Gaceta Parlamentaria, año XV, número 3408-VIII, jueves 8 de diciembre de 2011


Proposiciones de urgente u obvia resolución
Proposiciones

Proposiciones de urgente u obvia resolución

Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía se pronuncia porque se instauren acciones entre autoridades de la Universidad Juárez del Estado de Durango y el Ejecutivo federal, mediante los titulares de la SEP y de la SHCP, para atender el déficit presupuestal y financiero de la casa de estudios, que pone en riesgo sus actividades académicas y laborales, a cargo del diputado Pedro Vázquez González, del Grupo Parlamentario del PT

Los suscritos, diputados federales del estado de Durango a la Sexagésima Primera Legislatura del honorable Congreso de la Unión integrantes de diversos grupos parlamentarios, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, así como su numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a su consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo, para que sea considerado como de urgente resolución, atendiendo a las siguientes

Consideraciones

La educación de acuerdo con lo que establece el artículo 3º de nuestra Carta Magna, “Será democrática, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural ”. De lo anterior que podamos señalar que la educación se instituye como un proceso social transcendental para impulsar el desarrollo humano integral y promover el progreso individual y de la sociedad en su conjunto.

Es por ello, que nuestro país tiene el enorme reto de contribuir a crear las condiciones necesarias que nos permitan adecuarnos a las nuevas realidades y parámetros en materia educativa; debemos redoblar esfuerzos en los tres niveles y órdenes de gobierno con la finalidad de combatir el rezago y la deserción escolar que se agrava principalmente a partir de la educación media.

La pobreza recurrente que vive nuestro país está rindiendo resultados negativos para el desarrollo humano de nuestro pueblo, tan es así que en los pasados días la OCDE ha presentando informes sobre la miseria en que miles de mexicanos viven.

Esta condición se refleja indudablemente en la deserción escolar y consecuentemente el rezago en la educación a que antes nos referimos. Como dato importante, debe mencionarse que existen más de 34 millones de personas en el rezago educativo.

La Universidad Juárez del Estado de Durango, UJED, es el centro de educación más importante de esa entidad; constituye un recurso estratégico fundamental para promover el desarrollo de Durango y nuestro país; gracias a su excelencia se forman profesionales que le dan bienestar a nuestro país y coadyuvan en la búsqueda de soluciones requeridas para un desarrollo sostenido.

Recientemente, Diputados Federales y Senadores por el estado de Durango de todos los partidos políticos, hemos sostenido reuniones con las autoridades educativas de dicha universidad, quienes nos han manifestado la preocupación que existe debido al déficit presupuestario por el que atraviesa dicha casa de estudios.

Es un hecho recurrente, que en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación, se contemplen recursos para sufragar parte de los gastos para operación de las universidades públicas estatales, pero lamentablemente, no son suficientes para atender el déficit económico y financiero que arrastran desde hace varios años. El déficit de la UJED es ya, de más de 600 millones de pesos.

Las condiciones de falta de recursos para cubrir prestaciones salariales y económicas, pasivos obtenidos del gobierno estatal, así como así como actividades concernientes a la investigación e incluso para el pago de aguinaldos de este año, es el mayor de los pendientes que esta Soberanía debe atender y dar respuesta inmediata.

Los legisladores del estado de Durango en fecha 9 de noviembre de 2011, solicitamos una audiencia en carácter de urgente con el doctor José Antonio Meade Kuribreña, con la intención de plantearle la problemática por la que atraviesa la Universidad Juárez del Estado de Durango y con ello coadyuvar en la búsqueda de alguna solución, pero lamentablemente, hasta el día de hoy no hemos tenido respuesta en relación a la petición de audiencia.

La situación es preocupante, y compartida por las distintas fuerzas políticas del estado de Durango, que integran tanto la Cámara de Diputados como la Cámara de Senadores, ya que, de no ser aprobada dicha cantidad, la UJED enfrentará problemas financieros para cubrir dichas prestaciones lo que pondrá en riesgo el mantener en funciones a ese instituto de educación superior.

La universidad requiere 628.2 millones de pesos, destinados a los fines siguientes:

• Es necesario cubrir compromisos para el presente año por 264.1 millones de pesos, de los cuales, 135.7 millones corresponden a la plantilla no reconocida por la SEP y 128.3 millones de pesos por concepto de jubilaciones no contabilizadas por la SEP.

• Se requieren también 254.1 millones, para cubrir un préstamo recibido del Gobierno del estado por un monto de 100 millones de pesos, más 154.1 millones, para recursos etiquetados.

• Por último, se requieren 110 millones de pesos para cubrir los aguinaldos fijados por la Ley, pues el día 15 de diciembre, es la fecha límite para dar cumplimiento a esta prestación contractual.

Como se observa, todas las cifras mencionadas, se refieren a pasivos laborales que orillarán necesariamente a conflictos no deseables y a poner en riesgo la planta de trabajo de maestros, investigadores y empleados administrativos.

Por las consideraciones antes expuestas sometemos a su consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que instruya al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que atienda la petición de audiencia que le han realizado los legisladores por el estado de Durango de todos los Grupos Parlamentarios.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, se pronuncia por la necesidad de que se instrumenten coordinadamente las acciones necesarias entre autoridades de la Universidad Juárez del estado de Durango y el Ejecutivo federal, a través de los secretarios de Educación Pública y de Hacienda y Crédito Público, para atender a la brevedad, la problemática concerniente al déficit presupuestal y financiero que pone en riesgo las actividades académicas y laborales de esta casa de estudios, vulnerando las condiciones contractuales de todos sus trabajadores.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los ocho días del mes de diciembre de dos mil once.

Diputados: Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Lorena Corona Valdés (rúbricas).



Proposiciones

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a realizar las gestiones conducentes a reformar el Reglamento Interior de la SEP para crear la subsecretaría de educación e investigación tecnológicas, a cargo del diputado Fernando Espino Arévalo, del Grupo Parlamentario del PRI

El que suscribe, diputado Fernando Espino Arévalo, como integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LXI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I; artículo 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, fracciones I y II; y, artículo 100, numeral 1 del Reglamento de la Cámara de Diputados; somete a la consideración del pleno de esta soberanía, para estudio y dictamen, la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo Federal para que en el ámbito de sus atribuciones, realice las gestiones necesarias a efecto de reformar el reglamento interior de la Secretaría de Educación Pública, con el propósito de crear la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

En los últimos treinta años, la Secretaría de Educación Pública ha experimentado una serie de transformaciones en su estructura orgánica y operativa, con el objeto de brindar una educación de calidad a pesar de que las recurrentes crisis económicas y alarmantes tasas de desempleo registradas en el país, han incidido en la confianza del mexicano para seguir preparándose y de esa forma, procurar una mejor condición de vida.

Precisamente, entre los años 1978 y 2006, esta dependencia federal llevó a cabo una firme modernización administrativa para atender los nuevos desafíos que la globalización le imponía en todos los niveles de educación; haciendo hincapié en la estandarización de los procesos de aprendizaje y la especialización en diversos campos de conocimiento. Sin embargo, con el tiempo fueron gestándose numerosas dudas sobre la efectividad de este proyecto para asegurar al futuro egresado, su inserción inmediata al mercado laboral.

Por citar un caso, la reestructuración de la Secretaría de Educación Pública ocurrida a principios del año 2005 a través de la actualización de su reglamento interior y en respuesta al Programa Nacional de Educación 2001-2006, del Compromiso Social por la Calidad de la Educación y de la Agenda de Buen Gobierno; los cuales advertían la necesidad de “avanzar hacia una administración orientada a la satisfacción de necesidades sociales”; 1 despertó severas críticas y cuestionamientos sobre la consecución de esta estrategia debido a la falta de información y poca difusión de la misma, además de no haberse impulsado los consensos adecuados para apoyar tal determinación.

De este modo, se decidió por reducir las cinco subsecretarías de esta dependencia a sólo tres mediante una drástica conversión orgánico-funcional en cumplimiento a la tipología educativa definida en la Ley General de Educación, la cual clasificaba la enseñanza en tres grandes bloques: básico, medio superior y superior (véase figura 1).

Como consecuencia de ello, la Subsecretaría de Planeación y Coordinación se transformó en la Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas. La Subsecretaría de Educación Básica y Normal pasó a ser la Subsecretaría de Educación Básica.

Asimismo, conforme a “los ámbitos de competencia de la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas y de la Subsecretaría de Educación Superior e Investigación Científica, se constituyeron la Subsecretaría de Educación Media Superior y la Subsecretaría de Educación Superior”. 2

Por otro lado, la Subsecretaría de Servicios Educativos para el Distrito Federal se convirtió en un órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública con el nombre de Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal.

Cabe aclarar que ante la premura y falta de acuerdos con las partes que se verían afectadas por estos cambios, condujo al establecimiento de un marco de competencia bastante restringido para ciertas unidades administrativas en contraposición al que originalmente ejercían, provocándose con ello, la segmentación implícita del sistema educativo en México.

Como prueba de lo anterior, la desaparición de la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas trastocó gravemente la forma en cómo los estudiantes asimilaban los conocimientos en diversas áreas de la tecnología, pues aquélla se encargaba de coordinar “la operación y el desarrollo de las instituciones de enseñanza tecnológica... de normar y promover nuevos métodos educativos, que [atendieran] a las necesidades regionales en todo el país... y de fijar las normas administrativas, académicas y técnicas que regularan el funcionamiento de sus oficinas, planteles, laboratorios y talleres”. 3

En contra de esta medida, la Asociación Mexicana de Ingenieros en Comunicaciones Eléctricas y Electrónica, aludía que esto era improcedente porque había “evidencia de que otras secretarías de Estado, incluso de menor tamaño que la Secretaría de Educación Pública, habían sostenido su estructura mediante una argumentación adecuada”. 4

Además, afirmaba que esta Subsecretaría “había sido la responsable de crear y consolidar un sistema educativo que articulaba distintas opciones educativas en los diferentes niveles desde la secundaria técnica y la capacitación para el trabajo, pasando por los bachilleratos tecnológicos de diversas especialidades y modalidades, llegando a la educación superior en materia agropecuaria, de ciencias y tecnologías del mar, de ingeniería industrial así como otras especialidades, hasta llegar a los estudios de posgrado y a la investigación tecnológica”. 5

Igualmente, esta organización destacaba “que los países desarrollados, de manera significativa, habían sustentado sus esquemas de crecimiento y desarrollo tecnológico en los resultados ofrecidos por sus sistemas de educación e investigación tecnológica, a los cuales, por supuesto, otorgaban un apoyo amplio y permanente”. 6

En referencia al mismo punto, los anteriores titulares tanto de esta Subsecretaría como de la Dirección General del Instituto Politécnico Nacional, sostenían que “las tendencias internacionales en materia de educación y formación de recursos humanos para el desarrollo... estaban encaminados hacia la construcción de la sociedad del conocimiento, el cambio tecnológico y la competitividad. Consecuentemente, en los países con un mayor grado de crecimiento económico, el diseño de sus políticas públicas, programas académicos y estrategias educativas, se sustentaban en la integración de sistemas sólidos de educación tecnológica”. 7

Así también, declaraban que “los expertos en capacitación y educación tecnológica de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, recomendaban establecer trayectos de formación tecnológica que comprendieran diferentes niveles educativos, mayor articulación entre programas y mayor coordinación entre instituciones de formación tecnológica, para fomentar la construcción de la sociedad del conocimiento y fortalecer las capacidades competitivas de los países”. 8

Sin importar estas apreciaciones, las unidades administrativas con las cuales operaba la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas, pasaron a formar parte de dos nuevas subsecretarías y de un órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, de conformidad a las disposiciones establecidas en el reglamento interior de la misma y su posterior reforma, ambas publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 21 de enero del año 2005 y el 11 de octubre del año 2006, respectivamente.

En tal sentido, las Direcciones Generales de Educación Tecnológica Industrial; de Educación Tecnológica Agropecuaria; de Educación en Ciencia y Tecnología del Mar; y, de Centros de Formación para el Trabajo; se adscribieron a la Subsecretaría de Educación Media Superior.

A su vez, la Dirección General de Institutos Tecnológicos fue transferida a la Subsecretaría de Educación Superior con una nueva denominación: Dirección General de Educación Superior Tecnológica.

Por último, la Dirección General de Educación Secundaria Técnica se integró a la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal.

Ahora bien, entre las modificaciones más relevantes observadas en estas unidades administrativas, fue que a las Direcciones Generales de Educación Tecnológica Industrial, de Educación Tecnológica Agropecuaria y de Educación en Ciencia y Tecnología del Mar, se les facultó para promover la creación de redes de intercambio y cooperación académica; la incorporación del conocimiento de las tecnologías de la información; y, los criterios y estándares nacionales de calidad y pertinencia para evaluar las nociones, habilidades, destrezas y competencias de los estudiantes.

La reciente Dirección General de Educación Superior Tecnológica se sujetó a impulsar la formulación de programas de innovación y desarrollo para elevar el desempeño de los institutos, centros y planteles de educación tecnológica.

Por otro lado, la Dirección General de Educación Secundaria Técnica contó con atribuciones para diseñar y desarrollar en coordinación con otras unidades administrativas competentes de la Secretaría de Educación Pública, materiales de estudio, guías de trabajo y actividades didácticas para apoyar las asignaturas de ciencia y tecnología de su competencia.

Sin embargo, toda esta transición organizacional centrada en obtener importantes ahorros presupuestales o la mejora en la asignación de los recursos públicos para el mediano plazo, perjudicó seriamente la formación tecnológica de los estudiantes al verse desarticulada la educación secundaria con la de preparatoria y la de ésta con la universitaria; lo que a su vez, resultó en un perfil de egresados que divergía enormemente con los requisitos de contratación de las empresas existentes en el país.

Es pertinente mencionar, por ejemplo, que a las Direcciones Generales de Educación Tecnológica Agropecuaria y de Educación en Ciencia y Tecnología del Mar, dejaron de estar facultadas para proponer normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, recursos didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje en materia de educación superior tecnológica. Ahora sólo debían atender estos aspectos para el nivel medio superior.

Aunado a ello, la Dirección General de Educación en Ciencia y Tecnología del Mar careció de atribuciones para formar a los futuros profesionales en su ramo, cuando antes de la reestructuración lo hacía en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública federal.

Por si esto fuera poco, la obligación de emitir dictámenes u opiniones relacionadas con la creación de planteles de nivel superior fue retirada del ámbito de funciones de esta Dirección General junto con las correspondientes a Educación Tecnológica Industrial y Educación Tecnológica Agropecuaria. Análogamente, la Dirección General de Educación Superior Tecnológica fue privada de esta labor respecto a la construcción de planteles de tipo medio superior.

Asimismo, la incorporación de la Dirección General de Educación Secundaria Técnica a la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, generó preocupación por la posible desvinculación que habría con los siguientes niveles de educación tecnológica y con las demandas del sector productivo.

Para medir el impacto total de esta reestructuración, un análisis estadístico concluyó que 26 personas de cada 100 que egresaban actualmente del nivel medio superior ya no podían ingresar inmediatamente al nivel superior, en contraste con las 18 que normalmente se cuantificaban por ciclo escolar (véase figura 2).

Paralelamente a esto, la educación profesional técnica presentaba un decremento de la matrícula en un orden medio de 14 mil personas por ciclo escolar. Ahora sólo 10 de cada 100 de los egresados de secundaria lograba insertarse a este nivel cuando históricamente esta relación era de 13. Además, el índice de reprobación se vio incrementado en cinco puntos porcentuales, al pasar de 26.9 a 32.0% (véase figura 3).

Cabe señalar que estos indicadores podrían haberse profundizado más con los estragos ocasionados por la reciente crisis económica del país, la falta de espacios para recibir una educación pública o la insuficiencia de recursos por parte de los educandos para seguir instruyéndose. Pero también podría ser cierto, que muchos aspirantes a una mejor preparación académica, hayan identificado la nula conexión de los conocimientos que adquirían con las necesidades reales de las empresas.

Basta comprobar que del total de personas desempleadas durante el cuarto trimestre del año 2009, 23% contaba con nivel de instrucción medio superior y 19% con nivel superior, contrastando con lo reportado en el cuarto trimestre del año 2000, periodo previo a la reorganización de la Secretaría de Educación Pública, donde las tasas eran de 19 y 15%, respectivamente.

De ahí que el efecto acumulado de esta situación haya generado para el segundo semestre del año 2010, una desocupación aproximada de 834 mil personas con estudios de nivel medio superior y superior, representando el 33.6% del desempleo nacional.

Además, cerca de 871 mil personas con este perfil de estudios declararon tener una fuerte necesidad y disponibilidad por trabajar más horas de lo que su empleo habitual les ofrecía, con el fin de afrontar el elevado costo de vida en que había caído el país.

En este sentido es importante aclarar que este escenario ya lo preveían diversos especialistas en la materia tras argumentar que la transformación de la Secretaría de Educación Pública y específicamente, la eliminación de la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas, se realizaba contrariamente a las “necesidades educativas del país y a las tendencias y programas internacionales, desarticulando con ello, a los distintos niveles de la educación tecnológica”. 9

En aras de manifestar una solución a esta problemática y dado que el Presidente de la República se encuentra facultado para expedir los reglamentos internos de las Secretarías de Estado conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la propuesta en comento pretende exhortar respetuosamente al Ejecutivo Federal para que realice las gestiones necesarias a efecto de reformar el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, con el propósito de restablecer la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas.

Para ello, será conveniente incorporar las unidades administrativas que originalmente estaban adscritas a esta Subsecretaría y realizar las modificaciones en el marco de competencia de las mimas a modo de garantizar el funcionamiento integral de la educación tecnológica en México.

De esta manera, se podrá rescatar en la estructura institucional y administrativa de la Secretaría de Educación Pública, la conciencia y compromiso por instituir una formación tecnológica educativa de calidad, pero sobre todo, articulada desde una etapa básica para que miles de jóvenes logren con el tiempo, alcanzar un nivel de aprendizaje efectivo que le permita satisfacer las necesidades presentes y futuras de los diferentes sectores productivos del país.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, el suscrito, diputado Fernando Espino Arévalo, como integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LXI Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, someto a la consideración del Pleno de esta soberanía, para estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal para que en el ámbito de sus atribuciones, realice las gestiones necesarias a efecto de reformar el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, con el propósito de crear la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas, para lo cual se emite el siguiente

Acuerdo

Único. Este órgano legislativo exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal para que en el ámbito de sus atribuciones, realice las gestiones necesarias a efecto de reformar el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, con el propósito de crear la Subsecretaría de Educación e Investigación Tecnológicas, incorporando las unidades administrativas que le correspondían previo a la publicación de este Reglamento en el Diario Oficial de la Federación, el 25 de enero del año 2005, modificando para ello, la estructura orgánica y marco de competencia de las mismas con el fin de garantizar el funcionamiento integral de la educación e investigación tecnológica en México.

Notas

1 Secretaría de Educación Pública, Manual de Organización General de la Secretaría de Educación Pública, Diario Oficial de la Federación, 16 de junio de 2008, (primera sección), p. 42.

2 Secretaría de Educación Pública, Manual de Organización General de la Secretaría de Educación Pública, Diario Oficial de la Federación, 16 de junio de 2008, (primera sección), p. 44.

3 Subsecretaría de Educación Superior. Recuperado en ses2.sep.gob.mx/cgi-bin/acronimos/sya.pl?busca=S

4 Asociación Mexicana de Ingenieros en Comunicaciones Eléctricas y Electrónica, “Desplegado dirigido al Licenciado Vicente Fox Quesada y al Doctor Reyes S. Tamez Guerra”, 23 de noviembre de 2004.

5 Asociación Mexicana de Ingenieros en Comunicaciones Eléctricas y Electrónica, “Desplegado dirigido al Licenciado Vicente Fox Quesada y al Doctor Reyes S. Tamez Guerra”, 23 de noviembre de 2004.

6 Asociación Mexicana de Ingenieros en Comunicaciones Eléctricas y Electrónica, “Desplegado dirigido al Licenciado Vicente Fox Quesada y al Doctor Reyes S. Tamez Guerra”, 23 de noviembre de 2004.

7 Méndez Docurro, Eugenio, Zorrilla Carcaño, Manuel, Ortega Ortega, Manuel V., et al., “Desplegado dirigido al Secretario de Educación Pública, Doctor Reyes S. Tamez Guerra, por parte de los ex Subsecretarios de Educación e Investigación Tecnológicas y ex Directores Generales del Instituto Politécnico Nacional”, La Jornada, México, D. F., 29 de septiembre de 2004, p. 12.

8 Joffre Velázquez, Óscar Javier, “Desplegado dirigido al Licenciado Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”, La Jornada, 21 de octubre de 2004.

- Las cifras concentraron la información relativa a los Colegios Nacionales de Educación Profesional Técnica, Centros de Estudios Tecnológicos, Centros de Educación Técnica Agropecuaria, Centros de Educación Técnica del Mar, entre otros.

9 Méndez Docurro, Eugenio; Zorrilla Carcaño, Manuel, Ortega Ortega, Manuel V., et al., “Desplegado dirigido al Secretario de Educación Pública, Doctor Reyes S. Tamez Guerra, por parte de los ex Subsecretarios de Educación e Investigación Tecnológicas y ex Directores Generales del Instituto Politécnico Nacional”, La Jornada, México, DF, 29 de septiembre de 2004, página 12.

Dado en el Recinto del Palacio Legislativo de San Lázaro sede de la Cámara de Diputados, a 8 de diciembre de 2011.

Diputado Fernando Espino Arévalo (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a llevar a cabo por la Secretaría de Salud acciones reglamentarias y normativas para que los envases de las bebidas alcohólicas incluyan una cara anterior con leyendas y pictogramas o imágenes de advertencia sobre los efectos nocivos del consumo, a cargo del diputado Enrique Torres Delgado, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Enrique Torres Delgado, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXI Legislatura, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de este pleno la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Salud lleve a cabo las acciones reglamentarias y normativas en materia de etiquetado de bebidas alcohólicas, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En México, la Encuesta Nacional de Adicciones 2008 destaca respecto del consumo de alcohol que, como se había observado en estudios previos, el patrón de consumo típico es de grandes cantidades por ocasión de consumo. En total, casi 27 millones de mexicanos de entre 12 y 65 años beben con este patrón y presentan frecuencias de consumo que oscilan entre menos de una vez al mes y diario. Esto significa que, aunque beban con poca frecuencia, cuando lo hacen ingieren grandes cantidades. Casi 4 millones beben grandes cantidades una vez a la semana o con mayor frecuencia.

El consumo consuetudinario, es decir, cuando se beben grandes cantidades una o más veces a la semana, es más frecuente entre hombres que entre mujeres, en una proporción de 5.8 hombres por cada mujer. Entre ellas, sin embargo, esta manera de beber está aumentando, especialmente entre las adolescentes. La diferencia entre mujeres adultas y adolescentes (una mujer entre 12 y 17 años, por cada 1.9 mujeres adultas mayores de 18 años) es menor que la que se observa entre los hombres (un adolescente de entre 12 y 17 años por cada cinco adultos mayores de 18 años).

Tanto en hombres como en mujeres, el grupo de edad que muestra los niveles más altos de consumo es el de 18 a 29 años. Los niveles descienden después conforme aumenta la edad. Los resultados indican que la población adolescente está copiando los patrones de consumo de la población adulta.

El abuso implica un patrón no adaptativo de consumo en personas sin dependencia, que conlleva un deterioro o malestar clínicamente significativo, expresado por uno o más problemas (consumo recurrente que da lugar al incumplimiento de obligaciones en el trabajo, la escuela o la casa; consumo en situaciones en las que hacerlo es físicamente peligroso; problemas legales relacionados con el alcohol; consumo continuado, a pesar de tener problemas sociales continuos o recurrentes, o problemas interpersonales causados o exacerbados por los efectos de la sustancia).

La proporción de la población que presenta abuso/dependencia al alcohol es muy elevada; poco más de cuatro millones de mexicanos cumple con los criterios para este trastorno; de éstos, tres y medio millones son hombres y poco más de medio millón son mujeres.

La encuesta nacional también señala que esta forma de beber se asocia con una proporción importante de problemas. Las dificultades más frecuentes ocurren con la familia (10.8 por ciento), a continuación aparecen las peleas (6 por ciento), los problemas con la policía son menos frecuentes (3.7 por ciento), pero en una proporción importante (41.3 por ciento) se encontraron personas que fueron detenidas bajo los efectos del alcohol. Los problemas laborales no son muy comunes (3.7 por ciento) y en una proporción aún menor los problemas derivaron en la pérdida del empleo o en la posibilidad de perderlo (1.4 por ciento). Por otro lado, a nivel mundial, México ocupa uno de los primeros lugares de mortalidad por cirrosis hepática alcohólica.

Otras estadísticas a nivel nacional, proporcionadas por el Consejo Nacional contra las Adicciones, referente a daños y consecuencias relacionadas con el abuso en el consumo del alcohol nos refieren a que la quinta parte de los accidentes en el área de trabajo se relaciona con la ingesta de bebidas con alcohol y se encuentra entre las 10 principales causas de discapacidad en los empleados; también se relaciona con un grave problema de accidentes vehiculares por el consumo excesivo de bebidas alcohólicas en conductores, que cada año cobran la vida de 20 mil mexicanos.

El alcoholismo es el principal responsable de 50 por ciento de accidentes automovilísticos, que representa la primera causa de muerte en jóvenes.

El consumo de alcohol se asocia por lo menos a 16 causas de mortalidad, tanto a corto como a largo plazos. La Secretaría de Salud señala que tanto el alcoholismo como el abuso en el consumo de alcohol se encuentran entre las principales causas de pérdida de años de vida saludable en México: se registran 22 muertes por cirrosis hepática, la más alta del mundo, por cada 100 habitantes. Además, 26.5 por ciento de los cadáveres del servicio forense fallecieron bajo el efecto etílico. Es decir, ese consumo ocasiona elevados costos sociales. Se ha estimado también que tan sólo el alcoholismo representa actualmente 9 por ciento del peso total de la enfermedad en México.

Por otro lado, según algunas estimaciones, el alcoholismo absorbe 6 por ciento del gasto público y genera improductividad, ya que se pierden 160 mil horas-hombre quincenales, mientras que representa 15 por ciento del ausentismo laboral, e incrementan la deserción escolar.

Cada año se suman a las filas del alcoholismo 1.7 millones de mexicanos, además de que, de acuerdo con autoridades judiciales, 36 por ciento de los delitos y 57 por ciento de los suicidios en nuestro país se encuentran estrechamente relacionados con las bebidas embriagantes. También contribuye con mayores índices de violencia, criminalidad, vandalismo y descomposición social.

El consumo excesivo de alcohol es una constante preocupación para la salud pública debido al número de muertes y de años de vida saludables perdidos por esta sustancia. El alcohol consumido en exceso genera tanto daños a la salud del individuo, como daños a las familias y a la sociedad en general.

Por ello, el gobierno federal ha emprendido una serie de acciones, estrategias y programas a fin de prevenir que los jóvenes inicien el consumo de bebidas alcohólicas a temprana edad y, sobre todo, para evitar el consumo excesivo de alcohol, a través del Consejo Nacional contra las Adicciones, el Instituto Mexicano de la Juventud, del Programa de Acción Específico 2007-2012 “Prevención y Tratamiento de Adicciones”, por señalar algunos; sin dejar de mencionar que hay acciones muy concretas en los distintos órdenes de gobierno a fin de prevenir y tratar el problema de alcoholismo entre los jóvenes.

No obstante los esfuerzos que se han emprendido en la materia, considero que ante la magnitud del problema es necesario fortalecer las acciones y programas dirigidos a prevenir y erradicar el consumo excesivo de alcohol en nuestra población, particularmente entre los jóvenes. Si bien, el alcohol ha demostrado ser una industria próspera en México, no podemos hacer caso omiso a los patrones de consumo indebido y excesivo que están caracterizando a su población.

Expuesta la problemática anterior, compañeras y compañeros legisladores, me permito presentarles una propuesta que nos permita exhortar al gobierno federal a declarar el 15 de noviembre de cada año como el Día Nacional sin Consumo de Alcohol, y a los tres ámbitos de gobierno a que de manera coordinada fortalezcan las acciones y programas dirigidos a prevenir y erradicar el consumo excesivo de alcohol en la población mexicana, pero particularmente entre los jóvenes.

En el marco del Día Internacional en Memoria de las Víctimas de Accidentes de Tránsito, que se celebra el 15 de noviembre, se propone redoblar la acción del estado para prevenir el consumo excesivo de alcohol que nos permita atender la problemática asociada a dicho fenómeno.

Por lo expuesto, someto a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Salud lleve a cabo las acciones reglamentarias y normativas necesarias para que los envases de las bebidas alcohólicas cuenten con una cara anterior en la que figuren leyendas y pictogramas o imágenes de advertencia que muestren los efectos nocivos del consumo de bebidas alcohólicas y que ocupen por lo menos 30 por ciento de la cara posterior del envase.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2011.

Diputado Enrique Torres Delgado (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a instruir a la Sedena a fin de que en las zonas usadas para prácticas de tiro coloque señalamientos sobre tal situación, e indemnice y otorgue pensión vitalicia al menor Oswaldo Zamora Barragán, víctima de la falta de indicaciones de peligro precisas, a cargo del diputado Emilio Serrano Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRD

El suscrito, diputado Emilio Serrano Jiménez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta a esta soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con punto de acuerdo.

Consideraciones

El pasado 19 de julio del presente año un pequeño niño de escasos once años, que ayudaba económicamente a su familia pastoreando un hato de borregos, en el estado de Puebla, en el poblado de Petlalcingo, tuvo la mala fortuna de encontrar un artefacto explosivo “olvidado o dejado” en terrenos que diversos pobladores arrendan a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para que realice prácticas de tiro, un hecho irresponsable de parte de uno o unos efectivos del Ejército mexicano pertenecientes a la XXV zona militar. Al mencionado niño –no importa cómo– le explotó dicho artefacto, perdiendo la pierna derecha, brazo derecho, uno de los testículos y está en riesgo de que le sea amputada la pierna izquierda.

La Sedena argumenta que como no es militar, ni su madre o padre pertenecen al Ejército mexicano, no tiene derecho a ningún tipo de pensión, y le ofrecen la cantidad de 174 mil pesos.

Es incorrecto que el Ejecutivo federal, jefe supremo de nuestras Fuerzas Armadas no tome cartas en el asunto y proceda humanitariamente a apoyar a dicho menor, ya que ha quedado mutilado de por vida, por lo que solicito se exhorte respetuosamente tanto al Ejecutivo federal como al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional a reparar el daño causado, así como a tratar de encontrar la mejor forma de que el pequeño se integre a una vida casi normal, por tanto, someto a consideración de esta Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal para que instruya a la Secretaría de la Defensa Nacional a que en las zonas de adiestramiento, de práctica de tiro que usa en todo el país, coloque señalamientos que adviertan de esa situación, así como proceda a pagar una indemnización y otorgue una pensión vitalicia al menor Oswaldo Zamora Barragán, víctima de la falta de indicaciones de peligro precisas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2011.

Diputado Emilio Serrano Jiménez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al IFE a supervisar y recomendar en coordinación con los institutos electorales estatales que los partidos políticos usen en la propaganda preferentemente material reciclable y de fácil degradación natural, a cargo del diputado Guillermo Cueva Sada, del Grupo Parlamentario del PVEM

Guillermo Cueva Sada, integrante de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al Instituto Federal Electoral, en coordinación con los institutos estatales electorales, para que en el periodo de las campañas electorales de 2012 supervisen y recomienden a los partidos políticos usar propaganda preferentemente reciclable y de fácil degradación natural y así evitar un daño ambiental, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Las elecciones de 2012 son un tema de trascendencia para el país. Sin embargo, no debemos soslayar la materia ambiental, ya que el ambiente es uno de los elementos más importantes para la humanidad: el aire, el suelo y el agua, así como los organismos vivos, han sido una constante preocupación para el sistema jurídico mexicano.

La propaganda que por ley puede usarse por los partidos políticos, esto finalmente se convierte en “basura” electoral, la cual afecta en niveles materiales y visuales.

Por otro lado, no pasa por alto que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos nos garantiza en el párrafo quinto del artículo 4o. el derecho al ambiente:

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.

Es importante que las instituciones busquen la preservación del ambiente, ya que ésta es una de las garantías que nos otorga la Constitución. Parte de la interpretación que se le ha dado la encontramos en el Poder Judicial de la Federación, a través de los tribunales colegiados de circuito, donde se han vertido criterios de interpretación para la protección del ambiente; esto es, a través de la tesis aislada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo XXV, marzo de 2007, pagina 1665 (número de registro 173049):

Derecho a un medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar. Aspectos en que se desarrolla. El derecho a un ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar de las personas, que como derecho fundamental y garantía individual consagra el artículo 4o., párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se desarrolla en dos aspectos: a) en un poder de exigencia y un deber de respeto erga omnes a preservar la sustentabilidad del entorno ambiental, que implica la no afectación ni lesión a éste (eficacia horizontal de los derechos fundamentales); y b) en la obligación correlativa de las autoridades de vigilancia, conservación y garantía de que sean atendidas las regulaciones pertinentes (eficacia vertical).

De ello se desprende que las autoridades tienen la obligación de vigilar, conservar y garantizar. La pretensión del presente punto de acuerdo es que haya vigilancia constante en las campañas electorales de 2012, con el objetivo de tener la menor posibilidad de contaminación con la llamada “basura electoral”.

Las campañas y la propaganda electorales están reguladas en el artículo 228 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales:

Artículo 228

1. La campaña electoral, para los efectos de este código, es el conjunto de actividades llevadas a cabo por los partidos políticos nacionales, las coaliciones y los candidatos registrados para la obtención del voto.

2. Se entienden por actos de campaña las reuniones públicas, asambleas, marchas y, en general, aquellos en que los candidatos o voceros de los partidos políticos se dirigen al electorado para promover sus candidaturas.

3. Se entiende por propaganda electoral el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante la campaña electoral producen y difunden los partidos políticos, los candidatos registrados y sus simpatizantes, con el propósito de presentar ante la ciudadanía las candidaturas registradas.

La pretensión de ello es exhortar al Instituto Federal Electoral para que a través de sus facultades vigile que en la propaganda electoral se utilicen materiales biodegradables, como establece el numeral 2 del artículo 236 del Código Federal de Procedimientos Electorales:

Los partidos, coaliciones y candidatos deberán utilizar en su propaganda impresa y demás elementos promocionales materiales que no dañen el medio ambiente, preferentemente reciclables y de fácil degradación natural. Sólo podrá usarse material plástico reciclable en la propaganda electoral impresa.

La importancia del presente punto de acuerdo es en atención de que la redacción que antecede deja en decisión de los partidos políticos utilizar los materiales reciclables y de fácil degradación natural, pues establece “preferentemente”. Sin embargo, quiero aclarar que no se trata sólo de aplicar una multa o sanción al partido político, sino de tener las previsiones necesarias para que las campañas de 2012 no sean agentes severos de contaminación. La prevención es mejor que la afectación que se puede ocasionar al entorno.

Hacer un llamado al Instituto Federal Electoral para que supervise que las propagandas electorales de 2012 de los partidos políticos sean acatadas conforme lo establece la norma es sólo parte de lo que debe implicar la tarea del Instituto Federal Electoral. Como es por todos sabido, al término de las campañas se acumula una cantidad enorme de la conocida como “basura electoral”.

Los seres humanos tenemos derecho al ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, los primeros en dar el ejemplo son los que pretenden ser representantes de los mexicanos.

En ese tenor, y dada la importancia para los mexicanos, existe la necesidad de analizar lo siguiente:

Primero. Que las campañas electorales que se celebraran en 2012 sean vigiladas para que el material utilizado en la propaganda sea biodegradable, con la finalidad de preservar el ambiente.

Segundo. Es necesario que se tome en cuenta para una pronta prevención que incluya todos los partidos políticos de manera responsable; y a la autoridad electoral el cumplimiento de la legislación no sólo teórica sino que también sea en la práctica. Por ello, a los partidos políticos se les debe vigilar en cuanto a los materiales por utilizar en la propaganda electoral para que éstos sean reciclables y biodegradables.

Por lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta respetuosamente al Instituto Federal Electoral, en coordinación con los institutos estatales electorales, para que en el periodo de las campañas electorales de 2012 supervise y recomiende a los partidos políticos usar propaganda preferentemente reciclable y de fácil degradación natural y así evitar un daño ambiental.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2011.

Diputado Guillermo Cueva Sada (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se convoca a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Relaciones Exteriores de esta soberanía a instar a la SRE para que el país ratifique con la mayor brevedad el Convenio 138, sobre la edad mínima de admisión en el empleo, de la Organización Internacional del Trabajo, a cargo del diputado Miguel Ángel García Granados, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Miguel Ángel García Granados, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Organización Internacional del Trabajo (OIT), creada en 1919 e integrada actualmente por 183 estados nacionales, es un organismo especializado de la Organización de las Naciones Unidas, cuyo propósito principal está orientado a la promoción de la justicia social y al mejoramiento de las condiciones de vida y laborales de los trabajadores.

Es así que el objetivo fundamental de la OIT, promueve la iniciativa de medidas tendientes a generar trabajo decente y medios de sustento, así como seguridad laboral y mejores condiciones de vida para las personas que viven en todos los países del mundo.

Para ello y desde su creación, la OIT se ha caracterizado como un organismo que ha procurado el establecimiento de normas internacionales del trabajo, a través de las cuales se fijan condiciones mínimas en materia de derechos laborales y son dictadas a través de convenios y recomendaciones.

Las normas que dan sustento a la operación de la OIT, son aquellas relativas a procurar en lo fundamental: la abolición del trabajo forzoso, la igualdad de oportunidades y de trato, la libertad sindical, el derecho de sindicación, así como de negociación colectiva y la edad mínima de admisión al empleo o trabajo y abolición del trabajo infantil.

Entre otros instrumentos para el cumplimiento de los propósitos enunciados, la OIT dispone de asistencia técnica que brinda a los estados miembros, gracias a lo cual se ejecutan programas de cooperación técnica internacional con lo cual se auxilia a los países a diseñar y llevar a la práctica políticas y programas tendientes a la promoción de los derechos fundamentales en el trabajo y mejora de las condiciones laborales.

Esta asistencia se ofrece en los rubros de erradicación del trabajo infantil, legislación del trabajo y relaciones laborales, condiciones de trabajo, seguridad social, seguridad y salud en el trabajo, género e igualdad de oportunidades, políticas de empleo, administración del trabajo, formación y rehabilitación profesional, promoción del diálogo social, desarrollo gerencial de micro y pequeñas empresas, estadísticas laborales y cooperativas.

Es así que conforme a la misión que le da vida y tomando en cuenta un total de 10 convenios sobre la edad mínima autorizada para que los niños comiencen a trabajar y que estuvieron vigentes de 1919 a 1965, la Organización Internacional del Trabajo, a través de su Conferencia General convocada en Ginebra el 6 de junio de 1973, adoptó el Convenio 138 sobre la edad mínima de admisión al empleo, que entró el vigor el 19 de junio de 1976.

Convocada por el consejo de administración de la OIT, la conferencia general de la organización determinó adoptar el convenio en referencia, considerando la necesidad de establecer un instrumento general y de carácter internacional, con la visión de lograr la total abolición del trabajo de los niños.

Este convenio, consta de 18 artículos que en lo fundamental preceptúan la necesidad de que las naciones se comprometan a seguir una política que asegure la abolición efectiva del trabajo de los niños y eleve progresivamente la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo a un nivel que haga posible el más completo desarrollo físico y mental de los menores.

Establece asimismo que la edad mínima de admisión a todo tipo de empleo o trabajo que por su naturaleza o las condiciones en que se realice pueda resultar peligroso para la salud, la seguridad o la moralidad de los menores, no deberá ser inferior a dieciocho años.

Precisa también que las legislaciones nacionales podrán permitir el empleo de personas de trece a quince años de edad en trabajos ligeros, siempre y cuando esté condicionado a que ello no sea susceptible de perjudicar la salud y el desarrollo de los menores contratados y que no sean de tal naturaleza que puedan perjudicar su asistencia a la escuela, su participación en programas de orientación o formación profesional aprobados por la autoridad competente o el aprovechamiento de la enseñanza que reciben.

La nobleza del convenio 138 de la OIT estriba en que es calificado como un instrumento efectivo que se basa en los principios de justicia social, toda vez que persigue el propósito de que los niños no comiencen a trabajar demasiado temprano, estableciendo para tal objetivo la edad en que legalmente puedan incorporarse al empleo.

No obstante ello y a pesar de haber sido aceptado por la gran mayoría de los estados miembros de la OIT, México no ha ratificado aún este trascendente convenio.

Por lo anteriormente expuesto, elevo a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se convoca a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados, a que insten a la Secretaría de Relaciones Exteriores del gobierno mexicano, para que a la brevedad sea ratificado por nuestro país el Convenio 138 sobre la edad mínima de admisión al empleo de la Organización Internacional del Trabajo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2011.

Diputado Miguel Ángel García Granados (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Sagarpa a impulsar por la Conapesca el desarrollo técnico de la camaronicultura en Nayarit, a cargo de la diputada Martha Elena García Gómez, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Martha Elena García Gómez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación que impulse por la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca el desarrollo de la camaronicultura en Nayarit, con base en las siguientes

Consideraciones

Nayarit cuenta con un litoral de 289 kilómetros de longitud y una plataforma continental de más de 16 mil kilómetros cuadrados, aguas estuarinas y lagunas con más de 900 kilómetros cuadrados y un gran embalse de 128 kilómetros cuadrados de la presa hidroeléctrica de Aguamilpa.

Las lagunas más importantes son las de Santa María del Oro, San Pedro Lagunillas y Tepetiltic; los esteros de San Blas son fuente importante de producción acuícola y pesquera, principalmente. En materia de infraestructura pesquera, Nayarit cuenta con 2 mil 283 embarcaciones para la captura de camarón y pescado por año; tiene gran producción en el renglón de la acuacultura.

La organización social para la explotación pesquera se encuentra estructurada a través de 75 sociedades cooperativas, con una membresía de más de 5 mil socios, varias uniones ejidales pesqueras, uniones de pescadores, empresas privadas y escuelas tecnológicas y de ingenierías.

En San Blas, Santiago Ixcuintla, Tecuala, Tuxpan y Rosamorada se localizan importantes centros de producción y experimentación pesquera y acuícola, a través de granjas que aplican tecnología de punta en los cultivos de camarón y mojarra tilapia. Las especies más importantes son camarón, mojarra, huachinango, sierra, lisa, cazón, ostión, tiburón, bandera, robalo, carpa, pargo y corvina. La producción pesquera anual es de alrededor de 20 mil toneladas. Esto implica una participación en el producto interno bruto nacional de 2.40 por ciento.

Uno de los ejemplos de desarrollo que el sector puede tener es el del cultivo del camarón. Nayarit ha logrado que a través del trabajo de cooperativas el producto pueda impulsar el desarrollo de la población de las localidades dedicadas a la pesca.

Un estudio de la FAO (http://www.fao.org/docrep/field/003/AB493S/AB493S04.htm) menciona que el desarrollo de la camaronicultura tiene su base en el crecimiento de la demanda de camarón, la que ya no puede ser cubierta por las capturas.

Asimismo, estima que en la medida en que la camaronicultura tienda a desarrollarse basada más en sistemas intensivos de cultivo, de alta inversión y menos en el aprovechamiento de las condiciones naturales, la medida de ganancia en el sector tenderá a disminuir, a menos que la demanda crezca más rápidamente que la oferta. La salud económica de los países consumidores es fundamental para el desarrollo de la actividad.

Es factible que en esta industria a mediano o largo plazo se presente mayor competencia entre países productores. Las ventajas de México son su cercanía a uno de los principales mercados del mundo, el de Estados Unidos, lo cual implica gastos de transporte relativamente bajos. Además, cuenta con zonas de muy elevada productividad natural por la concentración de postlarvas y la calidad de sus aguas. Tiene costos de producción más bajos que otros países de la región y muchas de las granjas se encuentran en terrenos ejidales; por tanto, entre sus costos de producción no figura el relativo a la adquisición de terrenos.

Por la misma razón, la camaronicultura extensiva, que requiere menos inversiones, tiene en los ejidos amplias posibilidades de crecimiento.

Así, mediante la explotación del camarón, la población de esas localidades puede tener acceso a un beneficio social. En México, el cultivo de camarón puede ser fuente de empleo importante debido a la organización cooperativa y al carácter ejidal y comunal de la tenencia de la tierra en amplias zonas aptas para el cultivo.

Por tanto, es importante establecer incentivos para que la actividad pueda ser detonante del desarrollo de esas poblaciones. Sería importante realizar incentivos tanto a la productividad como a la investigación. Del mismo modo, resulta relevante buscar que la organización de estos productores fortalezca su crecimiento.

Por lo expuesto se formula la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita respetuosamente a las autoridades de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación que por la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca impulsen el desarrollo tecnológico de la camaronicultura en Nayarit mediante su programa Vinculación Productiva.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2011.

Diputada Martha Elena García Gómez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a las dependencias federales y a las estatales del sector salud y de seguridad social a emprender acciones que garanticen a los deportistas profesionales un acceso eficaz a los servicios que proporcionan esas instituciones y, en especial, su incorporación en el Seguro Social, a cargo de la diputada Lily Fabiola de la Rosa Cortés, del Grupo Parlamentario del PRI

La diputada federal Lily Fabiola de la Rosa Cortés, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por el Estado de Coahuila de Zaragoza, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de pleno la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La seguridad social constituye un derecho humano reconocido en nuestra Constitución y en diversos instrumentos internacionales de los que el Estado mexicano forma parte. Tal derecho constituye una condición sine que non para el desenvolvimiento de la vida de todo ser humano, mismo que garantiza a todo individuo, la certeza que ante una contingencia imprevista de salud, propia o de algún familiar, siempre tendrá el auxilio debido para hacer frente a la misma.

No obstante, a pesar de los grandes avances que se han dado para extender la cobertura de la Seguridad social a una mayor parte de la población, la realidad es que aún existen amplios sectores que carecen de la misma 1 y no digamos ya en la calidad de beneficiarios, sino incluso de los propios asegurados que a pesar de la existencia de una relación de trabajo carecen del derecho fundamental (y la obligación correlativa del Estado, así como de los patrones particulares) de que se les otorgue el acceso a la seguridad social.

Nos referimos, en concreto a aquellos trabajadores especiales que en función de su particular relación de trabajo se encuentran en una situación de desventaja frente a otros trabajadores. Esta categoría de trabajo incluye a aquéllos trabajadores como los deportistas profesionales, que prestan su trabajo por eventos o funciones y que pese a la existencia de una relación de trabajo, no disfrutan de derechos plenos a la seguridad social. En muchos casos, como ocurre con luchadores y boxeadores, los derechos a la seguridad social (cuando los hay) se limitan a la mínima atención sin tomarse medidas preventivas para evitar daños a futuro. No hablemos ya de derechos muchas veces inalcanzables como un seguro de Invalidez, de enfermedades no profesionales, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, de vivienda, etc.

Todos estos seguros de los que disponen diversos trabajadores en función de su relación de trabajo, en la inmensa mayoría de los casos para los trabajadores deportistas profesionales son impensables. A nivel internacional, esta categoría de trabajadores se ubican en lo que se ha denominado “Trabajadores de la economía no estructurada” a la que en breve nos referiremos.

Fundamento jurídico

El derecho a la seguridad social se encuentra contenido en diversas normas de nuestro ordenamiento jurídico así como en diversos instrumentos internacionales de los que el Estado mexicano forma parte. En esta pluralidad de normas en materia de seguridad social se establecen sus alcances e implicaciones, así como los principios que deben seguirse durante su aplicación.

Nuestra Carta Magna prevé diversas disposiciones, tanto en lo que hace a la seguridad social, como en lo referente al deporte profesional, que es el principio orientador de esta Proposición con Punto de Acuerdo. En efecto, en su artículo 4o., último párrafo, nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos precisa:

Artículo 4o. constitucional, último párrafo: “(...) Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia.”

En lo referente al derecho a la Seguridad social, el artículo 123 Constitucional, en su apartado A, fracción XXIX, establece que es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicio de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.

Asimismo, la Ley del Seguro Social dispone en su artículo 2o. que “La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado”

Asimismo, el Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13, fracción I, de la Ley del Seguro Social, prevé dentro del régimen obligatorio la figura de la incorporación voluntaria al Seguro Social para los trabajadores independientes, como profesionales.

Cabe precisar que de acuerdo con el Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión sobre la Situación Financiera y los Riesgos del IMSS 2010-2011, se tiene un registro de 14,898 trabajadores independientes cuya seguridad social depende de una decisión voluntaria, individual o colectiva y no de una obligación patronal por no existir una relación laboral. 2

Por su parte, la Ley Federal del Trabajo en cuanto a los Deportistas Profesionales indica en su artículo 300 lo siguiente:

“Artículo 300.- Son obligaciones especiales de los patrones: I. Organizar y mantener un servicio médico que practique reconocimientos periódicos (...)”

Sin embargo, debe precisarse que tal beneficio que otorga el numeral antes citado, debe de ser conforme a lo establecido en el artículo 123 Constitucional, en su apartado A, fracción XXIX, antes citado.

En cuanto a la normativa internacional que tutela el acceso a la seguridad social como un Derecho Humano, son diversos los instrumentos internacionales en los que pueden encuadrarse las propuestas presentadas en el presente punto de acuerdo. Tales instrumentos, además, son obligatorios para el Estado mexicano en virtud de la ratificación o adhesión que de ellos ha hecho y en virtud de ser parte del derecho interno mexicano conforme al artículo 133 Constitucional que dispone:

Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.”

Por si fuera poco, al respecto existen criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que recalcan su obligatoriedad para el Estado mexicano y su supremacía por encima de las leyes federales. De este modo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido, entre otras, la tesis número P.IX/2007, instancia Pleno, Novena Época, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXV, abril 2007, que a la letra indica:

Tratados internacionales. Son parte integrante de la ley suprema de la unión y se ubican jerárquicamente por encima de las leyes generales, federales y locales. Interpretación del artículo 133 constitucional. La interpretación sistemática del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos permite identificar la existencia de un orden jurídico superior, de carácter nacional, integrado por la Constitución Federal, los tratados internacionales y las leyes generales. Asimismo, a partir de dicha interpretación, armonizada con los principios de derecho internacional dispersos en el texto constitucional, así como con las normas y premisas fundamentales de esa rama del derecho, se concluye que los tratados internacionales se ubican jerárquicamente abajo de la Constitución Federal y por encima de las leyes generales, federales y locales, en la medida en que el Estado Mexicano al suscribirlos, de conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena Sobre el Derecho de los Tratados entre los Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales y, además, atendiendo al principio fundamental de derecho internacional consuetudinario pacta sunt servanda, contrae libremente obligaciones frente a la comunidad internacional que no pueden ser desconocidas invocando normas de derecho interno y cuyo incumplimiento supone, por lo demás, una responsabilidad de carácter internacional.

No limitándonos con lo anterior, señalamos del mismo modo lo que recientemente ha considerado nuestro máximo tribunal como control de convencionalidad que obliga a los operadores de normas jurídicas de nuestro país, a aplicar de manera conjunta e integral tanto la Constitución, los Tratados Internacionales y la Jurisprudencia Internacional, tratándose de normas que protegen a los Derechos Humanos, en los cuales están contenidos, tanto el deporte profesional en su carácter de actividad laboral, como la seguridad social; los criterios jurisprudenciales a que se hace referencia son los siguientes:

Control de convencionalidad en sede interna. Los tribunales mexicanos están obligados a ejercerlo. Tratándose de los derechos humanos, los tribunales del Estado mexicano como no deben limitarse a aplicar sólo las leyes locales, sino también la Constitución, los tratados o convenciones internacionales conforme a la jurisprudencia emitida por cualesquiera de los tribunales internacionales que realicen la interpretación de los tratados, pactos, convenciones o acuerdos celebrados por México; lo cual obliga a ejercer el control de convencionalidad entre las normas jurídicas internas y las supranacionales, porque éste implica acatar y aplicar en su ámbito competencial, incluyendo las legislativas, medidas de cualquier orden para asegurar el respeto de los derechos y garantías, a través de políticas y leyes que los garanticen.

Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito.

Amparo directo 1060/2008. **********. 2 de julio de 2009. Mayoría de votos. Disidente: Hugo Sahuer Hernández. Ponente: Juan García Orozco. Secretario: Víctor Ruiz Contreras.

Tesis: XI.1o.A.T.47 K

Tesis Aislada

Asimismo:

Control de convencionalidad. Debe ser ejercido por los jueces del estado mexicano en los asuntos sometidos a su consideración, a fin de verificar que la legislación interna no contravenga el objeto y finalidad de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido criterios en el sentido de que, cuando un Estado, como en este caso México, ha ratificado un tratado internacional, como lo es la Convención Americana sobre Derechos Humanos, sus Jueces, como parte del aparato estatal, deben velar porque las disposiciones ahí contenidas no se vean mermadas o limitadas por disposiciones internas que contraríen su objeto y fin, por lo que se debe ejercer un “control de convencionalidad” entre las normas de derecho interno y la propia convención, tomando en cuenta para ello no sólo el tratado, sino también la interpretación que de él se ha realizado. Lo anterior adquiere relevancia para aquellos órganos que tienen a su cargo funciones jurisdiccionales, pues deben tratar de suprimir, en todo momento, prácticas que tiendan a denegar o delimitar el derecho de acceso a la justicia.

Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

Amparo directo 505/2009. Rosalinda González Hernández. 21 de enero de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Patricio González-Loyola Pérez. Secretario: Víctor Octavio Luna Escobedo.

Tesis: I.4o.A.91 K

Tesis Aislada

En virtud de la obligatoriedad antes señalada, hacemos ahora referencia a los principales instrumentos internacionales en los que se encuadra la presente Proposición con Punto de Acuerdo.

Declaración Universal de Derechos Humanos.

Aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948. En tratándose de Seguridad social señala lo siguiente:

“Artículo 22.- Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social , y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.”

Asimismo:

“Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

(...)”

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Este instrumento internacional es vinculante para el Estado mexicano a partir de su ratificación el 20 de febrero de 1975, y su publicación en el DOF el 13 de junio de 1975 (Promulgación). Para efectos de la presente iniciativa es importante por lo siguiente:

“Artículo 5

En conformidad con las obligaciones fundamentales estipuladas en el artículo 2 de la presente Convención, los Estados partes se comprometen a prohibir y eliminar la discriminación racial en todas sus formas y a garantizar el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, sin distinción de raza, color y origen nacional o étnico, particularmente en el goce de los derechos siguientes:

De la a) a la d)...

e) Los derechos económicos, sociales y culturales, en particular:

De la i) a la iii)...

iv) El derecho a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales; (...)”

Declaración americana de los derechos y deberes del hombre

Aprobada en la Novena Conferencia Internacional Americana, en Bogotá, Colombia en 1948. En su artículo XVI dispone:

“Artículo XVI. Toda persona tiene derecho a la seguridad social que le proteja contra las consecuencias de la desocupación, de la vejez y de la incapacidad que, proveniente de cualquier otra causa ajena a su voluntad, la imposibilite física o mentalmente para obtener los medios de subsistencia.”

Protocolo Adicional a la Convención americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales (Protocolo de San Salvador)

Este instrumento internacional es vinculante para el Estado mexicano a partir de su ratificación el 16 de abril de 1996, y su publicación en el DOF el 1º de septiembre de 1998 (Promulgación). Para efectos de la presente iniciativa es importante por lo siguiente:

“Artículo 9 Derecho a la Seguridad social”

1. Toda persona tiene derecho a la seguridad social que la proteja contra las consecuencias de la vejez y de la incapacidad que la imposibilite física o mentalmente para obtener los medios para llevar una vida digna y decorosa. En caso de muerte del beneficiario, las prestaciones de seguridad social serán aplicadas a sus dependientes.

2 . Cuando se trate de personas que se encuentran trabajando, el derecho a la seguridad social cubrirá al menos la atención médica y el subsidio o jubilación en casos de accidentes de trabajo o de enfermedad profesional y, cuando se trate de mujeres, licencia retribuida por maternidad antes y después del parto.”

Conferencia Internacional del Trabajo, 89ª reunión, informe de la Comisión de Seguridad social, resoluciones y conclusiones relativas a la seguridad social.

En 2001 la Conferencia Internacional del Trabajo, compuesta de representantes de los Estados, empleadores y trabajadores, afirmó que la seguridad social “es... un derecho humano fundamental y un instrumento esencial para crear cohesión social... La protección social tiene también importantes efectos positivos en la sociedad en su conjunto al promover la cohesión social y un sentimiento general de seguridad entre sus miembros.” 3

Debe señalarse que a pesar de no ser un tratado internacional, este criterio emitido por la Conferencia Internacional del Trabajo es obligatorio para el Estado mexicano en relación con el control de convencionalidad antes señalado que implica la obligación del Estado mexicano de aplicar las normas internacional en materia de Derechos Humanos, ratificadas por México, conforme a la interpretación que de ellas hagan los Tribunales Internacionales u órganos especializados en la materia.

Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos

Este instrumento internacional es vinculante para el Estado mexicano a partir de su adhesión el 23 de marzo de 1981, y su publicación en el DOF el 20 de mayo de 1981. Para efectos de la presente iniciativa es importante por lo siguiente:

“Artículo 9

Los Estados partes en el presente pacto reconocen el derecho de toda persona a la seguridad social, incluso al seguro social.”

Al respecto, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU (en adelante Comité DESC), elaboró en su 39º período de sesiones (2007) la Observación general Nº 19 relativa al derecho a la seguridad social. Dicha Observación General es obligatoria para el Estado mexicano, pese a no ser un tratado Internacional, en virtud del Control de la Convencionalidad al cual están obligados todos los servidores públicos del Estado y que implica, entre otras cosas, la obligación de aplicar imperativamente los criterios, jurisprudencia y/o opiniones vertidas por los órganos internacionales especializados en tratándose de los Instrumentos Internacionales firmados y ratificados por el Estado mexicano.

En dicha observación, el Comité DESC realiza una interpretación amplia, destacándose lo siguiente:

“El derecho a la seguridad social incluye el derecho a no ser sometido a restricciones arbitrarias o poco razonables de la cobertura social existente, ya sea del sector público o del privado, así como del derecho a la igualdad en el disfrute de una protección suficiente contra los riesgos e imprevistos sociales...Si bien los elementos del derecho a la seguridad social pueden variar según las diferentes condiciones, hay una serie de factores fundamentales que se aplican en todas las circunstancias, según se indica a continuación: (...) El derecho a la seguridad social es de importancia fundamental para garantizar a todas las personas su dignidad humana cuando hacen frente a circunstancias que les privan de su capacidad para ejercer plenamente los derechos reconocidos en el Pacto. El derecho a la seguridad social incluye el derecho a obtener y mantener prestaciones sociales, ya sea en efectivo o en especie, sin discriminación, con el fin de obtener protección, en particular contra: a) la falta de ingresos procedentes del trabajo debido a enfermedad, invalidez, maternidad, accidente laboral, vejez o muerte de un familiar; b) gastos excesivos de atención de salud; c) apoyo familiar insuficiente, en particular para los hijos y los familiares a cargo.” 4

De gran importancia es lo que frente al principio de no discriminación comenta el Comité DESC: “De conformidad con el párrafo 1 del artículo 2 del Pacto, los Estados Partes deben tomar medidas efectivas, y revisarlas periódicamente en caso necesario, hasta el máximo de los recursos de que dispongan, para realizar plenamente el derecho de todas las personas, sin ningún tipo de discriminación, a la seguridad social, incluido el seguro social. La formulación del artículo 9 del Pacto indica que las medidas que se utilicen para proporcionar las prestaciones de seguridad social no pueden definirse de manera restrictiva y, en todo caso, deben garantizar a toda persona un disfrute mínimo de este derecho humano.” 5

En este sentido, no habría justificación alguna para que en algunos casos la relación de trabajo permitiera proporcionar a unos trabajadores la mayor protección en tratándose de seguridad social y, en otros casos (como ocurre con los deportistas profesionales) se carezca en gran medida, de los mínimos exigidos para la seguridad social aún y cuando en ambos casos nos encontramos ante una relación laboral. En estos casos podemos hablar de una violación al principio de no discriminación y, consecuentemente, en una derivación de responsabilidad internacional para el Estado mexicano.

Aunado a lo anterior, como comenta el Comité DESC: “La obligación de los Estados Partes de garantizar que el derecho a la seguridad social se ejerza sin discriminación (párrafo 2 del artículo 2 del Pacto) y en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres (art. 3) se extiende a todas las obligaciones previstas en la parte III del Pacto. El Pacto prohíbe toda discriminación, de hecho o de derecho, directa o indirecta, por motivos de raza, color, sexo, edad, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento, discapacidad física o mental, estado de salud (incluido el VIH/SIDA), orientación sexual, estado civil o cualquier otra condición política, social o de otro tipo que pretenda o tenga por efecto anular o menoscabar el igual disfrute o el ejercicio del derecho a la seguridad social.”

Ahora bien, en cuanto a los sujetos destinatarios de la seguridad social, un Estado debe de conceder la mayor prioridad a aquellos sectores que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad pues “Aunque toda persona tiene derecho a la seguridad social, los Estados partes deben prestar especial atención a las personas y los grupos que tradicionalmente han tenido dificultades para ejercer este derecho , en particular las mujeres, los desempleados, los trabajadores insuficientemente protegidos por la seguridad social, las personas que trabajan en el sector no estructurado, los trabajadores enfermos o lesionados, las personas con discapacidad, las personas de edad, los niños y adultos a cargo, los trabajadores domésticos, las personas que trabajan en su domicilio, los grupos minoritarios, los refugiados, los solicitantes de asilo, los desplazados internos, los repatriados, los no nacionales, los presos y los detenidos.” 6

Respecto de los trabajadores insuficientemente protegidos por la seguridad social, el Comité DESC ha señalado que “Los Estados partes deben tomar medidas, hasta el máximo de los recursos de que dispongan, para que la cobertura de los sistemas de seguridad social se extienda a los trabajadores insuficientemente protegidos por la seguridad social, como los trabajadores a jornada parcial, los trabajadores ocasionales, los empleados por cuenta propia y las personas que trabajan en su domicilio. En los casos en que los planes de seguridad social para estos trabajadores se basen en la actividad profesional, estos planes deben adaptarse de manera que los trabajadores tengan condiciones equivalentes a las de los trabajadores a jornada completa comparables. Salvo en el caso de los accidentes laborales, esas condiciones podrían determinarse en proporción a las horas de trabajo, a las cotizaciones o a los ingresos, o mediante otro método apropiado. Cuando los planes basados en la actividad profesional no proporcionen una cobertura adecuada a estos trabajadores, el Estado Parte tendrá que adoptar medidas complementarias.” 7

En lo que atiende a la economía no estructurara el Comité DESC ha considerado que: “Los Estados Partes deben adoptar medidas, hasta el máximo de los recursos de que dispongan, para que la cobertura de los sistemas de seguridad social se extienda a las personas que trabajan en la economía no estructurada. La economía no estructurada ha sido definida por la Conferencia Internacional del Trabajo como “el conjunto de actividades económicas desarrolladas por los trabajadores y las unidades económicas que, tanto en la legislación como en la práctica, están insuficientemente contempladas por los sistemas estructurados o no lo están en absoluto”. Este deber es particularmente importante en los casos en que los sistemas de seguridad social se basan en una relación laboral formal, una unidad empresarial o una residencia registrada. Estas medidas podrían incluir: a) la eliminación de los obstáculos que impiden el acceso de esas personas a los planes de seguridad social no tradicionales, como el seguro comunitario; b) el otorgamiento de un nivel mínimo de cobertura de riesgos e imprevistos con una expansión progresiva con el tiempo; y c) el respeto y el apoyo a los planes de seguridad social desarrollados en el marco de la economía no estructurada, como los planes de microseguro y otros planes de microcrédito afines. El Comité observa que en algunos Estados Partes con importantes sectores de economía no estructurada se han adoptado programas que atienden las necesidades del sector no estructurado, por ejemplo proporcionando planes de pensiones y de salud universales que incluyan a todas las personas.”

Debemos de señalar que el Estado tiene, en tratándose de Derechos Sociales, fundamentalmente obligaciones de carácter positivo que implican un “hacer” de parte de él, a diferencia de lo que ocurre con los derechos civiles y políticos en donde la actuación del Estado, en la mayor parte de los casos, se implica una obligación de “no hacer” o “abstención”. Si bien es cierto que tanto en uno como en otro caso, en realidad existen tanto obligaciones de hacer como de no hacer, en tratándose de los derechos sociales las obligaciones son por lo general de “hacer”. 8

Pues bien, el derecho a la salud, el deporte y la seguridad social son especies de los llamados “Derechos sociales” frente a los cuales el Estado tiene el deber de hacerlos efectivizar de manera progresiva (o como se dice en la doctrina: hacerlos justiciables), 9 para que cada vez más personas puedan beneficiarse de los mismos.

En cuanto a las obligaciones tradicionales del Estado en materia de Derechos Humanos, esto es, respecto de las obligaciones de respetar, investigar, sancionar y garantizar.

La forma en cómo un Estado puede vulnerar Derechos Humanos puede ser tanto por acción como por omisión. En este último caso, cuando el Estado no adopta las medidas necesarias para efectivizar un derecho reconocido tanto en su propio ordenamiento nacional como en los distintos instrumentos de Derechos Humanos de carácter internacional, la consecuencia es la responsabilidad internacional del Estado por la violación a los Derechos Humanos de los gobernados (vía omisión).

En efecto, nuestro Poder Judicial de la Federación ha sostenido ya que “si bien los Jueces y tribunales mexicanos -en principio- quedan sujetos a la observancia y aplicación del imperio de las disposiciones nacionales, cuando el Estado Mexicano ha ratificado un tratado internacional -como la Convención Americana- como parte del aparato del Estado que son, también quedan sometidos a ésta; por tanto, están obligados a velar porque los efectos de las disposiciones que la integran no se vean mermados por la aplicación de leyes contrarias a su objeto y fin, mediante el ejercicio del control de convencionalidad entre las normas jurídicas internas y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, más aún, la interpretación que de esa convención hubiese realizado la Corte Interamericana, como su último intérprete...” 10

Ahora bien, el Control de Convencionalidad al que están obligadas todas las autoridades del Estado mexicano se actualiza también “cuando el Estado no ha cumplido con el deber de adoptar disposiciones de derecho interno (artículo 2 de la Convención) para garantizar con efectividad el ejercicio de los Derechos Humanos reconocidos en la Convención, la Corte Interamericana en sentencia le ordena al Estado adoptar medidas legislativas (leyes internas) o de otro carácter que fueren necesarias para obtener dicha efectividad.” 11

El no cumplimiento de la normatividad a la que está obligado el Estado por vía de la omisión es lo que ha sido denominado “omisión legislativa absoluta”, en este caso ocurre que la vulneración a una obligación internacionalmente asumida por el Estado se actualiza por inexistencia de actuación del Estado frente a la obligación a la que se encuentra sujeto. 12

En tratándose de la seguridad social, es obligatorio que el Estado adopte medidas progresivas tendientes a extender este derecho cada vez a la mayor cantidad de personas. Actualmente, en nuestro país, todavía una inmensa cantidad de individuos se encuentran exentos de la cobertura de la seguridad social. Las limitaciones económicas que pueda tener un Estado no resultarían justificables cuando a través de diversos instrumentos como el seguro voluntario, podría ampliarse la cobertura a la seguridad social a través de los particulares que disponen de los servicios laborales de trabajadores independientes a su disposición.

En este sentido, el suscrito, consciente de la compleja problemática que viven los deportistas profesionales en materia de seguridad social, vertiendo las consideraciones jurídicas y sociales antes señaladas, acudo a esta tribuna para solicitar su respaldo para la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a las dependencias federales y estatales del sector salud y de seguridad social para que en el ámbito de sus respectivas competencias, emprendan acciones que garanticen que los deportistas profesionales tengan un acceso eficaz a todos y cada uno de los servicios que proporcionan esas instituciones, en especial, en su incorporación dentro de lo que es el seguro social en sus respectivas modalidades.

Notas

1 En múltiples ocasiones, el Congreso de la Unión se ha pronunciado por diversos medios a efecto de que tal desigualdad existente pueda reducirse. El Senado de la República recientemente considero que “la seguridad social es un tema fundamental en el bienestar de la población en general. De acuerdo con datos oficiales en México, más del cincuenta por ciento de la población no cuenta con cobertura de seguridad social, ya sea del IMSS, el ISSSTE o alguna otra institución, fenómeno que hoy representa uno de los retos más importantes del Estado, transitar a un sistema universal de seguridad social para todos.” Proposición con punto de acuerdo de la Comisión de Seguridad social del Senado de la República, en relación a la Seguridad social de Deportistas Profesionales, aprobado el 11 de octubre de 2011. Del mismo modo, es de destacar la reciente aprobación hecha por el Senado de la República del “Proyecto de Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo para el Acceso de Artistas, Creadores y Gestores Culturales a la Seguridad Social” en la cual se propone la creación de un fideicomiso que tendrá por objeto otorgar un apoyo económico a los artistas, creadores y gestores culturales para su incorporación voluntaria al régimen obligatorio del Seguro Social. Dicha minuta se encuentra remitida a la Cámara de Diputados para efectos de continuar el trámite legislativo respectivo.

2 Ibídem.

3 Conferencia Internacional del Trabajo. 89ª reunión, 2001. Informe VI, Seguridad social: temas, retos y perspectivas. Pág. 18. ONLINE. Consultado el 17/11/11 en: http://www.ilo.org/public/spanish/standards/relm/ilc/ilc89/pdf/rep-vi.p df

4 Comité de Derechos Humanos. Observación General No. 19. El derecho a la seguridad social (artículo 9). 39º periodo de sesiones (2007)”. En: Recopilación de las observaciones generales y recomendaciones generales adoptadas por órganos creados en virtud de tratados de Derechos Humanos. Volumen I. Naciones Unidas, ONO. Pág. 181.

5 Ibídem.

6 Comité de Derechos Humanos. Observación General No. 19. Ob. Cit. Pág. 187.

7 Comité de Derechos Humanos. Observación General No. 19. Ob. Cit. Pág. Pág. 188.

8 “Puede reconocerse que la faceta más visible de los derechos económicos, sociales y culturales son las obligaciones de hacer, y es por ello que a veces se les denomina «derechos prestación». Sin embargo, no resulta difícil descubrir cuando se observa la estructura de estos derechos la existencia concomitante de obligaciones de no hacer: el derecho a la salud conlleva la obligación estatal de no dañar la salud; el derecho a la educación supone la obligación de no empeorar la educación; el derecho a la preservación de un medio ambiente sano implica la obligación de no destruir el medio ambiente... desde ya adelantamos que muchas de las acciones legales tendentes a la aplicación judicial de los derechos económicos, sociales y culturales se dirigen a corregir la actividad estatal cuando ésta incumple con obligaciones de no hacer. En suma, los derechos económicos, sociales y culturales también pueden ser caracterizados como un complejo de obligaciones positivas y negativas por parte del Estado, aunque en este caso las obligaciones positivas revistan una importancia simbólica mayor para identificarlos.” Abramovich, Víctor y Christian Courtis. Los derechos sociales como derechos exigibles. Trotta. 2ª Ed. 2004. Pág. 25.

9 Abramovich, Víctor y Christian Courtis. Ob. Cit. Pág. 21.

10 Amparo directo 1060/2008. Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, correspondiente al 2 de julio de 2009. Morelia, Michoacán. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXXI, Mayo de 2010. Página: 2079 y ss.

11 Ibídem.

12 Ibídem.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2011.

Diputada Lily Fabiola de la Rosa Cortés (rúbrica)

Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobierno de Nayarit y al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva a aplicar medidas de prevención y atención de cáncer de mama en la entidad, a cargo de la diputada Martha Elena García Gómez, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Martha Elena García Gómez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno proposición con punto de acuerdo por el que exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Nayarit y al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva para aplicar medidas de prevención y atención del cáncer de mama en la Nayarit, con base en las siguientes

Consideraciones

Desde el año 2006, el cáncer de mama se ha convertido en la primera causa de muerte por enfermedad en las mujeres mayores de 25 años, de igual forma este mal se ha extendido y ahora es más alto el índice de la enfermedad entre las mexicanas.

El problema del cáncer de mama es que puede ser asintomático en su etapa inicial, lo que en muchas ocasiones provoca que la atención resulte tardía. En este sentido, mientras más pronto se detecte la enfermedad, más probabilidades de curación existen. El diagnostico del cáncer de mamá se divide en 5 etapas, siendo la etapa 1 la de menor gravedad y la etapa 4, la más grave. Se considera etapa 0 cuando es necesario verificar nuevamente para establecer un diagnóstico.

De acuerdo al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva de la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, las probabilidades de cura se manifiestan de la siguiente manera:

Posibilidades de supervivencia

Etapa Probabilidad de curación

Etapa 0 95 por ciento

Etapa I 88 por ciento

Etapa II 66 por ciento

Etapa III 36 por ciento

Etapa IV 7 por ciento

Por esta razón es trascendental que la prevención del cáncer de mama sea una prioridad para todos los gobiernos, una prioridad que debe convertir esta prevención en un eje nodal dentro de las políticas públicas en materia de salud, con el ánimo de lograr mejores condiciones de vida para la población y en específico para las mujeres.

Las acciones deben encaminarse a difundir adecuados hábitos alimenticios entre las mujeres, la reducción del consumo de grasa animal; difundir la importancia de la actividad física, estimular el control de la obesidad entre la población femenina, así como disminuir el consumo de alcohol.

Otra de las medidas relevantes es la difusión de la autoexploración de los senos, ya que permite conocer su forma, su aspecto y su textura, desarrollando sensibilidad en tus manos para identificar cualquier cambio.

Sin duda una de las medidas preventivas más importantes es la realización de exámenes radiográficos de las mamas o mastografía, acudiendo a un hospital, centro de salud o unidad móvil donde se cuente con mastógrafo.

Para el estado de Nayarit, en la actualidad, se presentan ciertas problemáticas que no permiten tener una adecuada política de prevención y atención de las mujeres con cáncer de mama.

En Nayarit se cuenta con una capacidad física instalada de 2 mamógrafos digitales fijos, y una unidad móvil, con capacidad para la realización de 13 mil 160 estudios, sin embargo, la meta es de 5 mil 960, presentando un bajo desempeño, para la potencialidad. Esto se puede explicar por lo siguiente:

Dentro del análisis de la problemática de la capacidad instalada de los equipos, estos continuamente presentan fallas sin que se lleve a cabo ningún tipo de mantenimiento correctivo y mucho menos preventivo. Uno de los equipos (Siemens) tiene 14 meses sin funcionamiento y sin mantenimiento, otro equipo (Hologic), de febrero a la fecha, no cuenta con mantenimiento preventivo y el correctivo se llevó a cabo con una por una falla eficiente, quedando pendiente la factura de pago por dicho mantenimiento. Se cuenta con 2 impresoras una Agfa y otra Fuji, de las cuales una no se encuentra en funcionamiento desde hace 2 años, y otra funciona irregularmente, sin mantenimiento preventivo ni correctivo. Los insumos en el área de radiología no fluyen regularmente por lo que hay desabasto constantemente, específicamente en las placas.

Se menciona la dificultad para la realización de biopsias en el área de radiología, por los altos costos.

La cobertura de pacientes no se logra por:

• Falta operación del centro de llamado.

• Falta de promoción en el primer nivel.

• En el área quirúrgica no se cuenta con suficientes quirófanos o quirófano propio para programar pacientes confirmadas, ni tampoco para la realización de biopsias en los Birads 4-5, ni a las pacientes con lesiones palpables.

• El hospital civil presenta baja productividad y nulo apoyo para la lectura de mastografías de la unidad móvil.

• El hospital civil cobra las mastografías a pesar de operar con insumos y equipos federales

Cabe mencionar que es la tasa de mortalidad se mantiene alta, sin embargo ligeramente por debajo de la media nacional con una cifra de 15.5 con 44 defunciones.

Para el periodo enero-septiembre del presente año se tenía como meta realizar 4 mil 474 mastografías, sin embargo, al periodo en cuestión únicamente se han realizado 1 mil 579, lo que implica un avance de 35 por ciento.

Del mismo modo, es importante mencionar que el presupuesto anual para este programa es de 8 millones 678 mil 275 pesos, provenientes de las aportaciones federales y las transferencias de la Secretaría de Salud.

Es conveniente mencionar que bajo esta situación hay asuntos relevantes que se deben atender a la brevedad a efecto de no retrasar la operación y por ende, estar en condiciones de salvar la vida de muchas mujeres nayaritas.

Estos asuntos versan en el siguiente tenor:

• No se cuenta con pólizas de mantenimiento (preventivo/correctivo) para los equipos.

• Insumos escasos, especialmente placas mastográficas.

• No se reciben insumos oportunamente.

• Recurso humano es contratado periódicamente, lo que obliga a una capacitación frecuente.

• Se requiere mayores recursos para ofertar la capacitación.

• Se requiere capacitación del personal de primer y segundo niveles de atención.

• A nivel estatal liberación tardía del presupuesto federal Ramo 12.

• Presupuesto insuficiente (Ramo 33 y Anexo IV).

Por lo expuesto, se hace la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta respetuosamente al gobierno del estado de Nayarit, para que realice las acciones necesarias como el mantenimiento de equipos de mastografía y de capacitación del personal médico, con el objeto de que la prevención y atención de cáncer de mama en esa entidad federativa se realice de manera oportuna y adecuada.

Segundo. Se solicita a la Secretaría de Salud, a través del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, coadyuve con el gobierno del estado de Nayarit para apoyar las acciones de prevención del cáncer de mama en ese estado.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2011.

Diputada Martha Elena García Gómez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a la presente administración de Guanajuato, a cargo del diputado Antonio Benítez Lucho, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de conformidad con lo previsto en el artículo 79, numeral I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Decía Thomas Jefferson: “Cuando alguien asume un cargo público, debe considerarse a sí mismo como propiedad pública”. Evidentemente no se debe entender lo contrario, como ocurre en Guanajuato, en donde el gobernador asume que el estado y sus asuntos son cosa personal y en donde se gobierna con total autarquía, ineficiencia y pésima administración.

Es imprescindible que exista una agenda de responsabilidad en el manejo de la deuda pública. Con principios de transparencia, sustentabilidad, rendición de cuentas, disponibilidad de recursos y un balance adecuado entre la deuda interna y externa. Todo ello con objetivos claros para coadyuvar al crecimiento y generación de empleo en congruencia con el precepto constitucional.

Como es de dominio público, en esa entidad, el Partido Acción Nacional (PAN) tiene un hoyo negro en materia de endeudamiento estatal: en sólo cinco años la deuda de Guanajuato creció 287 por ciento, al pasar de mil 972 millones de pesos a siete mil 632 millones de pesos.

De acuerdo con cifras de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el gobernador Juan Manuel Oliva duplicó el endeudamiento del estado en dos ocasiones: en los dos primeros años de su gobierno pasó de mil 972 millones de pesos a 3 mil 801 millones de pesos. Y luego, entre 2008 y 2010, este monto se volvió a duplicar para llegar a la cifra actual de siete mil 632 millones de pesos.

Para dimensionar el peso del endeudamiento, éste representa ya 45.3 por ciento de las participaciones federales y 41 por ciento de los ingresos totales del gobierno estatal, es decir, casi la mitad la debe.

Al inicio de la administración de Oliva el peso de la deuda representaba la tercera parte del actual, pues era de 16.1 por ciento de las participaciones que año con año da a la entidad la federación.

Sobre los acreedores del estado, la Secretaría de Finanzas de Guanajuato reporta que la mayor parte, 85.15 por ciento, son instituciones de la banca comercial: Banco del Bajío, BBV-Bancomer, Banamex, Scotiabank y HSBC, a los que debe seis mil 499 millones de pesos. Para pagarles tiene como plazo el año 2027, con lo que están comprometidos ya los próximos tres gobiernos y al menos la próxima generación de guanajuatenses.

A pesar de que el gobernador Oliva Ramírez ha triplicado la deuda en los cinco años que han transcurrido de su sexenio, Guanajuato es la entidad que más migrantes expulsa a Estados Unidos: en 2010 se fueron de la entidad 118 mil 800 personas, 10.8 por ciento del total de migrantes que abandonaron el país para buscar una mejor vida, conforme a cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

En rezago educativo Guanajuato se sitúa en quinto lugar, con un millón 838 mil 463 personas que, según el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), son analfabetas.

En cuanto a miseria, de acuerdo con el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), el estado tiene a más de la mitad de su población en calidad de pobreza patrimonial. Como lo documentó la Universidad de Guanajuato, el estado ocupa el primer lugar nacional en suicidios. Cada vez más menores de edad se quitan la vida por falta de perspectivas laborales, por lo que el problema debe considerarse un asunto grave de seguridad pública y de descomposición social.

Cada año 45 mil niños, niñas y adolescentes guanajuatenses dejan la escuela por migrar a Estados Unidos, comenzar a trabajar, o por falta de recursos económicos.

Frente a ello, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) ha reportado que Guanajuato es un estado que no entrega los reportes que le fueron solicitados por los medios de fiscalización local. Entre las deficiencias de control se encuentran el pago de conceptos no financiables, transferencias a cuentas sin destino oficial, pago de compensaciones o estímulos no autorizados, nómina de empleados que no fueron localizados, pago a personas con cargos de elección popular, pago de multas, errores en facturas, intereses bancarios no reportados, transferencias a nómina de sindicalizados y bienes inmuebles no localizados, entre otros.

Es grave que la Auditoría Superior de la Federación señalara 13 observaciones por anomalías en el manejo de recursos federales para la Secretaría de Educación de Guanajuato, de las que se emitieron tres recomendaciones, además de una solicitud de aclaración y tres pliegos de observaciones. Una de las principales observaciones que emitió la ASF, es que se dejaron de ejercer 850 millones de pesos –en el periodo 2009–, relativos a destinarse a infraestructura educativa, sin que se proporcionara evidencia de su aplicación.

Frente a estos lamentables hechos, que significan una traición y faltas graves al estado de derecho, esta Cámara debe proceder a restituir, en lo pertinente, el curso de la legalidad que merecen los guanajuatenses.

Por lo anteriormente expuesto, presento a esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación, para que realice una auditoría detallada a la presente administración del estado de Guanajuato, en especial a su deuda pública y a los fondos del Ramo 33 y que genere las acciones legales y administrativas que de sus resultados se desprendan.

Segundo. Se solicita que la Comisión de Hacienda y Crédito Público conforme un grupo de trabajo plural que investigue a fondo los hechos detallados y determine lo procedente conforme a derecho.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2011.

Diputado Antonio Benítez Lucho (rúbrica)

Con punto de acuerdo, relativo a la presente administración de Jalisco, a cargo del diputado Antonio Benítez Lucho, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de conformidad con lo previsto en el artículo 79, numeral I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con puntos de acuerdo con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Decía Séneca: “El gobierno de sí mismo es el más difícil”. La incapacidad para asumir los valores que exige gobernar, como son responsabilidad, transparencia, rectitud y apego al derecho, conduce al desgobierno y a la mediocridad como línea de acción política. Así se puede resumir la lamentable suma de actos, que tienen sumidos en la vergüenza y el enojo a los habitantes del estado de Jalisco. Como muestra del manejo virreinal de esa entidad, se puede citar el hecho de que las observaciones realizadas por la Auditoria Superior de la Federación se han disparado por arriba de 300 por ciento. En 2009, 9 auditorías arrojaron un dictamen negativo, sumando más de 4 mil millones de pesos de fondos federales desviados en la entidad, lo que es un perjuicio grave a la ley y al erario público.

Los casos más graves detectados por las auditorias de 2009 se refieren a mil 497 millones 982 mil pesos enviados al gobierno estatal desde la federación para el fortalecimiento de las entidades federativas, y mil 839 millones para el acuerdo de coordinación en materia de salud. Como puede deducirse fácilmente, estos recursos también se le escatimaron a los municipios de Jalisco, por parte de la autoridad estatal.

En días pasados, decía el presidente Felipe Calderón que si algo caracteriza al panismo, es su transparencia y capacidad de administración. Lo que dice hasta con candor el presidente, se contradice con gran cantidad de irregularidades de sus municipios y gobiernos estatales, como Jalisco. Por cierto, además de un gobierno pésimo, el actual gobernador es el que más ha endeudado a su estado, colocándolo como la cuarta entidad más endeudada del país con 20 mil 931.3 millones de pesos. Desde la llegada de los gobiernos panistas a la entidad, la deuda pública del estado ha ido creciendo, cuando en 1993 –antes del arribo de Alberto Cárdenas Jiménez– se tenía un débito menor a los 5 mil millones de pesos.

Tan sólo en el periodo de 2007 a 2010 el incremento de la deuda fue de un 147 por ciento, y para este año está por alcanzar el 213 por ciento, es decir, se pasaría de los ocho mil 480 a los 26 mil 531 millones de pesos en menos de cuatro años. Y ello, sin rendición de cuentas, por lo que sería de interés público saber en qué proyectos productivos prioritarios se han invertido 12 mil 451 millones de pesos y cuáles han sido sus resultados o porque el titular del Ejecutivo, solicitó 5 mil 600 millones de pesos para deuda de 2011, previo al proceso electoral de 2012.

La contratación de deuda será una de las marcas del gobierno de Emilio González Márquez quien, desde que llegó al cargo, ha solicitado cinco créditos, que suman 10 mil 348 millones de pesos. Esto representa 58.4 por ciento del total de los pasivos contratados en la entidad en casi 20 años, es decir, las últimas cuatro administraciones. Ni los Panamericanos lo salvan de este juicio a su gobierno.

Ante estas irregularidades, en Jalisco, la población de dicha entidad padece los resultados pésimos de un mal gobierno, en el que existen 2 millones 718 mil 300 personas que viven con algún nivel de pobreza, ya sea extrema o media, con carencias sociales graves y de ingreso. Si Jalisco recibe casi los mismos recursos que Chiapas, Michoacán y Oaxaca, con su ventaja en localización y capacidad industrial, a todas luces los resultados son deficientes y hasta negativos.

Para corroborar el deterioro social de Jalisco, recordemos que en julio del año pasado, el Consulado de Estados Unidos en Jalisco emitió un mensaje de alerta a los ciudadanos norteamericanos que viven o que piensan visitar dicha entidad. En el primer informe cuatrimestral de 2011 de la presente administración en Jalisco, se establece que en 9 de 10 indicadores por delitos no se lograron las metas establecidas, que consistía en todos los casos en disminuir la incidencia. Los delitos que continúan a la alza son el robo a vehículos con 3 mil 236, robos a personas con mil 53, extorsiones telefónicas, robos a negocios con mil 181 y robos a casa habitación con 2 mil 111.

Ni duda cabe, en Jalisco es preciso impulsar acciones a favor de la legalidad, el estado de derecho y la transparencia desde este Poder Legislativo.

Por lo expuesto, presento a esta honorable asamblea la siguiente proposición conforme los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a realizar una auditoría detallada a la presente administración del estado de Jalisco, en especial a su deuda pública y a los fondos del Ramo 33 y que genere las acciones legales y administrativas que de sus resultados se desprendan.

Segundo. Se solicita que la Comisión de Hacienda y Crédito Público que conforme un grupo de trabajo plural que investigue a fondo los hechos detallados y determine lo procedente conforme a derecho.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2011.

Diputado Antonio Benítez Lucho (rúbrica)