Gaceta Parlamentaria, año XIII, número 3102-III, jueves 23 de septiembre de 2010


Dictámenes a discusión

Dictámenes

De las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo a fin de exhortar a la Comisión Nacional del Agua a llevar a cabo acciones para el saneamiento integral del vaso regulador El Cristo, situado en Naucalpan de Juárez, México

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Recursos Hidráulicos de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnado, para estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 618, que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a tomar las medidas pertinentes para el saneamiento integral del vaso regulador El Cristo, situado en el municipio de Naucalpan de Juárez, estado de México, presentado por el diputado David Ricardo Sánchez Guevara, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

En virtud del análisis y estudio del punto de acuerdo que se dictamina, los integrantes de estas comisiones ordinarias, con base en las facultades que nos confieren los artículos 39, numeral 1, y 45, numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicano, así como los artículos 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen de acuerdo con los siguientes:

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada el 10 de noviembre de 2009 por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el diputado David Ricardo Sánchez Guevara, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Comisión Nacional del Agua y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a tomar las medidas pertinentes para el saneamiento integral del vaso regulador El Cristo, situado en el municipio de Naucalpan de Juárez, estado de México,

Segundo. En esa misma fecha, la Mesa Directiva turnó la proposición citada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

El promovente expone los impactos que en el deterioro ambiental y en la población han ocasionado la condición de insalubridad en que se encuentra el vaso regulador El Cristo, cuya función debería ser regular las descargas de aguas negras provenientes tanto del municipio como del Distrito Federal, a través de los ríos Hondo y Chico de los Remedios, pero que en los últimos años, este vaso regulador se ha convertido en depósito de aguas negras a cielo abierto,

Afirma también que diversas instancias, como la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Comisión Nacional del Agua, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Distrito Federal, a las que, desde 2000, los afectados han acudido para presentar sus denuncias o quejas y que les han manifestado que el problema es competencia municipal, a lo que el municipio ha expresado que no cuenta con recursos para atender esta cuestión.

En relación con lo expuesto por el promovente, cabe señalar lo siguiente:

Respecto a la autoridad competente para la solución de la problemática expuesta, es de señalar que el Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 1 establece en los artículos 2, fracción XXXI, inciso a), y 44, que para el estudio, planeación y despacho de sus asuntos contará con organismos desconcentrados, entre ellos la Comisión Nacional del Agua, la cual tendrá las atribuciones que se establecen en la Ley de Aguas Nacionales.

El Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, 2 señala en el artículo 6 que ésta se organizará en dos niveles para el ejercicio de sus funciones: uno, nacional; y otro, regional hidrológico-administrativo. Los titulares de las unidades administrativas de ambos niveles estarán jerárquicamente subordinados al director general de la comisión. Las unidades administrativas del nivel regional hidrológico-administrativo serán los organismos de cuenca, cuyos titulares y los de las unidades que les estén adscritas ejercerán sus atribuciones conforme a la ley, el reglamento interior de la comisión y los instrumentos administrativos que emita el director general de la comisión, en la circunscripción territorial correspondiente.

Con fundamento en el Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua –artículo undécimo transitorio, fracción XIII–, así como en acuerdo por el que se determina la circunscripción territorial de los organismos de cuenca de la Comisión Nacional del Agua, lo concerniente al municipio de

Naucalpan de Juárez competencia del Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México.

Respecto a la materia de la problemática, cabe señalar que el sistema principal de drenaje está formado por diferentes elementos, entre los que figuran presas y lagunas de regulación, colectores, estaciones de bombeo, colectores semiprofundos, cauces, camales y túneles profundos, entre otros.

La zona metropolitana del valle de México (ZMVM), situada en una cuenca cerrada, cuenta con tres salidas artificiales denominadas gran canal de desagüe (túneles de Tequisquic), emisor del poniente (tajo de Nochistongo) y el emisor central.

El vaso regulador El Cristo es receptor de aguas fluviales y residuales de los cauces de los ríos Hondo y Chico de los Remedios, y descarga sus aguas en el túnel emisor poniente. Tiene una extensión de 130 hectáreas, su capacidad de almacenamiento es de 4 metros cúbicos y es utilizado exclusivamente para el manejo temporal de los picos de lluvia provenientes de las zonas urbanas.

Al paso del tiempo, y debido al crecimiento de la metrópoli y a los hundimientos regionales provocados por la explotación de los mantos acuíferos ubicados en el subsuelo de ésta, ha sucedido lo siguiente:

a) El gran canal del desagüe ha perdido su capacidad de desalojo, limitándose a un máximo de 40 m3/s, ayudado por una estación de bombeo situada en el km 18+600.

b) El emisor del poniente depende de que el vaso regulador El Cristo presente niveles de agua altos para que vierta un cierto caudal para su desalojo. Lo anterior implica cerrar las compuertas de descarga al Río de Los Remedios. Actualmente se ejecuta un proyecto para la construcción de una estación de bombeo y evitar que se requieran niveles altos en el vaso, a fin de que el emisor desaloje escurrimientos pluviales o residuales.

c) El emisor central ha disminuido también su capacidad de desalojo por la variación de su coeficiente de rugosidad (falta de mantenimiento) y por la descarga de importantes caudales a través del inspector centro-poniente, que provoca importantes remansos aguas arriba, reflejados en su lumbrera “O”. 3

En razón de lo anterior, tal y como lo señala el promovente, los niveles altos de agua del vaso de El Cristo, necesarios para su funcionamiento, ocasionaron una situación de insalubridad para la zona circundante.

La Comisión Nacional del Agua señala que, desde 2007, personal técnico inició labores de inspección, evaluación y reparación hidráulica en el emisor central para revisar si se cumplen con la resolución en materia de impacto ambiental y a la normatividad, respecto del manejo de lixiviado, el biogás y las aguas pluviales, para evitar poner en riesgo de contaminación severa a los cuerpos de agua emisor central del sistema de drenaje profundo de la zona metropolitana del valle de México: gran canal km 11 +600, Laguna Casa Colorada, Canal de Sales y vaso El Cristo. 4

Asimismo, y ante el rezago en el desarrollo de infraestructura hidráulica y a la necesidad de diseñar nuevos sistemas de drenaje acordes con el desarrollo de la zona metropolitana, el gobierno federal inició las gestiones para realizar proyectos de modernización y ejecución de inversiones en obras de agua potable, drenaje y saneamiento.

Es así que, a través del Fideicomiso 1928, la Comisión Nacional del Agua coordina técnicamente la realización de las obras y proyectos para el saneamiento del valle de México, y que de manera conjunta autoriza con los gobiernos del estado de México y del Distrito Federal, en su carácter de fideicomitentes. Tales acciones tiene como objetivos garantizar el suministro de agua potable a la zona metropolitana del valle de México, reducir el problema de sobreexplotación de los acuíferos y los hundimientos del suelo con afectaciones a la infraestructura urbana, lograr una solución integral al desalojo y tratamiento del agua residual, reducir los riesgos de inundación en la zona metropolitana y mejorar las condiciones ambientales de las zonas de riego,

La publicación denominada Subsector agua potable, alcantarillado y saneamiento, publicado por la Comisión Nacional del Agua en septiembre de 2008, señala que como parte del Programa de Sustentabilidad Hídrica del Valle de México y para mejorar la capacidad de desalojo de las aguas residuales y realizar la inspección anual y conservación del túnel emisor central, principal salida de las aguas de gran parte de la cuenca de México, se inició la construcción de las plantas de bombeo gran canal kilómetro 11+600, Casa Colorada (cárcamo superficial) y vaso El Cristo, las cuales son operadas por el Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México. 5

Efectivamente, para el caso que nos ocupa, en marzo de 2007, 6 el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, la Sociedad Nacional de Crédito, la Institución de Banca de Desarrollo, el Fideicomiso 1928 “Para apoyar el Saneamiento del Valle de México”, ingresó a la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, el proyecto para la construcción de una planta de bombeo en el vaso regulador El Cristo, municipio de Tlalnepantla, estado de México, a fin de derivar en épocas de estiaje el agua del Río de los Remedios hacia el túnel del emisor poniente. 7

El objetivo de la construcción y operación de la planta de bombeo es la derivación en épocas de estiaje, del caudal del Río de los Remedios aguas arriba del vaso hacia el emisor poniente, sin que sea necesario incrementar el nivel del embalse por el almacenamiento de aguas negras, que en el estiaje constituyen la mayor parte del caudal del río, lo que significa mejores condiciones salubres que el método antiguo.

Con base en lo anterior y aunado a lo que señala el promovente, respecto de hacer efectivo el derecho a un medio ambiente sano para los habitantes de Naucalpan de Juárez, resulta necesario que las autoridades competentes continúen tomando las medidas pertinentes para el saneamiento integral del vaso regulador El Cristo.

De acuerdo con lo antes expuesto, los integrantes de estas comisiones unidas dictaminadoras que suscriben el presente, se permiten someter a consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional del Agua a

1. Realizar un diagnóstico integral para el saneamiento del vaso regulador El Cristo.

2. Informar a esta soberanía de las acciones, estudios y proyectos realizados para el saneamiento del vaso regulador El Cristo en el marco del Programa para la Sustentabilidad Hídrica de la Cuenca del Valle de México.

3. Elaborar un diagnóstico sobre la calidad del agua en el vaso El Cristo, entendiendo que sus aguas se reutilizarán y, en el caso de existir un estudio, informar a esta soberanía los resultados de éste.

4. Informar a esta soberanía sobre las labores de inspección, evaluación y reparación hidráulica realizadas que afecten el vaso regulador El Cristo, a fin de saber si cumplen con la normatividad ambiental vigente, en lo que respecta al manejo de lixiviado, biogás y las aguas pluviales.

5. A través de su Coordinación de Proyectos de Abastecimiento del Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México informar a esta soberanía de los efectos que ha tenido la instalación de bombeo vaso de Cristo, para el cumplimiento de las metas contenidas en el Programa de Saneamiento del Valle de México y las acciones que falten de realizar para el cumplimiento de éstas.

Notas

1 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2003.

2 Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2006.

3 http://www.imta.mxlgaceta/anteriores/g04-08-2007/sistema-drenaje-mexico .html

4 http://www.conagua.gob.mx/CONAGUA07/Noticias/NERTIENTES-145. pdf

5 http://www.conagua.gob.mx/CONAGUA07/Noticias/dSAPAS_2008. pdf

6 htpp://sinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/mex/resolutivos/2007/ 15EM2007H0006.pdf

7 http://www.imta.mx/gaceta/anteriores/g04-08-2007/gaceta-imta-04.pdf

Dado en el salón de plenos de la honorable Cámara de Diputados el 17 de febrero de 2010.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Roberto Borge Angulo, Jeny de los Reyes Aguilar (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), María Dina Herrera Soto (rúbrica), Araceli Vásquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), secretarios; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Juan José Guerra Abud (rúbrica), Eduardo Yánez Montaño (rúbrica), María Estela de la Fuente Dagdug, Judith Fabiola Vásquez Saut (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Jorge Venustiano González Ilescas, José Alfredo Torres Buitrón (rúbrica), Francisco Alejandro Moreno Merino, Víctor Manuel Kidnie de la Cruz (rúbrica), Jesús Giles Sánchez (rúbrica), Juan Pablo Escobar Martínez (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), María de la Paz Quiñónez Cornejo (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez (rúbrica), Alejandro Bahena Flores, Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Gerardo del Mazo Morales (rúbrica).

La Comisión de Recursos Hidráulicos

Diputados: Óscar Javier Lara Aréchiga (rúbrica), presidente; Emilio Andrés Mendoza Kaplan, José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villlalva (rúbrica), José Manuel Marroquín Toledo (rúbrica), Silvia Isabel Monge Villalobos, Francisco Javier Orduño Valdez, Leticia Robles Colín (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Ninfa Clara Salinas Sada (rúbrica), Cora Cecilia Pinedo Alonso (rúbrica), secretarios; Jaime Álvarez Cisneros (rúbrica), José Antonio Aysa Bernat, Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Benjamín Clariond Reyes Retana (rúbrica), Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Baltazar Martínez Montemayor, Edgardo Melhem Salinas (rúbrica), Ramón Merino Loo (rúbrica), Manuel Guillermo Márquez Lizalde (rúbrica), Juan de Jesús Pascualli Gómez (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell, Jorge Rojo García de Alba (rúbrica), Fausto Sergio Saldaña del Moral (rúbrica), Rolando Zubia Rivera (rúbrica).

De la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo relativo al respeto de la laicidad del Estado por las asociaciones religiosas que redunde en la observancia de los derechos humanos de gays, lesbianas, bisexuales, transexuales y transgénero

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación fue turnada, para estudio, análisis y dictamen, proposición con punto de acuerdo relativo al respeto del principio de la laicidad del Estado mexicano por parte de las asociaciones religiosas.

Esta Comisión de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea dictamen basándose en los siguientes

Antecedentes

I. Con fecha ocho de diciembre de dos mil nueve, los diputados Balfre Vargas Cortez y Enoé Margarita Uranga Muñoz, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Jaime Arturo Vázquez Aguilar, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza; y Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolucionario Institucional, haciendo uso de la facultad que les confiere el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentaron a consideración de esta Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita la Secretaría de Gobernación que demande de las iglesias y asociaciones religiosas el cumplimiento estricto del principio de laicidad que rige al Estado mexicano.

II. En la misma fecha, ocho de diciembre de dos mil nueve, la proposición con punto de acuerdo mencionada fue turnada por disposición de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión a la Comisión de Gobernación para estudio y dictamen.

III. Con fecha veintiocho de abril de dos mil diez, se presentó al pleno de la Comisión de Gobernación el proyecto de dictamen correspondiente, siendo aprobado.

Contenido de la proposición

La diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz refiere la importancia en el debate legislativo del fortalecimiento del estado laico como tema primordial para la democracia mexicana. La proponente, ante declaraciones del clero católico contra personas homosexuales, afirma que “quienes creemos en que los seres humanos tienen derecho a la felicidad, quienes sabemos que el mejor valor de la sociedad está en su diversidad, quienes entendemos que la democracia es diálogo entre distintos, donde no tiene cabida la imposición absurda de ‘verdades únicas e incuestionables’, somos innumerables quienes estamos comprometidos en esta idea de país, sin importar cual sea nuestra preferencia sexual”.

En este sentido, y en defensa del estado laico, la proponente argumenta que los “derechos sexuales son parte de los derechos humanos, los cuales tienen la característica de ser universales, inalienables, imprescriptibles, interdependientes, inviolables e intransferibles, de manera que su ataque repercute en los demás aspectos de la vida de las personas, a quienes les toca determinar libremente su preferencia sin ser molestados en su privacidad, siempre y cuando no afecte los derechos de terceros”.

Por las declaraciones del clero católico, la proponente considera necesaria la intervención de la Secretaría de Gobernación para mantener las relaciones con las distintas asociaciones religiosas dentro del marco del respeto a los derechos humanos, por lo que la dependencia debe hacer un apercibimiento o aplicar las sanciones correspondientes “ante estas intromisiones en los asuntos internos del país por parte de los representantes del Estado Vaticano, que constituyen una flagrante violación a nuestra Constitución política y un desafío al Estado laico”.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la propuesta, los integrantes de la Comisión de Gobernación de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados exponemos las siguientes

Consideraciones

1. El artículo 130, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece uno de los principios fundamentales que rige las relaciones del Estado con las iglesias: la separación de los negocios civiles y eclesiásticos, considerando, además, la sujeción de las agrupaciones religiosas a las leyes de la república:

Artículo 130. El principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo. Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley.

2. La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, publicada el 15 de julio de 1992 en el Diario Oficial de la Federación, consagra a laicidad del Estado mexicano, debiendo ejercer su autoridad sólo en lo relativo a la observancia de las leyes, como queda establecido en su artículo 3o:

Artículo 3o. El Estado mexicano es laico . El mismo ejercerá su autoridad sobre toda manifestación religiosa, individual o colectiva, sólo en lo relativo a la observancia de las leyes, conservación del orden y la moral públicos y la tutela de derechos de terceros. El Estado no podrá establecer ningún tipo de preferencia o privilegio en favor de religión alguna. Tampoco a favor o en contra de ninguna iglesia ni agrupación religiosa.

3. El principio de laicidad define al Estado como neutral o no confesional en materia religiosa, es decir, no concurre con las opciones religiosas de los ciudadanos mediante la adopción religiosa oficial. Cuando se encuentra garantizada la libertad religiosa en una sociedad, el Estado laico se muestra respetuoso, pero no indiferente del fenómeno religioso y de la separación real y efectiva entre el Estado y las iglesias, pudiendo existir relaciones de cooperación. En ese sentido, la legislación se orienta hacia la superación del Estado confesional.

4. El artículo 130, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala la facultad conferida al Congreso de la Unión para legislar en materia de culto público, iglesias y asociaciones religiosas; por otro lado, es competencia del Ejecutivo, a través de la Secretaría de Gobernación, la aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, de acuerdo a lo establecido en su artículo 25:

Artículo 25. Corresponde al Poder Ejecutivo federal por conducto de la Secretaría de Gobernación la aplicación de esta ley. Las autoridades estatales y municipales, así como las del Distrito Federal, serán auxiliares de la federación en los términos previstos en este ordenamiento.

Las autoridades federales, estatales y municipales no intervendrán en los asuntos internos de las asociaciones religiosas.

...

5. La Secretaría de Gobernación, a través de la Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos tiene la competencia para aplicar lo relativo a la legislación en materia de asociaciones religiosas, como señala el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público:

Artículo 3o. La aplicación del presente reglamento corresponde a la secretaría, por conducto de la subsecretaría y de la dirección general. Las atribuciones encomendadas a la dirección general las aplicará sin perjuicio de que éstas puedan ser ejercidas directamente por la subsecretaría.

Son autoridades auxiliares de la federación en la aplicación de la ley y el presente reglamento, las de los gobiernos de los estados y los municipios, así como las del Distrito Federal.

La secretaría podrá dictar los criterios y disposiciones de carácter administrativo que sean necesarios para la correcta aplicación e interpretación del presente reglamento, con arreglo al ámbito de su competencia y en observancia de las disposiciones jurídicas en la materia.

6. En las relaciones con las asociaciones religiosas, las autoridades observarán el principio de separación del Estado y las iglesias, la laicidad y la igualdad ante la ley. Las autoridades federales, estatales y municipales, en el ámbito de su competencia, realizarán los actos necesarios para garantizar a cualquier persona el libre ejercicio de los derechos y libertades en materia religiosa, propiciando la coexistencia pacífica entre los individuos, entre individuos y grupos de las distintas religiones y credos con presencia en el país, especialmente el fomento del diálogo y la convivencia interreligiosa, según señala el artículo 32 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

7. En la actualidad, las iglesias han tenido un papel activo de opinión en los diversos temas nacionales y, en este sentido, las discusiones y debates se seguirán dando, ya que existen temas pendientes en las agendas de los órganos públicos que interesan a las asociaciones religiosas, como es la promoción de iniciativas que pretenden una reforma a los preceptos constitucionales y legales sobre la laicidad del Estado mexicano y relaciones del Estado con las iglesias.

8. Esta comisión considera importante seguir fortaleciendo el principio del Estado laico y el de separación del Estado y las iglesias, por lo que la autoridad competente debe ser garante del cumplimiento de las disposiciones constitucionales establecidas en los artículos 24 y 130, además de proveer en la esfera administrativa la exacta observancia y aplicación de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y su Reglamento por lo que, en aras de la democracia, debe promoverse la idea de diálogo y tolerancia siendo viable el exhorto para que la Secretaría de Gobernación realice los actos necesarios que garanticen el respeto del Estado laico que redunde en el respeto a los derechos humanos.

9. Por otro lado, si bien el Congreso de la Unión tiene la facultad constitucional de legislar en materia de culto público y de iglesias y agrupaciones religiosas, según el artículo130, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es necesario precisar que sólo compete al Ejecutivo realizar las procedimientos previstos en la Ley de Asociaciones Religiosas y su Reglamento cuando la actividad de las asociaciones religiosas vulnere el orden legal vigente.

10. De acuerdo con el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, son infracciones a dicho ordenamiento por parte de los sujetos a la que misma se refiere:

Artículo 29. Constituyen infracciones a la presente ley por parte de los sujetos que ésta se refiere:

I. Asociarse con fines políticos, así como realizar proselitismo o propaganda de cualquier tipo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política algunos;

II. Agraviar a los símbolos patrios o de cualquier modo inducir a su rechazo;

III. Adquirir, poseer o administrar las asociaciones religiosas, por sí o por interpósita persona, bienes y derechos que no sean, exclusivamente, los indispensables para su objeto, así como concesiones de la naturaleza que fuesen;

IV. Promover la realización de conductas contrarias a la salud o integridad física de los individuos;

V. Ejercer violencia física o presión moral, mediante agresiones o amenazas, para el logro o realización de sus objetivos;

VI. Ostentarse como asociación religiosa cuando se carezca del registro constitutivo otorgado por la Secretaría de Gobernación;

VII. Destinar los bienes que las asociaciones adquieran por cualquier título a un fin distinto del previsto en la declaratoria de procedencia correspondiente;

VIII. Desviar de tal manera los fines de las asociaciones que éstas pierdan o menoscaben gravemente su naturaleza religiosa;

IX. Convertir un acto religioso en reunión de carácter político;

X. Oponerse a las leyes del país o a sus instituciones en reuniones públicas;

XI. Realizar actos o permitir aquellos que atenten contra la integridad, salvaguarda y preservación de los bienes que componen el patrimonio cultural del país, y que están en uso de las iglesias, agrupaciones o asociaciones religiosas, así como omitir las acciones que sean necesarias para lograr que dichos bienes sean preservados en su integridad y valor; y

XII. Las demás que se establecen en la presente ley y otros ordenamientos aplicables.

11. De esta forma, y de acuerdo con las infracciones específicas que la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala, una vez que se haya demostrado que existe responsabilidad de la asociación religiosa, sólo la autoridad competente, en este caso la Secretaría de Gobernación, procederá a la sanción, la cual puede ir desde el apercibimiento hasta la cancelación del registro, de acuerdo a la naturaleza y gravedad de la falta o infracción, la posible alteración de la tranquilidad social y el orden público, la situación económica y grado de instrucción del infractor y la reincidencia, si la hubiere, de acuerdo a lo previsto en el artículos 31 y 32 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

12. Esta comisión, de acuerdo a lo expuesto, estima que la legislación en la materia es clara en cuanto al procedimiento cuando las asociaciones religiosas hayan incurrido en infracciones a la ley; en este sentido, de haber una posible violación a la legislación en la materia, deberán realizarse los procedimientos establecidos expresamente que permitan garantizar la equidad y certeza jurídica, por lo que no se considera viable el exhorto para que la Secretaría de Gobernación aplique las sanciones contenidas en la ley en la materia contra los “representantes del Estado Vaticano” y considerar “como parte de la sanción una disculpa pública...” en favor de las personas integrantes de grupos minoritarios.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Gobernación someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el siguiente

Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Gobernación a realizar los actos necesarios que le son competentes, a través de la Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos, para garantizar el principio de laicidad del Estado que redunde en el respeto de los derechos humanos de los integrantes de las personas gays, lesbianas, bisexuales, transexuales y transgénero.

Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a veintiocho de abril de dos mil diez.

La Comisión de Gobernación

Diputados: Javier Corral Jurado (rúbrica), presidente; Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Felipe de Jesús Rangel Vargas (rúbrica), Ilich Lozano Herrera (rúbrica), Lorena Corona Valdés (rúbrica), Juan Enrique Ibarra Pedroza, Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Gastón Luken Garza (rúbrica), Francisco Ramos Montaño, Gregorio Hurtado Leija, Luis Carlos Campos Villegas (rúbrica), Raúl Domínguez Rex (rúbrica), secretarios; Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Sami David David, Nancy González Ulloa (rúbrica), Marcela Guerra Castillo (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Vidal Llerenas Morales, Humberto Lepe Lepe (rúbrica), Miguel Ángel Luna Munguía (rúbrica), José Ricardo López Pescador (rúbrica), Andrés Massieu Fernández (rúbrica), Sonia Mendoza Díaz (rúbrica), Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo, Nazario Norberto Sánchez (rúbrica), Beatriz Paredes Rangel, César Augusto Santiago Ramírez, Arturo Zamora Jiménez.

De la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a excluir la industria del calzado de la negociación de un eventual tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión correspondiente a la LXI Legislatura fue turnada para estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a excluir la industria del calzado de la negociación de un eventual tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil, presentada por la diputada Norma Sánchez Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 22 de abril de 2010 ante el pleno de la Cámara de Diputados. Lo anterior, con fundamento en los artículos 58 a 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la proposición de punto de acuerdo descrita, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2010, los secretarios de ésta dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la proposición de punto de acuerdo que presentó la diputada Norma Sánchez Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. La legisladora expone en resumen lo siguiente:

En el contexto de la globalización de nuestros días, la competitividad surge como un instrumento de suma importancia para lograr el crecimiento y el desarrollo económico. En este sentido, la competitividad de cada país se basa en buena medida en las relaciones y capacidades de los sectores económicos y sociales.

El desarrollo de la competitividad nacional es de suma importancia para mejorar las condiciones de vida de la población. En ese contexto, debemos reconocer que nuestro país ha perdido varias posiciones en los índices de competitividad a escala internacional.

De acuerdo con el índice de competitividad global del Foro Económico Mundial, México ocupa el lugar 60 y sólo ocupa posiciones competitivas en los rubros de estabilidad macroeconómica, en el lugar 48, en educación superior y capacitación, en el lugar 24, y en tamaño de mercado, en el lugar 11.

Analistas internacionales han establecido una relación directamente proporcional entre la calidad del marco regulatorio y el crecimiento económico, por lo que se estima que un incremento de 10 por ciento en la calidad del marco regulatorio, asumiendo que otros factores no cambien, puede tener un efecto positivo de 0.5 por ciento en el crecimiento del producto interno bruto.

El gobierno federal ha realizado esfuerzos importantes para incrementar la competitividad del país. No obstante, es necesario profundizar en dichas políticas para colocar nuestras empresas en posición de competir con éxito en el mercado internacional, sobre todo en sectores vulnerables a la competencia.

Nuestro país ha firmado acuerdos comerciales con 50 países; y está en proceso de negociación un tratado de libre comercio con Brasil, de acuerdo con el memorando de entendimiento firmado por los presidentes de México y de Brasil, en su reciente encuentro en Cancún, con motivo de la reunión de presidentes de América Latina y el Caribe.

Por otro lado, la fracción VI del artículo 4o. de la Ley sobre Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica considera que en el procedimiento de aprobación de un tratado se tendrá que prever que las normas de éstos consideren las asimetrías, las diferencias y los desequilibrios, así como las medidas correspondientes para compensarlas.

En este momento, la Secretaría de Economía consulta a diversos sectores industriales del país para iniciar negociaciones de un eventual tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil, por lo que se deben analizar los beneficios y las ventajas que se esperan, en especial en la industria del calzado.

En el caso particular de la industria del calzado, hay fuertes asimetrías entre la industria brasileña y la mexicana, entre las que podemos destacar las siguientes:

• El tamaño de cada industria;

• La importancia de las exportaciones;

• La diversidad de mercados;

• La diversificación de mercancías exportadas;

• La penetración en los mercados internacionales;

• El grado de penetración de las importaciones en el mercado doméstico;

• La existencia de incentivos; y

• Las subvenciones para la exportación.

La industria del calzado en Brasil es al menos 4 veces mayor que la mexicana, donde se producen 808 millones de pares, cuando en México se producen 244 millones anualmente. Por otro lado, Brasil importa sólo 28 millones de pares, mientras que México importa 54 millones. Asimismo, en Brasil existen incentivos y subvenciones para la exportación por parte gobierno, acciones que no ocurren en nuestro país con la misma intensidad.

La industria del calzado de Brasil tiene vocación para las exportaciones, y el mercado mexicano se presenta ávido de importaciones; por tanto, una negociación comercial con ese país ofrecería una ventaja a Brasil en la medida en que es una industria más grande, centrada en la exportación, con mayor diversificación de mercancías y con canales de exportación a México ya establecidos.

Aunque las condiciones económicas entre México y Brasil son similares, ya que ambos forman parte de las principales economías emergentes del mundo y son las dos más grandes de América Latina, a diferencia de México, Brasil mantiene cerrada su economía con programas de protección a su industria.

Asimismo, Brasil ha suscrito pocos acuerdos de apertura comercial, lo que también nos habla de una economía cerrada y proteccionista, mientras que México ha venido sosteniendo desde hace años una política de apertura casi total con muchos países, lo que ha venido eliminando los aranceles de importación a muchísimos productos.

Por otro lado, es importante comentar que entre las asimetrías con el mercado brasileño, de acuerdo con el estudio del Banco Mundial Doing business (en el cual se analizaron 183 economías), Brasil está catalogado en el lugar 126 en facilidad para abrir un negocio y en el lugar 113 para obtener un permiso o licencia de construcción, con lo cual se evidencia la dificultad regulatoria que implicará abrir y operar un negocio por parte de mexicanos en Brasil, cuya tramitología es más complicada que la que tenemos en México, toda vez que nuestro país está mejor posicionado en estos indicadores: en los lugares 90 y 37, respectivamente.

En el tema de comercio transfronterizo, de acuerdo con el mismo estudio, Doing business , Brasil es más complicado para realizar este tipo de actos de comercio, pues se sitúa en el lugar 100, mientras que México se encuentra en el lugar 74. Este indicador revela que nuestros empresarios encontrarán más trabas regulatorias en Brasil.

En términos generales, México se encuentra mejor posicionado en el estudio Doing business, en el lugar 51, mientras que Brasil se encuentra en el 129. Esto, lejos de ser una ventaja para empresarios mexicanos, revela que el ambiente de negocios en Brasil es más regulado que el mexicano; de ahí la importancia de evaluar cuidadosamente las asimetrías y analizar si la apertura comercial beneficia la economía nacional.

Con base en un ejercicio comparativo ordenado por los industriales del calzado con cifras de la Secretaría de Economía, un tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil daría con relación a la industria del calzado resultados como los siguientes:

1. Brasil incrementaría sus exportaciones a México debido a una mejora competitiva de sus precios con relación a los de los otros exportadores, dándose desviaciones en los flujos de comercio. Esto favorecería a los industriales brasileños respecto a los demás exportadores y a los fabricantes mexicanos.

2. México no incrementaría sus exportaciones a Brasil como resultado de una baja arancelaria. Por el contrario, agravaría la tendencia actual, en la que México disminuye sus exportaciones, aumenta las importaciones y disminuye la producción nacional.

3. La industria del calzado no mejorará sus condiciones con este tratado, pero sí podrá agravarlas, dadas las condiciones económicas del país, pudiendo generar un incremento del desempleo en este sector de la industria nacional, que genera empleo a un número considerable de mexicanos.

Una política de apertura comercial indiscriminada, multilateral o bilateral, que no se acompaña de una política industrial sectorial ocasiona efectos negativos para la industria, y puede poner en riesgo 99 mil empleos directos que genera la cadena cuero-calzado en México.

Por ello, antes de realizarla, se debe acordar, definir y aplicar una política de desarrollo industrial que enfrente y aproveche dicha apertura, y que eleve la competitividad del país y de este sector en particular. Asimismo, tienen que realizarse negociaciones sectorizadas que reconozcan las características particulares de cada industria y no una negociación general.

Además, los productores de México trabajan en otra tarea, pues en diciembre de 2011 se abrirá el mercado al calzado chino, por lo que el tiempo que queda se destinará a elevar la competitividad de las empresas.

Estaremos impulsando todas las acciones legislativas para elevar la competitividad del país con la finalidad hacer más sencillo a los empresarios y ciudadanos mexicanos hacer negocios y cumplir sus obligaciones. Ésta es la tarea prioritaria que debemos asumir y que asumo durante mi gestión en la Cámara de Diputados para elevar los niveles de competitividad que permitan y faciliten a los mexicanos afrontar con éxito los retos que les plantean los tiempos presentes.

De ahí que me sume a la tesis de que es necesario reflexionar y analizar cuidadosamente cada nuevo tratado de libre comercio que se pretenda suscribir evaluando las asimetrías competitivas de nuestro país.

En virtud de lo anterior, propongo que esta Cámara exhorte respetuosamente a la Secretaría de Economía de la administración pública federal a efecto de que la industria del calzado quede fuera de las negociaciones del tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil.

Por lo expuesto, me permito someter a consideración desde esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía de la administración pública federal a excluir la industria del calzado de la negociación de un eventual tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil, por las fuertes asimetrías que hay entre ambas industrias y entre la calidad regulatoria, que causarían un impacto negativo en la industria del calzado nacional.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con relación con al 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Comisión de Economía es competente para conocer sobre la proposición de punto de acuerdo presentada por la diputada Norma Sánchez Romero.

Segunda. Que con base en los antecedentes indicados por la diputada Norma Sánchez Romero, la Comisión de Economía, con las atribuciones señaladas, se abocó de forma respetuosa y responsable a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referida.

Tercera. El artículo 89 constitucional enuncia en la fracción X la facultad y obligación del titular del Ejecutivo federal de dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, observando los principios normativos de la conducción de esta política, la cooperación internacional para el desarrollo y la lucha por la paz y la seguridad internacionales.

Cuarta. Que las fracciones I y II del artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señalan que corresponde a la Secretaría de Economía

“... I. Formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país; con excepción de los precios de bienes y servicios de la administración pública federal...;

... II. Regular, promover y vigilar la comercialización, distribución y consumo de los bienes y servicios...

Quinta. Que el artículo 4 de la Ley sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica establece que para la aprobación de un tratado se observará congruencia con diversos objetivos particulares según proceda, de los que resultan relevantes, entre otros

I. En materia de prácticas desleales de comercio exterior, fomentar la libre concurrencia y buscar las sanas prácticas de competencia y prever y promover mecanismos para contrarrestar los efectos de las prácticas desleales de comercio de los países con que se contrate.

II. Impulsar la eliminación o reducción de obstáculos innecesarios al comercio que sea incompatibles con la ley y con los compromisos internacionales.

III. Prever que las normas de los tratados consideren las asimetrías, las diferencias y los desequilibrios, así como las medidas correspondientes para compensarlos.

Sexta. Que como es de dominio público, la Secretaría de Economía se encuentra deliberando con diversos sectores industriales para iniciar negociaciones de un eventual tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil en diferentes áreas económicas, entre las que se incluye la industria del calzado.

Séptima. Que tal y como asienta la diputada Norma Sánchez Romero en la exposición de motivos del punto de acuerdo que nos ocupa, antes de proceder a la suscripción de un acuerdo internacional comercial, de conformidad con el artículo 4 de la Ley sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica, se deben tomar en cuenta los objetivos particulares que se apuntaron líneas arriba, haciendo un ejercicio de comparación respecto a los siguientes rubros:

• El tamaño de cada industria;

• La importancia de las exportaciones;

• La diversidad de mercados;

• La diversificación de mercancías exportadas;

• La penetración en los mercados internacionales;

• El grado de penetración de las importaciones en el mercado doméstico;

• La existencia de incentivos; y

• Las subvenciones para la exportación.

Ahora bien, si tomamos en cuenta que la industria del calzado en Brasil es al menos cuatro veces mayor que la mexicana, que las importaciones de Brasil en este rubro son por 28 millones de pares, mientras que México importa 54 millones, que en Brasil existen incentivos y subvenciones para la exportación por parte del gobierno, lo que no sucede con la misma frecuencia en México, y que Brasil mantiene cerrada su economía con programas de protección a su industria, en tanto México sostiene una amplia política de apertura comercial y desregulación arancelaria, podemos fácilmente concluir que hay fuertes asimetrías entre la industria brasileña y la mexicana.

Octava. De acuerdo con el estudio del Banco Mundial Doing business, México está posicionado en el lugar 90 en cuanto a facilidad para abrir un negocio y en el 37 respecto a la obtención de un permiso o una licencia de construcción, mientras que Brasil se encuentra en los lugares 126 y 113, respectivamente. Ello evidencia que el marco regulatorio para abrir y operar un negocio en Brasil es más complicado que en México, lo que expresa una asimetría toral entre ambas economías. Cabe destacar que el estudio ofrece una medición cuantitativa cuyos indicadores se basan en la valoración de las regulaciones sobre apertura de una empresa, manejo de permisos de construcción, empleo de trabajadores, registro de propiedades, obtención de crédito, protección de inversores, pago de impuestos, comercio transfronterizo, cumplimiento de contratos y cierre de una empresa. Ello, con la premisa fundamental de que la actividad económica requiere buenas normas, como las que establecen y esclarecen derechos de propiedad, las que reducen los costos de resolución de disputas, las que tornan más predecibles las interacciones económicas y las que proporcionan a las partes contratantes importantes medidas de protección contra los abusos. El estudio otorga mejores clasificaciones a los países que con regulaciones rigurosas; por ejemplo, al considerar requisitos estrictos de divulgación de información para velar por la transparencia de operación; o premia con mejores puestos a los países con procedimientos simplificados para aplicar la regulación existente, como oficinas de ventanilla única para dar cumplimiento a las formalidades de apertura de empresas.

Novena. Por lo anterior, los integrantes de la Comisión de Economía comparten la preocupación de la diputada proponente y coinciden en exhortar respetuosamente a la Secretaría de Economía a excluir la industria del calzado de las negociaciones de un tratado de libre comercio con el Brasil, pues hay asimetrías que ponen en riesgo la industria nacional.

Décima. En virtud de lo expuesto, la Comisión de Economía

Acuerda

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía de la administración pública federal a excluir la industria del calzado de la negociación de un eventual tratado de libre comercio con la República Federativa de Brasil, por las fuertes asimetrías existentes entre las respectivas industrias y entre la calidad regulatoria, pues se causaría un efecto negativo a la industria del calzado nacional.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2010.

La Comisión de Economía

Diputados: Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López Portillo Basave (rúbrica), David Penchyna Grub (rúbrica), Enrique Salomón Rosas Ramírez (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara (rúbrica), José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), Ramón Merino Loo (rúbrica), Martín Rico Jiménez (rúbrica), Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández (rúbrica), Carlos Torres Piña (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).

De la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a realizar actividades tendentes a enlazar a los proveedores nacionales de insumos y servicios con los productores de bienes y servicios finales, como vía generadora de empleo

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión correspondiente a la LXI Legislatura fue turnada para estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Economía a realizar actividades tendentes a enlazar a los proveedores nacionales de insumos y servicios con los productores de bienes y servicios finales, como vía generadora de empleo, presentada por el diputado Isaías González Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en nombre propio y de integrantes de varios grupos parlamentarios, el 20 de abril de 2010 ante el pleno de la Cámara de Diputados. Lo anterior, con fundamento en los artículos 58 a 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la proposición con punto de acuerdo descrita, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados el 20 de abril de 2010, los secretarios de ésta dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la proposición de punto de acuerdo que presentó el diputado Isaías González Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en nombre propio y de integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, y de la Revolución Democrática.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la comisión de Economía”.

Tercero. El legislador expone en resumen lo siguiente:

El desempleo es un problema fundamental para la sociedad mexicana. Iniciar acciones para su solución es una obligación de los tres órdenes de gobierno y los Poderes de la Unión. Desde el Legislativo asumimos un compromiso claro con nuestros representados para promover desde esta alta tribuna propuestas tendentes a generar soluciones viables a este complejo problema social.

Sabemos que los empleos se generan fundamentalmente a partir de inversiones productivas del sector privado, pero también a partir de los diferentes renglones de la inversión y el gasto público; sobre todo, son el resultado de las políticas públicas desplegadas. Sin embargo, los recursos presupuestales son escasos, por lo que su aplicación debe orientarse a las áreas prioritarias que sirvan como catalizadores del desarrollo local, regional y nacional. Los gobiernos federal, estatales y municipales tienen la obligación de proveer a los actores productivos de un marco institucional que dé certidumbre y genere confianza entre quienes pueden invertir en empresas competitivas que, creciendo, hagan posible el desarrollo nacional.

El desarrollo económico requiere una nueva dinámica política que sea capaz de mejorar los negocios del país en el corto, mediano y largo plazos, a partir del establecimiento de objetivos convergentes, capaces de generar sinergias que permitan la integración de cadenas de proveedores nacionales a las empresas que desde sectores estratégicos producen bienes y servicios finales.

La Secretaría de Economía está para “promover e instaurar políticas públicas y programas orientados a crear más y mejores empleos, más y mejores empresas y más y mejores emprendedores” (http://www.economia.gob.mx/). Por ello tiene la misión de promover la generación de empleos de calidad y el crecimiento económico del país, mediante el impulso y la implantación de políticas públicas que posibiliten la competitividad y las inversiones productivas. Pero esa competitividad no se podrá lograr si, como condición indispensable, no se establecen canales institucionales que permitan al sector público integrar esfuerzos y presupuestos en el apoyo de los productores nacionales para establecer cadenas de abasto que tengan la virtud de detonar el desarrollo de las economías regionales, a partir de diversas actividades estratégicas. Por ello, otra de sus responsabilidades es generar un ambiente adecuado para que los empresarios que desarrollan su actividad en los sectores estratégicos de la economía tengan a su disposición un conjunto de servicios que generen productos de alto valor agregado.

Así, mediante los esfuerzos de la Secretaría de Economía, el Poder Legislativo y los actores productivos, empresarios y sindicatos, se tienen que realizar los esfuerzos institucionales para multiplicar el empleo, identificando los eslabones productivos de cada cadena estratégica y realizando las acciones pertinentes que permitan la incorporación de nuevos inversionistas nacionales.

En la actualidad, las cadenas productivas de la industria y los servicios están configuradas con empresas extranjeras que producen bienes y servicios en sus países y, vía exportaciones, abastecen a las empresas que, operando en territorio nacional, los comercializan. Por ello, del ingreso obtenido por la venta de bienes y servicios de México al exterior, una buena proporción sale por concepto de pago a las empresas extranjeras que abastecen a las empresas de los sectores de la economía.

Para generar empleos decentes en México necesitamos aprovechar el inmenso potencial productivo del país, constituido por la situación geográfica, el posicionamiento comercial y la infraestructura existente, además de la experiencia y el conocimiento acumulados por empresarios y trabajadores en largos años de actividad para avanzar en el terreno de la sustitución de importaciones en las cadenas de abasto de los sectores estratégicos de la economía, como pueden ser las industrias automotriz, de la construcción o el sector productor de servicios turísticos, para reconfigurar las cadenas de abasto de la industria, incorporando paulatinamente a los productores nacionales de bienes y servicios.

Adicionalmente, debemos avanzar en la sustitución de exportaciones de los bienes industriales y los servicios, incorporando más valor agregado a cada producto y servicio final, integrando una oferta amplia y diversa de alta calidad a precios competitivos, a partir de impulsar la capacitación de los trabajadores, los empresarios y sus representantes, así como su certificación en competencias y la integración de innovaciones derivadas de la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías en la formación de nuevos productos y servicios de las cadenas productivas estratégicas.

Para que lo anterior sea posible, resulta necesario que reconstruyamos estas cadenas productivas de los sectores estratégicos de la economía, y las transformemos en cadenas de valor; de modo tal, que las actividades estratégicas se conviertan en el centro de un conjunto muy amplio de actividades económicas que generen inversiones y empleos formales en todas las ramas de la economía nacional, que de una u otra manera abastecen a las industrias estratégicas nacionales.

Consideramos fundamental que la Secretaría de Economía participe activamente en este objetivo concreto.

Considerando lo anterior, proponemos el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Economía a organizar a partir del 1 de mayo de 2010 los actos necesarios, como foros, encuentros, ferias o conferencias, para enlazar a los proveedores nacionales de los grupos empresariales pertenecientes a la distintas ramas industriales y de servicios con los emprendedores y grupos empresariales de las actividades estratégicas, con el objetivo de reactivar la economía interna del país a partir del desarrollo de cadenas productivas capaces de generar empleos decentes, en cantidad suficiente, impulsando el desarrollo local y regional de México.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Comisión de Economía es competente para conocer sobre la proposición de punto de acuerdo que presentó el diputado Isaías González Cuevas, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en nombre propio y de integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, y de la Revolución Democrática.

Segunda. Que con base en los antecedentes indicados por el diputado Isaías González Cuevas, la Comisión de Economía, con las atribuciones señaladas, se abocó de forma respetuosa y responsable a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referida.

Tercera. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos hace referencia en el artículo 25 a la participación del Estado en el fomento del crecimiento económico y el empleo para garantizar la integridad y sustentabilidad del Estado mexicano.

Asimismo, establece que el sector público podrá participar por sí o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las aéreas prioritarias del desarrollo.

De ese modo, actuando con criterios de equidad social y productividad se apoyarán e impulsarán las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolas a las modalidades que dicte el interés público y al uso en beneficio general de los recursos productivos, cuidando su conservación y el ambiente.

Cuarta. Que conforme a las fracciones X Bis, XVII, XX y XIV del artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la Secretaría de Economía corresponde

... Coordinar y ejecutar la política nacional para crear y apoyar empresas que asocien a grupos de escasos recursos en áreas urbanas a través de las acciones de planeación, programación, concertación, coordinación, evaluación; de aplicación, recuperación y revolvencia de recursos para ser destinados a los mismos fines, así como de asistencia técnica y de otros medios que se requieran para ese propósito, previa calificación, con la intervención de las dependencias y de las entidades de la administración pública federal correspondientes y de los gobiernos estatales y de los municipales, y con la participación de los sectores social y privado...

... Organizar y patrocinar exposiciones, ferias y congresos de carácter industrial y comercial...;

... Asesorar a la iniciativa privada en el establecimiento de nuevas industrias en el de las empresas que se dediquen a la exportación de manufacturas nacionales;

Promover, orientar, fomentar y estimular el desarrollo de la industria pequeña y mediana y regular la organización de productores industriales...

Quinta. Que, como establece el Plan Nacional de Desarrollo en el apartado de economía competitiva y generadora de empleos, la creación de empleos favorece la estabilidad, la seguridad pública y la interacción social respetuosa de los derechos de los demás; y para crear tales empleos, es necesario sostener el dinamismo de la inversión para asegurar los recursos suficientes y que todos los sectores de la población y de la actividad productiva cuenten con un acceso adecuado a los servicios financieros.

Sexta. Que, como menciona el proponente, el desarrollo económico requiere una política capaz de mejorar los negocios del país en el corto, mediano y largo plazos, a partir del establecimiento de objetivos convergentes que generen sinergias que permitan la integración de cadenas de proveedores nacionales a las empresas que desde sectores estratégicos producen bienes y servicios finales.

Séptima. Que para apoyar el empleo y promover la instalación y operación de centros productivos en el país, resulta conveniente crear condiciones favorables para las inversiones y apoyar el desarrollo de proyectos productivos y de empresas que permitan generar oportunidades de trabajo.

Octava. Que en virtud de lo aquí expuesto y en concordancia con los fundamentos que refiere el proponente, y toda vez que la Secretaría de Economía es la dependencia encargada de crear programas que permitan la coordinación entre todos los sectores económicos a fin de impulsar el desarrollo comercial, lo que invariablemente implica la generación de empleos formales, los integrantes de la Comisión de Economía consideran acertado exhortar a la referida secretaría a realizar con la mayor brevedad las actividades necesarias que permitan que los centros productivos nacionales de las distintas ramas económicas encuentren canales de comunicación a través de los cuales se establezcan relaciones comerciales duraderas que fomenten el intercambio de bienes y servicios, lo que invariablemente deberá propiciar la generación de los empleos que el país necesita.

Novena. En virtud de lo expuesto, la Comisión de Economía somete a consideración de la honorable asamblea el siguiente

Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Economía de la administración pública federal a organizar los actos necesarios, como foros, encuentros, ferias, conferencia, simposios y seminarios, para enlazar a los grupos empresariales locales de las distintas ramas industriales, comerciales y de servicios con los emprendedores y grupos empresariales de todas las ramas económicas, incluidas las vinculadas con las actividades estratégicas. Ello, con el objetivo de reactivar la economía del país a partir del desarrollo de cadenas productivas capaces de generar empleos decentes, formales y adecuadamente remunerados, en cantidad suficiente, para impulsar el desarrollo local, estatal y regional de México.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de abril de 2010.

La Comisión de Economía

Diputados: Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva, Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López Portillo Basave (rúbrica), David Penchyna Grub (rúbrica), Enrique Salomón Rosas Ramírez (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara (rúbrica), José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), Ramón Merino Loo (rúbrica), Martín Rico Jiménez (rúbrica), Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández (rúbrica), Carlos Torres Piña (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).

De la Comisión de Agricultura y Ganadería, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a la Sagarpa a analizar el efecto del desabasto de melaza en la industria de alimentos balanceados para consumo pecuario

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Agricultura y Ganadería de la honorable Cámara de Diputados, le fue turnado el pasado 24 de marzo del año en curso, para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que investigue el desabasto de melaza para la industria de productos balanceados para uso pecuario, presentada por el diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a la Comisión de Agricultura y Ganadería le corresponde dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo a partir de los siguientes

Antecedentes

El pasado 24 de marzo del año en curso, fue turnada para su estudio y dictamen a la comisión, la proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que investigue el desabasto de melaza para la industria de productos balanceados para uso pecuario, presentada por el diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con base al antecedente descrito y después de hacer un exhaustivo análisis de la propuesta comisión formula las siguientes

Consideraciones

La actividad pecuaria en nuestro país ha pasado por diversos problemas en los últimos 20 años, desde impactos ambientales que en los años 90 afectaron la actividad, con la reducción del hato ganadero por falta de agua para el consumo de los animales y los efectos que han provocado en la ganadería las enfermedades que se han hecho presentes en nuestro país como es el caso de tuberculosis bovina, brucelosis de los animales, rabia paralítica bovina, garrapata Boophilus spp, fiebre porcina clásica, enfermedad de aujeszky, salmonelosis aviar y enfermedad de newcastle, hasta por el efecto de las vacas locas que han restringido el acceso a los mercado externos, provocando serias crisis en la actividad.

A pesar de todo, nuestro país tiene un desarrollo favorable para los criadores y ganaderos de la actividad, sin embargo el impacto que se provoca por la falta de alimento para el ganado continúa provocando crisis mayores al sector.

La melaza es un ingrediente importante en la dieta de la ganadería dado que aporta un balance energético complementario en los alimentos balanceados que se producen para este fin.

La composición porcentual de la melaza de caña de azúcar es:

Sacarosa 35 por ciento, glucosa 7 por ciento, levulosa 9 por ciento, otras sustancias reductoras 3 por ciento, otros carbohidratos 4.1 por ciento, cenizas 12 por ciento, compuestos nitrogenados 4.5 por ciento, compuestos no nitrogenados 5 por ciento, ceras, esteroides y estereofosfolípidos 0.4 por ciento y 12 por ciento de agua.

Como se afirma en la propuesta, para los engordadores de becerros que producen 2.3 millones de becerros de manera intensiva, consumen 250 mil toneladas de melaza que es utilizada para la industrialización de los productos balanceados del sector pecuario.

En estados como Sonora, Sinaloa, Chihuahua, Jalisco y Campeche, se encuentran establecidas empresas que se dedican a la elaboración de productos alimenticios balanceados destinados al ganado, utilizando básicamente granos como el maíz, harinas de soya y melaza como componentes principales; generando con esta actividad industrial una derrama fundamental de empleo y valor agregado para la agricultura nacional.

Dicha producción, a últimas fechas ha enfrentado serios problemas para la adquisición de melaza, ya que desde hace algunos años los ingenios azucareros comercializan este producto a través de intermediarios a quienes les dan preferencia en la venta de este insumo, dejando en segundo plano a los productores de alimentos balanceados.

La melaza en la producción de alimento para uso pecuario es una sustancia insustituible, primero por su precio, que por su naturaleza pareciera que no tendría otro uso mas que el pecuario y segundo por sus características ya que es una rica fuente de energía, así como el hecho de que favorece la palatabilidad del animal y le da una homogeneidad a los insumos que componen la mezcla debido a sus condiciones de adherencia que posee.

Este producto normalmente se encuentra en los ingenios azucareros y en menor proporción en las moliendas o trapiches donde se procesa la caña de azúcar. Hace algunos años este producto se consideraba como material de desecho, y no fue, sino hasta principios de los años 70 y 80 cuando se descubrió que era una excelente materia prima para elaboración de alimentos balanceados en la actividad pecuaria particularmente para el ganado bovino.

La introducción de la melaza a otro tipo de usos como es el caso de la producción de alcoholes de diferentes grados, la Producción de espumas rígidas de poliuretano de uso industrial, plastificantes, en la industria ganadera para la producción de alimento para ganado y en otras industrias como la acuacultura (cultivo de camarón), obtención de levaduras para panificación, como remediador en suelos contaminados, la cosmetología y de la construcción, ha influido en que de ser un material de desecho que en los 80 tan sólo alcanzaba un precio de 100 pesos por tonelada, en la actualidad puede cotizarse en más de 3 mil pesos; con la decisión tomada por los ingenios azucareros de sacar al mercado la melaza por medio de empresas comercializadoras que la hacen de intermediarios, ha dejado en un estado de indefensión a las empresas productoras de alimentos para ganado, a quienes hoy se les complica la adquisición de tan importante insumo.

Podemos concluir conjuntamente que el punto de acuerdo que el diputado Guadalupe Eduardo Robles Medina, argumenta en sus consideraciones la importancia que tiene la melaza como unos de los componentes de los alimentos balanceados para el ganado bovino y por otro lado señala que la falta de este insumo para la industria provocaría perdida de empleos en el sector.

Por las consideraciones de hecho y de derecho que motivaron el presente estudio, esta comisión concluye aprobar positivamente este punto de acuerdo con base en las argumentaciones y planteamientos expuestos, por lo que hemos tenido a bien someter a la consideración de esta honorable soberanía los siguientes

Acuerdos

Primero. Se hace un atento exhorto a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que lleve a cabo una investigación sobre el impacto del desabasto de melaza para la industria de productos balanceados para uso pecuario y con base en sus resultados tome las previsiones del caso.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural Pesca y Alimentación, para que dé seguimiento al asunto e informe a esta soberanía de los resultados de su investigación y la determinación que tome al respecto en un plazo no mayor a 30 días naturales.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de abril del 2010.

La Comisión de Agricultura y Ganadería

Diputados: Cruz López Aguilar (rúbrica), presidente; Manuel Humberto Cota Jiménez (rúbrica), Alfredo Francisco Lugo Oñate (rúbrica), Fermín Montes Cavazos (rúbrica), Luis Félix Rodríguez Sosa (rúbrica), Rolando Zubía Rivera (rúbrica), Sergio Arturo Torres Santos (rúbrica), Dora Evelyn Trigueras Durón, Javier Bernardo Usabiaga Arroyo (rúbrica), José Narro Céspedes, José M. Torres Robledo (rúbrica), secretarios; José Tomás Carrillo Sánchez (rúbrica), Óscar García Barrón (rúbrica), Joel González Díaz, Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Jorge Rojo García de Alba, Gerardo Sánchez García (rúbrica), Héctor Eduardo Velasco Monroy (rúbrica), Víctor Alejandro Balderas Vaquera (rúbrica), Alberto Esquer Gutiérrez (rúbrica), José Luis Iñiguez Gámez, Juan de Jesús Pascualli Gómez (rúbrica), Fernando Santamaría Prieto (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez, Enrique Octavio Trejo Azuara (rúbrica), Sergio Ernesto Gutiérrez Villanueva, Ramón Jiménez Fuentes (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Liborio Vidal Aguilar (rúbrica), Eduardo Zarzosa Sánchez (rúbrica).

De las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública, con puntos de acuerdo por los que se solicita al procurador federal del Consumidor que instruya a la Subprocuraduría de Verificación de esa dependencia para que se intensifique en todas las entidades federativas el Programa de Verificación de Combustibles que permita detectar oportunamente la venta fraudulenta de éstos

Honorable Asamblea:

Las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública, con fundamento en los dispuesto por los artículos 39 y 45 numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a la honorable asamblea el siguiente dictamen a la proposición con punto de acuerdo en el que se solicita al procurador federal del Consumidor tenga a bien instruir a la Subprocuraduría de Verificación de la dependencia a su cargo, para que por conducto de las delegaciones estatales sean intensificados en todas las entidades federativas el programa de verificación de combustibles que permitan detectar oportunamente la venta fraudulenta de éstos en agravio de los consumidores y en consecuencia sean sancionados los responsables con todo el rigor de la ley.

Antecedentes

A las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondientes a la LXI Legislatura, les fue turnada para su estudio y dictamen, el expediente número 916, que contiene proposición con puntos de acuerdo por el que se propone que el pleno de la Cámara de Diputados solicite al procurador federal del Consumidor tenga a bien instruir a la Subprocuraduría de Verificación de la dependencia a su cargo, para que por conducto de las delegaciones estatales sean intensificados en todas las entidades federativas el programa de verificación de combustibles que permitan detectar oportunamente la venta fraudulenta de éstos en agravio de los consumidores y en consecuencia sean sancionados los responsables con todo el rigor de la ley, presentada por el diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el martes 8 de diciembre 2009, ante la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Lo anterior, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados el martes 8 de diciembre 2009, los secretarios de la misma dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la proposición de punto de acuerdo que presentó el diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario Partido Revolucionario Institucional.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública”.

Tercero. El legislador expone en resumen lo siguiente:

1. Que el robo de gasolina en México ha venido en aumento en los últimos años y no sólo en los gaseoductos, sino en las estaciones de servicio que expenden “litros” con menos de mil mililitros o gasolina rebajada, lo que impacta de manera directa a los consumidores, sobre todo en esta época de crisis y carestía.

2. Que Pemex continúa detectando gasolineras que venden litros incompletos y gasolinas adulteradas, llegando en estos casos a apenas 850 mililitros.

3. Que de los informes de las inspecciones realizadas a las casi 8 mil 542 estaciones de servicio que hay en el país entre 2005 y agosto de 2009, por parte de los laboratorios móviles de Pemex, se reveló que al menos 126 gasolineras fueron descubiertas vendiendo producto “fuera de especificación”.

4. Que de los reportes de Pemex se destaca que en promedio 31 estaciones de servicio por año están reincidiendo en el comercio ilícito de combustibles, a pesar de los diversos candados que las autoridades administrativas y policíacas del país establecieron a partir del 2003, como controles volumétricos y marcadores de gasolinas.

5. Que Nuevo León encabeza los estados que registran mayor reincidencia de gasolineras que venden combustibles fuera de especificación, con 37; le sigue Veracruz, con 11; después el Distrito Federal y el estado de México con 8; al igual que Tamaulipas e Hidalgo con 8 cada uno; y Guanajuato con 6.

6. Que el director de Pemex Refinación, ha reconocido que aunque actualmente se dispone de 42 laboratorios que realizan en promedio 2.5 visitas por gasolinera al año, la frecuencia de estas está por debajo de los estándares internacionales que es de 5 a 6 visitas al año.

7. Que la Profeco ha realizado recomendaciones para evitar abusos en el servicio de gasolina, tales como conocer la capacidad del tanque de gasolina del vehículo, verificar que la bomba marque ceros, exigir la nota de venta, llevar una bitácora del gasto de combustible del automotor, tratar de cargar regularmente 20 litros, entre otras; y que dicho órgano descentralizado ha ofrecido a partir del año 2005, un mecanismo para conocer el historial de verificación de las gasolineras a nivel nacional a través de la página electrónica titulada “Quién es Quién en las Gasolineras”.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3o. del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública, son competentes para conocer sobre la proposición de punto de acuerdo presentada por el diputado Salvador Caro Cabrera.

Segunda. Que con base a los antecedentes indicados por el diputado Salvador Caro Cabrera, las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública, con las atribuciones señaladas, se abocaron a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referido.

Tercera. Que tal y como lo dice el diputado Caro Cabrera, el objeto de la Ley Federal de Protección al Consumidor se encuentra establecido en el segundo párrafo de su artículo 1o., y es promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

Asimismo, en el mismo numeral se establecen como principios básicos en las relaciones de consumo: el acceso a los órganos administrativos con vistas a la prevención de daños patrimoniales y morales, individuales o colectivos, garantizando la protección jurídica, económica, administrativa y técnica a los consumidores; el otorgamiento de información y de facilidades a los consumidores para la defensa de sus derechos; el respeto a los derechos y obligaciones derivados de las relaciones de consumo y las medidas que garanticen su efectividad y cumplimiento; entre otros.

Cuarta. Por otra parte, los artículos 7, 13, 20 y 24 fracciones II, IV, XIV y XVII, de la referida ley de protección de los consumidores, establece que todo proveedor está obligado a informar y respetar los precios, tarifas, garantías, cantidades, calidades, medidas, intereses, cargos, términos, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones conforme a las cuales se hubiera ofrecido, obligado o convenido con el consumidor la entrega del bien o prestación del servicio; que la Procuraduría verificará a través de visitas, requerimientos de información o documentación, monitoreos, o por cualquier otro medio el cumplimiento de esta ley, y que para los efectos de lo dispuesto en este precepto, los proveedores, sus representantes o sus empleados están obligados a permitir al personal acreditado de la Procuraduría el acceso al lugar o lugares objeto de la verificación; que la Profeco tiene funciones de autoridad administrativa y está encargada de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores; que la Procuraduría tiene, entre otras, las siguientes atribuciones: procurar y representar los intereses de los consumidores, mediante el ejercicio de las acciones, recursos, trámites o gestiones que procedan; recopilar, elaborar, procesar y divulgar información objetiva para facilitar al consumidor un mejor conocimiento de los bienes y servicios que se ofrecen en el mercado; verificar que las pesas, medidas y los instrumentos de medición que se utilicen en transacciones comerciales, industriales o de servicios sean adecuados y, en su caso, realizar el ajuste de los instrumentos de medición en términos de lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; denunciar ante el Ministerio Público los hechos que puedan ser constitutivos de delitos y que sean de su conocimiento y, ante las autoridades competentes, los actos que constituyan violaciones administrativas que afecten los intereses de los consumidores.

Quinta. Que en las consideraciones generales del programa de trabajo para el primer año de ejercicio 2009-2010, de la Comisión de Economía, se estableció como objetivo general que fomentaría el trabajo parlamentario con el fin de coadyuvar al mejoramiento del desempeño de la economía nacional y, por tanto, a la creación de las condiciones económicas y sociales que garanticen el desarrollo del país en beneficio de los mexicanos, y que para tal efecto, la comisión se planteó contribuir para que el Estado impulse la realización de una política de desarrollo regional y sectorial y cuente con un marco regulatorio que entre otras cosas, promueva el comercio justo.

Sexta. Que los diputados que integran las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública reconocen que el hecho de que algunas gasolineras vendan gasolina con litros incompletos o adulterada, es un problema que lesiona la economía de las familias mexicanas y de la sociedad en su conjunto, pues se encarece de manera injusta uno de los insumos principales para la actividad económica del país, creando inclusive distorsiones en el mercado que golpean el poder adquisitivo de los consumidores.

Asimismo, los legisladores de las Comisiones Unidas de Economía, y de la Función Pública estiman que para el Estado mexicano, la protección de los derechos del consumidor ha sido una política pública de vital importancia de tal forma que a través de los años se ha ido legislado para crear los instrumentos jurídicos necesarios que permitan al gobierno combatir el abuso, el fraude, la lesión y otras formas de obtención de utilidades ilícitas por parte de proveedores incumplidos, irresponsables o sin escrúpulos.

Por lo que estiman legítimamente válido solicitar al procurador federal del Consumidor, impulsar las políticas que la Ley Federal de Protección del Consumidor establece para defender a los consumidores y específicamente, en el caso de la venta de gasolina con litros incompletos o adulterada, se proceda realizar una vigilancia más estricta de las gasolineras y en su caso, se ejerciten todas las acciones legales que correspondan.

Séptima. Por lo que en virtud de lo expuesto, las Comisiones Unidas de Economía y de la Función Pública:

Acuerdan

Primero. Se solicita al procurador federal del Consumidor, tenga a bien instruir a la Subprocuraduría de Verificación de la dependencia a su cargo, para que en coordinación con las delegaciones estatales, sea intensificado en todas las entidades federativas el programa de verificación de combustibles que permitan detectar oportunamente la venta fraudulenta de éstos en agravio de los consumidores y en consecuencia, sean sancionados los responsables con todo el rigor de la ley.

Segundo. Se solicita al titular de la Secretaría de la Función Pública, dar seguimiento a las actividades de las delegaciones de la Profeco en las entidades federativas en relación a los expendios de gasolina y en su caso, inicie los procedimientos y aplique las sanciones correspondientes.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 30 días del mes de marzo de 2010.

La Comisión de Economía

Diputados: Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez, Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Roberto Borge Angulo (rúbrica), Javier Duarte de Ochoa, Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Jorge Humberto López Portillo Basave (rúbrica), David Penchyna Grub (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara, Jesús Everardo Villarreal Salinas (rúbrica), José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour, Luis Enrique Mercado Sánchez (rúbrica), Ramón Merino Loo, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández (rúbrica), Carlos Torres Piña (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).

La Comisión de la Función Pública:

Diputados: Pablo Escudero Morales (rubrica), presidente; Patricio Chirinos del Ángel (rubrica), Josué Cirino Valdés Huezo (rúbrica), Marcos Pérez Esquer (rubrica), Juan Carlos López Fernández (rubrica), secretarios; Salvador Caro Cabrera (rúbrica), César Daniel González Madruga, Janet Graciela González Tostado (rúbrica), Agustín Guerrero Castillo, Sergio Lobato García, Kenia López Rabadán, Violeta Avilés Álvarez (rúbrica), Tereso Medina Ramírez (rúbrica), Héctor Pedroza Jiménez (rúbrica), Pedro Peralta Rivas (rúbrica), Ramón Ramírez Valtierra, Ivideliza Reyes Hernández (rúbrica), Ramiro Martínez Malco (rúbrica), José Francisco Rábago Castillo (rúbrica), Fausto Sergio Saldaña del Moral (rubrica), María del Pilar Torre Canales, Enrique Torres Delgado (rubrica), Enrique Octavio Trejo Azuara (rúbrica), Guillermo José Zavaleta Rojas, Yulenny Guylaine Cortés León, Esthela Damián Peralta, Ernesto de Lucas Hopkins (rubrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), Lizbeth García Coronado.

De la Comisión de Gobernación, con punto de acuerdo a fin de incluir en el calendario oficial la fecha del 19 de julio como Día para Conmemorar la Declaración de la Autodeterminación de México, hecha por el licenciado Francisco Primo de Verdad y Ramos

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación de la LXI Legislatura fue turnada, para estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo que solicita a la Secretaría de Gobernación que incluya en el calendario oficial el 19 de julio de cada año para conmemorar la Declaración de Autodeterminación de México hecha por Francisco Primo de Verdad y Ramos, con motivo de los festejos del bicentenario de la Independencia.

Esta Comisión de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente dictamen, basándose en los siguientes

Antecedentes

1. El 26 de noviembre de 2009, el diputado José Luis Jaime Correa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de Gobernación que incluya en el calendario oficial el 19 de julio como el día para conmemorar la Declaración de Autodeterminación de México hecha por Francisco Primo de Verdad y Ramos, con motivo de los festejos del bicentenario de la Independencia.

2. El 26 de noviembre de 2009, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó la mencionada proposición, para estudio y dictamen, a la Comisión de Gobernación de esta Cámara de Diputados.

3. Con fecha 8 de diciembre de 2009, los integrantes de la Comisión de Gobernación aprobaron el dictamen correspondiente.

Establecidos los antecedentes, los integrantes de la Comisión de Gobernación de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados exponemos las siguientes

Consideraciones

1. Que Francisco Primo de Verdad y Ramos nació el 9 de junio de 1760 en la Hacienda de la Purísima Concepción de Ciénega de Mata, municipio de Lagos de Moreno, Jalisco, según consta en su acta bautismal en el Curato de Ojuelos.

2. Que formado bajo el influjo de los ideales ilustrados, estudió leyes en el antiguo Colegio de San Ildefonso, y llegó a ser síndico en el ayuntamiento de la Ciudad de México. Con la influencia de la Ilustración filosófica, estaba convencido que la soberanía reside esencialmente en el pueblo, principio que difundió y lo hizo ganar opositores, principalmente de los peninsulares y la Inquisición.

3. Que a mediados de 1808, llegó a la Nueva España la noticia de la abdicación de la familia real de los Borbones debido a la invasión de España por las tropas francesas de Napoleón Bonaparte. Ante estos acontecimientos, el licenciado Francisco Primo de Verdad y Ramos, síndico de la Ciudad de México, propuso, junto con el regidor Juan Francisco Azcárate, que el virrey convocara a todos los ayuntamientos a crear juntas encaminadas a formar un gobierno provisional apoyado en el pueblo.

4. Que la propuesta del abogado Primo de Verdad encontró respaldo en la población del país, que consideraba que, como cualesquier otro súbdito de la corona española, tenía derecho a establecer un gobierno provisionario en las Leyes de Partida que ejerciera la autoridad abandonada por el rey, a fin de dar paso a un proceso independiente de toda autoridad peninsular en México.

5. Que ante esta situación, Primo de Verdad propuso al virrey y a la junta jurar a Fernando VII como rey de España y de las Indias, y trató de convencerlos para que se comprometieran a no reconocer monarca alguno que no fuese de la estirpe real de los Borbones, a defender el reino de la Nueva España y no entregarlo a otra potencia ni a otra persona que no fuera de la familia real legítima.

6. Que fue así que el 15 de julio de 1808, el virrey José de Iturrigaray convocó a los notables del virreinato integrantes del real acuerdo, que era el cuerpo formado por los oidores para asesorarlo en asuntos difíciles, a constituir dicho gobierno, destacándose las figuras del licenciado Primo de Verdad, Francisco Azcárate y Melchor de Talamantes.

7. Que teniendo como proclama que “la soberanía reside esencialmente en el pueblo”, el 19 de julio Primo de Verdad y Ramos presenta al virrey la Declaración de Autodeterminación de México, en la que el ayuntamiento de la Ciudad de México, “en representación de todo el reino”, propuso los siguientes puntos:

Primero. que las renuncias de los monarcas españoles eran nulas porque fueron “arrancadas con violencia”.

Segundo. Que la nación, representada por sus corporaciones municipales, asumía la soberanía para “conservarla intacta” hasta la restitución de los reyes legítimos.

Tercero. Y que, en consecuencia, debía el virrey continuar provisionalmente en el gobierno.

8. Que de hecho y de derecho, esta declaración significaba la Independencia de la Nueva España, acto que los peninsulares vieron con temor y se rehusaron a admitir la declaratoria de Primo de Verdad y Ramos. De inmediato, los oidores objetaron el documento y el 9 de agosto se reunieron en una junta, las principales autoridades de la ciudad para examinar el asunto.

9. Que como parte de la celebración del bicentenario del inicio del movimiento de Independencia y el centenario del inicio de la Revolución Mexicana, a partir de 2007 el Banco de México puso en circulación monedas conmemorativas de cinco pesos con personajes representativos de esos movimientos históricos. Una de ellas corresponde a Primo de Verdad y Ramos, como un justo reconocimiento como precursor de la gesta independentista.

Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Gobernación someten a consideración del pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el siguiente

Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita al titular del Poder Ejecutivo federal que instruya a la Secretaría de Gobernación, en el ámbito de sus atribuciones y con motivo de los festejos del bicentenario de la Independencia nacional, y con fundamento en la fracción XXVI del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a incorporar en el calendario oficial el 19 de julio como día de Proclamación de la Autodeterminación de México hecha por el licenciado Francisco Primo de Verdad y Ramos, por ser fecha histórica para el pueblo mexicano y la declare como fiesta nacional.

Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, Distrito Federal, a 8 de diciembre de 2009.

La Comisión de Gobernación

Diputados: Javier Corral Jurado (rúbrica), presidente; Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), Felipe de Jesús Rangel Vargas (rúbrica), Ilich Lozano Herrera (rúbrica), Lorena Corona Valdés (rúbrica), Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Gastón Luken Garza, Francisco Ramos Montaño (rúbrica), Gregorio Hurtado Leija (rúbrica), Luis Carlos Campos Villegas (rúbrica), Raúl Domínguez Rex (rúbrica), secretarios; Guadalupe Acosta Naranjo (rúbrica), Agustín Carlos Castilla Marroquín (rúbrica), Gabriela Cuevas Barron, Sami David David (rúbrica), Alejandro Encinas Rodríguez (rúbrica), Nancy González Ulloa (rúbrica), Marcela Guerra Castillo, Jorge Antonio Kahwagi Macari, Humberto Lepe Lepe, Miguel Ángel Luna Munguía, José Ricardo López Pescador, Andrés Massieu Fernández, Sonia Mendoza Díaz (rúbrica), Nazario Norberto Sánchez, Beatriz Paredes Rangel, Julio Saldaña Morán, César Augusto Santiago Ramírez, Arturo Zamora Jiménez.

De la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar medidas para salvaguardar la producción porcícola nacional, evitando las políticas de dumping que han incrementado la importación de derivados de cerdo

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión correspondiente a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 58 a 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, fue turnado para estudio y dictamen el punto de acuerdo en el que se propone que se exhorte al Ejecutivo federal a implantar medidas para salvaguardar la producción porcícola nacional, evitando las políticas de dumping que han incrementado la importación de derivados del cerdo, presentada por el diputado Rogelio Díaz Brown Ramsburgh, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en fecha 15 de diciembre de 2009.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis del punto de acuerdo mencionado, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados en fecha 15 de diciembre de 2009, los secretarios de ésta dieron cuenta al pleno de esta soberanía del punto de acuerdo que se mencionó en el exordio del presente dictamen.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

... El sector porcícola mexicano se encuentra en un periodo de crisis preocupante, si bien es cierto que esta situación no es nueva, no se puede negar que a partir de la aparición de la influenza A(H1N1), la cual fue identificada en una cepa que portaban los cerdos, la producción porcícola presentó una disminución considerable.

Las afectaciones han incidido en millones de productores, tanto sociales como a gran escala, ya que el nivel de importación de carne de cerdo se ha incrementado, pasando de las 30 mil toneladas en 1995 a 386 mil en 2008. A la fecha, las importaciones se hallan 30 por ciento por encima del nivel del año anterior.

Estimaciones del Instituto Nacional de Estadística y Geografía señalan que el sector porcícola mexicano genera alrededor de 49 mil empleos directos y poco más de 245 mil indirectos.

Los encadenamientos productivos permiten al sector porcícola generar un efecto multiplicador en la producción de granos y oleaginosas, el sector de los transportes, que traslada más de 5 millones de toneladas de alimentos, que son consumidos por cerca de 15 millones de cerdos en el país.

La competencia desleal por nuestros competidores internacionales, en particular de Estados Unidos, ha puesto en jaque al sector porcícola nacional, ante lo cual es imperativo implantar medidas arancelarias y de importación que permitan erradicar dicha problemática.

El incremento de las importaciones de carne de cerdo es preocupante. Del conjunto de importaciones destaca la carne que viene en una presentación conocida como “combo”, la cual ingresa en el país sin pasar por el procedimiento de revisión de las autoridades correspondientes.

La situación anterior, de la falta de revisión, pone en riesgo la salud de millones de consumidores, ya que no es posible verificar el estado de la carne importada, tampoco su tipo, y ante una emergencia mundial como lo es la prevalencia del virus A(H1N1), es imperativo no bajar la guardia sanitaria.

De igual forma, la importación de cerdo en pie proveniente de Estados Unidos no es revisada por las autoridades de sanidad animal mexicanas. Para evitar la revisión fitosanitaria se amparan en lo establecido en su normatividad interna, dejando al margen lo establecido en el marco del TLCAN. Esto representa una política de dumping, que es fundamental erradicar.

Es importante hacer énfasis en que la proposición que ahora presento no está contra la globalización ni la libre competencia internacional. Se trata de que dicha competencia se dé con arreglo a las normas comerciales establecidas, en un entorno de competencia leal y abierta.

Como legisladores, tenemos el compromiso de velar por los intereses de los diferentes sectores sociales. En este caso, del sector porcícola depende un número importante de familias, que ante la competencia desleal y manipuladora, ven tambalear su ingreso y estabilidad, impidiéndoles la posibilidad de acceder a una mejor calidad de vida.

En razón de lo expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal a instruir en el ámbito de sus atribuciones para que

1. A través de las Secretarías de Economía, y de Hacienda y Crédito Público se diseñen e implanten medidas arancelarias que salvaguarden la producción del sector porcícola mexicano, a fin de garantizar el ingreso de millones de familias que dependen de dicha actividad.

2. Las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Salud revisen de manera exhaustiva y detallada las importaciones de carne de cerdo proveniente de Estados Unidos, con el objetivo de garantizar y preservar la salud de las familias mexicanas...

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Comisión de Economía es competente para conocer sobre la proposición de punto de acuerdo presentada por el diputado Rogelio Díaz Brown Ramsburgh.

Segunda. Que con base en los antecedentes indicados por el diputado Rogelio Díaz Brown Ramsburgh, la Comisión de Economía, con las atribuciones señaladas, se abocó de forma respetuosa y responsable a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referida.

Tercera. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 131 que es facultad privativa de la federación gravar las mercancías que se importen o exporten o que pasen de tránsito por el territorio nacional, así como reglamentar en todo tiempo, y aun prohibir, por motivos de seguridad o de policía, la circulación en el interior de la república de toda clase de efectos, cualquiera que sea su procedencia.

En el mismo sentido, faculta al Ejecutivo para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación o importación expedidas por el propio Congreso y para crear otras, así como restringir y prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país y la estabilidad de la producción nacional, o de realizar cualquier otro propósito en beneficio del país.

Cuarta. Que el artículo 1o. de la Ley de Comercio Exterior tiene como objeto regular y promover el comercio exterior, incrementar la competitividad de la economía nacional y propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país, integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional, defender la planta productiva de prácticas desleales del comercio internacional y contribuir a la elevación del bienestar de la población.

Quinta. Que la fracción VII del artículo 5o. de la Ley de Comercio Exterior establece que es facultad de la Secretaría de Economía tramitar y resolver las investigaciones en materia de prácticas desleales de comercio internacional, así como determinar las cuotas compensatorias que resulten de dichas investigaciones.

El artículo 49 de la referida ley manda que los procedimientos de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional y de medidas de salvaguarda se iniciarán de oficio en circunstancias especiales cuando la Secretaría de Economía tenga pruebas suficientes de la discriminación de precios o de subvenciones, del daño y de la relación causal; o a solicitud de parte.

Sexta. Que las fracciones II, III, V y IX del artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señalan como atribuciones de la Secretaría de Economía

II. Regular, promover y vigilar la comercialización, distribución y consumo de los bienes y servicios;

III. Establecer la política de industrialización, distribución y consumo de los productos agrícolas, ganaderos, forestales, minerales y pesqueros, en coordinación con las dependencias competentes;

V. Estudiar, proyectar y determinar los aranceles y fijar los precios oficiales, escuchando la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; estudiar y determinar las restricciones para los artículos de importación y exportación, y participar con la mencionada secretaría en la fijación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos al comercio exterior;

IX. Participar con las Secretarías de Desarrollo Social, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la distribución y comercialización de productos y el abastecimiento de los consumos básicos de la población.

Séptima. Que el artículo 283 de la Ley General de Salud señala que corresponde a la Secretaría de Salud el control sanitario de los productos y de las materias primas de importación y de exportación.

Octava. Que la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-FITOZOO-2002 enuncia que es atribución de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación prevenir la introducción o diseminación de plagas y enfermedades cuarentenarias o no cuarentenarias reglamentadas que afectan a los animales y aplicar medidas sanitarias para disminuir el riesgo derivado de la movilización de productos animales regulados sanitariamente, así como establecer, coordinar y supervisar los puntos de verificación e inspección interna.

Novena. Que la fracción II del artículo 144 de la Ley Aduanera fija la facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de comprobar la importación y la exportación de mercancías, la exactitud de los datos contenidos en los pedimentos, declaraciones o manifestaciones, el pago correcto de las contribuciones y aprovechamientos y el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias, conforme a lo establecido en dicha ley.

Décima. Que la Comisión de Economía estima que no es recomendable proponer que las Secretarías de Economía, y de Hacienda y Crédito Público diseñen e implanten medidas arancelarias como las que propone el diputado Rogelio Díaz Brown Ramsburgh, en virtud de que una acción de esa naturaleza, específicamente hablando del mercado que integra el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, podría ser violatorio de dicho pacto comercial.

En este sentido, se considera correcta la aplicación de cuotas compensatorias por prácticas desleales en materia de comercio internacional; sin embargo, para determinar la aplicación de ellas es necesario que primero se lleve a cabo el procedimiento de investigación que se establece en la Ley de Comercio Exterior.

Por ello, la Comisión de Economía estima pertinente aclarar el punto de acuerdo para establecer que el exhorto deberá ser dirigido a la Secretaría de Economía para que dentro de su ámbito de competencia apoye al referido sector a recabar la evidencia necesaria que permita el inicio de una investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional y, en su caso, se apliquen las medidas compensatorias que correspondan, manteniendo el exhorto a las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Salud para que revisen de manera exhaustiva las importaciones de carne de cerdo provenientes de Estados Unidos de América.

Undécima. Por lo expuesto, la Comisión de Economía

Acuerda

Único. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal a instruir en el ámbito de sus atribuciones para que

1. La Secretaría de Economía apoye al sector porcícola mexicano para recabar evidencia respecto de prácticas desleales en materia de comercio internacional y, en su caso, inicie una investigación para resolver la aplicación de las cuotas compensatorias que pudieran corresponder.

2. Las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y de Salud revisen de manera exhaustiva y detallada las importaciones de carne de cerdo provenientes de Estados Unidos, con el objetivo de garantizar y preservar la salud de las familias mexicanas.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de mayo de 2010.

La Comisión de Economía

Diputados: Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud, Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda, Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López Portillo Basave, David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez, David Ricardo Sánchez Guevara (rúbrica), José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez, Ramón Merino Loo, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández, Carlos Torres Piña, José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se exhorta al Ejecutivo federal y al Senado de la República a analizar de forma exhaustiva la negociación del tratado de libre comercio México-Brasil para garantizar igualdad de condiciones comerciales

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión correspondiente a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 58 a 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos fue turnado para estudio y dictamen el punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal y al Senado de la República a analizar de forma exhaustiva la negociación del Tratado De Libre Comercio México-Brasil, a fin de garantizar igualdad de condiciones comerciales, presentada por el diputado Jorge Hernández Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en fecha 28 de abril de 2010.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la proposición con punto de acuerdo mencionada, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados en fecha 28 de abril de 2010, los secretarios de ésta dieron cuenta al pleno de esta soberanía del punto de acuerdo que se mencionó en el exordio del presente dictamen.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

... México es el primer exportador en América Latina, con 33 por ciento de las exportaciones, mientras que Brasil ocupa el segundo lugar, con 22 por ciento, lo que coloca a estos países como las dos grandes economías de Latinoamérica, representando alrededor de dos tercios del producto interno bruto de la región.

El intercambio bilateral alcanzó un valor de 5 mil 382 millones de dólares (mdd) en los primeros 11 meses de 2009, generando un saldo deficitario para México de 969 mdd, según datos de la Secretaría de Economía; No obstante, el comercio bilateral no supera 1 por ciento de su respectivo comercio total.

Durante ese periodo, Brasil importó del mundo más de 173 mil mdd, pero sólo compró a México 3 mil 125 mdd equivalentes a 1.8 por ciento de sus importaciones del mundo. Por su parte, México importó más de 300 mil mdd, pero de Brasil solamente importó 5 mil 200 mdd, correspondientes a 1.7 por ciento de sus importaciones mundiales.

A continuación se muestra una tabla estilizada en la que se comparan la situación territorial y la económica en los últimos tres años en ambos países:

Fuentes: Inegi, Banxico, Secretaría de Economía, Banamex, IBGE, Banco Central de Brasil, y Ministerio de Desarrollo, Industria y Comercio Exterior de Brasil.

Si bien es cierto que estos datos reflejan la importancia que cada país ha adquirido como socio comercial del otro en los últimos años, también arrojan datos del comportamiento económico de México y Brasil frente al comercio mundial, de los qua podemos obtener significativas conclusiones.

En cuanto al apartado de aranceles, México es uno de los países con más bajos aranceles en el comercio mundial, lo cual se traduce en un incremento de las importaciones, no así de las exportaciones, lo que propicia un desequilibrio en el comercio interno. En sentido opuesto, Brasil impone altas barreras arancelarias al comercio mundial, basado en un proteccionismo hacia el comercio interno, lo cual se refleja en la significativa diferencia existente entre el total de millones de dólares anuales generados por las exportaciones e importaciones de cada país.

Ahora bien, Brasil en los últimos años ha obtenido mayores inversiones extranjeras directas (IED), las cuales han fortalecido el camino hacia un mejor comercio interno. En cambio, México no ha dejado de basar su economía comercial en el exterior. Esto, lejos de beneficiar al país, lo somete en un disminuido incremento de las reservas internacionales.

Claro está que los factores socioeconómicos como el desempleo afectan de manera directa el PIB de los países, siendo en este caso México el país con mayor tasa de desempleados frente al porcentaje de Brasil, obteniendo así un menor PIB per cápita.

Todo lo anterior hace suponer que un TLC con Brasil sería viable y benéfico para México sólo si Brasil disminuyera sus aranceles, propiciando así un intercambio comercial justo para ambos países, al tiempo que hubiese mayor inversión hacía México, debiendo con ello la economía mexicana fortalecer la estructura interna del comercio para garantizar a los sectores comerciales y productivos mexicanos una mejor y justa actividad comercial.

No se puede soslayar que la celebración de tratados internacionales consiste en lograr beneficios mutuos y no unilaterales, por lo que el know-how para este tratado es diseminar todos los elementos y factores que propicien un ambiente económico interrelacionado sustantivo en condiciones de igualdad, sin perjudicar los sectores productivos nacionales.

Ante esa situación, es indispensable que en el análisis de la viabilidad para celebrar el acuerdo comercial con la República Federativa de Brasil sean realizados foros de discusión y análisis con cada uno de los sectores productivos del país, así como con los representantes de las organizaciones empresariales, con objeto de establecer los criterios de competitividad económica que el sector productivo está dispuesto a negociar en igualdad de condiciones con las empresas de la República Federativa de Brasil.

Consecuencia de lo anterior y con fundamento jurídico en los artículos 71, 73, 74, 76, fracción I, y 89, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o. y 2o. párrafo segundo, 3o. y 4o. de la Ley sobre la Celebración de Tratados; y 56, 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición

Punto de Acuerdo

Primero. Exhortar al Ejecutivo federal y al Senado de la República a analizar de forma exhaustiva y rigurosa la negociación del tratado de libre comercio México-Brasil, con la finalidad de que se encuentren en igualdad de condiciones comerciales, para evitar afectaciones al sector productivo del país.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Comisión de Economía es competente para conocer la proposición con punto de acuerdo a fin de exhortar al Ejecutivo federal y al Senado de la República a analizar de forma exhaustiva la negociación del tratado de libre comercio México-Brasil para garantizar igualdad de condiciones comerciales.

Segunda. Antes de proceder a los apartados de análisis correspondientes, es necesario aclarar que los resolutivos del punto de acuerdo citado en la transcripción apuntada líneas arriba, para efectos de este dictamen, se ha procedido a modificarlos en los términos que más adelante se detallan.

Lo anterior, en virtud de que en la sesión de la Comisión de Economía de fecha 28 de abril de 2010, los asistentes suscribieron un punto de acuerdo cuya exposición de motivos era idéntica a la que motiva la actividad dictaminadora de este órgano legislativo, otorgando su respaldo al sentido de éste.

En esta tesitura, respetando tanto la intención del proponente como la de los integrantes de la comisión que suscribieron el punto de acuerdo referido, se ha estimado preciso modificar el punto de acuerdo que se dictamina, para dejarlo en los siguientes términos:

Primero. Exhortar al Ejecutivo federal y al Senado de la República a escuchar y considerar las opiniones del sector industrial, comercial y de servicios del país y de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, con el propósito de integrarlas en el análisis de la negociación del tratado de libre comercio México-Brasil, para evitar afectaciones al sector productivo del país.

Segundo. En el marco del análisis de las variables macroeconómicas para la celebración del tratado de libre comercio México-Brasil, que éstas sean coordinadas en forma conjunta por las comisiones involucradas de la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados.

Por lo anterior, la parte analítica de este dictamen considera los puntos de acuerdo referidos como una modificación acordada por los integrantes de la Comisión de Economía respecto a los cuales se realiza el presente dictamen.

Tercera. Que con base en los antecedentes indicados por el diputado Jorge Hernández Hernández, la Comisión de Economía, con las atribuciones señaladas, se abocó de forma respetuosa y responsable a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referida.

Cuarta. Que los artículos 15, 76, fracción I, 89, fracción X, y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos hacen referencia a los tratados o las convenciones internacionales, y establecen restricciones para celebrar tratados a las facultades del Poder Ejecutivo y del Senado, específicamente, en su última parte, se desautoriza en forma generalizada la celebración de tratados que alteren las garantías o derechos del hombre. Esa restricción está encaminada a la protección de la totalidad de los derechos civiles o individuales, así como de los derechos políticos o del ciudadano.

Por su parte, el artículo 133 referido señala la jerarquía de los tratados internaciones, estableciendo que, con las leyes del Congreso de la Unión, serán ley suprema.

Quinta. Asimismo, el artículo 25 constitucional reza:

Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución.

El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará a cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución.

Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la nación.

Sexta. Que el artículo 4 de la Ley sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica establece que para la aprobación de un tratado se observará congruencia con diversos objetivos particulares según proceda, de los que resultan relevantes, entre otros

• En materia de prácticas desleales de comercio exterior, fomentar la libre concurrencia y buscar las sanas prácticas de competencia y prever y promover mecanismos para contrarrestar los efectos de las prácticas desleales de comercio de los países con que se contrate.

• Impulsar la eliminación o reducción de obstáculos innecesarios al comercio que sea incompatibles con la ley y con los compromisos internacionales.

• Prever que las normas de los tratados consideren las asimetrías, las diferencias y los desequilibrios, así como las medidas correspondientes para compensarlos.

Séptima. De lo anterior se puede válidamente concluir que no obstante que el Estado tiene la rectoría económica, al ser un régimen democrático quien dirige la política económica no puede simplemente decidirla sin tomar en cuenta a las demás partes integrantes del Estado, como los ciudadanos y sus instituciones.

En este sentido, no hay impedimento legal y sí una obligación democrática para que tanto el Ejecutivo federal como el Senado de la República escuchen a todos los sectores y actores que de manera directa o indirecta tengan participación o resientan las consecuencias de la celebración de un tratado comercial como el que se pretende celebrar con Brasil.

Por lo anterior, se hace evidente la legitimidad de la propuesta contenida en el punto de acuerdo que se dictamina, pues tanto el Ejecutivo como el Senado de la República tienen la obligación de buscar que el referido convenio internacional genere empleo, riqueza y una justa distribución del ingreso, lo que puede lograrse sólo tomando en cuenta a todos los sectores involucrados.

Octava. En virtud de lo expuesto, la Comisión de Economía

Acuerda

Primero. La Cámara de Diputados realiza un atento exhorto al Ejecutivo federal y al Senado de la República a escuchar y considerar las opiniones de los sectores industrial, comercial y de servicios del país y de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, con el propósito de integrarlas en el análisis de la negociación del tratado de libre comercio México-Brasil, para evitar afectaciones al sector productivo del país.

Segundo. En el marco del análisis de las variables macroeconómicas para la celebración del tratado de libre comercio México-Brasil, que éstas sean coordinadas en forma conjunta por las comisiones involucradas de la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de mayo de 2010.

La Comisión de Economía

Diputados: Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud, Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda, Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo, Jorge Humberto López Portillo Basave, David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez, David Ricardo Sánchez Guevara (rúbrica), José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez, Ramón Merino Loo, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández, Carlos Torres Piña, José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo por el que se exhorta a las instituciones de salud, a los congresos estatales y a la ALDF a desarrollar un plan conjunto y coordinado de difusión de los centros de atención primaria de adicciones Nueva Vida

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las instituciones de salud, a los congresos estatales y a la ALDF, a que en conjunto y de manera coordinada desarrollen un plan de difusión de los centros de atención primaria de adicciones “Nueva Vida”.

Con fundamento en los artículos 39, 44, y 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 56, 60, 65, 87, y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a la consideración de esta honorable asamblea, el dictamen relativo al punto de acuerdo, el cual se emite el siguiente

Dictamen

I. Antecedentes

1. Con fecha 10 de marzo 2010, el diputado Cuauhtémoc Salgado Romero del Grupo Parlamentario Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el pleno el punto de acuerdo por el que se exhorta a las instituciones de Salud, a los congresos estatales y a la ALDF, a que en conjunto y de manera coordinada desarrollen un plan de difusión de los centros de atención primaria de adicciones “Nueva Vida”.

2. Con la misma fecha fue turnada a la Comisión de Salud para su estudio y dictamen.

II. Consideraciones

I. Esta comisión realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

II. El punto de acuerdo que se pretende dictaminar emergió debido al aumento de las adicciones en los últimos veinte años, esto por razones diversas, resaltando fundamentalmente el tipo de cultura a la que pertenecemos en la que el consumo de sustancias como el alcohol y el tabaco es algo común, cotidiano e incluso en algunos círculos sociales indispensable. En el caso de drogas como la marihuana y la cocaína que son las de mayor consumo, el fácil acceso a ellas ha contribuido a que nuestro país pase de ser productor a un gran consumidor.

III. Diariamente las adicciones afectan la vida de los consumidores, y será cada vez más problemático si no se llegan a tomar a tiempo las medidas necesarias para su prevención y tratamiento. El consumo de sustancias adictivas acorta la vida de las personas, distorsionando la estructura equilibrada de la pirámide poblacional, además los consumidores tienden a abandonar aquellas actividades académicas, laborales y demás que contribuyen al desarrollo personal, esencial para el progreso de cualquier nación.

IV. Es preocupante que el mayor número de adictos se encuentran entre los 18 y 34 años de edad, etapa biológica de mayor capacidad productiva en el ser humano, por lo que el crecimiento del problema, en el largo plazo, puede llegar a frenar el desarrollo del país al disminuir la capacidad de productividad ocasionada por la falta de capital humano, entendido éste como la poca preparación de los trabajadores, la falta de estos o en el peor de los casos ambas.

V. Sin embargo, debido a la falta de conocimiento del tema, el tratamiento de las adicciones no es hasta la fecha relevante ni preocupante a pesar de las consecuencias que en el mediano y largo plazo trae consigo.

VI. La estadística refleja que 464 mil 386 personas requieren atención especializada y el 80 por ciento de la población necesita programas de prevención.

VII. Los integrantes de esta comisión están conscientes de que actualmente dicha labor es desafiada y gratificante por organizaciones civiles e instituciones privadas así como por organismos como el Consejo Nacional Contra las Adicciones que han creado programas que ayudan a combatir estas adicciones. Como lo realizan los centros de atención primaria de adicciones “Nueva Vida”, los cuales, además de ayudar al tratamiento y recuperación de adictos, también funcionan como centros de educación y prevención. Además de que consideran necesario que se le dé una mayor difusión, para que de esta manera se pueda ayudar a quien lo necesita.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud consideran que la propuesta es viable, por lo que se somete al pleno de la Cámara de Diputados la siguiente

Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las instituciones de salud, a los congresos estatales y a la Asamblea Legislativa de Distrito Federal, a que en conjunto, y de manera coordinada, desarrollen un plan de difusión de los centros de atención primaria de adicciones “Nueva Vida”.

Único. Se exhorta a las instituciones de salud, congresos estatales y Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que de manera conjunta y coordinada desarrollen un plan de difusión para los centros de atención primaria de adicciones “Nueva Vida” y realizar una estrategia comunitaria.

Diputados: Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Arciga, Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández, Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo, Leticia Quezada Contreras (rúbrica en abstención).

De la Comisión de Salud, con punto de acuerdo relativo a los recursos del PEF de 2011 para prevenir y controlar el virus del papiloma humano y el cáncer cervicouterino

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la siguiente proposición con punto de acuerdo relativo a los recursos para la prevención y control del Virus del Papiloma Humano y el Cáncer Cérvico Uterino, en el PEF 2011.

Con fundamento en los artículos 39, 44, y 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 56, 60, 65, 87, y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Salud somete a la consideración de esta honorable asamblea, el dictamen relativo al punto de acuerdo, el cual se emite el siguiente

Dictamen

I. Antecedentes

1. Con fecha 10 de marzo 2010, el diputado Alejandro Carabias Icaza del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de Mexico, presentó ante el pleno el punto de acuerdo relativo a los recursos para la prevención y control del Virus del Papiloma Humano y el Cáncer Cérvico Uterino, en el PEF 2011.

2. Con la misma fecha fue turnada a la Comisión de Salud para su estudio y dictamen.

II. Consideraciones

I. Esta comisión realizó el estudio y análisis de los planteamientos contenidos en la proposición con punto de acuerdo, a fin de valorar su contenido, deliberar e integrar el presente dictamen.

II. El punto de acuerdo que se pretende dictaminar nació debido a que en nuestro país, el virus del papiloma humano (VPH) constituye una amenaza para la salud de la mujer, ya que puede dar origen al cáncer cérvico-uterino, el cual constituye la segunda causa de muerte a nivel nacional, entre las mujeres de 25 años o más.

Asimismo, la preocupación de que en algunas entidades federativas se siguen reportando niveles superiores a 21 casos por cada 100 mil mujeres. Tal es el caso de Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Veracruz y Campeche, lo cual indica cierta correlación de este padecimiento con los índices de pobreza y marginación.

III. Los integrantes de la Comisión de Salud consideran preocupante el tema referente al virus del papiloma humano, un mal silencioso, que cobra cada vez más víctimas; que aparece como una deformación pequeña en el área genital y al no tener un tratamiento adecuado, puede desembocar un cáncer y provocar la muerte en mujeres, el mayor riesgo para la población local es que cada vez son más jóvenes las mujeres y hombres que comienzan su vida sexual activa y muchos sin protección.

IV. La importancia de difundir este mal, es para lograr que cada vez sean más las mujeres que se acerquen a una revisión tanto a un médico particular como al servicio de salud pública que están capacitados y con estrategias así como herramientas suficientes como mayor egreso presupuestal, para hacer una atención oportuna y quitarle a la muerte un ser humano, a través de un buen ejercicio médico y conciencia ciudadana.

V. Sin embargo, cabe señalar que el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010, preveía originalmente una reducción del 82 por ciento de recursos para estas dos instituciones y para el programa “Atención de la salud reproductiva e igualdad de género en salud”. Dicho proyecto fue ajustado en la honorable Cámara de Diputados sin embargo siguen siendo insuficientes los recursos para una padecimiento que día a día cobra la muerte de quienes lo padecen por no contar con la detección y tratamientos oportunos.

VI. Es por ello necesario que la Secretaria de Hacienda y Crédito Público evalúe detalladamente dichas cantidades, apegándose a las estadísticas reales sobre este padecimiento y no por cuestiones meramente económicas, para que de manera correcta y justa asigne las cantidades necesarias para combatir dicha enfermedad.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Salud consideran que la propuesta es viable, por lo que se somete al pleno de la Cámara de Diputados la siguiente

Proposición con punto de acuerdo relativo a los recursos para la prevención y control del Virus del Papiloma Humano y el Cáncer Cérvico Uterino, en el PEF 2011

Único. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2011, se contemplen recursos suficientes y necesarios para la prevención y control del Virus del Papiloma Humano y el cáncer cérvico-uterino.

Diputados: Miguel Antonio Osuna Millán (rúbrica), presidente; Marco Antonio García Ayala (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Antonio Benítez Lucho (rúbrica), Rosalina Mazari Espín (rúbrica), Rodrigo Reina Liceaga (rúbrica), José Antonio Yglesias Arreola (rúbrica), Silvia Esther Pérez Ceballos (rúbrica), Heladio Gerardo Verver y Vargas (rúbrica), Carlos Alberto Ezeta Salcedo (rúbrica), María del Pilar Torre Canales (rúbrica), secretarios; Felipe Borja Texocotitla (rúbrica), Yolanda de la Torre Valdez, Olga Luz Espinoza Morales (rúbrica), Leandro Rafael García Bringas, Clara Gómez Caro (rúbrica), Delia Guerrero Coronado (rúbrica), José Manuel Hinojosa Pérez, José Luis Marcos León Perea (rúbrica), Fernando Morales Martínez, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Ana Elia Paredes Arciga, Guadalupe Eduardo Robles Medina (rúbrica), Sergio Tolento Hernández, Alicia Elizabeth Zamora Villalva (rúbrica), Laura Piña Olmedo, Leticia Quezada Contreras (rúbrica).

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a implantar un programa integral de reinserción social de ex convictos deportados al país

Honorable Asamblea:

A la Comisión Seguridad Pública de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, la proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al Ejecutivo federal para que implemente un programa integral de reinserción social de los ex-convictos deportados a nuestro país.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, numeral 1, y 45, numerales 6, incisos e) y f) y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 58, 60, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen en sentido positivo, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

I. En sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión celebrada el día 15 de diciembre de 2009, el diputado Francisco Vega de la Madrid, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal para que implemente un programa integral de reinserción social de los ex-convictos deportados a nuestro país.

II. En esta misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, acordó que se turnará la propuesta citada a la Comisión de Seguridad Pública, para su estudio y dictamen correspondiente.

III. El 1 de junio de 2010, en sesión plenaria de la Comisión de Seguridad Pública, este dictamen fue aprobado en sentido positivo por unanimidad.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

1. El proponente, refiere que los gobiernos de los estados fronterizos, a través de las diversas Secretarías de Desarrollo Social, cada año emprenden programas encaminados al apoyo de las personas repatriadas procedentes de Estados Unidos de América, sin embargo, aclara que se debe establecer una sana diferencia, entre los migrantes y los recursos que se destinan para la reinserción social de los ex convictos de las cárceles de los Estados Unidos, ya que se ha convertido en un problema generalizado, principalmente en las fronteras del estado de Baja California, sin excluir a los demás estados de la zona de la frontera norte.

2. Manifiesta que según datos de la Agencia de Aduanas y Migración de los Estados Unidos de Norteamérica, difundidos por la Secretaría de Seguridad Pública Municipal de Tijuana del 2005 al 2008 se deportaron de ese país 364 mil 7 personas que purgaron penas en las cárceles norteamericanas, tan sólo por la garita de Tijuana se han deportado 38 mil 745 de ellos. Asimismo, datos de la Comisión Binacional de Derechos Humanos, establecen que cada día alrededor de 700 personas son deportadas a México, 200 de ellos son ex convictos deportados a la ciudad de Tijuana.

3. De igual modo, expresa que el problema principal radica en que no existe una política pública encaminada a la reinserción social de estos ex convictos repatriados, y establece que existen dos vertientes de este problema. El problema social de las ciudades a dónde se destinan las personas a su llegada a nuestro territorio nacional y el grave problema del incremento de la inseguridad pública sectorizado en zonas de la frontera norte. El problema social empieza con la necesidad de contar con un trabajo para sobrevivir en las zonas por las que son deportados, sin embargo, no existen oportunidades reales laborales para ellos, quienes en su mayoría oscilan entre las edades de 35 años, la mayoría son adictos a sustancias prohibidas, suelen estar tatuados, desarrollan en las calles los códigos de supervivencia de las cárceles y en ocasiones no hablan bien el idioma español.

4. En este mismo orden de ideas, indica que además es necesario, contar con un sistema binacional de recuperación de datos que incluya información biométrica entendida como tal como la aplicación de técnicas matemáticas y estadísticas sobre los rasgos físicos o de conducta de un individuo, para “verificar” identidades o para “identificar” individuos, contando con un sistema de información de nacionalidad y grado de peligrosidad; aunado al estudio que este órgano legislativo federal entregué sobre la viabilidad y el diseño de algún programa federal encaminado a la seguridad pública y la reinserción social.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la proposición con punto de acuerdo, los miembros de la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados suscriben el presente dictamen.

Consideraciones

Primero. Fruto de una concepción espiritualista del hombre informada por el principio del libre arbitrio en su forma más abstracta e indeterminada, desarrollan la idea de la poena medicinalis, según la cual los hombres que delinquen, pueden ser no solo castigados sino también constreñidos por el Estado a hacerse buenos. Esta visión pedagógica de la pena general una concepción de la privación de la libertad personal como pena orientada a la reeducación, conmutable por la pena de muerte cuando el reo se revele incurable y al mismo tiempo utilizable como medida de prevención y de orden público, representa además el motivo inspirador de la primera doctrina orgánica de la diferenciación penal, que partiendo de una concepción ético-intelectualista del delito como fruto de la ignorancia, desarrolla una doctrina de la pena como sanción diferenciada en razón de la capacidad de reo de mostrar vergüenza y de tomar conciencia de sus culpas; es decir el fin de la enmienda es asignado a la pena y en adición a las finalidades preponderantes de prevención general. Esta postura parte de posturas filosóficas que persiguen la prevención especial de los delitos asignando a las penas y a las medidas de seguridad el doble fin de curar al condenado en la presuposición de que es un individuo enfermo y/o de segregarlo y neutralizarlo en la presuposición de que también es peligroso. La idea central de esta orientación es que el delincuente es un ser antropológicamente inferior, mas o menos desviado o degenerado. En esta perspectiva las penas asumen el carácter de medidas técnicamente apropiadas para las diversas exigencias terapéuticas y ortopédicas de la defensa social. 1

Segundo. Por otro lado, es importante mencionar que los objetivos de la cárcel han ido evolucionando con el transcurso del tiempo. Poco a poco, la idea de que el prisionero tenía que reparar el daño que había causado a la sociedad, fue tomando conciencia en ésta. El encarcelamiento tenía que ir acompañado del trabajo, el delincuente pagaba, con la prisión, una deuda, no directamente a sus víctimas, pero sí al daño que su comportamiento había causado a toda la sociedad. Tras haber cumplido su condena y pagado su deuda, el delincuente quedaba exento de toda culpa y podía reemprender una nueva vida. Pero la aplicación de esta utopía todavía no se ha hecho realidad. El hecho de considerar la prisión como un lugar de reeducación del delincuente, se contempló tiempo después. La prisión se fijó otros objetivos: el cambiar a los delincuentes y adaptarlos para una vida normal en la sociedad. Su principal idea era la de reeducar y reformar a los delincuentes que habían tomado un camino equivocado. Durante el cumplimiento de las penas, la optima reinserción social del interno condenado debe ser el objetivo de fundamental en un Estado Social de Derecho, fundado en el respeto de la dignidad humana; el objeto del Derecho Penal de un estado de este tipo, no es excluir al delincuente sino buscar la reinserción del mismo en su contexto y en forma adecuada. La función resocializadora del sistema penal adquiere gran importancia constitucional no solo desde el punto de vista de la dignidad; sino también como expresión del libre desarrollo de la personalidad humana. s

Tercero. Si atendemos a la premisa constitucional contenida en el artículo 18, el cual establece que el sistema penitenciario se organizará sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley, se concluye que la reciente reforma constitucional ha dado, además de la nueva nomenclatura, la inclusión de otros elementos que se suman al trabajo y la capacitación para el mismo, así como la educación y el deporte para lograr la reincorporación del sujeto a la vida en libertad, después de haber compurgado pena privativa de libertad. Lo anterior, en razón del decreto que reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio del 2009, conocida como Reforma Penal Constitucional, mediante la cual se elimina el concepto de “readaptación social” y se incorpora el de “reinserción social” en el artículo 18 del citado ordenamiento; de igual modo en este mismo artículo constitucional.

Cuarto. Evidentemente, los mencionados elementos, elevados a rango constitucional, no son nuevos puesto que ya eran considerados en la Ley de Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados y en las legislaciones locales de ejecución de sanciones. Sin embargo, hoy en día el reto del sistema penitenciario mexicano sigue consistiendo en el hecho de implementar una estrategia para recuperar los centros de reclusión de la crisis en la que están inmersas y transformarlas en espacios que retribuyan a la sociedad, mediante la reinserción exitosa de las personas sentenciadas.

Quinto. En razón de lo anteriormente expuesto, las personas que delinquen y compurgan una condena en prisión, deben ser objeto de reinserción social, lo que no siempre se ha considerado acertado y menos tratándose de delitos menores, ya que las penas cortas de privación de la libertad resultan innecesarias e insuficientes para lograr en breve tiempo, la “reeducación o reinserción social”, además de los efectos perniciosos del contacto con otros internos. 3

El Estado, a través de instituciones específicas, cuando priva de la libertad a un sujeto que ha violado alguna disposición penal, se preocupa además por proporcionarle trabajo, la capacitación para éste, educación, salud y deporte como medios que le permitan la reinserción a la sociedad para procurar que no vuelva a delinquir al salir de prisión; en ese sentido, la función de la pena ya no es sólo el castigo por el castigo mismo, sino que a través de ella se proporcionan al interno los elementos que incidan en este objetivo. Algunos autores consideran que con estos elementos no se agotan las posibilidades legales de tratamiento; aquellos sólo han sido recogidos como simple mínimo constitucional, en el sentido de que el Estado puede y debe tratar al delincuente y adoptar la práctica de otras medidas, que enriquecen el reducido mínimo social, el deporte, la terapia individual y grupal, la asistencia espiritual, etcétera; en definitiva no cabría hablar de reinserción social, ni sería posible establecer un certero sistema de educación y de trabajo si no se procura aquélla y se hacen factibles éstos por medio de otros numerosos apoyos institucionales. Luego entonces, el régimen penitenciario debe emplear, tratando de aplicarlos conforme a las necesidades del tratamiento individual de los delincuentes, todos los medios curativos, educativos, espirituales y de otra naturaleza y de todas las formas de asistencia de que pueda disponer. El objeto del tratamiento es inculcarle al interno la voluntad de ser conforme a la ley, mantenerse con el producto de su trabajo y crear en él aptitud para hacerlo. Dicho tratamiento estará encaminado a fomentar el respeto por sí mismo y desarrollar el sentido de responsabilidad al salir de prisión. 4

Sexto. Siguiendo el orden de ideas antes expuesto, el propósito de implementar un programa integral de reinserción social para ex convictos deportados a nuestro país, en específico de las cárceles de los Estados Unidos de Norteamérica, resulta ser una cuestión que debe ser tratada dentro de las prisiones, en este caso norteamericanas en el momento en que los reos compurgan su sentencia, pues como ya se ha explicado en los puntos anteriores, el objetivo de la pena de prisión, es procurar la reinserción social del que cometió un hecho delictivo, con el único objetivo de que no lo vuelva a delinquir. Sin embargo, con motivo de la grave problemática que sufren las ciudades a donde se destinan las personas a su llegada al territorio nacional, y el grave problema de la inseguridad pública sectorizado en zonas de la frontera norte, esta Comisión considera procedente e indispensable que el gobierno federal establezca una política pública encaminada a atender la problemática de ex convictos repatriados, que permita a estos incorporarse a una vida social digna enmarcada en los derechos y prerrogativas de la Constitución Política, a través de la creación de programas y patronatos que permitan la contratación de ex convictos, ya que el acceso a un empleo es la clave para su reinserción social, dicen los especialistas: “El trabajo, dentro y fuera de los reclusorios, no es solamente para que obtengan dinero, sino que es una terapia de reinserción”.

El reto está en que las autoridades logren convencer a los empresarios de que, al menos, den una oportunidad a quienes son ex convictos deportados a nuestro país; es decir, se trata de programas que permitan dar oportunidades a fin de evitar la reincidencia, ya que todo ser humano tiene derecho a acceder a más y mejores opciones de crecimiento y estabilidad, hasta que demuestre lo contrario, y con mayor razón cuando se trata de personas que ya cumplieron una sentencia y pagaron su deuda con la sociedad, en este caso la norteamericana.

Sin embargo, es necesario hacer reformas constitucionales en este sentido, sin perder de vista que antes debe sensibilizarse a todos los actores involucrados, pues de que sirve una ley y/o un programa, si nadie lo cumple, a un interno que ha cumplido su sentencia le debe bastar con la carta de liberación para contar con las mismas oportunidades de empleo, que una persona con la misma capacidad que no ha vivido la experiencia carcelaria.

Es importante también tener en cuenta, que muchos ex convictos pueden declinar las ofertas, en razón de que muchos de ellos solamente buscan la manera de volver a su tierra, con sus familias.

Séptimo. Por otra parte, el artículo 2º de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, señala como parte de las funciones de seguridad pública, a cargo de la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios, el procurar la reinserción social del individuo:

Artículo 2. La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del individuo, en términos de esta Ley, en las respectivas competencias establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Octavo. No menos importante, resulta el hecho de que el artículo 31, fracción III, de la citada ley, indica ya como parte de las funciones de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario el proponer al Consejo Nacional de Seguridad Pública la creación o implementación de programas, políticas y acciones de reinserción social.

“Artículo 31. Son funciones de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario:..

...III. Proponer al Consejo Nacional, políticas, programas y acciones en materia de reinserción social...”

Noveno. Con relación al numeral segundo de la proposición con punto del acuerdo objeto del presente dictamen, consistente en exhortar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados a entregar a esta asamblea un estudio técnico sobre la viabilidad de la aplicación de un programa binacional de colaboración, dirigido a la deportación masiva de ex convictos que cuente con elementos de información biométrica y de identificación de nacionalidad y nivel de peligrosidad, esta Comisión considera improcedente dicha propuesta, toda vez que no es facultad de las comisiones ordinarias realizar estudios técnicos de ningún tipo. Así se desprende de los artículos 39 y 45, ambos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los cuales establecen lo siguiente:

“Artículo 39:

1. Las Comisiones son órganos constituidos por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.

2. La Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que se mantienen de legislatura a legislatura y son las siguientes: ...

...XXXV. Seguridad Pública...”

...3. Las comisiones ordinarias establecidas en el párrafo anterior, tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio conforme a lo dispuesto por el párrafo primero del artículo 93 constitucional, y su competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

“Artículo 45. ...

...6. Las comisiones tendrán las tareas siguientes:

a) Elaborar su programa anual de trabajo;

b) Rendir un informe semestral de sus actividades a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos;

c) Organizar y mantener un archivo de todos los asuntos que les sean turnados, que deberá ser entregado a la Legislatura siguiente;

d) Sesionar cuando menos una vez al mes;

e) Resolver los asuntos que la Mesa Directiva de la Cámara les turne;

f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas a las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos; y

g) Realizar las actividades que se deriven de esta ley, de los ordenamientos aplicables, de los acuerdos tomados por el Pleno de la Cámara y los que adopten por sí mismas con relación a la materia o materias de su competencia.”.

Tal y como se observa en los artículos antes citados, las comisiones ordinarias no cuentan con facultades para realizar la propuesta planteada en el numeral segundo de la proposición objeto del presente dictamen, dicha facultad en su caso, la tendría de crearse, una comisión de investigación, la cual se constituye con carácter de transitorio para el ejercicio de la facultad a que se refiere el párrafo tercero del artículo 93 constitucional el cual establece que las Cámaras, a pedido de una cuarta parte de sus miembros, tratándose de los diputados, y de la mitad, si se trata de los Senadores, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar el funcionamiento de organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, siendo pues una disposición que se limita a los supuestos antes señalados y en los cuales no se encuentra el supuesto planteado en la propuesta del diputado proponente.

Por otra parte, se considera riesgoso en el ejercicio de autoridad en contra de los nacionales migrantes, quienes además son ya considerados un grupo altamente vulnerable a los actos discriminatorios y de violación de garantías, ya que hablar de ex convictos provenientes de cárceles norteamericanas, no significa necesariamente que se trate de gente peligrosa, sino personas que por alguna razón tuvieron problemas con las autoridades norteamericanas. Por otro lado, el delegado del Instituto Nacional de Migración negó que la mayoría de los deportados de los Estados Unidos se queden a residir en Baja California, ya que algunos intentan cruzar de nuevo hacia el otro lado y los que no, buscan la manera de regresar a su lugar de origen.

Resultando

Primero: Esta soberanía considera procedente aprobar la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a implementar un programa de reinserción social de los ex convictos deportados a nuestro país, en razón, de que si bien es cierto que es durante el periodo en prisión que un Estado debe procurar la reinserción social del reo a través del trabajo, capacitación para el mismo, salud, educación y deporte, a fin de evitar que el sentenciado vuelva a delinquir al momento de salir de prisión; es con motivo de la grave problemática que sufren las ciudades a donde se destinan las personas a su llegada a nuestro territorio nacional, y el grave problema de la inseguridad pública sectorizado en zonas de la frontera norte, que se considera procedente e indispensable que el gobierno federal establezca una política pública encaminada a atender la problemática de ex convictos repatriados, que permita a estos incorporarse a una vida social digna enmarcada en los derechos y prerrogativas de la Constitución Política, a través de la creación de programas contra las adicciones y patronatos que permitan la contratación de ex reos; ya que el acceso a un empleo es la clave para su reinserción social.

En cuanto al exhortar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Diputados para que entregue a esta asamblea un estudio técnico sobre la viabilidad de la aplicación de un programa binacional de colaboración, dirigido a la deportación masiva de ex convictos que cuenten con elementos de información biométrica y de identificación de nacionalidad y nivel de peligrosidad, se considera improcedente, por no ser esta una facultad de las comisiones ordinarias.

Con base a lo expuesto y fundado, los diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Seguridad Publica reconocen y concluyen que es procedente aprobar en sentido positivo el presente punto de acuerdo, por lo que someten a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente:

Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo federal para que implemente un programa de reinserción social para ex convictos deportados a nuestro país, en virtud de que se ha demostrado su necesidad.

Notas:

1 Ferrajoli, Luigi, Derecho y Razón. Teoría del Garantismo Penal, 4ª ed., Valladolid, Ed. Trotta, 2000, pp. 265-275.

2 Ibid.

3 Mtra. Adelita de J. Murillo Chejín, La pena de Prisión y la Reinserción social, Reforma en materia de Justicia Penal y Seguridad Pública, Foros de Participación Ciudadana.

4 Ibid.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de junio de 2010.

La Comisión de Seguridad Pública

Diputados: José Luis Ovando Patrón (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio Herrera Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira, Felipe Amadeo Flores Espinosa (rúbrica), Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero, Alejandro Gertz Manero, Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica), Víctor Hugo Círigo Vásquez (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, Luis Alejandro Guevara Cobos, Aarón Irízar López (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Camilo Ramírez Puente, Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo Santana Alfaro (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado.

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta a las entidades federativas que a la fecha no hubieren adecuado su marco legal en materia de seguridad pública a realizar las modificaciones necesarias a fin de cumplir lo dispuesto en el artículo séptimo transitorio de la reforma constitucional en materia de seguridad y justicia, del 18 de junio de 2008

Honorable Asamblea:

A la Comisión Seguridad Pública de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, la proposición con punto de por el que se exhorta a las entidades federativas, que a la fecha no hubiesen adecuado su marco legal en materia de seguridad pública, a que realicen las reformas necesarias a fin de dar cumplimiento a lo mandatado en el artículo séptimo transitorio de la reforma constitucional en materia de seguridad pública y justicia de fecha 18 de junio de 2008, presentada el 7 de abril de 2010 y publicada en la Gaceta Parlamentaria en la misma fecha.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Seguridad Pública somete a consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen en sentido positivo, mismo que se realiza bajo los siguientes:

Antecedentes

I. En sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión celebrada el 7 de abril de 2010, el diputado José Luis Ovando Patrón, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a las entidades federativas, que a la fecha no hubiesen adecuado su marco legal en materia de seguridad pública, a que realicen las reformas necesarias a fin de dar cumplimiento a lo mandatado en el artículo séptimo transitorio de la reforma constitucional en materia de seguridad pública y justicia de fecha 18 de junio de 2008, presentada el 7 de abril de 2010 y publicada en la Gaceta Parlamentaria en la misma fecha.

II. En esta misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, acordó que se turnará la propuesta citada a la Comisión de Seguridad Pública, para su estudio y dictamen correspondiente.

III. El 1 de junio de 2010, en sesión plenaria de la Comisión de Seguridad Pública, este dictamen fue aprobado en sentido positivo por unanimidad.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

1. El diputado proponente expresa que México se ha constituido como un país rico en recursos materiales y humanos, de gran trascendencia cultural en toda América Latina; sin embargo, ello no le ha hecho inmune de sufrir los estragos de la delincuencia en sus diferentes manifestaciones –común u organizada–, encontrando dicho mal social dentro del territorio mexicano, y consiguientemente, colocando en un estado de peligro la seguridad integral de sus habitantes, generándose un ambiente permeado de incertidumbre y desconfianza hacia las propias instituciones encargadas de la función de seguridad pública, sin dejar de lado el consecuente aparcamiento en la participación social, que el propio ambiente de inseguridad ha propiciado, con impacto negativo y directo al bienestar de las familias mexicanas.

2. De igual forma, manifiesta que el gobierno federal tuvo a bien sancionar las disposiciones planteadas conforme al proceso legislativo planteado en nuestra Carta Magna, aprobando la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación en fecha 18 de junio de 2008, cuyo objeto fue encaminado a fortalecer las instituciones encargadas de la procuración de justicia y de la seguridad pública.

3. Señala que en el contenido del decreto antes citado, se reformaron “los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115 y la fracción XIII del apartado B del artículo 123, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, estableciendo respecto del artículo 21 constitucional noveno párrafo, que “La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala”.

4. El proponente expresa que es de gran relevancia contar con instrumentos jurídicos estatales que articulen, organicen y perfeccionen la tarea de seguridad pública para hacer efectivo el frente que se ha propuesto por parte del Estado mexicano en contra de la delincuencia, con base en el contenido de la reforma constitucional del 18 de junio de 2008.

5. Finalmente argumenta que no debe perderse de vista que la expedición de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, inició su vigencia dentro de los términos signados en el artículo séptimo transitorio de tan importante reforma constitucional el cual a la letra señala: “El Congreso de la Unión, a más tardar dentro de seis meses a partir de la publicación de este decreto, expedirá la ley que establezca el Sistema Nacional de Seguridad Pública. Las entidades federativas expedirán a más tardar en un año, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, las leyes en esta materia, razón por la cual se exhorta a las entidades federativas que a la fecha no hubiesen adecuado su marco legal en materia de seguridad pública, a que realicen las reformas necesarias a fin de dar cumplimiento a lo mandatado en el citado artículo transitorio de la reforma constitucional del 18 de junio de 2008.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la proposición con punto de acuerdo, los miembros de la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados suscriben el presente dictamen.

Consideraciones

Primero. Que con base en los antecedentes antes expuestos y con los elementos de información disponibles, la Comisión de Seguridad Publica, con las atribuciones antes señaladas se avoco a dictaminar la proposición con punto de acuerdo de referencia.

Segundo. Tal y como lo manifiesta el proponente, el artículo 21 constitucional noveno párrafo, establece que “La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala.”

En concordancia con el citado precepto legal, el artículo 124 de nuestra Constitución federal establece que “Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los estados”, siendo por tanto prioritario que los estados armonicen en el marco de sus atribuciones, los ordenamientos legales correspondientes, a fin de estar en posibilidad de homologar las disposiciones que en materia de Seguridad contiene la reforma constitucional mencionada.

Tercero. De igual manera, el artículo 73, fracción XXIII, otorga facultades expresas al Congreso de la Unión, “Para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, así como para establecer y organizar a las instituciones de Seguridad Pública en materia federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de esta Constitución.”

En razón de la citada disposición constitucional, el honorable Congreso de la Unión expidió la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación en fecha 2 de enero de 2009, la cual establece en el artículo 6º lo siguiente:

Artículo 6. Las Instituciones de Seguridad Pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional, su actuación se regirá además, por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, honradez, y respeto a los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Deberán fomentar la participación ciudadana y rendir cuentas en términos de ley.

Cuarto. A su vez, el artículo 7º de la ley antes citada en relación con el artículo 21 Constitucional, expresa lo siguiente:

Artículo 7. Conforme a las bases que establece el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Instituciones de Seguridad Pública de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en el ámbito de su competencia y en los términos de esta Ley, deberán coordinarse para:

I. Integrar el Sistema y cumplir con sus objetivos y fines;

II. Formular políticas integrales, sistemáticas, continuas y evaluables, así como programas y estrategias, en materia de seguridad pública;

III. Ejecutar, dar seguimiento y evaluar las políticas, estrategias y acciones, a través de las instancias previstas en esta ley;

IV. Proponer, ejecutar y evaluar el Programa Nacional de Procuración de Justicia, el Programa Nacional de Seguridad Pública y demás instrumentos programáticos en la materia previstos en la Ley de Planeación;

V. Distribuir a los integrantes del Sistema, actividades específicas para el cumplimiento de los fines de la Seguridad Pública;

VI. Regular los procedimientos de selección, ingreso, formación, actualización, capacitación, permanencia, evaluación, reconocimiento, certificación y registro de los servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública;

VII. Regular los sistemas disciplinarios, así como de reconocimientos, estímulos y recompensas;

VIII. Determinar criterios uniformes para la organización, operación y modernización tecnológica de las Instituciones de Seguridad Pública;

IX. Establecer y controlar bases de datos criminalísticos y de personal;

X. Realizar acciones y operativos conjuntos de las Instituciones de Seguridad Pública;

XI. Participar en la protección y vigilancia de las Instalaciones Estratégicas del país en los términos de esta ley y demás disposiciones aplicables;

XII. Determinar la participación de la comunidad y de instituciones académicas en coadyuvancia de los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito, así como de las Instituciones de Seguridad Pública, a través de mecanismos eficaces;

XIII. Implementar mecanismos de evaluación en la aplicación de los fondos de ayuda federal para la seguridad pública;

XIV. Fortalecer los sistemas de seguridad social de los servidores públicos, sus familias y dependientes, e instrumentar los complementarios a éstos, y

XV. Realizar las demás acciones que sean necesarias para incrementar la eficacia en el cumplimiento de los fines de la Seguridad Pública.

Tal y como se observa en los citados preceptos y en relación con lo que manifiesta el proponente en el contenido del documento objeto del presente dictamen, es fundamental contar con un sistema útil y adecuado a las necesidades que en seguridad pública requiere nuestro país, debiendo sujetarse a lo que dispone el artículo 21 Constitucional párrafo décimo, tales como:

a) La regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública. La operación y desarrollo de estas acciones será competencia de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

b) El establecimiento de las bases de datos criminalísticos y de personal para las instituciones de seguridad pública. Ninguna persona podrá ingresar a las instituciones de seguridad pública si no ha sido debidamente certificado y registrado en el sistema.

c) La formulación de políticas públicas tendientes a prevenir la comisión de delitos.

d) La participación de la comunidad que coadyuvará, entre otros, en los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito así como de las instituciones de Seguridad Pública.

e) Los fondos de ayuda federal para la seguridad pública, a nivel nacional serán aportados a las entidades federativas y municipios para ser destinados exclusivamente a estos fines.

Quinto. Aunado a lo anteriormente señalado, es de indicar que en el cumplimiento del decreto objeto del presente dictamen, no se vulnera la soberanía de ninguna entidad estatal, a la luz de lo que dispone la fracción III del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece lo siguiente:

Artículo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete:

I. Al Presidente de la República;

II. A los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión; y

III. A las Legislaturas de los estados.

Las iniciativas presentadas por el Presidente de la República, por las Legislaturas de los estados o por las diputaciones de los mismos, pasarán desde luego a comisión. Las que presentaren los diputados o los senadores, se sujetarán a los trámites que designe el Reglamento de Debates.

Tal y como se desprende de las consideraciones antes vertidas, resulta de gran trascendencia e importancia, contar con el marco legal adecuado y vigente, el cual permita reorganizar y perfeccionar la tarea de seguridad pública, a fin de poder hacer efectivo el frente que se ha propuesto por parte del estado mexicano en contra de la delincuencia, con base en el contenido de la reforma constitucional del 18 de junio de 2008.

Sexto. Resulta atinado lo observado por el proponente, en el sentido de que con la expedición de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se dio inicio a la vigencia de los términos signados en el artículo séptimo transitorio de la multicitada reforma constitucional, en la cual el artículo séptimo transitorio establece lo siguiente:

“El Congreso de la Unión, a más tardar dentro de seis meses a partir de la publicación de este Decreto, expedirá la ley que establezca el Sistema Nacional de Seguridad Pública. Las entidades federativas expedirán a más tardar en un año, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, las leyes en esta materia.”

Dicha disposición debe ser observada de manera expresa y dentro de los términos establecidos en el transitorio en comento a fin de poder estar en posibilidades de implementación de la reforma constitucional de junio de 2008, así como las disposiciones reglamentarias que de ella emanen, dando así cumplimiento a lo dispuesto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la cual establece en el artículo 1º lo siguiente:

Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Seguridad Pública y tiene por objeto regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como establecer la distribución de competencias y las bases de coordinación entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en esta materia.

Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional

Derivado de las disposiciones legales antes mencionadas, esta comisión considera indispensable que cada estado perfeccione y actualice en el ámbito de sus respectivas atribuciones, las disposiciones que en materia de seguridad pública se encuentren vigentes, a fin de lograr una efectiva integración de los principios establecidos tanto en las disposiciones constitucionales ya mencionadas como en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de lo contrario, no se contará con las herramientas legales necesarias para responder a las exigencias que en la actualidad la ciudadanía demanda en materia de seguridad pública.

Con base a lo expuesto y fundado, los diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Seguridad Pública reconocen y concluyen que es procedente aprobar en sentido positivo el presente punto de acuerdo, por lo que someten a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente:

Acuerdo

Único. Se exhorta a las entidades federativas que a la fecha no hubieren adecuado su marco legal en materia de seguridad pública, a que realicen las reformas necesarias, a fin de dar cumplimiento a lo mandatado en el artículo séptimo transitorio de la reforma constitucional en materia de seguridad y justicia de fecha 18 de junio de 2008.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de junio de 2010.

La Comisión de Seguridad Pública

Diputados: José Luis Ovando Patrón (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio Herrera Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira, Felipe Amadeo Flores Espinosa (rúbrica), Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero, Alejandro Gertz Manero, Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica), Víctor Hugo Círigo Vásquez (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, Luis Alejandro Guevara Cobos, Aarón Irízar López (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Camilo Ramírez Puente, Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo Santana Alfaro (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado.

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública a reunirse con las autoridades encargadas de la seguridad pública en Coahuila para seguir coordinando esfuerzos y apoyar a Torreón en la problemática de su policía

Honorable Asamblea:

A la Comisión Seguridad Pública de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública a reunirse con las autoridades encargadas de la seguridad pública en Coahuila para seguir coordinando esfuerzos y apoyar a Torreón en la problemática de su policía, a cargo del diputado Miguel Ángel Riquelme, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentada el 21 de abril de 2010 y publicada en la Gaceta Parlamentaria en la misma fecha.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Seguridad Pública somete a consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen en sentido positivo, mismo que se realiza bajo los siguientes:

Antecedentes

I. En sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión celebrada el 21 de abril de 2010, el diputado Miguel Ángel Riquelme, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presento proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública a reunirse con las autoridades encargas de la seguridad pública en Coahuila para seguir coordinando esfuerzos y apoyar a Torreón en la problemática de su policía.

II. En esta misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, acordó que se turnará la propuesta citada a la Comisión de Seguridad Pública, para su estudio y dictamen correspondiente.

III. El 1 de junio de 2010, en sesión plenaria de la Comisión de Seguridad Pública, este dictamen fue aprobado en sentido positivo por unanimidad.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

1. El proponente manifiesta que hace algunos días el ayuntamiento de Torreón dio de baja alrededor de 400 policías municipales que estaban en paro, en demanda de la destitución del jefe de la corporación, después de haber establecido una mesa de negociación que fue abandonada por la comisión de policías inconformes y, con lo anterior, fue roto el diálogo que hasta ese momento se había entablado; lo anterior, ha provocado que hasta el día de hoy a más de 26 días en que ocurrió dicha baja del cuerpo policíaco en mención, aún se están llevando a cabo las pláticas para que los policías que quieran continuar desempeñando su trabajo lo hagan, pero en esta ocasión después de presentar exámenes de confiabilidad que garanticen que los habitantes del mencionado municipio lagunero contarán con un cuerpo de policía capacitado y leal que responda a los sucesos y la realidad que está viviendo la comunidad.

2. El proponente expresa que por esta razón, la ciudadanía se siente vulnerable a cualquier hecho que pueda realizar la delincuencia organizada, toda vez que en estos momentos el ayuntamiento está llevando a cabo el proceso de refundar la policía municipal. A pesar del apoyo que han brindado desde el primer momento tanto el gobierno del estado a través de su policía operativa como el gobierno federal a través del Ejército y la Policía Federal Preventiva, la ciudadanía considera que esta ayuda es insuficiente para una población de 578 mil habitantes.

3. De igual forma el proponente indica acertadamente que atendiendo a lo establecido en el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de agosto de 2008, en el que se establece la coordinación y el arreglo institucional de atención a la seguridad pública para garantizar la responsabilidad compartida entre la federación, las entidades federativas y los municipios; en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública en la que se consolida la coordinación entre las instancias encargadas de la seguridad pública para realizar acciones conjuntas; en el Programa Sectorial de Seguridad Pública 2007-2012; en la Ley de Policía Federal y, por supuesto, en la Carta Magna, consideramos oportuno solicitar a la Secretaría de Seguridad Pública federal sostener una reunión que tenga por finalidad exponer las inquietudes que existen en torno a la situación anteriormente expuesta, además de lograr acuerdos que permitan replantear el esquema de la seguridad publica en Torreón, en principio, y en la entidad, finalmente.

4. Por último el proponente reitera su preocupación por evitar el incremento de los índices de violencia, requiriendo que la Secretaría de Seguridad Pública federal envíe a Torreón más elementos de la Policía Federal Preventiva y los mantenga por el tiempo que sea necesario, evitando la rotación, en virtud de que si el municipio se queda sin apoyo policiaco se generará un clima de incertidumbre y falta de seguridad entre la población. Estimando que en un plazo aproximado de seis meses el municipio podrá contar con elementos suficientemente capacitados para redundar la policía municipal, tiempo en el cual se solicita la presencia de elementos de la policía federal y estatal en el municipio.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la proposición con punto de acuerdo, los miembros de la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados suscriben el presente dictamen.

Consideraciones

Primero. Que con base en los antecedentes antes expuestos y con los elementos de información disponibles, la Comisión de Seguridad Pública, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la proposición con punto de acuerdo al rubro señalada.

Segundo. La seguridad pública es una materia concurrente entre la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios en la cual, el reparto de competencias, debe hacerse en una ley marco expedida por el Congreso de la Unión, pues esta facultad deriva de los artículos 21 y 73, fracción XXIII, de la Constitución federal.

“Artículo 21. ...

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...

La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.

Las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública.”

“Artículo 73. El Congreso tiene facultad: ...

...XXIII. Para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, así como para establecer y organizar a las instituciones de seguridad pública en materia federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de esta Constitución...”

Tercero. También es importante mencionar que en el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de agosto de 2008, se establece la coordinación y el arreglo institucional de atención a la seguridad pública para garantizar la responsabilidad compartida entre la federación, las entidades federativas y los municipios; puesto que parte de premisas tales como:

1. La política de seguridad es una política de Estado.

2. La coordinación, cooperación e intercambio de información entre los tres Poderes de la Unión y los tres órdenes de gobierno, es condición indispensable para garantizar la seguridad pública.

3. Cada uno de los poderes y cada uno de los órdenes de gobierno debe ejecutar la parte que le corresponde, en el marco de sus atribuciones, para cumplir los compromisos asumidos de acuerdo con las metas y los tiempos convenidos.

Al mismo tiempo, resulta impostergable la actuación coordinada entre todas las autoridades, en el marco del federalismo: actuación conjunta que asuma como premisa fundamental la corresponsabilidad entre los tres órdenes de gobierno para garantizar la plena vigencia del Estado de derecho.

Cuarto. En virtud de lo anterior, dentro del Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Publica se estable de forma expresa cuales son las obligaciones en materia de seguridad publica que cada uno de los niveles de gobierno debe cumplir.

“Artículo 7. Conforme a las bases que establece el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Instituciones de Seguridad Pública de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en el ámbito de su competencia y en los términos de esta Ley, deberán coordinarse para:

I. Integrar el Sistema y cumplir con sus objetivos y fines;

II. Formular políticas integrales, sistemáticas, continuas y evaluables, así como programas y estrategias, en materia de seguridad pública;

III. Ejecutar, dar seguimiento y evaluar las políticas, estrategias y acciones, a través de las instancias previstas en esta ley;

IV. Proponer, ejecutar y evaluar el Programa Nacional de Procuración de Justicia, el Programa Nacional de Seguridad Pública y demás instrumentos programáticos en la materia previstos en la Ley de Planeación;

V. Distribuir a los integrantes del Sistema, actividades específicas para el cumplimiento de los fines de la Seguridad Pública;

...

Artículo 8. La coordinación, evaluación y seguimiento de lo dispuesto en esta Ley, se hará con respeto a las atribuciones que la Constitución establece para las instituciones y autoridades que integran el Sistema.

Artículo 39. La concurrencia de facultades entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, quedará distribuida conforme a lo siguiente:

A. Corresponde a la Federación, por conducto de las autoridades competentes:

I. Proponer las acciones tendientes a asegurar la coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios;

II. Respecto del Desarrollo Policial:

a) En materia de Carrera Policial, proponer al Consejo Nacional:

1. Las políticas relativas a la selección, ingreso, permanencia, estímulos, promoción, reconocimiento y terminación del servicio de los Integrantes de las Instituciones Policiales, de acuerdo al Modelo Policial, conforme a la normatividad aplicable;

2. Los lineamientos para los procedimientos de Carrera Policial que aplicarán las autoridades competentes;

b) En materia de Profesionalización, proponer al Consejo Nacional:

1. El Programa Rector que contendrá los aspectos de formación, capacitación, adiestramiento, actualización e investigación académica, así como integrar las que formulen las instancias del Sistema;

2. Los procedimientos aplicables a la Profesionalización;

3. Los criterios para el establecimiento de las Academias e Institutos, y

4. El desarrollo de programas de investigación y formación académica.

c) En materia de Régimen Disciplinario, proponer al Consejo Nacional los lineamientos para la aplicación de los procedimientos respectivos.

III. Coordinar las acciones para la vigilancia y protección de las Instalaciones Estratégicas, y

IV. Las demás que establezcan otras disposiciones legales.

B. Corresponde a la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias:

I. Garantizar el cumplimiento de la presente Ley y demás disposiciones que deriven de ésta;

II. Contribuir, en el ámbito de sus competencias, a la efectiva coordinación del Sistema;

III. Aplicar y supervisar los procedimientos relativos a la Carrera Policial, Profesionalización y Régimen Disciplinario;

IV. Constituir y operar las Comisiones y las Academias a que se refiere esta Ley;

V. Asegurar su integración a las bases de datos criminalísticos y de personal;

VI. Designar a un responsable del control, suministro y adecuado manejo de la información a que se refiere esta Ley;

VII. Integrar y consultar en las bases de datos de personal de Seguridad Pública, los expedientes de los aspirantes a ingresar en las Instituciones Policiales;

VIII. Abstenerse de contratar y emplear en las Instituciones Policiales a personas que no cuentan con el registro y certificado emitido por el centro de evaluación y control de confianza respectivo;

IX. Coadyuvar a la integración y funcionamiento del Desarrollo Policial, Ministerial y Pericial;

X. Establecer centros de evaluación y control de confianza, conforme a los lineamientos, procedimientos, protocolos y perfiles determinados por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, así como garantizar la observancia permanente de la normatividad aplicable;

XI. Integrar y consultar la información relativa a la operación y Desarrollo Policial para el registro y seguimiento, en las bases de datos criminalísticos y de personal de Seguridad Pública;

XII. Destinar los fondos de ayuda federal para la seguridad pública exclusivamente a estos fines y nombrar a un responsable de su control y administración;

XIII. Participar en la ejecución de las acciones para el resguardo de las Instalaciones Estratégicas del país, y

XIV. Las demás atribuciones específicas que se establezcan en la Ley y demás disposiciones aplicables.

Los Estados y los Municipios podrán coordinarse para hacer efectivo lo previsto en el artículo 115, fracciones III, inciso h) y VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las Leyes Estatales de Seguridad Pública podrán establecer la posibilidad de coordinación, y en su caso, los medios para la más eficaz prestación del servicio de seguridad pública entre un Estado y sus Municipios.”

Quinto. A su vez, el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, señala que la Secretaría de Seguridad Pública tendrá a su cargo salvaguardar la integridad y el patrimonio de las personas, prevenir la comisión de delitos y preservar la libertad, el orden y la paz públicos. El artículo 8, fracción II, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, establece la obligación de formular y ejecutar planes y programas.

La Secretaría de Seguridad Pública, en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática (SNPD), con fundamento en los artículos 26, apartado A, constitucional, y 16, fracción IV, 21, 22, 26, 29, 32 y 37 de la Ley de Planeación, es responsable de elaborar el PNSP; que es el punto de convergencia de las distintas políticas públicas, programas y acciones de las diversas instituciones y organizaciones gubernamentales responsables de la seguridad en el país.

Sexto. El Programa Nacional de Seguridad Pública 2008-2012 concreta y expresa las inquietudes y demandas de gobierno y sociedad para el establecimiento e instrumentación de políticas y acciones integrales e intersectoriales en materia de seguridad pública; a efecto de combatir frontalmente el fenómeno delictivo y consolidar el estado de derecho con la coordinación y corresponsabilidad de los tres órdenes de gobierno, a través de la Estrategia Nacional de Prevención del Delito y Combate a la Delincuencia en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Para hacer realidad este compromiso se ha hecho un esfuerzo de coordinación sin precedente entre autoridades de los tres órdenes de gobierno, para desarticular las estructuras logísticas y financieras de las redes criminales.

Séptimo. Por otra parte, la Ley de la Policía Federal señala claramente que deberá colaborar cuando sea formalmente requerida, de conformidad con los ordenamientos constitucionales y legales aplicables, con las autoridades locales y municipales competentes en la protección de la integridad física de las personas y en la preservación de sus bienes, en situaciones de peligro, cuando se vean amenazadas por situaciones que impliquen violencia o riesgo inminente; prevenir la comisión de delitos, así como garantizar, mantener y restablecer la paz y el orden públicos.

Al respecto, los artículos 8, 13 y 19 de la Ley de la Policía Federal establecen:

“Artículo 8. La Policía Federal tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:

I. Prevenir la comisión de delitos y las faltas administrativas que determinen las leyes federales;

II. Intervenir en materia de seguridad pública, en coadyuvancia con las autoridades competentes, en la observancia y cumplimiento de las leyes;

III. Salvaguardar la integridad de las personas, garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz públicos, así como prevenir la comisión de delitos, en:

a) Las zonas fronterizas y en la tierra firme de los litorales, la parte perteneciente al país de los pasos y puentes limítrofes, las aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas, puntos de revisión aduaneros, los centros de supervisión y control migratorio, las carreteras federales, las vías férreas, los aeropuertos, los puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional, el espacio aéreo y los medios de transporte que operen en las vías generales de comunicación, así como sus servicios auxiliares.

La Policía Federal actuará en los recintos fiscales, aduanas, secciones aduaneras, garitas o puntos de revisión aduaneros, en auxilio y coordinación con las autoridades responsables en materia fiscal o de migración, en los términos de la presente Ley y las demás disposiciones legales aplicables;

b) Los parques nacionales, las instalaciones hidráulicas y vasos de las presas, los embalses de los lagos y los cauces de los ríos;

c) Los espacios urbanos considerados como zonas federales, así como en los inmuebles, instalaciones y servicios de entidades y dependencias de la federación;

d) Todos aquellos lugares, zonas o espacios del territorio nacional sujetos a la jurisdicción federal, conforme a lo establecido por las leyes respectivas, y

e) En todo el territorio nacional en el ámbito de su competencia...

...XXX. Colaborar, cuando sean formalmente requeridas, de conformidad con los ordenamientos constitucionales y legales aplicables, con las autoridades locales y municipales competentes, en la protección de la integridad física de las personas y en la preservación de sus bienes, en situaciones de peligro, cuando se vean amenazadas por situaciones que impliquen violencia o riesgo inminente; prevenir la comisión de delitos, así como garantizar, mantener y restablecer la paz y el orden públicos;...

Artículo 13. Todas las autoridades federales, cuyas atribuciones se relacionen con las de la Policía Federal, se coordinarán entre sí para el despacho y operación de los asuntos relativos a la seguridad pública a cargo de la Federación.

El Reglamento de la Policía Federal determinará el esquema de organización y funcionamiento que se dé la misma para participar en instancias de coordinación interinstitucionales.

Artículo 19. Son deberes de los integrantes: ...

...XII. Participar en operativos y mecanismos de coordinación con otras Instituciones de Seguridad Pública, así como brindarles, en su caso, el apoyo que conforme a derecho proceda;...”

Octavo. Por último cabe aclarar que la presente recomendación con punto de acuerdo se presenta bajo la clasificación de exhorto, consistente en solicitar respetuosamente de una autoridad administrativa, en el ámbito de colaboración entre poderes, la realización o cesación en la ejecución de determinados actos; el cumplimiento concreto de obligaciones, o en general, la ejecución o suspensión de ciertas acciones, en beneficio de una comunidad, grupo, partido o colectividad y cuyos efectos sean de interés general. En el presente caso, consiste en realizar un exhorto a la Secretaría de Seguridad Pública, solicitando respetuosamente, el cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales señaladas, a fin de seguir coordinando esfuerzos y apoyar a Torreón en la problemática de su policía, en beneficio de su comunidad que en este momento se encuentra desprotegida y siendo potencialmente víctima de la delincuencia.

Resultando

Primero: Esta comisión considera procedente aprobar el punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Seguridad Pública a reunirse con las autoridades encargadas de la seguridad pública en Coahuila para seguir coordinando esfuerzos y apoyar a Torreón en la problemática de su policía municipal, pues de lo anteriormente expuesto se desprende que las autoridades de los tres niveles de gobierno deben sujetarse a lo establecido en la Constitución y legislación correspondiente, con el objeto de dar un tratamiento de colaboración y de coordinación entre ellos, a fin de dar pronta y eficaz solución al clima de incertidumbre y falta de seguridad entre la población de dicho municipio, en razón de que será en un plazo aproximado de seis meses en que el municipio podrá contar con elementos suficientemente capacitados para redundar la policía municipal, tiempo en el cual se solicita la presencia y apoyo de elementos de la policía federal y estatal en el municipio.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados y diputadas integrantes de las Comisión de Seguridad Pública, sometemos a consideración del pleno de esta honorable asamblea el siguiente:

Acuerdo

Único. Se exhorta a la Secretaría de Seguridad Pública federal a llevar a cabo una reunión de trabajo con las autoridades encargadas de la seguridad pública en el estado de Coahuila, a fin de seguir coordinando esfuerzos tendentes a resolver la problemática que impera en el municipio de Torreón y en su caso, enviar a elementos de la Policía Federal a fin de garantizar la seguridad del citado municipio y de sus habitantes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de junio de 2010.

La Comisión de Seguridad Pública

Diputados: José Luis Ovando Patrón (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio Herrera Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira, Felipe Amadeo Flores Espinosa (rúbrica), Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero, Alejandro Gertz Manero, Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica), Víctor Hugo Círigo Vásquez (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, Luis Alejandro Guevara Cobos, Aarón Irízar López (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Camilo Ramírez Puente, Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo Santana Alfaro (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado.

De la Comisión de Seguridad Pública, con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Seguridad Pública a implantar los programas de reestructuración, capacitación y profesionalización necesarios a fin de erradicar la corrupción imperante en los mandos de la Policía Federal, División Caminos

Honorable Asamblea:

A la Comisión Seguridad Pública de la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría Seguridad Pública a implantar los programas de reestructuración, capacitación y profesionalización necesarios a fin de erradicar la gran corrupción imperante en los mandos de la Policía Federal, División Caminos, a cargo del diputado Joel González Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentada el 22 de abril de 2010 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de fecha en la misma fecha.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Seguridad Pública somete a consideración de esta honorable Asamblea, el presente dictamen en sentido positivo, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

I. En sesión de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión celebrada el 22 de abril de 2010, el diputado Joel González Díaz, del Partido Revolucionario Institucional, presento proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría Seguridad Pública a implantar los programas de reestructuración, capacitación y profesionalización necesarios a fin de erradicar la gran corrupción imperante en los mandos de la Policía Federal, División Caminos.

II. En esta misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, acordó que se turnará la propuesta citada a la Comisión de Seguridad Pública, para su estudio y dictamen correspondiente.

III. El 1 de junio de 2010, en sesión plenaria de la Comisión de Seguridad Pública, este dictamen fue aprobado con modificaciones, en sentido positivo, por unanimidad.

Contenido de la proposición con punto de acuerdo

1. El diputado proponente manifiesta que no es ninguna novedad que se han encontrado bandas delictivas que han estado y están en complicidad con la Policía Federal de Caminos y otras corporaciones policíacas tanto federales como estatales a niveles muy altos, las que cuentan con su imparcial y total protección, para traficar drogas, armas, órganos, mercancía de contrabando y en la actualidad el muy conocido tráfico de personas.

2. El proponente expresa no ser comprensibles toda esta gama de delitos sin la participación o la complicidad de los cuerpos policíacos y, en lo particular, de la sofisticada Policía Federal, División Caminos, ya que por vía terrestre, y siendo más explícito, por las carreteras federales de nuestro país se transportan y trasladan toda clase de productos legales o ilegales. Refiere que tan sólo en los últimos años se han contabilizado decenas de miles de robos de tráileres, camiones y camionetas de carga del autotransporte de carga federal, en las principales rutas que son utilizan con mayor regularidad por este gremio; que inclusive la Cámara Mexicana de la Industria del Transporte manifiesta un considerable incremento de robos de mercancías de todo tipo y, respecto a la industria de la construcción, ésta ha sido lacerada gravemente por el robo de maquinaria pesada utilizada en dicho sector.

3. El proponente refiere que existe una larga cadena de corrupción, en la que el suboficial, corrupto cobra las mordidas o cuota y las entrega al oficial superior, éste a su vez al teniente y éste al capitán, éste las entrega al comandante de destacamento o de comisaría a su vez éste las entrega al los altos mandos, claro esto no tendría sentido, si cada uno de los integrantes de esta corporación no se quedara con al menos un porcentaje de participación justo de acuerdo a los montos de recaudación. El proponente destaca que es tan descarada y lamentable la corrupción en nuestras carreteras por parte de la Policía de Caminos, que en muchas ocasiones cundo los afectados carecen de recursos financieros, los oficiales cobran sus mordidas o dádivas en especie; esto quiere decir, que les dan televisiones, estéreos, computadoras, artículos de joyería, etcétera, lo que es lamentable verdaderamente.

4. Por otra parte, el proponente destaca, que en relación con la mayoría de los comandantes de esta corporación, sólo sería necesario realizarles una buena auditoría e investigación patrimonial y comparar los resultados que arroje ésta, con sus ingresos generales en el transcurso de su vida productiva, de igual forma, indica que es urgente y muy necesario se implementen mecanismos de reestructura laboral y de profesionalización tendiente ha erradicar la corrupción y fomentar un cambio de cultura en este cuerpo de seguridad.

5. Por todo lo expuesto, y con el único fin de participar en la prevención de los delitos por parte de los servidores públicos y así erradicar los lamentables y alarmantes niveles de corrupción de esta corporación, el proponente somete a consideración de esta soberanía los siguientes

6. Derivado de lo anterior se propone exhortar al secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna, a implantar las acciones y programas de reestructuración y depuración laboral que sean necesarios a los elementos de la Policía Federal, División Caminos, a fin de erradicar al personal nocivo y los elementos corruptos que en la actualidad generan los altos niveles de corrupción que imperan de forma considerable en dicha corporación.

7. De igual manera, se exhorta al secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna, a generar los programas, académicos, científicos, culturales y sociales de capacitación y profesionalización que sean necesarios, a fin de lograr erradicar totalmente, o de manera considerable los altos niveles de corrupción existentes, que imperan en la actualidad, en la policía federal división caminos y así fomentar un cambio de cultura, tendiente a transformar, mejorar y depurar los distintos mandos de la mencionada corporación.

8. El proponente exhorta al secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna, a informar al pleno de la honorable Cámara de Diputados sobre los programas anticorrupción que se han implantado y los resultados que se hayan logrado sobre el particular en dicha Policía Federal.

9. Finalmente el proponente exhorta al titular de la Auditoría Superior de la Federación, contador público Arturo González de Aragón, a realizar las auditorías, revisiones e investigaciones patrimoniales necesaria a los suboficiales, oficiales, comandantes y principales mandos de la Policía Federal, División Caminos, dichos resultados deberán compararse con los datos del historial de ingresos y percepciones de su vida productiva, esto con el fin de depurar a esa institución de los elementos que resulten con variaciones considerables en sus bienes patrimoniales no justificables, estas auditorías e investigaciones deberán realizarse de manera extensiva a los familiares de estos en línea directa.

Establecidos los antecedentes y el contenido de la proposición con punto de acuerdo, los miembros de la Comisión de Seguridad Pública de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados suscriben el presente dictamen.

Consideraciones

Primero. Que con base en los antecedentes antes expuestos y con los elementos de información disponibles, la Comisión de Seguridad Pública, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo.

Segundo. La libertad de transitar dentro de la República Mexicana, así como de entrar y salir de ella, es un derecho específico de libertad que se contempla en nuestra Constitución claramente.

“Artículo 11. Todo hombre tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.”

Este derecho, como la mayoría, no es absoluto, pues la propia Constitución Política prevé casos de excepción, los que enuncia en dos supuestos generales; esto es, cuando se trata de intervenciones de las autoridades judiciales o de las administrativas. Haciendo a todas luces evidentes los actos de molestia sin razón alguna, abuso y extorsión que se presenta por parte de agentes de tránsito y vialidad del Estado de Sinaloa, así como también por parte de la Policía Federal.

Tercero. El ser un agente de tránsito y vialidad implica una responsabilidad muy grande con la ciudadanía, ya que de acuerdo con el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el servidor público debe salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos y comisiones.

Las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que incurran, además de las que señalen las leyes, consistirán en suspensión, destitución e inhabilitación, así como en sanciones económicas, y deberán establecerse de acuerdo con los beneficios económicos obtenidos por el responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por sus actos u omisiones a que se refiere la fracción III del artículo 109 de la CPEUM, pero que no podrán exceder de tres tantos de los beneficios obtenidos o de los daños y perjuicios causados.

Cuarto. El Código Penal Federal, en su artículo 390 señala claramente en qué consiste el tipo penal del delito de extorsión:

“Artículo 390. Al que sin derecho obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro o causando a alguien un perjuicio patrimonial, se le aplicarán de dos a ocho años de prisión y de cuarenta a ciento sesenta días multa.

Las penas se aumentarán hasta un tanto más si el constreñimiento se realiza por una asociación delictuosa, o por servidor público o ex-servidor público, o por miembro o ex miembro de alguna corporación policial o de las Fuerzas Armadas Mexicanas. En este caso, se impondrá además al servidor o ex servidor público y al miembro o ex miembro de alguna corporación policial, la destitución del empleo, cargo o comisión y la inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar cargo o comisión público, y si se tratare de un miembro de las Fuerzas Armadas Mexicanas en situación de retiro, de reserva o en activo, la baja definitiva de la Fuerza Armada a que pertenezca y se le inhabilitará de uno a cinco años para desempeñar cargos o comisión públicos.”

Para esta soberanía, una de las prioridades del Estado Mexicano, es reestablecer la seguridad pública en el territorio nacional. Bajo esta premisa, los instrumentos de planeación nacional y los programas sectoriales de las dependencias encargadas de este tema en el ámbito federal, se orientaron a alinear los esfuerzos de los órdenes de gobierno en el fortalecimiento de las acciones de prevención del delito y combate al crimen.

Para ello se planteó la necesidad de instrumentar un nuevo modelo policial que genere inteligencia operativa para la prevención de los delitos, el combate a la delincuencia y exprese la visión del Estado Mexicano respecto de la organización y funcionamiento de las corporaciones de policía de los órdenes de gobierno, para cumplir el mandato constitucional de la seguridad pública.

Quinto. La Seguridad Pública es una materia concurrente entre las diferentes entidades federativas, el Distrito Federal y la Federación, en donde el reparto de competencias debe hacerse en una ley marco expedida por el Congreso de la Unión, tal y como lo señalan los artículos 21, 73 fracciones XXIII, y 122 Base Segunda fracción II inciso e) de la Constitución Federal.

“Artículo 21. ...

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La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución.

Las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que estará sujeto a las siguientes bases mínimas:

a) La regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública. La operación y desarrollo de estas acciones será competencia de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

b) El establecimiento de las bases de datos criminalísticos y de personal para las instituciones de seguridad pública. Ninguna persona podrá ingresar a las instituciones de seguridad pública si no ha sido debidamente certificado y registrado en el sistema.

c) La formulación de políticas públicas tendientes a prevenir la comisión de delitos.

d) Se determinará la participación de la comunidad que coadyuvará, entre otros, en los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito así como de las instituciones de seguridad pública.

e) Los fondos de ayuda federal para la seguridad pública, a nivel nacional serán aportados a las entidades federativas y municipios para ser destinados exclusivamente a estos fines.”

“Artículo 73. El Congreso tiene facultad ...

...XXIII. Para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, así como para establecer y organizar a las instituciones de seguridad pública en materia federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de esta Constitución...”

Sexto. En cuanto a los puntos de acuerdo primero y segundo, enumerados en el contenido de la presente proposición, consistentes en exhortar al secretario de Seguridad Pública a implantar las acciones y programas de reestructuración y depuración laboral que sean necesarios a los elementos de la Policía Federal; a generar los programas, académicos, científicos, culturales y sociales de capacitación y profesionalización que sean necesarios, a fin de erradicar los altos niveles de corrupción existentes en la Policía Federal, División Caminos, así como fomentar un cambio de cultura, tendiente a transformar, mejorar y depurar los distintos mandos de la mencionada corporación; se considera innecesario, pues ya la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley de la Policía Federal y en la Propia Constitución se señala claramente la obligación de que las instituciones de seguridad pública sean de carácter civil, disciplinado y profesional las cuales deben contar con una clara regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública.

Al respecto, la Ley de la Policía Federal establece lo siguiente:

“Artículo 16. La carrera policial comprende el grado policial, la antigüedad, las insignias, condecoraciones, estímulos y reconocimientos obtenidos, el resultado de los procesos de promoción, así como el registro de las correcciones disciplinarias y sanciones que, en su caso, haya acumulado el integrante. Se regirá por las normas siguientes:

IV. Sólo ingresarán y permanecerán en la Policía Federal aquellos aspirantes e integrantes que cursen y aprueben los programas de formación, capacitación y profesionalización;

XII. Los procedimientos para la selección, ingreso, formación, capacitación, adiestramiento, desarrollo, actualización, permanencia y promoción de integrantes serán establecidos en las disposiciones reglamentarias que al efecto se expidan, y

Artículo 17. Para ingresar o permanecer en la Policía Federal se requiere

V. Aprobar los cursos de formación, capacitación y profesionalización;

Artículo 24. El Consejo Federal es la instancia colegiada encargada de normar, conocer y resolver toda controversia que se suscite en relación con los procedimientos del Servicio Profesional, el Régimen Disciplinario de la Policía Federal y su Profesionalización.

Artículo 25. El Consejo Federal llevará un registro de datos de los integrantes, el cual se proporcionará a las bases de datos criminalísticas y de personal de la Secretaría y del Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública.

Artículo 26. Son atribuciones del Consejo Federal:

I. Emitir normas relativas al ingreso, selección, permanencia, estímulos, promoción y reconocimiento de los integrantes;

II. Establecer los lineamientos para los procedimientos de Servicio Profesional;

III. Formular normas en materia de previsión social;

IV. Elaborar los planes y programas de Profesionalización que contendrá los aspectos de formación, capacitación, adiestramiento y actualización;

V. Establecer los procedimientos aplicables a la Profesionalización;

VI. Celebrar los convenios necesarios para la instrumentación de la Profesionalización;

VII. Instruir el desarrollo de los programas de investigación académica en materia policial;

VIII. Establecer los lineamientos para los procedimientos aplicables al Régimen Disciplinario;

IX. Emitir Acuerdos de observancia general y obligatoria en materia de desarrollo policial para la exacta aplicación del Servicio Profesional;

X. Aplicar y resolver los procedimientos relativos al ingreso, selección, permanencia, promoción y reconocimiento de los integrantes;

XI. Verificar el cumplimiento de los requisitos de permanencia de los integrantes;

XII. Analizar la formación, capacitación, adiestramiento, desarrollo, actualización, las sanciones aplicadas y los méritos de los integrantes a fin de determinar quiénes cumplen con los requisitos para ser promovidos;

XIII. Resolver, de acuerdo a las necesidades del servicio, la reubicación de los integrantes de un área operativa a otra;

XIV. Sustanciar los procedimientos disciplinarios por incumplimiento a los deberes u obligaciones de los integrantes, preservando el derecho a la garantía de audiencia;

XV. Conocer y resolver sobre el otorgamiento de constancias de grado y estímulos a los integrantes, conforme al procedimiento establecido en el Reglamento de la presente Ley;

XVI. Establecer el régimen homólogo de grados para el personal de servicios, conforme a las instrucciones del Comisionado General;

XVII. Crear las comisiones, comités y grupos de trabajo del Servicio Profesional, Régimen Disciplinario y demás que resulten necesarias, de acuerdo al tema o actividad a desarrollar, supervisando su actuación;

XVIII. Sancionar a los integrantes por incumplimiento a los deberes previstos en la presente Ley y disposiciones aplicables que deriven de ésta;

XIX. Resolver los recursos de revisión promovidos contra las sanciones impuestas por violación al Régimen Disciplinario;

XX. Resolver los recursos de reclamación promovidos contra los acuerdos respecto a la no procedencia del inicio del procedimiento;

XXI. Dictar las medidas necesarias para el despacho pronto y expedito de los asuntos de su competencia, y

XXII. Las demás que le señalen la presente Ley y demás disposiciones legales que de él deriven.

Las Reglas de Operación y Funcionamiento del Consejo Federal estarán previstas en el Reglamento de esta Ley.”

A su vez, el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señala:

“Artículo 30 Bis. A la Secretaría de Seguridad Pública corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. Desarrollar las políticas de seguridad pública y proponer la política criminal en el ámbito federal, que comprenda las normas, instrumentos y acciones para prevenir de manera eficaz la comisión de delitos;

II. Proponer al Ejecutivo Federal las medidas que garanticen la congruencia de la política criminal entre las dependencias de la administración pública federal;

III. Presidir el Consejo Nacional de Seguridad Pública;

IV. Representar al Poder Ejecutivo Federal en el Sistema Nacional de Seguridad Pública;

V. Proponer al Consejo Nacional de Seguridad Pública la designación del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y, en su caso, removerlo libremente;

VI. Proponer en el seno del Consejo Nacional de Seguridad Pública, políticas, acciones y estrategias de coordinación en materia de prevención del delito y política criminal para todo el territorio nacional;

VII. Fomentar la participación ciudadana en la formulación de planes y programas de prevención en materia de delitos federales y, por conducto del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los delitos del fuero común;

VIII. Promover y facilitar la participación social para el desarrollo de actividades de vigilancia sobre el ejercicio de sus atribuciones;

IX. Atender de manera expedita las denuncias y quejas ciudadanas con relación al ejercicio de sus atribuciones;

X. Organizar, dirigir, administrar y supervisar la Policía Federal Preventiva, así como garantizar el desempeño honesto de su personal y aplicar su régimen disciplinario;

XI. Proponer al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos el nombramiento del Comisionado de la Policía Federal Preventiva;

...

De igual manera, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública dispone:

“Artículo 7. Conforme a las bases que establece el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Instituciones de Seguridad Pública de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en el ámbito de su competencia y en los términos de esta Ley, deberán coordinarse para: ...

...VI. Regular los procedimientos de selección, ingreso, formación, actualización, capacitación, permanencia, evaluación, reconocimiento, certificación y registro de los servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública;...

Artículo 25. Son funciones de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia: ...

...VIII. Fijar criterios uniformes para la regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, capacitación, profesionalización, evaluación, reconocimiento, certificación y registro de agentes del Ministerio Público y peritos, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones aplicables;...

IX. Promover la capacitación, actualización y especialización conjunta de los miembros de las Instituciones de Procuración de Justicia, conforme al Programa Rector de Profesionalización; ...

Artículo 29. Son funciones de la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública: ...

...II. Promover la capacitación, actualización y especialización de los miembros de las Instituciones Policiales, conforme al Programa Rector de Profesionalización; ...

Artículo 47. La Federación y las entidades federativas establecerán y operarán Academias e Institutos que serán responsables de aplicar los Programas Rectores de Profesionalización que tendrán, entre otras, las siguientes funciones:

I. Aplicar los procedimientos homologados del Sistema;

II. Capacitar en materia de investigación científica y técnica a los servidores públicos;

III. Proponer y desarrollar los programas de investigación académica en materia ministerial, pericial y policial, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones aplicables;

IV. Proponer las etapas, niveles de escolaridad y grados académicos de la Profesionalización;

V. Promover y prestar servicios educativos a sus respectivas Instituciones;

VI. Aplicar las estrategias para la profesionalización de los aspirantes y servidores públicos;

VII. Proponer y aplicar los contenidos de los planes y programas para la formación de los servidores públicos a que se refiere el Programa Rector;

VIII. Garantizar la equivalencia de los contenidos mínimos de planes y programas de Profesionalización;

IX. Revalidar equivalencias de estudios de la Profesionalización;

X. Colaborar en el diseño y actualización de políticas y normas para el reclutamiento y selección de aspirantes y vigilar su aplicación;

XI. Realizar los estudios para detectar las necesidades de capacitación de los Servidores Públicos y proponer los cursos correspondientes;

XII. Proponer y, en su caso, publicar las convocatorias para el ingreso a las Academias e Institutos;

XIII. Tramitar los registros, autorizaciones y reconocimiento de los planes y programas de estudio ante las autoridades competentes;

XIV. Expedir constancias de las actividades para la profesionalización que impartan;

XV. Proponer la celebración de convenios con Instituciones educativas nacionales y extranjeras, públicas y privadas, con objeto de brindar formación académica de excelencia a los servidores públicos;

XVI. Supervisar que los aspirantes e integrantes de las Instituciones Policiales se sujeten a los manuales de las Academias e Institutos, y

XVII. Las demás que establezcan las disposiciones legales aplicables.

Artículo 48. En materia de planes y programas de Profesionalización para las Instituciones Policiales, la Secretaría tendrá la facultad de proponer a las Instancias de Coordinación de esta ley lo siguiente:

I. Los contenidos básicos de los programas para la formación, capacitación y profesionalización de los mandos de las Instituciones policiales;

II. Los aspectos que contendrá el Programa Rector;

III. Que los integrantes de las Instituciones Policiales se sujeten a los programas correspondientes a las Academias y de estudios superiores policiales;

IV. El diseño y actualización de políticas y normas para el reclutamiento y selección de candidatos a las Instituciones Policiales y vigilar su aplicación;

V. Estrategias y políticas de desarrollo de formación de los integrantes de las Instituciones Policiales;

VI. Los programas de investigación académica en materia policial;

VII. El diseño y actualización de políticas y normas para el reclutamiento y selección de candidatos a las Instituciones Policiales;

VIII. La revalidación de equivalencias de estudios de la Profesionalización en el ámbito de su competencia, y

IX. Las demás que establezcan otras disposiciones legales.

Artículo 72. El Desarrollo Policial es un conjunto integral de reglas y procesos debidamente estructurados y enlazados entre sí que comprenden la Carrera Policial, los esquemas de profesionalización, la certificación y el régimen disciplinario de los Integrantes de las Instituciones Policiales y tiene por objeto garantizar el desarrollo institucional, la estabilidad, la seguridad y la igualdad de oportunidades de los mismos; elevar la profesionalización, fomentar la vocación de servicio y el sentido de pertenencia, así como garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales referidos en el artículo 6 de la Ley.

Artículo 73. Las relaciones jurídicas entre las Instituciones Policiales y sus integrantes se rigen por la fracción XIII, del apartado B, del artículo 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente Ley y demás disposiciones legales aplicables.

Todos los servidores públicos de las Instituciones Policiales en los tres órdenes de gobierno que no pertenezcan a la Carrera Policial, se considerarán trabajadores de confianza. Los efectos de su nombramiento se podrán dar por terminados en cualquier momento, de conformidad con las disposiciones aplicables, y en caso de que no acrediten las evaluaciones de control de confianza.

Artículo 74. Los integrantes de las Instituciones Policiales podrán ser separados de su cargo si no cumplen con los requisitos de las leyes vigentes, que en el momento de la separación señalen para permanecer en las Instituciones, sin que proceda su reinstalación o restitución, cualquiera que sea el juicio o medio de defensa para combatir la separación, y en su caso, sólo procederá la indemnización.

Las legislaciones correspondientes establecerán la forma para calcular la cuantía de la indemnización que, en su caso, deba cubrirse.

Tal circunstancia será registrada en el Registro Nacional correspondiente.

Artículo 78. La Carrera Policial es el sistema de carácter obligatorio y permanente, conforme al cual se establecen los lineamientos que definen los procedimientos de reclutamiento, selección, ingreso, formación, certificación, permanencia, evaluación, promoción y reconocimiento; así como la separación o baja del servicio de los integrantes de las Instituciones Policiales.

Artículo 96. La certificación es el proceso mediante el cual los integrantes de las Instituciones Policiales se someten a las evaluaciones periódicas establecidas por el Centro de Control de Confianza correspondiente, para comprobar el cumplimiento de los perfiles de personalidad, éticos, socioeconómicos y médicos, en los procedimientos de ingreso, promoción y permanencia.

Las Instituciones Policiales contratarán únicamente al personal que cuente con el requisito de certificación expedido por su centro de control de confianza respectivo.

La presente disposición será aplicable también al personal de los servicios de migración.

Artículo 97. La certificación tiene por objeto:

A. Reconocer habilidades, destrezas, actitudes, conocimientos generales y específicos para desempeñar sus funciones, conforme a los perfiles aprobados por el Consejo Nacional;

B. Identificar los factores de riesgo que interfieran, repercutan o pongan en peligro el desempeño de las funciones policiales, con el fin de garantizar la calidad de los servicios, enfocándose a los siguientes aspectos de los integrantes de las Instituciones Policiales:

I. Cumplimiento de los requisitos de edad y el perfil físico, médico y de personalidad que exijan las disposiciones aplicables;

II. Observancia de un desarrollo patrimonial justificado, en el que sus egresos guarden adecuada proporción con sus ingresos;

III. Ausencia de alcoholismo o el no uso de sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares;

IV. Ausencia de vínculos con organizaciones delictivas;

V. Notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso, ni estar sujeto a proceso penal y no estar suspendido o inhabilitado, ni haber sido destituido por resolución firme como servidor público, y

VI. Cumplimiento de los deberes establecidos en esta Ley.

Artículo 98. La Profesionalización es el proceso permanente y progresivo de formación que se integra por las etapas de formación inicial, actualización, promoción, especialización y alta dirección, para desarrollar al máximo las competencias, capacidades y habilidades de los integrantes de las Instituciones Policiales.

Los planes de estudio para la Profesionalización se integrarán por el conjunto de contenidos estructurados en unidades didácticas de enseñanza aprendizaje que estarán comprendidos en el programa rector que apruebe la Conferencia de Secretarios de Seguridad Pública, a propuesta de su Presidente.”

No obstante lo que pretende el proponente ya se encuentra contemplado en diversas disposiciones, se considera procedente exhortar respetuosamente al secretario de Seguridad Pública, al cumplimiento concreto de las obligaciones que la legislación antes mencionada establece; sugiriendo no únicamente exhortar a la Secretaría de Seguridad Publica, sino también a las Procuraduría General de la Republica a fin de que todas las instituciones de seguridad pública en el ámbito de sus respectivas competencias colaboren de forma coordinada, para que se realice la investigación, persecución y pronta detención de los elementos corruptos ayudan o colaboran a bandas del crimen organizado y que realizan delitos de extorsión en contra de los automovilistas.

Séptimo. Por lo que se refiere al punto de acuerdo número tres, consistente en exhortar al secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna, a informar al pleno de la honorable Cámara de Diputados sobre los programas anticorrupción que se han implantado y los resultados que se hayan logrado sobre el particular en dicha Policía Federal; se considera procedente con fundamento en el siguiente artículo constitucional.

“Artículo 93. Los Secretarios del Despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos.

Cualquiera de las Cámaras podrá convocar a los Secretarios de Estado, al Procurador General de la República, a los directores y administradores de las entidades paraestatales, así como a los titulares de los órganos autónomos, para que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas.

Las Cámaras, a pedido de una cuarta parte de sus miembros, tratándose de los diputados, y de la mitad, si se trata de los Senadores, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar el funcionamiento de dichos organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria. Los resultados de las investigaciones se harán del conocimiento del Ejecutivo Federal.

Las Cámaras podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor a 15 días naturales a partir de su recepción.

El ejercicio de estas atribuciones se realizará de conformidad con la Ley del Congreso y sus reglamentos”.

Octavo. No obstante lo anteriormente mencionado, el ya citado artículo 93 constitucional, señala en sus últimos párrafos que las Cámaras podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor a 15 días naturales a partir de su recepción; y que el ejercicio de estas atribuciones se realizará de conformidad con la Ley del Congreso y sus reglamentos.

Al respecto la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 45 establece:

“Artículo 45. 1. Los presidentes de las comisiones ordinarias, con el acuerdo de éstas, podrán solicitar información o documentación a las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal cuando se trate de un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relativa a las materias que les corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos aplicables.

2. No procederá la solicitud de información o documentación, cuando una u otra tengan el carácter de reservada conforme a las disposiciones legales aplicables.

3. El titular de la dependencia o entidad estará obligado a proporcionar la información en un plazo razonable; si la misma no fuere remitida, la comisión podrá dirigirse oficialmente en queja al titular de la dependencia o al C. Presidente de la República.

4. Las comisiones ordinarias cuya materia se corresponde con los ramos de la Administración Pública Federal harán el estudio del informe a que se refiere el primer párrafo del artículo 93 constitucional, según su competencia. Al efecto, formularán un documento en el que consten las conclusiones de su análisis. En su caso, podrán requerir mayor información del ramo, o solicitar la comparecencia de servidores públicos de la dependencia ante la propia comisión. Si de las conclusiones se desprenden situaciones que por su importancia o trascendencia requieran la presencia en la Cámara del titular de la Dependencia, la comisión podrá solicitar al Presidente de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos que el Secretario del Despacho o Jefe de Departamento Administrativo correspondiente comparezca ante el Pleno. Asimismo, se estará a lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo 93 constitucional.”

Además de que el Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción 2008-2012, quien como el resto de los programas sectoriales y especiales, ha sido elaborado tomando como punto de partida la Visión México 2030 y el Plan Nacional de Desarrollo. Asimismo, toma en cuenta el resultado de una amplia consulta con actores relevantes de la sociedad que han aportado elementos de diagnóstico y de acción.

Lo que se busca con la implementación de este Programa es fortalecer las prácticas y valores dentro de la función pública con un enfoque de gestión más abierto a la participación de la sociedad, honesto, transparente y con una nueva vocación para rendir cuentas sobre las acciones y compromisos que se generen con la ciudadanía. Asimismo, se persigue una mejor coordinación entre las instancias responsables del combate a la corrupción, particularmente en aquellas que están encargadas de la seguridad pública.

Noveno. Por último y con relación al punto de acuerdo numeral cuarto, consistente en exhortar al titular de la Auditoría Superior de la Federación, contador público Arturo González de Aragón, a realizar las auditorías, revisiones e investigaciones patrimoniales necesaria a los suboficiales, oficiales, comandantes y principales mandos de la Policía Federal, División Caminos, y que dichos resultados deberán compararse con los datos del historial de ingresos y percepciones de su vida productiva, esto con el fin de depurar a esa institución de los elementos que resulten con variaciones considerables en sus bienes patrimoniales no justificables, además, de que estas auditorías e investigaciones se realicen de manera extensiva a los familiares de estos en línea directa; se considera improcedente, puesto que la Auditoría Superior de la Federación es una institución autónoma, independiente, neutral y al margen de intereses partidistas que revisa el origen y aplicación de los recursos públicos, así como el cumplimiento de los objetivos y metas del gobierno; es decir, que es un organismo que si bien se encarga de la realización de auditorías, visitas e inspecciones, dicha labor solo se enfoca al cuidado, el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales que manejen los recursos públicos. Por lo tanto si dentro de las facultades de la Policía Federal no se encuentra el manejo de recursos públicos, la Auditoría Superior de la Federación no tiene competencia para realizar auditorías, revisiones e investigaciones patrimoniales a los suboficiales, oficiales, comandantes y principales mandos de la Policía Federal, División Caminos, y mucho menos a sus familiares.

Al respecto, el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala lo siguiente.

“Artículo 79. La entidad de fiscalización superior de la Federación, de la Cámara de Diputados, tendrá autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la ley.

La función de fiscalización será ejercida conforme a los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.

Esta entidad de fiscalización superior de la Federación tendrá a su cargo:

I. Fiscalizar en forma posterior los ingresos y egresos; el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales, así como realizar auditorías sobre el desempeño en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales, a través de los informes que se rendirán en los términos que disponga la Ley.

También fiscalizará directamente los recursos federales que administren o ejerzan los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, con excepción de las participaciones federales; asimismo, fiscalizará los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos o cualquier otra figura jurídica, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.

II. Las entidades fiscalizadas a que se refiere el párrafo anterior deberán llevar el control y registro contable, patrimonial y presupuestario de los recursos de la Federación que les sean transferidos y asignados, de acuerdo con los criterios que establezca la Ley.

III. Investigar los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos federales, y efectuar visitas domiciliarias, únicamente para exigir la exhibición de libros, papeles o archivos indispensables para la realización de sus investigaciones, sujetándose a las leyes y a las formalidades establecidas para los cateos, y

IV. Determinar los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales y fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes, así como promover ante las autoridades competentes el fincamiento de otras responsabilidades; promover las acciones de responsabilidad a que se refiere el Título Cuarto de esta Constitución, y presentar las denuncias y querellas penales, en cuyos procedimientos tendrá la intervención que señale la ley.

Las sanciones y demás resoluciones de la entidad de fiscalización superior de la Federación podrán ser impugnadas por las entidades fiscalizadas y, en su caso, por los servidores públicos afectados adscritos a las mismas, ante la propia entidad de fiscalización o ante los tribunales a que se refiere el artículo 73, fracción XXIX-H de esta Constitución conforme a lo previsto en la Ley.

La Cámara de Diputados designará al titular de la entidad de fiscalización por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes. La ley determinará el procedimiento para su designación. Dicho titular durará en su encargo ocho años y podrá ser nombrado nuevamente por una sola vez. Podrá ser removido, exclusivamente, por las causas graves que la ley señale, con la misma votación requerida para su nombramiento, o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Cuarto de esta Constitución.

Para ser titular de la entidad de fiscalización superior de la Federación se requiere cumplir, además de los requisitos establecidos en las fracciones I, II, IV, V y VI del artículo 95 de esta Constitución, los que señale la ley. Durante el ejercicio de su encargo no podrá formar parte de ningún partido político, ni desempeñar otro empleo, cargo o comisión, salvo los no remunerados en asociaciones científicas, docentes, artísticas o de beneficencia.

Los Poderes de la Unión, las entidades federativas y las demás entidades fiscalizadas facilitarán los auxilios que requiera la entidad de fiscalización superior de la Federación para el ejercicio de sus funciones y, en caso de no hacerlo, se harán acreedores a las sanciones que establezca la Ley. Asimismo, los servidores públicos federales y locales, así como cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, fideicomiso, mandato o fondo, o cualquier otra figura jurídica, que reciban o ejerzan recursos públicos federales, deberán proporcionar la información y documentación que solicite la entidad de fiscalización superior de la Federación, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero. En caso de no proporcionar la información, los responsables serán sancionados en los términos que establezca la Ley.

El Poder Ejecutivo Federal aplicará el procedimiento administrativo de ejecución para el cobro de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias a que se refiere la fracción IV del presente artículo.”

Por su parte, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, establece en el artículo 1º, 6º y 37 lo siguiente:

“Artículo 1. La presente Ley es de orden público y tiene por objeto reglamentar los artículos 74, fracciones II y VI, y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de revisión y fiscalización de la Cuenta Pública.

La fiscalización de la Cuenta Pública comprende la revisión de los ingresos, los egresos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, fondos, los gastos fiscales y la deuda pública; del manejo, la custodia y la aplicación de recursos públicos federales, con excepción de las participaciones federales, así como de la demás información financiera, contable, patrimonial, presupuestaria y programática que las entidades fiscalizadas deban incluir en dicho documento, conforme a las disposiciones aplicables.

La fiscalización de la Cuenta Pública tiene el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera de las entidades fiscalizadas; comprobar si se observó lo dispuesto en el Presupuesto, la Ley de Ingresos y demás disposiciones legales aplicables, así como la práctica de auditorías sobre el desempeño para verificar el cumplimiento de los objetivos y las metas de los programas federales, conforme a las normas y principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.

Artículo 6. Los servidores públicos y las personas físicas o morales, públicas o privadas, que capten, reciban, recauden, administren, manejen, ejerzan y custodien recursos públicos federales, deberán atender los requerimientos que les formule la Auditoría Superior de la Federación durante la planeación, desarrollo de las auditorías y el seguimiento de las acciones que emita dentro de los plazos establecidos en esta Ley, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.

...

Artículo 37. La Auditoría Superior de la Federación fiscalizará directamente los recursos federales que administren o ejerzan las entidades federativas, los municipios y los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, con excepción de las participaciones federales; asimismo, fiscalizará directamente los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, y los transferidos a fideicomisos, mandatos, fondos o cualquier otra figura jurídica, de conformidad con los procedimientos establecidos en otras leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.”

Resultando

Primero. Esta comisión considera procedente aprobar el punto de acuerdo para exhortar secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna, a implantar las acciones y programas de reestructuración y depuración laboral que sean necesarios a los elementos de la Policía Federal, División Caminos, a fin de erradicar al personal nocivo y los elementos corruptos que en la actualidad generan los altos niveles de corrupción; así como generar programas, académicos, científicos, culturales y sociales de capacitación y profesionalización que sean necesarios, a fin de lograr erradicar los altos niveles de corrupción existentes. Pues es facultad y obligación de dicha Secretaría, de acuerdo con Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley de la Policía Federal y en la propia Constitución que las instituciones de seguridad pública sean de carácter civil, disciplinado y profesional las cuales deben contar con una clara regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública.

Segundo. Esta comisión considera procedente aprobar el punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna, a informar al pleno de la honorable Cámara de Diputados sobre los programas anticorrupción que se han implantado y los resultados que se hayan logrado sobre el particular en dicha Policía Federal, con fundamento en el artículo 93 Constitucional y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Tercero. Esta Comisión considera improcedente aprobar el punto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Auditoría Superior de la Federación, contador público Arturo González de Aragón, a realizar las auditorías, revisiones e investigaciones patrimoniales necesaria a los suboficiales, oficiales, comandantes y principales mandos de la Policía Federal, División Caminos, dichos resultados deberán compararse con los datos del historial de ingresos y percepciones de su vida productiva, esto con el fin de depurar a esa institución de los elementos que resulten con variaciones considerables en sus bienes patrimoniales no justificables, estas auditorías e investigaciones deberán realizarse de manera extensiva a los familiares de estos en línea directa; en razón de que dicho organismo no cuenta con facultades para realizar tales acciones.

Por tanto los diputados y diputadas integrantes de la Comisión de Seguridad Publica reconocen y concluyen que es procedente aprobar en sentido positivo el presente punto de acuerdo, por lo que someten a consideración del Pleno de esta honorable asamblea el siguiente:

Acuerdo

Único. Se exhorta al titular de la Secretaría de Seguridad Pública a implantar los programas de reestructuración, capacitación y profesionalización necesarios a fin de erradicar la gran corrupción imperante en los mandos de la Policía Federal, División Caminos, e informe a esta soberanía qué programas ha implementado la Secretaría de Seguridad Pública para erradicar la corrupción en dicha institución.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de junio de 2010.

La Comisión de Seguridad Pública

Diputados: José Luis Ovando Patrón (rúbrica), Sergio González Hernández (rúbrica), Bonifacio Herrera Rivera (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Manuel Esteban de Esesarte Pesqueira, Felipe Amadeo Flores Espinosa (rúbrica), Eduardo Yáñez Montaño (rúbrica), Adriana Sarur Torre (rúbrica), Teresa del Carmen Incháustegui Romero, Alejandro Gertz Manero, Miguel Álvarez Santamaría (rúbrica), Víctor Hugo Círigo Vásquez (rúbrica), Jaime Fernando Cárdenas Gracia (rúbrica), Salvador Caro Cabrera (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica), Jorge Fernando Franco Vargas, Luis Alejandro Guevara Cobos, Aarón Irízar López (rúbrica), Feliciano Rosendo Marín Díaz, Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Rosi Orozco (rúbrica), Gustavo Antonio Miguel Ortega Joaquín (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Camilo Ramírez Puente, Francisco Lauro Rojas San Román, Arturo Santana Alfaro (rúbrica), Ricardo Sánchez Gálvez (rúbrica), Ardelio Vargas Fosado.

De la Comisión de Economía, con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Economía a implantar mediante Proméxico un programa de apoyo de las empresas creadas por connacionales migrantes en el extranjero, a fin de estimular su traslado al país con el otorgamiento de todas las facilidades para su potenciación en territorio mexicano

Honorable Asamblea:

A la comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondiente a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le fue turnado, para su estudio y dictamen, el siguiente punto de acuerdo para exhortar al secretario de Economía a implantar mediante el organismo ProMéxico un programa de apoyo de las empresas creadas por connacionales migrantes en el extranjero, con el fin de incentivar su establecimiento en nuestro país, a partir de otorgarles todas las facilidades para su pontenciallzación en territorio mexicano, presentada por el diputado Gumercindo Castellanos Flores, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en fecha 7 de abril de 2010.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la proposición del punto de acuerdo referida al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados en fecha 7 de abril de 2010, los secretarios de la misma dieron cuenta al pleno de esta soberanía de la proposición de punto de acuerdo que presentó el diputado Gumercindo Castellanos Flores.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

“Durante décadas, la falta de políticas para el fortalecimiento del campo y de la industria y, en general, la falta de oportunidades de empleo en México, se ha convertido en el principal impulsor para que año con año millones de mexicanos emigren a otros países, principalmente a Estados Unidos de América, en busca de mejores condiciones laborales.

”El proceso de emigrar, como es sabido, no es nada sencillo: miles de mexicanos mueren en el intento de cruzar la frontera, y los que lo logran se vuelven víctimas permanentemente de cualquier cantidad de vejaciones, abusos y de múltiples circunstancias miserables las cuales están dispuestos a soportar, con tal de lograr mejorar un poco su calidad de vida y las de sus familias.

”En tal sentido, si bien el fenómeno migratorio en México durante generaciones ha arrojado historias de todo tipo, resulta relevante destacar la de aquellos migrantes, en proporción los menos, que lograron plenamente sus objetivos y no sólo encontraron mejores condiciones, sino que se volvieron emprendedores de empresas exitosas y que les permitió ganar un lugar relevante como parte del desarrollo económico del país donde radican.

”En ese contexto deviene de la mayor trascendencia que el Estado mexicano, consciente de su corresponsabilidad histórica para que miles de mexicanos se vean en la necesidad de emigrar a otros países en busca de oportunidades que México nunca les brindó, asuma un compromiso serio con todos esos paisanos que, de manera obligada, se tuvieron que ir, brindándoles todos los apoyos necesarios para que puedan establecer sus empresas, desarrolladas en otros países, en nuestro país y con ello, no sólo se estaría potencializando la inversión “extranjera” en nuestro territorio, lo cual ya es una política existente, sino que se estaría otorgando a nuestros connacionales la oportunidad de regresar a sus raíces de la mano de la expansión de sus empresas en la tierra que es suya.

”En efecto, si bien muchos migrantes mexicanos pudieron a través de los años consolidarse laboralmente y dar a sus familias mejores condiciones de vida, lo cierto es que no habrá un compatriota en tales circunstancias que no guarde un sentimiento pendiente y que ningún éxito en el extranjero le podrá devolver: el regreso de ellos y de sus hijos a sus raíces ya su cultura.

”De esa forma, si bien los Poderes Ejecutivo y Legislativo tenemos la inalienable obligación, en los distintos ámbitos de competencia, de fijar las bases para generar cada vez más y mejores condiciones para que el fenómeno migratorio por falta de oportunidades cada vez sea menor, lo cierto es que esa labor no nos exime de buscar, de manera paralela, los mecanismos necesarios para lograr que todos aquellos mexicanos que en su momento no tuvieron oportunidades en nuestro país y que se vieron obligados a desarrollarse fuera de él puedan ahora expandir sus empresas con el mismo éxito en el territorio mexicano.

”Es el caso que el gobierno mexicano, concretamente la Secretaría de Economía, a través de ProMéxico, tiene la misión de fortalecer la participación de México en la economía internacional, así como de coordinar las acciones para atraer inversión extranjera directa al territorio nacional.

”En ese orden de ideas, resulta viable concluir que si nuestro país cuenta con un organismo especializado que tiene como finalidad, por un lado, de impulsar las empresas mexicanas en el extranjero y, por el otro, de atraer inversión extranjera, el caso de las empresas de mexicanos migrantes creadas en el exterior deberían constituir uno de los rubros fundamentales que un organismo como éste debería otorgar especial atención, a efecto de fomentar e impulsar con programas su establecimiento en México.

”Con ello, ProMéxico tendría la oportunidad de llevar a cabo los fines para los que fue creado por partida doble, en tanto por la naturaleza de los sujetos y empresas a los que estaría beneficiando, se debe considerar como impulso a empresas de mexicanos, a la vez que se atrae inversión extranjera a nuestro país.

”Aunado a lo anterior, la posibilidad de implantar un programa de atracción y apoyo a las empresas de los migrantes para su establecimiento en nuestro país, constituye una oportunidad para el Estado mexicano de redimirse con los paisanos que, por falta de condiciones laborales, se vieron obligados a emigrar, otorgándoles ahora oportunidades de regresar a su país con las garantías de que sus empresas podrán expenderse e incluso potencializarse con éxito en nuestro territorio.

”México tiene una deuda y también un compromiso con los millones de conciudadanos que se han visto forzados a abandonar su tierra por falta de oportunidades, lo que hace primordial que ahora desde aquí se impulsen programas serios que los incentiven a expandir sus empresas desarrolladas con éxito en el exterior en su propio país.

”Por lo expuesto y fundado, me permito someter a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente

”Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al secretario de Economía del Gobierno federal para que a través del organismo ProMéxico implemente un programa de apoyo a aquellas empresas creadas por mexicanos migrantes en el extranjero, con el fin de incentivar su establecimiento en nuestro país, a partir de otorgarles todas las facilidades para su potencialización en territorio mexicano.”

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, esta Comisión de Economía es competente para conocer sobre la proposición de punto de acuerdo presentada por el diputado Gumercindo Castellanos Flores.

Segunda. Que con base en los antecedentes indicados por el diputado Gumercindo Castellanos Flores, la Comisión de Economía, con las atribuciones señaladas, se abocó de forma respetuosa y responsable a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referida.

Tercera. Que los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establecen que las proposiciones que no sean iniciativas de ley presentadas por uno o más individuos de la Cámara serán pasadas a la comisión o comisiones que corresponda para su respectivo análisis y dictaminación.

Cuarta. Que el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, llevando a cabo la regulación y fomento de las actividades que demanda el interés general, en el marco de las libertades constitucionales; asimismo, que el gobierno federal podrá participar por sí o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las áreas prioritarias del desarrollo.

Quinta. Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece en el artículo 34, fracciones I, IV y XII, respectivamente, que la Secretaría de Economía es la dependencia encargada de formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior e interior, de fomentar en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores el comercio exterior del país y regular y orientar la inversión extranjera y la transferencia de tecnología.

Asimismo, la misma ley faculta a la Secretaría de Economía en su fracción XXIII del artículo 34, a promover, orientar, fomentar y estimular la industria nacional.

Sexta. Que el Plan Nacional de Desarrollo establece en su eje de economía competitiva y generadora de empleos, que una economía nacional que otorga mayores facilidades para las inversiones, generará una economía más competitiva y mejorará las condiciones para la creación de empleos que permitan a los individuos alcanzar un mayor nivel de bienestar económico. Para ello, establece que las políticas públicas serán conducentes a aumentar la rentabilidad de los proyectos, reducir los costos de producción en territorio nacional, promover la inversión en infraestructura y limitar el riesgo al que están sujetas las inversiones.

Séptima. Que en el decreto por el que se ordena la constitución del fideicomiso público considerado entidad paraestatal denominado ProMéxico, se establece en el artículo 4 lo siguiente:

“El fideicomiso público tendrá los fines siguientes:

I. Coadyuvar en la conducción, coordinación y ejecución de las acciones que en materia de promoción al comercio exterior y atracción de inversión extranjera directa realicen las dependencias y entidades de la administración pública federal;

...VI. Promover las actividades tendientes a la atracción de inversión extranjera directa que lleven a cabo las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como apoyar a las entidades federativas en la ubicación de inversión extranjera directa en el territorio nacional.”

Octava. Que dentro de los lineamientos para la operación de los servicios de ProMéxico, se establece que son población objetivo de este programa los siguientes agentes:

“...Son población objetivo: agrupaciones gubernamentales; centros de investigación; comercializadores o distribuidores; dependencias, entidades u organismos federales, estatales y municipales; empresas con potencial; empresas exportadoras; empresas de capacitación en negocios internacionales; importadores; instituciones educativas; inversionistas mexicanos; inversionistas; organismos empresariales; practicantes en negocios internacionales y proveedores de servicios a la inversión, según se definen en los presentes lineamientos.”

Asimismo, se establece que los servicios que ProMéxico otorgue a sus beneficiarios, ya sea de manera directa o a través de las instituciones de apoyo cubrirán tanto actividades que tengan lugar en el ámbito nacional, como en el internacional y que contribuyan a la consecución de los objetivos y metas institucionales del fideicomiso.

Novena. Que los lineamientos para la operación de los servicios de ProMéxico, definen como inversionista a aquella empresa de capital mayoritariamente extranjero con interés de realizar inversiones en México, así como aquella empresa ubicada en el extranjero interesada en adquirir productos y servicios mexicanos.

Debe decirse que dentro del perfil del inversionista, no se exige que cumpla con cierta nacionalidad.

Décima. Por lo antes expuesto, y coincidiendo con el proponente, se deben mejorar y optimizar las facilidades otorgadas por el programa de ProMéxico para la potencialización de las inversiones en el territorio mexicano.

En este sentido, si bien es cierto que se debe apoyar a aquellas empresas creadas por mexicanos migrantes en el extranjero, también es cierto que al considerar dentro de su población objetivo a todo aquel agente económico interesado en realizar operaciones para invertir en México, aquellos ya son contemplados como beneficiarios del programa ProMéxico.

No obstante lo anterior, se comparte la visión de apoyar a los mexicanos migrantes en el extranjero, a fin de que si tienen negocios que han resultado exitosos y quisieran realizar inversiones en nuestro país puedan hacerlo, pues ello podría ayudar a generar y mejorar las condiciones para la creación de empleos en nuestro país, sobre todo por la etapa crítica en la que se encuentra la economía mexicana; en la inteligencia de que se debe cuidar que las acciones encaminadas en este sentido no violenten la ley ni ninguno de los tratados internacionales de los cuales México es parte; por lo que se estima correcto ajustar el punto de acuerdo propuesto en este sentido.

Décima Primera. En virtud de lo anterior, y con la modificación apuntada, esta Comisión de Economía considera legítimo el punto de acuerdo que se propone, ya que con el propósito de atraer y apoyar a los inversionistas, se deben establecer incentivos y programas de apoyo tales como ProMéxico para lograr el desarrollo y crecimiento económico del país, por lo que lo correcto es dictaminar positivamente el Punto de Acuerdo propuesto en los términos siguientes:

La honorable Cámara de Diputados acuerda

Único. Se exhorta al secretario de Economía del gobierno federal, para que a través del organismo ProMéxico, implemente un programa de apoyo a aquellas empresas creadas por mexicanos migrantes en el extranjero, con el fin de incentivar su establecimiento en nuestro país a partir de otorgarles todas las facilidades para su potencialización en territorio mexicano y, con ello, fomentar la generación de empleos, dentro del marco jurídico aplicable y cuidando de no violentar los tratados internacionales de los que México es parte.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de junio de 2010.

La Comisión de Economía

Diputados: Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), presidente; Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez, Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernández Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López-Portillo Basave (rúbrica), David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez, David Ricardo Sánchez Guevara, José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez, Ramón Merino Loo, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández, Carlos Torres Piña (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).

De la Comisión de Economía, con puntos de acuerdo por los que se solicita a la Secretaría de Economía que envíe a esta soberanía las evaluaciones que, en su caso, hubiere realizado para determinar fechas, montos y procedimientos de los cupos de importación de leche en polvo, y que calcule el efecto de las importaciones en el sector lechero del país

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, correspondiente a la LXI Legislatura, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos le fue turnado para su estudio y dictamen el siguiente punto de acuerdo, por el que se solicita a la Secretaría de Economía que envíe a esta soberanía las evaluaciones que en su caso realizó para determinar fechas, montos y procedimientos de los cupos de importación de leche en polvo, así como que calcule el efecto de las importaciones en el sector lechero del país , presentada por el diputado Héctor Fernández Aguirre, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en fecha jueves 8 de abril de 2010.

La Comisión de Economía, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis del punto de acuerdo mencionado al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en la Cámara de Diputados en fecha jueves 8 de abril de 2010, los secretarios de la misma dieron cuenta al pleno de esta soberanía del punto de acuerdo que se menciono en el exordio del presente dictamen.

Segundo. El presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “Túrnese a la Comisión de Economía”.

Tercero. El legislador propone lo siguiente:

“El pasado 15 de febrero, el Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Economía, publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se da a conocer, el contingente arancelario para importar en el año 2010, leche en polvo exenta de arancel, originaria de los países miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC), así como el acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar en este mismo año, con el arancel-cupo establecido, preparaciones a base de productos lácteos con un contenido de sólidos lácteos superior al 50 por ciento en peso, excepto las comprendidas en la fracción 1901.90.04.

La Secretaría de Economía para emitir dichos acuerdos argumentó que lo hacía con base en los compromisos suscritos por México con la OMC en lo relativo a agricultura y contingentes arancelarios, así como en el decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza, y la franja fronteriza norte, que determina un cupo anual de importación de leche en polvo totalmente desgravado para Quintana Roo, y la franja fronteriza sur colindante con Guatemala; además llevan la finalidad de complementar el abasto doméstico.

A este respecto, habremos de recordar que desde hace años, el campo mexicano atraviesa por una grave crisis, pero en esta ocasión abordaré el tema de la producción de leche.

Como la mayoría de las ramas productivas, ésta, enfrenta graves problemas y al igual que en otras ocasiones, en esta soberanía se ha evidenciado que muchos de los conflictos que enfrentan nuestros productores nacionales, son debidos a malas decisiones gubernamentales, como lo muestra la decisión del Ejecutivo federal, que en aras de una complementariedad de la producción nacional ha permitido la importación masiva e indiscriminada de productos del campo. Por lo que el mercado nacional se ha visto inundado por importaciones de productos como lo son el maíz, el frijol y la leche en polvo, entre muchos otros, que ingresan a México, incluso a precios subsidiados.

Lo anterior, aparte de convertirse en un factor de competencia desleal para nuestros productores, hemos de decir que en muchas ocasiones se trata de productos que no pudieron ser colocados en sus lugares de origen, por no reunir los estándares internacionales de calidad, que deben cumplir los productos de cualquier índole para su distribución y consumo por el cliente final.

Estos productos han ingresado a nuestro país con la actitud complaciente de las autoridades nacionales, que parecieran más comprometidas para generar ganancias a unos pocos importadores, que procurar la defensa de nuestros más de 200 mil pequeños y medianos productores, y más aún de la protección de los consumidores mexicanos.

Hoy hacemos nuestro el descontento, la molestia y la impotencia de los productores de leche mexicanos, que sumidos en una crisis propia de su sector, se ven obligados a vender su producto por debajo de los costos de producción, asimismo se enfrenta a las cuestionables decisiones de nuestras autoridades por permitir .el acceso de grandes volúmenes de importación libres de arancel.

Es de sentido común, que con estas decisiones se afecta enormemente a los productores de leche, que ya han manifestado una y otra vez, que si la producción nacional de leche no alcanza a cubrir la demanda, las importaciones se deberían de permitir cuando se haya asegurado el mercado para el producto nacional, y además aplicar el impuesto correspondiente a los productos extranjeros, para evitar que se conviertan en una competencia desleal para el productor nacional.

De acuerdo con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la producción nacional de leche en el 2009, alcanzó 10 mil 805 millones de litros de leche. Por otra parte, el consumo nacional se ubica en los 15 mil millones de litros de leche por lo que se tiene un déficit de 4 mil 195 millones de litros, es decir, casi el 30 por ciento de nuestro consumo.

La producción de leche ha registrado una caída de 30 por ciento por consecuencia de las lluvias atípicas, pero aun así, abrir las fronteras para subsanar la demanda no constituye una medida adecuada, cuando lo que resulta urgente es fortalecer la planta productiva nacional.

Y peor aún, se tiene el conocimiento que el 90 por ciento de los 4.3 millones de litros de leche que se distribuyen, por parte de Liconsa contiene leche en polvo, lo que nos ha convertido en el segundo importador del lácteo en el mundo.

Ante las oportunidades que proporciona la globalización del mercado internacional, entendemos la necesidad del Estado mexicano, de proveer de productos a bajos precios, pero también entendemos y demandamos la defensa de nuestros productores, solicitando que los precios bajos en los productos de importación no sean a costa de ellos, y menos aún de la protección de los derechos de nuestros consumidores.

Con la presentación de este punto de acuerdo expresamos nuestra solidaridad y apoyo a los productores del sector lechero, y exigimos que el Ejecutivo federal, reconsidere su política de agobio a este sector, y adopte las medidas necesarias para evitar una competencia desleal, que con lleve a su afectación y con ello, la pérdida de empleos en este sector tan importante de la economía mexicana.

Asimismo, que nuestras autoridades dejen de utilizar el argumento de complementariedad y ordenamiento del mercado, que sólo ha beneficiado a las grandes industrias al condonarle enormes cantidades de recursos, por concepto de impuestos.

Estamos de acuerdo en que cuando la producción no alcanza a cubrir las necesidades del consumo nacional, se acuda a las importaciones, aun cuando éstas sean libres de arancel, pero creemos que el Ejecutivo debe garantizar primero la colocación de la producción nacional y posteriormente determinar las cantidades que se habrán de adquirir del exterior para cubrir la demanda de este producto, para lo cual es necesario que se hagan los cálculos sobre la disponibilidad-consumo, porque a la fecha, nuestras autoridades federales se han convertido en los precursores de nuestra principal competencia desleal. Debemos recordar a nuestras autoridades, que no basta con implantar programas y medidas para hacer más eficiente al sector lechero, es necesario una real política de apoyo, que atienda de manera integral a este sector.

Por lo expuesto, acudimos a esta honorable tribuna para solicitar su apoyo y respaldo para la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Uno. Se solicita a la Secretaría de Economía que envíe a esta soberanía las evaluaciones que, en su caso, realizó para determinar las fechas, montos y procedimiento de los cupos de importación de leche en polvo.

Dos . Se solicita a la Secretaría de Economía que realice la evaluación del impacto que tienen las importaciones en el sector lechero del país.

Tres . Se solicita a la Secretaría de Economía que realice los estudios necesarios a fin de identificar, si la leche que se importa a través de los cupos:

Tiene algún nivel de subsidio por parte de su país de origen, en caso de ser positivo, se le solicita tomar las medidas previstas en los acuerdos comerciales suscritos por nuestro país ante la OMC, para equilibrar a nuestros productores ante esta competencia desleal”.

Consideraciones

Primera. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Comisión de Economía es competente para conocer sobre la proposición de punto de acuerdo presentada por el diputado Héctor Fernández Aguirre.

Segunda. Que con base en los antecedentes indicados por el diputado Héctor Fernández Aguirre, la Comisión de Economía, con las atribuciones señaladas, se abocó de forma respetuosa y responsable a dictaminar la proposición con punto de acuerdo referida.

Tercera. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 93 la facultad del Congreso para convocar a los secretarios de Estado, entre otros funcionarios, para que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas.

Cuarta. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 131, establece que es facultad privativa de la federación gravar las mercancías que se importen o exporten o que pasen de tránsito por el territorio nacional, aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación o importación expedidas por el propio Congreso y para crear otras; así como restringir y prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional, o de realizar cualquier otro propósito en beneficio del país.

Quinta. Que el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que son atribuciones de la Secretaría de Economía:

• Formular y conducir las políticas generales de industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país; con excepción de los precios de bienes y servicios de la administración pública federal;

• Estudiar, proyectar y determinar los aranceles y fijar los precios oficiales, escuchando la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; estudiar y determinar las restricciones para los artículos de importación y exportación, y participar con la mencionada secretaría en la fijación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos al comercio exterior;

Sexta. Que el artículo primero de la Ley de Comercio Exterior, tiene como objeto regular y promover el comercio exterior, incrementar la competitividad de la economía nacional y propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país, integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional, defender la planta productiva de prácticas desleales del comercio internacional y contribuir a la elevación del bienestar de la población.

Séptima. Que las fracciones III y V de la Ley de Comercio Exterior, establecen que es facultad de la Secretaría de Economía estudiar, proyectar, establecer y modificar medidas de regulación y restricción no arancelarias a la exportación, importación, circulación y tránsito de mercancías; así como otorgar permisos previos y asignar cupos de exportación e importación.

Octava. Que de conformidad con los artículos 23 de la: Ley de Comercio Exterior y 16 de su Reglamento, el cupo, es el monto de una mercancía que puede importarse o exportarse, ya sea máximo o dentro de un arancel cupo; se exporten o importen a un nivel arancelario preferencial.

Para la determinación del volumen o valor de los cupos, la Secretaría de Economía tomará en cuenta las condiciones de abasto y la oferta nacional del producto sujeto a cupos, escuchando la opinión de los integrantes de la cadena productiva.

Novena. Que el artículo 25 de la Ley de Comercio Exterior, así como 31 y 35 de su Reglamento, señala que la asignación de cupos se efectuará mediante licitaciones públicas o asignación directa, asimismo los procedimientos de asignación de cupos se podrán determinar en tratados o convenios internacionales de los que México sea parte.

Décima. Que con base en los dispositivos jurídicos apuntados, los Diputados que integran esta Comisión de Economía estiman que el punto de acuerdo propuesto por el diputado Héctor Fernández Aguirre, se encuentra ajustado al marco jurídico aplicable, además de que del resultado de los informes que se rindan con motivo de las solicitudes que propone, permitirán a esta soberanía estar debidamente informada de las políticas públicas que se siguen por el gobierno federal en esta materia, mejorar su diseño y tomar acciones en consecuencia.

Undécima. Por lo expuesto, la Comisión de Economía dictamina positivamente el punto de acuerdo propuesto para quedar como sigue

La honorable Cámara de Diputados acuerda

Primero. Se solicita a la Secretaría de Economía que envíe a esta soberanía las evaluaciones que, en su caso, realizó para determinar las fechas, montos y procedimiento, de los cupos de importación de leche en polvo.

Segundo. Se solicita a la Secretaría de Economía realice la evaluación del impacto que tienen las importaciones en el sector lechero del país.

Tercero. Se solicita a la Secretaría de Economía realice los estudios necesarios a fin de identificar, si la leche que se importa a través de los cupos:

Tiene algún nivel de subsidio por parte de su país de origen, en caso de ser positivo, se le solicita tomar las medidas previstas en los acuerdos comerciales suscritos por nuestro país ante la OMC, para equilibrar a nuestros productores ante una posible competencia desleal.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 17 días del mes de junio de 2010.

La Comisión de Economía

Diputados: Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), Alejandro Cano Ricaud (rúbrica), Melchor Sánchez de la Fuente (rúbrica), Jorge Alberto Juraidini Rumilla (rúbrica), José Luis Velasco Lino (rúbrica), Narcedalia Ramírez Pineda (rúbrica), Norma Sánchez Romero (rúbrica), María Antonieta Pérez Reyes (rúbrica), Leoncio Alfonso Morán Sánchez (rúbrica), Rodrigo Pérez-Alonso González (rúbrica), Indira Vizcaíno Silva (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari, Noé Fernando Garza Flores (rúbrica), Jorge Hernández Hernández (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Jorge Humberto López Portillo Basave (rúbrica), David Penchyna Grub, Enrique Salomón Rosas Ramírez (rúbrica), David Ricardo Sánchez Guevara, José Antonio Arámbula López (rúbrica), Sergio Gama Dufour (rúbrica), Luis Enrique Mercado Sánchez, Ramón Merino Loo, Martín Rico Jiménez, Ramón Jiménez López (rúbrica), Gerardo Leyva Hernández, Carlos Torres Piña (rúbrica), José M. Torres Robledo (rúbrica), Ifigenia Martha Martínez y Hernández (rúbrica).

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal que realice mediante la Comisión Nacional del Agua las obras de protección longitudinal del bordo en ambas márgenes del río San Pedro, en la zona urbana de Tuxpan, Nayarit

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Recursos Hidráulicos fue turnada, para estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal que se ejecuten las obras de construcción del sobrebordo de protección en el municipio de Tuxpan, Nayarit, por considerarse una zona de alto riesgo para los habitantes de dicho municipio.

La Comisión de Recursos Hidráulicos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 60, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, procede a analizar y dictaminar la citada proposición con punto de acuerdo al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 20 de octubre de 2009, el diputado Manuel Humberto Cota Jiménez presentó proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al Ejecutivo federal que se ejecuten las obras de construcción del sobrebordo de protección en el municipio de Tuxpan, Nayarit, por considerarse una zona de alto riesgo para los habitantes de dicho municipio.

Segundo. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite a la proposición en los siguientes términos: “Túrnese a la Comisión de Recursos Hidráulicos”.

Con base en lo anterior, los integrantes de esta comisión dictaminadora procedimos al estudio del

Contenido de la proposición

Señala el proponente que la ciudad de Tuxpan, cabecera del municipio del mismo nombre, es el centro poblacional más grande de Nayarit, después de la capital del estado, y que se encuentra enclavado en la zona de ingreso a una de las áreas de marismas más importantes de América, con una superficie de más de 82 mil hectáreas distribuidas en 11 núcleos agrarios y 3 municipios.

Uno de los principales afluentes hidrológicos que da vida a esta importante zona es la cuenca del río San Pedro-Mezquital, que pasa por el costado norte de la ciudad de Tuxpan y desemboca finalmente en la laguna de Mexcaltitán y el Océano Pacífico.

Refiere que la cantidad de agua recibida por la cuenca del río San Pedro a lo largo de su paso por la Sierra Madre Occidental se ha venido incrementando en los últimos años por las extraordinarias precipitaciones pluviales registradas en esta región del país, provocando una sobresaturación de la laguna de Mexcaltitán y de la zona de marismas, lo que aunado a las fuertes corrientes del río, ha rebasado la capacidad del borde de contención que actualmente existe en la ciudad de Tuxpan, generando severas inundaciones con graves daños humanos y materiales.

Estima que una de las prioridades del gobierno federal es impulsar medidas de adaptación a los efectos del cambio climático, lo que de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo, hace necesario desarrollar capacidades preventivas y de respuesta ante los impactos adversos previsibles; en consecuencia, se busca preservar y fortalecer las funciones de amortiguamiento que existen en las cuencas hidrológicas y ecosistemas costeros, así como el Sistema Nacional de Protección Civil.

Según el proponente, en nuestro país, los esfuerzos aislados de un ayuntamiento o estado ante proyectos de gran magnitud y que destacan en su prioridad el propósito de salvaguardar la integridad física y material de las personas y sus bienes, difícilmente podrán ser cristalizados si no se cuenta con la concurrencia y coordinación entre los diversos órdenes de gobierno, que es uno de los principios del funcionamiento de nuestro sistema federal.

Estima impostergable la realización de obras y acciones que permitan garantizar la seguridad de los habitantes de Tuxpan y cumplir así con la obligación que tiene el Estado de salvaguardar la integridad física y patrimonial de los ciudadanos, más aún cuando se tiene el antecedente de que en esta zona del país se han registrado inundaciones que han ocasionado pérdidas humanas y cuantiosos daños materiales.

Afirma que los tres órdenes de gobierno tienen detectados los riesgos que representa el río San Pedro a su paso por la ciudad de Tuxpan; que las medidas ya han sido sugeridas, que los proyectos para reducir los impactos que pueda ocasionar un inminente desbordamiento del río se encuentran listos y que la única medida faltante para la disminución de dichos riesgos, es la ejecución del proyecto de construcción del sobrebordo de protección, en la localidad de Tuxpan, municipio del mismo nombre, del estado de Nayarit.

Sustentado en los motivos expuestos, el diputado proponente plantea el siguiente punto de acuerdo:

Único. Se solicita al Ejecutivo federal que se ejecuten las obras de construcción del sobrebordo de protección, en la localidad de Tuxpan, municipio del mismo nombre, del estado de Nayarit, por considerarse una zona de alto riesgo para los habitantes de este municipio.

Una vez analizado el contenido de la proposición objeto del presente dictamen, los integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos formulamos las siguientes

Consideraciones

En principio, estimamos legítima la preocupación del diputado Manuel Humberto Cota Jiménez, por que se ejecuten las obras de construcción del sobrebordo de protección en el municipio de Tuxpan, estado de Nayarit, por considerarse una zona de alto riesgo para los habitantes de dicho municipio.

Coincidimos con el proponente, en el reconocimiento de la validez y fuerza de los argumentos vertidos en su exposición de motivos, los cuales son justificatorios del punto de acuerdo planteado.

Sin embargo, es pertinente observar que, previo a la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2010, esta comisión dictaminadora conoció un proyecto de obra de construcción del sobrebordo de protección en la localidad de Tuxpan (primera etapa), con una inversión estimada de 23 millones 440 mil pesos.

Posteriormente, con la aprobación del Presupuesto para 2010, la Cámara de Diputados etiquetó recursos federales por un monto de 14 millones 670 mil pesos, para la rehabilitación y ampliación del bordo de protección de la ciudad de Tuxpan, Nayarit, dentro del Programa de Protección a Centros de Población.

No obstante, la obra presupuestada no se ha iniciado; en cambio, la Dirección Local de la Comisión Nacional del Agua, en Nayarit, prepara el documento de análisis costo-beneficio del “proyecto de protección longitudinal del bordo en ambas márgenes del río San Pedro en la zona urbana de Tuxpan, Nayarit”. Proyecto a cargo de la Gerencia de Distritos de Temporal Tecnificado, dentro del Programa de Protección a Centros de Población, para el cual se plantea una inversión total de 218 millones de pesos.

Consideramos que la aprobación de dicho análisis de costo-beneficio, su incorporación a la Cartera de Proyectos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la liberación de recursos para iniciar la obra son procedimientos que deben desahogarse con la oportunidad necesaria para la realización de la obra y evitar eventuales precipitaciones atípicas que generen nuevas inundaciones y afectaciones a los habitantes de Tuxpan y sus bienes.

Por ello, estimamos pertinente dictaminar positivamente la proposición que nos ocupa, presentando a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de punto de acuerdo por el que se exhorte al Ejecutivo federal, a través de la Comisión Nacional del Agua y su Gerencia de Distritos de Temporal Tecnificado, para que con la brevedad posible se concluya, valide y registre en la cartera de proyectos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el proyecto de protección longitudinal del bordo en ambos márgenes del río San Pedro en la zona urbana de Tuxpan, Nayarit, y se liberen los recursos para la ejecución urgente de las obras de construcción correspondientes, dado el alto riesgo de inundaciones que presenta la zona urbana de Tuxpan, y el consecuente peligro que corren sus habitantes.

Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Recursos Hidráulicos somete a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Punto de Acuerdo

ÚNICO. La Cámara de Diputados exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Comisión Nacional del Agua y su Gerencia de Distritos de Temporal Tecnificado, a efecto de que con la mayor brevedad posible se concluya, valide y registre en la cartera de proyectos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el proyecto de protección longitudinal del bordo en ambos márgenes del río San Pedro en la zona urbana de Tuxpan, Nayarit, y se liberen los recursos para la ejecución urgente de las obras de construcción correspondientes, dado el alto riesgo de inundaciones que presenta la zona urbana de Tuxpan, y el consecuente peligro que corren sus habitantes.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de mayo de 2010.

La Comisión de Recursos Hidráulicos

Diputados: Óscar Javier Lara Aréchiga (rúbrica), presidente; Emilio Andrés Mendoza Kaplan (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villlalva (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Francisco Javier Orduño Valdez, Silvia Isabel Monge Villalobos, José Manuel Marroquín Toledo (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Ninfa Clara Salinas Sada (rúbrica), Cora Cecilia Pinedo Alonso (rúbrica), secretarios; Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Héctor Franco López, Jorge Rojo García de Alba, Benjamín Clariond Reyes Retana (rúbrica), Fausto Sergio Saldaña del Moral (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), José Antonio Aysa Bernat (rúbrica), Edgardo Melhem Salinas, Rolando Zubia Rivera (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Baltazar Martínez Montemayor, Ramón Merino Loo (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Antonio Benítez Lucho, Jaime Álvarez Cisneros.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con puntos de acuerdo por los que se exhorta a los directores generales de la Comisión Nacional del Agua y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México a realizar en el ámbito de sus respectivas competencias las acciones necesarias para dotar del líquido a la población de Iztapalapa

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Recursos Hidráulicos fue turnada, para estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a los directores generales de la Comisión Nacional del Agua y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México que lleven a cabo las acciones correspondientes para solucionar el problema de abastecimiento del líquido en Iztapalapa.

La Comisión de Recursos Hidráulicos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 60, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, procede a analizar y dictaminar la citada proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 29 de octubre de 2009, el diputado Arturo Santana Alfaro presentó la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita a los directores generales de la Comisión Nacional del Agua y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México que lleven a cabo las acciones correspondientes para solucionar el problema de abastecimiento del líquido en Iztapalapa.

Segundo. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite a la proposición en los siguientes términos: “Túrnese a la Comisión de Recursos Hidráulicos”.

Con base en lo anterior, los integrantes de esta comisión dictaminadora procedimos al estudio del

Contenido de la proposición

En la exposición de motivos, el proponente señala que el problema del agua en la delegación Iztapalapa, es que el abasto, distribución y calidad del recurso siempre han estado afectados por decisiones parciales de los diversos órdenes de gobierno, con las cuales han castigado a los habitantes de la demarcación política.

Refiere que Iztapalapa tiene más de 1 millón 820 mil habitantes según el segundo Conteo Nacional de Población y Vivienda 2005 del INEGI, lo que representa una densidad aproximada de 12 mil personas por kilómetro cuadrado; con un consumo de agua promedio de 177 litros diarios por persona, cifra inferior en comparación con las de otras demarcaciones políticas.

Asimismo, expresa que el agua que reciben los habitantes de la delegación Iztapalapa es poca y de mala calidad, debido a la falta de atención, sanidad y recursos por parte de la Comisión Nacional del Agua y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

Asegura que un monitoreo desarrollado por la Universidad Nacional Autónoma de México en varias delegaciones políticas del Distrito Federal, reveló que el agua contiene manganeso, cromo, plomo e incluso arsénico.

Añade que las fuentes de suministro de agua para la Ciudad de México proveen cerca de 31 mil litros por segundo, aproximadamente, y que alrededor del 50 por ciento de dicho volumen proviene de los pozos de la Ciudad de México, los cuales son operados por la Comisión Nacional del Agua y por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

Señala que la disminución en el suministro de agua a la Ciudad de México, derivada de las obras de mantenimiento del Sistema Cutzamala, ha generado desabasto y cortes en el suministro a los habitantes de Iztapalapa.

Según el proponente, actualmente se encuentran fuera de servicio 16 de los 39 pozos que surten de agua a Iztapalapa y parte de la ciudad, problema que debe resolverse para elevar el suministro de agua a la ciudad y la delegación Iztapalapa.

En base a los motivos expuestos, el proponente plantea la aprobación de los siguientes puntos de acuerdo:

Primero. En uso de las atribuciones conferidas a la Cámara de Diputados, se exhorte al director general de la Comisión Nacional del Agua, licenciado José Luis Luege Tamargo, y al director general del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, ingeniero Ramón Aguirre Díaz, a efecto de que en el ámbito de su competencia lleven a cabo las acciones necesarias para dotar de agua a la población que habita la delegación Iztapalapa, la Ciudad de México y la zona metropolitana.

Segundo. Que se exhorte a los directores generales de la Comisión Nacional del Agua y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México a implantar un programa de mantenimiento y reparación de todos los pozos de la Ciudad de México, a efecto de mantener y en su caso incrementar el flujo de extracción de agua, que equivale a cerca del 50 por ciento del caudal que se distribuye entre la población de esta metrópoli.

Tercero. Se exhorte a los titulares de los Poderes Ejecutivo federal y del Distrito Federal para que los directores generales de la Comisión Nacional del Agua y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México presenten a esta soberanía un diagnostico claro y preciso de las condiciones hidráulicas existentes en la delegación Iztapalapa, la Ciudad de México y la zona metropolitana.

Cuarto. Se exhorte al titular del Ejecutivo federal a evitar el uso mediático del problema del agua.

Una vez analizado el contenido de la proposición objeto del presente dictamen, los integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos formulamos las siguientes

Consideraciones

Desde luego, estimamos válida la preocupación del proponente por encontrar vías de solución al grave problema que representa la cada vez más baja disponibilidad de agua, con la calidad exigida por la norma oficial mexicana, para abastecer los sistemas de servicio público urbano, particularmente aquel que suministra agua potable a las delegaciones políticas del la Ciudad de México.

Reconocemos la veracidad de los antecedentes y datos estadísticos expresados por el diputado Arturo Santana Alfaro, en la argumentación de su proposición con punto de acuerdo.

No obstante, observamos que las condiciones que prevalecen en la delegación Iztapalapa, no corresponden a las que, en términos generales, se presentan en las demás demarcaciones políticas del Distrito Federal y en los municipios conurbados del estado de México; en consecuencia, el exhorto planteado en el apartado primero del punto de acuerdo propuesto, estimamos debe ser sólo para que se lleven a cabo las acciones necesarias para dotar de agua a la población que habita la delegación Iztapalapa, en la Ciudad de México.

Por otro lado, reconocemos que la sobreexplotación de los acuíferos del valle de México, es una realidad. Por ello, estimamos procedente el exhorto a las autoridades del agua de la federación y del Distrito Federal a implantar un programa de mantenimiento y reparación de los pozos de la Ciudad de México, pero no para incrementar la extracción de agua de los mismos, sino para mejorar el funcionamiento de los sistemas de agua potable en la ciudad.

Finalmente, consideramos procedente exhortar a las autoridades del agua de la federación, y del Distrito Federal, a que presenten a esta soberanía un diagnóstico claro y preciso de las condiciones hidráulicas existentes en la Ciudad de México, particularmente en la delegación Iztapalapa.

Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Recursos Hidráulicos somete a consideración del honorable Pleno de la Cámara de Diputados el siguiente proyecto de

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta al director general de la Comisión Nacional del Agua y al director general del Sistema de Aguas de la Ciudad de México a llevar a cabo, en el ámbito de sus respectivas competencias, las acciones necesarias para dotar de agua a la población de la delegación Iztapalapa en la Ciudad de México, y presenten a esta soberanía un diagnóstico claro y preciso de las condiciones hidráulicas existentes en la propia delegación.

Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta al director general de la Comisión Nacional del Agua y al director general del Sistema de Aguas de la Ciudad de México a implantar un programa de mantenimiento y reparación de los pozos de la Ciudad de México, con el propósito de mejorar el funcionamiento de los sistemas de agua potable en la Ciudad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de mayo de 2010.

La Comisión de Recursos Hidráulicos

Diputados: Óscar Javier Lara Aréchiga (rúbrica), presidente; Emilio Andrés Mendoza Kaplan (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villlalva (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Francisco Javier Orduño Valdez, Silvia Isabel Monge Villalobos, José Manuel Marroquín Toledo (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Ninfa Clara Salinas Sada (rúbrica), Cora Cecilia Pinedo Alonso (rúbrica), secretarios; Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Héctor Franco López, Jorge Rojo García de Alba, Benjamín Clariond Reyes Retana, Fausto Sergio Saldaña del Moral (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), José Antonio Aysa Bernat (rúbrica), Edgardo Melhem Salinas, Rolando Zubia Rivera (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Baltazar Martínez Montemayor, Ramón Merino Loo (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Antonio Benítez Lucho, Jaime Álvarez Cisneros.

De la Comisión de Recursos Hidráulicos, con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer mediante la Comisión Nacional del Agua procedimientos para rehabilitar el arroyo Alamar

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Recursos Hidráulicos fue turnada, para estudio y dictamen, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer, a través de la Comisión Nacional del Agua, los procedimientos para la rehabilitación del arroyo Alamar.

La Comisión de Recursos Hidráulicos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 45, numerales 6, incisos e), f) y g), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 60, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, es competente para analizar y dictaminar la citada proposición con punto de acuerdo, y procede, en consecuencia, tomando en cuenta los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, celebrada el 4 de noviembre de 2009, el diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid presentó proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Ejecutivo federal a establecer, a través de la Comisión Nacional del Agua, los procedimientos para la rehabilitación del arroyo Alamar,

Segundo. En la misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó trámite a la proposición en los siguientes términos: “Túrnese a la Comisión de Recursos Hidráulicos”.

Recibido el asunto, los integrantes de esta comisión dictaminadora procedimos al estudio del siguiente

Contenido de la proposición

El proponente señala que el arroyo Alamar está situado en la orilla este del área urbana de Tijuana y fluye hacia el oeste, uniendo la parte superior del río Tecate y del arroyo Cottonwood con la parte baja del municipio del río Tijuana, siendo parte de una subcuenca que incluye al río Tecate y es transfronteriza. Hacia el norte el arroyo Alamar se une al río Las Palmas para formar el río Tijuana.

Refiere que la Comisión Nacional del Agua clasifica las cuencas en tres órdenes o niveles, y considera a la cuenca del río Tijuana como una cuenca pequeña inmersa dentro del tercer orden; sin embargo, este río provee de una importante cantidad de agua potable para quienes habitamos en la zona de Tecate, Tijuana y el sureste de la franja fronteriza de Estados Unidos de América.

Señala que, no obstante la importancia de este río, durante décadas ha sido objeto de una permanente contaminación, debido a las constantes y crecientes descargas de aguas residuales, el crecimiento urbano acelerado, los asentamientos irregulares carentes de drenaje y alcantarillado en la zona y la falta de sistemas de tratamiento de aguas residuales, entre otros factores que inciden en el agravamiento del problema.

Asegura que desde hace varios años el municipio de Tijuana trabaja en coordinación con el gobierno del estado, para contrarrestar el referido problema de contaminación, y que aunque en el municipio de Tijuana se instalan plantas de tratamiento de aguas residuales, éstas resultan insuficientes para la resolución del problema.

Actualmente, según el proponente el arroyo Alamar es un importante desarrollo natural integral, debido a que cuenta con un hábitat y un ecosistema ripario, que funcionan como corredores ecológicos, propiciando que la fauna y los entornos naturales subsistan y permitan que la importante fuente de agua dulce permanezca para atender necesidades de consumo humano y abastecimiento de la región.

Refiere que existen algunos proyectos de planeación y rehabilitación importantes, entre ellos, el apoyado por el Instituto Municipal de Planeación, dónde se plantea la construcción de un canal de concreto a lo largo de siete millas, abarcando la confluencia del arroyo Alamar con el río Tijuana, a través de la zona urbanizada de Tijuana en la parte sur del distrito de la Mesa de Otay, así como el referido a la rehabilitación eco hidrológica que consiste en rehabilitar el canal principal del arroyo y sus sedimentos, y restaurar la flora y fauna endémicas al medio ambiente.

El proponente concluye señalando la necesidad de asignar los recursos presupuestarios suficientes, encaminados a la realización de nuevos y mejores proyectos para rehabilitar el cauce del Arroyo Alamar y todo lo que lo rodea.

Con base en los anteriores señalamientos, el proponente plantea el siguiente punto de acuerdo:

Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Comisión Nacional del Agua, al gobierno de Baja California y al municipio de Tijuana, a través del Instituto Municipal de Planeación y las distintas autoridades municipales competentes, a brindarle continuidad al proyecto de rehabilitación del arroyo Alamar, comenzando los trabajos correspondientes en el siguiente ejercicio fiscal.

Segundo. Se exhorta al Ejecutivo federal a través de la Comisión Nacional del Agua, al gobierno del estado y al ayuntamiento de Tijuana a través del Instituto Municipal de Planeación y las distintas autoridades municipales competentes, a informar a esta soberanía el estado actual que guardan las obras encaminadas a solventar el conflicto de contaminación y la rehabilitación eco hidráulica del arroyo Alamar en confluencia con el río Tijuana, así como la cantidad de recursos necesaria para dar continuidad a los mencionados proyectos para el ejercicio fiscal de 2010.

Tercero. Se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la honorable Cámara de Diputados, a destinar una partida especial en el presupuesto para el ejercicio fiscal de 2010, correspondiente al gasto capital de la Comisión Nacional del Agua, que destine específicamente los recursos suficientes y necesarios para llevar a cabo las obras de rehabilitación del arroyo Alamar en el municipio de Tijuana, Baja California.

Analizado el contenido de la proposición que nos ocupa, los integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos exponemos las siguientes

Consideraciones

Coincidimos en el reconocimiento del grave problema que representa la contaminación de los cuerpos de aguas nacionales y, particularmente, la que presenta el río Tijuana y sus afluentes, incluido el arroyo Alamar.

Es válida la preocupación del diputado Francisco Arturo Vega de Lamadrid por promover y gestionar recursos y voluntades para la realización y continuidad de los trabajos de rehabilitación del arroyo Alamar en su confluencia con el río Tijuana.

No obstante, estimamos pertinente observar algunos hechos relacionados con la proposición objeto del presente dictamen:

En el dictamen con proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública señala que el 16 de octubre de 2009 se publicó el acuerdo para regular sus reuniones con las entidades federativas y municipios, respecto al examen y discusión del proyecto de Presupuesto para 2010.

En ese marco, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública sostuvo reuniones de trabajo con los gobernadores de 27 estados, incluso el de Baja California, así como con el jefe del gobierno del Distrito Federal, quienes presentaron sus propuestas para su posible inclusión en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2010.

Señala también que a través de la votación del dictamen, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública dictaminó a su vez la procedencia o no de las 718 proposiciones con punto de acuerdo presentadas en ambas Cámaras del Congreso, y turnadas por éstas a la propia comisión.

El decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2010 no considera expresamente una asignación de recursos para la rehabilitación del arroyo Alamar; sin embargo, el anexo técnico por obras del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2010, en materia de aguas, considera la asignación de 14 millones de pesos para la construcción de infraestructura de protección a centros de población en el arroyo industrial de la colonia Campestre Murúa, subcuenca Alamar margen derecha, en Tijuana, Baja California.

En ese contexto, resulta improcedente, por extemporáneo, exhortar a autoridad alguna, a informar sobre recursos necesarios para ejercerlos en 2010 o a destinar una partida del Presupuesto de Egresos para 2010.

Con base en las consideraciones precedentes, estimamos pertinente el proyecto de punto de acuerdo, sólo en lo relativo a que se exhorte a las autoridades indicadas, a dar continuidad al proyecto de rehabilitación del arroyo Alamar, así como para que se informe a esta soberanía, el estado que guardan las obras encaminadas a solventar el conflicto de contaminación y la rehabilitación ecohidráulica del arroyo Alamar en confluencia con el río Tijuana.

Por lo expuesto y fundado, la Comisión de Recursos Hidráulicos somete a consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente proyecto de

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal –a través de la Comisión Nacional del Agua–, al gobierno de Baja California y al ayuntamiento de Tijuana –a través del Instituto Municipal de Planeación y las distintas autoridades municipales competentes– a brindarle continuidad al proyecto de rehabilitación del arroyo Alamar, así como a informar a esta soberanía el estado que guardan las obras comprendidas en dicho proyecto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de mayo de 2010.

La Comisión de Recursos Hidráulicos

Diputados: Óscar Javier Lara Aréchiga (rúbrica), presidente; Emilio Andrés Mendoza Kaplan (rúbrica), Alicia Elizabeth Zamora Villlalva (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Francisco Javier Orduño Valdez, Silvia Isabel Monge Villalobos, José Manuel Marroquín Toledo (rúbrica), José María Valencia Barajas (rúbrica), Leticia Robles Colín (rúbrica), Ninfa Clara Salinas Sada (rúbrica), Cora Cecilia Pinedo Alonso (rúbrica), secretarios; Manuel Guillermo Márquez Lizalde, Héctor Franco López, Jorge Rojo García de Alba, Benjamín Clariond Reyes Retana (rúbrica), Fausto Sergio Saldaña del Moral (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh (rúbrica), José Antonio Aysa Bernat (rúbrica), Edgardo Melhem Salinas, Rolando Zubia Rivera (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade, Baltazar Martínez Montemayor, Ramón Merino Loo (rúbrica), María de la Paz Quiñones Cornejo (rúbrica), Domingo Rodríguez Martell (rúbrica), Antonio Benítez Lucho, Jaime Álvarez Cisneros.