Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Semarnat, a la Profepa, a la Conanp y a la Conagua a investigar acerca del deterioro ambiental derivado de actividades extractivas de materiales pétreos en el área natural protegida Parque Nacional Huatulco, Oaxaca, a cargo de la diputada Ninfa Clara Salinas Sada, del Grupo Parlamentario del PVEM
La que suscribe, Ninfa Salinas Sada, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
En Santa María Huatulco, Oaxaca, se halla el parque nacional Huatulco, declarado área natural protegida mediante el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación en 1998, con objeto de conservar los recursos naturales y culturales de la costa sur de Oaxaca. Con esta declaratoria se buscó proteger más de 413 especies de plantas, 130 especies y subespecies de mamíferos, 291 especies de aves, 72 especies de reptiles y alrededor de 15 especies anfibias, que representan la gran variedad de paisajes, plantas y animales que forman parte del patrimonio regional, nacional y mundial, para promover la realización de actividades científicas, educativas, recreativas y culturales conforme a un principio de conservación, restauración, manejo, racionalidad y sustentabilidad.
La vegetación es en su mayoría tipo selva baja caducifolia, con zonas de sabana, selva de dunas, manglar, vegetación riparia, de humedales y matorrales costeros. Además del parque nacional Huatulco, las zonas de captación de las cuencas que abastecen los humedales también han sido incorporadas al Sistema Comunal de Áreas Protegidas.
En el área natural protegida Parque Nacional Huatulco se encuentra el río Copalita, donde la riqueza del ecosistema natural en esta parte de la costa oaxaqueña contrasta con la pobreza de los habitantes. Copalita cuenta con un afluente importante, donde hace tiempo abundaron la nutria, la sardina y los chacales, entre otras especies; ahora, por su riqueza de recursos pétreos, se han asentado diversas empresas dedicadas a la extracción de estos materiales, que sirven para la construcción, es un río saqueado por la extracción de grava y arena.
Esta actividad afecta de manera importante el ambiente de la región, pues las excavaciones que se hacen deterioran el cauce del río Copalita, alterando su forma y aumentando su pendiente longitudinal. Estos impactos pueden causar la pérdida de terrenos adyacentes, erosión de aguas arriba debido al incremento a dicho aumento de la pendiente y cambios asociados en la velocidad del flujo, erosión aguas abajo debido a una mayor capacidad de transporte de la corriente, cambios en los patrones de deposición aguas abajo y, finalmente, cambios en el lecho y tipo de hábitat.
El proceso de extracción produce mayor impacto ambiental cuando hablamos de productos pétreos. La grava y arena sacadas del río Copalita son usadas para la fabricación de hormigones, morteros, pavimentos y rellenos, entre otros. Esta extracción de recursos altera los ecosistemas y el paisaje, a pesar de que la normativa obliga a restaurar canteras y explotaciones a cielo abierto.
Asimismo, la producción de bloques produce desechos que se tiran al río Copalita, es causa de contaminación, ya que ocupan mucho espacio y producen impacto sobre el medio. Cada vez más, estos residuos pueden triturarse para utilizarse como material de relleno o como componente del hormigón. Debido al gran volumen que se utiliza, el impacto ambiental que se produce en los ecosistemas y el paisaje es importante y considerable.
Desde septiembre de 2010, los habitantes de 14 comunidades del Sistema Comunal de Áreas Protegidas de Santa María Huatulco han estado denunciando ante la Profepa la explotación de los recursos pétreos en el río Copalita por parte de algunas empresas dedicadas a la construcción, que no cuentan con las autorizaciones necesarias y la manifestación de impacto ambiental respectiva que contenga acciones compensatorias de mitigación y remediación de los yacimientos explotados.
Sin embargo, hasta hoy la autoridad no ha dado respuesta a los denunciantes en cuanto a la existencia de las autorizaciones necesarias para la explotación de los yacimientos pétreos, mucho menos de las acciones compensatorias que las constructoras realizan.
Por lo que se refiere a la Comisión Nacional del Agua, se le dio visto de la denuncia presentada para que informara de las actuaciones realizadas por esta autoridad en el ámbito de sus atribuciones, situación que ha hecho omisa desde el conocimiento de los hechos.
Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a sus órganos desconcentrados Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y Comisión Nacional del Agua a realizar con arreglo a la legislación ambiental las investigaciones necesarias acerca del deterioro ambiental del área natural protegida Parque Nacional Huatulco, particularmente en el río Copalita, derivado de las actividades extractivas de materiales pétreos en la zona.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 24 de noviembre de 2011.
Diputada Ninfa Salinas Sada (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno federal a actualizar por la SEP los planes y programas de estudio de educación básica para incorporar la prevención de cambio climático y elementos básicos de protección civil, y mitigación y adaptación ante los efectos del cambio climático y otros fenómenos naturales, a cargo del diputado Jorge Herrera Martínez, del Grupo Parlamentario del PVEM
El diputado Jorge Herrera Martínez, integrante de la LXI Legislatura del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el numeral 1, fracción II, del artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración del pleno la presente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente
Exposición de Motivos
En el Diario Oficial de la Federación, el pasado 28 de enero se publicó el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, para fortalecer el sistema educativo nacional; este decreto reformó 25 artículos.
De esta reforma, resaltaron las modificaciones al artículo 7, fracción XI, que a la letra dice:
Artículo 7o. La educación que imparta el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:
I. a X. ...
XI. Inculcar los conceptos y principios fundamentales de la ciencia ambiental, el desarrollo sustentable, la prevención del cambio climático, así como de la valoración de la protección y conservación del medio ambiente como elementos esenciales para el desenvolvimiento armónico e integral del individuo y la sociedad. También se proporcionarán los elementos básicos de protección civil, mitigación y adaptación ante los efectos que representa el cambio climático y otros fenómenos naturales;
Esta reforma tuvo como finalidad, integrar la protección civil ante las eventualidades del cambio climático, adaptación y mitigación como uno de los fines de la educación, tomando como consideración que el cambio climático, es un problema actual que, de no tener conocimiento y no generar acciones para su prevención y atención, ocasionará graves daños en nuestra nación.
Para el Partido Verde, la protección del medio ambiente y la salvaguarda de los recursos naturales, han sido desde su creación, una prioridad para el desarrollo de nuestras actividades legislativas, ejecutando por ello, diversas manifestaciones que han generado reformas a las leyes ambientales y se han incluido en diversas leyes no ambientales el tema de la protección de los recursos naturales, ejemplo de ello es la Ley General de Educación.
Recordemos que en nuestro país, antes de 2002, no se exigía en la educación básica otorgar el conocimiento de la ciencia ambiental o del medio ambiente, pero dentro de los primeros logros de este partido pudimos incluir el tema en la ley y la educación básica. Afortunadamente, después de ese año, la Ley General de Educación fue reformada para incluir el tema de ciencia ambiental en la Educación básica.
La educación ambiental es una disciplina que en México ha comenzado a fructificar y que debe implementarse como una acción necesaria para abordar los problemas ambientales y contribuir a su solución. En ella se han establecido objetivos para definir su campo de estudio, de manera que haga participe a cualquier persona y brinde un entendimiento fundamental del entorno ecológico. Estos objetivos son tomar una actitud de valoración e interés por el ambiente; tener motivación para realizar una acción dirigida a su mejoramiento, protección y conservación; asumir aptitudes para determinar y resolver la problemática ambiental; adquirir conocimientos y relaciones acerca del medio y sus componentes para tomar una mayor conciencia y sensibilidad ante esta problemática, y por último, el objetivo más importante, la participación de la comunidad en general (sin excepciones) en las tareas, proyectos y programas destinados a dar solución a las cuestiones ambientales. 1
Considerando que la educación ambiental debe ser la base para la desarrollar la conciencia sobre la problemática a la que nos enfrentan el deterioro del medio ambiente y sus consecuencias, es necesario que se introduzca el tema de cambio climático como un problema mundial cuyas afectaciones concretas son cada vez más evidentes.
Recordemos que México, como parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, tiene como compromiso, entre otros, promover y apoyar con su cooperación la educación, la capacitación y la sensibilización del público respecto del cambio climático y estimular la participación más amplia posible en este proceso, incluida la de las organizaciones no gubernamentales.
Por ello, la reforma a la Ley General de Educación en materia de educación ambiental debe ser acatada con prontitud. Para ello, el gobierno federal debe actualizar sus planes y programas de de estudio obligatorios para toda la república. De conformidad con el artículo 48 de la Ley General de Educación, que a la letra dice:
Artículo 48. La secretaría determinará los planes y programas de estudio, aplicables y obligatorios en toda la República Mexicana, de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica, de conformidad a los principios y criterios establecidos en los artículos 7 y 8 de esta ley.
En mérito de lo expuesto y fundado, someto a consideración de este honorable pleno la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al gobierno federal para que a través de la Secretaría de Educación Pública se actualicen de manera inmediata los planes y programas de estudio de educación básica, a fin de que, en los principios fundamentales de la ciencia ambiental, se incorpore la prevención del cambio climático y se incluyan los elementos básicos de protección civil, mitigación y adaptación ante los efectos que representa el cambio climático y otros fenómenos naturales, de conformidad con el artículo 7, fracción XI, de la Ley General de Educación.
Nota
1 http://www.ecosur.mx/ecofronteras/ecofrontera/ecofront20/ecofront20/ram irezramirez20.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 24 de noviembre de 2011.
Diputado Jorge Herrera Martínez (rúbrica)
Con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a cargo de la diputada Mirna Lucrecia Camacho Pedrero, del Grupo Parlamentario del PAN
El 17 de diciembre de 1999, a solicitud de la República Dominicana y 60 países más, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas declaró el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, el principal motivo de la solicitud fue consecuencia del asesinato de las Hermanas Minerva, Patria y María Mirabal, activistas políticas, que fueron asesinadas el 25 de noviembre de 1960 por órdenes del entonces dictador dominicano Rafael Leónidas.
Hoy como cada año, es necesario recordar y exhortar a la concientización de todos los actores y sectores, para seguir encausando y duplicando acciones que permitan a las mujeres y niñas vivir una vida libre de violencia.
La violencia de género no distingue estatus socioeconómico, clase social, etnia, religión, ideología; y se puede presentaren todas las etapas del ciclo de vida. En México y de acuerdo con los datos proporcionados por la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, promovida por el Inmujeres, 35.4% de las mujeres de 15 años y más que viven con su cónyuge, reportaron haber sufrido violencia emocional por parte de su pareja; 27.3% de las mujeres señaló haber sufrido violencia económica, 9.3% violencia física y 7.8% violencia sexual.
Los efectos de la violencia no lesionan sólo a las directamente afectadas, sino que dañan a la sociedad entera por las grandes repercusiones psíquicas y físicas que tienen sobre sus miembros, impidiendo un desarrollo sano que se refleja en todas las esferas del Estado.
A nivel internacional se ha reconocido que la violencia es un grave problema, no sólo para las mujeres sino también para el logro de la igualdad, el desarrollo y la paz y que tiene importantes costos económicos para los países.
Algunos de los instrumentos internacionales de lo que México forma parte:
La Plataforma de Acción adoptada en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, que tiene dentro de sus principales objetivo el de motivar a los Estados a encontrar mecanismos para combatir eficazmente la violencia contra las mujeres.
Y, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer que estípula las obligaciones de los Estados a garantizar la igualdad de hombres y mujeres en el goce de todos sus derechos, comprometiéndose a eliminar la discriminación de la mujer en la vida pública y privada de los Estados Miembros. Esta convención fue firmada por el Estado mexicano y ratificada en 1981, año en el que entró en vigor en nuestro país.
En México son visibles los esfuerzos que se han realizado para atender ésta problemática. En la actualidad contamos con una serie de instrumentos jurídicos que buscan la eliminación de todas las formas de discriminación y de violencia contra las mujeres.
A nivel federal destaca la promulgación de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres (LINM);la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres (LIMH);la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) y de su Reglamento; y la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas (LPSTP). Estas leyes constituyen el soporte legal para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
En materia presupuestal, la LGAMVLV obliga al Ejecutivo Federal proponer recursos en el Proyecto del Presupuesto de Egresos de la Federación, a fin de garantizar su cumplimiento. En este sentido, cabe destacar el trabajo de las diputadas y diputados de la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados que cada año hemos impulsado la etiquetación de recursos y la ampliación del gasto las instancias para prevenir, atender, sancionar y erradicar esta lamentable realidad.
La violencia de género es resultado de la estructura ideológica de la sociedad patriarcal, la cual responde a un sistema machista, desigual, de exclusión de las mujeres. Es por ello que se requiere hacer énfasis en la educación, en anular los estereotipos de género.
Año tras año cada 25 de noviembre se escuchan discursos, cifras y demandas que denuncian y condenan la violencia contra las mujeres, esto para recordarle al mundo entero que la violencia contra las mujeres es un acto que lastima la dignidad humana, atentando siempre contra los principios de justicia y de libertad.
Para la erradicación de este delito es necesario luchar mano a mano con los hombres de este país en la sensibilización sobre la importancia de construir ciudades libres de violencia en cualquiera de sus modalidades. En nuestro país aun falta muchos pasos que dar, a pesar de se han implementado grandes esfuerzos para institucionalizar la perspectiva de perspectiva de género que permita cada día ir construyendo una igualdad sustantiva en todas las esferas y estructuras del Estado mexicano, esta igualdad sustantiva que se refleje en el respeto, la igualdad y la garantía de una vida libre de violencia para todas las Mujeres.
Diputada Mirna Lucrecia Camacho Pedrero (rúbrica)
Con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, a cargo de la diputada Rosi Orozco, del Grupo Parlamentario del PAN
El 25 de noviembre de 1960, en República Dominicana se registró el apaleo y posterior asesinato de Patria Mirabal, Minerva y María Teresa, hermanas y activistas políticas dominicanas, opositoras al régimen dictatorial del General Rafael Leónidas Trujillo, a la postre, considerado autor intelectual de estos lamentables hechos.
Perseguidas políticas, su familia perdió casi toda su fortuna como consecuencia de las represalias, sufrieron los embates del dictador y en múltiples ocasiones fueron detenidas, incluso, Minerva y María Teresa, fueron violadas y torturadas en varias ocasiones. A pesar de estas situaciones, continuaron en su lucha por terminar con la dictadura. Después de varios encarcelamientos, fueron ultimadas por mandato del dictador Trujillo.
Este acontecimiento generó indignación en la comunidad nacional e internacional y en solidaridad con la causa de las hermanas Mirabal pero sobre todo, con la finalidad de generar conciencia a nivel mundial acerca del uso de la violencia contra la mujer, en el marco del Primer Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe celebrado en Bogotá, Colombia en el año 1981 se propuso establecer el Día Internacional de la No Violencia Contra la Mujer.
Derivado de ello, fue en el año de 1993 en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas cuando se aprobó la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, en la que se definió el concepto de "violencia contra la mujer" como todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la prohibición arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vía pública o en la vía privada y el 17 de diciembre de 1999, la Asamblea General de la ONU designó el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Con la conmemoración de este día, la clase política y diversas organizaciones de la sociedad civil aprovechan la ocasión para realizar eventos donde se anuncian acciones tendientes a proteger y defender los derechos de las mujeres.
Sin embargo, es preciso señalar que, más allá del establecimiento de políticas de corto, mediano y largo plazo que reviertan su situación, únicamente aprovechan la coyuntura para divulgar mediáticamente catálogos de buenas intenciones que poco ayudan a la construcción de una visión de equidad de género.
Por ello, hoy resulta imperativo que los legisladores, gobiernos y sociedad hagamos una revisión objetiva de las estrategias, métodos y productos legislativos, para conocer su real impacto en la convivencia social, aceptar que han sido insuficientes y aún no reflejan las aspiraciones de grandes movimientos históricos en defensa de los derechos de las mujeres.
Con la expedición de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el 1 de enero de 2007, se realizó una aportación que se suma a toda una estructura que incluye Fiscalías Especializadas, Institutos y en general todo un andamiaje, con el propósito de protegerlas ante situaciones de vulnerabilidad y combatir de manera eficaz los casos de violencia.
Sin embargo, los recientes avances legislativos son apenas la punta de lanza de todo un esfuerzo integral y cohesionado que no quede en un catálogo de buenas intenciones; por ello, la necesidad de incorporar a los esquemas punitivos, no solo nacional sino estatales mecanismos que combatan delitos cuya comisión va en alarmante aumento; ejemplo de ello son, la trata de personas y el feminicidio.
La trata de personas con fines sexuales, es actualmente el tercer negocio ilícito más lucrativo, después del tráfico de drogas y de armas a nivel mundial. Este lastre social es generador de aproximadamente, diez mil millones de dólares al año. En nuestro país, los lugares donde se facilita dicha conducta son las fronteras; la pobreza y la falta de educación, operan en contra de los migrantes ilegales y de las clases menos favorecidas, los que son víctimas de fácil engaño, debido a su necesidad económica. Las mujeres son el grupo vulnerable en la comisión de este delito.
Ya lo hemos mencionado en esta tribuna: la trata de personas es un delito, así como una nueva forma de esclavitud, en la que por medio de la violencia física, moral, el engaño o el abuso de poder, los tratantes realizan conductas delictivas, para someter a las víctimas a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre y la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes y que hay factores sociales, que en su conjunto hacen a una persona más vulnerable a una situación de trata y disminuye la posibilidad de pedir ayuda o denunciar, entre ellos: la pobreza, la falta de educación formal o de orientación sobre los derechos humanos, discriminación, racismo, clasismo, xenofobia y sobre todo la misoginia. Siendo un factor incidental en la vulnerabilidad un deficiente o inacabado sistema jurídico donde los vacíos legales son, el punto de fuga de un tratante; es ahí donde nuestra labor como legisladores cobra relevancia y donde nos convertimos en entes corresponsables de la situación de vulnerabilidad de quienes son víctimas.
Por ello, no dejaremos de insistir y señalar aquellas deficiencias en la norma, en el procedimiento, en la investigación, en la persecución, el rescate y castigo a los responsables, hemos sido y seremos críticos coadyuvantes pues es importante que en nuestra labor de vigilantes, reconozcamos cuando las autoridades han cumplido con su trabajo, incluso con falta de capacitación o sin las herramientas jurídicas o de investigación. Lo hemos hecho y lo seguiremos haciendo.
Es en este sentido que hoy por hoy cobra vigencia la necesidad de continuar fortaleciendo, desde la perspectiva penal, la legislación que proteja a la mujer y castigue con mayor severidad a quien cometa actos de violencia contra ella, por ello, es importante que en la construcción de una agenda de promoción y protección a los derechos de la mujer se incorporen, como temas obligados la trata de personas y el feminicidio entendiendo a éste último como el homicidio perpetrado por hombres contra niñas y mujeres en razón del género.
Dicho concepto desde su correcta acepción engloba múltiples conductas, como la falta de atención médica a problemas sanitarios femeninos; además presenta características y especificidades que deben responden a la realidad concreta de cada región del país, por ello, al establecer este tipo penal específico, los gobiernos de los Estados deberán tener sumo cuidado para crear el tipo específico de feminicidio, pues de no ser así, se tratará de una acción aislada, que se suma al abultado catálogo de delitos y se corre el riesgo, como ha sucedido en Guatemala, donde quedó tan amplio y genérico, que es inaplicable, o tan etiquetado y casuista, que resulte selectivo y contrario a las garantías constitucionales.
No podemos negar que el problema de violencia contra la mujer es real y muy preocupante, pues tan solo en la Ciudad de México, uno de tres asesinatos de mujeres por homicidio doloso, ocurre dentro del domicilio de la víctima.
De acuerdo con el análisis de los resultados de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, en México 35.4% de las mujeres entrevistadas de 15 años y más que viven con su pareja, ha padecido violencia emocional, 27.3% violencia económica, 9.3% algún tipo de violencia física y 7.8% violencia sexual
Es de destacar que la violencia es sin duda un fenómeno global que se intensifica en zonas urbanas pues la propia encuesta menciona que las mujeres de las ciudades tienen un riesgo ligeramente mayor de sufrir violencia emocional y económica en comparación con las de zonas rurales, incluso, son las mujeres sin instrucción las que tienen un riesgo cuatro veces menor de sufrir algún tipo de violencia que las mujeres con estudios universitarios debido a que tienen mayor capacidad de distinguir cuando se está padeciendo algún tipo de violencia.
Una eficaz protección a la vida e integridad de las mujeres no debe agotarse únicamente en la promulgación de leyes o en la creación de nuevos tipos penales cuyo propósito sea contener la indignación social, pero en los hechos resulte inaplicable, estas creaciones legales deben, forzosamente, ir acompañadas de una serie de complementos operativos como lo son una política criminal que atienda la problemática, con participación de la sociedad, verdaderos esquemas de difusión y concientización de los núcleos poblacionales más vulnerables pero sobre todo, de entender que el verdadero combate y erradicación de la violencia contra las mujeres es trabajo de todos los días, no línea discursiva de conmemoración como el día que hoy celebramos, de otra forma, cualquier esfuerzo que se realice quedará únicamente en un buen intento y para la memoria legislativa.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de noviembre de 2011.
Diputada Rosi Orozco (rúbrica)