Gaceta Parlamentaria, año XIV, número 3217-II, miércoles 9 de marzo de 2011


Dictámenes negativos de proposiciones

Dictámenes negativos de proposiciones

De la Comisión de Asuntos Indígenas, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de los gobiernos federal, estatal de Guanajuato y municipal de San Luis de la Paz a investigar y fincar responsabilidades a los servidores públicos que ordenaron y ejecutaron la infundada e injustificada agresión contra el pueblo chichimeca el 28 de febrero de 2010 en Misión de Chichimecas; y al congreso local, a legislar en materia de derechos indígenas

Honorable Asamblea:

De conformidad con los artículos 39, numerales 1 y 3; y 45, numeral 6, inciso F, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV; 177; y 180 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la comisión que suscribe, habiendo estudiado la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de los gobiernos federal, estatal de Guanajuato y municipal de San Luis de la Paz a investigar y fincar responsabilidades a los servidores públicos que ordenaron y ejecutaron la infundada e injustificada agresión contra el pueblo Chichimeca el 28 de febrero de 2010 en Misión de Chichimecas; y al congreso local, a legislar en materia de derechos indígenas, presenta a consideración de esta asamblea el dictamen, en sentido negativo, con base en los antecedentes y las consideraciones siguientes:

Antecedentes

1. El 23 de marzo de 2010, el diputado Manuel García Corpus, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de los gobiernos federal, estatal de Guanajuato y municipal de San Luis de la Paz a investigar y fincar responsabilidades a los servidores públicos que ordenaron y ejecutaron la infundada e injustificada agresión contra el pueblo Chichimeca el 28 de febrero de 2010 en Misión de Chichimecas; y al congreso local, a legislar en materia de derechos indígenas.

2. Con fecha 21 de abril de 2010, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Asuntos Indígenas la citada proposición.

3. La presidencia de la comisión, a su vez, turnó mediante el oficio número CAI-359/10, de fecha 23 de abril de 2010, la citada proposición, para efectos de estudio y opinión.

Consideraciones

I. Que con motivo de la agresión sufrida por el pueblo chichimeca asentado en Misión de Chichimecas, en San Luis de la Paz, Guanajuato, el 28 de febrero de 2010, el diputado Manuel García Corpus presentó la referida proposición, con carácter de “urgente y obvia resolución”.

II. Que transcurrió casi un mes entre la publicación de la proposición en la Gaceta Parlamentaria (23 de marzo de 2010) y la fecha para hacerla del conocimiento del pleno de la Cámara de Diputados (21 de abril); y, además, no consideraba la petición del legislador para que fuera considerada de urgente y obvia resolución.

III. Que en virtud de que era necesario restablecer la paz en el citado conflicto, la presidencia de la comisión decidió hacer gestiones con ese propósito y para que fueran respetados los derechos políticos a ese pueblo indígena.

IV. Que la movilización del pueblo chichimeca, y las gestiones de diversas organizaciones de derechos humanos y las propias de la presidencia de la comisión, entre otros factores, hicieron reflexionar a las autoridades de los gobiernos estatal y municipal, abriéndose espacios de negociación para la solución del conflicto.

V. Que según manifiestan los representantes del pueblo chichimeca, las autoridades de los gobiernos estatal de Guanajuato y municipal de San Luis de la Paz han expresado su compromiso de respetarles sus derechos y de no continuar las acciones de intimidación y agresión contra sus miembros.

Por lo expuesto, los integrantes de la comisión consideran que las situaciones que motivaron la proposición han sido superadas y sus resolutivos pierden razón de ser, por lo que emiten los siguientes

Acuerdos

Primero. No es de aprobarse la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a los titulares de los gobiernos federal, estatal de Guanajuato y municipal de San Luis de la Paz a investigar y fincar responsabilidades a los servidores públicos que ordenaron y ejecutaron la infundada e injustificada agresión contra el pueblo chichimeca el 28 de febrero de 2010 en Misión de Chichimecas; y al congreso local, a legislar en materia de derechos indígenas.

Segundo. Dese por asunto totalmente concluido y archívese.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2011.

La Comisión de Asuntos Indígenas

Diputados: Teófilo Manuel García Corpus (rúbrica), José Óscar Aguilar González (rúbrica), Héctor Pedraza Olguín (rúbrica), María Isabel Pérez Santos (rúbrica), Socorro Sofío Ramírez Hernández (rúbrica), Eduardo Zarzosa Sánchez (rúbrica), María Felícitas Parra Becerra, María de Jesús Mendoza Sánchez (rúbrica), Filemón Navarro Aguilar (rúbrica), Heriberto Ambrosio Cipriano (rúbrica), Sabino Bautista Concepción (rúbrica), Felipe Cervera Hernández (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Genaro Mejía de la Merced (rúbrica), Julieta Octavia Marín Torres (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), Mirna Lucrecia Camacho Pedrero (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez, Gloria Trinidad Luna Ruiz (rúbrica), Alba Leonila Méndez Herrera (rúbrica), María Elena Pérez de Tejada Romero (rúbrica), Dora Evelyn Trigueras Durón (rúbrica), Ignacio Téllez González (rúbrica), Luis Hernández Cruz (rúbrica), Florentina Rosario Morales (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (rúbrica).

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo relativo a la construcción de un centro de rehabilitación infantil Teletón en Tlaxcala

Honorable Asamblea:

La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXI Legislatura de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 80, numeral 1, fracción II, 82, 85, 157, numeral 1, fracción I, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente dictamen:

Antecedentes

I. En la sesión del 13 de diciembre de 2010 la diputada Oralia López Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentó ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo relativo a la construcción de un centro de rehabilitación infantil Teletón en Tlaxcala.

II. La Presidencia de la Mesa Directiva, con facultad en sus atribuciones, turnó mediante oficio número D.G.P.L. 61-II9-7-727 el día 13 de diciembre de 2010 a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la LXI Legislatura de esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, dicha proposición para su estudio y dictamen.

Por lo que funda y motiva su resolución con base en las siguientes

Consideraciones

Primera. La diputada Oralia López expone en sus consideraciones que en Tlaxcala los índices -del diez por ciento de personas con discapacidad del total de la población nacional que calcula la OMS- según, algunas estadísticas son superadas por personas que requieren atención médica y rehabilitación. Además, que la rehabilitación integral consiste en lograr el pleno desarrollo personal, familiar, social y laboral de las personas con discapacidad.

Por lo que propone que se realicen las gestiones para que en Tlaxcala se pueda contar con un centro de rehabilitación infantil Teletón (CRIT).

Segundo. La proposición de la diputada promovente es en términos muy precisos, un oficio simple de gestión dirigido a la Comisión de Salud que no cuenta con el fundamento correspondiente a fin de que sea susceptible de trabajo legislativo alguno.

No cabe duda que la intención de la promovente es loable, sin embargo su documento carece de la formalidad mínima para dictaminarse. Es decir no cuenta con un resolutivo susceptible de análisis, discusión, y en su caso votación.

Tercero. Fundación Teletón, creada en 1997, ha construido hasta hoy 17 Centros de Rehabilitación, lo que le convierte en el sistema de rehabilitación privado más grande del mundo, según datos de su página. Esta fundación desde su creación ha recaudado en 14 años 3,637 millones 346 mil pesos, recaudando en promedio 240 millones de pesos al año.

La fundación, como entidad privada, cuenta con un patronato formado por empresarios y dueños de medios de comunicación, que toman las decisiones a fin cumplir con los objetivos de la misma, y es esta instancia la determina los montos y condiciones en las que se invierte en las entidades federativas a través de convenios con las autoridades estatales y municipales. Convenios que en la mayoría de los casos incluyen donaciones de bienes raíces para la construcción del centro, que es propiedad de la fundación, garantía de servicios públicos como agua, drenaje, vías de comunicación y otras que permitan asegurar la inversión.

Son las autoridades locales y la fundación las que establecen las negociaciones para la construcción de un centro de rehabilitación en la Entidad; la Cámara en el marco de sus atribuciones no pude influir en la relación de los estados y los particulares para un fin, sea este el más loable.

Finalmente, esta dictaminadora considera que el asunto ha expirado debido a la temporalidad, ya que el patronato de la fundación ya ha tomado la decisión del lugar en el que se construirá el centro y la colecta nacional ya se llevó a cabo los días 3 y 4 de diciembre de 2010.

Por lo que, en virtud de lo expuesto y fundado, la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, resuelve:

Acuerdo

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo relativo a la construcción de un centro de rehabilitación infantil Teletón en Tlaxcala presentada el 13 de diciembre de 2010 por la diputada Oralia López Hernández del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de marzo de 2011.

La Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Diputados: Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica), presidenta; Delia Guerrero Coronado, Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Daniela Nadal Riquelme, María Jeann Novoa Mossberger (rúbrica), Yolanda del Carmen Montalvo López (rúbrica), Carlos Bello Otero (rúbrica), Claudia Edith Anaya Mota (rúbrica), secretarios; Velia Idalia Aguilar Armendáriz, Pedro Ávila Nevárez, Bélgica Nabil Carmona Cabrera, Hilda Ceballos Llerenas (rúbrica), Olga Luz Espinoza Morales, Laura Felícitas García Dávila (rúbrica), Inocencio Ibarra Piña, Blanca Estela Jiménez Hernández, Margarita Liborio Arrazola (rúbrica), Ilich Augusto Lozano Herrera, Rosalina Mazari Espín, Nelly Edith Miranda Herrera (rúbrica), Rosario Ortiz Yeladaqui (rúbrica), Ana Elia Paredes Árciga (rúbrica), María Isabel Pérez Santos (rúbrica), Caritina Sáenz Vargas, Laura Margarita Suárez González (rúbrica), María Sandra Ugalde Basaldúa (rúbrica), Guadalupe Valenzuela Cabrales (rúbrica), Patricia González Soto (rúbrica).

De la Comisión de Reforma Agraria, por el que se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a expropiar y cubrir el pago correspondiente por la afectación de terrenos del ejido Conicarit, en Álamos, Sonora

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Reforma Agraria fue turnada la propuesta de punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a expropiar y cubrir el pago correspondiente por la afectación de terrenos del ejido Conicarit, del municipio de Álamos, Sonora, a cargo del diputado Onésimo Mariscales Delgadillo, en nombre propio y de los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

De conformidad con los artículos 39, numeral 3, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 80, 81, 82, 84, 85, 157 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a su consideración el dictamen mediante el cual se aprueba el punto de acuerdo antes mencionado, que se realiza bajo los siguientes

Antecedentes

1. En sesión celebrada el 8 de diciembre de 2010, el pleno de esta honorable Cámara de Diputados tuvo conocimiento de la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a expropiar y cubrir el pago correspondiente por la afectación de terrenos del ejido Conicarit, del municipio de Álamos, Sonora, a cargo del diputado Onésimo Mariscales Delgadillo, en nombre propio y de los diputados del Grupo Parlamentario del partido Revolucionario Institucional.

2. Con la misma fecha, con oficio número D.G.P.L. 61-II-4-746, la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Reforma Agraria el duplicado del expediente número 3433, conteniendo esta propuesta, para análisis, estudio y emisión de dictamen.

3. Con fecha 10 de diciembre de 2010, la secretaría técnica de esta Comisión de Reforma Agraria distribuyó copia del expediente a los diputados integrantes para su conocimiento, análisis y opinión para dictamen.

4. En sesión ordinaria celebrada el 31 de enero de 2011, la Comisión de Reforma Agraria, previa distribución del expediente entre los integrantes por su mesa directiva, e integración de las opiniones recibidas con suficientes días de anticipación, sometió a análisis y aprobación la propuesta de dictamen, que fue aprobada.

Contenido de la propuesta

En su exposición de motivos, el diputado autor de la propuesta, comentan que en el ejido Conicarit se encuentra situado el norte del municipio de Álamos, en el estado de Sonora, el origen de éste data de resolución presidencial del 13 de octubre de 1933, creándose con una dotación inicial de 9807-03-88.085 hectáreas, con un total de 80 ejidatarios, incluyendo la parcela escolar.

En terrenos del mencionado ejido Conicarit se construyó la presa Adolfo Ruiz Cortines, que al iniciar captaciones de agua, se empezó a irrigar todo bajo río Mayo, esto es tierra de cultivo situada en los municipios de Navojoa, Etchojoa, Huatabampo, así como del municipio de Álamos, Sonora. Sin dejar pasar por alto los beneficios que trajo a los pobladores de la región, el cultivo de diferentes especies marinas en agua dulce, que los pobladores del ejido Conicarit, organizados en cooperativas extraen para la venta y el consumo de sus familias.

De igual manera, algo importantísimo, la producción de energía eléctrica, la cual desde la fecha de construcción de la presa hasta nuestros días, ha sido aprovechada por la Comisión Federal de Electricidad, que en ningún momento ha aportado un solo centavo ni un solo beneficio a los pobladores del ejido.

Con el paso del tiempo, y debido al aumento de las avenidas que alimentan el embalse de la presa Adolfo Ruiz Cortines, la cual en ocasiones he estado muy por arriba de su capacidad total que es aproximadamente los 1300 millones de metros cúbicos, y su nivel de conservación de 950 millones de metros cúbicos, se han afectado los diferentes poblados y rancherías, en el bajo Río Mayo, en las municipalidades de Navojoa, Etchojoa y Huatabampo.

En los años ochenta, y debido a las grandes avenidas de agua que desembocaban en la presa Adolfo Ruiz Cortines, se realizaron proyectos para buscar la forma de darle mayor capacidad de almacenamiento a la multimencionada presa, trabajos que culminaron con la sobre elevación de la cortina de dicha presa, en 1985, afectando aproximadamente una superficie de tierras de uso común del ejido Conicarit de 697-64-37 hectáreas, las cuales hasta el día de hoy, no han sido indemnizadas a los pobladores del ejido.

El caso es que 25 años aproximadamente de haberse dado dicha afectación de terreno, a el ejido Conicarit, de aproximadamente 697-64-37 hectáreas, no se ha indemnizado a los pobladores del ejido, esto debido al burocratismo de parte del gobierno federal, específicamente de la áreas encargadas de la tenencia de la tierra.

La sobreelevación de la cortina de la presa Adolfo Ruiz Cortines, con la afectación de terrenos que se dio al ejido Conicarit, ha generado mucho beneficio y riqueza a todo el bajo río Mayo, únicamente a los pobladores del mencionado ejido se han visto también como consecuencia la desintegración del ejido así como de sus miembros como ya se dijo en apartados anteriores, al grado de darse la creación de otro ejido.

Hoy día se tienen recursos autorizados y etiquetados para el desarrollo de un proyecto ejecutivo para la creación de una nueva presa aguas arriba de la presa Adolfo Ruiz Cortines, en el punto denominado Los Pilares de San Bernardo, Álamos, Sonora.

Ahora bien, si han transcurrido 25 años y las autoridades federales no han cumplido sus compromisos de indemnización por afectación de terrenos por causa de utilidad pública, a los pobladores del ejido Conicarit, cuantos años deberán pasar para que se cumplan los requisitos y se cubran las afectaciones que se realizarán en los terrenos de la nueva presa que se construirá aguas arriba de la Adolfo Ruiz Cortines, en el punto conocido como Los Pilares, y que ya hay recursos autorizados para el inicio de los trabajos.

Por lo expuesto, solicito, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que se someta a consideración de esta soberanía la siguiente propuesta con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se cubra en forma inmediata la indemnización que le corresponde al ejido Conicarit, por la afectación de terrenos de uso común de una superficie de 697-64-37 hectáreas, que data de 1985.

Segundo. Se cubra el pago de una renta mensual desde 1985 a la fecha, a razón de 200.00 mensuales por hectárea; o en su defecto, se dé una contraprestación a los pobladores del ejido “Conicarit”, por el uso y beneficio que se ha logrado con la utilización de sus terrenos, si haberles cubierto la parte que a ellos les corresponde de hecho y por derecho.

Consideraciones

En el análisis de la propuesta se hicieron las siguientes consideraciones:

Primera. Que existe fundamento legal para que proceda el exhorto que contiene la proposición en su resolutivo primero, pues el 10 de diciembre de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 697-64-37 hectáreas de agostadero de uso común, de terrenos del ejido Conicarit, Municipio de Álamos, Sonora, que dice en su resolutivo primero: Se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 697-64-37 hectáreas (seiscientas noventa y siete hectáreas, sesenta y cuatro áreas, treinta y siete centiáreas) de agostadero de uso común de terrenos del ejido Conicarit, municipio de Álamos, estado de Sonora, a favor de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, quien las destinará a formar parte del nuevo embalse y zona federal de la presa Licenciado Adolfo Ruíz Cortines (Mocuzari).

La superficie que se expropia es la señalada en el plano aprobado por la Secretaría de la Reforma Agraria, que se encuentra a disposición de los interesados en la Dirección General de Ordenamiento y Regularización.

Segunda. En su resolutivo segundo, el decreto expresa: Queda a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales pagar por concepto de indemnización por la superficie que se expropia, la cantidad de 838 mil 351.00 pesos, suma que pagará en términos de los artículos 94 y 96 de la Ley Agraria, y 80 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, en la inteligencia de que los bienes objeto de la expropiación sólo podrán ser ocupados mediante el pago que efectúe al ejido afectado o a quien acredite tener derecho a éste, o depósito que hará de preferencia en el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal o en su defecto, establezca garantía suficiente. Asimismo, el fideicomiso mencionado cuidará el exacto cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 97 de la Ley Agraria y en caso de que la superficie expropiada sea destinada a un fin distinto o si transcurrido un plazo de cinco años no se ha cumplido con la causa de utilidad pública, ejercitará las acciones necesarias para reclamar la reversión parcial o total, según corresponda, de los bienes expropiados. Obtenida la reversión, el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal ejercitará las acciones legales necesarias para que opere la incorporación de dichos bienes a su patrimonio.

Tercera. En su resolutivo tercero, el decreto dice: La Secretaría de la Reforma Agraria en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 94,último párrafo de la Ley Agraria y 88 de su Reglamento en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, una vez publicado el presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación, sólo procederá a su ejecución cuando la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, haya acreditado el pago o depósito de la indemnización señalada en el resolutivo que antecede; la inobservancia de esta disposición será motivo de sujeción a lo establecido en el título segundo de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Cuarta. El exhorto del resolutivo segundo del punto de acuerdo propuesto, relativo al pago de una renta mensual como opción alternativa a la falta de indemnización queda a consideración del Ejecutivo Federal con el mismo fundamento legal de fecha 10 de diciembre de 2010

En razón de lo anteriormente expuesto, esta Comisión de Reforma Agraria somete a consideración de esta honorable asamblea los siguientes

Acuerdos

Primero. Se desecha la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a que se cubra en forma inmediata la indemnización que le corresponde al ejido Conicarit, del municipio de Alamos Sonora, en virtud de haberse emitido el decreto correspondiente para su pago.

Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de marzo de 2011.

La Comisión de Reforma Agraria

Diputados: Óscar García Barrón (rúbrica), presidente; María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Joel González Díaz (rúbrica), María Estela de la Fuente Dagdug, Benigno Quezada Naranjo (rúbrica), Justino Eugenio Arriaga Rojas, Luis Hernández Cruz (rúbrica), secretarios; Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto, María Felícitas Parra Becerra (rúbrica), Carlos Luis Meillón Johnston, Gumercindo Castellanos Flores, Daniel Gabriel Ávila Ruiz, Felipe Cervera Hernández, Rafael Rodríguez González (rúbrica), Enrique Salomón Rosas, Héctor Fernández Aguirre (rúbrica), Teófilo Manuel García Corpus (rúbrica), Hernán de Jesús Orantes López (rúbrica), María Esther Terán Velázquez, José Manuel Marroquín Toledo (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), Filemón Navarro Aguilera, Indira Vizcaíno Silva.