Gaceta Parlamentaria, año XV, número 3397-II, miércoles 23 de noviembre de 2011


Dictámenes negativos de proposiciones

Dictámenes negativos de proposiciones

De la Comisión de Seguridad Pública, por el que se desecha proposición con punto de acuerdo relativa a crear centros comunitarios de reinserción social por parte de los titulares de los Ejecutivos federal y estatales, para cumplir con los postulados contenidos en el artículo 18 constitucional

A la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislatura fue turnada el pasado 20 de septiembre de 2011, para estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo a fin de crear centros comunitarios de reinserción social (casas de medio camino), por parte de los titulares del Ejecutivo federal y de los estados de la república para cumplir con los postulados contenidos en el artículo 18 constitucional.

Esta comisión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 81, 82, 84, 85, 88, 89, 173 Y 174 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se avoca al examen de la proposición descrita al tenor de los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha 20 de septiembre de 2011, el diputado Luis Felipe Eguía, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó al pleno de la Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo, a fin de crear centros comunitarios de reinserción social (casas de medio camino), por parte de los titulares del Ejecutivo federal y de los estados de la república para cumplir con los postulados contenidos en el artículo 18 constitucional.

II. En la misma fecha, el presidente y demás integrantes que conforman la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados dispusieron que dicha proposición con punto de acuerdo fuera turnada a la Comisión de Seguridad Pública para estudio y dictamen.

III. El 9 de noviembre de 2011, en sesión plenaria de la Comisión de Seguridad Pública, este dictamen fue aprobado en sentido negativo por 20 votos a favor, 0 votos en contra y 1 abstención.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

1 . El diputado inicia su propuesta con la transcripción del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a su letra establece:

“Artículo 18. Sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva. El sitio de ésta será distinto del que se destinare para la extinción de las penas y estarán completamente separados.

El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.

La federación, los estados y el Distrito Federal podrán celebrar convenios para que los sentenciados por delitos del ámbito de su competencia extingan las penas en establecimientos penitenciarios dependientes de una jurisdicción diversa.

La federación, los estados y el Distrito Federal establecerán, en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral de justicia que será aplicable a quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito por las leyes penales y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad, en el que se garanticen los derechos fundamentales que reconoce esta Constitución para todo individuo, así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos. Las personas menores de doce años que hayan realizado una conducta prevista como delito en la ley, solo serán sujetos a rehabilitación y asistencia social.

La operación del sistema en cada orden de gobierno estará a cargo de instituciones, tribunales y autoridades especializados en la procuración e impartición de justicia para adolescentes. Se podrán aplicar las medidas de orientación, protección y tratamiento que amerite cada caso, atendiendo a la protección integral y el interés superior del adolescente.

Las formas alternativas de justicia deberán observarse en la aplicación de este sistema, siempre que resulte procedente. En todos los procedimientos seguidos a los adolescentes se observará la garantía del debido proceso legal, así como la independencia entre las autoridades que efectúen la remisión y las que impongan las medidas. Éstas deberán ser proporcionales a la conducta realizada y tendrán como fin la reintegración social y familiar del adolescente, así como el pleno desarrollo de su persona y capacidades.

El internamiento se utilizará solo como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda, y podrá aplicarse únicamente a los adolescentes mayores de catorce años de edad, por la comisión de conductas antisociales calificadas como graves.

Los sentenciados de nacionalidad mexicana que se encuentren compurgando penas en países extranjeros, podrán ser trasladados a la república para que cumplan sus condenas con base en los sistemas de reinserción social previstos en este artículo, y los sentenciados de nacionalidad extranjera por delitos del orden federal o del fuero común, podrán ser trasladados al país de su origen o residencia, sujetándose a los Tratados Internacionales que se hayan celebrado para ese efecto. El traslado de los reclusos sólo podrá efectuarse con su consentimiento expreso.

Los sentenciados, en los casos y condiciones que establezca la ley, podrán compurgar sus penas en los centros penitenciarios más cercanos a su domicilio, a fin de propiciar su reintegración a la comunidad como forma de reinserción social. Esta disposición no aplicará en caso de delincuencia organizada y respecto de otros internos que requieran medidas especiales de seguridad.

Para la reclusión preventiva y la ejecución de sentencias en materia de delincuencia organizada se destinarán centros especiales. Las autoridades competentes podrán restringir las comunicaciones de los inculpados y sentenciados por delincuencia organizada con terceros, salvo el acceso a su defensor, e imponer medidas de vigilancia especial a quienes se encuentren internos en estos establecimientos. Lo anterior podrá aplicarse a otros internos que requieran medidas especiales de seguridad, en términos de la ley.”

La norma transcrita expresa en su contenido las disposiciones relativas a la ejecución de penas en el país, mencionando el lugar o sitio destinado a la prisión preventiva, mismo que será distinto del designado para la extinción de penas y demás deberán estar completamente separados, indicando que el trabajo, la capacitación del mismo, la educación, la salud y el deporte, serán los instrumentos para la reinserción del sentenciado a la sociedad y a la familia, encauzándolo e inhibiéndolo a no volver a delinquir, como una garantía que todo individuo debe gozar.

Menciona que el centro y propósito, que se debe dar a los sentenciados, es alcanzar un cambio en sus tendencias delictivas, a través del trabajo, capacitación, educación, salud y deporte, y a que por estos medios se les prepare para que en el momento de su libertad, tengan las herramientas necesarias y suficientes para su desarrollo y desempeño en la sociedad y separarlo de no volver a delinquir, buscando ayudarle a desprenderse de los hábitos que lo llevaron a delinquir para que haya una transformación como ser humano que se adapte y sea de utilidad a su familia a la sociedad.

2. Indica que para alcanzar el objetivo de la reinserción social, existen una serie de agentes o factores deletéreos, como son: las malas condiciones físicas, situación precaria en su infraestructura de los Centros Penitenciarios; el hacinamiento, carencia de un personal penitenciario capacitado o calificado, problemas añejos de riñas, motines, tráfico de drogas, la apatía de participación de los internos en actividades laborales y educativas, corrupción, violaciones a los derechos de los internos, la interrelación de procesados con sentenciados en un mismo espacio, tratos preferenciales, falta de higiene, mala alimentación, pero uno de los más álgidos es de la sobrepoblación y una ausencia de presupuesto adecuado, lo que hace imposible a que los sentenciados obtengan hábitos que los lleven a ser productivos en el momento de reinsertarse a la sociedad, donde se enfrentan primeramente a la discriminación, ya que el Estado en todas sus esferas o niveles, se limita a encerrarlos y olvidarse a cumplir con el mandato constitucional, de educar, encaminarlos al trabajo, la capacitación, la salud y el deporte.

3. En cuanto a las consideraciones expuestas por el proponente, menciona que la infraestructura de los Centros Penitenciarios en todo el país, como ya se estableció, que son añejas y obsoletas y está compuesta por los siguientes centros de reclusión:

Indica que la prisión no cumple con los postulados constitucionales, de readaptación y reinserción social, ya que sus efectos negativos es por todos conocidos y conceptuada o calificada como la universidad del crimen, siendo el problema más álgido de las cárceles en el país es que están sobrepobladas, en virtud de que no hay espacios suficientes para albergar a los procesados y a los sentenciados, ni se tiene una verdadera clasificación de éstos, lo cual impide cumplir lo establecido en el artículo 18 constitucional, ocasionando que el sistema penitenciario se encuentre colapsado, aunando al hecho de que en la mayoría de los penales estatales se encuentran internadas personas que están siendo procesadas, incluso ya sentenciadas, por delitos del fuero federal, contraviniendo la norma constitucional. Esta particularidad afianza en gran medida a la sobrepoblación de las cárceles de las entidades federativas y a la contaminación de internos, teniendo como resultado diversas incidencias penitenciarias, como intentos de fugas, motines, riñas, comisión de diversos delitos, como homicidio, lesiones, robo, violación, suicidios, huelgas de hambre o enfrentamientos entre cárteles del narcotráfico y nuevas composiciones del crimen organizado en los propios penales. Se aúna el hecho de la corrupción que impera en los centros penitenciarios, como ocurrió últimamente en el penal de Gómez Palacio, Durango, en el que la Directora permitía a sicarios procesados salir por la noche a delinquir, o la fuga de 86 reos en Reynosa Tamaulipas, con la presunta complicidad de las propias autoridades y el personal de custodia. Con la finalidad de puntualizar las acciones que numera, cita los siguientes datos:

• 212 (49 por ciento) centros de reclusión dl país experimentan sobrepoblación, lo cual limita la capacidad de impulsa esquemas efectivos de reinserción social.

• 28 instalaciones penitenciarias del país (6.5 por ciento de la infraestructura) concentran el 50 por ciento de la población penitenciaria, mientras que el restante 50 por ciento se ubica en 401 centros (93.5 por ciento de la infraestructura total).

• Baja California, Distrito Federal, Jalisco, estado de México, Puebla y Sonora concentran el 50 por ciento de la población penitenciaria del país.

• De julio de 2009 a julio de 2010, se registraron 662 incidencias en el sistema penitenciario del país que involucran a 3 mil 681 personas:

– 293 decesos

– 216 riñas

– 47 suicidios

– 17 huelgas de hambre

– 17 intentos de suicidio

– 22 fugas

– 8 motines

– 3 intentos de fuga

– 1 intento de violación

– 1 violación

– 37 homicidios

4. Enfatiza que la construcción de más centros penitenciarios federales, estatales o municipales, no es la solución al problema que enfrentamos, ya que el Estado sólo se ha preocupado por encerrar y no por educar a los internos de los centros penitenciarios, ya que es un error grave de combatir la delincuencia multiplicando los tipos penales y agravando las penas, y que en la práctica no ha dado el resultado producido, ni de manera significativa los buenos efectos que promete, siendo todo lo contrario, la criminalidad es creciente, con el crecimiento de inculpados y condenados.

5. Menciona la existencia de otros obstáculos para la aplicación de la reinserción social, como la ignorancia o la insuficiente difusión, la constante sobrepoblación de los centros penitenciarios y las deficiencias físicas de esos establecimientos, la carencia de un personal penitenciario calificado y ausencia de un presupuesto adecuado. No es suficiente que se sigan construyendo centros penitenciarios, como único objeto que es el encierro de los sujetos que delinquieron, sin llegar a los orígenes de sus conductas ilícitas que lo arrastraron a ello, y una vez que son recluidos no hay un verdadero programa de trabajo de educación.

6. Es por las razones que expone que considera necesario hacer realidad los postulados constitucionales de una verdadera reinserción social de los reclusos ya que por el hecho de estar privados de su libertad no indica que no sean personas útiles en la sociedad que puedan volver a rehacer su vida personal y familiar ante la sociedad que va a enfrentar en el momento que obtenga su liberación, pre liberación, remisión de la pena u otra figura para obtener su libertad. Siendo que debe preparársele para alcanzarse ese objetivo primordial, debe ser propiciado y generado en un medio ambiente sano y con la sociedad, que están contaminados en todos los aspectos, como ya se estableció en las estadísticas y datos que se proporcionan en la propuesta.

Para propiciar el medio ambiente sano a que hace referencia adopta en primer término y cardinalmente, se requiere de espacios físicos y de infraestructuras modernas a las necesidades, para hacer propicia la reinversión, antes de obtener su libertad anticipada en términos de los ordenamientos penitenciarios preceptuados o cumplir sus sentencias los reos, debiendo disponerlos bajo la base de trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte y esto no es con la creación y construcción de más centros penitenciarios, sino con instalaciones que no se aproximen a las actuales. Para lograrlo, propone la construcción de centros federales comunitarios de medio camino, en donde se le prepare al reo a obtener su libertad anticipada por los conductos jurídicos o con anticipación o antes de cumplir su sentencia, debe de separársele del centro penitenciario insano o contaminado, y ser trasladado al centro de reinserción, que es la antesala para gozar de su libertad estando apto y capacitado para desarrollarse a la sociedad y familia (resocialización).

7. Para abundar en el tema propuesto precisa que con la creación de estos centros federales comunitarios de medio camino, los reos se encuentren en un medio ambiente viable y sano para poder desarrollarse en una actividad laboral que le será útil en el momento que se integre a la sociedad y en donde se respeten sus derechos humanos. Los sentenciados primo delincuentes, por delitos del fuero federal o común, pero no por delincuencia organizada están inmersos y se relacionan con reos reincidentes por delitos federales de mayor magnitud, contaminándose los primeros con estos, ya que son obligados a afiliarse a esos grupos primordialmente, aprendiendo, continúen su carrera delictiva o perfeccionados en su mayoría son jóvenes que por una u otra circunstancia delinquieron y son presas fáciles para formar parte de la delincuencia organizada; haciendo imposible su readaptación y reinserción social. para que no sean absorbidos debe hacerse una depuración de este grupo de primo delincuentes para sean objeto del beneficio de obtener su libertad por los medios legales de nuestro sistema penitenciario, formado un medio ambiente adecuado y sano, y como génesis de su reinserción social, se requiere de espacios con infraestructura moderno como un preámbulo de su libertad. Siendo favorable que antes del término de la ejecución de una pena o medida, se adopten los medios necesarios para asegurar el recluso un entorno progresivo a la vida en sociedad. Este propósito puede alcanzarse, según los casos, con un régimen preparatorio para la liberación, comprenderá una asistencia eficaz y con este propósito y con las leyes que se crearon y función primordial es desarrollar las disposiciones abstractas de la Constitución para no dejar vicio alguno. Con la creación de los centros de reinserción social, casas comunitarias de medio camino, en donde no sea una maquina de cambiar individuos sino un instrumento para lograr que tras la aplicación de este el interno al momento de excarcelación haya adquirido ciertas habilidades sociales o como mínimo se le haya ayudado a aprender las cosas más elementales para enfrentarse al medio social, es decir, intentar evitar la desocialización que conlleva la privación de la libertad.

El proponente comenta que el tratamiento que se le dé al interno, con el método gradual de aplicación de las medidas favorables para su readaptación social, en un medio ambiente sano, diverso al tradicional de los centros penitenciarios en la actualidad, ya que la atmosfera propicia el tratamiento de pre liberación, que determinado plazo pueda obtener y para enfrente un medio de vida diverso del que ha tenido durante el tiempo que permaneció recluido, ya que al ser excarcelado se encontrara con la transformación de una sociedad diversa al de la prisión al que dejo de ser confinado.

8. Precisa que otro beneficio de la construcción de los centros comunitarios de medio camino es que se podrá proyectar los servicios previstos por ley, instalándose talleres, centros culturales, deportivas y enfermería, entre otras, ya con este tipo de instalaciones, los internos o internas pueden ocupar su tiempo de manera más productiva, trabajo, educación, actividades culturales y deportivas, y con programas más específicos complementarias dirigidos a abordar de manera directa las causas individuales de la delincuencia de una persona y como resultado colateral estaría la prevención de que sean tentados a cometer nuevos delitos.

9. Finalmente, indica que la construcción de los centros que se proponen, no redituaría en un presupuesto más o adicional, ya que los presupuestos que se tienen proyectados y destinados a la construcción de nuevos y más centros penitenciarios, federales o estatales, se sustituirían por los centros comunitarios de reinserción social que transformaría a nivel nacional el sistema penitenciario de nuestro país y se cumpliría con los principios rectores constitucionales de reinserción social.

Consideraciones

Primera. La Comisión de Seguridad Pública realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la presente Proposición con Punto de Acuerdo, a fin de valorar y dilucidar el presente dictamen.

Segunda. El objetivo del presente punto de acuerdo es exhortar a la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario a elaborar los acuerdos que permitan proponer al consejo Nacional de Seguridad Pública las políticas, los programas y las acciones encaminadas a crear centros comunitarios de reinserción social (casas de medio camino), por parte de los titulares del Ejecutivo federal y los estados de la república para cumplir con los postulados contenidos en el artículo 18 constitucional.

Tercera. Derivado del artículo 79, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, establece lo siguiente:

“Artículo 79

1. El pleno podrá conocer proposiciones que busquen el consenso de sus integrantes, a través de:

I. Acuerdos parlamentarios, que son resoluciones económicas en materia del régimen interior de la Cámara, previstas en la fracción I del artículo 77 constitucional,

II. Puntos de acuerdo, que representan la posición de la Cámara, en relación con algún asunto específico de interés nacional o sus relaciones con los otros poderes de la Federación, organismos públicos, entidades federativas y municipios; y

III. Protocolarias, para otorgar premios y reconocimientos públicos por parte de la Cámara. Tienen por objeto hacer un reconocimiento público a héroes, próceres o ciudadanos nacionales distinguidos, o a eventos históricos que por su relevancia o contribución a la Nación ameriten la entrega de un reconocimiento o la celebración de una Sesión solemne. Las propuestas de reconocimiento deberán pasar por el análisis de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para estudiar su procedencia, revisar los criterios relativos y someterlos a la consideración del pleno, a través del dictamen respectivo.

...”

Con fundamento en lo anterior, es que esta comisión considera que la proposición presentada el diputado Luis Felipe Eguía Pérez no se ajusta a las características correspondientes a un acuerdo parlamentario, un punto de acuerdo o una protocolaria, por tanto, la vía en que se presenta el asunto sujeto a dictamen se considera que no es la adecuada ya que propone la creación de una nueva modalidad para ser incluida a su vez al sistema de reinserción social, representado: 1) impacto presupuestal en materia de seguridad pública; 2) afectación directa al Sistema Nacional de Seguridad Pública y al marco jurídico que en la materia rige que es la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, misma que debe ser reformada en el caso de considerarse la propuesta planteada por el legislador a fin de darle a la misma viabilidad.

Por las razones expuestas es que esta comisión considera que la vía adecuada para atender la propuesta planteada en el punto de acuerdo objeto del presente dictamen es la presentación de una iniciativa con proyecto de decreto que reforme la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, ya que a través de ella es posible reformar y adicionar las disposiciones legales necesarias que permitan la creación de los centros comunitarios de reinserción social que se proponen.

Cuarta. Resulta necesario observar en primer lugar el argumento por el cual establece que la construcción de los Centros que se proponen no representará un impacto presupuestal ya que propone el uso del presupuesto que actualmente tiene como finalidad la construcción de nuevos centros de reinserción social. Sin embargo, del estudio realizado a los programas presupuestarias con proyectos de inversión del Ramo 36, Seguridad Pública, del Presupuesto Egresos de la Federación de 2011, se puede apreciar que actualmente no se encuentra contemplada la construcción de nuevos centros penitenciarios, federales, estatales o en el Distrito Federal, ya que únicamente contempla la remodelación y adaptación de centros penitenciarios existentes, como el centro penitenciario de Papantla, Veracruz; la colonia penal de Islas Marías, Nayarit; y el centro federal de readaptación social de Huimanguillo, Tabasco. Aunado a lo anterior, el proyecto del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2012, en los programas y proyectos de inversión del Ramo 36, tampoco prevé la construcción de nueva infraestructura penitenciaria sino que, siguiendo la línea del Presupuesto de 2011, plantea la remodelación de centros penitenciarios ya existentes.

Por otra parte, en la exposición de motivos no establece con claridad las características físicas ni infraestructurales con las que deberán contar los centros comunitarios de reinserción social o casas de medio camino, lo cual es fundamental para determinar un costo aproximado para determinar el impacto presupuestal que ellas generarán al erario público. Por lo cual se considera que la construcción de los centros que se plantean es presupuestalmente inviable.

Quinta. En cuanto a lo expuesto con relación al grave problema que representa la sobrepoblación de reclusos en el sistema penitenciario, es necesario destacar las acciones puestas en marcha y que tienen como finalidad disminuir este problema, para que en un futuro se encuentre erradicado por completo. En el caso especifico de los internos recluidos en penales estatales y que el delito que cometieron corresponde al fuero federal, son dignos de observarse los convenios celebrados entre diversas entidades federativas y la Secretaría de Seguridad Pública, que tiene como finalidad 4 objetivos principales, los cuales son:

1. La reinserción social del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, sobre la base de trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte.

2. Establece que la federación asume la reclusión preventiva de los procesados del fuero federal que se encuentren sujetos a procesos federales en la entidad federativa con la que se celebre el convenio.

3. La federación asume la ejecución de la pena privativa de libertad o de la pena de prisión de los sentenciados del fuero federal que se encuentren en la entidad federativa con la que se celebre el convenio.

4. La federación se compromete a recibir para reclusión a procesados y sentenciados del fuero común que, por tratarse de delincuencia organizada, razones de seguridad o vigilancia especiales y previo estudio del perfil clínico-criminológico requieran reclusión en un centro de mayor nivel de seguridad al que se encuentren, siempre y cuando lo permitan las condiciones de cupo y disponibilidad del centro federal.

De lo anterior destaca, en primer lugar, la finalidad del convenio a promover que la reinserción social sea realizada con base al trabajo, la capacitación para el trabajo, la educación, la salud y el deporte, tal y como lo establece el artículo 18 constitucional que el proponente alude en su exposición de motivos, asimismo es apreciable la voluntad para trasladar a todos los internos procesados y sentenciados del fuero federal que se encuentren en penitenciarias estatales a centros federales de reinserción social, disminuyendo así el grado de hacinamiento presente en los penales estatales. Aunado a lo anterior, cuando las circunstancias se acrediten, la federación se compromete a la recepción de internos del fuero local en los centros federales, teniendo como consecuencia directa elevar el nivel de seguridad que procesados o sentenciados con determinadas características se sustraigan de la acción de la justicia, e indirectamente contribuye a reducir el número de internos en las penitenciarías locales.

Este convenio a la fecha ha sido firmado por 27 entidades federativas del país y su publicación en el Diario Oficial de la Federación fue los días 6, 7, 8, 9, 12 y 13 de septiembre del 2011, quedando pendientes de su firma el Distrito Federal y los estados de Campeche, Hidalgo, Jalisco y Yucatán.

Sexta. Con relación a que el proponente literalmente establece: “el Estado sólo se ha preocupado por encerrar y no por educar a los internos de los centros penitenciarios, ya que es un error grave combatir la delincuencia multiplicando los tipos penales y agravando las penas, y que en la práctica no ha dado el resultado o producido, ni de manera significativa los buenos efectos que promete, siendo todo lo contrario, la criminalidad es creciente, con el incremento de inculpados y condenados ”; es que se difiere con lo que expresa ya que derivado de la reforma constitucional es que se han realizado acciones con la finalidad de cumplir con lo establecido por el artículo 18 constitucional el cual establece las bases sobre las que se organizará el sistema penitenciario. Asimismo, de conformidad con el artículo 31, fracciones IV y V, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que establece lo siguiente:

“Artículo 31. Son funciones de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario:

I. Impulsar la coordinación del Sistema Penitenciario Nacional;

II. Promover la homologación de los mecanismos, sistemas y procedimientos de seguridad en los centros penitenciarios de reinserción social;

III. Proponer al Consejo Nacional, políticas, programas y acciones en materia de reinserción social;

IV. Proponer mecanismos para implementar la educación y el deporte como medios de reinserción social;

V. Promover la adopción del trabajo comunitario como mecanismo de reinserción social en las legislaciones aplicables;

...”

De lo anterior se desprende que la mencionada Conferencia Nacional tiene a su cargo el promover y proponer mecanismos para implementar las bases del sistema penitenciario que establece el precepto constitucional de referencia, de tal manera que este órgano tiene como objetivo principal el erigirse como órgano de análisis, difusión e instrumentación de la política pública en materia penitenciaria, con estricto apego a la legislación aplicable, y para tales efectos deberá apoyarse, en lo particular, en modernizar y mejorar los mecanismos de reinserción social de internos con base en el trabajo, la capacitación laboral, la educación, las actividades deportivas y la salud, lo anterior de conformidad con el artículo 5o. de los Estatutos de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de agosto de 2009.

Séptima. Finalmente cabe destacar que esta comisión considera imprecisa la utilización del término “casas de medio camino” pare referirse a los centros de reinserción que plantea el proponente, toda vez derivado del estudio realizado a las reformas realizadas al artículo 18 constitucional se llega al a conclusión que la sustitución de readaptación por reinserción social surge en un marco de respeto por los derechos humanos de los sentenciados, ya que deja a un lado la teoría que ubicaba al sentenciado una persona enferma o desadaptada socialmente hablando y en su lugar transita a considerarla como un individuo que al cometer una conducta sancionada por el orden jurídico se hace acreedor a la consecuencia jurídica correspondiente y que en determinados casos amerita que le sea privado de la libertad y cumplida que sea la penalidad, vuelva a incorporarse a la sociedad. En este orden de ideas las llamadas “casas de medio camino”, de conformidad con la NOM-025-SSA2-1994 para la prestación de servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria medico-psiquiátrica, efectivamente tienen la función primordial de reinsertar socialmente a una persona, sin embargo, una característica fundamental de las personas que requieren los servicios de este tipo de establecimientos, es que padezca de sus facultades mentales. Para ahondar en lo que se establece a continuación se expone un fragmento de la mencionada norma oficial mexicana:

“Los esquemas de atención médica para el tratamiento de personas que padecen enfermedad mental experimentan cambios continuos en función del desarrollo acelerado de la ciencia, de la mejor comprensión de los múltiples factores que intervienen en el origen y evolución de la enfermedad mental, así como de los recursos terapéuticos, físicos, humanos y financieros para su atención.

Una característica fundamental de este cambio, es la tendencia hacia la reinserción social de la persona enferma al medio al que pertenece , favoreciendo la continuidad del tratamiento a través de la implementación de programas extrahospitalarios y comunitarios tales como hospitales de día, servicios de consulta externa, centros de día, casas de medio camino , talleres protegidos, entre otros, con especial énfasis en la prevención, desde una perspectiva integral que considera la complejidad de los aspectos biológicos, psicológicos y sociales de las enfermedades mentales. Para fortalecer esta tendencia es indispensable continuar el proceso modernizador de la organización y funcionamiento de los servicios de salud, que permita superar los rezagos aún prevalecientes...”

De tal manera que se considera que el término “casa de medio camino” va en contraposición de la finalidad con la que se realizó la reforma constitucional de readaptación a reinserción social, ya que como se aprecia este tipo de instituciones fungen como programas extrahospitalarios para continuar el tratamiento que recibe una persona enferma para reinsertarla al medio en que pertenece.

Octava. Derivado de las consideraciones que se exponen es que se esta comisión dictaminadora considera que el punto de acuerdo que el diputado Luis Felipe Elguía Pérez propone resulta inviable en sus términos ya que no establece con claridad la suficiencia presupuestal para cubrir la construcción y los gastos de operación que permitirían la creación de centros comunitarios de reinserción social (casas de medio camino) y por otra parte las finalidades y atribuciones que el proponente le pretende atribuir a los mencionados centros ya se encuentran en proceso de ser implementadas en los centros de reinserción social estatales como consta en los convenios para la reclusión de procesados y sentenciados del fuero federal e internos del fuero común que requieran medidas especiales de seguridad o de vigilancia que ha celebrado la Secretaría de Seguridad Pública y la mayoría las entidades federativas del país, aunado a lo anterior la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario tiene dentro de sus funciones proponer y promover la implementación en los centros de reinserción federales, estatales y del Distrito Federal de las finalidades que el proponente señala para las casas de medio camino.

Por lo expuesto y fundado, los integrantes de la Comisión de Seguridad Publica reconocen y consideran que es procedente aprobar en sentido negativo la presente proposición con punto de acuerdo por lo que se somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la proposición con punto acuerdo a fin de crear centros comunitarios de reinserción social (casas de medio camino) por parte de los titulares del Ejecutivo federal y de los estados de la república para cumplir los postulados contenidos en el artículo 18 constitucional, presentada por el diputado Luis Felipe Eguía Pérez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el 20 de septiembre de 2011.

Segundo. Archívese el expediente como totalmente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de noviembre de 2011.

La Comisión de Seguridad Pública

Diputados: José Luis Ovando Patrón (rúbrica), Manuel Ignacio Acosta Gutiérrez (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira (rúbrica), J. Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio Herrera Rivera (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero, Adriana Sarur Torre (rúbrica), Teresa Rosaura Ochoa Mejía, Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Víctor Hugo Círigo Vásquez, Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, Lucila del Carmen Gallegos Camarena (rúbrica), Luis Alejandro Guevara Cobos, Aarón Irízar López, Feliciano Rosendo Marín Díaz (rúbrica), Manuel Guillermo Márquez Lizalde (rúbrica), Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín (rúbrica), Benigno Quezada Naranjo (rúbrica), Liev Vladimir Ramos Cárdenas (rúbrica), Francisco Lauro Rojas San Román (rúbrica en abstención), Arturo Santana Alfaro, Ricardo Sánchez Gálvez, Alma Carolina Viggiano Austria (rúbrica).

De la Comisión de Relaciones Exteriores, por el que se desechan ocho proposiciones con punto de acuerdo

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, le fueron turnadas para su estudio y dictamen las siguientes proposiciones con Punto de Acuerdo:

1. Punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a considerar mediante la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) el consumo preferente de vinos de mesa en las festividades propias de las embajadas y los consulados del país, con objeto de expandir la industria vitivinícola nacional, presentado por el diputado Arturo Vega de la Madrid, integrante del Partido de Acción Nacional, el 11 de marzo de 2010;

2. Punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicite a la Organización de Naciones Unidas, adopte la Declaración Universal de Bienestar Animal, presentado por la diputada Ninfa Salinas Sada, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el 27 de abril de 2010;

3. Punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, de conformidad con los principios constitucionales de política exterior, se lleven a cabo las acciones necesarias a fin de lograr la normalización de las relaciones diplomáticas entre México y la República de Honduras, presentado por la diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, el 29 de abril de 2010;

4. Punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Relaciones Exteriores a promover la instalación de mesas de trabajo entre legisladores mexicanos y estadounidenses para dar seguimiento a los asuntos de interés común; presentado por el diputado Gerardo del Mazo Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de Nueva Alianza, el 4 de agosto de 2010;

5. Punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la SRE, revise la actuación del cónsul de México en la ciudad de Chicago, Illinois, con motivo de las protestas realizadas en la celebración del Bicentenario de la Independencia de México, en esa ciudad de la Unión Americana, presentado por el diputado Héctor Pedraza Olguín, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 5 de octubre de 2010. Cabe mencionar que el cónsul de México en Chicago, Manuel Rodríguez Arriaga, fue traslado trasladado a la Embajada de México en Lima, Perú;

6. Punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, fije la postura de México en pro de la defensa de los derechos humanos y solicite a su homologo de la República Popular de China la inmediata liberación de Liu Xiaobo, presentado por el diputado Víctor Hugo Círigo Vásquez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;

7. Punto de acuerdo para que la Secretaría de Relaciones Exteriores, proteja los derechos y prerrogativas de los ciudadanos mexicanos en el extranjero, así como de las empresas con participación de capital mexicano, particularmente los que han sido constituidos para superación en la República Bolivariana de Venezuela y que han sido afectadas por las políticas públicas de carácter intervencionista, discriminatorias y abusivas por parte de su presidente;

8. Punto de acuerdo a fin de expresar al gobierno de Chile nuestras felicitaciones por el rescate de los 33 trabajadores de la mina San José; y a exhortar a la Comisión Nacional de Derechos Humanos hasta el rescate de los restos mortales de los 63 que aún están en los socavones de la mina Pasta de Conchos, Coahuila, presentado por el diputado Ramón Jiménez López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;

La Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, LXI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 80, 85, 176 y 182, numeral 3, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea el presente dictamen.

Antecedentes

1. Las proposiciones con puntos de acuerdo listados en este dictamen fueron presentados en las fechas y por los diputados que se mencionan en el mismo, y publicadas en las gacetas parlamentarias que igualmente se citan.

2. Las proposiciones enlistadas fueron turnadas a la Comisión de Relaciones Exteriores, para efectos de su análisis y elaboración de dictamen, previsto en el Reglamento de la Cámara de Diputados.

En esa misma fecha, la Mesa Directiva de esta honorable asamblea turnó la proposición con punto de acuerdo a la Comisión de Relaciones Exteriores para su análisis y dictamen correspondiente con base en las siguientes

Consideraciones

La Comisión de Relaciones Exteriores realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenido en las proposiciones con punto de acuerdo listadas, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

Después de valorar las inquietudes expresadas por los diputados proponentes, se considera que cada una de ellas de refiere a eventos y persigue objetivos concretos que han sido rebasados por el mero transcurso del tiempo, por lo que debe concluirse que las solicitudes resultan ahora extemporánea o los puntos de acuerdo que se solicitan carecen en la actualidad de materia.

Por lo anterior la Comisión de Relaciones Exteriores no estimó necesario entrar al análisis de fondo del asunto, realizar juicios de valor y aprobar el punto de acuerdo en referencia y procede al archivo de los expedientes como asuntos definitivamente concluidos.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Relaciones Exteriores se permite someter a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Habiendo sido acertados estos puntos de acuerdo son extemporáneos:

1. Punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a considerar mediante la SRE el consumo preferente de vinos de mesa en las festividades propias de las embajadas y los consulados del país, con objeto de expandir la industria vitivinícola nacional, presentado por el diputado Arturo Vega de la Madrid, integrante del Partido de Acción Nacional, el 11 de marzo de 2010;

2. Punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicite a la Organización de Naciones Unidas, adopte la Declaración Universal de Bienestar Animal, presentado por la diputada Ninfa Salinas Sada, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el 27 de abril de 2010;

3. Punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, de conformidad con los principios constitucionales de política exterior, se lleven a cabo las acciones necesarias a fin de lograr la normalización de las relaciones diplomáticas entre México y la República de Honduras, presentado por la diputada Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, el 29 de abril de 2010;

4. Punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión de Relaciones Exteriores a promover la instalación de mesas de trabajo entre legisladores mexicanos y estadounidenses para dar seguimiento a los asuntos de interés común; presentado por el diputado Gerardo del Mazo Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de Nueva Alianza, el 04 de agosto de 2010;

5. Punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la SRE, revise la actuación del cónsul de México en la ciudad de Chicago, Illinois, con motivo de las protestas realizadas en la celebración del Bicentenario de la Independencia de México, en esa ciudad de la Unión Americana, presentado por el diputado Héctor Pedraza Olguín, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 5 de octubre de 2010. Cabe mencionar que el cónsul de México en Chicago, Manuel Rodríguez Arriaga, fue traslado trasladado a la embajada de México en Lima, Perú;

6. Punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, fije la postura de México en pro de la defensa de los derechos humanos y solicite a su homologo de la República Popular de China la inmediata liberación de Liu Xiaobo, presentado por el diputado Víctor Hugo Círigo Vásquez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;

7. Punto de acuerdo para que la Secretaría de Relaciones Exteriores, proteja los derechos y prerrogativas de los ciudadanos mexicanos en el extranjero, así como de las empresas con participación de capital mexicano, particularmente los que han sido constituidos para superación en la República Bolivariana de Venezuela y que han sido afectadas por las políticas públicas de carácter intervencionista, discriminatorias y abusivas por parte de su presidente;

8. Punto de acuerdo a fin de expresar al gobierno de Chile nuestras felicitaciones por el rescate de los 33 trabajadores de la mina San José; y a exhortar a la Comisión Nacional de Derechos Humanos hasta el rescate de los restos mortales de los 63 que aún están en los socavones de la mina Pasta de Conchos, Coahuila, presentado por el diputado Ramón Jiménez López, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;

Segundo. Archívense como asuntos totalmente concluidos.

La Comisión de Relaciones Exteriores

Diputados: Porfirio Muñoz Ledo (rúbrica), presidente; María del Carmen Izaguirre Francos (rúbrica), Francisco Herrera Jiménez, Alejandra Noemí Reynoso (rúbrica), Leonardo Arturo Guillén Medina (rúbrica), José Luis Jaime Correa, Caritina Sáenz Vargas (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros, Eduardo Bailey Elizondo (rúbrica), Raúl Domínguez Rex (rúbrica), Heliodoro Díaz Escárraga (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera (rúbrica), Carlos Flores Rico (rúbrica), Martín García Avilés (rúbrica), Arturo García Portillo (rúbrica), Olivia Guillén Padilla (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), Tereso Medina Ramírez (rúbrica), Leoncio Morán Sánchez (rúbrica), Beatriz Paredes Rangel, Miguel Ernesto Pompa Corella (rúbrica), Jesús Ramírez Rangel, Omar Rodríguez Cisneros, Wendy Rodríguez Galarza, Éric Luis Rubio Barthell (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara, Norma Sánchez Romero (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), Ana Georgina Zapata Lucero.