas complementarios.

Un segundo comentario que yo quisiera formular es uno muy puntual en relación con lo del tema de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y su composición. Actualmente la disposición constitucional establece una cláusula de gobernabilidad probablemente anacrónica, que tiene un piso de 30 por ciento; la minuta que nos llega del Senado eleva el umbral para la aplicación de la cláusula de gobernabilidad al 40 por ciento, de manera que no se flexibilizó la cláusula de gobernabilidad, sino al contrario; se incrementó en 10 puntos el umbral correspondiente.

De cualquier manera, creo que es válido el planteamiento que formula el diputado Chuayffet en el sentido de darle el mismo tratamiento, pero es conveniente recordar que la minuta no flexibiliza sino por el contrario, incrementa el umbral que actualmente está vigente en la Constitución.

El tercero y último comentario que quiero señalar, es que en materia de democracia participativa en el PRI tenemos una definición en nuestros documentos básicos. El programa de acción aprobado en agosto de 2010 por la asamblea nacional, que es el máximo órgano deliberativo y de autoridad que nosotros tenemos en el Partido Revolucionario Institucional, aprobó un programa de acción que se refiere a estos temas de manera puntual. Quiero, para concluir mi intervención, recordarlos.

El apartado 53, porque están numerados, del programa de acción dice: La democracia participativa consiste en facilitar a los ciudadanos el ejercicio pleno de sus derechos, asegurando su influencia en las decisiones gubernamentales y en el Poder Legislativo. El PRI reconoce que la sociedad tiene nuevas formas de expresión y organización a las que debe corresponder con apertura, identidad y auténtico compromiso social.

En este sentido, en el PRI nos comprometemos a promover, dice el numeral 54, promover las reformas constitucionales que permitan la participación ciudadana en los asuntos públicos a través de los mecanismos del referéndum, iniciativa popular, consulta ciudadana y plebiscito. Ése fue el mandato que los priistas recibimos en la más reciente asamblea nacional del PRI, y a ese mandato yo me atengo. Muchas gracias.

El diputado Nazario Norberto Sánchez: Muchas gracias, diputado Felipe Solís. Tiene el uso de la palabra el diputado Reginaldo de la Torre.

El diputado Reginaldo Rivera de la Torre: Gracias. Agradecer a los ponentes, a los miembros de la comisión, a los estudiantes, a los académicos, a los estudiosos de derecho, al público en general, la oportunidad de intercambiar tópicos, temas sobre la llamada reforma política.

Los medios de comunicación se han encargado de centrar en la discusión de nuestro país el tema de la reforma política, nada más que su servidor quisiera ubicar en el contexto de la discusión otros temas. Por ejemplo, en las entidades federativas se ha legislado, inclusive el Distrito Federal, ya sobre democracia participativa. No es cierto que la ciudadanía no se pueda expresar, en temas nacionales o en temas federales faltará esta reforma, pero en las entidades federativas ya existe.

Los medios de comunicación, las redes sociales están revolucionando al mundo y al país. Hoy fue liberada una estudiante de la UNAM que fue acusada injustamente por la presión de las redes sociales, los legisladores debemos de estar abiertos a la modificación que tiene en este momento la sociedad, pero también tenemos que atenernos al principio de legalidad. Las normas jurídicas son aprobadas por el Poder Legislativo y tienen sus particularidades.

Hay que decir que en la LX Legislatura no se autorizó la reforma política. Recordemos quién gobernaba en la LX Legislatura, quién tenía la mayoría y por qué no lo hicieron. La LXI Legislatura, asumiendo su responsabilidad con la sociedad ha hecho reformas históricas y siempre lo voy a repetir, porque eso no se dice; se reformó en materia de Ley de Amparo la Constitución. Es una reforma histórica.

La reforma en derechos humanos también es una reforma histórica; la reforma en materia de derecho a la alimentación del pueblo de México es una reforma histórica, y el presidente de la república daba cuenta también de la reforma que llevamos a cabo en materia de trata de personas.

Entonces no es cierto que haya inamovilidad legislativa de esta Cámara de...

(Sigue turno 12)

... para discutir con seriedad el dictamen de la minuta del Senado, pero no tan sólo eso, si no más iniciativas de todas las fuerzas políticas que se están discutiendo en este momento, pero voy a insistir en otra cosa que puesto en la mesa de la Comisión de Puntos Constitucionales, no confundir la reforma política, la reforma, la democracia participativa con la reforma electoral, no se pretenda ganar en la reforma de la democracia participativa, lo que no se gana en las urnas. Es cuanto.

El diputado Nazario Norberto Sánchez: Muchas gracias, diputado Reginaldo. Tiene el uso de la palabra el diputado Héctor Guevara.

El diputado Héctor Guevara Ramírez: En primer término quiero agradecer en todo lo que vale, la presencia de tan distinguidos ponentes en relación al tema toral que debe ocupar a la sociedad mexicana.

La política no cabe duda que es el único medio racional, para solucionar los conflictos de la sociedad, y desde luego la reforma en razón de la política ocupa sin duda una alta prioridad, pero parafraseando aquel lema importante de José Ortega... que es el hombre y su circunstancia, también son las sociedades y su circunstancia, también es el Estado mexicano y su circunstancia.

Qué se requiere señor subsecretario, para que la circunstancia del país arroje la posibilidad de tener una reforma política transcendente, desde luego, sin duda que exista diálogo, que exista concertación, que exista una actitud del Ejecutivo que permita en el respeto a los otros poderes establecer verdaderamente una reforma y, que desde luego, analizando los temas de la propuesta que hizo el Ejecutivo son temas que han sido tratados por el Legislativo hace mucho tiempo y que no tienen gran calado como una gran novedad en razón de la reforma que el Ejecutivo en usos de sus funciones debe llevar a cabo.

¿Por qué observar el manejo de esta propuesta del Ejecutivo? Porque aparejado a esta propuesta ha venido una estrategia mediática del partido al que usted pertenece y pertenece el presidente de la república en razón, precisamente, de denostar el trabajo del Legislativo.

Nadie en sano juicio puede pensar que con 72 horas de antelación el Legislativo podría dictaminar una propuesta del Senado en donde se entraña parte de la propuesta del Ejecutivo, por eso, a las cosas hay que llamarlas por la verdad y decir que con estos foros a través de especialistas, a través de quienes han participado en la vida democrática de la nación hace tiempo y que desde luego conoce muy bien las anteriores reformas políticas de la nación.

Señalo dos de manera muy específica, sin duda la reforma sustentada por don Jesús Reyes Heroles y otra sustentada por Emilio Chuayffet, que aquí está y desde luego por extraordinarios, no solamente doctrinarios, si no conocedores y actores políticos relevantes de la nación puede darse sin prisas con la pausa que la nación demanda, una reforma política que verdaderamente sirva a la nación y no que se establezca sólo como una estrategia mediática de un partido político o del Poder ejecutivo, si no que entrañe esta discusión, este análisis al que hemos estado invitados.

Finalizaría señalando que Felipe Solís Acero tiene razón en sus comentarios, coincido con él y quiero solamente dejar muy claro, no debe ser el prurito de la prisa lo que debe albergar el sustento de esta reforma, analicemos, coincidamos, disentir es un privilegio de la inteligencia y es un elemento fundamental en la democracia, para poder decir en qué no estamos de acuerdo y, desde luego, que sea en el respeto del Poder Legislativo por parte del Ejecutivo que se dé el contenido, el fundamento y el resultado de esta reforma política.

El diputado Nazario Norberto Sánchez: Muchas gracias, diputado Héctor Guevara. Así es —diputados y senadores—, nosotros también estamos por una reforma política ya, la minuta que envió el Senado de la República, excelente iniciativa, pero la vemos acotada, obviamente en su gran mayoría la aprobamos, pero también disentimos.

Disentimos de acuerdo a la reelección, nosotros estamos en contra de una reelección. Estamos proponiendo que tanto los diputados, como los presidentes municipales en lugar de tener tres años, sean seis años. Nosotros, queremos una reforma política, pero una reforma política integral.

Una reforma política integral en donde esté también como un estado el Distrito Federal. Nosotros, no nos oponemos. Los compañeros diputados propusieron estos foros, para escuchar a los maestros, a los doctores, a los conocedores de ese tema, nosotros vamos a empujar esta reforma política, pero sin presiones y sin prisas.

Estamos a favor de las candidaturas independientes, estamos a favor de la democracia participativa. Claro que queremos abrir a la ciudadanía, para que intervengan y puedan presentar iniciativas, esperemos que una vez terminado este foro estos foros que se van a llevar a cabo, tengamos un resumen y podamos devolver al Senado una reforma política integral, para el beneficio de todos los ciudadanos. Muchas gracias, y seguimos con el programa.

El Moderador Enrique García Travesi: Muchísimas gracias al diputado Nazario Norberto Sánchez. Así como a todos los participantes.

Continuamos con la ponencia del senador Arturo Escobar y Vega, quien es licenciado en derecho por la Universidad Iberoamericana y maestro en derecho por la Universidad de Nueva York en Estados Unidos. Integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Cámara de Diputados durante la LVI Legislatura integrando las comisiones siguientes: Gobernación, Puntos Constitucionales, Justicia y Derechos Humanos, Comisión Especial para la reforma del Estado y presidente de la Comisión de Asuntos de la Juventud.

También, fue diputado local del Partido Verde Ecologista de México en la asamblea legislativa del Distrito Federal del 2003 al 2006 en la que participó como presidente de la Comisión de Fomento Económico, secretario de la Comisión de Juventud, integrante de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la Comisión de Asuntos Político Electorales y de la Comisión Especial de límites territoriales.

Actualmente, es senador de la república por el partido Verde Ecologista de México, secretario de organización del comité ejecutivo nacional de ese partido y consejero del Poder Legislativo del Partido Verde Ecologista de México ante el consejo general del IFE. Por favor, señor senador.

El senador Arturo Escobar y Vega: Gracias, muy buenas tardes antes que nada quiero agradecer a la Comisión de Puntos Constitucionales, a su presidente don Juventino Castro y Castro, a viejos amigos como don Emilio Chuayffet y don Pedro Joaquín... que siempre que se hace por abecedario los turnos de los ponentes me tocan después de ellos y es un enorme reto hablar después de dos excepcionales legisladores, excepcionales juristas y hombres de Estado...

(Sigue turno 13)

... y es un enorme reto, hablar después de dos excepcionales legisladores, excepcionales juristas y hombres de Estado.

Vengo aquí a hacer una defensa propia, directa, sólida, consolidada de la minuta que hoy está aquí en la Cámara de Diputados y que tiene que ver con la reforma política tan anhelada por los políticos mexicanos, por el gobierno mexicano y por la sociedad en general.

¿Por qué nos tardamos tanto? Nos tardamos tanto por dos factores muy rápidos y voy a ser muy honesto con ustedes. Nos tardamos tanto porque el PAN quería segunda vuelta y el PRI no quería reelección, tuvimos que llegar a acordar hasta el último momento para poder sacar un documento que absolutamente es perfectible. Me voy a permitir de manera muy rápida, punto por punto, de qué aprobamos y qué en la consideración de mi grupo parlamentario es perfectible y es mejorable; luego haré algunos comentarios sobre lo que aquí se ha vertido en cuento a democracia, en cuanto a integración de la Cámara de Diputados, el Senado de la República.

Voy a hacer un comentario al final sobre por qué el Congreso mexicano o por qué hay tanta preocupación de que el Congreso mexicano sea mal visto por la sociedad.

Iniciativa ciudadana. Este es un instrumento que ya entidades federativas lo tienen, físicamente lo tienen y avanzando de manera muy positiva el Congreso de Nuevo León, se señala porqué el 0.25 por ciento de la sociedad tiene que participar para instrumentar una iniciativa que el Congreso pueda conocer, porque el 0.25 por ciento, en números reales, representa 200 mil mexicanos, una lista nominal de 80 millones, el 0.25 son 200 mil, ese es un instrumento que se busca para que un cúmulo de mexicanos agrupados, asociados, interesados en un tema puedan... una iniciativa que sea vinculatoria al Congreso mexicano para que de manera breve se pueda discutir y en su caso aprobar. Bienvenida la iniciativa ciudadana.

Consulta popular. Este es un instrumento viejo en algunos estados, viejos en algunos países, perdón, que debimos de haber tenido en México desde hace mucho tiempo, qué bueno que los temas más trascendentales de nuestro país, inclusive en reformas constitucionales, pueda participar de forma activa el ciudadano para poder pronunciarse sobre aquello que está decidiendo su representación en el Congreso en temas trascendentales que le pueden pegar en su vida diaria y por supuesto en su futuro, en su futuro más presente.

Candidaturas independientes. Quiero ser muy claro en este tema y felicito a la gente que trae mantas, qué bueno que se pronuncien, qué bueno que nos presionen, yo soy de los que piensan que la sociedad tiene que estar encima de nosotros todos los días, porque créame que al legislador les es muy fácil voltearse la cara de la sociedad, qué bueno que estén presentes y qué bueno que se estén pronunciando.

Candidaturas independientes. Mi partido propuso que para no generar falsas expectativas, porque la candidatura independiente como está en la minuta y como se han presentado en las iniciativas en la Cámara de Diputados, son expectativas, créanme, irreales, un candidato independiente bajo las reglas democráticas que hoy tiene México, es un candidato eterno, jamás va a llegar a ser legislador.

Hoy hay entidades federativas de este país que es casi imposible competir con los partidos totales del gobierno y hablo de partidos políticos que tienen 60, 50, 40, 30 años, que tienen prerrogativas fuertes, muchos recursos económicos y no pueden competir. Hoy lo que mi partido propuso y lamentablemente no fue materia de aprobación la minuta del Senado, fue que redujéramos 32 curules de la Cámara de Diputados para que en cada una de las entidades federativas pudieran contender e inscribirse ciudadanos independientes, ciudadanos sin partido.

Y este cúmulo de ciudadanos en cada una de las entidades compitiera uno contra el otro en una elección y el que ganara tomara una curul en la Cámara de Diputados por cada una de las entidades federativas, bajo el esquema que tenemos o queremos aprobar es casi imposible pensar que un candidato independiente le va a ganar a un partido político que tiene estructura, que tiene recursos, que tiene medios, si lo que realmente queremos es oxígeno en la Cámara de Diputados, si lo que realmente queremos es despartidizar al Congreso mexicano, si lo que realmente queremos es escuchar las voces de la gente, démosle la posibilidad de no ser eternos candidatos, sino ser diputados federales que realmente representen a la independencia de la ciudadanía.

Iniciativa preferente. Este es un instrumento que sin duda, sin duda ayuda a que el Congreso mexicano dé cara a la sociedad, nadie, nadie más que el Ejecutivo Federal, nadie más que el Presidente de la República tiene la información concreta y relevante sobre lo que ocurre en nuestro país, sobre lo que ocurre en el Estado mexicano.

Dos iniciativas por periodo de sesiones puede presentar el Presidente de la República y el Congreso mexicano está obligado a dictaminar en un sentido o en el otro, pero en estos dos temas relevantes por periodo erradicamos la congeladora y es un paso trascendente para que el Congreso se pronuncie, porque hay tanto temas relevantes, tantos temas de enorme sensibilidad que lamentablemente, ya sea por rendimiento electoral o por falta de acuerdos, nunca son materia, si quiera, si quiera, de que se suban al pleno de la Cámara de Diputados o el Senado de la República.

Observaciones del Ejecutivo al Presupuesto de Egresos. Qué bueno que las hay, el Ejecutivo Federal es el que ejecuta el Presupuesto de Egresos, pero en esta parte que estamos avanzando para que el Ejecutivo tenga la posibilidad, una vez que la Cámara se pronunció o la Cámara modificó y él pueda vetar y puede en su momento, otra vez la Cámara revisar, hoy lo que requerimos con este gran paso, es que también podamos dotar al Poder Legislativo y específicamente a la Cámara de Diputados de instrumentos de auditoría y fiscalización que realmente sirvan.

Instrumentos en primer lugar que prohíban el subejercicio por parte de los secretarios de Estado, que hoy tendría que ser un delito penal, un secretario de Estado que por... electoral no dote entidades federativas de recursos económicos, un secretario de Hacienda que se obligue a recibir a los gobernadores de las entidades federativas para saber qué está pasando con los recursos económicos.

Hoy necesitamos dotar a esta Cámara de Diputados de un paquete de información, de un dote de instrumentos, para que aquellas comparecencias de los jefes, de las secretarías de Estado, de los secretarios de estado no se conviertan en comparecencias políticas, sino comparecencias técnicas, comparecencias interesantes que tengan que ver qué pasa con el subejercicio, qué pasa con el recurso, cómo lo resuelvo, cómo lo soluciono, cómo resuelvo las necesidades de mi entidad federativa, si tú, Ejecutivo Federal, tú secretario de Hacienda no me transfieres los recursos. Hay que trabajar, y ojala la Cámara de Diputados pueda corregir esa parte de la minuta.

Reconducción presupuestal. Una vez más, yo llevo siendo legislador, desde el 2000, he oído la reconducción presupuestal año con año y mes con mes, y no pasa nada, hoy es materia de una minuta, ojala se apruebe porque es trascendental, ante la falta de acuerdos del Poder Legislativo no podemos dejar en desamparo, no podemos dejar en desamparo las finanzas públicas de este país, especialmente en los temas más trascendentales, es un asunto que, creo yo, no debe tener mayor debate en la Cámara de Diputados.

Sustitución del Presidente en caso de falta absoluta. Es una vez más darle salida a una complejidad, a un tejido constitucional que ni era claro, ni servía e iba a generar una enorme politización en el Congreso mexicano. Hoy se deja muy claro que ante la sustitución, quien va a... va Gobernación, va Hacienda y luego va el canciller o la canciller. Creo que es un tema que da claridad y ante la ausencia de los tres, iría el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Reelección de legisladores. Caray, y lo digo con enorme respeto, porque aquí hay maestros míos, aquí hay gente que yo aprecio muchísimo, pero modernicemos nuestro país, cuál es el mal de la reelección, porque no es automática, la reelección tiene que ver con la posibilidad de que alguien que es diputado federal o alguien que es senador de la República pueda ir, pueda ir a una contienda interna de su partido político para obtener la candidatura y a partir de ahí competir en una elección constitucional, ¿por qué rasgarnos las vestiduras? Todos saben aquí lo que cuesta, lo que cuesta obtener experiencia en el parlamento mexicano o en el Congreso mexicano.

Yo todavía ayer, después de 8 años de legislador federal, me seguía sorprendiendo de algunas actitudes que vi en el PAN y en algunos diputados del PRI. Estábamos en el debate de la comparecencia del secretario de Gobernación, Pablo Gómez y un servidor sosteníamos que en esta comparecencia era trascendental que se estableciera la fecha específica y el horario específico de comparecencia.

El PAN y el PRI, algunos del PRI decían: Pero es que esto sería un enfrentamiento...

(Sigue turno 14)

... Pablo Gómez y un servidor sosteníamos que en esta comparecencia era trascendental que se estableciera la fecha específica y el horario específico de comparecencia.

Y el PAN y el PRI... algunos del PRI decía que esto sería un enfrentamiento institucional. No es enfrentamiento, porque las comparecencias de los secretarios de Estado son obligatorias, no es una invitación sino un mandato del Congreso. Y en todos los Congresos del mundo el Congreso pone la fecha y la hora. Pongo ejemplos. A Alonso Lujambio se le ha citado en los últimos cuatro meses para comparecer ante la Cámara de Diputados para rendir cuentas sobre el asunto del bicentenario, y no ha venido. Pero mantenemos la relación institucional.

Ésta es la parte donde fortalecemos al Poder Legislativo. Y no es de pelearnos sino de obligarlos a comparecer. En democracias más avanzadas los secretarios de Estado casi viven en el Congreso, porque rinden cuentas ante la representación ciudadana. La reelección legislativa es un paso trascendental para propiciar que el legislador haga bien su trabajo, que cumpla lo que ofreció para que lo votaran, que cumpla las propuestas de campaña.

Que aquel que trabajó en el Legislativo responsablemente, el que estuvo en el pleno, que fue a comisiones, que se subió a la tribuna, que regresó a su distrito y que ganó un proceso interno después de haber sido diputado creo que debería tener todo el derecho de competir. Eso ayudaría a profesionalizar a los legisladores de nuestro país. La vida en el Congreso mexicano es compleja, es dura y cuesta aprenderla. Demos el paso que el mundo ya dio... Y aquí sigue siendo una discusión dogmática y fuera de tiempo.

Aquí hay un tema que el Senado aprobó y que es trascendental, y ha sido materia de pocas expresiones de los anteriores ponentes. La ratificación de comisionados de órganos reguladores por parte del Senado de la República es un paso enorme en materia de políticas de Estado. México requiere pasar de políticas gubernamentales a políticas de Estado. Esto quiere decir que pase lo que pase el 1 de julio de 2012, vamos a amanecer el 2 de julio.

Pero en temas tan importantes como los de la Comisión de Telecomunicaciones, la Comisión de Competencia Económica, como la Comisión Reguladora de Energía es trascendental que el gobierno en turno no ponga a los comisionados. Es trascendental que estos comisionados que regulan mucho de la competencia, de la competitividad, mucha de la posibilidad de crecimiento económico tengan la viabilidad y la seguridad de que por un plazo legal, por el cual fueron electos o nombrados, se van a mantener. Y eso hace una política de Estado, no importando quien gobierne, no importando qué partido gane. Ellos se mantienen.

Ésta es mi posición sobre la minuta y sobre aquello que mi partido considera que debió mejorarse. Pero todavía es tiempo. Estoy de acuerdo con la mayoría de la Cámara de Diputados, especialmente con el PRI, en que no se podía dictaminar esta minuta a finales de abril. Era una broma que buscaba rendimiento electoral de aquellos que presionaban.

Todos sabíamos que era imposible. Todos sabíamos que se requería... y con todo derecho, porque ellos son independientes. El Poder Legislativo es bicamaral, pero la Cámara de Diputados tiene sus tiempos, y hoy están dando la cara.

Quiero felicitar a la Comisión de Puntos Constitucionales. Están haciendo un gran trabajo. Y vamos a tener reforma política, pero una donde se haya escuchado el pronunciamiento de los grandes juristas de todo el país y de todos los diputados federales.

A mi maestro, Emilio Chuayffet, a quien considero uno de los mejores congresistas y constitucionalistas de este país. No coincido en la tesis, de desaparecer el límite del 8 por ciento que marca la Constitución para conformar la Cámara. Pienso, y la Corte se ha pronunciado sobre el tema, que el espejo de lo que sucede en la elección federal de la Cámara de Diputados y del Senado de la República tenemos que buscar... tenemos que buscar los criterios para que el porcentaje que obtuvo un partido sea el espejo de representación en el Congreso.

Si un partido obtuvo 40 por ciento de la votación en la elección de Cámara de Diputados se debe aspirar a que tenga el 40 por ciento de la Cámara de Diputados. No más. Y no estoy de acuerdo en que aparte del 40 paguemos con representación proporcional, para llegar a una mayoría que no se obtuvo en las urnas. La Corte se ha pronunciado en que el camino más democrático y justo es buscar mecanismos legales para que lo que pasó en la urna, la voluntad del ciudadano, pueda ser el espejo de la forma en que integren la Cámara de Diputados y el Senado de la República.

¿Por qué la Cámara de Diputados y el Senado de la República? ¿Por qué el Congreso mexicano? Algunos dicen que somos víctimas de la opinión pública. Pero no. No hay Congreso en el mundo que sea bien visto por los ciudadanos, porque no estamos construidos para ser bien vistos, sino para institucionalizar las diferencias que hay en las calles, municipios, colonias de nuestro país. Especialmente en la Cámara de Diputados están representados casi todos los sectores: empresarial, comunicaciones, obrero, campesino, el que representa a la gente de orientación sexual diferentes. Inclusive están los sectores religiosos. Ésta es la Cámara de Diputados.

Quiero que se imaginen en esta licuadora las enormes diferencias que podemos tener. Pero estamos avanzando. Hemos sacado en los últimos 15 años reformas trascendentales. Y México va para delante. Y yo pertenezco a una generación de políticos que estamos dispuestos a dejara el capital político que tengamos para sacar adelante a México, para que se tomen decisiones que nos conviertan en un país competitivo y trascendente.

Pero entendemos también que el espejo de la Cámara de Diputados es el espejo de la sociedad mexicana. Y hay que ser tolerante, hay que presionar y hay que pedir a la sociedad, a aquellos que traen pancartas, que se mantenga en esa posición. Porque lo mejor de México, no tengo duda, está por venir. Gracias.

El moderador Enrique García Travesi: Gracias, senador Escobar. Toca el turno al doctor Diego Valadés, quien es abogado, jurista y político mexicano. En el sector público ha ocupado, entre otros cargos, el cargo de embajador de México en Guatemala, subsecretario de Regulación Sanitaria de la Secretaría de Salud, secretario general de Coordinación Metropolitana del Departamento del Distrito Federal, procurador general de Justicia del Distrito Federal, procurador general de la República y ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En la Universidad Nacional Autónoma de México ha sido subdirector de Radio UNAM, director general de Difusión Cultural, abogado general, coordinador de Humanidades y director del Instituto de Investigaciones Jurídicas. Es investigador titular “C” de dicho instituto, el Sistema Nacional de Investigadores lo distingue con el nivel 3. Es miembro de El Colegio Nacional, de El Colegio de Sinaloa, de la Academia Mexicana de la...

(Sigue turno 15)

... Es miembro de El Colegio Nacional, de El Colegio de Sinaloa, de la Academia Mexicana de la Lengua, y de la Academia Mexicana de Ciencias. Miembro correspondiente de la Real Academia Española, y de la Academia Nacional de Ciencias Morales y Políticas de Argentina, y vicepresidente de la Sociedad Europea. Adelante, por favor, doctor.

El doctor Diego Valadés: Señores integrantes del presídium, señoras y señores. Hace más de 10 años, un numeroso grupo de expertos y dirigentes políticos, fueron puestos en movimiento convencidos de la inminencia de una reforma del Estado.

Se discutió todo, hasta el concepto mismo de reformar al Estado, el resultado fue un abultado catálogo de proyectos, que en solo unos meses fue olvidado y engrosó los archivos presidenciales. De entonces a acá hemos practicado un ejercicio extenuante de muchas propuestas, y pocas respuestas.

Hoy, el Congreso puede dar un paso importante en una dirección constructiva. La reforma que se discute, digámoslo con toda claridad, es apenas una parte de los grandes cambios constitucionales e institucionales que el país requiere es el mínimo necesario para destrabar la parálisis, cuyos efectos nocivos pagamos a diario.

De ser aceptada, su virtud principal consistiría en marcar el inicio de la reconstrucción institucional de México. Agradezco la hospitalidad generosa que me ofrece la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados para hablar sobre la minuta de reformas sujetas a trámite parlamentario. Aunque el precedente de un decenio estéril denota una tendencia estoy persuadido de que todo cambia, así demore más de lo conveniente.

Las resistencias al cambio son poderosas, pero no eternas; si bien la historia de las instituciones no es lineal, sí es progresiva, así padezca, como en el caso nuestro, puntos muertos. Hoy nos debatimos entre la renovación o el estancamiento institucional del país, pero podemos afirmar que dentro de unos lustros, las instituciones serán muy diferentes.

Hay un hecho más o menos claro: Nos hemos habituado a que nada pase, la mutilación de la esperanza dio resultados, hoy somos minoría, reconozcámoslo, quienes insistimos en reformar las instituciones, e incluso se postula que si no ha habido reformas es porque no se las necesita. En medio de la vorágine nacional, la atención se centra en los signos más alarmantes del deterioro del país: Violencia, inequidad, pobreza, escepticismo, desarticulación de la vida cotidiana.

Es indispensable revertir el déficit de gobernabilidad que padecemos. Las instituciones, como las tenemos desde hace tiempo no dan para más, se han sostenido por mera inercia; en materia institucional somos un pasado que se enquistó estamos pagando el precio de habernos detenido.

La pregunta de nuestro tiempo es: ¿Nos atreveremos a cambiar alguna vez? Espero que sí, no podemos resignarnos a perder todas las oportunidades, la reforma que se discute ahora tiene dos vertientes: Una concernida con las relaciones entre los gobernantes, y otra acerca de las relaciones entre los gobernados y los gobernantes.

La primera tiende a auspiciar conductas cooperativas entre los agentes del poder, mientras que la segunda procura consolidad el sistema representativo, principalmente. Si estas reformas fueran aprobadas, más adelante serán necesarias otras que establezcan controles políticos funcionales, que complementen las libertades públicas, con las responsabilidades políticas, y que transformen el régimen de gobierno.

Por otra parte, sería de gran trascendencia dar este primer paso aplazado en exceso, esto es lo que cuenta ahora, esta decisión indicaría que el estiaje político ha terminado. Las relaciones entre gobernados y gobernantes están muy deterioradas, como se ha reconocido ya ampliamente en este foro.

Los gobernados necesitamos signos inequívocos de que somos tomados en cuenta, para algo más que votar; queremos participar, o saber al menos que existen los medios para conseguirlos. Los instrumentos de la democracia directa resultan muy atractivos, no importa si se utilizan con mayor o menor frecuencia, lo que cuenta es que se disponga de ellos.

Otro mecanismo para que la sociedad se apropie de la política es el de las candidaturas independientes, si la reforma que se discute fuera aprobada, pero los efectos en esta materia se pospusieran hasta 2015, los ciudadanos tendríamos razones para suponer que el diferimiento para aprobar la reforma fue con el propósito de regatearnos una opción de participación.

El remedio constitucional es sencillo: No recomiendo modificar la disposición del artículo 105, en cuanto a que las leyes electorales no varíen en forma substancial un año antes de los comicios, porque la certeza jurídica tiene una función crucial en esta materia; lo que puede hacerse, sin afectar la vigencia de la regla general es incluir en la Constitución, un transitorio para que las reformas propuestas al artículo 35 en materia de candidaturas independientes sean aplicables en las elecciones de 2012.

La excepción a la regla figuraría en el propio texto constitucional, de manera que el legislador ordinario podría formular las adecuaciones procedentes en un breve plazo, para que surtieran efectos el año próximo. Debe reconocerse que las candidaturas independientes presentan también aspectos adversos; en circunstancias tan graves como las que vive el país, la contaminación con dinero negro o foráneo es un riesgo real.

Para superar este problema habrá que cuidar las normas de desarrollo que se redacten con posterioridad. Aceptemos sin embargo, que cada cambio entraña riesgos, y superemos las dudas paralizantes acerca de nuestra capacidad para sortearlos.

Debemos tomar la decisión de no diferir más las reformas necesarias llevados o por misoneísmo o sometidos por el temor, una clave más de la reforma, en cuanto a las relaciones entre gobernados y gobernantes es la reelección de nuestros representantes, y en este punto discrepo respetuosamente de mis muy queridos amigos, los señores diputados federales que expresaron su reticencia sobre este tema.

Considero que sin este instrumento de control por parte de los representados seguirá sucediendo lo que ha ocurrido por décadas, pregunto: ¿Cuántos ciudadanos conocen hoy el nombre de sus representantes? Sabemos todos que los legisladores son representantes de la nación, y no de un distrito ni siquiera de un estado, pero el asunto que interesa no es sólo en constitucional; también es el político. La mayor parte de los electores de un distrito no suele recordar la identidad del elegido y a veces ni siquiera...

(Sigue turno 16)

... La mayor parte de los electores de un distrito no suele recordar la identidad del elegido y a veces ni siquiera el partido al que pertenece el representante.

La cultura política nacional ganará mucho el día que la mayoría de los ciudadanos esté pendiente de la actuación cotidiana de quienes merecieron y recibieron su voto. Una visión entre paternalista y ofensiva dice que no podemos aspirar a la reelección porque los ciudadanos, en nuestra ignorancia, quedaríamos expuestos a la manipulación.

A quienes así afirman les recuerdo que ese mismo fue el argumento para oponerse, hace ya mucho tiempo, al sufragio directo, luego al sufragio universal, al sufragio secreto, al sufragio femenino y al sufragio juvenil aduciendo que jóvenes, mujeres, trabajadores o personas sin cultura, eran fácilmente manipulables.

La experiencia demuestra que estaban equivocados y siguen estándolo. La reelección no es un derecho de los elegidos, es un derecho de los electores. Ahora se niega el derecho de reelegir con los mismos argumentos que antaño se limitaba el de elegir.

En una sociedad democrática el poder soberano se ejerce en las urnas y no son aceptables las restricciones electorales que impiden a los ciudadanos juzgar por sí mismos los méritos o los defectos de quienes los han representado.

La reelección legislativa no tiene nada que ver con la indeseable e inadmisible reelección presidencial. Cuando se dice que aceptar la primera es enfilarnos a la segunda, se incurre en una falacia. La reelección legislativa fortalece al sistema representativo. En cuanto a los presidentes hay mayor peligro de que alguno intente la reelección por sí o a través de interpósita persona en tanto más frágil sea el sistema representativo.

La reelección propicia el mayor involucramiento de los electores, de los ciudadanos en la vida pública porque tiende a familiarizarlos con la gestión de sus representantes. Además, cuando los representantes adviertan que su presencia puede ser más amplia que la del gobierno, estarán más inclinados a tomar decisiones de largo plazo indispensables en el éxito de un Estado democrático.

Quienes suelen oponerse a la reelección no son todos, pero algunos sí son las estructuras oligárquicas del poder, porque advierten que con esa medida pierden el control sobre las candidaturas. Esto es lo que sucede cuando los potenciales candidatos invierten el orden de sus prelaciones y le dan un mayor peso a las decisiones de las bases que a los designios de las cúpulas.

La reelección no es una panacea -digámoslo con toda claridad- como tampoco lo es la elección. Los errores democráticos existen y la posible manipulación del voto está siempre presente. Ninguna de las medidas propuestas en esta minuta ni en ningún otro foro es perfecta, porque no hay democracias ni constituciones perfectas. Pero aún así es lo que queríamos y es lo que seguimos queriendo. Queremos la democracia gobernante con todas sus consecuencias. De un buen diseño institucional dependerá que los defectos se atenúen y las ventajas se multipliquen.

Por lo que atañe a la relación entre los gobernantes, la iniciativa preferente permitirá que los presidentes se sientan más cómodos con una realidad que hasta ahora les ha sido difícil de asimilar: el pluralismo. Hay gran distancia entre la aceptación teórica del pluralismo y la convivencia práctica con una multiplicidad de fuerzas y de corrientes políticas. Esta modalidad de iniciativa ayudará a ver que los cambios institucionales son el mejor camino para resolver los problemas que plantea la democracia.

La retórica de la intransigencia ha invadido el discurso político. Las frecuentes acusaciones de obstruccionismo dirigidas injustamente al Congreso, erosionan la percepción ciudadana de los partidos y del sistema representativo. Para superar esa tendencia es conveniente que el presidente disponga de un instrumento que le permita jerarquizar sus prioridades cuando formule iniciativas de ley. Debo aclarar sin embargo que donde esta facultad de iniciativa preferente se ha establecido, los gobiernos discuten los proyectos de iniciativa en gabinete. Esto todavía no es el caso de México, pero el camino se andará.

Por otra parte, la adición propuesta al artículo 87 me parece de una gran trascendencia. Dice así la adición propuesta: Si por cualquier circunstancia el presidente no pudiera rendir la protesta en los términos del párrafo anterior, lo hará de inmediato ante el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En la doctrina mexicana se discute si el juramento al que alude este precepto es declarativo o constitutivo. Quienes sustentan la primera opción señalan que el dictamen del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es suficiente para que surta efectos la elección de un presidente.

Yo me inclino por la segunda interpretación porque no me convence que en una Norma Suprema haya disposiciones que no sean normativas y, porque además, el artículo 128 de la Constitución es categórico. Dice así: Todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar posesión de su encargo prestará la protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanan.

Pero al margen del debate académico sabemos que la realidad política está llena de tensiones que no parecen ir a menos. Recordemos los peligros que se cernieron sobre el país con motivo de la jornada del primero de diciembre de 2006. Viendo hacia el futuro, ¿qué sentido tendría exponer al Estado mexicano con motivo de la toma de posesión en 2012? Las tendencias dominantes nos deben poner en alerta. Si el año próximo no se reuniera el Congreso en la fecha establecida estallaría una crisis constitucional. Supongo que la probabilidad de que esto ocurra es mínima, pero aún así es prudente conjurarla.

Por lo que respecta al procedimiento propuesto para la sustitución presidencial considero que es el mejor posible, porque la vicepresidencia es una institución de malos recuerdos entre nosotros y la asignación de la función sustitutoria a miembros de otros órganos del poder implica tensiones y riesgos innecesarios.

Las reformas proyectadas permitirán resolver con diligencia la desafortunada circunstancia de padecer la falta absoluta de un presidente. Sugiero, no obstante, un pequeño cambio. Con relación al presidente interino y al sustituto, al final del párrafo tercero del artículo 84 se propone que se diga. Cito textualmente: El así electo iniciará su encargo y rendirá protesta ante el Congreso siete días después de concluido el proceso electoral.

Para evitar equívocos recomiendo que se tenga en cuenta la reforma proyectada para el artículo 87 a la que ya me referí y que, por lo mismo, ese párrafo tercero diga: El así electo, tomará posesión de su cargo en los términos del artículo 87, siete días después de concluido el proceso electoral. De esta manera la protesta se podría presentar ante la Comisión Permanente o ante el presidente de la Corte...

(Sigue turno 17)

... consideró que había ciertas cosas que eran imposibles de llevarse a cabo, porque habían sido un revulsivo social. Nadie habría osado, por ejemplo, despedir a 40 mil trabajadores de una plumada o cerrar una fuente de trabajo como la segunda aerolínea del país.

Esta actitud ha cambiado y muchos intereses sociales han sido afectados por acción o por omisión. Numerosas expresiones de inequidad están presentes en la vida cotidiana en perjuicio de los menores, cuya mendicidad callejera es un oprobio; de los jóvenes privados de acceso a la educación, al trabajo y al esparcimiento; de las mujeres todavía discriminadas en el trabajo y victimizadas por la violencia; de los ancianos abandonados a su suerte, no siempre buena; de los enfermos que a sus padecimientos de salud suman los que ocasionan servicios deficientes e insuficientes, más la demagógica de afirmar que se ha alcanzado la cobertura universal; de los pobres reducidos a tópico de la filantropía política con tal de no modificar el sistema que auspicia la concentración de la renta nacional.

Entre tanto, florecen la corrupción y la incompetencia burocráticas y en la mitad del país se ha optado por derogar el principio de secularidad del Estado. Esto ha ocurrido con motivo de las reformas a 18 Constituciones estatales.

Uno tiene que preguntarse: ¿Cómo es que la sociedad acepta esta multiplicidad de hechos que habrían sido explosivos hace unas décadas? La respuesta no s que seamos una sociedad pasiva de la que es posible abusar sin consecuencias. La respuesta consiste en que creemos en la democracia, los ciudadanos hemos tomado la democracia en serio. Suponemos de buena fe que los errores son superables y que con nuestro voto y participación podremos cambiar a los titulares del poder y con ellos los comportamientos anómalos que reprobamos.

¿Pero qué ocurriría si siguiera corriendo el tiempo y continuara sin haber soluciones? Digámoslo con mucha claridad. Se llegará a considerar que el error está en la democracia y así se habría incubado el huevo de la serpiente; se estaría preparando una recaída autoritaria.

Debemos de estar conscientes de que en México van aumentando las tentaciones retrógradas. Si cerramos los ojos hoy tendremos sorpresas mañana. Ya hay quienes dicen con todas sus letras que hace falta una dictadura, se perfila un estado de ánimo proclive a la dureza del poder, todavía está en la fase larvaria, pero sería insensato dejarla madurar. De esto serían responsables quienes no hubieran acertado a realizar a tiempo los cambios constitucionales para consolidar la democracia. Nuestra democracia está apenas en obra negra.

El sistema electoral fue construido en décadas pero está siendo demolido en años. El caciquismo intenta corromper a los electores, a veces con éxito. Los magnates del poder están decididos a comprar lo que se venga y a usurpar lo que se resista. La pendiente resbaladiza está demasiado inclinada.

De ser aprobada, la reforma tendría efectos en el corto y en el largo plazos. Lo primero corresponde a las elecciones federales venideras; lo segundo al nuevo diseño de las instituciones, con esto despejaríamos las cuestiones de qué tipo de elecciones queremos en el 2012 y qué régimen de gobierno deseamos a partir de ese año.

La reforma que se discute tiene elementos de equilibrio que permiten compensar algunas exigencias ciudadanas con algunas exigencias ciudadanas con algunas necesidades del poder. En cuanto a los ciudadanos, generaría confianza al disponer de referéndum, iniciativa popular, candidaturas independientes y reelección legislativa.

Por lo que toca al poder aportarían estabilidad la iniciativa preferente, la reconducción y veto presidencial en materia presupuestaria, la ratificación de los integrantes de organismos del Estado, la definición de un mecanismo expedito de sustitución presidencial en el caso de falta absoluta y la certidumbre de rendir la protesta al asumir el cargo.

No debe producir sobresaltos que hablemos de candidaturas independientes. Hacer referencia a la naturaleza independiente de las candidaturas ciudadanas no implica una calificación negativa para las candidaturas de partido, se trata de una expresión convencional a la que no hay que buscarle un segundo sentido. Estas candidaturas son un fenómeno comprensible cuando las opciones para constituir partido son tan limitadas como las que ahora existen. Una tarea pendiente será hacer más flexible la formación de nuevos partidos porque las reglas actuales limitan el alcance del artículo 41 constitucional.

Los siguientes comicios federales van a poner a prueba el talante democrático de las organizaciones políticas y de sus abanderados. Si para entonces no hubiera posibilidad de registrar candidatos independientes, es probable que un sector de los electores se considere injustamente marginado; también podría ocurrir que existiendo la oportunidad legal no se registrara ningún candidato por esa vía, en este caso se podría inferir que las opciones de los partidos son suficientes para la mayoría de los electores.

Más de seis años atrás fuimos muchos quienes advertimos públicamente que el proceso de 2006 presagiaba tensiones importantes y sugerimos soluciones. En mi caso, propuse instituir un sistema de gabinete que permitiera a los presidentes construir la mayoría necesaria para gobernar a partir de la aprobación del programa de gobierno y de los titulares de las secretarías por parte de una de las Cámaras del Congreso.

Considero que los estragos habrían sido menores y la gobernabilidad presente sería mayor si se hubiese dispuesto de esos instrumentos para conformar una coalición de gobierno. Las condiciones imperantes hacen hoy predecibles circunstancias aún más difíciles para las próximas elecciones porque la animosidad se ha desencadenado prematuramente y porque algunos partidos parecen tener fisuras de diferente magnitud pero fisuras al fin.

Los mecanismos previstos en el proyecto que se discute pueden contribuir a un ambiente más constructivo porque la ciudadanía se vería atendida, el sistema representativo se fortalecería y el presidente dispondría de medios para iniciar su gobierno en con de gobernabilidad. Además, se habría despejado el horizonte de las reformas institucionales y se propiciaría que en la campaña electoral venidera se propusieran otras más para continuar los cambios que ahora hubieran sido adoptados. Esto introduciría al proceso electoral un contenido positivo en lugar de ahondar lo que en este momento tanto se teme: una campaña acre y destructiva.

Hace unos meses, un grupo de ciudadanos entre los que nos incluimos el maestro Woldenberg y yo, propuso una reforma legal para organizar mejor el uso de los spots electorales. No hubo resultados y es posible que el año próximo la sociedad se vea intoxicada por casi 40 millones de microemisiones que podrán envenenar un ambiente ya de suyo crispado.

Si se consigue que los partidos y los candidatos compitan con propuestas de Estado para construir los medios que garanticen la gobernabilidad en el futuro, los mexicanos alentaremos la confianza en un amanecer diferente. Esto es lo que se podría logar con la reforma que ahora se discute. De no ser así, desde ahora es posible prever que ningún partido y ningún presidente podrán hacer otra cosa a partir del 1 de diciembre de 2012 que enfrentar a una sociedad hastiada por la inequidad, la violencia y la corrupción.

El mérito mayor de la reforma que se discute será servir como punto de partida para propuestas más ambiciosas. Hay muchas y son conocidas, pero por ahora considero que lo que cuenta es comenzar. Más adelante habrá que discutir el régimen de gobierno, porque el actual está estructuralmente vencido y muchos otros temas que permitirán transformar nuestro sistema constitucional.

La Constitución vigente podría acercarse a su etapa final. Estamos a menos de seis años de su centenario y si no aprovechamos este periodo para introducirle reformas sucesivas que la transforman, será difícil eludir el debate sobre su sustitución total en 2017...

(Sigue turno 18)

... de su centenario y si no aprovechamos este periodo para introducirle reformas sucesivas que la transforman, será difícil eludir el debate sobre su sustitución total en 2017; el tiempo pasará veloz.

No controvierto la posible, sólo posible utilidad de una nueva Constitución, pero nadie es capaz de predecir el déficit de gobernabilidad que para 2017 podríamos padecer si no comenzáramos el proceso reformador desde ahora. Si alguna vez hemos darnos una nueva norma suprema deberemos procurar que se discuta en condiciones razonables y constructivas y no como consecuencia de una situación que se haya salido de control.

En México la democracia constitucional está en peligro, el optimismo que nos queda es sólo un acto de voluntad, es imperativo hacer un esfuerzo mayor para sortear males máximos. La sociedad está en manos del Congreso, porque en materia de reformas constitucionales el presidente no tiene veto.

En este recinto de todos los mexicanos, ratifico mi confianza en los legisladores para que inicien la reconstrucción institucional que nos permita arribar a un sistema constitucional mejor diseñado y balanceado, y dejemos atrás el presidencialismo caduco que se resiste a cambiar. Señores senadores, señores diputados, estamos en el umbral de una reforma necesaria, espero que ustedes la hagan posible. Muchas gracias.

El moderador Enrique García Travesi: Muchísimas gracias, doctor Valadés. Nuestro siguiente ponente es el maestro José Woldenberg, quien es licenciado en sociología y maestro en estudios latinoamericanos, por la Universidad Nacional Autónoma de México; profesor de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales desde 2974.

Fue presidente del Instituto de Estudios para la Transición Democrática, miembro del Sistema Nacional de Investigadores y consejero ciudadano del Consejo General del IFE de 1994 a 1996. Fue designado por la Cámara de Diputados, consejero presidente del Consejo General del mismo instituto, cargo que desempeñó de octubre de 96 a octubre de 2003.

Actualmente es colaborador semanal del periódico Reforma. Autor, entre otros libros, de Historia documental del SPAUNAM; Las ausencias presentes; La reforma electoral de 199,; una descripción general, en colaboración con Ricardo Becerra y Pedro Salazar; Memoria de la izquierda, la mecánica del cambio político en México, también en colaboración con Ricardo Becerra y Pedro Salazar; La construcción de la democracia después de la transición, gobernabilidad y el desencanto. Por favor, maestro, tiene usted la palabra.

El maestro José Wondenberg Karakowsky: Muy buenas tardes. En primerísimo lugar agradecer a la Cámara de Diputados, muy especialmente a la Comisión de Puntos Constitucionales, la oportunidad de estar este día con ustedes.

Hace unos minutos, el senador Escobar se congratulaba de la fortuna que a él le deparaba el orden alfabético. Yo estoy acostumbrado a que el orden alfabético me coloque invariablemente al final de los oradores. No lo lamento, pero me sirve para excusarme ante ustedes si es que algunos temas les parecen repetidos.

Una batería de modificaciones constitucionales, como ustedes saben, fue aprobada por el Senado de la República el 27 de abril de este año. Se trata de una zona de convergencia entre los principales partidos que fueron capaces de dejar a un lado los temas que los dividían, e incluso polarizaban.

Temas como la reducción de las Cámaras del Congreso; la segunda vuelta para la elección presidencial coincidente con la primera y única vuelta de elección de los legisladores; el incremento del porcentaje para que los partidos pudieran refrendar su registro; la ratificación por el Senado de los integrantes del gabinete presidencial y otras, fueron dejadas a un lado para permitir una negociación capaz de construir consenso.

Los senadores decidieron armar un paquete de reformas posibles, convergentes, maduras y poner entre corchetes sus diferencias. El paquete, como ya se ha señalado, va más allá de los tradicionales ajustes electorales que en los últimos 35 años han acaparado la atención de diferentes legislaturas, e incursiona en la búsqueda de nuevas relaciones entre los poderes Ejecutivo y Legislativo y en las lagunas preocupantes en la legislación y abre un espacio para la iniciativa y consulta ciudadanas.

El eje de la discusión política se empieza a mover en buena hora, ya era tiempo, de los temas estrictamente electorales a los que tienen que ver con el régimen político, porque si algo se modificó profundamente en nuestro país en los últimos 30 años son el sistema de partidos y el sistema electoral, manteniendo nominalmente intacto el sistema de gobierno.

Digo algunas palabras sobre las reformas en materia de relaciones ejecutivo-legislativo. Se permitiría la reelección inmediata de legisladores federales en los siguientes términos: Por un periodo más, es decir hasta 12 años los senadores, y por dos periodos más los diputados, es decir hasta nueve.

Hay que subrayar como si hiciera falta, que en un sistema competitivo la reelección es una posibilidad sujeta a la sanción de los electores y no un trámite automático, y que será útil para profesionalizar esa labora. Hoy que el Congreso ha adquirido una enorme centralidad es bueno que no se dilapide la experiencia adquirida en la legislatura inmediata anterior.

Una reforma de ese tipo hubiera sido contraproducente en la época de las elecciones sin competencia porque eventualmente hubiese eternizado a legisladores y taponado el acceso de sangre nueva, pero hoy que existe una auténtica competencia electoral la reelección será una posibilidad entre otras.

Se establece además, que la Cámara de Senadores deberá ratificar las designaciones de los comisionados que el Ejecutivo realice en las comisiones Federal de Telecomunicaciones; Federal de Competencia Económica y Reguladora de Energía.

Esa corresponsabilidad eventualmente podrá fortalecer a dichas instancias, y los nombramientos transexenales tener una base de legitimidad y apoyo mayor, porque como se ha dicho aquí, se trataría de forjar auténticas instituciones del Estado.

En otro orden, pero que también impacta la relación entre poderes, el Ejecutivo, de prosperar esta minuta podrá observar el Presupuesto y tendrá para ello 10 días hábiles, luego de lo cual la Cámara de Diputados tendrá otros 10 días hábiles para discutirlo y se requerirá de dos terceras partes de la misma para confirmarla y mandarla al presidente para que la publique. Estamos otra vez ante un ajuste acorde con los nuevos tiempos.

A lo largo de muchas décadas nadie imaginó siquiera que la Ley de Ingresos y el Presupuesto que enviaba el presidente al Congreso tuvieran dificultades para ser aprobados, se trataba de una auténtica rutina institucional dada la subordinación del Legislativo al Poder Ejecutivo, pero la situación ha cambiado e incluso en una ocasión el presidente Fox interpuso una controversia constitucional contra el Presupuesto aprobado por las otras bancadas.

Sin embargo, al requerirse de dos terceras partes de la Cámara para sostener sus acuerdos ante el veto presidencial creo que se fortalece el poder del titular del Ejecutivo, en detrimento de la propia Cámara. ¿No hubiese sido mejor demandar una mayoría simple de diputados para trascender la observación presidencial?

El presidente, por su parte, podrá enviar al inicio de cada periodo ordinario de sesiones dos iniciativas preferentes, que deberán ser desahogadas por cada una de las Cámaras en 30 días, por supuesto una después de la otra. Las iniciativas, que no podrán ser de reformas constitucionales, pueden ser modificadas, pero lo que podrá hacerse es mantenerlas en la congeladora. Es una buena medida que obligará al propio presidente a establecer y hacer públicas sus prioridades, y al Congreso, a desahogarlas.

Se trata de uno de esos pequeños ajustes que pueden hacer no sólo más...

(Sigue turno 19)

... Se trata de uno de esos pequeños ajustes que pueden hacer no sólo más expedito el circuito legislativo, sino también más concentrado. Además, como ya se ha señalado aquí, se modificarán los criterios para la integración de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Aunque parezca increíble, en la capital se mantiene una mal llamada cláusula de gobernabilidad que se activa a partir del 30 por ciento de los votos. Es decir que una mayoría relativa de 30 por ciento se convierte por mandato de ley, en mayoría absoluta de diputados. Ahora, insisto, si esta iniciativa prospera, se requerirá de por lo menos el 40 por ciento de la votación para eso mismo.

No se entiende sin embargo, ya lo ha dicho aquí el diputado Chuayffet, por qué no se equipara a la Asamblea a lo que sucede en la Cámara de Diputados federal, es decir que no pueda existir un máximo de 8 por ciento entre votos y escaños, aunque por supuesto desde mi muy particular óptica, lo óptimo en esta materia sería construir un régimen de representación proporcional estricta.

Lagunas. Ante la falta absoluta del presidente ahora asumiría provisionalmente sus funciones el secretario de Gobernación, el de Hacienda o el de Relaciones Exteriores, en ese orden de prelación. Si esa falta se produjera durante los dos primeros años de su gestión, el Congreso nombraría un presidente interino y se llamaría a una nueva elección para terminar el encargo, y si sucediera en los últimos cuatro años, el Congreso elegiría un presidente sustituto encargado de finalizar la gestión.

Contar con una suplencia automática tiene sentido, como dicen las consideraciones del dictamen, porque México ha dejado atrás el formato de un partido hegemónico y hoy ninguna fuerza política tiene por sí misma mayoría en el Congreso, por lo que le nombramiento del interino o del sustituto podría llevar algún tiempo y generar no poca incertidumbre.

La reconducción presupuestal también puede ser vista como una fórmula para llenar un gran hueco, de prosperar la reforma, si en los tiempos fijados no se aprueba la Ley de Ingresos, dice, se mantendrá vigente la del año anterior y si sucediera lo mismo con el Presupuesto, cito: “continuaría vigente el del año anterior, únicamente respecto de los gastos obligatorios que señale la ley”. Se trata otra vez de una previsión que resultaba innecesaria en los tiempos en que el Ejecutivo tenía asegurada una mayoría absoluta de votos en el Congreso, pero que hoy con la existencia de un pluralismo equilibrado en el mismo, resulta pertinente.

Bastaría leer las muy distintas interpretaciones jurídicas que se han dado en relación a lo que sucedería de no aprobarse la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, para aquilatar la sensatez de la reforma.

Ciudadanos. Los ciudadanos podrán presentar proyectos de ley siempre y cuando la iniciativa se encuentra respaldada por el 0.25 por ciento de firmantes en relación a la lista nominal de electores. Es decir, se requerirán alrededor de 175 mil adhesiones para que la iniciativa pueda ser considerada. Es sin duda un estímulo para la participación ciudadana y un puente entre el Congreso y ésta.

Hasta ahora sólo estaban legitimados para iniciar la discusión de las leyes el presidente y los legisladores, con la reforma eventualmente movimientos, agrupaciones, corrientes de opinión podrán hacer llegar al Legislativo sus propuestas e iniciativas.

Se agrega la figura de la consulta popular como una fórmula de democracia semidirecta, la podrían solicitar el presidente, un porcentaje de los miembros del Congreso o el 2 por ciento de ciudadanos en relación a la lista nominal de electores.

Requeriría, de ser aprobada previamente por el Congreso en los dos primeros casos, no cuando se trata de una propuesta presentada por el 2 por ciento de los ciudadanos, y la o las preguntas tendrán que ser revisadas por la Corte. Sus resultados serán vinculantes si participa por lo menos el 40 por ciento más uno de los ciudadanos registrados en la lista nominal, y se realizarán, dice la propuesta, el día de la elección federal.

Puede convertirse incluso en un mecanismo que inyecte una mayor significación a las propias elecciones, ya que los votantes no sólo acudirían a las urnas a elegir a sus representantes, sino eventualmente a disidir en torno a distintas consultas populares.

Se abre paso a las candidaturas independientes que por supuesto tendrán que ser reguladas en le Cofipe, y el dictamen apunta que dicha reglamentación deberá incluir temas como el de un respaldo mínimo de ciudadanos; una determinada inserción regional; presentación de plataformas electorales y de gobierno; representantes y responsables; mecanismos de financiamiento; acceso a los medios y a la justicia electoral; en fin, cuando se regulen tendremos nuevos partidos que no quieren reconocerse como tales.

Llama la atención, sin embargo, que en ese renglón los legisladores no se hayan abocado a revisar los requisitos para el registro de nuevos partidos, ya que en dos reformas consecutivas han elevado las condiciones y si lo que se quiere es promover la participación, pregunto:

¿Por qué no abrir aún más la puerta para la emergencia de nuevas opciones partidistas? ¿No sería conveniente modificar las condiciones para registrar nuevos partidos, ya que paulatinamente se han venido elevando los requisitos, y no sería igualmente conveniente que la puerta se abriera cada tres años, como sucedía desde 1977 hasta la reforma de 2007, y no cada seis años?

En la recta final se reformó también un párrafo del artículo 115 constitucional, para establecer que cuando así lo dispongan las Constituciones de los estados, los ayuntamientos podrán también ser reelectos sin definir límite temporal ni mayores requisitos.

Es un tema que quedaría entonces en manos de las fuerzas estatales, que tendrían la posibilidad de abrir la puerta a la reelección inmediata de presidentes municipales, síndicos y regidores, y ojalá así sea. En fin; el día de hoy habrá que esperar a que la Cámara de Diputados y las legislaturas locales hagan realidad lo que hoy es una reforma constitucional todavía a medio camino. Muchas gracias.

El presidente diputado Juventino Víctor Castro y Castro: Muchísimas gracias, maestro Woldenberg. Procederemos ahora a la entrega de constancias de participación a nuestros ponentes, por lo que le pido muy respetuosamente al diputado Felipe Solís Acero hacer entrega de su reconocimiento al maestro José Woldenberg, por favor, al diputado Guillermo Cuevas Sada, al senador Arturo Escobar. Al diputado Jaime Cárdenas Gracia, al doctor Diego Valadés, y al diputado Humberto Benítez Treviño, al diputado Emilio Chuayffet.

Tiene la palabra el diputado Nazario Norberto Sánchez, por favor. El diputado Reginaldo Rivera de la Torre hará entrega de su constancia al subsecretario Marco...

(Sigue turno 20)

... le rogamos al diputado Nazario Norberto Sánchez hacer uso de la palabra.

El diputado Nazario Norberto Sánchez: Muchas gracias. Muy buenas tardes. Siendo las 13:22 horas, declaro clausurado el foro Reforma política, cambio estructural de la vida social de México, Muchas gracias por su participación. Muchas gracias a todos. Los esperamos mañana.

El presidente diputado Juventino Víctor Castro y Castro: La Comisión de Puntos Constitucionales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados les agradece su asistencia y los invita a degustar unos bocadillos. Les agradeceremos devolver sus gafetes, los cuales se usarán el día de mañana. Muchísimas gracias por su asistencia, los esperamos mañana.

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FORO: “LA REFORMA POLÍTICA, CAMBIO ESTRUCTURAL DE LA VIDA SOCIAL DE MÉXICO”
MESA 2: DIVISIÓN Y FACULTADES DE LOS PODERES
DISTRITO FEDERAL
PALACIO LEGISLATIVO DE SAN LÁZARO
VIERNES 15 DE JULIO DE 2011

El moderador Enrique García Travesi: Muchísimas gracias por acompañarnos nuevamente. La Comisión de Puntos Constitucionales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados les agradece su presencia en este foro, titulado: Reforma política, cambio estructural de la vida social de México.

Agradecemos la muy distinguida presencia del diputado Feliciano Rosendo Marín Díaz, secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, muchísimas gracias. De los diputados Héctor Guevara Ramírez, muchas gracias señor diputado. Jaime Fernando Cárdenas Gracia. Muchísimas gracias, señor diputado, y del diputado Humberto Benítez Treviño, bienvenido señor diputado.

Agradecemos igualmente la presencia de nuestras y nuestros ponentes de este día, la doctora Laura Valencia Escamilla, bienvenida doctora; el doctor Elías Huerta Psihas, muy bienvenido igualmente doctor; la doctora Cecilia Mora Donatto. Muchas gracias y del maestro Juan Benito Coquet Ramos, sea usted bienvenido. A continuación escucharemos las palabras de bienvenida por parte del diputado Marín Díaz. Por favor, señor diputado.

El diputado Feliciano Rosendo Marín Díaz: Buenos días, a todos y a todas. Ésta es la continuación del foro que ha organizado la Cámara de Diputados a través de la Comisión de Puntos Constitucionales y creemos que las circunstancias que han originado esta discusión deben ser propicias para una discusión más profunda.

Todos conocemos las complicaciones de una discusión tan difícil de una iniciativa que tiene como origen el senado respecto a la reforma política. También la presión, las circunstancias que hay alrededor de esta decisión que habrá que decirlo, esté dictamen, esta minuta del senado tardo cerca de dos años su discusión en la propia Cámara de Senadores y era muy difícil para la Cámara de Diputados, que esa propia minuta se resolviera de manera inmediata. Hablando de los tiempos, no hablando de la necesidad política que indudablemente existe y existía respecto a la pertinencia de que muchos de esos asuntos fueran tratados aprobados y utilizados para el 2012.

Sin embargo, las circunstancias alrededor de esta discusión provocaron que entremos a una discusión de otro tipo y si vamos a llegar a esta discusión, -creo yo- es pertinente que profundicemos. Por eso la Comisión de Puntos Constitucionales decidió ampliar esta discusión no sólo a lo que se refiere a la minuta del Senado, sino a otra serie de iniciativas que se encuentran en la propia Comisión de Puntos Constitucionales para que sea una reforma mucho más profunda. En todo caso esa es el interés, la preocupación de la Comisión de Puntos Constitucionales.

Si las circunstancias nos han llevado a esta situación hagámoslo de manera mucho más seria. Eso es un asunto que tenemos que decirlo, porque fue algo de lo que generalmente no se plantea, pero que está ahí y que no podemos como representantes de la sociedad dejar de decir lo que nos compete y lo que nos corresponde y de lo que somos responsables.

Por eso la Comisión de Puntos Constitucionales en esta decisión hizo uso de esa capacidad para entrar a una discusión de algo que nos parece importantísimo. Hoy continuaremos con los foros, con el asunto que se refiere a la iniciativa preferente, lo que se refiere a la sustitución del ejecutivo, en su ausencia absoluta y también al asunto que se refiere a la toma de protesta. Asunto que algunos de ellos no lo hemos vivido, la ausencia del ejecutivo definitiva, pero los otros dos sí, y tenemos que tener de manera clara y precisa como responder.

Es indudable que el señalamiento al Poder Legislativo respecto a la aprobación o no de iniciativas que presenta el Poder Ejecutivo, se dilatan, no se discuten o no se hacen digamos realidad. También habría que decir la otra parte, que en el Ejecutivo no se aprueban o no se hacen los decretos de iniciativas que ya fueron aprobadas absolutamente y es el caso del veto de bolsillo que está haciendo uso el ejecutivo federal de su derecho de veto de bolsillo para publicar el decreto, precisamente que termina con esa capacidad del Poder Ejecutivo. Se dice que hasta que se aprueba la iniciativa preferente en la Cámara de Diputados, en el Poder Legislativo, se va hacer público el decreto de anular el veto de bolsillo.

Me parece que ese tipo de asuntos son los que enrarecen la relación entre poderes. Sin embargo, eso es parte también de la discusión que estamos llevando a cabo en estos foros de la comisión que organiza la Comisión de Puntos Constitucionales.

El otro asunto, evidentemente, que también fue el caso, es el de la toma de protesta del presidente de la República, que debe haber un mecanismo claro, específico de cuál es el camino a seguir de manera muy concreta.

Esos son pues, los asuntos que discutiremos, que escucharemos y agradecemos a todos nuestros ponentes el día de hoy presentarán la serie de propuestas, pertinencias o no de estas reformas y que servirán sin duda para que en la Comisión de Puntos Constitucionales sigamos reconstruyendo una verdadera reforma política desde mi punto de vista que en efecto tenga un impacto y si las circunstancias nos llevaron a tener esta posibilidad de profundizar una reforma que desde el punto de vista de muchos de nosotros era insuficiente, pues aprovechémoslo para llevar a cabo una acción, realmente, que beneficie a toda la sociedad.

Les agradecemos a todos ustedes su presencia, a nuestros ponentes y esperamos k sea fructífera esta segunda etapa de los foros realizados por la Comisión de Puntos Constitucionales. Bienvenidos y muchas gracias por su asistencia.

El moderador Enrique García Travesi: Muchas gracias por su mensaje, diputado Marín Díaz. Haremos un muy breve receso para instalar la segunda mesa de trabajo de este foro. Muchas gracias.

(Receso para instalar segunda mesa de trabajo)

El moderador Enrique García Travesi: A sus lugares por favor. Agradecemos la muy distinguida presencia en este foro del diputado Nazario Norberto Sánchez, Muchísimas gracias, señor diputado.

Iniciamos este trabajo de este segundo día con la mesa de trabajo que desarrollará el tema División y facultades de los Poderes, los puntos a tratar serán: Iniciativa preferente, sustitución presidencial en caso de falta absoluta, toma de protesta del presidente. Comenzamos con nuestra primera ponente, la doctora Laura Valencia Escamilla, de quien me permitiré leer su semblanza.

Es doctora en ciencias sociales con la especialidad en ciencia política por la Facultad Latinoamericana de ciencias sociales Flaxo C de México. Profesora titular C, en la Universidad Nacional Autónoma Metropolitana Campus Xochimilco, división de ciencias sociales y humanidades, departamento de política y cultura. Directora de la revista política y cultura, revista incluida en el índice Conacyt, desde 2004, del departamento de política y cultura de la UAM-Xochimilco desde febrero de 2006 al 2008.

Integrante del grupo de investigación política y gestión pública en la UAM-Xochimilco del departamento de política y cultura con el subproyecto la relación Ejecutivo-Legislativo desde el 5 de diciembre de 2005 a la fecha. Tiene usted la palabra doctora.

La doctora Laura Valencia Escamilla: Buenos días. Agradezco la invitación a la Comisión de Puntos Constitucionales para la discusión de esta temática sobre división y facultades de los poderes iniciativa preferente, sustitución presidencial y toma de protesta del presidente...

(Sigue turno 2)

... Agradezco la invitación a la Comisión de Puntos Constitucionales para la discusión de esta temática sobre división y facultades de los poderes iniciativa preferente, sustitución presidencial y toma de protesta del presidente.

Mi ponencia va a versar fundamentalmente en torno a dos mecanismos constitucionales que, de antemano, han sido utilizados por la mayoría de los países latinoamericanos. Uno está relacionado con las facultades extraordinarias, que está vinculado con la iniciativa preferente, y otro se refiere a los mecanismos de sustitución automática vinculados con la sustitución y la toma de protesta del presidente.

Tenemos algunas proyecciones. Para empezar podemos decir que desde hace más de una década el sistema político mexicano ha dejado de ser un sistema de gobierno unificado para convertirse en un sistema de gobierno dividido, en donde el partido del presidente en turno, desde 1997, carece del control de la mayoría calificada en una o en ambas Cámaras del Congreso.

Este fenómeno se ha venido repitiendo hasta nuestros días y dicha situación ha ocasionado una serie de experiencias que han mostrado cómo el sistema político mexicano, de naturaleza multipartidista, mixto, sin reelección, con un Congreso bicamaral simétrico y gobierno dividido, ha transformado el presidencialismo omnipotente en un presidencialismo acotado, con dispersión de poder, sin una mayoría que respalde las propuestas de políticas públicas del Ejecutivo y sin instrumentos jurídicos constitucionales suficientes como para generar respuestas inmediatas ante la demanda de la población.

Esta situación se puede explicar a partir del tipo de sistema presidencial de mayoría simple, que ha prevalecido desde sus orígenes y que, en combinación con la evolución hacia un sistema de partidos fragmentado, ha producido gobiernos divididos carentes de incentivos de cooperación.

En la medida en que los sistemas presidenciales puros fueron hechos para funcionar dentro de una lógica de mayorías afines y oposiciones fuertes que controlan, la combinación de presidencialismos con pluripartidismos se asocia al conflicto, a la ingobernabilidad e incluso, son causantes de crisis institucionales.

Para evitar esta contingencia, algunos países latinoamericanos se han sometido a procesos de reforma de sus sistemas presidenciales y han optado por reglas electorales, que a la vez permiten el pluralismo, limitan la fragmentación del sistema de partidos o admiten la introducción de reglas que dan mayor poder a los presidentes por encima del Congreso, en combinación con sistemas de coalición al estilo parlamentario.

En México la lógica mayoritaria de nuestro sistema presidencial ha impactado con la lógica multipartidista del sistema electoral actual y ha provocado diversos resultados que han ocasionado conflicto o fricciones, e incluso nuevas alianzas que difuminan las líneas divisorias en las ideologías partidistas.

No obstante la problemática actual, se puede decir que en México aún no ha sido posible un proceso de reforma al sistema presidencial, lo que ha supuesto una serie de conflictos entre poderes que han puesto en impasse la función del gobierno.

Sin embargo, se ha encontrado evidencia de que la parálisis o funcionalidad de los sistemas presidenciales no se encuentra necesariamente en la naturaleza del sistema presidencial, los gobiernos divididos con mayores riesgos son aquellos que carecen de mecanismos que evitan la polarización. Tal es el caso de la negociación o la forma de coaliciones estables y duraderas y la cesión de poderes extraordinarios al presidente.

Respecto al primer elemento, la formación de coaliciones, se refiere a los acuerdos suscritos por partidos similares en tamaño y programa, a fin de compartir responsabilidad de gobierno y construir vínculos de comparación antes de incentivar el conflicto.

Respecto a la sesión de poderes extraordinarios al presidente, se refiere a las prerrogativas adicionales concedidas por la Constitución a los jefes del Ejecutivo para atender asuntos de urgencia, tal es el caso de los decretos de necesidad o urgencia, o para evitar la parálisis institucional, como son las guillotinas presupuestales o los referéndums presidenciales.

Más de una docena de países en América Latina han aprobado nuevas constituciones o han introducido reformas profundas a sus constituciones, de tal manera que los cambios propuestos intentan racionalizar las relaciones entre poderes, favoreciendo al mismo tiempo los mecanismos de control y cooperación en la búsqueda de un nuevo equilibrio.

En algunas constituciones se restringen las prerrogativas parlamentarias a favor de las presidenciales mediante facultades extraordinarias otorgadas a la Constitución a los titulares de los Ejecutivos.

Entre las facultades extraordinarias podemos encontrar el poder de veto que la mayoría de los mandatarios posee, con excepción de Perú y Venezuela; el poder de decreto sin aprobación legislativa que se contempla en las constituciones de Argentina, Brasil y Colombia; la facultad de política reservada, que detenta el presidente de Uruguay; el poder de iniciativa presupuestaria extraordinaria que tienen la mayoría de los mandatarios, pero sólo en algunos casos se restringe la participación del Congreso en la modificación del mismo, por ejemplo Brasil, Chile, Colombia y Perú; el poder de referéndum, que no requiere del consentimiento del Congreso para convocarlo, tal es el caso de Ecuador y en algún momento Guatemala, lo que supone el consentimiento popular antes que el de sus contrapartes políticas.

Finalmente, la iniciativa preferente o el trámite de urgencia legislativa, que es de lo que vamos a tratar en esta ponencia.

El tratamiento de cada facultad con los distintos países ha dependido de la correlación de fuerzas y para el caso particular de la iniciativa preferente se puede constatar que siete países latinoamericanos cuentan con este tipo de facultad extraordinaria, que tiene por objeto fundamentalmente abrir la posibilidad de que el presidente de la república pueda solicitar al Congreso un trato preferente o de urgencia alguna de sus iniciativas frente al riesgo de que tanto las comisiones como el pleno retarden indefinidamente cualquier iniciativa de ley que el Ejecutivo presente al Congreso.

Al mismo tiempo, la medida busca evitar que el Ejecutivo quede imposibilitado para cubrir con su mandato y su programa de gobierno dada la dificultad de integrar mayorías, lo que obligaría al Congreso a discutir y votar el proyecto en un plazo determinado, que de no ser cumplimentado es posible la aprobación automática del proyecto. A continuación se ilustran las medidas y sus distintos tratamientos.

En Brasil el presidente puede solicitar tramitación de urgencia para los proyectos de iniciativa, cuando ninguna de las Cámaras resuelva en un plazo de 45 días; en Chile el presidente puede declarar la urgencia a través de un mensaje de urgencia al presidente de la Cámara de origen de un proyecto de ley en uno o en todos sus trámites. La urgencia puede ser simple, que son 30 días como máximo; de suma urgencia, 10 días como máximo, y discusión inmediata, tres días.

En Colombia el presidente puede solicitar trámite de urgencia para cualquier proyecto de ley; la Cámara decidirá sobre el mismo en un plazo de 30 días; si el presidente insiste, el proyecto tendrá prelación en el orden del día.

En Ecuador enviar al Congreso Nacional proyectos de ley calificados de urgencia en materia económica en un plazo de 30 días y si el Congreso excediese el plazo, el presidente promulga como decreto la ley. En Nicaragua la junta directiva puede someter de inmediato a iniciativa declarada urgente a discusión del pleno, dispensa la discusión en comisiones y si esta se ha entregado con 48 horas de anticipación a los legisladores.

En Panamá el Ejecutivo podrá solicitar facultades extraordinarias durante los recesos de la Asamblea Legislativa mediante decretos ley, excluyendo materias como garantías fundamentales, sufragio, régimen de partidos y tipificaciones de delitos y sanciones. Una vez reanudado el periodo ordinario los decretos se someten de inmediato a la Legislatura. En Paraguay el Poder Ejecutivo podrá solicitar tratamiento de urgente hasta tres proyectos dentro de un plazo de 30 días a la fecha de recepción; el proyecto se tendrá por aprobado si no se rechaza en ese plazo.

En la mayoría de los ejemplos, como podrán ver, el trato es preferente y el trato es de urgente en términos del proyecto, salvo en Paraguay y Ecuador no hay límite en la petición de urgencia en el tratamiento de las iniciativas, con excepción de Nicaragua y Panamá, el tiempo límite para la discusión de los proyectos será de 30 días. En caso de omisión de la fecha límite los titulares del Ejecutivo adquieren la facultad de decreto sobre sus propios proyectos. Este es el caso de Ecuador, Panamá y Paraguay.

¿Qué pasa en el caso de México? Como todo mundo sabe, el 15 de diciembre de 2009, el presidente Felipe Calderón envió un decálogo de propuestas en materia política, entre las que se encontraba la iniciativa preferente; la iniciativa original proponía facultar al presidente de la república para presentar en cada periodo ordinario de sesiones dos iniciativas que deberán dictaminarse y votarse en el mismo periodo.

En el caso de iniciativas sobre leyes secundarias, si el Congreso no se pronunciara en el plazo indicado se consideraría aprobada en los términos en que fue presentada. En el caso de reformas constitucionales, si el Congreso no resolvía en dicho plazo podrán ser aprobadas mediante un referéndum en el que deberán de participar más del 50 por ciento de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral y aprobar la reforma para las dos terceras partes de los votos válidos emitidos a nivel nacional y con más de la mitad de los votos válidos en la mayoría de los estados.

Se excluye de este procedimiento...

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... con más de la mitad de los votos válidos en la mayoría de los estados.

Se excluye de este procedimiento las materias electorales, fiscal, presupuestal, seguridad nacional, organización y funcionamiento y disciplina de las Fuerzas Armadas permanentes. ¿Qué significa la propuesta del presidente Felipe Calderón? Esta es una propuesta de facultad extraordinaria, en donde se solicitan, desde mi punto de vista dos facultades; una, la facultad de carácter urgente que no está sujeta fundamentalmente a este carácter de urgente, sino al orden de prelación respecto a la agenda legislativa, y por el otro lado, la convocatoria de referéndum sin la aprobación del Congreso.

Aquí se limita el número de iniciativas a dos por cada periodo ordinario, que a diferencia de la región, en general, no hay límites establecidos; el plazo para el tratamiento de los proyectos será el periodo ordinario en que se presentó el proyecto; es decir, se aplaza por más de 30 días naturales, y al igual que a los titulares del Ejecutivo en Paraguay, Panamá y Ecuador, las propuestas sobre leyes secundarias pueden ser decretadas por el Ejecutivo, sin la consideración del Legislativo.

Finalmente, la propuesta del Ejecutivo da un tratamiento distinto a las leyes constitucionales al adjudicarse la facultad extraordinaria de aprobación legislativa y a referéndum, sin la convocatoria previa del Congreso. Al igual que Panamá, se excluye de este procedimiento diversas materias como lo electoral, los fiscal, presupuestal, entre otras, que requieren el consentimiento obligatorio de los representantes parlamentarios.

La propuesta de reforma se justifica a partir del número de iniciativas que actualmente están pendientes de ser discutidas en el Congreso, no obstante que el porcentaje de aprobación del Ejecutivo es alto, 69 por ciento en el periodo de Vicente Fox y 72 por ciento en lo que va de la actual administración, la agenda legislativa en los últimos años contiene varios temas prioritarios para el Ejecutivo, los cuales hoy en día se encuentran a discusión en el Congreso de la Unión, como la reforma laboral, la reforma política, el mando único policial, entre otras.

Se puede decir que la producción legislativa que se puede alcanzar depende de la armonización de las agendas legislativas de los grupos parlamentarios y la del Ejecutivo federal y no de la prioridad gubernamental en diferentes materias.

En este sentido, el Ejecutivo federal justifica la propuesta a fin de generar instrumentos de colaboración entre poderes, al tiempo que se intenta prever la atención legislativa preferente de aquellas iniciativas que la ameriten, cuando se trate de asuntos cuya relevancia trasciendan y cuya urgencia, a juicio del presidente de la república así lo justifique.

Una vez discutido el asunto en la Cámara de origen, cuando se observa el proyecto modificado y adicionado y la propuesta que el Senado envía a la Cámara revisora, tiene por objetivo adicionar dos párrafos finales al artículo 71; en esta adición se trata de que el día de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones, el presidente de la república podrá presentar hasta dos iniciativas para trámite preferente o señalar con tal carácter hasta dos que hubiese presentado en periodos anteriores cuando estén pendientes de dictamen.

Cada iniciativa deberá ser discutida y votada por el pleno de la Cámara de su origen en un plazo máximo de 30 días naturales, vencido ese plazo la iniciativa en sus términos y sin mayor trámite será el primer asunto que deberá ser discutido y votado en la siguiente sesión ordinaria del pleno.

En caso de ser aprobado o modificado por la Cámara de origen, el respectivo proyecto de ley o decreto pasará de inmediato a la Cámara revisora, la cual deberá discutirlo y votarlo en el mismo plazo y bajo las condiciones antes señaladas. No podrá tener carácter preferente las iniciativas de adición o reforma a esta Constitución.

De acuerdo con el proyecto de decreto aprobado la propuesta original es modificada, en tanto que no se acepta el plazo perentorio en lo referente a las leyes secundarias, así como el referéndum ratificatorio ciudadano sin la intervención del Congreso.

A cambio se otorga un plazo de 30 días máximo para la discusión del proyecto preferente en cada una de las Cámaras, al tiempo que se limita la facultad extraordinaria a leyes secundarias, excluyendo las constitucionales.

La lógica mayoritaria de las instituciones ha llevado también a que los distintos actores consideren diversos escenarios en los que podrían ser resueltos... que no pueden ser resueltos con la legislación actual. Tal es el caso, ahora hablaremos de la sustitución del presidente en caso de falta absoluta o temporal, así como de la protesta del cargo.

En ambos sentidos, considero que se trata de la elaboración, por un lado, de mecanismos de sustitución automática que dirimen posibles conflictos sin la intervención del Congreso, y por el otro, se abre la posibilidad de deslindar el ejercicio unipersonal del poder por un ejercicio racionalizado, que alude a la eventualidad de contar con un auxiliar que desconcentre el poder presidencial.

Me explico. Respecto a los mecanismos de sustitución automática, la propuesta contempla en principio desaparecer la figura de presidente provisional nombrado por la Comisión Permanente y sustituirla por la asunción provisional de la Presidencia en orden de prelación, a cargo del secretario de Gobernación, que en caso de falta absoluta sería el secretario de Hacienda y Crédito Público y a la falta de este el secretario de Relaciones Exteriores.

La propuesta prevé otros escenarios que requieren de sustitución automática; si antes de iniciar un periodo constitucional la elección no estuviese hecha o declarada válida, cesará el presidente cuyo periodo haya concluido y será presidente interino el que haya designado el Congreso; si al comenzar el periodo constitucional hubiese falta absoluta del presidente de la república, asumirá provisionalmente el cargo el presidente de la Cámara de Senadores, en tanto el Congreso designa al presidente interino.

La sustitución del presidente por uno de los miembros de su gabinete antes mencionados coincide con la figura de jefe de gabinete en Argentina, quien sustituye y preside reuniones y convocatorias en ausencia temporal del presidente; en Venezuela el vicepresidente designado y removido libremente por el presidente, funge como sustituto o colaborador del gabinete; en Chile el presidente puede designar a alguno de los ministros para que funja como coordinador del gabinete; en Guatemala y en Nicaragua el vicepresidente integra el gabinete y lo preside en ausencia del presidente.

Las constituciones de estos países previeron la figura del sustituto a cargo de un vicepresidente, un jefe de ministros o a cargo de uno de los ministros, a fin de minimizar posibles crisis políticas, que pudieran derivar en gobiernos inestables.

Recordemos que en Argentina, tras la renuncia del presidente Fernando de la Rúa, en diciembre de 2001, la inestabilidad del gobierno desembocó en la presencia de tres presidentes provisionales en un solo mes.

Respecto a la estabilidad, la propuesta limita las facultades decisorias del funcionario sustituto, dado que está impedido de remover o designar un nuevo gabinete o un procurador sin la aprobación de la Cámara de Senadores. Al mismo tiempo, es posible que el funcionario provisional se convierta en presidente interino, ya sea por nombramiento del Congreso o bien, porque sea electo popularmente para ocupar la Presidencia.

Respecto al ejercicio razonado y desconcentración del cargo presidencial, se observa que la propuesta, en la medida en la que se prevé el auxilio del secretario de Gobernación ante la ausencia mínima o temporal del presidente, para considerar la falta absoluta para proceder a la designación del presidente interino.

Este aspecto desde mi punto de vista marca un cambio en el funcionario del gabinete designado, quien deja de ser un asistente administrativo para convertirse en un funcionario que adopta funciones de gobierno, ampliando sus atribuciones hacia lo que podría ser un jefe de gabinete o un vicepresidente.

En conclusión podemos decir que estos dos instrumentos, como mencioné al inicio, son instrumentos que, por un lado, facultan al presidente a tener cierto grado de poderes extraordinarios, que son instrumentos que en cualquier país latinoamericano, que ha hecho reformas constitucionales en los últimos tiempos, han integrado para la funcionalidad y la gobernabilidad del gobierno.

Por otro lado, también tenemos mecanismos de sustitución automática, que por la propia lógica de la Constitución basado en esa lógica mayoritaria no preveía y que sin embargo, en esta ocasión se trata de prever.

Aquí la pregunta es si estos mecanismos no pudieran también producir excesos de parte del Ejecutivo. Los excesos, desde mi punto de vista, se pueden dar a partir de que... pueden existir un gobierno apartidista en la medida en que se puedan dar por decreto o se pueda eludir al Congreso para tomar una decisión. Esa puede ser una posibilidad.

La otra posibilidad también...

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... la incapacidad de los partidos para tomar decisiones en conjunto y ser convocados para generar decisiones conjuntas. Pero bueno a final de cuentas, creo que son mecanismos más útiles y que si se toman en cuenta estos riesgos y se pueden limitar la actividad o los excesos en los que pudiera caer el Ejecutivo son instrumentos de gran utilidad. Muchas gracias.

El moderador Enrique García Travesi: Muchas gracias a usted, doctora Valencia. Les damos la bienvenida a los diputados Reginaldo Rivera de la Torre y José Ricardo López Pescador. Muchas gracias.

Toca el turno al doctor Elías Huerta Psihas, quien es licenciado y doctor en derecho por la Facultad de Derecho de la UNAM. Obtuvo el doctorado en administración por la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Nápoles en Italia. Ha presentado sus servicios en diversas dependencias oficiales como la defensoría de oficio en materia penal del DF, la Procuraduría General de Justicia del DF, la Procuraduría General de la República y la Secretaría de Gobernación donde ocupó, entre otros cargos, el de director de normatividad.

También es profesor por oposición de derecho administrativo en la Facultad de Derecho de la UNAM y ha imipartido la especialidad de derecho constitucional y administrativo en la división de postgrado de la misma facultad. Este año cumplió 30 años impartiendo cátedra en dicha institución. Ha participado como conferencista en temas de derecho constitucional, derecho penal y derecho electoral en diversos foros en el país y en el extranjero como Italia, Cuba, China, Brasil y Colombia.

Ha escrito múltiples artículos de fondo sobre temas de derecho constitucional, penal y electoral, y es autor de los siguientes libros: La nueva democracia mexicana, La reforma del Estado, Dos aproximaciones, Ventana a la democracia y justicia electoral y El caso Tabasco. Es director de la revista de publicación mensual Foro Jurídico. Actualmente es presidente de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho Colegio de Profesionistas A.C.

El doctor Elías Huerta Psihas: Muy buenos días a todos ustedes, señores diputados, compañeros y compañeras ponentes, en este importante foro.

Señoras y señores, quiero antes que nada agradecer a la Comisión de Puntos Constitucionales, particularmente al doctor Juventino Castro y Castro ausente por motivos de salud, la oportunidad que me brindan en esta ocasión para poder venir a este foro y plantear algunas de las reflexiones sobre esta trascendente reforma constitucional que tiene, como ya se ha dicho aquí, como uno de sus dos ejes centrales dar respuesta a una reiterada y añeja demanda popular como lo es la de ampliar los espacios de participación ciudadana en las decisiones públicas fundamentales en nuestro país.

En principio señalaría que la reforma política es tardía e incompleta. Es tardía si nos ubicamos en el contexto de un mundo globalizado e interdependiente, caracterizado cuando menos en las últimas dos décadas por una amplia participación ciudadana en los grandes temas en los que se afecta a la sociedad contemporánea y es también tardía porque nos encontramos rezagados frente a otros estados democráticos de Latinoamérica y de Europa en cuanto al empoderamiento de la ciudadanía.

Si nos ubicamos en el justo reclamo expresado por miles de mexicanos en las urnas, en las pasadas elecciones federales de 2009, en la que por múltiples vías de expresión, entre otras la del voto nulo y la del abstencionismo que para mí representa un voto blanco tácito, diversos sectores de la sociedad mexicana reclamaron de sus representantes populares realizar los cambios que más allá de los partidos políticos y de los poderes públicos se les diera voz en la toma de decisión de los asuntos más sensibles para la población.

Es tardía también, si como ya lo mencionó la doctora Valencia; revisamos que en diciembre de 2009 el titular del Ejecutivo federal envió al Senado de la República una propuesta en la que cuando menos había 10 transformaciones fundamentales, varias de ellas aquí retomadas.

Me sumo también a la aclaración que el día de ayer hacia el diputado Humberto Benítez Treviño, porque no podemos tampoco responsabilizar a esta soberanía de esta tardía reforma, porque todos sabemos, como él lo explicó claramente, que apenas tres días antes de que terminará el periodo ordinario de sesiones fue remitido a esta colegisladora la minuta correspondiente, que en alguna parte hoy es motivo de análisis. Pero sí nos hubiera gustado a muchos actores de la sociedad civil, desde la academia, desde las organizaciones de abogados y desde cualquier espectro poder haber visto y operado la posibilidad, la compleja posibilidad para las importantes elecciones de 2012 tener ya cuando menos candidatos ciudadanos independientes.

Me parece también que es incompleta, porque como ya se ha señalado, se quedaron en el tintero, cuando menos, tres asuntos que también los electores demandaron en las urnas y a través de los diferentes medios de comunicación. Me refiero a la revocación de mandato, al referéndum y al plebiscito y también algunas otras que me parecen que son de muy sencilla resolución y que ya están bastante discutidas, como podría ser la facultad de iniciativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los instrumentos normativos, en los que aplica cotidianamente.

Sin embargo, no me quisiera quedar con esta percepción; si miramos esta reforma política a través de un enfoque objetivo, de un enfoque pesimista y en el contexto de la imperiosa necesidad que tiene el Estado mexicano para actualizarse y para emprender su obligada reconstrucción, desde luego que es bienvenida la reforma y aplaudimos los serios esfuerzos que senadores y diputados de esta legislatura están realizando para incorporar a México a las tendencias contemporáneas de la modernización.

Hace apenas unos cuantos meses con motivo de la celebración del bicentenario de la Independencia y del centenario de la Revolución, esta Comisión de Puntos Constitucionales atinadamente organizó un foro para analizar el pasado, el presente y el futuro de la Constitución de 1917. Tuve el privilegio de participar en él y en este mismo auditorio expresé entonces que nuestra ley fundamental ha sido el hilo conductor en la evolución y consolidación del Estado mexicano, ya que representa el resumen de las luchas sociales, de los reclamos y de los anhelos de la sociedad mexicana desde 1910 y hasta ahora.

Siendo además nuestra Constitución símbolo y expresión de la estabilidad política, del desarrollo económico y de la paz pública que hemos venido viviendo desde entonces; razones éstas por la que nuestra generación está obligada no sólo a mantener a la Constitución en esa dimensión histórica, sino acrecentarla para que siga siendo nuestro guía en el presente y hacia el futuro.

Frente a las tendencias de las últimas décadas por privilegiar desde el texto constitucional la reestructuración y el fortalecimiento de los poderes públicos, de los partidos políticos y también de los procesos electorales que bien podríamos calificar de una tendencia eminentemente estructuralista, expresé en aquella ocasión que en mi concepto el rumbo de nuestra Constitución hacia el futuro estaba en retomar su carácter humanista, en poner al individuo en el centro, en devolverle a la sociedad civil el poder político del cual es su detentador original.

A 10 meses de distancia como jurista y como mexicano, me parece justo reconocer que los senadores y diputados de esta LXI Legislatura están cumpliendo con el elevado compromiso de devolver a nuestra ley suprema su esencia humanista y social que la caracterizó en su surgimiento en 1917; pues en un brevísimo lapso han aprobado dos históricas enmiendas a nuestra Carta Magna: la reforma constitucional sobre el juicio de amparo, la institución jurídica más importante de México y la de derechos humanos que, sin duda, nos ubica a la vanguardia y a la cima del...

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... la reforma constitucional sobre el juicio de amparo, la institución jurídica más importante de México y la de derechos humanos que, sin duda, nos ubica a la vanguardia y a la cima del respeto a los derechos humanos en América Latina y seguramente en otras latitudes.

Ahora se suma a ello, a un mes de haberse promulgado esas dos trascendentes reformas, los trabajos de esta Cámara de Diputados sobre otra fundamental reforma constitucional, la reforma política. No tengo más que reiterar mis sinceras felicitaciones a nuestros legisladores federales aunque sea un hecho no muy frecuente en el mundo académico y en la opinión pública. Pero representar en ustedes, señores legisladores, creo que con estas acciones ustedes están cumpliendo con la elevada misión que tienen encomendada en esta histórica etapa de la vida nacional; enhorabuena por ello.

Entro en materia. Si bien el tema de esta mesa, como ya se ha mencionado, es el relativo al fortalecimiento particularmente del Poder Ejecutivo con la figura de la iniciativa preferente, la sustitución presidencial en caso de falta absoluta y la toma de protesta del presidente, no quiero dejar pasar la oportunidad para hacer —aunque de manera muy rápida— una alusión a la importancia que tiene la adopción en México de algunos de los medios tradicionales de democracia participativa directa, como son las candidaturas ciudadanas independientes y la iniciativa popular, y desde luego a la reelección legislativa inmediata que representa una deuda histórica, que ya no se justifica estar postergando frente a la exigencia de profesionalizar y fortalecer a nuestros órganos legislativos.

Debemos dejar atrás el negativo récord, la negativa estadística de que sólo México y Costa Rica en América Latina son los dos únicos países donde no se contempla esta figura que moderniza a nuestros órganos legislativos.

Sin abundar sobre las bondades de estas instituciones, me limito a un breve comentario sobre la iniciativa popular, retomando para ello el pensamiento del politólogo italiano Norberto Bobbio, quien respecto a estas instituciones de democracia participativa sostiene que no basta que estén previstas únicamente en los códigos, que no basta que esté en la Constitución, sino que es necesario adicionalmente que los gobernantes las promuevan y las pongan en práctica.

Por ello, creo que es conveniente ampliar el derecho ciudadano para iniciar leyes agregando la obligación de las Cámaras, para que los dictámenes en un periodo no mayor de 12 meses sean analizados y sean presentados al pleno por un elemental respeto de la soberanía ciudadana, si no, se corre el riesgo al no tener estos estándares en la Constitución de que estos esfuerzos ciudadanos se puedan quedar en la congeladora legislativa.

Al efecto quisiera recordar, que por la falta de una medida de esta naturaleza en la reforma política de 1987, repito, de 1987, la que estuvo enfocada al Distrito Federal, se desperdició un extraordinario intento de avanzar en democracia participativa en la capital del país, cuando se estableció por primera vez en la Constitución el derecho de iniciativa popular que consistía en que toda petición formalmente presentada por 10 mil ciudadanos debidamente identificados debería ser turnada a comisiones en la naciente Asamblea representativa del Distrito Federal y debería ser dictaminada, así lo establecía la Constitución dentro del mismo periodo de sesiones o en el inmediato; este derecho quedó consagrado en el artículo 63 de nuestra ley fundamental.

No obstante la riqueza de la medida que alimentaba la esperanza de tener en el Distrito Federal como la alimenta ahora, un instrumento que permitiera la intervención directa de la sociedad civil en la solución de sus problemas cotidianos, la apatía y el temor de la clase política condujeron a desaprovechar esta coyuntura histórica, pues nunca se reguló y nunca se aplicó ni mucho menos se estimuló su puesta en práctica, y lamentablemente después de pertenecer ahí en el rincón del olvido varios años vigente en la Constitución, esta figura de la iniciativa popular desapareció del texto constitucional sin pena y sin gloria, porque como ya dije jamás se aplicó.

Frente a esta experiencia es que cobra sentido la citada teoría de Norberto Bobbio y esta propuesta que hago ahora de ampliar el texto constitucional en este punto. No corramos el riesgo de que quede en letra muerta una institución tan importante por no haberla regulado desde la ley suprema y que sea, posiblemente en el futuro, un tema de desacuerdos parlamentarios en sus alcances.

Tampoco podemos correr el riesgo de su inaplicación por excesivos requisitos en el número de ciudadanos que las promueven. Habría que atender –creo yo- a los señalamientos puntuales que el día de ayer hacía el diputado Jaime Cárdenas Gracia, en el sentido de que podríamos correr el riesgo con este número de electores, de ciudadanos que tienen hoy como requisito estas figuras, igualmente se aplica la consulta popular.

Es preciso, señores diputados, se los pedimos también desde la vertiente ciudadana, que analicen con mucho detalle, con mucha seriedad, que se debe reducir el mínimo de exigencias en este sentido para que no se quede en un acto fallido que verdaderamente tenemos, no tres años, sino varias décadas los ciudadanos queriendo ingresar a poder participar verdaderamente en la toma de las decisiones políticas fundamentales de este país.

Entrando al tema dirigido al fortalecimiento del Poder Ejecutivo, me parece que ya lo abordó de manera brillante y exhaustiva la doctora Valencia, yo me limitaré a hacer nada más algunas breves precisiones. Creo que son acertadas las tres propuestas del modo en que están planteadas en la minuta que envió el Senado a esta colegisladora, me parece conveniente que se adopte ya una iniciativa preferente del Ejecutivo, la sustitución presidencial en casos de falta absoluta y, desde luego, modalidades en la toma de protesta del presidente de la república, en una forma alterna, como ya lo comentó también la doctora Valencia

La nueva realidad política, la pluralidad, la evolución partidista y la competencia electoral así lo aconsejan, no podemos permanecer con un ejecutivo con las mismas condiciones que hoy tiene en nuestra Carta Magna. En el esquema actual de colaboración de Poderes, de redimensionamiento del Ejecutivo federal y de su calidad de responsable de la administración pública federal centralizada es precisamente el Ejecutivo federal, el que tiene conocimiento y tiene el pulso de aquellos problemas prioritarios que le afectan a la buena marcha de la administración pública, así como aquellos problemas que de manera sensible más están afectando a los grandes sectores de la población.

De la misma manera, frente a un Poder Legislativo y con esta creciente competencia político-electoral en la que, como ya lo manifestaba el día de ayer aquí el propio senador Pedro Joaquín Coldwell, no fue fácil llegar a los acuerdos en el Senado para esta reforma política y finalmente enviaron aquellos en los que pudieron ponerse de acuerdo después de más de un año de discusiones y debates, es indispensable dotar al presidente de la república de herramientas legislativas para una mejor conducción de los asuntos públicos que son de su competencia.

Además, como en el caso de los medios de participación directa -y ya lo reseñó la doctora Valencia-, desde hace muchos años han venido siendo utilizados en países democráticos, algunos inclusive tienen un alcance mayor. Por ejemplo: el decreto ley que se aplica en Italia, que se aplica en Colombia, en el que más allá de una iniciativa el presidente de la república, el titular del Ejecutivo toma una medida inmediatamente, la pone en vigor y se la envía al Congreso para que la apruebe posteriormente; de tal manera, que ya existen estos casos.

Yo retomaría algo que me está muy cercano, un tema...

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... Congreso para que la apruebe posteriormente; de tal manera, que ya existen estos casos.

Yo retomaría algo que me está muy cercano, un tema trascendental en Colombia, en el tema del exitoso combate a la lucha contra la delincuencia organizada que han tenido en ese país, con sus limitaciones, con sus críticas.

Pero fue precisamente a través de una facultad de este tipo, de un decreto legislativo, que el presidente entonces, Álvaro Uribe, transformó de inmediato la Ley de Extinción de Dominio, que después de seis años que le había obligado a regresarle con creces los bienes materiales, los bienes inmuebles y muebles que habían expropiado a los capos de los carteles de Colombia, a través de la nueva Ley de Extinción de Dominio por este mecanismo pudieron a la fecha, en menos de seis años obtener por esta vía más de 9 mil millones de dólares acabando con muchos grupos de delincuencia organizada. De tal manera que me parece que ésta es una de las medidas que sin mayor contratiempo deberían ser aprobadas.

Por lo que hace al presidente provisional, previsto en el artículo 84 del nuevo texto para el caso de la falta absoluta del presidente del Ejecutivo federal, es también —creo yo— una figura ya necesaria, porque nuestro formato constitucional y nuestro formato institucional deben prever posibles colapsos políticos, económicos, en una hipótesis de este tipo, poco frecuente en nuestra historia, pero no imposible de presentarse en cualquier momento, baste pensar en enfermedades tan frecuentes, en nuestro agitado y estresado mundo como el infarto, como la embolia cerebral que se presentan de un momento a otro, que no avisan.

Por ello es importante que se pueda habilitar de inmediato como un presidente provisional, al secretario de Gobernación, como ya se señaló o en su fala ante el de Hacienda o al canciller, sobre todo me parece una buena solución si tomamos en cuenta la práctica mexicana que en realidad el secretario de Gobernación es el encargado de la política interior del país y que no podemos dudar que en la esfera jerárquica del Ejecutivo federal después del presidente de la república es el funcionario más importante; de tal suerte que resulta una fórmula atinada y congruente con nuestra tradición jurídica y política.

Qué bueno que los legisladores no fueron tentados para resolver esta exigencia con la figura del vicepresidente que tantos episodios negativos ha tenido en nuestra evolución como Estado independiente. Tendría respecto del texto propuesto, un par de observaciones. No me parece acertado que frente a la falta absoluta al comenzar el periodo constitucional, como lo prevé el artículo 85, sea diferente al otro modelo quien ocupe el cargo de presidente provisional, el presidente del Senado de la República.

Creo que ya que corresponde al Poder Legislativo designar en su caso al interino y al sustituto no es sano que sea el presidente del Senado el que ocupe por unos cuantos días, por unas cuantas semanas quizás, el cargo de presidente provisional.

Considero que esto podría, inclusive, llegar a provocar pugnas partidistas, en un ambiente como el que estamos viviendo cada vez con mayor competencia electoral. Además creo, por lo que ya expresé, que esta medida en que el secretario de Gobernación o el de Hacienda o en su caso el canciller debería seguir siendo para prevalecer la misma fórmula y no variarla. Me parece que ésa podría ser una interesante enmienda en este sentido.

Antes de pasar al último tema formulo un comentario marginal, a propósito del segundo párrafo del artículo 84, y sobre todo por encontrarse aquí presente el doctor Humberto Benítez Treviño, presidente de la Comisión de Justicia, ex procurador General de la República y un jurista distinguido en el foro y en la academia nacional, porque cuando se plantea que el presidente provisional no podrá remover a los secretarios de Estado ni al procurador General de la República sin la autorización del Senado, creo que es urgente que ya de una vez por todas se legisle sobre la autonomía plena del Ministerio Público, sobre todo porque en la totalidad de las iniciativas que fueron presentadas en este tema de la reforma política y que forman el capítulo de antecedentes de la exposición de motivos, en todas ellas todos los partidos políticos representados en esta representación popular establecen ya el tema de la necesidad de avanzar hacia la autonomía del Ministerio Público.

Yo diría, y si ya están todos de acuerdo, por qué esperar. Me parece que esta es una condición indispensable para avanzar, no solamente en que sea viable una implementación exitosa integral del nuevo sistema penal acusatorio, que ahora está en curso, sino especialmente para que las procuradurías de justicia dejen de una vez por todas de ser un instrumento de presión, un instrumento de uso partidista y electoral por parte de los jefes, de los procuradores, de los titulares, de los Ejecutivos federal y estatales, este sería un buen principio para que la política no siga judicializándose.

Finalmente, estimo que es también acertada la previsión que, en caso de ser necesario, el presidente de la república pueda rendir la protesta de ley ante el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, particularmente a la luz de la última experiencia que todos los mexicanos pudimos observar en directo, en vivo, cuando un grupo de diputados muy respetables y por razones muy respetables de la izquierda pretendieron boicotear la toma de protesta del presidente de la república, que estuvo en riesgo de conducirnos a una crisis constitucional.

La única observación que haría al respecto, señores diputados, es que me parece que esta protesta alterna debería ser rendida, no ante el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como individuo, sino al pleno de ministros que es el órgano colegiado que representa a nuestro máximo tribunal, y esto es una fórmula análoga a la que se prevé para la propuesta ante el Congreso o ante la Comisión Permanente.

Creo, o no me imagino, en una crisis como sucedió en el estado de Tabasco, en algún momento cuando el tribunal electoral de la federación determinó la nulidad, que el gobernador interino fue a tomar protesta con un par o unos cuantos diputados en la casa del presidente de la Cámara. No me imagino en una interpretación extensiva del texto constitucional, al presidente de la república debidamente electo y debidamente ratificado por el Tribunal Federal Electoral asistiendo a la casa del presidente de la corte para tomar protesta. Debe ser ahí donde esté sesionando el pleno de ministros de la corte, es una respetuosa sugerencia, señores diputados.

Culmino, señoras y señores, con la siguiente reflexión. La presente reforma política no es producto de un acto gracioso del presidente de la república, ni de los legisladores federales representados en el Congreso de la Unión, constituye un reiterado reclamo de los gobernados, que por décadas hemos venido demandando estos medios de participación democrática directa y en el marco de la crisis institucional y de valores que hoy estamos experimentando no se puede ni se debe correr ya el riesgo de seguirlas soslayando, porque podemos caer en un fenómeno de ingobernabilidad o de inestabilidad que algunas voces aseguran que estamos ya muy cerca.

Me parece que es ya el momento en el que el reloj de la historia le ha marcado al Congreso mexicano sin dilación, desde luego no legislando al vapor, sino con comedimiento, con mesura, pero que este sea un tema que se nos vaya a quedar ahí para el siguiente periodo ordinario o para estar tratando de justificar una crisis política con periodos extraordinarios que tampoco se justifican.

Confiamos en que nuestros legisladores federales, en que nuestra clase política tendrá la altura de miras que se merece la sociedad mexicana para....

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...como ya se mencionó ayer, va a ser la primera de varias reformas más políticas que nos habrán de consolidar, de conducir, perdón, a consolidar al Estado mexicano, al Estado al que aspiramos todos los 110 mexicanos que poblamos este país, por lo que les pedimos que juntos gobierno, partidos políticos, legisladores y también aquí está la sociedad lista, podamos avanzar en la constitución del México que anhelamos, del México que queremos para nuestra generación y para nuestros hijos y nuestros nietos. Muchas gracias por su atención.

El moderador Enrique García Travesi: Muchísimas gracias, doctor Huerta. Informamos que se recibió un documento de la Asociación Mujeres en Plural, que contiene sus aportaciones y consideraciones sobre la reforma política.

Hacemos constar que su recepción y entrega inmediata a esta Comisión de Puntos Constitucionales para sus fines procedentes. Agradecemos la presencia en este foro del doctor José Antonio Crespo y del doctor Enrique Cuna Pérez, sean ustedes muy bienvenidos.

A continuación escucharemos la ponencia del doctor Crespo, quien cuenta con la licenciatura en relaciones internacionales por el Colegio de México, una maestría en sociología política por la Universidad Iberoamericana y un doctorado en historia también por la Universidad Iberoamericana. Fue investigador invitado en la Universidad de California en San Diego y actualmente es investigador del Centro de Investigación y Docencia Económicas, el CIDE.

Es autor de diversos libros, entre ellos: Fundamentos políticos de la rendición de cuentas, La democracia real explicada a niños y jóvenes, El fracaso histórico del presidencialismo mexicano, 2006 hablan las actas y contra la historia oficial. Es participante del programa Primer Plano en 11 TV. Adelante, por favor, doctor Crespo.

El doctor José Antonio Crespo Mendoza: Buenos días. Agradezco la invitación que ha hecho el Congreso para platicar con ustedes y reflexionar sobre algunos de los puntos de la reforma política que se está discutiendo en la Cámara baja, y son varios los puntos que yo podría ir comentando.

En primer lugar, qué bueno que se esté discutiendo esta reforma, qué lástima que algunos de los puntos ya no van a ser aplicables para el 2012, algunos me parecía que ya era muy pertinente que ya empezaran a aplicar a partir de 2012, porque de lo contrario su aplicación va a venir muy retrasada, en particular la reelección, por ejemplo. La reelección, entonces ya vendrá, dependiendo de los diputados y senadores, vendrá hasta mucho más tarde, a partir de 2015 los primeros diputados y a partir de 2018 los primeros senadores que puedan reelegirse.

Desde luego, yo sé que hay mucha reticencia todavía en mucha parte del público, en general de la ciudadanía y en muchos legisladores sobre la reelección; qué bueno que se incluyó el tema en la aprobación que hizo el Senado, pero sé que muchos diputados de distintos partidos todavía tienen reticencia y en ese sentido podría quizá darse la situación de que se echara para atrás.

Yo he defendido la reelección legislación desde hace mucho tiempo y vuelvo a refrendar desde luego esa convicción, porque me parece, los puntos son los siguientes: se ha hablado de la profesionalización que creo que es un punto importante de los diputados y senadores. Claro se dice: bueno, los diputados luego pueden pasar a la Cámara de Senadores o a ser diputados locales, luego regresar de manera discontinua y hacer una carrera parlamentaria. Conocemos varios casos. Qué bueno que así sea, además, que se vaya acumulando experiencia desde el manejo parlamentario mismo, desde la dinámica parlamentaria se requiere de experiencia.

El problema que yo veo en ese sentido es, primero, que de acuerdo con los datos que tenemos son muy pocos los que hacen esa carrera parlamentaria, tendrían que ser más. Hay muchísimos diputados, sobre todo diputados, que pasan por la Cámara tres años y luego no vuelven a aparecer, ya se regresan a otras cosas y no vuelven a tocar una carrera parlamentaria, es decir, o algún Congreso.

Es alrededor del 15 por ciento quienes hacen carrera parlamentaria. Repito, qué bueno que por lo menos tengamos ese cuerpo de parlamentarios profesionales aunque vayan saltando de una Cámara a la otra, pero no tendría por qué no extenderse a quienes realmente pueden hacer una carrera parlamentaria a través de la reelección y ya cuando se termine el lapso de la reelección pasar a otra Cámara, pero por lo menos que haya algunos periodos en los que se pueda reelegir, eso ya es un avance.

De todas maneras, sabemos también que muchos de los diputados que hacen una carrera parlamentaria entran a comisiones distintas, ya sea como diputados locales o como senadores, y entran a otra Cámara. La profesionalización se refiere también al tema de conocimientos de las comisiones de las que forman los diputados para que durante más tiempo puedan estar, si es que los reeligen sus diputados, perdón, sus ciudadanos, sus electores; en el caso de diputados sus senadores, porque mucha de la gente cuando se resiste a la reelección es porque de alguna manera consideran que es una reelección automática, no que puedan estar sujetos a la evaluación de los electores.

Claro, eso también genera la reflexión de decir: bueno realmente los electores van a estar pendientes de sus diputados, realmente ocurre eso. Bueno en mayor medida ocurre en donde exista reelección, que son todos los demás sistemas democráticos, salvo Costa Rica y México, creo que Filipinas también, creo que ya se adecuo a la reelección parlamentaria continua, pero era una de las excepciones, México, Costa Rica, Filipinas.

En todos los demás países democráticos sí vemos que hay mayor incentivo del electorado para decir: a ver, mi diputado o mi senador, a ver qué está haciendo, cómo está votando. No al 100 por ciento, no es un monitoreo desde luego del 100 por ciento, pero hay más incentivos.

En todo caso, la reelección puede servir como un filtro, la reelección o no reelección, en su caso, puede servir como un filtro para cuando hay algo que está funcionando mal; es decir, sí puede inhibir a los legisladores de cuidarse, de no incurrir en escándalos, en abusos excesivos, en la cuestión de los privilegios, que a veces es extensiva a todos los legisladores, pero cuando se detecta que un legislador en particular ha cometido algún abuso, cuando está gozando de algún privilegio inadecuado o excesivo, entonces sale el foco rojo y los electores de ese diputado o de ese senador pueden decir: oye, yo no voy a aprobar que este señor que está incurriendo en un abuso o que ya se le encontró en un escándalo continúe.

Por lo menos en las democracias se ha visto que quienes incurren en algún escándalo, quienes se les detectan alguna situación ya anómala en su trabajo parlamentario; entonces a ésos es a los que no se les reelige, fundamentalmente.

De todas maneras cuando viene la posibilidad de la reelección quienes se encargan de recordar a los ciudadanos qué hizo o no hizo un legislador durante su encargo inmediato son los opositores, quienes aspiran a sustituirlo como diputados o senadores, nos van a recordar a los electores de ese diputado o de ese senador lo que hizo mal o lo que no hizo, y él se defenderá por supuesto.

Pero entonces ahí también puedes atraer la atención de los electores de decir: a ver, yo quiero ver cómo le hizo mi diputado, aparte de lo que yo haya podido seguir. Pero sale el opositor, el retador a decirme y a recordarme qué hizo, qué no hizo, cómo votó, cómo votó en ciertas leyes controvertidas; es decir, coincidió con mi posición o no coincidió con mi posición.

En todo caso hay un elemento mayor de vigilancia que puede inhibir en los legisladores incurrir en abusos o en escándalos, en tomar un poco más en cuenta... Ya sé que tampoco tiene porque desmoronarse la disciplina partidaria y que tendrá que atender también a los principios de partido y a sus compañeros, y a los lineamientos bajo los cuales él fue electo, lineamientos de partido, el programa del partido, pero que tomen un poco más en cuenta a los electores, por lo menos para no incurrir en abusos abiertos, en anomalías, en escándalos, porque de lo contrario entonces sí puede venir el filtro en que se termine su carrera legislativa por lo pronto.

Desde luego en los países democráticos también, quien ya no es reelecto, cuando todavía podía ser reelecto y busca la reelección y ya no es reelecto por un mal desempeño o algún escándalo, ya va con un expediente un poco más complicado como para continuar también su carrera parlamentaria.

No le impide que pueda... es decir, no se impide, quien no es reelecto, no le impide que pueda continuar una carrera política o que pueda aspirar a otros cargos de elección popular, pero sí se va acumulando, es decir, ya no se le reeligió por esto.

Tuvo un mal desempeño, se supo de un escándalo y entonces su electorado ya lo reprobó en las urnas. Sí puede ser un elemento negativo en su expediente y que precisamente lo que se busca es que los legisladores estén pendientes...

(Sigue turno 8)

... Sí puede ser un elemento negativo en su expediente y que precisamente lo que se busca es que los legisladores estén pendientes de sus electores y tengan mayor cuidado del que puedan tener ahora, en no incurrir en escándalos, en abusos.

Creo que no es la panacea, desde luego, en la vida democrática pero es un elemento que puede ayudar mucho, tanto en la profesionalización como a disentivar o hacer que se cuiden los legisladores de no incurrir en abusos, en escándalos, etcétera, para que nos tomen un poco más en cuenta los ciudadanos y que tengamos nosotros ese instrumento de rendición de cuentas, porque de lo contrario es que la representación política democrática queda “cucha”, por decirle así, queda solamente con uno de los elementos.

Es sí hay representación, ya tenemos desde hace unos años para acá en la medida en que ha contado el voto, cada vez más en que hay condiciones de equidad, etcétera. Sí hay una mayor representación de la que podía haber un sistema poco competitivo, si hay mayor fidelidad en la decisión de la mayoría en cada uno de los distritos o de los estados, en formar la representación parlamentaria. Pero, si no hay la reelección, no hay el sentido de regreso, la representación tiene que ir de ida y de regreso.

Entonces de ida va el voto, voto por ti para que tú tomes decisiones a mi nombre, en mi distrito o en mi estado, pero necesito que haya una venida de regreso, es decir, cómo evaluó, cómo veo si efectivamente y cómo hago valer mi decisión como efectivamente votaste como ibas a votar de que efectivamente tomaste en cuenta el sentir de la mayoría de tú electorado, cómo te evaluó.

Si no tengo el instrumento para evaluarte, que es la reelección precisamente, se queda la representación “cucha”, digo, si va de ida pero de regreso ya no hay. Por eso mismo muchos ciudadanos nos hemos sentido defraudados en el sentido de que nos piden el voto, se los damos y luego se acabo. No volvemos a saber del diputado, el no vuelve a saber de nosotros, no le interesa mayormente. Sé que hay legisladores que regresan a su distrito, que ponen una oficina.

Pero, hasta dónde realmente nos están tomando en cuenta si ya no dependemos de su posterior carrera política, no tenemos el elemento para sancionar o premiar su desempeño como representantes de nosotros; nosotros le dimos el mandato. Quiero ver si lo estás cumpliendo adecuadamente, si no estás aprovechando el cargo para privilegios indebidos a costa de todos los representantes y luego no te vuelvo a ver.

Por eso mismo, quienes participamos en el movimiento del voto nulo en 2009, que fui uno de los participantes y promotores de ese movimiento de protesta y de descontento y que creo que precisamente la reforma política en buena parte esta dando respuesta a ese movimiento así lo dijo, por lo menos, Felipe Calderón al presentar su iniciativa, así lo dijeron varios partidos al presentar la suya respectiva, el PRI y el PRD.

Es decir, estamos atendiendo a ese movimiento que no se sintieron identificados con ningún partido que nos están expresando una protesta en parte porque si sentimos algunos, así lo dijimos en el momento de ese debate que al dar el voto por algún partido, el que sea, la preferencia de cada quien, estamos al mismo tiempo avalando, estamos dando legitimidad, estamos dando el visto bueno al conjunto de partidos para que hagan lo que hagan o dejen de hacer.

Si no hay algo de regreso, si no tenemos elementos para poder pedir cuentas más personalizadas a nuestro diputado, pero también, ahorita vamos al otro tema, a los partidos en su conjunto, les decía a quienes participaban en ese debate es que dar el voto sin tener elementos para después sancionar o premiar en su caso, es avalar todo lo que hagan y luego nos quejamos de mucho de lo que hacen los congresistas: que si los salarios muy elevados, que si los viáticos, lo de las juanitas que fue muy vergonzoso, fue una burla obviamente a los ciudadanos a quienes hayan votado por ellas y luego los sustituyes por alguien que no tenía nada que ver, incluso en la cuestión de género. Es una burla.

Nos quejamos y nos quejamos, pero les estamos dando el voto otra vez, ese es un cheque en blanco, ése es un auténtico cheque en blando, porque te avalo de antemano, tienes una legitimidad como partidos, independientemente de por quién habíamos votado, si hay una participación del 50, 60, 55 por ciento, lo que sea, en cada ocasión, es un aval de legitimidad suficiente para que hagan lo que quieran luego.

Entonces, quienes se quejan, -¿Tú le diste el aval?- -sí-, -bueno ya le diste el permiso anticipado para que hagan lo que quieran eh- Luego te quejas y te sientes, y no tienes elementos para llamar a cuentas personalizadas en todo caso y cuando vuelve a pedir el voto los partidos ahí vas otra vez. Yo dije: “hasta aquí acabe”, además de que no me sentía muy representado ya con ningún partido en particular, pero decir es que les estamos dando el voto en blanco, el cheque en blanco, para que hagan después legitimados lo que sea.

Para que sigamos dándoles, -por lo menos de mi parte-, el voto a los legisladores a la hora de votar por ellos por cualquier partido, que me convenza más en ese momento, si necesito instrumentos de rendición de cuentas para que no sea un cheque en blanco de que después hacen lo que sea ya con mi aval. Porque al votar por ellos, por cualquiera de los partidos, estoy dando un aval una legitimidad para que después hagan lo que quieran sin que pueda reclamar.

De ahí me paso a lo otro que falta en esta reforma y que seguramente no sé si la pudieran incluir ahora o no que es la revocación del mandato, es algo más fuerte que la reelección. La reelección es simplemente cuando acaba el mandato sigues o no sigues a partir de la posibilidades de reelección que establece la ley. Pero en fin, es importante, que bueno que se esté considerando, ojalá se ratifique también en esta Cámara la reelección.

Pero, hubo una iniciativa del PRD, de revocación del mandato y la revocación de mandato también me parece que es importante porque no tendrías que esperar a que acabe el mandato para que en un caso ya grave, -ahí si ya no es nada más de me tomó en cuenta o no me tomó en cuenta para votar tal ley-, sino algo grave, algún escándalo, algún abuso muy marcado. Por qué tendríamos que esperar que termine el mandato para remover a alguien que está abusando del poder. A final de cuentas la esencia de la democrática política, desde los griegos, es el sistema que tiene la capacidad institucional para poder llamar a cuentas a quien abusa del poder.

Sintetizando, lo de la elección es una parte importante, por supuesto. Pero, también esta la parte del desempeño desde el poder, que ahí estamos atrás en México, avanzamos mucho en la forma de acceder al poder, por vías democráticas, competitivas, pero en el desempeño del poder, quien abusa del poder, está la impunidad y sé que tenemos una gran cantidad de leyes que hablan de juicio político aplicación de la ley. Pero los instrumentos no están bien afinados para realmente llamar a cuentas o remover pacíficamente a quien desde el poder está abusando del poder.

Lo tenemos en una parte de la normatividad, no tenemos la fuerza institucional todavía, o la dinámica institucional para aplicarlo, ni siquiera a ex presidentes, escasamente a ex gobernadores, ya no digamos a alguien que está en funciones. Pero, una democrática de alta calidad tiene que tener la capacidad de poder remover pacíficamente, a quien esta abusando del poder en funciones.

Es el caso típico, aunque no sea el único, el de Watergate, es estar removiendo por una falta que cometió Richard Nixon en funciones, no se están esperando a que termine su mandato, sino en funciones y que no tengas que hacer una revolución para quitarlo. Ésa es la esencia de la democracia, que puedes removerlo en funciones porque esta abusando del poder, una falta grave desde luego, no digo que por cualquier cosa pero algo grave, así tengas el elemento de qué decir si se va antes de que termine el mandato; porque ya está abusando del poder desde ahora, ya está cometiendo o infringiendo una infracción grave. Entonces, se puede remover.

Decía que la iniciativa del PRD, incorporo la revocación del mandato para el legislativo, pero no para los legisladores. Creo que los legisladores por supuesto que también y no ocurrirá frecuentemente, es solamente cuando se dan algunos de esos escándalos que ocurren con algún diputado, algún senador y que jala los medios y se discute y la gente esta enojada, y luego ¿qué más?, además del golpe mediático, ¿qué más?

Habría que tener los elementos de sus electores para que pudieran no de la manera más sencilla del mundo, pero tampoco de una forma imposible. Es decir, ya hay algo grave, es suficientemente agravante para sus electores para que el porcentaje que exija la ley se pueda movilizar, poner sus firmas si queremos una consulta en el distrito respectivo para ver si se va o se queda, para unos requisitos de participación y todo eso, para que no sea una pequeña minoría que pueda remover a quien fue electo por una cantidad significativa.

Reglamentaria, pero si darnos también a los ciudadanos la posibilidad de remover en algún momento determinado a nuestros representantes si es que están incurriendo en algún abuso grave del poder que les hemos dado desde las urnas. Creo que sí habría que incluir en eso.

También, en algo de lo que se habló en el movimiento del voto nulo es que se reglamente el voto nulo como ocurre en varias democracias eso sé que no está contemplado, habría que contemplarlo, habría que considerarlo porque tenemos el derecho los ciudadanos también ha no votar por nadie, ningún partido nos convence en su programa o en su desempeño, o los candidatos que esta presentando, pero que eso no me lleve a la abstención, porque... nadie me intereso, ningún candidato me llama la atención. Entonces, no voy.

Ah, bueno, hay que ver la posibilidad y el incentivo de sí participar y decir —que eso era también parte del movimiento del voto—, en vez de abstenerse porque ningún partido les llama la atención...

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... Ah, bueno, hay que ver la posibilidad y el incentivo de sí participar y decir —que eso era también parte del movimiento del voto—, en vez de abstenerse porque ningún partido les llama la atención, vayan y díganselo en la urna, con la boleta, porque hace más ruido, hace más patente tu descontento y que si no vas es porque estás enojado con los partidos por su desempeño, por su falta de atención a los ciudadanos o porque no están presentando un candidato en tu distrito que te llame la atención.

Entonces creo que habría que incluirlo. Eso ocurre en muchísimas democracias; en ninguno. ¿Por quién quieres votar: PAN, PRI, PRD...? Ninguno, pero en la boleta. El principio ahí está, con el candidato no registrado, pero habría que tener un cuadro del voto blanco. Es decir, ninguno específicamente y yo tengo por lo menos el incentivo —habrá quien no— de ir a la urna y decírselos en lugar de quedarme en mi casa como abstención.

Entonces, incentivo la participación y que tenga algún valor jurídico; algún valor, habría que ver en las democracias tienen algún valor jurídico muy frecuentemente el voto en blanco porque entonces puedo tener el derecho también de sancionar como ciudadano al conjunto de partidos, por un lado personalizadamente a mi diputado, a mi senador, con la reelección o no reelección, y eventualmente, cuando se incorpore, con la revocación de mandato.

Pero, al conjunto de partidos yo puedo decir: —Oigan, ¿saben qué? Ninguno me convenció. ¿Saben qué? Su desempeño en general no me está gustando. Sí siento que están alejados ustedes de nosotros y se los quiero decir en la urna en lugar de simplemente abstenerme, que sea un mensaje más directo.

Eventualmente, si es muy nutrido el voto nulo, que tenga alguna consecuencia jurídica. Se ha hablado de alguna disminución al financiamiento público, aunque eso es relativo porque igual pueden volver a modificar y decir: Entonces le elevamos el financiamiento público por acá.

En algunos países lo que ocurre es que cuando el voto nulo supera el voto obtenido por cada uno de los candidatos, no por el conjunto de los candidatos sino por cada uno de los candidatos, se anula la elección y se tiene que repetir con candidatos nuevos, que eso no está mal, decir: Ningún candidato me convenció. Los partidos lo eligieron de acuerdo a sus procedimientos o listas, como elijan. Yo como ciudadano, ¿saben qué? Ninguno.

Bueno, si somos muchos a los que no nos está convenciendo ninguno y vamos y lo expresamos en la urna entonces podría repetirse o debería de repetirse la elección con nuevos candidatos, una elección extraordinaria. Eso ocurre en varios países, en todo caso lo menciono porque ocurre en varios países donde hay voto nulo.

La otra parte de la reforma política, además de darnos a los ciudadanos instrumentos de rendición de cuentas, que me parece que eso es fundamental, la otra parte es la de mayor participación y entonces se contemplan algunas figuras de democracia directa o semidirecta que ya existe en varios estados, pero no a nivel federal, ahora se está contemplando.

Yo siempre he sido de la idea de que tiene que haber instrumentos, de que es sano que haya instrumentos de democracia directa, con el cuidado que amerita, porque cuando se cae en el exceso de democracia directa, efectivamente, se puede utilizar para pasar por alto a los poderes formales. Uno de los poderes, el Ejecutivo para pasar por encima del Congreso o viceversa, entonces sí hay que tener cuidado en la reglamentación.

Me parece que las iniciativas en general cuidan eso, que no se violen derechos, que no se ponga a consulta o a plebiscito o referéndum algo que pueda violar derechos de minorías, por más que una mayoría diga: “Sí, queremos violar el derecho de una minoría”, pues no, espérense. En la democracia también se trata de cuidar los derechos de las minorías, aunque hay una mayoría muy en contra de esa minoría, la democracia, el Estado debe de cuidar los derechos.

Entonces tiene que pasar por él el tribunal de la Suprema Corte para decir: Oiga, no. Aquí están preguntando... algo que viola o la Constitución o que viola derechos de minorías. No pueden ustedes preguntar esto, menos si se trata de que vaya a tener algún valor vinculante.

Entonces hay que tener cuidado desde luego en cómo se reglamenta, pero en el caso de la iniciativa ciudadana, que me parece que está bien, que también nosotros podamos eventualmente presentar una iniciativa para que se discuta en el Congreso y no esperar a que un partido lo haga o que un diputado lo haga, porque hay veces que me ha tocado decir: —Oye, quisiéramos que se presentara... —Ah, sí, déjame ver, déjame ver. Tú eres mi diputado, tú eres mi senador, yo voté por ti o lo que sea. Me interesaría que se presentara —“me interesaría”, a un grupo de ciudadanos no a mí—. —Sí, sí, déjeme ver. Es que ahorita no están los tiempos... ¡Pasó!

Entonces, que podamos nosotros, bajo un porcentaje, desde luego, como está contemplado en la iniciativa, presentar una iniciativa. Pero sí creo que debería ser iniciativa preferente. No como afirmativa ficta, ¿eh? No en el sentido de decir que si no se aprobó pase en automático, no. Pero sí que hay aun lapso en el que nos digan sí o no; o sí, pero modificado por esto y esto y esto, porque de lo contrario puede quedar en la congeladora fácilmente y esto se convierte en otra burla.

Es decir, vamos a darles atole con el dedo, a que se desahoguen, pero pues lo dejamos ahí. No, que nos digan por lo menos que no. No, por esta razón. ¿Sabes? No, por esta razón. Okey, pero que sí tenga también entonces ese carácter de preferente para que en 6 meses o en 1 año nos digan sí o no, o qué parte sí y cómo la modificaron, cómo la presentan ahora, pero tomando la esencia de lo que los ciudadanos hemos presentado.

Si no, casi, casi eso y nada es lo mismo. De todas maneras qué bueno que haya iniciativa, ¡pero si nos van a dejar congeladas las iniciativas que se presenten...! Porque hay un esfuerzo de la parte de los ciudadanos nos están pidiendo ahí, de organización, de convencer a otros, de ponerte de acuerdo, de sumar las firmas, de validarlas, etcétera.

Entonces si hay un esfuerzo de nuestra parte pues por lo menos que nos digan que no, si no les gusta, y las razones por las cuales no. Creo que eso también sería muy importante de reglamentar, de incluirlo como iniciativa preferente.

Ahora, un tema para terminar, desde luego hay muchísimas cosas de las que se pueden hablar pero tenemos tiempo limitado, entonces me he centrado en lo que para mí ha sido más importante.

En lo de creación de mayorías, es cierto. Está el debate en pleno de decir: Mira, el pluralismo en México, qué bueno que lo haya, que lo siga habiendo, pero sí se requieren de algunos ajustes porque entonces los gobiernos divididos han mostrado que hay más dificultad en la toma de decisiones, sobre todo de reformas estructurales: no es un asunto cuantitativo porque los estudiosos del Congreso han demostrado que efectivamente hay muchas iniciativas que se han aprobado, pero en las más complicadas, en las estructurales, pues entonces hay más dificultad en ponerse de acuerdo.

Entonces viene la propuesta de regresar a algunas fórmulas para crear mayorías. Yo sí estoy a favor de eso; yo soy parlamentarista, por cierto. A mí me parece que es más racional el sistema parlamentario que el presidencial. Eso lo aclaro también para que se sepa por dónde voy en las cuestiones de las mayorías.

Porque una de las ventajas, una de las muchas ventajas que según yo tiene el sistema parlamentario, que es mucho más flexible que el presidencial; es el de que los gobiernos van con una mayoría determinada. Casi siempre mayoría absoluta porque de ahí surge, de una mayoría absoluta de los diputados surge el jefe de gobierno, como ustedes saben.

Sólo cuando ya no se pudieron poner de acuerdo después de alguna vuelta o una ronda, entonces pueden aceptar en algunos países mayoría relativa, pero por lo menos hay una mayoría relativa, cercana a la mayoría absoluta, pero la norma es que de mayoría absoluta surge el jefe de gobierno.

Hay muchas otras ventajas del sistema parlamentario pero no se está discutiendo eso ahora. Creo que el presidencialismo en América Latina en condiciones de desarrollo político muy distinto al que ha tenido Estados Unidos y que permite que en Estados Unidos haya funcionado, mal que bien, el sistema que ellos inventaron, el presidencialismo, y en América Latina cuando ha funcionado el presidencialismo es bajo un esquema autoritario, con dictadores o con presidentes de partido único, o con Porfirio Díaz.

Es decir, el funcionario no en términos democráticos sino en términos de dar gobernabilidad, desde luego no en términos de rendición de cuentas ni de combate a la impunidad. Porque cuando hemos tratado en América Latina, en nuestros 200 años de independencia, de que funcione el presidencialismo en condiciones democráticas, algo pasa.

Ahorita ya empieza a haber algunas excepciones, creo que algunos países están consolidando ya la democracia con gobernabilidad, pero en muchos otros o se desvirtúa hacia un régimen autoritario de nuevo, presidencialista o hiperpresidencialista, o queda en una situación más cercana a la ingobernabilidad y a la parálisis. Pero ésa es otra discusión. Por eso es que yo estoy convencido de que el parlamentarismo es mejor opción institucionalmente. Habría que ver las adecuaciones o en qué sí y en qué no, pero me parece que es un sistema mucho más racional que el presidencialismo.

Precisamente una de las ventajas que le aporta es una mayoría mínima suficiente al Ejecutivo, no para cambiar la Constitución por un partido mismo, eso sí es antidemocrático. La Constitución sí exige por lo menos el concurso de dos partidos en un régimen democrático, pero para las leyes secundarias por lo menos.

Entonces, ¿qué fórmulas se han manejado? Yo no estoy a favor de la cláusula de gobernabilidad porque sí creo que modifica la representación nacional por encima de la voluntad ciudadana de manera artificial, pero creo que sí hay maneras de estimular la formación de mayorías o la...

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... se elige de manera directa por otra vía. Pueden ocurrir o no; cuando no ocurren porque algunos partidos no quieren, porque les extienden la invitación desde el gobierno pero no quieren por razones estratégicas o lo que sea, no se forman.

Pero entonces se podría uno aproximar a las mayorías sí creo que reduciendo de 200 a 100 los diputados de representación proporcional. No me gusta la idea de eliminar a los de representación proporcional porque cumplen una función o pueden o deberían de cumplir una función también. Se supone que es para poner cuadros buenos, que puedan ser muy buenos diputados en determinadas comisiones especializadas, pero a la mejor la persona que cubre esos requisitos no es buena paras salir a la plaza y captar votos; ponlo en la lista de representación proporcional.

Yo sé que se ha usado de otras formas la lista de representación proporcional, pero ése es parte del sentido de la representación proporcional: meter gente preparada para comisiones técnicas, pero que no son de los que van a estar captando votos; no todo mundo tiene esa habilidad. Pero sí sería importante que estuvieran, en tales y tales cuestiones, en la lista de representación proporcional.

Creo que no tienen que ser 200; pueden ser 100 para que en esa medida también a la hora del reparto con la fórmula que tenemos de los de representación proporcional, se aproxime el partido mayoritario a obtener una mayoría absoluta no de manera artificial.

Yo sí quitaría en ese sentido, porque también creo que puede ser una forma de incrementar la presencia del partido mayoritario, no de manera artificial sino a través de los de representación proporcional, el tope del 8 por ciento a la sobrerrepresentación. Si vamos a aceptar que puede haber una sobrerrepresentación con la combinación de diputados de mayoría y de representación, quitémosle el 8 y quien obtenga bajo esa combinación una representación superior al 8 por ciento, que la tenga porque es a partir de lo que la gente decidió de acuerdo con nuestras fórmulas del sistema mixto de representación, que es muy distinto a regalarle casi, casi al partido mayoritario los diputados de representación proporcional que requiera para obtener la mayoría absoluta, que esa es la cláusula de gobernabilidad, que parece que ésta es una fórmula menos artificial.

Y además va una propuesta que puede parecer descabellada porque de pronto los grandes cambios parecen descabellados: no, hombre, cómo estás proponiendo eso. Pero hay que reflexionarlas a partir de su racionalidad o no racionalidad.

Ayer Miguel Carbonel proponía en El Universal acortar el sexenio, el período de gobierno, de seis a cinco. Es una propuesta que yo he hecho a veces desde hace tiempo, pero vinculada también a la formación de mayorías y al mantenimiento de una mayoría que apoya el Ejecutivo.

Si en la elección presidencial sabemos que por arrastre quien gana la presidencia tiene más probabilidades de ganar más diputados y senadores En el caso de los diputados, acortando a cinco años el período presidencial, desde luego cuatro no porque ya queda muy corto, sin reelección presidencial. Ojalá algún día podamos superar también el trauma de la no reelección en el Ejecutivo que vamos arrastrando del pasado y no nos permite ni siquiera discutir la racionalidad o no de las fórmulas políticas, pero espero que en algún momento podamos curar esa herida histórica y discutir la reelección presidencial.

Como no estamos todavía en eso, reducir de seis a cinco para que sea un período no tan largo —como dice Carbonel ayer— pero tampoco tan corto si no tenemos reelección. Muchos países de América Latina tienen cinco años. Mi propuesta es; eliminemos la elección intermedia de los diputados. Que los diputados que se elijan en el período presidencial sea para cinco años también, igual que los senadores. Por qué no. Hay muchos países que no tienen elección intermedia y los diputados duran cuatro años, si es que dura cuatro años el período.

Ya hemos visto, desde que hay más competitividad electoral, que en las intermedias pierde el período gobernante. Claro es una evaluación, se dice. OK, pero le vamos a quitar mayoría de la que sí obtuvo al principio y se va a complicar también la toma de decisiones. Si estamos buscando mayorías sin recurrir a la cláusula de gobernabilidad, podemos decir: aprovechemos el empuje. La forma de llamar a cuentas a un gobierno que está teniendo mal desempeño pueden ser otra, pero decir: aprovechemos el empuje presidencial y que la mayoría que se conforma o la integración del Congreso que se conforma en la elección presidencial que dure los cinco años.

Porque además el año de la elección intermedia se pierde legislativamente; todos lo sabemos. Van de salida los diputados, los partidos se vuelcan sobre esa elección, que es importante y se reduce también el tiempo hábil de la legislatura, el tiempo realmente hábil.

Ésa es otra propuesta que no está contemplada, pero yo digo que hay maneras de formar mayorías que respalden el programa de gobierno. Porque una de las cuestiones del sistema presidencial es que al elegir de manera diferenciada presidente y Congreso se pueden formar dos mandatos distintos, que es un poco esquizofrénico porque cada uno defiende su programa diciendo: tengo el mandato de la mayoría yo, como presidente; éste fue mi programa, la mayoría votó por mí, defiendo mi mandato en materia de reforma energética o fiscal o lo que sea.

Pero el partido mayoritario en el Congreso, si no es el mismo que tiene el Ejecutivo, dice yo también tengo mandato. Tú quieres IVA en medicinas y alimentos; yo no y a mí me votó la mayoría que no. Entonces, la misma mayoría electoral vota una cosa en presidente y otra cosa en el Congreso, que se contraponen.

Creo que ahí hay una especie de esquizofrenia de dos mandatos o tres porque a lo mejor luego el Senado, como la Cámara de Diputados elige en un momento determinado solo, sin el Senado, entonces puedes tener un mandato por el Senado, otro por la Cámara baja y otro por el presidente. Tres mandatos legítimos porque son mayoritarios cada uno, pero contradictorios en cuanto a los programas.

Sí estoy a favor de formar mayorías y, repito, por eso me gusta en parte, además de otras cosas, el sistema parlamentario. Pero hagámoslo no con cláusula de gobernabilidad de manera artificial. Hay otras formas que se pueden explorar y la de reducir el mandato de seis a cinco años, que tiene en sí mismo ya una cierta virtud que es hacer los períodos menos largos, por lo que dice Carbonel ayer, pero eliminar la intermedia y que los diputados sean de cinco años y su reelección, en todo caso, con el mismo número de períodos que se le está concediendo a los senadores. Ahí lo dejo. Es una propuesta desde luego que sé que no está para esta iniciativa. Pero la dejo como motivo de reflexión posterior. Muchas gracias.

El moderador Enrique García Travesi: Muchísimas gracias, doctor Crespo. Le damos la bienvenida a la diputada Dina Herrera Soto. Al igual que ayer, haremos una sesión de comentarios entre los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales y las y los ponentes de este día. Por favor. El diputado Héctor Guevara Ramírez moderará esta sesión

El diputado Héctor Guevara Ramírez: Muchas gracias. Es pertinente, en representación de la Comisión de Puntos Constitucionales, en primer término agradecer a los ponentes que hoy han participado y que participarán después en este momento en que los señores diputados han solicitado una ronda para pasar a la tribuna por tres minutos y establecer algunos puntos de vista de lo que aquí se ha tratado con gran atingencia por parte de tan doctos participantes.

Desde luego agradecer a los señores diputados de la comisión en general, a la mesa directiva, a los señores senadores en razón de la formación de la minuta a la propuesta del Ejecutivo y de manera muy especial a ustedes, compañeras y compañeros, que están aquí en este foro porque ocuparse de la vida de la nación y especialmente de la vida política es sin duda una tarea extraordinaria. También desde luego a quienes nos siguen a través del Canal del Congreso y de los medios de difusión porque esta reforma política se constituye en un elemento toral de la vida de la nación en este momento.

Ayer señalaba que si bien es cierto que Ortega y Gasset señala que es el hombre y su circunstancia, también nosotros debemos reflexionar que se trata de la sociedad, que se trata del Estado mexicano y de la circunstancia en que este momento el escenario político ubica la vida de la nación.

Por eso es trascendente observar en el sistema político mexicano cómo debe darse esta reforma. Aquí se hablaba de manera muy clara, muy precisa que el hecho de estar aquí no se trata de un acto gracioso de los poderes de la unión, sino se trata de la sinergia social que hace la lucha permanente del ciudadano por tener mejores niveles de vida democrática.

Y es en ese mismo sentido que esta Comisión de Puntos Constitucionales ha asumido su responsabilidad para trabajar en la reforma política como aquí se dijo, sin dilación, con la mesure republicana que debe tener una reforma...

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... trabajar en la reforma política como aquí se dijo, sin dilación, pero con la mesura republicana que debe tener una reforma de esta envergadura.

Ha solicitado el uso de la palabra una serie de compañeros diputados, y desde luego la cederemos en el orden que así se ha establecido. El doctor Humberto Benítez Treviño hará uso de la tribuna, hasta por tres minutos. Gracias, doctor, por su participación.

El diputado Víctor Humberto Benítez Treviño: En algo estoy de acuerdo con lo que se ha comentado en esta ocasión. Estamos analizando la primera reforma política que envió el presidente Calderón. Y como bien lo decía el doctor Elías Huerta, nuestro presidente de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, ayer les explicaba por qué no podíamos aprobarla en el período que terminó, porque llegó tres días antes de que clausuráramos el período.

Y no es un decálogo, como decía la doctora, son 11 puntos en la reforma. Y ayer yo veía algunos jóvenes aquí con pancartas muy urgidos, que hoy no los veo desgraciadamente, la urgencia duró un día, de que se aprobara la reforma política ya.

Y a mí se me ocurría preguntarles cuál de los 11 puntos quieren que aprobemos. Aquí ya se han tocado algunos, simplemente dos comentarios a mi amigo Elías Huerta agradeciéndole que felicite a los diputados porque pocas veces se ve una actitud de esa naturaleza, casi siempre nos critican.

Y yo les puedo decir que fui como parte de la delegación parlamentaria a Colombia hace un par de meses, y que acordamos, los 17 diputados de todos los partidos políticos, que vamos a presentar en septiembre una iniciativa firmada por todos nosotros, para que se expida ya la Ley de Extinción de Dominio como se está planteando en el país colombiano.

La otra, mi compañero diputado Cárdenas Gracia y su servidor, presentamos sendas iniciativas que vamos a dictaminar de inmediato. Aquí está el secretario técnico, para otorgarle autonomía plena al ministerio público. Creo que esto ya es una urgencia.

En tercero, por lo que respecta a la reforma política, a la minuta que nos mandó el Senado, también con mi compañero Cárdenas Gracia, vamos a insistir en un cambio. Cuando no se presenta el presidente de la república a rendir la protesta, no debe ser el presidente del Senado, debe ser lo que motivó que llegará el más grande los mexicanos a la Presidencia de la República, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Y por lo que respecta a la reelección, yo soy de los que me he opuesto a la reelección, doctor Crespo. Pero no a la reelección legislativa, que ahí creo que hay alguna contradicción en la ventilación del tema. La reelección es contradictoria de la disminución de plurinominales y de diputados de mayoría legislativa, o disminuimos o reelegimos. No podemos ir por dos sistemas que, yo siento, que son en este momento antiéticos, aunque yo he sostenido que deben disminuirse los diputados plurinominales, pero también deben disminuirse los diputado uninominales.

¿Por qué me opongo a la reelección, ayer lo dije? No a la reelección legislativa, porque todavía no se cierra la herida, doctor Crespo, ni debemos de cerrarla, de la reelección presidencial. Yo creo que en política hay políticos aptos y políticos ineptos. Políticos eficaces y políticos ineficientes.

Pero lo único que no podemos aceptar de un político es la incongruencia. Decir una cosa y hacer otra cosa. Acuérdense que Porfirio Díaz, político incongruente, aunque haya sido héroe militar en la Batalla del 2 de abril, se opuso con el Plan de La Noria al presidente Juárez que terminaba diciendo, que ningún ciudadano se imponga y perpetúe en el poder, y ésta será la última revolución.

Se le olvidó, se impuso en el poder y provocó la última revolución después de 34 años. Que en 1875, el mismo día se opuso contra el presidente Sebastián Lerdo de tejada, con el Plan de Tuxtepec, que concluía diciendo “Sufragio Efectivo. No Reelección”.

Y así como George Orwell, en la granja de los animales, cambió las leyes gramaticales y corrió el punto, y después era: “Sufragio Efectivo No. Reelección”. Por eso, doctor Crespo, me preocupa. Me preocupa la reelección de legisladores. Y además yo no quiero me reelijan, eh, porque dónde quedan las oportunidades para estos jóvenes que representan las nuevas generaciones políticas emergentes del país. ¿Qué oportunidades les vamos a abrir a ustedes?

Ayer lo dije, cuando se promulgó la Constitución de 1857, México tenía 7 millones 800 mil habitantes. Cuando se promulgó la Constitución del 5 de febrero de 1917, México tenía 15 millones de habitantes, con 112 millones, qué formas de participación ciudadana vamos a abrir a los jóvenes de este país, si le estamos cerrando las puertas por la reelección.

Ahorita empezamos con la reelección de diputados y senadores. El 115 prohíbe la reelección de presidentes municipales, pero al rato vamos a abrir la reelección de presidentes municipales, y después de diputados locales, y después de gobernadores, y al rato, otro loco que llegue la presidencia de la república va a querer reelegirse.

Yo no estoy de acuerdo en la disminución, doctor Crespo, del mandato del presidente de la república, mejor por qué de una vez no lo acortamos a cuatro como lo tuvimos y al rato vamos a salir con una sola reelección. Y esa va a ser una trampa legislativa, en lugar de seis años, vamos a tener presidentes de 8, como en los Estados Unidos.

Pero lo que más me preocupa, es lo que yo he llamado la reelección horizontal, que como el presidente de la república no se puede reelegir, nombre a su esposa. Así pasó con Vicente Fox y Martha Sahagún, después lo tuvimos con Cristina Kirchner en Argentina, lo tenemos en un intento fallido en Guatemala, en donde incluso llegó a la falta de ética y de inmoralidad del presidente de divorciarse de su esposa. Afortunadamente la Corte ya decretó en Guatemala que no puede ser candidata. Me preocupa la reelección horizontal, y me preocupa que lleguemos como en Sudamérica a estos ejemplos antidemocráticos, porque entre la reelección horizontal y la dictadura, hay un solo paso.

El diputado Héctor Guevara Ramírez: No cabe duda que la mejor definición de política es la ciencia de lo posible, y que aquí, precisamente, en la casa en donde se hacen las leyes, se de esta oportunidad en el análisis de la reforma política. Nos ha solicitado el uso de la palabra, el doctor Jaime Fernando Cárdenas Gracia.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia: Gracias, bienvenidos nuevamente a los que han estado asistiendo a este foro desde el día de ayer. Y desde luego mi agradecimiento y el de todos los miembros de la Comisión de Puntos Constitucionales, a los ponentes que hemos escuchado esta mañana.

Desde luego fue muy interesante escuchar a Laura...

(Sigue turno 12)

... Y desde luego mi agradecimiento y el de todos los miembros de la Comisión de Puntos Constitucionales, a los ponentes que hemos escuchado esta mañana.

Desde luego fue muy interesante escuchar a Laura a Laura Valencia Escamilla, muy interesante todo lo que nos explicó en el derecho y en los sistemas políticos comparados acerca de la iniciativa preferente y de la sustitución presidencial. También, al doctor Elías Huerta que hizo una exposición amplia, integral sobre la reforma política y a nuestro amigo José Antonio Crespo, sobre todo en relación al tema de la reelección.

Quiero, sí cubrir los tres exactamente los tres minutos que me fueron conferidos. Ayer, los ponentes de ayer, la sensación que nos quedó a todos nosotros o la impresión que tuvimos y sobre todo los que hemos estado estudiando la minuta del Senado en materia de reforma política, es que se trata de una reforma mínima.

El propio José... ayer lo decía, ésta no es una reforma máxima, es una reforma política mínima que es producto de los consensos en el Senado de la República. Nosotros, aquí en la Cámara de Diputados, esto dependerá lo que diga cada fuerza política, lo que queremos, por lo menos en mi caso y en mi grupo parlamentario y estoy seguro también que en otros grupos parlamentarios es una reforma política mucho más amplia, una reforma política mucho más radical que no vemos reflejada en la minuta del Senado de la República.

Quiero decirle a José Antonio Crespo, a Laura Valencia, en fin a todos los que han hablado a favor del sistema parlamentario que creo que de eso debiera tratarse la reforma política que estamos discutiendo, de la transformación del sistema presidencial mexicano, por un sistema parlamentario que es desde luego mucho más gobernable, mucho más racional y que produce o genera mayor rendición de cuentas que el sistema presidencial.

Laura Valencia explicaba muy bien como el sistema presidencial combinado con un sistema multipartido tiende al fracaso, tiende a la ingobernabilidad y a la parálisis entre los poderes, entonces, estoy a favor de un sistema parlamentario.

En el tema de la reelección, fue muy provocadora la exposición del doctor Crespo, también estoy a favor de la reelección de legisladores y de alcaldes, pero siempre y cuando, haría un matiz, siempre y cuando esta reelección de legisladores y alcalde viniese acompañada por la introducción de figuras como la revocación de mandato, como él lo proponía y de otros mecanismos de democracia participativa como las acciones ciudadanas de inconstitucionalidad, el presupuesto participativo, etcétera, más mecanismos de control a la clase política y de rendición de cuentas.

Reelección de legisladores y alcaldes, sin más mecanismos de control a la clase política, creo que no es una buena idea, por eso digo, reelección sí, pero con revocación de mandato, con derogación del financiamiento privado, para que no se vayan a reelegir los que vengan apoyados por los poderes fácticos y desde luego lo que tampoco está en la reforma política que estamos discutiendo es el tema del control democrático y jurídico de los poderes fácticos.

Reelección de legisladores con los poderes inmensos que actualmente tiene la televisión en México o las familias de la radio en nuestro país, creo que tampoco sería muy recomendable. Sí me pronuncio abiertamente a favor de la reelección, pero con estos mecanismos de corrección y de rendición de cuentas y de control a la clase política, lo repito, revocación de mandato, derogación del financiamiento privado y una nueva Ley de Radio y Televisión, para nuestro país.

En cuanto al voto nulo, José Antonio Crespo, por respeto tal vez no lo dijo, pero sé que lo ha dicho en otros foros, creo que sí debe regularse la Ley Electoral, la legislación electoral, el voto nulo y que tenga una consecuencia jurídica, cuál debe de ser esa consecuencia jurídica, la reducción del financiamiento público de los partidos. Ésa sería la consecuencia, cuando los ciudadanos votaran nulo por la clase política, por los partidos y los candidatos.

En el tema concreto de esta mesa que es el tema de la sustitución presidencial y es el tema de la iniciativa preferente, sobre todo, a mí me preocupa, también la toma de protesta, que si ustedes ven y leen bien la minuta del Senado de la República es una minuta que tiene algunos elementos que parecen ad hoc y ahora voy a explicar cuáles son y también que desbalancean el equilibrio entre poderes. Elementos ad hoc, por qué en caso de falta del presidente, falta absoluta debe sustituirlo el presidente del Senado, esto no es ad hoc, no está favoreciendo a algún político del país.

En el caso de la protesta, en caso de que el Ejecutivo no pueda protestar ante el Congreso de la Unión, como ocurrió o tuvo dificultades, o estuvo a punto de ocurrir en 2006, que proteste ante el presidente de la Suprema Corte, me parece un exceso que tenga que protestar ante el presidente de la corte y no ante el Congreso de la Unión que representa la soberanía nacional. También, me parece que estamos ahí normando o intentando legislar a partir de un acontecimiento histórico reciente, como fue el proceso electoral de 2006 y el conflicto electoral posterior.

Repito, creo que no hay mucho equilibrio en la minuta del Senado, fíjense ustedes, facultan o se le incrementa al Ejecutivo por lo menos tres instrumentos que engrandecen y aumentan su poder constitucional, en la minuta del Senado se le va a dotar o se le pretende dotar al Ejecutivo de vetar el presupuesto de egresos, se le dota también de la iniciativa preferente y por otro lado, en materia de reconducción presupuestal establece la figura de reconducción presupuestal.

Quiero decir que no estoy peleado con ninguna de estas tres figuras, siempre y cuando se dieran en un marco de equilibrio de poderes, si a cambio de esto, del veto, del presupuesto a cambio de la iniciativa preferente y a cambio de la reconducción presupuestal, como decía ayer Emilio Chuayffet se le otorgara a este Congreso de la Unión, a las Cámaras del Congreso de la Unión mayores facultades de control al ejecutivo y a los demás poderes, por ejemplo, a través de las comisiones de investigación, me parecería una reforma mucho más equilibrada.

En este momento tenemos un problema con el Ejecutivo, el Congreso de la Unión. El Congreso aprueba reformas constitucionales incluso y legales y el Ejecutivo no las publica, ejerce el veto de bolsillo. El Congreso de la Unión aprobó hace unos meses una reforma constitucional muy importante, para prohibir el veto de bolsillo, es momento que el Ejecutivo que nada más le corresponde publicar esa reforma, no ha publicado la reforma constitucional que le prohíbe el veto de bolsillo.

Entonces, nos preocupa mucho incrementarle el poder constitucional al Ejecutivo, sin los contrapesos debidos por parte del Congreso de la Unión. Entonces, digo sí que vete el presupuesto, muy bien, que tenga la iniciativa preferente, que exista la figura de reconducción presupuestal, pero incrementemos los poderes también del Congreso, vía por ejemplo, comisiones de investigacion.

Eso es lo que quería decir, agradecerles a todos ustedes su presencia y ojalá...

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... de un intercambio de ideas sobre estas preguntas, comentarios que he realizado a mis colegas ponentes. Muchas gracias.

El diputado Héctor Guevara: Si tu pueblo te dice: a las 12:00 del día, que son las 12:00 de la noche, abrígate y prende las farolas.

No cabe duda que es en ese sentido en el que el Poder Legislativo, en el que el Congreso debe observar esta reforma política y desde luego observar que la propia división de poderes exige que los tiempos de las reformas legislativas correspondan precisamente al Congreso mexicano, es decir, en un sistema bicamaral deben participar para su ejercicio, para su desarrollo en este proceso legislativo la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores con la autonomía y la libertad que la división de poderes le brinda.

El señor diputado Reginaldo ha solicitado también el uso de la palabra y será el último orador por parte de los señores diputados. Señor diputado Reginaldo Rivera de la Torre, sea tan amable de utilizar la tribuna.

El diputado Reginaldo Rivera de la Torre: Gracias. Agradecer nuevamente la asistencia de los jóvenes estudiantes, los académicos, los estudiosos del derecho, los asesores y obviamente a los ponentes, la oportunidad de partir con ustedes, ojala hubiera la oportunidad de hacerlo en una mesa de debate entre legisladores y ponentes para retroalimentar más la discusión.

Hablar del contexto, miren, la Comisión de Puntos Constitucionales, a diferencia de otras comisiones, hemos asumido el reto de modernizar al país, ya se ha hablado de las reformas que hemos llevado adelante, se nos hacía un reconocimiento inmerecido porque para eso fuimos electos.

El debate de la reforma política se genera a urgencia del Ejecutivo Federal, cuando íbamos a terminar el último periodo de sesiones, mediáticamente fuimos atacados... por el Presidente de la República que nos urgía, en tres días, aprobar una reforma política que tiene su origen en el Ejecutivo Federal, que fue revisada en la cámara alta, en donde el Presidente de la República tiene mayoría, entonces hay que decir las cosas por su nombre. En la Comisión de Puntos Constitucionales decidimos hacer las cosas de manera diferente, abrir estos foros, consultar a la ciudadanía, a todos los actores en la vida política del país.

Como legislador de esta LXI Legislatura también integrante del Parlatino, les puedo decir que México tiene muchas vergüenzas, no es posible que se nos tache de Pro-Yanquis en Centro y Sudamérica, no es posible que Chile, Uruguay, Bolivia y otros países tengan reformas históricas en sus constituciones. Siento yo que es momento de romper paradigmas, estigmas y actualizar la carta magna porque esto es urgente.

Yo propongo que la reforma sea integra, aquí se hablan de los sistemas políticos, el presidencialista, el parlamentario y también el semiparlamentario, habría que ver que no estemos parchando la Constitución y sea incongruente, que tengamos artículos en la Carta Magna que se contrapongan.

En la Comisión de Puntos Constitucionales heredamos más de mil iniciativas de reforma constitucional, ahorita no llevo la cuenta, pero debemos de tener más de 300 en la LXI Legislatura, hay quien dice que ojala no nos dé diarrea legislativa, porque todos los legisladores que pretenden que se reconozca un derecho, pretenden que se reforma la Constitución, error legislativo.

¿Cómo lo debemos hacer? No hacerlo en forma coyuntural, ojo, ahorita no hay elecciones, no nos urge nada, no hacerlo de forma oportunista y no hacerlo, sino con congruencia, con la realidad social que vive este momento del país y que es de grado extremo de peligro, de delincuencia organizada, de desempleo, de falta de educación y de falta de salud. Es cuanto. Gracias.

El moderador Enrique García Travesi: Muchísimas gracias a todas y a todos los participantes. Continuamos con la ponencia de Juan Benito Coquet Ramos, quien es licenciado en derecho y maestro en ciencias penales por la Universidad Anahuac.

Ha trabajado en la Administración Pública Federal como secretario particular y coordinador de asesores en la jefatura del DF. Director de evaluación en la presidencia de la República, delegado en Azcapotzalco y Tlalpan en la Procuraduría del DF. Y director general de Relaciones Institucionales del DF.

En la Administración Pública local se ha desempeñado como director general del CIDEM en el gobierno de Michoacán y como secretario de Educación y secretario de gobierno, también en el estado de Michoacán. Dentro de su trayectoria política ha colaborado en diversas comisiones y cargos en campaña dentro del Partido Revolucionario Institucional. Tiene usted la palabra maestro Coquet.

El maestro Juan Benito Coquet Ramos: Muy distinguidos legisladores, estimados ponentes y participantes en este foro, señoras y señores.

El proyecto de reforma político institucional que hoy es motivo de discusión académica y ciudadana, pienso yo que es uno de los más ambiciosos que se han presentado en las últimas décadas, supone una reforma que no solamente propone, al menos, en proyecto reducir el tamaño del Poder Legislativo o la forma de elección y reelección de sus integrantes, si no también una que introduce mecanismos de participación ciudadana directa, en el sistema democrático nacional, como la iniciativa ciudadana y la consulta popular vinculativa.

A la par de estos profundos cambios en la formación de la voluntad política nacional, la reforma contempla mecanismos institucionales prácticos y pertinentes para un sistema político que a fuerza de hacerse más plural también se ha polarizado y se ha convertido en un ambiente en donde se dificultan los acuerdos y consensos parlamentarios por la falta de mayorías absolutas, así como una relación más colaborativa y coordinada entre los poderes del estado y entre los diferentes niveles de gobierno.

Un estado plural sí, pero todavía no suficientemente democrático por la falta de una cultura parlamentaria y la prevalencia de vestigios autoritarios y opacidad de régimen que despiertan suspicacias entre los actores políticos y generan en muchas ocasiones reformas al vapor y un abuso de modificaciones constitucionales cuando ni siquiera se han puesto aprueba los mecanismos institucionales existentes o sin haberse ponderado suficientemente las implicaciones de reformas que crean nuevos problemas con su aplicación.

No parece ser este el caso con la reforma que nos ocupa, que siendo previsora y renovadora apunta algunas de las cuestiones más debatidas en los últimos años para encontrar un mejor equilibrio de poderes después del derrumbe de la presidencia autoritaria y metaconstitucional, y del surgimiento de un congreso plural que paulatinamente ha ido acotando al Ejecutivo y abarcando un terreno mayor en las decisiones políticas fundamentales y avanzando hacia una forma de cuasiparlamentarismo.

No hay duda que la reforma política a discutirse y aprobarse o rechazarse, está fundada en una profunda y profusa aportación y discusión parlamentaria que se distingue por el elevado número de iniciativas presentadas por legisladores a título particular, legislaturas de los estados, grupos parlamentarios y el propio Ejecutivo de la Unión, los gobernadores, con un notorio número de coincidencias compartidas y ópticas diferentes en los mismos temas, pero adecuadamente matizadas por el trabajo de consenso que se ha llevado a cabo en la Cámara de Senadores.

En la reforma política se vislumbran ciertas tendencias sobre las cuales conviene reflexionar antes de entrar al análisis de los temas a discutir en la sesión de hoy. En primer lugar, parece existir un consenso respecto de la poca funcionalidad y operatividad que tienen órganos legislativos tan grandes y heterogéneos, de ahí que se hayan presentado propuestas para reducir el número de integrantes de las Cámara de Diputados y Senadores, pero sin varias sensiblemente las fórmulas y composiciones de los tipos de representación.

Así como la introducción de la reelección como medida de profesionalización de la función legislativa. Si bien, ni las reducciones propuestas, ni la reelección en sí garantiza necesariamente un mejor funcionamiento de los cuerpos legislativos...

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... Si bien, ni las reducciones propuestas ni la reelección en sí garantizan necesariamente un mejor funcionamiento de los cuerpos legislativos, a largo plazo sí apuntan a la consolidación de una cultura parlamentaria.

Otra tendencia en el proyecto de reformas es una preocupación mayor por la legitimidad democrática de las decisiones políticas de mayor impacto para la sociedad. En ese sentido se introducen en la iniciativa ciudadana las candidaturas ciudadanas independientes y la consulta popular vinculativa. Una tendencia más es patente con la creación de organismos con autonomía técnica y política respecto del Poder Ejecutivo en los ámbitos de la competencia económica, las telecomunicaciones y la energía, pero con un definitivo control legislativo en su integración.

Muestra de esas suspicacias y desconfianzas que hemos mencionado, y que nos hablan de un régimen que aún no se consolida en la democracia y la transparencia, donde todavía no se vislumbra un Estado imparcial que represente a todos los ciudadanos por igual, un Estado que sigue asediado por la partidocracia, los grupos económicos de hegemonía y por la delincuencia organizada.

Finalmente percibimos en la reforma una tendencia a establecer mayor claridad en los mecanismos de colaboración e intersección entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión, así como a regular con mayor precisión y puntualidad lo que pudieran ser situaciones de emergencia capaces de producir una crisis constitucional o institucional.

En este renglón de la reforma, que es el que nos corresponde comentar en este foro, aparecen algunos de los puntos más álgidos de un país que atraviesa por un verdadero estado de emergencia, donde se viven cotidianamente situaciones de excepción, como ejecuciones públicas, levantotes y demás horrores; se vislumbran escenarios que van más allá del marco constitucional actual, escenarios que tienen que ver con un Estado debilitado por la globalización y un régimen político que tiende a la división y a la polarización por su conformación tripartidista y la ausencia de mayorías absolutas. De ahí que sean indispensables los controles y las precisiones para garantizar la continuidad del gobierno y sus instituciones aun en situaciones de desacuerdo profundo o ruptura política.

La iniciativa preferente que introduce la reforma no es un mecanismo que destaque por su importancia para mejorar el clima de relaciones entre el Ejecutivo y el Legislativo en la pluralidad imperante. Es simplemente la seguridad que se le da al Ejecutivo de presentar dos iniciativas que considere de importancia y urgencia para su discusión legislativa durante la apertura del periodo de sesiones del Congreso.

Cada una de las iniciativas deberá ser discutida y votada por el pleno de la Cámara que corresponda en un plazo no mayor de 30 días. Vencido este plazo, las iniciativas preferentes serán las primeras en ser discutidas y votadas en la siguiente sesión ordinaria de la Cámara respectiva. Sin embargo, esta prelación y preferencia en las iniciativas que con ese carácter envía el presidente de la República al Congreso no conllevan a su aprobación forzosa o automática, solamente guardan prioridad y prelación en la consideración de la agenda legislativa. Obviamente las iniciativas de reformas a la Constitución no son objeto de esta modalidad preferente, ya que observan un procedimiento especial para su aprobación por parte del Constituyente Permanente.

Por eso esta reforma más bien parece tener un carácter concesionario a un Poder Ejecutivo que cada vez es más invadido y rebasado por el Legislativo, que cada vez se apodera de mayores espacios políticos en la dinámica democrática del país. El carácter limitado y concesionario de esta reforma se refuerza con lo que ser refiere a las observaciones que el Ejecutivo puede realizar sobre el Presupuesto de Egresos de la Federación.

En el caso de la iniciativa preferente, la propuesta de reforma del presidente Calderón contemplaba una visión maximalista que implicaba una positiva ficta para las iniciativas que no fueran respondidas en un plazo perentorio, y aun a un procedimiento de referéndum para hacer publicaciones parciales de las leyes donde hubiera acuerdo entre los grupos representados en el Congreso.

Por supuesto que los senadores consideraron inaceptable esta propuesta, ya que era impropio otorgar al presidente facultades materialmente legislativas. Esto es que el presidente pudiera publicar y aplicar leyes o extractos de ellas sin la aprobación formal del proceso legislativo.

Así es que la propuesta final de reformas dictaminada por el Senado de la República solamente presenta cambios importantes y precisiones en las observaciones que el Ejecutivo puede hacer sobre el Presupuesto de Egresos de la Federación. Son 10 días para observar, 10 días para recibir respuesta a las observaciones. Pero sólo si son votadas por las dos terceras partes de los diputados presentes se ordena al Ejecutivo la inmediata publicación.

Ahora bien, se prevé el peor escenario, en el cual el presupuesto no fuere aprobado en tiempo por la Cámara de Diputados, en la figura conocida como “reconducción presupuestaria”. Esto es que si el presupuesto no es aprobado en tiempo para el ejercicio fiscal correspondiente regirá el del año anterior hasta en tanto se apruebe el correspondiente.

Pero sólo en lo que se refiere a los gastos obligatorios, que en la consideración legislativa señalada en la exposición de motivos de la iniciativa son los que se refieren al pago del servicio de la deuda, a las previsiones de gasto a las comunidades indígenas en los términos del apartado B del artículo segundo de la Constitución, a las remuneraciones de los servidores públicos y lo que se conoce como las “obligaciones plurianuales contractuales que puedan generar costos adicionales de no atenderse”.

El mismo tratamiento rige para la Ley de Ingresos de la Federación. En ambos casos las reformas están previendo dificultades en la formación de consensos y de los acuerdos necesarios para aprobar los ingresos y egresos de un Estado que permanentemente está puesto en cuestión.

Sin lugar a dudas estas reformas van dirigidas a evitar la parálisis institucional ante la falta de acuerdos políticos. Y tampoco es de dudarse que una democracia, por radical que pudiera ser, siempre debe tener un límite en la ley que resuelva los conflictos planteados entre los poderes.

El último renglón de análisis en este ciclo de discusión se refiere a la delicada cuestión de la falta absoluta del titular del Poder Ejecutivo federal, a las nuevas modalidades propuestas para el llamado “presidente provisional” y los plazos para la convocatoria a elecciones extraordinarias, así como al caso en que el presidente no pudiera protestar el cargo ante el Congreso de la Unión. Hipótesis todas ellas que pueden derivarse de causas naturales o de situaciones de emergencia o ruptura institucional.

Ninguna Constitución en el mundo puede contener normas que prevengan o eviten su destrucción por una revolución o un golpe de Estado. Lo que sí puede es prescribir los mecanismos y procedimientos para evitar lagunas o vacíos de poder que pudieran poner en peligro la estabilidad de una república.

En el México violento de nuestros días se impone la actualización de estos mecanismos y procedimientos ante eventualidades que pueden acaecer con probabilidad. Y eso es lo que hace la reforma propuesta cuando contempla una curiosa línea de sucesión de los miembros del gabinete para ocupar la presidencia provisional ante la ausencia permanente del legítimo detentador del poder presidencia.

Se quita a la Comisión Permanente ese nombramiento cuando la falta del presidente es absoluta y repentina. En esos casos la titularidad del Poder Ejecutivo sería ocupada por el secretario de Gobernación del gabinete en turno. A falta de éste, por el secretario de Hacienda. Y en el caso extremo de que este funcionario no estuviera disponible, el nombramiento recaería en el secretario de Relaciones Exteriores.

Y la reforma va aún más lejos cuando da la posibilidad de que estos funcionarios puedan convertirse eventualmente en presidentes interinos si la falta se da dentro de los dos primeros años de gobierno y es nombrado por tal carácter por el Congreso erigido en Colegio Electoral mediante el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes en cada Cámara. O pudieran acceder a la condición de presidentes sustitutos si la falta de presidente se diera en los últimos cuatro años de gobierno, con el mismo procedimiento que para presidente interino. Si el Congreso no estuviese reunido para realizar dichos nombramientos, la Comisión Permanente hará la convocatoria a sesión extraordinaria para que se constituya el Colegio Electoral y lo realice.

El carácter de provisionalidad de los así ungidos como presidentes interinos y sustitutos se remarca con la limitación que les impone la reforma constitucional para que estos funcionarios no puedan remover o nombrar a los miembros del gabinete y al procurador general de la República sin la autorización del Congreso.

Este mecanismo de rápida y expresa respuesta constitucional a la falta absoluta de titular del Ejecutivo evita debates y dilaciones innecesarias que pudieran...

(Sigue turno 15)

... Este mecanismo de rápida y expresa respuesta constitucional a la falta absoluta de titular del Ejecutivo evita debates y dilaciones innecesarias que pudieran resultar de un clima de polarización política al interior del Congreso, al mismo tiempo que asegura la continuidad y solidez de la institución presidencial para enfrentar las eventualidades y problemas generados por la ausencia del titular del Ejecutivo.

El Congreso, por su parte, mantiene su papel de gran elector en todo el proceso de ausencia presidencial. El plazo para convocar a elecciones extraordinarias, en el caso de la presencia de un presidente interino no será menor de siete ni mayor de nueve meses, quien resulte electo por éste, protestará ante el Congreso siete días después de la elección.

La reforma también contempla el caso de la no realización, invalidación o anulación de la elección presidencial, en cuyo caso cesará el mandato el presidente que concluye, y se nombrará un interino en los términos descritos anteriormente.

No se dejan de ver otras hipótesis aún más extremas en la reforma, una de ellas es el caso del presidente que no se presenta a ocupar el cargo para el cual fue electo al inicio de su periodo constitucional. Aquí la reforma plantea que el Presidente del Senado de la República ocupe provisionalmente el cargo de titular del Ejecutivo, en tanto el Congreso designa un presidente interino.

Ahora bien, la reforma también propone una limitación de tiempo para la licencia que el Congreso otorga al presidente de la república para separarse de su cargo. El plazo no podrá ser mayor de 180 días naturales, después de los cuales, la ausencia del presidente será considerada como absoluta y definitiva dando pie a los procedimientos mencionados.

Si bien, la reforma no modifica ni las características ni las condiciones de la presidencia interina y sustituta, su variante en las figuras del presidente provisional ante la falta absoluta del titular del Ejecutivo por cualquier motivo evita fricciones y desacuerdos que pudieran menoscabar la misma división de Poderes.

Y finalmente, entramos a comentar uno de los puntos que nos parecen más polémicos en la reforma. En apariencia aparece como una solución franca y sencilla, el que el presidente de la república pueda protestar su cargo ante el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, si por cualquier circunstancia no pudiera hacerlo ante el Congreso.

Pero si nos ponemos a reflexionar y a imaginar por un momento cuáles pudieran ser esas circunstancias por las cuales un presidente no pudiera protestar su cargo, una formalidad sí, más de carácter constitucional ante la máxima representación de la soberanía nacional del pueblo de México caeríamos en la cuenta de que probablemente se trataría de conflictos graves de legitimidad con indudables impactos sobre la estabilidad del país.

No podríamos pensar entonces, que la protesta ante el Presidente de la Suprema Corte legitimara la figura presidencial, cuando no lo ha hecho la representación nacional. Ello iría a tono con la tendencia más o menos reciente en nuestra legislación, a judicializar o juridificar los procesos políticos, como es el caso de las elecciones, en las que la certificación de legalidad del Tribunal Electoral a veces tiene mayor peso y validez, que el voto popular.

Se olvida que la función del Poder Judicial de la federación es la impartición de justicia al gobernado, y la protección jurídica de los ciudadanos en sus derechos, de los abusos del poder. No está en su naturaleza el fungir como árbitro de las diferencias entre los poderes del Estado ni mucho menos actuar como entidad sustituta de la voluntad democrática de los ciudadanos.

Esta tendencia va a contrapelo con una tradición nacional que sabía distinguir perfectamente entre los procesos políticos, y los jurídicos. Tal parece que acudimos a la Suprema Corte cada vez que los legisladores, el presidente o los gobernadores, las legislaturas y los presidentes municipales no se ponen de acuerdo entre sí.

Es una forma de evadir la responsabilidad política de los actores para situar el conflicto en una esfera que es de la realidad del mismo conflicto. No puede sino causarnos sorpresa y desconcierto, que la reforma imponga a los procesos de consulta popular convocados por los ciudadanos, el requisito de la certificación de constitucionalidad de la Corte, cuando todos sabemos que esos procesos conducirían eventualmente a decisiones legislativas, que la misma Corte puede declarar inconstitucionales e invalidarlas.

Como tampoco se entiende bien por qué se saca de la esfera de la consulta el tema electoral, como si fuera patrimonio exclusivo de los partidos y los grupos parlamentarios olvidando que la función electoral es esencial y eminentemente ciudadana.

En suma, si bien reconocemos importantes avances en la reforma política consensuada en el Senado de la República, también tenemos que aceptar que es una reforma que no toca para nada el funcionamiento y la mecánica del debate y desempeño en el Poder Legislativo mexicano dejando afuera asuntos, como el fuero de los legisladores, u otros pertinentes a la situaciones de emergencia institucional, como las facultades extraordinarias para suspender las garantías individuales del artículo 29 de la Constitución. Pero sin duda, es un esfuerzo loable que todos esperamos sea aprobado para beneficio de la república. Muchas gracias.

El diputado Héctor Guevara Ramírez: Muchísimas gracias, maestro Coquette. Toca el turno al doctor Enrique Cuna Pérez, quien cuenta con la licenciatura en Ciencias de la Comunicación por la UNAM, y la de Ciencia Política, por la Universidad Autónoma Metropolitana. Tiene una maestría en Estudios Sociales, Línea de Investigación en Procesos Políticos de la Universidad Autónoma Metropolitana, y un doctorado en estudios sociales, Líneas de Investigación en Procesos Políticos, también por la UAM.

Es jefe de la División de Humanidades de la Universidad Autónoma Metropolitana, y su categoría de investigador es como Titular C de tiempo completo. Su área de investigación son los procesos políticos con línea de investigación en Juventud, Cultura Política, y Procesos Políticos. Su producción editorial incluye diversos capítulos de libros, ensayos, y artículos de investigación. Adelante, por favor, doctor Cuna.

El doctor Enrique Cuna Pérez: Gracias, muy buenas tardes. Agradezco la invitación a los miembros de la Comisión de Puntos Constitucionales, también agradezco que se abran este tipo de foros para discutir desde múltiples miradas, no solamente la mirada jurídica, institucional —vamos a llamarle así— del armado institucional del sistema que nos rige, o del Régimen político mexicano, sino también a otras miradas, que desde la sociología, la ciencia política, las ciencias de la comunicación, la economía y sobre todo, la demanda y la mirada ciudadana puedan involucrar puedan generar, y sobre todo puedan enriquecer el debate presente.

También felicito que este auditorio esté en su mayoría lleno de jóvenes; ante ellos tenemos responsabilidad, no solamente como académico, sino también como representantes, y sobre todo tenemos una responsabilidad para diseñar, construir avalar, y sobre todo tomar en cuenta la mirada de ellos para enriquecer notablemente lo que nosotros hacemos todos los días.

Como he mencionado, en esta ocasión, y ante la invitación de la comisión, me gustaría solamente tocar el punto de Iniciativa preferente. Discutir el contexto bajo el cual se presenta la iniciativa desde diciembre de 2009, la iniciativa presidencial, las iniciativas de los diferentes grupos al interior del Congreso, y el resultante o el resultado mostrado en la minuta del Senado.

Pero quisiera darle un sentido no solamente académico, sino también un sentido más sociológico, no quedarme solamente en la rama jurídica, solamente discutiendo sobre cuál sería la modificación a la ley, sino ante esta necesidad de modificación de la ley mostrar algunos indicadores sociológicos, politológicos, básicos, para quizá dirigir un poco el debate.

Ésa es mi pretensión, hacia allá voy. Espero no ser aburrido, y sobre todo no ser pesimista con algunos de los datos que presento a continuación. La reforma política que se pretende, y que se presenta desde diciembre de 2009 es una reforma política que quizá —es cierto— esté todavía en indefinición; algunos mencionaron en su momento, que era una reforma política dirigida, es decir, que solamente vinculaba o vislumbraba la próxima lucha política que se mirará en el 2012, y que ya se mira desde este momento.

Algunos otros señalaban la necesidad de apertura, sobre todo desde la academia, a una discusión que se viene dando desde finales de la década de los 90, en relación a este viraje que mostró la transición hacia la democracia. Vivimos un proceso de engrandecimiento y modificación, mejora, transformación institucional, pero olvidamos en gran medida, las aspiraciones y expectativas, y sobre todo, condiciones bajo las cuales los mexicanos se involucraban con el acto político.

Desgraciadamente construimos lo que muchos teóricos han conocido como la democracia procedimental, y nos olvidamos sobre todo, de darle...

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... una democracia de calidad o simple y sencillamente darle sentido a la democracia que tenemos.

Ante esto aparentemente la posibilidad de reforma política es un aliciente. Esto es que es cierto, no se requieren prisas ni coyunturas para debatir uno de los temas más vinculantes con respecto a una aspiración sobre todo de este modelo democrático, la participación y, sobre todo, el empoderamiento ciudadano.

Ante esto es cierto, la reforma política no requiere construcciones sobre las rodillas ni inmediatez, sino requiere un análisis profundo; incluso ni siquiera requiere ponerse tiempos. Requiere un análisis vinculante con todos los sectores y todos los actores que finalmente están involucrados en el debate político nacional.

La minuta presentada por el Senado rescata –también concuerdo- algunas posiciones mínimas, pero finalmente son posiciones que de una u otra manera intentan mejorar, intentan profundizar y, sobre todo, intentan darle un sentido más ciudadano a esta manera de mirar el régimen político mexicano.

Algunos datos que sociológicamente tenemos que tomar en cuenta para abrir, discutir, analizar y sobre todo debatir ante estas posibilidades lanzadas por la minuta del Senado. En México 80 por ciento de los ciudadanos, según algunas encuestas y según algunos indicadores empíricos válidos científicamente hablando, algunos indicadores mencionan que 80 por ciento de los mexicanos consideran demasiado complicada la política.

Ocho de cada 10 mexicanos, esto quiere decir que ocho de cada 10 mexicanos consideran que la política no les pertenece porque no la comprenden, porque es muy difícil, porque es muy complicada; o simple y sencillamente es muy conflictiva.

Segundo momento interesante de esta definición. La encuesta del Latinobarómetro, que es uno de los indicadores latinoamericanos más benevolentes con respecto a la consolidación o simple y sencillamente al transcurso de las democracias en América Latina, el Latinobarómetro menciona datos bastante sugerentes que se comparten con el caso mexicano.

Por ejemplo, de esos ocho mexicanos que dicen no entender la cuestión o simple y sencillamente encontrar dificultades en la actividad política, muchos de ellos, seis de cada 10 mexicanos, declaran que el problema está en el Congreso.

Es decir, que el problema está en que los políticos no se ponen de acuerdo. Y cuando dicen los políticos no solamente están mirando al presidente o bien a los secretarios o bien a los representantes más cercanos, sino sobre todo a los miembros del Congreso.

Ante eso ¿cómo podemos responder? Ante eso ¿cómo podemos involucrarlos? Y sobre todo, ante eso, ¿cómo podemos proponer? Creo que la reforma política que es ingente, que es urgente –es cierto, sin tiempos- para darle sentido a esto, es un buen paso.

Segundo dato interesante. Nueve por ciento de los mexicanos confía en los partidos políticos. Del 25 al 30, según las diferentes mediciones, confían en el Congreso. Cuando se les pide la respuesta del por qué no confían en el Congreso la primera respuesta es: porque no me representan.

La segunda respuesta es: porque es muy conflictivo. Tercera, porque no se ponen de acuerdo. Esta es la opinión de los mexicanos. Es cierto, no es una opinión académica, no es una opinión teórica, pero es una opinión que se tiene que tomar en cuenta.

¿Cómo vincular el trabajo del Congreso? ¿Cómo vincular que lo que estamos haciendo verdaderamente es pensar en la representación que les han otorgado y cómo vincular el trabajo cotidiano con la vida cotidiana de los seres humanos mexicanos? Si nos metemos a los datos nos llevamos la media hora y no terminamos. Pero muy concreto.

Cuando se le pregunta a los latinoamericanos para quién se gobierna, ante la respuesta de para el bien del pueblo, solamente en México responde el 21 por ciento. El 80 por ciento responde -79 por ciento en este caso-: para el beneficio de intereses particulares.

En Latinoamérica este índice es el 33 por ciento, muy lejano –por ejemplo- de Uruguay o de Panamá, que tiene por encima del 50 por ciento entre la respuesta.

Cuando se les pregunta a los mexicanos: ¿aspiras a la democracia? 50 por ciento de los mexicanos dice: no. Cuando se les pregunta a los mexicanos: ¿sin el Congreso no puede haber democracia? Solamente en México 50 por ciento de la gente dice: sí.

Es decir, estamos todavía en esta indefinición de si avanzamos hacia la consolidación democrática o retrocedemos en la democracia ante la opinión expectativa y, sobre todo, visión y percepción que el mexicano tiene de la cuestión política.

Cuando pregunta al mexicano sobre si está satisfecho con los resultados de la democracia, solamente 28 por ciento responde que sí y el 72 por ciento responde que no. Cuando se le pregunta —por ejemplo— si el Estado puede resolver los problemas más ingentes, más urgentes, más inmediatos, en México solamente el seis por ciento dice que sí.

Estos datos desde el plano sociológico tienen que sor tomados en cuenta sobre todo al momento de evaluar. No solamente es importante, es urgente, es bastante valioso el debate normativo; la filosofía jurídica o quizá el diseño institucional del régimen, sino también tenemos que tomar en cuenta este tipo de percepciones que finalmente hacen que en México sea lo que sea. Es decir, la esperanza o simple y sencillamente el fracaso.

En este caso solamente quisiera discutir sobre la iniciativa preferente, discutiendo o revisando un poco las aspiraciones y postulados que se quedaron en el tintero, lo que sí se muestra en la minuta y las potencialidades y posibilidades de mejora, transformación y sobre todo profundización de la iniciativa presentada.

Leo brevemente algunos extractos para ser muy precisos y no fallar en la cita, pero también expongo y explico a qué refiero con esto.

El 15 de diciembre de 2009, el Presidente Felipe Calderón envió al Senado de la República una iniciativa de reforma política que perseguía en ese momento —y creo que es todavía actual— dos objetivos: fortalecer el vínculo entre la ciudadanía y el sistema político; e instituir mecanismos que permitan consolidar nuestras instituciones. Para alcanzar tales objetivos la iniciativa presidencial buscó mejorar el arreglo institucional.

En febrero de 2010, diputados y senadores de los Partidos de la Revolución Democrática, del Trabajo y de Convergencia —por un lado—, así como senadores del PRI —por otro—, dieron a conocer sus propias iniciativas de reforma política que desde sus respectivas ópticas también abordan asuntos relevantes para un nuevo diseño institucional. En algunos casos —pocos— las tres iniciativas fueron coincidentes. En otros atendían el mismo tema, pero que proponían soluciones diferentes. Y, en otros más, abordan asuntos diferentes.

Desde la Academia existen por lo menos –por lo menos digo- desde el plano politológico y sociológico, existen por lo menos tres corrientes metodológicas teóricas que finalmente nos ayudan a evaluar hacia dónde queremos diseñar un nuevo marco institucional.

El primero —por ejemplo— tiene que ver con lo que ha hecho el Grupo de Idea. Es decir, hacer una evaluación internacional de la democracia como tal. Ahí ha construido ciertos indicadores que metodológicamente se ponen en juego para evaluar lo que nosotros tenemos.

Idea tiene en particular 10 puntos sustanciales para discutir o para evaluar el diseño institucional de cualquier régimen que se declare democrático. Idea ha puesto en focos rojos en América Latina un dato uno de esos indicadores, que es el indicador sobre todo de representación, delegación de autoridad y capacidad de respuesta.

Cuando dice Idea la capacidad de respuesta, está midiendo solamente qué tanto el gobierno es accesible a los votantes y qué tanto a los diferentes sectores de la opinión. Qué tanto estos sectores de la opinión pueden participar en la elaboración de las políticas públicas y en su ejecución.

Cuando habla de esto obviamente los recursos institucionales que supone poner en juego para discutir este tema, es necesariamente distinguir, evaluar o, bien, simplemente reflexionar sobre los procedimientos regulares y abiertos de consulta pública la restitución efectiva por medio de la ley, o simplemente el ajuste al estado de derecho con respecto a gobiernos que tomen en cuenta a los ciudadanos.

El segundo de los modelos teórico-metodológico que nos permite comprender, analizar o simple y sencillamente enriquecer el debate es la propuesta teórica que en este momento en gran medida en América Latina se discute y se reflexiona.

La propuesta sobre la calidad de la democracia. En particular Morlino, pensador italiano, ha venido construyendo ciertos indicadores para evaluar esta situación. Son tres momentos interesantes para evaluar la democracia y sobre todo los cambios que el régimen supone: Primero. El procedimiento. Dos. El contenido. Tres. Los resultados.

Con respecto al procedimiento, la calidad consiste en un proceso exigente y controlado llevado a cabo con métodos precisos y recurrentes. Las calidades del procedimiento democrático, dice Morlino, son cinco: vigencia del estado de derecho; responsabilidad electoral ante los ciudadanos; responsabilidad interinstitucional —rendición de cuentas y equilibrio entre unas y otras instituciones de gobierno—; la participación ciudadana; y la competencia política.

En cuanto a contenido, la calidad consiste en las características estructurales libertad, igualdad, solidaridad, que son la esencia misma de la democracia. Finalmente la calidad en términos de resultados, se refleja principalmente en la satisfacción que muestra el ciudadano. Por eso mostré un poco los indicadores cuantitativos, es cierto, al principio de la charla.

La tercera, para terminar este pequeño apartado, la tercera herramienta teórico-metodológica que en este momento se toma en cuenta, es necesariamente la cuestión sobre darle sentido a la democracia. Es decir, parece ser que se agotó ese camino...

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... Es decir, parece ser que se agotó ese camino que llevábamos hacia la consolidación y la mirada autoritaria se hizo presente desde finales de la década de los noventa en los ciudadanos con respecto a América Latina.

En América Latina el 50 por ciento de los ciudadanos está adherido a la democracia, pero se sienten insatisfechos. El PNUD, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, ha declarado ante esto que son demócratas insatisfechos. No es que no tengamos demócratas, sino que están insatisfechos con la democracia, lo cual les hace virar y les hace mirar hacia el autoritarismo.

El 33 por ciento, según la encuesta de Latinobarómetro 2010, el 33 por ciento de los ciudadanos en América Latina plantean que ante la exigencia económica no les importaría olvidarse de la democracia. Esto es, en América Latina el fantasma del autoritarismo está todavía presente y se hace más consistente.

Ante esto las herramientas teórico-metodológicos coinciden en señalar que no existe ni puede existir en el mundo un único u óptimo diseño institucional, ya que cualquiera que se adopte debe de ajustarse a la historia, la cultura y las circunstancias y prácticas políticas del país y momento del que se trate.

Por otro lado, todo diseño institucional tiene sus pros y su contras a la vez que un diseño equis soluciona unos problemas, lo más probable es que deje algunos más sin resolver o incluso que genere otros nuevos, pero lo que no se puede permitir es necesariamente la ineficacia. Vamos adelante, vamos avanzando, no importa el camino, vamos construyendo en una racionalidad política y sobre todo con voluntad la inclusión del ciudadano.

La iniciativa presentada por el presidente con respecto a iniciativas y modificación del artículo 71 tenía tres vertientes: primera, le daba la facultad o proponía otorgarle la facultad a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para construir iniciativas; segundo, proponía la iniciativa ciudadana y, tercero, proponía la iniciativa preferente.

Lo que ha pasado en el debate con respecto a las propuestas de los partidos ya mencionados a los diferentes grupos y sobre todo la reflexión que se ha dado hasta la fecha es que queda la iniciativa ciudadana, sí es cierto, se pretende modificar el artículo 71, se propone que la iniciativa ciudadana sea presente y vinculante y se queda también en el minuta del Senado que el presidente tenga opción de dos iniciativas preferentes cada año. Entendido así, veamos una y veamos otra. Yo también me sumo de antemano, lo digo, a la iniciativa ciudadana con carácter de preferente.

La iniciativa ciudadana, en este contexto de insuficiencia representativa, el objetivo de la iniciativa ciudadana fue, en principio, reconocer a los ciudadanos el derecho de incitar leyes o decretos cuando esas iniciativas contaran con el respaldo de por lo menos de una décima de punto porcentual del padrón electoral nacional. Eso fue lo que mandó el presidente de la República. La iniciativa proponía reformar el artículo 71 constitucional con la finalidad de... a quienes tenían el derecho a iniciar leyes o decretos.

Esto no era nuevo. En el marco de la LIX Legislatura, distintas fracciones parlamentarias presentaron entre 2004 y 2006 diez iniciativas para modificar ciertos artículos de la Constitución en materia de democracia y participación ciudadana relacionados con la figura de plebiscito, referéndum e iniciativa popular.

De ésas seis iniciativas, propusieron adicionar una fracción al artículo 71 constitucional con la finalidad de que los ciudadanos pudieran iniciar leyes mediante la figura de la iniciativa ciudadana. Esto quiere decir que esta iniciativa ciudadana y esto que se pretende modificar el día de hoy, por lo menos está en las legislaturas desde 2004; es decir, ya tiene siete años en discusión.

Al nivel de las entidades federativas, la mayoría de los estados cuentan con leyes que regulan esta materia. De los 32 estados de la República Mexicana sólo 13 cuentan con una ley de participación ciudadana; 11 cuentan con las tres figuras de democracia directa más comunes: plebiscito, referéndum, iniciativa popular; 24 entidades cuentan con la figura de iniciativa popular.

Este grupo se subdivide en tres subgrupos a su vez: el primero, compuesto por nueve entidades, reconoce constitucionalmente la facultad ciudadana para presentar una iniciativa de ley, pero en algunos casos se especifica que sólo a través del diputado de su distrito o a través del ayuntamiento; el segundo, compuesto por tres entidades, reconoce la iniciativas popular en la ley de participación ciudadana; y el tercer subgrupo, compuesto por las otras entidades no establece ningún mecanismo para que se lleve a cabo la iniciativa popular.

A nivel internacional, la iniciativa popular es una de las máximas preocupaciones, sobre todo en América Latina. En América Latina, por ejemplo lo que el PNUD mira es que es cierto: el Congreso ha venido adquiriendo facultades, ha venido ganando peso político, ha venido a mostrarse verdaderamente en la distinción y división de poderes.

Sin embargo, existe la tendencia y existe el peligro de que figuras en particular mediáticas, sobre todo con apoyo y arrastre popular, finalmente puedan involucrar algunas acciones que minimicen la capacidad del Congreso. Eso es lo que dice el PNUD.

Lo que nosotros miramos en América Latina es una tendencia hacia la malconformación de la distinción entre los poderes, de tal manera que el presidente poco a poco va adquiriendo una capacidad mucho mayor que incluso legislativa que el propio Congreso.

La iniciativa ciudadana, en este caso, sería uno de los momentos sustantivos que finalmente enriquecerían la posibilidad. Es cierto, en un principio quizá, las minorías activas serían las que estuvieran involucradas con la iniciativa popular porque se requiere solamente, si el padrón electoral en su momento fuera de 70 millones, lo único que se está planteando es que con siete mil firmas se pueda acceder a presentar una iniciativa ciudadana.

Es cierto, esto conlleva un peligro: que solamente las minorías activas sean las que dinamicen y las que se involucren con esto; sin embargo, creo que es mucho mejor que no tener absolutamente nada; incluso, yo diría que en el mismo valor y en el reconocimiento a esta necesidad de involucrar y sobre todo darle satisfacción institucional a los ciudadanos, también involucremos la iniciativa ciudadana con carácter de preferente.

Es cierto, también existen peligros, uno de ellos se vincula con la capacidad y disponibilidad participativa de los ciudadanos. De acuerdo a algunos estudiosos, el nivel de participación ciudadana es significativamente bajo. Estoy refiriendo no solamente la participación en los procesos electorales, sino también la participación en otras instancias ciudadanas.

En ese marco contextual hay riesgos de que las iniciativas sean el resultado de las minorías activas, antes que las mayorías ciudadanas, es cierto, pero otros retos y obstáculos pueden ser quizá, para sólo citar dos, aquellos vinculados con la congeladora y la lentitud legislativa, así como las oposiciones de los partidos, sobre todo fuera del espacio legislativo.

En una primera instancia, este artículo 71, es cierto, modifica y permite el ingreso de los ciudadanos ante esta necesidad de darles representatividad; es cierto, pero también tendríamos que discutir sobre la necesidad de ser preferentes.

Segundo momento. Cuando hablamos de la iniciativa preferente del presidente, la iniciativa presidencial, cosa que se modificó acertadamente en el debate en el Senado, la iniciativa presidencial señalaba que con el objetivo de promover la cooperación entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo y facilitar la consecución de objetivos prioritarios para la nación, se proponía facultar al presidente de la República para que pueda remitir al Congreso un número determinado de iniciativas: dos al inicio de cada primer periodo ordinario de sesiones, las cuales deberían ser dictaminadas y votadas por el órgano legislativo, antes de que concluya dicho periodo.

El carácter de preferente decía —cito: no limita de modo alguno las facultades del Congreso de modificar o rechazar en su totalidad las propuestas que presente el Ejecutivo, sino que simplemente incide en el plazo para el desahogo y resolución de las mismas. Ahí no se quedaba, decía y cito: si el Congreso no ha dictaminado y votado la iniciativa en el plazo indicado, entonces se considerará aprobada en los términos en los que fue presentada por el Ejecutivo federal. —Acaba cita— Este procedimiento es conocido como afirmativa ficta y constituye una forma de obligar al Legislativo a desahogar y resolver las dos iniciativas preferentes del titular del Ejecutivo, sólo las iniciativas de reforma constitucional presentadas en la lógica de trámite preferente sobre su eventual aprobación. En esta situación el referéndum sería organizado, dice la iniciativa presidencial, por el IFE a petición del presidente.

Una mecánica así ampliaría, dice la justificación de motivos, ampliaría la discusión de los ciudadanos por medio de un mecanismo de democracia directa sobre la Constitución. Sin embargo, decía la iniciativa, con la iniciativa se pretende agilizar la respuesta del Congreso a las prioridades de la agenda presidencial.

La iniciativa presidencial sostenía que no se trata de una reforma que castigue o disminuya las facultades del Congreso, sino de un medio que permita jerarquizar la agenda nacional y que en todo caso lo que sancione sea la inacción, la falta de discusión, de debate y de decisión. Su aprobación implicaría una ampliación de facultades del Ejecutivo y cuando se trate de reformas constitucionales de la ciudadanía.

La iniciativa del PRD, del PT y de Convergencia fue en un sentido inverso, ellos proponía —rápidamente— que las iniciativas presentadas por el presidente de la República pasarán desde luego a ser revisadas y valoradas por una comisión, lo que presentaren los diputados o los senadores se sujetarían a los trámites que designara el Reglamento.

Ellos proponían un margen mayor, decían: las iniciativas...

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... Ellos proponían un margen mayor, decían: las iniciativas de los ciudadanos deberían presentarse suscritas al meno por un equivalente del 0.1 por ciento de los ciudadanos de la lista nominal y proponían también que no tendrán carácter de preferente las iniciativas en materia electoral y de partidos políticos ni de seguridad nacional.

En el caso, decían los diputados, del PRD, del PT y de Convergencia, proponían que se sometiera a ratificación las reformas constitucionales a partir del referéndum o la posible derogación de las leyes. La iniciativa del PRI, ante este dato, la iniciativa preferente decía: En el caso del derecho de iniciativa preferente para el Ejecutivo el Senado ha resuelto en sentido positivo.

Sin embargo, la minuta respectiva se encuentra todavía en estudio es la que estamos discutiendo y decían que si bien contemplaban cambios, no era posible esta aprobación de no ser discutida ni analizada, simple y sencillamente de facto. Sino que todo elemento a discutir, toda propuesta presidencial tenía que ser debatida y discutida hasta sus últimas consecuencias, no había plazos perentorios.

¿Qué pasa con la situación actual? Rápidamente y termino con esto. La Constitución en su artículo 71, actualmente establece que el presidente de la República puede presentarse ante el Congreso iniciativas de ley o decreto que a su vez se remita a las comisiones legislativas. Sin embargo, no existe una reglamentación que determine que estas deban ser discutidas, dictaminadas y votadas dentro de un plazo determinado.

Por lo tanto las iniciativas presidenciales pueden quedar congeladas, indefinidamente en algunas de las Cámaras. Antes, cuando el partido del presidente tenía la mayoría absoluta, incluso calificada se imponía la disciplina para aprobar todo lo que el titular del Ejecutivo enviaba.

Pero, en la situación actual de franca pluralidad heterogeneidad y avance, es que incluso el partido del presidente minoritario eso ya no ocurre. Qué pasa a nivel internacional, la iniciativa presidencial preferente se considera con algunos matices en las constituciones varias democracias alrededor del mundo incluyendo Alemania, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Francia, Nicaragua y Paraguay, al considerar los plazos limites establecidos por las constituciones latinoamericanas que incluyen esta figura en su régimen constitucional se observa lo siguiente, por ejemplo, un solo de comparación:

Chile, Colombia y Ecuador establecen para dictaminar las iniciativas remitidas por el presidente con el carácter de preferentes un plazo de 30 días, es el caso de la minuta del Senado. Paraguay por su parte señala un plazo de 60 y 70 días, en algunos casos.

Puntos a favor y puntos en contra. Cuáles son los avances y cuáles son un poco los riesgos que se corren con esto. La iniciativa preferente permitiría, es cierto, agilizar la respuesta del Congreso en la agenda presidencial. Por supuesto, no garantiza que la respuesta sea para aprobar las respuestas del ejecutivo, porque el Congreso conserva plenamente sus facultades, entre las cuales se encuentra votar en contra de las iniciativas presidenciales.

Entre las ventajas que destaca, está la de generar un mayor diálogo entre el Ejecutivo y el Legislativo, ya que la iniciativa preferente obligaría a éste a resolver en plazos perentorios los temas que el presidente considera prioritarios los cuales no podrán ser más, en este caso, de dos años.

La iniciativa preferente permitirá al Congreso y a los ciudadanos tener claridad sobre las prioridades del Ejecutivo federal y garantizaría hipotéticamente que en Congreso al menos se discutan y voten sus proyectos e iniciativas. Se evitaría la inmovilidad y la falta de decisiones de los gobernantes. De esta forma se fortalecería el sistema de pesos y contrapesos entre los Poderes de la Unión, debido a que se obligaría a ambas Cámaras a discutir sobre las iniciativas enviadas por el Ejecutivo, pues dejarla sin algún tipo de observación daría por sentado su aprobación. Esto es lo que se quito en esta minuta y eso lo celebro.

Además, se propiciaría la temprana definición de las prioridades del gobierno tanto para los legisladores como para la ciudadanía, ambos sectores contarían con elementos oportunos para formar sus opiniones y expresarlas y retroalimentar así un proceso público de deliberación democrática, con la propuesta de iniciativa preferente para facultar al Ejecutivo de éste mecanismo se observa la necesidad de generar mecanismos para la gestión del Ejecutivo Federal y salvar los posibles inconvenientes políticos de tener un congreso opositor.

La valoración y comparación internacional permite señalar que México puede incursionar en el tema de las iniciativas preferentes. En el escenario mexicano actual, resulta viable otorgar al titular del Ejecutivo la facultad de presentar en cada primer periodo ordinario de sesiones del Congreso un número determinado de iniciativas que deberán dictaminarse y votarse por medio de un trámite legislativo preferente.

Esto obligara a las cámaras a no archivar las iniciativas que en caso de no ser votadas, es cierto ya no tendrán la posibilidad de que sean inmediatamente puestas en juego, pero en caso de no ser votadas o simple y sencillamente mandadas a la congeladora creo que la ciudadanía tendría que emitir su opinión. Es decir queremos proseguir en esta percepción ciudadana que mira al Congreso como aquel actor que dificulta la idea de gobernanza o simple y sencillamente que dificulta el avance de México o queremos darle un rostro diferente con respecto a la percepción que los mexicanos tiene.

Es cierto, la percepción solamente, quizá en cierto momento, responde una opinión, que en múltiples medidas es una opinión mediatizada es cierto, es correcto, pero ante este golpe y sobre todo esta presión de poderes actuales creo que este dinamismo del Congreso, darle entrada, establecer la relación, discutir, analizar y abrir este tipo de foros es necesario para este empoderamiento y, sobre todo, construcción de la ciudadanía.

Ante eso creo que la iniciativa preferente es un excelente mecanismo discutámoslo, revisémoslo, reflexionémoslo, analicémoslo y sobre todo propongamos. Muchas gracias, buenas tardes.

El diputado Héctor Guevara Ramírez: Muchísimas gracias, doctor Cuna. Tenemos ahora el honor de presentar a la doctora Cecilia Mora Donatto, quien es licenciada en derecho con mención honorífica por la facultad de derecho de la UNAM y doctora en derecho distinguida con acto quo laude por unanimidad por la Universidad Autónoma de Madrid, España.

Es especialista en derecho constitucional y ciencia política por el Centro de Estudios Políticos y constitucionales de Madrid, España y profesora de derecho constitucional y parlamentario de licenciatura y maestría en las Facultades de Derecho de las Universidades Nacional Autónoma de México, la Iberoamericana, Campos León y Golfo Centro, la Anáhuac del Sur, externado de Colombia y Estatal de Nueva York.

Es investigadora titular de tiempo completo definitivo, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. El Sistema Nacional del Investigadores la reconoce con el nivel dos. Es también integrante del Consejo Consultivo del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República desde el 2009 a la fecha.

Coordinadora del primer master en democracia y parlamento que impartirá el instituto de investigaciones jurídicas de la UNAM con el reconocimiento de la Universidad España, próximo a iniciar. Ha escrito más de una centena de trabajos publicados en capítulos de libros, revistas nacionales y extranjeras sobre derecho constitucional y parlamentario y es autora de varios libros sobre la materia. Si es tan amable doctora, tiene usted la palabra.

La doctora Cecilia Mora Donatto: Buenas tardes, muchas gracias primero que nada a la Comisión de Puntos Constitucionales por esta invitación, pero también a ustedes, a los asistentes que históricamente han esperado hasta estas horas para escuchar algunas reflexiones sobre la minuta, sobre reforma política.

Por supuesto también agradecer siempre al Canal del Congreso que este dando seguimiento a estos trabajos y congratularme muy sinceramente en este auditorio caras de muchos jóvenes. Lo que quiero decirles a los jóvenes, es que esta reforma, esta minuta sobre la que venimos discutiendo es más importante para ustedes que para nosotros. Se está discutiendo en este momento el sistema político que a ustedes les tocará vivir los próximos cinco, 10, 15 o 20 años.

Por eso, los animo muy entusiastamente, a que revisen con cuidado la minuta del Senado, a que verifiquen en los centros de esta misma Cámara en el sistema de información hay artículos, hay trabajos que les pueden ayudar a conocer justamente que es lo que esta discutiendo en este momento esta Cámara sobre lo que llamamos coloquialmente la reforma política.

Como me toco en el último lugar de expositores, me voy a imponer dos retos frente a ustedes. El primero de ellos, que por supuesto no se duerman, sino despertarlos un poco, y el segundo que se vayan de aquí con una idea clara de lo que está haciendo la Cámara de Diputados, a través de su Comisión de Puntos Constitucionales. Si cumplo esos dos retos, me daré por satisfecha y creo que abre cumplido la encomienda de la Comisión de Puntos Constitucionales.

Quiero decirles que se está discutiendo una minuta que vino de la Cámara de Senadores...

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... dictaminada por la Comisión de Puntos Constitucionales.

Se trata de una minuta que fue trabajada en el Senado y que fue remitida a esta Cámara el día 27 de abril de este mismo año, y que propone muy diversas reformas a la constitución. Si la cuenta no me falla son 17 de los 136 artículos que integran nuestra norma fundamental.

En este momento lo que está haciendo la Comisión de Puntos Constitucionales es justamente estudiar el dictamen de su colegisladora justamente como Cámara revisora. Eso es lo que está haciendo esta Comisión de Puntos Constitucionales.

Luego entonces los debates y la discusión sobre lo que nos gusta o no nos gusta del sistema político o de los años que debe estar el presidente de la república, o de si me gusta más el sistema parlamentario o el presidencial son discusiones que se deben ya dar en otro terreno.

Lo que estamos discutiendo aquí es una minuta con temas muy claros, muy concretos y muy precisos que van a transformar la relación entre dos poderes fundamentalmente: el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo. Eso es lo que hoy estamos discutiendo aquí o estamos ayudando a discutir a la Comisión de Puntos Constitucionales. Esas 17 propuestas de reforma a artículos de nuestra Constitución, de su Constitución porque ustedes son la soberanía viva: todas estas caras jóvenes son la soberanía.

¿Qué temas encontramos dentro de esta minuta del Senado? Ya se han dicho aquí algunos: iniciativa ciudadana, consulta popular, candidaturas independientes, iniciativa preferente, las observaciones que pueda presentar el Ejecutivo al Presupuesto de Egresos de la Federación, la reconducción presupuestal, la sustitución del presidente en caso de falta absoluta, la reelección legislativa, la ratificación de comisionados de órganos reguladores e integradores —perdón—, la ratificación de comisiones de órganos reguladores y la integración de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Ésos son los temas que incluyen justamente esta minuta. No son otros; son éstos los que estamos discutiendo.

Algunas puntualizaciones sobre ellos. Se ha manejado y se ha dicho que a través justamente de las candidaturas independientes, de la iniciativa ciudadana y de la consulta popular se trata, nos dicen legisladores propios y extraños, medios de comunicación, que se trata de empoderar al ciudadano.

Por cierto, una palabra, ésa de “empoderar” que no es propia de nuestro lenguaje castellano. Pero, tampoco nos la creamos los ciudadanos, ¿eh? La minuta, sí, efectivamente, propone reformas al artículo 35 y 36 de la Constitución sobre estos temas, pero ojo, ciudadanos: No basta con la reforma constitucional.

La Constitución ya nos ha enseñado de muchas formas que no puede transformar conductas, que no basta con reformar la Constitución para que las conductas cambien. Éste es un caso en el que nos venden a los ciudadanos que nos vamos a empoderar, que nos vamos a hacer del poder; yo creo que es lo que nos quieren decir, cosa que sería, quizá más clara. Pero, insisto, no es un tema sólo de reforma constitucional. Ya aquí se ha dicho mucho sobre que cómo la regula la minuta. Yo diría simplemente algunas cosas sobre los temas en concreto.

Sobre las candidaturas independientes. Lo importante de las candidaturas independientes será la regulación secundaria que se haga en la ley. Eso es. Que por lo menos deberá decirnos, o al menos ya se infiere ahorita de la minuta que esas candidaturas ciudadanas van a ser para todos los cargos de elección popular, es decir, diputados, senadores, pero también presidente de la república.

En consecuencia, por ejemplo, algunos temas que deberá delimitar la ley que también es competencia, por cierto, de nuestros legisladores, deberán de decirnos, por ejemplo, cómo se van a definir las prerrogativas de esas candidaturas ciudadanas o de esas candidaturas independientes.

¿Cómo van a obtener recursos esas candidaturas? Van a operar las mismas reglas que para el caso de las candidaturas de los partidos políticos. Son preguntas y son situaciones justamente a las que deberá entrar la ley secundaria justamente sobre la materia.

Sobre la iniciativa ciudadana aplica prácticamente lo mismo. Este tipo de iniciativa es uno de los llamados mecanismos de democracia directa que pretende que los ciudadanos incidan en el programa legislativo. Ojo, a veces estas Cámaras ni siquiera integran programas legislativos.

¿Hasta qué grado vamos a poder verdaderamente incidir en un programa legislativo? Y ya olvídense del programa legislativo. Hasta qué punto nuestra iniciativa ciudadana va a ser dictaminada si en muchas ocasiones no es dictaminada ni la de un diputado o la del presidente de la república.

Insisto: éstos son los temas realmente cruciales de la reforma política o de la reforma para empoderar al ciudadano. ¿Cómo las vamos a hacer realidad? Esto no es otra cosa más que eficacia de los derechos: de los derechos ciudadanos, de los derechos políticos, de los derechos fundamentales, como queramos llamarles, pero es eficacia.

De nada sirva seguir llenando la Constitución de declaraciones programáticas, de nada. Tenemos suficiente vida pública republicana independiente como para darnos cuenta de que por el simple hecho de incorporar estas normas a la Constitución no cambia la realidad.

Voy a dedicar un tiempo especial a los temas que se propusieron justamente para esta mesa que son el de iniciativa preferente, la sustitución presidencial en caso de falta absoluta y la toma de protesta del presidente.

La iniciativa preferente se presenta como un mecanismo, justamente, de buena relación entre los poderes. Como dirían los jóvenes de ahora, “de buen rollito” entre el Legislativo y el Ejecutivo; un instrumento de buen rollito para que puedan entenderse, porque ya nos dimos cuenta de que no se entienden, de que no son capaces de construir consensos para aprobar iniciativas que presenta el presidente.

Entonces vamos a darle al presidente un instrumento para que esa iniciativa sea dictaminada en los términos en los que dice la minuta: 30 días para que sea dictaminada por la comisión, y de no ser así, se incorporará en el primer orden del día para la discusión en el pleno.

Estas cuestiones, a las que me acabo de referir: la iniciativa ciudadana, las candidaturas independientes, la consulta popular, se los digo sinceramente, desde la doctrina ya huelen hasta como a viejo. No es posible que estos instrumentos no estén ya regulados por leyes del Congreso para la participación ciudadana.

La consulta popular, por ejemplo, fíjense, fue un instrumento que operó o que empezó a operar después de la segunda posguerra mundial, o sea, el siglo pasado, a mediados del siglo pasado. Díganme si no estamos llegando tarde a estos temas.

Regreso, perdón por la divagación. Regreso a la iniciativa preferente. La iniciativa preferente es entonces un mecanismo que se está generando para que el presidente pueda tener la oportunidad de que se discutan sus iniciativas; no de que se dictaminen, ¿eh?, sino de que se discutan, porque al no haberse dictaminado de manea inmediata pasan al pleno.

Y aquí convendría hacer un comentario también. Las comisiones legislativas tienen justamente la obligación de dictaminar. No podemos también por darles iniciativas preferentes al Ejecutivo obviar justamente el trabajo tan importante que deben de hacer las comisiones ordinarias a través del trabajo de dictaminación.

Sobre el caso de la sustitución del presidente en caso de falta absoluta. En realidad lo único que hace la minuta es transformar el mecanismo para la designación del presidente provisional...

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... sobre el caso de la sustitución del presidente en caso de falta absoluta. En realidad lo único que hace la minuta es transformar el mecanismo para la designación del presidente provisional y establece que de manera automática, en caso de que falte el presidente, se establece un orden de prelación de secretarios de Estado, de servidores públicos para que vayan ejerciendo el cargo de presidente de manera provisional nuevamente.

Ya se ha dicho aquí, el secretario de Gobernación, el secretario de Hacienda y Crédito Público, el secretario de Relaciones Exteriores, en fin. Pero también se establecen las limitaciones para que estos servidores públicos no puedan, por ejemplo, remover o designar a secretarios o al procurador General de la República sin autorización del Senado. Cómo se ve que la minuta viene del Senado; muchas cosas a favor de la figura del Senado, sin incluso a veces justificarlas, cosa que también, por cierto, se echa de menos en el dictamen.

No es un mal dictamen ni es una mala minuta, pero pudo haberse enriquecido de mil maneras desde la visión comparada, desde la visión politológica, desde muchas otras para que enriqueciera justamente el debate de la comisión.

La toma de protesta. Yo tengo mi muy especial definición y sentido de lo que es la toma de protesta. Yo diría que la toma de protesta no hace al cargo, así como el hábito no hace al monje. Lo que realmente importa es obtener la presidencia de la república con los votos que han sido sufragados por los ciudadanos que han salido a votar a las elecciones y obtener, por supuesto, la mayoría.

El acto de toma de protesta es un acto realmente protocolario y a mi juicio la minuta me parece excesiva al entrometer al Poder judicial en la toma de protesta del presidente, cuando éste no pueda hacerlo ante el Congreso de la Unión. Me parece apostarle a la irracionalidad, a la confrontación y al conflicto, y para eso modificar la Constitución. Se me ocurre que sería mucho más fácil establecer en la Ley orgánica aquellas sesiones que serán solemnes de aquéllas que serán ordinarias y no permitir, en las sesiones solemnes, ningún acto que estropee la conducción justamente de esa sesión solemne, sesión solemne que, por otra parte, la toma de protesta debe de ser de no más allá de 15, 30 minutos. Por lo tanto, no me gusta en ese sentido la minuta que manda el Senado de la república.

Y ya que se han abordado otros temas —esos son los tres temas que me propusieron para discutir aquí— no me voy a resistir a abordar un tema que me parece crucial y que sí tiene que ver con esta Cámara, que es justamente el tema de la reelección legislativa. Ése es un tema que yo incluso dejaría fuera de esta reforma política porque creo que la reelección legislativa es una reforma que debe operarse en el sentido de fortalecer al Congreso de la Unión en su conjunto.

No creo, como lo han manifestado otras personas, que por el simple hecho de reelegir a nuestros legisladores éstos nos van a rendir cuentas de manera automática. Insisto, las normas no cambian la realidad. ¿Es que no hay profesionalización en el Legislativo? ¿No hay profesionalización en carreras de diputados y senadores que tienen más de 15, 20, 30 años, aunque no exista reelección legislativa consecutiva? Hay la reelección columpio. Estoy aquí, me voy al Senado, regreso a la Asamblea. Hay reelección legislativa, claro que la hay.

Y saben qué. No necesitamos reelección legislativa. ¿Saben qué es lo que necesitamos? Que el Congreso funcione, que tengamos un Congreso eficaz, eso es lo que necesitamos. No necesitamos una reelección de senadores por 12 años ni una reelección de diputados por nueve; necesitamos que nuestras cámaras nos representen y funcionen.

¿Y saben qué? Sí hay fórmulas para que funcionen los congresos, porque funcionan en otras partes. Tres elementos que no debemos perder de vista los ciudadanos cuando nos hablen de reelección legislativa, tres solamente para no cansarlos demasiado: la primera, reorganización interna del Congreso de la Unión que implica eficacia en el trabajo de las comisiones; no todas las comisiones son tan ejemplares como la de Puntos Constitucionales, no todas, y los señores legisladores lo saben. No todas trabajan como deberían trabajar.

El Poder Legislativo es el único poder que no cuenta con un servicio de apoyo técnico que coadyuve en sus labores. Es el único. La administración pública tiene sus propios semilleros a partir de los cuales hay secretarías, institutos de capacitación que van creando sus cuadros. En este poder no los hay. Se construyó en la Ley Orgánica de 99 y se echó atrás con la mano en la cintura.

Señores legisladores, necesitan un servicio de apoyo técnico que coadyuve con ustedes en la formación, en la estructuración de más y mejores dictámenes. Es un llamado que hago con toda sinceridad desde la academia.

En suma, lo que el Poder Legislativo requiere es ser eficiente y servir con la vocación con la que fue creado hace más de 200 años. Servirnos a nosotros, servir a los ciudadanos, servir al pueblo porque es nuestra representación.

Segundo requisito indispensable cuando nos hablen de reelección legislativa. Rendición de cuentas, transparencia, pero con mecanismos, señores, no con ideas de que, una vez que se reelijan, nos van a rendir cuentas porque tienen más incentivos. Cuáles incentivos. ¿El voto? El voto seguirán pidiéndoselo a sus cúpulas partidistas, no a los ciudadanos.

Tercero. La actualización del régimen de responsabilidades de los legisladores. Necesitamos actualizar las responsabilidades políticas, también las administrativas y también las penales. Tenemos que convertir al juicio político y a la declaración de procedencia en juicios efectivos a través de los cuales se depuren las responsabilidades políticas, las responsabilidades administrativas justamente de los legisladores.

Corregir ese mal entendido que tenemos de que el fuero protege a la persona. No señores, el fuero protege la función, y eso no es de ahorita; el fuero surge para proteger justamente la función de los parlamentarios frente al rey, para que el rey no los mandara encarcelar al calabozo por sus ideas. Justamente lo que hace el fuero es proteger la función, la libertad con la que se deben de conducir los legisladores al momento de tomar decisiones.

No me resistía, aunque sé que no es tema de esta mesa, a abordar el tema de la reelección legislativa. Pienso, lo sigo pensando, que el tema de la reelección legislativa es una cuestión ciudadana. De nosotros depende si puede seguir o no puede seguir la reelección legislativa. No los canso más, les agradezco su atención...

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... de tomar decisiones.

En fin, no me resistía, aunque sé que no es tema de esta mesa, a abordar el tema de la reelección legislativa. Pienso, lo sigo pensando, el tema de la reelección legislativa es una cuestión ciudadana; de nosotros depende si puede seguir o no puede seguir la reelección legislativa. No los canso más, muchas gracias y les agradezco.

El moderador Enrique García Travesi: Muchísimas gracias, doctora Mora Donatto. Procederemos ahora a la entrega de constancias de participación, por lo que le pedimos muy respetuosamente al diputado Fernando Cárdenas Gracia hacer entrega de su constancia al diputado Rosendo Marín Díaz, por favor.

El diputado Rosendo Marín Díaz hará entrega de su constancia al doctor Elías Huerta, por favor. La diputada Dina Herrera Soto, al maestro Juan Benito Coquet. El diputado Héctor Guevara, al doctor José Antonio Crespo. El diputado Humberto Benítez Treviño, al doctor Enrique Cuna Pérez, y el diputado Reginaldo Rivera, a la doctora Cecilia Mora.

Para dirigir el mensaje de clausura de este foro, tiene la palabra el diputado Marín Díaz. Si es tan amable, señor diputado.

El diputado Feliciano Rosendo Marín Díaz: Muchas gracias.

Queremos agradecerles a todos ustedes su presencia y este evento precisamente nos convence que la decisión que tomó la Comisión de Puntos Constitucionales fue la correcta, porque además quiero decirles, esta comisión puede ser que con todo lo que se ha señalado con respecto al trabajo legislativo y a la percepción que muchas veces se tiene frente al trabajo legislativo, en esta comisión nos hemos dado a la tarea todos, desde el presidente, los secretarios y sus integrantes, a abordar los temas de manera responsable y no ha sido un asunto fácil; hemos tenido discusiones incluso agrias, difíciles frente a varios temas.

Así lo fue la minuta del Senado también sobre la reforma constitucional respecto a los derechos humanos, lo mismo la que se refirió a la modificación del amparo, y lo está siendo también esta minuta del Senado, y en las anteriores y en ésta hemos decidido que incluso contra los señalamientos que se hacen respecto a veces a la lentitud, que como decía al inaugurar esta segunda parte del foro, también se nos fue entregada con mucha premura.

Era muy complicado que resolviéramos de manera inmediata una exigencia, que lo es, de reformas que tengan que ver con la participación de los ciudadanos en los procesos electorales, pero también había señalamientos, como en otras reformas, que esta minuta del Senado tenía deficiencias como el día de hoy hemos conocido, o ausencias para no ser tan graves en los señalamientos, ausencias que tienen que ser incorporadas o por lo menos discutidas, y creo que la realización de estos foros, donde no solamente participan los diputados, sino la academia, dirigentes políticos y los ciudadanos, es que tratamos de encontrar la mejor formulación a una reforma constitucional.

Se podrán decir muchas cosas frente al Poder Legislativo, y particularmente a la Cámara de Diputados, pero no podrán hacerlo frente al trabajo que se realiza en la Comisión de Puntos Constitucionales, porque estamos tratando de lograr ese objetivo de ser representantes de los ciudadanos, representantes del pueblo y además de hacerlo de manera responsable.

Por eso nosotros queremos agradecer a ustedes, a nuestros ponentes el día de hoy y a los que han participado, porque creemos que es la manera más real de lograr tener una verdadera reforma constitucional que beneficie a quien debe beneficiar, que es al pueblo, y eso solamente se hace cuando se escucha al pueblo, cuando se escucha a la gente y cuando se razona de manera real lo que es necesario.

Por eso estoy convencido de que estos foros tendrán como culminación, al final una reforma que podrá satisfacer a la mayor parte de los ciudadanos y principalmente será una reforma que tenga que ver con los intereses de los ciudadanos. Muchas gracias a todos, a los ponentes, y gracias por participar con nosotros.

El moderador Enrique García Travesi: Muchas gracias, diputado Marín Díaz. La Comisión de Puntos Constitucionales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados les agradece a todas y todos ustedes su muy amable asistencia a este foro; los invita a degustar unos bocadillos a la entrada de este auditorio y les solicita muy atentamente hacer entrega de sus gafetes en la mesa de registro. Muchas gracias y muy buen provecho.

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FORO: “LA REFORMA POLÍTICA, CAMBIO ESTRUCTURAL DE LA VIDA SOCIAL DE MÉXICO”
MESA 3: DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y REELECCIÓN DE LEGISLADORES
MÉRIDA, YUCATÁN
JUEVES 21 DE JULIO DE 2011

El maestro de ceremonias: Muy buenos días tengan todos ustedes, sean bienvenidos. Siendo Mérida, Yucatán, sede del foro Reforma política, cambio estructural de la vida social de México, en su tercera mesa Democracia participativa y reelección de legisladores, es una ceremonia sin duda relevante, que es encabezada por la ciudadana gobernadora constitucional de Yucatán, Ivonne Ortega Pacheco, quien nuevamente agradece la gentileza de haberla invitado a este especial evento.

Agradecemos igualmente nos acompañe el Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, diputado federal Jorge Carlos Ramírez Marín.

Gracias al presidente del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, doctor en derecho Marcos Celis Quintal.

Bienvenida la presidenta municipal de la ciudad de Mérida, arquitecta Angélica Araujo Lara.

Gracias al senador de la república, abogado Cleominio Zoreda Novelo.

Integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados, diputado federal Rolando Zapata Bello.

Siempre es bienvenida a Yucatán, diputada federal licenciada Beatriz Paredes Rangel.

Con nosotros el secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Honorable Cámara de Diputados, diputado Feliciano Rosendo Marín Díaz.

Presentando a ustedes la presencia del consejero jurídico del gobierno del estado, abogado Sergio Cuevas González.

Señores diputados y diputadas que nos acompañan, servidores públicos, amigos interesados en el tema, a continuación escucharemos palabras alusivas a cargo del diputado Rolando Zapata Bello, integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Honorable Cámara de Diputados.

El diputado Rolando Rodrigo Zapata Bello: Con el permiso de la ciudadana gobernadora del estado, Ivonne Ortega Pacheco; muchísimas gracias, señora gobernadora. Con el permiso de los titulares de los poderes del estado, maestro Marcos Celis Quintal, presidente del Tribunal Superior de Justicia; diputado Mauricio Sauri Rivero, presidente del Congreso del Estado; presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados, diputado federal Jorge Carlos Ramírez Marín; distinguida presidenta municipal de Mérida, arquitecta Angélica Araujo Lara; senador Cleominio Zoreda, senador de la república. Estimados secretarios de la Comisión de Puntos Constitucionales; distinguidos integrantes de esta misma Comisión.

Distinguidos ponentes, académicos, juristas, politólogos, ciudadanos, que formarán parte de esta importantísima mesa para el futuro de la república.

Distinguidos legisladores locales, funcionarios, representantes de la sociedad civil de nuestro estado, de organismos autónomos aquí presentes; colegios de profesionistas, cámaras empresariales.

Distinguidos asistentes, todos, en lo particular.

Con el permiso de todos ustedes les doy la más cordial bienvenida a esta ciudad de Mérida, capital del estado de Yucatán, la cual tiene el privilegio de ser la primera sede en el interior del país del foro Reforma política, cambio estructural en la vida social de México, además de tener el honor de que por primera vez en esta Legislatura la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aloja una reunión de trabajo fuera del recinto legislativo de San Lázaro.

Celebramos también el ver materializada en la realización de este foro, tanto aquí en Mérida como posteriormente en las ciudades de Durango y Guadalajara, la postura que asumimos los integrantes de esta Comisión, en el sentido de llevar a las regiones de nuestro país tan trascendente espacio de análisis, reflexión y definición sobre la estructura del sistema político de la nación, acorde con esa visión federalista que nos hemos trazado como un eje fundamental en los trabajos legislativos que realizamos. Esto es que este ejercicio dialéctico de la nación llegue a las diferentes regiones de nuestro país.

Reitero mi agradecimiento a nombre de todos los yucatecos, al presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, el apreciado jurista doctor Juventino Castro y Castro, así como a los diputados secretarios, integrantes de la Junta Directiva y los miembros del grupo de trabajo para la organización del foro, por la oportunidad de desarrollar estos trabajos tan relevantes para el país en nuestra entidad.

Aún más, destaco que la temática seleccionada para esta sede sea la relativa a la democracia participativa y la reelección de legisladores. Lo destaco porque precisamente en Yucatán nos hemos abocado a profundizar e innovar sobre los mecanismos normativos e institucionales dirigidos a fortalecer la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos.

En nuestra legislación estatal contamos con instituciones e instrumentos de participación ciudadana y procedimientos electorales de avanzada, con aspectos puntuales que hoy se tocarán en este foro, tales como la iniciativa ciudadana, formas de consulta directa y popular, así como las candidaturas independientes.

Este es un ejemplo de cómo las reformas locales en muchas ocasiones pueden ser precursoras de los cambios estructurales que el Estado en su conjunto requiere para estar acorde con la dinámica social.

Seguramente los diversos aspectos de la democracia participativa necesitan profundizar su análisis e implicaciones y sobre todo, revisarse a detalle, tal como se hará en este foro. Sin embargo, en lo que todos coincidiremos es en la necesidad de hacer precisamente esos ejercicios se materialicen en acciones legislativas, en aras de fortalecer la participación ciudadana.

Es así, que en mi papel de diputado federal por Yucatán y representante popular de los ciudadanos, me honra poder actuar también como vínculo para transmitir las opiniones e inquietudes sobre los distintos aspectos que competen a las reformas constitucionales, que hemos denominado Reforma política.

De esta forma, la sociedad civil organizada de Yucatán ha hecho valer su voz ciudadana, participando directamente en este ejercicio a través de sus escritos, en los cuales plasman las reflexiones y propuestas respecto a la temática de las modificaciones a nuestra Carta Magna, que estaremos analizando.

En este sentido, señor secretario de la Comisión y representante del señor presidente, me voy a permitir hacer entrega de las 21 aportaciones por escrito, que previo a este foro fueron presentadas por organizaciones civiles de profesionistas, empresariales, académicas e instituciones autónomas, las cuales solicitamos sean incorporadas al cuerpo de contenidos, que adicionados a la relatoría de los foros serán fundamentales para la elaboración del dictamen final, que generará en su momento esta Comisión.

Compañeros legisladores e invitados especiales que nos acompañan, lo recalcamos, a nombre de todos los legisladores federales por Yucatán, de todos los yucatecos y de la sociedad civil que hoy nos acompaña, les reiteramos la satisfacción de contar con la presencia de todos ustedes en esta bellísima tierra.

Nuestro estado, caracterizado por su seguridad, tranquilidad y hospitalidad ha sido también reconocido por su aportación en la construcción y adecuación de instituciones jurídico-políticas del país; por eso, nos congratulamos en alojar la realización de este foro sobre la reforma política, del cual estamos ciertos derivarán los elementos necesarios para estar en las mejores condiciones de llevar a cabo nuestra función legislativa a cabalidad con el dictamen de tal como lo establece la denominación del foro: un cambio en la estructura sociopolítica de nuestro país.

Enhorabuena a todos y bienvenidos a Yucatán. Muchas gracias.

El maestro de ceremonias: Gracias, diputado Zapata Bello. Permítanos tomar un instante para presentar a ustedes la presencia del presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, diputado Mauricio Sauri Rivero. Muchas gracias, sea usted bienvenido, y señalarles...

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... sea usted bienvenido.

Y señalarles igualmente la presencia del secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados Reginaldo Rivera de la Torre, quien a continuación hará uso de la palabra.

El secretario diputado Reginaldo Rivera de la Torre: Buenos días. Al día de hoy en la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión hemos aprobado las siguientes reformas constitucionales ya concluidas: trata de personas, derechos humanos, juicio de amparo, acciones colectivas y derecho a la alimentación. Podemos decir que estamos cumpliendo la responsabilidad que el pueblo de México nos confirió, al reformar más de 20 artículos de la Carta Magna.

Estamos conscientes de que nuestro país está obligado a cumplir lo establecido en instrumentos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Establecen que los ciudadanos tenemos el derecho de participara en los asuntos públicos del gobierno.

En la Comisión de Puntos Constitucionales estamos ciertos de que es necesario adecuar la Carta Magna a las circunstancias políticas, económicas y sociales del mundo globalizado en que vivimos. Pero esto se tiene que hacer sin prisas, sin oportunismos políticos y sin presiones mediáticas. Por ello el pleno de la Comisión de Puntos Constitucionales en la sesión ordinaria del 14 de junio de este año acordó llevar a cabo el foro La reforma política, cambio estructural de la vida social en México.

Lo anterior con objeto de recoger las experiencias e inquietudes de personajes de la vida social y política de México. Expertos en temas como iniciativa ciudadana, candidaturas independientes, consulta popular, naturaleza jurídica de los partidos políticos, reconducción presupuestal, ratificación de titulares de organismos del Estados, observación del presupuesto, iniciativa preferente, substitución presidencial en caso de falta absoluta, toma de protesta del presidente, reelección de legisladores, cláusula de gobernabilidad de la Asamblea del DF. Se trataba de contar con elementos suficientes que permitieran a esta comisión emitir el dictamen correspondiente.

En la Comisión de Puntos Constitucionales consideramos imprescindible compartir con la sociedad los temas de la reforma política que han de regir la norma constitucional para la vida futura del país. Por ello se ha acordado llevar a cabo los foros al interior del país. La En la Comisión de Puntos Constitucionales, consciente de su responsabilidad de dictaminar la minuta del Senado de la República que en materia de reforma política se nos turnó en abril del año en curso... y que existen diversas iniciativas de diputados de la LXI Legislatura referidas a la reforma política... acordó llevar a cabo estos foros en materia de reforma política, para analizar en su conjunto estos temas de trascendencia nacional e impulsar acuerdos parlamentarios para que se dictaminen las iniciativas de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados.

En México la política se sigue percibiendo distante de los ciudadanos. Están afectados por los estragos de una crisis económica terrible, el incumplimiento de las promesas del gobierno y el acoso de la inseguridad. Perciben que México se está desmoronando. Debemos tomar en cuenta que un importante número de votantes decidió anular su voto, como un imperativo para que los políticos prestigiemos la política y cambiemos el estado de las cosas, renovando las instituciones e incrementando la participación y el poder de los ciudadanos en los quehaceres del Estado.

Si no escuchamos esta demanda ciudadana muy pronto las instituciones y el régimen quedarán rebasados. Por tanto, es urgente actualizarlas y democratizar la Presidencia, reformar el Congreso y devolver el poder a los ciudadanos. Es momento de cambiar la forma en que el poder público le sirve al pueblo de México. No sólo en el momento de la libertad ante las urnas electorales. Y después todo queda ahí, hasta la próxima oportunidad. Sobre todo hay que asegurar que en la democracia de todos los días estén los ciudadanos en las decisiones del poder público, exigiendo resultados y que se rindan cuentas claras.

Los días 14 y 15 de julio del año en curso se llevaron a cabo dos foros en el marco general de la reforma política en el Palacio Legislativo de San Lázaro. De estos foros se obtuvieron brillantes exposiciones que aportan importantes elementos que los integrantes de la En la Comisión de Puntos Constitucionales, en su oportunidad, analizaremos, son propuestas legislativa de reforma política.

En nombre de la En la Comisión de Puntos Constitucionales agradezco a la gobernadora de Yucatán, Ivone Ortega, la oportunidad de estar en estado. Al presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados su calidez y anfitrionía. Asimismo, a la presidenta municipal, a la diputada Beatriz Paredes Rangel, a todos los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales, a las autoridades que nos acompañan, a los ponentes, a los asistentes y los medios de comunicación, a todos, por su participación en este tercer foro de reforma política en Mérida, Yucatán.

En México el pueblo ejerce su soberanía por medio de los tres Poderes del Estado. Por ello para resolver nuestros problemas hagamos un acuerdo nacional pensando sólo en los ciudadanos.

El maestro de ceremonias: Gracias, diputado Rivera de la Torre.

Corresponde tomar la palabra al diputado Jorge Carlos Ramírez Marín, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

El diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Muy distinguida gobernadora, agradeciéndole, como siempre, su generosa anfitrionía, y la calidez de su recibimiento. Estimados amigos, alcaldesa, presidente del Tribunal Superior de Justicia, presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara del Congreso del Estado.

Estimados amigos diputados federales: es un placer recibirlos aquí, en ésta que es la ciudad más bella del mundo. Que no les quepa ninguna duda. Y lo van a poder constatar.

En cualquier actividad profesional hay que cuidar el contenido de los términos, del lenguaje, del discurso. En cualquiera: desde los viajes al espacio hasta la política. Ésta es una responsabilidad profesional de los profesionales que se respeten en cualquier tema. Quiero ser preciso en esos términos: la siguiente revolución en México ha comenzado. Y estamos aquí para decidir si esta revolución se hará contra o por encima de las instituciones del país o se hará con ellas, a través de su reforma.

Es indispensable para nosotros que el constitucionalismo mexicano encuentre como antaño vías para dar sentido y vigencia al sistema mexicano. Lo ha hecho a través de reformas, en lo que ha sido un largo, progresivo, calculado trayecto de modernización y actualización constitucional. A la altura siempre de las presiones y de las grandes demandas sociales, de las demandas sobre todo de las grandes mayorías.

Pero podemos decir que en México ha habido dos fundamentales reformas políticas. La primera en 1857. A qué costo: una guerra civil. La siguiente, la gran reforma de 1917, que concluye con una Constitución. Y a qué costo: más de un millón de vidas, con la consecuente pérdida de la paz social y la tranquilidad de una enorme extensión del territorio mexicano.

Todo lo demás, amigos, a partir de la vigencia constitucional y a partir del régimen posrevolucionario, se ha hecho...

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... la paz social y la tranquilidad de una enorme extensión del territorio mexicano. Todo lo demás amigos, a partir de la vigencia constitucional y a partir del régimen postrevolucionario, se ha hecho a través de la Constitución Política.

Han sido adecuaciones al ritmo de las modificaciones de la historia, de las inquietudes sociales, muchas animadas legítimamente por la consolidación de una ciudadanía democrática, de una mayor participación de las mujeres, de mayor participación de todos los sectores; de la no exclusión por ninguna clase de razón que pueda discriminarlo. Todas estas decisiones se han logrado y se han conseguido a través del sistema constitucional mexicano, y lo logrado es que la gente viva mejor, que tenga mejores autoridades, que pueda influir en su gobierno; que pueda ser transparente el sufragio; que pueda ser válido el sufragio, que pueda exigir rendición de cuentas.

Por eso, amigos, la demanda que hoy tenemos en esta comisión, el trabajo que ustedes tienen encomendado es sin lugar a dudas uno de los más trascendentes para esta legislatura, y me atrevo a decirles y le dije al principio, posiblemente para el futuro de la historia del país.

Estar a la altura de las demandas de la sociedad, y al mismo tiempo resistirse a dos poderosísimos enemigos; el primero una opinión pública que trate de influir con alguna tendencia, con alguna intensión sobre las decisiones que tienen que tomarse, tratando de hacer valer intereses por encima de estos objetivos constitucionales que siempre el pueblo mexicano ha visto reflejados y ha visto que se reflejan precisamente en una mejor calidad de vida; resistirse a la notoriedad, resistirse al protagonismo, resistirse a la concesión fácil, a dar por dar, a decir que sí por decir que sí; a decir que sí sin un compromiso seguro de lo que ese sí va a implicar en el futuro. Ése es uno de nuestros enemigos.

El otro, una nostalgia mal fundada, mal pretendida de querer preservar sistemas que han funcionado en el pasado, que han sido vigentes en el pasado, pero que hoy tienen que cambiar. En realidad de la división de poderes de México son comprensibles, pero no justificables, los nostálgicos del viejo presidencialismo, del viejo Poder Legislativo constituido a prueba de cualquier cosa. Ya no es tiempo. Midamos solamente los alcances de nuestra juventud; opina, actúa fuera de todo marco de sometimiento cultural..., es época de escuchar, dialogar, exponer razones y el punto de vista, y sobre todo tomar decisiones colectivas que resuelvan problemas. Ése es finalmente el objeto de cualquier reforma, porque ese es el objeto de cualquier política y el objeto de cualquier gobierno; la felicidad general.

Resolver problemas como la inseguridad, la incertidumbre, la desesperanza, la inquietud de los padres sobre el futuro de sus hijos, el temor de los hijos sobre el futuro de sus padres en una edad senescente. Amigos, ésa es nuestra tarea.

Pongo sobre la mesa tres asuntos que deben ser incluidos en esta reforma. Lo hago con toda responsabilidad; la primera, la indispensable acotación de los alcances del fuero constitucional; tiene que quedar claro para la sociedad que sus legisladores, sus representantes no son más que los ciudadanos. Propongo que el fuero constitucional delimite perfectamente el alcance de protección inequívoco, absoluto a la opinión de los señores diputados; opinión que puede ser en todo caso estridente, pero siempre respetuosa; opinión que tiene que estar protegida por el fuero constitucional, pero que este fuero, que cualquier mecanismo que detenga la acción de la justicia sobre la comisión de delitos del orden común cometidos por legisladores, desaparezca por completo.

Que no haya ninguna instancia anterior a la ejecución de la justicia, cuando se trate de delitos cometidos en flagrancia, cuando se trate de delitos cometidos contra mujeres, cuando se trate de delitos cometidos contra sociedades; cuando se trate de delitos cometidos claramente en una conducta totalmente ajena a su carácter de legislador.

No podemos seguir manteniendo una figura de fuero que haga pensar a la sociedad que los legisladores somos más o que los legisladores, por esa protección, podemos más que los ciudadanos. Es indispensable que pongamos sobre la mesa, lo ha dicho ya Reginaldo con su sabiduría acostumbrada, y me sumo con él a las necesidades de acordar el tamaño del Congreso mexicano.

Tengo sobre el escritorio millones de firmas que dicen que no debemos ser más plurinominales, tenemos que discutir el tema. Tenemos sobre el escritorio miles de firmas que dicen que no debe haber senadores plurinominales, tenemos que discutir el tema.

El acotar, definir el tamaño del Congreso es una tarea insoslayable de esta reforma, pero me parece que no incluir la revocación de mandato es también una equivocación grave cuando estamos otorgando o pensamos en otorgar características en nuestro sistema, como la reelección de legisladores. Me parece que de la mano van reelección y revocación de mandato.

Por otro lado, una reforma política que no contemple la rendición de cuentas es una reforma política incompleta. Señores diputados, es indispensable que hagamos de la Auditoría Superior de la Federación dentro de la discusión de esta reforma, un órgano que efectivamente revise, pero también un órgano que efectivamente pueda directamente sancionar.

Ejemplos hay muchos, todavía ayer la Comisión Permanente discutió durante más de tres horas uno de estos casos, lo podemos resolver nosotros, es tarea de nosotros. En solamente la cuenta pública de 2009 tenemos alrededor de 7.72 observaciones por cada una de las entidades revisadas, pero si comparamos este porcentaje con el número de sanciones o el número de recuperaciones, encontraremos que nuestra supervisión es poco efectiva y no olvidemos que la tarea de revisar el ejercicio de los dineros públicos es una tarea indispensable, inherente estrictamente a la Cámara de Diputados.

Yo sé que estamos en buenas manos, celebro el ejercicio de entereza que todos los diputados han tenido para no caer en el ejercicio fácil de una declaracionitis que sólo nos hubiera conducido a que estos foros no fueran la expresión de los ciudadanos, sino la expresión y la voz de nosotros mismos, otra vez oyéndonos entre nosotros mismos.

Qué bueno que la comisión decidió abrir estas consulta y qué bueno que hemos tenido en todas una participación muy parecida a la que hoy, bajo la conducción y la organización del diputado Rolando Zapata Bello observamos aquí en Yucatán, y estoy seguro que tenemos amigos de otras partes de nuestra península.

Eso yo estoy seguro que recompensará al país con una muy buena reforma. No tengo ninguna duda de que haremos una reforma y no será porque alguien esté gritando o no será por los muchos que han decidido quedarse callados; será porque la Cámara de Diputados es una Cámara responsable con un solo compromiso; el futuro del país.

Muchas gracias...

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... El maestro de ceremonias: Gracias, diputado Ramírez Marín.

Los yucatecos otorgamos la real importancia al tema objeto de este foro, venimos encabezados por nuestra primera autoridad, la gobernadora constitucional del estado Ivonne Ortega Pacheco, quien a continuación nos dirige su mensaje y posteriormente, la declaratoria inaugural del foro; por favor, señora gobernadora.

La gobernadora Ivonne Ortega Pacheco: Muchas gracias. Bienvenidos a Mérida, bienvenidos a Yucatán. Señor secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Honorable Cámara de Diputados, diputado federal Reginaldo Rivera de la Torre y amigo de Yucatán, siempre será usted muy bienvenido.

Señor presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados, diputado federal Jorge Carlos Ramírez Marín, bienvenido a su casa.

Señor presidente del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, doctor en derecho Marcos Celis Quintal; ciudadana presidenta municipal de Mérida, arquitecta Angélica Araujo Lara.

Señor senador de la república, abogado Cleominio Zoreda Novelo; señor integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales, diputado federal Rolando Zapata Bello; señora diputada federal y amiga de Yucatán, licenciada Beatriz Paredes Rangel, bienvenida de nuevo a su casa; señor secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales, diputado federal Feliciano Rosendo Marín Díaz.

Señor consejero jurídico del gobierno del estado, abogado Sergio Cuevas González.

Señores diputados, señores ponentes, miembros de la sociedad civil; señores diputados locales, regidores, amigas y amigos.

La reforma política acumula en nuestro país prácticamente 25 años, un cuarto de siglo, casi una generación de trabajos, esperanzas y aspiraciones. Esa reforma ha sido uno de los grandes temas pendientes de la joven democracia mexicana, un capítulo esencial y vital, que quizá se ha prolongado demasiado para ser concluido.

Sin embargo, hoy como nunca antes el país requiere una reforma política que sea efectiva y especialmente que sea duradera, porque la esfera política nacional, así como lo hacen las esferas económicas y sociales, es cierto que demanda urgente innovación institucional, pero requiere también estabilidad y certidumbre.

Ese es el espíritu con el que me honra inaugurar este foro, el espíritu de tener; por un lado, una democracia que innove, que desarrolle nuevas y menores reglas para la toma de decisiones esenciales y al mismo tiempo, el espíritu de tener una democracia que abandone un poco su obsesión por ser siempre y discutir las reglas del juego y se aboque más a conseguir los resultados sociales y económicos que más importan a las familias.

Así, en mi opinión y en opinión de casi todos los que estamos aquí, creo que tres son las grandes prioridades de la transformación política institucional en México; primero, asegurar una participación más vigorosa de los ciudadanos, en temas de especial relevancia o interés que afecte a la colectividad; segundo, es necesario mejorar de forma verdaderamente estructural la rendición de cuentas de quienes reciben el mandato ciudadano y no mediante más entramados burocráticos o administrativos; tercero, permítame insistir en este punto, es necesario concluir la reforma política lo mejor que podamos, la que no es perfecta, pero sí es viable y posible para poder dedicar nuestras energías y representación popular a temas en los que la gente espera que la democracia le dé soluciones.

En ese marco, permítanme hacer una breve reflexión sobre cada uno de esos puntos, una reflexión como gobernante, pero también como mexicana, que ha vivido casi toda su vida en una transición democrática, que hay que reconocerlo aún no rinde todos los frutos que los mexicanos esperábamos.

Claro que es deseable que toda democracia pueda consultar en todo momento a la ciudadanía sobre temas o asuntos de gran relevancia social en cada elección e incluso entre ellas.

El acotar la distancia entre los ciudadanos y la promulgación de leyes y la toma de decisiones siempre es deseable; sin embargo, debemos entender que todas esas figuras de democracia directa se incluyen en un diseño constitucional e institucional mexicano que descansa sobre el principio de democracia indirecta, una democracia donde son los representantes quienes toman las decisiones de manera estructurada y sintetizada y no de consulta o asambleísmo universal permanente.

Hay que darle voz a la ciudadanía, más canales para estructurar sus preferencias, pero hay que hacerlo sin erosionar el mandato para la toma de decisiones complicadas y que requieren la formación técnica y política que la autoridad debe de tomar.

Las democracias jóvenes que más se han consolidado y han sido capaces de lograr los mayores niveles de desarrollo y bienestar para su población son las que han entendido el delicado balance entre la democracia representativa y la democracia directa.

Eso es algo que aquí en México, en este momento y frente a esta reforma política no podemos perder de vista.

Hacer más fuerte el papel de los ciudadanos en el gobierno, sin llevarlo al extremo de la parálisis o la ausencia de toma de decisiones complicadas y que a veces son impopulares, es un elemento que una democracia necesita para madurar y consolidarse.

Por otra parte, la verdadera rendición de cuentas del representante popular se da en las democracias desarrolladas cuando ese representante se enfrenta directamente al juicio de las urnas y esto sólo puede ocurrir cuando se da la oportunidad de reelección en algún nivel de gobierno o puesto popular.

Distintos analistas, políticos y los más destacados politólogos, han señalado la excepcionalidad mexicana de no permitir la reelección en ningún nivel o poder de gobierno, han señalado que la ausencia de esta posibilidad erosiona la verdadera rendición de cuentas y el castigo o premio a quienes realizan con esmero o negligencia su tarea pública, además es indudable que en la reelección existe una gran oportunidad de profesionalización y de mejora en el servicio público; sin embargo, debemos de entender que el avanzar hacia lo que en casi todo el mundo es la norma de permitir la reelección, requiere estar muy seguros de nuestro nivel de desarrollo cívico estar preparado para ello.

Por eso aplaudo las iniciativas en el sentido de que corresponda a cada estado de la federación decidir sobre estos temas, según su propia percepción de madurez cívica y democracia local.

Ya es tiempo que la democracia mexicana avance a la rendición de cuentas estructurales que la reelección en algunas áreas implicaría y ya es tiempo que empecemos a ver el surgimiento de servidores públicos con capacidad de decisión política, más cercanos a su electorado y a los ciudadanos y más independientes de las políticas de partidos y de facciones, que la reelección haría posible.

En el mismo sentido, necesitamos medidas para asegurar el análisis y dictaminación y votación de iniciativas de ley, para evitar que propuestas legislativas relevantes se queden durmiendo el sueño de los justos. Sin embargo, al final lo que hace funcionar a las democracias no son las normas estrictas únicamente, sino la madurez y la capacidad de sus integrantes para velar por el verdadero interés social.

Creo que necesitamos tiempos, plazos y candados precisos para que los actores asuman su responsabilidad y sobre todo, para que el electorado vea claramente qué fuerzas quieren proponer y avanzar y qué fuerzas quieren evadir sus responsabilidades.

Claro que necesitamos mecanismos para que la gente pueda entender el papel y las actitudes que los actores políticos toman ante la promulgación de leyes, presupuestos y de decisiones más vitales, pero al final, lo que necesitamos es consolidar nuestra democracia política y entender que nosotros no estamos aquí para trabajar como facción, sino para trabajar como un gran equipo, en el que la gente ha delegado su representación y la soberana toma de decisiones.

Qué mejor manera de demostrar que hemos crecido y que hemos aprendido que el sacar adelante esta reforma política y cumplir con este punto que se ha trazado tanto en la agenda pública. Hay que entender que nunca vamos a tener la reforma política perfecta; hay que entender que la reforma política siempre podrá ser mejor, pero lo que urge, como ya lo mencioné, es tener la reforma política posible, la que es perfectible pero que ya es una realidad.

Necesitamos certidumbre de largo plazo en las reglas del juego democrático; necesitamos que la gente, que la ciudadanía, ya tenga claro el panorama institucional y necesitamos darle tiempo a las nuevas instituciones, a los nuevos procedimientos para funcionar y demostrar sus fortalezas y sus debilidades.

No podemos caer en la eterna reforma política, porque es agotadora y porque le quita tiempo al debate nacional, a otros temas mucho más importantes; no podemos eternizarnos en la reforma política, porque al final a quien más le importa es...

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... temas mucho más importantes. No podemos eternizarnos en la reforma política porque al final, a quien más le importa es a los políticos y los políticos no estamos para servirnos; estamos para servir.

Demostremos altura de miras y concentrémonos en lo que sí es posible y ya demos vuelta a la página. Trabajemos con lo que ya tenemos. Concentrémonos en resultados y que ya toque a otras generaciones el segur trabajando sobre lo que nosotros construimos.

Eso es lo que yo puedo decir, vayamos al 2012, un año que debe ser simbólico y lleno de cambios; un año en el que los mayas profetizaron hace 5 mil 125 años que debería empezar una nueva era, con la tarea hecha, con la tarea de una democracia que ya haya completado su transformación legal e institucional, y que esté plenamente lista para ponerse en marcha.

Así como las transiciones democráticas tienen una fecha de comienzo, también las consolidaciones democráticas deben tener una fecha de conclusión.

Concluyamos la reforma política para que la democracia mexicana ya no sea una joven democracia o una democracia consolidándose, sino sea simplemente una democracia, una democracia sin adjetivos que ya está en su mayoría de edad.

Entremos a esta reforma como el último punto para decir que en un país donde ya hay elecciones limpias, donde ya hay alternancia política y pluralidad, ahora sí ya tengamos las reglas finales de toma de decisiones para que la democracia dé resultados. Ése es el gran sueño que ahora podemos empezar a hacer realidad, un sueño en el que a ningún mexicano le podemos fallar.

De verdad, muchas gracias por este primer foro aquí en Yucatán, tan importante para nuestro país y para nuestra sociedad. Bienvenidos.

Si me lo permiten, les solicito ponerse de pie para que, siendo el día de hoy 21 de julio del año en curso, me es muy grato declarar formalmente inaugurado el foro Reforma política, cambio estructural de la vida social en México, en su tercera mesa; democracia participativa y reelección de legisladores, con la plena seguridad de que los trabajos a realizar serán en beneficio de toda la sociedad mexicana.

De verdad, de nuevo muchas gracias por esta gran oportunidad. Bienvenidos.

El maestro de ceremonias: Gracias, señora gobernadora.

En verdad así lo deseamos todos los presentes. Declaramos un receso de cinco minutos para despedir a las autoridades. Les pedimos de la manera más atenta permanecer en sus lugares.

Por su atención gracias. Buenos días.

(Sigue turno 6)

... la Comisión de de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el día de hoy nos damos cita para comenzar con los trabajos de la mesa número 3 de estos foros, denominada Democracia participativa y reelección de legisladores, a realizarse en la ciudad de Mérida, Yucatán.

Quiero decir a todos ustedes, que se encargará de moderar y conducir los trabajos de este foro, el señor diputado federal Felipe Solís Acero, integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales. El diputado Solís Acero fue diputado federal en la LVIII Legislatura, asimismo ha sido funcionario fundador, en el Instituto Federal Electoral, y se ha desempeñado como secretario de elecciones del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional.

Pedimos el favor al diputado Solís Acero sea tan amable de comenzar con los trabajos de esta mesa 3, para desahogar los asuntos en los que nos hemos citado el día de hoy. Por favor, diputado Solís Acero.

El diputado Felipe Solís Acero: Muy buenos días a todos. Vamos a dar inicio al Tercero de los foros convocados por la Comisión de de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, para el Análisis y discusión de la minuta del Senado de la República remitida a la Cámara de Diputados el 27 de abril del año en curso, que contiene proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución General de la República agrupando temas conocidos genéricamente como Reforma política.

Corresponde a este foro que se celebra aquí en Mérida, y que iniciamos en este momento abordar los temas relativos a Reelección consecutiva de legisladores federales; Cláusula de gobernabilidad de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Iniciativa ciudadana y consulta popular, y naturaleza jurídica de los partidos políticos.

Esos son los temas objeto de la discusión en el foro que hoy iniciamos. Tenemos registrados para este foro 11 ponentes, todos ya se encuentran aquí en la mesa; la mecánica del desarrollo del foro será la siguiente: Participarán en un primer bloque de ponentes, el maestro Gonzalo Farrera Bravo; el diputado Rosendo Marín Díaz; el diputado Humberto Benítez Treviño; el doctor Armando Soto Flores; la diputada Beatriz Paredes, y la licenciada Lorenia Canavat. Concluido este primer bloque de ponentes abriremos un espacio para los comentarios y la discusión de los diputados integrantes de la comisión, y los propios ponentes en los temas objeto de las ponencias presentadas.

Inmediatamente después abriremos la segunda parte del foro, con la participación del maestro Marco Antonio Baños; del doctor Luis Efrén Ríos Vega; del doctor Manuel Bartlett Díaz; del licenciado Jorge Alcocer Villanueva, para concluir las presentaciones, con la ponencia del doctor José Roldán Chopa. Al término de este segundo bloque abriremos una segunda ronda de comentarios y discusión de la mesa, para con ello cerrar el foro.

Antes de conceder la palabra al primero de nuestros distinguidos invitados quisiera hacer un reconocimiento muy especial a un grupo de instituciones y organizaciones yucatecas, que tuvieron el cuidado de acercarnos documentos por escrito, que contienen aportaciones específicas de las organizaciones que a continuación me referiré, en los temas de este foro.

Hemos recibido aportaciones que están contenidas en este disco compacto que tienen todos los integrantes de la mesa, del Instituto de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana de Yucatán; del Comité Directivo Estatal del PRI; del Centro de Desarrollo Municipal; de la Oficialía Mayor del Ayuntamiento de Mérida; de la Asociación de Profesionales en Derecho Manuel Crescencio Rejón; de líderes profesionistas de Progreso, Asociación Civil; del Instituto de Equidad y Género; del Instituto de Investigaciones Legislativas; del Colegio de Contadores Públicos del Mayab; del Grupo Parlamentario del PAN en el Congreso del estado; de la Coparmex, Mérida.

Del Colegio de Maestros en Administración y Políticas Públicas; de la Canairac; de la Fiscalía General del estado; del Grupo Parlamentario del PRI, en el Congreso del estado; de la Consejería Jurídica; del licenciado Efrén Alfredo Teller; de María Fernanda A Rivas; de la Unidad de Investigación y Análisis en Políticas Públicas de la Academia de Licenciados en Derecho, y de la licenciada Silvia López Escoffie, del Movimiento Horizontal Ciudadano.

En total, se trata de 21 documentos, 21 ponencias que agradecemos enormemente a quienes representan estas agrupaciones, y a quienes, a título personal nos han hecho llegar algún documento, alguna propuesta, alguna ponencia, con el compromiso de la Comisión de Puntos Constitucionales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados de que serán cuidadosamente revisadas y formarán parte del análisis que esta comisión realice el día 1 de agosto, en que llevaremos a cabo, en Guadalajara nuestro foro final de conclusiones.

Sin más que agradecer enormemente la anfitrionía y el apoyo del gobierno del estado, y particularmente de la señora gobernadora, y de manera muy especial agradecer la disposición particular, el compromiso y el apoyo específico que para la realización de este tema recibimos de nuestro compañero de la Comisión de Puntos Constitucionales, el diputado Rolando Zapata Bello. Muchas, muchas gracias, por su conducto, diputado Zapata Bello a los yucatecos, y a Yucatán por esta espléndida anfitrionía.

Sin más, me permito dar la palabra al maestro Gonzalo Farrera Bravo, como el primero de nuestros ponentes. Gonzalo Farrera Bravo es maestro en Derecho Electoral con mención honorífica por la Unidad de Posgrado en Derecho, de la UNAM, FES Aragón; estudios de posgrado en Gobierno comparado, y Derecho constitucional en Georgetown; secretario técnico de la línea de investigación Derechos y democracia constitucional, en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Estancia de investigación en Washington; profesor de la División de Estudios de Posgrado en Derecho, así como del Programa de Posgrado de Pedagogía y Economía, de la UNAM; profesor del Programa de Actualización Judicial del Consejo de la Judicatura; Diplomado postítulo estado de derecho del siglo XXI, Universidad Heidelberg; diplomado en Filosofía republicana, Facultad de Filosofía y Letras, en la Universidad de Barcelona.

Becario del Programa de estado de derecho en América Latina, de la Fundación Adrenhawer. Pertenece a grupos de investigación a cargo del proyecto PNUD ONU; la Democracia como sistema universal, y sus manifestaciones concretas en los casos de España y México. Es de investigación. Tiene la palabra, y lo escuchamos con toda atención, el maestro Gonzalo Farrera Bravo.

El maestro Gonzalo Farrera Bravo: Muchas gracias. Saludo afectuosamente a la gobernadora Ivonne Ortega, por la hospitalidad brindada, también a las autoridades locales, y a los amigos diputados de la Comisión de Puntos Constitucionales, por haber celebrado este interesante foro, que nos permite reflexionar acerca de la reforma política.

El título de mi ponencia es El futuro de la representación política: Tensiones entre la democracia participativa, y la política monolítica. Decía Benjamín Disraeli: “Ningún gobierno puede mantenerse sólido mucho, sin una oposición temible”.

El presente trabajo tiene como finalidad ofrecer una reflexión acerca del futuro de la representación política en México, desde una perspectiva comparada, en cuanto a la necesidad de implementar reformas que permitan mayor participación, por parte de la ciudadanía, en el aspecto individual, y por parte de la misma ciudadanía agrupada en...

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... permitan mayor participación, por parte de la ciudadanía, en el aspecto individual, y por parte de la misma ciudadanía agrupada en organizaciones de la sociedad civil, ONG. A este respecto se pone énfasis en la crisis de los partidos políticos, la circulación de las élites políticas, y la participación ciudadana, como posesión al establishment de partidos y gobierno.

El contexto. Diversos acontecimientos nacionales e internacionales nos dan pautas para entender un cambio en la que los hombres se organizan políticamente; en cualquier sociedad atravesada por desigualdades, el poder es uno de los seres que ejercen sobre otros seres humanos, necesita para asentarse y ser estable.

Como vio con claridad Gramsci, la principal táctica del poder es crear hegemonía para garantizar la dominación extender un sentido común que descanse sobre la aceptación de la obediencia. A fin de cuentas convencer la condición natural de las desigualdades; que cada agente sea conciencia de un elemento, esto se convertirá en un vigilante atento encargado de la propia opresión.

Cuando los intereses de una minoría se logran presentar como los intereses de una mayoría, la dominación ha avanzado en buena parte del camino. Señala Pierre Bordieu, se le denomina como un habitus a aquellos comportamientos culturales e institucionalmente sancionado que orientan a la acción individual y colectiva son la memoria histórica de una sociedad, y estos estímulos están asociados a un grupo social determinado.

Para los griegos el idiotes era aquel enfermo que se desinteresaba por la cosa pública. El semiólogo Roland Barthes explica cómo el poder está inmiscuido en nuestra sociedad; el poder está presente en los más finos mecanismos del intercambio social, no solo en el Estado, las clases, los grupos, sino también en las modas, las opiniones, las corrientes, los espectáculos, los juegos, el deporte, las informaciones, las relaciones familiares, y todo aquello que tiene que ver con lo público.

El poder asimétricamente perpetuo en un tiempo histórico determinado aparece como una revolución que no permite destruirse, sino que cambia y se transforma constantemente, y rebrota de alguna manera, en un nuevo estado de cosas. La razón para esta resistencia y de la ubicuidad del poder, de alguna manera es un organismo transocial ligado a la entera historia del hombre, y no solamente a la historia política.

En el año de 1994, los indígenas chiapanecos se alzaron en armas en contra de la discusión y la pobreza marginal que aún persiste en su estado. En los documentos denominados Los Acuerdos de San Andrés, los zapatistas identifican el problema del poder en México, que me permito leerles: “Replantear el problema del poder en este marco de democracia, libertad y justicia obligará a una nueva cultura política dentro de los partidos. Una nueva clase de políticos deberá nacer, y no hay que dudarlo nacerán partidos de un nuevo tipo.

“No estamos proponiendo un nuevo mundo, apenas algo muy anterior, la antesala del nuevo México. En este sentido, la Revolución no concluirá en una nueva fase, fracción de clase o grupo de poder, sino en un espacio libre, democrático, de lucha política; este espacio libre y democrático nacerá sobre el cadáver maloliente del sistema de partido, de Estado y del presidencialismo.

“Nacerá una relación política nueva, una nueva política cuya base no sea una confrontación entre organizaciones políticas entre sí, sino una confrontación de sus propuestas políticas con las distintas clases sociales, pues del apoyo real de estas dependerá la titularidad del poder político, no su ejercicio. Dentro de esta nueva relación política, las distintas propuestas del sistema y rumbo deberán convencer a la mayoría de la nación de que su propuesta es la mejor para el país, pero no solo eso, también se verán vigilados por ese país al que conducen, de modo que estén obligados a rendir cuentas regulares, al dictamen de la nación respecto a su permanencia en la titularidad del poder o su remoción.

“El plebiscito de una forma regulada en confrontación poder partido político, nación y merece un lugar relevante en la Máxima Ley de nuestro país”. Ésta en 1994 era la visión que daban los zapatistas.

A punto de cumplirse dos décadas del alzamiento armado zapatista, el poeta Javier Sicilia, y el Movimiento con Paz y Justicia y Dignidad señalan que las cosas no han cambiado, y la necesidad de un cambio político desde ese aspecto institucional, como del social, permanece atendiendo a la mezquindad de una clase política que privilegia la reproducción de sus intereses, y prebendas al amparo de un sistema de partidos excluyentes. Sicilia enfatiza en su ya afamado “ya estamos hasta la madre de ustedes, políticos, y de unos no en particular, sino de una buena parte de ustedes, incluyendo a los que quienes componen los partidos, por lo que en sus luchas por el poder han desgarrado el tejido social”.

Con este simple ejercicio de comparación de documentos vemos una realidad social petrificada sin movilidad política, y una sociedad civil que clama por cambios políticos que marcan una realidad que supera la norma constitucional y jurídica

Representación política, ¿qué hace falta? La representación política está conformada por los siguientes cuatro componentes: Representante, aquella persona u organización o movimiento, o agencia estatal; el representado, los componentes, clientes o la ciudadanía. Algo que está siendo representado pudiendo ser opiniones, perspectivas, intereses, discursos, y por último tenemos un entorno en que la actividad de la representación ser lleva a cabo.

Esto es entender un contexto político. La representación política a menudo comienza especificando las condiciones de cada uno de estos componentes que les mencioné, por ejemplo, muchos de los teóricos de la democracia, a menudo limitan los tipos de representantes en una discusión a los representantes formales, es decir, a los representantes que ocupan cargos de elección popular; en el caso nuestro podemos ver a los diputados y a los senadores que elegimos con nuestro voto.

Una de las razones que el concepto de representación sigue siendo difícil de alcanzar es que las teorías de la representación a menudo solo se aplican para tipos particulares de los actores políticos dentro de un contexto determinado, como a las personas que representan en un determinado distrito electoral que se trate, a diferencia de movimientos sociales u organizaciones informales que se representan.

Una de las finalidades de este trabajo es que la representación política no solamente cabe en los elementos, o en aquellos agentes que se encuentran dentro del marco institucional, sino que también se ha ido delegando, se ha ido tomando por elementos de la sociedad civil.

En consecuencia, no están claras las diferentes formas de representación y cómo ellas se relacionan entre sí. Andrew Redfield ha referido, en una Teoría general de la representación, que se identifica simplemente a la representación, por referencia a un público relevante a aceptar a una persona como su representante. Una de las consecuencias del enfoque general de Redfield a la representación es que permite ver los casos para cada perspectiva democrática en particular.

Históricamente, la literatura teórica sobre la representación política se ha centrado, si no en los representantes, cómo deben de actuar, si como delegados o como fiduciarios; los representantes, estos son delegados que tienen que seguir las preferencias expresadas por los constituyentes. James Madison, el célebre constitucionalista dio una de las principales figuras históricas que articulan esta idea de la representación, que es la delegada.

Síndicos son aquellos representantes que siguen por sí misma, la comprensión de una mejor acción a seguir, y también cito a Edmund Bhurg, quien se hizo famoso en el Brighstone speech. El Parlamento no es un congreso de embajadores de intereses diferentes y hostiles, el interés que cada uno debe de mantener como agente y abogado contra otros agentes y abogados.

Pero el Parlamento es una asamblea deliberante de una nación, con un solo interés, de hecho, usted elige un miembro, pero cuando lo hayamos elegido no es un miembro de Bristoll es el miembro de un Parlamento. Esto nos da la idea de la cohesión y de la identidad que tiene un representante.

Célebre es el trabajo de la politóloga Hanna Pitkin, quien argumenta que no se debe de tratar de conciliar el carácter paradójico del concepto de representación, por el contrario, se debe de tratar de preservar esta paradoja mediante la recomendación de que los ciudadanos deben salvaguardar la autonomía, tanto del representante y de los representados; los representantes deben de actuar de tal manera que al mantener la capacidad de los representados para autorizar y mantener a sus representantes responsables, y poder regular la capacidad de este representante a actuar independientemente de los deseos de los representados.

Pitkin ofrece una de las discusiones más amplias para este concepto de representación política atendiendo a su carácter contradictorio, en un concepto e idea general de la representación. Esta idea clásica del concepto de representación es uno de los puntos de vista más interesantes, y que se deben de abundar.

Esta idea de la representación es un tanto complicada, porque específicamente, los teóricos de la política han dado diversos puntos de vista de los principales conceptos de representación, y esto es interesante para entender cuál sería la capacidad de los mandantes, para castigar a sus representantes por no actuar de acuerdo con sus deseos. Y esto es uno de los elementos que la teorización clásica no contempla, no hay estándares para evaluar qué bien se comporta un representante.

Uno solo puede determinar si un representante puede ser sancionado o no ha dado respuesta a las ideas que se plantean. Las normas implícitas para la evaluación de representantes van a marcar el parámetro de cómo los representantes actuarán, y en un futuro, una de las propuestas que se plantean en la reelección legislativa.

Del mismo modo, Hanna Pitkin da conclusiones acerca de la naturaleza paradójica de la representación política, del apoyo a la tendencia a los teóricos contemporáneos y científicos políticos para centrarse en procedimientos formales de autorización. Esto nos da elementos interesantes para plantear en un ámbito de reforma política, cuáles serían los alcances de los representados políticos, y si la representación política se debe de extender atendiendo a los cambios sociales contemporáneos.

Otro punto que trato son las candidaturas independientes. Uno de los dilemas de la representación política es que muchos de los ciudadanos no se sienten representados por ellas, particularmente en los Poderes legislativos de corte nacional, y de las entidades por los legisladores emanados de los partidos.

Por otra parte, los partidos tienen, en la práctica, el monopolio de las...

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... muchos de los ciudadanos no se sienten representados por ellas, particularmente en los Poderes Legislativos y (falla grabación), por los legisladores emanados de los partidos.

Por otra parte, los partidos tienen en la práctica, el monopolio de las candidaturas, por más que la Constitución otorgue el derecho a los ciudadanos de elegir y ser elegidos para puestos de elección popular esta práctica, vamos a decirlo así —de carácter monopólico, como otras—, hay que eliminarla.

Con esta reforma se puede abrir un camino para enriquecer nuestro sistema representativo y dar un cauce a inquietudes significativas de los ciudadanos que no se sienten identificados con los partidos políticos registrados ni en estas condiciones de formar otros.

Hay que tomar en cuenta el severo desprestigio de los partidos políticos; algo que denomina la academia como la crisis de los partidos políticos y en especial de sus burocracias. Las candidaturas ciudadanas sin partido pueden crear estímulos para que las organizaciones partidarias corrijan sus defectos y se democraticen, algo que Moisés Strugorovski (¿) en su obra clásica Los partidos políticos mencionaba.

El... de los partidos políticos es darle democracia a la mayor democracia. La democratización de los partidos políticos es un tema central de una reforma política. Las candidaturas independientes pueden contribuir a mejorar la competencia y la deliberación política, deben disponerse en una ley secundaria también que aquellos y los candidatos participen en los debates públicos obligatoriamente.

Los debates no tienen que hacerse solamente en medios electrónicos tradicionales; ahora a través de los medios de comunicación electrónicos muchas formas para deliberar y debatir como el twitter y facebook están abiertas a la ciudadanía y son más accesibles a los ciudadanos comunes.

Con esta reforma se establecería un procedimiento para que los ciudadanos sin partido puedan hacer efectivo su derecho a ser electos, como lo prescribe el artículo 35 de la Constitución. Se ha dicho que la reforma constitucional es innecesaria porque la Corte ya emitió una resolución que señala que si la ley establece una figura de candidaturas independientes éstas deben ser inscritas por las autoridades respectivas para que los ciudadanos puedan competir, es decir, si las constituciones locales o las leyes electorales de los estados o el Cofipe a nivel federal establecen las candidaturas independientes éstas procederán sin necesidad de reforma constitucional.

Otro punto interesante en esta exposición es una mirada hacia el futuro de la representación política, lo que yo he titulado “el adiós a la política monolítica”. Hay tres problemas persistentes asociados con la representación política. Cada uno de estos problemas identifica en un área el futuro de la misma.

El primer problema es el diseño institucional adecuado para que las instituciones representativas dentro de las políticas democráticas contemporáneas. La literatura teórica sobre la representación ha dado mucha atención al diseño institucional de las democracias, más específicamente teóricos han recomendado sobre todo la representación de corte proporcional, y algunos como los jurados ciudadanos.

Sin embargo, con el creciente número de estados democráticos es probable que los testigos de estas variaciones entre diferentes formas de representación política han cambiado, y esto es algo bien interesante para nosotros, si cuando en las democracias de corte postcomunista un carácter importante para entenderse un Estado democrático era saber si se celebraban elecciones.Yo creo que este criterio a la época actual ya no sería tan cumplidente (?).

Reflexiones finales

Todo poder, incluido el poder democrático, pero sobre todo el poder autoritario, aquel que requiere controlar el movimiento de la sociedad de la vida entera de un país, de una nación, quiere siempre convencernos de que la vida está bien hecha, de que la realidad de este poder que ese poder maneja organiza y la encamina, va en buena dirección y que vivimos en el mejor de los mundos. Es natural, es la justificación de todo poder.

En el caso de una sociedad democrática aquella pretensión es constantemente fiscalizada por la prensa crítica, por la oposición en las fuerzas políticas y por una información que se despliega y que le permite al ciudadano comprobar hasta qué punto es cierto o falso aquel de lo que vivimos de bien, y cómo podemos mejorar.

Por otra parte, en las sociedades autoritarias, aquella convicción se impone por medio de la manipulación de la información y de las distintas formas de cohesión. Es algo que los colegas diputados manejaban en la introducción de este seminario.

Fenómenos políticos como la primavera árabe son pruebas contundentes de que el mundo está sufriendo una reestructuración social sin precedentes, ya sea en la selva lacandona o en las calles de El Cairo, la sociedad clama por espacios y oportunidades de expresión.

Las ONG y los CCC van canalizando cada vez más espacios que el Estado en las épocas anteriores realizaba ya que mucho de la demanda social por la quiebra del Estado no puede ser atendida. Este gregarismo de los tiempos modernos viene empujando a las fuerzas políticas y ganando el desprestigio que los partidos políticos alguna vez tuvieron.

—Éste es un exordio a los diputados que hoy nos acompañan: que la reforma política es una necesidad ya que el mundo ha cambiado y debemos cambiar con él. Muchas gracias por su atención.

El Diputado Felipe Solís Acero: Muchas gracias al maestro Gonzalo Farrera Bravo.

Informo a ustedes que hace unos minutos recibimos una ponencia más que suscribe el maestro en derecho Javier Alberto León Escalante, vicefiscal de prevención del delito, Justicia Restaurativa y Atención a Víctimas, en el estado de Yucatán, relacionada con el tema de candidaturas independientes que también estamos abordando en este foro porque lo aclaro porque tengo la impresión de que omití en la lista de temas el tema de candidaturas independientes que forma parte también de este foro.

Toco el turno al diputado Feliciano Rosendo Marín Díaz. El diputado Rosendo Marín es licenciado en economía por la UAM y licenciado en derecho en la Universidad Nacional. Cursó diplomados en derecho electoral entre 91 y 92 en geografía humana, 97-98, y otro más en gobierno y políticas públicas en 98 y 99.

En el estado de México el diputado Marín Díaz ha ocupado los cargos de diputado local en el Congreso del estado de México en la LIII Legislatura. Fue asesor del congreso local en la LI Legislatura 91-94 y asesor en los municipios de Tepetaloxtoc y Texcoco, entre 93 y 95.

Militó en el Partido mexicano de los Trabajadores y en el PMS. En el PRD ha sido secretario de Movimientos Sociales, Organización y Asuntos Electorales en el Comité Nacional del PRD; presidente del Comité Estatal en el estado de México entre 2000 y 2001.

En otras cosas, es autor del ensayo El movimiento social urbano en el estado de México publicado en el 85 y también es autor del libro Para servir a la ciudadanía publicado en 99.

En la Cámara de Diputados federal, en la actual legislatura, es secretario de la Comisión de Puntos Constitucionales e integrante de las comisiones de Seguridad Pública y de Seguridad Social.

Tiene la palabra el diputado Rosendo Marín.

El diputado Feliciano Rosendo Marín Díaz: Quiero agradecerle al gobierno del estado, al diputado Zapata Bello que haya organizado también un evento como éste y que creo nos permite tener una discusión mucho más amplia frente a lo que se denomina la reforma política.

Todo poder público dimana del pueblo y todo poder se instituye para beneficio de éste. Esta es la consigna y el espíritu plasmado puntualmente en el artículo 39 de nuestra Constitución. Soberanía y poder tiene su origen en el cuerpo colectivo que representa la sociedad.

Esto significa, por un lado, que el supremo poder de la federación, así como el poder público de los estados dividido para su ejercicio en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, ejercen la soberanía popular actuando en representación del pueblo sin que ninguno tenga preeminencia sobre los otros.

El pueblo, pues, ejerce su soberanía a través de los poderes. Éstos deben sujetarse a la esfera de las atribuciones que les confiere la Constitución, que a su vez se debe entender como el documento fundamental pactado por el mismo pueblo como una expresión de su soberanía.

Lo que nos lleva a entender que el pueblo da y retira las atribuciones que considera necesarias para que sean gobernados en pleno respeto de su soberanía.

Es imposible concebir la democracia sin entenderla como una consecuencia de esta soberanía...

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... esto explica la aparición del Estado. El pueblo decide unirse y adoptar determinada forma de gobierno nombrando a sus gobernantes.

Se estima que de la soberanía popular se desprenden ciertas prerrogativas, derechos y obligaciones de los ciudadanos, tales como votar y ser votado. Este punto es el demérito de nuestra Constitución, pues no prevé mecanismos de democracia participativa y deliberativa, se limita al ámbito electoral y representativo, al ejercicio indirecto de la soberanía y poder por medio de sus representantes, y no de manera directa mediante la participación del pueblo soberano.

Esto genera, sin duda, las severas afectaciones a la legitimidad democrática, a un estado constitucional y democrático de derecho. La democracia representativa llegó a su límite porque primero es un sistema que no representa a muchos sectores relevantes de la sociedad es un sistema en donde los gobernantes y gobernados se encuentran cada vez más alejados entre sí.

Es un sistema que no ha servido para moderar el poder, el sistema de pesos y contrapesos, sino para que otros poderes, al margen del Estado colonicen y privaticen las instituciones, y cuarto es un sistema que conduce a la parálisis y al vaciamiento de la democracia.

En las democracias actuales, la voluntad de la nación se dicta no solo a través de la elección de sus gobernantes, se decreta también en el derecho de expresar la voluntad a través de figuras jurídicas, como el presupuesto participativo, la revocación del mandato, la afirmativa ficta, la auditoría social, la iniciativa ciudadana, gestión y autogestión social, referéndum, plebiscito, derecho de audiencia pública, consulta ciudadana, acción popular de inconstitucionalidad, entre otras.

Son partes integrantes de la democracia directa y semidirecta, así como la división de poderes es un obstáculo para el abuso del poder en un estado democrático y es a la vez, una garantía para la protección de los derechos humanos y las libertades de los gobernados. Los mecanismos de la democracia participativa directa o semidirecta deben ser entendidos y utilizados como mecanismos de control del poder público estatal.

Establezcamos la prioridad de definir constitucionalmente la democracia participativa o deliberativa, o democracia directa e incorporémosla a la forma de gobierno del Estado mexicano. Este mismo principio debe ser constitutivo de la forma de gobierno que adopten los estados y los municipios del país, pues la participación de la sociedad se manifiesta de manera primigenia en los núcleos sociales más próximos, y uno de ellos es sin duda, el municipio.

Así, la democracia participativa o democracia directa como régimen político responde a una exigencia permanente de la sociedad para democratización del ejercicio del poder público. Reitero, la democracia directa es la participación inmediata del pueblo sin intermediarios en los asuntos públicos, tal participación se considera como expresión de la voluntad popular, y la democracia se ejerce mediante diversos mecanismos que expresados o no forman parte del régimen de gobierno, y su ejercicio no debe ser limitado.

Quiero aclarar, que no es una contradicción entre la democracia representativa, y la democracia directa o la democracia participativa, sin duda, van de la mano. Las propuestas son las siguientes, primero presupuesto participativo para que los ciudadanos, y no solamente los poderes constituidos participen en su elaboración y aprobación; dos, revocación de mandato para sustituir democrática y legalmente a los gobernantes ineficaces, ineficientes y corruptos.

Afirmativa ficta, para que ante la no respuesta de las autoridades en tiempo y forma a las peticiones y acciones de los ciudadanos estas sean sancionadas con la respuesta favorable a los ciudadanos por el simple transcurso del tiempo, en caso de que las autoridades no las contesten. Cuatro, auditoría social para que los ciudadanos directa o por medio de sus organizaciones estén presentes en todos los tramos de decisión y control de la gestión pública.

Cinco, iniciativa ciudadana para que la sociedad pueda promover iniciativas de reforma constitucional legal o de cualquier índole ante las instancias legislativas y gubernamentales con el criterio de que sean discutidas, aprobadas o no, y en su caso, de no hacerlo, que sean aprobadas bajo el mecanismo de la afirmativa ficta. Sexto, gestión y autogestión social para reconocer los procesos autónomos de organización social y económica de los ciudadanos.

Siete, referéndum para que las reformas a la Constitución, la firma de tratados y reformas de leyes en su caso sean aprobadas por los ciudadanos. Ocho, plebiscito para que la voluntad ciudadana sea consultada por las autoridades; nueve, derecho de audiencia pública para que la autoridad sea sensible a la reivindicación y su reclamos sociales, y para que se genere la cultura política y jurídica que haga imprescindible la participación social en la validez de las decisiones de la autoridad.

Diez, consulta ciudadana para conocer el sentido de la opinión pública y ciudadana sobre temas fundamentales de la agenda nacional; once, derecho de voz ciudadana en los cabildos, para que las decisiones en los municipios recojan la opinión de los principales implicados en los asuntos públicos; doce, acciones colectivas y de tutela, para proteger jurisdiccionalmente derechos económicos, sociales y culturales, y garantizar derechos colectivos y difusos.

Trece, acción popular de inconstitucionalidad para que cualquier ciudadano pueda reclamar la inconstitucionalidad de reformas a la propia Constitución, tratados, leyes y reglamentos; catorce, inconstitucionalidad por omisión legislativa, administrativa o derivada de otros órganos de poder para que los mandatos de la Constitución sean una realidad.

Quince, resistencia, desobediencia civil pacífica, y objeción de conciencia para que los derechos ciudadanos sean garantizados, cuando las instituciones y el marco jurídico sean insuficientes para satisfacerlos. Dieciséis,

Amicus jurae para que los ciudadanos y los sectores sociales se involucren en forma institucional y constructiva, en los proceso judiciales. Diecisiete, obligación de la deliberación pública y transparente de todas las instancias colegiadas del poder público del país.

Los instrumentos enumerados cumplen con varias características, en primer lugar es el conjunto de propuestas, que tanto en ésta, como en otras legislaturas se han presentado a la Comisión de Puntos Constitucionales, no es una ocurrencia, y es parte de esta discusión que estamos teniendo a través de estos foros, porque vemos que la minuta del Senado es insuficiente.

Es una minuta mínima, y no va al fondo del problema, incluso yo diría, que es hasta un cierto grado demagógica, porque solamente hace lo que se ha hecho muchas veces en México, de hacer un mecanismo de “gatopardismo” para decir que las cosas cambien, para que finalmente, no suceda ello.

Estas propuestas tienen como objetivo, que las decisiones que asuma el poder público, decisiones de carácter Legislativo, Ejecutivo e incluso Judicial sean y tengan una validez incuestionable, cuestión que no sucede ahora. El consenso social que se ha generado en esta materia no admite —creemos nosotros— regateos ni aplazamientos motivados en cálculos políticos de corto plazo.

Hoy es urgente dar una respuesta al reclamo democratizador del pueblo de México, a través de las reformas constitucionales pertinentes. Por último, quiero reiterar el señalamiento respecto a la característica de esta minuta del Senado, y quiero dar algunos ejemplos para demostrarlo.

En primer lugar, cuando se refiere a las candidaturas ciudadanas es más fácil para un partido obtener el registro, que el que un ciudadano logre la candidatura, por ejemplo. A un ciudadano se le pide el 2 por ciento de avales de determinada circunscripción para ser candidato, el 2 por ciento; supongamos que es Mérida serían algo así como 21 mil avales de personas que estén en la lista nominal para ser candidato, pero a un partido se le solicita ciertamente el 2 por ciento, pero de los votos válidos de una elección, lo que significa que si contamos con que en la última elección en Mérida fue de una participación del 46 por ciento significa que a un ciudadano se le pide prácticamente el doble, de lo que se le pide a un partido.

En principio, para participar sin saber cuáles van a ser los resultados. Eso aquí y en China es demagogia, y no puede ser posible que cuando los partidos declararon el monopolio del acceso al poder como parte propia de los partidos, no hayan creado mecanismos para el registro de otros partidos.

Al contrario, porque no solamente es el mono polio del acceso al poder por parte de los partidos es el monopolio de los cinco partidos que están en el Congreso, de ese monopolio. Es imposible pensar, que con un sistema de esas características no haya reclamos, y no haya señalamientos de hartazgo de los partidos.

Es evidente, los propios partidos han generado en las reformas que se han hecho, el hartazgo hacia ellos, porque han impedido, en términos reales, por un lado, el no registro de nuevos partidos, y por otro lado, el impedimento real de la participación ciudadana, cuando así lo decida cualquier ciudadano en participar en los procesos electorales.

Y esta reforma, o la minuta del Senado, que además es una minuta disminuida de las propuestas que hizo Calderón para la llamada también, reforma política significa que estamos otra vez andando los mismos caminos del “gatopardismo”, de la simulación, y de seguir tratando de impedir generar...

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... significa que estamos otra vez andando los mismos caminos del gatopardismo, de la simulación y de seguir tratando de impedir la creación de nuevos derechos... o plasmar los derechos que debería tener originariamente el pueblo de México en la Constitución de la República.

Otro de los elementos de la demagogia de esta minuta es la iniciativa de ley ciudadana. Igualmente se piden una innumerable cantidad de requisitos para que puedan llevarla a la Cámara. Pero esta iniciativa, si acaso lograra evadir estos mecanismos, cuando llegue a la Cámara se quedará como otras tantas iniciativas durmiendo el sueño de los justos. Porque según esta minuta no se está obligado a que esa iniciativa de ley se discuta en la Cámara. Tampoco se señala un tiempo determinado para que, en caso de no discutirse, se apruebe. Eso significa, en otras palabras, otro punto demagógico en esta reforma.

Finalmente diría que en el caso de la reelección, sin el contrapeso de la revocación del mandato tampoco tiene sentido. Vivimos en un país donde el abuso y el control son los objetivos, y no la búsqueda de la ampliación de los derechos ciudadanos.

Por ello en la Comisión de Puntos Constitucionales decidimos, a pesar de la opinión pública contraria, enfrentar un problema que no sólo se redujera a discutir lo que señalaba la minuta del Senado, sino ampliarla. Y nos hemos dado cuenta de que las propuestas para construir una verdadera reforma política con un énfasis fundamental en la democracia participativa. Es muy amplia porque la compartimos todos los partidos.

Es decir que las iniciativas con que se ha construido un dictamen que está también en la mesa de discusión en la Comisión de Puntos Constitucionales incluye estos 17 puntos que acabo de leer, y que son propuestas que no tienen que ver con el PRI, con el PAN, con el PRD, sino con el conjunto de partidos y con el conjunto de diputados que han presentado estas iniciativas para dar más poder al ciudadano. O en otras palabras, cómo logramos que el pueblo tenga ese derecho.

Porque miren ustedes, cuando hay movilizaciones y un grupo político o social tiene la capacidad de enfrentar al Estado, de exigir reivindicaciones o solución a sus reivindicaciones hay una respuesta del gobierno. Y hay quienes dicen que ése es el camino. Hay que organizarnos para exigir al gobierno que responda a nuestras necesidades. Yo diría que por qué hacer movilizaciones, si esos derechos lo tienen los ciudadanos, y mecanismos de control. Porque no es cierto que sólo la reelección sea el único mecanismo de análisis de un gobernante. Eso es falso.

También preguntémonos por qué en otros países que tienen un sistema constitucional, como el caso norteamericano. Tienen dos partidos. Es un sistema con esa característica... muy limitada... ¿Por qué tiene una sobrevivencia un sistema político determinado? Porque todas esas herramientas de la democracia participativa están incluidas en los derechos constitucionales de los ciudadanos. Ellos votan leyes, ellos votan a los gobernantes. Recordemos la llegada de Schwarzenegger. No tiene otra característica sino que le retiraron el mandato al gobernador anterior porque lo votaron los ciudadanos de California. Podemos poner otros ejemplos del mundo de cómo los ciudadanos tienen ese poder permanentemente.

Y lo que se está haciendo ahora es dar respuesta... me refiero a la minuta del Senado... dar respuesta a reclamos perfectamente legítimos, como los que encabeza el poeta Javier Sicilia, y muchos otros, frente a las exigencias. Pero la respuesta es tan limitada que quedamos como hace 20 años. Ante la exigencia de abrir los espacios políticos se busca de manera simulada crear nuevos espectros para que las cosas sigan siendo iguales. Y no se termina.

Por eso la reforma política, la transición a la democracia sigue siendo limitada e incompleta. Porque no terminamos de entender que abrimos todos estos caminos para que la gente participe o las protestas van a ser permanentes. Y vamos a tener como resultado la parálisis del Estado. Y la parálisis del Estado no está porque sea un gobierno dividido. Eso es equívoco. La parálisis del Estado se da porque hay organismos financieros internacionales que nos imponen reglas y no hay un Estado mexicano fuerte para enfrentarlas, primera.

Segunda. No hay un proyecto de nación en el que estemos de acuerdo todos los mexicanos. Tenemos 100 años con una Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se creó en el proceso de 1917-1929, que es el régimen político que aún subsiste, y que se niega a morir. Esa resistencia al cambio es la resistencia de un sistema que se niega a morir para cambiar.

Me parecen con mucha frescura los planteamientos de varios diputados del PRI cuando señalan que ése es un fenómeno que debemos abordar. Y me parece que si asumimos... como es el caso del diputado Reginaldo de la Torre, quien ha señalado el interés de esta Comisión de Puntos Constitucionales de abordar esos temas y de entrar a la discusión exacta.

Creo que compartir esta preocupación nos permite que en la Comisión de Puntos Constitucionales tengamos la convicción de que esta reforma no va a ser lo limitada que nos está presentando el Senado de la República, sino que va a ser mucho más profunda. Y por eso creo que la participación en este tipo de foros nos permitirá construir una reforma de fondo. El dictamen a discusión es un dictamen que tiene la propuesta de reformar 17 artículos constitucionales, donde se incluyen los mecanismos de democracia participativa o directa, y el interés de discutirlos para que cambiemos en la Carta Magna... o devolvamos los derechos que nunca debieron haber perdido los ciudadanos en México.

Por eso creo que este tipo de foros, si tienen como resultado estos cambios reales en la Constitución, no van a ser como otros foros. Y quiero adelantarles que esta Comisión de Puntos Constitucionales no es como otras ni estamos simulando. Hemos discutido varias reformas constitucionales donde la mayoría en algunos casos ha estado en principio en contra, y que después del debate han votado a favor las reformas a los artículos constitucionales. Es decir que la racionalidad por los intereses del pueblo de México ha prevalecido. Y creo que si seguimos en ese camino esta reforma política en primer lugar va a ser reforma política, y en segundo lugar va a regresar los derechos que nunca debió haber perdido el pueblo de México.

Muchas gracias.

El Diputado Felipe Solís Acero: Gracias al diputado Rosendo Marín.

Tiene el uso de la palabra el diputado Víctor Humberto Benítez Treviño, quien es doctor en derecho por la UNAM, donde obtuvo el grado con mención honorífica. Es originario del estado de México, donde fue diputado local en la LV Legislatura local, habiendo presidido dicho congreso.

En la administración pública federal se ha desempañado como director de Desarrollo Social en el Instituto Auris, director de Administración en la Secretaría de Turismo, subdirector de Legislación Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, director del Registro Patrimonial de la Secretaría de la Contraloría General de la Federación y coordinador de asesores del secretario de la misma dependencia.

En la administración pública local se ha desempeñado como delegado en la delegación Benito Juárez en el entonces Departamento del Distrito Federal, magistrado del Tribunal Contencioso Administrativo del estado de México, secretario general de Gobierno del estado de México.

El diputado Benítez Treviño tiene además la particularidad de haber sido procurador de Justicia de tres instancias distintas. Fue procurador general de Justicia del estado de México, procurador general de Justicia del Distrito Federal y procurador general de la República. Creo que es el único caso.

El maestro Benítez Treviño es docente en las asignaturas de administración pública y estatal, lógica, teoría jurídica contemporánea, historia de México, filosofía, entorno legal y administración pública. Es autor de diversas obras, entre otras una que a mí me gusta mucho, que es un libro relacionado con Juárez y las Leyes de Reforma.

Sin más, le doy la palabra al diputado Benítez Treviño.

El diputado Víctor Humberto Benítez Treviño: Muy buenos días. Me da mucho gusto estar en la ciudad más bella del universo y galaxias circunvecinas: Mérida. Que además saben Rolando Zapata Bello y Jorge Carlos Ramírez del cariño, la admiración...

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... circunvecinas en Mérida.

Además saben Rolando Zapata Bello y Jorge Carlos Ramírez del cariño, la admiración que tengo en especial por esta bellísima ciudad, que conjuga nuestro pasado prehispánico con la belleza europea no solamente por su trova y sus poesías, sino por su arte también culinario.

El tema de mi intervención es La reelección legislativa: ni oportuna ni aconsejable. Recibimos del Senado una minuta de dictamen que se refiere a la reforma política. No es cualquier cosa. La recibimos tres días antes de que concluyera el periodo ordinario de sesiones. En el fondo son 15 reformas a sendos artículos constitucionales y 10 adiciones. Y como adicionar es agregar algo a lo existente, estamos hablando de 25 reformas constitucionales. Hubiese sido una grave irresponsabilidad de la Cámara de Diputados aprobarla en esos términos.

Aquí se ha hablado ya de varios temas. La iniciativa ciudadana la tenemos nosotros en el estado de México, como decía mi paisano y amigo Rosendo Marín, ya tiene 30 años esa iniciativa ciudadana y creo que se han presentado cinco en 30 años, y no tiene ninguna cortapisa. La otra es, como bien dice Jorge Carlos Ramírez, una reelección sin revocación de mandato, es una reforma coja. Pero en fin, quiero centrarme sobre mi rechazo a la reelección consecutiva de legisladores.

La Constitución de Cádiz de 1812 en su artículo 110 prohibía la reelección consecutiva. El decreto constitucional para la libertad de la América mexicana, producto del genio inmenso de Morelos, en el artículo 57 prohibía la reelección legislativa.

La primera Constitución de vigencia real, la del 24, no la contemplaba; ni la Constitución del 57. Es hasta la Constitución del 17 cuando –fíjense ustedes- se prohíbe en el artículo 59 constitucional la reelección de diputados y senadores. El artículo 115 prohíbe la reelección de presidentes municipales. El artículo 116 prohíbe la reelección de diputados locales y de gobernadores.

No destapemos la caja de Pandora avalando, como viene en sus términos del Senado, la reelección legislativa. Porque si nosotros aprobamos la reelección legislativa consecutiva, estamos abriendo la puerta para que se reelijan los presidentes municipales, después los diputados locales, después obsequiosos los Congresos locales reelijan a un gobernador y después va a llegar otro loco a la presidencia de la República que se va a enquistar en el poder.

No se nos olvide que Porfirio Díaz enarboló el Plan de la Noria que concluía diciendo que ningún ciudadano se imponga y perpetúe en el poder y ésta será la última Revolución. Se le olvidó, se impuso en el poder y fue defenestrado por una revolución –como decía Jorge Carlos Ramírez- que provocó un millón de muertos.

Yo creo que en política hay dos clases de políticos. Los políticos aptos y los políticos ineptos. Los políticos capaces y los políticos incapaces. Los políticos competentes y aquellos a los que Luis Donaldo Colosio les tenía más miedo: a los políticos incompetentes. Pero lo más grave e inadmisible que puede haber en política es la incongruencia entre lo que se dice y lo que se hace.

Por eso Porfirio Díaz fue un político incongruente. Después contra Lerdo de Tejada a la muerte de Juárez, se levanta en armas con el Plan de Tuxtepec, bajo el lema –imagínense qué cinismo- de Sufragio efectivo, no reelección. Y él le corrió la coma (,): Sufragio efectivo. No (,) reelección.

Decía el jacobino francés Juan Pablo Marat que los hombres y los pueblos que no conocen su historia están condenados a repetirla. Los mexicanos –esto lo afirmo yo, maestro de historia- no conocemos nuestra historia. Por eso es tan riesgoso, tan peligroso volver a establecer la reelección, porque esto nos abre la puerta a la elección presidencial.

Alerta, compañeros integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales, así como está planteada la reelección consecutiva es una trampa para que al rato tengamos otro dictador en la presidencia de la República.

Algunos dicen que la reelección legislativa especializa a los parlamentarios. Que establece un servicio civil de carrera en los Congresos. Déjenme decirles. De acuerdo con una encuesta Galup, que lleva el nombre de Horacio Galup, famoso estadístico americano, en los Estados Unidos tenemos un porcentaje de reelección de diputados y senadores del 90 por ciento. ¿Y saben ustedes a quién le interesa esto? A nadie, hombre. Solamente tenemos un 20 por ciento de aceptación del trabajo de los legisladores norteamericanos. Y nosotros estamos aquí con foros en los que intervienen académicos, teóricos, políticos y partidos políticos.

Establecer la reelección consecutiva significa en un momento dado secuestrar a diputados y senadores por grupos monopólicos que los conviertan en sus empleados en las Cámaras de Diputados y Senadores. No se trata de establecer la formación parlamentaria. Esa –nos conocemos todos- la traemos o no la traemos. Somos responsables o somos irresponsables.

Por otro lado, Reginaldo hablaba de las aportaciones de los miembros de la Comisión de Puntos Constitucionales. Yo quiero hacer una pregunta y compartirla con todos ustedes. Reginaldo, se te olvidó que nosotros...

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... y establecimos que es voluntad del pueblo de México constituirse en una república representativa, democrática, laica y federal. ¿Dónde está el dictamen? En el Senado. Entonces que primero el Senado dictamine las minutas de la Cámara de Diputados y después ya veremos si nosotros dictaminamos la del Senado, porque aquí ha habido extraordinarios senadores: Beatriz Paredes Rangel, Manuel Bartlett Díaz, que saben que los senadores representan a los estados y nosotros sabemos que los diputados representamos al pueblo.

Hay por ahí alguna relación de diputados que entre diputaciones y el Senado han tenido hasta 30 años, aquí la tengo: el maestro Carbonel, no los menciono, simplemente diría, después de 30 años en el ejercicio de actividad legislativa, qué sesudas aportaciones tuvimos de la carrera parlamentaria; y un caso —que no es mexicano—, el senador Edward Kennedy estuvo 50 años en el Senado de los Estados Unidos. ¿Ustedes recuerdan alguna iniciativa trascendente, más que haber sido hermano del presidente John F. Kennedy?

Concluyo. Yo creo y lo afirmo: cuando se promulgó la Constitución del 57 éramos 7 millones 800 mil mexicanos. Cuando se promulgó la Constitución del 17 éramos 15 millones; hoy somos 112 millones. Cerrar las posibilidades políticas a las nuevas generaciones es una torpeza, es cerrar la puerta a quienes tendrán que gobernar este complicado país en el futuro, que no van a tener ninguna opción porque nosotros estaremos reeligiéndonos.

Es cerrar la puerta a las legítimas aspiraciones de las nuevas generaciones, por eso me extraña que la sociedad civil se esté manifestando para exigirnos reforma política ya. Y yo le pregunto a la sociedad civil: ¿Ya? ¿Cuál de todas? ¿Conocen las 11? Porque algunas son contradictorias. Hablamos de formas de participación ciudadana, que para mí es el referéndum, el plebiscito, la revocación del mandato —que no viene— y el sufragio.

Yo aquí tengo un comentario muy especial: el abstencionismo es una decisión de los ciudadanos de no participar, y en el pecado llevan la penitencia por no participar, porque decía Goethe que los hombres y los pueblos tienen los gobiernos que se merecen.

Concluyo con una convicción personal: ni me interesa ni quiero que me reelijan como diputado federal ante un Congreso que se sigue manejando con prácticas y normas medievales, caducas y obsoletas. Si queremos reformar el poder, reformemos a los tres poderes, hagamos un presidencialismo fuerte, no acotado, para que responda con eficacia, que no lo hace, a las demandas de seguridad y justicia.

Transformemos a la Corte en un verdadero tribunal constitucional y démonos, señor presidente del Congreso, de la Cámara, normas ágiles que nos permitan a los legisladores, en verdad, dar respuestas urgentes, eficaces, sencillas, como lo establece la Ley Orgánica del Congreso, diseñando leyes certeras y precisas.

Muchas gracias.

El diputado Felipe Solís Acero: Muchas gracias al diputado Benítez Treviño. Corresponde ahora hacer uso de la palabra a nuestro ponente invitado siguiente, quien es el doctor Armando Soto Flores.

El doctor Soto Flores tiene estudios de especialidad de derecho constitucional y administrativo entre 82 y 83, la maestría y doctorado entre 82 y 85 en la División de Estudios de Postgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, en la que obtuvo el grado de doctor en derecho con la tesis El principio de reformabilidad constitucional, obteniendo la mención honorífica.

El doctor Soto Flores, en el ámbito de la docencia se ha destacado como profesor de derecho constitucional en el Instituto de Investigaciones e Integración Social en el estado de Oaxaca (76-77); profesor de teoría del Estado en la Universidad Autónoma de Coahuila en 88; profesor titular C, tiempo completo definitivo por oposición de teoría política y derecho constitucional en el sistema escolarizado y titular de la materia de poder legislativo en la División de Estudios de Postgrado en la Facultad de Derecho de la UNAM.

Es profesor en las maestrías en la Universidad Autónoma de Chiapas y la Universidad Autónoma de Nayarit. Actualmente es profesor de teoría de la Constitución, sistemas políticos contemporáneos; y titular del segundo curso de derecho constitucional.

El doctor Soto Flores es además autor de los siguientes libros: Sistemas políticos y constitucionales contemporáneos, publicado por la Editorial Porrúa y —de la misma editorial— Teoría de la Constitución.

El doctor Soto Flores ingresó al Sistema Nacional de Investigadores (Conacyt) como investigador nacional nivel uno a partir del 12 de septiembre de 2010.

Muchas gracias, doctor Soto Flores, por acompañarnos. Tiene usted la palabra.

El doctor Armando Soto Flores: Buenas tardes o buenos días. He preparado una pequeña investigación que gira en torno a la reelección de los senadores y diputados del Congreso de la Unión, como consecuencia, por supuesto, de la denominada reforma política.

En México la transición a la democracia ha sido un proceso lento y paulatino, plagado de cambios políticos, mayoritariamente de carácter electoral, pero que han influido de manera relevante en el sistema político mexicano.

No cabe duda que los avances han sido de gran calado. Pasamos de un sistema de partidos políticos monocolor a un sistema pluripartidista, de un presidencialismo fuerte a un acotado; de un Congreso subordinado al Ejecutivo a uno independiente de él.

Durante prácticamente todo el siglo XX la producción doctrinaria se refería exclusivamente a analizar el denominado sistema presidencial, algunos le llamaban el sistema presidencialista, y fue en la década pasada cuando comenzó a hablarse del Poder Legislativo. Esto se explica por su papel trascendental que comenzó a jugar el Congreso federal dentro del sistema político, en donde ningún partido político contó con mayorías parlamentarias para aprobar por sí mismo las leyes y mucho menos las reformas constitucionales.

Es en el marco de la reforma del Estado donde se ha planteado una serie de cambios a la Constitución para adecuarse a la nueva relación de poderes, en donde los frenos y contrapesos son necesarios en el Estado Constitucional. Uno de esos temas es la reelección de los legisladores, tanto a nivel federal como a nivel local, que en últimas fechas ha cobrado mayor relevancia en la opinión pública, en los estudiosos del derecho, en fin, en todos aquellos interesados en el sistema político mexicano.

En el presente ensayo abordaremos el marco teórico donde precisaremos algunos conceptos básicos necesarios para una mejor comprensión del tema. Se enumera una breve reseña histórica...

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... el marco teórico donde precisaremos algunos conceptos básicos necesarios para una mejor comprensión del tema.

Se numera una breve serie histórica, una muy breve serie histórica de la reelección en los diversos ordenamientos constitucionales de nuestro país. También se analiza la ventaja y las desventajas de la reelección constitutiva con sus respectivas críticas. De la misma forma se aborda el tema actualmente discutido en el Congreso y finalmente por poner alternativas a los diversos planteamientos elaborados y aprobados en ese momento por el Senado de la República.

La Revolución Mexicana, todo mundo lo sabemos fue la respuesta a la permanencia en el poder por parte del titular del Poder Ejecutivo en turno, precisamente a través de la reelección.

Porfirio Díaz quien paradójicamente se pronuncio en contra de la reelección una vez que obtuvo el poder indefinidamente. Pero fue en 1887, cuando surgió la necesidad de reformar la constitución para permitir a Porfirio Díaz para que pudiera ser electo para el periodo inmediato, prohibiendo la reelección para un tercer periodo, sin que antes hubiera transcurrido cuatro años, luego en el 90, me refiero a 1890, con una nueva reforma constitucional favorece la reelección indefinida.

El principio de no reelección surge en nuestro país una respuesta, un estado de cosas, en un momento determinado, varios personajes como Santana Juárez y Lerdo de Tejada, llegaron a presidencia en dos o más ocasiones. Así como Porfirio Díaz quien rompió la delgada línea que separa la reelección de la dictadura. De hecho el general Díaz tuvo que renunciar en 1911, ante una revolución cuyo lema era el sufragio efectivo y la no reelección estos son ejemplos claros que por qué en nuestro país el principio de no reelección es defendido tan encarecidamente.

La revolución maderista de 1910, había mantenido como consigna principal, el éxito del maderismo provoca un súbdito renunciamiento de la vida política en los medios más diversos. La movilización de los grupos sociales se oponía a las estructuras políticas y económicas fundamentales del porfiriato así mismo hubo un ingreso masivo de una parte de la clase medio urbana a la vida política legal.

Mediante el ejercicio de los derechos reconocidos por la constitución, de asociación, de libertad de opinión, de prensa y del derecho de sufragio. Así, México, pasa a partir de 1911 de una ausencia total de vida democrática a una sucesión de elecciones para presidente municipales, para diputados locales, para gobernadores... de octubre de 1911, da una victoria total a don Francisco y Madero.

Una de las características de las elecciones de 1912, fue la renovación de los diputados. Estos son datos estadísticos son realmente muy interesantes. En 1910, estamos hablando obviamente todavía con Porfirio Díaz, la regla general fue la reelección.

La permanencia de los diputados propietarios, el 83 por ciento estaba en la anterior legislatura, con la diferencia que en 1911, sólo el 11. 8 por ciento, es decir, siete veces menos por su parte la caída de los diputados suplentes.

En 1910 fue reelecto el 45.9 por ciento, contra el 3.2 por ciento en 1902, es decir 11 veces menos.

La revolución maderista se evidenció obviamente y fundamentalmente en el parlamento, esto fue signo de un fenómeno más general que afecto otros cargos públicos, pero por supuesto la renovación masiva de los diputados.

Lo anterior puso en evidencia la solidez de las estructuras políticas, la red estable de clientes que giraron alrededor de los gobernadores que llevaban mucho tiempo en el puesto, o sino el apego de diputados a su distrito electoral. En 1912, la situación fue casi por completa la contraria. Ningún propietario fue reelecto en el mismo distrito electoral. Dos suplentes se volvieron propietarios en su distrito hubo, únicamente, tres propietarios en un distrito diferente del mismo estado, en tanto que 21 diputados se hicieron elegir en otras entidades federativas.

La revolución Maderista tuvo como primera consecuencia casi en todos lados la disgregación de la vieja concurrencia política a concurrencia por supuesto del cambio del presidente de la República y de los gobernadores.

El texto original de la Constitución de 1917, no establecía ninguna prohibición respecto de la reelección inmediata para el cargo de diputados y de senadores, sino únicamente para el presidente de la República en su artículo 86, mismo que Elías Calles, esto es importante también que nos quede en la memoria, mismo que Elías Calles reformó en 1927, para eliminar la prohibición de la reelección presidencial absoluta. Es decir, dejando pasar un periodo, ésta era jurídicamente factible para así allanarle el camino a Obregón. Con lo cual se intento que asumiera nuevamente el cargo de jefe del Ejecutivo Federal, lo que casi logra de no haber sido por que fue asesinado el 17 de julio de 1928.

Ya en calidad de presidente electo, cuando al celebrar el triunfo de su campaña como candidato único, se le ofreció un banquete en el restaurante “La Bombilla”, en San Ángel, actualmente delegación Álvaro Obregón, así se le acerco un hombre con el pretexto de mostrarle al futuro presidente sus dibujos y al momento de voltear recibe en pleno rostro tres balazos.

El precepto constitucional aludido sufrió nuevamente una reforma en el año de 1933, devolviéndolo a su estado original, es decir, previendo la prohibición total y absoluta del presidente de la República y de paso se anulo la posibilidad de la reelección para los demás cargos de elección popular, me refiero por supuesto a los diputados, a los senadores y a los munícipes, pero estos últimos de forma relativa.

Todo mundo conocemos la historia política tanto del Senado, como por supuesto de la Cámara de Diputados, en virtud de que la reelección no se aprobaba en forma consecutiva, pero si se aprobaba en forma mediata, sino inmediata.

Ésta reforma negó la reelección para el periodo inmediato posterior a los diputados y a los senadores, pero no era una negación directa a la reelección, sino su posposición por lo que los retractores pensaron que tendría como consecuencias obstaculizar la posibilidad de fortalecer la carreta legislativa. Los antireeleccionistas creían que con al reforma se facilitaría la rotación, renovación, incluso de nuevos actores políticos, los pro reeleccionistas señalaban que la no reelección, entre sus males, podría traer graves consecuencias a la nación por la falta de experiencia de los futuros legisladores.

La reforma del 33 tuvo repercusiones negativas que prevalecen hasta nuestros días. En primer término condujo a la vinculación de los legisladores respecto a la defensa de los intereses de los ciudadanos que representaban, por otro, lado la base de la reforma del 33.

La nominación partidista de los candidatos reflejo la mayor capacidad de disciplina y de recompensas que podría ejercer el partido, obviamente en su momento el partido oficial, lo que conllevo al unipartidismo avasallante, fundado en el control de Estado, las normas estatutarias del partido y la imposibilidad de se reelectos para periodos sucesivos, desarrollaron una mayor disciplina partidaria en e comportamiento de los diputados y de los senadores.

La reforma del 33 sobre la no reelección inmediata de los legisladores había promovido la mayor centralización de los mecanismos de la selección de los candidatos en el partido nominante, en aquella época, el PÑR, en consecuencia, mayor disciplina a las normas del partido y a las decisiones de sus líderes.

Así mismo, esta reforma implicó el quebranto no sólo en contra del Congreso, sino que también en contra de los hombres que...

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... mayor disciplina a las normas del partido y a las decisiones de sus líderes.

Asimismo esta reforma implicó el quebranto no solamente en contra del Congreso, sino que también en contra de los hombres que lo integraban, pues los cargos del Poder Legislativo quedaron total y absolutamente a disposición del presidente en turno. Es lo que hemos denominado el sistema presidencialista, no presidencial, sino presidencialista.

Con una historia política antireeleccionista podemos afirmar que el Congreso estuvo viciado de la disciplina unipartidista y oposicionista, con ese diseño político los incentivos de los legisladores para ocupar un asiento en el Congreso giraban por los intereses del partido y no, esto es importante que lo recuerden, y no por los intereses del electorado.

La pregunta es cómo incentivar a los legisladores para que verdaderamente representen a su electorado y no a los intereses de su partido.

Con motivo de la reciente iniciativa aprobada por el Senado, es preciso analizar esa problemática, considerando los beneficios de una, escuchen bien, de una reelección con límites.

La credibilidad constitucional del Poder Legislativo, así como la de los partidos ante el electorado, se han reducido enormemente.

En México el Congreso de la Unión junto con la policía, los partidos políticos y los sindicatos, con las instituciones con el nivel más bajo de confianza y aprobación de la ciudadanía.

De acuerdo con el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública de la Cámara de Diputados, sólo el 36 por ciento tiene mucho o algo de confianza y por supuesto, en la Cámara de Senadores se habla del 37 por ciento, lo que significa incluso en un dato que nos dan, de que solamente el 60 por ciento de los ciudadanos están en desacuerdo de cómo trabajan los legisladores, mientras que sólo el 20 por ciento lo aprueba. Bienvenidas este tipo de reuniones porque sin duda alguna esto legitimará por supuesto, al Poder Legislativo.

El 27 de abril del 2011, la Cámara de Senadores aprobó un dictamen que tomó como base diversas iniciativas presentadas por los grupos parlamentarios representados en el Senado y por algunos senadores en lo individual, así como la iniciativa presentada el 15 de diciembre del 2009 por el Ejecutivo federal, en las que en esencia, se pretende reformar y adicionar diversas disposiciones constitucionales.

En la parte que interesa para este análisis, solamente se abordará lo relativo a la limitación en la... para los miembros del Congreso de la Unión, en la que se propone permitir la reelección consecutiva de los legisladores federales con un límite máximo de dos años en el ejercicio del cargo para los senadores y a nueve años consecutivos para los diputados.

Considero que la iniciativa de la reforma constitucional que permite la reelección de los legisladores, sí sería una herramienta que permitirá en un futuro mediato, percibir cambios significativos en los legisladores.

Desde mi perspectiva, aquellos políticos jóvenes o no, advertirán en la reelección una forma de hacer carrera política dentro del parlamento, precisamente porque su motivación principal sería la reelección.

También considero que era necesario permitirle a esa reforma nacer. La propuesta en sí no es mala desde mi punto de vista, con unas breves modificaciones. Además de que no viene sola, sino que se encuentra inserta dentro de un paquete de reformas llamadas “reformas del Estado”, entre las que podríamos llamar las candidaturas independientes, la sustitución del presidente en caso de falta absoluta, etcétera.

Claro está que la reelección no sería automática, sino que serían los propios electores del distrito los que aprueben a su diputado o senador, hablando de las entidades federativas.

Como sea, la llamada profesionalización de los legisladores, considero, debe pasar necesariamente por el desempeño del cargo por un periodo mayor del actual y si la reelección consecutiva vislumbra esa posibilidad de que sea así, de tener personas con mayor experiencia, con mayor capacidad con mayores conocimientos en el Congreso de las comisiones parlamentarias, adelante.

¿Qué ventajas en primer término? Por supuesto, les repito, me atreví a elaborar un proyecto de reforma a la propuesta del Senado de la República, precisamente porque considero que las ventajas solamente se aplican a los diputados de mayoría, no a los diputados de representación proporcional y esto debe de quedar plenamente claro.

La ventaja que de manera más recurrente es señalada, es que la elección de los legisladores les impone mantener un vínculo más estrecho con sus electores, de quien dependerá en su momento una eventual ratificación electoral en el cargo

Lo anterior trae consigo un mejor y más intenso ejercicio de rendición de cuentas. Esto es fundamental, en el que el electora a través de su voto manifieste por supuesto, su aprobación o su rechazo a la actuación en general de un partido por su desempeño político y en lo particular la de sus representantes en específico.

La reelección legislativa puede constituirse así en un mecanismo que fomente y fortalezca las reelecciones de confianza que deben mediar entre diputados y senadores y electores al permitirle a estos últimos un mayor conocimiento y cercanía con los integrantes del Congreso de la Unión.

La posibilidad de la reelección inmediata fomentará las responsabilidades de los representantes populares al imponerles, se aspiran a ser reelectos en el cargo, el mantener un vínculo y contacto permanente con los ciudadanos de la demarcación territorial por la cual fueron electos, pues de la cercanía con ellos depende en buena medida la base del respaldo que les permita volver a contender por el cargo que ocupen en una siguiente ronda electoral.

Tercero. La reelección consecutiva permitiría la formación de legisladores más profesionales, permitiendo que el conocimiento acumulado respecto de las funciones y las prácticas parlamentarias, adquiera mayor importancia y se reduzca la curva de aprendizaje que se impone a los legisladores que ocupan el cargo por primera vez, al permitirles la coexistencia de legisladores que repiten en el encargo y acumulan el bagaje de la experiencia que su permanencia les proporciona.

Lo anterior se traducirá en un mejor aprovechamiento del tiempo que sin duda redundará en una calidad del trabajo parlamentario.

Adicionalmente, éste es otro punto más, la estabilidad en el cargo legislativo y que podría generar la reelección inmediata, probablemente traiga consigo mejores condiciones de gobernabilidad. Éste es un punto fundamental. Fíjense lo que digo, mejores condiciones de gobernabilidad, en los contextos de falta de mayorías parlamentarias predecididas y por supuesto en lo que se ha denominado “la democracia dividida”, que trajo consigo el fortalecimiento y la acentuación del pluralismo y la diversidad política que operó en el país en los últimos tres lustros.

En efecto, la posibilidad de que los legisladores sean reelectos de manera inmediata, propiciará la existencia de interlocutores más ciertos y permanentes y que los puentes de diálogo y comunicación que son indispensables para lograr una gobernabilidad democrática, sean más estables y no tengan que reconstituirse al inicio de cada legislatura.

La reelección con las debidas acotaciones, es una condición necesaria para la recuperación del derecho ciudadano democrático y podría ser un buen medio para profesionalizar a los integrantes del Congreso lo que sin duda podría introducir cambios pertinentes a las instituciones del país.

A través de un mecanismo de reelección el electorado estaría en posibilidad de...

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...en la siguiente elección. La reelección podría constituir una buena herramienta para responsabilizar a los legisladores por su desempeño de manera individual y no únicamente como integrantes de una organización política impersonal.

Ahora voy a hablar obviamente de las acotaciones, de una pequeña investigación que revisé. La teoría de la democracia electoral altamente desarrollada en estudios políticos en diversos países, argumenta que las elecciones ofrecen a los ciudadanos la oportunidad de incluir en el comportamiento de los legisladores, ya sea por la amenaza de removerlos por su mal desempeño o empoderar a los representantes que son competentes, honestos y sobre todo porque comparten los intereses públicos.

Sobra decir que las elecciones condicionan el comportamiento de los ciudadanos y los políticos. En muchas ocasiones ofrecen la mejor alternativa para hacer a los legisladores responsables.

En el caso de México existen vicios de diseño institucional que han hecho imposible que los legisladores electos sean posteriormente enjuiciados y responsabilizados por su mal desempeño. Nos referimos al más grande obstáculo de diseño institucional a la prohibición para la realización consecutiva, lo que inhibe al electorado para castigar o premiar a los legisladores.

Además, el término para el caso de los diputados dura tres años. En ese tiempo es difícil lograr experiencia con las instituciones y con el trabajo legislativo. Para el análisis de la reelección de los miembros del Congreso se hace necesario distinguir entre los legisladores por mayoría y los legisladores de representación proporcional.

El artículo 52 de nuestra Constitución señala que la Cámara de Diputados está integrada por 300 diputados de mayoría y 200 diputados de representación proporcional. De esta forma y por supuesto conocemos la estructura del Senado en donde hablamos de 64 senadores de mayoría, 32 senadores de minoría y 32 senadores de representación proporcional que desde mi punto de vista muy particular no deberían existir, porque rompen por supuesto con el pacto federal.

De esta forma mediante el sistema de mayoría relativa los nombres de los candidatos aparecen en las boletas electorales. Es decir, el electorado al momento de votar conoce al candidato por el que está votando, sin embargo, mediante el sistema de representación proporcional, al estar caracterizado por ser un sistema en el que el porcentaje de votos que reciben los partidos determina el número de... que son asignados en las asambleas legislativas por los ciudadanos, por supuesto —repito— los ciudadanos no conocen a sus candidatos.

Si conocen en muchas ocasiones a los diputados de mayoría, pues mucho menos a los diputados de representación proporcional. De esta manera el argumento relativo a que la reelección brindará a los ciudadanos un instrumento para castigar o premiar a los legisladores federales a través del otorgamiento del voto para la siguiente elección no es tan creíble, pues los ciudadanos difícilmente podrían identificar —repito— a los candidatos electos por el principio de representación proporcional en las próximas elecciones.

Si bien la reelección con acotaciones presenta ventajas en los sistemas democráticos, por ejemplo, a través de la reelección, los miembros del Congreso pueden adquirir mayor experiencia legislativa, lo que implica un fortalecimiento de esta institución.

Por otra parte. Si los legisladores tienen en mente postularse para otros cargos de elección popular aún cuando la reelección no esté permitida para el mismo cargo, quizá ellos tengan incentivos para comportarse responsablemente con el fin de crear una buena reputación, lo que significa una plataforma para cualquier política.

La mayoría de los modelos racionales de comportamiento legislativo se caracterizan por asumir que el legislador está sometido a su distrito y constreñido a buscar beneficios para su electorado, de tal forma que se maximice el soporte electoral o el apoyo para su reelección.

En este sentido, la carrera de un legislador será únicamente por el deseo de ganar popularidad en el partido al que pertenecen, para poder postularse a otro cargo de elección popular, pero cuando realmente desee extraer todas las rentas derivadas de su popularidad ganada durante su estancia en el Congreso tendrá que dejar la oficina.

Las reformas aprobadas recientemente por el Senado de la República en las que se propone establecer como máximo el de 12 años para el ejercicio de la función de los senadores y de 9 años a los miembros de la Cámara de Diputados, tienen por objeto hacer responsables a los legisladores federales para el desempeño de sus funciones a través de la calificación de los ciudadanos para el desempeño de éstos y aunque establece límites máximos para el ejercicio de funciones, consideramos que esta reforma carece de algunas restricciones que fortalecería el Congreso.

Si la intención del Poder Constituyente Permanente ha sido que el Congreso de la Unión fuese un órgano de representación estático con miembros vitalicios en el encargo, así lo hubiera establecido en el texto constitucional, sin embargo, dado que la verdadera intención fue un Congreso dinámico, con miembros renovables cada periodo de tiempo, se hace necesario invocar esta intención al momento de considerar las reformas propuestas.

Actualmente el marco jurídico constitucional permite a los legisladores federales perpetuarse en su carrera política, saltando de la Cámara de Diputados a la Cámara de Senadores, de la Cámara de Senadores a la Cámara de Diputados o cambiando al Poder Ejecutivo local. Esto es muy común obviamente en el México actual.

¿Qué propuestas hacemos? Después, por supuesto, de estas reflexiones. Es una propuesta concreta. La redacción quizá no sea lo más adecuada, pero espero que les sea de alguna utilidad a los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales.

Los senadores y diputados del Congreso de la Unión podrán ser reelectos en forma inmediata en cada ocasión, los primeros hasta un periodo adicional y los segundos hasta dos periodos. Esta reelección sólo se aplicará para los diputados y senadores de mayoría. No es lógico que se aplique a los senadores de representación proporcional por todos los argumentos que se han dado.

Posteriormente de haber concluido su encargo, para evitar la reelección indefinida posteriormente, no podrán postularse a cargo de elección popular en el Congreso de la Unión o en los Congresos de las entidades federativas hasta no haber transcurrido un periodo de seis años para los senadores y un periodo de tres años para los diputados.

¿Qué ventajas logramos con esta propuesta de reforma constitucional? Con esta modificación se le dará oportunidad a las nuevas generaciones de políticos que aspiran a ocupar puestos de elección popular. Con esto se lograría una mayor profesionalización de los integrantes del Poder Legislativo. Se lograría una mayor armonía y gobernabilidad entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo. Se logrará una mayor comunicación entre los diputados y senadores y el electorado, un mayor compromiso del legislador con los ciudadanos y por último, con el precepto de que la reelección sea aplicada sólo para los diputados y senadores de mayoría, aprovechamos para proponer —ya lo dije con anterioridad— la desaparición de los 32 senadores de representación proporcional. Muchas gracias.

El diputado Felipe Solís Acero: Muchas gracias, al doctor Soto Flores por su participación y antes de anunciar al siguiente ponente informo a ustedes que hemos recibido una ponencia más, suscrita por el licenciado Alberto Pérez Palma, presidente de la Unión de Profesionales de Derecho, Asociación Civil, del estado de Yucatán, en materia justamente de reelección de legisladores y alcaldes. Muchas gracias. Y forma parte del paquete que analizará la comisión en su momento.

Corresponde ahora hacer uso de la palabra a la diputada Beatriz Paredes Rangel. La diputada Paredes Rangel nació en Tlaxcala y cursó estudios de sociología en la Universidad Nacional Autónoma de México. Ha sido presidenta del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional del 4 de marzo de 2007 al 4 de marzo de 2011. Fue gobernadora de su estado natal, Tlaxcala, donde también fue diputada local.

Ha sido diputada federal y senadora de la república en las legislaturas LI, LIII...

(Sigue turno 16)

...notables momentos luminosos, históricos, casi siempre fundacionales; después no. Pero, para quienes piensan que la reelección es la mejor alternativa, quiero decirles que en todos los países de América Latina donde hay reelección el Poder Legislativo está igual de desprestigiado, igual de desprestigiado.

Yo he hecho un análisis de por qué los Poderes Legislativos están desprestigiados; no viene al caso, pero si alguien está interesado, estaría yo muy dispuesta a conversarlo, lo hice cuando fui presidenta del Parlatino. Pero ahorita quisiera tocar algunos aspectos del desprestigio contemporáneo del Poder Legislativo mexicano.

Quiero decirles que en los últimos años ha habido una insistencia de distintos sectores de que aprobemos las reformas estructurales; así, las reformas estructurales. Si tú le preguntas a un ciudadano: oye, ¿y los legisladores trabajan? No. ¿Por qué? Porque no aprueban las reformas estructurales. En los últimos 20 años el planteamiento ha sido que se aprueben las reformas estructurales.

Voy a utilizar un texto que presenté. Hay quienes sostenemos que detrás de la discusión superflua sobre las reformas estructurales, lo que existe realmente es un debate sobre el destino de México. Por cierto, habría que recordar que éste no es un debate reciente, y se asemeja a una discusión que se da en diferentes latitudes. En el caso mexicano tiene más de 20 años de librarse y más que una discusión entre los sectores políticos o entre los representantes sociales empezó como un debate de los tecnócratas financieros y los grupos de interés en su incidencia con las elites del poder, con objeto de alinear al país a las recomendaciones del modelo económico derivado de la globalización y de la apertura del mercado.

Lo que verdaderamente está en la polémica es. si la etapa de globalización económica y de articulación con América del Norte derivada del Tratado de Libre Comercio, significa la renuncia a la rectoría del estado nacional en actividades estratégicas y la apertura para que la composición de capital en ella sea predominantemente extranjera o favorezca procesos monopólicos de origen diverso.

La inevitabilidad de la inserción subordinada de la economía mexicana, con un esquema irracional de concentración del ingreso en el modelo de globalización de América del Norte, corresponde a un fatalismo histórico económico que renuncia a la imaginación y al valor que caracterizó a generaciones de otro tiempo. No se trata de desconocer el impacto de la vecindad y de la geopolítica, se trata de asumirlas con dignidad y perspectiva de equidad. Y no es una querella entre dinosauros fundamentalistas versus modernizadores pragmáticos, ésa es otra de las muchas formas para descalificar o trivializar la discusión, es una controversia que encierra una disputa; la disputa para dirimir, ¿quiénes tendrán la hegemonía en nuestro país? ¿Un Estado mexicano democrático y moderno, que estimule la participación libre del capital privado con responsabilidad económica y social? ¿O un gobierno administrador del asistencialismo y la represión sujeto a Poderes fácticos de enormes proporciones? Esto lo dije hace algunos años y ya verán ustedes lo que pasó.

Situarnos en el contexto, nos permite ubicar algunas preguntas para valorar, si lo planteado en la minuta caerá en terreno propicio para consolidar la democratización del país, y el Estado mexicano, si es necesario complementar algunos de sus planteamientos o si se requiere retomar algunas de las propuestas originales de los senadores en la reforma del Estado.

Lo primero que quisiera afirmar es que uno de los elementos del desmantelamiento, del régimen presidencialista del siglo XX fue una reforma aparentemente menor que genera, que sólo puede haber reformas constitucionales en el país si tienen dos tercios de votación de los presentes. Los dos tercios de votación de los presentes, y no mayoría simple, lo que dibuja es un régimen con el acuerdo de cuando menos dos grandes partidos.

Un enorme asunto vinculado al tema del acuerdo de dos grandes partidos, porque está ligado a la desaparición de la cláusula de gobernabilidad, por eso, no me voy a extender en la explicación, ésa es la razón. Los partidos que obtienen mayoría simple de manera mecánica aritmética, si no tienen un porcentaje determinado, no pueden componer un peso específico en la legislatura; necesariamente para alcanzar estos dos tercios con la desaparición en el ámbito federal de la posibilidad de articular mayoría simple porque obtiene mayoría aritmética, lo que hace en la práctica es, que necesariamente requieras la participación de dos partidos en la realización de reformas constitucionales. Eso supone la necesidad, guste o no, de generar coaliciones gobernantes.

Un tema crucial para la construcción de la viabilidad del Estado mexicano del siglo XXI es, observar cómo se percibe, desde la legislación, el aliento para generar coaliciones gobernantes. Lo que es claro es que el entorno externo que propicia el discurso polarizante, que propicia la estrategia de descalificación, es un caldo propicio –valga la redundancia- para la poca factiblidad de las coaliciones gobernantes, y al ser un caldo de cultivo que dificulta la generación de coaliciones gobernantes, redunda en demostrar ante la ciudadanía que el gobierno no tiene sentido, que los políticos son ineptos, que son incapaces de encontrar franjas de colaboración.

Parecería que se requiere un Poder Legislativo fuerte, y el debate se ha centrado en la reelección como instrumento para el Poder Legislativo fuerte. Independientemente de las consideraciones históricas sobre la reelección, a mí me parece crucial que la Cámara y el Senado sean instituciones fuertes, que tengan organismos especializados fuertes, que tengan centros de investigación fuertes. Lo que hace fuerte a la Comisión de Presupuesto del Congreso Norteamericano no es la reelección, perdónenme; la hace fuerte un aparato técnico de expertos extraordinariamente consolidado de servicio civil que trasciende la movilidad entre los legisladores.

Con una Cámara y un Senado que disponen de organismos técnicos muy débiles, no profesionalizados, me parece que estamos confundiendo...

(Sigue turno 17)

... pero me parece muy importante recordar otro elemento de la elección del 2000 que a veces ignoramos.

El candidato que propició la alternancia en el régimen político mexicano, el señor Vicente Fox, que fue candidato del Partido Acción Nacional en alianza con el Partido Verde Ecologista, de cada 10 votos emitidos recibió cuatro. El candidato del Partido Revolucionario Institucional recibió alrededor de 3.8, 3.7. Y el candidato de las alianzas encabezadas por el PRD, recibió alrededor del dos.

A mí lo que me parece muy importante subrayar es que en México no es que los partidos políticos estén divididos. En México lo que está dividido es la sociedad mexicana. La sociedad mexicana tiene un nivel de visiones distintas sobre un conjunto de temas.

Después de la elección del 2000, la posibilidad del cambio que motivó la participación -muy significativa porque fue una elección con un menor grado de abstencionismo que otras elecciones-, esperaba encontrar respuestas a esta expectativa; y además el hecho de la investidura presidencial dotó -no obstante la insuficiencia de la votación, porque no había una mayoría abrumadora- de la fuerza de encabezar el proceso de renovación del Estado mexicano.

No sé si compartan esta afirmación, pero para mi asombro –y yo creo que lamentablemente para el destino nacional-, no hubo cambios en muchos aspectos. La política económica es prácticamente la misma. La política económica no significó un cambio como el que se planteaba y en donde se pondría en el centro de las decisiones al hombre y no al capital financiero.

Tampoco hubo un extraordinario esfuerzo de fortalecer a las regiones. Uno pensaría en un federalismo vigoroso. Ésa era la plataforma que se había escuchado. Y, en la etapa 2006-2012, no sólo no ha habido un federalismo vigoroso, ha habido claros intentos de regresión centralista a través de normas y reglamentos de las dependencias del Ejecutivo federal que no corresponden al espíritu legislativo.

Pero lo que es más dramático, donde yo creo que hay esencialmente una incomprensión de el ánimo, la búsqueda de la sociedad mexicana, es que se ha pretendido reproducir el modelo presidencialista del siglo XX. Yo quiero aquí hacer una afirmación categórica: el modelo presidencialista del siglo XX es imposible de reproducir. No corresponde a la realidad del siglo XXI; no corresponde a la evolución democrática del entorno internacional; no corresponde a una sociedad que ha acentuado su pluralidad y no puede uniformarse por una fuerza hegemónica aunque sea una fuerza mayoritaria.

El modelo presidencial del siglo XX está superado por la historia. Cumplió un papel. Pacificó al país; propició su desarrollo; estableció un régimen constitucional con prevalencia del estado de derecho; transformó la realidad económica y social. Tuvo su aportación histórica, pero ya cumplió su ciclo.

Los mexicanos tenemos que tener la imaginación y el talento de manera pacífica de concertar un nuevo acuerdo que se refleje en un modelo jurídico que nos permita convivir y persistir en la pluralidad, en la concertación, en la democracia y con un gobierno eficaz. Federalista, eso creemos unos. Una de las ausencias del planteamiento de la reforma política –desde mi perspectiva- es la vertiente del fortalecimiento del federalismo.

Dicho esto, los comentarios que voy a abordar de manera inmediata, se relacionan con los temas de la mesa. Pero quise ubicar con este proemio los planteamientos que voy a hacer, porque la pregunta –desde mi perspectiva- es ¿para qué queremos una reforma del Estado? ¿Para qué? ¿Para seguir en el continuo infinito de las reformas electorales o para dibujar los primeros elementos del nuevo gran acuerdo que le den vigencia al Estado nacional en el siglo XXI?

Si la respuesta fuese: queremos una reforma del Estado para dibujar, para bosquejar los nuevos elementos que le den vigencia al Estado mexicano en el siglo XXI, a mí me parece fundamental señalar que el enorme esfuerzo que hicieron los senadores de la República y a los que expreso mi reconocimiento. primero, por haber tomado la iniciativa, por cierto, no desde nuestra Legislatura. Desde la Legislatura anterior los senadores de la República establecieron una comisión para la Reforma del Estado y los planteamientos originales de los senadores eran mucho más amplios que los que estamos recogiendo en la minuta.

Fueron los senadores los que pusieron el tema sobre la mesa, después hubo una correspondencia –muy cerca de las elecciones- del Ejecutivo federal y, finalmente en un Senado en donde la mayoría parlamentaria la tiene el partido en el gobierno, lo que tenemos es esta minuta que es una minuta importante, pero acotada.

Si la respuesta de para qué queremos una reforma política es para ir bosquejando el Estado mexicano que tendrá vigencia el siglo XXI, a mí me parece crucial subrayar algunos elementos del contexto, para que el propósito del legislador, el espíritu del legislador no se vea trastocado en la realidad, porque lamentablemente a veces la realidad es terca y determinante.

Primero tendríamos que ver cómo logramos que una reforma política permita profundizar la democracia mexicana y consolidar la democracia mexicana. Eso, bajo la hipótesis de que estemos convencidos de que el régimen democrático es el que más conviene al país. Yo sí estoy convencida. Categóricamente afirmo que sí. Que por imperfecta, que por infuncional que sea la democracia y el acuerdo democrático, siempre es mejor que una posición autoritaria. Siempre.

Bajo la hipótesis de que estemos convencidos de ello, tendríamos que reconocer que México está inmerso en lo que yo he caracterizado como la etapa de la...

(Sigue turno 18)

... la etapa de la democracia mercadotécnica no considera a los sujetos de la democracia, que son los individuos, como ciudadanos. La etapa de la democracia mercadotécnica considera a los sujetos de la democracia como clientes.

En la etapa de la democracia mercadotécnica los candidatos no tienen que convencer con argumentos. En la etapa de la democracia mercadotécnica los candidatos son un producto que se coloca en “el mercado electoral”. La etapa de la democracia mercadotécnica tiene como correlativo el vaciamiento del discurso político. La trivialización del discurso político.

El contenido trascendente del discurso político es ineficaz en la etapa de la democracia mercadotécnica. En la etapa de la democracia mercadotécnica los intermediarios entre la participación social y el Estado clásicos son despreciables, despreciados o señalados como ineficaces, no son funcionales los partidos políticos, no son funcionales las organizaciones de clase, representan el pasado.

En la etapa de la democracia mercadotécnica los instrumentos preponderantes son los estudios de opinión y los medios de comunicación. Lo primero que tenemos que asumir es que la transición democrática en México no devino en un fortalecimiento de la fuerza ciudadana y de la participación ciudadana. La transición democrática en México devino en la preponderancia de la etapa de la democracia mercadotécnica.

Un segundo elemento de la caracterización del entorno en donde se insertará esta reforma es el del debilitamiento de los poderes públicos ante los poderes fácticos. El proceso de debilitamiento de los poderes públicos ante los poderes fácticos es evidente, de eso dan cuenta las noticias de toda índole de todos los días. Es evidente que hay un deterioro del peso del Estado, algunos argumentamos que es por ineficacia en saber utilizar los instrumentos del Estado, probablemente sea un tema mucho más estructural.

Es evidente que hay una crisis en la representatividad de algunos de los poderes del Estado —no soy yo quién para juzgar la representatividad del Ejecutivo federal en estos momentos, pero en el caso del Poder Legislativo, que es un poder, es evidente que la ciudadanía está convencida de su ineficacia, de su inoperancia, de su ineptitud.

Quiero, desde aquí, saludar con enorme respeto a la Suprema Corte de Justicia que ha hecho un esfuerzo de robustecimiento de su legitimidad, de su independencia y de su autonomía, que —como ustedes apreciarán— no siempre es juzgada de la misma manera. Pero el entorno en que incide la posibilidad de estas reformas es un entorno de debilitamiento de los poderes públicos ante los poderes fácticos, sean poderes fácticos legítimos o poderes fácticos ilegales.

El otro elemento de la caracterización es una crisis generalizada de los partidos políticos. La crisis de los partidos políticos, particularmente de los partidos políticos tradicionales y clásicos es un asunto que compartimos con todos los países de América Latina. Hay un proceso de deterioro de los partidos políticos en términos generales, que en México se ha visto acentuado en algunos partidos por pugnas internas y divisiones, pero que en general responde a la incapacidad que han tenido los partidos políticos de reaccionar rápidamente ante un nuevo modo de hacer el discurso político y de un nuevo modo de la sociedad de comunicarse.

Son aparatos mucho más lentos que lo que está sucediendo en la sociedad y la crisis que han tenido los partidos políticos, particularmente los partidos políticos clásicos, tiene que ver con un problema estructural mucho más profundo que si no lo toco, todo mi diagnóstico es incomprensible. La pérdida del poder político por los políticos.

La era del neoliberalismo supuso el desplazamiento del poder político, la supresión del poder político para los políticos y la preponderancia del poder del capital financiero. La estrategia del capital financiero se acentuó en las burocracias financieras de todos los países —no les estoy diciendo nada que tenga que ver con México ni estoy hablando de fulano o perengano, no trivialicemos la discusión, porque al ratito me van a preguntar: ¿Y de quién se trata? ¿Y por qué? Porque eso es trivializar la discusión— se trasladó el poder a las entidades financieras que determinan las variables básicas de la gobernabilidad.

Los países tienen derecho a tener un nivel de endeudamiento de hasta tanto, si se pasan 0.0003 ya no. Los países tienen derecho a invertir en el desarrollo económico hasta tanto porque si se pasan 0.0002 van a generar inflación. Este marco referencial que hace las directrices macro del ejercicio del poder público no está determinado por los políticos.

Los políticos en la era del capital financiero del neoliberalismo en esta región, en América Latina, pero estamos viendo por la crisis griega que también en otras latitudes, nos volvimos instrumentales, somos instrumentales, nos toca instrumentar el control y la estabilidad. Estos políticos instrumentales, obviamente, si el marco referencial de los instrumentos legislativos más relevantes, los que conducen la política económica que tiene que ver con el bienestar social, somos infuncionales porque la ciudadanía demanda más fuentes de empleo o mejores salarios, etcétera, y el marco referencial donde está asentado el verdadero poder tiene muy limitados los márgenes de maniobra.

Quisiera, con esto, hacer una referencia para abordar finalmente el tema del fortalecimiento del Poder Legislativo. ¿Por qué está tan desprestigiado el Poder Legislativo mexicano? Quiero decirles que el Poder Legislativo mexicano está muy desprestigiado ahora, estuvo muy desprestigiado a mediados del siglo pasado, estuvo muy desprestigiado antes de la Revolución.

El Poder Legislativo en México pocas veces ha estado prestigiado. Ha tenido prestigio notable en momentos luminosos históricos, casi siempre fundacionales, después no...

(Sigue turno 19)

... local. Ha sido diputada federal y senadora de la república en las Legislaturas LVI, LVII, LVII y LVIII, en ésta última, en la LVIII Legislatura fue coordinadora del Grupo Parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados y presidenta de la propia Cámara, y por lo tanto del Congreso de la Unión del 1 de septiembre de 2001 a diciembre de 2002.

En el ámbito del Poder Ejecutivo federal ha sido subsecretaría de la Reforma Agraria y subsecretaria de Desarrollo Político y de Gobierno de la Secretaría de Gobernación. Se ha desempeñado en diversas responsabilidades internacionales como embajadora de México en la República de Cuba y presidenta del Parlamento Latinoamericano.

En la actualidad es vicepresidenta de la Internacional Socialista y miembro del Consejo Consultivo de Parlatino. Es autora de varios libros, entre otros: A caso la palabra, Con la cabeza descubierta, y Perspectiva; además de articulista semanal del periódico El Universal.

La diputada Paredes, quien es actualmente diputada federal de la LXI Legislatura preside la Comisión Especial sobre Migración y es integrante de las Comisiones de Relaciones Exteriores, de Gobernación, y de Educación. Tengo mucho gusto en dejarle la palabra a la diputada Paredes.

La diputada Beatriz Elena Paredes Rangel: Muchas gracias, diputado.

Los yucatecos saben que me da un enorme gusto estar en Mérida y en Yucatán y en la Península. Saben que los quiero, los respeto, los admiro, que me sé su música, que reconozco su talento político y que me deslumbra esa síntesis extraordinaria de civilización prehispánica y cultura mestiza que los lleva a hacer un espacio único en el entorno, no solo mexicano, sino universal. Gracias a su hospitalidad, gracias a su generosidad, y simplemente gracias por ser como son, aportan a este conglomerado.

Estimados legisladores integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales que nos convocan a participar en este evento; señor presidente de la honorable Cámara de Diputados; señor representante del presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, secretario de la misma: amigo Rolando, diputado yucateco integrante de la comisión; diputado Felipe Solís integrante de la comisión y coordinador de este foro; destacados ponentes con los que me honro en participar; ofreciéndoles una disculpa a los ponentes que van a intervenir después del intermedio de preguntas y respuestas, porque lamentablemente, porque hay un banquete de exposiciones, tendré que regresar a la Ciudad de México porque comparece hoy en la tarde el secretario de Gobernación, ante la Permanente, con el tema migratorio, y soy encargada de esa exposición.

Pero quiero dejar constancia de mi interés de escuchar, de conocer y de recoger los planteamientos que hemos escuchado en estos momentos hasta ahora y los posteriores, así es que revisaré la versión estenográfica con mucho interés.

Quisiera, de manera simbólica, dedicar esta presentación con un enorme respeto a alguien que nos mira en algún lugar del cosmos, supongo que fumando un cigarrillo, a don Salvador Rocha que se nos fue hace muy pocos días.

Señoras y señores, se ha dicho aquí y con toda propiedad en un conjunto de documentos muy sólidamente escritos, que nuestro país ha vivido un conjunto de reformas políticas y reformas electorales, y alguno de los estudiosos que me antecedió en el uso de la palabra señaló que estas reformas tuvieron como propósito transformar un país caracterizado por un presidencialismo fuerte.

Yo diría, desde otra perspectiva, que el conjunto de reformas electorales y políticas, producto de una síntesis de hechos, el protagonismo de la sociedad civil en distintos momentos, el reclamo de las oposiciones, la convicción democrática de personajes del régimen tuvo como núcleo catalizador, el desmantelamiento del régimen de partido hegemónico.

El propósito de desmantelar el régimen de partido hegemónico se cumplió y el régimen político que caracterizó la etapa posrevolucionaria del siglo XX mexicano, después de sucesivas reformas a partir de 1977 encontró la alternancia como puerto de llegada a estas sucesivas reformas.

La sociedad mexicana creía que la alternancia significaba una enorme transformación. La sociedad mexicana pensó que la alternancia suponía un enorme cambio en el régimen político mexicano, y la discusión vigente aún de reformas políticas, reformas electorales, reforma del Estado, tiene que ver, desde mi perspectiva, en primer término, con la insuficiencia de la alternancia; porque el proceso de la alternancia en el país no devino en una reforma del Estado, porque la alternancia en México no significó un cambio de régimen, la transformación del régimen presidencialista mexicano se vino dando antes de la alternancia.

A partir de la alternancia no hemos tenido una, una sola iniciativa, que implique la transformación de la relación del presidencialismo vigente con los otros poderes; al contrario, hemos observado un conjunto de prácticas que revelan asombrosamente para mí, porque no corresponde a lo que teórica o políticamente hubiera esperado, revelan cierta nostalgia del presidencialismo autoritario. Hubo cambio del titular del Poder Ejecutivo federal, pero la nueva elite gubernamental no reconoció los factores esenciales que provocaron la alternancia.

Quiero recordarles que el 2 de julio de 2000, todas las ofertas que contendieron, en esa fecha, las ofertas de los candidatos a la presidencia, todos tenemos un análisis del discurso de todos los candidatos de esa etapa, y la candidata, presentaron una propuesta que tenía como eje el cambio. Todos parafraseaban su oferta diciendo: El cambio. La sociedad mexicana votó por el cambio, por eso votó la sociedad mexicana, y todos los candidatos plantearon que ellos representaban el cambio.

Pero me parece muy importante recordar otro elemento de la elección de 2000, que a veces ignoramos. El candidato...

(Sigue turno 20)

...la movilidad entre los legisladores.

Con una Cámara y un Senado que disponen de organismos técnicos muy débiles, no profesionalizados me parece que estamos confundiendo la naturaleza de la discusión. Si lo que queremos es un Poder Legislativo fuerte tengamos soportes en el Poder Legislativo que alimenten a los legisladores sean de una sola elección, sean reelectos o como sean, pero que dispongan de la información o de los soportes técnicos que permita fundamentar sus debates.

La discusión sobre la reelección o no la reelección no es una discusión que tenga que ver con la fortaleza del Poder Legislativo, es una discusión que tiene que ver con otras cosas. La discusión que tiene que ver con la fortaleza del Poder Legislativo, la discusión correcta tiene que ver con los instrumentos que requieren las Cámaras para sustentar las posiciones y opiniones con la fortaleza del órgano superior de fiscalización y quiero coincidir plenamente con Jorge Carlos Ramírez Marín, necesitamos un Órgano Superior de Fiscalización cuyas decisiones no sean intermediadas con la SECOGEF y me atrevo a proponer la desaparición de la SECOGEF, por que no corresponde a la lógica del diseño constitucional donde la evaluación y la fiscalización debe de estar en manos de otro poder y por lo que ya hemos visto, por algunos temas que están sobre la mesa tampoco corresponde a una práctica funcional y la discusión corresponde a resolver un conjunto de temas del práctica legislativa.

Comparto las posibilidades de la iniciativa preferente, comparto las posibilidades de reducir los tiempos de dictamen, comparto la necesidad de un código de ética que precise tiempos y responsabilidades de los legisladores y comparto lo expresado por Jorge Carlos en el que hay que acotar un fuero constitucional.

La discusión de una reelección es una discusión que tiene prenaturaleza. Los ciudadanos, y por eso están tan entusiasmados con el tema, suponen que la reelección permite premiar al legislador que ha tenido un buen desempeño, es una suposición quizás legitima y quizás sea cierto. Simplemente en la etapa de la democracia mercadotecnia mi experiencia en los países, en donde la reelección es sistemática es que los grandes grupos de interés logran colocar un legislador por mucho tiempo continuo. Ése es un debate que se tiene que dar en México, ¿cómo equilibramos?, cómo equilibramos para que sea la expresión ciudadana y no como sucede en algunas zonas de Estados Unidos , donde el representante del Tross de los Acereros ya tiene su zona prácticamente escriturada, incluso se usa en el argot y por ahí será representada muchas veces.

Entonces, hay que insertar el debate de la reelección en el marco de las desviaciones de nuestra democracia. Finalmente, cómo logramos impulsar en esta tensión entre democracia representativa y democracia participativa el deseo legítimo de los ciudadanos, de que su voz, su expresión, sus puntos de vista estén materializados.

Yo soy abiertamente a favor de la iniciativa ciudadana, mi tradición vengo de una tradición en un estado hiperparticipativo, donde las cosas se decidían en mi pueblo por plebiscito. Es decir, tengo una tradición de participación comunitaria. Creo en la genuina participación ciudadana.

Aquí ya que hablaron de mecanismos lo expreso el diputado Humberto Benítez, por ejemplo en el tema de revocación de mandato me parece que tenemos que dar una discusión muy profunda que tenga que ver con la inestabilidad del sector público. En fin, son discusiones distintas.

Creo que si la ciudadanía estima que se tienen que generar mecanismo de apertura y participación que permita su incorporación en la toma de decisiones, hay que hacerle. Como hay que hacer consulta ciudadana. Como hay que lograr que el Plan Nacional de Desarrollo sea aprobado por la Cámara de Diputados para que haya concordancia. Hay que fortalecer vínculos entre democracia representativa y democracia participativa, generar mecanismos de corresponsabilidad y de apoyo, para que la democracia participativa pueda tener causes que se encuadren dentro de la Constitución del poder público.

Aquí, se dan las paradojas, cómo se asume la representación de la sociedad civil, quién la caracteriza, quiénes son legítimamente representantes de la sociedad civil y quiénes no. Si es un tema cuantitativo o si es un tema de otra naturaleza. Si al participar en los órganos de poder público, transforman su naturaleza y dejan de se representantes de la sociedad civil.

En fin, hay todo un conjunto de discusiones en esta perspectiva, respecto a las candidaturas pendientes sólo tomemos en cuenta el contexto en el que la posibilidad de que las candidaturas independientes se den. Si las candidaturas independientes son encargadas por ciudadanos limpios transparentes con reinvindicaciones legítimas que captan la enorme simpatía del conglomerado como así lo reflejan algunos movimientos sociales recientes en México no se en qué tantas magnitudes o si las candidaturas independientes son catalizadas por una versión autóctona de Ross Perot, lo cual me parecería verdaderamente dramático.

Queridas amigas, queridos amigos quisiera concluir mi intervención expresando la mayor disposición de la diputada Beatriz Paredes. En lo personal, a titulo individual como legisladora de respaldar un proceso muy profundo de reforma del Estado, me parece la minuta del Senado un gran esfuerzo, pero creo que los planteamientos originales que presentaron los senadores son muchos más trascendentes. Creo que esto es un paso adelante en algunos temas y en los temas que tenemos cuestionamientos está sobre la mesa.

Ustedes observarán un arcaico de legisladores, que no obstante, pertenecen a la misma divisa partidaria tenemos opiniones distintas. Eso caracteriza la democracia hacía el interior de nuestro instituto político. Por eso el proceso de articulación y de negociación interno es tan complejo. Pero, en este mosaico el compromiso que nos une es impulsar el desarrollo democrático de México. En este mosaico quisiera reivindicar una visión humanista del desarrollo de nuestro país.

Por eso deseo reivindicar los ideales de un soñador y hacerlo aquí en Mérida, en este espacio blanco extraordinario de nuestra patria, recordar a don Miguel de Cervantes Saavedra que parafraseado por el poeta León Felipe, señalo: “Don Quijote se encuentra en la Venta, -es un sitio de España-, con un albergue sucio e incomodo, con un hombre grosero y...

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...Cervantes Saavedra, que parafraseado por el poeta León Felipe señaló:

Don Quijote se encuentra en La Venta, es un sitio de España, como un albergue sucio e incómodo, como un hombre grosero y ladrón, con unas prostitutas descaradas, con una comida escasa y rancia y con el pito estridente de un castrador de puercos y dice enseguida: “pero esto no puede ser el mundo, no es la realidad, esto es un sueño malo, una pesadilla terrible, esto es un encantamiento. Mis enemigos, los malos encantadores que me persiguen, me lo han cambiado todo. Entonces su genio prometeico despierta por la fuerza poética de su imaginación y la realidad de su imaginación es más fuerte y puede más que la realidad transitoria de los malos encantadores.”

La ciudadana Lorenia Canavati Von Borstel: Hace casi ya siete años se hizo un gran foro en el cual no sólo participaron expertos de la Cámara de Diputados, sino que se saco un libro de ponencias, cuando Camacho Solís presidía la Comisión Especial de Reforma del Estado.

Después vino una reforma en la que todos los partidos no tuvieron inconveniente en ponerse de acuerdo y donde nos quitaron la libertad de expresión y el derecho a ser votado, que ya estaba instituido desde 1917.

Pero hoy que hay finalmente una reforma que se apruebe en la Cámara de Senadores y que quiere finalmente examinar con mínimo cuatro puntos como son. Candidaturas independientes, reelección de diputados y alcaldes, iniciativa ciudadana, consulta popular, se dice que necesitamos seguir analizando cuánto cuesta un análisis y a quién beneficia: hotel, viáticos, aviones, renta de los espacios, asistentes,, invitaciones ¿para qué?

Vemos el caso del análisis de un Diego Valadez que ya participó en el 2004 y ahora otra vez en el foro del 2011. Todo para llevarnos a dónde. ¿Para decirnos que necesitamos seguir discutiendo?

La reforma política no necesita más discusión, necesita eliminar los temores y los candados para que los ciudadanos puedan hablar y expresarse, necesita quitar los temores de la libre competencia donde la cancha esté nivelada, para que todos podamos meter un gol en las mismas circunstancias, en donde todos los mexicanos y mexicanas gocemos de los mismos derechos y de las mismas obligaciones, donde no exista un diputado, 501, que sea el que determine si México tiene derecho o no a avanzar con la reforma política.

Hoy nos encontramos en Mérida, Yucatán, una ciudad y un estado que han sido ejemplo tanto de avance como de retroceso político.

Aquí en Yucatán ya dieron el primer paso hacia las candidaturas independientes, ya saben las ventajas y las desventajas de las mismas y le pueden aportar al resto del país.

Aquí ya no es una discusión de si se nos regresa el derecho o no, aquí la discusión se debe de dar en las leyes secundarias, más ya no en la reforma.

Seguir discutiendo ¿para qué? Para gastar dinero cuando tenemos 50.6 millones de pobres en el país? ¿Para gastar dinero y tiempo cuando el Poder Legislativo es el más desprestigiado en México? ¿Para gastar dinero y comprar tiempo para que las reglas no se puedan aplicar para el 2012 y siempre pensando que el país puede esperar?

Yo les pregunto si ustedes creen que debemos de seguir discutiendo. ¿Cuántos cafés más necesitamos tomar? ¿Cuántos votos blancos más deben de recibir para saber que México se cansó? Cuánto más debe de seguir subiendo el abstencionismo para que ustedes escuchen que el tiempo se agotó? ¿A cuántos foros más debemos de acudir?

Hoy me sumo a la expresión del poeta y vengo a decir que estamos hasta la madre de foros. Estamos hasta la madre de no ser escuchados, estamos hasta la madre de ser ciudadanos de segunda. Yo les pregunto a ustedes ¿quieren seguir discutiendo o quieren avanzar?

Señores legisladores, su tiempo se agotó: vislumbrar un México con las actuales reglas del juego, sería como invitar a jóvenes a ver la televisión en un aparato de bulbos.

La reforma política debe de aprobarse ya, de tal manera que entre en vigor para las elecciones del 2012. Gracias.

El diputado Felipe Solís Acero: Muchas gracias a la licenciada Lorenia Canabati. Ha llegado el momento de realizar el primer espacio para comentarios y planteamientos de los integrantes de la mesa en relación con las intervenciones de este primer bloque de ponentes, de seis ponentes.

Tengo registrados para hacer uso de la palabra a varios legisladores, la concederé en términos de cómo fue solicitada. Tiene la palabra, en primera instancia, el diputado Ricardo López Pescador. El tiempo previsto para el desarrollo de los comentarios y planteamientos en esta primera ronda es de 30 minutos, de manera que si nos lo permiten, sugeriría muy atentamente a quienes han solicitado el uso de la palabra y quienes la pidan en el transcurso de la discusión, si pudieran tener intervenciones breves de tres minutos que nos permitan atender una ronda lo más completa posible. Tiene la palabra el diputado Ricardo López Hurtado.

El diputado Ricardo López Pescador: Muchas gracias, diputado Felipe Solís Acero, gracias al diputado Orlando Zapata Bello y desde luego a Jorge Carlos Ramírez Marín, Quiero tocar un tema que me parece de la suma importancia, comentarlo a la luz de las ponencias interesantes que hemos escuchado esta mañana.

En primer lugar todos sabemos que lo que se discute en el fondo de las candidaturas en el sistema de partidos en México, es la manera de accionar al poder público y no tenemos más que el espectro democrático ante nosotros.

La búsqueda del poder en México, debe ser y seguir en un marco civilizado, en un marco regulado por la ley, en un marco que propicie la participación de los ciudadanos en la conformación de hacia dónde, cómo y con quiénes quieren que este país se siga gobernando.

Tenemos que seguir construyendo un sistema electoral que propicie la confianza de los ciudadanos, que le dé legitimidad a nuestros gobernantes y quién puede negar que los partidos políticos son las instituciones de interés público con un fundamento constitucional producto de un proceso histórico en México que nos da ese acceso civilizado a los cargos de elección y a la integración, por supuesto, de los poderes del Estado.

Quien llega a un cargo de gobierno debe tener un compromiso ideológico, no se puede sustraer o no se puede desprender de un compromiso ideológico quien desea gobernar a una sociedad.

Debe de haber un proyecto de gobierno. Ese proyecto de gobierno ligado a la realidad social, a la realidad económica, cultural y política de una comunidad.

Debe de haber un compromiso institucional y efectivamente...

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... y a la integración, por supuesto, de los poderes del Estado. Quien llega a un cargo del gobierno, debe tener un compromiso ideológico. No se puede sustraer o no se puede desprender de un compromiso ideológico quien desea gobernar a una sociedad.

Debe haber un proyecto de gobierno, ése proyecto de gobierno ligado a la realidad social, a la realidad económica, cultural y política de una comunidad. Debe haber un compromiso institucional, y efectivamente el sistema democrático de partidos ha demostrado ser la forma más civilizada acorde a los principios del derecho para llegar al poder público.

Efectivamente, el pacto de San José y el texto de la Constitución reconocen el derecho de todo mexicano a ser votado. Y, desde luego, la reforma que aprobamos en materia de derechos humanos nos lleva al principio de la preeminencia de que una disposición que beneficie más a la protección de los derechos humanos, es la que debe prevalecer.

Lo que sí queremos reiterar es que el legislador, como legisladores, entendemos claramente que existe este principio. Pero el legislador que modifica la ley sin atender la realidad social, va sujeto a un fracaso.

Nosotros vemos la realidad social de México, y en este momento podemos reiterar, como ya lo dijo aquí la diputada Beatriz Paredes Rangel, que tenemos que ver cuál es el peso específico de los poderes fácticos y cuál es, realmente, el peso específico de los poderes del Estado.

Qué bueno que se hable de candidaturas independientes. Qué bueno que se trate de ampliar la participación de los ciudadanos en la vida política del país. Pero qué vamos a hacer si esto pudiera servir para abrir una puerta a intereses que están ahí incubados en esos poderes fácticos que son reales y que nadie los puede negar.

¿Cómo podemos reglamentar candidaturas independientes cuando no sabemos de dónde van a obtener los recursos para sus campañas? ¿Serán públicos? ¿Con qué mecanismos? ¿Quién va a asumir la responsabilidad subsidiaria de los recursos que hoy un candidato utiliza si no es un partido político como una institución constitucional seria?

Por eso reiterar, con toda certeza, como legislador, que efectivamente tenemos la claridad de que hay que emplear derechos, de que hay que reforzar los derechos humanos de todos, los derechos cívicos, los derechos ciudadanos. Pero también hay que ver la realidad y hay que ver en qué momento es oportuno. Hay que recordar que la Constitución de 1917 estableció en su artículo 105, reconoció las controversias constitucionales.

Y fue hasta 1994, hasta 1994 cuando el legislador consideró el momento más oportuno para que estos medios de defensa pudieran reglamentarse y hacerse efectivos. En el tema concreto considero que el tiempo, la circunstancia, la realidad de México, con poderes fácticos algunos dentro de la ley, y otros fuera de la ley, puede representar la candidatura independiente, la apertura de una rendija a intereses que no queremos que el día de mañana en México nos estén gobernando.

La democracia representativa, el sistema de partidos es el sistema más eficaz. Esperemos, analicemos, discutamos. Estos foros son para eso, no son un ejercicio vacío, no son un ejercicio para la foto, son discusiones serias, venimos con todo el ánimo de llevarnos de aquí sus comentarios, sus puntos de vista para trabajar allá, en la Cámara de Diputados con el proyecto que le beneficia a México, a la nación.

No ir a reformar la ley o la Constitución con intereses que a veces no sabemos atrás de quienes precedidos. Queremos una reforma que le sirva a México, a los intereses generales del país, y por eso estos foros son una oportunidad. Qué bueno que Mérida nos recibe, qué bueno hay propuestas, qué bueno que hay riqueza en este tipo, sobre todo de discusiones. Ése es mi comentario dentro de todo este tema. Muchísimas gracias.

El diputado Felipe Solís Acero: Tiene la palabra el diputado Oscar Martín Arce Paniagua con la atenta súplica, no al diputado en lo particular, sino a todos los participantes, de la necesidad de ajustarnos al tiempo, de los tres minutos. De lo contrario no va a ser posible agotar este espacio en los 30 minutos que tenemos previstos.

El diputado Óscar Martín Arce Paniagua: Muy buenas tardes ya. Agradezco la hospitalidad de mis amigos diputados. A Rolando, a Jorge y a la gobernadora.

Desde un principio los legisladores de Acción Nacional estuvimos de acuerdo en términos generales con la minuta del Senado. Sabíamos que era acotada, que no era lo que necesitábamos como una materia o un producto terminado de reforma política, estructural, del país, pero que era un avance.

Hoy coincido con temas que ha manifestado, normalmente coincido con mi amigo Jorge Carlos Ramírez Marín, en que temas como la acotación del fuero, en que temas como la eliminación plurinominales, reforzamientos de órganos de fiscalización, en temas que tienen que ver con cosas que quedaron fuera de la reforma, debemos de transitarlas en otra vía.

No podemos hacer una reforma eterna, tal como lo decía la gobernadora, para nunca tener un producto terminado, que el tiempo se vaya, que no puedan participar en 2012 como ahora ya no pueden participar los ciudadanos porque el tiempo ya se vino encima, y que no tengamos nada que ofrecer como cambio estructural de México.

Debemos de agotar este tema y abrir otro en otra vía. Y en algunos temas que ha participado, inclusive, ya ha propiciado el presidente de la República, tal como la desaparición de la contraloría u órganos de fiscalización, que inclusive fue rechazada, ahí está el antecedente, la Secretaría de Turismo, para crear un órgano de fiscalización real y que cuide a sus gobernadores que tiene endeudados, por ejemplo, a los estados, que están quebrado.

Hay muchos temas para discutir en la reforma. Pero, trataré de insertarme en lo que se ha discutido. Hoy nos da miedo la reelección, pero tenemos a diputados y senadores sindicalizados. Y no me refiero a la estructura general de un sindicato, sino que representan a un sindicato y no representan los ciudadanos, y ahí están. Cuando hay una reforma para modernizar a Pemex, ahí están. Cuando hay una reforma para modernizar el sistema eléctrico de la Comisión de Energía del país, ahí están.

Y ahí han estado. En esta Legislatura hay legisladores que tienen 18 años entre el Senado y la Cámara de Diputados. ¿Eso no es una reelección? Claro que lo es. Entonces por qué nos da miedo avanzar para tener sindicalizados de la sociedad civil, que si van a terminar en formar un partido político, eso es oxigenar a la democracia. Muchos ciudadanos a lo mejor no están de acuerdo con los partidos formales, pero te obligan a formar parte de una estructura a veces caduca, a veces que no representa a la sociedad y eso viene a contribuir al abstencionismo, al voto blanco.

Hoy, nosotros queremos dejar sentado, como digo, que la participación ciudadana es lo principal que se le quiere negar en esta reforma. Tenemos que abrirla. Si tenemos que terminar esta reforma aceptando que los ciudadanos tienen derecho a presentar iniciativas, tienen derecho a participar, es una forma de contribuir a la modernización del país que hoy la estamos negando.

Y coincido con la diputada, los poderes fácticos quieren poner algunos candidatos. Bueno, algunos ya tienen candidato del poder fáctico. Otros no hemos decidido qué candidato vamos a presentar, pero es una realidad que tenemos que acotar, también. Se le ha dado demasiado poder y el futuro del país no debe de pertenecer a ello. Debe de pertenecer a las candidaturas ciudadanas, a la gente que queremos que el país avance o que queremos...

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... a los partidos. No va vamos a poner candidatos ciudadanos a los partidos. Algunos lo intentarán, será de los ciudadanos.

Por último, para respetar al tiempo, les diré que hay, no debemos de seguir bailando el jarabe a tapatío. A todos decirles que sí, pero no les digas cuándo y cómo. Hoy debemos de avanzar con esta minuta. Nostramos estamos, y hemos estado en disposición de aprobarla en los términos del Senado, los legisladores de Acción Nacional lo refrendamos tomando en consideración los detalles que puedan tener conscientes, pero repitiendo lo que dijo la gobernadora. Probable, perfectible es mejor que nada y eterna. Muchas gracias.

El diputado Felipe Solís Acero: Gracias a usted, diputado. Tiene la palabra el diputado Héctor Guevara.

El diputado Héctor Guevara Ramírez: Señor presidente de la Cámara. Señores diputados, distinguidos ponentes.

Saludo con afecto la anfitronía de la gobernadora del estado, Ivonne Ortega. Desde luego agradezco la presencia de los señores académicos, legisladores, legisladoras y, desde luego, a quienes hoy nos acompañan y también quienes nos están observando en toda la nación a través del Canal del Congreso.

El cambio es lo único permanente, decía el filósofo del cambio, Heráclito. Y, desde luego, no cabe duda que la reforma constitucional debe de inscribirse en ese cambio que la sociedad mexicana, que es dinámica por naturaleza...

La reforma debe darse en razón de la política porque sin ninguna duda la política es no solamente una actividad plena de historia, sino es el único medio racional para solucionar los conflictos que se presentan en la sociedad. Y, desde luego debe entender a la política, también, como el sustento fundamental de la acción para observar los cambios que debe darse en el poder.

Y el poder no es otra cosa sino el control de la voluntad de un individuo o de un grupo de individuos en razón del manejo del poder público. Y es ahí, precisamente, en que los diputados de esta comisión hemos observado la necesidad de establecer una importante cercanía para estar interactuando entre el Poder Legislativo y los ciudadanos, porque sin duda es ahí donde se encuentra la verdadera construcción del país democrático al que aspiramos.

Los ciudadanos son, sin duda, el eje de la democracia en todas sus variantes. Es pertinente observar cómo el Estado mexicano debe tener gobernabilidad, eficacia, eficiencia y fundamentalmente un elemento que da sustento a esta etapa de la vida de la nación, que esa gobernabilidad a través del diálogo con las diferentes fuerzas políticas de la nación.

Por eso es pertinente mencionar que la Comisión de Puntos Constitucionales que preside don Juventino Castro y Castro, hemos buscado a través del diálogo, la concertación, el análisis, establecer el sustento de esta reforma.

¿Cuál es el objetivo? El objetivo principal es dar el debido trato a los temas que contempla la minuta que la reforma política den ese tema fue aprobada por el Senado en base a la responsabilidad, la reflexión, ilustración de académicos y de diversos sectores de la sociedad civil.

Es muy importante, a propósito de lo que aquí se ha comentado, dejar claro que no se trata por parte de esta Comisión, ni se ha hecho, de obstruir la dictaminación de esta minuta. Sino que la postura que ha asumido la mayoría de la Cámara de los Diputados es en razón de las facultades que tiene la Cámara de los Diputados como Cámara revisora, pues en un sistema bicameral y el nuestro, así es de acuerdo a la Federación, una segunda Cámara propicia una revisión profunda y destacada que la Cámara de origen haya realizado y decidido, y cuando las dos estén de acuerdo, así lo señala de manera perfecta el sistema bicameral y el proceso legislativo, contribuyan a la cabal expresión de la voluntad nacional para aceptar la obligación constitucional.

Abundando en este tema recordemos lo que decía el maestro Felipe Tena Ramírez, la rapidez de las resoluciones en la formación de leyes se atempera ante la discusión en la primera Cámara y en la segunda, serenando la controversia y madurando el juicio.

Desde luego se han tratado temas como la reelección legislativa, la iniciativa ciudadana, las candidaturas independientes, la consulta popular, la cláusula de gobernabilidad, la naturaleza jurídica de los partidos políticos, y en cada una de ellas diversos expertos han dado opinión documentada y, desde luego, no cabe duda, que eso es lo que se buscaba, y eso es lo que se busca a través del manejo de esta comisión.

Por eso, una vez enriquecido el acervo legislativo con las aportaciones de los académicos, de los expertos de diputados locales que sin duda, al fin y al cabo, como se trata de una reforma constitucional, tendrán que participar en ello, es su aportación valorada y tiene que ver con el futuro de la nación. Por eso es trascendente el trabajo que ha realizado esta comisión.

Pero sobre todo, lo que buscamos es que esté la voz del ciudadano, del ciudadano común. Como decía el filósofo Miguel de Unamuno, no tan bueno como Miguel de Unamuno, Miguel de Cervantes y Saavedra, que aquí fue citado doctamente por Beatriz Paredes, pero lo que busca esta comisión es fortalecer la acción del verdadero ciudadano, del ciudadano de carne y hueso. Aquél que ríe, llora, sufre, siente, quiere vivir cada vez en una democracia participativa que le permita tener un alto espíritu de vida para alcanzar aquella idea de los seres humanos, de lograr la felicidad.

Por eso, quienes participamos en el manejo del poder público, a través de los tres Poderes de la Unión, tenemos la obligación de buscar ése clima de gobernabilidad, de acuerdos y de concertación para lograr un escenario idóneo que permita que la reforma política sea una realidad.

Seguiremos en ese intento, con la libertad que el Poder Legislativo tiene, no solamente por adscripción de la Constitución, sino porque los diputados debemos tener responsabilidad de cara a la nación y seguir construyendo el futuro.

El diputado Felipe Solís Acero: Tengo registrados a los diputados...

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... tengo registrados a los diputados Reginaldo Rivera y Fernando Ferreyra. Para cerrar la lista correspondiente, porque el tiempo se nos agota y con la renovada solicitud muy atenta de que sean intervenciones breves de 10 minutos, pregunto a los integrantes de la mesa, incluidos los señores y las señoras ponentes, si tienen interés en participar para hacer la anotación correspondiente y cerrar la lista.

La diputada Paredes. Correcto. Anoto a la diputada Paredes y escuchemos ahora al diputado Fernando Ferreyra.

El diputado Fernando Ferreyra Olivares: Gracias, diputado Solís Acero. Compañeras diputadas, compañeros diputados, muy respetables ponentes, señoras y señores. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la que me honro formar parte y particularmente de la Comisión de Puntos Constitucionales, desde luego que tiene sumo interés en impulsar la reforma política. Reforma política que debe significar un cambio cultural en la vida social de nuestro país, por ello se ha convocado a estos foros.

El objetivo es precisamente escuchar las voces de estudiosos y profesionales en la materia, para dar las mejores luces a esta comisión, las que en su momento servirán para orientar nuestras decisiones en los dictámenes correspondientes que... las iniciativas en estudio, tales como la reelección de legisladores en donde estamos encontrando opiniones que apoyan esta propuesta, argumentándose que la reelección permitirá un mayor acercamiento de los legisladores a su distrito respectivo, para tener un mejor contacto con sus electores en el afán de ser apoyados para su reelección.

Además, se piensa que con esta figura consecuentemente se hará más profesional y especializado el proceso legislativo y que obviamente redundará en la eficacia del mismo. Pero, por otro lado, encontramos opiniones en el sentido de que con la reelección continua se le quitarán espacios a las generaciones emergentes de políticos jóvenes y que la reelección continua por sí sola no resuelve el problema de fondo. En fin, se tendrá que analizar y optar por la mejor decisión.

En otro orden de ideas en cuanto a la iniciativa ciudadana que se incluye en la reforma política se propone precisamente otorgar derechos a los ciudadanos del país a iniciar leyes, para que esta facultad no sea exclusiva del Ejecutivo federal de los legisladores federales y los Congresos locales, sino también sea de los ciudadanos.

De esta manera se piensa que se le dará este derecho al pueblo para tener una mayor participación en la promoción de ideas y propuestas por parte de los ciudadanos, para modificar o reformar el sistema legal mexicano, de tal manera que se pretende reformar el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para precisar este derecho a favor de los ciudadanos, sin embargo, es importante profundizar en el estudio de esta iniciativa para que no solamente sea posible establecer en la Constitución este derecho, sino que en la realidad sea viable y eficaz para mejorar precisamente nuestro sistema legislativo y por ende trasciendan en beneficio de la sociedad.

Otra de las propuestas es la relacionada al tema de las candidaturas independientes. Aparentemente el propósito fundamental que mueve esta idea es precisamente el de abrir nuevos cauces a la participación ciudadana a cargo de la elección popular sin que esté sujeta o condicionada a pertenecer a algún partido político.

De entrada parece atractiva la idea. Sin embargo, este tema, como los demás, se tiene que analizar profundamente, para cuidar que estas candidaturas independientes que se pretenden no vayan a abrir la puerta a la... solamente tengan la posibilidad de acceder a las mismas los ciudadanos que cuenten con suficiente dinero que son los menos y la mayoría de ciudadanos se queden al margen de esta posibilidad por carecer de recursos económicos.

Concluyo mi participación manifestando mi deseo para que este foro y los demás sean para fortalecer el criterio de los legisladores que en su momento determinaremos la reforma política que espera México. Muchas gracias.

El diputado Felipe Solís Acero: Gracias, a usted diputado. Tiene la palabra enseguida el diputado Reginaldo Rivera de la Torre.

El diputado Reginaldo Rivera de la Torre: Gracias. Agradecer a los yucatecos, a Yucatán, a esta nación, la cultura, la música, el legado jurídico-histórico que le ha dejado a la nación mexicana. La participación de la sociedad es importante, a la cual debemos adecuar la realidad social.

Tenemos que hablar con las mujeres, con los campesinos, con los obreros, los empresarios, las ONG, la sociedad en general, pero sobre todo con los jóvenes. Como legislador siempre he pensado que cuando hablemos de un problema como la falta del agua o el aborto, tenemos que preguntarles a los niños y a los jóvenes que van a habitar este planeta, porque los adultos un día nos vamos a ir. No podemos hacer reformas legales que nosotros mismos no vamos a vivir o a sufrir, según sea el caso.

Propongo que la Comisión de Puntos Constitucionales, en un formato preestablecido, consulte en las redes sociales a los jóvenes sobre la reforma política. Los legisladores nos regimos como los otros Poderes del Estado y estamos sujetos al principio de legalidad y fuimos electos con la Constitución y la normatividad vigente.

Me pronuncio en contra de la propuesta de impulsar las candidaturas de ocurrencia, de oportunistas, de demagogos. Debemos de actualizar las normas con seriedad y responsabilidad y no nos equivoquemos. Los políticos también somos ciudadanos que hemos dejado una parte de nuestras vidas como gestores sociales y hemos servido, desde los partidos políticos, a los mexicanos. Es cuanto.

El diputado Felipe Solís Acero: Tiene la palabra la diputada Beatriz Paredes Rangel.

La diputada Beatriz Elena Paredes Rangel: Muy brevemente. Una de las cosas que me preocupa de los diálogos o de las consultas no es el tema del esfuerzo que hacen todos para ayudar, porque todos hacen un esfuerzo. Sino que parecen monólogos sucesivos. Cada quien aporta su monólogo.

Y como yo sí creo que los diálogos tienen alguna utilidad, quiero dejar asentado que yo comparto la indignación de muchos ciudadanos de la sociedad civil. Prefiero frasearlo así, porque en la imagen... que me gusta y que a veces es mucho más expresivo, a veces es utilizado para descalificar.

Si un ciudadano con toda la fuerza de su limpieza y de su honradez tiene una expresión... eso es producto del coraje y el dolor. Si un político tiene una expresión... eso es producto de la... y de su falta de... yo comparto la indignación de miles de ciudadanos.

Indignación, porque tenemos un clima de inseguridad que ha dejado a muchos padres sin sus hijos y a muchos hijos sin sus padres. Indignación, porque se perdieron miles de empleos y no se ha encontrado cómo restablecerlos. Indignación, porque ciudadanos de distintas latitudes han pasado por el país y han perdido su vida y su escenario y la indignación porque los poderes públicos no están funcionando bien. Los poderes públicos en su conjunto.

Esa indignación tenemos que canalizarla en participación. Por eso quiero expresar mi felicitación...

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... los poderes públicos en su conjunto... participación, por eso quiero expresar mi felicitación por el discurso tan dramático que dijo aquí... porque esa indignación se está expresando...

Ojalá, logremos que esos deseos de participación democrática encuentren las respuestas posibles que fortalezcan la democracia mexicana y que esa indignación no sea utilizada por otros para descalificar el... para descalificar el valor de los poderes públicos.

No todos los integrantes de los poderes públicos somos ni sordos, ni ciegos y no todos los poderes públicos son... porque haya condiciones de ineptitud, también es un proceso de evolución democrática, la sociedad civil así calificada pensaba que los espacios de participación se resolvían con alternancia, ya se dieron cuenta, el tema es un tema mucho más complejo, pero no podemos caer en un juego eterno en donde quienes son o se dicen representativos de la sociedad civil descalifiquen a quienes hacen política y los que hacemos política descalificamos a la sociedad civil, porque no es el juego de descalificaciones eternas, lo único que tiene la democracia.

El diputado Felipe Solís Acero: Muchas gracias a todos los participantes, cerramos el espacio correspondiente a comentarios y retomamos de inmediato la presentación de ponencias.

Toca, ahora, el turno al maestro Marco Antonio Baños Martínez. El maestro Baños Martínez es licenciado en derecho por la Universidad Autónoma Metropolitana, es maestro en políticas públicas comparadas por la facultad latinoamericana de ciencias sociales... y es especialista en cultura de la legalidad por esta institución, ha colaborado como asesor en el Consejo de Información Pública en el Distrito Federal así como en la Comisión Ejecutiva de Negociación y Construcción de Acuerdos del Congreso de la Unión, para la reforma del Estado.

En el ámbito privado ha sido consultor especializado en materia electoral y en su trayectoria como servidor público fue jefe del departamento de estudios políticos de la dirección general de desarrollo político de la Secretaría de Gobernación y subdirector del consejo de recursos para la atención de la juventud CREA en la delegación Cuauhtémoc.

El maestro Marco Antonio Baños Martínez es actualmente consejero electoral del consejo general del Instituto Federal Electoral en donde fue designado el 8 de febrero de 2008, entre febrero y septiembre de ese año fue presidente de la Comisión del Registro Federal Electoral en el propio consejo general del IFE durante el proceso electoral federal de 2009 presidió la Comisión de Capacitación y Organización Electoral.

A partir de febrero de 2010, hasta febrero del presente año presidió la Comisión de Quejas y Denuncias del Consejo General del IFE. Actualmente, preside la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica y el grupo de trabajo integrado por consejeros electorales, para dar seguimiento a los procedimientos de revisión y resolución de informes anuales que presentan los partidos políticos nacionales correspondiente al ejercicio 2010.

El maestro Marco Antonio Baños Martínez es funcionario fundador del Instituto Federal Electoral en donde actualmente como dije se desempeña como consejero electoral de su consejo general. Tiene la palabra el maestro Baños Martínez.

El consejero Marco Antonio Baños Martínez: Muchas gracias señor diputado Felipe Solís, muy buenas tardes a todos. Quisiera primero agradecer cumplidamente la generosa invitación que me formuló la Cámara de Diputados así que muchas gracias a todos los señores legisladores, especialmente a don Juventino Castro y Castro que tuvo la gentileza de enviarme la invitación y al licenciado Solís, también, por su intervención para que pudiera estar acá.

Quisiera primero señalar que hay como ustedes saben un artículo en la Constitución que establece que las normas para el juego político electoral se pueden modificar hasta 90 días previo al inicio del proceso electoral.

Éste es un tema muy relevante, porque evidentemente la discusión en materia electoral, una discusión sobre una posibilidad de reforma política puede tener impacto en esa disposición constitucional. Estoy muy en la lógica de lo que interpretó en una brillante exposición que hizo el doctor Diego Valadés en el foro precedente la semana anterior en la cual establece una argumentación jurídica en la cual menciona que existe un solo camino legal que podría hacer que esta disposición no se incumpla y que en el caso de que se llegase a dar una reforma de carácter político algunas de las disposiciones pudieran implementarse.

Hay una ruta en el sentido de establecer un artículo transitorio en la constitución, no en el decreto de reformas constitucionales que podría permitir la vigencia de algunas de estas normas. Ese punto, por supuesto, es una decisión que deberá de tomar la Cámara de Diputados, la Cámara de Senadores en el ámbito de sus respectivas competencias al Instituto Federal Electoral no le correspondería pronunciarse sobre ese aspecto, si no obviamente acatar lo que la decisión de los legisladores en su caso determinara con el tema de la posible reforma política.

Un segundo comentario que quisiera expresar con ustedes es que me parece que una propuesta hecha por la Cámara de Senadores después de un proceso largo de años en la deliberación sobre las posibilidades de reforma del Estado es un avance que debe de ser reconocido y que me parece coloca una posibilidad para que también los señores diputados analicen en el ámbito de su competencia esta situación y me parece que estos foros responden a ese propósito.

Así que quiero expresar como consejero electoral mi beneplácito y mi gratitud por la apertura que se da, para que la discusión sea de manera colegial, muchísimas gracias entonces y procedo a tocar lo que desde mi punto de vista podrían ser los temas que implicarían alguna intervención del Instituto Federal Electoral.

No me voy a avocar a expresar comentarios sobre la pertinencia o no de las modificaciones constitucionales, pero sí sobre lo que son los posibles efectos de algunas de estas modificaciones en el ámbito de las competencias de la autoridad electoral y creo que significaría en el ámbito de la organización de las elecciones federales en particularmente en lo que se refiere al proceso electoral 2011-2012 que como ustedes saben está por iniciar en la primera semana de octubre de este año.

Entonces, toco como primer tema el tema de la iniciativa ciudadana, aquí se propone en la minuta aprobada por el Senado de la República una posibilidad, para que se incluya como derecho de los ciudadanos el de iniciar leyes, esta posibilidad obviamente a mí modo de ver traería aparejada la necesidad de modificar la Ley del Congreso, para establecer cuál sería el procedimiento que tendría que seguirse, para que se presente esa posibilidad de iniciativa de los ciudadanos, para iniciar alguna legislación.

Pero evidentemente también habría que lidiarse con lo que son las posibles competencias del Instituto Federal Electoral en esta materia, particularmente porque ocurre una situación interesante la capacidad para iniciar leyes en el decreto de modificaciones establece que sería a partir de una iniciativa que presente o que suscriba el punto 25 por ciento de la lista nominal de electores, de ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.

Si tomamos como base este aspecto tendremos que considerar que cifras al día de hoy la lista nominal de electores tiene 75.2 millones de personas inscritas, aquí un dato interesante como ustedes saben la credencial 03 que quedó sin vigencia ha disminuido la membrecía en la lista nominal, pero no así en el padrón electoral tuvimos que dar de baja de la lista nominal, no del padrón electoral más o menos 5.6 millones de personas que no han hecho la sustitución de la credencial 03.

Si esto fuera así, entonces el punto 25 por ciento solicitado para este aspecto sería de 187 mil 918 personas, este es un primer tema que habría que revisar y, por tanto, se tendría que establecer un procedimiento, para ver cómo habiéndose recibido una posibilidad de iniciativa de ley por el punto 25 de los ciudadanos de la lista nominal como se envía al Instituto Federal Electoral y cuál sería el procedimiento que tendría que seguir...

(Sigue turno 26)

... lista nominal como se envía al Instituto Federal Electoral y cuál sería el procedimiento que tendría que seguir el IFE para hacer la revisión de que estas personas se encuentran en la lista nominal.

A mí me parece que este es un tema muy relevante, porque efectivamente coloca a los ciudadanos en la posibilidad de poder desarrollar un esquema de iniciativa de ley que represente y que impulse los temas que son del mayor interés de los ciudadanos.

Sin embargo, en el contexto del Instituto Federal Electoral nosotros tendríamos que verificar un procedimiento, para determinar algunos detalles y me parece que sería importante que en las modificaciones legales, ya sea a la Ley del Congreso o al Código Electoral se tendría que decir con toda claridad cuáles son los elementos, cuáles son los datos que se quieren revisar.

Doy un ejemplo concreto, recientemente el Partido de la Revolución Democrática presentó al IFE su membrecía, los ciudadanos inscritos como miembros o simpatizantes del Partido de la Revolución Democrática, como militantes del Partido de la Revolución Democrática entregaron un conjunto de discos en donde venían anotadas todas estas personas y nos pidieron una verificación con el padrón, únicamente nosotros revisamos que las personas estuvieran ahí.

Pero, por ejemplo, en el procedimiento se pidiera que nosotros revisáramos también las características, por ejemplo, de las firmas de las personas que suscriben la iniciativa popular, ahí podríamos tener algunas complicaciones, nada más lo apunto, porque hay que recordar que incluso en los temas bancarios cuando uno suscribe un cheque, por ejemplo, a veces los rasgos de la firma tiene alguna variación, por qué, porque es muy normal que nosotros vayamos degenerando lo que ha sido el rasgo inicial de una firma.

Entonces, esa parte la dejo ahí como una preocupación, pero creo que tendría que colocarse con toda claridad un procedimiento para decidir cómo vamos a hacer ese procedimiento de revisión, me parece que el instituto no tendría mayor complicación sí solamente se pidiera que se revisara si las personas están en el padrón electoral, de incluirse otros elementos entonces tendríamos que revisar la viabilidad técnica de esos procedimientos.

El tema de la firma, me parece que sería una cuestión a revisar y generaría alguna preocupación. También, me parece que en el marco de lo que han sido los ajustes a los temas de los datos personales a la protección de los datos personales en las regulaciones complementarias tendría que establecerse con mucho cuidado cuál es el esquema de cuidado que se tendría con los datos personales de las personas inscritas en esa lista del punto 25 por ciento para suscribir la iniciativa.

Un detalle también que me parece importante es que tendríamos que cuidar desde la perspectiva del Instituto Federal Electoral qué tipo de documento querría la Cámara de Diputados o el Congreso, cual sea la instancia que regule este punto, para que nosotros entreguemos la información habiéndose verificado el punto 25 de la lista nominal, puede ser una resolución, puede ser simplemente un dictamen, puede ser un informe, pero en todo caso existe la posibilidad de que nosotros digamos que algunas de las personas que están firmando la iniciativa no están inscritas en la lista nominal y eso nos llevaría a la necesidad de revisar si eso implica, si esa definición del IFE implica o no la necesidad de que en el sistema de medios de... se coloque algún mecanismo para la protección del derecho de las personas a participar en esos procedimientos en caso de que el IFE dijera esos no están anotados en la lista nominal.

Esa parte, la dejo también como una preocupación valdría la pena que se haga una reflexión cuando se revise este apartado, hay dos modalidades legales para hacer los actos del IFE, uno es el recurso de apelación que es un recurso en contra de las decisiones tomadas por los órganos del instituto que tiene capacidad para tomar decisiones y la otra es el juicio para la protección de los derechos políticos de los ciudadanos que los coloca ante la posibilidad de revisar que sus derechos políticos sean atendidos suficientemente por la vía del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Paso, ahora, si me permiten ustedes al tema de la consulta popular. En este tema, aquí, en lo que se está planteando es una situación de otra naturaleza que es a mi modo de ver una especie de combinación, de síntesis de estos procedimientos del plebiscito y el referéndum, pero ahora bajo el procedimiento de la consulta popular.

Aquí, lo que nos dice la iniciativa es que se estaría pidiendo que se dé el derecho para solicitar las consultas populares más o menos el 2 por ciento de la lista nominal, para los ciudadanos y en este caso estaríamos hablando de un millón y medio de personas, también aquí habría que revisar cuál es el asunto y el procedimiento que se seguiría para revisar qué estén en ese listado nominal de electores, pero aquí quisiera hacer una acotación que me parece importante desde la perspectiva de la autoridad electoral.

Aquí estaríamos en dos momentos diferentes, porque por un lado está el tema de la revisión de ese 2 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal, habría que fijar en la legislación correspondiente cómo se sigue ese procedimiento, pero en un segundo momento habría que fijar plazos muy concretos, para determinar cuándo se le indica al Instituto Federal Electoral que de manera simultánea con las elecciones federales organice las consultas populares, la o las consultas populares.

Vean ustedes un detalle que a mí me preocuparía en lo particular si nosotros le avisamos o se le avisa al IFE un día antes de que empiece el proceso electoral de que va a haber alguna consulta podríamos tener un problema de carácter operativo, para poder organizar esa consulta, a mí modo de ver se tendrían que seguir algunas reglas o se tendrían que discutir algunas reglas parecidas a lo que ocurre, por ejemplo, con la capacidad del IFE para organizar elecciones de carácter local donde un instituto electoral local o una autoridad competente le puede solicitar al IFE la organización de una elección local con seis meses de anticipación al inicio del proceso local y con la autorización del consejo general del IFE.

Aquí tendríamos que fijar, insisto, un primer plazo para decir en qué momento se le notifica a la autoridad electoral esa posibilidad de organizar la consulta popular.

En segundo lugar me parece que tendríamos que buscar con mucho cuidado cómo hacerle para darle difusión a este tema, a lo mejor se podría pensar que a través de los tiempos oficiales del Estado donde el IFE coloca la pauta de los partidos políticos, para difundir sus promocionales, sus plataformas electorales, sus candidatos se podría también buscar espacio para darle a la consulta popular, nada más les quisiera decir una cuestión que es importante, cuando estamos en las campañas electorales, campañas electorales en ese momento los tiempos del Estado, los 48 minutos que tiene el IFE, para hacer administrados en radio y televisión 41 están para los partidos políticos por mandato de ley y sólo 7 minutos están a disposición del Instituto Federal Electoral y de otras autoridades electorales, para la difusión de sus campañas de carácter institucional.

Este tema de la difusión es un asunto que habrá que revisar, me parece que es un tema relevante a revisar en un aspecto tan delicado como lo es la consulta popular.

Después, el tema de la información previa, para el desarrollo de las consultas populares, sí es relevante, porque el IFE tendría que definir el esquema logístico para organizarla, por qué, porque recuerden ustedes que nosotros hacemos un proceso de capacitación de los ciudadanos que integran las mesas directivas de casilla y tendríamos que resol ver en términos operativos si son las mismas casillas que reciben la votación las que tendrían a su cargo la consulta popular o hacemos un esquema de colocación de casillas especiales, para recibir la votación de la consulta popular.

También, habrá que definir algunos procedimientos de carácter operativo, a lo mejor puede ser el propio IFE el que defina toda esta cuestión, pero se tendría que impactar en las facultades de la institución para decidir el procedimiento de la propia consulta de carácter popular.

Pero, ahí me parece que podríamos seguir ejemplos de cosas que se han hecho, planteo dos ejemplos concretos, uno ha sido el tema de las selecciones infantiles y juveniles, en algunos momentos el IFE ha hecho ejercicios de construcción ciudadana promoviendo la participación de los jóvenes y de los niños en cierto tipo de elecciones donde se votan por valores, por ciertas prácticas de carácter democrático, pero se han colocado casillas especiales diferentes a las casillas que reciben la votación, a lo mejor la consulta popular tendría que ser así.

Un siguiente aspecto que hay que revisar también es si se quedara en el supuesto de ser aprobado este mecanismo la posibilidad de que haya más de una consulta popular simultánea con las elecciones federales, nosotros tendríamos que verificar cuál es el procedimiento para recabar las opiniones en una sola papeleta, en varias papeletas, cómo se va a hacer el recuento de los votos, existirá o no la posibilidad de que alguien se...

(Sigue turno 27)

... si se quedara en el supuesto de ser aprobado este mecanismo, la posibilidad de que haya más de una consulta popular simultánea con las elecciones federales, nosotros tendríamos que verificar cuál es el procedimiento para recabar las opiniones; en una sola papeleta, en varias papeletas, cómo se va a hacer el recuento de los votos, existirá o no la posibilidad de que alguien se inconforme respeto de los recuentos. Yo espero que no, porque eso ya sería demasiado, no hay que llevar las complicaciones del recuento de los votos de las elecciones normales, también a un esquema tan importante como éste, pero que tiene una connotación distinta. Pero de todas maneras son aspectos que deben ser revisados y que generan algún esquema de preocupación de parte de la institución en la logística específica.

Paso al tema de la reelección.

En el tema de la reelección yo les diría, no es un tema que operativamente signifique una complicación para el instituto, es una definición de orden político que van a tomar los legisladores, el instituto por supuesto, si eso se aprobara para esta elección federal de 2011-2012, tengo la impresión de que no tendría ningún problema para revisarlo porque finalmente los temas aquí preocupantes desde la perspectiva de la autoridad serían por ejemplo los... anticipados de precampaña o de campaña; el tema del uso de recursos públicos y demás, pero eso creo que está dentro de un marco y de criterios de tribunal que ya están más o menos encarrilados y que nos permiten un marco de referencia más o menos adecuado para esta situación.

Yo más allá de mi carácter de consejero electoral, como ciudadano, como ciudadano mexicano me parece que el tema de la reelección de los legisladores es un tema crucial, es un tema relevante que, insisto, en mi perspectiva como ciudadano yo creo que es positivo que se pudiera regular una cuestión de esta naturaleza, que se pudiera permitir porque yo sí creo en el tema de la profesionalización de los órganos del servicio público, incluidos los legislativos, donde por supuesto una trayectoria profesional más amplia, de más largo alcance de los legisladores sería fundamental para el buen desarrollo de las actividades de un órgano tan importante como el Poder Legislativo, pero hay un detalle que es importante; sí sería necesario revisar las reglas específicas.

A mí me gustó mucho lo que el doctor Torres mencionó, estoy en general... algunos detalles de matiz, pero en general estoy muy de acuerdo con su exposición. Creo que tocó puntos verdaderamente relevantes en los cuales yo coincidiría, y donde yo diría sí es importante un esquema de reelección por la vía de impulsar la profesionalización del Poder Legislativo.

No hay que tenerle miedo, el tema del servicio civil de carrera, por ejemplo, en la administración pública, ha asentado avances significativos en la prestación del servicio público y en materia electoral, por ejemplo, ha significado establecer una garantía de operación y de eficacia operativa y técnica en la organización de las elecciones, y ese tema ha mantenido muy a salvo al desarrollo de los procesos comiciales en nuestro país.

Ahí hay muchos datos, como por ejemplo decir que cada proceso electoral, el servicio civil de carrera de la autoridad electoral se compromete y logra, por ejemplo, instalación del 99.99 por ciento de las mesas directivas.

Les doy un caso. En el proceso cuestionado de 2006 se aprobaron para su instalación 130 mil 477 casillas, de las cuales sólo 11 no se instalaron; 99.99 por ciento de instalación de mesas directivas de casilla. Así que ese tema está más en el ámbito de competencia de los legisladores, pero yo pienso en lo particular que no significaría un riesgo operativo para el IFE atender ese tema.

Finalmente me refiero al tema de las candidaturas independientes.

Yo creo que éste es un gran tema, es un tema que corresponde mucho con la demanda ciudadana, con la posibilidad de abrir ese espacio de participación que actualmente sólo se logra a través de los partidos políticos, ése es un tema muy importante.

Yo también como ciudadano estaría muy de acuerdo en hacerlo, sin embargo me parece que como autoridad electoral sí tengo que apuntar algunas consideraciones que valen la pena que los señores legisladores tomen en cuenta, y me refiero concretamente al tema de la elección 2011-2012.

Nosotros de entrada estamos actualmente trabajando en toda la parte de preparación del proceso comicial. Para que ustedes tengan una idea, en la sesión de Consejo General que habrá de celebrarse el próximo lunes de la siguiente semana, vamos a aprobar ya la estrategia de integración de mesas directivas de casilla. Ese tema es crucial, es la parte operativa más significativa de todo el proceso electoral.

Qué quiere decir esto. Que nosotros estamos ya en ruta del inicio del proceso electoral, entonces aquí habría que ver varias cuestiones. De entrada, en el caso de los candidatos de los partidos políticos, a partir de la tercera semana del mes de diciembre, es decir a partir del día 19 de diciembre se tendrá que abrir el periodo de las precampañas. Ahí los partidos políticos van a decidir cómo eligen a sus candidatos a los cargos de elección popular. Son precampañas simultáneas de las diversas elecciones, como también serán simultáneas las campañas para ese propósito.

En el mes de octubre vamos a establecer ya los consejos locales en cada una de las capitales de las entidades federativas para organizar la elección, y en diciembre instalaremos los consejos distritales. Y una primera pregunta es, si en el supuesto de que se aprobaran las candidaturas independientes, ¿los candidatos independientes como ocurre con los partidos políticos en este momento, tendrán representación en el seno de los órganos electorales? Ésa es una pregunta que habría que resolver.

Si eso fuera así, entonces eso impactará de manera muy amplia todo el sistema electoral como lo tenemos diseñado actualmente.

Segunda pregunta. Nosotros en la definición del proyecto de presupuesto del Instituto Federal Electoral, que como ustedes saben tendrá que hacerse a más tardar en el mes de agosto, porque en los primeros días de septiembre lo tendremos que entregar al titular del Poder Ejecutivo, para que a su vez lo coloque dentro de paquete del Presupuesto de Egresos de la Federación, para enviarlo a la Cámara de Diputados justamente.

Nosotros tenemos que aprobar el proyecto de presupuesto del IFE para el ejercicio fiscal 2012, y en ese presupuesto por supuesto que va incluido el tema del financiamiento público de los partidos políticos. ¿Entonces los candidatos independientes tendrían algún esquema de financiamiento? Ésa es una pregunta a responder.

La autoridad electoral diría; nosotros, si ustedes decidieran el tema de las candidaturas independientes, no podríamos de aquí a finales del mes de agosto incluir alguna proyección presupuestal para el ejercicio de las actividades de los candidatos independientes, y por tanto se tendría que buscar una posibilidad, en el supuesto que se aprobara de esa manera, que permitiera las ampliaciones correspondientes a posteriori, pero ahí también tenemos varios problemas; con qué criterios, cuáles van a ser los criterios para la asignación del presupuesto de los candidatos independientes en caso de que fuera así.

Planteo un ejemplo. En 2006, si se tomara por ejemplo como base el tope de gastos de campaña de una elección presidencial, un candidato presidencial tuvo como tope de gastos de campaña 651 millones en 2006, después, en 2009, por el asunto que ahora no se compran spots en radio y televisión, quedó en 243 millones. En fin, hay que hacer el cálculo para algunos efectos prácticos de las elecciones.

Senadores, por ejemplo. El tope fue de 812 mil pesos, dependiendo el número de distritos que había. Para diputados, un millón 200 mil pesos más o menos. Entonces habría que revisar esa cuestión de si van a tener o no un esquema de financiamiento, con qué criterios se asignaría esa situación; cómo se haría el esquema de supervisión en la aplicación de esos recursos; cuáles serían las normas específicas.

Para mí ocurre como en el servicio civil de carrera, siempre hay un procedimiento que articula todo el sistema del servicio civil, la evaluación del desempeño por ejemplo. Aquí de la reforma política lo que sería la parte medular de la reforma es la candidatura independiente, porque eso en mi opinión modifica muchas reglas del sistema electoral, prácticamente todo.

Entonces otro tema a definir sería el siguiente. Los tiempos en radio y televisión están claramente establecidos para ser distribuidos entre partidos o coaliciones, según corresponda. Entre criterios legales y criterios de interpretación del IFE y del Tribunal Electoral, los tiempos en radio y televisión se asignan a partidos, se asignan a coaliciones y se asignan a autoridades electorales, según, insisto, normas y criterios establecidos.

¿Habría acceso a tiempos en radio y televisión también de los candidatos independientes? Si la respuesta es sí, bajo qué reglas, bajo qué procedimientos, en fin. No es un tema desde mi perspectiva, que resulte sencillo para su operación.

Posteriormente, un detalle que me parece que debe tomarse en consideración, es que el tema de equidad de género ha venido cobrando una importancia significativa en la vida pública del país. La reforma de 2007 impulsó el tema del 40-60 en la composición de las candidaturas a los cargos de elección popular, pero también definió reglas como el 2 por ciento del financiamiento de los partidos para promover el liderazgo político de las mujeres.

El tema de equidad y género, ¿cómo se atendería en la cuestión de...

(Sigue turno 28)

... el tema de las selecciones infantiles y juveniles, en algunos momentos el IFE ha hecho ejercicios de construcción ciudadana, promoviendo la participación de los jóvenes y de los niños en cierto tipo de elecciones donde se vota por valores, por ciertas prácticas de carácter democrático, pero se han colocado casillas especiales diferentes a las que reciben la votación, a la mejor la consulta popular tendría que se así.

Un siguiente aspecto que hay que revisar también es si se quedara en el supuesto de ser aprobado este mecanismo, la posibilidad de que haya más de una consulta popular simultánea con la elecciones federales, nosotros tendríamos que verificar cuál es el procedimiento para recabar las opiniones en una sola papeleta, en varias papeletas, cómo se va a ser el recuento de los votos, existirá o no la posibilidad de que alguien se inconforme respecto de los recuentos, yo espero que no, porque eso ya sería demasiado, no hay que llevar las complicaciones de los recuentos de los votos de las selecciones normales, también a un esquema tan importante como éste, pero que tiene una connotación distinta.

Pero de todas maneras son aspectos que deben ser revisados y que generan algún esquema de preocupación de parte de la institución en la logística específica.

Paso al tema de la reelección. En el tema de la reelección yo les diría que operativamente signifique una complicación para el instituto, es una definición de orden político que van a tomar los legisladores, el instituto por supuesto, si eso se aprobara para esta elección federal de 2011, 2012, tengo la impresión de que no tendría ningún problema para revisarlo, porque finalmente los temas aquí preocupantes, desde la perspectiva de la autoridad, serían, por ejemplo los... de precampaña o de campaña, el tema del uso de recursos públicos y demás, pero eso creo que está dentro de un marco legal y... tribunal que ya están más o menos encarrilados y que nos permiten un marco de referencia más o menos adecuado para esa situación.

Yo, más allá de mi carácter de consejero electoral, como ciudadano, como ciudadano mexicano, me parece que el tema de reelección de los legisladores, es un tema crucial, es un tema relevante, insisto, en mi perspectiva como ciudadano, yo creo que es positivo que se pudiera regular una cuestión de esta naturaleza, que se pudiera permitir, porque yo sí creo en el tema de la profesionalización de los órganos del servicio público, incluido los legislativos, donde por supuesto una trayectoria profesional más amplia, además largo alcance de los legisladores, sería fundamental para el buen desarrollo de las actividades de un órgano tan importante, como lo es el Poder Legislativo.

Pero hay un detalle que es importante, sería necesario revisar las reglas específicas. A mí me gustó mucho lo que el doctor Torres mencionó, estoy en general, digamos algunos detalles de matiz, pero en general estoy muy de acuerdo con su exposición, creo que tocó puntos verdaderamente relevantes, en los cuales coincidiría y donde yo diría si es importante un esquema de reelección por la vía de impulsar la profesionalización del Poder Legislativo, no hay que tenerle miedo.

El tema de servicio civil de carrera, por ejemplo, en la administración pública ha asentado avances significativos en la prestación del servicio público y en materia electoral, por ejemplo, ha significado establecer una garantía de operación y de eficacia operativa y técnica en la organización de las selecciones. Ese tema ha mantenido muy a salvo al desarrollo de los procesos comiciales en nuestro país.

Ahí hay muchos datos, como por ejemplo decir que cada proceso electoral el servicio civil de carrera de la autoridad electoral se compromete y logra, por ejemplo instalación del 99.99 por ciento de las mesas directivas. Les doy un caso, en el proceso cuestionado de 2006 se aprobaron para su instalación 130 mil 477 casillas, de las cuales sólo 11 no se instalaron, 99.99 por ciento de instalación de mesas directivas de casillas.

Así que ese tema está más en el ámbito de competencia de los legisladores, pero yo pienso en lo particular que no significaría un riesgo operativo para el IFE atender ese tema.

Finalmente me refiero al tema de las candidaturas independientes. Yo creo que este es un gran tema, es un tema que corresponde mucho con la demanda ciudadana, con la posibilidad de abrir ese espacio de participación que actualmente sólo se logra a través de los partidos políticos, ese es un tema muy importante, yo también como ciudadano estaría muy de acuerdo en hacerlo, sin embargo me parece que como autoridad electoral sí tengo que apuntar algunas consideraciones que vale la pena que los señores legisladores tomen en cuenta, me refiero concretamente al tema de la elección 2011, 2012.

Nosotros, de entrada, estamos actualmente trabajando en toda la parte de preparación del proceso comicial, para que ustedes tengan una idea, en la sesión de consejo general que habrá de celebrarse el próximo lunes de la siguiente semana, vamos a aprobar la estrategia de integración de mesas directivas de casilla, ese tema es crucial, es la parte operativa más significativa de todo el proceso electoral. ¿Qué quiere decir esto? Que nosotros estamos en ruta del inicio del proceso electoral.

Aquí habría que ver varias cuestiones, de entrada, en el caso de los candidatos de los partidos políticos, a partir de la tercera semana del mes de diciembre, es decir, a partir del día 19 de diciembre se tendrá que abrir el periodo de las precampañas, ahí los partidos políticos van a decidir cómo eligen a sus candidatos a los cargos de elección popular, son precampañas simultáneas de las diversas elecciones, como también serán simultáneas las campañas para ese propósito.

En el mes de octubre vamos a establecer, ya los consejos locales en cada una de las capitales de las entidades federativas, por organizar elección, y en diciembre instalaremos los consejos distritales, una primera pregunta es, si en el supuesto que se aprobaran las candidaturas independientes, los candidatos independientes como ocurre con los partidos políticos en este momento, ¿tendrán representación en el seno de los órganos electorales? Esa es una pregunta que habría que resolver.

Si eso fuera así, entonces eso impactaría de manera muy amplia todo el sistema electoral como lo tenemos diseñado actualmente.

Segunda pregunta, nosotros en la definición del proyecto de presupuesto del Instituto Federal Electoral, que como ustedes saben, tendrá que hacerse a más tardar en el mes de agosto, porque en los primeros días de septiembre lo tendremos que entregar al titular del Poder Ejecutivo para que a su vez lo coloque dentro del paquete de Presupuesto de Egresos de la Federación para enviarlo a la Cámara de Diputados justamente. Nosotros tenemos que aprobar el proyecto del presupuesto del IFE para el Ejercicio Fiscal 2012.

En ese presupuesto por supuesto que va incluido el tema del financiamiento público de los partidos políticos. ¿Entonces los candidatos independientes tendrían algún esquema de financiamiento? Esa es una pregunta a responder, la autoridad electoral diría: Nosotros, si ustedes decidieran el tema de las candidaturas independientes no podríamos, de aquí a finales del mes de agosto, incluir alguna proyección presupuestal para el ejercicio de las actividades de los candidatos independientes.

Por tanto se tendría que buscar una posibilidad en el supuesto que se aprobara de esa manera, que permitiera las ampliaciones correspondientes a posteriori. Pero ahí también tenemos varios problemas, ¿con qué criterios? ¿Cuáles van a ser los criterios para la asignación del presupuesto de los candidatos independientes, en caso de que fuera así? Planteo un ejemplo, en 2006, si se tomara por ejemplo, como base el tope de gastos de campaña, de una elección presidencial, un candidato presidencial tuvo como tope de gastos de campaña 651 mil millones en el 2006, después en el 2009 por el asunto que ahora no se compran spots en radio y televisión, quedó en 243 millones.

Se tiene que hacer el cálculo para algunos efectos prácticos de las selecciones.

Senadores, por ejemplo, el tope fue de 812 mil pesos, dependiendo el número de distritos que había, para diputados un millón 200 mil pesos más o menos. Habría que revisar esa cuestión de si van a tener o no un esquema de financiamiento, ¿con qué criterios se asignaría esa situación? ¿Cómo se haría el esquema de supervisión en la aplicación de esos recursos? ¿Cuáles serían las normas específicas? Para mí ocurre como en el servicio civil de carrera, siempre hay un procedimiento que articula todo el sistema de servicio civil, la evaluación del desempeño, por ejemplo, aquí de la reforma política lo que sería la parte medular de la reforma, es la candidatura independiente, ¿por qué? Porque eso, en mi opinión, modifica muchas reglas del sistema electoral, prácticamente todo.

Otro tema a definir sería el siguiente. Los tiempos en radio y televisión están claramente establecidos para ser distribuidos entre partidos o coaliciones según corresponda, entre criterios legales y criterios de interpretación del IFE y del Tribunal Electoral, los tiempos en radio y televisión se asignan a partidos, se asignan a coaliciones y se asignan a autoridades electorales, según, insisto, normas y criterios establecidos.

¿Habría acceso a tiempos en radio y televisión también de los candidatos independientes? Si la respuesta es sí, bajo qué reglas, bajo qué procedimientos, en fin, no es un tema, desde mi perspectiva, que resulte...

(Sigue turno 29)

... ¿Habría acceso a tiempos en radio y televisión también de los candidatos independientes? Si la respuesta es sí, bajo qué reglas, bajo qué procedimientos, en fin, no es un tema, desde mi perspectiva, que resulte sencillo para su operación.

Posteriormente, un detalle que me parece debe tomarse en consideración, es que el tema de equidad de género ha venido cobrando una importancia significativa en la vida pública del país, la reforma 2007 impulsó el tema del 40 60 en la composición de las candidaturas a los cargos de elección popular, pero también definió reglas como el dos por ciento del financiamiento de los partidos para promover el liderazgo político de las mujeres.

El tema de equidad de género cómo se atendería en la cuestión de los candidatos independientes. Ese es un tema que habrá que puntualizar, a mi modo de ver.

Después, me parece que también valdría la pena revisar cuáles sería los esquemas de representación en mesas directivas de casillas. Las casillas se van a instalar... digamos, el procedimiento de integración de casillas es entre marzo y junio. En ese procedimiento hay un margen para que los partidos políticos acrediten candidaturas... perdón, representantes ante las mesas directivas de casilla, la pregunta es, ¿qué ocurre con el caso de los candidatos independientes en caso de ser aprobado?

Yo pienso en lo particular, señores legisladores, agradeciendo mucho las posibilidades de estar aquí con ustedes, que este tema siendo tan relevante y me parece... pudiendo constituir uno de los avances más significativo s, tendría que revisarse con una óptica de implementación, a veces cuando se aprueban por los órganos colegiados, el Legislativo lo es, modificación de esta trascendencia, a veces es necesario evaluar los esquemas de implementación, rumbo al 2012, si ustedes me permiten una muy humilde opinión, el tema de la implementación se ve complicado, pero evidentemente la decisión final la toman los señores legisladores y la autoridad electoral siempre estará en la mejor disposición de poder revisar los temas en los términos que determinen las legislaciones correspondientes.

Agradezco mucho su paciencia y la oportunidad que me ha dado la Cámara de Diputados el día de hoy. Muchas gracias a todos.

El diputado Felipe Solís Acero: Gracias a usted maestro Marco Antonio... Martínez por su participación.

Corresponde ahora hacer uso de la palabra al maestro Luis Efrén Ríos Vega. Luis Efrén Ríos Vega es abogado, egresado de la facultad de Jurisprudencia de la Universidad Autónoma de Coahuila, donde es profesor de filosofía del derecho. Ha realizado estudios de doctorado, de maestría, en derechos humanos, por el Instituto Bartolomé de las Casas, de la Universidad Carlos III, de Madrid.

Entre sus obras recientes destacan tópicos contemporáneos de derechos políticos fundamentales, publicado en la editorial... de Madrid, España. La Regla del 38, Conceptos, modelos y soluciones, es un libro en prensa, El derecho a la rehabilitación política, publicado en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, La democracia interna del PAN, publicado en el propio Tribunal Electoral del Poder Judicial, Sufragio pasivo, inmunidad parlamentaria y delincuencia organizada, el caso Godoy, publicado por la editorial Porrúa de México, y Tópicos electorales, un diálogo judicial entre América y Europa, editado en el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales de Madrid, en España.

El maestro Ríos Vega es actualmente coordinador del proyecto del Observatorio Internacional de Justicia Electoral, con diferentes universidades de la Unión Europea y América, así como coordinador del taller de derechos políticos en el Instituto de Derechos humanos Bartolomé de las Casas, de la Universidad Carlos III, de Madrid.

Es el coordinador del Observatorio judicial electoral desde 2008 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y director del Centro de Derechos Políticos de la Universidad Autónoma de Coahuila, del estado de Coahuila, de donde se originario.

Tiene la palabra el maestro Ríos Vega.

El maestro Luis Efrén Ríos Vega: Muy buenas tardes a todos, muchas gracias, sobre todo agradecer a la Comisión de Puntos Constitucionales por hacerme llegar la invitación para estar con ustedes. ¿Sí se escucha? ¿No está funcionando? Un poco más arriba, un poco más fuerte.

Quisiera compartir con ustedes algunas reflexiones sobre el cómo se pueden construir algunas preguntas relevantes en torno al problema de sí a la reforma en materia de derechos políticos en torno a la ciudadanía. Siempre cuando nos preguntamos sobre un tema de reforma constitucional, como toda cuestión, inclusive hasta filosófica, tenemos que preguntarnos básicamente... o hacernos tres cuestiones, el por qué, el para qué y el cómo se pueden desarrollar estos instrumentos de reforma constitucional.

El por qué y el para qué lo voy a omitir, porque me parece que he hecho un dictamen que nos hicieron llegar para que sea el objeto de análisis de este tipo de intervenciones, sobre todo porque son espacios y diálogos políticos que en un determinado momento pueden argumentar a favor o en contra sobre este tipo de temas. Yo partiré de la premisa de que estoy de acuerdo con la reforma o la propuesta que se hace para ampliar los derechos políticos en materia de ciudadanía, y quizá solamente voy a tener algunos consensos y disensos en torno al cómo.

No obstante ello, me parece importante destacar cuatro características fundamentales de estos por qué y para qué. Primero, situándonos en los proceso, sobre todo de los últimos 30 años en México, tenemos claro que por lo menos hemos avanzado en dos grandes o dos tipos de reformas en materia de democracia electoral. Las reformas que tenían que ver fundamentalmente con la garantía del sufragio auténtico, nuestra discusión del siglo XIX y XX prácticamente fue garantizar que los votos que se depositaban, sean los auténticos, es decir, garantizar la regla de la mayoría, sobre todo por nuestra tradición histórica del siglo XIX y XX que consolidó la regla de Porfirio Díaz que decía, que el que contaba los votos ganaba.

Entonces durante el siglo XIX y durante el siglo XX tuvimos por lo menos esas sospechas permanentes del fraude electoral y prácticamente durante los últimos 30 años, todas las reformas constitucionales se orientaron a construir un sistema electoral confiable para contar bien los votos.

Posteriormente, ya una vez garantizado este paso, sobre todo una vez fijada las alternancias a partir del 2000 comenzamos a construir reformas de segunda categoría o de segunda generación, relativas ya no tanto a la confiabilidad del voto, o sea, la autenticidad, sino a la libertad del sufragio, a la cualidad de las selecciones libres, es decir, una vez que se... antes de que se expresen esos votos en las urnas, hay que darlos a partir de un proceso donde se garantice una contienda justa, equitativa y equilibrada.

Eso es donde estamos ahorita, ese terreno son los llamados “nuevos fraudes electorales”, porque se aqueja nuestro sistema electoral que no hay, digamos, las garantías suficientes para asegurar este tipo de competencias, sin embargo, hemos dado pasos importantes en torno a este tema.

Esta reforma ahora, me parece, que entra dentro del proceso de los giros deliberativos de la democracia, es decir, ya no tanto en garantizar la autenticidad ni la libertad del sufragio, sino garantizar la deliberación de la democracia en torno a la participación de la ciudadanía.

En este sentido, me parece que por lo menos en México... ese es el rostro que yo tengo en términos académicos, llevamos ya 10 años desde la academia, desde la legislación local y sobre todo con reclamos ciudadanos a discutir este tipo de temas. Muchos de estos temas de la ciudadanía, ya están representados en muchas legislaciones locales.

Entonces hacer una reforma de este tipo no es una novedad, sino simple y sencillamente recoger esa síntesis que durante mucho tiempo en la academia, en las legislaciones locales y sobre todo en los reclamos, ahora ciudadanos, se presentan en ese nuevo contexto.

Segundo, tampoco es una novedad, digamos, reformar y ampliar los derechos de la ciudadanía, porque hoy en día ya tenemos suscrito un sinnúmero de tratados internacionales que hace que la ciudadanía sea un derecho, un derecho fundamental que en esa perspectiva plantea otro tipo de problemas diferentes a las construcciones constitucionales del XIX y del XX...

(Sigue turno 30)

... sinnúmero de tratados internacionales que hace que la ciudadanía sea un derecho, un derecho fundamental que en esa perspectiva plantea otro tipo de problemas diferentes a las construcciones constitucionales del XIX y del XX.

Consecuencia, romper el paradigma de la ciudadanía como prerrogativa del ciudadano a ser un derecho fundamental, es algo que ya vivimos y que en el terreno constitucional además está incorporado en tratados y que ahora, digamos, que haríamos una actualización de este tipo de problemas.

Tercero, porque el modelo de democracia directa tampoco es una novedad, tampoco es una referencia del constitucionalismo moderno, por lo menos dentro de las características fundamentales de toda democracia constitucionalizada y los ejercicios ciudadanos de democracia directa es un espectro prácticamente de consenso, del constitucionalismo moderno.

Los matices después son los comos, pero introducir este tipo de figuras como complementarias al gobierno representativo, tampoco son una novedad.

Y finalmente, el impulsar desde la Constitución Federal de la República una nueva categoría de ciudadanía como derechos fundamentales, nos pondría no en la novedad, sino en la sintonía normal que el constitucionalismo moderno exige a partir de los tratados internacionales, por eso creo que hay muchas buenas razones, para decir que si los diputados aprueban este tipo de reformas, lo único que estarían haciendo es actualizar nuestro sistema jurídico, no crear cosas novedosas, sino simple y sencillamente perfilarse al contexto moderno, como decía la diputada Beatriz, sobre estos nuevos paradigmas que han llegado un poco tarde a México, pero que son un tema de debate hoy en día.

Yo me centraré exclusivamente en las características fundamentales de esta nueva categoría de la ciudadanía que se propone en el dictamen, para ello discutiré cuatro temas o cuatro ejes torales. Primero, la ciudadanía como derecho; segundo, esa ciudadanía como derecho plantea cuatro aspectos fundamentales que son el derecho a la iniciativa ciudadanía, el derecho a ser votado en forma independiente, el derecho a votar en consultas populares y el derecho a ser reelecto.

No me voy a detener a discutir los por qué y los para qué de estos temas, no omito esa discusión, sé que hay una discusión fuerte sobre este terreno, pero con rigor conceptual única y exclusivamente destacaré algunos comos de este tipo de figuras a partir del constitucionalismo contemporáneo.

Primero. El hecho de que la reforma planteé la ciudadanía como derechos, es un avance importante, ustedes recordarán que el artículo 35 al halar de la ciudadanía, habla de prerrogativas, es una concepción del siglo XVIII sobre los derechos de los ciudadanos y no los derechos del hombre que son los derechos humanos. Hoy en día esa concepción prácticamente ha quedado superada en los tratados internacionales está prácticamente superada y nuestro sistema electoral está superado porque permanentemente nuestro Tribunal Electoral discute problemas de derechos políticos como derechos humanos y el hecho de cambiar esta concepción de prerrogativa a derecho es un aspecto fundamental que produce impactos constitucionales importantes.

Primero porque superamos esta discusión permanente que tuvimos en el siglo XIX entre iglesias y vallartas sobre los derechos políticos como derechos humanos y plantea el problema ya no de discutir si las cuestiones políticas deben ser o no judicializadas, eso ya es un paradigma ya resuelto en México, es más, en México frente a otro tipo de sistemas electorales es mucho más avanzado porque se discuten más derechos políticos en México que cualquier otro tipo de democracia, pero el problema es, qué tipo de derecho, qué tipo de derecho fundamental pretendemos garantizar en nuestra Constitución.

Ahí yo planteo quizás algunas recomendaciones de técnicas legislativa y de sistematización de las normas, primero, me parece que este artículo 35 y 36 de la Constitución, bien pueden, los diputados, hacer un buen ejercicio de identificar más bien el derecho a la ciudadanía, como derecho a la participación política, o sea, el derecho a la conformación de la voluntad política del estado como derecho fundamental y sistematizar los dos grandes tipos de derechos políticos que existen en las democracias electorales, los derechos propiamente electorales, votar, ser votado y participar en partidos políticos y los derechos de participación ciudadana, que son consultas, iniciativas, referéndums, plebiscitos, revocación del mandato, etcétera, etcétera.

Estos dos grandes esquemas, bien le podrían dar ustedes una buena sistematización para efecto de distinguir qué tipo de derecho son propiamente electorales y qué tipo de derecho se ejercen en comicios o en ejercicios participativos, para ello los tratados internacionales también... no es ninguna novedad, acudan a esas declaraciones internacionales, a las recomendaciones de la ONU que plantea la sistematización de los derechos políticos y pueden tener un buen... de sistematización de este derecho fundamental, no solamente por una cuestión técnica legislativa, sino sobre todo por la aplicación de las normas de este tipo de derechos, o sea, sistematizar bien la configuración esencial de los derechos, le da certeza y le da seguridad legal a la hora de aplicarlos.

La recomendación fundamental que yo les haría, es que trataran de incorporar algo que también es incorporado en nuestro sistema jurídico, por los tratados internacionales, que es la fórmula de la proporcionalidad como límite de este tipo de derechos, ¿por qué? Porque todas las cuestiones más finas y más sofisticadas y más complejas que se planteen en torno a controversias de este tipo de derechos políticos, se van a dar justamente los límites, es decir, qué tipo de límites, qué tipo de requisitos, qué tipo de condiciones se requieren para ejercitar una iniciativa ciudadana, un plebiscito, una consulta popular, etcétera, etcétera.

La fórmula de la proporcionalidad que indica tres criterios fundamentales, es decir, qué tipo de medidas son útiles, qué tipo de medidas son idóneas y qué tipo de medidas son necesarias a partir de lo que las cortes internacionales llaman el “triple pest”. Es una idea contemporánea del constitucionalismo que resuelve prácticamente la mayoría de los problemas de la aplicación de estos derechos fundamentales.

Ahorita voy a explicar en casos concretos cómo esta fórmula de proporcionalidad pudiera aplicarse, pero es, digamos, la fórmula moderna o del constitucionalismo contemporáneo para limitar de manera razonable estos derechos, pero también para hacerlos posibles, es el objetivo central de una reforma constitucional que garantice y reconozca este tipo de derechos.

Centrándonos exclusivamente a los temas torales de la reforma, haré referencia sobre algunos de los problemas. Por ejemplo, iniciativa ciudadana, es cierto que nuestro constitucionalismo sigue siendo un poco —perdón por decirlo, a la mejor hay algunas gentes que sí creen que nuestro constitucionalismo mexicano es moderno—, pero es un poco medieval, hacemos reglamentos en lugar de constitucionales, en lugar de establecer bases fundamentales, principios fundamentales por cuestiones de desconfianza, de contexto, en fin, por muchas razones, pero hacemos constitucionalismo medieval, inclusive a la hora de aplicar las normas, nos generan más problemas que soluciones.

Yo lo que les recomendaría a los diputados es que identificaran las bases fundamentales de esas instituciones y esas fueran las que discutieran y no discutieran cuestiones reglamentarias que en leyes secundarias se pueden desarrollar. Para eso está el diputado, para discutir esas decisiones sustanciales que tienen que votar por mayoría, ahí la ley de los números cuentan, los que pierden tendrán que buscar más mayorías para que después puedan obtener ese tipo de referendos constitucionales para cambiar la norma.

Pero sobre temas concretos, por ejemplo, ¿cuánto se requiere para presentar una iniciativa ciudadana? La propuesta se dice 0.25 si mal no recuerdo. Es cierto que estos criterios en muchas ocasiones pueden ser o no discrecionales, alguien puede pensar en 0.10, 0.15, 1 por ciento, etcétera, pero en el constitucionalismo moderno debe haber racionalidad, ¿por qué el 0.25? Yo soy muy malo para los números, por eso soy profesor de filosofía, no tengo nada que ver con los números, pero creo que el 0.25 son alrededor de 300 mil firmas...

(Sigue turno 31)

... racionalidad, o sea, por qué el 0.25. Yo soy muy malo para los números, por eso soy profesor de filosofía y no tengo nada qué ver con los números, pero creo que el 0.25 son alrededor de 300 mil firmas, por ejemplo.

Yo conozco, por cuestión de numeralia, que hay diputados que ganan sus elecciones con mucho menos de 300 mil votos. Es un poco irracional pedirle al ciudadano que para que proponga al Congreso una iniciativa, para que presente una iniciativa, se le exija más de lo que a un diputado se le exige para ganar una elección, sobre todo porque en el plano de la racionalidad, no en el plano político, presentar una iniciativa no es absolutamente vinculante para el Congreso; la república no se nos va a caer porque los ciudadanos hagan una lluvia de iniciativas.

Este problema lo tuvimos en Coahuila, cuando discutimos este tipo de reformas, y pusimos este tipo de umbrales, pero convencimos a las congresistas que con el solo hecho de una iniciativa la república no se va a caer y hoy en día en Coahuila cualquiera pueda presentar iniciativas. Por qué. Porque cualquiera es ciudadano y tiene ese derecho a proponer, como ejercicio del derecho de petición, este tipo de derechos fundamentales.

Qué es lo que en un determinado momento sí se pudiera regular en torno a la ley de los números. Pues lo que se pudiera regular en torno a la ley de los números es la ilegitimidad para vincular o para hacer preferente esa iniciativa. Ahí sí podemos poner umbrales del uno del dos, del tres por ciento para que las iniciativas que tengan la suficiente legitimidad de recolección de firmas sean preferentes en el trámite o sean vinculatorias en un determinado momento y ahí me parece que sí es razonable, a partir de los índices de las elecciones, de lo que cuesta a nuestra democracia un diputado, por ejemplo. Cuánto nos cuesta un diputado en términos de votos. Tanto. Pues eso puede ser lo suficientemente representativo para que cuando un ciudadano quiera vincular a una legislatura para efectos de que su iniciativa se desahogue, se dictamine o se vote, ahí es razonable exigir el número de firmas.

Otro de los aspectos es, si nos tomamos en serio esto de las iniciativas ciudadanos como derechos fundamentales, que hay que construir garantías para hacerlas posible. Construir garantías significa que si un ciudadano quiere ejercer su derecho a la ciudadanía recolecta firmas, tiene que hacer política y si hace política, en términos estrictos, una de las premisas es estar en radio y televisión. Así como distribuimos radio y televisión para los partidos, por qué no también podemos distribuir espacios de radio y televisión para aquellas iniciativas que tengan suficiente legitimidad en cuanto a firmas para poder ser comunicadas a la ciudadanía.

Esto tampoco es novedoso. Si van a cuestiones comparadas, inclusive no del mundo, de México, hay muchas legislaciones locales que ya establecen procedimientos de garantía para la preparación de firmas y la difusión de las iniciativas para efecto de hacerlas efectivas. Así como les damos dinero a los partidos políticos para desarrollar su actividad, habría oportunidad de permitir garantías de comunicación política en materia de iniciativa ciudadana. No es algo novedoso, ya existe en México en muchas legislaciones estatales y existe también en aquellas legislaciones comparadas en donde se desarrollan en este sentido.

Lo que recomiendo es que —así como decía la diputada Beatriz Paredes, que lo que hace fuerte a un Congreso es un grupo de expertos—, si hay expertos en México es justamente en materia electoral. Que les pregunten a esos expertos, que hagan un cuadro comparativo para que ustedes, como diputados, vean qué tipo de modelo es el conveniente, si es que están decididos a tomar una aprobación de este tipo de reformas.

Segundo problema. Derecho a ser votado en forma independiente. Hay un debate también político; hay politólogos que dicen que están a favor; otros están en contra, en fin; eso es parte del diálogo de la política. Sin embargo, también este derecho, en términos universales, es un derecho y es donde la política ya no entra; no podemos discutir si los ciudadanos solamente pueden ser postulados de manera individual o por partidos. Eso ya está también en tratados internacionales y el problema es el cómo; cómo garantizamos una candidatura independiente que no erosione el régimen representativo ni el régimen de partidos políticos, que es fundamentalmente lo que se plantea.

En México ya hay muchas cuestiones judiciales sobre este tipo de temas. Hay varios casos en donde se han presentado diversas candidaturas independientes y hay varias líneas argumentativas del tribunal electoral y de la corte sobre este tipo de aspectos.

Lo que yo planteo es que, independientemente de los cómos, que también pueden traer a colación varias cosas: hay los modelos americanos o los modelos europeos, que es algo similar, que se exige también para poder controlar el financiamiento, el apoyo previo que un candidato o una agrupación de electores pueden tener, lo que tampoco sería novedosos. Lo único que habría que hacer es desarrollar ese tipo de figuras para que ustedes las conocieran y tomaran una decisión al respecto.

Las cuestiones que son preocupantes, independientemente del modelo que puede extraer cualquier legislatura es, por ejemplo, el modelo de federalismo electoral. Habrá candidaturas independientes diferenciadas, a nivel federal, y a nivel estatal, y ése es un gran problema del federalismo electoral en México —una disculpa, yo soy coahuilense y quizás Ramos Arizpe es el padre del federalismo—; en materia de derechos humanos, es malo el federalismo porque genera ciudadanos con diferentes tratos porque, con base en la legislatura local, se pueden imponer más requisitos o menos requisitos, según el estado, y entonces la regulación de las candidaturas independientes, que son derechos humanos, que en principio, como es el derecho al sufragio pasivo, debe ser universal, igual y directo, ni es tan universal ni es tan igual ni tampoco es tan garantista en un estado como en el otro.

Poner diferentes posibilidades de regulación no solamente es un caos en términos instrumentales propiamente electorales, sino también es un caos en términos de derechos humanos.

Ahí yo pensaría que ustedes mejoren la Constitución federal, establecieran bases mínimas de derechos fundamentales y ahí es el criterio de la pretensión de la universalidad, es decir, toda persona que quiere postularse de manera independiente en una elección debe tener por lo menos los requisitos mínimos garantizados desde la Constitución. Puede haber márgenes de apreciación, como dicen los tribunales nacionales e internacionales, márgenes de apreciación local de acuerdo con el contexto.

Pero esos márgenes de apreciación local deben de tener una base mínima; si dejan a las legislaturas de los estados reglamentar cada una sus propias candidaturas, me parece que no serán fieles en términos de estos principios constitucionales de que el sufragio, en este caso, debe de ser igual y universal en todo el territorio nacional.

Por citar un caso excepcional. El derecho a ser votado en materia indígena a la mejor sí puede tener márgenes de apreciación local, pero es una particularidad muy específica de elecciones y de comicios en materia indígena que generarán a la mejor ciertos matices en materia de candidatura independiente, pero eso no quiere decir que en todos los casos las legislaturas tengan la posibilidad de regular de manera libre este tipo de esquemas.

Voy a concluir con dos puntos finales: derecho a votar, consultas populares. Igualmente, aquí me preocupan tres cuestiones fundamentales: la garantía electoral, la garantía judicial y la cuestión indígena nuevamente. Lo de la garantía electoral tampoco es una novedad; ya en México existen legislaciones locales que han hecho de los órganos electorales órganos de participación ciudadana.

La participación ciudadana en muchos estados ya no es solamente la mera función instrumental, sino es una función de estado. Construir ciudadanía, para los órganos electorales es el otro paso que en muchos estados de la república ya se contempla, por lo menos de manera legislativa.

Es cierto que en el dictamen se dice que la organización y calificación de los comicios participativos en materia de consultas populares serán encargadas al IFE; sin embargo, creo que deberían de establecer, así como se establece en la Constitución, la función electoral como función estatal...

(Sigue turno 32)

... y calificación de los comicios participativos en materia de consultas populares, serán encargados al IFE. sin embargo, yo creo que deberían de establecer sí como se establece en la Constitución la comisión estatal de... la función electoral como comisión estatal, la función de la participación ciudadana debe ser la otra próxima encomienda que le demos, y ése será el paso cualitativo en este nuevo modelo de órgano ciudadano.

Es decir, si le damos al IFE este tipo de competencia hay que pensar que vamos a recargar otra vez al IFE con nuevas atribuciones. Nuestro modelo del IFE ha sido en gran medida en exitoso para contar bien los votos, no ha sido tan exitoso ahora para vigilar el incumplimiento de las sanciones, porque no son órganos constitucionales sofisticados que conozcan de ese tipo de controversias, pero ahora le vamos a dar esta nueva competencia de comicios participativos.

Pensar en eso es una gran decisión fundamental, eso le corresponde a los diputados, y el cómo instrumentarlo digamos que plantea la necesidad de que ustedes en la Constitución le den ese rigor constitucional como decisión fundamental, como una función estatal. Es decir, ¿al IFE le debe corresponder una nueva función, que es construir ciudadanía?, yo creo que sí.

En los estados ya existe, es más, hay estados que llaman a su instituto, Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, entonces me parece que ese tipo de ejercicios plantean la necesidad de que ustedes tomen una decisión fundamental, porque si no entonces van a recargar al IFE en nuevas atribuciones que otra vez, para lo que lo convocamos, que son los ejercicios electorales para renovar periódicamente, va a empezar a tener problemas porque va a tener que asumir otro tipo de tareas fundamentales.

Entonces yo nada más lo planteo como un espacio de decisión política. Yo creo que sí debería de ser y desde la perspectiva constitucional debería de establecer con mayor rigor conceptual esta función de participación ciudadana para el IFE, y al mismo tiempo establecer sus garantías de judicialidad.

También en México, y hay muchos casos en materia de democracia directa que han llegado al Tribunal Electoral, y en donde la discusión fundamental es la procedencia de los juicios. Aquí está establecida la procedencia de los juicios de manera material, es decir, toda resolución del IFE será competida, pero más que la resolución de contenido material, la clave en estos casos, por lo menos se ha evidenciado, es que la procedencia es por violación a derechos políticos en materia de participación ciudadana.

Entonces, conceder el grado de procedibilidad a los juicios por cuestiones formalmente, porque las emite el IFE, es un poco limitado. La clave para resolver los problemas del sistema de impugnación en materia de participación ciudadana es conceder recursos, sean los mismos o sean similares, para proteger además del derecho a ser votado, a votar y a la participación de los partidos, el derecho a la participación ciudadana.

Finalmente, el derecho a ser reelecto. También aquí la cuestión indígena debería de ser un tema que les debe de preocupar, porque los comicios de usos y costumbres en materia electoral hoy en día se han convertido en el Tribunal Electoral en los problemas más sofisticados que tiene el tribunal para articular los usos y costumbres dentro del contexto de los derechos fundamentales en materia política.

Votar consultas populares en comunidades indígenas, yo no soy experto en materia indígena, pero supongo que puede tener el mismo problema, en consecuencia, me parece que la remisión constitucional de las consultas populares en materia indígena, referidas a nuestro artículo constitucional que regula la materia indígena debería de tener un... claro sobre el tema de los usos y costumbres.

No soy, como les comento, experto en materia indígena, conozco algunos casos sobre comicios en materia indígena y entiendo la complejidad que tienen. Entonces uno de estos problemas de que si se establece este derecho en materia indígena a las consultas populares, por lo menos referencias a usos y costumbres, deben de ser un problema que habría que resolver.

Finalmente, derecho a ser reelecto. Igualmente aquí hay una gran discusión politóloga sobre quiénes están a favor, quiénes están en contra. En México hay grandes síntesis del debate en minutas del Senado, me parece que la anterior integración por ejemplo del Senado debería de recoger muy bien esas síntesis del debate en materia de reelección.

Es decir, hay un debate político previo, pero otra vez México en ese tema no nos parecemos al mundo, somos muy diferentes al mundo, y otra vez en tratados internacionales la reelección es una fórmula política nada más; es por supuesto un derecho también a ser reelecto.

O sea, tanto para la persona que ocupa ese lugar y que tiene esa pretensión para poder ser reelecta, como para el ciudadano que en un determinado momento pueda determinar si reelige o no a esa persona.

Los riesgos que existen sobre ese tema, yo entiendo el contexto tradicional, en México primero reelegimos a una sola persona en el siglo XIX sobre todo, y luego reelegimos a un partido durante todo el siglo XX. Entiendo que hay una carga histórica sobre ese tema, pero una vez que hemos resuelto por lo menos, creo comicios libres y auténticos, ya sabemos que el que gana el que tiene más votos, creo que ahí las condiciones mínimas para hacer operable el derecho a la reelección, y ahí también hay modelos; modelos americanos, modelos europeos.

Si ustedes toman esa decisión política, porque es una decisión política de fórmula y lo contemplan como derecho también en esa perspectiva, es decir derecho a ser electo y reelecto en los términos que establezcan las leyes, me parece que la discusión solamente será en términos del modelo y también ahí me parece que pueden acudir a los expertos de qué tipo de modelos son los más racionales, tanto el americano como el europeo, para poder desarrollar la reelección.

Los riesgos que se dice que si se enquistan las clases políticas. Ese el mismo riesgo que existe en los partidos y fuera de los partidos. O sea, decían por ejemplo; es que hay sectores, por ejemplo en Estados Unidos, que tienen ya sus cuotas. Bueno, y en los partidos políticos a poco no hay sectores que tienen ya sus cuotas, en todos los partidos. Claro que lo hay y a poco no se reelige esa misma clase política, también se reelige, y a poco no hay reelección entre el senador que va después de diputado y de diputado a senador, también lo hay.

Entonces creo que esos problemas son un debate político y esos debates políticos se ganan con mayorías, pero una vez que se gana ese debate político el problema es de derechos de cómo articular este tipo de modelos.

Yo nada más entonces recomendaría que me parece plausible, necesario que ojalá la Cámara de Diputados pueda aprobar esta reforma, por lo menos en lo que respecta a la ampliación de derechos políticos a la ciudadanía. Me parece que lo único que harían no sería una novedad; lo único que harían sería ajustar lo que constitucionalmente y de manera internacional se exige en materia de derechos políticos en torno a este tipo de problemas.

Si no lo hacen, también como constitucionalista se los digo, cuando haya reclamaciones en la Comisión Interamericana se los van a decir, y más ahora que ustedes en la Cámara de Diputados han establecido una potente fórmula en materia de derechos humanos de tratados internacionales. Entonces sería actualizar este tipo de problemas.

Segundo. Sería más o menos ajustar las fórmulas del constitucionalismo contemporáneo. Tampoco es una novedad. El constitucionalismo desde la declaración francesa está la base fundamental de nuestro constitucionalismo. Se han venido perfilando nuevas fórmulas más finas, más sofisticas, estas fórmulas sofisticadas son este tipo de criterios que les comento, lo único que haríamos sería este ejercicio comparativo para efecto de definir qué tipo de fórmulas modernas quieren que opere nuestro sistema jurídico constitucional.

Tres. Yo lo que les recomendaría es que, como ustedes en este debate tienen un antecedente previo de narración de...

(Sigue turno 33)

... este tipo de debates, este tipo de discusiones que..., porque es justamente la orientación del padre fundador de la reforma.

Yo soy un poco menos riguroso en términos jurídicos, porque siempre cuando se discuten las reformas dicen; es que hay que ir al espíritu de la ley, al espíritu de la reforma y están contenidos en los debates y están contenidos en los dictámenes, etcétera. Yo les digo, soy un poco más tradicional porque creo que los jueces no son espiritistas, no andan buscando a ver cuál es el espíritu de la ley; andan buscando precisiones textuales, pero esas precisiones textuales tienen significados contextuales que hay que definir, hay que explicitar.

Yo creo que los diputados que tienen en esa sede el ámbito políticos, deberían de hacer un mejor ejercicio de contextualización de la reforma para poder orientar en muchas ocasiones ese tipo de problemas que existen en la aplicación de la reforma.

Yo les agradezco por supuesto la invitación y por supuesto, cualquier pregunta sobre este tipo de temas creo que podríamos profundizar un poco más al terreno de lo específico de ciertas figuras. Muchas gracias.

El diputado Felipe Solís Acero: Muchas gracias al doctor Ríos Vega.

Corresponde ahora el uso de la palabra el doctor Manuel Bartlett Díaz. El doctor Manuel Bartlett Díaz es licenciado en Derecho, egresado de la Universidad Nacional Autónoma de México con estudios de maestría y doctorado en ciencias políticas, en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, y con diplomado en administración pública de la Universidad Victoria, de Manchester.

Ha sido profesor de derecho mercantil y profesor de teoría general del Estado, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional.

En el sector público fue director general de gobierno de la Secretaría de Gobernación, entre 70 y 76, y director en jefe para Asuntos Políticos de la Secretaría de Relaciones Exteriores y asesor del secretario de Programación y Presupuesto.

Fue también, como todos lo sabemos y lo recordamos, secretario de Gobernación entre 1982 y 1988, si no mal recuerdo, el último titular de la Secretaría de Gobernación que duró en ejercicio del cargo durante todo el ejercicio presidencial de ese periodo.

Fue secretario de Educación Pública y dejó ese cargo para participar como candidato al gobierno del estado de Puebla, habiendo sido en consecuencia gobernador constitucional del estado de Puebla.

En el Partido Revolucionario Institucional fue secretario general del Comité Ejecutivo Nacional durante la campaña presidencial de 1982, y participó en el proceso interno para la postulación de candidato a la Presidencia de la República en 1999.

El doctor Manuel Bartlett Díaz fue senador de la República en las legislaturas LVII y LVIII, en donde precisamente presidió la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara alta.

Bienvenido, muchas gracias por su participación, doctor Manuel Bartlett.

El doctor Manuel Bartlett Díaz: Primero que nada, muchas gracias a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados por la oportunidad de platicar con ustedes el día de hoy.

Fui invitado apenas hace tres días, el tiempo suficiente como para leerme sin dormir el paquete de todo el proceso, debate, exposición de motivos, etcétera, y una serie de documentos que tiene muy interesantes sobre los temas la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Han iniciado en esta Cámara la revisión de una minuta aprobada por la Cámara de Senadores, que provocó un cierto conflicto en razón, y aquí se comentó, de que fue presentada la minuta aprobada por el Senado faltando algunas horas para que se terminara el periodo ordinario, con una gran presión para que se le diera trámite de inmediato junto con algunas otras igualmente delicadas. De manera que es un tema que fue muy discutido y el que no se hubiera puesto inmediatamente a estudio de las comisiones y después aprobada, como se le exigía.

Creo que han hecho muy bien en detener esa, soportar esa presión que fue muy fuerte y se manejó en los medios de comunicación con mucha intensidad, porque en realidad lo que son ahora los diputados, son exactamente como lo señala la Constitución, Cámara revisora y la función de una Cámara revisora es revisar precisamente, como se dice literalmente, lo que la Cámara de origen ha elaborado.

Más complicado aún resulta para la Cámara revisora en este caso, este tema que lleva muchos años en las mesas de discusión, muchos. Yo recuerdo que siendo senador hubo dos intentos, antes ya los había habido, se ha olvidado un poco el origen del tema de la reforma del Estado porque ya no sé cómo se llama, ahora se dice reforma política, cambio estructural, pero está en el marco de la reforma del Estado, que además es un término que puso de moda el Banco Mundial.

Aquí Beatriz Paredes comentaba que había habido toda una serie de movimientos en torno de la transformación de los partidos, hablo en general para no singularizar, la transformación en partidos neoliberales presionados por las circunstancias mundiales y el Fondo Monetario Internacional, y lo que fue la globalización, tratados de libre comercio, etcétera y que significaron un cambio importante en materia económica.

Aquí se hablaba de qué debería de primar en un momento dado, si la economía o la política, Beatriz lo tocó, pues yo pienso que en ese entonces lo que prima es la economía y que el poder político se trasladó a la Secretaría de Hacienda, por eso no me alarma que en un proceso de sustitución de la Presidencia de la República que plantea la reforma, pongan al secretario de Hacienda como un posible sustituto automático en la falta absoluta del presidente de la república.

Yo diría, ¿qué tiene que hacer el secretario de Hacienda en ese proceso?, pero si recordamos es que el secretario de Hacienda es el que manda en este país desde hace ya muchos años. De manera que el cambio y la transformación que se dio en relación con la postura ideológica, inclusive que está precisamente identificada en la Constitución de la república, se dio un cambio ideológico sin modificar la Constitución de la República, y se ha venido haciendo toda una serie de transformaciones sin modificar la Constitución, suponiendo o inclusive haciendo alarde en las exposiciones de motivos, de que se respetan los grandes principios de la Constitución y se hace lo contrario en las leyes secundarias.

El tema de la reforma del Estado es un tema introducido por el Banco Mundial en su origen, claro que los orígenes se van perdiendo con el tiempo, el conocimiento de los orígenes, pero el Banco Mundial que hizo, impulsó a través de sus elementos de presión como son los créditos, el Fondo Monetario Internacional, etcétera, presionó para cambios en materia económica, el Consenso de Washington, las privatizaciones obligadas...

(Sigue turno 34)

... etcétera, presionó para cambios en materia económica el Consenso de Washington, las privatizaciones obligadas, las limitaciones en el presupuesto y los déficits que Beatriz Paredes aquí nos comentaba.

También tuvieron un programa, un planteamiento de una reforma política, que fue la reforma del estado y que sigue impulsándose por todos los medios y en todos los foros.

La reforma del Estado es precisamente la gobernanza, se llama, la gobernanza, que algunos lo usan indistintamente gobernabilidad y gobernanza y no son iguales; la gobernanza es una palabra del Banco Mundial que establece un nuevo sistema de gobierno con una participación creciente de los sectores y de los organismos privados en la gobernación de los países; entonces, la reforma del Estado lanza en sus primeras expresiones como un proyecto de complemento... a las transformaciones ya impulsadas en materia económica.

Hemos conocido muchas. Aquí se ha dicho, es más, para no irme muy lejos; en esta Legislatura en el Senado se hizo una ley, lo cual resultó una cosa medio estrambótica, una Ley para la Reforma del Estado, que se dieron los propios legisladores y dijeron: nosotros nos hacemos una ley para que nosotros hagamos una reforma del Estado y se dieran las condiciones de cómo hacerle, etcétera. Estrambótico, pero además ineficaz, porque no la hicieron, terminó en nada y se volvió a empezar otra vez.

Se ha tomado en determinados momentos la reforma del Estado como una bandera política personal o de grupo, como una manera de hacerse notorio determinados personajes y que con este cariz se ha venido manejando hace tiempo y por eso cuando se aprueba en el Senado de la República la reforma a la minuta esta, a la que nos hemos venido a referir, se señala que al no aprobarla de inmediato la Cámara de Diputados lo que se estaba dando era una lucha política entre los intereses que se habían anidado en el Senado y los que estaban anidados en la Cámara de Diputados. Todos estos elementos forman parte de esta importantísima discusión.

Finalmente, podemos decir que esta minuta que nos llega y lo reconoce la minuta en su exposición de motivos y en la larga discusión que se da en torno de ella, más que discusión los monólogos, porque se presenta como si hubiera sido una reforma propuesta de consenso y no lo es, es una reforma de acuerdo entre las cúpulas del PRI y del PAN. Es lo que es esta minuta y obviamente tuvo una oposición reiterada, uno por uno se impugnaron todos los artículos, todas las fracciones, sin realmente ninguna respuesta, que es una vieja práctica en el Poder Legislativo cuando no se quiere hacer mucho ruido, pues que los que se opongan suban, hablen y nadie les conteste, nadie alega y de esa manera se hace más corto el... y la aprobación automática cuando se llega a un pacto.

Beatriz nos hablaba de ese fenómeno cuando señaló que una reforma en cierto momento hizo posible que hubiera una mayoría de un solo partido y por tanto, no se puede gobernar más que con la asociación de dos partidos, que generalmente son los más fuertes, aunque sean supuestamente e históricamente opuestos.

De manera que esta minuta que llega es eso, es un pacto y como pacto que es se limpió de todo aquello que no le gustaba a un lado y en todo aquello que no le gustaba al otro lado se hizo una depuración absolutamente política de estas dos fuerzas unificadas para sacar algo, y esto fue la idea, vamos a sacar algo porque era importante sacar algo, porque sacar algo era algo, por decir, el Senado, este Senado es capaz de hacer importantes acuerdos.

Realmente la minuta es eso, es un acuerdo de todas las fuerzas, que eliminaron a las otras y se llevaron en un debate interesante, porque cada uno de los puntos que aquí se han tratado están objetados, es más, se objetó todo, desde el primer artículo hasta el último artículo transitorio.

Entonces, ahí si se lee el debate o digamos la minuta de la sesión en la que se aprobó esta reforma o esta minuta, vamos a ver que hay una serie de argumentos en contra, muchos de ellos positivos, muchos de ellos bien pensados, que no tuvieron ningún resultado, porque la votación automática sin alegatos se fue dando hasta aprobar la minuta.

Por eso creo que la Cámara de Diputados al tomar esa minuta ha hecho muy bien en detenerla y ha hecho muy bien en cumplir, esperemos que cumpla a fondo y lo está haciendo a partir de estos foros, que cumpla bien su función de Cámara revisora, porque se están tocando temas fundamentales para el país y si debe de ser la Cámara revisora responsable en cualquier tema, mucho más cuando se trata de reformas constitucionales, que tiene que ver con cosas tan importantes como la sustitución en faltas del presidente de la república y de otros temas importantísimos.

Creo que es laboratorio y felicito a la Cámara de Diputados y a la Comisión de Puntos Constitucionales por lanzarse a esta revisión a fondo.

Además, creo que es muy importante que se haga públicamente el hecho de que esté aquí una presencia importante, pese a lo largo de la sesión, es ese realmente necesario, estamos hablando de la ciudadanía, de la importancia de que la ciudadanía participe, de toda una serie de temas que afectan o benefician a los ciudadanos, pues los primeros que tienen que saber de qué se trata este asunto son los ciudadanos.

Por eso la... la discusión, lo que se ha discutido aquí con tonos políticos y con muy buena calidad académica, que felicito realmente, es un paso muy importante para la democracia mexicana.

Los temas a tratar en esta mesa, que a final de cuentas no se han limitado a ellos, sino se han ido mucho más allá, eran reelección de legisladores, cláusula de gobernabilidad —pero dicen de la Asamblea del DF, limitada a la Asamblea, es interesante—, iniciativa ciudadana, candidaturas independientes, consulta popular, naturaleza jurídica de los partidos políticos. Esos son los temas a tratar el día de hoy, repito, se han tratado todos y el entorno ha sido muy importante, porque también se mencionó para situar este proceso legislativo que se encuentra apenas a la mitad de su realización.

Considero que es pertinente, después de haber escuchado posiciones muy claras en relación a estos temas, es pertinente un poco ubicarlos en su contexto. Los aspectos técnicos son muy importantes...

(Sigue turno 35)

... en relación a estos temas es pertinente un poco ubicarlos en su contexto. Los aspectos técnicos son muy importantes, sobre todo porque la minuta los deja fuera.

Si bien hace un momento con Alcocer, a quien conozco desde hace unos cuantos años, aquí el experto desde que andaba de pantalones cortos en materia electoral, comentábamos que la exposición de motivos tiene algunas precisiones que no tienen texto; entonces, la exposición de motivos aclara que habrá que tener equis condiciones para una cada una de estas propuestas, equis condiciones y requisitos, apunto algunos muy precisos que aquí se tocaron, pero en el texto no lo dice.

Entonces, es un planteamiento que se lanza a la atmósfera, para que veamos cómo se puede esto tan importante que es, inclusive...

De aquí la cuestión de que están ya muchos de estos temas en los tratados internacionales que hemos suscrito y que tienen que ver con una importantísima reforma de derechos humanos, que se acaba de publicar, que ha cambiado el artículo 1o de la Constitución y que va a tener un enorme efecto, porque eso que decías tú hace un momento, nos decías: esto no es novedad. Nos acabaste todas las novedades, porque dijiste: esto ya no es novedad, esto tampoco; esto ya está aquí, esto ya está allá.

No creas que lo sepan muchos.

Ahora que aparece que aparece que el artículo 1o, cambiado el título del primer capítulo, que se cambió de Garantías Individuales a Derechos Humanos y sus Garantías, establece con toda claridad que la Constitución y los tratados internacionales son obligatorios para todos.

Ya la Suprema Corte aplicó por primera vez el artículo 1o en el fuero militar; entonces, todo lo que nos decían hace un momento de que se convirtió en ley ya, a nivel constitucional, lo cual hace muy importante ese comentario, esa explicación que nos han hecho de todos los temas que hay que tratar con todo cuidado.

Recuerdo hace años que cuando nos proponíamos una reforma constitucional, ya fuese en el Congreso o en la Secretaría de Gobernación en esos periodos que se mencionan una y otra vez en la minuta, horribles, espantosos en los que gobernaba el PRI y aquel de dinosaurios, etcétera, porque se repite muchísimo esa historia, pero en aquellos tiempos horribles de dinosaurios y de horrores partidistas...

Que tampoco era tan homogéneo el asunto, eh, porque eso es un tema importante, no era de que aquí está el partido y todos piensan igual, nunca fue así ni ante la Revolución ni en el periodo posterior, siempre hubo lucha interna tan fuerte o más fuerte que cuando se enfrentan a un partido político, y lo sigue habiendo.

En aquellos tiempos, cuando se hacía una reforma constitucional o se presentaba un proyecto de reforma constitucional, se presentaba la ley reglamentaria; si llegabas hasta el final para poder saber qué estás aprobando.

Aquí veo que esta presentación difusa de problemas tan complicados no está definida, y aquí el consejero Baños, nos ha pegado un susto, por no decir un baño de complicaciones. Lo felicito, también es un experto en derecho electoral. Cuando decimos: vamos a hacer una consulta. Pero todas las consultas, bravo, ¿quién está en contra de que haya consulta popular? Nadie, ustedes van a ir a consulta, todos los que están ahí van a ir a ser consultados o a impulsar consultas, pero van a tener que hacerse según dice el proyecto coincidentes con las elecciones.

Entonces nos dice el consejero, a ver, a ver —llega el momento—, entonces, ¿van a tener representantes? ¿Cómo va a ser? ¿La Suprema Corte va a intervenir para definir las preguntas?

En fin, es una minuta muy interesante, pero no definida. Lo que corresponde es hacer esa definición, cuáles son las posibilidades de llevar esa reelección, esa cláusula de gobernabilidad, que por cierto es muy especial, porque sé que van a hacer un comentario más adelante, me... causa de gobernabilidad me tocó a mí impulsarla como secretario de Gobernación, más otras cosas, que espero que... también las mencione por parte del Tribunal Electoral y la I Asamblea Legislativa en el DF y otras cosas, pero esa desapareció a nivel federal, pero se quedó en el Distrito Federal.

Ahí es un contrasentido, porque el partido que estaba en contra de muchas cosas ahí sí dijeron: bueno, aquí sí yo nos vamos a... aquí vamos a votar a favor, punto.

Todos estos puntos son muy complicados y trataría algunos más, para dejar la situación un poco más difícil, no con un esfuerzo de o con un deseo de aguafiestas, porque como soy un invitado no vengo aquí de aguafiestas, sino vengo a reconocer que la Comisión está actuando bien.

Hay una serie de condiciones para que esto funcione, aún poniendo todos esos elementos técnicos y todos esos estudios de que se ha hablado hay condiciones importantes.

Decía Beatriz antes de irse, que tenemos que cambiar el sistema democrático mexicano, porque el sistema democrático mexicano se ha convertido en una democracia mercadotécnica. Así dicho, veamos, vamos a cambiar a lo mejor un par de artículos, elimina, queda prohibido en México la democracia mercadotécnica.

Pero en realidad, ¿qué es eso? En este país existe un dominio claro y flagrante de dos televisoras que imponen candidatos, desprestigian personas impunemente, impulsan, bajan, hacen lo que se les da la gana. Son dos empresas, un duopolio, que tiene una fuerza, de dice solos que se llaman para ser elegantes poderes fácticos. Esos poderes fácticos, mientras existan los poderes fácticos como están hoy nada de esto es posible. Nada de esto es posible.

Ese duopolio uno es antiguo, dirigido por lo que era en aquellos tiempos en que éramos felices y no nos dábamos cuenta, uno de estos estaba dirigido por un soldado de la Revolución. No sabíamos que ese soldado podía ser soldado de unos y soldado después de otros: Televisa.

El otro importante poder fáctico es TV Azteca y TV Azteca es otra lindura de la democracia mexicana, tv Azteca se llamaba Imevisión, fue un esfuerzo muy importante que se hizo para poder tener, ante la fatiga de la población mexicana sobre una sola televisora, el Canal de la...

(Sigue turno 36)

... fue un esfuerzo muy importante que se hizo para poder tener ante la fatiga de la población mexicana sobre una sola televisora, el Canal de las Estrellas, no había ninguna otra voz que no fueran ellos, entonces se tomó la determinación al principio del periodo de Miguel de La Madrid, de establecer un sistema mixto, un sistema mixto creando con pedacería que había, el Canal 13, Televisión de la República Mexicana... rural, televisión rural y algunos otros elementos, se creó una televisora muy grande ampliando uno de los canales y creando otro, para poder tener como cualquier país, televisión pública y televisión privada como parte de la modernización, como le llamaron, se privatizó Imevisión y quedó en manos de un señor Salinas.

Más bien dicho, de dos señores Salinas, porque uno era el de las tiendas Salinas y Rocha y el otro era de la Presidencia de la República, Salinas, Raúl. Así es que ese otro aparato, ese maravilloso origen. Esos dos polos dominan la política en este país y si no se hace algo nada de esto va a funcionar, porque les voy a decir, reelección de legisladores.

Independientemente de lo que ya se platicó y este distinguido político del estado de México nos ha hecho una brillantísima exposición con la que estoy de acuerdo, sobre los grandes peligros en México, de la reelección, cuáles van a ser los que salgan en televisión. Alguien decía aquí; cuáles van a ser los espacios de los que quieren ser reelegidos en la televisión. El tiempo del Estado, porque otro personaje muy famoso que se llama Fox regaló el 12.5 por ciento el tiempo que tenía el Estado en las televisoras, se lo regaló tranquilamente porque doña Martha se puso muy generosa con Televisa, y les quitaron, tenían la obligación de que el 12.5 de todo el tiempo de la radiodifusión mexicana, radio y televisión, eso pertenecía al Estado para hacer toda una serie de labores sociales y de Estado.

Eso se regaló, que era un espacio y en ese espacio se va a hacer toda la publicidad, toda la propaganda política. Ahí van a estar los candidatos independientes, cuántos vamos a tener. Ahí va a tener, y decías tú por ahí que si no tiene difusión, si no tiene difusión la consulta popular, esta consulta ciudadana, nadie va a saber de qué se trata.

Entonces nada de esto funcionará si no se toma una decisión en torno de la televisión mexicana, y ése es el problema central.

Fíjense ustedes. Hay actualmente un problema en el IFE porque si bien se hizo una reforma, en la cual se estableció la prohibición de compra de tiempo en la televisión y se reduce toda la propaganda al tiempo del Estado, quedó el derecho de réplica por ejemplo. Está en la Constitución establecido el derecho de réplica, pero como las televisoras no quieren que se regule el derecho de réplica nunca se reglamentó.

Entonces muchas cosas, muchos avances que se hicieron en la reforma anterior de 2007 se quedaron en el aire, no se han legislado. Entonces vamos a preguntarles, vamos a ver si logramos sacar adelante muchas de esas cosas, si se hace realmente una reforma importante en los medios de comunicación para pasar lo que dijo Beatriz muy elegantemente, porque siempre es elegante, para quitar la mercadopolítica o la democracia mercantilizada y establecer un sistema democrático. No lo hay.

Mientras las televisoras dominen el tiempo como lo hacen, no hay democracia en este país realmente, la vulneran, porque las personas existen en la medida en que están ahí, y si no eres simpático a alguno de estos dos personajes no estás ahí y entonces no existes. Por eso yo agradezco mucho que me hayan dado existencia el día de hoy aquí con ustedes, porque como tuvimos un problema con las televisoras cuando la Ley Televisa, la famosa Ley Televisa que le daba la concesión eterna a esos dos personajes, a familias, entonces estuvimos en contra de la Ley Televisa y desde entonces ya no existo. Entonces no saben el gusto que me ha dado estar con ustedes el día de hoy y reaparecer en su...

Otro punto importante. Aquí se ha hablado y los documentos lo dicen una y otra vez, los partidos políticos, los políticos, la clase política están totalmente desprestigiados y esta reforma o esta minuta nos va a prestigiar a todos, pero bueno todos, no nada más a nuevas generaciones. Estamos totalmente desprestigiados, los partidos políticos..., se dice ahí. Están desprestigiados con razón.

Por aquí lo oí, alguien lo dijo. Hace tres años, cuando se inició la campaña para renovar la Cámara de Diputados, se creó un movimiento... como de este tipo en todo el país, para anular el voto y se estuvo desarrollando y llegó a ser muy importante, hubo quien lo cuantificó.

Por qué se generó ese movimiento, porque hay un gran desprestigio de los partidos políticos, lo llaman la partidocracia, la partidocracia es un problema que tampoco va a hacer que esto funcione. Mientras exista esa partidocracia y la antidemocracia en los partidos, nada de esto es posible y no hay democracia en los partidos políticos mexicanos. Ése es un problema gravísimo.

Desde Michels... y aquí los técnicos se acordarán de la Ley de Hierro de las oligarquías y los... y uno tras otro han seguido, y últimamente los nuevos analistas de los partidos políticos te dicen lo mismo; la Ley de Hierro de los partidos y de las oligarquías.

En México los partidos son controlados por unas cuantas personas. Entonces si unas cuantas personas son los que controlan los partidos políticos, ¿quiénes van a ser los candidatos independientes, cuáles van a ser las iniciativas, cómo va a ser la consulta popular? Los partidos van a estar en esta relación, que termina siendo un partido cartel, que es otro tema.

Cuando terminan de ponerse de acuerdo permanentemente dos partidos, porque no se puede de otra manera, ya tenemos un partido cartel, son dos, pero es uno como Televisa y TV Azteca. Entonces, es preciso democratizar los partidos.

En el Senado, en el que estuve yo iba a haber una Ley de Partidos, no sale. No podemos tener una democracia nacional si no están los partidos democratizados, tienen que rendir cuentas precisas, si no lo hay, los recursos permiten que unos cuantos manejen los partidos políticos.

Otro punto importantísimo; el Congreso tiene que estar democratizado también. Yo sé que aquí hay muchos legisladores y no me dejarán mentir porque también lo fui...

(Sigue turno 37)

... políticos.

Otro punto importantísimo. El Congreso tiene que estar democratizado también. Yo sé que aquí hay muchos legisladores y no me dejarán mentir... de borracho y de cantinero. He estado en los dos lados. Y mientras no haya una absoluta transparencia en el manejo de los recursos en el Poder Legislativo, no hay democracia.

El manejo de los recursos que son cuantiosos están en unas cuantas manos. Eso ejerce una situación que impide muchas cosas en el Palacio Legislativo, en las Cámaras. Es necesario que el dinero que se maneja en... esté absolutamente transparentado. Si no se hace eso y de los liderazgos –esto es antiguo, no estoy acusando a nadie- se manejan los recursos absolutamente de manera discrecional.

Tenemos que transparentar los recursos que maneje cada fracción en el Congreso. De no controlarse los recursos no hay democracia en los partidos, no hay democracia en el Congreso, entonces tenemos graves obstáculos que no se han resuelto y que son –la verdad- mucho más importantes que la reforma del Estado o estas reformas políticas, porque hacen nugatorio todo el esfuerzo que se pretenda hacer para que estas cosas funcionen.

Yo creo que todavía estamos en tiempo, por ejemplo, de regular el derecho de réplica. Hay un derecho preconstitucional en la prensa. Tú tienes el derecho de mandar un comunicado en la prensa si han sacado lo que te ofende o que consideras que no es correcto y lo tiene que publicar. En la televisión no se permite. No se permite, se ha intentando durante años y no se ha abordado. No quiero decir que esto soy ajeno, yo también fui senador, también estuve en la Secretaría de Gobernación.

Queremos una democracia, queremos una reforma del Estado, queremos una reforma política si empieza por quitar los obstáculos que hacen imposible que la democracia funcione.

Las televisoras no son poderes ajenos. Les llamamos eufemísticamente poderes fácticos. No, están vinculados al poder. No sólo un poder por encima del poder, no. Están vinculados al poder. Hemos visto lo que les dan no solamente los recursos que gastan, sino a las concesiones que les dan y el apoyo que reciben unos y otros. Son instrumentos de la dominación política y obviamente con una gran autonomía y con un negocio verdaderamente increíble.

Eso es lo que yo considero que es importante. Que nos aboquemos a estudiar este tema, pero también nosotros, porque si no democratizamos los partidos, no democratizamos el Poder Legislativo, no ponemos en orden al duopolio, no abrimos los canales para que haya participación, no habrá democracia en este país así hagamos la más perfecta de las reformas políticas; no va a funcionar. Muchas gracias por su atención.

El diputado Felipe Solís Acero: Muchas gracias al licenciado Manuel Bartlett Díaz. Corresponde ahora el uso de la palabra al licenciado Jorge Alcocer Villanueva.

Jorge Alcocer es licenciado en Economía por la Universidad Nacional y tiene estudios de maestría en Economía igualmente por la UNAM, siendo candidato al grado correspondiente.

Jorge Alcocer fue diputado federal en la LIV Legislatura entre el 85 y el 88. Comisionado en la Comisión Federal Electoral entre 86 y 90. De allá viene su relación a la que hizo referencia el licenciado Bartlett entre ambos. Fue subsecretario de Desarrollo Político en la Secretaría de Gobernación entre el 98 y el 2000.

Es articulista del Diario Reforma desde 1994 a la fecha, es decir desde la fundación del diario. Ha participado en los procesos de reforma electoral de 86, de 90, de 94, de 96 y de 2007 y 2008. Prácticamente en las tres décadas de reforma electoral que se han sucedido en nuestro país.

Es autor de diversos ensayos sobre temas políticos y electorales. Jorge Alcocer fue consejero de la Cenca durante el proceso de reforma del Estado de 2007-2008. Coordinador de enlace Legislativo del equipo de transición del entonces presidente electo Felipe Calderón, entre octubre y noviembre de 2006.

Fue presidente del extinto Partido Fuerza Ciudadana y consejero político del licenciado Labastida durante la campaña de 2000.

Alcocer es director general de la revista mensual especializada en temas políticos y electorales Voz y Voto y es coordinador del Centro de Estudios para un Proyecto Nacional Alternativo, SC...

Tiene la palabra el licenciado Jorge Alcocer.

El licenciado Jorge Alcocer Villanueva: Gracias. Gracias, diputado Solís. Gracias a los organizadores, gracias a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, a su mesa directiva. Gracias a ustedes por la paciencia.

Ya se han dicho aquí las cosas más importantes. Déjenme intentar una cosa muy puntual de preocupaciones concretas, específicas sobre lo que nos trae aquí al debate.

Lo que empezaría destacando es que esta minuta del Senado ha abierto un debate que era necesario. Ha puesto sobre la mesa temas que hace ya décadas veníamos discutiendo. Veníamos analizando temas que no son nuevos.

Recordada ahora con el licenciado Bartlett, el tema de la reelección de diputados lo puso sobre la mesa Lombardo Toledano en los años 60. Fue aprobada en la Cámara de Diputados la reelección de diputados. Luego Díaz Ordaz cambió de opinión y la paró en el Senado, porque en el PRI hubo una resistencia fuerte contra esa medida...

... Cámara de Diputados no sé si fue la XLVIII o la XLVI Legislatura, aprobó la reelección solamente de los diputados. Esos temas han estado presentes en nuestra discusión desde hace mucho tiempo.

Si vamos a entrar a la discusión que propuso aquí la diputada Paredes, que es posible imaginar el regreso del presidencialismo autoritario del siglo XX que caracterizó a buena parte del siglo XX mexicano, ¿es posible imaginar el regreso de eso al México del siglo XXI?

Si coincidimos en que eso no solamente no es deseable, sino que no es posible, entonces tenemos que entrar a discutir cómo le inyectamos, creo yo,...

(Sigue turno 38)

... en el Poder Legislativo de recuperación del Poder Legislativo, que por cierto —y me permito señalarlo— la demolición del Poder Legislativo, la demolición de la política y los políticos tiene autor, autores y tiene intereses e intenciones, no digo yo que los políticos no se merezcan toda las críticas del mundo, pero cuando desde la televisión, diariamente, se pretende, se hace la demolición de la política, no esperen ustedes que la sociedad tenga muy buena opinión de la política y de los políticos, si todos los días le dicen a la sociedad que eso es lo peor que tenemos, qué va a pensar la sociedad: pues eso, y no lo hemos logrado detener.

Yo creo que hay que inyectarle una fuerte dosis de parlamentarismo a nuestro sistema y eso entonces tiene que ver con una discusión pertinente, porque —y ahí discrepo con Beatriz— yo no creo que el problema del Congreso mexicano sea tener buenos asesores y que no los corran cada tres años. No, el problema está en tener buenos diputados y buenos senadores. Ése es el problema del Congreso y eso pasa en la mayor parte del mundo por la reelección.

¿Qué singularidad nos marcó aquí Dios o quién, de que no se puede reelegir en México? ¿Quién inventó la no reelección de diputados y senadores? Calles, aquí lo dijo ya el doctor. Eso no es parte de nuestra Revolución. Madero no dijo eso ni los constituyentes del 17 entraron a eso, prohibieron la reelección de presidente de la República y la reelección de los gobernadores; y luego Obregón, efectivamente, quiso cambiarlo, lo cambió y ocurrió la tragedia que ocurrió y Calles dijo: aquí le paramos, vamos a pasar de la época de los caudillos a la de las instituciones y las instituciones se llamaban presidencialismo.

La no reelección en el Congreso es parte de la historia anterior, es parte de la existencia de un México con un sistema presidencialista exacerbado. El Congreso sin reelección es funcional a ese presidencialismo, pero eso es parte de lo que tenemos que discutir, porque eso ya no funciona. ¿Por qué a partir del 2000 la alternancia no provocó cambios positivos? Porque está frenada, porque se opera con los mecanismos del pasado cuando ya esos mecanismos no existen.

El presidente de la República, cuando era del PRI, operaba como operaba porque el Congreso era parte de sus instrumentos de la operación. Así operaba, todos los que estuvimos ahí lo sabíamos. Si Manuel Bartlett llamaba y todo mundo se cuadraba, excepto nosotros que estamos en la oposición, pero así se operaba. Eso ya no existe, eso no existe, llevamos dos presidentes seguidos que no le pueden dar órdenes al Congreso. Tenemos una situación completamente diferente a nivel federal. ¿Cuántos gobernadores hay del PRI? ¿Cuántos gobernadores hay del PAN? ¿Cuántos hay del PRD?

Por cierto, le aclaro a mi amigo el senador Bartlett una cosa: esta minuta la aprobó también el PRD, Manuel. Si de pacto se habla es pacto de tres. En el Senado esta minuta contó con los votos del PRD, y no creo que nadie le haya ido a torcer la mano a Pablo Gómez, tú lo conoces también como yo.

Tenemos que discutir esto. Yo sugiero que la reelección se discuta —está bien— desde un ámbito ideológico, eso es correcto, desde un ámbito histórico, pero también desde un ámbito operativo. Yo no creo que la reelección nos vaya a resolver todo ni que sea la panacea. Creo que nos puede dar mejores legisladores, eso sí. Pero tenemos un problema: las fórmulas de acceso al Congreso se diseñaron con la premisa contraria, si hay plurinominales, si hay primera minoría, si hay pluris en el Senado es porque no había reelección.

Si uno a un edificio le quita su cimiento, cuidado, el edificio puede caer, y uno de los cimientos con los que se ha diseñado el Congreso mexicano es que no hay reelección inmediata. Eso es parte del diseño constitucional.

Miren ustedes la paradoja, yo le he llamado la paradoja de la primera minoría. Como ustedes saben, en el Senado, tres senadores por cada estado, dos en fórmula, el partido que gana se lleva los dos; el partido que queda en segundo lugar —para decirlo elegantemente, para decirlo correctamente—, el que pierde pero sacó el segundo lugar entra él primero. Si ese senador que dura seis años se puede reelegir como tal, entonces puede volver a ser en la lista de su partido, volver a perder, pero quedar en segundo lugar y se va a quedar otros seis años de senador. Vamos a tener dos derrotas y 12 años en el Senado.

Ésa es la paradoja que genera tener primera minoría si hay reelección. A esas contradicciones hay que encontrarle solución, porque no creo que sea correcto decir que la reelección empodera al ciudadano y luego en la práctica lo que genere sea otra cosa.

Creo que hay que revisar y ésa es una tarea que creo que la Cámara de Diputados y esta comisión tiene esa oportunidad y esa tarea y ese reto cómo se puede, cómo decir sí a la reelección, pero hacerse cargo de que nuestras fórmulas no son precisamente para eso. Efectivamente, ¿cuál es el riesgo? Que un diputado, si tiene el favor de su partido se nos va a quedar nueve años de diputado pluri; luego se puede ir al Senado de pluri también y se va a quedar seis y luego se reelige como pluri y ya se aventó 12 y se regresa a diputado y se queda otros nueve y así hasta que la muerte lo sorprenda.

Como que no está bien. Yo creo que eso no está bien. Hay que compatibilizar el sistema de integración de nuestras Cámaras. Yo estoy a favor de la reelección. Yo creo que eso beneficia al Congreso y le va a inyectar al sistema nuevas vitalidades, nuevos equilibrios, pero me hago cargo que hay un problema de diseño, que no es simplemente que se reelijan todos porque puede no funcionarnos.

En el tema de candidaturas independientes —no voy aquí a extenderme en lo que ya señaló con toda corrección el maestro Baños, que nos ha dicho muy bien— aguas, hay estos problemas y al IFE hay que darle respuestas. El proceso electoral federal va a empezar el 7 de octubre. ¿Hay tiempo para de aquí a esa fecha tener resueltos al menos cuatro asuntos sobre candidatos independientes? 1. ¿Qué requisitos para que puedan competir? O no vayamos a caer en la creencia —porque ya se lo he oído a varios— de que basta con que yo vaya con el consejero Baños al IFE y le diga fíjate que quiero ser candidato independiente, y el IFE me tenga que registrar como si fuera un derecho inmediato, autoaplicable y que no requiere regulación.

Y hay gente que anda con esa idea, de que aunque no se regule el IFE los va a tener que registrar porque la Corte Interamericana... la Corte Interamericana no dijo eso, eso lo anda inventando un señor que quiso ser candidato independiente, no está aquí y por tanto no voy a mencionar su nombre, pero no es cierto, la Corte no ha dicho eso. Bueno, ya saben a quién me refiero.

Requisitos: qué derechos van a tener, ya lo planteaba el consejo Baños. ¿Van a tener derecho a estar en los consejos distritales, en los consejos locales, en el Consejo General del IFE? Luego, una cosa crucial: ¿Cuánto dinero? ¿Se les va a dar dinero o no? Porque si no se les va a dar dinero van a decir que hay inequidad en la contienda.

No me quiero extender demasiado, les voy a decir dos paradojas que se generarían de inequidad si se les dan recursos directos a los candidatos independientes y se les da acceso directo a radio y televisión. En nuestra Constitución y en nuestro sistema el financiamiento está construido para los partidos políticos, el de campaña y el ordinario. Un partido puede...

(Sigue turno 39)

... para los partidos políticos, el de campaña y el ordinario. Un partido puede decidir no darles un solo centavo a sus candidatos y todo hacerlo con propaganda genérica, con carteleras, en fin, y no les da un centavo. Un partido puede decidir que ninguno de sus candidatos a diputados aparezca en televisión, porque todo lo va a meter en propaganda genérica. Pero si les damos dinero director a los candidatos independientes, sigo con el ejemplo de diputados, pues generamos una inequidad invertida.

Él que está en desventaja sería el candidato de partido y entonces le van a ir a decir a su partido: oye no, pero si le están dando dinero directo a los independientes, pues cuando menos dame lo mismo para poder competir. Y si al independiente lo están metiendo a radio y televisión de manera directa, pues los candidatos van a decir: pues déjenme entrar a la tele para poder competir.

Estos aspectos no se han querido analizar, porque nos hemos ido con la algarabía de decir: vengan los independientes, van a ser fabulosos; yo la verdad creo que le hacen falta al sistema, aunque creo que no nos van a resolver nada, pero pues allá. Hay que hacerlo para que los partidos se fortalezcan, mejor dicho, se transformen, pero esos temas hay que discutirlos.

Requisitos. Derechos: financiamiento, acceso a radio y televisión. Si eso no se resuelve al IFE lo van a meter en un lío gigantesco, y el IFE está a unas semanas de tener que preparar la elección presidencial o suspendemos la elección presidencial mientras nos ponemos de acuerdo qué hacemos con los independientes; hay un problema.

Finalmente, creo que hay otros temas que hay que abrir, y qué bueno que se están abriendo. Aquí Manuel Bartlett hablaba de la cláusula de gobernabilidad. Lo traigo a colación, porque en un interesante texto del gobernador Enrique Peña Nieto, él vuelve a plantear el tema y me parece que es un tema que merece la pena ser discutido; si es necesario volver a meter cláusulas de gobernabilidad.

La reforma que impulsó Bartlett, la de 86, tenía una cláusula de gobernabilidad, tenía muchas otras cosas. Yo coincido con Manuel, siempre le he reconocido que la reforma que él impulsó en 86 tuvo aspectos muy positivos, muy de avanzada, que nada más y nada menos creo el primer tribunal electoral. Chueco, porque no te atreviste, no Manuel, pero ahí lo dejaste medio chueco, pero duró muy poquito además; pero creo la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, por ejemplo, y creó el sistema actual de representación con sus variantes después de la Cámara de Diputados, del que siguen siendo exponentes, 300, 200, lo creó Manuel Bartlett, nunca le entendimos por qué, porque nunca nos quiso decir. Porque le decíamos: oiga secretario, nadie le pidió que aumentara a 500 los diputados, pero Manuel tenía una visión más allá.

Creo que fue una buena reforma, aunque tuvo dos grandes defectos: la Comisión Federal Electoral y su integración, y en eso creo que siempre hemos estado de acuerdo; y yo digo que la cláusula de gobernabilidad, que por cierto nunca se aplicó. La cláusula de gobernabilidad de Manuel Bartlett decía: “Al partido que tenga 51 por ciento, pero no tenga la mayoría de curules deben dársele hasta que lo alcance, mayoría absoluta”. Pero esa parte no estaba mal, si tenía 51 por ciento de los votos o más, pues désele las curules suficientes para que se quede bien representado. El problema no era ése, el problema es que le agregó otra cosa: “Pero si ninguno tiene ese porcentaje, al partido con mayor número de constancias de mayoría se le entregará el número suficiente de pluris hasta que genere 251”. Lo cual abría la posibilidad de que con 30 por cierto un partido por tener mayoría de constancias se fuera a 251.

La cláusula nunca se aplicó porque, en fin, nunca se cumplió la hipótesis; el PRI ganaba de calle y siguió ganando hasta donde ya sabemos; pero la cláusula fue suprimida, se quitó en el año 90. En el año 90 se creó una nueva cláusula, le llamábamos La escalerita: por cada dos puntos adicionales a esto, dos diputados más para forzar la construcción de mayoría. Tampoco se aplicó. Hasta que en el 96 llegamos a la fórmula que tenemos, que ya no es cláusula de gobernabilidad es tope a la sobrerrepresentación, porque en el modelo original de 86, cuando se diseña el sistema 300, 200, lo que la fórmula Bartlett puso, era que tendencialmente el sistema tendía a ser proporcionalmente puro, o sea, tendía a representar muy bien votos y curules, porque al final de cuentas, en el sentido estricto, eso es un sistema electoral; cómo transformo votos en escaños o curules.

Y la fórmula de 86 era tendencialmente proporcional, pero tenía un problema que era, como el sistema es mixto con dominante mayoritaria, lo sigue siendo, 300, 200, entonces generaba un problema de sobrerrepresentación en ciertas hipótesis y por eso se puso la cláusula que todavía tenemos hoy en día.

Leí con interés la opinión del autor citado, del gobernador Peña Nieto, que dice que el pide: o cláusula de gobernabilidad, o mejor aún, quiten el tope a la sobrerrepresentación. Pues yo creo que no le han explicado al gobernador Peña Nieto lo que pasaría. Miren, si quitan el tope a la sobrerrepresentación y los resultados son como los del 2000, los del 2003 o el 2006 no pasa nada, los resultados son idénticos. Para que opere el tope, para que tenga un efecto tienen que cumplirse otras hipótesis numéricas. Sí hubiera operado en 2009; en 2009 sin tope a la sobrerrepresentación el PRI habría alcanzado directo, sin necesidad del verde, 263 diputados, 263. Con el 37 por ciento de los votos habría tomado el 56 por ciento de la Cámara. ¿Alguien va a aceptar eso? ¿Alguien va a aceptar que a un partido se le dé eso? Después de que venimos de la historia de decir: no queremos cláusulas de gobernabilidad y no queremos que haya una sobrerrepresentación. Yo creo que no.

Yo creo que esa propuesta, el problema no es su viabilidad técnica o no, el problema es que no veo en el escenario cómo puede construirse las dos terceras partes en ambas Cámaras del Congreso para... a nuestro sistema la cláusula de gobernabilidad. ¿Qué es lo que procedería? Porque si quitan nada más lo de la sobrerrepresentación no va a funcionar. Entonces sí hay que discutir la cláusula de gobernabilidad.

Pregunto yo, más allá del ejercicio interesante, ¿esto lo va a aceptar el PAN? ¡Lo va a aceptar el PRD? ¿Se pueden conseguir las dos terceras partes? Yo creo que no. Y si ése es el motivo por el cual no avanza todo lo demás, mal andaríamos, mal estaríamos. Hay que discutir el asunto y buscar las fórmulas para que aquello que ayer era virtud, y con esto termino, hoy no se vea como defecto.

Miren, en el 97 cuando el PRI perdió la mayoría, muchos de los que ahora claman por cláusula de gobernabilidad, incluido el presidente Calderón, celebraron eso como el gran avance; ya estábamos del otro lado del mundo. Y hoy el presidente Calderón también nos dice que se requiere generar mayoría. Pues si el electorado no las genera, más vale no andarle torciendo la mano a la ley para generarlas de manera artificial porque no van a funcionar y eso son los temas que creo que vale la pena poner sobre la mesa y no generar expectativas falsas, lo de los candidatos independientes está en chino, en chino, de aquí al 2012 está en chino, y lo digo con todo respeto.

Yo estoy de acuerdo con los candidatos independientes, pero no hay una iniciativa, una, que regule el asunto. No hay iniciativas en diputados, ya checamos, tampoco en el Senado. El único que metió una propuesta un poco desarrollada fue el PRD en su propuesta de reforma constitucional, ahí hay un sistema de financiamiento, nos pidieron que lo midiéramos, el efecto, de lo que proponía el PRD; se requerían casi 4 mil millones de pesos adicionales para financiar candidatos independientes con la propuesta que puso el PRD, 4 mil millones de pesos más.

Ojalá...

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... para financiar candidatos independientes, con la propuesta que puso el PRD, 4 mil millones de pesos más. Ojalá se pueda, pero si no se puede no hay que olvidarse en 2012 tiene destino y tiene democracia. Gracias.

El diputado Felipe Solís Acero: Muchas gracias a Jorge Alcocer que como ustedes habrán podido asistir efectivamente hay una larga relación de amistad entre él y el licenciado... Procede que le demos el uso de la palabra al ponente que nos hará el favor de cerrar la participación de los 11 ponentes que hoy nos acompañaron en este foro, que es el doctor José Roldan Xopa.

El doctor Roldan Xopa, es licenciado en derecho por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, es maestro en derecho económico por la UAM Xochimilco y doctor en derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México donde obtuvo la mención honorífica.

A partir de 1995, ha sido profesor de tiempo completo, el departamento de derecho del ITAM, donde es titular de la materia de derecho administrativo. Fue director de la licenciatura en derecho y director fundador de la maestría en derecho administrativo y de la regulación y jefe del departamento académico de derecho del propio ITAM, entre junio de 2006 y junio de 2009.

El doctor Roldan Xopa es investigador nacional nivel uno del Sistema Nacional de Investigadores del Conacyt. Muchas gracias por acompañarnos, doctor, tiene usted la palabra.

El doctor José Rolda Xopa: Primero, muchas gracias licenciado por la presentación. Por supuesto a los organizadores que me hayan permitido estar aquí con ustedes y por supuesto el inmenso humor de tener la intervención que cierra esto. Así que agradezco a nombre de los académicos la apertura y habernos dado el sitio estelar para cerrar esta tan interesante sesión.

Cuando los académicos somos invitados a sesiones como ésta no dejamos de sentirnos un poco fuera de foco, mis colegas quizás comprenden esto, estamos acostumbrados al lenguaje de los libros de las teorías y por supuesto si bien esto tiene su sitio relevante cuando se trata de enfrentar problemas como el que tenemos ahora y éste es cómo rediseñamos la Constitución, Cómo rediseñamos la reglas del juego político sobre todo en un contexto tan difícil como el que estamos viviendo, no planteamos por supuesto la pregunta más fundamental, cómo en un contexto en donde pareciera que el país se nos está deshaciendo entre las manos somos capaces de sacar adelante las cosas.

Hace algunos días leía un libro de un autor español que se llama Las culturas fracasadas; y plantearon una serie de experiencias que ha habido en el transcurso de la humanidad de cómo hay sociedades que por sus dificultades no alcanzan a trascender y cómo hay otras que son capaces de enfrentar los problemas y por supuesto sacarlos adelante.

En una impresión personal me parece que estamos en un momento de este tipo. Esto es, cómo colectivamente somos capaces desde nuestras propias perspectivas plantearnos problemas y plantearnos soluciones adecuadas. Creo que en eso estamos en un reto, donde las inteligencias, las experiencias y por supuesto que las aportaciones son muy relevantes.

El tema que me pidieron fue el de la reelección. Una buena cantidad de cuestiones que quería plantear han sido dichas y simplemente lo que haría es recoger varias de ellas y por supuesto plantear algunas cuestiones que pudieran ser aportaciones.

El licenciado Alcocer mencionaba lo que sucedió en los sesentas. La experiencia, y paradójicamente pareciera ser que la historia se repite aunque con ciertas variantes, la Cámara de Diputados aprobó la propuesta de Lombardo Toledano sobre la elección vino el periodo de receso y al regreso la Cámara de Senadores rechazó la propuesta.

Guardada las proporciones tenemos una historia inversa, la Cámara de Senadores aprueba en este momento una propuesta donde se plantea reelección, viene el periodo de sesiones, están sucediendo un conjunto de cosas en donde las opiniones se encuentran y por tanto también se confrontas, no sabemos que es lo que vaya a pasar, pero si está propuesta es rechazada por diputados, entonces tendríamos más allá una reedición de las cosas.

Más allá de lo anecdótico que pudiera ser esto. Creo que lo relevante es hacernos las preguntas de porque pasó lo que pasó y porque podría pasar lo que puede llegar pasar, sea en uno o en otro sentido la dedición que tomen diputados.

Por supuesto que la reelección plantea cambios. Diría: “Plantea cambios en la regla del juego y plantea cambios en el desplazamiento de los centros de poder. En última instancia creo que las preguntas relevantes son ¿Quién manda? ¿Quién decide? ¿Cómo se decide?, y en éste está el eje de la discusión, ¿Cuándo con Calles se lleva a cabo digamos la primera ola antireeleccionista, teníamos un escenario donde lo importaba era la consolidación digamos de la posrevolución, la terminación de los caudillos y por tanto la exigencia de un poder central fuerte.

Diría, que una recapitulación, la primera ola antireeleccionista me pareció que fue útil permitió consolidar Estados, Permitió consolidar instituciones que nos guste o no nos guste finalmente se pones el resultado. En experiencias de derecho comparado, por ejemplo, tenemos el proceso de reunificación de la Alemania, donde también se requería un centro de poder que representaba Bismarck, el monarca, donde habría que fortalecer instituciones y no solamente a las instituciones sino las concepciones que requerían un estado fuerte.

Ahora, por supuesto las condiciones son distintas, tenemos problemas y creo que la decisión es con qué tipo de maquinaria pensamos enfrentar los problemas. En el escenario, la no reelección y sobre todo en el escenario de 2011, creo que podríamos dibujar tendencias en donde quienes apoyan la no reelección se están tensando también en que se requiere en su propia estrategia y en la maquinaria que tiene que enfrentar los problemas, centros igualmente fuertes de decisión no solamente en su propio ámbito, por ejemplo en el Ejecutivo, sino también de tener mayores hilos de gobierno de decisión de reparto institucional en otros poderes y que esto se requería como un eje articulador como puede ser el presidente de la República o el mismo partido.

En otro escenario la maquinaria plantea, por supuesto, centros de poder mucho más descentralizados donde por supuesto el juego de gobernabilidad va hacer más difícil, pero en otro aspecto puede ser mucho más democrático con toda la complejidad que pueda acarrear la diversidad de centros de decisión y un juego mucho más abierto.

En el discurso que hemos escuchado en este momento, no solamente se han oído opiniones en pro o en contra, sea de académicos o de políticos, esto es a fin de cuentas el juego social del debate. Pero, en mi opinión creo que no sería posible establecer una distinción en blanco y negro. Es decir, pensar que por ejemplo los problemas de captura, por los poderes fácticos pueden ser mucho más fáciles en un escenario de reelección o pueden ser mucho más difíciles en un escenario donde haya un cambio mucho más dinámico en las elites congresionales.

La experiencia nos dice que puede ser igualmente capturado. El doctor Bartlett hablaba de la Ley Televisa, me parece un caso muy claro y ejemplificativo de cómo un congreso puede ser capturado por poderes fácticos a veces hasta inconcientemente.

También es posible encontrar casos muy recientes donde la presión de los grupos de interés puede llevar a tomar decisiones, donde ciertos instrumentos legislativos, por ejemplo el de acciones colectivas, no cumplen su función en la medida en que...

(Sigue turno 41)

... señoras y señores ponentes que hoy nos han hecho el favor de que les escuchemos. De eso se trataba, de que nos compartieran sus reflexiones, puntos de vista y que, como es natural, aquí mismo hemos encontrado algunos diferendos entre los propios planteamientos de los señores ponentes. Eso es lo que enriquece el debate legislativo y a eso tendrá que atenerse la comisión dictaminadora en el momento de emitir su dictamen al respecto de esta minuta del Senado de la República.

En segundo lugar, permítanme agradecer al personal técnico de la Comisión de Puntos Constitucionales. De manera muy significativa al licenciado Luis Ignacio Rosales Barrios, secretario técnico de la Comisión que tuvo a su cargo, junto con Miguel Ángel Aguilar Pimentel, Patricia Gómez y algunos otros compañeros, a quienes les damos las gracias por los apoyos para la organización de este foro y de los otros.

Por último, agradecer nuevamente de manera reiterada en todo lo que vale, con todo cariño, con una gran efusividad la anfitrionía, el respaldo del Gobierno del estado de Yucatán y de la señora gobernadora, Ivonne Ortega, para que este foro pudiera desarrollarse.

Todo ello fue posible gracias a la gestión muy atenta, muy precisa, muy comedida y personalmente comprometida de nuestro compañero de la Comisión de Puntos Constitucionales, el diputado Rolando Zapata, a quien personalmente le agradezco enormemente su personal disposición para que este foro pudiera llevarse a cabo en Mérida con tan buenos resultados como los que hemos visto aquí.

Le pido de la manera más atenta y respetuosa al señor presidente de la Cámara de Diputados y, por tanto, del Congreso de la Unión, que nos haga favor de clausurar formalmente los trabajos de este foro.

El presidente diputado Jorge Carlos Ramírez Marín: Gracias, diputado, es un verdadero honor. No conozco una sola ocasión en que un auténtico diálogo se convierta en algo inútil. En cambio, he visto muchas cosas resultar del no diálogo y volverse completamente inútiles. Muchas de esas cosas son leyes; muchas de esas cosas con decisiones legislativas.

Cuando esta reforma llegó a las 11 de la mañana del 28 de abril, exactamente 24 horas antes de que abriéramos el último día de sesiones, tuve la certeza de que empezaba una estrategia para decir que los diputados no queríamos aprobar una reforma política.

El tiempo me dio la razón, efectivamente, pero también el tiempo nos va a dar la razón. El diálogo siempre hará que las cosas mejoren. Hoy la exposición de expertos, de diputados que señalan muchas de las cosas que tenemos que sortear para llegar efectivamente a algo que sea realmente útil al pueblo de México, dicen que mientras más invirtamos en esto, estamos en el camino correcto.

Sé que los diputados cumpliremos con nuestra responsabilidad a tiempo y sé que la cumpliremos con el sólo interés de servir al país. Por eso, agradezco la presencia de ustedes. Nuevamente les agradezco que se hayan trasladado hasta aquí y me sumo al agradecimiento del diputado Rolando Zapata, quien ha hecho, como siempre, un espléndido trabajo para hacer posible este encuentro.

Amigos, muchas gracias. No es tarde para decirles que siempre serán bienvenidos a Mérida. Y siendo las horas que son del día conocido de todos ustedes y del año todavía más conocido, declaro formalmente clausurado este foro. Muchas gracias.

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FORO: “LA REFORMA POLÍTICA, CAMBIO ESTRUCTURAL DE LA VIDA SOCIAL DE MÉXICO”
MESA 4: EQUILIBRIO Y COOPERACIÓN ENTRE PODERES
DURANGO, DURANGO
JUEVES 28 DE JULIO DE 2011

El diputado Feliciano Rosendo Marín: ... cambio estructural de la vida social de nuestro país. Les pedimos una vez más tomar sus lugares para poder dar principio a esta ceremonia de inauguración.

(Música de fondo)

(Sigue turno 2)

... en este momento, señoras y señores, damos la más cordial de las bienvenidas a nuestras distinguidas autoridades encabezadas por el ciudadano gobernador constitucional del estado de Durango, el contador público Jorge Herrera Caldera, le damos la bienvenida con un fuerte aplauso; de la misma manera recibimos a los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales de la honorable Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión. Bienvenidos, señoras y señores, a esta importante ceremonia de inauguración del cuarto foro La reforma política, cambio estructural de la vida social de México, teniendo como escenario nuestro Centro Cultural y de Convenciones Bicentenario de esta ciudad de Durango. Ya los tenemos aquí con nosotros a los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión.

En este día se desahogarán, en nuestra ciudad capital, los trabajos de este cuarto foro La reforma política, cambio estructural de la vida social de México. Los duranguenses nos sentimos muy satisfechos de que haya sido precisamente elegida como sede nuestra ciudad de Durango para desarrollar los trabajos del cuarto foro La reforma política, cambio estructural de la vida social de México.

Presentes en esta importante ceremonia señores legisladores, diputados federales, presidentes municipales, presidentes de cámaras empresariales, rectores y directores de instituciones de educación superior de nuestra entidad federativa, a todos ustedes les damos la más cordial de las bienvenidas. Ahí tenemos en pantalla la presencia del señor gobernador del estado, así como también de los señores miembros de la Comisión de Puntos Constitucionales, presentes en esta ciudad de Durango.

En este momento vemos al ciudadano gobernador constitucional del estado que está saludando, dando la bienvenida de manera personal a los distinguidos representantes de diferentes gobiernos de los estados que hoy nos acompañan, del gobierno del estado de Nuevo León, del estado de Chihuahua, de Colima, de Coahuila y de Sinaloa, entre otros importantes invitados que tenemos el día de hoy, en esta ceremonia de inauguración del cuarto foro La reforma política, cuya sede es la ciudad de Durango.

En este momento el señor gobernador del estado dando el saludo de manera personal a los invitados especiales que hoy nos acompañan en esta ceremonia de inauguración del cuarto foro La reforma política.

Damos la bienvenida de manera muy especial a los señores legisladores de las diferentes representaciones políticas de la Cámara de Diputados, del honorable Congreso de la Unión. Desde luego, para los...

(Sigue turno 3)

... de las diferentes representaciones políticas de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Desde luego, para los duranguenses, para nuestro gobernador, para los ciudadanos de Durango es un honor tenerlos a todos ustedes, representantes de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Les damos la bienvenida. Durango es su casa, y estamos seguros de que habrá resultados importantes en este IV Foro La reforma política. Estamos viendo en este momento el saludo del señor gobernador del estado a los invitados que hoy nos acompañan en nuestra ciudad capital; nos da mucho gusto, desde luego recibir a los señores legisladores integrantes de la Cámara de Diputados. Les pedimos tomar sus lugares procedemos a iniciar nuestra ceremonia.

Sean bienvenidos a Durango, señoras y señores a esta Ceremonia de Inauguración del IV Foro La reforma política, cambio estructural de la vida social de México. Encabeza esta ceremonia el ciudadano gobernador constitucional del estado de Durango, el contador público, Jorge Herrera Caldera.

La presencia del diputado, profesor Adrián Valles Martínez, presidente de la Gran Comisión del honorable Congreso del estado; del licenciado Apolonio Betancourt Ruiz, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, y del Consejo de la Judicatura; del ciudadano presidente municipal de Durango, el contador público, Adán Soria Ramírez.

Doy la bienvenida a los diputados federales ponentes en este IV Foro La reforma política. Nos acompaña el diputado, licenciado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, bienvenido, bienvenido señor diputado; de la misma manera, con un fuerte aplauso, le damos la bienvenida al diputado, licenciado Porfirio Muñoz Ledo, bienvenido a Durango, diputado.

Diputada licenciada, Yolanda de la Torre Valdez, diputada federal por Durango, gracias por su presencia, diputada. Ponentes, magistrada María del Pilar Núñez González, bienvenida; doctor Kenbirt Fuente Martínez, bienvenido; maestro Alejandro Paya Rodríguez, gracias por su presencia, maestro.

Saludamos la presencia de los señores exgobernadores del estado de Durango, del licenciado Maximiliano Silerio Esparza; del licenciado Ángel Sergio Guerrero Mier; los señores secretarios de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, el diputado Héctor Guevara Ramírez, diputado federal por el Estado de México; diputado Reginaldo Rivera de la Torre, diputado federal por Querétaro; diputado Feliciano Rosendo Marín Díaz, diputado federal por el Estado de México.

Diputados integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales. Doy la bienvenida al diputado Fernando Ferreira Olivares, diputado federal por el Estado de México, bienvenido; diputada Dina Herrera Soto, diputada federal por el estado de Michoacán; diputado licenciado, José Ricardo López Pescador, diputado federal por Durango; diputada Guadalupe Pérez Domínguez, diputada federal por el estado de Chihuahua, bienvenida.

Diputado Felipe Solís Acero, diputado federal por el estado de Tamaulipas, bienvenido. De la misma manera nos distingue con su presencia el representante personal del licenciado Rodrigo Medina de la Cruz, gobernador constitucional del estado de Nuevo León, el licenciado Edgar Olaiz Ortiz, subsecretario de Vinculación y Atención a Grupos Vulnerables, bienvenido.

Doy la bienvenida, con la representación personal del licenciado César Horacio Duarte Jáquez, gobernador constitucional del estado de Chihuahua, saludo la presencia del diputado Enrique Serrano Escobar, presidente del Congreso del estado de Chihuahua. Con la representación personal del licenciado Mario Anguiano Moreno, gobernador constitucional del estado de Colima, saludo al licenciado José Alberto Peregrina Sánchez, director general de gobierno, bienvenido.

De igual manera, con la representación personal del licenciado Jorge Juan Torres López, gobernador constitucional del estado de Coahuila; saludo al licenciado Alfredo Budabe Dávila, secretario ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública y Fiscal Especializado de Inteligencia y Políticas Públicas, bienvenido. De la misma forma saludo, con la representación personal del licenciado Mario López Valdés, gobernador constitucional del estado de Sinaloa.

Saludo al licenciado Roberto Cruz Castro, coordinador general de asesores, bienvenido. Desde luego saludo la presencia de nuestros diputados federales por Durango, del profesor Marcos Cruz Martínez, diputado, bienvenido; del diputado licenciado, Bonifacio Herrera Rivera; del diputado Pedro Ávila Nevárez, y el diputado contador público, Ricardo Rebollo Mendoza.

Saludo la presencia de los señores directores y rectores de instituciones de educación superior del estado de Durango, en la persona del licenciado Luis Tomás Castro Hidalgo, rector de la Universidad Juárez del estado de Durango. Bienvenidos, distinguidos invitados, señoras y señores, presente también por Durango, el diputado Primitivo Ríos Vázquez, gracias por su presencia, acá está con nosotros, ,muchas gracias diputado.

Distinguidos invitados, señoras y señores, para dar el mensaje de bienvenida pedimos la presencia del diputado, licenciado José Ricardo López Pescador, diputado federal por el estado de Durango, bienvenido.

El diputado José Ricardo López Pescador: Muy buenos días. Saludo la presencia del contador público Jorge Herrera Caldera, gobernador constitucional del estado de Durango, en él, desde luego a mis compañeros legisladores integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales, de los señores presidentes municipales en la persona del contador público Adán Soria Ramírez, y a los representantes de los Poderes Judicial y Legislativo, Apolonio Betancourt y Adrián Valles Martínez.

Gracias a todas y todos ustedes. Como legislador duranguense quiero agradecer a mis compañeros integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados la...

(Sigue turno 4)

... Como legislador duranguense quiero agradecer a mis compañeros integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados la deferencia para elegir como sede de este cuarto foro de análisis y discusión de la reforma política a nuestro estado, particularmente a nuestra bella y transformada ciudad capital.

Debo subrayar que no fue difícil obtener el éxito en la gestión para que estemos hoy aquí, en este majestuoso escenario, ante asistentes tan distinguidos como ustedes. El voto unánime de los integrantes de la comisión se dio porque al interior de las diversas bancadas seguimos considerando, como integrantes de la LXI Legislatura a nuestro amigo, hoy gobernador del estado pero diputado federal, igual que nosotros, Jorge Herrera Caldera. Es una distinción a su trabajo.

El otro factor para que estemos reunidos en este lugar es la aportación permanente que Durango hace a la vida institucional y social de México, especialmente en episodios tan marcados como la Reforma, la Revolución y la Independencia, encarnada en figuras como Guadalupe Victoria, Francisco Zarco y Francisco Villa. Hoy quiero decirles, amigos legisladores, que la de Durango es una sociedad abierta al libre debate de las ideas. Aquí en Durango hay un espacio para el encuentro plural. Es un lugar adecuado para propiciar los acuerdos que demanda México para modernizar su vida institucional.

El mensaje de este foro de Durango sobre la reforma política es claro La reforma política está en marcha, no está congelada ni detenida ni archivada. Las propuestas y el debate que se presentarán aquí son la expresión más nítida que tiene este proceso legislativo. Pero este proceso camina y es factible que lo concretemos en los meses por venir.

Todos sabemos que la minuta que el Senado envió a la Cámara de Diputados el 29 de abril contiene diversas iniciativas en la materia. Pero sobre todo esta minuta tiene en sí un ejercicio democrático que en este foro reafirmamos con una consulta. ¿Qué busca la minuta del Senado que hoy es motivo del foro? Primero ampliar los espacios de participación de la ciudadanía en los asuntos públicos. Modificar y actualizar nuestras instituciones, así como establecer las bases de una nueva relación, más clara y más firme entre gobernantes y gobernados.

Veamos este esfuerzo de reformas constitucionales y legales a través de un enfoque objetivo, optimista, en el contexto de la necesidad que tiene el Estado mexicano para actualizarse, a fin de estar a la altura de la nueva sociedad, una sociedad más demandante, de respuestas ágiles y profundas para modificar nuestra realidad social.

Reformar las instituciones, crear nuevos mecanismos de entendimiento y cooperación entre los poderes, restaurar los signos vitales de la república es actuar responsablemente. La transformación de las instituciones nacionales es un largo proceso en que la sociedad ha jugado un papel relevante. Un camino con obstáculos. Pero siempre ha prevalecido la voluntad transformadora sobre el pesimismo.

Este día se impone recordar que a partir de los sesenta y setenta del siglo XX se presentó un cuestionamiento persistente a la legitimidad de los gobiernos en todos los países del mundo, que evidenció la ruptura de los intereses de los gobernantes y la sociedad. México no fue la excepción. En los sesenta y los setenta presenciamos los movimientos de médicos, electricistas, obreros, intelectuales y universitarios, reclamando un cambio drástico e inmediato de la relación entre ciudadanos y gobierno.

Durante décadas se privilegió la materia electoral, con la finalidad de recomponer la relación maltrecha entre sociedad y gobierno. Esta estrategia ha dado resultados, toda vez que el establecimiento de órganos electorales autónomos y la conformación de un régimen jurídico construido a partir de los principios de equidad, imparcialidad, transparencia, libertades de asociación y expresión, entre otros, ha permitido que hoy en México observemos:

1. Órganos legislativos plurales. Que hacen una labor de contrapeso real a los otros poderes del Estado. Donde la construcción de acuerdos es una práctica cotidiana, con profundo respeto a todas las manifestaciones de las ideas.

2. El acceso a la Presidencia de la República de un partido político distinto al que gobernaba cuando se inició el proceso de la reforma electoral en el marco del juego democrático.

3. Elecciones cada vez más competidas que permiten al ciudadano tener la alternativa real de elegir, de conformidad con sus preferencias y convicciones, a sus representantes.

Sin embargo, esta época se agotó. La reforma electoral resulta limitada, toda vez que privilegió la participación política en forma colectiva, a través de las organizaciones representativas, a través de los paridos y las organizaciones políticas. Pero la diversidad cultural, la participación decidida de una generación más informada sobre los asuntos públicos y los signos alarmantes del deterioro nacional, violencia, iniquidad, pobreza, escepticismo y desarticulación de la vida cotidiana nos dan como resultado un déficit de gobernabilidad, el cual es necesario revertir por caminos distintos a una reforma electoral, por una vertiente distinta.

Desde hace algunos lustros tanto la academia como los actores políticos han propuesto una reforma del Estado, con una perspectiva más amplia que incluya como mínimo necesario dos aspectos: uno, un cambio en la relación entre los poderes del Estado, para establecer entre ellos un trato simétrico que les permita cumplir las funciones esenciales de autocontrol y equilibrio. Y dos, un replanteamiento de la relación entre el Estado y los ciudadanos.

Así han surgido diversas propuestas para reformar el Estado, y la agenda política nacional ha consignado un catálogo de temas que el país requiere como indispensables para evitar la parálisis y rescatar la cohesión social que se nos diluye entre las manos. Las propuestas de los distintos sectores confluyen en algunos temas recurrentes, de los cuales se nutre en gran medida la minuta que envió el Senado a la Cámara de Diputados.

Esa minuta del Senado, hay que decirlo, es la síntesis de un amplio ejercicio de consenso. Donde, a pesar de que se pospusieron algunos temas, como la reducción de los integrantes del Poder Legislativo, por ejemplo... Sin embargo, sí se dio un paso...

(Sigue turno 5)

... la minuta que envió el Senado a la Cámara de Diputados.

Esa minuta del Senado –hay que decirlo- es la síntesis de un amplio ejercicio de consenso donde a pesar de que se pospusieron algunos temas como la reducción de los integrantes del Poder Legislativo –por ejemplo-, sin embargo sí se dio un paso importante para integrar otros que sin duda permitirán un avance importante en la consolidación de la democracia en México.

Hoy los legisladores federales vamos a debatir sobre temas tan importantes en este proceso de los foros de consulta sobre el derecho de los ciudadanos a registrarse como candidatos a cargos de elección popular, la famosa candidatura ciudadana.

Establecer que los senadores y diputados del Congreso y diputados locales, podrán ser reelectos en forma inmediata en dos ocasiones para los diputados y una para los senadores.

Otorgar el derecho al presidente para que el día de la apertura de cada periodo de sesiones, pueda presentar al Congreso dos iniciativas de trato preferente.

Facultar al Congreso para legislar sobre iniciativa ciudadana y las consultas populares.

Proveer que el Ejecutivo federal pueda hacer observaciones al Presupuesto de Egresos en un plazo de 10 días una vez que lo aprobó la Cámara de Diputados. Si no tuviera observaciones, lo promulgará y publicará.

Establecer el inicio del ejercicio fiscal. Cuando no sea promulgado u aprobado la Ley de Ingresos o el Presupuesto de Egresos, mantener la vigencia del Presupuesto anterior.

Son temas de suma importancia. Son temas de interés nacional. Son asuntos de la agenda de fortalecer las instituciones de México. No son asuntos de poca monta.

También hablar de facultar a los legisladores de los estados para establecer los requisitos a fin de que los ciudadanos ejerzan la presentación de iniciativas de ley. La famosa iniciativa ciudadana.

Como se advierte, amigas y amigos, del simple enunciado de estos temas, resulta muy difícil obtener consenso sobre los mismos. Somos 500 diputados; más de seis fuerzas políticas representadas. Desde luego hay diferentes posiciones y visiones de nuestro México.

Pero además, algunos temas implican una regulación especial como el caso de las candidaturas ciudadanas. Hay que evitar distorsiones o abusos de los derechos que nos pueden llevar a condiciones de retroceso en lugar de servir como instrumento para el desarrollo institucional de México.

Las relaciones entre gobernantes y gobernados están deterioradas, de eso no hay duda. Los gobernados exigen signos inequívocos de que son tomados en cuenta para algo más que votar. Quieren participar o saber al menos que existen los mecanismos para practicar la democracia integral. Esa democracia que está establecida en la Constitución.

Por eso hoy, aquí en Durango, celebramos que la Comisión de Puntos Constitucionales a través de esta práctica democrática por excelencia, escuche las posturas de los especialistas y líderes de los distintos sectores sociales a efecto de dar pasos sólidos y firmes en el consenso de la reforma que el país necesita. La reforma posible, la reforma que cubra el interés nacional, no la reforma que envuelva los intereses ajenos a los intereses de la nación.

Por eso, nuevamente muchas gracias a todos por estar aquí. Bienvenidos. Estamos ciertos que ése será un ejercicio por el bien de México. Muchas gracias.

El Diputado Feliciano Rosendo Marin: El mensaje de bienvenida del diputado licenciado José Ricardo López Pescador, diputado federal por el estado de Durango.

En el uso de la palabra en la introducción a los temas de la mesa de trabajo, vamos a escuchar al ciudadano diputado Felipe Solís Acero, integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales. Adelante, diputado.

El diputado Felipe Solís Acero: Muy distinguido señor gobernador y muy apreciado amigo don Jorge Herrera Calderas.

Diputado profesor Adrián Valles Martínez, presidente de la Gran Comisión del Congreso del estado.

Licenciado Apolonio Betancourt Ruiz, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura en Durango.

Señor contador público Adán Soria Ramírez, presidente municipal de Durango.

Muy distinguidos señores exgobernadores don Ángel Sergio Guerrero Mier y don Maximiliano Silerio Esparza, los saludo con respeto.

Amigas y amigos diputado federales miembros de la Comisión de Puntos Constitucionales y muchos otros que no siendo miembros de la comisión nos hacen el favor de acompañarnos el día de hoy; los que son originarios de Durango y los que vienen procedentes de otras entidades federativas.

Señora y señores ponentes invitados para este foro. Muy distinguidos invitados especiales. Amigas y amigos de Durango.

Quiero, en primer término, porque es de estricta justicia, expresar en nombre de la Comisión de Puntos Constitucionales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, nuestro más amplio reconocimiento al gobierno del estado de Durango y de manera particular al señor gobernador Herrera Calderas, por el apoyo inmediato, irrestricto, amplio y comprometido que hemos recibido para la celebración de este foro en Durango.

Éste es el cuarto de los foros que celebramos que ahora les platicaré su itinerario, pero hemos encontrado –lo definió muy bien mi compañero diputado Ricardo López Pescador- un majestuoso escenario que permitirá con la presencia de muchas y muchos ciudadanos duranguenses interesados en los temas que nos traen aquí con ustedes a los legisladores federales de la LXI Legislatura, un extraordinario lugar para discutir, para reflexionar, para cruzar ideas en relación con temas que son del interés nacional.

Muchas gracias, señor gobernador. Un reconocimiento muy particular, amigas y amigos de Durango, a los señores miembros del gabinete del señor gobernador del estado y a los representantes de las oficinas del señor gobernador, que de manera personal se comprometieron en la organización de este evento, que ya lo pueden ver ustedes, es simple y sencillamente ejemplar.

Nos sentimos muy contentos los legisladores federales de estar en Durango.

Quiero también resaltar de manera muy particular que este foro tiene lugar en esta tierra, la tierra del primer presidente de nuestro país, la tierra de Villa. En esta entrañable tierra mexicana, gracias a la perseverancia, gracias a la solicitud reiterada...

(Sigue turno 6)

... y a la exigencia cuidadosa, amable, atenta de nuestro amigo el diputado Ricardo López Pescador para que este foro tuviera lugar aquí en Durango. Si estamos hoy con ustedes en gran medida es gracias a la perseverancia de Ricardo López Pescador.

Venimos a Durango, amigas y amigos duranguenses a analizar y discutir el alcance y contenido de la minuta que contiene un proyecto de reformas constitucionales en temas agrupados convencionalmente en la denominación de reforma política, que los diputados y las diputadas integrantes de esta Legislatura hemos recibido de la Colegisladora, el Senado de la República en fechas recientes, para analizar y discutir la pertinencia, el alcance, el contenido y la procedencia de los temas que están allí contenidos y que ahora comentaré.

Se trata de un dictamen aprobado en el Senado de la República el pasado mes de abril con el voto de senadoras y senadores de los grupos parlamentarios del PRI, del PAN, del PRD y del Partido Verde Ecologista de México, que fue elaborado por la Comisión de Puntos Constitucionales del Senado, por el que se dictaminaron 18 iniciativas diversas, una del Ejecutivo federal, dos de diversos Congresos estatales y 15 iniciativas de otros tantos senadoras y senadores.

La minuta llegó a la Cámara de Diputados del pasado 27 de abril y fue publicada en la Gaceta Parlamentaria de nuestra Cámara el 28 de abril, dos días antes o un día antes de que cerráramos las sesiones correspondientes al periodo ordinario.

La minuta fue turnada de inmediato el mismo día 28 a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, cuyos integrantes estamos aquí con ustedes el día de hoy y a la Comisión de Gobernación con opinión de la Comisión de Participación Ciudadana.

En la Comisión de Puntos Constitucionales, a instancias de su presidente, el diputado federal don Juventivo Castro y Castro, que por razones estrictamente de salud no nos puede acompañar el día de hoy, pero que está muy pendiente del desarrollo de estos foros, se inició de inmediato el tratamiento de la minuta correspondiente.

El artículo 81 del nuevo reglamento de la Cámara de Diputados establece con toda precisión ahora, sin ambigüedades, que las minutas serán dictaminadas en lo particular y no admiten, por lo tanto, el agregado de iniciativas, aunque las haya de la Cámara revisora, en este caso de la Cámara de Diputados y aunque se refieran a temas convergentes con los contenidos en la minuta.

De manera que en las Comisiones Unidas, particularmente en la Comisión de Puntos Constitucionales tenemos la responsabilidad, ahora además en un plazo perentorio establecido en la nueva reglamentación de la Cámara de Diputados, de emitir un dictamen que atienda única y exclusivamente al contenido de esta minuta.

Hay otras iniciativas, prácticamente de todos los grupos parlamentarios, que están depositadas también en la Comisión de Puntos Constitucionales que atienden temas similares a los temas de esta minuta, que en su oportunidad deberán también ser dictaminadas, ésas sí, de manera conjunta, pero que no podrán involucrarse en el dictamen de la minuta que hoy nos ocupa su análisis y contenido.

El 14 de junio pasado, la Comisión de Puntos Constitucionales emitió un acuerdo, el acuerdo de que se celebraran cuatro foros de análisis temático de la minuta en el que se dispuso invitar a expertos en los temas que contiene la minuta para escuchar sus reflexiones, el motivo de sus investigaciones y el compartimiento de sus análisis y reflexiones sobre el particular.

En el ánimo de que los diputados integrantes de esta comisión nos encontremos con mejores elementos de conocimiento en el momento de la elaboración del dictamen correspondientes. Con ese motivo, se han celebrado hasta hoy tres foros: dos en el recinto de San Lázaro y el más reciente, el tercero, en Mérida, Yucatán.

En el primero de los foros se analizó el marco general de la reforma política con la participación de siete ponentes; en el segundo de los foros, el tema de división y facultades de los poderes, participando seis ponentes; y en Mérida analizamos los temas relativos a democracia participativa y reelección de legisladores con la participación de 11 ponentes.

Han participado hasta ahora 24 ponentes, investigadores en las disciplinas de las ciencias jurídicas, sociólogos, legisladores, representantes de organizaciones ciudadanas que han tenido voz, que han tenido espacio para expresar sus reflexiones y sus preocupaciones.

Corresponde ahora analizar aquí en Durango con ustedes y entre ustedes el tema correspondiente a Equilibrio y cooperación entre poderes, en el que deberemos tratar lo concerniente a las observaciones o veto del Ejecutivo al Presupuesto de Egresos de la Federación; el tema relativo a Reconducción fiscal y presupuestal y la ratificación de comisionados de órganos reguladores.

Tenemos registrados a seis ponentes que están presentes en todos los casos y que al término de esta ceremonia inaugural escucharemos con toda atención.

El proceso legislativo que en la Comisión Permanente hemos previsto para escuchar todas las voces y todos los planteamientos incluye también —y lo queremos informar aquí en Durango con toda puntualidad— la posibilidad de recibir aportaciones de las legislaturas de las entidades federativas, en ese proceso nos encontramos; incluye también la posibilidad de recibir aportaciones de las organizaciones de presidentes municipales de las distintas agrupaciones políticas que al respecto existen, con el propósito que la comisión también tenga a la mano sus planteamientos a la hora de dictaminar.

Con ese propósito, los foros se cerrarán con un quinto foro de Discusión y conclusiones entre los diputados integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales que tendrá lugar el próximo lunes 1 de agosto en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.

Estamos pues en la recta final de los trabajos de organización de estos foros que tienen el propósito de acercar a las y los legisladores que tenemos la responsabilidad de dictaminar esta minuta trascendente del Senado de la República, pero que para hacerlo hemos querido, creo que sensatamente, acercarnos a la sociedad y escuchar sus reflexiones, sus planteamientos y sus puntos de vista.

La minuta, como ya lo dijo aquí mi compañero López Pescador, trasciende lo...

(Sigue turno 7)

... la minuta, como ya lo dijo aquí mi compañero López Pescador, trasciende lo meramente electoral, contiene temas que están en el ámbito de lo que también se conoce como reforma política y reforma del Estado, temas que son muy cercanos al conjunto de temas que son motivo de la preocupación del grupo de trabajo de la Conago que encabeza con una gran prestancia y eficacia el señor gobernador del estado, Herrera Caldera.

Por eso no es fortuito que estamos aquí, porque aquí hay interés por los temas que hoy vamos a discutir en la mesa de trabajo.

No quiero retirarme del micrófono sin antes concluir como empecé, agradeciendo la anfitrionía y la hospitalidad señera de los duranguenses para que este foro tenga lugar aquí, en esta tierra cálida y hospitalaria.

Muchas gracias. La expresión de sus amigas y amigos diputados federales de que nos sentimos enormemente contentos de que esta discusión se lleve a cabo aquí, con la calidez de ustedes y con su tradicional anfitrionía.

Muchas, muchas gracias. Estoy seguro que el foro será como son todas las cosas en Durango: todo un éxito. (Aplausos)

El diputado Feliciano Rosendo Marín: Las palabra del diputado Felipe Solís Acero, integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales. Señores y señores, distinguidos invitados que hoy nos acompañan.

En este momento vamos a escuchar el mensaje e inauguración del IV Foro: La Reforma Política, cambio estructural de la vida social de México, a cargo del ciudadano gobernador constitucional del estado de Durango, el contador público Jorge Herrera Caldera. Lo escuchamos, señor gobernador. (Aplausos)

El gobernador Jorge Herrera Caldera: Muy buenos días tengan todos y todas ustedes. Saludo a los miembros del presídium que me acompañan en las personas de nuestras diputadas federales, Dina Herrera, Guadalupe Pérez y Yolanda de la Torre. En ellas saludo a todo el presídium, y les pido un aplauso para todos ellos. (Aplausos) Gracias a todos por su presencia.

Agradezco la presencia de los representantes de los gobiernos de los estados que nos acompañan, de Édgar Olaisse (¿), representante del gobernador de Nuevo León. Muchas gracias.

Agradezco la presencia del diputado Enrique Serrano, presidente del Congreso estatal de Chihuahua. Muchas gracias, al licenciado José Alberto Peregrina, con la representación del gobernador de Colima, muchísimas gracias.

Agradezco la presencia del licenciado Alfredo Udalbe que trae la representación del gobernador de Coahuila. Muchísimas gracias. Y de Roberto Cruz Castro, con la representación del gobernador de Sinaloa. Muchísimas gracias por su presencia. (Aplausos)

Agradezco y reconozco siempre su participación y su apoyo, la presencia de nuestros ex gobernadores, el licenciado Ángel Sergio Guerrero Mier, y el licenciado Maximiliano... Esparza. Gracias por su presencia señores ex gobernadores.

Saludo también la presencia de nuestros diputados federales por el estado de Durango en la persona de don Pedro Ávila. Gracias a todos por su presencia. (Aplausos)

A los diputados del Congreso del estado los saludo en la persona de nuestra diputada Alejandra Zamora. Muchas gracias a todos y a todas por su presencia. (Aplausos)

A los presidentes municipales del estado que nos acompañan los saludo, a la licenciada Rocío Rebollo, presidenta municipal de Gómez Palacio, gracias por su presencia. (Aplausos)

A todos los empresarios que nos acompañan los saludo en las personas de Jaime Gutiérrez Núñez y de Rafael Villegas Antolini. Muchas gracias a todos por su presencia, a todos los líderes empresariales que nos acompañan.

Agradezco y valoro la presencia de los representantes y dirigentes de partidos políticos, el presidente del PRD, licenciado Iván Ramírez, muchas gracias por tu presencia, presidente, del Partido Verde Ecologista, la licenciada Norma Mayra Loera, muchísimas gracias, presidenta.

Del PRI, el doctor Esteban Villegas, muchísimas gracias. Del Partido Duranguense, el profesor Raúl Irigoyen, muchísimas gracias, presidente. Del Partido Acción Nacional, Claudia Hernández, secretaria general. Muchas gracias, Claudia, por tu presencia. Y el dirigente del Partido del Trabajo en el estado, diputado Gustavo Pedro Cortés. Gracias por tu presencia.

Agradezco a todos los funcionarios federales, estatales y municipales, a todos los líderes de las diferentes organizaciones empresariales de las diferentes organizaciones de la sociedad civil, colegios de profesionistas, instituciones educativas, directores de medios de comunicación aquí presentes. A todos ustedes gracias por su presencia.

Para el pueblo y el gobierno del estado de Durango es un honor recibir en nuestra tierra a las y los legisladores federales y a los ponentes que participan en este IV Foro sobre la reforma política promovido por la honorable Cámara de Diputados.

En los diputados, compañeros, amigos, Héctor Guevara Ramírez, Feliciano Rosendo Marín, Reginaldo Rivera de la Torre, secretarios de la Comisión de Puntos Constitucionales, y Felipe Solís Acero, coordinador del grupo de trabajo de los foros, así como en mis amigos, los diputados Porfirio Muñoz Ledo y Jaime Cárdenas Gracia, ponentes en este foro, saludo a todos mis compañeros diputados aquí presentes. (Aplausos)

Sean todos ustedes bienvenidos. Durango es su casa. Como gobernador del estado me siento muy honrado de que la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados haya distinguido a Durango como sede de este importante evento.

La reforma política es hoy un imperativo nacional. En las últimas dos décadas México avanzó de manera muy significativa en el reto democrático. Una nueva legislación electoral con un IFE autónomo y ciudadanizado, con un tribunal electoral profesional e independiente, con nuevas reglas de financiamiento público de los partidos políticos y de acceso a los medios de comunicación, con todo ello mejoraron las condiciones de competencia política y de acceso al poder.

México avanzó también en las tareas de fiscalización y control del poder político, con la nueva legislación e instituciones autónomas en materia de transparencia y acceso a la información pública.

Como consecuencia de ello hoy el poder público está compartido entre las distintas fuerzas políticas. Existe una auténtica división de poderes, una renovada participación social y una presencia sin precedentes de los medios en la vida pública.

Sin embargo, los niveles de satisfacción de los mexicanos, con nuestra democracia han decrecido en forma...

(Sigue turno 8)

... sin precedentes de los medios en la vida pública.

Sin embargo los niveles de satisfacción de los mexicanos con nuestra democracia han decrecido en forma importante durante estos últimos años, de acuerdo a las mediciones internacionales en la materia.

El mensaje de la sociedad es claro. Primero, para la gente la democracia electoral no basta.

Segundo. En la democracia importan los votos, pero también los resultados y el desempeño del gobierno y

Tercero. Los mexicanos queremos más democracia pero también más gobernabilidad.

La brecha que hoy existe entre las expectativas ciudadanas, en torno a la democracia mexicana y la realidad del país, se explica entre otras razones, porque mientras... que desde hace 20 años venimos avanzando en la modernización e las instituciones y prácticas de competencia, acceso y control del poder público, nos hemos quedado rezagado en las instituciones y prácticas que regulan el ejercicio del poder.

De este modo el arreglo institucional que operó en otro tiempo y bajo otro régimen político, no se ha modificado para responder a las necesidades de una sociedad más plural, más exigente y más democrática.

En ello todos somos corresponsables destacando que se trata de la madre de todas las reformas y es precisamente el tema de este foro relativo a la colaboración y equilibrio entre poderes, una pieza central en la reforma al ejercicio del poder público que demanda la sociedad mexicana.

En ausencia de un nuevo diseño institucional, en un régimen presidencial como el nuestro en el que el ganador de la elección se lo lleva todo, en el que existe dualidad en la legitimidad democrática entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, ya que ambos son producto del voto popular y por eso con frecuencia los incentivos para confrontar son mayores que los incentivos para cooperar.

En esta situación las agendas parciales se imponen sobre los temas torales-nacionales. Los intereses de corto plazo le ganan a la visión de largo alcance que tanto necesita nuestro país.

El discurso de la descalificación reemplaza al debate de las ideas; la polarización mina los puentes de entendimiento político y el estancamiento y con esto, se cierran espacios al progreso de nuestro querido México, como consecuencia el país avanza en menor ritmo que el de otras naciones emergentes, porque las instituciones se han desgastado. Pierde México y pierde la política.

Frente a eso el gran reto es reformar la política para no fracasar como nación. El mayor imperativo es compensar madurez política y altura de miras y abrir esa estrechez de los canales institucionales que hoy nos limitan en el deseo de reformar nuestro país.

Es urgente el que se avance y que con madurez y responsabilidad demos este importante paso para poder hacer posible la madre de todas las reformas, la reforma política.

El tiempo es hoy y el espacio es el Congreso de la Unión Por ello felicito y reconozco ampliamente a los legisladores federales aquí presentes por abrir estos espacios de análisis y debate en torno a la reforma política. Los felicito también por su compromiso de sumar las voces de la sociedad civil y de los especialistas más prestigiados en esa materia como lo ponentes que hoy participarán en las mesas de trabajo.

En lo que a la Conferencia Nacional de Gobernadores corresponde y en un marco de respeto absoluto a las atribuciones del Congreso de la Unión, me complace compartirles que en la Comisión de Reforma del Estado que me honro en coordinar, estamos trabajando en torno a los temas de federalismo...

(desorden en el salón)

... régimen de estado y de gobierno, participación ciudadana y garantías sociales, reforma del Poder Judicial, democracia y sistema electoral, bases constitucionales para la acción de la Conago y reforma política para el distrito Federal.

El propósito es identificar los consensos en torno a cada uno de estos temas y turnarlos a la brevedad, a la consideración de las y los legisladores federales.

Fieles a nuestra rica tradición de ser protagonistas en los momentos cruciales de la nación, hoy en Durango estamos listos para apoyar todas las reformas que fortalecen a México y que significan vigencia del Estado de derecho, más empleo, menos pobreza y mayores oportunidades para nuestros hijos. Éste es el reto, éste es el compromiso, la reforma política para hacer viable el futuro de nuestro país. Muchísimas gracias.

El Gobernador Jorge Herrera Caldera: Con la convicción. Vamos a hacer la inauguración, diputada...

(Sigue turno 9)

... con la convicción, vamos a hacer la inauguración, si gustan quedarse de pie.

Con la convicción de que a todos nos anima el propósito de construir un México más fuerte y más justo, mediante una reforma política sustentada en amplios consensos, declaro formalmente inaugurado este cuarto foro sobre la Reforma política, cambio estructural de la vida social de México. Enhorabuena y mucho éxito.

...

El diputado Feliciano Rosendo Marín: Y con este mensaje, señoras y señores, que nos ha compartido el ciudadano gobernador constitucional del estado de Durango, el contador público Jorge Herrera Caldera, han quedado formalmente inaugurados los trabajos de este cuarto foro: La reforma política, cambio estructural del a vida social de nuestro país.

Les invitamos, señoras y señores, para que en este momento pasemos a este salón contiguo, para proceder en este momento a la realización de los trabajos del cuarto foro: La reforma política, cambio estructural de la vida social de nuestro país.

Reiterarles a todos los invitados, a todos los diputados federales que hoy nos acompañan, a los representantes de los señores gobernadores decirles como ya lo manifestó el gobernador, Jorge Herrera Caldera, Durango los recibe con los brazos abiertos.

Señoras y señores, por el éxito del cuarto foro: La reforma política, cambio estructural de la vida social de México.

Muchas gracias, señoras y señores. Bienvenidos a Durango.

Vamos a despedir con un fuerte aplauso a nuestro gobernador del estado. Fuerte el aplauso para el contador público Jorge Herrera Caldera.

Este día en Durango, con la presencia de los señores diputados federales, este día Durango también recibe a los cronistas de las ciudades mexicanas. Este día Durango les recibe con los brazos abiertos a todos ustedes.

Enhorabuena y bienvenidos. Pasamos en este momento al foro: La reforma política, cambio estructural de la vida social de México, en el salón contiguo en este centro cultural y de convenciones, Bicentenario.

Por su presencia, señoras y señores, muchas gracias. Bienvenidos a Durango.

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El Maestro Alejandro Faya Rodríguez: mi particular punto de vista, toca un tema trascendental, que es precisamente el del órgano regulador mexicano. Es un punto importante porque dentro del amplísimo paquete de medidas de reforma estructural que necesita el país existen dos consensos muy claros; uno, intensificar y fortalecer la política de competencia en todos los sectores; dos, fortalecer la capacidad rectora del Estado mexicano para procurar, entre otras cosas, el funcionamiento pro competitivo y eficiente de los mercados, la cobertura a calidad y precio justo de servicios públicos básicos para la sociedad, la protección de los derechos del consumidor y el desarrollo eficiente de sectores clave para la competitividad y productividad de la economía nacional.

En este sentido, la evidencia empírica y la literatura son bastante claras; cuando se trata de fenómenos o áreas de alto impacto de particular complejidad, de dinamismo, donde se aprecian constantes innovaciones y cambios tecnológicos, los modelos más modernos de gestión pública privilegian mecanismos continuos de control gubernamental a través de formas institucionales sólidas y especiales, donde se permita un desempeño gubernamental diferenciado, con eficacia, con eficiencia, sin interferencia política, privilegiando políticas de largo plazo sobre intereses cortoplacistas del gobierno en turno, evitando la captura regulatoria, utilizando la técnica, la especialización.

En este sentido y dentro de este contexto se inserta una propuesta en la minuta, particularmente en el artículo 76, donde se agrega una atribución al Senado de la República para ratificar los integrantes de los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía, competencia económica.

Hay algunos ajustes de forma, que no veo vale la pena comentar, son cuestiones únicamente de forma.

Esta es la parte importante. Ratificación de los comisionados en estos tres organismos específicos, estamos hablando de la Comisión Federal de Competencia, la Comisión Reguladora de Energía y la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

¿Cuál es el estatus actual? El estatus actual es que el presidente hace el nombramiento libre de los integrantes de estos cuerpos colegiados, sin que el Senado de la República pueda intervenir a través de la figura de la ratificación. Si esto se pretende cambiar tiene que ser a través de una enmienda constitucional, derivado de los criterios de la Suprema Corte de Justicia. En este sentido, se plantea esta reforma a nivel constitucional.

La pregunta clave es, no por razones dogmáticas ni ideológicas, sino por razones estrictamente de funcionalidad, ¿conviene o no la ratificación del Senado de la República de estos servidores públicos, en particular?

No estamos hablando de una ratificación de todos los miembros del gabinete. Es una discusión completamente distinta, más orientada a parlamentarizar nuestro sistema político; se trata únicamente de que el Senado intervenga en estos nombramientos particulares.

Por supuesto que mucho depende del cómo; es decir, de cómo se instrumenta este sistema de interacción entre Poderes.

Me adelanto a concluir que es una medida sumamente positiva, ahorita podremos elaborar un poco en el cómo, básicamente por dos razones; primero, la participación del Senado en la ratificación de estos nombramientos fomenta la corresponsabilidad entre Poderes en la definición de políticas públicas de Estado.

En este sentido, los órganos reguladores que actualmente son órganos de gobierno podrían transitar de cierta forma a ser órganos de Estado.

Existen dos elementos básicos a través de los cuales se podría dar esta interacción entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo; uno, es el nombramiento y precisamente es lo que plantea la minuta, la ratificación del Senado de la propuesta que para tal efecto haga el Ejecutivo, y el segundo, sería un tema de rendición de cuentas, que es práctica internacional, donde los órganos reguladores presentan periódicamente informes de desempeño al Congreso de la Unión, cuestión, por cierto, que también ha sido vetado por parte de la Suprema Corte de Justicia, lo que me parece una interpretación bastante limitada y ceñida a una concepción muy ortodoxa y estricta de una división de Poderes, que ya no funciona en ninguna parte del mundo.

La segunda parte es una cuestión de practicidad, donde la participación del Senado puede ser un contrapeso bastante útil para privilegiar el perfil sobre la confianza en estos servidores públicos y la práctica internacional claramente nos dice que cuando se trata de este tipo de órganos reguladores que manejan o regulan temas complejos, dinámicos, donde la técnica es un elemento fundamental, se tiene que privilegiar un perfil cualitativo de los integrantes o de los mandos de estos órganos colegiados.

Hay una frase de Inglaterra que se dice the good on the grade. Son los que llegan a ocupar este tipo de cargos. Aquí, insisto, el perfil técnico es mucho más importante que la confianza.

El que el Senado participe obliga a un debate sobre este perfil, un debate interno entre la propia Cámara de Senadores, pero al mismo tiempo, un debate abierto hacia la sociedad, donde se tenga que analizar si el candidato cumple o no con el perfil correspondiente.

Por supuesto que la ratificación no garantiza que lleguen a estos puestos los mexicanos más aptos, pero considero que sí incrementa considerablemente la posibilidad de que eso suceda.

¿Cuáles son los riesgos asociados a la intervención del Senado? Mucho se habla de precisamente lo que queremos evitar, la interferencia política en nombramientos donde el perfil técnico tiene que prevalecer; el empaquetamiento de los nombramientos a otras negociaciones legislativas, que no tienen absolutamente nada que ver con el órgano regulador.

En este sentido, hay cosas que se pueden hacer en técnica legislativa para maximizar beneficios y minimizar riesgos; uno, mi particular punto de vista es que la ratificación senatorial no tendrá que ser un acto político discrecional, tendrá que ser un acto donde se evalúa la compatibilidad entre los requisitos de legibilidad plasmados a nivel de ley y el perfil del candidato que está proponiendo el presidente de la república, porque de otra forma sí podemos incentivar cuestiones políticas que puedan manchar el proceso de ratificación.

Segundo. Me parece importante que se considere la posibilidad de instrumentar un mecanismo que evite los bloqueos políticos; es decir, que ante ciertos rechazos sucesivos el titular del Ejecutivo quede en la libertad de hacer el nombramiento correspondiente, tal y como sucede actualmente para los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La minuta no lo remite a las leyes; es decir, el Senado ratifica en los términos que prevén las leyes, sin embargo, en la exposición de motivos se hace hincapié en que no se establece un límite en las propuestas. Vamos, se pueden estar presentando rechazos sucesivos continuamente y esto nos puede orillar a que no tengamos el nombramiento.

Valdría mucho la pena analizar la posibilidad de replicar el sistema que se utiliza actualmente para los ministros de la Suprema Corte de Justicia.

Con estos dos temas: desbloqueo político, es decir, rechazos sucesivos, queda en libertad el Ejecutivo de hacer el nombramiento, y un acto de compatibilidad entre requisitos de legibilidad y perfil del candidato, creo que se pueden mitigar los riesgos de interferencia política y podemos beneficiarnos de una colaboración de Poderes, donde un sistema de incentivos haga que cada Poder actúe con responsabilidad.

Tengo dos críticas particulares a la iniciativa; primero, la ratificación lo está limitando únicamente a tres reguladores económicos: la Comisión Reguladora de Energía, la Comisión Federal de Competencia y la Comisión Federal de Telecomunicaciones. Sin embargo, hay otros órganos en materia de regulación económica, donde la...

(Sigue turno 2)

... Sin embargo, hay otros órganos en materia de regulación económica donde la misma lógica de la ratificación pueda aplicar, tal es el caso de los organismos de supervisión financiera como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, como la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, como la Comisión de Sistema del Ahorro para el Retiro, tenemos la Comisión Federal para la protección contra riesgos sanitarios, eventualmente, deberemos tener nuestra arquitectura institucional un regulador autónomo de transporte.

Es decir, se está atando de manos en la minuta la posibilidad de que el Senado intervenga en la rectificación de los integrantes, no únicamente cuerpos colegiados, sino también de mandos individuales de otros órganos reguladores.

Me gustaría más ver una redacción un tanto más general donde el Senado pueda intervenir en cuerpos reguladores en los términos que señalen las leyes y que en las leyes se pueda tipificar los distintos órganos reguladores en donde está interacción de poderes pueda ser conveniente. De otra forma tendremos que hacer enmiendas constitucionales a futuro e ir integrando uno por uno los órganos reguladores.

Insisto, es un paquete muy amplio de regularidades económico, no necesariamente se tiene que limitar a estos tres, que son los más visibles pero no son los únicos.

Sin embargo, el punto toral no es la rectificación perce del Senado de la República de los órganos reguladores. Para mí el punto toral es precisamente el fortalecimiento sistémico de a de veras del órgano regulador mexicano. La exposición de motivos lo dice muy claramente: “el proceso de modernización del Estado mexicano y sus instituciones ocupa la creación de órganos estatales dotados de autonomía de gestión, operación, responsable de la regulación en áreas estratégicas.

La ratificación del Senado, como única variable institucional no va a fortalecer al órgano regulador la ratificación dentro de un paquete de distintos arreglos institucionales si va a fortalecer el regulador. Es decir, en mi particular punto de vista es que la intervención del Senado puede ser muy benéfica como parte de paquete de fortalecimiento sistémico del órgano regulador mexicano, de otra forma, honestamente, no le veo mayor sentido ni mayor utilidad.

Cómo se define un buen órgano regulador y es una pregunta difícil, pero tampoco tenemos que buscar el hilo negro, basta con ver lo que se hace exitosamente en otros países, basta con revisar la literatura de organismos internacionales, de estudios, de buenas prácticas, etcétera.

Un regulador debe tener cuatro atributos:

1. Un mandato claro explicito, simple, bajo el cual se pueda valuar al órgano regulador.

2. Autonomía, en dos dimensiones. Una autonomía decisoria y una autonomía organizacional. Si, órganos como la Cofeco, como la CREE, tienen autonomía decisoria, pero no tienen autonomía organizacional, son órganos desconcentrados que dependen de una dependencia federal y por lo tanto están atadas de manos en la vía administrativa y en la vía presupuestal. De esta forma no se puede catalogar a un órgano regular como autónomo si tiene la figura de órgano desconcentrado y estudios de las Naciones Unidas nos dicen que el 67 por ciento de los reguladores del mundo son entidades autónomas separadas de la dependencia encargada de la política del sector.

Estudios de la OCDE, nos dice que entre los reguladores en áreas estratégicas económicas entre el 74 y el 72 por ciento, tienen también grados de autonomía especiales. En México, los reguladores son órganos desconcentrados, la desconcentración se invento para otra cosa, se invento para otra cosa, se invento para llevar la función administrativa a la provincia hace más de 50 años. Nosotros necesitamos un nuevo modelo.

Cuando inventamos el regulador se tomó el ejemplo anglosajón y se trato de encontrar la figura más propicia en un limitado menú administrativo y se tomó el órgano regulador. Hay un choque, por supuesto, porque el órgano desconcentrado depende jerárquicamente de la dependencia de que forma parte y a la vez el órgano regulador se le intenta dar autonomía, entonces, no hace mucho sentido.

La discusión se vuelca hacía los reguladores o los convertimos en organismos descentralizados de la administración pública federal, aquí también hay que criticar esa propuesta, no es la figura para funciones de autoridad, la figura descentralizada se utiliza para funciones claramente asociadas a la actividad empresarial del Estado, la actividad de promoción de asistencia social. Tiene personalidad jurídica, patrimonios propios.

Lo que un regulador necesita no es personalidad jurídica, son atribuciones. Lo que un regulador necesita no es patrimonio propio es presupuesto, que son cosas completamente distintas. Un regulador, tercer factor necesita recursos, necesita dinero, recursos humanos y recursos materiales para hacer sus funciones de supervisión directo entre empresas ante particulares, labores de investigación, labores de control, de monitoreo, de sanción, de resolución, etcétera.

Tercero. Un regulador, precisamente, porque su trascendencia es mayor y su impacto en áreas estratégicas es muy importante porque manejan o trabajan bajo mandatos delegados y bajo espacios de discrecionalidad muy importantes, necesitan ser transparentes y necesitan rendir cuentas. Atributos que tampoco podemos observar en la arquitectura institucional del órgano regulador.

Necesitamos de los reguladores metas y objetivos predefinidos, informes de desempeño posteriores, criterios y jurisprudencia administrativa, es decir, ¿Cómo aplican conceptos jurídicos indeterminados?, cuestión que es necesaria para este tipo de reguladores, porque insisto regulan fenómenos altamente dinámicos y necesitan transparentar absolutamente todas sus decisiones, incluyendo actas de las sesiones del pleno, otros particulares, son cuestiones que tampoco estamos viendo.

¿Qué se debe hacer entonces? y no es que me pretenda desviar del tema de la ratificación. Está intrínsicamente ligado al tema de fortalecimiento institucional del órgano regulador. La opción más propicia en mi particular punto de vista, no se qué tanto espacio haya para hacer esto en esta minuta, no soy experto en proceso legislativo, es tipificar al órgano regulador a nivel constitucional en el artículo 90. No tenemos una figura propicia a la función del órgano regulador porque no la legislamos, porque no se crea mediante una reforma constitucional, porque no innovamos.

La propuesta sería que en el artículo 90, se tipifique al órgano regulador y que se dé la atribución al Congreso de la Unión para que legisle las bases, la organización, el funcionamiento, a través de leyes secundarias concretamente se puede añadir un capitulo bis a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y entonces si se plantean el artículo de ratificación del Senado que el Senado deberá de intervenir en todos los órganos reguladores a que se refiere el artículo 90 constitucional.

A nivel de ley se puede crear la arquitectura institucional del órgano regulador y como comercial una iniciativa que se presentó el 6 de julio en la que me tocó participar como asesor donde precisamente se plantea esto.

Entiendo que no se puedan agregar iniciativas, pero nada exime que se utilice como insumo técnico de análisis, donde precisamente lo que se plantea es vamos a categorizar a nivel constitucional, al órgano regulador para mandar un mensaje muy claro de la importancia del órgano regulador en el papel moderno de rectoría económica y segundo, vamos a darle al Congreso la atribución para que legisle arreglos especiales para ese órgano regulador en materia de autonomía de organización y vamos a darle la atribución al Senado de la República para que intervenga en la rectificación de los mandos, no únicamente de cuerpos colegiados, sino de mandos individuales, según corresponda de los órganos reguladores que se tipifiquen a nivel de ley.

Tendríamos, entonces, a las dependencias, a la consejería, a los órganos reguladores como parte de la administración pública centralizada que debe conservar una unidad de acción y a quien le toca la política regulatoria tendríamos órganos de Estado, en el sentido de que habría una interacción importante con el Congreso de la Unión.

Es un balance muy fino, se tienen que lograr dos cosas: Autonomía, pero al mismo tiempo una pertenencia armónica a un gobierno. Se necesita solidez institucional, se necesita una base de a deberás para que el órgano regulador sirva para los propósitos de política...

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... se necesita una base de a de veras para que el órgano regulador sirva para los propósitos de política pública para los cuales fue creado.

Concluiría reiterando mi mensaje de que la ratificación del Senado será muy buena, depende del cómo, pero hace mucho más sentido como parte de un paquete de fortalecimiento institucional del órgano regulador mexicano. Gracias.

El diputado Feliciano Rosendo Marin: Le agradecemos al maestro Alejandro Falla Rodríguez su participación. A continuación hará uso de la palabra la diputada Yolanda de la Torre Valdez, quien es diputada de la LXI Legislatura por Durango; es además presidenta de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables; es doctora en derecho por la Universidad Juárez del estado de Durango y licenciada en derecho con maestría en derecho electoral por la Universidad Autónoma de Durango.

Ha ocupado diversos cargos, entre los que se encuentran los siguientes: presidenta del Comité Directivo Estatal del PRI en Durango; coordinadora de la diputación federal priista por Durango en la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión; consejera política nacional, estatal y municipal; secretaria general adjunta del Organismo Nacional de Mujeres Priistas; ex secretaria general del Comité Directivo Estatal del PRI en Durango; comisionada por el candidato a presidente de la república Luis Donaldo Colosio Murrieta para integrar la Red Nacional de Discapacitados Mexicanos; presidenta de la Comisión de la Defensa de los Derechos de los Militantes del Comité Directivo Estatal del PRI en Durango, por segunda ocasión, y fundadora del Movimiento Nacional de Personas con Discapacidad del Partido Revolucionario Institucional, entre otros cargos y actividades que ha realizado. Le agradecemos diputada Yolanda de la Torre, su participación, y tiene usted el uso de la palabra.

La diputada Yolanda de la Torre Valdez: Muchas gracias. Primero saludar con afecto y con cariño a las y los duranguenses que nos acompañan. Para Durango no tengo más que una profunda gratitud. También, aunque no se encuentra con nosotros, alguien a quien, por conducto de los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales, deseo enviar un fuerte abrazo, don Juventino Castro y Castro, presidente de la comisión; a las y los integrantes de la comisión.

Yo no podré olvidar aquella sesión de la comisión donde me invitaron para argumentar la reforma constitucional al 4º y al 73 de nuestra Carta Magna y argumentar por qué elevar a rango constitucional el interés superior de la infancia y por qué el Congreso de la Unión debe legislar para garantizar un piso mínimo de derechos para los niños y su protección. Fue una sesión extraordinaria, de gran emotividad, por la que estoy profundamente agradecida con la comisión; reforma que fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados, por unanimidad en la Cámara de Senadores y que hasta el momento 15 legislaturas de los estados han aprobado. Me siento profundamente agradecida por todo su apoyo para poder avanzar en este país a favor de las niñas y los niños.

Personalmente también saludar al diputado Felipe Solís Acero y a mis compañeras Lupita y Dina y en ustedes saludar a todos los integrantes de esta mesa, a las y los señores ponentes.

Mi exposición versará en tres vertientes. La primera, ratificación de los titulares de los organismos del Estado. Por supuesto que mi visión acompaña no sólo la parte académica, sino la visión de vivir en el Congreso local, pero hoy vivir en el Congreso de los Estados Unidos Mexicanos en la Cámara de Diputados, con otra visión.

Un tema con el que yo recuerdo mucho a mi maestro Máximo Gámiz, los poderes fácticos y cómo operan, que es una experiencia que no ha sido grata, pero que es la realidad mexicana. La otra, la observación del Ejecutivo del PEF y finalmente una reflexión para la clase política, no para los asistentes y académicos, sino para la clase política que pensaba no decir pero, después de media hora, me parece que me va a alcanzar perfectamente el tiempo. Con su permiso.

Nuestro diseño constitucional ha ido evolucionando desde los primeros años de vigencia de la carta suprema y de manera muy destacada en los años recientes, siempre en busca de fortalecer las disposiciones que permitan robustecer nuestro sistema democrático.

El esquema original diseñado por el Constituyente de Querétaro es, como todos sabemos, el sistema presidencialista. Yo compartía con Jaime Cárdenas, un sistema exacerbadamente presidencialista en el que el esquema de división de poderes permitía una clara concentración de atribuciones a favor del Ejecutivo.

Todavía más; autores como Daniel Cosío Villegas y Jorge Carpizo hacían énfasis en el sentido de que además de constitucionalidad de facultades a favor del Ejecutivo federal, ésta disponía de una serie de importantes atribuciones que dieron en designar como meta constitucional... que sin ser de su ejercicio, una relación a la ley de lo que culminaban con agudizar la concentración del poder a favor del Ejecutivo, con frecuencia en detrimento de diversos sectores y agentes de la sociedad.

Afortunadamente, a partir de la década de los 90 inició una tendencia al establecimiento de un nuevo equilibrio de poderes que necesariamente se ha traducido en el acotamiento de las atribuciones que tradicionalmente le están conferidas al Poder Ejecutivo.

En esta nueva vertiente se ha buscado fortalecer los mecanismos de participación y control de la sociedad, sobre todo en las decisiones del Ejecutivo, rescatando de esta manera los principios esenciales del sistema democrático. En este sentido conviene recordar el principio constitucional consagrado en el artículo 39: “La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar su forma de gobierno”.

Según este importante dispositivo constitucional que sin duda representa lo que el tratadista Karl Lobstein identifica como una decisión política fundamental, nuestro pacto constitucional reconoce que el poder soberano del Estado mexicano reside en su población, que es puente y destino del poder del Estado.

Actualmente somos testigos de una fuerte corriente de opinión que demanda reinsertar al ciudadano en la toma de decisiones gubernamentales en una legítima aspiración democrática. En este sentido debo concentrar este comentario en un tema fundamental y dos de sus vertientes: el acotamiento del poder presidencial. Me refiero a las facultades de nombramiento del Ejecutivo, que es uno de los mecanismos de control más poderosos que hay en una organización administrativa, ya que el nombramiento implica de igual manera la remoción y el conjunto de dos figuras o que configuran una dependencia total de quien designa sobre el designado.

El del nombramiento es, según lo explicaba el tratadista José Francisco Ruiz Massieu en diversos de sus textos, el toque de piedra del principio de relación jerárquica que domina la organización administrativa y que descompone los siguientes poderes: el de nombramiento, el de mando, el de revisión, el disciplinario, el de revocación y el de destitución, es decir, quien designa a un funcionario, por ese sólo hecho y por conservar la facultad de remoción, tiene implícitas facultades de mando, puesto que queda claro que quien designa manda sobre el designado; facultad de carácter disciplinario, es decir, el que impone sanciones en caso de que el actuar del designado no corresponda con las expectativas de quien lo designó; el de revisar permanentemente la forma de ejercicio del cargo que confirió y el de pedir cuentas del ejercicio que de él se ha hecho; el poder de revocar las decisiones adoptadas por el designado que por diversas razones no coincida con las expectativas o intereses de quien emitió el nombramiento y, finalmente el más evidente y poderoso de todos, que es el de la destitución, que le permite revocar el cargo conferido.

De esta manera se configura una clara relación de subordinación y dependencia entre quien designa y quien recibe la designación...

(Sigue turno 4)

... que le permite revocar el cargo conferido.

De esta manera se configura una clara relación de subordinación y dependencia entre quien designa y quien recibe la designación en la que poco a poco, con frecuencia, nada importa la capacidad, la preparación, la experiencia, las actitudes en términos generales, la idoneidad de la persona que va a recibir el nombramiento, puesto que una relación que se supone debe ser de trabajo y profesional se convierte en una relación personal dominada por la supra subordinación de quien emite el nombramiento con respecto de su beneficiario o destinatario.

Éste es uno de los casos en los que la perspectiva doctrinal aclara con nitidez y el problema real deriva de los vicios todavía mayores que todos nosotros identificamos con claridad: el amiguismo y el influyentismo, que permiten que los nombramientos se emitan con frecuencia a favor de personas sin tomar en consideración el perfil del puesto ni las exigencias profesionales del cargo que se pretende ejercer.

De esta manera, con el propósito de evitar la proliferación de nombramientos hechos a favor de personas que no cubren el perfil necesario para desempeñar un determinado cargo, se hace necesario evitar que éstos se designen de manera unilateral y por lo mismo discrecionalmente.

Esta premisa es particularmente válida en tratándose de cargos que tienen que ver con el ejercicio de funciones de vital importancia para el buen desempeño en sectores claves como la economía, como la vida social o como los sectores energéticos de los que hablaba el anterior ponente.

Resulta imprescindible sustituir los nombramientos unilaterales y discrecionales por procesos públicos abiertos y colegiados que garanticen la satisfacción de diversos requisitos esenciales; el primero de ellos es el de publicidad, es decir, que los nombramientos se realicen a la luz del conocimiento de la sociedad, que se determine con claridad y objetividad el perfil que debe reunir quien vaya a ocupar un cargo; que la selección del nuevo funcionario se haga a partir del llenado del perfil en función de datos objetivos, como la preparación, la experiencia, las actitudes y las habilidades probadas que deben reunir para ocupar el cargo.

Por último, que la decisión no sea personal sino colegiada para que sea el resultado de la concurrencia de criterios del órgano que debe emitir el nombramiento. Nos referimos básicamente a los titulares de las instituciones de recient4e creación como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Instituto Federal Electoral, la Comisión de Competencia Económica, la Comisión Federal de Telecomunicaciones, el Banco de México y desde luego el procurador General de la República y los principales funcionarios del gabinete, así como de las principales entidades del sector para estatal.

Desde luego algo se ha avanzado en este sentido, como es el caso de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Instituto Federal Electoral y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sin embargo, resulta imprescindible asegurarse poder ampliar los alcances del nuevo sistema de designación de funcionarios a fin de evitar designaciones a favor de personas que claramente resultan ser no idóneas para el ejercicio del cargo.

Resulta imprescindible sustituir el sistema discrecional y unipersonal de designación por un colegiado público, abierto y profesional de las funciones más importantes de los diversos órganos de la administración pública a fin de asegurar que queden a cargo de personas con probada capacidad y un menor margen de error.

Desde luego, el siguiente paso es la sustitución de las designaciones unipersonales y discrecionales para poder identificar el sistema y la instancia que debe suplir a este régimen de designaciones. En este sentido, y siempre a partir del principio de lograr que en este aspecto fundamental del ejercicio de la función administrativa del gobierno, se debe voltear la mirada a favor de los ciudadanos a través de sus representantes elegidos por la decisión mayoritaria del electorado: el Congreso de la Unión, sea en su conjunto o bien a través de alguna de sus cámaras.

En este sentido no sobra subrayar recordar que por historia, así como por norma constitucional, los partidos políticos son tal y como los concibe el artículo 41. “Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y, con organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público”.

Esta concepción constitucional significa que los ciudadanos organizados en partidos políticos quedan con el respaldo del voto mayoritario de los electores a ocupar cargos de representación popular en el Congreso de la Unió, desde donde se pronuncian a favor de los intereses de sus representados. Ello explica el porqué el órgano del Estado con mayor capacidad y legitimación para emitir estos nombramientos se vaya a traducir en decisiones fundamentales en el ejercicio de la función pública y debe recaer en la representación popular que cumplen senadores y diputados. Ésta es mi visión respecto al tema.

Y en cuanto a la observación del Ejecutivo federal al presupuesto de egresos de la federación, un poco con el mismo criterio debe seguirse la decisión de uno de los temas más importantes de la vida pública de un país y que hoy cobra una cruda realidad en el caso de nuestro vecino del norte, los Estados Unidos de América. Me refiero al llamado poder de la bolsa que se materializa en la decisión de los montos y conceptos de ingresos y de gasto que el gobierno nacional habrá de ejercer periódicamente y que se traduce en los instrumentos normativos de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Una vez más aquí debe prevalecer el criterio de la participación ciudadana, no sólo por un irrenunciable espíritu democrático, sino por la fundamental razón de que quienes integran los ingresos del gobierno son los contribuyentes y sólo a ellos debe corresponder el decidir la forma en que se ejerza el gasto de los dineros, esto es, de la riqueza que la sociedad civil transfiere a su gobierno a fin de asegurarse que el gasto público se destine efectivamente a la satisfacción de las necesidades priorizadas y definidas por los propios contribuyentes, que son quienes con sus recursos sostienen al gobierno.

Por ello las leyes financieras anuales deben ser aprobadas exclusivamente por el Congreso de la Unión; en la Cámara de Diputados en el caso del presupuesto anual de gastos.

Aquí abro un paréntesis y tal vez no coincidan, pero en este presupuesto para 2011 de más de tres billones 300 mil millones de pesos, solamente la Cámara de Diputados reasignó 100 mil. Me parece que eso de que el presidente propone y el Congreso dispone es totalmente una falsedad. Los diputados representantes directos del pueblo tendrían que decidir exclusivamente sobre el tema y me parece que también ahí tendríamos que avanzar.

El sostén financiero del gobierno está en el origen histórico del surgimiento del parlamento, como sucedió en Inglaterra desde Juan Sin Tierra, en 1213, hasta la revolución francesa que estalló el 14 de julio de 1789 y que en su conjunto constituyen el antecedente más claro y definitorio de las instituciones del Estado democrático occidental.

La autorización de la versión final de las leyes financieras del Estado es una atribución a la que no puede renunciar ningún Poder Legislativo de un Estado representativo y democrático sobre la base de que las mismas se discuten a partir de una propuesta que formula la autoridad que finalmente se encargará tanto de recaudar el recurso como de ejercer su gasto, como lo es el Poder Ejecutivo.

Por esta razón una propuesta que intenta acotar las facultades del Poder Legislativo en la autorización de las leyes financieras del Estado resulta improcedente por definición y en consecuencia debería desecharse, pues a todas luces atentaría contra uno de los principios definitorios de un Estado democrático y representativo.

Personalmente creo que el propósito general de la reforma política que impulsa el Congreso de la Unión tiene y debe tener como objetivo central la consolidación de procedimientos democráticos en México que impulsen decididamente las actividades productivas de la sociedad; una mayor competencia, el impulso de la competitividad en especial; que se mejoren las relaciones entre sociedad civil y gobierno a través de medidas de acercamiento de las decisiones políticas a la ciudadanía.

Pero también se busca reivindicar la presencia del órgano representativo por excelencia, como es el Congreso de la Unión, en la toma de decisiones. Fortalecer la división de poderes significa redistribuir...

(Sigue turno 5)

... se busca reivindicar la presencia del órgano representativo por excelencia como es el Congreso de la Unión en la toma de decisiones, fortalecer la división de poderes significa distribuir el mejor ejercicio del poder a favor de la democracia en favor de México.

Diputado Felipe Solís Acero, la tercera parte la dejo para integrarse a las memorias ya que es una reflexión estrictamente para la división de poderes y para la coordinación y avanzar desde la suma de esfuerzos y voluntades, y desde la tarea que todos tenemos que hacer, desde el granito de arena que el Legislativo y Ejecutivo tenemos que construir, que la reforma política no sea coyuntural y solamente mediática, que vaya de fondo y como bien lo expresó el gobernador, que sea por México y para México. Muchísimas gracias.

Diputado Feliciano Rosendo Marín: Muchas gracias por su intervención diputada Yolanda de la Torre.

Quisiera señalar que se recibió por parte de la Conferencia Nacional de Gobernadores una compilación de propuestas para la reforma del Estado —le llaman ellas— pero que incide en la discusión que estamos dando en el foro y queremos señalar que damos por recibido este trabajo.

La siguiente intervención corre a cargo del doctor Khemvirg Puente Martínez. Él es egresado con mención honorífica de la licenciatura en Ciencias Políticas y Admisión Pública y de la maestría en estudios políticos y sociales de la UNAM.

También obtuvo el grado de maestro en estudios legislativos por la Universidad del Reino Unido y el grado de doctor en Ciencia Social con especialidad en sociología por el Colegio de México.

Del mismo modo es miembro de la Asociación Internacional de Ciencia Política; la Asociación Norteamericana de Ciencia Política en Estados Unidos; la Asociación Británica de Estudios Políticos; el Colegio Nacional de Ciencias Políticas y Administración Pública de México y la Asociación Mexicana de Estudios Parlamentarios de la cual forma parte de su Consejo Directivo.

También es coordinador del doctorado en Administración Pública y de la maestría en Gobierno y Asuntos Jurídicos de la Universidad Nacional Autónoma de México. Ha escrito diversos libros y ha sido comentarista de temas legislativos en diversos medios de comunicación como Televisa Radio, MVS, Radio Fórmula, Radio UNAM y otros medios impresos nacionales.

Tiene la palabra el doctor Khemvirg Puente Martínez.

El Doctor Khemvirg Puente Martínez: Gracias a la Cámara de Diputados, a la Comisión de Puntos Constitucionales, en particular al diputado José Ricardo López Pescador por su anfitronía y en particular también al diputado Felipe Solís Acero, coordinador del grupo de trabajo de los foros en materia de la reforma política, por supuesto a los anfitriones, al gobierno del estado, a todos los diputados que nos acompañan.

Agradezco entonces la invitación y me congratulo por diversos motivos, pero el principal es porque éste es uno de los temas que en mi opinión es de los más relevantes de la reforma política, el del equilibrio y la cooperación entre poderes y sobre el que poco se ha discutido, pues existen a veces algunos otros temas que se roban la atención mediática, pero que es importante discutir.

Me han invitado a presentar mi opinión sobre dos temas de la minuta enviada por el Senado a la Cámara de Diputados, el proceso presupuestario en cuanto a la reconducción y veto presidencial, y la ratificación de integrantes de organismos del Estado por parte del Senado.

Ya quienes me han antecedido en el uso de la palabra se han referido a este segundo tema, así que yo concentraré mi participación en el primer tema que me refiero al proceso presupuestario.

Antes de iniciar propiamente con los temas a los que me he referido, quisiera hacer una breve reflexión sobre el proceso de reforma política. Debo reconocer que nuestro proceso legislativo es, yo lo llamaría de carácter conservador. Es un proceso legislativo que para que se logre la modificación del statu quo, se requiere de la intervención, cooperación y coincidencia de un gran número de actores políticos, desde los actores formales, me refiero a desde el presidente, los partidos políticos, las legislaturas de los estados, los gobiernos locales, hasta actores informales; los actores informales que de alguna forma también participan en el proceso político.

En este mecanismo para que estos actores se involucren es justamente éste, la deliberación abierta, la discusión de los argumentos de unos y otros. Esto, por ello, puede incluso irritar a aquellos que simpatizan con alguna propuesta porque les urge alguna modificación, y bueno, hay que comprender la naturaleza del proceso legislativo, conocer el proceso legislativo para poder entonces presionar sobre esos cambios.

Por ello celebro este foro, celebro que la discusión sea detallada, celebro además la presencia de los diputados, de representantes de los gobiernos de los estados, de los representantes de las legislaturas locales, también, y ojalá que la mayoría de las reformas relevantes en este país pasaran por un detallado procedimiento de dictamen con la participación de los interesados en los temas.

Lo único que creo que me parece que debería estimularse en otras comisiones, igual que lo hace la Comisión de Puntos Constitucionales, es que este tipo de foros se propiciara la discusión bicameral, es decir, que estuvieran presentes en las discusiones los integrantes de la comisiones dictaminadoras de ambas cámaras, con la intención, justamente de retroalimentarse durante el proceso legislativo.

Y además, yo diría que fueran bicamerales federales e interinstitucionales. Es decir, federales con la participación de los gobiernos locales de las legislaturas de los estados e interinstitucionales con la participación de los representantes del Poder Judicial y del Poder Ejecutivo, porque de alguna forma lo que ha sucedido es, en la discusión de la reforma política, es que se ponen de acuerdo los legisladores en una de las cámaras, pero inicia o parece que inicia de cero la discusión en la colegisladora.

Entonces, creo que esto pudiera estimularse tal como ahora lo hace la Comisión de Puntos Constitucionales con la presencia de representantes de la conferencia de gobernadores, de los gobiernos estatales y que en adelante esto fuera una práctica común en todos los procesos legislativos de relevancia.

Voy entonces al tema específico del proceso presupuestario y de la cooperación y equilibrio de los poderes. Los críticos de la fórmula de división de poderes argumentan con razón, que si el Legislativo sólo legislara y el Ejecutivo sólo ejecutaran, convertiríamos al presidente en un simple empleado del Legislativo, pues su responsabilidad se limitaría a implementar las decisiones legislativas de la soberanía parlamentaria.

Sin embargo, la fórmula que nosotros hemos adoptado en las democracias contemporáneas, es la de frenos y contrapesos. Esta fórmula, en consecuencia, como afirma el politólogo estadounidense Chars Cameron, cito: “En un sistema de instituciones separadas, pero que comparten poderes, la negociación entre los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, se convierte en el modus operandi de la gobernabilidad. De lo contrario, el riesgo es elevado”. Es decir, cuando existe negociación entre los actores, entonces el riesgo ahí si puede ser la parálisis o, incluso, la ingobernabilidad.

Esto nos lleva a la pregunta central respecto de este tema, el veto presidencial en materia presupuestaria, de quién responsabilidad del diseño del gasto público, y particularmente cuál debe ser el papel del Poder Legislativo y del Poder Ejecutivo en el proceso presupuestario.

La respuesta está en el propio modelo constitucional adoptado en México, pues no tenemos —lo que llamo— la fórmula pura de división de poderes, sino una separación de instituciones...

(Sigue turno 6)

... pero que comparten poderes, la negociación entre los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial se convierte en el modus operandi de la gobernabilidad, de lo contrario el riesgo es elevado. Es decir, cuando no existe negociación entre los actores entonces el riesgo ahí sí puede ser la parálisis o incluso la ingobernabilidad.

Esto nos lleva a la pregunta central respecto de este tema. El veto presidencial en materia presupuestaria de quién es responsabilidad del diseño del gasto público, y particularmente cuál debe ser el papel del Poder Legislativo y del Poder Ejecutivo en el proceso presupuestario. La respuesta está en el propio modelo constitucional, adoptado en México. No tenemos lo que llamo la fórmula pura de división de poderes, sino una separación de instituciones que comparten poderes. Y uno de esos poderes es el poder presupuestario.

Recordemos que las prioridades de un Estado no necesariamente se expresan en planes de gobierno o en plataformas electorales o en agendas legislativas. Las prioridades de un Estado están de manera particular en el monto del presupuesto asignado a ciertos rubros, partidas. Un gobernante o un Congreso puede decir: para nosotros la educación es una prioridad, pero si la educación no tiene los recursos suficientes como para que sea una prioridad no es más que discurso político. De ahí la importancia de la discusión del proceso presupuestario y de la responsabilidad que debe tener cada uno de los actores políticos participantes en este proceso.

Para ilustrar mi preocupación sobre el proceso presupuestario me basaré en cuatro datos que mostraré a través de las siguientes gráficas. El primer dato. Antes de 1997 el poder presupuestario del Congreso. Ojalá lo puedan ver en la diapositiva que estoy presentando. Aunque parecen datos un poco técnicos trataré de hacerlo lo más sencillo posible. Si ustedes ven en este electrocardiograma, desde 1938 y hasta 1997 hay una relativa estabilidad en cuanto al monto o el número de redistribuciones que hace el Legislativo al proyecto de presupuesto del Ejecutivo.

Ahora, ¿esto por qué sucede? A partir de 1997 se observa que este electrocardiograma empieza a sufrir variaciones y en adelante casi diríamos que empieza a infartarse. Es decir, el Poder Legislativo recupera su poder otorgado constitucionalmente y modifica en algunos casos sustantivamente el proyecto de presupuesto enviado por el Ejecutivo, ciertamente como lo han señalado de manera limitada porque existe gasto que no se puede reasignar en virtud de los compromisos justamente que están adoptados de manera multianual por parte de los proyectos presupuestales.

Antes de 1997 el Congreso prácticamente abdicó de su capacidad para influir en el diseño del gasto público, pero en adelante —en esos años— el Ejecutivo impuso sus proyectos de presupuesto y la negociación del mismo se daba en el ámbito del gobierno federal.

No es que no existiera negociación, sólo que la negociación era pública. Es decir, los gobernadores por supuesto que negociaban su presupuesto, las dependencias por supuesto que negociaban el presupuesto, sólo que la discusión era pública. Y ahí para nosotros es muy relevante porque cuando nosotros no observamos bajo qué argumentos se decide reasignar una partida presupuestal sobre otra estamos carentes de información que nos permite evaluar el desempeño de nuestras autoridades o de nuestros representantes.

Si algún actor relevante, como un gobernador o algún grupo de presión, en aquellos años, se interesaba en beneficiarse de alguna partida presupuestal existía una ventanilla única. Y esa ventanilla única era la Secretaría de la Presidencia, después la Secretaría de Programación y Presupuesto, después la Secretaría de Hacienda, hasta 1997. A partir de ese año el Congreso recupera su capacidad de influir y modificar el presupuesto como se observa en la gráfica que les estoy mostrando.

Un dato curioso es que en el sexenio, por ejemplo, el de Vicente Fox, incluso los secretarios de Estado buscaban mejorar los presupuestos de sus dependencias en la Cámara de Diputados. Un segundo dato, que es la segunda diapositiva, es que el proceso presupuestario en México desmiente la muy difundida versión de la parálisis legislativa o la idea de una imperiosa necesidad de mayorías estables artificiales para poder llegar a acuerdos en el Congreso.

Como se observa en el gráfica dos en azul es el voto de la totalidad en materia presupuestaria. Es decir, qué porcentaje de diputados votaron a favor el presupuesto. Como ustedes pueden observar, a partir de 1997 más del 80 por ciento de cohesión presupuestaria en el proyecto de presupuesto; es decir, más de las dos terceras partes del Poder Legislativo, de la Cámara de Diputados aprueba favorablemente el presupuesto. ¿De qué depende esto? De una intensa negociación presupuestaria.

Abajo, la línea roja es el peso de la oposición en la Cámara de Diputados. Como ustedes pueden observar, un mayor peso de la oposición en la Cámara de Diputados supondría que dificulta el acuerdo en la votación del presupuesto, pues los diputados de oposición votarían en sentido diferente al del partido del gobierno.

Sin embargo, la evidencia nos muestra otro comportamiento, ya que la cohesión presupuestaria siempre es mucho mayor que el peso de la oposición. Niveles de cohesión de 80, 90 o incluso el 100 por ciento de los integrantes de la Cámara votan en el mismo sentido el proyecto de presupuesto.

Es decir, la existencia de un gobierno dividido no implica necesariamente una parálisis o no tiene que ver necesariamente con un bloqueo del Legislativo al Ejecutivo, por el contrario. Con una buena estrategia de negociación parlamentaria se pueden lograr acuerdos en el área legislativa como se muestra en la gráfica, que por cierto demuestra cómo en 2005 es el único año en donde coincide el peso de la oposición con el voto de cohesión presupuestaria.

Es decir, es el único año en que la oposición vota por sí sola el presupuesto con la consecuencia que todos conocemos, de que se bloquea el proyecto del Ejecutivo —que, bueno, en los hechos no se bloquea, sino que lo modifica sustantivamente— y se aprueba un presupuesto diferente. Pero resulta en una disputa que se resuelve en una sentencia de la Suprema Corte de Justicia que nos pone en el debate en el que hoy nos encontramos, debe o no debe tener veto el presidente sobre el presupuesto.

Incluso en la línea de tendencia —marqué ahí la línea de tendencia, sobre la tendencia azul— se ve que es ascendente; es decir, nos dice que a mayor poder de la oposición mayor es la cohesión en las votaciones. Pero también eso tiene mayores implicaciones en la transparencia, pues los partidos políticos de oposición están obligados a vigilar que ni el Ejecutivo esconda los recursos fiscales o los ingresos petroleros, y el gobierno buscará a su vez que las áreas que reciban redistribuciones presupuestales se ajusten a los criterios de política económica establecidos en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

En síntesis. Es falso que sin mayorías legislativas de un partido o coalición se cause parálisis, es falso que cuando la oposición controla el Congreso hay un bloqueo sistemático al Ejecutivo. Lo que sí hay es una mayor necesidad de desgaste en las negociaciones, el número de actores involucrados aumenta. Un ejemplo es la propia reforma política que no se encuentra bloqueada, pero el consenso alrededor de la misma es mucho más complejo aunque previsiblemente el dictamen, cuando éste salga, saldrá por consenso. Al menos eso es lo que buscan los actores involucrados, no construir una simple mayoría para este tipo de dictámenes de relevancia.

Un tercer dato. México tiene no de los Congresos con mayor poder presupuestario del mundo...

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... México tiene uno de los congresos con mayor poder presupuestario del mundo. Podemos creerlo o no. Pero entre los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico sólo el Congreso de Estados Unidos supera la capacidad que tienen los legisladores mexicanos para influir en el gasto público nacional.

Pero este poder es muy nuevo. Es un poder que tan sólo... por eso marqué dos columnas en rojo. La que es más oscura es el Congreso mexicano en 2003, y la que es más clara es el Congreso mexicano en 2010. Sus capacidades en materia presupuestaria, entre 203 y 2010, aumentaron casi en ciento por ciento. Esta gráfica muestra la evolución que ha tenido el poder en materia presupuestaria del Congreso desde 1985.

En esta gráfica de tendencia se observa que la línea azul es la medición del poder presupuestario de la Cámara de Diputados. Ésta medición fue diseñada por un politólogo alemán... Y se observa en la línea azul que tiene unos saltos cuantitativos bastante significativos en 2004 y en 2007. ¿Por qué hay esos saltos? Por lo siguiente.

En 2004 se aprobó la reforma constitucional en materia presupuestaria, que por primera vez, paradójicamente, aclaró que el proyecto de presupuesto debía ser aprobado por la Cámara, previo examen, discusión y, aquí viene lo importante, en su caso modificación del proyecto enviado por el Ejecutivo federal. Además de señalar nuevos plazos para que el Poder Legislativo cuente con mayor tiempo para su análisis y discusión.

A partir de ese año el Congreso tiene hasta 52 días para aprobar la iniciativa de Ley de Ingresos, y la Cámara de Diputados tiene hasta 68 días para la aprobación del presupuesto de egresos. Aunque hubo 3 asuntos que no modificaron por la imposibilidad en ese momento de llegar a un acuerdo: los alcances del veto del Ejecutivo en materia presupuestal, la modificación de los plazos, cuando el Ejecutivo inicia su encargo y la reconducción presupuestal.

El otro salto cuantitativo se da a partir de la aprobación de la nueva Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que abrogó la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. Ésta se aprobó en 2006. Un hecho que marcó el rumbo de las discusiones para la aprobación de esta ley fue la controversia constitucional que mencionaba y que se resolvió el 12 de mayo de 2005, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación interpretó que el Ejecutivo sí contaba con la facultad para vetar.

Este episodio de la vida constitucional ha sido muy importante porque por primera vez los tres poderes entraron en conflicto. El Legislativo no aceptó recibir en calidad de observaciones el veto del presidente a las partidas aprobadas, como la construcción de canchas de futbol en municipios con prioridades de otro tipo o asignación de recursos específicos a gobiernos locales. Y éste buscó la controversia y solicitó la suspensión del acto reclamado a la Suprema Corte de Justicia, que también la Suprema Corte de Justicia había sufrido recortes importantes en el decreto aprobado por los diputados.

Entre las reasignaciones que inconformaron al titular del Ejecutivo estaba la asignación a carreteras, educación, el Pafef, la no asignación de recursos a proyectos como Enciclomedia o la construcción de la Biblioteca Vasconcelos, dos de los más importantes proyectos del gobierno de Vicente Fox, y al mismo tiempo dos de los más notorios fracasos de su gobierno.

El Poder Legislativo fue impugnado por el Ejecutivo por aprobar partidas presupuestales no prioritarias. El Ejecutivo recibió un serio revés en su proyecto de presupuesto y la Corte fue impugnada, a su vez, por el Legislativo por haber aceptado la controversia y haber suspendido algunas partidas del presidente en tanto no se resolviera el fondo de la controversia.

El presidente impugnó entonces 53 partidas presupuestales que, de acuerdo con el argumento de la Presidencia, invadían la esfera administrativa del Ejecutivo. Y eran equivalentes al 0.23 por ciento del presupuesto federal. Aunque en realidad eran asignaciones presupuestales para obras específicas, a cambio de garantizar una mayoría legislativa. Con este antecedente se aprobó la nueva Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Respecto de la estructura del diseño presupuestal y los procedimientos para su aprobación.

En cuanto al procedimiento de aprobación del proceso presupuestario, si bien se siguen las etapas tradicionales, en adelante las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados tienen participación en el proceso presupuestario, cosa que antes no se reconocía formalmente.

Como resultado de esa reforma los tiempos para el análisis del proyecto de presupuesto se han alargado. Si bien no son suficientes porque no se comparan por ejemplo con otros países que pueden tener medio año para revisar el proyecto de presupuesto, en México se amplió a dos meses, dos meses y medio, pero sigue siendo un corto periodo para el análisis y la discusión de tan complejo instrumento de política económica.

En adelante, en la actualidad los grupos de interés que hace algunos años no tenían capacidad de interlocución o acceso a oficinas de gobierno hoy se pueden ver beneficiados, porque el acceso a los legisladores es mucho menos complicado y más ágil que hacerlo en una oficina del gobierno federal. Sin embargo, mi opinión es que el riesgo que puede existir es que se fomente el clientelismo y el reparto de la riqueza entre los grupos rentistas, o incluso de las entidades federativas, en lugar de fomentar la generación de riqueza. Es uno de los mayores riesgos del actual régimen del proceso presupuestario.

En mi opinión existen tres reformas pendientes en materia del diseño de presupuesto, que podrían abonar a la transparencia de las finanzas públicas. La primera es la reconducción presupuestal, para prever el escenario ante una eventual ausencia de decreto de presupuesto. Quizá ésta pudiera ser la fórmula para la desaparición del ominoso reloj legislativo, que detiene el tiempo por arte de magia y que nos parece confirmar que en algunos momentos nuestros representantes populares viven en una dimensión diferente y muy alejada de la de sus supuestos representados.

Tengo entendido que sobre la reconducción presupuestal existe consenso entre los partidos y se podrá aprobar sin mayores dificultades. En donde tengo la impresión de que no hay consenso... ahora lo escucho por parte de la diputada De la Torre... es en cuanto al veto presidencial, que sigue sin estar legislado para conocer cuáles son los límites del poder presidencia.

En 2005 el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Guillermo Ortiz Mayagoitia identificó así el fondo del asunto. Cito: “¿Puede la Cámara de Diputados a través del presupuesto de egresos ordenar que el Ejecutivo haga determinadas obras, construya determinados edificios, o solamente debe autorizar los gastos que él ha pedido hacer? Ése es el centro de la controversia”.

Y sobre ello puede haber distintas opiniones. Yo soy de la idea de que ambos poderes, siendo corresponsables del gasto, deben contar con procedimientos detallados tanto en el diseño como en su ejecución. Es decir, si asumimos que tenemos uno de los Poderes Legislativos con más poder presupuestario del mundo, habría que preguntarnos hasta dónde debe llegar ese poder. En un régimen presidencial de separación de poderes, bajo la modalidad de frenos y contrapesos, un presidente no puede ser rehén del Poder Legislativo, y el Poder Legislativo no debe ser un simple sellador de estampas del Ejecutivo.

Es decir que ambos deben cooperar en el proceso, y para ello el presidente debe contar con la capacidad de hacer observaciones al decreto de presupuesto. De lo contrario se estaría adoptando un esquema que convertiría al presidente en un simple ejecutor de los deseos de una mayoría parlamentaria. Y ahí está la clave de la necesidad deque el Ejecutivo cuente con la capacidad para vetar. Y que de esa forma tenga la posibilidad que mediante la superación del veto, por las dos terceras partes del número total de votos, como viene en la minuta del Senado, recupere influencia o participación en el proceso presupuestario durante la etapa legislativa.

No se trata de disminuir el poder del presupuesto por parte del Legislativo, sino de buscar una mejor fórmula de equilibrios y de cooperación...

(Sigue turno 8)

... por parte del Legislativo, sino de buscar una mejor fórmula de equilibrios y de cooperación entre los Poderes.

Sólo como un dato adicional, el último dato. Si comparamos el poder presupuestario de la Cámara de Diputados que es la columna de color rojo que está en el extremo derecho con el de las legislaturas locales del país, podemos observar cómo ha avanzado el proceso de fortalecimiento institucional del modelo de frenos y contrapesos a nivel federal y en qué situación se encuentran, específicamente en materia presupuestaria las entidades federativas y la relación entre sus gobiernos y sus Congresos.

Tenemos legislaturas locales que tienen el poder que tenía el Congreso federal hace 20 años y ahí encuentro la tercera reforma pendiente, el fortalecimiento de las legislaturas locales en materia presupuestaria que si bien no es materia de esta reforma política, sí debe serlo de la agenda de reformas a nivel local que deberá detonar la aprobación de esta reforma, pues los Congresos locales no pueden seguir siendo, no pueden seguir teniendo el poder presupuestario que el Congreso federal tenía 20 años atrás y su modernización y fortalecimiento debe ser un imperativo a nivel nacional.

Concluyo diciendo que la rendición de cuentas del Poder Legislativo no sólo es informar sobre la legislación aprobada. Sino explicar y justificar bajo qué consideraciones toman las decisiones que toman, sobre todo en materia de redistribución de recursos en el diseño del gasto público.

Una reforma en materia presupuestaria siempre debe tener en mente tres elementos de la infraestructura ética: integridad, transparencia y rendición de cuentas de todos los actores participantes, no sólo del Poder Ejecutivo, no sólo del Poder Legislativo y no sólo del Poder Judicial.

De qué sirve conocer subejercicio o incluso rechazar la Cuenta Pública si no hay sanciones por ello. De qué sirve, es decir, para que la rendición de cuentas sea efectiva tienen que existir instrumentos de sanción efectivos y responsables sobre el diseño, redistribución y ejecución del gasto público en todos los niveles y espacios, esferas del espacio público.

En mi opinión, ningún poder adicional a ningún actor si éste no viene acompañado de una nueva estructura de rendición de cuentas que vaya más allá de la transparencia. Muchas gracias.

El diputado Feliciano Rosendo Marín: Antes de pasar a la ronda de discusión, queremos señalar que el maestro José Hugo Martínez Ortiz nos hizo llegar diversas propuestas para el trabajo de este foro y damos cuenta de que han sido recibidos.

De la manera el doctor Esteban Villegas Villarreal, presidente del Comité Directivo Estatal del PRI, en el estado de Durango, junto con el licenciado Gerardo Rojas Favela, presidente de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados, nos han hecho llegar sus propuestas y damos cuenta de que han sido recibidas por esta Comisión de Puntos Constitucionales.

En la siguiente ronda de discusión se han inscrito los compañeros diputados Reginaldo de la Torre y el diputado Fernando Ferreira. En este sentido tiene... ¿Alguien más? El diputado Héctor Guevara. Si alguien más tuviera la decisión de participar que nos lo haga saber y que nos envíe su nombre para incluirlos en la lista.

Cada uno de los participantes tendrá cinco minutos para su intervención, así que de esta manera y con este formato tiene el uso de la palabra el diputado Reginaldo de la Torre.

El diputado Reginaldo Rivera de la Torre: Gracias. Agradecer la participación de los miembros de la Co misión de Puntos Constitucionales, de los diputados asistentes, de los ponentes, de los medios de comunicación.

Comentar rápidamente sobre el tema del presupuesto y del veto que ya refería el ponente anterior. Un punto de vista, hay unos datos, desde la óptica de su servidor diputado del PRI, por el estado de Querétaro. La aprobación del presupuesto ha sido en las últimas legislaturas un tema que ha dejado en evidencia la falta de mecanismo para garantizar que la administración no se paralice en el caso de que éste no se apruebe.

La minuta del Senado de la República respecto a la reforma política que fuera turnada, en el mes de abril del presente año, a la Cámara de Diputados, en materia de presupuesto, reconducción y veto, propone: la facultad del Ejecutivo federal para observar total o parcialmente en un plazo de 10 días hábiles el Presupuesto de Egresos y la Ley de Ingresos.

De realizar observaciones la Cámara de Diputados tendrá 10 días hábiles para discutirlo, las observaciones del presidente sólo serán superadas por el voto de las dos terceras partes. Si transcurre este plazo o no se alcanza la mayoría el proyecto entrará en vigor sólo en la parte que no fuera observada por el Ejecutivo.

En la Comisión de Puntos Constitucionales no pretendemos solamente analizar la minuta del Senado de la República, no somos los hermanos menores del Congreso de la Unión, también tenemos iniciativas que estamos analizando, estamos estudiando y pretendemos dictaminar.

La minuta del Senado de la República que en materia de reforma política nos fue turnada tiene su origen en una iniciativa del presidente de la República, pretende que se le otorguen más facultades al Ejecutivo federal en materia de aprobación del presupuesto, pero a casi cinco años del mandato del Felipe Calderón Hinojosa, los mexicanos nos preguntamos cuáles son los resultados que le entrega a México el presidente de la república.

En cuanto a ello me permito resaltar sólo algunos datos. De una población económicamente activa, formada por 47 millones de personas, sólo 15 millones tienen empleo formal y en los dos últimos años han aumentado en proporción del empleo los eventuales, los que trabajan menos de 15 horas a la semana y los que perciben ingresos alrededor de dos salarios mínimos.

Según datos del Inegi en los últimos años la economía ha crecido a una tasa media anual de apenas 1.2 por ciento, mientras que la población se ha incrementado en el punto 94 por ciento anual. Por eso, el producto por habitante se mantiene prácticamente igual que en el año 2000, nos estancamos una década.

En el periodo casi se ha triplicado el monto del Presupuesto de Egresos de la federación, al pasar de un billón 195 mil millones de pesos del año 2000 a 3 billones 176 mil millones en el año 2010, pero los problemas no se han resuelto. Se han despilfarrado los recursos petroleros, el gobierno federal ha contado con mucho dinero, pero se ha utilizado mayormente en el gasto corriente.

En los últimos años los ramos administrativos con mayor incremento en sus erogaciones han sido los relacionados con la seguridad pública, la salud, desarrollo social, educación, entre otros, no obstante, continúan los rezagos en el combate al crimen organizado, el desarrollo de nuevas tecnologías, los servicios de salud y educación e infraestructura básica.

Ello implica... se encuentra únicamente en incrementar el gasto, sino hacer uso eficiente de esto. Entonces, persiste un importante costo en el mantenimiento de la burocracia como gasto operativo, pero limitados avances en la eficiencia de los programas gubernamentales.

La Cámara de Diputados ha modificado el proyecto enviado por el Ejecutivo federal asignándole en promedio cada vez más recursos a los proyectos productivos. Sin embargo, las opciones no han sido suficientes, de poco sirve que año tras año los legisladores aumenten el número o monto de las obras de inversión productiva, si finalmente no se ejecutan las obras y los montos aprobados por las distintas dependencias.

La minuta del Senado de la República pretende otorgar más facultades al Ejecutivo federal en materia de aprobación de presupuesto y ello, desde mi particular punto de vista, se constituye en una desafortunada intención de trastocar el sistema constitucional mexicano al pretender romper el equilibrio de Poderes del Estado mexicano, con...

(Sigue turno 9)

... trastocar el sistema constitucional mexicano al pretender romper el equilibrio de poderes del Estado mexicano, con una manifiesta intención de invasión de... competencial del Poder Ejecutivo al Poder Legislativo.

Y por el contrario, la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional considera que hay que impulsar reformas a la ley presupuestaria para que el ejercicio del gasto sea más eficaz y responsable, para lo cual proponemos prevenir, dar transparencia y evitar los subejercicios, al igual que eliminar su reasignación discrecional, proponer nuevos mecanismos para que las reglas de operación sean acordes a los requerimientos sociales, restringir las adecuaciones presupuestarias en la medida de que los proyectos de inversión sean ejercidos eficientemente y fortalecer la participación de los legisladores en la evaluación del desempeño.

Es cuanto.

El diputado Feliciano Rosendo Marín: Muchas gracias, diputado. Tiene el uso de la palabra el diputado Fernando Ferreyra.

El diputado Fernando Ferreyra Olivares: Gracias, señor diputado. En primer término, al igual que mis compañeros, agradezco la hospitalidad generosa del señor gobernador del estado de Durango, Jorge Herrera Caldera, haciendo extensivo este agradecimiento a mi compañero diputado Ricardo López Pescador.

Muy apreciables compañeras diputados, apreciables compañeros diputados, respetables ponentes, público que nos acompaña, medios de comunicación. Como integrante de la Cámara de Diputados del Congreso y particularmente de la Comisión de Puntos Constitucionales, desde luego que comparto el propósito de impulsar la reforma política, reforma política que debe significar invariablemente un cambio estructural de la vida social de nuestro país.

En tal virtud se ha tenido a bien por parte de esta comisión convocar a estos foros de expresión, en donde se reciben las opiniones de expertos en la materia que serán útiles para dar mejores luces que orientarán las decisiones de la propia comisión que en su momento emitirá los dictámenes respectivos.

Se han tocado temas en otros foros sobre la propia reforma, tales como reelección de legisladores, iniciativa ciudadana, consulta popular, candidaturas independientes, iniciativa preferente, entre otros temas, todos de suma importancia para su análisis y discusión y en su momento determinación correspondiente.

Hoy especialmente se tocan temas como la ratificación de órganos del Estado, en donde vemos que ha sido un imperativo del Estado mexicano la creación de órganos estatales investidos de autonomía, responsables de la regulación de áreas estratégicas de la actividad económica, o bien, de la defensa de la sociedad ante situaciones monopólicas.

Órganos como la Comisión Federal de Telecomunicaciones, Comisión Federal de Competencia Económica o la Comisión Reguladora de Energía son fundamentales para hacer realidad el mandato constitucional de que el Estado sea el rector del desarrollo nacional, pero para tal efecto se requiere que dichos órganos se integren de la mejor manera; es decir, que no sea facultad discrecional del Poder Ejecutivo la designación de los mismos, sino que concurra otro poder, que debe ser precisamente el Legislativo para equilibrar el mandato de la designación de estos órganos y de esta manera se estará garantizando que los titulares de dichos órganos sean efectivamente los más idóneos, cumpliendo con el perfil, preparación y experiencia necesaria para el cumplimiento de los fines establecidos en la ley, que en última instancia beneficien en verdad a la sociedad mexicana.

De tal forma que se hace necesaria esta reforma constitucional para que los comisionados de los órganos reguladores sean ratificados por el Poder Legislativo. Otro de los temas es precisamente el que se refiere a la observación del Ejecutivo al Presupuesto de Egresos de la Federación, facultad del Ejecutivo que, a mi manera de ver y consideración propia, sí debe dejarse clara y precisa esta facultad en el texto constitucional, para que el Ejecutivo pueda vetar cuando lo considere pertinente y por el bien de nuestro país el Presupuesto de Egresos de la Federación.

En consecuencia, se hace también necesaria la reconducción presupuestal para este caso y para los casos en que el Poder Legislativo no apruebe en tiempo la Ley de Ingresos o el Presupuesto de Egresos; de esta manera se garantizará que las actividades más relevantes del ejercicio gubernamental tengan continuidad y no se genere una parálisis en las funciones del Estado.

Concluyo mi intervención con la convicción de que la reforma política que se espera será para bien de México. Muchas gracias.

El diputado Feliciano Rosendo Marín: Muchas gracias, diputado Ferreyra. Ahora tiene el uso de la palabra el diputado Héctor Guevara.

El diputado Héctor Guevara Ramírez: Desde luego, es pertinente agradecer en todo lo que vale la hospitalidad del gobernador del estado, el contador público Jorge Herrera Caldera; la conducción de Ricardo López Pescador y, desde luego, los comentarios atinados del don Felipe Solís Aceros.

A los ponentes, muchas gracias por su participación y por aportar qué es la visión de los ciudadanos, la visión de los diputados, la visión de los expertos en razón de un tema de suma importancia que tiene, sin duda, un gran escenario, que es el estado de Durango, donde Miguel Félix Fernández dio origen a la patria. ¿Por qué Guadalupe Victoria? ¿Por qué los Guadalupes? Una organizaciones de ciudadanos libres que querían la libertad de la patria y querían conformar una república federal democrática representativa y laica, que ahora se ha visto coronada con el esfuerzo de los diputados federales de esta LXI Legislatura para establecer una reforma para señalar estas características de la República Mexicana.

Los Guadalupes eran sin duda los grandes forjadores de lo que iba a ser la república y por eso Guadalupe Victoria, hombre de Tamazula que nos ha legado lo que ahora queremos hacer, y yo creo que ahí en los hechos se dio la primera reforma política de la patria.

Por otro lado, también desde luego, observar el escenario de Doroteo Arango (Francisco Villa), que nos sentimos, de veras, orgullosos de su esfuerzo revolucionario para ser el jefe de la División del Norte y uno de los grandes hacedores de la Revolución Mexicana.

Decía el maestro Novoa Monreal en un libro si el derecho es un obstáculo para el cambio social. Yo creo que el derecho debe ser motivador del cambio de la sociedad y que precisamente la función de los legisladores al elaborar las leyes debe tener esa teleología, esa finalidad.

Ya mis compañeros han hablado de algunas propuestas específicas y hemos escuchado a los doctos en la materia, pero yo creo que es pertinente que quienes están aquí sepan por qué los foros y por qué la reforma política. Desde luego, la política es sin duda el único medio racional para solucionar los conflictos sociales y es pertinente observar cómo estamos en México, cuál es el escenario político y cuál...

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... sin duda el único medio racional para solucionar los conflictos sociales y es pertinente observar ¿Cómo estamos en México?, ¿cuáles es el escenario político?, ¿cuál es el escenario jurídico en el que se encuentra la realización de esta reforma. Sin omitir desde liego el escenario social.

Vivimos una crisis de seguridad, más de 42 mil muestras con razón del crimen organizado, más de 18 mil levantotes, 12 mil migrantes o asesinados, o secuestrados, o viven peleados. El problema de la educación, el problema del empleo 7.5 millones de jóvenes que ni estudian ni trabajan, la deuda externa que se ha tenido en la nación, una crisis de inversión severa y, desde luego, una falta de crecimiento económico.

Ése es el escenario social en el que se plantea el establecimiento de esta reforma política. Pero, algo más, una crisis de gobernabilidad. Gobernar tiene dos raíces gober-llevar el timón y nare- de la nave, y esta nave debe ir a buen puerto y eso es precisamente el escenario en el que se presenta esta reforma política. Una ausencia de gobernabilidad, pero también una ausencia de acuerdos de negociación y es precisamente aquí donde hace unos meses se estableció un debate si el Estado mexicano puede considerarse como un Estado fallido.

Era pertinente observar este escenario antes de ver, ¿la reforma política es necesaria? Sí, claro, para qué y para quiénes, esa es la responsabilidad de la Cámara de los Diputados, como Cámara revisora después de que llega esta minuta en donde diferentes temas son tratados.

Seré muy breve para decir que es pertinente que esta reforma nos lleve a concluir la transición del Estado mexicano del siglo XX al siglo XXI. Que es pertinente observar en cada una de éstas propuestas de reforma: Qué es la reelección, la iniciativa preferente o la iniciativa popular, o las candidaturas ciudadanas o las candidaturas independientes, la consulta popular, los temas que aquí se tratan la reconducción presupuestal, la ratificación de los titulares de los organismos del Estado y, desde luego, las observaciones del Ejecutivo al PEP.

Creo que con la serena reflexión que constitucionalmente tiene la Cámara revisora debemos hacer nuestra tarea, estos foros han servido y sirven para ello. Para que existan propuestas, para que exista debate, para que exista análisis, para que se dé en los resultados un trabajo eficaz y eficiente de los legisladores, pero especialmente de los diputados como Cámara Revisora.

Aquí acabamos de encontrar un ejemplo, hay una propuesta específica en razón de la reforma del artículo 76 y creo que aquí el maestro Alejandro Falla Rodríguez ha hecho una propuesta muy clara, porque limitamos solamente a tres áreas, esta posible reforma y la ratificación del Senado en ese sentido, por qué nada más tres, por qué no aprovechar para que otros órganos también puedan sufrir el cuidado de la Cámara de Senadores para que se dé ese juego, ese equilibrio de poderes entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo.

Creo que se ha cumplido, sin duda, la teolología, el objetivo de los foros que hemos realizado. Los legisladores tenemos una mayor conciencia del tema toral de la reforma política y con toda certeza estaremos atentos al juicio de la historia, pero antes de eso a un trabajo eficaz y eficiente del Legislativo para que la historia sea capaz de entender que nosotros hemos cumplido eficaz y eficientemente con este contenido.

Por eso, creo que hoy aquí en Durango se ha tenido resultados claros y precisos de esta parte de la propuesta de reforma política que se dio en esta minuta, que sin duda será el elemento fundamental para una reforma trascendente. Muchas gracias.

El diputado Feliciano Rosendo Marín: Muchas gracias, diputado. Tiene el uso de la palabra el diputado Felipe Solís Acero.

El diputado Felipe Solís Acero: Muchas gracias, diputado conductor de este foro. Agradecer también de entrada, muy cumplidamente todas las atenciones del gobierno del Estado y el apoyo para que este foro tenga lugar y esta discusión se pueda producir aquí con ustedes.

Quiero referirme rápidamente a dos de los tres temas que son motivo de discusión en este foro. Al que tiene que ver con la regulación de las observaciones, comúnmente conocidas como Veto, del Ejecutivo Federal al decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación que produce, de acuerdo con lo que dispone la Constitución, la Cámara de Diputados y con lo que tiene que ver a la reconducción en materia presupuestal.

Quiero decir de entrada y con toda claridad que estoy absolutamente de acuerdo con la necesidad de regular estás dos fórmulas, estos dos fenómenos que hasta hoy, han sido objeto de una omisión de normatividad en el texto de la Carta Magna y que por razones de carácter histórico y de los perfiles de nuestro sistema político, en el pasado del siglo anterior, no generaron problemas de aplicación, pero que el riesgo de que el conflicto entre poderes exista sigue vigente.

Hecho el señalamiento claro. A mi me parece que se trata de una reglamentación que hay que hacer, que es necesaria para evitar los conflictos y las fricciones que pueden presentarse entre poderes y que nos explicó muy bien el ponente Puente. Quisiera precisar los términos de la propuesta.

La minuta del Senado no está proponiendo una atribución de observación del Ejecutivo Federal absoluta e ilimitada, es muy importante hacer esa precisión. La minuta del Senado lo que plantea es la observación total o parcial del Ejecutivo, es decir de todo el decreto o sólo de algunas partes del decreto que contiene el Presupuesto de Egresos para la Federación, eso sí, pero primero limita en tiempo la facultad de observar del Ejecutivo, no es ilimitada, tiene 10 días naturales para decidir si tiene observaciones remitírselas a la Cámara de Diputados.

Segundo. Una vez hechas las observaciones parciales o totales del Ejecutivo Federal, al decreto emitido, aprobado por la Cámara de Diputados...

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... la minuta del Senado no está proponiendo una atribución de observación del Ejecutivo federal absoluta e ilimitada. Es muy importante hacer esa precisión.

La minuta del Senado lo que plantea es la observación total o parcial del Ejecutivo, es decir, de todo el decreto o sólo de algunas partes del decreto que contiene el Presupuesto de Egresos de la Federación, eso sí, pero, primero, limita en tiempo la facultad de observar del Ejecutivo. No es limitada, tiene 10 días naturales para decidir si tiene observaciones remitírselas a la Cámara de Diputados.

Segundo, una vez hechas las observaciones parciales o totales del Ejecutivo federal al decreto emitido, aprobado por la Cámara de Diputados, obviamente el decreto regresará a la Cámara para una nueva discusión y una nueva votación.

Hay dos posibilidades que la Cámara pueda atender las observaciones del Ejecutivo de manera total o parcial. Lo observado por el Ejecutivo y, en consecuencia, entrar en un proceso de negociación y de acuerdo con el Ejecutivo o que por el contrario, la Cámara se sostenga en el decreto aprobado.

En este segundo caso, si la Cámara se sostiene en el decreto aprobado y es aprobado por la propia Cámara de Diputados con una mayoría calificada de las dos terceras partes del total de integrantes de la Cámara, no de los individuos presentes en el momento de la votación, sino del total de integrantes de la Cámara, habrá concluido la posibilidad del Ejecutivo de observar, porque las observaciones del Ejecutivo federal habrán sido superadas con una votación calificada por parte de la Cámara de Diputados y será remitido el decreto al Ejecutivo y este tendrá la obligación de publicarlos de inmediato.

Como ahora hay una reforma constitucional aprobada por el poder reformador de la Constitución que se encuentra ya en manos del Ejecutivo federal para efectos de que la publique, y curiosamente no lo ha hecho, como ustedes lo saben, esa reforma constitucional pretende acabar con el veto del bolsillo del Ejecutivo. Es decir, esta fórmula de que el Ejecutivo recibe un decreto del Congreso de la Unión lo guarda, y simplemente no lo publica, y en consecuencia aquello que aprobó el Congreso no puede ser ley vigente porque falta la última parte del proceso legislativo, que es la promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Hoy día en la Constitución no hay manera de superar eso. Pero ya hay una reforma del Constituyente Permanente que se le remitió hace ya muchas semanas al Ejecutivo federal y que el Ejecutivo federal ha aplicado veto de bolsillo a la reforma constitucional para acabar con el veto de bolsillo.

Nosotros los legisladores esperamos que el Ejecutivo federal comprenda la transcendencia a la reforma, entienda que la tiene que aprobar, porque además se trata de una reforma constitucional, el Ejecutivo no puede observar la reforma constitucional conforme a criterios de la Corte, y por tanto, una vez que entre en vigor esa reforma, que insisto, ya fue aprobada en ambas cámaras y por la mayoría de las legislaturas de los estados y ya fue declarada la procedencia de la reforma constitucional en la Comisión Permanente, entonces operará en automático de aprobarse la propuesta que nos formula en la minuta el Senado de la Republica, una vez superado el veto o las observaciones del Ejecutivo.

De manera que no se le está otorgando un cheque en blanco al Ejecutivo federal, eso es muy importante señalarlo. No se trata de que frente a la posibilidad de que hoy en día la Cámara de Diputados pueda parar el funcionamiento del Estado mediante la no aprobación del presupuesto, ahora resulte que hagamos una reforma para que quien pueda incurrir en esa posibilidad ominosa para el funcionamiento del Estado mexicano, sea el Ejecutivo federal.

No, se trata de equilibrar y por eso no comparto la idea de que la minuta propone un desequilibrio entre los poderes, porque lo que busca la minuta a la luz de su contenido expreso, es justamente lo contrario, es la posibilidad ya reconocida además por la Suprema Corte de Justicia como aquí nos lo recordó el doctor Puente, en la sentencia de mayo de 2005. Ése asunto ya no está a discusión. La Corte ya dijo el Ejecutivo federal tiene derecho a observar.

Bueno, si ya lo resolvió la Corte y la Corte ya dijo que el Ejecutivo puede vetar el Presupuesto de Egresos, lo que sigue es lo que precisemos en la Constitución como muy bien dijo, y yo suscribo totalmente lo que señaló aquí mi compañero, el diputado Fernando Ferreira, lo suscribo absolutamente. Lo que falta es precisarlo en la Constitución, ya no está discusión si el Ejecutivo puede o no observar al Legislativo. Ya lo hizo, en 2005, y ya dijo la Corte sí procede.

Segundo tema, la reconducción. Tampoco es absoluta la reconducción. Esta fórmula mediante la cual si concluido el año fiscal que entre nosotros corresponde al año natural en el último día de diciembre y no hubiere aprobado Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos de la Federación, o solamente el Presupuesto de Egresos de la Federación porque son dos supuestos distintos, no tenemos nosotros reglamentada la posibilidad de que opere la vigencia del Presupuesto del año anterior.

No la tenemos reglamentada de manera total, pero yo quisiera decir no es un fórmula ajena a nuestra tradición constitucional. El artículo 75 constitucional hoy en día y desde 1917 dice literalmente: “La Cámara de Diputados al aprobar el Presupuesto de Egresos —estoy leyendo el texto— no podrá dejar de señalar la atribución que corresponda a un empleo que esté establecido por la ley, y en caso de que por cualquier circunstancia se omita fijar dicha remuneración —hago un paréntesis— (que no haya presupuesto, por ejemplo, eso es una circunstancia extrema) —sigo leyendo— se entenderá por señalada la que hubiere tenido fijada en el presupuesto anterior o en la ley que estableció el empleo.

¿Qué es eso? Que está reglamentado en la Constitución desde 1917 y que está vigente hoy en día. Eso es reconducción presupuestal, nada más que es una reconducción presupuestal reglamentada desde 1917 de manera limitada, porque se refiere solamente a las retribuciones para los empleos públicos.

Dicho de otra manera y para concluir. Si estuviéramos en el indeseable caso de que hubiese un año en el que el presupuesto al 31 de diciembre no estuviera aprobado habría —por mandato de la Constitución— en el artículo 75 hoy en día, habría disposición aplicable para pagar todos los sueldos de los maestros, por ejemplo, más de un millón de servidores públicos del personal médico y paramédico del sistema hospitalario y de seguridad social del país, de los empleos o de los empleados de la Federación de los diferentes Poderes de la Unión y en las diferentes entidades federativas.

Una parte importante del gasto corriente, sino es que todo el gasto corriente estaría resuelto mediante la fórmula de reconducción presupuestal, ciertamente parcial, que hoy en día ya está en la Constitución. ¿Qué falta? Que establezcamos una fórmula similar para el caso de otros gastos que componen el presupuesto respecto de los cuales no hay fórmula aplicable en la Constitución y estamos enfrente de una comisión.

Ya hemos vivido casos en donde el Ejecutivo federal, yo fui diputado en la LVIII Legislatura, y hubo un caso en el que aprobado el presupuesto, el presupuesto del año 2003 a las 8 de la mañana del primero de enero. Es decir, ya invadiendo las primeras horas del primer día del año fiscal para el que tenía que operar el presupuesto respectivo.

No es imposible esta fórmula además en una composición plural de la Cámara de Diputados que pueda existir, pero además la fórmula que nos plantea el Senado, que yo suscribo...

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... pero, además, la fórmula que nos plantea el Senado, que yo suscribo, como también aquí lo señaló el diputado Ferreira, no es una fórmula que haga que se imponga un poder sobre otro, dice en la propuesta del Senado de la República, que se trata de que la reconducción opere hasta en tanto la Cámara de Diputados apruebe el presupuesto y si estuviéramos hablando de reconducción fiscal, hasta en tanto el Congreso de la Unión apruebe la Ley de Ingresos.

Aquí lo dice claramente y con esto termino, la propuesta del Senado dice: “Si al inicio del Ejercicio Fiscal no se ha aprobado y promulgado la Ley de Ingresos, mantendrá su vigencia a la del año inmediato interior, hasta en tanto el Congreso apruebe la del nuevo año.

En el caso del presupuesto de egresos en tanto se aprueba el del año que corresponda continuará vigente el anterior. ¿Qué significa eso? Que aplicada la reconducción fiscal si no hay Ley de Ingresos o presupuestal si lo que falta es solamente el presupuesto de Egresos el primero de enero del año que corresponde al ejercicio o de que se trata, eso no implica que el congreso o la Cámara de Diputados, no pueda hacer ya la aprobación correspondiente.

La Cámara podría entrar de inmediato en un periodo extraordinario en los propios días de enero y hacer la aprobación respectiva, con lo cual una vez hecha entraría en operación, lo que apruebe la Cámara y dejaría de operar la reconducción.

La formula del Senado que me parece una fórmula sensata, que resuelve un riesgo de problema de funcionalidad del Estado mexicano es una fórmula de reconducción hasta en tanto la Cámara de Diputados o el Congreso de la Unión según el caso se ponen de acuerdo.

Por esa razón, suscribo la propuesta que nos ha planteado la minuta del Senado de la República, porque creo que resuelve con claridad los planteamientos que sobre el particular en muchos casos nos han formulado diferentes compañeros tratadistas, especialistas en la materia.

Y termino diciendo que en el conjunto de los planteamientos de la minuta que nos plantea el Senado de la República, hay claridad en los planteamientos. Uno puede estar de acuerdo o no con el contenido de las propuestas que formula el Senado de la República y sé de antemano que hay ahí temas que por si mismos son temas polémicos, la reelección, las candidaturas ciudadanas, en fin.

Son temas sobre los cuales validamente hay planteamientos diversos. Pero, lo que no puede hacerse y lo digo con el mayor afecto, porque me refiero a un hecho público, porque está publicado en los diarios del día de ayer, es descalificar una minuta que nos llega de la colegisladora con un adjetivo calificativo que además resulta, desde mi unto de vista inaplicable. Me refiero concretamente a un encuentro de compañeros de mi grupo parlamentario con algunos demandantes de la reforma política en la que la minuta fue calificada por mi compañero diputado Guevara, como un galimatías.

Dice el diccionario de la Real Academia Española de la Lengua que un galimatías es en la primera definición lenguaje oscuro por la impropiedad de la frase o por la confusión de las ideas, y en una segunda definición dice confusión, desorden o lío.

Yo no veo, lo digo con toda sinceridad, ni el leguaje oscuro en las propuestas del Senado, insisto hay planteamientos muy concretos, y uno puede estar a favor o en contra de los planteamientos, y se vale. Hay argumentos para una y otra posición, pero no hay lenguaje oscuro. Ni hay redacción confusa, hay claridad en los planteamientos.

Por eso una calificación de esta naturaleza, me parece con afecto, con respeto, con cariño, con sentido de solidaridad de equipo, me parece una descalificación simplemente injusta. Muchas gracias, por su atención.

El diputado Feliciano Rosendo Marín: Muchas gracias, diputado Solís Acero. Tiene la palabra diputado Héctor Guevara.

El diputado Héctor Guevara Ramírez: En relación al último comentario que hace el señor diputado, efectivamente, hice ese calificativo y lo reitero. Porque, desde mi especial punto de vista la minuta del Senado debió ser más precisa y no involucrar a tan amplio número de iniciativas en un solo paquete, porque como ustedes pueden observar en el manejo de la minuta tiene temas diversos, unos que corresponderían a el manejo de la reforma en el ámbito ciudadano, otro en razón de las facultades que puede tener el legislativo y otro en razón de las facultades del Ejecutivo.

Desde luego, precisamente, el uso del lenguaje es en el manejo de la revisión, que por mandato constitucional tenemos los diputados, entrañan la libertad de legislador para calificar o descalificar el manejo de las iniciativas. Para eso estamos.

Señaló que pudo haberse hecho con un mejor cuidado, con un mayor esmero y precisamente en eso se encuentra mi crítica, que bueno que el señor diputado Solís Acero haga estos comentarios, porque creo que forman parte de la libertad de los diputados y al fondo de las cosas es precisamente lo que busca el manejo de estos foros y el manejo de esta reforma.

Porque los tiempos en los que fue entregada esa minuta apenas unas horas antes de finalizar un periodo ordinario de sesiones, también, nos lleva al manejo de dudas y más todavía, cuando es aprovechado este tiempo por un partido político para establecer una estrategia mediática, para tratar de forzar a la Cámara de Diputados para que en muy corto tiempo se pudiera dar una aprobación a esa minuta. Nadie está obligado a lo imposible y eso es una premisa fundamental del derecho.

Siempre he entendido que la política es la ciencia de lo posible y señaló un elemento más. Para ello, debe existir coordinación diálogo, discusión, acuerdo, porque la política debe ser eso, una ciencia que tiene que ver con el acuerdo de los grupos parlamentarios en el proceso legislativo y no lo encontré.

Por esa razón justifico mi opinión, la reitero y la documentaré para que de está manera el debate siga fortaleciéndose, nuestras opiniones sean escuchadas, valoradas por otros diputados y se dé lo que el pueblo quiere de los legisladores.

Un debate sano, una importante discusión, pero fundamentalmente una gran aportación para que el Poder Legislativo cumpla realmente su función. Si por un lado los senadores han recibido minutas de parte nuestra que no ha sido dictaminado, porque los legisladores diputados en tampoco tiempo tenemos que dictaminar una minuta que nos envía el Senado.

Y más todavía, si el propio presidente de la República ha hecho uso del veto de bolsillo, no complementando totalmente el proceso legislativo, creo que vale la pena que con la Serena actitud republicana los diputados podamos dar una docta opinión de la que nos sentamos orgullosos de cara a la nación.

El diputado Feliciano Rosendo Marín: Tiene el uso de la palabra el diputado Reginaldo de la Torre.

El diputado Reginaldo Rivera de la Torre: Con todo respeto disiento de lo que dijo el diputado Solís Acero. No tenemos los diputados federales del Congreso de la Unión, por qué...

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... palabra el diputado Reginaldo de la Torre.

El diputado Reginaldo Rivera de la Torre: Con todo respeto disiento de lo que dijo el diputado Solís Acero. No tenemos los diputados federales del Congreso de la Unión por qué cumplir a pie juntillas lo que dice el Senado de la República. Cuando ellos tienen casi 10 reformas constitucionales paralizadas en el Senado de la República que hemos aprobado en Puntos Constitucionales.

En cuanto a este tema... no tenemos por qué en el Poder Legislativo obedecer una tesis aislada en una sentencia aislada de la Corte el criterio en materia de veto presidencial. No lo digo yo. Lo dice Emilio Rabasa, lo dice Ignacio Burgoa y lo dice... Arteaga. Se puede superar este problema con la aprobación que ya hicimos en la Comisión de Puntos Constitucionales de la iniciativa en materia de veto de bolsillo.

El veto es improcedente en los casos de facultades exclusivas de cada Cámara, en virtud de que la aplicación de que la regla general que se infiere del artículo 72 constitucional, que sólo lo hace procedente respecto de los actos del Congreso de la Unión, Senado y Cámara de Diputados, en ejercicio de las facultades legislativas.

Independientemente de ello, por razones particulares no son vetables los actos de cada una de las Cámaras cuando lo hacen en ejercicio de las facultades exclusivas contenidas en los artículos 74 y 76 de la Constitución. Cuando se trata de facultades exclusivas de las Cámaras si el proceso legislativo concluye en cada una de éstas no se está frente a un proyecto de decreto, se está frente a un acto concluido y perfecto. Porque no existe la posibilidad jurídica de que el presidente haga observaciones.

Sobre este tema el maestro... Arteaga comenta que recientemente se ha apuntado la posibilidad de que el presidente de la República vete el presupuesto... de gastos. Y añade: quienes consideren esta posibilidad son ignorantes del derecho constitucional y desconocen la naturaleza del veto.

Es cuanto.

El diputado Feliciano Rosendo Marín: Por alusiones tiene el uso de la palabra el diputado Felipe Solís Acero.

El diputado Felipe Solís Acero: Yo no he planteado que la minuta del Senado se apruebe en forma crítica, sin discusión. Si así fuera no estaría aquí. He venido a discutir, a que analicemos los planteamientos y demás. Lo que yo he pedido es un análisis en sus méritos de los planteamientos que propone la minuta del Senado. Ésta en lo particular, o cualquiera otra que nos llegue del Senado de la República, o cualquier iniciativa que se presente y que tengamos que analizar y discutir.

Lo que yo he dicho aquí, y lo sostengo, es que no se vale una descalificación general. El concepto de “galimatías” es un adjetivo que descalifica. Que a la luz de la definición, y lo sostengo porque lo tengo en la mano de lo que define por es voz castellana el Diccionario de la Real Academia Española no aplica en el caso concreto.

Termino sólo haciendo un comentario. Se dijo aquí, en respuesta a mi planteamiento, que el calificativo obedece a que la minuta contiene muchos temas de muy diversa naturaleza. Cuestiones que tienen que ver con la... del presidente, con la iniciativa preferente, con la iniciativa ciudadana, con las candidaturas ciudadanas, con cuestiones relacionadas con el proceso presupuestario...

Pero tengo en las manos una iniciativa que fue presentada en el pleno de la Cámara de Diputados el 25 de marzo de 2010, que firmaron mis dos compañeros... aquí está... y que contiene un proyecto de reforma en materia de temas vinculados con el funcionamiento del Congreso, con el proceso legislativo e incluso el proceso presupuestario. Contiene tal complejidad de temas, igual o superior al de la minuta del Senado que hemos recibido.

Pero les voy a dar un dato adicional. En esa iniciativa que firmaron mis compañeros dice, una propuesta concreta: “En el texto propuesto para el artículo 75 —estoy leyendo la iniciativa, no la minuta, que se parecen mucho una con la otra. Por eso me sorprende que ahora escuche aquí planteamientos en el sentido en contra de la reconducción presupuestal, cuando hay una iniciativa en la Cámara de Diputados firmada por nuestros compañeros diputados, en donde se propone la reconducción presupuestal. Aquí lo leo.— se contienen normas sobre la naturaleza económica de la Ley de Egresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación. El principio de equilibrio presupuestal estructural entre los ingresos y los egresos públicos y las particularidades del proceso presupuestario, para garantizar que al término del ejercicio fiscal no exista incertidumbre para la economía nacional derivada de la aprobación en el Congreso de la Ley de Ingresos o del Presupuesto de Egresos de la Federación”.

Y el proyecto de decreto plantea una fórmula casi idéntica a la que viene en la minuta del Senado. La voy a leer sólo por curiosidad. Ésta es la iniciativa que firmaron diputados del Grupo Parlamentario del PRI, mis dos compañeros aquí presentes incluidos, que dice: “Si al concluir el ejercicio fiscal no se han aprobado la Ley de Ingresos o el Presupuesto de Egresos de la Federación se aplicarán las disposiciones previstas en los respectivos ordenamientos vigentes del ejercicio fiscal que concluye, únicamente respecto de los gastos que la ley señale como obligatorios”.

La redacción de la fórmula de reconducción presupuestal que está contenida en esta iniciativa presentada en la Cámara de Diputados está publicada en la Gaceta Parlamentaria... por tanto, es posible consultarla por Internet... el 25 de marzo de 2010 es casi idéntica a la redacción de la minuta. Entonces cómo es posible que se firme una iniciativa que contiene una propuesta de este tipo y, sin embargo, se establezca una posición en contra de una minuta del Senado que contiene una fórmula igual. No lo entiendo.

El diputado Feliciano Rosendo Marín: Vamos a continuar la exposición con nuestros ponentes. El siguiente es el diputado Fernando Cárdenas Gracia. El diputado es abogado y académico. Es diputado del Partido del Trabajo, investigador de la UNAM. Fue consejero electoral del IFE de 1996 a 2003. Es doctor en derecho por la UNAM y por la Universidad Complutense de Madrid. Ha sido investigador visitante en la Universidad de Yale. Asimismo, investigador visitante en la Universidad de Georgetown.

Es investigador del Conacyt, nivel tres, e investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, de tiempo completo. Ha recibido distintos premios y reconocimientos, como el Premio Anual Ignacio Manuel Altamirano en 1994 y el Premio Nacional de Periodismo en 2004. Fue invitado como experto del grupo internacional que revisó los insumos técnicos que apoyaron la instalación de la Asamblea Constituyente en Bolivia en 2006. De 2007 a 2008 fue miembro del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal.

El diputado fue postulado por el Partido del Trabajo, por el distrito cuarto del Distrito Federal en Iztapalapa. Y él ha escrito diversos libros. Y sin duda es uno de los diputados más brillantes con los que cuenta la actual legislatura en la que estamos trabajando.

Adelante, doctor Cárdenas.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia: Gracias a mi compañero por sus palabras. Gracias, desde luego, a las autoridades del estado de Durango por esta invitación. Sobre todo al señor gobernador, pero también al presidente del Congreso, al presidente del Tribunal Superior de Justicia, a los legisladores locales, a los legisladores federales por el estado de Durango y al público, que atentamente nos ha escuchado.

Desde luego, como los demás compañeros, tengo que hacer una mención especial al diputado López Pescador porque él fue el promotor de la organización de este evento, y estamos muy agradecidos con él. También agradezco a mis compañeros diputados de las distintas fuerzas políticas...

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... al diputado López Pescador, porque él fue el promotor de la organización de este evento y estamos muy agradecidos con él.

También agradezco a mis compañeros diputados de las distintas fuerzas políticas, de los distintos grupos parlamentarios que aquí se han expresado. Como ustedes acaban de oír hace uno momento, parecía el debate de... hay una gran polémica no solamente entre los partidos sobre esta reforma política, sino al interior de los propios partidos políticos.

Aquí yo vengo a hablar a nombre propio, no puedo hablar por todos mis compañeros del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, porque seguramente muchos de ellos tendrán opiniones diversas a lo que yo voy a decir aquí en esta ocasión.

Lo primero que quiero señalar, aunque el tema del debate está circunscrito al presupuesto, al veto del presupuesto, a la reconducción presupuestal y fiscal y al tema de la ratificación de los titulares de órganos reguladores, sí quiero hacer una mención genérica al principio y también al final sobre esta reforma política.

Quiero primero hablar con mucha claridad. Desde mi punto de vista ésta no es la gran reforma política que el país necesita. Es una reforma política circunscrita a algunos temas que aquí se ha mencionado. Considero que, en lo particular, cualquier reforma política, en México, debiera tratar por lo menos cuatro asuntos, tres de ellos no están en esta minuta del Senado de la República que estamos analizando en la Cámara de Diputados.

Cualquier reforma política, en México, debe tener por propósito regular, limitar el verdadero poder que hay en nuestro país. El verdadero poder que hay en nuestro país que se conduce de manera antidemocrática y sin sujeción al Estado de derecho, es el poder de los poderes fácticos.

Y en esta reforma, en esta minuta del Senado de la República no hay una sola mención al poder de la televisión, no hay una sola mención al poder del Ejército, no hay una sola mención al poder de los partidos, de los sindicatos, de las iglesias, del gobierno de los Estados Unidos, del Fondo Monetario Internacional, del Banco Mundial, etcétera. Es decir, no atiende al poder fáctico que ha secuestrado, ha subordinado a las instituciones formales de nuestro país como el Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial, etcétera.

Cualquier reforma política, también desde nuestro punto de vista, debe atender al problema de la igualdad, de una mejor distribución de la riqueza en México. Aquí en esta reforma, por ejemplo, no se propone nada respecto a la garantía institucional, procesal, para hacer efectivos, viables y una realidad derechos económicos, sociales y culturales.

En esta minuta del Senado no se dice cómo vamos a hacer efectivo el derecho a la educación, a la salud, a la vivienda y al empleo. Qué tipo de reforma política es ésta que no ve por el principal problema de los mexicanos que es la pobreza y la desigualdad.

En tercer lugar se dice: bueno, es una reforma política. Pero es una reforma política que no propone el cambio del sistema presidencial en México. En México este sistema presidencial está agotado, periclitado. Necesitamos un nuevo sistema político, ese sistema político puede ser parlamentario, puede ser semiparlamentario, pero es evidente que el sistema presidencial no funciona con el actual sistema de partidos que es multipartuidista, porque no conduce a la gobernabilidad y a la democratización de nuestro país.

Hay otro punto de cualquier reforma política que sí se contempla a medias en la minuta y se contempla mal que es el de la democracia participativa. Esta minuta del Senado habla de tres mecanismos de democracia participativa, hablan del derecho de consulta de la iniciativa legislativa ciudadana y de las candidaturas independientes, pero se olvida de la revocación del mandato, se olvida del referéndum, se olvida del presupuesto participativo, se olvida de las acciones ciudadanas de inconstitucionalidad, etcétera, de muchas figuras de democracia participativa y deliberativa.

Sobre las figuras de democracia participativa que contiene esta minuta del Senado, casi podría decirles que tal como están previstas en la minuta del Senado harán inviable por parte de los ciudadanos el ejercicio de estas figuras.

Por ejemplo, el derecho de consulta, según la minuta del Senado para que los ciudadanos puedan ejercer el derecho de consulta deben reunir o deben constituirse al menos o se debe de lograr, se debe de obtener el dos por ciento del listado nominal del padrón electoral.

Eso equivale más o menos a constituir siete partidos políticos, solamente grandes organizaciones de ciudadanos que en este país, en este momento conozco pocas pueden lograr ese número suficiente de ciudadanos que promuevan una consulta ciudadana integrando este dos por ciento del listado nominal.

Repito, es una cantidad equivalente a constituir al requisito que la ley electoral pide, para constituir siete partidos políticos, díganme si va a ser o si es un mecanismo accesible a los ciudadanos.

La otra figura de democracia participativa que se está proponiendo es la iniciativa legislativa ciudadana. Y se propone en la minuta del Senado que 0.25 por ciento del listado nominal de ciudadanos pueda proponer una iniciativa legislativa ciudadana.

Eso equivale casi a exigir el número de ciudadanos que se piden para constituir un partido político, es decir, no va a ser fácil que los ciudadanos promuevan iniciativas legislativas ciudadanas.

En cuanto a la candidatura independiente que es una figura que creo que debe rescatarse e incorporarse en el sistema político mexicano como también el derecho de consulta y el derecho de iniciativa legislativa ciudadana, pero con umbrales más accesibles a los ciudadanos.

En el caso de la candidatura ciudadana, por ejemplo, no se dice nada qué puede ocurrir con las candidaturas ciudadanas si son financiadas con financiamiento privado, que los candidatos que los candidatos ciudadanos van representar unos intereses de los grupos económicos, del crimen organizado o de quien pueda pagar una candidatura ciudadana.

La candidatura ciudadana debe permitirse, debe establecerse en la Constitución y en las leyes, pero exclusivamente con financiamiento público, prohibiendo el financiamiento privado y estableciéndose además una profunda reforma a la Ley de Radio y Televisión, a las reglas que actualmente están previstas en el Cofipe en materia de radio y televisión, para que el candidato ciudadano no vaya a ser también una correa de transmisión de la televisión y la radio.

En fin, aquí termino con estas reflexiones de carácter general, algunas sobre la reforma política que nos envió el Senado de la República. Vayamos al tema del debate que nos trajo aquí a Durango, para discutir si el presupuesto debe de ser vetado, el tema de la reconducción presupuestal, el tema de la reconducción presupuestal, el tema de la reconducción fiscal y el tema de la ratificación de los titulares de los órganos reguladores.

Qué opino acerca del veto del presupuesto, estaría a favor tal y como la corte lo ha determinado de que el veto al presupuesto se estableciera, pero con muchas matizaciones, con muchos asegunes, hay que darle poder, porque el veto del presupuesto a quién le da poder, le da poder al Ejecutivo, entonces, tendríamos que establecer también mecanismos en la constitución que fortalecieran el papel de la Cámara de Diputados o del Congreso en la aprobación del presupuesto y en el seguimiento, en el ejercicio...

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... entonces tendríamos que establecer también mecanismos en la Constitución, que fortalecieran el papel de la Cámara de Diputados o del Congreso en la aprobación del presupuesto, y en el seguimiento en el ejercicio del gasto.

¿A qué me refiero en concreto? Decía la diputada Yolanda de la Torre, con mucha precisión que el presupuesto para este año en la Cámara de Diputados, que aprobamos para la federación fue de poco más de 3 billones de pesos; la diputada Yolanda de la Torre nos hizo una pregunta, ¿de esos más de 3 billones de pesos, cuántos recursos en realidad, en la Cámara de Diputados estuvieron sujetos a la discusión entre los diputados?

Solamente 100 mil millones de pesos, ése fue el debate, y tenía que ver con las participaciones y aportaciones federales, no tenía que ver con los 3 billones o más de 3 billones que componen el Presupuesto de Egresos para la Federación. ¿Qué tipo de poder tiene la Cámara de Diputados, si no puede más que aprobar y discutir 100 mil millones de pesos, y no puede discutir acerca de los 3 billones de pesos?

Es verdad que constitucionalmente no hay impedimento para que discutiéramos y pusiéramos de cabeza el proyecto de presupuestos que nos envía el Ejecutivo, pero hasta el momento, en la Cámara de Diputados nunca se ha hecho, solamente hay un porcentaje muy pequeño de margen de discusión sobre el presupuesto en la Cámara de Diputados.

Luego, está bien que le demos el veto del presupuesto, o del presupuesto al Ejecutivo, pero ¿puede la Cámara de Diputados —les pregunto a ustedes— presentar un presupuesto alternativo al del Ejecutivo? No puede, no tenemos facultad de iniciativa en materia de presupuesto. La facultad de iniciativa en materia de presupuesto, y en Ley de Ingresos es exclusiva del titular del Poder Ejecutivo; la Cámara de Diputados no puede presentar un proyecto de presupuesto alternativo al que presenta el Ejecutivo.

Luego, nuestro experto en el tema, el doctor Kenvir Puente recordó una frase en el debate en la Corte, en 2005, cuando la Corte dijo que el Ejecutivo sí podía vetar el presupuesto; algo que me parece de la mayor trascendencia, y que debiéramos resolver, antes que determinar si constitucional o formalmente otorgamos o no ese poder de veto al Ejecutivo. El problema es un problema muy viejo es un problema del siglo XIX, que en la Guerra Francoprusiana planteó un jurista alemán que se llamón Paul Laban, quien dijo ¿cuál es la naturaleza jurídica del presupuesto?

¿Es un acto administrativo o es una ley? Laban que era defensor de Bismark, para darle preeminencia al Ejecutivo prusiano dijo Laban que era un acto administrativo; eso se sigue repitiendo en México, en los manuales de Derecho Financiero, en las propias sentencias de la Suprema Corte, cuando se aborda el problema de la naturaleza del presupuesto, se dice que es un acto administrativo.

En todos los países del mundo, de la OGDE, al menos de la OGDE, el presupuesto es un acto legislativo, y si es un acto legislativo, la pregunta que hizo el ministro Ortiz Mayagoitia carece de sustancia. El ministro Ortiz Mayagoitia dijo en 2005, ¿puede la Cámara de Diputados —se preguntó— a través del presupuesto de egresos ordenar que el Ejecutivo haga determinadas obras, construya determinados edificios, o solamente debe autorizar los gastos que él ha pedido hacer?

Si decimos que el presupuesto es un acto administrativo, solamente puede autorizar los gastos que él ha pedido; si decimos que el presupuesto es un acto legislativo, a través del presupuesto, del Presupuesto de Egresos de la Federación de cada año, la Cámara de Diputados o ambas Cámaras, si reformáramos la Constitución para que ambas Cámaras aprobaran el presupuesto, como ambas Cámaras aprueban la Ley de Ingresos podrían, a través del presupuesto, desde luego, ordenarle al Ejecutivo que haga determinadas obras, o que deje de hacerlas.

Que construya determinados edificios, o que deje de construirlos, entonces, este debate es muy importante, y sería muy importante que en la Constitución Mexicana, en el artículo 74 se estableciera, con toda claridad que el presupuesto es un acto legislativo, y se dijera también —y ésta es mi preferencia personal— que el presupuesto debe ser aprobado por ambas Cámaras.

Como los tratados no solamente debieran ser aprobados por el Senado, sino también por la Cámara de Diputados, pero éste es un problema no resuelto; tampoco la minuta del Senado —no me quiero extender más— voy a poner otro ejemplo, se refiere al tiempo que tiene la Cámara de Diputados para analizar el presupuesto.

El tiempo que tenemos en la Cámara para estudiar el presupuesto que nos envía el Ejecutivo es irrisorio; el presupuesto, constitucionalmente llega a la Cámara de Diputados el 8 de septiembre tenemos hasta el 15 de noviembre para aprobar el presupuesto. Díganme con qué seriedad, la Cámara de Diputados en unas cuantas semanas puede estudiar, analizar, ir al fondo de cada uno de los temas, de cada una de las partidas y subpartidas que contiene el presupuesto.

Desde luego que quien tiene la sartén por el mango en esta materia es el Ejecutivo, porque la Cámara de Diputados dispone de muy poco tiempo para estudiar, analizar, conocer, debatir el Presupuesto de Egresos, pero los problemas mayores vienen, no solamente en la aprobación del presupuesto, sino en el ejercicio del presupuesto.

¿Cuáles son esos dos problemas? El doctor Puente mencionó algunos; uno de los problemas es que en el presupuesto, de manera indebida, la Cámara de Diputados —esto es culpa nuestra, de los diputados— acostumbra delegar al Ejecutivo, mediante reglas de operación, cómo se debe ejercer el gasto de muchos programas federales.

Esto es indebido, la Cámara de Diputados no debiera delegar su atribución presupuestal en el Ejecutivo en la Secretaría de Hacienda, para que ésta, mediante reglas de operación diga cómo se va a gastar el dinero. Estamos violando el artículo 126 de la Constitución cuando autorizamos estas reglas de operación y delegamos la facultad que tiene la Cámara de Diputados en el Ejecutivo.

Y otro problema mayúsculo es cómo se fiscaliza, o cuánto del presupuesto es fiscalizado en realidad; no pasa del 6 por ciento. La Auditoría Superior de la Federación no fiscaliza el 10 por ciento del presupuesto, de cómo se ejerce el gasto, no fiscaliza cómo se ejerce el 20 o el 30; apenas llegamos al 5 o a l 6 por ciento de cómo se ejercita el presupuesto, es decir, no hay una auténtica rendición de cuentas respecto al ejercicio presupuestal en México.

Las sanciones que existen respecto a los subejercicios son mínimas, etcétera. Respecto a la tácita reconducción presupuestal, en principio les quiero decir que estoy de acuerdo, pero que solamente tendría que hacerse esa tácita reconducción presupuestal, como aquí expuso el diputado Solís Acero, cuando comentaba esa iniciativa de los diputados priistas.

Solamente la tácita reconducción presupuestal, tal como lo determina actualmente el artículo 75 de la Constitución, respecto a las remuneraciones de los servidores públicos previstas en el presupuesto del año anterior, y respecto a obligaciones previstas en ley. Esto para que la tácita reconducción presupuestal no se convierta en un instrumento a favor del Ejecutivo, que limite los alicientes o los estímulo para seguir discutiendo la aprobación del presupuesto.

Quiero decir unas palabras respecto a los órganos reguladores. Este tema es de la mayor importancia, decía el diputado Guevara, ¿por qué nada más tres órganos reguladores? La Cofetel...

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... diputado Solís Acero cuando comentaba esa iniciativa de los diputados priistas, solamente la tácita reconducción presupuestal tal y como lo determina actualmente el artículo 75 de la Constitución respecto a las remuneraciones de los servidores públicos previstas en el presupuesto del año anterior respecto a obligaciones previstas en ley.

Esto, para qué, la tácita reconducción presupuestal, no se convierta en un instrumento a favor del Ejecutivo que limite los alicientes o los estímulos, para seguir discutiendo la aprobación del presupuesto.

Quiero decir unas palabras respecto a los órganos reguladores, este tema es de la mayor importancia, decía el diputado Guevara, por qué nada más tres órganos reguladores, la Cofetel, la Comisión Federal de Competencia Económica o la Comisión Reguladora de Energía, cuando otros órganos del Estado también debieran ser motivo de la minuta del Senado y tiene razón, por qué nada más estos tres.

Estos tres tienen competencias extraordinarias que tienen que ver con los poderes fácticos del país, por ejemplo, la Cofetel tiene intervención en la autorización de concesiones, prórrogas de concesiones y permisos en materia de radio, televisión, telecomunicaciones, etcétera.

La Comisión Federal de Competencia es la que se supone que vigila que en nuestro país no haya monopolios y la Comisión Reguladora de Energía entre otras cosas fija las autorizaciones de tarifas, los precios del gas, de hidrocarburos en nuestro país.

Como ustedes ven son competencias extraordinarias, para mí, desde mi punto de vista no basta la simple ratificación del Senado, de los titulares de estos órganos reguladores. Aquí debiera haber un esquema diferente estos titulares de los órganos reguladores y los propios órganos reguladores debieran tener autonomía constitucional y los titulares de los órganos reguladores debieran de ser electos por los ciudadanos mediante elecciones democráticas.

Desde luego, aquí no sería permisible campañas políticas, ni financiamiento público, ni financiamiento privado, solamente tiempos del Estado habría que darles a los aspirantes a ser titulares de los órganos reguladores y en las elecciones la gente votar si están de acuerdo o no con favorecer con su voto, para que ciertos funcionarios desempeñen estas funciones que son fundamentales, para controlar el poder de los poderes facticos en nuestro país.

Quiero terminar mi tiempo de exposición haciendo una conclusión. Hay muchos temas seguramente que no traté de los tres temas específicos que nos trato o que nos ocupó mencionar en esta mesa, quiero decirles que mi punto de vista sobre esta minuta del Senado es que es una minuta muy pobre, es una minuta muy chiquita, es una minuta que no resolverá los problemas del país.

Sobre reformas constitucionales siempre hay dos visiones o en las reformas legales hay una visión gradualista, minimalista y una visión maximalista. Estoy del lado de los que quieren una visión máxima lista, estoy en los que pensamos, seguramente Porfirio lo dirá cuando le toque exponer por qué en México tengamos una nueva constitución que transforme radicalmente el... del país. Estoy en esa visión.

También creo que no solamente basta en México tener una nueva constitución, porque por ejemplo hemos revisado en los últimos años, en los sexenios de Zedillo, Fox y Calderón que ha habido más de 185 artículos reformados a la Constitución y díganme si con esos 185 artículos reformados a la Constitución solamente en tres sexenios si ese número de artículos reformados ha implicado un cambio sustancial al... del país.

Pues, no, porque en México hacemos reformas para que nada cambie, somos gatopardistas, reformas para que nada cambie, para que el régimen de privilegios de corrupción siga permaneciendo. Lo que necesitamos es una nueva Constitución, pero necesitamos también que esa Constitución sea normativa, que sus principios, sus valores, sus reglas, sus normas jurídicas se aproximen a la realidad.

Es decir, la Constitución merece ser defendida mediante instrumentos de defensa efectivos a la Constitución, el esquema de amparo está... las controversias constitucionales igualmente, las acciones de inconstitucionalidad también.

Necesitamos mecanismos de defensa de la Constitución muy exigentes, muy amplios que hagan que la Constitución lo que se prevea en el texto se realice aproximadamente en la realidad. Esta va a ser la única manera de transformar el... en nuestro país. Por su atención muchas gracias.

El diputado Feliciano Rosendo Marín: Muchas gracias al doctor Jaime Cárdenas. Ahora, intervendrá la magistrada María del Pilar Muñoz González que lo es del Tercer Tribual Colegiado del XXII Circuito con residencia en la ciudad de Querétaro.

Ha ocupado diversos cargos en los que se encuentran actuaria y secretaria de los juzgados tercero y octavo del distrito en materia administrativo en el Distrito Federal. Secretaria del segundo distrito colegiado en materia administrativa del primer circuito con residencia en el Distrito Federal. Secretaria de estudio y cuenta de la primera, tercera y cuarta salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Secretaria de estudio y cuenta del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Jueza segundo de distrito de proceso y amparo en materia mixta en el estado de Michoacán con residencia en la ciudad de Morelia. Magistrada del segundo tribunal colegiado del vigésimo tercer circuito con residencia en la ciudad de Aguascalientes, entre otros.

Además le agradecemos su intervención y tiene el uso de la palabra.

La magistrada María del Pilar Muñoz González: Muchas gracias. Buenas tardes a todos. Quiero iniciar mencionando dos aspectos para la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura, el primero de ellos es felicitarles por esta extraordinaria oportunidad de la organización de los foros en torno a la reforma política, porque acerca a todos los ciudadanos con esta Cámara y eso es extraordinario.

El segundo aspecto es que quiero agradecer la invitación que se me hizo, para participar y poner a consideración la ponencia en torno a la ratificación de los comisionados de los órganos reguladores.

No omito mencionar que reconozco la hospitalidad con que se nos ha recibido por parte del titular del Ejecutivo del estado, para acogernos tan amablemente y poder desarrollar este evento, también, muchas gracias.

El tema que mencioné lo voy a exponer a ustedes basado en seis puntos:

El primero de ellos haré una breve introducción. El segundo voy a hacer alusión a una reflexión jurídica, es decir, haré mención de diversos artículos constitucionales en torno al tema. El tercero mencionaré criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a cerca de la división de poderes. El quinto punto va a erradicar fundamentalmente en el criterio que voy a exponerles sobre la procedencia de la ratificación de los comisionados, de los órganos reguladores y el sexto punto va a ser la conclusión y las propuestas...

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... va hacer la conclusión y las propuestas que haré a ustedes.

En torno a la introducción, quiero decirles que la compleja realidad de las sociedad mexicana, la exigencia de marchar al ritmo de los avances tecnológicos y la necesidad de proteger a los consumidores y público usuario de los servicios de telecomunicaciones y energía ha impuesto como temas relevantes dar atención a dichos sectores cada día más especializados, al punto de que en este país ya se han establecido a nivel constitucional y legal el nacimiento, organización y funciones de los diversos órganos reguladores en materia de competencia económica, telecomunicaciones y energía, mismos que actualmente cobran importancia a efecto de solucionar los problemas que se suscitan en dichas materias.

Por ello, es necesario incorporar procedimientos que garanticen la máxima operatividad de los órganos reguladores y demás sectores en juego: El económico, el de telecomunicaciones y el de energía ya mencionados. Sin que por ello deban desconocerse los pilares básicos de la vida democrática y constitucional que rige nuestro sistema como el principio de división de poderes.

Así, se hace imperante que se asegure y garantice que dichos órganos reguladores y sus comisiones no sean disfuncionales, si no que se preserve la regularidad en el ejercicio de las atribuciones que son establecidas a favor de los órganos reguladores, de los sectores en cita, lo cual en diversos ámbitos de la vida de esta nación se ha pretendido lograr mediante la facultad del Senado de la República, de ratificar los nombramientos, considerando la experiencia y demás cualidades de quienes están a cargo de ejecutar tan importantes funciones, que a la larga permitirán que la sociedad cuenten con mejores instrumentos a efecto de impulsar el desarrollo de las ramas, de la especialización que se comenta e incrementar los niveles de calidad de dichos servicios, así como, velar por un acceso efectivo a los mismos y mejorar las condiciones de mercado en beneficio de los consumidores, abatir las carencias y rezago de la sociedad mexicana y no que tales organismos sean cuestionados por resultar poco funcionales y en algunas elites gubernamentales o para ciertos grupos representados por los intereses que tienen en las ramas de las materias de que se trata.

Nadie desconoce el tópico de actualidad de que en manera reiterada se ha cuestionado el transparente, eficaz e imparcial desempeño de las comisiones de los órganos reguladores al punto de considerar como elemento para la consolidación para la reforma política la ratificación de los comisionados de tales órganos como lo son los ya mencionados. De ahí la necesidad de definir a nivel constitucional los mecanismos procedimentales necesarios para el nombramiento de los comisionados de los órganos reguladores.

Reflexión jurídica. Cabe mencionar que de los artículo 39, 40 y 41 párrafo primero y 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se advierte que la soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo que a su vez delego en el poder constituyente la facultad de emitir una norma suprema que sirviendo de base para todo el ordenamiento jurídico mexicano, estableciera los derechos fundamentales mínimos, no los únicos de los gobernados, la forma de gobierno adoptada y a nivel federal la creación de los tres Poderes de la Unión: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Sus atribuciones, prohibiciones e interrelación entre ellos.

Lo anterior, desde luego, sin perjuicio de que como ha sucedido con el tiempo y la evolución de la sociedad pudiera llegarse a establecer organismos constitucionales autónomos que paulatinamente se han incorporado al régimen constitucional.

Por su parte, el principio de supremacía constitucional que consiste en que la Carta Magna, está por encima de todas las leyes y de todas las autoridades. Es la ley que rige las leyes y que crea y autoriza a las autoridades y para hacer efectivo el principio de la propia Carta Magna, establece la obligación que tienen todos los servidores públicos de protestar, guardar y hacer guardar la Constitución, lo que incluye al propio presidente de la República, a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Sin embargo, a todos los funcionarios les resulta exigible guardar y hacer guardar la constitución en la medida de que al ejercer la autoridad en el campo de su competencia, también tendrán que exigir que se cumpla la Constitución. Por lo que es de vital trascendencia el análisis que se contemple a nivel constitucional la facultad de ratificación del Senado de la República de los nombramientos que el Ejecutivo federal haga de los comisionados de los órganos reguladores antes mencionados.

En tanto el principio de división de poderes consagrado en el artículo 49 de la Constitución federal consiste en esencia en que el supremo poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo, y judicial, división que según los distintos preceptos legales que integran la Carta Magna, tiene como finalidad establecer especialización, aunque no de manera excluyente de las principales atribuciones del estado, a saber la emisión de normas, su aplicación materialización y finalmente la resolución de conflictos por un órgano imparcial.

La división de poderes, también implica un sistema de pesos y contrapesos tendente a evitar la consolidación de un poder u órgano absoluto capaz de producir una distorsión en el sistema de competencias previsto constitucionalmente o como consecuencia de ello una afectación al principio democrático a los derechos fundamentales o a sus garantías. Es decir, ese principio pretende evitar la concentración de atribuciones en un solo poder de manera que avasalle y someta indebidamente a los otros dos en prejuicio de la integridad el orden constitucional.

En seguida voy a mencionar dos criterios que me parecen importantes acerca de la división de poderes que ha emitido la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El rubro de uno de ellos es el siguiente:

División de Poderes: El equilibrio interinconstitucional que exige dicho principio no afecta la rigidez de la Constitución Federal. Contenido, la tesis de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el semanario judicial de la Federación, séptima época, volumen 151 a 156 tercera parte página 117 con el rubro “División de Poderes, sistema de constitucional flexible”, no puede en el sentido de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es de carácter flexible, pues su rigidez se desprende del procedimiento que para su reforma prevé el artículo 135. Así como del principio de supremacía constitucional basado en que...

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... prevé el artículo 135, así como del principio de supremacía constitucional basado en que la Constitución federal es fuente de las normas secundarias del sistema origen de la existencia, competencia y atribuciones de los poderes constituidos y continente de los derechos fundamentales que resultan indisponibles para aquellos, funcionando por ende como mecanismo de control de poder.

En consecuencia, el principio de división de poderes es una norma de rango constitucional que exige un equilibrio entre los distintos poderes del Estado y de las entidades federativas, a través de un sistema de pesos y contrapesos tendientes a evitar la consolidación de un poder u órgano absoluto capaz de producir una distorsión en el sistema de competencias previsto constitucionalmente o, como consecuencia de ellos, una afectación al principio democrático o los derechos fundamentales o sus garantías.

El siguiente criterio versa sobre lo siguiente. División de poderes. Para evitar la vulneración de este principio existen provisiones implícitas referidas a la no intromisión, a la no dependencia y a la no subordinación entre los poderes públicos de las entidades federativas. Ahí concluye el título.

Contenido. El artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prescribe implícitamente tres mandatos prohibitivos dirigidos a los poderes públicos de las entidades federativas para que respeten el principio de división de poderes, a saber: a) a la no intromisión; b) a la no dependencia, y c) a la no subordinación de cualquiera de los poderes con respecto a los otros.

La intromisión es el grado más leve de violación al principio de división de poderes, pues se actualiza cuando uno de los poderes se inmiscuye o interfiere en una cuestión propia de otro, sin que de ello resulte una afectación determinante en la toma de decisiones o que genere sumisión.

La dependencia conforma el siguiente nivel de violación al citado principio y representa un grado mayor de vulneración puesto que implica que un poder impida a otro, de forma antijurídica, que tome decisiones o actúe de manera autónoma.

La subordinación se traduce en el más grave nivel de violación al principio de división de poderes, ya que no sólo implica que un poder no pueda tomar autónomamente sus decisiones, sino que además debe someterse a la voluntad del poder subordinante.

La diferencia con la dependencia es que mientras en ésta el poder dependiente puede optar por evitar la imposición por parte de otro poder, en la subordinación el poder subordinante no permite al subordinado un curso de acción distinto al que le prescribe. En ese sentido, estos conceptos son grados de la misma violación, por lo que la más grave lleva implícita la anterior.

Los criterios antes enunciados pueden verificarse e identificarse como jurisprudencia; la primera de ellas está identificada como PJ52/2005 y la segunda PJ80/2004, visibles, la primera en la página 954 del tomo 22 de julio del 2005, y la página mil 122 del tomo XX de septiembre del 2004, la segunda. Ambos corresponden a la novena época del Semanario judicial de la federación y su gaceta.

Enseguida voy a hacer alusión a los órganos reguladores. Esta ponencia hace referencia a continuación a las comisiones federales de competencia económica, reguladora de energía y de telecomunicaciones. Por lo que toca a la Comisión Federal de Competencia Económica, la Ley Federal de Competencia Económica, reglamentaria del artículo 28 constitucional en materia de monopolios y libre concurrencia, vale hacer alusión a los artículos 1º, 2º, 3º, y 23.

El primero refiere que tal ley es de observancia general en toda la república y aplicable a todas las áreas de la actividad económica, en tanto que el siguiente precepto sustancialmente alude a la protección del proceso de competencia y libre concurrencia mediante la prevención de prácticas monopólicas. El siguiente refiere a quienes están sujetos a lo establecido por tal ley y, finalmente, el último precepto establece la naturaleza de la Comisión Federal de Competencia como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía. Cabe referir que el artículo 26 de esa ley faculta al Ejecutivo federal para designar a los comisionados.

En cuanto a la diversa Comisión Reguladora de Energía, su fundamenta constitucional se encuentra en los artículos 25, 27 y 28 de nuestra Carta Magna. Dicha comisión fue creada mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de 4 de octubre de 1993, el cual en su artículo 1º la crea como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, en tanto que en su artículo 2º la establece como responsable de resolver las cuestiones derivadas de la aplicación de las disposiciones reglamentarias del artículo 27 constitucional en materia de energía eléctrica. Finalmente, el artículo 5 determina que los comisionados serán designados por el Ejecutivo federal.

En relación con la Comisión Federal de Telecomunicaciones, el decreto por el que se crea en su artículo 1º, la establece también como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con autonomía técnica y operativa, mientras que en su artículo 2º la faculta, sujetándola a los criterios de competencia, eficacia, seguridad jurídica y acceso no discriminatorio a los servicios por parte de los usuarios a registrar las tarifas de telecomunicaciones y cuya designación de los comisionados corresponde también al titular del Ejecutivo federal, según el artículo 9C de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

Procedencia de la ratificación de los comisionados de los órganos reguladores. En este aspecto es donde radica el criterio de esta ponente en torno a tal aspecto. Estimo que es procedente la reforma constitucional relativa al artículo 89, fracción III, a efecto de que en ésta se establezca la facultad del titular del Ejecutivo federal de nombrar a los integrantes de los órganos colegiados encargados en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica, con aprobación del Senado de la república.

Tal criterio se sustenta en lo siguiente. Primero, ésta sería acorde con lo establecido por nuestro más alto tribunal al resolver la acción de inconstitucionalidad número 33/206, resuelta el 2 de mayo del 2007, pues en tal ejecutoria se determinó procedente la declaratoria de invalidez del artículo 26, primer párrafo, de la Ley Federal de Competencia Económica, en la parte siguiente.

Artículo 26. La Cámara...

(Sigue turno 19)

... primer párrafo de la Ley Federal de Competencia Económica en la parte siguiente:

Artículo 26. La Cámara de Senadores podrá objetar dichas designaciones por mayoría y cuando se encuentre en receso por la Comisión Permanente con la misma votación. En todo caso, la instancia legislativa tendrá 30 días para resolver, vencido este plazo sin que se emita resolución al respecto, se entenderá como no objetado el nombramiento. Hasta ahí el contenido del artículo.

Ello atendiendo a lo establecido en la ejecutoria de tal acción inconstitucional en la que se precisa enseguida.

a) Tomando en cuenta y a efecto de interpretar el alcance del artículo 89, fracción II, última parte constitucional, debemos tener presente la distinción entre la administración pública centralizada como organización administrativa que forma parte de la esfera jurídica de competencia del Ejecutivo y que reúne básicamente todas las características y requisitos de aquella, que mantiene a una estructura de tal manera directa y jerárquica que comprende, por tanto, las potestades de mando, nombramiento y remoción y que dadas esas características le corresponden, en exclusiva al Poder Ejecutivo, sin que otro poder pueda intervenir en su actuación.

Y aquí quiero puntualizar en forma muy enfática lo que a continuación señaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación, salvo que expresamente lo establezca la Constitución federal, como ocurre, por ejemplo en el caso de los nombramientos a que se refieren las fracciones IV, V y IX del artículo 89 de la Constitución Federal.

Luego, tratándose de la administración pública centralizada, no puede admitirse la injerencia de otro poder en la facultad de nombramiento y remoción que corresponde en exclusiva al Poder Ejecutivo, dado que se ocasionaría una ruptura en la estructura básica de división de poderes que existe en nuestro sistema constitucional respecto de la administración pública centralizada a cargo del Poder Ejecutivo federal.

b) Por consiguiente debe concluirse que la atribución conferida al Congreso de la Unión en los artículos 73, fracción XXX y 89 fracción II última parte de la Constitución federal para que a través de una ley sea configurado un sistema que contenga la determinación del procedimiento y la participación de los órganos que puedan intervenir en la designación de los demás empleados de la Unión.

No es absoluto, sino que, en todo caso, el Congreso tendrá que verificar que ése sistema no sea contrario a las facultades reservadas, y que por ende, exclusivas que tienen los tres Poderes de la Unión. Esto es, aquellas facultades que constitucionalmente se le han conferido o encargado derivado de las funciones que a cada uno corresponde en relación con el Poder Ejecutivo federal a manera de ejemplo, el libre nombramiento y remoción de los secretarios de Estado, la dirección de la política exterior, el otorgamiento del indulto de los reos, puesto que tal proceder colocaría a alguno de ellos por encima de resto, es decir, en condiciones de superioridad respecto de los otros, situación que justamente resulta contraria a la finalidad que persigue el principio de división de poderes.

Luego, la implementación en la ley de mecanismo de colaboración entre poderes, en este caso, entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo a través del Senado o, en su caso, de la Comisión Permanente, no es de ejercicio irrestricto absoluto, es decir, no se trata de una atribución a través de la cual el legislador ordinario pueda actuar en forma ordinaria sin respetar la división funcional de los poderes.

c) Asimismo, y esto de igual manera quiero hacer un énfasis muy particular porque en este siguiente aspecto también se sustenta el criterio que sostengo, porque ninguno de los preceptos constitucionales que otorgan facultades exclusivas tanto al Senado como a la Comisión Permanente, artículo 76 y 78 respectivamente de la Constitución federal ni en algún otro en que se comprendan facultades que en su caso consagre la norma fundamental, se prevé la relativa a su participación en el nombramiento de titulares de entidades de la administración pública federal dentro de las que se incluyen a los organismos desconcentrados, como en la especie lo es la Comisión Federal de Competencia Económica, entre otras.

De igual forma, la participación del órgano legislativo en el procedimiento de la designación de este tipo de funcionarios no resulta estrictamente necesaria para el ejercicio de la facultad que el artículo 89 constitucional establece a favor del presidente de la República, pues además de tratarse de empleados de la administración pública federal que auxilian al Ejecutivo en el desempeño de sus funciones, su nombramiento corresponde originalmente a este último sin encontrarse condicionado al móvil de actuación de otros de los poderes públicos, salvo —y esto lo recalco de igual manera— en los casos expresamente previstos en la Constitución. Hasta ahí la cita de lo señalado en la acción de inconstitucional que mencioné por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

De lo anterior se colige que el pleno de nuestro más alto tribunal determinó la invalidez del artículo 26 de mérito relativo a la objeción por parte del Senado de la república a la designación del comisionado de la Comisión Federal de Economía, por un lado por estar prevista en una norma ordinaria.

Y, segundo, porque tratándose de la administración pública centralizada, no podía admitirse la injerencia de otro poder en la facultad del nombramiento y remoción que corresponde en exclusiva al Poder Ejecutivo, salvo que expresamente lo establezca la Constitución federal.

Por tanto, si hoy la reforma que se propone en torno a la ratificación de la designación de comisionados de los órganos reguladores se refiere a la Constitución General de la República en cuanto a su artículo 89, fracción III, es jurídicamente viable.

Pues ello constituye una colaboración de un poder con otro, a fin de lograr la certera designación de los comisionados con el objeto de que éstos cuenten con la capacidad técnica y profesional para el desempeño de su función en beneficio de la economía nacional y por consecuencia de los ciudadanos de la república.

También no constituye una invasión de poderes, prohibido por artículo 29 constitucional, sino por el contrario, implica una coordinación y colaboración entre los Poderes Legislativo con el Ejecutivo.

Asimismo, porque queda intocada la facultad del Ejecutivo federal en cuanto a la designación de los comisionados.

Esta propuesta toma en cuenta la importancia de la función de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, de la Comisión Federal de Competencia Económica y de la Comisión Reguladora de Energía.

Estoy por concluir, permítanme unos momentos y ya termino. En efecto, en cuanto a la Comisión Federal de Telecomunicaciones, alguna de las facultades establecidas en la Ley Federal de Telecomunicaciones como lo son: expedir disposiciones administrativas, elaborar y administrar...

(Sigue turno 20)

... en cuanto a la Comisión de Federal de Telecomunicaciones, algunas de las facultades establecidas en la Ley Federal de Telecomunicaciones, como lo son expedir disposiciones administrativas, elaborar y administrar los planes técnicos fundamentales y expedir las normas oficiales mexicanas, en materia de telecomunicaciones; promover y vigilar la eficiente interconexión de los equipos y redes públicas de telecomunicaciones incluyendo la que se realice con redes extranjeras y determinar las condiciones que, en materia de interconexión no haya podido convenirse con los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones, y registrar las tarifas de los servicios de telecomunicaciones.

Hasta ahí menciono por el tiempo, las facultades que tiene la mencionada comisión. En cuanto a la diversa de competencia económica se advierte que tiene facultades contempladas en la Ley de Competencia Económica, verbigracia, investigar la existencia de monopolios, prácticas monopólicas o concentraciones contrarias a esta ley, para lo cual podrá requerir a los particulares y agentes económicos de la información o documentos que estime relevantes y pertinentes.

Finalmente, la Comisión Reguladora de Energía cuenta con atribuciones tales como el suministro y venta de energía eléctrica a los usuarios del servicio público, la generación, exportación e importación de energía eléctrica que realicen los particulares, entre otras establecidas por la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.

De la ejemplificación de las facultades de las comisiones aludidas se desprende la importancia y el impacto económico nacional. Se considera importante la duración en el cargo y la renovabilidad en el mismo de los comisionados de los órganos reguladores, como a continuación se detallan. Respecto de los comisionados de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, el artículo 9D de la Ley Federal de Telecomunicaciones determina que desempeñará su cargo por un periodo de 8 años renovables por un solo periodo.

Respecto de los comisionados de la Comisión Federal de Competencia Económica, el artículo 27 de la Ley Federal de Competencia Económica preceptúa que desempeñará su cargo por 10 años no renovables;respecto de los comisionados de la Reguladora de Energía, el artículo 6o. de la ley respectiva establece que desempeñará su cargo por 5 años, por periodos escalonados de 5 años de sucesión anual e inicio del 1 de enero del año respectivo, con posibilidad de ser designados nuevamente.

Concluyo únicamente proponiendo que es viable la reforma de la Fracción III del artículo 89 constitucional por las razones que he expuesto, y segundo, la reforma señalada en el punto anterior no contraviene el principio de... de poderes, por las razones también expuestas, y porque queda intocada la facultad del Ejecutivo Federal, y solo propongo que se incluya dentro de la reforma de la Fracción III del artículo 89 constitucional, que al día siguiente de que se reciba por el Senado la propuesta de designación del comisionado correspondiente de los órganos reguladores por parte del Ejecutivo Federal, aquél cuente con 30 días para su aprobación, y que de no disponer de tal plazo a que se alude por parte del Senado, y transcurrido el mismo, la designación del Ejecutivo quedará formalmente hecha. Muchas gracias.

El diputado Feliciano Rosendo Marín: Muchas gracias a la magistrada María del Pilar Núñez González. De manera muy rápida diré del diputado Porfirio Muñoz Ledo, que tiene una larga trayectoria política, que todo mundo lo conoce, y que siempre es un privilegio escuchar sus posiciones. Tiene la palabra, diputado Muñoz Ledo.

El diputado Porfirio Muñoz Ledo: Muchas gracias por dar la biografía, porque me hubiera tardado más que la lectura de artículos de la Constitución.

Dijo el gobernador, a quien agradecemos su generosidad y hospitalidad, así como a nuestros amigos de esta entidad, que a falta de acuerdos institucionales de largo plazo estamos en el “toma y daca” de reformas menores. En otras palabras, que los árboles de la negociación cotidiana no nos dejan ver el bosque de la gran reforma constitucional que este país requiere.

Yo no creo que necesitemos un juego de adjetivos, pero, ya que se habló de galimatías hay que irse al Internet. De inmediato pensé que era algo mático, un Matías gálico, esto es francés, y acabamos de ver que esta palabra aparece en los ensayos de Montaigne de 1580, el gran pensador, el ordenador del pensamiento francés, y se refiere a una pésima traducción al griego que se hizo en Bizancio, de el Evangelio según San Matías, y ésa es la base.

Aquí quizás no haya galimatías, pero sí “charromatías”, el famoso Charro Matías, personaje emblemático de Abel Quezada, que tenía un gran sombrero mexicano que decía “viva México —coma— cabrones”, yo no digo que aquí se hable de “Viva Manlio, cabrones diputados”, pero es a lo que me sonó.

Con todo respeto para mis amigos a los que quiero tanto. Yo voy a abreviar porque estamos en la hora del aperitivo, y a esa hora me ponen enfrente un digestivo; e iba a referirme con más detenimiento a lo que me invitó Jaime Cárdenas, a poco la historia de estos temas dentro de los proyectos de Reforma del Estado.

Yo traía dos documentos, éste es el libro sobre La reforma del Estado, que elaboró la Comisión de la Reforma, que tuve el honor de presidir en el año 2000. Son 182 propuestas de reforma constitucional que se iban a someter al Congreso por un procedimiento del cual hablaré al final, y no prácticamente ningún tema que sea tratado en ésta y en anteriores reformas, que no hayan sido abordadas.

Traje también, pero no me detendré, en la síntesis de los partidos políticos en el ejercicio que se llamó la CENCA, el Comité de Discusión y Negociación de Acuerdos, cuyo director era mi amigo Alberto Aguilar Iñárritu, que aquí está, y que me encargaron como consultar registrar por temas las propuestas de los partidos. Fueron 6 mil y tantas propuestas de la sociedad, y más de 900 propuestas de los partidos.

Por lo que hace a este capítulo de Equilibrio de Poderes son 236 propuestas de los partidos. Claro, no coinciden, pero como es un cuadro cruzado, se verá que había mucha materia de negociación, cuando obviamente aparecen coincidencias de varios partidos que puedan hacer mayoría.

El hecho es que en este país llevamos de la Constitución de 17, más de 500 reformas constitucionales; no hay ningún paralelo en la historia de la humanidad, y si consideramos que la Constitución del 17, en su portada dice que “enmienda y reforma la de 1857” venimos reformando la que defendió Benito Juárez, hasta la fecha.

Éste es un procedimiento absolutamente irracional. Todo mundo sabe que una Constitución es una arquitectura, se llama arquitectura institucional, por eso todos los parches, contradicciones, lagunas, yuxtaposiciones que hacen que se convierta en un legislador más, la Suprema Corte de Justicia o en legislador definitivo.

Solo —acaba de decirlo Jaime— 79 reformas del gobierno de Calderón. En una sola reforma, la de 76, la electoral y la del Distrito Federal me correspondió negociar por la oposición, reformamos 17 artículos; así no podemos seguir, y lo que voy a decir de lo que tenemos en la mesa tiene que ver con este tema de la arquitectura constitucional...

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... dice que enmienda y reforma la de 1857, venimos reformando la que defendió Benito Juárez hasta la fecha. Éste es un procedimiento absolutamente irracional. Todo mundo sabe que una constitución es una arquitectura, se llama arquitectura institucional. Por eso, todos los parches contradicciones lagunas, yuxtaposiciones que hacen que se convierta en un legislador, más la Suprema Corte de Justicia o en legislador definitivo, sólo acaba de decirlo Jaime, 79 reformas el gobierno de Calderón.

En una sola reforma, la del 76, la electoral y la del Distrito Federal me correspondió negociar por la oposición, reformamos 17 artículos, así no podemos seguir y lo que voy a decirte, lo que tenemos en la mesa tiene que ver con este tema de la... constitucional.

Luego están todos, me lo recordó el diputado Solís Acero, lo temas de equilibrios de poderes en esta mesa, ya venía preparado para todos, nada más hay tres y a los otros no me voy a extender. Pero, mire, hay desde el año 89-90, tres propuestas en la mesa. Hay un libro que so las reformas del estado, -ése está totalmente agotado-, que son todos los proyectos que surgieron desde la campaña electoral del 88, ese libro fue compilado por un paisano de ustedes, Jorge Torres Castillo, por cierto me acaba de llamar y ahí están todos los proyectos.

Tenemos tres definiciones interpartidarias de lo que debe ser la reforma del Estado. El primer acuerdo lo logramos en junio del 95, los presidentes de los partidos, donde por cierto firmó Calderón, -no le pongo adjetivos porque no prejuzgo cuál es el cargo que desempeña, tengo dudas, muy fundadas, ni antes ni después se lo pongo-.

Entonces, en donde acordamos cuatro grandes áreas, la primera el sistema electoral y representativo, la segunda el equilibrio entre los poderes y la forma de gobierno, el tercero la descentralización política, federalismo, municipalismo y el cuarto la democracia participativa y el sistema de medios de comunicación. Esos fueron los...

Por el tiempo, por lo de siempre, solo agotamos uno y un cuarto. Uno fue la electoral y un cuarto fue la reforma del Distrito Federal, desde se elije jefe de gobierno y los delegados, aunque son se cumplió en su totalidad lo pactado.

El SENCA, presentó cinco, seis meses fundamentales a la Cámara resultado de negociaciones que duraron un largo año y, sin embargo, el 90 por ciento de ellas está durmiendo en las condiciones de la Cámara. Entonces, la gran pregunta es por qué seguimos la ley del atajo y la vereda, por qué se trata de una arquitectura, porque si no resolvemos la composición de un espacio como éste que es esplendido, es la combinación entre arquitectura moderna y arquitectura del Centenario, pues le estamos poniendo una ventana ahí, entra mucha luz, le ponemos una cortina, ya hace mucho calor, le ponemos un acondicionador. Entonces, por no hacer un plan constitucional de largo plazo, estamos siempre por el atajo y la vereda, y siempre estamos en la contradicción.

En vez de resolver los problemas, le damos salidas laterales que nunca son satisfactorias. En la mesa de discusión ha habido tres temas:

1. Que fue desechado desde el primer ejercicio de la reforma del Estado, aunque algunos sigan insistiendo. Vamos a un perfeccionamiento o autorización del régimen presidencial, serían muchos los argumentos y el tiempo se me fue para decir por qué la hemos desechado, por qué requiere de una cantidad de reformas que tiene que ver con la totalidad del sistema que no acabarían siendo satisfactorias, no van en el sentido de la evolución del comercialismo contemporáneo.

2. La parlamentarización del sistema para llegar a un régimen parlamentario de cualquiera de los grados que se le conocen. Entre ellas surgió la idea del gobierno de gabinete, idea que presentó en la mesa desde entonces el jurista Diego Valadés. Luego la intermediaria, por la que algunos nos hemos pronunciado que es la de sistema semipresidencial.

Lo que quiero decir, brevemente, para entrar a los tres temas que están aquí, que de las 195 constituciones que hay en el mundo, me refiero de estados-nación, 189 son nuevas constituciones, expedidas después de la Segunda Guerra Mundial, los últimos 60, por la sencilla razón de que cuando se crea la uno sólo había 51 países y han nacido 145. Entonces, todos tienen una nueva constitución, los nuevos. De los antiguos de esos 51, veinte eran latinoamericanos, todos tanto México como Latinoamérica tienen nueva Constitución, todos sin excepción, hasta Haití. Haití tiene una buena constitución de la caída de la dictadura. En África, prácticamente todos en Asia y en Europa todos, salvo la Gran Bretaña.

Los que ganaron porque ganaron, los que perdieron porque perdieron, los que se democratizaron porque se democratizaron. Entonces, no es posible que éste sea el único país, que ha tenido una mala transición democrática por ello que no quiera rehacer, reestructurar un proyecto constitucional del un país.

Además, hace 3, 4 años fui invitado al 25 aniversario de la Constitución Española y ahí hubo un debate sobre la reformabilidad de las nuevas constituciones y de las contemporáneas prácticamente ninguna ha sido tocada, hay un periodo de una duración de una Constitución que se estima cuando menos en una generación en 25 años.

Entonces, nadie está pensando en hacer una... para reformarla al día siguiente, no es enchílame otra. Luego, hay el problema del método constitucional. Nosotros estudiamos y discutimos todos los métodos en el 2000, optamos por uno que era en virtud de que el rechazo de los juristas, funcionarios más afamados de un proceso constituyente, de un proceso constituyente, puesto que yo tengo grandes dudas, quedamos en un proyecto de revisión integral de la Constitución mediante este procedimiento.

Un artículo transitorio que dijese: Todos estos trabajos de estudio serían puestos en manos de una condición constitucional elegida por el propio Congreso con el mismo método y número con el que selle la Comisión Permanente y adoptamos la modalidad colombiana, la mamá del Congresito, de que durante el tiempo de elaboración de la Constitución los miembros de esa comisión constitucional dejaría en su cargo y quedaría el suplente.

De tal manera que no se confundiera ni se revolviera el caldo con las albóndigas ni el presupuesto con las reformas, entienden, y fuera un trabajo aparte. Después en el transitorio se podía ordenar que se pasara al procedimiento ordinario y previsto por la constitución y después por mandato el transitorio constitucional se sometería a consulta pública.

No quiero extenderme, quiero decirle que aproveche dos comisiones del Congreso para ir hace 30 días a Marruecos para conversar con la comisión que elaboró la nueva Constitución de Marruecos, que ya fue aprobada, estuvieron discutiendo la metodología, es una respuesta al movimiento democrático del medio oriente y acaba de estar hace una semana en Islandia, invitado por el presidente de la República, para discutir con la comisión que se acaba de crear para a elaboración de la Constitución.

Primero se metió a referéndum la idea de una Constitución, lo que se ha hecho en casi toda América Latina.

Segundo, una lista de personalías nacionales, partidarias o no, juristas o no, representativas que está haciendo el proyecto a la Constitución en un método que ellos mismos van a proponer para la adopción de la misma.

No son cosas del otro mundo, hay una ola de constituciones de post guerra que tuviera una cierta metodología, luego están las construcciones del fin de la guerra fría, que son todos los países que se desprendieron de la Unión Soviética, antigua Yugoslavia, y ahora nada menos que nuestra región está surgiendo el nuevo constitucionalismo que está innovando métodos en México...

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... que está innovando métodos en México acaban de hacer una reforma constitucional bastante importante al estado de Chiapas, acaba de terminarse una y... y mañana estaré en Acapulco, Guerrero a presentar un proyecto que nos encargaron para... del estado.

Queremos probar que puede haber una nueva Constitución de pe a pa, que se someta al debate público, que tenga congruencia, que tenga una adecuada sistemática y que no nos obligue por fallas de técnica jurídica a estar innovando permanentemente.

Quiero decir, brevemente, para no entrar a otros temas. No se puede tocar ni uno de estos tres temas y otros como el de la sustitución del presidente, como la presencia... del Ejecutivo en el Congreso si no se determina de antemano cuál es el régimen de gobierno.

Voy a tomar el tema del presupuesto. En un análisis comparado que está aquí, página 196 forma del Estado, estudiamos cómo se resuelve el tema del presupuesto, cómo deben de hacerse estas cosas, tomamos países tipo en América latina que puede ser Argentina... Chile, Costa Rica, Brasil lo que sea, dos, tres países europeos, cuatro o cinco países asiáticos que tengan características peculiares en los regímenes parlamentarios o semiparlamentarios el tema de la aprobación del presupuesto está resuelto por régimen político, porque son gobiernos de mayoría o con las excepciones como la Constitución española de cuasi mayoría con 45 por ciento se puede... gobierno, pero tiene un pacto parlamentario con las autonomías.

No tiene pacto para la condición del gobierno, para no caer en manos de las autonomías, pero sí un pacto legislativo sin el cual no puede ser... entonces hay correspondencia entre la mayoría política y el gobierno, porque el gobierno es emanación de la mayoría ese es el 87 por ciento de los países del mundo.

El día teóricamente que un gobierno no pueda hacer presupuesto, esto era antes, entre dos guerras el primer ministro práctica francesa entregaba el portafolio al día siguiente, se disolvía el gobierno, un gobierno que no puede ser presupuesto, no es gobierno, este es el único país del mundo donde el partido del gobierno tiene el 22 por ciento del voto en las urnas, me refiero al Partido Acción Nacional.

Señor gobernador acabo de citarlo, es el único país del mundo donde el partido del gobierno tiene que vivir del apoyo que le prestan los demás, es una negociación turbia, es una negociación obscura, es una negociación intransparente.

En regímenes presidenciales hay varios temas, desde luego en Norteamérica hay que entender que el sistema norteamericano es un sistema bipartidista, con pequeñas excepciones. Si bien los teóricos dicen que el presidente de la república, el presidente de Estados Unidos no ha tenido mayoría en la Cámara Baja en el 23 por ciento de toda la historia de Estados Unidos, también es cierto que lo que le falta es 4 por ciento. La minoría de Obama es una mayoría del 46 por ciento, entonces, le falta un tramito.

Cuál es el método del Norteamericano, el método norteamericano es la oficina espejo, primero hay una oficina, para eso creamos los... en la Cámara del Congreso que trabaja todo el año con la oficina del presupuesto que depende de la Casa Blanca.

Entonces, el presidente, el gobierno tiene un año para hacer ajustes que se basan fundamentalmente en las... que me están pidiendo los productores de acero o que me están pidiendo los campesinos del medio oeste, o que tales diputados quieren negociar, tiene un año, no necesita reconducción ni cosa que se le parezca.

Ahora, puede tener también problemas con su propio partido, cuidado, porque es un sistema de... tiene que responder, aunque sea demócrata los intereses de su gente.

Entonces, los sistemas latinoamericanos fundamentalmente en base a la segunda vuelta, porque todo está coordinado, es una arquitectura nos han llevado casi en todos los casos gobiernos de mayoría, no me refiero solamente al caso de Chile, me refiero a casi toda América latina, la tiene Hugo Chávez, la tiene Rafael Correa, la tiene... entonces, por una combinación de régimen electoral de segunda vuelta se producen gobiernos de coalición. Entonces, son mayorías claras y negociaciones claras.

Lo que no existe, es que de último minuto se esté negociando el 3 por ciento del presupuesto, porque aquí hay un poder y no me refiero a los poderes fácticos de los que ya habló Jaime Cárdenas que se llama honorable, omnipresente y gloriosa Secretaría de Hacienda que nos obliga a repartirnos el 5 por ciento...

Nosotros propusimos en 2000, primero si se sigue el régimen presidencial mientras no haya otra cosa, una oficina espejo. Segundo, un sistema que vincule la estructura... a cuatro definiciones, el régimen... que debe de ser federativo a los países federales, Estados Unidos o Brasil, la mitad del gasto del ingreso lo tiene el estado nacional y la mitad o más lo tiene estados o municipios, entonces, el problema está reducido a la mitad, vamos a comenzar por eso.

Aquí, no, aquí el 86 por ciento en un Estado pomposamente llamado federativo lo pacta la federación, entonces, no podemos hablar de... presupuestal, si no hablamos de la reforma fiscal de la federación, de quién cobra los impuestos, de cómo se ejerce el presupuesto en las oficinas de presupuesto que existen siempre pegadas al Ejecutivo, no en un ministerio de finanzas o de hacienda, ese financia, ese... hay la oficina de la administración de lo que estamos hablando, del 72 lo venimos planteando, 72, 73 que está reformando o adecuando o modernizando que es la palabra de ahora, la administración.

El sistema de gasto público viene del siglo XIX, tenemos que revisar cómo se ejerce el gasto, cuál es la estructura de la administración que ejerce el gasto, necesitamos revisar el sistema de rendición de cuentas, el sistema de ejercicio, ya propuesto del veto en el presupuesto 98 cuando por primera vez tuvo la oposición la mayoría en la Cámara planteamos no reconducción del presupuesto, si no presupuesto alternativo.

Si el Ejecutivo no pasa su presupuesto, la oposición presenta otro presupuesto, lo que nos dio acceso según presidente que era entonces... a mover el 9 por ciento del presupuesto, estamos moviendo el 1 o el 2 si bien nos va.

Entonces, si no hay además una vigilancia al ejercicio al gasto, por ejemplo, nosotros metimos en el presupuesto que los excedentes petroleros nos fuera informando el gobierno del ingreso, porque siempre hace cálculos para más o para menos según le conviene y no dice cuánto...después de la noche a la mañana cambia el precio del petróleo y sin embargo ahí argumentaron que no lo vencían, porque el presupuesto no es una ley, entonces me quieres o no me quieres.

Ése fue el argumento del Ejecutivo para no aplicar, me refiero al tema del veto, desde luego, todo se desarticula y se desconecta, está lo del veto del bolsillo que ya se refirió Felipe al carácter... de una disposición constitucional dotada por el Congreso, para que el presidente no se guarde en el cajón los decretos y entonces veta, no veta guarda en el cajón la resolución, la veta de hechos, el veto de bolsillo que le obliga a no vetar y todos tan campantes y todos tan campantes.

Entonces, por qué reconducción no, porque tiene un año más que en los términos que acaba de decir Jaime... porque hay un accidente conocido... siguen pagando los empleados públicos, ése es otro problema, porque tiene un año para negociar y porque no podemos a cada problema que se presenta darle una salida lateral que no corresponde a la solución del problema y prometí no hablar de eso.

Por ejemplo, el tema de la...

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... darle una salida lateral que no corresponde a la solución del problema y prometí no hablar de eso, por ejemplo, el tema de la... del ejecutivo, acaba usted en el parlamento británico e hicimos la pregunta pública, hay algún parlamento del mundo en que no comparezca el jefe de gobierno y el jefe de estado, según la Cámara, no lo hay.

Entonces ¿por qué se le evita? Por el escándalo ¿a qué se debe el escándalo? Al tema de la legitimidad, entonces resolvamos el tema de la legitimidad. Fox no tuvo problema en ir a la Cámara de Diputados, hasta la última vez cuando había destruido el sistema democrático de elección popular.

El doctor Zedillo, a quien le correspondió recibirlo en la Cámara, no tuvo ningún problema porque nosotros reconocimos la legitimidad del mandado de Ernesto Zedillo, los que lo han tenido han sido Salinas y Calderón, pero entonces el problema está en la legitimidad, no en la comparecencia, estamos avalando la legitimidad al ahorrarle el trabajo de ir a la Cámara y estamos rompiendo el vínculo presencial entre los poderes, que, salvo alguien me lo apruebe, no existe ninguna parte del mundo, hasta la Corte los vamos a mandar, porque no lo mandamos a la bolsa Mexicana de Valores, mejor, o a la embajada Norteamericana.

Entonces nosotros tenemos que afinar un sistema presupuestal y una reforma hacendaria en profundidad y no andarnos por la tangente.

El veto, aquí hay varias interpretaciones creí haber tenido este debate en la Cámara, pero no fue con ninguno de ustedes.

La famosa resolución por decisión de la corte fue una trampa de la gente de Fox que negoció las observaciones al presupuesto del secretario de Gobernación, Santiago Creel, a través de un personaje muy conocido, que es a barba amplia y que además fue secuestrado durante un tiempo largo, ya que se le atribuye... a algunos ministros de la corte, pero lo que dijo en la corte, a pesar de que procedimentalmente se equivocó porque le debió haber entrado es que el presupuesto violaba leyes que obligan al Congreso a dar fondos con impuestos de la Ley del Seguro Social.

En virtud de que si violaba o violentaba actos formalmente legislativos, esos... procedían, pero ya se ha tomado pero se ha tomado como las tablas de la ley.

La Constitución es clara, en el caso, evidentemente que sea acto administrativo o acta legislativo, en el caso de las... del ejecutivo entran por la cámara de origen y pasan después a la otra cámara, eso dice la Constitución. Ergo, si nada más hay una cámara, pues no se aplica, obviamente no se aplica porque es unicameral la facultad exclusiva, es una facultad exclusiva que está fuera del 73 esto se aplica, lo que está en el 73, es fundamental eso, desde teoría jurídica esencial.

No nos andemos por las ramas, hagamos un buen método de presupuestación, pongamos todo un paquete, hagamos una negociación anual y definamos cuál es la forma de gobierno, una solución a medias no hace sino deformar más aún un sistema presidencialista que ya prácticamente no tiene solución.

El tema de los órganos regulatorios, me estoy abreviando por tiempo de ustedes, es de lo más interesante. Yo realmente estuve encantado, entre otras intervenciones, con la intervención de Alejandro... me encantó.

Lo que nosotros tenemos es un problema sistémico en el régimen jurídico mexicano, porque han venido apareciendo en época del estado obeso y cuando ya no hubo estado obeso, en época de las privatizaciones y de las regulaciones, una serie de figuras jurídicas... alguna vez hicimos un estudio muy grande, la dirección... administrativos, que era mi cargo, de todas las formas que hay desconcentrados, descentralizados, comisiones, comités.

Hay cuatro órganos constitucionales de estado, autónomos de estado en la construcción. El primero, en tiempo me tocó a mí hacer la redacción, es la fracción séptima, el artículo tercero constitucional, es del régimen... autónomo de la universidad. Éste es uno.

El segundo, me correspondió también negociar es el del artículo 41 de la Constitución, que es el Instituto Federal Electoral.

El tercero, que también me correspondió negociar, es el apartado B, del artículo 102 de la Constitución, que es la CNDH, y en el que no tengo nada que ver que es el del artículo 28 del Banco de México, es el único banco central autónomo sin ningún control, sin ningún control parlamentario, sin ninguna rendición de cuentas, bueno, sabemos a quién le rinde cuentas, al fondo monetario internacional, ni siquiera al Presidente de la República, el Banco Europeo tiene un régimen de control del parlamento europeo... sesiones de control el Banco Europeo sobre el Banco de Frankfurt, esto es obvio.

Planteó aquí... yo quiero coincidir con él... una sistematización. Yo estoy planteando estas cuestiones más como preguntas que como respuestas. Hay un libro de Jaime en donde él propone 10 órganos constitucionales autónomos. Hemos tenido... Yo veo tres tipos de órganos, el caso de tu propuesta, de pasar a ser órganos de gobierno, a ser órganos de estado.

En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que me han encomendado la revisión del estado de Guerrero, que mañana presento, por cierto, estoy en la primera categorización entre órganos de estado, órganos autónomos, y podríamos pensar o no en órganos regulatorios.

En... estamos a favor de la autonomía del ministerio público, propuso por elección popular, pero... porque es el sistema norteamericano, tengo otra fórmula, si es un órgano constitucional autónomo, ¿qué es un nuevo órgano constitucional autónomo? Uno que debe ser independiente del estado pero que ejerce funciones públicas, es autónomo de estado de la universidad porque ejerciendo una función pública que es la educación superior, tiene que ser políticamente pendiente del estado.

Es el IFE, por razones obvias, ejerce una función de Estado, lo dice la Constitución 41, es una función estatal, ahí se lo dejamos muy bien puesto, es una relación nuestra, es una función estatal, pero tiene que ejercer política por autonomía de quien esté ejerciendo el poder.

El Ifai casi todos nos inclinamos por razones que también, el... ¿cómo se llama el de estadística? El INEGI, quién sabe, ahí vamos a clasificar. La Corte Constitucional que estamos proponiendo, si se aprueba, el estado de Gurrero será el primero que tenga Corte Constitucional, porque hay funciones que no pueden quedar en la corte, ni en el Poder Judicial, entre ellas, la decisión sobre cuándo procede referéndum, plebiscito, etcétera, esas no son funciones judiciales. En todo el mundo están confiadas a tribunales constitucionales.

Ahorita no me voy a extender... las cinco funciones de la Corte Constitucional que hemos pensado.

Es un órgano autónomo, es una universidad o no, es un órgano de estado, no es un poder del estado... no acaban de entender a... de un debate de Luxemburgo, entre nosotros los mexicanos, qué es un consejo económico social, no está el gobierno adentro, por lo tanto un órgano autónomo, entonces lo podemos similar a los órganos de estado.

Los autónomos son aquellos que requieren independencia del poder público, pero sobre todo se definen por una autonomía funcional...

Aquí puso cuatro características nuestro amigo... voy a ser su propagandista, qué es desempeño diferenciado que se refiere a la alta especialización. Dos, independencia política. Tres, visión de largo plazo. Y cuatro, evitar la captura regulatoria, es lo fundamental.

Si nosotros nos vamos por el procedimiento que está propuesto aquí, estamos creando más chipotes, porque si no reformamos el sistema de designación y, lo que también se dijo aquí, el sistema de supervisión y rendición de cuentas, simplemente le seguimos dando más cachitos de poder político a los partidos. El que crea que es autónomo, el IFE cuando lo fue cuando lo creamos, está equivocado, hay un proceso denunciado, de captura, de los órganos autónomos del estado, y por captura o secuestro se entiende que está... tiene influencia decisoria el que va a ser regulado, sobre el regulador. Es una modalidad de la mordida, nada más que es una mordida de medio plazo. El regulador manda sobre el regulado...

Decía alguna vez Leonardo Valdés, no lo voy a balconear porque ya lo dije delante de él, antier en la cámara, “oye Porfirio, cuando crearon ustedes el IFE, era contra con el gobierno, mi problema son los partidos”, obviamente...

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... Decía alguna vez Leonardo Valdés, no lo voy a balconear porque ya lo dije delante de él, antier en la cámara, “oye Porfirio, cuando crearon ustedes el IFE, era contra con el gobierno, mi problema son los partidos”, obviamente, no podemos nombrar tres miembros porque están las cuotas más cantadas, son las cuotas vistas, además declaradas por todos los partidos.

¿Vamos a entrar al sistema de cuotas? Me parece...

Tres puntos más para llegar a una conclusión.

En los diseños que estamos haciendo, estamos aplicando tratados internacionales relevantes sobre formación de órganos de estado. Genéricamente se conoce como “principio de París”, porque hubo una resolución de las Naciones Unidas sobre estructuración y funcionamiento de los órganos públicos, defensores y protectores de derechos humanos, en esa resolución recomienda... y a cada caso, este es el tema y en eso me desvelo dos veces por semana pensando: qué disposición es aplicable, según el sapo es la pedrada, era el lema de los griegos, hablando de Galimatías, cada uno... ¿los principios de París qué es? Para órganos defensores de derechos humanos.

¿Quiénes tienen capacidad de propuesta? Obviamente el gobierno no, obviamente que no, es absurdo. Tienen capacidad de propuesta la academia, la judicatura, las organizaciones no gubernamentales, y en ese régimen de... en las iglesias ocurrentes de pensamiento si los... religiosos, eso habría que adoptarlo.

Hay una instancia de estado que les da, que los constituye formalmente, hay distintas fórmulas, puede tener opción o no tener opción y simplemente ser declaratoria, nosotros estamos poniendo dos tercios del Congreso.

No me voy a extender, pero quiero decir que cada una tiene una... distinta, se trata del ministerio público, tampoco debe ser propuesta del gobernador, el Ifai puede serlo o el jefe del ejecutivo. Hay que discutir.

Nosotros vamos a abrir un debate sobre cada uno del tipo. Nosotros proponemos, no me voy a meter al tema de Cofetel, lo he discutido mucho con su director, Pérez Mota, fue mi colaborador por cierto en Bruselas, necesitamos encontrar una fórmula para Cofetel que no es la misma para la de competencia que no es la misma para radio y telecomunicaciones y no es la misma para energía.

Los dos, he propuesto yo una iniciativa constitucional sobre que está ahí, pero cuando nosotros proponemos iniciativas no existen, no somos El Charro Matías.

Entonces, qué es lo que estamos planteando y me voy a detener en este último punto.

En esta iniciativa estamos proponiendo que es la cuarta vez que la planteo, el siguiente problema, a pesar de lo que dice la corte. La Ley de Radio y Televisión de 1960 es inconstitucional, no se atrevieron a hacer una exposición de motivos, se montaron en la ola de la nación de energía eléctrica para darle al Ejecutivo todo el poder sobre la televisión. Ahí viene la relación corrupta entre Los Pinos y Televisa, Televisa comenzó como un cine en Los Pinos y Los Pinos ha terminado como una oficina de Televisa. Es la historia política del país en los últimos 40 años.

Entonces se les ocurrió que espacio aéreo de la nación, que está en el 27, cubría el espacio... esto no es cierto, el espectro radioeléctrico no es el espacio aéreo, hay televisión por cable, hay satélite, satélite espacio... terrestre que tiene otra regulación internacional.

Entonces nosotros estamos proponiendo que se incluya el concepto radioeléctrico en el artículo 27, porque eso nos permite legislar sobre radio, televisión y telecomunicaciones en un solo paquete.

Ese espacio, en ese caso no se aplicaría en sus términos el párrafo quinto del artículo 27 constitucional que dice: Por lo que hace a las cuatro fracciones anteriores, el Ejecutivo de la Unión... Entonces, se confundió intencionalmente la radio y la televisión con el petróleo o con la minería, claro que es una mina, pero es una mina de otro tipo.

Fue un artificio para darle todo el poder al Ejecutivo, por eso la corte dijo: no, es una facultad exclusiva del Ejecutivo.

Claro, dice la maestra, salvo... constitucional, pero habría que modificar el 27.

Nosotros estamos proponiendo un órgano del estado ciudadanizado, tendría otra modalidad que los principios de París, hay que discutirlo, quiénes son los representantes que van a formar parte de ello, son técnicos, porque en el órgano regulatorio tiene mucho que ver con la innovación científica y tecnológica, sobre todo en el sistema anglosajón, tiene que ir adaptando al paso del tiempo, gentes que representen a la asociación civil, tendrá el público, qué rama del público... capacidad de proponer. Eso no lo tenemos todavía en el proyecto constitucional, hay varios diseños.

Nosotros habíamos propuesto, la primera vez que propuso... secretario de Educación Pública, una de las razones de mi muy rápida salida, que dependa del artículo tercero, aquí estamos coordinando artículo 27 con artículo séptimo, con artículo tercero.

¿Artículo tercero por qué? Porque la radio y la televisión tiene que obedecer a los principios o valores consagrados en la Constitución, fundamentalmente los del artículo tercero, porque es la otra cara de la educación y del sistema de comunicación de este país.

Segundo, el séptimo, porque el sexto quedaría para la libertad de expresión y de prensa, el séptimo quedaría precisamente para la regulación de los medios electrónicos en coordinación con el 27. Con la reforma de los tres artículos tendríamos: primero, un órgano constitucional autónomo, quitarle esa facultad del Ejecutivo, totalmente, totalmente, y dársela a un órgano ciudadanizado.

Segundo, un sistema de regulación con bases obligatorias, que serían los principios y valores de la Constitución, que no supongo... empezando por la soberanía nacional, que no es la especialidad de Televisa, hasta dónde yo sé, fomento a la soberanía nacional, sí a la diabetes a través de la obesidad infantil y de las sabritas.

Dos, tendríamos una distribución constitucional de las frecuencias que serían: sector privado, sector público, gobierno en los estados, entidades públicas, academia, propusimos entonces un canal abierto para la universidad, un canal abierto... bueno, ése es otro país, y la parte comunitaria.

Comunitaria implica muchas modalidades de comunicación social, absorbe el tema de los derechos a comunicación que tienen las autonomías indígenas, eso es muy importante, premia a la radio comunitaria que es tan importante en la provincia mexicana, que es a veces una verdadera entidad de servicio público, y permite una expresión ordenada de las organizaciones no gubernamentales.

Luego la cereza sobre el pastel, que ese es el tema de los temas, nada más digo dos cosas más porque la hora del aperitivo ya se nos está agotando.

El máximo de frecuencias que... un conjunto de compañías, un holding, puede tener en los Estados Unidos 30 por ciento; en la Unión Europea es 20 por ciento; en México una sola empresa tiene 78 por ciento de las frecuencias y entre dos, cuyos nombres no digo, pero que conocemos comúnmente como duopolio televisivo, tiene 91 por ciento. Esa es la democracia mexicana.

¿Cómo nos vamos a ir al referéndum, al plebiscito, a la iniciativa popular? Perdónenme, si el árbitro referendario se llama Televisa, ¿cómo nos vamos a ir sin pensarle a la... de diputados? ¿Quién los va a premiar? El gobernador eventualmente, no le estoy quitando facultades de facto a ningún gobernador, menos después de que agradece tanto las atenciones.

Si no Televisa... ya hay siete diputados de Televisa. Entonces, ¿a quién va a rendir cuenta? Los de circunscripción... suscripción y los de lista adónde. Nosotros en el tema...

(Sigue turno 25)

... y no después de tanto las atenciones, sino Televisa, ya hay 7 diputados de Televisa... rendir cuentas los de..., los de circunscripción y los de lista, a dónde. Nosotros el tema de la reelección todo eso lo dijimos, los del lista sólo si es lista abierta, si el ciudadano puede palomear o si es el que llegó en segundo lugar en su jurisdicción, si no también es dar una fuerza terrible a las... de los partidos.

Entonces todo esto se tiene que discutir más, pero voy al tema del por ciento. En México estamos planteando un máximo de 25 por ciento. Cómo le vamos a hacer, si desde el principio que empezó este debate, que es anterior, viene de los 70 pero no me voy a remontar a esas épocas, lo que nos dicen los televisivos, yo siempre me he enfrentado con ellos y les digo a mis amigos de la clase política, no les tengan miedo, yo tengo de decir esto en sus propios canales hace 30 años y no me han destruido, cuando menos hasta ahora, a lo mejor el día de mañana... un spot denigratorio de mi persona, pero hasta ahora no ha pasado eso.

Entonces, ellos han dicho que... retroactividad no puede haber, que ellos son los dueños del espacio, por eso los llamo los zapatistas desde entonces, son feudalistas disfrazados de zapatistas, porque su lema es; el aire es de quien lo trabaja. Entonces los zapatistas del aire tienen la tesis de la retroactividad.

No hay democracia en México, lo dijo Bobbio la última vez que vino, si no hay una repartición de... electrónicos, olvídense de toda... es la madre, ésa sí es la reforma política central. Cómo se reparte la baraja, llegando al punto cero. El punto cero es que el día que se promulga la Constitución se acabaron todas las concesiones, se acabaron todas, baraja nueva, por qué, porque... el águila, 1938... secretario de cuenta fue mi gran maestro Mario de la Cueva, dijo de una vez y para siempre, que tratándose de reforma constitucional no se aplica el principio de retroactividad, es con lo que se ganó el amparo contra las compañías petroleras.

El día que hagamos una reforma constitucional sobre radio y televisión, ese día estamos poniendo los cimientos de la democracia mexicana. Todo lo demás son santos, porque el poder lo siguen concentrando y son el poder de los poderes. Se puede, la decisión política fundamental. No van a decir que tienen excepcional poder político Cristina Kirchner, sin embargo Cristina ya lo hizo.

Cristina ya estableció, la presidenta de Argentina, el límite de porcentaje, y ya estableció los tres sectores. Ahora, no quiere la clase política mexicana, no quiere, pero que quede claro que no quiere porque tiene otros intereses. Entonces yo lo que digo, yo respeto todo el proceso legislativo, los avances, las ideas, las propuestas, el deseo de mejorar, pero nunca entenderé ni podré entender que un país después de tantos años en que iniciamos la... política, no sea capaz de encarar su futuro y no inventemos un método para reorganizar el sistema constitucional del país.

Votaremos según sea la iniciativa y según la podamos reformar, pero volveré a invitar a todos mis amigos de todo el país, a que hagamos un esfuerzo excepcional para que el país tenga un orden jurídico que se merece. Muchas gracias.

El diputado Feliciano Rosendo Marín: Muchas gracias al diputado Porfirio Muñoz Ledo, que siempre da luz para el camino a seguir en beneficio del país.

Quiero agradecer en primer lugar a todos los ciudadanos y ciudadanas que nos acompañaron y que hicieron el favor de escuchar a los ponentes. A ellos también les agradecemos su participación por sus intervenciones, la intervención también de nuestros compañeros diputados y diputadas miembros o no de la Comisión de Puntos Constitucionales, su asistencia y su participación.

También quiero señalar, porque es importante hacerlo, que el compromiso que tuvo el diputado Ricardo López Pescador para organizar este evento aquí en el estado de Durango es algo encomiable, y sin duda hay que reconocérselo. Por ello también le agradecemos.

Finalmente a las autoridades en general del estado de Durango, que han tenido un trato muy amable, muy digno con nosotros, también les agradecemos.

Finalmente, quiero agradecerle al ciudadano gobernador del estado, al ex compañero diputado Jorge Herrera, que nos haya acompañado, que haya dado esta cobertura política de apoyo solidario a la realización de este foro, y por ello mismo y para terminar este evento, le pediría que nos hiciera el favor de clausurar este cuarto foro que ha realizado la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

El gobernador Jorge Herrera Caldera: Agradezco en primer lugar y felicito a la Comisión de Puntos Constitucionales, por haber llevado tan exitosamente el término de estos trabajos de este foro, y también mi agradecimiento por haber elegido Durango como sede para estas mesas de trabajo.

A cada uno de los ponentes también felicitarlos por su exposición, y a todos los participantes porque hubo un debate abierto y libre, propuestas que enriquecen la minuta del Senado y los temas tratados. Los legisladores han ampliado la discusión nacional sobre este gran tema; la reforma política.

Durango ha sido este escenario de la expresión plural de las diferentes corrientes, de las diferentes expresiones. Durango es y será, y seguirá siendo un estado de apertura, donde la libre expresión de las ideas es una forma de convivir. Durango es hoy un estado en pleno crecimiento, transformándose para elevar los niveles de vida de las familias duranguenses.

Durango se congratula de este tipo de eventos democráticos, con lo que se fortalece sin duda nuestra nación. Y en espera que lo expresado, analizado y contrastado este día aquí en Durango contribuya a la toma de decisiones para modernizar y actualizar nuestra vida institucional, me es grato declarar clausurado este cuarto foro de la reforma política, siendo las 16:00 horas de este 28 de julio de 2011.

Que sea para el bien de la sociedad este debate nacional, que sea para bien de México.

Gracias.

APORTACIONES DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DE LA LXI LEGISLATURA, A TRAVÉS DEL DIPUTADO JAIME FERNANDO CÁRDENAS GRACIA.

“En atención a su solicitud para que los legisladores de los grupos parlamentarios formulemos las conclusiones a la minuta enviada por el Senado de la República en torno a las reformas constitucionales en materia política y sobre los foros realizados para analizarla, le expongo los siguientes puntos de vista:

Primero. La propuesta de reforma política del Senado no resuelve los problemas de democracia, participación ciudadana y gobernabilidad del país. No propone una revisión integral de la Constitución, no limita jurídicamente el papel de los poderes fácticos (principalmente del mediático), no contempla hacer exigibles los derechos sociales para garantizar la igualdad efectiva, no establece el sistema parlamentario dentro del actual sistema multipartidista, no prevé un Tribunal Constitucional y, es simuladora en materia de democracia participativa.

Nosotros proponemos, además de los instrumentos previstos en la minuta, los siguientes medios de democracia participativa y deliberativa: 1) Referéndum, 2) Plebiscito, 3) Revocación de mandato, 4) Presupuesto participativo, 5) Afirmativa ficta, 6) Auditoría social, 7) Derecho de audiencia pública ante las autoridades, 8) Derecho de voz ciudadana en los cabildos, 9) Acciones de tutela, 10) Acción popular de inconstitucionalidad, 11) Inconstitucionalidad por omisión legislativa, administrativa o derivada de otros órganos de poder, 12) Derecho de resistencia, 13) Desobediencia civil pacífica y objeción de conciencia para que los derechos ciudadanos sean garantizados cuando las instituciones y el marco jurídico son insuficientes para satisfacerlos, 14) Amicus curiae para que los ciudadanos y los sectores sociales se involucren en forma institucional y constructiva en los procesos judiciales, 15) Obligación de deliberación pública y transparente en todas las instancias colegiadas del poder público del país.

Segundo. Respecto a las candidaturas independientes o ciudadanas, la minuta deja a la ley secundaria su regulación, y quedan pendientes asuntos torales como el financiamiento de las mismas (público o privado, en donde nosotros sostenemos que sólo debe ser público) al igual que el número de firmas requeridas para promover una candidatura ciudadana, en donde nosotros proponemos que sea el 0.13 % del listado nominal en la correspondiente circunscripción electoral. Proponemos que esas precisiones queden en el texto constitucional y que al artículo 35 de la Constitución se le añada que los candidatos independientes tendrán derecho a los tiempos del Estado.

Tercero. El ejecutivo no debe tener derecho a promover consultas ciudadanas. El duopolio televisivo hoy vigente más las facultades jurídicas de las que dispone actualmente el ejecutivo y sus instancias en materia de radio y televisión harán de esa facultad un instrumento plebiscitario de carácter autoritario.

Cuarto. La facultad de iniciar consultas populares debe estar exclusivamente en manos de los ciudadanos y no del ejecutivo o de los legisladores. Es excesivo y hará nugatorio el derecho a la consulta el exigir a los ciudadanos para promoverla el 2% del listado nominal de electores. Dicho requerimiento impedirá en los hechos que los gobernados accedan a ese derecho. Sólo impedirá en los hechos que los gobernados accedan a ese derecho. Sólo recordamos que para constituir un partido político nacional la legislación federal electoral vigente tan sólo pide el 0.26% del padrón electoral. Proponemos que sólo con el 0.13% del listado nominal, en la correspondiente circunscripción electoral, puedan los ciudadanos proponer consultas.

Quinto. No es congruente pedir que el 33% de los legisladores de un Cámara promuevan la consulta popular y después que la solicitud de consulta se apruebe por la mayoría de cada Cámara. La exigencia de aprobación mayoritaria de cada Cámara trastoca un derecho que debe estar en manos de las minorías parlamentarias, por esta razón se violenta el párrafo tercero del artículo 70 constitucional.

Sexto. Constituye un porcentaje muy elevado establecer el 40% de participación de los ciudadanos inscritos en la lista nominal para que la consulta sea vinculante. Debe bastar la mayoría simple de los votos y así debe constar en el correspondiente dictamen de la Comisión que usted preside. El porcentaje del 40% alentará campañas de abstención que son contrarias a los fines del sistema electoral y de partidos previstos en los principios del artículo 41 constitucional, mismos que promueven la participación ciudadana.

Séptimo. Es grave que se veden materias objeto de las consultas populares. Nosotros proponemos que no se vede materia alguna y así conste en el texto constitucional. En una democracia todos los asuntos deben estar sujetos a discusión y debate porque la soberanía reside esencial y originalmente en el pueblo, tal como lo dispone el artículo 39 de la Constitución. También es gravísimo que no se prevea expresamente la hipótesis que faculte a los ciudadanos a impugnar en sede jurisdiccional las determinaciones de la autoridad electoral sobre las consultas. Las anteriores consideraciones deben señalarse en el dictamen de la Comisión y en ese sentido debe quedar reformada la minuta del Senado.

Octavo. Prever la reelección de legisladores sin establecer la revocación del mandato, sin que el constituyente permanente ordene la reforma en materia de medios para determinar que ninguno de ellos puede tener bajo su control más del 20% del espectro radioeléctrico, sin derogar el financiamiento privado y, sin una ley que regule la democracia interna de los partidos; la reelección puede conducir en las actuales condiciones a la oligarquización de la política nacional. Las nuevas generaciones tendrán pocas oportunidades de acceder a la representación política y las elites de los partidos y los intereses económicos –no los ciudadanos- definirán efectivamente la integración y composición de las instancias legislativas. Es importante que si se va a establecer la reelección, al menos se contemplen en el texto constitucional, la prohibición del financiamiento privado para que los legisladores no sean correas de transmisión de los grupos económicos y, que también se prevea, la revocación a la mitad de cada mandato legislativo para maximizar la rendición de cuentas frente a los ciudadanos.

Noveno. Exigir el 0.25% de la lista nominal de electores para presentar una iniciativa legislativa ciudadana hará nugatoria la facultad. Ese porcentaje es casi semejante al que se exige para constituir un partido político en donde como ya lo manifestamos se pide el 0.26% del padrón electoral. La facultad de iniciativa legislativa ciudadana debe estar en manos de cada ciudadano y eso es lo que proponemos.

Décimo. La facultad de iniciativa preferente que se concede al ejecutivo fortalece el sistema presidencial –es presidencialista-. Son los ciudadanos los que deben tener, cuando presenten iniciativas, el derecho preferente a que éstas sean dictaminadas y votadas por las instancias legsilativas. No existe razón democrática –porque los legisladores también son producto de una elección popular- para otorgarle sólo al ejecutivo ese derecho preferente. Como todos sabemos, lo que hace falta para dinamizar al Congreso entraña aprobar en lugar de la iniciativa preferente, que las comisiones y los plenos de ambas Cámaras dictaminen en tiempo y forma las iniciativas que se presentan y de no hacerlo se sancione económicamente a los legisladores responsables (con días de dieta). Ello obliga a que la Constitución establezca las bases para el establecimiento de responsabilidades y sanciones –incluyendo, además de las económicas, la destitución y la inhabilitación- de los legisladores que no dictaminen y voten las iniciativas en los tiempos previstos.

Décimo primero. El veto que se concedería al ejecutivo para observar el presupuesto limita la principal competencia de la Cámara de Diputados. Se trata de un instrumento que favorece el presidencialismo en detrimento del legislativo. Por tanto, entraña una violación al principio de división de poderes contemplado en el artículo 49 dela Constitución. Estamos en contra del mismo y además exigimos que el presidente publique la reforma constitucional que prohíbe su veto de bolsillo que no ha querido publicar desde hace meses en el Diario Oficial de la Federación. Exclusivamente estaríamos a favor del veto al presupuesto por parte del ejecutivo si en contrapartida se establece la facultad de la Cámara de Diputados para formular un presupuesto alternativo al del ejecutivo y, si ésta constitucionalmente puede revisar y discutir la totalidad del presupuesto, lo que actualmente no ocurre (la revisión que realiza la Cámara de Diputados al proyecto de presupuesto del ejecutivo no llega ni al 3% del mismo).

Décimo segundo. Aunque la tácita reconducción presupuestal incrementa los poderes del ejecutivo, nosotros aceptamos en este punto la minuta para darle funcionalidad a la administración pública, aunque sugerimos que de manera expresa y limitativa se precisen las materias del presupuesto que se reconducirán.

Décimo tercero. Los órganos colegiados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica debieran ser órganos constitucionales autónomos en donde sus titulares sean electos por el voto ciudadno y no órganos reguladores, que aunque con relativa autonomía, permanecen en la órbita del poder ejecutivo y, en este sentido es nuestra propuesta. El esquema diseñado en la minuta del Senado busca que los órganos reguladores queden sujetos al sistema de cuotas de los partidos mayoritarios. El mecanismo de designación de titulares propuesto –ejecutivo y Senado- hará que estos órganos pasen del actual control del ejecutivo al control de los partidos mayoritarios –ambos antidemocráticos-. Es otro secuestro de las instituciones por las cúpulas partidistas.

Décimo cuarto. Los procedimientos de sustitución presidencial previstos en la minuta son antidemocráticos porque no devuelven en todos los casos –hipótesis de presidente sustituto- la soberanía al pueblo para que éste elija nuevo presidente a través de un proceso electoral. Además, limitan las atribuciones del Congreso, pues se restan sus actuales competencias para decidir en estos casos. La minuta establece un procedimiento de sustitución en donde se privilegia que servidores públicos no electos democráticamente –el Secretario de Gobernación, de Hacienda o de Relaciones Exteriores- sean presidentes provisionales en las hipótesis del primer párrafo del artículo 84 de la Constitución (según la minuta). También se prevé que el presidente provisional –en el supuesto de que al comenzar el periodo exista falta absoluta del presidente- sea el presidente de la mesa directiva de la Cámara de Senadores cuando debiera ser el presidente de la Cámara de Diputados, pues de acuerdo al artículo 51 de la Constitución, los diputados son los representantes de la nación. En el mismo sentido, en la hipótesis de licencia por sesenta días, el presidente provisional debe ser el presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados y no el Secretario de Gobernación, pues éste carece de legitimidad democrática directa. En todos los casos de sustitución presidencial –presidente provisional, interino o sustituto- se debe convocar a elecciones extraordinarias para terminar el mandato presidencial, salvo cuando éstoas ocurran en el último año de ejercicio.

Décimo quinto. La posibilidad de que el Presidente rinda protesta ante el Presidente de la Suprema Corte es una de las peores burlas de la minuta. El Congreso no puede desprenderse de sus actuales atribuciones. La protesta del ejecutivo debe hacerse ante el Congreso que es la instancia que posee igual legitimidad democrática directa que el presidente. Las circunstancias del pasado reciente –la accidentada toma de protesta en 2006- no puede ser el fundamento de una reforma constitucional. Por tanto, el Congreso debe mantener sus actuales competencias en la materia.

Décimo sexto. Son antidemocráticas, porque no responden al principio de que a X número de votos corresponde Y número de escaños –las fórmulas de sobre representación -tanto del 30% vigente como del 40% propuesto–para integrar la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. No se debiera en consecuencia mantener ninguna cláusula de sobrerrepresentación, sobre todo, cuanto es tan elevada. En este tenor hacemos nuestra aportación.

En el sentido de lo anteriormente expuesto y de manera conclusiva, para estar en condiciones de votar favorablemente el dictamen correspondiente, solicito respetuosamente que se incorporen las modificaciones propuestas.”

APORTACIONES DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, A TRAVÉS DEL DIPUTADO FELICIANO ROSENDO MARÍN DÍAZ.

La democracia ha atravesado diferentes debates, desde los antiguos griegos hasta Rosseau. Para el Partido de la Revolución Democrática, la democracia debe ser un ejercicio político directo, en el cual los ciudadanos ejercen el derecho a la participación en la toma de decisiones sin intermediación.

Los ciudadanos y la sociedad en su conjunto, necesitan herramientas jurídicas para participar e incidir en las decisiones de autoridad en el ejercicio de su función, es decir, limitar y controlar el poder público; por eso es prioritario definir constitucionalmente lo que es la verdadera democracia como principio constitutivo de la forma de gobierno que debe adoptar el Estado Mexicano, y práctica cotidiana de los Estados y Municipios.

Por todo esto, el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, apoyará los siguientes temas:

1.- Clausula de Gobernabilidad de la ALDF

2.- Iniciativa Ciudadana

3.-Candidaturas Independientes, proponiéndose además, la modificación al artículo 41 constitucional, para que se establezca la obligatoriedad de reglamentar el financiamiento y fiscalización del gasto y acceso a los medios de comunicación de los candidatos.

4.- Consulta Popular

5.- Ratificación de la Cámara de Senadores de los Titulares de Órgano del Estado

6.- Reelección de legisladores federales, locales y alcaldes; acompañada de la figura de Revocación de Mandato y la democratización de la Ley de Medios.

APORTACIONES DE LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS

El Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, indica lo siguiente:

“El Proyecto de Decreto contenido en el dictamen de referencia constituye una reforma política de gran trascendencia respecto a la organización y funcionamiento de los órganos que integran el poder público y de la interacción que guardan éstos entre sí respecto al ejercicio de sus funciones.

Estimamos que mediante esta reforma se fortalecen los derechos de los ciudadanos con base en la apertura de nuevos cauces para que participen en la toma de decisiones, por lo que observamos que una de las premisas en que se sustenta la misma es la firme intención de beneficiar a la sociedad garantizándole su participación en asuntos de interés público.

A la luz de los aspectos que anteceden y que constituyen la esencia de esta reforma, consideramos que revisten especial importancia las candidaturas independientes y la iniciativa popular, ya que éstas representan nuevas alternativas de participación política para el ciudadano.

Implementar la figura de candidatos independientes es consolidar una democracia participativa, pues como las anteriores propuestas, otorga un cauce más a la participación ciudadana y a la pluralidad de opciones para gobernar, con lo que se rompe el esquema que por muchos años se había hecho exclusivo a los partidos políticos, dicha reforma, se ajusta al derecho fundamental de todo ser humano de ser votado para los cargos de elección popular.

Por otra parte, estimamos que la participación de la sociedad en la toma de decisiones políticas no debe ser restringida únicamente a elegir a sus representantes, sino que su participación debe incidir y vincularse en la discusión de asuntos relevantes del país, de manera tal, que implementar este mecanismo de participación ciudadana tiende a fortalecer el proceso de decisión política, las cuales deben estar respaldadas por un buen número de ciudadanos para que tengan fuerza vinculatoria con los Poderes de la Unión, es momento que nuestra Nación dé un paso sólido para establecer una democracia participativa, con pluralidad de ideas, los tiempos y circunstancias que hoy vivimos no solo requieren la toma de decisiones del aparato gubernamental, sino que debe de tomarse en cuenta la opinión pública, someter las propuestas al debate para adoptar las políticas que el país requiere en el consenso nacional, de esta manera, se conseguirá crear una sociedad más participativa y atenta a los problemas que aquejan en el país, además de otorgar mayor credibilidad a las instituciones gubernamentales. Asimismo, el mecanismo de participación plasmado en el dictamen que se pone a consideración por parte del Senado de la República, es acertado pues debe existir un organismo que desarrolle, califique y respalde la decisión de la ciudadanía, que sea independiente de las decisiones del sistema de gobierno.

Consideramos aceptables los mecanismos propuestos para modernizar el sistema político, particularmente en lo concerniente al funcionamiento de la Institución de la Presidencia de la República y del Poder Legislativo, mediante elementos que propicien una mejor colaboración entre los poderes públicos, con base en lineamientos que permitan fortalecer la gobernabilidad y mejorar el desempeño de las instituciones públicas.

Otro tema destacable es el inherente al presupuesto, el cual resulta trascendente y preferente, puesto que es importante para mantener la estabilidad económica y política del Estado Mexicano. En ese sentido, la propuesta de reforma en cuanto a la observación y reconducción presupuestal es una medida en cierta forma pertinente para la división y equilibrio de poderes, principios que deben imperar para la estabilidad del país puesto que con ellos se otorga una garantía de seguridad y confianza a la ciudadanía en el sentido de que la economía y servicios públicos no serán afectados.

Así, esta LXI Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, estima oportunas y necesarias las modificaciones constitucionales referidas con antelación, toda vez que constituyen una oportunidad para fortalecer el ejercicio del poder público, así como para ampliar los espacios de participación política en beneficio de los ciudadanos a fin de que incidan directamente en la toma de decisiones.”

Por su parte, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Tercera Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua, se pronuncia en los términos siguientes:

“Sirva esta para enviarle un cordial saludo y a la vez darle puntual atención y respuesta a su oficio NO. 120/2011 II D.P., en donde nos solicita la opinión sobre la Minuta del Senado de la República con Proyecto de Decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, concerniente a la denominada REFORMA POLÍTICA, para ello, me permito, hacer de su conocimiento la siguiente opinión respecto a un solo tema.

Consulta Popular (fracción VIII art. 35)

En el numeral 5, del artículo de referencia cita que la consulta popular se realizará el mismo día de la jornada electoral. Si bien es cierto que posiblemente el espíritu sea aprovechar las elecciones para ahorrarse el costo de una consulta popular distinta al día de los comicios, me parece que debería de haber una excepción, para que pudiera ser en fecha distinta, en virtud de que pueden suscitar casos en donde hay que esperar al menos tres años, es decir, el tema de trascendencia nacional puede aparecer recién pasada una elección, y para ello, se requeriría esperar la próxima elección, que en los hechos se haría prácticamente nugatoria por el espacio tan prolongado. Bajo este contexto, me parece que debería haber una excepción cuando esto llegará a suceder, y poniendo como candado para evitar jugadas políticas que siempre y cuando fueren convocadas por las dos terceras partes del Congreso de la Unión.”

Asimismo, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LX Legislatura del H. Congreso del Estado de Zacatecas, emite la opinión siguiente:

“Atendemos al documento que amablemente nos hizo llegar, respecto de la Minuta del Senado de la República con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Reforma Política.

Analizados en términos generales los contenidos temáticos de las iniciativas que se dictaminan, nos permitimos presentar las siguientes reflexiones y aportaciones, en los términos del oficio de remisión a esa Presidencia, por el Diputado Juventino V. Castro y Castro.

a) El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, expresa su beneplácito a las Señoras y Señores Legisladores por la determinación de asumir la responsabilidad republicana de analizar, discutir y en su caso aprobar las modificaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la dimensión, profundidad e integralidad que la democracia de nuestro País demanda.

b) Uno de los aspectos de mayor recurrencia en el conjunto de iniciativas de la llamada reforma política, es el relacionado con el número de legisladores que integran tanto la Cámara de Diputados como la Cámara de Senadores.

El señor Presidente de la República presentó el 15 de diciembre de 2009, iniciativa con proyecto de decreto por la cual propone reducir el número de distritos electorales federales y, por consecuencia el de diputados, para quedar en 400, de los cuales 240 serán por el principio de mayoría relativa y 160 por representación proporcional, conservando la actual relación entre ambos principios; en el caso del Senado de la República, se propone reducir el número de sus integrantes para quedar en 96, eliminando los 32 de representación proporcional.

c) El punto sin duda es polémico puesto que contiene implicaciones de carácter histórico, presupuestal, de representación partidaria y de gobernabilidad en la asamblea parlamentaria, sin embargo debe ser discutido ampliamente con el concurso de los diversos actores políticos, que han mostrado intrés en arribar a una auténtica representación que se corresponda a las variables de territorio y población.

d) Consideramos en consecuencia importante que las Comisiones Dictaminadoras, no solamente haga el registro de presentación de una iniciativa del Ejecutivo Federal, pero carente de valoración de las implicaciones que una modificación constitucional de este calado traería para la vida económica, social y política del país.

Es de la mayor relevancia esta iniciativa y nuestra aportación específica es solicitar a las Dictaminadoras, la valores y justiprecien en el contexto de una reforma política nacional incluyente, participativa y democrática, la iniciativa a la que nos referimos, como todas aquellas cuyo registro se documenta.

Apreciaré que en los términos de los comentarios y aportaciones solicitadas, se les otorgue el turno y trámite que corresponda.

COORDINADOR DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DE LA HONORABLE LX LEGISLATURA DEL ESTADO DE ZACATECAS. DIPUTADO: ARQUITECTO ÁNGEL GERARDO HERNÁNDEZ VÁZQUEZ.”

Ahora bien, por lo que hace a las organizaciones municipales, estas Comisiones Dictaminadoras consideran que al no haber hecho observación alguna, comparten los temas a estudio.

OPINIÓN DE LA COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Para los miembros de la Comisión de Participación Ciudadana, las reformas planteadas permitirán una mayor participación de la ciudadanía en la toma de decisiones en la vida política del país.

La opinión que vierte dicha Comisión, tiene como finalidad profundizar en la democracia directa a fin de construir los consensos y acuerdos pertinentes que fortalezcan el prestigio, la confianza, la legitimidad y la credibilidad en las instituciones. La participación ciudadana en su sentido clásico, implica posiciones críticas de la sociedad, fortalece las acciones y democratiza a las instituciones en sus diferentes niveles de gobierno.

Asimismo, en su informe, pone énfasis principalmente en los temas de:

• Candidaturas Independientes

• Iniciativa Ciudadana

• Consultas Populares

Considera que en materia de Consultas Populares, por lo que toca al porcentaje de, al menos el cuarenta por ciento solicitado, representa un número de 32,911,254 votantes, es excesivo, por lo que propone reducirlo al 20 por ciento, lo que significaría un total de 16,455,627 ciudadanos.

De la misma manera, en relación con el tema de candidaturas independientes, hace la observación de la necesidad de adecuar el artículo 41 constitucional a fin de plasmar la manera en cómo se financiara a un candidato de esta naturaleza, así como, determinar los requisitos que debe reunir la persona que será candidata independiente.

CONTENIDO DE LA MINUTA.

Las Comisiones Dictaminadoras, han considerado, por método y por su importancia, transcribir el contenido de la Minuta, en la parte considerativa, como sigue:

“La discusión y debate sobre el cambio político que México requiere está desarrollada en numerosos libros, en múltiples ensayos y en artículos que se publican día con día en la prensa o en las revistas especializadas. Ese debate debe continuar y nutrir el trabajo de los Poderes de la Unión, en primer lugar del Poder Legislativo.

En este dictamen, quienes lo suscribimos hemos tenido en cuenta, además de las numerosas iniciativas antes reseñadas, los foros de análisis que el propio Senado ha convocado al respecto, en especial el celebrado en el mes de enero de 2010, al que concurrieron especialistas, nacionales y extranjeros, legisladores y el entonces Secretario de Gobernación. Igualmente, hemos considerado las valiosas opiniones de los senadores y senadoras de los grupos parlamentarios, que de manera personal, o en grupos de trabajo integrados de manera informal, se han preocupado de aportar sus ideas y propuestas.

La propuesta que hoy presentamos a consideración del Pleno es el resultado de más de dos años de trabajo, de múltiples reuniones de intercambio de ideas; del rico y aleccionador ejercicio de escucharnos unos a otros, y sobre todo de intentar entender lo que los ciudadanos quieren, lo que la sociedad demanda.

En política democrática no hay tiempos fatales, mucho menos predeterminados por una voluntad suprema. Los acuerdos se alcanzan cuando llega el tiempo y se genera la circunstancia que los hace posibles. Este es el caso.

Ahora, los integrantes de las comisiones unidas que suscribimos el presente dictamen, pasamos a exponer las motivaciones de cada una de sus partes; lo hacemos por grandes temas.

INICIATIVA CIUDADANA

En los últimos años, México ha transitado hacia un modelo democrático capaz de generar una alternancia en los Poderes Ejecutivo y Legislativo. No obstante, esta transición no ha sido suficiente para asegurar una representatividad en la cual la ciudadanía incida eficazmente en la toma de decisiones de interés público y en la que se incluyan los temas de interés ciudadano en la agenda legislativa. Por esta razón, resulta indispensable complementar nuestra actual democracia representativa con mecanismos de democracia directa que sean capaces de resarcir estas deficiencias.

Una de las figuras de participación ciudadana que cuenta con un mayor consenso como forma de expresión directa del interés de la ciudadanía en los asuntos públicos es la de iniciativa ciudadana. Con el objeto específico de permitir al ciudadano delinear los espacios, las políticas, los derechos, así como otros factores sociales, económicos y políticos entre los que se desenvuelve, se propone reconocer a los ciudadanos el derecho de iniciar leyes.

En México los ciudadanos no cuentan con ningún mecanismo para incidir de manera directa en la agenda legislativa. De acuerdo con el artículo 71 constitucional, los únicos actores que tienen el derecho de iniciar leyes o decretos son el Presidente de la República, los legisladores federales y los Congresos locales.

Si un ciudadano o un grupo de ciudadanos desean promover un cambio a la legislación, tienen que acudir con algún legislador y pedir su intermediación ante el Congreso.

Son varios los conceptos que se desarrollan respecto el concepto de Iniciativa Ciudadana:

“Es el derecho que se le confiere al pueblo para hacer propuestas de ley al Poder Legislativo, reconocido en algunas constituciones a favor del pueblo, estableciéndose como único requisito que la iniciativa sea presentada por cierto numero de ciudadanos. Consiste en la transmisión de la potestad de iniciar el procedimiento de revisión constitucional o de formación de la ley formal, a una determinada fracción del cuerpo electoral” . 1

“Es el procedimiento que permite a los votantes proponer una modificación legislativa o una enmienda constitucional, al formular peticiones que tienen que satisfacer requisitos predeterminados”. 2

“Es una figura jurídica por el que se concede derecho al pueblo a fin de presentar propuestas al gobierno a los gobernantes establecidos”. 3

Es así, como los conceptos anteriores forman y dan sentido a todo un régimen de participación directa de la ciudadanía.

La iniciativa ciudadana puede considerarse como una forma más evolucionada de hacer política, ya que implica un compromiso no sólo de la parte gubernamental por llevar a cabo sus tareas, sino que la ciudadanía, una parte de ella, se involucra en forma directa en la generación de ideas y propuestas para transformar el sistema legal.

Es así que en la idea de una democracia directa, se van a plantear compromisos más fortalecidos de ambas partes, tanto de la clase política como de los gobernados.

La propuesta consiste en reformar el artículo 35 constitucional para establecer como derecho de los ciudadanos presentar leyes, en los términos y con los requisitos que señalen la Constitución y la Ley del Congreso. Así como establecer que el Instituto Federal Electoral tendrá las facultades que en esta materia le otorgue la ley.

Y en correlación con lo anterior se reforma el artículo 71 constitucional para establecer a los ciudadanos como sujetos constitucionalmente legitimados para iniciar leyes o decretos ante el Congreso de la Unión, siempre que esas iniciativas cuenten con el respaldo de al menos el equivalente al 0.25% de la lista nominal de electores, en los términos que señale la Ley del Congreso.

a) Introduce nuevos temas en la agenda legislativa.- A través de esta facultad, los ciudadanos pueden introducir nuevos temas en la agenda legislativa, que de otra manera, difícilmente formarían parte de ésta, ya sea porque son contrarios a los intereses de los legisladores o simplemente porque no sean relevantes para ellos.

b) Aumenta el costo de no discutir temas relevantes para los ciudadanos.- Las iniciativas, al estar respaldadas por un número importante de ciudadanos, cuentan con una legitimidad que difícilmente puede ser ignorada por los legisladores que se encargarán de dictaminarla.

Cabe señalar que la Ley del Congreso establecerá un procedimiento expedito para que las iniciativas de ley presentadas por los ciudadanos puedan se analizadas, discutidas y votadas en un plazo breve.

CONSULTA POPULAR

Las democracias modernas son, por definición, representativas. Es decir, se trata de formas de gobierno en las que el proceso de toma de decisiones involucra a representantes elegidos popularmente mediante sufragio universal, que son quienes en nombre de sus representados procesan y adoptan las decisiones colectivas. La participación de los ciudadanos en ese proceso se concreta, en primera instancia, en el ejercicio del derecho de votar para elegir a quienes los representarán en las fases sucesivas del proceso de adopción de las decisiones políticas. Esa participación de los ciudadanos en el proceso democrático de decisión en México se ha venido ampliando y garantizando a través de múltiples reformas constitucionales y legales que hoy permiten el ejercicio de las libertades políticas en un contexto jurídico e institucional caracterizado por la existencia de varios mecanismos de garantía.

Sin embargo, a la par de los mecanismos de democracia representativa, ha existido una tendencia, en las constituciones de la segunda postguerra, a introducir algunas fórmulas adicionales que tienen la finalidad de multiplicar los espacios de la participación ciudadana en los procesos de decisión política. Estas fórmulas de la así llamada democracia “semidirecta”, como el referéndum, el plebiscito y la iniciativa popular, han tenido una gran proliferación en el constitucionalismo contemporáneo como complementos de la representación democrática.

En América Latina, por ejemplo, todas las constituciones, salvo las de México y de República Dominicana, contemplan algún mecanismo de participación directa de los ciudadanos en los procesos de decisión política.

Estos mecanismos tienen la virtud de estimular la participación política de los ciudadanos más allá de las elecciones, al permitirles intervenir en la discusión pública de temas de relevancia nacional que ameritan un pronunciamiento explícito de los ciudadanos que corre paralelo al debate y a las decisiones que se adoptan por los órganos representativos del Estado, en primer lugar, las instancias parlamentarias o legislativas.

Es particularmente necesario asumir que estos mecanismos no son, ni deben ser, sustitutivos de las instancias de representación política en los procesos de decisión colectiva. Las fórmulas o métodos de la democracia “semidirecta”, adecuadamente reguladas, son instancias complementarias y subsidiarias de la democracia representativa. En efecto, su uso excesivo y una regulación inadecuada pueden terminar por erosionar las instituciones representativas y dar pie a lo que en el ámbito de la teoría política se conoce como “democracia plebiscitaria”, que, en realidad, sólo en apariencia es una democracia, pues ahí se anidan graves pulsiones autoritarias. Los totalitarismos del siglo XX nos recuerdan con claridad que los sistemas autocráticos siempre utilizan evocaciones directas “al pueblo” como una manera de legitimación.

Cabe señalar que el recurso a estos mecanismos de consulta a los ciudadanos no son ajenos al ordenamiento jurídico mexicano. Existen varias entidades federativas en donde el marco normativo local introduce instrumentos a través de los cuales los ciudadanos pueden expresar su sentir en torno a temas de importancia para sus respectivas sociedades. En esa circunstancia se encuentran los Estados de Baja California, Colima, Chihuahua, Guanajuato, Jalisco, Tlaxcala y Veracruz.

Estas comisiones unidas reconocen, por un lado, la importancia de contar con un mecanismo a nivel federal que permita al conjunto de ciudadanos de la República expresarse en torno al sentido que deben tener las decisiones relativas a los asuntos de gran importancia nacional, pero también asumimos que la introducción, sin controles adecuados, de mecanismos de la llamada democracia “semidirecta”, puede lograr el efecto contrario al de la consolidación y fortalecimiento del régimen democrático y propiciar su erosión y eventual vaciamiento.

Hay una plena convicción de que, con una adecuada regulación, la introducción de mecanismos que supongan el involucramiento de los ciudadanos en los procesos de decisión colectiva puede aumentar y fortalecer la participación política de éstos y con ello contribuir a construir una ciudadanía más fuerte, consciente y atenta a los problemas que la aquejan y corresponsable de la soluciones colectivas que se adopten para enfrentarlos.

La figura de la consulta popular, aunada a la de la iniciativa ciudadana, puede ser un mecanismo que permita fortalecer el proceso de decisión democrática en la medida en la que se abre otro canal para que propuestas legislativas, en este caso realizadas directamente por grupos de ciudadanos, sean conocidas y tomadas en consideración por las Cámaras del Congreso de la Unión.

A juicio de estas comisiones dictaminadoras, se considera que, ponderando las experiencias comparadas, resulta pertinente incorporar a través de la figura de la consulta popular la posibilidad de que exista ese pronunciamiento directo de los ciudadanos en relación con asuntos de gran trascendencia nacional de manera que su voluntad, vinculante conforme determine la ley, para el Congreso de la Unión en caso de reunirse determinados requisitos de participación, deba ser asumida por el Poder Legislativo en el procesamiento de la decisión que corresponda.

La consulta popular, como mecanismo de participación e intervención de los ciudadanos en la toma de las decisiones relacionadas con temas relevantes, constituye además una vía para poder resolver, a través de la consulta a la base política de la sociedad, eventuales diferendos relativos a temas de suma importancia que se presenten en los órganos representativos o entre éstos.

Atendiendo a esa finalidad estas comisiones unidas consideran que este mecanismo debe poder ser inducido mediante solicitud que puedan realizar tanto el titular del Poder Ejecutivo, como una parte de los integrantes de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, e incluso un grupo de ciudadanos, equivalente al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores utilizada en la elección federal previa.

Por otra parte, al tratarse de un mecanismo cuyos resultados, de alcanzarse un índice de participación en la consulta, resultarán vinculantes para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y para las autoridades competentes, resulta pertinente que, con independencia de quién haya solicitado la realización de una consulta popular, exista una aprobación respecto de la realización de la misma por parte de la mayoría de los integrantes de cada una de las cámaras en las que se deposita la función legislativa federal, respecto a las consultas convocadas por el Presidente de la República o el porcentaje establecido para los integrantes de cualquiera de las cámaras del Congreso, requisito que no será aplicable para las consultas convocadas por los ciudadanos. Este requisito, lejos de constituir un impedimento o un obstáculo innecesario, representa una garantía para que las consultas populares no se conviertan en un instrumento sustitutivo de la instancia democrático-representativa por excelencia, sino que implique un acompañamiento de los órganos que tendrán la responsabilidad y la obligación de procesar normativamente la voluntad ciudadana expresada en la consulta. En ese sentido, el requisito de contar con esa mayoría para convocar a la consulta expresa el compromiso del Congreso –y en ese sentido es la mejor garantía- de acatar en sus términos la voluntad ciudadana manifestada en ella.

Es sabido que la formulación de la pregunta que debe ser sometida a la consulta de los ciudadanos, constituye un aspecto especialmente delicado, pues su redacción puede, eventualmente, condicionar el sentido de la respuesta. Por su propia naturaleza, las consultas populares, como todos los demás mecanismos de democracia directa en los que se recaba la opinión de los ciudadanos, suponen respuestas simplificadas que en la mayoría de los casos suele reducirse a una alternativa entre dos posibles respuestas. Esporádicamente pueden preverse alternativas más complejas. Ello implica que el modo de plantear la pregunta resulta determinante para el adecuado desarrollo de este ejercicio democrático. En ese sentido, el presente dictamen plantea que previo a la convocatoria que realice el Congreso de Unión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta;

Consecuentemente, la ley que regule esta modalidad de participación ciudadana deberá contener los procedimientos y mecanismos que deberán seguirse para que todo el proceso de organización y desarrollo de la consulta se rija por los principios de objetividad, imparcialidad y certeza. Por ello, se dispone que las consultas populares serán responsabilidad, en términos de su organización y realización del Instituto Federal Electoral, en forma integral. El propio Instituto deberá certificar, en su caso, la veracidad de la promoción ciudadana al respecto.

La experiencia comparada enseña que todos los mecanismos de consulta popular o de otros mecanismos de democracia “semidirecta” (referéndum o plebiscito), cuando tienen un carácter vinculante para los poderes públicos, están sujetos a la existencia de un quórum de participación ciudadana. En ese mismo sentido, este dictamen plantea establecer un umbral de participación para que el resultado de la consulta popular sea vinculante para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y para las autoridades competentes, consistente en que un porcentaje de al menos al cuarenta por ciento del total de ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de electores que corresponda haya acudido y participado con su voto en la consulta.

En relación con los temas sobre los que pueden versar las consultas populares, se considera pertinente establecer ciertas materias en las cuales no procede este tipo de ejercicios y que se asume están reservadas, en cuanto a la capacidad de decisión, exclusivamente a la competencia de las Cámaras del Congreso de la Unión, conjuntamente o de manera exclusiva de alguna de ellas de conformidad a lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Esas materias, en las que no procede la realización de consultas populares son: la electoral, los ingresos y gastos del Estado, la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de las Fuerzas Armadas.

Por lo que hace a los tiempos para realizar el ejercicio mediante el cual los ciudadanos darán respuesta a la o las preguntas planteadas a través de las consultas populares, se propone que la realización de las consultas populares coincida con la fecha de realización de la jornada electoral federal, es decir, el primer domingo de julio de cada tres años. Ello no implica que a lo largo del periodo que media entre dos elecciones no pueda proponerse la realización de una consulta popular y determinarse su procedencia por parte del Congreso, sino que el ejercicio específico de someter a la consideración ciudadana la o las preguntas en las que la consulta se articule coincidirá con la jornada electoral federal. En virtud de lo anterior, en caso de que no haya sido solicitada y aprobada la realización de una sola consulta, sino de varias en el periodo que media entre dos elecciones federales, las preguntas correspondientes a todas ellas serán sometidas a la consideración de los ciudadanos de manera simultánea y concurrente con la fecha de realización de las elecciones respectivas.

Lo anterior obedece esencialmente a dos razones fundamentales: en primer lugar a simplificar desde un punto de vista logístico y de racionalidad de esfuerzo y gasto, la realización de las consultas populares, pues en vez de instalar específicamente centros de votación en los cuales los ciudadanos puedan emitir su opinión respecto de las preguntas sometidas a su consideración, se aprovecharía la logística que en cada elección federal despliega el Instituto Federal Electoral para instalar en todo el país las Mesas Directivas de casilla, órganos en los cuales, además del procesamiento y escrutinio de los votos emitidos en las elecciones que correspondan, serán responsables de recibir y procesar las respuestas de los ciudadanos sobre los temas sometidos a su consulta.

Por otra parte, la concurrencia de las consultas populares con los procesos electorales federales tiene también la finalidad de inyectar en la discusión electoral un contenido programático en el debate público que tendrá que ver con los temas sobre los cuales versarán dichas consultas. Una de las características que han distinguido las recientes contiendas electorales es el escaso debate programático e ideológico, centrando la atención en los candidatos y en los lemas de sus campañas, más que en las plataformas electorales que los partidos tienen la obligación de presentar y registrar ante las autoridades electorales. La coincidencia de las consultas populares con las elecciones puede ser, en ese sentido, una oportunidad para reivindicar la importancia de la confrontación pacífica de ideas y de contenidos programáticos en el marco de las precampañas y campañas electorales.

Finalmente, lo anterior implica que la organización, desarrollo, cómputo y declaración de los resultados de la o las consultas populares que se realicen cada tres años, esté a cargo del Instituto Federal Electoral, para lo cual la ley establecerá puntualmente los actos y los procedimientos que dicho Instituto deberá desplegar para la adecuada realización de las consultas, así como de la verificación del requisito del número de ciudadanos que deben respaldar la solicitud de realización de una consulta cuando sea el caso.

CANDIDATURAS INDEPENDIENTES

Como se ha expuesto antes en este dictamen, uno de los propósitos fundamentales de diversas iniciativas que son objeto de estudio es abrir nuevos cauces a la participación ciudadana sin condicionarla a la pertenencia, sea por adscripción o por simpatía, a un partido político. Estas comisiones unidas coinciden con ese propósito y en la misma línea de razonamiento por la que se propone incluir las figuras de la consulta popular y la iniciativa ciudadana, consideramos que ha llegado el momento de dar un paso de enorme trascendencia para el sistema político-electoral de México mediante la incorporación en nuestra Carta Magna del derecho ciudadano a competir por cargos de elección popular sin la obligada postulación por un partido político.

Es bien sabido y ha sido documentado con suficiencia por muy diversos autores, que desde finales de los años 40 del siglo pasado, el sistema electoral mexicano hizo de los partidos políticos su punto de referencia al otorgarles el derecho exclusivo de postular candidatos a cargos de elección popular. La reforma política de 1977-1978 amplió el espectro de opciones partidistas, al otorgar registro legal a varias opciones que habían sido privadas, por circunstancias diversas, del derecho a participar en procesos electorales (los Partidos Comunista Mexicano; Demócrata Mexicano y Socialista de los Trabajadores). Posteriormente, otras organizaciones solicitaron y obtuvieron registro como partido político nacional, mientras que a nivel local se crearon partido de ese ámbito.

Sin embargo, pese a que las normas legales buscaron favorecer la creación y registro de nuevas opciones partidistas, con una definida orientación a favor de un sistema pluripartidista, la mayoría de las que obtuvieron registro no lograron consolidar su presencia entre la ciudadanía y terminaron por perder el registro legal. En el ámbito local se ha registrado un fenómeno semejante; hoy en día son pocos los partidos locales que han logrado mantener presencia y registro local por más de dos elecciones consecutivas.

De 1977 a 2006, la ley mantuvo abierta la posibilidad de registro legal de nuevos partidos políticos cada tres años, iniciando el procedimiento en enero del año siguiente al de la elección federal inmediata anterior. En una primera etapa la fórmula del registro condicionado al resultado de las elecciones fue la más utilizada por las organizaciones solicitantes; esa fórmula fue eliminada en 1986 y luego, en 1991, se reintrodujo en la ley, hasta que en 1996 fue abrogada, subsistiendo solamente la figura del llamado “registro definitivo”, que se funda en la comprobación de requisitos cuantitativos.

Ante la evidencia de que el registro de nuevos partidos políticos nacionales cada tres años no había dejado un saldo positivo para el sistema en su conjunto, el Congreso de la Unión resolvió, en 2007, que el procedimiento para registro de nuevos partidos tuviese lugar cada seis años, y que ello ocurriese después del año de la elección presidencial.

Por efecto del marco legal, por la evolución del sistema de partidos y de las preferencias ciudadanas, en los hechos se ha venido configurando un modelo de competencia de corte tripartidista, situación que teniendo ventajas indudables -como la de evitar la fragmentación excesiva de los órganos colegiados de la representación nacional, o de los ayuntamientos municipales- ha conducido también a una limitación de opciones ante la sociedad y la ciudadanía.

Lo anterior se acompaña de un evidente deterioro de la valoración social de los partidos políticos; aunque las causas de esa situación son múltiples, cabe reconocer que entre ellas se encuentra el alejamiento de los partidos de la sociedad, que los percibe como organizaciones cerradas, sujetas al control de sus grupos dirigentes que deciden sus asuntos sin consulta a la ciudadanía. Pese a los cambios legales para propiciar la democracia interna y la apertura de los partidos a la participación de la ciudadanía en sus procesos de selección de candidatos a cargos de elección popular, lo cierto es que en la percepción social son los partidos y sus grupos dirigentes lo que deciden en esa materia, generando un círculo de desconfianza entre ellos y los ciudadanos, que se ha ensanchado de manera creciente.

Con motivo de la reforma electoral de 2007 se discutió a profundidad la propuesta de admitir para México la postulación de candidatos “independientes”, es decir, postulados al margen de los partidos políticos. Se analizó también la propuesta de llevar a la Constitución la exclusividad de los partidos en materia de postulación de candidatos. Ante la falta de consenso, se optó por dejar el asunto para una futura reforma. Si bien el texto del artículo 41 de la Constitución fue corregido para que el tema siguiese siendo analizado, por un error no se realizó la misma corrección en el texto del artículo 116 de la propia Carta Magna, de manera tal que quedó aprobado y promulgado el derecho exclusivo de los partidos políticos para postular candidatos a cargos de elección popular en comicios locales. Hasta hoy no ha sido posible armonizar la norma constitucional a ese respecto.

Sin embargo, la demanda de abrir el sistema electoral a la posibilidad de candidaturas independientes sigue presente en sectores representativos de la sociedad civil, que consideran que el derecho al voto pasivo no debe tener más restricciones que las establecidas por la ley de manera proporcional, de forma tal que sea posible que un ciudadano(a) pueda postularse y obtener registro para competir por un cargo de elección popular sin tener que obtener el respaldo de un partido político.

No escapa a quienes integramos las comisiones unidas que ese cambio representaría un viraje radical en la configuración que a lo largo de más de medio siglo ha tenido nuestro sistema electoral. Supone un nuevo diseño normativo y práctico que haga posible la existencia de candidatos independientes (no partidistas) sin tirar por la borda el entramado de obligaciones y derechos que nuestra Constitución y las leyes electorales disponen para los partidos políticos. En pocas palabras, la posible incorporación a nuestro sistema electoral de la posibilidad de candidatos independientes debe hacerse en armonía con lo que hemos construido a lo largo de más de tres décadas.

Las candidaturas independientes deben ser una fórmula de acceso a ciudadanos sin partido para competir en procesos comiciales, no una vía para la promoción de intereses personales o de poderes fácticos que atenten contra la democracia y el propio sistema electoral y de partidos políticos. Estos últimos deben seguir siendo la columna vertebral de la participación ciudadana, los espacios naturales para el agrupamiento y cohesión de la diversidad que está presente en la sociedad, de forma tal que la diversidad encuentra en ellos un cauce democrático para dar lugar a la pluralidad de opciones que compiten por el voto ciudadano y hacen posible el acceso de los ciudadanos al ejercicio de los cargos públicos de elección popular.

La solución no está, a juicio de las comisiones dictaminadoras, en mantener el estatus quo y preservar el derecho exclusivo de los partidos políticos para la postulación y registro legal de candidatos a cargos de elección popular, sino en abrir las puertas a la participación independiente de los ciudadanos en las contiendas electorales, con los requisitos de ley que aseguren representatividad y autenticidad, con ciertos derechos y obligaciones que sean armónicos con las existentes para los partidos políticos, que garanticen transparencia y rendición de cuentas, de forma tal que los candidatos independientes no sean caballo de Troya por el que se introduzcan al sistema político proyectos ajenos a su base y sentido democrático, y mucho menos para la penetración de fondos de origen ilegal en las contiendas electorales.

Por lo anterior, estas comisiones unidas proponen introducir en nuestra Constitución, en los artículos 35 y 116, la base normativa para la existencia y regulación, en la ley secundaria, de las candidaturas independientes, a todos los cargos de elección popular, tanto federales como locales.

Como señalamos antes, de aprobar el órgano Reformador de la Constitución esta propuesta será necesario realizar adecuaciones de fondo, de gran calado y complejidad, en las leyes electorales, tanto federales como locales. Tales adecuaciones deberán ser materia de una reforma electoral a realizar tan pronto concluya el proceso de reforma constitucional que implican el presente dictamen y el proyecto de decreto que contiene. Lo ideal sería que la reforma quedase completada en tiempo y forma para ser aplicada en las elecciones federales de 2012, pero no escapa a nuestra comprensión lo limitado del tiempo disponible para ello, en función de la norma del artículo 105 de la propia Carta Magna, que hace obligatoria la entrada de vigor de reformas electorales fundamentales, al menos 90 días antes del inicio del proceso electoral en que vayan a ser aplicadas.

En todo caso, quienes integramos las comisiones unidas que suscriben el presente dictamen, dejamos establecidas algunos lineamientos fundamentales para la reglamentación en la ley secundaria de las “candidaturas independientes”.

Deberán establecerse requisitos de naturaleza cualitativa y cuantitativa a satisfacer por quienes pretendan registro bajo esa nueva modalidad.

Respecto a lo cuantitativo, al igual que en la normatividad existente en varios países, los aspirantes a registro como candidato independiente deberán comprobar, de manera fehaciente, contar con el respaldo de un número mínimo de ciudadanos, de entre los inscritos en el padrón electoral o lista nominal de la demarcación que corresponda al cargo por el que pretenden registro; a esos requisitos deberán añadirse los relativos a una adecuada distribución territorial del respaldo ciudadano, pues no sería adecuado que, para poner el ejemplo más importante, quien pretenda ser registrado como candidato independiente a la Presidencia de la República, presente firmas de respaldo que se concentran de manera evidente en unas cuantas entidades federativas, o en una sola.

Corresponderá al Congreso de la Unión, con base en el estudio de experiencias comparadas y de nuestra propia realidad, determinar los derechos y prerrogativas a las que, de ser el caso, tendrán derecho los candidatos independientes. Al respecto, el sistema de financiamiento público sujeto a reembolso que se presenta en un buen número de sistemas que admiten esta figura, resulta de especial atención. Habrá que prever lo necesario para, en su caso, permitir el acceso de candidatos independientes a los tiempos de Estado, considerando las bases establecidas en el artículo 41 constitucional.

La ley deberá también dotar a las autoridades electorales, administrativa y jurisdiccional, de las normas aplicables a las actividades de campaña de los candidatos independientes, su aparición en la boleta electoral y el cumplimiento riguroso de sus obligaciones, en especial en lo relativo a transparencia de su financiamiento y gasto y a la debida rendición de cuentas. En la ley en la materia, deberán establecerse los mecanismos de acceso a la justicia electoral por parte de los candidatos independientes.

Se trata de una tarea legislativa de enorme complejidad para la que será necesario allegarse las experiencias de otras naciones y el apoyo de expertos nacionales e internacionales. Sin desconocer la magnitud de la reforma secundaria, estas comisiones unidas consideran que la propuesta de introducir a nuestro sistema electoral las llamadas candidaturas independientes es un paso adelante, un enorme avance, en la ruta democratizadora y participativa que desde hace varias décadas emprendieron la sociedad, los partidos y el Estado mexicano.

Todo cambio tiene aparejados nuevos retos, dilemas por resolver y resistencias por vencer; este que ahora proponemos emprender es de aquellos que marcan nuevas rutas y reclaman nuevos puertos de llegada. De lo que no tenemos duda es que las candidaturas independientes serán un acicate para que los partidos políticos retomen el camino de un mayor y permanente contacto con la sociedad y los ciudadanos, para que abran sus puertas a la participación amplia y efectiva de sus propios afiliados, de sus simpatizantes y de todos los que están interesados en participar en ellos.

En la idea y visión de estas comisiones unidas, las candidaturas independientes no son una fórmula contra los partidos, sino una vía alternativa de participación de los ciudadanos que, más temprano que tarde, habrá de contribuir a tener partidos mejor valorados, mejor apreciados, por la sociedad. Todo ello en el marco de una democracia más sólida, más fuerte y estable.

INICIATIVA PREFERENTE

La facultad del Poder Ejecutivo para presentar proyectos de leyes y decretos al Parlamento, se remonta al sistema inglés de los siglos XI y XII.

El modelo presidencial -adoptado originariamente en los Estados Unidos de América y, posteriormente, por la gran mayoría de las naciones iberoamericanas- retomó la facultad del Ejecutivo para presentar iniciativas ante la representación popular. Así, nuestra Carta Magna en su artículo 71 establece la facultad del Presidente de la República para iniciar leyes o decretos. Asimismo, establece la remisión inmediata a comisiones de las iniciativas. Sin embargo, la reglamentación de trámite legislativo posterior no garantiza que dichas iniciativas se discutan en un periodo determinado o que lleguen siquiera a dictaminarse. Es decir, no existe certidumbre respecto de la resolución del proyecto legislativo presentado.

Hoy la existencia de un sistema democrático, plural, incluyente y abierto hace necesario adoptar mecanismos de colaboración entre los Poderes de la Unión y entre las fuerzas políticas; en un contexto plural, como el que vive México actualmente, la capacidad del Ejecutivo Federal para generar acuerdos con el Congreso se dificulta por la falta de mayorías. Con base en esto se justifica la revisión de la facultad de iniciativa del Poder Ejecutivo. Lo anterior con el fin de fortalecer la cooperación entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo y para beneficio del funcionamiento general del régimen de gobierno mexicano.

En ese contexto, se propone que el Presidente de la República, como responsable de la acción del gobierno, tenga la facultad de presentar iniciativas para trámite preferente, con objeto de que éstas sean resueltas por el Congreso en un breve lapso.

Lo que se propone es un instrumento que fortalezca la colaboración entre el Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo Federal. Se trata de prever la atención legislativa preferente de aquellas iniciativas que la ameriten, cuando se trate de asuntos cuya relevancia, trascendencia y urgencia a juicio del Presidente de la República, así lo justifiquen.

La propuesta es crear la figura del “proceso legislativo preferente”, que ya existe con variaciones y matices, en algunas democracias consolidadas -como Francia y Alemania- así como en varios países de América Latina - Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Nicaragua, Paraguay y Uruguay -, la cual consiste en acotar los tiempos para la votación de una iniciativa presentada por el Ejecutivo, a partir del establecimiento de plazos específicos que agilicen la discusión y votación correspondientes.

Lo anterior, porque el Poder Ejecutivo, en esta nueva etapa de equilibrio de poderes, necesita contar con nuevos instrumentos constitucionales que le permitan que su mandato sea más eficaz, con el propósito de responder a las tareas de Estado más apremiantes.

El carácter de preferente no limita de modo alguno las facultades del Congreso de modificar o rechazar en su totalidad las propuestas que presente el Ejecutivo, sino que simplemente incide en el plazo para el desahogo y resolución de las mismas, es decir, el Congreso General conserva, intocada, su potestad de aprobar, modificar o rechazar las iniciativas del Ejecutivo.

Con esta nueva figura se trata de darle mayor certidumbre al proceso legislativo, dónde los Poderes Ejecutivo y Legislativo sean coadyuvantes en asuntos de gran relevancia para la sociedad y el Estado mexicanos.

La transformación del sistema político mexicano que se dio a partir del año 2000 y la dinámica democrática que se derivó de este proceso, para su consolidación requiere de una profunda apertura y pluralidad de los actores políticos, por lo cual exige adoptar mecanismos de colaboración entre los poderes de la Federación, en este caso, en lo que respecta al Legislativo y al Ejecutivo.

El trámite legislativo preferente procederá ante la solicitud que formule el Presidente de la República. Al respecto, conviene precisar que no se trata de un trato preferente respecto del contenido de los argumentos o del sentido de la votación; por el contrario, la preferencia consiste exclusivamente en la obligación del Congreso de pronunciarse sobre las iniciativas, como ya se ha referido, para aprobarlas en sus términos, modificarlas o rechazarlas.

Con el objetivo de establecer el trámite preferente se propone reformar el artículo 71 constitucional para establecer que el día de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones el Presidente de la República pueda presentar hasta dos iniciativas para trámite preferente o señalar con tal carácter hasta dos que hubiere presentado en periodos anteriores y estén pendientes de dictamen.

Recibida la iniciativa en la cámara de origen, ésta deberá pronunciarse en un plazo máximo de 30 días naturales y, en caso de que no lo haga, la iniciativa del Ejecutivo, en sus términos y sin mayor trámite, será el primer asunto que deberá ser discutido y votado en la siguiente sesión ordinaria del Pleno.

En caso de ser aprobada o modificada por la cámara de origen, pasará de inmediato a la cámara revisora, la cual deberá discutirla y votarla en el mismo plazo y bajo las condiciones antes señaladas para la cámara de origen.

Asimismo, la propuesta contempla la restricción de que no puedan ser objeto de este tratamiento preferencial las iniciativas que pretendan reformar o adicionar la Constitución Federal, ello debido a que tales iniciativas están sujetas a un procedimiento diverso al que siguen las relativas a la creación o reforma de las leyes.

Es importante señalar que el hecho de otorgar trámite legislativo expedito a las iniciativas presentadas por el Presidente de la República no implica una subordinación del Poder Legislativo frente al Poder Ejecutivo, sino un espacio de preferencia en la agenda legislativa para que discutan aquellos asuntos que por su naturaleza representen prioridad nacional.

En conclusión, la reforma permitirá la corresponsabilidad entre el Congreso de la Unión y el Presidente de la República, en la construcción de la democracia socialmente eficaz, simplificando el trámite legislativo de acciones gubernamentales y flexibilizando la discusión de temas prioritarios que requiere la Nación.

OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN

Ha sido ampliamente explorado por los tratadistas e historiadores que la Constitución aprobada en Querétaro en 1917 dejó sin resolver algunas de las inconsistencias o contradicciones que presentaba la de 1857, las que era producto, entre otras causas, de que ésta última había previsto un sistema unicameral para el Poder Legislativo Federal, pero al aprobarse la reforma promovida por el Presidente Lerdo de Tejada, que restauró el Senado y volvió al sistema bicameral, los redactores del texto dejaron inconsistencia o lagunas que los constituyentes de Querétaro tampoco atendieron.

Una de esas inconsistencias es la relativa al tratamiento que debe darse al Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) en relación a la facultad de observación (“veto”) que el artículo 72 de la Carta de Querétaro dispone para el proceso de formación de las leyes. El debate se refiere tanto a la naturaleza constitucional del PEF (¿es una “ley”, es un decreto?) como a la duda que ha cruzado buena parte de la reciente historia constitucional de México.

El debate ha tenido como eje rector una pregunta: ¿Puede el titular del Poder Ejecutivo Federal observar “vetar”, el PEF aprobado por la Cámara de Diputados?

Aunque en los años posteriores a la promulgación de la Carta Magna de 1917 algunos Presidentes de la República observaron el PEF y la Cámara de Diputados aceptó y atendió, conforme al artículo 72, esas observaciones, la práctica cayó en desuso al término de la época de inestabilidad interna. A partir de la instauración del nuevo régimen presidencialista, el asunto quedó fuera del debate político y legislativo; nunca más un Presidente de la República volvió a “observar” el PEF.

El tema quedó bajo la atención de los tratadistas que se pronunciaron de forma polarizada en torno a la pregunta antes planteada. Para unos, el PEF no es una “ley”, al ser de origen unicameral, y por tanto el Ejecutivo no puede observarlo. Para otros, una minoría, el asunto era discutible y cabía la interpretación contraria.

El asunto resurgió no como producto de la academia, sino por la ampliación de la pluralidad en la Cámara de Diputados, lo que en 1997 condujo a la primera legislatura de la historia contemporánea de México sin mayoría de ningún partido o grupo parlamentario en esa Cámara. Ante los anuncios de la alianza opositora, que sumada contaba con mayoría de votos, el entonces titular del Poder Ejecutivo anunció que podría hacer uso del “derecho de observación” respecto del PEF. Sin embargo, en los tres años de esa Legislatura prevaleció la negociación y el acuerdo entre Poderes; el Ejecutivo no hizo observaciones al PEF.

Correspondió al presidente Vicente Fox el primer, y hasta hoy único, acto de observación del PEF aprobado por la Cámara de Diputados; ésta acudió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que finalmente resolvió la controversia a favor del Ejecutivo. Aunque se trata de una sola sentencia, el tema volvió al debate legislativo y han sido varias las iniciativas de reforma constitucional que buscan aclarar el tema, en uno u otro sentido.

Después de analizar y estudiar las iniciativas al respecto, estas comisiones unidas consideran que en pertinente dejar aclarado el tema del derecho de observación del Ejecutivo al PEF en un sentido positivo para ambos Poderes de la Unión y para beneficio de la sociedad.

Quienes suscribimos el presente dictamen no pretendemos dirimir el debate doctrinario, sino simplemente contribuir a una solución que se apegue a los principios republicanos de división de Poderes y equilibrio entre los mismos. Por ello, en coincidencia con el sentido básico de varias de las iniciativas materia del presente dictamen, proponemos adicionar el artículo 74 constitucional con los siguientes dos párrafos:

El Ejecutivo Federal podrá hacer observaciones al Presupuesto de Egresos de la Federación en un plazo de diez días hábiles. Si el Ejecutivo no tuviera observaciones lo promulgará y publicará.

“El Presupuesto de Egresos de la Federación observado, en todo o en parte, por el Ejecutivo será devuelto con sus observaciones a la Cámara de Diputados para que sea discutido de nuevo por ésta en un plazo de diez días hábiles; si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, volverá de inmediato al Ejecutivo para su promulgación y publicación.

De esa forma, el órgano Reformador de la Constitución dejaría establecido, con claridad, que el Ejecutivo Federal puede observar, dentro de un plazo improrrogable, el Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado por la Cámara de Diputados. Al igual que se dispone en la norma general, si no tiene observaciones, deberá el Ejecutivo promulgar y publicar dicho Presupuesto.

Si el Ejecutivo observa, en todo o en parte, el PEF, todo el proyecto deberá volver a la Cámara de Diputados, sin que exista la posibilidad de publicación y promulgación de la parte no observada. El procedimiento para superar las observaciones (“veto) del Ejecutivo está en línea con lo dispuesto por el artículo 72 de la propia Constitución, lo que otorga armonía y congruencia a las normas constitucionales.

Si bien algunas iniciativas proponen que las normas antes transcritas queden en el artículo 72, y no en el 74, estas comisiones unidas sostienen el criterio de que por mejor técnica legislativa y de orden interno de la Constitución, su mejor ubicación lógica es en el artículo 74, dado que la aprobación del PEF es una facultad exclusiva de la Cámara de Diputados y que el artículo 72 tiene como supuesto la existencia de un procedimiento bicameral, que no se actualiza en el caso del PEF.

En adición a lo anterior, consideramos que los dos párrafos que serían adicionados guardan relación directa con otro cambio de especial importancia en la materia presupuestal, que sería la llamada “reconducción presupuestal”, a la que nos referiremos en el siguiente apartado. Es por ello que nos pronunciamos a favor de que la adición comentada quede ubicada en el citado artículo 74 de la Carta Magna.

RECONDUCCIÓN PRESUPUESTAL

Así como el tema del “veto” del Ejecutivo al Presupuesto de Egresos de la Federación ha sido motivo de debates y polémicas, el de la ausencia casi absoluta de normas que prevean la situación de no aprobación de la Ley de Ingresos o del Presupuesto de Egresos, antes del día de inicio del ejercicio fiscal en que deban ser aplicados ambos instrumentos legales (que en México coincide con el año natural) ha motivado largos debates entre los juristas, economistas, fiscalistas e interesados en el tema, así como materia de múltiples iniciativas de reforma constitucional.

Reiterando que no es intención, ni propósito, de quienes integramos las comisiones unidas resolver el debate doctrinario, hacemos notar que en el texto vigente de nuestra Constitución existe solamente una norma aislada que podría llegar a ser interpretada como base para una eventual reconducción presupuestal.

Nos referimos al que, por largo tiempo, fue el párrafo único del artículo 75 de la Constitución, que a la letra sigue estableciendo:

“Artículo 75.- La Cámara de Diputados, al aprobar el Presupuesto de Egresos, no podrá dejar de señalar la retribución que corresponda a un empleo que esté establecido por la ley, y en caso de que por cualquier circunstancia se omita fijar dicha remuneración, se entenderá por señalada la que hubiere tenido fijada en el Presupuesto anterior, o en la ley que estableció el empleo.”

Conforme a esa norma constitucional, si llegado el caso la Cámara de Diputados no hubiese aprobado el PEF, debe entenderse que el Estado seguirá cubriendo a los servidores públicos la remuneración “fijada en el Presupuesto anterior, o en la ley que estableció el empleo”, lo que es, a todas luces, una norma de reconducción presupuestal.

Aceptada que sea la interpretación anterior, queda, sin embargo, vigente la omisión constitucional sobre lo que deberá hacerse respecto de los demás gastos previstos en el PEF, y también lo que deberá pasar si el Congreso de la Unión no aprueba la Ley de Ingresos para el año siguiente.

Aunque no hay registro de una circunstancia extrema como la que motiva, en esta materia, las iniciativas sujetas a estudio y dictamen, no resulta conveniente para la seguridad jurídica de la República, para el interés de la sociedad en su conjunto, ni para la buena marcha del Estado mexicano, mantener la indefinición constitucional que hoy sigue privando en esta delicada y trascendental materia.

Las hipótesis extremas que motivan la reforma que se propone en la materia de reconducción presupuestal se explican de forma más evidente con dos preguntas:

A) ¿Qué pasaría si el Congreso de la Unión no aprueba la Ley de Ingresos, o si habiendo sido aprobada ésta, el Ejecutivo la observa y por ese motivo no se da la publicación de la Ley de Ingresos antes del día en que debe iniciar su vigencia?; y

B) ¿Qué pasaría sin aprobada y promulgada la Ley de Ingresos, la Cámara de Diputados no aprueba el Presupuesto de Egresos, o si las observaciones realizadas al mismo por el Ejecutivo hacen imposible su publicación y promulgación antes del día en que el Decreto debe entrar en vigor?

Con las normas constitucionales vigentes, los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos que la Ley de Ingresos establece anualmente no podrían ser cobrados; en otras palabras, el Estado quedaría sin ingresos, hasta en tanto se resuelva el diferendo entre los poderes Legislativo y Ejecutivo. De igual forma, salvo por el pago de remuneraciones a los servidores públicos, todos los demás gastos del Estado deberán suspenderse, afectando todos los servicios a su cargo, las aportaciones a los organismos de seguridad social y vivienda, las obras públicas de inversión multianual, el pago de la deuda pública, etcétera. Sería una situación catastrófica para la sociedad, para la economía y para las finanzas del Estado.

Queremos remarcar que tal situación no se ha presentado hasta la fecha, no obstante la pluralidad y la alternancia. Pero debemos preguntarnos si es conveniente mantener esa omisión constitucional. La respuesta de quienes integramos las comisiones unidas es que no. Que es necesario introducir en nuestra Constitución las bases normativas que permitan atender una situación extrema como la antes planteada.

Para ello, conforme a la mejor experiencia internacional disponible, la solución está en disponer en el artículo 75 constitucional las normas que den base a la llamada “reconducción presupuestal”, para que el legislador ordinario esté en aptitud y posibilidad de dictar las normas legales que permitan sortear, con seguridad jurídica y económica, una situación de emergencia.

Para lo anterior, se propone adicionar al artículo 75 constitucional los siguientes dos párrafos finales:

“Si al inicio del ejercicio fiscal no se ha aprobado y promulgado la Ley de Ingresos, mantendrá su vigencia la del año inmediato anterior hasta en tanto el Congreso aprueba la del nuevo año.

“En el caso del Presupuesto de Egresos, en tanto se aprueba el del año que corresponde, continuará vigente el aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal inmediato anterior, únicamente respecto de los gastos obligatorios que señale la ley.”

De esa forma, el Órgano Reformador de la Constitución dejaría cubiertas las dos hipótesis extremas a que antes nos hemos referido.

Si la Ley de Ingresos no fuese aprobada en tiempo y forma, no podría haber aprobación del PEF por la Cámara de Diputados, por tanto entran en aplicación ambos párrafos y el 1º de enero del año que corresponda se prolonga la vigencia de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos del año anterior, pero en el caso de éste último, solamente respecto de los “gastos obligatorios que señale la ley”, los que ya se encuentran definidos en la legislación secundaria.

El que la reconducción presupuestaria se limite a “gastos obligatorios” tiene por objeto que el Estado pueda seguir garantizando el pago de las obligaciones mínimas necesarias para su funcionamiento, como son las previstas en la Constitución y en las leyes, al tiempo que ejerza la suficiente presión sobre el Poder Ejecutivo y el Congreso, para efectos de que la aprobación del Presupuesto correspondiente se dé con la suficiente inmediatez.

Se considera que las siguientes obligaciones son de suma importancia para mantener la estabilidad económica y política del Estado, y es por ello que se propone contemplar a los “gastos obligatorios” para que puedan ser reconducidos en tanto se apruebe el Presupuesto:

1) Pago de la deuda pública y los adeudos del ejercicio fiscal anterior.

2) Percepciones ordinarias de los servidores públicos, así como las erogaciones de seguridad social y fiscales inherentes a dichas percepciones.

3) Las previsiones de gasto que correspondan a la atención de la población indígena, en los términos del artículo 2, apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4) Obligaciones contractuales plurianuales cuya suspensión implique costos adicionales, incluyendo las correspondientes a la inversión pública.

Pero si aprobada y promulgada la Ley de Ingresos, la Cámara de Diputados, por cualquier causa, no llegare a aprobar el Presupuesto de Egresos, entonces se aplica solamente el segundo párrafo antes transcrito, y el PEF del año inmediato anterior sigue vigente, solamente para los gastos obligatorios que señale la ley.

Aunque estas comisiones unidas y sus grupos de trabajo analizaron diversas opciones de solución al caso extremo, consideramos que la mayor virtud de lo que proponemos es que constituye un aliciente al pronto acuerdo entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo. No es deseable introducir normas constitucionales que puedan alentar la irresponsabilidad del Congreso, como tampoco lo sería alentar el abuso de las facultades que se están otorgando al Ejecutivo, de forma tal que por ese indebido medio pretenda alcanzar objetivos presupuestarios no compartidos por el Poder Legislativo federal, o imponer visiones unilaterales sin respaldo social.

La solución que proponemos armoniza adecuadamente las facultades de cada uno de los Poderes federales involucrados en forma directa en el proceso presupuestario anual; protege a la sociedad de eventuales desacuerdos entre poderes y asegura al Estado la continuidad de sus responsabilidades básicas y sustantivas, en tanto se llega al acuerdo entre ambos Poderes, sin colocar una fecha límite, una verdadera camisa de fuerza, para la que, en su caso, también habría que prever salida, lo que hace inacabable la imaginación de conflictos y las soluciones a adoptar.

La solución propuesta se corresponde a las mejores normas y prácticas internacionales, que nos enseñan que el primer objetivo a cumplir en esta materia es desalentar la irresponsabilidad de cualquiera de los poderes, y también que el poder del Congreso, el llamado por la doctrina “poder de la bolsa” debe seguir siendo sustento del equilibrio entre aquellos.

SUBSTITUCIÓN DEL PRESIDENTE EN CASO DE FALTA ABSOLUTA

Actualmente los artículos 84 y 85 constitucionales regulan el procedimiento de sustitución del titular del Poder Ejecutivo en caso de falta absoluta. Se trata de un mecanismo que fue introducido en la Constitución en 1933 y que, a pesar de no haberse aplicado desde entonces, su planteamiento fue pensado y resultaba funcional en una época política del país en la que prevalecía un sistema cerrado y caracterizado por la presencia de un partido hegemónico que prevalecía en todos los espacios de representatividad política.

En efecto, el sistema entonces diseñado, que prevalece hasta hoy, plantea que ante la falta absoluta del Presidente de la República, los órganos del Congreso deben designar a quien debe ocupar el cargo presidencial. Con independencia de las modalidades de dicha designación (si es un presidente interino, substituto o provisional), el mecanismo de substitución requiere la intervención de algún órgano del Congreso, ya sea mediante su constitución como Colegio Electoral, o bien a través de la Comisión Permanente, para nombrar a quien ocupará la Presidencia de la República. Ese mecanismo, en un contexto en el que una sola fuerza política contaba con una mayoría absoluta en los espacios legislativos, como ocurrió hasta la primera mitad de la década de los años 80 del siglo pasado, no representaba ningún riesgo para la estabilidad política del país, pues la condición hegemónica de un partido implicaba, llegado el caso, una capacidad de garantizar sin demoras una sucesión en la máxima magistratura del país.

Sin embargo, el proceso de cambio político iniciado a finales de la década de los setenta, que se caracterizó por abrir el sistema de partidos a nuevas alternativas y permitir que la pluralidad pudiera acceder a los espacios de representación política del Estado, provocó que, paulatina y gradualmente, la creciente diversidad social, política e ideológica se hiciera presente en las Cámaras del Congreso de la Unión.

Así, en 1988, por primera vez en décadas, ninguna fuerza política contó, por si misma, con la mayoría calificada en la Cámara de Diputados requerida para aprobar las reformas constitucionales; a partir de ese hecho los cambios a la Carta Magna tuvieron que contar con el consenso de, al menos, dos fuerzas políticas presentes en el Congreso de la Unión.

Más tarde, en 1997, por primera vez en nuestra historia constitucional moderna, ningún partido político contó en la Cámara de Diputados, por si mismo, con los votos que le permitieran constituir una mayoría absoluta, con lo que toda ley o decreto que aprobara ese órgano legislativo requería ser negociado y procesado por el consenso de al menos dos grupos parlamentarios. Esa situación de falta de mayorías predeterminadas se extendió en el año 2000 al Senado de la República y así se inauguró en México el fenómeno que, en el ámbito de la ciencia política, se conoce como “gobiernos divididos”.

El contexto de un marcado pluralismo político abre la puerta para que, ante la eventualidad de la falta absoluta del Presidente de la República, el mecanismo de sustitución actualmente existente resulte disfuncional para mantener la estabilidad institucional y la gobernabilidad democrática en ese escenario extremo, sin duda, indeseable.

En efecto, la falta de una mayoría absoluta preestablecida a través del voto popular y por la necesidad de procesar mediante negociaciones y acuerdos, de preferencia por la vía del consenso, los acuerdos en el Congreso de la Unión, vuelve muy delicado, con base en el marco constitucional vigente, la atención de la eventual ausencia absoluta del titular del Poder Ejecutivo, es decir, el mecanismo constitucional para dirimir quién debe asumir el cargo.

Lo anterior es así, porque al no existir un mecanismo de substitución automática, ni siquiera de manera provisional, sin intervención del Congreso, ante la falta absoluta del Presidente de la República, se impone la necesidad de procesar un acuerdo entre dos o más fuerzas políticas representadas en el Congreso que permita alcanzar la mayoría requerida para el nombramiento.

En ese sentido, resulta pertinente modificar las normas relativas al procedimiento de substitución presidencial, contemplando las principales hipótesis plausibles de falta absoluta, para introducir un mecanismo que permita, en automático, que un funcionario del más alto rango en el gabinete presidencial, ocupe provisionalmente la Presidencia de la República en tanto el Congreso procesa los acuerdos necesarios para designar, con la mayoría requerida, a quien deba ocupar, en calidad de presidente interino o de presidente substituto, la titularidad del Poder Ejecutivo de la Unión.

Es convicción de estas comisiones unidas que ese mecanismo automático debe consistir por fijar en la Carta Magna un orden de prelación para evitar la ausencia del Presidente de la República, así sea por un lapso mínimo, que comienza con el Secretario de Gobernación, en primer término; en caso de falta absoluta de dicho funcionario sería el Secretario de Hacienda y Crédito Público quien asumiría provisionalmente la Presidencia y, a su falta, el Secretario de Relaciones Exteriores.

Lo anterior supone que desaparecería la figura de presidente provisional, cargo que hoy en día requiere el nombramiento de la Comisión Permanente, de forma tal que esa figura, generadora de potenciales conflictos, sería sustituida, conforme a esta propuesta, por la asunción provisional de la Presidencia por alguno de los funcionarios antes señalados, en estricto orden de prelación.

Lo anterior tiene la ventaja de que, en tanto en el Congreso de la Unión se procesa la designación del Presidente interino o del presidente sustituto, según sea el caso, el mando que caracteriza al Poder Ejecutivo no se vería suspendido en ningún momento, y brindaría el espacio de reflexión y ponderación necesario para que el Congreso de la Unión realice el nombramiento correspondiente.

El dictamen de estas comisiones introduce también que el funcionario que ocupe provisionalmente la Presidencia de la República, a partir del anterior mecanismo de sustitución, tendrá la limitación de no poder remover ni designar a los Secretarios de Estado ni al Procurador General de la República sin contar para ello con la aprobación de la Cámara de Senadores, y tendrá, además, que rendir un informe de labores al Congreso de la Unión en un plazo de diez días luego del término de su gestión.

Quien de esa manera ocupe provisionalmente la Presidencia de la República no estará impedido para ocupar el cargo en el futuro, ya sea porque sea nombrado por el Congreso de la Unión como Presidente Interino o Sustituto, o bien porque sea electo popularmente para ocupar la Presidencia de la República en la correspondiente elección federal.

El dictamen realiza también un ajuste a los plazos establecidos en la Constitución respecto del tiempo que debe mediar en caso de que la falta absoluta del Presidente ocurra en los primeros dos años de su mandato, para la realización de las elecciones en las que deberá elegirse al Presidente que terminará el periodo, para ajustarlo a la nueva realidad político electoral, pasando a ser de entre siete y nueve meses. Lo mismo ocurre respecto del tiempo en el que el nuevo Presidente electo deberá ocupar el cargo, situación que ocurrirá, en los términos del Dictamen, siete días después de concluido el proceso electoral correspondiente.

Además, estas comisiones dictaminadoras planteamos una modificación al artículo 85 constitucional para prever que, en caso de que al inicio del periodo constitucional se registre la falta absoluta del Presidente, y en tanto el Congreso hace el nombramiento del Presidente Interino, ocupará provisionalmente la Presidencia de la República el Presidente de la Cámara de Senadores. Lo anterior con la finalidad de garantizar que en ningún momento la Presidencia de la República estará vacante.

Finalmente, se plantea la modificación del mismo artículo 85 constitucional para establecer que las licencias que puede pedir el Presidente de la República serán de hasta un máximo a ciento ochenta días naturales, luego de los cuales la misma deberá ser considerada como falta absoluta y procederse en consecuencia. En tanto transcurre la licencia, y de manera congruente con lo antes señalado, se plantea que el Secretario de Gobernación ocupe provisionalmente la Presidencia de la República.

En el marco de estas importantes propuestas, estas comisiones unidas consideran importante proponer la modificación de dos artículos constitucionales correlativos al tema antes referido. En primer lugar, se propone precisar en el artículo 83 constitucional que el mandato del Presidente de la República inicia a partir de las cero horas del día primero de diciembre, sin menoscabo de la obligación que el titular del Poder Ejecutivo impone el artículo 87 de la propia Constitución de rendir ante el Congreso de la Unión la protesta establecida en ese mismo artículo.

En segundo lugar, se propone adicionar un segundo párrafo al artículo 87 de nuestra Carta Magna para establecer que en el caso de que el titular del Poder Ejecutivo no pueda, por cualquier causa ajena a su voluntad, o a la del Congreso de la Unión, rendir la protesta constitucional ante éste último, lo hará ante el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Consideramos que de ser aceptada esta propuesta quedará zanjada cualquier controversia sobre el inicio del mandato presidencial y el requisito formal de rendir protesta por parte de quien ocupe la Presidencia de México.

REELECCIÓN DE LEGISLADORES

La gran mayoría de los sistemas democráticos en el mundo permiten la posibilidad de reelección inmediata de los legisladores. En la actualidad México y Costa Rica son las dos únicas democracias del continente americano en prever, por el contrario, la imposibilidad de que quien ha ocupado un cargo de representación popular en los órganos legislativos en un periodo pueda volver a postularse para el periodo siguiente.

En México, el impedimento de la reelección inmediata de los legisladores federales y locales fue introducida en la Constitución el 29 de abril de 1933 cuando también se hicieron modificaciones a la Carta Magna para determinar el mismo impedimento para los presidentes municipales, regidores y síndicos electos. Esa misma reforma determinó, además, la prohibición absoluta de reelección de los titulares de los poderes ejecutivos federal y locales.

El impedimento para la reelección consecutiva de legisladores no puede ser entendido como la concreción del lema del movimiento revolucionario encabezado por Francisco I. Madero –“sufragio efectivo, no reelección”- que se convirtió en uno de los principios del Estado emanado de la Revolución. Ese postulado se había formulado en relación específica de la titularidad del Poder Ejecutivo y estaba dirigido en contra del régimen de Porfirio Díaz quien se había reelegido siete veces en la Presidencia de México, así como en contra de la prologada permanencia en el poder de los gobernadores de los Estados.

En las últimas décadas el profundo proceso de cambio político que ha atravesado el país ha provocado que por la vía electoral se haya multiplicado el pluralismo e incrementado consistentemente la competitividad política. En un contexto similar, resulta natural plantear la reintroducción de la posibilidad de la reelección –si bien acotada- de los legisladores tanto en el ámbito federal como en el ámbito de las entidades federativas.

Ese cambio tiene el propósito de fortalecer las labores legislativas a través de una mayor profesionalización de esas funciones y con ello el fortalecimiento del Congreso, así como el de abrir la posibilidad de un vínculo más estrecho entre los legisladores y sus representados lo que redundará en una revalorización de los órganos legislativos entre los integrantes de la sociedad mexicana.

A juicio de estas comisiones dictaminadoras, la reelección inmediata de los legisladores tiene varias ventajas entre las que se destacan las siguientes:

a) La ventaja que de manera más recurrente es señalada es que la reelección de los legisladores les impone mantener un vínculo más estrecho con sus electores de quienes dependerá, en su momento, una eventual ratificación electoral en el cargo. Lo anterior, trae consigo un mejor y más intenso ejercicio de rendición de cuentas en el que el elector a través de su voto manifiesta su aprobación o rechazo a la actuación, en general, de un partido por su desempeño político y, en particular, la de sus representantes en específico. La reelección legislativa puede constituirse, así, en un mecanismo que fomente y fortalezca las relaciones de confianza que deben mediar entre representantes y representados al permitirles a estos últimos un mayor conocimiento y cercanía con los integrantes de los órganos representativos del Estado;

b) La posibilidad de reelección inmediata fomenta la responsabilidad de los representantes populares al imponerles, si aspiran a ser reelectos en el cargo, el mantener el vínculo y contacto permanente con los ciudadanos de la demarcación territorial por la que fueron electos, pues de la cercanía con ellos depende, en buena medida la base de respaldo que les permita volver a contender por el cargo que ocupan en una siguiente ronda electoral;

c) En tercer término, la reelección consecutiva permitirá la formación de legisladores más profesionales, permitiendo que el conocimiento acumulado respecto de las funciones y las prácticas parlamentarias adquiera mayor importancia y se reduzca la curva de aprendizaje que se impone a los legisladores que ocupan el cargo por primera vez al permitir la coexistencia de legisladores que repiten en el encargo y acumulan el bagaje de la experiencia que su permanencia les proporciona. La anterior se traducirá en un mejor aprovechamiento del tiempo que sin duda redundará en una mejor calidad del trabajo legislativo; y

d) Adicionalmente, la estabilidad en el encargo legislativo que podría generar la reelección inmediata, probablemente traiga consigo mejores condiciones de gobernabilidad en los contextos de falta de mayorías parlamentarias predefinidas y de “gobiernos divididos” que trajo consigo el fortalecimiento y la acentuación del pluralismo y diversidad política que operó en el país en los últimos tres lustros. En efecto, la posibilidad de que los legisladores sean reelectos de manera inmediata propiciaría la existencia de interlocutores más ciertos y permanentes y que los puentes de diálogo y comunicación, que son indispensables para lograr una gobernabilidad democrática, sean más estables y no tengan que reconstruirse al inicio de cada legislatura.

Finalmente, cabe mencionar que el planteamiento de eliminar la prohibición de reelección de los legisladores no sólo se limita al plano federal con la propuesta de modificación del artículo 59 constitucional, sino que también supone la modificación del artículo 116 para permitir al legislador local determinar lo conducente.

Considerando la experiencia internacional y el hecho de que por nuestra historia y realidades es necesario seguir garantizando la capilaridad del sistema política y el acceso de nuevas generaciones al ejercicio de los cargos de elección popular, se propone limitar la posibilidad de reelección inmediata, en el caso de los senadores, a solamente un periodo adicional, mientras que los diputados, federales y locales, podrían ser reelectos hasta por dos periodos adicionales.

A fin de evitar una indeseable heterogeneidad y hasta dispersión del calendario electoral, y en el mismo sentido de la reforma aprobada por el Constituyente Permanente en el año 2007, se propone adicional el artículo 116 para establecer que el periodo de mandato de los diputados locales será de tres años.

RATIFICACIÓN DE COMISIONADOS DE ÓRGANOS REGULADORES

En el proceso de modernización del Estado mexicano y sus instituciones un sitio destacado lo ocupa la creación de órganos estatales, dotados de autonomía de gestión y operación, responsables de la regulación de áreas estratégicas de la actividad económica, o bien de la defensa de la sociedad y los consumidores ante situaciones monopólicas, duopólicas, monopsónicas o de dominancia evidente de un agente en el mercado.

La creación de la Comisión Federal de Competencia Económica antecedió a la de otras comisiones que hoy son parte del ámbito de la regulación estatal que pretende hacer realidad el mandato constitucional de que el Estado sea rector del desarrollo económico nacional. La Comisión Reguladora de Energía, y luego la Comisión Federal de Telecomunicaciones, vinieron a complementar y fortalecer la nueva vía para que, dejando atrás modelos superados, el Estado mexicano pudiese cumplir sus responsabilidades sociales.

El Congreso de la Unión ha establecido un nuevo marco legal que regula la integración y facultades de esos órganos, bajo un modelo inicialmente basado en experiencias previas en materia político-electoral, que no siempre resultó en el más idóneo a los objetivos de los órganos reguladores en materia económica. Será necesario, en el plazo más breve posible, una revisión integral de las leyes al respecto.

Concebidos originalmente como órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal, los entes reguladores en materia económica han evolucionado hacia un esquema inédito, como en su tiempo lo fueron el IFE o el IFAI. Sin embargo, por una deficiente normatividad constitucional, el objetivo de que fuesen órganos del Estado, no del gobierno en turno, no se ha cumplido. Las decisiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en relación al diferendo sobre la facultad del Senado para ratificar a los comisionados de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, advirtieron al Poder Legislativo de un problema real en esta materia.

Hay quienes afirman que a partir de la decisión del máximo Tribunal el Ejecutivo ha utilizado su facultad –omnímoda’ de designación para colocar en los órganos reguladores, en calidad de comisionados, a personas que están lejos de cumplir los requisitos de conocimiento y experiencia en las materias que les son confiadas, pero lo más grave, a decir de los críticos, es que esas personas no garantizan la autonomía de los órganos ni la independencia en sus decisiones.

Sin embargo, otras opiniones, igualmente respetables, sostienen que esa facultad del Ejecutivo, confirmada por la Corte, le permite evitar la “nociva influencia” del Congreso, y así asegurar un mejor desempeño de los órganos reguladores. El debate está presente en la sociedad y en los medios especializados, pero es evidente que existe un faltante en el modelo normativo de los órganos estatales de regulación económica.

Teniendo a la vista la iniciativa suscrita por los senadores del Grupo Parlamentario del PRI, quienes integramos las comisiones unidas que suscriben el presente dictamen, coincidimos en la necesidad de encontrar una fórmula de equilibrio entre las facultades del Ejecutivo en materia de designación de comisionados y la intervención, a nuestro juicio indispensable, del Congreso en ese ámbito, de forma tal que contemos con un mecanismo de pesos y contrapesos que eviten la discrecionalidad y abuso del primero en el ejercicio de tan alta responsabilidad, y al mismo tiempo eviten que la politización partidista marque a los comisionados de los órganos reguladores.

Nos parece adecuada la solución propuesta en la iniciativa mencionada, en el sentido de que el Ejecutivo mantenga la facultad de designación de comisionados, pero que el Senado de la República ejerza la atribución de ratificación de los mismos, de manera semejante a como se procede en el caso de embajadores. Si la Cámara de Senadores no otorga su ratificación, el Ejecutivo deberá realizar una nueva designación, sin que opere a su favor límite alguno en el número de rechazos (no ratificación) por parte del Senado.

Para hacer posible el acuerdo reflejado en este dictamen, estas comisiones unidas admiten la propuesta de que, en esta ocasión, solamente se realice la reforma propuesta respecto de tres órganos reguladores:

• Comisión Federal de Telecomunicaciones;

• Comisión Federal de Competencia Económica, y

• Comisión Reguladora de Energía.

La facultad constitucional de ratificación de Senado se ejercerá sin importar la naturaleza jurídica que la ley disponga para cada uno de los entes públicos antes señalados de manera expresa. Es decir, sin importar si se les considera, por ley o por decreto del Ejecutivo, órganos desconcentrados, descentralizados o de cualquier otra naturaleza que la ley señale.

El Congreso de la Unión habrá de señalar en la ley las normas aplicables para hacer efectiva la facultad del Senado.

Esta propuesta se incorpora en los artículos 76 y 89 constitucionales. Y en ese contexto las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos consideramos que es una excelente oportunidad para actualizar la normativa constitucional que nos ocupa, en lo que se refiere a los agentes diplomáticos, que “en sentido técnico se debe entender por agente diplomático a todas las personas designadas con tal carácter por un estado y aceptadas con el mismo carácter por otro Estado, para el desempeño con carácter permanente de funciones diplomáticas.

Su uso debe quedar limitado a la diplomacia bilateral. El término es igualmente aplicable tanto al jefe de misión como a todos los demás miembros del personal diplomático” . 4

Con el ánimo de homologar el texto constitucional se propone la cancelación de la palabra “agentes diplomáticos”, así como la inclusión del término embajadores en la fracción segunda del artículo 76; fracción VII del artículo 78; y fracciones II y III del artículo 89 constitucionales, con la finalidad de adecuarla a la terminología que para definir los rangos de acreditación diplomática utiliza la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de la que somos parte.

De la misma forma, se propone la eliminación de la palabra “ministro” de los mismos artículos y fracciones, toda vez que el Presidente de la República solamente envía al Senado de la República o a la Comisión Permanente, en los recesos de aquél, los nombramientos de embajadores titulares ante el gobierno de un Estado o representantes ante un organismo internacional, y a los cónsules generales, no así a los ministros.

Por tanto, considerando que la figura de agente diplomático es obsoleta y a la fecha es inoperante, así como que la figura de ministro (contemplada por la Ley del Servicio Exterior Mexicano) no requiere ratificación del Senado; y con la convicción de que el marco jurídico constitucional debe adecuarse a la realidad social y política del país, ya que la actualización de la Carta Magna es una labor fundamental en el quehacer parlamentario, se considera oportuno eliminar del listado de funcionarios diplomáticos nombrados por el Ejecutivo y ratificados por el Senado de la República, a los agentes diplomáticos y a los ministros, así como incluir el término de embajador que responde a la realidad y la práctica.

Cabe, finalmente, señalar que esta propuesta se inspira en la iniciativa que el 23 de noviembre de 2006 presentara la senadora Rosario Green ante el propio Senado.

INTEGRACIÓN DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

Respecto este tema es importante señalar que el 23 de marzo de 2010 la Senadora María de los Ángeles Moreno en nombre propio y de varios senadores del grupo parlamentario del PRI, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 44, 73, fracción VIII, 76, fracción IX, 89, fracción XIV, 108, 109, 110, 111 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, del Distrito Federal y de Estudios Legislativos.

Esta iniciativa es una reforma integral al Distrito Federal que contiene diversas propuestas, entre ellas, la supresión en el texto de la Constitución, de la denominada “cláusula de gobernabilidad”.

Sin embargo, estas comisiones unidas, en el proceso de análisis y dictamen, senadores de diversos partidos advirtieron sobre la problemática que significaría la admisión de los candidatos independientes a diputado para la Asamblea Legislativa del DF y la existencia de una norma constitucional que dispone que al partido que, por sí mismo, obtenga el mayor número de constancias de mayoría y al menos el 30 por ciento de los votos, se le debe otorgar el número de curules suficientes hasta alcanzar la mayoría absoluta en dicho órgano.

El señalamiento es procedente, en tanto la norma constitucional vigente establece lo siguiente:

“III. Al partido político que obtenga por sí mismo el mayor número de constancias de mayoría y por lo menos el treinta por ciento de la votación en el Distrito Federal, le será asignado el número de diputados de representación proporcional suficiente para alcanzar la mayoría absoluta de la Asamblea;”

Además de que la norma constitucional antes transcrita es una rémora de la reforma de 1986, cuando por vez primera se instauró para el Distrito Federal una “Asamblea de Representantes”, con facultades propias de un Cabildo municipal, no de un órgano legislativo, su subsistencia en el marco de lo propuesto por este Dictamen provocaría situaciones indeseables.

En efecto, sería posible el caso de que por el efecto combinado de la mayor competencia entre partidos y la existencia de “candidatos independientes” a diputados a la Asamblea Legislativa, el partido de mayor número de constancias de mayoría tuviese menos de la mitad de victorias en distritos uninominales (19 o menos) pero que hubiese obtenido el 30 por ciento de la votación; ello daría lugar a una situación inaceptable para propósitos y fines de representación del voto popular; es decir, que con 19 o menos constancias de mayoría, un partido obtenga mayoría de curules en ese órgano legislativo.

Extremando el argumento, pero bajo una hipótesis aritméticamente posible: si siete partidos compiten sin alianza en el DF, y además hay candidatos independientes, el partido de mayor número de constancias de mayoría podría obtener solamente 7 de 40 victorias distritales, pero obtener el 30 por ciento o más de los votos; dado que solamente existen 26 curules de representación proporcional, habría que asignarle todas, sin que por ello se cumpla la norma constitucional que obliga a otorgarle mayoría absoluta; es decir 34 curules. Es un caso extremo, pero plausible.

Es de toda evidencia que la norma constitucional citada ha dejado de tener sentido en el marco de los cambios realizados en el sistema electoral durante las tres décadas previas, por lo que estas comisiones unidas proponen su reforma para disponer que el requisito será obtener el mayor número de constancias de mayoría y al menos el 40 por ciento de los votos.

Estamos convencidos que con este cambio se avanza en un sistema más equitativo, más democrático y sobre todo más fiel a la voluntad popular en el Distrito Federal.

OTROS CAMBIOS

Estas comisiones unidas advierten que con motivos de las reformas sustantivas que se proponen en el presente dictamen, resulta necesario realizar adecuaciones de remisión o referencia en otros artículos constitucionales. En particular, lo anterior afecta las disposiciones relativas a las sesiones del Congreso General en el caso de que deba actuar como Colegio Electoral para designar presidente interino o substituto. En esta materia, es el caso de que estas comisiones consideramos prudente que, en ese caso, la convocatoria que emitiría la Comisión Permanente, quede sujeta al requisito de voto por mayoría, a fin de prevenir conductas de bloqueo por parte de uno o más grupos parlamentarios.

RÉGIMEN TRANSITORIO

En la regulación transitoria del proyecto de decreto, se propone que las reformas entren en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con las siguientes salvedades:

• Artículo 59: La reelección de los senadores y diputados al Congreso de la Unión surtirá efectos para los electos en las elecciones federales ordinarias del año 2012. Por tanto, los legisladores federales al Congreso de la Unión, electos en 2006 (senadores) y en 2009 (diputados), en ningún caso y por ningún motivo podrán beneficiarse de la reforma propuesta. La anterior prohibición incluye a aquellos legisladores que habiendo sido electos, en los años antes señalados, como suplentes, hayan entrado en funciones, así sea de manera temporal. Se debe entender que los diputados y senadores suplentes que nunca hayan entrado en funciones de propietarios, no quedan impedidos.

• Artículos 116 y 122: en el caso de la reelección de los diputados locales, ya sean de los Estados o del Distrito Federal, surtirá efectos una vez que se hayan reformado las Constituciones Estatales o el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, según el caso, previéndose la misma norma que para los legisladores federales; es decir, quienes estén en el cargo al momento de que se realicen las adecuaciones o reformas respectivas, en las Constituciones locales, no podrán ser beneficiarios de la reforma.

• Artículo 35: Respecto a las candidaturas independientes el Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones necesarias a la legislación secundaria, dentro de un término no mayor de 60 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

• Y para las Legislaturas locales, ya sean los Congresos de los Estados o la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se establece que las normas respectivas a candidaturas independientes se deberán expedir en un plazo no mayor a dos años, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, emitir las normas respectivas a candidaturas independientes en el ámbito de su competencia.

• Se establece un plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigor del decreto, para que el Congreso de la Unión expida la legislación para hacer cumplir lo dispuesto en el mismo.

Finalmente, en el último artículo transitorio se derogan todas las disposiciones que se opongan a las reformas establecidas en el decreto.”

III. CONSIDERACIONES DE ESTA COMISIÓN.

Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación, después de hacer un análisis exhaustivo a la miscelánea constitucional contenida en la Minuta del Senado de la República; de la Opinión de la Comisión de Participación Ciudadana; y aportaciones surgidas en el seno del Foro denominado; “La Reforma Política, Cambio Estructural de la Vida Social en México”, llevado a cabo en las Ciudades de; México, Distrito Federal; Mérida, Yucatán; Durango, Durango; y Guadalajara, Jalisco; así como de las aportaciones de los Congresos Locales detallados en el capítulo de antecedentes, han considerado emitir Dictamen en Sentido Positivo con modificaciones sustanciales que dan coherencia al contenido de la Minuta y la robustecen.

La Minuta materia de este dictamen, aborda once temas:

a) Iniciativa Preferente.

b) Candidaturas Independientes.

c) Ratificación de Comisionados de Órganos Reguladores del Estado.

d) Integración de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

e) Iniciativa Ciudadana.

f) Consulta Popular

g) Sustitución del Presidente en casos de falta absoluta

h) Toma de protesta del Presidente

i) Reelección Legislativa

j) Reconducción Presupuestal.

k) Observaciones del Ejecutivo al Presupuesto de Egresos de la Federación.

Estas colegisladoras comparten los temas señalados en los puntos de la a) a la h) no así, los señalados de la i) a la k), en virtud de las siguientes consideraciones.

Los problemas constitucionales no son primariamente, problemas de derecho, sino de poder; la verdadera Constitución de un país sólo tiene valor cuando da expresiones fieles de factores de poder imperantes en la realidad.

La sociedad humana, funciona a base de organizaciones cada vez más complejas, que obligan a establecer instrumentos de derecho, que permitan la firme convivencia de acuerdo a las necesidades sociales que se encuentran en movimiento, es por ello, que las reformas que se plantean en este proyecto, van acorde con la estructura de crecimiento a las necesidades sociales, y que harán historia en las nuevas formas de democracia futura.

Alcanzar la transición que México necesita no es algo sencillo, pero es posible y es indispensable. El país no tiene otra alternativa, debe transformarse para dar satisfacción a las necesidades de todo pueblo.

Se necesita una nueva cultura política, profundamente patriótica, que sin menoscabo de las diferentes posiciones ideológicas y partidistas informe y encauce las decisiones y los trabajos políticos en función del bien general de la Nación; de otra manera corremos el enorme riesgo de quedar como un país irrelevante en medio de los grandes retos del mundo moderno de la globalización, del que no nos podemos sustraer.

El Estado mexicano se ha ido formando en un proceso histórico de casi dos siglos, que ha tenido como hilo conductor la voluntad de perfeccionamiento y adecuación de las formas de organización de la sociedad. Consecuentemente, la reforma que hoy se propone, será para responder a las necesidades del país y de la población en el futuro inmediato y mediato, así como a los requerimientos que impone la cada vez más intensa relación internacional.

Esta reforma, si nos ubicamos en la actualidad y frente a las aspiraciones de la sociedad, tendrá que estar guiada por los objetivos de rescatar el pleno ejercicio de la soberanía, cuyo titular es el pueblo, así como ampliar los espacios de vida democrática.

Parte esencial de la reforma debe ser la democratización del ejercicio del poder mismo, considerando que el régimen presidencialista del país está agotado, que no responde a las necesidades que corresponde a una buena conducción política.

La gobernabilidad no puede ser sino democrática, nosotros no consideramos que pueda haber una gobernabilidad que no esté basada en la democracia. Gobernabilidad es construcción de consensos; de manejo político; operación política adecuada, es decir implica respeto a las leyes, respeto a las instituciones, no por autoritarias sino por eficaces, porque responden a la gente, porque tienen credibilidad.

En este sentido, tenemos la tarea en este momento, de lograr que la mayoría de los mexicanos vean qué democracia, qué pluralidad, qué la división real de poderes no equivalen a parálisis y deficiencia, sino que son los medios de lograr la consecución de los intereses colectivos que tienen todos los mexicanos como Nación.

En la actualidad, el sistema político exhibe signos de deterioro, siendo objeto de vivos cuestionamientos. Para entender de qué manera está cambiado el régimen político mexicano, hay que aplicarle el moderno enfoque del derecho constitucional, para el cual, no basta el mero examen formal de la Constitución, sino precisa completarlo con los datos que arroja la realidad política y social, dado que cualquier régimen político, en última instancia, constituye la “solución política efectiva que adopta una comunidad”, misma que se sustenta en una serie de “poderes constitucionales” y “poderes de hecho” que la hacen posible.

Después de lo vertido anteriormente, éstas Comisiones Unidas, por método, hacen el análisis de los temas coincidentes con la Minuta del Senado acorde al orden señalado en párrafos anteriores en el tenor siguiente:

a).- INICIATIVA PREFERENTE

(Últimos 3 párrafos del artículo 71)

Estas dictaminadoras consideran que con la adición de tres párrafos al artículo 71 constitucional, el Poder Ejecutivo y Legislativo, encontrarán coadyuvancia en los asuntos de gran relevancia para la sociedad mexicana, es decir, el Congreso de la Unión, a través de la atención legislativa preferente, dará trámite a dos iniciativas que la ameriten, cuya relevancia, trascendencia y estado de necesidad a juicio del Presidente de la República, así lo justifique.

Esta figura jurídica para estas dictaminadoras no es improvisada, ya que existe con algunas variantes en otras democracias como la Francesa, Alemana, Chilena, Brasileña, Colombiana, Uruguaya, Paraguaya, etc.

En México, la división del poder, se basa en un sistema de pesos y contrapesos, con lo que es claro, que la colaboración del Poder Legislativo se traducirá en la doctrina y en la práctica política, como una cuestión esencial para el equilibrio de poderes.

En este sentido, estas dictaminadoras, consideran que con esta reforma, no se obstruirá la labor del Ejecutivo, ya que como se ha referido, ello es parte del equilibrio de los poderes, y por ende da congruencia al contenido de los artículos 41, 49, 71 fracción I y 80, constitucionales.

La iniciativa preferente, no atenta contra el principio de la División de Poderes, sino por el contrario fortalece el procedimiento legislativo, ello en beneficio de la colectividad y del desarrollo del país.

En nuestra Constitución, el procedimiento legislativo, resulta ser un principio universal, en el que para aprobar una ley se debe cumplir con determinados requisitos de estudio, quórum, discusión y votación, a fin de evitar la precipitación y, sobre todo, cumplir con los fines del propio Estado, asegurando el bien común.

Es importante señalar que no se trata de un trato preferente respecto del contenido de los argumentos o del sentido de la votación; pues, la preferencia consiste exclusivamente en la obligación del Congreso de pronunciarse sobre la iniciativa, ya sea en favor o en contra.

Además, no debe pasar desapercibido que el avance en el movimiento del país no puede entorpecerse por cuestiones de índole política, ni cualquier otra supuesta razón que retrase el desarrollo del país.

Es inevitable que en este contexto de pluralidad de fuerza políticas que convergen en el Congreso de la Unión se generen diversidad de pensamientos, luego entonces se hace necesaria la existencia de mecanismos que permitan la construcción de acuerdos en beneficio del país, los miembros de esta Comisiones dictaminadoras consideran que la iniciativa preferente fortalecerá los cauces de colaboración política entre el poder ejecutivo y legislativo, sin que implique debilitamiento de ninguno de los poderes, en virtud de que ambos mantienen sus facultades intocadas, simplemente se da cauce preferente o de importancia a propuestas legislativas del poder Ejecutivo.

En síntesis, se trata de prever la atención legislativa preferente de aquellas iniciativas que la ameriten, por su importancia y trascendencia, a juicio del Presidente de la República. En todo lo cual estas Comisiones Unidas están de acuerdo.

b).- CANDIDATURAS INDEPENDIENTES, MODIFICACIÓN A LOS ARTÍCULOS 35 FRACCIÓN II, 116 FRACCIÓN IV INCISO E.

En la Constitución, reside la garantía a la soberanía popular, como poder del pueblo para autodeterminarse y expresar en todo momento su incontrovertible voluntad, proteger tal derecho supone regularlo o normarlo con el objeto de que la voluntad popular no sea suplantada, esta es la filosofía con la que las Comisiones Unidas adoptan la figura de las Candidaturas Independientes.

México vive hoy su propia transición democrática, podríamos afirmar que inició con un proceso de liberalización política a partir de la década de los 70’, que luego transformó en una verdadera democratización al final del siguiente decenio y durante los 90’.

La democracia es un anhelo de las sociedades civilizadas, por ello, no basta transitar hacia ella sino hay que consolidarla y conservarla; en este sentido, resulta prudente hacer mención a la definición de Norberto Bobbio: “La democracia es una forma de gobierno en que existe el derecho de participar directa o indirectamente en la toma de decisiones colectivas para un número muy elevado de ciudadanos; en la que además existen reglas procesales que permiten tal participación y la toma de decisiones (como la regla de la mayoría), y, por último, en la que existen las condiciones para que aquellos que están llamados a decidir o a elegir a quienes deberán decidir se planteen alternativas reales y estén efectivamente en posibilidad de seleccionar entre una u otra”.

En este contexto, estas Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación tienen la ineludible convicción de que a través de esta reforma constitucional se consolidará un gran pacto dentro del proceso de transición democrática, sin pretender despojar a la Constitución de su carácter esencialmente normativo.

Por supuesto que este pacto tiene la imperiosa necesidad de generar consensos amplios en torno al nuevo orden político, pues sin ellos, el proceso de transición no habrá de sobrevivir ni funcionar.

En suma, la reforma constitucional propuesta en torno a las candidaturas independientes, debe ser vista como parte de una estrategia, no solo para la instauración de la democracia participativa, sino también, de su consolidación y estabilidad que requiere la adhesión conciente de los actores políticos más significativos y de los más amplios sectores de la sociedad al nuevo orden político constitucional.

En el ámbito internacional, los derechos políticos son considerados por su relevancia derechos humanos y las candidaturas no son la excepción, así lo establece el Pacto de San José, en su artículo 23, en el capítulo Sobre Derechos Políticos, que a la letra dice:

“Artículo 23. Derechos Políticos

1. Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades:

a) de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;

b) de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y

c) de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.

2. La ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades a que se refiere el inciso anterior, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal.”

En lo particular, estas Comisiones advierten del texto antes transcrito, que el ejercicio de los derechos políticos no se encuentra supeditado a requisitos de afiliación política o pertenencia a alguna agrupación, por ello, ésta reforma observa en estricto sentido la norma internacional como fuente del derecho mexicano.

Es evidente, que la fuerza jurídica de los instrumentos internacionales frente al derecho interno, constituyen obligaciones asumidas por México frente a la comunidad internacional, es por ello, que por congruencia y coherencia entre la legislación nacional y los instrumentos internacionales se hace necesaria la reforma constitucional en estudio.

c).- RATIFICACIÓN DE COMISIONADOS DE ÓRGANOS REGULADORES DEL ESTADO, CONTENIDA EN LOS ARTÍCULOS 76 FRACCIÓN II, 78 FRACCIÓN VII, 89 FRACCIÓN III y IV.

En el ámbito internacional, la competencia económica y sectores como el transporte, telecomunicaciones y servicios financieros deben ser regulados por entidades administrativas dotadas con arreglos institucionales especiales, ya que para lograr la intervención estatal efectiva al enfrentar fenómenos particularmente complejos y dinámicos, debe existir una forma especial y continua de control, basada en una visión a largo plazo, con alto grado de especialización técnica y mínima interferencia política. Ello como condición necesaria para corregir las fallas del mercado y promover la eficiencia y desarrollo de los sectores económicos.

De tal manera, la autonomía es el elemento esencial del regulador, cuyas dimensiones son: autonomía frente al gobierno, frente a los regulados y para toma de decisiones. El balance adecuado se logra a través de arreglos organizacionales, mecanismos efectivos de rendición de cuentas y atribuciones suficientes.

En virtud de lo anterior, la autonomía organizacional presupone la pertenencia al gobierno, pero, a la vez, con una sana distancia del mismo. Aunque las formas y nomenclaturas llegan a ser muy diversas, solo serán validas en la medida en que el regulador tenga plena independencia para el dictado de sus resoluciones y no sea capturado por el propio gobierno y por los mismos regulados, mediante la amenaza de remoción de altos mandos o el chantaje presupuestal.

El régimen de nombramientos es de vital importancia y debe de prever reglas ex ante, que garanticen un perfil adecuado; así como reglas ex post, que otorguen estabilidad laboral y dejen una conducta ética y profesional.

De esta manera, la autonomía organizacional presupone también el control del presupuesto, contratación y organización interna.

La autonomía es necesaria para evitar la interferencia político-burocrática y procurar la toma de decisiones de forma autónoma, imparcial, objetiva y científica. Pero ese es su límite, pues la autonomía no puede significar la ruptura total con la administración o el Poder Ejecutivo. El regulador económico debe formar parte de una red integrada por otros reguladores y autoridades que persigan fines comunes o conexos, cuya convergencia sea, precisamente, pertenecer a la administración caracterizada por la unidad de acción y propósito. Aunque autónomo, el regulador debe quedar sujeto a un conjunto de leyes y políticas de corte transversal, así como la tutela y la vigilancia, razonables, por parte del Ejecutivo.

Derivado de lo anterior, para cumplir con sus funciones, el regulador requiere de personal de alta calidad profesional y técnica. Por ello, es fundamental que en el seno del regulador exista un ambiente laborar atractivo, capaz de atraer y retener talento.

Por ello, los reguladores deben contar con arreglos que, entre otros, aseguren que el interés privado permanezca subordinado al interés público, lo doten de credibilidad y legitimidad, lo obliguen a justificar sus decisiones mas allá de lo legal y a establecer parámetros de acción que permitan hacer juicios efectivos de desempeño.

En conclusión, en el sentido de que el Ejecutivo mantenga la facultad de proponer el nombramiento de los comisionados de los órganos reguladores, con ratificación del Senado de la República; si la Cámara de Senadores no otorga su ratificación, el Ejecutivo deberá realizar una nueva designación de los mismos.

De esta manera, le permite evitar al Ejecutivo la influencia del Congreso, y así asegurar un eficaz desempeño de los órganos reguladores.

Es por lo mencionado anteriormente, que las Comisiones dictaminadoras, concuerdan con el planteamiento señalado por la Minuta del Senado, relativo al presente tema.

d).- INTEGRACIÓN DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL A QUE ALUDEN LAS PROPUESTAS DEL ARTÍCULO 122, BASE PRIMERA, FRACCIÓN III.

El perfeccionamiento de nuestra legislación electoral ha sido un proceso constante y permanente. Desde 1917 se han realizado una serie de reformas constitucionales con el propósito de fortalecer las prácticas democráticas del sistema político mexicano y de ampliar la participación de diversos actores en el mismo. Desde luego, reformar a leyes secundarias también han perseguido ese propósito, pero el mismo es más claro a nivel constitucional y por citar unos ejemplos se mencionan:

1993-1994

• Se perfeccionaron e instituyeron mecanismos novedosos, tales como:

• El financiamiento público y privado.

• Los observadores electorales nacionales.

• El sistema de asignación de las curules por el principio de representación proporcional.

• La creación de una Sala Superior del Tribunal Electoral y un procedimiento de segunda instancia en lo referente a la justicia electoral.

• La introducción de los Senadores de primera minoría.

• Se estableció que el Instituto Federal Electoral seria un organismo estatal autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, el responsable del ejercicio de tal función.

• En el órgano máximo de dirección de este organismo, estarían representados directamente los ciudadanos mediante la figura de los Consejeros Ciudadanos, mismo que serían designados por los Poderes Ejecutivo y Legislativo de manera cooperativa.

• Se determinó que los partidos políticos estarían también representados en este organismo, pero sin que tuvieran oportunidad de votar.

• Se estableció que el Tribunal Federal Electoral, para el ejercicio de su encargo contará con magistrados y jueces instructores, mismos que son independientes y responden únicamente al mandato de la ley.

2003

Se decide variar el perfil en la designación de Consejeros Electorales. Como se puede apreciar de esta exposición, el esfuerzo por mejorar nuestras instituciones y nuestras prácticas electorales ha sido una constante en la actuación del sistema político de gobierno y con las propuestas que hoy se ponen a consideración de esta Asamblea, se consolida un sistema electoral transparente que genera confianza en la ciudadanía y da certidumbre a nuestros procesos políticos.

El propósito de la reforma que hoy se analiza, es mediante una sensible mejora de nuestras instituciones y procedimientos electorales, contribuir a fortalecer, de modo definitivo, nuestro régimen democrático, para la mejor toma de decisiones públicas, que se traduzcan en mejores condiciones de vida para toda los capitalinos.

Efectivamente, las elecciones tienen funciones básicas en un sistema democrático porque a través de ellas se busca la legitimación del poder y el correcto equilibrio en la representación popular.

La reglas electorales, fijan canales para organizar la representación, se integran los cuadros de gobierno y se organiza la transmisión del poder político, buscando el correcto equilibrio entre las fuerza populares.

Es por ello, que la pertinencia y necesidad de la reforma constitucional propuesta en lo que hace a este tema, hace procedente la aprobación del proyecto de decreto.

El porcentaje que se propone para alcanzar la mayoría en la Asamblea legislativa es coincidente con el principio de mayoría y sobre todo de legitimación política, ya que al incrementar el porcentaje propuesto se dificulta la obtención de la mayoría en la Asamblea Legislativa, por consiguiente las minorías obtienen acceso al sistema de representación popular.

Por tanto, los integrantes de ésta Comisión dictaminadora consideran procedente y viable la reforma constitucional en estudio, ello por las razones expresadas anteriormente.

e).- INICIATIVA CIUDADANA, PROPUESTA A LOS ARTÍCULOS 35 FRACCIÓN VII, 71 FRACCIÓN IV, 73 FRACCIÓN XXIX-P, ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 116, 122 BASE PRIMERA, FRACCIÓN V, INCISO O).

Para las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación, es de gran relevancia el presente tema, pues en él, se vislumbra una verdadera democracia, ya que efectivamente la ciudadanía conoce de sus necesidades y podrá expresarlas a través de propuestas legislativas.

La incorporación en la norma constitucional de la Iniciativa Ciudadana, constituye una expresión de cambio que nos encauza a considerarnos como un país de democracia avanzada, ya que sólo en aquellos países en los que se respete la libertad política de los hombres, se generarán las condiciones necesarias para el ejercicio pleno de los derechos consignados en las normas fundamentales.

La Iniciativa Ciudadana, se debe entender como un procedimiento expresado en la Constitución, el cual, el pueblo de manera directa e inmediata, y no a través de órgano intermedio, vinculará al órgano legislativo para que analice la propuesta de ley presentada.

Tal mecanismo, se constituye como un procedimiento que permitirá la participación de los ciudadanos en las decisiones gubernamentales, y que son de interés para todos los habitantes de la República.

Para los miembros de estas Comisiones dictaminadoras, es una convicción que mediante el mecanismo en estudio, se logrará incentivar y generar una sociedad más participativa e interesada en los asuntos gubernamentales. Además, reivindica una deuda histórica con el pueblo mexicano, constituyéndose la Iniciativa Ciudadana como un ejercicio puro de soberanía, congruente con el artículo 39 constitucional.

Sin embargo, los Integrantes de las Comisiones Dictaminadoras, coinciden en que el requisito del porcentaje de cero punto veinticinco por ciento de la lista nominal de electores, plasmado en la Minuta enviada por el Senado de la República, se constituye como un requisito más difícil de cumplir, lo que podría dificultar el acceso a esta importante figura de participación ciudadana, provocando que tal reforma sólo quede en buenas intenciones.

No hay que olvidar, que la naturaleza de la iniciativa ciudadana es precisamente generar la participación del pueblo mediante figuras que impulsen la actividad política de los ciudadanos, fomentando la cultura jurídica de las personas, encausando sus inquietudes mediante procedimientos jurídicos flexibles, que no entorpezcan su ejercicio.

Durante el debate, en el desarrollado del foro, se expresó que tal porcentaje, de aprobarse materialmente se constituiría en un equivalente, a los votos que se exigen para ser diputado federal, siendo tal circunstancia imposible de aceptarse, dada la trascendencia de la figura democrática que se estudia.

Por ello, los integrantes de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación, creen oportuno reducir el porcentaje a 0.13% del total de la lista nominal, dicha cantidad se considera, es mucho más viable y permitirá canalizar la voluntad popular en forma legítima, sin caer en supuestos normativos excesivos en sus requisitos, que sólo impidan el correcto ejercicio de las voluntades colectivas.

f).- CONSULTA POPULAR, RELATIVA A LA REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 35 FRACCIÓN VIII, 36 FRACCIÓN III, 73 FRACCIÓN XXIX-P.

La consulta popular, se constituye en una Institución valiosa, para lograr un mejor Sistema Democrático en México.

Lo anterior es así, en virtud de que de aprobarse la Reforma Constitucional, se crearán los mecanismos Constitucionales, que permitirán la participación de los ciudadanos en las decisiones políticas, expresando que sus aspiraciones y necesidades que reclaman, serán satisfechas por el Estado.

En este sentido, la Consulta Popular se coloca junto a otras Referéndum, Plebiscito, Voto Popular, como una figura indispensable dentro de la Democracia Participativa, frente al Poder Público.

La Naturaleza Jurídica de la consulta popular, legitima las decisiones del Estado, generando canales de comunicación entre el Pueblo y el Poder Público, es decir, obliga al Estado a escuchar al Pueblo como titular del Poder Público.

En estas condiciones, las Comisiones Dictaminadoras coinciden en modificar el porcentaje contenido en la Minuta del Senado de la República en esta materia, del dos al uno por ciento, pues se considera excesivo y además nugatorio del derecho a la consulta, además de que dicho porcentaje pone en riesgo el objetivo de la presente reforma, ya que impediría en los hechos, que los gobernados puedan acceder a este importante derecho democrático.

A través de ésta figura, la ciudadanía es convocada por el Congreso de la Unión a petición del Presidente de la República, el equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión o los Ciudadanos, en un número equivalente, al uno por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, en los términos que determine la ley, con el objeto de resolver un asunto de carácter general y de vital importancia para la vida del país.

Asimismo, estas Comisiones Unidas no comparten el porcentaje equivalente al cuarenta por ciento de los ciudadanos en la lista nominal, contenido en la Minuta que se resuelve, ya que en el umbral y para que la consulta popular sea vinculatoria es muy alto, por ello, coincidimos en proponer la reducción al veinticinco por ciento de la lista nominal de electores.

En este sentido, cobra importancia lo expresado por Adela Cortina, en su obra Ética aplicada y Democracia Radical , al enfatizar que el modelo de participación ciudadana debe contemplar “una igual participación en doble sentido que cada quien tenga igualdad de oportunidades para llevar al orden del día las decisiones colectivas y los problemas que para el son importantes; segundo, que sean atendidos sus puntos de vista en los resultados de las decisiones colectivas. La participación tiene que ser entonces, igual y efectiva, de modo que a través de ella se exprese el sentido político del hombre.”

Además de lo anterior, es procedente modificar el contenido de la fracción VIII, en su inciso 5º., que establece que la consulta popular procederá el mismo día de la jornada electoral federal, por considerarse que el ejercicio de este derecho se sujetaría a cada tres años, por tanto esta Colegisladora comparte el espíritu de la modificación y por justicia llega a la convicción de establecer una consulta popular por año, y que no coincida su ejercicio con el proceso electoral federal.

g).- SUSTITUCIÓN DEL PRESIDENTE EN CASOS DE FALTA ABSOLUTA, REFORMA PLANTEADA A LOS ARTÍCULOS 73 FRACCIÓN XXVI, 78 FRACCIÓN IV, 83, 84, PRIMER, SEGUNDO, TERCER Y ÚLTIMO PÁRRAFOS DEL ARTÍCULO 85.

La Reforma Política en México, permite crear nuevas condiciones para una gobernanza democrática y eficiente. Esta requiere de la existencia de mecanismos que eviten y resuelvan cualquier tipo de conflicto, que ponga en peligro la gobernabilidad del país y el interés legítimo de la representatividad de los mexicanos.

Esta reforma viene a crear un mecanismo de sustitución automática, sin intervención del Congreso, ante la falta absoluta del Presidente de la República. En la actualidad, los artículos 84 y 85 constitucionales regulan un procedimiento de sustitución del Titular del Ejecutivo en casos de falta absoluta, mecanismo que ha sido superado por la dinámica del propio Estado.

Hoy en día, la vida política y democrática del país necesita de una apertura que permita resolver cualquier contingencia que entorpezca la representatividad y el avance político del país, tanto en el interior como en la comunidad internacional.

Por eso, estas Comisiones coinciden con el contenido de la Minuta del Senado de la República, en el sentido resulta pertinente modificar las normas relativas al procedimiento de substitución presidencial, contemplando las principales hipótesis plausibles de falta absoluta, para introducir un mecanismo que permita, en automático, que un funcionario del más alto rango en el gabinete presidencial, ocupe provisionalmente la Presidencia de la República en tanto el Congreso procesa los acuerdos necesarios para designar, con la mayoría requerida, a quien deba ocupar, en calidad de presidente interino o de presidente substituto, la titularidad del Poder Ejecutivo de la Unión.

Es decir, fijar en la Carta Magna un orden que evite la ausencia del Presidente, así sea por un lapso mínimo y en el que, el Secretario de Gobernación sea el funcionario que lo supla en sus responsabilidades.

Esta reforma viene a desaparecer la figura del Presidente Provisional, así como los mecanismos para su nombramiento, e incorpora la figura del Presidente Interino que da ventaja al Congreso de la Unión en el procesamiento de la designación del Presidente Interino o Substituto según sea el caso, por tanto, el mando que caracteriza al Poder Ejecutivo no se vería suspendido en ningún momento.

h) TOMA DE PROTESTA DEL PRESIDENTE REFORMA PROPUESTA Y CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 87.

El sistema presidencial se define como un modelo de división de poderes y de pesos y contrapesos, ese es el espíritu del artículo 49 de la Constitución Mexicana, cuando dice “el Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial ”.

Asimismo, en nuestro régimen de leyes la Constitución es la norma constituyente, reguladora de la validez del sistema jurídico, y determinante de las bases organizativas del Estado y de los fenómenos políticos fundamentales de la sociedad. La Constitución es la ley suprema, es la norma cúspide de todo el orden jurídico, es el alma y la sabia y nutre y vivifica el derecho, es la base de todas las instituciones y el ideario de un pueblo. La Constitución es el ordenamiento jurídico que proclama los principios políticos, sociales, económicos, culturales y humanos que se derivan del ser, del modo de ser y del querer ser de un pueblo y de su devenir histórico mismo.

En este sentido, si el instrumento fundamental que rige nuestro país sentó las bases de las responsabilidades y obligaciones de cada uno de los poderes, es válido que en caso de contingencias ajenas a la voluntad de cualquiera de los representantes de los poderes de la Unión, busquen mecanismos que permitan disuadir cualquier obstáculo que entorpezca la vida política y el buen rumbo del país.

Por eso, las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación, acogen con responsabilidad la adición de un segundo párrafo al artículo 87 de nuestra Carta Magna, pues viene a resolver un vacío en nuestra Constitución, ya que si bien es cierto por mandato de nuestra Ley Fundamental el Presidente de la República inicia su función a partir de las cero horas del día 1º. de diciembre, también el dispositivo antes señalado impone la obligación al titular del Ejecutivo para rendir protesta, por ello, esta adición resuelve cualquier contingencia al prever que en el caso de que el Titular del Ejecutivo no pueda por causas ajenas a su voluntad o a las del Congreso de la Unión, rendir la protesta constitucional, lo hará ante el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

i).- REELECCIÓN DE LEGISLADORES REFORMA PROPUESTA EN LOS ARTÍCULOS 59, 115, PRIMEROS TRES PÁRRAFOS DE LA FRACCIÓN II DEL 116.

Estas Comisiones Unidas no coinciden con el tema de la reelección contenida en la Minuta materia de este Dictamen, sin embargo no están en contra de la no reelección y se considera necesario agotar previamente una consulta popular, a efecto de que sean los propios ciudadanos los que definan en una consulta formalmente organizada por el IFE, si están a favor o en contra de la reelección consecutiva.

j).- RECONDUCCIÓN PRESUPUESTAL REFORMA CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 75.

Estas dictaminadoras no comparten el espíritu de la adición de dos párrafos al artículo 75 de nuestra Ley fundamental, pues constituye una desafortunada intención de trastocar el sistema constitucional mexicano, al pretender romper el equilibrio de los poderes del Estado, con una manifiesta intención de invasión de competencias del Ejecutivo al Legislativo.

En este sentido, lo que es procedente es impulsar reformas a la Ley Presupuestaria para que el ejercicio del gasto sea más eficaz y responsable, es decir, transparentar los recursos públicos, evitando subejercicios y eliminando reasignaciones discrecionales.

k).- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN, PROPUESTA AL PENÚLTIMO Y ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFOS DE LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 74.

Las normas vigentes, guían el comportamiento político de los elementos del Estado en un sano equilibrio entre los poderes públicos, necesario en las funciones de un gobierno eminentemente Republicano.

El ejercicio del poder público con lleva a la división de poderes como uno de los preceptos más importantes de la Constitución y aquí es donde reside la libertad política de todo gobierno, incluyendo la de los ciudadanos.

Hasta hace algunos años en México tuvimos una división de poderes de iure, es decir, existía una realidad muy diversa. La concentración del poder en un solo individuo, a través del presidencialismo exacerbado, esto hacía que el equilibrio entre poderes quedara sólo en mera teoría política. El presidente proponía y también disponía en los asuntos de su interés, afianzando su predominio.

La realidad actual muestra signos diversos, la forma de gobierno adoptada comienza a generar sus efectos, en cuanto a pesos y contrapesos al ejercicio del poder.

La gobernabilidad democrática no requiere de fórmulas mágicas ni de principios meta constitucionales, sino de los que ya se encuentran regulados en el máximo ordenamiento. La alternancia en el poder, garantiza esta situación, donde el equilibrio de poderes muestra su flexibilidad, porque están ordenados a la cooperación y no a la obstaculización entre ellos.

El diseño constitucional del país, dotó de varias y decisivas atribuciones al Congreso. Por eso, aún cuando el cambio político de México introdujo modificaciones sustanciales en las atribuciones constitucionales del Poder Legislativo, éste se ha visto fortalecido y ha comenzado a hacer uso de las muy importantes facultades que originalmente le fueron concedidas en el constituyente de 1917 y que le dieron presencia en la política nacional.

La finalidad e importancia de someter el Presupuesto a la aprobación de la representación popular, consiste garantizar que los planes y programas gubernamentales del Ejecutivo, concretados al detalle en un Proyecto de Presupuesto, sean conocidos, modificados y aprobados por la soberanía popular.

El análisis del Proyecto de Presupuesto de Egresos, debe ser un mecanismo preventivo y correctivo de desviaciones, insuficiencias o incongruencias en la programación de las acciones y así procurar el cumplimiento de los objetivos, metas y prioridades contenidos en el plan y los programas, sean sectoriales o especiales, de la Administración Pública Federal.

En suma, nuestra Constitución señala el mecanismo de propuesta, análisis y decisión de un acto conjunto, pero con decisión propia, esto es, el Presidente de la República, somete a consideración de los Diputados el proyecto de presupuesto de egresos y son los Diputados, en ejercicio de su atribución exclusiva, como representantes del Pueblo, los que deciden en forma definitiva, en que rubros y conceptos se destinarán los dineros del Estado.

Por tanto, los integrantes de las Comisiones Unidas, consideran que alterar el orden constitucional creado, iría en un camino de debilitamiento del poder legislativo y se le restaría fuerza política a la voluntad popular expresada por los Diputados.

En cuanto a la propuesta de la Minuta que se dictamina, referente a la derogación de la fracción VIII, pasando su texto a la fracción VII, estas Comisiones Unidas no coinciden con tal propuesta, ya que seguramente se alteraría el orden jurídico secundario.

Incluso, si el texto de la fracción VIII del artículo 74 lo pasáramos a la fracción VII, esa fracción VIII quedaría con el texto: “Se deroga”, por lo tanto, resulta innecesario reformar estas dos fracciones, ya que la propuesta no tiene ningún argumento sustancial que la respalde, máxime que precisamente la técnica legislativa en materia constitucional, históricamente se ha expresado en el sentido de que los artículos que se derogan de nuestra Norma Fundamental, no pueden ser materia de reutilización a menos que sea de la misma materia.

Transitorios

Los ciudadanos y la sociedad en su conjunto, necesitan herramientas jurídicas para participar e incidir en las decisiones de autoridad y en los periodos interelectorales, así como limitar y controlar el poder público. En este orden, es prioritario definir constitucionalmente la democracia participativa y deliberativa e incorporarla a la forma de gobierno de nuestro Estado mexicano.

De estas ideas de soberanía, surge entonces una forma de gobierno a la democracia, en la cual los ciudadanos son el pilar fundamental de la misma, por ello y en congruencia con el apartado 3º, de la fracción VIII, del artículo 35, es procedente establecer un artículo Cuarto Transitorio, que le de viabilidad a la figura de la reelección, a través de una Consulta Popular como excepción y por única ocasión a la imposibilidad relativa a la materia electoral.

Por todas las consideraciones antes vertidas estas Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación emiten el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE REFORMA POLÍTICA.

ARTÍCULO ÚNICO.- SE REFORMAN: El párrafo primero y la fracción II del artículo 35; la fracción III del artículo 36; el párrafo segundo del artículo 71; la fracción XXVI del artículo 73; el párrafo cuarto de la fracción VI del artículo 74; la fracción II del artículo 76; las fracciones IV, VI y VII del artículo 78; el artículo 83; los párrafos primero, segundo y tercero (que pasan a ser cuarto y quinto) del artículo 84; los párrafos primero, segundo y tercero del artículo 85; las fracciones II, III y IV del artículo 89; el inciso e) de la fracción IV del artículo 116, y la fracción III de la Base Primera del Apartado C del artículo 122; SE ADICIONAN: Las fracciones VI, VII y VIII al artículo 35; una fracción IV y un tercer y cuarto párrafos al artículo 71; una fracción XXIX-P al artículo 73; los párrafos segundo y tercero, recorriéndose en su orden los subsecuentes y un último párrafo al artículo 84; un segundo párrafo al artículo 87; un octavo párrafo a la fracción II del artículo 116; un inciso o), recorriéndose en su orden el subsecuente a la fracción V de la Base Primera del Apartado C del artículo 122, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 35. Son derechos del ciudadano:

I. ...

II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos, así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación;

III. ...

IV. Tomar las armas en el Ejército o Guardia Nacional, para la defensa de la República y de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes;

V. Ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición;

VI. Poder ser nombrado para cualquier empleo o comisión del servicio público, teniendo las calidades que establezca la ley;

VII. Iniciar leyes, en los términos y con los requisitos que señalen esta Constitución y la Ley del Congreso. El Instituto Federal Electoral tendrá las facultades que en esta materia le otorgue la ley; y

VIII. Votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional, las que se sujetarán a lo siguiente:

1o. Serán convocadas por el Congreso de la Unión a petición de:

a) El Presidente de la República;

b) El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión; o

c) Los ciudadanos, en un número equivalente, al menos, al uno por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, en los términos que determine la ley.

Con excepción de la hipótesis prevista en el inciso c) anterior, la petición deberá ser aprobada por la mayoría de cada Cámara del Congreso de la Unión.

2o. Cuando la participación total corresponda, al menos, al veinticinco por ciento de la lista nominal de electores, el resultado será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y para las autoridades competentes;

3o. No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá, previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta;

4o. El Instituto Federal Electoral tendrá a su cargo, en forma directa, la verificación del requisito establecido en el inciso c) del apartado 1o de la presente fracción, así como la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados;

5o. Sólo se podrá realizar una consulta popular por año y no podrá coincidir con el desarrollo del proceso electoral federal.

6o. Las resoluciones del Instituto Federal Electoral podrán ser impugnadas en los términos de lo dispuesto en la fracción VI del artículo 41, así como de la fracción III del artículo 99 de esta Constitución; y

7o. Las leyes establecerán lo conducente para hacer efectivo lo dispuesto en la presente fracción.

Artículo 36. ...

I. y II. ...

III. Votar en las elecciones y en las consultas populares, en los términos que señale la ley;

IV. y V. ...

Artículo 71. ...

I. ...

II. A los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión;

III. A las Legislaturas de los Estados; y

IV. A los ciudadanos en un número equivalente, por lo menos, al cero punto trece por ciento de la lista nominal de electores, en los términos que señalen las leyes.

La Ley del Congreso determinará el trámite que deba darse a las iniciativas.

El día de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones el Presidente de la República podrá presentar hasta dos iniciativas para trámite preferente, o señalar con tal carácter hasta dos que hubiere presentado en periodos anteriores, cuando estén pendientes de dictamen. Cada iniciativa deberá ser discutida y votada por el Pleno de la Cámara de su origen en un plazo máximo de treinta días naturales. Si no fuere así, la iniciativa, en sus términos y sin mayor trámite, será el primer asunto que deberá ser discutido y votado en la siguiente sesión del Pleno. En caso de ser aprobado o modificado por la Cámara de su origen, el respectivo proyecto de ley o decreto pasará de inmediato a la Cámara revisora, la cual deberá discutirlo y votarlo en el mismo plazo y bajo las condiciones antes señaladas.

No podrán tener carácter preferente las iniciativas de adición o reforma a esta Constitución.

Artículo 73. ...

I. a XXV. ...

XXVI. Para conceder licencia al Presidente de la República y para constituirse en Colegio Electoral y designar al ciudadano que deba substituir al Presidente de la República, ya sea con el carácter de interino o substituto, en los términos de los artículos 84 y 85 de esta Constitución;

XXVII. a XXIX-O. ...

XXIX-P. Para legislar sobre iniciativa ciudadana y consultas populares.

XXX. ...

Artículo 74. ...

I. a V. ...

VI. ...

...

...

La Cámara concluirá la revisión de la Cuenta Pública a más tardar el 31 de octubre del año siguiente al de su presentación, con base en el análisis de su contenido y en las conclusiones técnicas del informe del resultado de la entidad de fiscalización superior de la Federación, a que se refiere el artículo 79 de esta Constitución, sin menoscabo de que el trámite de las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas por la entidad de fiscalización superior de la Federación, seguirá su curso en términos de lo dispuesto en dicho artículo.

...

VII. y VIII. ...

Artículo 76. ...

I. ...

II. Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga del Procurador General de la República, embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, integrantes de los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga;

III. a XII. ...

Artículo 78. ...

...

I. a III. ...

IV. Acordar por sí o a propuesta del Ejecutivo, la convocatoria del Congreso o de una sola Cámara a sesiones extraordinarias, siendo necesario en ambos casos el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes. La convocatoria señalará el objeto u objetos de las sesiones extraordinarias. Cuando la convocatoria sea al Congreso General para que se erija en Colegio Electoral y designe presidente interino o substituto, la aprobación de la convocatoria se hará por mayoría;

V. ...

VI. Conceder licencia hasta por sesenta días naturales al Presidente de la República;

VII. Ratificar los nombramientos que el Presidente haga de embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, integrantes de los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga, y

VIII. ...

Artículo 83. El Presidente entrará a ejercer su encargo al inicio del día 1o. de diciembre y durará en él seis años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República, electo popularmente, o con el carácter de interino o substituto, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto.

Artículo 84. En caso de falta absoluta del Presidente de la República, en tanto el Congreso nombra al presidente interino o substituto, el Secretario de Gobernación asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo. En este caso, no será aplicable lo establecido en las fracciones II, III y VI del artículo 82 de esta Constitución.

Quien ocupe provisionalmente la Presidencia no podrá remover o designar a los Secretarios de Estado, ni al Procurador General de la República, sin autorización previa de la Cámara de Senadores. Asimismo, entregará al Congreso de la Unión un informe de labores en un plazo no mayor a diez días, contados a partir del momento en que termine su encargo.

Cuando la falta absoluta del Presidente ocurriese en los dos primeros años del periodo respectivo, si el Congreso de la Unión se encontrase en sesiones y concurriendo, cuando menos, las dos terceras partes del número total de los miembros de cada cámara, se constituirá inmediatamente en Colegio Electoral y nombrará en escrutinio secreto y por mayoría absoluta de votos, un presidente interino, en los términos, plazos y condiciones que disponga la ley. El mismo Congreso expedirá, dentro de los diez días siguientes a dicho nombramiento, la convocatoria para la elección del Presidente que deba concluir el periodo respectivo, debiendo mediar entre la fecha de la convocatoria y la que se señale para la realización de la jornada electoral, un plazo no menor de siete meses ni mayor de nueve. El así electo iniciará su encargo y rendirá protesta ante el Congreso siete días después de concluido el proceso electoral.

Si el Congreso no estuviere en sesiones, la Comisión Permanente lo convocará inmediatamente a sesiones extraordinarias para que se constituya en Colegio Electoral, nombre un presidente interino y expida la convocatoria a elecciones presidenciales en los términos del párrafo anterior.

Cuando la falta absoluta del Presidente ocurriese en los cuatro últimos años del periodo respectivo, si el Congreso de la Unión se encontrase en sesiones, designará al presidente substituto que deberá concluir el período, siguiendo, en lo conducente, el mismo procedimiento que en el caso del presidente interino.

Si el Congreso no estuviere reunido, la Comisión Permanente lo convocará inmediatamente a sesiones extraordinarias para que se constituya en Colegio Electoral y nombre un presidente substituto siguiendo, en lo conducente, el mismo procedimiento que en el caso del presidente interino.

Artículo 85. Si antes de iniciar un periodo constitucional la elección no estuviese hecha o declarada válida, cesará el presidente cuyo periodo haya concluido y será presidente interino el que haya designado el Congreso, en los términos del artículo anterior.

Si al comenzar el periodo constitucional hubiese falta absoluta del Presidente de la República, asumirá provisionalmente el cargo el Presidente de la Cámara de Senadores, en tanto el Congreso designa al presidente interino, conforme al artículo anterior.

Cuando el Presidente solicite licencia para separarse del cargo hasta por sesenta días naturales, una vez autorizada por el Congreso, el Secretario de Gobernación asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo.

...

Artículo 87. ...

Si por cualquier circunstancia el Presidente no pudiere rendir la protesta en los términos del párrafo anterior, lo hará de inmediato ante el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Artículo 89. ...

I. ...

II. Nombrar y remover libremente a los Secretarios de Estado, remover a los embajadores, cónsules generales y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes;

III. Nombrar, con aprobación del Senado, a los embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda y a los integrantes de los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica;

IV. Nombrar, con aprobación del Senado, los Coroneles y demás oficiales superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales;

V. a XX. ...

Artículo 116. ...

...

I. ...

II. ...

...

...

...

...

...

...

Las Legislaturas de los Estados regularán los términos para que los ciudadanos puedan presentar iniciativas de ley ante el respectivo Congreso.

III. ...

IV. ...

a) a d) ...

e) Los partidos políticos sólo se constituyan por ciudadanos sin intervención de organizaciones gremiales, o con objeto social diferente y sin que haya afiliación corporativa. Asimismo tengan reconocido el derecho para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, con excepción de lo dispuesto en el artículo 2o., apartado A, fracciones III y VII, de esta Constitución. En las entidades federativas en las que se acepten las candidaturas independientes, sus legislaturas podrán expedir la normatividad que estimen pertinente.

f) a n) ...

V. a VII. ...

Artículo 122. ...

...

...

...

...

...

A. y B. ...

C. ...

BASE PRIMERA. ...

I. y II. ...

III. Al partido político que obtenga por sí mismo el mayor número de constancias de mayoría y por lo menos el cuarenta por ciento de la votación en el Distrito Federal, le será asignado el número de Diputados de representación proporcional suficiente para alcanzar la mayoría absoluta de la Asamblea;

IV. ...

V. ...

a) a n) ...

ñ) Presentar iniciativas de leyes o decretos en materias relativas al Distrito Federal, ante el Congreso de la Unión;

o) Para establecer en ley los términos y requisitos para que los ciudadanos del Distrito Federal ejerzan el derecho de iniciativa ante la propia Asamblea; y

p) Las demás que se le confieran expresamente en esta Constitución.

BASE SEGUNDA. a BASE QUINTA. ...

D. a H. ...

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ARTÍCULO SEGUNDO. El Congreso de la Unión deberá expedir la legislación para hacer cumplir lo dispuesto en el presente Decreto, a más tardar en un año contando a partir de la entrada en vigor del mismo.

ARTÍCULO TERCERO. Los Congresos de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberán realizar las adecuaciones necesarias a su legislación secundaria, derivadas del presente Decreto, en un plazo no mayor a un año, contado a partir de su entrada en vigor.

ARTÍCULO CUARTO. Como única excepción a lo dispuesto en el apartado 3°, fracción VIII del artículo 35, el Congreso de la Unión convocará a una consulta popular a efecto de consultar a la ciudadanía sobre la posible regulación constitucional de la reelección consecutiva de diputados y senadores al Congreso de la Unión.

La convocatoria a que se refiere este Transitorio deberá formularse dentro del año siguiente a la entrada en vigor de la legislación que norma la consulta popular, debiendo ser organizada por el Instituto Federal Electoral.

ARTÍCULO QUINTO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

Notas

1 Berlín, Valenzuela Francisco, Diccionario universal de términos parlamentarios, Instituto de Investigaciones legislativas, Porrúa, México, 1997, pág. 503.

2 Prud’Homme, Francois Jean, “Consulta popular y democracia directa”, Cuadernos de divulgación de la cultura democrática, IFE, México, 1997, pág. 25.

3 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, Iniciativas de la LVIII Legislatura, México, 8 de noviembre de 2001.

4 Fuente: www.sre.gob.mx (Glosario Diplomático)

Palacio Legislativo de San Lázaro a los 12 días del mes de octubre de dos mil once.

La Comisión de Gobernación

Diputados: Javier Corral Jurado (rúbrica), presidente; Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Felipe de Jesús Rangel Vargas (rúbrica), Guadalupe Acosta Naranjo (rúbrica; bajo protesta por violación al reglamento), Lorena Corona Valdés (rúbrica), Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas, Gastón Luken Garza (rúbrica), Francisco Ramos Montaño (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Luis Carlos Campos Villegas (rúbrica), Sergio Mancilla Zayas (rúbrica), secretarios; Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Sami David David (rúbrica), Marcela Guerra Castillo, Jorge Antonio Kahwagi Macari, Humberto Lepe Lepe (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero (rúbrica), Miguel Ángel Luna Munguía, José Ramón Martel López (rúbrica), Andrés Massieu Fernández (rúbrica), Alejandro Encinas Rodríguez, Nazario Norberto Sánchez (rúbrica), Beatriz Elena Paredes Rangel (rúbrica), Gregorio Hurtado Leija, Liev Vladimir Ramos Cárdenas (rúbrica), Carlos Oznerol Pacheco Castro (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Arturo Zamora Jiménez (rúbrica).

La Comisión de Puntos Constitucionales

Diputados: Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica), presidente; Nazario Norberto Sánchez (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz (rúbrica en abstención), Reginaldo Rivera de la Torre (rúbrica), Francisco Saracho Navarro (rúbrica), Héctor Guevara Ramírez (rúbrica), Gustavo González Hernández (rúbrica), Carlos Alberto Pérez Cuevas (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán, Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), secretarios; José Luis Jaime Correa (rúbrica en abstención), Rolando Rodrigo Zapata Bello (rúbrica), Jesús María Rodríguez Hernández (rúbrica), Justino Eugenio Arraiga Rojas (rúbrica), Víctor Alejandro Balderas Vaquera (rúbrica), Maricarmen Valls Esponda (rúbrica), Óscar Martín Arce Paniagua, Sonia Mendoza Díaz (rúbrica), Laura Viviana Pérez (rúbrica), Camilo Ramírez Puente (rúbrica), Diva Hadamira Gastélum Bajo (rúbrica), Rafael Rodríguez González, José Ricardo López Pescador (rúbrica), Felipe Solís Acero (rúbrica), Jorge Carlos Ramírez Marín (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Fermín Gerardo Alvarado Arroyo (rúbrica), Víctor Humberto Benítez Treviño (rúbrica), Jorge Rojo García de Alba (rúbrica), Fernando Ferreyra Olivares.

Opinión de la Comisión de Participación Ciudadana a la minuta con proeycto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitucion Política de los Estados Unidos Mexicanos

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Participación Ciudadana de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LXI Legislatura, le fue turnada para su Opinión la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Esta Comisión, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 69, 157 numeral 1, fracción IV, 158 numeral 1, fracción IX, 167 numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados, procedió al análisis de la Minuta, presentando a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente:

OPINIÓN

La Comisión de Participación Ciudadana se abocó al examen de la Minuta descrita, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

I.- Con fecha 13 de octubre de 2005, el Senador Rafael Melgoza Radillo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó al Pleno de la Cámara de Senadores la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 35 y 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores dispuso que dicha Iniciativa fuera turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Gobernación y de Estudios Legislativos.

II.- Con fecha 10 de octubre de 2006, la Senadora Minerva Hernández Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó al Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma a los artículos 73 fracción VII y 74 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y se adiciona una fracción XXX al artículo 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Estudios Legislativos, primera.

III.- Con fecha 22 de noviembre de 2007, el Senador Gabino Cué Monteagudo, del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia, presentó al Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

IV.- Con fecha 11 de marzo de 2008, los Senadores Tomás Torres Mercado y Rosalinda López Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, así como el Senador Ramón Galindo Noriega, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron al Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 35, 36 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, primera.

El 12 de abril de 2011 la Mesa Directiva rectificó el turno de las Iniciativas antes mencionadas turnándolas a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos para su dictaminación.

V.- Con fecha 14 de mayo de 2008, se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores por parte del Congreso del Estado de Tlaxcala, Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se deroga la última parte del inciso e) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos para su dictamen correspondiente.

VI.- Con fecha 17 de marzo de 2009, se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores por parte del Congreso del Estado de Michoacán, Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos para su dictamen correspondiente.

VII.- Con fecha 29 de octubre de 2009, la Senadora Martha Leticia Sosa Govea, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma los artículos 35, 36, 40 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

VIII.- Con fecha 19 de noviembre de 2009, el Senador Silvano Aureoles Conejo, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 73 y 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

IX.- Con fecha 15 de diciembre de 2009, el Ejecutivo Federal presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de reforma del Estado y de Estudios Legislativos para su dictamen correspondiente.

X.- Con fecha 18 de febrero 2010, el Senador Arturo Núñez Jiménez, a nombre de legisladores de los Grupos Parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática, del Partido del Trabajo y de Convergencia presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos.

XI.- Con fecha 23 de febrero de 2010, el Senador Manlio Fabio Beltrones Rivera, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos.

XII.- Con fecha 25 de febrero de 2010, el Senador Tomás Torres Mercado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 35, 36, 41, 76, 79, 89, 93 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, del Código Penal Federal, de La Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se expiden el Decreto para el Diagnóstico y Ajuste de las Estructuras de los Poderes de la Unión y Órganos Constitucionales Autónomos, la Ley para el Decomiso o Incautación de Bienes Producto u Objeto de Delitos Patrimoniales que atenten contra el Leal Desempeño de la Función Pública y el Decreto para el Diagnóstico y Eficiencia de la Función Judicial.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos.

XIII.- Con fecha 4 de marzo de 2010, el Senador Arturo Escobar y Vega, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos.

XIV.- Con fecha 22 de abril de 2010, la Senadora Claudia Corichi García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 73 y 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

XV.- Con fecha 09 de junio de 2010, el Senador Luis Maldonado Venegas, del Grupo Parlamentario del Partido Convergencia, presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el párrafo segundo de la fracción I del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y modifica el primer párrafo del artículo 218 del COFIPE.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

XVI.- Con fecha 21 de septiembre de 2010, el Senador Sergio Álvarez Mata, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos para su análisis, estudio y elaboración del dictamen.

XVII.- Con fecha 11 de noviembre de 2010, los Senadores Manlio Fabio Beltrones Rivera y Raúl Mejía González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron ante el Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 76 y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos para su análisis, estudio y elaboración del dictamen.

XVIII.- Con fecha 02 de diciembre de 2010, el Senador Raúl Mejía González del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 73 y 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la misma fecha, fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

CONTENIDO DE LAS INICIATIVAS

1.- INICIATIVA DEL SENADOR RAFAEL MELGOZA RADILLO

El Senador proponente señala en su Iniciativa la necesidad de introducir en nuestro sistema político el Plebiscito, el Referéndum y la Iniciativa Popular, tres de las principales formas de democracia participativa, manifestando que en la actualidad, no pueden considerarse representación y democracia directa, como opciones contrapuestas para organizar un sistema de gobierno democrático. Por el contrario, una elemental prudencia obliga a tratar con suma cautela los instrumentos de democracia directa, en especial en los países en transición política, ya que contrastan con los objetivos típicos de esos procesos. Mientras deban configurar mecanismos institucionales de decisión y de fortalecer las estructuras de los partidos políticos, los instrumentos de democracia directa se han usado con frecuencia como mecanismos autoritarios, es por ello que la reforma legal propuesta incorpora ciertos candados para evitar que esta situación se dé.

2.- INICIATIVA DE LA SENADORA MINERVA HERNÁNDEZ RAMOS

El objetivo de la presente Iniciativa es que la Cámara de Senadores apruebe anualmente tanto la Ley de Ingresos y como el Presupuesto de Egresos de la Federación y, al mismo tiempo, se establezca el término para aprobar la Ley de Ingresos en ambas Cámaras, ajustándose la fecha actual con una ampliación de 15 días más a la fecha vigente prevista en la Constitución, proponiendo la Senadora que el Presupuesto de Egresos sea aprobado por la Cámara de Diputados a más tardar el 15 de noviembre, y por la Cámara de Senadores a más tardar el 30 de noviembre y que el Ejecutivo haga llegar al Congreso la Ley de Ingresos y la Ley de Presupuesto de la Federación, a más tardar el 8 de septiembre.

3.- INICIATIVA DEL SENADOR GABINO CUÉ MONTEAGUDO

El Senador Gabino Cué señala en su exposición de motivos que el país en la actualidad cuenta con una sociedad cada vez más demandante e involucrada en los asuntos públicos y que, por ello, es fundamental que la voz de los ciudadanos pueda ser escuchada y, más aún, materializada a través de los mecanismos de participación ciudadana que son un pilar más en las democracias. Dicha Iniciativa tiene por objeto elevar a rango constitucional las formas de democracia directa y establecer dichos mecanismos en los tres órdenes de gobierno en búsqueda de concretar la soberanía que reside original y esencialmente en el pueblo, y con ello alcanzar un avance en las estructuras democráticas del país e incentivar la participación ciudadana.

4.- INICIATIVA DE LOS SENADORES TOMÁS TORRES MERCADO, ROSALINDA LÓPEZ HERNÁNDEZ Y RAMÓN GALINDO NORIEGA.

Los Senadores proponentes plantean como objetivo en su Iniciativa el que se creen los mecanismos institucionales que permitan la participación de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones trascendentales para la nación; todo ello mediante la adopción de la figura del referendum obligatorio para reformas de carácter constitucional, ya que es un acto de carácter jurídico mediante el cual se someten a voto popular leyes o decisiones políticas de gran relevancia, a través de esta institución, los ciudadanos que componen el cuerpo electoral de un Estado, aceptan o rechazan una decisión de sus representantes populares, el cual funge como un mecanismo de democracia directa y participativa por el que se pone a consulta popular todo aspecto relacionado con la aprobación de textos legales o constitucionales.

5.- INICIATIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA

En la presente Iniciativa se propone eliminar la facultad exclusiva de los partidos políticos para registrar candidatos a cargos de elección popular.

6.- INICIATIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN

En la presente iniciativa se propone incorporar las figuras de plebiscito, el referéndum y la iniciativa ciudadana como formas de participación política directa del pueblo.

Regula al plebiscito como la forma de participación directa del pueblo dentro de un procedimiento convocado por la autoridad competente, sobre asuntos administrativos y/o referentes a la obra pública y/o a directrices políticas específicas de una cierta dependencia gubernativa y/o a la elaboración del Plan Estatal de Desarrollo, programas y proyectos que de él se desprendan.

Regula al referendum como la forma de participación directa del pueblo dentro de un procedimiento convocado por la autoridad competente, sobre si aprueba o rechaza una Ley y/o un Decreto Legislativo o Administrativo y/o un Acuerdo Legislativo o Administrativo.

Asimismo regula la iniciativa ciudadana para que a través de cualquiera de sus ciudadanos y/o de un grupo de ellos, coparticipe en la primera etapa del procedimiento legislativo, al otorgarse constitucionalmente este derecho, para que puedan iniciar, ante el Poder Legislativo correspondiente, una ley y/o un decreto legislativo y/o un acuerdo legislativo; asimismo, establece que serán los órganos electorales de los Estados los encargados de llevar a cabo los procedimientos de las 3 figuras referidas.

7.- INICIATIVA DE LA SENADORA MARTHA LETICIA SOSA GOVEA

La Senadora, en su exposición de motivos, señala que la participación ciudadana es el conjunto de mecanismos encaminados al impulso del desarrollo nacional, a través de la integración de las decisiones de la sociedad en el quehacer político-gubernamental, de manera conjunta con la administración pública, el poder legislativo y los partidos políticos registrados. Asimismo, señala que en México, a nivel federal, se ha desarrollado una democracia representativa limitada a la participación durante los periodos legales de elección de representantes, única y exclusivamente otorgando su sufragio a los candidatos y partidos políticos contendientes; esto ha conducido a que la intervención de los mexicanos tenga como único objeto el apoyo hacia los partidos políticos. Por tal motivo, la Senadora manifiesta que se necesitan hacer adecuaciones al orden jurídico que permita una mayor y conveniente participación ciudadana en las decisiones definitorias de la realidad mexicana, a través de la implementación de los mecanismos idóneos para ello, que son: el referéndum, la consulta pública y el plebiscito.

8.- INICIATIVA SENADOR SILVANO AUREOLES CONEJO

La Iniciativa que propone el Senador Aureoles tiene como objeto facultar al Congreso para que examine, discuta, modifique y apruebe anualmente las contribuciones, la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, además de que podrá autorizar en el Presupuesto las erogaciones plurianuales para aquellos proyectos de inversión en infraestructura que se determinen conforme a los dispuesto en la ley reglamentaria; las erogaciones correspondientes deberán incluirse en los subsecuentes presupuestos de egresos.

9.- INICIATIVA EJECUTIVO FEDERAL

La Iniciativa del Ejecutivo Federal tiene por objeto el que se legisle en las siguientes materias:

Reelección de legisladores federales, así como de miembros del ayuntamiento y de jefes delegacionales del DF, imponiendo un límite máximo de 12 años consecutivos en el ejercicio del cargo; reducción de legisladores federales, para la Cámara de Diputados se disminuye de 500 a 400 y de 128 a 96 en el Senado; establecer la segunda vuelta electoral para la elección de Presidente de la República. Se elegirá como presidente a quien obtenga más de la mitad de los votos emitidos, en caso contrario pasarían a segunda vuelta los dos que hayan obtenido el mayor número de votos; incrementa de 2 a 4% como porcentaje mínimo de votación para que un partido político nacional conserve su registro; incorporar la figura de las candidaturas independientes, permitiendo su postulación para todos los cargos de elección popular; incorpora la figura de iniciativa ciudadana, para permitir la presentación de propuestas de ley generadas en el seno de la sociedad civil; otorgar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la atribución para presentar iniciativas de ley, en el ámbito de su competencia; facultar al Presidente de la República para presentar, en cada primer periodo ordinario de sesiones del Congreso, un número determinado de iniciativas que deberán dictaminarse y votarse por medio de un trámite legislativo preferente. Asimismo, establecer el referéndum como requisito para la entrada en vigor de las iniciativas de reforma constitucional de trámite preferente sobre las que el Congreso no se pronuncie y faculta al Ejecutivo a emitir observaciones al Congreso sobre la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos aprobado.

10.- INICIATIVA DEL SENADOR ARTURO NÚÑEZ JIMÉNEZ A NOMBRE DE LEGISLADORES DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, DEL PARTIDO DEL TRABAJO Y CONVERGENCIA

La Iniciativa en comento tiene como objetivo reglamentar las candidaturas independientes, inclusión de las figuras de democracia participativa como el referéndum, el plebiscito, la iniciativa popular y la revocación del mandato, conformación de las Cámaras, aprobación bicamaral de los tratados internacionales, aprobación del plan nacional de desarrollo, aprobación del presupuesto y reconducción, fuero constitucional y procedimiento de declaración de procedencia, juicio político, estado laico y la ratificación del gabinete por mencionar algunos.

11.- INICIATIVA DEL SENADOR MANLIO FABIO BELTRONES RIVERA A NOMBRE DEL GPPRI.

La Iniciativa que propone el Senador Manlio Fabio Beltrones tiene como propósito la transformación del sistema presidencial mexicano, busca alcanzar una mayor eficacia del aparato estatal en su conjunto así como el lograr la ampliación y fortalecimiento de la democracia mexicana, junto con un mayor control del poder público y la rendición de cuentas. Se plantea la suplencia en caso de falta del titular del Poder Ejecutivo por parte del Secretario de Gobernación, disminución del número de Diputados a 400 reduciendo a únicamente cien los escaños asignados por representación proporcional, y el de senadores a 96 con la eliminación de los 32 elegidos por el sistema de lista nacional. La integración del Senado se hará mediante la elección de tres senadores por cada entidad federativa, incluido el Distrito Federal; dos elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa, y uno asignado a la primera minoría. La integración de la Cámara de Diputados mantiene a 300 de mayoría relativa y 100 designados por el principio de representación proporcional, electos mediante el sistema de listas en una sola circunscripción electoral nacional. Por otra parte, se propone que ningún partido político pueda tener más de 240 diputados por ambos principios; el informe presidencial pueda ser por escrito o al titular del ejecutivo. Los Secretarios de Estado deberán rendir un informe de labores en los meses de febrero y septiembre de cada año y asistir a cada una de las cámaras, cuando sean citados, para dar explicaciones sobre su gestión; se establece un mecanismo de reconducción para que, cuando la Ley de Ingresos, el Presupuesto de Egresos o ambos documentos no sean aprobados en los tiempos previstos y alcanzando el primer día del siguiente ejercicio fiscal, siga surtiendo efectos el anterior. Se establece la consulta popular, para ser convocada en temas nacionales a solicitud del Presidente de la República con el acuerdo de ambas Cámaras del Congreso de la Unión. El IFE será el encargado de la organización, desarrollo, cómputo y declaración de sus resultados de las consultas populares como una función estatal, se le otorga autonomía al Ministerio Público de la Federación, otorgándole personalidad jurídica y patrimonio propio. Se propone eliminar el juicio político cuando se trate de servidores públicos ya que, en su caso, se contempla los procesos de moción de censura, reestructuración de la facultad de investigación de la SCJN y de las atribuciones de la CNDH. Se propone eliminar la facultad de la Comisión Permanente para que apruebe la suspensión de las garantías por lo que, en todos los casos, se requerirá la aprobación del Congreso de la Unión y la reelección consecutiva de legisladores federales y locales.

12.- INICIATIVA DEL SENADOR TOMÁS TORRES MERCADO

La Iniciativa del Senador Torres Mercado tiene como objetivo establecer el referéndum, las candidaturas independientes, fortalecimiento de la rendición de cuentas y asegurar la calidad del gasto público, fortalecer las tareas de control evaluatorio del Congreso. Propone expedir la Ley para el Decomiso o la Incautación de Bienes producto u objeto de Delitos patrimoniales que atenten contra el leal desempeño de la función pública. Pretende expedir el Decreto Para el Diagnóstico y Eficiencia de la Función Judicial, con el propósito de llevar a cabo un diagnóstico que incremente la eficiencia, elimine el rezago que existe en la atención de los asuntos de la función judicial y genere nuevas pautas de acción que fortalezcan la cultura de la legalidad, y establecer que el nombramiento de los secretarios de Estado sea ratificado por el Senado y, en el caso del titular de SEGOB, sea mediante el voto del 50% más uno de sus miembros presentes.

13.- INICIATIVA DEL SENADOR ARTURO ESCOBAR Y VEGA

La Iniciativa del Senador Escobar tiene como objetivo la reducción de la Cámara de Diputados 400 por el principio de representación proporcional y, hasta 32 electos, según el principio de votación mayoría relativa, reelección consecutiva de senadores hasta por una ocasión, y de diputados hasta por dos ocasiones, diputados locales hasta por dos periodos inmediatos. Las candidaturas independientes las incorpora sólo para la elección de 32 diputados de mayoría relativa. Incluye además el plebiscito, la ratificación del gabinete, la autonomía del Ministerio Público, la revocación del mandato, y el informe presidencial, por mencionar algunas.

14.- INICIATIVA DE LA SENADORA CLAUDIA SOFIA CORICHI GARCIA

La Iniciativa de la Senadora Corichi tiene como objeto el que la Cámara de Senadores tenga la facultad de participar en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación.

15.- INICIATIVA DEL SENADOR LUIS MALDONADO VENEGAS

El objetivo de la Iniciativa del Senador Luis Maldonado es establecer las candidaturas ciudadanas en su modalidad de externas, lo cual implica que los partidos políticos se obliguen, bajo los procedimientos democráticos que establezcan sus respectivos estatutos, ordenamientos internos y convocatorias, a destinar un porcentaje de sus candidaturas a puestos de elección popular a candidatos externos, es decir, a ciudadanos que no sean militantes de un partido político.

16.- INICIATIVA DEL SENADOR SERGIO ALVAREZ MATA

La Iniciativa del Senador Álvarez tiene por objeto que el Presidente de la Mesa Directiva turne inmediatamente de recibidas las Iniciativas a las Comisiones correspondientes, sin distingo del promovente.

17.- INICIATIVA DE LOS SENADORES RAÚL MEJÍA GONZALEZ Y MANLIO FABIO BELTRONES RIVERA

El objetivo de la Iniciativa de los Senadores Raúl Mejía González y Beltrones es convertir a los órganos reguladores en materia económica, hoy desconcentrados, en organismos descentralizados autónomos con autonomía técnica y de gestión para emitir sus resoluciones, personalidad jurídica y patrimonio propios, y con las facultades necesarias para proveer a su observancia, conforme lo determine la ley secundaria.

18.- INICIATIVA DEL SENADOR RAUL MEJÍA GONZALEZ

La Iniciativa del Senador Mejía tiene como objetivo hacer partícipe, en la decisión del Presupuesto de Egresos, a la Cámara de Senadores y con ello fungir como contrapesos para fomentar la equidad en el ejercicio de la repartición de los recursos en las distintas entidades federativas de acuerdo a sus necesidades.

Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos, en la Cámara de Senadores dictaminaron la Minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

ARTÍCULO ÚNICO.- SE REFORMAN: El párrafo primero y la fracción II del artículo 35; la fracción III del artículo 36; el artículo 59; el último (ahora antepenúltimo) párrafo del artículo 71; la fracción XXVI del artículo 73; el párrafo cuarto de la fracción VI del artículo 74; la fracción II del artículo 76; las fracciones IV, VI y VII del artículo 78; el artículo 83; los párrafos primero, segundo y tercero (que pasan a ser cuarto y quinto respectivamente) del artículo 84; los párrafos primero segundo y tercero (que pasa a ser cuarto) del artículo 85; las fracciones II, III y IV del artículo 89; el segundo párrafo de la fracción II y el inciso e) de la fracción IV del artículo 116; la fracción III de la Base Primera del artículo 122. SE ADICIONAN: Las fracciones VI VII y VIII al artículo 35; una fracción IV y dos párrafos finales al artículo 71; una fracción XXIX-P al artículo 73; dos párrafos finales al artículo 75; los párrafos quinto y sexto a la fracción IV del artículo 74; nos párrafos segundo, tercero y último al artículo 84; un cuarto párrafo al artículo 85, recorriéndose en su orden el párrafo siguiente; un segundo párrafo al artículo 87; un último párrafo a la fracción II del artículo 116;un inciso o) a la fracción V de la Base Primera del artículo 122, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 35. Son derechos del ciudadano:

I. (...)

II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, sea como candidato postulado por un partido político o de forma independiente, con los requisitos, condiciones y términos que determine la ley;

III. (...)

IV. Tomar las armas en el Ejército o Guardia Nacional, para la defensa de la República y de sus instituciones, en los términos que prescriban las leyes;

V. (...)

VI. Poder ser nombrado para cualquier empleo o comisión del servicio público, teniendo las calidades que establezca la ley;

VII. Iniciar leyes, en los términos y con los requisitos que señalen esta Constitución y la Ley del Congreso. El Instituto Federal Electoral tendrá las facultades que en esta materia le otorgue la ley y

VIII. Votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional, las que se sujetarán a lo siguiente:

1º. Serán convocadas por el Congreso de la Unión a petición de:

a) El Presidente de la República;

b) El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión; o

c) Los ciudadanos, en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, en los términos que determine la ley.

Con excepción de la hipótesis prevista en el inciso c) anterior, la petición deberá ser aprobada por la mayoría de cada cámara del Congreso de la Unión.

2º. Cuando la participación total corresponda, al menos, al cuarenta por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, el resultado será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y para las autoridades competentes;

3º. No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá, previo a la convocatoria que realice el Congreso de Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta;

4º. El Instituto Federal Electoral tendrá a su cargo, en forma directa, la verificación del requisito establecido en el inciso c del apartado 1º de la presente fracción, así como la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados;

5º. La consulta popular se realizará el mismo día de la jornada electoral federal;

6º. Las resoluciones del Instituto Federal Electoral podrán ser impugnadas en los términos de lo dispuesto en la fracción VI del artículo 41, así como de la fracción III del artículo 99 de esta Constitución; y

7º. Las leyes establecerán lo conducente para hacer efectivo lo dispuesto en la presente fracción.

Artículo 36. (...)

I y II. (...)

III. Votar en las elecciones y en las consultas populares, en los términos que señale la ley;

IV. y V. (...)

Artículo 59. Los senadores y diputados al Congreso de la Unión podrán ser reelectos en forma inmediata; los primeros hasta por un periodo adicional y los segundos hasta por dos. Cumplido lo anterior los diputados o senadores propietarios no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes.

Artículo 71. (...)

I. (...)

II. A los diputados y senadores al Congreso de la Unión;

III. (...)

IV. A los ciudadanos en un número equivalente, al menos, al cero punto veinticinco por ciento de la lista nominal de electores, en los términos que señale la Ley del Congreso.

La ley determinará el trámite que deba darse a las iniciativas.

El día de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones el Presidente de la República podrá presentar hasta dos iniciativas para trámite preferente, o señalar con tal carácter hasta dos que hubiere presentado en periodos anteriores, cuando estén pendientes de dictamen. Cada iniciativa deberá ser discutida y votada por el Pleno de la cámara de su origen en un plazo máximo de treinta días naturales. Vencido ese plazo, la iniciativa, en sus términos y sin mayor trámite, será el primer asunto que deberá ser discutido y votado en la siguiente sesión ordinaria del Pleno. En caso de ser aprobado o modificado por la cámara de su origen, el respectivo proyecto de ley o decreto pasará de inmediato a la cámara revisora, la cual deberá discutirlo y votarlo en el mismo plazo y bajo las condiciones antes señaladas.

No podrán tener carácter preferente las iniciativas de adición o reforma a esta Constitución.

Artículo 73. (...)

I a XXV. (...)

XXVI. Para conceder licencia al Presidente de la República y para constituirse en Colegio Electoral y designar al ciudadano que deba sustituir al Presidente de la República, ya sea con el carácter de substituto o interino, en los términos de los artículos 84 y 85 de esta Constitución;

XXVII a XXIX-O. (...)

XXIX-P. Para legislar sobre iniciativa ciudadana y consultas populares.

XXX. (...)

Artículo 74. (...)

I-III. (...)

IV. (...)

(...)

(...)

(...)

El Ejecutivo Federal podrá hacer observaciones al Presupuesto de Egresos de la Federación en un plazo de diez días naturales. Si el Ejecutivo no tuviera observaciones lo promulgará y publicará.

El Presupuesto de Egresos de la Federación observado, en todo o en parte, por el Ejecutivo será devuelto con sus observaciones a la Cámara de Diputados para que sea discutido de nuevo por ésta en un plazo de diez días naturales; si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, volverá de inmediato al Ejecutivo para su promulgación y publicación.

(...)

V. (...)

(...)

VI. (...)

(...)

(...)

La Cámara concluirá la revisión de la Cuenta Pública a más tardar el 31 de octubre del año siguiente al de su presentación, con base en el análisis de su contenido y en las conclusiones técnicas del informe del resultado de la entidad de fiscalización superior de la Federación, a que se refiere el artículo 79 de esta Constitución, sin menoscabo de que el trámite de las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas por la entidad de fiscalización superior de la Federación, seguirá su curso en términos de lo dispuesto en dicho artículo.

(...)

VII. Las demás que le confiere expresamente esta Constitución.

Artículo 75. (...)

(...)

(...)

Si al inicio del ejercicio fiscal no se ha aprobado y promulgado la Ley de Ingresos, mantendrá su vigencia la del año inmediato anterior hasta en tanto el Congreso aprueba la del nuevo año.

En el caso del Presupuesto de Egresos, en tanto se aprueba el del año que corresponde, continuará vigente el aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal inmediato anterior, únicamente respecto de los gastos obligatorios que señale la ley.

Artículo 76. (...)

I. (...)

(...)

II. Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga del Procurador General de la República, embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, integrantes de los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga;

III a XII. (...)

Artículo 78. (...)

(...)

I a III. (...)

IV. Acordar por sí o a propuesta del Ejecutivo, la convocatoria del Congreso o de una sola Cámara a sesiones extraordinarias, siendo necesario en ambos casos el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes. La convocatoria señalará el objeto u objetos de las sesiones extraordinarias. Cuando la convocatoria sea al Congreso General para que se erija en Colegio Electoral y designe presidente interino o substituto, la aprobación de la convocatoria se hará por mayoría.

V. (...)

VI. Conceder licencia hasta por ciento ochenta días naturales al Presidente de la República;

VII. Ratificar los nombramientos que el Presidente haga de embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, integrantes de los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga, y

VIII. (...)

Artículo 83. El Presidente entrará a ejercer su encargo a las cero horas del día 1º de diciembre y durará en él seis años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República, electo popularmente, o con el carácter de interino o substituto, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto.

Artículo 84. En caso de falta absoluta del Presidente de la República, en tanto el Congreso nombra al presidente interino o substituto, el Secretario de Gobernación asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo; en caso de falta absoluta de aquél, lo hará el Secretario de Hacienda y Crédito Público, y a su falta, el Secretario de Relaciones Exteriores. En los casos anteriores no será aplicable lo establecido en las fracciones II, III y VI del artículo 82 de esta Constitución.

Quien ocupe provisionalmente la Presidencia no podrá remover o designar a los Secretarios de Estado, ni al Procurador General de la República, sin autorización previa de la Cámara de Senadores. Asimismo, entregará al Congreso de la Unión un informe de labores en un plazo no mayor a diez días, contados a partir del momento en que termine su encargo.

Cuando la falta absoluta del Presidente ocurriese en los dos primeros años del período respectivo, si el Congreso de la Unión se encontrase en sesiones y concurriendo, cuando menos, las dos terceras partes del número total de los miembros de cada cámara, se constituirá inmediatamente en Colegio Electoral y nombrará en escrutinio secreto y por mayoría absoluta de votos, un presidente interino, en los términos, plazos y condiciones que disponga la ley. El mismo Congreso expedirá, dentro de los diez días siguientes a dicho nombramiento, la convocatoria para la elección del Presidente que deba concluir el período respectivo, debiendo mediar entre la fecha de la convocatoria y la que se señale para la realización de la jornada electoral, un plazo no menor de siete meses ni mayor de nueve. El así electo iniciará su encargo y rendirá protesta ante el Congreso siete días después de concluido el proceso electoral.

Si el Congreso no estuviere en sesiones, la Comisión Permanente lo convocará inmediatamente a sesiones extraordinarias para que se constituya en Colegio Electoral, nombre un presidente interino y expida la convocatoria a elecciones presidenciales en los términos del párrafo anterior.

Cuando la falta absoluta del Presidente ocurriese en los cuatro últimos años del período respectivo, si el Congreso de la Unión se encontrase en sesiones, designará al presidente substituto que deberá concluir el período, siguiendo el mismo procedimiento que en el caso del presidente interino.

Si el Congreso no estuviere reunido, la Comisión Permanente lo convocará inmediatamente a sesiones extraordinarias para que se constituya en Colegio Electoral y nombre un presidente substituto siguiendo el mismo procedimiento que en el caso del presidente interino.

Artículo 85. Si antes de iniciar un periodo constitucional la elección no estuviese hecha o declarada válida, cesará el Presidente cuyo periodo haya concluido y será presidente interino el que haya designado el Congreso, en los términos del artículo anterior.

Si al comenzar el periodo constitucional hubiese falta absoluta del Presidente de la República, asumirá provisionalmente el cargo el Presidente de la Cámara de Senadores, en tanto el Congreso designa al presidente interino, conforme al artículo anterior.

Cuando el Presidente solicite licencia para separarse del cargo hasta por ciento ochenta días naturales, una vez autorizada por el Congreso, conforme a lo establecido en la fracción XXVI del artículo 73 de esta Constitución, el Secretario de Gobernación se encargará del despacho de la Presidencia.

Cuando la falta del Presidente sea por más de ciento ochenta días naturales, se considerará como falta absoluta, procediéndose conforme a lo dispuesto en el artículo anterior.

Si la falta, de temporal se convierte en absoluta, se procederá como lo dispone el artículo anterior.

Artículo 87. (...)

Si por cualquier circunstancia el Presidente no pudiere rendir la protesta en los términos del párrafo anterior, lo hará de inmediato ante el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Artículo 89. (...)

I. (...)

II. Nombrar y remover libremente a los Secretarios de Estado, remover a los embajadores, cónsules generales y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes;

III. Nombrar, con aprobación del Senado, a los embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda y a los integrantes de los órganos colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica;

IV. Nombrar, con aprobación del Senado, los Coroneles y demás oficiales superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales;

V a XX. (...)

Artículo 116. (...)

(...)

I. (...)

II. El número de representantes en las Legislaturas de los Estados será proporcional al de habitantes de cada uno; pero, en todo caso, no podrá ser menor de siete diputados en los Estados cuya población no llegue a 400 mil habitantes; de nueve, en aquellos cuya población exceda de este número y no llegue a 800 mil habitantes, y de 11 en los Estados cuya población sea superior a esta última cifra.

Cuando así lo disponga la Constitución respectiva, los diputados de las Legislaturas de los Estados podrán ser reelectos en forma inmediata hasta por dos periodos adicionales. Cumplido lo anterior, los diputados propietarios no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes. Cada periodo de mandato será de tres años.

Las Legislaturas de los Estados se integrarán con diputados elegidos según los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, en los términos que señalen sus leyes;

Corresponde a las Legislaturas de los Estados la aprobación anual del presupuesto de egresos correspondiente. Al señalar las remuneraciones de servidores públicos deberán sujetarse a las bases previstas en el artículo 127 de esta Constitución.

(...)

Las Legislaturas de los Estados contarán con entidades estatales de fiscalización, las cuales serán órganos con autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que dispongan sus leyes. La función de fiscalización se desarrollará conforme a los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, imparcialidad y confiabilidad.

(...)

Las Legislaturas de los Estados regularán los términos para que los ciudadanos puedan presentar iniciativas de ley ante el respectivo Congreso.

III. (...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

IV. (...)

a) a d) (...)

e) Los partidos políticos solo se constituyan por ciudadanos sin intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente y sin que haya afiliación corporativa. Asimismo, tengan reconocido el derecho para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, sin perjuicio de las modalidades para que los ciudadanos puedan ser votados a los cargos de elección popular como candidatos independientes, en los términos y con los requisitos que señalen las respectivas constituciones y leyes electorales.

f) – n) (...)

V. (...)

VI. (...)

VII. (...)

(...)

Artículo 122. (...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

A a C. (...)

BASE PRIMERA. (...)

I y II. (...)

III. Al partido político que obtenga por sí mismo el mayor número de constancias de mayoría y por lo menos el cuarenta por ciento de la votación en el Distrito Federal, le será asignado el número de diputados de representación proporcional suficiente para alcanzar la mayoría absoluta de la Asamblea;

IV. (...)

V. (...)

a) a ñ) (...)

o) Para establecer en ley los términos y requisitos para que los ciudadanos del Distrito Federal ejerzan el derecho de iniciativa ante la propia Asamblea; y

p) Las demás que se le confieran expresamente en esta Constitución.

BASE SEGUNDA a BASE QUINTA (...)

Establecidos los antecedentes y contenidos de la Minuta, los miembros de la Comisión de Participación Ciudadana de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados que suscriben la presente Opinión, exponemos las siguientes:

CONSIDERACIONES

PRIMERO. Que con base en los antecedentes antes indicados y con los elementos de información disponibles, la Comisión de Participación Ciudadana, con las atribuciones antes señaladas, una vez que se abocó al estudio y análisis de la Minuta con Proyecto de Decreto de referencia y emite la siguiente:

OPINIÓN

Los Diputados integrantes de la Comisión de Participación Ciudadana consideran que los temas abordados en la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enviada por la Cámara de Senadores, son de trascendental importancia en nuestro país. Las reformas planteadas permitirán una mayor participación de la ciudadanía en la toma de decisiones en la vida política del país; por lo anterior y por ser de nuestra competencia, consideramos oportuno emitir la siguiente Opinión con la finalidad de profundizar en la democracia directa a fin de construir los consensos y acuerdos pertinentes que fortalezcan el prestigio, la confianza, la legitimidad y la credibilidad en las instituciones ya que la participación ciudadana en su sentido clásico, si bien implica posiciones críticas de la sociedad, fortalece las acciones de las instituciones así como la profundización democrática el actuar de las instituciones en los diferentes niveles.

Sin duda, en el siglo XXI la participación ciudadana es el medio idóneo para renovar y reconducir la relación entre el Estado y la Sociedad; bajo esta tesitura, desde la perspectiva de la filosofía política, el mayor desafío constituye la manera en cómo se puede profundizar en la democracia y transitar hacia una democracia moderna de la cual adolece nuestro país, al no existir los instrumentos y mecanismos bajo los cuales los ciudadanos participen en los distintos procedimientos administrativos y propicie la evaluación, transparencia y rendición de cuentas.

Derivado de lo anterior, se podría cultivar al ciudadano activo, a través de la creación de políticas de ciudadanía participativa para que se fortalezca al denominado tercer sector, es decir, al ciudadano independiente pero con derechos y responsabilidades frente al Estado, lo cual permitiría crear un sentido de pertenencia social y crearía a su vez un sentido de convivencia en comunidad, para restablecer la cohesión social.

Los argumentos anteriores colocarían al Estado Mexicano en la posibilidad de constituir un modelo de ciudadanía activa, capaz de construir una alianza sólida con la ciudadanía y así, impulsar actividades de interés general con una mayor legitimidad. Esto implicaría reconocer que los derechos civiles y políticos de los ciudadanos van más allá de solamente el derecho a votar, debido a que los alcances de dichos derechos implican una mayor participación política, actualmente en tela de juicio, debido a la desconfianza en los partidos y a la ausencia de líderes como consecuencia de la falta de representatividad y la ausencia de acciones de acercamiento e involucramiento con los ciudadanos.

Para cambiar esta visión negativa de la política y reducir el ausentismo social es importante establecer y concebir el acceso a los derechos políticos como un derecho humano a fin de garantizar el derecho de las personas a participar en la organización del Estado.

Vista así, la participación ciudadana es ante todo un concepto progresivo, es decir real, amplio, plural, versátil y constante, como se observa mucho más allá de la mera asistencia los mítines políticos y a “votar de manera libre” por los candidatos de su preferencia con los cuales, en muchas ocasiones no se siente representado y, en su caso, identificado; por tal motivo, la participación política o ciudadana debe ser incorporada a partir de una perspectiva que permita concebirla como decisión, compromiso y control de la ciudadanía de las distintas instituciones públicas, es decir, el interés legitimo de participar en lo público como en el sentido clásico de la Grecia antigua y esta situación les permite ser ciudadanos libres, y sujetos activos en los procesos del cambio y del desarrollo democrático.

En este sentido, la Convención Americana de Derechos Humanos -Pacto de San José de Costa Rica establece que los ciudadanos gozan con derechos y oportunidades de:

-Participar en la dirección de los asuntos públicos directamente o por medio de representantes libremente elegidos.

-Votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores.

-Tener acceso en condiciones generales de igualdad a las funciones públicas de su país.

Lo anterior requiere de la posibilidad de crear certezas jurídicas, para hacer posible y real el ejercicio de estos derechos y oportunidades sin que existan exclusiones por razones de género, edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental. Además la Convención incita a reconocer y, en su caso, fortalecer el derecho de reunión, el derecho de asociación, entre otros, pero también establece que toda persona tiene deberes para con la familia, la comunidad y la humanidad, factores esenciales en la conformación de toda forma de Estado.

En el mismo sentido, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos busca crear conciencia sobre el valor de los conceptos antes referidos, con la diferencia de la importancia de incorporar la denominada “iniciativa popular”, una herramienta mediante la cual los ciudadanos elaboran un proyecto de reforma, promulgación o abrogación de las leyes. En toda reforma popular se plantean candados a dichas reformas relacionadas con el presupuesto, los reglamentos interiores y otros; en síntesis, en los instrumentos internacionales se busca impulsar, o en su caso, fortalecer bajo los matices de los diferentes estados la participación electoral, es decir, el derecho a elegir y ser elegido, el derecho a integrar partidos políticos o bien las candidaturas ciudadanas; la participación comunitaria, como lo es el derecho de reunión, de petición a las autoridades, de asociación, y participación ciudadana, siendo visto como el derecho a intervenir en las decisiones políticas, en la elaboración y gestión de políticas públicas.

Esta Comisión, emite la presente Opinión positiva respecto a los temas de Candidaturas Independientes, Iniciativas Ciudadanas y Consultas Populares, por tener estrecha relación con la razón de ser de esta Comisión de Participación Ciudadana; además, por ser éstos los medios por los cuales, la ciudadanía ejerce su derecho a participar para que exista una democracia más plena; además, por considerar que el objetivo primordial de esta Comisión es establecer los canales para que se concrete esta participación a fin de que pueda ser regulada en la legislación correspondiente.

Como se estable en el artículo 39 de Nuestra Carta Magna, “la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.” Es por ello que estimamos conveniente que con las reformas contenidas en esta Opinión, se permitirá el hacer uso de este derecho.

De igual manera, consideramos necesario puntualizar que se requiere plasmar en nuestra Carta Magna, como la base fundamental ineludible y parte esencial de la República, la democracia participativa, lo cual permitirá el que se desprenda la ley reglamentaria que contenga los mecanismos de participación ciudadana, como lo han propuesto los Presidentes de las Comisiones de Puntos Constitucionales y de Participación Ciudadana, incrementándole a los ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer influencia directa en las decisiones públicas, abriéndose así la puerta a la inclusión de los actores sociales excluidos en la toma de decisiones.

Por cuanto hace al derecho de los ciudadanos de votar en las Consultas Populares sobre temas de trascendencia nacional, esta Comisión considera que estamos en el momento oportuno para que la ciudadanía comience a involucrarse más en la vida política de nuestro país, en donde deje de ser solamente, como lo ha sido por años, partícipe en las elecciones de sus gobernantes y se le permita intervenir en la discusión pública de temas que sean relevantes y que ameriten un pronunciamiento explicito de los ciudadanos sobre decisiones que sean tomadas por los órganos representativos del Estado, a través de la ley reglamentaria que contemple éstas y otras figuras de democracia participativa.

Es conveniente hacer mención al documento elaborado por el Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias de la Cámara de Diputados en el que refiere una cita de Kelsen que, aún cuando no era posible, por razones de técnica social, dejar que el pueblo formará directamente el orden estatal, era factible concederle mayor participación en las funciones legislativas, ya que su participación sólo se reducía al acto electoral mediante el cual se elegían sus representantes a los órganos legislativos; razón por la que consideraba que podría intentarse la reforma del parlamentarismo a fin de intensificar sus elementos democráticos.

A pesar de que en distintos países y en diferentes entidades federativas de la Nación ya son contemplados diversos mecanismos de participación ciudadana, hasta el momento no se ha podido concretar ninguna reforma constitucional, limitándose al ámbito electoral y representativo, lo que genera severas afectaciones a la legitimidad democrática que demanda un Estado constitucional, y democrático de derecho.

Ahora bien, por lo que hace al tema de la Consulta Popular, esta Comisión considera prudente se reduzca el porcentaje requerido del dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, para que se pueda convocar por parte de los ciudadanos a una consulta popular por ser muy elevado, ya que de acuerdo a los antecedentes de la poca participación que ha habido en las diferentes elecciones, sería muy difícil el que se pueda conseguir un promedio de 1,645,562 firmas para que proceda dicha consulta, siendo éste un impedimento para que pueda proceder la decisión de la ciudadanía de consultar algún asunto; estimando oportuno el que se considere el uno por ciento para que se convoque a una consulta popular, equivaliendo a 822,781 firmas.

Por lo que toca al porcentaje de, al menos el cuarenta por ciento solicitado para que sea vinculante una consulta para los poderes Ejecutivo y Legislativo, que representa un número de 32,911,254 votantes, apreciamos que es excesivo dicho porcentaje, motivo por el cual se propone reducirlo al 20 por ciento lo que significaría un total de 16,455,627 ciudadanos, ya que, haciéndose una comparación del porcentaje requerido en otros países para que proceda, ya sea, una consulta popular, un referéndum o un plebiscito, se requiere de un promedio del diez por ciento del electorado inscrito en el padrón electoral para que sea vinculante, considerando este porcentaje con el documento remitido por el Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias anteriormente referido, al que consideran que dicho porcentaje de participación para convocar es muy accesible y no así el requisito para hacer vinculante la consulta.

En razón de lo anterior, la reducción de los porcentajes traería como resultado el que la ciudadanía participe sin temor alguno, teniendo la certeza de que la consulta practicada surtiría los efectos propuestos, por lo que resulta importante por ello propiciar su carácter vinculante.

Respecto a la Iniciativa Popular, consideramos que es un paso importante el que los ciudadanos puedan proponer iniciativas en las cuales se busque cubrir las necesidades de la ciudadanía, siendo éstos los principales interesados y afectados en las tomas de decisiones de nosotros los legisladores, permitiendo que estemos al día en nuestras actividades legislativas con temas que afectan a nuestros representados. Retomando el multicitado documento emitido por el Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias de esta Cámara, refiere otra cita del autor alemán Kelsen quien señala que entre, las instituciones que facilitan la injerencia del pueblo en la formación de la voluntad estatal se ubica a la que denomina iniciativa popular, la cual consiste en que un determinado mínimo de ciudadanos políticamente capaces puedan presentar un proyecto de ley, a cuya toma en consideración se halle obligado el Parlamento. Asimismo, en virtud de que los electores no pueden dar instrucciones obligatorias a sus representantes, ésta constituiría, por lo menos, la posibilidad de que en el seno del pueblo se manifiesten inspiraciones a las cuales ajuste el parlamento su actividad legislativa.

Lo anterior hará necesario el que se hagan las adecuaciones correspondientes a la Ley Orgánica del Congreso y su Reglamento, con la finalidad de que se estipule lo referente al trámite que se le dará a las Iniciativas Ciudadanas recibidas por parte de la ciudadanía o, en su caso, facultar a la Comisión de Participación Ciudadana para que se cumpla con dicha Iniciativa Popular.

Referente al porcentaje del equivalente al cero punto veinticinco por ciento, es decir, 205,695 sufragantes, consideramos que es accesible, el cual permitirá que los ciudadanos busquen trabajar de manera conjuntan para que se plasme en una Iniciativa el sentir de la ciudadanía, lo que se refuerza con lo manifestado por el Dr. Leonardo Valdés Zurita, Consejero Presidente del Instituto Federal Electoral, que la Iniciativa Popular también puede ser un instrumento para que el ciudadano incida en la toma de decisiones de cómo quiere ser gobernado.

Por último, por lo que hace a las candidaturas independientes, esta Comisión considera que es un tema novedoso, señalando que esta figura no es compatible con el diseño normativo electoral previsto desde 1977, en el que los partidos políticos son el eje de la contienda electoral siendo, sin duda, importante el que se le otorgue al ciudadano el derecho de participar como candidato en las elecciones correspondientes, pero en equidad a fin de favorecer un entorno social verdaderamente democrático.

Derivado de lo anterior, sería conveniente el que se hagan las adecuaciones necesarias tanto en el artículo 41 Constitucional a fin de dejar plasmada la manera en cómo se financiara a un candidato de esta naturaleza, asimismo, determinar los requisitos que debe reunir la persona que será candidata independiente por otra parte, se tienen que contemplar las adecuaciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Respecto a lo vertido por el referido Consejero Presidente del IFE, consideramos que es de destacarse que, desde su perspectiva, dicho Instituto está preparado para procesar las candidaturas independientes, señalando que es necesario el que se hagan las reformas al

COFIPE para que se plasme, en primer instancia, el tipo de elección de la que se trata; el porcentaje que se requerirá para ser candidato independiente, por estimar que no es equiparable el que sea comparado con el porcentaje que se le pide a un partido político para tener registro, por ser éste un instituto que cuenta con una estructura y con una forma organizativa mucho más avanzada que la que pudiera tener un candidato ciudadano. Señalando que es un paso muy importante la posibilidad de que los ciudadanos se presenten como candidatos sin ser postulados por un partido político, pudiendo ser un elemento que ayudaría a que los partidos políticos desarrollen su bien institucional, en mejores términos. Asimismo, considera necesario el que se hagan reformas a la Ley de Sistemas de Medios de Impugnación, para que quede garantizado que los recursos que se están utilizando en una candidatura independiente sean recursos lícitos pero equitativos en las contiendas electorales.

En razón de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Participación Ciudadana es de la Opinión que tanto la Iniciativa Ciudadana, como las Candidaturas Independientes y la Consulta Popular contempladas en la Minuta del Senado, deben de ser incluidas en una primera reforma constitucional, dejando pendiente para una posterior reforma la reelección de legisladores federales, locales y alcaldes, hasta en tanto se logre alcanzar el consenso necesario con todas las fuerzas políticas del País, quedando como asignatura a desarrollar, la elaboración de una Ley General de Participación Ciudadana, en la se contemplen figuras como el referéndum, el plebiscito y el presupuesto participativo, entre otras.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de septiembre de 2011.

La Comisión de Participación Ciudadana

Diputados: Arturo Santana Alfaro (rúbrica), Héctor Fernández Aguirre (rúbrica), Miguel Ángel Luna Munguía (rúbrica), Adriana Terrazas Porras, Adriana de Lourdes Hinojosa Céspedes (rúbrica; falta reelección), María Marcela Torres Peimbert (rúbrica; con reelección), María Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica; con revocación de mandato), Héctor Elías Barraza Chávez (rúbrica en abstención), José Manuel Aguëro Tovar (rúbrica), Hilda Ceballos Llerenas (rúbrica), Armando Corona Rivera (rúbrica), Marcos Carlos Cruz Martínez (rúbrica), Jesús Ricardo Enríquez Fuentes, Fernando Espino Arévalo, Laura Elena Estrada Rodríguez (rúbrica; con reelección y revocación de mandato), Diana Patricia González Soto (rúbrica), María del Carmen Izaguirre Francos (rúbrica), Fidel Kuri Grajales, Maria Isabel Merlo Talavera, Daniela Nadal Riquelme (rúbrica), María Joann Novoa Mossberger (rúbrica), Rosi Orozco (rúbrica), Teresa Guadalupe Reyes Sahagún (rúbrica), María de Lourdes Reynoso Femat (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), María Yolanda Valencia Vales (rúbrica), Tomasa Vives Preciado (rúbrica).



Votos Particulares

De los diputados Javier Corral Jurado, Gustavo González Hernández, María Antonieta Pérez Reyes y Gregorio Hurtado Leija, del Grupo Parlamentario del PAN, relativo al dictamen que presentan las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, con opinión de la de Participación Ciudadana, respecto de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política

Los suscritos, diputados federales del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la Comisión de Puntos Constitucionales, y de Gobernación de la Cámara de Diputados, LXI Legislatura, del Congreso de la Unión, por este medio, y con fundamento en los artículos 90, 91 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan por este medio un voto particular, con relación al dictamen que presentan las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, con opinión de la de Participación Ciudadana, respecto de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política, particularmente en lo relativo a la reforma por la cual se reforma el artículo 59; la propuesta por la que se adiciona un segundo párrafo a la fracción I del artículo 115; y la propuesta que reforma el segundo párrafo de la fracción II, y que adiciona un último párrafo a la fracción II del artículo 116, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo anterior, con base en las cuestiones y valoraciones que seguidamente se indican:

Antecedentes

1. El 27 de abril de 2011, el pleno del Senado de la República aprobó dictamen en sentido positivo con proyecto de decreto por el que se reforman el párrafo primero y la fracción II del artículo 35; la fracción III del artículo 36; el artículo 59; el último (ahora antepenúltimo) párrafo del artículo 71; la fracción XXVI del artículo 73; el párrafo cuarto de la fracción VI del artículo 74; la fracción II del artículo 76; las fracciones IV, VI y VII del artículo 78; el artículo 83; los párrafos primero, segundo y tercero (que pasan a ser a ser cuarto y quinto respectivamente) del artículo 84; los párrafos primero, segundo y tercero (que pasa a ser cuarto) del artículo 85; las fracciones II, III y IV del artículo 89; el segundo párrafo de la fracción I del artículo 115; el segundo párrafo de la fracción II y el inciso e) de la fracción IV del artículo 116; la fracción III de la Base Primera del artículo 122. Se adicionan las fracciones VI VII y VIII al artículo 35; una fracción IV y dos párrafos finales al artículo 71; una fracción XXIX-P al artículo 73; dos párrafos tercero y cuarto al artículo 75; los párrafos quinto y sexto a la fracción IV del artículo 74; los párrafos segundo, tercero y último al artículo 84; un cuarto párrafo al artículo 85, recorriéndose en su orden el párrafo siguiente; un segundo párrafo al artículo 87; un último párrafo a la fracción II del artículo 116; un inciso o) a la fracción V de la Base Primera del artículo 122, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; enviándolo a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 fracción E de la Constitución Federal.

2. El 28 de abril de 2011, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió la minuta del Senado de la República con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, acordando el turno a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, y para su opinión a la Comisión de Participación Ciudadana.

3. Con fechas 14, 15, 21 y 28 de julio, y 1 de agosto del presente año, se llevó a cabo el foro La reforma política, cambio estructural de la vida social en México, en las ciudades del Distrito Federal; Mérida, Yucatán; Durango, Durango; y Guadalajara, Jalisco, respectivamente.

4. El 21 de septiembre de 2011, la Comisión de Participación Ciudadana envió a la Comisión de Puntos Constitucionales su opinión a la minuta del Senado de la República con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política.

5. El 28 de septiembre de 2011, la Comisión de Puntos Constitucionales discutió y aprobó diversas modificaciones a la minuta del senado, entre las cuales se encuentra no considerar la reforma por la cual se reforma el artículo 59; la propuesta por la que se adiciona un segundo párrafo a la fracción I del artículo 115; y la propuesta que reforma el segundo párrafo de la fracción II, y que adiciona un último párrafo a la fracción II del artículo 116 constitucional.

6. En dicha discusión los diputados del Partido Acción Nacional manifestaron su inconformidad por no considerar esta propuesta. Por ese motivo, presento este voto particular en virtud de la omisión en el proyecto de dictamen, de la reforma que en el presente voto particular se propone a los artículos 59, 115 y 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por las razones que a continuación se exponen:

Consideraciones

Históricamente, ha quedado demostrado que antes de la Constitución de 1917, y en esta misma, no se estableció limitación alguna para que los ciudadanos pudieran reelegir consecutivamente a los legisladores de las Cámaras del Congreso de la Unión.

Fue hasta la reforma constitucional publicada el 29 de abril de 1933 cuando se introdujo en la Constitución mexicana la prohibición de la reelección legislativa inmediata.

En el marco de la Constitución de 1857 se vivió la dictadura de Porfirio Díaz. El problema no era, entonces, la reelección legislativa, sino más bien, la reelección del titular del Ejecutivo federal. Esto bastó para que el lema maderista de “Sufragio efectivo; no reelección”, que en esencia fue dirigido al Poder Ejecutivo, terminara interpretándose como de aplicación también al ámbito legislativo.

La no reelección ha sido considerada con el transcurso del tiempo, como la principal prohibición para que los integrantes del Congreso de la Unión puedan ser reelectos consecutivamente. Este es el tema que actualmente se encuentra a debate, que los legisladores puedan ser reelectos consecutivamente, toda vez que de acuerdo con nuestra constitución actual, los legisladores sí pueden ser reelectos, de acuerdo con los artículos 59 y 116 constitucionales, que a la letra establecen:

Artículo 59. Los senadores y diputados al Congreso de la Unión no podrán ser reelectos para el periodo inmediato.

Los senadores y diputados suplentes podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de propietarios, siempre que no hubieren estado en ejercicio; pero los senadores y diputados propietarios no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes.

Artículo 116, fracción II, segundo párrafo:

Los diputados a las legislaturas de los estados no podrán ser reelectos para el periodo inmediato. Los diputados suplentes podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de propietario, siempre que no hubieren estado en ejercicio, pero los diputados propietarios no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes.

Acción Nacional ha estado comprometido con la profesionalización de sus legisladores, de ahí que constantemente hemos apoyado las iniciativas que han sido presentadas por nuestros legisladores y por el titular del Poder Ejecutivo.

En efecto, apoyamos la iniciativa que reforma diversas disposiciones constitucionales para regular entre otras cosas, la reelección consecutiva de legisladores, presentada por el Ejecutivo federal el pasado diciembre de 2009, coincidiendo plenamente con los argumentos que proporciona, entre los que destaca el hecho de que “ante la existencia de una plena competencia electoral y un sistema de partidos plural, la prohibición en materia de reelección consecutiva para legisladores y funcionarios municipales carece de sentido por al menos tres motivos: a) entraña costos muy importantes para la calidad del gobierno así como para la relación entre ciudadanos y representantes electos; b) limita sensiblemente la posibilidad de legisladores y autoridades municipales de acumular conocimiento y experiencia en provecho de sus representados; y c) priva a los ciudadanos de la capacidad para aprobar o desaprobar la gestión de sus representantes en función de su desempeño. Todo ello, ha contribuido a generar distancia entre ciudadanos y autoridades electas. Los aspectos positivos de la reelección consecutiva y de autoridades municipales han sido compartidos igualmente por legisladores de todos los partidos políticos, quienes a lo largo de las últimas legislaturas han presentado iniciativas de reformas sobre el tema. El mismo interés ha mantenido legislaturas de los estados, que igualmente han aportado un número significativo de propuestas.”

A dichos argumentos, podemos sumar otros más de diversos estudiosos en el tema, que cuestionan la causa por la cual se sigue manteniendo vigente esta disposición constitucional, si consideramos los beneficios que se podrían obtener al permitir la reelección consecutiva. Por ejemplo:

Manuel González Oropeza señala que la mayor parte de la doctrina parlamentaria coincide en que la principal motivación de los parlamentarios es reelegirse.

Francisco Berlín Valenzuela 1 señala, al hacer referencia a los llamados principios de no reelección, que “este es un entorno que ha perjudicado el avance y desarrollo de la vida parlamentaria de México, los países en general consideran como consubstancial a sus órganos colegiados parlamentarios, que sus miembros puedan reelegirse; sólo en México, en el caso de América Latina y en Costa Rica, se ha considerado que los parlamentarios no deben reelegirse, y esto ha venido perjudicado el desarrollo institucional de los parlamentarios, puesto que ha evitado que se forme realmente una clase preparada, capacitada, conformada por elementos que realmente cumplen con su función y que aportan lo mejor de sí mismo al enriquecimiento en la vida parlamentaria. En México seguimos reinventando cada tres años a los diputados y cada seis años a los senadores y si bien les va a algunos que son repetidores, no lo son en forma continua, sino tienen que dejar pasar una o dos legislaturas para poder volver”.

Benito Nacif, del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), consideró que la no reelección es una institución que resulta muy cara para México y deja muy poco a cambio, ya que “condena al país a que el diseño de su legislación esté hecho por legisladores que carecen de experiencia y que poseen un nivel de conocimientos bajo respecto de los asuntos que tratan”.

Cesar Jáuregui Robles 2 ha señalado que “sobre todo en la Cámara de Diputados se da el trabajo de la escuela de capacitación más cara del país, porque uno arriba a aprender el primer año, reproduce los vicios y las inercias de las legislaturas anteriores en el segundo y, finalmente, en el tercero está preparando maletas, porque no tenemos en el diseño una reelección que obligue al representante a vincularse con sus representados, porque al hablar de reelección no estamos hablando de darle más poder al legislador, estamos hablando de darle poder al ciudadano que hoy día sólo escucha al representante cuando oferta la campaña política y entrega su voto, es el único nexo que se establece formalmente, qué mejor que el represente pudiera saber que dentro de tres años va a poder volver a requerir esa sanción, ese voto, y si no ha cumplido el poder sancionador de premiar y estimular con la continuidad del cargo estará presente con una nueva votación, pero también estará presente la posibilidad de votarlo a la calle al que no sirve; hoy día no tenemos ese esquema, se premia la mediocridad como se premia la creatividad, es idéntico, no tenemos esquemas de diferenciación, gana lo mismo el que cumple como el que incumple, como el que asiste a sesiones como el que no va; entonces la representación deja mucho que desear y por eso los márgenes de desaprecio que hoy en día tiene el ciudadano, el reto es encontrar verdaderamente lo que corresponde dentro de un sistema electoral”.

Como podemos apreciar, la reelección consecutiva de legisladores federales y locales, permitirá fortalecer nuestra democracia, instrumentando nuevas formas de consolidación de nuestras instituciones y preparando de mejor manera a su personal.

Hoy en día la sociedad ha perdido la confianza en sus instituciones, en sus representantes y exige rendición de cuentas. De esta manera, destacamos las siguientes ventajas de la reelección consecutiva de legisladores:

1. Será una forma en que el elector podrá premiar o sancionar con su voto el desempeño de su legislador, manteniéndolo o no en su puesto.

2. Los legisladores deberán cumplir con los compromisos de campaña que presentan ante sus distritos al momento en que se solicita el voto de los ciudadanos.

3. Fortalece la rendición de cuentas de los representantes hacia sus representados, ya que éstos deberán mantenerlos informados constantemente sobre el trabajo y decisiones que ha tomado en el Congreso.

4. Incentiva y fortalece la calidad, eficiencia y profesionalización de los legisladores al permitirles obtener la experiencia necesaria para el trabajo legislativo, y especialmente en temas específicos que dada su importancia requerirán continuidad.

5. Aumenta la posibilidad de crear acuerdos al interior de las cámaras al crear vínculos más duraderos entre representantes que trasciendan las divisiones partidistas.

6. Propicia el aprendizaje legislativo dentro de la Cámara ya que la renovación escalonada que genera la reelección propicia que los legisladores con más conocimiento puedan transmitirlo a los nuevos que se integren al trabajo legislativo.

7. Fortalece el vínculo directo entre el elector y el representante además de aumentar la visibilidad y el monitoreo ciudadano del trabajo legislativo.

8. Propicia la estabilidad política y legislativa. La presencia de legisladores experimentados —políticos de oficio— que saben que la prudencia, la negociación y la discreción son herramientas básicas del quehacer político y legislativo, haría más estable la relación Ejecutivo-Legislativo, aun a pesar y por encima de que las cámaras estén compuestas por un mosaico plural de individuos de diversos partidos (por encima de ideologías, estaría la carrera de largo plazo: saber que con quien se pelea hoy, probablemente será aliado o negociador mañana o pasado, y no como ahora, donde un pleito político dura sólo lo que el periodo legislativo). (Francisco José de Andrea Sánchez)

9. Propicia la armonía interpartidaria e intrapartidaria. Las relaciones armónicas entre cúpulas, bases y elites partidarias —esenciales para el bienestar político y legislativo— se ven auspiciadas cuando existe estabilidad de largo plazo en la composición de las Cámaras legislativas, pues la frecuencia de trato, la experiencia, la preparación y el profesionalismo de cuerpos legislativos con menor tránsito “eventual” de individuos, permite la consolidación armónica de las relaciones de trabajo entre equipos indispensables para la labor legislativa y política. La anterior armonía se fomenta tanto dentro los partidos en lo individual, como entre las elites de los diversos partidos que se acostumbran a tratar con sus pares en un ambiente de estabilidad y cierta confianza ante conductas que surgen de la familiaridad de trato (Francisco José de Andrea Sánchez).

En el ámbito internacional, es por todos conocido que solamente México y Costa Rica no permiten la reelección legislativa consecutiva. Esto es otro claro ejemplo del falso debate provocado por quienes aseguran que nuestra sociedad no se encuentra preparada para reelegir a sus representantes. Precisamente de eso trata, de comenzar a preparar a la sociedad, a involucrarla en los asuntos del gobierno, a que se mantenga enterada de nuestras acciones, pero, sobre todo, a darles el derecho a decidir.

Es por todo lo anterior que en nuestro grupo parlamentario estamos convencidos que con la implementación de la reelección consecutiva de legisladores federales y locales daremos un paso importante para refrendar y cumplir con nuestra obligación constitucional de representación y protección de los intereses de las y los mexicanos.

En atención a lo expuesto, se hace necesario proponer a través del presente voto particular, en el contexto de la reforma política, lo siguiente:

Para adicionarse al proyecto de decreto del dictamen: La propuesta por la que se reforma el artículo 59; la propuesta por la que se adiciona un segundo párrafo a la fracción I del artículo 115; y la propuesta que reforma el segundo párrafo de la fracción II, y que adiciona un último párrafo a la fracción II del artículo 116, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 59. Los senadores y diputados al Congreso de la Unión podrán ser reelectos en forma inmediata; en cada ocasión, los primeros hasta por un periodo adicional y los segundos hasta por dos.

Los diputados o senadores propietarios que hayan cumplido los periodos de reelección antes establecidos no podrán ser electos para el siguiente periodo con el carácter de suplentes. A los diputados o senadores suplentes que hubieren estado en ejercicio les será aplicable lo establecido en el párrafo anterior.

Artículo 115. ( ...)

I. (...)

Las Constituciones de los Estados definirán las bases para la elección de los ayuntamientos.

Artículo 116. (...)

II. El número de representantes en las legislaturas de los estados será proporcional al de habitantes de cada uno; pero, en todo caso, no podrá ser menor de siete diputados en los estados cuya población no llegue a 400 mil habitantes; de nueve, en aquellos cuya población exceda de este número y no llegue a 800 mil habitantes, y de 11 en los estados cuya población sea superior a esta última cifra.

Cuando así lo disponga la Constitución respectiva, los diputados de las legislaturas de los estados podrán ser reelectos en forma inmediata; en cada ocasión hasta por dos periodos adicionales. Cumplido lo anterior, los diputados propietarios que hayan cubierto los periodos de reelección antes establecidos no podrán ser electos para el siguiente periodo con el carácter de suplentes.

A los diputados suplentes que hubieren estado en ejercicio les será aplicable lo dispuesto en el segundo párrafo de la presente fracción.

Cada periodo de mandato será de tres años.

...

...

...

...

...

...

III. a VII. ...

En razón de todo lo que anteriormente se expone, y en uso de las facultades previstas en los artículos 90, 91 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a consideración de esta soberanía el siguiente voto particular con relación a una parte del dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, con opinión de la de Participación Ciudadana, respecto de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política, proponiendo para la aprobación del pleno el texto que se detalla a continuación en el proyecto de

Decreto

Único. Se reforma el artículo 59; se reforma el segundo párrafo de la fracción II del artículo 116; y se adiciona un segundo párrafo a la fracción I del artículo 115; y un último párrafo a la fracción II del artículo 116, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 59. Los senadores y diputados al Congreso de la Unión podrán ser reelectos en forma inmediata; en cada ocasión, los primeros hasta por un periodo adicional y los segundos hasta por dos.

Los diputados o senadores propietarios que hayan cumplido los periodos de reelección antes establecidos no podrán ser electos para el siguiente periodo con el carácter de suplentes. A los diputados o senadores suplentes que hubieren estado en ejercicio les será aplicable lo establecido en el párrafo anterior.

Artículo 115. ( ...)

I. (...)

Las Constituciones de los Estados definirán las bases para la elección de los ayuntamientos.

Artículo 116. (...)

II. El número de representantes en las legislaturas de los estados será proporcional al de habitantes de cada uno; pero, en todo caso, no podrá ser menor de siete diputados en los estados cuya población no llegue a 400 mil habitantes; de nueve, en aquellos cuya población exceda de este número y no llegue a 800 mil habitantes, y de 11 en los Estados cuya población sea superior a esta última cifra.

Cuando así lo disponga la Constitución respectiva, los diputados de las legislaturas de los estados podrán ser reelectos en forma inmediata; en cada ocasión hasta por dos periodos adicionales. Cumplido lo anterior, los diputados propietarios que hayan cubierto los periodos de reelección antes establecidos no podrán ser electos para el siguiente periodo con el carácter de suplentes.

A los diputados suplentes que hubieren estado en ejercicio les será aplicable lo dispuesto en el segundo párrafo de la presente fracción.

Cada periodo de mandato será de tres años.

...

...

...

...

...

...

III. a VII. ...

Notas

1 Berlín Valenzuela, Francisco. “La investigación en el quehacer legislativo”. Ponencia ofrecida en el séptimo Congreso nacional de institutos y organismos de estudios e investigaciones legislativos. Véase en http://www.congresogto.gob.mx/instituto/VIICongreso.pdf

2 Jáuregui Robles, Cesar. “Sistema electoral y representación legislativa”. Ponencia ofrecida en el séptimo Congreso nacional de institutos y organismos de estudios e investigaciones legislativos. Véase en http://www.congresogto.gob.mx/instituto/VIICongreso.pdf

México, Distrito Federal, a 12 de octubre de 2011.

Diputados: Javier Corral Jurado, Gustavo González Hernández, María Antonieta Pérez Reyes y Gregorio Hurtado Leija (rúbricas).

De los diputados Liev Vladimir Ramos Cárdenas, Nancy González Ulloa y Gustavo González Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN, atinente al dictamen que presentan las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, con opinión de la Comisión de Participación Ciudadana, respecto a la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política

México, DF, a 12 de octubre de 2011.

Diputado Alejandro Encinas Rodríguez

Presidente de la

Comisión de Puntos Constitucionales

De la Cámara de Diputados

Del Congreso de la Unión

LXI Legislatura

Presente

Los suscritos, diputados federales del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación de la Cámara de Diputados, LXI Legislatura del Congreso de la Unión, por este medio, y con fundamento en los artículos 90, 91 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito presentar por este medio un voto particular, con relación al dictamen que presentan las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y, de Gobernación, con opinión de la Comisión de Participación Ciudadana, respecto de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política, particularmente en lo relativo a la reforma por la cual se adicionan los párrafos quinto y sexto a la fracción IV del artículo 74, de nuestra citada ley fundamental.

Lo anterior, con base en las cuestiones y valoraciones que seguidamente se indican:

Antecedentes

1. El 27 de abril de 2011, el Pleno del Senado de la República, aprobó Dictamen en sentido positivo con Proyecto de Decreto por el que se reforman el párrafo primero y la fracción II del artículo 35; la fracción III del artículo 36; el artículo 59; el último (ahora antepenúltimo) párrafo del artículo 71; la fracción XXVI del artículo 73; el párrafo cuarto de la fracción VI del artículo 74; la fracción II del artículo 76; las fracciones IV, VI y VII del artículo 78; el artículo 83; los párrafos primero, segundo y tercero (que pasan a ser a ser cuarto y quinto respectivamente) del artículo 84; los párrafos primero, segundo y tercero (que pasa a ser cuarto) del artículo 85; las fracciones II, III y IV del artículo 89; el segundo párrafo de la fracción I del artículo 115; el segundo párrafo de la fracción II y el inciso e) de la fracción IV del artículo 116; la fracción III de la Base Primera del artículo 122. Se adicionan las fracciones VI VII y VIII al artículo 35; una fracción IV y dos párrafos finales al artículo 71; una fracción XXIX-P al artículo 73; dos párrafos tercero y cuarto al artículo 75; los párrafos quinto y sexto a la fracción IV del artículo 74; los párrafos segundo, tercero y último al artículo 84; un cuarto párrafo al artículo 85, recorriéndose en su orden el párrafo siguiente; un segundo párrafo al artículo 87; un último párrafo a la fracción II del artículo 116;un inciso o) a la fracción V de la Base Primera del artículo 122, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; enviándolo a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 fracción E de la Constitución Federal.

2. El 28 de abril de 2011, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, recibió la Minuta del Senado de la República, con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, acordando el turno a las Comisiones Unidas de puntos Constitucionales y de Gobernación y a la Comisión de Participación Ciudadana, para su opinión.

3. Con fechas 14, 15, 21 y 28 de julio, y 1° de agosto del presente año, se llevó a cabo el Foro “La Reforma Política, Cambio Estructural de la Vida Social en México”, en las Ciudades del Distrito Federal; Mérida, Yucatán; Durango, Durango, y Guadalajara, Jalisco, respectivamente.

4. El 21 de septiembre de 2011, la Comisión de Participación Ciudadana envió a la Comisión de Puntos Constitucionales su Opinión a la Minuta del Senado de la República, con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Reforma Política.

5. El 28 de septiembre de 2011, la Comisión de Puntos Constitucionales discutió y aprobó diversas modificaciones a la Minuta del Senado, entre las cuales se encuentra no contemplar la reforma prevista en la fracción IV del artículo 74 Constitucional.

6. En dicha discusión los Diputados del Partido Acción Nacional manifestaron su inconformidad por no contemplar esta propuesta. Por ese motivo, presento este voto particular en virtud de la omisión en el proyecto de Dictamen, de la reforma que en el presente voto particular se propone al artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por las razones que a continuación se exponen:

Consideraciones

Todo país que se considere democrático debe contar con un ordenamiento jurídico diseñado para hacer frente a problemas presentes y futuros.

A nuestra consideración el tema de aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación es uno de los que requieren una mayor atención, toda vez hablar de presupuesto es hablar de ingreso, asignaciones y control del gasto, éste último a cargo de la Cámara de Diputados.

Son precisamente la tributación y el gasto dos materias que le corresponde ejercer al Congreso de la Unión, específicamente a la Cámara de Diputados.

Sin embargo, al igual que ocurre en la reconducción presupuestal, existe el riesgo que en la revisión y reestructuración del Proyecto que le envía el Ejecutivo, la Cámara de Diputados no pueda concretar acuerdos que le permita conformar una distribución equitativa del presupuesto, dejando de observar aquellos rubros que de acuerdo a las condiciones del país requieran mayor atención.

Como se sabe, la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación son instrumentos legales propuestos anualmente por el Presidente de la República y aprobados por la Cámara de Diputados, siendo el Presupuesto de Egresos donde se determina cuánto, cómo y en qué se gastarán los recursos públicos de la Federación.

Con la finalidad de evitar que el Presupuesto de Egresos sea presa de intereses políticos, es necesario que se realicen las debidas reformas legales que permitan dar certidumbre a la distribución del gasto que desde el Poder Ejecutivo se propone, ya que es desde éste ámbito donde se lleva el registro de los sectores que necesitan de mayor atención. La solución a éste problema es sin duda, establecer claramente en el texto constitucional, la facultad del Ejecutivo para realizar observaciones al Presupuesto de Egresos de la Federación.

Desde la creación del México independiente, y considerando la permanencia durante 70 años de un único partido político como titular del Poder Ejecutivo, era obvio que nadie se preocupara por revisar la distribución de los recursos, puesto que el Congreso estaba conformado por el partido en el poder.

Sin embargo existen registrados algunos antecedentes en los que el Ejecutivo Federal presentó observaciones a los proyectos de presupuesto: 1

1912 Francisco I. Madero. Observaciones del Ejecutivo, a los salarios de los Diputados previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

1918 Venustiano Carranza. Observaciones del Ejecutivo, referentes a la ampliación de la partida 42 del Presupuesto de Egresos de la Federación.

1919 Venustiano Carranza. Observaciones del Ejecutivo a las partidas 45, 65 y 1001 del Presupuesto de Egresos de la Federación.

1919 Venustiano Carranza. Observaciones del Ejecutivo al Presupuesto de Egresos de la Administración de Justicia del Fuero Común en el Distrito y Territorios Federales.

1922 Álvaro Obregón. Observaciones del Ejecutivo al Presupuesto de Egresos del Gobierno del Distrito Federal para 1923.

1922 Álvaro Obregón. Observaciones del Ejecutivo al artículo 7o. del Presupuesto de Egresos, a efecto de que sean consideradas en el presupuesto, las partidas relativas a la Dirección de Estadísticas.

1927 Plutarco Elías Calles.- Observaciones del Ejecutivo al decreto que creó la partida 9,601 bis, del Ramo Noveno del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Ahora los tiempos son totalmente diferentes, la alternancia en el Poder Ejecutivo, así como la escasa conformación de mayorías en el Congreso, son un punto generador de choque y enfrentamiento entre las fuerzas políticas, en donde, existe el riesgo latente de no contar en tiempo y forma con los tiempos establecidos en nuestra Constitución.

No debemos dejar pasar la falta de sanción ante el incumplimiento de las obligaciones constitucionales por los legisladores, lo cual sin duda fomenta que no se cumplan en tiempo y forma los mandatos constitucionales.

Ante ello, no podemos ser omisos y debemos generar oportunidades de colaboración entre poderes, sin que esto sea visto como una subordinación del Legislativo ante el Ejecutivo.

El maestro Jorge Carpizo nos recuerda la existencia del veto en la vida política del país, acerca del cual anota: “El veto es una institución conocida del derecho constitucional mexicano, pues estuvo reglamentado en la constitución de Cádiz (artículos 144-150). en la de Apatzingán (artículos 128 y 129), en la de 1824 (artículos 55 y 56), en la de 1836 (artículos 35, 36 y 37 de la ley tercera) y en la de 1857 (articulo 71)”.

Por su parte, la facultad del veto, conferida al Ejecutivo por el inciso b) del artículo 72 de la Constitución Nacional, es definida por Tena Ramírez de la siguiente manera: 2

“El veto es la facultad que tiene el Presidente de la República para objetar en todo o en parte, mediante las observaciones respectivas una ley o decreto que para su promulgación le envía el Congreso.

De igual manera señala que el artículo 72 constitucional se refiere sólo a la tramitación de proyectos cuya resolución no sea exclusiva de alguna de sus Cámaras. [...] el artículo 72 sólo concede al Ejecutivo el derecho de veto respecto de las resoluciones del Congreso de la Unión. 3

Así pues, el veto constituye un periodo de reflexión que la Constitución concede al Ejecutivo para analizar, con más detalle, la conveniencia, importancia y constitucionalidad de una ley o decreto que emita el Poder Legislativo, y dentro de las cuales, se puede ubicar perfectamente al Presupuesto de Egresos de la Federación.

En aras de precisar ésta situación, el titular del Ejecutivo Federal presentó ante la Cámara de Senadores el proyecto de iniciativa en materia de reforma política en donde contempla la posibilidad de hacer observaciones al Presupuesto de Egresos de la Federación.

En el rubro de consideraciones realiza argumentos fundamentales para sustentar su propuesta: 4 “La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ofrece un conjunto de mecanismos que permiten procesar los conflictos y las diferencias entre los Poderes de la Unión para que la pluralidad se transforme en fortaleza y no en obstáculo; para que la diversidad y complejidad de la representación política den vida y dinamismo al sistema democrático. Uno de los mecanismos más característicos del equilibrio de pesos y contrapesos entre poderes en los sistemas presidenciales es la posibilidad del Ejecutivo de observar, ya sea parcial o totalmente, las leyes o decretos aprobados por el Poder Legislativo”.

El Grupo Parlamentario de Acción Nacional se encuentra comprometido con rediseñar permanentemente nuestro marco jurídico, para que éste responda de manera efectiva a las necesidades cambiantes de toda sociedad. Ante ello, estamos convencidos de que facultar al Ejecutivo Federal para realizar observaciones al presupuesto de Egresos de la Federación tendrá las siguientes ventajas particulares:

a) Se atribuye clara y expresamente la facultad del Ejecutivo para realizar veto parcial o total al PEF, la cual ha sido reconocida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación

En la sentencia de la Controversia Constitucional 109/2004, la Suprema Corte sostuvo que el Presidente de la República está facultado para formular observaciones al PEF, basando sus argumentos en 12 apartados generales relativos a

1. El Presupuesto de Egresos de la Federación sigue el proceso legislativo,

2. El primer párrafo del artículo 72 constitucional, no califica a los apartados de dicho artículo,

3. Las excepciones para la procedencia de las observaciones están expresamente previstas en la Constitución,

4 La facultad del Ejecutivo Federal de formular observaciones garantiza un adecuado equilibrio entre los Poderes de la Unión,

5. La formulación de observaciones al Presupuesto de Egresos no contradice el mandato constitucional de anualidad,

6. Los alcances del proceso de aprobación del Presupuesto de Egresos, necesariamente implican la facultad de observaciones,

7. La facultad del Ejecutivo de formular observaciones al Presupuesto de Egresos de la Federación, es acorde con su facultad exclusiva de iniciativa,

8. La Cámara de Diputados no goza de facultades absolutas para modificar el Presupuesto de Egresos,

9. Antecedentes del veto del Ejecutivo federal, respecto del Presupuesto de Egresos de la Federación,

10. Conforme al artículo 126 constitucional, en relación con el 72, el Presidente de la República tiene la facultad de observar normas en materia presupuestaria,

11. El derecho de veto debe ser tanto para la Ley de Ingresos como para el Presupuesto de Egresos,

12. La evolución histórica del procedimiento legislativo respalda la facultad del Ejecutivo Federal para hacer observaciones al Presupuesto de Egresos.

Como sustento de lo anterior, se transcriben algunos párrafos de la sentencia:

“Por las razones expuestas y con fundamento en los artículos 70, último párrafo, 71, 72 y 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se concluye que el Presidente de la República sí cuenta con facultades para hacer observaciones al Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación y que, en su caso, una vez discutidas por la Cámara de Diputados, deberán ser superadas por las dos terceras partes de los diputados presentes en la sesión correspondiente.”

“En consecuencia, procede declarar la invalidez del Acuerdo del Pleno de la Cámara de Diputados, de la LIX Legislatura, aprobado en sesión de fecha catorce de diciembre de dos mil cuatro, por ser violatorio de los artículos 72 y 74, fracción IV, de la Constitución Federal; motivo por el cual se declara también la nulidad de dicho Presupuesto únicamente en la parte que fue objeto de observaciones, para el efecto de que, la Cámara de Diputados demandada, en ejercicio de sus facultades exclusivas, se haga cargo de las indicadas observaciones, como en derecho corresponda, a la mayor brevedad posible.”

“Por tales razones, no puede sostenerse que la intervención del Ejecutivo Federal en la elaboración del Decreto de Presupuesto de Egresos, quede limitada a la presentación del proyecto, participación en los debates de los trabajos de la comisión y a su publicación, ya que del contenido de los artículos 70, último párrafo, 71 y 72 que establecen normas relativas al procedimiento legislativo, se concluye que el Presidente de la República, sí cuenta con facultades para hacer observaciones al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación.”

“Tampoco puede admitirse que de aplicarse el derecho de veto al proceso de aprobación del Decreto de Presupuesto de Egresos, se rompería el principio de colaboración contenido en la fracción IV, del artículo 74, constitucional, en atención a que, el derecho de veto es un mecanismo a través del cual la Constitución evita que un Poder se sobreponga a otro, estableciendo así un sistema de pesos y contrapesos; esto es, si la función esencial del Poder Legislativo es expedir leyes, al Poder Ejecutivo se le confiere la facultad mediante el ejercicio del veto de neutralizar, temporalmente, todo acto que considere lesivo, con lo cual se logra un adecuado equilibrio de fuerzas y colaboración entre ambos poderes, que garantiza la unidad política del Estado.”

b) Se evitan riesgos en la conducción de las finanzas públicas.

c) Si el presidente no tuviera la posibilidad de hacer observaciones al presupuesto, sería reducido a un mero funcionario técnico que hace los cálculos correspondientes, para que finalmente otra instancia tome las decisiones políticas y señale las pautas de gasto y los rubros estratégicos de inversión pública.

d) La mayoría de los sistemas presidenciales reconocen esta atribución del Ejecutivo como elemento de generación de acuerdos y equilibrio con el Legislativo (Carrillo y Lujambio, 1998).

e) Su implementación coadyuvaría a equilibrar el sistema de pesos y contrapesos en la distribución del gasto público. En suma, se pretende normar la facultad del Ejecutivo Federal, reconocida por la SCJN, y con ello establecer de forma clara, expresa y detallada la facultad del Ejecutivo para hacer observaciones parciales, o en su caso, vetar totalmente al Presupuesto de Egresos de la Federación, así como la Ley de Ingresos de la Federación.

f) Tanto el veto parcial como la reconducción presupuestal son instrumentos que se dan al Ejecutivo que aumentan la eficiencia del sistema sin afectar la pluralidad en el Congreso (Casar, 2009).

g) En general, el examen del derecho comparado parece demostrar que sí se puede vetar el presupuesto, ya sea de forma parcial o total, con excepción de Costa Rica y Honduras.

En suma a lo anterior, no podemos dejar de señalar que algunos estudiosos del derecho han realizado pronunciamientos claros acerca de la facultad del Ejecutivo Federal de realizar observaciones al Presupuesto de Egresos, como por ejemplo, lo hace el maestro Luis Carlos Ugalde: 5 “El artículo 72 constitucional, en su fracción j, enumera los casos en los cuales el veto presidencial no procede (funciones de cuerpo electoral o de jurado, acusaciones extraordinarias de la Comisión Permanente). Entre estos caso, no se encuentra señalado el de vetar el presupuestos, por tanto, el ejecutivo puede acogerse a la facultad que le otorga a contrario sensu la fracción B del artículo 72, esto es la de hacer observaciones, a pesar de que dicha fracción hable del Congreso.”

Nuestro grupo parlamentario se encuentra comprometido plenamente con el desarrollo de nuestras instituciones por tanto, dejamos en claro que estamos dispuestos a retomar las propuestas y los acuerdos que se han tomado en la Cámara de Senadores con la finalidad de hacer viable y posible una reforma política en beneficio de nuestras instituciones y de nuestra sociedad.

En atención a lo expuesto, se hace necesario proponer a través del presente voto particular, en el contexto de la Reforma Política, lo siguiente:

Para adicionarse al proyecto de decreto del dictamen: La adición de los párrafos quinto y sexto a la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 74. (...)

I. a III. ...

IV. (...)

...

...

...

El Ejecutivo federal podrá hacer observaciones al Presupuesto de Egresos de la Federación en un plazo de diez días naturales. Si el Ejecutivo no tuviera observaciones lo promulgará y publicará.

El Presupuesto de Egresos de la Federación observado, en todo o en parte por el Ejecutivo, será devuelto con sus observaciones a la Cámara de Diputados para que sea discutido de nuevo por ésta en un plazo de diez días naturales; si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, volverá de inmediato al Ejecutivo para su promulgación y publicación.

En razón de todo lo que anteriormente se expone, y en uso de las facultades previstas en los artículos 90, 91 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a la consideración de esta soberanía el siguiente voto particular con relación a una parte del dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, con opinión de la Comisión de Participación Ciudadana, respecto a la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política, proponiendo para la aprobación del Pleno el texto que se detalla a continuación en el

Proyecto de Decreto

Único. Se adicionan los párrafos quinto y sexto a la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 74. (...)

I. a III. ...

IV. (...)

...

...

...

El Ejecutivo federal podrá hacer observaciones al Presupuesto de Egresos de la Federación en un plazo de diez días naturales. Si el Ejecutivo no tuviera observaciones lo promulgará y publicará.

El Presupuesto de Egresos de la Federación observado, en todo o en parte por el Ejecutivo, será devuelto con sus observaciones a la Cámara de Diputados para que sea discutido de nuevo por ésta en un plazo de diez días naturales; si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, volverá de inmediato al Ejecutivo para su promulgación y publicación.

Notas

1 Diario de los Debates de la Cámara de Diputados 1916-1994. Versión electrónica, discos 1, 2 y 3.

2 Calzada Patrón, Feliciano (1990). Intervención presidencial en la actividad legislativa, en el Derecho Constitucional páginas 264-265. México, DF, Harla. http://mail.udgvirtual.udg.mx/biblioteca/bitstream/123456789/1786/1/Int ervencion+presidencial.pdf

3 Tena Ramírez, Felipe. Derecho Constitucional Mexicano. 28ª ed. México: Porrúa, 1994, página 266.

4 Iniciativa de ley presentada por el Ejecutivo Federal ante la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2009.

5 Ugalde, Luis Carlos, Relaciones Ejecutivo-Legislativo en México: El caso del veto presidencial, en http://www.bibliojuridica.org/libros/1/346/35.pdf, página 5.

México, Distrito Federal, a 12 de octubre de 2011.

Diputados: Liev Vladimir Ramos Cárdenas, Nancy González Ulloa, Gustavo González Hernández (rúbricas).

De los diputados Felipe de Jesús Rangel Vargas y Víctor Alejandro Balderas Vaquera, del Grupo Parlamentario del PAN, sobre el dictamen que presentan las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, con opinión de la Comisión de Participación Ciudadana, respecto de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política

Los suscritos, diputados federales del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, de la Comisión de Puntos Constitucionales, y de Gobernación de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, por este medio, y con fundamento en los artículos 90, 91 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito presentar por este medio un voto particular, con relación al dictamen que presentan las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y gobernación, con opinión de la Comisión de Participación Ciudadana, respecto de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política , particularmente en lo relativo a la reforma por la cual se adicionan los párrafos cuarto y quinto al artículo 75 de nuestra citada Ley Fundamental.

Lo anterior en base a las cuestiones y valoraciones que seguidamente se indican:

Antecedentes

1. El 27 de abril de 2011, el pleno del Senado de la República, aprobó Dictamen en sentido positivo con Proyecto de Decreto por el que se reforman : El párrafo primero y la fracción II del artículo 35; la fracción III del artículo 36; el artículo 59; el último (ahora antepenúltimo) párrafo del artículo 71; la fracción XXVI del artículo 73; el párrafo cuarto de la fracción VI del artículo 74; la fracción II del artículo 76; las fracciones IV, VI y VII del artículo 78; el artículo 83; los párrafos primero, segundo y tercero (que pasan a ser a ser cuarto y quinto respectivamente) del artículo 84; los párrafos primero, segundo y tercero (que pasa a ser cuarto) del artículo 85; las fracciones II, III y IV del artículo 89; el segundo párrafo de la fracción I del artículo 115; el segundo párrafo de la fracción II y el inciso e) de la fracción IV del artículo 116; la fracción III de la Base Primera del artículo 122. Se adicionan: Las fracciones VI VII y VIII al artículo 35; una fracción IV y dos párrafos finales al artículo 71; una fracción XXIX-P al artículo 73; dos párrafos tercero y cuarto al artículo 75; los párrafos quinto y sexto a la fracción IV del artículo 74; los párrafos segundo, tercero y último al artículo 84; un cuarto párrafo al artículo 85, recorriéndose en su orden el párrafo siguiente; un segundo párrafo al artículo 87; un último párrafo a la fracción II del artículo 116;un inciso o) a la fracción V de la Base Primera del artículo 122, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; enviándolo a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 fracción e) de la Constitución federal.

2. El 28 de abril de 2011, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, recibió la minuta del Senado de la República, con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, acordando el turno a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, así como a la Comisión de Participación Ciudadana para su opinión.

3. Con fechas 14, 15, 21 y 28 de julio, y 1 de agosto del presente año, se llevó a cabo el foro La Reforma Política, Cambio Estructural de la Vida Social en México, en las ciudades del Distrito Federal; Mérida, Yucatán; Durango, Durango, y Guadalajara, Jalisco.

4. El 21 de septiembre de 2011, la Comisión de Participación Ciudadana envió a la Comisión de Puntos Constitucionales su opinión a la minuta del Senado de la República, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política.

5. El 28 de septiembre de 2011, la Comisión de Puntos Constitucionales discutió y aprobó diversas modificaciones a la minuta del Senado, entre las cuales se encuentra no contemplar la reforma prevista en al artículo 75 constitucional.

6. En dicha discusión los diputados del Partido Acción Nacional manifestaron su inconformidad por no contemplar esta propuesta. Por ese motivo, presentamos este voto particular en virtud de la omisión en el proyecto de dictamen, de la reforma que en el presente voto particular se propone al artículo 75 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por las razones que a continuación se exponen:

Consideraciones

Fue a partir del año de 1997, cuando en la Cámara de Diputados se vio reflejada la transición democrática que estaba aconteciendo en la sociedad mexicana y en sus instituciones. De ahí que en la LVII legislatura del Congreso de la Unión el Partido dominante dejó de tener mayoría legislativa y los Partidos Políticos menores se vieron fortalecidos con mayor representación por mandato directo de la sociedad.

A partir de entonces, la conformación numérica de los grupos parlamentarios representados en este órgano legislativo ha conllevado a una nueva etapa en las relaciones y negociaciones entre los partidos políticos para la aprobación de diversas propuestas, en dónde además, se encuentran aquellos temas que por mandato constitucional deben atender y resolver en el periodo de tiempo para ello establecido, tal y como ocurre con la aprobación de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Ante dicha situación, se considera como un tema de primera importancia la necesidad de actualizar nuestro marco jurídico a fin de que éste pueda hacer frente de manera certera y eficaz a los panoramas desfavorecedores que generan los choques de intereses, los compromisos electorales, así como la falta de compromiso y voluntad política por resolver y cumplir en tiempo y forma las obligaciones que nuestra norma fundamental establece, evitando además que los intereses particulares se antepongan o retrasen la toma de decisiones trascendentales para la correcta conducción del país.

Lo anterior ha sido reconocido por numerosos estudiosos del derecho, como por ejemplo, el maestro Eduardo Andrade Sánchez 1 , cuando señala: “La carencia puede ocurrir por falta de presentación del proyecto o por ausencia de acuerdo en el órgano legislativo que permita emitirlo; u otro, la situación de enfrentamiento entre poderes manifestada por la interposición del veto presidencial al presupuesto aprobado por la Cámara.”

En opinión de Diego Valadés, 2 la formulación del Presupuesto de Egresos se ha vuelto un problema creciente; la ausencia de mecanismos para la reconducción del mismo o para la continuidad de los servicios básicos da lugar a negociaciones que afectan o pueden afectar la estabilidad de las finanzas públicas.

También menciona que de no aprobarse dicho presupuesto, la parálisis estatal sería inimaginable, ya que se carecería de recursos para la prestación de servicios, por lo cual propone adoptar alguna de las siguientes medidas: 1) que se dé la prórroga de los ingresos y egresos del año que concluyó por un periodo determinado o hasta que el Congreso apruebe dichos instrumentos; 2) que se disponga de los recursos asignados en el presupuesto cuya vigencia concluya para sostener los servicios y actividades que se consideren indispensables; y 3) hacer una combinación de las propuestas anteriores.

De igual manera, Ulises Carrillo y Alonso Lujambio 3 manifiestan que “si hay una pieza legislativa que no puede sufrir una parálisis institucional es la del presupuesto. Mucho más importante que la capacidad del Ejecutivo para llevar a cabo su agenda legislativa, o del legislativo para sacar adelante la propia, la aprobación de un presupuesto que garantice la operación de las instituciones del Estado es el mínimo requisito para generar un ambiente en el que la democracia pueda mantenerse y legitimarse como una opción real de acuerdo político.”

Como vemos, es necesario que desde las resoluciones que se toman en este Congreso de la Unión, no se perjudique la función del gobierno, como lo puede representar el hecho de no tener aprobada La ley de Ingresos ó el Presupuesto de Egresos de la Federación, o ambos, en el tiempo marcado por la ley.

El Poder Legislativo no puede permitir que al Poder Ejecutivo no pueda cumplir con sus obligaciones ante algún desacuerdo, y en dado caso de que no se legisle ahora la reconducción presupuestal deberemos afrontar la responsabilidad que sin lugar a dudas la sociedad nos exigirá.

Estamos convencidos que el Congreso de la Unión, y específicamente ésta Cámara debe defender y cumplir a cabalidad su función de control político de la decisiones del Poder Ejecutivo, y que debemos reforzarlo para evitar abusos y fiscalizar la actividad de los gobernantes y de las instituciones de gobierno.

Pero ahora, se trata de un asunto que incidirá en las condiciones de nuestra sociedad y que además es necesaria para definir el rumbo de nuestras instituciones.

No podemos dejar de lado la relevancia que adquiere la aprobación de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos si consideramos que este es la guía para el desarrollo de nuestro país.

Como lo acotan Guerrero y Valdés Palacio 4 , son seis las causas que muestran la importancia del presupuesto y que tienen un carácter político, económico y social, y estas son las siguientes:

a) El presupuesto está compuesto por recursos que se extraen a la sociedad y representan cargas fiscales en grupos sociales. Se relaciona con el poder del Estado de meter la mano en los bolsillos y decidir sobre su asignación.

b) En esa decisión sobre cómo ha de distribuirse, el presupuesto revela las prioridades del gobierno y permite evaluarlo por medio del análisis de sus impactos, así como de la revisión-auditoría.

c) El presupuesto tiene un peso macroeconómico muy evidente en el crecimiento, el empleo, la inflación y la estabilidad. Las políticas de ingreso y de asignación del gasto público son elementos clave de la política económica: tienen impactos definitivos en el crecimiento de la economía y en el desarrollo social; son además, impactos de largo alcance. Con particular fuerza, en países en desarrollo como México, el presupuesto público estimula la acumulación de capital físico y la inversión en capital humano. Por ejemplo, políticas tributarias y políticas de gasto son instrumentos fundamentales para paliar la insuficiencia en el ahorro interno, absorber el costo de la deuda (interna y externa), contener el alza de precios, mantener la estabilidad macroeconómica y redistribuir el ingreso mediante la reasignación de recursos y esfuerzos hacia programas sociales - educación, mejora en los servicios de salud, disminución de los grados de pobreza, provisión de seguridad pública, creación de infraestructura, desarrollo regional, alientos a la producción, entre otros.

d) El presupuesto tienen un evidente impacto en la economía y el desarrollo en su conjunto, pero también lo tiene en la vida de los habitantes del país; tiene un peso macroeconómico (distribución del ingreso, educación, servicios, oportunidades) con la asignación de recursos para prestar servicios que demanda la sociedad. Se pueden paliar las desigualdades a través de la política fiscal acordada en los órganos de representación popular y garantizar así un piso mínimo de bienestar para el conjunto de los ciudadanos.

e) Otro factor que le da gran importancia al presupuesto es el hecho de que constituye la sustancia del funcionamiento gubernamental: representa los recursos del Estado.

f) El presupuesto tiene una estrecha relación con la política (impacto político) y con el poder. La acción gubernamental repercute en forma determinante en la estructura política: la consolida, la erosiona, siempre la modifica. Las acciones gubernamentales debilitan o favorecen a grupos, regiones, sectores económicos, sociales, geográficos. Desde esta perspectiva, el presupuesto es parte clave de la política, pues asigna recursos. Luego entonces, y dada la importancia social del presupuesto, y ante la presencia de una laguna jurídica constitucional, es que se hace indispensable buscar una solución al respecto para el caso de que al iniciar el año fiscal no estuvieran aprobados dichos proyectos, y evitar la parálisis estatal y la probable ingobernabilidad del Estado.”

Quedando demostrada la importancia del Presupuesto de Egresos de la Federación, se considera oportuno señalar que la reconducción presupuestal cuenta con el aval de los principales grupos parlamentarios representados en la Cámara de Senadores.

Esto se desprende de las propuestas que presentaron ante dicha Cámara, que fueron considerados en el dictamen aprobado en la colegisladora, y cuyos textos se presentan a continuación:

Grupo Parlamentario del PRI 5 :

Presupuesto de Egresos y Cuenta Pública

Reconducción de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Con una Cámara de Diputados en la que ningún partido político tiene mayoría, el riesgo de que finalice el año fiscal sin un Presupuesto de Egresos no es remoto. En este sentido, resulta evidente que si alguna pieza legislativa no puede faltar, es precisamente el Presupuesto, ya que es el insumo básico que permite que el gobierno trabaje y preste los servicios públicos que necesita la población.

La regulación que establece el texto constitucional en materia presupuestaria resulta insuficiente para la nueva realidad política de México.

El principal defecto del diseño constitucional vigente es que no existe un mecanismo institucional que prevea una solución adecuada para el caso de la no aprobación de la Ley de Ingresos o del Presupuesto de Egresos de la Federación. Es decir, no hay un dispositivo de emergencia que permita resolver un posible bloqueo legislativo.

Consideramos que resulta necesario el establecimiento de una válvula de seguridad para evitar la falta del presupuesto o de la Ley de Ingresos. Este mecanismo debe entenderse como la regulación que impide, en caso de que los poderes encargados de la aprobación presupuestal no se pongan de acuerdo, incurrir en una parálisis institucional, haciendo que entre en vigor un presupuesto determinado.

El orden constitucional debe prever esta situación ya que puede ser uno de los puntos débiles de cualquier sistema de gobierno. Las Constituciones deben servir para ofrecer respuestas oportunas a los problemas políticos, no para crearlos.

Llegado el primer día del año sin contar con un presupuesto (o sin su correspondiente Ley de Ingresos), las consecuencias podrían ser muy importantes, principalmente por lo que se refiere a la economía y a los mercados financieros, donde la incertidumbre provocada sería suficiente para producir una importante fuga de capitales y poner en serio peligro la estabilidad económica y financiera del país.

En este sentido caben, básicamente, dos opciones: una, que llegado el momento se tenga como aprobado el presupuesto presentado por el Ejecutivo (como ocurre en varios países según se verá más adelante), o bien que se renueve la vigencia del anterior, con una doble posibilidad: que la prórroga sea definitiva (válida para el resto del año fiscal) o temporal (mientras se ponen de acuerdo los responsables de dicha tarea).

Grupo Parlamentarios del PRD, PT y Convergencia 6 .

En cuanto al segundo asunto en cuestión, destaca que, en caso de que no sea aprobado el Presupuesto de Egresos al primer día del ejercicio en que habría de aplicarse, la Constitución solamente prevé la continuidad del pago de los sueldos de los servidores públicos; pero ello no es suficiente para el funcionamiento de las instituciones del Estado, que requieren de otros gastos fundamentales.

Nuestra propuesta de una reconducción: la aplicación del mismo presupuesto del año anterior, aunque con ajustes automáticos derivados de la inflación y algunos otros índices cuantificables. Si la Cámara de Diputados, por cualquier motivo, no expidiera el decreto de Presupuesto al primer día del año que habría de aplicarse, se prorrogará el mismo decreto del año anterior, dando oportunidad al gobierno de realizar ajustes derivados del cumplimiento de compromisos internacionales, del índice inflacionario y otros que sean justificados, previa información a la Cámara de Diputados.

Ahora bien, al revisar el marco jurídico internacional, los países de Latinoamérica prevén figuras para dar certeza a la entrada en vigor del presupuesto enviado por el Ejecutivo.

En caso de que el Presupuesto no se encuentre aprobado dentro del plazo establecido:

• Se dará por aprobado y regirá el proyecto enviado por el Ejecutivo. (Bolivia, Chile, Ecuador, Panamá y Perú.)

• Regirá el presupuesto del año anterior. (Colombia, Guatemala, Honduras, Paraguay.)

Como puede observarse, permitir la reconducción presupuestal es una forma de prever una solución anticipada ante la eventualidad de que inicie un ejercicio fiscal y no se hubieren aprobado la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, o ambos.

También permitirá evitar inestabilidad política que afecte las expectativas en los mercados financieros nacionales e internacionales, permitirá generar certidumbre y claridad en el proceso económico del país, se dará seguridad y certidumbre a todos los sectores del país, evitará que ante la aprobación de los próximos presupuestos, la Cámara de diputados recurra a la práctica del denominado “reloj parlamentario” para aprobarlo no cuando la Constitución lo marca, sino cuando sus “arreglos políticos” lo permitan.

El Partido Acción Nacional ha sustentado a través del tiempo la necesidad de otorgar al Poder Legislativo los elementos que le permitan cumplir de mejor manera con sus responsabilidades, en la determinación de las contribuciones que se requieren para financiar las crecientes demandas de la población, teniendo en cuenta, que el régimen fiscal debe promover la inversión y ayudar a la generación de empleos, así como vincularse con un adecuado sistema presupuestario, que asigne de manera eficiente el gasto por medio de diversos programas y proyectos.

Es momento oportuno para aprovechar la voluntad que se reflejó en los grupos parlamentarios de la Cámara de Senadores. Seamos congruentes con nuestros principios partidistas y no dividamos ni echemos a la basura los avances que se lograron en nuestra colegisladora.

En atención a lo expuesto, se hace necesario proponer a través del presente voto particular, en el contexto de la reforma política, lo siguiente:

Para adicionarse al proyecto de decreto del dictamen: La reforma al artículo 75, adicionando los párrafos cuarto y quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 75. ...

...

...

Si al inicio del ejercicio fiscal no se ha aprobado y promulgado la Ley de Ingresos, mantendrá su vigencia la del año inmediato anterior hasta en tanto el Congreso aprueba la del nuevo año.

En el caso del Presupuesto de Egresos, en tanto se aprueba el del año que corresponde, continuará vigente el aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal inmediato anterior, únicamente respecto de los gastos obligatorios que señale la ley.

En razón de todo lo que anteriormente se expone, y en uso de las facultades previstas en los artículos 90, 91 y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, se somete a la consideración de esta soberanía el siguiente voto particular con relación a una parte del dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación , con opinión de la Comisión de Participación Ciudadana, respecto de la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política, proponiendo para la aprobación del Pleno el texto que se detalla a continuación en el

Proyecto de Decreto

Único. Se adicionan los párrafos cuarto y quinto al artículo 75 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 75. ...

...

...

Si al inicio del ejercicio fiscal no se ha aprobado y promulgado la Ley de Ingresos, mantendrá su vigencia la del año inmediato anterior hasta en tanto el Congreso aprueba la del nuevo año.

En el caso del Presupuesto de Egresos, en tanto se aprueba el del año que corresponde, continuará vigente el aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal inmediato anterior, únicamente respecto de los gastos obligatorios que señale la ley.

Notas

1 Andrade Sánchez, Eduardo. “El veto y la reconducción presupuestal”. Véase en http://www.bibliojuridica.org/libros/1/346/3.pdf

2 Valadés, Diego, Constitución y Democracia, Ediciones UNAM, México, 2002, página 73.

3 Carrillo, Ulises y Lujambio, Alonso, “La incertidumbre constitucional. gobierno dividido y aprobación presupuestal en la LVII Legislatura del Congreso Mexicano 1997-2000”, Revista Mexicana de Sociología, Editorial del Instituto de Investigaciones Sociales, México, Año LX, Número 2, Abril-Junio de 1998, página 252.

4 Guerrero Amparán, Juan Pablo y Vales Palacio Yailen. “Manual sobre la clasificación económica del gasto público.” CIDE. Véase en http://www.presupuestoygastopublico.org/documentos /presupuesto/ECO-MANUAL.pdf

5 Iniciativa presentada por el Senador Manlio Fabio Beltrones y diversos senadores integrantes del GPPRI en la Cámara de Senadores el 23 de febrero de 2010.

6 Iniciativa presentada por el senador Arturo Núñez Jiménez, en nombre de legisladores de los Grupos Parlamentarios del Partido de la Revolución Democrática, del Partido del Trabajo y de Convergencia de ambas Cámaras del Congreso, la que contiene proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Presentada el 18 de abril de 2010.

México, Distrito Federal, a 12 de octubre de 2011.

Diputados: Felipe de Jesús Rangel Vargas, Víctor Alejandro Balderas Vaquera (rúbricas)

Del diputado Gustavo González Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN, sobre los artículos 59, 115, fracción I, y 116, fracción II, del dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, con opinión de la Comisión de Participación Ciudadana, relativo a la minuta del Senado de la República con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política

El suscrito, diputado Gustavo González Hernández, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 90 y 91 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración de esta soberanía el presente voto particular, con relación a los artículos 59, 115, fracción I, y 116, fracción II, del dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, con opinión de la Comisión de Participación Ciudadana, a la minuta del Senado de la República con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política, al tenor de lo siguiente

I. Parte Expositiva

a) Antecedentes

1. El pasado 14 de abril de 2011, las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos del Senado de la República, emitieron Dictamen en sentido positivo con Proyecto de Decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política.

2. El día 27 de abril de 2011, el pleno del Senado de la República, aprobó el dictamen en sentido positivo con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a párrafos y/o fracciones contenidas en los artículos 35; 36; 59; 71; 72; 73; 74; 75; 76; 78; 83; 84; 85; 87; 89; 115; 116 y 122, todos ellos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3. El 28 de abril de 2011, la Cámara de Diputados recibió de parte de la Cámara de Senadores, el proyecto de Dictamen por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política.

El documento antes mencionado fue turnado a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación para Dictamen, con opinión de la Comisión de Participación Ciudadana, para los efectos de emitir el correspondiente dictamen.

4. La Comisión de Puntos Constitucionales recibió, mediante oficio número D.G.P.L. 61-II-8-1204 , del día 29 de abril del 2011, el Dictamen y Minuta, remitida por el Senado de la República, en materia de Reforma Política.

5. La Comisión de Puntos Constitucionales acordó la realización del Foro “La Reforma Política, Cambio Estructural de la Vida Social en México”, los días 14, 15, 21 y 28 de julio, y 1 de agosto en las Ciudades de: Distrito Federal; Mérida, Yucatán; Durango, Durango y Guadalajara, Jalisco.

6. El x de septiembre de 2011, las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación, aprobaron el Dictamen a la Minuta enviada por la H. Cámara de Senadores, mismo que fue turnado a la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.

b) Consideraciones

1. Contenido de la Minuta

El dictamen aprobado por la Cámara de Senadores en materia de reforma política, aborda temas vinculados con la iniciativa ciudadana, consulta popular, candidaturas independientes, iniciativa preferente, observaciones del Ejecutivo al Presupuesto de Egresos de la Federación, la recondición presupuestal, el proceso de sustitución del Presidente en caso de falta absoluta, la reelección de legisladores la ratificación de Comisionados de Órganos Reguladores y la modificación de la integración de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

1.1. La reelección de Legisladores

Con respecto a este trascendental tema, el dictamen aprobado por la Cámara de Senadores resuelve la pertinencia de la reforma a los artículos 59, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la intención de incorporar la posibilidad de reelección inmediata de los legisladores federales y de los correspondientes en el ámbito local.

De esta manera, la Cámara de Senadores consideró que estas reformas contribuirán a la profesionalización de la función legislativa; impulsar la eficiencia y la eficacia del trabajo legislativo, propiciar el fortalecimiento del vínculo entre los representantes y sus electores; el impulso a la rendición de cuentas, el mejoramiento de la gobernabilidad democrática, entre otras.

Así las cosas, las reformas constitucionales aprobadas por la Cámara de Senadores respecto a la reelección de legisladores federales y locales, establecen la restricción de este beneficio para los senadores electos en el año 2006 y los diputados electos en el año 2009, la cual se amplía para aquellos legisladores electos en calidad de suplentes que hayan ejercido funciones de propietario.

Por lo que respecta al tema de la reelección de legisladores en el ámbito local, o bien en el caso de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, la Cámara de Senadores se manifestó a favor de que los efectos de la reforma aprobada, surtirá efectos una vez modificada la Constitución Local o en su caso, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, en los mismos términos de la prohibición para los legisladores federales.

2. Del dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación de la Cámara de Diputados

En el dictamen aprobado por las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación de la Cámara de Diputados respecto a la minuta del Senado de la República en materia de reforma política se da cuenta de las aportaciones que tuvieron a bien considerarse a efectos de enriquecer el proceso de dictaminación, las cuales se derivan de las conclusiones del Foro “La Reforma Política, Cambio Estructural de la Vida Social en México”.

Entre las aportaciones citadas en el precedente, está la presentada por el Grupo parlamentario del Partido de Trabajo, las cuales versan en torno a su opinión respecto al tema la reforma política, las candidaturas independientes, la consulta ciudadana, la reelección de mandato, cuestionado la no inclusión de la revocación de mandato, la iniciativa preferente, el veto al presupuesto, la recondición presupuestal, el nombramiento de titulares de órganos colegiados, el procedimiento de sustitución presidencial y la protesta del Presidente ante la Suprema Corte de Justicia.

Por su parte, el dictamen señalado expresa las aportaciones recibidas por parte de las Legislaturas de los Estados, particularmente Tamaulipas (coincidentes en los temas de candidaturas independientes e iniciativa popular), Chihuahua (Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a favor de la consulta popular) y Zacatecas (Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a favor de reducción del numero de integrantes de ambas Cámaras Legislativas).

2.1 De las consideraciones del dictamen

En el dictamen aprobado por las referidas comisiones legislativas de la H. Cámara de Diputados, se pone de manifiesto que en virtud del análisis a la Minuta de la Cámara de Senadores, las aportaciones derivadas del Foro “La Reforma Política, Cambio Estructural de la Vida Social en México”, así como las recibidas por parte de las legislaturas locales (Tamaulipas, Chihuahua y Zacatecas), el referido documento se emite en sentido positivo con modificaciones sustanciales que dan coherencia al contenido de la Minuta y la robustecen en beneficio de los mexicanos”.

De esta manera, estas Comisiones Legislativas de la Cámara de Diputados se pronuncian a favor, en lo general, de las reformas constitucionales en materia de iniciativa preferente, candidaturas independientes, reconducción presupuestal, la ratificación de Comisionados de Órganos Reguladores, la integración de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, observaciones del Ejecutivo al Presupuesto de Egresos de la Federación, y finalmente la iniciativa ciudadana.

Contrariamente a lo anterior, en el citado documento se expresa las discrepancias de estas Comisiones Legislativas en torno a los temas de consulta popular, el proceso de sustitución del Presidente en caso de falta absoluta, la toma de protesta del Presidente ante la Suprema Corte de Justicia y, finalmente la reelección de legisladores.

Con respecto a este último punto en particular, consistente en la reelección de legisladores federales y locales, las comisiones que emiten el dictamen en cuestión manifiestan que no obstante a que comparten lo expresado por la Cámara de Diputados, en lo relativo a que este mecanismo contribuye a la profesionalización, fortalecimiento y la continuidad en las actividades parlamentarias, han tenido a bien manifestarse en contra de la aprobación de las reformas los artículo 59, 115 y 116 constitucionales, en virtud de que “debe incorporarse en los textos legales la figura de la revocación de mandato” como un “mecanismo de contrapeso al ejercicio del poder”, considerando “políticamente inequitativo... permitir la duplicidad del cargo, sin poder retirarle el mandato, a aquellos funcionarios que no cumplan sus tareas constitucionales”.

En este tenor, las comisiones legislativas encargadas de emitir el correspondiente dictamen concluyen que “consideran viable dejar pendiente este tema, para mejor discusión hasta en tanto, se incorpore la figura de revocación de mandato, como una figura que cumple con el espíritu del constituyente de 1917, contenido en el artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

3. De la trascendencia de la incorporación de la figura de la reelección de legisladores

A partir de lo expresado en el numeral precedente, es oportuno mencionar que en el marco del tema de la reelección de gobiernos locales, es incuestionable que la adopción de mecanismos de reelección en el sistema político mexicano debe ser una realidad.

En primer lugar quiero señalar que estoy a favor de la reelección de los legisladores del Congreso de la Unión, porque considero que es una aberración antidemocrática y propia de la “dictadura perfecta”, que ya no obedece a la democracia moderna que Acción Nacional busca seguir impulsando en México.

Sobre este tema, ya se ha dicho mucho en los últimos 50 años, y las razones en contra de la reelección han sido casi siempre parcas y carentes de un verdadero sentido democrático, y el día de hoy, el dictamen que se nos presenta y al cual me opongo precisamente en la parte donde se rechaza la reelección, no es la excepción.

Una vez realizada esta breve introducción, me gustaría en segundo lugar presentar una serie de hechos, no opiniones, no valoraciones, no sentimientos, no sofismos... Simples, claros y llanos hechos corroborados, para entender mejor la magnitud del tema al cual nos estamos enfrentando en este momento:

a. La reelección legislativa nunca se impidió desde la consumación de nuestra independencia en 1821, sino hasta 1933.

b. La reforma de 1933 que prohibió la reelección no obedeció a un reclamo social, sino a las instrucciones de la dirigencia de un partido político derivada de un principio de no reelección enfocado al Poder Ejecutivo.

c. No existe ningún antecedente histórico en nuestro país de que la reelección parlamentaria haya generado un problema político o haya sido perniciosa para nuestra democracia.

d. La reelección sigue existiendo, y la prueba de ello son varios diputados federales de la actual Legislatura que ya habían ejercido dicho cargo.

e. Ninguno de los diputados actuales que ya fue diputado federal puede ser considerado un peligro para la democracia.

f. Se han presentado en las últimas 4 legislaturas, más de 15 iniciativas por diputados del PRI, PAN y PRD, que buscan la reelección legislativa.

g. Solo dos países en el Continente Americano prohíben la reelección legislativa: México y Costa Rica, y dicha figura está permitida en muchos países de otros continentes como Inglaterra, Alemania, El Congo, Kenia, Australia y Tanzania.

h. Más del 80% de los ciudadanos no conoce cuantos diputados integramos esta Cámara.

i. El 71% de los ciudadanos creen que existen más diputados de los que se necesitan.

j. Más del 61% de los ciudadanos manifestó que los asuntos que se discuten en la Cámara de Diputados le interesan poco o nada.

k. El 31% de los ciudadanos piensa que la democracia puede funcionar sin diputados.

l. Solo el 26% de los ciudadanos está de acuerdo en la manera como trabajan los diputados.

m. El 77% de los ciudadanos confían poco o nada en la Cámara de Diputados.

n. El 89% de los ciudadanos piensan que los diputados deben de votar pensando en los intereses de los habitantes que representan y no en los del partido político que representan.

Los referidos hechos prácticamente hablan por sí solos y es muy fácil traducirlos en dos hechos que se pueden concluir de manera lógica y directa de los que son comprobables:

a. Existe una lejanía, una gran distancia entre el Poder Legislativo y los ciudadanos.

b. Existe un distanciamiento mutuo entre ciudadanos y legisladores.

El distanciamiento no es cosa menor para una democracia, y es bastante grave que la mitad de la población considere que los legisladores son ornamentales y que, además, nuestro sistema democrático no necesita del Congreso de la Unión para ser viable.

En virtud de lo anterior, considero se deben de tomar de manera urgente, todas aquellas medidas que tiendan un puente entre los ciudadanos y los legisladores, entre la ciudadanía y el Poder Legislativo. Esas medidas pueden ser variadas, desde la disminución del número de diputados y la reducción de sus prestaciones, hasta la promoción del acercamiento directo del legislador con sus representados.

Entre las opciones más viables que se nos presentan para fomentar ese acercamiento que permita a los ciudadanos revalorar nuestras labores legislativas y la importancia de este Poder, se nos presenta en este momento una de suma valía: La posibilidad de permitir la reelección de los legisladores hasta por un periodo de 12 años.

Evidentemente no será esta medida la panacea que el país necesita para resolver todos sus problemas, ni por sí sola hará que la población recobre la confianza en el trabajo de los legisladores, pero es una gran oportunidad histórica que se nos presenta de iniciar ese camino de regreso al ciudadano.

La única justificación real que encuentro para rechazar la reelección legislativa en este momento de nuestra democracia, es la misma razón que llevó a su prohibición en 1933: Las ansias de un partido político de seguir controlando absolutamente a todos sus legisladores. Quitémosle al menos parte de ese poder que los partidos políticos ejercen sobre los legisladores y démosle una parte de regreso a los electores. Que ellos sean los que decidan, y no un partido político, si el legislador hizo un buen trabajo o no en las urnas.

Quisiera concluir señalando que no solamente es quien esto suscribe o el Partido Acción Nacional los únicos interesados y sabedores de la importancia del tema de la reelección legislativa, ya que también nuestro compañero diputado Reyes Tamez Guerra del Partido Nueva Alianza habló el día 1 de septiembre de 2009 sobre la imperiosa necesidad de incluir dentro de la agenda legislativa el debate de este tema.

Desafortunadamente no escuché una mención expresa a este sensible tema de los otros partidos políticos representados en esta Cámara de diputados en sus posicionamientos, sin embargo, estoy seguro que es tan lógica y necesaria su discusión que estarán complacidos en debatir y respaldar esta propuesta, pues en las últimas legislaturas, desde que en 1997 se inauguró una nueva etapa de pluralidad en este Congreso, se han presentado las siguientes iniciativas impulsando y respaldando la reelección legislativa, de las cuales los diputados del Partido Revolucionario Institucional han suscrito o respaldado la gran mayoría:

Iniciativas en materia de reelección legislativa

Ante tantos y tan recurrentes antecedentes en la materia, es evidente que el tema no es nuevo para nadie , y considero que es un ejercicio muy importante el tratar de rescatar de dichas iniciativas algunos de los argumentos más importantes utilizados, con el objeto de aprovechar la experiencia y el trabajo de análisis realizado por los cientos de compañeros que nos precedieron y que también persiguieron, sin conseguirlo, el mismo objetivo plasmado en la presente iniciativa. Aunque cada iniciativa contiene suficiente información para hacer de ella un profundo análisis, únicamente presentaré breves extractos de las mismas:

1. De la Iniciativa presentada por el entonces diputado Julio Castrillón Valdez, del Partido Acción Nacional (PAN), y 100 diputados de varias fracciones legislativas de la LVII Legislatura, incluyendo al diputado Bernardo Bátiz Vázquez, del Partido de la Revolución Democrática (PRD):

“El Presidencialismo en México permitió concentrar en una sola persona tal cúmulo de poderes metaconstitucionales, que hicieron nugatoria la división de poderes. El Poder Legislativo se convirtió de hecho en un apéndice del Ejecutivo, cuya función consistía en ser un trámite protocolario para aprobar las iniciativas que éste presentaba.

Tal situación derivó en una debilidad crónica del Poder Legislativo que le impidió ejercer sus funciones constitucionales. Por la realidad actual de pluralismo político, esta situación no puede ya subsistir.

Una de las medidas estratégicas más urgentes consiste en abrir constitucionalmente la posibilidad de reelección inmediata a los legisladores mexicanos, para que el Congreso se fortalezca con la permanencia en su seno de aquellos de entre sus miembros que la ciudadanía refrende con su voto.”

2. De la iniciativa presentada por el entonces diputado Miguel Quirós Pérez, del Partido Revolucionario Institucional (PRI):

“Este texto (el del artículo 59 de la Constitución Política Mexicana vigente) corresponde a la reforma publicada el 29 de abril de 1933 durante el gobierno del Presidente Abelardo L. Rodríguez, reforma a la que ya me he referido en el caso de la no reelección presidencial y que, con tal motivo -el restablecimiento del principio de no reelección presidencial-, se incluyó también a los legisladores que, como ya lo hemos visto, anteriormente sólo en la Constitución de 1814 se había contenido una disposición expresa de no reelección inmediata.

En México, por ejemplo, el principio de la no reelección ha permitido consolidar el sistema presidencial previsto en la Constitución, ha contribuido a legitimar el régimen político, la renovación de los grupos dirigentes -independientemente del partido político de que se trate-, así como aprovechar la experiencia adquirida, mediante un sistema de reconocimientos que hasta ahora no ha implicado necesariamente la reelección inmediata, en aquellos cargos en que ésta es permitida.

...

Me parece importante apuntar aquí que apenas el año pasado fue aprobada una nueva Ley Orgánica del Congreso General, en la que se adoptan para el caso de ambas Cámaras disposiciones relativas al servicio civil de carrera. Pero desde luego que el profesionalismo de los servidores públicos de las Cámaras -por muy importante y útil que sin duda habrá de ser-, no podrá sustituir la sensibilidad, disposición y experiencia de los actores políticos.”

3. De la iniciativa presentada por el entonces diputado Amador Rodríguez Lozano, del Partido Revolucionario Institucional (PRI):

“Enfrentar los retos del desarrollo y la modernización, sólo es posible con un poder legislativo fortalecido, cuya actividad pueda reconocer la sociedad, cuya acción armónica con los otros poderes, permita a la sociedad evaluar y corregir, apoyar e influir. Un Poder Legislativo en el cual todos podamos reconocernos y sea puntal del progreso del país.

La democracia no se agota en la elección de los gobernantes. Es éste tan sólo uno de sus elementos esenciales, pero existen muchos otros como fundamento de la democracia como sistema de gobierno. El fortalecimiento de la democracia hoy, implica también fortalecer a los órganos de gobierno, a los poderes de la unión para que cumplan con el mandato Constitucional.

Es por ello que resulta imprescindible fortalecer al Poder Legislativo de la Unión, teniendo en cuenta los altos valores del constitucionalismo, expresados en la famosa frase de Montesquieu, en su histórica obra El Espíritu de las Leyes: “Que el poder controle al poder”. Principio que fue ratificado por el artículo 16 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en el cual se consagró con precisión que “donde no existe separación de poderes, no hay Constitución”.

...

Uno de los factores que ha sido señalado como relevante para explicar la debilidad del poder legislativo mexicano ante el poder ejecutivo, es la ausencia de una verdadera carrera parlamentaria. A su vez, esta ausencia se ha relacionado con la imposibilidad que tienen los diputados federales y los senadores de reelegirse para el período inmediato.

En efecto, al no haber continuidad en la carrera parlamentaria se obstaculiza la elevación de la calidad del personal político que llega a las cámaras y con ello se impide el fortalecimiento cualitativo del Congreso como un todo. Dicha obstaculización ocurre porque la no reelección de los legisladores dificulta su especialización en el conocimiento de la dinámica interna y en el manejo de la materia propia de las comisiones legislativas de las que son miembros. Así, en cada nueva legislatura llegan al Congreso nuevos diputados y senadores que o bien jamás han tenido experiencia en las lides parlamentarias, o si la tienen, ha sido de una manera discontinua e interrumpida.

Además, el principio de la reelección inmediata de los legisladores federales tiene la ventaja de que acerca más al legislador con su electorado. Al depender de éste la reelección de aquél, se obliga al diputado y al senador a no descuidar la relación con su distrito o Estado. En este sentido, la introducción del principio de la reelección para diputados federales y senadores de la República, habrá de vigorizar el sistema representativo federal mexicano, al aumentar la responsabilidad del legislador con sus electores.

...

Cabe aclarar que con esta propuesta se regresaría al espíritu del sistema original que aprobó el Constituyente de 1917, ya que, en efecto, el principio de la no reelección de diputados y senadores se introdujo a través de la reforma constitucional de 1933. Es decir, el Congreso Constituyente de 1917 no consideró el principio de la no reelección de los legisladores federales como un elemento relevante de nuestra estructura constitucional, sino que al contrario, consideró importante conservar la posibilidad de que dichos servidores públicos de elección popular pudiesen reelegirse en ocasiones sucesivas e inmediatas, para así darles la oportunidad de especializarse en los trabajos correspondientes al poder legislativo. Esto permitía forjar verdaderas carreras parlamentarias lo cual, como ya se explicó, redunda en beneficio del peso político específico del Congreso como un todo.”

4. De la iniciativa presentada por el entonces diputado José Francisco Yunes Zorrilla, del Partido Revolucionario Institucional (PRI):

“En este sentido, existen elementos de análisis suficientes para sostener que la prohibición constitucional sobre la reelección inmediata de los legisladores federales, ha inhibido la profesionalización de los congresistas, ha impedido la especialización en las funciones parlamentarias, ha debilitado la posición del Poder Legislativo frente a los demás poderes y ha obstruido la conexión política de los senadores y diputados con los distritos que conforman el mapa electoral de México.

Una de las reflexiones adversas a la posibilidad de la reelección de los legisladores federales, sin duda emana de la interpretación errónea del principio revolucionario de “no reelección”. Al respecto, surgen varias consideraciones que deben ser atendidas. En primer lugar, nunca hubo restricción alguna para la reelección consecutiva de las Cámaras, desde la Constitución de 1824, pasando por la Constitución de 1857 y hasta la última reforma al artículo 59, de la Constitución de 1917, llevada a cabo en marzo de 1933. Esto significa que, a lo largo de esos años y mientras las elecciones no fueron interrumpidas, la renovación del Poder Legislativo Federal consideró siempre la reelección continua de sus miembros.

En segundo lugar, durante los debates constituyentes en el Congreso de Querétaro, jamás hubo ninguna posición relacionada con la prohibición de la reelección consecutiva de Senadores y Diputados Federales. El principio de “no reelección” contemplaba exclusivamente el caso del Poder Ejecutivo Federal. Evidentemente, sobraban razones por las cuales se buscaba impedir la reelección presidencial después de la dictadura porfirista. Sin embargo, el Constituyente de 1917, no consideró indispensable para la construcción democrática nacional, limitar la reelección de los integrantes del Poder Legislativo, toda vez que ésta no imponía, bajo ninguna circunstancia, el peligro de la concentración del poder.

Sólo hasta las reformas constitucionales de marzo de 1933 se proscribió la reelección legislativa inmediata. Hay indicios que permiten suponer que la cancelación de la reelección legislativa consecutiva fue, más un asunto de coyuntura, que de lógica democrática. En este sentido, ante la inestabilidad política de la época, la fuerte presencia de cacicazgos regionales y la existencia de un partido con presencia nacional, estas medidas provocaron un doble efecto: consolidar la preeminencia del Poder Ejecutivo Federal sobre los demás y consolidar el poder del centro sobre el de las regiones.”

5. De la iniciativa presentada por el entonces y nuevamente diputado Omar Fayad Meneses, del Partido Revolucionario Institucional (PRI):

“Los esfuerzos por la democracia del sistema político mexicano, iniciados desde 1988, han generado un cambio en la conceptualización no sólo del sistema político, de la utilización provechosa de los recursos y el mejoramiento de las condiciones de vida de los ciudadanos, sino también de la elección, de las funciones de los gobernantes, así como de la conducción política responsable.

La no reelección inmediata de los congresistas mexicanos conlleva en muchas ocasiones a la desatención de las bases electorales. Los ciudadanos señalan que son muy pocos los diputados que regresan a su distrito, que rinden cuentas ante quien los postuló, que explican a la opinión pública su conducta, que se hacen responsables de lo que se hace o deja de hacerse en el ámbito de sus competencias.”

6. De la iniciativa presentada por el entonces diputado David Augusto Sotelo Rosas, del Partido de la Revolución Democrática (PRD):

“Por otra parte, el legislador está más pendiente de la línea política de la dirección nacional de su partido que de las demandas de los ciudadanos del distrito por el que fue electo; llegando incluso a contrariarse los intereses de uno y de otro.

Los ciudadanos han criticado el número de legisladores que integran la Cámara, con especial énfasis en los que arriban por la vía plurinominal. Es una crítica constante que permea por toda la sociedad y los medios masivos de comunicación. La actual Cámara de Diputados es una de las que tienen mayor número de legisladores por ciudadanos. A diferencia de las Cámaras de otros países, cuya población es superior a la nuestra.

Siguiendo la misma idea, es una crítica generalizada la que se hace al actual sistema por medio del cual existen los legisladores plurinominales. En el caso del Senado no tienen razón de ser. Pues si éste es la expresión del pacto federal, con senadores de primera minoría y de lista se rompe en forma absoluta con el principio federalista. En el caso de los diputados, la justificación del principio fueron dos ámbitos. Uno, que obedeció a unas circunstancias de sistema de partido único y hegemónico, y había que darle participación a otras fuerzas que fueron denominadas “minorías”. Circunstancia política y social que ya cambió y que, por tanto, al no existir el régimen y el sistema que le dio origen, pues es ocioso seguirlo manteniendo.”

7. De la iniciativa presentada por el entonces diputado Germán Martínez Cázares, del Partido Acción Nacional (PAN):

“La consolidación de nuestra democracia tiene una tarea pendiente fundamental: la vinculación de los representantes que integran el Poder Legislativo de la Unión con sus representados.

La democracia mexicana no será eficaz sin devolver el control ciudadano sobre los representantes de la nación y los que integran el Senado de la República.

El juicio ciudadano a sus autoridades en elecciones libres es un pilar fundamental de las modernas democracias. Es el conocido principio de rendición de cuentas a que debe sujetarse todo gobernante y del que está ayuno el Poder Legislativo mexicano.

Esta herramienta democrática de someter a los diputados federales y a los senadores de la República al veredicto de las urnas para permanecer en el encargo popular fue una tradición constitucional iniciada en 1824; suspendida en 1933 para quebrantar el Poder Legislativo en beneficio del Ejecutivo, sin que las tendencias políticas de la Revolución Mexicana iniciada por Madero siquiera se hubieran enfilado hacia la no reelección de diputados y de senadores.

Desde 1933, el ciudadano tiene amputado el poder de controlar, supervisar y calificar la actuación de sus representantes.

Desde entonces se ha perdido una oportunidad histórica de profesionalizar el Poder Legislativo de la Unión, lo que a su vez ha debilitado aún más la función legislativa y ha contribuido a perder el decoro del Congreso.

Los legisladores no podemos ser eternos amateurs que cada tres años aprenden y ensayan con el destino de la nación.

Los legisladores reelectos por el pueblo acumulan experiencia y se transformarán en guardianes de la institución y de los valores parlamentarios.

Diego Valadés no duda en advertir que una reforma de los artículos 59 y 116 constitucionales, como la que se propone, propiciaría el “reequilibrio institucional” que merece el país. Alonso Lujambio califica de “dispendioso” de la experiencia parlamentaria el texto constitucional. Y Miguel Carbonell, sólo por citar a algunos, afirma categóricamente que la reforma reeleccionista fortalecería la responsabilidad del legislador.

Por si fuera poco, ningún país de las democracias occidentales, salvo Costa Rica y México, mutila al ciudadano en su derecho fundamental de decidir la suerte política de sus congresistas.

En Acción Nacional sabemos que el principio de la no reelección, desde el espíritu del Constituyente del 17, no se instauró ni nació dedicada al Poder Legislativo, sino dirigida al Poder Ejecutivo, para detener los abusos, las perversiones y los excesos del poder unipersonal y absoluto de Porfirio Díaz, y de algunos Presidentes que se ostentaron como revolucionarios.

Acción Nacional se pronuncia pues por eliminar la prohibición constitucional de reelegir, sí así lo decide el pueblo en las urnas, para un periodo inmediato a los diputados federales y a los senadores del Congreso de la Unión, así como los diputados locales, modificando el artículo 59 y el párrafo segundo, fracción II, del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El PAN no busca ni pretende la reelección del Presidente de la República, ni la de los gobernadores de las entidades federativas o la jefatura de Gobierno del Distrito Federal.

No escapa al grupo parlamentario del PAN, no debe escapar a la memoria histórica de la nación, que en 1964, durante la XLVI Legislatura, Vicente Lombardo Toledano presentó el tema del juicio ciudadano a los legisladores. El intento, aprobado en la Cámara de Diputados, fracasó en el Senado, pero dejó constancia de que desde hace tiempo todos los partidos buscan fortalecer el Poder Legislativo mexicano.

Además del citado antecedente de 1964, es oportuno mencionar que durante la LVIII Legislatura se presentaron cuatro iniciativas con proyecto de decreto, las cuales también tenían por objeto reformar el artículo 59 de la Constitución, a efecto de permitir la reelección inmediata de legisladores, cuando así lo dispongan las urnas.”

8. De la iniciativa presentada por el Congreso de Jalisco, a propuesta de la entonces diputada local María del Rocío Corona Nakamura, del Partido Revolucionario Institucional (PRI):

“1. En el ejercicio legislativo se depositan tareas fundamentales para el funcionamiento político y administrativo del poder público, las cuales pueden sintetizarse en, a) La creación de leyes, b) La fiscalización del gasto público, y c) Nombramiento de funcionarios públicos.

Sin embargo, no obstante el grado de especialización que pudiere alcanzarse por parte de los órganos auxiliares del poder legislativo, en cualquiera de sus niveles de gobierno, este elemento es insuficiente por sí mismo para dotar al Estado de buenas leyes, fiscalización y acertados nombramientos de servidores públicos, en razón de que la percepción política es indelegable y exclusiva de los diputados que integran la asamblea legislativa. Es decir, la voluntad de los colegios legislativos se manifiesta de acuerdo a la apreciación política de la mayoría de sus integrantes, sin que en ocasiones tengan el suficiente peso las consideraciones de índole técnico o científico. En muchos casos puede más la razón política que la ciencia.

La reelección es un concepto que debe abordarse valorando experiencias históricas y reconociendo nuevas realidades. Sus detractores aluden al fortalecimiento de cacicazgos que pudieren enquistarse indefinidamente en el aparato gubernamental, sirviendo a círculos oligárquicos, y distantes de los intereses populares. Esa imagen ya no es dable en un sistema electoral moderno, equitativo y confiable, como el que los mexicanos nos hemos dotado. Al contrario, como ya se señaló, el mal representante en cuanto trascienda su mal desempeño a la conciencia de los electores tendrá asegurada su derrota, orquestada por el depósito de los votos en las urnas electorales.

Además recordemos que ya no existe el pase automático, jugar la reelección obligará a los diputados en funciones a pasar el cedazo de las elecciones internas del partido -previa a la constitucional-, bueno, al menos en el partido que yo milito.

La reelección de diputados y senadores permite la continuidad de proyectos legislativos. No es posible que al cambio de una legislatura, los proyectos incubados por la anterior, sean desechados tan sólo para no ser consecuentes con los autores. Este ejercicio entrecortado propicia que los proyectos legislativos se repitan como nuevos, queden inconclusos y renuncien a una visión de largo plazo. El país está necesitado del desahogo de una agenda legislativa que aborde los grandes problemas nacionales, y este ejercicio -ya lo hemos visto- no es posible desarrollarlo en lapsos fatales de tres años. Es necesario construir un puente que dé continuidad al trabajo legislativo, y que deseche de una vez por todas, la idea de que las leyes del país y del los estados deben reformarse cada tres años. El país requiere de pocas y buenas leyes, y resulta que el ascenso de nuevos legisladores cada tres años, propicia una producción de baja calidad, profusa y desordenada.

Por otra parte, como ya se dijo, con la reelección el pueblo califica la gestión legislativa del diputado al que premia o castiga en la jornada electoral. La autora de esta propuesta considera que es muy importante que -en principio- el trabajo de los diputados y senadores sea valorado por los ciudadanos, y que, como consecuencia de esa valoración, el político se gane su reelección o rechazo popular.”

9. De la iniciativa presentada por el entonces diputado René Meza Cabrera, del Partido Revolucionario Institucional (PRI):

“Cuando los sistemas y procedimientos electorales tenían deficiencia y la situación del país propiciaba la hegemonía de un partido político, con la finalidad de establecer la democracia en las actividades políticas, se implantaron en el año 1963, los diputados de partido, que luego se convirtieron en plurinominales, quienes mediante un complejo procedimiento de circunscripciones, y a través de listas regionales, se designan para integrar junto con senadores también plurinominales, con los diputados y senadores de mayoría relativa, las Cámaras de Diputados y Senadores al Congreso de la Unión.

También la práctica ha demostrado que los legisladores que por primera vez desempeñan el cargo, por lo general desconocen la Ley Orgánica y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y mientras adquieren la experiencia necesaria para estudiar, discutir, dictaminar y votar iniciativas y proposiciones, pasa el tiempo de las sesiones y el trabajo legislativo, no progresa con la celeridad que se requiere para igualar el avance del país, en otros campos de la actividad nacional.

(Entre las ventajas de la reelección legislativa el ponente mencionó:)

a) El diputado que pretendiera competir para su reelección, tendría que seguir en contacto con sus electores, para asegurarse su voto en la siguiente elección. Al seguir frecuentando a su comunidad podrá apoyarlos con su función de gestoría y lo más importante, conociendo sus problemas, para proponer en la Cámara, acciones para solucionarlos o iniciativas que favorezcan la pacífica convivencia.

b) Su segundo periodo sería más fructífero, al disponer ya de experiencia legislativa, es lógico que su actuación será más productiva en leyes, decretos y proposiciones.

c) Es seguro que solamente los que demostraron ser eficientes diputados durante su primer periodo, serían reelectos por sus coterráneos, porque seguramente no se volvería a votar por quien no cumplió sus promesas de campaña.”

10. De la iniciativa presentada por el entonces diputado Hugo Rodríguez Díaz, del Partido Revolucionario Institucional (PRI):

“La reelección que por esta vía se plantea, traería como consecuencia, entre otras muchas, que el legislador o el munícipe ejerciera su mandato con la mayor de las responsabilidades, pues el simple hecho de contender por segunda ocasión por la candidatura en su propio partido político representaría el primer reconocimiento o repudio a su labor legislativa o administrativa, con la mayor prueba en las elecciones constitucionales donde el voto popular le expresaría su aprobación o repruebo de su función como representante popular.”

11. De la iniciativa presentada por el entonces diputado Salvador Márquez Lozornio, del Partido Acción Nacional (PAN):

“Si bien es cierto que no es la panacea, lo cierto es que una propuesta fundamental en el fortalecimiento del Poder Legislativo, lo es la reinstalación de la figura de la reelección inmediata, ya que más allá de sus desventajas son mayores sus bondades. Primeramente porque se constituye como un mecanismo de rendición de cuentas, de control, de supervisión y calificación ciudadano respecto a la actuación de sus representantes; que tengan la oportunidad cada tres años, de señalar los errores y los aciertos. Es como diría Alonso Lujambio la instalación de un juicio ciudadano a través de las urnas.”

12. De la iniciativa presentada por la entonces diputada Sheyla Fabiola Aragón Cortés, del Partido Acción Nacional (PAN):

“(En) La LVI Legislatura, en 1996, el Grupo Parlamentario de Acción Nacional presentó una iniciativa de reforma constitucional en la Cámara de Diputados para lograr el equilibrio de poderes y el fortalecimiento del Poder Legislativo, entre las cuales se encontraba la reelección legislativa inmediata.

En el México actual, donde la competencia electoral permite la alternancia y existen las condiciones de certeza, imparcialidad y legalidad en los procesos, oponerse a la reelección de diputados, senadores y legisladores locales es apostar a la continuación de un sistema que ya no responde a las expectativas del país y de los ciudadanos.

Un argumento en contra es que la reelección inmediata renovaría los cacicazgos de modo que conservaría el poder por un tiempo prolongado. Actualmente el sistema electoral que poseemos es competitivo, de modo que esto ya no es posible. Además la duración promedio de las carreras legislativas en todo el mundo es de 12 años. Por lo tanto, la rotación de los cuadros se daría de acuerdo a las preferencias de los ciudadanos. Si bien es cierto que algunos legisladores permanecen en su cargo un largo periodo es debido al refrendo constante que los ciudadanos hacen a través de las urnas.

Los partidos políticos mantienen el monopolio en la postulación para cargos de elección popular y controlan los fondos para campañas, además de contar con mecanismos en la organización interna del Congreso, todos ellos instrumentos más que suficientes para lograr altos niveles de disciplina.

La tarea parlamentaria requiere de una combinación de experiencia e innovación. Por ello es conveniente un proceso de renovación de cuadros moderado y sistemático. El sistema de la no reelección inmediata exige una renovación total y absoluta del legislativo en cada periodo, lo que resulta en extremo tan pernicioso como lo sería el que no hubiera por decreto renovación alguna. La especialización en temas específicos es ya una necesidad actual de cuya actividad surgen ideas nuevas, valiosas derivado del estudio profundo de la materia y la constancia en ella.

La posibilidad de la reelección inmediata pone el proceso de renovación en manos del juicio ciudadano, y como se menciona, tiene como resultado carreras moderadamente largas. Aunque hay personas que han sido legisladores en varias ocasiones, son una minoría poco significativa frente a un 88% aproximadamente que no regresan a ser legisladores tras una elección.”

13. De la iniciativa presentada por los entonces diputados José Rosas Aispuro Torres y licenciado José Murat, ambos del Partido Revolucionario Institucional:

“A este respecto, es importante destacar que la reelección, desde el origen de nuestro país como República independiente, ha tenido diversas regulaciones. En la Constitución de Apatzingán, de 1814, expedida por el Congreso de Chilpancingo y convocado por el Generalísimo don José María Morelos y Pavón, se estableció expresamente: “Tampoco serán reelegidos los diputados si no es que medie el tiempo de una diputación”. El Supremo Congreso era unicameral y sólo estaba formado por los diputados. Esta Constitución tuvo una vigencia restringida a los territorios ocupados por los insurgentes, y su valor radica en que se trata de uno de los documentos fundadores de la República.

En el texto de la primera Constitución federal, la de 1824, no se pronunció respecto de la reelección de los legisladores; sin embargo, en el caso del Presidente éste no podía ser reelecto “sino al cuarto año de haber cesado en sus funciones”. En la Constitución centralista de 1836, conocida como Las Siete Leyes Constitucionales, la reelección del Presidente era posible siempre que su nombre apareciese en las tres ternas: la del Presidente de la República en junta del Consejo y ministros, el Senado y la alta Corte de Justicia, así como en la de la Cámara de Diputados, y que además obtuviese el voto de las tres cuartas partes de las juntas departamentales.

En las Bases Orgánicas de 1843, al igual que en su antecesora de 1836, no hubo un pronunciamiento respecto de la reelección de los diputados y senadores. En el Acta de Reformas de 1847, cuyo contenido estuvo definido en gran medida por el voto particular de don Mariano Otero, se volvió al sistema federal mediante el restablecimiento de la Constitución de 1824; se suprimió el cargo de vicepresidente de la República y se estableció que “por medio de leyes se arreglarán las elecciones de diputados, senadores, Presidente de la República y ministros de la Suprema Corte, pudiendo adoptarse la elección directa.”

La Constitución de 1857 originalmente fue unicameral. La reforma promovida por el Presidente Sebastián Lerdo de Tejada trajo como consecuencia la restauración del Senado de la República y la vuelta al bicameralismo.

En 1876 se proclamó en Oaxaca el Plan de Tuxtepec, por el cual se desconoció al gobierno de Lerdo de Tejada, se le dio el carácter de ley suprema a la no reelección del Presidente de la República, y se confió el mando del “Ejército Regenerador” al general Porfirio Díaz. Siendo Presidente de la República en 1878, se reformó la Constitución para especificar que el Presidente no podría ser reelecto para el periodo inmediato; sin embargo, en 1887 fue modificado nuevamente el artículo 78 constitucional, para precisar que el Presidente podría ser reelecto para el periodo constitucional inmediato.

La elección directa de diputados y senadores surge en la ley hasta 1911, siendo Presidente Francisco I. Madero, en tanto que la elección directa de Presidente de la República quedó consignada en el texto original de la Constitución de 1917.

El artículo 83 del texto original de 1917 estableció de manera expresa que el Presidente de la República nunca podría ser reelecto. Sin embargo, por las razones históricas conocidas, el 22 de enero de 1927 se publicó la reforma constitucional que permitió la reelección del Presidente pasado el periodo inmediato y solamente por un periodo más. Al año siguiente, después del asesinato del Presidente reelecto Álvaro Obregón, se reformó el artículo 83 para establecer un periodo presidencial de seis años y la no reelección absoluta tanto del Presidente constitucional como del interino; no obstante, el texto vigente data de la reforma publicada el 29 de abril de 1933.

Como se advierte, la Constitución de 1917 al igual que las que le antecedieron, no señalaron prohibición alguna a la reelección consecutiva e ilimitada de los legisladores. Fue hasta 1933 cuando se estableció esta restricción constitucional.”

14. De la iniciativa presentada por el entonces diputado Rogelio Carbajal Tejada, del Partido Acción Nacional y 44 diputados de diversas fracciones parlamentarias, entre ellos el entonces diputado César Octavio Camacho Quiroz, del Partido Revolucionario Institucional:

“La reelección inmediata de legisladores es práctica común en casi todos los sistemas democráticos del mundo. Únicamente México y Costa Rica se exceptúan de ella. Pedro Pablo Camargo, a propósito del tema, expresa: “la reelección de los miembros del Poder Legislativo, que emana de la voluntad popular, no es, en manera alguna, incompatible con el ejercicio efectivo de la democracia representativa, sino, antes bien, consecuencia del principio de la llamada soberanía popular o autodeterminación” (Camargo, 1965).

Manuel Eduardo de Gorostiza, autor de la Cartilla política, libro de filosofía política mexicana publicado en el siglo XIX, establece que la posibilidad de reelección de los miembros de las asambleas es una consideración necesaria para darle el carácter de representativas; en este sentido, señala (Gorostiza, 1833):

De ahí que cuanto más breve sea este periodo, comparado con aquél en que el miembro del Congreso vuelve a vivir después como simple individuo de la comunidad, más seguridad habrá de alcanzar aquel resultado, pues habrá mayor dificultad de compensar el sacrificio de los provechos del periodo más largo con las utilidades del más corto: más empeño e interés se tendrá entonces en procurar aquellos. Y de ahí que la mejor garantía para el pueblo respecto del representante esté en la mayor brevedad que se pueda dar al periodo de representación (...) Antes bien, creemos que es un deber que el representante que haya respondido bien a la confianza de los electores sea reelecto (...) pues se abstendrá de obrar mal y, a la vez, es un aliciente más para que los representantes obren bien, por que es una recompensa o un castigo en manos del pueblo.

A su vez, la práctica parlamentaria internacional nos enseña que donde existe la posibilidad de la reelección consecutiva de legisladores es donde también prevalecen congresos más profesionales.

Por igual, José Woldenberg reiteró, también de manera reciente, que la reelección inmediata de legisladores “garantizaría el profesionalismo de quienes forman parte de las cámaras en donde se hacen las leyes que rigen la vida de los mexicanos”.

Ya en 1965 Lombardo Toledano había señalado en defensa de su propuesta para posibilitar la reelección inmediata de diputados que:

Todos tenemos una historia en ésta Cámara; pero esa experiencia no se puede trasladar de un modo mecánico hasta esta tribuna. Es necesario aprender el arte de la función política, histórica de un Parlamento. Cuando un Parlamento no influye en la marcha de la sociedad, cuando no prevé el futuro y no traza caminos para el porvenir, es un Parlamento pequeño, infructuoso que en lugar de ayudar al gobernante lo estorba.

Así, en diferentes épocas y a través de diversos actores como Sartori, Woldenberg y Lombardo se ha dicho, una y otra vez, que uno de los elementos esenciales para lograr el profesionalismo en los congresos radica en la posibilidad de que un diputado o senador pueda someterse, inmediatamente al término de su gestión, al juicio ciudadano de las urnas y, en su caso, ser mantenido en el cargo o castigado con un voto negativo que le impida continuar con su representación.

La Constitución de 1917 no hizo sino respetar y recoger la historia y tradición que al respecto dictaba el constitucionalismo mexicano.

Desde los primeros años de vida independiente del país (1824-1933), se permitió, incluso sin límite de periodos, la posible reelección consecutiva de legisladores. Los únicos antecedentes contrarios a la reelección se remontan a la Constitución de Cádiz de 1810, que estableció que “los diputados no podrán volver a ser elegidos sino mediando otra diputación”, y a la Constitución de Apatzingán de 1814, cuyos términos eran muy similares a los de su antecesora.

La decisión de eliminar límite alguno a la reelección de legisladores fue establecida desde el 28 de julio de 1824. En el dictamen de la entonces Comisión de Constitución negó, entre otras medidas, la adopción del modelo Cádiz-Apatzingán. El dictamen tuvo importantes repercusiones, pues en el periodo comprendido entre 1824 y 1836 únicamente cuatro estados de la federación conservaron el modelo Cádiz-Apatzingán.

Después, las constituciones centralistas de 1836 y de 1843 aceptaron también el principio de la reelección indefinida. De igual modo el Acta de Reforma de 1847 que devolvió la vigencia de la Constitución de 1824 conservó el principio de reelección legislativa.

En el recuento histórico no debe pasarse por alto que en el marco de la Constitución de 1857 México vivió la dictadura de Porfirio Díaz. La Revolución mexicana de principios del siglo XX inició entonces con un primer objetivo: luchar contra la reelección reiterada del entonces presidente, pues era evidente que el problema de aquella época se centraba en la imposibilidad de una auténtica elección, libre y ciudadana para votar al presidente de la república. Ningún plan revolucionario demandó entonces el establecimiento de la no-reelección parlamentaria.

La no reelección presidencial fue pues la bandera con la que Madero dio inicio a la Revolución Mexicana. El principio fue consagrado por el Constituyente de 1917 en el artículo 83 constitucional y, como entonces, mantiene plena vigencia en el México de hoy.

No obstante ello, debe reiterarse que el principio de no reelección legislativa no fue motivo de discusión en el Congreso Constituyente de 1917. Lo fue hasta 1932, cuando la Cámara de Diputados recibió una iniciativa del Partido Nacional Revolucionario para reformar diversos artículos constitucionales. Las modificaciones contemplaban, entre otras disposiciones, limitar la reelección inmediata de legisladores, federales y locales.

Sin embargo la limitación relativa contenida en el artículo 59 de la Constitución ha funcionado en la práctica como una prohibición absoluta. Desde entonces, según cita Alonso Lujambio, cerca del 85 por ciento de los diputados federales nunca ha vuelto a ocupar este cargo. Cada legislatura se renueva en su totalidad y sólo pocos de sus integrantes vuelven a desempeñar el cargo en periodos posteriores, produciendo, entre otros defectos, la discontinuidad de los trabajos legislativos y la pérdida de tiempo en el entendimiento, comprensión y negociación de los temas.”

15. De la iniciativa presentada por la entonces diputada Martha Margarita García Müller, del Partido Acción Nacional (PAN):

“No obstante a partir de la reforma de 1933, siempre se siguió tratando de introducir de nueva cuenta la reelección legislativa dentro del Congreso de la Unión, así tenemos que después de la reforma que permitió la incorporación al Congreso de los diputados de partido, 13 de octubre de 1964 se leyó en el Congreso de la Unión una iniciativa elaborada por el Partido Popular Socialista con el propósito de que se permitiera la reelección de los diputados federales. Como se explicaba en la propuesta, y como también adujo Vicente Lombardo Toledano 2 , la imposibilidad de reelegir a esos miembros del legislativo impedía la formación de cuadros parlamentarios dotados del necesario rigor profesional.

Por otro lado, en el derecho comparado latinoamericano, encontramos que Argentina, Bolivia, Chile, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos y Paraguay contemplan de diferentes maneras la reelección legislativa a comparación de nuestro país que no la contempla como ya lo hemos visto.

Propongo la reelección continua de legisladores, no porque se busque la perpetuidad en el cargo, por el contrario, creo que debe ser el ciudadano quien decida que legislador debe continuar en el cargo con base en su trabajo.

Con esta iniciativa se pretende fortalecer los incentivos para la rendición de cuentas, para el trabajo constante, para erradicar la simulación y sobre todo, para devolverle a la sociedad la credibilidad del trabajo legislativo.”

Minuta del Senado (abril de 2011):

La gran mayoría de los sistemas democráticos en el mundo permiten la posibilidad de reelección inmediata de los legisladores. En la actualidad México y Costa Rica son las dos únicas democracias del continente americano en prever, por el contrario, la imposibilidad de que quien ha ocupado un cargo de representación popular en los órganos legislativos en un periodo pueda volver a postularse para el periodo siguiente.

En México, el impedimento de la reelección inmediata de los legisladores federales y locales fue introducida en la Constitución el 29 de abril de 1933 cuando también se hicieron modificaciones a la Carta Magna para determinar el mismo impedimento para los presidentes municipales, regidores y síndicos electos. Esa misma reforma determinó, además, la prohibición absoluta de reelección de los titulares de los poderes ejecutivos federal y locales.

El impedimento para la reelección consecutiva de legisladores no puede ser entendido como la concreción del lema del movimiento revolucionario encabezado por Francisco I. Madero –“sufragio efectivo, no reelección”– que se convirtió en uno de los principios del Estado emanado de la Revolución. Ese postulado se había formulado en relación específica de la titularidad del Poder Ejecutivo y estaba dirigido en contra del régimen de Porfirio Díaz quien se había reelegido siete veces en la Presidencia de México, así como en contra de la prologada permanencia en el poder de los gobernadores de los Estados.

En las últimas décadas el profundo proceso de cambio político que ha atravesado el país ha provocado que por la vía electoral se haya multiplicado el pluralismo e incrementado consistentemente la competitividad política. En un contexto similar, resulta natural plantear la reintroducción de la posibilidad de la reelección –si bien acotada– de los legisladores tanto en el ámbito federal como en el ámbito de las entidades federativas.

Ese cambio tiene el propósito de fortalecer las labores legislativas a través de una mayor profesionalización de esas funciones y con ello el fortalecimiento del Congreso, así como el de abrir la posibilidad de un vínculo más estrecho entre los legisladores y sus representados lo que redundará en una revalorización de los órganos legislativos entre los integrantes de la sociedad mexicana.

A juicio de estas comisiones dictaminadoras, la reelección inmediata de los legisladores tiene varias ventajas entre las que se destacan las siguientes:

a) La ventaja que de manera más recurrente es señalada es que la reelección de los legisladores les impone mantener un vínculo más estrecho con sus electores de quienes dependerá, en su momento, una eventual ratificación electoral en el cargo. Lo anterior, trae consigo un mejor y más intenso ejercicio de rendición de cuentas en el que el elector a través de su voto manifiesta su aprobación o rechazo a la actuación, en general, de un partido por su desempeño político y, en particular, la de sus representantes en específico. La reelección legislativa puede constituirse, así, en un mecanismo que fomente y fortalezca las relaciones de confianza que deben mediar entre representantes y representados al permitirles a estos últimos un mayor conocimiento y cercanía con los integrantes de los órganos representativos del Estado;

b) La posibilidad de reelección inmediata fomenta la responsabilidad de los representantes populares al imponerles, si aspiran a ser reelectos en el cargo, el mantener el vínculo y contacto permanente con los ciudadanos de la demarcación territorial por la que fueron electos, pues de la cercanía con ellos depende, en buena medida la base de respaldo que les permita volver a contender por el cargo que ocupan en una siguiente ronda electoral;

c) En tercer término, la reelección consecutiva permitirá la formación de legisladores más profesionales , permitiendo que el conocimiento acumulado respecto de las funciones y las prácticas parlamentarias adquiera mayor importancia y se reduzca la curva de aprendizaje que se impone a los legisladores que ocupan el cargo por primera vez al permitir la coexistencia de legisladores que repiten en el encargo y acumulan el bagaje de la experiencia que su permanencia les proporciona. La anterior se traducirá en un mejor aprovechamiento del tiempo que sin duda redundará en una mejor calidad del trabajo legislativo; y

d) Adicionalmente, la estabilidad en el encargo legislativo que podría generar la reelección inmediata, probablemente traiga consigo mejores condiciones de gobernabilidad en los contextos de falta de mayorías parlamentarias predefinidas y de “gobiernos divididos” que trajo consigo el fortalecimiento y la acentuación del pluralismo y diversidad política que operó en el país en los últimos tres lustros. En efecto, la posibilidad de que los legisladores sean reelectos de manera inmediata propiciaría la existencia de interlocutores más ciertos y permanentes y que los puentes de diálogo y comunicación, que son indispensables para lograr una gobernabilidad democrática, sean más estables y no tengan que reconstruirse al inicio de cada legislatura.

Senador Pedro Joaquín Coldwell (PRI, julio de 2011)

La reelección es un incentivo para la formación de carreras legislativas, la profesionalización del trabajo parlamentario y particularmente da a los ciudadanos la posibilidad de exigirles cuentas a sus representantes cuando regresen a buscar el voto para la reelección.

El general Calles no se equivocó cuando promovió la prohibición de al reelección consecutiva de los legisladores. Aquellos tiempos demandaban abatir los cacicazgos regionales, centralizar el poder para emprender la reconstrucción del país diezmado por los estragos de la revolución y consolidar la integración nacional.

Su lógica era impecable, un régimen de partido hegemónico tenía que ser complementado con una amplia circulación de las elites políticas, también había que dejar atrás los congresos gerentocráticos que caracterizaron al Porfiriato, los tiempos han cambiado, México es hoy un país plural, el Congreso ha asumido un papel central en el esquema de la división de los poderes, el desempeño de las funciones legislativas reclama cada vez más profesionalismo y más especialización, y los ciudadanos exigen con razón, someter a los legisladores a la rendición de cuentas electorales.

Ivonne Ortega Pacheco - Gobernadora Yucatán (PRI, julio de 2011)

Distintos analistas, políticos y los más destacados politólogos, han señalado la excepcionalidad mexicana de no permitir la reelección en ningún nivel o poder de gobierno, han señalado que la ausencia de esta posibilidad erosiona la verdadera rendición de cuentas y el castigo o premio a quienes realizan con esmero o negligencia su tarea pública, además es indudable que en la reelección existe una gran oportunidad de profesionalización y de mejora en el servicio público; sin embargo, debemos de entender que el avanzar hacia lo que en casi todo el mundo es la norma de permitir la reelección, requiere estar muy seguros de nuestro nivel de desarrollo cívico estar preparado para ello.

Por eso aplaudo las iniciativas en el sentido de que corresponda a cada estado de la federación decidir sobre estos temas, según su propia percepción de madurez cívica y democracia local.

Ya es tiempo que la democracia mexicana avance a la rendición de cuentas estructurales que la reelección en algunas áreas implicaría y ya es tiempo que empecemos a ver el surgimiento de servidores públicos con capacidad de decisión política, más cercanos a su electorado y a los ciudadanos y más independientes de las políticas de partidos y de facciones, que la reelección haría posible.

Senador Arturo Escobar y Vega (PV, julio de 2011):

Reelección de legisladores. Caray, y lo digo con enorme respeto, porque aquí hay maestros míos, aquí hay gente que yo aprecio muchísimo, pero modernicemos nuestro país, cuál es el mal de la reelección, porque no es automática, la reelección tiene que ver con la posibilidad de que alguien que es diputado federal o alguien que es senador de la República pueda ir, pueda ir a una contienda interna de su partido político para obtener la candidatura y a partir de ahí competir en una elección constitucional, ¿por qué rasgarnos las vestiduras? Todos saben aquí lo que cuesta, lo que cuesta obtener experiencia en el parlamento mexicano o en el Congreso mexicano.

...

...

Ésta es la parte donde fortalecemos al Poder Legislativo. Y no es de pelearnos sino de obligarlos a comparecer. En democracias más avanzadas los secretarios de Estado casi viven en el Congreso, porque rinden cuentas ante la representación ciudadana. La reelección legislativa es un paso trascendental para propiciar que el legislador haga bien su trabajo, que cumpla lo que ofreció para que lo votaran, que cumpla las propuestas de campaña.

Que aquel que trabajó en el Legislativo responsablemente, el que estuvo en el pleno, que fue a comisiones, que se subió a la tribuna, que regresó a su distrito y que ganó un proceso interno después de haber sido diputado creo que debería tener todo el derecho de competir. Eso ayudaría a profesionalizar a los legisladores de nuestro país. La vida en el Congreso mexicano es compleja, es dura y cuesta aprenderla. Demos el paso que el mundo ya dio... Y aquí sigue siendo una discusión dogmática y fuera de tiempo.

Doctor Diego Valadés (UNAM, julio de 2011):

Debemos tomar la decisión de no diferir más las reformas necesarias llevados o por misoneísmo o sometidos por el temor, una clave más de la reforma, en cuanto a las relaciones entre gobernados y gobernantes es la reelección de nuestros representantes, y en este punto discrepo respetuosamente de mis muy queridos amigos, los señores diputados federales que expresaron su reticencia sobre este tema.

Considero que sin este instrumento de control por parte de los representados seguirá sucediendo lo que ha ocurrido por décadas, pregunto: ¿Cuántos ciudadanos conocen hoy el nombre de sus representantes? Sabemos todos que los legisladores son representantes de la nación, y no de un distrito ni siquiera de un estado, pero el asunto que interesa no es sólo en constitucional; también es el político. La mayor parte de los electores de un distrito no suele recordar la identidad del elegido y a veces ni siquiera el partido al que pertenece el representante.

La cultura política nacional ganará mucho el día que la mayoría de los ciudadanos esté pendiente de la actuación cotidiana de quienes merecieron y recibieron su voto. Una visión entre paternalista y ofensiva dice que no podemos aspirar a la reelección porque los ciudadanos, en nuestra ignorancia, quedaríamos expuestos a la manipulación.

A quienes así afirman les recuerdo que ese mismo fue el argumento para oponerse, hace ya mucho tiempo, al sufragio directo, luego al sufragio universal, al sufragio secreto, al sufragio femenino y al sufragio juvenil aduciendo que jóvenes, mujeres, trabajadores o personas sin cultura, eran fácilmente manipulables.

La experiencia demuestra que estaban equivocados y siguen estándolo. La reelección no es un derecho de los elegidos, es un derecho de los electores. Ahora se niega el derecho de reelegir con los mismos argumentos que antaño se limitaba el de elegir.

En una sociedad democrática el poder soberano se ejerce en las urnas y no son aceptables las restricciones electorales que impiden a los ciudadanos juzgar por sí mismos los méritos o los defectos de quienes los han representado.

La reelección legislativa no tiene nada que ver con la indeseable e inadmisible reelección presidencial. Cuando se dice que aceptar la primera es enfilarnos a la segunda, se incurre en una falacia. La reelección legislativa fortalece al sistema representativo. En cuanto a los presidentes hay mayor peligro de que alguno intente la reelección por sí o a través de interpósita persona en tanto más frágil sea el sistema representativo.

La reelección propicia el mayor involucramiento de los electores, de los ciudadanos en la vida pública porque tiende a familiarizarlos con la gestión de sus representantes. Además, cuando los representantes adviertan que su presencia puede ser más amplia que la del gobierno, estarán más inclinados a tomar decisiones de largo plazo indispensables en el éxito de un Estado democrático.

Quienes suelen oponerse a la reelección no son todos, pero algunos sí son las estructuras oligárquicas del poder, porque advierten que con esa medida pierden el control sobre las candidaturas. Esto es lo que sucede cuando los potenciales candidatos invierten el orden de sus prelaciones y le dan un mayor peso a las decisiones de las bases que a los designios de las cúpulas.

La reelección no es una panacea -digámoslo con toda claridad- como tampoco lo es la elección. Los errores democráticos existen y la posible manipulación del voto está siempre presente. Ninguna de las medidas propuestas en esta minuta ni en ningún otro foro es perfecta, porque no hay democracias ni constituciones perfectas. Pero aún así es lo que queríamos y es lo que seguimos queriendo. Queremos la democracia gobernante con todas sus consecuencias. De un buen diseño institucional dependerá que los defectos se atenúen y las ventajas se multipliquen.

Doctor José Woldenberg (ex presidente del IFE-UNAM, julio de 2011):

Hay que subrayar como si hiciera falta, que en un sistema competitivo la reelección es una posibilidad sujeta a la sanción de los electores y no un trámite automático, y que será útil para profesionalizar esa labora. Hoy que el Congreso ha adquirido una enorme centralidad es bueno que no se dilapide la experiencia adquirida en la legislatura inmediata anterior.

Una reforma de ese tipo hubiera sido contraproducente en la época de las elecciones sin competencia porque eventualmente hubiese eternizado a legisladores y taponado el acceso de sangre nueva, pero hoy que existe una auténtica competencia electoral la reelección será una posibilidad entre otras.

Consejero Marco Antonio Baños Martínez (IFE, julio de 2011):

En el tema de la reelección yo les diría, no es un tema que operativamente signifique una complicación para el instituto, es una definición de orden político que van a tomar los legisladores, el instituto por supuesto, si eso se aprobara para esta elección federal de 2011-2012, tengo la impresión de que no tendría ningún problema para revisarlo porque finalmente los temas aquí preocupantes desde la perspectiva de la autoridad serían por ejemplo los... anticipados de precampaña o de campaña; el tema del uso de recursos públicos y demás, pero eso creo que está dentro de un marco y de criterios de tribunal que ya están más o menos encarrilados y que nos permiten un marco de referencia más o menos adecuado para esta situación.

Yo más allá de mi carácter de consejero electoral, como ciudadano, como ciudadano mexicano me parece que el tema de la reelección de los legisladores es un tema crucial, es un tema relevante que, insisto, en mi perspectiva como ciudadano yo creo que es positivo que se pudiera regular una cuestión de esta naturaleza, que se pudiera permitir porque yo sí creo en el tema de la profesionalización de los órganos del servicio público, incluidos los legislativos, donde por supuesto una trayectoria profesional más amplia, de más largo alcance de los legisladores sería fundamental para el buen desarrollo de las actividades de un órgano tan importante como el Poder Legislativo, pero hay un detalle que es importante; sí sería necesario revisar las reglas específicas.

No hay que tenerle miedo, el tema del servicio civil de carrera, por ejemplo, en la administración pública, ha asentado avances significativos en la prestación del servicio público y en materia electoral, por ejemplo, ha significado establecer una garantía de operación y de eficacia operativa y técnica en la organización de las elecciones, y ese tema ha mantenido muy a salvo al desarrollo de los procesos comiciales en nuestro país.

Ahí hay muchos datos, como por ejemplo decir que cada proceso electoral, el servicio civil de carrera de la autoridad electoral se compromete y logra, por ejemplo, instalación del 99.99 por ciento de las mesas directivas.

Les doy un caso. En el proceso cuestionado de 2006 se aprobaron para su instalación 130 mil 477 casillas, de las cuales sólo 11 no se instalaron; 99.99 por ciento de instalación de mesas directivas de casilla. Así que ese tema está más en el ámbito de competencia de los legisladores, pero yo pienso en lo particular que no significaría un riesgo operativo para el IFE atender ese tema.

Doctor Elías Huerta Psihas (UNAM, julio de 2011):

...desde luego a la reelección legislativa inmediata que representa una deuda histórica, que ya no se justifica estar postergando frente a la exigencia de profesionalizar y fortalecer a nuestros órganos legislativos.

Debemos dejar atrás el negativo récord, la negativa estadística de que sólo México y Costa Rica en América Latina son los dos únicos países donde no se contempla esta figura que moderniza a nuestros órganos legislativos.

Doctor José Antonio Crespo Mendoza (CIDE, julio de 2011):

Yo he defendido la reelección legislativa desde hace mucho tiempo y vuelvo a refrendar desde luego esa convicción, porque me parece, los puntos son los siguientes: se ha hablado de la profesionalización que creo que es un punto importante de los diputados y senadores. Claro se dice: bueno, los diputados luego pueden pasar a la Cámara de Senadores o a ser diputados locales, luego regresar de manera discontinua y hacer una carrera parlamentaria. Conocemos varios casos. Qué bueno que así sea, además, que se vaya acumulando experiencia desde el manejo parlamentario mismo, desde la dinámica parlamentaria se requiere de experiencia.

El problema que yo veo en ese sentido es, primero, que de acuerdo con los datos que tenemos son muy pocos los que hacen esa carrera parlamentaria, tendrían que ser más. Hay muchísimos diputados, sobre todo diputados, que pasan por la Cámara tres años y luego no vuelven a aparecer, ya se regresan a otras cosas y no vuelven a tocar una carrera parlamentaria, es decir, o algún Congreso.

Es alrededor del 15 por ciento quienes hacen carrera parlamentaria. Repito, qué bueno que por lo menos tengamos ese cuerpo de parlamentarios profesionales aunque vayan saltando de una Cámara a la otra, pero no tendría por qué no extenderse a quienes realmente pueden hacer una carrera parlamentaria a través de la reelección y ya cuando se termine el lapso de la reelección pasar a otra Cámara, pero por lo menos que haya algunos periodos en los que se pueda reelegir, eso ya es un avance.

De todas maneras, sabemos también que muchos de los diputados que hacen una carrera parlamentaria entran a comisiones distintas, ya sea como diputados locales o como senadores, y entran a otra Cámara. La profesionalización se refiere también al tema de conocimientos de las comisiones de las que forman los diputados para que durante más tiempo puedan estar, si es que los reeligen sus diputados, perdón, sus ciudadanos, sus electores; en el caso de diputados sus senadores, porque mucha de la gente cuando se resiste a la reelección es porque de alguna manera consideran que es una reelección automática, no que puedan estar sujetos a la evaluación de los electores.

Claro, eso también genera la reflexión de decir: bueno realmente los electores van a estar pendientes de sus diputados, realmente ocurre eso. Bueno en mayor medida ocurre en donde exista reelección, que son todos los demás sistemas democráticos, salvo Costa Rica y México, creo que Filipinas también, creo que ya se adecuo a la reelección parlamentaria continua, pero era una de las excepciones, México, Costa Rica, Filipinas.

En todos los demás países democráticos sí vemos que hay mayor incentivo del electorado para decir: a ver, mi diputado o mi senador, a ver qué está haciendo, cómo está votando. No al 100 por ciento, no es un monitoreo desde luego del 100 por ciento, pero hay más incentivos.

En todo caso, la reelección puede servir como un filtro, la reelección o no reelección, en su caso, puede servir como un filtro para cuando hay algo que está funcionando mal; es decir, sí puede inhibir a los legisladores de cuidarse, de no incurrir en escándalos, en abusos excesivos, en la cuestión de los privilegios, que a veces es extensiva a todos los legisladores, pero cuando se detecta que un legislador en particular ha cometido algún abuso, cuando está gozando de algún privilegio inadecuado o excesivo, entonces sale el foco rojo y los electores de ese diputado o de ese senador pueden decir: oye, yo no voy a aprobar que este señor que está incurriendo en un abuso o que ya se le encontró en un escándalo continúe.

Por lo menos en las democracias se ha visto que quienes incurren en algún escándalo, quienes se les detectan alguna situación ya anómala en su trabajo parlamentario; entonces a ésos es a los que no se les reelige, fundamentalmente.

De todas maneras cuando viene la posibilidad de la reelección quienes se encargan de recordar a los ciudadanos qué hizo o no hizo un legislador durante su encargo inmediato son los opositores, quienes aspiran a sustituirlo como diputados o senadores, nos van a recordar a los electores de ese diputado o de ese senador lo que hizo mal o lo que no hizo, y él se defenderá por supuesto.

Pero entonces ahí también puedes atraer la atención de los electores de decir: a ver, yo quiero ver cómo le hizo mi diputado, aparte de lo que yo haya podido seguir. Pero sale el opositor, el retador a decirme y a recordarme qué hizo, qué no hizo, cómo votó, cómo votó en ciertas leyes controvertidas; es decir, coincidió con mi posición o no coincidió con mi posición.

En todo caso hay un elemento mayor de vigilancia que puede inhibir en los legisladores incurrir en abusos o en escándalos, en tomar un poco más en cuenta... Ya sé que tampoco tiene porque desmoronarse la disciplina partidaria y que tendrá que atender también a los principios de partido y a sus compañeros, y a los lineamientos bajo los cuales él fue electo, lineamientos de partido, el programa del partido, pero que tomen un poco más en cuenta a los electores, por lo menos para no incurrir en abusos abiertos, en anomalías, en escándalos, porque de lo contrario entonces sí puede venir el filtro en que se termine su carrera legislativa por lo pronto.

Desde luego en los países democráticos también, quien ya no es reelecto, cuando todavía podía ser reelecto y busca la reelección y ya no es reelecto por un mal desempeño o algún escándalo, ya va con un expediente un poco más complicado como para continuar también su carrera parlamentaria.

No le impide que pueda... es decir, no se impide, quien no es reelecto, no le impide que pueda continuar una carrera política o que pueda aspirar a otros cargos de elección popular, pero sí se va acumulando, es decir, ya no se le reeligió por esto.

Tuvo un mal desempeño, se supo de un escándalo y entonces su electorado ya lo reprobó en las urnas. Sí puede ser un elemento negativo en su expediente y que precisamente lo que se busca es que los legisladores estén pendientes...

Creo que no es la panacea, desde luego, en la vida democrática pero es un elemento que puede ayudar mucho, tanto en la profesionalización como a disentivar o hacer que se cuiden los legisladores de no incurrir en abusos, en escándalos, etcétera, para que nos tomen un poco más en cuenta los ciudadanos y que tengamos nosotros ese instrumento de rendición de cuentas, porque de lo contrario es que la representación política democrática queda “cucha”, por decirle así, queda solamente con uno de los elementos.

Es sí hay representación, ya tenemos desde hace unos años para acá en la medida en que ha contado el voto, cada vez más en que hay condiciones de equidad, etcétera. Sí hay una mayor representación de la que podía haber un sistema poco competitivo, si hay mayor fidelidad en la decisión de la mayoría en cada uno de los distritos o de los estados, en formar la representación parlamentaria. Pero, si no hay la reelección, no hay el sentido de regreso, la representación tiene que ir de ida y de regreso.

Entonces de ida va el voto, voto por ti para que tú tomes decisiones a mi nombre, en mi distrito o en mi estado, pero necesito que haya una venida de regreso, es decir, cómo evaluó, cómo veo si efectivamente y cómo hago valer mi decisión como efectivamente votaste como ibas a votar de que efectivamente tomaste en cuenta el sentir de la mayoría de tú electorado, cómo te evaluó.

Si no tengo el instrumento para evaluarte, que es la reelección precisamente, se queda la representación “cucha”, digo, si va de ida pero de regreso ya no hay. Por eso mismo muchos ciudadanos nos hemos sentido defraudados en el sentido de que nos piden el voto, se los damos y luego se acabo. No volvemos a saber del diputado, el no vuelve a saber de nosotros, no le interesa mayormente. Sé que hay legisladores que regresan a su distrito, que ponen una oficina.

Pero, hasta dónde realmente nos están tomando en cuenta si ya no dependemos de su posterior carrera política, no tenemos el elemento para sancionar o premiar su desempeño como representantes de nosotros; nosotros le dimos el mandato. Quiero ver si lo estás cumpliendo adecuadamente, si no estás aprovechando el cargo para privilegios indebidos a costa de todos los representantes y luego no te vuelvo a ver.

Doctor Armando Soto Flores (UNAM, julio de 2011):

Esta reforma negó la reelección para el periodo inmediato posterior a los diputados y a los senadores, pero no era una negación directa a la reelección, sino su posposición por lo que los retractores pensaron que tendría como consecuencias obstaculizar la posibilidad de fortalecer la carreta legislativa. Los antirreeleccionistas creían que con al reforma se facilitaría la rotación, renovación, incluso de nuevos actores políticos, los pro reeleccionistas señalaban que la no reelección, entre sus males, podría traer graves consecuencias a la nación por la falta de experiencia de los futuros legisladores.

La reforma del 33 tuvo repercusiones negativas que prevalecen hasta nuestros días. En primer término condujo a la vinculación de los legisladores respecto a la defensa de los intereses de los ciudadanos que representaban, por otro, lado la base de la reforma del 33.

La nominación partidista de los candidatos reflejo la mayor capacidad de disciplina y de recompensas que podría ejercer el partido, obviamente en su momento el partido oficial, lo que conllevo al unipartidismo avasallante, fundado en el control de Estado, las normas estatutarias del partido y la imposibilidad de se reelectos para periodos sucesivos, desarrollaron una mayor disciplina partidaria en e comportamiento de los diputados y de los senadores.

La reforma del 33 sobre la no reelección inmediata de los legisladores había promovido la mayor centralización de los mecanismos de la selección de los candidatos en el partido nominante, en aquella época, el PÑR, en consecuencia, mayor disciplina a las normas del partido y a las decisiones de sus líderes.

Asimismo esta reforma implicó el quebranto no solamente en contra del Congreso, sino que también en contra de los hombres que lo integraban, pues los cargos del Poder Legislativo quedaron total y absolutamente a disposición del presidente en turno. Es lo que hemos denominado el sistema presidencialista, no presidencial, sino presidencialista.

Con una historia política antirreeleccionista podemos afirmar que el Congreso estuvo viciado de la disciplina unipartidista y oposicionista, con ese diseño político los incentivos de los legisladores para ocupar un asiento en el Congreso giraban por los intereses del partido y no, esto es importante que lo recuerden, y no por los intereses del electorado.

...

En efecto, la posibilidad de que los legisladores sean reelectos de manera inmediata, propiciará la existencia de interlocutores más ciertos y permanentes y que los puentes de diálogo y comunicación que son indispensables para lograr una gobernabilidad democrática, sean más estables y no tengan que reconstituirse al inicio de cada legislatura.

La reelección con las debidas acotaciones, es una condición necesaria para la recuperación del derecho ciudadano democrático y podría ser un buen medio para profesionalizar a los integrantes del Congreso lo que sin duda podría introducir cambios pertinentes a las instituciones del país.

Así las cosas, es verdaderamente una sorpresa para un servidor que el Partido Revolucionario Institucional se oponga ante la gran oportunidad histórica que se nos presenta de aprobar la reelección de los legisladores, sobre todo tomando en cuenta que algunos de sus más connotados miembros, uno de los cuales es incluso nuevamente diputado federal en esta LXI Legislatura, el diputado Omar Fayad, han presentado sendas iniciativas promoviendo la reelección, sabedores del gran anacronismo que su actual prohibición implica.

Finalmente todos los hechos, antecedentes y argumentos vertidos en el presente voto particular , me han convencido que más que la búsqueda de razones y argumentos, lo que falta es voluntad política para poder aprobar esta reforma , lo cual implica una necesaria muestra de humildad por parte de algunos partidos políticos, que les permita sacrificar el control actual que detentan sobre los legisladores, a favor de un México mejor y de un Poder Legislativo más profesional y fortalecido ante los otros poderes y ante los propios partidos políticos, de los cuales muchas veces parece, lamentablemente, un simple apéndice.

Conclusión

Por lo anteriormente expuesto, pongo a la consideración de la Asamblea el presente voto particular con objeto de que

Único. Se incluya el tema de la reelección en el dictamen a la minuta del Senado de la República que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Reforma Política, y por lo tanto, se aprueben los artículos 59, 115, fracción I y 116 fracción II en los términos de la Minuta del Senado.

Atentamente

Ciudad de México, a 12 de octubre de 2011.

Diputado Gustavo González Hernández (rúbrica)

De los diputados Alejandro Encinas Rodríguez, Indira Vizcaíno Silva, Jaime Fernando Cárdenas Gracia, Enrique Ibarra Pedroza, Rosendo Marín Díaz, José Luis Jaime Correa, Guadalupe Acosta Naranjo y Nazario Norberto Sánchez, del los Grupos Parlamentarios del PRD y del PT, relativo al dictamen que presentan las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, con opinión de la de Participación Ciudadana, sobre la minuta del Senado que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Los suscritos, con fundamento en los artículos 90 y 91 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan el voto particular del artículo 35, fracción VI, del dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, con opinión de la de Participación Ciudadana, a la minuta del Senado que reforma y adiciones diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que expone a continuación:

Voto particular que presentan diputadas y diputados de los Grupos Parlamentarios de los Partido de la Revolución Democrática, y del Trabajo

La búsqueda de la democracia participativa refiere a que los ciudadanos tengan mayor participación en la toma de decisiones políticas que la otorgada tradicionalmente por la democracia representativa. Puede definirse con mayor precisión como un modelo político que facilita a los ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas. Se manifiesta usualmente por medio de referendos por los que los representantes consultan a la ciudadanía o por medio de iniciativas de consulta que los ciudadanos presentan a los representantes.

Esta definición esta directamente asociada a la figura de revocación de mandato que significa:

“Dejar sin efecto una concesión, un mandato o resolución. Mandato son funciones delegadas por el pueblo o por una clase de ciudadanos para ejercer el mando”.

En este tenor, se entiende como la facultad de los electores para destituir a todos o algunos funcionarios públicos de su cargo antes de finalizar su periodo. Es una figura de democracia directa que se define como una forma de gobierno en la cual el pueblo participa de manera continua en el ejercicio de poder.

Desde el surgimiento del Estado moderno, surgió el fenómeno de concentración del poder por parte del Ejecutivo. Por una parte, los marcos institucionales favorecieron a la investidura a fin de garantizar la continuidad del Estado, pero acabaron por entregar potestades extralimitadas a un mando unipersonal en detrimento de los derechos ciudadanos.

Ante ello, se adoptaron tres rutas democratizadoras para acotar el poder. El primer caso, la separación entre la jefatura de Estado y la de gobierno, a fin de que el acontecer político significara el cambio de gobierno y la conservación del Estado. La segunda opción fue el mayor control del Parlamento sobre el Poder Ejecutivo, dentro del esquema de la separación de poderes. En tercer lugar, la promoción de los derechos de los ciudadanos para controlar el mandato de sus gobernantes.

Es por ello que la soberanía en una concepción democrática exige reforzar el control popular sobre el gobierno y promover la responsabilidad de los mandatarios hacia los electores, sus prioridades, sus necesidades y sus derechos.

Mediante el procedimiento de revocatoria del mandato, el electorado tiene el derecho a destituir del cargo a un funcionario público a quien él mismo eligió, antes de que concluya el periodo de su mandato. Es decir, el pueblo, mediante el sufragio y de manera vinculante, decide sobre la continuidad en el desempeño del cargo de un funcionario de elección popular.

En el mundo existen diversos países consagran la posibilidad de revocar el nombramiento de los funcionarios de elección popular, antes de cumplir su período de mandato.

Esta figura se reconoce a nivel constitucional nacional y por decisión estrictamente popular en Perú, Venezuela, Colombia y Ecuador, países en los cuales la figura del referéndum revocatorio o consulta popular de revocatoria se encuentra inserta en el capítulo de los derechos políticos de sus respectivos textos constitucionales.

La intención de incorporar la revocación de mandato en nuestro país obedece al convencimiento de generar el consenso popular y, por tanto, se fortalece la legitimidad de las autoridades electas, sus actos de gobierno y sus decisiones, y genera nuevos espacios de responsabilidad de las autoridades por el ejercicio de la función pública.

El “castigo” ciudadano correlativo al “premio” que significa la reelección, en el debate público de la reforma política, debe orientarse hacia a la figura de revocación de mandato. La intervención de los electores sobre la continuidad de los servidores públicos en el poder comienza con la revocación del mandato, a fin de que una vez que el mandato conferido ha sido retirado puedan responder administrativa y/o judicialmente por sus acciones.

La adición propuesta de la fracción VI de artículo 35 refiere al fortalecimiento de las prerrogativas ciudadanas que deben necesariamente estar contenidas en nuestra Carta Magna como un derecho de los ciudadanos en relación con el principio de soberanía sobre sus gobernantes. Debe privilegiarse como un mecanismo de rendición de cuentas que permita sancionar el mal uso del poder conferido por el pueblo.

Los derechos políticos de los ciudadanos son uno de los principales ámbitos materiales de las reformas contenidas en la minuta del Senado de reforma política. Asimismo, la estructura del artículo 35 corresponde formalmente a las prerrogativas que les son conferidas a los ciudadanos para el pleno del ejercicio de sus derechos políticos.

Precisamente por esta orientación se pretende incorporar figuras como las candidaturas independientes, la iniciativa ciudadana o la consulta popular, que sin referir a la revocación de mandato quedaría trunca cualquier pretensión de reforma de política que permita una verdadera democracia participativa.

Por las anteriores consideraciones, nos permitimos proponer la siguiente modificación:

Artículo 35. Son prerrogativas del ciudadano:

I. a V. ...

VI. Revocar el mandato de los servidores públicos electos popularmente, sujetándose a lo dispuesto por esta Constitución y por la ley reglamentaria.

Se recorren la actual fracción VI propuesta y las fracciones subsecuentes contenidas en la minuta.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de octubre de 2011.

Diputados: Alejandro Encinas Rodríguez, Indira Vizcaíno Silva, Jaime Cárdenas Gracia, Enrique Ibarra Pedroza, Rosendo Marín Díaz, José Luis Jaime Correa, Guadalupe Acosta Naranjo, Nazario Norberto Sánchez (rúbricas).

Del diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, del Grupo Parlamentario del PT, respecto al dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Gobernación, con opinión de la Comisión de Participación Ciudadana, de la minuta del Senado de la República con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política

I. La reforma política que requiere México y que no contiene el dictamen (antecedentes)

Necesitamos elaborar y aprobar una Constitución diferente al actual –lo que no propone este dictamen– para concluir el proceso de tránsito democrático que permanece pendiente en nuestro país, situación que impide la plena democratización de la sociedad y del Estado y que dificulta las posibilidades para construir un auténtico Estado Constitucional y Democrático de Derecho. Desde nuestro punto de vista, los ejes de esta nueva Constitución los resumo en los diez puntos que aquí enuncio: 1) Un nuevo entendimiento sobre los derechos fundamentales que integre un catálogo amplio de derechos que cuente con garantías plenas de realización; 2) La democratización, transparencia, rendición de cuentas, eficiencia y eficacia de todas las instituciones del Estado; 3) La garantía plena de la supremacía constitucional y de los tratados internacionales; 4) Mecanismos de cumplimiento efectivo de los principios constitucionales mediante un nuevo derecho procesal constitucional que permita la defensa de todos los principios constitucionales; 5) El establecimiento de mecanismos anticorrupción que impidan la impunidad que prevalece en el país y sancionen a las autoridades y particulares que participan en conductas corruptas; 6) La inclusión en los tres niveles de gobierno del mayor número de medios de democracia participativa y deliberativa; 7) La limitación y sujeción a derecho de los poderes fácticos; 8) La recuperación del patrimonio de la nación –sus recursos naturales- y de su explotación por parte del Estado; 9) La defensa de la soberanía nacional; y, 10) Los cambios al modelo económico neoliberal para poner la economía al servicio de las mayorías.

1) Derechos con garantías. El primero de los puntos para el nuevo diseño institucional tiene relación con los derechos. Es preciso no sólo que el Estado reconozca los derechos fundamentales de las distintas generaciones de derechos fundamentales como hace la reforma constitucional de 10 de junio de 2011 en la materia, sino que además provea para esos derechos las garantías sustantivas y procesales para hacerlos efectivos –lo que ha comenzado a realizarse con la reforma de derechos humanos que entró en vigor este año–. Los mecanismos constitucionales, legales, administrativos y presupuestales para que los derechos sean exigibles son indispensables 1 . No basta que los tratados sobre derechos humanos tengan la misma jerarquía de los principios constitucionales, es necesario que todas las autoridades, de los tres niveles de gobierno, se responsabilicen en el ámbito de su competencia por su cumplimiento y, como ya se mencionó, que existan las garantías procesales e institucionales que posibiliten su realización. Roberto Gargarella describe algunos ejemplos de tribunales constitucionales y cortes supremas –en Sudáfrica, la India, Colombia y Argentina– que han asumido un compromiso de efectiva realización con los derechos 2 .

Considero que, entre otras, las innovaciones institucionales, deben consistir en: el establecimiento de mecanismos de exigibilidad y justiciabilidad plena de todos los derechos, principalmente de los económicos, sociales y culturales; el cumplimiento obligatorio de las sentencias de los tribunales internacionales por parte del Estado mexicano; la subordinación de las fuerzas armadas al régimen de derechos humanos; y, la ciudadanización y fortalecimiento de las facultades de la CNDH como órgano constitucional autónomo.

Además se requiere un método democrático para la elección de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de preferencia la creación de un Tribunal Constitucional que no dependa del reparto de cuotas partidistas.

2) Democratización de las instituciones. Las instituciones públicas –poderes y órganos constitucionales autónomos– exigen de una revisión integral. El país requiere de un sistema parlamentario con voto de censura constructivo. El sistema presidencial es inviable –conduce a la ingobernabilidad permanente– con un sistema de tres o más partidos disciplinados y con un sistema electoral con componentes proporcionales. Como se sabe, el sistema presidencial funciona bien –en términos de gobernabilidad y acuerdos- con un sistema bipartidista, con distritos electorales uninominales y, con partidos poco disciplinados.

El sistema parlamentario se caracteriza porque la única institución con legitimidad democrática, producto de la elección de los ciudadanos, es el parlamento. El gobierno deriva su autoridad de la confianza y aprobación del Parlamento. El sistema parlamentario tiene las siguientes ventajas: la flexibilidad (no está sujeto a mandatos rígidos); existen soluciones constitucionales para la confrontación entre el legislativo y el ejecutivo; no se produce la parálisis entre los poderes; fortalece el sistema de partidos; favorece los juegos de suma positiva; se trata de un modelo diseñado para la cooperación política; y, genera estabilidad política 3 .

Respecto a la organización democrática del poder en México podemos decir, que casi todas las instituciones no favorecen la participación ciudadana en ellas ni la deliberación pública de los asuntos. Se trata de instituciones que no se orientan a la protección de los derechos fundamentales de todos y están diseñadas para proteger los intereses de unos cuantos sectores. Por ejemplo, en el ejecutivo se necesita, entre otras medidas: consolidar el servicio civil de carrera; sancionar la opacidad gubernamental con la destitución de los servidores públicos; incorporar a la sociedad civil de manera efectiva en el procesamiento y determinación de las políticas públicas; las decisiones administrativas fundamentales, tales como la aprobación de reglamentos, la definición del proyecto de presupuesto o el ejercicio del gasto público deben abrirse a la participación y conocimiento ciudadano; es preciso derogar la proliferación de normas administrativas en materias reservadas por la Constitución a la ley; en la negociación y aprobación de tratados y acuerdos internacionales debe participar la ciudadanía con el conocimiento de los procesos respectivos y en la aprobación mediante referéndum; los tribunales administrativos deben pasar al poder judicial; los sistemas de seguridad nacional y pública deben quedar sujetos a los más amplios niveles de participación ciudadana y transparencia; se debe retirar al ejército de las labores de seguridad pública; es preciso establecer un catálogo de responsabilidades al titular del ejecutivo; se requiere derogar las competencias del ejecutivo federal en el Distrito Federal; sujetar a control pleno del legislativo y de los ciudadanos las atribuciones hacendarias, fiscales y presupuestales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y, reducir las atribuciones del ejecutivo para comprometer la deuda pública del país.

En el legislativo es necesario, entre otras medidas: incrementar sus atribuciones de control y de orientación política al ejecutivo; fortalecer el papel de las comisiones de investigación sobre los asuntos sociales, políticos y económicos del país; regular los conflictos de interés de los legisladores y el cabildeo; implementar el servicio civil de carrera; establecer medidas estrictas de transparencia y racionalidad en el ejercicio de los recursos públicos en el legislativo; determinar un régimen de responsabilidades y sanciones a los legisladores por incumplimiento de sus funciones; hacer de las comisiones legislativas el motor del parlamento; fortalecer la deliberación y la transparencia en todos los ámbitos del legislativo; modificar la organización de las Cámaras para que sus funciones de desarrollen con horizontalidad; otorgar legitimación procesal activa a los grupos parlamentarios para promover acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales; y, fortalecer la independencia y libertad del legislador mediante la introducción del estatuto del legislador 4 .

El poder clásico en los sistemas políticos y jurídicos comparados para la accountability horizontal es el poder judicial. Sin embargo, es en México y en muchos países como el nuestro, un poder débil política y socialmente, un poder no independiente, que no cumple su función de garantizar el acceso a la justicia y la protección judicial de miles de personas, un poder además ineficiente en donde la resolución de conflictos espera años para obtener una respuesta judicial que no siempre es de calidad. Lo más importante en este poder entrañaría ampliar el acceso a la justicia, la independencia del poder judicial y, su eficiencia y eficacia 5 .

Los órganos constitucionales autónomos como el IFE, el Banco de México, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, requieren de una gran apertura a la sociedad. Sus titulares deben ser designados por los ciudadanos y no por los partidos, el gobierno o los poderes fácticos. Es fundamental crear algunos órganos constitucionales autónomos como el Ministerio Público y la Auditoría Superior de la Federación, pero principalmente erigir un tribunal constitucional autónomo e independiente del Poder Judicial. En cuanto al Consejo de la Judicatura, éste debe ser un órgano autónomo ciudadano independiente del poder judicial. Igualmente, es indispensable que el país tenga un órgano constitucional autónomo para los medios de comunicación para que se encargue de la autorización de concesiones y permisos a los medios de comunicación electrónica, de garantizar el derecho de réplica y el de aclaración, de las responsabilidades de los medios, de su necesaria función social, etcétera. En materia de transparencia y acceso a la información pública –de los órganos del Estado y de los poderes fácticos- es indispensable que el IFAI sea un órgano constitucional autónomo. Se necesita también un Consejo Económico y Social que represente a los sectores social y privado en la planeación del desarrollo nacional y el establecimiento de políticas públicas (este órgano tendría facultades consultivas y emitiría recomendaciones al ejecutivo y a otros poderes y órganos en la definición e implementación de las políticas públicas en materia económica y social).

3) La garantía plena de la supremacía constitucional. La Constitución Política Mexicana, es y debe ser la norma suprema de la Nación, con la que se rijan todos los poderes públicos y ciudadanos y cuya superioridad es definitiva con relación a las leyes ordinarias y demás normas secundarias. El principio de supremacía constitucional deriva del carácter fundante que tiene la Constitución respecto a todo el orden jurídico restante.

Para que el principio de supremacía constitucional sea una realidad, es necesario el establecimiento en el orden jurídico nacional de las dos formas de control constitucional: el difuso y el control concentrado. El primero, que otorga poder a los jueces para reparar, nulificar o sancionar las violaciones que se efectúen en contra de las normas constitucionales, el que a partir de una reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación puede hacerse realidad++++6+++. El segundo -del que se encargaría el Tribunal Constitucional- tendría competencias para conocer de las acciones de inconstitucionalidad ciudadanas, de la inconstitucionalidad por omisión de las autoridades, de las cuestiones de constitucionalidad que planteen las autoridades. Se trataría, por un lado, que todos los jueces y autoridades pudiesen, al menos realizar interpretación de las normas secundarias desde la Constitución y desaplicar normas secundarias contrarias a la Constitución y, por otro, que el Tribunal Constitucional, mediante un sistema vasto de medios de defensa de la Constitución, la proteja y defienda. Es decir, pasar de una Constitución puramente nominal o semántica a una normativa que haga coincidir la realidad con el deber ser de la Constitución.

4) Mecanismos de defensa efectiva de la Constitución. Los actuales medios de defensa de la Constitución –principalmente el amparo, las acciones de inconstitucionalidad y las controversias constitucionales- no tutelan debidamente los principios de la Constitución. El amparo no garantiza de manera directa los derechos colectivos, sociales y difusos; exige de manera decimonónica satisfacer el requisito de interés jurídico, como si las decisiones en los amparos contra leyes o contra disposiciones administrativas tuviesen un carácter privatista y no le interesaran a toda la sociedad; y, la lista de las causales de improcedencia son enormes, al grado que los jueces federales entran al fondo de los asuntos en tan sólo el 30 por ciento de los casos. La legitimación procesal activa en las acciones de inconstitucionalidad se concede sólo a autoridades y, a los partidos políticos, en materia electoral; no existe legitimación procesal activa de los ciudadanos en las en este tipo de acciones; y, se establecen requisitos excesivos para declarar la inconstitucionalidad de una ley –ocho votos de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la nación y sólo pueden interponerse después de treinta días naturales de la entrada en vigor de la respectiva ley–. Las controversias constitucionales también están conferidas taxativamente a las autoridades que prevé la fracción I del artículo 105 de la Constitución cómo si los asuntos materia de las mismas sólo interesaran a esas autoridades y no a toda la sociedad. Es decir, los actuales medios de defensa de la Constitución no están diseñados para defender integralmente a la Constitución –los derechos fundamentales, la división de poderes, los principios democráticos y, la supremacía de la Constitución.

Se requiere ampliar la capacidad de protección de los actuales instrumentos procesales e incorporar otros que no dejen parte de la Constitución sin protección. Por ejemplo es preciso incluir, entre otros: el control previo de constitucionalidad respecto de reformas constitucionales, tratados, leyes y reglamentos; las acciones colectivas de carácter constitucional; el amparo social; las acciones de inconstitucionalidad por omisión; la cuestión de constitucionalidad; y, las acciones ciudadanas de inconstitucionalidad.

5) Mecanismos anticorrupción. Además de contar con una Auditoría Superior de la Federación como órgano constitucional autónomo y con amplios poderes o, de aprobar una nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública que profundice en la transparencia y al acceso a la información en el país, se requiere para combatir la corrupción con un decálogo de herramientas institucionales. Éstas son: 1) La coordinación y vinculación entre todas las instituciones de investigación y resolución, federales y locales, que enfrentan la corrupción; 2) Ampliar los mecanismos de fiscalización en los ámbitos políticos y electorales; 3) Lograr la independencia o autonomía constitucional en todas las instituciones y órganos que realizan la accountability horizontal (tribunales, ministerio público, ASF, etcétera); 4) Dirigir la lucha en contra de la corrupción no sólo respecto a los poderes tradicionales sino también en cuanto a los poderes fácticos; 5) Propiciar mayor nivel, en cantidad y calidad, de participación y deliberación social en las decisiones públicas; 6) Transparentar de manera radical el aparato del Estado y a los poderes fácticos; 7) Establecer obligaciones concretas de rendición de cuentas en todos las instituciones públicas; 8) Revisar el sistema de responsabilidades de los servidores públicos para que las ilegalidades de éstos no queden en la impunidad; 9) Modernizar a la administración pública; y, 10) Basar la actuación del Estado y de sus servidores públicos en el respeto y garantía a los derechos fundamentales 7 .

Igualmente es oportuno pensar en un órgano anticorrupción con autonomía constitucional. Uno de los casos internacionales más conocidos es la Comisión Independiente contra la Corrupción de Hong Kong 8 . Esta comisión tiene por propósito no sólo recibir e investigar –más no juzgar– acusaciones de corrupción, sino también llevar a cabo campañas de concientización pública y para hacer auditorías de las administraciones de departamentos y oficinas gubernamentales. Según Transparencia Internacional el modelo de Hong Kong ha resultado ser eficaz porque ha existido la determinación de sus empleados, en combatir la corrupción, porque el marco legal ha facilitado su trabajo y, porque tanto el concepto de la prevención como el procesamiento legal ha sido competencia de la Comisión. Una característica fundamental de la agencia anticorrupción de Hong Kong reside en que comités ciudadanos monitorean su trabajo con lo que se aumenta la confianza pública en esa institución.

En el ámbito internacional se han creado instituciones para el combate a la corrupción, es el caso de la Oficina Europea de lucha Antifraude, y en algunos países como en España, existe una Fiscalía Especial Anticorrupción que forma parte del Ministerio Fiscal de ese país. En México, considero que habría que reflexionar en propuestas concretas como las siguientes: 1) Una Comisión de la Verdad para investigar, sancionar y, hacer pública la corrupción política, privada y social del pasado; 2) Hacer de la Auditoría Superior de la Federación un órgano constitucional autónomo; 2) Fortalecer su autonomía orgánica, de gestión, financiera-presupuestal y, jurídica; 3) Transparentar el ejercicio presupuestal de la Secretaría de Hacienda y, el control económico financiero del Estado en todas sus fases y no sólo al final de los procedimientos como acontece ahora; 4) Ampliar el universo de lo fiscalizado, esto es, el alcances y profundidad de las auditorías practicadas; 5) Establecer instrumentos que permitan de manera regular el control previo y concomitante de las finanzas públicas, no sólo a partir de denuncias sino de oficio, además de conservar el control a posteriori que hoy prevalece; 6) Permitir que la Auditoría Superior pueda conocer con mayor amplitud de cuentas públicas del pasado –hasta cinco años– y, sobre ellas, realizar observaciones y recomendaciones, cuando no se hubiesen advertido irregularidades en el pasado; 7) Otorgarle competencia a la Auditoría Superior para conocer y procesar responsabilidades administrativas respecto de los servidores públicos y, facultarla para consignar, directamente ante los jueces penales federales, los asuntos que así lo ameriten; 8) Prohibir la constitución de fondos y fideicomisos en la administración pública; 9) Darle el rango de ley formal y materialmente al presupuesto de Egresos; 10) Restringir las facultades de la Secretaría de Hacienda para alterar el presupuesto aprobado; 11) Publicitar ampliamente las subvenciones, subsidios y bonificaciones fiscales que se otorgan a grupos y sectores, para que la sociedad tenga conocimiento cabal de a quién se beneficia por la vía tributaria; 12) Lograr que la Auditoría Superior de la Federación, además de contar con autonomía constitucional, garantice un funcionamiento interno y administración transparente, de cara a la sociedad; 13) Establecer mecanismos ciudadanos y de especialistas para fiscalizar a la propia Auditoría Superior de la Federación; 14) Darle a esta institución competencias en la fiscalización de las participaciones federales a estados, distrito federal y municipios; 15) Establecer un registro nacional de servidores públicos y proveedores sancionados para evitar que servidores públicos o proveedores cambien de domicilio para seguir delinquiendo y gozando de impunidad; 16) Aprobar la Ley General de Contraloría Social para abrir canales de participación ciudadana y control social; e, 17) Impedir la aprobación de la Ley de Asociaciones Público-Privadas que pretende liquidar las áreas estratégicas y la rectoría del Estado en ámbitos fundamentales de la vida nacional (educación, salud, seguridad pública, comunicaciones e infraestructura).

6) Democracia participativa y deliberativa. Resulta necesario el establecimiento de mecanismos de democracia participativa y deliberativa amplios 9 –lo que no propone el dictamen– para acercar a la sociedad con la autoridad, para romper ese divorcio que es contrario al principio de soberanía popular 10 . Propongo, entre otros, a los siguientes: el referéndum; el plebiscito; la revocación de mandato; la iniciativa legislativa popular; el presupuesto participativo; la afirmativa ficta; la auditoría social; el derecho de audiencia pública ante las autoridades; el derecho de voz ciudadana en los cabildos; la consulta popular; las acciones colectivas y de tutela; la acción popular de inconstitucionalidad; la inconstitucionalidad por omisión legislativa, administrativa o derivada de otros órganos de poder; el derecho de resistencia; la desobediencia civil pacífica y objeción de conciencia para que las instituciones y normas sean revisados cuando el marco jurídico es insuficiente para satisfacer derechos humanos o principios democráticos; el amicus curiae para que los ciudadanos y los sectores sociales se involucren en forma institucional y constructiva en los procesos judiciales; y, la obligación de deliberación pública y transparente en todas las instancias colegiadas del poder público del país.

7) Limitación y sujeción a derecho de los poderes fácticos. Los factores reales de poder, tanto nacionales como internacionales, suelen colonizar y determinar el funcionamiento de las instituciones. Es bien sabido que en los Estados de Derecho contemporáneos importa sobre todo saber o conocer el poder que se encuentra detrás de las estructuras formales del Estado, pues esos poderes son los que definen el alcance de los poderes formales. De nada sirve, por ejemplo, estudiar el derecho constitucional de un país, si ese estudio no viene acompañado por el de los factores reales de poder que determinan los significados de la Constitución.

No ganamos mucho analizando el orden jurídico formal mexicano si no lo vemos desde el papel que sobre él desempeñan los partidos, los sindicatos, las organizaciones empresariales, los medios de comunicación electrónicos, las trasnacionales, el gobierno de Estados Unidos y, las organizaciones financieras internacionales. Esos son los auténticos poderes que en buena medida –tal vez no de manera mecánica pero si determinante– condicionan el actuar de los poderes y del orden jurídico formal. Bien podría decirse que los poderes formales y el orden jurídico son el reflejo de los intereses, pactos, acuerdos y decisiones de los factores reales de poder. Casi siempre las normas sobre ellos son escasas, ambiguas e insuficientes.

En México no existe una adecuada legislación sobre los partidos políticos –hay algunas débiles normas en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y el dictamen objeto de este voto es omiso al respecto–. Sobre los medios de comunicación electrónica hay como se sabe una insuficiencia mayúscula, la Ley Federal de Radio y Televisión y la Ley Federal de Telecomunicaciones no responden a las exigencias de una democracia pluralista y de un Estado de Derecho auténtico, porque se ha mercantilizado un bien del dominio público y se concentran groseramente las concesiones de los medios electrónicos en unas cuantas empresas. Los organismos financieros internacionales durante décadas han influido en nuestra economía y esa influencia no se encuentra normada en modo alguno, no existen además los controles institucionales para supervisarla y fiscalizarla.

Las soluciones a las amenazas que representan los poderes fácticos pasan por, entre otras, las siguientes medidas: 1) preservar al Estado y fortalecerlo mediante la integración de la democracia ciudadana, ello implica democratizar y transparentar sus instituciones e incorporar medios de democracia participativa y deliberativa; 2) aprobar una estricta legislación antimonopolios; 3) determinar que los poderes fácticos son sujetos obligados de las normas de transparencia y acceso a la información; 4) obligar a que los poderes fácticos tengan una vida interna democrática (partidos, sindicatos, ejército, organizaciones empresariales, iglesias, etcétera); 5) impedir cualquier privilegio fiscal injustificado o de otro tipo que favorezca a los poderes fácticos; 6) reformar las instituciones internacionales, a fin de abrirlas y democratizarlas; 7) reestructurar el sistema financiero internacional para transparentarlo y hacerlo más justo; 8) extraer del ámbito del comercio y la mercantilización recursos como la salud, la educación, la cultura, etcétera; 9) mundializar el constitucionalismo y las estructuras constitucionales de control del poder a fin de que las relaciones económicas y otras, producto de la globalización, no queden al margen del Derecho y del control ciudadano; y, 10) promover un contrato global para la satisfacción de las necesidades básicas, dirigido a suprimir las ilegítimas desigualdades socioeconómicas entre clases, géneros, etnias, regiones y naciones, etcétera.

8) Recuperar el patrimonio de la nación. Los recursos naturales y su explotación deben reintegrarse a la nación y explotarse por los organismos del Estado para garantizar la soberanía del país. De esta suerte, es fundamental nacionalizar la Banca y contemplar en la Constitución que todos los recursos naturales: hídricos, hidrocarburos, minas, recursos renovables y no renovables, son patrimonio exclusivo de la nación. Los principios constitucionales de este diseño son: se considerarán recursos naturales los minerales en todos sus estados, los hidrocarburos, el agua, el aire, el suelo y el subsuelo, los bosques, la biodiversidad, el espectro electromagnético, etcétera; el patrimonio natural será de interés público y de carácter estratégico para el desarrollo sustentable del país; se prohibirá comprometer la soberanía sobre los recursos naturales; la explotación de recursos naturales estará sujeta a consulta –libre, previa e informada– con la población afectada; y, en el caso de las comunidades indígenas, además del derecho de consulta, el Estado garantizará que los pueblos originarios reciban un porcentaje sobre los beneficios de la explotación.

9) Defensa de la soberanía de la nación. Las instituciones del Estado deben tomar las decisiones económicas a partir de los deseos y necesidades del pueblo mexicano. Las consultas para determinar y definir el diseño de las políticas económicas con el FMI, el Banco Mundial, el Departamento del Tesoro o del Comercio de los Estados Unidos deben quedar proscritas si no existe la aprobación de la sociedad mexicana. El gobierno mexicano no puede estar limitado por otro gobierno o por intereses internacionales ajenos a los deseos, necesidades, voluntad y derechos de todos los mexicanos. No existe en México autodeterminación en la economía ni en la seguridad pública ni en la nacional. Tenemos un gobierno periférico y subordinado a intereses exógenos.

La soberanía en términos externos e internos es una quimera. Externamente condicionan la vida nacional los intereses de otras potencias. Internamente, los poderes fácticos han domeñado y secuestrado al Estado y sus instituciones. No existen posibilidades para que los mexicanos autodeterminemos nuestro destino. Estamos a merced de presiones e intereses que escapan a nuestras necesidades, intereses y decisiones.

En el diseño de nuevas instituciones, un paso necesario consiste en modificar el procedimiento de aprobación de tratados. Los que comprometan la soberanía nacional, tengan que ver con la economía, el comercio internacional, la seguridad nacional y pública, y los derechos humanos, deben ser aprobados con el mismo procedimiento de reforma constitucional previsto en la ley fundamental más la aprobación ciudadana vía referéndum. Debemos impedir que las elites nacionales e internacionales determinen el alcance de nuestra soberanía. Son los ciudadanos los que deben definirla.

Los tratados vigentes que tienen que ver con el comercio internacional, la economía, la seguridad nacional y pública, y los derechos humanos deben ser revisados. Si son lesivos a la soberanía nacional procede su denuncia y en su caso la abrogación. El gobierno mexicano debe propugnar y luchar por la democratización y transparencia de las instituciones internacionales de las que forma parte. Los principios del Estado Constitucional y Democrático de derecho deben ser realidad en el ámbito internacional. La globalización precisa ser un proceso que esté en manos de las sociedades del planeta y debe realizarse de abajo hacia arriba.

En el ámbito interno, la manera de alcanzar soberanía consiste en domeñar y limitar el poder de los poderes fácticos para que las instituciones del país no estén secuestradas. Las instituciones del país carecen de legitimidad porque están sometidas a los poderes fácticos (televisoras, empresarios, ejército, iglesias, sindicatos y partidos). Si queremos consolidar la democracia en México estamos obligados a sujetar a derecho a los factores reales de poder.

10) Modificar el modelo económico neoliberal. La economía debe estar al servicio de las personas y debe ser el instrumento para garantizar derechos económicos, sociales y culturales. La economía no puede estar al servicio de elites y oligarquías que están ajenas a cualquier control democrático 11 .

En México el modelo neoliberal se ha caracterizado por: privatizar áreas estratégicas y prioritarias del Estado; favorecer al capital especulativo internacional; mermar los derechos de los trabajadores y en general los derechos sociales y económicos de los habitantes; beneficiar con privilegios fiscales y de otro tipo a las principales empresas nacionales y trasnacionales que operan en nuestro territorio; estimular el libre comercio y agotar el mercado interno; liquidar la industria nacional; desistir de cualquier tipo de crecimiento económico; y, en síntesis por catalizar las condiciones de pobreza en las que viven millones de mexicanos.

Como dice un especialista nacional “...mientras la economía esté subordinada a los intereses del capital financiero, dada nuestra gran dependencia respecto de ellos, no hay perspectivas de que cambie la política económica predominante para poder favorecer la esfera productiva y el empleo. El Estado debe retomar el manejo soberano de la política económica para asegurar las condiciones productivas y financieras a favor del crecimiento sostenido con pleno empleo”. 12 En este sentido, el Estado debe: intervenir en la economía para recuperar las funciones estratégicas previstas en el párrafo cuarto del artículo 28 constitucional; ser el rector de la economía nacional; recuperar el control sobre el sector bancario y financiero y orientarlo al desarrollo; revisar el Tratado de Libre Comercio con América del Norte; contar con una vigorosa banca de desarrollo; destinar muchísimos más recursos para la obra pública y la infraestructura; contar con una política industrial; provocar la fortaleza del mercado interno y el apoyo a los productores nacionales; garantizar la autosuficiencia alimentaria mediante una política de apoyo a los productores del campo; generar ahorros mediante una política de austeridad respecto a sueldos y prestaciones de la alta burocracia; eliminar los privilegios fiscales que favorecen a los grandes empresas nacionales y trasnacionales; aprobar una reforma fiscal que sea equitativa y proporcional –que grave más a quien más tiene-; incentivar una política social ambiciosa para garantizar los derechos económicos, sociales y culturales; reformar el artículo 28 constitucional para profundizar en los principios que proscriben los monopolios; y, modificar el artículo 28 constitucional para permitir que una parte de las reservas del Banco de México se destinen al desarrollo, entre otras muchísimas medidas de carácter económico que son necesarias para transformar el modelo económico neoliberal.

Además del diseño institucional propuesto que orientaría las líneas de una nueva Constitución, es fundamental que cambiemos la cultura jurídica nacional 13 . Existen en México categorías jurídicas tradicionales que obstaculizan los procesos de comprensión de las nuevas realidades sociales, políticas y económicas. Hay algunos dogmas del derecho que han tenido en nuestro país desde hace mucho tiempo su traducción más burda, simplista y mecanicista, por ejemplo la concepción de la Constitución como documento puramente político. Son barreras que se van incorporando a nuestro arsenal de conceptos y que se vuelven contra nosotros y nos impiden reflexionar el sistema jurídico de otra manera. Son conceptos y categorías que unidimensionalizan la realidad jurídica, la empobrecen y la reducen. Se nos dice, entre otras cosas, que son necesarios para garantizar la seguridad jurídica, valor o finalidad del derecho que se coloca siempre en México por encima de otros fines o valores como la libertad, la igualdad, el pluralismo o la justicia y no en relación con ellos, y que acaba por transformarse en un instrumento del staus quo, en una herramienta ideológica que mantiene la correlación de fuerzas políticas, sociales y económicas, que hace del derecho un obstáculo al cambio y no un promotor de éste.

No existe un esfuerzo serio aún por desenmascarar la fuerza ideológica de las categorías jurídicas. Éstas son aplicadas todos los días en los tribunales y por las autoridades administrativas del país. No se repara en ellas con una visión crítica: estructuran nuestro conocimiento jurídico y al hacerlo lo disciplinan. Los dogmas de nuestra realidad provienen del positivismo más tradicional, en algunos casos son anteriores a Kelsen y a Hart. El profesor de Viena es estudiado en las escuelas y facultades de derecho pero en la actuación de autoridades y jueces, es olvidado para preferir visiones más simplistas que no cuentan con el rigor formal del autor de la teoría pura del derecho. La cultura jurídica tradicional se ha basado, entre otros elementos, en el estatalismo (las normas jurídicas sólo son producidas y aplicadas por los órganos del Estado); en el entendimiento de que la ley es la fuente formal más importante del derecho; en la coactividad como elemento determinante para definir a la norma jurídica y al derecho; en el método gramatical como el método fundamental para la interpretación del derecho; en el empleo del silogismo y la subsunción como otros métodos principales de la interpretación; y en la falsa afirmación que el derecho carece de ideología.

Esta cultura jurídica tradicional se está transformando con la aceptación paulatina de otros paradigmas que están constituyendo poco a poco la nueva cultura jurídica nacional. Los nuevos paradigmas son: 1) El reconocimiento del pluralismo jurídico; 2) La aceptación de la diversidad de normas jurídicas (reglas, principios y valores); 3) El entendimiento de que el orden jurídico puede y debe emplearse para transformar el status quo; 4) La idea de que es obligación de todos los jueces y autoridades interpretar desde la Constitución; 5) El reconocimiento del papel del contexto en la interpretación; 6) La supeditación de la legalidad a la constitucionalidad; 7) Aparición de nuevos métodos de interpretación (ponderación, contenido esencial del derecho y razonabilidad); 8) Una certeza jurídica más exigente basada en la argumentación completa y exhaustiva de resoluciones y decisiones; 9) Un juez constitucional necesitado de legitimidad democrática electo por los ciudadanos; y, 10) El reconocimiento de que no hay neutralidad ni avaloratividad en el derecho.

Conclusión. El dictamen motivo de este voto no da cuenta de una reforma política de las características aquí expuestas. La reforma política que está a debate no resolverá los problemas de democracia, participación ciudadana y gobernabilidad del país. No propone una revisión integral de la Constitución, no limita jurídicamente el papel de los poderes fácticos (principalmente del mediático), no contempla hacer exigibles los derechos sociales para garantizar la igualdad efectiva entre los mexicanos, no establece el sistema parlamentario dentro del actual sistema multipartidista, no prevé un Tribunal Constitucional y, es simuladora en materia de democracia participativa.

II. Veinte críticas al dictamen (consideraciones)

Primera. Nosotros proponemos, además de los instrumentos de democracia participativa previstos en el dictamen, los siguientes medios de democracia participativa y deliberativa: 1) Referéndum, 2) Plebiscito, 3) Revocación de mandato, 4) Presupuesto participativo, 5) Afirmativa ficta, 6) Auditoría social, 7) Derecho de audiencia pública ante las autoridades, 8) Derecho de voz ciudadana en los cabildos, 9) Acciones de tutela, 10) Acción popular de inconstitucionalidad, 11) Inconstitucionalidad por omisión legislativa, administrativa o derivada de otros órganos de poder, 12) Derecho de resistencia, 13) Desobediencia civil pacífica y objeción de conciencia para que los derechos ciudadanos sean garantizados cuando las instituciones y el marco jurídico son insuficientes para satisfacerlos, 14) Amicus curiae para que los ciudadanos y los sectores sociales se involucren en forma institucional y constructiva en los procesos judiciales, 15) Obligación de deliberación pública y transparente en todas las instancias colegiadas del poder público del país.

Segunda. Respecto a las candidaturas independientes o ciudadanas, el dictamen deja a la ley secundaria su regulación, y quedan pendientes asuntos torales como el financiamiento de las mismas (público o privado, en donde nosotros sostenemos que sólo debe ser público) al igual que el número de firmas requeridas para promover una candidatura ciudadana, en donde nosotros proponemos que sea el 0.13 por ciento del listado nominal en la correspondiente circunscripción electoral. Proponemos que esas precisiones queden en el texto constitucional y que al artículo 35 de la Constitución se le añada que los candidatos independientes tendrán derecho a los tiempos del Estado.

Tercera. El ejecutivo no debe tener derecho a promover consultas ciudadanas. El duopolio televisivo hoy vigente más las facultades jurídicas de las que dispone actualmente el ejecutivo y sus instancias en materia de radio y televisión harán de esa facultad un instrumento plebiscitario de carácter autoritario.

Cuarta. La facultad de iniciar consultas populares debe estar exclusivamente en manos de los ciudadanos y no del ejecutivo o de los legisladores. Es excesivo y hará nugatorio el derecho a la consulta el exigir a los ciudadanos para promoverla el 1 por ciento del listado nominal de electores. Dicho requerimiento impedirá en los hechos que los gobernados accedan a ese derecho. Sólo recordamos que para constituir un partido político nacional la legislación federal electoral vigente tan sólo pide el 0.26 por ciento del padrón electoral. Proponemos que sólo con el 0.13 por ciento del listado nominal, en la correspondiente circunscripción electoral, puedan los ciudadanos proponer consultas.

Además no parece contrario al principio de soberanía popular que se limite la realización de las consultas a una por año y que se impida que en año electoral puedan promoverse. Las anteriores modalidades constituyen restricciones al ejercicio del principio de soberanía popular y de participación ciudadana.

Quinta. No es congruente pedir que el 33 por ciento de los legisladores de una Cámara promuevan la consulta popular y después que la solicitud de consulta se apruebe por la mayoría de cada Cámara. La exigencia de aprobación mayoritaria de cada Cámara trastoca un derecho que debe estar en manos de las minorías parlamentarias, por esta razón se violenta el párrafo tercero del artículo 70 constitucional.

Sexta. Constituye un porcentaje muy elevado establecer el 40 por ciento de participación de los ciudadanos inscritos en la lista nominal para que la consulta sea vinculante. Debe bastar la mayoría simple de los votos y así debe constar en el correspondiente dictamen de la Comisión que usted preside. El porcentaje del 40 por ciento alentará campañas de abstención que son contrarias a los fines del sistema electoral y de partidos previstos en los principios del artículo 41 constitucional, mismos que promueven la participación ciudadana.

Séptima. Es grave que se veden materias objeto de las consultas populares. Nosotros proponemos que no se vede materia alguna y así conste en el texto constitucional. En una democracia todos los asuntos deben estar sujetos a discusión y debate porque la soberanía reside esencial y originalmente en el pueblo, tal como lo dispone el artículo 39 de la Constitución.

Octava. Aunque no se contempla en el dictamen pero sin en la minuta del Senado, respecto a la reelección de legisladores manifestamos que prever la reelección de legisladores sin establecer la revocación del mandato, sin que el constituyente permanente ordene la reforma en materia de medios para determinar que ninguno de ellos puede tener bajo su control más del 20 por ciento del espectro radioeléctrico, sin derogar el financiamiento privado y, sin una ley que regule la democracia interna de los partidos; la reelección puede conducir en las actuales condiciones, a la oligarquización de la política nacional. Las nuevas generaciones tendrán pocas oportunidades de acceder a la representación política y las elites de los partidos y los intereses económicos –no los ciudadanos- definirán efectivamente la integración y composición de las instancias legislativas. Es importante que si se va a establecer la reelección, al menos se contemplen en el texto constitucional, la prohibición del financiamiento privado para que los legisladores no sean correas de transmisión de los grupos económicos y, que también se prevea, la revocación a la mitad de cada mandato legislativo para maximizar la rendición de cuentas frente a los ciudadanos.

Novena. Exigir el 0.13 por ciento de la lista nominal de electores para presentar una iniciativa legislativa ciudadana puede hacer nugatoria la facultad. La facultad de iniciativa legislativa ciudadana debe estar en manos de cada ciudadano y eso es lo que proponemos.

Décima. La facultad de iniciativa preferente que se concede al ejecutivo fortalece el sistema presidencial –es presidencialista-. Son los ciudadanos los que deben tener, cuando presenten iniciativas, el derecho preferente a que éstas sean dictaminadas y votadas por las instancias legislativas. No existe razón democrática –porque los legisladores también son producto de una elección popular- para otorgarle sólo al ejecutivo ese derecho preferente. Como todos sabemos, lo que hace falta para dinamizar al Congreso entraña aprobar en lugar de la iniciativa preferente, que las comisiones y los plenos de ambas Cámaras dictaminen en tiempo y forma las iniciativas que se presentan y de no hacerlo se sancione económicamente a los legisladores responsables (con días de dieta). Ello obliga a que la Constitución establezca las bases para el establecimiento de responsabilidades y sanciones –incluyendo, además de las económicas, la destitución y la inhabilitación- de los legisladores que no dictaminen y voten las iniciativas en los tiempos previstos.

Décima Primera. El veto que se concedería al ejecutivo para observar el presupuesto limita la principal competencia de la Cámara de Diputados. Se trata de un instrumento que favorece el presidencialismo en detrimento del legislativo. Por tanto, entraña una violación al principio de división de poderes contemplado en el artículo 49 de la Constitución. Exclusivamente estaríamos a favor del veto al presupuesto por parte del ejecutivo si en contrapartida se establece la facultad de la Cámara de Diputados para formular un presupuesto alternativo al del ejecutivo y, si ésta constitucionalmente puede revisar y discutir la totalidad del presupuesto, lo que actualmente no ocurre (la revisión que realiza la Cámara de Diputados al proyecto de presupuesto del ejecutivo no llega ni al 3 por ciento del mismo).

Décima Segunda. Aunque la tácita reconducción presupuestal incrementa los poderes del ejecutivo, nosotros podríamos aceptar en este punto la minuta del Senado para darle funcionalidad a la administración pública, aunque sugerimos que de manera expresa y limitativa se precisen las materias del presupuesto que se reconducirán y se prevea la facultad de la Cámara de Diputados para formular un proyecto de presupuesto alternativo al del ejecutivo.

Décima Tercera. Los órganos colegiados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica debieran ser órganos constitucionales autónomos en donde sus titulares sean electos por el voto ciudadano y no meros órganos reguladores, que aunque con relativa autonomía, permanecen en la órbita del poder ejecutivo. El esquema diseñado en la minuta del Senado y en el dictamen busca que los órganos reguladores queden sujetos al sistema de cuotas de los partidos mayoritarios. El mecanismo de designación de titulares propuesto –ejecutivo y Senado- hará que estos órganos pasen del actual control del ejecutivo al control de los partidos mayoritarios –ambos antidemocráticos-. Es otro secuestro de las instituciones por las cúpulas partidistas.

Décima Cuarta. Los procedimientos de sustitución presidencial previstos en la minuta son antidemocráticos porque no devuelven en todos los casos –hipótesis de presidente sustituto- la soberanía al pueblo para que éste elija nuevo presidente a través de un proceso electoral. Además, limitan las atribuciones del Congreso, pues se restan sus actuales competencias para decidir en estos casos. La minuta establece un procedimiento de sustitución en donde se privilegia que servidores públicos no electos democráticamente como el Secretario de Gobernación sean presidentes provisionales en las hipótesis del primer párrafo del artículo 84 de la Constitución (según la minuta). También se prevé que el presidente provisional -en el supuesto de que al comenzar el periodo exista falta absoluta del presidente- sea el presidente de la mesa directiva de la Cámara de Senadores cuando debiera ser el presidente de la Cámara de Diputados, pues de acuerdo al artículo 51 de la Constitución, los diputados son los representantes de la nación. En el mismo sentido, en la hipótesis de licencia por sesenta días, el presidente provisional debe ser el presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados y no el Secretario de Gobernación, pues éste carece de legitimidad democrática directa. En todos los casos de sustitución presidencial –presidente provisional, interino o sustituto- se debe convocar a elecciones extraordinarias para terminar el mandato presidencial, salvo cuando éstas ocurran en el último año de ejercicio.

Décima Quinta. El dictamen permite la reelección del presidente provisional, según se desprende de la propuesta de redacción del artículo 83 de la Constitución. Sólo se prohíbe la reelección de los presidentes interinos y sustitutos. Lo anterior es totalmente contrario al espíritu que orientó a la Constitución de 1917.

Décima Sexta. La posibilidad de que el Presidente rinda protesta ante el Presidente de la Suprema Corte es una de las peores burlas del dictamen. El Congreso no puede desprenderse de sus actuales atribuciones. La protesta del ejecutivo debe hacerse ante el Congreso que es la instancia que posee igual legitimidad democrática directa que el presidente. Las circunstancias del pasado reciente –la accidentada toma de protesta en 2006- no puede ser el fundamento de una reforma constitucional. Por tanto, el Congreso debe mantener sus actuales competencias en la materia.

Décima Séptima. Son antidemocráticas, porque no responden al principio de que a X número de votos corresponde Y número de escaños- las fórmulas de sobre representación –tanto del 30 por ciento vigente como del 40 por ciento propuesto- para integrar la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. No se debiera en consecuencia mantener ninguna cláusula de sobrerrepresentación, sobre todo, cuando es tan elevada.

Décima Octava. Nos manifestamos en contra de que sean las legislaturas de los Estados o del Distrito Federal las que regulen libremente los términos para que los ciudadanos puedan presentar iniciativas de ley o determinar las condiciones de las candidaturas independientes, pues podrían incluir requisitos o condiciones más gravosos de los existentes en la legislación federal. En consecuencia, las reformas a los artículos 116 y 122 a este respecto, deben señalar que la regulación sobre estas materias no deberá ser para los ciudadanos de los Estados y del Distrito Federal para el ejercicio de sus derechos más rígida o gravosa que la federal.

Décima Novena. Es necesario que en los artículos 116 y 122 de la Constitución se precise el derecho de los ciudadanos a promover consultas y a contar con candidaturas independientes en los Estados y en el Distrito Federal, pues el dictamen es completamente omiso a este respecto.

Vigésima. A diferencia de lo que proponen los artículos transitorios del dictamen, estimamos que en su lugar se debe establecer que la legislación secundaria sobre candidaturas independientes, consulta e iniciativa legislativa ciudadana, entrarán en vigor, a nivel federal y local, para los procesos electorales de 2011-2012. Lo anterior implica, que por la vía de los transitorios y por única vez, se modifique el párrafo tercero del inciso g) de la fracción II del artículo 105 de la Constitución, para que en el plazo de un mes, una vez que entre en vigor la reforma constitucional, el Congreso de la Unión y las legislaturas locales y del Distrito Federal, aprueben la legislación correspondiente.

III. Propuestas concretas

Primera. Al artículo 35, fracción II, de la Constitución para que diga, en lugar del texto del dictamen, lo siguiente: “Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho a solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos, así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación. Los candidatos independientes sólo se financiarán con financiamiento público, tendrán derecho a tiempos del Estado en radio y televisión y, se requerirá al menos, según sea el caso y dependiendo del cargo al que se aspira, del respaldo del 0.13 por ciento del listado nominal de los ciudadanos del distrito electoral, de la entidad federativa o, de la República”.

Segunda. Al artículo 35, fracción VIII, numerales 1, 2, 3, 4 y 5, de la Constitución para que diga, en lugar del texto del dictamen, lo siguiente: “VIII. Votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional, las que se sujetarán a lo siguiente: 1. Serán convocadas por el Congreso de la Unión a petición de los ciudadanos, en un número equivalente, al menos, al 0.13 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, en los términos que determine la ley; 2. Se deroga; 3. Se deroga; 4. El Instituto Federal Electoral tendrá a su cargo, en forma directa, la verificación del requisito establecido en el numeral 1 de la presente fracción, así como de la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados; 5. Se deroga; 6...; 7...”.

Tercera. Al artículo 71, fracción IV, de la Constitución para que diga, en lugar del texto del dictamen, lo siguiente: “IV. A los ciudadanos”.

Cuarta. A los párrafos tercero y cuarto de la fracción IV del artículo 71 de la Constitución para que se deroguen del texto del dictamen.

Quinta. Al artículo 76, fracción II, de la Constitución para que diga, en lugar del texto del dictamen, lo siguiente: “II. Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga del procurador general de la República, embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga.

Los órganos colegiados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica, serán órganos constitucionales autónomos. Sus titulares serán electos por los ciudadanos durante los procesos electorales federales en los términos que disponga la ley”.

Sexta. Al artículo 78, fracción VII, de la Constitución para que diga, en lugar del texto del dictamen, lo siguiente: “VII. Ratificar los nombramientos que el presidente haga de embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga, y”

Séptima. Al artículo 83 de la Constitución para que diga, en lugar del texto del dictamen, lo siguiente: “Artículo 83. El presidente entrará a ejercer su encargo al inicio del día 1 de diciembre y durará en él seis años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de presidente de la República, electo popularmente, o con el carácter de provisional, interino o substituto, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto.”

Octava. Al primer párrafo y al penúltimo párrafo del artículo 84 de la Constitución para que digan, en lugar del texto del dictamen, lo siguiente: “Artículo 84. En caso de falta absoluta del Presidente de la República, en tanto el Congreso nombra al presidente interino o sustituto, el presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados o en su defecto de la de Senadores, asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo. En este caso, no será aplicable lo establecido en las fracciones II, III y VI del artículo 82 de esta Constitución”.

“Cuando la falta absoluta del presidente ocurriese en los cuatro últimos años del periodo respectivo, si el Congreso de la Unión se encontrase en sesiones, designará al presidente substituto por un plazo de seis meses y, expedirá dentro de los diez días siguientes a dicho nombramiento, la convocatoria para la elección del Presidente que deba concluir el periodo respectivo, debiendo celebrarse las elecciones en un plazo no mayor a cuatro meses a partir de la emisión de la convocatoria. El presidente substituto concluirá el periodo si la falta del presidente constitucional acontece durante el último año de ejercicio. En lo conducente se seguirá el procedimiento fijado para el caso del presidente interino.”

Novena. A los párrafos segundo y tercero del artículo 85 de la Constitución para que digan, en lugar del texto del dictamen, lo siguiente:

“Si al comenzar el periodo constitucional hubiese falta absoluta del presidente de la República, asumirá provisionalmente el cargo el presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados o en su defecto el de la Cámara de Senadores, en tanto el Congreso designa al presidente interino, conforme al artículo anterior”.

“Cuando el presidente solicite licencia para separarse del cargo hasta por sesenta días naturales, una vez autorizada por el Congreso, el presidente de la mesa Directiva de la Cámara de Diputados o en su defecto el de la Cámara de Senadores, asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo”.

Décima. Al párrafo segundo del artículo 87 de la Constitución para que se derogue del texto del dictamen.

Décima Primera. A la fracción III del artículo 89 de la Constitución para que diga, en lugar del texto del dictamen lo siguiente:

“III. Nombrar, con aprobación del Senado, a los embajadores, cónsules generales y, empleados superiores de Hacienda;”

Décima Segunda. Al último párrafo de la fracción II del artículo 116 de la Constitución para que diga, en lugar del texto del dictamen, lo siguiente:

“Las legislaturas de los estados regularán los términos para que los ciudadanos puedan presentar iniciativas de ley ante el respectivo Congreso y realizar consultas ciudadanas. Los requisitos y procedimientos de las iniciativas legislativas y de las consultas ciudadanas no podrán ser más gravosos para los ciudadanos que los que se establezcan por esta Constitución y la legislación federal”.

Décima Tercera. Al inciso e) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución para que diga, en lugar del texto del dictamen, lo siguiente:

“e) Los partidos políticos sólo se constituyan por ciudadanos sin intervención de organizaciones gremiales, o con objeto social diferente y sin que haya afiliación corporativa. Asimismo tengan reconocido el derecho para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, con excepción de lo dispuesto en el artículo 2, Apartado A, fracciones III y VII, de esta Constitución. Las legislaturas locales regularán las candidaturas independientes. Los requisitos y procedimientos de éstas no podrán ser más gravosos para los ciudadanos que los que se establezcan por esta Constitución y la legislación federal”.

Décima Cuarta. A la fracción III de la Base Primera del Apartado C del artículo 122 de la Constitución para derogar el texto del dictamen e impedir la cláusula de gobernabilidad en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Décima Quinta. Al inciso o) de la fracción V de la Base Primera del Apartado C del artículo 122 de la Constitución para que diga, en lugar del texto del dictamen, lo siguiente:

“o) Para establecer en ley los términos y requisitos para que los ciudadanos del Distrito Federal ejerzan el derecho de iniciativa legislativa ante la Asamblea, el derecho de consulta y, puedan promover candidaturas independientes. Los requisitos y procedimientos de éstas figuras no podrán ser más gravosos para los ciudadanos que los que se contemplen por esta Constitución y la legislación federal”.

Décima Sexta. Al artículo segundo y tercero transitorio del dictamen para que digan en lugar de su texto lo siguiente:

Artículo Segundo. El Congreso de la Unión, las legislaturas de los estados y del Distrito Federal deberán expedir, por única vez, la legislación secundaria sobre candidaturas independientes, consulta e iniciativa legislativa ciudadana, a fin de que entren en vigor, a nivel federal y local, para los procesos electorales de 2011-2012. En el plazo de un mes, una vez que entre en vigor la reforma constitucional, el Congreso de la Unión y las legislaturas locales y del Distrito Federal expedirán la legislación correspondiente.

Artículo Tercero. En las materias restantes a las del artículo transitorio anterior, el Congreso de la Unión, las legislaturas de los Estados y del Distrito Federal, deberán en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de este decreto, realizar las adecuaciones necesarias a la legislación secundaria.”

Por lo anteriormente expuesto y fundado solicito:

Primero. Me tengan por este medio presentando voto particular al dictamen en materia de reforma política.

Segundo. Se le dé el trámite que legal y reglamentariamente corresponda.

Notas

1 Navarro, Vicenc, Bienestar, Bienestar insuficiente, democracia incompleta, Barcelona, Anagrama, 2002, páginas 31-103.

2 Gargarella, Roberto, “Justicia y derechos sociales: lo que no dice el argumento democrático”, en Teoría y Crítica del Derecho Constitucional, tomo II, Buenos Aires, Abeledo Perrot, 2008, pp. 965-962.

3 Uno de los trabajos más luminosos sobre la superioridad del régimen parlamentario sobre el presidencial se encuentra en: Linz, Juan, “Democracia presidencial o parlamentaria: ¿Qué diferencia implica?”, en Democracias: quiebras, transiciones y retos , Obras escogidas, tomo 4, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2009, páginas 450-531.

4 Cárdenas Gracia, Jaime, Poderes fácticos e incompatibilidades parlamentarias, México, UNAM, 2006.

5 Sobre estos temas ver, por ejemplo, a: Alvarado, Arturo (editor), La reforma de la justicia en México, México, El Colegio de México, 2008.

6 Dictada el 12 de julio de 2011 en cumplimiento a una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que a su vez fue derivada de la queja que los familiares del desaparecido Rosendo Radilla promovieron en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos hace varias décadas.

7 Cárdenas Gracia, Jaime y Mijangos Borja, María de la Luz, Estado de derecho y corrupción, México, editorial Porrúa, 2005.

8 Transparencia Internacional, Libro de consulta 2000 de Tomo I, páginas 161-171.

9 Viola, Francesco, La democracia deliberativa entre constitucionalismo y multiculturalismo , México, Universidad Nacional Autónoma de México, 2006.

10 Cortina, Adela, Ética aplicada y democracia radical , Madrid, Tecnos, 1993.

11 Sotelo, Ignacio, “El futuro del Estado social”, en Claves de razón práctica, Madrid, abril 2010, número 201, páginas 14-23.

12 Huerta, Arturo, Hacia el colapso de la economía mexicana. Diagnóstico, pronóstico y alternativas , México, UNAM, 2009, página 15.

13 Cárdenas Gracia, Jaime, “Hacia un cambio en la cultura jurídica nacional”, en Boletín Mexicano de Derecho Comparado, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, número 119, 2007.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de octubre de 2011.

Diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica)